Usted está en:

Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.200

Modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Giorgio Jackson Drago, Ricardo Celis Araya, Felipe Harboe Bascuñán, Raúl Soto Mardones, Pepe Auth Stewart, Andrea Parra Sauterel, Marcelo Schilling Rodríguez, Cristina Girardi Lavín, Maya Fernández Allende, Alejandra Sepúlveda Orbenes, Alexis Sepúlveda Soto, Karla Rubilar Barahona, Marcelo Díaz Díaz, Leonardo Soto Ferrada, Karol Cariola Oliva, Rodrigo González Torres, Gaspar Rivas Sánchez, Iván Fuentes Castillo, Yasna Provoste Campillay, Osvaldo Andrade Lara, Aldo Cornejo González, Carolina Marzán Pinto, Guillermo Teillier Del Valle, Marcos Espinosa Monardes, Loreto Carvajal Ambiado, Jaime Mulet Martínez, Sergio Aguiló Melo, Pedro Velásquez Seguel, Vlado Mirosevic Verdugo, Alfonso De Urresti Longton, Marcela Hernando Pérez, Guillermo Ceroni Fuentes, Gabriel Boric Font, Camila Vallejo Dowling, Roberto León Ramírez, Tucapel Jiménez Fuentes y Tomás Hirsch Goldschmidt. Fecha 07 de julio, 2011. Moción Parlamentaria en Sesión 53. Legislatura 359.

Reforma Constitucional para establecer el plebiscito en temas de interés nacional Boletín N° 7769-07

1. Fundamento.-Es un hecho público y notorio las sucesivas y permanentes manifestaciones ciudadanas realizadas por grupos estudiantiles, ecologistas, consumidores, entre otros, como expresión de protesta y disconformidad con el tratamiento de las agencias políticas en diversas materias de interés nacional, las cuales van acompañados casi siempre y crecientemente por la descalificación de las instituciones propias de la democracia representativa. Lo anterior, no es ajeno en otras latitudes como consecuencia de la crisis del modelo social, económico, cultural y político que padece el mundo_ Con todo, los reclamos por vías no institucionales, no son novedosos, pues basta con revisar la tendencia en el siglo XIX y XX. Es ante estos fenómenos que los ordenamientos constitucionales y el desarrollo del régimen democrático han adoptado mecanismos dirigidos a incorporar más estrechamente al ciudadano al proceso de adopción de decisiones políticas. "Tales son las instituciones de democracia semidirecta, que consisten en un conjunto de técnicas mediante las cuales se consulta al cuerpo electoral sobre asuntos específicos de trascendencia política, tales como un texto normativo, una decisión política o la manifestación de confianza a un gobernante"[1], es en este contexto que, entre sus manifestaciones, nos interesa el instituto del plebiscito.

Como señala Loewenstein, 'En el lenguaje corriente, el concepto de plebiscito se usa para una variedad de actos de participación del pueblo en el proceso del poder y, algunas veces, hasta como sinónimo de elecciones_ Sin embargo, aunque esta expresión ha sido generalmente usada para designar las votaciones sobre la forma del Estado, debería quedar reservada a votaciones sobre cuestiones no constitucionales y no legislativas"[2]. En este mismo sentido, se sostiene que "Es la consulta al cuerpo electoral sobre un acto político de naturaleza gubernamental o constitucional, es decir, política en el genuino sentido de la palabra. No gira en torno un acto legislativo, sino a una decisión política, aunque susceptible quizá de tomar forma jurídica" (García Pelayo).

De ahí que la noción de plebiscito subyace en el planteamiento del prof. Bidart, pues "la llamada libertad política o libertad de participación -en contraste con la clásica libertad civil o de autonomía., reviste aptitud funcional para dar marco político a los derechos humanos..."[3]. Por ello resulta evidente que una sociedad activa, no adaimecida, no indiferente, está en aptitud de utilizar la libertad política para exteriorizar opiniones y actitudes en pro de los derechos fundamentales en todas sus dimensiones, de ahí que con razón sostiene el mismo autor que "cuando el derecho de sufragio no se limita a designar gobernantes, sino que se expande a formas de las llamadas semidirectas como el referéndum, la consulta popular, el plebiscito, la iniciativa, la revocatoria, etcétera, el cuerpo electoral despliega una libertad política que sirve de vehículo para los fines a que está destinada cada una de esas formas participativas, y ello amplía en mucho la capacidad de repercusión sobre los derechos...". Es decir, el plebiscito en cuanto expresión de la libertad política, configura una adecuada forma de relación de fuerzas entre los ciudadanos en aquellos temas de interés público que el sistema político tradicional no es capaz de resolver y que requiere una solución política a través de los mecanismos institucionalizados de participación (nunca la vis absoluta), que en nuestro esquema constitucional es sumamente restrictivo.

En este sentido resulta paradójico el escaso margen de las normas sobre plebiscito, pese a que el propio constituyente de 1980 lo utilizó para validar su propio modelo constitucional, y que se desconozca la riqueza interpretativa del artículo 5° del texto constitucional, que lo contempla como una forma de ejercicio de la soberanía. Empero, tradicionalmente se señala que para determinar los casos en que se puede convocar a plebiscitos debemos vincular ciertas normas de la Constitución_ La primera de ellas es el articulo 15 inciso segundo que establece la regla general de procedencia de elecciones y plebiscitos, al disponer que "Sólo podrá convocarse a votación popular para las elecciones y plebiscitos expresamente previstos en esta Constitución." Silva Bascuñan señala que a través de este precepto "se establece una prohibición para el legislador: este no puede mediante una norma de rango legal ampliar a otros casos distintos de los contemplados en la Constitución la utilización -en lo que nos interesa- del mecanismo del plebiscito"[4]. De lo expresado previamente se interpreta que la norma constitucional en materia de plebiscito constituye una forma de ejercicio de la soberanía que sólo le corresponde su ejercicio en los casos que la propia Constitución establece, a saber, en el ámbito de la administración comunal y para solucionar diferencias entre el Presidente de la República y el Congreso, como cuerpos colegisladores, a raíz de una reforma constitucional, en este último caso, para que el pueblo determine si desea una reforma constitucional (cuando se rechaza completamente por el Presidente un proyecto aprobado por el Congreso y este insiste) o bien cuando existen discrepancias entre dos textos diversos.

No es extraño entonces, que en un marco interpretativo restringido respecto del alcance del plebiscito en nuestro ordenamiento constitucional, la propia doctrina tradicional reconoce como tarea pendiente la "implantación de las instituciones de la democracia semidirecta..."[5], es aquí donde radica la importancia de abordar este tema por vía de la reforma constitucional, atendida las necesidad de dotar a la ciudadanía de un mecanismo democrático de participación.

2. Ideas Matrices.- El presente proyecto de reforma constitucional tiene por objeto consagrar un capítulo nuevo en la Constitución Política a objeto de establecer la consulta a los ciudadanos, a través del plebiscito, en aquellos casos de interés nacional que requieran una solución política. Lo anterior como natural derivación del mandato del artículo 5° de la Constitución. El referido ejercicio se entenderá aprobado por la mayoría absoluta de los participantes y podrá ser convocado por el Presidente de la República, las dos quintas partes de la Cámara de Diputados o el Senado, o bien, las firmas acreditadas de al menos quinientos mil ciudadanos. En este contexto se pretende por medio de una norma interpretativa, señalar que se entenderán que son de interés nacional aquellas controversias en materias que puedan amenazar, perturbar o privar el legítimo ejercicio de los derechos a: vivir en un medio ambiente libre de contaminación, derecho a la protección de la salud, derecho a la educación, libertad de enseñanza, libertad de opinión, derecho de reunión, libertad de trabajo, derecho a la seguridad social, derecho a sindicalizarse, libertad para adquirir toda clase de bienes y sus restricciones, y el derecho de propiedad y sus limitaciones.

Asimismo, se amplía la hipótesis normativas de la reforma constitucional, más allá de las discrepancias entre los órganos colegisladores, estableciendo la posibilidad que en caso de resultar rechazada una reforma en el Congreso Nacional, y hubiere contado con los votos favorables de la mayoría de los miembros en ejercicio de alguna de sus ramas, tanto el Presidente como las dos Tatas partes de la Cámara de Diputados o el Senado, o las firmas acreditadas de al menos doscientos cincuenta mil ciudadanos, podrán convocar a plebiscito. En caso de alcanzar el quórum exigido se entenderá aprobado el proyecto de reforma.

Es sobre la base de estos antecedentes que venimos en proponer el siguiente:

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL

Art. O.- Para agregar en siguiente Capítulo XVI nuevo en la Constitución Política de la República.

Capítulo XVI

§ Del Plebiscito

Art. 13o - Se podrá consultar a la ciudadanía, a través del plebiscito, por diversos temas de interés público, el que será convocado por el Presidente de la República, por las dos quintas partes de alguna de las ramas del Congreso Nacional, o por la solicitud al Servicio Electoral de un número no inferior de quinientas mil firmas acreditadas de ciudadanos.

El quórum de aprobación del plebiscito será la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos. Una ley orgánica constitucional, regulará el procedimiento y sus efectos vinculantes.

Se entenderá que existe interés nacional, especialmente, en los casos de amenaza, perturbación o privación de los derechos garantizados en los numerales 8, 9,10, 11, 12, 13, .16, x8,19, 23, y 24 del artículo 19 de esta constitución.

Art. 2°.- Para agregar en el Capítulo XV de la Constitución Política de la República el siguiente art. 129 bis.

Art. 129 bis.- Sin perjuicio de lo anterior, también procederá el plebiscito respecto de materias propias de una reforma constitucional siempre que el proyecto hubiese sido rechazado con al menos el voto favorable de la mayoría de los miembros en ejercicio de alguna las cámaras_

El plebiscito a que se refiere el inciso precedente podrá ser convocado por el Presidente de la República, por las dos quintas partes de alguna de las ramas del Congreso Nacional, o por la solicitud al Servicio Electoral de un número no inferior de quinientas mil firmas acreditadas de ciudadanos.

El quórum de aprobación del plebiscito será la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos. En caso de alcanzar el quórum precedente se entenderá aprobada la reforma constitucional.

[1] García Ana María; Verdugo; Mario "Manual de Drecho Político" pág. 192 2a edición Editorial Jurídica de Chile 2004.
[2] Loewenstein Karl "Teoría de la Constitución' Pág. 331 y ss. Ariel Barcelona 1986.
[3] Bidart German 'Teoría General de los Derechos Humanos" pág. 291 y ss. UNAM 198
[4] Silva Bascuñán Alejandro "Tratado de Derecho Constitucional" t. II pág. 249.
[5] cfr. Cea José Luis 'Derecho Constitucional Chileno" t. 1 pág. 128 segunda edición ediciones Universidad católica de Chile n° o8.

1.2. Moción Parlamentaria

Moción de Giorgio Jackson Drago, Ricardo Celis Araya, Felipe Harboe Bascuñán, Raúl Soto Mardones, Pepe Auth Stewart, Andrea Parra Sauterel, Marcelo Schilling Rodríguez, Cristina Girardi Lavín, Maya Fernández Allende, Alejandra Sepúlveda Orbenes, Alexis Sepúlveda Soto, Karla Rubilar Barahona, Marcelo Díaz Díaz, Leonardo Soto Ferrada, Karol Cariola Oliva, Rodrigo González Torres, Gaspar Rivas Sánchez, Iván Fuentes Castillo, Yasna Provoste Campillay, Osvaldo Andrade Lara, Aldo Cornejo González, Carolina Marzán Pinto, Guillermo Teillier Del Valle, Marcos Espinosa Monardes, Loreto Carvajal Ambiado, Jaime Mulet Martínez, Sergio Aguiló Melo, Pedro Velásquez Seguel, Vlado Mirosevic Verdugo, Alfonso De Urresti Longton, Marcela Hernando Pérez, Guillermo Ceroni Fuentes, Gabriel Boric Font, Camila Vallejo Dowling, Roberto León Ramírez, Tucapel Jiménez Fuentes y Tomás Hirsch Goldschmidt. Fecha 18 de julio, 2011. Moción Parlamentaria en Sesión 58. Legislatura 359.

Sobre reforma constitucional para establecer una Asamblea Constituyente Boletín N° 7792-07

1. Fundamento.- Como es público y notorio los últimos acontecimientos de la vida nacional dan cuenta de una serie de movilizaciones ciudadanas motivadas por diversos temas de interés nacional, en materia tales como educación pública, matriz energética y medio ambiente, reinvindicaciones de minorías sexuales, reclamos de consumidores, entre otros, los que se han expresado por vías no institucionales, en marchas, protestas callejeras, paralización de actividades o tomas de establecimientos educacionales. La ocurrencia de estos hechos, no pueden ser analizados ex ante con descalificaciones, ni confundidos con actos delictivos que se perpetran por quienes aprovechan las circunstancias, por el contrario, son síntoma de un déficit de canales de participación ciudadana. Ante esta evidencia es que en diversos países, los ordenamientos constitucionales se establecen mecanismos de participación a través de las instituciones de la democracia semidirecta, pues existen conflictos de naturaleza política, que la democracia representativa no puede resolver, de ahí que la propia doctrina tradicional reconoce como una tarea pendiente la"implantación de las instituciones de la democracia semidirecta..."[1].

Sin embargo, el diagnostico en nuestro sistema constitucional va más allá, y pasa por la esencia que subyace en el proyecto político de la Constitución de 1980, pues, tal como afirman los profesores Correa, Figueroa, Jocelyn Holt, Rolle y Vicuña "aunque en lo formal la Constitución es cuidadosa en no querer desligarse de la tradición constitucional, su sentido más profundo la aparta definitivamente de una historia que, desde el siglo XIX, siempre creyó en la progresiva institucionalización ciudadana del poder. Permea en la Constitución de 1980, desde su inspiración, gestación e imposición, en cambio, una fuerte sospecha del derecho como cauce de deliberación responsable. Se trata de un texto jurídico que más bien tutela que faculta, que tiende a restringir en vez de abrir perspectivas de participación política, en fin, un ordenamiento que parte del supuesto que los gobiernan deben estar sujetos a un previamente demarcado margen de maniobra"[2], esto explica el déficit de participación que existe en el actual orden para la toma de decisiones políticas. Es en este contexto que resulta necesaria la revisión de la noción del poder constituyente, a fin de establecer nuevos mecanismos de participación, como expresa Loewenstein "de acuerdo con las teorías de la soberanía del pueblo y del pouvoir constituant originario del pueblo soberano, se ha generalizado, y hasta estereotipado, un procedimiento para la elaboración y la adopción de la constitución escrita: una asamblea nacional o constituyente será elegida por todo el pueblo para esta tarea específica. Con más frecuencia hoy que en tiempos pasados, se prescribe imperativamente la ratificación final por el pueblo soberano. La ratio de esta exigencia es que la ley fundamental adquiere una mayor solemnidad a través de la aprobación por el pueblo soberano"[3]. En la historia del poder constituyente ha ocurrido solamente una vez que el electorado haya rechazado el trabajo de sus representantes elegidos libremente para la asamblea nacional: los franceses rechazaron la primera Constitución de la IV República (1946). En el caso chileno, se sostiene luego de un breve repaso histórico que "nunca se ha desarrollado un proceso constituyente democrático"[4] De ahí que lo decisivo es laposibilidad de establecer la reforma total de la Constitución por medio de un mecanismo institucional, en ejercicio del poder constituyente originario, a diferencia de la técnica actual de reforma parcial en el ejercicio del poder constituyente derivado.

2. Historia legislativa y Derecho comparado.- La asamblea constituyente no es ajena a nuestra historia constitucional, así lo demuestra, aunque con matices, el origen de la Constitución de 1925, que en virtud de varios decretos supremos (que en realidad eran decretos leyes) se convocó a personalidades de variadas corrientes políticas para integrar una gran Convención Consultiva U.] dotada de la competencia para decidir el contenido de la nueva carta fundamental y el procedimiento destinado a ponerla en práctica. El trabajo de la convención, formada por unos ciento cincuenta miembros de todas las posiciones políticas, se realizó en un período aproximado de cuatro meses, sesionando en el Palacio de La Moneda.

Desde la perspectiva comparada, la asamblea constituyente es un mecanismo que no ha estado ajena a la dictación de los ordenamientos constitucionales, el caso más reciente es el de Islandia, que se encuentra en un proceso de redacción de una nueva Constitución, a través de una asamblea constituyente que esta encuentra conformada por un grupo de veinticinco delegados elegidos libremente por la ciudadanía, los que a su turno ejercen su actividad con sesiones públicas y recaban las opiniones de ciudadanos que se identifiquen, por medio de redes sociales. Otro caso se desprende del preámbulo y las disposiciones transitorias de la Constitución Italiana de 1947; el preámbulo de la Constitución Portuguesa de 1976, y del preámbulo de la Constitución Brasilera de 1988. Entre las Constituciones latinoamericanas reformadas más recientemente, Colombia, Paraguay, Venezuela y Bolivia consagran en sus disposiciones normativas permanentes, la Asamblea Constituyente como un órgano competente para ja redacción de un nuevo orden constitucional. Así, la Constitución de Colombia establece en su artículo 374: "La Constitución Política podrá ser reformada por el Congreso, por una Asamblea Constituyente o por el pueblo mediante referendo.". Además, el artículo 376 prevé "Mediante ley aprobada por mayoría de los miembros de una y otra Cámara, el Congreso podrá disponer que el pueblo en votación popular decida si convoca una Asamblea Constituyente con la competencia, el período y la composición. que la misma ley determine". En Paraguay, a Propósito de las enmiendas a la constitución el artículo 291 señala que: "La Convención Nacional. Constituyente es independiente de los poderes constituidos. Se limitará, durante el tiempo que duren sus deliberaciones, a sus labores de reforma, con exclusión de cualquier otra tarea. No se arrogará las atribuciones de los poderes del Estado, no podrá sustituir a quienes se hallen en ejercicio de ellos, ni acortar o ampliar su mandato". En el caso-de Venezuela, el art. 347 dispone que "El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar a una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución", luego en materia de convocatoria señala el artículo 348. La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrá hacerla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de la dos terceras partes de sus integrantes; los Consejos Municipales en cabildos, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; y el quince por ciento de los electores inscritos y electoras en el registro electoral". En el caso Boliviano, la Constitución de 2007 señala en su apartado I del artículo 411 que "La reforma total de la Constitución, o aquella que afecte a sus bases fundamentales, a los derechos, deberes y garantías, o a la primacía y reforma de la Constitución, tendrá lugar a través de una Asamblea Constituyente originaria plenipotenciaria, activada por voluntad popular mediante referendo. La convocatoria del referendo se realizará por iniciativa popular, con la firma de al menos el veinte por ciento del electorado; por mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Legislativa Plurinacional; o por la Presidenta o el Presidente del Estado. La Asamblea Constituyente se autorregulará a todos los efectos. La vigencia de la reforma necesitará referendo constitucional aprobatorio".

3. Ideas Matrices.- El presente proyecto de reforma constitucional tiene por objeto consagrar en el capítulo de la Constitución Política relativa a la reforma constitucional, la posibilidad de una reforma total, en ejercicio del poder constituyente originario por parte de una Asamblea Constituyente, la cual, como requisito habilitante debe ser convocada mediante la dictación de una ley de la república –iniciada por moción parlamentaria o la iniciativa de quinientos mil ciudadanos-, la que deberá ser aprobada con quórum calificado, y ratificada por la ciudadanía mediante plebiscito, a objeto que la referida Asamblea Constituyente pueda dictar una nueva Constitución Política. La misma ley deberá determinar el procedimiento de integración. Finalmente el referido ejercicio de soberanía para la dictación de un nuevo orden constitucional se entenderá aprobado mediante plebiscito, por la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos.

Es sobre la base de estos antecedentes que venimos en proponer el siguiente:

PROYECTO DE REFORMA. CONSTITUCIONAL:

Art. Único.- Para agregar el siguiente artículo 129 bis nuevo en el Capítulo XV de la Constitución Política de la República.

Art. 129 bis.- El ejercicio de la soberanía reside en la Nación y lo realiza el pueblo a través de los mecanismos que señala esta Constitución. En ejercicio del poder constituyente originario, puede convocar a una Asamblea Constituyente, la que en forma autónoma, tendrá el mandato para la discusión y elaboración del nuevo orden constitucional.

La referida Asamblea podrá ser convocada mediante una ley aprobada por la mayoría de los Diputados y Senadores en ejercicio, la que determinará la forma de elección de los representantes. Esta ley podrá iniciarse por moción parlamentaria o por la iniciativa de al menos quinientas mil firmas acreditadas de ciudadanos.

La nueva Constitución para su vigencia, deberá ser aprobada mediante plebiscito, por la mayoría absoluta de los sufragios válidamente emitidos.

[1] cfr. Cea José Luis "Derecho Constitucional Chileno" t. I pág. 128 segunda edición ediciones Universidad católica de Chile 2008.
[2] Correa Sofía; Figueroa Consuelo; Jocelyn Holt Alfredo; Rolle Claudio; Vicuña Manuel Historia del siglo XX chileno p. 325 Editorial Sudamericana 3a edición 2005.
[3] Loewensteín Xarl "Teoría de la Constitución" pág. 160 y ss. 2a edición Ariel Barcelona 1970.
[4] Grez Sergio "La ausencia de un poder constituyente democrático eri;Chile" en Revista Tiempo Histórico N°i Universidad Academia Humanismo Cristiano 2009.

1.3. Moción Parlamentaria

Moción de Giorgio Jackson Drago, Ricardo Celis Araya, Felipe Harboe Bascuñán, Raúl Soto Mardones, Pepe Auth Stewart, Andrea Parra Sauterel, Marcelo Schilling Rodríguez, Cristina Girardi Lavín, Maya Fernández Allende, Alejandra Sepúlveda Orbenes, Alexis Sepúlveda Soto, Karla Rubilar Barahona, Marcelo Díaz Díaz, Leonardo Soto Ferrada, Karol Cariola Oliva, Rodrigo González Torres, Gaspar Rivas Sánchez, Iván Fuentes Castillo, Yasna Provoste Campillay, Osvaldo Andrade Lara, Aldo Cornejo González, Carolina Marzán Pinto, Guillermo Teillier Del Valle, Marcos Espinosa Monardes, Loreto Carvajal Ambiado, Jaime Mulet Martínez, Sergio Aguiló Melo, Pedro Velásquez Seguel, Vlado Mirosevic Verdugo, Alfonso De Urresti Longton, Marcela Hernando Pérez, Guillermo Ceroni Fuentes, Gabriel Boric Font, Camila Vallejo Dowling, Roberto León Ramírez, Tucapel Jiménez Fuentes y Tomás Hirsch Goldschmidt. Fecha 22 de abril, 2015. Moción Parlamentaria en Sesión 17. Legislatura 363.

Reforma constitucional en materia de plebiscitos Boletín N°10014-07

De la Bancada Transversal de Diputados y Diputadas por una Asamblea Constituyente, compuesta por los señores y señoras: Sergio Aguiló, Jenny Álvarez, Claudio Arriagada, Gabriel Boric, Karol Cariola, Lautaro Carmona, Daniella Cicardini, Maya Fernández, Iván Fuentes, Cristina Girardi, Hugo Gutiérrez, Marcela Hernando, Jorge Insunza, Giorgio Jackson, Luis Lemus, Daniel Melo, Vlado Mirosevic, Manuel Monsalve, Daniel Núñez, Clemira Pacheco, Denise Pascal, Roberto Poblete, Yasna Provoste, Gaspar Rivas, Alberto Robles, Luis Rocafull, Raúl Saldívar, Leonardo Soto, Guillermo Teillier y Camila Vallejo; y en base a la propuesta realizada por 25 abogados constitucionalistas que trabajan en conjunto con Marca AC, venimos en presentar y proponer lo siguiente:

Una Constitución debe ser el reflejo de la diversidad constitutiva de una sociedad democrática, y no la manifestación de un proyecto político particular. Es adecuado exigir que la norma fundamental sea resultado de un proceso colectivo en el que, por diversas vías institucionales, participe toda la comunidad política.

Creemos fundamental contar con un texto constitucional que surja de un debate democrático, en el cual la ciudadanía cumpla una función principal en la formulación de las instituciones de nuestra convivencia democrática.

Es necesaria una Constitución que todos podamos entender como “nuestra”.

Por lo anterior, el modo de construcción de una nueva Constitución no da lo mismo: debe ser tal que garantice que el resultado será expresión de la voluntad del pueblo. La Presidenta de la República ha señalado que ese modo debe ser institucional, democrático y participativo.

La actual institucionalidad no permite una decisión constitucional de quien ella misma declara titular “esencial” de la soberanía: la nación o el pueblo.

La nueva Constitución requiere cumplir dos condiciones: debe ser una nueva decisión del pueblo, y debe ser institucionalmente validada. En consecuencia no se cumplen estas condiciones con los procedimientos y reglas vigentes de reforma, toda vez que no incluye al elemento fundamental, esto es la decisión soberana del pueblo.

Lo anterior, implica que el momento de validación institucional no puede ser entendido como una nueva decisión que fije el contenido de la Constitución, sino como una decisión que, en vez de decidir sobre dicho contenido, abra la posibilidad para una amplia discusión nacional seguida de una decisión democrática.

Por eso creemos que la solución es una decisión institucional, en la forma de una ley de reforma constitucional, que permita la realización de un plebiscito. El propio artículo 5º del texto constitucional vigente reconoce que los plebiscitos son modos de ejercicio privilegiado de la soberanía por parte del pueblo, por lo que este es el mecanismo que permitiría de mejor forma la manifestación ciudadana y la decisión participativa e institucional.

Los plebiscitos que, en general, sean convocados a voluntad del Presidente de la República, podrían ser utilizados en desmedro de la función representativa del Congreso Nacional. Con el fin de prevenir los riesgos asociados a la llamada democracia plebiscitaria, pretendemos facultar al Presidente para llamar a plebiscito cuando cuente con el apoyo del Congreso, resguardando tanto la función representativa de éste último como el equilibrio de poderes, evitando un mal uso de esta herramienta.

Por consiguiente, cuando el Presidente cuenta con dicho respaldo, debe estar en condiciones de convocarlos en cualquier momento tratándose de materias de alto interés nacional.

Las mismas consideraciones muestran que no hay justificación alguna para negar al legislador la posibilidad de crear nuevas oportunidades para la manifestación del pueblo.

Por eso, sugerimos modificar el inciso final del artículo 15 agregando antes de su punto final la expresión “y las leyes”, junto con una modificación al artículo 32, que regula las atribuciones exclusivas del Presidente de la República.

Idea Matriz.-

Se establece la facultad del Presidente de la República para convocar a plebiscito en los casos que corresponda, con el acuerdo del Congreso Nacional, conforme lo establece la Constitución y las leyes de nuestro país.

PROYECTO DE LEY

Artículo único. Introdúzcanse las siguientes modificaciones a la Constitución Política de la República:

1. Modifícase el inciso final del artículo 15, insertando la frase "y las leyes" antes de su punto final.

2. Reemplázase el artículo 32 Nº 4 por el siguiente: "Convocar a plebiscito en los casos en que corresponda conforme a la Constitución y a las leyes. El Presidente podrá convocar en todo caso a plebiscito si cuenta para ello con el acuerdo de ambas cámaras del Congreso Nacional".

1.4. Moción Parlamentaria

Moción de Giorgio Jackson Drago, Ricardo Celis Araya, Felipe Harboe Bascuñán, Raúl Soto Mardones, Pepe Auth Stewart, Andrea Parra Sauterel, Marcelo Schilling Rodríguez, Cristina Girardi Lavín, Maya Fernández Allende, Alejandra Sepúlveda Orbenes, Alexis Sepúlveda Soto, Karla Rubilar Barahona, Marcelo Díaz Díaz, Leonardo Soto Ferrada, Karol Cariola Oliva, Rodrigo González Torres, Gaspar Rivas Sánchez, Iván Fuentes Castillo, Yasna Provoste Campillay, Osvaldo Andrade Lara, Aldo Cornejo González, Carolina Marzán Pinto, Guillermo Teillier Del Valle, Marcos Espinosa Monardes, Loreto Carvajal Ambiado, Jaime Mulet Martínez, Sergio Aguiló Melo, Pedro Velásquez Seguel, Vlado Mirosevic Verdugo, Alfonso De Urresti Longton, Marcela Hernando Pérez, Guillermo Ceroni Fuentes, Gabriel Boric Font, Camila Vallejo Dowling, Roberto León Ramírez, Tucapel Jiménez Fuentes y Tomás Hirsch Goldschmidt. Fecha 11 de junio, 2015. Moción Parlamentaria en Sesión 48. Legislatura 363.

Reforma constitucional que sustituye cada uno de los Capítulos de la Carta Fundamental. Boletín N°10193-07

Amable lector:

El presente texto, es un esfuerzo de diálogo político, y en consecuencia una invitación a toda la sociedad a reflexionar y debatir sobre las normas fundamentales en las cuales deberá construirse un nuevo pacto de convivencia democrática, que enfatice en los derechos de las personas, en una nueva distribución regulada del poder que incluya a todos los habitantes de la República, y que adecúe el ejercicio del poder a nuevos estándares de probidad y transparencia. Confiamos que el exigente juicio de nuestros compatriotas permita superar la propuesta que a continuación desarrollamos, con la convicción de profundizar el debate constituyente, que siempre es una tarea colectiva y resulta necesario para alcanzar una nueva constitución originada en un diálogo pacífico, democrático y racional.

1. Fundamentos. En la acepción más desarrollada y aceptada “el constitucionalismo constituye un movimiento político y social que tiene por finalidad limitar y controlar el ejercicio del poder político del Estado, a través de la distribución del poder estatal en órganos y funciones diferenciadas, en un sistema de pesos y contrapesos concretado en un texto escrito de máximo rango, que es expresión de la voluntad del cuerpo político de la sociedad, en el que se aseguran los derechos fundamentales, como asimismo se establecen instituciones que aseguran el respeto de la constitución de los poderes constituidos”[1]. En este sentido, cabe señalar que “el concepto de un poder aboluto o ilimitado es intrínsecamente contradictorio, puesto que nadie puede estar sometido íntegramente a otro semejante sin negar su propia esencia humana, sin cosificarse”[2], de ahí que se afirme que “Todo poder social es, y no puede dejar de ser, si ha de respetarse a los hombres sobre los que se ejerce, esencialmente limitado. Resulta por ello, imprescindible que en el momento de fundar o constituirse un poder se defina su campo propio y, consecuentemente sus límites”[3]. Esta noción es la que lleva indefectiblemente a la Constitución, respecto de la cual se entiende generalmente como “el conjunto de normas jurídicas de máximo rango de un Estado plasmadas por lo general en un documento constitucional, las cuales regulan la forma jurídica y política de Estado y de gobierno, la organización, forma, estructura e interrelaciones fundamentales entre los órganos, así como la relación básica con sus ciudadanos, además de los procedimientos de generación del derecho infraconstitucional, asegura los derechos fundamentales y las garantías constitucionales, como asimismo se establece las instituciones que concretarán la defensa del orden constitucional y las que fijan el procedimiento y límites de la reforma constitucional a través de procedimientos más complejos y de mayor quórum que los exigidos al legislador”[4]. En este sentido se sostiene que la Constitución “como subsistema normativo ostenta en la visión piramidal del ordenamiento jurídico una supremacía e integridad, necesarias a la estabilidad de este sistema como soporte de todo el ordenamiento”[5], la que se fortalece cuando es resultado de la decisión del pueblo.

Nuestra actual regulación –pese a sucesivas reformas[6]- no ha superado un estándar de legitimidad y un mínimo garantista, en el sentido de repartición regular del poder, consecuencia natural de una génesis autoritaria. El contexto constitucional de 1980, no se aleja de lo expuesto, pues, tal como afirman algunos historiadores “aunque en lo formal la Constitución es cuidadosa en no querer desligarse de la tradición constitucional, su sentido más profundo la aparta definitivamente de una historia que, desde el siglo XIX, siempre creyó en la progresiva institucionalización ciudadana del poder. Permea en la Constitución de 1980, desde su inspiración, gestación e imposición, en cambio, una fuerte sospecha del derecho como cauce de deliberación responsable. Se trata de un texto jurídico que más bien tutela que faculta, que tiende a restringir en vez de abrir perspectivas de participación política, en fin, un ordenamiento que parte del supuesto que los gobiernan deben estar sujetos a un previamente demarcado margen de maniobra”[7], en palabras del profesor De Ramon “a diferencia de la sana doctrina constitucional que ordena y dispone para todos, se impuso al país un texto constitucional que estaba hecho para favorecer a una parte de la población, dejando a la otra huérfana de apoyo”[8], se trata de un texto “estructurado para asegurar el orden interior (o sea, la gobernabilidad de la sociedad) y la reproductibilidad formal del sistema institucional”[9], pues, lo que se busco fue “un ordenamiento constitucional absoluto, impermeable a consideraciones políticas o a contingencias promovidas por coaliciones partidista”[10], lo que se atribuye por parte de sus autores a “la influencia ejercida por el hispanismo franquista y a corrientes constitucionalistas cercanas a Carl Schmitt, propuestas que proveen una solución contemporánea al problema postrevolucionario moderno, amén de análogas al caso chileno”[11], muestra de lo anterior es la relación de los poderes del estado, la surrealista regulación de las disposiciones transitorias, y que el texto de 1980 “coarta la autonomía ciudadana en el plano de su acción política y en el de sus acciones directas, atenta contra el derecho inalienable del hombre a construir socialmente la realidad y a modelar colectivamente su futuro”[12], por otro lado “la repulsa a la fórmula del Estado social, y nuevos derechos, descansa en una lectura que tiene como modelo de Estado, y de relaciones de éste con la sociedad y la economía, al Estado mínimo o subsidiario o bien desde un paradójico republicanismo pretende trasladar al campo de la deliberación y procedimiento democrático el desarrollo de políticas públicas, para lo cuál debe sostener que los derechos económicos, sociales y culturales y las cláusulas económicas sociales de la Constitución son normas programáticas o aspiraciones, a lo sumo normas de principio”[13]. El corolario de lo anterior son los “tres cerrojos y un metacerrojo”[14] con que se ha caracterizado la estructura institucional de la carta de 1980, mediante los dispositivos de las leyes orgánicas y sus quórum; el sistema binominal; el control preventivo del Tribunal Constitucional y el quórum de reforma Constitucional. Es por eso que en un análisis reciente se sostiene que “La experiencia chilena es el epítome de lo que aquí hemos caracterizado como constitucionalismo autoritario transformador, en el que la constitución está explícitamente diseñada para retornar a un gobierno civil, pero resguardando ciertos fines políticos más allá de la toma democrática de decisiones y estableciendo mecanismos institucionales genuinos para reforzar estos límites. Se trata de una forma genuina de constitucionalismo, incluyendo los elementos esenciales de atrincheramiento y constreñimiento, tanto de gobernantes como de gobernados”[15].

En este contexto, como bien se ha expresado “hay que partir de la idea de que la Constitución, en el sentido que modernamente se la entiende en el lenguaje jurídico y en la vida pública, no es sino la codificación del Derecho Político, o en otros términos, quizá más precisos, el mismo Derecho político, esto es, el que regula la organización y el funcionamiento de los poderes del Estado y las instituciones de gobierno codificado”[16]. En efecto, en términos Aristotélicos, “la Constitución no es otra cosa que la repartición regular del poder”[17], es decir tiene por objeto la organización de las magistraturas, la distribución de los poderes, las atribuciones de la soberanía, la determinación del fin especial de cada asociación política.

Históricamente, durante los siglos XVII y XVIII, la gran filosofía política del iusnaturalismo racionalista -de Hobbes a Locke, de Thomasius y Pufendorf, a Montesquieu y Voltaire, hasta Beccaria, Bentham, Filangieri- libró sus batallas contra el despotismo represivo e inquisitivo propio del antiguo régimen y fue definiendo los valores de la civilización jurídica moderna y las líneas maestras de Estado de derecho: el respeto a la persona humana, los valores de la vida y de la libertad personal, el nexo entre legalidad y libertad, la tolerancia y la libertad de conciencia y de expresión, la concepción del derecho y del Estado como artificios cuya legitimación depende del cumplimiento de sus funciones de tutela de los derechos de los ciudadanos. Los países latinoamericanos partiendo del Estado liberal de derecho, han desarrollado el constitucionalismo social, donde los derechos individuales, se complementan con los derechos basados en el valor de la igualdad, de ahí que la propuesta avanza en los derechos fundamentales reforzando los llamados derechos de segunda generación, es decir, los derechos sociales, económicos y culturales, “potenciando estos últimos con el objeto de ofrecer una igualación de oportunidades en la vida nacional y un aseguramiento básico de una vida digna para todas las personas”[18]. En este sentido, no admite duda que “la necesidad de incorporarlos derechos sociales tanto en su dimensión de libertad como de prestación”[19], atendida la ausencia[20] de regulación. Como bien señala Bobbio a propósito de la igualdad de derechos “ésta representa un momento posterior en la equiparación de los individuos con respecto a la igualdad frente a la ley entendida como exclusión de las discriminaciones de la sociedad estamental: significa el disfrute equitativo por parte de los ciudadanos de algunos derechos fundamentales constitucionalmente garantizados”[21]. La propuesta constitucional consagra la idea de un Estado social y democrático de derecho que, como señala la doctrina, “añade el principio solidario al principio individualista, no elimina el papel del ciudadano como individuo activo en una economía de mercado competitivo, pero se propone corregir situaciones de injusticia social, valiéndose de una organización constitucional capaz de enfrentar las diversas exigencias de eficiciencia y de eficiencia de la intervención pública”[22].

En cuanto al ejercicio del poder, resulta interesante el análisis desarrollado por LOEWENSTEIN, quién señala que “en las últimas décadas y prácticamente desde la primera guerra mundial, período en el cual la monarquía constitucional, implantada artificialmente en diversos países, se ha desecho, el tipo neopresidencialista ha gozado de una creciente popularidad por garantizar al detentador único el monopolio indiscutible del poder, sin exponer al régimen, por otra parte, a la afrenta de estar en contradicción con el principio de la legitimación popular”[23], luego agrega que “el neopresidencialismo suele aparecer corrientemente, bien tras el intento fracasado de establecer una democracia constitucional, o bien, en la dirección opuesta, como la parada a medio camino entre la autocracia tradicional y una futura democracia auténtica”[24]. Es este modelo, que resulta comparable a nuestro sistema, el que afecta la “estricta autonomía de cada detentador del poder” y que en términos teóricos impediría que el ejecutivo interfiriera en la función legislativa del parlamento. Las realidades del proceso del poder no están de acuerdo con esta imagen, como se demuestra en nuestra actual regulación constitucional, de esta manera el gobierno asume un liderazgo en la toma de decisión política cuya técnica es la legislación, y que conceptualmente tendrá variaciones dependiendo del tipo gubernamental específico: como lo ejemplifica LOEWENSTEIN, “en los estados autoritarios, el monopolio del gobierno está fuertemente asentado en todas las fases del proceso de legislación”[25]. Por otro lado se subestima al parlamento mediante el abuso de la legislación por decreto (potestad reglamentaria), con lo cual se degrada su función y se los desprestigia. Como bien expresa Ruiz Tagle “una causa fundamental de este problema radica en el desequilibrio manifiesto de atribuciones y facultades que nuestro sistema político establece a favor del Presidente en perjuicio del Congreso. Es evidente que la Constitución de 1980 despreció al Congreso Nacional como contrapeso efectivo del presidencialismo, para radicarlos en organismos carentes de legitimidad democrática, como son el Consejo de Seguridad Nacional, el Tribunal Constitucional y el Banco Central. Al ser relegado a un segundo plano, el Congreso pierde relevancia como lugar de debate y deliberación, transformándose, la mayor parte de las veces, en un mero buzón de las iniciativas del ejecutivo. Se entiende entonces que sus miembros sean despreciados por la ciudadanía al no comprenderse ni apreciarse a cabalidad la insustituible función que están llamados a cumplir en un sistema democrático fuerte y sano. Se hace urgente, por tanto, dotar al Congreso de mayores facultades políticas a costa de muchas de las cuales actualmente goza el ejecutivo”[26].

En esta perspectiva, se señala que “La nueva Constitución que Chile necesita debe avanzar, entonces, en la dirección de los siguientes tres grandes objetivos: i. Ampliar y robustecer la protección de los derechos fundamentales, ii. Establcer una institucionalidad que profundice el gobierno efectivo de las mayorías, la expresión proporcional de las distintas fuerzas políticas y la participación de sectores históricamente marginados., y iii. Responder a los desafíos nuevos que enfretan las sociedades del siglo 21”[27], en consecuencia en terminos generales asoman como temas de reforma el régimen político presidencialista[28], reformas de índole político terriotorial, reformas al sistema electoral público que refuerce los derechos de ciudadanía, y el catálogo de derechos antes referido, perfeccionar el control socila, político y jurídico de ciertos órganos autónomos, consagrar la defensoría de las personas, y consagrar explicitamente mecanismos de participación directa de la ciudadanía en la democracia, através de la iniciativa popular de ley, el plebiscito, el referendum y el refrendum revocatorio. En este útlimo sentido, históricamente, la doctrina de la representación política adquiere relevancia a partir de la experiencia independentista americana y la revolución francesa hacia fines del Siglo XVIII, sin perjuicio de las diversas doctrinas que explican su naturaleza, “la representación es la acción de representar, que significa la relación que se establece entre los miembros de un grupo humano jurídicamente organizado (representado) con un órgano (representante), en cuya virtud la voluntad de este último se considera como expresión de la voluntad de aquel”[29]. De este modo, la representación engloba dos características estructurales en el ámbito de las democracias, por una parte es el reflejo de la reproducción de los mandatarios o autoridades públicas, ya en forma directa como cuando votamos por un Alcalde, ya por medios indirectos, toda vez que el Presidente –elegido por los ciudadanos– elige a una persona para el cargo de Ministro de la Corte Suprema. En democracia el poder político se legitima continuamente, desde su asunción hasta su deceso, por la voluntad de los electores. Esto es tan así, que todos los gobiernos, para revisar su legitimidad, sondean los niveles de satisfacción del electorado. Quienes gobiernan, ejercen un mandato que emana de los ciudadanos. Sin embargo, dicho mandato es irrevocable y las actuales causales de revocación operan sólo en razón de criterios preestablecidos, por lo general a nivel constitucional y vinculados a cierta inaptitud moral o física sobreviniente de los gobernantes para desempeñar el mandato conferido. Es por eso, que ante el desarrollo de la democracia “los ordenamientos constitucionales han adoptado ciertos mecanismos dirigidos a incorporar más estrechamente al ciudadano al proceso de adopción de decisiones políticas”[30], tales son las que en doctrina se denominan instituciones de democracia semidirecta, las que consisten en un conjunto de técnicas mediante las cuales se consulta al cuerpo electoral sobre asuntos específicos de trascendencia política, tales como un texto normativo, una decisión política o la manifestación de confianza a un gobernante, es en este contexto que se encuentra la denominada “destitución popular” o “revocatoria” o “recall”, que es la facultad del cuerpo electoral para solicitar que se someta a la consulta de la ciudadanía la expiración del mandato de un gobernante antes del término de su período, debiendo cesar en sus funciones de inmediato si el resultado de la consulta es adverso. Como bien expresa el profesor BIDART, “la destitución puede ser individual cuando se limita a revocar el mandato de un funcionario o colectiva, cuando se dirige a disolver un cuerpo pluripersonal”[31]. La revocación del mandato conferido, en tanto mecanismo de control de las actividades de la administración, debe ser devuelto a quienes han conferido el poder, para que las autoridades no olviden que son los ciudadanos ante quienes deben responder y a cuyo servicio, por otra parte, se encuentran.

Chile debe hacer un esfuerzo de utilizar los procedimientos democráticos para la elaboración de una nueva Constitución Política, si bien el método que se elija no es algo trivial, lo fundamental radica en los contenidos y el marco legítimo dentro del cual se puedan discutir, no obstante, las dificultades antes caracterizadas. El momento constitucional supone recoger todas la ideas que permitan configurar un nuevo estatuto de derechos y del régimen político en un contexto de legitimidad. Es por estas razones, que entendemos que la necesidad de modificar integramente el código político y aportar al debate nacional con una propuesta sobre los puntos esenciales que debe abordar una nueva Constitución, superadora de la realidad actual.

2. Historia legislativa y derecho comparado.- La Constitución vigente ha sido objeto de numerosas reformas[32], siendo las principales por su envergadura las introducidas mediante ley núm. 18.825 de 1989 y por la ley núm. 20.050 de 2005[33], esta ultima que tuvo por finalidad esencial remover los mas importantes enclaves autoritarios, y cuyos alcances de desarrollan en abundante bibliografía[34], empero, se ha propuesto certeramente la necesidad de lege ferenda, una reforma constitucional de segunda generación[35], caracterizado por algunas de las materias antes reseñadas.

Desde la perspectiva comparada en el entendido de la importancia del método comparado “cuya misión es el estudio teórico de las normas jurídico-constitucionales positivas (pero no necesariamente vigentes) de varios Estados, preocupándose de destacar las singularidades y los contrastes entre ellos o entre grupos de ellos”[36], como se indica mas abajo, se ha procurado citar los casos mas relevantes en que otros modelos aportan una propuesta normativa de interés en este proyecto de reforma, con miras a debatir sobre su alcance en nuestro contexto. Su desarrollo y referencias se encuentra en aquellos artículos en que existe une referencia expresa o similitudes, por lo que se evita su desarrollo en este apartado.

3. Ideas Matrices.- El presente proyecto tiene por finalidad sustituir de manera íntegra los quince capítulos vigentes de la Constitución Política de 1980, mediante la elaboración de quince nuevos capítulos que tratan de las siguientes materias esenciales, como son los derechos fundamentales y el ejercicio y distribución del poder en los órganos que se establecen. En su presentación, -por razones prácticas- en varias disposiciones se encuentran las concordancias o coincidencias de otros modelos constitucionales del derecho comparado, en el entendido que “la preparación de textos normativos es un momento privilegiado para recurrir a la comparación”[37], así como las referencias a diversas obras de dogmática constitucional que han efectuado crítica sobre estas materia. En este sentido podemos mencionar como materias en que el presente proyecto innova, corrige o refuerza de la constitución vigente, lo siguiente:

a) Así en su capítulo preliminar, destaca la referencia a la primacía de la persona, en que se señala que las personas nacen y permanecen libres e iguales en dignidad y derechos, por otro lado, teniendo presente las dolorosas experiencias de nuestra historia y otras latitudes, y siguiendo la tendencia de otros modelos comparados, se señala que la dignidad humana es intangible. En este mismo capítulo, el proyecto consagra que el Estado prestará especial atención a la familia, facilitando su constitución y pleno desarrollo, para lo cual deberá remover los obstáculos que impidan a la familia obtener las condiciones materiales necesarias para lograr un desarrollo integral de sus miembros[38]. En cuanto al ejercicio y distribución del Poder se establece que el poder reside en el pueblo, quien lo ejerce a través del plebiscito, del referéndum, las elecciones periódicas y, también, por delegación a las autoridades que esta Constitución establece. Como innovación se consagra el Principio de renovación, por el cual ninguna persona ni grupo de personas podrá ejercer a título vitalicio cargo político alguno de ámbito nacional, regional o local. Asimismo, siguiendo una tendencia a favor de la democracia frente a la interrupción del orden constitucional, se señala que estarán inhabilitados para ocupar un cargo público aquellos que hubiesen ejercido funciones en gobiernos de facto que hubiesen usurpado el poder mediante actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático.

b) En cuanto a la forma de Estado se señala que Chile es una República democrática y se organiza como un Estado Constitucional y Social de Derecho. La referencia a la democracia social o pluralista, que no rechaza la esencia de la concepción liberal tradicional, es una posición integradora pues como se ha sostenido “por lo tanto, al lado de las tradicionales libertades negativas, encaminadas a impedir las injerencias del Estado en las autonomías del individuo, emergen los llamados derechos sociales, que suponen el papel activo del Estado en satisfacer la exigencia del pleno desarrollo de la persona y la participación efectiva de los individuos y de los grupos en la formación de las decisiones políticas”[39]. Se incorpora una referencia expresa a que la nación chilena es multicultural. El Estado reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas que habitan su territorio y el derecho de los pueblos, comunidades y personas indígenas a conservar, desarrollar y fortalecer su identidad, idiomas, instituciones y tradiciones sociales y culturales. Los órganos del Estado deberán garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación intercultural. La ley deberá proteger las tierras y derechos de aguas de las personas y comunidades indígenas.

c) En materia de derechos fundamentales, estos se incorporan en el nuevo capítulo primero atendida su preeminencia en la nueva estructura jurídica del Estado, así en el entendido que los países latinoamericanos partiendo del Estado liberal de derecho, han desarrollado el constitucionalismo social, donde los derechos individuales se complementan con los derechos basados en el valor de la igualdad, de ahí que la propuesta avanza en los derechos fundamentales reforzando los llamados derechos de segunda generación[40], es decir, los derechos sociales, económicos y culturales, “potenciando estos últimos con el objeto de ofrecer una igualación de oportunidades en la vida nacional y un aseguramiento básico de una vida digna para todas las personas”[41]. En cuanto a su desarrollo se puede mencionar una nueva regulación del principio de igualdad, en que todas las personas son iguales ante la ley, asimismo una referencia expresa a que el hombre y la mujer gozan de los mismos derechos. El Estado promoverá la realización efectiva de la igualdad de derechos de las mujeres y los hombre e impulsará la eliminación de las desventajas existentes. Asimismo, se explicita la regla por la cual no se podrá establecer diferencias a causa de su sexo, edad, raza, nacionalidad y su origen. Nadie podrá ser perjudicado a causa de un impedimento físico o psíquico.

d) En materia de libertad de expresión se señala que toda persona tiene el derecho a expresar y difundir libremente su opinión y de informarse y acceder a información sin limitaciones (dimensión social de la libertad de expresión). La libertad de prensa y de información serán garantizados. Vinculado con lo anterior, en el contexto del ejercicio del derecho de reunión este sólo admite las restricciones que establezca la ley, superando la remisión vigente a las disposiciones generales de policía.

e) Si bien la Constitución de 1980, “es la primera Constitución nacional que contempla, en el contexto de garantías fundamentales, derechos humanos vinculados con la protección ambiental”[42], se profundiza su alcance al introducir una norma relativa al medio ambiente y su protección y sobre los derechos de la naturaleza (pachamama), en el entendido, como lo señala la jurisprudencia interamericana, que “existe una relación innegable entre la protección del medio ambiente y la realización de otros derechos humanos”[43]. En este sentido, la norma indica respecto de la naturaleza, donde se reproduce y realiza la vida, supone el respeto por todas las personas a su existencia y mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, funciones y procesos evolutivos[44]. Lejos de se ser nuevo[45], como se desprende de las propuestas normativizadas del neoconstitucionalismo latinoamericano, “el tema replantea la cuestión de los derechos de los entes no humanos. El debate a este respecto puede remontarse a la antigüedad. Desde la tradición griega hasta el presente se cruzan dos posiciones: o bien los humanos somos unos convidados más a participar de la naturaleza o esta se creó para nuestro hábitat, y por ende disponemos del derecho sobre ella (administradores, propietarios, con diferente intensidad de derechos)”[46]. En este sentido, se señala que el Estado protegerá, teniendo en cuenta su responsabilidad con las generaciones futuras[47], y dentro del marco que esta Constitución establece, los fundamentos naturales de la vida y los animales, a través de la legislación[48]. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas para que protejan la naturaleza y promoverá el respeto a todos los elementos que forman el ecosistema. Toda persona podrá exigir a la autoridad pública las acciones que sean necesarias en defensa de la naturaleza, es decir, cualquiera puede reclamar sus derechos.

f) Respecto del derecho de propiedad, caracterizado por la doctrina liberal del siglo XIX como un derecho absoluto, exclusivo y perpetuo, y cuya raíz indiscutible se sitúa en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, proclamada por la Revolución Francesa de 1789; en la Quinta enmienda a la Constitución de los Estados Unidos de América, realizada en 1791; y de dos artículos del Código Civil Francés, promulgado en 1804 (Código de Napoleón), se plantea una simplificación de su regulación Constitucional. Con todo, cabe tener presente del último ejemplo anterior, que el artículo 544 del Código Civil Francés agregó que “el ejercicio del derecho estaba condicionado a que no se hiciera un uso prohibido por las leyes y los reglamentos”[49]. En nuestro sistema son “los numerales 23, 24 y 25 los encargados de abordar esta materia. Una de las características de esta regulación es que es extremadamente detallista […] y esta marcada por una protección reforzada del derecho de propiedad sobre toda clase de bienes corporales e incorporales…”[50], de ahí que se afirme que “la Constitución vigente hace una mirada esencialmente individualista del derecho de propiedad manifestando una preocupación evidente por la protección del propietario y reconociéndole a este una garantía institucional sobre su derecho”.[51] La presente propuesta señala que la Constitución reconoce el derecho de propiedad, lo que se traduce en el derecho a adquirir toda clase de bienes corporales o incorporales, pero a su turno, incorpora la idea por la cual la función social que la propiedad cumple debe servir al mismo tiempo al bien común, superando así el texto vigente. Es precisamente, “el más importante hito dentro de la evolución del concepto de derecho de propiedad está constituido por el reconocimiento de su función social [...] La idea aparece en el parágrafo 153 de la Constitución de Weimer, en su aparatado final, que dice La propiedad obliga. Su uso debe estar a la vez al servicio del bien común. Esta misma frase se repite en el último apartado del parágrafo 14 de la ley Fundamental…”[52], esta noción no ha estado alejada de las bases programáticas para una nueva Constitución, que “debiera poner énfasis en la idea que la propiedad obliga y que su uso debe servir al mismo tiempo al bien común. En esa línea (expresada en la Constitución alemana, italiana y española) se requiere reconocer que la función social del derecho a la propiedad privada y a la herencia, deberá estar delimitada en su contenido, de conformidad a la ley”[53]. En palabras de la doctrina especializada “No hay definición más exacta y concisa que la se contiene en las tres palabras: La propiedad obliga (Eigentum verpflichtet). Con ellas se indica que la propiedad no es tenida únicamente como un derecho, sino que envuelve al mismo tiempo un deber para el propietario. Esto significa que el titular del dominio tiene siempre una esfera en la cual puede imponer su voluntad, pero que esta en la necesidad de respetar determinadas limitaciones en interés de otros en cuyo favor la función esta instituida”[54]. Este criterio interpretativo ha sido recogido por la jurisprudencia reciente de la Corte Suprema y del Tribunal Constitucional, pues “se ha empezado a dar una interpretación más extensiva a las cláusulas constitucionales que permiten imponer limitaciones y obligaciones al propietario, restringiendo la concepción absoluta y excluyente del dominio privado y sus atributos o facultades esenciales”[55]. Con todo, se mantiene el estatus de garantía de la justa indemnización en caso de expropiación.

g) En cuanto a los recursos naturales se perfecciona el estatuto de los bienes de dominio público, en este sentido el Estado participará en los beneficios del aprovechamiento de estos recursos, respecto de la empresa que los explota en la forma que determine la ley. El Estado garantizará que los mecanismos de producción, consumo y uso de los recursos naturales y la energía preserven y recuperen los ciclos naturales y permitan condiciones de vida con dignidad. En cuanto a la preocupación creciente del régimen de las aguas, se prescribe que ésta en cualquiera de sus estados, o lugar en que estén depositadas o el curso que sigan, incluidos los glaciares, son bienes nacionales de uso público. En consecuencia, su dominio y uso pertenece a todos los habitantes de la Nación.

h) En general, salvo correcciones, adiciones, y perfeccionamientos en la redacción, se mantienen los derechos de primera generación (vida, igualdad, vida privada, libertad de conciencia, libertad de expresión, derecho de reunión, propiedad, etc.) y, como señalamos con antelación, la propuesta avanza en los derechos fundamentales reforzando los llamados derechos de segunda generación, denominados derechos sociales, económicos y culturales: En este sentido; a) Consagra el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, enfatizando la libertad de los padres de elegir el colegio para sus hijos sin que puedan ser impedido o restringido este derecho por la autoridad o un particular, salvo en los casos que autorice la ley. Establece la obligación del Estado de implantar progresivamente la gratuidad en todos los niveles de enseñanza. También indica que una ley determinará los requisitos para abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales, así como para obtener financiamiento público, y regulará los procesos de admisión y permanencia de los estudiantes en los establecimientos educacionales. Consagra la regla por la cual los establecimientos educacionales privados que requieran financiamiento del Estado para su adecuado funcionamiento no podrán tener fines de lucro y deberán ser gratuitos, de acuerdo a la ley. También establece que el Estado deberá organizar y financiar un sistema público y gratuito de educación, en todos los niveles de enseñanza y con presencia en todo el territorio de la República, que será financiado por medio de presupuestos plurianuales. Incorpora una norma especial en que se reconoce el derecho a la cultura, entendido como el derecho a bienes culturales como al patrimonio cultural; b) además en lo referido al Derecho al trabajo, se dispone que el Estado promueva condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo y de educación para el trabajo. Ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador. Nadie está obligado a prestar trabajo sin retribución o sin su libre consentimiento. El Estado reconoce los derechos de sindicación en todos sus niveles, negociación colectiva por empresa y por rama de actividad y huelga, i) Garantiza la libertad sindical, ii) Fomenta la negociación colectiva y promueve formas de solución pacífica de los conflictos laborales, iii) Regula el derecho de huelga para que se ejerza en armonía con el interés social. Señala sus excepciones y limitaciones; c) consagra el reconocimiento del Estado al derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su protección frente a las contingencias que precise la ley y para la elevación de su calidad de vida, consagrando expresamente el derecho a la salud; d) y como en otras constituciones de la órbita comparada, el derecho a la vivienda digna. Como señala la doctrina se trataría de “derechos de realización progresiva que exigen un hacer o conducta de acción del Estado”[56], los que a su turno implican un deber (condicionado) de no regresividad, pues cualquier decisión del Estado en este sentido requiere una consideración cuidadosa y deberán justificarse plenamente, como lo señala una prolífica jurisprudencia interamericana en la materia[57]. En este sentido se señala que los órganos del Estado deberán adoptar providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura, sea por vía legislativa u otros medios apropiados.

i) Se establece acciones constitucionales de tutela efectiva: a) Acción de protección respecto de todos los derechos consagrados, si bien como se ha sostenido fue “el instrumento que desarrolló el modelo sobre el cual fue construido el sistema legal chileno: a) subsidiariedad, como idea que reconducía la Estado a labores de orden; b) subjetivización del sistema legal, explicándolo en la lógica de derechos naturales para los autores de la CPR; c) un sistema de solución de controversias que solo puede recaer en tribunales ordinarios; d) la constitucionalización del sistema legal, no solo como expresión de protección de derechos sino que arreglo institucional destinados a limitar las decisiones de la mayoría”[58], de ahí que se explica “por qué esta acción se transformó en el sistema de lo contencioso administrativo entre nosotros”[59]; b) Habeas corpus. Perfecciona la redacción de la acción enumerando una serie de hipótesis cubiertas por la acción; c) La acción de tutela de derechos. Garantiza a las personas contra las acciones u omisiones provenientes de autoridades, funcionarios o personas, que lesionen mediante amenaza, perturbación o privación el legítimo ejercicio de un derecho asegurado y garantizado por la Convención Americana de Derechos Humanos y otras convenciones complementarias del sistema interamericano ratificadas por Chile y vigentes; d) una acción especial de Habeas data[60]. Toda persona, por si o cualquiera a su nombre, tendrá derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos personales e informes que sobre si misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, sea en forma manual o electrónica. Asimismo tendrá derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el origen y destino de su información personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos[61].

j) En un nuevo capítulo segundo relativo a materias de nacionalidad y ciudadanía y sistema electoral, se efectúan enmiendas a las causales de suspensión y pérdida de la ciudadanía que manifiestan una contradicción explícita, en el “hecho de que la imposición de una pena aflictiva implique la pérdida de la ciudadanía. Bajo una justificación democrática de la pena, un sujeto condenado por un hecho punible debe conservar su condición de ciudadano, pues la legitimidad (de las consecuencias) del reproche que se expresa en la pena presupone su reconocimiento como miembro de la comunidad política”[62]. En nuestro sistema los efectos de la inhabilitación absoluta, sea perpetua o temporal, consiste “en la pérdida de todo derecho políticos activos y pasivos, amén de la incapacidad de obtenerlos en el futuro. La comisión redactora tuvo el acierto de incluir una interpretación auténtica contextual que restringe el ámbito tocado por la pena, a las capacidades de ser ciudadano elector y de obtener cargos de elección popular (art. 42), por cuyo motivo ninguna inhabilitación puede privar al sujeto de votar en un referéndum, ser miembro o dirigente de un partido, intervenir en los debates públicos, etc.”[63]. Lo anterior expresa una predisposición de la política criminal que se “ajusta a un modelo derecho penal del enemigo”, lo que justifica las enmiendas. En el ámbito del Sistema electoral, se establece que será público y el sistema de elecciones garantizará el principio de proporcionalidad[64]. El sufragio será personal, igualitario, secreto y OBLIGATORIO. La ley determinará las causas por las que está justificada la no participación en las elecciones, a pesar de la obligación de votar.

k) En materia de Gobierno, se propone atenuar el presidencialismo exacerbado, pues el “excesivo poder presidencial es también un obstáculo a la democracia, puesto que frente a los órganos legislativos, la figura presidencial se erige como un verdadero órgano autócrata que dificulta dar legitimidad democrática al sistema como un todo, porque incide de manera muy decisiva en la producción del derecho”[65], de ahí la necesidad de buscar “un nuevo equilibrio entre todos los órganos constitucionales, particularmente en cuanto a las atribuciones presidenciales en materias, legislativas, económicas y militares…”[66], pues como se ha señalado “criticar en nuestra América el presidencialismo parece hasta hoy un pecado político”[67]. En materia de régimen político se limitan la amplias atribuciones del Presidente de la República, se reconfiguran las atribuciones del Presidente (jefatura de estado) y se establece la figura del Vicepresidente (jefatura del gobierno), quien es elegido conjuntamente con el Presidente por sufragio universal. Ambos pueden ser reelegidos por única vez para el periodo siguiente[68] (se premia el buen gobierno). Se plantea una nueva estructura de distribución de competencias entre los ministros y su relación con el Poder Legislativo. El Vicepresidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de éstos en su gestión, además de ejercer las funciones que el Presidente le asigne. Garantizará la ejecución de las leyes, ejercerá la potestad reglamentaria y podrá delegar algunas de sus potestades en los ministros.

Además, el Presidente de la República podrá disolver el Congreso Nacional por una sola vez durante su mandato[69]. En este caso, el Gobierno deberá disponer de nuevas elecciones en un plazo de sesenta días, para que el nuevo Congreso Nacional se pueda reunir en un plazo máximo de noventa días, desde la fecha de disolución.

l) En cuanto al Poder Legislativo, se innova y propone que el Congreso Nacional sea unicameral, el que estará integrado por parlamentarios elegidos en votación directa, cuyo número, distritos electorales y sistema de elección será determinado por la ley orgánica constitucional respectiva. El Congreso Nacional se renovará íntegramente cada cuatro años. Se establece la iniciativa popular de ley, los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en el Congreso Nacional, siempre que sean formulados por un número no inferior al tres por ciento de los ciudadanos inscritos. En materia de procedimientos legislativos, se eliminan los quórum supra mayoritarios (cuatro séptimo de los miembros en ejercicio para modificar o derogar las leyes de quórum orgánico constitucional). En el texto propuesto y salvo el de reforma constitucional, el quórum más alto exigible es el de la mayoría de los miembros en ejercicio (leyes orgánicas). Se establece un proceso mas sustantivo y exigente para la elaboración de la ley. Se terminan las urgencias, empero, se establecen criterios para trámites mas expeditos en casos calificados. Se establecen límites a la reelección y se efectúa una precisión del régimen de incompatibilidades, inhabilidades y conflictos de interés de los miembros del congreso y limitación de las atribuciones del Congreso. Los parlamentarios podrán renunciar a sus cargos, y se incorpora la regla que los partidos políticos podrán solicitar la renuncia de sus parlamentarios en la forma que determine la ley orgánica respectiva. Las relaciones Exteriores son propias del jefe de Estado y su fiscalización la realizará la comisión legislativa respectiva.

Extraordinariamente, el Congreso puede –por una vez en el período- acordar la remoción del gabinete.

El Congreso mantiene la facultad de establecer la responsabilidad jurídico político del Presidente, Vicepresidente, miembros tribunales superiores, Ministerio Público, etc.

Siempre en el ámbito legislativo, en materia de ley de presupuesto, -en coherencia con la regla en que el manejo financiero de la hacienda pública corresponde al Ejecutivo-, se mantiene la estructura de tramitación, empero se incorpora como innovación la posibilidad de establecer presupuestos plurianuales en materia de salud, vivienda, educación y defensa nacional.

m) En cuanto al Poder Judicial, se refuerza el principio de independencia judicial. Los ministros de la Corte Suprema siguen siendo veintiún miembros, pero cinco de los que se denominan actualmente extraños a la carrera funcionaria, en vez de ser designados, serán elegidos por sufragio universal, se admite por esta vía, la figura del juez escabino (un integrante ajeno al poder judicial, al juez de carrera). Las Cortes de Apelaciones funcionarán en salas especializadas por materias. Existirá a lo menos una sala civil, laboral y penal. Sin perjuicio de lo anterior, atendida las necesidades del territorio jurisdiccional respectivo, podrán existir salas en materia tributaria y aduanera y en lo contencioso administrativo, en este último caso se cumple con la exigencia Constitucional de esta clase de Tribunales. Por otro lado, los Tribunales de primera instancia que dicten sentencia definitiva en juicio deberán estar integrados por tres miembros, sin perjuicio de la existencia de tribunales unipersonales para conocer otras materias o resolver procedimientos especiales. Se innova en materia de integración, y rotación de los jueces. Se crean los jueces de paz, que serán los llamados a resolverán en equidad y tendrán competencia exclusiva y obligatoria para conocer aquellos conflictos individuales, comunitarios, vecinales y contravenciones, que sean sometidos a su jurisdicción, de conformidad con la ley. Los jueces de paz utilizarán mecanismos de conciliación[70], diálogo, acuerdo amistoso y otros practicados por la comunidad para adoptar sus resoluciones, que garantizarán y respetarán los derechos reconocidos por la Constitución.

En materia de gobierno judicial se crea el Consejo Nacional de la Magistratura, compuesta por nueve miembros, que tendrá a su cargo la selección de los magistrados, la calificación, las medidas disciplinarias y la administración del Poder Judicial.

n) Otro punto que se modifica es el Tribunal Constitucional, con una nueva integración, reduciendo sus integrantes a siete miembros. En este sentido el Congreso Nacional sólo elige un miembro (obliga a los parlamentarios a llegar a un acuerdo); dos el Presidente de la República y uno designado por la Corte Suprema. Los tres restantes, son elegidos por sufragio universal. Durarán 6 años en el cargo.

En cuanto a sus atribuciones, se limitan las competencias del Tribunal, eliminando el control preventivo de constitucionalidad (leyes orgánicas y requerimientos, es decir, un Tribunal Constitucional como continuación de la política por otros medios), salvo en el caso de los tratados internacionales. Se refuerza el control represivo (inaplicabilidad por inconstitucionalidad), además de la facultad de resolver conflictos de competencias entre órganos del Estado; resolver inhabilidades e incompatibilidades de parlamentarios, etc.

ñ) Ministerio Público y Defensoría Penal. Se otorga rango constitucional a la defensoría penal, quedando al mismo nivel que el Ministerio Público. Se establece el proceso de nombramiento del fiscal y defensor nacional, por el Presidente con acuerdo del Congreso (3/5), sobre la base de la quina preparada por la Corte Suprema. Duran 6 años en el cargo.

o) Defensoría de las personas. (u Ombusman). Un organismo autónomo, con personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, velará por la promoción y tutela de los de los derechos y garantías asegurados en la Constitución Política de la República, en los Tratados Internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes, ante actos u omisiones de la Administración del Estado, o de particulares, cuando ejerzan actividades de servicio o utilidad pública. Sin perjuicio de la facultad de otros órganos, le corresponderá asumir la defensa de aquellos derechos que tengan impacto colectivo o involucren a una pluralidad de individuos. Estará a cargo del defensor de las personas, elegido por el Congreso, quién podrá también ejercer las acciones o recursos que correspondan para tutelar los derechos y garantías a que se refiere el inciso primero.

p) FF.AA. y de Orden y Seguridad Púbica. Mantiene el carácter no deliberante y establece que los Suboficiales de las Fuerzas Armadas, de Carabineros y de la Policía de investigaciones y demás funcionarios que trabajen en dichas instituciones, podrán agruparse en asociaciones que los representen ante la autoridad, para velar por sus condiciones de trabajo, seguridad y bienestar.

Además, se incorpora que la formación impartida por las Escuelas de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad será siempre gratuita, estará al alcance de todos y sus planes de estudios e instrucción serán respetuosos de los derechos consagrados por esta Constitución y por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

q) Garantía de Participación. La Constitución y los órganos que ella establece velarán por una mayor participación ciudadana en todos los ámbitos de la administración y gobierno. En este sentido se consagra expresamente el referéndum (uno de carácter revocatorio y otro de carácter obligatorio en el caso de reforma constitucional) y el plebiscito: i) Referéndum. Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables. Transcurrida la mitad del período por el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor del treinta por ciento de los electores inscritos según el cargo que se trate (nacional o en la región, distrito o comuna) podrán solicitar la convocatoria a un referendum para revocar el mandato, se requiere la mayoría absoluta de al menos el cincuenta por ciento de los electores inscritos; ii) Plebiscito. El plebiscito tiene por objeto consultar a la ciudadanía sobre materias propias de una decisión del gobierno y tendrá carácter nacional y vinculante. El plebiscito puede sólo ser convocado por el Presidente de la República.

r) Se mantiene el Tribunal Electoral, Contraloría General de la República, Banco Central en la estructura vigente con mínimas correcciones. Entre ellas el contralor durará 6 años en el cargo.

s) Gobiernos regionales. En este ámbito se mantienen los avances en materia de elección de autoridades. Se elige por sufragio directo al intendente y los consejeros regionales. Se eliminan los gobernadores provinciales y se crea la figura del delegado presidencial. En cuanto a las atribuciones, se renuevan conforme a la nueva estructura. Se enfatiza en el proceso de regionalización confiriendo potestades de pleno derecho a ciertas materias de clara identificación regional (gestión ambiental[71]) y sistemas de control de asignación de recursos.

A nivel Municipal se mantienen atribuciones y esquema de asociatividad. El proyecto contempla la creación de las áreas metropolitanas.

t) Reforma de la Constitución. En este aspecto la regla general es que las reformas requieren para su aprobación las 2/3 de los miembros en ejercicio (en los modelos del derecho comparado oscila entre 3/5 y 2/3 con fórmulas que atemperan el alto quórum).

Sin perjuicio de lo anterior, si el proyecto no hubiese alcanzado el quórum requerido, pero obtuviere el voto favorable de la mayoría de los miembros en ejercicio del Congreso, procederá el referéndum respecto de la reforma constitucional.

El referéndum a que se refiere el párrafo anterior podrá ser convocado por el Presidente de la República, por las dos quintas partes del Congreso Nacional, o por la solicitud al Servicio Electoral de un número no inferior al 3 por ciento de los ciudadanos inscritos.

El quórum de aprobación de la reforma por el referéndum será la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos. En caso de alcanzar el quórum precedente se entenderá aprobada la reforma constitucional.

En lo relativo al ejercicio del poder constituyente derivado, a que se refiere el procedimiento anterior, y como bien señala la doctrina, “las constituciones escritas como obras humanas imperfectas y que responden a una realidad histórica y una cultura concreta, deben contener los mecanismos y procedimientos necesarios para procesar los cambios y adecuaciones necesarios a nuevas realidades y desafíos jurídicos y políticos , como asimismo para ir llenando los vacíos o lagunas que contenga, sean esta últimas consientes cuando por razones políticas dejó temas abiertos (lagunas del constituyente) o inconscientes (lagunas de la Constitución)”[72]. Sobre el punto se señala que existen límites a la reforma constitucional, en el sentido, que “constituyen impedimentos que se establecen deliberadamente a la revisión de ciertos contenidos asegurados por la Constitución, imposibilitando la reforma o eliminación de dichas instituciones…”[73], pudiendo ser límites explícitos e implícitos, autónomos o heterónomos, etc., del cual existen diversos ejemplos en los modelos comparados. En nuestro sistema se sostiene que el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, de tal manera que el constituyente instituido o derivado, “no puede prescindir de la valla sustancial que ha tenido en cuenta el constituyente”[74], para otros, “no pueden vulnerar tampoco las restricciones que derivan del ius cogens, como asimismo tanto el derecho internacional convencional como el consuetudinario de derechos humanos…”[75]. En el caso del presente proyecto de reforma –pese a la inexistencia de límites autónomos expresos- entendemos que se han respetado los límites que son descrito, atendido que el presente proyecto viene en reforzar el esquema de los derechos fundamentales de las personas.

Es sobre la base de estos antecedentes que venimos en proponer el siguiente:

Proyecto de Reforma Constitucional.

Artículo 1º. Sustitúyase los capítulos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, y XV de la Constitución Política de la República por los siguientes capítulos nuevos:

1) Para sustituir el Capitulo I por el siguiente:

§ Capítulo Preliminar

Art. 1º.- Las personas nacen y permanecen libres e iguales en dignidad y derechos. La dignidad humana es intangible. Respetarla y protegerla es obligación de todos los órganos del Estado[76].

El pueblo chileno en su forma de organización social y política tiene por finalidad crear una sociedad fundada en la libertad, la igualdad, la solidaridad y la justicia[77].

El Estado está al servicio de la persona humana y asegura su desarrollo integral al crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece[78].

Es deber del Estado, dar protección a la población, promover la integración armónica de todos los sectores de la sociedad y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en ella, promoviendo una justa distribución de los ingresos.

El Estado prestará especial atención a la familia, facilitando su constitución y pleno desarrollo, para lo cual deberá remover los obstáculos que impidan a la familia obtener las condiciones materiales necesarias para lograr un desarrollo integral de sus miembros[79].

Art. 2º.- Chile es una república democrática y se organiza como un Estado Constitucional y Social de Derecho.

El Estado asegura la participación organizada del pueblo en la resolución de los problemas nacionales, regionales y locales, así como la defensa del régimen democrático[80], expresado en el Estado de Derecho que establece esta Constitución.

Ninguna persona ni grupo de personas podrá ejercer a título vitalicio cargo político alguno de ámbito nacional, regional o local[81].

Art. 3º.- El Estado de Chile es unitario. La administración del Estado será funcional y territorialmente descentralizada, o desconcentrada en su caso, de conformidad a la ley.

Los órganos del Estado promoverán el fortalecimiento de la regionalización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones y comunas del territorio de la República. Para estos efectos se garantizará la participación de la ciudadanía en la elección por sufragio universal de las autoridades regionales y transferencias de competencias.

Junto con lo anterior el Estado propenderá a crear las condiciones materiales y sociales para incentivar a una distribución equitativa de la población en el territorio nacional.

La nación chilena es multicultural[82]. El Estado reconoce la preexistencia étnica[83] y cultural de los pueblos indígenas que habitan su territorio y el derecho de los pueblos, comunidades y personas indígenas a conservar, desarrollar y fortalecer su identidad, idiomas, instituciones y tradiciones culturales. Los órganos del Estado deberán garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación intercultural. La ley deberá proteger las tierras y derechos de aguas de las personas y comunidades indígenas.

Art. 4º.- Las reglas generales del Derecho internacional público son parte integrante del Derecho nacional. Tienen primacía sobre las leyes y crean directamente derechos y obligaciones para los habitantes del territorio nacional[84].

Las sentencias de las Cortes Internacionales o Supranacionales en materia de derechos humanos a la que el Estado de Chile le haya reconocido jurisdicción contenciosa vinculante, son de obligatorio cumplimiento por los órganos del Estado de Chile.

Art. 5º.- El poder reside en el pueblo, quien lo ejerce a través del plebiscito, del referéndum, las elecciones periódicas y, también, por delegación a las autoridades que esta Constitución establece. Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio.

El ejercicio del poder reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes y los principios generales reconocidos por la comunidad internacional. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos.

Art. 6º.- Los órganos del Estado y toda persona deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella.

Los preceptos de esta Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a toda persona, institución o grupo.

La infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones que determine la ley.

Art. 7º.- Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley.

Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes.

Todo acto en contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidades y sanciones que la ley señale[85].

Art. 8º.- El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones.

Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, sólo una ley podrá establecer la reserva de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos o los derechos de las personas.

Estarán inhabilitados para ocupar un cargo público aquellos que hubiesen ejercido funciones en gobiernos de facto, que usurparen el poder mediante actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático[86].

2) Para sustituir el Capítulo II por el siguiente:

§ Capítulo Primero.

Derechos fundamentales de las personas.

Título Primero.

Derechos Fundamentales.

Art. 9.- La Constitución asegura a todas las personas:

1º. El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte.

2º. Todas las personas son iguales ante la ley. El hombre y la mujer gozan de los mismos derechos. El Estado promoverá la realización efectiva de la igualdad de derechos de las mujeres y los hombre e impulsará la eliminación de las desventajas existentes.

No se podrá establecer diferencias arbitrarias a causa de su sexo, edad, raza, nacionalidad y su origen[87]. Nadie podrá ser perjudicado a causa de un impedimento físico o psíquico[88].

3º. La libertad de creencia y de conciencia y la libertad ideológica y de confesión religiosa y de culto son inviolables. Nadie podrá ser obligado, contra su conciencia, a realizar el servicio militar en la forma que señale la ley.

Ninguna confesión tendrá carácter estatal.

4º. El domicilio es inviolable así como toda forma de comunicación privada.

Los registros en el domicilio no podrán ser ordenados sino por el juez, salvo que ante la inminencia del riesgo para las personas, la ley autorice a determinados órganos, y de la manera y condiciones que esta fije. Las comunicaciones privadas sólo podrán interceptarse o abrirse en los casos y forma determinados por la ley.

5º. El respeto y protección de la vida privada y a la honra de las personas.

El derecho a la autodeterminación informativa. La ley definirá el concepto de datos personales y de vida intima de la persona para fines de registros públicos o privados, las bases o bancos de datos y las condiciones de constitución de ellos, acceso y utilización por entes públicos o privados. Asimismo definirá el régimen aplicable a la circulación de flujos de datos a través de las fronteras.

6º. El derecho a la libertad personal y a la seguridad individual. En consecuencia:

a) Toda persona tiene derecho de residir y permanecer en cualquier lugar de la República, trasladarse de uno a otro y entrar y salir de su territorio, a condición de que se guarden las normas establecidas en la ley;

b) Nadie puede ser privado de su libertad personal ni ésta restringida en forma arbitraria. La ley determinará los casos y la forma en que esta privación o restricción será procedente;

c) Nadie puede ser arrestado o detenido sino por orden de funcionario público expresamente facultado por la ley y después de que dicha orden le sea intimada en forma legal. Sin embargo, podrá ser detenido el que fuere sorprendido en delito flagrante, con el solo objeto de ser puesto a disposición del juez competente dentro de las veinticuatro horas siguientes;

Si la autoridad hiciere arrestar o detener a alguna persona, deberá, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, dar aviso al juez competente, poniendo a su disposición al afectado. El juez podrá, por resolución fundada, ampliar este plazo hasta por cinco días.

d) Nadie puede ser arrestado o detenido, sujeto a prisión preventiva o preso, sino en su casa o en lugares públicos destinados a este objeto;

Los encargados de las prisiones no pueden recibir en ellas a nadie en calidad de arrestado o detenido, procesado o preso, sin dejar constancia de la orden correspondiente, emanada de autoridad que tenga facultad legal, en un registro que será público;

e) La libertad del imputado podrá ser restringida por la detención o de manera excepcional por la prisión preventiva, sólo cuando sea considerada por el juez como necesaria y proporcional a los fines de las investigación o en caso de riesgos para la víctima. La ley establecerá los requisitos en que estas restricciones sean procedentes;

f) En las causas criminales no se podrá obligar al imputado o acusado a que declare bajo juramento sobre hecho propio; tampoco podrán ser obligados a declarar en contra de éste sus ascendientes, descendientes, cónyuge y demás personas que, según los casos y circunstancias, señale la ley;

g) No podrá imponerse la pena de confiscación de bienes, sin perjuicio del comiso en los casos establecidos por las leyes, pero dicha pena será procedente respecto de las organizaciones criminales;

h) No podrá aplicarse como sanción la pérdida de los derechos previsionales, e

i) Una vez dictado sobreseimiento definitivo o sentencia absolutoria, el que hubiere sido sometido a proceso, acusado, sometido a prisión preventiva o condenado por resolución que el Tribunal Constitucional declare constitutivo de error judicial, tendrá derecho a ser indemnizado por el Estado de los perjuicios patrimoniales y morales que haya sufrido. El tribunal apreciará la prueba con libertad pero no podrán contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados.

La indemnización será determinada en un procedimiento sumario fijado por ley.

7º. Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.

8º. Toda persona imputada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su responsabilidad. La ley no podrá presumir de derecho la responsabilidad penal. Durante el proceso, toda persona tiene derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:

a) derecho del imputado de ser asistido gratuitamente por el traductor o intérprete, si no comprende o no habla el idioma del juzgado o tribunal;

b) comunicación previa y detallada al imputado de la acusación formulada;

c) concesión al imputado del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de su defensa;

d) derecho a defensa jurídica. El imputado podrá defenderse personalmente o de ser asistido por un defensor de su confianza y de comunicarse libre y privadamente con su defensor en la forma que la ley señale y ninguna autoridad o individuo podrá impedir, restringir o perturbar la debida intervención del letrado si hubiere sido requerida;

e) derecho irrenunciable de ser asistido por un defensor proporcionado por el Estado, remunerado o no según la legislación interna, si el inculpado no se defendiere por sí mismo ni nombrare defensor dentro del plazo establecido por la ley;

f) derecho de la defensa de interrogar a los testigos presentes en el tribunal y de obtener la comparecencia, como testigos o peritos, de otras personas que puedan arrojar luz sobre los hechos;

g) derecho a no ser obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable, y

h) derecho de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior.

Nadie podrá ser juzgado por comisiones especiales, sino por el tribunal que señalare la ley y que se hallare establecido por ésta con anterioridad a la perpetración del hecho.

El proceso penal debe ser público. El imputado absuelto por una sentencia firme no podrá ser sometido a nuevo juicio por los mismos hechos.

Toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse en un proceso previo legalmente tramitado. Corresponderá al legislador establecer siempre las garantías de un procedimiento y una investigación racionales y justos. El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas[89].

Ningún delito se castigará con otra pena que la que señale una ley promulgada con anterioridad a su perpetración, a menos que una nueva ley favorezca al afectado.

Ninguna ley podrá establecer penas desproporcionadas y sin que la conducta que se sanciona esté expresamente descrita en ella.

9º. Toda persona tiene el derecho a expresar y difundir libremente su opinión y de informarse y acceder a información sin limitaciones. La libertad de prensa y de información serán garantizados.

El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

10º. El derecho a reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas.

Las reuniones en las plazas, calles y demás lugares de uso público, se regirán por la forma que señale la ley.

11º. El derecho de asociarse sin permiso previo.

Para gozar de personalidad jurídica, las asociaciones

deberán constituirse en conformidad a la ley.

Nadie puede ser obligado a pertenecer a una asociación.

Están prohibidas las asociaciones contrarias a las leyes penales o que estén dirigidas contra el orden constitucional o contra a idea del entendimiento entre los pueblos.

Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático. Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres. El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes. Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonio. Una ley orgánica constitucional regulará las materias que les conciernan y las sanciones que se aplicarán por el incumplimiento de sus preceptos, dentro de las cuales podrá considerar su disolución.

12º. La libertad de trabajo y su protección.

Toda persona tiene derecho a la libre contratación y a la libre elección del trabajo con una justa retribución.

Se prohíbe cualquiera discriminación que no se base en la capacidad o idoneidad personal, sin perjuicio de que la ley pueda exigir la nacionalidad chilena o límites de edad para determinados casos.

Ninguna clase de trabajo puede ser prohibida, salvo que se oponga a las leyes penales o contra el orden constitucional.

Los colegios profesionales constituidos en conformidad a la ley son instituciones autónomas con personalidad jurídica de derecho público. La ley deberá señalar los casos en que la colegiatura es obligatoria.

La ley determinará las profesiones que requieren grado o título universitario y las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas.

13º. El derecho de presentar individual o colectivamente peticiones o reclamaciones a la autoridad competente, sobre cualquier asunto de interés público o privado.

14º. El derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza.

La naturaleza o pachamama, donde se reproduce y realiza la vida, supone el respeto por todas las personas a su existencia y mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, funciones y procesos evolutivos[90].

El Estado protegerá, teniendo en cuenta su responsabilidad con las generaciones futuras y dentro del marco que esta Constitución establece, los fundamentos naturales de la vida y los animales, a través de la legislación[91]. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas para que protejan la naturaleza y promoverá el respeto a todos los elementos que forman el ecosistema.

Toda persona podrá exigir a la autoridad pública las acciones que sean necesarias en defensa de la naturaleza.

15º. El derecho de propiedad. Su contenido y límites serán establecidos por la ley.

Sólo la ley puede establecer el modo de adquirir la propiedad, de usar, gozar y disponer de ella y las limitaciones y obligaciones que deriven de su función social.

La función social debe servir al mismo tiempo al bien común[92].

Nadie puede, en caso alguno, ser privado de su propiedad, del bien sobre que recae o de alguno de los atributos o facultades esenciales del dominio, sino en virtud de ley general o especial que autorice la expropiación por causa de bien común, calificada por el legislador. El expropiado podrá reclamar de la legalidad del acto

expropiatorio ante los tribunales ordinarios y tendrá siempre derecho a indemnización por el daño patrimonial efectivamente causado, la que se fijará de común acuerdo o en sentencia dictada conforme a derecho por dichos tribunales.

El estado reconoce a la nación toda la propiedad inalienable, imprescriptible e inembargable de los recursos naturales no renovables y, en general, de los productos del subsuelo, yacimientos minerales y de hidrocarburos, substancias cuya naturaleza sea distinta de la del suelo, incluso los que se encuentren en las áreas cubiertas por las aguas del mar territorial y las zonas marítimas; así como la biodiversidad y su patrimonio genético y el espectro electromagnético. Estos bienes sólo podrán ser explotados en estricto cumplimiento de los principios ambientales establecidos en la Constitución.

El Estado participará en los beneficios del aprovechamiento de estos recursos, respecto de la empresa que los explota en la forma que determine la ley.

El Estado garantizará que los mecanismos de producción, consumo y uso de los recursos naturales y la energía preserven y recuperen los ciclos naturales y permitan condiciones de vida con dignidad.

Las aguas en cualquiera de sus estados, o lugar en que estén depositadas o el curso que sigan, incluidos los glaciares, son bienes nacionales de uso público. En consecuencia, su dominio y uso pertenece a todos los habitantes de la Nación.

16º.- La igual repartición de los tributos en proporción a las rentas o en la progresión o forma que fije la ley, y la igual repartición de las demás cargas públicas.

En ningún caso la ley podrá establecer tributos manifiestamente desproporcionados o injustos.

Los tributos que se recauden, cualquiera que sea su naturaleza, ingresarán al patrimonio de la Nación y no podrán estar afectos a un destino determinado.

Sin embargo, la ley podrá autorizar que los que gravan actividades o bienes que tengan una clara identificación regional o local puedan ser aplicados, dentro de los marcos que la misma ley señale, por las autoridades regionales o comunales para el financiamiento de obras de desarrollo;

17º.- El derecho a desarrollar cualquiera actividad económica respetando las normas legales que la regulen.

El Estado y sus organismos podrán desarrollar actividades empresariales o participar en ellas sólo si una ley los autoriza. En tal caso, esas actividades estarán sometidas a la legislación común aplicable a los particulares, sin perjuicio de las excepciones que por motivos justificados establezca la ley.

El Estado deberá apoyar y fomentar la iniciativa privada, con la finalidad de contribuir a la diversificación de la matriz productiva de cada región y del país, orientada a un desarrollo social y económico sostenido, respetuoso del medio ambiente y equitativo. Asimismo, deberá estimular la formación y capacitación de los trabajadores en todas aquellas áreas de la economía que sean definidas como estratégicas por los órganos de fomento productivo competentes. Además, deberá impulsar la creación y aplicación de tecnologías más eficientes y limpias a los procesos productivos;

18º La no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica.

Sólo en virtud de una ley, y siempre que no signifique tal discriminación, se podrán autorizar determinados beneficios directos o indirectos en favor de algún sector, actividad o zona geográfica, o establecer gravámenes especiales que afecten a uno u otras. En el caso de las franquicias o beneficios indirectos, la estimación del costo de éstos deberá incluirse anualmente en la Ley de Presupuestos.

Título Segundo.

De los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Art. 10°.- Esta Constitución protege especialmente los derechos económicos, sociales y culturales.

Art. 11º.- El derecho a la educación. El sistema educativo chileno se orienta hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto, protección y promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales consagradas en la Constitución Política de la República, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes[93].

Los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos en la forma que estimen adecuada. No podrá la autoridad ni un particular impedir o restringir arbitrariamente el ejercicio de este derecho, sino en los casos señalados expresamente por la ley.

El Estado implantará progresivamente la enseñanza gratuita en todos los niveles de enseñanza[94], de conformidad a la ley. Los establecimientos educacionales privados que requieran financiamiento del Estado para su adecuado funcionamiento no podrán tener fines de lucro y deberán ser gratuitos, de acuerdo a la ley[95].

La enseñanza financiada por el Estado será de calidad y deberá propender a asegurar que todos los estudiantes, con independencia de sus condiciones y circunstancias, alcancen los objetivos generales y los estándares de aprendizaje que se definan por la ley[96]. El sistema educativo tendrá especial atención en aquellas personas o grupos que requieran apoyo especial[97].

Para el Estado es obligatorio promover la educación parvularia. El segundo nivel de transición es obligatorio, siendo requisito para el ingreso a la educación básica.

La educación básica y la educación media son obligatorias. En el caso de la educación media este sistema se extenderá hasta cumplir los 21 años de edad.

La educación superior será accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno. Las instituciones de educación superior están dotadas de autonomía académica, administrativa y económica.

El Estado deberá organizar y financiar un sistema público y gratuito de educación, en todos los niveles de enseñanza y con presencia en todo el territorio de la República, de conformidad a la ley. Será financiado a través de presupuestos plurianuales.

Corresponderá al Estado, asimismo, fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles; estimular la investigación científica y tecnológica, la creación artística y la protección e incremento del patrimonio cultural de la Nación[98].

Los medios de comunicación social deben colaborar con el Estado en la educación y en la formación cultural.

Art. 12º.- Libertad de enseñanza. Los padres tienen el derecho de escoger el establecimiento de enseñanza para sus hijos[99].

El Estado garantiza el derecho de los padres para educar a sus hijos según sus propias convicciones religiosas y morales[100].

Una ley determinará los requisitos para abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales, así como para obtener financiamiento público; regulará los procesos de admisión y permanencia de los estudiantes en los establecimientos educacionales; también establecerá los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles de la enseñanza básica y media y señalará las normas objetivas, de general aplicación, que permitan al Estado velar por su cumplimiento y la calidad en la educación. Dicha ley, del mismo modo, establecerá los requisitos para el reconocimiento oficial de los establecimientos educacionales de todo nivel[101].

Art. 13°.- Se reconoce el derecho a la cultura, entendido como el derecho a bienes culturales como al patrimonio cultural[102].

Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado.

La ley garantiza la propiedad de dicho patrimonio. Fomenta conforme a ley, la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo, así como su restitución al país cuando hubiere sido ilegalmente trasladado fuera del territorio nacional.

Art. 14°.- El derecho al trabajo. Es base del bienestar social y un medio de realización de la persona. El trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la madre, al menor de edad y al discapacitado que trabajan.

El Estado promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo y de educación para el trabajo.

Ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador. Nadie está obligado a prestar trabajo sin retribución o sin su libre consentimiento.

El trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual.

Las remuneraciones mínimas se regulan por el Estado con participación de las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores.

La ley otorga al trabajador adecuada protección contra el despido.

Art. 15°.- El Estado reconoce los derechos de sindicación en todos sus niveles, negociación colectiva por empresa y por rama de actividad y huelga.

1º. Garantiza la libertad sindical.

2º. Fomenta la negociación colectiva y promueve formas de solución pacífica de los conflictos laborales.

3º. Regula el derecho de huelga para que se ejerza en armonía con el interés social. La ley señalará sus excepciones y limitaciones.

Art. 16º. El derecho a la protección de la salud. Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad.

El Estado determina la política nacional de salud.

El Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicación; es responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud.

Art. 17°.- El Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su protección frente a las contingencias que precise la ley y para la elevación de su calidad de vida.

El Estado garantizará el acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través de un sistema público y de carácter solidario. Además, garantiza el derecho a una renta básica incondicional y universal[103].

El Estado deberá supervisar y regular a las instituciones privadas de salud y pensiones.

Art. 18º.- El derecho a una vivienda digna[104]. Corresponderá al Estado regular los requisitos y propiciar las condiciones para hacer efectivo a este derecho, entregando alternativas diversas de viviendas, sistemas de financiamiento a largo plazo y formas asociativas de ejecución de los programas de vivienda, estimular la construcción privada con subordinación a los intereses generales.

Asimismo, le corresponderá regular los planes de reordenación del territorio y de urbanización, que contemplen la existencia de una red adecuada de transportes y equipamiento urbano, con la finalidad de garantizar que las viviendas reúnan condiciones que permitan una adecuada vida familiar, acceso a servicios básicos, parques y equipamiento para el esparcimiento, la práctica del deporte y la organización vecinal.

Art. 19º- En ningún caso un derecho fundamental podrá ser afectado en su contenido esencial.

Art. 20º. Los órganos del Estado deberán adoptar providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales, consagrados en esta Constitución, sea por la vía legislativa u otros medios apropiados.

Título Tercero.

Acciones Constitucionales.

Art. 21º.- Acción de protección. El que por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidos en el artículo 9 y siguientes de la Constitución Política de la República, podrá recurrir por sí o por cualquiera a su nombre, a la Corte de Apelaciones respectiva, la que adoptará de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado, sin perjuicio de los demás derechos que pueda hacer valer ante la autoridad o los tribunales correspondientes.

Art. 22º.- Acción de Habeas Corpus. El amparo o habeas corpus es una acción constitucional que garantiza el derecho a la libertad personal y la seguridad individual, procediendo contra todo acto u omisión provenientes de cualquier autoridad, funcionario o persona con infracción a lo dispuesto por la Constitución, la ley o que sea arbitrario, que importe privación, perturbación o amenaza de los bienes jurídicos protegidos, especialmente en los casos siguientes:

a) Privación, perturbación o amenaza de tales derechos sin orden escrita de funcionario competente, salvo excepciones conforme al orden jurídico vigente.

b) Vulneración del derecho de los nacionales o extranjeros de residir y transitar por el territorio nacional conforme al ordenamiento jurídico vigente, o la de entrar y salir del mismo, salvo resolución judicial o acto gubernativo dictado conforme al ordenamiento jurídico vigente.

c) El derecho a no ser separado del lugar de residencia sino por mandato judicial del tribunal competente, de acuerdo al ordenamiento jurídico vigente.

d) El derecho a no ser objeto de exilio, destierro o confinación sino por sentencia firme de un tribunal competente.

e) El derecho del extranjero de no ser expulsado a un país cuyo gobierno lo persigue, si se encuentra en riesgo su vida o existe el peligro de ser sometido a tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

f) El derecho a no ser detenido sino por mandato escrito y motivado de la autoridad competente, o en el caso de delito flagrante, el de ser puesto a disposición del tribunal competente dentro del plazo determinado por el Código Procesal Penal.

g) Prisión por deudas, sin perjuicio de los casos en que ella es legítimamente autorizada por ley.

h) El derecho a no ser incomunicado, con excepción de los casos autorizados por el ordenamiento jurídico vigente.

i) El haberse excedido del plazo legal de detención policial sin haber sido puesto el afectado a disposición del juez de garantía competente con los antecedentes que motivaron el arresto o detención.

j) La privación arbitraria de la libertad más allá del plazo legal de condena.

k) La ilegitimidad o exceso en la incomunicación del detenido, sujeto a prisión preventiva o condenado.

l) La desaparición forzada de personas.

m) El derecho del detenido, sometido a prisión preventiva o condenado a no ser objeto de tratamiento carente de racionalidad o proporcionalidad, respecto de la forma y condiciones en que se cumple la detención, prisión preventiva o la pena.

n) El derecho de no ser privado de la cédula nacional de identidad ni del derecho a obtener pasaporte u obtener la renovación dichos documentos, tanto dentro como fuera del territorio nacional.

o) El derecho a retirar la vigilancia domiciliaria o suspender el seguimiento de las fuerzas de orden y seguridad, cuando ellos sean contrarios a la Constitución, ilegales o arbitrarios.

p) El derecho a no ser afectado en cualquier ámbito de otro derecho conexo con la libertad personal y la seguridad individual.

Las alegaciones efectuadas en el recurso de amparo o habeas corpus, referidas a infracciones a otras garantías conexas con la libertad personal o la seguridad individual, en cualquiera de sus formas, se resolverán en el mismo procedimiento[105].

Art. 23º.- La acción de tutela de derechos. La acción de tutela de derechos fundamentales, garantiza a las personas contra las acciones u omisiones provenientes de autoridades, funcionarios o personas, que lesionen mediante amenaza, perturbación o privación el legítimo ejercicio de un derecho asegurado y garantizado por la Convención Americana de Derechos Humanos y otras convenciones complementarias del sistema interamericano ratificadas por Chile y vigentes, con excepción de aquellos derechos protegidos por el recurso de amparo o habeas corpus[106].

Art. 24º.- Habeas Data[107]. Toda persona, por si o cualquiera a su nombre, tendrá derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos personales e informes que sobre si misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, sea en forma manual o electrónica. Asimismo tendrá derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el origen y destino de su información personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos. Las personas responsables de los bancos o archivos de datos personales podrán difundir la información archivada con autorización del titular de ellos o de la ley.

El titular de los datos podrá solicitar el acceso al archivo al responsable, sin costo, así como la actualización de los datos, su rectificación, eliminación o anulación. En el caso de datos sensibles, cuyo archivo deberá estar autorizado por la ley o por el mismo interesado, se exigirá la adopción de las medidas de seguridad necesarias. Si no se atendiera la solicitud de la persona interesada, ésta podrá acudir al juez competente. El afectado podrá demandar por los perjuicios ocasionados.

3) Para sustituir el Capitulo III por el siguiente:

§ Capítulo Segundo.

Nacionalidad, Ciudadanía y Sistema Electoral Público.

Art. 25º.- Son chilenos:

1º.- Los nacidos en el territorio de Chile, con excepción de los hijos de extranjeros que se encuentren en Chile en servicio de su Gobierno, y de los hijos de extranjeros transeúntes, todos los que, sin embargo, podrán optar por la nacionalidad chilena;

2º.- Los hijos de padre o madre chilenos, nacidos en territorio extranjero. Con todo, se requerirá que alguno de sus ascendientes en línea recta de primer o segundo grado, haya adquirido la nacionalidad chilena en virtud de lo establecido en los números 1º, ó 3º, y

3º.- Los extranjeros que obtuvieren carta de nacionalización en conformidad a la ley.

La ley reglamentará los procedimientos de opción por la nacionalidad chilena; de otorgamiento, negativa y cancelación de las cartas de nacionalización, y la formación de un registro de todos estos actos.

Art. 26º.- La nacionalidad chilena se pierde:

1º.- Por renuncia voluntaria manifestada ante autoridad chilena competente. Esta renuncia sólo producirá efectos si la persona, previamente, se ha nacionalizado en país extranjero;

2º.- Por decreto supremo, en caso de prestación de servicios durante una guerra exterior a enemigos de Chile o de sus aliados, y

3º.- Por cancelación de la carta de nacionalización.

Los que hubieren perdido la nacionalidad chilena por cualquiera de las causales establecidas en este artículo, sólo podrán ser rehabilitados por ley.

Art. 27º.- La persona afectada por acto o resolución de autoridad administrativa que la prive de su nacionalidad chilena o se la desconozca, podrá recurrir, por sí o por cualquiera a su nombre, dentro del plazo de treinta días, ante la Corte Suprema, la que conocerá como jurado y en tribunal pleno. La interposición del recurso suspenderá los efectos del acto o resolución recurridos. En todo lo no regulado por este artículo será materia de ley.

Art. 28º.- Son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad.

La calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran.

Los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren fuera del país podrán sufragar desde el extranjero en las elecciones primarias presidenciales, en las elecciones de Presidente de la República, en las elecciones de Parlamentarios y en los plebiscitos o referéndum nacionales. Una ley orgánica constitucional establecerá el procedimiento para materializar la inscripción en el registro electoral y regulará la manera en que se realizarán los procesos electorales, plebiscitarios y de referéndum en el extranjero.

Art. 29º.- Los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años, y que hayan cumplido los dieciocho años de edad, podrán ejercer el derecho de sufragio en los casos y formas que determine la ley.

Los nacionalizados en conformidad al Nº 3º del artículo 25º, tendrán opción a cargos públicos de elección popular sólo después de cinco años de estar en posesión de sus cartas de nacionalización.

Art. 30º.- En las votaciones populares, el sufragio será personal, igualitario, secreto y obligatorio[108]. La ley orgánica respectiva, determinará las causas por las que está justificada la no participación en las elecciones a pesar de la obligación de votar[109].

Art. 31º.- El derecho de sufragio se suspende por interdicción en caso de demencia.

Art. 32º.- La calidad de ciudadano se pierde por la pérdida de la nacionalidad chilena.

Art. 33º.- Habrá un sistema electoral público con arreglo a los principios de la representación proporcional[110]. Una ley orgánica constitucional determinará su organización y funcionamiento, regulará la forma en que se realizarán los procesos electorales, de referéndum y plebiscitos, en todo lo no previsto por esta Constitución y garantizará siempre la plena igualdad entre los independientes y los miembros de partidos políticos tanto en la presentación de candidaturas como en su participación en los señalados procesos. Dicha ley establecerá también un sistema de financiamiento, transparencia, límites, control del gasto electoral y su sistema sancionatorio.

Una ley orgánica constitucional contemplará, además, un sistema de registro electoral, bajo la dirección del Servicio Electoral, al que se incorporarán, por el solo ministerio de la ley, quienes cumplan los requisitos establecidos por esta Constitución.

El resguardo del orden público durante los actos electorales y plebiscitarios corresponderá a las Fuerzas Armadas y Carabineros del modo que indique la ley.

4) Para sustituir el Capitulo IV por el siguiente:

§ Capítulo Tercero.

Del Gobierno.

Art. 34º.- El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración del Estado y la defensa del Estado. En consecuencia, ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes. El Gobierno se compone del Presidente, el Vicepresidente, los Ministros de Estado y de los demás cargos que establezca la ley.

Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna. La ley regulará el estatuto e incompatibilidades de los miembros del Gobierno.

La jefatura de Estado le corresponderá al Presidente de la República, quién además es el jefe de las Fuerzas Armadas[111]. Desempeñará su encargo durante un término de cuatro años, conjuntamente con el Vicepresidente elegido para el mismo período, conforme a las reglas que mas adelante se señalan.[112]

Art. 35.- El Presidente de la República debe tener nacionalidad chilena, haber cumplido treinta y cinco años de edad a la fecha de inscripción de su candidatura, estar en goce de los derechos políticos y no encontrarse sujeto a alguna de las inhabilidades o incompatibilidades establecidas en la Constitución.

Art. 36.- Las candidaturas a la Presidencia y a la Vicepresidencia de la República, constarán en la misma papeleta electoral. El Presidente y el Vicepresidente serán elegidos por mayoría absoluta de votos válidos emitidos.

Si en la primera votación ningún binomio hubiere logrado mayoría absoluta, se realizará una segunda vuelta electoral dentro de los siguientes cuarenta y cinco días, y en ella participarán los dos binomios más votados en la primera vuelta.

Art. 37.- El Presidente y Vicepresidente de la República durarán cuatro años en sus funciones y podrán ser reelectos por una sola vez, en el período siguiente a su mandato.

Art. 38.- El Presidente de la República cesará en sus funciones y dejará vacante el cargo en los casos siguientes:

1º. Por renuncia voluntaria aceptada por el Congreso Nacional.

2º. Por destitución, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 52º Nº 3 letra a), de esta Constitución.

3º. Por incapacidad física o mental permanente que le impida ejercer el cargo, certificada de acuerdo con la ley por un comité de médicos especializados, y declarada por el Congreso Nacional con los votos de las dos terceras partes de sus integrantes en ejercicio.

4º. Por revocatoria del mandato, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Constitución.

Art. 39.- En caso de ausencia temporal en la Presidencia de la República, corresponderá el reemplazo al Vicepresidente.

En caso de ausencia definitiva del Presidente la República, le reemplazará quien ejerza la Vicepresidencia por el tiempo que reste para completar el correspondiente período presidencial.

Art. 40.- Son atribuciones del Presidente de la República, además de lo que determine la ley:

1º. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados internacionales y las demás normas jurídicas dentro del ámbito de su competencia.

2º. Presentar al momento de su juramento ante el Congreso Nacional los lineamientos fundamentales de las políticas y acciones que desarrollará durante su ejercicio.

3º. Definir las políticas públicas de la Función Ejecutiva.

4º. Crear, modificar y suprimir los ministerios, entidades e instancias de coordinación.

5º. Presentar anualmente al Congreso Nacional, una cuenta del Estado general de la nación y los objetivos que el gobierno se proponga alcanzar durante el año siguiente.

6º. Enviar el proyecto de ley de Presupuesto General de la Nación al Congreso Nacional, para su aprobación.

7º. Nombrar y remover, a propuesta del Vicepresidente, a los ministros de Estado y a los demás funcionarios cuya nominación le corresponda.

8º. Definir la política exterior, suscribir los tratados internacionales, nombrar y remover a embajadores y jefes de misión.

9º. Sancionar los proyectos de ley aprobados por el Congreso Nacional y ordenar su promulgación en el Diario Oficial.

10º. Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y órganos de seguridad pública y designar a los integrantes del alto mando militar y policial.

11º. Velar por el mantenimiento de la soberanía, de la independencia del Estado, del orden interno y de la seguridad pública, y ejercer la dirección política de la defensa nacional.

12º. Otorgar, negar o cancelar las cartas de nacionalización por gracia.

Art. 41.- El Presidente de la República podrá disolver el Congreso Nacional por una sola vez durante su mandato[113]. En este caso, el Gobierno deberá disponer de nuevas elecciones en un plazo de sesenta días, para que el nuevo Congreso Nacional se pueda reunir en un plazo máximo de noventa días, desde la fecha de disolución.

Art. 42.- Son atribuciones del Vicepresidente de la República, además de lo que determine la ley:

1º. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados internacionales y las demás normas jurídicas dentro del ámbito de su competencia.

2º. Dirigir las políticas públicas de la Función Ejecutiva.

3º. Dirigir la administración pública en forma desconcentrada y expedir los decretos necesarios para su integración, organización, regulación y control.

4º. Participar con iniciativa legislativa en el proceso de formación de las leyes, en los casos que la Constitución lo autoriza.

5º. Convocar a plebiscito en los casos y con los requisitos previstos en la Constitución.

6º. Velar por el mantenimiento del orden interno y de la seguridad pública.

7º. Transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias de los ministerios y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, en materias de ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural.

El Vicepresidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de éstos en su gestión, además de ejercer las funciones que el Presidente le asigne. Garantizará la ejecución de las leyes, ejercerá la potestad reglamentaria y podrá delegar algunos de sus potestades en los ministros. Las decisiones del Vicepresidente serán refrendadas, en su caso, por los ministros encargados de su ejecución. Representará las acciones y políticas del Gobierno ante el Congreso Nacional.

Art. 43.- El Vicepresidente de la República cumplirá los mismos requisitos y estará sujeto a las mismas inhabilidades e incompatibilidades del Presidente de la República, y desempeñará sus funciones por igual período.

Art. 44.- En caso de ausencia temporal del Vicepresidente de la República, corresponderá el reemplazo al Ministro de Estado que sea designado por el Presidente de la República.

En caso de ausencia definitiva de quien ejerza la Vicepresidencia de la República el Congreso Nacional, con el voto conforme de la mayoría de sus integrantes, elegirá su reemplazo de una terna presentada por la Presidencia de la República. La persona elegida ejercerá sus funciones por el tiempo que falte para completar el período.

Art. 45.- No podrán ser ministros de Estado:

1º. Los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de quienes ejerzan la Presidencia o la Vicepresidencia de la República.

2º. Las personas naturales, propietarias, miembros del directorio, representantes o apoderadas de personas jurídicas nacionales o extranjeras, que mantengan contrato con el Estado para la ejecución de obras públicas, prestación de servicios públicos o explotación de recursos naturales, mediante concesión, asociación o cualquier otra modalidad contractual.

3º. Los miembros de las Fuerzas Armadas, Carabineros y Policías de Investigaciones en servicio activo.

Art. 46.- A los ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde:

1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión.2. Presentar ante el Congreso Nacional los informes que le sean requeridos y que estén relacionados con las áreas bajo su responsabilidad, y comparecer cuando sean convocados o sometidos a enjuiciamiento político.

El Gabinete será políticamente responsable ante el Presidente de la República y el Congreso Nacional en el caso previsto en el artículo 52º Nº 2 de la Constitución.

Art. 47.- Una ley orgánica constitucional determinará la organización básica de la Administración Pública, garantizará la carrera funcionaria y los principios de carácter técnico y profesional en que deba fundarse, y asegurará tanto la igualdad de oportunidades de ingreso a ella como la capacitación y el perfeccionamiento de sus integrantes.

Cuando alguien en ejercicio de una función pública que le fuera confiada violare los deberes que la función le impone con respecto a un tercero, la responsabilidad recae, en principio, sobre el Estado o el órgano a cuyo servicio se encuentre. En caso de dolo o culpa grave queda abierta la acción de regreso. Para la reclamación de daños y perjuicios abierta así como para la acción de regreso no podrá excluirse la vía judicial ordinaria[114].

Cualquier persona que sea lesionada en sus derechos por la Administración del Estado, de sus organismos o de las municipalidades, podrá reclamar ante los tribunales que determine la ley, sin perjuicio de la responsabilidad que pudiere afectar al funcionario que hubiere causado el daño.

5) Para sustituir el Capitulo V por el siguiente:

§ Capítulo Cuarto

Congreso Nacional

Título primero.

Composición y generación.

Art. 48. El Congreso Nacional se compone de parlamentarios elegidos en votación directa, cuyo número, distritos electorales y sistema de elección será determinado por la ley orgánica constitucional respectiva.

El Congreso Nacional se renovará íntegramente cada cuatro años.

Art. 49. Para ser elegido parlamentario se requiere ser ciudadano con derecho a sufragio, tener cumplidos dieciocho años de edad, haber cursado la enseñanza media o equivalente, y tener residencia en la región a que pertenezca el distrito electoral correspondiente durante un plazo no inferior a dos años, contado hacia atrás desde el día de la elección.

Art. 50. Se entenderá que los parlamentarios tienen, por el solo ministerio de la ley, su residencia en la región correspondiente, mientras se encuentren en ejercicio de su cargo.

Art. 51. Las vacantes de parlamentarios se proveerán con el ciudadano que señale el partido político al que pertenecía el parlamentario que produjo la vacante al momento de ser elegido.

Los parlamentarios elegidos como independientes no serán reemplazados. Los parlamentarios elegidos como independientes que hubieren postulado integrando lista en conjunto con uno o más partidos políticos, serán reemplazados por el ciudadano que señale el partido indicado por el respectivo parlamentario al momento de presentar su declaración de candidatura.

El reemplazante deberá reunir los requisitos para ser elegido parlamentario. E1 nuevo parlamentario ejercerá sus funciones por el término que faltaba a quien originó la vacante.

En ningún caso procederán elecciones complementarias.

Título Segundo.

Atribuciones del Congreso Nacional.

Art. 52. Son atribuciones del Congreso Nacional:

1) Fiscalizar los actos del Gobierno. Para ejercer esta atribución el Congreso Nacional puede:

a) Adoptar acuerdos o sugerir observaciones, con el voto de la mayoría de los parlamentarios presentes, los que se transmitirán por escrito al Presidente de la República, quien deberá dar respuesta fundada por medio del Ministro de Estado que corresponda, dentro de treinta días.

Sin perjuicio de lo anterior, cualquier parlamentario, con el voto favorable de un tercio de los miembros presentes del Congreso Nacional, podrá solicitar determinados antecedentes al Gobierno. El Presidente de la República contestará fundadamente por intermedio del Ministro de Estado que corresponda; dentro de¡ mismo plazo señalado en el párrafo anterior.

En ningún caso los acuerdos, observaciones o solicitudes de antecedentes afectarán la responsabilidad política de los Ministros de Estado;

b) Crear comisiones especiales investigadoras a petición de a lo menos dos quintos de los parlamentarios en ejercicio, con el objeto de reunir informaciones relativas a determinados actos del Gobierno.

Las comisiones investigadoras, a petición de un tercio de sus miembros, podrán despachar citaciones y solicitar antecedentes. Los Ministros de Estado, los demás funcionarios de la Administración y el personal de las empresas del Estado o de aquéllas en que éste tenga participación mayoritaria, que sean citados por estas comisiones, estarán obligados a comparecer y a suministrar los antecedentes y las informaciones que se les soliciten.

No obstante, los Ministros de Estado no podrán ser citados más de tres veces a una misma comisión investigadora, sin previo acuerdo de la mayoría absoluta de sus miembros.

La ley orgánica constitucional del Congreso Nacional regulará el funcionamiento y las atribuciones de las comisiones investigadoras y la forma de proteger los derechos de las personas citadas o mencionadas en ellas.

2) Acordar la remoción del gabinete por una vez dentro del periodo presidencial, siempre que concurra el acuerdo de las tres quintas partes del Congreso Nacional[115].

Las mociones de remoción sólo podrán ser examinadas cuarenta y ocho horas después de su presentación y el debate correspondiente no podrá durar más de tres días.

Si la moción de remoción no fuere aprobada, sus patrocinantes, no podrán presentar otra durante el mismo período legislativo.

3) Conocer de las acusaciones que no menos de diez ni más de veinte de sus miembros formulen en contra de las siguientes personas:

a) Del Presidente de la República y del Vicepresidente de la República por actos de su administración que hayan comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, o infringido abiertamente la Constitución o las leyes. Esta acusación podrá interponerse mientras el Presidente o Vicepresidente esté en funciones y en los seis meses siguientes a su expiración en el cargo. Durante este último tiempo no podrá ausentarse de la República sin acuerdo del Congreso Nacional;

b) De los Ministros de Estado, por haber comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, por infringir la Constitución o las leyes o haber dejado éstas sin ejecución; y por los delitos de traición, concusión, malversación de fondos públicos y soborno;

c) De los magistrados de los tribunales superiores de justicia y del Contralor General de la República, por notable abandono de sus deberes;

d) De los generales o almirantes de las instituciones pertenecientes a las Fuerzas de la Defensa Nacional, por haber comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, y

e) De los intendentes y consejeros regionales por infracción de la Constitución y por los delitos de malversación de fondos públicos y concusión.

f) Del Fiscal Nacional, del Defensor Nacional, por infracción de la Constitución por notable abandono de sus deberes;

Las acusaciones referidas en las letras b), c), d) y e) podrán interponerse mientras el afectado esté en funciones o en los tres meses siguientes a la expiración en su cargo. Interpuesta la acusación, el afectado no podrá ausentarse del país sin permiso del Congreso Nacional.

La acusación se tramitará en conformidad a la ley orgánica constitucional relativa al Congreso Nacional.

Una Comisión especial, compuesta por diez parlamentarios elegidos al azar, excluyendo a los acusadores, reunirá los antecedentes que estime necesarios para comprobar los hechos y presentará un informe al Congreso Nacional, dentro de los diez días siguientes a la interposición del libelo.

El Congreso Nacional resolverá como jurado y se limitará a declarar si el acusado es o no culpable del delito, infracción o abuso de poder que se le imputa. La acusación se entenderá rechazada si no recayere ningún pronunciamiento sobre la misma dentro de los quince días siguientes a su formulación.

La declaración de culpabilidad deberá ser pronunciada por los dos tercios de los parlamentarios en ejercicio cuando se trate de una acusación en contra del Presidente o Vicepresidente de la República y por la mayoría de los parlamentarios en ejercicio en los demás casos.

El acusado quedará destituido en sus funciones desde el momento en que el Congreso Nacional le declare culpable de la acusación y no podrá desempeñar ninguna función pública por el término de cinco años.

El funcionario destituido será juzgado de acuerdo a las leyes por el tribunal competente, tanto para la aplicación de la pena señalada al delito, si lo hubiere, cuanto para hacer efectiva la responsabilidad civil por los daños y perjuicios causados al Estado o a particulares;

4) Prestar o negar su consentimiento a los actos del Presidente de la República, en los casos en que la Constitución o la ley lo requieran;

5) Otorgar su acuerdo para que el Presidente de la República pueda ausentarse del país por más de treinta días o en los últimos noventa días de su período;

6) Declarar la inhabilidad del Presidente y Vicepresidente de la República o del Presidente electo cuando un impedimento físico o mental lo inhabilite para el ejercicio de sus funciones; y declarar asimismo, cuando el Presidente de la República haga dimisión de su cargo, si los motivos que la originan son o no fundados y, en consecuencia, admitirla o desecharla. En ambos casos deberá oír previamente al Tribunal Constitucional;

7) Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare el Presidente de la República antes de su ratificación. La aprobación de un tratado requerirá de los quórum que corresponda, en conformidad al artículo 69, y se someterá, en lo pertinente, a los trámites de una ley.

El Presidente de la República informará al Congreso sobre el contenido y el alcance del tratado, así como de las reservas que pretenda confirmar o formularle.

El Congreso podrá sugerir la formulación de reservas y declaraciones interpretativas a un tratado internacional, en el curso del trámite de su aprobación, siempre que ellas procedan de conformidad a lo previsto en el propio tratado o en las normas generales de derecho internacional.

Las medidas que el Presidente de la República adopte o los acuerdos que celebre para el cumplimiento de un tratado en vigor no requerirán de nueva aprobación del Congreso, a menos que se trate de materias propias de ley. No requerirán de aprobación del Congreso los tratados celebrados por el Presidente de la República en el ejercicio de su potestad reglamentaria.

Las disposiciones de un tratado sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo a las normas generales de derecho internacional.

Corresponde al Presidente de la República la facultad exclusiva para denunciar un tratado o retirarse de él, para lo cual pedirá la opinión del Congreso Nacional, en el caso de tratados que hayan sido aprobados por éste. Una vez que la denuncia o el retiro produzca sus efectos en conformidad a lo establecido en el tratado internacional, éste dejará de tener efecto en el orden jurídico chileno.

En el caso de la denuncia o el retiro de un tratado que fue aprobado por el Congreso, el Presidente de la República deberá informar de ello a éste dentro de los quince días de efectuada la denuncia o el retiro.

El retiro de una reserva que haya formulado e1 Presidente de la República y que tuvo en consideración el Congreso Nacional al momento de aprobar un tratado, requerirá previo acuerdo de éste, de conformidad a lo establecido en la ley orgánica constitucional respectiva. El Congreso Nacional deberá pronunciarse dentro del plazo de treinta días contados desde la recepción del oficio en que se solicita el acuerdo pertinente. Si no se pronunciare dentro de este término; se tendrá por aprobado el retiro de la reserva.

De conformidad a lo establecido en la ley, deberá darse debida publicidad a hechos que digan relación con el tratado internacional, tales como su entrada en vigor, la formulación y retiro de reservas, las declaraciones interpretativas, las objeciones a una reserva y su retiro, la denuncia del tratado, el retiro, la suspensión, la terminación y la nulidad del mismo.

En el mismo acuerdo aprobatorio de un tratado podrá el Congreso autorizar al Presidente de la República a fin de que, durante la vigencia de aquél, dicte las disposiciones con fuerza de ley que estime necesarias para su cabal cumplimiento, siendo en tal caso aplicable lo dispuesto en los incisos segundo y siguientes del artículo 66, y

8) Excepcionalmente, podrá crear las comisiones a que se refiere la letra b) del numeral 1 del presente artículo, tratándose de asuntos de interés público, a petición de a la mayoría de los parlamentarios en ejercicio.

Título Tercero

Funcionamiento del Congreso.

Art. 53. El Congreso Nacional se instalará e iniciará su período de sesiones en la forma que determine su ley orgánica constitucional.

En todo caso, se entenderá siempre convocado de pleno derecho para conocer de la declaración de estados de excepción constitucional.

La ley orgánica constitucional señalada en el inciso primero, regulará la tramitación de las acusaciones constitucionales, solicitudes de remoción, y todo lo relacionado con la tramitación interna de la ley.

Art. 54. El Congreso Nacional no podrá entrar en sesión ni adoptar acuerdos sin la concurrencia de la tercera parte de sus miembros en ejercicio.

El Congreso Nacional establecerá en su ley orgánica la clausura del debate por simple mayoría.

Título Cuarto.

Normas generales para los parlamentarios.

Art. 55. No pueden ser candidatos a parlamentarios.

1) Los Ministros de Estado;

2) Los intendentes, los gobernadores, los alcaldes, los miembros de los consejos regionales, los concejales y los subsecretarios;

3) Los miembros del Consejo del Banco Central;

4) Los magistrados de los tribunales superiores de justicia y los jueces de letras;

5) Los miembros del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales;

6) El Contralor General de la República;

7) Las personas naturales y los gerentes o administradores de personas jurídicas que celebren o caucionen contratos con el Estado;

8) El Fiscal Nacional, los fiscales regionales y los fiscales adjuntos del Ministerio Público;

9) El Defensor Nacional, los defensores regionales y los defensores locales;

10) El Defensor del Pueblo y

11) Los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, el General Director de Carabineros, el Director General de la Policía de Investigaciones y los oficiales pertenecientes a las Fuerzas Armadas y alas Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

Las inhabilidades establecidas en este artículo serán aplicables a quienes hubieren tenido las calidades o cargos antes mencionados dentro del año inmediatamente anterior a la elección; excepto respecto de las personas mencionadas en el número 7, las que no deberán reunir esas condiciones al momento de inscribir su candidatura. Si no fueren elegidos en una elección no podrán volver al mismo cargo ni ser designados para cargos análogos a los que desempeñaron hasta un año después del acto electoral.

Art. 56. El cargo de parlamentario es incompatible con todo empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital, y con toda otra función o comisión de la misma naturaleza. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial.

Asimismo, el cargo de parlamentario es incompatible con las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital.

Por el solo hecho de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones, el parlamentario cesará en el otro cargo, empleo o comisión incompatible que desempeñe.

Art. 57. Ningún parlamentario, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en el artículo anterior.

Esta disposición no rige en caso de guerra exterior; ni se aplica a los cargos de Presidente y Vicepresidente de la República, Ministro de Estado y agente diplomático; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de parlamentario.

Art. 58. Cesará en el cargo el parlamentario que se ausentare del país por más de treinta días sin permiso del Congreso Nacional o, en receso de éste, de su Presidente.

Art. 59. Cesará en el cargo el parlamentario que durante su ejercicio celebrare o caucionare contratos con el Estado, el que actuare como abogado o mandatario en cualquier clase de juicio contra el Fisco, o como procurador o agente en gestiones particulares de carácter administrativo, en la provisión de empleos públicos, consejerías, funciones o comisiones de similar naturaleza. En la misma sanción incurrirá el que acepte ser director de banco o de alguna sociedad anónima, o ejercer cargos de similar importancia en estas actividades.

La inhabilidad a que se refiere el inciso anterior tendrá lugar sea que parlamentario actúe por sí o por interpósita persona, natural o jurídica, o por medio de una sociedad de personas de la que forme parte.

Art. 60. Cesará en su cargo parlamentario que ejercite cualquier asesoría o actividad profesional a personas naturales o jurídicas que puedan ser objeto de fiscalización o actividad legislativa, que pudiere comprometer su independencia o su libertad de juicio.

La inhabilidad a que se refiere el inciso anterior tendrá lugar sea que parlamentario actúe por sí o por interpósita persona, sea natural o jurídica, o por medio de una sociedad de personas de la que forme parte.

Art. 61.- Quien perdiere el cargo de parlamentario por cualquiera de las causales señaladas precedentemente no podrá optar a ninguna función o empleo público, sea o no de elección popular, por el término de dos años.

Art. 62. Los parlamentarios podrán renunciar a sus cargos.

Sin perjuicio de lo anterior, los Partidos Políticos podrán solicitar la renuncia de sus parlamentarios en la forma que determine la ley orgánica respectiva.

Art. 63. Los parlamentarios sólo son inviolables por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan en el desempeño de sus cargos, en sesiones de sala o de comisión.

Ningún parlamentario desde el día de su elección o desde su juramento, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a formación de causa. De esta resolución podrá apelarse para ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún parlamentario por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el parlamentario imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.

Art. 64. Los parlamentarios para asegurar su independencia percibirán como única renta una dieta equivalente a la remuneración de un Ministro de Estado incluidas todas las asignaciones que a éstos correspondan.

Título Quinto.

Materias de Ley.

Art. 65. Son materias de ley:

1) Las que en virtud de la Constitución deben ser objeto de leyes orgánicas constitucionales;

2) Las que la Constitución exija que sean reguladas por una ley;

3) Las que son objeto de codificación, sea civil, comercial, procesal, penal u otra;

4) Las materias básicas relativas al régimen jurídico laboral, sindical, previsional y de seguridad social;

5) Las que regulen honores públicos a los grandes servidores;

6) Las que modifiquen la forma o características de los emblemas nacionales;

7) Las que autoricen al Estado, a sus organismos y a las municipalidades, para contratar empréstitos, los que deberán estar destinados a financiar proyectos específicos. La ley deberá indicar las fuentes de recursos con cargo a los cuales deba hacerse el servicio de la deuda. Sin embargo, se requerirá de una ley de quórum calificado para autorizar la contratación de aquellos empréstitos cuyo vencimiento exceda del término de duración del respectivo período presidencial.

Lo dispuesto en este número no se aplicará al Banco Central;

8) Las que autoricen la celebración de cualquier clase de operaciones que puedan comprometer en forma directa o indirecta el crédito o la responsabilidad financiera del Estado, sus organismos y de las municipalidades. Esta disposición no se aplicará al Banco Central;

9) Las que fijen las normas con arreglo a las cuales las empresas del Estado y aquellas en que éste tenga participación puedan contratar empréstitos, los que en ningún caso, podrán efectuarse con el Estado, sus organismos o empresas;

10) Las que fijen las normas sobre enajenación de bienes del Estado o de las municipalidades y sobre su arrendamiento o concesión;

11) Las que establezcan o modifiquen la división política y administrativa del país;

12) Las que señalen el valor, tipo y denominación de las monedas y el sistema de pesos y medidas;

13) Las que fijen las fuerzas de aire, mar y tierra que han de mantenerse en pie en tiempo de paz o de guerra, y las normas para permitir la entrada de tropas extranjeras en el territorio de la República, como, asimismo, la salida de tropas nacionales fuera de él;

14) Las demás que la Constitución señale como leyes de iniciativa exclusiva del Presidente de la República;

15) Las que autoricen la declaración de guerra, a propuesta del Presidente de la República;

16) Las que concedan indultos generales y amnistías y las que fijen las normas generales con arreglo a las cuales debe ejercerse la facultad del Presidente de la República para conceder indultos particulares y pensiones de gracia.

Las leyes que concedan indultos generales y amnistías requerirán siempre de mayoría de los miembros en ejercicio.

17) Las que señalen la ciudad en que debe residir el Presidente de la República, celebrar sus sesiones el Congreso Nacional y funcionar la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional;

18) Las que fijen las bases de los procedimientos que rigen los actos de la administración pública y los Tribunales contencioso administrativos;

19) Las que regulen el funcionamiento de loterías, hipódromos y apuestas en general, y

20) Toda otra norma de carácter general y obligatoria que estatuya las bases esenciales de un ordenamiento jurídico.

Art. 66. El Presidente de la República podrá solicitar autorización al Congreso Nacional para dictar disposiciones con fuerza de ley durante un plazo no superior a un año sobre materias que correspondan al dominio de la ley.

Esta autorización no podrá extenderse a la nacionalidad, la ciudadanía, las elecciones ni al plebiscito, como tampoco a materias comprendidas en las garantías constitucionales o que deban ser objeto de leyes orgánicas constitucionales.

La autorización no podrá comprender facultades que afecten a la organización, atribuciones y régimen de los funcionarios del Poder Judicial, del Congreso Nacional, del Tribunal Constitucional, del Ministerio Público, de la Defensoría Penal, y de la Contraloría General de la República.

La ley que otorgue la referida autorización señalará las materias precisas sobre las que recaerá la delegación y podrá establecer o determinar las limitaciones, restricciones y formalidades que se estimen convenientes.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores, el Presidente de la República queda autorizado para fijar el texto refundido, coordinado y sistematizado de las leyes cuando sea conveniente para su mejor ejecución. En ejercicio de esta facultad, podrá introducirle los cambios de forma que sean indispensables, sin alterar, en caso alguno, su verdadero sentido y alcance.

A la Contraloría General de la República corresponderá tomar razón de estos decretos con fuerza de ley, debiendo rechazarlos cuando ellos excedan o contravengan la autorización referida.

Los decretos con fuerza de ley estarán sometidos en cuanto a su publicación, vigencia y efectos, a las mismas normas que rigen para la ley.

Título Sexto.

Formación de la ley

Art. 67. Las leyes pueden tener origen por moción de cualquiera de los miembros del Congreso Nacional o por mensaje que dirija el Presidente o Vicepresidente de la República. Las mociones no pueden ser firmadas por más de diez parlamentarios.

Sin perjuicio de lo anterior, los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en el Congreso Nacional[116], siempre que sean formulados por doscientos mil ciudadanos con derecho a sufragio.

El Congreso deberá darles expreso tratamiento dentro del término de doce meses.

Art. 68. Corresponderá al Presidente o Vicepresidente de la República la iniciativa exclusiva de los proyectos de ley que tengan relación con la alteración de la división política o administrativa del país, o con la administración financiera o presupuestaria del Estado, incluyendo las modificaciones de la Ley de Presupuestos, y con las materias señaladas en los números 11 y 13 del artículo 65.

Corresponderá, asimismo, al Presidente de la República la iniciativa exclusiva para:

1° . Imponer, suprimir, reducir o condonar tributos de cualquier clase o naturaleza, establecer exenciones o modificar las existentes, y determinar su forma, proporcionalidad o progresión;

2° . Contratar empréstitos o celebrar cualquiera otra clase de operaciones que puedan comprometer el crédito o la responsabilidad financiera del Estado, de las entidades semifiscales, autónomas, de los gobiernos regionales o de las municipalidades, y condonar, reducir o modificar obligaciones, intereses u otras cargas financieras de cualquier naturaleza establecidas en favor del Fisco o de los organismos o entidades referidos;

3° . Fijar, modificar, conceder o aumentar remuneraciones, jubilaciones, pensiones, montepíos, rentas y cualquiera otra clase de emolumentos, préstamos o beneficios al personal en servicio o en retiro y a los beneficiarios de montepío, en su caso, de la Administración Pública y demás organismos y entidades anteriormente señalados, como asimismo fijar las remuneraciones mínimas de los trabajadores del sector privado, aumentar obligatoriamente sus remuneraciones y demás beneficios económicos o alterar las bases que sirvan para determinarlos; todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en los números siguientes;

El Congreso Nacional sólo podrá aceptar, disminuir o rechazar los servicios, empleos, emolumentos, préstamos, beneficios, gastos y demás iniciativas sobre la materia que proponga el Presidente de la República.

Art. 69. Las normas legales a las cuales la Constitución confiere el carácter de ley orgánica constitucional requerirán, para su aprobación, modificación o derogación, de la mayoría absoluta de los parlamentarios en ejercicio.

Las demás normas legales requerirán la mayoría de los miembros presentes a menos que la Constitución exija un quórum distinto.

Art. 70. El proyecto de Ley de Presupuestos deberá ser presentado por el Presidente de la República al Congreso Nacional, a lo menos con tres meses de anterioridad a la fecha en que debe empezar a regir; y si el Congreso no lo despachare dentro de los sesenta días contados desde su presentación, regirá el proyecto presentado por el Presidente de la República.

El Congreso Nacional no podrá aumentar ni disminuir la estimación de los ingresos; sólo podrá reducir los gastos contenidos en el proyecto de Ley de Presupuestos, salvo los que estén establecidos por ley permanente.

La estimación del rendimiento de los recursos que consulta la Ley de Presupuestos y de los nuevos que establezca cualquiera otra iniciativa de ley, corresponderá exclusivamente al Presidente, previo informe de los organismos técnicos respectivos.

No podrá el Congreso aprobar ningún nuevo gasto con cargo a los fondos de la Nación sin que se indiquen, al mismo tiempo, las fuentes de recursos necesarios para atender dicho gasto.

Si la fuente de recursos otorgada por el Congreso fuere insuficiente para financiar cualquier nuevo gasto que se apruebe, el Presidente de la República, al promulgar la ley, previo informe favorable del servicio o institución a través del cual se recaude el nuevo ingreso, refrendado por la Contraloría General de la República, deberá reducir proporcionalmente todos los gastos, cualquiera que sea su naturaleza.

El proyecto de ley de Presupuestos, podrá establecer presupuestos plurianuales en materia de educación, salud, vivienda y defensa nacional.

Art. 71. Los proyectos de ley se discutirán en general y en particular. Dicha discusión podrá realizarse conjuntamente de conformidad a lo que establezca la ley orgánica.

El proyecto que fuere desechado en general no podrá renovarse sino después de un año. Sin embargo, el Presidente de la República, en caso de un proyecto de su iniciativa, podrá solicitar al Congreso Nacional reconsiderar esta negativa.

Art. 72. Todo proyecto puede ser objeto de adiciones o correcciones en los trámites que corresponda, pero en ningún caso se admitirán las que no tengan relación directa con las ideas matrices o fundamentales del proyecto.

Art. 73. Aprobado un proyecto por el Congreso Nacional será remitido al Presidente de la República, quien, si también lo aprueba, dispondrá su promulgación como ley.

Art. 74. Si el Presidente de la República desaprueba el proyecto, lo devolverá al Congreso Nacional con las observaciones convenientes, dentro del término de treinta días.

En ningún caso se admitirán las observaciones que no tengan relación directa con las ideas matrices o fundamentales del proyecto, a menos que hubieran sido consideradas en el mensaje respectivo.

Si el Congreso Nacional aprobare o rechazare las observaciones, el proyecto tendrá fuerza de ley y se devolverá al Presidente para su promulgación.

6) Para sustituir el Capitulo VI por el siguiente:

§ Capítulo Quinto.

Poder Judicial.

Título Primero

De las funciones

Art. 75. La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos con arreglo a la Constitución y a las leyes[117].

La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos.

Reclamada su intervención en forma legal y en negocios de su competencia, no podrán excusarse de ejercer su autoridad, ni aun por falta de ley que resuelva la contienda o asunto sometidos a su decisión.

Para hacer ejecutar sus resoluciones, y practicar o hacer practicar los actos de instrucción que determine la ley, los tribunales ordinarios de justicia y los especiales que integran el Poder Judicial, podrán impartir órdenes directas a la fuerza pública o ejercer los medios de acción conducentes de que dispusieren. Los demás tribunales lo harán en la forma que la ley determine.

La autoridad requerida deberá cumplir sin más trámite el mandato judicial y no podrá calificar su fundamento u oportunidad, ni la justicia o legalidad de la resolución que se trata de ejecutar.

Art. 76.- Una ley orgánica constitucional determinará la organización y atribuciones de los tribunales que fueren necesarios para la pronta y cumplida administración de justicia en todo el territorio de la República. La misma ley señalará las calidades que respectivamente deban tener los jueces y el número de años que deban haber ejercido la profesión de abogado las personas que fueren nombradas ministros de Corte o jueces letrados. Asimismo las calidades que deberán revestir los cinco jueces de la Corte Suprema que sean elegidos mediante sufragio de conformidad a la ley.

Las actuaciones judiciales serán públicas, con las excepciones que establecen las leyes de procedimiento. El procedimiento será predominantemente oral. Las sentencias serán siempre motivadas y se pronunciarán en audiencia pública.

Los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia de falta de servicio de la Administración de Justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la ley.

Art. 77.- En cuanto al nombramiento de los jueces, la ley orgánica respectiva determinará el procedimiento por el cual serán nombrados los miembros de los escalafones del poder judicial, por parte del Consejo Nacional de la Magistratura de conformidad con el artículo 79.

La Corte Suprema se compondrá de veintiún ministros.

Los ministros de la Corte Suprema serán nombrados por el Presidente de la República, eligiéndolos de una nómina de cinco personas que, en cada caso, propondrá el Consejo Nacional de la Magistratura, con acuerdo del Congreso Nacional. Este adoptará los respectivos acuerdos por los tres quintos de sus miembros en ejercicio, en sesión especialmente convocada al efecto. Si el Congreso no aprobare la proposición del Presidente de la República, el referido Consejo deberá completar la quina proponiendo un nuevo nombre en sustitución del rechazado, repitiéndose el procedimiento hasta que se apruebe un nombramiento.

Cinco de los miembros de la Corte Suprema serán elegidos por sufragio universal en la forma que determine la ley orgánica respectiva y deberán ser abogados extraños a la administración de justicia, tener a lo menos quince años de título, haberse destacado en la actividad profesional o universitaria y cumplir los demás requisitos que señale la referida ley.

Las Cortes de Apelaciones funcionarán en salas especializadas por materias. Existirá a lo menos una sala civil, laboral y penal. Sin perjuicio de lo anterior, atendida las necesidades del territorio jurisdiccional respectivo, podrán existir salas en materia tributaria y aduanera y en lo contencioso administrativo.

Los Tribunales de primera instancia que dicten sentencia definitiva en juicio deberán estar integrados por tres miembros, sin perjuicio de la existencia de tribunales unipersonales para conocer otras materias o substanciar procedimientos especiales.

Los jueces permanecerán en sus cargos durante su buen comportamiento; pero los inferiores desempeñarán su respectiva judicatura por el tiempo que determinen las leyes.

No obstante lo anterior, los jueces cesarán en sus funciones al cumplir 75 años de edad; o por renuncia o incapacidad legal sobreviniente o en caso de ser depuestos de sus destinos, por causa legalmente sentenciada. La norma relativa a la edad no regirá respecto al Presidente de la Corte Suprema, quien continuará en su cargo hasta el término de su período.

Art. 78.- Las personas que no fueran parte en el pleito, pueden presentarse en cualquier grado jurisdiccional en calidad de Amigo del Tribunal (amicus curiae), en todos los procesos judiciales en los que se debatan cuestiones de trascendencia colectiva o interés general[118].

Título Segundo.

Del Consejo Nacional de la Magistratura

Art. 79.- El Consejo Nacional de la Magistratura[119], tendrá a su cargo la selección de los magistrados, la calificación de éstos, el régimen disciplinario y la administración del Poder Judicial, salvo cundo estos provengan de elección popular. El Consejo será integrado por nueve miembros quienes duraran seis años en el cargo sin poder ser reelegidos. Tres de ellos serán nombrados por el Presidente de la República con acuerdo del Congreso Nacional. Cuatro miembros serán elegidos por los jueces de todas las instancias. Un miembro representante de los abogados colegiados. Será integrado, asimismo, por un representante del ámbito académico y científico, en la forma que indique la ley orgánica respectiva[120].

Serán sus atribuciones:

a) Seleccionar mediante concursos públicos los postulantes a los Juzgados y Tribunales.

b) Emitir propuestas en ternas o quinas, para el nombramiento de los jueces de los Juzgados y Tribunales.

c) Administrar los recursos y ejecutar el presupuesto que la ley asigne a la administración de justicia.

d) Ejercer facultades disciplinarias sobre jueces y funcionarios del poder judicial.

e) Decidir la apertura del procedimiento de remoción de jueces y funcionarios, en su caso ordenar la suspensión, y formular la acusación correspondiente.

f) Dictar los reglamentos relacionados con la organización judicial y todos aquellos que sean necesarios para asegurar la independencia de los jueces y la eficaz prestación de los servicios de justicia.

Art. 80.- Los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura pueden ser removidos por grave negligencia, mediante acuerdo del Congreso adoptado con el voto conforme de los tres quintos del número de miembros en ejercicio[121]. La ley orgánica respectiva regulará el procedimiento.

Título Tercero.

De los Jueces de paz.

Art. 81.- Los jueces de paz resolverán en equidad y tendrán competencia exclusiva y obligatoria para conocer aquellos conflictos individuales, comunitarios, vecinales y contravenciones, que sean sometidos a su jurisdicción, de conformidad con la ley. En ningún caso podrá disponer la privación de la libertad.

Los jueces de paz utilizarán mecanismos de conciliación[122], diálogo, acuerdo amistoso y otros practicados por la comunidad para adoptar sus resoluciones, que garantizarán y respetarán los derechos reconocidos por la Constitución.

Los jueces de paz serán elegidos por su comunidad, mediante un proceso cuya responsabilidad corresponde al Consejo de la Magistratura y permanecerán en funciones hasta que la propia comunidad decida su remoción, de acuerdo con la ley.

7) Para sustituir el Capitulo VII por el siguiente:

§ Capítulo Sexto.

Ministerio Público y Defensoría Penal Público.

Título Primero.

Ministerio Público

Art. 82.- Un organismo autónomo, jerarquizado, con el nombre de Ministerio Público, dirigirá en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito, los que determinen la participación punible y los que acrediten la inocencia del imputado y, en su caso, ejercerá la acción penal pública en la forma prevista por la ley. De igual manera, le corresponderá la adopción de medidas para proteger a las víctimas y a los testigos. En caso alguno podrá ejercer funciones jurisdiccionales.

El ofendido por el delito y las demás personas que determine la ley podrán ejercer igualmente la acción penal.

El Ministerio Público podrá impartir órdenes directas a las Fuerzas de Orden y Seguridad durante la investigación. Sin embargo, las actuaciones que priven al imputado o a terceros del ejercicio de los derechos que esta Constitución asegura, o lo restrinjan o perturben, requerirán de aprobación judicial previa. La autoridad requerida deberá cumplir sin más trámite dichas órdenes y no podrá calificar su fundamento, oportunidad, justicia o legalidad, salvo requerir la exhibición de la autorización judicial previa, en su caso.

Art. 83.- Una ley orgánica constitucional determinará la organización y atribuciones del Ministerio Público, señalará las calidades y requisitos que deberán tener y cumplir los fiscales para su nombramiento y las causales de remoción de los fiscales adjuntos, en lo no contemplado en la Constitución. Las personas que sean designadas fiscales no podrán tener impedimento alguno que las inhabilite para desempeñar el cargo de juez. Los fiscales regionales y adjuntos cesarán en su cargo al cumplir 75 años de edad.

La ley orgánica constitucional establecerá el grado de independencia y autonomía y la responsabilidad que tendrán los fiscales en la dirección de la investigación y en el ejercicio de la acción penal pública, en los casos que tengan a su cargo.

Art. 84.- El Fiscal Nacional será designado por el Presidente de la República, a propuesta en quina de la Corte Suprema y con acuerdo del Congreso Nacional adoptado por los tres quintos de sus miembros en ejercicio, en sesión especialmente convocada al efecto. Si el Congreso no aprobare la proposición del Presidente de la República, la Corte Suprema deberá completar la quina proponiendo un nuevo nombre en sustitución del rechazado, repitiéndose el procedimiento hasta que se apruebe un nombramiento.

El Fiscal Nacional deberá tener a lo menos diez años de título de abogado, haber cumplido treinta y cinco años de edad y poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio; durará seis años en el ejercicio de sus funciones y no podrá ser designado para el período siguiente.

Será aplicable al Fiscal Nacional lo dispuesto en el inciso primero del artículo 76 en lo relativo al tope de edad.

Título Segundo.

Defensoría Penal Pública.

Art. 85.- La Defensoría Penal Pública es un órgano autónomo de la función judicial cuyo fin es garantizar el pleno e igual acceso a la justicia de las personas que, por su estado de indefensión o condición económica, social o cultural, no puedan contratar los servicios de defensa legal para la protección de sus derechos.

La defensoría pública prestará un servicio legal, técnico, oportuno, eficiente y gratuito, en el patrocinio y asesoría jurídica de los derechos de las personas, en todas las materias e instancias.

La Defensoría Pública es indivisible y funcionará de forma desconcentrada con autonomía administrativa, económica y financiera; estará representada por la Defensora Pública o el Defensor Público General y contará con recursos humanos, materiales y condiciones laborales equivalentes a las del Ministerio Público.

Art. 86.- El Defensor Nacional será designado por el Presidente de la República, a propuesta en quina de la Corte Suprema y con acuerdo del Congreso Nacional adoptado por los tres quintos de sus miembros en ejercicio, en sesión especialmente convocada al efecto. Si el Congreso no aprobare la proposición del Presidente de la República, la Corte Suprema deberá completar la quina proponiendo un nuevo nombre en sustitución del rechazado, repitiéndose el procedimiento hasta que se apruebe un nombramiento.

El Defensor Nacional deberá tener a lo menos diez años de título de abogado, haber cumplido treinta y cinco años de edad y poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio; durará seis años en el ejercicio de sus funciones y no podrá ser designado para el período siguiente.

Será aplicable al Defensor Nacional lo dispuesto en el inciso primero del artículo 76 en lo relativo al tope de edad.

Defensor Público reunirá los siguientes requisitos:

1. Ser chileno y estar en goce de los derechos políticos;2. Tener título de abogado y conocimientos en gestión administrativa.3. Haber ejercido con idoneidad y probidad notorias la profesión de abogado, la judicatura o la docencia universitaria por un lapso mínimo de diez años.

El Defensor Público desempeñará sus funciones durante seis años y no podrá ser reelegida o reelegido. Rendirá informe anual a la Asamblea Nacional. La forma de elección se realizará conforme a la Constitución y la ley.

8) Para sustituir el Capitulo VIII por el siguiente:

§ Capítulo Séptimo.

Tribunal Constitucional.

Art. 87.- Habrá un Tribunal Constitucional integrado por siete miembros, designados de la siguiente forma:

a) Dos designados por el Presidente de la República.

b) Uno elegido por el Congreso Nacional. Los nombramientos, o la propuesta en su caso, se efectuarán en votaciones únicas y requerirán para su aprobación del voto favorable de los tres quintos de los parlamentarios en ejercicio.

c) Uno elegido por la Corte Suprema en una votación secreta que se celebrará en sesión especialmente convocada para tal efecto.

d) Tres elegidos por sufragio universal de conformidad al procedimiento que fije la ley orgánica respectiva.

Los miembros del Tribunal durarán seis años en sus cargos, deberán tener a lo menos quince años de título de abogado, haberse destacado en la actividad profesional, universitaria o pública, no podrán tener impedimento alguno que los inhabilite para desempeñar el cargo de juez, estarán sometidos a las normas de los artículos 56 y 57, y no podrán ejercer la profesión de abogado, incluyendo la judicatura, ni cualquier acto de los establecidos en los artículos 59 y 60 de esta Constitución.

Los miembros del Tribunal Constitucional serán inamovibles y no podrán ser reelegidos, salvo aquel que lo haya sido como reemplazante y haya ejercido el cargo por un período menor a cinco años. Cesarán en sus funciones al cumplir 75 años de edad.

En caso que un miembro del Tribunal Constitucional cese en su cargo, se procederá a su reemplazo por quien corresponda, de acuerdo con el inciso primero de este artículo y por el tiempo que falte para completar el período del reemplazado.

El Tribunal funcionará en pleno o dividido en salas. Una ley orgánica constitucional determinará su organización, funcionamiento, procedimientos y fijará la planta, régimen de remuneraciones y estatuto de su personal.

Una Ley Orgánica determinará su organización, funcionamiento y procedimientos. Además, fijará la planta, régimen de remuneraciones y estatuto de su personal. El tribunal no estará sujeto a la superintendencia correccional, económica y administrativa del Consejo Nacional de la Magistratura.

Art. 88.- Son atribuciones del Tribunal Constitucional:

1º.- Resolver sobre las cuestiones de constitucionalidad de los autos acordados dictados por la Corte Suprema, las Cortes de Apelaciones y el Tribunal Calificador de Elecciones;

2° .- Resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución;

3º.- Resolver por la unanimidad de sus integrantes, la inconstitucionalidad de un precepto legal declarado inaplicable en conformidad a lo dispuesto en el numeral anterior;

4º.- Resolver las cuestiones sobre constitucionalidad que se susciten durante la tramitación de los tratados sometidos a la aprobación del Congreso Nacional;

5º.- Resolver las cuestiones que se susciten sobre la constitucionalidad de un decreto con fuerza de ley;

6º.- Resolver los reclamos en caso de que el Presidente de la República no promulgue una ley cuando deba hacerlo o promulgue un texto diverso del que constitucionalmente corresponda;

7º.- Resolver sobre la constitucionalidad de un decreto o resolución del Presidente de la República que la Contraloría General de la República haya representado por estimarlo inconstitucional, cuando sea requerido por el Presidente en conformidad al artículo 93;

8º.- Resolver sobre las inhabilidades constitucionales o legales que afecten a una persona para ser designada Ministro de Estado, permanecer en dicho cargo o desempeñar simultáneamente otras funciones;

9º.- Pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios;

10º.- Resolver sobre la constitucionalidad de los decretos supremos, cualquiera sea el vicio invocado, incluyendo aquellos que fueren dictados en el ejercicio de la potestad reglamentaria autónoma del Vicepresidente de la República cuando se refieran a materias que pudieran estar reservadas a la ley por mandato del artículo 65.

El Tribunal conocerá de las materias señaladas en el inciso precedente a requerimiento de las personas u órganos que señale la ley orgánica respectiva.

Contra las resoluciones del Tribunal Constitucional no procederá recurso alguno, sin perjuicio de que puede, el mismo Tribunal, conforme a la ley, rectificar los errores de hecho en que hubiere incurrido.

En el caso del Nº 10º, el decreto supremo impugnado quedará sin efecto de pleno derecho, con el solo mérito de la sentencia del Tribunal que acoja el reclamo. No obstante, el precepto declarado inconstitucional en conformidad a lo dispuesto en los numerales 1 ó 3, se entenderá derogado desde la publicación en el Diario Oficial de la sentencia que acoja el reclamo, la que no producirá efecto retroactivo.

Las sentencias que declaren la inconstitucionalidad de todo o parte de una ley, de un decreto con fuerza de ley, de un decreto supremo o auto acordado, en su caso, se publicarán en el Diario Oficial dentro de los tres días siguientes a su dictación.

9) Para sustituir el Capitulo IX por el siguiente:

§ Capítulo Octavo

Justicia Electoral

Art. 89º.- Un tribunal especial, que se denominará Tribunal Calificador de Elecciones, conocerá del escrutinio general y de la calificación de las elecciones de Presidente de la República y Parlamentarios; resolverá las reclamaciones a que dieren lugar y proclamará a los que resulten elegidos. Dicho Tribunal conocerá, asimismo, de los referéndum y plebiscitos, y tendrá las demás atribuciones que determine la ley.

Estará constituido por cinco miembros designados en la siguiente forma:

a) Cuatro ministros de la Corte Suprema, designados por ésta, mediante sorteo, en la forma y oportunidad que determine la ley orgánica constitucional respectiva, y

b) Un ciudadano que hubiere ejercido el cargo de Presidente del Congreso Nacional por un período no inferior a los 365 días, designado por la Corte Suprema en la forma señalada en la letra a) precedente, de entre todos aquéllos que reúnan las calidades indicadas.

Las designaciones a que se refiere la letra b) no podrán recaer en personas que sean parlamentario, candidato a cargos de elección popular, Ministro de Estado, ni dirigente de partido político.

Los miembros de este tribunal durarán seis años en sus funciones y les serán aplicables las disposiciones de los artículos 55 y 56 de esta Constitución.

El Tribunal Calificador procederá como jurado en la apreciación de los hechos y sentenciará con arreglo a derecho.

Una ley orgánica constitucional regulará la organización y funcionamiento del Tribunal Calificador.

El tribunal no estará sujeto a la superintendencia correccional, económica y administrativa del Consejo Nacional de la Magistratura.

Art. 90º.- Habrá tribunales electorales regionales encargados de conocer el escrutinio general y la calificación de las elecciones que la ley les encomiende, así como de resolver las reclamaciones a que dieren lugar y de proclamar a los candidatos electos. Sus resoluciones serán apelables para ante el Tribunal Calificador de Elecciones en la forma que determine la ley. Asimismo, les corresponderá conocer de la calificación de las elecciones de carácter gremial y de las que tengan lugar en aquellos grupos intermedios que la ley señale.

Estos tribunales estarán constituidos por un ministro de la Corte de Apelaciones respectiva, elegido por ésta, y por dos miembros designados por el Tribunal Calificador de Elecciones de entre personas que hayan ejercido la profesión de abogado o desempeñado la función de ministro o abogado integrante de Corte de Apelaciones por un plazo no inferior a tres años.

Los miembros de estos tribunales durarán cuatro años en sus funciones y tendrán las inhabilidades e incompatibilidades que determine la ley.

Estos tribunales procederán como jurado en la apreciación de los hechos y sentenciarán con arreglo a derecho.

La ley determinará las demás atribuciones de estos tribunales y regulará su organización y funcionamiento.

Art. 91º.- Anualmente, se destinarán en la Ley de Presupuestos de la Nación los fondos necesarios para la organización y funcionamiento de estos tribunales, cuyas plantas, remuneraciones y estatuto del personal serán establecidos por ley.

10) Para sustituir el Capitulo X por el siguiente:

§ Capítulo Noveno

Contraloría General de la República

Art. 92º.- Un organismo autónomo con el nombre de Contraloría General de la República ejercerá el control de la legalidad de los actos de la Administración, fiscalizará el ingreso y la inversión de los fondos del Fisco, de las municipalidades y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes; examinará y juzgará las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes de esas entidades; llevará la contabilidad general de la Nación, y desempeñará las demás funciones que le encomiende la ley orgánica constitucional respectiva, la que garantizara una investigación y procedimientos racionales y justos en los casos que corresponda. Excepcionalmente su acción se extenderá a entidades de derecho privado exclusivamente respecto de bienes o subvenciones de carácter público que reciban[123].

El Contralor General de la República deberá tener a lo menos diez años de título de abogado, haber cumplido treinta y cinco años de edad y poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio. Será designado por el Presidente de la República con acuerdo del Congreso Nacional adoptado por los tres quintos de sus miembros en ejercicio, por un período de seis años y no podrá ser designado para el período siguiente. Con todo, al cumplir 75 años de edad cesará en el cargo.

Artículo 93º.- En el ejercicio de la función de control de legalidad, el Contralor General tomará razón de los decretos y resoluciones que, en conformidad a la ley, deben tramitarse por la Contraloría o representará la ilegalidad de que puedan adolecer; pero deberá darles curso cuando, a pesar de su representación, el Presidente de la República insista con la firma de todos sus Ministros, caso en el cual deberá enviar copia de los respectivos decretos al Congreso Nacional. En ningún caso dará curso a los decretos de gastos que excedan el límite señalado en la Constitución y remitirá copia íntegra de los antecedentes al Congreso Nacional.

Corresponderá, asimismo, al Contralor General de la República tomar razón de los decretos con fuerza de ley, debiendo representarlos cuando ellos excedan o contravengan la ley delegatoria o sean contrarios a la Constitución.

Si la representación tuviere lugar con respecto a un decreto con fuerza de ley, a un decreto promulgatorio de una ley o de una reforma constitucional por apartarse del texto aprobado, o a un decreto o resolución por ser contrario a la Constitución, el Presidente de la República no tendrá la facultad de insistir, y en caso de no conformarse con la representación de la Contraloría deberá remitir los antecedentes al Tribunal Constitucional dentro del plazo de diez días, a fin de que éste resuelva la controversia.

En lo demás, la organización, el funcionamiento, los procedimientos y las atribuciones de la Contraloría General de la República serán materia de una ley orgánica constitucional.

Artículo 94º.- Las Tesorerías del Estado no podrán efectuar ningún pago sino en virtud de un decreto o resolución expedido por autoridad competente, en que se exprese la ley o la parte del presupuesto que autorice aquel gasto. Los pagos se efectuarán considerando, además, el orden cronológico establecido en ella y previa refrendación presupuestaria del documento que ordene el pago.

11) Para sustituir el Capitulo XI por el siguiente:

§ Capítulo Décimo

Banco Central

Art. 95º.- Existirá un organismo autónomo, con patrimonio propio, de carácter técnico, denominado Banco Central, cuya composición, organización, funciones y atribuciones determinará una ley orgánica constitucional.

El Banco Central sólo podrá efectuar operaciones con instituciones financieras, sean públicas o privadas. De manera alguna podrá otorgar a ellas su garantía, ni adquirir documentos emitidos por el Estado, sus organismos o empresas.

Ningún gasto público o préstamo podrá financiarse con créditos directos o indirectos del Banco Central.

12) Para sustituir el Capitulo XII por el siguiente:

§ Capítulo Undécimo.

Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública

Art. 96º.- Las Fuerzas Armadas dependientes del Ministerio encargado de la Defensa Nacional están constituidas única y exclusivamente por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Existen para la defensa de la soberanía y la integridad de las fronteras y son esenciales para la seguridad de la República.

Las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública están integradas sólo por Carabineros e Investigaciones. Constituyen la fuerza pública y existen para dar eficacia al derecho, garantizar el orden público y la seguridad pública interior, en la forma que lo determinen sus respectivas leyes orgánicas. Dependen del Ministerio encargado de la Seguridad Pública.

Las Fuerzas Armadas y Carabineros, como cuerpos armados, son esencialmente obedientes y no deliberantes. Las fuerzas dependientes de los Ministerios encargados de la Defensa Nacional y de la Seguridad Pública son, además, profesionales, jerarquizadas y disciplinadas.

Art. 97º.- La incorporación a las plantas y dotaciones de las Fuerzas Armadas y de Carabineros sólo podrá hacerse a través de sus propias Escuelas, con excepción de los escalafones profesionales y de empleados civiles que determine la ley.

La formación impartida por las Escuelas de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad será siempre gratuita, estará al alcance de todos y sus planes de estudios e instrucción serán respetuosos de los derechos consagrados por esta Constitución y por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Art. 98º.- Ninguna persona, grupo u organización podrá poseer o tener armas u otros elementos similares que señale una ley, sin autorización otorgada en conformidad a ésta.

Una ley determinará el Ministerio o los órganos de su dependencia que ejercerán la supervigilancia y el control de las armas. Asimismo, establecerá los órganos públicos encargados de fiscalizar el cumplimiento de las normas relativas a dicho control.

Art. 99º.- Los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, y el General Director de Carabineros serán designados por el Presidente de la República de entre los cinco oficiales generales de mayor antigüedad, que reúnan las calidades que los respectivos estatutos institucionales exijan para tales cargos; durarán cuatro años en sus funciones, no podrán ser nombrados para un nuevo período y gozarán de inamovilidad en su cargo.

El Presidente de la República, mediante decreto fundado e informando previamente al Congreso Nacional, podrá llamar a retiro a los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea y al General Director de Carabineros, en su caso, antes de completar su respectivo período.

Art. 100º.- Los nombramientos, ascensos y retiros de los oficiales de las Fuerzas Armadas y Carabineros, se efectuarán por decreto supremo, en conformidad a la ley orgánica constitucional correspondiente, la que determinará las normas básicas respectivas, así como las normas básicas referidas a la carrera profesional, incorporación a sus plantas, previsión, antigüedad, mando, sucesión de mando y presupuesto de las Fuerzas Armadas y Carabineros.

El ingreso, los nombramientos, ascensos y retiros en Investigaciones se efectuarán en conformidad a su ley orgánica.

Art. 101º.- Los Suboficiales de las Fuerzas Armadas, de Carabineros y de la Policía de investigaciones y demás funcionarios que trabajen en dichas instituciones, podrán crear asociaciones que los representen ante la autoridad, con el objeto de garantizar sus derechos laborales, condiciones de seguridad en el trabajo y de bienestar.

13) Para sustituir el Capitulo XIII por el siguiente:

§ Capítulo Duodécimo.

Defensoría de las personas[124]

Art. 102º.- Un organismo autónomo, con personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, con el nombre de Defensoría de las personas, velará por la promoción y tutela de los de los derechos y garantías asegurados en la Constitución Política de la República, en los Tratados Internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes[125], ante actos u omisiones de la Administración del Estado, o de particulares, cuando ejerzan actividades de servicio o utilidad pública.

Sin perjuicio de la facultad de otros órganos, le corresponderá asumir la defensa de aquellos derechos que tengan impacto colectivo o involucren a una pluralidad de individuos. Podrá también ejercer las acciones o recursos que correspondan para tutelar los derechos y garantías a que se refiere el inciso primero. Además podrá instar al Estado a solicitar opiniones consultivas a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en relación con los tratados internacionales de protección.

Podrá iniciar y proseguir, de oficio o a petición de parte, cualquier investigación conducente al esclarecimiento de los actos u omisiones de la Administración del Estado y de particulares, cuando ejerzan actividades de servicios o utilidad públicas, en relación con derechos y garantías de las personas, a la luz de lo dispuesto en el inciso precedente. Los órganos de la Administración del Estado y las personas naturales o jurídicas que ejerzan actividades de servicio o utilidad pública, en su caso, estarán obligados a proporcionar la información solicitada. Asimismo a fin de tutelar los derechos de las personas podrá formular sugerencias, recomendaciones, opiniones, informes y evaluaciones sobre las políticas públicas, las que serán públicas y serán remitidas a las respectivas autoridades[126].

De igual manera, podrá realizar tareas de mediación entre las personas afectadas y los órganos e instituciones responsables que ejerzan actividades de servicio o utilidad pública.

Art. 103º.- El organismo estará a cargo del defensor de las personas, que será elegido por la mayoría absoluta de los parlamentarios en ejercicio en sesión especialmente convocada al efecto, en virtud de una terna elaborada por la Corte Suprema.

Una ley orgánica constitucional determinará también la organización, funciones y atribuciones de la Defensoría de las Personas.

14) Para sustituir el Capitulo XIV por el siguiente:

§ Capítulo Decimotercero

Gobierno y Administración Interior del Estado

Art. 104º.- Para el gobierno y administración interior del Estado, el territorio de la República se divide en regiones y para los efectos de administración local éstas en comunas.

La creación, supresión y denominación de regiones, y comunas; la modificación de sus límites, así como la fijación de las capitales de las regiones, serán materia de ley orgánica constitucional.

Gobierno y Administración Regional

Art. 105º.- El gobierno y la administración de cada región reside en el respectivo gobierno regional, cuyo objeto será el desarrollo social, cultural y económico de la región. Su órgano ejecutivo será un Intendente elegido popularmente en conformidad a esta Constitución y a la ley.

El gobierno regional estará constituido por el Intendente y el Consejo Regional. Para el ejercicio de sus funciones, el gobierno regional gozará de personalidad jurídica autónoma de derecho público y tendrá patrimonio propio.

Art. 106º.- El intendente será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole presidir el consejo, y ejercer las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional.

El intendente será elegido por sufragio universal en votación directa, en conformidad a lo que disponga la ley orgánica constitucional respectiva. Durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años, pudiendo ser reelegido sólo para el período siguiente.

Si a la elección de intendente se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquél de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Esta nueva votación se verificará en la forma que determine la ley.

Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.[127]

Art. 107º.- El consejo regional será un órgano de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, dentro del ámbito propio de competencia del gobierno regional, encargado de hacer efectiva la participación de la ciudadanía regional y ejercer las atribuciones que la ley orgánica constitucional respectiva le encomiende.

El consejo regional estará integrado por consejeros elegidos por sufragio universal en votación directa, de conformidad con la ley orgánica constitucional respectiva. Durarán cuatro años en sus cargos y sólo podrán ser reelegidos para el próximo período. La misma ley establecerá la organización del consejo regional, determinará el número de consejeros que lo integrarán y su forma de reemplazo, cuidando siempre que tanto la población como el territorio de la región estén equitativamente representados.

Cesará en su cargo el consejero regional que durante su ejercicio perdiere alguno de los requisitos de elegibilidad o incurriere en alguna de las inhabilidades, incompatibilidades, incapacidades u otras causales de cesación que la ley orgánica constitucional establezca.

Lo señalado en los incisos precedentes respecto del consejo regional y de los consejeros regionales será aplicable, en lo que corresponda, a los territorios especiales a que se refiere el artículo 119.

El consejo regional, por mayoría absoluta de sus integrantes en ejercicio, elegirá un presidente de entre sus miembros. El presidente del consejo durará cuatro años en su cargo y cesará en él en caso de incurrir en alguna de las causales señaladas en el inciso tercero, por remoción acordada por mayoría absoluta de los consejeros regionales en ejercicio o por renuncia aprobada por la mayoría de éstos.

La ley orgánica constitucional determinará las funciones y atribuciones del presidente del consejo regional.

Corresponderá al consejo regional aprobar el proyecto de presupuesto de la respectiva región considerando, para tal efecto, los recursos asignados a ésta en la Ley de Presupuestos, sus recursos propios y los que provengan de los convenios de programación.

Los Parlamentarios que representen a los distritos de la región podrán, cuando lo estimen conveniente, asistir a las sesiones del consejo regional y tomar parte en sus debates, sin derecho a voto.

Art. 108º.- La ley orgánica constitucional respectiva determinará la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales, en carácter temporal o definitivo, una o más competencias de los ministerios y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, en materias de ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural.

Sin perjuicio de lo establecido en el inciso precedente, cuando las materias allí señaladas tengan una clara identificación regional o local, el consejo regional tendrá las competencias de pleno derecho, si reuniere el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

Art. 109º.- Para el gobierno y administración interior del Estado a que se refiere el presente capítulo se observará como principio básico la búsqueda de un desarrollo territorial armónico y equitativo. Las leyes que se dicten al efecto deberán velar por el cumplimiento y aplicación de dicho principio, incorporando asimismo criterios de solidaridad entre las regiones, como al interior de ellas, en lo referente a la distribución de los recursos públicos.

Sin perjuicio de los recursos que para su funcionamiento se asignen a los gobiernos regionales en la Ley de Presupuestos de la Nación y de aquellos que provengan de lo dispuesto en el Nº 16º del artículo 9, dicha ley contemplará una proporción del total de los gastos de inversión pública que determine, con la denominación de fondo nacional de desarrollo regional. La ley podrá establecer una ley de rentas regionales.

La Ley de Presupuestos de la Nación contemplará, asimismo, gastos correspondientes a inversiones sectoriales de asignación regional cuya distribución entre regiones responderá a criterios de equidad y eficiencia, tomando en consideración los programas nacionales de inversión correspondientes. La asignación de tales gastos al interior de cada región corresponderá al gobierno regional.

A iniciativa de los gobiernos regionales o de uno o más ministerios podrán celebrarse convenios anuales o plurianuales de programación de inversión pública entre gobiernos regionales, entre éstos y uno o más ministerios o entre gobiernos regionales y municipalidades, cuyo cumplimiento será obligatorio. La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las normas generales que regularán la suscripción, ejecución y exigibilidad de los referidos convenios.

Gobierno y Delegación Presidencial

Art. 110º.- En cada región existirá una Delegación Presidencial que será un órgano territorialmente desconcentrado del Presidente de la República. Estará a cargo de un Delegado Presidencial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República.

Corresponde al Delegado Presidencial ejercer, de acuerdo a las instrucciones del Vicepresidente de la República, y en coordinación con el Intendente, la supervigilancia de los servicios públicos desconcentrados existentes en la región, así como el ejercicio de las potestades de gobierno interior que competen al Vicepresidente de la República. La ley determinará las atribuciones que podrá delegarle el Presidente y las demás que le corresponden.

Administración Comunal

Art. 111º.- La administración local de cada comuna o agrupación de comunas que determine la ley reside en una municipalidad, la que estará constituida por el alcalde, que es su máxima autoridad, y por el concejo.

La ley orgánica constitucional respectiva establecerá las modalidades y formas que deberá asumir la participación de la comunidad local en las actividades municipales.

Los alcaldes, en los casos y formas que determine la ley orgánica constitucional respectiva, podrán designar delegados para el ejercicio de sus facultades en una o más localidades.

Las municipalidades son corporaciones autónomas de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna.

Una ley orgánica constitucional determinará las funciones y atribuciones de las municipalidades. Dicha ley señalará, además, las materias de competencia municipal que el alcalde, con acuerdo del concejo o a requerimiento de la mayoría absoluta de los concejales en ejercicio, o de la proporción de ciudadanos que establezca la ley, someterá a consulta no vinculante o a plebiscito, así como las oportunidades, forma de la convocatoria y efectos.

Las municipalidades podrán asociarse entre ellas en conformidad a la ley orgánica constitucional respectiva, pudiendo dichas asociaciones gozar de personalidad jurídica de derecho privado. Asimismo, podrán constituir o integrar corporaciones o fundaciones de derecho privado sin fines de lucro cuyo objeto sea la promoción y difusión del arte, la cultura y el deporte, o el fomento de obras de desarrollo comunal y productivo. La participación municipal en ellas se regirá por la citada ley orgánica constitucional.

Las municipalidades podrán establecer en el ámbito de las comunas o agrupación de comunas, de conformidad con la ley orgánica constitucional respectiva, territorios denominados unidades vecinales, con el objeto de propender a un desarrollo equilibrado y a una adecuada canalización de la participación ciudadana.

Los servicios públicos deberán coordinarse con el municipio cuando desarrollen su labor en el territorio comunal respectivo, en conformidad con la ley.

La ley determinará la forma y el modo en que los ministerios, servicios públicos y gobiernos regionales podrán transferir competencias a las municipalidades, como asimismo el carácter provisorio o definitivo de la transferencia.

Art. 112º.- En cada municipalidad habrá un concejo integrado por concejales elegidos por sufragio universal en conformidad a la ley orgánica constitucional de municipalidades. Durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos. La misma ley determinará el número de concejales y la forma de elegir al alcalde.

El concejo será un órgano encargado de hacer efectiva la participación de la comunidad local, ejercerá funciones normativas, resolutivas y fiscalizadoras y otras atribuciones que se le encomienden, en la forma que determine la ley orgánica constitucional respectiva.

La ley orgánica de municipalidades determinará las normas sobre organización y funcionamiento del concejo y las materias en que la consulta del alcalde al concejo será obligatoria y aquellas en que necesariamente se requerirá el acuerdo de éste. En todo caso, será necesario dicho acuerdo para la aprobación del plan comunal de desarrollo, del presupuesto municipal y de los proyectos de inversión respectivos.

Art. 113º.- La ley orgánica constitucional de municipalidades establecerá los procedimientos que deberán observarse en caso de creación, supresión o fusión de una o más comunas.

Asimismo, de conformidad a la referida, podrán crear o suprimir empleos y fijar remuneraciones, como también establecer los órganos o unidades. Las municipalidades gozarán de autonomía para la administración de sus finanzas. La Ley de Presupuestos de la Nación podrá asignarles recursos para atender sus gastos, sin perjuicio de los ingresos que directamente se les confieran por la ley o se les otorguen por los gobiernos regionales respectivos. Una ley orgánica constitucional contemplará un mecanismo de redistribución solidaria de los ingresos propios entre las municipalidades del país con la denominación de fondo común municipal. Las normas de distribución de este fondo serán materia de ley.

Disposiciones Generales

Art. 114º.- La ley establecerá fórmulas de coordinación para la administración de todos o algunos de los municipios, con respecto a los problemas que les sean comunes, así como entre los municipios y los demás servicios públicos.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, la ley orgánica constitucional respectiva regulará la administración de las áreas metropolitanas, y establecerá las condiciones y formalidades que permitan conferir dicha calidad a determinados territorios.

Art. 115.- Para ser elegido intendente, consejero regional, alcalde o concejal, se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener los demás requisitos de idoneidad que la ley señale y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.

Los cargos de intendente, consejero regional, alcalde y concejal serán incompatibles entre sí.

Ningún intendente desde el día de su elección, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, si el Tribunal de Alzada de la jurisdicción respectiva, en pleno, no autoriza previamente la acusación declarando haber lugar a la formación de causa. De esta resolución podrá apelarse ante la Corte Suprema.

En caso de ser arrestado algún intendente por delito flagrante, será puesto inmediatamente a disposición del Tribunal de Alzada respectivo, con la información sumaria correspondiente. El Tribunal procederá, entonces, conforme a lo dispuesto en el inciso anterior.

Desde el momento en que se declare, por resolución firme, haber lugar a formación de causa, queda el intendente imputado suspendido de su cargo y sujeto al juez competente.

Art. 116.- Las leyes orgánicas constitucionales respectivas establecerán las causales de cesación en los cargos de intendente, alcalde, consejero regional y concejal.

Asimismo la ley determinará la forma de resolver las cuestiones de competencia que pudieren suscitarse entre las autoridades nacionales, regionales, y comunales sin perjuicio de las atribuciones del Tribunal Constitucional.

Art. 117.- En cumplimiento del mandato del artículo 3 de esta Constitución, los órganos del Estado actuarán siempre respetando y promoviendo la autonomía de los gobiernos regionales y de las municipalidades en el ámbito de sus respectivas funciones, competencias y atribuciones.

La ley, además, privilegiará otorgar potestades públicas en los órganos a nivel local y regional; promoverá la solidaridad interterritorial, buscando el desarrollo armónico y equitativo de todos los territorios del país; y posibilitará, cuando el ejercicio de una competencia requiera de la acción concertada de los gobiernos regionales y de las municipalidades, que éstas organicen las modalidades de su acción común.

El gobierno nacional no podrá ejercer tutela respecto de las atribuciones de los gobiernos regionales ni de las municipalidades, y deberá, cada vez que otorgue o transfiera las competencias de gobiernos regionales o municipalidades, atribuirles presupuestariamente los recursos necesarios para su correcto ejercicio, y en el caso de las transferencias, a lo menos los equivalentes a los que estaban consagrados a su ejercicio.

Art. 118.- La ley determinará la creación de un organismo de control y auditoria de los recursos públicos, de carácter autónomo de los gobiernos regionales y municipalidades, cuyas funciones serán la identificación y análisis de eventuales riesgos para la comisión de infracciones administrativas o delitos contra la función y probidad pública, con el objeto de prevenir su comisión. Como asimismo la denuncia de tales hechos a los órganos competentes.

Disposiciones Especiales

Art. 119.- Son territorios especiales los correspondientes a Isla de Pascua y al Archipiélago Juan Fernández. El Gobierno y Administración de estos territorios se regirá por los estatutos especiales que establezcan las leyes orgánicas constitucionales respectivas.

Los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde cualquier lugar de la República, garantizados en el numeral 7º del artículo 19, se ejercerán en dichos territorios en la forma que determinen las leyes especiales que regulen su ejercicio.

15) Para sustituir el Capitulo XV por el siguiente:

§ Capítulo Decimocuarto

Del Referéndum y del Plebiscito

Art 120.- La Constitución y los órganos que ella establece velarán por una mayor participación ciudadana en todos los ámbitos de la administración y gobierno.

Es responsabilidad del Estado contribuir a la formación de ciudadanos responsables y comprometidos con los valores de la democracia y los derechos humanos. Para ello, velará que el sistema educacional primario y secundario se inculque el compromiso de aquéllos con la República y sus instituciones.

Capítulo Primero

De los Plebiscitos

Art. 121.- Se podrá consultar a la ciudadanía por los más diversos temas de interés público, tanto a nivel nacional, como regional y local.

La consulta ciudadana puede tener el carácter de tal, o bien consistir en un plebiscito o en un referéndum revocatorio u obligatorio al que se refiere el capítulo XV.

El quórum de aprobación de las consultas es de cincuenta por ciento más uno de los votos válidamente emitidos, y siempre que haya concurrido a la misma un número de electores igual o superior al cincuenta por ciento de los inscritos, salvo las excepciones establecidas en la Constitución y las leyes.

Art. 122.- La consulta ciudadana propiamente tal no tiene valor vinculante.

El plebiscito tiene por objeto consultar a la ciudadanía sobre materias propias de una decisión del gobierno y tendrá carácter nacional y vinculante. En este caso, el plebiscito sólo puede ser convocado por el Presidente de la República.

En el caso de la administración local el plebiscito solo puede ser convocado por el alcalde con acuerdo del concejo o por los 2/3 del concejo respectivo.

Capítulo Segundo

Referéndum revocatorio

Art. 123.- Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables. Transcurrida la mitad del período por el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor del veinte por ciento de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrán solicitar la convocatoria a un referendo para revocar su mandato.

Si el cincuenta por ciento más uno del número de electores hubieren votado a favor de la revocatoria, y siempre que haya concurrido al referendo un número de electores y electoras igual o superior al cincuenta por ciento de los electores y electoras inscritos, se considerará revocado su mandato y se procederá de inmediato al reemplazo.

La revocación del mandato para los cuerpos colegiados y sus miembros se realizará de acuerdo con lo que establezca la ley electoral respectiva.

16) Para agregar el siguiente Capitulo XV, nuevo:

Capítulo Decimoquinto

Reforma Constitucional

Art. 124. Los proyectos de reforma de la Constitución podrán ser iniciados por mensaje del Presidente de la República o por moción de cualquiera de los miembros del Congreso Nacional.

El proyecto de reforma necesitará para ser aprobado las dos terceras partes de los parlamentarios en ejercicio.

En lo no previsto en este Capítulo, serán aplicables a la tramitación de los proyectos de reforma constitucional las normas sobre formación de la ley, debiendo respetarse siempre los quórums señalados en el inciso anterior.

El proyecto aprobado será remitido al Presidente de la República.

Art. 125.- En caso que el proyecto no alcanzare el quórum señalado en el artículo anterior, y siempre que el proyecto hubiese sido rechazado con al menos el voto favorable de la mayoría de los miembros en ejercicio del Congreso Nacional, procederá el referéndum respecto de las materias comprendidas en el proyecto de reforma constitucional.

El referéndum a que se refiere el inciso precedente podrá ser convocado por el Presidente de la República, por las dos quintas partes del Congreso Nacional, o por la solicitud al Servicio Electoral de un número no inferior de doscientas mil firmas acreditadas de ciudadanos.

El quórum de aprobación del referéndum será la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos. En caso de alcanzar el quórum precedente se entenderá aprobada la reforma constitucional.

Art. 126. Si el Presidente de la República rechazare totalmente un proyecto de reforma aprobado por el Congreso Nacional deberá consultar a la ciudadanía mediante plebiscito.

Si el Presidente observare parcialmente un proyecto de reforma aprobado por el Congreso Nacional, las observaciones se entenderán aprobadas con el voto conforme de las dos terceras partes de sus miembros en ejercicio, según corresponda de acuerdo con el artículo anterior, y se devolverá al Presidente para su promulgación.

En caso de que el Congreso Nacional no apruebe todas o algunas de las observaciones del Presidente, se devolverá al Presidente la parte del proyecto que haya sido objeto de insistencia para su promulgación, salvo que éste consulte a la ciudadanía para que se pronuncie mediante un plebiscito, respecto de las cuestiones en desacuerdo.

La ley orgánica constitucional relativa al Congreso regulará en lo demás lo concerniente a las observaciones de los proyectos de reforma y a su tramitación en el Congreso.

Art. 127. La convocatoria a referéndum o plebiscito deberá efectuarse dentro de los treinta días siguientes a aquel en que el Congreso Nacional hubiere despachado el proyecto o rechazado las observaciones, y se ordenará mediante decreto supremo que fijará la fecha de la votación plebiscitaria, la que no podrá tener lugar antes de treinta días ni después de sesenta, contado desde la publicación de dicho decreto. Transcurrido este plazo sin que el Presidente convoque a plebiscito, se promulgará el proyecto que hubiere aprobado el Congreso.

El decreto de convocatoria contendrá, según corresponda, el proyecto aprobado por el Congreso Nacional y vetado totalmente por el Presidente de la República. En este último caso, cada una de las cuestiones en desacuerdo deberá ser votada separadamente en el plebiscito.

El Tribunal Calificador de Elecciones comunicará al Presidente de la República el resultado del referéndum o plebiscito, y especificará el texto del proyecto aprobado por la ciudadanía, el que deberá ser promulgado como reforma constitucional dentro de los cinco días siguientes a dicha comunicación.

Una vez promulgado el proyecto y desde la fecha de su vigencia, sus disposiciones formarán parte de la Constitución y se tendrán por incorporadas a ésta."

Artículo 2.- Deróguense las disposiciones transitorias primera a vigésimo sexta de la Constitución Política de la República:

OSVALDO ANDRADE L.

Diputado de la República

MARCELO SCHILLING R.

Diputado de la República

GUILLERMO CERONI

Diputado de la República

[1] Nogueira Humberto. Derecho Constitucional Chileno. Tomo I Abeledo Perrot Thomson Reuters 2012: p. 1 y ss.
[2] García de Enterria Eduardo. La Constitución como norma y el Tribunal Constitucional Editorial Civitas S.A. reimpresión de la 3ª edición 1991: p. 46
[3] ídem.
[4] Nogueira ob. cit. p. 5.
[5] Zuñiga Francisco. Reformas Constitucionales para un Estado Social y Democrático de derecho. Colección Ideas Año 4 Nº33 julio 2003.
[6] Con detalle Cea José Luis. Derecho Constitucional Chileno. Tomo I Ediciones Universidad Católica de Chile 2ª edición 2008: pp. 113 y ss.
[7] Correa Sofía; Figueroa Consuelo; Jocelyn Holt Alfredo; Rolle Claudio; Vicuña Manuel. Historia del siglo XX chileno Editorial Sudamericana 4ª edición 2008: p. 324.
[8] De Ramón Armando. Historia de Chile. Desde la invasión incaica hasta nuestros días (1500-2000) 3ª edición Editorial Catalonia 2004: p. 255.
[9] Cfr. Salazar Gabriel; Pinto Julio. Historia Contemporánea de Chile. tomo I. Editorial LOM 1999: p. 104.
[10] Correa Figueroa. Et al p. 325.
[11] Correa Figueroa. Et al p. 325.
[12] Salazar Pinto ob. cit. pág. 108.
[13] Zuñiga Francisco. Nuevos Derechos Fundamentales y Nueva Constitución del Bicentenario. En: Derechos Fundamentales. Libro Homenaje al profesor Francisco Cumplido Asociación Chilena de Derecho Constitucional Editorial Jurídica de Chile 2012: pp. 411-425.
[14] Atria Fernando. La Constitución Tramposa. Lom 3ª reimpresión 2014.
[15] Ginsburg Tom. ¿Fruto de la parra envenenada? Algunas observaciones comparadas sobre la constitución chilena. En: Estudios Públicos 133 (verano 2014): pp. 1-36.
[16] De Rivacoba Manuel: “Orden Político y orden penal” pág. 201 en Revista Chilena de Derecho volumen 22 Nº 2 mayo-agosto de 1995; además en “División y fuentes del Derecho positivo” pág. 45 Valparaíso 1968.
[17] Aristóteles “La política”.
[18] Nogueira Humberto. Derechos Fundamentales y Garantías Constitucionales. T. 3 Librotecnia 2009: p. 9 y ss.
[19] Jordán Tomás. Los Derechos sociales como categoría jurídica de orden constitucional. En: Derechos Fundamentales. Libro Homenaje al profesor Francisco Cumplido Asociación Chilena de Derecho Constitucional Editorial Jurídica de Chile 2012: pp. 155-185.
[20] Cf. Ríos Lautaro. Derechos Esenciales cuya consagración o amparo están ausentes en nuestra Constitución. En: Derechos Fundamentales. Libro Homenaje al profesor Francisco Cumplido Asociación Chilena de Derecho Constitucional Editorial Jurídica de Chile 2012: pp. 357-372.
[21] Bobbio Norberto. Liberalismo y Democracia. Fondo Cultura Económica 13ª reimpresión 2010: p. 43.
[22] De Vergottini Giuseppe. Derecho Constitucional Comparado. Traducción de la 6ª edición Italiana a cargo de Claudia Herrera Cedam UNAM 2004: pp. 233 y ss.
[23] Loewenstein Karl: “Teoría de la Constitución” pág. 85 4ª reimpresión de la 2ª edición alemana Editorial Ariel Derecho Barcelona 1986.
[24] Loewenstein ob. cit. pág. 271.
[25] Ídem.
[26] Más recientemente Cristi Renato; Ruiz Tagle Pablo “La República en Chile. Teoría y práctica del Constitucionalismo Republicano” pág. 210. LOM ediciones 2006.
[27] Zapata Patricio. La Nueva Constitución y el Bien Común. p. 81. En: Zuñiga Francisco (coordinador). Nueva Constitución y Momento Constitucional. Visiones Antecedentes y Debates. Editorial Legal Publishing Thomson Reuters 2014: pp. 81-115.
[28] cf. Pre-informe de la comisión especial de estudio del sistema político chileno creada por acuerdo de la cámara de diputados de fecha 3 de abril de 2008.
[29] Verdugo Mario García Barzelatto Ana María. Manual de Derecho Político. Tomo II 3ª edición Editorial Jurídica de Chile 2004: p. 179.
[30] Verdugo Mario García Ana María ob. cit. pág. 192.
[31] Bidart Campos Germán. Derecho Político. Ed. Aguilar Madrid 1967: p. 388 y ss.
[32] Con detalle Cea José Luis. Derecho Constitucional Chileno. Tomo I Ediciones Universidad Católica de Chile 2ª edición 2008: pp. 113 y ss.
[33] Sobre el particular el Profesor Pablo Ruiz Tagle explica que “La reforma constitucional del año 2005 ha generado un nuevo momento político en Chile. El Presidente Lagos ha elaborado un nuevo texto refundido de la Constitución y lo ha firmado con sus ministros –paso decisivo para dejar atrás la Constitución de Pinochet-. Sin embargo a pesar del poder simbólico y el espíritu republicano de dicho momento su fuerza no alcanza para cerrar la transición. Son muchas y muy significativas las cuestiones pendientes en esta Quinta República. El nuevo texto refundido es sólo una de las condiciones necesarias para promulgar una nueva constitución. Otra condición es la formación de un nuevo liderazgo pro-democrático en el Congreso y en el Tribunal Constitucional. Solo liderazgo pro-democrático en el Congreso y en el Tribunal Constitucional. Solo será posible desarrollar nuevas prácticas pro democráticas una vez que hayan quedado atrás las ataduras autoritarias. Entonces sí se podrá aspirar a construir un proyecto intergeneracional de inspiración republicana. Todavía se mantiene una persistente reacción frente al ejercicio de los derechos fundamentales de libertad e igualdad y a la crítica y el control del poder. Ese es precisamente el sueño noble del constitucionalismo que surge como un hijo moderado del proyecto ilustrado. Pensamos que podemos controlar el poder por medio de la razón y particularmente a través del derecho. En Chile en cambio vemos cómo se ha renunciado de modo cotidiano al respeto de la libertad y de la igualdad de nuestros ciudadanos. Tenemos que defender el derecho a la crítica política y el derecho a interpelar el poder. Esta es la mejor forma de profundizar nuestras virtudes republicanas.” (Cristi y Ruiz-Tagle 2006: 383).
[34] Cf. Reforma Constitucional. varios autores Francisco Zuñiga (coord.) Lexis Nexis 2005; La Constitución reformada de 2005. varios autores Humberto Nogueira (coord.) Librotecnia 2005.
[35] Zuñiga “Nuevos Derechos…” ob. cit. 419.
[36] García Pelayo Manuel. Derecho Constitucional Comparado. Alianza Editorial 1ª reimpresión de la primera edición Madrid 1987: p. 20
[37] De Vergottini Giuseppe. Derecho Constitucional Comparado. Traducción de la 6ª edición Italiana a cargo de Claudia Herrera Cedam UNAM 2004: p. 15.
[38] Cfr. Anteproyecto de reforma constitucional de 1972 art. 1º cfr. Novoa Monreal Tapia Maira Fortín y otros.
[39] Cfr. De Vergotini ob. cit. p. 221
[40] Cf. Con detalle Pinto Mónica. El Derecho internacional. Vigencias y desafíos en un escenario globalizado. Fondo de Cultura Económica 2004: p. 95
[41] Nogueira Humberto. Derechos Fundamentales y Garantías Constitucionales. Tomo 3 Librotecnia 2009: p. 9 y ss.
[42] Cubillos Gonzalo. La extensión de la garantía constitucional referida al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. En Navarro; Enrique (editor): 20 años de la Constitución Chilena 1981-2001 VVAA Editorial Jurídica Conosur 2001: pp. 257-267.
[43] Cfr. Caso Kawas Fernández vs. Honduras Corte Interamericana de Derechos Humanos sentencia de 3 de abril de 2009 considerando 184.
[44] cf. Art. 77 Constitución Ecuatoriana; Art. 33-34 Constitución Boliviana.
[45] Fernández Pedro. Manual de Derecho Ambiental Chileno. Legal Publishing Thomson Reuters 3ª edición 2013: pp. 35 y ss. quien se refiere con detalle a la posibilidad de otorgar a la naturaleza el carácter de sujeto de derechos aunque opta por materializar su defensa por otras vías.
[46] Zaffaroni Eugenio Raúl. La Pachamama y el Humano. Prólogo de Osvaldo Bayer. Ilustraciones de Miguel Rep Ediciones Colihue –Madres de Plaza de Mayo 2012: p. 23 y ss.
[47] Sobre el reconocimiento de las generaciones futuras a un medio ambiente sano cfr. Mónica Pinto ob. cit. p. 134.
[48] cf. Art. 20 de la Ley Fundamental de la República Federal de Alemania.
[49] Novoa Monreal Eduardo. El Derecho de Propiedad Privada. Concepto Evolución Crítica. Centro de Estudios Políticos Latinoamericano Simón Bolívar 2ª edición 1989: p. 40 quien realiza un profundo estudio crítico.
[50] Ferrada Juan Carlos. El Derecho de Propiedad Privada en la Constitución de 1980. Una revisión crítica a su práctica política. En: Bassa J. Ferrada J.C. Viera C. (editores). La Constitución Chilena. Lom ediciones 2015: pp. 161-184.
[51] Ídem.
[52] Novoa Monreal ob. cit. p. 61.
[53] Bases de la Nueva Constitución para Chile. Segundo Informe p. 281. En: Zuñiga Francisco (coordinador). Nueva Constitución y Momento Constitucional. Visiones Antecedentes y Debates. Editorial Legal Publishing Thomson Reuters 2014: pp. 269-313.
[54] Novoa Monreal ob. cit. p. 61.
[55] Ferrada ob. cit. p. 181 quien señala como sentencias emblemáticas de la Corte Suprema roles Nº552/2008 y 4043/2011 y del Tribunal Constitucional roles Nº1141/2008 1215/2008 2043/2011 y 2451/2013.
[56] Pinto ob. cit.
[57] Cfr. Con detalle Espejo Nicolás y Leiva Carla. Digesto de Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Editorial Abeledo Perrot Thomson Reuters 2012 Chile: p. 625.
[58] Cordero Luis. Lecciones de Derecho Administrativo. 2a edición Thomson Reuters 2015: p. 31.
[59] Ídem. además en este sentido en la idea de absorber el recurso de protección mediante jurisdicción contecioso administrativa cf. Propuestas para la administración de justicia y la gestión del Ministerio de Justicia (fragmentos). En: Zuñiga Francisco (coordinador). Nueva Constitución y Momento Constitucional. Visiones Antecedentes y Debates. Editorial Legal Publishing Thomson Reuters 2014: pp. 209-226.
[60] Sobre la justificación como acción autónoma cf. Nogueira Humberto. Reflexiones sobre el establecimiento constitucional del Habeas Data y del Proyecto en tramitación parlamentaria sobre la materia. En: Ius et Praxis Año 3 Numero 1 Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Universidad de Talca Chile: pp. 265-284.
[61] Críticamente sobre el sistema vigente Anguita Pedro. La Protección de datos personales y el Derecho a la vida privada. Régimen jurídico jurisprudencia y Derecho Comparado. Editorial Jurídica de Chile 2007: p. 560.
[62] Mañalich Juan Pablo. Pena y Ciudadanía. En: Revista de Estudios de la Justicia Nº 6 Año 2005 Universidad de Chile: pp. 63-83.
[63] Guzmán Dálbora José Luis. La Pena y la Extinción de la Responsabilidad Penal. Legal Publishing 2008: p. 296.
[64] Cfr. Fernández Mario. Congreso Nacional y Sistema Electoral. Revista de Derecho Público 2º Semestre volumen 75 2011 Facultad de Derecho Universidad de Chile: pp. 21-33.
[65] Ruiz Tagle Pablo. El presidencialismo chileno: evolución de sus atribuciones constitucionales y propuestas de reforma. Revista de Derecho Público 1er Semestre volumen 76 2012 Facultad de Derecho Universidad de Chile: pp. 229-247.
[66] Ídem.
[67] Zaffaroni Eugenio Raúl. Elogio del Parlamentarismo. En Le Monde diplomatique Nº98 Agosto de 2007.
[68] En el mismo sentido cf. Propuestas para la administración de justicia y la gestión del Ministerio de Justicia (fragmentos). En: Zuñiga Francisco (coordinador). Nueva Constitución y Momento Constitucional. Visiones Antecedentes y Debates. Editorial Legal Publishing Thomson Reuters 2014: pp. 209-226.
[69] Originalmente como atribución especial del Presidente en el numeral 5 del artículo 32 de la Constitución de 1980. En contra de estos mecanismos que pueden potenciar aun mas el conflicto y la crisis del sistema institucional democrático cfr. Nogueira Humberto. Derecho Constitucional Chileno. Tomo II Abeledo Perrot Thomson Reuters 2013: p. 37 .
[70] Cfr. CP de 1828.
[71] Cf. Informe Comisión Asesora Presidencial en materia de Descentralización y Desarrollo Regional.
[72]Nogueira Humberto. Derecho Constitucional Chileno. Tomo III Abeledo Perrot Thomson Reuters 2012: p. 483 y ss.
[73] Ídem.
[74] Silva Bascuñan Alejandro. Tratado de Derecho Constitucional t. X. Editorial Jurídica de Chile 2004: p. 264 y ss.
[75] Nogueira ob. cit. p. 494.
[76] Cfr. Art. 1 Ley Fundamental Alemana.
[77] Cfr. Anteproyecto de reforma constitucional de 1972 art. 1º (Novoa Monreal Tapia Maira Fortín y otros); Art. 1º CP (España).
[78] CP (Col) art. 2º: “Son fines esenciales del Estado servir a la comunidad promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica política administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacifica y la vigencia de un orden justo”.
[79] Cfr. Anteproyecto de reforma constitucional de 1972 art. 1º cfr. Novoa Monreal Tapia Maira Fortín y otros; Art. 1º CP (España).
[80] Constitución Portugal (art. 9)
[81] Art. 121 CP Portugal (principio de renovación).
[82] Cf. Mensaje Boletín 5427-07.
[83] Arts. 7 -10 CP Colombia; CN Argentina;
[84] Ley Fundamental Alemania art. 25; art. 7 Constitución Austria; art. 8 Constitución de Portugal.
[85] Cfr. CP 1980; 1833 art. ; 1925.
[86] Art. 33 CN (argentina);
[87] En el mismo sentido art. 7 Constitución Austria;
[88] Art. 2 Ley Fundamental Alemana.
[89] CP Colombia art. 29;
[90] cf. Art. 77 Constitución Ecuatoriana; Art. 33-34 Constitución Boliviana.
[91] cf. Art. 20 a Ley Fundamental Alemania.
[92] Cf. Art. 70 Constitución Peruana.
[93] Art. 13 Nº 1 del Pacto de Derechos Económicos Sociales y Culturales de Naciones Unidas.
[94] Art. 13 Nº 2 Pacto de Derechos Económicos Sociales y Culturales de Naciones Unidas.
[95] Art. 10º Nº 7 Constitución 1925 (Octubre de 1971).
[96] Art. 3º c) de le Ley General de Educación sobre el principio de calidad en la educación.
[97] Art. 19º Nº 10.
[98] art. 19 Nº 10 inc. 6º Constitución de 1980 (Mayo de 2014)
[99] art. 19º Nº 11 inc. 4º Constitución de 1980 (Mayo de 2014)
[100] art. 27 Nº 3 de la Constitución Española de 1978.
[101] art. 19º Nº 11º inc. 5º de la Constitución de 1980 (Mayo de 2014).
[102] Cfr. Zuñiga Urbina Francisco (Coordinador). Nueva Constitución y momento constitucional. Visiones Antecedentes y Debate. Legal Publishing Chile. 2014. Pág. 287.
[103] Cfr. Zuñiga Urbina Francisco (Coordinador). Nueva Constitución y momento constitucional. Visiones Antecedentes y Debate. Legal Publishing Chile. 2014. Pág. 285.
[104] Art. 14 CN (argentina); Art. 51 CP (Colombia); Art. 65 CP (Portugal)
[105] Cfr. La formulación contenida en el Boletín 2809-07 sobre acciones constitucionales.
[106] Cfr. La formulación contenida en el Boletín 2809-07 sobre acciones constitucionales.
[107] Art. 35 Constitución de Portugal; Art. 18.4 Constitución Española.
[108] Art. 116 CP Portugal
[109] Art. 26 CP Austria.
[110] Art. 26 CP Austria.
[111] Art. 17 Constitución Francia (1958).
[112] CP (Usa) art. segundo enmienda sección 1ª;
[113] Conforme al art. 29 de la CP de Austria “El Presidente federal podrá disolver (auflösen) el Consejo Nacional pero sólo podrá acordar esta medida una sola vez por el mismo motivo (aus dem gleichen Anlass). En este caso el Gobierno federal deberá disponer de tal modo las nuevas elecciones (die Neuwahl) que el Consejo Nacional de nueva elección se pueda reunir a los cien días a más tardar desde la fecha de disolución”. Otro caso es el art. 175 de la CP de Portugal (1976).
[114] Ley Fundamental Alemania art. 34. CP (Col) art. 2º;
[115] Art. 197 CP Portugal.
[116] En este sentido art.39 CN Argentina; Art. 41 CP Austria: “Toda proposición formulada por 200.000 (doscientos mil) ciudadanos con derecho a voto o por la mitad de los que tengan derecho a voto en cada uno de tres Estados (iniciativa popular) deberá ser presentada por el Gobierno federal al Consejo Nacional para su tramitación reglamentaria. La iniciativa popular (das Volksbegehren) deberá elaborarse en forma de proyecto de ley (Gesetzentwurf)”.
[117] cf. CP (Perú) inciso primero art.138; CP (España) art. 117; CP (Portugal) art. 205
[118] Cfr. Acordado Nº28/2004 Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina.
[119] CP (Portugal) art. 223; CP (Perú) art. 150.
[120] CP (Argentina) art. 114; CP (Perú) art. 150.
[121] CP (Perú) art. 157.
[122] Cfr. CP de 1828.
[123] Art. 119 CP (Colombia); art. 211 CP (Ecuador).
[124] Cf. Boletín 6232-07 mensaje en tramitación sobre defensoría de las personas. En la perspectiva comparada CP (Perú) art. 157.
[125]Sin embargo la naturaleza de los derechos cuya realización presenta problemas es más amplia y se puede distinguir: aquellos que requieren la prestación de un servicio público sea gestionado por un órgano estatal o un particular (ej. derecho a la educación y a la salud) derechos que suponen una transferencia monetaria (ej. seguro desempleo y derechos sobre seguridad social) derechos que ameritan simetría informativa y una fase de empoderamiento previo (ej. Chile Solidario y el apoyo psicosocial acceso a la información igualitaria) derechos que requieren el ejercicio de potestad normativa del Estado (ej. complemento derechos art. 19 núm. 26 el Estado debe evitar las diferencias arbitrarias fijar remuneraciones mínimas en que casos se puede interceptar una comunicación etc.) y derechos que ameritan un ejercicio concertado (ej. derechos consumidores discapacitados pueblos originarios).
[126] La utilidad e importancia de esta función (solicitar opiniones consultivas) radica en que ella permite ejercer un control global sobre la forma cómo los Estados en su conjunto –e independientemente de cualquier disputa— interpretan y aplican la Convención corrigiendo cualquier posible desviación; por otra parte este procedimiento también permite eludir el empleo del procedimiento contencioso y evitar una confrontación con los Estados partes que les exponga a una sentencia condenatoria. En ejercicio de esta competencia la Corte ha podido precisar el alcance de las obligaciones asumidas por los Estados en el marco de la Convención y paralelamente ha contribuido al desarrollo y fortalecimiento del derecho internacional de los derechos humanos.
[127] Cf. Mensaje contenido en Boletín

1.5. Mensaje

Fecha 03 de abril, 2017. Mensaje en Sesión 8. Legislatura 365.

MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL AL CAPÍTULO XV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA.

_______________________________

Santiago, 3 de abril de 2017

MENSAJE Nº 022-365/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DEDIPUTADOS.

Honorable Cámara de Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, he resuelto someter a vuestra consideración el presente proyecto de reforma constitucional al Capítulo XV para establecer mecanismos de cambio constitucional.

I.ANTECEDENTES

La idea de cambio constitucional es consecuencia de innumerables esfuerzos por otorgar legitimidad a nuestra Constitución. Es así que desde 1989, se han venido realizando valiosas modificaciones que nos convierta hoy en una democracia madura, lo cual nos permite avanzar hacia una nueva carta fundamental.

Es pertinente señalar que los esfuerzos por dotar al país de una nueva Constitución han sido planteados desde el inicio de la transición por diversos sectores democráticos, representados en agrupaciones políticas, sociales, juveniles, académicas, sindicales, regionales, de género y de pueblos originarios. Estos sectores han fundado su convicción en que nuestra sociedad debe contar con una Constitución moderna, actualizada, acorde a los cambios culturales de los últimos veintisiete años y reconocida por todas y todos los chilenos y chilenas como propia, adquiriendo con ello, un compromiso duradero con la misma.

Desde el inicio de mi Gobierno he asumido el compromiso de liderar las reformas que el país necesita, particularmente en el cambio de la institucionalidad vigente y una adecuación de nuestro sistema político a los desafíos que nos impone una nueva sociedad, más demandante y exigente de una democracia de mayor calidad.

La nueva arquitectura institucional que hemos ido diseñando tiene por finalidad asegurar una democracia estable, moderna y participativa. Para esto, he liderado un conjunto integral de iniciativas que tienen por objeto actualizar nuestra legislación a las nuevas demandas, mejorar nuestra convivencia cívica y reestablecer confianzas entre las autoridades y la ciudadanía, fortalecer la legitimidad del sistema político y así avanzar hacia una democracia de mayor calidad.

En efecto, durante mi mandato he presentado al Congreso Nacional diversas iniciativas destinadas a fortalecer el sistema político en su conjunto, tales como el fortalecimiento de los partidos políticos, la reforma al sistema electoral binominal, el fortalecimiento y transparencia de la democracia, el voto chileno en el exterior, la autonomía constitucional del Servicio Electoral, la reforma Constitucional para la elección directa de Gobernadores Regionales; todas estas medidas que tienen impacto directo sobre la institucionalidad pública, sobre los partidos políticos y una mayor transparencia y control ciudadano, entre otros.

Junto con lo señalado anteriormente, en octubre de 2015 anuncié el “Proceso Constituyente Abierto a la Ciudadanía”, como procedimiento de cambio constitucional, el que nos guiará hacia un nuevo texto constitucional nacido en democracia, respetuoso de nuestras tradiciones republicanas y de los principios de derechos humanos reconocidos en Chile y en el ámbito internacional.

El Proceso Constituyente Abierto a la Ciudadanía tiene tres momentos: el Encuentro, la Deliberación y la Soberanía.

Durante el año 2016 llevamos a cabo el primer momento, a través de la etapa participativa, implementada mediante la Consulta Individual, los Encuentros Locales Autoconvocados y Cabildos Provinciales y Regionales. Esta etapa logró convocar a más de 200 mil ciudadanos y ciudadanas en el país y en el extranjero.

En esta oportunidad, y dando cumplimiento al itinerario fijado en octubre de 2015 ya señalado, he decidido ingresar un proyecto de reforma constitucional que establezca un mecanismo de reemplazo de la Carta Fundamental actual.

Por medio de esta iniciativa, la nueva Constitución Política de la República será fruto de una profunda deliberación democrática del pueblo y de todos aquellos convocados en su elaboración, quienes por medio del diálogo y la permanente construcción de acuerdos pondremos en valor todo lo aprendido a lo largo de nuestra historia republicana, sirviendo de impulso para enfrentar juntos los desafíos de un Chile moderno, democrático y equitativo.

II.FUNDAMENTOS DEL PROYECTO DE LEY

La Constitución actual en su Capítulo XV establece normas para la reforma constitucional, disponiendo que esta puede ser modificada por capítulos y con quórums asociados a cada uno de ellos. El texto no contempla un mecanismo específico para su reemplazo total, como tampoco una sede constituyente para éste.

La reforma constitucional aquí propuesta, establecerá una norma que permita elaborar una nueva Constitución en una sede constituyente convocada para tal efecto, en el marco de la institucionalidad vigente.

A través de esta nueva norma contaremos con un mecanismo específico que habilite el total reemplazo de la Constitución vigente. Esto se sustenta en que la Constitución que nos rija debe ser resultado de un acuerdo político y social de convivencia cívica, que refleje los valores y principios que fundan nuestra sociedad, que profundice la democracia y los derechos fundamentales, que se adecúe a los cambios que hemos experimentado en los últimos años, que fortalezca el sistema político y representativo, estableciendo condiciones claras y equilibradas para la gobernabilidad y el actuar democrático. En consecuencia, un texto constitucional acordado conferirá mayor seguridad jurídica, tanto a los poderes públicos como a todas las personas. Para que esto sea efectivo, se requiere una sede constituyente especialmente definida para tal efecto.

La norma propuesta formará parte de la historia constitucional chilena, incorporando en la actual Constitución un apartado específico que habilite su reforma total. Nuestro compromiso es dotar a nuestro país, en el contexto del nuevo ciclo político que vivimos, de una nueva Constitución, mediante un procedimiento democrático, institucional y participativo, donde confluyan las diversas tradiciones de Chile, con un fuerte carácter republicano, recogiendo aquellos elementos que nos identifican como nación. En ese sentido, la historia constitucional chilena se ha caracterizado por su estabilidad como República y por la madurez de las instituciones que nos rigen como país.

1.Análisis histórico constitucional

En nuestra historia constitucional observamos que los tres principales textos constitucionales han surgido producto de situaciones de excepción institucional, donde un número reducido de personas han decidido los elementos que caracterizarán las cartas fundamentales.

En primer lugar, tras el período de ensayos constitucionales, la Gran Convención promulgó la Constitución de 1833, la cual surge como consecuencia de la batalla de Lircay y del triunfo de los pelucones, rigiéndonos como República por casi un siglo. Esta Constitución tenía por objeto fijar nuestros cimientos como República, generando un sistema estable, el cual perdurará a lo largo del tiempo y nos dotará de un nuevo orden político, caracterizado por una figura presidencial fuerte y con amplias atribuciones, en desmedro del Congreso Nacional.

La Constitución de 1833 se elaboró a través de una Convención compuesta por dieciséis diputados y veinte ciudadanos probos e ilustrados, los que podían también ser miembros del Congreso, para luego ser aprobada por el mismo Congreso Nacional. A diferencia de lo que ocurría con la Constitución de 1828 la cual contemplaba mecanismos para la revisión constitucional, la Constitución de 1833 sólo se podía reformar a través del propio Congreso Nacional por un quórum de las dos terceras partes de cada Cámara. Estas reformas estaban sometidas a la ratificación del Congreso elegido inmediatamente después de publicado el proyecto de reforma.

Las principales reformas de esta Constitución vinieron de la mano de la denominada República Parlamentaria, la cual, tras las reformas de 1871, 1873 y 1874 buscó adecuar el texto constitucional y sus interpretaciones a los intereses de los nuevos gobiernos sobre la base del sistema existente. Durante este período se amplía la libertad de prensa y los derechos políticos de las personas, se refuerza la separación de poderes en favor del Congreso y se genera una República con mayor sometimiento al imperio de la ley.

La estabilidad del sistema se ve mermada en 1924, por el movimiento llamado “ruido de sables”, el cual clausura el Congreso Nacional, exilia al Presidente de la República y suspende el régimen constitucional. La Constitución de 1925 llega como respuesta a esta crisis y estuvo marcada por el retorno del exilio del Presidente Alessandri. Con el Congreso Nacional clausurado, el Ejecutivo emitió un decreto en el cual designaba una Comisión Consultiva de ciento veintidós integrantes, con participación de civiles y militares.

Se establecieron dos subcomisiones: la primera subcomisión de reforma que tuvo por objeto preparar el proyecto de reforma; y la segunda que tuvo por finalidad examinar el mecanismo para la discusión y aprobación (Asamblea Constituyente). La subcomisión de reforma estuvo integrada por quince personas, directamente llamadas por el Presidente de la República, quien presidió la subcomisión. En total se reunieron treinta veces. En tanto, la subcomisión de mecanismo, que debía organizar la Asamblea Constituyente, sólo se reunió tres veces, no volviendo a ser convocada por el Presidente.

Tras una serie de indicaciones presentadas por la Comisión Consultiva, debieron intervenir los militares bajo el mando del Inspector General del Ejército y miembro de la Comisión Consultiva, para lograr la aprobación del texto en los términos propuestos por el Presidente.

En agosto de 1925 el Ejecutivo convocó a un plebiscito para que se aprobara el proyecto, para el cual se utilizaron tres votos de distinto color: rojo que señalaba que se estaba de acuerdo con el Presidente, el azul disidente y que abogaba por la mantención del régimen parlamentario y, el blanco que indicaba no estar de acuerdo con ninguna de las fórmulas anteriores.

Esta Constitución retornó al régimen presidencial, con una fuerte separación de funciones, donde el Presidente de la República era Jefe de Estado y Jefe de Gobierno. A su vez, estableció que su modificación sería a través de un proyecto de ley, aprobado por la mayoría del Congreso en pleno.

Sus principales reformas, recayeron en el derecho de propiedad y su regulación (ley N° 16.615), así como también la ampliación del derecho a sufragio (ley N° 17.284) y la nacionalización de la gran minería del cobre (ley N° 17.450).

La Constitución de 1980, que es la que nos rige actualmente, surge durante la dictadura cívico-militar. A través del D.L. N° 128 la Junta de Gobierno se atribuye el poder constituyente, encontrándose facultados para modificar, suspender y derogar la Constitución, aprobando una nueva en su reemplazo.

En 1973 comenzó a sesionar la Comisión de Estudios para la Nueva Constitución, presentando un anteproyecto de Nueva Constitución en 1978, el cual fue revisado por el Consejo de Estado. Finalmente la revisión final recayó directamente en el General Augusto Pinochet y su ratificación se realizó a través del plebiscito del 11 de septiembre de 1980.

La Constitución de 1980 tuvo como núcleo central la desconfianza de la soberanía del pueblo, con fuertes contrapesos institucionales, incluso prohibiendo la existencia de proyectos políticos de izquierda (artículo 8 original).

Desde el retorno a la democracia, se han realizado treinta y ocho reformas para dotarla de legitimidad y adecuarla a las necesidades de la nuestro Estado. Por de pronto, en 1989 se realizó una gran reforma, mediante la ley N° 18.825, la que nos permitió transitar a la democracia, incorporando como límite de la soberanía los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana y suprimiendo el pluralismo político restringido. En 1991 se dictaron las leyes N° 19.055 y N° 19.097 relativas al delito de terrorismo y amnistía y descentralización del país respectivamente.

Entre los años 1994 y 1997 se realizaron cinco reformas constitucionales (ley N° 19.295, ley N° 19.448, ley N° 19.519, ley N° 19.526 y ley N° 19.541) relativa a la duración del mandato presidencial, la composición del poder judicial, administración del Estado y la creación del Ministerio Público.

Por su parte, el año 1999 se implementaron cuatro reformas constitucionales en materia de funcionamiento de los tribunales, equidad de género, reconocimiento de la educación parvularia y normas relativas al Tribunal Calificador de Elecciones (ley N° 19.597, ley N° 19.611, ley N° 19.634 y ley N° 19.643).

Durante el período comprendido entre los años 2000 y 2003, se realizaron cuatro reformas a través leyes N° 19.671, ley N° 19.672, ley 19.742 y 19.876. Estas modificaciones apuntaban a revisar el funcionamiento del Congreso Nacional, el estatuto de los ex Presidentes de la República, la consagración del derecho a la libre creación artística y la obligatoriedad de la educación media.

En el año 2005 (Ley N° 20.050), se realizó nuevamente una gran reforma con el objetivo de eliminar los enclaves autoritarios existentes, así se suprimieron los senadores vitalicios y designados, se eliminó el rol garante de las fuerzas armadas y se disminuyó su poder, al igual que el del Consejo de Seguridad del Estado.

Desde 2005 han sido veintiuna las reformas que se le han efectuado a la Constitución vigente. Del total, trece han sido por mensaje presidencial y se encuentran publicadas en las leyes N° 20.990, N° 20.870, N° 20.860, N° 20.710, N° 20.644, N° 20.573, N° 20.515, N° 20.414, N° 20.390, N° 20.354, N° 20.346, N° 20.245 y N° 20.193. El resto han sido proyectos por moción y se encuentran publicadas en las leyes N° 20.854, N° 20.748, N° 20.725, N° 20.516, N° 20.503, N° 20.352, N° 20.337 y N° 20.162.

Dichas modificaciones se han centrado en materias de cesación del cargo por infracción a las normas sobre transparencia, limite y control del gasto electoral; elección popular del órgano ejecutivo del Gobierno Regional; autonomía constitucional al Servicio Electoral; obligatoriedad del segundo nivel de transición y financiamiento gratuito desde el nivel medio mayor; adecuación de las fechas de las elecciones presidenciales; Modificación de la ley que regula los territorios especiales de Isla de Pascua y Archipiélago Juan Fernández; normas relativas a Gobierno y Administración Regional; habilitación a los Tribunales a fijar fecha de entrada en vigencia de leyes procesales en diversas regiones; integración de la Cámara de Diputados; ejercicio del voto de chilenos residentes en el extranjero; obligatoriedad de Rendición de Cuentas al país de los Presidentes de la Cámara y del Senado; obligatoriedad de Defensa Jurídica; supervigilancia y control de armas; declaración de patrimonio e intereses de las autoridades e incompatibilidades del cargo de Ministro; aprueba el Estatuto de Roma; asociacionismo municipal y dota de personalidad jurídica de derecho privado; inscripción automática en los Registros Electorales y; territorios especiales de Isla de Pascua y Juan Fernández.

El desafío actual y mi compromiso como Presidenta, es dotarnos de una nueva Constitución debatida y nacida en democracia, que se ajuste a las necesidades del Chile actual, y que, a diferencia de las Constituciones anteriores, se realice a través de un procedimiento democrático, con instancias reales de participación ciudadana y dentro de los canales de la institucionalidad.

2.Necesidad de contar con una nueva Constitución para una nueva sociedad

a.Las democracias y las sociedades cambian y las Constituciones deben cambiar con ellas

Como todos sabemos, Chile está en un proceso de cambio. El país no es igual al de los 90. Es distinto y, en consecuencia, los desafíos son otros, pero igualmente llamativos y sustanciales.

En virtud de lo anterior, he asumido el desafío de generar importantes cambios en la estructura política del país, a través de dos ejes de reformas políticas: uno político-legal y otro de cambio constitucional. Respecto al primero, hemos presentado una serie de proyectos, que tienen por objetivo fortalecer el sistema político y democrático, mejorar la representatividad y asegurar la transparencia y control ciudadano, los que se han materializado en la modificación el sistema electoral binominal (ley Nº 20.840), tema pendiente desde el proceso de transición, y que no nos permitía mejorar las condiciones de representatividad de nuestra democracia. La ley que permitirá el voto de chilenos en el exterior (ley Nº 20.960), también es parte de este conjunto de reformas políticas, y se hace cargo de un anhelo histórico de los miles de compatriotas que se encuentran lejos de nuestro país. La ley de fortalecimiento de los partidos políticos (ley 20.915) busca generar un cambio sustancial en la manera en que se organizan los partidos políticos y cómo se relacionan con la ciudadanía. La reforma que otorgó autonomía constitucional al Servicio Electoral (ley 20.860). La ley sobre fortalecimiento y transparencia de la democracia (ley 20.900), busca regular la relación entre el dinero y la política, de manera de transparentar el funcionamiento de esta actividad de cara a la ciudadanía. Este último ejemplo no es solo uno más, sino que refleja de perfecta forma el gran cambio que ha experimentado nuestra sociedad.

Pero aún nos falta avanzar. Como bien señala el informe del PNUD, “Auditoria de la Democracia”, de 2014, el tipo de democracia que se ha venido construyendo en los últimos años se ha enfrentado a topes o limitaciones que le impiden avanzar hacia su perfeccionamiento. Limitaciones que dificultan al sistema político a construir una igualdad efectiva, a un ejercicio igualitario de derechos, necesarios para poder cumplir con los anhelos y demandas que se expresaban anteriormente.

Las tensiones y desafío que nos plantea el informe del PNUD y que nosotros también hemos identificado guardan relación con la necesidad de legitimar la democracia para mantener la gobernabilidad: es necesario recomponer la confianza en las instituciones y actores de la democracia. También debemos ocuparnos y así lo estamos haciendo, de la desigualdad política, de manera que todos los sectores de la sociedad puedan ser partícipes de la toma de decisiones. La inclusión y la representación también son temas esenciales que ha ocupado nuestro trabajo durante estos años de Gobierno. Con la inclusión buscamos asegurar una mayor participación de la ciudadanía en la toma de decisiones, y con la representación, apuntamos a que la diversidad de nuestra sociedad se vea reflejada en las distintas instancias de participación política. En términos de partidos políticos, todos, transversalmente, debemos hacernos cargo del desencanto y la lejanía que los ciudadanos sienten con la política. Recuperar el rol de articulación de intereses y de representación de la sociedad es clave para mejorar la valoración de la política como actividad y conseguir así una mejor democracia que nos permita enfrentar las desigualdades y abrir así espacios de diálogo y participación.

b.Cambio constitucional en democracia

Hay un asunto que ha sido tema de discusión no solo en nuestro país, sino en casi todos los lugares donde se plantea la necesidad de llevar adelante un proceso de cambio constitucional, y guarda relación con la inconveniencia o imposibilidad de realizar un cambio a la Constitución en democracia. Gran parte de los argumentos en contra de los procesos de cambio, señalan que estas modificaciones por lo general se reservan para quiebres institucionales. Frente a esto, es importante señalar que los agentes del sistema político tienen el deber y la responsabilidad de adaptarse a los cambios políticos, sociales y culturales que experimenta el país y que por ende, sí es posible generar cambios de Constitución en democracia, como lo han demostrado países tales como Australia, Canadá, Suecia, Suiza y Colombia.

En este sentido, la Constitución actual cerró una etapa de nuestra vida política y constitucional. Nació en dictadura, fue concebida bajo una mirada negativa y defensiva de la política y los partidos políticos, consagró un sistema de derechos creado bajo una lógica individualista; los derechos sociales se ubican en posición de desequilibrio; la garantía de los derechos es aún insuficiente.

Durante la transición, las fuerzas democráticas lograron grandes avances democratizadores. Particular mención merece la reforma Constitucional del año 1989 que permitió dar inicio a la transición y la del 2005 bajo el gobierno del Presidente Ricardo Lagos que terminó con parte importante de los enclaves autoritarios.

Lo anterior se logró de acuerdo a las características y desafíos propios de nuestra transición hacia la democracia, que requirió de capacidades políticas acordes al momento. Por ello, no existieron las condiciones para otorgarnos una nueva Constitución, sino solo para enmendarla parcial y progresivamente, ello, derivado de las características de una Constitución siempre compleja.

Hoy vemos que hay un ánimo social de lograr un acuerdo constitucional entre fuerzas políticas y sociales democráticas, pues es palpable que se requiere una nueva Constitución para el nuevo ciclo político, y para poder contextualizar a nuestra actual sociedad.

c.La participación ciudadana como pilar del cambio constitucional

En un proceso de cambio social y de mayor empoderamiento ciudadano son pocos los países y parlamentos que logran reaccionar institucionalmente a estos cambios y se auto imponen nuevas reglas del juego en beneficio de una mayor representatividad e inclusión política, otorgando una mayor legitimidad al sistema.

La realidad nos está demostrando, con una evidencia nunca antes vista, que el actual diseño del Estado, lejos de proporcionar los canales institucionales para que las diferencias se procesen, hoy está convirtiéndose en una de las principales fuentes de conflicto.

Y si bien tras el regreso de la democracia se lograron realizar ciertos cambios a la Constitución, el origen sigue siendo cuestionado debido a la falta de representación y participación. Es decir, no fue creada, discutida ni legitimada con la ciudadanía.

Se hace urgente que las personas crean en nuestro sistema político y en su Constitución, para lo cual es necesario establecer su relegitimación a través de la participación mediante nuevos acuerdos sociales básicos sobre el poder y los derechos fundamentales.

La experiencia comparada, nos muestra que hoy no es posible deliberar constitucionalmente sin la participación ciudadana, cuestión que no es una mera teoría sino el factor común de múltiples procesos constituyentes de los últimos años.

Es así, que el proceso de generación de una nueva Constitución es un momento en el cual cada Estado, debe encontrar su propio modelo, en consideración a las experiencias políticas pasadas, la madurez democrática, la tradición constitucional, las raíces históricas, tanto de la Constitución vigente, como del sistema político.

Entonces, solo al reconocer la historia de los países y propiciar instancias de auto reconocimiento y diálogo, se irá haciendo latente el mejor de los caminos que conduzcan a la definición de los contenidos que deberá garantizar una nueva Constitución.

La Constitución actual adolece de mecanismos que fomenten y hagan posible una efectiva participación ciudadana en los procesos de toma de decisión. La participación ciudadana no solo incluye los derechos electorales, sino que también a la oportunidad de involucrarse en los procesos de decisiones sobre las políticas públicas, así como de reales mecanismos que le permitan a la ciudadanía ejercer rendición de cuentas sobre sus autoridades.

El desafío, es generar estos espacios de participación dentro del esquema de la democracia representativa, que posibiliten una mayor identificación de la ciudadanía con el sistema político y una mayor legitimidad del mismo. La participación ya no es una alternativa, hoy es imprescindible para los procesos políticos. Tenemos múltiples ejemplos de países que han ido adaptando sus Constituciones para establecer mecanismos de participación que permitan una real incorporación en el proceso de toma de decisiones, por ejemplo, la institucionalización de mecanismos consultivos y/o deliberativos en Suiza el año 1999 y la ratificación del texto constitucional en Islandia en 2012.

Lo anterior da cuenta de que la única forma que tenemos para construir los cimientos de una nueva sociedad, más inclusiva y equitativa es mediante la participación decidida de la ciudadanía. Para ello, tenemos el convencimiento que una nueva Constitución sigue siendo el mejor instrumento para un cambio democrático que mejore los niveles de cohesión social y, por ende, provea de legitimidad, representación, participación, calidad y eficiencia al sistema político chileno.

d.Proceso Constituyente Abierto a la Ciudadanía como mecanismo para el cambio constitucional

Para lograr lo expuesto precedentemente, Chile debe reencontrarse con sus tradiciones republicanas y dar origen a la nueva Constitución, en la que confluyan las tradiciones constitucionales liberal, democrática y social, y que sea el fruto de un auténtico consenso constitucional.

Es por ello, que en octubre de 2015 presenté al país el Proceso Constituyente Abierto a la Ciudadanía como propuesta de cambio constitucional. Esta corresponde a una política de Estado, respetuosa de la institucionalidad vigente y del Congreso Nacional, que incorpora a los ciudadanos y ciudadanas como protagonistas.

El Proceso Constituyente Abierto a la Ciudadanía se define como el mecanismo de cambio constitucional que incorpora la discusión pública con los ciudadanos sobre los asuntos constitucionales, de manera institucionalizada, permitiendo el diálogo y la convergencia para la construcción de acuerdos de las personas sobre la Constitución. Es abierto a la ciudadanía, por cuanto los ciudadanos pudieron participar e incidir en la discusión constitucional por medio de los diferentes mecanismos participativos e institucionales contemplados para ello. La incidencia es un elemento esencial de la participación pública, ya que se define como la cualidad y efecto de repercutir en la elaboración del proyecto de cambio constitucional que presentaré durante este año, en ejercicio de mi potestad co-constituyente.

El proceso que estamos llevando adelante considera tres momentos: el Encuentro, la Deliberación y la Soberanía. El Encuentro se refiere a la fase participativa y consiste en la participación pública a nivel local, provincial y regional que busca que las visiones ciudadanas acordadas incidan en la primera versión del Proyecto de cambio Constitucional que enviaré al Congreso. Para dar garantías de transparencia, inclusión y ausencia de sesgo político en esta primera etapa, constituí el Consejo Ciudadano de Observadores del Proceso Constituyente. La Deliberación consiste en la discusión sobre los contenidos constitucionales en la sede constituyente acordada por el Congreso Nacional. Finalmente, la Soberanía se refiere al plebiscito final ratificatorio del cambio constitucional, para lo cual primero debemos abrir el camino para tener una Constitución de todos y de todas dentro de los canales de la institucionalidad vigente, mediante la presente propuesta de ley de reforma al Capítulo XV de la Constitución.

La Etapa Participativa, que se desarrolló entre abril y agosto del año pasado, convocó a más de 200.000 chilenas y chilenos, extranjeros residentes en Chile y chilenas y chilenos en el extranjero a discutir sobre los valores y principios, derechos, deberes y responsabilidades e instituciones que nos definen como Estado. Esta etapa constituyó un proceso inédito, tanto en cuanto a su diseño como a los niveles de participación ciudadana, en nuestra historia republicana y en los procesos de cambio constitucional a nivel comparado.

El 16 de enero de este año, recibí de parte del Comité de Sistematización y del Consejo Ciudadano de Observadores, las Bases Ciudadanas para la Nueva Constitución, la cual recoge las opiniones de los ciudadanos y ciudadanas en las diversas etapas y servirá como insumo para el proyecto de cambio constitucional, que será discutido en la instancia que determine el Congreso Nacional. Sin perjuicio de ello, para llevar a cabo el momento deliberativo, es esencial que se exprese la voluntad de cambio de los congresistas para avanzar en la reforma al Capítulo XV de la Constitución, que nos permita contar con un mecanismo de cambio constitucional definido por el mismo Congreso.

III.CONTENIDO DEL PROYECTO

1.La convocatoria a una Convención Constitucional

El proyecto de reforma constitucional que someto a vuestra consideración faculta al Congreso Nacional para convocar a una Convención Constitucional para la elaboración de una Nueva Constitución, con el acuerdo de las dos terceras partes de los diputados y senadores en ejercicio.

La reforma entrega, en todo caso, a una ley orgánica constitucional la convocatoria a la Convención, la forma de integración de la misma, el sistema de nombramiento y elección de sus integrantes, su organización, sus funciones y atribuciones, como también los mecanismos de participación ciudadana que sean adecuados.

De este modo, la reforma que propongo al H. Congreso Nacional permite conjugar las diversas alternativas que se conocen en nuestra historia y en el derecho comparado, con un énfasis en la participación ciudadana. Con ello, se abre el camino para un proceso inédito en nuestra historia.

La forma de integración de la Convención Constitucional, así como el sistema de nombramiento y elección de sus integrantes, requerirá el voto conforme de las tres quintas partes de los Diputados y Senadores en ejercicio. En cuanto a su oportunidad, debe ser presentada por el Presidente de la República dentro de los sesenta días de aprobada la presente reforma constitucional. La aprobación de esta ley orgánica es condición previa de la convocatoria que puede hacer el Congreso Nacional.

2.El trabajo de la Convención

Enseguida, la Convención ha de avocarse a estudiar una propuesta de Nueva Constitución. Asimismo, conocerá de todo otro proyecto que tenga por objeto la sustitución del actual texto constitucional.

En cuanto a los acuerdos necesarios para aprobar la propuesta de Nueva Constitución, la reforma no innova en lo actualmente dispuesto en el artículo 127. Con todo, las materias no previstas en la actual Constitución deberán ser aprobadas con el voto conforme de las dos terceras partes de los miembros de la Convención.

3.Plebiscito

Una vez aprobado el proyecto de Nueva Constitución éste será remitido al Presidente de la República para que éste convoque a un plebiscito que se pronunciará sobre la aprobación o rechazo del texto aprobado por la Convención.

Es importante notar que en este plebiscito el sufragio será obligatorio, de modo de otorgar la mayor legitimidad democrática.

Con los resultados del respectivo plebiscito, el Tribunal Calificador de Elecciones comunicará al Presidente de la República la decisión de la ciudadanía. Si la Nueva Constitución es aprobada, el Presidente deberá promulgarla dentro de diez días y publicarla dentro de cinco días.

En consecuencia, propongo al H. Congreso Nacional, el siguiente

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.-Modifícase la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en el siguiente sentido:

1)Agrégase el siguiente artículo 130:

“Artículo 130.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 127 y siguientes, el Congreso Nacional, con el voto conforme de las dos terceras partes de los diputados y senadores en ejercicio, podrá convocar a una Convención Constitucional para la elaboración de una Nueva Constitución.

Una ley orgánica constitucional regulará la convocatoria a la Convención por parte del Congreso, la forma de integración de la misma, el sistema de nombramiento y elección de sus integrantes, su organización, sus funciones y atribuciones, como también los mecanismos de participación ciudadana que, para este efecto, la Convención Constitucional establezca en el proceso de elaboración de la Nueva Constitución.

Aprobado el proyecto de Nueva Constitución, de acuerdo a las mayorías que establece el inciso tercero de la disposición vigésimo novena transitoria, será remitido al Presidente de la República para que consulte a la ciudadanía, mediante plebiscito y por la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos, si lo aprueba o rechaza. Para estos efectos el voto será obligatorio. Una vez remitido el proyecto, la Convención Constitucional se disolverá.

La convocatoria a plebiscito deberá efectuarse dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción del proyecto de Nueva Constitución remitido por la Convención Constitucional, y se ordenará mediante decreto supremo que fijará la fecha de la votación plebiscitaria, la que se celebrará noventa días después de la publicación de dicho decreto si ese día correspondiere a un domingo. Si así no fuere, ella se realizará el domingo inmediatamente siguiente. El decreto de convocatoria contendrá las opciones “apruebo” o “rechazo”.

El Tribunal Calificador del Elecciones comunicará al Presidente de la República el resultado del plebiscito, y especificará la opción decidida por la ciudadanía. Si ésta fuere la de “aprobada”, el Presidente de la República promulgará el texto de Nueva Constitución dentro de los diez días siguientes a la comunicación, y la publicación se hará dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que el decreto promulgatorio quede totalmente tramitado.”.

2)Agrégase la siguiente disposición vigésimo novena transitoria:

“VIGÉSIMO NOVENA.- La ley orgánica constitucional a que se refiere el inciso segundo del artículo 130 deberá ser enviada por el Presidente de la República al Congreso Nacional dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de publicación de la reforma constitucional que introduce dicho artículo. La convocatoria a la Convención Constitucional sólo podrá efectuarse una vez publicada esta ley orgánica constitucional.

La forma de integración de la Convención Constitucional, así como el sistema de nombramiento y elección de sus integrantes, requerirá el voto conforme de las tres quintas partes de los diputados y senadores en ejercicio.

La Convención Constitucional aprobará las materias de que trate la Nueva Constitución de acuerdo a lo establecido en el inciso segundo del artículo 127. Las materias no dispuestas en dicho inciso, serán aprobadas con el voto conforme de las dos terceras partes de los miembros de la Convención.

La Convención Constitucional conocerá y tramitará los proyectos de Nueva Constitución, presentados ante el Congreso Nacional como reforma completa a la presente Constitución de acuerdo al artículo 127 o como proyectos de Nueva Constitución presentados ante la Convención Constitucional desde el día de su instalación.”.”.

Dios guarde a V.E.,

MICHELLE BACHELET JERIA

Presidenta de la República

MARIO FERNÁNDEZ BAEZA

Ministro del Interior y Seguridad Pública

RODRIGO VALDÉS PULIDO

Ministro de Hacienda

NICOLÁS EYZAGUIRRE GUZMÁN

Ministro Secretaria General de la Presidencia

PAULA NARVÁEZ OJEDA

Ministra Secretaria General de Gobierno

1.6. Moción Parlamentaria

Moción de Giorgio Jackson Drago, Ricardo Celis Araya, Felipe Harboe Bascuñán, Raúl Soto Mardones, Pepe Auth Stewart, Andrea Parra Sauterel, Marcelo Schilling Rodríguez, Cristina Girardi Lavín, Maya Fernández Allende, Alejandra Sepúlveda Orbenes, Alexis Sepúlveda Soto, Karla Rubilar Barahona, Marcelo Díaz Díaz, Leonardo Soto Ferrada, Karol Cariola Oliva, Rodrigo González Torres, Gaspar Rivas Sánchez, Iván Fuentes Castillo, Yasna Provoste Campillay, Osvaldo Andrade Lara, Aldo Cornejo González, Carolina Marzán Pinto, Guillermo Teillier Del Valle, Marcos Espinosa Monardes, Loreto Carvajal Ambiado, Jaime Mulet Martínez, Sergio Aguiló Melo, Pedro Velásquez Seguel, Vlado Mirosevic Verdugo, Alfonso De Urresti Longton, Marcela Hernando Pérez, Guillermo Ceroni Fuentes, Gabriel Boric Font, Camila Vallejo Dowling, Roberto León Ramírez, Tucapel Jiménez Fuentes y Tomás Hirsch Goldschmidt. Fecha 14 de mayo, 2019. Moción Parlamentaria en Sesión 26. Legislatura 367.

Modifica la Carta Fundamental en materia de plebiscitos y establece un procedimiento para la elaboración y aprobación de una nueva Constitución Política Boletín N° 12630-07

Fundamentos.1.-Si miramos la génesis de cada una de nuestras más importantes Cartas Fundamentales (1833, 1925 y 1980) nos daremos cuenta de que en ninguna de ellas el pueblo ha tenido una participación significativa. En estricto rigor, la mayoría de ellas ha sido impuesta más por la vía de la fuerza que por el poder de la razón o la deliberación democrática.[1]

Este hecho histórico, que en sí mismo es profundamente desalentador, no puede, sin embargo, hacernos decaer a quienes aspiramos a que Chile tenga, de una vez por todas, una nueva Constitución nacida plenamente en democracia y legitimada por toda la comunidad política. La constatación de este hecho debe convertirse en el impulso vital que nos estimule a decidir sobre nuestro destino.

Porque en antaño no pudimos participar activamente, es que ahora debemos comprometernos a ser verdaderamente dueños de nuestro propio destino como comunidad política y darnos a nosotros mismos un nueva Constitución. Somos una nación que ha sabido madurar políticamente, y en consideración de aquello es que es preciso que abandonemos el temor a determinarnos. Es tiempo de que construyamos una nueva constitución que, genuinamente, consideremos “nuestra”.

Justamente porque resulta imprescindible aprender de nuestros errores y desaciertos cometidos como Nación en el pasado, es que en esta ocasión debemos darnos la oportunidad –esta vez definitiva- de construir entre todos un nuevo pacto social de convivencia democrática.

Como nunca antes en nuestra historia republicana, tenemos a nuestro alcance condiciones sociales, culturales y políticas idóneas para poder darnos un nuevo texto fundamental, una Constitución que nazca de un gran acuerdo gestado en democracia. La coyuntura actual lo puede hacer posible y es necesario que no desaprovechemos esta oportunidad.[2]

Quienes suscribimos esta reforma constitucional queremos hacernos cargo de la sentida demanda ciudadana por una nueva Constitución que permita a Chile ser plenamente soberano de su presente y futuro.

El cambio constitucional tiene por lo menos dos maneras de ser visto, en primer lugar se puede decir que un cambio en la Constitución, hablando de cambios profundos, puede devenir de la necesidad, es decir “Hay que cambiar las normas cuando ya no responden a la mentalidad de quienes elaboraron ni a las exigencias que la hicieron surgir, y en caso de que pierdan capacidad para regular la realidad de manera efectiva. Esto es, las reformas se justifican por razones funcionales”[3]; por otro lado, existe un prisma que afirma que los cambios constitucionales no deben hacerse por motivos funcionales, sino por cuestión de justicia, esto se afirma en el planteamiento del profesor Jon Elster, evidenciando la imposibilidad de predecir las consecuencias de un cambio constitucional importante; basado en ello, Sartori afirma, en su obra Ingeniería Constitucional Comparada que “el cambio constitucional solo puede justificarse con base en argumentos de justicia, no de consecuencias”[4]. Aunque ambas posturas respecto al origen que debe tener un cambio constitucional parecieran opuestas, son visiones complementarias, puesto que las normas que dejan de regular efectivamente la realidad afectan negativamente lo regulado y/o quitan la posibilidad de desarrollo a la sociedad que suscribió la constitución, base de aquellas mismas normas, originan injusticia.

Para frenar esta injusticia de la que hablamos es preciso, antes que todo, pavimentar el camino hacia una nueva Constitución. En otras palabras, debemos hacernos cargo de los mecanismos institucionales que harán posible la construcción de este anhelo.

Parafraseando al profesor Fernando Atria, esta iniciativa busca contribuir a encontrar respuestas a la pregunta que él plantea el capítulo 4 de su obra “La Constitución Tramposa” (LOM, 2013): ¿Cómo solucionar el problema constitucional?

A nuestro entender, para solucionar el problema constitucional, y, por consiguiente, para que la nueva constitución se convierta en realidad, es imprescindible contar con mayores y mejores mecanismos participación ciudadana. Como se trata de una decisión que dice relación con toda la colectividad, se debe seguir una regla fundamental, planteada por Norberto Bobbio: que esta sea tomada con el máximo consenso de aquellos a quienes afecta.[5]

Para ello, luego de un acabado análisis de las diversas alternativas para encausar el cambio constitucional, hemos concluido que resulta preciso fortalecer los mecanismos plebiscitarios y reformar profundamente el Capitulo XV, que nuestra Carta Fundamental dedica a las reformas a la Constitución, de manera que toda la comunidad política pueda sentirse parte en la confección de un nuevo pacto de convivencia democrática.

Esta es la vía que hemos escogido y, en lo sucesivo, iremos explicando con detalle las profundas reformas que pretendemos impulsar.

2.-Pavimentar el camino hacia una nueva constitución fortalecerá el ejercicio de la soberanía y contribuirá a que Chile sea efectivamente una República Democrática.

En la Constitución vigente, el capítulo I se titula “Bases de la Institucionalidad del Estado” y en él se concentran las definiciones políticas e ideológicas que fundan la República de Chile. Se trata de nueve disposiciones descritas con un alto nivel de generalidad y abstracción, que constituyen la puerta de entrada a la Constitución y son parte del aparato dogmático de la Carta Fundamental.[6]

Fijemos nuestra atención en dos preceptos específicos. En primer lugar, lo señalado en el artículo 4° “Chile es una república democrática”. Y en segundo lugar, lo dispuesto en el inciso primero del artículo 5°: “La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y, también, por las autoridades que esta constitución establece. Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio.”. Del análisis conjunto de ambas disposiciones construiremos los argumentos necesarios para explicar por qué pavimentar el camino hacia una nueva constitución es un imperativo ético, y un requisito indispensable para el fortalecimiento de nuestra democracia.

El artículo 4° de la Constitución es un postulado, o sea, la manifestación de un objetivo, noble y supremo, acerca de lo que es y debe ser nuestro régimen político. Por idéntica característica este artículo debe ser evaluado desde el ángulo formal, pero también sustancial y de su vigencia fáctica.[7]

Haciendo eco de lo anterior, preguntémonos: ¿Es Chile una república democrática?

Al menos formalmente, Chile es una república democrática. Solo de modo ejemplar, podemos constatar que existe separación de poderes, contamos con un sistema electoral para elegir a nuestras autoridades. Existe una distribución del poder político, están garantizados los derechos fundamentales de las personas, podemos participar en igualdad de condiciones de la vida política, etc. Es decir, se cumplen un sin número de prerrogativas que, en los papeles, nos permiten responder afirmativamente a la pregunta planteada.

Sin embargo, hagamos ahora un análisis sustancial de la misma disposición. Analicemos la realidad fáctica de nuestro país.

Si la democracia es, acuñando la acertada frase de Abraham Lincoln, “el gobierno del pueblo, para el pueblo y por el pueblo”[8], un régimen democrático será aquel en el que se respeta por sobre todo la voluntad soberana y mayoritaria del pueblo, siendo éste tipo de régimen, además, incompatible con uno de carácter tiránico o dictatorial.

Parece entonces que Chile no es una república muy democrática si la voluntad mayoritaria se ve trasgredida por la exigencia de quórums supra mayoritarios que se exigen para la aprobación de ciertas leyes.

Parece que Chile no es una república muy democrática si la voluntad mayoritaria se ve trasgredida al encontrar mecanismos demasiado rígidos para reformar la actual constitución.[9]

Parece que Chile no es una república muy democrática si la voluntad mayoritaria se ve trasgredida con la existencia de un Tribunal Constitucional que posee facultades verdaderamente cuestionadas, que actúa verdaderamente como una “tercera cámara”.

Parece que Chile no es una república muy democrática si, hasta hace poco, se contaba con un sistema electoral bastante cuestionado como lo era el sistema binominal, vulnerando ostensiblemente la voluntad mayoritaria del pueblo.[10]

Parece que Chile no es una república muy democrática si, aun hoy, 39 años después de su entrada en vigencia, seguimos regidos por una Constitución de origen espurio y autoritario. La carencia de legitimidad de origen de nuestra vigente Constitución es un estigma con el que siempre vamos a cargar, a menos que emprendamos la laboriosa tarea de construir una nueva.

En síntesis, la Constitución de 1980 fue diseñada estructuralmente de manera tal que operase como un dispositivo que dificulta la materialización de aquellas preferencias y proyectos que la mayoría considera políticamente deseables. Esto se manifiesta de dos formas: i) en tanto contiene reglas que obstaculizan reformarla o cambiarla (metacerrojo); ii) en tanto contiene un conjunto de reglas que operan como cerrojos que impiden la operatividad cabal del principio democrático.[11]

Tenemos una sociedad que valora los beneficios de un sistema democrático, las libertades que trae aparejadas y los principios de igualdad entre las personas, empero la constitución vigente en Chile ha sido cuestionada por haber nacido en un régimen autoritario en primer lugar y en segundo lugar por contener enclaves autoritarios que impiden cambios sustanciales en la misma, ante ello, teniendo en la teoría, la constitución como la materialización de un contrato social que promueve la democracia, es menester revisarla desde cómo el vicio de origen de la constitución afecta la democracia en Chile, hasta los efectos negativos e injustos de estas normas para el desarrollo de la comunidad como para el perfeccionamiento del sistema democrático.

Todos estos argumentos de carácter jurídico se ven fortalecidos si observamos un reciente ranking hecho por el diario estadounidense The Economist, que califica a nuestra democracia como deficitaria.[12]

Ante estas evidencias, ante este análisis de la realidad fáctica, cabe volver a preguntarnos: ¿Es Chile una república democrática?

Al parecer estamos en deuda, por lo que es necesario ahora preguntarnos cómo hacer para remontar esta situación. Cómo fortalecer nuestra democracia. Cómo hacerla efectivamente participativa, activa, dinámica.

La respuesta más recurrente para aquello es, entonces, el necesario reemplazo de la Constitución y la construcción de un camino para que aquello sea posible. No hay ley, no hay costumbre, que deba durar, si de ella puede originarse detrimento, incomodidad, inquietud al cuerpo político. [13]

Solo siendo conscientes de que somos una nación soberana, es decir, dueña de nuestro propio destino, capaz de auto determinarnos es que podremos revitalizar nuestra democracia, y convertir a Chile en una república efectivamente democrática.

Analicemos entonces cómo se ejerce la soberanía, y cómo ésta nos dará la clave para construir el camino hacia una nueva constitución.

El inciso primero del artículo 5° señala que la soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de las elecciones periódicas y, también por las autoridades que esta Constitución establece. Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio.

De acuerdo al precepto constitucional, la forma de ejercer la soberanía es a través de tres mecanismos: el plebiscito, las elecciones periódicas, y a través de las autoridades que la Constitución establece.

Para los efectos de este análisis, dejaremos de lado las elecciones periódicas, pues nos interesa poner el foco en el plebiscito y en el ejercicio de la soberanía por las autoridades que la Constitución establece. De la combinación de ambas propondremos las bases para la construcción del camino hacia una nueva constitución.

Analicemos primeramente el plebiscito. Es un mecanismo de democracia directa por el cual el pueblo ejerce soberanía donde, convocado por la autoridad competente, los votantes eligen entre una o más opciones sometidas al pronunciamiento popular, de conformidad con el procedimiento establecido en la Constitución y las leyes.

En Chile, el plebiscito tiene aplicación excepcional en dos ámbitos circunscritos: dentro del proceso de reforma a la Constitución y en materias comunales.[14]

La regulación de este mecanismo es bastante deficitaria. Sabemos que las autoridades legitimadas para convocarlos son, primeramente, el Presidente de la República (Art. 32 N° 4) y el alcalde (de acuerdo a lo señalado en el inciso quinto del Art. 118). Ninguna otra.

En cuanto a la posibilidad de participación ciudadana mediante plebiscito en materia de reforma constitucional, el texto vigente solo contempla tal alternativa en casos de desacuerdo entre el Congreso Nacional y el Presidente de la República, supuesto en el que este último puede decretar la realización de una consulta vinculante a la ciudadanía. En todo caso, se trata de una facultad que el Presidente de la República puede ejercer o no, sin encontrarse obligado a convocar a plebiscito si así lo decide.[15]

El alcalde a su vez, podrá someter a consulta o plebiscito las materias expresamente dispuestas en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Es decir, la posibilidad de ejercer la soberanía a través de este mecanismo se ve sumamente debilitada. Mas si consideramos que el inciso segundo del artículo 15 señala que solo podrá convocarse a votación popular para las elecciones y plebiscitos expresamente previstos en la Constitución. Solo en la Constitución. No se hace cargo de la posibilidad que el legislador establezca la opción de someter a plebiscito determinadas materias de interés nacional. Como lo es, por cierto, la de cambiar o no la actual Constitución y la forma de elaborar una nueva.

Por ello, una primera y necesaria reforma para allanar el camino hacia una nueva Carta Fundamental es que pueda convocarse a votaciones populares para los plebiscitos que puedan establecerse por parte del legislador, y no solo para aquellos casos dispuestos en la Constitución.

A continuación, fijémonos en la otra forma de ejercer la soberanía, es decir, a través de las autoridades que la Constitución establece, y cómo esta se relaciona con el mecanismo anteriormente descrito. Como ya señalamos anteriormente, las únicas autoridades facultadas para convocar a plebiscito son el Presidente de la República, y los alcaldes, éstos últimos para temas estrictamente comunales.

Dejaremos de lado a los alcaldes, ya que nos interesa analizar la figura del Presidente de la República, dado que constituye la más alta magistratura en nuestro país y posee atribuciones que bien pudieran calificarse de exorbitantes.

Observemos un detalle que pasa desapercibido, dada su obviedad, pero que entregará ciertas claves para entender nuestra propuesta de reforma: el Presidente de la República es una autoridad elegida democráticamente, y cuenta, por tanto, con la legitimidad necesaria para ejercer el cargo. Ya que podemos elegirlo, es que podemos decir, entonces, que a través de él se ejerce soberanía.

Entre las potestades que esta autoridad legítima posee, cabe señalar que la convocatoria a plebiscito.

Solo el excesivo cesarismo presidencial que impera en nuestra Constitución justifica que esta facultad esté aun radicada especialmente en el Presidente de la República.[16]

Aun cuando –de acuerdo al texto expreso de la Constitución- los casos en que esta autoridad puede llamar a plebiscito son escasos (escasísimos), hay quienes, haciendo un análisis de la Constitución, creen que la posibilidad de que el Presidente de la República pueda convocar a un plebiscito para consultar a la ciudadanía si cambiar o no íntegramente la Constitución es plenamente posible y, antes bien, constitucional.[17]

Aunque sea efectivo lo anterior, la ocurrencia efectiva de aquella posibilidad se transforma en una quimera.

En razón de lo anterior, es que planteamos lo siguiente: ¿Por qué el Congreso Nacional, cuyos miembros, al igual que el Presidente de la República, también son elegidos democráticamente, también cuentan con la legitimidad necesaria para ejercer su cargo y, aún más, tienen la misión esencial de representar a la población no podría constituirse como un autoridad legítima para convocar a un plebiscito de carácter nacional que permita a la ciudadanía decidir sobre un tema tan importante (importantísimo), como lo es la posibilidad de reemplazar íntegramente la Constitución?

Las credenciales democráticas de una institución tan señera como el Congreso Nacional, que ha estado presente en nuestra historia política e institucional desde los albores de la República[18], nos permiten pensar que concretar esta propuesta no solo es posible, sino también necesaria, ya que se abrirá la posibilidad de un cambio constitucional verdaderamente significativo para nuestro país. Se podrá hacer posible, de esta manera, la oportunidad histórica a la que hacíamos mención al principio de los fundamentos de esta moción.

Debidamente reglamentada esta nueva facultad, se ahuyentarán todos los miedos de quienes crean que pueda prestarse para el abuso de su ejercicio.[19]

Modificando las normas constitucionales que regulan el mecanismo del plebiscito, permitiendo además que el Congreso Nacional sea instituido como una autoridad legítima para su convocatoria en una circunstancia específica (para consultar a la ciudadanía sobre un tema en particular: La necesidad de reemplazar o no, íntegramente, el texto constitucional vigente), el camino hacia una nueva constitución nacida en democracia, con la participación de toda la ciudadanía, será posible.

3.-Esta propuesta de dotar al Congreso Nacional de la facultad de convocar a plebiscito encuentra sustento si observamos las Constituciones de otros países. Cabe señalar que la preparación de textos normativos es un momento privilegiado para recurrir a la comparación[20]. Así, por ejemplo, en Brasil, la Constitución de 1988, en el numeral XV del artículo 49, señala lo siguiente: “Es atribución exclusiva del Congreso Nacional: XV) autorizar referéndums y convocar plebiscitos;”.

Por otro lado, la Constitución de la Nación Argentina, promulgada el año 1994, en su artículo 40 faculta al Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, para someter a consulta popular un proyecto de ley. El voto afirmativo del pueblo, convierte en ley al proyecto y su promulgación es automática. Asimismo, el Congreso o el Presidente de la Nación dentro de sus respectivas competencias pueden convocar a Consulta Popular no Vinculante. En este caso el voto no será obligatorio.

En definitiva, ambos casos dan cuenta que la convocatoria a plebiscito o consultas populares por parte del Poder Legislativo es perfectamente viable.[21]

4.-Nuestra propuesta tiene como fin último garantizar la debida participación de todos y todas en la confección de una nueva Carta Fundamental. La Constitución 1980 reconoce expresamente a la participación como una de las cuestiones fundamentales del Estado, estableciéndola como un deber primordial.

En efecto, su artículo 1º, inciso final, dispone que "es deber del Estado... asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional".

Nuestro Tribunal Constitucional ha señalado en relación al inciso final del artículo 1º que: "esta norma es de vastas proyecciones, pero sin duda adquiere especial relevancia en los procesos electorales y plebiscitarios, ya que, a través de ellos, el pueblo ejerce la soberanía nacional manifestando su parecer sobre las personas que estarán a cargo de llevar adelante las funciones básicas del Estado en procura de obtener su finalidad primordial: el bien común." (STC Nº 53).

Con nuestra propuesta buscamos dar cumplimiento a este mandato expresamente establecido en la Constitución. Una nueva constitución que no considere una activa participación de todos y todas está destinada al desprestigio.

5.-Con todo, las modificaciones propuestas en materia de plebiscito y autoridades legitimadas para su convocatoria no son suficientes. Es preciso modificar también el Capítulo XV de nuestra Carta Fundamental para que, existiendo una respuesta afirmativa por parte de la ciudadanía a la necesidad de reemplazar íntegramente la Constitución, esté contemplado un proceso constituyente que se encargue de elaborar un nuevo texto.

Un proceso que permita el ejercicio efectivo de los derechos humanos, en particular, el derecho de los pueblos a la libre determinación y el derecho a la participación política.[22]

Un proceso sustentado en los principios de simplicidad, confianza ciudadana, participación de grupos vulnerados, paridad entre hombres y mujeres, representación territorial, transparencia y acceso a la información e igualdad de voto.[23]

Inspirados en el Proceso Constituyente de la Presidente Michelle Bachelet, nuestra propuesta también comparte las características que en su Programa de Gobierno señalara para este importante hito:

Nuestra propuesta es democrática, ya que comparte el anhelo de que “la Nueva Constitución debe generarse en un contexto en que se escuchen todos los puntos de vista, se hagan presentes todos los intereses legítimos y se respeten los derechos de todos los sectores.”.[24]

Nuestra propuesta es institucional, ya que “el logro de una Nueva Constitución debe exigir de todas las autoridades instituidas una disposición a escuchar e interpretar la voluntad del pueblo.”.[25]

Nuestra propuesta es participativa, ya que “la ciudadanía debe participar activamente en la discusión y aprobación de la Nueva Constitución.”[26]

Para cumplir ese anhelo, el proceso constituyente que nosotros proponemos en esta moción requiere, sin duda, ser aprobado por el Parlamento.

Recogiendo lo mejor de ese histórico legado, de aquel hito trascendental de nuestra historia política reciente, con ciertos matices e ideas propias, proponemos el establecimiento de un proceso para la elaboración de una nueva constitución bastante más avanzado y progresista que dicha propuesta, con el anhelo de que se convierta en una alternativa viable para el país.

La tarea es difícil y no es posible abordarla de una sola vez o en plazo breve, pero gradualmente y bajo la inspiración de una decidida voluntad de acabar con la Constitución actual, tan despegada de las vivencias y del conocimiento de hombres y mujeres comunes y, por ello, ajena a las realidades sociales que pretende regir, sería posible llegar a una nueva Constitución, más apropiada a los requerimientos de la vida moderna, con más sentido de justicia y más incorporada al espíritu nacional.[27]

La sociedad chilena lleva ya demasiados años a la espera de una Constitución que pueda reconocer como propia, legítima y que, en definitiva, se vuelva compatible con una sociedad compleja y diversa, consciente de sus derechos y exigente respecto de su cumplimiento.[28]

En consideración a todo lo anteriormente expuesto, venimos en proponer lo siguiente:

Proyecto de Reforma Constitucional

Artículo único.-Introdúzcanse las siguientes modificaciones a la Constitución Política de la República:

1.Agréguese en el inciso segundo del artículo 15, a continuación del vocablo “Constitución” y antes del punto final, la expresión “y las leyes”.2.Reemplácese el artículo 32 Nº 4 por el siguiente: "Convocar a plebiscito en los casos en que corresponda conforme a la Constitución y a las leyes. El Presidente podrá convocar en todo caso a plebiscito si cuenta para ello con el acuerdo de ambas cámaras del Congreso Nacional”.[29]3.Agréguese un nuevo artículo 54 bis del siguiente tenor:

“Atribución especial del Congreso

Artículo 54 bis.-Corresponde al Congreso la atribución especial de convocar a un plebiscito de carácter nacional, cuyo objeto exclusivo sea consultar a la ciudadanía sobre la necesidad o no del reemplazo íntegro de la Constitución vigente.

La convocatoria a este plebiscito de carácter nacional por parte del Congreso requerirá previamente el acuerdo de la mayoría absoluta de los diputados y senadores en ejercicio, obtenido en sesión especial citada al respecto.

El plebiscito deberá realizarse el domingo siguiente al concluir el plazo de tres meses a partir de su convocatoria por parte del Congreso y su resultado será siempre vinculante.

En caso de aprobarse por parte de la ciudadanía la necesidad de reemplazar íntegramente la Constitución, el Presidente de la República deberá convocar a un proceso para la elaboración de una nueva constitución, conforme a lo dispuesto en el artículo 130.

Esta atribución especial podrá ser ejercida por el Congreso Nacional solo por una vez en el cuadrienio que corresponda a su periodo legislativo.”.

4.Agréguese un nuevo artículo 130 del siguiente tenor:

Art. 130.-Aprobada la necesidad de reemplazar íntegramente la Constitución, conforme a lo dispuesto en el artículo 54 bis, el Presidente de la República deberá iniciar un proceso para la elaboración de una nueva constitución.

Para la elaboración de una nueva constitución, El Presidente deberá convocar a plebiscito nacional y someter a votación las siguientes modalidades:

a)Comisión Bicameral integrada por igual número de diputados y senadores;

b)Convención Constituyente Mixta, integrada por igual cantidad de diputados y senadores y un número de personas que sea proporcional y representativo de la población, electas para tal efecto.

c)Asamblea Constituyente, integrada por un número de personas que sea proporcional y representativo de la población, electa para tal efecto.[30]

Una ley de quórum calificado determinará el número de integrantes para cada una de las modalidades señaladas en el inciso anterior y la forma de su elección, así como también establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación, cesación y vacancia del cargo.

El plebiscito nacional para elegir la modalidad en que se elaborará la nueva constitución deberá realizarse el domingo siguiente al concluir el plazo de tres meses desde la convocatoria hecha por el Presidente de la República.

Resultará electa la modalidad que obtenga la mayoría de los votos válidamente emitidos, y deberá instalarse el día lunes siguiente al concluir el plazo de un mes desde que el Tribunal Calificador de Elecciones proclame la modalidad ganadora.

La investidura de los miembros que integren la modalidad que resulte electa para la elaboración de una nueva constitución se hará mediante juramento o promesa de cada uno de sus miembros, y desde ese momento se considerarán en ejercicio.

Durante el proceso de elaboración del nuevo texto constitucional, cualquiera sea la modalidad que resulte electa, ésta será independiente en sus deliberaciones de todo otro órgano del Estado, y definirá sus procedimientos de deliberación, votación, aprobación y/o rechazo de los contenidos del nuevo texto constitucional en forma autónoma de toda otra autoridad. Su única función será la elaboración de un Proyecto de Nueva Constitución Política de la República, para lo cual tendrá un plazo de seis meses desde su instalación, el que podrá ser prorrogado por decisión fundada de la mayoría absoluta de sus miembros. El texto constitucional emanado de sus debates será entregado al Presidente de la República y éste deberá someterlo a plebiscito para su aprobación o rechazo, el cual deberá ser convocado para el domingo siguiente al concluir el plazo de tres meses desde que su entrega.

En el caso que la ciudadanía apruebe la proposición del nuevo texto constitucional, el Tribunal Calificador de Elecciones comunicará al Presidente de la República dicha aprobación, el cual deberá promulgarla dentro del plazo de diez días contados desde dicha comunicación. Su publicación se hará en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la fecha en que quede totalmente tramitado el decreto promulgatorio.".

5.-Agréguese la siguiente disposición vigésimo novena transitoria:

“VIGÉSIMO NOVENA.- La ley de quórum calificado a que se refiere el inciso tercero del artículo 130 deberá ser enviada por el Presidente de la República al Congreso Nacional dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de publicación de la reforma constitucional que introduce dicho artículo. La convocatoria a plebiscito para elegir la modalidad para dotar a Chile de una nueva Constitución sólo podrá efectuarse una vez publicada esta ley de quórum calificado.”.

MARCELO DÍAZ DÍAZ

Diputado de la República

Distrito N°07

[1] Como excepciones históricas hemos de mencionar tres intentos efectivamente democráticos por dotar a Chile de una nueva Constitución: 1.-A mediados de 1972 el Presidente Allende designó una comisión encargada de redactar una nueva constitución chilena que reemplazara a la de 1925 entonces vigente. Dicha comisión trabajó arduamente en agosto de 1972 y presentó al Presidente Allende un conjunto de bases principios y fundamentos para la nueva constitución apropiados para un país que se encaminaba gradualmente al socialismo. El Presidente Allende dio su aprobación al proyecto presentado y lo puso en conocimiento de los partidos de la Unidad Popular. Las tribulaciones de la política en esos momentos condujeron a que varios de los dirigentes de tales partidos no le concedieran al proyecto la capital importancia que le atribuía Allende. En uno de sus discursos en septiembre de ese año Allende hizo referencia a la necesidad de una nueva estructura normativa para la sociedad chilena. El proyecto no pasó de ahí y su texto permaneció perdido durante mucho tiempo. (NOVOA MONREAL Eduardo: “Bases para una nueva Constitución chilena” en NOVOA MONREAL Eduardo: “Obras Escogidas. Una crítica al Derecho Tradicional” Ediciones del Centro de Estudios Políticos Latinoamericanos Simón Bolívar Caracas 1993 p.365.) Para conocer el texto constitucional mencionado ver: http://www.sangriaeditora.com/wp-content/uploads/2013/09/Constituci%C3%B3n-del-73-Completo-en-PDF-Sangr%C3%ADa-Editora.pdf (última visita martes 19 de febrero de 2019). 2.-El segundo intento constitucional en cuestión corresponde a la moción de los ex diputados Osvaldo Andrade y Guillermo Ceroni y del actual diputado Marcelo Schilling Boletín N° 10.193-07. Con detalle ver: https://www.camara.cl/pley/pley_detalle.aspx?prmID=10614&prmBoletin=10193-07 (última visita martes 19 de febrero de 2019) 3.-El tercer intento y acaso el más significativo desde el retorno de la democracia corresponde al Proceso Constituyente iniciado por la Presidenta Michelle Bachelet que culminó con la presentación en marzo del año 2018 previo a concluir su mandato de un Proyecto de Reforma Constitucional para modificar la Constitución Política de la República Boletín N° 11617-07. Con detalle ver: https://www.camara.cl/pley/pley_detalle.aspx?prmID=12132&prmBoletin=11617-07 (última visita martes 19 de febrero de 2019). Lo señalado anteriormente da cuenta el compromiso histórico del Partido Socialista de Chile por dotar a Chile de una nueva constitución donde la comunidad política efectivamente se sienta parte de su confección y diseño y donde además se discuta a través de los canales institucionales y legítimos.
[2] CHIA RAMÍREZ Eduardo QUEZADA RODRÍGUEZ Flavio: “¿Por qué cambiar la Constitución?” introducción hecha para la obra conjunta: “Propuestas para una nueva constitución (originada en democracia)” Edición conjunta del Instituto Igualdad la Fundación Friedrich Ebert Stiftung y la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile Santiago 2015 pp.19-20.
[3] BIGLINO Paloma. Constitución y contrato social. Revista jurídica de Castilla y León. (47): 7-24 20-21p enero 2019
[4] SARTORI Giovanni. Ingeniería constitucional comparada. México D.F. Fondo de Cultura Económica 1994 p. 215.
[5] Bobbio Norberto: “Fundamento y futuro de la democracia” Editorial EDEVAL Valparaíso 1986 p.36.
[6] VIERA ÁLVAREZ Christian: “Las Bases de la Institucionalidad” en BASSA MERCADO Jaime FERRADA BÓRQUEZ Juan Carlos VIERA ÁLVAREZ Christian (editores): “La Constitución Chilena. Una revisión crítica a su práctica política” Ediciones LOM Santiago de Chile 2016 p. 35.
[7] CEA EGAÑA José Luis: “Derecho Constitucional Chileno” Ediciones UC Santiago de Chile 2008 t. I p.205.
[8] OSSORIO Manuel: “Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales” Editorial Heliasta Buenos Aires 1989 p. 221.
[9] Conviene recordar la clasificación hecha por el profesor Agustín Squella: “Atendiendo a si la Constitución contempla o no procedimientos para su reforma se distingue entre constituciones pétreas y constituciones rígidas. Las primeras son las que no contemplan procedimiento alguno para la reforma de sus normas mientras que las rígidas son las que sí contemplan un procedimiento semejante. A su turno las constituciones rígidas se dividen en rígidas propiamente tales que son aquellas que contemplan un procedimiento de reforma que exige un quórum muy alto para la aprobación de enmiendas constitucionales; semirrígidas que son aquellas que para su reforma exigen un quórum más alto que el que se necesita para aprobar leyes ordinarias o comunes; y flexibles que son las que contemplan un procedimiento de reforma cuyo quórum de aprobación es similar al de una ley ordinaria o común.”. (SQUELLA NARDUCCI Agustín: “Introducción al Derecho” Editorial Jurídica de Chile Santiago 2007 p.224.)
De acuerdo a lo anterior entonces podemos calificar a nuestra Carta Fundamental como rígida. [10] Cuestión que se ha ido solucionando con la entrada en vigencia de la Ley N° 20840 del año 2015 que sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional.
[11] CHÍA RAMÍREZ Eduardo QUEZADA RODRÍGUEZ Flavio FACUSE VASQUEZ Nicolás: “Notas sobre el proyecto de reforma constitucional para el cambio de la Constitución” en RAMIS Álvaro FIGUEROA Bárbara SANHUEZA Claudia et. alt.: “Juntos pero no revueltos. 8 propuestas para salir de la crisis institucional y política de Chile” Editorial Planeta Santiago 2018 p. 69.
[12] Ver: https://www.24horas.cl/internacional/chile-es-calificada-como-democracia-defectuosa-en-indice-creado-por-the-economist-3000675# (última visita martes 19 de febrero de 2019)
[13] HENRÍQUEZ GONZÁLEZ Camilo: “Nociones Fundamentales sobre los derechos de los pueblos” (artículo publicado originalmente en Aurora de Chile N°1 Tomo 1 jueves 13 de febrero de 1812) en SANTOS HERBERG José LÓPEZ MERINO María José (Compiladores): “Escritos Republicanos” (Selección de escritos políticos del s. XIX) Ediciones LOM Santiago de Chile 2012 p.46.
[14] GARCÍA PINO Gonzalo CONTRERAS VÁSQUEZ Pablo MARTÍNEZ PLACENCIA Victoria: “Diccionario Constitucional Chileno” Editorial Hueders Santiago 2016 p. 781.
[15] Ver: http://www.tuconstitucion.cl/informe-ciudadano/7-reforma-y-cambio-constitucional/ (última visita martes 19 de febrero de 2019)
[16] El académico Pablo Ruiz Tagle en su informe final encargado por la Biblioteca del Congreso Nacional denominado “Viabilidad política para instaurar el sistema de gobierno parlamentario o semipresidencial en Chile” profundiza esta crítica señalando que: “Desde el punto de vista de la práctica constitucional -además de lo señalado respecto a la convocatoria a plebiscito- existen en Chile cuatro atribuciones que han desbalanceado los poderes del Legislativo y el Ejecutivo a favor de éste último. Estos son la iniciativa exclusiva del Presidente de la República las urgencias la administración sobre materias presupuestarias y financieras y el desbalance de capacidades técnicas entre el Parlamento y la Administración Pública.” (Con detalle ver: https://www.bcn.cl/obtienearchivo?id=documentos/10221.1/13177/3/CLABCN_BCNDIRARE_A_04_097_D003.pdf última visita miércoles 20 de febrero de 2019).
[17] Para profundizar en detalle esta tesis ver: ATRIA LEMAITRE Fernando: “La Constitución Tramposa” LOM Ediciones Santiago de Chile 2016 p.97 y ss.
[18] El mismo Bernardo Ohiggins el General Libertador de la Patria fue uno de los primeros diputados.
[19] Como se verá esta moción no propone trasladar la potestad de convocar a plebiscito desde el Presidente de la República al Congreso Nacional sino que ambas autoridades compartan la posibilidad. En el caso del Poder Legislativo solo con un objetivo específico: Consultar a la ciudadanía sobre le necesidad de reemplazar íntegramente la constitución vigente.
[20] De Vergottini Giuseppe: Derecho Constitucional Comparado. Traducción de la 6° edición italiana a cargo de Claudia Herrera Cedam UNAM 2004 p. 15.
[21] Cabe añadir una cuestión adicional: Ambos países son gobernados actualmente por gobiernos de Derecha.
[22] Instituto Nacional de Derechos Humanos: “Informe Anual: Situación de los Derechos Humanos en Chile” 2014 p.294.
[23] Instituto Nacional de Derechos Humanos: “Informe Anual: Situación de los Derechos Humanos en Chile” 2016 p. 295.
[24] Programa de Gobierno de Michelle Bachelet para el periodo 2014-2018 p. 35 disponible (en línea) en: http://www.subdere.gov.cl/sites/default/files/noticias/archivos/programamb_1_0.pdf
[25] Ídem.
[26] Ídem.
[27] NOVOA MONREAL Eduardo: Op. Cit. pp. 365-366.
[28] BASSA MERCADO Jaime: “Expectativas y desafíos del proceso constituyente chileno” en FACUSE VÁSQUEZ Nicolás NAVIA CANALES Carlos: “Chile en tiempos de reformas. Una mirada generacional para la construcción de un nuevo ciclo político” edición conjunta a cargo del Instituto Igualdad y el instituto Friedrich Ebert Stiftug Santiago 2015 p.25.
[29] Esta parte de la propuesta recoge íntegramente la propuesta de la organización ciudadana #MarcaTuVotoAC que en el año 2015 con el patrocinio de una serie de diputados y diputadas presentaron un proyecto de reforma constitucional para modificar lo relativo al plebiscito.
[30] En lo que se refiere a los mecanismos de cambio constitucional por vía de asamblea constituyente encontramos diversos ejemplos en otras realidades como los casos de Colombia Bolivia Ecuador Venezuela y Finlandia más contemporáneamente y experiencias más clásicas como algunas colonias inglesas americanas que dieron origen a constituciones estaduales como las de Rhode Island Pennsylvania New Haven entre otros; y la experiencia de Francia de 1791. Ver: http://www.tuconstitucion.cl/informe-ciudadano/7-reforma-y-cambio-constitucional/ (última visita martes 19 de febrero de 2019)

1.7. Moción Parlamentaria

Moción de Giorgio Jackson Drago, Ricardo Celis Araya, Felipe Harboe Bascuñán, Raúl Soto Mardones, Pepe Auth Stewart, Andrea Parra Sauterel, Marcelo Schilling Rodríguez, Cristina Girardi Lavín, Maya Fernández Allende, Alejandra Sepúlveda Orbenes, Alexis Sepúlveda Soto, Karla Rubilar Barahona, Marcelo Díaz Díaz, Leonardo Soto Ferrada, Karol Cariola Oliva, Rodrigo González Torres, Gaspar Rivas Sánchez, Iván Fuentes Castillo, Yasna Provoste Campillay, Osvaldo Andrade Lara, Aldo Cornejo González, Carolina Marzán Pinto, Guillermo Teillier Del Valle, Marcos Espinosa Monardes, Loreto Carvajal Ambiado, Jaime Mulet Martínez, Sergio Aguiló Melo, Pedro Velásquez Seguel, Vlado Mirosevic Verdugo, Alfonso De Urresti Longton, Marcela Hernando Pérez, Guillermo Ceroni Fuentes, Gabriel Boric Font, Camila Vallejo Dowling, Roberto León Ramírez, Tucapel Jiménez Fuentes y Tomás Hirsch Goldschmidt. Fecha 28 de octubre, 2019. Moción Parlamentaria en Sesión 99. Legislatura 367.

MOCION

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL FACULTA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y AL CONGRESO NACIONAL PARA CONVOCAR A LA CIUDADANÍA A UN PLEBISCITO VINCULANTE, PARA QUE ÉSTA SE PRONUNCIE SOBRE LA NECESIDAD DE UNA NUEVA CONSTITUCIÓN PARA CHILE Y SOBRE EL MECANISMO PARA SU ELABORACION Y APROBACION.

l. Que el profundo malestar social expresado por el pueblo chileno en los últimos días, es la consecuencia de un orden económico, social, institucional y cultural, que ha generado y ampara una situación de desigualdad extrema, hecho que fue advertido en muchas ocasiones por la sociedad civil y los movimientos sociales, pero que no fue suficientemente comprendido por el sistema político.

2. Que la falta de respuestas adecuadas a las demandas de la sociedad por parte del sistema político, en relación a derechos sociales como la educación, la salud, la previsión y el trabajo, así como el creciente aumento del costo de la vida y el conocimiento de graves casos de colusión y corrupción que han afectado a diversas instituciones de la República, han llevado al pueblo chileno a un punto de hastío, generándose multitudinarias protestas en todas las regiones del país, con inaceptables resultados de muerte, violaciones a los derechos humanos y hechos vandálicos.

3. Que frente a la actual situación por la que atraviesa el país, el sistema político tiene el deber de recoger las legítimas aspiraciones de la ciudadanía y establecer las bases de un nuevo pacto social, que sustituya el sistema jurídico, económico y social, consagrado en la ilegítima Constitución Política de 1980, generada en régimen de dictadura sin participación del Congreso Nacional ni de la ciudadanía y bajo la cual se ha llegado a la crisis actual y el repudio generalizado a un país con desigualdades intolerables.

4. Que mayoritariamente, los ciudadanos han venido expresando su voluntad de que es condición necesaria para la adopción de un nuevo pacto social la discusión y aprobación de una nueva Constitución Política que refleje el sentir de toda la sociedad, abriendo espacio a una solución democrática del conflicto social que afecta al país, mediante el ejercicio del poder constituyente originario, y que es la única forma de restablecer la potestad soberana a su titular, la nación chilena. Para ello el proceso de elaboración de un nuevo texto constitucional dotado de una clara e indiscutida legitimidad de origen, debe emanar de un plebiscito en el que participen todos los chilenos y que establezca el órgano legítimo encargado en forma exclusiva de elaborarlo. 5. Que el actual texto de la Constitución Política de la República, contiene en el capítulo XV, las normas que regulan la reforma de la Carta Fundamental, sin definir ningún procedimiento destinado a permitir la sustitución de la Constitución por otra, razón por la cual se hace necesario introducir los artículos que faculten al Presidente de la República o al Congreso Nacional para convocar a la ciudadanía a un plebiscito, para que ésta se pronuncie sobre la elaboración y aprobación de una nueva Constitución Política para Chile.

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL

FACULTA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y AL CONGRESO NACIONAL PARA CONVOCAR A LA CIUDADANÍA A PLEBISCITO, PARA QUE ÉSTA SE PRONUNCIE SOBRE LA NECESIDAD DE UNA NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA CHILE, Y SOBRE EL MECANISMO PARA SU ELABORACIÓN Y APROBACIÓN.

ARTÍCULO ÚNICO: Agregase a la Constitución Política de la República como disposición vigésimo novena transitoria, la siguiente:

"VIGÉSIMO NOVENA.- El Presidente de la República o el Congreso Nacional, por acuerdo de la mayoría de sus integrantes en ejercicio, podrán convocar a un plebiscito a la ciudadanía a fin de que se pronuncie acerca de la necesidad de iniciar un proceso constituyente que culmine con la dictación de una nueva constitución. Dicho plebiscito deberá celebrarse dentro del plazo de 60 días contados desde la publicación de la convocatoria.

La opción que obtenga mayor número de votos se entenderá como aprobada por la ciudadanía, conforme a la calificación que efectúe el Tribunal Calificador de Elecciones. Para estos efectos, los votos en blanco y nulos se considerarán como no emitidos.

Conjuntamente con pronunciarse sobre la necesidad de una nueva Constitución, los electores deberán pronunciarse sobre el órgano que deberá discutir, redactar y proponer el nuevo texto constitucional, eligiendo para ello entre tres opciones: el Congreso Nacional, una Asamblea Constituyente compuesta completamente por ciudadanos elegidos al efecto, una Asamblea Constituyente Mixta compuesta paritariamente de senadores y diputados y de un número igual de ciudadanos elegidos al efecto.

En caso que la ciudadanía apruebe la convocatoria a una Asamblea Constituyente, dentro del plazo de 30 días, el Presidente de la República enviará al Congreso un proyecto de ley, que establezca el procedimiento de elección popular de los delegados a la Asamblea Constituyente el que deberá asegurar la debida representación de todos los sectores de la nación. Una vez promulgada la ley, el Presidente de la República convocará a la elección popular de los delegados a la Asamblea Constituyente, la que se llevará a efecto dentro del plazo de 90 días.

Una vez que el Tribunal Calificador de Elecciones califique la elección de los delegados a la Asamblea Constituyente, ésta se constituirá dentro del plazo de 10 días. La Asamblea Constituyente será independiente en sus deliberaciones de todo otro órgano de la República, y definirá sus procedimientos de deliberación en forma autónoma de toda otra autoridad. No podrá dictar leyes, remover autoridades ni abocarse en forma alguna a otra finalidad que la elaboración de un Proyecto de Nueva Constitución Política de la República. La Asamblea Constituyente tendrá un plazo de 180 días para cumplir con su cometido, el que podrá ser prorrogado por decisión fundada de la mayoría absoluta de sus miembros, por 180 días más.

El texto constitucional que proponga el órgano constituyente será sometido a Plebiscito para su aprobación o rechazo, dentro de los 60 días siguientes al de su entrega al Presidente de la República. La opción que obtenga mayor número de votos se entenderá como aprobada por la ciudadanía, conforme a la calificación que efectúe el Tribunal Calificador de Elecciones. Para estos efectos, los votos en blanco y nulos se considerarán como no emitidos.

Una vez aprobada en plebiscito por la ciudadanía la nueva Constitución, el Tribunal Calificador de Elecciones comunicará al Presidente de la República dicha aprobación, el cual deberá promulgar la nueva carta fundamental dentro del plazo de 20 días contados desde dicha comunicación y su publicación en el Diario Oficial se efectuará en el plazo de 5 días siguientes a la fecha en que quede totalmente tramitado el decreto promulgatorio."

1.8. Oficio de Comisión a la Corte Suprema

Oficio de Comisión a la Corte Suprema. Fecha 12 de diciembre, 2019. Oficio

Valparaíso, 12 de diciembre de 2019.

OFICIO N° 140 (CONST.)

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA EXCMA. CORTE SUPREMA, SEÑOR HAROLDO BRITO CRU

La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, en el marco del estudio y discusión del proyecto refundido de reforma constitucional que "Modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República" (boletines N°s 11.173-07, 7769-07,10014-07,13024-07,12630- 07,10193-07,7792-07), se encuentra en proceso de incorporación de la propuesta de texto de reforma constitucional elaborada por la Comisión Técnica fruto del Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución. Es por ello que ha resuelto consultar a esa Excma. Corte el artículo 136 de la señalada propuesta, del siguiente tenor:

"Artículo 136. De la reclamación.

Se podrá reclamar de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención, contenidas en este epígrafe y de aquellas de procedimiento que emanen de los acuerdos de carácter general de la propia Convención. En ningún caso, se podrá reclamar sobre el contenido de los textos en elaboración.

Conocerán de esta reclamación cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo por la misma Corte para cada cuestión planteada.

La reclamación deberá ser suscrita por al menos un cuarto de los miembros en ejercicio de la Convención y se interpondrá ante la Corte Suprema, dentro del plazo de 5 días desde que se tomó conocimiento del vicio alegado.

La reclamación deberá indicar el vicio que se reclama, el que deberá ser esencial, y el perjuicio que causa.

El procedimiento para el conocimiento y resolución de las reclamaciones será establecido en un Auto Acordado que adoptará la Corte Suprema, el que no podrá ser objeto del control establecido en artículo 93 número 2 de la Constitución.

La sentencia que acoja la reclamación sólo podrá anular el acto. En todo caso, deberá resolverse dentro de los 10 días siguientes desde que se entró al conocimiento del asunto. Contra las resoluciones de que trata este artículo no se admitirá acción ni recurso alguno.

Ninguna autoridad, ni tribunal, podrán conocer acciones, reclamos o recursos vinculados con las tareas que la Constitución le asigna a la Convención, fuera de lo establecido en este artículo.

No podrá interponerse la reclamación a la que se refiere este artículo respecto del inciso final del artículo 135 de la Constitución.".

También se solicita considerar en su informe la propuesta, hecha en el seno de esta Comisión, de la siguiente nueva redacción para el inciso segundo de la norma en consulta.

"Artículo 136. (Inciso segundo)

"Conocerá de esta reclamación el pleno de la Corte Suprema.".".

***********

Lo que tengo a honra comunicar a S.E. por orden del Presidente de la Comisión H. diputado Matías Walker Prieto.

Dios guarde a V.S.,

1.9. Informe de Comisión de Constitución

Cámara de Diputados. Fecha 16 de diciembre, 2019. Informe de Comisión de Constitución en Sesión 125. Legislatura 367.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN, JUSTICIA Y REGLAMENTO RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE REFORMA CONSTITUCIONAL REFUNDIDOS QUE MODIFICAN EL CAPÍTULO XV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA. BOLETINES N°ros. 11.173-07, 7769-07, 10014-07, 13024-07, 12630-07, 10193-07, 7792-07.

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, viene en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, los proyectos refundidos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 A de la ley N°18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, iniciado en mensaje (1) de S.E. la ex Presidenta de la República, señora Michelle Bachelet, y en mociones el resto cuyo detalle es el siguiente:

1.- Autores de moción N°7769-07, diputados (as) Cristina Girardi Lavín; Tucapel Jiménez Fuentes; Marcelo Schilling Rodríguez; Alejandra Sepúlveda Orbenes; Guillermo Teillier Del Valle, y Pedro Velásquez Seguel, y ex diputados (as) Sergio Aguiló Melo; Felipe Harboe Bascuñán; Roberto León Ramírez; Karla Rubilar Barahona, y Sergio Aguiló Melo.

2.- Autores de moción N°10014-07, diputados (as) Karol Cariola Oliva; Maya Fernández Allende; Cristina Girardi Lavín; Marcela Hernando Pérez; Giorgio Jackson Drago; Leonardo Soto Ferrada, y Camila Vallejo Dowling, y ex diputados (as) Iván Fuentes Castillo; Yasna Provoste Campillay, y Gaspar Rivas Sánchez.

3.- Autores de moción N°13024-07, diputados (as) Loreto Carvajal Ambiado; Ricardo Celis Araya; Rodrigo González Torres; Tucapel Jiménez Fuentes; Carolina Marzán Pinto; Andrea Parra Sauterel, y Raúl Soto Mardones.

4.- Autores de moción N°12630-07, diputados (as) Gabriel Boric Font; Marcelo Díaz Díaz; Tomás Hirsch Goldschmidt; Giorgio Jackson Drago; Vlado Mirosevic Verdugo; Jaime Mulet Martínez; Andrea Parra Sauterel; Alexis Sepúlveda Soto; Raúl Soto Mardones, y Camila Vallejo Dowling.

5.- Autores de moción N°10193-07, diputado Marcelo Schilling Rodríguez, y ex diputados (as) Osvaldo Andrade Lara; Guillermo Ceroni Fuentes.

6.- Autores de moción N°7792-07, diputados (as) Marcelo Díaz Díaz; Marcelo Schilling Rodríguez; Alejandra Sepúlveda Orbenes; Pepe Auth Stewart, y Guillermo Teillier Del Valle. Ex diputados (as) Sergio Aguiló Melo; Osvaldo Andrade Lara; Aldo Cornejo González; Alfonso De Urresti Longton, y Marcos Espinosa Monardes.

I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) La idea matriz o fundamental.

Consiste en establecer en el texto de la Carta fundamental un procedimiento específico para efectos de la elaboración de una nueva constitución política.

2) Quórum de votación.

De conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 127 de la Constitución Política de la República, el articulado del proyecto de reforma constitucional, requiere para su aprobación del voto conforme de las dos terceras partes de los diputados y senadores en ejercicio, por cuanto se modifica el Capítulo XV de la Carta Fundamental. Por su parte las disposiciones transitorias requieren la aprobación de las tres quintas partes de los diputados y senadores en ejercicio, debido a que al no tratarse de modificaciones al texto permanente se le aplica el quórum de modificación general.

3) Requiere trámite de Hacienda.

No.

4) Disposiciones o indicaciones rechazadas

Ver página N° 214.

5) Se designó Diputado Informante al señor Matías Walker.

*************

II. ANTECEDENTES GENERALES.

Fundamentos y contenido de los proyectos.

1) Proyecto de reforma constitucional que Modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República (boletín N° 11.173-07). Iniciado en mensaje.

Antecedentes

La idea de cambio constitucional es consecuencia de innumerables esfuerzos por otorgar legitimidad a nuestra Constitución. Es así que desde 1989, se han venido realizando valiosas modificaciones que nos convierta hoy en una democracia madura, lo cual nos permite avanzar hacia una nueva carta fundamental.

Es pertinente señalar que los esfuerzos por dotar al país de una nueva Constitución han sido planteados desde el inicio de la transición por diversos sectores democráticos, representados en agrupaciones políticas, sociales, juveniles, académicas, sindicales, regionales, de género y de pueblos originarios. Estos sectores han fundado su convicción en que nuestra sociedad debe contar con una Constitución moderna, actualizada, acorde a los cambios culturales de los últimos veintisiete años y reconocida por todas y todos los chilenos y chilenas como propia, adquiriendo con ello, un compromiso duradero con la misma.

Desde el inicio de mi Gobierno he asumido el compromiso de liderar las reformas que el país necesita, particularmente en el cambio de la institucionalidad vigente y una adecuación de nuestro sistema político a los desafíos que nos impone una nueva sociedad, más demandante y exigente de una democracia de mayor calidad.

La nueva arquitectura institucional que hemos ido diseñando tiene por finalidad asegurar una democracia estable, moderna y participativa. Para esto, he liderado un conjunto integral de iniciativas que tienen por objeto actualizar nuestra legislación a las nuevas demandas, mejorar nuestra convivencia cívica y reestablecer confianzas entre las autoridades y la ciudadanía, fortalecer la legitimidad del sistema político y así avanzar hacia una democracia de mayor calidad.

En efecto, durante mi mandato he presentado al Congreso Nacional diversas iniciativas destinadas a fortalecer el sistema político en su conjunto, tales como el fortalecimiento de los partidos políticos, la reforma al sistema electoral binominal, el fortalecimiento y transparencia de la democracia, el voto chileno en el exterior, la autonomía constitucional del Servicio Electoral, la reforma Constitucional para la elección directa de Gobernadores Regionales; todas estas medidas que tienen impacto directo sobre la institucionalidad pública, sobre los partidos políticos y una mayor transparencia y control ciudadano, entre otros.

Junto con lo señalado anteriormente, en octubre de 2015 anuncié el “Proceso Constituyente Abierto a la Ciudadanía”, como procedimiento de cambio constitucional, el que nos guiará hacia un nuevo texto constitucional nacido en democracia, respetuoso de nuestras tradiciones republicanas y de los principios de derechos humanos reconocidos en Chile y en el ámbito internacional.

El Proceso Constituyente Abierto a la Ciudadanía tiene tres momentos: el Encuentro, la Deliberación y la Soberanía.

Durante el año 2016 llevamos a cabo el primer momento, a través de la etapa participativa, implementada mediante la Consulta Individual, los Encuentros Locales Autoconvocados y Cabildos Provinciales y Regionales. Esta etapa logró convocar a más de 200 mil ciudadanos y ciudadanas en el país y en el extranjero.

En esta oportunidad, y dando cumplimiento al itinerario fijado en octubre de 2015 ya señalado, he decidido ingresar un proyecto de reforma constitucional que establezca un mecanismo de reemplazo de la Carta Fundamental actual.

Por medio de esta iniciativa, la nueva Constitución Política de la República será fruto de una profunda deliberación democrática del pueblo y de todos aquellos convocados en su elaboración, quienes por medio del diálogo y la permanente construcción de acuerdos pondremos en valor todo lo aprendido a lo largo de nuestra historia republicana, sirviendo de impulso para enfrentar juntos los desafíos de un Chile moderno, democrático y equitativo.

Fundamentos del proyecto de ley

La Constitución actual en su Capítulo XV establece normas para la reforma constitucional, disponiendo que esta puede ser modificada por capítulos y con quórums asociados a cada uno de ellos. El texto no contempla un mecanismo específico para su reemplazo total, como tampoco una sede constituyente para éste.

La reforma constitucional aquí propuesta, establecerá una norma que permita elaborar una nueva Constitución en una sede constituyente convocada para tal efecto, en el marco de la institucionalidad vigente.

A través de esta nueva norma contaremos con un mecanismo específico que habilite el total reemplazo de la Constitución vigente. Esto se sustenta en que la Constitución que nos rija debe ser resultado de un acuerdo político y social de convivencia cívica, que refleje los valores y principios que fundan nuestra sociedad, que profundice la democracia y los derechos fundamentales, que se adecúe a los cambios que hemos experimentado en los últimos años, que fortalezca el sistema político y representativo, estableciendo condiciones claras y equilibradas para la gobernabilidad y el actuar democrático. En consecuencia, un texto constitucional acordado conferirá mayor seguridad jurídica, tanto a los poderes públicos como a todas las personas. Para que esto sea efectivo, se requiere una sede constituyente especialmente definida para tal efecto.

La norma propuesta formará parte de la historia constitucional chilena, incorporando en la actual Constitución un apartado específico que habilite su reforma total. Nuestro compromiso es dotar a nuestro país, en el contexto del nuevo ciclo político que vivimos, de una nueva Constitución, mediante un procedimiento democrático, institucional y participativo, donde confluyan las diversas tradiciones de Chile, con un fuerte carácter republicano, recogiendo aquellos elementos que nos identifican como nación. En ese sentido, la historia constitucional chilena se ha caracterizado por su estabilidad como República y por la madurez de las instituciones que nos rigen como país.

Análisis histórico constitucional

En nuestra historia constitucional observamos que los tres principales textos constitucionales han surgido producto de situaciones de excepción institucional, donde un número reducido de personas han decidido los elementos que caracterizarán las cartas fundamentales.

En primer lugar, tras el período de ensayos constitucionales, la Gran Convención promulgó la Constitución de 1833, la cual surge como consecuencia de la batalla de Lircay y del triunfo de los pelucones, rigiéndonos como República por casi un siglo. Esta Constitución tenía por objeto fijar nuestros cimientos como República, generando un sistema estable, el cual perdurará a lo largo del tiempo y nos dotará de un nuevo orden político, caracterizado por una figura presidencial fuerte y con amplias atribuciones, en desmedro del Congreso Nacional.

La Constitución de 1833 se elaboró a través de una Convención compuesta por dieciséis diputados y veinte ciudadanos probos e ilustrados, los que podían también ser miembros del Congreso, para luego ser aprobada por el mismo Congreso Nacional. A diferencia de lo que ocurría con la Constitución de 1828 la cual contemplaba mecanismos para la revisión constitucional, la Constitución de 1833 sólo se podía reformar a través del propio Congreso Nacional por un quórum de las dos terceras partes de cada Cámara. Estas reformas estaban sometidas a la ratificación del Congreso elegido inmediatamente después de publicado el proyecto de reforma.

Las principales reformas de esta Constitución vinieron de la mano de la denominada República Parlamentaria, la cual, tras las reformas de 1871, 1873 y 1874 buscó adecuar el texto constitucional y sus interpretaciones a los intereses de los nuevos gobiernos sobre la base del sistema existente. Durante este período se amplía la libertad de prensa y los derechos políticos de las personas, se refuerza la separación de poderes en favor del Congreso y se genera una República con mayor sometimiento al imperio de la ley.

La estabilidad del sistema se ve mermada en 1924, por el movimiento llamado “ruido de sables”, el cual clausura el Congreso Nacional, exilia al Presidente de la República y suspende el régimen constitucional. La Constitución de 1925 llega como respuesta a esta crisis y estuvo marcada por el retorno del exilio del Presidente Alessandri. Con el Congreso Nacional clausurado, el Ejecutivo emitió un decreto en el cual designaba una Comisión Consultiva de ciento veintidós integrantes, con participación de civiles y militares.

Se establecieron dos subcomisiones: la primera subcomisión de reforma que tuvo por objeto preparar el proyecto de reforma; y la segunda que tuvo por finalidad examinar el mecanismo para la discusión y aprobación (Asamblea Constituyente). La subcomisión de reforma estuvo integrada por quince personas, directamente llamadas por el Presidente de la República, quien presidió la subcomisión. En total se reunieron treinta veces. En tanto, la subcomisión de mecanismo, que debía organizar la Asamblea Constituyente, sólo se reunió tres veces, no volviendo a ser convocada por el Presidente.

Tras una serie de indicaciones presentadas por la Comisión Consultiva, debieron intervenir los militares bajo el mando del Inspector General del Ejército y miembro de la Comisión Consultiva, para lograr la aprobación del texto en los términos propuestos por el Presidente.

En agosto de 1925 el Ejecutivo convocó a un plebiscito para que se aprobara el proyecto, para el cual se utilizaron tres votos de distinto color: rojo que señalaba que se estaba de acuerdo con el Presidente, el azul disidente y que abogaba por la mantención del régimen parlamentario y, el blanco que indicaba no estar de acuerdo con ninguna de las fórmulas anteriores.

Esta Constitución retornó al régimen presidencial, con una fuerte separación de funciones, donde el Presidente de la República era Jefe de Estado y Jefe de Gobierno. A su vez, estableció que su modificación sería a través de un proyecto de ley, aprobado por la mayoría del Congreso en pleno.

Sus principales reformas, recayeron en el derecho de propiedad y su regulación (ley N° 16.615), así como también la ampliación del derecho a sufragio (ley N° 17.284) y la nacionalización de la gran minería del cobre (ley N° 17.450).

La Constitución de 1980, que es la que nos rige actualmente, surge durante la dictadura cívico-militar. A través del D.L. N° 128 la Junta de Gobierno se atribuye el poder constituyente, encontrándose facultados para modificar, suspender y derogar la Constitución, aprobando una nueva en su reemplazo.

En 1973 comenzó a sesionar la Comisión de Estudios para la Nueva Constitución, presentando un anteproyecto de Nueva Constitución en 1978, el cual fue revisado por el Consejo de Estado. Finalmente la revisión final recayó directamente en el General Augusto Pinochet y su ratificación se realizó a través del plebiscito del 11 de septiembre de 1980.

La Constitución de 1980 tuvo como núcleo central la desconfianza de la soberanía del pueblo, con fuertes contrapesos institucionales, incluso prohibiendo la existencia de proyectos políticos de izquierda (artículo 8 original).

Desde el retorno a la democracia, se han realizado treinta y ocho reformas para dotarla de legitimidad y adecuarla a las necesidades de la nuestro Estado. Por de pronto, en 1989 se realizó una gran reforma, mediante la ley N° 18.825, la que nos permitió transitar a la democracia, incorporando como límite de la soberanía los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana y suprimiendo el pluralismo político restringido. En 1991 se dictaron las leyes N° 19.055 y N° 19.097 relativas al delito de terrorismo y amnistía y descentralización del país respectivamente.

Entre los años 1994 y 1997 se realizaron cinco reformas constitucionales (ley N° 19.295, ley N° 19.448, ley N° 19.519, ley N° 19.526 y ley N° 19.541) relativa a la duración del mandato presidencial, la composición del poder judicial, administración del Estado y la creación del Ministerio Público.

Por su parte, el año 1999 se implementaron cuatro reformas constitucionales en materia de funcionamiento de los tribunales, equidad de género, reconocimiento de la educación parvularia y normas relativas al Tribunal Calificador de Elecciones (ley N° 19.597, ley N° 19.611, ley N° 19.634 y ley N° 19.643).

Durante el período comprendido entre los años 2000 y 2003, se realizaron cuatro reformas a través leyes N° 19.671, ley N° 19.672, ley 19.742 y 19.876. Estas modificaciones apuntaban a revisar el funcionamiento del Congreso Nacional, el estatuto de los ex Presidentes de la República, la consagración del derecho a la libre creación artística y la obligatoriedad de la educación media.

En el año 2005 (Ley N° 20.050), se realizó nuevamente una gran reforma con el objetivo de eliminar los enclaves autoritarios existentes, así se suprimieron los senadores vitalicios y designados, se eliminó el rol garante de las fuerzas armadas y se disminuyó su poder, al igual que el del Consejo de Seguridad del Estado.

Desde 2005 han sido veintiuna las reformas que se le han efectuado a la Constitución vigente. Del total, trece han sido por mensaje presidencial y se encuentran publicadas en las leyes N° 20.990, N° 20.870, N° 20.860, N° 20.710, N° 20.644, N° 20.573, N° 20.515, N° 20.414, N° 20.390, N° 20.354, N° 20.346, N° 20.245 y N° 20.193. El resto han sido proyectos por moción y se encuentran publicadas en las leyes N° 20.854, N° 20.748, N° 20.725, N° 20.516, N° 20.503, N° 20.352, N° 20.337 y N° 20.162.

Dichas modificaciones se han centrado en materias de cesación del cargo por infracción a las normas sobre transparencia, limite y control del gasto electoral; elección popular del órgano ejecutivo del Gobierno Regional; autonomía constitucional al Servicio Electoral; obligatoriedad del segundo nivel de transición y financiamiento gratuito desde el nivel medio mayor; adecuación de las fechas de las elecciones presidenciales; Modificación de la ley que regula los territorios especiales de Isla de Pascua y Archipiélago Juan Fernández; normas relativas a Gobierno y Administración Regional; habilitación a los Tribunales a fijar fecha de entrada en vigencia de leyes procesales en diversas regiones; integración de la Cámara de Diputados; ejercicio del voto de chilenos residentes en el extranjero; obligatoriedad de Rendición de Cuentas al país de los Presidentes de la Cámara y del Senado; obligatoriedad de Defensa Jurídica; supervigilancia y control de armas; declaración de patrimonio e intereses de las autoridades e incompatibilidades del cargo de Ministro; aprueba el Estatuto de Roma; asociacionismo municipal y dota de personalidad jurídica de derecho privado; inscripción automática en los Registros Electorales y; territorios especiales de Isla de Pascua y Juan Fernández.

El desafío actual y mi compromiso como Presidenta, es dotarnos de una nueva Constitución debatida y nacida en democracia, que se ajuste a las necesidades del Chile actual, y que, a diferencia de las Constituciones anteriores, se realice a través de un procedimiento democrático, con instancias reales de participación ciudadana y dentro de los canales de la institucionalidad.

2.Necesidad de contar con una nueva Constitución para una nueva sociedad

a.Las democracias y las sociedades cambian y las Constituciones deben cambiar con ellas

Como todos sabemos, Chile está en un proceso de cambio. El país no es igual al de los 90. Es distinto y, en consecuencia, los desafíos son otros, pero igualmente llamativos y sustanciales.

En virtud de lo anterior, he asumido el desafío de generar importantes cambios en la estructura política del país, a través de dos ejes de reformas políticas: uno político-legal y otro de cambio constitucional. Respecto al primero, hemos presentado una serie de proyectos, que tienen por objetivo fortalecer el sistema político y democrático, mejorar la representatividad y asegurar la transparencia y control ciudadano, los que se han materializado en la modificación el sistema electoral binominal (ley Nº 20.840), tema pendiente desde el proceso de transición, y que no nos permitía mejorar las condiciones de representatividad de nuestra democracia. La ley que permitirá el voto de chilenos en el exterior (ley Nº 20.960), también es parte de este conjunto de reformas políticas, y se hace cargo de un anhelo histórico de los miles de compatriotas que se encuentran lejos de nuestro país. La ley de fortalecimiento de los partidos políticos (ley 20.915) busca generar un cambio sustancial en la manera en que se organizan los partidos políticos y cómo se relacionan con la ciudadanía. La reforma que otorgó autonomía constitucional al Servicio Electoral (ley 20.860). La ley sobre fortalecimiento y transparencia de la democracia (ley 20.900), busca regular la relación entre el dinero y la política, de manera de transparentar el funcionamiento de esta actividad de cara a la ciudadanía. Este último ejemplo no es solo uno más, sino que refleja de perfecta forma el gran cambio que ha experimentado nuestra sociedad.

Pero aún nos falta avanzar. Como bien señala el informe del PNUD, “Auditoria de la Democracia”, de 2014, el tipo de democracia que se ha venido construyendo en los últimos años se ha enfrentado a topes o limitaciones que le impiden avanzar hacia su perfeccionamiento. Limitaciones que dificultan al sistema político a construir una igualdad efectiva, a un ejercicio igualitario de derechos, necesarios para poder cumplir con los anhelos y demandas que se expresaban anteriormente.

Las tensiones y desafío que nos plantea el informe del PNUD y que nosotros también hemos identificado guardan relación con la necesidad de legitimar la democracia para mantener la gobernabilidad: es necesario recomponer la confianza en las instituciones y actores de la democracia. También debemos ocuparnos y así lo estamos haciendo, de la desigualdad política, de manera que todos los sectores de la sociedad puedan ser partícipes de la toma de decisiones. La inclusión y la representación también son temas esenciales que ha ocupado nuestro trabajo durante estos años de Gobierno. Con la inclusión buscamos asegurar una mayor participación de la ciudadanía en la toma de decisiones, y con la representación, apuntamos a que la diversidad de nuestra sociedad se vea reflejada en las distintas instancias de participación política. En términos de partidos políticos, todos, transversalmente, debemos hacernos cargo del desencanto y la lejanía que los ciudadanos sienten con la política. Recuperar el rol de articulación de intereses y de representación de la sociedad es clave para mejorar la valoración de la política como actividad y conseguir así una mejor democracia que nos permita enfrentar las desigualdades y abrir así espacios de diálogo y participación.

b. Cambio constitucional en democracia

Hay un asunto que ha sido tema de discusión no solo en nuestro país, sino en casi todos los lugares donde se plantea la necesidad de llevar adelante un proceso de cambio constitucional, y guarda relación con la inconveniencia o imposibilidad de realizar un cambio a la Constitución en democracia. Gran parte de los argumentos en contra de los procesos de cambio, señalan que estas modificaciones por lo general se reservan para quiebres institucionales. Frente a esto, es importante señalar que los agentes del sistema político tienen el deber y la responsabilidad de adaptarse a los cambios políticos, sociales y culturales que experimenta el país y que por ende, sí es posible generar cambios de Constitución en democracia, como lo han demostrado países tales como Australia, Canadá, Suecia, Suiza y Colombia.

En este sentido, la Constitución actual cerró una etapa de nuestra vida política y constitucional. Nació en dictadura, fue concebida bajo una mirada negativa y defensiva de la política y los partidos políticos, consagró un sistema de derechos creado bajo una lógica individualista; los derechos sociales se ubican en posición de desequilibrio; la garantía de los derechos es aún insuficiente.

Durante la transición, las fuerzas democráticas lograron grandes avances democratizadores. Particular mención merece la reforma Constitucional del año 1989 que permitió dar inicio a la transición y la del 2005 bajo el gobierno del Presidente Ricardo Lagos que terminó con parte importante de los enclaves autoritarios.

Lo anterior se logró de acuerdo a las características y desafíos propios de nuestra transición hacia la democracia, que requirió de capacidades políticas acordes al momento. Por ello, no existieron las condiciones para otorgarnos una nueva Constitución, sino solo para enmendarla parcial y progresivamente, ello, derivado de las características de una Constitución siempre compleja.

Hoy vemos que hay un ánimo social de lograr un acuerdo constitucional entre fuerzas políticas y sociales democráticas, pues es palpable que se requiere una nueva Constitución para el nuevo ciclo político, y para poder contextualizar a nuestra actual sociedad.

c. La participación ciudadana como pilar del cambio constitucional

En un proceso de cambio social y de mayor empoderamiento ciudadano son pocos los países y parlamentos que logran reaccionar institucionalmente a estos cambios y se auto imponen nuevas reglas del juego en beneficio de una mayor representatividad e inclusión política, otorgando una mayor legitimidad al sistema.

La realidad nos está demostrando, con una evidencia nunca antes vista, que el actual diseño del Estado, lejos de proporcionar los canales institucionales para que las diferencias se procesen, hoy está convirtiéndose en una de las principales fuentes de conflicto.

Y si bien tras el regreso de la democracia se lograron realizar ciertos cambios a la Constitución, el origen sigue siendo cuestionado debido a la falta de representación y participación. Es decir, no fue creada, discutida ni legitimada con la ciudadanía.

Se hace urgente que las personas crean en nuestro sistema político y en su Constitución, para lo cual es necesario establecer su relegitimación a través de la participación mediante nuevos acuerdos sociales básicos sobre el poder y los derechos fundamentales.

La experiencia comparada, nos muestra que hoy no es posible deliberar constitucionalmente sin la participación ciudadana, cuestión que no es una mera teoría sino el factor común de múltiples procesos constituyentes de los últimos años.

Es así, que el proceso de generación de una nueva Constitución es un momento en el cual cada Estado, debe encontrar su propio modelo, en consideración a las experiencias políticas pasadas, la madurez democrática, la tradición constitucional, las raíces históricas, tanto de la Constitución vigente, como del sistema político.

Entonces, solo al reconocer la historia de los países y propiciar instancias de auto reconocimiento y diálogo, se irá haciendo latente el mejor de los caminos que conduzcan a la definición de los contenidos que deberá garantizar una nueva Constitución.

La Constitución actual adolece de mecanismos que fomenten y hagan posible una efectiva participación ciudadana en los procesos de toma de decisión. La participación ciudadana no solo incluye los derechos electorales, sino que también a la oportunidad de involucrarse en los procesos de decisiones sobre las políticas públicas, así como de reales mecanismos que le permitan a la ciudadanía ejercer rendición de cuentas sobre sus autoridades.

El desafío, es generar estos espacios de participación dentro del esquema de la democracia representativa, que posibiliten una mayor identificación de la ciudadanía con el sistema político y una mayor legitimidad del mismo. La participación ya no es una alternativa, hoy es imprescindible para los procesos políticos. Tenemos múltiples ejemplos de países que han ido adaptando sus Constituciones para establecer mecanismos de participación que permitan una real incorporación en el proceso de toma de decisiones, por ejemplo, la institucionalización de mecanismos consultivos y/o deliberativos en Suiza el año 1999 y la ratificación del texto constitucional en Islandia en 2012.

Lo anterior da cuenta de que la única forma que tenemos para construir los cimientos de una nueva sociedad, más inclusiva y equitativa es mediante la participación decidida de la ciudadanía. Para ello, tenemos el convencimiento que una nueva Constitución sigue siendo el mejor instrumento para un cambio democrático que mejore los niveles de cohesión social y, por ende, provea de legitimidad, representación, participación, calidad y eficiencia al sistema político chileno.

d.Proceso Constituyente Abierto a la Ciudadanía como mecanismo para el cambio constitucional

Para lograr lo expuesto precedentemente, Chile debe reencontrarse con sus tradiciones republicanas y dar origen a la nueva Constitución, en la que confluyan las tradiciones constitucionales liberal, democrática y social, y que sea el fruto de un auténtico consenso constitucional.

Es por ello, que en octubre de 2015 presenté al país el Proceso Constituyente Abierto a la Ciudadanía como propuesta de cambio constitucional. Esta corresponde a una política de Estado, respetuosa de la institucionalidad vigente y del Congreso Nacional, que incorpora a los ciudadanos y ciudadanas como protagonistas.

El Proceso Constituyente Abierto a la Ciudadanía se define como el mecanismo de cambio constitucional que incorpora la discusión pública con los ciudadanos sobre los asuntos constitucionales, de manera institucionalizada, permitiendo el diálogo y la convergencia para la construcción de acuerdos de las personas sobre la Constitución. Es abierto a la ciudadanía, por cuanto los ciudadanos pudieron participar e incidir en la discusión constitucional por medio de los diferentes mecanismos participativos e institucionales contemplados para ello. La incidencia es un elemento esencial de la participación pública, ya que se define como la cualidad y efecto de repercutir en la elaboración del proyecto de cambio constitucional que presentaré durante este año, en ejercicio de mi potestad co-constituyente.

El proceso que estamos llevando adelante considera tres momentos: el Encuentro, la Deliberación y la Soberanía. El Encuentro se refiere a la fase participativa y consiste en la participación pública a nivel local, provincial y regional que busca que las visiones ciudadanas acordadas incidan en la primera versión del Proyecto de cambio Constitucional que enviaré al Congreso. Para dar garantías de transparencia, inclusión y ausencia de sesgo político en esta primera etapa, constituí el Consejo Ciudadano de Observadores del Proceso Constituyente. La Deliberación consiste en la discusión sobre los contenidos constitucionales en la sede constituyente acordada por el Congreso Nacional. Finalmente, la Soberanía se refiere al plebiscito final ratificatorio del cambio constitucional, para lo cual primero debemos abrir el camino para tener una Constitución de todos y de todas dentro de los canales de la institucionalidad vigente, mediante la presente propuesta de ley de reforma al Capítulo XV de la Constitución.

La Etapa Participativa, que se desarrolló entre abril y agosto del año pasado, convocó a más de 200.000 chilenas y chilenos, extranjeros residentes en Chile y chilenas y chilenos en el extranjero a discutir sobre los valores y principios, derechos, deberes y responsabilidades e instituciones que nos definen como Estado. Esta etapa constituyó un proceso inédito, tanto en cuanto a su diseño como a los niveles de participación ciudadana, en nuestra historia republicana y en los procesos de cambio constitucional a nivel comparado.

El 16 de enero de este año, recibí de parte del Comité de Sistematización y del Consejo Ciudadano de Observadores, las Bases Ciudadanas para la Nueva Constitución, la cual recoge las opiniones de los ciudadanos y ciudadanas en las diversas etapas y servirá como insumo para el proyecto de cambio constitucional, que será discutido en la instancia que determine el Congreso Nacional. Sin perjuicio de ello, para llevar a cabo el momento deliberativo, es esencial que se exprese la voluntad de cambio de los congresistas para avanzar en la reforma al Capítulo XV de la Constitución, que nos permita contar con un mecanismo de cambio constitucional definido por el mismo Congreso.

Contenido del proyecto

1.La convocatoria a una Convención Constitucional

El proyecto de reforma constitucional que someto a vuestra consideración faculta al Congreso Nacional para convocar a una Convención Constitucional para la elaboración de una Nueva Constitución, con el acuerdo de las dos terceras partes de los diputados y senadores en ejercicio.

La reforma entrega, en todo caso, a una ley orgánica constitucional la convocatoria a la Convención, la forma de integración de la misma, el sistema de nombramiento y elección de sus integrantes, su organización, sus funciones y atribuciones, como también los mecanismos de participación ciudadana que sean adecuados.

De este modo, la reforma que propongo al H. Congreso Nacional permite conjugar las diversas alternativas que se conocen en nuestra historia y en el derecho comparado, con un énfasis en la participación ciudadana. Con ello, se abre el camino para un proceso inédito en nuestra historia.

La forma de integración de la Convención Constitucional, así como el sistema de nombramiento y elección de sus integrantes, requerirá el voto conforme de las tres quintas partes de los Diputados y Senadores en ejercicio. En cuanto a su oportunidad, debe ser presentada por el Presidente de la República dentro de los sesenta días de aprobada la presente reforma constitucional. La aprobación de esta ley orgánica es condición previa de la convocatoria que puede hacer el Congreso Nacional.

2.El trabajo de la Convención

Enseguida, la Convención ha de avocarse a estudiar una propuesta de Nueva Constitución. Asimismo, conocerá de todo otro proyecto que tenga por objeto la sustitución del actual texto constitucional.

En cuanto a los acuerdos necesarios para aprobar la propuesta de Nueva Constitución, la reforma no innova en lo actualmente dispuesto en el artículo 127. Con todo, las materias no previstas en la actual Constitución deberán ser aprobadas con el voto conforme de las dos terceras partes de los miembros de la Convención.

3.Plebiscito

Una vez aprobado el proyecto de Nueva Constitución éste será remitido al Presidente de la República para que éste convoque a un plebiscito que se pronunciará sobre la aprobación o rechazo del texto aprobado por la Convención.

Es importante notar que en este plebiscito el sufragio será obligatorio, de modo de otorgar la mayor legitimidad democrática.

Con los resultados del respectivo plebiscito, el Tribunal Calificador de Elecciones comunicará al Presidente de la República la decisión de la ciudadanía. Si la Nueva Constitución es aprobada, el Presidente deberá promulgarla dentro de diez días y publicarla dentro de cinco días.

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Modifícase la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en el siguiente sentido:

1) Agrégase el siguiente artículo 130:

“Artículo 130.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 127 y siguientes, el Congreso Nacional, con el voto conforme de las dos terceras partes de los diputados y senadores en ejercicio, podrá convocar a una Convención Constitucional para la elaboración de una Nueva Constitución.

Una ley orgánica constitucional regulará la convocatoria a la Convención por parte del Congreso, la forma de integración de la misma, el sistema de nombramiento y elección de sus integrantes, su organización, sus funciones y atribuciones, como también los mecanismos de participación ciudadana que, para este efecto, la Convención Constitucional establezca en el proceso de elaboración de la Nueva Constitución.

Aprobado el proyecto de Nueva Constitución, de acuerdo a las mayorías que establece el inciso tercero de la disposición vigésimo novena transitoria, será remitido al Presidente de la República para que consulte a la ciudadanía, mediante plebiscito y por la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos, si lo aprueba o rechaza. Para estos efectos el voto será obligatorio. Una vez remitido el proyecto, la Convención Constitucional se disolverá.

La convocatoria a plebiscito deberá efectuarse dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción del proyecto de Nueva Constitución remitido por la Convención Constitucional, y se ordenará mediante decreto supremo que fijará la fecha de la votación plebiscitaria, la que se celebrará noventa días después de la publicación de dicho decreto si ese día correspondiere a un domingo. Si así no fuere, ella se realizará el domingo inmediatamente siguiente. El decreto de convocatoria contendrá las opciones “apruebo” o “rechazo”.

El Tribunal Calificador del Elecciones comunicará al Presidente de la República el resultado del plebiscito, y especificará la opción decidida por la ciudadanía. Si ésta fuere la de “aprobada”, el Presidente de la República promulgará el texto de Nueva Constitución dentro de los diez días siguientes a la comunicación, y la publicación se hará dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que el decreto promulgatorio quede totalmente tramitado.”.

2) Agrégase la siguiente disposición vigésimo novena transitoria:

“VIGÉSIMO NOVENA.- La ley orgánica constitucional a que se refiere el inciso segundo del artículo 130 deberá ser enviada por el Presidente de la República al Congreso Nacional dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de publicación de la reforma constitucional que introduce dicho artículo. La convocatoria a la Convención Constitucional sólo podrá efectuarse una vez publicada esta ley orgánica constitucional.

La forma de integración de la Convención Constitucional, así como el sistema de nombramiento y elección de sus integrantes, requerirá el voto conforme de las tres quintas partes de los diputados y senadores en ejercicio.

La Convención Constitucional aprobará las materias de que trate la Nueva Constitución de acuerdo a lo establecido en el inciso segundo del artículo 127. Las materias no dispuestas en dicho inciso, serán aprobadas con el voto conforme de las dos terceras partes de los miembros de la Convención.

La Convención Constitucional conocerá y tramitará los proyectos de Nueva Constitución, presentados ante el Congreso Nacional como reforma completa a la presente Constitución de acuerdo al artículo 127 o como proyectos de Nueva Constitución presentados ante la Convención Constitucional desde el día de su instalación.”.”.

2) Reforma Constitucional para establecer el plebiscito en temas de interés nacional (boletín N°7769-07).

1. Fundamento.- Es un hecho público y notorio las sucesivas y permanentes manifestaciones ciudadanas realizadas por grupos estudiantiles, ecologistas, consumidores, entre otros, como expresión de protesta y disconformidad con el tratamiento de las agencias políticas en diversas materias de interés nacional, las cuales van acompañados casi siempre y crecientemente por la descalificación de las instituciones propias de la democracia representativa. Lo anterior, no es ajeno en otras latitudes como consecuencia de la crisis del modelo social, económico, cultural y político que padece el mundo. Con todo, los reclamos por vías no institucionales, no son novedosos, pues basta con revisar la tendencia en el siglo XIX y XX. Es ante estos fenómenos que los ordenamientos constitucionales y el desarrollo del régimen democrático han adoptado mecanismos dirigidos a incorporar más estrechamente al ciudadano al proceso de adopción de decisiones políticas. "Tales son las instituciones de democracia semidirecta, que consisten en un conjunto de técnicas mediante las cuales se consulta al cuerpo electoral sobre asuntos específicos de trascendencia política, tales como un texto normativo, una decisión política o la manifestación de confianza a un gobernante"[1], es en este contexto que, entre sus manifestaciones, nos interesa el instituto del plebiscito.

Como señala Loewenstein, 'En el lenguaje corriente, el concepto de plebiscito se usa para una variedad de actos de participación del pueblo en el proceso del poder y, algunas veces, hasta como sinónimo de elecciones_ Sin embargo, aunque esta expresión ha sido generalmente usada para designar las votaciones sobre la forma del Estado, debería quedar reservada a votaciones sobre cuestiones no constitucionales y no legislativas"[2]. En este mismo sentido, se sostiene que "Es la consulta al cuerpo electoral sobre un acto político de naturaleza gubernamental o constitucional, es decir, política en el genuino sentido de la palabra. No gira en torno un acto legislativo, sino a una decisión política, aunque susceptible quizá de tomar forma jurídica" (García Pelayo).

De ahí que la noción de plebiscito subyace en el planteamiento del prof. Bidart, pues "la llamada libertad política o libertad de participación -en contraste con la clásica libertad civil o de autonomía., reviste aptitud funcional para dar marco político a los derechos humanos..."[3]. Por ello resulta evidente que una sociedad activa, no adaimecida, no indiferente, está en aptitud de utilizar la libertad política para exteriorizar opiniones y actitudes en pro de los derechos fundamentales en todas sus dimensiones, de ahí que con razón sostiene el mismo autor que "cuando el derecho de sufragio no se limita a designar gobernantes, sino que se expande a formas de las llamadas semidirectas como el referéndum, la consulta popular, el plebiscito, la iniciativa, la revocatoria, etcétera, el cuerpo electoral despliega una libertad política que sirve de vehículo para los fines a que está destinada cada una de esas formas participativas, y ello amplía en mucho la capacidad de repercusión sobre los derechos...". Es decir, el plebiscito en cuanto expresión de la libertad política, configura una adecuada forma de relación de fuerzas entre los ciudadanos en aquellos temas de interés público que el sistema político tradicional no es capaz de resolver y que requiere una solución política a través de los mecanismos institucionalizados de participación (nunca la vis absoluta), que en nuestro esquema constitucional es sumamente restrictivo.

En este sentido resulta paradójico el escaso margen de las normas sobre plebiscito, pese a que el propio constituyente de 1980 lo utilizó para validar su propio modelo constitucional, y que se desconozca la riqueza interpretativa del artículo 5° del texto constitucional, que lo contempla como una forma de ejercicio de la soberanía. Empero, tradicionalmente se señala que para determinar los casos en que se puede convocar a plebiscitos debemos vincular ciertas normas de la Constitución_ La primera de ellas es el articulo 15 inciso segundo que establece la regla general de procedencia de elecciones y plebiscitos, al disponer que "Sólo podrá convocarse a votación popular para las elecciones y plebiscitos expresamente previstos en esta Constitución." Silva Bascuñan señala que a través de este precepto "se establece una prohibición para el legislador: este no puede mediante una norma de rango legal ampliar a otros casos distintos de los contemplados en la Constitución la utilización -en lo que nos interesa- del mecanismo del plebiscito"[4]. De lo expresado previamente se interpreta que la norma constitucional en materia de plebiscito constituye una forma de ejercicio de la soberanía que sólo le corresponde su ejercicio en los casos que la propia Constitución establece, a saber, en el ámbito de la administración comunal y para solucionar diferencias entre el Presidente de la República y el Congreso, como cuerpos colegisladores, a raíz de una reforma constitucional, en este último caso, para que el pueblo determine si desea una reforma constitucional (cuando se rechaza completamente por el Presidente un proyecto aprobado por el Congreso y este insiste) o bien cuando existen discrepancias entre dos textos diversos.

No es extraño entonces, que en un marco interpretativo restringido respecto del alcance del plebiscito en nuestro ordenamiento constitucional, la propia doctrina tradicional reconoce como tarea pendiente la "implantación de las instituciones de la democracia semidirecta..."[5], es aquí donde radica la importancia de abordar este tema por vía de la reforma constitucional, atendida las necesidad de dotar a la ciudadanía de un mecanismo democrático de participación.

2. Ideas Matrices.- El presente proyecto de reforma constitucional tiene por objeto consagrar un capítulo nuevo en la Constitución Política a objeto de establecerla consulta a los ciudadanos, a través del plebiscito, en aquellos casos de interés nacional que requieran una solución política. Lo anterior como natural derivación del mandato del artículo 5° de la Constitución. El referido ejercicio se entenderá aprobado por la mayoría absoluta de los participantes y podrá ser convocado por el Presidente de la República, las dos quintas partes de la Cámara de Diputados o el Senado, o bien, las firmas acreditadas de al menos quinientos mil ciudadanos. En este contexto se pretende por medio de una norma interpretativa, señalar que se entenderán que son de interés nacional aquellas controversias en materias que puedan amenazar, perturbar o privar el legítimo ejercicio de los derechos a: vivir en un medio ambiente libre de contaminación, derecho a la protección de la salud, derecho a la educación, libertad de enseñanza, libertad de opinión, derecho de reunión, libertad de trabajo, derecho a la seguridad social, derecho a sindicalizarse, libertad para adquirir toda clase de bienes y sus restricciones, y el derecho de propiedad y sus limitaciones.

Asimismo, se amplía la hipótesis normativas de la reforma constitucional, más allá de las discrepancias entre los órganos colegisladores, estableciendo la posibilidad que en caso de resultar rechazada una reforma en el Congreso Nacional, y hubiere contado con los votos favorables de la mayoría de los miembros en ejercicio de alguna de sus ramas, tanto el Presidente como las dos Tatas partes de la Cámara de Diputados o el Senado, o las firmas acreditadas de al menos doscientos cincuenta mil ciudadanos, podrán convocar a plebiscito. En caso de alcanzar el quórum exigido se entenderá aprobado el proyecto de reforma.

Es sobre la base de estos antecedentes que venimos en proponer el siguiente:

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL

“Art. único.- Para agregar en siguiente Capítulo XVI nuevo en la Constitución Política de la República.

Capítulo XVI

§ Del Plebiscito

Art. 130- Se podrá consultar a la ciudadanía, a través del plebiscito, por diversos temas de interés público, el que será convocado por el Presidente de la República, por las dos quintas partes de alguna de las ramas del Congreso Nacional, o por la solicitud al Servicio Electoral de un número no inferior de quinientas mil firmas acreditadas de ciudadanos.

El quórum de aprobación del plebiscito será la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos. Una ley orgánica constitucional, regulará el procedimiento y sus efectos vinculantes.

Se entenderá que existe interés nacional, especialmente, en los casos de amenaza, perturbación o privación de los derechos garantizados en los numerales 8, 9,10, 11, 12, 13, .16, 18,19, 23, y 24 del artículo 19 de esta constitución.

Art. 2°.- Para agregar en el Capítulo XV de la Constitución Política de la República el siguiente art. 129 bis.

Art. 129 bis.-Sin perjuicio de lo anterior, también procederá el plebiscito respecto de materias propias de una reforma constitucional siempre que el proyecto hubiese sido rechazado con al menos el voto favorable de la mayoría de los miembros en ejercicio de alguna las cámaras_

El plebiscito a que se refiere el inciso precedente podrá ser convocado por el Presidente de la República, por las dos quintas partes de alguna de las ramas del Congreso Nacional, o por la solicitud al Servicio Electoral de un número no inferior de quinientas mil firmas acreditadas de ciudadanos.

El quórum de aprobación del plebiscito será la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos. En caso de alcanzar el quórum precedente se entenderá aprobada la reforma constitucional.”

3) Reforma Constitucional para establecer una Asamblea Constituyente (boletín N° 7792-07)

1. Fundamento.- Como es público y notorio los últimos acontecimientos de la vida nacional dan cuenta de una serie de movilizaciones ciudadanas motivadas por diversos temas de interés nacional, en materia tales como educación pública, matriz energética y medio ambiente, reinvindicaciones de minorías sexuales, reclamos de consumidores, entre otros, los que se han expresado por vías no institucionales, en marchas, protestas callejeras, paralización de actividades o tomas de establecimientos educacionales. La ocurrencia de estos hechos, no pueden ser analizados ex ante con descalificaciones, ni confundidos con actos delictivos que se perpetran por quienes aprovechan las circunstancias, por el contrario, son síntoma de un déficit de canales de participación ciudadana. Ante esta evidencia es que en diversos países, los ordenamientos constitucionales se establecen mecanismos de participación a través de las instituciones de la democracia semidirecta, pues existen conflictos de naturaleza política, que la democracia representativa no puede resolver, de ahí que la propia doctrina tradicional reconoce como una tarea pendiente la "implantación de las instituciones de la democracia semidirecta..."

Sin embargo, el diagnostico en nuestro sistema constitucional va más allá, y pasa por la esencia que subyace en el proyecto político de la Constitución de 1980, pues, tal como afirman los profesores Correa, Figueroa, Jocelyn Holt,

Rolle y Vicuña "aunque en lo formal la Constitución es cuidadosa en no querer desligarse de la tradición constitucional, su sentido más profundo la aparta definitivamente de una historia que, desde el siglo XIX, siempre creyó en la progresiva institucionalización ciudadana del poder. Permea en la Constitución de 1980, desde su inspiración, gestación e imposición, en cambio, una fuerte sospecha del derecho como cauce de deliberación responsable. Se trata de un texto jurídico que más bien tutela que faculta, que tiende a restringir en vez de abrir perspectivas de participación política, en fin, un ordenamiento que parte del supuesto que los gobiernan deben estar sujetos a un previamente demarcado margen de maniobra"2, esto explica el déficit de participación que existe en el actual orden para la toma de decisiones políticas. Es en este contexto que resulta necesaria la revisión de la noción del poder constituyente, a fin de establecer nuevos mecanismos de participación, como expresa Loewenstein "de acuerdo con las teorías de la soberanía del pueblo y del pouvoir constituant originario del pueblo soberano, se ha generalizado, y hasta estereotipado, un procedimiento para la elaboración y la adopción de la constitución escrita: una asamblea nacional o constituyente será elegida por todo el pueblo para esta tarea específica. Con más frecuencia hoy que en tiempos pasados, se prescribe imperativamente la ratificación final por el pueblo soberano. La ratio de esta exigencia es que la ley fundamental adquiere una mayor

En la historia del poder constituyente ha ocurrido solamente una vez que el electorado haya rechazado el trabajo de sus representantes elegidos libremente para la asamblea nacional: los franceses rechazaron la primera Constitución de la IV República (1946). En el caso chileno, se sostiene luego de un breve repaso histórico que "nunca se ha desarrollado un proceso constituyente democrático"4_ De ahí que lo decisivo es la posibilidad de establecer la reforma total de la Constitución por medio de un mecanismo institucional, en ejercicio del poder constituyente originario, a diferencia de la técnica actual de reforma parcial en el ejercicio del poder constituyente derivado.

2. Historia legislativa y Derecho comparado.- La asamblea constituyente no es ajena a nuestra historia constitucional, así lo demuestra, aunque con matices, el origen de la Constitución de 1925, que en virtud de varios decretos supremos (que en realidad eran decretos leyes) se convocó a personalidades de variadas corrientes políticas para integrar una gran Convención Consultiva U.] dotada de la competencia para decidir el contenido de la nueva carta fundamental y el procedimiento destinado a ponerla en práctica. El trabajo de la convención, formada por unos ciento cincuenta miembros de todas las posiciones políticas, se realizó en un período aproximado de cuatro meses, sesionando en el Palacio de La Moneda.

Desde la perspectiva comparada, la asamblea constituyente es un mecanismo que no ha estado ajena a la dictación de los ordenamientos constitucionales, el caso más reciente es el de Islandia, que se encuentra en un proceso de redacción de una nueva Constitución, a través de una asamblea constituyente que esta encuentra conformada por un grupo de veinticinco delegados elegidos libremente por la ciudadanía, los que a su turno ejercen su actividad con sesiones públicas y recaban las opiniones de ciudadanos que se identifiquen, por medio de redes sociales. Otro caso se desprende del preámbulo y las disposiciones transitorias de la Constitución Italiana de 1947; el preámbulo de la Constitución Portuguesa de 1976, y del preámbulo de la Constitución Brasilera de 1988. Entre las Constituciones latinoamericanas reformadas más recientemente, Colombia, Paraguay, Venezuela y Bolivia consagran en sus disposiciones normativas permanentes, la Asamblea Constituyente como un órgano competente para ja redacción de un nuevo orden constitucional. Así, la Constitución de Colombia establece en su artículo 374: "La Constitución Política podrá ser reformada por el Congreso, por una Asamblea Constituyente o por el pueblo mediante referendo.". Además, el artículo 376 prevé "Mediante ley aprobada por mayoría de los miembros de una y otra Cámara, el Congreso podrá disponer que el pueblo en votación popular decida si convoca una Asamblea Constituyente con la competencia, el período y la composición. que la misma ley determine". En Paraguay, a Propósito de las enmiendas a la constitución el artículo 291 señala que: "La Convención Nacional. Constituyente es independiente de los poderes constituidos. Se limitará, durante el tiempo que duren sus deliberaciones, a sus labores de reforma, con exclusión de cualquier otra tarea. No se arrogará las atribuciones de los poderes del Estado, no podrá sustituir a quienes se hallen en ejercicio de ellos, ni acortar o ampliar su mandato". En el caso-de Venezuela, el art. 347 dispone que "El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar a una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución", luego en materia de convocatoria señala el artículo 348. La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrá hacerla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de la dos terceras partes de sus integrantes; los Consejos Municipales en cabildos, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; y el quince por ciento de los electores inscritos y electoras en el registro electoral". En el caso Boliviano, la Constitución de 2007 señala en su apartado I del artículo 411 que "La reforma total de la Constitución, o aquella que afecte a sus bases fundamentales, a los derechos, deberes y garantías, o a la primacía y reforma de la Constitución, tendrá lugar a través de una Asamblea Constituyente originaria plenipotenciaria, activada por voluntad popular mediante referendo. La convocatoria del referendo se realizará por iniciativa popular, con la firma de al menos el veinte por ciento del electorado; por mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Legislativa Plurinacional; o por la Presidenta o el Presidente del Estado. La Asamblea Constituyente se autorregulará a todos los efectos. La vigencia de la reforma necesitará referendo constitucional aprobatorio".

3. Ideas Matrices.- El presente proyecto de reforma constitucional tiene por objeto consagrar en el capítulo de la Constitución Política relativa a la reforma constitucional, la posibilidad de una reforma total, en ejercicio del poder constituyente originario por parte de una Asamblea Constituyente, la cual, como requisito habilitante debe ser convocada mediante la dictación de una ley de la república –iniciada por moción parlamentaria o la iniciativa de quinientos mil ciudadanos-, la que deberá ser aprobada con quórum calificado, y ratificada por la ciudadanía mediante plebiscito, a objeto que la referida Asamblea Constituyente pueda dictar una nueva Constitución Política. La misma ley deberá determinar el procedimiento de integración. Finalmente el referido ejercicio de soberanía para la dictación de un nuevo orden constitucional se entenderá aprobado mediante plebiscito, por la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos.

Es sobre la base de estos antecedentes que venimos en proponer el siguiente:

PROYECTO DE REFORMA. CONSTITUCIONAL:

Art. Único.- Para agregar el siguiente artículo 129 bis nuevo en el Capítulo XV de la Constitución Política de la República.

Art. 129 bis.— El ejercicio de la soberanía reside en la Nación y lo realiza el pueblo a través de los mecanismos que señala esta Constitución. En ejercicio del poder constituyente originario, puede convocar a una Asamblea Constituyente, la que en forma autónoma, tendrá el mandato para la discusión y elaboración del nuevo orden constitucional.

La referida Asamblea podrá ser convocada mediante una ley aprobada por la mayoría de los Diputados y Senadores en ejercicio, la que determinará la forma de elección de los representantes. Esta ley podrá iniciarse por moción parlamentaria o por la iniciativa de al menos quinientas mil firmas acreditadas de ciudadanos.

La nueva Constitución para su vigencia, deberá ser aprobada mediante plebiscito, por la mayoría absoluta de los sufragios válidamente emitidos.”.

4) Reforma constitucional en materia de plebiscitos (Boletín N° 10.014-07).

De la Bancada Transversal de Diputados y Diputadas por una Asamblea Constituyente, compuesta por los señores y señoras: Sergio Aguiló, Jenny Álvarez, Claudio Arriagada, Gabriel Boric, Karol Cariola, Lautaro Carmona, Daniella Cicardini, Maya Fernández, Iván Fuentes, Cristina Girardi, Hugo Gutiérrez, Marcela Hernando, Jorge Insunza, Giorgio Jackson, Luis Lemus, Daniel Melo, Vlado Mirosevic, Manuel Monsalve, Daniel Núñez, Clemira Pacheco, Denise Pascal, Roberto Poblete, Yasna Provoste, Gaspar Rivas, Alberto Robles, Luis Rocafull, Raúl Saldívar, Leonardo Soto, Guillermo Teillier y Camila Vallejo; y en base a la propuesta realizada por 25 abogados constitucionalistas que trabajan en conjunto con Marca AC, venimos en presentar y proponer lo siguiente:

Una Constitución debe ser el reflejo de la diversidad constitutiva de una sociedad democrática, y no la manifestación de un proyecto político particular. Es adecuado exigir que la norma fundamental sea resultado de un proceso colectivo en el que, por diversas vías institucionales, participe toda la comunidad política.

Creemos fundamental contar con un texto constitucional que surja de un debate democrático, en el cual la ciudadanía cumpla una función principal en la formulación de las instituciones de nuestra convivencia democrática.

Es necesaria una Constitución que todos podamos entender como “nuestra”.

Por lo anterior, el modo de construcción de una nueva Constitución no da lo mismo: debe ser tal que garantice que el resultado será expresión de la voluntad del pueblo. La Presidenta de la República ha señalado que ese modo debe ser institucional, democrático y participativo.

La actual institucionalidad no permite una decisión constitucional de quien ella misma declara titular “esencial” de la soberanía: la nación o el pueblo.

La nueva Constitución requiere cumplir dos condiciones: debe ser una nueva decisión del pueblo, y debe ser institucionalmente validada. En consecuencia no se cumplen estas condiciones con los procedimientos y reglas vigentes de reforma, toda vez que no incluye al elemento fundamental, esto es la decisión soberana del pueblo.

Lo anterior, implica que el momento de validación institucional no puede ser entendido como una nueva decisión que fije el contenido de la Constitución, sino como una decisión que, en vez de decidir sobre dicho contenido, abra la posibilidad para una amplia discusión nacional seguida de una decisión democrática.

Por eso creemos que la solución es una decisión institucional, en la forma de una ley de reforma constitucional, que permita la realización de un plebiscito. El propio artículo 5º del texto constitucional vigente reconoce que los plebiscitos son modos de ejercicio privilegiado de la soberanía por parte del pueblo, por lo que este es el mecanismo que permitiría de mejor forma la manifestación ciudadana y la decisión participativa e institucional.

Los plebiscitos que, en general, sean convocados a voluntad del Presidente de la República, podrían ser utilizados en desmedro de la función representativa del Congreso Nacional. Con el fin de prevenir los riesgos asociados a la llamada democracia plebiscitaria, pretendemos facultar al Presidente para llamar a plebiscito cuando cuente con el apoyo del Congreso, resguardando tanto la función representativa de éste último como el equilibrio de poderes, evitando un mal uso de esta herramienta.

Por consiguiente, cuando el Presidente cuenta con dicho respaldo, debe estar en condiciones de convocarlos en cualquier momento tratándose de materias de alto interés nacional.

Las mismas consideraciones muestran que no hay justificación alguna para negar al legislador la posibilidad de crear nuevas oportunidades para la manifestación del pueblo.

Por eso, sugerimos modificar el inciso final del artículo 15 agregando antes de su punto final la expresión “y las leyes”, junto con una modificación al artículo 32, que regula las atribuciones exclusivas del Presidente de la República.

Idea Matriz.-

Se establece la facultad del Presidente de la República para convocar a plebiscito en los casos que corresponda, con el acuerdo del Congreso Nacional, conforme lo establece la Constitución y las leyes de nuestro país.

PROYECTO DE LEY

Artículo único. Introdúzcanse las siguientes modificaciones a la Constitución Política de la República:

1. Modifícase el inciso final del artículo 15, insertando la frase "y las leyes" antes de su punto final.

2. Reemplázase el artículo 32 Nº 4 por el siguiente: "Convocar a plebiscito en los casos en que corresponda conforme a la Constitución y a las leyes. El Presidente podrá convocar en todo caso a plebiscito si cuenta para ello con el acuerdo de ambas cámaras del Congreso Nacional".

5) Reforma constitucional que sustituye cada uno de los Capítulos de la Carta Fundamental (10.193-07).

El presente texto, es un esfuerzo de diálogo político, y en consecuencia una invitación a toda la sociedad a reflexionar y debatir sobre las normas fundamentales en las cuales deberá construirse un nuevo pacto de convivencia democrática, que enfatice en los derechos de las personas, en una nueva distribución regulada del poder que incluya a todos los habitantes de la República, y que adecúe el ejercicio del poder a nuevos estándares de probidad y transparencia. Confiamos que el exigente juicio de nuestros compatriotas permita superar la propuesta que a continuación desarrollamos, con la convicción de profundizar el debate constituyente, que siempre es una tarea colectiva y resulta necesario para alcanzar una nueva constitución originada en un diálogo pacífico, democrático y racional.

1. Fundamentos. En la acepción más desarrollada y aceptada “el constitucionalismo constituye un movimiento político y social que tiene por finalidad limitar y controlar el ejercicio del poder político del Estado, a través de la distribución del poder estatal en órganos y funciones diferenciadas, en un sistema de pesos y contrapesos concretado en un texto escrito de máximo rango, que es expresión de la voluntad del cuerpo político de la sociedad, en el que se aseguran los derechos fundamentales, como asimismo se establecen instituciones que aseguran el respeto de la constitución de los poderes constituidos” . En este sentido, cabe señalar que “el concepto de un poder absoluto o ilimitado es intrínsecamente contradictorio, puesto que nadie puede estar sometido íntegramente a otro semejante sin negar su propia esencia humana, sin cosificarse”, de ahí que se afirme que “Todo poder social es, y no puede dejar de ser, si ha de respetarse a los hombres sobre los que se ejerce, esencialmente limitado. Resulta por ello, imprescindible que en el momento de fundar o constituirse un poder se defina su campo propio y, consecuentemente sus límites”. Esta noción es la que lleva indefectiblemente a la Constitución, respecto de la cual se entiende generalmente como “el conjunto de normas jurídicas de máximo rango de un Estado plasmadas por lo general en un documento constitucional, las cuales regulan la forma jurídica y política de Estado y de gobierno, la organización, forma, estructura e interrelaciones fundamentales entre los órganos, así como la relación básica con sus ciudadanos, además de los procedimientos de generación del derecho infraconstitucional, asegura los derechos fundamentales y las garantías constitucionales, como asimismo se establece las instituciones que concretarán la defensa del orden constitucional y las que fijan el procedimiento y límites de la reforma constitucional a través de procedimientos más complejos y de mayor quórum que los exigidos al legislador” . En este sentido se sostiene que la Constitución “como subsistema normativo ostenta en la visión piramidal del ordenamiento jurídico una supremacía e integridad, necesarias a la estabilidad de este sistema como soporte de todo el ordenamiento”, la que se fortalece cuando es resultado de la decisión del pueblo.

Nuestra actual regulación –pese a sucesivas reformas - no ha superado un estándar de legitimidad y un mínimo garantista, en el sentido de repartición regular del poder, consecuencia natural de una génesis autoritaria. El contexto constitucional de 1980, no se aleja de lo expuesto, pues, tal como afirman algunos historiadores “aunque en lo formal la Constitución es cuidadosa en no querer desligarse de la tradición constitucional, su sentido más profundo la aparta definitivamente de una historia que, desde el siglo XIX, siempre creyó en la progresiva institucionalización ciudadana del poder. Permea en la Constitución de 1980, desde su inspiración, gestación e imposición, en cambio, una fuerte sospecha del derecho como cauce de deliberación responsable. Se trata de un texto jurídico que más bien tutela que faculta, que tiende a restringir en vez de abrir perspectivas de participación política, en fin, un ordenamiento que parte del supuesto que los gobiernan deben estar sujetos a un previamente demarcado margen de maniobra” , en palabras del profesor De Ramon “a diferencia de la sana doctrina constitucional que ordena y dispone para todos, se impuso al país un texto constitucional que estaba hecho para favorecer a una parte de la población, dejando a la otra huérfana de apoyo” , se trata de un texto “estructurado para asegurar el orden interior (o sea, la gobernabilidad de la sociedad) y la reproductibilidad formal del sistema institucional” , pues, lo que se busco fue “un ordenamiento constitucional absoluto, impermeable a consideraciones políticas o a contingencias promovidas por coaliciones partidista” , lo que se atribuye por parte de sus autores a “la influencia ejercida por el hispanismo franquista y a corrientes constitucionalistas cercanas a Carl Schmitt, propuestas que proveen una solución contemporánea al problema postrevolucionario moderno, amén de análogas al caso chileno” , muestra de lo anterior es la relación de los poderes del estado, la surrealista regulación de las disposiciones transitorias, y que el texto de 1980 “coarta la autonomía ciudadana en el plano de su acción política y en el de sus acciones directas, atenta contra el derecho inalienable del hombre a construir socialmente la realidad y a modelar colectivamente su futuro” , por otro lado “la repulsa a la fórmula del Estado social, y nuevos derechos, descansa en una lectura que tiene como modelo de Estado, y de relaciones de éste con la sociedad y la economía, al Estado mínimo o subsidiario o bien desde un paradójico republicanismo pretende trasladar al campo de la deliberación y procedimiento democrático el desarrollo de políticas públicas, para lo cuál debe sostener que los derechos económicos, sociales y culturales y las cláusulas económicas sociales de la Constitución son normas programáticas o aspiraciones, a lo sumo normas de principio” . El corolario de lo anterior son los “tres cerrojos y un metacerrojo” con que se ha caracterizado la estructura institucional de la carta de 1980, mediante los dispositivos de las leyes orgánicas y sus quórum; el sistema binominal; el control preventivo del Tribunal Constitucional y el quórum de reforma Constitucional. Es por eso que en un análisis reciente se sostiene que “La experiencia chilena es el epítome de lo que aquí hemos caracterizado como constitucionalismo autoritario transformador, en el que la constitución está explícitamente diseñada para retornar a un gobierno civil, pero resguardando ciertos fines políticos más allá de la toma democrática de decisiones y estableciendo mecanismos institucionales genuinos para reforzar estos límites. Se trata de una forma genuina de constitucionalismo, incluyendo los elementos esenciales de atrincheramiento y constreñimiento, tanto de gobernantes como de gobernados”.

En este contexto, como bien se ha expresado “hay que partir de la idea de que la Constitución, en el sentido que modernamente se la entiende en el lenguaje jurídico y en la vida pública, no es sino la codificación del Derecho Político, o en otros términos, quizá más precisos, el mismo Derecho político, esto es, el que regula la organización y el funcionamiento de los poderes del Estado y las instituciones de gobierno codificado”. En efecto, en términos Aristotélicos, “la Constitución no es otra cosa que la repartición regular del poder”, es decir tiene por objeto la organización de las magistraturas, la distribución de los poderes, las atribuciones de la soberanía, la determinación del fin especial de cada asociación política.

Históricamente, durante los siglos XVII y XVIII, la gran filosofía política del iusnaturalismo racionalista -de Hobbes a Locke, de Thomasius y Pufendorf, a Montesquieu y Voltaire, hasta Beccaria, Bentham, Filangieri- libró sus batallas contra el despotismo represivo e inquisitivo propio del antiguo régimen y fue definiendo los valores de la civilización jurídica moderna y las líneas maestras de Estado de derecho: el respeto a la persona humana, los valores de la vida y de la libertad personal, el nexo entre legalidad y libertad, la tolerancia y la libertad de conciencia y de expresión, la concepción del derecho y del Estado como artificios cuya legitimación depende del cumplimiento de sus funciones de tutela de los derechos de los ciudadanos. Los países latinoamericanos partiendo del Estado liberal de derecho, han desarrollado el constitucionalismo social, donde los derechos individuales, se complementan con los derechos basados en el valor de la igualdad, de ahí que la propuesta avanza en los derechos fundamentales reforzando los llamados derechos de segunda generación, es decir, los derechos sociales, económicos y culturales, “potenciando estos últimos con el objeto de ofrecer una igualación de oportunidades en la vida nacional y un aseguramiento básico de una vida digna para todas las personas” . En este sentido, no admite duda que “la necesidad de incorporarlos derechos sociales tanto en su dimensión de libertad como de prestación”, atendida la ausencia de regulación. Como bien señala Bobbio a propósito de la igualdad de derechos “ésta representa un momento posterior en la equiparación de los individuos con respecto a la igualdad frente a la ley entendida como exclusión de las discriminaciones de la sociedad estamental: significa el disfrute equitativo por parte de los ciudadanos de algunos derechos fundamentales constitucionalmente garantizados”. La propuesta constitucional consagra la idea de un Estado social y democrático de derecho que, como señala la doctrina, “añade el principio solidario al principio individualista, no elimina el papel del ciudadano como individuo activo en una economía de mercado competitivo, pero se propone corregir situaciones de injusticia social, valiéndose de una organización constitucional capaz de enfrentar las diversas exigencias de eficiencia y de eficiencia de la intervención pública”.

En cuanto al ejercicio del poder, resulta interesante el análisis desarrollado por LOEWENSTEIN, quién señala que “en las últimas décadas y prácticamente desde la primera guerra mundial, período en el cual la monarquía constitucional, implantada artificialmente en diversos países, se ha desecho, el tipo neopresidencialista ha gozado de una creciente popularidad por garantizar al detentador único el monopolio indiscutible del poder, sin exponer al régimen, por otra parte, a la afrenta de estar en contradicción con el principio de la legitimación popular” , luego agrega que “el neopresidencialismo suele aparecer corrientemente, bien tras el intento fracasado de establecer una democracia constitucional, o bien, en la dirección opuesta, como la parada a medio camino entre la autocracia tradicional y una futura democracia auténtica” . Es este modelo, que resulta comparable a nuestro sistema, el que afecta la “estricta autonomía de cada detentador del poder” y que en términos teóricos impediría que el ejecutivo interfiriera en la función legislativa del parlamento. Las realidades del proceso del poder no están de acuerdo con esta imagen, como se demuestra en nuestra actual regulación constitucional, de esta manera el gobierno asume un liderazgo en la toma de decisión política cuya técnica es la legislación, y que conceptualmente tendrá variaciones dependiendo del tipo gubernamental específico: como lo ejemplifica LOEWENSTEIN, “en los estados autoritarios, el monopolio del gobierno está fuertemente asentado en todas las fases del proceso de legislación”. Por otro lado se subestima al parlamento mediante el abuso de la legislación por decreto (potestad reglamentaria), con lo cual se degrada su función y se los desprestigia. Como bien expresa Ruiz Tagle “una causa fundamental de este problema radica en el desequilibrio manifiesto de atribuciones y facultades que nuestro sistema político establece a favor del Presidente en perjuicio del Congreso. Es evidente que la Constitución de 1980 despreció al Congreso Nacional como contrapeso efectivo del presidencialismo, para radicarlos en organismos carentes de legitimidad democrática, como son el Consejo de Seguridad Nacional, el Tribunal Constitucional y el Banco Central. Al ser relegado a un segundo plano, el Congreso pierde relevancia como lugar de debate y deliberación, transformándose, la mayor parte de las veces, en un mero buzón de las iniciativas del ejecutivo. Se entiende entonces que sus miembros sean despreciados por la ciudadanía al no comprenderse ni apreciarse a cabalidad la insustituible función que están llamados a cumplir en un sistema democrático fuerte y sano. Se hace urgente, por tanto, dotar al Congreso de mayores facultades políticas a costa de muchas de las cuales actualmente goza el ejecutivo”.

En esta perspectiva, se señala que “La nueva Constitución que Chile necesita debe avanzar, entonces, en la dirección de los siguientes tres grandes objetivos: i. Ampliar y robustecer la protección de los derechos fundamentales, ii. Establecer una institucionalidad que profundice el gobierno efectivo de las mayorías, la expresión proporcional de las distintas fuerzas políticas y la participación de sectores históricamente marginados., y iii. Responder a los desafíos nuevos que enfrentan las sociedades del siglo 21” , en consecuencia en términos generales asoman como temas de reforma el régimen político presidencialista , reformas de índole político territorial, reformas al sistema electoral público que refuerce los derechos de ciudadanía, y el catálogo de derechos antes referido, perfeccionar el control social, político y jurídico de ciertos órganos autónomos, consagrar la defensoría de las personas, y consagrar explícitamente mecanismos de participación directa de la ciudadanía en la democracia, a través de la iniciativa popular de ley, el plebiscito, el referéndum y el referéndum revocatorio. En este último sentido, históricamente, la doctrina de la representación política adquiere relevancia a partir de la experiencia independentista americana y la revolución francesa hacia fines del Siglo XVIII, sin perjuicio de las diversas doctrinas que explican su naturaleza, “la representación es la acción de representar, que significa la relación que se establece entre los miembros de un grupo humano jurídicamente organizado (representado) con un órgano (representante), en cuya virtud la voluntad de este último se considera como expresión de la voluntad de aquel”. De este modo, la representación engloba dos características estructurales en el ámbito de las democracias, por una parte es el reflejo de la reproducción de los mandatarios o autoridades públicas, ya en forma directa como cuando votamos por un Alcalde, ya por medios indirectos, toda vez que el Presidente –elegido por los ciudadanos– elige a una persona para el cargo de Ministro de la Corte Suprema. En democracia el poder político se legitima continuamente, desde su asunción hasta su deceso, por la voluntad de los electores. Esto es tan así, que todos los gobiernos, para revisar su legitimidad, sondean los niveles de satisfacción del electorado. Quienes gobiernan, ejercen un mandato que emana de los ciudadanos. Sin embargo, dicho mandato es irrevocable y las actuales causales de revocación operan sólo en razón de criterios preestablecidos, por lo general a nivel constitucional y vinculados a cierta inaptitud moral o física sobreviniente de los gobernantes para desempeñar el mandato conferido. Es por eso, que ante el desarrollo de la democracia “los ordenamientos constitucionales han adoptado ciertos mecanismos dirigidos a incorporar más estrechamente al ciudadano al proceso de adopción de decisiones políticas” , tales son las que en doctrina se denominan instituciones de democracia semidirecta, las que consisten en un conjunto de técnicas mediante las cuales se consulta al cuerpo electoral sobre asuntos específicos de trascendencia política, tales como un texto normativo, una decisión política o la manifestación de confianza a un gobernante, es en este contexto que se encuentra la denominada “destitución popular” o “revocatoria” o “recall”, que es la facultad del cuerpo electoral para solicitar que se someta a la consulta de la ciudadanía la expiración del mandato de un gobernante antes del término de su período, debiendo cesar en sus funciones de inmediato si el resultado de la consulta es adverso. Como bien expresa el profesor BIDART, “la destitución puede ser individual cuando se limita a revocar el mandato de un funcionario o colectiva, cuando se dirige a disolver un cuerpo pluripersonal” . La revocación del mandato conferido, en tanto mecanismo de control de las actividades de la administración, debe ser devuelto a quienes han conferido el poder, para que las autoridades no olviden que son los ciudadanos ante quienes deben responder y a cuyo servicio, por otra parte, se encuentran.

Chile debe hacer un esfuerzo de utilizar los procedimientos democráticos para la elaboración de una nueva Constitución Política, si bien el método que se elija no es algo trivial, lo fundamental radica en los contenidos y el marco legítimo dentro del cual se puedan discutir, no obstante, las dificultades antes caracterizadas. El momento constitucional supone recoger todas las ideas que permitan configurar un nuevo estatuto de derechos y del régimen político en un contexto de legitimidad. Es por estas razones, que entendemos que la necesidad de modificar íntegramente el código político y aportar al debate nacional con una propuesta sobre los puntos esenciales que debe abordar una nueva Constitución, superadora de la realidad actual.

2. Historia legislativa y derecho comparado.- La Constitución vigente ha sido objeto de numerosas reformas , siendo las principales por su envergadura las introducidas mediante ley núm. 18.825 de 1989 y por la ley núm. 20.050 de 2005 , esta ultima que tuvo por finalidad esencial remover los más importantes enclaves autoritarios, y cuyos alcances de desarrollan en abundante bibliografía , empero, se ha propuesto certeramente la necesidad de lege ferenda, una reforma constitucional de segunda generación , caracterizado por algunas de las materias antes reseñadas.

Desde la perspectiva comparada en el entendido de la importancia del método comparado “cuya misión es el estudio teórico de las normas jurídico-constitucionales positivas (pero no necesariamente vigentes) de varios Estados, preocupándose de destacar las singularidades y los contrastes entre ellos o entre grupos de ellos” , como se indica más abajo, se ha procurado citar los casos más relevantes en que otros modelos aportan una propuesta normativa de interés en este proyecto de reforma, con miras a debatir sobre su alcance en nuestro contexto. Su desarrollo y referencias se encuentra en aquellos artículos en que existe une referencia expresa o similitudes, por lo que se evita su desarrollo en este apartado.

3. Ideas Matrices.- El presente proyecto tiene por finalidad sustituir de manera íntegra los quince capítulos vigentes de la Constitución Política de 1980, mediante la elaboración de quince nuevos capítulos que tratan de las siguientes materias esenciales, como son los derechos fundamentales y el ejercicio y distribución del poder en los órganos que se establecen. En su presentación, -por razones prácticas- en varias disposiciones se encuentran las concordancias o coincidencias de otros modelos constitucionales del derecho comparado, en el entendido que “la preparación de textos normativos es un momento privilegiado para recurrir a la comparación” , así como las referencias a diversas obras de dogmática constitucional que han efectuado crítica sobre estas materia.

En lo que se refiere a reforma constitucional, se establece lo siguiente.

16) Para agregar el siguiente Capitulo XV, nuevo:

Capítulo Decimoquinto

Reforma Constitucional

Art. 124. Los proyectos de reforma de la Constitución podrán ser iniciados por mensaje del Presidente de la República o por moción de cualquiera de los miembros del Congreso Nacional.

El proyecto de reforma necesitará para ser aprobado las dos terceras partes de los parlamentarios en ejercicio.

En lo no previsto en este Capítulo, serán aplicables a la tramitación de los proyectos de reforma constitucional las normas sobre formación de la ley, debiendo respetarse siempre los quórums señalados en el inciso anterior.

El proyecto aprobado será remitido al Presidente de la República.

Art. 125.- En caso que el proyecto no alcanzare el quórum señalado en el artículo anterior, y siempre que el proyecto hubiese sido rechazado con al menos el voto favorable de la mayoría de los miembros en ejercicio del Congreso Nacional, procederá el referéndum respecto de las materias comprendidas en el proyecto de reforma constitucional.

El referéndum a que se refiere el inciso precedente podrá ser convocado por el Presidente de la República, por las dos quintas partes del Congreso Nacional, o por la solicitud al Servicio Electoral de un número no inferior de doscientas mil firmas acreditadas de ciudadanos.

El quórum de aprobación del referéndum será la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos. En caso de alcanzar el quórum precedente se entenderá aprobada la reforma constitucional.

Art. 126. Si el Presidente de la República rechazare totalmente un proyecto de reforma aprobado por el Congreso Nacional deberá consultar a la ciudadanía mediante plebiscito.

Si el Presidente observare parcialmente un proyecto de reforma aprobado por el Congreso Nacional, las observaciones se entenderán aprobadas con el voto conforme de las dos terceras partes de sus miembros en ejercicio, según corresponda de acuerdo con el artículo anterior, y se devolverá al Presidente para su promulgación.

En caso de que el Congreso Nacional no apruebe todas o algunas de las observaciones del Presidente, se devolverá al Presidente la parte del proyecto que haya sido objeto de insistencia para su promulgación, salvo que éste consulte a la ciudadanía para que se pronuncie mediante un plebiscito, respecto de las cuestiones en desacuerdo.

La ley orgánica constitucional relativa al Congreso regulará en lo demás lo concerniente a las observaciones de los proyectos de reforma y a su tramitación en el Congreso.

Art. 127. La convocatoria a referéndum o plebiscito deberá efectuarse dentro de los treinta días siguientes a aquel en que el Congreso Nacional hubiere despachado el proyecto o rechazado las observaciones, y se ordenará mediante decreto supremo que fijará la fecha de la votación plebiscitaria, la que no podrá tener lugar antes de treinta días ni después de sesenta, contado desde la publicación de dicho decreto. Transcurrido este plazo sin que el Presidente convoque a plebiscito, se promulgará el proyecto que hubiere aprobado el Congreso.

El decreto de convocatoria contendrá, según corresponda, el proyecto aprobado por el Congreso Nacional y vetado totalmente por el Presidente de la República. En este último caso, cada una de las cuestiones en desacuerdo deberá ser votada separadamente en el plebiscito.

El Tribunal Calificador de Elecciones comunicará al Presidente de la República el resultado del referéndum o plebiscito, y especificará el texto del proyecto aprobado por la ciudadanía, el que deberá ser promulgado como reforma constitucional dentro de los cinco días siguientes a dicha comunicación.

Una vez promulgado el proyecto y desde la fecha de su vigencia, sus disposiciones formarán parte de la Constitución y se tendrán por incorporadas a ésta."

6) Modifica la Carta Fundamental en materia de plebiscitos y establece un procedimiento para la elaboración y aprobación de una nueva Constitución Política (12.630-07).

Fundamentos.

1.-Si miramos la génesis de cada una de nuestras más importantes Cartas Fundamentales (1833, 1925 y 1980) nos daremos cuenta de que en ninguna de ellas el pueblo ha tenido una participación significativa. En estricto rigor, la mayoría de ellas ha sido impuesta más por la vía de la fuerza que por el poder de la razón o la deliberación democrática.

Este hecho histórico, que en sí mismo es profundamente desalentador, no puede, sin embargo, hacernos decaer a quienes aspiramos a que Chile tenga, de una vez por todas, una nueva Constitución nacida plenamente en democracia y legitimada por toda la comunidad política. La constatación de este hecho debe convertirse en el impulso vital que nos estimule a decidir sobre nuestro destino.

Porque en antaño no pudimos participar activamente, es que ahora debemos comprometernos a ser verdaderamente dueños de nuestro propio destino como comunidad política y darnos a nosotros mismos un nueva Constitución. Somos una nación que ha sabido madurar políticamente, y en consideración de aquello es que es preciso que abandonemos el temor a determinarnos. Es tiempo de que construyamos una nueva constitución que, genuinamente, consideremos “nuestra”.

Justamente porque resulta imprescindible aprender de nuestros errores y desaciertos cometidos como Nación en el pasado, es que en esta ocasión debemos darnos la oportunidad –esta vez definitiva- de construir entre todos un nuevo pacto social de convivencia democrática.

Como nunca antes en nuestra historia republicana, tenemos a nuestro alcance condiciones sociales, culturales y políticas idóneas para poder darnos un nuevo texto fundamental, una Constitución que nazca de un gran acuerdo gestado en democracia. La coyuntura actual lo puede hacer posible y es necesario que no desaprovechemos esta oportunidad.

Quienes suscribimos esta reforma constitucional queremos hacernos cargo de la sentida demanda ciudadana por una nueva Constitución que permita a Chile ser plenamente soberano de su presente y futuro.

El cambio constitucional tiene por lo menos dos maneras de ser visto, en primer lugar se puede decir que un cambio en la Constitución, hablando de cambios profundos, puede devenir de la necesidad, es decir “Hay que cambiar las normas cuando ya no responden a la mentalidad de quienes elaboraron ni a las exigencias que la hicieron surgir, y en caso de que pierdan capacidad para regular la realidad de manera efectiva. Esto es, las reformas se justifican por razones funcionales” ; por otro lado, existe un prisma que afirma que los cambios constitucionales no deben hacerse por motivos funcionales, sino por cuestión de justicia, esto se afirma en el planteamiento del profesor Jon Elster, evidenciando la imposibilidad de predecir las consecuencias de un cambio constitucional importante; basado en ello, Sartori afirma, en su obra Ingeniería Constitucional Comparada que “el cambio constitucional solo puede justificarse con base en argumentos de justicia, no de consecuencias” . Aunque ambas posturas respecto al origen que debe tener un cambio constitucional parecieran opuestas, son visiones complementarias, puesto que las normas que dejan de regular efectivamente la realidad afectan negativamente lo regulado y/o quitan la posibilidad de desarrollo a la sociedad que suscribió la constitución, base de aquellas mismas normas, originan injusticia.

Para frenar esta injusticia de la que hablamos es preciso, antes que todo, pavimentar el camino hacia una nueva Constitución. En otras palabras, debemos hacernos cargo de los mecanismos institucionales que harán posible la construcción de este anhelo.

Parafraseando al profesor Fernando Atria, esta iniciativa busca contribuir a encontrar respuestas a la pregunta que él plantea el capítulo 4 de su obra “La Constitución Tramposa” (LOM, 2013): ¿Cómo solucionar el problema constitucional?

A nuestro entender, para solucionar el problema constitucional, y, por consiguiente, para que la nueva constitución se convierta en realidad, es imprescindible contar con mayores y mejores mecanismos participación ciudadana. Como se trata de una decisión que dice relación con toda la colectividad, se debe seguir una regla fundamental, planteada por Norberto Bobbio: que esta sea tomada con el máximo consenso de aquellos a quienes afecta.

Para ello, luego de un acabado análisis de las diversas alternativas para encausar el cambio constitucional, hemos concluido que resulta preciso fortalecer los mecanismos plebiscitarios y reformar profundamente el Capitulo XV, que nuestra Carta Fundamental dedica a las reformas a la Constitución, de manera que toda la comunidad política pueda sentirse parte en la confección de un nuevo pacto de convivencia democrática.

Esta es la vía que hemos escogido y, en lo sucesivo, iremos explicando con detalle las profundas reformas que pretendemos impulsar.

2.-Pavimentar el camino hacia una nueva constitución fortalecerá el ejercicio de la soberanía y contribuirá a que Chile sea efectivamente una República Democrática.

En la Constitución vigente, el capítulo I se titula “Bases de la Institucionalidad del Estado” y en él se concentran las definiciones políticas e ideológicas que fundan la República de Chile. Se trata de nueve disposiciones descritas con un alto nivel de generalidad y abstracción, que constituyen la puerta de entrada a la Constitución y son parte del aparato dogmático de la Carta Fundamental.

Fijemos nuestra atención en dos preceptos específicos. En primer lugar, lo señalado en el artículo 4° “Chile es una república democrática”. Y en segundo lugar, lo dispuesto en el inciso primero del artículo 5°: “La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y, también, por las autoridades que esta constitución establece. Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio.”. Del análisis conjunto de ambas disposiciones construiremos los argumentos necesarios para explicar por qué pavimentar el camino hacia una nueva constitución es un imperativo ético, y un requisito indispensable para el fortalecimiento de nuestra democracia.

El artículo 4° de la Constitución es un postulado, o sea, la manifestación de un objetivo, noble y supremo, acerca de lo que es y debe ser nuestro régimen político. Por idéntica característica este artículo debe ser evaluado desde el ángulo formal, pero también sustancial y de su vigencia fáctica.

Haciendo eco de lo anterior, preguntémonos: ¿Es Chile una república democrática?

Al menos formalmente, Chile es una república democrática. Solo de modo ejemplar, podemos constatar que existe separación de poderes, contamos con un sistema electoral para elegir a nuestras autoridades. Existe una distribución del poder político, están garantizados los derechos fundamentales de las personas, podemos participar en igualdad de condiciones de la vida política, etc. Es decir, se cumplen un sin número de prerrogativas que, en los papeles, nos permiten responder afirmativamente a la pregunta planteada.

Sin embargo, hagamos ahora un análisis sustancial de la misma disposición. Analicemos la realidad fáctica de nuestro país.

Si la democracia es, acuñando la acertada frase de Abraham Lincoln, “el gobierno del pueblo, para el pueblo y por el pueblo”, un régimen democrático será aquel en el que se respeta por sobre todo la voluntad soberana y mayoritaria del pueblo, siendo éste tipo de régimen, además, incompatible con uno de carácter tiránico o dictatorial.

Parece entonces que Chile no es una república muy democrática si la voluntad mayoritaria se ve trasgredida por la exigencia de quórums supra mayoritarios que se exigen para la aprobación de ciertas leyes.

Parece que Chile no es una república muy democrática si la voluntad mayoritaria se ve trasgredida al encontrar mecanismos demasiado rígidos para reformar la actual constitución.

Parece que Chile no es una república muy democrática si la voluntad mayoritaria se ve trasgredida con la existencia de un Tribunal Constitucional que posee facultades verdaderamente cuestionadas, que actúa verdaderamente como una “tercera cámara”.

Parece que Chile no es una república muy democrática si, hasta hace poco, se contaba con un sistema electoral bastante cuestionado como lo era el sistema binominal, vulnerando ostensiblemente la voluntad mayoritaria del pueblo.

Parece que Chile no es una república muy democrática si, aun hoy, 39 años después de su entrada en vigencia, seguimos regidos por una Constitución de origen espurio y autoritario. La carencia de legitimidad de origen de nuestra vigente Constitución es un estigma con el que siempre vamos a cargar, a menos que emprendamos la laboriosa tarea de construir una nueva.

En síntesis, la Constitución de 1980 fue diseñada estructuralmente de manera tal que operase como un dispositivo que dificulta la materialización de aquellas preferencias y proyectos que la mayoría considera políticamente deseables. Esto se manifiesta de dos formas: i) en tanto contiene reglas que obstaculizan reformarla o cambiarla (metacerrojo); ii) en tanto contiene un conjunto de reglas que operan como cerrojos que impiden la operatividad cabal del principio democrático.

Tenemos una sociedad que valora los beneficios de un sistema democrático, las libertades que trae aparejadas y los principios de igualdad entre las personas, empero la constitución vigente en Chile ha sido cuestionada por haber nacido en un régimen autoritario en primer lugar y en segundo lugar por contener enclaves autoritarios que impiden cambios sustanciales en la misma, ante ello, teniendo en la teoría, la constitución como la materialización de un contrato social que promueve la democracia, es menester revisarla desde cómo el vicio de origen de la constitución afecta la democracia en Chile, hasta los efectos negativos e injustos de estas normas para el desarrollo de la comunidad como para el perfeccionamiento del sistema democrático.

Todos estos argumentos de carácter jurídico se ven fortalecidos si observamos un reciente ranking hecho por el diario estadounidense The Economist, que califica a nuestra democracia como deficitaria.

Ante estas evidencias, ante este análisis de la realidad fáctica, cabe volver a preguntarnos: ¿Es Chile una república democrática?

Al parecer estamos en deuda, por lo que es necesario ahora preguntarnos cómo hacer para remontar esta situación. Cómo fortalecer nuestra democracia. Cómo hacerla efectivamente participativa, activa, dinámica.

La respuesta más recurrente para aquello es, entonces, el necesario reemplazo de la Constitución y la construcción de un camino para que aquello sea posible. No hay ley, no hay costumbre, que deba durar, si de ella puede originarse detrimento, incomodidad, inquietud al cuerpo político.

Solo siendo conscientes de que somos una nación soberana, es decir, dueña de nuestro propio destino, capaz de auto determinarnos es que podremos revitalizar nuestra democracia, y convertir a Chile en una república efectivamente democrática.

Analicemos entonces cómo se ejerce la soberanía, y cómo ésta nos dará la clave para construir el camino hacia una nueva constitución.

El inciso primero del artículo 5° señala que la soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de las elecciones periódicas y, también por las autoridades que esta Constitución establece. Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio.

De acuerdo al precepto constitucional, la forma de ejercer la soberanía es a través de tres mecanismos: el plebiscito, las elecciones periódicas, y a través de las autoridades que la Constitución establece.

Para los efectos de este análisis, dejaremos de lado las elecciones periódicas, pues nos interesa poner el foco en el plebiscito y en el ejercicio de la soberanía por las autoridades que la Constitución establece. De la combinación de ambas propondremos las bases para la construcción del camino hacia una nueva constitución.

Analicemos primeramente el plebiscito. Es un mecanismo de democracia directa por el cual el pueblo ejerce soberanía donde, convocado por la autoridad competente, los votantes eligen entre una o más opciones sometidas al pronunciamiento popular, de conformidad con el procedimiento establecido en la Constitución y las leyes.

En Chile, el plebiscito tiene aplicación excepcional en dos ámbitos circunscritos: dentro del proceso de reforma a la Constitución y en materias comunales.

La regulación de este mecanismo es bastante deficitaria. Sabemos que las autoridades legitimadas para convocarlos son, primeramente, el Presidente de la República (Art. 32 N° 4) y el alcalde (de acuerdo a lo señalado en el inciso quinto del Art. 118). Ninguna otra.

En cuanto a la posibilidad de participación ciudadana mediante plebiscito en materia de reforma constitucional, el texto vigente solo contempla tal alternativa en casos de desacuerdo entre el Congreso Nacional y el Presidente de la República, supuesto en el que este último puede decretar la realización de una consulta vinculante a la ciudadanía. En todo caso, se trata de una facultad que el Presidente de la República puede ejercer o no, sin encontrarse obligado a convocar a plebiscito si así lo decide.

El alcalde a su vez, podrá someter a consulta o plebiscito las materias expresamente dispuestas en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Es decir, la posibilidad de ejercer la soberanía a través de este mecanismo se ve sumamente debilitada. Mas si consideramos que el inciso segundo del artículo 15 señala que solo podrá convocarse a votación popular para las elecciones y plebiscitos expresamente previstos en la Constitución. Solo en la Constitución. No se hace cargo de la posibilidad que el legislador establezca la opción de someter a plebiscito determinadas materias de interés nacional. Como lo es, por cierto, la de cambiar o no la actual Constitución y la forma de elaborar una nueva.

Por ello, una primera y necesaria reforma para allanar el camino hacia una nueva Carta Fundamental es que pueda convocarse a votaciones populares para los plebiscitos que puedan establecerse por parte del legislador, y no solo para aquellos casos dispuestos en la Constitución.

A continuación, fijémonos en la otra forma de ejercer la soberanía, es decir, a través de las autoridades que la Constitución establece, y cómo esta se relaciona con el mecanismo anteriormente descrito. Como ya señalamos anteriormente, las únicas autoridades facultadas para convocar a plebiscito son el Presidente de la República, y los alcaldes, éstos últimos para temas estrictamente comunales.

Dejaremos de lado a los alcaldes, ya que nos interesa analizar la figura del Presidente de la República, dado que constituye la más alta magistratura en nuestro país y posee atribuciones que bien pudieran calificarse de exorbitantes.

Observemos un detalle que pasa desapercibido, dada su obviedad, pero que entregará ciertas claves para entender nuestra propuesta de reforma: el Presidente de la República es una autoridad elegida democráticamente, y cuenta, por tanto, con la legitimidad necesaria para ejercer el cargo. Ya que podemos elegirlo, es que podemos decir, entonces, que a través de él se ejerce soberanía.

Entre las potestades que esta autoridad legítima posee, cabe señalar que la convocatoria a plebiscito.

Solo el excesivo cesarismo presidencial que impera en nuestra Constitución justifica que esta facultad esté aun radicada especialmente en el Presidente de la República.

Aun cuando –de acuerdo al texto expreso de la Constitución- los casos en que esta autoridad puede llamar a plebiscito son escasos (escasísimos), hay quienes, haciendo un análisis de la Constitución, creen que la posibilidad de que el Presidente de la República pueda convocar a un plebiscito para consultar a la ciudadanía si cambiar o no íntegramente la Constitución es plenamente posible y, antes bien, constitucional.

Aunque sea efectivo lo anterior, la ocurrencia efectiva de aquella posibilidad se transforma en una quimera.

En razón de lo anterior, es que planteamos lo siguiente: ¿Por qué el Congreso Nacional, cuyos miembros, al igual que el Presidente de la República, también son elegidos democráticamente, también cuentan con la legitimidad necesaria para ejercer su cargo y, aún más, tienen la misión esencial de representar a la población no podría constituirse como un autoridad legítima para convocar a un plebiscito de carácter nacional que permita a la ciudadanía decidir sobre un tema tan importante (importantísimo), como lo es la posibilidad de reemplazar íntegramente la Constitución?

Las credenciales democráticas de una institución tan señera como el Congreso Nacional, que ha estado presente en nuestra historia política e institucional desde los albores de la República , nos permiten pensar que concretar esta propuesta no solo es posible, sino también necesaria, ya que se abrirá la posibilidad de un cambio constitucional verdaderamente significativo para nuestro país. Se podrá hacer posible, de esta manera, la oportunidad histórica a la que hacíamos mención al principio de los fundamentos de esta moción.

Debidamente reglamentada esta nueva facultad, se ahuyentarán todos los miedos de quienes crean que pueda prestarse para el abuso de su ejercicio.

Modificando las normas constitucionales que regulan el mecanismo del plebiscito, permitiendo además que el Congreso Nacional sea instituido como una autoridad legítima para su convocatoria en una circunstancia específica (para consultar a la ciudadanía sobre un tema en particular: La necesidad de reemplazar o no, íntegramente, el texto constitucional vigente), el camino hacia una nueva constitución nacida en democracia, con la participación de toda la ciudadanía, será posible.

3.-Esta propuesta de dotar al Congreso Nacional de la facultad de convocar a plebiscito encuentra sustento si observamos las Constituciones de otros países. Cabe señalar que la preparación de textos normativos es un momento privilegiado para recurrir a la comparación. Así, por ejemplo, en Brasil, la Constitución de 1988, en el numeral XV del artículo 49, señala lo siguiente: “Es atribución exclusiva del Congreso Nacional: XV) autorizar referéndums y convocar plebiscitos;”.

Por otro lado, la Constitución de la Nación Argentina, promulgada el año 1994, en su artículo 40 faculta al Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, para someter a consulta popular un proyecto de ley. El voto afirmativo del pueblo, convierte en ley al proyecto y su promulgación es automática. Asimismo, el Congreso o el Presidente de la Nación dentro de sus respectivas competencias pueden convocar a Consulta Popular no Vinculante. En este caso el voto no será obligatorio.

En definitiva, ambos casos dan cuenta que la convocatoria a plebiscito o consultas populares por parte del Poder Legislativo es perfectamente viable.

4.-Nuestra propuesta tiene como fin último garantizar la debida participación de todos y todas en la confección de una nueva Carta Fundamental. La Constitución 1980 reconoce expresamente a la participación como una de las cuestiones fundamentales del Estado, estableciéndola como un deber primordial.

En efecto, su artículo 1º, inciso final, dispone que "es deber del Estado... asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional".

Nuestro Tribunal Constitucional ha señalado en relación al inciso final del artículo 1º que: "esta norma es de vastas proyecciones, pero sin duda adquiere especial relevancia en los procesos electorales y plebiscitarios, ya que, a través de ellos, el pueblo ejerce la soberanía nacional manifestando su parecer sobre las personas que estarán a cargo de llevar adelante las funciones básicas del Estado en procura de obtener su finalidad primordial: el bien común." (STC Nº 53).

Con nuestra propuesta buscamos dar cumplimiento a este mandato expresamente establecido en la Constitución. Una nueva constitución que no considere una activa participación de todos y todas está destinada al desprestigio.

5.-Con todo, las modificaciones propuestas en materia de plebiscito y autoridades legitimadas para su convocatoria no son suficientes. Es preciso modificar también el Capítulo XV de nuestra Carta Fundamental para que, existiendo una respuesta afirmativa por parte de la ciudadanía a la necesidad de reemplazar íntegramente la Constitución, esté contemplado un proceso constituyente que se encargue de elaborar un nuevo texto.

Un proceso que permita el ejercicio efectivo de los derechos humanos, en particular, el derecho de los pueblos a la libre determinación y el derecho a la participación política.

Un proceso sustentado en los principios de simplicidad, confianza ciudadana, participación de grupos vulnerados, paridad entre hombres y mujeres, representación territorial, transparencia y acceso a la información e igualdad de voto.

Inspirados en el Proceso Constituyente de la Presidente Michelle Bachelet, nuestra propuesta también comparte las características que en su Programa de Gobierno señalara para este importante hito:

Nuestra propuesta es democrática, ya que comparte el anhelo de que “la Nueva Constitución debe generarse en un contexto en que se escuchen todos los puntos de vista, se hagan presentes todos los intereses legítimos y se respeten los derechos de todos los sectores.”.

Nuestra propuesta es institucional, ya que “el logro de una Nueva Constitución debe exigir de todas las autoridades instituidas una disposición a escuchar e interpretar la voluntad del pueblo.”.

Nuestra propuesta es participativa, ya que “la ciudadanía debe participar activamente en la discusión y aprobación de la Nueva Constitución.”

Para cumplir ese anhelo, el proceso constituyente que nosotros proponemos en esta moción requiere, sin duda, ser aprobado por el Parlamento.

Recogiendo lo mejor de ese histórico legado, de aquel hito trascendental de nuestra historia política reciente, con ciertos matices e ideas propias, proponemos el establecimiento de un proceso para la elaboración de una nueva constitución bastante más avanzado y progresista que dicha propuesta, con el anhelo de que se convierta en una alternativa viable para el país.

La tarea es difícil y no es posible abordarla de una sola vez o en plazo breve, pero gradualmente y bajo la inspiración de una decidida voluntad de acabar con la Constitución actual, tan despegada de las vivencias y del conocimiento de hombres y mujeres comunes y, por ello, ajena a las realidades sociales que pretende regir, sería posible llegar a una nueva Constitución, más apropiada a los requerimientos de la vida moderna, con más sentido de justicia y más incorporada al espíritu nacional.

La sociedad chilena lleva ya demasiados años a la espera de una Constitución que pueda reconocer como propia, legítima y que, en definitiva, se vuelva compatible con una sociedad compleja y diversa, consciente de sus derechos y exigente respecto de su cumplimiento.

En consideración a todo lo anteriormente expuesto, venimos en proponer lo siguiente:

Proyecto de Reforma Constitucional

Artículo único.- Introdúzcanse las siguientes modificaciones a la Constitución Política de la República:

1.Agréguese en el inciso segundo del artículo 15, a continuación del vocablo “Constitución” y antes del punto final, la expresión “y las leyes”.

2.Reemplácese el artículo 32 Nº 4 por el siguiente: "Convocar a plebiscito en los casos en que corresponda conforme a la Constitución y a las leyes. El Presidente podrá convocar en todo caso a plebiscito si cuenta para ello con el acuerdo de ambas cámaras del Congreso Nacional”.

3.Agréguese un nuevo artículo 54 bis del siguiente tenor:

“Atribución especial del Congreso

Artículo 54 bis.-Corresponde al Congreso la atribución especial de convocar a un plebiscito de carácter nacional, cuyo objeto exclusivo sea consultar a la ciudadanía sobre la necesidad o no del reemplazo íntegro de la Constitución vigente.

La convocatoria a este plebiscito de carácter nacional por parte del Congreso requerirá previamente el acuerdo de la mayoría absoluta de los diputados y senadores en ejercicio, obtenido en sesión especial citada al respecto.

El plebiscito deberá realizarse el domingo siguiente al concluir el plazo de tres meses a partir de su convocatoria por parte del Congreso y su resultado será siempre vinculante.

En caso de aprobarse por parte de la ciudadanía la necesidad de reemplazar íntegramente la Constitución, el Presidente de la República deberá convocar a un proceso para la elaboración de una nueva constitución, conforme a lo dispuesto en el artículo 130.

Esta atribución especial podrá ser ejercida por el Congreso Nacional solo por una vez en el cuadrienio que corresponda a su periodo legislativo.”.

4. Agréguese un nuevo artículo 130 del siguiente tenor:

Art. 130.- Aprobada la necesidad de reemplazar íntegramente la Constitución, conforme a lo dispuesto en el artículo 54 bis, el Presidente de la República deberá iniciar un proceso para la elaboración de una nueva constitución.

Para la elaboración de una nueva constitución, El Presidente deberá convocar a plebiscito nacional y someter a votación las siguientes modalidades:

a)Comisión Bicameral integrada por igual número de diputados y senadores;

b)Convención Constituyente Mixta, integrada por igual cantidad de diputados y senadores y un número de personas que sea proporcional y representativo de la población, electas para tal efecto.

c)Asamblea Constituyente, integrada por un número de personas que sea proporcional y representativo de la población, electa para tal efecto.

Una ley de quórum calificado determinará el número de integrantes para cada una de las modalidades señaladas en el inciso anterior y la forma de su elección, así como también establecerá las causales de inhabilidad, incompatibilidad, subrogación, cesación y vacancia del cargo.

El plebiscito nacional para elegir la modalidad en que se elaborará la nueva constitución deberá realizarse el domingo siguiente al concluir el plazo de tres meses desde la convocatoria hecha por el Presidente de la República.

Resultará electa la modalidad que obtenga la mayoría de los votos válidamente emitidos, y deberá instalarse el día lunes siguiente al concluir el plazo de un mes desde que el Tribunal Calificador de Elecciones proclame la modalidad ganadora.

La investidura de los miembros que integren la modalidad que resulte electa para la elaboración de una nueva constitución se hará mediante juramento o promesa de cada uno de sus miembros, y desde ese momento se considerarán en ejercicio.

Durante el proceso de elaboración del nuevo texto constitucional, cualquiera sea la modalidad que resulte electa, ésta será independiente en sus deliberaciones de todo otro órgano del Estado, y definirá sus procedimientos de deliberación, votación, aprobación y/o rechazo de los contenidos del nuevo texto constitucional en forma autónoma de toda otra autoridad. Su única función será la elaboración de un Proyecto de Nueva Constitución Política de la República, para lo cual tendrá un plazo de seis meses desde su instalación, el que podrá ser prorrogado por decisión fundada de la mayoría absoluta de sus miembros. El texto constitucional emanado de sus debates será entregado al Presidente de la República y éste deberá someterlo a plebiscito para su aprobación o rechazo, el cual deberá ser convocado para el domingo siguiente al concluir el plazo de tres meses desde que su entrega.

En el caso que la ciudadanía apruebe la proposición del nuevo texto constitucional, el Tribunal Calificador de Elecciones comunicará al Presidente de la República dicha aprobación, el cual deberá promulgarla dentro del plazo de diez días contados desde dicha comunicación. Su publicación se hará en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la fecha en que quede totalmente tramitado el decreto promulgatorio.".

5.- Agréguese la siguiente disposición vigésimo novena transitoria:

“VIGÉSIMO NOVENA.- La ley de quórum calificado a que se refiere el inciso tercero del artículo 130 deberá ser enviada por el Presidente de la República al Congreso Nacional dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de publicación de la reforma constitucional que introduce dicho artículo. La convocatoria a plebiscito para elegir la modalidad para dotar a Chile de una nueva Constitución sólo podrá efectuarse una vez publicada esta ley de quórum calificado.”.

7) Modifica la Carta Fundamental, para habilitar la realización de plebiscitos, para dar inicio a un proceso constituyente y la posterior aprobación de una nueva Constitución Política de la República (boletín N° 13.024-07).

1.-Que el profundo malestar social expresado por el pueblo chileno en los últimos días, es la consecuencia de un orden económico, social, institucional y cultural, que ha generado y ampara una situación de desigualdad extrema, hecho que fue advertido en muchas ocasiones por la sociedad civil y los movimientos sociales, pero que no fue suficientemente comprendido por el sistema político.

2.Que la falta de respuestas adecuadas a las demandas de la sociedad por parte del sistema político, en relación a derechos sociales como la educación, la salud, la previsión y el trabajo, así como el creciente aumento del costo de la vida y el conocimiento de graves casos de colusión y corrupción que han afectado a diversas instituciones de la República, han llevado al pueblo chileno a un punto de hastío, generándose multitudinarias protestas en todas las regiones del país, con inaceptables resultados de muerte, violaciones a los derechos humanos y hechos vandálicos.

3.Que frente a la actual situación por la que atraviesa el país, el sistema político tiene el deber de recoger las legítimas aspiraciones de la ciudadanía y establecer las bases de un nuevo pacto social, que sustituya el sistema jurídico, económico y social, consagrado en la ilegítima Constitución Política de 1980, generada en régimen de dictadura sin participación del Congreso Nacional ni de la ciudadanía y bajo la cual se ha llegado a la crisis actual y el repudio generalizado a un país con desigualdades intolerables.

4. Que mayoritariamente, los ciudadanos han venido expresando su voluntad de que es condición necesaria para la adopción de un nuevo pacto social la discusión y aprobación de una nueva Constitución Política que refleje el sentir de toda la sociedad, abriendo espacio a una solución democrática del conflicto social que afecta al país, mediante el ejercicio del poder constituyente originario, y que es la única forma de restablecer la potestad soberana a su titular, la nación chilena. Para ello el proceso de elaboración de un nuevo texto constitucional dotado de una clara e indiscutida legitimidad de origen, debe emanar de un plebiscito en el que participen todos los chilenos y que establezca el órgano legítimo encargado en forma exclusiva de elaborarlo.

5. Que el actual texto de la Constitución Política de la República, contiene en el capítulo XV, las normas que regulan la reforma de la Carta Fundamental, sin definir ningún procedimiento destinado a permitir la sustitución de la Constitución por otra, razón por la cual se hace necesario introducir los artículos que faculten al Presidente de la República o al Congreso Nacional para convocar a la ciudadanía a un plebiscito, para que ésta se pronuncie sobre la elaboración y aprobación de una nueva Constitución Política para Chile.

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL FACULTA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y AL CONGRESO NACIONAL PARA CONVOCAR A LA CIUDADANÍA A PLEBISCITO, PARA QUE ÉSTA SE PRONUNCIE SOBRE LA NECESIDAD DE UNA NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA CHILE, Y SOBRE EL MECANISMO PARA SU ELABORACIÓN Y APROBACIÓN.

“ARTÍCULO ÚNICO: Agregase a la Constitución Política de la República como disposición vigésimo novena transitoria, la siguiente:

"VIGÉSIMO NOVENA.- El Presidente de la República o el Congreso Nacional, por acuerdo de la mayoría de sus integrantes en ejercicio, podrán convocar a un plebiscito a la ciudadanía a fin de que se pronuncie acerca de la necesidad de iniciar un proceso constituyente que culmine con la dictación de una nueva constitución. Dicho plebiscito deberá celebrarse dentro del plazo de 60 días contados desde la publicación de la convocatoria.

La opción que obtenga mayor número de votos se entenderá como aprobada por la ciudadanía, conforme a la calificación que efectúe el Tribunal Calificador de Elecciones.

Para estos efectos, los votos en blanco y nulos se considerarán como no emitidos.

Conjuntamente con pronunciarse sobre la necesidad de una nueva Constitución, los electores deberán pronunciarse sobre el órgano que deberá discutir, redactar y proponer el nuevo texto constitucional, eligiendo para ello entre tres opciones: el Congreso Nacional, una Asamblea Constituyente compuesta completamente por ciudadanos elegidos al efecto, una Asamblea Constituyente Mixta compuesta paritariamente de senadores y diputados y de un número igual de ciudadanos elegidos al efecto.

En caso que la ciudadanía apruebe la convocatoria a una Asamblea Constituyente, dentro del plazo de 30 días, el Presidente de la República enviará al Congreso un proyecto de ley, que establezca el procedimiento de elección popular de los delegados a la Asamblea Constituyente el que deberá asegurar la debida representación de todos los sectores de la nación. Una vez promulgada la ley, el Presidente de la República convocará a la elección popular de los delegados a la Asamblea Constituyente, la que se llevará a efecto dentro del plazo de 90 días.

Una vez que el Tribunal Calificador de Elecciones califique la elección de los delegados a la Asamblea Constituyente, ésta se constituirá dentro del plazo de 10 días. La Asamblea Constituyente será independiente en sus deliberaciones de todo otro órgano de la República, y definirá sus procedimientos de deliberación en forma autónoma de toda otra autoridad. No podrá dictar leyes, remover autoridades ni abocarse en forma alguna a otra finalidad que la elaboración de un Proyecto de Nueva Constitución Política de la República. La Asamblea Constituyente tendrá un plazo de 180 días para cumplir con su cometido, el que podrá ser prorrogado por decisión fundada de la mayoría absoluta de sus miembros, por 180 días más.

El texto constitucional que proponga el órgano constituyente será sometido a Plebiscito para su aprobación o rechazo, dentro de los 60 días siguientes al de su entrega al Presidente de la República. La opción que obtenga mayor número de votos se entenderá como aprobada por la ciudadanía, conforme a la calificación que efectúe el Tribunal Calificador de Elecciones. Para estos efectos, los votos en blanco y nulos se considerarán como no emitidos.

Una vez aprobada en plebiscito por la ciudadanía la nueva Constitución, el Tribunal Calificador de Elecciones comunicará al Presidente de la República dicha aprobación, el cual deberá promulgar la nueva carta fundamental dentro del plazo de 20 días contados desde dicha comunicación y su publicación en el Diario Oficial se efectuará en el plazo de 5 días siguientes a la fecha en que quede totalmente tramitado el decreto promulgatorio.".”.

III. DISCUSIÓN GENERAL Y PARTICULAR DEL PROYECTO.

Sesión N° 153, de 29 de octubre de 2019.

El diputado Walker (Presidente) explicó que la presente sesión tiene por objeto tratar los proyectos de reforma constitucional que “Modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República” (boletín N° 11.173-07) y el de “Reforma Constitucional para establecer una Asamblea Constituyente”. (Boletín N° 7792-07), y que si bien el boletín N° 7792 no ha tenido tramitación en la Comisión, si ha tenido tramitación el boletín N° 11.173-07, iniciado en mensaje.

Este último fue aprobado en general en la Comisión, en sesión N° 291, de 10 de octubre de 2017 y en sesión N° 302 de 05 de diciembre de 2017 se dio inició a votación en particular. Se alcanzó a votar el inciso primero del artículo 130 del proyecto (contenido en el numeral 1.- del artículo único), y se efectuaron seis sesiones donde participaron Mario Fernández Baeza, ministro del Interior y Seguridad Pública de la época (256ª y 295ª), por el ministerio Secretaría General de la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre Guzmán (256ª), y Gabriel de la Fuente (302ª), ministros; Pamela Figueroa (256ª, 259ª, 262ª y 295ª) y Tomás Jordán (256ª, 259ª, 262ª, 295ª y 302ª), asesores.

Por el Consejo Ciudadano de Observadores del Proceso Constituyente, Patricio Zapata Larraín, presidente (262ª), Héctor Mery (259ª) y Francisco Soto (259ª), consejeros, y los profesores de derecho: Manuel Nuñez Poblete (291ª), por la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, y Fernando Atria Lemaitre (291ª), por la Universidad de Chile.

Además informó que durante la mañana sostuvo una reunión con los Presidentes de ambas Cámaras y el Presidente de la Comisión de Constitución del Senado donde se acordó tratar de combinar esfuerzos entre ambas Cámaras puesto que el Senado también tiene su propio proyecto de procedimiento de reforma a la Constitución pero dado que la Cámara de Diputados pretende avanzar sobre la base de este proyecto que ya fue aprobado en general se resolvió no tramitar un proyecto en paralelo y esperar que la Cámara lo despache en el mes de noviembre.

Recordó que hay diversas propuestas e indicaciones y propuso que la Comisión debata respecto de qué es lo que se busca ya que existen diversos puntos que tener a la vista, pues el proyecto de reforma constitucional que modifica el capítulo XV de la Constitución requiere dos tercios de los diputados y senadores en ejercicio para su aprobación lo que obliga a llegar a acuerdos y manifestó que esperaba que fuera la Comisión la que arribara a éstos.

Añadió que hay diversas propuestas respecto de plebiscito de "entrada"[6] en que se consulta sobre la voluntad de reformar la Constitución difiriendo cuál va a ser el mecanismo mediante el cual ello se va a realizar o bien consultando en el mismo plebiscito cual será la sede para conocer de la nueva Constitución.

Otra opción es tener un plebiscito de "salida" iniciando el proceso a través de la reforma constitucional y establecer en la ley orgánica las características de la Convención Constitucional o Asamblea Constituyente, si estará integrada solo por delegados elegidos especialmente al efecto o además por un número determinado de parlamentarios o por todo el Congreso Nacional, que elabore un nuevo texto y que luego la ciudadanía lo apruebe o rechace.

El diputado Boric destacó que más allá de los proyectos ya presentados es necesario dar una señal clara de que el Congreso está abierto a tener la discusión sobre el tema constituyente y no solo al interior con quienes hoy son parlamentarios sino que también con el pueblo de Chile y para ello es necesario ampliar la participación más allá de los límites del Congreso y de las instituciones que hoy tenemos.

Valoró la disposición que han tenido la mayoría de las fuerzas políticas a discutir sobre una nueva Constitución y sobre un plebiscito.

Propuso que más allá de quiénes han firmado los proyectos, no se refundan todos porque ello requiere acuerdo de la Sala y es más engorroso, y en cambio planteó que mediante una indicación a alguno de los proyectos se acuerde tener un plebiscito de "entrada" que consulte respecto de si se quiere o no una nueva Constitución y en caso afirmativo cuál es el mecanismo, y uno de "salida" que ratifique la nueva Constitución a la que llegue el organismo que nos demos, sin desgastarse en la Comisión en ponerse de acuerdo respecto de cuál es ese mecanismo, sino que eso lo decida el pueblo y será objeto de una ley posterior.

Instó a que la señal inmediata que se dé es que se está abierto a dar la discusión de manera pública, incluso aprobando hoy en general el que exista un plebiscito de entrada cuya pregunta sea "¿Quiere usted una nueva Constitución?", y en caso de que la respuesta sea afirmativa "¿Cuál cree que es el mejor mecanismo? Convención Constituyente, Comisión de Expertos, Asamblea Constituyente, etc."

El diputado Díaz adhirió a lo señalado por su predecesor y precisó que los dos proyectos de la tabla son complejos y de difícil tramitación pues no todos están de acuerdo en la Asamblea Constituyente, por ende, se entiende que se está tratando este proyecto dado el contexto nacional y porque no hay ningún cauce institucional, democrático y participativo que garantice a la ciudadanía movilizada que sus demandas van a ser recogidas y procesadas por el sistema político.

Acotó que prefiere la fórmula que plantea el diputado Boric con un plebiscito de entrada y que mandate a una ley orgánica que regule el mecanismo en caso que la respuesta sea afirmativa.

Propuso que una buena alternativa más simple es dictar una norma que amplía la convocatoria a plebiscito por iniciativa del Ejecutivo o de una mayoría calificada del Congreso como cauce para conducir la demanda de la ciudadanía de ser escuchada.

Frente a la propuesta del Ejecutivo de realizar cabildos en todo el país afirmó que nuevamente podrían levantarse problemas respecto de su transparencia y legitimidad, lo que ya se vivió con los encuentros locales auto convocados del gobierno de Michelle Bachelet.

El diputado Coloma señaló que no era partidario de aprobar una Asamblea Constituyente y pidió que además se clarifique cuál proyecto es el que se pretende tramitar, pues si se trata del proyecto de ley que presentó la ex Presidenta Bachelet no tendría ningún sentido volver a aprobarlo en general pues ya está aprobado en esos términos. Por su parte, antes de evaluar si se fusionan o no hay que tener presente que los proyectos están en distinta etapa por lo que ello no se podría llevar a cabo.

Agregó que la pregunta “Sí o No” a una nueva Constitución resulta engañosa, pues es necesario tener alguna noción respecto de qué va a incluir para poder comparar una cosa con la otra, y de otro modo solo se está vendiendo un sueño de que una Constitución va a venir a salvar algo que no sabemos qué es y aseveró que hay constituciones que establecen las cosas más diversas y prometen cosas que no porque estén en el texto se cumplen. Es fácil imaginar la cantidad de promesas que van a haber en una nueva constitución y pero también la cantidad de desilusiones que van a haber una vez que haya un texto.

Instó a que si se quiere avanzar se diga expresamente que tiene que haber un texto sobre el cual se plebiscitará.

El diputado Soto, don Leonardo, comentó que, a su juicio, lo que está sucediendo en el país tiene su origen en una crisis profunda de nuestra institucionalidad democrática y no dice relación con ahorrarse 30 pesos en el pasaje del transporte público o congelar el alza de la electricidad. Lo que ocurre de fondo es que la gente no tiene ninguna confianza en las instituciones públicas democráticas y el país se encuentra en una crisis terminal de la legitimidad política de sus instituciones.

Puntualizó que la oposición ha venido presentando en cada elección la demanda de nueva Constitución puesto que gran parte de los problemas que tiene nuestro país de convivencia democrática y parálisis en cuanto a cambios profundos tienen que ver con una Constitución que no une ni abre espacio a los chilenos y se transforma en una camisa de fuerza de una sociedad que cambió y que busca otros niveles de relación y eso se los tiene que dar, en una democracia, una Constitución.

Agregó que siempre se ha dicho que las constituciones elaboran cuando hay crisis, asonadas militares o asonadas de la gente, grandes quiebres institucionales y por ello se negaba el proceso constituyente a Michelle Bachelet, pues bien, hoy día llegó ese quiebre, la gente no está obedeciendo las órdenes naturales en una democracia sino que se rebela ante cualquiera imposición o coerción de parte del Estado porque le niega legitimidad porque todo lo que surge o proviene del gobierno y también del congreso la gente lo percibe como contrario a los intereses generales y más bien como expresión de intereses particulares.

Cualquier solución que no provenga de la misma gente o que no permita la participación de las personas va a ser una solución sólo aparente y si realmente el oficialismo quiere buscar una solución definitiva a lo que ocurre no tiene otra alternativa que buscar que la gente se exprese y en una democracia la gente da su opinión votando y la gente tiene que decidir cómo salimos de este entuerto que el gobierno no tiene ninguna posibilidad de resolver y le ahorraríamos un conjunto de perjuicios a todos los chilenos si realmente nos pusiéramos de acuerdo y dotaremos a nuestra institucionalidad de un instrumento que permita algo que es muy simple, que está en la base una democracia, que la gente dé su opinión.

Agregó que lo anterior es lo que tiene entre manos la Comisión, esto es, cómo se permite que la gente tome una decisión. En ese punto se manifestó partidario de un plebiscito pues la primera decisión debe provenir de la gente, donde además el voto sea obligatorio, y que consulte si se quiere o no una nueva Constitución, y en caso de respuesta afirmativa que se opte entre las diversas alternativas para ello, como comisión bicameral, comisión mixta entre parlamentarios, académicos y personas electas por la ciudadanía o simplemente una comisión constituyente conformada solo por personas elegidas por la ciudadanía o asamblea constituyente. Y, a continuación, tiene que haber una ley orgánica que permita poder materializar esas opciones y obtener una nueva Constitución, proceso que finalmente debe ser cerrado a través de un segundo plebiscito donde con voto obligatorio para aprobarla o rechazarla, con lo que se resolvería el problema de falta de legitimidad del que hoy adolecemos.

El diputado Garín señaló que era necesario distinguir tres cosas, primero la cuestión sobre los plebiscitos, en segundo lugar la cuestión sobre la nueva Constitución y en tercer lugar la relación entre ambas cuestiones.

Explicó que en la historia de la Constitución de 1980 la historia de la aplicación del plebiscito en materias constitucionales es irregular porque el año 80 hay un plebiscito del todo irregular, luego otro el año 89 mediante el cual se aprueba el paquete de reformas constitucionales que le dan pie la transición y, curiosamente, el 2005 en democracia se aprueba el último paquete de reformas.

Señaló que lo interesante de lo anterior es que es en la etapa autoritaria de nuestra historia cuando se ocupa el plebiscito e instó a mirar la complejidad de nuestra propia práctica política porque si fuera un hecho que siempre se plebiscita la salida, el 2005 se debió haber sometido la reforma a plebiscito y el texto actual quizás tendría otra legitimidad.

Planteó que desde el punto de vista de la historia constitucional del país solo se observa un oscuro panorama pues el año 1925 la Constitución se redacta en un quiebre político que termina con el presidente en Italia y vuelve en 1932 en un gobierno más bien autoritario que democrático que termina con la matanza del seguro obrero, y antes, en 1833, después de la batalla de Lircay se decide hacer una nueva constitución y se nombra al Ministro Portales y se trae al Fiscal de la Corte Suprema, don Mariano Engaña a redactar la Constitución. De lo anterior se colige que los procedimientos que utilizamos para redactar al menos las constituciones que han tenido mayor vigencia, son cuestionables y, por ende, lo que estamos haciendo en esta discusión, que va más allá de estas últimas dos semanas, es una cuestión que ha convivido en la historia nacional permanentemente, esto es, la violencia con la cual han sido impuestos los textos constitucionales al pueblo de Chile.

Agregó que el instrumento más democrático del que dispone el derecho constitucional son los plebiscitos y los referendos de los que algunos países hacen amplio uso, e invitó a los diputados de derecha a tener presente que también pueden ganar ese plebiscito de entrada pero hay que abrirse a la idea de que esto tiene que tener una salida institucional distinta a la que ha tenido Chile antes.

Aseveró que el camino más democrático desde el punto de vista teórico sería un plebiscito de entrada y salida, y propuso que viendo el calendario electoral chileno sea octubre del año 2020 el hito donde se pueda votar, sea para encausar el proceso de una asamblea o el proceso de un plebiscito.

Finalmente, señaló que los estados de excepción son una práctica en Chile que ha traído nuestros peores fantasmas, por ende, instó a que sean configurados democráticamente en el nuevo texto constitucional con estándares del estado de derecho moderno.

El diputado Gutiérrez señaló que lo que la gente grita en las marchas, además de sus legítimas demandas, es que el Parlamento no está en condiciones y no tiene las capacidades para darle una solución a la problemática que ellos están sufriendo y reclama que quiere una nueva constitución política.

Dado lo anterior, es importante conocer si desde acá vamos a intentar hacer nuestro mejor esfuerzo de darle una solución a lo que la gente nos está exigiendo, a lo que ellos ven como el centro de la injusticia que es una constitución heredada de una dictadura.

Recordó que la ex Presidenta Bachelet dejó planteado un proceso constituyente e incluso una reforma al título XV de la CPR y un proyecto de nueva Constitución que salió producto de una serie de cabildos auto convocados y la Comisión está convocada hoy a discutir una de esas reformas, la reforma constitucional que “Modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República”, boletín N° 11.173-07 que ya se votó en general y está en votación en particular. Preguntó al Ejecutivo si lo va a retirar o no porque es importante saber cuál es la voluntad del Ejecutivo con respecto a este proyecto porque es el que puede permitir hacer el esfuerzo colectivo de todos los integrantes de esta comisión de buscarle una salida a la problemática que hoy reclama la gente.

Precisó que ese proyecto por los mismos últimos acontecimientos ha quedado desfasado, pero el parlamento tiene el de retomar ese proceso constituyente e intentar hacer un esfuerzo por mejorarlo y esa puede ser una buena respuesta para solucionar este pregunta pues la respuesta definitiva respecto de si hay que cambiar o no la Constitución debe darla el pueblo.

Agregó que la propuesta de la Presidenta Bachelet tiene problema, pues tiene un plebiscito de “salida” pero no uno de “entrada” y propuso incorporarlo pues permite que el pueblo responda si quiere o no mantener la Constitución.

En concreto, a su juicio hay que retomar el proyecto de reforma constitucional de la ex Presidenta Bachelet al título XV, y mejorarlo, para lo cual anunció que presentaría una indicación que convoque a un plebiscito para que se resuelva si la gente quiere o no una nueva Constitución, y los que respondan afirmativamente que indiquen cual es el mecanismo por el que quieren que esta nueva Constitución se haga, esto es, Congreso Pleno o Asamblea Constituyente, y que las consecuencias de cada una de esas respuestas esté resuelta en la ley de antemano con plazos y procedimientos.

Explicó que la indicación propuesta incluye también inhabilidades en el caso eventual de que se opte por Asamblea Constituyente de modo que no puedan participar en ésta ni parlamentarios ni jueces ni los ministros del Tribunal Constitucional y considera plazos para convocar por el Congreso un plebiscito a más tardar el 15 de diciembre del 2019.

Finalmente comentó que su propuesta deja de manifiesto que lo que se busca es una salida institucional, democrática y participativa y estimó que están las condiciones para que el parlamento se ponga de acuerdo para resolver esto de la mejor manera. Invitó a la Comisión a dar una respuesta ahora a este problema, con rapidez.

El diputado Alessandri propuso que la Comisión escuche expertos constitucionalistas de todos los sectores, tal y como se ha hecho en otros proyectos.

El diputado Gutiérrez explicó que este proyecto se votó en general después de escuchar a varios constitucionalistas pero precisó que entendía que varios de los miembros de la Comisión no estaban presentes en ese período.

El diputado Saffirio señaló que los argumentos que hacen razonable pensar en una nueva constitución están sobre la mesa y han sido reiterados en distintos foros y reuniones y afirmó que esta es una transferencia que debe hacerse a los ciudadanos para que tomen la decisión final y poder lograr aquello que tanto ha costado durante décadas que es poder contar con un texto constitucional que sea el piso sobre el cual se construye la sociedad chilena.

Agregó que hoy todos los sectores y todos los actores políticos tienen una preciosa oportunidad para poder dar respuesta coherente, democrática y participativa a la ciudadanía que ha hablado fuerte y claro, y desde el punto de vista de la técnica legislativa, estimó que aprovechar el proyecto ya aprobado en general para allí presentar una indicación sustitutiva puede disminuir bastante los tiempos de discusión y dar una señal hacia la ciudadanía en el sentido de que hay voluntad expresa de avanzar en este tema.

Finalmente expresó que todos tienen derecho a tener una opinión respecto de este tema y que respeta absolutamente la opinión del diputado Coloma de sostener que considera que esta es una Constitución que debe conservarse tal cual y es responsabilidad de todos permitir que esa opinión sea considerada y respetada, y sugirió que se escuche durante el debate parlamentario también a representantes de la sociedad civil y facultar al presidente de la Comisión para que pueda proponga algunos invitados dirigentes sociales de distintas posiciones, lo más plural posible.

El diputado Díaz se opuso a que se inviten constitucionalistas porque ese debate se agotó pues asistieron de todos los sectores a pronunciarse al respecto.

Por su parte, respecto de lo planteado por el diputado Coloma, precisó que precisamente eso es lo que no puede ocurrir, no se puede decir de antemano cuál es la constitución que va a aprobar la asamblea constituyente o el mecanismo que finalmente se resuelva, pero es de toda lógica que nadie va a suprimir la existencia de tres poderes independientes del Estado o el capítulo del Ministerio Público por ejemplo, el único límite son los tratados internacionales ratificados y que se encuentren vigentes.

Desde el punto de vista formal, discrepó del diputado Gutiérrez pues prefiere que los proyectos se traten por separado y que el proyecto que modifica la Carta Fundamental en materia de plebiscitos y establece un procedimiento para la elaboración y aprobación de una nueva Constitución Política, Boletín 12630-07, sea puesto en votación ya que es una vía de solución a una crisis política muy profunda pues permite convocar a plebiscito para otras materias por decisión del Ejecutivo o por acuerdo del Congreso.

La diputada Orsini acotó que dado el estado del proyecto de reforma constitucional que “Modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República” (boletín N°11.173-07), aprobado en general e iniciada la votación particular, reglamentariamente no procede recibir invitados.

Por su parte, instó a avanzar rápidamente sobre la base de ese mismo proyecto dado su estado de avance, y que se acuerde una indicación sustitutiva para que el proyecto pueda ser aprobado y despachado lo antes posible.

El diputado Walker (Presidente) reiteró que hoy, junto con el Presidente de la Cámara de Diputados, se comprometieron institucionalmente a despachar de la Cámara de Diputados este proyecto en el mes de noviembre y eso tiene que ver con el sentido de urgencia que pide la ciudadanía y, dado lo anterior, propuso despachar el proyecto la próxima semana, y coincidió en que es absolutamente legítimo que al menos los diputados de esta comisión que no la integraban durante la legislatura anterior quieran tener por lo menos una audiencia para escuchar distintas opiniones.

Por ello propuso que la Comisión se reúna en Santiago el lunes 4 de noviembre en una sesión extendida para escuchar invitados, tanto profesores de derecho constitucional como representantes de la sociedad civil y explicó que el reglamento sí permite para la votación en particular que la Comisión, si lo tiene a bien, escuche opiniones de expertos para los efectos de ilustrar las votaciones particulares.

Reiteró que este proyecto requiere en las salas de la Cámara de Diputados y del Senado dos tercios de los diputados y senadores en ejercicio por ende no basta con aprobarlo en la Comisión y después responsabilizar a la Sala porque no están los votos necesarios. Para que ello no ocurra es necesario tener un debate a la altura de las circunstancias que el momento histórico demanda.

En concreto, respecto de las distintas propuestas, precisó que si bien un plebiscito de entrada si bien es muy deseable para legitimar el proceso puede tener el contrasentido de dilatarlo.

El diputado Díaz manifestó que no tenía inconveniente con la propuesta siempre y cuando se ponga en votación al final de esa sesión los proyectos sobre plebiscito, entre los cuales se encuentra el Boletín 12630-07, que además no requiere de dos tercios de quorum sino de tres quintos porque es una modificación al capítulo relativo al Congreso Nacional.

El diputado Walker (Presidente) precisó que se pueden votar en general esos proyectos.

El diputado Gutiérrez acotó que era pertinente preguntarle al Ejecutivo si va a mantener el proyecto iniciado en Mensaje de reforma constitucional que “Modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República” (boletín N° 11.173-07) y no lo retirará pues ello sería un buen antecedente para seguir adelante con su discusión.

El diputado Soto, don Leonardo, compartió la preocupación del diputado Gutiérrez pues se ha sugerido tener como base el mensaje del Ejecutivo anterior pero siempre va a existir la preocupación de que el actual Ejecutivo en algún momento lo retire.

Propuso que también se avance con las mociones para que siempre entreguen el soporte para poder seguir legislando, pero para ello es necesario votarlas en general para que estén en la misma condición que el mensaje, lo que se podría hacer el día lunes al término de la sesión.

El diputado Coloma requirió que se respeten las urgencias del Ejecutivo.

Sesión N° 154, de 4 de noviembre de 2019.

El señor Walker (Presidente) dio la bienvenida a los invitados y aclaró que las intervenciones son respecto de los boletines en tabla, referidos al mecanismo de reforma constitucional para establecer una nueva constitución política. Para escuchar a los profesores invitados, propuso otorgar 10 minutos a cada uno, luego una ronda de preguntas de los integrantes de la Comisión de un minuto, limitado estrictamente a aclarar dudas y no a fundamentar posiciones respecto de los proyectos.

- Se acuerda.

Señor Víctor Manuel Avilés, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Chile.

Dejó a disposición de la Comisión una minuta a través de la cual realiza un análisis de los proyectos en tabla y centró su exposición en los aspectos que a continuación se indican.

En términos amplios señaló que el poder constituyente actúa con carácter originario, básicamente fuera del derecho. Allí donde hay una regulación, no hay poder constituyente originario. La pregunta es que si el Congreso tiene la facultad de realizar una reforma al capítulo XV de la Constitución y devolver el poder constituyente originario a la ciudadanía.

Señaló que la Constitución española contempla la opción de reemplazo total al texto constitución, pero al mismo tiempo disuelven las Cortes[7]. Eso refleja que de alguna manera es difícil compatibilizar la idea de llamar al poder constituyente originario por parte del poder constituyente derivado.

Respecto de los proyectos en debate, realizó una agrupación de los temas que tratan los proyectos en tabla. Así, hay algunos en que la opción plebiscitaria es activada por la ciudadanía y otros por el propio Congreso. Una segunda clasificación es aquella en que hay proyectos que establecen mecanismos de reforma parcial al capítulo XV y otros que establecen un reemplazo total de la Constitución actualmente vigente. Respecto de aquellos proyectos que permiten convocar a la Asamblea Constituyente por la iniciativa de al menos quinientas mil firmas acreditadas por los ciudadanos (Boletín N°7792-07 y Boletín N°10.193-07, que requiere de doscientas mil firmas) y que además, plantean que para la aprobación del nuevo texto constitucional se requerirá de la mayoría absoluta de los sufragios válidamente emitidos, expresó que no era posible fosilizar una cifra o guarismo en la constitución sin contemplar necesariamente una referencia al padrón electoral, como es el caso de Ecuador y Venezuela que hacen dicha referencia expresamente.

Luego, expresó que en derecho comparado establecen una combinación de altos quorum en el Congreso y luego, un referéndum o plebiscito ratificatorio. Citó el caso de Francia[8].

Agregó que de la lectura de los proyectos, es posible imaginar por ejemplo, que en caso de presentarse una Reforma Constitucional que no alcanza el quorum actualmente vigente, pero que en virtud de las modificaciones que citó más arriba, doscientas mil personas que no representan ni el 5% del padrón electoral solicitan el inicio del proceso constituyente que termina aprobándose por mayoría simple. Recalcó que esta hipotética situación no existe en derecho comparado y agregó que lo que le consta de las constituciones que ha podido ver sobre mecanismos de reformas a la Constitución, es que incluso aquellos que contemplan una Asamblea Constituyente, ésta para tomar sus acuerdos debe reunir los 2/3, sin perjuicio que luego haya un plebiscito. Con ello, explicó, se limita el debate a las materias y contenidos esenciales que una Constitución debe tener, como asimismo, se resguarda el derecho de las minorías.

Luego calificó de insuficiente la densidad normativa que se da a la Asamblea Constituyente en los proyectos. Destacó que en Derecho comparado, existe una variedad y variabilidad enorme en cuanto al quórum, procedimiento, atribuciones y competencia. Sobre la conveniencia de un mecanismo constituyente en específico, señaló que un porcentaje muy bajo ha sido llevado a cabo por asambleas constituyentes, siendo esta fórmula especialmente utilizada en Latinoamérica, pero no en países con democracia estable. Indicó que en razón de lo expuesto, la asamblea constituyente no deja de ser un mero slogan sino se indica cuántos integrantes, cómo se elegirán, cuánto durarán en el cargo.

Finalmente propuso una fórmula que calificó de simple, esto es, establecer una norma transitoria mediante la cual se fije un periodo en el que se reciba la opinión de la ciudadanía y que contemple una segunda etapa que sintetice dicha información más la participación del Congreso, con los quorum actualmente existentes y finalmente ese resultado sea sujeto a un plebiscito. Dicho mecanismo, concluyó, no afectaría al Congreso, sino que aprovecharía su trabajo y canalizaría la voluntad soberana.

No hubo preguntas al profesor Avilés.

José Pérez Presidente de la ANEF

Expresó que en cuanto asociación es importante dar su opinión sobre los proyectos de reforma constitucional que modifican el capítulo XV de la Constitución, en el sentido de expresar su acuerdo con que sea la ciudadanía quien se pronuncie sobre la nueva mediante plebiscito vinculante. Sobre el mecanismo idóneo para dar curso al proceso constituyente que el país reclama mediante las manifestaciones, expresó que forma parte de la Mesa por la Unidad Social compuesta por más de 130 entidades gremiales que han realizado reuniones y cabildos a lo largo de Chile.

Señaló que para la ANEF el mecanismo más idóneo y representativo del conjunto de la sociedad es la asamblea constituyente que establezca una nueva constitución que permita superar el sistema neoliberal fuente de la actual crisis y que permitirá llegar a un nuevo pacto social, democrático y respetuoso de los derechos humanos que haga al ciudadano protagonista del quehacer político.

Puntos centrales que debiera contemplar la nueva constitución en el ámbito sindical: la aplicación del Convenio 151 de la OIT, sobre La Protección del Derecho de Sindicación y los Procedimientos para Determinar las Condiciones de Empleo en la Administración Pública, con el objeto de consagrar efectivamente el derecho a negociación colectiva y el derecho a huelga respecto de los funcionarios públicos.

Del mismo modo, recalcó la importancia de aprobar la aplicación de la tutela laboral respecto de todos los funcionarios públicos, actualmente en tramitación (Boletín N°12.322-13, primer trámite constitucional, actualmente en segundo informe reglamentario). En relación a este último punto, llamó la atención respecto de la prevención y sanción del acoso y hostigamiento laboral y el acoso sexual, como asimismo, de las prácticas antisindicales, puesto que permitirá un mejor resguardo de la integridad física y psíquica de los dirigentes gremiales y sindicales del sector público.

El señor Saffirio preguntó si los conceptos que ha transmitido han sido socializados. Por su parte, el señor Gutiérrez consultó si han sido tema de discusión en los cabildos que ellos han realizado. Finalmente, el señor Hirsch consultó si se ha tenido este debate al seno de la Asociación.

El señor Pérez respondió que ha habido conversación y lo que se ha expresado ha sido debatido durante hace mucho tiempo. Agregó que hay un espacio para el debate en esta Mesa, respecto de los cabildos.

Claudia Sarmiento Ramírez, profesora de Derecho Constitucional.

Expresó que la inquietante y desestabilizadora movilización de los últimos días es difícil de asir, dado su carácter inorgánico, carencia de líderes con quienes establecer un debate, donde no hay agenda clara lo que redunda en que el petitorio se vuelve difuso. No obstante esto último, expresó que es posible identificar ciertos puntos comunes. En efecto, quienes participan de las manifestaciones lo hacen por una sensación de hastío y escozor por las condiciones sociales en que viven: pensiones cuyos montos son paupérrimos, costos y calidad de la salud, calidad de educación y segmentación social que ésta propicia, el monto de los sueldos. Todo lo anterior implica una precarización de sus condiciones de vida. Luego, esta manifestación también expresa una profunda desconfianza de la clase política, a la que se identifica como la causante de dichas condiciones y en quienes ven, además, como tributarios de privilegios que los blinda frente a las vicisitudes que la sociedad debe enfrentar diariamente.

Explicó que estas circunstancias se engloban dentro del concepto de Justicia Social. La pregunta que se debe responder es si el juego de reglas que establece la CPR del 80 es capaz de ofrecer un marco normativo que permita al sistema político dar respuesta a las demandas de justicia social. Agregó que a su juicio, esa respuesta es negativa.

Una definición toral de Justicia Social es la que ofrece el liberalismo igualitario de John Rawls quien en su Teoría de Justicia indica que es aquella que atiende a la justa repartición de los beneficios de la cooperación social la que debe ser complementada con la demandas de reconocimiento como las que plantean Nancy Fraser o Chantal Mouffe, entre otros.

La propuesta que realizó fue la de realizar un reconocimiento de reivindicar las identidades de quienes han sido excluidos de los procesos deliberativos y de los procesos representativos y culturales de la toma de decisión: mujeres, indígenas, migrantes, afrodescendientes, comunidades LGTBI, todos ellos, quienes no han sido considerados como actores del debate destinado a resolver los conflictos y problemas que les afectan.

Señaló que nuestra CPR no facilita la justicia social porque entre otras taras, no garantiza los derechos sociales. El diseño de la Constitución del 80 asegura constitucionalmente a los privados la provisión de los derechos sociales a la salud, la educación y la seguridad social. Explicó que cuando dice “asegura” es reconocerles un derecho fundamental a las personas naturales y jurídicas para que lo hagan. Todo ello, debe compatibilizarse con la regulación hasta la saciedad del derecho a la propiedad, colocando al nivel de derecho fundamental, la garantía de un modelo económico extractivo, donde el rol regulador del Estado es mínimo. De facto, la garantía de limitación de los derechos respetando su esencia, ha hecho que el potencial regulador del Estado, esté entregado a los vaivenes de integración del Tribunal Constitucional.

La Constitución del 80 limita la posibilidad de la actividad económica del Estado a una Ley de quorum calificado, lo que redunda en que los altos grados de consenso que deben conseguirse para ello, paralizan su posibilidad de actuar efectivamente. Aclaró que no tiene reproche moral cuando un privado o particular ejerce una actividad económica para razonablemente obtener un provecho económico, la dificultad estriba cuando dicha actividad es propia del ejercicio de los derechos sociales, teniendo en cuenta lo poco y nada que puede hacer el Estado para regularla. No habla de lo legal o de lo constitucional, sino de lo moralmente reprochable. Planteó: ¿es moralmente reprochable que una ISAPRE lucre con la salud si para ésta de una actividad económica más?

Luego, expresó que nuestra Constitución Política mira con recelo la participación política y ofrece un lugar privilegiado para los grupos intermedios pero estos se oponen a los partidos políticos. A su vez, los partidos políticos y su actuar se encuentran brutalmente encapsulados. La política como actividad fundamental del quehacer humano, se limita al espacio del acceso al poder y la respuesta que se articula es de una estructura distinta a la labor de sindicatos y centros de pensamiento. No es de extrañar entonces que la ciudadanía se sienta ajena y distante a la clase política pues nuestro propio diseño institucional así lo propone. Tampoco debiera parecer curioso por ejemplo, que las demandas del movimiento feminista confundan a muchos, puesto que es una demanda profundamente política que no proviene del sistema político ni del sistema de los partidos.

Señaló que fuera de los ejemplos citados sobre limitaciones de nuestra Constitución, hay otros más porque la Constitución del 80 es un texto anclado en la guerra fría donde quienes se impusieron por las armas y no por las armas plasmaron una visión de cómo se quería construir Chile en los siguientes 30 años. Por eso, tanto por su origen ilegítimo pero por sobre todo por las soluciones que nos ofrece, es una Constitución que ha quedado obsoleta y es profundamente divisiva.

Luego señaló que había que preguntarse si honestamente las reglas que establece la Constitución permiten crear políticas públicas que establezcan por ejemplo, un sistema de pensiones mixto, donde haya espacio para solidaridad intergeneracional, intergeneracional e intragénero y que mantenga un porcentaje de capitalización individual o que propendan a la construcción de ciudades y viviendas integradas más justas o proveer un sistema de salud de calidad. Instó a reflexionar sobre la respuesta a estas preguntas teniendo los proyectos de ley que han tratado de resolver dichas preguntas y cómo ellos han terminado en el Tribunal Constitucional. Explicó que la Justicia Constitucional es un elemento indispensable y que no debe ser necesariamente juzgada por sus resultados. No obstante, si la Constitución hace primar a través del derecho de propiedad y otras instituciones sustantivas dejándolas fuera del límite de lo debatible, porque los reconoce como derechos fundamentales o como derechos humanos, se generarán respuestas que son incompatibles con la Justicia Social, evidentemente, ha debido ser el Tribunal Constitucional el llamado a reforzar esas reglas.

Señaló que una nueva Constitución que sea debatida de forma amplia en democracia visando la participación de todos los sectores, la cual debe buscarse y promoverse activamente, no solo permitirá tener un juego de reglas que nos permitan salir de este momento. Necesitamos una Constitución que enfrente la crisis hídrica por la que atravesamos, que nos permita apoyar la innovación tecnológica requerida por las industrias, que cuente con un sistema político que no le tema a la diversidad, pero que al mismo tiempo nos ofrezca estabilidad y sin lugar a dudas, necesitamos una Constitución Política que dote al sistema político de mayor legitimidad, necesidad que hoy es palmaria para todos.

El diputado señor Coloma, hizo presente que para algunos es muy cómodo hablar de la Constitución del 80 pero aunque algunas personas lo nieguen, la Constitución vigente en la misma que firmó el ex Presidente Lagos en el año 2005.

El señor Gutiérrez señaló que en todos los catálogos oficiales la Constitución que se plasma y que nos rige es la Constitución del 80. Por lo anterior recomendó al señor Coloma que cuando busque la Constitución actualmente vigente, no busque la Constitución de Lagos de 2005, sino la Constitución del 80.

El diputado señor Soto preguntó a la expositora sobre altos quórum para modificar leyes que son base del modelo actual que para algunos son cerrojos constitucionales y preguntó su opinión sobre dicha afirmación.

La señora Sarmiento respondió que calificar de cerrojos a las leyes de mayoría calificada, depende de quien las está interpretando, pero efectivamente la razón que lleva a consagrar altos quorum es promover grados de consensos superlativos para modificar las materias que éstas regulan. Cuando se fija una norma de alto quorum, esa norma se vuelve en parte indisponible y sale del juego de las mayorías. Agregó que se imagina que en una nueva constitución se debe invertir la cantidad de normas de quorum supra mayoritarios, por cuanto la Constitución no debe ser el obstáculo para el debate político sino solo el marco que la rige.

El señor Gutiérrez consultó a la señora Sarmiento cuál era el mecanismo más expedito para la elaboración de una nueva Constitución.

La señora Sarmiento señaló que porque algo se haga rápido no significa que sea bueno. Expresó que esperaría que la nueva Constitución asentara las bases para el crecimiento social y económico sostenible en los próximos 50 años, por lo tanto, su opinión sobre el mecanismo que puede ser más rápido no es la misma que aquella frente a la opción que le parece más pertinente. Agregó que un criterio razonable sería una instancia cuya duración fuese un periodo electoral, como tope y cómo mínimo un año porque la deliberación supone capacidad de escuchar a los diversos actores. Cree que además se debe integrar un mecanismo que dote de legitimidad a aquellos encargados de elaborar la nueva constitución, con metodología de diálogo que permitan canalizar los debates que existen. En lo personal, se declaró partidaria de una Asamblea Constituyente, elegida por sufragio universal y que sus resultados finales sean visados mediante un plebiscito.

Alan Bronffman, profesor de derecho constitucional de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.

Expuso lo siguiente:

“1.- Intentaré ser breve la expresa petición de la Comisión atendido el número de invitados a la sesión de hoy. Para ello reduciré el comentario de las reformas propuestas, que alcanzan en el documento adjuntado a más de doscientas páginas, a unas pocas reflexiones sobre aspectos que entiendo de mayor relevancia en relación con la función representativa y el órgano representativo que es el Congreso Nacional. Lo anterior no impide reconocer que las iniciativas refundidas contienen un conjunto de propuestas interesantes y que merecen una consideración detenida y particular en su propio contexto (reforma sobre derechos sociales, sobre el cargo de parlamentario, administración de justicia, consejo de la magistratura, elección de ministros del Tribunal Constitucional, jueces de paz, mandato del Contralor General de la República, entre otras).

2. Contexto de las reformas. En una mirada general, el buen funcionamiento de la democracia representativa, forzosamente, se estructura sobre la base de tres elementos: órganos representativos, función representativa y los representados o ciudadanos. La historia y la experiencia comparada demuestra que cualquiera de estos tres elementos puede adolecer de problemas que afecten de modo grave el funcionamiento de la democracia y que ciertas deficiencias son difíciles de resolver desde el elemento equivocado (por ejemplo, intentar reformar o fortalecer los órganos representativos sin que existan ciudadanos). Entiendo que antes de actuar frente a problemas urgentes de la democracia, es menester identificar sobre cuál de los tres elementos es prioritario actuar y de qué modo.

Entiendo que hay un problema importante con la función representativa y de allí que se proponga un mecanismo de democracia directa y que también hay un problema con el órgano representativo y de allí que se proponga sustituirlo en su función (total o parcialmente) por una asamblea constituyente para la configuración de un nuevo orden constitucional.

3. Dejo de lado toda consideración acerca del diagnóstico que sustenta la propuesta de reforma constitucional y el camino trazado para solucionar los problemas detectados, y me concentro sólo en cuestiones que juzgo fundamentales para hacer operativas las propuestas planteadas en relación con el plebiscito y la asamblea constituyente.

4. Los órganos representativos propios de la democracia contemporánea, creo, no son sustituibles o reemplazables por mecanismos de democracia directa. Más tarde o más temprano, los representantes y los órganos representativos deben adoptar las decisiones de gobierno necesarias para enfrentar los problemas que la sociedad quiere resolver.

5. El plebiscito puede, en el mejor de los casos, aportar legitimidad y servir de insumo básico para una decisión política concreta, pero su contenido no sustituye la labor de construcción de la decisión política propia de los órganos representativos.

6. Lo anterior no impide reconocer que en determinadas coyunturas y circunstancias políticas, plebiscitos y asambleas constituyentes pueden ser una buena respuesta para asentar un nuevo régimen político y constitucional. En situaciones de independencia o emancipación de un territorioy su pueblo, o del fin de un régimen autoritario y configuración de un nuevo régimen democrático pueden ser una buena alternativa (Brasil 1988, Colombia 1991, España 1978, Ucrania 1994, etc.). Con todo el éxito del mecanismo depende del consenso sobre un diagnóstico compartido y consenso sobre el remedio o solución frente a dicho diagnóstico. Si el diagnóstico es autoritarismo y la respuesta es régimen democrático, el plebiscito o la asamblea constituyente pueden funcionar bien. Si el diagnóstico es colonialismo o centralismo y el remedio es independencia, el plebiscito o la asamblea constituyente también podrían funcionar bien. Por el contrario, creo que si no hay consenso sobre el diagnóstico del problema político y social y su solución, las posibilidades de éxito del mecanismo plebiscito o de la asamblea constituyente disminuyen o desaparecen.

7. Los órganos representativos tienen que aportar consenso a cualquier consulta democrática, sea en su formulación, sea en la interpretación de su resultado, o bien en su implementación. Si no hay consenso desde los órganos políticos representativos, es difícil que la respuesta social expresada en un plebiscito o en la elección de una asamblea constituyente sea clara y significativa, y por lo mismo, el problema sustantivo que se quiere resolver seguirá sin resolver. La legitimidad democrática perseguida es esquiva si los órganos políticos no exhiben unión y consenso en el planteamiento de la cuestión sometida a un procedimiento democrático directo o a un órgano de mandato popular especial.

8. Formulo algunas observaciones sobre los plebiscitos a propósito de lo señalado en las iniciativas de reforma propuestas. Todo plebiscito debe plantearse a la ciudadanía como una pregunta con opciones de respuesta claras y, por lo común, disyuntivas o binarias. Esta exigencia democrática, obvia y sencilla, reduce el potencial del instrumento a su capacidad de adaptarse a una formulación binaria, lo que obliga a construir una respuesta política simple a problemas políticos complejos. En el caso de un plebiscito de aprobación o rechazo a un texto constitucional, la pregunta será respecto de un cuerpo normativo en bloque, sin posibilidad de mezclar o combinar contenidos propuestos. La Constitución de 1925, por ejemplo, se propuso como un bloque, la cédula de color rojo (la alternativa, titulada “Fórmula disidente”, cédula azul, se divulgó como una variante del texto rojo con modificaciones en cuatro artículos, sin texto refundido).

9. Frente a este problema básico de los plebiscitos se han levantado algunas respuestas. Esbozo dos:

a) Generar procedimientos e instancias de debate político y eventualmente jurídico, de la pregunta que será objeto del plebiscito. La pregunta no puede generar ningún tipo de interpretación ambigua y debe poder ser respondida con una afirmación o una negación. La pregunta, además, no puede ser demasiado extensa, ni es recomendable que utilice lenguaje técnico. De ordinario, la regulación de los plebiscitos fija una serie de restricciones sobre materias que no pueden ser objeto de consulta popular (por ejemplo, asuntos de defensa, relaciones internaciones, tributos, gasto público, amnistía, indulto, etc.).

En EEUU, (con experiencia en cerca mil ochocientas consultas populares formuladas en el nivel estadual) la regla general es que la pregunta plebiscitada sólo contiene un punto (nunca pluritemático). Lo anterior, por supuesto, no dice relación con la posibilidad de unir varias consultas populares en un mismo proceso electoral (lo que se hace junto con elecciones parlamentarias). La redacción de la pregunta, dependiendo del estado, una vez admitido el plebiscito, corresponde a funcionarios del Poder Ejecutivo (por ejemplo: un secretario de estado, el fiscal general, el vice gobernador). Pocos estados permiten que la pregunta provenga de los proponentes del plebiscito. Muchas veces, si hay duda acerca de la forma o contenido de la pregunta y su cumplimiento de los requisitos constitucionales, la cuestión termina en tribunales y extiende el tiempo total de duración del procedimiento.

b) Otra es fijar la pregunta y desarrollar sus principales consecuencias. Adjunto ejemplo, de un referéndum italiano de 2011 para la derogación parcial de nuevas centrales para la producción de energía nuclear (formulado junto a otras tres preguntas) Este referéndum fue aprobado con 54% de votantes y se requería para su validez de la mayoría de votantes. La exigencia de mayoría absoluta del padrón de votantes es común en el derecho comparado y, por supuesto, genera muchas consultas sin validez. De allí que los órganos convocantes de una consulta recurran a diversas estrategias para lograr el cumplimiento del mínimo de votantes exigido para la validez (por ejemplo, reunir varias consultas plebiscitarias en un mismo procedimiento, unirlas a la elección de cargos de votación popular, etc.). Por cierto que puede rebajarse dicha medida de votación mínima, pero esto repercute negativamente en uno de los principales propósitos de la democracia directa, su fuerza como legitimación democrática.

10. Como sea, los órganos políticos son los encargados de interpretar y aplicar los resultados del plebiscito, y esto no es tarea fácil como lo demuestra el debate en Westminster sobre la salida de la Unión Europea del Reino Unido.

Para facilitar esta tarea de interpretación y aplicación, la regulación constitucional propuesta, creo, es insuficiente. Al menos debiesen incluirse algunas limitaciones para la materia de convocatoria a plebiscitos como las existentes en Italia o Suiza y un procedimiento para asegurar la aptitud de la pregunta formulada a la ciudadanía.

11. Otra cuestión que merece análisis es el riesgo de rigidez asociado a las consultas populares. Si bien es evidente que la respuesta plebiscitaria vincula a los órganos representativos, no es tan sencillo esclarecer hasta dónde llega dicha obligatoriedad y hasta cuándo ella permanece vigente. En nuestro ordenamiento jurídico, por ejemplo, el rechazo popular de una propuesta de modificación del plan regulador ¿impide iniciar un nuevo proyecto de reforma de dicho plan regulador dos o tres años después? ¿y si el proyecto de reforma del plan regulador tiene algunos elementos del proyecto rechazado y otros nuevos?.

Observo las mismas preguntas en un proceso de reforma constitucional: si la propuesta de nueva constitución es rechazada o si no obtuviese quórum para configurar un procedimiento válido ¿puede re iniciarse vía moción o mensaje como reforma ordinaria con los mismos contenidos?.

Entiendo, entonces, que los plebiscitos pueden añadir rigidez al proceso político e incluso afectar la legitimidad de su actuar sin aportar ninguna respuesta válida.

12. Asimismo, juzgo interesante preguntarse si los mecanismos de democracia directa ensanchan o no la democracia. En los países en que existe iniciativa popular para formular plebiscitos, la construcción de la propuesta, las barreras que el proceso genera no son distintas a las de otros procesos eleccionarios. Es decir, así como el triunfo de una candidatura a un cargo de elección popular, la formación de un nuevo partido político o la creación de un movimiento político con repercusión social exige talento político, organización y recursos, el acceso a la formulación de plebiscitos o consultas populares exige talento, organización y recursos.

En la propuesta, los convocantes pueden ser el Presidente de la República y el Alcalde. Al ser un recurso de gobierno cabe pensar que su utilización corresponderá al interés ratificatorio que se observa en nuestro experiencia política y en la comparada. No se convoca un plebiscito para perderlo. De allí que pueda pensarse que el plebiscito así configurado no operará como un punto de acceso al proceso de gestación de políticas públicas, ni como mecanismo de control de las decisiones de gobierno, ni aumentará la sensibilidad del aparato público ante las demandas sociales.

Con todo, entiendo que los plebiscitos sí podrían cumplir una función relevante en el ámbito local. En esta materia creo que es conveniente estudiar las razones por las que su utilización desde 1999 ha sido tan limitada. Asimismo, debiese revisarse la sentencia de inconstitucionalidad dada por el Tribunal Constitucional respecto de las consultas no vinculantes, para superar las objeciones e incorporarlas a nuestro ordenamiento jurídico.

13. Sobre el procedimiento de reforma propuesto, tal como es presentado, me caben dudas si es viable fijarlo como norma permanente o más bien establecerlo como disposición especial. Si queda como regla permanente es una figura que cabe analizar en el supuesto posterior a la aprobación de una nueva constitución.

14. La opción por tres plebiscitos sucesivos es arriesgada. Por lo pronto, por los quórums mínimos para la validez de cada uno; y en el caso de los plebiscitos dos y tres por la complejidad de las cuestiones a resolver.

En el plebiscito sobre el procedimiento de elaboración de la norma constitucional deja abierta variables fundamentales como es la proporción y representatividad de los constituyentes elegidos. Dichas variables son fundamentales para la opción popular. Desde ya la existencia de tres alternativas genera una posible división de la votación que podría restar legitimidad popular a la respuesta obtenida, legitimidad que es el principal sentido de la consulta popular.

15. El sometimiento de un texto constitucional al voto popular, en nuestra historia, exhibe resultados disímiles. En 1925 sólo recibió el apoyo del 43,03% sufragios (con disenso de partidos mayoritarios). En 1989, la reforma obtuvo el apoyo del 91,25% de los votantes, con el apoyo de un número importante de partidos políticos.

16. Por último, creo que una asamblea constituyente elegida que no sea capaz de generar una mayoría clara y manifiesta en apoyo de un texto constitucional, no aporta legitimidad a una nueva constitución. Dicha legitimidad, estimo, sólo puede provenir del consenso de las principales fuerzas políticas, las que en el presente se encuentran en los órganos representativos.”.

El señor Díaz señaló que es necesario que se abra el proceso constituyente y que si hay marchas no es solo por la falta de legitimidad del sistema político. Agregó que el problema no es la Constitución, sino todo tupido bosque de leyes orgánicas constitucionales que la secundan y que están dentro de la filosofía de Jaime Guzmán. Agregó ello constituye el molde de nuestro sistema. Citó como ejemplo la ley orgánica constitucional de Educación solo pudo ser modificada en el Gobierno anterior porque fue el primer Gobierno desde el retorno a la Democracia que contaba con los 4/7 y luego el TC la declaró inconstitucional. Las cuestiones más básicas que reclama la gente en la calle y destacó el caso de las empresas estatales. Citó el caso de GNL para cuya creación no hubo modificación constitucional alguna, a diferencia de lo que ocurrió con el fondo de infraestructura que sí requirió reforma constitucional. Concluyó que las cuestiones ligadas a la vida diaria de las personas deben ser objeto de reformas constitucionales o de leyes orgánicas constitucionales. Consultó al señor Bronfman y a los otros profesores invitados, sobre el dilema del papel en blanco y los quorum de aprobación de los acuerdos para una nueva Constitución.

El señor Soto preguntó sobre los quórum mínimos de validación de los plebiscitos, especialmente cuando estos son a pregunta múltiple o variable. Agregó tener la impresión que debería ser en Chile del 30%. Luego propuso que los profesores invitados hicieran un pronunciamiento sobre el mecanismo constituyente que el país necesita.

El señor Gutiérrez consultó si el voto obligatorio sería una buena alternativa para asegurar el éxito de un plebiscito y que éste además sea vinculante.

El señor Bronfman expresó que el tema de legitimidad de un nuevo texto es fundamental y en tal sentido, el recurso al plebiscito es un recurso escaso en derecho comparado. Agregó que el éxito de una consulta plebiscitaria está, en el caso de alternativa múltiple, que éstas sean establecidas claramente y cualquiera sea la fórmula, un consenso político detrás de eso. En cuanto a la forma para lograr una buena convocatoria, explicó que en derecho comparado lo que se hace normalmente es tratar de aunar temas. Así es el caso de Italia, que para atraer a distintos segmentos del electorado. Agregó que en el caso de Estados Unidos, se sincronizan a nivel de Estado Federado, las preguntas plebiscitarias con las elecciones, por esa vía también se asegura la participación ciudadana. Señaló que la opción de voto obligatorio podría ser una solución, habida cuenta de las altas tasas de abstención electoral, pero dudó si efectivamente aquello daría legitimidad a todo el proceso constituyente. Finalmente destacó que lo fundamental tras un mecanismo de establecimiento de una nueva Constitución es la representación.

Señora Rocío Lorca, Profesora de Derecho Penal de la Universidad de Chile.

Expresó que su exposición se enfocaría en la definición del tipo de mecanismo que considera el más adecuado para reemplazar la Constitución. Agregó que para ello hará referencia a consideraciones de Justicia y otras de carácter jurídico. Señaló que para ello comenzará con la presentación de los principales mecanismos de cambio constitucional, con el fin de fundar su opción personal que, adelantó es la de un plebiscito habilitante y una Asamblea Constituyente. En segundo lugar, expresó que abordaría la fundamentación de dicha alternativa, en orden a determinar si ésta respetuosa de respetuosa de nuestra institucionalidad vigente.

I.- Sobre los mecanismos de cambio constitucional.

Señaló que el poder legislativo puede actuar como poder constituyente, bajo la fórmula que por ejemplo, fue propuesta durante el Gobierno de la ex Presidenta Bachelet, dependiendo de cómo se defina la composición del Congreso constituyente. Destacó que la virtud de esta primera alternativa, es que sería serían los propios representantes de la ciudadanía quienes llevan el proceso constituyente, no obstante reparó que difícilmente el poder legislativo podría librarse de las cuestiones de la política ordinaria y de las directrices de partidos o equilibrios políticos ya acordados. Pensando en Chile, y más allá de la contingencia sobre la legitimidad del Congreso, le parece que éste último debe dedicarse a legislar de manera permanente. Agregó que si el Congreso se instituye como constituyente podrían verse afectadas la participación y celeridad que ha de tener un cambio de proceso de Constitución.

Expresó que la segunda alternativa es un comité de expertos o una mezcla de expertos y representantes de la ciudadanía que redactarían o acordarían una nueva carta fundamental. Observó que el principal problema de esta opción es el obvio problema de déficit de legitimidad, ya que la idea de un grupo expertos conlleva la idea de una élite que se distancia de lo que ciudadanía actualmente exige. Agregó que los estudios sobre democracia deliberativa indican que los expertos no siempre toman las mejores decisiones que las personas de a pie, cuando a éstas últimas se les permite deliberar de manera informada y debidamente pausada.

Finalmente está la opción de una Asamblea Constituyente que se caracteriza por la conformación de un grupo representativo de la ciudadanía que son electos por sufragio popular con el solo fin de redactar una nueva Constitución. Agregó que la principal diferencia con el grupo de expertos es que más allá de su conformación deberá estar siempre abierta a la ciudadanía, debiendo preverse mecanismo de participación durante la discusión como consultas o plebiscitos.

Expresó que cualquiera sea la fórmula dentro de las variantes que cada una puede tener en el caso concreto, estará en los detalles esto es, que se prevean mecanismos participativos que sean legítimos y con plazos razonables. Explicó que más allá de los problemas de las dos primeras opciones la principal razón para inclinarse por una Asamblea Constituyente, es que ésta permite asegurar la legitimidad del cambio ya que solo en este caso la decisión de nuestra vida en común es devuelta en plenitud a quienes estarán sujetos a la carta fundamental.

Señaló que más allá de las diferencias sobre el mecanismo le parecía crucial que fuese la ciudadanía quien lo determine. La selección del mecanismo entonces, debe determinarse a través de plebiscito conocido en doctrina como plebiscito constituyente o plebiscito habilitante.

Sobre la importancia de abrir el proceso constituyente mediante plebiscito es que si mediante una constitución se determina la forma en que viviremos juntos y juntas, debe hacerse de modo tal que debe ser entendido por la ciudadanía, la conversación de su contenido deberá permitir que quienes se rijan por ella, la puedan comprender en su totalidad.

II.- Sobre la forma en que debe llevarse adelante un plebiscito en Chile

Señaló que jurídicamente para llevar a cabo el establecimiento de una Asamblea Constitucional u otro mecanismo de cambio constitucional deben seguirse los siguientes pasos. En primer lugar, el Congreso deberá despachar una ley que habilite al Presidente de la República para convocar a un plebiscito a través del cual se determine el mecanismo de creación de la nueva constitución. Dicha reforma es necesaria para un plebiscito vinculante. Para lo anterior explicó, debieran modificarse los artículos 15 y 32 de la CPR. Agregó que es fundamental que en dicha reforma se establezca que los detalles de organización de la Asamblea o el mecanismo que resulte electo, sea determinado por ella misma y sus acuerdos deben ser adoptados por mayoría simple. Explicó que los quorum superlativos son poco democráticos y descartó la premisa que éstos sean presentados como garantía de amplios consensos y acuerdos, ya que son precisamente lo contrario. Citando al profesor Atria señaló que éstos permiten la existencia de políticas a pesar de lo que quiere la ciudadanía. En el fondo, son un poder de veto para grupos minoritarios. Señaló que la regla de la mayoría puede no ser perfecta, pero es la mejor regla que tenemos. Lo anterior, es sin perjuicio de las reglas de diseño interno del órgano constituyente que contemplen mecanismos para proteger la voz de la minoría y que requerirá de debate en detalle y reflexión.

El segundo paso si es que la Asamblea Constituyente es aprobada, es llamar a elecciones para elegir a los miembros de la asamblea quienes deberán formular una propuesta de texto constitucional. Durante el debate constituyente es necesario que se contemple participación directa a través de reuniones y consultas. Finalmente, este texto propuesto deberá ser ratificado a través referéndum o plebiscito ratificatorio, para cuya aprobación también debería establecerse una mayoría simple, por las razones ya expresadas.

Finalmente señaló que muchos se cuestionan si un camino como el propuesto es contrario a la CPR, dado que el procedimiento de reforma está ya regulado al capítulo XV y ello implicaría rompería nuestra institucionalidad vigente. Agregó que dicha duda le parece válida, puesto que se debe velar por la estabilidad y continuidad de nuestro ordenamiento institucional. No obstante, considera que ver las cosas de este modo es un error porque la discusión por una nueva constitución nada tiene que ver con las reformas que puede sufrir la Constitución para determinar las condiciones internas para que el proceso constituyente se lleve a cabo. Agregó que no es lo mismo que el ejercicio del poder constituyente, que en términos simples y claros es una conversación sobre cómo queremos vivir y respecto de qué aspectos de vida deben mejorarse. El proceso constituyente consiste en devolverle el poder constituyente a la ciudadanía para pensar la forma en que queremos vivir, el futuro que podemos tener y la forma que queremos ser gobernados. Para poder y tener esa conversación debemos construir un espacio abierto para repensar nuestras instituciones y ello, no es posible con la constitucionalidad vigente. Por último, enfatizó que esta opción no vulnera nuestra institucionalidad vigente si quiere cambiar la Constitución de manera legítima, se debe crear el mecanismo respetando la institucionalidad y cómo se logra aquello es asumir dicha responsabilidad por quienes tienen el poder de reformar la Constitución, el Presidente de la República y Congreso y trabajar en el diseño de ese camino.

El diputado señor Boric respecto del plebiscito habilitante, la discusión constitucional ya está abierta y un plebiscito habilitante podría ensuciar la discusión- Preguntó a la invitada si veía el mismo problema. Si el mecanismo fuese la asamblea constituyente, teme que se parezca demasiado al Congreso Constituyente si es que se utiliza el mismo mecanismo de elección de los parlamentarios. A su parecer, un Congreso Constituyente no sería representativo hoy. Incluso se plantea que los asambleístas sean elegidos por sorteo. En tal sentido, consultó los mecanismos o fórmulas que se podrían establecer para la representatividad de la Asamblea.

El diputado señor Díaz preguntó la opinión de la invitada sobre el quórum y la fórmula de papel en blanco.

La diputada señora Castillo preguntó cuál debería ser una fórmula para que el plebiscito habilitante fuera participativo y cuál debiese ser el quorum. Del mismo modo, preguntó cuál debería la fórmula para que ese sorteo sea representativo

El diputado señor Hirsch preguntó la opinión de la profesora sobre la incorporación de etnias o pueblos originarios respecto etnias y de los reparos que se hacen respecto del plebiscito habilitante.

El señor Walker (Presidente) compartió las dudas anteriores y agregó bajo qué quórum tendría que ser aprobada la reforma a la Constitución.

La señora Márquez, sobre el temor de polarizare el debate sobre plebiscito habilitante expresó que es infundado porque los estudios demuestran que la gente tiende a ser más mucho más razonable de lo que no cree. Agregó que no ve otra salida que abrir el problema constituyente a la gente. La importancia del plebiscito no es que sea política o filosóficamente necesario, sino que es institucionalmente útil. Señaló que no considera que el Congreso tenga el poder constituyente, lo que sí tiene es el poder de reforma a la Constitución y de facilitar los medios para que se el debate constituyente,

Luego, respecto de una asamblea constituyente que no se parezca en su composición al Congreso Nacional, expresó que es un gran trabajo de diseño y eso es lo que precisamente impide que el Congreso sea el encargado además definir el contenido. Instó a mirar experiencias comparadas para la elección de los asambleístas, consideró en todo caso que se deben considerar cuotas y dar cabida a las minorías de modo tal de dar voz a toda la diversidad social. Sobre el sorteo, señaló que el sorteo es una muy buena opción aun cuando sea en una parcialidad, porque implica una obligatoriedad de concurrir al proceso constituyente y que va de la mano del voto obligatorio.

Respecto del quorum reiteró lo dicho en su exposición, mayoría simple, en su opinión la democracia implica mayoría y punto, sin exigencias adicionales. Luego, sobre el papel el blanco, si bien debe ser en blanco, hay una cultura institucional que no implica borrar todo y crear de la nada, sino más bien repensar qué es lo queremos y con qué orientación. Hay una cultura democrática, papel en blanco solo respecto del texto, pero considerando una cierta continuidad constitucional.

Respecto de la pregunta dela señora Castillo, reforma para el plebiscito habilitante se debe seguir con el quorum actual, esto es 3/5 para que haga esta primera reforma y luego en esa reforma los quorum que se establezcan en la reforma, mayoría simple. El señor Hirsch, es complejo referirse al sorteo y su fórmula, pero insta a ver la experiencia comparada. Señaló que sin duda deben existir cuotas para pueblos originarios.

Mario Aguilar, Presidente del Colegio de Profesores

Señaló que su exposición a diferencia de la de los profesores, va desde el sentir ciudadano porque considera que no se trata de un tema jurídico sino netamente político y social. La demanda por Asamblea Constituyente, que es el camino que estima adecuado para una nueva constitución, es parte de la demanda ciudadana. Señaló que lo anterior le consta porque ha participado activamente en las marchas y cabildos. Hizo un llamado a no equivocarse y no dejarse llevar por las encuestas, porque el país hay cambiado profundamente en estos días. La elite que se opone a la Asamblea Constituyente y el pueblo mismo, son conscientes en la tremenda importancia del debate constitucional, la primera porque quiere defender sus prebendas y el segundo porque lucha la justicia social. El tema constitucional es entonces decisivo para todos.

Expresó que ha visto más sensatez, inteligencia y moderación en los debates que ha presenciado en los cabildos que en el debate que se ha dado en el Congreso Nacional. Instó a no temerle a la participación del pueblo en una asamblea constituyente.

Citó la encuesta CADEM que señalaba en esos momentos que un 73% de los encuestados estarían de acuerdo con una nueva constitución. Puso de ejemplo su propio gremio, compuesto por sesenta mil socios y que para cuya modificación de estatutos fueron implementados mecanismos participativos que permitieron la deliberación a todo nivel. Todas las decisiones importantes dentro del gremio son consultadas a las bases. Concluyó respecto a dicha experiencia que la democracia participativa directa es posible.

En medio de esta crisis el rol del Congreso Nacional es abrir el camino donde se canalice el sentir del pueblo y abrir paso al proceso constituyente y ninguna otra función. Abriéndose paso a dicho proceso, esta crisis tendrá salida y concluyó que la Asamblea Constituyente es el camino legítimo demandado por la sociedad.

Patricio Zapata, profesor de derecho constitucional.

Señaló que su exposición estaría enfocada en la pregunta sobre la fórmula que le parecería más adecuada, pero previo a ello le gustaría hacer comentarios preliminares sobre principios enraizados en la historia del constitucionalismo.

Primero, sobre la democracia se pueden decir muchas cosas y se debe estar abierto a las evoluciones que ésta pueda experimentar. Agregó que esta descansa en la igualdad esencial entre todas las personas, y para las decisiones fundamentales, ello se expresa en el sufragio universal. El voto de todas y todos vale lo mismo y ello destacó que ello es un aspecto crucial. Explicó que está de espalda a esa historia el trivializar, ningunear el momento en que todos los hombres y mujeres de este país concurren a votar de manera secreta y protegida ante el cohecho y la violencia para determinar la voluntad de la nación.

Expresó que viva la calle, viva la asamblea, pero en el corazón de la democracia está la voluntad del pueblo. Recalcó que en Chile costó mucho superar los obstáculos al sufragio que imponía una minoría poderosa, costó mucho la cédula única, costó mucho el voto femenino, costó mucho poner fin al binominal. Por lo anterior, señaló que no deja de dolerle en tanto profesor de derecho constitucional, que se pueda hablar con tanta liviandad sobre este elemento crucial de la democracia, la idea del sorteo es interesante y está en el origen de la democracia en Atenas. Lo es también la idea de las cuotas como un valioso correctivo a las barreras visibles e invisibles que marginan a las mujeres y minorías étnicas.

La idea de representaciones corporativas, universitarias, sindicales, ya le parece más peligrosa. La idea de saberes designados, le parece contraria a la tradición del constitucionalismo.

Sobre el sorteo, citó el caso de Irlanda señaló que puede ser un mecanismo que puede ser considerado. No obstante, insistió que era bueno perder de vista el valor del voto, aun cuando hayan sufragado apenas 7 millones y medio de personas. Expresó que los parlamentarios que están en esta mesa debieran sentirse con mayor autoridad moral que él o de cualquier otro que venga y se crea portavoz del movimiento social. Señala que es un síntoma de los tiempos que vivimos que sientan que carecen de dicha investidura y sentirse interpelados por quienes no han pasado por el cedazo del escrutinio ciudadano. Expresó que no deben dar explicaciones como el legítimo representante del pueblo de Chile.

Señala que dadas las circunstancias esa sensación cunde esa sensación y se acepta. Si no se defiende al Congreso como el centro de la democracia chilena, con todos sus defectos y todas sus miserias, no lo van a hacer los demás.

Expresó que el Parlamento tiene una gran oportunidad para actuar, no solo abriendo el camino, sino también guiando y siendo parte del proceso constituyente.

Expresó que su modelo ideal es uno que combina la participación ciudadana con la participación del Congreso en base a un plebiscito, más que de entrada, uno de cierre porque los ciudadanos se pronuncian sobre un texto, hay una afirmación o negación de un proyecto, como existe en el caso de Italia y Uruguay. Los prefiere por sobre los plebiscitos en base a preguntas que pueden ser maliciosamente redactadas, sin que aborden de fondo el problema. A su juicio hay más transferencia de poder en los referéndums donde pronuncian sobre algo concreto con un sí o un no. Los otros plebiscitos, los de hacer preguntas, en un 90% de los casos han sido los plebiscitos de Napoleón, Mussolini, Hitler, Pinochet.

Agregó que en su ideal de un proceso constituyente ha de ser el parlamento quien tome la iniciativa y apruebe uno o varios de los proyectos que permitan iniciar el proceso constituyente. Declaró que de los proyectos en tabla, el que más le gusta es el de la ex Presidenta Bachelet, salvo en la parte de la regulación de la Convención Constitucional pues considera que el texto es demasiado abierto en el reenvío que se hace a la ley orgánica para su regulación, pero que es perfectible durante la discusión particular. Señaló que le gusta este texto porque es una constitución para nuestros hijos y nietos y no solo para esta coyuntura.

Expresa que le gustaría pensar en una Convención de carácter mixto que discutiera un proyecto. No ve razón para excluir la experiencia y legitimidad de los parlamentarios.

Expresó que se podrían aprovechar los eventos electorales que se vienen, ya que le parece poco práctico llamar a un plebiscito en tres meses. El tema constitucional será muy importante, lo que será bueno porque cada uno tendrá que tomar posturas o no tendrá nada de importancia, de modo que nadie se verá afectado. Luego se tiene una nueva elección el 2021 de parlamentarios y Presidente de la República, donde se deberá a hacer un esfuerzo serio y no volver a tropezar como ocurrió el 2015.

Instó a dejar de hablar como si en Chile hubiere solo izquierda o centro izquierda, no solo es poco práctico por los quorum sino también porque una constitución duradera y estable requiere no obviar a un cuarenta o cuarenta y cinco por ciento del país que no desapareció la noche del 18 de octubre ni se fueron a otros país, son parte indispensable de la respuesta constitucional que se haga.

Instó al mismo tiempo a fijar un itinerario y conseguir ahora las mayorías. Si el Presidente no está de acuerdo con ello, puede vetar y ahí nuestra Constitución actual contempla un plebiscito. Para conseguir esos números se requiere considerar el punto de vista de todos los compatriotas, sino la constitución que se haga no será la casa de todos.

El diputado señor González expresó que la exposición del profesor Zapata es muy certera respecto de la definición del mecanismo que se utilizará para redactar una nueva constitución y los contenidos del texto que se quiera poner en discusión y destacó de las exposiciones anteriores, la idea de promover y asegurar la participación de los actores sociales.

El diputado señor Díaz comparte lo dicho por el profesor Zapata respecto de la legitimidad del Congreso, pero hizo presente que eso ya no basta porque el mecanismo de mediación entre representantes y representados está obsoleto porque ha negado la participación ciudadana como principio. Señaló que es partidario de buscar una fórmula de participación como el sorteo por sobre una suerte de participación corporativa.

Luego expresó que el problema del proyecto de la señora Bachelet, al cual él presentó una indicación, es que es una reforma a la Constitución de acuerdo a las normas vigentes y por lo tanto, no cambia en nada lo que se está discutiendo.

Compartiendo con el profesor Zapata respecto de que no se puede legislar sin la derecha o centro derecha, preguntó si es legítimo entonces sostener que una minoría sistemática tenga siempre el poder de veto. Del mismo modo, preguntó si veía una legitimidad en los cabildos que se están promoviendo por las municipalidades.

El diputado señor Hirsch consultó al señor Zapata el valor que atribuye a los debates ciudadanos que se están dando actualmente y si deben incidir o no en el debate constituyente. Del mismo modo, preguntó cuál era la razón del temor que, sin querer ser peyorativo, pone barrera al proceso constituyente.

El señor Boric expresó que es de izquierda, que ha estado en casi todas las marchas y recordó que como diputado había sido primera mayoría regional y segunda mayoría nacional, pero acotó que el Congreso tiene un grave problema de disociación con la ciudadanía y eso no le quita su legitimidad formal, por lo tanto declaró no entender de dónde vienen los dichos del profesor Zapata.

Aclaró que lo que preguntó fue la viabilidad de una representación corporativa en la Asamblea Constituyente y no promovió una cuota a su respecto. La razón de su pregunta estribaba precisamente en que está abierto a ser convencido de las diversas fórmulas que puedan ser idóneas para el proceso. Instó a bajar la guardia y escuchar planteamientos e ideas.

Preguntó que si no está de acuerdo con un plebiscito habilitante, qué se hace entonces con la UDI que no está abierta a discutir una nueva constitución. Luego, preguntó cómo debían ser elegidos los parlamentarios que eventualmente formen parte de la asamblea. Declaró que hoy son los partidos políticos con capacidad nacional para disputar cargos en elecciones y en tal sentido sino hay sorteo cualquier elección se parecería en alguna medida a lo ya existente y eso es lo que precisamente le inquieta.

La diputada señora Castillo abre varias discusiones, como habilitar el camino constituyente, cuál es la fórmula que será utilizada, a ella le gusta una Asamblea Constituyente formada por personas que estén fuera del Congreso. En tal sentido, señaló que le preocupan varios puntos respecto de la participación de parlamentarios en la Asamblea Constituyente, lo primero, era cómo conciliar el cargo de congresista y asambleísta. Del mismo modo, preguntó cómo se debe configurar este grupo y cómo se escribe esta nueva constitución, se discute sobre el texto vigente o sobre papel en blanco.

El diputado señor Soto si el pueblo quiere cambiar su constitución debe tener 2/3 de los representantes del pueblo, lo que permite que la minoría pueda bloquear el deseo constituyente. Si se analizan las constituciones chilenas, el pueblo nunca ha sido convocado por el Congreso. Le parece curioso que se pongan tantas condiciones para que representantes del pueblo, tan cuestionados públicamente, según las encuestas 2,5% de aprobación y todo se traduzca en que si no se consiguen los 2/3 jamás se tenga cambio constitucional. Agregó que aquello no se condice con la situación que está viviendo el país.

El diputado señor Cruz Coke manifestó que no hay que estar cerrado a la discusión constitucional, aun cuando crea que no es la solución a los problemas del país y estimó que se si cambiarán las reglas deben ser capaces de someterse a esas reglas. Hoy existe un proyecto en tramitación, (se refiere al boletín N°11.173) que no inhabilitó al Congreso del debate constituyente. Señaló que no ve en qué forma que un grupo constituyente pueda reemplazar de manera legítima a un Congreso que representa a más de 6 millones de votos. Agregó que si se quiere avanzar, se debe hacer por las vías habilitadas democráticamente. Preguntó si la Constitución del 80 es aún antidemocrática. Luego consultó si el Congreso es incompetente en materia constitucional y qué es lo que quiere cambiarse en la práctica y que las reglas actuales impide que se haga. Finalmente si a la actual Constitución hay que entrar con lápiz o con goma.

El diputado Coloma agradeció los comentarios del profesor Zapata en cuanto se ve obligado a interpelarse pues todos fueron elegidos en una elección transparente donde además se terminó con el sistema binominal.

Durante años se dijo que el problema del Parlamento y su falta de representatividad era el sistema binominal, luego se cambió, pero hoy se dice nuevamente que el Parlamento no es representativo. Instó a preguntarse porqué se asevera aquello pues todos los presentes fueron elegidos de acuerdo al sistema vigente.

Se manifestó abierto a discutir reformas en el Parlamento y que éstas luego puedan ser plebiscitadas, pero no estima adecuado un plebiscito que permita iniciar un proceso a través de una asamblea constituyente.

Comentó que están en marcha una serie de cabildos y preguntó al profesor Zapata qué tan objetivos pueden ser o cómo hacer que estos diálogos sean representativos y no utilizados por algún sector político.

El diputado Walker (Presidente) preguntó que ya sea un plebiscito de salida o de entrada, asamblea o convención, qué quorum se requiere en cada caso, y si también requiere quorum de dos tercios un plebiscito de entrada si solo se pregunta si se quiere o no cambiar totalmente la Constitución sin preguntar sobre el mecanismo, o requiere un quorum inferior.

El profesor Zapata precisó que, en su experiencia, respecto de la metodología y los cabildos, los encuentros locales auto convocados del gobierno de la Presidenta Bachelet fueron de extraordinario valor y el Consejo de Observadores, del cual fue miembro, tomó medidas para que lo que allí se concluyera se preservara, se transmitiera fielmente y luego se procesara con los adecuados resguardos para que cada una de las conversaciones y observaciones quedaran registradas, y luego se pidió a un grupo de especialistas que obtuvieran de ello ciertos resultados generales.

Comentó que ese trabajo está disponible, tiene un enorme valor, y la academia lo está trabajando. Agregó que además están disponibles los resguardos que se tomaron, por ejemplo, el sistema de selección de los facilitadores que fue objeto de mucha polémica inicialmente que se fuera a tratar de activistas o manipuladores, en el que intervino la Alta Dirección Pública para contratar a personas de capacidad profesional con independencia de sus ideas políticas.

Precisó que si el gobierno quisiera hacer un esfuerzo en serio debiera tomar al menos como piso las garantías del 2015. Lo que resulta contradictorio es haber crucificado el esfuerzo del 2015 y pretender que un esfuerzo mucho más rudimentario no reciba críticas.

Respecto de la pregunta del diputado Diaz, relacionada con la del diputado Leonardo Soto, y el poder de veto, precisó que puede pensarse que siente alguna afinidad con los quorum de dos tercios o tres quintos, pero en realidad estos quorum están en la Constitución, gusten o no. Se podrá discutir si son dos tercios o tres quintos para algunos de los puntos, pero más allá de esas interpretaciones, el cumplimiento de buena fe de las reglas es lo que corresponde, y violar la Constitución argumentando que ésta es repugnante, ilegítima, injusta, equivalente al régimen de Casimiro Marcó del Pont en 1810, y que es una obligación ética hacer la revolución, digámoslo así entonces, no vamos a cumplir más con la Constitución porque la gente lo pide, y a mí como profesor no me pueden pedir que suscriba eso.

Con todos sus defectos las reglas vigente cumplen una función importante, el peso político del grupo político al que se ha referido como aquel que tiene poder de veto, a estas alturas, no se lo regaló nadie, los 73 diputados que tienen se ganaron en las urnas limpiamente, y para un acuerdo constitucional se requiere el acuerdo de, al menos, un partido de centro derecha si se va a hacer dentro de la Constitución, de otro modo hay que hacer campaña para que el año 2021 se obtenga una mayoría aún más fuerte, lo otro es violar la Constitución.

Respecto de la pregunta del diputado Cruz-Coke acotó que en este punto no es muy relevante lo que él crea que debe tener la Constitución sino los caminos que la Constitución permite y cuales caminos parecen más conducentes para tener una discusión donde quede lo que la gente quiere que quede en la Constitución. Por decirlo de alguna forma, no solo se requiere goma de borrar sino también lápiz, donde lo más importante es lo que piensan los compatriotas, y por ello cree tanto en los cabildos y en los encuentros locales pues ahí hay un saber que trasciende lo puramente técnico.

En cuanto al comentario del diputado Boric, comentó que hace 5 años atrás propuso que la mitad de esa convención fueran parlamentarios en ejercicio y la otra mitad fuera elegida por los parlamentarios, sin embargo, ahora considera que puede ser interesante que esa otra mitad sean ciudadanos elegidos por los compatriotas especialmente para este efecto. Agregó que aún no ha pensado en el número de miembros de la convención, pero respecto de los miembros que son parlamentarios en ejercicio se debiera reunir el Congreso Pleno y elegir proporcionalmente de modo que no sea una aplanadora de la mayoría. Cree que hay parlamentarios que pueden ser un aporte, por ejemplo, el senador Huenchumilla.

Respecto de la pregunta de la diputada Castillo reiteró que plazos y detalles es algo que no tiene tan claro, pero sí es importante ofrecerle al país un calendario concreto que vaya más allá del slogan, por ejemplo, que el 2021 al elegir presidente habrá un plebiscito para pronunciarse sobre una Constitución que se va a haber discutido durante dos años. Ello es algo concreto y posible.

En cuanto a los quorum señaló que no ve de dónde puede el derecho constitucional decir que esta convención tenga algunos quorum, es decir, los quorum son los que la actual Constitución tiene para su reforma, pero es perfectamente posible que este Congreso, en algunos casos contemple resguardos para las minorías, que hoy son unas, pero mañana pueden ser otras. Nunca hay que hacer constituciones pensando que uno va a ser mayoría. Reiteró que el único quorum que está es el que está en la Constitución, tres quintos y dos tercios, pero evidentemente si queremos tener una convención constituyente que funcione sin quorum se puede tener así, sin perjuicio que será más difícil de convencer a una mayoría transversal de ir a una convención constituyente que no tenga algún mecanismo de protección de las minorías, pero no hay razón de doctrina o de derecho constitucional que lo exija sino pura prudencia política.

El profesor Fernando Atria precisó que era necesario distinguir, para empezar, entre el poder constituyente y el constituido, y el sentido político de ello. En ese sentido, señaló que el Congreso no tiene poder constituyente sino que tiene poder constituido, y la diferencia está entre el poder para reformar una Constitución existente y dictar una nueva. Agregó que esta no es una diferencia moral sino que el sentido de los poderes constituidos es proteger la Constitución de modo que a través del poder constituido no se pueda cambiar la Constitución, y esto no vale solo para nuestra Constitución y sus características, sino que, a modo de ejemplo, en una constitución democrática el sentido de los procedimientos de reforma constitucional es proteger el principio democrático de modo que no pueda, en sentido político, haber una reforma constitucional que lo niegue.

Así, si la Constitución es democrática, el sentido de los procedimientos de reforma es proteger el principio democrático, y si es neutralizadora, como la chilena, su sentido es proteger la neutralización que define a la decisión constitucional y esto se manifiesta en que los procedimientos de reforma constitucional tienen dos propiedades, de modo que la remoción de alguna de ellas implicaría un proceso constituyente y no constituido, y otra cuestión a analizar más adelante es quien lo debe hacer por razones de legitimidad.

La primera característica es que un proceso de reforma constitucional opera por referencia a una Constitución ya existente que continuará en todo lo que no se logren satisfacer las condiciones para ser reformada; y la segunda es que las condiciones para reformar el texto constitucional vigente son especialmente dificultosas. Sumadas ambas quiere decir que las cuestiones centrales de la constitución vigente no podrán ser modificadas, o es políticamente imposible.

Si hubiera un proceso de decisión constituyente desde una hoja en blanco el problema del quorum seria secundario, solo definiría cuanto más breve o no está sería en la medida que los quorum fueran más altos pues habría menos cosas que satisficieran los dos tercios y, por ende, probablemente no incluiría un derecho constitucional al aborto pero, tampoco, su prohibición constitucional, y quedaría entregado a la política normal, e incluiría débilmente derechos sociales y protección a la propiedad.

Concluyó que entonces, el problema no estaría en la imposibilidad de tomar una nueva decisión constituyente.

Una variante de esta opción es la que a veces se ha sugerido, que es decidir en referencia a la Constitución de 1925 y no la actual, evitando sus trampas.

La otra posibilidad es que la decisión constitucional se adopte pro referencia al texto vigente, pero que se pueda modificar por mayoría simple, donde nuevamente el problema de la trampa desaparece.

Lo que define a un proceso de reforma constitucional es que es una modificación al texto vigente conforme a condiciones especialmente agravadas, y cualquiera de ambas condiciones que se logre remover permite una solución al problema constitucional.

Otro problema es quién hace esa reforma, y si el Congreso tiene o no la legitimación para llevarla adelante. En este último punto recordó que se modificó el sistema binominal por el daño que había estado causando a la representación democrática pero demasiado tarde, por ende hoy la idea de representación política está profundamente en cuestión en la ciudadanía. La idea de que los diputados representan al pueblo de Chile tiene hoy escasa vigencia sociológica y eso es parte de las condiciones bajo las cuales hay que enfrentar el problema actual, cual es, que lo que define a la Constitución vigente es tramposa en términos técnicos, en cuanto en palabras del propio Jaime Guzmán, la cancha debe estar diseñada para que solo un equipo pueda ganar.

Dado lo anterior, el problema es que los mecanismos de reforma constitucional con las dos características ya explicadas, son inaptos para solucionar este problema, y si se mantienen no solo tiene efectos políticos, sino que tiene efecto deslegitimador y significa que el sistema político carece de la capacidad para actuar con eficacia para procesar demandas de transformación que surgen de la ciudadanía.

La pregunta entonces es si este proceso de deslegitimación que está en curso va a poder ser solucionado o no y, a su juicio, no lo podrá ser por los mecanismos que tienen las dos características del nuestro.

Por ello hay una diferencia entre hablar de un plebiscito de entrada y uno de salida. Un plebiscito ratificatorio al final cumple una finalidad legitimatoria adicional, uno anterior permitiría abrir la posibilidad de solución al problema constitucional por la vía de producir en primer lugar una discusión pública considerable, sin precedentes, y un resultado que pondría la carga en el sistema político para proveer con premura una salida genuina al problema constitucional.

Instó a poner atención en que las características neutralizadas dela política bajo la Constitución de 1980 han hecho recurrente el espectáculo en que los ven los ciudadanos de que cada cierto se toman decisiones que anuncian ser solución a un problema que ha sido debidamente identificado, y al poco tiempo la ciudadanía se da cuenta que el problema sigue igual. Ninguna de esas decisiones es gratis, cada una de ellas cobra su precio en legitimación ante la ciudadanía. Dio como ejemplo la reforma del 2003, 2005, derogación de la LOCE el 2010, 2012 y voto voluntario, etc.

Agregó que un sistema político que sistemáticamente falla en identificar y ser capaz de enfrentar con eficacia los problemas que Chile enfrenta va deslegitimándose progresivamente. El sistema político se legitima por su capacidad de actuar frente a los problemas, que bajo esta Constitución se caracteriza por su neutralización, su incapacidad de actuar con eficacia cuando se trata de transformar.

A su juicio, la solución es un plebiscito que pueda abrir el proceso, y no uno de salida, o no solo uno de salida.

Respecto del quorum, señaló que en la medida que lo que se pretende es añadir una facultad al Presidente de la República y/o al Congreso para, genéricamente, convocar a plebiscito, ello significa modificación de las reglas que fijan las facultades del Presidente y/o el Congreso, lo que requiere un quorum de tres quintos.

Por su parte, si se pretende crear un plebiscitico especifico, con efectos específicamente constitucionales, por su materia cercana a la reforma constitucional, sería probable que se concluyera que se requiere de dos tercios, esto es, el quórum del Capítulo XV.

Dado lo anterior, estimó que la solución es un plebiscitico del primer tipo e incluso no sería necesario que fuera vinculante mediante norma expresa porque la realidad política de ese resultado se hace vinculante por sí misma.

Recordó que la llamada Bancada AC (Asamblea Constituyente) presentó un proyecto en ese sentido y es uno de los que se está debatiendo en este momento.

El diputado Soto, don Raúl, precisó que este es un debate necesario, e hizo notar que aparentemente no todos tienen claro el diagnostico, no hay un diagnóstico común.

Señaló que estamos en una crisis política y social, pero hay que observar que tan profunda es, pues si es una crisis de legitimidad de todas las instituciones, no solo las políticas, y dice relación con los cimientos de un sistema democrático que es el que conocemos hasta ahora.

Invitó a transparentar ese debate de fondo, pues quienes no reconozcan una crisis de la democracia representativa defenderán a ultranza que el Congreso es el único órgano político legitimo para cualquier discusión, y quienes lo reconozcan, por su parte, reconocerán que hoy con este debate se están abriendo canales institucionales para transitar hacia una democracia más participativa e instó a buscar ese diagnóstico común que permita avanzar en mecanismos de mayor participación.

El diputado Díaz señaló que si se está en este punto del debate es porque hay cierta conciencia que la Constitución es parte del problema y que hay que buscar una solución, y el asunto es cómo se logra convencer a los dos tercios o a los tres quintos de que hay que abrir el proceso constituyente, pero hay dos fantasmas que rondan, cuales son, el papel en blanco y los quorum.

Señaló que no puede haber ningún sector al que la Constitución le permita poder de veto, debe haber un punto de equilibrio que lo determina el quorum, o una combinación de éste con medidas de protección de las minorías.

Preguntó al profesor Atria qué era más conveniente o viable, papel en blanco con quorum alto o la Constitución actual con un quorum más bajo, pues los que se benefician con las trampas de la Constitución no van a dar luz verde a este proceso.

El diputado Schalper acotó que nadie tiene miedo al debate, y que su objeción tiene que ver con un tema de expectativas y con la ilusión de que un cambio constitucional resuelve todos los problemas.

Comentó que el profesor Atria funda su posición en una ilegitimidad de contenido sobre la base de las trampas, sin embargo el sistema binominal ya no existe, las normas de quorum especial son bastante escasas y dada la actual composición del Congreso tampoco es un cerrojo tan infranqueable, y además la Comisión está avanzando en al menos disminuir bastante la competencia preventiva del Tribunal Constitucional. Dado lo anterior preguntó al profesor si es que no se ha dado un exceso de presencia al Tribunal Constitucional en cuestiones que debieran ser puramente políticas.

Aseveró que las constituciones tienen que tener quórums altos para sostener acuerdos que sean sustentables en el tiempo, sobre todo en materias que requieren ciertos acuerdos como la Constitución alemana en que hay materias donde no cabe refirma y, si bien no está de acuerdo con ello, de todos modos los quorum altos permiten tener acuerdos que trascienden a los gobiernos de turno.

Respecto del argumento de la deslegitimación, esto es, la incapacidad para dar eficacia a las demandas de la ciudadanía, preguntó si ello tiene que ver con la Constitución pues efectivamente ha existido un exceso de requerimientos al TC en cuestiones que debiesen ser parte de la deliberación democrática, pero se podría reformar el sistema previsional, el Código del Trabajo completo o todo el sistema de salud, salvo que alguien quisiera un sistema absolutamente estatal. En el fondo quizás el problema se soluciona limitando las atribuciones del TC y, a su juicio, a la Constitución se le ha dado un umbral dogmático que en la práctica no tiene y el error de la clase política ha sido no hacer frente a esos debates.

En cuanto a la objeción de la participación, esto es, que cualquier modelo que no sea plebiscitario tendría un problema de representatividad, recordó que en Chile se cambió el sistema y el problema persiste, entonces quizás el problema no es el sistema sino el comportamiento de los actores que se comportan de manera poco empática con la ciudadanía o carecen de instrumentos para interactuar mejor. Entonces quizás no solo la democracia directa resuelve el problema.

Agregó que era necesario también reflexionar respecto de los paradigmas culturales que hay en curso, pues el nivel de participación ha descendido no solo en la política, sino también en organizaciones sociales y sindicales.

Instó a no dar por sentadas estas cuestiones tan rápidamente como asumiendo ciertas tesis como obvias y a invitar a profesores que opinen en ese sentido.

El diputado Walker (Presidente), planteándose a favor de la tesis de la convención constituyente planteada por el profesor Zapata, argumentó que efectivamente este Congreso ha fallado en muchos instrumentos que no han logrado satisfacer todas las demandas de la ciudadanía, pero es el mismo Congreso que terminó con los senadores designados, que aprobó la imprescriptibilidad del delito de abuso sexual infantil o la ley de identidad de género.

A su juicio, los porcentajes de las encuestas son engañosos pues cuando se pregunta por la evaluación de los diputados o los senadores es muy baja, pero cuando se consulta por un parlamentario determinado suelen ser porcentajes muy altos.

Preguntó entonces cuales sería el argumento para que parte del Congreso integrara una convención constituyente.

El profesor Atria acotó que en las condiciones actuales el problema no alcanza a ser la tensión entre democracia participativa y representativa, sino que lo que hay que hacer es rescatar la idea de representación política que hoy está en cuestión, así, el que el ciudadano diga que al diputado que conoce lo valora, pero con los diputados sí tiene quejas, demuestra que el problema es político pues con la institución. La deslegitimación que hoy sufren los parlamentarios no es consecuencia de la mala experiencia del ciudadano en su relación con el parlamentario, por ende el problema es político ya que la Cámara de Diputados es el paradigma de representación socialmente hablando, por ende cuando entra en crisis la institución entra en crisis la representación política misma y esto luego se reproduce en centros de alumnos, sindicatos, etc., a todo nivel, y ello por la función pedagógica de las instituciones sociales y en particular esta Cámara respecto de la idea de representación.

Reiteró que el problema es que el sistema político no es capaz de reaccionar con eficacia y, por ejemplo, las Isapres llevan más de una década condenados más de un millón de veces por violar derechos constitucionales de sus clientes y el legislador es incapaz de producir cambios, y ello no es gratis en términos de legitimidad. Por eso que las manifestaciones se dirigen contra el abuso y contra la política institucional y ello va a continuar mientras sigamos teniendo una institucionalidad política neutralizada.

Se manifestó de acuerdo con el diputado Schalper en orden a que las trampas de la Constitución van a ser purgadas con el tiempo, pero para ello es necesario demasiado tiempo, por ejemplo, el caso de los senadores designados fue necesario esperar a que la institución caducara con el tiempo, lo que tardó 15 años, tomó 25 años terminar con el sistema binominal cuyos daños no se acaban de inmediato con su sola derogación y respecto de la modificación que se discute al TC aventuró que no habrá acuerdo para ningún asunto que resulte relevante, y en los hechos, va a seguir produciendo el mismo efecto, hasta que el precio que se está pagando sea demasiado alto.

Las trampas constitucionales al final van a ceder, pero no es responsable simplemente asumir que la deslegitimación que producen va a poder ser soportada por el sistema por todo el tiempo que resta hasta que cedan todas.

Aclaró que su argumento no consiste en que cualquier modelo no plebiscitario carece de legitimidad, sino que trató de explicar qué es lo que caracteriza a un proceso de reforma constitucional y mostrar porqué nuestro proceso no es apto para solucionar el problema.

Respecto de la pregunta del diputado Díaz explicó que a su juicio, cualquiera de las dos características que mencionó que sea removida es suficiente cuál de las dos cederá más rápido depende de lo que pase, hace dos semanas parecía imposible lo que hoy parece difícil.

El profesor Tomas Jordán inició su intervención advirtiendo que tenía que hacer una declaración de intereses pues le correspondió coordinar el proceso constituyente de la ex Presidenta Bachelet y co-redactar el Capítulo XV de la reforma constitucional que se presentó durante su mandato y que forma parte de los proyectos refundidos.

A su juicio, una convención constitucional puede dar garantías para una nueva constitución. En ese sentido, hizo notar que encuestas totalmente diferentes han arrojado como resultado que el 80% de las personas cree que hay que cambiar la Constitución, y en los últimos 5 años el apoyo a una nueva constitución no ha bajado del 65%.

Se declaró no optimista pues no hay constitución en el mundo democrático que no se pueda modificar bajo dos reglas, que haya acuerdo político y legitimidad social, y mientras no concurra un acuerdo político mínimo no va haber nueva constitución. Dado lo anterior la pregunta es cuál es esa llave para abrir un acuerdo político.

Por su parte, es evidente que hay una crisis profunda de legitimidad del sistema representativo, incluso en Europa llevan años tratando de dar una respuesta a esa crisis. Por ende es necesario relegitimar el sistema político, lo que solo se puede hacer con participación pública, no hay otra forma, y a esa conclusión arribaron luego del análisis de la situación en el derecho comparado. La representación cumple un rol, pero la participación es la que otorga la legitimidad.

Explicó que el nuestro es un régimen democrático, pasando por una situación muy difícil y que los cambios en las democracias siempre son lentos, tanto así que el Presidente Lagos lo intentó el 2005, luego la Presidenta Bachelet lo hizo el 2013, y estamos hoy aun tratando de cambiar la Constitución.

Si somos demócratas y se pretende cambiar la Constitución en democracia, hay que asumir que son procesos progresivos y con distintos hitos o momentos, y hoy es uno de esos momentos.

Señaló que en Chile ocurrió un fenómeno atípico y es que parte del proceso de transición, con una democracia pactada, no hubo una asamblea constituyente sino que se hicieron reformas constitucionales, lo que al final del día aplazó la voluntad constituyente o el pacto político institucional que diera fortaleza a la transición.

Recordó que las reformas constitucionales se trabajaron en Chile bajo la lógica del veto, y por ello es que este Congreso no puede llevar adelante la nueva constitución pues se maneja en esa misma lógica.

Respecto de la legitimidad recordó que en 1990 votó el 90% del padrón electoral y ahora estamos en el 35%, por ende hay un problema de legitimidad de la representación en el Congreso.

Agregó que además visualizan un cambio en la tesis de porqué hay que cambiar la Constitución, pues se pasó del eje dictadura-democracia al de modernización pues Chile cambio tanto en los últimos 30 años que la Constitución está desfasada en materia cultural, tanto así que hoy no podría entenderse que no hubiera igualdad entre hombres y mujeres en el texto constitucional, en materia de niños, niñas y adolescentes o en el rol del Estado que no admite solidaridad en temas tan relevantes como salud o pensiones, donde además la lectura que se hace hoy de la Constitución es sesgada y originalista, tanto así que el derecho de salud se protege por la vía del derecho de propiedad en el caso de la judicialización de las Isapres.

Precisó que el plebiscito es su segunda opción y la primera la convención constitucional, que es a la propuesta a la que se llegó en el segundo periodo de la Presidenta Bachelet porque el gran problema ha sido siempre el mecanismo de cambio de la Constitución, ya sea asamblea constituyente, congreso, plebiscito, etc., y durante el debate de la época no hubo acuerdo en las fuerzas políticas de la época respecto del mecanismo y, por lo tanto, para no tensionar el sistema se hizo una propuesta en la cual los distintos actores se pudieran ver al menos reflejados para sentarse en una mesa, y la propuesta se diseñó finalmente de esa forma pues si no es posible tener a la derecha sentada para discutir una nueva constitución, no la va a haber, nadie firma un cheque en blanco.

Aseveró que la pregunta es cuánto estamos dispuestos a ceder para tener un texto constitucional con todas las garantías y que el plebiscito le parece adecuado en el evento que no sea posible que el Congreso acuerde convocar a un órgano externo a él a discutir una constitución pues la crisis de representación hay que fortalecerla con representación y eso dice relación con la elección de diputados constituyentes u otra fórmula que se acuerde en subsidio respecto de fortalecer la representación política.

Agregó que el plebiscito de entrada tiene defectos y virtudes, y está fundado en la experiencia colombiana donde se llegó a un acuerdo de las fuerzas políticas para zafar de una crisis grave, por ende no hay que descartarlo como mecanismo ante una crisis grave. En ese caso específico la Corte Suprema después validó el plebiscito y las facultades de la asamblea constituyente para poder desarrollarse y, a propósito de eso, recordó las declaraciones de hace un par de días del presidente de la Corte Suprema que precisó que era un deber ético el diálogo constituyente, y acotó que en los contextos latinoamericanos son los poderes judiciales los que han validado los procesos constituyentes.

Es necesario fortalecer la representación y si eso no es posible como acuerdo político, el plebiscito puede ser un mecanismo subsidiario.

Finalmente, explicó que respecto de la convención constituyente hay dos modelos, uno en que la ley orgánica constitucional correspondiente desarrolla muchas cuestiones de esa asamblea y otro en que ello ocurre en la misma constitución. La propuesta del gobierno de Bachelet optó por la primera opción pues hay que llegar a muchos acuerdos y se puede resolver solo lo macro a nivel constitucional. El segundo modelo da garantías a todos los actores.

Respecto del quorum de reforma, coincidió con el profesor Zapata pues el propio Congreso cuando ha creado dos nuevos capítulos en la Constitución actual lo ha calificado de tres quintos por ser orgánicos. Así, a su juicio, los cambios deberían apuntar al Capítulo XV pues de otro modo se cae en el absurdo en que cambiarla completa es más fácil que reformarla lo que resulta contradictorio o paradojal desde el punto de vista orgánico. Es decir, crear un capítulo distinto no podría ser por tres quintos sino que por dos tercios pues trata materias propias de dos tercios, conforme a la interpretación que el mismo Congreso ha hecho con anterioridad.

El diputado Díaz comentó que se ha dicho que nadie firma un cheque en blanco, pero eso era más razonable pensarlo en el proceso anterior pues el tema de los dos tercios o tres quintos tiene que ver con el proceso habilitante de un mecanismo constituyente, y en ese punto hay quienes sostienen que a un nuevo capítulo corresponde quorum de dos tercios por la materia pero ello es discutible y lo más probable es que termine en el TC por requerimiento. En doctrina no es unívoco.

Agregó que en este contexto de estallido social debiesen aflorar las convicciones democráticas porque en definitiva el elemento sacrificial es el modelo económico y apeló al espíritu democrático de la derecha chilena y a quienes entienden que sí es necesario que exista una empresa estatal de transportes o impuesto a los súper ricos, es decir, quienes entienden que el modelo no da para más, que la paz social tiene un precio y que esta Constitución privatizó todo, hasta las expectativas y las esperanzas, y que el cambio es con dolor. Enfatizó que incluso los empresarios están entendiendo esto.

Precisó que en el proceso constituyente original reformaba el Capítulo XV de la Constitución por dos tercios, pero en cualquiera de las modalidades, esto es, asamblea, convención o congreso, el quorum era de tres quintos, pero en el Mensaje que se envió finalmente la Convención Constitucional esa una convención que hace una reforma a la Constitución conforme a esas reglas y, por su parte, no hay ninguna norma que obligue a que el mecanismo constituyente tenga el quorum de la Constitución que va a reemplazar.

Preguntó por qué se optó por dar a la Convención Constituyente las reglas de la Constitución vigente y se sacrificó la idea de papel en blanco con quorum de tres quintos, lo que es una garantía para las minorías.

El profesor Jordán precisó que se refería a la modificación del Capítulo XV por dos tercios por el tipo de materia, por ende, crear un capítulo distinto que se refiera al reemplazo de la Constitución siendo que el Capítulo XV también se puede reemplazar completo a través de reforma porque no hay impedimento para ello debería ser el mismo quorum, y distinto es si se quiere habilitar al Presidente de la República afectando los Capítulos II y IV que son tres quintos.

Señaló que respecto de las convicciones democráticas no se puede pronunciar, pero si respecto de porqué la Constitucional actual no permite otras miradas distintas legislativamente, y estaba condicionada por un diseño previo establecido, tal como ya lo había expresado, lo que además permite una total comprobación empírica.

En cuanto a los quorum de la convención precisó que, volviendo al punto inicial, se puede estar de acuerdo o no, pero lo esencial es reconocer qué se está dispuesto a hacer pata que todos estén en la mesa, y en esa mesa conversar y construir dialogo constituyente. Agregó que en este punto no hay regla prefijada sino que es la regla que se puede acordar dentro de distintas alternativas que se ponen sobre la mesa. En ese momento el gobierno puso unas reglas que son altamente discutibles, pero es una propuesta para sentar a los actores a la mesa en una coyuntura en que había otra situación muy compleja.

La diputada Nuñez, señaló que, a título personal y respecto de la mayoría de su partido, están abiertos al debate e incluso a que se parta de una hoja en blanco pues es muy probable que al final se transcriba gran parte de la Constitución actual como, por ejemplo, los organismos autónomos, y donde habrá mayor trabajo será en las garantías constitucionales tratando de modernizar algunos derechos.

Añadió que con la Constitución no se van a resolver las demandas históricas que se han levantado en las marchas y que se han reflejado en algunas encuestas pero, sin duda, es nuestra carta de navegación y al final del día representa qué país queremos, y por eso están abiertos al debate.

Destacó que los profesores Zapata y Jordán parten poniendo de manifiesto su posición de haber sido asesores de gobiernos de la ex Concertación, y ambos se centran en la importancia del Congreso Constituyente.

Agregó que, a propósito de quien va a redactar la Constitución, la mayor crisis es la de legitimidad, es decir, hay una disminución en la confianza que en el caso del Congreso tiene su origen en que no han sido capaces de ponerse de acuerdo y de hacer el trabajo. De todos modos, y sin tratarse de un argumento en contra de la Asamblea Constituyente, estimó que hay una suerte de renuncia al mandato de la ciudadanía hacia los parlamentarios de legislar, desde la Constitución hacia abajo.

Preguntó si el momento del Congreso Constituyente es este o uno siguiente, pues los actuales parlamentarios tienen las atribuciones para legislar y pueden partir incluso desde una hoja en blanco.

Instó a hacer lo que a los parlamentarios les corresponde, dejar de hacerlo no va a legitimarlos pues la des legitimidad proviene de esa misma causa, de no hacer lo que les corresponde, y si este es el minuto de hacerlo están disponibles.

El diputado Saffirio planteó que del debate habido en la sesión se colige que no se está ante un problema simple de resolver ni ante una situación política fácil de abordar, y esos dos componentes son el origen del estado de crisis, y quién no quiera reconocer que estamos en un estado de crisis se va a transformar en un obstáculo para cualquier solución que se plantee desde el Congreso.

Agregó que es cierto que hay una demanda de contar con una nueva constitución reconocida por cerca de un 78% de la población, es un sentimiento transversal pero, si bien eso es así, es más incómoda la posición del Congreso frente a los ciudadanos cuyo reconocimiento no supera el 5% o 7%, por ende, hay un conflicto jurídico que resolver para el cual se requiere una transversalidad que hasta hoy no ha existido, y un conflicto político respecto del cual van a haber diferentes miradas y que será muy difícil de abordar si no hay acuerdo en qué tipo de cambio a la Constitución se pretende y cuáles son las vías.

Señaló que hay algo que no se puede hacer, pues en dictadura se puede sacar entre cuatro paredes en treinta días una constitución, pero no en democracia, menos con una ciudadanía empoderada en los términos en que lo está.

Añadió que se enfrenta otro gran peligro, cual es, tratar de convencer a los ciudadanos que es posible contar con un proceso de cambio o reforma sustantiva de la Constitución mediante un proceso plebiscitario, democrático y participativo en 30 días. Eso es una puñalada por la espalda a la democracia, populismo y demagogia.

Expuso que un dirigente político de izquierda le comentó que el problema central es que quienes marchan son los jóvenes, y ellos quieren soluciones rápidas. Señaló que si algo puede seguir dañando con la fuerza con que se ha auto inferido durante los últimos treinta años es el hacer creer a la gente que está marchando que esto se puede resolver en treinta días. Si esto no se dice ahora sino en treinta días más, los que van a tener que pagar la cuenta no son los que están incitando a un grupo etario definido sino la institucionalidad completa del país, la democracia va a estar en riesgo.

Finalmente, comentó que formaba parte de una generación que hasta el 10 de septiembre de 1973 escuchaba que se decía reiteradamente que "esas cosas no ocurren en Chile", hasta que pasó. Puntualizó que observaba un proceso creciente de deterioro de credibilidad de las instituciones respecto de las cuales no estamos siendo capaces de enfrentar integralmente la crisis. El nivel de deterioro puede llegar a tal magnitud que la interrupción de nuestro proceso democrático ya no es una cuestión tan insostenible como lo era hasta hace 30 o 60 días atrás. Instó a la responsabilidad de todos, que se utilicen todos los recursos legales existentes, pero siempre pensando en que se debe tratar de un proceso participativo y democrático, el movimiento social no puede quedar al margen.

El diputado Cruz-Coke hizo notar que se declaraba escéptico puesto que se hacían evidentes las dificultades para ponerse de acuerdo incluso sin entrar al fondo de la materia en cómo abordar la entrada a este proceso, cuando hay incluso que llegar al fondo del asunto que es la constitución en sí misma.

Más optimista resulta observar los planteamientos del profesor Jordán en orden a que este proceso se podría abordar por la vía de una convención constituyente a partir de la próxima elección de Congreso pero tiene el gran problema que señala el diputado Saffirio, esto es, los plazos tan extendidos que son algo que la ciudadanía no va a terminar de comprender.

Dado lo anterior, si se decantase por una convención constituyente que se elige a partir de la próxima elección con una misión específica, cual debiese ser un modelo de constitución que fuera adecuado a la realidad que tiene hoy Chile.

El diputado Boric, respecto de lo señalado por el diputado Saffirio, comentó que no había visto a nadie que diga que esto se resuelve en 30 días y todos tienen claro que lo responsable es decir que se puede definir el proceso que se va a tener en esta Comisión en un plazo breve pero eso requiere de otros trámites, pasar a la Sala y luego al Senado, pero luego de ello se abre un debate que por lo menos va a durar un año, pues el debate constituyente no se resuelve a la rápida, es un debate que toma su tiempo y todos deben ser claros y explícitos en señalarlo de esa manera.

Precisó que la diputada Paulina Núñez hace una afirmación de disponibilidad de su sector a debatir pero que parece muy lejana como para que se pueda entender que se puede llegar a un acuerdo ya que señala que son los parlamentarios los que tiene que definir una nueva constitución ya sea en este mandato o en la siguiente elección, y que cree es demasiado esperar a la siguiente elección por lo que debiesen abocarse ahora a esa tarea.

Preguntó si eso es efectivamente así, pues si Renovación Nacional cree que esto se va a solucionar discutiendo entre los actuales parlamentarios una nueva constitución, no tiene duda que eso es lo que no quiere la ciudadanía.

El diputado Gutiérrez señaló que de escuchar a los presidentes del colegio de profesores y de la Anef le queda la sensación de que ellos expresan que no tenemos todo el tiempo del mundo y que la constitución no se puede hacer entre los representantes de la ciudadanía que están en el parlamento.

En la calle hay un sentido de urgencia que no se observa en este debate, el conflicto no se va a acabar si no se da una solución. Tiene la sensación que no están de acuerdo y que tampoco van a estarlo, hay que aceptar que no se va a llegar a un acuerdo, por ende, si no hay solución la única salida es un plebiscito de entrada. Hay que aceptar que esa es la solución y que todos acaten la solución del pueblo convocado a resolver si quiere o no una nueva constitución. Para eso no hay que esperar al próximo periodo legislativo, ni dos años.

Pidió al profesor Jordán que diera más luces respecto del plebiscito de entrada para que al final del día sea la solución que convoque al pueblo a resolver este dilema que la derecha no va a estar dispuesta a resolver.

El diputado Hirsch coincidió con el diputado Gutiérrez en sus planteamientos.

El profesor Francisco Zúñiga abrió su intervención felicitando a la Cámara de Diputados y a la Comisión por retomar el proceso constituyente, recordó que las reformas más importantes a la Constitución como la del 2005 se generó como moción parlamentaria en el Senado y afirmó que creía que era posible que el Congreso pudiera desatar el proceso constituyente.

Precisó que se refería a "desatar" pues estima que hay un verdadero dilema o nudo gordiano para el proceso constituyente que es el Capítulo XV y los altos quorum que considera que fueron introducidos en la reforma de 1989 donde el mismo ex presidente Lagos se opuso y advirtió que con esa reforma estaba hipotecándose la transición.

Por su parte, la expresión "hoja en blanco" es del ex presidente Lagos y es una expresión figurativa que no designa una hoja en blanco en rigor sino una hoja sin pretexto, y ello tiene que ver con los quorum de reforma que instala en el Capítulo XV un bloqueo de quien tiene un tercio más uno de los votos, y todo el proceso de reforma a la Constitución durante estos treinta años ha estado marcado por lo que un jurista alemán denomina la trampa del consenso, que es a lo que ha estado sometida la llamada democracia de los acuerdos desde la década del ´90 en adelante. Contra eso es muy difícil enfrentarse y se entiende la frustración y el desánimo que puede presentarse frente a un proceso constituyente en el actual estado de cosas.

Respecto de porqué es necesaria una nueva constitución explicó que hay varias cuestiones a examinar.

En primer lugar la Constitución de 1980 no tiene legitimidad de origen, es un decreto ley de la dictadura, ni de ejercicio, pues si bien ha tenido 40 reformas éstas siempre han sido gestadas en este campo irregular de reforma en que una minoría tiene la llave de la reforma y su contenido y alcance.

Además, la Constitución tiene un problema de legitimidad que tiene que ver con el modelo económico y social que en ella se cristaliza, por lo tanto el problema no es cuánto la nueva constitución se va a parecer a las del pasado, sino con lo que la nueva constitución tiene que ser capaz de reflejar.

Respecto de los quorum señaló que era un tema muy recurrente en este debate del que se habla con bastante naturalidad, y que los demás expositores han afirmado acertadamente que las constituciones de occidente tienen quorum reforzado para las reformas constitucionales, y ello debe ser así para asegurar su rigidez y estabilidad en el tiempo, pero quien impuso los quorum en la Constitución de 1980 no fue el poder constituyente del pueblo sino la voluntad constituyente de la dictadura en su última manifestación en la reforma de 1989.

Hizo notar entonces que se habla con naturalidad de los quorum cuando debería hablarse con referencia al contexto histórico en que estos son impuestos y a la lógica que obedecen.

Precisó que estaba consciente que la invitación a la sesión era para desatar el nudo gordiano y no para cortarlo, y para desatarlo por la voluntad y potestad constituyente que el Congreso Nacional tiene y en ese marco, la fórmula para desatarlo es elegir una asamblea constituyente, pues esa es una formula institucional, democrática y participativa.

Institucional porque la apertura a este proceso arranca del poder constituyente derivado o instituido del Congreso y democrática pues la asamblea constituyente es un órgano representativo, plural, deliberativo y decisional.

La asamblea constituyente es un órgano político de representación y colocar fórmulas para corporativizar la representación o darle a determinadas minorías de la sociedad representaciones que no tienen con el voto popular son un riesgo para el sistema democrático y el ejercicio del poder constituyente, y no hay que olvidar que, por ejemplo, indígenas y minorías sexuales son también ciudadanos, y el ciudadano puede ser de derecha, de izquierda o de centro.

Finalmente, no debe quedar fuera el tema de la participación, así, el referéndum de salida y la elección de la asamblea constituyente deberían hacerse con sufragio obligatorio.

Sometidos a votación en general los siguientes proyectos fueron aprobados por mayoría de votos, (7-6-0):

- Reforma Constitucional para establecer una Asamblea Constituyente (boletín N° 7792-07).

- Proyectos de reforma refundidos que: “Reforma Constitucional para establecer el plebiscito en temas de interés nacional.” (Boletines N° 7769-07; N° 10.193-07; N° 10.014-07 y N° 12.630-07).

- Proyecto que Modifica la Carta Fundamental, para habilitar la realización de plebiscitos, para dar inicio a un proceso constituyente y la posterior aprobación de una nueva Constitución Política de la República (boletín N° 13024-07)[9].

Votaron a favor los señores diputados Matías Walker (Presidente), Gabriel Boric, Marcelo Díaz, Hugo Gutiérrez, Tomas Hirsch, Rene Saffirio y Leonardo Soto

Votaron en contra las señoras y señores diputados Juan Antonio Coloma, Luciano Cruz-Coke, Diego Schalper en reemplazo de la diputada Flores, Gonzalo Fuenzalida y Paulina Núñez.

El diputado Walker (Presidente) recordó que al día siguiente se daría inicio al debate en particular de los proyectos aprobados en general en conjunto con el proyecto de reforma constitucional de la ex Presidenta Bachelet que “Modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República” (boletín N° 11.173-07)

La señora Marilen Cabrera, representante de Fundación Moebius, expuso con el apoyo de una presentación en PowerPoint y explicó que su intervención no dice relación con pronunciarse respecto del mecanismo constitucional que logre la legalidad para una asamblea constituyente, sino que más bien, de acuerdo a su experiencia política electoral, han diseñado un ejemplo de asamblea constituyente.

A su juicio, el camino institucional para una asamblea constituyente consta de cuatro pasos.

En primer lugar la modificación constitucional, pues están seguros que los constitucionalistas encontrarán el modo adecuado d desatar el nudo que impide el llamado a un plebiscito vinculante y el parlamento encontrará el acuerdo político en la medida que las movilizaciones se acentúen más y más.

La segunda etapa consiste en un plebiscito vinculante que consulte a la ciudadanía si quiere cambio de constitución y cuál será el mecanismo para ello.

Luego, la tercera fase es la asamblea constituyente propiamente tal y, finalmente, un plebiscito que ratifique las conclusiones de dicha asamblea constituyente.

Respecto de la modificación constitucional precisó que suscriben el mecanismo planteado por la Bancada AC (Asamblea Constituyente) que busca el acuerdo de ambas Cámaras para que la presidencia pueda llamar a un plebiscito vinculante y, en cuanto al plebiscito, proponen que contemple al menos dos aspectos, la derogación y reemplazo de la actual Constitución y bajo qué mecanismos. Añadió que visualizan a lo menos tres mecanismos: Asamblea Constituyente, Congreso constituyente o Comisión bicameral, y en todos estos casos con un plebiscito ratificatorio.

El señor Efrén Osorio, representante de Fundación Moebius, se refirió a las características de la Asamblea Constituyente y previno que su propuesta concreta proviene desde lo electoral y desde mecanismos, acuerdo e institucionalidad ya vigente de modo que no haya que discutir nada para poder construir esta asamblea.

Así, proponen una Asamblea Constituyente con constituyentes elegidos democráticamente para ese único fin, usando los actuales distritos electorales y el método D´Hondt para la distribución de los electos.

Explicó que plantean los actuales distritos electorales pues se busca que la asamblea cautele la proporcionalidad y la representatividad y que se descartó el sistema de las comunas pues resultaría una asamblea demasiado grande pero binominal, lo que parece excesivo y poco democrático, y si se buscara como territorio electoral a las provincias ocurre que éstas son demasiado heterogéneas, con relaciones de 1:1000 lo que genera serios problemas para cautelar la proporcionalidad y la representatividad, y genera distorsiones en cuanto a número de representantes, y lo mismo ocurre en el caso de elegir a las regiones como territorio electoral.

Comentó que se decantaron por los distritos electorales toda vez que en ese sistema la relación que se da es de 1:100 y se pueden cautelar la proporcionalidad y la representatividad.

Así, partiendo de la base de los 28 distritos electorales, proponen que exista una cuota basal de 5 constituyentes por distrito que da un techo de elegibilidad de modo que los distritos más pequeños tendrían una elegibilidad del orden del 17% para poder ser electos, lo cual no es ni muy alto ni muy bajo. Agregó que luego se aplica un criterio de proporcionalidad de modo que a cada distrito por cada 90.000 electores adicionales, se agrega un constituyente adicional.

Exhibió un cuadro con dichos criterios aplicados a los 28 distritos, del siguiente tenor:

En conclusión, se trataría de 244 constituyentes lo que implica un número bastante manejable, un 33% de la RM y 66% de regiones, el piso serían 3 distritos que elegirían 5 constituyentes (16,7% umbral de elección) y el techo serían 2 distritos que elegirían 13 constituyentes (7,1% umbral de elección).

Desde el punto de vista de los requisitos de candidaturas, listas y pactos, proponen igualar la competencia entre ciudadanía y partidos, requisitos mínimos para ser candidato: no estar inhabilitado para votar y/o un número razonable de firmas de respaldo, los candidatos deben ser presentados en listas con pactos: de partidos, de partidos e independientes y de independientes, igualar las oportunidades para la ciudadanía y se favorece listas de movimientos sociales, gremiales o temáticos (listas de NO+AFP, colegios profesionales, gremios, sindicatos, etc.) y que constituyentes elegidos (independientes o de partidos) no podrán presentarse como candidatos en el siguiente ciclo electoral.

Proponen además las siguientes cuotas de integración:

En cuanto al funcionamiento de la Asamblea Constituyente estiman que antes de que ésta se constituya debieran estar reguladas por ley o reglamento ciertas normas básicas de funcionamiento como la existencia de Presidente y Secretario a nivel Nacional, Regional y distrital, mecanismos de toma de decisiones, publicidad y transparencia de debates y votaciones, vacancias transitorias o definitivas. Otro tipo de normas debieran ser acordadas por los propios constituyentes tales como participación ciudadana y cabildos comunales, regionales y nacional, etc. Planteó que además tienen que haber plazos acotados para su funcionamiento.

Finalmente sugieren la necesidad que la Asamblea Constituyente tenga un financiamiento asociado contemplado en el presupuesto anual de la nación y en el proyecto de ley respectivo, y debe considerar a lo menos lugares de funcionamiento desde el nivel del distrito, hasta el nivel central o de plenario, Equipos Técnicos nacionales, regionales y distritales y financiamiento de los constituyentes con una asignación equivalente a la dieta de un Core y obligación de asistencia a sesiones y la destitución automática para aquellos que no cumplan las obligaciones para lo cual fueron electos.

El diputado Walker (Presidente) agradeció la propuesta por lo práctica y pedagógica en insto a tener cuidado con los asambleístas designados pues todos tienen que ser elegidos sobre una base objetiva.

El diputado Soto, don Leonardo, estimó que la propuesta recién planeada constituía un gran aporte y pidió mayor información respecto de los distritos que considera pues aumentaron la cantidad de electos en relación a la conformación del Parlamento, con lo cual en algunos distritos se observa que se amplifica mucho la distorsión en la igualdad en el voto, que ya es un defecto que está presente.

Preguntó por qué no se mantuvo la cifra de 155 asambleístas tal y como se elige hoy según las proporciones del Congreso.

Por su parte, respecto de la posibilidad de pactos electorales de independientes, mencionó que siempre ha chocado en doctrina este tipo de pactos, justamente porque se trata de independientes, cada uno piensa distinto a otro y lo único que podría unirlos es el ánimo de corregir la distorsión y permitirles competir con otros que van en partidos y sí van en listas.

El diputado Gutiérrez agradeció la exposición pues pone las cosas en un estadio superior viendo cómo se integraría esta asamblea y comentó que su propuesta plantea la sumatoria de senadores y diputados.

Sesión N° 155, de 5 de noviembre de 2019.

El señor Walker (Presidente) señaló que el objeto de la invitación a los ministros era saber el parecer del Ejecutivo sobre el proceso constituyente. Recordó que se encuentran aprobados en general los proyectos de reforma constitucional que establecen mecanismos para modificar la CPR en tal sentido.

El señor Blumel expresó que han seguido con atención el debate. Frente a la compleja situación social, han manifestado la necesidad de escuchar sin arrogarse la representación de las demandas sociales. Han sido testigos de movilizaciones masivas que son fundamentales y sin cerrarse al debate para construir una respuesta que permitan hacerse cargo de manera responsable y con profundidad ante las demandas ciudadanas.

Respecto del objeto de la sesión, manifestó que el Gobierno sigue el debate con interés y a mediano y largo plazo se deben mirar con responsabilidad los temas para construir respuestas. Recordó que Chile Vamos hizo una propuesta en 2016 de gran envergadura que incluía un plebiscito ratificatorio. Del mismo modo, el programa de Gobierno contempla grandes reformas en materia frenos y contrapesos entre el Poder Ejecutivo y Legislativo y también respecto de las atribuciones del Tribunal Constitucional. Del mismo modo, recordó el proceso participativo llevado a cabo durante el Gobierno anterior de la ex Presidenta Bachelet. Expresó que la CPR es el marco principal de nuestra vida en sociedad. Enfatizó que la regla fundamental en cualquier cambio a la CPR debe hacerse mediante los mecanismos que contempla la misma Constitución y ello requiere de un acuerdo amplio, tanto respecto del mecanismo como del fondo, del contenido mismo de la carta fundamental.

Luego destacó que antiguamente se criticaba al parlamento porque sus integrantes eran elegidos a través del sistema binominal, que luego fue reemplazado por un sistema proporcional que ha permitido la existencia de un pluralismo entre quienes integran el Congreso. Luego expresó que quienes se encuentran aquí están legitimados para llevar a cabo el debate constitucional que se contiene en los proyectos en tabla o en otros que eventualmente se presenten. Manifestó la disposición del Ejecutivo para conformar equipos de trabajo que permitan conocer y abordar de manera responsable y seria los temas que importan a la ciudadanía.

El señor Ward ratificó lo señalado por el señor Blumel, en el sentido que es deseo del Ejecutivo participar del debate constitucional para través de equipos técnicos y sugerir, si la comisión está de acuerdo, metodologías de trabajo. Insistió que es el Congreso quien debe asumir el debate constitucional. El Gobierno, en tanto va a promover el debate ciudadano, mediante procesos participativos para saber qué quiere la ciudadanía.

El diputado señor Díaz se declaró decepcionado de lo señalado por el señor Blumel ya que a su juicio, estaría repitiendo fórmulas que no contienen propuestas de fondo. Recordó lo dicho por el señor Atria en cuanto un millón de sentencias que declaran la violación de derechos y garantías fundamentales por parte de las ISAPRES.

Declaró que las propuestas incluyen la idea que sea una parte de la ciudadanía que sea elegida para dicho propósito. Recalcó que con la violencia latente que existe, se espera que el Gobierno haga algo más que tomar nota y seguir el debate.

Insistió que no hay tiempo ni espacio para esperar dar una señal a la ciudadanía que quiere y demanda un cambio constitucional en más de un 80%. Expresó que la ciudadanía quiere ser parte del debate constitucional. El punto de arranque es en el Congreso, pero ya no se puede prescindir de la participación ciudadana. Recordó lo dicho por Gastón Gómez en el diario La Tercera, respecto a la lectura del Gobierno frente a este momento: obviar el diagnóstico constitucional de lo que la sociedad reclama.

El problema de la Constitución es tanto ella como la tupida red de leyes de altos quórum que se han dictado conforme a ella. Agregó que lo que el Gobierno y el oficialismo están impulsando hoy es parecido a lo que se hizo durante el segundo periodo de la ex Presidenta Bachelet; recalcó sin embargo que el contexto ya no es el mismo.

Manifestó que si se tuviere que hacer una especie de pre-acuerdo habría un problema de legitimidad institucional y la gente lo vería como un acuerdo de las élites. No se opone a que el Gobierno se abra a los cabildos, pero expresó que ha oficiado para saber el procedimiento y forma de trabajo de los cabildos. Preguntó al señor Ward si en el equipo técnico ofrecido, se encontrarían vedados temas de participación ciudadana o mejor dicho, si es posible debatir allí sobre asamblea constituyente y debate constitucional.

El señor Hirsch señaló que es la ciudadanía en un porcentaje altísimo que demanda una nueva constitución y, en un alto porcentaje también, que esto sea a través de una asamblea constituyente. Expresó que le llamó la atención que el Gobierno de entrada proponga que sea el Congreso el lugar del debate constituyente. La demanda por una nueva constitución es de larga data y lamentó que se haya llegado a este punto para que el Gobierno escuche, pero insistió que deben escuchar bien, porque la gente quiere participación.

Agregó que no están las circunstancias institucionales en el Congreso para dicho debate ni tampoco para que unos pocos iluminados lo hagan. Si se insiste en esos caminos, no se estará dando solución al problema. Recalcó que lo mismo ocurre materia social, donde también se requieren reformas estructurales.

Insistió que incorporar un plebiscito de entrada, no está fuera de la institucionalidad, es más nadie quiere evadirla, sino por el contrario se puede acordar un plebiscito para consultar a la ciudadanía quien sea la que finalmente decida si quiere o no una nueva Constitución. Consultó al Ejecutivo cómo pretende que la ciudadanía participe en este proceso y recalcó que no puede limitarse a que sean los parlamentarios quienes en su representación lo hagan.

El señor Boric destacó los cambios que ha tenido el debate al seno de la comisión en la medida que las propias movilizaciones los han dirigido. Así, cuando en un primer momento de la crisis no había voluntad de retrotraer el alza a los pasajes, hoy estamos ante la posibilidad de una nueva constitución.

Expresó que todos en este Congreso son parte del problema (los parlamentarios) y en este debate se juega de manera crucial si el Congreso es capaz de colaborar en una solución. Señaló que el Frente Amplio estima que no serán capaces si el Congreso y el Gobierno no entiendan que solos no son capaces.

Expresó que el Gobierno dice que se requiere de un proceso participativo pero institucional pero ello no responde a la problemática de fondo: ¿está el Gobierno disponible para aportar con los votos de la coalición que lo respalda, para abrirse a un proceso constituyente, más allá del propio Congreso, esto es plebiscito y asamblea constituyente? Finalmente señaló que si esto se hunde, nos hundimos todos, como sociedad.

El señor Gutiérrez consultó si conservarán el proyecto de la ex Presidenta Bachelet para poder trabajar con ese proyecto. Declaró compartir los dichos del Presidente Piñera, en el sentido que “debemos ponernos de acuerdo en qué queremos”, puesto que hay que hacer un esfuerzo para llegar a una respuesta.

Manifestó que aceptan con mucha humildad el llamado de la ciudadanía, sin pretender arrogarse nada, sino simplemente preguntarle al pueblo de Chile qué es lo que queremos, esto es, si se quiere o no una nueva Constitución y bajo qué mecanismo. Si se sigue adelante con el proyecto, sugiere que se vote el proyecto y sus indicaciones y que se resuelva en Sala.

El señor Cruz-Coke señaló que en algo acierta el señor Gutiérrez, porque probablemente de los proyectos en tabla el que concita más comunión de propósitos es el proyecto de la ex Presidenta Bachelet (Boletín N°11173-07). Se declaró abierto a debatir una nueva constitución pero ello importa una negociación política respecto del camino a seguir y el mecanismo para hacerlo. Señaló que al escuchar al señor Díaz referirse así al proceso constituyente llevado a cabo durante el Gobierno anterior a través de los encuentros auto convocados y los cabildos, entiende por qué finalmente esa propuesta se fue abandonando. Siente que aquella es una propuesta y una experiencia que puede valorarse nuevamente. Enfatizó que se deben generar mecanismos de participación ciñéndose al actual Capítulo XV de la CPR. Concordó finalmente con que se deben llegar a acuerdos amplios para tales efectos.

La señora Castillo preguntó sobre los conceptos usados durante la intervención de los ministros, en particular, sobre la frase “abrir diálogo” y la noción de “responsabilidad”. Señala que para abrir el dialogo se debe indicar el lugar de donde este partirá. Señaló compartir el diagnóstico de la necesidad de una nueva CPR nacida en democracia que fije reglas del juego. Luego, recalcó que si se comparte el diagnostico, se puede pasar al debate de cómo generar una nueva CPR a través de un proceso participativo y vinculante, luego, si hay intención de habilitar un plebiscito sea en la etapa inicial o final del proceso. Agregó que si la conversación llega solo hasta el diagnostico, que se diga expresamente, para al menos compartir ese diagnóstico, sobre la necesidad de un nuevo trato social. Consultó si esa posibilidad se abre, qué opinión tiene el Gobierno de una asamblea constituyente u otro mecanismo que respete la participación ciudadana.

El señor Alessandri instó a no reparar tanto en el mecanismo sino en el fondo, porque una vez que sepa que se debatirá se establecerá el tipo de mecanismo que será el más idóneo o adecuado para ello. Expresó que a su juicio, debiera ser lo que dice la ciudadanía y también el Parlamento. Agregó que cuando se queman 78 estaciones de metro, ya no es solo un problema del movimiento social, sino de todo Chile. Instó a tener una discusión de fondo, seria y responsable.

La señora Hertz expresó que la impresión que le da del debate es que no se ha entendido nada de nada. El estallido social exige la construcción de un pacto social que hasta hoy el país carece. Expresó que es realmente necesario construir, contener y canalizar lo que está ocurriendo en la calle. Agregó que por cierto, se deben respetar las vías institucionales, pero calificó de noventera la solución que se propone por el Gobierno, puesto que la dilación del construcción del nuevo pacto social no es pertinente. Enfatizó que no se puede llamar a plebiscito sin una fecha determinada y en tal sentido, la propuesta del señor Gutiérrez da respuesta a esa carencia del resto de los proyectos en tabla. Finalmente insistió que no se pueden utilizar los mecanismos existentes porque son los mismos mecanismos desgastados que han propiciado la crisis.

La señora Núñez coincidió con la señora Hertz en que efectivamente no se había entendido nada, porque se insiste en una asamblea constituyente. Expresó que si hay proyectos en los que sí están de acuerdo y otros en los que no. Se declaró disponible para discutir en un congreso constituyente que pueda en un periodo determinado discutir sobre la nueva constitución. Preguntó sobre los cabildos que se están impulsando por el Gobierno, el plazo para realizarlos y su formato, de manera de tener claridad respecto de las fechas y camino a seguir. Señaló que hay que votar el proyecto presentado durante el Gobierno de la ex Presidenta Bachelet y reiteró que su intención es abrirse al debate.

La señora Orsini se sumó a la sensación de frustración respecto de la posición del Gobierno sobre el debate. Respecto de la posibilidad de abrirse a debatir solo a través de la vía institucional, recalcó que nadie quiere hacer una Constitución de facto, esa es la razón por la cual se propone reformar la Carta Fundamental para dar esa opción. Compartió la necesidad de dialogar y recalcó que dialogar, implica siempre, escuchar. Manifestó que ella ha escuchado que lo la gente quiere es una nueva constitución y no una reforma constitucional y preguntó cuál era el miedo de consultar a la ciudadanía si quiere o no una nueva constitución y expresó que en una asamblea constituyente se dará la misma representación de ideas pero con mayor legitimidad, dada por el mecanismo que se quiere instaurar.

El señor Soto, don Leonardo, expresó que tenía altas expectativas sobre la presentación de los ministros frente al estallido social y señaló que hay un vacío concreto de poder. Agregó que hoy el país no está siendo gobernado, no hay un mínimo que permita a cada uno llevar sus vidas.

Señaló que las razones de la fractura son múltiples, pero le tocó a este Gobierno enfrentarla. Declaró que esperaba más porque no hay proyecto político y pretenden que los diputados resuelvan el problema. Señaló que él esperaba una propuesta concreta. Señaló que están dispuestos a darle una mano al Gobierno, para que esto se resuelva de buena forma. Compartió lo señalado anteriormente, en el sentido que a su juicio el Gobierno y la derecha siempre llegan tarde a estos problemas estructurales. La ex Presidenta Bachelet lo hizo en su momento y ellos no estuvieron de acuerdo y hoy quieren poner en votación ese proyecto que le da a la derecha la posibilidad de veto para cada paso del mecanismo que dicha propuesta recoge. Señaló que por tal motivo ese camino ya no es viable. Expresó que la ciudadanía debe ser parte de la solución. Expresó que se profundiza el problema sin una propuesta concreta y recurrir al proyecto de la ex Presidenta Bachelet, es una falsa salida a la crisis que declaró no estar dispuesto a aceptar.

El señor Saffirio manifestó que las frases “hemos estado observando” “estamos disponibles” le provocan una sensación de vacío de poder, porque entre sus prioridades no hay propuestas para afrontar una de las demandas más sentidas de las movilizaciones: el cambio constitucional.

La mirada frente al conflicto se produce en un momento en que se siguen violando los derechos humanos de las chilenas y chilenos. Respecto de eso se asume la misma actitud que en dictadura. Declaró que se trata de un juego perverso, reiterar las esas frases, porque le está diciendo al parlamento que resuelva el problema. Recalcó que es necesario avanzar para asumir las formulas para afrontar las demandas sociales. Expresó que estamos en un momento de alta conflictividad y le parece que esto es un triste espectáculo porque están agobiados porque no se sabe hacia dónde vamos ni tampoco si el Gobierno tiene previsto un proceso para salir de esta crisis.

El señor Soto, don Raúl valoró el cambio de tono de los ministros, ya que el contexto político social exige un cambio de tono y mayor responsabilidad de todos. Sin embargo, enfatizó que no basta la forma, se requiere de un consenso o piso mínimo, que es la necesidad de un cambio constitucional.

Compartió con el señor Díaz que el estado de conflicto no da para ese tipo de salida ni soluciones. Si hay necesidad de cambio, viene enseguida el tema del mecanismo, porque efectivamente es relevante el mecanismo si compartimos o no el diagnostico. Expresó que las protestas en las calles no solo ponen en jaque la institucionalidad política sino también los cimientos de la democracia representativa, a su juicio, tan rígida que no permite que la gente tenga incidencia en la toma de decisiones públicas. Respecto de la frase utilizada por el señor Blumel en el sentido de permitir una “participación institucional” enfatizó que las instituciones no son inamovibles ya que pueden modificarse políticamente. Preguntó al Ejecutivo si están disponibles para correr el cerco de la vía institucional y preguntar a la ciudadanía si quiere o no una nueva constitución para luego decidir el mecanismo.

El señor Coloma respecto de las calificaciones que se han dado durante el debate, señaló que puede no gustarles lo que el Gobierno propone, pero de ahí a las descalificaciones con el tono de ser los portavoces del movimiento social, hay una gran diferencia.

Agregó que el Gobierno dice que hay una forma de reformar la constitución y es la que está en la constitución. Manifestó que no hay un grupo que no entienda nada y otro que sí y que además se avoca la voluntad social. Señaló que el Congreso representa a seis millones setecientas mil personas que los escogieron para hacer leyes, reformas constitucionales e incluso una nueva Constitución. Expresó que le parece extraño lo que se ha sostenido por la oposición durante el debate, en el sentido que hace tres años el Congreso no estaba habilitado para una reforma a la CRP en razón del sistema binominal y hoy a pesar de que dicho sistema se reemplazó por uno proporcional tampoco lo está. Hizo presente además que en diciembre de 2017 al seno de esta comisión el oficialismo –la oposición hoy- tenía mayoría (8 contra 5) y fueron ellos quienes rechazaron la reforma al Capítulo XV que proponía Bachelet. Por lo anterior, hizo un llamado a la oposición a no dar cátedra sobre cómo hacer democracia si hace menos de dos años ellos mismos rechazaron su propia propuesta.

Finalmente, valoró la apertura al diálogo y que estén dispuestos a llegar consensos. Hizo un llamado a hacer plebiscito ratificatorio para saber desde la ciudadanía si lo que se hará, estará bien.

El señor Walker (Presidente) expresó la disposición de la Comisión para la búsqueda de un mecanismo participativo, en la medida que haya voluntad del Gobierno en avanzar en una reforma al capítulo XV.

El señor Blumel señaló que reformar la CPR no es iniciativa única del Presidente de la República. Agregó que hay distintas fórmulas y miradas, y eso es precisamente, la Democracia. Agregó que hay otros mecanismos de participación que se pueden considerar, mirando la legislación comparada en cómo se ha realizan las modificaciones íntegras al texto constitucional.

Respecto de la participación, señaló que se ha hablado de un plebiscito ex ante y luego otro ratificatorio. Agrego que la determinación de cuáles son los mejores mecanismos de participación en este proceso constituyente que se aborda con urgencia, la ciudadanía debe ser escuchada. En tal sentido, anunció que se pondrá en marcha ese proceso muy pronto por el Gobierno y que por tal motivo les parece incoherente plantear una salida al debate constitucional si aún no hay un resultado.

Respecto de los mecanismos para una nueva Constitución se han señalado las alternativas de Congreso Constituyente, Convención Constitucional o Asamblea Constituyente. Señaló que no consideran que el Congreso sea un mecanismo obsoleto dado que hasta hoy se han realizado grandes reformas constitucionales sin que nadie haya reparado en la falta de legitimidad del Congreso para hacerlas. Recalcó que lo que les interesa como Ejecutivo, es entrar al debate de fondo puesto que sería bueno y responsable saber en qué queremos cambiar la Constitución. Instó a formar grupos de trabajo que discutan el mecanismo y también discutan el fondo del nuevo texto. Insistió que esa era la vía del Ejecutivo para encarar el debate, esto es fijar un objetivo y los mecanismos a través de los cuales se resolverán las discrepancias. Finalmente acotó que ya hay proyectos de nueva constitución en el Senado y otras iniciativas para las que también están disponibles para dialogar.

El señor Ward señaló que el Gobierno tomó la decisión política de abrirse y participar en debate constitucional tanto en la Cámara como en el Senado. Agregó que esto constituye un buen punto de inicio para lograr acuerdos Insistió que si bien hay un cuestionamiento al Congreso, ello no deslegitima frente a un debate por una nueva constitución. Del mismo modo, expresó que hay que hacerse cargo desde la institucionalidad para afrontar ese camino y reiteró que desde hoy ponían a disposición de la Comisión los equipos técnicos de trabajo e incluso, si la comisión estaba de hacerse, proponer una metodología de trabajo para definir contenidos y mecanismos.

El señor Walker (Presidente) hizo presente que mañana la comisión está citada para estudiar los proyectos de ley sobre rebaja de la dieta parlamentaria. Propone que el lunes se realice una sesión extendida en Santiago para recibir a profesores de derecho constitucional que puedan exponer sobre mecanismos y procedimientos. Aclaró al Ejecutivo que parte del procedimiento es determinar si el cambio se realizará sobre una hoja en blanco o se partirá del proyecto de la ex Presidenta Bachelet. Señaló que si el Gobierno no manifiesta un ánimo real que se concrete en una propuesta, se votarán los proyectos al final de dicha sesión.

El señor Soto expresó que la controversia de fondo con el Ejecutivo es que para el Gobierno, la única salida es un proceso que se haga por parlamentarios, en el Congreso. Para la oposición en cambio, es la gente quien debe decidir. Si se toma de base el actual quorum de dos tercios, no hay cómo avanzar. Señaló que si el Gobierno quiere de verdad buscar un mecanismo de nueva constitución tiene que renunciar a la idea de que dicho mecanismo solo puede ser el Congreso. Si así no lo hiciere, propuso poner en votación los proyectos y que sea la Sala la que finalmente decida.

El señor Saffirio enfatizó que ésta es la mesa de trabajo (se refiere a la Comisión) y anunció que no participará en ninguna cocina. Agregó que no se puede perder de vista que cuando hablamos de reforma constitucional, los mecanismos de reforma son en sí una discusión de fondo.

El señor Coloma instó a la oposición ponerse de acuerdo respecto a que si ésta es una discusión de fondo y de forma y enfatizó que hay más puntos de acuerdo de los que se piensa.

El señor González hizo un llamado a aprovechar el diagnóstico en común que existe en el oficialismo y en la oposición sobre la necesidad de una nueva constitución, para avanzar en el debate político sobre los puntos en común y buscar acuerdos en aquellos en aquellos que no lo son.

El señor Boric señaló que no es que no exista un acuerdo sobre el fondo, sino respecto a la idea que ese fondo debe ser discutido en un espacio más abierto que el Congreso. Declaró tener la esperanza de que la derecha se abra al diálogo y propuso establecer un plazo para discutir y convencer al Gobierno.

La diputada señora Vallejo expresó que la votación no veta la idea de un debate, al contrario, posibilita el debate político porque finalmente cuando se vota en particular es cuando verdaderamente se toman definiciones sobre los temas. Señaló que el momento político que atraviesa el país no da para dilaciones e hizo un llamado a no temer a las votaciones de las propuestas, puesto que nadie quiere imponer posturas, soluciones o respuestas, porque finalmente quien las tiene, es todo el pueblo de Chile.

El diputado señor Díaz declaró entender que haya fantasmas porque hay un Gobierno que está acorralado y que no cuenta con un proyecto político. Compartió con quienes le precedieron en el uso de la palabra en orden a comenzar la votación de los proyectos.

El señor Fuenzalida señaló que sobre el mecanismo, hay concordancia que debe ser participativo, distinto al que contempla hoy la constitución, la diferencia es que ese mecanismo sea decidido aquí, en el Congreso o que sea definido por la gente. Para él, debe ese mecanismo ser definido por el Congreso para que tener los votos que se necesitan para una nueva Constitución.

El señor Walker (Presidente) solicitó a la Secretaría realizar un listado de los proyectos refundidos y señaló que todas ellas serían tratadas conjuntamente para en la votación particular del día lunes en Santiago.

Sesión N° 157 de 7 de noviembre de 2019.

El señor Walker (Presidente) recordó que los proyectos se encuentran aprobados en general y que cualquier reforma constitucional que se apruebe al seno de la comisión requerirá de los 3/5 de los parlamentarios en ejercicio en la Sala.

Instó al Ejecutivo a sumarse a este proceso a través de una propuesta que contemple un proceso constituyente participativo y democrático. La presente sesión explicó es para ver de qué manera el Gobierno está dispuesto a participar en esta discusión. Reiteró que el lunes se votarán estas reformas constitucionales hasta total despacho.

El señor Galli agradeció la invitación y señaló que estará siempre presente sea personalmente o a través del señor Pavez en la Comisión. Expresó que la postura del Ejecutivo es la misma que fijó el ministro Blumel en la sesión pasada. El Gobierno está estudiando la materia y las diversas propuestas que están actualmente en tabla.

El señor Soto llamó la atención sobre la falta de decisión de este Gobierno ante un espiral de violencia que se incuba cada día y agregó que en su percepción el Ejecutivo no tiene sentido de urgencia y celeridad. Señaló que como Comisión están disponibles para llegar acuerdos, e instó al Ejecutivo tener una postura ante el dilema constitucional. Declaró querer ser parte de la solución pero que es necesario buscar una salida en conjunto con el Ejecutivo.

El señor Boric lamentó la postura del Ejecutivo y expresó que es inexplicable porque la Comisión votará el lunes. Recordó que los han buscado para llegar a un acuerdo que permita que el proyecto sea aprobado por la Sala. Señaló que todos deben ceder algo en el debate y para ello se requiere develar las posturas que tiene cada uno. Declaró no entender que se crea que el Congreso es suficiente para la reforma constitucional. Pidió al Ejecutivo tener una posición al respecto.

El señor Díaz señaló que ha habido un rebrote de la violencia más fuerte del que se ha visto hasta ahora. Agregó que hay un estallido de ira.

Manifestó que si bien el Ejecutivo estaba abierto al debate, ofreciendo incluso una mesa técnica de trabajo, los proyectos serán votados el día lunes.

Agregó que los proyectos amplían las posibilidades de plebiscito. Así se propone un plebiscito de entrada y un mecanismo para el establecimiento de una nueva constitución. Expresó que cualquiera sea el proceso, hay acuerdo en la idea de un plebiscito ratificatorio. Preguntó tanto a los integrantes de la Comisión como al Ejecutivo, si están disponibles para un plebiscito de entrada, declarándose como partidario de dicha idea, porque a su juicio sería una señal a la ciudadanía. Enfatizó que es esta la primera pregunta que cree la comisión debiera pronunciarse.

El señor Cruz-Coke llamó la atención sobre el optimismo respecto de ubicar la materia en tabla como tema central dentro de las demandas ciudadanas. Hizo presente que el actual proyecto es de mediano plazo y sería absurdo pensar que se sacará en poco tiempo. Discrepó con la idea de que el Congreso carecería de la legitimidad para pronunciarse sobre una nueva constitución, ya que cuentan con al menos siete millones de votos que los validan para aquello. Instó a buscar un acuerdo y agregó que de todos los proyecto refundidos, aquel que concita un cierto consenso es el proyecto de la ex Presidenta Bachelet (Boletín N°11.1173-07).

Manifestó no estar de acuerdo con la interpelación constante al Gobierno y señaló que ellos están dispuestos al referéndum ratificatorio. Respecto de los dichos del señor Díaz, expresó que no hay voluntad de diálogo si se pone sobre la mesa el chantaje en base a un apocalipsis social.

El señor Gutiérrez comparte con que debe existir un debate pero señaló que es difícil cuando hay integrantes de la Comisión que están desconectados de la realidad, cuando afirman que la ciudadanía lo que quiere es agenda social. Si se duda de lo que ya ciudadanía opina sobre el proceso constituyente, se le debe consultar entonces si quiere o no nueva constitución. Señaló que se debe entonces concordar un plebiscito de entrada y agregó que lo que la gente quiere es una nueva constitución que salga de una asamblea constituyente.

El señor Hirsch expresó que son evidentes las diversas interpretaciones de lo que está ocurriendo actualmente y agregó que algunas de estas visiones están ya predeterminadas. Señaló que algunos se aferran al “como son las cosas” frente a lo que muestran las movilizaciones de millones personas. Manifestó que no se ha captado lo que quiere la ciudadanía a través de la denominada agenda social del Gobierno, que no obstante, sigue avanzando pero que no resolverá el problema de fondo. Agregó que hay algunos, en cambio, que entienden que lo se quiere es un cambio de modelo.

Calificó de vergonzosa la presentación de los ministros en la sesión pasada donde se esperaba una respuesta de su parte. Como comisión han declarado su disponibilidad para dialogar con el Gobierno, pero vuelven con la misma consigna.

Finalmente indicó los puntos sobre los cuales se requiere llegar a acuerdo y en los que se requiere conocer la opinión del Ejecutivo y tener una respuesta clara: plebiscito de entrada, luego el mecanismo, luego si ese mecanismo trabajará sobre una hoja en blanco o se tomará de base algún proyecto ya existente y finalmente, el plebiscito ratificatorio y el itinerario que proyecta el Ejecutivo para todo este proceso.

El señor Walker (Presidente) aclaró que lo que está haciendo la comisión es invitar al diálogo al Ejecutivo y entiende que están trabajando en ello. Insistió que no se trata de presión ni amenaza, porque hoy nadie tiene una mayoría circunstancial. Señaló que en lo personal está por una salida participativa, y no bastan los cabildos que se están convocando por los municipios y las organizaciones sociales. Enfatizó que es necesario llegar a acuerdos con sentido de urgencia, sin el afán de presionar pero los días pasan y cada uno será juzgado por la historia por lo que hizo o dejó de hacer durante estos días.

A continuación propuso que para la sesión del día lunes sea invitado el Presidente del Consejo Directivo del SERVEL.

– Así se acuerda.

El señor Boric llamó a bajar las barreras y a evitar partir el diálogo de la base del todo o nada. Preguntó al Ejecutivo y al Oficialismo qué es lo que ven como salida constitucional y que entiende que para ellos el Congreso sería la instancia para establecer una nueva Constitución. Agregó que para la oposición en cambio, hay que preguntarle a la gente. Instó a buscar una fórmula sin apuntar con el dedo.

Agregó que aun cuando se contemplen mecanismos participativos, el Congreso no es el lugar para el debate constitucional. Declaró su disponibilidad para definir mecanismos de participación y quórum, composición, etc. Expresó finalmente que si se cierran solo a la opción del Congreso constituyente, esto no va salir y será peor.

El señor Fuenzalida alabó las virtudes del señor Boric en cuanto a ser el llamado para representar lo que efectivamente quiere la ciudadanía. Se declaró perplejo dado que no entendía cómo los seis diputados del Oficialismo que forman parte de la Comisión, habían llegado al Congreso. Acto seguido, aclaró que si están en la Comisión es porque obtuvieron los votos para ello y tienen derecho a decir lo que dicen y a plantear sus dudas. Señaló que el debate aquí es el mecanismo. Se declaró contrario a la democracia plebiscitaria y preguntar todo lo que se quiere a la gente. Hoy el debate aquí sin interpretar la calle como hace la oposición tan perfectamente, es definir ese mecanismo que esté en la Constitución. Hizo un llamado a no mezclar fórmulas. Invitó a dialogar sobre el mecanismo y resolver institucionalmente, concluyó que el diálogo sobre el mecanismo debe realizarse en el Congreso.

La señora Castillo expresó que para que este diálogo avance no debe ser suma cero, sino que debe contar con ciertos consensos y señaló que si no es una nueva Constitución lo que hay que preguntarle a la gente, entonces qué es lo que se les debe preguntar. Manifestó que le costaba empatizar con la postura de no querer un plebiscito y declaró que cree que esta situación no pasa de octubre e indicó que la oposición no son ellos (la oposición política, en el Congreso), es la gente. Señaló que no le están tomando el peso a lo que está pasando, por eso cree que se le debe preguntar a la ciudadanía. Si se sigue dilatando esta respuesta va a reventar, porque la gente está podrida y no quiere más. Expresó que el movimiento social no aguanta dos años, porque en dos años no habrá país y el costo será para todos demasiado alto. Hizo un llamado a dimensionar el conflicto en el que están y no temer a la pérdida de poder sobre la definición del mecanismo. Se debe dar certeza y por último traer una propuesta.

El señor Paulsen expresó no entender la urgencia de votarlo el lunes, puesto que no creía que por votarlo el lunes decantase la movilización social. Manifestó que se debe dar tiempo al Gobierno con los cabildos donde están participando incluso alcaldes de oposición. Lo que interpreta de lo que la gente espera es que se deje de pelear y llegar a un acuerdo mínimo. Si la Oposición exige una respuesta a algo concreto, la respuesta no puede ser a matacaballo. Instó a dejar el espacio necesario al Gobierno para que realice los cabildos e instó a participar en dichas instancias.

El señor Alessandri expresó que hoy Chile es más pobre y desigual que hace 20 días. Recordó que en octubre de 2015 durante el segundo Gobierno de la señora Bachelet, se presentó un proyecto de reforma constitucional que estuvo todo el años 2016 y 2017 sin tramitación (boletín N°11.173). Instó a dar muestras para avanzar en la búsqueda de un mecanismo y bajarle la expectativa a la gente. Recalcó que la Constitución no subirá las pensiones e indicó que un país que entrará en recesión por primera vez en 40 años, no tendrá el dinero para cumplir esas nuevas demandas constitucionales. Finalmente señaló que el debate por una nueva Constitución, no es un tema de dos semanas.

El señor Hirsch expresó que es preocupante escuchar el tono irónico que usa el señor Fuenzalida en su intervención. Expresó que un plebiscito sobre una nueva Constitución es un tema mayor. Estamos en una situación complejísima como país y hay ejemplos comparados de gobiernos que no reaccionaron a tiempo y terminó muy mal para tanto para los gobernantes y para los pueblos. Señaló que hay una suerte de terror atávico a la Asamblea Constituyente y aclaró que ésta estará integrada por hombres y mujeres dedicados a redactar una CPR donde estén todos representados. Para él eso constituye una buena salida, pero tampoco se cierra al debate.

La señora Flores expresó que aquí no hay ningún sector le tema a nada, nadie se ha cerrado al debate o a los acuerdos. Agregó que pretender instalar que la derecha le tema a ciertos temas, es una mentira.

Luego señaló que no porque las cosas se hagan más rápido o con la autoridad moral que algunos se atribuyen de lo que quiere la ciudadanía, se logrará dar una solución y agregó que la responsabilidad es fundamental porque lo que se defina va a regir el futuro de Chile por mucho tiempo.

Manifestó que como partido RN también están trabajando y todos están tomando la posta de lo que se debe hacer. Se declaró cansada del diálogo entre buenos y malos. Lo que menos ayuda es descalificar e instó a no caricaturizar de manera permanente al oficialismo porque están trabajando. Acotó que lo que espera la ciudadanía son respuestas.

El señor Díaz señaló que a los cabildos hay disposición para darle un plazo de 60 días pero no al proceso constituyente. Expresó que según la encuesta CADEM, un 80% de las personas consultadas estarían de acuerdo con una nueva Constitución. Insistió que el proceso constituyente no puede ser a puerta cerrada porque precisamente el Congreso cuenta con una baja aprobación ciudadana.

Agregó que el disenso constitucional ha estado planteado desde siempre y lo de los “grandes acuerdos” en verdad es una “chiva” de la Constitución de Pinochet que le da a la minoría un poder de veto. Señaló que el oficialismo tiene la llave para darle la razón a la calle y aseveró que él, personalmente no se siente vocero de la ciudadanía. Expresó que la gente se cansa de no ser mayoría.

Se declaró partidario por un proceso constituyente con hoja en blanco con un quorum de mayoría absoluta para que no se imponga nada a nadie. Instó a entender que no hay más tiempo porque la crisis se puede agudizar y que la bronca es contra todos, aunque no todos tienen la misma responsabilidad. Finalmente expresó que el lunes será hora de votar.

Sesión N° 158 de 11 de noviembre de 2019.

(Versión taquigráfica)

El señor WARD (ministro Secretario General de la Presidencia).- Señor Presidente, venimos en representación del Ejecutivo, y nos hacemos cargo de ambas invitaciones: una, formal, y la otra, informal, y que había conversado con el ministro del Interior en torno al debate que se está produciendo desde hace un buen tiempo en esta Comisión y que tiene que ver con las mociones que el día de hoy van a ser votadas, luego de su discusión hasta total despacho.

Concurrimos hace algunos días junto al ministro del Interior para ratificar nuestra postura como gobierno en orden a participar activamente del debate constitucional.

Creo que fueron esas las palabras con las que expresamos nuestra decisión política como gobierno de no estar ausentes frente a discusión que en esta Comisión, y también en la Comisión de Constitución del Senado, se estaba produciendo en torno al tema constitucional. Y no solamente en estas dos instancias formales, sino que también a la discusión que se está originando hace algunas semanas en torno a este tema y que ha aparecido en lo que ocurre en la calle y en manifestaciones a lo largo y ancho de todo el país.

Señalamos entonces que, en principio, el gobierno había tomado la decisión política de participar activamente del debate constitucional que, como podrán recordar, con las ideas planteadas en el debate anterior.

En esta oportunidad, en nombre del gobierno y sobre la base de lo que hemos conversado en la Comisión respecto de lo que está ocurriendo en nuestro país, y a una convicción democrática profunda que ha expresado el Gobierno, a través de diferentes autoridades, como una señal de que nos abrimos a iniciar el debate para avanzar una nueva Constitución.

Esto marca un avance y una diferencia con o que se había expresado hace algunos días en esta Comisión.

Quiero ratificar que esa es la decisión del Gobierno, lo cual implica hacer algo distinto a lo que se había anunciado hace algunos días y que significa un gesto de comprensión de lo que está ocurriendo a nivel nacional. También, implica un llamado a la generosidad política que todos debemos tener y también para acercar posiciones.

Antes de explicar más en detalle el contenido de lo que estamos planteando como base para poder avanzar en esta conversación, es fundamental que comprendamos que se requiere acercar posiciones. El gobierno está haciendo eso y me parece que no puede ser leído de otra manera, al manifestar algo distinto a lo que señalamos hace algunos días junto con el ministro del Interior cuando concurrimos a la Comisión de Constitución.

Creemos que el Congreso no puede renunciar a sus funciones tal como le señalaba –hace algunos días- a un diputado, que no forma parte de esta comisión, que a la salida de una reunión que sostuvimos en el Palacio de La Moneda decía que el mandato del Congreso había sido revocado y también el del Presidente. ¡Eso no es así! Creemos que el mandato del Congreso está plenamente vigente y, ¡por supuesto! el del Presidente de la República, elegido democráticamente. Creemos fundamental que el Congreso Constituyente debe ser protagonista de este debate que nos puede ayudar incluso a una nueva Constitución. Ese es el segundo punto que quería señalar.

También, señor Presidente, creemos firmemente que es fundamental fortalecer los procesos de participación. En la sesión pasada, hemos hablado de la importancia de poder conversar con la ciudadanía para obtener más información. Algunos hemos hablado, quizá equivocadamente y no es la palabra más adecuada, de insumos, pero sí de la importancia de tener esta información de la ciudadanía, obtenida a través de todos los canales posibles. Los alcaldes de forma coordinada y organizada están llamando a que la gente se exprese. Como gobierno, eso nos parece muy relevante. Eso debe ser considerado en el seno de un Congreso Constituyente, si se trabaja sobre la base de esta instancia.

Obviamente, es relevante conocer a través del proceso que se está desarrollando qué es lo que la ciudadanía está pidiendo que se haga. Si bien estoy convencido de que el mandato está plenamente vigente, obviamente, hay un cuestionamiento a la representación que tienen los parlamentarios con relación a lo que está ocurriendo en el país. Por eso, como gobierno nos parece relevante profundizar todos los procesos de participación ciudadana posibles en torno al debate constitucional.

Recién mencionaba lo que ocurre en relación con lo que están encabezando los alcaldes. Menciono de manera expresa lo que ocurrió en el gobierno anterior en torno a los cabildos, que creo que también deben ser considerados en el proceso que se lleve adelante en materia constitucional. Creo que es fundamental, más allá del juicio de valor respecto de la cantidad de gente que participó en ese proceso, y sí es relevante tener en consideración lo que ocurrió en el proceso de participación que organizó, protagonizó y convocó el gobierno anterior.

También nos parece relevante que el mismo Congreso, que el día de mañana tenga esta discusión, se abra a considerar otros mecanismos de participación ciudadana. Ahí es necesario tener un espacio de conversación para ver los mecanismos de participación que pueda proponer el mismo Congreso Constituyente.

Como gobierno creemos que para que esto funcione es necesario acercar posiciones y llegar a una propuesta común. Pero un aspecto a considerarse son los plazos. Este proceso debe tener plazos, de lo contrario va a ser una discusión eterna. Aquí hay experiencia comparada de lo que ha ocurrido. Hay experiencias exitosas y otras no tanto, pero todas indican que es necesario conversar en torno a los plazos para que implique un avance en la práctica y no sea una mera declaración de principios.

También creemos que es fundamental, y así lo estima el gobierno, considerar un mecanismo ratificatorio como puede ser un plebiscito posterior a lo que ocurra en el trabajo de esta instancia, donde se debata el tema constitucional. Nos parece fundamental y lo ponemos sobre la mesa. Insisto que aquí hay un planteamiento en torno a ejes en la discusión constitucional, dado el avance que ha decidido tener el gobierno en esta materia, pasando de la participación señalada la vez pasada en el tema constitucional a avanzar en un proceso que incluso nos lleve a una nueva constitución.

Estos son aspectos muy relevantes e insisto en el plebiscito ratificatorio que nos parece importante para que sea la ciudadanía la que tome la decisión en torno a lo que ocurra, el día de mañana, en el proceso que se organice.

Esto solo puede ser comprendido como un avance. Hace pocos días, señalamos una opinión y hoy días estamos avanzando en esa opinión, acercándonos a las propuestas que han hecho algunas personas y esperamos lo propio de los miembros de esta comisión, de la discusión en la Comisión de Constitución del Senado, a la que estábamos hoy citados y nos tuvimos que excusar a raíz de la discusión que estamos teniendo. Desde el punto de vista político, nos gustaría que esto siente las bases de una conversación que nos permita avanzar en el corto plazo. Si bien establecemos que debe haber un proceso con plazos acotados y precisos que nos permitan –insisto- ir más allá de una mera declaración, también debe haber una conversación a corto plazo que nos lleve a quienes hoy somos actores en esta conversación, tanto el gobierno como los miembros de la Comisión de Constitución y quienes quieran participar de esta discusión, a un acercamiento de posiciones a corto plazo. No hablamos de que haya un interés teórico y genérico por parte del Ejecutivo, sino que se traduzca en un acercamiento de posiciones con los parlamentarios, a corto plazo.

El gobierno a través de la Segpres está preparando un planteamiento concreto en torno a los ejes que he comentado. Eso también va a ser presentado en el corto plazo. Por supuesto que hoy no está detallado.

El señor WALKER (Presidente).- ¿Qué significa a corto plazo?

El señor WARD (ministro de Secretaría General de la Presidencia).- Lo podemos conversar, señor Presidente. Pero no nos parece que deba demorar semanas, meses sino acotado en el tiempo.

El señor WALKER (Presidente).- ¿Días?

El señor WARD (ministro de Secretaría General de la Presidencia).- No creo que sea de semanas y meses; déjeme llegar hasta ahí hoy día. Este es un tema que se está trabajando a tiempo completo desde que el gobierno ratifica esta decisión –esto queremos plantear en la comisión- de forma que se tomen las decisiones en esta instancia parlamentaria para poder tener esta conversación y acercar posiciones. Creo que es lo que el país espera de nosotros. Aquí hay un acercamiento del gobierno. Insisto, es poco probable que en todo coincidamos, pero sí hay un gesto político importante del Ejecutivo, y sería relevante que todos tuviéramos la capacidad de comprender que este gesto se exige de parte de todos.

El señor WALKER (Presidente).- Propongo hacer ahora una ronda de preguntas al ministro y luego escuchar al Servel, porque son temas distintos.

Tiene la palabra el diputado Marcelo Díaz.

El señor DÍAZ.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero valorar este cambio de posición del gobierno respecto de la persistencia –voy a citar al Presidente- en perfeccionar y modernizar la Constitución versus a abrirse a una nueva Constitución, porque esa es la demanda de los chilenos: una nueva Constitución y no seguir remendando una Constitución que es parte del problema y no de la solución y porque hay cuestiones que son simbólicas, también. Desde esa perspectiva, lo que los chilenos quieren es fijar, por primera vez en la historia republicana de este país, ellos mismos las reglas del juego. Eso a mi juicio es algo muy esencial.

También quiero valorar cómo se ha vuelto ecuménica la valoración al proceso constituyente que hicimos en el gobierno de la Presidenta Bachelet. Después de tantas críticas, hoy todo el mundo lo valora y celebra y qué duda cabe que para quienes algo tuvimos que ver con ese proceso es motivo de satisfacción.

Pero tengo una diferencia sustancial con lo que ha planteado el Ejecutivo ayer y hoy día. Quiero ser explícito porque si el gobierno está preparando indicaciones, nosotros estamos citados hasta total despacho y es una dificultad para esperar al gobierno para presentar indicaciones. Cuando el ministro dice que no es cuestión de semanas ni de meses, queda como plazo días o semana.

Creo que el Congreso no renuncia a nada si es el Congreso el que habilita el proceso constituyente. Nos estamos haciendo cargo de un juicio de legitimidad que hoy día pesa, no solo sobre el Congreso, sino sobre el conjunto de instituciones públicas, y muy especialmente sobre el Presidente del Republica. Lo que estamos buscando es darle un cauce institucional, que permita la renovación de la legitimidad de nuestras instituciones democráticas, pero también un nuevo pacto social institucional.

El Congreso es tremendamente protagonista y no renuncia a nada al convocar al pueblo a decidir sobre una nueva Constitución o para que decida qué mecanismo o, derechamente, para convocarlo a que sea parte del órgano que va a resolver el texto de la nueva Constitución.

Quiero ser categórico, no va a haber nueva Constitución con lo que el gobierno está planteando. No logro entender qué significa un Congreso constituyente, donde la nueva Constitución va a ser el resultado de la deliberación entre el Poder Ejecutivo y el actual Congreso, con mecanismos de diálogo ciudadano que no vinculantes. Esa no es la clave. No es lo que la ciudadanía nos está pidiendo.

Entiendo lo que el exdiputado y actual ministro Felipe Ward nos dice, pero la verdad, y esta vez quiero ser superexplícito, aquí no se necesita un gran acuerdo. La mayoría en el Congreso estamos disponibles para esto, pero como requiere de un alto quórum, es la coalición que gobierna la que tiene la llave del proceso constituyente.

Ustedes tendrán que decidir si ejercen su poder de veto o permiten que lo que demanda la mayoría de los chilenos, y que se expresa también mayoritariamente en este Congreso, sea viable, a través de una asamblea constituyente. Lo digo, aunque sé que, para algunos, los nombres son catalizadores de miedos y de fantasmas, pero esta ha sido mi posición histórica; no voy a cambiarla ahora. Hablo de una asamblea constituyente elegida con el único mandato y propósito de elaborar un nuevo texto constitucional. El mecanismo no es indiferente en esta vuelta.

Cabe mencionar que lo que presentó el entonces ministro Fernández en su momento, o el gobierno anterior, fue algo distinto a lo que se había conversado originalmente, que era plebiscitar los mecanismos.

Respecto del plebiscito ratificatorio, estamos todo de acuerdo, y sobre los plazos, también estamos de acuerdo en que esto es superacotado; el plazo para convocar a un plebiscito para dar curso al proceso constituyente y el mandato de ese órgano tiene que ser acotados. No podemos tener una asamblea constituyente que dure cuatro años. Eso no es razonable.

La verdad es que todavía es un poco críptico el mensaje del gobierno y quizás es bueno que así sea, porque se están preparando indicaciones. Hay que darle ese espacio al gobierno para que vaya poniendo las cosas negro sobre blanco o blanco sobre negro, pero si por Congreso constituyente uno debe entender que es la sede de este poder legislativo más las atribuciones del Ejecutivo como colegislador las que van a dar como resultado una nueva Constitución, escuchando y haciendo cabildos, tenga por seguro, ministro, que eso no va a caminar ni mucho menos va a ser leído por la ciudadanía como un reconocimiento real de su voluntad constituyente.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Gabriel Boric.

El señor BORIC.- Señor Presidente, por su intermedio al señor ministro, ¿usted sabe cómo se redactó la Constitución de 1833? ¿Y la de 1925? Se lo pregunto porque cada constitución responde esencialmente a los desafíos de una época y hoy, en Chile, estamos viviendo, de manera muy clara, el agotamiento de una.

Valoro, y lo digo explícitamente, que el gobierno entienda que hoy una nueva Constitución es un tema prioritario. Una nueva Constitución es el espacio que tenemos para entendernos como parte de una misma comunidad, en condiciones de iguales.

El problema que tenemos en Chile, del que tenemos que hacernos cargo, nos guste o no -y es una cuestión que tiene que ver con criterio de realidad, no con una valoración moral del asunto-, es que este Congreso, por más legitimidad formal que tenga -porque todos fuimos electos y yo, por lo menos, estoy muy orgulloso de ser un representante de la Región de Magallanes-, no tiene la tiene la legitimidad social para ser el órgano que redacte la nueva Constitución que necesita el pueblo de Chile, porque no va a ser entendida como propia por las mayorías, por la gente que se ha manifestado y que, hoy, transversalmente, independiente de posiciones políticas, apoya, tanto las movilizaciones como la necesidad de una nueva Constitución.

Entonces, cuando el gobierno habla de un Congreso constituyente hace un anuncio, quizás respecto de los temas más relevante que debemos tratar de aquí a cuarenta años, pero es un anuncio ambiguo respecto del cual se generan más preguntas que certezas.

Todos han salido a especular sobre qué significa el Congreso constituyente ¿Acaso significa que este Congreso se transformará en el lugar donde se discutirá la nueva Constitución? Si fuera así no es nada bueno, porque aquí permanentemente estamos discutiendo reformas constitucionales. ¿Acaso se hará en otra instancia, fuera del Congreso, donde participen congresistas y otras personas designadas? Si es así, evidentemente, no respondería, por lo menos desde mi punto de vista, a lo que exige la ciudadanía, que no es solo participación simbólica, formal –y esto es importante que se entienda-, sino que es la capacidad de decidir.

Lo que queremos plantearle al gobierno, ministro Ward, es que hoy, cuando por fin concordamos en que necesitamos una nueva Constitución, no queremos que se haga a través de un mecanicismo insurreccional, que sencillamente olvide lo que tenemos hoy, pese a que no nos guste. A mí no me gusta la Constitución de 1980, pero creo que tenemos que avanzar en función de los mecanismos que propone.

¿Qué propone la Constitución de 1980? ¿Qué establece? Un artículo para reformar la Constitución. ¿Qué es lo que estamos proponiendo hoy acá? Reformar ese artículo, para canalizar mediante una vía institucional una habilitación al pueblo de Chile para decidir una nueva Constitución. ¿Qué significa eso, en concreto? Un plebiscito mediante el cual se le pregunte al pueblo de Chile, ojalá de manera obligatoria, si quiere o no una nueva Constitución. Si la respuesta es sí, que decida bajo qué mecanismo.

Hay algunos, como lo sostuvo el diputado Alessandri ante los medios de comunicación, que creen que debe ser el Congreso el espacio donde se discuta la nueva Constitución. Yo lo discutí con el diputado Bellolio hoy en la mañana. Es su legítima opinión, pero también hay quienes creemos que debe discutirse en un espacio diferente al Congreso actual, con personas electas mediante una votación universal con corrección de género, con cuotas para pueblos indígenas. Si en este proceso quieren participar parlamentarios, deben renunciar a sus cargos y postular a la elección. Por lo tanto, lo que proponemos es que eso se someta a votación.

Si estamos contestes en que necesitamos una nueva Constitución, tenemos que llegar a un acuerdo respecto del mecanismo. Como no podemos llegar a un acuerdo respecto del mecanismo, porque al parecer queremos cosas demasiado diferentes -algunos quieren que sea redactada en el Congreso por los mismos parlamentarios y otros queremos que haya una instancia elegida únicamente para ese fin- ¡Qué el pueblo decida, entonces!

Ministro, ¿sabe cuál es el problema? Se les está acabando el tiempo y si, como gobierno, no toman una decisión rápida respecto de cómo dar una apertura política, que implique una solución a esta crisis, esta va a seguir profundizándose. Escuche lo que ocurre afuera. Usted, ahora, nos ha manifestado la voluntad del gobierno de discutir una nueva Constitución ¡Bienvenido sea! Pero no ha sido claro respecto de cuál es el mecanismo que está pensando el gobierno para ello.

Soy prístino en esto: que haya un plebiscito, donde se pregunte si el pueblo quiere una nueva Constitución, donde se conteste sí o no y qué mecanismo, donde esté la posibilidad del Congreso, que algunos quieren, y una asamblea constituyente, electa en votación universal, con el único fin de redactar una nueva Constitución.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado René Saffirio.

El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente, voy a tratar de ser lo más sucinto posible, porque, de alguna forma, en las distintas sesiones de la comisión ya cada uno de nosotros ha fijado su posición frente al tema.

Lo primero que quisiera decir es que no es casual que la decisión tomada por el gobierno de abrirse a una nueva Constitución se haya tomado anoche. ¡Anoche!

Hoy estamos sesionando con el ministro secretario general de la Presidencia y ya no estamos conversando acerca de si hay una reforma o de si hay una nueva Constitución. ¡No! Ya estamos conversando sobre la nueva Constitución y la forma de implementarla.

¿Es un avance? Sí. ¿Una decisión adecuada del gobierno? Sí. Pero como es de costumbre ya, de nuevo una decisión tardía.

Dicen que la justicia tarda, pero llega y, otros dicen, que cuando tarda, en realidad, no es justicia. Es aplicable el aforismo.

Lo segundo es que el gobierno vuelve a utilizar un lenguaje elaborado ad hoc para generar confusión, porque no ha sido capaz, ni aun a pesar de las movilizaciones sociales y los efectos que estas han tenido, -y van a seguir teniendo- de renunciar a ninguno de sus dogmas. Claro, porque aunque 1.200.000 ciudadanos en Santiago estén escribiendo en las calles “asamblea constituyente”, el gobierno, como no cree en la asamblea constituyente inventa congreso constituyente, con lo cual lo que busca, que ya es habitual en el gobierno -se lo dije personalmente al ministro del Interior en la sesión anterior- es trasladar hacia el Congreso el conflicto que no ha podido superar el Ejecutivo.

Yo estoy por un plebiscito de entrada, como lo ha señalaba el diputado Boric, creo que esa es una decisión que no es que tenga prioridad, sino una decisión urgente. El gobierno sabe perfectamente que mañana está convocado un paro nacional, una huelga general. ¿Alguien podría razonablemente sostener que no es importante que ya pudiéramos dar una señal, en términos de resolver la convocatoria a un plebiscito de entrada? ¿Y que en ese plebiscito se pudiera contar, a lo menos, con 3 opciones que son las que se ha estado conversando durante largas semanas? La modificación de la Constitución por la vía de las normas vigentes en la actual Constitución; una convención constituyente, que es la que contiene el proyecto de la ex-Presidenta Bachelet, que es una mezcla de 50 y 50 de parlamentarios y de constituyentes elegidos o una asamblea constituyente elegida en un ciento por ciento, opción por la cual yo claramente me inclino.

Ya no estamos, porque en la medida en que va pasando el tiempo, por su intermedio, señor Presidente, al ministro las posturas se van radicalizando, y se van radicalizando, además, en el contexto de una situación social y política cada día más compleja. Entonces, llama profundamente la atención que tengan que esperar hasta un domingo a las 10.30 de la noche para que hasta la 01.00 de la madrugada los miembros de esta comisión tengamos que intercambiar opiniones para los efectos de ver cómo asumimos este nuevo escenario, porque no es baladí lo que estamos resolviendo.

Nosotros, ministro -y creo que puedo hablar en nombre del Congreso, porque soy parte de él- no renunciamos a ninguna de nuestras facultades, pero no renunciamos a ninguna de nuestras facultades y de nuestra legitimidad para resolver cualquiera de los 3 mecanismos, porque estamos constitucionalmente habilitados para modificar la Constitución. En algunos casos, amplios serán los quorum, más reducidos, en otros, pero son parte de nuestras facultades y las estamos ejerciendo.

Esta comisión, y lo señalé al comienzo de esta sesión, tomó el acuerdo de resolver este proyecto -un conjunto de proyectos fusionados- hasta su total despacho hoy día; y yo he señalado ya que no voy a dar la unanimidad que se necesita parar revocar el acuerdo anterior tomado por la comisión.

En consecuencia, este proyecto tiene que ser despachado hoy y ya tendrá que ver el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el Ministerio del Interior y el Presidente de la República si alcanza a llegar, antes que resolvamos este proyecto, con las indicaciones necesarias para que se puedan discutir, analizar y votar antes del término de la sesión.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Leonardo Soto.

El señor SOTO (don Leonardo).- Señor Presidente, por su intermedio, saludo al ministro Felipe Ward y a sus asesores incombustibles que siempre están acá respaldando al gobierno.

Quisiera partir valorando la decisión de anoche de la que nos enteramos todos por la prensa una vez más y que Chile, como dijo el ministro del Interior, va a tener una nueva Constitución.

Ya no hablan de una reforma parcial o de aspectos fundamentales, sino de una nueva Constitución completa, una nueva Constitución de la A a la Z, resuelta por el mecanismo que acordemos, pero una nueva Constitución, y eso marca un antes y un después respecto de lo que hemos vivido.

Hoy día tenemos una Constitución que ha tenido muchas modificaciones -cerca de 40 o, incluso, muchas más-, pero han sido modificaciones superficiales en el margen y que no han cambiado sustantivamente lo que resolvió el constituyente del 80 y que fue un constituyente militar, y eso la gente no lo olvida, y parte también del cuestionamiento y la crítica que tiene la actual Constitución.

Pero que anuncie este gobierno que va a haber una nueva Constitución en democracia lo celebra de verdad, señor ministro, y transmítale mis felicitaciones al ministro del Interior por esta gran decisión. Pero a continuación no tengo sino que criticar también la manera en que hacen el anuncio. Lo hacen después de una reunión de unos pocos, básicamente algunos integrantes de las bancadas de gobierno reunidos con el Presidente en San Damián. Desde ahí toman la decisión y todo el país expectante y plantear que el acuerdo de San Damián es el que se le notifica a todos los chilenos creo que es la manera incorrecta de plantear las cosas.

No sé por qué ni siquiera le consultaron a la oposición, ni siquiera le advirtieron a la oposición o al mundo social. Entonces, ello se hace nuevamente entre 4 paredes, en un barrio exclusivo del barrio alto; y ya que surja de esa manera, en una democracia, que, además, enfrenta dificultades, creo que ustedes mismos se hacen un autogol. En fin, ya está hecho y, sin duda, hay que asumirlo: Va a haber nueva Constitución, lo celebramos, pero a continuación nos notifican que unilateralmente el acuerdo de San Damián decidió que iban a proponer un mecanismo para elaborar la Constitución, que es el que va a redactar, quién la va a redactar, quién la va a escribir y ustedes hablan de un congreso constituyente.

Es una propuesta que tiene muy pocas definiciones, pero la tercera dice un congreso constituyente, es decir, que el texto fundamental, que la Constitución nueva se va a construir en la Cámara de Diputados y el Senado y que va a haber un plebiscito ratificatorio posterior.

Mire, ministro, por su intermedio, señor Presidente, estoy en completo desacuerdo con esta propuesta de que la nueva Constitución, la Constitución que va a resolver los problemas de gobernabilidad, de democracia y de legitimidad que tiene a todo el país paralizado va a surgir en el mismo Congreso que está cuestionado por los mismos actores.

Quiero colocar una línea roja, porque el Partido Socialista no va a aceptar de ninguna manera que la nueva Constitución surja exclusivamente de este Congreso o del futuro Congreso, porque eso es entender nada de lo que está ocurriendo.

Mire, si llegara a surgir algo así, le aseguro que el producto de ello, la nueva Constitución probablemente sería rechazada en un plebiscito posterior, porque la gente no entendería que los que la redactan es el pueblo, sino los representantes del pueblo que son los que están severamente cuestionados. Por eso -digo yo- que esto sería como un segundo autogol y, si no me cree, quiero que vea la historia, porque esto no es nuevo; ya ha existido un congreso constituyente que ha propuesto una nueva Constitución con la firma, incluso, de un Presidente de otra época.

El 2005, el ex-Presidente Ricardo Lagos inició el mismo proceso. Les encargó a diputados y senadores que debatieran y se pusieran de acuerdo en una modificación sustantiva a la Constitución del 80. Y lo hicieron y, además, resolvieron cuestiones que eran bien importantes, como terminar con los senadores designados y otras más. Y, partir de este proceso constituyente en el Parlamento, acordado por diputados y senadores, se hizo una nueva constitución que mantuvo gran parte del texto actual, firmada por el entonces Presidente Lagos, que fue anunciada como la nueva constitución. Resultado: ¿Alguien cree que esa es la nueva constitución que hay que validar como legítima? Desde el día uno posterior a ese acuerdo, la gente entendió que no había cambiada nada.

La demanda de toda la ciudadanía es cambiar la Constitución de 1980 y la modificación de 2005. Ustedes están anunciando un camino que los hechos actuales y la historia resuelven que no tiene sentido y que es un verdadero autogol en legitimidad. Espero que entiendan que Chile ha cambiado, porque la gente se ha empoderado y están en las calles paralizando al país con manifestaciones legítimas. No hablo de la violencia, porque no la comparto; sin embargo, las personas a través de manifestaciones legítimas han paralizado el país y han arrinconado al Congreso y al Poder Ejecutivo.

El país está alterado y la gente empoderada. La gente tomó consciencia de que el poder no lo tiene el Parlamento ni el Ejecutivo, sino ellos. Quieren ser parte de la decisión de lo que venga, no que les informen o que estén en cabildos no vinculantes. Quieren decidir, eso es muy claro.

Insisto en que la gente tomó consciencia de que es el juez supremo en una democracia y lo está demostrando con manifestaciones legítimas.

Lo que debemos hacer, señor ministro, es dar un cauce institucional a esa expresión popular, pero están proponiendo la negación del poder que tiene la gente, y eso no va a resolver el asunto. Lo que están ofreciendo será un ejercicio completamente estéril e inútil.

Para cerrar, hay una dificultad y una discrepancia respecto del mecanismo. Ustedes ofrecen congreso constituyente, pero creemos que el mecanismo debiera ser una asamblea constituyente, elegida completamente por la gente, con reglas establecidas por este Congreso, pero con acuerdo de todos. Ahora, si no hay acuerdo sobre esos mecanismos, estoy totalmente abierto a que un plebiscito los resuelva. No podemos ofrecer a la ciudadanía un bloqueo permanente, donde ustedes quieran un congreso constituyente y otros una asamblea constituyente. Tenemos que dar una solución. Ahí es donde entiendo que el plebiscito permite romper ese bloqueo, pero debemos consultar a la gente el mecanismo, para que decidan. ¿Qué más democrático y puro que aquello?

También se ha planteado cómo avanzamos a partir de esto. No quisiera que avancemos tomando decisiones que después pudiéramos revertir; es decir, decisiones bajo este escenario y mañana el gobierno recapacite –creo que lo va a hacer- y proponga otra cosa. Por eso, tenemos que tener mucho cuidado respecto de qué resolvemos hoy.

Hay un punto en el que podríamos avanzar perfectamente, porque hay acuerdo entre la oposición, el oficialismo y el gobierno, me refiero a la necesidad de tener un plebiscito como mecanismo de consulta nacional para resolver los problemas que la política no está resolviendo. Respecto del plebiscito en el anuncio de anoche el ministro Blumel, dijo: “Si hacemos una nueva constitución la va a tener que aprobar el pueblo, a través de un plebiscito.”.

Por tanto, hoy podríamos aprobar incorporar en la actual Constitución esta herramienta de consulta ciudadana sin apelativos, porque todavía no sabemos si será de inicio o de salida, pero la facultad de que el gobierno, el Presidente, con acuerdo del Congreso convoque un plebiscito es algo que todos compartimos. Si todos los compartimos, es algo que podemos votar hoy.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Hugo Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ.- Señor Presidente, he sido de aquellos que creía que había que retomar el proceso constituyente que había dejado la ex–Presidenta Bachelet. Creía que era el camino más acertado, pero sin duda los acontecimientos han demostrado que es un camino superado.

Habría sido interesante que cuando lo planteó la ex-Presidenta Bachelet hubiese existido más sintonía, porque se habría dado antes un proceso constituyente. Bueno, los mismos que se oponen a una serie de temáticas no supieron palpar o dar importancia a lo que en su momento estaba planteando la ex–Presidenta.

Hoy está superado en gran medida ese proceso constituyente, ofrecido por la ex–Presidenta Bachelet, por lo que hemos presentado una indicación, en la que hemos planteado que se requiere convocar al pueblo de Chile a un plebiscito en el que se manifieste si se quiere una nueva Constitución Política y el mecanismo para confeccionarla. Le hemos puesto una fecha tentativa: 15 de diciembre.

Estamos concordando en algo relevante. Todos estamos de acuerdo con que Chile requiere una nueva constitución política -es una muy buena noticia para el país- y con un plebiscito ratificatorio. Como dijo el ministro: “Nos parece importante que la ciudadanía sea la que se pronuncie”. Además, también estamos de acuerdo con el itinerario, porque cuando dice: “plazos acotados y precisos”, todos entendemos la urgencia.

Entonces, estamos de acuerdo con una nueva constitución, con un plebiscito ratificatorio o referéndum ratificatorio y que los plazos deben ser acotados y precisos.

Tenemos un acuerdo significativo, pero el tema es que no se puede plantear un plebiscito en el que solo se pregunte a la ciudanía si quiere una nueva Constitución, sobre todo después de la experiencia del año 89, donde se hizo una reforma constitucional -específicamente 54- entre cuatro paredes, entre ellas, cambiar de 4/7 a 2/3 el quorum para una reforma constitucional. Esa fue la gran paleteada que hizo la transición para no cambiar nada en otros 30 años. Hay que decirlo, porque al final allí hubo un preacuerdo de gobernabilidad.

Ya experimentamos y vivimos un plebiscito en el año 88 en el que se preguntó por la continuidad del dictador y, posteriormente, si estaban de acuerdo o no con las reformas, pero hoy la ciudadanía quiere pronunciarse sobre el mecanismo. Lo dijo de alguna forma el diputado Soto, si se hace la Constitución entre cuatro paredes, tal como se hizo en el año 89 con un acuerdo político duro y puro, o en el Congreso, como lo hizo el ex–Presidente Lagos, créanme que la ciudadanía va a votar que no.

Saben que ahí tienen los pies de barro, porque pensar que se puede hacer una nueva Constitución Política sin convocar al pueblo y sin que sea el pueblo en una asamblea constituyente el que la haga, créanme que el futuro lo tienen asegurado. No van a aprobar esa constitución y es importante que lo tengan presente.

Hay muchas cosas que han llegado tarde; de hecho, hoy leí a un político que decía que ya estamos todos demás. Hay que hacer una nueva elección para Presidente de la República y para el Congreso. Es decir, ya todos estamos sobrando. ¡Nuevas elecciones generales de Presidente de la República y de Parlamento! Hemos llegado tan tarde que, incluso, lo que estamos discutiendo aquí puede que ya sea tardío y que esa demanda de que todos renunciemos y que haya una convocatoria a nuevas elecciones generales sea lo que se abra camino.

Entonces, seguir dilatando una solución clara y categórica lo único que hará es que aquellos que sostienen que se realicen elecciones generales construyan un camino propio y quedemos todos desfasados planteando una nueva constitución que ya no será siquiera el objetivo primario.

Señor Presidente, teniendo claro que estamos de acuerdo en redactar una nueva constitución política, que estamos de acuerdo en realizar un plebiscito ratificatorio, que estamos de acuerdo en que estos plazos deben ser acotados y espero que el Servel también lo tenga presente que lo que pide el gobierno también son plazos acotados y precisos –como acaba de decir-, lo que nos falta es definir lo que creemos que es lo más idóneo, un plebiscito de entrada, un plebiscito que convoque a la ciudadanía para que se pronuncie si quiere o no quiere una nueva constitución y el mecanismo, porque ya no estamos disponibles para el plebiscito del 88 y del 89, ya no, eso ya pasó y eso será memoria para que, eventualmente, si es que no hay una asamblea constituyente el pueblo se pronuncie en un plebiscito ratificatorio que si lo convocan habiendo hecho la nueva constitución entre cuatro paredes, créanme, ustedes ya saben cuál será la respuesta.

Creo que lo que está diciendo y cantando la gente afuera, el derecho de vivir en paz, ese derecho de vivir en paz supone un nuevo pacto político y ese nuevo pacto político significa un pueblo participando y tomando decisiones relevantes para su futuro en una asamblea constituyente. Pienso que estamos llegando tarde a todo y para no seguir llegando tarde y para que no se nos imponga lo que algunos están planteando ya de elecciones generales, tenemos que resolver esto ahora y lo que tenemos pendiente es que el Presidente de la República o el Congreso Nacional –yo he planteado que sea el Congreso Nacional- convoquen a un plebiscito de entrada y que la ciudadanía diga sí o no a una nueva constitución y cuál es el mecanismo, y creo que ahí podemos ingresar con tranquilidad a ver cómo se construye esa asamblea constituyente y, sin duda, allí podremos encontrar también no tantas diferencias.

Si seguimos por este camino de no dar respuestas rápidas, Señor Presidente, por su intermedio al gobierno, dentro de un tiempo más estarán pidiendo que de este Congreso Nacional se vayan todos para la casa incluyendo al gobierno pero creo que esta es una oportunidad de construir los acuerdos que Chile está exigiendo de verdad y con fuerza, es decir, construir un nuevo trato y ese nuevo trato lo necesitamos.

Hay una serie de dificultades que todos estamos viendo y a las que ya nos estamos anticipando. De hecho, en relación con la asamblea constituyente los partidos políticos van a postular candidatos; imaginen si mañana gran parte de los que van a la asamblea constituyente son integrantes de partidos políticos. Puede que a la gente no le guste, entonces algunos han sostenido que puede ser por sorteo. ¿Será posible hacer un sorteo? ¿El Servel podrá hacer posible que una parte importante de los miembros de la asamblea constituyente salga de un sorteo?

Son preguntas que tenemos que hacernos porque la gente no entenderá que el 90 por ciento de la asamblea constituyente esté formada por militantes de partidos políticos pues, justamente, no quieren la hagamos nosotros y no solo los que estamos en el Parlamento porque hay que aceptar que también hay un repudio general a los partidos políticos.

Entonces, hay muchas cosas que se deben tomar en consideración, señor Presidente, por su intermedio, al gobierno, que no son fáciles para ustedes ni para nosotros

Debemos actuar con rapidez y por eso digo que es fundamental que los plazos sean acotados y ojalá esa urgencia la entienda el gobierno porque los que están esperando son los que están ahora en la calle gritando.

He dicho.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Gonzalo Fuenzalida.

El señor FUENZALIDA (don Gonzalo).- Señor Presidente, en primer lugar, por su intermedio, quiero decir al diputado Saffirio que es posible que el gobierno y el Presidente no sean tan asertivos o tan rápidos como él los es, por lo que espero que nos perdone por eso, pero creo que ayer el Presidente de la República definió un rumbo que es bastante importante para lo que estamos discutiendo acá: el Presidente no dijo modificar la constitución, dijo claramente –y hoy lo ratificó el ministro Ward- que se trata de avanzar a una nueva constitución.

En segundo lugar, el gobierno ha dicho que ese rumbo para esa nueva constitución tiene que ser un congreso constituyente con mecanismos de participación ciudadana. Cuando uno habla de participación constitucional, participación ciudadana, uno entiende que es participación y manifestación de un pueblo lo que representa e interpreta muy bien el diputado Gutiérrez y, finalmente, un plebiscito ratificatorio de lo que haga este mecanismo.

La verdad es que creo que la política sirve a la gente cuando las fuerzas políticas son capaces de ponerse de acuerdo y para lograr ese camino que estableció el Presidente Piñera tenemos que llegar a acuerdos y esos acuerdos no son en base al interés del partido político o al interés de lo que cada uno quiere, sino de lo que es el interés del país, y creo -porque tampoco tengo el patrimonio del país o de la gente- que el país pide a gritos que nos pongamos de acuerdo porque si no lo hacemos lo único que haremos serán puntos políticos y conveniencias políticas y es de eso de lo que está cansada la gente.

El ministro planteó plazos acotados para lograr ese acuerdo y tener el mecanismo pero el diputado Saffirio quiere que votemos hoy, es decir, no quiere establecer un plazo para llegar a esos acuerdos, y sí, será un muy buen punto político, pero si queremos servir a la gente hoy tenemos que tener la humildad y la bondad de ponernos en disposición de llegar a ese acuerdo, como lo están los ministros Ward y Blumel, en un plazo lo más breve posible porque, finalmente, ese acuerdo nos va a dar la posibilidad de que no hagamos lo que cada uno quiere hacer, sino lo que todos cedemos para hacer y para que esta nueva constitución nos interprete a todos porque si no será la piedra en el zapato que nos perseguirá siempre, como nos pasó con el sistema binominal hasta que acordamos establecer el sistema proporcional que hoy tenemos y del que todos nos sentimos parte.

Creo que hoy tenemos una gran posibilidad de poner en segundo lugar nuestros egos, nuestros intereses partidarios y de hablar directamente a nuestro electorado para que en un tiempo breve logremos alcanzar acuerdos, no solo en esta Cámara de Diputados porque este acuerdo se debe lograr con los senadores, y demos el paso para que esta nueva constitución que señaló el Presidente Piñera ayer se logre, si no, todos seremos responsables de que no se logre por las mezquindades, por servirse a sí mismo, por servir a los intereses de cada uno y por el ego personal que cada uno tiene acá.

Finalmente, quiero decirle al diputado Gutiérrez que si quiere un plebiscito de entrada, los días 7 y 8 los alcaldes harán un plebiscito en el que puede participar, y creo que el alcalde Jadue estaría feliz de invitarlo, porque de esa manera tendremos un acto en que también es importante el hecho de que será realizado por los alcaldes, un acto que no minimizo ni lo miro en menos, pues pienso que los alcaldes están haciendo un gran esfuerzo desde sus gobiernos locales para en estos días convocar a un plebiscito que todos debiésemos apoyar y al que deberíamos ir a votar, e incluso el gobierno debería también apoyar y facilitar todos los medios para que se realice de buena manera y aunque no sea obligatorio, pues las conclusiones que de ahí salgan sí nos van a dar una claridad mayor de lo que ayer el Presidente señaló, una nueva Constitución.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Rodrigo González, hasta por 5 minutos…

El señor GONZÁLEZ (don Rodrigo).- Quiero saludar al señor ministro y a sus asesores, a todos los colegas, al director de Servel, me parece muy importante y ojalá sea muy auspiciosa su presencia aquí en esta Sala, para que nos ayude a organizar un plebiscito.

Quiero señalar que ha sido resaltado por todos los parlamentarios de oposición que han intervenido antes, que es my bien venido el anuncio que hizo el Presidente y el ministro Blumel, que podamos trabajar en una nueva Constitución, eso cambia el escenario, porque poco a poco y después de pasar tres semanas o más, se han ido modificando las opiniones del gobierno y es bueno que se modifiquen, porque como decía también el diputado Fuenzalida, aquí hay una organización nacional que nos ha dado un ejemplo de liderazgo, me refiero a la Asociación de Municipios, que ha planteado un camino de salida a través de una consulta ciudadana, en relación a que si los chilenos quieren tener una nueva Constitución, ese liderazgo no lo ha tenido el gobierno –y quiero decirlo con mucha responsabilidad- y tampoco lo ha tenido este Congreso Nacional, esta Cámara de Diputados y por eso quiero resaltar la intervención del diputado Fuenzalida.

Tenemos aquí en esta comisión una tremenda responsabilidad, reside y radica en esta comisión el poder llegar a un acuerdo para no seguir llegando tarde, el gobierno ha llegado tarde y lo reconocen los diputados de gobierno, ha llegado tarde también este Congreso.

Quiero recordar que en la Sala discutimos sobre la salida hace dos semanas y se emitieron 8 proyectos de acuerdo ¿quién le va a hacer caso a 8 proyectos de acuerdo? Todos con contenidos distintos, cada uno de los proyectos de acuerdo se neutralizan unos con otros, no ha habido una respuesta institucional por parte de esta Cámara de Diputados, no ha habido una respuesta institucional de este Congreso Nacional.

Puede haber hoy, en esta comisión, una respuesta institucional votando efectivamente un proyecto en el cual la responsabilidad la tenemos nosotros como diputados, es muy importante que haya hablado el gobierno, pero los diputados somos algo diferentes, aquí tienen que hablar los diputados y cada uno va a ser responsable del futuro de este país, cada uno y cada una de los diputados que están acá.

Yo represento a un grupo de diputados que ha planteado aquí un proyecto que va en el sentido de las intervenciones mayoritarias que se han conversado acá, en el sentido de que podamos convocar al pueblo chileno a decir sí o no, si quieren una nueva Constitución y también a señalar cuál es el mejor mecanismo.

Cuando no hay acuerdo político la única posibilidad es de volver al soberano y preguntarle a las y los chilenos si es que no llegamos a acuerdo político, pero ese acuerdo de llamar a los chilenos, la responsabilidad la tenemos que tomar aquí, en este Congreso Nacional, primero en esta comisión y mañana en la Sala.

Si eso ocurre, vamos a distender esta situación y no vamos a continuar con el daño que ha tenido este país, el daño económico, hemos tenido que renunciar a la COP, hemos tenido que renunciar a la APEC, se ha tenido que postergar la Teletón, las grandes situaciones y la vida de este país están completamente convulsionadas; corremos el peligro de que existan mayores enfrentamientos, la cantidad de vulneraciones a los derechos humanos que se han producido, ¿cuántos globos oculares más queremos que sean dañados sin que demos respuesta?

Quiero llamar a lo que también llamamos en la Sala, que por una vez atinemos como comisión, votemos la posibilidad de llevar a Sala un acuerdo de esta comisión, para que se trabaje en función de un plebiscito donde preguntemos a la ciudadanía y que incluya también el mecanismo.

Estoy convencido de que la posibilidad de decidir a tiempo, que no la ha tenido el gobierno, que no la hemos tenido nosotros, que la ha tenido, pero con una consulta ciudadana que espero que sea muy participativa y que nos dé un gran ejemplo, estoy seguro que la consulta ciudadana de la Asociación de Municipios, con su liderazgo puede llegar a tener una cantidad de millones de votos, incluso mayores que la anterior elección presidencial y ojalá así sea y por eso yo creo que como parlamentarios nosotros también debemos apoyar para que la consulta sea hecha y ojalá en todos los municipios de Chile.

Y quiero señalar, por último, que la responsabilidad hoy, ya que los parlamentarios somos personas autónomas y siempre invocamos la autonomía que tenemos a que votemos con responsabilidad hoy en la tarde aquí en esta comisión, porque creo que no se puede eludir el que haya una votación y que respondamos a lo que la gente hoy nos está pidiendo, que efectivamente tengamos un plebiscito que consulte sobre la manera cómo debe desarrollarse para abrir las puertas y traer oxigeno y darle y una solución y un camino institucional, junto con la nueva agenda económica social; porque también se requiere mejorar esta agenda y también en eso nos están dando un ejemplo los municipios de Chile, ya que están consultando sobre una agenda económico social y además una agenda en las regiones …

El señor WALKER (Presidente).- Gracias diputado.

El señor GONZÁLEZ (don Rodrigo).- Y termino, Presidente, señalando que es muy importante y decisiva la responsabilidad que vamos a tener aquí como comisión.

El señor WALKER (Presidente).- Gracias diputado González, tiene la palabra el diputado Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, quiero partir por valorar las palabras del diputado González.

Primero, comparto plenamente la necesidad de avanzar en una agenda social, que el Presidente Piñera la ha propuesto al país, el Presidente ha dado un margen para iniciar las tramitaciones, estas agendas sociales se pueden agilizar lo más posible, pero se debe destrabar de una vez por todas lo que está ocurriendo con el seguro catastrófico.

Creo que es importante dar señales de poder avanzar en una agenda social más rápida, porque si hay algo donde espero tenemos consenso, es en que la agenda social debe avanzar a una velocidad, que lamentablemente el día de hoy no ha ocurrido.

Aprovecho de saludar al ministro Felipe Ward, al presidente y director del Servel y decir que aquí, efectivamente, se hace imperativo avanzar en acuerdos políticos.

Hace cuatro años atrás nos decían que era completamente imposible porque era binominal; después se puso en votación un proyecto de ley de la ex-Presidenta Bachelet, en esta misma comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y se rechazó la modificación al Capítulo XV, que es exactamente lo mismo que estamos debatiendo hoy.

El exoficialismo, actual Nueva Mayoría, ex-Nueva Mayoría, lo que sea, rechazó modificar el Capítulo XV en esta comisión, hace menos de dos años; entonces cuando nos vienen a dar clases de escuchar, de entender lo que está pasando, de procesos sociales, lo mínimo que espero que realicen es que puedan leer lo que hicieron en diciembre de 2017, donde ustedes rechazaron su propio proyecto.

El Congreso ya no es binominal, ya el proyecto de la entonces Presidenta Bachelet está en curso, hay varios más, pero ahora ya no basta, como decían hace diez días, que tenemos que avanzar en una nueva Constitución, eso tampoco es suficiente, lo que quieren hacer única y exclusivamente lo que ustedes quieren, imponer una forma de cómo modificarla.

Aquí el Presidente se ha abierto a decir que avancemos en una nueva Constitución, hagamos un plebiscito ratificatorio a las modificaciones de la Constricción, pero ¡no! Nuevamente es la asamblea constituyente, y aquí me quiero detener, por su intermedio, por fin el diputado Gutiérrez empieza a dar luces de qué es lo que entienden por asamblea constituyente; porque, yo entiendo que le hagan el quite a hablar de fondo, porque me imagino que no hay nada igual o prácticamente nada igual entre la Democracia Cristiana y el Partido Comunista, supongo, o entre el Parido Radical y el Partido Humanista, supongo, pero ya que le quieren hacer el quite al fondo, el diputado Gutiérrez, por su intermedio Presidente, empieza por fin a hablar de qué es lo que entiende por asamblea constituyente y aquí nos da las primeras luces, primero un sorteo, está bien, es válido que él opine que lo que se debe hacer es sortear a los miembros. Bueno, es una opción. Y después dice: “O quizás hay otra fórmula o una elección sin que participen los partidos políticos”. Lo dijo el diputado Gutiérrez, porque dijo “me imagino que la gente que está afuera no entendería, que el 70, 80 o 90 de los participantes de las asambleas constituyentes sean miembros de partidos políticos”.

Me imagino que lo dice porque su partido representa el 4 y tanto por ciento. Pero independiente de eso, lo que quiere aquí es sacar una parte de la población de la posibilidad de participar en esta asamblea constituyente. O sea, nos dice hasta el momento: o se sortea o se excluyen los partidos políticos, cuestión en la que yo evidentemente no estoy de acuerdo.

Tercero: yo creo que es importante que si quieren en verdad avanzar en un asamblea constituyente de una vez por todas digan cómo, cuál, de qué forma se elige. Porque aquí lo que va a pasar, señor Presidente, es que la asamblea constituyente que está proponiendo la izquierda va a terminar, a mi parecer, con vicios mucho mayores de representatividad que el actual Parlamento. ¿Por qué? Porque va a tener que elegirse –me imagino- a través de un sistema proporcional, sistema que va a dejar elegido a un gigantesco número de asambleístas o como se les llame, con porcentajes del 1, del 0.8, del 0.5 por ciento de la votación. Eso es lo que va a empezar a pasar.

Entonces, también la gente nos va a decir después: sabe qué, estos asambleístas que todavía no sabemos si van a suscribir la y tesis del profesor Atria, que dice que tienen que ser entre 800 y 1.000, o cuántos. Porque tampoco nos dicen cuántos. Nos dicen queremos una fórmula que no les queremos decir cómo es, y saben por qué no quieren decirnos cómo es, porque no saben, porque no se han puesto de acuerdo, porque yo espero que existan diferencias radicales entre la postura del Partido Comunista, del Partido Humanista, la Democracia Cristiana y el PPD, o incluso el Partido Socialista. Porque como no tienen acuerdo respecto del fondo, se van a la forma, y como no tienen acuerdo respecto de la forma, se van al eslogan, porque aquí lo que hay es asamblea constituyente.

Presidente, pido que ojalá nos digan, porque aquí el Presidente Piñera ha sido claro, él ha fijado una hoja de ruta, a uno le puede gustar o no, es legítimo, pero yo le pido, Presidente, que nos digan qué es la asamblea constituyente que ellos pregonan. ¿Cómo se eligen los miembros de la asamblea constituyente que ellos pregonan? ¿Cuántas personas se eligen? ¿Va a haber personas excluidas ex ante, o no? ¿Va a permitirse la participación de los partidos políticos, o no? ¿Van a establecer cupos reservados para cierta categoría o ciertos grupos o ciertas minorías de personas, o no?

Creo que es importante que empiecen a dar luces para comenzar a aclarar qué entienden por asamblea constituyente, porque hasta el momento lo que uno entiende desde acá, y lo digo con mucha humildad, es que como no están de acuerdo en el fondo, se quedan en la forma, y como no están de acuerdo en la forma, se quedan en el eslogan.

El señor WALKER (Presidente).- Finalmente, ministro, quería decir un par de cosas para que podamos responder a las preguntas.

Primero, quiero valorar la apertura del gobierno en cuanto a hablar de nueva Constitución. Hace una semana el discurso del gobierno y de muchos parlamentarios de la coalición de gobierno era que los chilenos no querían una nueva Constitución, que no estaba dentro de sus prioridades.

Me alegro del cambio de discurso, me alegro de la apertura. Obviamente, en esto han influido mucho las manifestaciones pacíficas que hemos visto a lo largo de todo el país exigiendo que exista un proceso constituyente, participativo. La gente demanda participar, los jóvenes demandan participar, y esa es una gran noticia para Chile y para nuestra democracia.

Obviamente, influyó también que hayamos puesto en tabla este proyecto en esta Comisión de Constitución, que lo hayamos aprobado en general, que hayamos decidido, además, refundir todos los proyectos de reforma constitucional de convocatoria de plebiscito y de inicio de un nuevo proceso constituyente, partiendo por el proyecto del gobierno de la Presidenta Bachelet, que se aprobó en general y, quiero recordarlo, gracias a eso pudimos iniciar esta discusión. Solo se había rechazado el inciso primero, diputado Coloma, por una razón. Porque faltaba definir el camino constitucional completo y también cuál iba a ser la conformación de esa convención constitucional, como la había denominado la entonces Presidenta Bachelet, cuáles iban a ser sus atribuciones, su cronograma, y, lamentablemente, ese proceso quedó inconcluso, porque hubo un cambio de gobierno, y claramente este gobierno no tenía dentro de sus prioridades una nueva Constitución.

Pero sí, tal como dijo el ministro del Interior, el gobierno no retiró el proyecto, y eso nos permitió también iniciar su discusión, y creo que también ha influido, y quiero destacarlo, que hay dirigentes dentro de la coalición de gobierno que decidieron cruzar el río, por así decirlo. Quiero decir públicamente que ellos sí estaban a favor de una nueva Constitución a través de un proceso participativo.

Por eso quiero valorar lo que hizo el diputado Mario Desbordes, quiero valorar lo que hizo el senador Manuel José Ossandón o el diputado Gonzalo Fuenzalida, que está presente, y otros que desde la coalición de gobierno se manifestaron públicamente por avanzar hacia una nueva Constitución.

Obviamente, hubo un cambio de tono con el cambio de ministro del Interior, y nosotros celebramos que ese ministro del Interior ayer haya sido el vocero de la disponibilidad del gobierno de invitarnos a este diálogo, como lo ha ratificado hoy el ministro secretario general de la Presidencia.

Yo escuché atentamente lo que dijo ayer el ministro del Interior: “Creo que la palabra Congreso Constituyente es mala, es confusa, se presta, como han dicho muchos acá, para todo tipo de interpretaciones”. Pero yo no escuché en ningún momento que el monstro del Interior señalara el día de ayer que va a hacer este Congreso el Congreso Constituyente; más bien lo que señaló es que había una apertura al diálogo respecto de mecanismos participativos, que es lo que acaba de señalar el ministro de la Segpres -corríjanme después si estoy equivocado-, pero eso es lo que entendí, que hay una apertura del gobierno a abrirse a todo tipo de mecanismos participativos, de manera institucional, democrática y participativa, como lo definió la entonces Presidenta Bachelet, que propuso una convención constitucional.

Técnicamente, tanto la convención constitucional o constituyente como la asamblea constituyente admiten que un ciento por ciento de los delegados asambleístas convencionales sean elegidos pos la ciudadanía. Teóricamente, los politólogos saben que está dentro de las posibilidades que un 100 por ciento sea elegido por la ciudadanía.

Yo creo que hacia eso tenemos que avanzar, hacia un camino en que estos delegados o delegadas sean elegidos por la ciudadanía, que no tengamos delegados designados ni por sindicaros, ni por gremios empresariales, sino elegidos por sufragio universal, igualitario.

Yo creo que es muy importante señalar esto, este proceso no puede responder solamente a intereses corporativos, tiene que ser una convención nacional y popular que represente a todos los ciudadanos.

En eso, algunos han señalado, como el constitucionalista Patricio Zapata en la sesión pasada, que puede haber un porcentaje menor de parlamentarios elegidos por el Congreso Nacional que puedan aportar su experiencia en materia legislativa, política, pero con limitaciones, y se ha planteado, por ejemplo, que no puedan ir a reelecciones o que no puedan presentarse a ningún cargo de elección popular siguiente, si es que ese también va a ser el requisito o la exigencia para todos los delegados a esta asamblea constituyente o convención constituyente.

Estimado ministro, lo que tengo absolutamente descartado, y voy a hablar como diputado no como Presidente de la comisión, es que sea solo el Congreso Nacional el que asuma la competencia de proponer un nuevo texto constitucional al país. Tiene que ser una fórmula donde al menos gran parte de los delegados convencionales, asambleístas, sean elegidos directamente por la ciudadanía.

Por cierto, como ha dicho el diputado Boric, ¿por qué no con cuotas de género, con cuotas para los pueblos originarios? De manera que seamos realmente capaces de construir la casa común que tenemos todos los chilenos.

Por cierto que dentro de estas posibilidades está la de preguntar a los ciudadanos si quieren o no cambiar la Constitución. Yo celebro, valoro y apoyo el esfuerzo de los alcaldes, me parece muy bien porque ha sido un esfuerzo transversal.

Preguntarle a la ciudadanía si quieren cambiar completamente la Constitución, pero después vamos a escuchar el Servel, porque sabemos que ese plebiscito no es vinculante desde el punto de vista jurídico. Puede ser políticamente vinculante, como dijo ayer el senador Ricardo Lagos Weber, pero no es jurídicamente vinculante. Entonces, ¿por qué no podemos establecer también un plebiscito de entrada para preguntar a los chilenos si quieren modificar completamente la Constitución? Sin dejar ripeo en el camino, sin dejar cuestiones sin resolver, como ocurrió con el Brexit en Gran Bretaña que los ciudadanos escogieron una opción contra todos los pronósticos y Gran Bretaña no estaba preparada para la regulación jurídica que en lo… y ahí el rol del Congreso es fundamental.

El Congreso abre la llave, el Congreso fija las reglas del juego, pero es la ciudadanía la que determina finalmente cómo, de qué manera y cuál va a ser el contenido de la nueva Constitución con los quorum que determine esta asamblea constituyente o esta convención constituyente, pero acá quiero reiterar. Nosotros podemos tener una mayoría circunstancial como posición en esta comisión. Mayoría circunstancial que ya la ejercimos al momento de determinar la votación en general: la idea de legislar. Pero para que realmente esto resulte, esta reforma constitucional resulte, abramos esa llave a la ciudadanía, es fundamental tener 2/3 o 3/5 del concurso de los diputados y senadores en ejercicio si realmente queremos cambiar la Constitución, tener una nueva Constitución, invitar a los ciudadanos a poder participar en ella y no nos queremos quedar en algo meramente testimonial. Por eso, quiero invitar a que efectivamente podamos llegar a ese gran acuerdo.

Pero los diputados, y con esto termino, estimados ministros, después podemos abrir una segunda ronda de preguntas, tienen razón de que no tenemos semanas, no tenemos meses, tenemos días y esta no es una presión, es una lectura de lo que nosotros vemos que está ocurriendo en la sociedad chilena, la gente tiene ganas de participar en la elaboración de la casa común, queremos invitar a la gente con un cronograma claro y queremos darle buenas noticias a Chile en ese sentido, ojalá esta semana.

Tiene la palabra el ministro.

El señor WARD (ministro secretario General de la Presidencia).- Señor Presidente, sí. Bueno, por temas de agenda no pude participar de una segunda ronda de preguntas en esta oportunidad.

Primero, quiero agradecer el hecho de que se valore que haya una propuesta distinta a la planteada la semana pasada porque parece que es lógico. Si hay una solicitud que se hace, si hay una postura original del gobierno y hoy hay una postura distinta, más cerca de lo que se ha planteado, creo que lo lógico es reconocer esa decisión política y verdaderamente agradezco que se valore en la mayoría de las intervenciones, quizá en todas, de una u otra forma este cambio, este avance que hace el Ejecutivo en torno a iniciar este trabajo que puede desembocar en una nueva Constitución, lo vuelvo a reiterar.

Señor Presidente, creo que es relevante que exista una disposición, y es una consulta que dejo abierta, pues creo que también es lógico que la hagan personas desde afuera de la comisión a los integrantes de la comisión, al parlamento, si hay una apertura de parte del Ejecutivo a modificar su postura, si el Ejecutivo no muestra una postura rígida en torno al debate constitucional, si después de una semana en que nosotros señalamos que existía la disposición y la decisión política del Ejecutivo de participar del debate constitucional y siete días después o seis días después manifestamos nuestra disposición a iniciar un trabajo que pueda desembocar en una nueva Constitución.

Le hago la pregunta a la comisión, y la hago con el máximo respeto, provengo del parlamento, soy proparlamentario cien por ciento, pero quiero saber si existe una disposición a una apertura respecto de las posiciones. ¿Es mi postura o ninguna en la Comisión de Constitución? Yo creo que no, creo que eso no es lo lógico, y acá obviamente que va a ser difícil buscar acuerdos en todas las posiciones, pero creo que si el gobierno ha mostrado esa disposición, que se ha valorado en la comisión, quiero saber si existe esa apertura, esa disposición por parte del parlamento.

Se critica la forma, yo insisto, hace seis días teníamos una postura que dimos a conocer en la comisión. A mi parece que es más relevante el contenido que la comuna. Es la que se comunica por primera vez una decisión del Ejecutivo, después de una conversación en la casa del Presidente, es mi opinión, déjeme darla, me parece que es más relevante el contenido que la comuna, y creo que hay que ver el vado medio lleno.

Aquí estamos acercando posiciones. El mismo diputado Gutiérrez señalaba en los conceptos y en los ejes donde tenemos acuerdo, donde hay avance: plebiscito ratificatorio, plazos, apertura a modificar, incluso teniendo una nueva Constitución, cómo no vamos a entender que eso es un avance. Estoy seguro que no tiene otra lectura, por eso insisto, se agradece profundamente el hecho de que se valore esa disposición.

Hay muchas consultas que se plantean de parte de distintos parlamentarios en torno a los ejes que hemos dado a conocer como Ejecutivo y le quiero pedir disculpas a los otros invitados, porque nos hemos demorado un poco más en tener esta discusión y ya tendremos la oportunidad de escuchar los planteamientos que ellos tengan, pero quiero señalar que desde la Segpres se está trabajando en la propuesta que hemos descrito hoy en términos generales.

Estamos como Segpres, como gobierno, trabajando en la propuesta que hemos descrito hoy día y cuyos ejes han sido planteados y fueron expresados primero anoche por el ministro del Interior. Estamos trabajando, después de esta comisión vamos a seguir trabajando en esa labor.

Entonces, sí creo que es necesario, sí creo que es justo, es decisión de ustedes en torno a la citación de hoy día, decisión totalmente de ustedes que se respeta si se da un espacio para la posibilidad de que lleguemos a acuerdo y que podamos acercar posiciones en torno a lo que estamos planteando.

A nosotros nos gustaría que existiera ese espacio de conversación e insisto, creo que hay fundamentos a pesar de que ha habido experiencias negativas en el pasado para sostener que en esta oportunidad hay una disposición práctica no teórica a base de lo que señalamos la semana pasada y a base de lo que estamos señalando hoy.

Nos gustaría que existiera ese espacio de conversación dentro de la comisión, fuera de la comisión, con los miembros de la Comisión de Constitución de ambas cámaras, pero claro usted tienen razón en parte muy importante de lo que está ocurriendo en la calle se produce esta decisión política del gobierno, parte importante desde la perspectiva del debate parlamentario es por la decisión que tomó esta comisión, hay que decirlo. Creo que es algo que también hay que incorporar como insumo dentro de la historia de la ley, la historia de lo que ocurra en función de lo que estamos señalando hoy día.

Pero estamos como Segpres, Presidente, y estimados parlamentarios, trabajando en la propuesta que hemos descrito y nos gustaría tener un espacio para que eso siga ocurriendo.

Gracias.

El señor WALKER (Presidente).- Señor ministro, ¿puede quedarse cinco minuto para tres acotaciones que harán en este orden los diputados Boric, Hirsch y Díaz en un minuto cada uno?

El señor BORIC.- Señor Presidente, por su intermedio al ministro, el proceso es tan importante como el resultado, porque es lo que va a asegurar legitimidad a la Constitución que tengamos.

Lo que no termina de quedar claro de las exposiciones que han hecho, pero se insinúa algo por parte de las exposiciones que han hecho los parlamentarios que apoyan al gobierno es si es que la propuesta del gobierno es que sea el actual Congreso el que discuta una nueva Constitución.

Yo le pido que sea muy claro y prístino en ese punto, ¿esa es la propuesta del gobierno? Que sea este Congreso el que discuta una nueva Constitución, independiente de los mecanismos participativos de invitar gente. ¿Es este Congreso?

Si lo fuera, le adelanto de inmediato, toda la oposición lo va a rechazar. No hay espacio, no hay legitimidad social hoy para que sea este Congreso el lugar donde se discuta una nueva Constitución y para terminar de responder al diputado Coloma, qué es lo que nos imaginamos y en esto puede haber matices, y es parte de la discusión posible, de una asamblea constituyente, porque sí lo hemos discutido y no es una abstracción: elección universal, ojalá con voto obligatorio, sin cargos designados, lo que significa ni gremios ni sindicatos ni universidades; sin cargos designados, no representación corporativa y tampoco designación de parlamentarios. Si hay parlamentarios que se quieran presentar, que renuncien a su cargo, es decir, que se establezca la posibilidad de que renuncien, y que vayan a la elección para tal efecto; que tampoco haya vetos. Si alguien dijo que no podían participar los partidos políticos me parece un error tremendo. Todos tienen que tener el mismo derecho a participar; con corrección de género, no menos del 40 por ciento de un género representado; cuotas para pueblos originarios y posibilidad de crear listas de independientes para evitar que sean solo los partidos los que concentren, como pasa en las elecciones parlamentarias.

Eso, mediante un plebiscito de entrada, para que, si ustedes quieren que sea el Congreso, puedan votarlo así, y quienes queremos esta otra fórmula, pueda ser de esta manera, y un plebiscito ratificatorio del texto que finalmente resulte de aquello.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Tomás Hirsch.

El señor HIRSCH.- Señor Presidente, algunos llevamos más tiempo, por los años que tenemos, 38 en algunos casos, demandando una nueva Constitución y a través de una asamblea constituyente. Algunos como candidatos presidenciales incluso tiramos la Constitución anterior a la basura y generó un escándalo en algunos. Eso fue en 1999, hace 20 años, y dijimos que hay una mala Constitución y requiere que se redacte una nueva.

La ciudadanía finalmente ha ido coincidiendo y entendiendo que de todas las demandas que tienen hay algo que, de algún modo, sintetiza, concentra todas esas demandas, y es la demanda de una nueva Constitución. Eso no significa que las demandas sociales hayan quedado de lado, de ninguna manera, pero la gente ha captado perfectamente que en una nueva Constitución está sintetizada la posibilidad de cambiar los paradigmas fundamentales con que funciona la institucionalidad de este país y, por tanto, también los derechos tan cotidianos como la salud, la educación, la vivienda, trabajo, pensiones, etcétera.

Entonces, finalmente estamos todos de acuerdo en que tenemos que avanzar hacia una nueva Constitución, pero no es suficiente. No basta con decir una nueva Constitución. Hay un tema central con cómo generamos esa nueva Constitución; no es solo el contenido, no es solo el artículo equis o doble Y, sino cómo se genera esa Constitución es fundamental. Ahí hay una cuestión de fondo y es que hoy lo que demanda la ciudadanía, ministro, creo que todos lo compartimos, no es tal o cual artículo, sino ser protagonistas.

La participación en la construcción del futuro de nuestro país es el elemento central que está en la demanda ciudadana y no comprender eso es no entender el fondo de la cuestión. El fondo de lo que se demanda es que queremos hacernos cargo de nuestro futuro, lo cual es muy interesante, es muy valioso, sobre todo en un país que no ha tenido educación cívica por tanto tiempo, que la gente comprenda que es fundamental ser activo protagonista del futuro.

Entonces, de ahí llego al tema de cómo generamos una nueva Constitución. Cuando hablamos de asamblea constituyente estamos hablando de que sea la ciudadanía, en un mecanismo ciento por ciento electo, con las posibilidades que plantea el diputado Boric, con cuota de género, pueblos originarios, etcétera, pero que sea electa. Eso es fundamental. Quienes van a generar una nueva Constitución tienen que representar a la diversidad del país.

Ahora bien, en esa asamblea constituyente, que para algunos genera un temor atávico, la verdad que van a estar representadas probablemente desde derecha, centroizquierda, las distintas posiciones culturales, étnicas, religiosas, filosóficas, toda la diversidad de este país, si lo hacemos con un mecanismo proporcional. Por lo tanto, tampoco habría que tenerle tanto miedo a eso, pero el cómo se genera esa Constitución es fundamental. Si lo hacemos de otra manera no vamos a responder al clamor, a la demanda de millones. Lo digo de verdad, más allá del color político que cada uno tenga.

Estoy por una asamblea constituyente y lo he estado siempre, pero estamos totalmente disponibles para que se le consulte a la gente, que se le pregunte si está por una nueva Constitución. Nosotros estamos por una nueva Constitución, pero preguntemos a la ciudadanía para ver qué dice.

Segunda pregunta. ¿Cuál es el mecanismo que usted cree que es más adecuado? Yo creo que una asamblea constituyente, pero la gente tiene el derecho.

Entonces, usted nos pide más apertura, ministro. Yo creo que esto es bien simple, es consultar a la gente. Esa es la esencia de la democracia. Entonces, me cuesta mucho entender –de verdad lo digo- las resistencias. ¿Por qué tanta resistencia? ¿Por qué tanto miedo a la consulta a la ciudadanía? El resultado no lo sabemos ni ustedes ni nosotros. Es válido que la gente se pronuncie y es válido que lo haga, de acuerdo a lo que le parezca más adecuado.

Hoy tenemos que avanzar en esa dirección y eso no puede esperar. Me parece que se discutía aquí si son semanas o meses. Yo creo que estamos hoy frente a la disyuntiva de tener que responder a la ciudadanía con una señal muy clara de que la vamos a consultar. Me parece que en el momento en que le entreguemos ese protagonismo a la ciudadanía van a captar que estamos todos disponibles para avanzar en un nuevo camino.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Marcelo Díaz.

El señor DÍAZ.- Señor Presidente, tenemos que dialogar y en eso estamos, pero es clave que el gobierno comience a ser claro. Yo dije, al igual que el diputado Matías Walker y varios más, que no se entiende bien la propuesta del gobierno y voy a hacer un acto de empatía con el ministro, porque imagino que está en un proceso de reflexión, pero, ya que usted vino, voy a decirle que el tiempo se agota, no solamente porque estemos citados hasta total despacho, sino porque se agota socialmente la capacidad de espera de una solución a una crisis. Ya son tres semanas las de movilizaciones. Entonces, es importante que usted se lleve algo claro.

Como no sabemos lo que quieren decir con congreso constituyente ni sabemos cómo participaría la ciudadanía, está claro que no basta con un proceso ratificatorio. La ciudadanía debe ser protagonista en la elaboración de la nueva Constitución, pero insisto, como quiero hacer un acto de empatía con el ministro, ya que la empatía es la que está más de moda hoy, y me parece razonable que así sea, imagino que tienen que definir los contornos de esa propuesta, pero para eso sería bueno que, por ejemplo, la vocera no se mandara una frase diciendo que descarta la asamblea constituyente, cuando todo el mundo lo está pidiendo. Hoy volvió a salir Cadem. Siempre cito a Cadem, no porque le crea, sino porque nadie podría acusar a Cadem de ser un órgano de propaganda del Partido Comunista o de la extrema izquierda. Sube, aumenta la adhesión al cambio constitucional y aumenta la adhesión a la asamblea constituyente, probablemente porque la gente no tiene una idea muy clara de lo que es la asamblea constituyente, pero tiene muy claro que no quiere que sean las élites las que cocinen un texto constitucional. Creo que el gobierno también lo sabe.

Despejado algunos fantasmas, comparto todo lo que ha dicho Boric y le agrego más. El último censo dice que las personas que se reconocen como pueblo originario son el 9,1 por ciento. Ahí tiene el porcentaje de la cuota de pueblos originarios, por ejemplo. Usted dice: mil personas. No, mire, yo creo que una asamblea constituyente va entre 200 y 300 personas, no más, si queremos que sea eficiente.

Los tiempos. No más de 6 a 9 meses. Algunos han planteado un año, pero yo creo que con 9 meses es suficiente, pero, miren, si lo que les asusta es el salto al vacío, porque no hay claridad de qué es la asamblea.

Voy a decir esto. El primer proyecto que está en tabla es de 2006, que se llama asamblea constituyente, y soy uno de sus autores, y he defendido siempre y lo voy a seguir defendiendo. Me da lo mismo cómo se llama. Se llama convención constituyente, pero lo importante es que sea un órgano ciento por ciento elegido por la ciudadanía con este propósito. Si a la derecha lo que le asusta es el salto al vacío, porque no hay contenido, bueno, empecemos a discutirlo porque igual va a haber que discutir en algún minuto el mecanismo. El mecanismo lo tiene que resolver el Congreso. Entonces, empecemos a discutirlo.

Termino con esto. No se trata –para responder al diputado Coloma- de que sean las cosas como nosotros queremos. Se trata de que sea una solución útil para encauzar institucional y democráticamente una crisis, y nada que excluya la participación deliberante y vinculante de la gente en el proceso de elaboración constitucional va a ser una respuesta legítima a ojos de la ciudadanía. Eso lo saben ustedes y lo sabemos nosotros y yo creo que eso es lo que hay que tener presente. La respuesta que el poder político le dé a la ciudadanía debe tener la fuerza, la legitimidad y la capacidad de servir de cauce institucional y democrático para resolver la crisis, y está claro, por más representativos que nos sintamos. Yo no tengo ninguna duda sobre mi legitimidad, mucho menos con este sistema electoral, imagino que Gabriel y cada uno de los que está acá, que el juicio ciudadano es otro y uno debe hacerse cargo de eso.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Leonardo Soto.

El señor SOTO (don Leonardo).- Señor Presidente, solo quiero puntualizar dos cosas. Una, la línea roja que nosotros los socialistas, y creo que gran parte de la oposición, no va a cruzar en esto, que es aceptar un congreso constituyente, es decir, que diputados y senadores, actuales o del futuro, sean los únicos que redacten una nueva constitución. Ese es un ejercicio enteramente inútil, estéril, que no resuelve nada y probablemente agravaría la situación de desgobierno que hoy existe. Mire lo que le digo, agravaría la situación real que hay hoy día.

Un segundo punto que ustedes también debieran renunciar a esto, que lo han usado durante estos 40 años, es la pretensión siempre de resolver cualquier tema por dos tercios del Congreso, porque la maldición de los dos tercios ha impedido que este país vaya adaptando la Constitución a los tiempos, la ha congelado, la ha petrificado y ha provocado gran parte de esta explosión social que hoy día tiene, que se revela frente a esa camisa de fuerza de los dos tercios.

Por lo tanto, si se lleva un mensaje muy claro respecto de la propuesta de Congreso constituyente, que es superconfusa, es que nosotros no vamos a aceptar de ninguna manera esas dos imposiciones de parte del Ejecutivo.

Y, segundo, decir que el acuerdo de mecanismo es fundamental y si hay que precisarlo, porque varios de la derecha lo han pedido, hagámoslo, pongámonos a trabajar.

Presidente, usted convoque 24 horas seguidas esta comisión y nos ponemos a trabajar al servicio del problema y al servicio del país. Podemos y estamos en condiciones de entregar un mecanismo que les dé garantías y seguridades no tan solo a nosotros, sino que a todos los chilenos.

Eso es posible y me comprometo, Presidente, a trabajar el tiempo que usted quiera en esta mesa para resolverlo.

El señor WALKER (Presidente).- Muy bien.

Vamos a sesionar todos los días de ser necesario.

Tiene la palabra el diputado Juan Antonio Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, por su intermedio, al diputado Díaz, qué bueno que diga que todo el mundo y después cite a la encuesta Cadem, que dice que es el 54, es harto, una cantidad importante que quiere asamblea constituyente, pero es la mitad, no es todo el mundo.

Segundo, me imagino que no es todo el mundo cuando el 42 por ciento quiere que sea en base a la Constitución actual, que también es un tema potente, que viene en la misma encuesta que cita el diputado Díaz. El 52, una nueva y el 42 una en base a la actual. Creo que es importante decir eso.

Tercero, lo digo honestamente, qué bueno que el diputado Boric empiece a transparentar cómo sería esta asamblea constituyente. Ahora, lo que él plantea es distinto a lo que planteó el diputado Gutiérrez, pero me gustaría saber ahora si a los asambleístas que van a estar 6 u 8 meses, no sé cuánto tiempo sea, se les va a pagar, por ejemplo.

Un SEÑOR INTERVINIENTE.- Sí.

El señor COLOMA.- ¿Cuánto?

Un SEÑOR INTERVINIENTE.- La mitad de lo que gana usted.

El señor COLOMA.- ¿Qué pasa con el Congreso actual?

El señor WALKER (Presidente).- Silencio, no abramos diálogo.

Escuchemos al diputado Coloma, les he dado tiempo a todos.

Todos han intervenido sin ser interrumpidos, les exijo no interrumpir al diputado Coloma.

El señor COLOMA.- Gracias, señor Presidente.

Se plantean pactos entre independientes, lo que es una contradicción en sí mismo. O sea, una persona independiente es independiente. Entonces, dos independientes que piensan, me imagino que no completamente distinto, pero aunque sea similar son independientes. El pacto entre independientes es algo al menos extraño.

Segundo, vamos a seguir, pero se va a radicalizar los asambleístas del 1 por ciento. Ahora vamos a tener decenas de asambleístas del 0 por ciento, decenas de asambleístas del 0 por ciento. Eso es parte de lo que hay que empezar a transparentar respecto de lo que se pretende o no de una asamblea constituyente.

Después, el número: entre 200 y 300. Es un número no menor de personas, aún cuando algunos, como el profesor Atria, hablan de hasta 1.000.

Decir que cuando se plantea esta asamblea constituyente, me gustaría –y lo digo honestamente- saber algún tipo de documento real respecto de qué es lo que piensan. Porque la sensación que tengo es que como no hay acuerdo en el fondo y no hay acuerdo en la forma, está el eslogan. Y yo creo, honestamente, que cuando el diputado Díaz recién dice: “¿Cuántas personas de pueblos originarios? 9,1. Bueno, entonces, 9,1”, no sé si esa es la postura oficial. Me gustaría saber si esa es la postura oficial de toda la oposición respecto de ello.

Me gustaría saber cuál es la postura, porque un 40 por ciento va para mujeres u hombres como tope mínimo. Bueno, ¿qué pasa con ese 40 por ciento en relación con los pueblos originarios? ¿Cómo se establece? Siento que son temas de fondo, cuando lo que se habla es de un tema que hasta el momento es un eslogan que recién hoy día empieza a tener las primeras respuestas que, además, hay contradicción entre lo que plantea el diputado Boric y el diputado Gutiérrez.

Gracias.

El señor WALKER (Presidente).- Por último, tiene la palabra el diputado Hugo Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ.- Señor Presidente, creo que todos queremos legislar, por eso está acá presente el Servel, no en función de las encuestas.

Justamente, como no queremos legislar en función de las encuestas, sino del sentir ciudadano real, es que estamos diciendo que hagamos un plebiscito para preguntarle al ciudadano si quiere o no quiere una nueva constitución y cuál es el mecanismo en función de la cual se va a hacer esa constitución.

Puede que salga la Cadem, la otra, la de más allá, yo no quiero gobernar ni legislar ni nada en función de eso. La ciudadanía está diciendo afuera con letreros gigantes: asamblea constituyente. Otros están diciendo: nueva constitución. Todos lo sabemos.

La idea es que, de una vez por todas, resolvamos cómo nos apeamos o iniciamos este proceso constituyente. Muchos sostenemos que este proceso constituyente, la única forma de iniciarlo es con un plebiscito, que se convoque al pueblo a preguntarle si quiere o no una nueva Constitución Política.

Gracias.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el ministro para responder las preguntas.

El señor WARD (ministro secretario general de la Presidencia).- Señor Presidente, si queda alguna duda en torno al contenido de los ejes que hemos planteado, les vuelvo a reiterar que es necesario que exista un espacio para que esta propuesta sea trabajada donde tiene que ser trabajada, que es en nuestro ministerio. Y eso está ocurriendo.

Entonces, no sé dónde hay espacio para duda. Sé que lo plantean desde la legítima dudad en torno a los ejes y a la discusión que se pueda tener en torno a ello, pero avanzar hacia una nueva Constitución. Eso es lo que hemos venido a transmitir hoy día a la Comisión de Constitución, que es totalmente distinto a lo que se señaló antes en esta Comisión de Constitución. Creo que eso es relevante, creo que eso es lo que corresponde al contenido más importante de lo que estamos planteando hoy día.

El gobierno está manifestando una postura abierta y lo está demostrando en la práctica. Y la pregunta es si eso puede ocurrir también en esta comisión, yo creo que va a ocurrir, pero es necesario que nos entreguen un espacio para que ese trabajo y esa propuesta sea llevada al papel. Eso es algo que es absolutamente necesario.

El diputado Hirsch preguntaba en torno al plebiscito, claro, uno de los ejes que planteamos en la propuesta es un plebiscito ratificatorio, uno de los ejes que estoy planteando hoy día es un plebiscito ratificatorio. Ese es uno de los ejes de la propuesta que estamos planteando hoy día y que, insisto, es distinto y es un avance, es una novedad, es otro contenido en relación con lo que se planteó hace solo 6 días.

Entonces, sí creo que debe haber un grado de comprensión de parte de la comisión en torno a que hay claridad en relación con los ejes que hemos planteado, que hay nitidez absoluta en torno al anuncio central que ha hecho el gobierno, que corresponde a una decisión política, y eso es lo que queremos trabajar dentro del ministerio que nos toca gobernar.

El señor WALKER (Presidente).- Gracias.

El ministro responde lo que está facultado para responder. También me hubiera gustado que respondiera más, diputado Boric, pero es lo que entiendo está facultado por parte del Presidente a responder por el momento.

El señor BORIC.- Señor Presidente, le preguntaría al azar, a cualquier persona presente, si alguien entendió dónde el gobierno pretende que se haga la nueva Constitución.

Si hay alguien que pueda responderlo...

El señor WALKER (Presidente).- Gracias diputado Boric.

Muchas gracias ministro.

Vamos a escuchar ahora al presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral, don Patricio Santamaría.

El señor SANTAMARÍA.- Señor Presidente, saludo a todos los señores diputados y señoras diputadas.

Una reflexión respecto de lo que planteó el diputado Marcelo Díaz, cuando recibimos la invitación a esta comisión sin duda conversamos en el Consejo Directivo y tengan la seguridad de que si no hubiésemos visto un espacio para una mirada y un aporte técnico en el cumplimiento de lo que es nuestra responsabilidad, hubiéramos declinado la invitación, porque creo que ustedes tienen bastante poco tiempo para resolver temas demasiado relevantes.

Ahora, ¿qué nos movió a venir a esta comisión? El artículo 5° de la discutida, de la debatida Constitución establece que la soberanía reside esencialmente en la nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo, a través de plebiscitos y de elecciones periódicas. Y, también, por las autoridades que esta Constitución establece.

Esto no es algo que haya ocurrido o que se nos haya ocurrido, sino que de alguna manera refleja, y así lo vemos como consejo directivo del Servicio Electoral, en lo que es un derecho humano; está establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, y establece el derecho de todas las personas a participar del gobierno, en su nación directamente o a través de representantes elegidos en elecciones limpias, periódicas y transparentes.

Y es ahí en donde quiero poner el énfasis, porque obviamente tenemos algo que decir; y tiene que ver, más que con los temas de los plazos, con lo que implica garantizar en el caso de una elección general, en el caso de un plebiscito o de cualquier evento electoral que se defina, precisamente, por la expresión a través del voto; señalar que nuestra Constitución y la legislación vigente que, obviamente, puede y debe, en algunos casos, dependiendo de las decisiones que ustedes adopten, ser modificadas, ha señalado una serie de pasos que fijan los plazos.

A raíz de las modificaciones que establecieron que el padrón electoral, vale decir, quiénes pueden ejercer el derecho a sufragio; algunos dirían quienes tienen el derecho, otros diríamos quienes tienen el derecho y el deber, y es algo que también creo que es importante plantear como para discutir en este evento; mañana, de hecho, estamos invitados a Valparaíso para ver ese punto en la Comisión de Gobierno Interior; desde el punto de vista de la conformación de esa nación, de ese pueblo que puede expresarse, a través de diferentes instrumentos o medios, la legislación establece que, previo a cualquier otra definición, como Servicio Electoral tenemos que definir un padrón provisorio; cuándo, 120 días antes de cualquier evento electoral.

Esto tiene sentido, en la medida que hubo un cambio en la legislación que hoy hace que sean varias las instituciones, no solamente el Servicio Electoral, las que definen el padrón electoral. Es lo que se denomina como padrón provisorio. Un padrón provisorio que, además, necesita ser auditado, precisamente, por el hecho de que aquí participan diferentes instituciones como este Congreso, el Ministerio del Interior, el Departamento de Extranjería, el Tribunal Constitucional, el Senado, en algunos casos, para los efectos de conformar este padrón

En el artículo 33, se establece un padrón auditado en los 90 días previos a la elección; vale decir, a los 120 días, establecemos un padrón provisorio que pasa a ser auditado, de acuerdo a la ley, por dos empresas auditoras independientes y de manera exclusiva revisan la conformación del padrón, para los 90 días tener, lo que se denomina, padrón auditado; se publica en la página web del Servicio Electoral.

Aprovecho de plantear que por ley estamos obligados a publicar el nombre, el apellido, el Run, el sexo, el domicilio electoral. Lo digo, porque a veces se nos critica y se nos imputa un supuesto incumplimiento de lo que son normas legales, en circunstancias de que lo que estamos haciendo es, precisamente, cumplir con la ley. Después voy a explicar por qué están importantes este punto; y, además, el número de mesa.

Vale decir, la ley en esto va avanzando y abre, a partir de los 90 días, un plazo de reclamaciones (artículos 48 y 49, de la ley N° 18.556), que permite incluir o incorporar a personas que no están en el padrón o permite excluir que determinadas personas, partidos políticos puedan solicitar la exclusión de personas que no tienen derecho a sufragio.

Se abre ahí un espacio en donde los tribunales electorales regionales, el Tribunal Calificador de Elecciones, después de 10 días publicado tienen que conocer de estas reclamaciones, que en eventos anteriores no han sido menores; ha habido reclamaciones masivas, incluso, solicitando la exclusión de determinados electores por falsedad en el domicilio electoral, cosa que solo es posible en la medida que se publique y que sea, por ende, conocido por todos.

63 días antes de la elección, nosotros recibimos, de parte de la justicia electoral, las resoluciones de inclusión o exclusión de ciudadanos o ciudadanas con derecho a sufragio. Según el artículo 34, 60 días antes de la elección publicamos el padrón definitivo. Esto es coherente con otros plazos que establecen y que regulan la competencia electoral, como en los espacios públicos que no se pueden realizar propaganda, el inicio de la campaña electoral que es 90 días antes; vale decir, en el mismo momento de la declaración de las candidaturas, el inicio de la campaña electoral, propiamente tal, en las calles, a través de brigadistas o por radioemisoras, 60 días.

Lo digo, porque esto también está regulado para el caso de los plebiscitos y los últimos 30 días, hasta el tercer día anterior, para los efectos de lo que es el trabajo o la campaña a nivel territorial en los espacios que defina el Servicio Electoral. Vale decir, si uno quisiera tener claro los plazos que hoy establecen la Constitución y la ley, son de 120 días.

Hay un caso en donde se omite la necesidad de la auditoría, y es en el caso de fallecimiento de uno de los candidatos antes de la segunda vuelta o el caso del impedimento de un Presidente electo para asumir, en donde utilizando el padrón anterior, de la elección anterior, el plazo se reduce a 90 días.

Esa es la situación, desde el punto de vista de los plazos para los efectos de tener en consideración, cualquiera sea, obviamente, la decisión que adopte el Congreso Nacional.

El señor WALKER (Presidente).- Muchas gracias, señor presidente.

Se abre la ronda de preguntas.

Tiene la palabra el diputado Marcelo Díaz.

El señor DÍAZ.- Señor Presidente, la pregunta es bien concreta. Recuerdo que el plebiscito del 89 fue la primera vez que pude votar; se organizó sin estos plazos, fue muy rápido.

Pero es bien insólito lo que nos demoramos en organizar un proceso electoral; o sea, los países europeos convocan en 30 días y se hace la elección en 30 días, pero que tengamos que hacerla en 90 días, imagínense si el Presidente está inhabilitado, hay que esperar 3 meses para tener Presidente electo. Es una locura. Creo que habría que revisar eso.

Pero si la Constitución establece, porque es lo que vamos a resolver, que se debe hacer un plebiscito no antes de 60 días ni después de 120 días; o sea, son completamente plazos excepcionales, distintos de los que nos ha señalado el presidente del consejo directivo del Servicio Electoral, y con voto obligatorio; ¿el Servel está en condiciones de organizarlo bajo esas circunstancias? Ergo, no tiene la obligación de cumplir ninguna de estas normas, porque es una norma especial.

Eso es.

El señor WALKER.- Tiene la palabra el diputado Hugo Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ.- Señor Presidente, para que el director del Servel me corrija. La ley que nos cita, es para las elecciones en general; y los plebiscitos que están regulados en nuestra Constitución, son de un tipo bastante restringido. No es el plebiscito que hemos estado hablando acá, que no está consagrado; el plebiscito que contempla la Constitución solamente se da en dos situaciones muy puntuales, cuando dice esta contradicción entre el Ejecutivo y el legislativo

Es decir, no hay un plebiscito como este el que estamos convocando, en que, en buena cuenta, está siendo convocada la ciudadanía para decir sí o no, sobre una nueva Constitución Política.

Se lo pregunto, porque podría, eventualmente, haber una norma, la misma norma transitoria que nosotros hemos pensado en que se convoque por una sola vez como norma transitoria a un plebiscito, que todos llaman de entrada, en que se pronuncie la ciudadanía si quiere o no una nueva Constitución

Todos esos requisitos que ustedes mencionan del padrón, de la auditoría del padrón, eso sería tan intenso en un plebiscito como el que estamos pensando y que, efectivamente, pudiéramos regular que en un plazo menor al de 120 días pudiéramos convocar y que ustedes pudieran prepararlo para hacerlo, porque no es que ustedes lo tengan reglamentado. Usted habló de un plebiscito, pero no es del que estamos hablando nosotros. No es el que está reglamentado en la ley. Primero quiero que me saque de esa duda. El plebiscito al cual me refería no es del que hemos estado conversando, sino que es más parecido al que se realizó en 1988, eventualmente al de la reforma de 1989. No es el que usted mencionó. Entonces, ¿podría haber una norma constitucional, transitoria, que estableciera convocar, por parte del Presidente de la República o del Congreso Nacional, a un plebiscito en que la ciudadanía se pronuncie sobre si quiere o no una nueva Constitución? ¿Ese plebiscito podría tener una norma transitoria en que esos plazos fueran inferiores eventualmente y que pudiésemos saltarnos todas las auditorías que usted menciona? Porque, al final, lo que se hará es convocar al ciudadano, en el ejercicio de su derecho a la autodeterminación de los pueblos. Qué derecho más relevante es ese.

Asimismo, ya que el director del Servel se encuentra con nosotros, y como recién el ministro dijo que el Ejecutivo le da relevancia a la consulta comunal que se va a realizar por parte de los municipios en Chile, ¿esas consultas pueden tener algún acompañamiento por parte del Servel? ¿Es posible acompañarlos dando el padrón o habilitando urnas para darle más fiabilidad? Por lo que entendimos, el gobierno le da mucha importancia a esas consultas. En consecuencia, para hacerlas más fiables, ya que no son obligatorias y será con voto voluntario, ¿el Servel podría eventualmente ser coadyuvante para el mejor desarrollo de esos plebiscitos o consultas comunales?

El señor WALKER (Presidente).- En la misma línea de lo planteado por el diputado Gutiérrez, en los medios de comunicación leí, lo que me parece muy bien y quiero destacarlo, que el presidente del Consejo Directivo del Servel ya manifestó la plena disposición del organismo en cuanto a apoyar la consulta de los alcaldes en diciembre.

También, quiero hacer una precisión respecto de las fechas. Tenemos muchos medios de comunicación expectantes al desarrollo de esta sesión y mucha gente siguiendo la transmisión de este debate a través del sitio web “democracia en vivo” y del canal de televisión de la Cámara de Diputados. Escuché hablar de 120 días como plazo óptimo para organizar el plebiscito vinculante, porque sabemos que la consulta de los municipios es algo muy valorado y que todos hemos apoyado. Además, me parece algo muy saludable, pero no es vinculante.

Sin embargo, respecto del plebiscito constitucional, legal y vinculante, usted habló de 120 días. Si llegáramos a aprobar el denominado “plebiscito de entrada”, es decir, la convocatoria de los ciudadanos a manifestarse si están de acuerdo con modificar totalmente la actual Constitución, ¿estaríamos hablando de un plebiscito no antes del 1 de abril? Lo pregunto a objeto de que pueda precisar la fecha.

Tiene la palabra el diputado Hugo Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ.- Señor Presidente, por su intermedio, quiero hacerle una consulta al presidente del Servel.

Como el Servel dispone de los padrones, y en la eventualidad de que tengamos asamblea constituyente -espero que así sea-, ¿es posible que el Servel organice sorteos para que ciertos chilenos o chilenas puedan integrar la asamblea constituyente? Es decir, que esas personas no sean motivo de elección, que por sorteo sea sorteado un porcentaje relevante de los integrantes. ¿Es posible que el Servel pueda apoyar un proceso como ese o debería recurrir al Servicio de Registro Civil para que ellos saquen nombres en una tómbola?

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el señor Patricio Santa María.

El señor SANTA MARÍA.- Señor Presidente, obviamente lo que vengo a plantear es lo que se encuentra establecido en la ley y la Constitución. Para eso fui convocado. Esa es la limitación que tiene y a eso me refiero respecto de los plazos.

Si bien como organización autónoma constitucional del Estado tenemos y cumplimos un rol técnico, el máximo rol administrativo desde el punto de vista de la organización de eventos electorales, elecciones y plebiscitos, sin duda estamos absolutamente disponibles no para cumplir la ley, porque una vez cometí ese error y me dijeron “y era que no”, sino…

El señor GUTIÉRREZ.- A cumplir la futura ley.

El señor SANTA MARÍA.- No a cumplir la futura ley, sino a hacer lo que es posible hacer.

Hay una serie de temas que tienen que ver no solo con la disposición de fijar un plazo determinado. Ustedes podrán decir que todo eso se podrá resolver y claramente sí. Por ejemplo, estoy pensando, y más bien concuerdo con lo señalado por nuestro director, pues ha trabajado en ese tema, en temas de compras públicas y que en todas las últimas elecciones hemos tenido que conseguir importación del tipo de papel que establece la ley en una normativa extremadamente regulada.

Entonces, siendo realista, se puede revisar el plazo, pero sin desatender que lo fundamental es dar ciertas garantías y seguridades. Cuando la ley estableció los 120 días, lo intenté plantear, no sé si se entendió, fue precisamente para garantizar que auditoras independientes dieran garantía al país, porque esas auditorías llegan a la Presidencia del Senado, a la Presidencia de la Cámara de Diputados y a la Presidencia de la República, de que estamos trabajando bien, que estamos haciendo bien nuestra tarea, que no hay personas que estén siendo afectadas y que no se afectan derechos tan relevantes como la autodeterminación de los pueblos, como indicó el diputado Gutiérrez. Sin duda, podemos revisarlo porque se trata de una situación excepcional. Insisto, he venido a relatar lo que existe en este momento, que me imagino sufrirá algunos cambios.

Respecto de la consulta comunal, hemos sido bastante claros al respecto. Tuvimos una reunión como Consejo Directivo, ocasión en que invitamos a la Asociación Chilena de Municipalidades para los próximos días, dado que la consulta comunal -como ustedes muy bien saben- es uno de los mecanismos de participación de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, pero distinto al de los plebiscitos comunales. Por ende, deben cumplirse requisitos diferentes y no es vinculante. En ese sentido, hemos apoyado, y lo seguiremos haciendo, cualquier tipo de consulta comunal en lo que podamos hacer, por cuanto somos una institución pública. Además, de acuerdo con el derecho público, podemos hacer aquello que la ley establece. Por cierto, debemos reconocer que tenemos facultades, pero es un debate que deberemos tener en el Consejo acerca de dictar instrucciones de carácter obligatorio y permanente, más ahora que después de 2015 tenemos autonomía constitucional. Ya están ofrecidos los padrones electorales y eventualmente es posible realizar una capacitación y entregar los cronogramas. De alguna manera, nuestros alcaldes y alcaldesas y nuestros concejales y concejalas deben saber que están en este ejercicio democrático todos aquellos aspectos o elementos que deben cumplir para un proceso íntegro.

En cuanto al sorteo, sin duda que podemos hacerlo. Si ustedes optan por el Servicio de Registro Civil, es un tema de ustedes. Nosotros podríamos hacer un sorteo así como hoy las juntas electorales sortean a los vocales, por ejemplo. Hoy, de acuerdo con la ley, los vocales que no son designados por el Servicio Electoral, sin perjuicio de que siempre nos llevamos todos los reclamos, son nombrados por las juntas electorales a través de sorteos. Durante 4 años, esos ciudadanos deben cumplir en los eventos electorales que se produzcan, y es probable que se agregue uno más a los designados hace poco. Entonces, podemos hacerlo sin mayor inconveniente. Además, en los tiempos que corren, sería un honor cumplir con un rol de esas características y condiciones.

En relación con lo planteado por el diputado Díaz, el tiempo de preparación del plebiscito en 1988 y 1989 sin duda fue menor. De hecho, hoy tenemos la posibilidad de organizar, en el evento del fallecimiento de las más altas mayorías en la elección presidencial, y utilizar un padrón anterior. Pero, me da la impresión que, efectivamente, de alguna forma se pueden reducir esos plazos ante la situación que para nadie puede ser desconocida.

Quiero ser bien claro; no sé si en 60 días, porque hay que cumplir una serie de otros trámites. Probablemente, Andrés Tagle lo va a plantear y quiero pedir al señor Presidente que le dé la palabra.

El señor WALKER (Presidente).- Sí, claro.

El señor SANTAMARÍA.- Pero hay que cumplir requisitos respecto de lo que es la propaganda electoral, los accesos.

Vale decir, no nos pidan ni miren la respuesta que estemos dando sobre la base de preguntas o de una situación que desconocemos. Sobre la base de lo que existe, nosotros planteamos lo que hay y nuestra disposición, como organización autónoma constitucional, de colaborar en un buen ejercicio.

Pero quiero terminar con una cita que usé en mi cuenta pública. No fue un tema que se me ocurriera a mí, porque, en realidad, habiendo leído a Ortega y Gasset, algo que podría significar para muchos casi una cosa cavernaria, me llamó siempre la atención, y con esto quiero terminar por lo menos en esta parte, una frase que dice: “La salud de las democracias, cualesquiera que sean su tipo y su grado, depende de un mísero detalle técnico: el procedimiento electoral.

Todo lo demás es secundario. Si el régimen de comicios es acertado, si se ajusta a la realidad, todo va bien; si no, aunque el resto marche óptimamente, todo va mal.”.

Gracias, señor Presidente.

El señor WALKER (Presidente).- Muchas gracias al presidente del Consejo Directivo del Servel.

Tiene la palabra el señor Andrés Tagle.

El señor TAGLE.- Señor Presidente, un poco me quiero referir a la comparación que se hizo con Europa.

Europa tiene sistemas electorales que se basan en la buena fe. Todo en Europa funciona en la buena fe, ni siquiera se exige carné de identidad, en muchos casos, para votar, sino las personas se identifican con los que les llega por correo.

Nosotros tenemos un sistema garantista, o sea, que previene, por así decir, y trata de imposibilitar todo tipo de trampa, fraude y cohecho, entre otras cosas, especialmente cohecho, porque así fue diseñado.

Esa es la lógica que hoy tienen los plazos, los padrones, su auditoría y su control ciudadano, porque la auditoría más los reclamos constituyen un control ciudadano.

Antes eran libros que cada uno de nosotros firmaba, que llegaban a la mesa y el elector podía decir: “Yo estoy en ese libro, yo firmé ese libro.”. Hoy, lo hace un computador.

Entonces, si no hay control ciudadano, es la buena fe que todos ustedes pondrían en el Servicio Electoral.

Sinceramente, le agradecería mucho, prefiero el control ciudadano y creo que, en ese sentido, la auditoría y el derecho a reclamo de un padrón es importante.

Ahora, ¿pueden acortarse esos plazos? Sí y habría que hacer ciertas normas especiales, porque, como dijo el diputado Hugo Gutiérrez, la ley se refiere a plebiscitos en general y existe.

Obviamente, si se dicta un nuevo plebiscito y no se hacen excepciones, esos plazos correrían y entraríamos en una contradicción, salvo que la norma exceptúe esos plazos, que sería lo lógico en ese caso, pero, en el fondo, esos plazos están.

Ahora, hay varias normas de plebiscito, entre otras, no solo están todas las normas de publicidad normales de una elección y que parten 60 días antes, por lo menos, además hay franjas en los plebiscitos, franja pública.

Sí hay un vacío. La ley de gasto electoral consideró a los plebiscitos como los actos electorales regulados por la ley, porque habla de todos los gastos que están en la ley N° 18.700 de votaciones y escrutinios, pero, lamentablemente, no fijó el límite de gasto para una campaña, el aporte privado para los plebiscitos y, tampoco, fijó el aporte público del Estado por voto, ninguna de las tres cosas.

Entonces, esto también debería tenerse en consideración en caso de un plebiscito, si eso se pudiera, de alguna manera, en forma rápida complementar o regular, porque podría ser un vacío de cuánto se puede gastar especialmente y de los aportes privados.

El señor WALKER (Presidente).- Muchas gracias, don Andrés Tagle.

Le damos las gracias al presidente del Consejo Directivo del Servel, al director, a los consejeros que nos han acompañado.

Vamos a hacer un receso que está programado, porque algunos tenemos reuniones en ministerios y en distintas instancias. A las 16.30 horas retomamos.

El aviso de que el Congreso tenía que sesionar hasta las 17.00 horas es solo válido para Valparaíso y no para Santiago, así que podemos seguir sesionando en la tarde sin ningún problema, como está planificado.

Se suspende la sesión.

-Transcurrido el tiempo de suspensión:

El señor WALKER (Presidente).- Continúa la sesión.

Vamos a continuar con la discusión y votación de los proyectos de reforma constitucional refundidos que Modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República, boletines Nos 11173-07, 7792-07, 7769-07, 10193-07, 10014-07, 1263007 y 13024-07.

Para dar cuenta de los reemplazos, tiene la palabra el señor Secretario.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Señor Presidente, se ha recibido el reemplazo de la diputada señora Camila Flores por el señor Diego Schalper.

El señor WALKER (Presidente).- Propongo a la Comisión el siguiente procedimiento:

En la mañana, escuchamos el ministro secretario general de la Presidencia referirse respecto de tener mayor o menor claridad, según sea el punto de vista, sobre la propuesta del gobierno y, ahora, vamos a seguir con la discusión y votación en particular.

Hay un comparado -espero que todos lo tengan-, que tiene 42 páginas, con los proyectos originales de reforma constitucional a diversos capítulos de la Constitución. Hay propuestas respecto de distintos capítulos de la Constitución, hay reformas a los capítulos II, IV, V.

En las 42 páginas del comparado, hay distintos proyectos de reforma constitucional y distintas indicaciones parlamentarias a esos proyectos, incluyendo el proyecto de reforma constitucional de la Presidenta Bachelet al Capítulo XV, que, si no me equivoco, está en la página 17 del comparado, el cual es el único mensaje, porque el resto son mociones e indicaciones.

Hay reformas a los capítulos II, Nacionalidad y Ciudadanía; IV, Gobierno; V, Congreso Nacional y XV relativo a las reformas constitucionales. Asimismo, hay propuestas para incorporar un capítulo nuevo, el Capítulo XVI.

Además, hay propuestas de convocatorias de plebiscito, hay proyectos de reforma constitucional, hay propuestas de plebiscito de entrada y propuestas de plebiscito de salida, hay propuestas de convocatoria a plebiscito con acuerdo del Congreso y sin acuerdo de este, y hay propuestas de plebiscito a iniciativa del Congreso Nacional, sin el concurso del Presidente de la República. En resumen, hay distintas propuestas.

Entonces, como no han intervenido todos los diputados, propongo que antes de discutir y votar el comparado, hagamos una ronda de intervenciones, con el objeto de definir la postura de cada uno en cuanto a la discusión en particular y respecto de cada una de esas materias. Hay temas que son más complejos que otros, por ejemplo, en relación con congreso constituyente, convención constituyente o asamblea constituyente. El gobierno se comprometió a hacer una propuesta al respecto. Sin embargo, hay otros temas en los que, tal vez, podríamos avanzar más rápido, como por ejemplo, la convocatoria a plebiscito, que requiere, además, el concurso de 3/5 partes de los diputados y senadores en ejercicios.

La sesión está citada hasta total despacho, tenemos tiempo. A lo mejor, podemos hacer una primera ronda de intervenciones. Varios me han pedido la palabra. Les pido que las intervenciones no se extiendan más de cinco minutos por parlamentario, con el propósito de conocer y fijar las posturas de cada uno de ustedes respecto de los distintos temas.

Entonces, entraremos a la discusión de aquellas materias que puedan ser de más fácil despacho. Propongo que empecemos por la convocatoria a plebiscito, que puede ser el tema menos orgánico, en espera de la propuesta que hará el Ejecutivo en materia orgánica. Asimismo, propongo que revisemos con mayor intensidad las distintas propuestas de convocatoria a plebiscito, propiamente tal, que están en el comparado, tanto en el plebiscito de entrada como de salida, porque puede ser más fácil de resolver hoy. Además, existe una mayor expectativa de parte de la ciudadana al respecto.

Tiene la palabra el diputado Marcelo Díaz.

El señor DÍAZ.- Señor Presidente, no estoy de acuerdo. Primero, heterodoxa, la usamos en el Tribunal Constitucional y no funcionó. Creo que debiésemos, en la discusión en particular, de acuerdo con el comparado, ir fijando posiciones, pero sobre alguna idea en específico, si no se convierte en un debate no del todo estéril, pero sin una dirección clara, podemos terminar hablando de cualquier cosa.

Entonces, como estamos citados a votar en particular, creo que es preferible que vayamos despachando algunos temas que son más sencillos que otros.

Entiendo que tenemos una dificultad, y es que el gobierno no va a llegar hoy con su propuesta, entonces, vayamos arreglando la carga de a poco. Partamos discutiendo, por ejemplo, la primera indicación, que es simplemente para habilitar que se puedan convocar a plebiscito sobre otras materias, lo cual es genérico. Creo que eso facilitaría el debate.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Juan Antonio Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, en una línea similar a la del diputado Díaz, espero que vayamos despachando los proyectos uno a uno. Estamos citados a votar.

Lo otro, tengo entendido que la propuesta de modificación del Capítulo XV, presentada por la ex Presidenta Bachelet, fue votada en particular en la comisión, en diciembre de 2017, y se rechazó con los votos de los exdiputados Chahin y Rincón. Eso es lo que recuerdo. Por lo tanto, no se podría volver a votar en particular algo que ya fue rechazado por esta comisión.

El señor WALKER (Presidente).- Gracias, diputado Coloma. Puede hacer ese planteamiento, una vez que lleguemos a esa reforma constitucional.

La Secretaría ha puesto en el comparado todos los proyectos que están en condiciones de votarse. Según recuerdo, el Secretario me podrá corregir, lo único que se votó, pero no hubo quorum en ese momento, fue el inciso primero de ese artículo en la discusión en particular.

De todas maneras, me llama la atención su comentario, porque el gobierno dijo que el proyecto que más le interesaba era ese. Sin embargo, usted tiene todo el derecho de hacerlo.

Pondré en votación todo lo que la Secretaría puso en el comparado. Sin embargo, puedo precisar, y así lo reforzará el Secretario cuando lleguemos al Capítulo XV, que solo se rechazó en particular el inciso primero, y eso es lo que nos permite poder seguir discutiendo esa reforma constitucional, junto con las otras seis, la cual fue aprobada en general por la comisión, sobre la base de los textos refundidos.

Tiene la palabra el diputado Tomás Hirsch.

El señor HIRSCH.- Señor Presidente, aún estamos preparando y trabajando en algunas indicaciones, así es que pido tiempo antes de entrar al tiempo de votaciones, mientras terminamos de afinar las indicaciones.

El señor WALKER (Presidente).- Por eso hice la propuesta anterior.

Por lo mismo, prefiero que cada uno haga una exposición respecto de su postura personal respecto de la votación en particular. Quiero ver qué grado de acuerdo podemos tener en esta sesión en relación con el despacho de algunos temas, como la convocatoria a plebiscito, pero no sé qué le parece al resto de la comisión.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor VELÁSQUEZ, don Patricio (Secretario).- Señor Presidente, en el comparado se han dividido las indicaciones según las disposiciones de la Constitución Política de la República a las cuales hace referencia. De tal manera que la comisión puede adoptar, en todo caso, el criterio que estime conveniente para los efectos de proceder a la votación. Si hay algún tema en particular que requiera mayor análisis o tratamiento, se puede ir postergando, si así lo acuerda la comisión.

El señor WALKER (Presidente).- ¿Habría acuerdo en destinar cinco minutos por diputado, con el propósito de hacer un planteamiento respecto de cada uno de los temas de la discusión y votación en particular, llámese plebiscito?

No hay acuerdo.

En discusión particular el comparado.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor VELÁSQUEZ, don Patricio (Secretario).- Señor Presidente, la primera indicación de los parlamentarios Boric, Castillo, Díaz, Gutiérrez, Hirsch, Orsini y Soto, intercala, en el artículo 15 de la Constitución Política de la República, después de la palabra “elecciones”, anteponiendo una coma, la palabra “referéndums”, de tal manera que solo podrá convocarse a votación popular para las elecciones, referéndums y plebiscitos expresamente previstos en esta Constitución.

A continuación, la indicación de los parlamentarios Boric, Castillo, Diaz, Hirsch, Orsini, Saffirio y Soto, que introduce una modificación a la Constitución Política de la República en el inciso segundo del artículo 15, sustituyendo la frase “expresamente previstos en esta Constitución” por la siguiente: “conforme a lo dispuesto en la Constitución o las leyes”. De tal manera que quedará, “solo podrá convocarse a votación popular para las elecciones, conforme a lo dispuesto en la Constitución y en las leyes”. En la norma actual solo rige la Constitución esta materia, no las leyes.

El señor WALKER (Presidente).- Sobre este punto, se ofrece la palabra.

Entiendo que hay muchas indicaciones, personalmente he presentado varias. Precisamente, le di la palabra al Secretario para que explique el contenido de las indicaciones. Propongo que guardemos silencio y prestemos atención. Hagamos el debate públicamente, porque lo que la ciudadanía está siguiendo de esta transmisión es lo que hablamos a través de estos micrófonos. De esa manera, todos van a saber qué se está discutiendo y votando.

Señor Secretario, repita y precise, por favor.

El señor VELÁSQUEZ, don Patricio (Secretario).- Señor Presidente, en la página 1 del comparado hay indicaciones que inciden en el artículo 15 de la Constitución Política de la República, que establece los requisitos del sufragio. En su inciso segundo, dicho artículo establece que “Solo podrá convocarse a votación popular para las elecciones y plebiscitos expresamente previstos en esta Constitución”.

La primera indicación agrega referéndums además de elecciones, o sea: solo podrá convocarse a votación popular para las elecciones, referéndums y plebiscitos.

La siguiente indicación reemplaza la frase “y plebiscitos expresamente previstos en esta Constitución” por “conforme a lo dispuesto en la Constitución o las leyes”. De esta manera, quedaría en: “Solo podrá convocarse a votación popular para las elecciones, referéndums y plebiscitos conforme a lo dispuesto en la Constitución Política o las leyes”.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Juan Antonio Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, si mal no entiendo, lo que pretende hacer esta indicación es rebajar el quorum para optar a un plebiscito, porque, al decir “o las leyes”, imagino que esto es lo que permitirá modificar la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, que establece el requisito de 4/7 y no el quorum que tiene esta norma.

Por lo tanto, lo que busca esta modificación constitucional es rebajar y hacer más posible o que se modifiquen con menor quorum todas aquellas materias que están previstas para ser frutos de elecciones, referéndums –en caso que se apruebe- o plebiscitos.

Eso es lo que busca y en lo personal no estoy de acuerdo, de modo que votaré en contra.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Marcelo Díaz.

El señor DÍAZ.- Señor Presidente, precisamente, no; no es lo que busca esta indicación. Lo que busca esta indicación, o esta modificación, es que la institución de los plebiscitos y referéndums sea incorporada en la Constitución, pero además sea una herramienta que pueda ser utilizada por la autoridad, tanto por el Poder Ejecutivo como por el Congreso Nacional, por la vía de una aprobación legal, que no solamente serviría para efectos de una convocatoria a un proceso constituyente, que además está regulado en el mismo proyecto que presentamos los diputados Boric, Castillo, Gutiérrez, Hirsch, Walker, Sepúlveda, Vallejo, etcétera. Está regulado en otra parte, o sea, esto no es la herramienta del proceso constituyente, sino más bien es adecuar nuestra institucionalidad a algo que en la práctica ocurre.

Lo curioso es que en Chile puedan hacer consultas los alcaldes y, en cambio, el Estado no pueda hacer un plebiscito, por ejemplo, para preguntar, como alguna vez lo sugirió el entonces presidente del partido, el diputado Coloma, si se le daba o no mar a Bolivia -no sé si se acordarán de aquella propuesta que hizo el entonces senador Longueira-, u otro asunto de interés, lo que suele ocurrir en muchas democracias del mundo. En Uruguay ocurre; de hecho, se pueden activar ciudadanamente, pero, en Chile, la institución del plebiscito solo está reducida a resolver controversias que se producen entre el Ejecutivo y el Legislativo.

Entonces, esta indicación, y por eso quería partir de esta forma y no quise acceder a su metodología, porque creo que en esta conversación podemos tomarnos los mismos cinco minutos, pero vamos a ir despachando indicaciones que son quizás más sencillas y que nos permitan ir madurando el resto de la decisión, o sea, esto podría permitir, por ejemplo, que el Parlamento apruebe una ley que convoque a un plebiscito para preguntar qué tipo de sistema de seguridad social quiere, o si cree que es necesario proteger los glaciares mediante alguna exclusión de actividades mineras, o matrimonio igualitario, en fin, o incluso las mismas propuestas que el gobierno quiere hacer hoy a través de los cabildos, podría preguntarlas enviando un proyecto de ley al Congreso para convocar a un plebiscito, es decir, nada tiene que ver con el mecanismo de reemplazo de la Constitución, que en el mismo proyecto que lleva estas modificaciones está puesto más adelante.

Entonces, despejo desde ya que la intención de los autores sea rebajar el quorum a 4/7, en lo absoluto.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Gonzalo Fuenzalida.

El señor FUENZALIDA (don Gonzalo).- Señor Presidente, tomo lo que dice el diputado Díaz, pero tengo dos aprensiones. Primero que nada, que no somos un régimen parlamentario. Creo que esta es una herramienta que queda un poco fuera en un sistema presidencial, en el sentido de que finalmente el Congreso puede caer en la mala idea de empezar a plebiscitar todo, y así como puede plebiscitar cosas tan loables como preguntar, por ejemplo, por el matrimonio igualitario o los glaciares, también se podría preguntar sobre la pena de muerte, y eso no me gustaría.

Entonces, creo que puede ser una herramienta que debe tener filtros, y no transformarnos en una democracia plebiscitaria, que finalmente creo que no ayudaría mucho.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Leonardo Soto.

El señor SOTO (don Leonardo).- Señor Presidente, creo que esta indicación o estos boletines, en cuanto quieren dotar a nuestra institucionalidad de la posibilidad siquiera de que un Presidente, con acuerdo de ambas cámaras, pueda convocar a plebiscito en materias de alto interés nacional, creo que llena un sensible y un tremendo vacío que tenemos.

Hoy, en muchas democracias avanzadas se suele preguntar a sus ciudadanos respecto de distintas materias, sobre todo valóricas, que son muy controversiales, y se permite que sean los propios gobernados quienes resuelvan esas materias tan polémicas.

En Chile, lamentablemente, el plebiscito es una herramienta de democracia directa que es fundamental en tiempos de crisis, pero que hoy prácticamente no tiene utilización, porque el creador de la Constitución de 1980, la dictadura militar, utilizó el plebiscito a diestra y siniestra. Nunca antes ni después un gobierno lo ha utilizado tanto. Lo utilizaron en 1978, en 1980, en 1989, pero ellos, al entregar la Constitución, privaron de que gobiernos democráticos pudieran de verdad consultar a la gente, salvo en materias que la propia Constitución establece. Les vedó que por leyes con quorum inferiores se pudiera consultar a la gente sobre temas de su propio interés.

Por eso, hoy día, en que estamos en un desplome completo de las instituciones representativas, es el momento preciso para utilizar mecanismos de democracia directa, mediante los cuales se consulte a la gente sobre temas importantes.

Para nadie es un misterio que en el proceso constituyente en que estamos, que abrió este gobierno y que nosotros hemos impulsado fuertemente, no tan solo ahora, sino que desde siempre, es fundamental que la gente pueda ser consultada. Si la democracia representativa no es capaz de resolver los problemas de la gente, el juez árbitro, el supremo, tiene que ser la gente.

Por eso, debemos abrirnos a que exista la posibilidad de convocar un plebiscito, y la manera de hacerlo es a través de esta indicación, que lo plantea de buena forma, porque, primero, modifica el artículo 15 de la Constitución Política de la República, que limita la posibilidad de plebiscito solo a los casos que establece la Constitución, que entiendo que es uno solo, que es el artículo 128, excluyendo que por ley, es decir, con un quorum inferior, se puedan plantear otros casos.

Por eso, esta indicación establece que se podrá convocar a plebiscito conforme a lo dispuesto en la Constitución “o las leyes”, y esa última frase abre realmente la puerta a que el plebiscito pueda ser usado no como hasta ahora, y esta norma tiene una combinación ineludible con otra que es posterior, que tiene que ver con una modificación al artículo 32, número 4º, donde se permite al Presidente de la República, como ocurre en toda democracia presidencial, convocar a plebiscitos en los casos que establezcan las leyes, y ahí actúa el Congreso, para que pueda convocar a un plebiscito, pero con acuerdo de ambas cámaras del Congreso Nacional, porque tampoco se trata de que se gobierne a través de plebiscitos. Hay algunas dictaduras que lo hacían, la misma chilena; nosotros queremos que esto sea un ejercicio presidencial, pero democrático, y por eso debe ser con acuerdo de ambas cámaras del Congreso.

Hoy día esta herramienta puede resolver el dilema y el bloqueo constitucional que ha tenido Chile durante 40 años, y espero que nuestros amigos de la vereda de enfrente se abran a algo que es esencialmente democrático: que la gente pueda resolver los dilemas que nosotros aquí y en la política no podemos resolver.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Diego Schalper.

El señor SCHALPER.- Señor Presidente, quizás tengo un problema de técnica legislativa, porque cuando aquí se dice “las leyes”, sin especificar nada más preciso que eso, alguien podría perfectamente dictar una ley simple que establezca mecanismos como los que dice el diputado Soto.

Sin embargo, cuando uno revisa en países como España -la norma 2/1982 del 18 de enero 1980- o Alemania, las normas que regulan materias plebiscitarias normalmente requieren un quorum más alto, porque obviamente si usted a través de una ley simple puede dotar a la legislación de un sinfín de plebiscitos, en la práctica, puede ser una manera muy inteligente de saltarse las leyes orgánicas. ¿Se fija?

Entonces, si en nuestro país tenemos una jerarquía normativa que evidentemente responde a una cierta lógica, que se deban alcanzar ciertos grados de consenso en un país para modificar ciertas cosas, si usted lo que nos dice “en las leyes”, alguien con un poquito de astucia legislativa en una ley simple podrí plebiscitar asuntos de ley orgánica para después obviamente imponer por la fuerza algunas cosas.

Hay otro tema. Usted sabe, señor Presidente, que en los cantones suizos se plebiscitan muchas cosas, pero con ciertas limitaciones porque esto podría abrirse el día de mañana a todos, lo que los suizos justamente han tratado de evitar, por ejemplo, que podría plebiscitar un juez, que podría plebiscitar una composición de los jueces, como en Estados Unidos, donde hay estados donde se votan los jueces.

Entonces, la expresión “y las leyes”, desde el punto de vista de la técnica legislativa, me parece no solo imprecisa, sino que además no cumple los estándares de especificidad que requiere una cosa como esta. Por eso, votaré en contra.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Leonardo Soto.

El señor SOTO (don Leonardo).- Señor Presidente, creo que hay que poner un marco al debate, porque el diputado Schalper tiene razón cuando habla de que hay leyes de quorum calificado que tendrían una importancia mayor y se podrían vulnerar a través de estos sistemas, pero creo que en el marco de una sociedad plenamente democrática las leyes de quorum calificado no existen, la mayoría de los países de Europa no tienen leyes de quorum calificado. En Chile, hasta la Constitución de 1925, la reforma a la Constitución durante 50 años se hacía por mayoría absoluta.

Entonces, los quorum calificados son un invento de Jaime Guzmán, son un invento del gobierno militar y gran parte de los problemas que tiene nuestro sistema, que no es capaz de adaptarse al desarrollo y a la evolución de la gente, son los quorum como los que usted menciona de ley orgánicas constitucionales, que son alrededor de 90 en la Constitución, y, si va haber una nueva Constitución, creo que sería bueno que ya comenzaran a entender que las leyes de quorum calificado son solo cerrojos y obstáculos para que la gente no tenga soluciones de verdad a sus problemas, y usarlo como argumento para oponerse a un plebiscito, difícilmente nos va a llevar a un lugar o punto en común.

Por su intermedio, señor Presidente, solo quiero agregar a lo que señalaba el diputado Schalper la idea de que en algunos estados de Estados Unidos, como por ejemplo en California, los plebiscitos son naturales y normales, son consultas que se hacen al mismo momento que las elecciones periódicas, en cada elección de gobernador o en cada elección Presidencial se plebiscita o se consulta no una materia, sino alrededor de 20 materias, y la gente va y da sus opiniones, a veces, los gobernadores ganan esos plebiscitos y otras los pierden, y la democracia funciona sin quorum calificado y sin leyes orgánicas constitucionales. Esa es la normalidad democrática y creo que lo que queremos hacer en esta constitución, simplemente, es crear un ambiente de normalidad democrática.

He dicho.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.

El señor DÍAZ.- Señor Presidente, voy a partir con lo último que dijo el diputado Soto. Efectivamente, parte del debate constitucional tiene que avanzar en la perspectiva de dotar a nuestro sistema constitucional de cierta normalidad democrática y eso significa que las leyes con quorum especiales, no de quorum calificado -quorum calificado es una medida absoluta, pero algunos piensan que las leyes de supra-quorum son de quorum calificado-, son leyes orgánicas que efectivamente hacen que la Constitución no solo tenga los textos de su articulado, sino que además por la vía de la propia Constitución más de 50 leyes orgánicas tengan también un quorum especial, extraordinario.

En este punto, quiero que seamos francos porque, por su intermedio señor Presidente, el diputado Schalper habla de que se forme cierto consenso. No, no, no, si el consenso es aquel que permite la minoría, la que tiene la llave, porque resulta que los quorum son supra-mayoritarios y, por tanto, en realidad, las mayorías no se expresan, sino que se manifiestan en la medida en que la minoría lo permita, es lo que nos tiene aquí, es parte del problema, porque de lo contrario no estaríamos discutiendo el cambio de la Constitución porque habríamos podido reformarla en 28 años, pero solo se podía reformar cuando la minoría estaba de acuerdo en la reforma. De hecho, ahora es exactamente igual.

Entonces, mi pregunta para el diputado Schalper, porque a lo mejor desde el punto de vista de la doctrina constitucional es factible que uno pueda exigir que las leyes -y a lo mejor debiésemos incorporar después un capítulo de qué materias son susceptibles de ser plebiscitadas-, pero esto no es propio y exclusivo de los regímenes parlamentarios, eso no es cierto. Uruguay tiene un régimen presidencial y realiza plebiscitos, Estados Unidos tiene un régimen presidencial y muchos estados realizan plebiscitos, consultas y referéndums. Sin ir más lejos, California hace todas las elecciones, cientos de consultas, por iniciativa ciudadana. Por tanto, esto de que es propio de regímenes parlamentarios no tiene asidero ni en la doctrina ni en el derecho comparado.

Ahora, suponiendo que estamos de acuerdo en que es bueno incorporar en sociedades contemporáneas, donde la comunicación ciudadanos-representantes es mucho más bidireccional, en que no se agota la expresión del pueblo una vez cada cuatro años, cuando es convocado a las urnas o de acuerdo al período presidencial o al mandato que dure, sino, además, hay otros mecanismos que hoy día permiten una interacción más frecuente entre el ciudadano y su representante y, por tanto, la incorporación del mecanismo y los referéndum y los plebiscitos parece razonable, pero regulado. Entonces, ¿cuál sería la mayoría que se debiese exigir? Porque en nuestro ordenamiento constitucional tenemos el quorum de los dos tercios, que es el poder de veto de quien tiene el tercio más uno; la regla de los tres quintos, que también es un quorum reforzado, y tenemos la de las leyes orgánicas constitucionales, que es cuatro séptimos, que no sé exactamente a qué corresponde, pero es menos del 60-40, creo que es 55-45, en términos de proporción... 57-43, una cosa así, que también es un quorum que no tiene mucha...

Entonces, si lo que se quiere decir es que tiene que haber una mayoría, ¿esa mayoría debiese ser calificada? Bueno, pongámoslo explícitamente, de acuerdo a las leyes de quorum calificado. No tengo problema en eso. Para que nos entendamos bien, leyes que hayan sido aprobadas por la mayoría absoluta de los diputados y senadores en ejercicio.

Y uno después puede incorporar el capítulo materias plebiscitables en la misma ley, una ley especial, que puede tener el mismo quorum, pero la indicación, por lo menos la número 2, para partir por esa, lo único que hace es dotar al Estado de mecanismos de consulta ciudadana, propios de democracias desarrolladas, pero también de países de similar estadio de desarrollo democrático de Chile, como el caso uruguayo, que son perfectamente razonables de incorporar en pleno siglo XXI.

Gracias.

El señor WALKER (Presidente).- Muy bien.

Quiero dar mi opinión.

Según pueden ver en el titular del comparado, estamos discutiendo las reformas constitucionales que regulan nuevos mecanismos para la elaboración de una nueva constitución.

Por eso, más allá de esta indicación que, como señala el diputado Díaz, no es para los efectos precisos de una reforma constitucional o de generación de una nueva constitución, sino que los autores de esta indicación plantean que el Presidente de la República pueda consultar por plebiscito respecto de cualquier materia, cuestión que se discutirá.

En lo personal, no soy muy partidario de la democracia plebiscitaria, creo firmemente en las instituciones democráticas y en las instituciones representativas.

Lo que estamos discutiendo y lo que los chilenos están esperando de esta discusión es cuáles van a ser los mecanismos respecto de la elaboración de una nueva constitución.

En ese sentido, claramente hay distintas fórmulas, pero esto tiene que establecerse por la Constitución, acá no podemos buscar atajos. Por eso creo que es muy importante buscar una fórmula respecto del plebiscito para convocar a una nueva constitución. Eso es lo que estamos discutiendo, eso es lo que hemos estado discutiendo estos días, por eso pusimos este proyecto en Tabla, esto es lo que está discutiendo la ciudadanía, para esto hemos invitado a profesores de derecho constitucional. Creo que esto tiene que estar establecido en la Constitución y no necesariamente en el capítulo XV, que efectivamente nos impone una exigencia más compleja, al establecer dos tercios de los diputados y senadores en ejercicio para reformar el contenido de la Constitución.

Lo que yo quiero, e invito a que discutamos, es cuál va a ser el mecanismo que le vamos a señalar hoy a la ciudadanía para invitarlos a participar en el texto de una nueva Constitución, y por eso es que en la página 7 del comparado, numeral 5, está la propuesta que firmé junto a otros diputados de esta comisión, y que reitero la invitación a todos los que quieran hacerlo, para que simplemente se incorpore un nuevo artículo 54 bis en la Constitución en lo que dice relación con el capítulo del Congreso Nacional, incorporando la facultad en el número tercero de aprobar con el voto conforme de los tres quintos de los diputados y senadores en ejercicio –y asimismo, hemos presentado una indicación al respecto- la convocatoria a un plebiscito de carácter nacional, vinculante y obligatorio, con el objeto de consultar a la ciudadanía exclusivamente acerca del reemplazo íntegro de la Constitución vigente.

Lo que queremos hacer es discutir cuál es el mecanismo para convocar a la ciudadanía a discutir el texto de una nueva Constitución, y lo que planteamos y discutimos en la mañana es primero preguntar a los ciudadanos, tal como decía el diputado Tomás Hirsch, si quieren o no reformar la Constitución.

Algunos dicen que no se quiere reformar la Constitución, personalmente doy por hecho que los ciudadanos quieren hacerlo, y sería sano convocar a un plebiscito de entrada y preguntar a los ciudadanos si quieren o no reformar la Constitución.

Eso puede ser una reforma al artículo 32, facultades del Presidente, porque es muy importante, más allá de regular cuáles son los plebiscitos establecidos en la Constitución, y en la ley propone esta indicación, a quién le vamos a dar la facultad. ¿Le vamos a dar la facultad al Presidente? ¿Le vamos a dar la facultad al Presidente con acuerdo del Congreso Nacional?

En esta indicación propongo dar la facultad a nosotros, es decir, a los diputados de proponer la convocatoria a un plebiscito para preguntar a los chilenos si quieren reformar íntegramente la Constitución.

Otros pueden decir, mire, no, es una facultad que hay que dársela al Presidente con acuerdo del Congreso Nacional, o es una facultad que hay que darle a los senadores, o al Tribunal Constitucional, lo que es otra discusión. Sin embargo, a lo que los invito es a que discutamos en serio el tema para el cual fuimos convocados, y no para preguntarles a los ciudadanos por la ley Cholito, con todo el respeto que me merece dicha ley.

Creo que de lo que estamos hablando es si vamos a preguntar a los chilenos si queremos o no reformar la Constitución. Yo soy partidario de que les preguntemos a los chilenos y a las chilenas, ojalá con voto obligatorio, si quieren o no reformar la Constitución. De eso estamos hablando y a eso hemos sido convocados.

Tiene la palabra el diputado Leonardo Soto.

El señor SOTO (don Leonardo).- Señor Presidente, abordar todos esos temas que vienen en los boletines supone hacer una definición previa de cómo vamos a actuar, porque en la comisión hay 13 parlamentarios habilitados para votar, y que representan dos sectores del arco político actual, que son el oficialismo y la oposición.

Entonces, lo importante es que en las votaciones que vengan nosotros tengamos una postura que sea compartida por un porcentaje importante de esta comisión, más allá de 7 votos contra 6, que es la conformación actual de la oposición y el oficialismo, porque si votamos todos estos proyectos, y los ganamos todos 7-6, y la Derecha se resta, evidentemente se van a restar también en la Sala, y esas votaciones en la Sala no van a conseguir los quorum de aprobación. Entonces, estaremos dando una imagen o una señal falsa a la gente de que avanzamos en un sentido, cuando en la realidad, en el mismo momento en que se cierra la votación 7-6, se va a estar establecimiento que en la Sala no se van a tener los quorum para que eso se materialice, y el resultado va a ser un ejercicio enteramente estéril, inútil y además va a aumentar la frustración de la gente.

Nosotros tenemos que intentar romper ese esquema de 7 votos contra 6, u oficialismo versus oposición, y buscar acuerdos que sean a lo menos de tres quintos o dos tercios, y que puedan ser viables políticamente en la Sala. Creo que eso no podemos perderlo de vista.

La verdad es que no estoy interesado en que votemos cuestiones en que solamente nos alineemos oficialismo y oposición porque eso es engañar a la gente, eso es decirle que no va a ocurrir nada en la Sala.

Al respecto, creo que hay un acuerdo claro entre oficialismo y oposición en torno a que se puedan plebiscitar algunas cosas.

En el anuncio que hizo ayer el ministro del Interior señaló que a ellos les interesa elaborar la Constitución a través de un mecanismo que es una gran incógnita, un enigma chileno, que han denominado congreso constituyente, que nadie sabe muy bien quién es, y luego de cuatro horas de tratar de averiguarlo, no pudimos. Dicen que hay una recompensa para quien sepa lo que es.

Más allá de eso, el ministro del Interior dijo que si ese organismo –que no sabemos qué es- elabora una nueva Constitución, igualmente habría que convocar a un plebiscito para que ratifique esa nueva Constitución; un plebiscito validatorio o ratificatorio. Es decir, el propio gobierno está de acuerdo en que hay que utilizar la herramienta del plebiscito.

Nosotros lo venimos sosteniendo hace rato, y en el sentido de un doble plebiscito; uno de inicio del proceso constituyente y uno validatorio. Pero claramente hay un punto de consenso entre la necesidad de tener en la Constitución la herramienta de convocar a plebiscito, y en eso hay un acuerdo.

Sé que si los parlamentarios del oficialismo se dan cuenta de ese acuerdo, van a apoyar la existencia de un plebiscito hoy como resultado de nuestro trabajo, y no solamente en materias donde nosotros dividamos en dos el arco político y sea un trabajo inútil.

Por eso los invito, particularmente a la derecha, a que aprobemos una facultad presidencial para plebiscitar, y ya sea cual sea el mecanismo que en definitiva se utilice, siempre va a haber que llamar a plebiscito, y no sería razonable que hoy la derecha se opusiera o negara su aprobación.

Creo, señor Presidente, que usted puede lograr ese acuerdo unitario y unánime en torno a un mecanismo de plebiscito que sea aceptado por todos, lo que sería verdaderamente romper los esquemas que hoy están instalados.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Marcelo Díaz.

El señor DÍAZ.- Señor Presidente, quiero reafirmar lo que dice el diputado Leonardo Soto. Leí su indicación relativa al Boletín Nº 12630-07, que yo no podría acompañar y, por tanto, debemos someterla a votación y por eso prefería partir de lo general a lo particular, porque sabemos en lo que estamos. Y efectivamente, como bien decía el diputado Leonardo Soto, por lo menos estamos todos de acuerdo que en algún momento un plebiscito tiene que haber; por lo menos del último estamos todos de acuerdo, del referéndum ratificatorio. Por tanto, sí o sí hay que modificar la Constitución para que tenga lugar ese referéndum. Y uno puede modificarla con el propósito de habilitar exclusivamente el proceso constituyente, y ahí vamos a discutir si tenemos plebiscito de entrada, cuál será el mecanismo, y plebiscito de salida, pero tenemos también la posibilidad de ir resolviendo algunos nudos.

Efectivamente, si vamos y votamos las indicaciones tal como están, lo más probable es que terminemos en una votación de 7 contra 6, y lo que va a ocurrir, para que no nos hagamos los lesos, después vamos a tener que ver qué diablos hacemos para ver cómo llegamos a construir las mayorías.

Aunque despachemos hoy el proyecto, como decía el diputado René Saffirio, la iniciativa va a llegar a la Sala, el Ejecutivo va a presentar sus indicaciones, pero vamos a tener que llegar a un acuerdo para que no se vote, porque si se vota y no tenemos el quorum no habrá reforma constitucional y tendremos que esperar un año, y luego veremos quién se hace responsable de eso.

Entonces, esa es la razón de por qué a mí me parecía que era mejor partir por las cuestiones más simples.

Me convencí de algo, señor Presidente. La mejor forma de resolver el proceso constituyente es que dibujemos un plebiscito de entrada, un mecanismo con ingeniería de detalle y plebiscito de salida por ratificación, en un solo acto; que todo el mundo sepa qué va a ocurrir de activarse el proceso constituyente por esta vía, y no por partes. Porque eso es lo que genera más incertidumbre de los que más resistencia tienen frente a este proceso.

Lamentablemente, el Ejecutivo no llegó con una propuesta. Si hubiera llegado a una propuesta, podríamos estar contrastando, pero no la hay.

Me sumo a la petición del diputado Soto de que los parlamentarios y parlamentarias de Chile Vamos entiendan que, si el propio gobierno está planteando que tiene que haber un plebiscito hacia el final, entonces hay que reformar la Constitución para que haya plebiscitos. Eso significa, por ejemplo, aprobar un referendo –técnicamente se llaman referendos-, y la primera de las indicaciones; la segunda -he planteado que si hay que ponerle una ley de quorum calificado, perfecto. Me parece razonable, que no sea una mayoría simple ocasional de un día jueves en la sala que apruebe un proyecto para convocar a un plebiscito, pero puede ser efectivamente por mayoría absoluta. Porque, de lo contrario, lo que va a ocurrir, es lo que ha dicho el diputado Soto –en esto, los socialistas estamos por primera vez unidos y firmes- de que vamos a tener, detrás del bien común y de la asamblea constituyente, votaciones de 7/6, y eso no es suficiente.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Luciano Cruz-Coke.

El señor CRUZ-COKE.- Señor Presidente, coincido con el diputado Soto curiosamente. Ahora, coincido en su análisis, no la indicación, pero sabemos que vamos a necesitar acuerdos súper amplios.

El gobierno se ha abierto a proponer un camino. No quiero poner el congreso constituyente, ni siquiera denominarlo, pero para que arribemos a una nueva Constitución.

Todos hemos tenido conversaciones por teléfono, por wasap, para tratar de lograr ciertos acuerdos y que este asunto resulte.

Entonces, lo que sí parece una mascarada y no algo razonable, es que, a través de pequeños ejercicios formales en los cuales se empuja a la minoría de seis a pronunciarse respecto de una materia muy particular, nosotros tratemos de generar una suerte de pequeña ventaja política cuando sabemos que en la práctica vamos a tener que llegar a un acuerdo más amplio.

Cuando el presidente se refería de que menos pudiéramos al menos tratar de fijar una posición al inicio del debate en vez de partir en esta discusión particular, que es enana y no tiene ningún sentido a estas alturas, es porque hay de alguna forma una suerte de mascarada de tratar de poner a unos contra otros. Es evidente, diputado Soto, si esto va a ser

-por su intermedio, señor Presidente- 7/6 si lo hacemos de esta manera.

Por lo tanto, me parece que si vamos a tener un debate frente a la ciudadanía, y todos vamos a tener posiciones en búsqueda de tener una carta común y de tratar de arribar a una nueva Constitución de la mejor buena fe posible, tratando de que tengamos una cancha neutral, en la cual generar las condiciones para que eso se produzca, lo que no podemos hacer es lo que estamos intentando hacer acá, sin escuchar siquiera, primero, el proyecto que el gobierno tiene que proponer en el corto plazo.

Entonces, podemos someter todo, en particular las indicaciones, y agregar otro tanto más, pero mientras no tengamos acuerdos más genéricos y mientras no tengamos la posibilidad de entablar un diálogo franco, directo y honesto, de cara a la ciudadanía, no va a resultar.

Gracias.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Gonzalo Fuenzalida.

El señor FUENZALIDA.- Señor Presidente, como bien dijo, estamos discutiendo mecanismos para la elaboración de una nueva Constitución. Para eso hemos sido citados.

Frente a eso, había una indicación respecto de preguntarle a la ciudadanía si quiere reemplazar la Constitución vigente.

Al respecto, tengo la convicción de que el gobierno dijo que hay que avanzar en una nueva Constitución.

La idea del plebiscito es preguntar si la gente quiere o no una nueva constitución. En eso, creo que estamos todos de acuerdo. El gobierno lo dijo ayer y lo dijo hoy día en esta Comisión. Por lo tanto, la premura de tener este plebiscito para preguntar no sé si es tan necesario.

Entiendo la preocupación del diputado Soto respecto de un plebiscito de salida. Pero, también lo que el gobierno dijo acá, es que va a entrar con un proyecto de reforma constitucional, donde esperamos -y lo dije en la mañana- poder llegar a un gran acuerdo para darle cuerpo a este mecanismo, que produce tanta duda como el ente en su minuto con las pensiones.

Ese proyecto viene con un plebiscito ratificatorio.

Otra cosa que fue anunciada por el gobierno ayer y que fue hoy día nuevamente ratificada.

En el proyecto del gobierno viene el mecanismo y viene un plebiscito ratificatorio.

Aquí podemos avanzar y hacer lo mismo que el proyecto del gobierno va a traer, y se va a llenar de gloria, diputado Soto. Pero, en verdad, nosotros nos vamos a llenar de troleos.

Hoy día el gobierno hizo una propuesta. Y me siento con la tranquilidad, porque varios proyectos, de hecho el proyecto de la presidenta Bachelet me parecía bien, pero creo que hoy día tenemos una propuesta clara del gobierno en poder definir un mecanismo de un plebiscito de salida, y frente a eso creo que -sobre todo ustedes tienen la oportunidad y también la obligación política de convenir en conjunto para darle forma a ese mecanismo- finalmente podamos aprobar en conjunto todo este mecanismo para lograr una nueva Constitución.

Muchas gracias.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Diego Schalper.

El señor SCHALPER.- Señor Presidente, estoy un poco confundido para ser franco.

Recuerdo –tal vez peco por la Comisión de Educación, donde en esa Comisión siempre se nos critica que el gobierno no está abierto a dialogar en Aula Segura-, entonces, aquí cuando el gobierno se abre a dialogar, el paso dos parece que es decir, que se abre a dialogar pero tira una cosa indeterminada porque cuando uno entra a dialogar habiendo predefinido algo, eso no es dialogar. Eso se llama en el mundo del derecho civil, contrato de adhesión y aquí la verdad es que lo que ha hecho el gobierno, haciendo eco al llamado que escucho con mucha regularidad en educación, quizás en Constitución es más excepcional. Y es que nos abramos a dialogar. Y abrirse a dialogar –diputado Soto, por su intermedio, señor Presidente, es sentarse a ver la mejor alternativa de acuerdo a distintos puntos de vista, salvo que alguien aquí se crea dueño de la verdad absoluta, en cuyo caso, más que dialogar, nos van a tener que iluminar y estamos abiertos a ser iluminados quizás, pero francamente lo que ha hecho el gobierno es muy simple: es decir, me abro a hacer una nueva Constitución –coincido con lo que ha dicho el diputado Fuenzalida-, y estamos abiertos a un plebiscito ratificatorio. Es decir, que la última palabra la tenga la ciudadanía para superar ciertas situaciones de ilegitimidad que todos conocemos. Pero cómo lo hacemos. Bueno, construyámoslo juntos. Creo que aquí hay una cosa bien curiosa: en cualquier democracia moderna que uno observa, las cosas se dialogan y construyen de acuerdo a consensos amplios. No conozco democracias consolidadas que funcionan a los toreos.

Sé que a algunos les gustan los toreos, pero las democracias modernas no funcionan así.

Me sumo a lo que ha dicho el diputado Walker porque aquí vamos a lo que realmente nos convoca, y que es discutir acerca del plebiscito como mecanismo eventual para terminar un proceso que era a lo que el gobierno se ha abierto a dialogar.

Solo por un tema, quizás, de perfil de abogado, contestarle al diputado Marcelo Díaz, por su intermedio, lo siguiente: que si lo que él quiere hacer es eso, entonces bastaría con poner la palabra referendo en el artículo 15 para después regular la manera posteriormente.

Lo que me complica es que poner la expresión: las leyes con el quórum que usted quiera, deja abierto el día de mañana a que esta técnica legislativa se emplee para otras cosas que es lo que creo que aquí no queremos hacer.

Muchas gracias.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Juan Antonio Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, suscribo plenamente lo que dijo el diputado Luciano Cruz-Coke, y creo que, a lo que estamos convocados a votar, es algo para lo cual se requiere necesariamente de la presencia del Gobierno. Se requiere necesariamente la opinión, porque, si no, se apruebe prácticamente todo lo que se presente 7/6, y después vamos a ir a la sala y va a ser 83-72, y va a estar todo rechazado. Y van a hacer un punto político, y nosotros quizás políticamente vamos a recibir el punto, le vamos a hablar a un electorado y ustedes a otro y no va a pasar nada.

Y eso es lo que va a pasar si se vota hoy. Por eso, es tan importante esperar el proyecto del gobierno que anunció el ministro Ward hace cuatro horas y que lo anunció el Presidente.

Honestamente, no nos vamos a convencer, ni ustedes a nosotros ni nosotros a ustedes, de que justo ahora encontramos la fórmula para decir, de una u otra forma, lo que todos sabemos que cada uno quiere decir. El gobierno está buscando consenso y cómo avanzar en esto. Si nos obligan a votar, probablemente salgan puntos políticos pero nada relevante.

Sé lo que dijo el diputado Saffirio, pero también estamos obligados a conversar el gobierno con la oposición. Tenemos que buscar 2/3 si queremos hacer algo. Tal como estamos a esta altura, no vamos a tener ni un voto más de 83, 72 por lado y lado. Eso todos sabemos que es así.

Me gustaría que le pidamos al gobierno que, de forma especial, presente el proyecto dentro de los próximos tres o cuatro días y que nos cite viernes, sábado y domingo, si es necesario. Si votamos hoy, lo que va a salir son puntos políticos, pero no va a servir de nada para el fin que se busca.

He dicho.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Gabriel Boric.

El señor BORIC.- Señor Presidente, todos queremos dialogar pero no se dialoga sobre la nada. Se dialoga respecto de posiciones. Cuando esas posiciones y propuestas están sobre la mesa, uno ve qué puntos de acercamiento puede haber. Hoy en la mañana el diputado Coloma preguntaba: muestre las cartas y cuál es su idea de asamblea constituyente. Traté de responderle lo que algunos creemos que debiera tener una asamblea constituyente. Se dio cuenta que no es la locura que unos imaginan, sino un procedimiento reglado que tiene una deliberación para poder arribar a una nueva Constitución que sea representativa de todos los sectores y no un invento de la izquierda para que haya pura gente de izquierda que imponga una Constitución de izquierda. Esa no es la idea porque no va a representar a todos y sería una Constitución que duraría un segundo. No queremos eso, sino una Constitución en la cual todos los chilenos puedan sentirse representados. Eso implica necesariamente que ninguno va a conseguir todo lo que quiere. Eso requiere también –importante decirlo- que nos abramos a una discusión que va más allá de las paredes de Congreso y eso es hoy día el problema.

Que el ministro Ward, sentado en esta comisión, después de un anuncio a la salida de la casa de no sé quién, no son capaces de decir cuál es la propuesta. Hablaron de un congreso constituyente y hoy día sus mismos diputados están confundidos porque algunos aseguran que este congreso constituyente significa que el actual Congreso se transforme en el organismo constituyente mientras otros entienden que es una cuestión mixta. Algunos decimos que va a haber una convocatoria a elecciones. Para aclarar las dudas le preguntamos al ministro Ward: ¿Qué significa el Congreso Constituyente? No hubo respuesta.

Entonces, en la medida en que no hay una propuesta sobre la mesa, hemos planteado, como posición bastante mayoritaria dentro de la oposición, con matices, que haya un plebiscito vinculante para preguntar si se quiere o no una nueva Constitución y votar si quiere que la nueva Constitución la redacte este Congreso o una Asamblea Constituyente reglada, que sepamos lo que significa una Asamblea Constituyente.

En esto, por supuesto, se requiere prudencia porque estamos legislando quizá lo más importante que nos va a tocar legislar en los periodos que nos toque estar. No hay que atolondrarse y hay que dar espacio para que el gobierno presente sus propuestas. Pero le hemos dado espacio al gobierno para que presente sus propuestas y va a cuenta gotas y llega tarde. Llega más tarde que la sociedad y eso está arrastrando ya no solo a Chile Vamos, no a la izquierda, sino a las instituciones a un despeñadero. ¡Ese es el problema!

Cuando se está discutiendo lo de los puntos políticos, me da lo mismo hacer un punto político y después apuntar con el dedo a la UDI de que luego no dieron el acuerdo, si al final no vamos a tener acuerdo entre ninguno y las instituciones son las que van a perder.

Humildemente, lo que debiéramos hacer es que, dado que el gobierno no ha presentado una propuesta, ir avanzando de a poco. ¿Qué significa? Votar hoy el plebiscito, habilitar la posibilidad de que tengamos un plebiscito para cambiar la Constitución. Mañana, discutiremos respecto de los mecanismos. Si es que el gobierno no presenta la propuesta, tenemos el deber de ir avanzando. Le estamos dando la oportunidad de que lo haga porque todos queremos que lo haga y queremos llegar a un espacio de entendimiento.

La estrategia del desgaste de la protesta, esperar a que esto se apacigüe para después cambiar algo y que todo siga igual no va a funcionar y para eso no vamos a estar disponibles.

He dicho.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra la diputada Karol Cariola.

La señorita CARIOLA (doña Karol).- Señor Presidente, no quiero redundar en varias de las palabras incluidas las de Gabriel, en la línea de que efectivamente todos estamos confundidos y confundidas respecto de lo que ha sido la propuesta del Ejecutivo.

Pareciera que, según nos ha dicho el vocero, es una apertura de diálogo. Sin lugar a dudas es positivo que el gobierno esté reconociendo que la ciudadanía está exigiendo una nueva Constitución.

Hoy leíamos de José Antonio Kast, en las redes sociales, que esto significaba el término del gobierno. Decía que reconocer la necesidad de una nueva Constitución significaba el fin del gobierno. Así es como la expresión de la extrema derecha reacciona cuando se reconoce la necesidad de dar inicio a un proceso constituyente que finalmente es lo que el pueblo chileno salió a demandar en las calles.

La misión que tiene esta comisión es tremendamente importante porque es la de viabilizar la fórmula para poder lograr el camino para que este proceso constituyente pueda seguir avanzando. Soy de la idea de que el proceso constituyente ya comenzó en las calles, en los cabildos autoconvocados y con la discusión de que la nueva Constitución debe ser una realidad.

Alguien preguntaba el por qué era necesario ratificar con un plebiscito de inicio esa necesidad. Aquellos que planteamos un plebiscito de inicio no solo lo planteamos consultando sobre si tener o no una asamblea constituyente sino, además, vinculándola a la decisión del mecanismo. No damos por cerrado, de ninguna manera… De la misma forma queremos ratificar lo que en las calles se ha dicho plenamente y con toda claridad de que es necesaria una nueva Constitución. Hoy día el gobierno, después de mucha tozudez, lo reconoce y espero que no cambien por las presiones de Kast y de los sectores más conservadores que dicen que con esto se acaba el gobierno y que se viene abajo la democracia porque no soportan la idea de que se ponga en riesgo el modelo que, a sangre y fuego, implementaron durante la dictadura militar.

Hoy es necesario –algunos de los colegas lo decían acá- la discusión en torno a definir el mecanismo, sea por la vía de un plebiscito que lo resuelva, porque dar por sentado que el Congreso Nacional es la única institución legítima para discutir una nueva Constitución es un error, y por eso acá se han barajado distintos mecanismos, y la asamblea constituyente, que tiene experiencias en distintos lugares del mundo, y a pesar de que algunos han querido caricaturizarla solo en una experiencia y la han querido cerrar solamente a eso, y han hablado de Venezuela y no sé qué, no es así; la asamblea constituyente ha tenido experiencias en distintos países del mundo. De hecho, la Biblioteca del Congreso Nacional tiene un comparado excelente referido los países en que se han llevado adelante asambleas constituyentes y cuáles han sido sus resultados. Creo que es muy importante tenerlo en cuenta.

¿Cuáles son las formas de caracterizarlo? El diputado Boric dijo que esta mañana incluso les mostró cuáles pueden ser los mecanismos de elección, cómo el pueblo puede participar, y a eso no hay que tenerle miedo, porque podemos sacar un proceso exitoso de participación ciudadana, donde el pueblo no solamente va a ser consultado, sino que va a ser decisivo en este proceso, pero, además, hay otras dos fórmulas que se han propuesto, que es la convención mixta, que es una convención en que participan parlamentarios y además delegados electos, y no se ha descartado poner como opción, incluso en algunas de las propuestas, que el Congreso pleno sea partícipe.

Entonces, tal como dijo el diputado Gutiérrez desde el principio, que el pueblo sea el que decida, y preguntémosle, no nos cerremos a esa opción, pero no cerremos la opción desde el principio a que sea esta institución -que, por lo demás, harto desprestigiada que está- la que defina.

Esta es la propuesta, y creo que, ante eso, lo ideal es que podamos canalizar de la mejor manera posible la decisión, porque de otra manera vamos a estar eternamente dando este debate y los plazos también se nos empiezan a acotar, y es cierto lo que dijo Gabriel Boric: no podemos estar dando un debate del gobierno en el aire, porque qué bueno que tengan disposición, pero esa disposición no puede ser sobre la base de una propuesta que ni siquiera está materializada en un documento, en un proyecto, en una indicación o nada, o sea, finalmente hay una voluntad que se valora, pero que, sin embargo, no se expresa ni se materializa en absolutamente nada más que palabras al viento, que además no están claras respecto de cuáles son los verdaderos objetivos que busca.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Tomás Hirsch.

El señor HIRSCH.- Señor Presidente, me parece que el diputado Schalper no estuvo en la sesión de esta mañana y, claramente, tampoco fue informado de lo pasó en ella.

Tuvimos acá al ministro Ward, y la verdad es que fue importante tener al ministro secretario general de la Presidencia, escucharlo, y el diputado Schalper ahora dice que hay una propuesta del gobierno.

Es posible que me haya perdido de algo, de modo que varios diputados queremos pedir que la Secretaría nos entregue la propuesta del gobierno, si está escrita en alguna parte, porque hoy en la mañana el ministro Ward de lo único que habló… patentó una palabra: congreso constituyente, que será legítimo, será una fórmula; no es la que nosotros creemos, pero bien, solo que, ante la pregunta más simple de todas, que es: “Dígame qué es un congreso constituyente”, nunca hubo respuesta. Cuando los periodistas le preguntaron afuera –yo estuve ahí, al lado- unas 12 veces qué es el congreso constituyente, para explicarle a la ciudadanía, dijo que era un tema que estaba para verse y definirse, que lo iban a conversar y que la Secretaría General de la Presidencia en algún momento iba a tener una respuesta al respecto.

Hace un rato tuvimos una reunión de jefes de bancadas con el ministro Ward, nuevamente. Ahí ya estábamos varios jefes de bancadas de oposición y nuevamente se le preguntó lo mismo, por otros jefes de bancadas que no están acá, y nuevamente no hubo ninguna respuesta.

Genuinamente existe interés en saber qué es el congreso constituyente. Entonces, estar esperando o tomando decisiones en función de una promesa del gobierno que no llega, porque no está entendiendo los tiempos, no está entendiendo los plazos, no está entendiendo la urgencia, la verdad es que es muy difícil trabajar así.

Hasta acá, por lo menos, nadie nos ha podido explicar qué es el famoso congreso constituyente. Entonces, si en algún momento lo va a explicar, tendría que ser bastante rápido.

Ahora bien, en definitiva, nosotros nos hemos abierto a discutir diversas cuestiones, a discutir sobre la fórmula del plebiscito de entrada, a discutir incluso sobre el mecanismo, a discutir sobre los quorum, a discutir sobre los plazos, hemos puesto todo arriba de la mesa, pero nos encontramos con un gobierno que no entrega ninguna propuesta concreta y cada vez nos dice que va a haber una nueva reunión. Entonces, así es muy difícil, porque por goteo no podemos estar sacándole al gobierno cuál es su propuesta.

Hoy existe una demanda ciudadana que no puede estar esperando meses ni semanas. Lo que estamos diciendo es muy simple y básico, y quiero preguntarle a los parlamentarios de la derecha, de la centroderecha, del oficialismo, si están disponibles para que avancemos o no, o si vamos a ir trabando todo, porque, si ya en el primer punto que quisiéramos llevar a votación nos encontramos con esto, la verdad es que uno genuinamente se pregunta: “Bueno, ¿hay voluntad o no?”

Yo no quisiera que aquí simplemente ganemos 7-6 y que después en la Sala se pierda, pero ¿sabe qué pasa, Presidente? Como ya han dicho otros parlamentarios, si esa va a ser la situación final, bueno, será, y nosotros haremos ver que hemos estado insistentemente disponibles para buscar avanzar, pero hay una cuestión que es fundamental, hay una cuestión que es central: no puede dejar de haber una consulta ciudadana, un plebiscito a la ciudadanía respecto de si quiere o no quiere una nueva Constitución, no podemos obviar a la ciudadanía, no vamos a resolver en esta sala.

Yo quiero ser bien claro: me parecería impresentable ante el país que pretendamos acá o en este edificio, a puertas cerradas, resolver un tema que es una demanda ciudadana que va a estar proyectando lo que es la Carta Fundamental del país por los próximos 30, 50 o 100 años.

Por lo tanto, hemos planteado, y yo le pregunto directamente a la derecha, para saberlo de una vez por todas y no seguir perdiendo el tiempo: ¿Se oponen o están disponibles para que la ciudadanía pueda, democráticamente, decir si están por una nueva Constitución o no, y decir si están por un mecanismo u otro?

Fíjense que nosotros, incluso estando por un mecanismo, convencidos de él, que es el de la asamblea constituyente, hemos dicho: “Consultemos, consultemos”. Quizás gana otro mecanismo, bueno, será; no nos gustará, pero será, pero insisto en algo que dije hoy en la mañana: Hay que terminar con el temor atávico de ciertas palabras o de consultar a la ciudadanía.

Entonces, francamente, pido que todos y todas quienes estamos aquí tomemos una decisión. Debemos tomar una decisión. ¿Estamos jugando simplemente a estirar las cosas? ¿Estamos jugando a hacer tiempo? ¿Cuál es el juego en que estamos acá? ¿O estamos disponibles realmente para responder a lo que millones de chilenos y chilenas nos están demandando?

Entonces, vamos al punto de fondo y dejemos de darnos vueltas con secundariedades que en definitiva no nos permiten avanzar con una respuesta clara y concreta a la ciudadanía.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Marcelo Díaz.

El señor DÍAZ.- Señor Presidente, he ido llegando al convencimiento de que la única forma de que este proceso sea viable -toda vez que, insisto, hay una minoría en el Congreso que tiene la llave habilitante del proceso constituyente, que puede abrir el cerrojo- es que dibujemos completamente el itinerario, tanto en términos de contenido como en términos de ruta.

Me gustaría escuchar especialmente a la derecha, porque, para que no nos hagamos los lesos entre nosotros y respecto de la ciudadanía, nosotros podemos obtener el plebiscito de entrada, y quizás le estoy hablando más a mi coalición –si no tenemos coalición-, más a la oposición que a la… podemos tener el plebiscito de entrada, podemos preguntarle a la gente: “¿Quiere cambiar la Constitución o no?”, y sobran votos a favor de cambiar la Constitución; podemos incluso plebiscitar el mecanismo: asamblea constituyente, convención constituyente, asamblea constituyente y Congreso Nacional, o congreso constituyente el día que el gobierno diga qué significa, porque el ministro Ward reconoce que todavía no saben lo que esto significa. Así que tampoco digamos eso, porque el gobierno salió ayer con una denominación, pero aún no sabe qué significa y nos pidió tiempo para hacer la propuesta, porque no lo tienen claro. Me imagino si de la reunión que terminó en la noche no tiene que haber salido mucho detalle.

Pero, insisto, hacemos el plebiscito de entrada, arrasa abrumadoramente la opción “queremos cambiar la Constitución” y arrasa “asamblea constituyente”, que sería mi ideal, pues yo votaría obviamente por esas 2 opciones. Pero nos podemos encontrar con una situación muy parecida al Brexit, es decir, que tengamos muy claro que queremos nueva Constitución y que la queremos a través de la asamblea constituyente, pero no tengamos acuerdo para dictar la ley que tiene que decir cómo se compone esa asamblea constituyente; cómo se compone, como se elige.

La señora CARIOLA (doña Karol).- (inaudible)

El señor DÍAZ.- Es que no basta, diputada Cariola, por su intermedio, señor Presidente, porque lo decimos en nuestra indicación que digamos: elegida íntegramente por los (ciudadanos), porque hay que acordar el sistema electoral, distrito, cuántos se eligen por distrito. Hay una ingeniería de detalles que es muy grande. Entonces, lo peor que podría ocurrir es que terminemos generando un nivel de frustración en la ciudadanía que sea irresoluble.

Por lo mismo, creo que debiésemos hacer un esfuerzo para que dibujemos todo el itinerario, incluido, el mecanismo. Las 2 opciones. Por ejemplo, nosotros, los socialistas somos partidarios de una asamblea constituyente, pero no basta con decir eso. ¿Eso qué significa? Nosotros queremos que sea ciento por ciento elegida por los ciudadanos y tenemos propuestas muy concretas y las vamos a hacer presente mañana.

Varios señores DIPUTADOS hablan a la vez.

El señor WALKER (Presidente).- Silencio, por favor, no interrumpamos al diputado Díaz.

El señor DÍAZ.- Mañana.

Estoy hablando en serio, porque es la única forma que, para que la derecha nos dé los votos, es que sepamos exactamente qué estamos hablando.

Por ejemplo, nosotros compartimos, y tenemos un punto de coincidencia con el presidente de Renovación Nacional -no con todo Renovación Nacional- y es que el mecanismo constituyente debiese ser ciento por ciento elegido por los ciudadanos.

Un señor DIPUTADO- No ha dicho eso.

El señor DÍAZ.- Lo ha dicho en varias ocasiones…

El señor WALKER (Presidente).- Por favor, evitemos los diálogos y, por favor, señor diputado, no interrumpa al diputado Díaz.

Un señor DIPUTADO.- (Inaudible)

El señor DÍAZ.- Elegido. No, íntegramente, y lo dice el fin de semana y no se cierra a esa posibilidad.

Un señor DIPUTADO.- Cite la fuente.

El señor DÍAZ.- Desbordes, Mario.

El señor WALKER (Presidente).- Silencio, por favor, al próximo en interrumpir no le voy a dar la palabra.

El señor DÍAZ.- Por lo mismo, como creo que esa discusión aún no está madura, sería un error votar eso…

Lo que tenemos claro es que para habilitar el plebiscito de entrada o el proceso constituyente requerimos de tres quintos, en el mejor de los casos; o, dos tercios, en el peor de los casos, pero la oposición no tiene ni los tres quintos ni los dos tercios.

Pero sí podemos ir despejando cosas, porque yo creo que aquí hay muchos, como dijo el diputado Hirsch, miedos atávicos. No se olviden que Chile nunca ha tenido una Constitución dictada en democracia y la prueba es que una asamblea constituyente volvió -Alessandri fue, ¿no?- del exilio y la reemplazó por una comisión de expertos y luego esa fue la Constitución de 25.

Entonces, aquí hay un miedo atávico a que la gente decida, pero nosotros tenemos la responsabilidad de que esa decisión que, a nuestro juicio, tiene que pasar en estas 3 instancias por la gente, sea completa. Que no nos vaya a ocurrir, porque nosotros no tenemos la realidad del Reino Unido para soportar un Brexit, es decir, que tengamos un acuerdo en la forma y no en el fondo y no tengamos un proceso que nos lleve efectivamente a una nueva Constitución, que haya sido elaborada en democracia y con participación vinculante de la gente a través de un mecanismo que, en nuestro caso y de acuerdo con lo que proponemos, es asamblea constituyente.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Hugo Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ.- Señor Presidente, creo que lo que nos convoca hoy, en realidad, ya estoy dudando qué es lo que nos convocó, pero me parece que es el proceso constituyente y fijarle un itinerario.

Hemos escuchado al gobierno y el gobierno ha dicho que ese itinerario, que tiene que ser con plazos acotados y precisos, termina en una Constitución Política, ratificada por el pueblo de Chile; es decir, tenemos una parte del itinerario. Esto es como un rompecabezas, es decir, ya tenemos la parte final y nos dice que estos plazos tienen que ser acotados y precisos, y cito tal cual al ministro, en la mañana.

Entonces, para llegar a esa Constitución Política la oferta presidencial es que sea un congreso constituyente que, hasta el día de hoy, no sabemos en qué consiste. Es parte del itinerario para llegar al plebiscito ratificatorio y posteriormente a la nueva Constitución. Vamos llenando los espacios para entender dónde estamos.

Nosotros decimos que hay que dar tiempo para caracterizar a este congreso constituyente. Bien, pero nosotros creemos -al menos, quien habla lo cree y, por lo que estoy escuchando, también muchos lo creen tal cual- que aquí sería conveniente que existiese lo que llaman un plebiscito de entrada, es decir, que se le pregunte a la ciudadanía si quiere o no quiere una nueva Constitución y, eventualmente, también preguntarle cuál es el mecanismo en virtud del que quiere que se haga esta nueva Constitución.

Eventualmente, nosotros estaríamos disponibles a decir en ese plebiscito para preguntar por ese mecanismo, y también podríamos agregar el congreso constituyente y la asamblea constituyente para que vean cuál es la opción que toma el ciudadano. Es decir, vamos llenando nosotros este proceso constituyente; tenemos ya una parte y queremos que se caracterice en qué consiste este congreso constituyente que eventualmente podría hasta coincidir con la asamblea constituyente; pero fíjese que es tanto que no sabemos en qué consiste. Pero no hablan de congreso constituyente. Claro, imagínense que eventualmente podría hasta coincidir con lo que es la asamblea constituyente y hasta el día de hoy no sabemos. Dicen que sí vamos a saber, pero luego.

Entonces, nosotros decimos: “Mire, preguntémosle al ciudadano si quiere una nueva Constitución Política.”, porque hay muchas partes donde se han realizado cabildos y la gente no se plantea ni por una asamblea constituyente ni por una convención, sino que se plantea por hacer un plebiscito para preguntar al ciudadano si quiere o no quiere una nueva Constitución Política.

Lo que pasa es que aquí, como se acumularon varios proyectos de ley de reforma constitucional, incluso, anteriores a que se produjese este momento constitucional que estamos viviendo, entonces, llegaron varios proyectos de ley de reforma constitucional que modificaban los artículos 15, el 32 numero 4, el 54, el capítulo XV, 130 y siguientes. ¿Para qué? Porque todos, de una forma u otra, fundamentalmente los que dicen relación con el 15, el 32 número 4 y el 54 de la Constitución se le incorpora hacer una llamada a plebiscito, pero son reformas anteriores. Entonces, estamos buscando quién es el que convoca a este plebiscito. ¿El Presidente de la República? ¿El Congreso? ¿Quién lo convoca?, porque estamos buscando una solución.

Créanme que cuando me dicen que si no estamos de acuerdo con la derecha, no va a pasar nada o que vamos a ser el punto político si es que no nos ponemos de acuerdo. A mí, personalmente no me preocupa, y lo digo con todas sus letras: No me preocupa.

¿Sabe por qué no me preocupa? Porque si estamos en este momento constitucional justamente no es por lo que hicimos nosotros, porque si la derecha hubiere sido habilidosa, se hubiese del proceso constituyente que planteaba la Presidenta Bachelet, pero también lo desechó. Entonces, estamos aquí justamente no porque tengamos la mayoría. Estamos aquí, porque las mayorías están en las calles.

Seamos sinceros, no estamos discutiendo este itinerario constitucional, donde ya tenemos la oferta presidencial de nueva Constitución Política, porque aquí lo concordamos. ¡Aquí no concordamos nada! Y, de una vez por todas, seamos honestos: ¡Aquí no hemos hecho nada! Esta nueva Constitución no la discutimos acá.

¿Alguien pensó que íbamos a estar discutiendo una nueva Constitución Política para Chile? Hace veinte días estábamos discutiendo cómo sancionar a los menores por control preventivo de identidad o cómo aumentar las penas a los delitos terroristas. ¡En eso estábamos! Estábamos en otra.

Entonces, que me vengan a decir: “Mire, no es que este sentimiento es porque somos tan republicanos”. Yo estoy por hacer el punto político, porque me importa el punto político. ¡Me importa!

En definitiva, creo que el día de mañana hay que decir: “Mire, nuevamente este Parlamento no sirvió para dar respuestas a ustedes”. ¡No sirvió! ¡No ha servido!

Me vienen a decir: “No, es que es una votación simbólica.”. ¡Me interesa el simbolismo! Me importa saber si en este proceso constituyente unos van a seguir atrincherados, diciendo: “¡No! ¡No! ¡No! ¡No!”, cuando lo que se requiere es que nos digan en qué consiste este congreso constituyente. Dígannos, estoy disponible a escuchar.

¿Por qué se niegan a que haya un plebiscito de entrada y que preguntemos al pueblo? Díganme por qué, no. Quiero que la derecha me diga: “No, yo no quiero un plebiscito de entrada por esta, esta y esta razón.”. Díganme, para saber cuáles son las razones y poder contraargumentar.

¿Por qué no escuchamos al pueblo y preguntamos si quiere una nueva Constitución y una asamblea constituyente? Puede que la ciudanía quiera una nueva Constitución y no una asamblea constituyente. Puede ser, pero preguntemos a la ciudadanía, lo hemos dicho hasta el cansancio.

Lo que estamos viendo acá son subterfugios, que antes imaginamos, para crear mecanismos que permitieran discutir una nueva Constitución, que era justamente esta modificación al artículo 15, al artículo 32 número cuatro, al artículo 54 y al Capítulo VX. Todos eran mecanismos que tratábamos de imaginar, porque queríamos una nueva Constitución Política, pero nos dijeron que no, porque estaban los quorum.

Hoy hablé con el alcalde de Iquique, a propósito de la consulta comunal del 7 y 8 de diciembre. Él me dijo: “Nosotros entendemos que ustedes no pueden hacer nada por los quorum que están establecidos en la Constitución. Damos por hecho que están desacreditados.”. Es decir, dan por hecho que debido a los quorum no podemos hacer nada. Es como si estuviéramos todos interdictos.

Hay que ir llenando este rompecabezas. Me interesa concordar con la derecha un plebiscito de entrada a este proceso constituyente. Es importante que nos demos cuenta de que estamos delineando el proceso constituyente chileno.

Tenemos parte de ese rompecabezas, pero tenemos que concordar en que este itinerario, este proceso constituyente, tiene que iniciarse con un plebiscito en que se pregunte al pueblo de Chile si quiere o no una Constitución y cuál es el mecanismo para que esa Constitución se haga. Si la derecha no está de acuerdo, es un oportunidad que se pierden, porque el ideal es que estemos de acuerdo, así como nosotros estamos de acuerdo en un plebiscito ratificatorio que ha planteado el gobierno.

El proceso hay que iniciarlo con un plebiscito de entrada. Para mí resulta de una obviedad tal, debido a lo que se plantea en la calle.

Si no terminamos de dimensionar en lo que estamos, todo lo que estamos discutiendo son puras normativitas que estaban antes, pero que no sirven para resolver el problema.

Debemos enfrentar el desafío de ir llenando este itinerario, y hay que partir con este plebiscito de entrada que nos permita a todos y a todas decidir si queremos una nueva Constitución y cuál es el mecanismo para que se haga.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Rodrigo González.

El señor GONZÁLEZ (don Rodrigo).- Señor Presidente, lo que ha ocurrido es que estamos frente a una propuesta del gobierno sobre un congreso constituyente, pero no hemos logrado averiguar ni saber en qué consiste esta verdadera entelequia. El problema es que no lo vamos a lograr en esta comisión, porque aquí no está el gobierno.

Entiendo que aquí no hay ningún vocero de gobierno, porque estamos en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Resulta que este es el único espacio donde el Congreso tiene autonomía respecto del Ejecutivo. Aquí no tenemos que preguntar al Ejecutivo si en las reformas constitucionales vamos a necesitar un patrocinio, porque no se trata de facultades exclusivas, dado que la facultad de presentar proyectos de reformas constitucionales es exclusivamente nuestra.

Por tanto, la responsabilidad frente a la comunidad de tener opinión y de votar o no un proyecto, la vamos a tener que asumir nosotros.

Escuché esta mañana al diputado Fuenzalida, y dijo: “La gente nos está pidiendo a gritos que nos pongamos de acuerdo.”. Esa fue su expresión textual. O sea, hay un clamor nacional para que nos pongamos de acuerdo, que es un clamor permanente.

La intencionalidad política ha perdido legitimidad, justamente, porque no se pone de acuerdo y porque durante muchos años no ha entregado soluciones a los grandes problemas del país y a todo aquello que constituyen los fundamentos de las manifestaciones. Resulta que estamos en un momento clave y que puede ser histórico, porque podemos avanzar al menos en parte.

Se ha dicho permanentemente que nos podemos renunciar a facultades que tenemos como Congreso, y tenemos facultades justamente en el ámbito constitucional. Interpelo a los diputados de la derecha a que no renunciemos a la facultad que tenemos de legislar y de dar respuesta a la gente.

El diputado Coloma dijo que estarían dispuestos, pero nos pidió que tuviéramos una opinión y que diésemos antecedentes sobre cómo podría ser la asamblea constituyente. Eso significa que estaría abierto a que discutamos sobre la posibilidad de un mecanismo de esa naturaleza. Si es así, abramos esa puerta, pero en lo primero que tenemos que avanzar es en la propuesta que hizo acá el diputado Boric. Me refiero a dar lugar a que podamos contar con una institución plebiscitaria, a un plebiscito que permita dictar una nueva Constitución, a que la ciudanía nos diga si quiere una nueva Constitución y a dejar pendiente la discusión de su mecanismo, que puede ser un mecanismo muy variado, pero cómo nos vamos a negar a ejercer las propias facultades que nos entrega la actual Constitución Política de la República y si queremos una solución institucional como la planteada esta debe ser propuesta, justamente, desde esas facultades institucionales que deberíamos ser capaces de utilizar.

El movimiento social no parará y puede, incluso, agudizarse por lo que podemos ir a situaciones de conflicto y enfrentamiento que hemos visto que son extremadamente graves. La gente está cansada de que no demos la respuesta que espera, no ha dado la respuesta el Ejecutivo y –lo hemos dicho hasta el cansancio- ha llegado atrasado a la agenda social, que es una agenda insuficiente, y ha llegado atrasado a la propuesta de decir que se quiere una nueva constitución pero sin definir con claridad de que se trata la propuesta que está haciendo.

Entonces, el Congreso Nacional, como institución autónoma tiene una responsabilidad, esta comisión tiene una responsabilidad y la Sala puede llegar a tener una responsabilidad por lo que ojalá tengamos la condiciones para que lo que aprobemos acá sea aprobado por la Sala, pero demos el primer paso, hoy hay que dar un primer paso, y creo que sería absolutamente impresentable que esta comisión dijera que de nuevo postergamos una decisión cuando hemos acordado votar un proyecto, cuando hemos acordado avanzar por lo menos un paso y es posible avanzar un paso si tomamos en cuenta la propuesta que hizo el diputado Boric de, primero, determinar si queremos o no un plebiscito y reitero la pregunta que hizo el diputado Hirsch a las diputadas y los diputados que representan la opinión del gobierno aunque entiendo que ellos son y deben ser autónomos en relación con la opinión del gobierno porque el gobierno tiene una tremenda responsabilidad y nosotros tenemos que dialogar con el gobierno, pero aquí la reforma constitucional es una responsabilidad nuestra y no podemos capitular en esa responsabilidad, no podemos abdicar a esa responsabilidad, por lo que llamo a que demos un primer paso que la ciudadanía podría recibir en muy buenas condiciones.

Por lo tanto, no ratifiquemos la incapacidad que nos han enrostrado permanentemente de que la institucionalidad política -el sistema político- no es capaz de responder a los ciudadanos y una respuesta, sin duda, va a requerir que se consulte a los ciudadanos y la primera forma de consulta es la de establecer la institución del plebiscito.

He dicho.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado René Saffirio.

El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente, intervendré en mi condición de único diputado elegido como independiente en el país. En consecuencia, como no respondo a la estructura de partido alguno me puedo tomar ciertas licencias y lo haré porque entiendo que quienes me entregaron esta responsabilidad lo hicieron desde la mirada de quien no milita en partido político alguno.

La verdad es que llevamos cuatro horas de discusión y tengo la misma impresión de la diputada Cariola: ni para atrás, ni para adelante.

Estamos donde mismo, esta discusión me produce cierta vergüenza y lo digo así porque entendería razonablemente esta discusión en el contexto de una sociedad que medianamente funcione con cierto grado de normalidad, pero ese no es el caso pues nuestro país no está funcionando con normalidad.

Hay dificultades con la industria, con el comercio, con la educación –los niños no están asistiendo a clases-, las atenciones de salud no se están prestando, nuestra imagen en el mundo se deteriora día a día, los derechos humanos están siendo sistemáticamente violados, no dicho por nosotros, sino que dicho por organismos internacionales, tenemos instituciones cuyo nivel de deterioro se agrava día a día, la más clara –evidentemente- es Carabineros de Chile, en fin, si esto no estuviera ocurriendo entendería que en cuatro horas no seamos capaces de resolver una sola norma que nos permita avanzar en materia de entregar a los ciudadanos facultades que hoy la Constitución Política de la República no les da.

Tengo la impresión de que la derecha definitivamente no ha logrado comprender la profundidad de la crisis y se los digo –créanme que lo hago así- con el mayor cariño porque estamos en una situación de altísimo riesgo. No creo haberlo señalado en la mañana pero estamos ad portas, mañana, de una convocatoria a un paro nacional, a una huelga nacional que podrá tener más o menos adhesión –se podrá discutir-, pero nadie puede negar que en el estado de convulsión en que se encuentra el país hoy si llega a ocurrir una tragedia que pudiera significar que algún chileno o chilena, que algún niño se viera afectado por un acto de la policía y que perdiera la vida en ello, eso podría ser un hecho que de manera irreversible nos involucre en un proceso de deterioro aún más grande en nuestra convivencia, y eso me angustia porque tengo 64 años y comenzaba a volar en marzo del 73, y este proceso ya lo viví y lo vivimos. En la mañana conversaba con Gabriel y él me decía que fue a un hospital y se quebró cuando supo de aquel joven que perdió su vista, y yo le decía qué pena que te haya ocurrido eso, pero –a lo mejor- te va a servir para que comprendas porque nos quebramos nosotros que vivimos los horrores que vivimos durante casi dos décadas.

Entonces, no nos pueden pedir que seamos tan pasivos frente a una realidad que nos está convocando y estamos haciendo lo contrario de lo que la ciudadanía quiere que hagamos, indistintamente del sector al que pertenezcamos. Tengo mi domicilio político y está en la oposición, pero quiero lograr que se comprenda que un plebiscito de entrada, un plebiscito de salida, 120 días para realizarlo, el mecanismo, si es asamblea constituyente, si es convención constituyente, en fin, ¡pónganle el nombre que quieran, por Dios!, si lo que estamos enfrentando es una crisis que no sabemos cómo va a terminar.

Entonces, el diputado Díaz, por su intermedio, señor Presidente -lamentablemente no está aquí-, dice: resolvamos cuando dibujemos todo el itinerario.

¡Por Dios!

Si llevamos cuatro horas y cuarto o cinco horas y ni siquiera hemos resuelto algo que es básico como es convocar a los ciudadanos a una consulta plebiscitaria.

¿Cuántos años nos demoraremos en “dibujar” todo el itinerario?

¡Perdón!

Eso podríamos hacerlo en circunstancias normales pero no en estas circunstancias.

Creo que hay que hacer un esfuerzo mayor, pues el país no está esperando esto de nosotros, es mi impresión, es muy personal y puede no compartirla nadie, pero mi impresión es que el país quiere que hagamos exactamente lo contrario, que definamos procesos.

¿Cómo no podemos abandonar un poco nuestros dogmas?

Dígannos, entonces, si lo que quieren es que no saquemos de la Constitución el concepto de Estado Subsidiario y que no pongamos el concepto de Estado Solidario, si nos dicen eso a lo mejor podemos compartir y buscar otras formas pero que eso no signifique, que un concepto no signifique que no seremos capaces de avanzar para colaborar en resolver la crisis, porque tampoco la vamos a resolver desde el punto de vista constitucional, porque esta es una crisis política y, en consecuencia, su solución es política, su solución está en manos de quienes tenemos que tomar decisiones políticas y si no lo hacemos, la responsabilidad no será de la ciudadanía que está en la calle, la responsabilidad será nuestra.

Quiero pedirle, señor Presidente, que suspendamos por 10 minutos la sesión -lo pido de verdad-, que podamos suspender por 10 minutos la sesión, que podamos conversar y que en la privacidad de una conversación tanto los diputados de la coalición de gobierno como los diputados que nos ubicamos en las posiciones de oposición podamos consensuar algunas materias que nos permitan… me daría por satisfecho con que podamos decirle al país hoy tres cosas: que hay plebiscito; que hay plazo para el plebiscito, tenemos el plazo, el director del Servel nos dijo en la mañana, 120 día;, y lo más importante, por primera vez en 40 años la derecha nos dice nueva Constitución, 40 años que no escuchábamos eso y el Presidente de la República dijo anoche a sus parlamentarios que estaba disponible para que avancemos en una nueva Constitución ¡díganme que eso no es un avance!

¡Evidente! Cómo no reconocerlo, tarde, pero bueno, hay que reconocerlo.

Señor Presidente, quiero proponerle que nos demos 10 minutos y que podamos conversar en torno a esos temas, porque creo que hay varias cosas que se pueden despejar rápidamente.

He dicho.

El señor WALKER (Presidente).- Quiero proponerles lo siguiente, tengo inscritos a 8 diputados y diputadas, el diputado Macaya, el diputado Soto, la diputada Paulina Núñez, el diputado Cruz Coke, el diputado Fuenzalida, el diputado Hirsch y el diputado Alessandri; además, por una cuestión humana quiero proponer que suspendamos por 10 minutos, llevamos 4 horas, pero les voy a pedir que cuando reanudemos, sin perjuicio de lo que podamos conversar ahora, hagan propuestas concretas respecto de mecanismos, porque ha habido reflexiones muy interesantes, no quiero coartar el debate, estamos citados hasta total despacho, entiendo que hay mucho interés de la ciudadanía, pero hagamos propuestas concretas.

Yo hice una propuesta concreta, el diputado Macaya se tiene que ir, así es que lo escuchamos y después haremos a un receso de 10 minutos.

El señor MACAYA.- Señor Presidente, lamentablemente no pude participar en la sesión de hoy en la mañana, quizás hay temas que voy a repetir, que se pueden haber planteado hoy y pido las escusas anticipadamente por eso.

Me da la impresión de estar viendo acá un diálogo medio kafkiano; creo que debiera ser la noticia del día, lo más destacado, el Presidente se ha abierto después de 40 años, en un sector político ya hay bastante conceso y unanimidad; en Chile Vamos por lo menos, que haya una posibilidad de tener una nueva Constitución y a partir de esa noticia ustedes igual estén hoy convocados para que, sin mayor reflexión, sepan el camino que se debe recorrer, a menos de 24 horas de esa definición, que probablemente es la noticia más importante, al menos en mi sector político, en nuestra historia constitucional en los últimos 40 años.

Que no se tenga la capacidad de valorar eso y tomar la definición de no cerrar y de no apurar un debate, una votación, un total despacho, que además no tiene mucho sentido hoy conociendo los quorum que se requieren posteriormente en la Sala.

La contradicción kafkiana que veo acá, todo el mundo ha señalado que lo fundamental es tener diálogo, tener participación ciudadana, entiendo que han valorado como una cuestión importante lo que está haciendo la Asociación Chilena de Municipalidades, un diálogo que se está dando en las instancias políticas más cercanas, más legítimas, en términos de aprobación social, política, al menos, y me llama la atención que estando todos los sectores políticos validando ese mecanismo, que entiendo que es en una o dos semanas más, no lo ocupemos como una instancia para escuchar el pensamiento de la ciudadanía; nosotros podemos aprobar algo acá y entre que se vaya al Senado se dé una vuelta gigante y lo que nos demoremos, también vamos a haber llegado tarde y escuchar a la ciudadanía en esa instancia, que es la de la Asociación Chilena de Municipalidades, de los municipios, me parece que es importante.

Chile Vamos también se ha abierto a escuchar a la ciudadanía a través de un plebiscito ratificatorio, unánime, también en esta parte de la Mesa.

Pido que dejemos un ratito de lado los maximalismos, porque al final revisando opiniones de algunos parlamentarios del Frente Amplio, veo que la única vía válida -dice el diputado Hirsch-, por su intermedio Presidente, es una asamblea constituyente, en su tuit sale.

Veo que el Partido Comunista plantea que ya tiene una vía de comunicación con la ciudadanía, que es un plebiscito que tiene en un par de semanas más, que se está convocando para el 15 de diciembre.

Muchos de ustedes y de nosotros hemos participado en conversaciones, en cabildos ciudadanos, la conversación partió en forma extrainstitucional, acá muchos de nosotros creemos que carecemos de legitimidad en términos de aprobación y validación ciudadana, pero yo no considero que para lo que hacemos acá tengamos interdicción para seguir conversando sobre los temas legales, vamos a discutir el presupuesto en una semana más.

Más allá de las diferencias políticas que tenga con cada uno de ustedes, considero que todos son parlamentarios trabajadores, que sacan adelante sus temas y cuando votan una ley lo hacen con la convicción de que están votando una ley para el bien de Chile, con la certeza de que se va a mejorar una ley en salud o en educación, así lo hemos hecho en los últimos 9 años, diputado Walker, tiempo que he compartido con usted en este Parlamento, en los últimos 5 años que he compartido con el diputado Boric.

Acá cuando usted vota leyes, participa en discusiones políticas y va avanzando, no está interdicto para seguir en el debate legislativo y ahí entro en la contradicción de nuevo, porque si este Parlamento está absolutamente interdicto para tener un debate constitucional, ni siquiera deberíamos estar discutiendo la forma en que se hace esta conversación en las próximas semanas y eso es lo más kafkiano de esta discusión.

Creo que si ha hay un acuerdo que se puede dar hoy en esta Mesa, es la valoración de que por primera vez, después de muchos años hay unanimidad, al menos en esta Mesa; obviamente que hay sectores que no están sentados en esta Mesa, que pueden pensar distinto, pero para tener una nueva Constitución, por primera vez en muchos años hay unanimidad para asumir que la participación ciudadana, más allá que nos haya superado, que hayamos llegado tarde, se está dando en distintas instancias que no van a ser las que definamos acá, porque si las dibujamos, también vamos a estar llegando tarde.

Entiendo que lo que se planteó hoy y así lo ha hecho la Mesa de la Cámara de Diputados con la Asociación de Municipalidades, es una vía superlegítima y válida y si hoy tiene que salir una noticia de esta comisión, en el tercer punto, donde hay bastante acuerdo en términos de participación ciudadana, que es el plebiscito ratificatorio -ahí veremos qué ocurre entremedio con las otras instancias de participación- que sea algo que valoremos, que aprobemos y que sea de los consensos que podamos construir hoy como señal.

He dicho.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Leonardo Soto.

El señor SOTO (don Leonardo).- Señor Presidente, voy a partir ratificando lo que han dicho varios diputados acá, llevamos un poco más de cinco horas debatiendo sobre cómo encontramos un camino común para una nueva Constitución, aparentemente la decisión de un proceso constituyente, de una nueva Constitución, está aprobado ahora hasta por el propio Presidente de la República y por lo tanto, tiene que existir una Constitución nueva, nacida en democracia, que sustituya a la de los 80, a la de la dictadura y eso es una buena noticia.

El problema sí, porque no todo es color de rosa, es que no hay un mecanismo para poder elaborar la nueva Constitución, el gobierno hizo el anuncio correspondiente, pero no fue capaz de proponerle a los chilenos y chilenas un camino hacia allá, no propuso un mecanismo con detalles de cómo iba a funcionar.

Ya lo dije anteriormente, propuso una entelequia que fue definida acá como el Congreso Constituyente, un anuncio que hacen varios ministros, algo que nunca había visto, sin saber lo que están diciendo, porque cuando les preguntan de qué estamos hablando, quiénes lo van a integran, ellos dicen que lo están estudiando.

Pero bueno, estamos como estamos y es una realidad y yo quisiera partir desde las convicciones y desde el pragmatismo.

Desde las convicciones tenemos una propuesta como oposición, enormemente compartida, no sé si totalmente, de una asamblea constituyente bien regulada, con varios seguros y mecanismos, con la tranquilidad para todo el mundo de que lo que se haga ahí sea algo razonable y que permita que el país siga mejorando y no empeorando, esa propuesta está hecha y surge de varias mociones que hay acá.

El problema del mecanismo para elaborar la nueva Constitución, es decir quien la redacta, es que el gobierno no tiene una propuesta en ese sentido, si la tuviera haríamos lo que usted mismo ha dicho diputado Diego Schalper, -por su intermedio señor Presidente- de sentarnos a conversar, pero no tienen propuestas y lo han dicho acá, entonces es muy difícil que hoy avancemos con acuerdos importantes si el gobierno no tiene una propuesta.

Pero yo me niego y no me resigno a que no avancemos, porque hay ciertas expectativas de que en el Parlamento, que es donde se parlamenta se puedan encontrar los mejores mecanismos y no me resigno a que hoy levantemos la sesión sin ningún acuerdo, sin ningún avance, parados en el mismo lugar, como dijo el diputado René Saffirio.

Tenemos que avanzar aunque sea un metro. Si no podemos más, avanzaremos un metro, y mañana avanzaremos más metros, pero no podemos quedarnos parados donde estamos.

En ese sentido, ya no desde las convicciones, que están muy claras, sino desde el pragmatismo, veo que hay un punto de encuentro, un punto de consenso con el gobierno; hay un punto de acuerdo completo que podría surgir en esta mesa, que tiene que ver con la convocatoria a un plebiscito para ratificar una nueva constitución, lo que se llama el plebiscito ratificatorio, el plebiscito de salida.

En todas las propuestas que tiene la oposición, siempre hemos dicho que cualquiera que sea el mecanismo que se determine para elaborar la nueva constitución tiene que convocarse a todos los chilenos para que ratifiquen esa nueva constitución, y eso lo decimos todos en la oposición, con mayores o menores acentos, pero todos lo decimos, y ahora el gobierno también lo está diciendo.

Ayer escuché al ministro Gonzalo Blumel decir: “Mire, ahí está la entelequia del congreso constituyente, pero ese congreso elaboraría una constitución, y esa nueva constitución -dijo Blumel- tiene que ser ratificada por los chilenos y chilenas en un plebiscito”, y lo dijo muy claro. Y les he preguntado a los parlamentarios de derecha de la comisión, y me dicen que ellos también tienen voluntad de que así sea.

Señor Presidente, si en ambos lados de la mesa están de acuerdo con un plebiscito ratificatorio, que cierre, que haga posible esta convocatoria de la gente para aprobar la nueva constitución, ¿por qué no avanzamos hoy en esta materia?

Sugiero avanzar aunque sea en eso, que es lo único en lo que veo que podemos avanzar, porque hoy estamos todos haciendo tremendos discursos, pero finalmente partiendo en dos esta mesa, sin que existan acuerdos.

Por eso, Presidente, para no resignarnos a este bloqueo y a no avanzar es que hemos preparado una indicación con la diputada Paulina Núñez, que señala exactamente lo que estoy diciendo, que la nueva constitución debe necesariamente ser ratificada por todos los chilenos en un plebiscito, que es el único punto de consenso en el que se puede avanzar ahora, de acuerdo con el debate que estoy viendo.

Si alguien me dice que el debate que estamos teniendo hoy da para más, ningún problema, porque necesitamos 3/5 o 2/3 para llevar algo decente a la Sala.

Sería una vergüenza para esta comisión que lleváramos puras votaciones de 7-6, sería una demostración del fracaso nuestro, de este Parlamento, para resolver; ni siquiera para resolver, para colaborar con la solución de la crisis; sería una negación de nosotros.

Por eso, no me resigno, y hemos preparado una indicación que la he suscrito y la han suscrito varios parlamentarios del oficialismo y algunos de oposición, e invito a todos a suscribirla, porque en eso estamos de acuerdo. Nadie discrepa de este tema. Podemos tener diferencias en el resto.

Particularmente, no comparto la actitud de bloqueo que tiene la derecha, pero no la vamos a poder romper ahora, salvo en esta parte. Por eso, pido que avancemos los metros que podamos a través de esta indicación que hemos suscrito algunos parlamentarios del oficialismo y de oposición.

Invito a que la diputada Paulina Núñez también se refiera a la indicación.

El señor WALKER (Presidente).- Diputados, vamos a suspender por diez minutos y vamos a retomar la sesión a las 18.50 horas.

Se suspende la sesión.

-Transcurrido el tiempo de suspensión:

El señor WALKER (Presidente).- Continúa la sesión.

Pido disculpa a todos los diputados, pero, más allá de la forma, creo que es muy importante generar espacios de diálogo.

Es necesario agotar todas las vías de conversación y en estos días, lo que no se puede dejar de hacer es conversar y lo vamos a seguir haciendo en el marco de la Comisión de Constitución en forma transparente ante la ciudadanía.

Sobre la mesa se han expuesto dos temas: uno, es la convocatoria al plebiscito de entrada, y otro es la convocatoria al plebiscito de salida. Hay distintas fórmulas. Creo que es muy importante conversarlas y generar, ojalá, el mayor acuerdo posible, y donde no haya acuerdo se puede votar, para eso están las mayorías que establece la comisión.

Respecto del mecanismo propiamente tal, estamos muy conscientes de que tenemos que trabajar en conjunto para que cualquier alternativa que se plebiscite ante la ciudadanía esté regulada, de manera tal que el camino constitucional, entre el plebiscito y la propuesta que se haga a la ciudadanía sea por parte de una asamblea constituyente, de una convención o de cualquier otra figura, esté definido con los quorum que establece la Constitución, que son 4/7.

Entonces, lo que queremos proponer es ver la posibilidad de un acuerdo sobre la base de que el Congreso Nacional pueda acordar, por los 4/7 de los diputados y senadores en ejercicio, la posibilidad de convocar a un plebiscito del reemplazo total del cambio constitucional con un mecanismo que se haya acordado.

Eso es lo que finalmente queremos someter a la consideración de la comisión y también la posibilidad de tener un plebiscito de salida, en los términos en que lo habían propuesto los diputados Leonardo Soto y Paulina Núñez, a quien tenía anotada en el uso de la palabra, así que va a ser la primera en hablar.

La propuesta es tener un plebiscito de entrada, que se le dé la facultad al Congreso Nacional, para lo cual sugiero revisar la página siete del comparado.

Para que la entiendan, porque la están elaborando, si se van al comparado en la página siete está una de las formas, pero entiendo que es la misma.

Está la posibilidad de que se decida con el voto conforme de los 3/5 de los diputados en ejercicio. La propuesta es que en vez de ser 3/5 baje a 4/7. O sea, se requiere igualmente la voluntad mayoritaria del Congreso Nacional para convocar a un plebiscito, pero en vez de 3/5, que se estima como un porcentaje muy complejo de lograr, propongo que sea 4/7, y en que lo que gatille finalmente el requerimiento de esto, en vez de ser la mayoría de los diputados en ejercicio, sea un 1/3 de los diputados en ejercicio.

Entonces, voy a leer como quedaría la propuesta, página siete del comparado, para que todos se ubiquen, porque solo cambian dos cosas. Quedaría de la siguiente manera:

Para reemplazar el boletín N° 12630-07 que modifica la Carta Fundamental en materia de plebiscitos y establece un procedimiento para la elaboración y aprobación de una nueva constitución política, que incorpora un nuevo artículo 54 bis del siguiente tenor:

“Artículo único.- Introdúzcanse las siguientes modificaciones a la Constitución Política de la República:

a)Intercálese un nuevo número 3) al artículo 52, que quedaría de la siguiente manera: aprobar con el voto conforme de los 4/7 de los diputados en ejercicio la convocatoria a plebiscito de carácter nacional, vinculante y obligatorio con el objeto de consultar a la ciudadanía exclusivamente acerca del reemplazo íntegro de la Constitución vigente.

La Cámara deberá decidir en votación efectuada en sesión especialmente convocada al efecto que deberá ser requerida por al menos –y este es el segundo cambio- 1/3 de los diputados en ejercicio. Vale decir, es provocado, basta que exista 1/3 de los diputados en ejercicio quienes quieran solicitar el acuerdo, en este caso, de la Cámara y se requiere un quorum alto, 4/7 de los diputados en ejercicio para convocar al plebiscito y ya no 3/5, lo demás sigue igual.

Esta atribución conferida podrá ser ejercida por una sola vez en el cuadrienio que corresponde a su período legislativo. Así quedaría la indicación.

Después la letra b) Intercálese en el número 11) al artículo 53. Décimo sigue igual, aprobar en sesión especialmente convocada al efecto y con el voto conforme de los 4/7 de los senadores en ejercicio la convocatoria a plebiscito de carácter nacional, vinculante y obligatorio formulada por la Cámara con el objeto de consultar a la ciudadanía exclusivamente acerca del reemplazo íntegro de la Constitución.

Después hay una tercera variante, que es el plazo para la realización del plebiscito. En el evento de aprobarse, el Presidente del Senado comunicará la decisión al Presidente de la República, quien fijará mediante decreto supremo la fecha de votación plebiscitaria. Se establecía en un principio de 60 días, pero considerando lo que nos ha dicho hoy el Servicio Electoral se propone que sea en 90 días después de la publicación de dicho decreto, si así no fuere, ella se realizará el domingo inmediatamente siguiente. Transcurrido el plazo de un año, desde la comunicación sin que el Presidente convoque a plebiscito, se entenderá que existe una infracción grave a la Constitución para efecto de lo dispuesto en el artículo 52, número 2, letra a).

El tribunal calificador comunicará al Presidente de la República el resultado del plebiscito y especificará la opción decidida por la ciudadanía.

Con esto, lo que pretendemos es que no exista un quorum tan alto finalmente para provocar este plebiscito que nosotros consideramos que es esencial para mostrarle a la ciudadanía un camino democrático, participativo para poder pronunciarse respecto del cambio de la Constitución. Esa es la propuesta, se ofrece la palabra.

Tiene la palabra la diputada Paulina Núñez.

La señora NÚÑEZ (doña Paulina).- Señor Presidente, le agradezco el esfuerzo después de tanto rato haber quedado igual, lo digo sinceramente, y sobre usted que había firmado la indicación, diputado Soto, yo le creo, por su intermedio, Presidente, al diputado Soto, que de buena fe tratamos de que se diera muestra por último de votar en algo que estábamos acordados. Pero veo que es difícil avanzar de esta forma y en esta comisión, indiferente de las conversaciones, diálogos que pueda tener el ministro a propósito de que el Presidente le ha mandatado a él que pueda conversar y lograr, ojalá, amplios acuerdos.

Pero que hoy no hayamos podido salir por lo menos con dos cuestiones que eran básicas y que están reflejadas en esa indicación. Que nosotros, como comisión, incluso hasta donde entiendo ante el Senado, salvo que estén sesionando a esta altura, hayamos podido decir que una nueva Constitución, así partía la indicación, una nueva Constitución y por lo tanto, insisto, pronunciarnos expresamente de que estamos todos acordes de una nueva Constitución, más allá de lo que haya dicho el Ejecutivo, debía ser ratificada necesariamente a través de un plebiscito ratificatorio, vinculante, obligatorio -y no recuerdo el otro concepto- y nacional.

Pero los desarmó, casi los quebró, se molestaron, pidieron que viniera el ministro, se reunieron por más de media hora, en vez de haber aprobado eso por unanimidad y después, bueno, cada uno por último se pronunciaba votando a favor o en contra de su indicación, y como lo decía, no recuerdo quien de nuestros diputados, Presidente, después de 40 años -lo quiero decir- nuestro gobierno, nuestra coalición, con las diferencias que hay en nuestra coalición, se abrió a un proceso que termine en una nueva Constitución. Adiós los cambios, las reformas, las modificaciones, etcétera.

No tengo ninguna duda de que el gobierno hará todos los esfuerzos para lograr acuerdos amplios con todos los sectores políticos y sociales, pero nosotros no estamos a la altura, no estamos dando el ancho para poder acordar por unanimidad al menos una cuestión que no es que se nos haya ocurrido a nosotros, sino que simplemente teníamos acuerdo en ese punto. Pero ya que volvimos a fojas cero, Presidente, ningún problema, yo espero que podamos votar nuestra indicación, obviamente la vamos a votar a favor, en una de esas si están todos de acuerdo se votará por unanimidad y después cada uno se va a pronunciar del inicio.

Creo que al menos para poder avanzar hubiese sido bueno haber votado eso, pero si tanto los incomoda, los molesta, los quiebra, nosotros no tenemos ningún problema en votar en contra de esa, ¿por qué? Y aquí empiezo a dar mis motivos.

Señor Presidente, el Presidente de la República no solo le anunció al país, a través del ministro del Interior, que iniciamos un proceso para terminar en una nueva Constitución, si no que lo mandató para lograr los acuerdos más amplios posibles tanto con el mundo político como con el mundo social y lo que nosotros no queremos hacer es poder adelantarnos a ese acuerdo. Todos acá estamos conversando, porque es nuestro deber, no estoy develando nada que no corresponda, al contrario.

Por lo tanto, espero que una vez que tengamos ese acuerdo y se lo podamos comunicar a Chile también, a todos los chilenos, entendamos que fue gracias a que todos tuvimos voluntad de poder avanzar en esos acuerdos y no a que teníamos que votar apurados una indicación, porque tenemos que mostrar algo.

Pero bueno si hay que mostrar algo, insisto, nosotros vamos a votar a favor la indicación y simplemente por este motivo para no adelantarnos a los acuerdos amplios que pueda hacer desde el gobierno con el mundo político y social el ministro del Interior, por supuesto por el mandato del Presidente, vamos a votar en contra la indicación.

He dicho.

El señor WALKER (Presidente).- Muchas gracias, diputada Núñez.

Quiero reiterar que la propuesta es votar ambas indicaciones, también la del plebiscito de salida, y en eso estamos todos de acuerdo. Pero no quedamos a fojas cero, diputada Núñez, porque vamos a tener un plebiscito de entrada, vamos a tener un plebiscito de salida y obviamente estamos generando todo el espacio para que exista un acuerdo respecto del mecanismo, porque acá no pueden quedar cabos sueltos.

O sea, tenemos que tener todo definido para lo que vamos a hacer, una vez que, esperamos, la ciudadanía ratifique el cambio constitucional, si no lo ratifica obviamente no hay ningún mecanismos posible.

Tiene la palabra el diputado Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ.- Señor Presidente, le agradezco el esfuerzo que ha hecho para llegar a este momento de votación, solo que no estoy muy enterado de las conversaciones que han sostenido con el ministro del Interior. Entonces, quiero hacer una consulta, cuando se pregunta acá con respecto a que en este plebiscito se le va a consultar a la ciudadanía exclusivamente acerca del reemplazo íntegro de la Constitución vigente, esa palabra “exclusivamente” significa “únicamente”, es decir, la única pregunta que se le va a hacer en ese plebiscito que convoque el Presidente de la República es sobre si se reemplaza totalmente la Constitución. Eventualmente no se le podría agregar la consulta si él quiere una asamblea constituyente para confeccionar la Constitución o este exclusivamente es algo más, porque si yo interpretara esta norma de manera holística me lleva a que es únicamente y es uno solo porque al final dice: En el evento de aprobarse, el Presidente del Senado comunicará la decisión al Presidente de la República, quien fijará mediante decreto supremo la fecha de la votación plebiscitaria, que deberá celebrarse 60 días después de la publicación de dicho decreto.

Lo que entiendo es que el Presidente de la República va a convocar a un plebiscito para preguntar a la gente sobre la única pregunta pertinente, aparentemente, que se les puede hacer, que es si está o no por reemplazar íntegramente la Constitución vigente.

Para la historia fidedigna de la ley quiero saber si se le puede agregar otra pregunta. Algunos señalan que es posible hacer más de una pregunta al ciudadano, pero como dice “exclusivamente” y el plebiscito se refiere al cambio íntegro, entonces, pido a los que confeccionaron la indicación que nos puedan un poco explicar, para poder tener claridad de que el día de mañana se le puede agregar otra pregunta. Nosotros estamos de acuerdo con un plebiscito de entrada y uno de salida, pero yo no estaría saliendo si no entro con una asamblea constituyente. Entonces, como algunos ya están entrando y están saliendo, pero sin la asamblea constituyente, entonces, me preocupa.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Marcelo Díaz.

El señor DÍAZ.- Señor Presidente, lo que entendemos, de hecho si uno mira orgánicamente todas las indicaciones, luego están las preguntas que se plebiscitarían en otro artículo. Yo entiendo que cuando se dice “exclusivamente” es que no se puede preguntar sobre cambios al sistema de salud, al sistema de pensiones o a la ley Cholito, sino sobre el reemplazo íntegro de la Constitución.

Luego, las preguntas del plebiscito que incluyen el mecanismo están en otro artículo, en otra indicación. Esto es sobre la materia; la pregunta no es una sola. La pregunta puede ser si quiere reemplazar la Constitución, y el mecanismo también.

El señor WALKER (Presidente).- Eso es lo que yo iba a señalar.

De hecho, quiero reiterar que vamos a darnos el espacio en esta comisión todos los días que sean necesarios, todas las horas que sean necesarias, aun cuando los periodistas me lo han reclamado, para tratar de llegar a un acuerdo respecto del mecanismo, porque no tiene que haber cabos sueltos. Esto no puede ser como el Brexit en Gran Bretaña, que los ciudadanos o la convención o la asamblea constituyente se puso a improvisar sobre la marcha. Todo tiene que estar regulado y previsto en el ordenamiento jurídico y si no hay acuerdo, y también para la historia de la ley, no estamos abriendo un espacio para llegar a un acuerdo respecto de ese mecanismo y si no hay un acuerdo, ese mecanismo también se va a consultar a la ciudadanía, la que definirá qué mecanismo prefiere, si es una asamblea constituyente, si es una convención –que teóricamente son lo mismo-, si es el congreso constituyente, como planteó en principio el gobierno. Entonces, eso está pendiente de ser discutido. Vamos a darnos la posibilidad de llegar a un acuerdo y si no, se va a incorporar dentro de la pregunta del plebiscito a los ciudadanos en el plazo de 90 días.

Por lo tanto, la palabra “exclusivamente” no es excluyente de consultar el mecanismo si no acordamos una fórmula para poder hacerlo.

Señor Secretario, tome la votación de ambas indicaciones.

Para que todos entiendan, incluyendo los medios de comunicación. Primero vamos a votar el plebiscito de entrada y después el plebiscito de salida, o ratificatorio.

En votación.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Señor Alessandri, en contra; señor Boric, a favor; señor Coloma,…

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Juan Antonio Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, nosotros hemos dicho varias cosas, y entiendo la preocupación del diputado Gutiérrez porque dice “exclusivamente” y dos veces, además. El texto no es tan expreso y claro porque vienen 40 indicaciones más adelante.

Voto en contra, señor Presidente, por varias cosas. Primero, porque el sentido de un plebiscito que vote “exclusivamente” sobre el reemplazo íntegro de la Constitución vigente, como dice el texto de la indicación, resulta bien increíble si el gobierno ha dicho que quiere una nueva Constitución y si la oposición ha dicho que quiere una nueva Constitución.

Entonces, ¿qué estamos votando si todos queremos una nueva Constitución? Estamos todos dispuestos a hablar de una nueva Constitución. Por tanto, creo que esto tiene como única finalidad tener, entre comillas, una salida política, que es lo que hablamos en la sesión de la mañana y lo que hablamos en el inicio de la sesión de la tarde, que es tener una salida política para poder salir políticamente hablando con la gente respecto de que lograron algo que así como está sabemos que no se va a aprobar, sobre todo si además le agregan rebaja de quórum, rebaja de plazo. Ya casi es como un exceso, pero por eso, porque no estoy de acuerdo con este plebiscito exclusivo acerca del reemplazo íntegro de la Constitución, voto en contra.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Señor Coloma, en contra; señor Cruz-Coke, en contra; señor Díaz…

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Marcelo Díaz.

El señor DÍAZ.- Señor Presidente, en general soy partidario de incorporar los plebiscitos a nuestra legislación, los plebiscitos y referendos, no para consultar todos los días sobre todas las cosas, sino como un mecanismo que permita mayor proximidad entre las decisiones y la opinión de los representados. En pleno siglo XXI aquello se puede hacer. Sin embargo, ahora lo estamos votando, como dice la diputada Paulina Núñez, un mecanismo especial de reemplazo íntegro de la Constitución, que no existe en nuestro ordenamiento constitucional.

Eso significa que ese plebiscito que se activa con ciertos quórum especiales, que tiene un cierto procedimiento, que puede ser iniciado por el Presidente de la República o por el Congreso, de acuerdo a los quórum que están establecidos, es para reemplazar la Constitución en su totalidad y evidentemente luego vamos a incorporar también la decisión que en ese plebiscito se resuelva también el mecanismo, porque eso es parte del problema que tenemos. Si el gobierno se viene sumando a la propuesta de cambio constitucional desde ayer. No nos olvidemos que el Presidente el sábado dijo exactamente lo contrario en una entrevista. Dijo que estaba de acuerdo en perfeccionar y modificar la Constitución, a modernizarla, vía el Congreso, a través de los procedimientos establecidos en el capítulo 15. Recién ayer el gobierno se abrió a hablar de una nueva Constitución, pero nos plantea hacerlo a través del Congreso y nosotros no estamos de acuerdo. Nosotros queremos una asamblea constituyente.

Entonces, este plebiscito nos permite que los chilenos decidan si quieren cambiar o no la Constitución y si el Congreso no es capaz de llegar a un acuerdo respecto del mecanismo, que también resuelvan el mecanismo.

Por tanto, voto a favor.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Señor Díaz, a favor; señor Schalper,…

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Diego Schalper.

El señor SCHALPER.- Señor Presidente, solo quiero darle tranquilidad al diputado Gutiérrez ya que los alcaldes resolvieron el problema de la entrada. De hecho, ya estamos llegando tarde. Los alcaldes ya tienen el plebiscito resuelto, de hecho, incluso antes del plebiscito suyo. Yo al menos voy a ir a votar a mi comuna, probablemente va a haber un resultado que nos va a marcar decisivamente. Así es que para su tranquilidad, vamos a poder entrar.

Así es que dado que exclusivamente estamos exclusivamente votando la primera indicación, yo la voto en contra.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- El señor Fuenzalida.

El señor FUENZALIDA (don Gonzalo).- Iba a votar a favor, pero el diputado Gutiérrez me convenció, no estoy de acuerdo con la exclusividad, así es que voy a votar en contra.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- El señor Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ.- Que hagan referencia a mis opiniones con respecto del plebiscito, me alegra. También, que le den tanta relevancia a la consulta comunal, que, sin duda, va a ser una especie de plebiscito que va a poner las cosas en su lugar.

Pero yo no soy el que hizo esta indicación. Entonces, malamente me pueden imputar que lo estoy reemplazando por la consulta. Me estoy sumando a esta indicación, no me siento autor de la misma, ni soy el creador ni nada. No me hagan merecedor de un...

-Hablan varios diputados y diputadas a la vez.

Lo único que sé decir, es que, dado que a la derecha no le gusta este plebiscito de ingreso, que creo que es necesario, indispensable, y sé que ya se van a empezar a agarrar de la palabra exclusivamente para el día de mañana, y como ya han dicho... porque la historia fidedigna es que se pueden agregar otras consultas dentro del plebiscito y confiando en que el Partido Socialista va a...

-Hablan varios diputados y diputadas a la vez.

Sobre el reemplazo de la Constitución, voy a votar a favor, porque creo que se va a actuar de buena fe.

Creo que es necesario en Chile un plebiscito para pronunciarse si queremos o no una nueva Constitución Política y si no hay posibilidad que nos pongamos de acuerdo en el mecanismo, igual debe ser motivo de consulta. De lo contrario, le diremos a los alcaldes que también citen a otra consulta comunal para pregunten sobre el mecanismo, no solo si quieren nueva constitución, sino a través de qué mecanismo quieren hacerlo.

Voto a favor.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- El señor Hirsch.

El señor HIRSCH.- La verdad es que me ha llamado mucho la atención el entusiasmo que muestran de pronto los parlamentarios de la derecha con la consulta de los alcaldes.

Digo esto por un asunto que no es parte de este proyecto de ley. Presenté un proyecto de ley para facilitar los plebiscitos municipales y buena parte de la derecha, no así el diputado Fuenzalida –que me hace señas- rechazó facilitar o aprobó una parte, pero no el corazón que es tener quorum que facilite la participación ciudadana.

Entonces, me llama la atención, bueno, todo el mundo tiene derecho a no estar de acuerdo consigo mismo, como bien sabemos, que la derecha hace un par de días rechace la posibilidad de que la ciudadanía participe en plebiscitos comunales y tome decisiones y hoy día les parece que el plebiscito de los alcaldes es el que salva toda esta situación, en circunstancias de que no es vinculante y no tiene ningún peso legal, más allá del hecho de que se está convocando a la ciudadanía. Así es que me perece curioso, por decir lo menos.

Evidentemente, nosotros estamos por generar la mayor participación posible de la ciudadanía, la mayor participación ciudadana, en este proceso y en todo lo que viene. Creemos que debe haber un plebiscito de entrada, consulta sobre si se quiere o no una nueva constitución, consulta sobre el plebiscito. Ojalá durante el proceso si hay una asamblea constituyente se esté consultando permanentemente. No hay nada que pueda enriquecer más al país que la consulta permanente, a la cual algunos tanto temen. Eso es bueno, eso profundiza la democracia. Ojalá también se haga un plebiscito de salida.

Por lo tanto, doy mi voto de apoyo y, por cierto, impulsaremos que todo este proceso sea con la mayor participación ciudadana que se pueda.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- La señora Paulina Núñez.

La señora NÚÑEZ (doña Paulina).- Quiero que quede algo escrito.

Le quiero decir al diputado Tomás Hirsch que no se impresione si uno va cambiando de posición, porque siento que gracias a que uno ha ido cambiando es que hoy día tenemos un camino para llegar a una nueva constitución, que creo todos lo celebramos.

Además, estamos en plenas conversaciones y, por lo tanto, si hoy podemos cambiar de posición, en vez de criticarlo, lo valoraría.

Voto en contra.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- El señor Saffirio.

El señor SAFFIRIO.- Creo que hay tres noticitas buenas que podemos comunicar al término del día: llevamos casi 10 horas de sesión, hemos pasado por todas las etapas, por el entusiasmo, la euforia, la decepción, pero estamos concluyendo positivamente, porque al país le estamos diciendo que habrá plebiscito, que es en esencia un proceso participativo y democrático.

Que habrá plebiscito para iniciar un proceso constituyente que nos va a llevar a tener una nueva constitución después de 40 años de vigencia de la Constitución de 1980.

Además, que esto no es una simple declaración de intenciones, sino se establece un plazo para iniciar este proceso con lo cual pienso los ciudadanos pueden sentirse satisfechos, en el sentido de que lo que hemos logrado hoy es un acuerdo transversal, aún con los votos en contra de la derecha, pero que abre las puertas para un proceso constituyente, al cual espero, y confío que así va a ser, se sumen a futuro.

Voto a favor.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- El señor Soto.

El señor SOTO (don Leonardo).- Es difícil arribar a acuerdos constitucionales, particularmente en el contexto en que estamos, donde hay un desgobierno completo y basta ver cómo estuvimos legislando en la mañana, con varios cientos de personas en el mismo patio del ex-Congreso Nacional que gritaban y que se manifestaban buscando una salida a la situación de desgobierno en la que este gobierno nos tiene sumidos.

En la Comisión de Constitución abordamos el desafío, porque creemos que realmente aquí tienen que producirse los avances y los consensos necesarios para dar una respuesta al dilema que hay, que no puede existir un bloqueo permanente que termine angustiando y frustrando a todos los chilenos respecto de lo que está ocurriendo.

Hemos sesionado durante alrededor de diez horas, hemos debatido y ha sido bien difícil. Creo que contribuye enormemente que el gobierno está completamente ausente, estuvo tres horas en la mañana y no lo hemos visto más; es un gobierno no tan solo paralizado, sino, también, desaparecido. El gobierno, a pesar de la tremenda crisis que hay, no ha estado en esta Comisión de Constitución dirigiendo, conduciendo ni intentando resolver las dudas que tiene la oposición y las tremendas dudas que tiene el oficialismo, que no se atreve ni siquiera a legislar, porque el gobierno no les da la instrucción. Es supercomplicado dialogar así.

No obstante, igual le tendemos la mano al gobierno para que avancemos en alguna medida. Si el gobierno no define cuál es su mecanismo, Congreso constituyente, es muy difícil que nosotros podamos siquiera considerar algo. Es un misterio, un enigma, sin resolver.

Pero estamos dispuestos a avanzar en lo que podemos avanzar. Hoy día creo que podemos avanzar dos metros: uno, en instalar un plebiscito de entrada, que es un mecanismo para consultar a los chilenos respecto del proceso constituyente. ¡Qué simple, la democracia pura, la gente decide! Y eso lo podemos hacer hoy.

También, el propio gobierno ha dicho que está dispuesto a un plebiscito de salida, es decir, que se apruebe una constitución por la gente a través de un plebiscito. Sobre eso, nosotros podemos avanzar. Eso sí, es medio raro que uno avance en el inicio y en el término y en el medio exista el tremendo signo de interrogación, que es el mecanismo a través del cual se va a elaborar la Constitución, pero no podemos hacer nada si el gobierno tampoco puede definir sus mecanismos; sin embargo, nosotros no lo vamos a usar como excusa para no avanzar en esto.

Por lo tanto, vamos a aprobar el plebiscito constituyente de inicio, que es consultar a la gente; y el plebiscito de salida ratificatorio, si es que alguna vez ustedes, la derecha, se atreven a proponer un mecanismo razonable, concreto, específico, para elaborar la Constitución. Pero esa pega tiene que hacerla ustedes y no la están haciendo.

Voto a favor de la propuesta de plebiscito de inicio.

El señor WALKER (Presidente).- Brevemente, para fundamentar mí voto a favor que, además, es consistente con la resolución que adoptó hoy el Consejo Nacional de la Democracia Cristiana.

Creemos que es muy importante preguntar a los ciudadanos si quieren cambiar la Constitución; apoyamos la consulta de los alcaldes como un esfuerzo ciudadano, pero esa consulta no es jurídicamente vinculante; lo que estamos proponiendo es un plebiscito de entrada jurídicamente vinculante. Esa es la diferencia querido diputado, Diego Schalper; y eso es lo que va a validar, jurídica, constitucionalmente y políticamente este plebiscito para preguntar a los chilenos si quieren una nueva Constitución. Algunos sostienen que no es prioridad, podrán votar en contra.

Quiero valorar y reiterar la valoración que hago, de todos los esfuerzos que ha hecho el ministro Blumel por llegar a acuerdos en esta materia, por hablar de una nueva Constitución; yo creo que ese esfuerzo no podemos desconocerlo; y espero que los diputados de Chile Vamos apoyen el esfuerzo que está haciendo el ministro Blumel para que podamos concordar en un mecanismo y no dejar ningún cabo suelto; con un mecanismo verdaderamente participativo y democrático para proponer al país un nuevo texto constitucional.

Voto a favor de este plebiscito de entrada.

Resultado de la votación.

-Efectuada la votación en forma nominal, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 7 votos; por la negativa, 6 votos. No hubo abstenciones.

El señor WALKER (Presidente).- Aprobada.

En votación el plebiscito o referéndum ratificatorio o de salida, propuesto por la diputada Paulina Núñez y por el diputado Leonardo Soto.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Don Jorge Alessandri.

El señor ALESSANDRI.- A favor.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Don Gabriel Boric.

El señor BORIC.- A favor.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Don Juan Antonio Coloma

El señor COLOMA.- A favor.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Don Luciano Cruz-Coke.

El señor CRUZ-COKE.- A favor.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Don Marcelo Díaz.

El señor DÍAZ.- A favor.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Don Diego Schalper

El señor SCHALPER.- A favor.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Don Gonzalo Fuenzalida.

El señor FUENZALIDA.- A favor.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Don Hugo Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ.- Señor Presidente, pido la palabra.

El señor WALKER (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Hugo Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ.- Señor Presidente, creo que el plebiscito ratificatorio es una gran oportunidad que va a tener el ciudadano el día de mañana, si es que eventualmente la Constitución que se le ofrezca no es la que él está interesado, porque justamente no se le pidió su opinión.

Sin embargo, estoy muy de acuerdo que se haga este plebiscito ratificatorio, porque es la oportunidad que tiene el ciudadano de oponerse a cualquier tipo de “cuchufleta” que se le invente.

Voto a favor.

Gracias, señor Presidente.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Don Tomás Hirsch.

El señor HIRSCH.- Señor Presidente, si es que efectivamente hay un plebiscito de entrada, en que se consulte a la ciudadanía si quiere una nueva Constitución y se consulta el mecanismo; luego hay un proceso de elaboración de esa Constitución y se consulta nuevamente a la ciudadanía sobre ese proyecto que se presenta al país, me parece que se hace un proceso que tiene gran participación.

Por lo tanto, me parece muy bien que haya efectivamente ambos plebiscito, y tal como dije antes, ojalá en el proceso mismo de elaboración de la nueva Constitución, en la asamblea constituyente, también se considere el máximo de participación ciudadana para permitir que la ciudadanía pueda aportar con ideas, con distintos aspectos que puedan contribuir a una mejor Constitución.

Voto a favor de este plebiscito ratificatorio.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Doña Paulina Núñez.

La señora NÚÑEZ.- A favor.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Don René Saffirio.

El señor SAFFIRIO.- A favor.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Don Leonardo Soto.

El señor SOTO (don Leonardo).- A favor.

Creo que esta indicación grafica que cuando los esfuerzos se hacen, me refiero a cruzar la otra vereda y hablar en igualdad de condiciones sin veto, se pueden conseguir acuerdos; en esta indicación entiendo que va haber unanimidad, y es un camino que no sé si es definitivo de lo que viene, pero por lo menos es una pequeña luz de esperanza respecto de que la derecha puede entender, definitivamente, la realidad que estamos enfrentando todos los chilenos.

Finalmente, ustedes tienen la llave respecto de todo y en este momento la están colocando en esta indicación de plebiscito de salida; ojalá la coloquen en todas las disposiciones que debemos votar en los días que siguen.

El señor VELÁSQUEZ (Secretario).- Señor Presidente.

El señor WALKER (Presidente).- A favor de que sea la ciudadanía la que ratifique el texto de una nueva Constitución para Chile.

Resultado de la votación.

-Efectuada la votación en forma nominal, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 13 votos; por la negativa, 0 votos. No hubo abstenciones.

El señor WALKER (Presidente).- Aprobada por unanimidad.

Sesión N° 159 de 19 de noviembre de 2019.

El señor Walker (Presidente) señaló que la presente sesión es para informar a los partidos representados en la Comisión y que no fueron parte del acuerdo por la Paz. Expresó que el proyecto se concretará en la comisión de constitución y agregó que si se quiere cumplir con los plazos comprometidos con la ciudadanía, en el sentido que el plebiscito de entrada se realice efectivamente en el mes de abril, se debe dar celeridad a los plazos legislativos y en tal sentido se debe priorizar el tratamiento de este proyecto si se quiere cumplir con los plazos comprometidos. Indicó que espera que la Comisión técnica que se establece en el acuerdo, pueda entregar sus insumos durante la próxima semana.

Finalmente indicó que en base a lo expuesto por el SERVEL durante la sesión pasada, la ley de reforma constitucional en que se concrete el Acuerdo Político por la paz, debería estar despachada y publicada entre navidad y año nuevo, para así cumplir con el cronograma que actualmente fija la ley y que es el tiempo que el SERVEL requerirá para llevar a cabo el proceso plebiscitario.

El señor Gutiérrez repara en la citación que no contiene los contenidos que acaba de señalar el señor Presidente.

El señor Walker (Presidente) le explica que dicho cambio fue a propósito del acuerdo político de la semana pasada y el rol insustituible de esta comisión. En tal sentido, esta instancia es la llamada a estar al tanto y escuchar opiniones, más allá de lo que realice la comisión técnica, sobre todo de lo que viene de aquí en adelante. El acuerdo tiene muchas virtudes porque permite viabilizar el acuerdo para una nueva constitución, como asimismo, el trabajo que ya venía haciendo esta Comisión.

El señor Ward expresó que el rol principal del Ministerio Secretaría General de la Presidencia es coordinar una relación permanente entre el Ejecutivo y el Legislativo y en tal sentido, toma nota de la inquietud planteada por el señor Saffirio en orden a conducir la conversación sobre dicho tema.

Respecto de la materia objeto de la sesión, destacó el rol protagónico de la Comisión en el debate constitucional. Expresó que es sano sostener una conversación en esta comisión para transparentar y dejar registro en acta de aquello que fue materia del Acuerdo por la Paz. Agregó respecto de este último, que contiene ejes que van más allá de lo inicialmente señalado por el Ejecutivo. Así, este Acuerdo contempla un plebiscito de entrada con fechas concretas, por lo que ya no es una solo una idea constitucional sino un plan constitucional.

Destacó el rol determinante que tuvo el hecho de colocar en tabla los proyectos refundidos para la reforma constitucional en la salida de este acuerdo por la Paz. Precisó que éste último no fue firmado por todas las fuerzas políticas en el acuerdo, por lo tanto, se contempla en el punto 10 de su texto, la conformación de una comisión técnica formada de forma paritaria por el oficialismo y la oposición.

Hizo un llamado a comprometer los esfuerzos para que los puntos de este acuerdo se concreten y honrar dicho acuerdo, tal como lo señala en punto 2 del Acuerdo, a través del cual todos los partidos firmantes, comprometieron su voto para las iniciativas que resulten del trabajo de dicha comisión técnica.

Por otra parte, enfatizó que habrá un proyecto de reforma constitucional que tiene que ver con el plebiscito de abril, que deberá ser tramitado con celeridad. Del mismo modo, señaló que era razonable el tratamiento de este proyecto como parte de un todo, de manera de continuar con la lógica del acuerdo.

Finalmente, el señor Ministro manifestó que hay muchos otros temas que van de la mano con la discusión constitucional y citó como ejemplo el gasto que este proceso implicará como asimismo, las reglas para la propaganda electoral que deberá anteceder al plebiscito. Por lo mismo, instó a los partidos firmantes del Acuerdo a designar rápidamente a quienes formarán parte de la Comisión Técnica y declaró la disposición de la SEGPRES y del Gobierno para el trabajo de dicha instancia y de esta Comisión. Sobre los proyectos en tabla, expresó que la idea es que sean tratados como un todo y que las propuestas que contienen se plasmen en una sola iniciativa o moción.

El diputado señor Boric expresó que hay cosas que por mucho repetirlas no se vuelven ciertas y por lo mismo, es importante tenerlas a la vista. Aclaró que el Acuerdo al que varios de ellos han concurrido fue posible gracias a una movilización que cambió el rumbo de la política chilena. Como han señalado otros actores políticos, esa movilización no se cierra por lo que acuerden los políticos, sino en la medida que logren todos trabajar por una mayor dignidad para Chile.

Respecto del contenido del acuerdo, llamó la atención sobre las dudas que se suscitan respecto de aquello que falta por ser complementado. En tal sentido, declaró que a pesar de compartir el sentido de urgencia, ve poco probable que esta semana sea constituida la Comisión Técnica.

Por otra parte, compartió el rol ineludible de esta Comisión.

Luego expresó que hay temas ingeniería de detalle para que le proceso constituyente tenga la mayor legitimidad posible y logre abrazar en los hechos a la mayor parte de chilenos y chilenas. A su juicio los temas se resumen en cinco puntos. El primero de ellos, dice relación con el reconocimiento de una cuota específica para pueblos originarios. Luego, un mecanismo de corrección de género para asegurar paridad entre hombres y mujeres. Del mismo, aun cuando sea difícil de encontrar, calificó de fundamental buscar la fórmula que permita a los independientes competir en igualdad de condiciones con los candidatos de los partidos políticos. Sobre este punto hizo hincapié en el financiamiento fiscal equitativo independiente si hay militancia o no y posterior por voto. Finalmente, señaló que es indispensable terminar con las inhabilidades de dirigentes sociales para la participación en la elección de los miembros de la Convención, puesto que por el tenor del acuerdo, la elección de éstos estaría sujeta a las reglas de la elección de diputados y senadores[10].

El señor Walker (Presidente) señaló que el trabajo de la comisión técnica debía estar también sujeta al principio de transparencia.

El señor Díaz señaló respecto de la supuesta inhabilidad para dirigentes gremiales o vecinales a la que hizo referencia el señor Boric, que no se aplicaría a los candidatos a la Convención. Luego respecto de lo señalado por el señor Walker, expresó que el rol de la Comisión Técnica era completamente interpretable, pero de ahí a aplicarle normas a un ente que no es sino producto de un acuerdo político, le parecía un gran error.

Luego, destacó el rol histórico del acuerdo y señaló que había una confusión en los quórum. En tal sentido, explico que los dos tercios con hoja en blanco obliga un consenso amplio de manera que todos se sientan reconocidos. Agregó que siempre hemos tenido constituciones complejas y valóricas y puede que en este caso resulte una Constitución de contenido mínimo.

Respecto de la celeridad que se requiere para la tramitación, señaló que con una mezcla de indicaciones se podría hacer rápido, pero el punto es que debe ser un acuerdo completo y allí está la discusión del mecanismo. Propuso la presentación de una indicación colectiva para despachar el capítulo XV de la CPR y explicó que era el momento en que toda la Comisión diga que se está cumpliendo el acuerdo.

El señor Saffirio compartió el punto hecho por el señor Boric sobre los candidatos independientes y agregó que un tema clave que se debe tener presente es que la proporción de militantes y ciudadanos es inversamente proporcional, de allí las dificultades logísticas de presentar una candidatura como independiente. Señaló que no puede marginarse a un candidato independiente solo porque no alcanzó a doblar las listas de los partidos.

Luego instó a velar por la credibilidad del proceso, en el sentido de cuidar la transparencia y representatividad en toda instancia. Expresó que una de las grandes dificultades sobre todo en este Congreso, es la comunicación e instó a utilizar los recursos humanos y materiales disponibles para quienes formen parte de este proceso. En particular, expresó que los profesionales de la BCN serían un gran aporte para el trabajo de la Comisión.

El diputado señor Soto hizo presente que solo dos diputados de derecha se encontraban presentes en la sesión (en ese momento señores Alessandri y Schalper) y los felicitó por estar presente. Destacó que el acuerdo es histórico, porque hace dos meses no se habría imaginado el inicio de un proceso constituyente. Agregó que este impulso viene de las movilizaciones sociales que corrieron el cerco de lo posible. El acuerdo fija un itinerario institucional para una constitución que por primera vez no será escrita por militares o parlamentarios, sino que por el pueblo mismo. Celebró el acuerdo, porque los dos tercios que se aproximan a un porcentaje del 85 al 90 por ciento del Parlamento, son excepcionales en la historia del Congreso.

En relación con las materias que no abordadas por el acuerdo, coincidió con el señor Boric en todos los puntos planteados, principalmente en lo que dice relación con la cuota para pueblos originarios y calificó como un error no haberlo incluido en el Acuerdo. Del mismo modo, compartió la idea de incentivos para los independientes, pero precisó que se debe asegurar la transparencia de las posturas de esos independientes, en el sentido que éstas debían ser claras y debatibles.

Finalmente, como punto aparte y que no está comprendido en el acuerdo, es el voto de los chilenos en el extranjero, explicó que con ello se excluye a más de un millón de chilenos del proceso constituyente e instó a los acuerdos complementarios para suplir las carencias del acuerdo.

La diputada señora Castillo destacó entre los temas que quedan pendientes en el acuerdo la cuota de pueblos originarios y la incorporación de independientes mediante un mecanismo o fórmula que asegure su participación real. Respecto de la discusión de los dos tercios o los tres quintos, expresó que se inclinó finalmente por los dos tercios ya que se requerirá un alto consenso. Agregó que este proceso constituyente no tiene por objeto reemplazar la Constitución de un grupo por otra carta fundamental que sea impuesta a otra minoría. Respecto del resguardo de los DDHH señaló que fue un tema que estuvo presente durante la discusión por el Acuerdo por la paz y explicó que hay una discusión de carácter constitucional o supranacional que le parece importante explicitar en el texto del acuerdo, esto es, que los tratados internaciones sobre DDHH son el piso para la discusión de fondo para una nueva Constitución y que dichos textos internacionales ya son parte del acuerdo. Finalmente, instó a realizar correcciones al sistema electoral aplicable en virtud del Acuerdo a los candidatos de la Convención Constitucional.

El diputado señor Gutiérrez expresó que no quiere ser la voz de los excluidos, pero que le han surgido dudas respecto de la existencia del partido comunista de Chile que no participó en este “gran gran” acuerdo. Explicó que la Comisión ya había tomado un primer acuerdo en la sesión del lunes 11 de noviembre, al votar las indicaciones y propuestas respecto del plebiscito de entrada y salida.

Sobre la solicitud del Ministro Ward en cuanto a que se ratifique el acuerdo para dar celeridad al proceso ya que los partidos se comprometieron a su aprobación, señaló que entiende el llamado a honrar ese compromiso, pero lo que le complica de todo es que esta Comisión Técnica fue creada por este Acuerdo al que no fueron convocados y que fue suscrito por casi todos los que están en esta mesa. Declaró que no ve el dónde está la deliberación en todo ese proceso. Tampoco entiende o sabe el rol que tendrá la comisión respecto de los insumos de la Comisión Técnica.

Luego agradeció no haber sido invitado a discutir e insistió previo al acuerdo por la paz, la Comisión ya estaba discutiendo un proceso constituyente que es muy parecido al que propone el acuerdo. Preguntó del mismo modo, cuál es el aporte entonces que podría hacer él, el señor Hirsch, el señor Saffirio, que no fueron parte del acuerdo o en otros términos, qué cabida tienen ellos en ese acuerdo cerrado y que debe ser aprobado como un todo.

La diputada señora Núñez señaló que entiende la postura del señor Gutiérrez sobre el acuerdo cuyo único objetivo es tener una nueva constitución y que la idea es se concrete. Expresó que no solo se requiere de una indicación e hizo presente que durante la última sesión de la comisión, estuvieron presentes las señoras Hertz y Vallejo, precisamente porque en esa sesión todos tenían claridad que seguirían conversando.

Aclaró que a nadie se le cerró la puerta, porque el Congreso en Santiago estuvo abierto a todos. Además, señaló que nunca es tarde para unirse y que ese Acuerdo es una base o un marco de acción que se entregará a la Comisión Técnica para que ésta elabore una propuesta que luego será sancionada tanto en la Cámara como en el Senado.

Agregó que desde RN se ha hecho un llamado a revisar punto por punto el acuerdo, con sus constitucionalistas y recalcó que esto es el inicio para preparar el trabajo de la Comisión técnica. Finalmente declaró que no tiene duda que podrán tener la mejor interpretación para lograr una nueva constitución para el país.

El señor Hirsch los humanistas han abogado por la nueva CPR desde siempre. Expresó que la CPR del 80 es antidemocrática y que es fundamental un cambio de constitución que implique un cambio de paradigma. Agregó que lo que les quito la dictadura no fue solo la democracia, sino también el protagonismo de la gente. Es por tal motivo, aseguró que ésta ha sido la transición más larga del mundo.

Señaló que hoy se está tratando de imponer una posverdad, puesto que se trata de hacer creer que todos los partidos firmaron el acuerdo cuando ello no es así, solo 10 firmaron y 5 no lo hicieron. Le parece que es importante entender que hay quienes no están de acuerdo con el acuerdo y le parece bien que se celebre con emoción su conclusión, pero destacó que la inmensa mayoría de los movimientos sociales no están de acuerdo tampoco con ese acuerdo. Preguntó sobre el destino de los proyectos que actualmente está conociendo la Comisión.

Finalmente, cuestionó el nombre del acuerdo porque a su juicio fue el propio Gobierno quien rompió la paz. Negó tajantemente que el Acuerdo por la Paz fuese un acuerdo de esta Comisión.

El diputado señor Fuenzalida expresó que no quería polemizar pero que veía un desconocimiento de ciertos conceptos. En tal sentido y dirigiéndose a quienes le precedieron en el uso de la palabra, les preguntó qué es lo que entendían por democracia representativa. Explicó que ésta es la base de una democracia liberal moderna y agregó que las personas concurren en igualdad de condiciones al acto eleccionario para elegir a sus representantes, por ende esa soberanía que mediante ese acto se ejerce, se concentra en quienes resultan finalmente electos. Manifestó ver con perplejidad a quienes cuestionan el Acuerdo por la Paz, que es un acuerdo político puesto que se cuestiona la base de la democracia representativa, para eso están los políticos elegidos por la gente.

Declaró que no obstante las diferencias históricas habían esperanzas futuras.

Explicó al señor Gutiérrez que groso modo, el acuerdo por la Paz fue en base al proyecto de la ex Presidenta Bachelet, cuya coalición de apoyo la conformaba también el PC. Enfatizó que han sido fieles al mandato del pueblo y que hay una ruta por cumplir. Hizo un llamado a quienes no participaron del acuerdo, a participar para llegar a más acuerdos, a los que sean necesarios y recordó que cuando los políticos se ponen de acuerdo no es por intereses partidistas sino por el interés general. Se declaró orgullo de lo logrado en la madrugada del viernes, en el sentido de darle una ruta al proceso constituyente.

El diputado señor Alessandri reitero que el PC y el PH siempre tuvieron la puerta abierta para hacerse parte. Señaló que como parlamentarios están llamados a dialogar y llegar a acuerdos para superar la crisis y buscar una salida institucional. Le llama la atención que algunos les moleste el acuerdo, y enfatizó que a la UDI le costó, y mucho llegar al acuerdo, pero lo hicieron por el país. Señaló que no puede molestarles el acuerdo, a menos que no le interese la paz social. Finalmente los dejó invitados a participar de este “gran gran” acuerdo por el bien de Chile.

El señor Díaz explicó que el señor Ward no exigió nada, no hay exigencia del Gobierno porque fueron los partidos políticos quienes firmaron el acuerdo. Le señaló al señor Gutiérrez que se autoexcluyeron, lo que es un decisión errada desde su punto de vista, pero legítima. Enfatizó que no estaba disponible en convertir el triunfo en una derrota y en tal sentido, aclaró que por primera vez se abrió la posibilidad del proceso constituyente porque precisamente se cuenta con los dos tercios. No había otra salida sino se llegaba a acuerdo. Expresó que en abril los chilenos concurrirán a votar por una nueva Constitución y el mecanismo a través de la cual se adoptará el nuevo texto fundamental. Hizo un llamado a abordar los temas pendientes y recordó que para éstos también se requiere de altos quorum, hizo un llamado a los integrantes de la Comisión miembros de los partidos políticos firmantes en orden a destrabar esos nudos. Agregó que la Convención Constituyente debe parecerse lo más posible a Chile e instó a promover la aprobación del plebiscito y de la Convención Constitucional, más allá de las diferencias que se tenga sobre el acuerdo por la paz.

El diputado señor Soto aclaró que nunca se excluyó a nadie de la discusión y si hay algún partido que podría sentirse excluido es Acción Republicana y no los comunistas ni los humanistas. Expresó que en esa negociación se hizo un dialogo con hoja en blanco y eso es nuevo, porque por la Constitución del 80 le entregaba un poder de veto a la minoría que no permitía que se avanzara en las propuestas. Agregó que la UDI dio los votos para derogar el legado del fundador de su partido, y eso es esperanzador para el futuro de Chile, ya que desde hoy se realizarán los cambios que el país necesita y no los que la UDI permita. Hizo un amplio llamado a todos los partidos que no fueron parte del acuerdo a integrarse.

El diputado señor Saffirio expresó que es frecuente que en temas de menor significación se generen dificultades formales, y en política es muy importante sopesarlos, porque permiten o no hacerse parte de un acuerdo histórico para el país. Señaló que la apuesta es de todos, tanto así que no se puede garantizar el resultado, porque podría ocurrir que gane el rechazo a la nueva constitución o que se rechace la Constitución propuesta por la Convención o Congreso Constituyente. Manifestó no entender el sentimiento de exclusión de los señores Hirsch y Gutiérrez. Señaló que lo importante era lograr el acuerdo, pero lo fundamental era entendiendo que lo que se estaba construyendo era el destino de Chile.

Recordó que este acuerdo se dio en un contexto muy especial, puesto que el Presidente de la República había realizado un anuncio que nadie entendió. Explicó que todos sabían que estaba en riesgo la institucionalidad democrática, porque ese día del anuncio presidencia se iba a anunciar un nuevo estado de excepción constitucional de emergencia, pero las FFAA no estuvieron disponibles para salir a la calle en esas condiciones. Explicó que por eso hoy se entiende la frase utilizada por el Presidente, en el sentido que tuvo que optar “entre la razón y la fuerza”. Señaló que prefiere un mal acuerdo por sobre una dictadura. Hizo un sentido llamado a los señores Gutiérrez y Hirsch a sumarse, porque se está en una etapa que abre oportunidades al Congreso, en el sentido de hacer historia y reivindicarse ante la ciudadanía.

El diputado señor Gutiérrez expresó que esta invitación que viene de hacer el señor Saffirio le interpela y preguntó qué es lo que se entiende por “hacer las cosas bien”. Explicó que allí está la diferencia con quienes firmaron el acuerdo. Para el PC hacer las cosas bien era escuchar a la ciudadanía.

Respecto de la noción de democracia representativa invocada por el señor Fuenzalida, señaló que este Congreso no estaba sacando acuerdos. Recordó que previo al estallido social estaban tratando los proyectos de reforma constitucional que modificaban al Tribunal Constitucional sabiendo que no habría acuerdo para su aprobación en Sala.

Expresó que falta honestidad y modestia, porque se debe reconocer que fue el pueblo de Chile quien arrancó la decisión constituyente al Gobierno. Si el acuerdo por la paz existe, es precisamente porque hubo un estallido social.

Señaló que ellos como PC es importante que se concuerde con que ello fue así para que conste que fue el poder constituyente originario quien se dio una nueva Constitución. Explicó que para ellos la Convención Constituyente del Acuerdo por la Paz no es la Asamblea Constituyente, porque dicha convención es poder constituyente derivado, por lo tanto, no es solo una cuestión de nombres.

Instó a escuchar a la ciudadanía durante el debate del proyecto de ley y enfatizó que se opone al acuerdo no porque se excluyera al PC y a los humanistas, sino porque se excluyó a la sociedad. Aclaró que como PC estuvieron hasta el día 13 de noviembre en la reunión del Senado y le preguntaron al Presidente de su Partido quien les señaló que no habían sido invitados. Fue allí cuando las señoras Hertz y Vallejo se instalan en la conversación. Señaló que es cierto que se recibió una invitación para asistir al Congreso pero no se sabía a qué, porque el acuerdo ya estaba firmado. Instó a darle real participación a la ciudadanía durante la discusión del proyecto y respetar la autoría de la nueva Constitución que le corresponde al pueblo de Chile. Finalmente se declaró sorprendido que el acuerdo no contemple una prohibición para ser candidato a la Convención Constituyente respecto de los parlamentarios.

El señor Walker (Presidente) expresó que si se ha traído el tema del Acuerdo por la Paz a la Comisión es por respeto a esa Comisión y a sus integrantes porque precisamente fue aquí donde se decidió seguir con la iniciativa de la ex Presidenta Bachelet y por eso fue aprobado en general y refundido con todas las iniciativas relativas a modificar la constitución para establecer mecanismos para una nueva Carta Fundamental. Señaló que el reconocimiento es del pueblo de Chile, por cierto, pero también destacó la osadía de la ex Presidenta Bachelet. Señaló que hay varios temas por resolver y que serán materia de reforma constitucional o de ley orgánica y declaró que la comisión estará disponible para sesionar incluso durante la semana distrital para sacar esta iniciativa. Comprometió el trabajo de la Comisión para que el pueblo de Chile pueda votar a fines de abril y decida finalmente si quiere o no una nueva Constitución.

Sesión N° 165 (10 de diciembre de 2019)

El señor Walker (Presidente) explicó que se presentará una indicación sustitutiva que será suscrita por los integrantes de la Comisión pertenecientes a los partidos que suscribieron dicho acuerdo. En principio, el proyecto de reforma constitucional de plebiscito se votaría el lunes en la Sala y la Comisión está autorizada a sesionar en paralelo con la Sala durante hoy y mañana. Agregó que la Comisión debe acordar los términos del texto durante esta semana.

El señor Hirsch preguntó si se invitarán a las organizaciones sociales y otros constitucionalistas a exponer a la Comisión.

El señor Walker (Presidente) señaló que en efecto, hay varias organizaciones sociales y abogados que han solicitado audiencia, por lo tanto, se fijará un día para tales efectos.

El señor Coloma planteó que en la propuesta de la tabla semanal de la Sala, figuraba la votación del proyecto de reforma constitucional para el viernes. Agregó que este documento es el producto del mandato de los presidentes de los partidos que suscribieron el “Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución”, en el cual se estableció el plebiscito de entrada y el mecanismo encargado de redactar el texto. Explicó que cada partido encomendó a sus constitucionalistas que realizaran una propuesta de texto. Instó a cumplir y honrar la palabra empeñada la noche del 15 de noviembre y aprobar la propuesta tal como está porque a diferencia de lo que se habló ayer, hay cuestiones planteadas que no son solo de forma. Expresó que se debe votar para no poner piedras en el camino y evitar que salgan aquellos que han criticado el acuerdo.

El señor Cruz-Coke señaló que le gustaría citar a parte de los abogados que conformaron la Comisión Técnica para que expliquen su labor y el grado de comunicación con los presidentes de partidos. Señaló que el acuerdo fue unánime y solemne para todos quienes participaron.

El señor Ibáñez hizo presente que si no hay una propuesta concreta es porque no hay acuerdo de los partidos. Señaló que se cuenta con 120 días entre la realización del plebiscito y la promulgación de la reforma constitucional que lo establece. Agregó que conforme a dichos cálculos la tramitación tanto en la Cámara como en el Senado sería de 16 días, por lo que no veía razón para votarlo el viernes en la Sala. Agregó que sería importante contar con la visión de quienes participaron del acuerdo. Finalmente, instó a debatir los puntos que quedaron pendientes.

El señor Hirsch expresó que se habla sobre cómo avanzar en base a un acuerdo político y explicó que en cuanto tal, éste no es un mandato para la Comisión. Reconoció que es un derecho de los partidos llegar a acuerdo y luego, instó a no hacer referencia a la sesión de ayer ya que no fue sesión oficial de la Comisión. Agregó que se ha hablado de per-indicación y no sabía que existían las pre indicaciones, señaló que entendía que existían indicaciones y proyectos de ley y solicitó que se le aclarar el punto para tener una “pre-opinión” al respecto. Señaló que no entendía porqué el plebiscito debe realizarse el 26 de abril.

El señor Díaz recordó que en la tramitación de los proyectos de reforma constitucional refundidos que modifican el Tribunal Constitucional se trabajó sobre propuestas respecto a las cuales la Comisión se pronunciaba. Señaló que los presidentes de partidos de derecha no han visado el acuerdo y que los presidentes de los partidos políticos no se han reunido. Indicó que debería suspenderse esta sesión hasta que aquello no ocurra. Del mismo modo, si en esta Comisión no se pueden debatir los temas complementarios y otras observaciones que se tiene respecto del texto, como lo pretende el señor Cruz-Coke, enfatizó que con mayor razón sería mejor suspender esta sesión.

El señor Gutiérrez expresó que todos quieren una nueva Constitución Política para Chile y todos evidentemente quieren ser parte de ese proceso constituyente. Es por ello que cuando se les impone una fecha fija, se preguntan qué es lo que hará la Comisión. Señaló que le gustaría escuchar al señor José Aylwin, a los grupos de feministas, a los alcaldes de pueblos originarios, a los chilenos en el extranjero, etc. Enfatizó que el Parlamento se caracteriza por su deliberación y reflexión conjunta. Instó a darse la oportunidad de persuadirse mutuamente y debatir al respecto. Se pretende hacer con esta reforma lo mismo que ocurrió con la ley anti saqueos, que el Senado queda muy bien porque arregló el texto que envió la Cámara, y esta última quedó muy mal.

Expresó que no se está discutiendo sobre nada, porque no hay una propuesta concreta y expresó que la buena decisión política se construye desde abajo. Enfatizó que esta será la indicación o proyecto más importante que verá esta Comisión en su historia, por lo tanto la Comisión debía darse el tiempo para debatir por ejemplo, sobre paridad de género o el voto de chilenos al extranjeros. Instó a no amarrarse con una fecha fija. Finalmente instó a esperar los resultados de las consultas municipales que se realizarán el próximo 15 de diciembre ya que podría servir de insumo para el trabajo de esta Comisión.

El señor Walker (Presidente) reiteró que estaba toda la disposición de la Mesa para colocar este proyecto para votación en Sala el próximo día lunes.

El señor Saffirio expresó que no deja de llamarle la atención las expresiones del señor Gutiérrez. Señaló que los partidos mandataron a los diputados para tomar los acuerdos respectivos para dar concreción al acuerdo del 15 de noviembre. Lo dicho por el señor Gutiérrez no es incompatible con la idea de resolver con rapidez. La urgencia no solo tiene que ver por cumplir un acuerdo político, también es porque hay una movilización social en el país cuya principal demanda es una nueva constitución. La idea sería avanzar paralelamente con el plebiscito y los temas complementarios. Señala que deben ser los equipos técnicos los encargados de resolver las observaciones de forma y otros de fondo para que se pueda avanzar en la tramitación de la reforma.

El señor Coloma expresó que le parece insólito que el señor Díaz diga que si esto se atrasa es por la derecha. Lo que están diciendo es que cumplirán su palabra a pesar de que hay temas que no les gustan. Manifiesta que, de hecho, él mismo está en contra de la idea de una nueva constitución pero está dispuesto a cumplir el acuerdo que firmó su partido. Del mismo modo, declaró estar disponible para cuestiones de forma, pero no de fondo. Señaló que para realizar esta reforma se requiere de una alta votación en la Sala. Si los partidos mandatan para llegar a un acuerdo, lo mínimo es que se pueda cumplir el acuerdo. Cualquier modificación ajena a los temas que están en el acuerdo, dificultará la votación en Sala. Expresó que se debe despachar el acuerdo tal como está y que no creía posible dilatar las fechas. El compromiso con la gente fue hacer el plebiscito el día 26 de abril. Finalmente expresó que si el problema es que no hay propuesta, instó no quedarse en la forma y señaló que están dispuestos a presentar un proyecto de ley que recoja la propuesta de la Mesa Técnica.

El señor Soto celebró el acuerdo porque es el primero donde se llega con hoja en blanco, porque no es solo un acuerdo que la derecha haya permitido, sino que es mucho más amplio y se declaró orgulloso de haberlo suscrito. Señaló que espera que los chilenos puedan votar si quieren o no nueva constitución y que elijan la Convención Constitucional. Expresó que el acuerdo no es un dogma. De la propuesta de reforma observó que la referencia al artículo 189 no es correcta, porque se entrega la facultad a un Consejo Directivo que no existe. Aclaró que la referencia era de hecho, al artículo 188 de la ley Nº18.700.

Luego observó respecto del artículo 133 de la propuesta, que el Presidente de la República es quien convocará al Plebiscito. Aclaró que su problema no es que sea el Presidente quien lo haga, sino que su reparo abre la puerta para que esa convocatoria sea analizada por el Tribunal Constitucional. Del mismo modo, reparó sobre el proceso de reclamaciones e instó a mejorar su redacción. Instó a poner el énfasis no en las fechas sino en el objetivo. Considera que el acuerdo tiene ambigüedades y errores que hacen necesario su revisión. Lo mismo respecto de los temas complementarios: paridad, cuota para pueblos indígenas y voto para chilenos en el extranjero. Expresó que siempre habrá diferencia en las soluciones, pero debían ser debatidas.

El señor Díaz expresó que no cree en dogmas pues no hay nadie poseedor de la verdad. No le parece mal la consulta que harán los alcaldes, lo más probable que muestre que hay una amplia mayoría que quiere una nueva constitución. Expresó que uno de los proyectos planteaba el 15 de diciembre como fecha para el plebiscito constituyente, se pregunta por qué en ese caso sí era urgente, pero no tratándose del 26 de abril. El acuerdo no es la verdad absoluta, fue el acuerdo al que pudieron llegar.

Luego, rechazó que se califique como un acuerdo entre “gallos y medianoche” puesto que fue una comisión que fue transmitida en streaming. Precisó respecto de lo dicho por el señor Coloma, según entiende los partidos de Chile Vamos han sito citados tres veces y no han concurrido. Si no hay acuerdo en eso, solicita que la Comisión inste de manera formal a los presidentes de partido a reunirse.

El señor Ibáñez hizo presente que no hay moción ni mensaje sobre el cual pronunciarse. Hay un reglamento que rige el funcionamiento de la Comisión y un Acuerdo. Observó una dificultad en ponerse de acuerdo sobre el debate. Se debe dar más libertad a la gente para que vote y si hay una alternativa que está abierta en tema de cuotas, paridad y otros eso se dificulta. La Comisión puede decidir qué votar. La Comisión cuenta con las herramientas para priorizar temas, mientras ingrese el texto que plasme el acuerdo político. Expresó que no tiene sentido seguir sesionando y se debía promover reuniones de partidos para que estos problemas sean superados.

El señor González señaló que no era miembro permanente de la Comisión pero es autor de uno de los proyectos de reforma constitucional fusionados. Agregó que su partido fue parte del Acuerdo por la Paz, pero señaló que falta darle formalidad a éste y ello debe ser resuelto por los partidos. Expresó que es necesario saber si el texto que se preparó por la Comisión técnica es respaldado por los presidentes de partidos. Entiende que todavía hay reparos, de hecho hay 8 puntos que deben ser resueltos. La Comisión no puede interpretar los puntos de un acuerdo político. Señaló que hay partidos que no están pero tampoco está el movimiento social que lo originó, de allí que comparte que sean escuchados los actores sociales.

Sesión N° 166 (10 de diciembre de 2019)

El señor Walker (Presidente) señaló que existen ocho temas que no fueron parte del Acuerdo o en los que hay reparo y que pondrá a debate junto con la propuesta de la Mesa técnica.

El señor González expresó que la discusión debía desarrollarse en torno a indicaciones o proyectos de ley sobre los cuales la Comisión se pronunciase. Del mismo modo, el acuerdo debía ser la referencia para realizar el debate y efectuar las correcciones tal como ha dicho el Presidente. Agregó que habló con el Presidente de su partido y éste le habría señalado que la Comisión podía pronunciarse sobre los puntos en que no hay acuerdo. Solicitó a quienes han exigido inclusión que efectivamente se escuche las organizaciones sociales pero respetando los plazos y tiempos que se habían acordado. Expresó que la ciudadanía los está mirando y se debe dar respuesta a la exigencia ciudadana de una nueva constitución. Anunció que presentará proyectos para que en paralelo se lleve a cabo el debate respecto de las condiciones del plebiscito.

El señor Gutiérrez expresó que apurar la votación de este acuerdo, es responsabilidad de quienes lo suscribieron. Agregó que el acuerdo de la Mesa Técnica debe traducirse en una indicación sustitutiva o en una moción. Declaró sus dudas respecto a cuál es la versión definitiva y rechazó ser la contraparte que detiene el avance de esta reforma constitucional. Señaló que se está debatiendo sobre un acuerdo imaginario y lo único que solicita es que se presente la propuesta que da cuenta de ese acuerdo, para tener algo real sobre lo cual debatir.

Por otra parte se señala que el acuerdo no es perfecto y se habla de proyectos complementarios cuya autoría y consenso no le consta. Declaró sentirse confundido frente a este acuerdo imperfecto que omitió, entre otras cosas, ni más ni menos que la paridad de género y la cuota de pueblos originarios para la conformación de la Convención. En concordancia con ello, hizo presente que se dio cuenta boletín N°13.100 de su autoría y solicitó que se pusiera en tabla porque éste se hace cargo precisamente de esos temas. Del mismo modo, señaló que tiene una propuesta de invitados para que sean escuchados por la Comisión, agregando que el acuerdo que él califica como imaginario, adolecía de un pecado original: la falta de legitimidad social, de allí la importancia de sanear ese vicio permitiendo la participación de organizaciones sociales durante el debate.

El señor Coloma hizo presente al señor Gutiérrez que el proyecto imaginario estaba en su carpeta y le solicitó revisarlo.

El señor Hirsch señaló que se está debatiendo sobre un proyecto y un acuerdo que no existe. Señaló que hay otros textos interesantes sobre los cuales debatir. Expresó que para los humanistas no está en duda el deseo de una nueva Constitución generada en una asamblea constituyente. El punto es que para ellos es un acuerdo del cual se acusa vicios, errores y falta de legitimidad. Expresó que le surgen dudas respecto del mandato que encomendó la propuesta. Enfatizó que es esta Comisión la que está mandatada por la ciudadanía para realizar propuestas. Destacó que si se avanza en una nueva Constitución se debe considerar la paridad de género. Del mismo modo, reparó que en el día de los DDHH no se hayan considerado los derechos de los pueblos originarios. La misma observación efectuó respecto de las condiciones de los independientes para ser candidatos a la Convención. Insistió que hay situaciones que debe debatirse detenidamente, escuchando a la gente.

El señor Walker (Presidente) aclaró que la Comisión fue convocada para debatir sobre la propuesta de la Mesa técnica, recogiendo las inquietudes que se planteen durante el debate. Reiteró que serán invitadas las organizaciones de mujeres como asimismo las organizaciones de independientes y pueblos originarios. La idea es concertar y llegar a acuerdos para que sea aprobado en Sala. Explicó que la fecha no es antojadiza, es para que los chilenos puedan elegir a los convencionales en octubre.

El señor Cruz-Coke se declaró sorprendido por las declaraciones del señor Hirsch, como si no supiera lo que ha ocurrido en el país desde octubre. Señaló que los partidos que concurrieron al acuerdo representan al ochenta y cinco por ciento de los votantes. Coincide que falta una indicación formal, pero puede resolverse porque cuando hay voluntad de hacer las cosas, éstas se hacen. Instó a poner buena voluntad y dejar las ironías. Señaló que hoy son los que no quisieron participar y ahora quieren entrampar la discusión. Enfatizó que hoy correspondía honrar ese acuerdo de los partidos políticos. Expresó que las observaciones y reparos sobre el acuerdo deben salvarse y se debe tratar viabilizar ese acuerdo.

El señor Coloma expresó que el acuerdo está desde ayer en las carpetas y el objeto de la sesión es precisamente eso, analizar el acuerdo. Calificó de mala excusa el tema de la forma, en el sentido de cómo se materializará el acuerdo en términos de tramitación legislativa. Señaló que el acuerdo tiene problemas de fondo que se quieren modificar en esta Comisión y en la Sala, y expresó que si se hacen modificaciones no se contará con los votos para aprobar la reforma constitucional y ante eso, no tendrán cara para explicarle a la ciudadanía. Solicitó votar el acuerdo tal como está y reiteró que si todos los partidos cedieron para llegar al acuerdo, cualquier modificación redundará en el quórum de aprobación en Sala. Solicitó que mañana se cite a votar dicho texto sea como indicación sea como moción. Insistió que no se puede llegar a la Sala con un acuerdo desvirtuado porque dificultará su aprobación y tramitación.

La señora Núñez expresó entender a los señores Hirsch y Gutiérrez ya que no fueron parte del acuerdo y ve difícil convencerlos. Por lo anterior, instó a quienes firmaron el acuerdo a respetar el compromiso sin perjuicio de hacer modificaciones formales. No obstante, indicó que respecto de los temas de fondo, se presentasen proyectos de ley que se hicieran cargo de los temas complementarios. Solicitó votar la propuesta y señaló que desde RN se está impulsando iniciativas para la participación de mujeres en la política. Lo mismo respecto de los pueblos originarios. Expresó que se está más cerca que lejos e insistió que se debe avanzar en paralelo.

La señora Flores compartió lo señalado por el señor Coloma, en el sentido que más allá de los reparos sobre el acuerdo, hay un compromiso que debe honrarse. Si se llega a un acuerdo sobre el proceso constituyente, se debe cumplir con la palabra empeñada y no corresponde poner en duda el compromiso. Los conflictos internos de los partidos no pueden traspasarse a esta discusión. Hizo un llamado a la responsabilidad por parte de quienes sí fueron parte del acuerdo.

El señor Díaz expresó que hubo audiencias públicas durante el trabajo de la Comisión técnica. Señaló que quienes fueron escuchados en dicha instancia pidieron plebiscito de entrada, con opción de mecanismo y plebiscito de salida. Recalcó que sí ha habido diálogo social y debate. Refiriéndose a las representantes de organizaciones de mujeres presentes durante la sesión, señaló que estaba seguro que lo que ellas pedían no era que no hubiese plebiscito de entrada, sino más bien que el órgano constituyente tenga paridad. Agregó que nadie cuestiona el proceso constituyente y eso es parte del acuerdo que está aquí. Solicitó reabrir el debate sobre las indicaciones ya aprobadas por la Comisión y presentar una indicación que sea firmada por todos quienes quieran ser parte.

A continuación, hizo presente que tienen una propuesta sobre los temas que tienen dudas. Citó el caso del redistritaje propuesto por la propuesta, la referencia al artículo 189, que debió decir 188. Finalmente, respecto del el numeral tercero del artículo 142 de la propuesta, solicitará que se respete el acuerdo, en el sentido que se aprueba la propuesta de texto constitucional efectuada por la Convención, se derogue orgánicamente el texto de la Constitución del 80. Anunció que presentarán propuestas respecto del acuerdo y que no constituyen modificaciones a lo ya acordado sino precisamente respetar lo que se acordó el 15 de noviembre. Señaló que su intención es avanzar en paridad de género, de resultado, con escaños reservados para pueblos originarios, mecanismos que favorezcan la competitividad de ciudadanas y ciudadanos independientes y el voto de chilenos residentes en el exterior, para lo cual propuso se abrieran audiencias para recibir a la sociedad civil.

El señor Soto ratificó lo expuesto por el señor Díaz y agregó que se puedan hacer los lineamientos de lo que se puede hacer con la propuesta y los proyectos complementarios. Observó que hay condiciones de fondo para la redacción de la nueva constitución que se contemplan en la propuesta.[11] En particular reparó en la frase “régimen democrático” y explicó que ello implica ratificar el presidencialismo exacerbado que hoy nos rige. Instó a hacerse cargo de los puntos obscuros y dudosos. Del mismo modo, observó que respecto de las reclamaciones[12] deberá sortearse cada vez los ministros que deberán conocer de ellas y recalcó que no se puede establecer esta suerte de tómbola judicial. Señaló que son detalles nimios pero que tendrán efectos expansivos si se aprueban. Finalmente, reparó respecto de la elección de los convencionales que realizará un redistritaje que a su juicio no es necesario.

El señor Walker (Presidente) solicitó el acuerdo de la Comisión para reabrir el debate sobre los proyectos de reforma constitucional refundidos, con el fin de incorporar indicaciones a dicho proyecto.

Puesta en votación la propuesta del señor Presidente fue aprobada por la unanimidad de los diputados presentes señores Walker (Presidente), Alessandri, Ibáñez por el señor Boric, Coloma, Cruz-Coke, Díaz, Fuenzalida, Hirsch, Saffirio y Soto.

Luego, el Presidente agregó que si hay que darse dos o tres días para el debate, así se hará porque ve disposición de todos los integrantes de la comisión en avanzar.

El señor Jackson expresó que los acuerdos deben respetarse y quienes lo han asumido deben asumir su propósito: generar el proceso constituyente con deliberación de la ciudadanía. Al mismo tiempo, declaró que los acuerdos son dinámicos y pueden responder a distintas realidades y ello no implica la vulneración del acuerdo original. Así hasta antes del 18 de octubre los partidos de Chile Vamos tenían el acuerdo de que no hubiera plebiscito. Por lo tanto hasta antes del 18 de octubre, es lo mismo que ocurrió a partir de 15 de noviembre hasta este momento.

Destacó el tema de paridad de género en el que ve acuerdo transversal, casi unánime. Destacó que la principal diferencia entre el La Comisión Técnica y esta Comisión, es que el primero propuso un texto mandatado por los partidos políticos, donde solo se podían tomar acuerdos por la unanimidad de sus integrantes. La Comisión en cambio, está sujeta a sus propias reglas de funcionamiento que exigen otras mayorías. Recalcó que el acuerdo no obsta a la válida discusión por sobre éste que se puede tener en el Congreso.

Luego explicó la razón por la cual se hizo este acuerdo y recordó el momento en que este se llevó a cabo, ya que en ese momento se encontraban en la encrucijada de tener nuevamente a los militares en la calle con todo lo que ello significaría en materia de derechos humanos. Señaló que había una presión social y también militar –e instó a reconocerlo- de encontrar una solución pacífica para poder una nueva institucionalidad que brindara legitimidad. Agregó que dicha legitimidad no podría ser alcanzada si no se incorpora la regla de la paridad, de los pueblos originarios y de los independientes. Expresó que hay voluntad incluso de quienes no fueron parte del acuerdo y a pesar de la valoración que éstos tienen a su respecto. Finalizó su intervención señalando que la posibilidad de mejorar el acuerdo ya no es menester de ese comité técnico sino de esta Comisión y la Sala en base a las mayorías que rigen el funcionamiento del Congreso Nacional.

El señor Ibáñez instó a mejorar la representatividad de la Convención y reiteró que es difícil realizar un plebiscito y llamar a la ciudadanía sin tener claridad respecto de la conformación de la Convención y principalmente en lo relativo a la paridad, pueblos originarios e independientes. Finalmente preguntó al oficialismo si había voluntad para abrirse a debatir esos temas.

La señora Vallejo compartió con el señor Jackson en el sentido que los acuerdos son dinámicos, sobre todo después del 18 de octubre que ha llevado a replantearse varios temas que son distintos a los que se plasmaron en el acuerdo por la paz y la nueva constitución. Agregó que quienes suscribieron el acuerdo deben ponerse de acuerdo en cómo se abordarán las diferencias que han reparado sobre la propuesta del comité técnico. Observó del mismo modo, que la propuesta carece de formalidad e instó abrir las audiencias para que los invitados se pronuncien sobre todas las propuestas. Solicitó poner el tabla el proyecto Nº13.100 [13] que sí contempla escaños reservados para pueblos indígenas y paridad de género.

El señor Schalper aclaró que esto no es solo una propuesta de expertos, sino más bien la ejecución de un mandato especial sujeto a un modo. En tal sentido, expresó que nadie se amarró a lo que digan los técnicos, sino a un acuerdo que el suscribió. Ello en derecho se denomina teoría de los actos propios. Todos mandataron a sus técnicos de manera libre. Respecto del carácter dinámico de los acuerdos, señaló que en derecho existe la teoría de la imprevisión. Expresó que no se debe tensionar el acuerdo. Expresó que solo se podrían cambiar tres cosas: las absurdas, las formales y los vacíos. Compartió que en el artículo 130 falta un inciso que se haga cargo de la hipótesis en caso de que gane el No.

El señor Saffirio señaló que durante el día ha habido avances durante el día de debate y eso ha sido para bien porque se podría incluso flexibilizar el debate y avanzar en temas planteados por el Partido Comunista y el Frente Amplio. Recordó que durante la mañana solo se hablaba de incorporar los temas complementarios en proyectos de ley paralelos, pero luego de escuchar a la diputada Núñez, la posibilidad de incorporarlos en el acuerdo es otro avance.

Expresó que cuando los partidos trabajaron en este acuerdo, se pusieron a tono de lo que percibieron de la ciudadanía en ese momento, socialmente civilizada. Luego instó a no verse la suerte entre gitanos, porque cuando el señor Desbordes dijo que había que llegar a acuerdo dentro de 48 horas era porque había un riesgo evidente de que se decretara un nuevo estado de excepción constitucional, con todas las consecuencias que en materia de derechos humanos ello podría significar. Si bien no participó en el Acuerdo por su condición de independiente, estimó que muchos, y él mismo, revivieron recuerdos y temor de una ruptura institucional, de un golpe militar. Llamó a no engañarse y que ese fue el contexto sicológico en el que se llegó a acuerdo de los partidos. Expresó que es ese momento al que no se cansa de recurrir para recalcar la evolución de las circunstancias y la apertura del debate.

Señaló que no había razón para excluir la paridad y los pueblos indígenas, salvo la calculadora. Lo que está en juego no son los intereses de los partidos sino el interés del país. Señaló que no se debe provocar una vez más una situación de crisis. No se debe poner el juego la convivencia democrática por la pequeñez de exigir formalidades.

El señor Cruz-Coke señaló que hay diferencias, pero cuando hay un acuerdo más allá del dinamismo que éstos tienen, existe. Otra cosa distinta explicó es que haya voluntad de modificar y abordar ciertos puntos. Señaló que todos quienes firmaron el acuerdo entienden que debe haber una nueva Constitución. Expresó que sería extraño que quienes firmaron ahora lo den vuelta. Expresó que se debe votar el acuerdo base y avanzar en la parte que éste es insuficiente a través de otras reformas constitucionales. Propuso suspender y discutir las propuestas que están ya listas más las observaciones del señor Díaz. Del mismo modo, solicitó convocar a los abogados de los partidos que debatieron el acuerdo. Finalmente instó a votar mañana.

El señor Fuenzalida expresó que hay una aceptación tácita del acuerdo y por eso los presidentes de Chile Vamos no han ido a las reuniones que han sido convocadas. Expresó que quiere escuchar la propuesta del Presidente sobre los nueve puntos en discordia. Recordó que en el acuerdo, el punto 12 señala que este acuerdo es un todo. Del mismo modo, respecto de los temas complementarios, instó a presentar los proyectos de ley.

La señora Vallejo expresó que se siente sorprendida por las declaraciones de amenaza de golpe de Estado que fue el contexto del Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución. Si hubo autoridades públicas que recibieron esa advertencia debe investigarse. Concluyó que entonces el acuerdo no fue un acto de grandeza política sino de debilidad política que actuó coaccionada por la amenaza de sedición por parte de las Fuerzas Armadas. Insistió que es grave porque la política no está sometida a las FFAA. Instó que si hay antecedentes sobre esa amenaza que se pongan en antecedentes para investigarlo.

El señor Díaz aclaró enfáticamente que jamás hubo presión por parte de las FFAA ni tampoco amenaza de golpe de Estado.

El señor Hirsch reiteró que ve desacuerdo entre los propios firmantes respecto de un acuerdo que es absurdo que no contemple reglas sobre paridad, pueblos originarios e independientes. Respecto de los dicho por los señores Jackson y Saffirio sobre la amenaza de un nuevo estado de emergencia e instó a hacer llegar esa información para que se hagan las investigaciones del caso.

Luego expresó que ser obtuso es no haber contado con el movimiento social para llegar al acuerdo y que por dicha exclusión se puede llegar nuevamente a un grado de violencia. Expresó que le da pánico volver a la nada por desgaste y señaló que se puede legislar desde el pánico sino pensando en lo que es mejor para el proceso constituyente.

El señor Walker (Presidente) valoró el acuerdo del 15 de noviembre y el trabajo de la mesa técnica. Expresó que nadie pone en duda la necesidad de plebiscito, con opción de mecanismo. Ante las observaciones que se han hecho sobre el Acuerdo del comité técnico, propuso que mañana no se vote y se promueva debatir durante la sesión los nueve puntos en los que se han reparado y limitar el debate a ello. Propuso también sesionar el viernes en Santiago a partir de las 8:30 de la mañana para recibir audiencias. Cada diputado puede proponer dos invitados. Finalmente propuso votar durante la tarde del viernes el proyecto para que sea visto en Sala el lunes.

El señor Coloma insistió que las observaciones al acuerdo no son meramente formales sino de fondo. Si se abre un plazo de “indicaciones” para el acuerdo solicita que se vote el acuerdo tal como está y los temas controvertidos a los que la propuesta se remite de la ley Nº18.700 sean tratados aparte.

El señor Gutiérrez solicitó que estará en la consulta comunal que se realizará este domingo, por lo que le complica tener que quedarse para debatir temas de un acuerdo en el que no fue parte.

El señor Walker (Presidente) propuso sesionar el viernes en Santiago, para escuchar a organizaciones sociales y personas para que expresen su opinión sobre la materia. Acotó que el viernes en la tarde se votaría la propuesta y si alguno tiene dificultades de asistir, puede enviar su reemplazo. La hora de inicio se fijó a las 9:00 horas hasta total despacho.

-Así se acuerda.

Sesión N° 167 (11 de diciembre de 2019)

Continuar con el tratamiento del acuerdo de la Comisión Técnica relativo al proceso constituyente.

El señor Walker (Presidente) recuerda a los integrantes que pueden proponer con datos de contacto a dos invitados por cada tema.

El señor Cruz-Coke recomendó poner límites a la sesión del viernes, puesto que el acuerdo es que los temas complementarios se verán en paralelo a la tramitación del proceso constituyente.

El señor Walker (Presidente) señaló que el acuerdo abrir el debate invitando a exponer a quienes los integrantes de la Comisión estimen pertinente. La idea no es censurar el debate sino recibirlos a todos, ojalá no más de dos nombres por tema, por una cuestión logística de funcionamiento de la Comisión.

El señor Alessandri recomendó para la eficiencia de la sesión del viernes y la organización de los diputados y las diputadas de regiones, fijar horarios para audiencias y votación. Del mismo modo, hizo presente que como Comisión se debería determinar el ingreso formal del acuerdo.

El señor Walker (Presidente) precisó que la sesión se realizará desde 9:00 horas y propuso como hora de votación entre las 15:00 y 16:00 horas.

- Así se acuerda.

Luego el señor Walker (Presidente) señaló que el señor Díaz tiene una propuesta que según entiende es consensuada con el oficialismo y el señor Saffirio, consistente en una indicación que realizará al texto de la propuesta de la Mesa Técnica, una vez que éste sea ingresado formalmente a tramitación.

El señor Díaz explicó que son reparos que no están fuera del acuerdo, de hecho en los puntos obscuros se recogió el texto literal del Acuerdo por la Paz del 15 de noviembre. Señaló que son ocho modificaciones, algunas de ellas muy menores y que permitirían que el texto que resulte de este debate sea ingresado como indicación sustitutiva al texto de los proyectos de reforma constitucional refundidos para establecer una nueva constitución. Recalcó que la idea, tal como lo contempla el acuerdo del 15 de noviembre es que esta propuesta deberá votarse como un todo. Del mismo modo, los temas complementarios serán tratados como proyectos en paralelo.

A continuación explicó dichas observaciones.

1.- Convocatoria a plebiscito.

Reemplazo del inciso primero del artículo 130 de la propuesta de la Comisión Técnica, por el siguiente texto:

“El día 26 de abril de 2020 se realizará un plebiscito nacional. Para estos efectos el Servicio Electoral, en el marco de sus competencias, realizará todos los actos administrativos que correspondan para la realización del mismo.”.

Señaló que como Oposición se desistieron de dicho punto dado que la convocatoria del Presidente de la República a plebiscito marcará todo el proceso constituyente, especialmente las fechas de realización de cada uno de los pasos que se contemplan en la propuesta.

2.- Inhabilidad para las personas que desempeñan cargos directivos o de naturaleza gremial o vecinal.

Continuando con su exposición, el señor explicó que proponen suprimir el inciso final de la propuesta de la Comisión Técnica que reza: “Las personas que desempeñen un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal deberán suspender dichas funciones desde el momento de que sus candidaturas sean inscritas en el registro especial mencionado en el inciso anterior.”.

El señor Coloma precisó que es solo si la fórmula elegida por la gente es la Convención Mixta Constitucional. Si la gente no quiere esta posibilidad, tendrá que votar directamente por la Convención Constitucional. Expresó que no ve la discriminación con los dirigentes gremiales.

El señor Saffirio señaló al señor Coloma que los mismos argumentos se pueden utilizar en contra, si son los propios vecinos que quieren que su dirigente forme parte de la Convención, no debería haber impedimento para que lo haga. La idea es dar amplio espacio de legitimidad al proceso constituyente. Expresó que él sí ve la discriminación respecto de los dirigentes.

Por su parte, señor Alessandri señaló que la formulación original de la propuesta señala que “pueden” renunciar. Asimismo, agregó que se genera un conflicto de doble representación que los deslegitima en el proceso constituyente. Explicó que sí quieren que los dirigentes gremiales y vecinales sean parte de la Convención Constituyente, pero lo único que se está salvaguardado es que sus funciones como tal se suspendan mientras sean convencionales. Destacó la importancia de dicha suspensión para la legitimidad de la opinión manifestada por los grupos intermedios.

El señor Fuenzalida expresó que cuando surgió la idea de la Asamblea nadie sabría bien cómo estaría conformada. Señaló que los votos que los dirigentes gremiales y vecinales obtengan serán precisamente por el rol que han tenido en el ejercicio de dichos cargos. Expresó que a diferencia del inciso anterior (que contempla cesación en el cargo desde el momento de inscripción de la candidatura al cargo convencional respecto de las personas que ocupan cargos públicos) en este caso de los dirigentes gremiales y vecinales, solo serán suspendidos en sus funciones por el tiempo que dure la Convención. Agregó que le parece poco estético que éstos reciban doble remuneración.

El señor Cruz-Coke precisó que tampoco están todas las autoridades públicas consideradas en la norma de cesación en el cargo. Citó como ejemplo el caso del Presidente de la CONADI y la Defensora de la Niñez. Expresó que le parecía razonable que sean suspendidos en sus funciones y declaró no entender el reparo del señor Díaz ya que no les perjudica dicha suspensión.

La señora Núñez expresó que no se detendría en el reparo de la doble percepción de remuneración sino en la imposibilidad de desprenderse de su rol gremial. Para graficar la situación dio lectura a la misión de instituciones como el Colegio de Profesores y la CPC. Enfatizó que solo se está pidiendo la suspensión de sus labores gremiales.

El señor Soto señaló que le parece que esta norma es una discriminación arbitraria respecto de los dirigentes gremiales y vecinales porque los otros convencionales pueden seguir manteniendo sus funciones. A nadie se le pide exclusividad. Expresó que la Constitución del 80 tiene un sesgo persecutorio respecto de los dirigentes gremiales y dicho sesgo se mantendría de hacer aplicable la propuesta de la Comisión Técnica. Explicó que se aplicaría en tal caso una norma de la Constitución que precisamente se está tratando de dejar atrás.

La señora Flores expresó que este tema es de fondo y no simplemente de forma. Señaló que el acuerdo de revisar la propuesta de la Comisión Técnica fue bajo esa premisa: revisar cuestiones formales o errores de ésta. Agregó que no hay una discriminación arbitraria, sino que simplemente se les está diciendo que deben suspender el ejercicio del cargo. Asimismo, hizo presente que se trata de un proceso cuyo tiempo de realización es acotado. Finalmente, estarían defendiendo grupos de interés y señaló que los casos citados por la señora Núñez son clarísimos al respecto.

El señor Fuenzalida expresó que tener una actividad no inhibe de participar en el proceso constituyente. No se trata de una discriminación arbitraria, puesto que los dirigentes gremiales y vecinales tienen una calidad distinta, ya representan a un grupo de personas determinado. Hizo presente que en el inciso segundo del artículo 134 de la propuesta de la Comisión Técnica se previó incluso un permiso sin goce de remuneraciones respecto de los funcionarios públicos y los trabajadores de las empresas del Estado, una vez electos convencionales. Agregó respecto de los dirigentes gremiales y vecinales que son personas que representan a otras para una misión específica y a su juicio no debiese existir esa doble representatividad.

El señor Walker (Presidente) expresó que siempre se ha hablado de la Nueva Constitución como la Casa Común de allí se explica el quórum de dos tercios del Acuerdo. Expresó que los dirigentes gremiales y vecinales pueden hacer un gran aporte a la Convención Constitucional. Del mismo modo, en algún momento se habló de tener dirigentes gremiales y vecinales designados en la Convención. Declaró no ver el problema en que éstos puedan ser electos convencionales.

El señor Díaz solicitó al Oficialismo seguir con el resto de observaciones para poder darle una vuelta a los argumentos y hacer una contrapropuesta. En tal sentido, propuso que el plazo de la suspensión rija desde la elección y no desde la candidatura, tal como es el caso de los funcionarios públicos y trabajadores de las empresas del Estado.

El señor Alessandri compartió que los dirigentes gremiales y vecinales son un aporte valiosísimo pero lo que ellos plantean es que estén como convencionales sin ataduras y le respondan solo a la República.

El señor Cruz-Coke recordó que ayer se había acordado de buena fe abordar los temas de forma y no de fondo. Agregó que este punto es totalmente de fondo y que si hay acuerdo de avanzar en forma paralela sobre los temas complementarios debe aprobarse la propuesta. Solicitó aclarar a la oposición aclarar si aprobará o no la propuesta de la Comisión Técnica.

El señor Walker (Presidente) señaló que si hay un lugar donde plantear las dudas sobre el Acuerdo y la Propuesta de la Comisión Técnica es aquí, al seno de la Comisión.

Luego el señor Díaz retomó la palabra para continuar explicando las observaciones de la Oposición.

3.- Instalación de la Convención.

Explicó que habían propuesto la siguiente redacción respecto del inciso primero del artículo 133: “La Convención se instalará en la sede que indique el Presidente de la República o a falta de ésta en la sede del Congreso Nacional, dentro de los 15 días posteriores a la comunicación a que hace mención el inciso final del artículo 131”.

Agregó que esta redacción era consecuencia del cambio propuesto respecto del inciso primero del artículo 131 (Convocatoria a plebiscito por el Presidente de la República) de la cual como Oposición se desistieron y en consecuencia, se desisten de esta observación también.

4.- Quorum para la aprobación del Reglamento y de Acuerdos.

El señor Díaz explicó que proponen introducir en el inciso tercero del artículo 133 de la propuesta de la Comisión Técnica, relativo al funcionamiento de la Convención, la siguiente frase: “Dicho Reglamento podrá modificarse si cuenta con el voto conforme de los dos tercios de sus miembros en ejercicio”.

Explicó que dicha propuesta aclara un punto obscuro de la propuesta y que conduce a una interpretación poco funcional sobre las modificaciones del Reglamento de la Convención, en virtud de la cual resulta que éste solo podría modificarse por la unanimidad de los convencionales.

Del mismo modo, explicó que en el inciso cuarto, introducen la frase “cada una de” ya que debe quedar plasmado claramente en el texto de reforma constitucional que cada una de las normas de la nueva constitución debe ser votada con el quorum de dos tercios.

Finalmente, explicó que en el inciso quinto suprimen la frase “ni procedimientos para su funcionamiento y para” que contiene la propuesta para que no quepa duda que la Convención no puede adoptar el quorum de dos tercios para adoptar acuerdos.

El señor Cruz-Coke señaló que la propuesta es literal del Acuerdo del 15 de noviembre y reparó que en lo señalado por el señor Díaz, hay una cuestión de fondo.

El señor Walker (Presidente) aclaró que este fue uno de los temas más debatidos luego del Acuerdo debido a la errada interpretación del señor Allamand, en orden a que existía una doble ratificación del texto constitucional propuesto. Esta interpretación fue aclarada por las redes sociales por el propio señor Allamand. Agregó que la idea fue siempre la Convención aprobara cada materia por los dos tercios.

El señor Díaz expresó que en efecto, en el Acuerdo hubo elementos esenciales: el quórum de dos tercios, la aprobación por dos tercios de cada materia y la derogación del texto de la Constitución del 80. Descartó que la propuesta fuese la reproducción exacta del Acuerdo. Tampoco es cierto que la propuesta sea la reproducción exacta del Acuerdo y para que ello sea así, la reforma constitucional debe señalar que la Convención deberá aprobar las normas por dos tercios de sus miembros en ejercicio y ahí sí que hay completa literalidad con el Acuerdo del 15 de noviembre.

El señor Crispi manifestó que se debe aclarar si se quiere votar norma por norma o no. Si el texto de la Comisión Técnica no es reflejo fiel del Acuerdo la Comisión debe aclararse los puntos obscuros. Destacó que este es un punto fundamental para darle legitimidad al proceso constitucional. Lo que se entiende del Acuerdo es que sea votada norma por norma a cambio de que el Reglamento inicial fuera aprobado por dos tercios. No entiende la objeción a la formulación “cada una de las normas” si el acuerdo dice simplemente “las normas”.

El señor Boric expresó que hay dos momentos importantes, cómo queda el texto de reforma constitucional redactado y la historia de la ley que quedará para la interpretación del texto en caso de dudas. Recordó que siempre hubo acuerdo en que se votara cada una de las normas descartándose de plano una doble ratificación del texto final. Enfatizó que lo ideal sería que en el texto esta idea se plasmara o bien que se diga expresamente que la votación de cada norma no implica una segunda votación final del texto propuesto por la Convención. Instó a Chile Vamos a explicar la norma y decir que no hay una votación final del texto propuesto.

El señor Fuenzalida señaló que si el Reglamento es aprobado por dos tercios, ese Reglamento podrá también hacerse cargo de la forma de votación por lo tanto se está en una discusión bizantina. No se le puede imponer a la Convención las normas de Reglamento. La única limitación es que para tomar decisiones se respete el quórum de dos tercios.

El señor Walker (Presidente) señaló que el texto propuesto por el Comité Técnico puede dar lugar a una interpretación que limite a la Convención. De allí la propuesta de aprobación de normas por dos tercios.

El señor Cruz-Coke compartió lo expresado por el señor Fuenzalida e insistió en que se trataba de una norma de fondo.

El señor Soto expresó que debe haber un procedimiento pre-establecido en la reforma constitucional porque de lo contrario la Convención podría pasar los 9 meses de funcionamiento tratando de ponerse de acuerdo sobre la forma de proceder. La dificultad surge de la propuesta de la Comisión Técnica y que es contradictorio con el Acuerdo del 15 de noviembre. Finalmente, hizo hincapié en que si este punto no es resuelto podría suceder que si la constituyente no llega a acuerdo llegue a la Corte Suprema para resolver dichas diferencias.

El señor Coloma reiteró que la propuesta de la Comisión Técnica es producto del mandato dado en el Acuerdo del 15 de noviembre.

El señor Díaz recordó que la norma como está en la propuesta se presta para ambigüedad y declaró que no reconocen la propuesta hecha por la Comisión Técnica porque ésta no ha sido aprobada por todos los presidentes de partido, ya los presidentes de los partidos de Chile Vamos no se han reunido para ratificarla.

El señor Coloma insistió que fue un acuerdo firmado por todos. A partir del momento que se condiciona la aprobación de las observaciones al reconocimiento de la propuesta técnica, se está diciendo que no habrá plebiscito en abril.

El señor Walker (Presidente) señaló que el ánimo de la Comisión es debatir de manera abierta y transparente.

La señora Núñez señaló que los presidentes de los tres partidos de Chile Vamos están de acuerdo con el texto propuesto por la Mesa Técnica y van a respetar el acuerdo. Expresó que la norma es fiel reflejo del Acuerdo y que esta observación escapa a una observación formal. Señaló que si no se asume así, se deberá entonces remitir a lo plasmado en el Acuerdo para así respetar su contenido.

El señor Saffirio expresó que la propuesta de la Comisión es lejos la bajada del Acuerdo del 15 de noviembre. Observó que de hecho, ésta dificulta la comprensión del Acuerdo. Luego dio lectura al punto 6 del Acuerdo: “6. El órgano constituyente deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio.”, luego dio lectura a los incisos cuarto y quinto del artículo 133 la propuesta: “La Convención deberá aprobar las normas de la propuesta de texto de Nueva Constitución por dos tercios de sus miembros” y “La Convención no podrá alterar los quorum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos.” Observó la contradicción entre ambos textos y señaló que no tiene sentido tener el inciso quinto si ya se decidió que la Convención debe aprobar por los dos tercios. Propuso realizar la fusión de ambas normas para lograr la mayor nitidez posible. Expresó que los constitucionalistas que hicieron la propuesta no son legisladores. Por lo anterior, no ve problemas en la propuesta del señor Díaz.

El señor Díaz expresó que si se sigue la lógica del señor Cruz-Coke la Convención por dos tercios puede reducir las normas de quórum, pero ello no es así porque eso fue parte esencial del Acuerdo del 15 de noviembre. Considera importante aclarar después la interpretación del señor Allamand, que la votación es norma por norma y que no hay una segunda votación final de la propuesta completa de la constituyente. Si están aquí es para cumplir el acuerdo del 15 de noviembre y descartar que una interpretación como la del señor Allamand pueda darse al seno de la Constituyente.

El señor Cruz-Coke insistió que hay una propuesta de texto en que la Convención se dará un Reglamento por dos tercios para determinar su funcionamiento y votación. Lo señalado por el señor Díaz es el otro extremo de la interpretación del señor Allamand. Expresó que no se están respetando los acuerdos y al parecer se está en la tesis de los goles y declaró no estar en posición de cuestionar el Acuerdo del 15 de noviembre..

El señor González señaló que la redacción que hizo la Comisión Técnica es impecable hasta el tercer inciso del artículo 133 y fiel al punto 6 del Acuerdo del 15 de noviembre. Señaló que a partir del inciso cuarto la Comisión Técnica innova respecto del Acuerdo y propuso eliminar el último inciso. Luego propuso respecto de la propuesta del señor Díaz, que tampoco es necesario aclarar que el Reglamento debe ser aprobado por dos tercios, porque eso ya está. Finalmente propuso simplemente consagrar la norma de los tercios para todo efecto.

El señor Walker (Presidente) propuso reproducir textual el punto 6 del Acuerdo en la propuesta de la Comisión.

El señor Fuenzalida expresó que es importante escuchar a los constitucionalistas que redactaron la propuesta para saber qué es lo trataron de hacer allí. Expresó que la propuesta expresa que el Reglamento de votación debe ser por dos tercios. Se declaró en contra de limitar la forma que la Convención quiera funcionar y determinar su votación. Señaló que él entendió que había una votación general y luego una votación norma por norma. Expresó que hay muchas interpretaciones y que no ve razón para jugarse la vida si la propia Convención podrá determinarlo en su Reglamento.

El señor Boric expresó que lo que se trata de evitar es una posible interpretación mañosa del texto de reforma constitucional que permita una votación final que vete la propuesta final de la Convención. La razón para evitar esa interpretación es porque precisamente ya se hizo (Allamand), por lo tanto no es ingenuo pensar que alguien al seno de la Constituyente pueda interpretarlo así también. Enfatizó que les interesa aclararla porque si esa interpretación prosperase, fracasaría el elemento esencial que ellos tuvieron a la vista para arribar al acuerdo: la hoja en blanco. Instó a buscar una fórmula que deje claro el punto. Realizó la siguiente propuesta “La votación será artículo por artículo por un quórum de dos tercios, salvo votación en contrario determinada en el Reglamento de inicio de la Convención.” Del mismo modo, instó a buscar una forma de redacción en que estos dos elementos de la esencia del acuerdo, esto es votación artículo por artículo y hoja en blanco.

El señor Walker (Presidente) propuso dejar esta norma pendiente y buscar entre todos una propuesta para la sesión del viernes.

El señor Díaz aclara al señor Cruz-Coke que no es la tesis Díaz sino la tesis de toda la Oposición y rechazó categóricamente que su postura se equipare a la de quien hizo todo lo posible para que el Acuerdo no prosperara. Insistió que la doble votación es un poder de veto para la minoría, por eso es que fue parte esencial del Acuerdo del 15 de noviembre. Si no se cumple aquello, por la interpretación venenosa del señor Allamand fracasaría el Acuerdo.

El señor Coloma expresó que es el momento para exponer puntos de vista y señaló que tanto las propuestas de la Oposición como del Oficialismo deben ser revisadas por los partidos. Propuso que los temas deben quedar expuestos para que cada uno hable con sus partidos.

El señor Cruz-Coke rechazó los dichos del señor Díaz en orden a que el señor Allamand hizo todo lo posible para boicotear el Acuerdo, sino lo contrario. Para él lo que quedó claro es que la Convención pueda darse un Reglamento que aprobado por los dos tercios pueda darse normas de funcionamiento y de votación. Insistió que sería importante escuchar a los constitucionalistas la razón de la redacción de la propuesta.

La señora Núñez expresó que en el texto del Acuerdo del 15 de noviembre, en su punto 10 se encomienda a una Comisión Técnica la redacción de la propuesta. Expresó que ellos llegaron como Chile Vamos al Acuerdo, como coalición y que seguirán actuando así. El Acuerdo fue mandatar a la Comisión Técnica para redactar la propuesta. Entiende que se quiera dejar claridad de lo que se acordó o no respecto de la votación de un texto completo versus votación artículo por artículo. De lo que no hay duda, es que lo único claro es que la Comisión Técnica estaba mandatada para redactar el texto. Propuso que se reciban a los integrantes de la Comisión Técnica para que expliquen qué es lo que entienden de la norma redactada. Finalmente recalcó que ellos, cumplirán con el acuerdo.

El señor Alessandri expresó que espera que el viernes se vote el acuerdo. Expresó que entiende de la intervención del señor Boric, que hay una crítica a la forma de trabajo del Congreso, en el sentido que debe haber un cuerpo técnico fuerte para luego ellos dar una opinión política.

El señor Díaz leyó el punto 10 del Acuerdo de la Comisión Técnica y reparó que en ninguna parte se da a dicha propuesta un carácter vinculante. Expresó que si hubo reunión de presidentes de partidos, fue una reunión parcial. Expresó que entiende que el acuerdo no fue invitar al Comité Técnico.

El señor Walker (Presidente) aclaró al señor Díaz que cada diputado es libre de invitar a quien quiera.

El señor Díaz enfatizó que cumplirán el acuerdo del 15 de noviembre y que la propuesta trata de materializar el acuerdo. Dicho lo anterior, continuó con la descripción de las observaciones de la Oposición a la propuesta.

5.- Conocimiento de la Corte Suprema de las reclamaciones.

El Díaz explicó que proponen sustituir el inciso segundo del artículo 136 que reza “Conocerán de este reclamación cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo por la misma Corte para cada cuestión planteada” por “Conocerá de esta reclamación el pleno de la Corte Suprema”.

El señor Fuenzalida señala que debiese oficiarse a la Corte Suprema porque se están modificando aspectos orgánicos.

El señor Velásquez Secretario Abogado de la Comisión dio lectura al inciso segundo del artículo 77 de la CPR que señala “La ley orgánica constitucional relativa a la organización y atribuciones de los tribunales, sólo podrá ser modificada oyendo previamente a la Corte Suprema de conformidad a lo establecido en la ley orgánica respectiva.”. Señaló que dicha norma se refería principalmente a las modificaciones del Código Orgánico de Tribunales y también en aquellos casos que una ley especial que crea tribunales o atribuciones no contempladas en dicho texto, modifica lee el artículo 77 y destacó que se refiere al COT o alguna otra legislación que afecten su orgánica, deben ser informadas. Señaló que a su parecer, en esta reforma constitucional no debiera aplicarse la norma del artículo 77 ya citada, sin perjuicio de que la Comisión crea necesaria conocer la opinión de la Corte.

El señor Walker (Presidente) señaló que oficiará pero sin esperar que el informe sea evacuado.

6.- Reenvío al artículo 189 de la ley N°18.700 y eliminación del guarismo 155 referido al número de convencionales.

El señor Díaz señaló que proponen eliminar la referencia al artículo 189, como asimismo la eliminación del guarismo 155, ambos previstos en el inciso primero del artículo 141.

Señaló que la eliminación del guarismo 155 es con el objeto de facilitar la discusión sobre la regla de paridad y escaños reservados para pueblos originarios.

El señor Saffirio señaló que no correspondía hacer referencia al artículo 189 de la ley N°18.700[14] porque otorga la facultad al Consejo Directivo de revisar cada 10 años los escaños de diputados y que de aplicarse a los convencionales, habría un cambio sustantivo de la correlación del número de electores en beneficio de la Región Metropolitana.

El señor Cruz-Coke no entiende el reparo de la remisión de la propuesta al artículo 189 si esa norma tiene por virtud corregir en términos electorales las distorsiones del sistema.

El señor Boric explicó que esto no es un tema de forma, porque fue algo que hizo la Comisión Técnica que no era parte del Acuerdo del 15 de noviembre. Expresó no lo estaban haciendo bien porque hay un problema geopolítico de ocupación del territorio. Desde esa perspectiva, agregar la referencia al artículo 189 le quitaría representación a Magallanes y a las regiones extremas en la Convención Constituyente.

El señor Ibáñez que el Acuerdo del 15 de noviembre señala que el sistema electoral que regirá para la elección de los convencionales será el mismo que rige para los diputados y senadores. Señaló que la remisión al artículo 189 está fuera del Acuerdo.

7.- Remisión al artículo 121 de la ley N°18.700 y derogación orgánica de la Constitución del 80.

Finalmente, el señor Díaz enunció las observaciones a los artículos 139 (De la integración de la Convención Mixta Constitucional) y 142 (Del Plebiscito Constitucional).

Respecto del artículo 139 reparan en la remisión que realiza al artículo 121 de la ley N°18.700 y respecto del artículo 142 recomiendan retomar la redacción literal del Acuerdo del 15 de noviembre.

El señor Walker (Presidente) expresó que mañana (12 de diciembre) se informará a la Sala el informe de la Comisión que estudió la Acusación Constitucional contra el Presidente de la República. Dependiendo de lo que ocurra con la cuestión previa que se promueva durante la Acusación Constitucional, propuso sesionar durante la tarde para seguir debatiendo estos puntos. Destacó que el punto más complejo es el quorum de los dos tercios. Instó a presentar propuestas y seguir buscando acuerdos.

Finalmente, hizo presente que esta reforma constitucional debía despacharse a más tardar el martes para que el Senado tenga un día para conocerla. Recordó que el día viernes sesionarán en Santiago, durante la mañana se recibirán audiencias y durante la tarde tendrá lugar la votación.

El señor Cruz-Coke anunció que ellos también tenían ciertas indicaciones que las revisarán en base a lo expuesto por el señor Díaz y manifestó que tienen la mejor disposición para llegar a buen término.

El señor Desbordes se declaró sorprendido de la acusación que se realiza a su respecto, en el sentido que no ha concurrido a las reuniones de los presidentes de partido. Hizo un llamado a la Oposición a conversar con sus presidentes de partido y aclarar los puntos y dudas que tengan.

Por otra parte, respecto del cambio propuesto en el artículo 136 (De las reclamaciones) de la propuesta de la Comisión Técnica, expresó que el pleno de la Corte Suprema no sesiona todos los días.

Expresó que el PPD planteó la necesidad de cubrir la hipótesis en que el texto propuesto por la constituyente no sea aprobado. Finalmente, señaló que sí se ha conversado para revisar lo relativo a la remisión al artículo 189 pero no para eliminar el guarismo. Finalmente recordó que el acuerdo versa sobre los distritos, número de parlamentarios y sistema D’hont.

La señora Pérez lamentó que el texto propuesta por la Comisión Técnica haya llegado así a la Comisión de Constitución. Insistió que ellos como partido han solicitado varias veces con los presidentes de Chile Vamos pero que no ha habido respuesta. Reiteró sus disculpas a la Comisión por la omisión de los presidentes de partido de ratificar el texto propuesto por la Comisión Técnica.

Sesiones N° 168 (13 de diciembre de 2019) y N° 169 (16 de diciembre de 2019.

Las sesiones tuvieron por objeto continuar el tratamiento del acuerdo de la Comisión Técnica relativo al proceso constituyente en el marco del proyecto de reforma constitucional refundido que “Modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República” boletines N° 11.173-07, N° 7792-07, N° 7769-07, N° 10.193-07, N° 10.014-07, N° 12.630-07 y N° 13.024-07.

La Comisión escuchó en audiencia a las personas y entidades que se pasan a indicar:

1.- María Cristina Escudero.

2.- Emilio Oñate, abogado.

3.- Presidente del Colegio de Profesores, señor Mario Aguilar.

4.- Miriam Henríquez, docente de Derecho Constitucional Universidad Alberto Hurtado.

5.- José Francisco García, docente universitario.

6.- Exdiputado y director de Acción Repúblicana, José Antonio Kast.

7.- Julieta Suarez-Cao, docente de la Universidad Católica de Chile.

8.- Carolina Garrido, académica Universidad Diego Portales, Pdta. Asociación Chilena de Ciencia Política, Red de Politólogas.

9.- Javiera Arce.

10.- Alejandra Sepúlveda.

11.- James Hamilton.

12.- Isabel Aninat.

13.- Pamela Figueroa.

14.- Presidente de la CUT, señora Bárbara Figueroa.

15.- Cesar Rodríguez, de la Fundación Vitachi.

16.- Alcalde de la comuna de Renaico, Sr. Juan Carlos Reinao.

17.- Alcalde de Paillaco, Sra. Ramona Reyes Painequeo.

18.- Alcalde de Tirúa, Sr. Adolfo Millabar Ñancuil.

19.- Marcelino Collio de la Asamblea por el Pacto Social.

20.- Francisca Pérez, vocera de la Asamblea Feminista Plurinacional.

21.- Camila Maturana de Corporación Humanas.

22.- Gloria Maira de la Asamblea Feminista Plurinacional.

23.- Faviola Aliante de la Fundación Chiledepie.

24.- Claudia Iriarte de la Fundación Constitucional XXI.

25.- Javier Pineda y Camila Aguayo de Unidad Social.

26.- Daniela Constantino de Comunidad y Justicia.

27.- Nathalia Freire de DefiendoChile.

28.- José Cisternas de la Sociedad Chilena de Consejeros de la Sociedad Civil.

En términos generales los invitados manifestaron sus visiones y puntos de vista respecto del acuerdo de la Mesa Técnica y le hicieron observaciones, sugerencias y críticas las que se pueden obtener y extraer en detalle, en el registro de audio y video de lo ocurrido en la sesión al que se puede tener acceso en el siguiente enlace (sesión 168 y 169):

http://www.democraciaenvivo.cl/

No obstante lo anterior, las intervenciones de los invitados se circunscribieron en los siguientes temas que se pasaran a enunciar, los que no pretenden ni aspiran ser una expresión taxativa y detallada de lo ocurrido, sino una referencia sucinta de los argumentos más relevantes y reiterados en las exposiciones de los asistentes.

Se mencionó que lo que la ciudadanía quiere es una Asamblea Constituyente y no necesariamente una Convención Constitucional, de hecho se cuestionó que un grupo de partidos hayan suscrito un acuerdo por la paz[15] que no ha sido solicitado por la ciudadanía y que no los representa, pues afirmaron que existe una serie de actores relevantes no considerados en la Convención y que ello de alguna manera le resta legitimidad y representatividad.

Como ejemplo de falta de representatividad de la Convención hicieron saber que en ella no están incluidos representantes de los pueblos originarios, que representan cerca de un 12% de la población chilena y que están diseminados a lo largo del país entre Aimaras, Mapuches, Araucanos, Yaganes, Pascuenses entre otros. Sostuvieron que la plurinacionalidad otorga legitimidad al debate y ello debe reflejarse en el proceso constituyente.

Del mismo modo, muchos agregaron que no están incluidos los independientes en el proceso constituyente y que éstos no son pocos, pues son aquellos que no se sienten representados por ningún partido político ni tampoco por coalición de partidos. Muchos de ellos forman parte de esa población silente compuesta en su mayoría por jóvenes que no sienten a la política y a los políticos cercana a ellos, sino por el contrario lejana y desconectada de los intereses, de la realidad y de las necesidades sociales.

En el mismo orden de ideas, muchos expositores aludieron a la falta de paridad de género en la Convención como en la actual conformación del parlamento. Incluso se hicieron propuestas de cambio en el sistema de listas abiertas y de la conformación de las cédulas electorales para propender a lograr alcanzar una mayor equidad entre hombres y mujeres tanto en candidatos como de representantes elegidos. Sostuvieron que claramente los hombres están sobrerepresentados y las mujeres infrarepresentadas y ello debe constituir un estímulo para dar sentido de urgencia a tratar este tema con la prioridad que se merece. Algunos señalaron que el tema no basta ni se soluciona con simplemente establecer una cuota de género como ocurre actualmente con el 60/40[16]. Pues las mujeres no necesariamente precisan de una cuota para hacerse valer en la sociedad, puesto que han demostrado su competencia y valor en sí mismas.

Algunos consultaron cuál es la mejor fórmula para asegurar una adecuada paridad de género; ¿factores de corrección exantes o expost? Se dio a conocer que en el derecho comparado ha existido paridad de género exantes y así y todo el resultado de las elecciones no es equivalente entre hombres y mujeres. Se sugirió que la mejor fórmula es aquella que genera mecanismos para asegurar paridad exantes y después aquella que adopta mecanismos de corrección expost, para asegurar una tendencia lo mas próxima posible a un 50% hombres y 50% mujeres. Se aclaró, asimismo, que la paridad de género es de carácter transversal, esto es, incluye no solo hombres y mujeres sino que también diversidad sexual, pero no multiculturalidad como son los pueblos originarios los que no están incluidos en la paridad de género, pero sí tienen que tener un factor de representación en la Convención.

Otro elemento que se hecha en falta en la Convención es que no menciona ni trata lo referido a los compatriotas que votan en el extranjero, los que no son pocos y que en las últimas elecciones mostraron gran interés en ejercer su derecho a sufragio no obstante tener su residencia o domicilio en el extranjero.

Especial mención se hizo a los jóvenes y adultos con discapacidad, los que hicieron un especial llamado a ser tomados en consideración en la Convención Constituyente de la cual manifestaron querer ser parte y requirieron se establezcan escaños reservados para ser ejercidos por representantes de los chilenos con discapacidad.

Frente a algunas consultas formuladas, miembros de la Comisión Técnica expresaron que el mandato que ellos recibieron fue de consensuar un texto el que posteriormente sería puesto a disposición de la instancia legislativa a objeto de perfeccionarlo y discutirlo, como está ocurriendo en la especie. Agregaron, que el texto que ellos proponen no está compuesto por disposiciones pétreas. Del mismo modo, precisaron que el plebiscito ratificatorio tiene por finalidad dar legitimidad al texto de la nueva Constitución y para ello no se requiere que la Convención vote en su totalidad o en su globalidad el texto consensuado, pero sí es necesario que se vote norma por norma como ocurre actualmente con los proyectos de ley. Respecto de la formulación de una nueva Constitución “como una hoja en blanco” se aclaró que todo lo no aprobado por la Convención no va a tomar como texto de reemplazo o supletorio el texto de la actual Constitución del 80. Otros, en cambio, propusieron que lo no aprobado por los 2/3 de la Convención se fuera a consulta plebiscitaria y así no correr la tentación de dejar vigente, en esos aspectos no aprobados, la Constitución del 80.

En lo referido al quórum de aprobación del nuevo texto de la Constitución, se indicó que los 2/3 es un estándar demasiado alto, que evidentemente obliga a generar consensos con las minorías, pero que esto puede convertirse en un arma de doble filo pues se puede llegar fácilmente a una situación donde las minorías representadas por 1/3 tengan el control y el poder de decisión, lo que es conocido en la doctrina como “la dictadura de las minorías”. En este sentido se propuso morigerar los quórum, proponiendo bajar su estándar a 3/5 en vez de 2/3. Otros fustigaron el quórum de 2/3 señalando que fue rechazada la idea de una votación de globalidad por la Convención, como asimismo artículo por artículo. Que lo único claro y cierto es el plebiscito de ratificación al final del proceso constituyente.

También fue objeto de crítica la circunstancia que la elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional o la Convención Constitucional, según corresponda, sea coincidente con las elecciones de alcaldes, concejales y gobernadores regionales correspondientes al año 2020. Sostuvieron que lo razonable y prudente es que sean elecciones separadas e independientes, a fin de evitar confusión en el cuerpo electoral.

Por último, algunos sugirieron reducir los distritos electorales a las unidades vecinales a fin de permitir la existencia de urnas más cercanas a la gente y a los poblados, muchos de los cuales se abstienen de votar por la lejanía que existe entre sus viviendas y los locales de votación. Asimismo, se propuso generar canales válidos de comunicación e interacción entre la sociedad civil y la institucionalidad (Congreso Nacional), pues hoy día dicho canal no existe y la comunicación entre la sociedad civil y una de las ramas de las cámaras (como corporación) es imposible. Solo existe el dialogo con el parlamentario del distrito, pero dicho canal no representa la institucionalidad misma del parlamento.

Por otra parte se planteó la necesidad de una mayor participación ciudadana en el proceso constituyente, donde la sociedad civil pueda deliberar las propuestas y donde puedan tener la capacidad de iniciativa. Esto permitiría dar una mayor percepción de Asamblea Constituyente sin modificar el acuerdo de la Mesa Técnica.

Finalmente, la mayoría de los intervinientes hicieron un llamado a que la Convención o Asamblea Constituyente deber ser popular, obligatoria, autoejecutable, paritaria, plurinacional con inclusión de los discapacitados y de los independientes.

Sesiones N° 170 y 171 de 16 de diciembre de 2019.

VOTACIÓN DE LA INDICACIÓN SUSTITUTIVA DEL TEXTO DEL PROYECTO.

Indicación de los señores (as) Matías Walker; Leonardo Soto; Luciano Cruz-Coke; René Saffirio; Juan Antonio Coloma; Ricardo Celis; Jorge Alessandri; Camila Flores; Paulina Núñez; Gonzalo Fuenzalida y Alexis Sepúlveda, para sustituir el texto del proyecto de reforma constitucional que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República, por el siguiente:

“Artículo único.- Modifícase la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el decreto supremo Nº100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en el siguiente sentido:

1)Reemplázase el Título del Capítulo XV de la Constitución por el siguiente: “Capítulo XV. Reforma de la Constitución y del Procedimiento para Elaborar una Nueva Constitución de la República”.

2)Incorpórase un nuevo epígrafe antes del artículo 127 con el siguiente texto: “Reforma de la Constitución”.

3)Incorpórase un nuevo epígrafe y los siguientes artículos después del artículo 129, con el siguiente texto:

Sometido a votación el encabezado del proyecto de reforma, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Gabriel Boric; Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Marcelo Díaz; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Hugo Gutiérrez y Tomás Hirsch (11-2-0).

Del procedimiento para elaborar una Nueva Constitución Política de la República

Artículo 130. Del Plebiscito Nacional

Tres días después de la entrada en vigencia de este artículo, el Presidente de la República convocará mediante un decreto supremo exento a un plebiscito nacional para el día 26 de abril de 2020.

En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de dos cédulas electorales. La primera contendrá la siguiente pregunta: “¿Quiere usted una Nueva Constitución?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera línea tendrá en su parte inferior la expresión “Apruebo” y la segunda, la expresión “Rechazo”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

La segunda cédula contendrá la pregunta: “¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas tendrá en su parte inferior la expresión “Convención Mixta Constitucional” y la segunda, la expresión “Convención Constitucional”. Bajo la expresión “Convención Mixta Constitucional” se incorporará la oración: “Integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio”. Bajo la expresión “Convención Constitucional” se incorporará la oración: “Integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

A efecto de este plebiscito, se aplicarán las disposiciones pertinentes contenidas en los siguientes cuerpos legales, en su texto vigente al 1 de enero de 2020:

a) Decreto con Fuerza de Ley N°2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en los siguientes pasajes: Párrafo V, Párrafo VI, con excepción del inciso sexto del artículo 32 e incisos segundo a cuarto del artículo 33, Párrafo VII, VIII, IX, X y XI del Título I; Título II al X inclusive; Título XII y XIII;

b) Decreto con Fuerza de Ley N°5, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral;

c) Decreto con Fuerza de Ley N°4, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.603, Orgánica Constitucional de Partidos Políticos, en los siguientes pasajes: Título I, V, VI, IX y X.

Los canales de televisión de libre recepción deberán destinar gratuitamente treinta minutos diarios de sus transmisiones a propaganda electoral sobre este plebiscito, debiendo dar expresión a las dos opciones contempladas en cada cédula, conforme a un acuerdo que adoptará el Consejo Nacional de Televisión y que será publicado en el Diario Oficial, dentro del plazo de treinta días contado desde la publicación de la convocatoria al plebiscito nacional, respetando una estricta igualdad de promoción de las opciones plebiscitadas. De este acuerdo podrá reclamarse ante el Tribunal Calificador de Elecciones dentro del plazo de tres días contados desde la publicación del mismo. El Tribunal Calificador de Elecciones resolverá la reclamación sumariamente dentro del plazo de cinco días contados desde la fecha de su respectiva interposición.

El Tribunal Calificador de Elecciones conocerá del escrutinio general y proclamará aprobadas las cuestiones que hayan obtenido más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos. Para estos efectos, los votos nulos y blancos se considerarán como no emitidos. El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los 30 días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Si la ciudadanía hubiere aprobado elaborar una Nueva Constitución, el Presidente de la República deberá convocar, mediante decreto supremo exento, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación a que alude el inciso anterior, a elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, según corresponda. Esta elección se llevará a cabo el mismo día que se verifiquen las elecciones de alcaldes, concejales y gobernadores regionales correspondientes al año 2020.

Sometido a votación el artículo 130 y el epígrafe, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Gabriel Boric; Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Marcelo Díaz; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Hugo Gutiérrez y Tomás Hirsch (11-2-0).

Por ser incompatible con lo aprobado, se rechaza las indicacipon de las diputadas Karol Cariola y Camila Vallejos, del siguiente tenor:

“Para reemplazar, en el inciso tercero del artículo 130, la expresión "Convención Constitucional" por "Asamblea Constituyente", las dos veces que aparece.”.

Artículo 131. De la Convención

Para todos los efectos de este epígrafe, se entenderá que la voz “Convención” sin más, hace referencia a la Convención Mixta Constitucional y a la Convención Constitucional, sin distinción alguna.

A los integrantes de la Convención se les llamará Convencionales Constituyentes.

Además de lo establecido en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, a la elección de Convencionales Constituyentes a la que hace referencia el inciso final del artículo 130, serán aplicables las disposiciones pertinentes a la elección de diputados, contenidas en los siguientes cuerpos legales, en su texto vigente al 25 de junio del año 2020:

a) Decreto con Fuerza de Ley N°2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios;

b) Decreto con Fuerza de Ley N°5, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral;

c) Decreto con Fuerza de Ley N°4, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.603, Orgánica Constitucional de Partidos Políticos;

d) Decreto con Fuerza de Ley N°3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

El proceso de calificación de la elección de Convencionales Constituyentes deberá quedar concluido dentro de los 30 días siguientes a la fecha de esta. La sentencia de proclamación será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Sometido a votación el artículo 131, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Gabriel Boric; Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Marcelo Díaz; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Hugo Gutiérrez y Tomás Hirsch (11-2-0).

Por ser incompatible con lo aprobado, se rechaza la indicación de las diputadas Karol Cariola y Camila Vallejos, del siguiente tenor:

Para reemplazar el artículo 131 por el siguiente texto:

El voto será obligatorio en todos y cada uno de los actos electorales a que se refiere esta disposición transitoria, para todos los chilenos mayores de 16 años,y voluntario para los mayores de 14 y menores de 16.

De pronunciarse la ciudadanía por una Asamblea Constituyente, esta estará formada por 310 delegados y delegadas elegidos según el sistema electoral aplicable a los diputados. Se elegirán 155 mujeres y 155 hombres que se presentarán en listas separadas. Asimismo, se destinarán 40 escaños reservados para representantes de pueblos originarios.

Asimismo, podrán participar en esta elección candidatos independientes que podrán constituir listas, en cuyo caso se someterán a la misma norma del artículo anterior. Para inscribir estas candidaturas se requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos equivalente al 0,5% de los votos válidamente emitidos enla última elección parlamentaria del distrito correspondiente.

Artículo 132. De los requisitos e incompatibilidades de los candidatos

Podrán ser candidatos a la Convención aquellos ciudadanos que reúnan las condiciones contempladas en el artículo 13 de la Constitución.

No será aplicable a los candidatos a esta elección ningún otro requisito, inhabilidad o prohibición, salvo las establecidas en este epígrafe y con excepción de las normas sobre afiliación e independencia de las candidaturas establecidas en el artículo 5 incisos cuarto y sexto del Decreto con Fuerza de Ley N°2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700.

Los Ministros de Estado, los intendentes, los gobernadores, los alcaldes, los consejeros regionales, los concejales, los subsecretarios, los secretarios regionales ministeriales, los jefes de servicio, los miembros del Consejo del Banco Central, los miembros del consejo del Servicio Electoral, los miembros y funcionarios de los diferentes escalafones del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, así como, los del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, del Tribunal de Contratación Pública, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales; los consejeros del Consejo para la Transparencia, y los miembros activos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, que declaren sus candidaturas a miembros de la Convención, cesarán en sus cargos por el solo ministerio de la Constitución, desde el momento en que sus candidaturas sean inscritas en el Registro Especial a que hace referencia el inciso primero del artículo 21 del Decreto con Fuerza de Ley N°2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700. Lo dispuesto precedentemente le será aplicable a los senadores y diputados solo respecto de la Convención Constitucional.

Las personas que desempeñen un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal deberán suspender dichas funciones desde el momento que sus candidaturas sean inscritas en el registro especial mencionado en el inciso anterior.

Sometido a votación el artículo 132, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Gabriel Boric; Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Marcelo Díaz; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Hugo Gutiérrez y Tomás Hirsch (11-2-0).

Por ser incompatible con lo aprobado, se rechaza la indicación de las diputadas Karol Cariola y Camila Vallejos, del siguiente tenor:

Para reemplazar el inciso tercero del artículo 132 por el siguiente texto:

No podrán ser candidatos a delegados a la Asamblea Constituyente las siguientes autoridades:

1) El Presidente de la República;

2) Los Ministros de Estado;

3) Los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los

delegados presidenciales provinciales, los alcaides, los consejeros regionales, los concejales y los subsecretarios;

4) Los miembros del Consejo del Banco Central;

5) Los magistrados de los tribunales superiores de justicia y los jueces de letras;

6) Los miembros del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales;

7) El Contralor General de la República;

8) Diputados y senadores;

9) Las personas naturales y los gerentes o administradores de personas jurídicas que celebren o caucionen contratos con el Estado;

10) El Fiscal Nacional, los fiscales regionales y los fiscales adjuntos del Ministerio Público, y

11) Los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, el General Director de Carabineros, el Director General de la Policía de Investigaciones y los oficiales pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

Artículo 133. Del funcionamiento de la Convención

Dentro de los tres días siguientes a la recepción de la comunicación a que hace referencia el inciso final del artículo 131, el Presidente de la República convocará, mediante decreto supremo exento, a la primera sesión de instalación de la Convención, señalando además, lugar de la convocatoria. En caso de no señalarlo, se instalará en la sede del Congreso Nacional. Dicha instalación deberá realizarse dentro de los 15 días posteriores desde la fecha de publicación del decreto.

En su primera sesión, la Convención deberá elegir a un Presidente y a un Vicepresidente por mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio.

La Convención no podrá alterar los quórum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos.

La Convención deberá constituir una secretaría técnica la que será conformada por personas de comprobada idoneidad académica o profesional.

Corresponderá al Presidente de la República, o a los órganos que éste determine, prestar el apoyo técnico, administrativo y financiero que sea necesario para la instalación y funcionamiento de la Convención.

Sometido a votación el artículo 133, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Gabriel Boric; Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Marcelo Díaz; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Hugo Gutiérrez y Tomás Hirsch (11-2-0).

Por ser incompatible con lo aprobado, se rechaza la indicación del señor Renato Garín, del siguiente tenor:

Para modificar la propuesta de Texto de Reforma Constitucional en los siguientes términos:

Para sustituir en el Artículo 133 Nuevo en su inciso tercero y cuarto el guarismo "dos tercios" y por la expresión "tres quintos".

Artículo 134. Del estatuto de los convencionales.

A los integrantes de la Convención les serán aplicables lo establecido en los artículos 51, con excepción de los incisos primero y segundo, 58, 59, 60 y 61 de la Constitución.

A contar de la proclamación del Tribunal Calificador de Elecciones, los funcionarios públicos con excepción de los mencionados en el inciso tercero del artículo 132, así como los trabajadores de las empresas del Estado, podrán hacer uso de un permiso sin goce de remuneraciones mientras sirvan a la Convención, en cuyo caso no les serán aplicables lo señalado en el inciso primero del artículo 58 de la Constitución.

Los Convencionales Constituyentes estarán afectos a las normas de la Ley Nº20.880 sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de interés, aplicables a los diputados, y a la Ley Nº20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

Serán compatibles los cargos de parlamentario e integrantes de la Convención Mixta Constitucional. Los diputados y senadores que integren esta convención quedarán eximidos de su obligación de asistir a las sesiones de sala y comisión del Congreso durante el período en que ésta se mantenga en funcionamiento. El Congreso Nacional podrá incorporar medidas de organización para un adecuado trabajo legislativo, mientras la Convención Mixta se encuentre en funcionamiento.

Los integrantes de la Convención, con excepción de los parlamentarios que la integren, recibirán una retribución mensual de 50 UTM, además de las asignaciones que se establezcan el Reglamento de la Convención. Dichas asignaciones serán administradas por un comité externo que determine el mismo Reglamento.

Sometido a votación el artículo 134, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Gabriel Boric; Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Marcelo Díaz; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Hugo Gutiérrez y Tomás Hirsch (11-2-0).

Artículo 135. Disposiciones especiales

La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes.

Mientras no entre en vigencia la Nueva Constitución en la forma establecida en este epígrafe, esta Constitución seguirá plenamente vigente, sin que pueda la Convención negarle autoridad o modificarla.

En conformidad al artículo 5° inciso primero de la Constitución, mientras la Convención esté en funciones la soberanía reside esencialmente en la Nación y es ejercida por el pueblo a través de los plebiscitos y elecciones periódicas que la Constitución y las leyes determinan y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Le quedará prohibido a la Convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el ejercicio de la soberanía, asumiendo otras atribuciones que las que expresamente le reconoce esta Constitución.

El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Sometido a votación el artículo 135, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Hugo Gutiérrez y Tomás Hirsch . Se abstienen los señores Boric y Díaz. (9-2-2).

Artículo 136. De la reclamación

Se podrá reclamar de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención, contenidas en este epígrafe y de aquellas de procedimiento que emanen de los acuerdos de carácter general de la propia Convención. En ningún caso, se podrá reclamar sobre el contenido de los textos en elaboración.

Conocerán de esta reclamación cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo por la misma Corte para cada cuestión planteada.

La reclamación deberá ser suscrita por al menos un cuarto de los miembros en ejercicio de la Convención y se interpondrá ante la Corte Suprema, dentro del plazo de 5 días desde que se tomó conocimiento del vicio alegado.

La reclamación deberá indicar el vicio que se reclama, el que deberá esencial, y el perjuicio que causa.

El procedimiento para el conocimiento y resolución de las reclamaciones será establecido en un Auto Acordado que adoptará la Corte Suprema, el que no podrá ser objeto del control establecido en artículo 93 número 2 de la Constitución.

La sentencia que acoja la reclamación solo podrá anular el acto. En todo caso, deberá resolverse dentro de los 10 días siguientes desde que se entró al conocimiento del asunto. Contra las resoluciones de que trata este artículo no se admitirá acción ni recurso alguno.

Ninguna autoridad, ni tribunal, podrán conocer acciones, reclamos o recursos vinculados con las tareas que la Constitución le asigna a la Convención, fuera de lo establecido en este artículo.

No podrá interponerse la reclamación a la que se refiere este artículo respecto del inciso final del artículo 135 de la Constitución.

Sometido a votación el artículo 136, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Gabriel Boric; Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Marcelo Díaz; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Hugo Gutiérrez y Tomás Hirsch (11-2-0).

Artículo 137. Prórroga del plazo de funcionamiento de la Convención

La convención deberá redactar y aprobar una propuesta de texto de Nueva Constitución en el plazo máximo de nueve meses, contados desde su instalación, el que podrá prorrogarse, por una sola vez, por tres meses.

La mencionada prórroga podrá ser solicitada por quien ejerza la Presidencia de la Convención o por un tercio de sus miembros, con una anticipación no superior a quince días ni posterior a los cinco días previos al vencimiento del plazo de nueve meses. Presentada la solicitud, se citará inmediatamente a sesión especial, en la cual la Presidencia deberá dar cuenta pública de los avances en la elaboración de la propuesta de texto de Nueva Constitución, con lo cual se entenderá prorrogado el plazo sin más trámite. De todas estas circunstancias deberá quedar constancia en el acta respectiva. El plazo de prórroga comenzará a correr el día siguiente a aquel en que venza el plazo original.

Una vez redactada y aprobada la propuesta de texto de Nueva Constitución por la Convención, o vencido el plazo o su prórroga, la Convención se disolverá de pleno derecho.

Sometido a votación el artículo 137, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Gabriel Boric; Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Marcelo Díaz; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Hugo Gutiérrez y Tomás Hirsch (11-2-0).

Artículo 138. De las normas transitorias

La Convención podrá establecer disposiciones especiales de entrada en vigencia de alguna de las normas o capítulos de la Nueva Constitución.

La Nueva Constitución no podrá poner término anticipado al período de las autoridades electas en votación popular, salvo que aquellas instituciones que integran sean suprimidas u objeto de una modificación sustancial.

La Nueva Constitución deberá establecer el modo en que las otras autoridades que esta Constitución establece cesarán o continuarán en sus funciones.

Sometido a votación el artículo 138, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Gabriel Boric; Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Marcelo Díaz; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Hugo Gutiérrez y Tomás Hirsch (11-2-0).

Artículo 139. De la integración de la Convención Mixta Constitucional

La Convención Mixta Constitucional estará integrada por 172 miembros, de los cuales 86 corresponderán a ciudadanos electos especialmente para estos efectos y 86 parlamentarios que serán elegidos por el Congreso Pleno, conformado por todos los senadores y diputados en ejercicio, los que podrán presentar listas o pactos electorales, y se elegirán de acuerdo al sistema establecido en el artículo 121 del Decreto con Fuerza de Ley N°2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en lo que refiere a la elección de diputados.

Sometido a votación el artículo 139, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Gabriel Boric; Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Marcelo Díaz; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Hugo Gutiérrez y Tomás Hirsch (11-2-0).

Artículo 140.- Del sistema electoral de la Convención Mixta Constitucional

En el caso de los Convencionales Constituyentes no parlamentarios, estos serán elegidos de acuerdo a las reglas consagradas en el artículo 121 del Decreto con Fuerza de Ley N°2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en su texto vigente al 25 de junio del 2020 y serán aplicables los artículos 187 y 188 del mismo cuerpo legal, con las siguientes modificaciones:

Distrito 1° que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 2º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 3° que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 4º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 5º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 6º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 7º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 8º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 9º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 10º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 11º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 12º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 13º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 14º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 15º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 16º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 17º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 18º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 19º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 20º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 21° que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 22º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 23° que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 24º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 25º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 26º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 27º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes; y

Distrito 28º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes.

Sometido a votación el artículo 140, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Gabriel Boric; Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Marcelo Díaz; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Hugo Gutiérrez y Tomás Hirsch (11-2-0).

Artículo 141. De la integración de la Convención Constitucional

La Convención Constitucional estará integrada por 155 ciudadanos electos especialmente para estos efectos. Para ello, se considerarán los distritos electorales establecidos en los artículos 187 y 188, y el sistema electoral descrito en el artículo 121, todos del DFL N°2 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700, en lo que se refiere a la elección de diputados, a su texto vigente al 25 de junio al 2020.

Los integrantes de la Convención Constitucional no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención.

Sometido a votación el artículo 141, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Gabriel Boric; Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Marcelo Díaz; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Hugo Gutiérrez y Tomás Hirsch (11-2-0).

Artículo 142. Del Plebiscito Constitucional

Comunicada al Presidente de la República la propuesta de texto constitucional aprobada por la Convención, este deberá convocar dentro de los tres días siguientes a dicha comunicación, mediante decreto supremo exento, a un plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta.

El sufragio en este plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile.

El ciudadano que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.

No incurrirá en esta sanción el ciudadano que haya dejado de cumplir su obligación por enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquél en que se encontrare registrado su domicilio electoral o por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba, de acuerdo a las reglas de la sana crítica.

Las personas que durante la realización del plebiscito nacional constitucional desempeñen funciones que encomienda el DFL N°2 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700, se eximirán de la sanción establecida en el presente artículo remitiendo al juez competente un certificado que acredite esta circunstancia.

El conocimiento de la infracción señalada corresponderá al Juez de Policía Local de la comuna donde se cometieron tales infracciones, de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley N°18.287.

En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de una cédula electoral que contendrá la siguiente pregunta, según corresponda a la Convención que haya propuesto el texto: “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Mixta Constitucional?” o “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas, tendrá en su parte inferior la expresión “Apruebo” y la segunda, la palabra “Rechazo”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

Este plebiscito deberá celebrarse 60 días después de la publicación en el Diario Oficial del decreto supremo a que hace referencia el inciso primero, si ese día fuese domingo, o el domingo inmediatamente siguiente. Con todo, si en conformidad a las reglas anteriores la fecha del plebiscito se encuentra en el lapso entre sesenta días antes o después de una votación popular de aquellas a que hacen referencia los artículos 26, 47 y 49 de la Constitución, el día del plebiscito se retrasará hasta el domingo posterior inmediatamente siguiente. Si, de la aplicación de la regla precedente el plebiscito recayere en el mes de enero o febrero, el plebiscito se celebrará el primer domingo del mes de marzo.

El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los 30 días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito nacional constitucional fuere aprobada, el Presidente de la República deberá, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la sentencia referida en el inciso anterior, convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política de la República. Dicho texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en dicha fecha. A partir de esta fecha, quedará derogada la presente Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el decreto supremo N° 100, de 17 de septiembre de 2005.

La Constitución deberá imprimirse y repartirse gratuitamente para todos los establecimientos educacionales, públicos o privados, bibliotecas municipales, universidades y Órganos del Estado. Los jueces y magistrados de los tribunales superiores de justicia deberán recibir un ejemplar de la Constitución.

Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito ratificatorio fuere rechazada, continuará vigente la presente Constitución.

Sometido a votación el artículo 142, con excepción del inciso final respecto al cual se pidió votación separada, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Gabriel Boric; Juan Antonio Coloma; Andrés Molina por el señor Luciano Cruz-Coke; Marcelo Díaz; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Hugo Gutiérrez y Tomás Hirsch (11-2-0).

Sometido a votación el inciso final del artículo 142, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Juan Antonio Coloma; Andrés Molina, por el señor Luciano Cruz-Coke; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Boric, Díaz, Hirsch y Soto. Se abstiene el señor Gutiérrez. (8-4-1).

Por ser incompatible con lo aprobado, se rechaza la Indicación de los señores Marcelo Díaz, Gabriel Boric; Rodrigo González; Miguel Crispi, y Ricardo Celis, del siguiente tenor:

Al artículo único del proyecto:

Para reemplazar inciso final del artículo 142 propuesto, por el siguiente:

"Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito ratificatorio fuera aprobada, la Nueva Constitución regirá en el momento de su promulgación y publicación derogándose orgánicamente la Constitución actual.".

Artículo 143. Remisión

Al plebiscito constitucional le será aplicable lo dispuesto en los incisos cuarto a sexto del artículo 130.”.”.

Sometido a votación el artículo 143, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Jorge Alessandri; Gabriel Boric; Andrés Molina por el señor Luciano Cruz-Coke; Marcelo Díaz; Diego Shalper, por la señora Flores; Gonzalo Fuenzalida; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Votan en contra los señores Hugo Gutiérrez y Tomás Hirsch (10-2-0).

Por ser incompatible con la indicación sustitutiva aprobada, se rechazan las siguientes indicaciones del diputado señor Félix González, del siguiente tenor:

Indicaciones del señor Félix González.

INDICACIÓN 1:

Agregúese el siguiente artículo nuevo:

"Una vez aprobada mediante plebiscito nacional, se conformará una Asamblea Constituyente compuesta de la siguiente forma:

a) 198 Asambleístas elegidos por duplas hombre y mujer, en las distintas regiones del país.

b) 34 Asambleístas elegidos de entre los pueblos originarios con un padrón especial.

c) 8 Representantes de las Universidades.

d) 4 Representantes de las y los estudiantes secundarios.

e) 4 Representantes del Poder Judicial."

INDICACIÓN 2:

Agregúese el siguiente artículo nuevo:

"Integrarán la Asamblea Constituyente 198 asambleístas elegidos y elegidas por distritos coincidentes con los 28 distritos por los que se eligen los diputados y diputadas.

Las candidaturas deberán declararse en duplas de una mujer y un hombre.

Podrán postular personas mayores de 18 años, que no hayan ejercido o ejerzan cargos de elección popular ni hayan sido condenados por crimen o simple delito.

Tampoco podrán postular miembros de las Fuerzas Armadas y de orden y seguridad.

Las personas que sean elegidas quedarán inhabilitadas para postular a cargos de representación popular por un período de 5 años contados desde el día de su elección. Asimismo, las personas que se postulen y no resulten elegidas quedarán inhabilitadas por 2 años contados desde el día de la votación.

Para declarar sus candidaturas, cada dupla deberá presentar ante el Servicio Electoral las firmas de respaldo de al menos mil ciudadanos o ciudadanas inscritas en los registros electorales. Estas firmas deberán ser suscritas ante notario público,

Oficial del Registro Civil, funcionarios del Servicio Electoral que este designe o mediante clave única del Registro Civil a través del sistema electrónico det Servicio Electoral.

Las declaraciones de candidaturas no podrán ser presentadas por partidos políticos.

Podrán votar todas las personas chilenas mayores de 14 años, se encuentren dentro o fuera del país, así como las personas extranjeras con derecho a sufragio en Chile.

Las votaciones se realizarán por cada uno de ios 28 distritos electorales actuales, eligiéndose las más altas mayorías en cada uno de los territorios, la siguiente cantidad de personas:

Distrito 1: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 2: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 3: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 4: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 5: cuatro mujeres y cuatro hombres.

Distrito 6: cinco mujeres y cinco hombres.

Distrito 7: cinco mujeres y cinco hombres.

Distrito 8: cinco mujeres y cinco hombres.

Distrito 9: cuatro mujeres y cuatro hombres.

Distrito 10: cinco mujeres y cinco hombres.

Distrito 11: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 12: cuatro mujeres y cuatro hombres.

Distrito 13: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 14: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 15: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 16: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 17: cuatro mujeres y cuatro hombres.

Distrito 18: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 19: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 20: cinco mujeres y cinco hombres.

Distrito 21: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 22: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 23: cuatro mujeres y cuatro hombres.

Distrito 24: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 25: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 26. tres mujeres y tres hombres.

Distrito 27: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 28: tres mujeres y tres hombres.'

INDICACIÓN 3:

Agregúese el siguiente artículo nuevo:

"Se integrarán a la Asamblea Constituyente 34 asambleístas elegidos de entre los pueblos originarios.

El Servicio electoral confeccionará un padrón voluntario en el que podrán auto incluirse todas las personas mayores de 14 años que se encuentren inscritas en los registros de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

Quienes voluntariamente se incluyan en este padrón podrán elegir a las personas asambleístas representantes de los pueblos originarios, auto excluyéndose del otro padrón.

Las personas que postulen a ser asambleístas representantes de los pueblos originarios deberán declarar sus candidaturas en duplas de una mujer y un hombre ante el Servicio Electoral, acompañando las firmas de al menos 500 personas inscritas en los registros de la Corporación Nacional de Desarrollo indígena, suscritas ante notario público, Oficial del Registro Civil, funcionarios del Servicio Electoral que este designe o mediante clave única del Registro Civil a través del sistema electrónico del Servicio Electoral.

En este caso, existirá un solo voto a nivel nacional, pudiendo cada persona votar por una sola dupla, de alguno de los pueblos originarios, siendo elegidas las duplas con las más altas mayorías en cada caso, resultando electas:

Una mujer y un hombre Aimara.

Una mujer y un hombre Diaguita.

Una mujer y un hombre Atacameño.

Una mujer y un hombre Quechua.

Una mujer y un hombre Rapanui.

Una mujer y un hombre Kolla.

Una mujer y un hombre Kawesquar y/o Yagan.

Diez mujeres y diez hombres Mapuche."

INDICACIÓN 4:

Agréguese el siguiente artículo nuevo:

"Se integrarán a la Asamblea Constituyente 8 representantes de las Universidades Chilenas elegidos y elegidas de la siguiente forma:

a) Una mujer y un hombre rectores de universidades chilenas reconocidas por el estado, elegidos entre sus pares, bajo un proceso supervisado por el Servicio Electoral, quien confeccionará el padrón.

b) Una mujer y un hombre de entre los decanos y decanas de universidades chilenas reconocidas por el estado, elegidos de entre sus pares, bajo un proceso supervisado por el Servicio Electora!, quien confeccionará el padrón.

c) Una mujer y un hombre de entre los presidentes y presidentas de federaciones de estudiantes de universidades chilenas reconocidas por el estado, elegidos de entre sus pares, bajo un proceso supervisado por el Servicio Electoral, quien confeccionará el padrón.

d) Una mujer y un hombre de entre los académicos y académicas de universidades chilenas reconocidas por el estado, elegidos de entre sus pares, bajo un proceso supervisado por el Servicio Electoral, quien confeccionará el padrón.

Para cada uno de los casos cada persona tendrá dos votos, uno para una mujer y uno para un hombre, resultando elegidas las personas con el mayor número de sufragios en cada caso."

INDICACIÓN 5:

Agréguese el siguiente artículo nuevo:

"Se integrarán a la Asamblea Constituyente 4 representantes de las y los estudiantes secundarios elegidos de la siguiente forma:

Dos mujeres y dos hombres de entre los presidentes y presidentas de centros de alumnos y alurnnas de establecimientos de educación media reconocidas por el estado, elegidos de entre sus pares, bajo un proceso supervisado por el Servicio Electoral, quien confeccionará el padrón.

Para cada uno de los casos cada persona tendrá dos votos, uno para una mujer y uno para un hombre, resultando elegidas las dos personas con el mayor número de sufragios en cada caso."

INDICACIÓN 6:

Agregúese el siguiente artículo nuevo:

"Se integrarán a la Asamblea Constituyente representantes del Poder Judicial elegidos de la siguiente forma:

Dos mujeres y dos hombres jueces o ministros del Poder Judicial, elegidos entre sus pares, bajo un proceso supervisado por el Servicio Electoral, quien confeccionará el padrón.

Cada persona tendrá dos votos, uno para una mujer y uno para un hombre, resultando elegidas las dos personas con el mayor número de sufragios en cada caso."

***********************

Indicación de las diputadas señoras Erika Olivera; Andrea Parra; Marisela Santibáñez; Cristina Girardi; Marcela Hernando; Maya Fernández; Carolina Marzán; Natalia Castillo; Gael Yeomans; Catalina Pérez; Loreto Carvajal; Camila Rojas; Claudia Mix; Maite Orsini; Daniella Cicardini; Karol Cariola; Emilia Nuyado; Camila Vallejo; Carme Hertz; Marcela Sabat; Alejandra Sepúlveda; Ximena Ossandón, y Joanna Ossandón, para incorporar el siguiente artículo transitorio:

Artículo transitorio.- DEL EQUILIBRIO EN LA REPRESENTACIÓN DE MUJERES Y HOMBRES EN EL ÓRGANO CONSTITUYENTE

“Las declaraciones de candidaturas al órgano constituyente deberán señalar el orden de precedencia que tendrían los candidatos en la cédula para cada distrito. Las listas conformadas por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales deberán estar encabezadas por una candidata mujer, y se ordenarán sucesivamente de forma alternada con las candidaturas de hombres, y mujeres de forma paritaria.

La infracción de los incisos anteriores acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas al Órgano Constituyente del partido o pacto de independientes que no haya cumplido con estos requisitos.

En la aplicación del sistema electoral a que se refiere el artículo 121 del decreto con fuerza de ley No 2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley No ley 18.700, según lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución; se seguirán, además, las siguientes reglas:

a. En los distritos que reparten un número par de escaños, deberán resultar electos un cincuenta por ciento de mujeres y un cincuenta por ciento de hombres.

b. En los distritos que reparten un número impar de escaños, se aplicarán las siguientes reglas:

En los distritos de 3 escaños, se asignarán un máximo de 2 escaños a delegados/as constituyentes del mismo sexo;

En los distritos de 5 escaños se asignarán un máximo de 3 escaños a delegados/as constituyentes del mismo sexo; y

En los distritos de 7 escaños se asignarán un máximo de 4 escaños a delegados/as constituyentes del mismo sexo.

Las listas que elijan más de un escaño deberán ser asignados de manera alternada a las candidaturas, mujer u hombre, más votadas dentro de la misma lista. En el caso de las listas de partidos políticos o de independientes que elijan sólo un escaño, éste deberá ser asignado a la candidatura más votada que corresponda al sexo que falte para asegurar la paridad. Este mecanismo se aplicará a las listas de partidos o independientes menos votados y así sucesivamente.

Para el caso de la elección de los 86 \parlamentarios que regula el artículo 139 de la Constitución, el Congreso Pleno deberá propender al máximo equilibrio entre mujeres y hombres. Para la elección de los 86 convencionales constituyente electos a que se refiere el mismo artículo, se aplicarán las reglas anteriores en lo que corresponda.”.

Sometido a votación el artículo transitorio, es aprobado por los votos favorables de los diputados (as) señores (as) Matías Walker; Gabriel Boric; Marcelo Díaz; Hugo Gutiérrez; Tomás Hirsch; René Saffirio, y Leonardo Soto. Vota en contra el señor Juan Antonio Coloma. Se abstienen los señores Andrés Molina, por el señor Cruz-Coke, y Diego Shalper. (7-1-2).

*********

Indicación de los diputados señores Miguel Crispi; Gabriel Boric; Rodrigo González; Catalina Pérez; Diego Ibáñez; Marcelo Díaz, y Matías Walker, para agregar la siguiente disposición transitoria:

Artículo transitorio

Vigésimo Novena.- Para la elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional y la Convención Constitucional, establecidas en los artículos 132, 139, 140 y 141 de la Constitución, se aplicarán, además, las siguientes reglas especiales:

PRIMERO.- DE LOS INDEPENDIENTES. Dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral. E! pacto electoral regirá exclusivamente en el distrito electoral en el que los candidatos independientes declaren sus candidaturas. Los pactos electorales de candidaturas independientes podrán presentar, en cada distrito, hasta un máximo de candidaturas equivalente al número inmediatamente siguiente al número de convencionales constituyentes que corresponda elegir en el distrito que se trate.

La declaración e inscripción de esta lista estará sujeta a las mismas reglas que las candidaturas a diputado, en lo que les sea aplicable, la que además deberá contener un lema común que los identifique y un programa en el que se indicarán las principales ideas o propuestas relativas at ejercicio de su función constituyente. Adicionalmente, cada candidato o candidata que conforme la lista, considerado individualmente, requerirá et patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,4 por ciento de los que hubieren sufragado en el distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones.

La lista se conformará con aquellos candidatos o candidatas que en definitiva cumplan con los requisitos señalados. En todo lo demás, a las listas de personas independientes les será aplicable las reglas generales como si se trataran de una lista compuesta por un solo partido, incluyendo además el Decreto con Fuerza de Ley N°3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

SEGUNDO.- DE LOS ESCAÑOS RESERVADOS PARA PUEBLOS INDÍGENAS.

Adicionalmente a los escaños de convencionales constituyentes establecidos en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, la Convención Constitucional estará integrada por 18 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aimara, Atacameños, Collas, Diaguitas, Mapuche, Quechuas, Rapa Nui, Kawashkar y Yagan de los canales australes.

Del mismo modo la Convención Mixta Constitucional estará integrada adicionalmente por 21 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aimara, Atacameños, Collas, Diaguitas, Mapuche, Quechuas, Rapa Nui, Kawashkar y Yagan de los canales australes.

Para la elección de los Convencionales Constituyentes establecidos en este apartado habrá un distrito electoral, constituido por todo el Territorio Nacional.

Podrán ser candidatos las personas que cumplan los requisitos establecidos en e! artículo 13 de la Constitución y que se encuentren inscritos en una comunidad o asociación indígena o contar con una certificación de la calidad de indígena emitida por la Corporación de Desarrollo Indígena.

Las declaraciones de candidaturas serán individuales y deberán contar con el patrocinio de, al menos, una comunidad indígena registrada en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, lo que se acreditará mediante una declaración jurada notarial del presidente de la misma o quien lo siga en la directiva, en caso que el mismo sea el candidato o candidata. El proceso de inscripción será organizado por el Servicio Electoral de acuerdo a las normas comunes, en lo que sean aplicables, debiendo cada candidato o candidata inscribirse de forma individual. Cada organización indígena podrá patrocinar sólo una candidatura.

El padrón electoral para la elección de convencionales indígenas se conformará por un padrón indígena que elaborará el Servicio Electoral utilizando como base el registro de Comunidades Indígenas de la Corporación de Desarrollo Indígena vigente al 26 de abril del año 2020, e integrado por aquellos miembros que cumplan los requisitos del artículo 13, 16 y 17 de la Constitución. Para estos efectos, la Corporación de Desarrollo Indígena deberá colaborar y remitir al Servicio Electoral toda la información necesaria que le sea requerida. El Servicio Electoral dictará las instrucciones que estime necesaria para la correcta elaboración del padrón indígena, especialmente en lo referido a la publicidad del plazo para inscribirse en el padrón electoral indígena.

Las personas que se identifiquen con la pertenencia a un pueblo indígena reconocido y que no cuenten con la acreditación señalada, podrán solicitar a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena que resuelva de forma sumaria la emisión de un certificado especial, para el solo efecto de ser presentado ante el Servicio Electoral para acceder al padrón electoral indígena y a la cédula electoral especial. La emisión de este certificado estará sujeto al cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 2 del cuerpo legal citado en los incisos anteriores.

Para hacer efectivo el proceso de acreditación especial señalado precedentemente, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena generará las condiciones necesarias para facilitar este proceso y deberá actualizar todos sus registros de acreditación de calidad indígena, especialmente el registro de apellidos indígenas considerando su vinculación con los territorios y las comunidades indígenas, de conformidad al artículo 9 de la Ley 19.253.

El Servicio Electoral confeccionará una cédula electoral indígena para llenar los cargos establecidos en el presente apartado. La cédula se imprimirá con las palabras "Convencionales Constituyentes representantes de los pueblos indígenas". A continuación se ubicará el nombre de cada pueblo indígena ubicados en el orden establecido previo sorteo realizado por el.Servicio Electoral. Bajo la denominación de cada pueblo, se incorporará en la cédula los nombres de los candidatos pertenecientes a dicho pueblo indígena en orden alfabético.

Para el caso de la Convención Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aimara, la primera mayoría del pueblo Atacameños, la primera mayoría del pueblo Collas, la primera mayoría del pueblo Diaguitas, las nueve primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechuas, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawashkar y la primera mayoría del pueblo Yagan de los canales australes.

Para el caso de la Convención Mixta Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aimara, la primera mayoría del pueblo Atacameños, la primera mayoría del pueblo Collas, la primera mayoría del pueblo Diaguitas, las doce primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechuas, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawashkar y la primera mayoría del pueblo Yagan de los canales australes.

El Servicio Electoral junto a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena desarrollarán una campaña informativa sobre este proceso dirigido a las personas pertenecientes a los pueblos indígenas reconocidos, con la cual promoverán la participación de las personas pertenecientes a pueblos indígenas.".

En lo no previsto por este apartado, y en lo pertinente, se aplicará lo dispuesto en el artículo 131 inciso tercero de esta Constitución.

En cuanto a la integración de las convenciones, se deberá:

1. Reemplácese en el artículo 139 original, que pasa a ser 140, el guarismo "172" por "195" y agréguese inmediatamente después del punto final, que pasa a ser punto seguido, la frase Tos integrantes restantes serán elegidos en conformidad con las reglas establecidas en el número 5 del artículo 132 de la Constitución".

2, Reemplácese en el artículo 141 original, que pasa a ser 142, el guarismo "155" por "170" y agréguese inmediatamente después de la expresión "Para ello," la frase "además de las reglas establecidas en el artículo 132 número 5 de la Constitución,".

TERCERO.- DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL PERÍODO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CONVENCIÓN MIXTA CONSTITUCIONAL Y CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL. El reglamento establecido el artículo 133 de la Constitución deberá contemplar mecanismos de participación ciudadana para todo el período de funcionamiento de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, tales como consultas, cabildos, audiencias públicas y otras formas de diálogos ciudadanos constitucionales.

Sometida a votación la norma transitoria es aprobada por los votos favorable se los diputados señores Matías Walker (Presidente de la Comisión); Gabriel Boric; Marcelo Díaz; Hugo Gutiérrez; Tomás Hirsch; René Saffirio; Leonardo Soto. Se abstienen los señores Juan Antonio Coloma; Andrés Molina por el señor Cruz-Coke y Diego Schalper.

Por la aprobación de las disposiciones transitorias se rechaza la siguiente indicación de las señoras Karol Cariola, Camila Vallejos y el señor Hugo Gutiérrez:

Agréguese la siguiente disposición transitoria a la Constitución Política de la República:

VIGÉSIMA NOVENA:

Numeral 1) Sobre el órgano constituyente.

Convóquese a Plebiscito el 1 de mayo de 2020 para consultarle al pueblo sobre la elaboración de una Nueva Constitución. El voto contendrá dos preguntas, formuladas en los siguientes términos:

1.- "¿Está usted de acuerdo con la elaboración de una nueva Constitución Política de la República?" Las opciones serán "apruebo o rechazo".

2.- "Usted prefiere que la nueva Constitución Política sea redactada por" Las opciones serán

"a) Una Asamblea Constituyente

b) Una Convención Mixta integrada por ciudadanos y parlamentarios."

El resultado del plebiscito obliga a la elección de los asambleístas constituyentes en un plazo mínimo de seis meses y máximo de ocho, contado desde la fecha del plebiscito a que se refiere el inciso anterior. La elección de los delegados constituyentes no será incompatible con otros procesos electorales ya previstos.

Numeral 2) El voto será obligatorio en todos y cada uno de los actos electorales a que se refiere esta disposición transitoria, para todos ios chilenos mayores de 16 años, y voluntario para las y los mayores de 14 y menores de 16.

Numeral 3) De pronunciarse la ciudadanía por una Asamblea Constituyente, esta estará formada por 310 delegados y delegadas elegidos según el sistema electoral aplicable a los diputados. Se elegirán 155 mujeres y 155 hombres que se presentarán en listas separadas. Asimismo, se destinarán 40 escaños reservados para representantes de pueblos originarios.

Numero 4) Asimismo, podrán participar en esta elección candidatos independientes. En este caso se podrá postular constituyendo listas, en cuyo caso se someterán a la misma norma del artículo anterior. Para inscribir estas candidaturas se requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos equivalente al 0,5% de los votos válidamente emitidos en la última elección parlamentaría del distrito correspondiente.

Numero 5) Los chilenos que residen en el exterior, deberán participar en todos y cada uno de los actos electorales del proceso referido en esta disposición transitoria, ejerciendo este derecho conforme a la ley.

Numeral 6) No podrán ser candidatos a delegados a la Asamblea Constituyente las siguientes autoridades:

1) El Presidente de la República;

2) Los Ministros de Estado;

3) Los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales, los alcaldes, los consejeros regionales, los concejales y los subsecretarios;

4) Los miembros del Consejo del Banco Central;

5) Los magistrados de los tribunales superiores de justicia y los jueces de letras;

6) Los miembros del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales;

7) El Contralor General de la República;

8) Diputados y senadores;

9) Las personas naturales y los gerentes o administradores de personas jurídicas que celebren o caucionen contratos con el Estado;

10) El Fiscal Nacional, los fiscales regionales y los fiscales adjuntos del Ministerio Público, y

11) Los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, el General. Director de Carabineros, el Director General de la Policía de Investigaciones y los oficiales pertenecientes a !as Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

Numeral 7) Los delegados constituyentes no podrán postular a cargos de elección popular por los siguientes dos años desde su elección.

Los delegados constituyentes, solo podrán ejercer facultades constituyentes, las que serán incompatibles con otras facultades ejecutivas, legislativas y judiciales.

Numeral 8) Las personas migrantes podrán participar del órgano constituyente con derecho a voz y en número determinado por la ley a que se refiere el artículo siguiente.

Numeral 9) El órgano constituyente definido por el pueblo conforme al artículo 130 se regulará por ley. Del mismo modo, tanto esa ley y los cambios legales necesarios para implementar la elección en condiciones igualitarias de participación de los y las candidatos y candidatas, deberá quedar completamente tramitado a lo menos noventa días antes de las elecciones.

Numeral 10) El funcionamiento del órgano constituyente y los quorums para la aprobación de sus definiciones serán establecidos por sí mismo en un Reglamento.

En el caso que el órgano constituyente establezca un quorum superior a mayoría absoluta para sus decisiones sobre el texto constitucional, deberán someterse a referéndum aquellas decisiones que haya logrado reunir una votación equivalente a mayoría absoluta y menor al quórum establecido en particular tratándose de los derechos fundamentales, tanto en su ejercicio como en su protección.

Sin perjuicio de ello, debe considerarse que durante el periodo de deliberación del órgano constituyente, se deberán escuchar a las organizaciones de la sociedad civil, a petición o solicitud del órgano. Así mismo sus deliberaciones, discusiones y acuerdos serán públicos.

Numeral 11) Ninguna Constitución Política podrá emplearse de forma supletoria para la elaboración de la nueva Constitución. Sin perjuicio de ello, se tendrán por incorporados todos los tratados internacionales de derechos humanos.

Numeral 12) Eí órgano constituyente tendrá un plazo de elaboración de la nueva

Constitución de seis meses prorrogables una vez por seis meses adicionales. Una vez que culmine su trabajo el texto propuesto se pondrá a disposición del Presidente de la República, quien deberá convocar a plebiscito para su ratificación.

Este Plebiscito será realizado a más tardar ciento veinte días después de recibida la propuesta. Aprobada la Nueva Constitución en el plebiscito, deberá publicarse en el Diario Oficial en un plazo de diez días, contados desde su realización.

********

Despachado el proyecto, se nombra como diputado informante al señor Matías Walker.

IV. ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.

De conformidad a lo establecido en el Nº 4 artículo 302 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia que no hay artículos que deban ser conocido por la Comisión de Hacienda.

V. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES.

Fueron rechazadas las siguientes indicaciones:

De las diputadas Karol Cariola y Camila Vallejos,

“Para reemplazar, en el inciso tercero del artículo 130, la expresión "Convención Constitucional" por "Asamblea Constituyente", las dos veces que aparece.”.

De las diputadas Karol Cariola y Camila Vallejos.

Para reemplazar el inciso tercero del artículo 132 por el siguiente texto:

No podrán ser candidatos a delegados a la Asamblea Constituyente las siguientes autoridades:

1) El Presidente de la República;

2) Los Ministros de Estado;

3) Los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales, los alcaides, los consejeros regionales, los concejales y los subsecretarios;

4) Los miembros del Consejo del Banco Central;

5) Los magistrados de los tribunales superiores de justicia y los jueces de letras;

6) Los miembros del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales;

7) El Contralor General de la República;

8) Diputados y senadores;

9) Las personas naturales y los gerentes o administradores de personas jurídicas que celebren o caucionen contratos con el Estado;

10) El Fiscal Nacional, los fiscales regionales y los fiscales adjuntos del Ministerio Público, y

11) Los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, el General Director de Carabineros, el Director General de la Policía de Investigaciones y los oficiales pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

De las diputadas Karol Cariola y Camila Vallejos.

Para reemplazar el artículo 131 por el siguiente texto:

El voto será obligatorio en todos y cada uno de los actos electorales a que se refiere esta disposición transitoria, para todos los chilenos mayores de 16 años,y voluntario para los mayores de 14 y menores de 16.

De pronunciarse la ciudadanía por una Asamblea Constituyente, esta estará formada por 310 delegados y delegadas elegidos según el sistema electoral aplicable a los diputados. Se elegirán 155 mujeres y 155 hombres que se presentarán en listas separadas. Asimismo, se destinarán 40 escaños reservados para representantes de pueblos originarios.

Asimismo, podrán participar en esta elección candidatos independientes que podrán constituir listas, en cuyo caso se someterán a la misma norma del artículo anterior. Para inscribir estas candidaturas se requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos equivalente al 0,5% de los votos válidamente emitidos en la última elección parlamentaria del distrito correspondiente.

Indicación del señor Marcelo Díaz, Gabriel Boric; Rodrigo González; Miguel Crispi, y Ricardo Celis.

Al artículo único del proyecto:

Para reemplazar inciso final del artículo 142 propuesto, por el siguiente:

"Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito ratificatorio fuera aprobada, la Nueva Constitución regirá en el momento de su promulgación y publicación derogándose orgánicamente la Constitución actual.".

Indicación del señor Renato Garín:

Para modificar la propuesta de Texto de Reforma Constitucional en los siguientes términos:

Para sustituir en el Artículo 133 Nuevo en su inciso tercero y cuarto el guarismo "dos tercios" y por la expresión "tres quintos".

Indicaciones del señor Félix González.

INDICACIÓN 1:

Agréguese el siguiente artículo nuevo:

"Una vez aprobada mediante plebiscito nacional, se conformará una Asamblea Constituyente compuesta de la siguiente forma:

a) 198 Asambleístas elegidos por duplas hombre y mujer, en las distintas regiones del país.

b) 34 Asambleístas elegidos de entre los pueblos originarios con un padrón especial.

c) 8 Representantes de las Universidades.

d) 4 Representantes de las y los estudiantes secundarios.

e) 4 Representantes del Poder Judicial."

INDICACIÓN 2:

Agréguese el siguiente artículo nuevo:

"Integrarán la Asamblea Constituyente 198 asambleístas elegidos y elegidas por distritos coincidentes con los 28 distritos por los que se eligen los diputados y diputadas.

Las candidaturas deberán declararse en duplas de una mujer y un hombre.

Podrán postular personas mayores de 18 años, que no hayan ejercido o ejerzan cargos de elección popular ni hayan sido condenados por crimen o simple delito.

Tampoco podrán postular miembros de las Fuerzas Armadas y de orden y seguridad.

Las personas que sean elegidas quedarán inhabilitadas para postular a cargos de representación popular por un período de 5 años contados desde el día de su elección. Asimismo, las personas que se postulen y no resulten elegidas quedarán inhabilitadas por 2 años contados desde el día de la votación.

Para declarar sus candidaturas, cada dupla deberá presentar ante el Servicio Electoral las firmas de respaldo de al menos mil ciudadanos o ciudadanas inscritas en los registros electorales. Estas firmas deberán ser suscritas ante notario público,

Oficial del Registro Civil, funcionarios del Servicio Electoral que este designe o mediante clave única del Registro Civil a través del sistema electrónico del Servicio Electoral.

Las declaraciones de candidaturas no podrán ser presentadas por partidos políticos.

Podrán votar todas las personas chilenas mayores de 14 años, se encuentren dentro o fuera del país, así como las personas extranjeras con derecho a sufragio en Chile.

Las votaciones se realizarán por cada uno de los 28 distritos electorales actuales, eligiéndose las más altas mayorías en cada uno de los territorios, la siguiente cantidad de personas:

Distrito 1: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 2: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 3: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 4: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 5: cuatro mujeres y cuatro hombres.

Distrito 6: cinco mujeres y cinco hombres.

Distrito 7: cinco mujeres y cinco hombres.

Distrito 8: cinco mujeres y cinco hombres.

Distrito 9: cuatro mujeres y cuatro hombres.

Distrito 10: cinco mujeres y cinco hombres.

Distrito 11: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 12: cuatro mujeres y cuatro hombres.

Distrito 13: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 14: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 15: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 16: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 17: cuatro mujeres y cuatro hombres.

Distrito 18: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 19: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 20: cinco mujeres y cinco hombres.

Distrito 21: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 22: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 23: cuatro mujeres y cuatro hombres.

Distrito 24: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 25: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 26. tres mujeres y tres hombres.

Distrito 27: tres mujeres y tres hombres.

Distrito 28: tres mujeres y tres hombres.'

INDICACIÓN 3:

Agréguese el siguiente artículo nuevo:

"Se integrarán a la Asamblea Constituyente 34 asambleístas elegidos de entre los pueblos originarios.

El Servicio electoral confeccionará un padrón voluntario en el que podrán auto incluirse todas las personas mayores de 14 años que se encuentren inscritas en los registros de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

Quienes voluntariamente se incluyan en este padrón podrán elegir a las personas asambleístas representantes de los pueblos originarios, auto excluyéndose del otro padrón.

Las personas que postulen a ser asambleístas representantes de los pueblos originarios deberán declarar sus candidaturas en duplas de una mujer y un hombre ante el Servicio Electoral, acompañando las firmas de al menos 500 personas inscritas en los registros de la Corporación Nacional de Desarrollo indígena, suscritas ante notario público, Oficial del Registro Civil, funcionarios del Servicio Electoral que este designe o mediante clave única del Registro Civil a través del sistema electrónico del Servicio Electoral.

En este caso, existirá un solo voto a nivel nacional, pudiendo cada persona votar por una sola dupla, de alguno de los pueblos originarios, siendo elegidas las duplas con las más altas mayorías en cada caso, resultando electas:

Una mujer y un hombre Aimara.

Una mujer y un hombre Diaguita.

Una mujer y un hombre Atacameño.

Una mujer y un hombre Quechua.

Una mujer y un hombre Rapanui.

Una mujer y un hombre Kolla.

Una mujer y un hombre Kawesquar y/o Yagan.

Diez mujeres y diez hombres Mapuche."

INDICACIÓN 4:

Agréguese el siguiente artículo nuevo:

"Se integrarán a la Asamblea Constituyente 8 representantes de las Universidades Chilenas elegidos y elegidas de la siguiente forma:

a) Una mujer y un hombre rectores de universidades chilenas reconocidas por el estado, elegidos entre sus pares, bajo un proceso supervisado por el Servicio Electoral, quien confeccionará el padrón.

b) Una mujer y un hombre de entre los decanos y decanas de universidades chilenas reconocidas por el estado, elegidos de entre sus pares, bajo un proceso supervisado por el Servicio Electoral, quien confeccionará el padrón.

c) Una mujer y un hombre de entre los presidentes y presidentas de federaciones de estudiantes de universidades chilenas reconocidas por el estado, elegidos de entre sus pares, bajo un proceso supervisado por el Servicio Electoral, quien confeccionará el padrón.

d) Una mujer y un hombre de entre los académicos y académicas de universidades chilenas reconocidas por el estado, elegidos de entre sus pares, bajo un proceso supervisado por el Servicio Electoral, quien confeccionará el padrón.

Para cada uno de los casos cada persona tendrá dos votos, uno para una mujer y uno para un hombre, resultando elegidas las personas con el mayor número de sufragios en cada caso."

INDICACIÓN 5:

Agréguese el siguiente artículo nuevo:

"Se integrarán a la Asamblea Constituyente 4 representantes de las y los estudiantes secundarios elegidos de la siguiente forma:

Dos mujeres y dos hombres de entre los presidentes y presidentas de centros de alumnos y alurnnas de establecimientos de educación media reconocidas por el estado, elegidos de entre sus pares, bajo un proceso supervisado por el Servicio Electoral, quien confeccionará el padrón.

Para cada uno de los casos cada persona tendrá dos votos, uno para una mujer y uno para un hombre, resultando elegidas las dos personas con el mayor número de sufragios en cada caso."

INDICACIÓN 6:

Agréguese el siguiente artículo nuevo:

"Se integrarán a la Asamblea Constituyente representantes del Poder Judicial elegidos de la siguiente forma:

Dos mujeres y dos hombres jueces o ministros del Poder Judicial, elegidos entre sus pares, bajo un proceso supervisado por el Servicio Electoral, quien confeccionará el padrón.

Cada persona tendrá dos votos, uno para una mujer y uno para un hombre, resultando elegidas las dos personas con el mayor número de sufragios en cada caso."

De los diputados (as) señores (as) Gutiérrez, Cariola y Vallejos.

Agréguese la siguiente disposición transitoria a la Constitución Política de la República:

VIGÉSIMA NOVENA:

Numeral 1) Sobre el órgano constituyente.

Convóquese a Plebiscito el 1 de mayo de 2020 para consultarle al pueblo sobre la elaboración de una Nueva Constitución. El voto contendrá dos preguntas, formuladas en los siguientes términos:

1.- "¿Está usted de acuerdo con la elaboración de una nueva Constitución Política de la República?" Las opciones serán "apruebo o rechazo".

2.- "Usted prefiere que la nueva Constitución Política sea redactada por" Las opciones serán

"a) Una Asamblea Constituyente

b) Una Convención Mixta integrada por ciudadanos y parlamentarios."

El resultado del plebiscito obliga a la elección de los asambleístas constituyentes en un plazo mínimo de seis meses y máximo de ocho, contado desde la fecha del plebiscito a que se refiere el inciso anterior. La elección de los delegados constituyentes no será incompatible con otros procesos electorales ya previstos.

Numeral 2) El voto será obligatorio en todos y cada uno de los actos electorales a que se refiere esta disposición transitoria, para todos los chilenos mayores de 16 años, y voluntario para las y los mayores de 14 y menores de 16.

Numeral 3) De pronunciarse la ciudadanía por una Asamblea Constituyente, esta estará formada por 310 delegados y delegadas elegidos según el sistema electoral aplicable a los diputados. Se elegirán 155 mujeres y 155 hombres que se presentarán en listas separadas. Asimismo, se destinarán 40 escaños reservados para representantes de pueblos originarios.

Numero 4) Asimismo, podrán participar en esta elección candidatos independientes. En este caso se podrá postular constituyendo listas, en cuyo caso se someterán a la misma norma del artículo anterior. Para inscribir estas candidaturas se requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos equivalente al 0,5% de los votos válidamente emitidos en la última elección parlamentaría del distrito correspondiente.

Numero 5) Los chilenos que residen en el exterior, deberán participar en todos y cada uno de los actos electorales del proceso referido en esta disposición transitoria, ejerciendo este derecho conforme a la ley.

Numeral 6) No podrán ser candidatos a delegados a la Asamblea Constituyente las siguientes autoridades:

1) El Presidente de la República;

2) Los Ministros de Estado;

3) Los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales, los alcaldes, los consejeros regionales, los concejales y los subsecretarios;

4) Los miembros del Consejo del Banco Central;

5) Los magistrados de los tribunales superiores de justicia y los jueces de letras;

6) Los miembros del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales;

7) El Contralor General de la República;

8) Diputados y senadores;

9) Las personas naturales y los gerentes o administradores de personas jurídicas que celebren o caucionen contratos con el Estado;

10) El Fiscal Nacional, los fiscales regionales y los fiscales adjuntos del Ministerio Público, y

11) Los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, el General Director de Carabineros, el Director General de la Policía de Investigaciones y los oficiales pertenecientes a !as Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

Numeral 7) Los delegados constituyentes no podrán postular a cargos de elección popular por los siguientes dos años desde su elección.

Los delegados constituyentes, solo podrán ejercer facultades constituyentes, las que serán incompatibles con otras facultades ejecutivas, legislativas y judiciales.

Numeral 8) Las personas migrantes podrán participar del órgano constituyente con derecho a voz y en número determinado por la ley a que se refiere el artículo siguiente.

Numeral 9) El órgano constituyente definido por el pueblo conforme al artículo 130 se regulará por ley. Del mismo modo, tanto esa ley y los cambios legales necesarios para implementar la elección en condiciones igualitarias de participación de los y las candidatos y candidatas, deberá quedar completamente tramitado a lo menos noventa días antes de las elecciones.

Numeral 10) El funcionamiento del órgano constituyente y los quórums para la aprobación de sus definiciones serán establecidos por sí mismo en un Reglamento.

En el caso que el órgano constituyente establezca un quórum superior a mayoría absoluta para sus decisiones sobre el texto constitucional, deberán someterse a referéndum aquellas decisiones que haya logrado reunir una votación equivalente a mayoría absoluta y menor al quórum establecido en particular tratándose de los derechos fundamentales, tanto en su ejercicio como en su protección.

Sin perjuicio de ello, debe considerarse que durante el periodo de deliberación del órgano constituyente, se deberán escuchar a las organizaciones de la sociedad civil, a petición o solicitud del órgano. Así mismo sus deliberaciones, discusiones y acuerdos serán públicos.

Numeral 11) Ninguna Constitución Política podrá emplearse de forma supletoria para la elaboración de la nueva Constitución. Sin perjuicio de ello, se tendrán por incorporados todos los tratados internacionales de derechos humanos.

Numeral 12) El órgano constituyente tendrá un plazo de elaboración de la nueva

Constitución de seis meses prorrogables una vez por seis meses adicionales. Una vez que culmine su trabajo el texto propuesto se pondrá a disposición del Presidente de la República, quien deberá convocar a plebiscito para su ratificación.

Este Plebiscito será realizado a más tardar ciento veinte días después de recibida la propuesta. Aprobada la Nueva Constitución en el plebiscito, deberá publicarse en el Diario Oficial en un plazo de diez días, contados desde su realización.

VI. TEXTO DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN.

Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el señor Diputado Informante, esta Comisión recomienda aprobar el siguiente:

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Modifícase la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el decreto supremo Nº100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en el siguiente sentido:

1) Reemplázase el Título del Capítulo XV de la Constitución por el siguiente: “Capítulo XV. Reforma de la Constitución y del Procedimiento para Elaborar una Nueva Constitución de la República”.

2)Incorpórase un nuevo epígrafe antes del artículo 127 con el siguiente texto: “Reforma de la Constitución”.

3)Incorpórase un nuevo epígrafe y los siguientes artículos después del artículo 129, con el siguiente texto:

Del procedimiento para elaborar una Nueva Constitución Política de la República

Artículo 130. Del Plebiscito Nacional

Tres días después de la entrada en vigencia de este artículo, el Presidente de la República convocará mediante un decreto supremo exento a un plebiscito nacional para el día 26 de abril de 2020.

En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de dos cédulas electorales. La primera contendrá la siguiente pregunta: “¿Quiere usted una Nueva Constitución?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera línea tendrá en su parte inferior la expresión “Apruebo” y la segunda, la expresión “Rechazo”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

La segunda cédula contendrá la pregunta: “¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas tendrá en su parte inferior la expresión “Convención Mixta Constitucional” y la segunda, la expresión “Convención Constitucional”. Bajo la expresión “Convención Mixta Constitucional” se incorporará la oración: “Integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio”. Bajo la expresión “Convención Constitucional” se incorporará la oración: “Integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

A efecto de este plebiscito, se aplicarán las disposiciones pertinentes contenidas en los siguientes cuerpos legales, en su texto vigente al 1 de enero de 2020:

a) Decreto con Fuerza de Ley N°2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en los siguientes pasajes: Párrafo V, Párrafo VI, con excepción del inciso sexto del artículo 32 e incisos segundo a cuarto del artículo 33, Párrafo VII, VIII, IX, X y XI del Título I; Título II al X inclusive; Título XII y XIII;

b) Decreto con Fuerza de Ley N°5, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral;

c) Decreto con Fuerza de Ley N°4, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.603, Orgánica Constitucional de Partidos Políticos, en los siguientes pasajes: Título I, V, VI, IX y X.

Los canales de televisión de libre recepción deberán destinar gratuitamente treinta minutos diarios de sus transmisiones a propaganda electoral sobre este plebiscito, debiendo dar expresión a las dos opciones contempladas en cada cédula, conforme a un acuerdo que adoptará el Consejo Nacional de Televisión y que será publicado en el Diario Oficial, dentro del plazo de treinta días contado desde la publicación de la convocatoria al plebiscito nacional, respetando una estricta igualdad de promoción de las opciones plebiscitadas. De este acuerdo podrá reclamarse ante el Tribunal Calificador de Elecciones dentro del plazo de tres días contado desde la publicación del mismo. El Tribunal Calificador de Elecciones resolverá la reclamación sumariamente dentro del plazo de cinco días contado desde la fecha de su respectiva interposición.

El Tribunal Calificador de Elecciones conocerá del escrutinio general y proclamará aprobadas las cuestiones que hayan obtenido más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos. Para estos efectos, los votos nulos y blancos se considerarán como no emitidos. El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los 30 días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Si la ciudadanía hubiere aprobado elaborar una Nueva Constitución, el Presidente de la República deberá convocar, mediante decreto supremo exento, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación a que alude el inciso anterior, a elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, según corresponda. Esta elección se llevará a cabo el mismo día que se verifiquen las elecciones de alcaldes, concejales y gobernadores regionales correspondientes al año 2020.

Artículo 131. De la Convención

Para todos los efectos de este epígrafe, se entenderá que la voz “Convención” sin más, hace referencia a la Convención Mixta Constitucional y a la Convención Constitucional, sin distinción alguna.

A los integrantes de la Convención se les llamará Convencionales Constituyentes.

Además de lo establecido en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, a la elección de Convencionales Constituyentes a la que hace referencia el inciso final del artículo 130, serán aplicables las disposiciones pertinentes a la elección de diputados, contenidas en los siguientes cuerpos legales, en su texto vigente al 25 de junio del año 2020:

a) Decreto con Fuerza de Ley N°2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios;

b) Decreto con Fuerza de Ley N°5, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral;

c) Decreto con Fuerza de Ley N°4, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.603, Orgánica Constitucional de Partidos Políticos;

d) Decreto con Fuerza de Ley N°3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

El proceso de calificación de la elección de Convencionales Constituyentes deberá quedar concluido dentro de los 30 días siguientes a la fecha de ésta. La sentencia de proclamación será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Artículo 132. De los requisitos e incompatibilidades de los candidatos

Podrán ser candidatos a la Convención aquellos ciudadanos que reúnan las condiciones contempladas en el artículo 13 de la Constitución.

No será aplicable a los candidatos a esta elección ningún otro requisito, inhabilidad o prohibición, salvo las establecidas en este epígrafe y con excepción de las normas sobre afiliación e independencia de las candidaturas establecidas en el artículo 5 incisos cuarto y sexto del Decreto con Fuerza de Ley N°2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700.

Los Ministros de Estado, los intendentes, los gobernadores, los alcaldes, los consejeros regionales, los concejales, los subsecretarios, los secretarios regionales ministeriales, los jefes de servicio, los miembros del Consejo del Banco Central, los miembros del Consejo del Servicio Electoral, los miembros y funcionarios de los diferentes escalafones del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, así como, los del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, del Tribunal de Contratación Pública, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales; los consejeros del Consejo para la Transparencia, y los miembros activos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, que declaren sus candidaturas a miembros de la Convención, cesarán en sus cargos por el solo ministerio de la Constitución, desde el momento en que sus candidaturas sean inscritas en el Registro Especial a que hace referencia el inciso primero del artículo 21 del Decreto con Fuerza de Ley N°2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700. Lo dispuesto precedentemente le será aplicable a los senadores y diputados solo respecto de la Convención Constitucional.

Las personas que desempeñen un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal deberán suspender dichas funciones desde el momento que sus candidaturas sean inscritas en el registro especial mencionado en el inciso anterior.

Artículo 133. Del funcionamiento de la Convención

Dentro de los tres días siguientes a la recepción de la comunicación a que hace referencia el inciso final del artículo 131, el Presidente de la República convocará, mediante decreto supremo exento, a la primera sesión de instalación de la Convención, señalando además, lugar de la convocatoria. En caso de no señalarlo, se instalará en la sede del Congreso Nacional. Dicha instalación deberá realizarse dentro de los 15 días posteriores desde la fecha de publicación del decreto.

En su primera sesión, la Convención deberá elegir a un Presidente y a un Vicepresidente por mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio.

La Convención no podrá alterar los quórum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos.

La Convención deberá constituir una secretaría técnica la que será conformada por personas de comprobada idoneidad académica o profesional.

Corresponderá al Presidente de la República, o a los órganos que éste determine, prestar el apoyo técnico, administrativo y financiero que sea necesario para la instalación y funcionamiento de la Convención.

Artículo 134. Del estatuto de los convencionales.

A los integrantes de la Convención les serán aplicables lo establecido en los artículos 51, con excepción de los incisos primero y segundo, 58, 59, 60 y 61 de la Constitución.

A contar de la proclamación del Tribunal Calificador de Elecciones, los funcionarios públicos con excepción de los mencionados en el inciso tercero del artículo 132, así como los trabajadores de las empresas del Estado, podrán hacer uso de un permiso sin goce de remuneraciones mientras sirvan a la Convención, en cuyo caso no les serán aplicables lo señalado en el inciso primero del artículo 58 de la Constitución.

Los Convencionales Constituyentes estarán afectos a las normas de la Ley Nº20.880 sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de interés, aplicables a los diputados, y a la Ley Nº20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

Serán compatibles los cargos de parlamentario e integrantes de la Convención Mixta Constitucional. Los diputados y senadores que integren esta convención quedarán eximidos de su obligación de asistir a las sesiones de sala y comisión del Congreso durante el período en que ésta se mantenga en funcionamiento. El Congreso Nacional podrá incorporar medidas de organización para un adecuado trabajo legislativo, mientras la Convención Mixta se encuentre en funcionamiento.

Los integrantes de la Convención, con excepción de los parlamentarios que la integren, recibirán una retribución mensual de 50 UTM, además de las asignaciones que se establezcan en el Reglamento de la Convención. Dichas asignaciones serán administradas por un comité externo que determine el mismo Reglamento.

Artículo 135. Disposiciones especiales

La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes.

Mientras no entre en vigencia la Nueva Constitución en la forma establecida en este epígrafe, esta Constitución seguirá plenamente vigente, sin que pueda la Convención negarle autoridad o modificarla.

En conformidad al artículo 5° inciso primero de la Constitución, mientras la Convención esté en funciones la soberanía reside esencialmente en la Nación y es ejercida por el pueblo a través de los plebiscitos y elecciones periódicas que la Constitución y las leyes determinan y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Le quedará prohibido a la Convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el ejercicio de la soberanía, asumiendo otras atribuciones que las que expresamente le reconoce esta Constitución.

El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Artículo 136. De la reclamación

Se podrá reclamar de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención, contenidas en este epígrafe y de aquellas de procedimiento que emanen de los acuerdos de carácter general de la propia Convención. En ningún caso, se podrá reclamar sobre el contenido de los textos en elaboración.

Conocerán de esta reclamación cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo por la misma Corte para cada cuestión planteada.

La reclamación deberá ser suscrita por al menos un cuarto de los miembros en ejercicio de la Convención y se interpondrá ante la Corte Suprema, dentro del plazo de 5 días desde que se tomó conocimiento del vicio alegado.

La reclamación deberá indicar el vicio que se reclama, el que deberá esencial, y el perjuicio que causa.

El procedimiento para el conocimiento y resolución de las reclamaciones será establecido en un Auto Acordado que adoptará la Corte Suprema, el que no podrá ser objeto del control establecido en artículo 93 número 2 de la Constitución.

La sentencia que acoja la reclamación solo podrá anular el acto. En todo caso, deberá resolverse dentro de los 10 días siguientes desde que se entró al conocimiento del asunto. Contra las resoluciones de que trata este artículo no se admitirá acción ni recurso alguno.

Ninguna autoridad, ni tribunal, podrán conocer acciones, reclamos o recursos vinculados con las tareas que la Constitución le asigna a la Convención, fuera de lo establecido en este artículo.

No podrá interponerse la reclamación a la que se refiere este artículo respecto del inciso final del artículo 135 de la Constitución.

Artículo 137. Prórroga del plazo de funcionamiento de la Convención

La convención deberá redactar y aprobar una propuesta de texto de Nueva Constitución en el plazo máximo de nueve meses, contado desde su instalación, el que podrá prorrogarse, por una sola vez, por tres meses.

La mencionada prórroga podrá ser solicitada por quien ejerza la Presidencia de la Convención o por un tercio de sus miembros, con una anticipación no superior a quince días ni posterior a los cinco días previos al vencimiento del plazo de nueve meses. Presentada la solicitud, se citará inmediatamente a sesión especial, en la cual la Presidencia deberá dar cuenta pública de los avances en la elaboración de la propuesta de texto de Nueva Constitución, con lo cual se entenderá prorrogado el plazo sin más trámite. De todas estas circunstancias deberá quedar constancia en el acta respectiva. El plazo de prórroga comenzará a correr el día siguiente a aquel en que venza el plazo original.

Una vez redactada y aprobada la propuesta de texto de Nueva Constitución por la Convención, o vencido el plazo o su prórroga, la Convención se disolverá de pleno derecho.

Artículo 138. De las normas transitorias

La Convención podrá establecer disposiciones especiales de entrada en vigencia de alguna de las normas o capítulos de la Nueva Constitución.

La Nueva Constitución no podrá poner término anticipado al período de las autoridades electas en votación popular, salvo que aquellas instituciones que integran sean suprimidas u objeto de una modificación sustancial.

La Nueva Constitución deberá establecer el modo en que las otras autoridades que esta Constitución establece cesarán o continuarán en sus funciones.

Artículo 139. De la integración de la Convención Mixta Constitucional

La Convención Mixta Constitucional estará integrada por 172 miembros, de los cuales 86 corresponderán a ciudadanos electos especialmente para estos efectos y 86 parlamentarios que serán elegidos por el Congreso Pleno, conformado por todos los senadores y diputados en ejercicio, los que podrán presentar listas o pactos electorales, y se elegirán de acuerdo al sistema establecido en el artículo 121 del Decreto con Fuerza de Ley N°2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en lo que refiere a la elección de diputados.

Artículo 140.- Del sistema electoral de la Convención Mixta Constitucional

En el caso de los Convencionales Constituyentes no parlamentarios, estos serán elegidos de acuerdo a las reglas consagradas en el artículo 121 del Decreto con Fuerza de Ley N°2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en su texto vigente al 25 de junio del 2020 y serán aplicables los artículos 187 y 188 del mismo cuerpo legal, con las siguientes modificaciones:

Distrito 1° que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 2º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 3° que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 4º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 5º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 6º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 7º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 8º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 9º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 10º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 11º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 12º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 13º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 14º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 15º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 16º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 17º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 18º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 19º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 20º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 21° que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 22º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 23° que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 24º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 25º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 26º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 27º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes; y

Distrito 28º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes.

Artículo 141. De la integración de la Convención Constitucional

La Convención Constitucional estará integrada por 155 ciudadanos electos especialmente para estos efectos. Para ello, se considerarán los distritos electorales establecidos en los artículos 187 y 188, y el sistema electoral descrito en el artículo 121, todos del DFL N°2 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700, en lo que se refiere a la elección de diputados, a su texto vigente al 25 de junio del 2020.

Los integrantes de la Convención Constitucional no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención.

Artículo 142. Del Plebiscito Constitucional

Comunicada al Presidente de la República la propuesta de texto constitucional aprobada por la Convención, este deberá convocar dentro de los tres días siguientes a dicha comunicación, mediante decreto supremo exento, a un plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta.

El sufragio en este plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile.

El ciudadano que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.

No incurrirá en esta sanción el ciudadano que haya dejado de cumplir su obligación por enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquél en que se encontrare registrado su domicilio electoral o por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba, de acuerdo a las reglas de la sana crítica.

Las personas que durante la realización del plebiscito nacional constitucional desempeñen funciones que encomienda el DFL N°2 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.700, se eximirán de la sanción establecida en el presente artículo remitiendo al juez competente un certificado que acredite esta circunstancia.

El conocimiento de la infracción señalada corresponderá al Juez de Policía Local de la comuna donde se cometieron tales infracciones, de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley N°18.287.

En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de una cédula electoral que contendrá la siguiente pregunta, según corresponda a la Convención que haya propuesto el texto: “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Mixta Constitucional?” o “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas, tendrá en su parte inferior la expresión “Apruebo” y la segunda, la palabra “Rechazo”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

Este plebiscito deberá celebrarse 60 días después de la publicación en el Diario Oficial del decreto supremo a que hace referencia el inciso primero, si ese día fuese domingo, o el domingo inmediatamente siguiente. Con todo, si en conformidad a las reglas anteriores la fecha del plebiscito se encuentra en el lapso entre sesenta días antes o después de una votación popular de aquellas a que hacen referencia los artículos 26, 47 y 49 de la Constitución, el día del plebiscito se retrasará hasta el domingo posterior inmediatamente siguiente. Si, de la aplicación de la regla precedente el plebiscito recayere en el mes de enero o febrero, el plebiscito se celebrará el primer domingo del mes de marzo.

El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los 30 días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito nacional constitucional fuere aprobada, el Presidente de la República deberá, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la sentencia referida en el inciso anterior, convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política de la República. Dicho texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en dicha fecha. A partir de esta fecha, quedará derogada la presente Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el decreto supremo N° 100, de 17 de septiembre de 2005.

La Constitución deberá imprimirse y repartirse gratuitamente para todos los establecimientos educacionales, públicos o privados, bibliotecas municipales, universidades y Órganos del Estado. Los jueces y magistrados de los tribunales superiores de justicia deberán recibir un ejemplar de la Constitución.

Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito ratificatorio fuere rechazada, continuará vigente la presente Constitución.

Artículo 143. Remisión

Al plebiscito constitucional le será aplicable lo dispuesto en los incisos cuarto a sexto del artículo 130.”.”.

4) Agréganse las siguientes disposiciones transitorias vigésimo novena y trigésima:

“Vigésimo novena. Del equilibrio en la representación de mujeres y hombres en el órgano constituyente.

Las declaraciones de candidaturas al órgano constituyente deberán señalar el orden de precedencia que tendrían los candidatos en la cédula para cada distrito. Las listas conformadas por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales deberán estar encabezadas por una candidata mujer, y se ordenarán sucesivamente de forma alternada con las candidaturas de hombres, y mujeres de forma paritaria.

La infracción de los incisos anteriores acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas al Órgano Constituyente del partido o pacto de independientes que no haya cumplido con estos requisitos.

En la aplicación del sistema electoral a que se refiere el artículo 121 del decreto con fuerza de ley No 2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley No ley 18.700, según lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución; se seguirán, además, las siguientes reglas:

a. En los distritos que reparten un número par de escaños, deberán resultar electos un cincuenta por ciento de mujeres y un cincuenta por ciento de hombres.

b. En los distritos que reparten un número impar de escaños, se aplicarán las siguientes reglas:

En los distritos de 3 escaños, se asignarán un máximo de 2 escaños a delegados/as constituyentes del mismo sexo;

En los distritos de 5 escaños se asignarán un máximo de 3 escaños a delegados/as constituyentes del mismo sexo, y

En los distritos de 7 escaños se asignarán un máximo de 4 escaños a delegados/as constituyentes del mismo sexo.

Las listas que elijan más de un escaño deberán ser asignados de manera alternada a las candidaturas, mujer u hombre, más votadas dentro de la misma lista. En el caso de las listas de partidos políticos o de independientes que elijan sólo un escaño, éste deberá ser asignado a la candidatura más votada que corresponda al sexo que falte para asegurar la paridad. Este mecanismo se aplicará a las listas de partidos o independientes menos votados y así sucesivamente.

Para el caso de la elección de los 86 \parlamentarios que regula el artículo 139 de la Constitución, el Congreso Pleno deberá propender al máximo equilibrio entre mujeres y hombres. Para la elección de los 86 convencionales constituyente electos a que se refiere el mismo artículo, se aplicarán las reglas anteriores en lo que corresponda.”.

Trigésima. Para la elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional y la Convención Constitucional, establecidas en los artículos 132, 139, 140 y 141 de la Constitución, se aplicarán, además, las siguientes reglas especiales:

Primero.- De los independientes. Dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral. El pacto electoral regirá exclusivamente en el distrito electoral en el que los candidatos independientes declaren sus candidaturas. Los pactos electorales de candidaturas independientes podrán presentar, en cada distrito, hasta un máximo de candidaturas equivalente al número inmediatamente siguiente al número de convencionales constituyentes que corresponda elegir en el distrito que se trate.

La declaración e inscripción de esta lista estará sujeta a las mismas reglas que las candidaturas a diputado, en lo que les sea aplicable, la que además deberá contener un lema común que los identifique y un programa en el que se indicarán las principales ideas o propuestas relativas al ejercicio de su función constituyente. Adicionalmente, cada candidato o candidata que conforme la lista, considerado individualmente, requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,4 por ciento de los que hubieren sufragado en el distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones.

La lista se conformará con aquellos candidatos o candidatas que en definitiva cumplan con los requisitos señalados. En todo lo demás, a las listas de personas independientes les será aplicable las reglas generales como si se trataran de una lista compuesta por un solo partido, incluyendo además el Decreto con Fuerza de Ley N°3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

Segundo.- De los escaños reservados para pueblos indígenas.

Adicionalmente a los escaños de convencionales constituyentes establecidos en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, la Convención Constitucional estará integrada por 18 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Del mismo modo la Convención Mixta Constitucional estará integrada adicionalmente por 21 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Para la elección de los Convencionales Constituyentes establecidos en este apartado habrá un distrito electoral, constituido por todo el Territorio Nacional.

Podrán ser candidatos las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Constitución y que se encuentren inscritos en una comunidad o asociación indígena o contar con una certificación de la calidad de indígena emitida por la Corporación de Desarrollo Indígena.

Las declaraciones de candidaturas serán individuales y deberán contar con el patrocinio de, al menos, una comunidad indígena registrada en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, lo que se acreditará mediante una declaración jurada notarial del presidente de la misma o quien lo siga en la directiva, en caso que el mismo sea el candidato o candidata. El proceso de inscripción será organizado por el Servicio Electoral de acuerdo a las normas comunes, en lo que sean aplicables, debiendo cada candidato o candidata inscribirse de forma individual. Cada organización indígena podrá patrocinar sólo una candidatura.

El padrón electoral para la elección de convencionales indígenas se conformará por un padrón indígena que elaborará el Servicio Electoral utilizando como base el registro de Comunidades Indígenas de la Corporación de Desarrollo Indígena vigente al 26 de abril del año 2020, e integrado por aquellos miembros que cumplan los requisitos del artículo 13, 16 y 17 de la Constitución. Para estos efectos, la Corporación de Desarrollo Indígena deberá colaborar y remitir al Servicio Electoral toda la información necesaria que le sea requerida. El Servicio Electoral dictará las instrucciones que estime necesarias para la correcta elaboración del padrón indígena, especialmente en lo referido a la publicidad del plazo para inscribirse en el padrón electoral indígena.

Las personas que se identifiquen con la pertenencia a un pueblo indígena reconocido y que no cuenten con la acreditación señalada, podrán solicitar a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena que resuelva de forma sumaria la emisión de un certificado especial, para el solo efecto de ser presentado ante el Servicio Electoral para acceder al padrón electoral indígena y a la cédula electoral especial. La emisión de este certificado estará sujeto al cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 2 del cuerpo legal citado en los incisos anteriores.

Para hacer efectivo el proceso de acreditación especial señalado precedentemente, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena generará las condiciones necesarias para facilitar este proceso y deberá actualizar todos sus registros de acreditación de calidad indígena, especialmente el registro de apellidos indígenas considerando su vinculación con los territorios y las comunidades indígenas, de conformidad al artículo 9 de la Ley N° 19.253.

El Servicio Electoral confeccionará una cédula electoral indígena para llenar los cargos establecidos en el presente apartado. La cédula se imprimirá con las palabras "Convencionales Constituyentes representantes de los pueblos indígenas". A continuación se ubicará el nombre de cada pueblo indígena ubicados en el orden establecido previo sorteo realizado por el Servicio Electoral. Bajo la denominación de cada pueblo, se incorporará en la cédula los nombres de los candidatos pertenecientes a dicho pueblo indígena en orden alfabético.

Para el caso de la Convención Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las nueve primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

Para el caso de la Convención Mixta Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las doce primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

El Servicio Electoral junto a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena desarrollarán una campaña informativa sobre este proceso dirigido a las personas pertenecientes a los pueblos indígenas reconocidos, con la cual promoverán la participación de las personas pertenecientes a pueblos indígenas.

En lo no previsto por este apartado, y en lo pertinente, se aplicará lo dispuesto en el artículo 131 inciso tercero de esta Constitución.

En cuanto a la integración de las convenciones, se introducen las siguientes modificaciones:

1. Reemplázase en el artículo 139 original, que pasa a ser 140, el guarismo "172" por "195" y agrégase inmediatamente después del punto final, que pasa a ser punto seguido, la frase “Los integrantes restantes serán elegidos en conformidad con las reglas establecidas en el número 5 del artículo 132 de la Constitución.".

2, Reemplázase en el artículo 141 original, que pasa a ser 142, el guarismo "155" por "170" y agrégase inmediatamente después de la expresión "Para ello," la frase "además de las reglas establecidas en el artículo 132 número 5 de la Constitución,".

Tercero.- de la participación ciudadana en el período de funcionamiento de la convención mixta constitucional y convención constitucional. El reglamento establecido el artículo 133 de la Constitución deberá contemplar mecanismos de participación ciudadana para todo el período de funcionamiento de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, tales como consultas, cabildos, audiencias públicas y otras formas de diálogos ciudadanos constitucionales.

*****************

Tratado y acordado en sesiones de fechas 29 de octubre, 4,5,7,11 y 19 de noviembre, y 10(2) 11, 13 y 16 (3) de diciembre, todas de 2019, con la asistencia de los diputados (as) señores (as) Matías Walker (Presidente de la Comisión); Gabriel Boric; Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Marcelo Díaz; Camila Flores; Gonzalo Fuenzalida; Hugo Gutiérrez; Tomás Hirsch: Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto. Además asistieron los diputados (as) Camila Vallejos; Karol Cariola; Maya Fernández; Carmen Hertz; Ricardo Celis; Andrés Molina; Diego Schalper; Marcela Sabat; Catalina Pérez; Natalia Castillo; Cristina Girardi; Renato Garín; Rodrigo González; Miguel Crispi; Jaime Belollio; Maite Orsini; Gael Yeomans; Emilia Nuyado; Daniella Cicardini; Marcela Hernando; Mario Desbordes; Andrés Longton.

Sala de la Comisión, a 16 de diciembre de 2019.

PATRICIO VELÁSQUEZ WEISSE

Abogado Secretario de la Comisión

[1]García Ana María; Verdugo; Mario "Manual de Derecho Político" pág. 192 2a edición Editorial Jurídica de Chile 2004.
[2] Loewenstein Karl "Teoría de la Constitución' Pág. 331 y ss. Ariel Barcelona 1986.
[3] Bidart German 'Teoría General de los Derechos Humanos" pág. 291 y ss. UNAM 198
[4] Silva Bascuñán Alejandro "Tratado de Derecho Constitucional" t. II pág. 249.
[5] cfr. Cea José Luis 'Derecho Constitucional Chileno" t. 1 pág. 128 segunda edición ediciones Universidad católica de Chile N° 8.
[6] Se refiere a los proyectos de reforma refundidos iniciados en mociones que: “Modifica la Carta Fundamental en materia de plebiscitos y establece un procedimiento para la elaboración y aprobación de una nueva Constitución Política” (boletín N° 12.630-07); “Reforma constitucional que sustituye cada uno de los Capítulos de la Carta Fundamental (boletín N° 10.193-07) “Reforma constitucional en materia de plebiscitos” (boletín N° 10.014-07) y Reforma Constitucional para establecer el plebiscito en temas de interés nacional (boletín N° 7769-07).
[7] Nota de la Secretaría de la Comisión: En efecto el número 1 del artículo 167 del Título X de la Constitución española de 1978 señala que Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título preliminar (equiparable en contenido al Capítulo I de la Constitución chilena Bases de la Institucionalidad); al Capítulo segundo Sección primera del Título I (de los derechos fundamentales y de las libertades públicas) o al Título II (La Corona) se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara y a la disolución inmediata de las Cortes. Fuente: www.constituteproject.org
[8] Nota de la Secretaría de la Comisión: La Constitución de la V República francesa de 1958 establece en el artículo 89 el mecanismo de “Révision à la Constitution”. La iniciativa corresponde indistintamente al Presidente de la República o a los parlamentarios. La ley de reforma constitucional debe ser aprobada bajo el procedimiento legislativo ordinario pero con ciertas particularidades: no procede la conformación de una Comisión Mixta Paritaria y la Asamblea Nacional no tiene la posibilidad de estatuir definitivamente ante diferencias con el Senado la denominada “dernier mot”. Por la misma razón el texto aprobado por ambas cámaras debe ser aprobado en términos idénticos por cada una de ellas y por la mayoría de los sufragios emitidos. Luego para la aprobación definitiva de la ley constitucional se contempla un mecanismo normal y otro abreviado. El procedimiento normal de reforma constitucional supone la aprobación del texto aprobado previamente por las cámaras mediante referéndum. El procedimiento abreviado en cambio consiste en la aprobación de la ley constitucional ya aprobada por cada cámara por el Congres (Congreso Pleno) reunido especialmente para tales efectos en Versalles. En la práctica ha primado la utilización del procedimiento abreviado y la única vez que el pueblo francés fue llamado a ratificar una reforma constitucional fue para el caso de la reducción del período de duración del mandato presidencial a cinco años. Fuente: Droit Constitutionnel français Michel Verpeaux 2ª éd. Paris Francia.
[9] La Comisión acordó incluir este Boletín puesto que ya se había dado cuenta de éste en la Comisión.
[10] Nota de la Secretaría: en concreto se refiere al N°7 del artículo 57 de la Constitución Política de la República que señala: Artículo 57. No puede ser candidatos a diputados ni a senadores: (…) 7) Las personas que desempeñen un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal.
[11] Nota de la Secretaría: se refiere al inciso final del artículo 135 de la propuesta: “El texto de la nueva constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile su régimen democrático las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.
[12] Nota de la Secretaría: se refiere al inciso segundo del artículo 136 de la propuesta del comité técnico: “Conocerán de esta reclamación cinco miembros de la Corte Suprema elegidos por sorteo por la misma Corte para cada cuestión planteada.” (el destacado es nuestro).
[13] Nota de la Secretaría: se refiere al Proyecto de ley que Modifica la Carta Fundamental con el objeto de establecer un procedimiento para la elaboración de una nueva Constitución Política boletín N°13.100 ingresado con fecha 27 de noviembre de 2019 de las diputadas y los diputados Barrera Cariola Gutiérrez Hertz Mulet Sepúlveda Teillier Vallejo y Velásquez. La señora Vallejos se refiere en su intervención al inciso primero del numeral 3) de dicha moción: “3) De pronunciarse la ciudadanía por una Asamblea Constituyente esta estará conformada por 340 delegados estará representada por un 50% de hombres y [un] 50% de mujeres y garantizará un porcentaje de escaños reservados para los Pueblos Originarios conforme a las leyes y tratados internacionales suscritos por Chile.”.
[14] Artículo 189 del DFL N°2 del 02.09.2017 que fija el texto refundido coordinado y sistematizado de la ley N°18.700 orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios.- Artículo 189: “Corresponderá al Consejo Directivo del Servicio Electoral actualizar cada diez años la asignación de los 155 escaños de diputados entre los 28 distritos establecidos en el artículo anterior de acuerdo con el siguiente procedimiento: a) Los 155 escaños se distribuirán proporcionalmente entre los 28 distritos en consideración a la población de cada uno de ellos en base a los datos proporcionados por el último censo oficial de la población realizado por el Instituto Nacional de Estadísticas. Dicha proporcionalidad consistirá en distribuir a prorrata los cargos entre los distritos electorales de acuerdo a la fórmula dispuesta en el artículo 121 de esta ley. // b) No obstante lo anterior ningún distrito podrá elegir menos de 3 ni más de 8 diputados. En el caso que en virtud del cálculo dispuesto en la letra a) uno o más distritos superen dicho límite los cargos excedentes volverán a distribuirse en forma proporcional a la población entre los distritos que no hubieren alcanzado el tope.// c) Para los efectos de proceder a la actualización indicada el Consejo Directivo del Servicio Electoral se constituirá especialmente el tercer día hábil del mes de abril del año subsiguiente al de la realización del último censo oficial. En caso que el año de esta actualización coincidiera con aquel en que se celebran elecciones de diputados el Consejo Directivo del Servicio Electoral se constituirá especialmente el tercer día hábil del mes de abril del año inmediatamente anterior a dicha elección.// d) El Consejo Directivo del Servicio Electoral tendrá un plazo de diez días para decidir la nueva distribución de escaños. Adoptado el acuerdo éste se publicará en el Diario Oficial y se notificará a la Cámara de diputados todo ello dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes. // Dentro de los cinco días siguientes a la publicación señalada cualquier ciudadano podrá recurrir ante el Tribunal Calificador de Elecciones objetando la forma en que el Consejo Directivo del Servicio Electoral aplicó las letras a) y b) de este artículo. // Requerido el Tribunal dispondrá de diez días para resolver si confirma o modifica el acuerdo del Consejo Directivo del Servicio Electoral. Contra esta decisión no procederá recurso alguno. // En cualquier caso con o sin recurso la determinación definitiva de la asignación de escaños deberá publicarse en el Diario Oficial en los primeros diez días del mes de febrero del año de que se trate.”.
[15] Alude al acuerdo por la paz suscrito el 15 de noviembre de 2019.
[16] Alude al factor que las listas electorales deben estar compuestas con una proporción de género equivalente a 60% hombre y 40% mujeres o viceversa.

1.10. Discusión en Sala

Fecha 18 de diciembre, 2019. Diario de Sesión en Sesión 127. Legislatura 367. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

MODIFICACIÓN DEL CAPÍTULO XV DE LA CARTA MAGNA A FIN DE INCORPORAR UN PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO PARA LA ELABORACIÓN DE UNA NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETINES NOS 7769-07, 7792-07, 10014-07, 10193-07, 11173-07, 12630-07 Y 13024-07)

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

En el Orden del Día, corresponde tratar el proyecto de reforma constitucional, iniciado en mensaje y mociones, refundidos, que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República.

De conformidad con los acuerdos adoptados ayer por los Comités Parlamentarios, este proyecto se discutirá hoy hasta su total despacho. Para ello vamos a dejar sin efecto la facultad de solicitar el cierre del debate, tal como, reitero, fue acordado en Comités.

Para su discusión se otorgarán cinco minutos para el uso de la palabra a cada diputada y diputado, y el plazo para renovar indicaciones y solicitar votaciones separadas vence hoy a las 11.30 horas.

Se faculta al Presidente de esta Corporación para extender, si fuere necesario, la duración de la sesión hasta por treinta minutos.

Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento es el señor Matías Walker .

Antecedentes:

-Mociones:

-Boletín N° 7769-07, sesión 53ª de la legislatura 359ª, en jueves 7 de julio de 2011. Documentos de la Cuenta N° 5.

-Boletín N° 7792-07, sesión 58ª de la legislatura 359ª, en martes 19 de julio de 2011. Documentos de la Cuenta N° 9.

-Boletín N° 10014-07, sesión 17ª de la legislatura 363ª, en miércoles 22 de abril de 2015. Documentos de la Cuenta N° 15.

-Boletín N° 10193-07, sesión 48ª de la legislatura 363ª, en miércoles 15 de julio de 2015. Documentos de la Cuenta N° 12.

-Boletín N° 11173-07, sesión 8ª de la legislatura 365ª, en martes 4 de abril de 2017 de 2017. Documentos de la Cuenta N° 3.

-Boletín N° 12630-07, sesión 26ª de la presente legislatura, en martes 14 de mayo de 2019. Documentos de la Cuenta N° 6.

-Boletín N° 13024-07, sesión 99ª de la presente legislatura, en miércoles 30 de octubre de 2019. Documentos de la Cuenta N° 7.

-Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, sesión 125ª de la presente legislatura, en martes 17 de diciembre de 2019. Documentos de la Cuenta N° 1.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor WALKER (de pie).-

Señor Presidente, honorables diputadas y diputados, organizaciones sociales que hoy nos acompañan en la Sala de la Cámara; personas que están siguiendo esta histórica sesión a través del canal de la Cámara de Diputados y de las plataformas en redes sociales:

En representación de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento vengo en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de reforma constitucional refundido que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República. Este proyecto refundido tiene como base el proyecto del mismo nombre, iniciado en mensaje de la entonces Presidenta de la República, Michelle Bachelet , más un conjunto de mociones, siete específicamente, entre ellas, probablemente la más antigua, la del diputado Marcelo Díaz , de 2006.

La idea matriz o fundamental de esta iniciativa consiste en establecer, mediante modificación a la Carta Fundamental, un procedimiento que permita en forma transparente y dentro del marco de nuestra institucionalidad y Estado de derecho, la elaboración de una nueva carta fundamental.

Tras una extensa jornada de reuniones en la sede de Santiago del Congreso Nacional, a 28 días del inicio de las manifestaciones sociales, el 15 de noviembre del año en curso la amplia mayoría de las colectividades políticas presentes en el país, en particular con la presencia de presidentes y presidentas de los diversos partidos y parlamentarios de los mismos, comprendieron su responsabilidad histórica ante el pueblo de Chile, superaron sus legítimas diferencias y concordaron el mecanismo con el cual se llegará a redactar una nueva carta magna que reemplace íntegramente la Constitución Política de 1980, lo cual quedó plasmado en el Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución, con el pleno compromiso del restablecimiento de la paz social y el orden público, así como el total respeto a los derechos humanos y la institucionalidad democrática.

Nuestra Comisión de Constitución fue la que tuvo la responsabilidad de recibir el acuerdo; pero varios días y semanas antes del mismo habíamos decidido poner todos estos proyectos en tabla y continuar con su discusión y aprobación en particular, gracias a que la misma Comisión de Constitución, durante la legislatura anterior, había aprobado en general la idea de legislar el proyecto de reforma constitucional de la Presidenta Michelle Bachelet . Tras extensas y continuadas sesiones, se convirtió en el proyecto de reforma constitucional que tengo la responsabilidad de presentar a ustedes.

El proyecto modifica el Capítulo XV de la Constitución Política, sobre Reforma de la Constitución, estableciendo en el mismo un conjunto de normas que configuran un procedimiento para elaborar una nueva Constitución de la república.

Tres días después de la entrada en vigencia de esta reforma, el Presidente de la República convocará a un plebiscito nacional -plebiscito de entrada para el día 26 de abril de 2020, en el cual la ciudadanía aprobará o rechazará la propuesta de una nueva Constitución. En caso de aprobarse la propuesta, la ciudadanía tendrá la opción de optar por una Convención Mixta Constitucional o una Convención Constitucional, elegida en un ciento por ciento por la ciudadanía e integrada en un ciento por ciento por delegados o convencionales elegidos para tal efecto.

Bajo la expresión Convención Mixta Constitucional se incorporará la oración “Integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio”. Bajo la expresión Convención Constitucional se incorporará la oración “Integrada exclusivamente por miembros -y miembras elegidos popularmente”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

Si la ciudadanía aprueba elaborar una nueva Constitución, el Presidente de la República deberá convocar a elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, según corresponda. Esta elección se llevará a cabo el mismo día que se verifiquen las elecciones de alcaldes, concejales y gobernadores regionales correspondientes al año 2020.

En su primera sesión, la Convención deberá elegir a un presidente y a un vicepresidente por mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio. La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quorum de dos tercios de sus miembros en ejercicio. Una Constitución tiene que ser representativa y reflejar a todos los chilenos y chilenas en su variedad de creencias y pensamientos, como carta fundamental que es. Una Constitución debe ser estable en el tiempo y constituir la sólida base de la democracia, el Estado de derecho y el pleno respeto de los derechos humanos. Es por ello que se ha fijado este quorum para aprobar las normas de la nueva carta fundamental, para que se asiente en acuerdos, sobre la base de una hoja en blanco.

Asimismo, la Convención no podrá alterar los quorum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos.

Dada su integración, serán compatibles los cargos de parlamentario e integrantes de la Convención Mixta Constitucional. Los diputados y senadores que integren esta Convención quedarán eximidos de su obligación de asistir a las sesiones de Sala y de comisiones del Congreso durante el período en que esta se mantenga en funcionamiento.

Los integrantes de la Convención, con excepción de los parlamentarios que la integren, recibirán una retribución mensual de 50 UTM, además de las asignaciones que se establezcan en el reglamento de la Convención.

La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidos en esta Constitución o en las leyes, como es propio de un Estado de derecho.

Mientras no entre en vigencia la nueva Constitución en la forma establecida en este epígrafe, esta Constitución seguirá plenamente vigente, sin que la convención pueda negarle autoridad o modificarla.

El texto de nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de república del Estado de Chile -contrario a la monarquía-, su régimen democrático -contrario a las dictaduras-, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas, y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, especialmente en lo que dice relación con los tratados internacionales en materia de derechos humanos, como es lógico.

Se podrá reclamar de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la convención; conocerán de esta reclamación cinco ministros de la Corte Suprema -y no el Tribunal Constitucional-, elegidos por sorteo por la misma corte para cada cuestión planteada, en forma rápida y sumaria.

La convención deberá redactar y aprobar una propuesta de texto de nueva Constitución en el plazo máximo de nueve meses, contados desde su instalación, el que podrá prorrogarse, por una sola vez, por tres meses. Una vez redactada y aprobada la propuesta de texto de nueva Constitución por la convención, o vencido el plazo o su prórroga, la convención se disolverá de pleno derecho.

La Convención Mixta Constitucional estará integrada por 172 miembros, de los cuales 86 corresponderán a ciudadanos electos especialmente para estos efectos y 86 parlamentarios o parlamentarias que serán elegidos por el Congreso Pleno, conformado por todos los senadores y diputados en ejercicio, los que podrán presentar listas o pactos electorales, de la ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en lo que refiere a la elección de diputados.

La Convención Constitucional estará integrada por 155 ciudadanos y ciudadanas electos especialmente para estos efectos. Para ello, se considerarán los distritos electorales establecidos en los artículos 187 y 188, y el sistema electoral descrito en el artículo 121, todos de la ley Nº 18.700, en lo que se refiere a la elección de diputados, a su texto vigente al 25 de junio de 2020.

Los integrantes de la Convención Constitucional no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la convención.

Comunicada al Presidente de la República la propuesta de texto constitucional aprobada por la convención, este deberá convocar a plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta; este es el plebiscito de salida.

El sufragio en este plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile. Por ello, el ciudadano que no sufragare será penado con una multa en beneficio fiscal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales, salvo en los casos que la misma reforma excuse.

En el plebiscito señalado, la ciudadanía rechazará o aprobará el texto propuesto. Este plebiscito deberá celebrarse sesenta días después de su convocatoria, si ese día fuese domingo, o el domingo inmediatamente siguiente. Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito nacional constitucional fuere aprobada, el Presidente de la República deberá convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la nueva Constitución Política de la República. Dicho texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en dicha fecha. A partir de esta fecha quedará derogada la presente Constitución Política de la República. Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito ratificatorio fuere rechazada, continuará vigente la presente Constitución, lo cual es un efecto obvio.

Además de las normas permanentes, la comisión aprobó normas de carácter transitorio, cuyo quorum de aprobación en la Sala de cada una de las cámaras requiere los tres quintos de los diputados y senadores en ejercicio.

La primera de estas normas tiene por finalidad hacer a la convención equitativa en la representación de la mujer en su integración, de tal manera que se establece un procedimiento por el cual las declaraciones de candidaturas al órgano constituyente deberán señalar el orden de precedencia que tendrían los candidatos y candidatas en la cédula para cada distrito. Las listas conformadas por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales deberán estar encabezados por una candidata, y se ordenarán sucesivamente de forma alternada con las candidaturas de hombres y mujeres en forma paritaria. Además, se seguirán las siguientes reglas:

a. En los distritos que reparten un número par de escaños deberán resultar electos el 50 por ciento de mujeres y el 50 por ciento de hombres.

b. En los distritos que reparten un número impar de escaños se aplicarán las siguientes reglas:

En los distritos de tres escaños, se asignará un máximo de dos escaños a delegados o delegadas constituyentes del mismo sexo.

En los distritos de cinco escaños se asignará un máximo de tres escaños a delegados o delegadas constituyentes del mismo sexo.

En los distritos de siete escaños se asignará un máximo de cuatro escaños a delegadas o delegados constituyentes del mismo sexo.

En las listas que elijan más de un escaño, estos deberán ser asignados de manera alternada a las candidaturas, de mujeres u hombres, más votadas dentro de la misma lista.

En el caso de las listas de partidos políticos o independientes que elijan solo un escaño, este deberá ser asignado a la candidatura más votada que corresponda al sexo que falte para asegurar la paridad. Este mecanismo se aplicará a las listas de partidos o independientes menos votados y así sucesivamente.

Para el caso de la elección de los 86 parlamentarios que regula el artículo 139 de la Constitución, el Congreso Pleno deberá propender al máximo equilibrio entre mujeres y hombres. Para la elección de los 86 convencionales constituyentes electos a que se refiere el mismo artículo, se aplicarán las reglas anteriores en lo que corresponda. El principio es el mismo: nunca más sin las mujeres.

También estas normas transitorias establecen mecanismos para hacer menos arduo o menos improbable que un independiente llegue a la convención. Así, se establece que dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral. El pacto electoral regirá exclusivamente en el distrito electoral en el que los candidatos independientes declaren sus candidaturas. Los pactos electorales de candidaturas independientes podrán presentar, en cada distrito, hasta un máximo de candidaturas equivalentes al número inmediatamente siguiente al número de convencionales constituyentes que corresponda elegir en el distrito de que se trate. Nunca más sin los independientes.

Finalmente, en este propósito de una convención representativa de todos los chilenos y chilenas, adicionalmente a los escaños de convencionales constituyentes, la Convención Constitucional estará integrada por 18 escaños para la representación de los pueblos indígenas aymara, quechua, atacameño o likan antai, diaguita, colla, rapa nui, kawésqar, yagán y mapuche.

Del mismo modo, la Convención Mixta Constitucional estará integrada adicionalmente por 21 escaños para la representación de los pueblos indígenas ya mencionados.

Para la elección de los convencionales constituyentes establecidos en este apartado habrá un distrito electoral, constituido por todo el territorio nacional. Podrán ser candidatos las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Constitución y que se encuentren inscritos en una comunidad o asociación indígena o contar con una certificación de la calidad de indígena emitida por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, entre otros requisitos.

El padrón electoral para la elección de convencionales indígenas se conformará por un padrón indígena que elaborará el Servicio Electoral, utilizando como base el Registro de Comunidades Indígenas de la Corporación de Desarrollo Indígena. Nunca más sin los pueblos originarios.

La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento aprobó por mayoría de votos este proyecto de reforma constitucional y cada una de las normas transitorias, y propone a la Sala la aprobación íntegra de todas estas normas.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

En discusión el proyecto de reforma constitucional.

Cito a reunión de Comités, sin suspensión de la sesión. Tiene la palabra el diputado Ignacio Urrutia .

El señor URRUTIA (don Ignacio).-

Señor Presidente, en primer lugar, no voy a hablar de los cupos designados o de los integrantes designados, algo así como los senadores designados, figura que la izquierda tanto quería votar en contra en su momento, y que ahora la quieren para esta convención.

Tampoco voy a hablar de las “miembras”, porque la verdad es que no sé a quiénes se refirió el diputado Walker cuando habló de las “miembras”; pero yo prefiero no hablar de ellas.

Sí quiero decir en esta Sala que estoy realmente sorprendido, porque la izquierda, lo que no logró en las urnas hace dos años, lo logró y lo está logrando hoy por secretaría. Porque en esa campaña lo que hizo la izquierda fue, como caballito de batalla, querer un nueva Constitución; lo único que quería era una nueva Constitución. Y la derecha jamás estuvo en esa posición, ¡nunca!, pero le metieron miedo, la asustaron y, por un acuerdo por la paz -supuestamente, un acuerdo por la paz-, la derecha chilena terminó firmando un acuerdo para que, aparentemente, reinara la paz en nuestro país y se acabaran los boches y los disturbios.

Cuatro días después de firmado ese acuerdo de paz, se produjeron los disturbios más grandes que se han visto en los últimos 40 años en Chile. ¡Cuatro días después de firmado ese acuerdo! ¡Saquearon el país completo cuatro días después! ¿Dónde está el acuerdo por la paz? ¿Dónde está el acuerdo por la paz que firmaron los partidos de derecha? ¡En ninguna parte! ¡No existe!

Es cierto que en los últimos días se han calmado las cosas, pero se han calmado porque a los delincuentes, a los terroristas, a los saqueadores, también les gusta el viejo pascuero, también les gusta tomar vacaciones. Pero olvídense cómo va a volver el cuento en marzo nuevamente. No les quepa ninguna duda de que van a volver, y la paz aquí no ha existido.

¡La izquierda le tomó el pulso no solo a un gobierno timorato, no solo a un gobierno cobarde; le tomó el pulso también a la derecha chilena, que también ha sido tremendamente cobarde en esta materia!

¡Y hoy van a aprobar un plebiscito para entregarle Chile a la izquierda! ¡Eso es lo que va a hacer la derecha chilena hoy: entregarle Chile a la izquierda! ¡Lo que no pudo lograr la izquierda por votación popular lo va a terminar haciendo hoy por secretaría!

¿Para qué quiere la izquierda cambiar la Constitución? ¡Para llevarse el país para la casa -no hay otra razón más que esa y para hacer lo que hicieron en 1970, en 1973, cuando se lo robaron todo! ¡Eso es lo que quieren hacer ahora! ¡No me vengan con cuentos!

¡El Partido Socialista hoy es socio de las mayores empresas de Chile, de todas las autopistas concesionadas, de Soquimich, entre otras! ¡Y quiere más todavía, porque eso lo encuentra poco!

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Señor diputado, refiérase al proyecto.

El señor URRUTIA (don Ignacio).-

Señora Presidenta, el Partido Comunista se robó la Universidad Arcis completa. Se la llevó para la casa. ¿Qué quieren ahora? ¿Llevarse el cobre y el salitre? ¡Quieren llevárselo todo!

Para eso quieren cambiar la Constitución: para destruir Chile, para destruir nuestra nación. ¡No hay otra razón más que esa!

¿Se le pueden hacer cambios a la Constitución actual? Sí, se le pueden hacer cambios. No es necesario hacer una nueva Constitución. Lamentablemente, la derecha chilena se ha prestado para el jueguito de la izquierda. Es una pena, realmente. Me da pena cuando los miro a todos ustedes, que hoy le van a entregar nuestro país a la izquierda chilena. ¡Eso es lo que está haciendo cada uno de los que están sentados acá, al lado mío y al frente! ¡No se quejen después, porque la política es sin llorar! Cuando vayan a la reelección, tengan cuidado, porque no van a votar por ustedes! ¡Se los doy cantado! ¡No van a votar por ninguno de los que están sentados aquí que aprueben el plebiscito para cambiar nuestra Constitución! ¡No van a votar por ustedes! Después, no se quejen y no se pongan a llorar cuando pierdan la elección, porque eso es precisamente lo que va a ocurrir.

Los llamo a reflexionar, porque todavía les queda tiempo. A las 14.30 horas se vota esto. Todavía les queda tiempo para reflexionar y responder realmente a la gente que votó por ustedes en las elecciones pasadas, hace dos años. ¡No le den vuelta la espalda a esa gente!

¡Eso es lo que precisamente están haciendo los tres partidos de derecha hoy sentados en esta Sala!

El Partido Republicano votará en contra: votará en contra del plebiscito y votará rechazo, el día de mañana, en el plebiscito.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Marcelo Díaz Díaz .

El señor DÍAZ.-

Señora Presidenta, no voy a hacer un discurso tan rabioso como el del diputado Ignacio Urrutia .

Para muchos de nosotros y de nosotras el anhelo de contar con una nueva Constitución es de larga data. Es más, lo es desde 1980, cuando se aprobó la fraudulenta Constitución que nos rige. El Grupo de Estudios Constitucionales, o Grupo de los 24, en tiempos de dictadura dijo que había que convocar a una asamblea constituyente para que Chile se dotara de una nueva Constitución. Pero iba más allá; a estas alturas es un anhelo de un país que jamás en su historia republicana ha tenido la posibilidad de debatir, discutir en democracia, con los ciudadanos y ciudadanas, la dictación de una carta fundamental que regule su convivencia democrática, su convivencia institucional, su convivencia social.

A la Constitución del 80 le llegó su hora. Le llegó su hora, primero, porque es una Constitución del pasado, porque es una Constitución ilegítima en su origen, pero, sobre todo, porque es una Constitución que mira hacia el pasado y no hacia el futuro; no es una Constitución en la que nos sintamos todos reconocidos y todas reconocidas. Una Constitución debe ser siempre un lugar de refugio, el punto de encuentro, la casa común, como algunos dicen.

Pero también le llegó la hora a los chilenos y chilenas de ejercer el derecho de escribir, por sí mismos y en democracia, una nueva Constitución para el siglo XXI; una Constitución plenamente democrática, sin amarres, sin vetos; sin el veto de la minoría por sobre la mayoría, sin que una minoría decida cuál es el límite de los sueños posibles, cuál es el margen de los cambios posibles, sin corsés ideológicos; una Constitución que permita el libre juego de una alternativa democrática. Una nueva Constitución abre las puertas para un nuevo Chile, un Chile del siglo XXI, con reglas del juego plenamente democráticas.

Eso es lo que buscamos. No buscamos que esta Constitución neoliberal, construida por un grupo ideológico fanático, sea reemplazada por una nuestra; queremos una Constitución que sea de todos. No queremos reemplazar la Constitución de la ultraderecha y del neoliberalismo por nuestra Constitución, de manera que no se asuste diputado Ignacio Urrutia , por intermedio de la señora Presidenta.

Pero no tenemos que olvidar cómo llegamos hasta acá. Este no fue el resultado de un consenso transversal sobre la necesidad de cambiar la Constitución, de dotarnos de una nueva Constitución, porque no todos compartían ese anhelo; no lo compartían la UDI, Renovación Nacional, Evópoli ni el gobierno. Solo la oposición era partidaria de avanzar en una nueva Constitución.

Entonces, hay que preguntarse por qué estamos acá. Estamos acá porque el 18 de octubre Chile cambió, y hubo un reconocimiento de que una nueva constitución es, efectivamente, una demanda sentida de chilenos y chilenas. También estamos en este debate porque comprendimos que este es un cauce institucional y democrático para dar soluciones a la crisis política y social que vive Chile. Es decir, debemos generar las condiciones de legitimidad institucional para que chilenos, colectivamente, fijemos nuevas reglas de convivencia nacional y fundar un nuevo pacto político, social, institucional, que se expresa en una Constitución.

Me declaro categóricamente a favor de una solución democrática, participativa e institucional, porque soy un demócrata irreductible y creo que es el camino para salir de la crisis. No creo en las soluciones extra institucionales. Hoy estamos poniéndonos de acuerdo en ese camino institucional y democrático de solución a la crisis, que pasa por una nueva Constitución.

Por lo mismo, hoy estamos enfrentados no solo a la aprobación de esta ruta del proceso constituyente, sino también a dotarla de plena legitimidad social. Eso implica aprobar tres elementos que son fundamentales: primero, que los independientes puedan competir con los partidos en igualdad de condiciones; segundo, que haya escaños reservados para nuestros pueblos originarios, como punto de inicio en un proceso de reparación simbólica del abuso y del maltrato…

(Aplausos)

…al que han sido sometidos, por siglos, nuestras primeras naciones. Hay pueblos que están prácticamente al borde de la extinción, pero que están aquí mucho antes de que se fundara Chile. Me da lo mismo si son sesenta o setenta, pero deben estar representados en esa asamblea constituyente.

Finalmente, es un punto de partida para corregir una segunda injusticia: la escasa incorporación de la mujer en la toma de las decisiones políticas. Chile tiene 51 por ciento de mujeres…

(Aplausos)

No podemos aprobar una nueva Constitución si no es a través de un mecanismo constituyente en que hombres y mujeres estén representados ¡por igual! Porque eso es lo que hace que la Constitución sea legítima.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Carmen Hertz Cádiz .

La señora HERTZ (doña Carmen).-

Señora Presidenta, nos encontramos en este momento histórico gracias a la movilización popular sostenida desde el 18 de octubre, que ha resistido una implacable política de represión, como en los tiempos más oscuros de la dictadura, pagando un alto costo los manifestantes, lo que se ha traducido en graves, masivas y sistemáticas violaciones a los derechos humanos.

El pueblo está ejerciendo su legítimo derecho a manifestarse, pues no olvidemos que los pilares de la desigualdad que hoy vivimos fueron impuestos, y aún superviven, en este modelo que perpetúa la pobreza y los abusos hacia la mayoría de la población, para el beneficio ignominioso de unas minorías. Ejemplos sobran: plan laboral, sistema tributario, sistema de pensiones, modelo extractivista, etcétera. Y, precisamente, es la Constitución del 80, impuesta por la dictadura, la que aparece como el gran cerrojo que permitió que todas estas políticas e inequidades permanecieran hasta ahora.

Por eso es que surge el imperativo de desechar por completo la Constitución del 80 y dotar al pueblo, a través de un proceso democrático, inclusivo y participativo, de una nueva carta fundamental que consagre debidamente los derechos civiles y políticos, los económicos, los sociales, los culturales, los medioambientales, así como los anhelos de paz social.

El Partido Comunista de Chile, desde 1980, ha denunciado el fraude que fue la Constitución de Pinochet, y hemos luchado durante todos estos años de transición persistentemente para terminar con esa Constitución.

Quiero recordar, sin más, el programa de la entonces candidata a la Presidencia de la República Gladys Marín , que contemplaba, además de cambios importantes en materia de género y pueblos originarios, un cambio estructural: la necesidad de una nueva Constitución política, a través de una asamblea constituyente y de un plebiscito de entrada y un plebiscito ratificatorio.

Es importante recordarlo, para quienes han vociferado contra los comunistas a través de la prensa y las redes sociales. Estos parecieran no conocer ni la historia ni el tránsito de nuestro pueblo y de nuestro partido por interminables caminos de luchas y martirios.

Asimismo, aprovecho de recordar, a quienes han tenido el descaro de poner en duda nuestra convicción democrática, que, como todo Chile sabe, jamás hemos participado ni en golpes de Estado ni en conspiraciones ni en cuartelazos en contra de ningún gobierno.

El proceso constituyente, iniciado en miles de cabildos ciudadanos, donde hemos participado activamente, y los resultados de la consulta ciudadana llevada a cabo por la mayoría de las municipalidades son concluyentes: se requiere de una nueva constitución política y de un mecanismo de origen, la asamblea constituyente.

Hemos dicho públicamente que participaremos en todo este proceso, y quiero dejar en claro que el anhelo del pueblo es nuestro anhelo. Por eso, a pesar de no haber participado en la gestación del llamado Acuerdo por la Paz Social y la nueva Constitución, el que fue diseñado con la exclusión del Partido Comunista y de la Mesa de Unidad Social, y al que siempre estuvimos dispuestos a aportar, hemos seguido participando activamente en la discusión parlamentaria, en el seno de la Comisión de Constitución, que es el espacio público que corresponde.

El plebiscito, no obstante, no significa que no tengamos una posición seria y responsable, y tenemos el derecho y el deber de expresar nuestros reparos.

No nos parece el quorum pactado de dos tercios, porque es una forma de limitar la voluntad popular. Constituye un serio obstáculo para que los derechos sociales sean reconocidos. Sería ingenuo pensar que la derecha no usará este quorum para bloquear avances que alteren el modelo económico que el pueblo está rechazando.

¿Alguien cree que la derecha no usará su poder de veto para impedir el fin del sistema privado de pensiones o la privatización de los derechos de aguas?

Asimismo, la definición de que la convención constituyente este compuesta por 155 convencionales solo significa, naturalmente, un espejo de la distribución de fuerzas de la Cámara de Diputados. Por eso…

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Ha concluido su tiempo, señora diputada.

Tiene la palabra el diputado Mario Desbordes .

El señor DESBORDES.-

Señora Presidenta, en primer lugar, hay que destacar que estamos en presencia de un acuerdo que se ha calificado de histórico, etcétera, pero que tiene por finalidad dar un cauce democrático a una demanda que, efectivamente, ha venido oyéndose por muchos años.

Este no es el triunfo de los violentos, como dicen algunos; este no es un acuerdo obtenido por el chantaje de la fuerza. Al revés, cada acuerdo que logremos en reformas sociales, en reformas políticas es una derrota para los violentistas, es una derrota para los extremistas que en la calle están incendiando y destruyendo día a día los bienes que pertenecen a todos los chilenos.

El extremo no quiere acuerdos. Los vociferantes no quieren acuerdos. Por lo tanto, aprobar hoy este acuerdo es una derrota para ellos.

Mienten también quienes han señalado que este acuerdo está lleno de defectos y que, por lo tanto, no es democrático. Será el pueblo de Chile el que decida si quiere o no una nueva Constitución.

Hasta antes del acuerdo, el Partido Comunista señalaba: “Plebiscito de entrada para que la gente decida, y constituyente ciento por ciento electa.”. Eso planteaba. Conversé con ellos. Hoy día agregan muchas otras cosas. Es legítimo, colegas de enfrente; es legítimo. Pero no digamos que este acuerdo es antidemocrático, porque no lo es.

Quiero dar un ejemplo. La colega Hertz recién se refirió a los dos tercios. Los dos tercios es la fórmula que se usó en la constituyente de Bolivia por el Presidente Evo Morales. Los dos tercios es la fórmula que se usó en la constituyente sudafricana, previo acuerdo del entonces preso político y después Presidente Mandela con Frederik de Klerk . ¡Dos tercios!

¡Mire que antidemocrático!

Además, con todo respeto, les quiero asegurar que el tercio no vamos a ser nosotros. Este sector no va a ser el tercio en la constituyente. Nosotros vamos a ser mucho más que el tercio.

(Aplausos)

Y ahí paso un mensaje también a muchos que en nuestro sector están asustados y complicados por la posibilidad de que se vote a favor de una nueva Constitución.

En primer lugar, la gente decidirá. En mi partido hay posiciones diversas, a favor y en contra, como en cualquier familia.

Después del plebiscito, si la gente decide que haya una nueva Constitución, trabajaremos unidos para ganar la constituyente. No tengamos miedo a esa elección. Depende de nosotros. No dependemos de nadie para ganar esa asamblea, esa convención constituyente. Lo he dicho desde el día uno: no le tengamos miedo a una convención ciento por ciento elegida, que, en lo personal, creo que es la mejor fórmula.

Lamento que no se haya podido llegar a acuerdo en tres puntos que me parecen muy importantes.

La participación de independientes. En eso sí había acuerdo transversal. Después se desclasificará quién fue el que se opuso. Pero está la posibilidad, y lo vamos a lograr: van a participar los independientes, y podrán hacer pacto.

Los invito, además, a que los partidos políticos, y lo digo como presidente de un partido político, no tengamos financiamiento previo para que tengamos cancha pareja con los independientes, y que el financiamiento sea solo de salida, solo por voto recibido, porque habrá listas de independientes, lo afirmo ahora.

La participación femenina. Estoy de acuerdo en lograr la mayor participación. Sería una vergüenza que la constituyente tuviera 75 por ciento de hombres y 25 por ciento de mujeres.

En las democracias se establecen correcciones. Mi distrito tiene 1.200.000 electores y elige ocho diputados, y hay distritos que tienen 100.000 electores y eligen tres o cinco. Las democracias corrigen determinadas cosas, logrando un objetivo político, y en este caso era que no se sobre representara Santiago . No es antidemocrático una corrección, e incluso corregir finalmente el resultado dentro de los partidos.

Ayer presentamos un proyecto de ley para modificar la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, que espero que se apruebe con los votos de quienes estén disponibles. Es democrático y legítimo estar en contra. Reitero: es democrático y legítimo estar en contra. Los que estemos de acuerdo, lo aprobaremos.

Finalmente, espero que también tengamos participación de pueblos originarios, con ciertas garantías.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Para plantear un punto de Reglamento, tiene la palabra la diputada Natalia Castillo .

La señora CASTILLO (doña Natalia).-

Señora Presidenta, curiosamente, hay mucho nerviosismo en el Congreso. Los guardias andan muy… No sé qué adjetivo usar. Pero no se está permitiendo el acceso a nuestros asesores, periodistas, que tienen que estar acá para poder dar la información correcta.

Todos acá ocupamos medios, las redes sociales, para poder informar sobre este debate público que se está dando. Por tanto, creo que al menos nuestros periodistas no debieran tener impedido el acceso a este debate democrático.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Señora diputada, entiendo que en este minuto se está desarrollando una reunión de Comités. Trataremos el tema que usted ha hecho presente en la Sala.

Tiene la palabra el diputado René Saffirio .

El señor SAFFIRIO.-

Señora Presidenta, el tema fundamental del proceso que debemos iniciar ahora tiene que ver con la legitimidad en su acepción más amplia. Si estamos aquí debatiendo una propuesta para lograr darnos una nueva Constitución es porque la actual Constitución adolece precisamente de esa condición esencial: no es la casa de todos.

Lograr legitimidad no solo significa abrirse a un proceso de discusión y de debate nacional que permita a los ciudadanos, libre y espontáneamente, dirigirse a las urnas y votar por distintas opciones, sino también que, dentro de la diversidad, tenemos que reconocer que no todos somos iguales ante la ley: no lo son las mujeres, no lo son los indígenas ni tampoco lo son los independientes.

Esta discusión acerca de la paridad de género me retrotrae a 1949, cuando recién las mujeres en Chile lograron tener derecho a voto, luego de una discusión que había comenzado en 1920. Parece cavernario tener que estar discutiendo en el siglo XXI un derecho tan fundamental como este.

Ni siquiera se trata de establecer paridad respecto de un órgano con carácter permanente. Estamos hablando de un órgano que solo se va a aplicar respecto de este proceso constituyente. Las normas constitucionales que estamos aprobando solo son aplicables respecto de este plebiscito de entrada y salida. No queda radicada en el Presidente la República la facultad permanente de convocar a un plebiscito futuro si la propuesta de la convención constituyente fuere rechazada en su minuto por la ciudadanía. Si eso ocurriera, nos vamos a enfrentar a una nueva situación política, que habrá que resolver en su momento. Pero no es este el momento en que se debe discutir.

Respecto de los indígenas, ¡por favor!, tenemos una deuda histórica con nuestro país. Por supuesto que este proceso nos permite comenzar a dar los primeros pequeños pasos para restablecer una relación con nuestras raíces, con nuestros orígenes, que nos permita terminar con quinientos años de abusos, de robos, de exclusión de todos aquellos que nos antecedieron en nuestro territorio.

(Aplausos)

Hay que terminar con la creencia de gobierno tras gobierno de que un problema étnico, social, económico, político se puede resolver por la vía policial y judicial. Lo que no resuelva la política en relación con los pueblos indígenas jamás lo va a resolver la policía.

El mismo predicamento están aplicando respecto del conflicto social que afecta a nuestro país. Están convencidos de que los conflictos sociales, económicos, culturales y políticos se resuelven, no con la política, no con el debate, no con la discusión de ideas, sino con la fuerza. Eso nos ha llevado en La Araucanía a tener un retraso histórico en nuestros niveles de crecimiento, de desarrollo y de justicia social que es francamente aberrante.

Esa misma receta están aplicando a lo largo de Chile, y, obviamente, el resultado será exactamente el mismo.

Respecto de los independientes, creo tener autoridad moral para hablar de este tema. Soy el único diputado independiente elegido fuera de lista, fuera de pacto en el país y, en consecuencia, en esta Sala, así es que puedo decir que la verdad es que no es lo mismo ser candidato independiente que ser candidato como parte de un partido político.

Necesitamos normas excepcionales urgentes para superar esas tres situaciones. Lo contrario sería sostener, por ejemplo, que frente a la ley, frente a la justicia, Andrónico Luksic y cualquiera de los empleados de alguna de sus empresas tienen el mismo nivel de protección ante la ley y ante la justicia. Eso no es así, no somos todos iguales ante la ley ni ante la justicia. En consecuencia, es indispensable aprobar sí y ahora estas tres excepciones que permiten que estos grupos puedan enfrentar la elección en condiciones de igualdad y podamos construir legitimidad en la nueva Constitución.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Miguel Crispi .

El señor CRISPI.-

Señora Presidenta, agradezco a las y los millones de chilenos que el 18 de octubre dijeron ¡Basta! y se tomaron las calles de nuestro país, a quienes protestaron y se manifestaron, a quienes fueron mutilados o mutiladas, a quienes perdieron la vista de uno o de sus dos ojos, a quienes fueron golpeados y torturados, a las familias de quienes perdieron la vida luchando por un país más justo. Sin ellos y sin ellas, hoy no estaríamos debatiendo esta cuestión.

Estamos ante la votación más importante que ha tenido el Congreso Nacional desde el retorno a la democracia, no ante una votación más. Lo que estamos votando es la posibilidad de que por primera vez en nuestra historia republicana se le entregue el poder constituyente a quienes han sido históricamente postergados.

Nunca en la historia de nuestro país se ha redactado una Constitución a partir de un proceso en que esté garantizada la participación de mujeres, de independientes y de pueblos originarios. Lo que estamos votando hoy es devolverle el poder al pueblo chileno, para así restaurar un pacto social en que nadie quede fuera.

Apelo a la historia, porque lo que votamos hoy es la esperanza de que Chile pueda cambiar. Nuestra historia ha sido la de las élites, que han concentrado el poder y se han guardado el derecho a pasarla muy bien, el derecho a vivir en un Chile paralelo, donde las casas son tan lindas, las clínicas brillantes, las calles limpias, bien iluminadas, con parques bellos, donde los niños juegan seguros.

¿Por qué no podemos soñar un Chile para todos, sin exclusiones, sin discriminaciones? Ese sueño tiene nombre: se llama nueva Constitución.

Sin embargo, es evidente que no es suficiente contar con un plebiscito que le pregunte a Chile si quiere una nueva Constitución y por la forma en que se debe redactar esa nueva carta magna. Esa realidad es ineludible.

La crisis del sistema político y la crisis de representatividad es también una crisis de legitimidad, y este proceso constituyente quedará enormemente debilitado si la constitución de la convención constituyente termina siendo un espejo de este Parlamento y no un fiel reflejo de la sociedad y del Chile en que vivimos. Y el Chile en el que vivimos es un Chile de exclusiones, que ha puesto barreras a la participación de independientes en política, que ha permitido la sistemática postergación de las mujeres en su acceso a las instancias de poder y que arrastra una deuda de más de 500 años con aquellos pueblos de las primeras naciones que habitaban este mismo territorio mucho antes que nosotros y que los españoles.

Hemos dialogado con organizaciones indígenas, con representantes de los pueblos atacameño y mapuche, hemos escuchado al alcalde de Rapa Nui, a organizaciones feministas y a organizaciones de la sociedad civil, y lo que le exigen a esta Cámara es que reconozcan su derecho a ser parte, a ser protagonistas del nuevo pacto social, que espero podamos construir a través de esta convención constituyente.

Se acabó el tiempo de las excusas; todo Chile está mirando cómo se va a votar en esta Sala en el día de hoy. El debate que hemos tenido en relación con los escaños reservados, con los independientes y con la paridad de género ha estado plagado de justificaciones para votar en contra en esta Sala, y mientras en los diarios y en la televisión se dice una cosa, aquí se inventan excusas y triquiñuelas para hacer lo contrario.

Hemos visto la voluntad genuina de un grupo de diputadas de Renovación Nacional de votar a favor de la paridad; hemos visto también cómo su presidente, Mario Desbordes , ha sido interpelado por las demandas de la ciudadanía. Sin embargo -se los digo con todo respeto-, no se entiende que, cuando llega el momento de votar a favor de la paridad, de los escaños para pueblos originarios y de la participación de independientes, se vote en contra.

Es en esta votación, y no en otra, donde vamos a mostrar de qué están hechos los partidos políticos, donde vamos a mostrar nuestra real cara. En esta votación es donde nos definiremos.

Este Parlamento tiene una acústica increíble. Probablemente Pinochet lo diseñó para que no escucháramos lo que está pasando afuera, donde hay cientos de miles de personas manifestándose, esperando la votación de escaños independientes y de paridad de género.

Revolución Democrática va a votar a favor de un proceso constituyente de estas características, que rompa con los muros de la exclusión, y esperamos que este espíritu sea mayoritario en la Sala.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Matías Walker Prieto .

El señor WALKER.-

Señora Presidenta, hago un humilde llamado, ya no como Presidente de la Comisión de Constitución, sino como diputado de la Región de Coquimbo, a honrar el acuerdo por la paz y la nueva Constitución.

Este acuerdo tiene como base el proyecto de reforma constitucional que aprobamos en general, enviado por la entonces Presidenta Michelle Bachelet , quien propuso que la instancia para redactar la primera Constitución en la historia de Chile hecha en democracia, fuera una convención constituyente. Sí, dije bien, convención constituyente, porque fue el nombre que propuso la entonces Presidenta de la República: una convención con delegados elegidos ciento por ciento por la ciudadanía, que es lo mismo que una asamblea constituyente, aunque con otro nombre, para quienes quieren enredarse en cuestiones semánticas.

Ese acuerdo lo cumplimos íntegramente en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Que nadie diga lo contrario, hasta la última coma, y hacemos un llamado a cumplirlo íntegramente en la Sala en el día de hoy.

Hoy no quiero hablar a los 155 diputados y diputadas de este hemiciclo, militantes de los partidos políticos; quiero implorar a los 155 chilenos y chilenas que están presentes hoy, a quienes vamos a votar hoy, a las 14.30 horas.

Se abrió una ventana para reemplazar la Constitución de 1980 con una Constitución nueva, redactada por delegados elegidos ciento por ciento por la gente. Aprovechemos esa ventana, no le cerremos la puerta a la historia. Pero esta nueva Constitución debe construirse con las mujeres, nunca más sin las mujeres; debe construirse con los pueblos originarios y también con los independientes, que son la mayoría de Chile.

(Aplausos)

Lamento las amenazas y presiones que sufrieron las diputadas de gobierno que firmaron una indicación por una constituyente paritaria. Esa forma de hacer política, machista, agresiva, es la que debemos reemplazar, y por eso es tan importante una constituyente paritaria.

El gobierno debiera ser el más interesado -estimado ministro Felipe Ward , a quien saludo, por su intermedio, señora Presidenta en que esta nueva Constitución nazca ciento por ciento legitimada, porque eso contribuirá a la paz social. A eso queremos contribuir, y por eso el acuerdo que firmaron nuestros partidos se llama Acuerdo por la Paz Social y por una Nueva Constitución.

Estimados colegas, los invito a dejar de lado nuestros prejuicios y nuestras ataduras, a no hacer caso de las amenazas y a dejar la calculadora electoral de lado. No sé si este acuerdo le conviene o no a mi partido, y me da lo mismo, porque en lo que estoy pensando, y debemos pensar todos hoy día es en el bien de Chile, en el futuro de Chile, en la paz social, en cambiar nuestro sistema de pensiones, en tener un seguro universal de salud, y para eso no podemos perder esta histórica oportunidad.

Queridas y queridos colegas, aprobando en la Sala todas las normas que aprobamos, por mayoría, en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, que reforman el Capítulo XV de la Constitución, vamos tener un plebiscito el día 26 de abril, pero si no aprobamos el proyecto esta semana no vamos a tener plebiscito ese día. Si eso sucede, cada quien asumirá su responsabilidad ante la historia. Queremos una nueva Constitución redactada, en esta oportunidad, también con las mujeres, con los pueblos originarios y con los independientes.

¡Viva Chile!

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Luciano Cruz-Coke .

El señor CRUZ-COKE.-

Señora Presidenta, ha costado un esfuerzo inmenso arribar a un acuerdo como el firmado el 15 de noviembre por los presidentes de los partidos que recibieron más del 85 por ciento de los votos de la ciudadanía en la última elección. En una noche violenta, se firmó el Acuerdo por la Paz Social y una Nueva Constitución.

Posteriormente, como estableció el documento del acuerdo, cada partido designó abogados constitucionalistas para integrar una comisión técnica, la que debía arribar a un acuerdo de documento autoejecutable. ¿Qué significa esto? Que en una sola norma el acuerdo debía llevarse adelante. Cabe recordar que para modificar el Capítulo XV de la Constitución se requiere de dos tercios de los diputados y senadores en ejercicio para su aprobación. De ahí la importancia del acuerdo. Por eso es importante que el acuerdo pase por el Congreso de buena manera.

El 6 de diciembre, tras dos semanas de discusión, se firmó finalmente un segundo acuerdo unánime por parte de los 14 comisionados, después de analizar y discutir cada coma, cada línea, cada inciso, cada punto y cada párrafo, siempre en línea directa telefónica con los presidentes de los partidos que los habían mandatado.

¿Por qué es preciso honrar el acuerdo? Para que perviva, porque aunque no se crea es un acuerdo feble y hay que ratificarlo para no darle la razón a aquellos que sin haber querido acordar nada, sin haber querido pactar nada, hoy le tiran piedras al acuerdo. ¡Qué fácil es sentarse en la vereda o en un podio a señalar que los demás son amarillos! ¡Qué contentos deben estar aquellos que se ríen de los diputados de los partidos con los que antes eran aliados! A todos los encuentran amarillos, porque no creen en los acuerdos, no creen en la capacidad de diálogo y algunos, incluso, no creen en la democracia.

Como es naturalmente imposible que un acuerdo, abarcando todo el espectro político, pueda contener todas las materias, hemos anunciado la presentación de tres iniciativas que buscan complementar el acuerdo en todos aquellos aspectos que no contiene, como, por ejemplo, en materias tan relevantes como paridad de género, escaños para pueblos originarios y participación de los independientes.

Hemos solicitado -aprovecho de saludarlo al ministro Ward que se le coloque urgencia a estos proyectos de ley, precisamente para que lo antes posible tengamos resueltas aquellas cosas que no contiene el acuerdo de manera expresa, para que la ciudadanía tenga total conciencia de qué estará votando cuando se realice el plebiscito de entrada y cuando finalmente concurramos, de acuerdo a la vía institucional, a votar por una nueva Constitución.

Queremos un proceso constituyente participativo. En primer lugar, proponemos un proyecto que fomente la paridad de género en la convención constituyente. Se propone que haya 50 por ciento de candidatos hombres y candidatas mujeres a la base y que en todos los distritos impares ese cupo sea asignado a una mujer.

Asimismo, las mujeres encabezarán todas las listas precisamente para incentivar el voto y serán ordenadas según el método cebra; es decir, intercaladamente se ubicará un hombre y una mujer, y a la salida, se realizará una corrección al sistema D'Hondt, que establece que si en todos los distritos en que los electos eventualmente son de un mismo sexo (masculino), se reemplazará al candidato menos votado de la lista ganadora por la mujer más votada de dicha lista. Este sistema es muy similar al que usaron los países nórdicos en su momento y que hoy tienen los mejores niveles de participación femenina a nivel mundial, muy por sobre el resto de Europa y Latinoamérica .

Otra iniciativa busca asegurar escaños para los pueblos originarios, mediante la elección popular de representantes en un distrito único, los que serán votados por aquellos que se inscriban en el padrón indígena elaborado por la Conadi. Dichos cupos tendrán la proporcionalidad de la cantidad de electores del padrón especial y serán descontados de los 155 ya regulados.

Proponemos un modelo muy similar al neozelandés, respetando el principio de proporcionalidad del voto, pero dando clara participación a los pueblos originarios.

Por último, mejoramos la posibilidad de que los independientes puedan conformar listas y promovemos los cabildos autoconvocados, para que haya la mayor participación posible.

Vamos a concurrir a votar al plebiscito, vamos a salir a la calle, colocaremos a nuestros y nuestras representantes allí, porque queremos…

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Juan Fuenzalida Cobo .

El señor FUENZALIDA (don Juan).-

Señora Presidenta, hoy estamos hablando de si vamos a aprobar un pacto que se firmó entre varios de los actores políticos que forman parte de la Cámara de Diputados. En lo personal, habría preferido que discutiéramos otras cosas, porque creo que las prioridades de la gente son otras y para estar en sintonía con las personas debiéramos estar discutiendo el mejoramiento de nuestro sistema de salud, los problemas que afectan a la clase media, la seguridad y el empleo que hoy es un tema, de acuerdo a las últimas cifras.

Pero estamos hablando de temas políticos que se colocaron en la agenda, pero no a través de una votación, porque no nos olvidemos de que en la segunda vuelta presidencial entre el actual Presidente Piñera y el candidato Guillier , este tema fue eje de ambas campañas, pero quien ganó en ningún momento habló de la realización de un proceso constituyente; no obstante, hoy estamos hablando de eso.

La palabra empeñada hay que cumplirla, y eso no está ocurriendo hoy día. Se logró un acuerdo, que a muchos puede no gustar, pero en un ejercicio democrático la palabra empeñada se debe cumplir. No se puede intentar cambiar ahora lo que acordaron todos los dirigentes que participaron en la construcción del pacto. Existe un principio no solo democrático, sino también en el derecho que dice que lo pactado obliga o, como se dice en latín, pacta sunt servanda. Ese es un principio básico del derecho, consagrado en todo nuestro ordenamiento jurídico, pero que lamentablemente, por protagonismos individuales, se quiere cambiar.

Insisto: hay cosas que a unos les puede gustar y a otros no, pero todas las opiniones estuvieron presentes en este pacto. Lo que tenemos que hacer en esta sesión es aprobar ese pacto en los términos allí contemplados, y no tratar de distorsionar lo que se acordó. Se trata de un principio obligatorio para quienes estamos en esta Sala.

Ya se fijó un camino, un proceso constituyente. Independientemente de que a algunos les pueda gustar o no, ya tomamos ese recorrido. Obviamente, vamos a tener la opción de decidir si vamos a aprobar o rechazar ese camino. Eso es parte de la democracia. En mi caso particular, lo voy a rechazar, como ya lo he dicho varias veces, porque creo que la actual Constitución es perfectible. El tema de la hoja en blanco no es la solución. Una Constitución no le va a solucionar el problema a la gente en su diario vivir. La Constitución que actualmente nos rige, y que la gente de oposición no tiene por qué avergonzarse de que haya sido firmada por el entonces Presidente Ricardo Lagos –lo digo, porque parece que se avergüenzan de ello-, hoy está dando estabilidad. Esa Constitución nos ha permitido durante treinta años ir corrigiendo nuestro sistema, ir corrigiendo injusticias.

Repito: ella es perfectible, se puede modernizar; sin embargo –reitero-, la hoja en blanco no puede ser el tema que esté sobre la mesa.

Voy a aprobar este pacto que se firmó porque somos disciplinados. Lo que no vamos a aprobar son las indicaciones que se han tratado de introducir por los costados.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Para una cuestión de Reglamento, tiene la palabra el diputado Gabriel Boric .

El señor BORIC.-

Señora Presidenta, en este momento hay un grupo de mujeres en las tribunas a las que están tratando de echar. Las han echado y excluido de todas partes. No puede ser que hoy no les permitan estar en las tribunas.

Pido, por favor, que los guardias las dejen quedarse en las tribunas, independientemente de cualquier tipo de autorización.

Señora Presidenta, le solicito su gestión para que eso sea posible.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Se tendrá presente.

La intención desde esta Presidencia es que nadie salga de la tribuna en la medida en que se respete el Reglamento, se guarde el debido silencio y, sobre todo, que tengamos la posibilidad de escucharnos. Esa premisa va dirigida sobre todo a las personas que están en las tribunas.

Para una cuestión de Reglamento, tiene la palabra el diputado Diego Paulsen .

El señor PAULSEN.-

Señora Presidenta, hay un acuerdo de Comités respecto del tema que me gustaría que se cumpliera y que no se pasara sobre él.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Se tendrá presente su apreciación.

Tiene la palabra el diputado Tucapel Jiménez .

El señor JIMÉNEZ.-

Señora Presidenta, saludo a los representantes de los pueblos originarios y a las mujeres que nos acompañan en las tribunas.

Hoy están presenciando un momento histórico. Ha pasado tanto tiempo, tantos años, que creo que es bueno hacer un poco de historial. La gente, el chileno, tiene memoria frágil, por lo que es necesario recordarle lo que significa la Constitución vigente.

La Carta Fundamental que nos rige es completamente ilegítima, hecha en dictadura. Hasta hace algunos años existían senadores designados y vitalicios, y un sistema binominal que lo que hacía era empatar las fuerzas políticas del Congreso.

Quienes queríamos hacer algún cambio en la Constitución necesitábamos siempre del beneplácito de quienes nos habían impuesto la Constitución. Algunos dirán que hoy es lo mismo, por los quorum altos; sin embargo, no es lo mismo, porque ahora vamos a partir de cero.

Lo que ocurre con esta Constitución es que nos la impusieron, y después, para poder tocarla o hacerle algún cambio, debíamos necesariamente contar con el beneplácito de quienes la habían escrito.

Hoy estamos viviendo un momento histórico, porque por Dios que ha tomado años cambiar esta Constitución, que le ha traído tantos problemas a nuestro país. Además, no cuenta con la legitimidad del soberano, del pueblo, pues no fue redactada en forma plural. Que una Constitución no tenga legitimidad del soberano es un gran problema para el Estado de derecho, pero sobre todo para la democracia de cualquier sociedad.

Repito: estamos ante una oportunidad histórica. Existe la posibilidad de que en el futuro la Constitución sea redactada por mujeres y por hombres con el mismo nivel de representación; ese es el gran logro de este acuerdo.

Hoy estamos pidiendo paridad de género; hoy estamos pidiendo hacer justicia a nuestras mujeres y a nuestros pueblos originarios. Más del 92,5 por ciento de las personas que participaron en las consultas ciudadanas impulsadas por las municipalidades están a favor de una nueva Constitución; el 60 por ciento de las personas que votaron por una nueva Constitución son mujeres. Sin embargo, hay sectores políticos que no quieren una participación justa de las mujeres en el proceso constituyente. ¿Cómo se puede entender eso? En verdad, es difícil de comprender.

Acá me quiero detener, porque quiero hacerme cargo de uno de los mayores argumentos de la derecha para no votar a favor de la paridad de género y los escaños reservados para los pueblos originarios y las listas de independientes. El argumento es que ello no formaría parte del acuerdo. Cambiar algo del acuerdo podría incluso poner en duda la realización de la votación en abril.

La verdad es que creo que eso es buscar una excusa. Sin paridad de género y sin escaños reservados para pueblos originarios, claramente caeríamos en los mismos errores cometidos por otras constituciones que hemos tenido en el país. Como ya lo dijeron diputadas de oposición, sería una Constitución no legitimada por la inmensa mayoría de Chile, que justamente son las mujeres, que representan el 51 por ciento de la población.

También me quiero referir a la propuesta de una parte de la derecha de presentar un proyecto de ley con el mismo contenido de una indicación que se votará hoy. Esto no se entiende. Si el proyecto que se pretende presentar va a ir en la línea de lo que es la indicación, ¿por qué no la votan a favor? De lo contrario, va a quedar en evidencia que lo único que quieren es dilatar o evadir el tema de fondo.

Confío y tengo la certeza de que hoy votaremos no solamente en conciencia, sino que votaremos siendo la voz de los miles de mujeres de nuestras comunas y distritos que confiaron en nosotros para que los proyectos que se votan en el Congreso Nacional sean justos con ellas, sean justos con Chile y con nuestra sociedad.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Sebastián Torrealba .

El señor TORREALBA.-

Señora Presidenta, desde el 18 de octubre de este año la aparente normalidad en la que todos sentíamos vivir se fracturó para siempre, porque aquellos que se sentían abusados, aquellos que sentían que no habían sido parte del crecimiento y del desarrollo de nuestro país, salieron a marchar por las calles con legítimas peticiones al gobierno y a quienes estamos en política.

Esa aparente normalidad se quebró para siempre, porque esas personas nos entregaron el mandato de que quieren cambios profundos en nuestro país.

Luego de casi un mes de marchas -algunas muy violentas y otras pacíficas y legítimas-, el Congreso, en virtud de un llamado del Presidente de la República, se juntó en la sede de Santiago para tomar un acuerdo por la paz social.

Desde las 11 de la mañana hasta casi las 3 de la mañana del otro día, representantes de todos nosotros y de todos los ciudadanos de Chile, porque fueron elegidos democráticamente, estuvieron negociando y trabajando para encontrar un acuerdo, y a las 3 de la mañana se sacó una foto histórica, con un acuerdo también histórico, que espero que se cumpla el día de hoy.

El acuerdo por una nueva Constitución es un acuerdo político que hay que respetar en profundidad y en total sintonía con lo que nos pidieron los chilenos.

Luego del 15 de noviembre, algunos empezaron a desconocer ese acuerdo, cuando sintieron que sus bases los “apretaron” porque ese acuerdo era incompleto. Por lo tanto, empezaron a ingresar indicaciones y nuevas ideas, incluso, pasando a llevar a aquellos técnicos que ellos mismos habían nombrado para construir una nueva Constitución.

En verdad, los acuerdos se respetan y se cumplen. Así como el primer día legislativo de este Congreso vi a todo el Frente Amplio con un papelito que decía “cumplimos los acuerdos”, espero que, ojalá, los cumplan hoy también.

Ese acuerdo por una nueva Constitución y por la paz social hoy tiene que ser cumplido en su totalidad y sin anexos complementarios.

Creo que, finalmente, ese acuerdo va a dar justicia a nuestro país; pero, luego de la construcción de la nueva Constitución, tenemos que hacer muchísimas cosas para cambiarles la vida a las personas, porque, la verdad sea dicha, con la nueva Constitución no vamos a mejorar las pensiones ni la salud. Por lo tanto, tenemos que ponernos a trabajar en una agenda social profunda y permanente, para hacer los cambios que Chile necesita.

Hoy estamos en un día histórico, del que nadie se puede restar, y para no restarse lo único que tenemos que hacer es cumplir con nuestra palabra, con los acuerdos y, en su totalidad, con el acuerdo del 15 de noviembre.

Quiero dar las gracias a todos quienes ese día estuvieron por este acuerdo histórico, pero especialmente a quienes estuvieron representando a Chile Vamos, porque finalmente tuvimos una actitud democrática: fuimos capaces de ceder y de entender que la única forma de que Chile logre sellar la fractura que se provocó en nuestra sociedad el 18 octubre es a través de los acuerdos. Por lo tanto, agradezco a todos quienes estuvieron ese día en la sede del Congreso.

Voy a honrar el acuerdo del 15 de noviembre y a votar a favor los acuerdos a que se llegó ese día en Santiago.

He dicho.

-Manifestaciones en las tribunas.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Pido guardar silencio a las personas que se encuentran en las tribunas.

No está permitido manifestarse con gritos o hacer alusiones. No sería reglamentario ni correcto permitir la presencia de ustedes en las tribunas si continúan las manifestaciones.

Dada la connotación y la relevancia de esta discusión, les pido que, por favor, generemos las condiciones para que nos entendamos y escuchemos dentro de este hemiciclo, y también para que las personas que están siguiendo este debate puedan conocer con claridad los argumentos que legítimamente están exponiendo los diputados y diputadas.

Tiene la palabra el diputado Pepe Auth Steward .

El señor AUTH.-

Señora Presidenta, Chile es una excepción entre los países que sufrieron dictaduras. España , Sudáfrica , Argentina y la mayor parte de los países que vivieron procesos dictatoriales reconstruyeron sus democracias sobre la base de constituciones nuevas que iluminaron el camino de reconstrucción de la vida cívica, por una cuestión muy sencilla: los países son mejores cuando todos reconocen como suya la Constitución.

¿Cómo no va a ser mejor para Chile tener una Constitución hecha en democracia, en diálogo abierto con la ciudadanía, redactada por personas elegidas por el pueblo y refrendada en un plebiscito de verdad, con registros electorales, sin carné cortado y con libertad de expresión?

Yo valoro infinitamente el acuerdo que permite hoy estar aquí definiendo el itinerario para una nueva Constitución, democrática tanto en su origen como en sus contenidos.

Sé que algunos firmaron con más entusiasmo que otros el acuerdo; pero lo firmaron todos y aquí estamos, y eso es valorable.

Por supuesto, hay que agradecer infinitamente al pueblo, que hizo sentir su voz con tanta fuerza que finalmente perforaron los oídos de quienes por muchas décadas no quisieron escuchar el clamor de la necesidad de una nueva Constitución para el país y su convivencia.

La nueva Constitución será la casa de todos o no lo será. Nosotros no le vamos a hacer a la derecha -no está presente “la excepción de esta Cámara”: el diputado Ignacio Urrutia lo que la derecha nos hizo a nosotros: imponer una Constitución ideológica que contiene una visión estrecha de la sociedad desde el neoliberalismo; una Constitución hecha desde el miedo de la gente y no desde la promoción de la expresión de la gente en la vida social; una Constitución que define relaciones muy específicas entre el Estado, el mercado y la ciudadanía, relaciones que, por supuesto, la nueva Constitución va a cambiar en función de los acuerdos que se permitan, porque es evidente que la nueva Constitución será aquella que es aceptada y reconocida por todos.

Voy a votar íntegramente a favor el acuerdo, pero el acuerdo son puntos mínimos, y, por supuesto, voy a votar a favor el proyecto, porque representa el clamor ciudadano que todos deberíamos escuchar.

Como dijo el presidente de la comisión, el diputado Matías Walker , la paridad es una necesidad de la legitimación de la instancia constituyente. Convengamos en que la instancia constituyente carecerá de legitimidad completa si no están representados paritariamente ambos géneros, y lo mismo vale para la representación de los pueblos indígenas.

Aquí se ha dicho que es antidemocrático; pero son muchos los países democráticos que tienen escaños garantizados y elegidos democráticamente. De eso se trata: de que la democracia chilena reconozca que ese componente de la sociedad, sí o sí, tiene que estar representado en la conversación sobre la nueva Constitución, si de verdad queremos que esta sea la casa de todos. Lo mismo vale para los independientes, de manera que compitan en igualdad de condiciones con los partidos.

Por último, en este punto específico espero que en el Senado se corrija la brutal desigualdad que se establece para los independientes respecto de los partidos, porque se exige a cada independiente presentar un patrocinio de 0,4 por ciento de los electores válidos de la elección precedente. En un distrito como el que represento, significa 18.000 personas para que los independientes completen una lista. ¡18.000 personas en ese distrito! Si queremos que haya una lista de la diversidad, de las feministas y de los ecologistas, tenemos que permitir que el porcentaje exigido sea para la lista y no para cada uno de los candidatos independientes.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Mulet .

El señor MULET.-

Señora Presidenta, cuando se desatan los acontecimientos a partir del 18 de octubre y emerge la protesta social con gran fuerza, no hay que olvidar que esa protesta social tan masiva no solo es contra el gobierno y el Presidente Piñera , no solo es contra los partidos que están en el gobierno y que hoy tienen la responsabilidad mayor, sino que es una protesta social de una parte importantísima del país contra todo el sistema político. También lo es contra la oposición; también hemos sido interpelados los que estamos en la oposición. Obviamente, el gobierno tiene más responsabilidad, por ocupar el Presidente el cargo que tiene por mandato. Pero la interpelación es contra todos. El aburrimiento y la indignación de la ciudadanía se manifiestan contra todos por las razones que ha expresado una y otra vez desde el día 18 de octubre pasado.

Por eso los regionalistas en algún momento planteamos que si era necesario que renunciara y diera un paso al costado, el Presidente de la República lo tenía que hacer; y que si era necesario que los diputados y los senadores diéramos un paso al costado, también de manera rápida, para renovar la soberanía y para que el pueblo eligiera a un nuevo Presidente y un nuevo Parlamento, acortando los mandatos, los regionalistas estábamos dispuestos a hacerlo. Por eso presentamos un proyecto de reforma con tal objetivo, porque de alguna manera lo que ha ocurrido es una especie de referéndum revocatorio. La ciudadanía llegó a un límite y se expresó de forma tan masiva contra todo el sistema político. Por eso –reitero presentamos esa reforma.

Después, los partidos de oposición tratamos de construir un acuerdo íntegramente entre nosotros. Y se llegó a un acuerdo que se suscribió el día 12 de noviembre, en el que pedíamos un cambio constitucional a través de una asamblea constituyente. Eso desgraciadamente duró dos días. El día 15, parte de los partidos de oposición se pusieron de acuerdo con los partidos del gobierno de Piñera –reitero, parte de los partidos de oposición y llegaron a este acuerdo que tiene un nombre muy rimbombante: “Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución”. Este acuerdo gatilló lo que se pretende votar hoy.

He leído y releído este acuerdo una y otra vez, y en ninguna parte veo que esté garantizada la participación igualitaria de hombres y mujeres. He leído una y otra vez este acuerdo, por detrás y por delante, por arriba y por abajo, y no veo en ninguna parte la garantía de participación de los pueblos originarios. No está. Tampoco está en este acuerdo, firmado por trece o catorce representantes de partidos, la participación de independientes de manera igualitaria respecto de los militantes de partidos. No está en este acuerdo. Tampoco está en la propuesta que hicieron los abogados constitucionalistas, firmada dos semanas después, a la que se ha hecho referencia.

Este acuerdo tiene un germen que me preocupa. Por eso, cuando nos llamaron aquel día en la tarde para firmar y para participar de él, los regionalistas no estuvimos dispuestos. No solo porque no contempla la participación de pueblos originarios, ni la paridad de género ni a los independientes, sino porque este acuerdo tiene el germen de la Constitución de Jaime Guzmán: un tercio es igual a los dos tercios. Está marcado absolutamente a fuego en ese acuerdo ese veto que ha estado primando en nuestro país durante los últimos treinta años en todas nuestras decisiones políticas.

Quiero recordar lo que pensaba Jaime Guzmán , porque es lo que está en ese acuerdo. Es como que Jaime Guzmán hubiera estado vivo en la sede de Santiago del Congreso Nacional y hubiera colocado el germen. En una de sus máximas señalaba: “La Constitución debe procurar que si llegan a gobernar los adversarios, se vean constreñidos a seguir una acción no tan distinta a la que uno mismo anhelaría…”. Lo que hacen los dos tercios es precisamente mantener ese germen.

No vamos a poder construir una Constitución verdaderamente democrática mientras no se eliminen los dos tercios, mientras no haya paridad, mientras no tengan participación los pueblos originarios y mientras los independientes no tengan las mismas ventajas que tenemos los que militamos en partidos políticos.

Por eso, vamos a votar en contra en general, y vamos a apoyar la enmienda respecto de los dos tercios, si juntamos las firmas, la de la paridad, la de los pueblos originarios y la de la igualdad de los independientes.

He dicho.

-Aplausos y manifestaciones en las tribunas.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Mario Venegas .

El señor VENEGAS.-

Señora Presidenta, por su intermedio, saludo a nuestros distinguidos peñis que están en las tribunas. Reconozco entre ellos a un alcalde de mi distrito: el alcalde de Lumaco. También saludo a todos los dirigentes que nos están acompañando.

Probablemente, no es una exageración señalar que estamos ante una disyuntiva histórica, como pocas veces lo hemos vivido en la historia de la democracia reciente de nuestro país. Esta disyuntiva nos plantea una responsabilidad enorme a cada uno de nosotros. Esa responsabilidad tiene que expresarse en la idea de alejarse de las intolerancias y de los populismos. Es tan fácil hablar para la galería, es tan fácil desconocer nuestra historia. Lamentablemente, aquí nos conocemos todos, así que quien quiera darse créditos democráticos más allá de… Eso no se lo compro a muchos de los que intervienen. Hay que hablar con la verdad y no buscando el rédito chico, sobre todo aquellos que creen, equivocadamente, que van a ganar algo con esto.

Si no entendemos la profundidad de la crisis social que se ha expresado con fuerza en la calle, no vamos a estar a la altura de lo que el pueblo nos pide.

Pude estar equivocado y pude haberme equivocado muchas veces -pido disculpas por aquello-, pero lo que no es aceptable es que a estas alturas, con estas acciones y manifestaciones del pueblo, sigamos en el error. Esto significa decir sin ambages: queremos una nueva Constitución, que tenga legitimidad democrática por primera vez en la historia. No hay ninguna excusa, pequeña o grande, que lo limite. Por primera vez en la historia tenemos esa posibilidad. Para que esa nueva Constitución tenga legitimidad democrática, hay condiciones mínimas necesarias. ¿Cuáles? Que sea construida por lo más representativo del pueblo.

Por eso, sin ninguna oblicuidad, anuncio que voy a votar a favor de una nueva Constitución; voy a votar a favor de que estén presentes los pueblos originarios en la proporción que corresponde, como se señaló en el informe, y de que haya paridad de género. No tengo problema con ello. Lo voy a aprobar porque creo que cualquiera otra actitud esconde la falta de voluntad para avanzar en ese camino que el pueblo nos está exigiendo y que el pueblo se ganó en la calle con mucho dolor y sacrificio de muchos de nuestros compatriotas y conciudadanos.

Por ello creo que todo otro discurso no tiene cabida en este minuto. ¡Tenemos que apoyar!

Además, creo que en este eufemismo llamado convención constituyente -aunque algunos la llamen así deben estar representados los ciudadanos del pueblo. No pienso que en esas instancias deba haber parlamentarios, para que tenga esa capacidad.

También creo que debemos elegirlos con responsabilidad y que lleguen los mejores hombres y las mejores mujeres para que hagan el trabajo. A eso no le tengo miedo. Creo en el sentido común del pueblo chileno, que lo ha demostrado a lo largo de su historia, y también considero que, sin la movilización del pueblo en la calle, que ha sido dolorosa y que ha costado vidas humanas a lo largo de nuestra historia, nunca se habrían podido realizar cambios significativos. Y ese es el mérito que tiene el que el pueblo se haya movilizado, con todos los costos que, incluso, ha tenido para nosotros mismos, en el sentido de que nos hemos sentido amedrentados y deslegitimados, con justa razón o no.

No podemos sino apoyar este buen esfuerzo que se ha hecho en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

Por lo tanto, voy a apoyar el informe y el proyecto que hoy tenemos la gran posibilidad de votar en esta Sala.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Félix González .

El señor GONZÁLEZ (don Félix).-

Señora Presidenta, el 15 de noviembre algunos partidos suscribieron un acuerdo que llamaron Acuerdo por la Paz. Lo hicieron a las 2 de la madrugada.

Mi partido, el Ecologista Verde, con mucha sabiduría, me dijo: “No participar en ninguna cocina”, y no participé en ninguna cocina.

Y algunos esa noche dijeron que era un momento histórico. No estoy de acuerdo. Creo que el momento histórico es cuando esas escolares adolescentes, jóvenes mujeres, saltaron los torniquetes del Metro, en Santiago. ¡Ese es el momento histórico! No la firma de este Acuerdo por la Paz a espaldas de la gente.

Ese Acuerdo por la Paz tiene dos graves problemas, o tres, si uno quiere. El primero es que si hubiera sido un gran acuerdo se habría podido suscribir en Plaza Italia, con mucha alegría, pero se suscribió a las dos de la madrugada en un edificio.

Además, tiene otro pecado: quienes lo suscribieron ni siquiera preguntaron los contenidos del acuerdo a las bases de sus propios partidos ni a sus aliados. No le preguntaron a Unidad Social ni a la gente que se moviliza en la calle. Hay un problema en la forma en que se llegó a ese acuerdo.

Lo tercero es el contenido del acuerdo, que tampoco me gusta. Obviamente, si hay un plebiscito, los ecologistas vamos a estar en él, vamos a llamar y a votar que sí, y haremos una campaña. No nos vamos a perder y vamos a dar la pelea en cada una de las etapas de este proceso.

Y en la etapa en que estamos hoy tenemos que decir que este acuerdo que firmaron el 15 de noviembre no tiene paridad de género. Entonces, algunos se los están cobrando a otros que no pueden votar por paridad de género, porque dicho acuerdo no lo contempla.

Otro pecado de este acuerdo es que no tiene cuota de pueblos originarios, de pueblos indígenas, y la debiera tener. Además, estos convencionales se elegirían a través de los partidos políticos con el sistema electoral que nos trajo acá a esta Sala. Por lo tanto, sería una reproducción de lo que hoy es la Cámara de Diputados.

Presentamos indicaciones que fueron rechazadas para incorporar a los pueblos indígenas y paridad de género total, con candidaturas presentadas en duplas, hombre y mujer, para garantizar que se elija mitad y mitad, pero fueron rechazadas.

También es necesario que digamos que si los partidos políticos participamos, esto va a tener una repercusión en la composición de estos convencionales, lo que va en contra de dar garantías a los independientes de que puedan competir en igualdad de condiciones.

Quiero hablar de la diferencia entre una convención constituyente, o esto que armaron, y una verdadera asamblea constituyente, porque hay gente que ha dicho que es lo mismo. Por supuesto, le podemos decir asamblea constituyente, ya que es un cambio de nombre, como el cambio del Transantiago por Red o como cambiar el nombre a las Fuerzas Especiales, aunque sigan siendo lo mismo. Si no se hacen cambios reales, van a seguir siendo lo mismo.

Una asamblea constituyente es soberana: puede determinar cómo toma las decisiones y no secuestrarse por dos tercios.

Esta convención y este proceso de una nueva Constitución, como llegaron a acuerdo ustedes, va a ser tutelada por la Constitución de Pinochet; en el fondo, esta dándole permiso a esta convención constituyente. Por lo tanto, eso no es una asamblea constituyente, porque una asamblea constituyente nace de la ciudadanía y es soberana, pero los dos tercios le van a permitir a la derecha, que no quiere esta Constitución, boicotearla en cualquiera de las etapas, incluso en la final.

Por eso, quiero decir con mucha fuerza que con mi voto voy a manifestar mi rechazo a ese acuerdo del 15 de noviembre, pero también voy a votar, con mucha convicción, por que haya paridad de género, integración de mujeres con garantías y también para los independientes y, por supuesto, la participación de los pueblos originarios en esta nueva Constitución.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Leonardo Soto .

El señor SOTO (don Leonardo).-

Señora Presidenta, creo que el punto de partida del debate de esta reforma constitucional tiene que ver con reconocer que si estamos acá es gracias a la movilización que comenzó el 18 de octubre.

Ese día Chile se levantó y millones de chilenos paralizaron el país. ¡Ni aunque se hubieran programado y se hubieran puesto de acuerdo lo habrían hecho mejor! Y lo han hecho durante muchas semanas, porque los chilenos ese día estallaron en rabia y en indignación sobre un sistema que durante décadas no ha permitido el desarrollo de cada uno de los proyectos individuales de los chilenos.

Ese día se rompió nuestra convivencia y nuestra democracia. La gente dijo: “Queremos un cambio de la estructura de poder. Queremos un cambio estructural”. Y este fenómeno, sin duda, se fue acumulando por nuestras propias deficiencias, por la actual Constitución, la cual permite, tolera y acepta ese estado de cosas; permite e institucionaliza la ley de la selva; permite que el más grande abuse del más pequeño, y allí están los abusos de las farmacias con los consumidores. Permite también que las ovejas -los chilenos de a pie sean asaltadas y comidas por los lobos sueltos, y ese es un sistema que tiene que terminar.

Por lo anterior, hoy tenemos el desafío de convertir esa indignación en reformas políticas, sociales y económicas que cambien el país, que entreguen una nueva convivencia, que permitan una nueva forma de relacionarnos, sin abuso y sin todo tipo de situaciones que hoy tienen indignados a los chilenos.

Este acuerdo es una oportunidad, no una solución en sí misma; es un camino, una ruta, para resolver entre todos los chilenos una nueva convivencia democrática, es decir, un nuevo tipo de democracia en que todos podamos entregar en este proceso, a través de un plebiscito constituyente, de una asamblea constituyente y de un plebiscito de cierre, y poner en valor todo lo que Chile ha adquirido a lo largo de su historia.

Sabemos lo que no debemos hacer y tenemos que aplicarnos en este proceso y colocar lo mejor de nuestra convivencia, nuestros valores, nuestra solidaridad y nuestra inteligencia para construir un nuevo tipo de democracia, de más alta intensidad.

Hay un debate sumergido acá, en que algunos pretenden sorprender a la opinión pública, diciendo que esto no es asamblea constituyente. La verdad es que la marraqueta es marraqueta aunque en algunos lugares le digan pan francés o en otros la llamen pan batido o pan de batalla. Y acá esta convención constituyente es una asamblea constituyente: está compuesta por delegados ciento por ciento elegidos por la gente en urnas. Ahí se verá a los que tienen más confianza.

Harán la Constitución con una hoja en blanco, sin nada debajo, sin que incida la Constitución actual. Ellos solos van a redactar durante nueve meses o un año los valores, los principios, las instituciones democráticas; los derechos de los chilenos, como el derecho a la vivienda, a la salud. Toda la configuración del futuro la van a hacer ellos, elegidos democráticamente.

Claro, algunos dirán: “Bueno, ¿por qué no le pusieron “asamblea constituyente”?”. Porque en este acuerdo, que es gigantesco, de más de dos tercios del Congreso, que muy pocas veces se consigue, la derecha nos pidió que no lo colocáramos como “asamblea constituyente”. Y otros dirán: “Bueno, ¿por qué aceptaron?”. Porque cuando uno va a un acuerdo de esta magnitud, sin duda, tiene que aceptar en parte la demanda contraria. Si uno tiene convicciones democráticas de verdad, no le importa el nombre de las cosas, no le importa el debate semántico, sino la realidad, y la realidad es que hemos construido un camino democrático institucional para que los chilenos puedan crear, ser los artífices y los arquitectos del nuevo ciclo político con mayor democracia, con mayor intensidad de ella.

Por eso, vamos a aprobar con mucha fuerza este acuerdo, que da un camino de salida a esta crisis, una luz al final del túnel. Asimismo, aceptaremos y aprobaremos con mucha fuerza la paridad de género, escaños reservados para los pueblos originarios e incentivos para los independientes, porque estos acuerdos no son faltas al gran acuerdo anterior, sino que fortalecen y profundizan su carácter democrático, le dan más legitimidad, más sostenibilidad y mayor inclusión.

Si queremos una nueva democracia, distinta a la que se destruyó el 18 de octubre, tiene que ser con todos ellos, con los que fueron excluidos en la Constitución anterior, porque Chile merece una Constitución escrita por todos los chilenos.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Natalia Castillo .

La señora CASTILLO (doña Natalia).-

Señora Presidenta, por su intermedio, quiero partir saludando a las organizaciones de mujeres que se encuentran en las tribunas y a los representantes de nuestros pueblos originarios, que han sido excluidos permanentemente del debate democrático.

(Aplausos)

Hoy estamos en una de las discusiones más importantes que hemos tenido en este Congreso, sin duda, la más importante desde los años 90.

Nací en el año 1982. Soy hija de una familia de izquierda, que fue perseguida. La dictadura se quedó con mi infancia, y no solo con la mía, sino con la de una generación completa.

Si estamos discutiendo esto hoy no es por la generosidad de nadie, no es por los partidos políticos, no es por nosotros, los parlamentarios y las parlamentarias, sino gracias al pueblo de Chile, al pueblo que despertó y exigió en todos los rincones de nuestro país terminar de una vez por todas y para siempre con la Constitución del tirano.

Mis compañeros y yo nos juntamos allá por el año 2011. Al calor de las protestas estudiantiles luchábamos por una educación gratuita y de calidad.

Después nos juntamos con otros y otras, que, desilusionados, habían renunciado a los partidos políticos tradicionales, y con otros que nunca se habían querido involucrar en la política. Formamos Revolución Democrática con la profunda convicción de que sin cambiar la Constitución del 80, que está llena de cerrojos y candados, se hace muy difícil, por no decir imposible, garantizar los derechos sociales, garantizar la vivienda digna, garantizar un verdadero sistema social.

Hoy solo tengo esperanza en todo lo que viene. Por fin tendremos la oportunidad como pueblo de tener una Constitución nacida en democracia, que probablemente para algunos no será perfecta –quizás para nadie será perfecta-, pero va a ser nuestra Constitución, no la de algunos, con la que a sangre y a fuego nos impusieron un modelo social, político y económico.

Son esos algunos, esos pocos, el 4 por ciento que hoy apoya al Presidente, quienes han tenido secuestrados nuestros derechos. Pero para que este proceso goce de la mayor legitimidad no bastan nuestros votos, no basta que aprobemos u honremos un acuerdo, como se ha dicho en esta Sala, sino que aquel le tiene que hacer sentido al pueblo. Por eso se debe incluir a los independientes, a los pueblos originarios, no con cualquier fórmula, sino con escaños reservados, porque es lo que merecen, porque llegaron antes que nosotros y porque son parte de nuestra historia y no les hemos sabido guardar el debido respeto.

(Aplausos)

También debemos garantizar la paridad de género, ya que somos el 51 por ciento de la población y nos han querido mantener escondidas en las casas, porque les conviene que las mujeres no estemos al frente. Ayer hubo un punto de prensa de Chile Vamos con puros hombres hablando de paridad. ¡Hablando de paridad! ¡Qué rostro de madera! Para que nadie se ofenda.

Le quiero hablar también a Renovación Nacional, que hace un tiempo señaló que había libertad de acción para sus parlamentarios. Les pedimos que hoy cumplan su palabra y no sigan castigando a sus diputadas, quienes valientemente, junto con mujeres de oposición, presentaron la indicación que asegura la incorporación, mejorando la ley de cuotas y contemplando asignación de escaños de forma paritaria. Quiero destacar que esa indicación fue elaborada ciento por ciento por mujeres politólogas de nuestro país, por las diputadas y las organizaciones feministas.

Por último, le quiero hablar a la centroizquierda. Sé que algunos tienen diferencias válidas y legítimas respecto del acuerdo, pero les pido que no nos perdamos, porque no hemos ganado nada. Hay un plebiscito que ganar en abril y para eso nos necesitamos.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Francisco Undurraga .

El señor UNDURRAGA.-

Señora Presidenta, el 15 de noviembre, tras, quizás, una de las semanas más críticas en cuanto a violencia e inestabilidad institucional, en la sede del Congreso en Santiago un grupo de presidentes de partidos y parlamentarios concurrimos voluntariamente a firmar el Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución. En él se definió que se avanzaría hacia un plebiscito en que se preguntaría a la ciudadanía si quiere o no una nueva Constitución y cuál sería el mecanismo para redactarla si triunfara la aceptación del cambio. Hasta acá, todo perfecto: apoyo total.

Ahora bien, para que el acuerdo se materialice, se lleve a cabo el plebiscito y se inicie el proceso constituyente no basta un simple documento firmado, por muy buenas intenciones que tenga, sino que ese documento debe transformarse en una ley de la república, y para eso tiene que pasar hoy día por el Congreso.

Acá, en específico en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, se empezó a complicar la cosa, porque un sector, la oposición, decidió agregar puntos a este proyecto que no eran parte del acuerdo, pasando por alto los puntos de consenso transversal y casi unánime, a través de votaciones minoritarias. Algunos de esos puntos son: escaños reservados para pueblos originarios, conformación paritaria del órgano constituyente y los mecanismos de representación de los candidatos independientes.

Yo, Francisco Undurraga , diputado de la república, vicepresidente de Evópoli, creo profundamente que es un imperativo ético asegurar más y mejor participación a las mujeres, a los pueblos originarios e independientes, pero estoy aún más convencido de que la palabra empeñada tiene valor y que los compromisos se toman para respetarlos.

Una cosa es que yo crea que debe avanzarse en paridad, y otra cosa muy distinta es que tenga derecho a imponer esa postura a quienes no creen en ella. Debo conversar, debo debatir, debo razonar y debo convencer.

Quienes se creen liberales y dicen que no aprobarán todo el pack demuestran ser políticos antiguos y misóginos, y parece que agotan su noción de libertad en proponer la eutanasia, la legalización de la marihuana y la agenda de género, porque olvidan fácilmente que una de las principales manifestaciones de la libertad es la de contratar. Nadie está obligado a firmar un documento, dado que existe total libertad para determinar el contenido del texto.

Un acuerdo es un acto libre al que nadie puede ser forzado. En el acuerdo por la nueva Constitución todos cedieron para llegar a un marco mínimo de entendimiento, y eso es lo que hoy votaremos y a lo que nos comprometimos. No vengan ahora a boicotear, presionar y amenazar con que se va a caer algo a lo que libremente muchos acá se comprometieron -y nos comprometimos por el solo hecho de que no se cumplen aspiraciones partidarias que, no obstante ser legítimas, no generan consenso. Porque así como es legítimo que yo piense que hay que avanzar en paridad, también es legítimo que otro no piense igual.

Hoy daré mi apoyo a todos los puntos que nos permitan avanzar en un nuevo proceso constituyente, sin dudar, con total convicción, porque quiero y creo que nos debemos sentar a hablar sobre la nueva sociedad que queremos, pero rechazaré las indicaciones, porque he actuado sin trampa y de buena fe en todo momento, según el proceso que libremente nos autoimpusimos.

Hemos presentado tres proyectos de ley que están en la Secretaría: para inclusión, para paridad, para que los independientes puedan entrar, y para que sean representados los pueblos originarios.

Ahí está nuestro compromiso, y lo discutiremos nuevamente en esta Sala.

Por su intermedio, señora Presidenta, pido al ministro que seamos capaces de dar debida agilidad al proceso, para que antes del 30 de enero esos proyectos estén con nosotros.

Porque creo en un Chile libre, en un Chile justo y en un Chile inclusivo, me la voy a jugar entero por la opción de cambio de la Constitución y de que el ciento por ciento de los constituyentes sean personas que no son parte del Parlamento.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Antes de continuar el debate, saludamos formalmente al representante del Ejecutivo, ministro secretario general de la Presidencia, señor Felipe Ward .

Tiene la palabra la diputada Andrea Parra .

La señora PARRA (doña Andrea).-

Señora Presidenta, estamos frente a un proceso histórico e inédito en nuestro país: pavimentando el camino para terminar con una Constitución Política de la República elaborada por un puñado de hombres, a puertas cerradas y de espaldas a una ciudadanía silenciada, amenazada, torturada y violentada.

Estamos habilitando el camino hacia un Constitución plenamente democrática, gracias, principalmente, a millones de chilenos y chilenas que han dicho “basta” a un modelo de desarrollo abusivo que garantiza el privilegio de unos pocos por sobre el bienestar de la mayoría.

Aunque llevamos más de treinta años denunciando los enclaves de nuestra Carta Fundamental, fueron las manifestaciones pacíficas las que consiguieron despertar y alertar al país en cuanto a que la norma principal que nos rige es una verdadera camisa de fuerza que nos ha impedido avanzar de manera más equitativa.

Fueron el estallido social, el malestar y la indignación ciudadana los que motivaron al mundo político a allanarse a un acuerdo con el propósito de cambiar la deslegitimada Constitución que nos agobia, una Constitución que no refleja el sentir de una comunidad diversa y que, adicionalmente, ha profundizado un sistema subsidiario que no garantiza derechos y que, por el contrario, concede predominio al mercado en materias tan sensibles como la salud, la educación, la vivienda y las pensiones.

Los parches aplicados a la Constitución desde el retorno a la democracia no han cambiado la génesis del modelo. Por eso es tan relevante que la política emergiera en la madrugada del 15 de noviembre, después de un mes de iniciado el estallido que visibilizó la tremenda fractura social que sufre Chile. La política apareció en pleno para encauzar, desde el disenso y las diferencias ideológicas, la construcción de una nueva casa de todos.

Costó tanto llegar a este punto, ha costado tanto terminar con la Constitución de Pinochet, que cuesta comprender cómo parte de la centroizquierda chilena se ha resistido a este acuerdo y cómo mañosamente ha intentado boicotear un proceso que ha sido su bandera de lucha.

Me lo esperaba de la derecha, pero no del progresismo, el uso de acciones dilatorias cargadas de desinformación e individualismo.

La política en espacios democráticos es colectiva, requiere generosidad y exige hacer cesiones, por lo que no deja de sorprender que algunos se hayan inclinado por la intransigencia y hayan optado por una postura maximalista, poniendo en riesgo incluso el itinerario constituyente.

Señora Presidenta, desde el PPD hemos hecho todos los esfuerzos posibles para mantener el acuerdo que se firmó hace casi un mes en la sede del Congreso Nacional en Santiago.

Nuestro interés es terminar con la Constitución de Pinochet. En consecuencia, no estamos disponibles para poner en riesgo la consecución de este objetivo, y no recurriremos a maniobra alguna que retrase la aprobación de este proyecto, que fue consensuado en la comisión técnica.

Una nueva Constitución para Chile es un imperativo. Así lo manifestaron casi dos millones de personas el pasado fin de semana; así lo expresó el 92 por ciento de los participantes en la consulta municipal.

Por lo tanto, cualquier acto que obstaculice ese propósito daría la espalda, no a los partidos ni a los parlamentarios que firmaron el acuerdo en noviembre, sino a la inmensa mayoría ciudadana que respaldó esta opción hace unos días.

Mi posición respecto a preservar el acuerdo firmado no se contradice con mi profunda convicción de garantizar una mejor representación en el órgano constituyente. Chile merece una convención ciento por ciento elegida para tal efecto, con paridad de género, con escaños para los pueblos originarios y con independientes en su conformación. Eso sería un ideal democrático.

Relevar esta maduración civilizatoria sería un tremendo orgullo para nuestra sociedad; sin embargo, convivimos con una derecha cavernaria que, con argumentos propios del siglo V antes de Cristo, se ha negado a terminar con la exclusión. Esa derecha cavernaria, patriarcal y defensora del laboratorio neoliberal se ha mostrado en toda su dimensión durante este período. Esa derecha cavernaria ha amenazado incluso con dejar caer el acuerdo si insistimos en incorporar a más mujeres y a independientes y representantes indígenas en la convención constituyente.

Qué paradójico resulta autodefinirse democrático cuando detrás de sus argumentos está la exclusión.

Afirmar que la democracia se sustenta en la ecuación “una persona, un voto” es una falacia tan grande como decir que el sistema de desarrollo en Chile es tan justo como el de los países nórdicos.

Señoras y señores conservadores, la dinámica “una persona, un voto” sin cuotas, sin corrección afirmativa, sin escaños reservados para pueblos originarios y sin igualdad de condiciones para los independientes termina siendo un instrumento perverso para nuestra democracia.

Que quede claro: la derecha está marginando a las mujeres, la derecha está excluyendo a los pueblos originarios y la derecha está apartando a los…

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Ha terminado su tiempo, diputada.

Tiene la palabra el diputado Jorge Alessandri Vergara .

El señor ALESSANDRI.-

Señora Presidenta, hoy estamos ante un proceso histórico, quizás el más importante en que participará nuestra generación. Por eso es tan importante hacerlo bien.

Este acuerdo es la primera milla de muchas, el primer termómetro de cómo avanzará este proceso constitucional.

Hay temores en uno y en otro lado. En ese sentido, la labor del Parlamento es alcanzar acuerdos mayoritarios para que juntos disipemos esos temores. Necesitamos un proceso claro, transparente, democrático, con reglas, procedimientos y plazos claros; un proceso que entienda la desesperación de muchos ciudadanos y que sea capaz de lograr cambios de largo plazo para construir un Chile mejor.

Lo importante y honesto es que en este Parlamento no vendamos fórmulas mágicas, que no digamos a la gente que solo una nueva Constitución terminará con la pobreza, porque no es así. No digamos a los ciudadanos que existe o es posible más justicia social sin crecimiento y sin paz social, porque no es así.

Recordemos las palabras del Presidente Lagos: si no hay crecimiento, lo demás es música. Pienso y creo que la nueva Constitución debe profundizar y mejorar las instituciones que han hecho progresar a Chile: la separación de poderes, que es la mejor protección para los ciudadanos; la libertad de emprendimiento, que es la forma en que podemos poner nuestros talentos al servicio de la sociedad, creando empleo y riqueza; la subordinación de las Fuerzas Armadas al poder político, que permiten el correcto desarrollo de la democracia; la autonomía del Banco Central, del Poder Judicial, del propio Congreso Nacional, y tantas otras.

También hay que revisar aquellos aspectos que adecúan nuestras normas a este nuevo Chile, a este Chile de mayores ingresos, pero también de mayor desigualdad, a este Chile mayoritariamente de clase media, que necesita y exige nuevas garantías y apoyos del Estado.

Creemos y hemos creído siempre en una sociedad de seguridades, oportunidades y valores; seguridades para que por el solo hecho de haber nacido en esta tierra sepamos que esa persona tendrá un apoyo, un soporte, una educación de calidad y un punto de partida para que pueda desarrollar sus capacidades y talentos. Oportunidades para poder usar, potenciar, validar y desarrollarse como ser humano, según sus libres y particulares intereses y, finalmente, valores, como el valor de la familia, de la verdad, de la justicia y de la solidaridad.

El Estado, como gran llamado a redistribuir el dinero de nuestros impuestos, ha fallado. Antes de impuestos, nuestro país es tremendamente desigual, parecido a naciones como Alemania; el problema es que después de la redistribución que hace el Estado de Chile, prácticamente, la desigualdad no se mueve. ¿Es culpa de los que pagan impuestos? Yo pienso que no. Ojalá tengamos la visión y la honestidad para reconocer que esta nueva Constitución tendrá que requerir también un proceso amplio y profundo de modernización del Estado.

Hay muchos que estamos abiertos a analizar alzas de impuestos, pero solo si esos recursos van a ser gastados de tal forma que ataquen la desigualdad de oportunidades, que den herramientas a los más vulnerables para que puedan desarrollarse.

Cuando pensamos en una nueva Constitución, el primer ejercicio importante es que la ciudadanía se informe de lo que regula una Carta Magna. Por eso, me alegra saber que ha aumentado la venta de ejemplares de la Constitución Política en nuestro país.

Un segundo ejercicio es estudiar otras experiencias constitucionales, quizá elegir un país que admiramos constitucionalmente y un país al que no queremos seguir o al que no queremos imitar.

Este debate, tremendamente importante, es el que tendrán nuestros comisionados constituyentes de ganar el sí en el plebiscito de abril, o el que tendremos que hacer en el Congreso si ganara el no, porque estoy convencido de que los cambios y las reformas profundas llegaron para quedarse, ya sea redactando una nueva Constitución o haciendo reformas profundas a la actual.

Hoy votamos un camino, un memorándum de entendimiento que se traduce en una reforma constitucional, esa que permite un camino donde la ciudadanía es llamada a votar en plebiscitos de entrada y de salida.

Desde la UDI, con una presidenta mujer, una jefa de bancada de diputados mujer y una jefa de bancada de senadores que también es mujer, les decimos que estamos de acuerdo en que hayan más mujeres en la asamblea constituyente, pero no obligatoriamente.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Gonzalo Winter Etcheberry .

El señor WINTER.-

Señor Presidente, en Chile no ha habido pacto social alguno. ¡Nunca! Lo que hoy entendemos como Chile es hermoso, tiene momentos heroicos, pero es el resultado de una guerra de invasión de un imperio europeo, que esclavizó a las naciones que aquí vivían para extraer recursos naturales y pagar un crédito en El Cusco.

Luego, viene nuestra historia constitucional, donde hubo múltiples reglamentos constitucionales -liberales, conservadores, autoritarios, estanqueros, o'higginistas, pipiolos o federalistas-, pero siempre fueron decisiones de la oligarquía minera o terrateniente, siempre entre hombres, siempre entre hombres ricos y siempre entre hombres ricos que hablaban español.

Me atrevería a decir que la guerra que culmina con la batalla de Lircay es el verdadero antecedente histórico de la Constitución de 1833; es decir, ni siquiera la imposición de una clase sobre otra, sino de un sector de una clase sobre la otra y el resto del pueblo.

Con esa Constitución vigente, el antecesor de este Congreso decidió invadir la más antigua de sus fronteras, la del ancho y correntoso río Biobío, reconocido como frontera por la Corona española en 1612 y por la joven república, en el tratado de Tapihue, en 1825.

La Constitución de 1925 tiene entre sus antecedentes la agudización de la lucha de clases, proceso potencialmente democrático, pero clausurado por una operación de la élite, dirigida, en ese entonces, por el señor Alessandri .

Aún así, décadas después, esa Constitución elitaria, que nos permitió, aun con su origen, construir empresas públicas y un sistema público de educación, murió cuando un Presidente prometeico, como dijera García Márquez , atrincherado en su palacio en llamas, murió peleando solo contra todo un ejército, porque a la misma élite le disgustó que a las puertas del fundo el movimiento obrero y campesino comenzara a construir una república.

Entonces, sin mujeres, sin democracia, sin pueblos originarios, sin gente, se hizo esta Constitución, la de Lagos-Pinochet, cuyo resultado principal fue el desgarro de la sociedad, la consagración de la explotación y el devenir en irrelevante del ejercicio de la política, donde los millonarios tienen más poder que el Presidente, a menos que los millonarios sean el Presidente.

La historia constitucional de Chile es una historia de lucha de clases, de patriarcado y de colonialismo etnocida. En síntesis, la historia constitucional de Chile es una historia de la violencia y en estos dos meses y en esta hora de debate muchos han hablado de los violentistas. ¡Háblenles de violencia a las mujeres, háblenles de violencia a los mapuches, háblenles de violencia a los explotados! Les respondo citando lo que leí en una pared del centro de Santiago: “Les trajimos al centro la violencia cotidiana de la población”.

¿En qué contexto se aprobó esto? En un contexto en que la relación de la república con el pueblo mapuche está en pésimo estado luego del caso de Camilo Catrillanca ; en un momento de alza del feminismo y en un momento donde el Chile de los explotados se incendió por su propia tristeza.

La sociedad de consumo nos llevó a que el cambio climático, y, por ende, el fin del ser humano, ya no sea una utopía ni un capítulo de la Biblia, sino una posibilidad científica, y nuestro antídoto es acabar con esa violencia y remplazarla por la democracia, pero esa democracia tiene que ser con la inclusión de aquellos a quienes se les han impuesto todas estas órdenes violentas y estas Constituciones.

El señor Cruz-Coke , de la nueva derecha liberal, se ha devenido en el rostro amable del fanatismo de Chicago de la UDI; la diputada Ossandón -una diputada muy interesante dice que es pro paridad, pero que votará en contra, porque la UDI se enoja; Mario Desbordes , un hombre diferente, dice que está a favor de la paridad, pero que votará en contra porque la UDI no quiere. El enfrentamiento se ha develado ahora y como siempre es Chile contra la UDI.

Nuestra propuesta es cambiar el miedo de la élite por la sabiduría de este pueblo, con una asamblea constituyente verdaderamente democrática y participativa, que sea por primera vez democrática y donde cambiemos la violencia con que se ha ejercido el acto de ser república durante todos estos años, donde cambiemos lo que hoy algunos reivindican, de lado y lado -del lado de las AFP y de los que están en la calle-, ese derecho a la violencia, para que lo cambiemos democráticamente por un derecho a vivir en paz.

He dicho.

-Aplausos y manifestaciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Andrés Longton .

El señor LONGTON.-

Señor Presidente, hoy es el término del inicio de un acuerdo histórico, que se selló el 15 de noviembre recién pasado, y que culminó con un hecho muy significativo, y que fue la capacidad de los principales representantes de los partidos políticos de dejar por un segundo sus diferencias, precedido quizás de los días más difíciles que enfrentaba nuestro país en las últimas décadas.

No era fácil, y quizás pocos tenían esperanza en que aun en situaciones tan limites como las que vivimos, fuéramos capaces de ceder en nuestras inflexibles posiciones. Sin duda, esta fue quizás la prueba de fuego para una ciudadanía absolutamente decepcionada; ese momento era nuestra oportunidad para decirles a aquellos que ya no creían en nada que si éramos capaces de poner al país por delante y desprendernos de esas armaduras que a veces impiden empatizar a algunos políticos.

Esa foto en el Congreso Nacional, el día 15 de noviembre, fue para muchos el comienzo de una sensibilidad distinta, no solo en virtud de los hechos, sino porque realmente se había generado un punto de encuentro, con un denominador común: no podíamos seguir viendo sufrir a nuestro país. Por eso hoy les digo: lo que la humanidad unió aquel día, que hoy no lo separe la política.

Ese acuerdo histórico trajo muchos costos para todos, sin exclusión. ¿Qué decisión así de relevante no la trae? Son parte de la esencia de aquellos que ejercen cargos de representación popular.

Presidente, no confirmemos las sospechas de incredulidad de que este compromiso, con acuerdos ratificados y con un contenido claro hecho de cara al país, no se va a respetar; no convirtamos esto en un ring o en un campo de batalla; perdamos el miedo y, por esta vez, dejemos de hablar solo al electorado y hablémosle a todo el país.

Estoy a favor de la paridad de género, de las listas de independientes y de los cupos reservados para pueblos originarios. Por eso, ayer presentamos un proyecto de ley para avanzar en ese sentido, para que, en caso de que se elija esa alternativa, sea una realidad en el marco de elaboración de una nueva Constitución.

No voy a permitir la imposición de algunos, como el Frente Amplio y otros diputados de oposición, respecto de cómo se debe avanzar en estos temas, con indicaciones ingresadas a pocas horas de su votación, sin ningún tipo de reflexión y espacio de discusión entre todos los sectores, sumado al riesgo de romper un acuerdo histórico, ya que nunca estos temas fueron parte de los compromisos adquiridos. Esta es una irresponsabilidad y una deslealtad con quienes hicieron todos los esfuerzos y cedieron en sus posiciones, con el objetivo de que esto se aprobara en su integridad, con el texto acordado por los partidos y ratificado por los expertos de cada uno de los sectores.

Algunos optaron por ese camino, en vez del camino del entendimiento y del diálogo, en relación con temas que no con dificultad todavía se puede avanzar, con la idea de darles espacio a aquellos y aquellas que por barreras estructurales y culturales han sido postergados de la toma de decisiones, como son las mujeres y los pueblos originarios.

El gustito de algunos al introducir estas indicaciones es político y es una forma de minimizar los costos ante un eventual rechazo en sus redes. Quieren trasladarnos esa responsabilidad, con el riesgo de incumplir aquello que con sus firmas prometieron respetar.

Los que suscribieron el acuerdo tienen que dar explicaciones de por qué fueron más allá e incorporaron estas indicaciones, cuando podíamos haber dado otro paso significativo, a pesar de nuestras diferencias, y juntos avanzar en paridad de género, pero en un espacio distinto a este. Pero no; prefirieron congraciarse con los suyos por temor al rechazo, a pesar de que con aquello quizá se rompa el acuerdo más importante de los últimos treinta años. Con esto confirmarán los miedos y la decepción de mucha gente que hace rato ya dejó de creer en nosotros.

Voy a honrar el acuerdo: votaré a favor el mismo, pero no las indicaciones, con toda la disposición a avanzar en ellas lo antes posible, a pesar de la jugada poco leal de algunos.

A algunos les gusta hacer política-ficción por las redes sociales, para producir bandos; a mí me gusta hacerla acá, de frente, entregando la información completa y no a medias o tergiversada, para conveniencia de algunos, con el propósito de generar odios o rivalidades entre las personas.

Si no entendemos de una buena vez que esto no se trata de prevalecer a cualquier costo y dejamos de vernos como enemigos, difícilmente nos reconciliaremos como país.

He dicho.

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Por un punto de Reglamento, tiene la palabra el diputado Jorge Brito .

El señor BRITO.-

Señor Presidente, en función de que la sesión no comenzó a la hora, solicito extender un poco la misma, para que los parlamentarios de todas las bancadas puedan expresar sus fundamentos en torno a la importante votación de un proyecto de ley, probablemente por décadas el más importante que se haya discutido en esta Sala.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Diputado Brito , el acuerdo es votar hoy el proyecto. Durante la tarde debemos tratar el proyecto de ley sobre voto obligatorio.

Hay otras tareas, como son las comisiones, que han sido desplazadas por las sesiones de mañana y tarde que hemos tenido durante toda la semana. Por lo tanto, va a ser muy complicado extender esta sesión, no obstante que este Presidente tiene la atribución, ratificada por acuerdo de los Comités, de extenderla por treinta minutos.

En todo caso, dada la cantidad de parlamentarias y parlamentarios inscritos, solicito rebajar el tiempo de cada intervención de cinco minutos a cuatro minutos.

¿Habría acuerdo? No hay acuerdo.

Cuando finalice el Orden del Día, evaluaré si hago uso de la atribución de extender la sesión por treinta minutos, hasta las 15:00 horas.

Por un punto de Reglamento, tiene la palabra el diputado Jorge Rathgeb .

El señor RATHGEB.-

Señor Presidente, sé que es difícil distribuir el uso de la palabra, pero teniendo presente el tamaño de cada una de las bancadas, le pido que las más numerosas intervengan en proporción a la cantidad de parlamentarios que la integran.

Ello es de simple justicia.

-Manifestaciones en la Sala.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Solicito silencio.

Para claridad de todos y para evitar reclamos inoficiosos, la primera línea de inscripción corresponde al orden de las bancadas, lo que tiene preferencia; la segunda línea corresponde al orden de inscripción con proporcionalidad al tamaño de las bancadas y el número de Comités.

Así hemos estado operando, así nos hemos manejado, y seguiremos en esa línea.

Tiene la palabra la diputada Camila Rojas .

La señorita ROJAS (doña Camila) .-

Señor Presidente, el acuerdo y la comisión técnica no cerraron esta discusión: ni la discusión sobre paridad, ni la discusión sobre pueblos originarios, ni la discusión sobre la participación de independientes en el proceso constituyente. No se cerraron esas discusiones; por lo tanto, el espacio donde tenemos que discutir precisamente cada uno de esos temas es en el Congreso, y eso es lo que estamos haciendo hoy: la discusión legislativa sobre la composición del órgano constituyente, sea este una convención mixta o una convención constituyente.

¿Cómo se va a componer ese órgano? Nosotros, desde el Frente Amplio, creemos que tiene que ser un órgano paritario, que asegure escaños reservados para los pueblos originarios y que sea representativo de la sociedad. Por lo tanto, debe estar integrado no solo con militantes de partidos políticos, sino también con independientes. Para eso hay que generar condiciones. Esa es la votación que se va a desarrollar el día de hoy.

Ayer le pregunté a un diputado de Chile Vamos si iba a votar a favor de la paridad. Me dijo que le complicaba que no creyéramos en nuestras capacidades, que no creyéramos en las mujeres, que no creyera en mi capacidad. Pero, diputados y diputadas, esto no se trata de capacidades, porque el 23 por ciento de mujeres está en el Senado, el 22 por ciento de mujeres estamos en esta Cámara de Diputados, el 22,7 por ciento de mujeres está en el Congreso, el 17 por ciento de los cargos de primera línea de los principales ejecutivos son ocupados por mujeres: 11 por ciento en los directorios de empresas privadas y 28 por ciento en las empresas públicas. Si miramos el sistema judicial, de los 81 presidentes de la Corte Suprema nombrados en sus casi doscientos años de historia -¡doscientos años de historia!-, ninguno ha sido mujer.

Entonces, ¿se trata de capacidades? Por su puesto que la respuesta es no. No se trata de capacidades. Las mujeres somos el 51 por ciento de la población.

(Aplausos)

Sin embargo, en cada uno de los espacios que he mencionado, sea el Poder Judicial, el poder político, las universidades, cualquier espacio que se les ocurra, la participación en los espacios de decisión va a estar tomada por los hombres.

¿Se trata de nuestras capacidades? ¡No! El problema es otro. Me acordé de la película Machuca , específicamente de una escena que se podría aplicar precisamente a este problema, en que había una reunión de apoderadas y apoderados, y la mamá del protagonista decía: “Las culpables siempre somos las mismas. Esto es como tiene que ser. Y nadie los va a culpar a ustedes por seguir con esa historia. Yo me pregunto no más, ¿cuándo se harán las cosas de otra manera? ¿Cuándo se van a atrever a hacer algo diferente?”.

Esas son las mismas preguntas que nos hacemos hoy y que yo les hago especialmente a los diputados y diputadas de Chile Vamos: ¿Cuándo van a hacer las cosas de manera distinta? ¿Cuándo se van a poner con las mujeres? Porque lo cierto es que hoy el acuerdo no está en riesgo; lo que está en riesgo es su coalición.

Por eso, las diputadas de Renovación Nacional fueron coaccionadas para votar en contra hoy, porque lo que está en riesgo es su coalición. Yo les digo a ellas que hagan primar la valoración que tienen de las mujeres y la valoración de la participación de las mujeres en espacios de decisión política, y que no lo hagan por nosotras, las diputadas del Frente Amplio.

En la consulta que se realizó el pasado fin de semana, la suma de votos en las comunas en donde sí se preguntó por paridad dio como resultado que el 91 por ciento estuvo de acuerdo con la paridad.

Insisto en que no lo hagan por nosotras, porque esta decisión no tiene que ver con las diputadas que estamos de acuerdo con la paridad, sino con las mujeres de Chile que quieren participación política asegurada en el órgano constituyente, y eso solo se logra mediante un órgano que la asegure. No bastan las cuotas de entrada.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Luis Pardo .

El señor PARDO.-

Señora Presidenta, al igual que muchos parlamentarios de nuestra coalición, creemos que no es necesario un cambio de Constitución y que hay otras prioridades y otros mecanismos para resolver las demandas que la ciudadanía nos ha presentado en estos días.

Sin embargo, estamos concurriendo a un acuerdo que nuestro sector suscribió con un amplio espectro político, porque pensamos que esa es la forma correcta de hacer política: ponernos de acuerdo, y en torno a esos acuerdos honrar la palabra empeñada. Lo que hoy vamos a hacer es aprobar un mecanismo que no nos satisface en muchos de sus aspectos; sin embargo, estos forman parte del acuerdo.

Lamentamos sinceramente que haya diputados suscriptores de ese acuerdo que hoy, mediante indicaciones y votaciones separadas, pretendan alterar lo que fue un acuerdo de caballeros que se selló tras una larga negociación.

También lamentamos…

-Manifestaciones en las tribunas.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Pido guardar silencio a las personas que se encuentran en las tribunas, porque está interviniendo un diputado.

Puede continuar, diputado Pardo .

El señor PARDO.-

Señora Presidenta, también lamentamos la visión totalitaria de algunos intervinientes que pretenden que su fórmula, por ejemplo, para resolver el tema de la paridad, es la única válida. Podemos estar en desacuerdo con una determinada propuesta, pero es ilegítimo pretender que cada una de nuestras propuestas es la única mirada legítima, la única forma válida de resolver los temas, y coaccionar en la forma en que lo hacen.

Que yo sepa, nadie en nuestro partido ni en nuestro sector ha coaccionado a ninguna diputada. Nuestra posición respecto de esas indicaciones es que vulneran el acuerdo original y faltan al compromiso de haber votado hoy aquello que se acordó, lo que no significa que no estemos disponibles para debatir esos temas en una ley o en una discusión aparte y a tiempo para implementarlos con miras a los plebiscitos que vienen.

Sin embargo, pretender hoy pasar gato por liebre y señalar que quienes no compartimos una determinada mirada estamos imponiendo nuestra visión, cuando es exactamente lo contrario, me parece un abuso y una falta de respeto y de honestidad intelectual, que debe regir este tipo de debate.

Esperamos que lo que se acordó, y que fue parte de lo que hoy se va a someter a votación, sea apoyado por todos quienes se comprometieron. Todos cedimos y todos no compartimos muchas de las partes del acuerdo; sin embargo, tenemos la obligación de honrar nuestra palabra. Espero que no seamos traicionados, por lo menos, en aquellos puntos que fueron parte de ese acuerdo.

Respecto de las indicaciones que, a nuestro juicio, alteran y ensucian ese acuerdo, vamos a votarlas en contra y, por supuesto, las vamos a debatir en su mérito cuando corresponda y en la instancia que corresponda.

He dicho.

-Manifestaciones en las tribunas.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Reitero a las personas que se encuentran en las tribunas que tenemos que acatar estrictamente el Reglamento, el cual no permite que se manifiesten y menos que emitan improperios y descalificaciones hacia los diputados.

Queremos que se mantengan presentes en esta discusión, pero no podemos permitir este tipo de hechos. Si las manifestaciones continúan, vamos a desalojar las tribunas, y eso no lo queremos hacer.

Asimismo, pido solidaridad a las mujeres presentes. Necesitamos que en esta sesión histórica se mantengan las condiciones no solo reglamentarias, sino de responsabilidad y madurez, lo cual requiere escuchar a los parlamentarios y las parlamentarias.

Tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda .

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señora Presidenta, pido que cite a reunión de Comités sin suspensión de la sesión.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Muy bien, señora diputada. Cito a reunión de Comités después de que intervenga el diputado Karim Bianchi .

Tiene la palabra el diputado Karim Bianchi .

El señor BIANCHI.-

Señora Presidenta, hoy la legitimidad de toda la clase política está en juego. Es el día más importante luego del 18 de octubre, y es la respuesta que daremos a la ciudadanía, que con rabia se rebeló contra un sistema abusivo, injusto y desigual.

La diferencia entre hoy y mañana la marcará el voto que realizaremos en esta Sala. Le pondremos fecha a un plebiscito vinculante, en el que todas y todos los chilenos manifestarán si quieren o no una nueva Constitución; pero también hoy definiremos la forma en que elegiremos a quienes redactarán nuestra carta fundamental.

La importancia de la votación viene a responder estas preguntas: ¿Queremos asamblea constituyente de hombres y mujeres en igualdad de número? ¿Daremos la posibilidad a nuestros pueblos originarios de sentirse parte de Chile? ¿Volveremos a cometer el mismo error histórico de dejar fuera de carrera a los independientes? Es así de sencillo. Hoy nos jugamos la mínima credibilidad que tenemos.

Respecto de la paridad de género, para mí no existe duda alguna de que la nueva Constitución debe ser escrita por hombres y mujeres, y haré hincapié en las mujeres, ya que son ellas las que históricamente han sido discriminadas y excluidas. Quien niegue eso vive en otro mundo. ¡Todos aquí fuimos paridos por una mujer! ¡Y pucha que le han hecho bien a la renovación y a la mirada de este país! La equidad de género no es algo antojadizo. No es un acuerdo; es un derecho, y los derechos se exigen, no se negocian a las 3:00 de la mañana. Tampoco es una comisión técnica la que debe definir. Que hombres y mujeres, juntos, redacten una nueva constitución es lo que hoy nos debe mover.

Las diputadas que voten en contra ¿cómo explicarían a sus hijas que en el Congreso no les aseguran ser parte de una asamblea que escribirá una nueva constitución? Esta es la sociedad, la casa de todos, y no un colegio de curas al que solamente entran hombres.

Por eso es importante lo que votaremos hoy. Es nuestra última esperanza de legitimidad. No puede ser que las mujeres chilenas sean noticia en todo el mundo, pero que en su Cámara de Diputados no se les asegure ser parte en la redacción de nuestra constitución.

Los pueblos originarios son familias que pertenecen a culturas ancestrales y que tienen una conexión única con la tierra. Con el más legítimo derecho tienen que participar en una Constitución, después de años de exclusión. No nos olvidemos de ellos, ya que fueron ellos los que le dieron fuerza al Chile que despertó. No es posible una constitución que no asegure a los kawésqar, a los selknam ni a los onas un espacio en nuestra casa.

Que las manifestaciones que congregaron a millones de personas hayan tenido como bandera de lucha nuestra bandera mapuche no es coincidencia. Los chilenos los valoramos y la calle los respeta.

Por ello, como Cámara de Diputados debemos tener el deber moral de abrirles paso para que se manifiesten y contribuyan a construir la nueva Constitución.

Por último, los independientes. Sin independientes no hay Constitución representativa; no sería una Constitución de todos los ciudadanos. No solo debemos garantizar la paridad de género y la participación de los pueblos originarios. Todas y todos deben participar: personas con capacidades distintas, dirigentes vecinales, sociales y gremiales. Todos y todas deben competir en igualdad de condiciones. No más monopolio partidista. Debemos avanzar hacia elecciones participativas, en las que los mejores y las mejores lleguen al Parlamento, sin deberles favores a partidos. Ese es un principio de igualdad ante la ley. No existe alguien con más derecho a decir que Chile despertó que un independiente que ha marchado en cada una de las calles de nuestras ciudades. Ellos fueron los que se levantaron contra el Estado opresor. Es gracias a ellos que hoy tenemos una Constitución con fecha de vencimiento, pero no para dar un cheque un blanco a los partidos políticos, que si bien son necesarios, no representan a la mayoría.

Una Constitución redactada por un dictador vive sus últimos días gracias a los independientes, no gracias a la clase política, que es vista como parte del problema precisamente por decisiones como esta, que lo único que hacen es mantener una idea impuesta por la fuerza de las armas.

Hoy veremos quién es quién. Hoy veremos si la derecha utilizará la última votación para defender la Constitución que solo ella redactó. Hoy veremos quiénes están. Hoy veremos si con las mujeres, con los independientes y con los pueblos originarios vamos a defender este nuevo modelo y no el que le pagaba las campañas políticas a la derecha.

Sabemos que este no es solo un problema constitucional, sino institucional, pero este es el primer paso para empezar a construir el país que merecemos, más justo y menos desigual.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Florcita Alarcón .

El señor ALARCÓN.-

¡Hola, hola, hola! ¡Qué rico! Esto parece una fiesta, así que no tengamos problemas con lo que grita la galería. Seamos más soportables con eso.

Nunca pensé que como un simple artista podría votar aquí hoy en esta cosa tan importante, sin ser un experto político. Envío un beso a mi mamá, que me debe estar mirando.

He participado en diferentes comisiones, apoyado por mis asesores. Actualmente, en la comisión investigadora de Junaeb he visto con sorpresa que un organismo de gobierno está constituido casi como un campo propicio para la corrupción, con ninguna o muy poca fiscalización, despidiendo dotación y externalizando funciones. Lo mismo pasó con los trabajadores de Televisión Nacional. Televisión Nacional es mi hogar de nacimiento. Me pregunto por qué pasa todo esto, y mis asesores me responden: “Esta es la Constitución de Pinochet, subsidiaria, presidencialista.”. Entonces, caigo en cuenta de que necesitamos una nueva Constitución, poderosa, vital, oxigenada, luminosa, nacida directamente de una asamblea constituyente, donde estén presentes todos los habitantes de mi país: artistas como yo, científicos, poetas, dueñas de casa, zapateros, deportistas y todo el pueblo de Chile. Una Constitución del pueblo y para el pueblo.

Por supuesto, votaré en esta ocasión por la paridad de género, por la representación de los pueblos indígenas –de quienes forma parte el alcalde de Lumaco, a quien saludo-, y también por los independientes. ¡Al fin todos ellos, todos acá!

Y les digo que me vista como me vista, ridículo o no ridículo, me salte la reja del Congreso, me equivoque, siempre he sido, soy y seré alguien que vota por el pueblo..........

He dicho.

-Aplausos.

-Los puntos suspensivos corresponden a una expresión eliminada de acuerdo con el artículo 10 del Reglamento.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Patricio Melero Abaroa .

El señor MELERO.-

Señora Presidenta, el acuerdo de la noche del 15 de noviembre por la paz y la nueva Constitución fue firmado por once partidos políticos, democráticamente elegidos, con representación parlamentaria, y solo se auto marginaron dos: el Partido Comunista y un sector de los partidos del Frente Amplio. Se hizo en sede legislativa, en el Congreso Nacional en Santiago, por diputados y senadores legítimamente elegidos, que en su totalidad suman más de 7 millones de votos, con los que fuimos respaldados para estar en el Congreso Nacional. Por consiguiente, nadie puede cuestionar la legitimidad de ese acuerdo y la firma de él en la forma en que se hizo, en un proceso que además se realizó con un sistema proporcional que dejó de lado el sistema binominal como forma de elección de los parlamentarios.

Ese fue un acto de buena fe, de transversalidad política, en un momento muy difícil y muy complejo que vivía Chile. Quienes lo suscribimos, sentíamos honestamente que, de no hacerlo, estaban en juego nuestra democracia y su proyección futura. En esas circunstancias lo firmamos y es importante no olvidarlo.

Por ello, qué importante es hoy resaltar la frase del Presidente del Senado, el PPD Jaime Quintana, cuando dijo: “Este es un día histórico para Chile. Desde hace tres décadas que se ha intentado muchas veces cambiar la Constitución. Hoy la ciudadanía lo ha hecho posible. Esta es una victoria para todo el país”.

¿Qué dijo la senadora Rincón, de la Democracia Cristiana, esa noche? Señaló que no olvidemos el 15 de noviembre, que es un día histórico para construir un nuevo pacto social por una nueva Constitución para Chile, que realmente es emocionante este proceso.

¿Qué dijo el presidente del PPD, Heraldo Muñoz ? Resaltó el valor del acuerdo de una nueva Constitución y sostuvo que hoy nacía una nueva democracia.

Y Gabriel Boric , tan maltratado por haber concurrido con su firma, gesto que reconozco y valoro en él, dijo que esa noche logramos abrir al pueblo de Chile la posibilidad de decidir mediante qué mecanismo vamos a redactar una nueva Constitución democrática y legítima para Chile.

Señora Presidenta, honorable Cámara, la importancia del acuerdo y el valor de la palabra y el compromiso empeñado esa noche no se puede dejar de tener presente hoy. El no hacerlo, a mi juicio, debilita futuros posibles acuerdos. Todos cedimos esa noche y no es leal ni responsable ni justo pretender, a estas alturas, modificar su contenido, más allá de lo acordado y firmado.

El número 4 del acuerdo es clarísimo en señalar que en el caso de la convención constitucional sus integrantes serán electos íntegramente para este efecto, de manera que la elección de quienes formaran parte del poder constituyente se hará de acuerdo con el procedimiento de elección de diputados y diputadas.

Honorable Cámara, lo que los partidos políticos firmamos esa noche no contemplaba cuotas especiales de género ni paridad; lo que firmamos los partidos políticos esa noche no contemplaba cuotas especiales de género y, por consiguiente, me parece que plantearlo hoy como una suerte de condición para reafirmar lo firmado la noche del 15 de noviembre no es justo. Es justo sí que por la vía de iniciativas de ley distintas quieran llevar adelante una forma de la naturaleza que les parezca, pero creo que hoy es importante defender el valor que tiene la igualdad del voto.

Es importante destacar que, de no garantizarse la igualdad del voto, se permitirá el establecimiento de escaños reservados de representación, lo cual, a mi juicio, constituye una distorsión del principio de igualdad ante la ley en materia de elegibilidad y, por ende, en participación. El principio fundamental de las democracias representativas es que opere el principio rector de un elector, un voto. Por tanto, no nos parece sensato que por el hecho de ser miembro de un determinado grupo, por muy legítimo que sea, se pueda sortear este principio.

Finalmente, se trata de un principio elemental de nuestra democracia. Es incompatible con la democracia que el voto sea cercenado, restringido y dirigido ex ante, obligando a los individuos a ser representados por quienes no obtuvieron mayorías o que, lográndolas, lo hicieron gracias a una ilegítima ventaja, cuando se pretende establecer una cuota.

Es la libertad del voto lo que tiene que prosperar y los chilenos decidiremos quiénes serán nuestros constituyentes.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Carolina Marzán Pinto .

La señora MARZÁN (doña Carolina).-

Señora Presidenta, hace exactamente dos meses, un 18 de octubre, sucedió un hecho en nuestro país, que aunque en su génesis aquel día fue tildado como una acción que no prendió, hoy, 61 días después, nos encontramos acá prendidos y debatiendo.

Esto es respuesta a todas las movilizaciones pacíficas por demandas justas que buscan reivindicar la dignidad social.

El pasado 15 de noviembre se celebró un acuerdo histórico entre diversos partidos que representaban transversalmente al pueblo de nuestro país, como una señal de que somos capaces de dialogar, de conversar, de encontrar puntos en común; un ejercicio que debemos retomar, porque –recordemos somos la voz de quienes representamos, la voz de las familias, de los adultos mayores, de las mujeres, de los pueblos originarios, somos la voz de todo un país.

No podemos pensar en lo que nosotros queremos, sino en lo que las personas necesitan y demandan. Debemos abolir esta consigna egoísta, en un momento en que en el país debemos ser más colectivos que nunca. Debemos apoyar este gran paso que se dio, que no es de nosotros, sino del pueblo chileno.

Es un imperativo aprobar este proyecto de reforma, con el fin de que podamos tener nuestro proceso constituyente. Es un imperativo aprobar las ideas de paridad de género en la composición del mecanismo y de escaños reservados para pueblos originarios, porque esta instancia legislativa debe ser esencialmente representativa.

Estamos en un momento histórico decisivo, donde el país nos está mirando, donde el mundo entero nos está observando, para dar cuenta de un país con la madurez necesaria y a la altura de un proceso de esta envergadura.

Hace un par de semanas estuvimos en un trawün en Quillota, comuna del distrito que represento, junto con representantes de pueblos diaguitas y mapuches. Fue un diálogo emotivo y muy especial respecto de los desafíos que nos plantea el proceso constituyente y la necesidad de ellos y de ellas de sentirse representados.

Constituye un mínimo de justicia que el mecanismo que defina la nueva Constitución sea representativo de los pueblos originarios en su integración. La legítima expectativa de estas comunidades es una aspiración de años, una demanda histórica de tener reconocimiento constitucional y que, esperemos, esta sea la oportunidad que nos consagre como un Estado plurinacional.

Otro aspecto esencial es la representatividad de mujeres, porque, tal y como lo plantea la profesora Leslie Sánchez Lobos, haciendo un poco de historia constitucional, la Constitución de 1833 fue elaborada por 36 personas, solo hombres; la carta fundamental de 1925 fue redactada por 12 personas, solo hombres; en la del 80 se logró avanzar, hubo participación de dos mujeres y siete hombres.

En terreno, en mi distrito N° 6, estamos realizando avances sobre el proceso constituyente, conversando, en instancias de diálogo y espacios de discusión en que muchas mujeres me han comentado la necesidad de sentirse representadas. Mujeres de Quilpué, de Quillota, de Rinconada, de San Felipe, de Los Andes, etcétera, quieren y exigen una convención paritaria, y cito la frase de una destacada periodista que dice: “No nos perdamos la oportunidad de recibir el aporte de las mujeres en este momento en que más que nunca necesitamos ampliar la perspectiva”.

La composición debe ser justa y representativa: sí a los pueblos originarios, sí a la paridad de género, sí a la participación de independientes,…

(Aplausos)

…sí a lo aprobado en comisión y sí al compromiso con Chile.

¡Nunca más sin nosotras! ¡Nunca más sin el pueblo de Chile!

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Gabriel Ascencio .

El señor ASCENCIO.-

Señora Presidenta, hay oportunidades en que la historia pone a prueba a una generación completa.

El 18 de octubre, la injusticia acumulada durante años estalló e hizo temblar a Chile, movilizando a millones de personas desde Arica a Magallanes. Una generación completa de hombres, mujeres y jóvenes ha sido puesta a prueba.

Nuestro país se construyó sobre la base de una institucionalidad impuesta en dictadura, sin una validación democrática, con una Constitución aprobada en forma fraudulenta y por la fuerza. Por más modificaciones que haya tenido, siempre mantuvo su ilegitimidad de origen y los principios abusivos en favor de un sector minoritario de la sociedad chilena, que se mantienen hasta hoy. Esa es la institucionalidad que agoniza.

Lo que nosotros decidamos hoy será la institucionalidad del mañana, más justa, democrática, solidaria, comunitaria, paritaria, con inclusión de nuestros pueblos indígenas.

En el Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución, participó la inmensa mayoría de los actores políticos. Sin desmerecer a nadie, destaco el rol de Mario Desbordes , de Gabriel Boric y de nuestro presidente, Fuad Chahin , como asimismo saludo a los miembros de la Comisión de Constitución de esta Cámara, que trabajaron arduamente por concretar este acuerdo, encabezados por su presidente, el diputado Matías Walker .

Hoy, debemos aprobar el acuerdo alcanzado, lo que la mayoría del país y de quienes estamos en esta Sala buscamos, aun cuando algunos se quieran refugiar en los quorums de la Constitución que muere para no permitir que avancemos, más rápido y más generosamente, a favor de los ciudadanos que reclaman la integración efectiva de las mujeres postergadas, de los pueblos originarios invisibilizados y de aquellos que, con mucha razón, quieren representarse por sí mismos y no por los partidos, porque no los entusiasmamos.

En este día especial, recuerdo a Eduardo Frei Montalva , quien en el famoso acto del Caupolicán, al rechazar la Constitución de la dictadura, señaló: “no sigamos dividiendo al país entre patriotas y antipatriotas, entre buenos y malos; eso conducirá indefectiblemente a una catástrofe”. Con esta frase, lamento los extremismos y maximalismos que hoy ponen en peligro este acuerdo constitucional. Señalamos que es un error histórico el que algunos importantes sectores políticos no se integren con todas sus fuerzas a este proceso.

Los democratacristianos queremos responder al mandato de la historia. Nos hemos propuesto avanzar hacia la construcción de una institucionalidad que permita que todos los chilenos -¡sí, todos! se sientan cómodos en esta casa común, como suele nominarse a la Constitución. Pero no es una casa común aquella que permite que unos exploten a otros, no es una casa común aquella que permite que unos vivan con muchísimo más de lo que necesitan y otros sean humillados todos los días por no poder alimentar razonablemente a sus hijos y educarlos, proteger a los más viejos, darles salud cuando lo necesitan o una pensión digna. Tampoco es la casa común si se segrega a los que vivían acá desde siempre o se margina a las mujeres de las posiciones de dirección en todos o en cualquier ámbito. ¡Qué emocionante ha sido ver, día a día, la performance creada por mujeres chilenas recorrer el mundo con una fuerza incontrarrestable, un grito de mujer chilena que exige al mundo algo tan básico como igualdad, respeto, dignidad!

Señor Presidente, esta Sala tiene la obligación principal de entender qué significa el despertar de Chile, que, como decían los estudiantes por allá en el París del 68: “No puede volver a dormir tranquilo aquel que una vez abrió los ojos”.

Los democratacristianos intentamos entender el sentido y contenido de la demanda popular, que se encuentra con lo que ha sido nuestra razón de existir: la búsqueda de la justicia social como aspiración para la construcción del bien común.

Ojalá levantemos nuestras voces para gritar sin tapujos el cambio de Chile. Que se escuche por campos y ciudades como la respuesta de esta Cámara de Diputados a quienes siguen gritando en las calles, las plazas y los barrios ya por más de dos meses. En honor de esos millares de compatriotas que siguen luchando, por las familias de los muertos, por los miles de detenidos, por los cientos de mutilados y heridos, por las mujeres abusadas o los que perdieron su trabajo, en honor a todos ellos los democratacristianos votaremos a favor, honrando el acuerdo alcanzado, para seguir intentando construir aquel Chile que nos exigen los millones de compatriotas que hicieron despertar al país.

Por eso, la bancada de diputados de la Democracia Cristiana hoy vota a favor del acuerdo político para la nueva Constitución. Por la convención constituyente, que es lo mismo que asamblea constituyente; por la paridad de género, por la adecuada representación de los pueblos originarios, por la igualdad de oportunidades para listas de independientes, hoy los democratacristianos votamos a favor de Chile.

He dicho.

-Aplausos.

-o-

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

El señor Prosecretario dará lectura a los acuerdos de los Comités Parlamentarios.

El señor ROJAS (Prosecretario).-

Reunidos los jefes de los Comités Parlamentarios, bajo la presidencia del diputado señor Flores y con la asistencia de las diputadas señoras Marcela Hernando , Carmen Hertz , Claudia Mix y Alejandra Sepúlveda , y de los diputados señores Ascencio , Auth , Carter , Celis, don Ricardo ; González, don Félix ; Molina , Rathgeb , Rocafull , Urrutia, don Osvaldo , y Vidal , acordaron por unanimidad lo siguiente:

1.- Ampliar la sesión ordinaria del día de hoy hasta las 17.00 horas y votar el proyecto que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República (boletines Nos 11173-07, 7792-07, 7769-07, 10193-07, 10014-07, 12630-07 y 13024-07) al término de ella.

2.- Reducir el tiempo de intervenciones para la discusión del proyecto señalado en el punto anterior a cuatro minutos y cerrar las inscripciones.

3.- Postergar el inicio de la sesión especial convocada para hoy a las 17.00 horas hasta treinta minutos después de terminada la sesión ordinaria.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Entonces, haremos los ajustes de acuerdo con lo que definieron los Comités.

-o-

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Karol Cariola .

La señorita CARIOLA (doña Karol) .-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a los compañeros de los pueblos originarios presentes.

¡Mari mari, lamngen!

Asimismo, saludo a las compañeras feministas que se encuentran en las tribunas.

(Aplausos)

Para nadie es un misterio -lo hemos dicho en todas partes de forma clara y sincera que el Partido Comunista de Chile tiene diferencias políticas importantes con respecto al acuerdo firmado el 15 de noviembre. Son diferencias políticas de fondo y de forma. Lo hemos dicho transparente y públicamente.

Sin embargo, también hemos dicho que eso no nos deja afuera del proceso constituyente, del cual hemos decidido participar activamente desde que se inició, no el 15 de noviembre, con el acuerdo que se firmó entre un grupo de partidos políticos, sino el 18 de octubre, en la calle, con el pueblo movilizado.

En la forma, lamentamos que el acuerdo se suscriba de madrugada, extrañamente de noche, mientras el pueblo dormía. Y tal como lo dijo un colega de Chile Vamos, efectivamente es un acuerdo “entre caballeros”. Porque es real y triste ver que en esa foto empaquetada nuevamente había casi puros hombres, salvo dos o tres excepciones que formaron parte de cómo se gestaba este acuerdo. Se firmó, además, con la ausencia total del diálogo de representantes y organizaciones del mundo social, lo que a nuestro parecer es inexcusable e imprescindible por coherencia, por honestidad, por consecuencia. Si hubieran participado las organizaciones sociales en la elaboración y firma de este acuerdo, me pregunto, ¿se habría quedado fuera la paridad? ¿Se habría llegado a un acuerdo sin paridad 50/50 respecto de la participación de mujeres? ¿Se habrían quedado fuera los escaños reservados para los pueblos originarios y la participación de independientes? Yo creo que no, señor Presidente.

Si hoy no están estos puntos sobre la mesa y están fuera del acuerdo, es precisamente por la arrogancia política del poder, que no quiso abrir el proceso, sino que, al contrario, lo cerró.

¿Por qué? Por amenazas. ¿Por qué? Porque se planteó un plazo de 48 horas.

Hace algunos días escuché a la presidenta de Revolución Democrática decir en un foro que había actuado desde el miedo. Yo lo lamento. Lamento que algunos actúen desde el miedo, porque una de las razones que motivaron el movimiento social es precisamente haber perdido el miedo: el miedo al abuso, el miedo a aquellos que por años nos hicieron actuar bajo la amenaza de que solo se podían hacer las cosas “en la medida de lo posible”.

Este acuerdo lo pudo firmar y ser parte de él un parlamentario a título personal. Pero no pudieron ser parte de él las mujeres feministas, quienes dejaron todo en la calle; tampoco los trabajadores organizados ni los pueblos originarios. Nuevamente, una democracia liberal impuesta imponiendo los consensos entre cuatro paredes. ¡Insólito, colegas! ¡Insólito!

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, diputada Cariola . Tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda .

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señor Presidente, no es fácil hablar hoy, pero quiero plantear, primero, que para las mujeres nunca nada ha sido fácil. Así es como he empezado varios discursos en esta Sala.

Está sentada a su lado, señor Presidente, la Vicepresidenta, que también costó, no fue fácil que ella llegara ahí. Para las mujeres en política nada ha sido fácil. ¡Nada!

Lo que nosotras estamos pidiendo hoy, al ser el 51 por ciento de la población, es solo justicia, solo un derecho, un derecho respecto del cual uno dice: “Bueno, nuestras abuelas, nuestras madres lo pelearon hace muchísimos años, y hoy día para nosotras es y debería ser normal”. Y para las mujeres que están afuera de este Congreso pidiendo la paridad para este proceso ese derecho es normal. Esto es injusto y nos genera una rebeldía tremenda, porque no entendemos por qué en este acuerdo se olvidaron de ello. Porque negociaron mal, porque se olvidaron, porque hoy día dicen en todos los tonos por qué no está en este acuerdo.

Uno escucha decir que nos estamos dando gustitos políticos. ¡Este no es un gustito político, sino una necesidad de la ciudadanía, del pueblo de Chile, que hoy, a través del plebiscito municipal, en 91 por ciento dijo estar de acuerdo con que las mujeres estuvieran representadas en 50 por ciento!

Si se habla de los pueblos originarios y se dice que necesitamos cupos diferenciados, distintos para ellos, es porque este país necesita integrar esa visión, su visión distinta, su cosmovisión, su forma de pensar, de sentir, de relacionarse con el medio ambiente, que son distintas a las nuestras. Eso debe quedar incorporado en la nueva Constitución. Esa visión es importantísima. ¡Pero este acuerdo tampoco los consideró!

(Aplausos y manifestaciones en las tribunas)

Entonces, ¿saben una cosa? Negociaron mal.

Nos dicen, además, que los independientes -estos independientes, señor Presidente, ¡estos independientes!, que salieron a la calle, no solo en Santiago, sino en todas las regiones del país ¡tampoco van a tener derecho!, ¡tampoco van a tener derecho, señor Presidente! No van a tener derecho, porque ustedes negociaron mal.

Negociaron mal, porque los independientes no van a ser capaces de reunir la cantidad de firmas que se les pide, por lo que no quedarán representados. Ellos son los que lucharon y nos trajeron hasta este punto. ¡Fueron ellos!, pero no tendrán poder de representación.

Ese es el problema, y el de los dos tercios, porque es un verdadero candado, señor Presidente, un candado que viene de allá para acá. Eso tampoco se negoció bien.

Entonces, en definitiva, este acuerdo es el fruto de un chantaje -lo digo con todas sus letras: un chantaje-, porque lo que han estado diciendo es que habrá golpe de Estado. Han dicho por todos lados que va a haber golpe de Estado, golpe de Estado y golpe de Estado. Por eso negociaron mal.

Se mutilaron, se mutilaron y se mutilaron. Estas tres o cuatro cosas que estamos diciendo: paridad de género, la capacidad de los independientes, los dos tercios, está en la esencia de ustedes, y se mutilaron.

Estábamos por ir a la asamblea constituyente y por votar a favor, pero con esto, no.

He dicho.

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Paulina Núñez .

La señora NÚÑEZ (doña Paulina).-

Señor Presidente, desde hace casi cuarenta años la política democrática se ha desenvuelto, con sus defectos y sus inevitables tensiones, dentro de los cauces de la Constitución vigente.

La Constitución vigente ha sido eficaz, ha impuesto un orden que, aunque imperfecto, nos ha permitido resolver los problemas dentro de un marco institucional y en paz, conforme a las reglas que nos hemos dado y con vigencia del Estado de derecho.

La Constitución que nos rige también ha permitido, ya casi durante cuarenta años, la vigencia de una democracia que, aunque con imperfecciones, como dije, ha hecho que sean los ciudadanos, en elecciones periódicas e informadas, quienes decidan las autoridades que los gobiernan y con alternancia en el poder.

También durante la vigencia de la actual Constitución se ha expandido notablemente el disfrute de los derechos económicos y sociales, gracias al crecimiento económico, a la reducción de la pobreza y a la implementación de políticas públicas que han garantizado, a todo evento, algunos mínimos de salud y de protección social.

Ciertamente, estos logros tienen sus oscuridades, pero ninguna de ellas logra opacar la verdad esencial de lo que he afirmado.

Hasta aquí, la Constitución que nos rige ha logrado las dos metas a las que, desde una perspectiva democrática, liberal y republicana, aspira cualquiera de su género: regir eficazmente las diferencias políticas, garantizando el orden, el goce de las libertades y un crecimiento de disfrute de derechos.

Ciertamente, no es solo su mérito, pero esos logros se han dado bajo su vigencia.

La paradoja, sin embargo, es que la Constitución que nos rige es problema para Chile, y lo es porque carece del aprecio que las constituciones necesitan para continuar asegurando que se resolverán los conflictos conforme a sus disposiciones.

Cualquiera que sea la razón que asista a quienes la denominan la Constitución de Pinochet, la Constitución tramposa u otros epítetos semejantes, se ha instalado una insatisfacción respecto de la Carta Fundamental. Las constituciones que no cuentan con el prestigio ciudadano suficiente no son buenas constituciones, cualesquiera que sean los logros que hayan permitido, pues ellas están llamadas a ser la palabra con que se zanjen las diferencias en una sociedad. Ellas son la última razón que se puede exhibir para superar una crisis en un país.

No podemos, entonces, darnos el lujo de vivir bajo la vigencia de una Constitución que no goza del aprecio popular que necesita. Cualquier carta fundamental que no tenga esa legitimidad, debe conseguirla.

La prudencia demanda que entremos en un proceso constituyente, y la prudencia debe guiar este proceso.

Ciertamente, el goce de los derechos sociales y culturales mínimos es un debate en curso en Chile, que tiene que profundizarse. Es lo que vamos a empezar a hacer a través de este Congreso Nacional y de este proceso constituyente, que espero que parta hoy.

Señor Presidente, en la madrugada del 15 de noviembre, a través de los presidentes de nuestros partidos políticos, fuimos firmantes, fuimos garantes de un proceso que estamos ofreciendo a nuestro país, para que tengamos un plebiscito de entrada, para que los chilenos que no están de acuerdo con una nueva Constitución también tengan una opción para decir: “No estoy de acuerdo con una nueva Constitución”, y para que los que sí están de acuerdo puedan marcar su preferencia. Pero también firmamos para que todos los chilenos decidamos si queremos una convención constitucional o una convención constitucional mixta, y para que, después del trabajo que hagan estos organismos, Chile decida si ratifica o no ese texto.

Quiero decir con mucha claridad que vamos a cumplir nuestro acuerdo, que vamos a votar este acuerdo, que vamos a avanzar en un proceso constituyente y, a través de proyectos de ley paralelos, para no tocar este acuerdo, vamos a avanzar en pueblos originarios, en paridad de género y en seguridad para los independientes.

He dicho.

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Maite Orsini .

La señorita ORSINI (doña Maite) .-

Señor Presidente, si ponemos un poquito de atención, vamos a poder escuchar a los cientos de mujeres que fuera de este Congreso piden no seguir siendo políticamente invisibilizadas, políticamente reducidas a un porcentaje que nada tiene que ver con la realidad.

Colegas, si ponemos un poco más de atención, vamos a escuchar no solo a las mujeres que están afuera, sino a los cientos de miles que sufren la exclusión sistemática; a los cientos de miles de mujeres que, para que ustedes vinieran a hacer política a este Congreso, para que los hombres fueran a hacer política a los sindicatos o que para que los hombres fueran a jugar fútbol, tuvieron que quedarse en casa cuidando a los niños y niñas. Y ni hablar de los millones de mujeres que postergaron o no desarrollaron sus estudios para que sus hermanos o esposos sí lo hicieran.

Quien crea que hablar de garantizar una constituyente paritaria es solo un problema del 2019 se equivoca brutalmente. Este problema es expresión de una deuda que tiene nuestro país desde que se llama Chile; este problema es la decisión deliberada de excluir durante siglos, y se ha manifestado no solo en la Constitución del 80, sino también en cada una de sus predecesoras.

Entonces, la pregunta es: ¿La UDI está disponible para garantizar algo tan elemental como una constituyente paritaria, con escaños reservados para pueblos originarios y que dé garantías a los independientes? Creo que Chile sabe cuál es su respuesta, y no lo va a olvidar.

¿Evópoli está disponible para una constituyente paritaria? Hace un año, cuando decía ser la nueva derecha, pensábamos que sí, pero hoy -ojalá me tapen la bocaestá actuando como la peor derecha del siglo pasado.

¿Y Renovación Nacional, señor Presidente? ¿Quién es realmente Renovación Nacional?

¿Las diputadas que valiente y democráticamente formaron parte de quienes presentaron una indicación a favor de la paridad, o es un grupo de hombres que, en clave patriarcal, decidió censurar el legítimo anhelo paritario de las diputadas? Ojalá que Renovación Nacional también me tape la boca votando a favor o que al menos lo hagan las diputadas que podrían verse enfrentadas a ese lugar inaudito de rechazar indicaciones presentadas por ellas mismas.

La paridad, señor Presidente, la paridad, diputados, es un asunto de equilibrio en la representatividad política y, por lo tanto, no es una ramificación de la democracia, sino un aspecto troncal de ella.

Por lo mismo, no podemos cargarle el mito de que discrimina o distorsiona. Lo digo muy claro: las cuotas no discriminan. Al contrario, lo que hacen es compensar los obstáculos reales que impiden a las mujeres obtener la porción que les corresponde.

Por otro lado, las niñas tienen derecho a soñar con ser presidentas de sus países y no encontrarse con un ministro diciendo que es mejor resolver lo de la paridad en otro momento.

(Aplausos)

Señor Presidente, las mujeres históricamente hemos sido un sector excluido, discriminado, violentado y empobrecido de la población chilena, por lo cual lo que corresponde es que este Congreso, en este proceso constituyente, se haga cargo de esa realidad.

La ciudadanía nos va a juzgar hoy tal como nosotros juzgamos históricamente a quienes se oponían al voto femenino. La ciudadanía va a juzgar a quienes tenían la posibilidad de actualizar la democracia, pero prefirieron seguir en una lógica discriminatoria de exclusión de la mujer.

El momento histórico dirá, entonces, si este Congreso se parece más a ese Congreso de 1949 o a aquel del año siguiente, que comenzó a derribar los muros que impedían la participación política de las mujeres.

Diputados y diputadas, los invito a derribar este nuevo muro y a permitir que las mujeres, los pueblos originarios y los independientes participen plenamente en el proceso constituyente con la representatividad que corresponde.

He dicho.

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Luis Rocafull .

El señor ROCAFULL.-

Señor Presidente, hace cuarenta años fue impuesta una Constitución sin padrón electoral, sin Congreso Nacional, hecha a la medida para que un dictador se quedara por ocho años al mando del país, con un plebiscito al término de ese período, en caso de ser aprobada su propuesta, que permitía su reelección por igual cantidad de años. Esa misma Constitución permitió que luego estuviera siete años como comandante en jefe del Ejército, y culminara su vida política como senador vitalicio. ¡Esa es la Constitución que todavía tenemos y que todavía respiramos!

Es importante mirar los hechos que estamos viviendo. Hoy el pueblo salió a las calles, porque se aburrió y reclamó por sus derechos. En ese momento dijimos: “¡Oh, no teníamos idea de lo que estaba pasando, no sabíamos lo que estaba sucediendo!”.

Espero que en marzo no digamos lo mismo, porque esto no va a parar acá. Celebro las manifestaciones pacíficas, que el pueblo se manifieste por sus demandas y que haya obligado a la clase política a ponerse de acuerdo, justamente para cambiar esta Constitución nefasta.

Ahora bien, cuando hablamos de una nueva Constitución y de un proceso constituyente, ambos deben estar de acuerdo con las expectativas y con los hechos que hemos vivido y que aún estamos viviendo.

Celebramos, nos sentimos orgullosos de nuestras mujeres por lo que han hecho y por sus manifestaciones; sin embargo, cuando llega el momento de constituir esta convención constituyente no garantizamos la paridad de género, no las consideramos. Ese es un tremendo retroceso. Chile no puede darse el lujo de negar a la mitad de su población su participación en un proceso tan importante e histórico.

Las constituciones no se cambian cada cuatro o cinco años. Por lo tanto, debemos ser consecuentes con lo que decimos todos los días, con la admiración que manifestamos por las mujeres. Esto no tiene que ver con los méritos, tiene que ver con que les hemos negado un espacio. Las mujeres tienen problemas para jubilar, tienen problemas con las isapres y ganan menos sueldo que los hombres, situación que vemos todos los días.

Por lo tanto, cuando tenemos una oportunidad histórica de hacer una Constitución participativa, una Constitución donde esté representado todo Chile, obviamente tiene que haber paridad de género; de lo contrario, será una Constitución excluyente.

Tenemos que hacernos cargo de la historia, y eso significa considerar a los pueblos originarios y a los pueblos tribales, en este caso, hablo de los afrodescendientes, que también deben estar presentes en este proceso.

La clase política debe estar a la altura de las demandas de la ciudadanía; debemos hacernos cargo y responsables de un proceso constituyente que garantice la más amplia participación de todo el país, porque todo el país debe ser responsable de la nueva Constitución. Por eso, no es posible que alguien quede excluido, porque eso acarreará frustración para una parte de nuestra sociedad, lo cual va a ir in crescendo.

En consecuencia, los invito a impulsar una Constitución realmente participativa.

He dicho.

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Francisco Eguiguren .

El señor EGUIGUREN.-

Señor Presidente, hoy vivimos en un país que está dañado, que está herido; en una sociedad que ha salido a la calle a expresar su malestar. En ese sentido, hay demandas que, sin duda, reflejan desigualdades e inequidades de las cuales todavía no hemos sido capaces de hacernos cargo.

El desafío que tenemos es reconstruir nuestra sociedad. En estos cuarenta días, Chile grita por justicia social y mejores pensiones.

¿Qué estamos discutiendo aquí? No es otra cosa que si seremos capaces de honrar la palabra empeñada por los líderes de todos los partidos políticos hace tan solo unas pocas semanas.

La ciudadanía de la cual todos hablan, esa que es aludida en cada intervención, que es nombrada como la madre de todas las decisiones, está observando, una vez más, si este club de amigos, el de los políticos, es leal y honra el acuerdo que firmó o le damos la espalda a nuestras propias declaraciones y a nuestros compromisos.

¡No le tengamos susto a los acuerdos! ¡Respetemos la palabra que hemos empeñado! ¡No les tengamos susto a los que van a votar a favor o en contra de una nueva Constitución! Más bien pensemos en el tema de fondo, cual es que Chile necesita una nueva Constitución. Vamos a trabajar en el itinerario del proceso que acordaron nuestros líderes políticos hace algunas semanas.

Respetémonos todos, no le tengamos susto a la convención constituyente, trabajemos para ello. Depende de nosotros que nos vaya bien y logremos una mayoría que refleje nuestras ideas, porque hoy la lucha es la de las ideas.

Estoy seguro de que en esta Sala una gran mayoría está por defender la propiedad privada y la libertad de emprendimiento. Manifestar lo contrario es no entender lo que está ocurriendo en el mundo, es atentar contra esos dos grandes valores.

Yo no le tengo miedo a la democracia, y menos le tengo miedo a que, al menos en esta oportunidad, como un gesto a un grupo tan importante como son las mujeres, se les reconozca su derecho, en consideración al aporte que han hecho a esta sociedad.

Las mujeres representan el 51 por ciento de nuestra población, pero se las ha degradado, por ejemplo, en las pensiones, donde hay una brecha de un 30 por ciento entre mujeres y hombres. Lo mismo sucede en materia de salarios y en el trato que les brinda la sociedad.

¡Juguémonos por la paridad! ¡Juguémonos por que ellas también tengan justicia en esta nueva etapa!

¡Cómo no hablar de los independientes! Ellos también necesitan cupos, como los pueblos originarios, y que realmente se les reconozcan sus derechos.

Renovación Nacional se la va a jugar por el acuerdo que se logró hace tan solo unas semanas, va a honrar su palabra. Más que la Constitución, nos preocupan las demandas sociales, nos preocupa lograr mejores pensiones.

Por eso, es necesario alcanzar un acuerdo en ese sentido. Queremos que todos respetemos los acuerdos, como el de una nueva Constitución.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Juan Antonio Coloma .

El señor COLOMA.-

Señor Presidente, hoy les quiero hablar a los partidos con verdadera vocación democrática, a los partidos con los que nos sentamos a conversar y con los que firmamos el acuerdo.

Lo digo, porque no le vengo a hablar ni al Partido Comunista ni al Partido Humanista, que durante estos días gritan, vociferan y reclaman, pero al momento de sentarse a conversar una vez más no estuvieron a la altura de las circunstancias. Lo digo precisamente porque en los momentos difíciles se ve la verdadera cara de la política, se ve cómo es cada uno y hasta dónde está dispuesto a entregar pensando en su país.

Por eso, hoy todos los partidos con vocación democrática debemos honrar la palabra, cumplir los compromisos y validar nuestras firmas. Los compromisos se cumplen como un todo; los compromisos no son en la medida de lo posible, no se cumplen porque me conviene; los compromisos se cumplen sin más.

Lo digo porque lamentablemente algunos parlamentarios presentaron indicaciones, en este caso el diputado Marcelo Díaz , del Partido Socialista, que buscan eliminar parte del artículo 142. Para mí se trata de una materia fundamental, porque se pone en el papel la posibilidad de que se rechace el plebiscito ratificatorio. La frase dice que si se rechaza el plebiscito ratificatorio, rige la constitución actual.

¿Qué pretenden? ¿Qué quieren que ocurra si se rechaza ese plebiscito? Los llamo a pensar en eso, a no dejarse llevar por una parte de la disidencia del Partido Socialista y a cumplir los acuerdos. No caigamos en la trampa de no respetar la palabra.

Al mismo tiempo, señor Presidente, a quienes legítimamente nos piden no modificar el Capítulo XV les digo que no tengan miedo a las elecciones, que no tengan miedo a trabajar por el “No” en abril. Lo digo porque quienes votaremos por el “No” lo haremos en defensa de la vida del que está por nacer y en contra del aborto libre. Defenderemos la familia como núcleo central de la sociedad; defenderemos el derecho a elegir la educación de nuestros hijos; defenderemos el derecho a la movilidad social. ¿O alguien cree que una Constitución impulsada por el Partido Comunista y el Frente Amplio nos va a dar más oportunidades en materia de movilidad social? Yo no lo creo.

Defendamos el derecho a emprender y defendamos la propiedad privada que algunos quieren coartar. Les digo sin complejos que defendamos la Constitución. Chile, aunque les duela, es el país de la OCDE que tiene mayor movilidad social; Chile, durante los últimos 40 años, redujo la pobreza de 40 a 8 por ciento; Chile es el país de la OCDE con la mayor cantidad de padres que piensan que sus hijos van a estar mejor cuando sean adultos; Chile pasó de tener 200.000 personas que estudian en la educación superior a 1.200.000; Chile es el sexto país del mundo donde el 40 por ciento de las personas más pobres ha subido o mejorado su situación económica de forma rápida.

En el plebiscito de abril salgamos a explicarle a la gente por qué esta Constitución ha permitido el desarrollo de este país, sin complejos y sin ambigüedades. Depende de nosotros salir a trabajar por el “No”.

He dicho.

-Aplausos y manifestaciones en las tribunas y en la Sala

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Raúl Soto .

El señor SOTO (don Raúl).-

Señor Presidente, colegas, hoy es un día histórico. Tenemos en nuestras manos la posibilidad de abrir un camino institucional a una nueva Constitución para Chile, la primera con origen democrático y participación ciudadana de nuestra historia. Hoy podemos empezar a construir un Chile nuevo, un Chile distinto, un Chile más justo, más equitativo y más solidario; hoy podemos perfeccionar, profundizar y consolidar definitivamente nuestra democracia para hacerla más participativa, más acorde y en sintonía con una sociedad y un país que cambió.

Hago un llamado, señor Presidente, a la responsabilidad política de todos los sectores acá representados. No podemos farrearnos esta oportunidad histórica, porque seguramente no se va a volver a repetir en muchos años, probablemente en décadas.

¿Por qué estamos en este momento histórico, señor Presidente? Estamos acá por el despertar del pueblo de Chile; estamos acá gracias al estallido social que hace exactamente dos meses hizo que el pueblo despertara, hizo que Chile cambiara, hizo que la gente, que millones de chilenos salieran a las calles a decir “basta de abusos”, a decir “basta de este modelo de desarrollo económico instaurado por esta Constitución de Pinochet de 1980”, que hoy queremos cambiar porque es tremendamente desigual, tremendamente inequitativa, tremendamente abusiva, que ha postergado a la clase media y a los vulnerables, a quienes además el Estado de Chile ha abandonado y dejado sujetos a los vaivenes del mercado.

Hoy el pueblo de Chile pide dignidad; hoy el pueblo de Chile pide cambios estructurales que permitan garantizar, por parte del Estado, con un rol protagónico, una calidad de vida mínima en dignidad en salud, en educación, en transporte, en pensiones, en salarios. ¡Dignidad!

Señor Presidente, hoy tenemos la responsabilidad de viabilizar que eso sea posible, que eso sea un objetivo y un norte común para cada uno de nosotros.

También debemos honrar el nombre de las víctimas de las violaciones a los derechos humanos durante estos dos meses; a las mujeres violadas y abusadas, a los apresados, a los agredidos, a los mutilados y a los que perdieron sus ojos. Todos ellos permitieron que esto sea posible; permitieron que la clase política entienda que el momento del cambio es ahora y que no vamos a tener otra oportunidad de que eso sea posible.

El éxito de este proceso constituyente depende de dos factores. En primer lugar, de la estabilidad política del acuerdo que debemos cuidar. Por eso, insisto, debemos ser responsables.

En segundo lugar –y aquí me quiero detener-, depende sobre todo de la legitimidad social, de la legitimidad ciudadana de todo el proceso, desde el día cero hasta el final, hasta la redacción de la nueva Constitución. El éxito de este proceso depende de la legitimidad del pueblo de Chile, porque ninguna Constitución tiene razón de ser ni se va a sostener en el tiempo si no tiene legitimidad en el pueblo, ni la actual ni la que va a venir.

No vamos a tener una nueva Constitución legítima si excluimos una vez más la posibilidad de que mujeres tengan representación paritaria e igualitaria en relación con los hombres. No vamos a tener una Constitución legítima sin nuestros pueblos originarios, los que han sido excluidos de nuestra sociedad durante toda nuestra historia republicana. Tampoco vamos a tener una Constitución legítima si dejamos fuera, una vez más, a los independientes. Si esta nueva Constitución legítima excluye estos tres factores, no vamos a volver a tener paz social.

Muchas gracias.

He dicho.

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Tohá .

El señor TOHÁ.-

Señor Presidente, un colega dijo hace un rato que esta era la votación más importante de los últimos tiempos. Agregaría que también es la más relevante de los tiempos que están por venir.

Hoy es un gran día para que la Cámara de Diputados, el Congreso y la institucionalidad de nuestro país se reencuentren con los ciudadanos y se pueda tener confianza en que el sistema democrático es capaz de resolver los problemas del país.

Durante treinta años tuvimos un período de luces y de sombras, de grandes éxitos que no voy a señalar, pero también de carencias que son indesmentibles. Fui actor y corresponsable de la tragedia de 1973. Tengo la convicción de que gran parte de esa tragedia se debió a que las fuerzas democráticas del país no fuimos capaces de llegar a los acuerdos que hoy buscamos.

La ciudadanía nos ha dado una última oportunidad. Tendremos éxito solo en la medida en que entendamos que el problema principal es político, el que solo tendrá solución en la medida en que sepamos construir una nueva Constitución para Chile.

Situaremos al soberano, igual que ayer, con una hoja en blanco y un lápiz en la mano para que nos señale el país que sueña construir.

No concuerdo con quienes le temen a la capacidad de la gente de a pie para tener la sabiduría para construir una Carta Magna que esté a la altura de los desafíos; así lo demuestran todos los estudios que se han hecho en distintos países.

Pero también están equivocados quienes piensan en una nueva Constitución monopolar, que solo represente a los que tienen una visión del país. En la Constitución deben tener lugar todas las fuerzas democráticas y quienes estén dispuestos a defender los derechos humanos y la solidaridad, que estén en contra de los abusos y a favor de la igualdad.

Yo quiero que a este gobierno, que en estos momentos vive momentos muy difíciles -al vivirlos el gobierno, también los vivimos como país-, le vaya mejor, pero para ello el gobierno y los partidos que lo soportan deben entender que la votación de hoy será una prueba de si hemos sido capaces de leer el mensaje de estas últimas semanas.

Hoy es el momento para rectificar. No seremos capaces de superar esta crisis sin entender que sin la participación de los independientes, sin escaños reservados para los pueblos originarios y sin paridad de género las manifestaciones continuarán y, posiblemente, aumentarán.

No le tengamos miedo a este ejercicio. El diputado Ignacio Urrutia anticipó el triunfo, pero no lo sabemos. Nosotros vamos a participar en democracia y estamos preparados para ganar o perder, y en esa dirección Chile hoy nos observa.

He dicho.

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Camila Vallejo .

La señorita VALLEJO (doña Camila) .-

Señor Presidente, lamento profundamente los términos en que se está dando esta discusión, porque pudo haber sido distinto. Tuvimos la posibilidad de que el acuerdo se construyera de manera distinta; tuvimos un momento histórico, que lo dio el pueblo de Chile; tuvimos una carta histórica suscrita por todos los partidos de oposición a favor de la asamblea constituyente; tuvimos la oportunidad de materializar la propuesta de una asamblea constituyente soberana, paritaria, con escaños reservados, y tuvimos la oportunidad de hacerlo no solo entre todos los partidos de oposición, sino también con las organizaciones sociales.

Pero aquí los partidos del orden tomaron una opción distinta y definieron un camino distinto, que fue un entendimiento, en primera instancia, con la derecha. Construyeron una cancha donde la medida de lo posible lo determina la derecha, donde las reglas del juego las determina la derecha, y el resultado de ese acuerdo -evidentemente, no podíamos esperar algo distinto era sin escaños reservados para los pueblos originarios, sin paridad de género, sin participación de los independientes y, además, con límites y amarres como el quorum de los dos tercios, que es la doctrina de Jaime Guzmán. Además, lo hicieron rápido, porque había miedo de la presencia militar en las calles, porque estaba la amenaza del golpe de Estado, que no sé de dónde la sacaron. Se suscribió un acuerdo entre gallos y medianoche en función del miedo. No es un acuerdo de la gran política; es un acuerdo que es fruto de una debilidad política, porque se actuó en función de la coacción y del miedo.

Pero aquí estamos y no podemos cambiar la historia del acuerdo. Hemos tenido que salir a explicar a jóvenes de dieciséis años, que salieron con toda su humanidad y sin miedo a las calles a pelear por una asamblea constituyente, que un grupo de partidos los dejaron fuera de participar por miedo. Es lamentable.

Hemos tenido que explicar que, aunque la convención sea paritaria -espero que, al menos, sea paritaria-, las mujeres van a tener que enfrentarse al mismo poder de veto que vemos de la UDI aquí, para luchar por sus derechos en la nueva Constitución Política, gracias al quorum de dos tercios.

Hemos tenido que explicar que la convención va a ser casi una réplica de este Congreso, casi un congreso constituyente, que fue la propuesta que originalmente rechazamos del gobierno.

Antonio Negri señaló la diferencia entre un poder constituyente originario y un poder constituyente derivado. La propuesta que hoy vamos a votar no es un poder constituyente originario, no es de plenos poderes y no es soberano, como lo dice el acuerdo explícitamente; es un órgano derivado, que tiene límites que fija este Congreso bajo la doctrina de Jaime Guzmán ; no es un poder constituyente originario ni soberano.

Sin embargo, a pesar del chantaje y de que se nos ha dicho que quienes no suscribimos el acuerdo somos antidemocráticos -incluso se ha llegado a decir que los que no firmamos el acuerdo no queremos una nueva Constitución-, nosotros les decimos, como respuesta, que vamos a participar de todo el proceso.

Evidentemente, queremos una asamblea constituyente, porque queremos que esta sea soberana y representativa del pueblo de Chile. Por eso hoy vamos a votar a favor de la paridad, a favor del plebiscito y a favor de los escaños reservados.

He dicho.

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Joanna Pérez .

La señora PÉREZ (doña Joanna).-

Señor Presidente, por su intermedio, saludo a los alcaldes, a los loncos, a las concejalas y los concejales de nuestro territorio, del distrito N° 21, de las comunas de Alto Biobío y Tirúa, en la Región del Biobío, y, por cierto, también a las mujeres que nos acompañan desde las tribunas.

Las movilizaciones por demandas legítimas mostraron una herida abierta entre nuestros compatriotas, por la desigualdad, los abusos e indolencias de un Estado y un mercado cruel que no los ha sabido defender, poniéndolos a ellos y ellas –a las personas en el centro de todo actuar, y enfrentándonos –todos con hechos de violencia y saqueos que enlodaron la demanda legítima.

Es así que luego de múltiples llamados a la paz, el 15 de noviembre se abrió una oportunidad, una esperanza para los chilenos y chilenas, para la clase política, para el futuro de soñar con una nueva Constitución nacida en democracia. Y los partidos concurrieron a esa firma; algunos se restaron, pero hoy tienen la posibilidad de sumarse a ese acuerdo, de cuidarlo y cultivarlo, y de seguir avanzando en más democracia.

En nuestro caso, la Democracia Cristiana, representada por nuestro presidente, Fuad Chahin , buscó apoyar ese acuerdo desde un inicio, y lo seguiremos haciendo, sin ningún tipo de obstáculos. Estuvimos ahí junto a los equipos técnicos, politólogas y politólogos.

También le correspondió estar al diputado camarada Matías Walker , presidente de la Comisión de Constitución, quien ha estado a la altura de la discusión, analizando todas las propuestas y llegando hoy con lo que se someterá a consideración en la Sala.

También se sumaron nuestros alcaldes y alcaldesas DC -y, por cierto, de todas las bancadas-, liderando la consulta ciudadana para dar un respaldo a este proceso.

Cuando la política es criticada, las personas que estamos en ella somos llamadas también a mejorar este acuerdo, a enriquecerlo y a cuidarlo; no se trata de una cocina, como algunos han dicho, sino de estar a la altura de las circunstancias.

Pero, ¿quién se puede restar de hacerlo aún más inclusivo, para saldar deudas históricas? Chile despertó, y debe hacerlo por una gran tarea; no por lo mínimo, sino por lo máximo.

Hoy tenemos la responsabilidad de pensar en la manera en que enfrentaremos el futuro. Podemos limitarnos a un procedimiento que cumpla las formalidades mínimas que se le piden a un proceso constituyente o soñar en grande y diseñar un modelo que responda a los desafíos que tenemos para vencer todos los chilenos.

Podemos optar por seguir reproduciendo las divisiones que nos vienen definiendo desde hace medio siglo o intentar empezar de nuevo la construcción de un país integrado, en el que las ventajas políticas temporales no se transformen en aventuras refundacionales, y en el que el diálogo y el acuerdo sean la base del entendimiento. Para eso, tenemos que actuar con extrema generosidad y renunciar a nuestra habitual tendencia a desconfiar el uno del otro.

El debate de este proyecto de reforma constitucional no puede enrarecerse por cálculos menores. Hoy debemos mirarnos a nosotros mismos con honestidad y darnos cuenta de que las mujeres son más de la mitad de las personas de este país y de que deben ser proporcionalmente representadas en la convención que redactará la nueva Constitución. Lo mismo sucede con los pueblos originarios, y qué decir de los independientes. Tenemos que dejar de engañarnos a nosotros mismos y reconocer estos hechos.

Claramente, nuestra bancada, la de la Democracia Cristiana, va a apoyar y a honrar el acuerdo, porque creo que aquí nos estamos jugando algo trascendental para el futuro.

Hay urgencias, sin duda, que deben tratarse y que no son parte de una Constitución. En ellas hay que trabajar y poner el máximo empeño. Pero también nos debemos la oportunidad de tener una nueva Constitución, por lo que vamos a apoyar el acuerdo y también las indicaciones.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Eduardo Durán .

El señor DURÁN (don Eduardo).-

Señor Presidente, han pasado dos meses desde ese 18 de octubre en que Chile cambió. Es verdad, Chile cambió con un golpe violento a la democracia a través de los ataques al metro de Santiago, los saqueos, los incendios, la destrucción y los hechos de violencia de chilenos contra chilenos.

Otra cosa son las demandas sociales, que son justas, y las manifestaciones pacíficas. No me cabe ninguna duda de que todos los aquí presentes estamos de acuerdo en que en Chile hay graves inequidades, a pesar de los esfuerzos de este y de los gobiernos anteriores. Y muy bien lo saben los electores de mi distrito, en las comunas de Lo Espejo, Pedro Aguirre Cerda , El Bosque, La Cisterna, San Ramón y San Miguel , donde las carencias son el pan de cada día y donde la segregación urbana les impide que tengan acceso a los servicios del Santiago desarrollado. Por ejemplo, en una de mis comunas no existe una sola farmacia de las grandes cadenas. Muchos se sienten como el patio trasero de la Región Metropolitana, con servicios públicos, salud y educación deficientes, conviviendo con el drama de las pensiones de miseria para adultos mayores y con el drama de la delincuencia y de la drogadicción día tras día.

Pero seamos claros. Todos estos problemas y dramas sociales no se acabarán con una nueva Constitución. Eso es una falacia y es vender humo a la gente, pues la actual Constitución de Ricardo Lagos, firmada por el entonces Presidente en 2005, eliminó los últimos vestigios de autoritarismo, y fue llamada por él mismo como una Constitución verdaderamente democrática.

No culpemos a la Constitución Política de la incapacidad de los gobiernos y los legisladores para solucionar las demandas sociales con políticas públicas que dignifiquen a todos los chilenos, en especial a los más desposeídos. Pero también estoy consciente de que la grave situación por la que atraviesa mi país hizo urgentemente necesario que se formulara una salida institucional y que se llegara a un acuerdo político en medio de la inestabilidad y en medio de la violencia extrema, cosas que no queremos que vuelvan a pasar. Todos somos llamados a aislar a los violentistas, quienes no desean que lleguemos a este ni a ningún otro acuerdo.

Soy parte de la institucionalidad porque tengo la legitimidad de la elección del año 2017, en la que el pueblo me eligió como diputado para representarles en esta Cámara. Por eso, considero muy necesario honrar la palabra, aprobar este acuerdo al que se llegó y conducirlo por la vía democrática. Pero, al mismo tiempo, soy claro en señalar -y lo anticipo con la libertad que me asiste la democracia y en favor de mis representados que el 26 de abril del 2020 votaré “rechazo” en el plebiscito de entrada, porque mis electores así me lo han manifestado y porque tengo esa convicción íntima. Y lejos de sentirme intimidado por los vociferantes, doy gracias a Dios por permitirme ser parte de este momento histórico para Chile, en el que he tratado de transmitir y votar de acuerdo con mis compromisos con mis electores y buscando que los principios cristianos nunca dejen de estar presentes en nuestro país.

Creo en el valor de la vida del que está por nacer, creo en el valor de la familia en la sociedad, creo en la libertad de conciencia, creo en la igualdad de hombres y mujeres ante la ley y sin privilegios, creo en la participación activa de los pueblos originarios, creo en la manifestación de todas las creencias y en el ejercicio libre de todos los cultos, creo en el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos, creo en la libertad de asociación y de reunión en forma pacífica, creo en un Estado subsidiario y no en un Estado absoluto y, entre muchas más, creo en la libertad de expresión sin discriminación y que sea respetuosa de todas las demás.

He dicho.

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Raúl Leiva .

El señor LEIVA.-

Señor Presidente, la elaboración, implementación y crisis de una Constitución y su propio contenido solo es posible comprenderla dentro de un contexto histórico complejo, en el cual influyen múltiples variables coyunturales. Los grupos políticos y sociales, el contexto político y económico, y la estructura social son parte de los factores que explican el surgimiento o la supresión de los distintos cuerpos constitucionales, así como también su propio contenido. Muchas veces, en efecto, las crisis político-institucionales tienen como consecuencia la dictación o supresión de una nueva carta fundamental.

Hoy enfrentamos la mayor crisis político-institucional desde el retorno a la democracia, una crisis generada por décadas de profundización de un modelo que, en vez de entregar soluciones reales a las necesidades más sentidas de nuestros vecinos, solo ha acentuado la desigualdad, la injusticia, la exclusión, los abusos y la postergación de la gran mayoría de las chilenas y chilenos; un modelo garantizado por una Constitución espuria e ilegítima, aprobada fraudulentamente en dictadura, que constituye una verdadera camisa de fuerza.

Por ello, un pueblo cansado tras décadas de agonía despertó y salió a la calle para terminar con el abuso y la desigualdad. Millones de chilenas y chilenos dijeron “¡basta!” y gritaron a todo Chile la necesidad de un cambio estructural profundo. Un pueblo se movilizó y protestó. Miles de chilenas y chilenos postergaron su propia integridad y asumieron el valiente desafío de representarnos y de clamar por un cambio profundo, pagando las más graves consecuencias y sufriendo muchos de ellos atroces violaciones a sus derechos humanos, entregando incluso sus ojos y su propia vida ante la represión más férrea que hemos presenciado en democracia.

Este llamado profundo es el que debemos escuchar. Debemos ser capaces de construir una nueva constitución nacida en democracia, una casa común donde quepan todos y todos sean escuchados.

Enfrentamos la votación más importante en democracia, y a mí me toca asumirlo: una nueva Constitución, y el permitir que el pueblo, que nuestros vecinos, se pronuncien si quieren o no una nueva Constitución, y de qué manera quieren enfrentar ese desafío; incluso con un plebiscito de salida.

Por eso, al generar una nueva Constitución no podemos dejar atrás a nuestros pueblos originarios y no podemos sino clamar por paridad de género en una constituyente y por que los independientes también tengan representación.

Tenemos que estar a la altura de los desafíos y de nuestros acuerdos. Debemos ser capaces de construir y generar instancias de diálogo y participación, y de no exacerbar nuestras diferencias. Aquí hay muchos que vociferan y que han tratado de coartar el desarrollo de un acuerdo legítimo nacido en democracia. Muchos ponen estos acuerdos como si fueran casi algo irresoluto o algo que no se puede contener.

Para terminar, quiero recordar las palabras del Presidente electo y senador de la república Salvador Allende Gossens un 22 de octubre de 1970: “He venido por estimar importante dar mi voto favorable a estas reformas constitucionales, que entrañan una demostración de ética política, sin doblez, que significan que en un momento determinado adversarios estiman conveniente coincidir en ideas y principios que son fundamentales en los pueblos para evitar que el desvarío de algunos y la irresponsabilidad de otros pretendan aprovecharse de esta etapa tan inquietante y dolorosa que vivió el país”. Son las palabras del Presidente Salvador Allende en 1970, que hoy cobran un nuevo valor. Buscar acuerdos y ser capaces de construir en democracia una nueva Constitución no solo es un derecho, sino un imperativo ético para todas y todos.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Javier Macaya .

El señor MACAYA.-

Señor Presidente, a estas alturas nadie tiene dudas del grave momento institucional y de que el actual momento de Chile es el más delicado desde el retorno a la democracia. La convicción del actual momento institucional hizo posible el acuerdo del 15 de noviembre recién pasado.

La UDI, a diferencia de otros partidos que se restaron, participó en el acuerdo. Las credenciales democráticas de quienes se quisieron restar esa noche quedaron –a mi juicio en entredicho. Esa noche, algunos pudimos poner mil excusas. Qué excusa más importante podía poner la UDI que la de estar de acuerdo con la actual Constitución. Sería un argumento de fondo para una excusa que pudo haberse puesto esa noche y hoy también para restarnos del acuerdo. A pesar de eso, estuvimos disponibles para firmar el Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución.

Tratar de poner excusas para restarse, como que voten los menores de 14 años de edad, cambiar el nombre a la convención, las cuotas, habla de las credenciales democráticas de quienes están desde el primer día atacando el acuerdo.

Vamos a defender el acuerdo constitucional. Participamos en él porque creemos que están en juego las credenciales democráticas de los partidos políticos.

También creemos que la discusión constitucional, por todas las formas que han accedido a este debate, ha sido carente de contenido. Hemos hablado solo de cupos protegidos, tipos de elección, fondos para las campañas, cómo van los independientes y los partidos políticos. Es momento de hablar de los principios que queremos defender.

En mi computador tengo la Constitución de 1980, con la opción control de cambios hasta 2005. De verdad que es muy ilustrativo ver las líneas rojas y darse cuenta de que es otro documento. Además, estoy convencido de que si Chile hubiese plebiscitado la Constitución, en 2005, hubiese tenido una mayoría tan abrumadora que hoy no tendríamos esta discusión, pos plebiscito 2005, si Ricardo Lagos hubiese tomado esa decisión. Creo que fue un error no hacerlo.

También reconozco que entre las prioridades más importantes para los chilenos no está la Constitución. Pero Chile necesita una reconciliación en materia constitucional, a pesar de que la actual estructura institucional de Chile, que está en la Constitución, haya hecho que Chile sea un mejor país en términos de movilidad social, de derrota a la pobreza y de desarrollo social y económico que el resto de Latinoamérica.

Creyendo que la actual Constitución se puede cambiar, hemos definido que es momento de votar esta discusión de contenidos. Por eso, muchos en la UDI hemos tomado la opción de rechazar en el plebiscito de abril, que está dentro de las reglas del juego democráticas del acuerdo constitucional del 15 de noviembre. ¡La opción: rechazo! Más que una nueva Constitución, hemos definido votar por una buena Constitución, con las modificaciones que se le puedan hacer.

Esta Constitución tiene principios que yo quiero defender: libertad, equilibrio de poderes, derechos individuales sólidos anteriores al Estado, libertad de enseñanza y reconocimiento al derecho preferente de los padres a educar a sus hijos por sobre el Estado; recurso de protección, independencia del Poder Judicial, entre otros.

También soy de los que se avergüenza de las injusticias sociales que tenemos que corregir en Chile.

Creo que es un error asociar a la nueva Constitución beneficios y promesas que no tienen nada que ver con lo que una Constitución puede otorgar. Combatir las desigualdades, terminar con los abusos, mejorar las pensiones, etcétera, no requieren una nueva Constitución. A pesar de ello, concurrimos al acuerdo, lo que muestra las credenciales democráticas que expusimos en dicho acuerdo.

Un dato final: la ley de cuotas que se ha agregado, cambiar el nombre de convención por asamblea, garantizar la participación de las mujeres y de los pueblos originarios son cuestiones que se podrían haber discutido; pero tenemos una urgencia que es el plebiscito de abril y honrar el acuerdo por una nueva Constitución y por la paz.

Hoy se pone a prueba la capacidad de este Parlamento para honrar el acuerdo que se hizo para lograr la paz.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra, hasta por cuatro minutos, el diputado Diego Schalper .

El señor SCHALPER.-

Señora Presidenta, recuerdo lo que dijo un destacado político inglés, quien señaló: “La democracia es la necesidad de aceptar de vez en cuando las opiniones de los demás.”.

Interesante por varias razones: Primera, “la democracia es la necesidad de aceptar”. No está solamente en juego honrar la palabra de un acuerdo, sino también nuestra convicción democrática. Está en juego si creemos en la democracia como ciudadanos o como consumidores. Los consumidores solamente cumplen aquellas cosas que les gustan, en cambio los ciudadanos cumplen su palabra porque creen que detrás hay un objetivo de bien común.

“Aceptar de vez en cuando las opiniones de los demás.”. Esta frase es muy valiosa, porque aceptar las opiniones de los demás guarda relación con aceptar, respetar, empatizar y escuchar, todo lo contrario de lo que está pasando. La democracia no acepta la funa de las opiniones distintas. La democracia no funciona con amenazas. La democracia y la legitimidad no se obtienen por la fuerza. La democracia no acepta partidos políticos que tienen una relación instrumental con la democracia, que comulgan con ella, pero no renuncian a su vocación de verdad única, y que tienen dirigentes que toleran la violencia y que levantan consignas como verdades únicas, las cuales pretenden después replicar como la voz de la calle.

“La democracia es la necesidad de aceptar de vez en cuando las opiniones de los demás.”. Me llama la atención el “de vez en cuando”. ¿Qué quiere decir eso? Que la democracia no es compatible con los maximalismos de algunos.

Todos tenemos nuestras miradas y hemos sido cobardes para defenderlas; cobardes para exigir que se respete la democracia; cobardes frente a esta mezcla entre redes sociales, matinales, funas y rating; cobardes al exigir responsabilidad, al exigir rigurosidad, al exigir liderazgo político; cobardes cuando aceptamos que colegas funen a colegas por cómo votan en esta Sala.

Hoy tenemos una oportunidad única para ser demócratas valientes que honran su palabra, para hacer respetar las diferencias, para hacer respetar el diálogo y hacer respetar que democracia sin acuerdo no es democracia.

“Aceptar de vez en cuando las opiniones de los demás.”. Acá el mundo no es en blanco y negro. No se reduce a estar a favor o en contra de una convención paritaria, de escaños reservados, de las AFP o de la discusión que quieran. Hay distintas posturas y matices.

¿Hasta cuándo no somos capaces de salir de esta lógica binaria? ¿Cuándo perdimos la capacidad de argumentar y la reemplazamos con la opción de ciertas adolescencias de este Congreso que prefieren insultar, descalificar y calificar negativamente? ¿Por qué nos rendimos al neoliberalismo intelectual, donde las ideas son una especie de commodities, simplismos y frases hechas a las que usted se suscribe o no?

La líder guatemalteca Rigoberta Menchú dijo una vez: “La democracia no es una meta que se pueda alcanzar para dedicarse después a otros objetivos. Es una condición que solo se mantiene si todo ciudadano la defiende”.

Colegas, no tenemos la democracia ganada; es una lucha cotidiana. La tenemos que defender de la violencia verbal y física. La tenemos que defender de los maximalismos que, detrás de una verborrea potente, esconden superioridad moral e incapacidad de diálogo. La tenemos que defender de la irresponsabilidad del populismo y de la esclavitud a las consignas.

Hoy tenemos una oportunidad histórica de defenderla y estoy seguro de que estaremos a la altura.

He dicho.

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Patricio Rosas .

El señor ROSAS.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a los representantes de los pueblos originarios, de las mujeres y de los independientes, presentes en las tribunas.

Hace sesenta días que tenemos esta crisis social que sacudió a Chile; una revolución social, como la han llamado los periódicos de otros países. El 18 de octubre marcó y marcará la historia de nuestro país.

Hoy estamos frente a un hito histórico. Por primera vez en la Cámara podemos definir si se va a desarrollar un proceso constituyente, pero en democracia.

Por eso es tan importante, nuevamente, la revolución social que originó esto, que pedía cambios sociales, no más abusos; un cambio al sistema neoliberal, entronizado y defendido por la Constitución existente.

Soy de los que escucha y de los que dialoga. Por eso, encuentro la razón a varios colegas que dicen aquí que probablemente esto se pudo arreglar si se modificaba la Constitución. Pero ya perdió credibilidad. El problema es que la gente ya no cree en lo que hay y quiere estos cambios. La única forma institucional de hacerlos es a través de una nueva Constitución. ¿Por qué? Porque ya no se modificó la Constitución que entronizaba el tema de las AFP, ya no se modificaron las disposiciones que permitieron que la salud terminara siendo un bien de consumo, que el agua esté privatizada en Chile y que la educación está prácticamente ahogada.

Por eso es necesario avanzar y respetar los acuerdos. Yo, como independiente, no concurrí al acuerdo, pero valoro que exista una señal institucional para salir de esta crisis.

¿Qué nos dice la gente? Nos dice: “Póngase de acuerdo y hagan los cambios que signifiquen no más abusos y que se hagan cambios sociales de verdad en las áreas que se han determinado”.

La ciudadanía se pronunció recién, a través de la consulta ciudadana: 2 millones de personas votaron en Chile, lo que es muy importante. También ha habido miles de cabildos en nuestro país. Esa no es ninguna cosa del otro mundo. Todos lo sabemos. Esta crisis no es de este gobierno, sino que se arrastra por varios gobiernos, en que no ha sido posible resolver los temas, por una u otra razón o porque son inconstitucionales. Por eso tenemos que entrar en este proceso de convención constituyente, con delegados elegidos por la ciudadanía, para redactar una nueva Constitución en democracia, ciudadana.

En verdad, creo que lo que le falta a este acuerdo es lo que se ha comentado acá: paridad de género. El 51 por ciento de la población corresponde a mujeres. ¡Qué duda cabe de que es necesario que exista una convención constituyente con paridad de género!

Los independientes son más el 99 por ciento de la población de Chile. ¡Obvio que tiene que haber garantías para que participen los independientes!

Los pueblos originarios agrupan a 2 millones de habitantes. ¡Tienen que participar en forma diferenciada; hay que hacer el espacio para que puedan participar! Hay ejemplos en Nueva Zelanda de cómo se puede hacer eso.

Por eso, vamos a apoyar este proceso.

Asimismo, me alegro de ser parte de este momento histórico en que la Cámara, con acuerdo, con diálogo, y entre todos podamos llegar a lograr una nueva Constitución ciudadana para Chile.

He dicho.

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Gabriel Boric .

El señor BORIC.-

Señor Presidente, el que hoy votemos por un plebiscito en que se pregunte al pueblo si quiere o no una nueva Constitución y bajo qué mecanismo escribirla, incluida como opción una asamblea constituyente –porque una convención constituyente con representantes ciento por ciento electos es lo mismo que una asamblea constituyente-, no es gracias a quienes estamos aquí sentados, sino gracias a la movilización del pueblo de Chile, desde Arica a Puerto Williams, que durante más de 60 días y -¿por qué no decirlo? décadas, como nos recordaba Carmen Hertz , ha luchado por cambiar las reglas del juego y que haya justicia ante las graves violaciones a los derechos humanos. Una nueva Constitución también es parte de eso, junto con pensiones, sueldos, salud, educación y vida digna para todos, y no solo para unos pocos, como ocurre hoy.

El costo que se ha pagado es muy alto: cientos de daños oculares, abusos graves a mujeres con el silencio cómplice de la ministra Plá, torturas y abusos al por mayor. Así de brutal e inhumano ha sido el costo de llegar hasta aquí. ¡Y es por ellas y por ellos que estamos aquí!

Si la Constitución no resulta ser paritaria a partir del plebiscito de abril, si no considera a los pueblos originarios, si los independientes no tienen las mismas posibilidades, más allá de la votación de hoy -porque, pase lo que pase, lo seguiremos peleando hasta el último momento-, yo voy a poner mi cargo a disposición, con todos los costos que eso implique, porque no estoy disponible para legitimar un proceso constituyente que no cuente con las mujeres, que son más de la mitad de Chile, y en este Congreso menos de un cuarto, ni con las primeras naciones, que, por ejemplo, en el caso de la nación yagán, llevan más de 6.000 años surcando las aguas del sur. ¡Seis mil años, cuando esta república tiene solo 200! ¡Y hay algunos que los quieren seguir ignorando después de tantos siglos de violencia!

Hoy hay aquí parlamentarios y parlamentarias de RN y de Evópoli que quieren la paridad, que están de acuerdo con escaños reservados para los pueblos originarios. ¿Por qué aceptan el chantaje de la UDI? Somos muchos los que hemos defendido nuestras convicciones más profundas, pese a todas las presiones y costos, para poder sostener este proceso, que ha estado permanente en vilo. Y lo hacemos porque queremos una Constitución que nos represente a todas y a todos los chilenos y no solo a un sector minoritario, como es la Constitución de Pinochet.

El pueblo ha abierto una puerta para que Chile cambie y no vamos a dejar que se cierre, pese a los obstáculos de la UDI, de los noveles amantes de la semántica, de quienes quieren mantener sus privilegios a costa de todo.

Aprovecho de hablar también a quienes se han visto decepcionados y sienten rabia por los errores que hemos cometido en el Frente Amplio. Los reconocemos, y sabemos que será difícil recuperar esa confianza, pero sepan que no dejaremos de trabajar en ello, porque estamos conscientes de que sin ustedes, sin los miles que han salido a la calle, sin la primera línea, sin quienes dijeron “¡basta!”, nada de esto sería posible.

Hay quienes creen que la política se trata de hablar solo con quienes piensan igual a uno y que quien dialoga con quien piensa diferente es traidor o vendido; “amarillo”, dicen algunos. Me rebelo profundamente ante esa concepción de la política como un acto narciso de mirarse al espejo y estar de acuerdo consigo mismo.

Si queremos avanzar como nación, debemos debatir con quienes piensan distinto, porque, como decía Camus , la política es el ejercicio de ser capaz de defender con fuerza nuestras convicciones, pero a la vez de poder dudar de ellas. Porque puede que lo que hagamos no traiga siempre la felicidad, pero…

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Ha terminado su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Andrés Molina .

El señor MOLINA.-

Señor Presidente, como Evópoli, fuimos parte del acuerdo del 15 de noviembre.

Nunca antes hemos estado como partido en el Parlamento. Es primera vez que Evópoli está aquí, ahora, y seremos responsables de nuestras decisiones.

Al respecto, quiero hacer un par de comentarios.

Hay personas acá, exministros, exautoridades, exgobernadores, ex intendentes, que llevan años, una vida entera en la política y en gobiernos que administraron este país durante 25 años. Sus gobiernos muchas veces comprometieron participación política, reconocimiento de los pueblos, carácter de ministro al director de la Conadi, por recordar el discurso de los primeros 100 días del segundo gobierno de la Presidenta Bachelet . Por tanto, quiero pedir un poco de realismo y autocrítica en muchas de las intervenciones cuando atacan a la derecha, y, ojo, que los cavernarios de que hablaban aquí no son patrimonio de un partido, sino que están diseminados en todos lados.

Hay que reconocer que en el acuerdo de paz y nueva constitución es imperativo que se cumplan con los compromisos y que se respete el trabajo de la comisión técnica. No caigamos en la trampa comunicacional. A todos los que vinieron se les debió informar que esas indicaciones, que podemos compartirlas, pero que no eran parte del acuerdo, las íbamos a votar en contra o nos abstendríamos, ya que buscaban, además, votarlas con un quorum, ya no de dos tercios, que es justamente el consenso, sino que saltándose lo que se había conversado, acordando guarismos especiales.

Malas noticias le doy al Partido Comunista, que vaticina que no habrá representación de los pueblos originarios ni paridad de género. Se equivocan una vez más: va a haber. Nosotros ingresamos tres proyectos para dar paridad de género y participación real a las mujeres, que la tienen y la han tenido muy difícil, y que, sin duda, deben estar representadas.

También vamos a tener, sin duda, a los pueblos originarios, y en este proceso con escaños reservados proporcionales. En esto venimos trabajando desde hace ya tiempo para que tengan representación acá, en el Parlamento, ya que, además, es parte de los resultados de la mesa del obispo Vargas , después de un largo trabajo y diálogo.

Por último, habrá el espacio de competencia real para los independientes.

No tengo que dar explicaciones. Siempre he estado de acuerdo con la participación política de los pueblos originarios, y lo he hecho saber públicamente muchas veces, por lo que los ataques en las redes sociales no me afectan, y menos esta campaña del terror. Son los que no están honrando el acuerdo quienes fueron amenazados por sus bases si no votaban junto con el proyecto tales indicaciones, como les decía, bajando el quórum de dos tercios, dejándolo en tres quintos.

No cambio mi voto por amenazas, y tampoco le tengo miedo a mi partido, en el sentido de no me vaya a dar el cupo necesario en la próxima elección. Además, creo que la violencia, que aún sigue, no va acelerar a este Congreso o, por lo menos, a nuestro partido. Ella debe terminar, pues, de lo contrario, el daño será irreparable y nada de lo que hagamos resolverá los problemas de los chilenos, que hoy viven angustiados.

Además, quiero hacerles ver una verdad del porte de una catedral. Aquí la nueva Constitución no va a resolver los problemas de urgencias en los hospitales, las listas de espera para cirugías. Ninguna de esas listas va a correr más rápido con una nueva Constitución.

La verdad es que tenemos la gran oportunidad de darnos una forma y unas reglas del juego nuevas, para permitir que avancemos como país.

Basta con que nos hagamos la pregunta de si estamos mejor que nuestros padres. Efectivamente, el 90 por ciento de los chilenos estamos mejor que nuestros padres. Debemos reconocer que la famosa Constitución que hoy nos rige, la de los ciento veinte artículos, tiene más de cien artículos modificados.

Esta Constitución es para Chile, no es para ustedes ni para nosotros, es para Chile.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Esteban Velásquez .

El señor VELÁSQUEZ (don Esteban).-

Señor Presidente, estamos intentando comenzar a construir una nueva etapa en la historia de nuestro país. Espero que sea hacia un Chile plurinacional, intentando pensar nuestro país entre todos y levantando un nuevo pacto social que recoja las ideas de todos.

Vivir en un Chile más justo no es fácil, claro está, sobre todo cuando algún sector ha concurrido a los llamados acuerdos solo por el temor a perder sus privilegios, sin ningún convencimiento, solo porque les asustó observar los millones de chilenos que salían a las calles.

Sí, es cierto, la ciudadanía quiere reformas sociales y mejoras económicas, pero, fundamentalmente, quiere un trato justo, que se reconozca el valor de ser persona. Porque la ciudadanía reclama el respeto a sus costumbres, a sus opciones de vida, a su ser, a su individualidad.

Hoy se trata de erradicar la odiosidad y fortalecer actitudes de autonomía, de convicción. Quizás, como nunca, se requiere hacer carne esa frase que es muy recurrente en este Congreso: “Yo voto en conciencia, sin orden de partido.” Hoy se pondrá eso a prueba.

Esta nueva Constitución tampoco será la fórmula sacrosanta ni las tablas de la ley, pero sí puede ser un buen derrotero, siempre que esté construida entre todos. Y allí tengo mis dudas, porque algunos enarbolan conceptos del primer acuerdo por la paz, pero desde el primer día han buscado el resquicio para que todo siga igual, justificándose en que “no está en el acuerdo”.

Hoy, para perfeccionar ese acuerdo del 15 de noviembre, al que estoy seguro muchos concurrieron bien inspirados, es necesario que se aprueben propuestas que verdaderamente traerán la paz social.

Cuesta comprender y aceptar que la paridad de género, la consideración a los pueblos originarios y la garantía a los independientes no hayan estado desde el primer momento. Eso incomoda. Allí faltó considerar la fuerza del mundo ciudadano, allí faltó considerar al mundo social, a los territorios, a los que verdaderamente han sacrificado sus vidas por mejorar Chile. Y, sí, me sorprende.

No entiendo cómo un sector de la oposición llega a un acuerdo con partidos de gobierno y a los pocos días acusa constitucionalmente al Presidente de la República y al ministrodel Interior y Seguridad Pública por graves violaciones a los derechos humanos. Sí, hay algunas contradicciones que están muy claras.

Hoy defendemos la paridad de género, la defensa y reivindicación de las mujeres, pero para algunos solo está en el discurso, porque hoy se niegan a apoyarlas. A nuestros pueblos indígenas solo los reconocen en alguna fiesta típica o en postales de turismo. Eso debe terminar ahora.

Chile debe ser país plurinacional, así vivimos en los territorios, así nos comportamos en nuestras comunas, así vivimos en el norte andino los atacameños, los quechuas, los aimaras, conviviendo entre hermanos.

Si este intento de nueva Constitución no considera garantías claras en favor de los independientes, significa no entender nada o, sencillamente, pretender que una clase política siga definiendo los destinos del país, y eso es inaceptable.

Los millones de chilenos que han estado en las calles son ciudadanos independientes, hombres y mujeres, indígenas y descendientes de pueblos originarios. Hay un lema andino que dice: “ama sua, ama llulla, ama quella” o sea, “sé honrado, no mientas, no seas insensible”, pensamiento que da luces del comportamiento que quizá se hace necesario para corregir a un llamado acuerdo por la paz.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Catalina del Real.

La señora DEL REAL (doña Catalina).-

Señor Presidente, anoche, mientras pensaba en las palabras que comentaría a raíz de esta votación, a las doce en punto, llegó un mensaje de una persona muy importante para mí, en el que contaba la leyenda de la mentira y de la verdad.

La fábula cuenta que la mentira y la verdad se bañaban desnudas en un río. La mentira robó la ropa de la verdad y se fue. La verdad no quiso vestirse de mentira y salió caminando desnuda. En el pueblo todos la criticaban, la insultaban, le tiraban piedras, porque la verdad estaba desnuda.

La verdad desnuda es muy difícil, es mucho más fácil decir mentiras piadosas y que te aplaudan, es mucho más fácil votar como el resto quiere y no con convicción.

Hoy votamos el acuerdo por la paz. ¿Los chilenos tienen paz? Si incluso en este mismo Congreso tenemos diputados amenazados de muerte, si incluso en este mismo Congreso hay asesores de parlamentarios que nos persiguen en los pasillos, para “funarnos” porque pensamos distinto; si incluso en este mismo Congreso tenemos colegas que han sido expulsados de algún comité, de alguna comisión o pasados al tribunal supremo de su partido porque votaron diferente.

Es dura la verdad. La verdad al desnudo es difícil.

En este Congreso hay cada vez menos libertad de expresión y menos democracia. Hasta en los pasillos nos agreden, nos insultan. Muchos hoy estamos votando bajo amenaza de que si no se aprueba este acuerdo, la calle se va incendiar, nuestro país se va a incendiar, seguirán los violentitas y los encapuchados destruyendo las pymes y seguirá creciendo el desempleo.

Yo me pregunto, después de que este acuerdo se apruebe: ¿va a llegar la paz? ¿Qué pasará si gana el sí en abril y las calles se siguen incendiando? ¿Qué pasaría? En estas últimas semanas trataron de destituir al Presidente de la República, acusaron constitucionalmente a un exministro y están amenazando con interpelar a cuatro ministros más.

¿Les cuento algo? Todo se resume a una frase que escuché en un pasillo de acá, cuando casualmente iba pasando y me encuentro con un diputado del Partido Comunista hablando por celular, quien decía: “…boicotear todo hasta que caiga”. Tal como lo escuchan: “…boicotear todo hasta que caiga”. Ese es el espíritu de la extrema izquierda de nuestro país.

¿Eso es pensar realmente en el bien de Chile? ¿Es pensar en todos los chilenos que nos están escuchando? Creo que no.

Pero como la verdad desnuda es demasiado dura para soportarla, acá seguiremos, pensando en que si firmamos un acuerdo por la paz, nos abrazaremos frente a la televisión y, todos felices, diremos que este Congreso se puso de acuerdo por el bien de Chile.

¡Qué triste espectáculo!

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Loreto Carvajal .

La señora CARVAJAL (doña M.ª Loreto).-

Señor Presidente, decía un histórico jurista, respecto de las bases del derecho en el mundo, que la Constitución debía adecuarse, ser como un traje a la medida de la sociedad en que se vive y convive. Estamos dando un poco de eso y haciendo un poco de aquello en esta Sala.

Es un día histórico en el que proyectos de ley que estaban dormidos se despiertan, al igual que Chile, para ponernos la crucial tarea de discutir un proyecto que nace de un acuerdo político, pero que deriva de un Chile que se opuso y que levantó las bases sociales para decir a todo el mundo que ya no se soportaba más esta estructura, este techo; para decir que había cansancio de tantos abusos, falta de transparencia y de un statu quo añejo y desigual, un statu quo que hoy se pretende superar a través de esta discusión, que genera las bases de una nueva Constitución que deje atrás la que hoy nos rige, que está viciada desde su origen por una dictadura atroz, macabra para el país.

No obstante lo anterior, parece que algunos no quieren hacerse cargo y pretenden que la nueva Carta Magna también resulte viciada. Lo digo, porque no incluir a los pueblos originarios y a las mujeres es más de lo mismo, es dejar mutilada la base constitucional. Las mujeres que, a lo largo de la historia y especialmente durante octubre y noviembre pasado han expresado en las calles sus legítimas demandas ciudadanas, han dicho “¡basta!”. Pero parece que aquí nadie quiere hacerse cargo.

No he escuchado a un solo parlamentario que no haya dicho que está de acuerdo con la paridad de género, con que las mujeres tenemos el mérito, la competencia y la necesidad ética de ser incorporadas al órgano constituyente; pero, a contrario sensu, algunos dicen que hay que mantener el acuerdo, que hay que mantener el statu quo.

¿De qué clase de política y de qué Congreso Nacional estamos hablando? Tenemos parlamentarias que han sido partícipes y protagonistas de este cambio, pero hoy la violencia y la opresión les impiden manifestarse en la Sala.

Creo que el país y las mujeres le debemos a la nación una Constitución democrática e inclusiva, Esto no resiste más análisis: hay que cambiar la actual Constitución, y hay que hacerlo sin vicios de origen.

En las movilizaciones las mujeres, desde la dueña de casa hasta Mon Laferte , han denunciado que han sido no solo menospreciadas e invisibilizadas, sino también torturadas y oprimidas. Esta situación no resiste más.

Hoy, las mujeres debemos tener un espacio, pues somos mayoría en el país. No solo queremos ser incluidas en la redacción de una nueva Constitución, también queremos ser parte de la discusión sobre el futuro del país. No estamos solicitando paridad de género en condición de minoría; al contrario, somos mayoría en el país. No tenemos una trayectoria que nos impida hacerlo. Tenemos la capacidad, el mérito y la obligación, como parlamentarias, de entregar a Chile una Constitución que no esté viciada en su origen, una Constitución paritaria e inclusiva, que nos haga sentirnos orgullosas de decir al mundo que Chile es un país democrático y no un país de puras apariencias.

Por la paridad de género y por la inclusión, votaré a favor este proyecto.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Hugo Gutiérrez .

El señor GUTIÉRREZ.-

Señor Presidente, hoy, 18 de diciembre, se cumplen dos meses desde el estallido ciudadano que significó un ruptura total y definitiva del pacto social que dio origen a la transición democrática, que a su vez superó al que existió durante la dictadura entre las Fuerzas Armadas y la oligarquía chilena.

Jurídicamente, la superación de un contrato social implica el ejercicio del poder constituyente, único capaz de construir un nuevo pacto social. Este día nos corresponde ver si en el informe de la comisión técnica del Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución, que se tradujo en la indicación sustitutiva que hoy se nos convoca a votar, habrá o no ejercicio del poder constituyente, que llevará al país a un nuevo contrato social.

El poder constituyente lo ejerce el soberano, esto es, el pueblo o la nación, que es el que hace el nuevo pacto social; pero el pueblo puede retomar su poder constituyente cuando lo estime necesario. Este poder constituyente que mantiene el pueblo tiene ciertas características que es importante considerar: es originario, autónomo, inalienable, soberano, carece de límites y no es reglado, o, mejor dicho, no es reglado a priori, porque es originario.

Esto significa que si se elige a un órgano constituyente -como quiera que lo llamen: convención o asamblea-, el resultado de esa elección, si se elige para reconstituir el pacto social, es ejercicio del poder constituyente. Después de que se elige a los convencionalistas, delegados o asambleístas hay que reconocer en él el poder constituyente. ¿Por qué? Porque el poder soberano del pueblo se transfiguró en él y tiene la confianza y el mandato popular legítimo para crear una nueva sociedad en Chile.

Seamos claros: los delegados o convencionalistas que van a surgir del acuerdo que nos convoca no tienen poder constituyente. ¿Por qué? Porque el Poder Legislativo está condicionando el ejercicio del poder soberano del pueblo, lo está limitando.

Veamos las limitaciones al ejercicio de este poder constituyente.

Primero, la convención deberá aprobar las normas de la propuesta de texto de la nueva Constitución por dos terceras partes de sus miembros en ejercicio, es decir, hay un poder de veto.

Segundo, el reglamento de votación que consignará las normas conforme a las cuales desarrollará su tarea deberá aprobarse, también, por dos tercios de los miembros en ejercicio.

Tercero, los integrantes de la convención no podrán alterar los quorum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos.

Cuarto, se deben respetar los tratados internacionales ratificados por Chile; todos los tratados internacionales, no solo los que verdaderamente limitan la soberanía popular, como son los tratados de derechos humanos. Se incluyen hasta los tratados de libre comercio.

Quinto, se debe respetar su “democracia”. Me pregunto ¿de qué democracia estamos hablando? ¿Las actuales reglas de democracia?

Sexto, las reclamaciones de procedimientos son conocidas por ministros de la Corte Suprema. ¿De qué órgano constituyente estamos hablando si hay que respetar a un órgano externo?

Séptimo, la convención se extingue de pleno derecho, incluso sin haber cumplido su misión de dar al país una nueva Constitución.

Octavo, no contempla la real participación popular, al haber excluido a las mujeres, a los pueblos originarios, a los independientes, a los migrantes residentes, a los menores de 18 años y mayores de 16 años, y a los chilenos y chilenas en el extranjero.

Es una asamblea o convención en la que, en definitiva, no habrá ejercicio alguno de un poder constituyente para dotar verdaderamente al país de una Constitución Política que establezca un nuevo tratado, un nuevo contrato social entre los chilenos y chilenas.

Esto está muy ajeno a lo que el pueblo está exigiendo en las calles.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Bellolio .

El señor BELLOLIO.-

Señor Presidente, es evidente, como han repetido muchísimos de los colegas que ya hicieron uso de la palabra, que hoy estamos votando una de las cosas más importantes desde el retorno de la democracia.

También es muy evidente que hay algunos que no quisieron sumarse al acuerdo, porque no creen que tenga que haber una solución política a un problema de carácter social y político, y desde el día uno han intentado instalar la idea de que lo que tenía que ocurrir era que debía caer el gobierno.

Estos días han permitido que algunos se saquen las caretas, que digan exactamente cuánto valoran la democracia o cuánto no la valoran, cuánto valoran el respeto por la posición de otra persona o cuánto, simplemente, no la valoran.

En la Sala, hace un par de días tuvimos a enviados de partidos políticos representados acá, a asesores de diputados que insultaron a todos los integrantes de la Cámara de Diputados que no votaban como ellos querían. Dichos asesores agredieron, amenazaron e hicieron funas por redes sociales, además de publicar teléfonos y direcciones de quienes no votaron como ellos querían.

¿Ese es el espíritu democrático de aquellos que no firmaron el acuerdo? ¿De eso se trata para ellos hacer democracia y construirla?

Claramente, no creen en la democracia aquellos que piensan así. Su actuación no es más que un fascismo encapuchado para decir que en verdad ellos tienen la razón, pero en realidad no la tienen. La agresión, la violencia, la política del odio, la política de no valorar que haya personas que puedan pensar distinto es justo lo contrario de la democracia.

Llegamos a votar esta materia porque dejamos pasar demasiado tiempo en muchas cosas. Nosotros mismos degradamos la labor parlamentaria por nuestras propias fallas y también por la manera en que debatimos, con pocos argumentos, simplemente con una política del espectáculo, sin parlamentar, sin ponernos en la posición del otro para sacarnos la cargada mochila, las chapas que muchas veces arrastramos desde nuestros propios partidos.

Para mí, lejos el día que más me tocó parlamentar fue ese 15 de noviembre, donde obligatoriamente tuvimos que confiar el uno en el otro y traspasar una barrera, lo que, por supuesto, desde Chile Vamos no pensábamos hacer hace sesenta días. Lo hicimos en bien de la democracia, para que hubiera una solución política y social a una crisis política y social; porque Chile ya tuvo una experiencia como esa, donde no hubo solución política a una crisis política y social, y terminamos en una dictadura.

Sin embargo, lo que uno ve hoy es que como hay un mecanismo que a algunos no les gusta quieren tirarlo todo por la borda. Soy partidario de que tengamos representación de los pueblos originarios con escaños reservados y de que haya un padrón aparte. Dependiendo de la cantidad de personas que se inscriban en él será la cantidad de escaños que tengan. Al respecto, firmé un proyecto de ley que presentó Evopoli , que es muy similar al que presentó Renovación Nacional.

Soy partidario de que avancemos hacia cuotas para que la mayor cantidad de mujeres y de hombres estén representados en la convención.

Soy partidario de que los independientes puedan competir con los partidos; pero suponer que eso es lo único que votamos hoy es minimizar por lejos lo más clave, esto es, que en abril tendremos la oportunidad de construir un nuevo pacto social, porque hoy tenemos una crisis del Estado de derecho.

Quiero hacer un llamado a esa izquierda democrática para que hoy ratifique no solo su palabra, sino también su compromiso democrático. Hoy vamos a tener una solución política a una crisis política y social. Se necesita más diálogo y más política, no menos.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Emilia Nuyado .

La señorita NUYADO (doña Emilia) .-

Señora Presidenta, quiero saludar a mi lamngen Marcelo Catrillanca , a la alcaldesa Ramona Reyes ; a los alcaldes Painiqueo y Millabur , y al alcalde de Puerto Saavedra. Agradezco a cada uno por estar acá.

Sé que los pueblos indígenas han dado una lucha compleja para tener reconocimiento. Este ha sido imposible. Los diversos gobiernos de la Concertación hicieron el intento, pero la forma de reconocimiento de los pueblos indígenas no fue el adecuado: no reconocieron su territorio, sus derechos lingüísticos ni su participación política.

Hoy, a través de la lucha que han dado hombres, mujeres y jóvenes, los pueblos originarios han salido a la calle a exigir justicia y dignidad. ¡Basta ya de abusos!

Hago un reconocimiento a aquellas familias que han visto vulnerados sus derechos, a aquellos que han sido torturados, a quienes han perdido la vista; a aquellos a los que hoy, lamentablemente, se les acabó la vida a causa de esta lucha. Todos ellos, con dolor, tristeza y fuerza, señalaron a sus pares que debían seguir manifestándose y luchando.

Escucho a los diputados del oficialismo hablar de democracia. Ellos hablan mucho de democracia, pero de esa democracia que no se quiere desprender en absoluto de ninguno de aquellos artículos de la Constitución de Pinochet. Ellos no quieren reconocer a los pueblos indígenas; ellos no quieren escaños reservados; ellos no quieren participación de mujeres ni de independientes. A ellos quiero decirles que no sé de qué democracia están hablando. ¡Les cuesta tanto terminar con esta Constitución dictatorial!

En 2005, durante el gobierno del entonces Presidente Lagos, no se llevaron a cabo consultas y solo se maquilló esta Constitución. De eso debemos hacernos responsables.

Hay mucha gente en las calles que exige justicia y dignidad; mucha gente que se encuentra sin vivienda; mucha gente que exige tener salud y pensiones dignas. Del mismo modo que esas personas, los pueblos indígenas necesitan y merecen ser escuchados y ser partícipes de las decisiones a través de los escaños reservados.

Concuerdo con aquellos que estuvieron en el trawun de Temucuicui y que señalaron que es importante para los pueblos indígenas empezar desde ya a hablar de una libre determinación.

El Estado debe garantizar la participación política y el reconocimiento de los pueblos indígenas, así como también, en el mediano y largo plazo, concretar las propuestas planteadas por el lamngen Aucán Huilcamán .

Pero aquí debemos ir paso a paso. Para los alcaldes ha sido muy difícil llevar a cabo su gestión, por lo que ellos exigen la existencia de escaños reservados. Ellos están en la lucha; muchos concejales y dirigentes también lo están.

Es necesario atender la mirada del pueblo mapuche.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Cristóbal Urruticoechea .

El señor URRUTICOECHEA.-

Señora Presidenta, quiero saludar a todas las personas que nos acompañan, en especial al alcalde de Alto Biobío, don Nivaldo Piñaleo .

Mi voto de ratificación al acuerdo adoptado el 15 de noviembre es para ayudar a sanear su efecto de origen, que lo debilita, cual es haber adoptado el mismo bajo la amenaza del uso de la fuerza. No todos sus alcances son evidentes ni predecibles, pero estoy convencido de que la ratificación, por parte de personas elegidas, ayudará, de alguna forma, a sanear el defecto que lo origina.

Estoy en completo desacuerdo con una nueva Constitución; estoy convencido de que este órgano rector, que logró posicionarnos primero frente a nuestros pares –colaboró a tener tratados de libre comercio con más de sesenta países y con más del 60 por ciento de la población mundial-, no requiere ser desechado, pero sí reformado. Estoy dispuesto a asumir como diputado de la república esa responsabilidad constitucional, donde tengamos muy claro algunos puntos, entre ellos, dar más poder a las regiones, más participación ciudadana, pleno reconocimiento a los pueblos indígenas, un Estado y una sociedad civil al servicio de la nación, un país que asegure la integración y la dignidad, y reformas al Tribunal Constitucional, al Ministerio Público y al Poder Judicial.

Hay que acordar que la Constitución que nos rige está firmada por el ex-Presidente, que ha tenido más de treinta enmiendas y que las mismas han modificado más de cien artículos.

No es un problema constitucional que la educación y la salud, por ejemplo, hoy estén en pleno cuestionamiento. El Estado tiene deudas administrativas, y eso no es un problema derivado de la Constitución. En tal sentido, considero muy importante fortalecer las áreas del Estado y la legislación asociada.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Claudia Mix .

La señorita MIX (doña Claudia) .-

Señora Presidenta, por su intermedio quiero decir a los hombres que conforman la casta política que nosotras nunca firmamos un acuerdo por la paz; lo que firmamos fue un acuerdo que permitía un camino para una nueva Constitución. La paz solo será posible cuando haya justicia social, sin discriminación, y cuando por fin se destierre de la patria la herencia nefasta de Pinochet.

Hoy estamos ante un momento histórico. Nunca antes en nuestra patria había existido la posibilidad de que el pueblo chileno pudiese escribir el destino de los próximos treinta años.

Gracias a la gente común que así lo ha exigido en las calles, podremos votar por una constituyente donde la gente decida con paridad de género, escaños reservados para pueblos originarios e igualdad de oportunidades para independientes.

Hoy quedará claro quiénes son las diputadas y diputados que permitirán el avance de la historia del pueblo de Chile y quiénes intentarán detenerlo.

Escúchenlo bien: o se está con la gente o contra la gente. ¡Ese es el clivaje que está detrás de esta votación!

Esta demanda social no es de la izquierda, es de la gente; es una demanda transversal y, por cierto, no le pertenece a ninguno de los que han intentado apoderarse de ella.

Es una demanda contra la injusticia, contra la casta política y económica de este país, contra los que torturaron y mataron para instalar un modelo neoliberal que solo privilegia a unos pocos. Pero la nueva Constitución no puede estar escrita por los mismos de siempre; no puede ser una Constitución que deje fuera al 51 por ciento de quienes habitamos esta patria.

¡Tanto miedo nos tienen, que no solo nos matan, violan y abusan, sino también nos quieren dejar fuera de la historia!

Hoy hablo como mujer, como militante política, como una más de mis compañeras del Frente Poderosas, con quienes militamos en el feminismo popular.

A las mujeres de derecha les pido que entiendan el momento histórico en que nos encontramos. ¡Hermanas, ustedes también han vivido la misma discriminación política y social que nosotras! ¡Han sido objeto del menosprecio de sus partidos y de sus hombres!

La Constitución será paritaria o no será. Por nuestras hermanas y por el 51 por ciento de mujeres de este país, les pido que no permitan el chantaje de un sector de la derecha, que se niega a entender que la democracia no está completa si no estamos nosotras.

Lo que la UDI quiere hacer es dejarnos fuera, es volver al pasado y acomodar sus intereses personales por sobre el interés de los millones de mujeres que gritan: ¡Nunca más sin nosotras!

La nueva Constitución tiene que parecerse a Chile, y para eso no puede faltar nadie.

¿Cómo vamos a explicar a los hijos e hijas de esta patria que un grupo minoritario, patriarcal y de la elite oligarca y defensora de los mismos de siempre, no permitió que los pueblos que han habitado esta tierra de manera ancestral pudieran ser parte de este histórico momento?

Por ellas, por los que no están, por las que no están, por nuestra historia, por nuestras luchas, por nuestro futuro y por los millones que se han movilizado, debemos ser claras: ¡la Constitución es con todas y todos!

Si la derecha mantiene su posición contra la paridad de género, si la derecha insiste en rechazar los escaños reservados, si la derecha impide a los independientes ser parte del órgano constituyente, nuestra posición, como Partido Comunes, es clara: rechazaremos los artículos 139 y 141, que determinan -escúchenme bienla composición de la Convención Constitucional.

Convocamos a quienes estén a favor de la paridad a que se sumen a esta iniciativa.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Naranjo .

El señor NARANJO.-

Señora Presidenta, es muy importante partir esta discusión no poniendo en duda la vocación democrática de ninguno de los partidos políticos que tienen representación parlamentaria. Por cierto, podemos tener diferencias en cómo abordar esta materia, pero claramente hoy estamos en un clima democrático, donde la inmensa mayoría -por no decir todos ha demostrado vocación democrática.

¿Por qué lo digo? Porque caramba que es distinto discutir una nueva Constitución dentro de un estado democrático que imponer a un país una Constitución. En 1980 -es bueno hacer historia-, se impuso al país una Constitución que buscaba la marginalidad y la persecución. Y lo digo porque hemos vivido durante casi cuarenta años -¡caramba que el pueblo chileno ha tenido paciencia! con una Constitución cuyo origen fue ilegítimo y cuya forma de constituirse y de aprobarse fue antidemocrática.

A muchos parlamentarios que hoy están aquí presentes no les tocó vivir lo que a nosotros nos correspondió vivir en 1980, cuando hubo que votar esta Constitución que todavía nos rige.

Por eso, creo que es bueno traer a colación las palabras del ex-Presidente Eduardo Frei Montalva , cuando el 27 de agosto de 1980 hizo un discurso dirigido a los chilenos sobre el significado que tenía esta Constitución. Algunos señalan que esa fue la sentencia de muerte del ex-Presidente Eduardo Frei Montalva .

¿Qué dijo el ex-Presidente Frei Montalva ? Que el plebiscito para ratificar la Constitución carecía de validez y que lo iban a rechazar porque no reunía las condiciones mínimas que garantizan su legitimidad y que no era válido, porque no se podía llamar a un plebiscito bajo un estado de emergencia, porque no había registros electorales, porque los partidos políticos estaban proscritos, porque no existía libertad de reunión ni de manifestación y porque no existía libertad de información ni de expresión.

En definitiva, el ex-Presidente –como muy bien dice la historia, y que le significó la vida nos estaba advirtiendo sobre los males de esta Constitución.

Felizmente, quiero valorar que hoy haya sectores de derecha que quieran modificarla. Pero quiero decirles a ellos: den un paso más, no tengan miedo de transformar esta Constitución, no tengan miedo a la paridad de género, no tengan miedo a las cuotas para los pueblos originarios, no tengan miedo a la participación de los independientes, porque, de lo contrario, nuevamente estaremos construyendo una casa de todos en condiciones de desigualdad y sin los cimientos sólidos, que le den vida permanente a la Constitución.

Por eso, los invito a no alargar la noche, sino a que permitan que salga el mañana de una nueva Constitución que nos represente a todos.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Para plantear un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado Leonidas Romero .

El señor ROMERO.-

Señora Presidenta, hace bastante rato que estamos sin quorum. Entonces, no es válido lo que está pasando hoy aquí y, por lo tanto, pido que suspenda la sesión.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene razón, diputado Romero . Se suspende la sesión.

-Transcurrido el tiempo de suspensión:

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Continúa la sesión. Tiene la palabra el diputado Tomás Hirsch Goldschmidt .

El señor HIRSCH.-

Señora Presidenta, los humanistas desde siempre hemos luchado por una nueva Constitución. Fuimos perseguidos y presos en dictadura por negarnos a aceptar este engendro creado como un traje a la medida del dictador. Fuimos los únicos que en nuestra campaña presidencial, hace ya 20 años, en 1999, y con el rechazo de los escandalizados biempensantes de la época, botamos esa Constitución a la basura, por mala. Pero no se trata de hacerlo de cualquier manera; no da lo mismo.

Quienes firmaron el famoso acuerdo lo hicieron sin tener ningún mandato de nadie. Ningún movimiento social, ni unidad social, ni los estudiantes, ni los profesores, ni los trabajadores, ni los pescadores, ni las mujeres, ni los pueblos originarios, ni los millones que se juntaron en las cientos de “plazas de la dignidad” a lo largo de Chile les dijeron que se hicieran cargo por ellos. ¿Por qué un grupo de diputados y senadores se atribuyó el poder para decidir por millones de chilenos movilizados? ¿Quién los mandató?

Y justamente quienes se movilizaron, una vez más, fueron dejados afuera. Historia tantas veces repetida en nuestra historia. Ocurrió igual que cuando el pueblo derrotó a la dictadura. Me acuerdo perfectamente de que aquella vez fue como si entre muchos se hubiera empujado un camión para que llegara a la cumbre de un cerro. Todo el mundo empujó y empujó, y una vez que el camión llegó arriba y que empezaba la bajada, unas pocas cúpulas se subieron y se fueron felices, y les dijeron a los demás: “Muchas gracias, vuélvanse a sus casas”. Exactamente igual ocurre 30 años después.

Este acuerdo es ilegítimo en su origen y eso no es menor. Las condiciones de origen son fundamentales para el posterior desarrollo de un proceso.

La demanda de millones era y es por una asamblea constituyente, no por una convención u otro engendro. Y no es lo mismo. No es solo una cuestión de nombre; es mucho más que el nombre, y lo saben. Es la autonomía para fijar sus reglas, sus quorums y sus marcos de funcionamiento sin que se los imponga un “acuerdo” ni mucho menos una “comisión técnica”. Es llevar adelante un proceso que sea legítimo desde su mismo origen por ser generado desde la ciudadanía, desde el pueblo, desde las organizaciones sociales, indígenas, feministas, sindicales.

Por algo la derecha les impuso este primer veto, y lo aceptaron.

Hoy se habla de que ahora están dejando afuera a las organizaciones, a las mujeres y a los pueblos originarios. ¡No! ¡Nunca fueron incluidos! No es que ahora se les esté dejando afuera; nunca fueron incluidos. Y si vamos al contenido: no se incluyó a los chilenos que viven en el extranjero, se impide a los dirigentes sindicales y vecinales seguir ejerciendo sus funciones, y se impone un quorum que le da un poder de veto a una minoría. Pero lo más grave, inaceptable e insólito, como he dicho: ¿cómo es posible que una nueva Constitución se genere sin paridad de género, sin participación de los pueblos originarios y sin igualdad de condiciones para los independientes? ¡Inaceptable! Sin paridad de género, sin pueblos originarios y sin independientes en igualdad de condiciones este proceso es ilegítimo.

Por lo anterior, votaremos en general en contra el famoso acuerdo y, por supuesto, porque no entendemos que se haya aceptado su exclusión, votaremos a favor, con convicción, por la paridad de género, por la participación de pueblos originarios y por los independientes.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Pablo Kast .

El señor KAST.-

Señora Presidenta, es bastante difícil abstraerse de este clima de polarización, de interpelaciones y de caricaturas que hoy hemos visto en este hemiciclo y desde hace meses en este Congreso.

Creo que hoy más que nunca en la discusión de este proceso constitucional tenemos que hacer un esfuerzo especial en responder a estas caricaturas con argumentos, con datos y con aclaraciones, porque si algo le ha hecho daño a esta institución y al país en general han sido la rendición y la renuncia de la clase política a nuestro mandato de representar y de traspasar a políticas públicas las necesidades y urgencias sociales de todos los chilenos, no solo de los que gritan, de los que marchan y de los que hacen ruidos y matonaje en la calle.

Por ello, quiero proponer que nos detengamos en dos datos importantes, que están presentes y que aparecen en todas las encuestas y evaluaciones de esta discusión constitucional, pero que hoy no están reflejados en este debate.

Cerca del 80 por ciento de la ciudadanía valora la modificación de la Constitución, y el 70 por ciento apoya el acuerdo constitucional y por la paz –reitero, y por la paz que se generó sobre la base de un diálogo intenso y abierto, en el que todos los grupos políticos y partidos fueron invitados. Lamentablemente no todos concurrieron a él.

Si vamos realmente a comparar esto con las prioridades de los chilenos, vemos que el problema constitucional no está ni en la séptima ni en la octava prioridad. ¿Qué se puede concluir al cruzar estos dos datos -tanta valoración por un acuerdo, pero en realidad poca prioridad a este proceso-? Que lo que realmente valora la ciudadanía es que cambiemos de actitud, que nos pongamos a trabajar para llegar a acuerdos amplios y que nos comprometamos a sacar adelante proyectos comunes, cediendo cada uno en lo que corresponda para llegar a un punto común.

La ciudadanía valora que en el Parlamento hagamos lo que debemos hacer: parlamentar y resolver. Con atención he estado escuchando varios de los discursos y he advertido que casi todos -por no decir todos se concentran en algo muy particular: ni siquiera en el acuerdo que está detrás y que hoy estamos discutiendo, sino en la diferencia, en aquello que se agregó, en lo que nos distingue hoy para no acercarnos a un acuerdo común. Nadie se ha enfocado en el acuerdo mismo. Escuchamos a algunos hablar con harta personalidad de que este acuerdo se basa en el miedo, en el chantaje, en circunstancias de que hoy lo que estamos viendo es simplemente que tomaron de rehén indicaciones posteriores transitorias para hacer peligrar este acuerdo. Y el rigor y los métodos de evaluación de los cambios legislativos y de las políticas públicas es algo a lo que no podemos renunciar.

Como solo se ha hablado de esto, por supuesto que tengo que referirme a ello. Nadie se opone a este acuerdo explícito -lo doy por sentado-, sino a la incorporación posterior que se hizo a él. Hoy concentramos la atención en tres objetivos fundamentales, que son la participación de tres grupos minoritarios en la política y por supuesto en este proceso constituyente. Evópoli reconoce desde su origen estas tres causas. Hemos liderado la participación y los escaños reservados para pueblos originarios. Fuimos los primeros en impulsar estos espacios reservados y el primer partido en alcanzar la paridad de género en su consejo directivo. ¿Y quién más que nosotros, que hemos sido a los que más nos ha costado entrar en política, valora la participación de grupos independientes en ella?

El proyecto que hoy se discute entrega estos escaños reservados con un número que se le ocurrió arbitrariamente a un grupo. ¿Qué pasa si votan 2 millones de indígenas y los 18 cupos no son suficientes? ¿Qué pasa si votan 100.000 indígenas y quedan con una sobrerrepresentación incomprensible para el resto de la ciudadanía? ¿Por qué en la paridad de género tiene que incorporarse un factor que distorsiona eventualmente la voluntad popular?

Se podría, incluso, dar la situación de que ingresen al proceso constituyente personas sin ningún voto.

Por lo anterior, hago el llamado a que legislemos seriamente, con antecedentes que correspondan a un trabajo responsable para una Constitución nueva y valiosa para Chile.

Estamos disponibles y hemos presentado proyectos para avanzar en la paridad de género, en los escaños reservados para pueblos originarios y en la participación de independientes, pero por supuesto no estamos disponibles para hacerlo a medias, ni de forma mediocre ni arbitraria con este chantaje que se ha presentado.

En consecuencia, vamos a votar en general a favor este proyecto de reforma constitucional, pero procederemos a rechazar las nuevas disposiciones transitorias, puesto que, de alguna manera, distorsionan la voluntad de este acuerdo común.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Giorgio Jackson .

El señor JACKSON.-

Señora Presidenta, lo primero que me gustaría comunicar en esta importante sesión, entendiendo que hay muchas y muchos que no pueden estar en este hemiciclo, y otras personas que están en su hora de almuerzo, es la importancia del proceso. Recuerdo el año 2011, cuando formamos parte de las movilizaciones estudiantiles, la idea de tener una nueva Constitución, y que la propia Constitución, en este caso en sus artículos referidos a educación –hablo de los números 10° y 11° del artículo 19-, efectivamente limitaba la posibilidad de soñar con una educación distinta.

Pienso en el Movimiento por la Asamblea Constituyente y en el movimiento Marca tu Voto; pienso en cómo nos movilizamos para tener un plebiscito para decidir esto que precisamente estamos diciendo hoy. Pero no fue hasta una movilización inédita y masiva, que tristemente ha sido brutalmente reprimida por el gobierno, que estamos con las condiciones reales para poder hacer que esto se haga efectivo.

En ese marco se gestó lo que se conoce hoy como el acuerdo por la nueva Constitución, que, a diferencia de lo que algunos intentan esbozar, lo que busca es que sean las chilenas y los chilenos quienes decidan si hay o no una nueva Constitución, y si prefieren que sea una comisión mixta o una asamblea constituyente, llamada convención constituyente, que tenga el ciento por ciento de su composición a través de voto popular, y sí, con el mismo quorum de dos tercios para tomar acuerdos que la Asamblea Constituyente de Bolivia o la Asamblea Constituyente de Sudáfrica.

Lamentablemente, tanto en esa oportunidad como después, en el comité técnico, la UDI, por parte de la coalición oficialista, se negó a que pudiera haber paridad de escaños e independientes, a pesar de la insistencia de los sectores de oposición, e incluso algunos sectores del oficialismo. ¿Qué se dijo en ese momento? Lo que se dijo es: no hay ninguna posibilidad que esté en el acuerdo, que tiene que ser unánime, pero no hay ningún problema con que sean materias propias de la legislación.

¿Qué se hizo? ¿Qué se está votando hoy? Hoy se está votando un texto que incorpora la paridad, incorpora a los pueblos originarios, incorpora la inclusión de independientes, no por violar el acuerdo, sino por una indicación legislativa, que viene a complementar el acuerdo.

Por lo tanto, hoy –es lo que más lamento hay un sector del oficialismo que está chantajeando, que está intentando boicotear, y que incluso fue capaz de amenazar con rechazar lo que existía ya en el acuerdo como un piso, para que se impidiera que mujeres, pueblos originarios y sectores independientes tuvieran la posibilidad real de estar representados en el futuro órgano.

Se habla mucho de responsabilidad. A mí me parece interesante hablar de ello. Veamos, ¿qué es lo responsable y qué es lo irresponsable en la situación en que estamos, con una consulta ciudadana donde más de 2 millones de personas, sin propaganda electoral, dicen con fuerza que quieren una nueva Constitución, que quieren que sea paritaria, que puedan participar las y los independientes y que contemple escaños reservados para los pueblos originarios?

¿Qué es lo responsable? Mi impresión es que entregar esa respuesta, para que puedan ser las personas las que decidan. Es lo responsable hoy, y, lamentablemente, con esta coacción de la UDI, y el gobierno con su omisión, porque acá el gobierno no ha hablado, pareciera que no tenemos gobierno. El gobierno ha estado ausente, y el que calla, otorga. Entonces, es el señor Piñera , es el señor Ward , es el señor Blumel , es la señora Rubilar quienes están avalando que un sector de su gobierno sea el que impida que hoy podamos tener una Constitución paritaria, con pueblos originarios y con independientes.

Llamo a las y a los colegas, y les pregunto a qué temen. ¿A las mujeres? ¿A qué le temen?

¿A los pueblos originarios? ¿A qué le temen? ¿A la gran mayoría de independientes? Por favor, demos una señal hoy de que estamos disponibles para que haya una asamblea constituyente paritaria, con pueblos originarios y con independientes, y no demos un triste espectáculo, en el cual le neguemos a la mayoría de las personas participar.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Osvaldo Urrutia .

El señor URRUTIA (don Osvaldo).-

Señora Presidenta, el recién pasado 15 de noviembre concurrimos a firmar, junto con 11 partidos políticos de Chile, el acuerdo por la paz y la democracia. En política, los acuerdos no son solo buenas palabras, no son solo manifestaciones de buena crianza, sino prescripciones que obligan a las partes firmantes a cumplir aquello pactado frente a toda la ciudadanía.

La Unión Demócrata Independiente desde el principio ha estado llana a ceder y llegar a una solución a la crisis que estamos viviendo.

El acuerdo que firmamos, y que hoy votaremos, materializado en la reforma al Capítulo XV de la Constitución Política, es el inicio de un camino en que los chilenos decidirán. La labor de quienes nos dedicamos a la política fue abrir las posibilidades para que fueran todos los chilenos con derecho a voto, no la violencia, los que decidieran por una nueva Constitución. Será en el plebiscito de abril, en el que muchos votaremos por el rechazo, y otros votarán por la aprobación, en que la gente podrá decidir libremente si quiere continuar con nuestra Constitución, la que, con todas sus falencias, ha permitido la protección de los derechos de las personas y el progreso, como nunca fue visto en la historia de nuestro país, o bien modificarla.

Hay algunos que han declarado abiertamente que preferirían no preguntarle a la gente si quieren una nueva Constitución. Asumen que sus ideas -derrotadas fuertemente en las últimas elecciones son las que la gente que no los votó, quiere. Se han autoerigido como los guías del proceso constituyente y se autoproclaman como la voz de un pueblo al que no representan. Nosotros, sencillamente, estamos por escuchar a los ciudadanos: tenemos una opción clara y trabajaremos por ella, pero queremos que la gente manifieste su punto de vista y decida libremente.

Es por esto que estamos por votar a favor esta reforma constitucional cuyas directrices fueron acordadas el 15 de noviembre. Por ello, rechazaremos todo aquello que no ha formado parte de ese acuerdo. No aceptamos que haya quienes quieran imponer términos de última hora aprovechándose de una ventaja. Eso no solo daña la buena fe con la que se deben cumplir los acuerdos, lo que en política es fundamental, sino que además revela una actitud inflexible, intransigente, no dispuesta al diálogo democrático, que no cede en virtud del entendimiento común, y que nos resulta inadmisible en los días que vivimos.

En el mismo sentido, creemos que las indicaciones introducidas por la oposición vulneran abiertamente la democracia. No se trata de tenerle miedo a alguno de ustedes ni a la democracia. Se trata de que lo fundamental de las democracias representativas es que opere el principio de igualdad y el de un elector un voto. Por ello, no parece sensato ni justo que, por el hecho de ser miembro de determinado grupo, se pueda sortear ese principio. Se trata, finalmente, de un elemento esencial de la democracia. Abrir esta posibilidad implica abrir la puerta a una posibilidad de opciones infinitas que a futuro podrían ocurrir, que no evitaría que otros grupos puedan, en virtud de su autopercepción, reclamar una representación garantizada a todo evento.

Por lo tanto, atendido lo anterior, es falso que la legitimidad de una nueva Constitución se juegue en que existan o no cuotas de representación indígena en la Convención Mixta o en la Convención Constitucional. Más bien, la legitimación se juega en respetar los principios fundamentales de toda democracia.

Llamo a los diputados de los partidos que firmaron el acuerdo a respetar la palabra empeñada por sus líderes, que ustedes mismos eligieron.

Es muy distinto tener cuotas para postular, como existe ya con las mujeres, que escaños reservados…

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Boris Barrera .

El señor BARRERA.-

Señora Presidenta, el proceso constituyente está abierto. Surge de la ilegitimidad de la Constitución actual y de sus numerosas limitaciones para satisfacer demandas sociales y políticas. Los bajos salarios, las miserables pensiones, el lucro en la educación, el no acceso al agua, la falta de inclusión de pueblos originarios, la falta de equidad de género, la desigualdad en general, la falta de espacios participativos, la depredación de la actividad extractiva, la contaminación del mar y de los ríos, son todos problemas que nos afectan el diario vivir y que están regulados en la Constitución.

Por años, algunos decían que la Constitución no era importante ni era necesario modificarla, que debíamos hacer cosas concretas. Mintieron. Sí es parte sustantiva en nuestras vidas y sí es necesario reemplazarla.

El proceso constituyente y la asamblea constituyente se convirtieron en una bandera de la crisis política que vive el país. Algunos hablaron de un nuevo pacto social; yo no. El pacto social de la Constitución de 1980 fue impuesto en dictadura, con un debate entre cuatro paredes para crear un ordenamiento pétreo al servicio de una minoría. Lo que hay que hacer hoy es crear un pacto social. Por eso, apoyamos la asamblea constituyente.

La asamblea constituyente es un órgano legítimo y representativo de la potestad constituyente originaria. Nosotros, el Congreso, no tenemos potestad constituyente originaria, sino que a lo más podemos reformar la Constitución, pero no crear una. Pinochet y los que hoy representan su Constitución nunca quisieron que fuera reemplazada. Por esa razón, la Constitución no ofrece un camino para crear una nueva: no tiene vocación de cambio. Sin embargo, el derecho del pueblo a crear su propio destino político y un ordenamiento constitucional está latente, no desaparece porque no se reconozca, sino que está allí. Es, como dije, un derecho latente, y nuestra responsabilidad es encauzarlo, no tutelarlo. Acá, este proyecto quiere tutelar la expresión popular.

El órgano constituyente, cualquiera que sea, es soberano, tiene plenos poderes, está por encima de todos nosotros, es el pueblo representado y reunido. Nada ni nadie está por encima del pueblo. Debemos honrar y respetar al pueblo; no a la nación, sino al pueblo.

El proceso constituyente abierto, que hoy, gracias a que Chile despertó, se está discutiendo, debe ser capaz de honrar al pueblo y poner la voluntad popular por encima de los intereses de los partidos políticos. El órgano constituyente debe ser paritario, esto es, debe incluir a las mujeres, no como candidatas, sino como constituyentes, a lo menos en un 50 por ciento; debe incluir a los pueblos originarios, debe ser con voto obligatorio, debe permitir ser delegado a los 14 o a los 16 años de edad, como se ha visto ratificado en la consulta municipal de la semana pasada; debe incluir también, de alguna forma, la participación de las chilenas y los chilenos que viven en el extranjero; se debe discutir todo lo que sea necesario discutir; debe crear un acuerdo de convivencia democrática representativa y de cara al pueblo, no entre cuatro paredes, sino con y junto al pueblo. No le tengamos miedo a la capacidad y racionalidad de nuestros compatriotas.

Señora Presidenta, es el momento de avanzar todos y todas. Rechazo la exclusión y las recriminaciones que se han hecho principalmente hacia el Partido Comunista. Sobrevivimos un genocidio, sobrevivimos la política de exclusión, y en el camino miles de los nuestros quedaron ofrendando sus vidas para que aquí vengan algunos y quieran convertirse en jueces de nuestras decisiones políticas. No damos lecciones de política a nadie, y seremos siempre humildes para aprender; pero tampoco aceptamos tratos altaneros y soberbios de quienes no han tenido ni una…

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado.

Tiene la palabra, hasta por cuatro minutos, el diputado Vlado Mirosevic .

El señor MIROSEVIC.-

Señora Presidenta, el proceso constituyente que el pueblo de Chile ha abierto y ha hecho posible será único en el mundo.

Eso es lo que nos toca votar hoy: permitir que las chilenas y los chilenos puedan terminar de una vez por todas con la Constitución de Pinochet. Hoy habilitaremos la posibilidad de que el pueblo, en las urnas, después de cuarenta años, le diga “chao” a la herencia de Pinochet en nuestra democracia.

Ese proceso por una nueva Constitución debe continuar, y nadie lo puede frenar, como le gustaría, por ejemplo, a la UDI.

El pasado fin de semana las chilenas y los chilenos nos dieron un mandato y nos exigieron una nueva Constitución. Esa opción fue la que ganó multitudinariamente en la consulta municipal.

Algunos nos han preguntado para qué queremos una nueva Constitución. Porque queremos terminar con el presidencialismo, una herencia de América Latina a la que hay que poner fin: la concentración del poder; porque queremos terminar con el Estado subsidiario y la manera radical en que la derecha neoliberal ha intentado instalar esa receta radical, única en el mundo; porque queremos terminar con el centralismo, con una Constitución centralista, como la de Pinochet, de la misma manera como fue la Constitución de 1833. Yo vengo de Arica y conozco en persona lo que significa ese centralismo asfixiante. Y también queremos nueva Constitución, porque queremos un Estado laico, pero uno de verdad, no este Estado laico light que no reconoce los derechos y las libertades a los ciudadanos y a las personas.

Como dije, este proceso no puede frenarse, como les gustaría a algunos; pero tampoco puede ser sin paridad y sin pueblos originarios. La historia de Chile está repleta, ¡repleta!, de estas exclusiones. La pregunta es, ¿quién es el responsable hoy de perpetuar esas exclusiones? El responsable es el Presidente de la República. Sebastián Piñera y su omisión, que otorga el poder de veto a la UDI, permite que algunos hoy día quieran excluir del proceso constituyente la paridad, a los pueblos originarios y a los independientes.

Esto no es aceptable, porque en materia de pueblos originarios hay países, como Nueva Zelanda, que resolvieron esto en 1840, en el siglo XIX. Y en Chile, una democracia que todavía sigue con la herencia de Pinochet, no hemos sido capaces de resolverlo.

Por lo tanto, nosotros vamos a estar por que este proceso no sea frenado, pero no vamos a estar por que sean excluidas las mujeres en su debido derecho o los pueblos originarios. Los liberales e igualitarios a lo largo de la historia siempre hemos estado a favor de la asamblea constituyente, de distribuir el poder y de devolvérselo al soberano original. Así fue en el pasado con Eusebio Lillo, con Pedro León Gallo o con José Victorino Lastarria . Hoy no va a ser distinto. Los liberales vamos a votar por un proceso constituyente que le devuelva el poder al pueblo, pero, además, para que sea con paridad, con pueblos originarios y con independientes.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag Villalobos .

El señor SABAG.-

Señora Presidenta, estamos ante un momento histórico, en que vamos a iniciar un proceso constituyente para que Chile tenga una nueva Constitución.

Aquí se han recordado las palabras del Presidente Frei Montalva , quien en el teatro Caupolicán señaló que el plebiscito carecía de toda validez y que lo rechazaba porque no reunía las condiciones mínimas de legitimidad: no se respetaron la inscripción de los ciudadanos, la libertad de expresión, y, claramente, se impuso una Constitución.

Hoy día estamos en un momento estelar. La vida es más bella cuando la escribe uno mismo, y hoy los chilenos y chilenas van a tener la oportunidad, en una convención, con personas elegidas, de poder escribir o dibujar el futuro de nuestro país.

Por eso vamos a respaldar este acuerdo, que nació de la gran mayoría de las fuerzas políticas del país. Se podrá cuestionar que no fue perfecto, que no estuvieron todos, que fue a las tres de la mañana, y una serie de otras consideraciones, como que no se incluyó a las mujeres en la foto; en fin, muchas imperfecciones, pero claramente es un avance en relación con lo que tenemos.

Si bien este acuerdo es perfectible, constituye un paso muy importante. Sería recomendable que los militantes de los partidos políticos, una vez elegidos como convencionales, dejaran de estar vinculados a aquellos para garantizar su independencia y autonomía de juicio. Para ello habría que modificar esto diciendo que los militantes de los partidos políticos que fueran elegidos como convencionales quedarán suspendidos de pleno derecho de su militancia partidaria hasta el término de existencia de la convención. De esta manera, ante la opinión pública se garantizará que los convencionales actuarán siempre con plena independencia y que no solo sean piezas guiadas u ordenadas por los partidos políticos.

De igual modo, para facilitar la inscripción y participación de los independientes, yo eliminaría la exigencia de tener determinado número de firmas para inscribir candidaturas.

Al mismo tiempo, diría que los independientes podrán asociarse para presentar e inscribir candidaturas en uno o más distritos, bastando para ello que más de mil ciudadanos declaren e inscriban dicha asociación.

Ciertamente, vamos a respaldar la paridad de género. Es un asunto más que numérico el que las mujeres sean el 51 por ciento de los habitantes del país, deben ser incluidas no por su número, sino porque su voz es necesaria para construir una sociedad mucho más justa.

En relación con los pueblos originarios, ¿cómo podemos dejar afuera a quienes estaban aquí antes de que llegaran los españoles? Somos hijos del mestizaje. Dejarlos afuera es una exclusión inaceptable e injusta. Es importante que estén presentes, y para algo más que canalizar sus problemas o demandas específicos y cerrar frentes de conflictos; es un imperativo ético y moral, una necesidad para construir una sociedad inclusiva, una sociedad para todos. Así aseguraremos que la nueva Constitución dure mucho más tiempo y que seamos una sociedad realmente democrática e inclusiva, que es lo que queremos construir para todos los chilenos.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Camila Flores .

La señor FLORES (doña Camila) .-

Señora Presidenta, en los últimos tiempos, especialmente a partir del 18 de octubre, muchas cosas han cambiado en nuestro país. En ese contexto, mucho se ha dicho respecto de la Constitución Política de la República, pero no todo es efectivo.

La Carta Fundamental imperante en Chile es legítima, y esto lo refuerza, a propósito del ejercicio democrático de las instituciones.

En todos estos años, la Constitución ha permitido el desarrollo y que el país sea próspero y estable. Ello no es casualidad, sino que se ha logrado gracias al equilibrio que hay en la Constitución entre el resguardo de los derechos fundamentales y la organización de los poderes públicos del Estado, lo que ha traído paz y prosperidad para los ciudadanos de nuestro país.

Nuestra Constitución se ha reformado más de treinta veces. Desde luego, la carta fundamental de un país siempre es perfectible y debe adecuarse a las necesidades de los tiempos. Recordemos que la actual Constitución lleva la firma del ex–Presidente Ricardo Lagos .

Sin embargo, es necesario no perder de vista que una Constitución no aborda necesariamente situaciones específicas, materias que deben ser reguladas por ley o por vía administrativa. Por el contrario, una buena Constitución aborda aquellos aspectos más fundamentales, de manera adecuada y equilibrada, permitiendo así un desarrollo normativo que sí se haga cargo de las necesidades reales de las personas.

Así, por ejemplo, Estados Unidos ha tenido una sola Constitución en toda su existencia; Suiza ha tenido solo tres Constituciones desde 1291, y la gran cantidad de países en Europa ha tenido un máximo de entre uno o dos Constituciones en su historia.

Por el contrario, en América Latina tenemos una obsesión con transformar las Constituciones, cambiarlas, partir de cero, como si eso nos fuera a dar el desarrollo, la prosperidad y la paz que todos queremos. Piense usted que en Ecuador han existido veinte Constituciones a lo largo de su historia. Los chilenos hemos tenido diez Constituciones en nuestra historia; los peruanos, hasta la fecha, doce; República Dominicana , 32; Venezuela , 26; Haití , 24 constituciones en su historia. Y si siguen viendo la lista de países latinoamericanos, se van a encontrar con que, cada vez que hay algún tipo de problema, se pretende resolver por la vía del cambio constitucional.

Ahora bien, es importante señalar que reconocemos que hay circunstancias del país que han sido extremadamente graves, violentas y preocupantes, lo que finalmente tuvo como resultado este acuerdo y que fuese urgente sacarlo.

En ese sentido, el decisivo cambio de las circunstancias nos ha generado y exigido poder desarrollar un proceso constituyente que nos traerá como desafío encontrar la manera de abordar la realidad país.

Le quiero hablar a esa mayoría de chilenos silenciosos que han estado en sus casas muy atemorizados a contar del 18 de octubre; les quiero hacer un llamado a todas esas personas para que no tengamos miedo a votar “No”. Voy a votar “No”, voy a votar por el rechazo a la nueva Constitución, porque los problemas de los chilenos, señora Presidenta, no se solucionarán con una nueva Constitución; eso es una mentira, es engañar a los chilenos. Además –insisto-, la enorme mayoría de aquellos que están en sus casas saben que no es así, y que lo que puede estar y seguir estando en riesgo, como hasta la fecha, es la democracia.

He dicho.

-Manifestaciones en las tribunas.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

¡Silencio en las tribunas, por favor! Les pido que guarden silencio.

Solicito respeto por las diputadas y los diputados que hacen uso de la palabra. Tiene la palabra al diputado Alexis Sepúlveda .

El señor SEPÚLVEDA (don Alexis).-

Señora Presidenta, entiendo que todos han hablado en extenso sobre los aspectos positivos y negativos de lo que fue este acuerdo nacional en torno a una nueva Constitución, pero la verdad es que cuando uno escucha algunos argumentos, no deja de sorprenderse.

Primero, es fundamental decirles a los amigos de la oposición que nos acompañan, al Partido Comunista y a otros, que han sido críticos de este proceso que hemos iniciado, que hay un detalle, en el sentido de que cualquier fórmula que uno pudiera aproximar requiere como elemento fundamental para poder avanzar en el cambio de la Constitución los votos de todos quienes están ubicados en el lado derecho del hemiciclo. No hay fórmulas institucionales, o por lo menos nadie ha aproximado una -no la he escuchado de ninguno de los críticos que logre salvar esa valla, que es la llave para poder iniciar este proceso constitucional. Me refiero a reunir los votos que se requieren, y esos votos no los tenemos dentro de la oposición.

Constatemos realidades, porque pareciera que algunos nos plantean construir imposibles. Sin duda, esto se gatilló con el movimiento social. La derecha no hubiese abierto esta posibilidad si el movimiento social no se hubiese expresado con tanta fuerza, con tanta energía, demandando, entre otras cosas, una nueva Constitución.

Pero –insisto cualquier fórmula que se quiera aplicar requiere los votos de quienes están enfrente, y para eso construimos un acuerdo que no es todo lo que hubiésemos querido, indudablemente. Eso no lo desconocemos, porque nos hubiese gustado que hubiese quedado plasmado en este acuerdo la participación de los independientes, la paridad de género, la cuota de los pueblos originarios. ¡Qué duda cabe! Pero para eso necesitamos la voluntad de la derecha, que con sus votos permita abrir este proceso, porque lo otro es nada, lo otro es apostar a que, eventualmente, por arte de magia, se produzca un evento que nos permita hacer caer la Constitución de Pinochet.

Se han construido algunos paradigmas. A los amigos del Partido Humanista les digo, con mucho cariño y responsabilidad, que estuve ahí ese miércoles y ese jueves, y vi que la presidenta del Partido Humanista también estuvo, prácticamente hasta las 10 de la noche, en las negociaciones sobre este proceso constituyente. Su única observación fue por el eventual impacto de los dos tercios, pero nada dijo sobre los otros temas. En algún momento de la negociación comprometió sus votos, aunque no suscribieron el acuerdo, decisión que respeto. Pero resulta que al otro día aparecieron calificando ese encuentro como una “cocina”.

¡Perdón! ¡Pero si el Partido Humanista estuvo ahí hasta la noche, a punto de firmar! ¿Y resulta que ahora es una “cocina”? O sea, comí, disfruté, lo pasé re bién, pero no quiero pagar la cuenta.

Creo que aquí hay responsabilidades, colegas. No acepto el emplazamiento que nos hacen algunos partidos de oposición; creo que es una irresponsabilidad.

Les recuerdo el No. ¡Les recuerdo el No! Yo era estudiante universitario en aquellos tiempos, pero recuerdo bien que los compañeros de la “Jota” nos dijeron que cómo nos íbamos a involucrar en un plebiscito de esa naturaleza. Hace un año tuvimos una discusión que involucró a mi partido, porque no estábamos todos celebrando el triunfo del No. El PC quería celebrar el triunfo del No, no obstante que no se sumaron en esa ocasión, como correspondía.

¡Eso es lo que tienen que hacer hoy día…!

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado.

Tiene la palabra, hasta por cuatro minutos, el diputado Rodrigo González .

El señor GONZÁLEZ (don Rodrigo).-

Señora Presidenta, diputadas y diputados de todas las bancadas han reiterado que la presente es una sesión histórica.

En efecto, estamos aquí porque Chile despertó y exigió una nueva Constitución y una asamblea constituyente. Nunca en la historia una Constitución se ha dictado con genuina participación ciudadana. Estamos aquí para iniciar el camino hacia una Constitución legítima, verdaderamente representativa de toda la nación chilena: de sus mujeres, de sus pueblos originarios, de los independientes, de los jóvenes, de los adultos mayores, de los trabajadores, de los profesionales, de los intelectuales, de los artistas y de los empresarios de todos los tamaños. Una casa común de todos y de todas. Hoy podemos lograrlo.

Lo han pedido 2.100.000 ciudadanos en la consulta de los alcaldes el domingo pasado; lo han pedido millones de chilenos y chilenas marchando y participando en cabildos y asambleas territoriales.

Este anhelo, sin embargo, puede quedar frustrado, porque algunos partidos -la UDI, Renovación Nacional y Evópoli han dicho que quieren votar en contra y postergar la integración de independientes, mujeres y pueblos originarios en el órgano constituyente. ¿Por qué no quieren hacerlo hoy? ¿Por qué quieren postergar o dilatar la decisión? ¿Acaso piensan que la gente en la calle les va a creer si dicen que quieren hacer mañana lo que no quieren hacer hoy?

Ya es demasiado el descrédito, la desconfianza acumulada en la élite política y en las instituciones por la postergación de los anhelos de la gente durante 30 años.

“¡No son 30 pesos; son 30 años!” han gritado en todo Chile millares de chilenas y chilenos durante 60 días, cansados de abusos, injusticias, desigualdades, faltas de respeto, cansados de la inhumanidad de un sistema político y de instituciones que no han respondido a sus intereses ni a sus demandas.

¿Por qué tan ciegos y tan sordos? ¿Por qué no escuchar la voz de millones de chilenos?

¿Por qué no preferir la voz de todos por supuestos acuerdos de partidos? ¿Por qué obedecer las órdenes de partidos y no la voz ciudadana?

Eso es lo que deberían responder los colegas de los partidos que hoy quieren postergar la integración de los pueblos originarios, de los independientes y lograr la paridad de género en este proyecto.

Pregunto a esos colegas y al gobierno que, a través de su ministro Felipe Ward , ha venido a exigir a sus parlamentarios apoyar parcialmente esta reforma constitucional y no incluir a los independientes y a los pueblos originarios en el órgano constituyente. ¿Por qué prometen para mañana lo que no quieren aceptar hoy?

El gobierno pide paz para que cesen las movilizaciones y prefiere medidas policiales en lugar de dar respuesta a las demandas y abrir las puertas a una agenda social de cambios profundos. ¿Con qué credibilidad, con qué autoridad puede pedirlo, si no quiere aceptar que todos los chilenos participen en el plebiscito? ¿Por qué se quiere excluir, una vez más, a los pueblos originarios?

Por eso, invoco, emplazo y solicito al Presidente de la República que escuche ahora la voz de Chile.

El Presidente no ha sabido contestar las demandas de cambios, no ha respondido a la solicitud de reformas en el sistema de pensiones, en salud, en poner fin a colusión y en salario mínimo; se ha deslegitimado, ha sido errático y vacilante. ¡Ahora es el momento para que la sociedad chilena cambie!

¿Qué le diremos a la gente si hoy, de nuevo, no somos capaces de aprobar en el Congreso la más sentida demanda ciudadana…?

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Gastón Saavedra .

El señor SAAVEDRA.-

Señora Presidenta, cuando uno lee la historia de nuestro país, se da cuenta que todas -¡todas! las Constituciones políticas de nuestra república han sido impuestas por la fuerza: la de 1833, la de 1925 y, para qué decir, la de 1980, tal vez, la más violenta de la historia, la más sangrienta, que se impuso a través de un plebiscito, como aquí se ha mencionado, en el que nunca hubo certeza respecto del padrón electoral.

Sobre ella se edificaron las bases de una sociedad concentrada, de una sociedad injusta, de una sociedad que excluye, de una sociedad en la que se establecieron las AFP, las siete modernizaciones, la privatización de las empresas, en suma, un modelo al que los chilenos hoy dijeron “¡Basta!”.

Por primera vez, entonces, a partir de la calle, surge en nuestra historia la voz de la ciudadanía que, desde sus convicciones, permitirá que brote esa nueva Carta Fundamental que dará nacimiento a un nuevo Chile, a un Chile más digno, más soberano, a un Chile que aborda los desafíos del siglo XXI.

Las manifestaciones sociales, hechas por personas, por familias, por colectivos y movimientos sociales nos exigen, nos retan, nos interpelan a quienes estamos aquí, en la Cámara, a quienes fuimos elegidos seguramente por muchos de quienes se manifiestan en las calles: “Por favor, ayúdennos a construir una sociedad de iguales, una sociedad más justa, una sociedad que incluya”.

Justamente hoy, cuando surge este acuerdo, un acuerdo de carácter transversal, un acuerdo que políticamente permite un gran consenso que nos dice: “Hasta aquí llegó la Constitución del 80; aquí terminó esta sociedad de injusticia, de desigualdad, que excluye”. Por eso, este es el momento de nosotros, de los políticos, es el momento en que debemos ser capaces de escuchar para construir un nuevo período del país.

Por lo tanto, tenemos la oportunidad de reivindicarnos ante la sociedad civil, de demostrar que somos capaces de escuchar y también de construir ese nuevo Chile, ese Chile que se centra en la igualdad, en la inclusión. La ciudadanía nos pide poner término a todos los abusos.

Se necesita -¡claro que sí! generosidad para entender lo imperfecto del acuerdo, porque tenemos que arreglar lo que faltó. Es aquí donde debemos resolver ese problema.

No podemos excluir a las mujeres, que son más de la mitad del país; debe haber paridad de género, igualdad en el trato y en la participación de las mujeres en este proceso de construcción de la nueva Constitución.

Al mismo tiempo, los independientes deben tener el espacio que requieren.

Por último, llevamos más de 500 años tratando de ocultar un conflicto en el que los pueblos originarios no han sido tratados como corresponde. Este es el momento de tomar decisiones al respecto, es el momento de que tengan el espacio suficiente para que se incorporen al proceso de escribir esta nueva historia, de construir esta casa de todos, a partir de una hoja en blanco, en donde echaremos las bases del Chile del siglo XXI, con más justicia, con más igualdad y con más inclusión social.

He dicho.

-Aplausos.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Renato Garín .

El señor GARÍN.-

Señor Presidente, hace más de 200 años un grupo de mujeres y de hombres cruzaron la cordillera a pie y a caballo, ayudados por los pueblos originarios y, cuando bajaron al llano de Santiago, derrotaron al imperio español, al sádico imperio español. Ellos soñaron con construir una República, que luego naufragó con la dictadura de O'Higgins, que probó redactar una Constitución moralista, católica, con Juan Egaña , en 1823, redactada por puros hombres.

Dos años después, murió esa Constitución, con nuevas leyes federales del gran José Miguel Infante . Luego, José Joaquín de Mora redactó otra Constitución en 1828, que murió en las canchas de Lircay, en la guerra civil.

Finalmente, en 1833, Mariano Egaña , fiscal de la Corte Suprema, rodeado de puros hombres, junto al ministro Portales, redactaron la Constitución que duró casi 100 años en esta república.

Más tarde, tres guerras: una contra España , una contra la Confederación Perú-Boliviana y la Guerra del Pacífico. Además de la pseudo pacificación de La Araucanía, conducida por Cornelio Saavedra , al mando del Estado asesino de Chile. Un siglo de sangre que terminó con el suicidio de Balmaceda en la embajada de Argentina ese 19 de septiembre de 1891, y el siguiente siglo, marcado por las ilusiones revolucionarias, marcado por los grandes discursos de los líderes de masas, como Elena Caffarena -la abuela de “la abuela”-, que quería que las mujeres votaran, que quería una Constitución democrática.

Cada generación ha tenido su momento. Lo tuvieron los jóvenes que cruzaron la cordillera para darnos la independencia; lo tuvieron los balmacedistas en 1891; lo tuvo el gran Recabarren en los años 20 del siglo pasado; lo tuvo Elena Caffarena a mitad de siglo pasado; lo tuvieron Frei Montalva y Allende , y lo tuvieron también esos demócratas que derrotaron a Pinochet en las urnas de Chile.

Hoy le digo a mi generación, a los sub-40, que este es nuestro momento, que este es nuestro tiempo, el mismo que tuvieron los héroes que ha cosechado este país durante doscientos años; héroes anónimos, civiles, mujeres, hombres, indígenas, independientes la mayoría de ellos, como Huidobro, que enfrentó a Alessandri en los años 20, inscrito por la FECh como independiente, denunciando la partidocracia.

Este es nuestro momento para dar vuelta la historia, para escribir la nueva página, para dejar atrás el pasado, para sanar las heridas que le han costado tanto a este país. Este es nuestro momento para escribir la nueva Constitución, sin trampas, sin cerrojos, y para respetarla, no para violarla, como decía Diego Portales Palazuelos .

Este es nuestro momento en la historia. No habrá otro para decir que esta generación es distinta; para decir que creemos en la democracia y en la paz, que no queremos enfrentamientos entre chilenas y chilenos, que creemos en la igualdad de género, que creemos en las mujeres y en la democracia, que valoramos a los pueblos originarios, que valoramos a los independientes. Este es nuestro momento.

A los jóvenes de Chile, a los jóvenes de la centroizquierda y, por supuesto, a mi coalición del Frente Amplio les digo que este es nuestro momento, que no habrá otro como este.

No me gusta la forma en que se construyó el acuerdo; no fui convocado; en realidad, ningún independiente fue convocado. Sin embargo, pienso que mi responsabilidad hoy es apoyar ese acuerdo, y apoyar también, con claridad, el rol de las mujeres en la próxima Constitución, el rol de los pueblos originarios, el rol de los independientes, de los que formo parte desde hace un año.

¡Viva Chile!

He dicho.

-Aplausos.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Gabriel Silber .

El señor SILBER.-

Señor Presidente, sin duda estamos colocados, como patria, como nación, en un tránsito histórico, a partir, tal vez, de uno de los procesos más aciagos y dolorosos en nuestro pasado reciente, un pasado en el que hemos visto muertos y jóvenes mutilados. Cerca de cuatro millones y medio de chilenos que se han manifestado de manera pacífica, alzando la voz por un Chile distinto, más justo, más igualitario, más inclusivo.

En este momento de crisis, las instituciones han sido interpeladas a responder si estamos o estaremos a la altura de la historia y de los desafíos del Chile que viene. Cuando hablamos de una nueva carta fundamental hablamos también de un diálogo intergeneracional que debe interpretar no solamente a las nuevas generaciones, sino también a las que hoy no se sienten parte del progreso, a aquellas que señalan y cantan en las calles El baile de los que sobran. Son aquellos que tomaron la promesa de que estudiando iban a tener espacio en la sociedad del Chile de hoy, o que iban a ver cómo sus adultos mayores iban a tener dignidad y respeto de parte de una sociedad que se llama demócrata, igualitaria y que respeta a los suyos.

Asumimos este desafío desde la desconfianza, tal vez desde el prejuicio, desde la diferencia, entendiendo que queríamos dejar atrás el pasado y que una nueva carta fundamental era parte de un ciclo de la nueva historia y de los nuevos tiempos, pensando en aquello que dijo en su momento el cardenal Raúl Silva Henríquez : lo que nos une es mucho más fuerte que lo que nos separa.

Todos deseamos pan, respeto y alegría. Todos somos y nos sentimos chilenos, celosos de nuestra soberanía, acostumbrados a la libertad. Todos entendemos que en nuestra mesa común no puede haber privilegiados ni marginados. Todos queremos que esta tierra la disfruten todos por igual, con los mismos derechos y las mismas oportunidades.

Todos anhelamos la paz. Diferimos, sí, en los caminos, en los métodos, en la velocidad para alcanzarla. Hay quienes quieren dos aceleradores, mientras otros prefieren dos frenos, pero todos nos sentimos parte de ese mismo coche que llamamos Chile.

Por sobre cualquier diferencia, este salto hacia adelante que inauguramos hoy sin duda va a ser ratificado. La historia nos va a dar la razón y vamos a estar en la vereda correcta de la historia, en dos referéndums, en dos plebiscitos, a través de los cuales el pueblo de Chile va a hablar fuerte y claro y va a pedir una nueva carta fundamental que, al final del día, es también la casa común en la cual vamos a instalar un Estado garante, abandonando el Estado subsidiario. Vamos a discutir respecto del derecho social de propiedad que, para nosotros, de alguna manera interpela a ese nuevo Chile que hoy está pariendo la historia y del cual queremos ser protagonistas.

He dicho.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Comunico a la asamblea que en lo sucesivo vamos a llamar a aquellos diputados que se encuentren inscritos para hacer uso de la palabra. De no encontrarse en la Sala, perderán su turno.

Tiene la palabra el diputado Amaro Labra .

El señor LABRA.-

Señor Presidente, hay historias increíbles de cómo se ha ido procesando la democracia. El diputado Garín ha relatado en forma brillante algunos de ellos.

Por mi parte, quiero referirme a una historia más chica, la historia que he vivido aquí en el Parlamento.

El 12 de noviembre nos animó una declaración unitaria increíble. Decía así: “La ciudadanía movilizada en todo Chile ha corrido el cerco de lo posible y ha realizado una interpelación a todas las fuerzas políticas del país. La necesidad de una Nueva Constitución -emanada de la propia ciudadanía que permita establecer un nuevo modelo político, económico y social es una pretensión fundamental que debe encontrar la vía para ser legitimada. (…) Tanto para la opinión pública, como para expertos y organizaciones de la sociedad civil, la Asamblea Constituyente es el mecanismo más democrático para garantizar una amplia participación ciudadana que otorgue plena legitimidad al proceso.”.

Eso está firmado por el Partido Comunista, por Revolución Democrática, por la Democracia Cristiana, por el Partido por la Democracia, por el Partido Socialista, por el Partido Liberal, por el Partido Humanista, por el Partido Regionalista, por el Partido Comunes, por Convergencia Social y por el Partido Radical, entre otros.

Entre el 12 y el 14 de noviembre discutimos lo que proponía el gobierno, que era un congreso constituyente. Dijimos que debía haber al menos dos opciones: el congreso constituyente y la asamblea constituyente. El congreso constituyente se cayó y apareció la convención mixta constituyente.

Hay testigos aquí de que hicimos todo ese trabajo. Decirnos que hemos estado boicoteando el proceso es simplemente mentir.

Con nuestro pueblo vamos a apoyar los cupos reservados para las primeras naciones. Por un tema de inteligencia mínima, es imposible no considerarlos.

(Aplausos)

La representación paritaria de las mujeres también es un tema de inteligencia mínima.

Con nuestro modelo que crece, seguiremos caminando, marchando, cantando, gritando, luchando y trabajando en los barrios, en las calles, en las casas, en los sindicatos, en las escuelas, en las universidades, en el campo, en las ciudades, y aquí, en el Parlamento, creando fuerzas y poderosas energías; enfrentando dictaduras políticas, económicas y los terrores de amenazas de dictaduras militares, con la verdad y la razón, con la verdad y con el amor hacia la justicia social y la libertad democrática real.

¡Buena vida para nuestro amado pueblo!

He dicho.

-Aplausos.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Catalina Pérez .

La señorita PÉREZ (doña Catalina) .-

Señor Presidente, en primer lugar, por su intermedio saludo a todas las mujeres que están en los pasillos y en las tribunas del Congreso, y también a las mujeres que están afuera del Congreso porque no pudieron ingresar, y que hoy nos están mirando a todos y a todas.

(Aplausos)

Asimismo, saludo a los representantes del Consejo de Pueblos Atacameños que vinieron desde San Pedro de Atacama .

(Aplausos)

Quiero agradecer a quienes pusieron su cuerpo en la primera línea, dispuestos a dar la pelea por la dignidad del pueblo de Chile; a aquellos a quienes les arrebataron sus ojos para que Chile, por fin, pudiese ver.

(Aplausos)

Sin ellos empujando hoy la historia de nuestro país, no estaríamos jugándonos la posibilidad de un plebiscito donde el pueblo mande; la posibilidad de una Constitución democrática donde las reglas no estén dadas para que otros ganen: las AFP, las isapres y los dueños de este país.

Ese triunfo no es patrimonio de ningún sector o partido político, sino patrimonio de la movilización. A ellos van a tener que responderles; a ellas van a tener que explicarles por qué, si somos el 51 por ciento de la población, no podemos ser la mitad de la asamblea.

A nosotras van a tener que explicarnos esta falsa democracia, donde nuestras posibilidades de salir elegidas son siempre menores que las que tienen ustedes, porque diseñaron un sistema que los beneficia a ustedes y no a nosotras.

Que lo piense Evópoli y me explique que, desde su bancada de puros hombres, hoy se atreven a decir que están a favor de la paridad, cuando lo cierto es que van a rechazar la indicación.

Que me lo explique el presidente de Renovación Nacional, Mario Desbordes -por su intermedio, señor Presidente-, que estuvo presente junto con las diputadas de Renovación Nacional, respaldándolas, y hoy deja que se culpe a ellas de faltar al acuerdo.

Yo espero que me lo expliquen Hernán Larraín Matte , presidente de Evópoli, que el 2 de diciembre señaló estar a favor de que haya escaños reservados; Felipe Kast , que planteó ofrecer cupos parlamentarios a pueblos originarios; Gonzalo Fuenzalida , de Renovación Nacional, que me explicó hace un par de semanas, en el programa Estado Nacional, cómo iban a respaldar la demanda de escaños reservados que estábamos presentando.

¿Cuál es la excusa para votar contra los pueblos originarios el día de hoy? ¿Cuál es su verdadera convicción? ¡Por favor! Si los acuerdos entre partidos no tienen ningún sentido, legitimidad social, y no van a tener legitimidad si no garantizamos que el cuerpo constituyente, el poder constituyente originario, esté adecuadamente representado.

Están dejando pasar la historia frente a sus ojos, ¿a cambio de qué? Porque no van a poder impedirlo; la derecha no va a poder impedirlo. El proceso constituyente ya está en marcha; la Constitución será con nosotras o no será; la Constitución será plurinacional o no será.

(Aplausos)

No se queden abajo de ese proceso.

Tengan clara una cosa: no solo les hablo a ustedes, sino también a los que están detrás de ustedes, a los que creen que el futuro político de un partido vale más que el futuro político de Chile, porque esto no va a terminar acá. Si hoy no logramos una constituyente con paridad, con pueblos originarios, con independientes, con todos y todas, vamos a insistir, vamos a buscar la forma y lo vamos a lograr. Vamos a estar en la calle y en el Congreso, y en todas partes hasta que lo consigamos. No nos vamos a ir a la casa con cara de derrota y con pena porque estuvimos tan cerca, pero no se pudo, pensando en que jugamos como nunca, pero perdimos como siempre. Ese Chile ya cambió.

Por todos los que nacieron y murieron bajo esta Constitución; por todas las fotografías en el pecho; por mis padres, que lucharon en dictadura; por mi abuelo muerto en los pasillos del hospital; por la dignidad de mis viejos, por la dignidad de los suyos también, por todos los muertos, por todos los ojos, ¡vamos a dejar atrás la Constitución de Pinochet!

(Aplausos y manifestaciones en las tribunas)

Este es el último torniquete y el pueblo el día de hoy lo va a saltar.

He dicho.

-Aplausos y manifestaciones en las tribunas.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Gael Yeomans .

La señorita YEOMANS (doña Gael) .-

Señor Presidente, un día como hoy, pero hace dos meses, la rebeldía de nuestra juventud logró despertar a nuestro pueblo, cansado de abusos, postergaciones y una constante precarización de la vida. La ciudadanía salió a la calle a decir “basta”, y ha echado a andar un proceso constituyente que hoy tenemos que empezar, de manera institucional, en este Congreso.

Quien hizo todo esto posible fue el Chile de la calle, el de mujeres y hombres que fueron tratados de flojos mientras se levantan en la madrugada para viajar horas en transporte público, para trabajar más de ocho horas diarias por un sueldo de miseria.

Son las mujeres quienes han hecho esto posible gracias a la unidad, la sororidad y las movilizaciones en colegios, universidades, barrios, puestos de trabajo, calles y en todos los espacios de los cuales históricamente han sido excluidas.

Esto fue posible porque los estudiantes, en 2006 y en 2011, cuestionaron el lucro en la educación; porque los trabajadores y jubilados exigen no más AFP para tener pensiones dignas.

El proceso constituyente es la invitación a cambiarlo todo, con todas y todos, sin exclusiones de ningún tipo. Eso es lo que construyó el pueblo de Chile a mano y sin permiso. Pero contrario al deseo mayoritario, un sector de hombres enquistados en el poder quiere imponer nuevamente sus condiciones para resguardar sus privilegios. Es el mismo sector político que ha tenido secuestrada la democracia desde la dictadura hasta la fecha, desde la Constitución de Pinochet hasta la fecha.

(Aplausos)

Ellos son de la UDI; pero también son de Evópoli, quienes, lamentablemente, terminaron siendo la UDI chascona, la UDI vestida de juventud.

El pueblo de Chile habló fuerte y claro para que nadie diga que no escuchó: nueva Constitución construida a través de la participación ciudadana, libre y democrática. Pero algunos se están haciendo los sordos y quieren torcer la voluntad popular a cualquier costo, inventando un montón de excusas de todo tipo para esconder su voluntad.

¿Cuál es su voluntad? Mantener el poder que han tenido durante todos estos años; no quieren que la ciudadanía se manifieste en el proceso constituyente. Han llegado a absurdos, como los que dijo la bancada de Evópoli –por cierto, todos hombres sobre la paridad, o al lobby machista de la UDI y La Moneda contra las valientes diputadas de RN que firmaron la indicación, que fueron respaldadas por su presidente de partido, pero que, lamentablemente, hoy dicen que no van a poder apoyarla.

Por nuestra parte, nuestras convicciones siguen intactas. No vamos a ceder, aunque quieran dejarnos fuera con artimañas de último momento. Terminar con la Constitución de Pinochet es un imperativo ético y una necesidad política, y tengo que decirlo: nosotros tampoco somos aquellos que decidieron renunciar a la disputa política. No dejaremos que la puerta que abrió el pueblo la cierren los mismos de siempre; pero tampoco avalaremos procesos truncados que diezman la participación ciudadana. Sin la inclusión de los pueblos originarios, sin que las y los independientes puedan competir en igualdad de condiciones con los partidos políticos y sin la paridad no habrá nueva Constitución. Sin nosotras no habrá nueva Constitución.

¡No tienen excusas! ¡Digan de frente a la ciudadanía que no están de acuerdo con tener un proceso constituyente democrático y realmente representativo!

¡Basta ya! Chile despertó y no lo va a permitir. Van a ser los ciudadanos que dijeron “¡basta ya!” los que pongan fin a la Constitución de Pinochet, y no los mismos de siempre.

He dicho.

-Aplausos.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Guillermo Teillier .

El señor TEILLIER.-

Señor Presidente, es falso que el Partido Comunista no participara en el plebiscito del No de 1980; pero no fuimos nosotros los que tomamos el acuerdo y remachamos la Constitución de Pinochet por 30 años.

El cambio de Constitución es parte de nuestras demandas más sentidas. Ya en 1996 Gladys Marín hizo un llamado a un gran acuerdo nacional para cambiar la Constitución pinochetista. Hubo oídos sordos. Tuvieron que pasar 23 años para que el pueblo de Chile, cansado de un marco jurídico elaborado en dictadura entre cuatro paredes y cuyo sello fue puesto por una minoría por sobre la inmensa mayoría, exigiera en las calles un cambio real, porque en el fondo todo lo que deriva de la Constitución es parte del problema, no solo por los enclaves autoritarios, sino también porque el conjunto de nuestros derechos fundamentales está condicionado al mercado y su afán de lucro insaciable.

Tuvieron que pasar 23 años para que al fin algunos altos personeros de partidos, el propio Presidente y parlamentarios se sintieran impulsados a buscar una salida; unos, por temor ante la oleada de lucha popular y para salvar al gobierno; otros por el fantasma de una nueva intervención militar, y la mayoría –espero por convicción.

Aun con todo eso, estamos ante una victoria todavía parcial del pueblo de Chile impuesta con su sacrificio, sus muertos, las violaciones a sus derechos esenciales y sus mutilaciones. Ese mismo pueblo comenzó el proceso constituyente mucho antes de que este se formalizara en este espacio. Lo comenzó con los cabildos territoriales y también lo hizo con la consulta municipal, en la que participaron millones de personas y en la que el 92,4 por ciento votó por una nueva Constitución. En 41 municipios se preguntó sobre la asamblea constituyente, y el 95 por ciento prefirió esta opción, lo que lamentablemente no quedó incorporado en este proyecto de ley como una alternativa, porque lo impidió su discusión en la Comisión de Constitución.

Nuestra lucha permanente ha sido por cambiar la Constitución, pero no por ello vamos a aprobar cualquier Constitución ni cualquier mecanismo. Creo que el comenzar este proceso dejando afuera a los pueblos originarios, dejando de lado la paridad social y postergando a los independientes ha sido una grave omisión, y hoy se están pagando las consecuencias de ello.

Más aún, el hecho de que hoy nos encontremos con el veto de un partido, la UDI, que obliga a otros partidos a seguir sus aguas y a rechazar la participación de mujeres, de pueblos originarios y de independientes, lo vemos como un gran peligro para el debate constitucional. Con un quorum de dos tercios existe el peligro de que sigan imponiendo el veto.

Toda esta posibilidad se abre porque el pueblo de Chile dio un paso histórico. Ese es el verdadero hito histórico que remeció al país y a la sociedad desde sus cimientos, pues abrió la posibilidad a estos cambios profundos al sistema político institucional.

Luchemos por que se incorporen las mujeres, los pueblos originarios y también los independientes. Estamos dispuestos a luchar junto a todos ellos para que esto sea realidad y en algo mejore este proyecto.

He dicho.

-Aplausos.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Ricardo Celis .

El señor CELIS (don Ricardo).-

Señor Presidente, por su intermedio, saludo a las mujeres que nos acompañan, a Marcelo Catrillanca , a los alcaldes Painequeo y Paillafil, de la región que represento, y al Consejo de Pueblos Atacameños, cuya presencia en las tribunas dignifica este lugar.

Quiero hacer un alegato acerca de la legitimidad de este proceso. He visto que aquí ha habido una intolerancia enorme y que se ha pretendido desprestigiar este proceso que es absolutamente legítimo.

¿Cuál es la función de la política? La función de la política es organizar la convivencia de la sociedad por el bien común. Eso fue lo que hicimos el 15 de noviembre; no hicimos otra cosa. Participé y no me arrepiento en lo más mínimo de haber asistido, junto con mi Partido por la Democracia y con nuestro presidente, a ese acto. Ese acto ennoblece la política.

Este es uno de los momentos que dignifican la acción política, este es un momento en que la política sirve a Chile, y eso es motivo para estar contento, no para estar triste ni para andar llorando o siquiera desdiciéndose de aquello. Estamos orgullosos de aquello y vamos a apoyar este proyecto porque creemos que es bueno para Chile.

¿Quiénes fueron los que originaron todo esto? Fue el pueblo de Chile. Fue el pueblo de Chile el que permitió que ocurriera esto. El hecho de que tengamos las tribunas llenas de nuestros pueblos originarios y de mujeres quiere decir que son ellos los actores principales.

Lo que hicimos el 15 de noviembre fue transferir el poder al soberano, a la ciudadanía. Ella va a definir si quiere o no quiere una nueva Constitución, ella definirá qué mecanismo se utilizará para ello, esto es, si una convención mixta o la denominada convención constituyente.

¿Es distinta la convención constituyente a la asamblea constituyente? No, no es distinta. Si uno va a las definiciones, verá que a través de la historia ha habido muchas modalidades de asambleas constituyentes en diversos países. No introduzcamos elementos ni falacias en la discusión.

En lo que sí todos estamos de acuerdo es en que no es posible tener nueva Constitución sin nuestros pueblos originarios, no es posible tener nueva constitución sin las mujeres y los hombres, no es posible tener nueva constitución sin los dirigentes sindicales, las dueñas de casa y los profesionales.

Hago una interpelación a la derecha y al Presidente Sebastián Piñera , porque vino su ministro a tratar de modificar la decisión incluso de partidos de Chile Vamos para que finalmente no se apoye la participación de mujeres, de pueblos originarios y de los dirigentes del mundo social. Yo pregunto a Chile Vamos, que nunca ha querido aprobar ni dar la posibilidad de que tengamos reconocimiento constitucional de nuestros pueblos originarios, ¿por qué les vamos a creer ahora que van a estar dispuestos a reconocer la participación de nuestros pueblos originarios? ¿Qué los va a motivar? ¡No les creemos en ese sentido!

Espero que hoy voten y den una señal clara a Chile de que sí están por la participación de las mujeres, de nuestros pueblos originarios, de las dueñas de casa, de los profesionales, de la gente de Chile, de la gente que estuvo en las calles, de modo que estén representados.

Lo importante es que hemos transferido a la ciudadanía el poder. El 26 de abril será la elección de los constituyentes, y ellos serán los que harán la nueva Constitución, los que construirán este documento, no nosotros. Hemos renunciado a aquello porque creemos que hay que entregar el poder al soberano. Eso fue lo que hicimos, y nos sentimos orgullos como Partido por la Democracia de haber participado en ese acuerdo.

Vamos a apoyar ese acuerdo con toda nuestra fuerza y vamos a trabajar por que tengamos una nueva constitución y por desterrar…

-Aplausos.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Ha terminado su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Jorge Brito .

El señor BRITO.-

Señor Presidente, el proyecto que viene de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento viene con plebiscito, con una asamblea constituyente, con paridad de género, con escaños reservados a pueblos indígenas y con independientes. Ese proyecto vamos a aprobar, no otro.

Si Renovación Nacional incumple su palabra y lo vota en contra porque está secuestrada por esa derecha retrógrada, no vamos a permitir un órgano constituyente sin paridad de género, sin escaños reservados y sin las y los independientes.

(Aplausos)

Las mujeres, los primeros pueblos y las personas independientes no son accesorios; son esenciales.

Llevamos años aguantando que se lleven el país para la casa y sus ahorros a paraísos fiscales; llevamos años aguantando a las AFP; llevamos años aguantando una Constitución impuesta con un fraude electoral en medio de una dictadura sanguinaria.

Si Chile estalló de esta manera es porque acumulaba graves abusos, usurpaciones y ninguneos; si Chile aguantó treinta años es porque tiene aguante y no se va a volver a encerrar en sus casas para volver a esa normalidad aparente que a muchos de ustedes les acomoda, pero que a Chile entrega endeudamiento, inestabilidad, inseguridad, robos, falta de salud y de educación.

Por la prensa nos enteramos de que Renovación Nacional ingresa proyectos para sustituir indicaciones que rechazará.

¿Me están…? ¿Esa es la responsabilidad democrática que tienen con Chile, como si su Presidente fuera tan bueno y tuviera el clamor popular? ¿Esa es la responsabilidad democrática que tienen con el Chile actual? ¿No se dan cuenta de lo que está ocurriendo en las calles, en las plazas, en los barrios?

Dejen de cuidarle las espaldas al partido líder de la corrupción. Actúen en consecuencia. Pongan por delante a Chile.

Hace un mes comenzamos con ustedes las conversaciones sobre estos temas, y muchas y muchos, en privado, nos dijeron que estaban de acuerdo. ¿Por qué ahora van a votar en contra?

No le pusieron ninguna ficha a la consulta municipal. No hubo franja electoral y votaron más de dos millones de personas. A quienes se les preguntó, el 90 por ciento estaba a favor de estos tres mínimos democráticos. ¡Y no eran del Frente Amplio! ¡No eran siquiera de izquierda! Eran chilenas y chilenos patriotas comprometidos con el futuro de nuestro país.

Chile no les pertenece a las familias con más millones. Hay una oportunidad histórica de resolver fracturas estructurales que arrastramos desde la Colonia.

Chile debe ser plurinacional. Lo contrario es una hipocresía. Somos chilenas y chilenos; somos mestizos y mestizas; somos mezcla de pueblos, de bravos indígenas y de bandidos españoles, pero aquí antes había miles de pueblos, a los que no podemos seguir negando.

La patria nueva hoy se está forjando en las marchas y en los cabildos, entre banderas chilenas, banderas mapuches, banderas rapa nui, entre atacameños, defendiendo la necesidad de acabar con los abusos y de fijar una nueva, justa y sana convivencia.

Esa patria abraza la diversidad y la solidaridad; esa patria abraza la democracia plena y no la dictadura de minorías que están ahí gracias a una institución añeja y construida en dictadura.

Esto hay que entenderlo tal como lo entendió Chile hace dos meses. La violencia que pregona la desigualdad, los abusos y la impunidad a la que se somete a los corruptos es la violencia que está destruyendo Chile.

El único camino es más democracia. No tengan miedo a que la gente decida; no tengan miedo a que Chile, con su hermosa diversidad representada, decida el camino para el futuro.

El proceso constituyente ya comenzó, y este Congreso no podrá detenerlo.

He dicho.

-Aplausos y manifestaciones en las tribunas.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Maya Fernández .

La señora FERNÁNDEZ (doña Maya).-

Señor Presidente, en primer lugar, quiero saludar a las organizaciones de mujeres feministas que hoy nos acompañan y a las y los representantes de los pueblos originarios que han estado con nosotros durante esta jornada.

Desde hace muchos años, son muchas y muchos quienes han luchado por una Constitución democrática y participativa. Quiero recordar que el movimiento Marca Tu Voto, en el 2013, realizó un llamado para marcar AC en el voto. En esa ocasión muchos nos dijeron que anularíamos el voto, generando temor. Incluso, nos dijeron que éramos fumadores de opio, pero igual fuimos muchas y muchos quienes marcamos AC.

También presentamos, junto a varios colegas, un proyecto de plebiscito para que la gente decidiera si quería una nueva Constitución democrática, pero no logramos los votos para aprobarlo. Solo la movilización social ha logrado que hoy podamos tener los votos necesarios para que los chilenos y chilenas decidan si quieren una nueva Constitución, democrática.

Desde la vuelta a la democracia, esta es la única vez que hemos tenido la posibilidad real de una nueva Constitución, que recoja los sueños de los chilenos y chilenas. Es el momento de poner fin a la Constitución de la dictadura, que establece un sistema subsidiario, que no recoge ni garantiza los derechos sociales, que no establece mecanismos de participación real de la ciudadanía –no tenemos iniciativa popular de ley, por ejemplo-, que no garantiza el derecho al agua y a los recursos naturales, que establece un super presidencialismo que le impide al Congreso avanzar en profundas transformaciones sociales, porque esa facultad es exclusiva del Presidente.

Debemos tener una Constitución que fortalezca la democracia, y esto se puede lograr ahora, gracias a los millones de chilenos y chilenas que se han movilizado.

Pero para tener una verdadera democracia tenemos que escuchar a las millones de mujeres que exigimos paridad en el órgano constituyente. Somos más del 50 por ciento de la población. Nunca más sin nosotras.

Es lamentable que la UDI haya presionado a los diputados y diputadas de RN que creen en la paridad para que rechacen la indicación.

También es imperativo apoyar a nuestros pueblos originarios y a los independientes, para que puedan participar en iguales condiciones que los partidos.

En la hora de votar estas indicaciones veremos quiénes apoyan a las millones de mujeres, a los pueblos originarios y a los independientes.

Nunca olvidaremos que fue la movilización social la que logró poner urgencia a estos proyectos y a la posibilidad de un plebiscito. Eso se logró gracias a quienes se manifestaron pacíficamente en las calles desde el 18 de octubre.

Si estamos debatiendo hoy es gracias a esos millones de chilenos y chilenas.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Miguel Mellado .

El señor MELLADO (don Miguel).-

Señora Presidenta, hemos estado casi siete horas debatiendo en democracia aquí en este hemiciclo, porque la democracia se expresa con aquellas personas que van a votar.

Fíjese que hace dos años nos han votado producto de que hay una Constitución que está vigente, que está sin binominal, y que nos ha permitido a todos estar aquí, en forma democrática y legítimamente elegidos. Y quienes somos legítimamente elegidos, hemos tenido que decidir muchas cosas que a algunos no les gustará, pero lo que sí han puesto en el tapete es que la calle, que no muchas veces ha ido a votar y no se ha expresado democráticamente, nos está colocando una pistola en el pecho para hacer una especie de espejismo, que consiste en que los políticos el 15 de noviembre colocaron en una agenda que se iban a resolver todos los problemas de Chile, producto del cambio de la Constitución, que iba a partir con una hoja en blanco.

Entonces, creo que las prioridades se han dado vuelta. La gente ha dicho que las prioridades están en las pensiones, en la salud, en la educación, en los sueldos. Y en último lugar está este espejismo que dicen que es la nueva Constitución.

Fueron a votar dos millones de personas de un padrón de doce millones en los respectivos municipios. Esos dos millones de personas son el techo del “sí”. Y resulta que en abril veremos, porque la verdad es que yo estaba dudando acerca de si votaba a favor o en contra de este pacto.

Pero voy a jugar dentro de la cancha. Voy a respaldar en esta oportunidad a mi presidente de partido, quien esa noche firmó el acuerdo, porque creo que hay que jugar dentro de la cancha. Voy a jugar dentro de la cancha para decir que no quiero una Constitución en blanco, no quiero que me saquen de la Constitución la potestad de los padres de educar preferentemente sus hijos, y que no sea el Estado, como quieren otros. No quiero que me saquen de la Constitución que el Estado proteja la vida desde la concepción hasta la muerte. Tampoco quiero que saquen de la Constitución la libertad de culto, como algunos quieren. Tampoco quiero que el Banco Central deje de ser autónomo. Y una hoja en blanco va a generar inestabilidad los próximos dos años, desde que se escriba.

Así como está sucediendo hoy, que están amenazando a ciertos parlamentarios porque votan de determinada manera, ¡imaginen las presiones que tendrán los constituyentes cuando evidencien que estarán en contra de algo que la mayoría quiere escribir de manera distinta! Eso es lo que creo que sucederá.

En el caso de los escaños reservados, les quiero decir que hoy hay dos grandes representantes de los pueblos originarios: las diputadas Aracely Leuquén y Emilia Nuyado , dos tremendas mujeres que representan a los pueblos originarios y que se han ganado su escaño solitas, con mucha lucha. En nuestro partido tenemos diez tremendas mujeres de lucha que lograron sin ninguna ayuda el escaño que hoy ocupan aquí.

Si las mujeres quieren igualdad, compitamos en la cancha. Si los pueblos originarios quieren igualdad, porque algunos todavía no se sienten chilenos, entonces, los que se sientan chilenos vamos a llevar adelante todo esto.

Señora Presidenta, voy a jugar dentro de la cancha, pero voy a llamar a votar que no en abril del próximo año.

He dicho.

-Manifestaciones en las tribunas.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Cristina Girardi Lavín .

La señora GIRARDI (doña Cristina).-

Señora Presidenta, me extraña escuchar las palabras que acabo de escuchar, porque es como decir que en Chile muchos, los millones de los chilenos que viven bajo la línea de la pobreza, están ahí porque no se esfuerzan por llegar donde tienen que llegar. Y tienen que llegar solitos, igual como lo hizo la diputada Emilia Nuyado , para tener los mismos derechos que tienen otros.

(Aplausos)

Creo que eso es no entender que Chile ha creado un sistema en que la violencia es estructural. El que diga que en Chile no hay violencia estructural no reconoce que en este país la desigualdad se ha creado porque el sistema ha permitido que las desigualdades existan. También ha permitido que los pueblos originarios no tengan los espacios que deben tener, que las mujeres tampoco tengan los espacios que deben tener. Y lo mismo con muchas personas que hoy no tienen los privilegios que tienen solo algunos en este país. Eso es violencia estructural. Eso lo crea también la Constitución que hoy nos rige: es una generadora de violencia estructural, y precisamente por eso la tenemos que cambiar.

Si ustedes me dicen que en Chile no hay desigualdad, entonces no cambiemos la Constitución. Pero si reconocen que hay desigualdad, reconocen que hoy en el país efectivamente no tenemos la estructura para asegurar y garantizar la igualdad. Eso es lo que tenemos que lograr a través de una Constitución. El que no entiende eso no sabe lo que es una Constitución.

Espero que podamos lograr esa nueva Constitución.

Esto no es un nuevo pacto social. En Chile nunca ha habido un pacto social, porque las constituciones nunca han sido elaboradas con la participación de todos. Para que haya pacto tengo que sentarme junto con el otro para generarlo, y hoy día eso no se ha hecho. Hasta ahora, en la historia de Chile eso nunca se ha hecho.

Quiero preguntar a los colegas parlamentarios que no van a votar por la paridad ni por los pueblos originarios ni por los independientes, porque aquí se hablaba de “honrar la promesa”, ¿qué promesa hicieron a las mujeres que votaron por ustedes? ¿Les dijeron que las iban a representar?

(Aplausos)

Bueno, si les dijeron que las iban a representar, tienen que estar en esa asamblea constituyente; si no, les mintieron.

Y respecto de esto que decían de que aquí había que honrar los acuerdos, ¡honren su acuerdo!, el acuerdo que hicieron con aquellos que votaron por ustedes. Las mujeres votaron por ustedes. ¿O votaron puros hombres? ¿Solo hombres votaron por ustedes? Ya, pues. ¡Entonces, hagan el acuerdo solo con los hombres!

(Aplausos)

Vean las listas de los votantes. Si las mujeres de este país votaron por ustedes, les entregaron su voto, es porque ustedes se comprometieron a representarlas, y para representarlas deben permitirles estar en el organismo constituyente que va a crear la nueva Constitución para el país. Eso es honrar la palabra. Eso es lo que aquí se ha dicho durante todo este tiempo: que hay que respetar los pactos, que hay que respetar los acuerdos.

Ustedes hicieron un acuerdo con sus votantes, y fue representarlos. Si dejan a las mujeres fuera, no las van a representar. Si dejan a los pueblos originarios fuera y ellos votaron por ustedes, no los van a representar. Y si dejaron fuera a miles de personas independientes que votaron por ustedes y hoy no les quieren dar espacio en la nueva Constitución, entonces tampoco los van a representar.

¡Honren su palabra! ¡Honren su palabra!

Esa es la palabra que tiene que primar, la que ustedes les dieron a sus votantes: que los iban a representar.

Este es un cargo de representación. ¡Honren su palabra!

He dicho.

-Aplausos y manifestaciones en las tribunas.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Daniella Cicardini .

La señorita CICARDINI (doña Daniella) .-

Señora Presidenta, hoy se cumplen dos meses exactos desde que Chile despertó y se diera inicio a la manifestación más grande de las últimas décadas en nuestro país: chilenos y chilenas pidiendo, exigiendo en nuestras calles, a lo largo del territorio, respeto, dignidad y más derechos. Son dos meses en que vimos situaciones bien lamentables, como pérdidas de vidas, gente abusada, graves abusos y violaciones a los derechos humanos, abusos y violaciones sexuales a mujeres y a integrantes de la disidencia sexual por parte de agentes del Estado.

¿Qué tenemos después de dos meses? Todavía no hay respuesta por parte de este gobierno. No tenemos cronograma ni agenda social robusta que responda a lo que la gente realmente está exigiendo, que son cambios estructurales, como meterles mano a las AFP, a las isapres, porque generan las tremendas desigualdades, lo que, en consecuencia, consolida la Constitución de 1980. Lo único que hemos logrado es justamente este acuerdo por la nueva Constitución, esto es, por fin derrotar, derribar, echar abajo y por tierra la Constitución de Pinochet.

En ese sentido, encuentro impresentable –lo digo de manera bien directa que pretendamos escribir una nueva Constitución sin mujeres, sin los pueblos originarios y sin los independientes. Porque no se puede construir una nueva casa inclusiva partiendo por la exclusión hacia las mujeres, que somos más de la mitad de la población de Chile, excluyendo a la mayoría de la gente que no pertenece a los partidos políticos y, además, excluyendo a aquellos que han sido humillados, postergados y discriminados durante muchos años, a quienes incluso fueron los dueños de la tierra mucho antes de que llegáramos nosotros y nosotras: los pueblos originarios.

(Aplausos y manifestaciones en las tribunas)

Parto de esa convicción, que es lo que nos llevó finalmente a buscar un acuerdo. Asimismo, junto con parlamentarias de Renovación Nacional, firmé una indicación que busca que haya paridad en el órgano constituyente.

Todo esto no habría sido posible sin el apoyo fundamental de las organizaciones feministas. ¡Ellas lo dieron todo! Ellas han hecho historia, pero no solo en nuestro país, sino a nivel mundial. Por eso, también quiero valorar y reconocer lo que han hecho Las Tesis. ¡Creo que ha sido tremendo!

¡Un gran reconocimiento para todas ellas y para todas las mujeres que se han sumado a esa intervención!

Estamos cansadas de que nos sigan tratando como a tontitas, como ciudadanas de segunda clase; de que nos digan que no servimos para nada o nos pregunten “¿para qué van a competir con ventajas, o acaso no se la pueden?”, o de que nos digan que debemos ser elegidas por mérito, no por género.

Eso es parte del machismo, por lo que, de verdad, no me sorprende. Es ese machismo el que se ve reflejado en esta presión descarada y asquerosa que le están haciendo a las mujeres de Chile Vamos que en algún minuto estuvieron con nosotras, situación que lamento, porque no se puede hacer una Constitución sin las mujeres.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Rathgeb .

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor RATHGEB.-

Señora Presidenta, señalo desde ya que honraremos el acuerdo suscrito el 18 de noviembre del presente año y, por supuesto, el informe de la comisión técnica, pero sin ningún agregado. Sin embargo, además impulsaremos la participación de las mujeres, de los independientes y la existencia de escaños reservados para nuestros pueblos originarios, de acuerdo con los proyectos de ley que ya hemos presentado en esta Corporación.

Señora Presidenta, después de escuchar varios discursos, parece que en esta Cámara hemos aprendido bastante poco, pues nos seguimos recriminando respecto de las responsabilidades que pueda tener uno o pueda tener otro.

La ciudadanía no salió a la calle por los acontecimientos de los últimos dos o tres años, sino de los últimos treinta años, por lo cual hay responsabilidades compartidas, de todos los sectores políticos. Lamentablemente, siento que algunos todavía no han hecho su mea culpa respecto de las responsabilidades que les caben en todo lo que ha generado la explosión social que hemos vivido.

Hay una agenda social que ha estado impulsando claramente el gobierno, y también una de seguridad ciudadana, que es de interés de la gente, y que claramente el Congreso ha tratado de ir apoyando; pero hoy parece que hemos vuelto a fojas cero, ya que volvemos a recriminarnos respecto de situaciones del pasado.

Hay que tener presente que lo que hoy se está votando es un cronograma de lo que se pretende hacer de aquí en adelante, si vamos a tener una nueva Constitución o no, y, si se decide que así sea, cuál va a ser el procedimiento y la forma en que eso se llevará adelante, situación que también se estableció en la Constitución, en algún momento, respecto de las trasmisiones de mando, como corresponde.

Aquí se ha hecho carne, de alguna manera, el llamado que en algún momento hizo el Presidente Piñera respecto del Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución, que los partidos acogieron transversalmente, y espero que hoy refrenden con su voto favorable.

Ratifico, una vez más,…

-Incidentes en la Sala y en las tribunas.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Se suspende la sesión.

-Transcurrido el tiempo de suspensión:

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Continúa la sesión.

Advierto a las personas que se encuentran en las tribunas que si no nos dejan sesionar, se suspenderá la sesión.

Para referirse a un punto de Reglamento, tiene la palabra la diputada María José Hoffmann .

La señora HOFFMANN (doña María José).-

Señor Presidente, esta no es la primera vez que esto ocurre en la Sala.

Le hemos pedido en esta misma Sala y en reunión de Comités Parlamentarios, hasta el cansancio, que tenga la capacidad -¡le estoy hablando a usted, Presidente! de poner orden. Y usted no ha tenido la capacidad de garantizar a los diputados el orden y la seguridad. Nos han insultado todos los días durante las últimas dos semanas; hemos recibido agresiones, violencia. ¡Ni siquiera se puede salir a hacer una cuña o ir al baño!

Por esa razón, le anuncio que lo vamos a censurar.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra le diputado Fidel Espinoza .

El señor ESPINOZA.-

Señor Presidente, pido que culminemos de buena manera la sesión, porque es muy importante para el país.

La sesión fue suspendida a las 16.15 horas por la razón que todos conocemos y, por el respeto que merece la continuidad de ella, pido por favor que se prorrogue la sesión por el tiempo que perdimos mientras estuvo suspendida, con el objeto de que todos los diputados inscritos puedan intervenir.

Señor Presidente, por su intermedio, quiero decir a la diputada Hoffmann que fue un diputado de su bancada el que cometió el error de abrir las puertas de la Sala, y eso no había ocurrido con anterioridad.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Nuevamente pido a las personas que se encuentran en las tribunas que colaboren para poder terminar el debate y esta sesión.

(Manifestaciones en las tribunas)

¡Silencio en la Sala y en las tribunas!

Continúa con el uso de la palabra el diputado Jorge Rathgeb .

El señor RATHGEB.-

Señor Presidente, lamento lo que ha ocurrido.

Estaba tratando de ordenar el debate para que, finalmente, pudiéramos llegar a un acuerdo respecto de este cronograma que significa llevar adelante un proceso constitucional con la posibilidad de aprobar o no un proceso constituyente y ver qué sucederá a futuro.

Renovación Nacional, y particularmente este diputado, honrarán el acuerdo del 18 de noviembre del presente año y el informe de la comisión técnica, sin los agregados, impulsando la participación a futuro de las mujeres, los independientes y los escaños reservados para nuestros pueblos originarios, conforme al proyecto que hemos presentado.

Siento que mientras se producía el incidente haya habido parlamentarios y parlamentarias alentando el desorden que se produjo dentro de la Sala. Así es muy difícil construir un acuerdo entre todos que nos pueda llevar a una nueva Constitución.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Juan Santana .

El señor SANTANA (don Juan).-

Señor Presidente, el plebiscito de 1989 fue un proceso que no concitó el apoyo de todas las fuerzas políticas, pues algunas de ellas, legítimamente, tenían desconfianza del desarrollo del mismo. En 1987, Pinochet impulsó las denominadas leyes políticas, con la inscripción de partidos políticos y la inscripción de la población para que pudiese votar.

Los analistas de ese entonces pensaban que se iban a inscribir tres millones o cuatro millones de votantes, pero se inscribieron ocho millones de votantes.

Los atropellos a los derechos humanos ocurridos en esa época negra de nuestra historia nos sometieron a las reglas de juego de una Constitución que para todos era ilegítima. Quienes lideraron ese proceso lo hicieron porque consideraban indispensable restaurar un régimen democrático para que, a partir de esa base institucional, se realizaran las reformas necesarias para responder a los problemas sociales del país.

Cuando yo estaba en la universidad, había quienes decían que la democracia –esta democracia era lo mismo que la dictadura. Para mí, eso es una burla a la memoria de nuestros mártires, pues soy de aquellos que le asignan un tremendo valor a nuestra democracia. Recuperarla con todas sus imperfecciones significó que nuestros esfuerzos se concentraran en ello, sin poner la suficiente atención en el necesario cambio de nuestro modelo económico, aquello por lo que al final del día marcha la población.

Las desigualdades no son el efecto de este modelo, sino su objetivo. La concentración de la riqueza y la brutal desigualdad que vive Chile es el norte del neoliberalismo. La gente se choreó, la gente se cansó, porque aquello significó pensiones y sueldos miserables, significó benevolencia extrema con el mundo empresarial y derechos fundamentales que no son garantizados por el Estado.

La coherencia que tenía el modelo político con el modelo económico de Pinochet se refleja precisamente en el hecho de que la actividad política no sea lo suficientemente representativa, no pueda materializar cambios, con lo cual se desprestigia el valor de la democracia y sus instituciones, lo que, a su vez, genera una profunda frustración en la población, que no ve en la política un instrumento que produzca cambios positivos en su vida.

Por eso esta votación es relevante; por eso este plebiscito es fundamental, porque abre una puerta, una oportunidad para profundizar nuestra democracia, eliminando los últimos vestigios de la dictadura, cuya principal característica es anquilosar a la política y evitar que esta represente al país y, con ello, impedir que este modelo se pueda modificar.

Es lo que se dice en Renovación Nacional: hay que salvar el capitalismo de los ultra capitalistas; hay que salvar la gallina de los huevos de oro y hay que evitar que los intereses mayores sean tocados.

Por eso, quiero manifestar mi apoyo a este proceso, el que tiene que ser absolutamente participativo, con un plebiscito de entrada y de salida, con una instancia constituyente paritaria, con escaños reservados para categorías protegidas y pueblos originarios, con representación de los intereses regionales, y totalmente independiente de la Constitución antidemocrática de los años 80.

El gran desafío que tenemos las fuerzas democráticas y progresistas del país es trabajar para que los futuros delegados de este proceso constituyente representen al pueblo chileno y cada una de las demandas sociales que se han manifestado durante los últimos años y décadas. Para lograrlo, es indispensable la unidad que promovió el desaparecido diputado Carlos Lorca cuando inmediatamente después del golpe de Estado planteó la necesidad del entendimiento entre el centro y las izquierdas, la unidad que tuvieron los partidos políticos y sus dirigentes en el plebiscito del No, la unidad que buscamos cuando en 2009 se concretó un pacto por omisión para corregir representatividad, que no se expresaba de manera justa en el Parlamento de aquel entonces.

Con esa misma vocación democrática de construir mayorías tenemos que esforzarnos en ganar la asamblea constituyente, porque el triunfo de nuestras ideas no está garantizado, porque los adversarios son tremendamente poderosos y, como lo dijo Allende, porque la historia es nuestra y la hacen los pueblos.

He dicho.

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Francesca Muñoz .

La señora MUÑOZ (doña Francesca).-

Señor Presidente, quiero recalcar que el movimiento social no se inició con la demanda por una nueva Constitución, sino con demandas sociales reales y sentidas por la población. Sin embargo, algunos sectores políticos se aprovecharon de las manifestaciones para imponer sus insignias y demandas propias que no reflejan el verdadero sentir de la ciudadanía.

Por otro lado, en este Acuerdo por la Paz no se establecen las consecuencias de si gana la opción de rechazo a una nueva Constitución en el plebiscito de entrada. Esto es curioso porque claramente es una opción que puede triunfar. Desconocerlo implica abandonar el principio democrático. Esto quizás refleja que algunos quieren a toda costa imponer la necesidad de una nueva Constitución y no aceptarán un no por respuesta.

Democracia es una palabra que a algunos no les gusta, por lo que abrazan el totalitarismo. Por eso pregunto si la izquierda aceptará el hecho de que gane democráticamente la opción de rechazar el plebiscito de entrada o de salida. Llama la atención que la oposición no diga nada sobre esto, en circunstancia de que es una posibilidad completamente plausible y real.

¡Estamos en democracia! Solo intentan imponer una postura, incluso sin los resultados del plebiscito de abril. Esto se ve reflejado aún más en las solicitudes de votación separada que buscan sacar el resultado del rechazo en el acuerdo. Por eso, reitero que estamos en democracia y que los chilenos decidirán a través de un plebiscito si quieren o no una nueva Constitución.

En consecuencia, llamo a que si la ciudadanía vota por mantener la actual Constitución, la izquierda sea capaz de respetar el proceso democrático que se quiere llevar a cabo.

Claramente, la actual Constitución Política de la República se puede mejorar. Siempre he estado y estoy disponible para los cambios, pero no para hacer una nueva Constitución desde una hoja en blanco. Esto lo digo porque hemos oído que muchos han generado falsas expectativas o expectativas demasiado elevadas en la ciudadanía, la que demanda cambios sociales reales y una agenda antiabusos efectiva, entre otros temas medulares.

Debemos ser claros: una nueva Constitución no solucionará los problemas del país. Si la nueva Constitución tiene inspiración de la izquierda ideológica, Chile se irá por un barranco.

Además, en las candidaturas para integrar el órgano constituyente, en la eventualidad de que se apruebe en el plebiscito, van a comenzar los grandes ofertones constitucionales, y es muy probable que las falsas expectativas y los populismos e ilusiones se apoderen de la discusión.

Estoy a favor de la familia como núcleo fundamental de la sociedad, del derecho a la vida del que está por nacer, del derecho preferente de los padres a educar a sus hijos, de la libertad de expresión, de creencia y de conciencia, de la igualdad entre el hombre y la mujer, todos principios y valores contemplados en la Constitución Política. Por ello reitero que votaré por el rechazo en el plebiscito del 26 de abril.

Por último, hago un llamado a respetar el acuerdo y el plebiscito, a respetar los resultados que esta vía democrática nos entregue, a aceptar lo que la ciudadanía decida y a ponernos en el escenario de que gane el rechazo, porque nos podemos llevar una gran sorpresa.

Escucho discursos en las comisiones que revelan ideologías anticristianas. Van a querer silenciarnos, pero Dios es real y está con nosotros, y si Dios está con nosotros, ¿quién contra nosotros? Esto lo creo y lo puedo decir ahora.

Lo que pretenden a futuro es callarnos, pero eso no sucederá. Aunque una nueva Constitución les quite a los padres el derecho a enseñar y a educar a sus hijos; aunque nos persigan por creer; aunque nos quiten la libertad de expresión, de creencia y de culto; aunque nos vayamos a la cárcel, nadie nunca nos podrá callar. Siempre vamos a triunfar, y tarde o temprano los vamos a desenmascarar.

Dios bendiga a Chile.

He dicho.

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Fidel Espinoza .

El señor ESPINOZA.-

Señor Presidente, hoy es un día verdaderamente histórico, cómo aquí se ha dicho. Después de largas décadas en que estuvimos sumergidos en una Constitución formada, diseñada y fomentada desde la dictadura militar, la más cruenta de la historia, tenemos la oportunidad de aprobar este proyecto de reforma constitucional que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República.

Construir para Chile una nueva Constitución fue un camino minado por largos años en nuestro país. Se lograron reformas menores en gobiernos anteriores, reformas que bajo ningún punto de vista pusieron en jaque un modelo económico neoliberal, con profundos anclajes en esa Constitución para proteger los intereses de los más poderosos de este país.

Y ahí siempre estuvo la misma derecha que al discutirse -años atrás la ley de divorcio decía que se destruiría la familia chilena; la misma derecha que demonizaba la interrupción del embarazo en sus tres causales y la misma derecha que, por décadas, se ha opuesto a la nacionalización del agua y al reconocimiento de los pueblos originarios.

Sí, digamos las cosas por su nombre: la misma derecha que aún le rinde pleitesía a la dictadura, que protege a los delincuentes de cuello y corbata, y que tiene entre sus filas a parlamentarios que estuvieron, por años, no representando a la gente, sino cooptados por los intereses de los grandes grupos empresariales, que por años han abusado de nuestros compatriotas, coludiéndose, robando y evadiendo impuestos.

Esta misma derecha, acorralada por las grandes manifestaciones ocurridas en Chile desde el pasado 18 de octubre, cedió o flexibilizó el hecho de llegar a un acuerdo para convocar a un plebiscito, donde millones de chilenas y chilenos decidan libre y soberanamente lo que quieren para nuestro país.

De eso se trata este proyecto. La idea es que el próximo 26 de abril se genere un plebiscito donde nuestros compatriotas determinen si quieren una nueva Constitución para Chile y bajo qué mecanismos ella se puede construir: una Convención Mixta Constitucional o una Convención Constitucional, que es lo mismo, como aquí se ha dicho, que una asamblea constituyente.

Hoy, cuando un grupo de parlamentarios ha presentado indicaciones para que ese proceso constituyente integre independientes, paridad de género y escaños reservados para pueblos originarios, la derecha se ha escandalizado, amenazando con echar abajo el acuerdo si se incorporan estos aspectos.

¡Pero cómo, si ellos en campaña abrazan y besan a los representantes de comunidades indígenas, recorren centros comunitarios reuniéndose con adultos mayores, mujeres emprendedoras, independientes, comprometiéndoles su apoyo en todo, y hoy les niegan lo esencial: ser partícipes de la construcción del nuevo Chile con la nueva Constitución!

Y lo que es más grave aún, en un signo de violencia extrema hacia las propias mujeres, silenciaron a sus propias diputadas, que firmaron estas indicaciones, pasando a llevar con ello a miles de mujeres que hoy están en las calles luchando por aquellas que han sido violadas en sus derechos humanos por agentes del Estado.

Para terminar mis palabras, deseo expresar que en nuestro país hoy no podemos estar rogando, suplicando por paridad de género, implorando por representación de nuestros pueblos originarios; eso es un derecho, y esta derecha retrógrada de Chile aún no lo entiende ni lo quiere entender.

Esta tarde hemos escuchado innumerables intervenciones, algunas de ellas inauditas. Por ejemplo, el señor Alessandri ha dicho que la Constitución nada cambiará en Chile. Esa es la gran mentira que tendrán en los futuros meses: decir que una nueva Constitución no traerá para Chile mejores tiempos. Por cierto que vendrán mejores oportunidades y podremos terminar con los enclaves, con las AFP, con las isapres, con los bancos que hoy oprimen a los chilenos de una manera agobiante.

¡Esa es la derecha de hoy que está mostrando su verdadera careta!

He dicho.

-Aplausos y manifestaciones en las tribunas.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Cerrado el debate.

Debido a que hubo un segundo acuerdo de los Comités en el transcurso de la tarde, se invalidó el acuerdo de entregar a la presidencia la atribución de prorrogar la sesión por media hora.

Han quedado pendientes las intervenciones de cuatro diputados, cuyos discursos podrán ser insertados en el boletín de sesiones.

Ha terminado el Orden del Día y no hay unanimidad para poder prorrogar la sesión, de manera que los diputados inscritos puedan hacer uso de la palabra. Por consiguiente, como señalé, esos colegas pueden insertar sus discursos en el boletín de sesiones.

-En conformidad con el artículo 85 del Reglamento, se incluye la siguiente intervención no pronunciada en la Sala y que cumple con lo dispuesto en el artículo 10 del mismo cuerpo reglamentario:

La señora SABAT (doña Marcela).-

Señor Presidente, el 15 de noviembre fue un día histórico para nuestro país, del cual nadie, absolutamente nadie de la clase política o cualquier ciudadano y ciudadana con espíritu republicano y democrático, puede abstraerse. En un acuerdo que, estoy segura, trascenderá, quisimos aportar a la solución, y después de treinta años de una fragmentada clase política, primó el diálogo y el bienestar de nuestro país por sobre todas las cosas.

Es ese pacto firmado, del cual debemos empezar a construir el nuevo Chile. Pero esta construcción, señor Presidente, no puede olvidar, una vez más, a la mujer chilena; no puede arrinconar su perspectiva y extraordinaria contribución.

Y es que,, señor Presidente, cómo me voy a olvidar cuando, hace ya casi diez años, aquí miraba a mi alrededor, y no éramos más que diecisiete diputadas tratando de hacernos escuchar entre ciento tres diputados. Hoy, sin embargo, somos ya más del doble de ese número, representando el 23 por ciento de esta Cámara.

¿Es suficiente? En lo absoluto. ¿Fue algo azaroso? Tampoco. Fue fruto de un gran trabajo, transversal, de una ardua lucha, con altos costos, para ir pavimentando el camino hacia una mayor representación de las mujeres en política, ir cultivando un enfoque de género desde donde se construyen las leyes en este país.

¿Cómo llegamos a eso? Entre otras cosas, se introdujo la exigencia de cuotas de paridad de género en las listas que presentan los partidos. Además, se establecieron incentivos económicos para la participación femenina en las candidaturas. Y así es como llegamos, el 2017, a que las candidatas al Congreso fueron, por primera vez en la historia de Chile, el 30 por ciento de las postulaciones totales, presentándose cuatro veces más candidatas que en las elecciones de 2013.

Entonces, con estos contundentes y recientes números a la vista, cómo no nos vamos a cuestionar el que hoy, cuando pasamos quizás por una de las instancias más importantes de la historia de nuestro país, no seamos capaces de garantizar que la paridad sea efectiva en el proceso constituyente.

Me duele y me cuesta creer cómo aún existe gente en mi sector, que no se da cuenta de que este estallido social vino acompañado también de una tremenda explosión de género, de una enorme disconformidad acumulada de años, donde se ve que muchas injusticias persisten, e históricas demandas se siguen desplazando.

Yo no estoy disponible para que en la nueva hoja de ruta que marcará el futuro de Chile se nos deje de lado una vez más. Hace cuatro años di la misma lucha, con la misma convicción de creer que es lo justo y necesario para tener un sistema democrático más representativo. Hoy aquí hago lo mismo, lamentablemente con los mismos costos y las mismas dificultades que entonces.

Creo que los procesos democráticos necesitan a las mujeres, y en este proceso constituyente es necesario que todos y todas nos comprometamos para que las mujeres no estemos sub representadas. Cómo podemos confiar, cómo podemos descansar en que nuestros intereses estarán representados de forma genuina por sí solos sin nuestra intervención ni participación activa, si desde el Estado, desde este mismo edificio, las decisiones muchas veces han llegado tarde o simplemente no han llegado.

Quienes se oponen me hacen recordar el debate y discusión que giró en torno a la ley de cuotas y aquella idea de la meritocracia de las mujeres para llegar a los lugares de poder. Me parece casi insólito tropezar con esas mismas piedras, cuando todos los que estamos aquí sentados sabemos que, en la práctica, existen múltiples barreras informales en política y en la sociedad chilena en su todo para el acceso de las mujeres a todos los altos cargos, y al poder en general. Las mujeres tenemos un camino más difícil a recorrer, independientemente de que existan incentivos y mecanismos que faciliten esta posibilidad.

Por eso, vamos a seguir empujando, vamos a seguir defendiendo con la misma convicción la paridad de género en el proceso constituyente.

También creemos que es justo, tal como mencioné en mi introducción, respetar los acuerdos, y si para algunos la indicación presentada ayer en la Comisión de Constitución corresponde a una afectación del acuerdo del 15 de noviembre, cosa con la que en lo personal discrepo rotundamente, necesitaremos entonces garantizar la paridad de las mujeres vía ley, una alternativa que ayer presentamos, y que busca, primero, salvar el acuerdo, sabiendo que sin acuerdo mal podremos pensar en paridad.

Una vez visado el texto que hoy se discute deberemos entonces apoyar con total confianza y seguridad la iniciativa que garantizará el equilibrio en la representación de mujeres y hombres en la convención que definirá nuestra nueva Constitución.

Hago un llamado a mi sector en el sentido de defender este proyecto sin miedo. Sistemática y artificialmente se ha querido caricaturizar que la lucha por la igualdad de derechos entre hombres y mujeres pertenece a la izquierda o a un determinado sector. Qué premisa más falsa.

Nadie, absolutamente nadie es dueño de nuestros intereses y convicciones. Dejemos de lado las cargas históricas de los “ismos” para tomar definiciones desde lo que creemos que es lo mejor para Chile, de saber que la mirada femenina contribuye, de estar conscientes de que los pueblos originarios necesitan ser considerados y de confiar en que solo un aporte integral y de diversas miradas hará que este proceso nos lleve hacia un Chile más justo, digno, y que sea verdaderamente la casa de todos.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Antes de iniciar las votaciones, informo a la Sala que hemos recibido dos indicaciones que no podremos considerar por no cumplir con los requisitos obligatorios.

Tiene la palabra el señor Secretario para explicar por qué razón no las podemos incluir.

El señor LANDEROS (Secretario).-

Honorable Cámara de Diputados, ambas corresponden a indicaciones renovadas de las diputadas Karol Cariola y Camila Vallejo , para reemplazar el artículo 131 y para ingresar una modificación en el inciso tercero del artículo 130. Ambas indicaciones no cumplieron con los requisitos reglamentarios de tener las firmas que exige el Reglamento en proyectos de discusión inmediata.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Para plantear un punto de Reglamento, tiene la palabra la diputada Karol Cariola .

La señorita CARIOLA (doña Karol) .-

Señor Presidente, quisimos cumplir con las treinta firmas que exige el Reglamento para poder ingresar estas indicaciones, que no se permitieron votar en la Comisión de Constitución, y que para poder ser renovadas en la Sala necesitaban –reitero treinta firmas de diputados y diputadas, que incluyan, a lo menos, a tres jefes de Comités. Solo pudimos ingresarlas con 26 firmas…

(Manifestaciones en las tribunas)

Señor Presidente, ¿puede pedir silencio a la Sala?

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Diputada, termine su intervención.

Le di la palabra para plantear un punto de Reglamento, no para una justificación.

La señorita CARIOLA (doña Karol) .-

Señor Presidente, voy a plantear el punto de Reglamento.

Para mí es importante poder decirlo, porque si de todas maneras presentamos las indicaciones, a pesar de no cumplir con el Reglamento, es porque -quiero decir lo que me parece importante ¡no nos dejaron votar…!

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Plantee el punto de Reglamento, diputada.

-Manifestaciones en las tribunas.

La señorita CARIOLA (doña Karol) .-

¡No nos dejaron votar en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados!

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Por favor, pido silencio a las personas que se encuentran en las tribunas. Hemos tratado de terminar esta sesión en paz y tranquilidad. ¡Les ruego que se callen!

Estamos en momento de votación; no quiero suspender esta sesión cuando estamos a punto de terminar. ¡Por favor!

Corresponde votar en general el proyecto de reforma constitucional, iniciado en mensaje y mociones refundidos, que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República, con la salvedad de las nuevas disposiciones transitorias vigésimo novena y trigésima.

Para su aprobación se requiere el voto favorable de 103 diputados y diputadas en ejercicio. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 127 votos; por la negativa, 18 votos. Hubo 5 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Espinoza Sandoval , Fidel , Melero Abaroa , Patricio , Romero Sáez , Leonidas , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fernández Allende, Maya , Mellado Pino , Cosme , Rosas Barrientos , Patricio , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores García, Iván , Mellado Suazo , Miguel , Saavedra Chandía , Gastón , Ascencio Mansilla , Gabriel , Flores Oporto , Camila , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sabag Villalobos , Jorge , Auth Stewart , Pepe , Fuenzalida Cobo , Juan, Mix Jiménez , Claudia , Sabat Fernández , Marcela , Baltolu Rasera, Nino , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Molina Magofke , Andrés , Saffirio Espinoza , René , Barros Montero , Ramón , Gahona Salazar , Sergio , Monsalve Benavides , Manuel , Saldívar Auger, Raúl , Bellolio Avaria , Jaime , Galleguillos Castillo , Ramón , Morales Muñoz , Celso , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Berger Fett , Bernardo , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Santana Castillo, Juan , Bernales Maldonado , Alejandro , Garín González , Renato , Muñoz González , Francesca , Santana Tirachini , Alejandro , Bianchi Retamales , Karim , Girardi Lavín , Cristina , Naranjo Ortiz , Jaime , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bobadilla Muñoz , Sergio , González Torres , Rodrigo , Noman Garrido , Nicolás , Schalper Sepúlveda , Diego , Boric Font , Gabriel , Hernández Hernández , Javier , Norambuena Farías, Iván , Schilling Rodríguez , Marcelo , Brito Hasbún , Jorge , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Urrutia , Paulina , Sepúlveda Soto , Alexis , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hoffmann Opazo , María José , Nuyado Ancapichún , Emilia , Silber Romo , Gabriel , Carter Fernández , Álvaro , Ilabaca Cerda , Marcos, Olivera De La Fuente , Erika , Soto Ferrada , Leonardo , Carvajal Ambiado , Loreto , Jackson Drago , Giorgio , Ortiz Novoa, José Miguel , Soto Mardones, Raúl , Castillo Muñoz , Natalia , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Tohá González , Jaime , Castro Bascuñán , José Miguel , Jiménez Fuentes , Tucapel , Pardo Sáinz , Luis , Torrealba Alvarado , Sebastián , Castro González, Juan Luis , Jürgensen Rundshagen , Harry , Parra Sauterel , Andrea , Torres Jeldes , Víctor , Celis Araya , Ricardo , Kast Sommerhoff , Pablo , Paulsen Kehr , Diego , Trisotti Martínez , Renzo , Celis Montt , Andrés , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Arriagada , José , Troncoso Hellman , Virginia , Cicardini Milla , Daniella , Kort Garriga , Issa , Pérez Lahsen , Leopoldo , Undurraga Gazitúa , Francisco , Cid Versalovic , Sofía , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Olea , Joanna , Urrutia Soto , Osvaldo , Coloma Álamos, Juan Antonio , Lavín León , Joaquín , Pérez Salinas , Catalina , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Crispi Serrano , Miguel , Leiva Carvajal, Raúl , Prieto Lorca , Pablo , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , CruzCoke Carvallo , Luciano , Longton Herrera , Andrés , Ramírez Diez , Guillermo , Venegas Cárdenas , Mario , Desbordes Jiménez , Mario , Lorenzini Basso , Pablo , Rathgeb Schifferli , Jorge , Verdessi Belemmi , Daniel , Díaz Díaz , Marcelo , Luck Urban , Karin , Rentería Moller , Rolando , Vidal Rojas , Pablo , Durán Espinoza , Jorge , Macaya Danús , Javier , Rey Martínez, Hugo , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Rocafull López , Luis , Walker Prieto , Matías , Eguiguren Correa , Francisco , Matta Aragay , Manuel , Rojas Valderrama , Camila .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Mulet Martínez , Jaime , Teillier Del Valle, Guillermo , Alinco Bustos , René , Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Arancibia , Daniel , Urrutia Bonilla , Ignacio , Barrera Moreno , Boris , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Santibáñez Novoa , Marisela , Vallejo Dowling , Camila , Cariola Oliva , Karol , Jiles Moreno , Pamela , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Velásquez Núñez , Esteban , González Gatica , Félix , Labra Sepúlveda , Amaro .

-Se abstuvieron los diputados señores:

Del Real Mihovilovic , Catalina , Orsini Pascal , Maite , Winter Etcheberry , Gonzalo , Yeomans Araya , Gael , Ibáñez Cotroneo, Diego

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en general las disposiciones transitorias vigésimo novena y trigésima, que requieren para su aprobación el voto favorable de 93 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 80 votos; por la negativa, 62 votos. Hubo 7 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Rechazadas.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Flores García, Iván , Mellado Pino , Cosme , Saldívar Auger, Raúl , Alinco Bustos , René , Garín González , Renato , Mirosevic Verdugo , Vlado , Santana Castillo, Juan , Ascencio Mansilla , Gabriel , Girardi Lavín , Cristina , Mix Jiménez , Claudia , Santibáñez Novoa , Marisela , Auth Stewart , Pepe , González Gatica , Félix , Monsalve Benavides , Manuel , Schilling Rodríguez , Marcelo , Barrera Moreno , Boris , González Torres , Rodrigo , Mulet Martínez , Jaime , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bernales Maldonado , Alejandro , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Naranjo Ortiz , Jaime , Sepúlveda Soto , Alexis , Bianchi Retamales , Karim , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Arancibia , Daniel , Silber Romo , Gabriel , Boric Font , Gabriel , Hertz Cádiz , Carmen , Nuyado Ancapichún , Emilia , Soto Ferrada , Leonardo , Brito Hasbún , Jorge , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Orsini Pascal , Maite , Soto Mardones, Raúl , Calisto Águila , Miguel Ángel , Ibáñez Cotroneo , Diego , Ortiz Novoa, José Miguel , Teillier Del Valle , Guillermo , Cariola Oliva , Karol , Ilabaca Cerda , Marcos, Parra Sauterel , Andrea , Tohá González , Jaime , Carvajal Ambiado , Loreto , Jackson Drago , Giorgio , Pérez Arriagada , José , Torres Jeldes , Víctor , Castillo Muñoz , Natalia , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Pérez Olea , Joanna , Vallejo Dowling , Camila , Castro González, Juan Luis , Jiles Moreno , Pamela , Pérez Salinas , Catalina , Velásquez Núñez , Esteban , Celis Araya , Ricardo , Jiménez Fuentes , Tucapel , Rocafull López , Luis , Venegas Cárdenas , Mario , Cicardini Milla , Daniella , Labra Sepúlveda , Amaro , Rojas Valderrama , Camila , Verdessi Belemmi , Daniel , Crispi Serrano , Miguel , Leiva Carvajal, Raúl , Rosas Barrientos , Patricio , Vidal Rojas , Pablo , Díaz Díaz , Marcelo , Lorenzini Basso , Pablo , Saavedra Chandía , Gastón , Walker Prieto , Matías , Espinoza Sandoval , Fidel , Marzán Pinto , Carolina , Sabag Villalobos , Jorge , Winter Etcheberry , Gonzalo , Fernández Allende, Maya , Matta Aragay , Manuel , Saffirio Espinoza , René , Yeomans Araya, Gael .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Eguiguren Correa , Francisco , Melero Abaroa , Patricio , Rentería Moller , Rolando , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores Oporto , Camila , Mellado Suazo , Miguel , Rey Martínez, Hugo , Baltolu Rasera, Nino , Fuenzalida Cobo, Juan , Morales Muñoz , Celso , Romero Sáez , Leonidas , Barros Montero , Ramón , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Moreira Barros , Cristhian , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Bellolio Avaria , Jaime , Gahona Salazar , Sergio , Muñoz González , Francesca , Santana Tirachini , Alejandro , Berger Fett , Bernardo , Galleguillos Castillo , Ramón , Noman Garrido , Nicolás , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bobadilla Muñoz , Sergio , García García, René Manuel , Núñez Urrutia , Paulina , Schalper Sepúlveda , Diego , Carter Fernández , Álvaro , Hernández Hernández , Javier , Olivera De La Fuente , Erika , Torrealba Alvarado , Sebastián , Castro Bascuñán , José Miguel , Hoffmann Opazo , María José , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Trisotti Martínez , Renzo , Celis Montt , Andrés , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pardo Sáinz , Luis , Troncoso Hellman , Virginia , Cid Versalovic , Sofía , Kort Garriga , Issa , Paulsen Kehr , Diego , Urrutia Bonilla , Ignacio , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urrutia Soto , Osvaldo , Del Real Mihovilovic , Catalina , Lavín León , Joaquín , Prieto Lorca , Pablo , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Desbordes Jiménez , Mario , Longton Herrera , Andrés , Ramírez Diez , Guillermo , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Durán Espinoza , Jorge , Luck Urban , Karin , Rathgeb Schifferli , Jorge , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Durán Salinas , Eduardo , Macaya Danús , Javier .

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el artículo 130 contenido en el número 3) del artículo único, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación el voto favorable de 103 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 146 votos; por la negativa, 2 votos. No hubo abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Espinoza Sandoval , Fidel , Melero Abaroa , Patricio , Saavedra Chandía , Gastón , Alessandri Vergara , Jorge , Fernández Allende, Maya , Mellado Pino , Cosme , Sabag Villalobos , Jorge , Alinco Bustos , René , Flores García, Iván , Mellado Suazo , Miguel , Sabat Fernández , Marcela , Álvarez Ramírez , Sebastián , Flores Oporto , Camila , Mirosevic Verdugo , Vlado , Saffirio Espinoza , René , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo , Fuenzalida Cobo, Juan , Mix Jiménez , Claudia , Saldívar Auger , Raúl , Ascencio Mansilla , Gabriel , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Molina Magofke , Andrés , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Auth Stewart , Pepe , Gahona Salazar , Sergio , Monsalve Benavides , Manuel , Santana Castillo, Juan , Baltolu Rasera, Nino , Galleguillos Castillo , Ramón , Morales Muñoz , Celso , Santana Tirachini , Alejandro , Barrera Moreno , Boris , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Santibáñez Novoa , Marisela , Barros Montero , Ramón , Garín González , Renato , Mulet Martínez , Jaime , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bellolio Avaria , Jaime , Girardi Lavín , Cristina , Muñoz González , Francesca , Schalper Sepúlveda , Diego , Berger Fett , Bernardo , González Gatica , Félix , Naranjo Ortiz , Jaime , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bernales Maldonado , Alejandro , González Torres , Rodrigo , Noman Garrido , Nicolás , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bianchi Retamales , Karim , Hernández Hernández , Javier , Núñez Arancibia , Daniel , Sepúlveda Soto , Alexis , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Urrutia , Paulina , Silber Romo , Gabriel , Boric Font , Gabriel , Hertz Cádiz , Carmen , Nuyado Ancapichún , Emilia , Soto Ferrada , Leonardo , Brito Hasbún , Jorge , Hoffmann Opazo , María José , Olivera De La Fuente , Erika , Soto Mardones, Raúl , Calisto Águila , Miguel Ángel , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Teillier Del Valle, Guillermo , Cariola Oliva , Karol , Ilabaca Cerda , Marcos, Ortiz Novoa, José Miguel , Tohá González , Jaime , Carter Fernández , Álvaro , Jackson Drago , Giorgio , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Torrealba Alvarado , Sebastián , Carvajal Ambiado , Loreto , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Pardo Sáinz , Luis , Torres Jeldes , Víctor , Castillo Muñoz , Natalia , Jiles Moreno , Pamela , Parra Sauterel , Andrea , Trisotti Martínez , Renzo , Castro Bascuñán , José Miguel , Jiménez Fuentes , Tucapel , Paulsen Kehr , Diego , Troncoso Hellman , Virginia , Castro González, Juan Luis , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pérez Arriagada , José , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Araya , Ricardo , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urrutia Soto , Osvaldo , Celis Montt , Andrés , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Olea , Joanna , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cicardini Milla , Daniella , Kort Garriga , Issa , Pérez Salinas , Catalina , Vallejo Dowling , Camila , Cid Versalovic , Sofía , Kuschel Silva , Carlos , Prieto Lorca , Pablo , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Coloma Álamos, Juan Antonio , Labra Sepúlveda , Amaro , Ramírez Diez , Guillermo , Velásquez Núñez , Esteban , Crispi Serrano , Miguel , Lavín León , Joaquín , Rathgeb Schifferli , Jorge , Venegas Cárdenas , Mario , CruzCoke Carvallo , Luciano , Leiva Carvajal, Raúl , Rentería Moller , Rolando , Verdessi Belemmi , Daniel , Del Real Mihovilovic , Catalina , Longton Herrera , Andrés , Rey Martínez, Hugo , Vidal Rojas , Pablo , Desbordes Jiménez , Mario , Lorenzini Basso , Pablo , Rocafull López , Luis , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Díaz Díaz , Marcelo , Luck Urban , Karin , Rojas Valderrama , Camila , Walker Prieto , Matías , Durán Espinoza , Jorge , Macaya Danús , Javier , Romero Sáez , Leonidas , Winter Etcheberry , Gonzalo , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Rosas Barrientos , Patricio , Yeomans Araya , Gael , Eguiguren Correa , Francisco , Matta Aragay, Manuel .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Hirsch Goldschmidt , Tomás , Urrutia Bonilla, Ignacio

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el artículo 131 contenido en el número 3) del artículo único, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación el voto favorable de 103 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 131 votos; por la negativa, 18 votos. No hubo abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Espinoza Sandoval , Fidel , Melero Abaroa , Patricio , Rosas Barrientos , Patricio , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fernández Allende, Maya , Mellado Pino , Cosme , Saavedra Chandía , Gastón , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores García, Iván , Mellado Suazo , Miguel , Sabag Villalobos , Jorge , Ascencio Mansilla , Gabriel , Flores Oporto , Camila , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sabat Fernández , Marcela , Auth Stewart , Pepe , Fuenzalida Cobo , Juan, Mix Jiménez , Claudia , Saffirio Espinoza , René , Baltolu Rasera, Nino , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Molina Magofke , Andrés , Saldívar Auger, Raúl , Barros Montero , Ramón , Gahona Salazar , Sergio , Monsalve Benavides , Manuel , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Bellolio Avaria , Jaime , Galleguillos Castillo , Ramón , Morales Muñoz , Celso , Santana Castillo, Juan , Berger Fett , Bernardo , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Santana Tirachini , Alejandro , Bernales Maldonado , Alejandro , Garín González , Renato , Muñoz González , Francesca , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bianchi Retamales , Karim , Girardi Lavín , Cristina , Naranjo Ortiz , Jaime , Schalper Sepúlveda , Diego , Bobadilla Muñoz , Sergio , González Torres , Rodrigo , Noman Garrido , Nicolás , Schilling Rodríguez , Marcelo , Boric Font , Gabriel , Hernández Hernández , Javier , Núñez Urrutia , Paulina , Sepúlveda Soto , Alexis , Brito Hasbún , Jorge , Hernando Pérez , Marcela , Nuyado Ancapichún , Emilia , Silber Romo , Gabriel , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hoffmann Opazo , María José , Olivera De La Fuente , Erika , Soto Ferrada , Leonardo , Carter Fernández , Álvaro , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Soto Mardones, Raúl , Carvajal Ambiado , Loreto , Ilabaca Cerda , Marcos, Ortiz Novoa, José Miguel , Tohá González , Jaime , Castillo Muñoz , Natalia , Jackson Drago , Giorgio , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Torrealba Alvarado , Sebastián , Castro Bascuñán , José Miguel , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Pardo Sáinz , Luis , Torres Jeldes , Víctor , Castro González, Juan Luis , Jiménez Fuentes , Tucapel , Parra Sauterel , Andrea , Trisotti Martínez , Renzo , Celis Araya , Ricardo , Jürgensen Rundshagen , Harry , Paulsen Kehr , Diego , Troncoso Hellman , Virginia , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Arriagada , José , Undurraga Gazitúa , Francisco , Cicardini Milla , Daniella , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urrutia Soto , Osvaldo , Cid Versalovic , Sofía , Kort Garriga , Issa , Pérez Olea , Joanna , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Salinas , Catalina , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Crispi Serrano , Miguel , Lavín León , Joaquín , Prieto Lorca , Pablo , Venegas Cárdenas , Mario , CruzCoke Carvallo , Luciano , Leiva Carvajal, Raúl , Ramírez Diez , Guillermo , Verdessi Belemmi , Daniel , Del Real Mihovilovic , Catalina , Longton Herrera , Andrés , Rathgeb Schifferli , Jorge , Vidal Rojas , Pablo , Desbordes Jiménez , Mario , Lorenzini Basso , Pablo , Rentería Moller , Rolando , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Díaz Díaz , Marcelo , Luck Urban , Karin , Rey Martínez, Hugo , Walker Prieto , Matías , Durán Espinoza , Jorge , Macaya Danús , Javier , Rocafull López , Luis , Winter Etcheberry , Gonzalo , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Rojas Valderrama , Camila , Yeomans Araya , Gael , Eguiguren Correa , Francisco , Matta Aragay , Manuel , Romero Sáez , Leonidas .

Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Mulet Martínez , Jaime , Teillier Del Valle, Guillermo , Alinco Bustos , René , Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Arancibia , Daniel , Urrutia Bonilla , Ignacio , Barrera Moreno , Boris , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Santibáñez Novoa , Marisela , Vallejo Dowling , Camila , Cariola Oliva , Karol , Jiles Moreno , Pamela , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Velásquez Núñez , Esteban , González Gatica , Félix , Labra Sepúlveda , Amaro .

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el artículo 132 contenido en el número 3) del artículo único, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación el voto favorable de 103 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 131 votos; por la negativa, 18 votos. No hubo abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Espinoza Sandoval , Fidel , Melero Abaroa , Patricio , Rosas Barrientos , Patricio , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fernández Allende, Maya , Mellado Pino , Cosme , Saavedra Chandía , Gastón , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores García, Iván , Mellado Suazo , Miguel , Sabag Villalobos , Jorge , Ascencio Mansilla , Gabriel , Flores Oporto , Camila , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sabat Fernández , Marcela , Auth Stewart , Pepe , Fuenzalida Cobo , Juan, Mix Jiménez , Claudia , Saffirio Espinoza , René , Baltolu Rasera, Nino , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Molina Magofke , Andrés , Saldívar Auger, Raúl , Barros Montero , Ramón , Gahona Salazar , Sergio , Monsalve Benavides , Manuel , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Bellolio Avaria , Jaime , Galleguillos Castillo , Ramón , Morales Muñoz , Celso , Santana Castillo, Juan , Berger Fett , Bernardo , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Santana Tirachini , Alejandro , Bernales Maldonado , Alejandro , Garín González , Renato , Muñoz González , Francesca , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bianchi Retamales , Karim , Girardi Lavín , Cristina , Naranjo Ortiz , Jaime , Schalper Sepúlveda , Diego , Bobadilla Muñoz , Sergio , González Torres , Rodrigo , Noman Garrido , Nicolás , Schilling Rodríguez , Marcelo , Boric Font , Gabriel , Hernández Hernández , Javier , Núñez Urrutia , Paulina , Sepúlveda Soto , Alexis , Brito Hasbún , Jorge , Hernando Pérez , Marcela , Nuyado Ancapichún , Emilia , Silber Romo , Gabriel , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hoffmann Opazo , María José , Olivera De La Fuente , Erika , Soto Ferrada , Leonardo , Carter Fernández , Álvaro , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Soto Mardones, Raúl , Carvajal Ambiado , Loreto , Ilabaca Cerda , Marcos, Ortiz Novoa, José Miguel , Tohá González , Jaime , Castillo Muñoz , Natalia , Jackson Drago , Giorgio , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Torrealba Alvarado , Sebastián , Castro Bascuñán , José Miguel , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Pardo Sáinz , Luis , Torres Jeldes , Víctor , Castro González, Juan Luis , Jiménez Fuentes , Tucapel , Parra Sauterel , Andrea , Trisotti Martínez , Renzo , Celis Araya , Ricardo , Jürgensen Rundshagen , Harry , Paulsen Kehr , Diego , Troncoso Hellman , Virginia , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Arriagada , José , Undurraga Gazitúa , Francisco , Cicardini Milla , Daniella , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urrutia Soto , Osvaldo , Cid Versalovic , Sofía , Kort Garriga , Issa , Pérez Olea , Joanna , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Salinas , Catalina , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Crispi Serrano , Miguel , Lavín León , Joaquín , Prieto Lorca , Pablo , Venegas Cárdenas , Mario , CruzCoke Carvallo , Luciano , Leiva Carvajal, Raúl , Ramírez Diez , Guillermo , Verdessi Belemmi , Daniel , Del Real Mihovilovic , Catalina , Longton Herrera , Andrés , Rathgeb Schifferli , Jorge , Vidal Rojas , Pablo , Desbordes Jiménez , Mario , Lorenzini Basso , Pablo , Rentería Moller , Rolando , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Díaz Díaz , Marcelo , Luck Urban , Karin , Rey Martínez, Hugo , Walker Prieto , Matías , Durán Espinoza , Jorge , Macaya Danús , Javier , Rocafull López , Luis , Winter Etcheberry , Gonzalo , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Rojas Valderrama , Camila , Yeomans Araya , Gael , Eguiguren Correa , Francisco , Matta Aragay , Manuel , Romero Sáez , Leonidas .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Mulet Martínez , Jaime , Teillier Del Valle, Guillermo , Alinco Bustos , René , Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Arancibia , Daniel , Urrutia Bonilla , Ignacio , Barrera Moreno , Boris , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Santibáñez Novoa , Marisela , Vallejo Dowling , Camila , Cariola Oliva , Karol , Jiles Moreno , Pamela , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Velásquez Núñez , Esteban , González Gatica , Félix , Labra Sepúlveda , Amaro .

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el artículo 133 contenido en el número 3) del artículo único, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación el voto favorable de 103 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 128 votos; por la negativa, 18 votos. Hubo 3 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Espinoza Sandoval , Fidel , Melero Abaroa , Patricio , Rosas Barrientos , Patricio , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fernández Allende, Maya , Mellado Pino , Cosme , Saavedra Chandía , Gastón , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores García, Iván , Mellado Suazo , Miguel , Sabag Villalobos , Jorge , Ascencio Mansilla , Gabriel , Flores Oporto , Camila , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sabat Fernández , Marcela , Auth Stewart , Pepe , Fuenzalida Cobo , Juan, Mix Jiménez , Claudia , Saffirio Espinoza , René , Baltolu Rasera, Nino , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Molina Magofke , Andrés , Saldívar Auger, Raúl , Barros Montero , Ramón , Gahona Salazar , Sergio , Monsalve Benavides , Manuel , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Bellolio Avaria , Jaime , Galleguillos Castillo , Ramón , Morales Muñoz , Celso , Santana Castillo, Juan , Berger Fett , Bernardo , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Santana Tirachini , Alejandro , Bernales Maldonado , Alejandro , Garín González , Renato , Muñoz González , Francesca , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bianchi Retamales , Karim , Girardi Lavín , Cristina , Naranjo Ortiz , Jaime , Schalper Sepúlveda , Diego , Bobadilla Muñoz , Sergio , González Torres , Rodrigo , Noman Garrido , Nicolás , Schilling Rodríguez , Marcelo , Boric Font , Gabriel , Hernández Hernández , Javier , Núñez Urrutia , Paulina , Sepúlveda Soto , Alexis , Brito Hasbún , Jorge , Hernando Pérez , Marcela , Nuyado Ancapichún , Emilia , Silber Romo , Gabriel , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hoffmann Opazo , María José , Olivera De La Fuente , Erika , Soto Ferrada , Leonardo , Carter Fernández , Álvaro , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Soto Mardones, Raúl , Carvajal Ambiado , Loreto , Ilabaca Cerda , Marcos, Ortiz Novoa, José Miguel , Tohá González , Jaime , Castillo Muñoz , Natalia , Jackson Drago , Giorgio , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Torrealba Alvarado , Sebastián , Castro Bascuñán , José Miguel , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Pardo Sáinz , Luis , Torres Jeldes , Víctor , Castro González, Juan Luis , Jiménez Fuentes , Tucapel , Parra Sauterel , Andrea , Trisotti Martínez , Renzo , Celis Araya , Ricardo , Jürgensen Rundshagen , Harry , Paulsen Kehr , Diego , Troncoso Hellman , Virginia , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Arriagada , José , Undurraga Gazitúa , Francisco , Cicardini Milla , Daniella , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urrutia Soto , Osvaldo , Cid Versalovic , Sofía , Kort Garriga , Issa , Pérez Olea , Joanna , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Salinas , Catalina , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Crispi Serrano , Miguel , Lavín León , Joaquín , Prieto Lorca , Pablo , Venegas Cárdenas , Mario , CruzCoke Carvallo , Luciano , Leiva Carvajal, Raúl , Ramírez Diez , Guillermo , Verdessi Belemmi , Daniel , Del Real Mihovilovic , Catalina , Longton Herrera , Andrés , Rathgeb Schifferli , Jorge , Vidal Rojas , Pablo , Desbordes Jiménez , Mario , Lorenzini Basso , Pablo , Rentería Moller , Rolando , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Díaz Díaz , Marcelo , Luck Urban , Karin , Rey Martínez, Hugo , Walker Prieto , Matías , Durán Espinoza , Jorge , Macaya Danús , Javier , Rocafull López , Luis , Winter Etcheberry , Gonzalo , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Rojas Valderrama , Camila , Yeomans Araya , Gael , Eguiguren Correa , Francisco , Matta Aragay , Manuel , Romero Sáez , Leonidas .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Mulet Martínez , Jaime , Teillier Del Valle, Guillermo , Alinco Bustos , René , Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Arancibia , Daniel , Urrutia Bonilla , Ignacio , Barrera Moreno , Boris , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Santibáñez Novoa , Marisela , Vallejo Dowling , Camila , Cariola Oliva , Karol , Jiles Moreno , Pamela , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Velásquez Núñez , Esteban , González Gatica , Félix , Labra Sepúlveda , Amaro .

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el artículo 134 contenido en el número 3) del artículo único, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación el voto favorable de 103 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 131 votos; por la negativa, 18 votos. No hubo abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Espinoza Sandoval , Fidel , Melero Abaroa , Patricio , Rosas Barrientos , Patricio , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fernández Allende, Maya , Mellado Pino , Cosme , Saavedra Chandía , Gastón , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores García, Iván , Mellado Suazo , Miguel , Sabag Villalobos , Jorge , Ascencio Mansilla , Gabriel , Flores Oporto , Camila , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sabat Fernández , Marcela , Auth Stewart , Pepe , Fuenzalida Cobo , Juan, Mix Jiménez , Claudia , Saffirio Espinoza , René , Baltolu Rasera, Nino , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Molina Magofke , Andrés , Saldívar Auger, Raúl , Barros Montero , Ramón , Gahona Salazar , Sergio , Monsalve Benavides , Manuel , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Bellolio Avaria , Jaime , Galleguillos Castillo , Ramón , Morales Muñoz , Celso , Santana Castillo, Juan , Berger Fett , Bernardo , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Santana Tirachini , Alejandro , Bernales Maldonado , Alejandro , Garín González , Renato , Muñoz González , Francesca , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bianchi Retamales , Karim , Girardi Lavín , Cristina , Naranjo Ortiz , Jaime , Schalper Sepúlveda , Diego , Bobadilla Muñoz , Sergio , González Torres , Rodrigo , Noman Garrido , Nicolás , Schilling Rodríguez , Marcelo , Boric Font , Gabriel , Hernández Hernández , Javier , Núñez Urrutia , Paulina , Sepúlveda Soto , Alexis , Brito Hasbún , Jorge , Hernando Pérez , Marcela , Nuyado Ancapichún , Emilia , Silber Romo , Gabriel , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hoffmann Opazo , María José , Olivera De La Fuente , Erika , Soto Ferrada , Leonardo , Carter Fernández , Álvaro , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Soto Mardones, Raúl , Carvajal Ambiado , Loreto , Ilabaca Cerda , Marcos, Ortiz Novoa, José Miguel , Tohá González , Jaime , Castillo Muñoz , Natalia , Jackson Drago , Giorgio , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Torrealba Alvarado , Sebastián , Castro Bascuñán , José Miguel , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Pardo Sáinz , Luis , Torres Jeldes , Víctor , Castro González, Juan Luis , Jiménez Fuentes , Tucapel , Parra Sauterel , Andrea , Trisotti Martínez , Renzo , Celis Araya , Ricardo , Jürgensen Rundshagen , Harry , Paulsen Kehr , Diego , Troncoso Hellman , Virginia , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Arriagada , José , Undurraga Gazitúa , Francisco , Cicardini Milla , Daniella , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urrutia Soto , Osvaldo , Cid Versalovic , Sofía , Kort Garriga , Issa , Pérez Olea , Joanna , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Salinas , Catalina , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Crispi Serrano , Miguel , Lavín León , Joaquín , Prieto Lorca , Pablo , Venegas Cárdenas , Mario , CruzCoke Carvallo , Luciano , Leiva Carvajal, Raúl , Ramírez Diez , Guillermo , Verdessi Belemmi , Daniel , Del Real Mihovilovic , Catalina , Longton Herrera , Andrés , Rathgeb Schifferli , Jorge , Vidal Rojas , Pablo , Desbordes Jiménez , Mario , Lorenzini Basso , Pablo , Rentería Moller , Rolando , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Díaz Díaz , Marcelo , Luck Urban , Karin , Rey Martínez, Hugo , Walker Prieto , Matías , Durán Espinoza , Jorge , Macaya Danús , Javier , Rocafull López , Luis , Winter Etcheberry , Gonzalo , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Rojas Valderrama , Camila , Yeomans Araya , Gael , Eguiguren Correa , Francisco , Matta Aragay , Manuel , Romero Sáez , Leonida .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Mulet Martínez , Jaime , Teillier Del Valle, Guillermo , Alinco Bustos , René , Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Arancibia , Daniel , Urrutia Bonilla , Ignacio , Barrera Moreno , Boris , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Santibáñez Novoa , Marisela , Vallejo Dowling , Camila , Cariola Oliva , Karol , Jiles Moreno , Pamela , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Velásquez Núñez , Esteban , González Gatica , Félix , Labra Sepúlveda , Amaro .

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el artículo 135 contenido en el número 3) del artículo único, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación el voto favorable de 103 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 128 votos; por la negativa, 18 votos. Hubo 3 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Eguiguren Correa , Francisco , Matta Aragay , Manuel , Rojas Valderrama , Camila , Álvarez Ramírez , Sebastián , Espinoza Sandoval , Fidel , Melero Abaroa , Patricio , Romero Sáez , Leonidas , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo , Fernández Allende, Maya , Mellado Pino , Cosme , Rosas Barrientos , Patricio , Ascencio Mansilla , Gabriel , Flores García, Iván , Mellado Suazo , Miguel , Saavedra Chandía , Gastón , Auth Stewart , Pepe , Flores Oporto , Camila , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sabag Villalobos , Jorge , Baltolu Rasera, Nino , Fuenzalida Cobo , Juan, Mix Jiménez , Claudia , Sabat Fernández , Marcela , Barros Montero , Ramón , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Molina Magofke , Andrés , Saffirio Espinoza , René , Bellolio Avaria , Jaime , Gahona Salazar , Sergio , Monsalve Benavides , Manuel , Saldívar Auger, Raúl , Berger Fett , Bernardo , Galleguillos Castillo , Ramón , Morales Muñoz , Celso , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Bernales Maldonado , Cristhian , García García, René Manuel , Moreira Barros , Alejandro , Santana Castillo, Juan , Bianchi Retamales , Karim , Garín González , Renato , Muñoz González , Francesca , Santana Tirachini , Alejandro , Bobadilla Muñoz , Sergio , Girardi Lavín , Cristina , Naranjo Ortiz , Jaime , Sauerbaum Muñoz , Frank , Boric Font , Gabriel , González Torres , Rodrigo , Noman Garrido , Nicolás , Schalper Sepúlveda , Diego , Brito Hasbún , Jorge , Hernández Hernández , Javier , Núñez Urrutia , Paulina , Schilling Rodríguez , Marcelo , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hernando Pérez , Marcela , Nuyado Ancapichún , Emilia , Sepúlveda Soto , Alexis , Carter Fernández , Álvaro , Hoffmann Opazo , María José , Olivera De La Fuente , Erika , Silber Romo , Gabriel , Carvajal Ambiado , Loreto , Ilabaca Cerda , Marcos, Orsini Pascal , Maite , Soto Ferrada , Leonardo , Castillo Muñoz , Natalia , Jackson Drago , Giorgio , Ortiz Novoa, José Miguel , Soto Mardones, Raúl , Castro Bascuñán , José Miguel , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Tohá González , Jaime , Castro González, Juan Luis , Jiménez Fuentes , Tucapel , Pardo Sáinz , Luis , Torrealba Alvarado , Sebastián , Celis Araya , Ricardo , Jürgensen Rundshagen , Harry , Parra Sauterel , Andrea , Torres Jeldes , Víctor , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Paulsen Kehr , Diego , Trisotti Martínez , Renzo , Cicardini Milla , Daniella , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Arriagada , José , Troncoso Hellman , Virginia , Cid Versalovic , Sofía , Kort Garriga , Issa , Pérez Lahsen , Leopoldo , Undurraga Gazitúa , Francisco , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Olea , Joanna , Urrutia Soto , Osvaldo , Crispi Serrano , Miguel , Lavín León , Joaquín , Pérez Salinas , Catalina , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , CruzCoke Carvallo , Luciano , Leiva Carvajal , Raúl , Prieto Lorca , Pablo , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Del Real Mihovilovic , Catalina , Longton Herrera , Andrés , Ramírez Diez , Guillermo , Venegas Cárdenas , Mario , Desbordes Jiménez , Mario , Lorenzini Basso , Pablo , Rathgeb Schifferli , Jorge , Verdessi Belemmi , Daniel , Díaz Díaz , Marcelo , Luck Urban , Karin , Rentería Moller , Rolando , Vidal Rojas , Pablo , Durán Espinoza , Jorge , Macaya Danús , Javier , Rey Martínez, Hugo , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Rocafull López , Luis , Walker Prieto , Matías .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Mulet Martínez , Jaime , Teillier Del Valle, Guillermo , Alinco Bustos , René , Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Arancibia , Daniel , Urrutia Bonilla , Ignacio , Barrera Moreno , Boris , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Santibáñez Novoa , Marisela , Vallejo Dowling , Camila , Cariola Oliva , Karol , Jiles Moreno , Pamela , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Velásquez Núñez , Esteban , González Gatica , Félix , Labra Sepúlveda , Amaro .

-Se abstuvieron los diputados señores:

Ibáñez Cotroneo , Diego Winter Etcheberry , Gonzalo , Yeomans Araya, Gael

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el artículo 136 contenido en el número 3) del artículo único, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación el voto favorable de 103 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 131 votos; por la negativa, 18 votos. No hubo abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Espinoza Sandoval , Fidel , Melero Abaroa , Patricio , Rosas Barrientos , Patricio , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fernández Allende, Maya , Mellado Pino , Cosme , Saavedra Chandía , Gastón , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores García, Iván , Mellado Suazo , Miguel , Sabag Villalobos , Jorge , Ascencio Mansilla , Gabriel , Flores Oporto , Camila , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sabat Fernández , Marcela , Auth Stewart , Pepe , Fuenzalida Cobo , Juan, Mix Jiménez , Claudia , Saffirio Espinoza , René , Baltolu Rasera, Nino , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Molina Magofke , Andrés , Saldívar Auger, Raúl , Barros Montero , Ramón , Gahona Salazar , Sergio , Monsalve Benavides , Manuel , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Bellolio Avaria , Jaime , Galleguillos Castillo , Ramón , Morales Muñoz , Celso , Santana Castillo, Juan , Berger Fett , Bernardo , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Santana Tirachini , Alejandro , Bernales Maldonado , Alejandro , Garín González , Renato , Muñoz González , Francesca , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bianchi Retamales , Karim , Girardi Lavín , Cristina , Naranjo Ortiz , Jaime , Schalper Sepúlveda , Diego , Bobadilla Muñoz , Sergio , González Torres , Rodrigo , Noman Garrido , Nicolás , Schilling Rodríguez , Marcelo , Boric Font , Gabriel , Hernández Hernández , Javier , Núñez Urrutia , Paulina , Sepúlveda Soto , Alexis , Brito Hasbún , Jorge , Hernando Pérez , Marcela , Nuyado Ancapichún , Emilia , Silber Romo , Gabriel , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hoffmann Opazo , María José , Olivera De La Fuente , Erika , Soto Ferrada , Leonardo , Carter Fernández , Álvaro , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Soto Mardones, Raúl , Carvajal Ambiado , Loreto , Ilabaca Cerda , Marcos, Ortiz Novoa, José Miguel , Tohá González , Jaime , Castillo Muñoz , Natalia , Jackson Drago , Giorgio , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Torrealba Alvarado , Sebastián , Castro Bascuñán , José Miguel , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Pardo Sáinz , Luis , Torres Jeldes , Víctor , Castro González, Juan Luis , Jiménez Fuentes , Tucapel , Parra Sauterel , Andrea , Trisotti Martínez , Renzo , Celis Araya , Ricardo , Jürgensen Rundshagen , Harry , Paulsen Kehr , Diego , Troncoso Hellman , Virginia , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Arriagada , José , Undurraga Gazitúa , Francisco , Cicardini Milla , Daniella , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urrutia Soto , Osvaldo , Cid Versalovic , Sofía , Kort Garriga , Issa , Pérez Olea , Joanna , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Salinas , Catalina , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Crispi Serrano , Miguel , Lavín León , Joaquín , Prieto Lorca , Pablo , Venegas Cárdenas , Mario , CruzCoke Carvallo , Luciano , Leiva Carvajal, Raúl , Ramírez Diez , Guillermo , Verdessi Belemmi , Daniel , Del Real Mihovilovic , Catalina , Longton Herrera , Andrés , Rathgeb Schifferli , Jorge , Vidal Rojas , Pablo , Desbordes Jiménez , Mario , Lorenzini Basso , Pablo , Rentería Moller , Rolando , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Díaz Díaz , Marcelo , Luck Urban , Karin , Rey Martínez, Hugo , Walker Prieto , Matías , Durán Espinoza , Jorge , Macaya Danús , Javier , Rocafull López , Luis , Winter Etcheberry , Gonzalo , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Rojas Valderrama , Camila , Yeomans Araya , Gael , Eguiguren Correa , Francisco , Matta Aragay , Manuel , Romero Sáez , Leonidas .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Mulet Martínez , Jaime , Teillier Del Valle, Guillermo , Alinco Bustos , René , Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Arancibia , Daniel , Urrutia Bonilla , Ignacio , Barrera Moreno , Boris , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Santibáñez Novoa , Marisela , Vallejo Dowling , Camila , Cariola Oliva , Karol , Jiles Moreno , Pamela , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Velásquez Núñez , Esteban , González Gatica , Félix , Labra Sepúlveda , Amaro .

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el artículo 137 contenido en el número 3) del artículo único, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación el voto favorable de 103 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 139 votos; por la negativa, 10 votos. No hubo abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Espinoza Sandoval , Fidel , Matta Aragay , Manuel , Rosas Barrientos , Patricio , Alessandri Vergara , Jorge , Fernández Allende , Maya , Melero Abaroa , Patricio , Saavedra Chandía , Gastón , Alinco Bustos , René , Flores García, Iván , Mellado Pino , Cosme , Sabag Villalobos , Jorge , Álvarez Ramírez , Sebastián , Flores Oporto , Camila , Mellado Suazo , Miguel , Sabat Fernández , Marcela , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo , Fuenzalida Cobo , Juan , Mirosevic Verdugo , Vlado , Saffirio Espinoza , René , Ascencio Mansilla , Gabriel , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Mix Jiménez , Claudia , Saldívar Auger, Raúl , Auth Stewart , Pepe , Gahona Salazar , Sergio , Molina Magofke , Andrés , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Baltolu Rasera, Nino , Galleguillos Castillo , Monsalve Benavides , Manuel , Santana Castillo, Juan , Barros Montero , Ramón , García García, René Manuel , Morales Muñoz , Celso , Santana Tirachini , Alejandro , Bellolio Avaria , Jaime , Garín González , Renato , Moreira Barros , Cristhian , Sauerbaum Muñoz , Frank , Berger Fett , Bernardo , Girardi Lavín , Cristina , Mulet Martínez , Jaime , Schalper Sepúlveda , Diego , Bernales Maldonado , Alejandro , González Gatica , Félix , Muñoz González , Francesca , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bianchi Retamales , Karim , González Torres , Rodrigo , Naranjo Ortiz , Jaime , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hernández Hernández , Javier , Noman Garrido , Nicolás , Sepúlveda Soto , Alexis , Boric Font , Gabriel , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Urrutia , Paulina , Silber Romo , Gabriel , Brito Hasbún , Jorge , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Nuyado Ancapichún , Emilia , Soto Ferrada , Leonardo , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hoffmann Opazo , María José , Olivera De La Fuente , Erika , Soto Mardones, Raúl , Carter Fernández , Álvaro , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Tohá González , Jaime , Carvajal Ambiado , Loreto , Ilabaca Cerda , Marcos, Ortiz Novoa, José Miguel , Torrealba Alvarado , Sebastián , Castillo Muñoz , Natalia , Jackson Drago , Giorgio , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Torres Jeldes , Víctor , Castro Bascuñán, José Miguel , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Pardo Sáinz , Luis , Trisotti Martínez , Renzo , Castro González, Juan Luis , Jiles Moreno , Pamela , Parra Sauterel , Andrea , Troncoso Hellman , Virginia , Celis Araya , Ricardo , Jiménez Fuentes , Tucapel , Paulsen Kehr , Diego , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Montt , Andrés , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pérez Arriagada , José , Urrutia Soto , Osvaldo , Cicardini Milla , Daniella , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cid Versalovic , Sofía , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Olea , Joanna , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kort Garriga , Issa , Pérez Salinas , Catalina , Velásquez Núñez , Esteban , Crispi Serrano , Miguel , Kuschel Silva , Carlos , Prieto Lorca , Pablo , Venegas Cárdenas , Mario , CruzCoke Carvallo , Luciano , Lavín León , Joaquín , Ramírez Diez , Guillermo , Verdessi Belemmi , Daniel , Del Real Mihovilovic , Catalina , Leiva Carvajal, Raúl , Rathgeb Schifferli , Jorge , Vidal Rojas , Pablo , Desbordes Jiménez , Mario , Longton Herrera , Andrés , Rentería Moller , Rolando , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Díaz Díaz , Marcelo , Lorenzini Basso , Pablo , Rey Martínez, Hugo , Walker Prieto , Matías , Durán Espinoza , Jorge , Luck Urban , Karin , Rocafull López , Luis , Winter Etcheberry , Gonzalo , Durán Salinas , Eduardo , Macaya Danús , Javier , Rojas Valderrama , Camila , Yeomans Araya , Gael , Eguiguren Correa , Francisco , Marzán Pinto , Carolina , Romero Sáez , Leonidas .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Barrera Moreno , Boris , Hertz Cádiz , Carmen , Santibáñez Novoa , Marisela , Urrutia Bonilla , Ignacio , Cariola Oliva , Karol , Labra Sepúlveda , Amaro , Teillier Del Valle, Guillermo , Vallejo Dowling , Camila , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Núñez Arancibia, Daniel .

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el artículo 138 contenido en el número 3) del artículo único, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación el voto favorable de 103 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 129 votos; por la negativa, 18 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Espinoza Sandoval , Fidel , Melero Abaroa , Patricio , Romero Sáez , Leonidas , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fernández Allende, Maya , Mellado Pino , Cosme , Rosas Barrientos , Patricio , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores García, Iván , Mellado Suazo , Miguel , Saavedra Chandía , Gastón , Ascencio Mansilla , Gabriel , Flores Oporto , Camila , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sabag Villalobos , Jorge , Auth Stewart , Pepe , Fuenzalida Cobo , Juan, Mix Jiménez , Claudia , Sabat Fernández , Marcela , Baltolu Rasera, Nino , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Molina Magofke , Andrés , Saffirio Espinoza , René , Barros Montero , Ramón , Gahona Salazar , Sergio , Monsalve Benavides , Manuel , Saldívar Auger, Raúl , Bellolio Avaria , Jaime , Galleguillos Castillo , Ramón , Morales Muñoz , Celso , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Berger Fett , Bernardo , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Santana Castillo, Juan , Bernales Maldonado , Alejandro , Garín González , Renato , Muñoz González , Francesca , Santana Tirachini , Alejandro , Bianchi Retamales , Karim , Girardi Lavín , Cristina , Naranjo Ortiz , Jaime , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bobadilla Muñoz , Sergio , González Torres , Rodrigo , Noman Garrido , Nicolás , Schalper Sepúlveda , Diego , Boric Font , Gabriel , Hernández Hernández , Javier , Núñez Urrutia , Paulina , Schilling Rodríguez , Marcelo , Brito Hasbún , Jorge , Hernando Pérez , Marcela , Nuyado Ancapichún , Emilia , Sepúlveda Soto , Alexis , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hoffmann Opazo , María José , Olivera De La Fuente , Erika , Silber Romo , Gabriel , Carter Fernández , Álvaro , Ilabaca Cerda , Marcos, Orsini Pascal , Maite , Soto Ferrada , Leonardo , Carvajal Ambiado , Loreto , Jackson Drago , Giorgio , Ortiz Novoa, José Miguel , Soto Mardones, Raúl , Castillo Muñoz , Natalia , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Tohá González , Jaime , Castro Bascuñán , José Miguel , Jiménez Fuentes , Tucapel , Pardo Sáinz , Luis , Torrealba Alvarado , Sebastián , Castro González, Juan Luis , Jürgensen Rundshagen , Harry , Parra Sauterel , Andrea , Torres Jeldes , Víctor , Celis Araya , Ricardo , Kast Sommerhoff , Pablo , Paulsen Kehr , Diego , Trisotti Martínez , Renzo , Celis Montt , Andrés , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Arriagada , José , Troncoso Hellman , Virginia , Cicardini Milla , Daniella , Kort Garriga , Issa , Pérez Lahsen , Leopoldo , Undurraga Gazitúa , Francisco , Cid Versalovic , Sofía , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Olea , Joanna , Urrutia Soto , Osvaldo , Coloma Álamos, Juan Antonio , Lavín León , Joaquín , Pérez Salinas , Catalina , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Crispi Serrano , Miguel , Leiva Carvajal, Raúl , Prieto Lorca , Pablo , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , CruzCoke Carvallo , Luciano , Longton Herrera , Andrés , Ramírez Diez , Guillermo , Venegas Cárdenas , Mario , Del Real Mihovilovic , Catalina , Lorenzini Basso , Pablo , Rathgeb Schifferli , Jorge , Verdessi Belemmi , Daniel , Desbordes Jiménez , Mario , Luck Urban , Karin , Rentería Moller , Rolando , Vidal Rojas , Pablo , Díaz Díaz , Marcelo , Macaya Danús , Javier , Rey Martínez, Hugo , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Durán Espinoza , Jorge , Marzán Pinto , Carolina , Rocafull López , Luis , Walker Prieto , Matías , Durán Salinas , Eduardo , Matta Aragay , Manuel , Rojas Valderrama , Camila , Yeomans Araya , Gael , Eguiguren Correa , Francisco .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Mulet Martínez , Jaime , Teillier Del Valle, Guillermo , Alinco Bustos , René , Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Arancibia , Daniel , Urrutia Bonilla , Ignacio , Barrera Moreno , Boris , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Santibáñez Novoa , Marisela , Vallejo Dowling , Camila , Cariola Oliva , Karol , Jiles Moreno , Pamela , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Velásquez Núñez , Esteban , González Gatica , Félix , Labra Sepúlveda , Amaro .

-Se abstuvieron los diputados señores:

Ibáñez Cotroneo , Diego Winter Etcheberry, Gonzalo

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el artículo 139 contenido en el número 3) del artículo único, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación el voto favorable de 103 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 112 votos; por la negativa, 37 votos. No hubo abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Fernández Allende, Maya , Mellado Pino , Cosme , Sabag Villalobos , Jorge , Álvarez Ramírez , Sebastián , Flores García, Iván , Mellado Suazo , Miguel , Sabat Fernández , Marcela , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores Oporto , Camila , Molina Magofke , Andrés , Saffirio Espinoza , René , Ascencio Mansilla , Gabriel , Fuenzalida Cobo, Juan , Monsalve Benavides , Manuel , Saldívar Auger, Raúl , Auth Stewart , Pepe , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Morales Muñoz , Celso , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Baltolu Rasera, Nino , Gahona Salazar , Sergio , Moreira Barros , Cristhian , Santana Castillo, Juan , Barros Montero , Ramón , Galleguillos Castillo , Ramón , Muñoz González , Francesca , Santana Tirachini , Alejandro , Bellolio Avaria , Jaime , García García, René Manuel , Naranjo Ortiz , Jaime , Sauerbaum Muñoz , Frank , Berger Fett , Bernardo , González Torres , Rodrigo , Noman Garrido , Nicolás , Schalper Sepúlveda , Diego , Bianchi Retamales , Karim , Hernández Hernández , Javier , Núñez Urrutia , Paulina , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hernando Pérez , Marcela , Olivera De La Fuente , Erika , Sepúlveda Soto , Alexis , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hoffmann Opazo , María José , Ortiz Novoa, José Miguel , Silber Romo , Gabriel , Carter Fernández , Álvaro , Ilabaca Cerda , Marcos, Ossandón Irarrázabal , Ximena , Soto Ferrada , Leonardo , Castro Bascuñán , José Miguel , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Pardo Sáinz , Luis , Soto Mardones, Raúl , Castro González, Juan Luis , Jiménez Fuentes , Tucapel , Parra Sauterel , Andrea , Tohá González , Jaime , Celis Araya , Ricardo , Jürgensen Rundshagen , Harry , Paulsen Kehr , Diego , Torrealba Alvarado , Sebastián , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Arriagada, José , Torres Jeldes , Víctor , Cicardini Milla , Daniella , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Lahsen , Leopoldo , Trisotti Martínez , Renzo , Cid Versalovic , Sofía , Kort Garriga , Issa , Pérez Olea , Joanna , Troncoso Hellman , Virginia , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kuschel Silva , Carlos , Prieto Lorca , Pablo , Undurraga Gazitúa , Francisco , CruzCoke Carvallo , Luciano , Lavín León , Joaquín , Ramírez Diez , Guillermo , Urrutia Soto , Osvaldo , Del Real Mihovilovic , Catalina , Leiva Carvajal, Raúl , Rathgeb Schifferli , Jorge , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Desbordes Jiménez , Mario , Longton Herrera , Andrés , Rentería Moller , Rolando , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Díaz Díaz , Marcelo , Lorenzini Basso , Pablo , Rey Martínez, Hugo , Venegas Cárdenas , Mario , Durán Espinoza , Jorge , Luck Urban , Karin , Rocafull López , Luis , Verdessi Belemmi , Daniel , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Romero Sáez , Leonidas , Vidal Rojas , Pablo , Eguiguren Correa , Francisco , Matta Aragay , Manuel , Rosas Barrientos , Patricio , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Espinoza Sandoval , Fidel , Melero Abaroa , Patricio , Saavedra Chandía , Gastón , Walker Prieto , Matías ,

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Garín González , Renato , Labra Sepúlveda , Amaro , Rojas Valderrama , Camila , Alinco Bustos , René , Girardi Lavín , Cristina , Macaya Danús , Javier , Santibáñez Novoa , Marisela , Barrera Moreno , Boris , González Gatica , Félix , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bernales Maldonado , Alejandro , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Mix Jiménez , Claudia , Teillier Del Valle, Guillermo , Boric Font , Gabriel , Hertz Cádiz , Carmen , Mulet Martínez , Jaime , Urrutia Bonilla , Ignacio , Brito Hasbún , Jorge , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Núñez Arancibia , Daniel , Vallejo Dowling , Camila , Cariola Oliva , Karol , Ibáñez Cotroneo , Diego , Nuyado Ancapichún , Emilia , Velásquez Núñez , Esteban , Carvajal Ambiado , Loreto , Jackson Drago , Giorgio , Orsini Pascal , Maite , Winter Etcheberry , Gonzalo , Castillo Muñoz , Natalia , Jiles Moreno , Pamela , Pérez Salinas , Catalina , Yeomans Araya , Gael , Crispi Serrano, Miguel .

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el artículo 140 contenido en el número 3) del artículo único, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación el voto favorable de 103 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 128 votos; por la negativa, 20 votos. Hubo 1 abstención.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Espinoza Sandoval , Fidel , Melero Abaroa , Patricio , Romero Sáez , Leonidas , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fernández Allende, Maya , Mellado Pino , Cosme , Rosas Barrientos , Patricio , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores García, Iván , Mellado Suazo , Miguel , Saavedra Chandía , Gastón , Ascencio Mansilla , Gabriel , Flores Oporto , Camila , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sabag Villalobos , Jorge , Auth Stewart , Pepe , Fuenzalida Cobo , Juan, Mix Jiménez , Claudia , Sabat Fernández , Marcela , Baltolu Rasera, Nino , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Molina Magofke , Andrés , Saffirio Espinoza , René , Barros Montero , Ramón , Gahona Salazar , Sergio , Monsalve Benavides , Manuel , Saldívar Auger, Raúl , Bellolio Avaria , Jaime , Galleguillos Castillo , Ramón , Morales Muñoz , Celso , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Berger Fett , Bernardo , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Santana Castillo, Juan , Bernales Maldonado , Alejandro , Garín González , Renato , Muñoz González , Francesca , Santana Tirachini , Alejandro , Bianchi Retamales , Karim , Girardi Lavín , Cristina , Naranjo Ortiz , Jaime , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bobadilla Muñoz , Sergio , González Torres , Rodrigo , Noman Garrido , Nicolás , Schalper Sepúlveda , Diego , Boric Font , Gabriel , Hernández Hernández , Javier , Núñez Urrutia , Paulina , Schilling Rodríguez , Marcelo , Brito Hasbún , Jorge , Hernando Pérez , Marcela , Nuyado Ancapichún , Emilia , Sepúlveda Soto , Alexis , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hoffmann Opazo , María José , Olivera De La Fuente , Erika , Silber Romo , Gabriel , Carter Fernández , Álvaro , Ilabaca Cerda , Marcos, Orsini Pascal , Maite , Soto Ferrada , Leonardo , Castillo Muñoz , Natalia , Jackson Drago , Giorgio , Ortiz Novoa, José Miguel , Soto Mardones, Raúl , Castro Bascuñán , José Miguel , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Tohá González , Jaime , Castro González, Juan Luis , Jiménez Fuentes , Tucapel , Pardo Sáinz , Luis , Torrealba Alvarado , Sebastián , Celis Araya , Ricardo , Jürgensen Rundshagen , Harry , Parra Sauterel , Andrea , Torres Jeldes , Víctor , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Paulsen Kehr , Diego , Trisotti Martínez , Renzo , Cicardini Milla , Daniella , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Arriagada , José , Troncoso Hellman , Virginia , Cid Versalovic , Sofía , Kort Garriga , Issa , Pérez Lahsen , Leopoldo , Undurraga Gazitúa , Francisco , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Olea , Joanna , Urrutia Soto , Osvaldo , Crispi Serrano , Miguel , Lavín León , Joaquín , Pérez Salinas , Catalina , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , CruzCoke Carvallo , Luciano , Leiva Carvajal , Raúl , Prieto Lorca , Pablo , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Del Real Mihovilovic , Catalina , Longton Herrera , Andrés , Ramírez Diez , Guillermo , Venegas Cárdenas , Mario , Desbordes Jiménez , Mario , Lorenzini Basso , Pablo , Rathgeb Schifferli , Jorge , Verdessi Belemmi , Daniel , Díaz Díaz , Marcelo , Luck Urban , Karin , Rentería Moller , Rolando , Vidal Rojas , Pablo , Durán Espinoza , Jorge , Macaya Danús , Javier , Rey Martínez, Hugo , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Rocafull López , Luis , Walker Prieto , Matías , Eguiguren Correa , Francisco , Matta Aragay , Manuel , Rojas Valderrama , Camila , Yeomans Araya, Gael .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Gutiérrez Gálvez , Hugo , Labra Sepúlveda , Amaro , Teillier Del Valle, Guillermo , Alinco Bustos , René , Hertz Cádiz , Carmen , Mulet Martínez , Jaime , Urrutia Bonilla , Ignacio , Barrera Moreno , Boris , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Núñez Arancibia , Daniel , Vallejo Dowling , Camila , Cariola Oliva , Karol , Ibáñez Cotroneo , Diego , Santibáñez Novoa , Marisela , Velásquez Núñez , Esteban , González Gatica , Félix , Jiles Moreno , Pamela , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Winter Etcheberry , Gonzalo .

-Se abstuvo la diputada señora:

Carvajal Ambiado, Loreto

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el artículo 141 contenido en el número 3) del artículo único, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación el voto favorable de 103 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 113 votos; por la negativa, 36 votos. No hubo abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Flores Oporto , Camila , Mellado Suazo , Miguel , Sabag Villalobos , Jorge , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fuenzalida Cobo, Juan , Molina Magofke , Andrés , Sabat Fernández , Marcela , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Monsalve Benavides , Manuel , Saffirio Espinoza , René , Ascencio Mansilla , Gabriel , Gahona Salazar , Sergio , Morales Muñoz , Celso , Saldívar Auger, Raúl , Auth Stewart , Pepe , Galleguillos Castillo , Ramón , Moreira Barros , Cristhian , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Baltolu Rasera, Nino , García García, René Manuel , Muñoz González , Francesca , Santana Castillo, Juan , Barros Montero , Ramón , González Torres , Rodrigo , Naranjo Ortiz , Jaime , Santana Tirachini , Alejandro , Bellolio Avaria , Jaime , Hernández Hernández , Javier , Noman Garrido , Nicolás , Sauerbaum Muñoz , Frank , Berger Fett , Bernardo , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Urrutia , Paulina , Schalper Sepúlveda , Diego , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hoffmann Opazo , María José , Nuyado Ancapichún , Emilia , Schilling Rodríguez , Marcelo , Calisto Águila , Miguel Ángel , Ilabaca Cerda , Marcos, Olivera De La Fuente , Erika , Sepúlveda Soto , Alexis , Carter Fernández , Álvaro , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Ortiz Novoa, José Miguel , Silber Romo , Gabriel , Castro Bascuñán , José Miguel , Jiménez Fuentes , Tucapel , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Soto Ferrada , Leonardo , Castro González, Juan Luis , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pardo Sáinz , Luis , Soto Mardones, Raúl , Celis Araya , Ricardo , Kast Sommerhoff , Pablo , Parra Sauterel , Andrea , Tohá González , Jaime , Celis Montt , Andrés , Keitel Bianchi , Sebastián , Paulsen Kehr , Diego , Torrealba Alvarado , Sebastián , Cicardini Milla , Daniella , Kort Garriga , Issa , Pérez Arriagada , José , Torres Jeldes , Víctor , Cid Versalovic , Sofía , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Lahsen , Leopoldo , Trisotti Martínez , Renzo , Coloma Álamos, Juan Antonio , Lavín León , Joaquín , Pérez Olea , Joanna , Troncoso Hellman , Virginia , CruzCoke Carvallo , Luciano , Leiva Carvajal , Raúl , Prieto Lorca , Pablo , Undurraga Gazitúa , Francisco , Del Real Mihovilovic , Catalina , Longton Herrera , Andrés , Ramírez Diez , Guillermo , Urrutia Soto , Osvaldo , Desbordes Jiménez , Mario , Lorenzini Basso , Pablo , Rathgeb Schifferli , Jorge , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Díaz Díaz , Marcelo , Luck Urban , Karin , Rentería Moller , Rolando , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Durán Espinoza , Jorge , Macaya Danús , Javier , Rey Martínez, Hugo , Venegas Cárdenas , Mario , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Rocafull López , Luis , Verdessi Belemmi , Daniel , Eguiguren Correa , Francisco , Matta Aragay , Manuel , Romero Sáez , Leonidas , Vidal Rojas , Pablo , Espinoza Sandoval , Fidel , Melero Abaroa , Patricio , Rosas Barrientos , Patricio , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Fernández Allende, Maya , Mellado Pino , Cosme , Saavedra Chandía , Gastón , Walker Prieto , Matías , Flores García, Iván .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Castillo Muñoz , Natalia , Jackson Drago , Giorgio , Rojas Valderrama , Camila , Alinco Bustos , René , Crispi Serrano , Miguel , Jiles Moreno , Pamela , Santibáñez Novoa , Marisela , Barrera Moreno , Boris , Garín González , Renato , Labra Sepúlveda , Amaro , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bernales Maldonado , Alejandro , Girardi Lavín , Cristina , Mirosevic Verdugo , Vlado , Teillier Del Valle, Guillermo , Bianchi Retamales , Karim , González Gatica , Félix , Mix Jiménez , Claudia , Urrutia Bonilla , Ignacio , Boric Font , Gabriel , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Mulet Martínez , Jaime , Vallejo Dowling , Camila , Brito Hasbún , Jorge , Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Arancibia , Daniel , Velásquez Núñez , Esteban , Cariola Oliva , Karol , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Orsini Pascal , Maite , Winter Etcheberry , Gonzalo , Carvajal Ambiado , Loreto , Ibáñez Cotroneo , Diego , Pérez Salinas , Catalina , Yeomans Araya, Gael .

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el inciso final del artículo 142 contenido en el número 3) del artículo único, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación el voto favorable de 103 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 106 votos; por la negativa, 42 votos. Hubo 1 abstención.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Fuenzalida Cobo, Juan , Molina Magofke , Andrés , Sabag Villalobos , Jorge , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Monsalve Benavides , Manuel , Sabat Fernández , Marcela , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo , Gahona Salazar , Sergio , Morales Muñoz , Celso , Saffirio Espinoza , René , Ascencio Mansilla , Gabriel , Galleguillos Castillo , Ramón , Moreira Barros , Cristhian , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Auth Stewart , Pepe , García García, René Manuel , Muñoz González , Francesca , Santana Castillo, Juan , Baltolu Rasera, Nino , González Torres , Rodrigo , Naranjo Ortiz , Jaime , Santana Tirachini , Alejandro , Barros Montero , Ramón , Hernández Hernández , Javier , Noman Garrido , Nicolás , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bellolio Avaria , Jaime , Hernando Pérez , Marcela , Norambuena Farías, Iván , Schalper Sepúlveda , Diego , Berger Fett , Bernardo , Hoffmann Opazo , María José , Núñez Urrutia , Paulina , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bobadilla Muñoz , Sergio , Ilabaca Cerda , Marcos, Nuyado Ancapichún , Emilia , Sepúlveda Soto , Alexis , Calisto Águila , Miguel , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Olivera De La Fuente , Erika , Silber Romo , Gabriel , Carter Fernández , Álvaro , Jürgensen Rundshagen , Harry , Ortiz Novoa, José Miguel , Soto Ferrada , Leonardo , Castro Bascuñán , José Miguel , Kast Sommerhoff , Pablo , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Soto Mardones, Raúl , Castro González, Juan Luis , Keitel Bianchi , Sebastián , Pardo Sáinz , Luis , Tohá González , Jaime , Celis Araya , Ricardo , Kort Garriga , Issa , Parra Sauterel , Andrea , Torrealba Alvarado , Sebastián , Celis Montt , Andrés , Kuschel Silva , Carlos , Paulsen Kehr , Diego , Trisotti Martínez , Renzo , Cid Versalovic , Sofía , Lavín León , Joaquín , Pérez Arriagada , José , Troncoso Hellman , Virginia , Coloma Álamos, Juan Antonio , Leiva Carvajal, Raúl , Pérez Lahsen , Leopoldo , Undurraga Gazitúa , Francisco , CruzCoke Carvallo , Luciano , Longton Herrera , Andrés , Pérez Olea , Joanna , Urrutia Bonilla , Ignacio , Del Real Mihovilovic , Catalina , Lorenzini Basso , Pablo , Prieto Lorca , Pablo , Urrutia Soto , Osvaldo , Desbordes Jiménez , Mario , Luck Urban , Karin , Ramírez Diez , Guillermo , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Durán Espinoza , Jorge , Macaya Danús , Javier , Rathgeb Schifferli , Jorge , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Rentería Moller , Rolando , Venegas Cárdenas , Mario , Eguiguren Correa , Francisco , Matta Aragay , Manuel , Rey Martínez, Hugo , Verdessi Belemmi , Daniel , Espinoza Sandoval , Fidel , Melero Abaroa , Patricio , Romero Sáez , Leonidas , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Flores García, Iván , Mellado Pino , Cosme , Saavedra Chandía , Gastón , Walker Prieto , Matías , Flores Oporto , Camila , Mellado Suazo, Miguel .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Díaz Díaz , Marcelo , Jiménez Fuentes , Tucapel , Rosas Barrientos , Patricio , Alinco Bustos , René , Fernández Allende , Maya , Labra Sepúlveda , Amaro , Saldívar Auger , Raúl, Barrera Moreno , Boris , Garín González , Renato , Mirosevic Verdugo , Vlado , Santibáñez Novoa , Marisela , Bernales Maldonado , Alejandro , Girardi Lavín , Cristina , Mix Jiménez , Claudia , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bianchi Retamales , Karim , González Gatica , Félix , Mulet Martínez , Jaime , Teillier Del Valle, Guillermo , Boric Font , Gabriel , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Núñez Arancibia , Daniel , Vallejo Dowling , Camila , Brito Hasbún , Jorge , Hertz Cádiz , Carmen , Orsini Pascal , Maite , Velásquez Núñez , Esteban , Cariola Oliva , Karol , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Pérez Salinas , Catalina , Vidal Rojas , Pablo , Castillo Muñoz , Natalia , Ibáñez Cotroneo , Diego , Rocafull López , Luis , Winter Etcheberry , Gonzalo , Cicardini Milla , Daniella , Jackson Drago , Giorgio , Rojas Valderrama , Camila , Yeomans Araya , Gael , Crispi Serrano , Miguel , Jiles Moreno , Pamela .

-Se abstuvo la diputada señora:

Carvajal Ambiado, Loreto

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el resto del artículo 142 contenido en el número 3) del artículo único, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación el voto favorable de 103 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 139 votos; por la negativa, 4 votos. Hubo 6 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Espinoza Sandoval , Fidel , Matta Aragay , Manuel , Rosas Barrientos , Patricio , Alessandri Vergara , Jorge , Fernández Allende , Maya , Melero Abaroa , Patricio , Saavedra Chandía , Gastón , Alinco Bustos , René , Flores García, Iván , Mellado Pino , Cosme , Sabag Villalobos , Jorge , Álvarez Ramírez , Sebastián , Flores Oporto , Camila , Mellado Suazo , Miguel , Sabat Fernández , Marcela , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo , Fuenzalida Cobo , Juan , Mirosevic Verdugo , Vlado , Saffirio Espinoza , René , Ascencio Mansilla , Gabriel , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Mix Jiménez , Claudia , Saldívar Auger, Raúl , Auth Stewart , Pepe , Gahona Salazar , Sergio , Molina Magofke , Andrés , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Baltolu Rasera, Nino , Galleguillos Castillo , Ramón , Monsalve Benavides , Manuel , Santana Castillo, Juan , Barros Montero , Ramón , García García, René Manuel , Morales Muñoz , Celso , Santana Tirachini , Alejandro , Bellolio Avaria , Jaime , Garín González , Renato , Moreira Barros , Cristhian , Sauerbaum Muñoz , Frank , Berger Fett , Bernardo , Girardi Lavín , Cristina , Mulet Martínez , Jaime , Schalper Sepúlveda , Diego , Bernales Maldonado , Alejandro , González Gatica , Félix , Muñoz González , Francesca , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bianchi Retamales , Karim , González Torres , Rodrigo , Naranjo Ortiz , Jaime , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hernández Hernández , Javier , Noman Garrido , Nicolás , Sepúlveda Soto , Alexis , Boric Font , Gabriel , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Urrutia , Paulina , Silber Romo , Gabriel , Brito Hasbún , Jorge , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Nuyado Ancapichún , Emilia , Soto Ferrada , Leonardo , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hoffmann Opazo , María José , Olivera De La Fuente , Erika , Soto Mardones, Raúl , Carter Fernández , Álvaro , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Tohá González , Jaime , Carvajal Ambiado , Loreto , Ilabaca Cerda , Marcos, Ortiz Novoa, José Miguel , Torrealba Alvarado , Sebastián , Castillo Muñoz , Natalia , Jackson Drago , Giorgio , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Torres Jeldes , Víctor , Castro Bascuñán, José Miguel , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Pardo Sáinz , Luis , Trisotti Martínez , Renzo , Castro González, Juan Luis , Jiles Moreno , Pamela , Parra Sauterel , Andrea , Troncoso Hellman , Virginia , Celis Araya , Ricardo , Jiménez Fuentes , Tucapel , Paulsen Kehr , Diego , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Montt , Andrés , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pérez Arriagada , José , Urrutia Soto , Osvaldo , Cicardini Milla , Daniella , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cid Versalovic , Sofía , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Olea , Joanna , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kort Garriga , Issa , Pérez Salinas , Catalina , Velásquez Núñez , Esteban , Crispi Serrano , Miguel , Kuschel Silva , Carlos , Prieto Lorca , Pablo , Venegas Cárdenas , Mario , CruzCoke Carvallo , Luciano , Lavín León , Joaquín , Ramírez Diez , Guillermo , Verdessi Belemmi , Daniel , Del Real Mihovilovic , Catalina , Leiva Carvajal, Raúl , Rathgeb Schifferli , Jorge , Vidal Rojas , Pablo , Desbordes Jiménez , Mario , Longton Herrera , Andrés , Rentería Moller , Rolando , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Díaz Díaz , Marcelo , Lorenzini Basso , Pablo , Rey Martínez, Hugo , Walker Prieto , Matías , Durán Espinoza , Jorge , Luck Urban , Karin , Rocafull López , Luis , Winter Etcheberry , Gonzalo , Durán Salinas , Eduardo , Macaya Danús , Javier , Rojas Valderrama , Camila , Yeomans Araya , Gael , Eguiguren Correa , Francisco , Marzán Pinto , Carolina , Romero Sáez , Leonidas .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Gutiérrez Gálvez, Hugo , Hertz Cádiz , Carmen , Santibáñez Novoa , Marisela , Urrutia Bonilla, Ignacio

-Se abstuvieron los diputados señores:

Barrera Moreno , Boris , Labra Sepúlveda , Amaro , Teillier Del Valle, Guillermo , Vallejo Dowling , Camila , Cariola Oliva , Karol , Núñez Arancibia, Daniel .

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el artículo 143 contenido en el número 3) del artículo único, cuya votación separada ha sido solicitada y que requiere para su aprobación el voto favorable de 103 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 147 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 1 abstención.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Espinoza Sandoval , Fidel , Matta Aragay , Manuel , Saavedra Chandía , Gastón , Alessandri Vergara , Jorge , Fernández Allende , Maya , Melero Abaroa , Patricio , Sabag Villalobos , Jorge , Alinco Bustos , René , Flores García, Iván , Mellado Pino , Cosme , Sabat Fernández , Marcela , Álvarez Ramírez , Sebastián , Flores Oporto , Camila , Mellado Suazo , Miguel , Saffirio Espinoza , René , ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo , Fuenzalida Cobo , Juan , Mirosevic Verdugo , Vlado , Saldívar Auger , Raúl , Ascencio Mansilla , Gabriel , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Mix Jiménez , Claudia , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Auth Stewart , Pepe , Gahona Salazar , Sergio , Molina Magofke , Andrés , Santana Castillo, Juan , Baltolu Rasera, Nino , Galleguillos Castillo , Ramón , Monsalve Benavides , Manuel , Santana Tirachini , Alejandro , Barrera Moreno , Boris , García García, René Manuel , Morales Muñoz , Celso , Santibáñez Novoa , Marisela , Barros Montero , Ramón , Garín González , Renato , Moreira Barros , Cristhian , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bellolio Avaria , Jaime , Girardi Lavín , Cristina , Mulet Martínez , Jaime , Schalper Sepúlveda , Diego , Berger Fett , Bernardo , González Gatica , Félix , Muñoz González , Francesca , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bernales Maldonado , Alejandro , González Torres , Rodrigo , Naranjo Ortiz , Jaime , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bianchi Retamales , Karim , Hernández Hernández , Javier , Noman Garrido , Nicolás , Sepúlveda Soto , Alexis , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Arancibia , Daniel , Silber Romo , Gabriel , Boric Font , Gabriel , Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Urrutia , Paulina , Soto Ferrada , Leonardo , Brito Hasbún , Jorge , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Nuyado Ancapichún , Emilia , Soto Mardones, Raúl , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hoffmann Opazo , María José , Olivera De La Fuente , Erika , Teillier Del Valle, Guillermo , Cariola Oliva , Karol , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Tohá González , Jaime , Carter Fernández , Álvaro , Ilabaca Cerda , Marcos, Ortiz Novoa, José Miguel , Torrealba Alvarado , Sebastián , Carvajal Ambiado , Loreto , Jackson Drago , Giorgio , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Torres Jeldes , Víctor , Castillo Muñoz , Natalia , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Pardo Sáinz , Luis , Trisotti Martínez , Renzo , Castro Bascuñán , José Miguel , Jiles Moreno , Pamela , Parra Sauterel , Andrea , Troncoso Hellman , Virginia , Castro González, Juan Luis , Jiménez Fuentes , Tucapel , Paulsen Kehr , Diego , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Araya , Ricardo , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pérez Arriagada , José , Urrutia Soto , Osvaldo , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cicardini Milla , Daniella , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Olea , Joanna , Vallejo Dowling , Camila , Cid Versalovic , Sofía , Kort Garriga , Issa , Pérez Salinas , Catalina , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kuschel Silva , Carlos , Prieto Lorca , Pablo , Velásquez Núñez , Esteban , Crispi Serrano , Miguel , Labra Sepúlveda , Amaro , Ramírez Diez , Guillermo , Venegas Cárdenas , Mario , CruzCoke Carvallo , Luciano , Lavín León , Joaquín , Rathgeb Schifferli , Jorge , Verdessi Belemmi , Daniel , Del Real Mihovilovic , Catalina , Leiva Carvajal, Raúl , Rentería Moller , Rolando , Vidal Rojas , Pablo , Desbordes Jiménez , Mario , Longton Herrera , Andrés , Rey Martínez , Hugo , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Díaz Díaz , Marcelo , Lorenzini Basso , Pablo , Rocafull López , Luis , Walker Prieto , Matías , Durán Espinoza , Jorge , Luck Urban , Karin , Rojas Valderrama , Camila , Winter Etcheberry , Gonzalo , Durán Salinas , Eduardo , Macaya Danús , Javier , Romero Sáez , Leonidas , Yeomans Araya , Gael , Eguiguren Correa , Francisco , Marzán Pinto , Carolina , Rosas Barrientos , Patricio .

-Votó por la negativa el diputado señor:

Urrutia Bonilla, Ignacio

-Se abstuvo el diputado señor:

Gutiérrez Gálvez, Hugo

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Por haberse rechazado en general, los números 16 y 17 de la minuta de votación, no se pueden votar.

Despachado el proyecto al Senado.

Les recuerdo que la próxima sesión está citada a las 18:00 horas. Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.

1.11. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 18 de diciembre, 2019. Oficio en Sesión 87. Legislatura 367.

VALPARAÍSO, 18 de diciembre de 2019

Oficio Nº 15.227

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo del mensaje, mociones, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha aprobado el proyecto de reforma constitucional que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República, correspondiente a los boletines Nos 7.769-07, 7.792-07, 10.014-07, 10.193-07, 11.173-07, 12.630-07 y 13.024-07, refundidos, del siguiente tenor:

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia:

1) Reemplázase el título del Capítulo XV por el siguiente:

“REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA”.

2) Incorpórase, antes del artículo 127, el siguiente epígrafe, nuevo:

“Reforma de la Constitución”.

3) Incorpóranse, a continuación del artículo 129, el siguiente epígrafe, nuevo, y los artículos 130 a 143, que lo integran:

“Del procedimiento para elaborar una Nueva Constitución Política de la República

Artículo 130. Del Plebiscito Nacional.

Tres días después de la entrada en vigencia de este artículo, el Presidente de la República convocará mediante un decreto supremo exento a un plebiscito nacional para el día 26 de abril de 2020.

En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de dos cédulas electorales. La primera contendrá la siguiente pregunta: “¿Quiere usted una Nueva Constitución?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera línea tendrá en su parte inferior la expresión “Apruebo” y la segunda, la expresión “Rechazo”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

La segunda cédula contendrá la pregunta: “¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas tendrá en su parte inferior la expresión “Convención Mixta Constitucional” y la segunda, la expresión “Convención Constitucional”. Bajo la expresión “Convención Mixta Constitucional” se incorporará la oración: “Integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio”. Bajo la expresión “Convención Constitucional” se incorporará la oración: “Integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

A efecto de este plebiscito, se aplicarán las disposiciones pertinentes contenidas en los siguientes cuerpos legales, en su texto vigente al 1 de enero de 2020:

a) Decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700 orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en los siguientes pasajes: Párrafo V, Párrafo VI, con excepción del inciso sexto del artículo 32 e incisos segundo a cuarto del artículo 33, Párrafo VII, VIII, IX, X y XI del Título I; Título II al X inclusive; Título XII y XIII;

b) Decreto con fuerza de ley N° 5, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.556, orgánica constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral;

c) Decreto con fuerza de ley N° 4, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.603, orgánica constitucional de Partidos Políticos, en los siguientes pasajes: Título I, V, VI, IX y X.

Los canales de televisión de libre recepción deberán destinar gratuitamente treinta minutos diarios de sus transmisiones a propaganda electoral sobre este plebiscito, debiendo dar expresión a las dos opciones contempladas en cada cédula, conforme a un acuerdo que adoptará el Consejo Nacional de Televisión y que será publicado en el Diario Oficial, dentro del plazo de treinta días contado desde la publicación de la convocatoria al plebiscito nacional, respetando una estricta igualdad de promoción de las opciones plebiscitadas. De este acuerdo podrá reclamarse ante el Tribunal Calificador de Elecciones dentro del plazo de tres días contado desde la publicación del mismo. El Tribunal Calificador de Elecciones resolverá la reclamación sumariamente dentro del plazo de cinco días contado desde la fecha de su respectiva interposición.

El Tribunal Calificador de Elecciones conocerá del escrutinio general y proclamará aprobadas las cuestiones que hayan obtenido más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos. Para estos efectos, los votos nulos y blancos se considerarán como no emitidos. El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Si la ciudadanía hubiere aprobado elaborar una Nueva Constitución, el Presidente de la República deberá convocar, mediante decreto supremo exento, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación a que alude el inciso anterior, a elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, según corresponda. Esta elección se llevará a cabo el mismo día que se verifiquen las elecciones de alcaldes, concejales y gobernadores regionales correspondientes al año 2020.

Artículo 131. De la Convención.

Para todos los efectos de este epígrafe, se entenderá que la voz “Convención” sin más, hace referencia a la Convención Mixta Constitucional y a la Convención Constitucional, sin distinción alguna.

A los integrantes de la Convención se les llamará Convencionales Constituyentes.

Además de lo establecido en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, a la elección de Convencionales Constituyentes a la que hace referencia el inciso final del artículo 130, serán aplicables las disposiciones pertinentes a la elección de diputados, contenidas en los siguientes cuerpos legales, en su texto vigente al 25 de junio del año 2020:

a) Decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700 orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios;

b) Decreto con fuerza de ley N° 5, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.556, orgánica constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral;

c) Decreto con fuerza de ley N° 4, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.603, orgánica constitucional de Partidos Políticos;

d) Decreto con fuerza de ley N° 3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

El proceso de calificación de la elección de Convencionales Constituyentes deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de ésta. La sentencia de proclamación será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Artículo 132. De los requisitos e incompatibilidades de los candidatos.

Podrán ser candidatos a la Convención aquellos ciudadanos que reúnan las condiciones contempladas en el artículo 13 de la Constitución.

No será aplicable a los candidatos a esta elección ningún otro requisito, inhabilidad o prohibición, salvo las establecidas en este epígrafe y con excepción de las normas sobre afiliación e independencia de las candidaturas establecidas en el artículo 5 incisos cuarto y sexto del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700.

Los Ministros de Estado, los intendentes, los gobernadores, los alcaldes, los consejeros regionales, los concejales, los subsecretarios, los secretarios regionales ministeriales, los jefes de servicio, los miembros del Consejo del Banco Central, los miembros del Consejo del Servicio Electoral, los miembros y funcionarios de los diferentes escalafones del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, así como, los del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, del Tribunal de Contratación Pública, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales; los consejeros del Consejo para la Transparencia, y los miembros activos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, que declaren sus candidaturas a miembros de la Convención, cesarán en sus cargos por el solo ministerio de la Constitución, desde el momento en que sus candidaturas sean inscritas en el Registro Especial a que hace referencia el inciso primero del artículo 21 del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700. Lo dispuesto precedentemente le será aplicable a los senadores y diputados solo respecto de la Convención Constitucional.

Las personas que desempeñen un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal deberán suspender dichas funciones desde el momento que sus candidaturas sean inscritas en el registro especial mencionado en el inciso anterior.

Artículo 133. Del funcionamiento de la Convención.

Dentro de los tres días siguientes a la recepción de la comunicación a que hace referencia el inciso final del artículo 131, el Presidente de la República convocará, mediante decreto supremo exento, a la primera sesión de instalación de la Convención, señalando además, lugar de la convocatoria. En caso de no señalarlo, se instalará en la sede del Congreso Nacional. Dicha instalación deberá realizarse dentro de los quince días posteriores desde la fecha de publicación del decreto.

En su primera sesión, la Convención deberá elegir a un Presidente y a un Vicepresidente por mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio.

La Convención no podrá alterar los quórum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos.

La Convención deberá constituir una secretaría técnica la que será conformada por personas de comprobada idoneidad académica o profesional.

Corresponderá al Presidente de la República, o a los órganos que éste determine, prestar el apoyo técnico, administrativo y financiero que sea necesario para la instalación y funcionamiento de la Convención.

Artículo 134. Del estatuto de los convencionales.

A los integrantes de la Convención les serán aplicables lo establecido en los artículos 51, con excepción de los incisos primero y segundo, 58, 59, 60 y 61 de la Constitución.

A contar de la proclamación del Tribunal Calificador de Elecciones, los funcionarios públicos con excepción de los mencionados en el inciso tercero del artículo 132, así como los trabajadores de las empresas del Estado, podrán hacer uso de un permiso sin goce de remuneraciones mientras sirvan a la Convención, en cuyo caso no les serán aplicables lo señalado en el inciso primero del artículo 58 de la Constitución.

Los Convencionales Constituyentes estarán afectos a las normas de la ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de interés, aplicables a los diputados, y a la ley Nº 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

Serán compatibles los cargos de parlamentario e integrantes de la Convención Mixta Constitucional. Los diputados y senadores que integren esta convención quedarán eximidos de su obligación de asistir a las sesiones de sala y comisión del Congreso durante el período en que ésta se mantenga en funcionamiento. El Congreso Nacional podrá incorporar medidas de organización para un adecuado trabajo legislativo, mientras la Convención Mixta se encuentre en funcionamiento.

Los integrantes de la Convención, con excepción de los parlamentarios que la integren, recibirán una retribución mensual de 50 unidades tributarias mensuales, además de las asignaciones que se establezcan en el Reglamento de la Convención. Dichas asignaciones serán administradas por un comité externo que determine el mismo Reglamento.

Artículo 135. Disposiciones especiales.

La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes.

Mientras no entre en vigencia la Nueva Constitución en la forma establecida en este epígrafe, esta Constitución seguirá plenamente vigente, sin que pueda la Convención negarle autoridad o modificarla.

En conformidad al artículo 5° inciso primero de la Constitución, mientras la Convención esté en funciones la soberanía reside esencialmente en la Nación y es ejercida por el pueblo a través de los plebiscitos y elecciones periódicas que la Constitución y las leyes determinan y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Le quedará prohibido a la Convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el ejercicio de la soberanía, asumiendo otras atribuciones que las que expresamente le reconoce esta Constitución.

El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Artículo 136. De la reclamación.

Se podrá reclamar de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención, contenidas en este epígrafe y de aquellas de procedimiento que emanen de los acuerdos de carácter general de la propia Convención. En ningún caso, se podrá reclamar sobre el contenido de los textos en elaboración.

Conocerán de esta reclamación cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo por la misma Corte para cada cuestión planteada.

La reclamación deberá ser suscrita por al menos un cuarto de los miembros en ejercicio de la Convención y se interpondrá ante la Corte Suprema, dentro del plazo de cinco días desde que se tomó conocimiento del vicio alegado.

La reclamación deberá indicar el vicio que se reclama, el que deberá ser esencial, y el perjuicio que causa.

El procedimiento para el conocimiento y resolución de las reclamaciones será establecido en un Auto Acordado que adoptará la Corte Suprema, el que no podrá ser objeto del control establecido en artículo 93 número 2 de la Constitución.

La sentencia que acoja la reclamación solo podrá anular el acto. En todo caso, deberá resolverse dentro de los diez días siguientes desde que se entró al conocimiento del asunto. Contra las resoluciones de que trata este artículo no se admitirá acción ni recurso alguno.

Ninguna autoridad, ni tribunal, podrán conocer acciones, reclamos o recursos vinculados con las tareas que la Constitución le asigna a la Convención, fuera de lo establecido en este artículo.

No podrá interponerse la reclamación a la que se refiere este artículo respecto del inciso final del artículo 135 de la Constitución.

Artículo 137. Prórroga del plazo de funcionamiento de la Convención.

La convención deberá redactar y aprobar una propuesta de texto de Nueva Constitución en el plazo máximo de nueve meses, contado desde su instalación, el que podrá prorrogarse, por una sola vez, por tres meses.

La mencionada prórroga podrá ser solicitada por quien ejerza la Presidencia de la Convención o por un tercio de sus miembros, con una anticipación no superior a quince días ni posterior a los cinco días previos al vencimiento del plazo de nueve meses. Presentada la solicitud, se citará inmediatamente a sesión especial, en la cual la Presidencia deberá dar cuenta pública de los avances en la elaboración de la propuesta de texto de Nueva Constitución, con lo cual se entenderá prorrogado el plazo sin más trámite. De todas estas circunstancias deberá quedar constancia en el acta respectiva. El plazo de prórroga comenzará a correr el día siguiente a aquel en que venza el plazo original.

Una vez redactada y aprobada la propuesta de texto de Nueva Constitución por la Convención, o vencido el plazo o su prórroga, la Convención se disolverá de pleno derecho.

Artículo 138. De las normas transitorias.

La Convención podrá establecer disposiciones especiales de entrada en vigencia de alguna de las normas o capítulos de la Nueva Constitución.

La Nueva Constitución no podrá poner término anticipado al período de las autoridades electas en votación popular, salvo que aquellas instituciones que integran sean suprimidas u objeto de una modificación sustancial.

La Nueva Constitución deberá establecer el modo en que las otras autoridades que esta Constitución establece cesarán o continuarán en sus funciones.

Artículo 139. De la integración de la Convención Mixta Constitucional.

La Convención Mixta Constitucional estará integrada por 172 miembros, de los cuales 86 corresponderán a ciudadanos electos especialmente para estos efectos y 86 parlamentarios que serán elegidos por el Congreso Pleno, conformado por todos los senadores y diputados en ejercicio, los que podrán presentar listas o pactos electorales, y se elegirán de acuerdo al sistema establecido en el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700 orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en lo que refiere a la elección de diputados.

Artículo 140.- Del sistema electoral de la Convención Mixta Constitucional.

En el caso de los Convencionales Constituyentes no parlamentarios, estos serán elegidos de acuerdo a las reglas consagradas en el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700 orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en su texto vigente al 25 de junio del 2020 y serán aplicables los artículos 187 y 188 del mismo cuerpo legal, con las siguientes modificaciones:

Distrito 1° que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 2º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 3° que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 4º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 5º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 6º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 7º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 8º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 9º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 10º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 11º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 12º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 13º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 14º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 15º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 16º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 17º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 18º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 19º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 20º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 21° que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 22º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 23° que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 24º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 25º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 26º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 27º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes; y

Distrito 28º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes.

Artículo 141. De la integración de la Convención Constitucional.

La Convención Constitucional estará integrada por 155 ciudadanos electos especialmente para estos efectos. Para ello, se considerarán los distritos electorales establecidos en los artículos 187 y 188, y el sistema electoral descrito en el artículo 121, todos del decreto con fuerza de ley N° 2, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, en lo que se refiere a la elección de diputados, a su texto vigente al 25 de junio del 2020.

Los integrantes de la Convención Constitucional no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención.

Artículo 142. Del Plebiscito Constitucional.

Comunicada al Presidente de la República la propuesta de texto constitucional aprobada por la Convención, éste deberá convocar dentro de los tres días siguientes a dicha comunicación, mediante decreto supremo exento, a un plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta.

El sufragio en este plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile.

El ciudadano que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.

No incurrirá en esta sanción el ciudadano que haya dejado de cumplir su obligación por enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquél en que se encontrare registrado su domicilio electoral o por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba, de acuerdo a las reglas de la sana crítica.

Las personas que durante la realización del plebiscito nacional constitucional desempeñen funciones que encomienda el decreto con fuerza de ley N° 2, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, se eximirán de la sanción establecida en el presente artículo remitiendo al juez competente un certificado que acredite esta circunstancia.

El conocimiento de la infracción señalada corresponderá al Juez de Policía Local de la comuna donde se cometieron tales infracciones, de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley N° 18.287.

En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de una cédula electoral que contendrá la siguiente pregunta, según corresponda a la Convención que haya propuesto el texto: “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Mixta Constitucional?” o “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas, tendrá en su parte inferior la expresión “Apruebo” y la segunda, la palabra “Rechazo”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

Este plebiscito deberá celebrarse sesenta días después de la publicación en el Diario Oficial del decreto supremo a que hace referencia el inciso primero, si ese día fuese domingo, o el domingo inmediatamente siguiente. Con todo, si en conformidad a las reglas anteriores la fecha del plebiscito se encuentra en el lapso entre sesenta días antes o después de una votación popular de aquellas a que hacen referencia los artículos 26, 47 y 49 de la Constitución, el día del plebiscito se retrasará hasta el domingo posterior inmediatamente siguiente. Si, de la aplicación de la regla precedente el plebiscito recayere en el mes de enero o febrero, el plebiscito se celebrará el primer domingo del mes de marzo.

El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito nacional constitucional fuere aprobada, el Presidente de la República deberá, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la sentencia referida en el inciso anterior, convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política de la República. Dicho texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en dicha fecha. A partir de esta fecha, quedará derogada la presente Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el decreto supremo N° 100, de 17 de septiembre de 2005.

La Constitución deberá imprimirse y repartirse gratuitamente para todos los establecimientos educacionales, públicos o privados, bibliotecas municipales, universidades y órganos del Estado. Los jueces y magistrados de los tribunales superiores de justicia deberán recibir un ejemplar de la Constitución.

Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito ratificatorio fuere rechazada, continuará vigente la presente Constitución.

Artículo 143. Remisión.

Al plebiscito constitucional le será aplicable lo dispuesto en los incisos cuarto a sexto del artículo 130.”.

*****

Hago presente a V.E. que el artículo único del proyecto de reforma constitucional fue aprobado en general, con el voto afirmativo de 127 diputados.

En particular, la votación se produjo de la siguiente forma:

- El artículo 130 contenido en el numeral 3) del artículo único obtuvo 146 votos afirmativos.

- El artículo 131 contenido en el numeral 3) del artículo único obtuvo 131 votos afirmativos.

- El artículo 132 contenido en el numeral 3) del artículo único obtuvo 131 votos afirmativos.

- El artículo 133 contenido en el numeral 3) del artículo único obtuvo 128 votos afirmativos.

- El artículo 134 contenido en el numeral 3) del artículo único obtuvo 131 votos afirmativos.

- El artículo 135 contenido en el numeral 3) del artículo único obtuvo 128 votos afirmativos.

- El artículo 136 contenido en el numeral 3) del artículo único obtuvo 131 votos afirmativos.

- El artículo 137 contenido en el numeral 3) del artículo único obtuvo 139 votos afirmativos.

- El artículo 138 contenido en el numeral 3) del artículo único obtuvo 129 votos afirmativos.

- El artículo 139 contenido en el numeral 3) del artículo único obtuvo 112 votos afirmativos.

- El artículo 140 contenido en el numeral 3) del artículo único obtuvo 128 votos afirmativos.

- El artículo 141 contenido en el numeral 3) del artículo único obtuvo 113 votos afirmativos.

- El inciso final del artículo 142 contenido en el numeral 3) del artículo único obtuvo 106 votos afirmativos.

- El resto del artículo 142 contenido en el numeral 3) del artículo único obtuvo 139 votos afirmativos.

- El artículo 143 contenido en el numeral 3) del artículo único obtuvo 147 votos afirmativos.

En los casos señalados precedentemente, la aprobación, tanto en general como en particular, se produjo a partir de un total de 155 diputados en ejercicio, dándose cumplimiento así a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 127 de la Constitución Política de la República.

Dios guarde a V.E.

IVÁN FLORES GARCÍA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Constitución

Senado. Fecha 18 de diciembre, 2019. Informe de Comisión de Constitución en Sesión 88. Legislatura 367.

?CERTIFICADO

Certifico que con esta fecha la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado sesionó para tratar el proyecto de reforma constitucional, en segundo trámite constitucional, que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República, Boletines N°S 7.769-07, 7.792-07, 10.014-07, 10.193-07, 11.173-07, 12.630-07 y 13.024-07, refundidos, para cuyo despacho se ha hecho presente la urgencia calificada de “discusión inmediata”.

Cabe señalar que, por tratarse de un proyecto de reforma constitucional con urgencia calificada de discusión inmediata, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento del Senado, la Comisión discutió la iniciativa en general y particular.

A la sesión en que se trató este proyecto, asistieron, además de los miembros de la Comisión, los Honorables Senadores señoras Carolina Goic Boroevic, Yasna Provoste Campillay y Ena Von Baer Jahn y señores Carlos Bianchi Chelech, Juan Ignacio Latorre Riveros, Alejandro Guillier Álvarez y Alejandro Navarro Brain, y el Honorable Diputado señor Carlos Abel Jarpa Wevar.

Por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia asistió el asesor, señor Víctor Inostroza.

Asimismo, concurrieron los siguientes asesores parlamentarios: el asesor del Honorable Senador señor Huenchumilla, señor Felipe Barra; los asesores del Honorable Senador señor Latorre, señoras Javiera Tapia, Javiera Contreras y Carolina Pérez; la Jefa de Gabinete de la Honorable Senadora señora Rincón, señora Paula Silva; los asesores del Honorable Senador señor Quintana, señores Rodrigo Suazo y Sebastián Divin; el asesor del Honorable Senador señor Quinteros, señor Jorge Frites; los asesores de la Honorable Senadora señora Muñoz, señores Leonardo Estradé-Brancoli y Juan Briones; el asesor de la Vicepresidencia del Senado, señor Nicolás Facuse; el asesor de la Honorable Senadora señora Provoste, señor Rodrigo Vega; los asesores de la Honorable Senadora señora Rincón, señora Paulina Gómez y señor Luis Lindermann; el asesor del Honorable Senador señor Navarro, señor Roberto Santa Cruz; los asesores del Honorable Senador señor Bianchi, señora Constanza Sanhueza y señor Mauricio Henríquez; el asesor de la Honorable Senadora señora Ebensperger, señor Patricio Cuevas; el asesor del Honorable Senador señor Guillier, señor Enrique Soler; el asesor del Comité Independiente, señor Rodrigo Pinto; los asesores del Comité PS, señores Gabriel Osorio y Cristián Durneg; la periodista del Comité UDi, señora Karelyn Lüttecke; los asesores del Comité PPD, señores Robert Angelbeck, Claudio Rodríguez y José Miguel Bolados y el periodista, señor Gabriel Muñoz; el asesor del Comité RN, señor Sebastián Amado, y el Secretario General de Revolución Democrática, señor Leonardo Risetti.

- - -

Se hace presente que, en la sesión en que la Comisión se abocó al estudio de este proyecto, el Honorable Senador señor Francisco Huenchumilla Jaramillo fue reemplazado por la Honorable Senadora señora Ximena Rincón González.

Igualmente, que por acuerdo de los Comités del Senado, del día martes 17 de diciembre del año en curso, se autorizó que esta iniciativa sea informada a través de un certificado o, si fuere necesario, mediante informe verbal.

- - -

OBJETIVO DEL PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL

Establecer en el texto de la Carta Fundamental un procedimiento específico para convocar a un plebiscito y regular la forma en que se elaboraría una nueva Constitución Política.

- - -

NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL

De conformidad a lo dispuesto en la segunda oración del inciso segundo del artículo 127 de la Constitución Política de la República, los numerales 1), 2) y 3) del artículo único del proyecto de reforma constitucional requieren para su aprobación del voto conforme de las dos terceras partes de los senadores en ejercicio, por cuanto se modifica el Capítulo XV de la Carta Fundamental. Por su parte las disposiciones transitorias, contenidas en el nuevo numeral 4) del artículo único, requieren la aprobación de las tres quintas partes de los senadores en ejercicio, con arreglo a lo que preceptúa la primera oración del inciso segundo del artículo 127 de la Ley Fundamental.

- - -

ANTECEDENTES.

1.- De Derecho

1 Capítulo XV de la Constitución Política de la República, sobre Reforma de la Constitución.

2.- Decreto con fuerza de ley N° 2, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2017, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios.

3.- Decreto con fuerza de ley N° 3, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2017, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.884, orgánica constitucional sobre transparencia, límite y control del gasto electoral.

4.- Decreto con fuerza de ley N° 4, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2017, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.603, orgánica constitucional de los partidos políticos.

5.- Decreto con fuerza de ley N° 5, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2017, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.556, orgánica constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral.

2.- De Hecho

Este proyecto de reforma constitucional tuvo su origen en las siguientes iniciativas presentadas en la Cámara de Diputados:

- Boletín N° 7.769-07, sobre reforma constitucional para establecer el plebiscito en temas de interés nacional. De los Honorables Diputados señoras Cristina Girardi Lavín y Alejandra Sepúlveda Orbenes y señores Tucapel Jiménez Fuentes, Marcelo Schilling Rodríguez, Guillermo Teillier Del Valle y Pedro Velásquez Seguel, y de los ex diputados señora Karla Rubilar Barahona y señores Sergio Aguiló Melo, Felipe Harboe Bascuñán y Roberto León Ramírez.

- Boletín N° 7.792-07, sobre reforma constitucional para establecer una Asamblea Constituyente. De los Honorables Diputados señora Alejandra Sepúlveda Orbenes y señores Marcelo Díaz Díaz, Marcelo Schilling Rodríguez, Pepe Auth Stewart y Guillermo Teillier Del Valle, y de los ex diputados señores Sergio Aguiló Melo, Osvaldo Andrade Lara, Aldo Cornejo González, Alfonso De Urresti Longton y Marcos Espinosa Monardes.

- Boletín N° 10.014-07, sobre reforma constitucional en materia de plebiscitos. De los Honorables Diputados señoras Karol Cariola Oliva, Maya Fernández Allende, Cristina Girardi Lavín, Marcela Hernando Pérez y Camila Vallejo Dowling y señores Giorgio Jackson Drago y Leonardo Soto Ferrada, y de los ex diputados señora Yasna Provoste Campillay y señores Iván Fuentes Castillo y Gaspar Rivas Sánchez.

- Boletín N° 10.193-07, sobre reforma constitucional que sustituye cada uno de los Capítulos de la Carta Fundamental. Del Honorable Diputado señor Marcelo Schilling Rodríguez y de los ex diputados señores Osvaldo Andrade Lara y Guillermo Ceroni Fuentes.

- Boletín N° 11.173-07, que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República. De la ex Presidenta de la República, señora Michelle Bachelet Jeria.

- Boletín N° 12.630-07, que modifica la Carta Fundamental en materia de plebiscitos y establece un procedimiento para la elaboración y aprobación de una nueva Constitución Política. De los Honorables Diputados señoras Andrea Parra Sauterel y Camila Vallejo Dowling y señores Gabriel Boric Font, Marcelo Díaz Díaz, Tomás Hirsch Goldschmidt, Giorgio Jackson Drago, Vlado Mirosevic Verdugo, Jaime Mulet Martínez, Alexis Sepúlveda Soto y Raúl Soto Mardones.

- Boletín N° 13.024-07, que modifica la Carta Fundamental para habilitar la realización de plebiscitos, para dar inicio a un proceso constituyente y la posterior aprobación de una nueva Constitución Política de la República. De los Honorables Diputados señoras Loreto Carvajal Ambiado, Carolina Marzán Pinto y Andrea Parra Sauterel y señores Ricardo Celis Araya, Rodrigo González Torres, Tucapel Jiménez Fuentes y Raúl Soto Mardones.

Asimismo, durante el estudio de esta iniciativa se tuvo en consideración el “Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución”, suscrito el día 15 de noviembre de 2015, y lo propuesto por la Mesa Técnica conformada para determinar el procedimiento mediante el cual se convocará a un plebiscito y regular la forma en que se elaboraría una nueva Constitución Política.

PROYECTO APROBADO POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS

Al iniciarse el estudio de esta iniciativa, la Comisión tomó conocimiento del texto del proyecto de reforma constitucional aprobado, en primer trámite constitucional, por la Cámara de Diputados. Se transcribe a continuación su contenido:

“PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia:

1) Reemplázase el título del Capítulo XV por el siguiente:

“REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA”.

2) Incorpórase, antes del artículo 127, el siguiente epígrafe, nuevo:

“Reforma de la Constitución”.

3) Incorpóranse, a continuación del artículo 129, el siguiente epígrafe, nuevo, y los artículos 130 a 143, que lo integran:

“Del procedimiento para elaborar una Nueva Constitución Política de la República

Artículo 130. Del Plebiscito Nacional.

Tres días después de la entrada en vigencia de este artículo, el Presidente de la República convocará mediante un decreto supremo exento a un plebiscito nacional para el día 26 de abril de 2020.

En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de dos cédulas electorales. La primera contendrá la siguiente pregunta: “¿Quiere usted una Nueva Constitución?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera línea tendrá en su parte inferior la expresión “Apruebo” y la segunda, la expresión “Rechazo”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

La segunda cédula contendrá la pregunta: “¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas tendrá en su parte inferior la expresión “Convención Mixta Constitucional” y la segunda, la expresión “Convención Constitucional”. Bajo la expresión “Convención Mixta Constitucional” se incorporará la oración: “Integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio”. Bajo la expresión “Convención Constitucional” se incorporará la oración: “Integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

A efecto de este plebiscito, se aplicarán las disposiciones pertinentes contenidas en los siguientes cuerpos legales, en su texto vigente al 1 de enero de 2020:

a) Decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700 orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en los siguientes pasajes: Párrafo V, Párrafo VI, con excepción del inciso sexto del artículo 32 e incisos segundo a cuarto del artículo 33, Párrafo VII, VIII, IX, X y XI del Título I; Título II al X inclusive; Título XII y XIII;

b) Decreto con fuerza de ley N° 5, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.556, orgánica constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral;

c) Decreto con fuerza de ley N° 4, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.603, orgánica constitucional de Partidos Políticos, en los siguientes pasajes: Título I, V, VI, IX y X.

Los canales de televisión de libre recepción deberán destinar gratuitamente treinta minutos diarios de sus transmisiones a propaganda electoral sobre este plebiscito, debiendo dar expresión a las dos opciones contempladas en cada cédula, conforme a un acuerdo que adoptará el Consejo Nacional de Televisión y que será publicado en el Diario Oficial, dentro del plazo de treinta días contado desde la publicación de la convocatoria al plebiscito nacional, respetando una estricta igualdad de promoción de las opciones plebiscitadas. De este acuerdo podrá reclamarse ante el Tribunal Calificador de Elecciones dentro del plazo de tres días contado desde la publicación del mismo. El Tribunal Calificador de Elecciones resolverá la reclamación sumariamente dentro del plazo de cinco días contado desde la fecha de su respectiva interposición.

El Tribunal Calificador de Elecciones conocerá del escrutinio general y proclamará aprobadas las cuestiones que hayan obtenido más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos. Para estos efectos, los votos nulos y blancos se considerarán como no emitidos. El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Si la ciudadanía hubiere aprobado elaborar una Nueva Constitución, el Presidente de la República deberá convocar, mediante decreto supremo exento, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación a que alude el inciso anterior, a elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, según corresponda. Esta elección se llevará a cabo el mismo día que se verifiquen las elecciones de alcaldes, concejales y gobernadores regionales correspondientes al año 2020.

Artículo 131. De la Convención.

Para todos los efectos de este epígrafe, se entenderá que la voz “Convención” sin más, hace referencia a la Convención Mixta Constitucional y a la Convención Constitucional, sin distinción alguna.

A los integrantes de la Convención se les llamará Convencionales Constituyentes.

Además de lo establecido en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, a la elección de Convencionales Constituyentes a la que hace referencia el inciso final del artículo 130, serán aplicables las disposiciones pertinentes a la elección de diputados, contenidas en los siguientes cuerpos legales, en su texto vigente al 25 de junio del año 2020:

a) Decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700 orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios;

b) Decreto con fuerza de ley N° 5, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.556, orgánica constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral;

c) Decreto con fuerza de ley N° 4, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.603, orgánica constitucional de Partidos Políticos;

d) Decreto con fuerza de ley N° 3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

El proceso de calificación de la elección de Convencionales Constituyentes deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de ésta. La sentencia de proclamación será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Artículo 132. De los requisitos e incompatibilidades de los candidatos.

Podrán ser candidatos a la Convención aquellos ciudadanos que reúnan las condiciones contempladas en el artículo 13 de la Constitución.

No será aplicable a los candidatos a esta elección ningún otro requisito, inhabilidad o prohibición, salvo las establecidas en este epígrafe y con excepción de las normas sobre afiliación e independencia de las candidaturas establecidas en el artículo 5 incisos cuarto y sexto del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700.

Los Ministros de Estado, los intendentes, los gobernadores, los alcaldes, los consejeros regionales, los concejales, los subsecretarios, los secretarios regionales ministeriales, los jefes de servicio, los miembros del Consejo del Banco Central, los miembros del Consejo del Servicio Electoral, los miembros y funcionarios de los diferentes escalafones del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, así como, los del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, del Tribunal de Contratación Pública, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales; los consejeros del Consejo para la Transparencia, y los miembros activos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, que declaren sus candidaturas a miembros de la Convención, cesarán en sus cargos por el solo ministerio de la Constitución, desde el momento en que sus candidaturas sean inscritas en el Registro Especial a que hace referencia el inciso primero del artículo 21 del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700. Lo dispuesto precedentemente le será aplicable a los senadores y diputados solo respecto de la Convención Constitucional.

Las personas que desempeñen un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal deberán suspender dichas funciones desde el momento que sus candidaturas sean inscritas en el registro especial mencionado en el inciso anterior.

Artículo 133. Del funcionamiento de la Convención.

Dentro de los tres días siguientes a la recepción de la comunicación a que hace referencia el inciso final del artículo 131, el Presidente de la República convocará, mediante decreto supremo exento, a la primera sesión de instalación de la Convención, señalando además, lugar de la convocatoria. En caso de no señalarlo, se instalará en la sede del Congreso Nacional. Dicha instalación deberá realizarse dentro de los quince días posteriores desde la fecha de publicación del decreto.

En su primera sesión, la Convención deberá elegir a un Presidente y a un Vicepresidente por mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio.

La Convención no podrá alterar los quórum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos.

La Convención deberá constituir una secretaría técnica la que será conformada por personas de comprobada idoneidad académica o profesional.

Corresponderá al Presidente de la República, o a los órganos que éste determine, prestar el apoyo técnico, administrativo y financiero que sea necesario para la instalación y funcionamiento de la Convención.

Artículo 134. Del estatuto de los convencionales.

A los integrantes de la Convención les serán aplicables lo establecido en los artículos 51, con excepción de los incisos primero y segundo, 58, 59, 60 y 61 de la Constitución.

A contar de la proclamación del Tribunal Calificador de Elecciones, los funcionarios públicos con excepción de los mencionados en el inciso tercero del artículo 132, así como los trabajadores de las empresas del Estado, podrán hacer uso de un permiso sin goce de remuneraciones mientras sirvan a la Convención, en cuyo caso no les serán aplicables lo señalado en el inciso primero del artículo 58 de la Constitución.

Los Convencionales Constituyentes estarán afectos a las normas de la ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de interés, aplicables a los diputados, y a la ley Nº 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

Serán compatibles los cargos de parlamentario e integrantes de la Convención Mixta Constitucional. Los diputados y senadores que integren esta convención quedarán eximidos de su obligación de asistir a las sesiones de sala y comisión del Congreso durante el período en que ésta se mantenga en funcionamiento. El Congreso Nacional podrá incorporar medidas de organización para un adecuado trabajo legislativo, mientras la Convención Mixta se encuentre en funcionamiento.

Los integrantes de la Convención, con excepción de los parlamentarios que la integren, recibirán una retribución mensual de 50 unidades tributarias mensuales, además de las asignaciones que se establezcan en el Reglamento de la Convención. Dichas asignaciones serán administradas por un comité externo que determine el mismo Reglamento.

Artículo 135. Disposiciones especiales.

La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes.

Mientras no entre en vigencia la Nueva Constitución en la forma establecida en este epígrafe, esta Constitución seguirá plenamente vigente, sin que pueda la Convención negarle autoridad o modificarla.

En conformidad al artículo 5° inciso primero de la Constitución, mientras la Convención esté en funciones la soberanía reside esencialmente en la Nación y es ejercida por el pueblo a través de los plebiscitos y elecciones periódicas que la Constitución y las leyes determinan y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Le quedará prohibido a la Convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el ejercicio de la soberanía, asumiendo otras atribuciones que las que expresamente le reconoce esta Constitución.

El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Artículo 136. De la reclamación.

Se podrá reclamar de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención, contenidas en este epígrafe y de aquellas de procedimiento que emanen de los acuerdos de carácter general de la propia Convención. En ningún caso, se podrá reclamar sobre el contenido de los textos en elaboración.

Conocerán de esta reclamación cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo por la misma Corte para cada cuestión planteada.

La reclamación deberá ser suscrita por al menos un cuarto de los miembros en ejercicio de la Convención y se interpondrá ante la Corte Suprema, dentro del plazo de cinco días desde que se tomó conocimiento del vicio alegado.

La reclamación deberá indicar el vicio que se reclama, el que deberá ser esencial, y el perjuicio que causa.

El procedimiento para el conocimiento y resolución de las reclamaciones será establecido en un Auto Acordado que adoptará la Corte Suprema, el que no podrá ser objeto del control establecido en artículo 93 número 2 de la Constitución.

La sentencia que acoja la reclamación solo podrá anular el acto. En todo caso, deberá resolverse dentro de los diez días siguientes desde que se entró al conocimiento del asunto. Contra las resoluciones de que trata este artículo no se admitirá acción ni recurso alguno.

Ninguna autoridad, ni tribunal, podrán conocer acciones, reclamos o recursos vinculados con las tareas que la Constitución le asigna a la Convención, fuera de lo establecido en este artículo.

No podrá interponerse la reclamación a la que se refiere este artículo respecto del inciso final del artículo 135 de la Constitución.

Artículo 137. Prórroga del plazo de funcionamiento de la Convención.

La convención deberá redactar y aprobar una propuesta de texto de Nueva Constitución en el plazo máximo de nueve meses, contado desde su instalación, el que podrá prorrogarse, por una sola vez, por tres meses.

La mencionada prórroga podrá ser solicitada por quien ejerza la Presidencia de la Convención o por un tercio de sus miembros, con una anticipación no superior a quince días ni posterior a los cinco días previos al vencimiento del plazo de nueve meses. Presentada la solicitud, se citará inmediatamente a sesión especial, en la cual la Presidencia deberá dar cuenta pública de los avances en la elaboración de la propuesta de texto de Nueva Constitución, con lo cual se entenderá prorrogado el plazo sin más trámite. De todas estas circunstancias deberá quedar constancia en el acta respectiva. El plazo de prórroga comenzará a correr el día siguiente a aquel en que venza el plazo original.

Una vez redactada y aprobada la propuesta de texto de Nueva Constitución por la Convención, o vencido el plazo o su prórroga, la Convención se disolverá de pleno derecho.

Artículo 138. De las normas transitorias.

La Convención podrá establecer disposiciones especiales de entrada en vigencia de alguna de las normas o capítulos de la Nueva Constitución.

La Nueva Constitución no podrá poner término anticipado al período de las autoridades electas en votación popular, salvo que aquellas instituciones que integran sean suprimidas u objeto de una modificación sustancial.

La Nueva Constitución deberá establecer el modo en que las otras autoridades que esta Constitución establece cesarán o continuarán en sus funciones.

Artículo 139. De la integración de la Convención Mixta Constitucional.

La Convención Mixta Constitucional estará integrada por 172 miembros, de los cuales 86 corresponderán a ciudadanos electos especialmente para estos efectos y 86 parlamentarios que serán elegidos por el Congreso Pleno, conformado por todos los senadores y diputados en ejercicio, los que podrán presentar listas o pactos electorales, y se elegirán de acuerdo al sistema establecido en el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700 orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en lo que refiere a la elección de diputados.

Artículo 140.- Del sistema electoral de la Convención Mixta Constitucional.

En el caso de los Convencionales Constituyentes no parlamentarios, estos serán elegidos de acuerdo a las reglas consagradas en el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700 orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en su texto vigente al 25 de junio del 2020 y serán aplicables los artículos 187 y 188 del mismo cuerpo legal, con las siguientes modificaciones:

Distrito 1° que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 2º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 3° que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 4º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 5º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 6º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 7º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 8º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 9º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 10º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 11º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 12º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 13º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 14º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 15º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 16º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 17º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 18º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 19º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 20º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 21° que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 22º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 23° que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 24º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 25º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 26º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 27º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes; y

Distrito 28º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes.

Artículo 141. De la integración de la Convención Constitucional.

La Convención Constitucional estará integrada por 155 ciudadanos electos especialmente para estos efectos. Para ello, se considerarán los distritos electorales establecidos en los artículos 187 y 188, y el sistema electoral descrito en el artículo 121, todos del decreto con fuerza de ley N° 2, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, en lo que se refiere a la elección de diputados, a su texto vigente al 25 de junio del 2020.

Los integrantes de la Convención Constitucional no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención.

Artículo 142. Del Plebiscito Constitucional.

Comunicada al Presidente de la República la propuesta de texto constitucional aprobada por la Convención, éste deberá convocar dentro de los tres días siguientes a dicha comunicación, mediante decreto supremo exento, a un plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta.

El sufragio en este plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile.

El ciudadano que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.

No incurrirá en esta sanción el ciudadano que haya dejado de cumplir su obligación por enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquél en que se encontrare registrado su domicilio electoral o por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba, de acuerdo a las reglas de la sana crítica.

Las personas que durante la realización del plebiscito nacional constitucional desempeñen funciones que encomienda el decreto con fuerza de ley N° 2, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, se eximirán de la sanción establecida en el presente artículo remitiendo al juez competente un certificado que acredite esta circunstancia.

El conocimiento de la infracción señalada corresponderá al Juez de Policía Local de la comuna donde se cometieron tales infracciones, de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley N° 18.287.

En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de una cédula electoral que contendrá la siguiente pregunta, según corresponda a la Convención que haya propuesto el texto: “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Mixta Constitucional?” o “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas, tendrá en su parte inferior la expresión “Apruebo” y la segunda, la palabra “Rechazo”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

Este plebiscito deberá celebrarse sesenta días después de la publicación en el Diario Oficial del decreto supremo a que hace referencia el inciso primero, si ese día fuese domingo, o el domingo inmediatamente siguiente. Con todo, si en conformidad a las reglas anteriores la fecha del plebiscito se encuentra en el lapso entre sesenta días antes o después de una votación popular de aquellas a que hacen referencia los artículos 26, 47 y 49 de la Constitución, el día del plebiscito se retrasará hasta el domingo posterior inmediatamente siguiente. Si, de la aplicación de la regla precedente el plebiscito recayere en el mes de enero o febrero, el plebiscito se celebrará el primer domingo del mes de marzo.

El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito nacional constitucional fuere aprobada, el Presidente de la República deberá, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la sentencia referida en el inciso anterior, convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política de la República. Dicho texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en dicha fecha. A partir de esta fecha, quedará derogada la presente Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el decreto supremo N° 100, de 17 de septiembre de 2005.

La Constitución deberá imprimirse y repartirse gratuitamente para todos los establecimientos educacionales, públicos o privados, bibliotecas municipales, universidades y órganos del Estado. Los jueces y magistrados de los tribunales superiores de justicia deberán recibir un ejemplar de la Constitución.

Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito ratificatorio fuere rechazada, continuará vigente la presente Constitución.

Artículo 143. Remisión.

Al plebiscito constitucional le será aplicable lo dispuesto en los incisos cuarto a sexto del artículo 130.”.”.

- - -

IDEA DE LEGISLAR

Al concluir el análisis de las disposiciones transcritas precedentemente, el Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Harboe, sometió a votación la idea de legislar sobre esta iniciativa.

La Comisión, por la unanimidad de sus integrantes, Honorables Senadores señora Rincón y señores Allamand, De Urresti, Harboe y Pérez, aprobó en general este proyecto de reforma constitucional.

DISCUSIÓN EN PARTICULAR

Al iniciarse su estudio en particular, se constató que respecto de los tres numerales que conforman el artículo único no se presentaron indicaciones y, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento del Senado, el Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Harboe, los declaró aprobados en particular. Esta declaración fue respaldada por la unanimidad de los miembros de la Comisión.

Posteriormente, la Comisión consideró diversas proposiciones de enmienda para agregar, al texto ya aprobado, un nuevo número 4) al artículo único que, en lo medular, establecen disposiciones para asegurar el equilibrio en la representación entre hombres y mujeres en la Convención, la participación de los independientes y los escaños reservados para los pueblos indígenas.

A continuación se transcriben las indicaciones formuladas al texto aprobado en general:

La indicación número 1, de los Honorables Senadores señoras Muñoz y Órdenes y señores Araya, Girardi y Quintana, agrega el siguiente numeral cuarto al artículo único del proyecto de reforma constitucional que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República:

“Disposición Transitoria Vigesimonovena: Las declaraciones de candidaturas al órgano constituyente deberán señalar el orden de precedencia que tendrían los candidatos en la cédula para cada distrito. Las listas conformadas por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales deberán estar encabezadas por una candidata mujer, ordenándose sucesivamente de forma alternada con las candidaturas de hombres. La infracción de lo señalado precedentemente acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas al órgano constituyente del partido o pacto de independientes que no haya cumplido con estos requisitos.

En la aplicación del sistema electoral a que se refiere el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N°2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley No ley 18.700, según lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución; se seguirán, además, las siguientes reglas:

a. En los distritos que reparten un número par de escaños, deberán resultar electos un cincuenta por ciento de mujeres y un cincuenta por ciento de hombres.

b. En los distritos que reparten un número impar de escaños, se aplicarán las siguientes reglas:

En los distritos de 3 escaños, se asignarán un máximo de 2 escaños a convencionales constituyentes del mismo sexo;

En los distritos de 5 escaños se asignarán un máximo de 3 escaños a convencionales constituyentes del mismo sexo, y

En los distritos de 7 escaños se asignarán un máximo de 4 escaños a convencionales constituyentes del mismo sexo.

Las listas que elijan más de un escaño deberán ser asignados de manera alternada a las candidaturas, mujer u hombre, más votadas dentro de la misma lista. En el caso de las listas de partidos políticos o de independientes que elijan sólo un escaño, éste deberá ser asignado a la candidatura más votada que corresponda al sexo que falte para asegurar la paridad. Este mecanismo se aplicará a las listas de partidos o independientes menos votados y así sucesivamente.

Para el caso de la elección de los 86 parlamentarios que regula el artículo 139 de la Constitución, el Congreso Pleno deberá propender al máximo equilibrio entre mujeres y hombres. Para la elección de los 86 convencionales constituyentes electos a que se refiere el mismo artículo, se aplicarán las reglas anteriores en lo que corresponda.

Disposición transitoria trigésima: Adicionalmente a los escaños de convencionales constituyentes establecidos en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, la Convención Constitucional estará integrada por 18 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Del mismo modo la Convención Mixta Constitucional estará integrada adicionalmente por 21 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Para la elección de los Convencionales Constituyentes establecidos en este apartado habrá un distrito electoral, constituido por todo el Territorio Nacional.

Podrán ser candidatos las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Constitución y que se encuentren inscritos en una comunidad o asociación indígena o contar con una certificación de la calidad de indígena emitida por la Corporación de Desarrollo Indígena.

Las declaraciones de candidaturas serán individuales y deberán contar con el patrocinio de, al menos, una comunidad indígena registrada en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, lo que se acreditará mediante una declaración jurada notarial del presidente de la misma o quien lo siga en la directiva, en caso que el mismo sea el candidato o candidata. El proceso de inscripción será organizado por el Servicio Electoral de acuerdo a las normas comunes, en lo que sean aplicables, debiendo cada candidato o candidata inscribirse de forma individual. Cada organización indígena podrá patrocinar sólo una candidatura.

El padrón electoral para la elección de convencionales indígenas se conformará por un padrón indígena que elaborará el Servicio Electoral utilizando como base el registro de Comunidades Indígenas de la Corporación de Desarrollo Indígena vigente al 26 de abril del año 2020, e integrado por aquellos miembros que cumplan los requisitos del artículo 13, 16 y 17 de la Constitución. Para estos efectos, la Corporación de Desarrollo Indígena deberá colaborar y remitir al Servicio Electoral toda la información necesaria que le sea requerida. El Servicio Electoral dictará las instrucciones que estime necesarias para la correcta elaboración del padrón indígena, especialmente en lo referido a la publicidad del plazo para inscribirse en el padrón electoral indígena.

Las personas que se identifiquen con la pertenencia a un pueblo indígena reconocido y que no cuenten con la acreditación señalada, podrán solicitar a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena que resuelva de forma sumaria la emisión de un certificado especial, para el solo efecto de ser presentado ante el Servicio Electoral para acceder al padrón electoral indígena y a la cédula electoral especial. La emisión de este certificado estará sujeto al cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 2 del cuerpo legal citado en los incisos anteriores.

Para hacer efectivo el proceso de acreditación especial señalado precedentemente, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena generará las condiciones necesarias para facilitar este proceso y deberá actualizar todos sus registros de acreditación de calidad indígena, especialmente el registro de apellidos indígenas considerando su vinculación con los territorios y las comunidades indígenas, de conformidad al artículo 9 de la Ley N° 19.253.

El Servicio Electoral confeccionará una cédula electoral indígena para llenar los cargos establecidos en el presente apartado. La cédula se imprimirá con las palabras "Convencionales Constituyentes representantes de los pueblos indígenas". A continuación se ubicará el nombre de cada pueblo indígena ubicados en el orden establecido previo sorteo realizado por el Servicio Electoral. Bajo la denominación de cada pueblo, se incorporará en la cédula los nombres de los candidatos pertenecientes a dicho pueblo indígena en orden alfabético.

Para el caso de la Convención Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las nueve primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

Para el caso de la Convención Mixta Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las doce primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

El Servicio Electoral junto a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena desarrollarán una campaña informativa sobre este proceso dirigido a las personas pertenecientes a los pueblos indígenas reconocidos, con la cual promoverán la participación de las personas pertenecientes a pueblos indígenas.

En lo no previsto por este apartado, y en lo pertinente, se aplicará lo dispuesto en el artículo 131 inciso tercero de esta Constitución.

Disposición Transitoria Trigésimo Primera: Dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral. El pacto electoral regirá exclusivamente en el distrito electoral en el que los candidatos independientes declaren sus candidaturas. Los pactos electorales de candidaturas independientes podrán presentar, en cada distrito, hasta un máximo de candidaturas equivalente al número inmediatamente siguiente al número de convencionales constituyentes que corresponda elegir en el distrito que se trate.

La declaración e inscripción de esta lista estará sujeta a las mismas reglas que las candidaturas a diputado, en lo que les sea aplicable, la que además deberá contener un lema común que los identifique y un programa en el que se indicarán las principales ideas o propuestas relativas al ejercicio de su función constituyente. Adicionalmente, cada candidato o candidata que conforme la lista, considerado individualmente, requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,4 por ciento de los que hubieren sufragado en el distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones.

La lista se conformará con aquellos candidatos o candidatas que en definitiva cumplan con los requisitos señalados. En todo lo demás, a las listas de personas independientes les será aplicable las reglas generales como si se trataran de una lista compuesta por un solo partido, incluyendo además el Decreto con Fuerza de Ley N°3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.”.

La indicación número 2, de los Honorables Senadores señoras Allende, Goic, Órdenes y Rincón y señor Harboe, incorpora las siguientes disposiciones transitorias, nuevas:

“Vigésima Novena. Del equilibrio en la representación de mujeres y hombres en el órgano constituyente.

Las declaraciones de candidaturas al órgano constituyente deberán señalar el orden de precedencia que tendrían los candidatos en la cédula para cada distrito.

Las listas conformadas por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales deberán estar encabezadas por una candidata mujer y se ordenarán sucesivamente de forma alternada con las candidaturas de hombres y mujeres de forma paritaria.

La infracción de los incisos anteriores acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas al órgano constituyente del partido o pacto de independientes que no hayan cumplido con estos requisitos.

En la aplicación del sistema electoral a que se refiere el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, según lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución; se seguirán, además, las siguientes reglas:

a) En los distritos que reparten un número par de escaños, deberán resultar electos un cincuenta por ciento de mujeres y un cincuenta por ciento de hombres.

b) En los distritos que reparten un número impar de escaños, se aplicarán las siguientes reglas:

b1) En los distritos de 3 escaños se asignarán un máximo de 2 escaños a los delegados constituyentes del mismo sexo;

b2) En los distritos de 5 escaños se asignarán un máximo de 3 escaños a delegados constituyentes del mismo sexo, y

b3) En los distritos de 7 escaños se asignarán un máximo de 4 escaños a delegados constituyentes del mismo sexo.

Las listas que elijan más de un escaño deberán ser asignados de manera alternada a las candidaturas, mujer u hombre, más votadas dentro de la misma lista. En el caso de las listas de partidos políticos o de independientes que elijan sólo un escaño, éste deberá ser asignado a la candidatura más votada que corresponda al sexo que falte para asegurar la paridad. Este mecanismo se aplicará a las listas de partidos o independientes menos votados y así sucesivamente.

Para el caso de la elección de los 86 parlamentarios que regula el artículo 139 de la Constitución, el Congreso Pleno deberá propender al máximo el equilibrio entre mujeres y hombres. Para la elección de los 86 convencionales constituyentes electos a que se refiere el mismo artículo, se aplicarán las reglas anteriores en lo que corresponda.

Trigésima. Para la elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional y la Convención Constitucional, establecidas en los artículos 132, 139, 140 y 141 de la Constitución, se aplicarán, además, las siguientes reglas especiales:

Primero.- De los independientes. Dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral. El pacto electoral regirá exclusivamente en el distrito electoral en el que los candidatos independientes declaren sus candidaturas. Los pactos electorales de candidaturas independientes podrán presentar, en cada distrito, hasta un máximo de candidaturas equivalente al número inmediatamente siguiente al número de convencionales constituyentes que corresponda elegir en el distrito que se trate.

La declaración e inscripción de esta lista estará sujeta a las mismas reglas que las candidaturas a diputado, en lo que les sea aplicable, la que además deberá contener un lema común que los identifique y un programa en el que se indicarán las principales ideas o propuestas relativas al ejercicio de su función constituyente. Adicionalmente, cada candidato o candidata que conforme la lista, considerado individualmente, requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,4 por ciento de los que hubieren sufragado en el distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones.

La lista se conformará con aquellos candidatos o candidatas que en definitiva cumplan con los requisitos señalados. En todo lo demás, a las listas de personas independientes les será aplicable las reglas generales como si se trataran de una lista compuesta por un solo partido, incluyendo además el decreto con fuerza de ley N° 3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.884, orgánica constitucional sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

Segundo.- De los escaños reservados para pueblos indígenas.

Adicionalmente a los escaños de convencionales constituyentes establecidos en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, la Convención Constitucional estará integrada por 18 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Del mismo modo, la Convención Mixta Constitucional estará integrada adicionalmente por 21 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Para la elección de los Convencionales Constituyentes establecidos en este apartado habrá un distrito electoral, constituido por todo el territorio nacional.

Podrán ser candidatos las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Constitución y que se encuentren inscritos en una comunidad o asociación indígena o contar con una certificación de la calidad de indígena emitida por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

Las declaraciones de candidaturas serán individuales y deberán contar con el patrocinio de, al menos, una comunidad indígena registrada en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, lo que se acreditará mediante una declaración jurada notarial del presidente de la misma o quien lo siga en la directiva, en caso de que el mismo sea el candidato o candidata. El proceso de inscripción será organizado por el Servicio Electoral de acuerdo a las normas comunes, en lo que sean aplicables, debiendo cada candidato o candidata inscribirse de forma individual. Cada organización indígena podrá patrocinar sólo una candidatura.

El padrón electoral para la elección de convencionales indígenas se conformará por un padrón indígena que elaborará el Servicio Electoral utilizando como base el Registro de Comunidades Indígenas de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, vigente al 26 de abril del año 2020 e integrado por aquellos miembros que cumplan los requisitos de los artículos 13, 16 y 17 de la Constitución. Para estos efectos, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena deberá colaborar y remitir al Servicio Electoral toda la información necesaria que le sea requerida. El Servicio Electoral dictará las instrucciones que estime necesarias para la correcta elaboración del padrón indígena, especialmente en lo referido a la publicidad del plazo para inscribirse en el padrón electoral indígena.

Las personas que se identifiquen con la pertenencia a un pueblo indígena reconocido y que no cuenten con la acreditación señalada, podrán solicitar a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena que resuelva de forma sumaria la emisión de un certificado especial, para el solo efecto de ser presentado ante el Servicio Electoral para acceder al padrón electoral indígena y a la cédula electoral especial. La emisión de este certificado estará sujeto al cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 2 del cuerpo legal citado en los incisos anteriores.

Para hacer efectivo el proceso de acreditación especial señalado precedentemente, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena generará las condiciones necesarias para facilitar este proceso y deberá actualizar todos sus registros de acreditación de calidad indígena, especialmente el registro de apellidos indígenas considerando su vinculación con los territorios y las comunidades indígenas, de conformidad al artículo 9 de la ley N° 19.253.

El Servicio Electoral confeccionará una cédula electoral indígena para llenar los cargos establecidos en el presente apartado. La cédula se imprimirá con las palabras "Convencionales Constituyentes representantes de los pueblos indígenas". A continuación, se indicará el nombre de cada pueblo indígena ubicado en el orden establecido, previo sorteo realizado por el Servicio Electoral. Bajo la denominación de cada pueblo, se incorporará en la cédula los nombres de los candidatos pertenecientes a dicho pueblo indígena en orden alfabético.

Para el caso de la Convención Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las nueve primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

Para el caso de la Convención Mixta Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las doce primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

El Servicio Electoral, junto a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, desarrollarán una campaña informativa sobre este proceso dirigido a las personas que integran los pueblos indígenas reconocidos, con la cual promoverán la participación de las personas pertenecientes a dichos pueblos.

En lo no previsto por este apartado y, en lo pertinente, se aplicará lo dispuesto en el artículo 131 inciso tercero de esta Constitución.”.

La indicación número 3, de los Honorables Senadores señoras Allende, Muñoz y Provoste y señores Latorre y Navarro, incorpora las siguientes disposiciones transitorias, nuevas:

“Vigésima Novena. Del equilibrio en la representación de mujeres y hombres en el órgano constituyente.

Las declaraciones de candidaturas al órgano constituyente deberán señalar el orden de precedencia que tendrían los candidatos en la cédula para cada distrito.

Las listas conformadas por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales deberán estar encabezadas por una candidata mujer y se ordenarán sucesivamente de forma alternada con las candidaturas de hombres y mujeres de forma paritaria.

La infracción de los incisos anteriores acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas al órgano constituyente del partido o pacto de independientes que no hayan cumplido con estos requisitos.

En la aplicación del sistema electoral a que se refiere el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, según lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución; se seguirán, además, las siguientes reglas:

a) En los distritos que reparten un número par de escaños, deberán resultar electos un cincuenta por ciento de mujeres y un cincuenta por ciento de hombres.

b) En los distritos que reparten un número impar de escaños, se aplicarán las siguientes reglas:

b1) En los distritos de 3 escaños se asignarán un máximo de 2 escaños a los delegados constituyentes del mismo sexo;

b2) En los distritos de 5 escaños se asignarán un máximo de 3 escaños a delegados constituyentes del mismo sexo, y

b3) En los distritos de 7 escaños se asignarán un máximo de 4 escaños a delegados constituyentes del mismo sexo.

Las listas que elijan más de un escaño deberán ser asignados de manera alternada a las candidaturas, mujer u hombre, más votadas dentro de la misma lista. En el caso de las listas de partidos políticos o de independientes que elijan sólo un escaño, éste deberá ser asignado a la candidatura más votada que corresponda al sexo que falte para asegurar la paridad. Este mecanismo se aplicará a las listas de partidos o independientes menos votados y así sucesivamente.

Para el caso de la elección de los 86 parlamentarios que regula el artículo 139 de la Constitución, el Congreso Pleno deberá propender al máximo el equilibrio entre mujeres y hombres. Para la elección de los 86 convencionales constituyentes electos a que se refiere el mismo artículo, se aplicarán las reglas anteriores en lo que corresponda.

Trigésima. Para la elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional y la Convención Constitucional, establecidas en los artículos 132, 139, 140 y 141 de la Constitución, se aplicarán, además, las siguientes reglas especiales:

Primero.- De los independientes. Dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral. El pacto electoral regirá exclusivamente en el distrito electoral en el que los candidatos independientes declaren sus candidaturas. Los pactos electorales de candidaturas independientes podrán presentar, en cada distrito, hasta un máximo de candidaturas equivalente al número inmediatamente siguiente al número de convencionales constituyentes que corresponda elegir en el distrito que se trate.

La declaración e inscripción de esta lista estará sujeta a las mismas reglas que las candidaturas a diputado, en lo que les sea aplicable, la que además deberá contener un lema común que los identifique y un programa en el que se indicarán las principales ideas o propuestas relativas al ejercicio de su función constituyente. Adicionalmente, cada candidato o candidata que conforme la lista, considerado individualmente, requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,4 por ciento de los que hubieren sufragado en el distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones.

La lista se conformará con aquellos candidatos o candidatas que en definitiva cumplan con los requisitos señalados. En todo lo demás, a las listas de personas independientes les será aplicable las reglas generales como si se trataran de una lista compuesta por un solo partido, incluyendo además el decreto con fuerza de ley N° 3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.884, orgánica constitucional sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

Segundo.- De los escaños reservados para pueblos indígenas.

Adicionalmente a los escaños de convencionales constituyentes establecidos en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, la Convención Constitucional estará integrada por 18 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Del mismo modo, la Convención Mixta Constitucional estará integrada adicionalmente por 21 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Para la elección de los Convencionales Constituyentes establecidos en este apartado habrá un distrito electoral, constituido por todo el territorio nacional.

Podrán ser candidatos las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Constitución y que se encuentren inscritos en una comunidad o asociación indígena o contar con una certificación de la calidad de indígena emitida por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

Las declaraciones de candidaturas serán individuales y deberán contar con el patrocinio de, al menos, una comunidad indígena registrada en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, lo que se acreditará mediante una declaración jurada notarial del presidente de la misma o quien lo siga en la directiva, en caso de que el mismo sea el candidato o candidata. El proceso de inscripción será organizado por el Servicio Electoral de acuerdo a las normas comunes, en lo que sean aplicables, debiendo cada candidato o candidata inscribirse de forma individual. Cada organización indígena podrá patrocinar sólo una candidatura.

El padrón electoral para la elección de convencionales indígenas se conformará por un padrón indígena que elaborará el Servicio Electoral utilizando como base el Registro de Comunidades Indígenas de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, vigente al 26 de abril del año 2020 e integrado por aquellos miembros que cumplan los requisitos de los artículos 13, 16 y 17 de la Constitución. Para estos efectos, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena deberá colaborar y remitir al Servicio Electoral toda la información necesaria que le sea requerida. El Servicio Electoral dictará las instrucciones que estime necesarias para la correcta elaboración del padrón indígena, especialmente en lo referido a la publicidad del plazo para inscribirse en el padrón electoral indígena.

Las personas que se identifiquen con la pertenencia a un pueblo indígena reconocido y que no cuenten con la acreditación señalada, podrán solicitar a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena que resuelva de forma sumaria la emisión de un certificado especial, para el solo efecto de ser presentado ante el Servicio Electoral para acceder al padrón electoral indígena y a la cédula electoral especial. La emisión de este certificado estará sujeto al cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 2 del cuerpo legal citado en los incisos anteriores.

Para hacer efectivo el proceso de acreditación especial señalado precedentemente, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena generará las condiciones necesarias para facilitar este proceso y deberá actualizar todos sus registros de acreditación de calidad indígena, especialmente el registro de apellidos indígenas considerando su vinculación con los territorios y las comunidades indígenas, de conformidad al artículo 9 de la ley N° 19.253.

El Servicio Electoral confeccionará una cédula electoral indígena para llenar los cargos establecidos en el presente apartado. La cédula se imprimirá con las palabras “Convencionales Constituyentes representantes de los pueblos indígenas”. A continuación, se indicará el nombre de cada pueblo indígena ubicado en el orden establecido, previo sorteo realizado por el Servicio Electoral. Bajo la denominación de cada pueblo, se incorporará en la cédula los nombres de los candidatos pertenecientes a dicho pueblo indígena en orden alfabético.

Para el caso de la Convención Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las nueve primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

Para el caso de la Convención Mixta Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las doce primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

El Servicio Electoral, junto a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, desarrollarán una campaña informativa sobre este proceso dirigido a las personas que integran los pueblos indígenas reconocidos, con la cual promoverán la participación de las personas pertenecientes a dichos pueblos.

En lo no previsto por este apartado y, en lo pertinente, se aplicará lo dispuesto en el artículo 131 inciso tercero de esta Constitución.”.

La indicación número 4, de las Honorables Senadoras señoras Allende, Rincón y Muñoz, modifica la Constitución Política de la República agregando las siguientes disposiciones vigésima novena y trigésima:

“Vigésima novena: Del equilibrio en la representación de mujeres y hombres en el órgano constituyente.

Las declaraciones de candidaturas al órgano constituyente, para cada distrito; sea que estén conformadas por un partido, por dos o más de éstos, incluyendo o no en ambos casos candidaturas independientes, o exclusivamente por candidaturas independientes; deberán tener el mismo número de mujeres que de hombres o, en su defecto, si el número de candidaturas fuera impar, un sexo no podrá superar al otro en más de una candidatura. Deberán, además, señalar el orden de precedencia que tendrán en la cédula, comenzando por una mujer, y alternándose sucesivamente hombres y mujeres. La infracción a cualquiera de dichos requisitos acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas al órgano constituyente por el respectivo pacto, partido o independientes.

En la aplicación del sistema electoral a que se refiere el artículo 121 del decreto con fuerza de ley No 2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley No ley 18.700, según lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución; se seguirán, además, las siguientes reglas:

1. De la distribución de escaños por sexo:

En los distritos que reparten un número par de escaños, deberán resultar electos hombres y mujeres en igual número.

En los distritos que reparten un número impar de escaños, no podrá resultar una diferencia de escaños electos, entre hombres y mujeres, superior a una candidata o candidato.

2. De la asignación de los escaños a candidatas o candidatos:

En cada distrito electoral se realizará la asignación de constituyentes posiblemente electos según lo dispuesto en el citado artículo 121.

En caso que dicha distribución se ajuste a lo señalado en el numeral 1, se proclamará electos a las candidatas y candidatos que resulten de la aplicación del párrafo anterior.

3. De la reasignación paritaria:

En el caso que de dicha distribución resulte una proporción, entre candidatos de los distintos sexos que podrían ser electos, distinta a la señalada en el numeral 1, se procederá a una reasignación paritaria de la siguiente forma:

a.- Se determinará la cantidad de hombres y mujeres que deban aumentar o disminuir, respectivamente, para obtener la proporción indicada en el numeral 1.

b.- Se ordenarán las listas en orden decreciente, según el número de candidatas o candidatos del sexo que se encuentra subrepresentado, que podrían ser electos según la regla anterior y, entre las que tengan el mismo número de candidaturas posiblemente electas, según los votos obtenidos por la lista. En caso de empate se realizará un sorteo.

c.- La reasignación paritaria se realizará comenzando por la lista menos votada de las que tengan menos candidaturas posiblemente electas del sexo subrepresentado, hasta conseguir que la proporción de candidatas o candidatos electos se ajuste a lo señalado en el numeral 1.

Si a la lista donde debe tener lugar la reasignación corresponde más de un escaño, éstos deberán ser asignados de manera alternada, comenzando por el sexo subrepresentado; en el orden de votación de cada partido político o de los independientes.

Si a la lista donde debe tener lugar la reasignación corresponde un escaño, éste deberá ser asignado a la candidatura más votada que corresponda al sexo subrepresentado.

Para el caso de la elección de los 86 parlamentarios que regula el artículo 139 de la Constitución, el Congreso Pleno deberá asegurar el equilibrio en la representación de mujeres y hombres. Para la elección de los 86 convencionales constituyente electos a que se refiere el mismo artículo, se aplicarán las reglas anteriores en lo que corresponda.

Trigésima. Para la elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional y la Convención Constitucional, establecidas en los artículos 132, 139, 140 y 141 de la Constitución, se aplicarán, además, las siguientes reglas especiales:

Primero.- De los independientes. Dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral. El pacto electoral regirá exclusivamente en el distrito electoral en el que los candidatos independientes declaren sus candidaturas. Los pactos electorales de candidaturas independientes podrán presentar, en cada distrito, hasta un máximo de candidaturas equivalente al número inmediatamente siguiente al número de convencionales constituyentes que corresponda elegir en el distrito que se trate.

La declaración e inscripción de esta lista estará sujeta a las mismas reglas que las candidaturas a diputado, en lo que les sea aplicable, la que además deberá contener un lema común que los identifique y un programa en el que se indicarán las principales ideas o propuestas relativas al ejercicio de su función constituyente. Adicionalmente, cada candidato o candidata que conforme la lista, considerado individualmente, requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,4 por ciento de los que hubieren sufragado en el distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones.

La lista se conformará con aquellos candidatos o candidatas que en definitiva cumplan con los requisitos señalados. En todo lo demás, a las listas de personas independientes les será aplicable las reglas generales como si se trataran de una lista compuesta por un solo partido, incluyendo además el Decreto con Fuerza de Ley N°3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

Segundo.- De los escaños reservados para pueblos indígenas.

Adicionalmente a los escaños de convencionales constituyentes establecidos en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, la Convención Constitucional estará integrada por 18 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Del mismo modo la Convención Mixta Constitucional estará integrada adicionalmente por 21 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Para la elección de los Convencionales Constituyentes establecidos en este apartado habrá un distrito electoral, constituido por todo el Territorio Nacional.

Podrán ser candidatos las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Constitución y que se encuentren inscritos en una comunidad o asociación indígena o contar con una certificación de la calidad de indígena emitida por la Corporación de Desarrollo Indígena.

Las declaraciones de candidaturas serán individuales y deberán contar con el patrocinio de, al menos, una comunidad indígena registrada en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, lo que se acreditará mediante una declaración jurada notarial del presidente de la misma o quien lo siga en la directiva, en caso que el mismo sea el candidato o candidata. El proceso de inscripción será organizado por el Servicio Electoral de acuerdo a las normas comunes, en lo que sean aplicables, debiendo cada candidato o candidata inscribirse de forma individual. Cada organización indígena podrá patrocinar sólo una candidatura.

El padrón electoral para la elección de convencionales indígenas se conformará por un padrón indígena que elaborará el Servicio Electoral utilizando como base el registro de Comunidades Indígenas de la Corporación de Desarrollo Indígena vigente al 26 de abril del año 2020, e integrado por aquellos miembros que cumplan los requisitos del artículo 13, 16 y 17 de la Constitución. Para estos efectos, la Corporación de Desarrollo Indígena deberá colaborar y remitir al Servicio Electoral toda la información necesaria que le sea requerida. El Servicio Electoral dictará las instrucciones que estime necesarias para la correcta elaboración del padrón indígena, especialmente en lo referido a la publicidad del plazo para inscribirse en el padrón electoral indígena.

Las personas que se identifiquen con la pertenencia a un pueblo indígena reconocido y que no cuenten con la acreditación señalada, podrán solicitar a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena que resuelva de forma sumaria la emisión de un certificado especial, para el solo efecto de ser presentado ante el Servicio Electoral para acceder al padrón electoral indígena y a la cédula electoral especial. La emisión de este certificado estará sujeto al cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 2 del cuerpo legal citado en los incisos anteriores.

Para hacer efectivo el proceso de acreditación especial señalado precedentemente, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena generará las condiciones necesarias para facilitar este proceso y deberá actualizar todos sus registros de acreditación de calidad indígena, especialmente el registro de apellidos indígenas considerando su vinculación con los territorios y las comunidades indígenas, de conformidad al artículo 9 de la Ley N° 19.253.

El Servicio Electoral confeccionará una cédula electoral indígena para llenar los cargos establecidos en el presente apartado. La cédula se imprimirá con las palabras “Convencionales Constituyentes representantes de los pueblos indígenas”. A continuación se ubicará el nombre de cada pueblo indígena ubicados en el orden establecido previo sorteo realizado por el Servicio Electoral. Bajo la denominación de cada pueblo, se incorporará en la cédula los nombres de los candidatos pertenecientes a dicho pueblo indígena en orden alfabético.

Para el caso de la Convención Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las nueve primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

Para el caso de la Convención Mixta Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las doce primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

El Servicio Electoral junto a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena desarrollarán una campaña informativa sobre este proceso dirigido a las personas pertenecientes a los pueblos indígenas reconocidos, con la cual promoverán la participación de las personas pertenecientes a pueblos indígenas.

En lo no previsto por este apartado, y en lo pertinente, se aplicará lo dispuesto en el artículo 131 inciso tercero de esta Constitución.”.

La indicación número 5, de los Honorables Senadores señoras Goic y Órdenes y señor Harboe, agrega las siguientes disposiciones transitorias:

“Vigésima novena: Del equilibrio en la representación de mujeres y hombres en el órgano constituyente.

Las declaraciones de candidaturas al órgano constituyente, para cada distrito; sea que estén conformadas por un partido, por dos o más de éstos, incluyendo o no en ambos casos candidaturas independientes, o exclusivamente por candidaturas independientes; deberán tener el mismo número de mujeres que de hombres o, en su defecto, si el número de candidaturas fuera impar, un sexo no podrá superar al otro en más de una candidatura. Deberán, además, señalar el orden de precedencia que tendrán en la cédula, comenzando por una mujer, y alternándose sucesivamente hombres y mujeres. La infracción a cualquiera de dichos requisitos acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas al órgano constituyente por el respectivo pacto, partido o independientes.

En la aplicación del sistema electoral a que se refiere el artículo 121 del decreto con fuerza de ley No 2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley No ley 18.700, según lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución; se seguirán, además, las siguientes reglas:

1. De la distribución de escaños por sexo:

En los distritos que reparten un número par de escaños, deberán resultar electos hombres y mujeres en igual número.

En los distritos que reparten un número impar de escaños, no podrá resultar una diferencia de escaños electos, entre hombres y mujeres, superior a una candidata o candidato.

2. De la asignación de los escaños a candidatas o candidatos:

En cada distrito electoral se realizará la asignación de constituyentes posiblemente electos según lo dispuesto en el citado artículo 121.

En caso que dicha distribución se ajuste a lo señalado en el numeral 1, se proclamará electos a las candidatas y candidatos que resulten de la aplicación del párrafo anterior.

3. De la reasignación paritaria:

En el caso que de dicha distribución resulte una proporción, entre candidatos de los distintos sexos que podrían ser electos, distinta a la señalada en el numeral 1, se procederá a una reasignación paritaria de la siguiente forma:

a.- Se determinará la cantidad de hombres y mujeres que deban aumentar o disminuir, respectivamente, para obtener la proporción indicada en el numeral 1.

b.- Se ordenarán las listas en orden decreciente, según el número de candidatas o candidatos del sexo que se encuentra subrepresentado, que podrían ser electos según la regla anterior y, entre las que tengan el mismo número de candidaturas posiblemente electas, según los votos obtenidos por la lista. En caso de empate se realizará un sorteo.

c.- La reasignación paritaria se realizará comenzando por la lista menos votada de las que tengan menos candidaturas posiblemente electas del sexo subrepresentado, hasta conseguir que la proporción de candidatas o candidatos electos se ajuste a lo señalado en el numeral 1.

Si a la lista donde debe tener lugar la reasignación corresponde más de un escaño, éstos deberán ser asignados de manera alternada, comenzando por el sexo subrepresentado; en el orden de votación de cada partido político o de los independientes.

Si a la lista donde debe tener lugar la reasignación corresponde un escaño, éste deberá ser asignado a la candidatura más votada que corresponda al sexo subrepresentado.

Para el caso de la elección de los 86 parlamentarios que regula el artículo 139 de la Constitución, el Congreso Pleno deberá asegurar el equilibrio en la representación de mujeres y hombres. Para la elección de los 86 convencionales constituyente electos a que se refiere el mismo artículo, se aplicarán las reglas anteriores en lo que corresponda.”.

La indicación número 6, de los Honorables Senadores señores De Urresti, Letelier y Montes, agrega la siguiente disposición transitoria trigésima:

“De los escaños reservados para pueblos indígenas.

Adicionalmente a los escaños de convencionales constituyentes establecidos en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, la Convención Constitucional estará integrada por 18 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Del mismo modo la Convención Mixta Constitucional estará integrada adicionalmente por 21 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Para la elección de los Convencionales Constituyentes establecidos en este apartado habrá un distrito electoral, constituido por todo el Territorio Nacional.

Podrán ser candidatos las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Constitución y que se encuentren inscritos en una comunidad o asociación indígena o contar con una certificación de la calidad de indígena emitida por la Corporación de Desarrollo Indígena.

Las declaraciones de candidaturas serán individuales y deberán contar con el patrocinio de, al menos, una comunidad indígena registrada en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, lo que se acreditará mediante una declaración jurada notarial del presidente de la misma o quien lo siga en la directiva, en caso que el mismo sea el candidato o candidata. El proceso de inscripción será organizado por el Servicio Electoral de acuerdo a las normas comunes, en lo que sean aplicables, debiendo cada candidato o candidata inscribirse de forma individual. Cada organización indígena podrá patrocinar sólo una candidatura.

El padrón electoral para la elección de convencionales indígenas se conformará por un padrón indígena que elaborará el Servicio Electoral utilizando como base el registro de Comunidades Indígenas de la Corporación de Desarrollo Indígena vigente al 26 de abril del año 2020, e integrado por aquellos miembros que cumplan los requisitos del artículo 13, 16 y 17 de la Constitución. Para estos efectos, la Corporación de Desarrollo Indígena deberá colaborar y remitir al Servicio Electoral toda la información necesaria que le sea requerida. El Servicio Electoral dictará las instrucciones que estime necesarias para la correcta elaboración del padrón indígena, especialmente en lo referido a la publicidad del plazo para inscribirse en el padrón electoral indígena.

Las personas que se identifiquen con la pertenencia a un pueblo indígena reconocido y que no cuenten con la acreditación señalada, podrán solicitar a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena que resuelva de forma sumaria la emisión de un certificado especial, para el solo efecto de ser presentado ante el Servicio Electoral para acceder al padrón electoral indígena y a la cédula electoral especial. La emisión de este certificado estará sujeto al cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 2 del cuerpo legal citado en los incisos anteriores.

Para hacer efectivo el proceso de acreditación especial señalado precedentemente, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena generará las condiciones necesarias para facilitar este proceso y deberá actualizar todos sus registros de acreditación de calidad indígena, especialmente el registro de apellidos indígenas considerando su vinculación con los territorios y las comunidades indígenas, de conformidad al artículo 9 de la Ley N° 19.253.

El Servicio Electoral confeccionará una cédula electoral indígena para llenar los cargos establecidos en el presente apartado. La cédula se imprimirá con las palabras “Convencionales Constituyentes representantes de los pueblos indígenas”. A continuación se ubicará el nombre de cada pueblo indígena ubicados en el orden establecido previo sorteo realizado por el Servicio Electoral. Bajo la denominación de cada pueblo, se incorporará en la cédula los nombres de los candidatos pertenecientes a dicho pueblo indígena en orden alfabético.

Para el caso de la Convención Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las nueve primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

Para el caso de la Convención Mixta Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las doce primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

El Servicio Electoral junto a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena desarrollarán una campaña informativa sobre este proceso dirigido a las personas pertenecientes a los pueblos indígenas reconocidos, con la cual promoverán la participación de las personas pertenecientes a pueblos indígenas.

En lo no previsto por este apartado, y en lo pertinente, se aplicará lo dispuesto en el artículo 131 inciso tercero de esta Constitución.”.

La indicación número 7, de los Honorables Senadores señores De Urresti, Letelier y Montes, agrega la siguiente disposición transitoria:

“Vigésima novena: Del equilibrio en la representación de mujeres y hombres en el órgano constituyente.

Las declaraciones de candidaturas al órgano constituyente deberán señalar el orden de precedencia que tendrían los candidatos en la cédula para cada distrito. Las listas conformadas por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales deberán estar encabezadas por una candidata mujer, y se ordenarán sucesivamente de forma alternada con las candidaturas de hombres, y mujeres en forma paritaria.

La infracción de los incisos anteriores acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas al Órganos Constituyente del partido o pacto de independientes que no haya cumplido con estos requisitos.

En la aplicación del sistema electoral a que se refiere el artículo 121 del decreto con fuerza de ley No 2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley No ley 18.700, según lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución; se seguirán, además, las siguientes reglas:

a. En los distritos que reparten un número par de escaños, deberán resultar electos un cincuenta por ciento de mujeres y un cincuenta por ciento de hombres.

b. En los distritos que reparten un número impar de escaños, se aplicarán las siguientes reglas:

En los distritos de 3 escaños, se asignarán un máximo de 2 escaños a delegados/as constituyentes del mismo sexo;

En los distritos de 5 escaños se asignarán un máximo de 3 escaños a delegados/as constituyentes del mismo sexo, y

En los distritos de 7 escaños se asignarán un máximo de 4 escaños a delegados/as constituyentes del mismo sexo.

Las listas que elijan más de un escaño deberán ser asignados de manera alternada a las candidaturas, mujer u hombre, más votadas dentro de la misma lista. En el caso de las listas de partidos políticos o de independientes que elijan sólo un escaño, éste deberá ser asignado a la candidatura más votada que corresponda al sexo que falte para asegurar la paridad. Este mecanismo se aplicará a las listas de partidos o independientes menos votados y así sucesivamente.

Para el caso de la elección de los 86 \parlamentarios que regula el artículo 139 de la Constitución, el Congreso Pleno deberá propender al máximo equilibrio entre mujeres y hombres. Para la elección de los 86 convencionales constituyente electos a que se refiere el mismo artículo, se aplicarán las reglas anteriores en lo que corresponda.”.

La indicación número 8, del Honorable Senador señor De Urresti, agrega la siguiente disposición transitoria trigésima:

“De los independientes. Dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral. El pacto electoral regirá exclusivamente en el distrito electoral en el que los candidatos independientes declaren sus candidaturas. Los pactos electorales de candidaturas independientes podrán presentar, en cada distrito, hasta un máximo de candidaturas equivalente al número inmediatamente siguiente al número de convencionales constituyentes que corresponda elegir en el distrito que se trate.

La declaración e inscripción de esta lista estará sujeta a las mismas reglas que las candidaturas a diputado, en lo que les sea aplicable, la que además deberá contener un lema común que los identifique y un programa en el que se indicarán las principales ideas o propuestas relativas al ejercicio de su función constituyente. Adicionalmente, cada candidato o candidata que conforme la lista, considerado individualmente, requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,4 por ciento de los que hubieren sufragado en el distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones.

La lista se conformará con aquellos candidatos o candidatas que en definitiva cumplan con los requisitos señalados. En todo lo demás, a las listas de personas independientes les será aplicable las reglas generales como si se trataran de una lista compuesta por un solo partido, incluyendo además el Decreto con Fuerza de Ley N°3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.”.

La indicación número 9, de los Honorables Senadores señores Bianchi, Guillier y Navarro, agrega la siguiente disposición vigésimo novena transitoria, nueva:

“Vigésimo Novena.- Para la elección de los miembros de la Comisión Mixta Constitucional y Convención Constitucional, establecidas en los artículos 132, 139, 140 y 141 de la Constitución. Se aplicarán, además, las siguientes reglas especiales:

Primero.- De los independientes. Dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral. El pacto electoral regirá exclusivamente en el distrito electoral en el que los candidatos independientes declaren sus candidaturas. Los pactos electorales de candidaturas independientes podrán presentar, en cada distrito, hasta un máximo de candidaturas equivalente al número inmediatamente siguiente al número de convencionales constituyentes que corresponda elegir en el distrito que se trate.

De la totalidad de declaraciones de candidaturas a convencional constituyente, declaradas por los pactos de independientes; ni los candidatos hombres ni las candidatas mujeres podrán superar el cincuenta por ciento del total respectivo. Este porcentaje será obligatorio y se calculará con independencia de la forma de nominación de las candidaturas.

Cada candidato o candidata independiente que acuerde un pacto electoral, requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos igual o superior al 0,2 por ciento de los que hubieren sufragado en el distrito electoral en la anterior elección de diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones.

Segundo.- De los escaños reservados para pueblos y comunidades indígenas. Además de los escaños convencionales constituyentes establecidos en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, la Convención Mixta Constitucional y Convención Constitucional estará integrada, además, por 15 escaños para la representación de los pueblos indígenenas Mapuche (7 escaños), Aimara (2 escaños), Rapa Nui (1 escaño), las de las comunidades Atacamenas (1 escaño), Diaguitas (1 escaño), Quechuas (1 escaño), y Coyas (1 escaño) del norte del país, las comunidades Kawashkar o Alacalufe y Yamana o Yagán de los canales australes (1 escaño).

Para la elección de los Convencionales Constituyentes representantes de dichos pueblos y comunidades, se estará a las siguientes reglas especiales.

1.- Para la elección de los Convencionales Constituyentes establecidos en este apartado habrá un distrito electoral, constituido por todo el territorio nacional.

2. Podrán ser candidatos las personas establecidas en el artículo 13 de la Constitución y que se encuentren inscritas en el registro de Comunidades Indígenas de la Corporación de Desarrollo Indígena.

3.- Las declaraciones de candidaturas deberán efectuarse, por al menos, una organización indígena. Cada organización indígena podrá patrocinar sólo una candidatura.

4.- El Servicio Electoral deberá crear un padrón de habilitados para sufragar en la elección de convencionales constituyentes que representan los pueblos y comunidades indígenas. Para ello, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena deberá entregar al Servicio el registro de personas indígenas al Servicio Electoral, a fin de establecer un padrón provisorio. Dichos padrón será sometido a las auditorías a que hace referencia el párrafo 2° del Título II del mencionado cuerpo legal. Asimismo, le será aplicable, en lo pertinente, lo dispuesto en el título II y III del decreto con fuerza de ley N° 5, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.556.

5.- Sólo podrán sufragar en esta elección aquellos quienes se encuentren incorporados en el padrón a que hace referencia al número 4 del presente apartado. Quien sufrague en esta elección no podrán sufragar en la elección de convencionales constituyentes establecida en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución.

6.- Serán proclamados electos por el Tribunal Calificador de Elecciones las primeras siete mayorías individuales del pueblo Mapuche; las primeras dos mayorías individuales del pueblo Aymara, y la primera mayoría individual del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría individual de la comunidad Atacameña; la primera mayoría individual de la comunidad Diaguita, la primera mayoría individual de la comunidad Quechua, la primera mayoría individual de la comunidad Coya y la primera mayoría individual de las comunidades Kawashkar o Alacalufe y Yamana o Yagán de los canales australes.

El proceso de calificación de la elección deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de ésta. La sentencia de proclamación será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Tercero. Del equilibrio en la representación de mujeres y hombres en la convención.

En la aplicación del sistema electoral a que se refiere el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 2 de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, según lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, se seguirán, además, las siguientes reglas:

La Convención Constitucional se compondrá de 155 convencionales constituyentes mujeres y 155 convencionales constituyentes hombres, los que se elegirán cada uno en los distritos electorales señalados por el artículo 141, en cédulas electorales separadas.

Si el órgano elegido por la ciudadanía para redactar una nueva Constitución fuere una Convención Mixta Constitucional, para la elección de los parlamentarios a que alude el artículo 139 de la Constitución deberá propender a la paridad entre hombres y mujeres, eligiendo 43 parlamentarias y 43 parlamentarios.”.

La indicación número 10, de los Honorables Senadores Araya y Lagos, agrega el siguiente numeral cuarto al artículo único del proyecto de reforma constitucional que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República:

“Disposición Transitoria Vigesimonovena: Las declaraciones de candidaturas al órgano constituyente deberán señalar el orden de precedencia que tendrían los candidatos en la cédula para cada distrito. Las listas conformadas por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales deberán estar encabezadas por una candidata mujer, ordenándose sucesivamente de forma alternada con las candidaturas de hombres. La infracción de lo señalado precedentemente acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas al órgano constituyente del partido o pacto de independientes que no haya cumplido con estos requisitos.

En la aplicación del sistema electoral a que se refiere el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N°2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley No ley 18.700, según lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución; se seguirán, además, las siguientes reglas:

a. En los distritos que reparten un número par de escaños, deberán resultar electos un cincuenta por ciento de mujeres y un cincuenta por ciento de hombres.

b. En los distritos que reparten un número impar de escaños, se aplicarán las siguientes reglas:

En los distritos de 3 escaños, se asignarán un máximo de 2 escaños a convencionales constituyentes del mismo sexo;

En los distritos de 5 escaños se asignarán un máximo de 3 escaños a convencionales constituyentes del mismo sexo, y

En los distritos de 7 escaños se asignarán un máximo de 4 escaños a convencionales constituyentes del mismo sexo.

Las listas que elijan más de un escaño deberán ser asignados de manera alternada a las candidaturas, mujer u hombre, más votadas dentro de la misma lista. En el caso de las listas de partidos políticos o de independientes que elijan sólo un escaño, éste deberá ser asignado a la candidatura más votada que corresponda al sexo que falte para asegurar la paridad. Este mecanismo se aplicará a las listas de partidos o independientes menos votados y así sucesivamente.

Para el caso de la elección de los 86 parlamentarios que regula el artículo 139 de la Constitución, el Congreso Pleno deberá propender al máximo equilibrio entre mujeres y hombres. Para la elección de los 86 convencionales constituyente electos a que se refiere el mismo artículo, se aplicarán las reglas anteriores en lo que corresponda.”.

Disposición transitoria trigésima: Adicionalmente a los escaños de convencionales constituyentes establecidos en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, la Convención Constitucional estará integrada por 18 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Del mismo modo la Convención Mixta Constitucional estará integrada adicionalmente por 21 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Para la elección de los Convencionales Constituyentes establecidos en este apartado habrá un distrito electoral, constituido por todo el Territorio Nacional.

Podrán ser candidatos las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Constitución y que se encuentren inscritos en una comunidad o asociación indígena o contar con una certificación de la calidad de indígena emitida por la Corporación de Desarrollo Indígena.

Las declaraciones de candidaturas serán individuales y deberán contar con el patrocinio de, al menos, una comunidad indígena registrada en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, lo que se acreditará mediante una declaración jurada notarial del presidente de la misma o quien lo siga en la directiva, en caso que el mismo sea el candidato o candidata. El proceso de inscripción será organizado por el Servicio Electoral de acuerdo a las normas comunes, en lo que sean aplicables, debiendo cada candidato o candidata inscribirse de forma individual. Cada organización indígena podrá patrocinar sólo una candidatura.

El padrón electoral para la elección de convencionales indígenas se conformará por un padrón indígena que elaborará el Servicio Electoral utilizando como base el registro de Comunidades Indígenas de la Corporación de Desarrollo Indígena vigente al 26 de abril del año 2020, e integrado por aquellos miembros que cumplan los requisitos del artículo 13, 16 y 17 de la Constitución. Para estos efectos, la Corporación de Desarrollo Indígena deberá colaborar y remitir al Servicio Electoral toda la información necesaria que le sea requerida. El Servicio Electoral dictará las instrucciones que estime necesarias para la correcta elaboración del padrón indígena, especialmente en lo referido a la publicidad del plazo para inscribirse en el padrón electoral indígena.

Las personas que se identifiquen con la pertenencia a un pueblo indígena reconocido y que no cuenten con la acreditación señalada, podrán solicitar a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena que resuelva de forma sumaria la emisión de un certificado especial, para el solo efecto de ser presentado ante el Servicio Electoral para acceder al padrón electoral indígena y a la cédula electoral especial. La emisión de este certificado estará sujeto al cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 2 del cuerpo legal citado en los incisos anteriores.

Para hacer efectivo el proceso de acreditación especial señalado precedentemente, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena generará las condiciones necesarias para facilitar este proceso y deberá actualizar todos sus registros de acreditación de calidad indígena, especialmente el registro de apellidos indígenas considerando su vinculación con los territorios y las comunidades indígenas, de conformidad al artículo 9 de la Ley N° 19.253.

El Servicio Electoral confeccionará una cédula electoral indígena para llenar los cargos establecidos en el presente apartado. La cédula se imprimirá con las palabras “Convencionales Constituyentes representantes de los pueblos indígenas”. A continuación se ubicará el nombre de cada pueblo indígena ubicados en el orden establecido previo sorteo realizado por el Servicio Electoral. Bajo la denominación de cada pueblo, se incorporará en la cédula los nombres de los candidatos pertenecientes a dicho pueblo indígena en orden alfabético.

Para el caso de la Convención Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las nueve primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

Para el caso de la Convención Mixta Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las doce primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

El Servicio Electoral junto a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena desarrollarán una campaña informativa sobre este proceso dirigido a las personas pertenecientes a los pueblos indígenas reconocidos, con la cual promoverán la participación de las personas pertenecientes a pueblos indígenas.

En lo no previsto por este apartado, y en lo pertinente, se aplicará lo dispuesto en el artículo 131 inciso tercero de esta Constitución.”

Disposición Transitoria Trigésimo Primera: Dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral. El pacto electoral regirá exclusivamente en el distrito electoral en el que los candidatos independientes declaren sus candidaturas. Los pactos electorales de candidaturas independientes podrán presentar, en cada distrito, hasta un máximo de candidaturas equivalente al número inmediatamente siguiente al número de convencionales constituyentes que corresponda elegir en el distrito que se trate.

La declaración e inscripción de esta lista estará sujeta a las mismas reglas que las candidaturas a diputado, en lo que les sea aplicable, la que además deberá contener un lema común que los identifique y un programa en el que se indicarán las principales ideas o propuestas relativas al ejercicio de su función constituyente. Adicionalmente, cada candidato o candidata que conforme la lista, considerado individualmente, requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,4 por ciento de los que hubieren sufragado en el distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones.

La lista se conformará con aquellos candidatos o candidatas que en definitiva cumplan con los requisitos señalados. En todo lo demás, a las listas de personas independientes les será aplicable las reglas generales como si se trataran de una lista compuesta por un solo partido, incluyendo además el Decreto con Fuerza de Ley N°3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.”.

- - -

Dado que todas las indicaciones tratan sobre materias comunes y textos similares, el Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Harboe, propuso aprobar cada una de ellas, subsumidas en la siguiente redacción:

“4) Incorpóranse las siguientes disposiciones transitorias, nuevas:

“Vigésima Novena. Del equilibrio en la representación de mujeres y hombres en el órgano constituyente.

Las declaraciones de candidaturas al órgano constituyente deberán señalar el orden de precedencia que tendrían los candidatos en la cédula para cada distrito.

Las listas conformadas por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales deberán estar encabezadas por una candidata mujer y se ordenarán sucesivamente de forma alternada con las candidaturas de hombres y mujeres de forma paritaria.

La infracción de los incisos anteriores acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas al órgano constituyente del partido o pacto de independientes que no hayan cumplido con estos requisitos.

En la aplicación del sistema electoral a que se refiere el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, según lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución; se seguirán, además, las siguientes reglas:

a) En los distritos que reparten un número par de escaños, deberán resultar electos un cincuenta por ciento de mujeres y un cincuenta por ciento de hombres.

b) En los distritos que reparten un número impar de escaños, se aplicarán las siguientes reglas:

b1) En los distritos de 3 escaños se asignarán un máximo de 2 escaños a los delegados constituyentes del mismo sexo;

b2) En los distritos de 5 escaños se asignarán un máximo de 3 escaños a delegados constituyentes del mismo sexo, y

b3) En los distritos de 7 escaños se asignarán un máximo de 4 escaños a delegados constituyentes del mismo sexo.

Las listas que elijan más de un escaño deberán ser asignados de manera alternada a las candidaturas, mujer u hombre, más votadas dentro de la misma lista. En el caso de las listas de partidos políticos o de independientes que elijan sólo un escaño, éste deberá ser asignado a la candidatura más votada que corresponda al sexo que falte para asegurar la paridad. Este mecanismo se aplicará a las listas de partidos o independientes menos votados y así sucesivamente.

Para el caso de la elección de los 86 parlamentarios que regula el artículo 139 de la Constitución, el Congreso Pleno deberá propender al máximo el equilibrio entre mujeres y hombres. Para la elección de los 86 convencionales constituyentes electos a que se refiere el mismo artículo, se aplicarán las reglas anteriores en lo que corresponda.

Trigésima. Para la elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional y la Convención Constitucional, establecidas en los artículos 132, 139, 140 y 141 de la Constitución, se aplicarán, además, las siguientes reglas especiales:

Primero.- De los independientes. Dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral. El pacto electoral regirá exclusivamente en el distrito electoral en el que los candidatos independientes declaren sus candidaturas. Los pactos electorales de candidaturas independientes podrán presentar, en cada distrito, hasta un máximo de candidaturas equivalente al número inmediatamente siguiente al número de convencionales constituyentes que corresponda elegir en el distrito que se trate.

La declaración e inscripción de esta lista estará sujeta a las mismas reglas que las candidaturas a diputado, en lo que les sea aplicable, la que además deberá contener un lema común que los identifique y un programa en el que se indicarán las principales ideas o propuestas relativas al ejercicio de su función constituyente. Adicionalmente, cada candidato o candidata que conforme la lista, considerado individualmente, requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,2 por ciento de los que hubieren sufragado en el distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones.

La lista se conformará con aquellos candidatos o candidatas que en definitiva cumplan con los requisitos señalados. En todo lo demás, a las listas de personas independientes les será aplicable las reglas generales como si se trataran de una lista compuesta por un solo partido, incluyendo además el decreto con fuerza de ley N° 3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.884, orgánica constitucional sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

Segundo.- De los escaños reservados para pueblos indígenas.

Adicionalmente a los escaños de convencionales constituyentes establecidos en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, la Convención Constitucional estará integrada por 18 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Del mismo modo, la Convención Mixta Constitucional estará integrada adicionalmente por 21 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Para la elección de los Convencionales Constituyentes establecidos en este apartado habrá un distrito electoral, constituido por todo el territorio nacional.

Podrán ser candidatos las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Constitución y que se encuentren inscritos en una comunidad o asociación indígena o contar con una certificación de la calidad de indígena emitida por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

Las declaraciones de candidaturas serán individuales y deberán contar con el patrocinio de, al menos, una comunidad indígena registrada en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, lo que se acreditará mediante una declaración jurada notarial del presidente de la misma o quien lo siga en la directiva, en caso de que el mismo sea el candidato o candidata. El proceso de inscripción será organizado por el Servicio Electoral de acuerdo a las normas comunes, en lo que sean aplicables, debiendo cada candidato o candidata inscribirse de forma individual. Cada organización indígena podrá patrocinar sólo una candidatura.

El padrón electoral para la elección de convencionales indígenas se conformará por un padrón indígena que elaborará el Servicio Electoral utilizando como base el Registro de Comunidades Indígenas de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, vigente al 26 de abril del año 2020 e integrado por aquellos miembros que cumplan los requisitos de los artículos 13, 16 y 17 de la Constitución. Para estos efectos, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena deberá colaborar y remitir al Servicio Electoral toda la información necesaria que le sea requerida. El Servicio Electoral dictará las instrucciones que estime necesarias para la correcta elaboración del padrón indígena, especialmente en lo referido a la publicidad del plazo para inscribirse en el padrón electoral indígena.

Las personas que se identifiquen con la pertenencia a un pueblo indígena reconocido y que no cuenten con la acreditación señalada, podrán solicitar a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena que resuelva de forma sumaria la emisión de un certificado especial, para el solo efecto de ser presentado ante el Servicio Electoral para acceder al padrón electoral indígena y a la cédula electoral especial. La emisión de este certificado estará sujeto al cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 2 del cuerpo legal citado en los incisos anteriores.

Para hacer efectivo el proceso de acreditación especial señalado precedentemente, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena generará las condiciones necesarias para facilitar este proceso y deberá actualizar todos sus registros de acreditación de calidad indígena, especialmente el registro de apellidos indígenas considerando su vinculación con los territorios y las comunidades indígenas, de conformidad al artículo 9 de la ley N° 19.253.

El Servicio Electoral confeccionará una cédula electoral indígena para llenar los cargos establecidos en el presente apartado. La cédula se imprimirá con las palabras "Convencionales Constituyentes representantes de los pueblos indígenas". A continuación, se indicará el nombre de cada pueblo indígena ubicado en el orden establecido, previo sorteo realizado por el Servicio Electoral. Bajo la denominación de cada pueblo, se incorporará en la cédula los nombres de los candidatos pertenecientes a dicho pueblo indígena en orden alfabético.

Para el caso de la Convención Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las nueve primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

Para el caso de la Convención Mixta Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las doce primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

El Servicio Electoral, junto a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, desarrollarán una campaña informativa sobre este proceso dirigido a las personas que integran los pueblos indígenas reconocidos, con la cual promoverán la participación de las personas pertenecientes a dichos pueblos.

En lo no previsto por este apartado y, en lo pertinente, se aplicará lo dispuesto en el artículo 131 inciso tercero de esta Constitución.”.

Sometida a votación esta redacción, fue aprobada por mayoría de votos. Se pronunciaron a favor los Honorables Senadores señora Rincón y señores De Urresti y Harboe. Votaron en contra los Honorables Senadores señores Allamand y Pérez.

De conformidad con lo anterior, dejamos constancia de que el nuevo número 4), que se agrega al artículo único de esta reforma constitucional, se funda en las indicaciones patrocinadas por las Honorables Senadoras señoras Isabel Allende Bussi, Carolina Goic Boroevic, Adriana Muñoz D’Albora, Ximena Órdenes Neira, Yasna Provoste Campillay y Ximena Rincón González y los Honorables Senadores señores Pedro Araya Guerrero, Carlos Bianchi Chelech, Alfonso De Urresti Longton, Guido Girardi Lavín, Alejandro Guillier Álvarez, Felipe Harboe Bascuñán, Juan Ignacio Latorre Riveros, Juan Pablo Letelier Morel, Ricardo Lagos Weber, Carlos Montes Cisternas, Alejandro Navarro Brain y Jaime Quintana Leal.

- - -

MODIFICACIONES

En conformidad a los acuerdos adoptados, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento tiene el honor de proponer aprobar el proyecto de reforma constitucional despachado por la Honorable Cámara de Diputados, con la siguiente modificación:

Artículo único

- Agregar el siguiente número 4), nuevo:

“4) Incorpóranse las siguientes disposiciones transitorias, nuevas:

“Vigésima Novena. Del equilibrio en la representación de mujeres y hombres en el órgano constituyente.

Las declaraciones de candidaturas al órgano constituyente deberán señalar el orden de precedencia que tendrían los candidatos en la cédula para cada distrito.

Las listas conformadas por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales deberán estar encabezadas por una candidata mujer y se ordenarán sucesivamente de forma alternada con las candidaturas de hombres y mujeres de forma paritaria.

La infracción de los incisos anteriores acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas al órgano constituyente del partido o pacto de independientes que no hayan cumplido con estos requisitos.

En la aplicación del sistema electoral a que se refiere el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, según lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución; se seguirán, además, las siguientes reglas:

a) En los distritos que reparten un número par de escaños, deberán resultar electos un cincuenta por ciento de mujeres y un cincuenta por ciento de hombres.

b) En los distritos que reparten un número impar de escaños, se aplicarán las siguientes reglas:

b1) En los distritos de 3 escaños se asignarán un máximo de 2 escaños a los delegados constituyentes del mismo sexo;

b2) En los distritos de 5 escaños se asignarán un máximo de 3 escaños a delegados constituyentes del mismo sexo, y

b3) En los distritos de 7 escaños se asignarán un máximo de 4 escaños a delegados constituyentes del mismo sexo.

Las listas que elijan más de un escaño deberán ser asignados de manera alternada a las candidaturas, mujer u hombre, más votadas dentro de la misma lista. En el caso de las listas de partidos políticos o de independientes que elijan sólo un escaño, éste deberá ser asignado a la candidatura más votada que corresponda al sexo que falte para asegurar la paridad. Este mecanismo se aplicará a las listas de partidos o independientes menos votados y así sucesivamente.

Para el caso de la elección de los 86 parlamentarios que regula el artículo 139 de la Constitución, el Congreso Pleno deberá propender al máximo el equilibrio entre mujeres y hombres. Para la elección de los 86 convencionales constituyentes electos a que se refiere el mismo artículo, se aplicarán las reglas anteriores en lo que corresponda.

Trigésima. Para la elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional y la Convención Constitucional, establecidas en los artículos 132, 139, 140 y 141 de la Constitución, se aplicarán, además, las siguientes reglas especiales:

Primero.- De los independientes. Dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral. El pacto electoral regirá exclusivamente en el distrito electoral en el que los candidatos independientes declaren sus candidaturas. Los pactos electorales de candidaturas independientes podrán presentar, en cada distrito, hasta un máximo de candidaturas equivalente al número inmediatamente siguiente al número de convencionales constituyentes que corresponda elegir en el distrito que se trate.

La declaración e inscripción de esta lista estará sujeta a las mismas reglas que las candidaturas a diputado, en lo que les sea aplicable, la que además deberá contener un lema común que los identifique y un programa en el que se indicarán las principales ideas o propuestas relativas al ejercicio de su función constituyente. Adicionalmente, cada candidato o candidata que conforme la lista, considerado individualmente, requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,2 por ciento de los que hubieren sufragado en el distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones.

La lista se conformará con aquellos candidatos o candidatas que en definitiva cumplan con los requisitos señalados. En todo lo demás, a las listas de personas independientes les será aplicable las reglas generales como si se trataran de una lista compuesta por un solo partido, incluyendo además el decreto con fuerza de ley N° 3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.884, orgánica constitucional sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

Segundo.- De los escaños reservados para pueblos indígenas.

Adicionalmente a los escaños de convencionales constituyentes establecidos en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, la Convención Constitucional estará integrada por 18 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Del mismo modo, la Convención Mixta Constitucional estará integrada adicionalmente por 21 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Para la elección de los Convencionales Constituyentes establecidos en este apartado habrá un distrito electoral, constituido por todo el territorio nacional.

Podrán ser candidatos las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Constitución y que se encuentren inscritos en una comunidad o asociación indígena o contar con una certificación de la calidad de indígena emitida por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

Las declaraciones de candidaturas serán individuales y deberán contar con el patrocinio de, al menos, una comunidad indígena registrada en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, lo que se acreditará mediante una declaración jurada notarial del presidente de la misma o quien lo siga en la directiva, en caso de que el mismo sea el candidato o candidata. El proceso de inscripción será organizado por el Servicio Electoral de acuerdo a las normas comunes, en lo que sean aplicables, debiendo cada candidato o candidata inscribirse de forma individual. Cada organización indígena podrá patrocinar sólo una candidatura.

El padrón electoral para la elección de convencionales indígenas se conformará por un padrón indígena que elaborará el Servicio Electoral utilizando como base el Registro de Comunidades Indígenas de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, vigente al 26 de abril del año 2020 e integrado por aquellos miembros que cumplan los requisitos de los artículos 13, 16 y 17 de la Constitución. Para estos efectos, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena deberá colaborar y remitir al Servicio Electoral toda la información necesaria que le sea requerida. El Servicio Electoral dictará las instrucciones que estime necesarias para la correcta elaboración del padrón indígena, especialmente en lo referido a la publicidad del plazo para inscribirse en el padrón electoral indígena.

Las personas que se identifiquen con la pertenencia a un pueblo indígena reconocido y que no cuenten con la acreditación señalada, podrán solicitar a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena que resuelva de forma sumaria la emisión de un certificado especial, para el solo efecto de ser presentado ante el Servicio Electoral para acceder al padrón electoral indígena y a la cédula electoral especial. La emisión de este certificado estará sujeto al cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 2 del cuerpo legal citado en los incisos anteriores.

Para hacer efectivo el proceso de acreditación especial señalado precedentemente, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena generará las condiciones necesarias para facilitar este proceso y deberá actualizar todos sus registros de acreditación de calidad indígena, especialmente el registro de apellidos indígenas considerando su vinculación con los territorios y las comunidades indígenas, de conformidad al artículo 9 de la ley N° 19.253.

El Servicio Electoral confeccionará una cédula electoral indígena para llenar los cargos establecidos en el presente apartado. La cédula se imprimirá con las palabras "Convencionales Constituyentes representantes de los pueblos indígenas". A continuación, se indicará el nombre de cada pueblo indígena ubicado en el orden establecido, previo sorteo realizado por el Servicio Electoral. Bajo la denominación de cada pueblo, se incorporará en la cédula los nombres de los candidatos pertenecientes a dicho pueblo indígena en orden alfabético.

Para el caso de la Convención Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las nueve primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

Para el caso de la Convención Mixta Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las doce primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

El Servicio Electoral, junto a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, desarrollarán una campaña informativa sobre este proceso dirigido a las personas que integran los pueblos indígenas reconocidos, con la cual promoverán la participación de las personas pertenecientes a dichos pueblos.

En lo no previsto por este apartado y, en lo pertinente, se aplicará lo dispuesto en el artículo 131 inciso tercero de esta Constitución.”.

(Mayoría de votos 3 x 2. Se pronunciaron a favor los Honorables Senadores señora Rincón y señores De Urresti y Harboe. Votaron en contra los Honorables Senadores señores Allamand y Pérez. Indicaciones números 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10).

- - -

TEXTO DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN

En mérito de los acuerdos precedentemente expuestos, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento tiene el honor proponer la aprobación, en general y en particular, del siguiente proyecto:

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia:

1) Reemplázase el título del Capítulo XV por el siguiente:

“REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA”.

2) Incorpórase, antes del artículo 127, el siguiente epígrafe, nuevo:

“Reforma de la Constitución”.

3) Incorpóranse, a continuación del artículo 129, el siguiente epígrafe, nuevo, y los artículos 130 a 143, que lo integran:

“Del procedimiento para elaborar una Nueva Constitución Política de la República

Artículo 130. Del Plebiscito Nacional.

Tres días después de la entrada en vigencia de este artículo, el Presidente de la República convocará mediante un decreto supremo exento a un plebiscito nacional para el día 26 de abril de 2020.

En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de dos cédulas electorales. La primera contendrá la siguiente pregunta: “¿Quiere usted una Nueva Constitución?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera línea tendrá en su parte inferior la expresión “Apruebo” y la segunda, la expresión “Rechazo”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

La segunda cédula contendrá la pregunta: “¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas tendrá en su parte inferior la expresión “Convención Mixta Constitucional” y la segunda, la expresión “Convención Constitucional”. Bajo la expresión “Convención Mixta Constitucional” se incorporará la oración: “Integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio”. Bajo la expresión “Convención Constitucional” se incorporará la oración: “Integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

A efecto de este plebiscito, se aplicarán las disposiciones pertinentes contenidas en los siguientes cuerpos legales, en su texto vigente al 1 de enero de 2020:

a) Decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700 orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en los siguientes pasajes: Párrafo V, Párrafo VI, con excepción del inciso sexto del artículo 32 e incisos segundo a cuarto del artículo 33, Párrafo VII, VIII, IX, X y XI del Título I; Título II al X inclusive; Título XII y XIII;

b) Decreto con fuerza de ley N° 5, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.556, orgánica constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral;

c) Decreto con fuerza de ley N° 4, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.603, orgánica constitucional de Partidos Políticos, en los siguientes pasajes: Título I, V, VI, IX y X.

Los canales de televisión de libre recepción deberán destinar gratuitamente treinta minutos diarios de sus transmisiones a propaganda electoral sobre este plebiscito, debiendo dar expresión a las dos opciones contempladas en cada cédula, conforme a un acuerdo que adoptará el Consejo Nacional de Televisión y que será publicado en el Diario Oficial, dentro del plazo de treinta días contado desde la publicación de la convocatoria al plebiscito nacional, respetando una estricta igualdad de promoción de las opciones plebiscitadas. De este acuerdo podrá reclamarse ante el Tribunal Calificador de Elecciones dentro del plazo de tres días contado desde la publicación del mismo. El Tribunal Calificador de Elecciones resolverá la reclamación sumariamente dentro del plazo de cinco días contado desde la fecha de su respectiva interposición.

El Tribunal Calificador de Elecciones conocerá del escrutinio general y proclamará aprobadas las cuestiones que hayan obtenido más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos. Para estos efectos, los votos nulos y blancos se considerarán como no emitidos. El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Si la ciudadanía hubiere aprobado elaborar una Nueva Constitución, el Presidente de la República deberá convocar, mediante decreto supremo exento, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación a que alude el inciso anterior, a elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, según corresponda. Esta elección se llevará a cabo el mismo día que se verifiquen las elecciones de alcaldes, concejales y gobernadores regionales correspondientes al año 2020.

Artículo 131. De la Convención.

Para todos los efectos de este epígrafe, se entenderá que la voz “Convención” sin más, hace referencia a la Convención Mixta Constitucional y a la Convención Constitucional, sin distinción alguna.

A los integrantes de la Convención se les llamará Convencionales Constituyentes.

Además de lo establecido en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, a la elección de Convencionales Constituyentes a la que hace referencia el inciso final del artículo 130, serán aplicables las disposiciones pertinentes a la elección de diputados, contenidas en los siguientes cuerpos legales, en su texto vigente al 25 de junio del año 2020:

a) Decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700 orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios;

b) Decreto con fuerza de ley N° 5, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.556, orgánica constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral;

c) Decreto con fuerza de ley N° 4, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.603, orgánica constitucional de Partidos Políticos;

d) Decreto con fuerza de ley N° 3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

El proceso de calificación de la elección de Convencionales Constituyentes deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de ésta. La sentencia de proclamación será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Artículo 132. De los requisitos e incompatibilidades de los candidatos.

Podrán ser candidatos a la Convención aquellos ciudadanos que reúnan las condiciones contempladas en el artículo 13 de la Constitución.

No será aplicable a los candidatos a esta elección ningún otro requisito, inhabilidad o prohibición, salvo las establecidas en este epígrafe y con excepción de las normas sobre afiliación e independencia de las candidaturas establecidas en el artículo 5 incisos cuarto y sexto del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700.

Los Ministros de Estado, los intendentes, los gobernadores, los alcaldes, los consejeros regionales, los concejales, los subsecretarios, los secretarios regionales ministeriales, los jefes de servicio, los miembros del Consejo del Banco Central, los miembros del Consejo del Servicio Electoral, los miembros y funcionarios de los diferentes escalafones del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, así como, los del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, del Tribunal de Contratación Pública, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales; los consejeros del Consejo para la Transparencia, y los miembros activos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, que declaren sus candidaturas a miembros de la Convención, cesarán en sus cargos por el solo ministerio de la Constitución, desde el momento en que sus candidaturas sean inscritas en el Registro Especial a que hace referencia el inciso primero del artículo 21 del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700. Lo dispuesto precedentemente le será aplicable a los senadores y diputados solo respecto de la Convención Constitucional.

Las personas que desempeñen un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal deberán suspender dichas funciones desde el momento que sus candidaturas sean inscritas en el registro especial mencionado en el inciso anterior.

Artículo 133. Del funcionamiento de la Convención.

Dentro de los tres días siguientes a la recepción de la comunicación a que hace referencia el inciso final del artículo 131, el Presidente de la República convocará, mediante decreto supremo exento, a la primera sesión de instalación de la Convención, señalando además, lugar de la convocatoria. En caso de no señalarlo, se instalará en la sede del Congreso Nacional. Dicha instalación deberá realizarse dentro de los quince días posteriores desde la fecha de publicación del decreto.

En su primera sesión, la Convención deberá elegir a un Presidente y a un Vicepresidente por mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio.

La Convención no podrá alterar los quórum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos.

La Convención deberá constituir una secretaría técnica la que será conformada por personas de comprobada idoneidad académica o profesional.

Corresponderá al Presidente de la República, o a los órganos que éste determine, prestar el apoyo técnico, administrativo y financiero que sea necesario para la instalación y funcionamiento de la Convención.

Artículo 134. Del estatuto de los convencionales.

A los integrantes de la Convención les serán aplicables lo establecido en los artículos 51, con excepción de los incisos primero y segundo, 58, 59, 60 y 61 de la Constitución.

A contar de la proclamación del Tribunal Calificador de Elecciones, los funcionarios públicos con excepción de los mencionados en el inciso tercero del artículo 132, así como los trabajadores de las empresas del Estado, podrán hacer uso de un permiso sin goce de remuneraciones mientras sirvan a la Convención, en cuyo caso no les serán aplicables lo señalado en el inciso primero del artículo 58 de la Constitución.

Los Convencionales Constituyentes estarán afectos a las normas de la ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de interés, aplicables a los diputados, y a la ley Nº 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

Serán compatibles los cargos de parlamentario e integrantes de la Convención Mixta Constitucional. Los diputados y senadores que integren esta convención quedarán eximidos de su obligación de asistir a las sesiones de sala y comisión del Congreso durante el período en que ésta se mantenga en funcionamiento. El Congreso Nacional podrá incorporar medidas de organización para un adecuado trabajo legislativo, mientras la Convención Mixta se encuentre en funcionamiento.

Los integrantes de la Convención, con excepción de los parlamentarios que la integren, recibirán una retribución mensual de 50 unidades tributarias mensuales, además de las asignaciones que se establezcan en el Reglamento de la Convención. Dichas asignaciones serán administradas por un comité externo que determine el mismo Reglamento.

Artículo 135. Disposiciones especiales.

La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes.

Mientras no entre en vigencia la Nueva Constitución en la forma establecida en este epígrafe, esta Constitución seguirá plenamente vigente, sin que pueda la Convención negarle autoridad o modificarla.

En conformidad al artículo 5° inciso primero de la Constitución, mientras la Convención esté en funciones la soberanía reside esencialmente en la Nación y es ejercida por el pueblo a través de los plebiscitos y elecciones periódicas que la Constitución y las leyes determinan y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Le quedará prohibido a la Convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el ejercicio de la soberanía, asumiendo otras atribuciones que las que expresamente le reconoce esta Constitución.

El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Artículo 136. De la reclamación.

Se podrá reclamar de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención, contenidas en este epígrafe y de aquellas de procedimiento que emanen de los acuerdos de carácter general de la propia Convención. En ningún caso, se podrá reclamar sobre el contenido de los textos en elaboración.

Conocerán de esta reclamación cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo por la misma Corte para cada cuestión planteada.

La reclamación deberá ser suscrita por al menos un cuarto de los miembros en ejercicio de la Convención y se interpondrá ante la Corte Suprema, dentro del plazo de cinco días desde que se tomó conocimiento del vicio alegado.

La reclamación deberá indicar el vicio que se reclama, el que deberá ser esencial, y el perjuicio que causa.

El procedimiento para el conocimiento y resolución de las reclamaciones será establecido en un Auto Acordado que adoptará la Corte Suprema, el que no podrá ser objeto del control establecido en artículo 93 número 2 de la Constitución.

La sentencia que acoja la reclamación solo podrá anular el acto. En todo caso, deberá resolverse dentro de los diez días siguientes desde que se entró al conocimiento del asunto. Contra las resoluciones de que trata este artículo no se admitirá acción ni recurso alguno.

Ninguna autoridad, ni tribunal, podrán conocer acciones, reclamos o recursos vinculados con las tareas que la Constitución le asigna a la Convención, fuera de lo establecido en este artículo.

No podrá interponerse la reclamación a la que se refiere este artículo respecto del inciso final del artículo 135 de la Constitución.

Artículo 137. Prórroga del plazo de funcionamiento de la Convención.

La convención deberá redactar y aprobar una propuesta de texto de Nueva Constitución en el plazo máximo de nueve meses, contado desde su instalación, el que podrá prorrogarse, por una sola vez, por tres meses.

La mencionada prórroga podrá ser solicitada por quien ejerza la Presidencia de la Convención o por un tercio de sus miembros, con una anticipación no superior a quince días ni posterior a los cinco días previos al vencimiento del plazo de nueve meses. Presentada la solicitud, se citará inmediatamente a sesión especial, en la cual la Presidencia deberá dar cuenta pública de los avances en la elaboración de la propuesta de texto de Nueva Constitución, con lo cual se entenderá prorrogado el plazo sin más trámite. De todas estas circunstancias deberá quedar constancia en el acta respectiva. El plazo de prórroga comenzará a correr el día siguiente a aquel en que venza el plazo original.

Una vez redactada y aprobada la propuesta de texto de Nueva Constitución por la Convención, o vencido el plazo o su prórroga, la Convención se disolverá de pleno derecho.

Artículo 138. De las normas transitorias.

La Convención podrá establecer disposiciones especiales de entrada en vigencia de alguna de las normas o capítulos de la Nueva Constitución.

La Nueva Constitución no podrá poner término anticipado al período de las autoridades electas en votación popular, salvo que aquellas instituciones que integran sean suprimidas u objeto de una modificación sustancial.

La Nueva Constitución deberá establecer el modo en que las otras autoridades que esta Constitución establece cesarán o continuarán en sus funciones.

Artículo 139. De la integración de la Convención Mixta Constitucional.

La Convención Mixta Constitucional estará integrada por 172 miembros, de los cuales 86 corresponderán a ciudadanos electos especialmente para estos efectos y 86 parlamentarios que serán elegidos por el Congreso Pleno, conformado por todos los senadores y diputados en ejercicio, los que podrán presentar listas o pactos electorales, y se elegirán de acuerdo al sistema establecido en el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700 orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en lo que refiere a la elección de diputados.

Artículo 140.- Del sistema electoral de la Convención Mixta Constitucional.

En el caso de los Convencionales Constituyentes no parlamentarios, estos serán elegidos de acuerdo a las reglas consagradas en el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700 orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en su texto vigente al 25 de junio del 2020 y serán aplicables los artículos 187 y 188 del mismo cuerpo legal, con las siguientes modificaciones:

Distrito 1° que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 2º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 3° que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 4º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 5º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 6º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 7º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 8º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 9º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 10º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 11º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 12º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 13º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 14º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 15º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 16º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 17º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 18º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 19º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 20º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 21° que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 22º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 23° que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 24º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 25º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 26º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 27º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes; y

Distrito 28º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes.

Artículo 141. De la integración de la Convención Constitucional.

La Convención Constitucional estará integrada por 155 ciudadanos electos especialmente para estos efectos. Para ello, se considerarán los distritos electorales establecidos en los artículos 187 y 188, y el sistema electoral descrito en el artículo 121, todos del decreto con fuerza de ley N° 2, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, en lo que se refiere a la elección de diputados, a su texto vigente al 25 de junio del 2020.

Los integrantes de la Convención Constitucional no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención.

Artículo 142. Del Plebiscito Constitucional.

Comunicada al Presidente de la República la propuesta de texto constitucional aprobada por la Convención, éste deberá convocar dentro de los tres días siguientes a dicha comunicación, mediante decreto supremo exento, a un plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta.

El sufragio en este plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile.

El ciudadano que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.

No incurrirá en esta sanción el ciudadano que haya dejado de cumplir su obligación por enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquél en que se encontrare registrado su domicilio electoral o por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba, de acuerdo a las reglas de la sana crítica.

Las personas que durante la realización del plebiscito nacional constitucional desempeñen funciones que encomienda el decreto con fuerza de ley N° 2, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, se eximirán de la sanción establecida en el presente artículo remitiendo al juez competente un certificado que acredite esta circunstancia.

El conocimiento de la infracción señalada corresponderá al Juez de Policía Local de la comuna donde se cometieron tales infracciones, de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley N° 18.287.

En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de una cédula electoral que contendrá la siguiente pregunta, según corresponda a la Convención que haya propuesto el texto: “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Mixta Constitucional?” o “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas, tendrá en su parte inferior la expresión “Apruebo” y la segunda, la palabra “Rechazo”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

Este plebiscito deberá celebrarse sesenta días después de la publicación en el Diario Oficial del decreto supremo a que hace referencia el inciso primero, si ese día fuese domingo, o el domingo inmediatamente siguiente. Con todo, si en conformidad a las reglas anteriores la fecha del plebiscito se encuentra en el lapso entre sesenta días antes o después de una votación popular de aquellas a que hacen referencia los artículos 26, 47 y 49 de la Constitución, el día del plebiscito se retrasará hasta el domingo posterior inmediatamente siguiente. Si, de la aplicación de la regla precedente el plebiscito recayere en el mes de enero o febrero, el plebiscito se celebrará el primer domingo del mes de marzo.

El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito nacional constitucional fuere aprobada, el Presidente de la República deberá, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la sentencia referida en el inciso anterior, convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política de la República. Dicho texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en dicha fecha. A partir de esta fecha, quedará derogada la presente Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el decreto supremo N° 100, de 17 de septiembre de 2005.

La Constitución deberá imprimirse y repartirse gratuitamente para todos los establecimientos educacionales, públicos o privados, bibliotecas municipales, universidades y órganos del Estado. Los jueces y magistrados de los tribunales superiores de justicia deberán recibir un ejemplar de la Constitución.

Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito ratificatorio fuere rechazada, continuará vigente la presente Constitución.

Artículo 143. Remisión.

Al plebiscito constitucional le será aplicable lo dispuesto en los incisos cuarto a sexto del artículo 130.

4) Incorpóranse las siguientes disposiciones transitorias, nuevas:

“Vigésima Novena. Del equilibrio en la representación de mujeres y hombres en el órgano constituyente.

Las declaraciones de candidaturas al órgano constituyente deberán señalar el orden de precedencia que tendrían los candidatos en la cédula para cada distrito.

Las listas conformadas por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales deberán estar encabezadas por una candidata mujer y se ordenarán sucesivamente de forma alternada con las candidaturas de hombres y mujeres de forma paritaria.

La infracción de los incisos anteriores acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas al órgano constituyente del partido o pacto de independientes que no hayan cumplido con estos requisitos.

En la aplicación del sistema electoral a que se refiere el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, según lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución; se seguirán, además, las siguientes reglas:

a) En los distritos que reparten un número par de escaños, deberán resultar electos un cincuenta por ciento de mujeres y un cincuenta por ciento de hombres.

b) En los distritos que reparten un número impar de escaños, se aplicarán las siguientes reglas:

b1) En los distritos de 3 escaños se asignarán un máximo de 2 escaños a los delegados constituyentes del mismo sexo;

b2) En los distritos de 5 escaños se asignarán un máximo de 3 escaños a delegados constituyentes del mismo sexo, y

b3) En los distritos de 7 escaños se asignarán un máximo de 4 escaños a delegados constituyentes del mismo sexo.

Las listas que elijan más de un escaño deberán ser asignados de manera alternada a las candidaturas, mujer u hombre, más votadas dentro de la misma lista. En el caso de las listas de partidos políticos o de independientes que elijan sólo un escaño, éste deberá ser asignado a la candidatura más votada que corresponda al sexo que falte para asegurar la paridad. Este mecanismo se aplicará a las listas de partidos o independientes menos votados y así sucesivamente.

Para el caso de la elección de los 86 parlamentarios que regula el artículo 139 de la Constitución, el Congreso Pleno deberá propender al máximo el equilibrio entre mujeres y hombres. Para la elección de los 86 convencionales constituyentes electos a que se refiere el mismo artículo, se aplicarán las reglas anteriores en lo que corresponda.

Trigésima. Para la elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional y la Convención Constitucional, establecidas en los artículos 132, 139, 140 y 141 de la Constitución, se aplicarán, además, las siguientes reglas especiales:

Primero.- De los independientes. Dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral. El pacto electoral regirá exclusivamente en el distrito electoral en el que los candidatos independientes declaren sus candidaturas. Los pactos electorales de candidaturas independientes podrán presentar, en cada distrito, hasta un máximo de candidaturas equivalente al número inmediatamente siguiente al número de convencionales constituyentes que corresponda elegir en el distrito que se trate.

La declaración e inscripción de esta lista estará sujeta a las mismas reglas que las candidaturas a diputado, en lo que les sea aplicable, la que además deberá contener un lema común que los identifique y un programa en el que se indicarán las principales ideas o propuestas relativas al ejercicio de su función constituyente. Adicionalmente, cada candidato o candidata que conforme la lista, considerado individualmente, requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,2 por ciento de los que hubieren sufragado en el distrito electoral en la anterior elección periódica de diputados, de acuerdo con el escrutinio general realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones.

La lista se conformará con aquellos candidatos o candidatas que en definitiva cumplan con los requisitos señalados. En todo lo demás, a las listas de personas independientes les será aplicable las reglas generales como si se trataran de una lista compuesta por un solo partido, incluyendo además el decreto con fuerza de ley N° 3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.884, orgánica constitucional sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

Segundo.- De los escaños reservados para pueblos indígenas.

Adicionalmente a los escaños de convencionales constituyentes establecidos en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, la Convención Constitucional estará integrada por 18 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Del mismo modo, la Convención Mixta Constitucional estará integrada adicionalmente por 21 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aymara, Quechua, Atacameño o Likan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Kawésqar, Yagán y Mapuche.

Para la elección de los Convencionales Constituyentes establecidos en este apartado habrá un distrito electoral, constituido por todo el territorio nacional.

Podrán ser candidatos las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Constitución y que se encuentren inscritos en una comunidad o asociación indígena o contar con una certificación de la calidad de indígena emitida por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

Las declaraciones de candidaturas serán individuales y deberán contar con el patrocinio de, al menos, una comunidad indígena registrada en la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, lo que se acreditará mediante una declaración jurada notarial del presidente de la misma o quien lo siga en la directiva, en caso de que el mismo sea el candidato o candidata. El proceso de inscripción será organizado por el Servicio Electoral de acuerdo a las normas comunes, en lo que sean aplicables, debiendo cada candidato o candidata inscribirse de forma individual. Cada organización indígena podrá patrocinar sólo una candidatura.

El padrón electoral para la elección de convencionales indígenas se conformará por un padrón indígena que elaborará el Servicio Electoral utilizando como base el Registro de Comunidades Indígenas de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, vigente al 26 de abril del año 2020 e integrado por aquellos miembros que cumplan los requisitos de los artículos 13, 16 y 17 de la Constitución. Para estos efectos, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena deberá colaborar y remitir al Servicio Electoral toda la información necesaria que le sea requerida. El Servicio Electoral dictará las instrucciones que estime necesarias para la correcta elaboración del padrón indígena, especialmente en lo referido a la publicidad del plazo para inscribirse en el padrón electoral indígena.

Las personas que se identifiquen con la pertenencia a un pueblo indígena reconocido y que no cuenten con la acreditación señalada, podrán solicitar a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena que resuelva de forma sumaria la emisión de un certificado especial, para el solo efecto de ser presentado ante el Servicio Electoral para acceder al padrón electoral indígena y a la cédula electoral especial. La emisión de este certificado estará sujeto al cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 2 del cuerpo legal citado en los incisos anteriores.

Para hacer efectivo el proceso de acreditación especial señalado precedentemente, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena generará las condiciones necesarias para facilitar este proceso y deberá actualizar todos sus registros de acreditación de calidad indígena, especialmente el registro de apellidos indígenas considerando su vinculación con los territorios y las comunidades indígenas, de conformidad al artículo 9 de la ley N° 19.253.

El Servicio Electoral confeccionará una cédula electoral indígena para llenar los cargos establecidos en el presente apartado. La cédula se imprimirá con las palabras "Convencionales Constituyentes representantes de los pueblos indígenas". A continuación, se indicará el nombre de cada pueblo indígena ubicado en el orden establecido, previo sorteo realizado por el Servicio Electoral. Bajo la denominación de cada pueblo, se incorporará en la cédula los nombres de los candidatos pertenecientes a dicho pueblo indígena en orden alfabético.

Para el caso de la Convención Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las nueve primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

Para el caso de la Convención Mixta Constituyente, serán proclamados electos las dos primeras mayorías del pueblo Aymara, la primera mayoría del pueblo Atacameño o Likan Antay, la primera mayoría del pueblo Colla, la primera mayoría del pueblo Diaguita, las doce primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechua, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui, la primera mayoría del pueblo Kawésqar y la primera mayoría del pueblo Yagán.

El Servicio Electoral, junto a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, desarrollarán una campaña informativa sobre este proceso dirigido a las personas que integran los pueblos indígenas reconocidos, con la cual promoverán la participación de las personas pertenecientes a dichos pueblos.

En lo no previsto por este apartado y, en lo pertinente, se aplicará lo dispuesto en el artículo 131 inciso tercero de esta Constitución.”.”.

- - -

Acordado en sesión celebrada el día de hoy, con asistencia de los Honorables Senadores señores Felipe Harboe Bascuñán (Presidente), señora Ximena Rincón González (Francisco Huenchumilla Jaramillo) y señores Andrés Allamand Zavala, Alfonso De Urresti Longton y Víctor Pérez Varela.

Sala de la Comisión, a 18 de diciembre de 2019.

RODRIGO PINEDA GARFIAS

Secretario de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 19 de diciembre, 2019. Diario de Sesión en Sesión 88. Legislatura 367. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

MODIFICACIÓN DE CAPÍTULO XV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA

El señor QUINTANA (Presidente).-

Proyecto de reforma constitucional, en segundo trámite, que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República, con certificado de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y urgencia calificada de "discusión inmediata".

--Los antecedentes sobre el proyecto (7.769-07, 7.792-07,10.014-07, 10.193-07, 11.173-07, 12.630-07 y 13.024-07, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de reforma constitucional:

En segundo trámite: sesión 87ª, en 18 de diciembre de 2019 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (certificado): sesión 88ª, en 19 de diciembre de 2019.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).-

El objetivo de la iniciativa es establecer en el texto de la Carta Fundamental un procedimiento específico para convocar a un plebiscito y regular la forma en que se elaboraría una nueva Constitución Política.

La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento deja constancia de que, por tratarse de un proyecto de reforma constitucional con urgencia calificada de "discusión inmediata", y conforme a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, dicha instancia discutió la iniciativa en general y en particular.

Igualmente, consigna que, por acuerdo de Comités de martes 17 de diciembre del año en curso, se autorizó que esta iniciativa fuera informada a través de un certificado o, si fuere necesario, mediante informe verbal.

Asimismo, la Comisión deja constancia de lo siguiente:

-Aprobó en general el proyecto de reforma constitucional por la unanimidad de sus integrantes, Senadores señora Rincón y señores Allamand, De Urresti, Harboe y Pérez Varela.

-Al iniciarse el estudio en particular de la iniciativa, se constató que respecto de los tres numerales que conforman el artículo único no se presentaron indicaciones y, en consecuencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento del Senado, el Presidente de la Comisión los declaró aprobados en particular. Esta declaración fue respaldada por la unanimidad de los miembros de la Comisión.

-Posteriormente, la Comisión consideró diversas proposiciones de enmienda, para agregar al texto ya aprobado un nuevo número 4. Estas propuestas, en lo medular, establecen disposiciones para asegurar el equilibrio en la representación entre hombres y mujeres en la Convención, la participación de los independientes y escaños reservados para los pueblos indígenas.

-Conforme a lo anterior, la Comisión deja constancia de que el referido nuevo número 4) que se agrega al proyecto se funda en las indicaciones patrocinadas por las Senadoras señoras Isabel Allende Bussi, Carolina Goic Boroevic, Adriana Muñoz D'Albora, Ximena Órdenes Neira, Yasna Provoste Campillay y Ximena Rincón González y los Senadores señores Pedro Araya Guerrero, Carlos Bianchi Chelech, Alfonso De Urresti Longton, Guido Girardi Lavín, Alejandro Guillier Álvarez, Felipe Harboe Bascuñán, Juan Ignacio Latorre Riveros, Juan Pablo Letelier Morel, Ricardo Lagos Weber, Carlos Montes Cisternas, Alejandro Navarro Brain y Jaime Quintana Leal.

-Finalmente, la Comisión aprobó una modificación consistente en la incorporación de un numeral 4), nuevo, al artículo único del proyecto, con la redacción que consigna en su certificado. Aprobó dicha enmienda por mayoría de votos. Se pronunciaron a favor los Senadores señora Rincón y señores De Urresti y Harboe, en tanto que votaron en contra los Senadores señores Allamand y Pérez Varela.

-Por último, se hace presente que, de conformidad con lo dispuesto en la segunda oración del inciso segundo del artículo 127 de la Constitución Política de la República, los numerales 1), 2) y 3) del artículo único del proyecto de reforma constitucional requieren para su aprobación el voto conforme de las dos terceras partes de los Senadores en ejercicio -esto es, 28 votos favorables-, por cuanto se modifica el Capítulo XV de la Carta Fundamental.

Por su parte, las disposiciones transitorias, contenidas en el nuevo numeral 4) del artículo único, requieren para su aprobación el voto conforme de las tres quintas partes de los Senadores en ejercicio -esto es, 25 votos a favor-, con arreglo a lo que preceptúa la primera oración del inciso segundo del artículo 127 de la Ley Fundamental.

El texto que se propone aprobar se consigna en las páginas 51 y siguientes del certificado de la Comisión.

Hago presente que los Senadores señores Andrés Allamand y Víctor Pérez solicitaron votación separada del nuevo numeral 4) incorporado al artículo único del proyecto de reforma constitucional por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

El señor QUINTANA (Presidente).-

En discusión general y particular.

Le ofrezco la palabra el Senador Felipe Harboe, Presidente de la Comisión de Constitución, para entregar el informe pertinente.

El señor HARBOE.-

Muchas gracias, señor Presidente.

Corresponde que la Sala inicie la discusión general y particular del proyecto de reforma constitucional, en segundo trámite constitucional, que modifica el Capítulo XV de la Carta Fundamental. La presente iniciativa ya se encuentra aprobada en primer trámite constitucional por la Cámara de Diputados y contó con el respaldo de los dos tercios de los Diputados y Diputadas en ejercicio.

Mediante esta reforma se da cumplimiento al acuerdo constitucional que celebramos los partidos que representamos a la mayoría de los ciudadanos que concurrieron a la última elección presidencial y parlamentaria.

Se trata, entonces, de un acuerdo histórico y sin precedentes en la historia constitucional chilena, que permitirá, si los ciudadanos lo respaldan el próximo 26 de abril, concordar, por primera vez en Chile, una Constitución que no sea la imposición de unos sobre otros, como ocurrió muchas veces en el pasado, y se convierta en nuestra primera Carta Magna generada en democracia.

Todos y todas serán convocados a aprobar la instalación de una convención constituyente o una convención mixta, según corresponda, conforme a los resultados, la cual, de prosperar, nos permitirá, luego de un debate abierto, informado e inclusivo, establecer normas fundamentales por las que queremos constituir nuestro gobierno y garantizar los derechos que de común acuerdo concordemos.

Se abrirá, pues, la posibilidad de grandes consensos y la construcción de una Ley Fundamental que sea realmente el reflejo de la casa que nos cobija a todos y todas.

Estamos aquí, como corresponde, para honrar un acuerdo que ya fue ratificado por la Honorable Cámara de Diputados, el cual supone incorporar a nuestra Constitución Política los artículos 130 a 143, nuevos.

En una apretada síntesis, podemos informar que dichas normas establecen el procedimiento para elaborar una nueva Constitución Política de la República. El proceso parte mediante la convocatoria a un plebiscito nacional para el día 26 de abril del año 2020.

En el señalado plebiscito, la ciudadanía dispondrá de dos cédulas electorales. La primera contendrá la siguiente pregunta: "¿Quiere usted una Nueva Constitución?", pudiendo expresarse las opiniones mediante las opciones "apruebo" o "rechazo". La segunda cédula contendrá la pregunta: "¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?". Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales. Obviamente, la primera de ellas tendrá en su parte inferior la expresión "Convención mixta constitucional", y la segunda, la expresión "Convención constitucional".

Asimismo, se regula la instalación de la convención mixta constitucional o de la convención constitucional, según corresponda. Y luego se establecen los requisitos e incompatibilidades de los candidatos o candidatas que las podrán integrar.

Se detallan las reglas básicas para la instalación y funcionamiento de la convención.

Los convencionales constituyentes estarán afectos a las normas de la ley N° 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de interés, aplicables a los Diputados, y a la ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representan intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

Igualmente, se dispone que la convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en la Constitución o en las leyes.

En conformidad al artículo 5°, inciso primero, de la Constitución, mientras la convención esté en funciones, la soberanía reside esencialmente en la nación y es ejercida por el pueblo a través de los plebiscitos y elecciones periódicas que la Carta Fundamental y las leyes determinan, y también por las autoridades que la Constitución establece. Le quedará prohibido a la convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el ejercicio de la soberanía asumiendo otras atribuciones que las que expresamente le reconozca la Constitución.

El texto de la nueva Ley Fundamental que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de república del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

La convención deberá redactar y aprobar una propuesta de texto de nueva Constitución en el plazo máximo de nueve meses, contado desde su instalación, el que podrá prorrogarse, por una sola vez, por un lapso que no supere los tres meses.

La mencionada prórroga podrá ser solicitada por quien ejerza la presidencia de la convención o por un tercio de sus miembros, con una anticipación no superior a quince días ni posterior a los cinco días previos al vencimiento del plazo de nueve meses.

La convención podrá establecer disposiciones especiales de entrada en vigencia de alguna de las normas o capítulos de la Nueva Constitución.

Finalmente, una vez que concluya su trabajo, el Presidente de la República deberá convocar, mediante decreto supremo exento, a un plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta.

El sufragio, en este plebiscito, será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile.

El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su realización. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes a su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito nacional constitucional fuere aprobada, el Presidente de la República deberá, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la sentencia referida en el inciso anterior, convocar a Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política de la República.

La Nueva Constitución deberá imprimirse y repartirse gratuitamente en todos los establecimientos educacionales, públicos o privados, bibliotecas municipales, universidades y órganos del Estado. Los jueces y magistrados de los tribunales superiores de justicia deberán recibir asimismo un ejemplar de ella.

Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito ratificatorio fuere rechazada, continuará vigente la actual Constitución.

Esta parte de la reforma fue aprobada por la unanimidad de los integrantes de la Comisión.

Posteriormente, y por mayoría de votos, la Comisión acordó agregar, al texto ya aprobado, un nuevo numeral 4) que, en lo medular, establece disposiciones para asegurar el equilibrio en la representación entre hombres y mujeres en la convención, la participación de independientes y los escaños reservados para los pueblos indígenas.

De conformidad con lo anterior, quiero dejar constancia de que el nuevo número 4), que se agrega al artículo único de esta reforma constitucional, se funda en indicaciones patrocinadas por las Senadoras señoras Isabel Allende, Carolina Goic, Adriana Muñoz, Ximena Órdenes, Yasna Provoste y Ximena Rincón y los Senadores señores Pedro Araya, Carlos Bianchi, Alfonso de Urresti, Guido Girardi, Alejandro Guillier, Felipe Harboe, Juan Ignacio Latorre, Juan Pablo Letelier, Ricardo Lagos Weber, Carlos Montes, Alejandro Navarro y Jaime Quintana.

Se trata de ideas ampliamente compartidas por un amplio sector de la ciudadanía y que, a nuestro juicio, perfeccionan el acuerdo celebrado el día 15 de noviembre recién pasado.

Por todas las razones expuestas, señor Presidente, proponemos que la Sala del Senado apruebe este proyecto de reforma constitucional con el fin de dar inicio al proceso de elaboración de una nueva Constitución Política de la República plenamente democrática, que establezca el conjunto de las reglas básicas que permitan una convivencia pacífica y justa entre todas y todos.

He dicho.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Muchas gracias, Senador Harboe.

Ofrezco la palabra, por el tiempo que ha señalado el Secretario General, para referirse a cualquiera de los dos temas: ya sea para los numerales 1), 2) y 3) del artículo único (proyecto original), o para el nuevo numeral 4), que recoge las indicaciones incorporadas, tal como lo ha referido el Presidente de la Comisión de Constitución.

Tiene la palabra la Senadora Isabel Allende, hasta por seis minutos.

La señora ALLENDE.-

Señor Presidente, esta discusión es, a mi juicio, la más relevante de nuestra historia. Por fin, luego de cuarenta años, se abre camino hacia una nueva Constitución, nacida en democracia, por un órgano elegido por la ciudadanía para que cumpla dicho fin. Todas las Constituciones que hemos tenido en nuestra vida republicana han sido hechas entre cuatro paredes por Comisiones de expertos. La que hoy nos rige, la conocida Constitución del 80, se realizó en plena dictadura, con una Comisión compuesta solo por hombres, la cual fue sometida a un plebiscito sin padrones electorales.

Ese fue el origen ilegítimo que forjó un sistema de cerrojos y que no permite que las mayorías se representen. Esta misma Carta Fundamental crea quorum supramayoritarios, además del control de las leyes aprobadas por el Congreso a través del conocido Tribunal Constitucional, que en la práctica actúa como una tercera Cámara y que ha vetado importantes avances.

Estas formas de control han asegurado que los cambios no hayan podido empujarse.

Sé que para algunos la Constitución se legitimó con la reforma del 2005, que, si bien sacó enclaves autoritarios, aún mantiene un sistema subsidiario en que el Estado no garantiza los derechos sociales más básicos. Y cualquier cambio sustancial ha tenido siempre la oposición de la Derecha.

Esto fue lo que explotó el 18 de octubre: dejar los derechos sociales al libre mercado, que discrimina según el bolsillo del usuario y crea desigualdades y abusos.

Chile nos dijo que no quiere seguir viviendo bajo este sistema de injusticia, el cual debemos cambiar por una nueva convivencia, basada en solidaridad e igualdad.

En abril tendremos un plebiscito en el que se decidirá si las chilenas y los chilenos quieren o no una nueva Constitución y cuál será el mecanismo: una convención constitucional (equivalente a una asamblea constituyente) electa por los ciudadanos, que esperamos sea electa en un cien por ciento, o un mecanismo mixto.

La asamblea constituyente ha sido una pelea de larga data. Recordemos al Presidente Eduardo Frei Montalva, quien la propuso en 1980; al grupo de ciudadanos que se organizó para marcar AC en sus cédulas electorales el año 2013; a la Presidenta Bachelet, quien tomó la posta (aunque, desgraciadamente, no se concluyó el proceso), y por último, a los alcaldes, que acaban de realizar, hace pocos días, una -hay que reconocerlo- muy exitosa consulta ciudadana, con una altísima participación: más de 2 millones de vecinas y vecinos que respaldaron, en un 90 por ciento, la idea de una nueva Constitución. En nuestra región hubo consultas en 30 de sus 38 comunas, con un alto porcentaje de participación (más de 250 mil personas fueron a votar), tanto en Valparaíso como en Viña del Mar.

Esto nos habla de un profundo deseo de participación y de que no basta con un sistema político de representación. La gente quiere ser partícipe, quiere ser escuchada, quiere que su voz se oiga. De eso no tenemos ninguna duda.

Hoy, el pueblo se manifiesta en las calles y ha expresado la necesidad de una nueva Constitución.

Esta reforma se debe a ellos y su movilización, aunque también valoramos el trabajo de los partidos políticos y de los parlamentarios que lograron concretar este acuerdo, que nos va a permitir tener una Carta con reglas básicas de convivencia y como la casa única de nuestra sociedad.

Pero aún tenemos desafíos.

Debemos asegurar que la instancia sea paritaria. Las mujeres somos la mitad de la población del país y, pese a ello, hemos estado excluidas en las decisiones políticas por largo tiempo. Por ejemplo, a pesar de la reforma del sistema electoral que permite llevar 40 por ciento de candidaturas, logramos pasar del 6 al 22 por ciento en el Congreso, ¡siendo el 51 por ciento de la humanidad! Por lo tanto, nos cuesta mucho más, dada la subsistencia de los valores patriarcales, que siempre han invisibilizado y excluido a las mujeres. Y esto se replica en distintos ámbitos.

Por esa razón, diversas Senadoras (todas las de Oposición), acompañadas por algunos Senadores, presentamos la indicación que reitera la posibilidad de establecer una paridad de género. Reconocemos al movimiento feminista que ha impulsado esto, y sería muy importante lograr algo inédito: una Constitución con convencionales paritarios, terminando con la injusta discriminación que sufrimos y con la violencia de género como fenómeno cultural.

Esperamos alcanzar el quorum requerido para aprobar esa reforma, pero también necesitamos la representación de nuestros pueblos originarios, que han estado postergados. No hemos sido capaces de reconocer su condición de pueblos originarios en nuestra Constitución. Y esperamos que nuestro país alguna vez avance y llegue a ser una multinación. Debemos reconocer a nuestros pueblos: aymara, quechua, atacameño, likan-antai, diaguita, kolla, rapanuí, kawésqar, yagán y mapuche. Sobre todo, pienso en la representación de los pueblos rapanuís, tan alejados y cuya voz es tan necesario escuchar. Constituyen un 12 por ciento de los habitantes de Chile y necesitamos avanzar en esta materia.

Por eso, señor Presidente, creo que esta es una oportunidad única, histórica, para avanzar hacia una nueva Constitución, para avanzar a lo que corresponde: a una paridad o al menos a un equilibrio entre hombres y mujeres. Necesitamos generar una nueva convivencia que nazca en democracia. Necesitamos abrir ese camino y decir qué tipo de sociedad construiremos.

Esperamos un Estado que garantice los derechos básicos, cuestión que no ocurre con la actual Constitución, que solo se queda en la letra y no cumple con aquello.

Por eso, gracias al pueblo que se levantó, gracias a que tuvimos la capacidad de ponernos de acuerdo, hoy estamos dando una potente señal: hoy comienza el camino para la creación de un nuevo estado social de derechos.

Yo digo: no hay que temerle a la democracia.

He dicho.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora Jacqueline van Rysselberghe.

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

Señor Presidente, quiero partir agradeciendo a la Mesa que hoy podamos estar realizando esta sesión en forma tranquila.

Creo que lo que vimos ayer en la Cámara de Diputados de verdad atenta contra la institucionalidad. No puede ser que en una institución como el Congreso tengamos una especie de competencia de "barras bravas" que no permite plantear las distintas posiciones que legítimamente tienen derecho a expresarse en el Parlamento. Por eso este se llama así, porque es el lugar donde se puede parlamentar.

Por lo tanto, inicio mi intervención agradeciendo a la Mesa que haya tomado las medidas necesarias para que podamos expresar las legítimas posiciones que existen en este tema.

En segundo lugar, deseo recordar el contexto en el que se llegó a este acuerdo.

Eso ocurrió el 15 de noviembre, cuando el país estaba en una situación de violencia increíble; cuando éramos testigos de que el precio del dólar estaba subiendo de manera abismante, superando por primera vez los 800 pesos; cuando se predecía, por parte de economistas de todos los sectores, que lo más probable era que, de mantenerse la situación, iba a producirse una corrida bancaria que podría colocar en situación de riesgo a nuestro país y, sobre todo, a las personas más vulnerables o de clase media que viven y necesitan trabajar para sacar adelante a sus familias.

En ese contexto, en un acto de generosidad política, a mi juicio, de todos los sectores que estuvieron dispuestos a sentarse a conversar, generamos un acuerdo en el que todos cedimos, entendiendo la situación que vivía el país, para iniciar un proceso de nueva Constitución que nosotros no compartíamos.

A nosotros no nos gusta partir de una hoja en blanco; no nos gusta dar un salto al vacío; no nos gusta no reconocer aquellas cosas que han servido para poder sacar adelante al país y llevarlo a ser uno de los que más han crecido en nuestro continente.

De ese modo, se fue construyendo un acuerdo en el que todos cedimos y en el que, al final de la maratónica sesión en que fue logrado, todos dijimos que íbamos a respetar la palabra empeñada.

Luego hubo nuevas solicitudes, que conversamos y que finalmente este lunes -¡este lunes!- terminamos de zanjar con los presidentes de los distintos partidos sentados a la mesa. Entendiendo que había materias que efectivamente no estaban en el acuerdo original, nosotros las retiramos, como era que este proceso se llevara adelante conforme al artículo 189 y no al artículo 188 de la Ley Electoral, que se modificara la forma en que estaba redactado el tema de los dos tercios. Y, a cambio de eso, llegamos al arreglo de que este proyecto se votaría como un todo, ¡sin indicaciones!, y que las reformas a la Ley Electoral se podrían plantear después, en un acuerdo distinto, en el que pudiesen generarse las condiciones.

La paridad de género no es la única forma de incorporar un aspecto corrector en esta materia. Hay otras maneras de asegurar eso: por ejemplo, la lista cerrada. A algunos les gusta, a otros no, pero no lo hemos conversado institucionalmente.

Por lo tanto, pido que ¡se respete la palabra empeñada! Y la palabra empeñada por los partidos que suscribieron el acuerdo fue que este proyecto se votaba y se aprobaba como un todo, sin indicaciones.

Eso fue ratificado el lunes, y yo personalmente, ¡personalmente!, se los pregunté en forma expresa a los presidentes de todos los partidos, a los de Chile Vamos y a los de la Oposición. Por lo mismo, creo que tengo el derecho a exigir el respeto a la palabra empeñada, ¡y la palabra empeñada fue que esta iniciativa se votaba sin indicaciones!

Cuando nosotros firmamos este proyecto, reafirmamos el acuerdo y pusimos nuestra voluntad para sacarlo adelante, y lo hicimos por lo que estoy señalando. Posteriormente, nos juntamos para arreglarlo y quedamos todos medianamente conformes.

Por eso no nos parece que un acuerdo que firmamos con la mano hoy día se borre con el codo. ¡No fue este el acuerdo que tomamos!

Por tanto, con la misma fuerza que le agradezco a la Mesa la capacidad que ha tenido de mantener orden y respeto en esta Sala, ¡pido que se respete la palabra empeñada!

Muchas gracias.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra, a continuación, el Senador Alejandro Guillier.

El señor GUILLIER.-

Señor Presidente, por cierto, creo que todos estamos de acuerdo en que lo que hagamos hoy va a marcar el destino del país por cuarenta años. Las reformas constitucionales no se hacen todos los años ni cada década; por tanto, marcan ciclos. Y según como amarremos este proceso, van a ser las consecuencias y los resultados que cabe esperar.

Por esa razón, no podemos equivocarnos ni perder la brújula ni la sintonía con lo que nos está pidiendo no solo la inmensa mayoría de los chilenos en las calles y en los cabildos constituyentes, sino también los dos millones y medio de compatriotas que participaron activamente en los plebiscitos municipales, organizados -digámoslo- casi sin recursos, con escasísimo tiempo, con poco apoyo y, aún más, con cero respaldo institucional de los alcaldes y concejales de Chile.

La verdad es que el país ya está en un proceso constituyente, y la pregunta es cómo entran en él la clase política y el Congreso con sus parlamentarios.

Por lo mismo, también quiero expresar que en este nuevo ciclo uno entra con muchas reservas ante la propuesta de reforma constitucional que hoy debatimos, porque no considera la participación de las mujeres, de los pueblos originarios y de los independientes.

¡Esta es la respuesta a ese Chile que está en marcha!

Estoy convencido de que una reforma constitucional es el camino para institucionalizar las aspiraciones que plantea el país. Pero la reforma que se está votando hoy día, tal como está, la verdad es que restringe absolutamente los términos de lo que la mayoría de los chilenos está pidiendo.

Además, plantea una cancha dispareja, pues un independiente va a tener que competir no contra un candidato, como ocurría antes con las listas del sistema binominal, sino contra seis u ocho. En suma, se hace inviable la participación de los independientes.

Lo mismo va a pasar con las mujeres y con los pueblos originarios.

La mayoría de las chilenas y los chilenos protagonistas de lo que el país está pidiendo quedan fuera; se transforman en meros electores, porque al final los que postularán serán los de siempre, los que están en el sistema, los que están satisfechos con él. Ellos van a decidir el marco, las condiciones en que se desarrollará el proceso, los límites y los amarres que tendrá.

Yo entiendo que el país está en una situación difícil y que, para abordar el problema, se suscribió un acuerdo la noche del 15 de noviembre por parte de los partidos políticos. Claro, muchos chilenos lo recibieron con alivio, pero después de dos días empezaron las dudas y se dio aquello que era obvio: la gente no percibía dónde encajaba; los protagonistas se dieron cuenta de que estaban quedando fuera de la fiesta, ¡la fiesta de los partidos, no de los ciudadanos!

Se podrá decir que las circunstancias no pudieron generar algo distinto, que este es el Chile de lo posible -¡ya llevamos treinta años con el Chile de lo posible!- y que un pequeño avance es mejor a nada. Pero ese déficit tiene consecuencias, porque nos amarrará con una Constitución que va a estar vigente varias décadas.

Por lo tanto, si la Nueva Constitución no se construye también con la participación de la ciudadanía, de los independientes, de las mujeres, de los pueblos originarios, el debate quedará trabado por un tiempo indefinido, y, por consiguiente, habrá una creciente inestabilidad política.

Para que seamos un poco más modestos, quiero hacer una precisión para centrar el debate.

El hito histórico no está en ese acuerdo de los partidos; el hito histórico es que Chile cambió y salió a las calles a manifestarlo. En realidad, lo venía haciendo desde hace muchos años. Ahí están los estudiantes, los pueblos originarios, las mujeres, las regiones; también los ambientalistas, aquellos que desean un desarrollo sustentable. Ellos salían por millones a las calles, como pasó con el movimiento "No más AFP", y el sistema institucional fue incapaz de manifestar siquiera interés en lo que estaba viendo.

En consecuencia, hay un Chile que cambió más que sus dirigentes y que está siendo el protagonista de todos estos procesos contra el abuso, la injusticia, la desigualdad. Pero, llegado el momento de hacer la construcción institucional, queda fuera.

La verdad es que ellos cambiaron a nuestro país; nosotros, a lo más, nos estamos sumando con bastante retraso. De hecho, los alcaldes lo hicieron mucho antes y de manera bastante más decisiva.

Pero lo cierto es que el momento constituyente ya está inaugurado. ¡Lo inauguró la ciudadanía en las calles de Chile, no en este Congreso!

¡Y a esa gente no podemos darle la espalda!

El proceso constituyente no es parte de ese acuerdo. La reforma constitucional y el procedimiento, sí. Pero el proceso ya está desencadenado.

Quiero insistir en que necesitamos una buena Constitución. Pero dudo de que esta reforma, tal como se aprobó en la Cámara de Diputados, abra el camino institucional adecuado, porque está llena de riesgos, de promesas -todas ambiguas-, de chantajes, entre otras cosas.

El propio Presidente de Renovación Nacional ha dicho que en esto hay saboteadores. Yo quisiera saber si el Presidente de la República es uno de esos saboteadores y si está a favor del proceso constituyente, ya que todavía no se pronuncia. ¡Su agenda es la "guerra"! Y cuando se trata de construir la paz, está ausente. ¡Él debería pronunciarse!

Creo que, antes de votar, deberíamos esperar que madure el proceso que está en la Cámara de Diputados, para saber si de verdad en la construcción de la Constitución participarán todos los chilenos, sin discriminaciones, o solamente una elite cerrada, con los mismos de los últimos treinta años.

Por esa razón, señor Presidente, pido que se abra una pausa para ver qué certezas tenemos, cuál es la naturaleza del cambio que se está aprobando y si van a participar o no todos los chilenos y las chilenas.

No es pertinente votar ahora, cuando se está lleno de incertidumbre y de promesas que nadie puede garantizar. Al comienzo de los noventa, cuántas promesas de reforma y de cambios hizo el propio Senador Allamand, que nunca llegaron a concretarse, porque a última hora se manifestaba el chantaje.

Señor Presidente, soy partidario de que se aplace este proceso y, paralelamente, de que busquemos un acuerdo amplio que garantice que lo que estamos haciendo tiene certezas, direcciones claras, y que va a responder a las expectativas de los chilenos.

Para terminar, quiero decir que en un escenario de tanta incertidumbre yo no puedo apoyar este proyecto.

He dicho.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador Álvaro Elizalde.

El señor ELIZALDE.-

Señor Presidente, hoy estamos votando una reforma constitucional que habilita un proceso constituyente inédito en nuestro país, inédito en nuestra historia. Nunca se ha elaborado una Constitución en Chile con amplia participación ciudadana.

Este acuerdo, suscrito por los partidos políticos -no todos, pero la mayoría de los que cuentan con representación parlamentaria-, es una respuesta a la movilización ciudadana.

Por eso, a mi juicio, si ha habido un protagonista en este proceso, es el pueblo de Chile, que salió a las calles, que abrió las grandes alamedas para expresar su indignación, su hastío ante situaciones de abuso y desigualdades inaceptables y, también, contra un marco institucional, que ha sido una camisa de fuerza que ha impedido enfrentar de manera clara esos abusos.

Quisiera hacer un reconocimiento a todos los presidentes de partidos que participaron de este proceso y a todos los parlamentarios, pues, sin duda, este es un acuerdo inédito, de carácter democrático y democratizador: democrático, porque establece un procedimiento para que la gente, el pueblo, decida; y democratizador, porque habla desde la perspectiva de poder avanzar hacia una Constitución nacida en democracia, de la que todos nos sintamos orgullosos y todos nos sintamos interpretados.

La gente quiere que se convoque a un plebiscito el 26 de abril, oportunidad en que el pueblo de Chile señalará si quiere o no una nueva Constitución y, además, se pronunciará respecto del mecanismo para elaborarla, con dos alternativas: convención mixta (mitad elegida por la ciudadanía y mitad designada por el Congreso Nacional) o convención constitucional, que equivale a la asamblea constituyente (la totalidad del cuerpo colegiado llamado a redactar la nueva Carta elegida por la gente, por el pueblo).

¿Para qué? Para reemplazar una Constitución que fue impuesta por la fuerza en dictadura y que fue concebida bajo el concepto de la democracia protegida. ¿Protegida de quién? Del pueblo. ¡Un absurdo!

Para restablecer el principio básico de la soberanía popular, ha habido varias reformas muy importantes, que nosotros valoramos. La más relevante es la del 2005, que puso fin a las instituciones más aberrantes de la Constitución del 80.

Producto de los quorum supramayoritarios o de la forma en que se regulan los derechos fundamentales, permanece una concepción de Estado subsidiario, que no corresponde a un consenso nacional y que declara inconstitucionales las ideas de importantes sectores de nuestra sociedad.

Ante ello, requerimos avanzar hacia un nuevo pacto constitucional en el que todos nos sintamos interpretados.

Por eso este proceso se desarrolla bajo dos acuerdos fundamentales:

Primero, la hoja en blanco. La Nueva Constitución se redactará desde la base, a partir de una hoja en blanco, en virtud de la cual serán puestas sobre la mesa las distintas visiones.

Y segundo, un quorum supramayoritario de aprobación, que busca generar las condiciones para llegar a un consenso, a fin de que la Constitución sea de todos. ¡La casa común! ¡El hogar compartido y no como la Carta Fundamental actual, que solo representa a una parte de la sociedad!

Creo que en este proceso tenemos que actuar de buena fe y con espíritu constructivo.

Lo hemos dicho desde el Partido Socialista: una Constitución neoliberal impuesta por la fuerza no debe ser reemplazada por otra Constitución que solo satisfaga la visión de quienes somos de Izquierda.

Nosotros esperamos de buena fe que el nuevo marco constitucional nos interprete a todos, que la Constitución no sea un objeto de controversia y que nuestras legítimas diferencias se resuelvan democrática y periódicamente a través de las elecciones, para que el pueblo finalmente sea el que decida.

Me llaman la atención las expresiones de aquellos que se han opuesto a aprobar esta reforma bajo el planteamiento de que el acuerdo no es perfecto. ¡Claro que no es perfecto y es perfectible! Pero, para levantar el segundo piso de una casa, se requiere construir antes el primero. Aquellos que votan en contra de construir el primer piso, con la excusa de que el segundo no ha sido considerado, se están negando a elaborar una nueva Constitución nacida en democracia.

¡Digámoslo con toda claridad!

Por eso nosotros hemos planteado que es necesario perfeccionar la forma de participación en este proceso constituyente, mediante escaños reservados para pueblos indígenas, paridad de género, competencia de independientes en igualdad de condiciones y -agrego un cuarto- voto de los chilenos en el exterior para elegir representantes en la convención constitucional.

Es altamente probable que eso no se apruebe en la jornada de hoy, porque no forma parte del acuerdo del 15 de noviembre. Pero eso no obsta a que podamos darnos un plazo para conversar entre todos acerca de mecanismos que garanticen que el proceso constituyente se desarrolle con mayor grado de representatividad para fortalecerlo.

Pero digámoslo con claridad: este acuerdo permite, si el pueblo así lo ratifica en el plebiscito, la superación de la Constitución del 80.

Y aquellos que desde posiciones más radicales se oponen a votar a favor de este proyecto lo que están haciendo es consagrar la permanencia y vigencia de este marco constitucional, que no consagra una democracia de alta intensidad, una democracia con mayúsculas.

Por eso voy a votar a favor de esta iniciativa, no solo porque suscribí el acuerdo, sino porque me parece que es bueno para Chile que tengamos un debate democrático con alta participación ciudadana para elaborar la Constitución de todas y todos, que es lo que Chile reclama y merece.

He dicho.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Solicito la autorización de la Sala para me reemplace en la testera la Senadora Ximena Rincón.

¿Hay acuerdo?

Acordado.

--Pasa a dirigir la sesión, en calidad de Presidenta accidental, la Senadora señora Rincón.

La señora RINCÓN (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra la Senadora Ena von Baer.

La señora VON BAER.-

Señora Presidenta, ruego que, cuando la historia juzgue este momento, cuando los chilenos del futuro miren hacia atrás, su veredicto sea que a partir de hoy se construyó un Chile mejor.

Espero que con esta votación se inicie un proceso en el que, a partir de nuestras diferencias, seamos realmente capaces de consensuar un proyecto de sociedad común.

Ruego, con toda mi alma y mi corazón de chilena, que cuando revisitemos este día pensemos que hicimos lo correcto. Espero que no consideremos que este fue el día en el que, en palabras de Vargas Llosa, "se jodió Chile".

Pero debo reconocer que hoy, señor Presidente y estimados colegas, tengo pocas esperanzas. Y quiero compartir con ustedes por qué.

El día que firmamos el Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución fue, como dice Stefan Zweig , un momento estelar de la política chilena. Y quiero recordarles ese día.

Todos sabíamos entonces que la democracia se nos diluía entre los dedos. Todos sentimos la responsabilidad de salvar nuestra patria dejando atrás nuestras diferencias, pero, sobre todo, fuimos capaces de asumir nuestra responsabilidad como autoridades.

¿Y qué significa ser autoridad?

Ese día, en las afueras del Congreso, se escuchaban los cánticos de la calle en contra de la decisión que estábamos tomando dentro de los muros que han albergado desde el siglo XIX a las autoridades chilenas que tienen la legitimidad de haber sido electas por el pueblo.

Ser autoridad no significa solamente escuchar y representar al pueblo; significa también asumir la responsabilidad de guiar, de ejercer el mando. Los hombres de mar hablan de "la soledad del mando". Los comandantes escuchan a su dotación, a sus oficiales, pero al final ellos, en soledad, toman la decisión.

Ese día, señor Presidente, escuchamos todos, pero luego, asumiendo nuestra responsabilidad, albergados por los muros de nuestro histórico Congreso, tomamos una decisión, que era contraria a los cánticos que se escuchaban en la calle, pero una decisión compartida -estoy segura- por la mayoría de los chilenos que después de un día duro de trabajo volvieron a sus casas con sus familias.

Hoy siento que el espíritu de ese día se ha perdido; que nuevamente nos dejamos arrastrar por el miedo a los cánticos de la calle, por la presión de las tribunas y de la turba violenta.

Espero, de verdad, equivocarme.

El camino que iniciamos hoy es largo, y vamos a necesitar mucho de la soledad del mando para ser capaces de tomar las decisiones correctas a fin de construir un Chile más justo, más solidario y -espero- más tolerante, ¡más tolerante!, y más democrático.

Tengo pocas esperanzas hoy, porque, para construir ese Chile con el que soñamos, tenemos que llegar a acuerdos. Y los acuerdos necesariamente se edifican sobre la confianza, sobre la palabra empeñada.

¿Cómo llego a un acuerdo con una persona que no honra su palabra?

El día en que firmamos el acuerdo consensuamos que el proyecto se votaba como un todo y que el texto no se cambiaba. Y yo pregunté: "¿Y si se presentan indicaciones?". Respuesta de todos los presentes: "Todos las votamos en contra". Sin embargo, hoy se formularon indicaciones para cambiar el acuerdo. ¡No se honra la palabra empeñada!

Señor Presidente, ¡qué pesadumbre tiene mi alma por lo fugaz que ha sido el momento estelar de la política chilena, por lo rápido que volvimos a las jugadas pequeñas, a la mezquindad, a la búsqueda de la trampa para imponer una posición! En medio de la tormenta, los comandantes se están sumando a la revuelta, en vez de tomar el timón con fuerza en la soledad del mando para poder llevar su buque con seguridad de vuelta al puerto.

Si queremos ser exitosos en este largo camino común para volver al puerto, debemos llegar a acuerdos, consensuar y honrar la palabra.

No hay duda, señor Presidente, de que hoy es un momento histórico para nuestra patria. Espero con toda el alma y el corazón de chilena que no sea el minuto en que se jodió Chile, sino el instante en que logramos construir un futuro común en paz, tolerancia y armonía.

He dicho.

La señora RINCÓN (Presidenta accidental).-

Me había pedido la palabra la Senadora Provoste, para un asunto reglamentario.

Puede intervenir, señora Senadora.

La señora PROVOSTE.-

Señora Presidenta, ¿se podría mantener el tiempo acordado y abrir la votación respecto de los primeros tres Capítulos hasta el término de las intervenciones?

La señora RINCÓN (Presidenta accidental).-

Entiendo que hay acuerdo al respecto.

Senadora Van Rysselberghe, ¿usted me estaba pidiendo la palabra para lo mismo?

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

Exactamente.

La señora RINCÓN (Presidenta accidental).-

Entonces, se abrirá la votación, manteniendo los tiempos acordados.

En votación.

--(Durante la votación).

La señora RINCÓN (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el Senador Felipe Harboe.

El señor HARBOE.-

Señora Presidenta, la Constitución Política es una forma de distribución del poder que contiene valores, principios y reglas, que fijan los límites del poder, la forma de relacionarnos, y también la relación entre los ciudadanos y las estructuras de poder.

Más allá de su espurio origen, la Constitución de 1980 no es representativa de nuestra sociedad actual, y ello explica que desde 1990 a la fecha todos los candidatos y candidatas de lo que fue la Concertación, la Nueva Mayoría, e incluso de la Izquierda, hayan planteado cada cuatro años una nueva Constitución Política.

No lo logramos. Es cierto que hubo avances importantes, que a algunos se les olvidan: se logró eliminar a los Senadores designados, que en esta misma Sala alteraban las mayorías, ya difíciles de lograr; se devolvió al Presidente de la República la potestad para remover a los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas y al General Director de Carabineros, tan en boga por estos días. Aunque algunos no lo crean, esa facultad no la tenía el Presidente de la República.

Nos faltó. Es cierto.

Hemos hecho modificaciones importantes, sí. Pero en lo sustantivo no hemos podido avanzar. Y no hemos podido avanzar no por falta de voluntad, sino porque, como dije hace unos días, hay una minoría que ha tenido derecho a veto debido a los quorum supramayoritarios.

En consecuencia, no es falta de voluntad, es que había un sector que siempre nos dijo: ¡No vamos a modificar la Constitución!

Hoy día tenemos un Estado que se limita a mirar lo que hace el mercado y no tiene ninguna visión estratégica del desarrollo del país. No se trata de estatizarlo todo, pero al menos de que el Estado tenga la posibilidad de definir ciertos marcos estratégicos, como lo hacen economías desarrolladas, y no necesariamente Venezuela, como le gusta a algunos citar.

La Constitución Política no da cuenta de la realidad social, cultural, étnica, económica, territorial, institucional, ni tampoco tecnológica de nuestra sociedad. Por eso necesitamos una nueva Carta Fundamental.

Hay quienes durante años dijeron que este no era un tema de los ciudadanos, que era un tema solo de los políticos y que a la gente no le importaba porque no le influía en el día a día. Lejos de ello, la Constitución Política condiciona la vida cotidiana de las personas, influye en el día a día. La subsidiariedad, la centralización, el freno al desarrollo regional por el centralismo, las limitadas facultades del Congreso y un conjunto de otros mecanismos y reglas establecidos en la Constitución frenan el desarrollo diario de las personas.

El acuerdo del 15 de noviembre, señor Presidente, fue clave para dar conducción a un proceso de descomposición institucional que muchos venimos advirtiendo desde hace tiempo. Fue gracias a los millones de hombres y mujeres que salieron a la calle pacíficamente. ¡Sí! ¡Pacíficamente! Y nosotros como representantes ciudadanos teníamos la obligación de tomar esa bandera, esa demanda, transformarla y conducir un proceso, un proceso para que no se destruyera nuestra democracia. Tomamos esa bandera y luego de un arduo trabajo logramos un acuerdo solo comparable con aquel de 1985, que dio origen al plebiscito que terminó con la dictadura de Pinochet.

Vuelvo a felicitar, como lo hice aquella noche, a todos y todas las personas que de buena voluntad participaron en ese acuerdo, que hoy estamos materializando. Y lamento que otros, por ignorancia, por maximalismos, no se hayan sumado. Y lamento incluso que hoy día llamen a boicotear este acuerdo.

Esto no se hace por la Izquierda o por la Derecha, no es por un independiente o por un militante, esto se hace por Chile, por nuestra república. A aquellos que hoy día llaman a rechazar o piden aplazamientos, déjenme decirles que son irresponsables. ¿O quieren seguir con la Constitución de Pinochet? ¡Yo no quiero!

El señor MOREIRA .-

¡Yo, sí!

El señor HARBOE.-

Quiero que la gente decida. No quiero que este Senado decida la suerte de la gente. Quiero que decidan los ciudadanos en un plebiscito democrático, abierto. No más a estos privilegios.

Hay quienes llaman a rechazar este acuerdo, ¿qué pretenden? ¿Seguir con sus privilegios? ¿Mantener un enfrentamiento permanente? ¡No, señores! ¡No, señoras! Tenemos que estar a la altura. No es serio rechazar un proceso y después pedirle condiciones. ¡O se está, o no se está por una nueva Constitución!

Señor Presidente, soy militante de un partido político, pero firmé una indicación para que los independientes puedan participar activamente. Soy hombre, pero también firmé una indicación para que tengamos una convención paritaria. No soy miembro de comunidades de pueblos originarios, pero creo fundamental que existan escaños reservados que les garanticen su participación en la convención, porque tenemos una deuda. Y me incluyo, y pido las disculpas correspondientes por los errores que pude haber cometido; sin embargo, no me quedo en el perdón solamente: pongo todos mis esfuerzos para sacar adelante este acuerdo.

Apoyar estos acuerdos complementarios no implica incumplir la palabra. ¡No, señores! ¡No, señoras! Por el contrario, son el complemento necesario para que nuestro histórico acuerdo tenga la legitimidad social que traiga paz y tranquilidad a Chile y su gente.

Voto a favor.

El señor PIZARRO.-

¡Muy bien!

La señora RINCÓN (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el Senador José García.

El señor GARCÍA.-

Señora Presidenta, no hay ninguna duda de que las chilenas y los chilenos están pidiendo un país más justo. Lo han hecho en las calles a través de manifestaciones pacíficas, pero también lo hacen desde sus hogares, desde los lugares de trabajo, desde la intimidad de las familias y los grupos de amigos, desde las comunidades. Y, por lo tanto, el proceso constituyente que se inicia mediante la aprobación hoy de esta reforma constitucional es, sin duda, como todos lo han señalado, un hito; es, sin duda, histórico. Y creo que tenemos que estar a la altura de esa exigencia.

Pero, señor Presidente, no nos engañemos, la ciudadanía con toda razón nos está pidiendo mayores oportunidades; nos está pidiendo mejor calidad de vida; nos está pidiendo más justicia, y eso lo garantiza una Constitución, pero no exclusivamente una nueva Constitución, sino también el que tengamos una economía con crecimiento económico, y que este crecimiento económico, este desarrollo productivo sea distribuido con criterios de equidad, con criterios de justicia.

Sin desarrollo económico no vamos a lograr que la ciudadanía esté más contenta; no vamos a lograr que la ciudadanía viva mejor. Y, por supuesto, corremos el riesgo de generar expectativas que el día de mañana no se cumplan y que las frustraciones terminen fomentando un mayor descontento social.

Por eso el proceso que estamos iniciando es tan vital para nuestro país.

No somos el único que ha vivido una situación como esta. Hay países que han tenido su proceso constituyente y lo han culminado con éxito, y sus nuevas Constituciones han sido motor de su desarrollo, de su progreso económico y social. Hay otros que han iniciado procesos constituyentes que han terminado literalmente destruyendo a sus respectivos países.

Chile tiene que estar en aquel grupo en que su Constitución, su proceso constituyente, signifiquen paz y prosperidad. Y eso va a depender de lo que nosotros hagamos de aquí para adelante.

Y resulta muy importante, como también se ha dicho, que respetemos los acuerdos. Porque si no lo hacemos, finalmente terminaremos profundizando las desconfianzas.

Señor Presidente, votaré a favor de la iniciativa, porque quiero que se le pregunte a la ciudadanía, a las chilenas y los chilenos si quieren una nueva Constitución. Y si el resultado mayoritario de esa pregunta es que quieren una nueva Constitución, que ellos definan mediante qué modalidad se va a escribir.

Estoy de acuerdo en eso. Creo que ese proceso lo tenemos que hacer, lo tenemos que vivir, pero nosotros también lo tenemos que encauzar, porque debe ser un proceso que conduzca a la unidad, que conduzca a la paz, que conduzca al desarrollo.

Así de vital y así de importante es la votación que hoy día vamos a realizar.

Voto a favor, señora Presidenta, y permítanme invocar y pedir a Dios que nos ayude, porque el futuro de Chile depende de lo que hagamos de aquí en adelante.

La señora RINCÓN (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el Senador Moreira, y luego el Senador Insulza.

El señor PIZARRO.-

¿Quién sigue después, señora Presidenta?

La señora RINCÓN (Presidenta accidental).-

Para que sepan, Sus Señorías, luego continúa el Senador Girardi y después la Senadora Ebensperger.

Puede intervenir, Senador Moreira.

El señor MOREIRA.-

Señora Presidenta, la verdad es que para mí, por lo menos, resulta angustiante votar a favor en este caso, luego de un acuerdo político. Y es angustiante porque el futuro de nuestro país se encuentra en las manos de quienes vamos a tomar decisiones, y, lamentablemente, nosotros no tenemos las mayorías necesarias.

Aristóteles planteaba: "La turbulencia de los demagogos es la que derriba los gobiernos democráticos". La república no se defiende cediendo a la presión de una calle irreflexiva, e incluso, violenta; sino escuchando la voz de la mayoría.

Este proyecto, ya lo han dicho todos, no soluciona ninguno de los problemas apremiantes de los chilenos. Más bien, lo que logra es rendirse ante una calle violenta, vociferante; ante aquellos a quienes no les interesa la democracia, sino que derribar el sistema político que, durante estos últimos treinta años, nos ha costado que le dé estabilidad a nuestro país.

Y este estallido social, carente de líderes visibles o peticiones concretas, ha significado una violencia desatada en el país, que solo implica destrucción.

Pero en ese contexto, la UDI se vio obligada a un sacrificio homérico. Puesta en una disyuntiva entre la crisis y la violencia, formó parte de un acuerdo necesario, creemos, y conveniente para Chile, para pacificar a la ciudadanía, supuestamente.

La UDI ha tenido que pagar costos exorbitantes al firmar este acuerdo. Sin embargo, tal gesto no ha sido reconocido; y se le ha denostado, se le ha presionado sin misericordia, llamándola "obstruccionista" por buscar hacer cumplir lo pactado.

Pero la UDI ha sido más bien un freno en la defensa de esta república.

Los mismos que dictaron, por sí y ante sí, que esta crisis solo era solucionable con una nueva Constitución y que presionaron por un acuerdo, hoy día vuelven a incoar por cuotas para pueblos originarios, paridad de género o cupos independientes.

La verdad es que, a mi juicio, el resultado de la asignación paritaria distorsiona la soberanía popular.

En un escenario en que esos sectores fracasan en ganar elecciones, ya no sienten interés en la igualdad de oportunidades, sino que buscan asegurar el resultado mediante la asignación de cuotas a ciertos grupos bajo criterios que ellos conocen.

Desconozco por qué, por ejemplo, si hablamos de cuotas, no se considera al pueblo cristiano, siendo que los evangélicos en Chile son más del 25 por ciento; o también alguien podría plantear considerar a los inmigrantes, a los pescadores artesanales, a los agricultores, a los mitilicultores de la Región de Los Lagos, de Chiloé. ¿Por qué a ellos no?

Con este proyecto, en este contexto y con este ambiente, estamos sacrificando ante la pira de la calle exaltada la Constitución Política de la República; pero no la del ex Presidente Pinochet, ¡mi general Pinochet!, no esa, sino la que se consensuó en democracia el 2005 con don Ricardo Lagos Escobar.

¡Esta última Constitución la firmamos en democracia! Lleva la firma del Presidente Ricardo Lagos, y no lo critico; al contrario, valoro su coraje para los cambios que se debían hacer.

Es una Constitución que permitió un ciclo de crecimiento y desarrollo en la historia de nuestro país, que nos llevó a reducir la pobreza a niveles nunca antes registrados; a ingresar a la OECD; a reducir los niveles de desnutrición, de mortalidad infantil y a aumentar la esperanza de vida entre los chilenos.

¡Pero se agotó! Y hacemos una autocrítica. Sencillamente, se agotó.

Se ha acusado injustamente y de mala fe a la Constitución de todos estos males de nuestro país, culpándola de las fallas en las AFP, en las isapres, en la educación, en los sueldos, obviando la responsabilidad que ha tenido el Estado en hacer cumplir la ley y la evidente culpa que hemos tenido los políticos en esta crisis.

¡No nos lavemos las manos!

Hago mi autocrítica porque este modelo no fracasó: ¡este modelo se agotó y no se hicieron las modificaciones a tiempo! Y esa autocrítica nos corresponde a nosotros.

Tenemos una responsabilidad con la república. Temo, con justificadas razones, lo que pueda salir de todo este proceso. Hoy, producto de la presión, el temor y la prisa, vemos cómo la emocionalidad ha reemplazado a la racionalidad. Escasea la moderación y se recompensa el extremismo.

No se construye un Chile con amenazas, funas, chantajes o violencia. Un Chile más justo no se hará realidad destruyéndolo y bajo presión. Pero, a pesar de todo esto, señora Presidenta, en la UDI siempre hemos tenido lealtad y consecuencia. Y en el partido, y en lo personal, siempre se ha respetado la palabra empeñada.

Este es un acuerdo político, y cuando firmamos como UDI un acuerdo político, ¡bajo cualquier circunstancia se cumple!

Sin embargo, eso no significa que vayamos a votar situaciones que no estaban dentro de su texto.

Votaré "sí" con dolor a este proyecto. Pero votaré "no" con convicción respecto de las otras indicaciones, y votaré "no" en el plebiscito de abril porque creo que es lo mejor para Chile.

La señora RINCÓN (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el Senador Insulza.

El señor INSULZA.-

Señora Presidenta, la verdad es que en este proyecto que hoy vemos culmina un esfuerzo que las fuerzas democráticas del país encauzaron el 15 de noviembre para permitir que la transición que se requiere, que no es la misma de antes, porque ahora apunta hacia una nueva Constitución, a una nueva forma de ordenamiento jurídico y político de Chile, se lleve adelante por vías institucionales. Y, precisamente, ese es el punto que algunos han planteado aquí. Cualquier reforma, cualquiera modificación de la magnitud de la que se propone debe realizarse a través de caminos institucionales.

Está muy claro para todos nosotros que acá la cuestión es el origen ilegítimo de la actual Constitución, porque en su origen fue establecida en dictadura; en su origen no había ni siquiera un registro electoral; en su origen no existieron nunca resultados claros, y en su origen fue promulgada por un dictador que, por lo demás, gobernó con los artículos transitorios durante todo el resto del período en que estuvo al mando del país.

Por lo tanto, está claro que acá tenemos una ilegitimidad en el origen, un problema de pérdida de una Constitución que se generó sin libertades fundamentales y que los chilenos no quieren.

Hay muchos casos de países en que también se podría reprochar el origen de la Constitución, pero estos parecen haberse allanado a su texto.

En Chile quedó muy claro. La reciente consulta municipal y lo que dicen las encuestas demuestran que los chilenos no desean esta Constitución.

Le hemos hecho cambios importantes, no hay que negarlo. ¡Cómo vamos a negar las modificaciones que se introdujeron y que permitieron la transición democrática en los años 89 y 90! ¡Cómo vamos a negar el esfuerzo que se realizó durante el Gobierno del Presidente Ricardo Lagos cuando se eliminó una parte muy importante de los enclaves autoritarios establecidos en la Constitución! Se ha mejorado su texto; pero sigue contemplando algunos aspectos democráticos y otros que, simplemente, reflejan el orden de cosas cuando existía una dictadura en el país.

Por eso a los chilenos les asiste el derecho a reclamar acerca del origen ilegítimo de la Constitución, y no tienen hacia ella la disposición para permitir que siga siendo mostrada como la voluntad común de los ciudadanos.

Por lo tanto, ello hace necesario una reforma, no solo el hecho de que la Constitución haya sido generada de manera ilegítima, sino también el que la mayor parte de los chilenos no la sienten como propia. ¡Y nos estamos dando el trabajo de hacer una Constitución que sintamos como propia! Y eso es válido; es bueno para un país, pues lo puede unificar.

Ahora, claro, queda por delante un largo camino. Estamos recién empezando. Hemos dado bien el primer paso, pero tenemos muchos otros obstáculos que resolver primero.

La reciente consulta ciudadana municipal muestra que los chilenos apoyan mayoritariamente la idea de establecer una nueva Constitución que sea el reflejo digno de la realidad social de nuestro país. Pero ahora debemos construir ese edificio; nos estamos dando la posibilidad de hacerlo. Y para eso necesitamos forjar aún mayores consensos.

En tal sentido, no quiero dejar pasar aquí el tema que se ha planteado respecto de las indicaciones, porque creo que son demasiado significativas. Yo espero que sobre estas materias alcancemos consenso. Nadie quiere imponerlas. Por eso se han presentado, para ser votadas conforme a las normas que la Constitución actual señala. No estamos cambiando el sistema; estamos actuando sobre la base del marco vigente.

Me refiero, en primer lugar, a la cuestión de género.

Yo quiero decirlo muy simplemente y sin ningún drama: si nosotros nos preguntamos qué está pasando en nuestra época que no había ocurrido nunca antes -no es la democracia, ya que ha habido democracia en muchas partes del mundo; no son los grandes cambios tecnológicos que se están produciendo, pues ha habido varias revoluciones tecnológicas; no son los grandes cambios en el transporte, en la navegación, etcétera-, debemos señalar que lo único que realmente caracteriza a nuestra época de manera única, porque no ha ocurrido nunca, es la igualdad de género, la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer. Esta es una lucha milenaria, no es una cosa de ayer, o de la semana que pasó o del siglo que transcurrió, ni tampoco de los mil, de los dos mil, de los tres mil o de los cuatro mil años anteriores: es aquello por lo cual, probablemente, nuestra época será mayormente recordada.

¿Y por qué no plasmar eso, entonces, en el proceso de elaboración de nuestra Constitución? ¿Por qué no reconocer ese fenómeno, que se caracteriza como un momento único en la historia, en nuestra Constitución?

Para mí este no es un problema de si hay más balance, de si es 53 por ciento o 51 por ciento: estamos ante una realidad mundial histórica que tenemos que reconocer. Y si vamos a darnos un nuevo instrumento, por qué no hacerlo de manera que quede plenamente reconocido.

Asimismo, se halla lo relativo a los pueblos indígenas.

Yo represento a una región que tiene, porcentualmente -no numéricamente- el mayor número de población indígena en nuestro país. Hace 20 o 30 años no existían: no había representantes indígenas en los concejos municipales; no los había en el consejo regional ni en ninguna parte. Todavía eran sujetos de una forma absoluta de desprecio y subyugación.

Entonces, ¿por qué no permitir que esa realidad hoy día se exprese como corresponde? ¿Por qué no posibilitar que nuestros pueblos indígenas, largamente ignorados, sean reconocidos también cuando vamos a dictar una Constitución democrática, más allá del resultado, dicho sea de paso? El resultado puede ser cualquiera. Se dice, por cálculos, que a unos les conviene más que a otros. A mí no me interesa a quién le convenga más, sino que aquellos tengan el derecho a sentarse por sí mismos en la asamblea constituyente.

Finalmente, señora Presidenta, no puedo dejar de retomar algo que señaló una de mis colegas, a la que le encuentro razón: en este momento debemos tener cuidado con las presiones que se ejercen en nuestro país respecto de las cuestiones institucionales, algunas de las cuales son profundamente ilegítimas.

A muchos les han llegado todo tipo de mensajes; hemos recibido todo tipo de agresiones por pensar lo que creemos que es mejor para Chile.

Eso no es aceptable.

Nosotros, además de aprobar este acuerdo, tenemos que asegurarnos de que haya una nueva Constitución, porque ese sí es un hecho importante para nuestra nación, para que realmente todos tengan los mismos derechos, para que los derechos de todos sean claramente legitimados y validados por la Nueva Constitución.

La señora RINCÓN (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el Senador señor Girardi.

El señor GIRARDI.-

Señora Presidenta, en verdad, me parece que esta es una discusión que trasciende los debates de la legitimidad histórica, pues, efectivamente, hay una crisis de legitimidad.

Pero de lo que estamos hablando, desde mi punto de vista, es de la crisis total y absoluta de la democracia liberal que nos hallamos enfrentando; de la irrelevancia de la política; del anacronismo de nuestras instituciones, y de la desincronización de la política, de los parlamentos, de los espacios de toma de decisión con relación a la ciudadanía.

Este es un problema planetario, global que afecta a todas las comunidades y que involucra a toda la sociedad del futuro.

Algunos incluso plantean el término de los Estados nacionales y el avance hacia una nueva institucionalidad global, producto de que los problemas que tenemos trascienden a aquellos. Estos conflictos se están viralizando en todas partes del mundo; en cada rincón del planeta se viven situaciones a mayor o menor escala que la que estamos experimentando en Chile, que es justamente la ruptura de las instituciones tradicionales con esta nueva era digital.

Pero también nosotros tenemos una responsabilidad, porque este pacto social, este pacto político de gobernabilidad que se suscribió en el año noventa en cierta manera impidió los cambios que los chilenos deseaban y frustró sus esperanzas. Porque cada vez que los ciudadanos votaban por establecer el derecho a la salud o a la educación; que votaban por ampliar los espacios de libertad, de participación, aun cuando tenían mayoría, producto de la Constitución de Pinochet estas se transformaban en minorías haciendo ineficaz la acción política, incluso la de aquellos que habían ganado, a quienes en cierta manera se les había entregado la confianza de la soberanía popular.

Ello hizo, como consecuencia de un modelo que buscaba conservar la Constitución del 80, conservar un modelo neoliberal, conservar una manera de ser y estar en una sociedad, que se transformara finalmente en su peor enemigo. Y se convirtió en su peor adversario, al punto que hemos llegado adonde estamos hoy día, en que la Constitución de Pinochet ha sido derrotada, ha sido deconstruida por la ciudadanía. Si el proceso constituyente ya se gestó; si el plebiscito importante ya se formuló: murió la Constitución de Pinochet; murió una Constitución que permitió un modelo que llegó a niveles extremos en materia de desigualdad; que posibilitó que el crecimiento económico, respecto del cual algunos hablan acá que es muy importante, fuera capturado y monopolizado por unos pocos.

Entonces, lo que estamos viviendo hoy día con respecto a la Constitución del 80, producto de lo que ocurrió con la ciudadanía, es un acuerdo que pone una fecha de término, desde el día en que se vote que sí a la Nueva Constitución, al Tribunal Constitución; a la propiedad privada del agua; al Estado subsidiario; a la propiedad privada por sobre la salud, por sobre la vida. Es el fin de una Constitución que no garantiza derecho a la salud, a la educación, a la seguridad social.

Esos ya son activos que están absolutamente ganados para la sociedad, pues a mi juicio tales situaciones no volverán a imperar en nuestro país.

Yo por lo menos aspiro a una Constitución para unos pocos años, porque los cambios son tan rápidos, tan profundos que cualquier Carta que hagamos hoy día lo más probable es que dentro de diez años la tendremos que volver a revisar, pues estamos viviendo otra época, con otras prioridades.

La era digital está pulverizando todas las instituciones, y las nuestras son lentas.

Imagínense al propio Presidente Piñera en la crisis en que estamos hoy día. En un sistema parlamentario ya habríamos tenido distintos tipos de fórmulas para dar respuesta rápidamente a una situación de crisis que es mucho más profunda de lo que pensamos y que se halla en pleno proceso de desarrollo.

No puedo dejar de referirme a cuestiones que son centrales.

Pareciera que viviéramos en un mundo totalmente desincronizado con la realidad; pareciera que la temporalidad de la política estuviera en el pasado. ¡Cómo oponerse a la participación de las mujeres! ¡Cómo ver su participación como una amenaza!

No creo que ese sea el único cambio relevante que existe hoy día. Me parece que todos los cambios que estamos viviendo son significativos y están generando una nueva civilización.

Muchas veces tenemos ceguera y debemos lidiar con una institución acostumbrada a los procesos verticales, a las contrapartes, y no nos damos cuenta de que aquí está emergiendo una nueva realidad: el fin del patriarcado, el término de muchas cosas que a lo mejor algunos atesoraban, pero que ya nunca más se van a volver a dar.

La discusión que tenemos hoy día es muy parecida a la que se dio en 1948, cuando los sectores conservadores no querían darles el derecho a voto a las mujeres.

El señor COLOMA .-

¡Ahí estuvo mi abuelo!

El señor GIRARDI.-

¡Es el mismo debate!

Lo que pasa es que las discusiones se van reiterando en la historia, porque versan sobre las mismas cuestiones que durante décadas les impidieron a las mujeres tener derecho a voto.

El señor COLOMA .-

¡Está diciendo puras falsedades! ¡Mi abuelo estuvo presente cuando ocurrió aquello!

El señor GIRARDI.-

Yo reconozco la actuación del abuelo del Senador Coloma,...

La señora RINCÓN (Presidenta accidental).-

Ruego a Sus Señorías evitar los diálogos.

El señor GIRARDI.-

... porque finalmente, tardíamente les dimos el derecho a voto a las mujeres.

¿Pero por qué las mujeres durante tantas décadas no podían votar y los hombres sí? Por las mismas razones que hoy día a las mujeres no se les quiere dar la paridad de género, pues se encuentra que ello constituye una alteración del orden democrático.

Señora Presidenta, la única alteración del orden democrático para mí es una sociedad absolutamente discriminatoria contra la mujer.

La prueba la tenemos acá: somos cuarenta y tres Senadores, y hay muy pocas mujeres.

Si no construimos un mecanismo para que las mujeres puedan participar, jamás en este sistema machista, patriarcal habrá paridad de género y tendrán una participación equivalente a la de los hombres.

Además, está la fidelidad de muchos de quienes recibimos votos de mujeres. Pero parece que aquella solo se plantea en tiempos de campaña y dura hasta el momento de la votación.

Señora Presidenta, también considero un error histórico la no participación de los pueblos originarios. Creo que para Chile el mayor conflicto político, social y cultural no resuelto tiene que ver con los pueblos originarios.

No cometamos el mismo error del año 88, en que algunos se negaron a la posibilidad de construir un instrumento para avanzar.

Este no es un instrumento perfecto. Pero es el único de que disponemos para pasar al siglo XXI.

He dicho.

La señora RINCÓN (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra la Senadora señora Ebensperger.

La señora EBENSPERGER.-

Señora Presidenta, quiero hacer una breve reflexión con respecto a lo que acaba de señalar el Senador que me antecedió en el uso de la palabra.

Yo le recomendaría revisar la historia: fue el Partido Conservador el que quiso que la mujer votara, y era precisamente la Izquierda la que se oponía, pues pensaba que las mujeres iban a votar a favor de los políticos conservadores.

Lo planteo como un reconocimiento al abuelo del Senador Coloma, quien tuvo un gran papel en ello.

El señor COLOMA .-

¡Sí, pues!

La señora EBENSPERGER.-

Efectivamente, señora Presidenta, hoy día estamos en un momento muy importante de nuestra historia, que no solo va a repercutir en abril del 2020, con el plebiscito; en octubre, con la elección de los constituyentes, y luego con el plebiscito ratificatorio, sino que los efectos de lo que estamos viviendo continuarán en los años venideros.

La sociedad está conformada por personas que pensamos distinto, lo cual debe estar reflejado en aquello que nos regula, en nuestras instituciones, en nuestras discusiones.

Entonces, como pensamos diferente, la manera de avanzar como país es hacerlo a través de la conversación y de los acuerdos.

¿Qué significa llegar a un acuerdo? Que personas o partidos, en este caso, con posiciones distintas ceden en aquello que no transgrede sus principios para el beneficio de toda la ciudadanía y de todo el país.

Así, el 15 de noviembre la gran mayoría de los partidos de nuestra nación firmó un acuerdo, y para el partido al que pertenezco, la UDI, aquello fue difícil de hacer.

Yo creo y valoro la actual Constitución, pues a mi juicio representa y resguarda los derechos de los chilenos.

Entiendo -no la comparto, pero la respeto- la posición de las diferentes bancadas.

La UDI cedió, firmó ese acuerdo y aprobó el plebiscito de abril del próximo año, para que sea la ciudadanía la que decida finalmente qué hacer.

Pero, señora Presidenta, el acuerdo debe respetarse.

Esto se consagra en el último punto, en el número doce del referido acuerdo. Y a ello se comprometieron todos los Presidentes de partido que lo firmaron.

Sin embargo, hoy nos encontramos con que hay indicaciones que transgreden dicho acuerdo.

El Senador Harboe dijo que las indicaciones eran acuerdos complementarios. Ahí mismo está reconociendo que no forman parte del acuerdo original.

Entonces, quiero decirle a Su Señoría que lo básico de un acuerdo es que sus términos se respeten y no se impongan. Y para modificarlo o para introducir un acuerdo complementario al menos deben concurrir las mismas partes que firmaron el acuerdo original. De lo contrario, no puede hacerse. No puede haber un acuerdo complementario o plantearse una modificación si las mismas partes que firmaron el acuerdo primitivo no participan de ello.

Por lo tanto, el llamado hoy día es a respetar la palabra.

Los acuerdos se cumplen de buena fe. Si transgredimos la buena fe, cada día será más difícil firmar nuevos acuerdos.

Señora Presidenta, permítame señalar que además estoy en desacuerdo con las referidas indicaciones, porque la democracia se fundamenta sobre dos principios esenciales: igual derecho a elegir, es decir, todo ciudadano tiene derecho a votar en igualdad de condiciones y a que su voto valga lo mismo que el del resto de los ciudadanos; igual derecho a ser elegido, esto es, todas las personas que cumplan con el requisito de edad mínima requerido podrán presentarse como candidatos en elecciones, en el contexto de elecciones libres y competitivas, y sin restricciones ni privilegios determinados.

Por lo tanto, el establecimiento de escaños reservados atenta contra tales principios, materializaciones de la igualdad ante la ley en su faz política, en cuanto distorsionan arbitrariamente la voluntad soberana.

Es incompatible con la democracia que el voto sea cercenado, restringido y dirigido ex ante de la elección.

Estos principios se hallan consagrados, además, tanto en la Declaración Universal de Derechos Humanos como en el Pacto de San José de Costa Rica, tratados internacionales vigentes y ratificados por Chile.

El artículo 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que la voluntad del pueblo se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto. Se entiende por voto igual aquel en razón del cual todos los votos de los electores valen lo mismo, teniendo el mismo poder para elegir escaños en un cuerpo colegiado.

El Pacto de San José de Costa Rica consagra el derecho al sufragio universal e igual y por voto secreto, que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores. Y establece, a su vez, que esto puede ser modificado en atención a criterios de edad, nacionalidad, residencia, idioma o capacidad civil o mental, pero no por causales de sexo ni raza.

Señora Presidenta, yo quisiera hacer un llamado de atención a todos los partidos políticos para que la paridad y la representación de pueblos originarios por la que hoy claman esté reflejada en sus futuros candidatos a constituyentes, si ese es el camino que la ciudadanía, en ejercicio de la soberanía nacional, decidiera en abril próximo.

Escaños reservados, señor Presidente, es decir y reconocer que no todos los chilenos somos iguales. Y yo, por lo menos, no estoy disponible para un reconocimiento de esa naturaleza.

Gracias.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene, a continuación, la palabra el Senador Rabindranath Quinteros.

El señor QUINTEROS.-

Señor Presidente, más que entregar argumentos para fundamentar mi voto favorable, prefiero, en esta oportunidad histórica, dirigirme a los jóvenes.

Ellos son los protagonistas indiscutibles de los acontecimientos que han estremecido al país en los últimos sesenta días y que han permitido que hoy estemos dando este primer gran paso para contar con una nueva Constitución.

Su firme voluntad, que cuestiona y al mismo tiempo propone cambios profundos, se ha expresado de mil formas: en las calles, en las redes sociales, en asambleas y cabildos y también en la última consulta municipal.

Quiero llamar a esos jóvenes, en primer lugar, a que sean conscientes de su triunfo. Si bien nada es definitivo o nada ha sido obtenido, después de la aprobación de esta reforma no habrá barrera institucional que impida que puedan diseñar y construir la nueva casa que queremos para todos los chilenos, una oportunidad que no ha tenido ninguna otra generación en la historia de Chile.

En toda época los jóvenes han luchado por sus ideales, pero no todas las generaciones han podido concretar logros históricos.

Mi generación vibró con el triunfo popular hace cincuenta años, pero luego debió sufrir en carne propia una derrota aplastante y dolorosa.

A fines de los ochenta, otra generación de jóvenes encabezó la lucha contra la dictadura y abrió paso a la recuperación de la democracia.

Ahora ustedes, jóvenes, pueden sentirse orgullosos de estar provocando este gigantesco cambio.

Entonces, lo primero es reconocer este gran logro.

Créanme si les digo que no son muchas las victorias en la vida, pero permiten alimentar la esperanza y soportar los momentos de incomprensión y desaliento que siempre, siempre aparecerán en el camino.

Sé que para muchos de ustedes, el mecanismo de convención constitucional no será suficiente si no considera debidamente la representación de mujeres, pueblos indígenas e independientes. Comparto plenamente esta visión, pero ello no puede llevar a desconocer los avances alcanzados.

Todavía hay un sector que tiene miedo a los cambios. Pero si no es ahora o en las próximas semanas, será la Nueva Constitución la que, con toda seguridad, garantizará la debida representación de mujeres, pueblos indígenas e independientes. Eso no lo podrán evitar.

Quiero también hacerme cargo de una pregunta que me han hecho varias personas, especialmente ustedes, los jóvenes: ¿Por qué no hicimos nosotros estos cambios antes?

Efectivamente, después del triunfo del "No" se intentó una y otra vez reformar la Carta Fundamental, fracasando en muchas oportunidades por los altos quorum exigidos, que lo hacían imposible si no se alcanzaban grandes acuerdos.

El resultado final es la Constitución actual, que no es la misma que diseñó Pinochet, pero que sigue limitando la voluntad democrática de los chilenos en muchos ámbitos y, sobre todo, que sigue careciendo de la plena legitimidad que debe tener para interpretar a todos los chilenos.

Muchos proyectos de reforma constitucional fueron presentados. El mismo que estamos votando hoy tiene entre sus antecedentes uno iniciado hace más de ocho años.

Especialmente cuando los gobiernos de Centroizquierda se plantearon transformaciones más estructurales y chocaron nuevamente con barreras como el Estado subsidiario, los altos quorum y el Tribunal Constitucional, quedó en evidencia que se necesitaba contar con una Carta Fundamental surgida plenamente del debate democrático.

Cuando muchos pregonaban que la Constitución no interesaba a la gente; cuando era impopular levantar demandas democráticas; cuando lo único que importaba era la demanda sectorial; cuando la plaza Italia, de Santiago, solo convocaba a hinchas deportivos; cuando se perdían votos si se politizaba mucho el discurso, hubo quienes, como mi partido, el Partido Socialista, insistían y levantaban la bandera de una nueva Constitución surgida de una asamblea constituyente.

La Presidenta Bachelet avanzó, convocó a cabildos, no muy masivos, propuso un camino e incluso un nuevo texto constitucional, que quedó relegado al olvido por el nuevo Gobierno.

Con posterioridad al 18 de octubre, mi partido y otros de la Izquierda y del Centro repusieron la demanda de la Nueva Constitución, y luego concurrieron al histórico Acuerdo del 15 de noviembre, junto con los partidos de Chile Vamos que, justo es reconocer, estuvieron dispuestos a hacer concesiones.

No es verdad, entonces, que el actual orden institucional fue aceptado pasivamente por la actual Oposición.

Los partidos, unos antes que otros, unos con más convicción que otros, han planteado el camino de una nueva Constitución y de una asamblea constituyente desde hace muchos años.

Esto es justo reconocerlo, pese a todos los errores cometidos. La política ha tenido sentido. No se compren el discurso mentiroso, que ya levantó Pinochet hace cuarenta años, de desprecio a los llamados "señores políticos", para promover el desinterés en la política misma.

Señor Presidente, el nuevo mundo que surge por todas partes, con sus oportunidades y amenazas, le pertenece a los jóvenes. Ellos podrán definir las reglas que nos regirán por los próximos cuarenta años, en que la economía, la política y la cultura cambiarán profundamente.

A través de los partidos, nuevos o viejos, y también a través de nuevos canales que se abrirán, su compromiso y participación activa y permanente será determinante para la renovación, la sanidad y la eficacia de la democracia, que continuará siendo el único medio legítimo para abordar nuestras diferencias y la construcción de una sociedad que queremos, el único sistema en que nuestros sueños pueden encontrarse con los sueños de otros.

He dicho.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, a continuación, el Senador David Sandoval.

El señor SANDOVAL.-

Señor Presidente:

"Este es un día muy grande, tenemos razones para celebrar, pues tenemos una Constitución democrática, lo que significa el mejor homenaje a las glorias patrias. Hoy despunta la primavera.

"Esta Constitución ya no nos divide y tiene que ver con los reales problemas de la gente.

"Ahora podemos decir que la transición en Chile ha concluido, que está acorde con la tradición histórica de Chile".

Son palabras del ex Presidente Ricardo Lagos, expresadas aquel 17 de septiembre de 2005, cuando se promovía una nueva Constitución con más de cincuenta y cinco reformas a la Constitución del año 1980.

Desde entonces a la fecha, otras treinta y una modificaciones se han incorporado a ese cuerpo legal.

Y todos sabemos quién la suscribe. Incluso, aquí hay presentes parlamentarios que también participaron en ese acto del 17 de septiembre de 2005.

Se aplaudía. Todos estaban contentos y felices.

El próximo 26 de abril del año 2020, Chile será convocado a pronunciarse sobre qué quiere, cómo lo quiere y de qué manera se van a implementar los cambios. Esa es la forma democrática de hacer los cambios que evidentemente han quedado de manifiesto con los anuncios, con los reclamos y con los planteamientos de nuestra sociedad.

Hoy se somete a nuestra consideración el cumplimiento del numeral 12 del Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución, que se suscribió aquí el 15 de noviembre, tras el llamado que el propio Presidente de la República realizó aquel 12 de noviembre, en un minuto en el cual estábamos realmente insertos en una condición muy compleja. Se nos había llevado a una posición donde nos encontrábamos al borde de un abismo y teníamos que responder.

Y aquí hay que destacar el mayoritario respaldo de prácticamente once partidos. Hubo unos pocos que se restaron porque sus objetivos no están centrados en la forma de llegar a acuerdos sobre la base del diálogo y la conversación, sino, fundamentalmente, en actuar desde las trincheras o las barricadas, una situación que nuestro país vivió hace ya algunos años y que aquí más de alguno ha recordado. En esa época de crisis se generó un gran quiebre, un gran dolor, porque fuimos incapaces de sentarnos a conversar, a construir un diálogo, puesto que había algunos que simplemente propiciaban o querían una ruptura total de la institucionalidad.

Hoy día, a Dios gracias, no estamos sometidos a esa disyuntiva. Hoy día los once partidos responsablemente se sentaron a la mesa a construir un acuerdo. Y tiene razón el Senador Harboe -por su intermedio, señor Presidente- cuando señala que aquellos que se restan son irresponsables en la hora que vive nuestro país. Irresponsables, efectivamente.

Si no somos capaces de construir los acuerdos, de dialogar, de encontrar puntos de encuentro, evidentemente que seremos muy irresponsables.

Y quienes pretenden eso tendrán que asumir los costos y, fundamentalmente, la responsabilidad, por no estar a la altura de lo que la sociedad chilena nos está imponiendo.

Yo creo que, al contrario, la suscripción de este Acuerdo del día 15 de noviembre ratifica una voluntad mayoritaria por tratar de avanzar precisamente en la urgencia que tenemos. Hoy es el momento del diálogo y de la reconstrucción del alma de los chilenos. No podemos permitir, bajo ninguna circunstancia ni ningún pretexto, que esto nos lleve a una condición donde nuevamente los adversarios no tengamos la capacidad para el reencuentro. Nuevamente vemos la intolerancia y las agresiones en diferentes formas en las calles, aunque sin duda son pocos los que se están haciendo parte de un diálogo y de un lenguaje que no va con el sentir de la inmensa mayoría de los chilenos.

Hoy es el momento, precisamente, de sentarse a la mesa y avanzar en la construcción del país que todos queremos, un país inclusivo, con calidad de vida, con paz social; un país que, en definitiva, lleve por delante los grandes objetivos del desarrollo para asegurar a todos su plena realización.

Creo que hoy es el momento del diálogo. Estamos en un minuto trascendente e histórico. Y tal como se ha llevado adelante este proceso, en este caso en particular votaremos a favor de esta iniciativa, porque creo que hay que poner al país por sobre cualquier otra legítima diferencia.

Nosotros hemos renunciado. Lo han hecho también los diferentes actores políticos. Y quiero validar que aquel Acuerdo del 15 de noviembre, a altas horas de la noche, habla, precisamente, de grupos responsables. Los demás tendrán que hacerse cargo del peso de la historia, porque con las demandas, con la violencia en las calles evidentemente no vamos a construir.

Lo que los ciudadanos nos piden hoy día es mesa, es diálogo, es construcción, para avanzar en el verdadero futuro y en el verdadero encuentro de los chilenos.

He dicho.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene, a continuación, la palabra la Senadora Carolina Goic.

La señora GOIC.-

Señor Presidente, yo quiero hoy día reafirmar por qué estamos aquí. Y voy a hacerlo desde palabras de ánimo, desde palabras como "futuro" y "esperanza".

Soy una mujer tremendamente creyente; tengo una enorme fe, de la cual nunca he renegado. Pero yo quiero hoy día, como mujer creyente, no hablar desde el ruego, desde la desesperanza, sino desde lo que le pasa a uno cuando se levanta y dice: "Que estas veinticuatro horas que tengo valgan la pena". Y se acuesta en la noche, y en el minuto de estar sola frente a uno misma, dice: "Gracias, Señor, por ser parte de lo que viví en este día".

Y creo que eso es lo que está esperando Chile, creo que eso es lo que necesita: una mirada de esperanza a partir de lo que hemos visto, que dé certeza. Y, sin duda, cumplir el Acuerdo es parte de ello.

Estamos acá para cumplir ese Acuerdo que fijan la mayoría de las fuerzas políticas, aquellas que fueron capaces, en un hito que sin duda fue esperanzador, de salir de sus trincheras y decir: esto no es la imposición de uno sobre otro, sino una respuesta a la inquietud de los ciudadanos, de los chilenos y chilenas que salieron a la calle a correr el cerco. Ellos nos dijeron: "Oigan, si quieren hacer su trabajo, háganse cargo y abran los espacios para que se exprese la ciudadanía y se construya esta nueva casa común".

Para eso estamos, no para imponer una verdad sobre otros, sino para dar paso a la ciudadanía, para que la política haga su trabajo. Y de eso yo me siento agradecida. Siento que es un privilegio ser parte de este momento y garantizarlo.

Quiero, además, señalar con mucha fuerza que lo que hoy día hacemos no es borrar nuestra historia. Hemos escuchado los discursos, muchos, donde señalamos la importancia de avanzar en una Constitución que se redacta, que se construye en democracia. Pero eso no borra nuestra historia. Esta Nueva Constitución se va a construir sobre lo que hemos vivido, sobre la historia de nuestro Chile, con todas sus luces y con todas sus sombras. Y eso implica no renegar; significa asumir; significa hacer el aprendizaje, lo que me parece muy importante.

Esta Nueva Constitución, escrita en democracia, con participación ciudadana, se construye sobre asumir el trato que hemos dado a nuestros pueblos originarios, el genocidio de los pueblos originarios en nuestra región; o cómo se implementó el proceso que hoy día aprenden nuestros niños en los libros de historia: de "pacificación" -¡pacificación!- de La Araucanía; o nuestros quiebres democráticos, las violaciones a los derechos humanos.

Pero también se construye sobre un proceso de transición ejemplar; sobre la superación, probablemente, de la extrema pobreza; sobre aquellos procesos en que hemos invisibilizado una y otra vez a las mujeres.

Es sobre nuestra historia republicana, asumiéndola, que hoy día nos atrevemos a mirar nuestro país con otros ojos, a dejar atrás las reglas con las que siempre hemos hecho las cosas.

Y en eso yo quiero reconocer a quienes han cedido, porque entiendo que duele. Quiero reconocer lo que hace hoy día la UDI, que dice: "Acá cedemos". ¡Qué bien! Me gustaría, además, que otras fuerzas políticas que se han restado, que califican de espurio el Acuerdo, que dicen: "es a puertas cerradas", hubieran hecho lo mismo.

Pero la mayoría estamos aquí y queremos construir. Yo quiero hoy día hacer la invitación a ir un paso más allá, a complementar. Porque así como muchos se atreven a ceder, por qué no dar paso a formas distintas, a un mundo que es más desafiante, donde la clave para los ciudadanos no es entre Izquierda y Derecha, no es entre Gobierno y Oposición, sino enfrentar los desafíos de futuro en forma más dialogante, en una relación distinta con nuestro medio ambiente, poniendo al centro efectivamente al bien común, donde no es el mercado el que determina el bienestar de las personas, donde hay tres "e" que funcionan en conjunto: la economía, la ética, la ecología.

Nuestra casa común, las reglas que nos damos para administrarla, pero también el medio ambiente en que nos encontramos: eso es lo que hoy día estamos discutiendo.

Yo confío en Chile, confío en los chilenos y chilenas, y me gustaría que este Acuerdo que hoy día sellamos, y que además va a requerir de muchos acuerdos posteriores, se aprovechara y diéramos la señal, a aquellos que desconfían de nosotros, de que estamos dispuestos a incorporar una mitad de mujeres, a los efectos de representar la realidad de Chile; que estamos dispuestos a incorporarlos y saldar la deuda con nuestros pueblos originarios; y además precisar que este no corresponde al acuerdo de los partidos políticos, sino que también es el espacio para la gente común y corriente, para los independientes.

Quiero terminar leyendo una frase de la columna de opinión de un gran amigo, Cristián Warnken: "Hoy en Chile estamos secuestrados por ellos: los que no quieren cambiar nada (Chicagos atrincherados en las oficinas de asesores de La Moneda) y los que quieren cambiarlo todo (revolucionarios que se han atrincherado en las calles y las barricadas). La inmensa mayoría de los chilenos son más sensatos y saben que se necesitan cambios urgentes, y no solo económicos (también culturales)".

A esa mayoría de chilenos y chilenas hoy día les estamos respondiendo. Aprovechemos la ocasión. No dilatemos la discusión. Demos muestras de que, efectivamente, escuchamos, hacemos nuestro trabajo y trazamos esa ruta para un Chile que sea mucho mejor, que sea más justo, que se construya sobre bases comunes.

Apruebo no solo el acuerdo que estamos votando en este segundo, sino también aquellas indicaciones que buscan responder a la ciudadanía.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

A continuación, tiene la palabra el Senador Galilea.

El señor GALILEA.-

Señor Presidente, no cabe duda -y así lo han hecho ver los Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra- de que hoy Chile está viviendo un momento estelar.

Stefan Sweig hablaba de los .

Momentos estelares de la humanidad

Chile, quizás, está viviendo un momento estelar, y por razones bien curiosas.

Chile, prácticamente por donde se le mire, se encuentra en el mejor momento de su historia:

Durante los últimos treinta años, quizás como nunca, el país logró conjugar democracia con progreso.

Si uno mira la cobertura en salud, más allá de todos los desafíos que tenemos, probablemente Chile nunca antes en su historia alcanzó el nivel de cobertura actual.

Si uno observa la oferta cultural, probablemente Chile nunca antes exhibió una oferta de tal envergadura.

Si uno mira los niveles de pobreza, Chile nunca antes tuvo menos pobres.

Y así, suma y sigue.

En los últimos decenios, el país logró construir el mejor Chile, como no lo habíamos alcanzado nunca antes.

¿Lleno de desafíos? Por supuesto que lleno de desafíos.

Y dentro de tales desafíos nos encontramos con la encrucijada actual: en el acuerdo del 15 de noviembre recién pasado los principales partidos y fuerzas políticas de Chile deciden preguntarle a la ciudadanía si construimos una nueva casa, si queremos una nueva Constitución, o si queremos seguir con la actual.

¿Era estrictamente necesario construir una nueva casa? Acá, muchos probablemente pueden sustentar opiniones diferentes. De hecho, la ciudadanía, en abril próximo, va a decidir si quiere construir una nueva casa entera o si quiere mejorar la casa que tenemos.

Si la mayoría decidiera construir una nueva casa, vamos a estar optando por el camino probablemente más exigente que se nos pueda haber ocurrido: ¡el más exigente!

Y siendo el más exigente, es el más riesgoso; y como es el más riesgoso y el más exigente, va a requerir mayor seriedad, mayor responsabilidad, mayor sabiduría y mayor prudencia de todos nosotros.

Ese camino, necesariamente, tendrá que excluir los ofertones constitucionales, los eslóganes, la política chica. Y, por supuesto, deberá excluir definitivamente la mentira y la violencia.

Solo eso nos dará la oportunidad, si nos embarcamos en la construcción de una nueva casa, de asegurar que esa casa sea, efectivamente, mejor para todos; que esa casa nos siga conduciendo por un sendero de progreso, por un sendero en que cada vez las carencias que hoy día más sentidamente manifiesta el pueblo chileno, en torno a salud, en torno a previsión, en torno a educación y en torno a seguridad, se vayan superando.

El desafío que tenemos por delante es inmenso. Y por eso estamos viviendo un momento completamente estelar en la historia de nuestro país.

Quiera Dios que todos nosotros y que el pueblo de Chile sepamos sabiamente tomar las decisiones correctas. Y que cada uno, en el rol que le corresponde cumplir, dé lo mejor de sí para construir acuerdos que, de verdad, vayan en beneficio y en pro de todos y cada uno de los chilenos.

Muchas gracias.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

A continuación, tiene la palabra el Senador Jaime Quintana.

El señor QUINTANA.-

Señor Presidente, hace nueve meses, el 12 de marzo, cuando asumimos la Mesa del Senado, expresé mi aspiración de avanzar en el debate sobre una nueva Constitución, una nacida en democracia y que cuente con la legitimidad de origen y de ejercicio que toda Carta Magna requiere para poder ser llamada como tal.

Dos días después fuimos junto a usted, señor Vicepresidente, a La Moneda, al saludo protocolar con el Presidente Piñera. Ahí le señalamos la necesidad de continuar con el proceso constituyente iniciado por la Presidenta Bachelet, propiciando la discusión del proyecto sobre Texto Constitucional radicado en el Senado y sobre el mecanismo para su modificación, que había quedado ingresado en la Cámara de Diputados. También le sugerimos que siguiera una estrategia "a lo Macri", tal como el ex Presidente argentino lo hiciera con la discusión sobre el aborto, asunto con el que se manifestaba abiertamente en contra, pero en que incentivó que se realizara el debate legislativo.

La respuesta, como era esperable, fue que había otras prioridades. Para ser sincero, en ese momento pensaba que Macri podía seguir siendo Presidente y que la Constitución chilena todavía tendría algunos años más de agonía. Pero la gran gracia de la historia es su capacidad para sorprendernos.

Para muchos, el 18 de octubre Chile despertó. La movilización más grande desde el retorno a la democracia, mezcla de una maravillosa expresión pacífica y de una condenable actividad violenta, le hacía ver a todo el país, primero en Santiago y rápidamente extendiéndose a todas las regiones, que el sistema neoliberal no daba para más y que su andamiaje institucional, la Constitución Política, se había agotado.

Pero tengo dudas de que Chile haya despertado ese día. Creo que ya estaba despierto desde mucho antes. El problema es que la política no había sido capaz de dar las respuestas adecuadas a una ciudadanía que velozmente comenzó a cambiar y a madurar frente a nuestros ojos.

Desde hace mucho tiempo, todos los estudios de opinión mostraban una abrumadora mayoría de chilenos y chilenas a favor de una nueva Constitución. Solo menciono algunas cifras de la consultora Cadem: el año 2015, un 77 por ciento apoyaba la necesidad de una nueva Carta Fundamental; el 2016, un 72 por ciento; el 2017, un 79 por ciento, y el 2018, un 82 por ciento.

La movilización del 2019, en el ámbito constitucional, reafirma aquella opinión mayoritaria de la ciudadanía.

En la consulta ciudadana desarrollada por los alcaldes el domingo pasado, con participación de dos y medio millones de personas, el 92 por ciento manifestó que quiere una nueva Constitución. Lo acabamos de conversar con el alcalde Codina y con la directiva de la Asociación Chilena de Municipales.

Las cifras son elocuentes.

Esta discusión ya no tiene que ver con ser de Izquierda o de Derecha, ni con haber estado en contra o a favor de la Constitución del 80 en sus inicios, ni tampoco con identificarse con la Oposición o con el Gobierno. La discusión de hoy día tiene que ver con nuestros desafíos presentes y futuros como país.

Muchas veces algunos sectores repitieron hasta el cansancio que la Nueva Constitución era una demanda ideológica y etérea, que en nada se relacionaba con los problemas reales de las personas. Y fueron poniendo trabas al debate, impidiendo abrir los cerrojos para iniciar el cambio de Constitución. Así, algunos le dieron un portazo al proceso constituyente que había iniciado el Gobierno anterior con una participación de 200 mil chilenos y chilenas en su primera fase.

Visto en perspectiva, y aunque nadie posee la rueda de la fortuna para ponerse en escenarios hipotéticos, tal vez las demandas ciudadanas se hubiesen canalizado de otra manera si ese proceso constituyente hubiera seguido su itinerario. Pero, en fin, las cosas son como son.

Por eso es tan importante señalar que, aunque todo el mundo político tiene responsabilidad en esta crisis, no todos compartimos el mismo grado de responsabilidad. Hay algunos que siempre se opusieron a los cambios y que incluso transcurridos más de dos meses desde el estallido social aún no logran comprender la profundidad de los fenómenos que estamos viviendo.

Ya todos saben cómo llegamos a la madrugada del 15 de noviembre. Una noche inédita, con escenas que nunca voy a olvidar: Senadores y Diputados empujando el mismo carro; referentes de la política de la transición llegando a acuerdo con nuevas generaciones y partidos emergentes; tiendas políticas de miradas divergentes dialogando para llegar a entendimientos. Primero, cada uno en sus trincheras; luego, la Oposición con el Oficialismo. Así iba tomando forma, reunión tras reunión, durante varios días, el acuerdo político más importante de los últimos treinta años.

Las jornadas previas fueron claves. Desde el Senado y la Cámara de Diputados intentamos asumir el rol que le correspondía al Congreso en este debate. Nos reunimos, junto a Iván Flores, con los Presidentes de ambas Comisiones de Constitución. Le dijimos al país que el proceso constituyente estaba en marcha y que lo íbamos a empujar, independiente de la posición que en ese entonces tenía el Gobierno.

Pero el telón de fondo para muchos era el miedo. Distintos miedos. El miedo a la vuelta de los militares a la calle; el miedo a la continuidad de las jornadas violentas que tanto daño estaban causando a familias humildes y pequeños empresarios; incluso el miedo al "que se vayan todos".

Sinceremos las cosas: fue el miedo el que logró cerrar esa brecha insalvable entre quienes siempre habíamos empujado un cambio constitucional y quienes se habían opuesto férreamente a ello.

Hoy día, en esta Sala, lo que estamos dirimiendo es si, una vez pasada la etapa más fuerte del miedo, mantenemos la convicción de generar por primera vez en nuestra historia un pacto social democrático e inclusivo. Y reitero: ¡por primera vez en nuestra historia! Lo que le vamos a decir a Chile es si podemos ofrecer un camino constitucional basado en la esperanza, en la participación, en la apertura.

Tenemos una oportunidad histórica. Chile nunca había podido otorgarse un verdadero contrato social. Lo que estamos decidiendo aquí puede -y eso esperamos- transformarse en el punto de inflexión hacia la construcción de un país moderno e inclusivo, o podría también convertirse en un gatopardismo que termine profundizando la distancia entre la ciudadanía y sus instituciones.

Eso depende de si el órgano constituyente es o no representativo de la diversidad del país. Algunos plantean que esa diversidad está garantizada por la representación que le otorga el voto a quienes resulten electos. ¡Por supuesto que ese aspecto es fundamental! Pero a estas alturas todos deberíamos estar claros de que eso no es suficiente. Basta mirarnos a nosotros mismos, a esta Sala, para dirimir si grupos tan importantes de la población, como las mujeres y los pueblos originarios (particularmente, el pueblo mapuche) se encuentran adecuadamente representados en proporción al número total de Senadores.

El siglo XXI es el siglo del feminismo. Y nuestro país aún tiene muchas deudas con las mujeres.

Por esa razón, señor Presidente, vamos a votar a favor tanto los primeros tres numerales como el número 4, originado en las indicaciones.

He dicho.

--(Aplausos en tribunas).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

A continuación, tiene la palabra el Senador Carlos Montes.

El señor MONTES.-

Señor Presidente, sin lugar a dudas, estamos ante una decisión histórica. A algunos les duele y les suena a sacrificio; a otros nos suena a una apertura, a otra idea de la democracia, del espacio para pensar, para actuar en el país.

Ni más ni menos, estamos tomando la decisión de abrir un camino para que los chilenos definamos democráticamente las bases de nuestra convivencia, los principios, los valores constitucionales con los cuales seguiremos construyendo este Chile.

No haré un discurso, porque ya se han dicho cosas muy valiosas. Quiero mirar las cosas, más bien, desde mi vida, desde mi experiencia.

Yo estoy acá desde 1990 y en dos años más terminaré mi condición de parlamentario. Y me ha tocado vivir el tiempo en que hemos estado muy restringidos, muy limitados. Somos parte de una generación que hoy día es muy cuestionada, muy criticada por no haber construido un país distinto en sus valores fundamentales.

Todo indica que este ciclo, esta experiencia va a terminar con nuevas bases, con una nueva Constitución, con un nuevo marco para pensar y actuar en el país.

A nuestra generación le ha tocado tomar decisiones con una camisa de fuerza impuesta por la dictadura. Es cierto que ha habido muchos cambios constitucionales, como aquí se ha dicho. Pero los valores fundamentales, con todas las restricciones y los límites, se han mantenido. La sensación -y se los digo a los colegas de enfrente- era que ante cualquier idea esperábamos que la Derecha nos hiciera el dedo hacia abajo o dijera "bueno". No había posibilidad de repensar las cosas, porque existía un marco, una camisa de fuerza que lo impedía.

Eso ha generado no la angustia que hoy día siente un Senador de en frente que ya intervino, sino sensaciones de frustración, de impotencia, de limitaciones frente a muchas cuestiones. Nos sentíamos con un marco que no podíamos trascender.

Yo recuerdo que la primera vez que sentí esto fue cuando discutimos el proyecto sobre el Sernam, en 1990, y sus facultades para ser un impulsor efectivo de un cambio profundo en el rol de la mujer en la sociedad chilena. Empezó el debate, y nos dijeron "esto es inconstitucional", "el quorum no corresponde". Y un Ministro de ese Gobierno por el lado llegó a una negociación con la Derecha y dijo "Bueno, hay que cambiar la institucionalidad. Hagamos una institución acompañadora, en un rol bastante más lateral".

Cuando discutimos la reforma municipal y tratamos de incorporar el debate mundial sobre los municipios, se nos señaló "No es posible democratizarlos en los términos que ustedes piensan porque es inconstitucional". Nos decían que no podían tener facultades para crear empresas, a diferencia de lo que ocurre en todos los municipios modernos del mundo.

En fin. Podría hacer un largo listado de experiencias en todos estos años que quedaron bloqueadas por esta camisa de fuerza.

¡Diez años estuvimos sin poder cambiar a los directores de los colegios municipales! ¡Diez años! Eso influyó decisivamente en las características y en los problemas que la educación tuvo.

Octubre de este año marca un hito. La ciudadanía, por distintas razones y por diversos móviles, manifestó su rechazo al tipo de sociedad en que vivimos, ¡su bronca con la sociedad!, ¡su bronca con las características humanas de esta sociedad, con la forma de relacionarnos!, ¡en definitiva, con el humanismo de esta sociedad!

Yo no creo que no se valore el crecimiento. Todo el mundo aprecia haber accedido a nuevos bienes y servicios que no se poseían antes. Pero se dice "Con todo esto, tenemos grandes desigualdades; hay privilegios; se dan abusos".

El tema de la humanización ocupa un lugar muy muy central.

Ahora bien, yo no comparto lo que se ha dicho aquí en el sentido de que este es el mejor Chile. Más bien es un Chile diferente que ha ido desarrollándose, pero con distintos tipos de inconsistencia.

La creación del Servicio Nacional de Salud o asumir el tema de la infancia de manera anticipada en el mundo, en la época de Allende y Cruz-Coke, también fue un tremendo avance.

No pensemos que se puede despreciar la historia de Chile a partir de un modelo que ha generado crecimiento, pero también grandes deshumanizaciones y enormes problemas.

Quiero valorar la capacidad y la profundidad de los dirigentes políticos de nuestro país, de haber comprendido la expresión ciudadana en un aspecto fundamental. Aquí hay una crítica profunda al tipo de sociedad que tenemos; aquí hay una crítica a los valores básicos de la sociedad. Y esta dirigencia política concuerda en un camino político para procesar esta explosión social, para recoger los aspectos fundamentales de ella. Y así se abre este camino del proceso constituyente que estamos discutiendo.

Estoy convencido de que la historia de Chile va a valorar enormemente a esta generación de dirigentes políticos por haber leído con profundidad la realidad, por haber tenido esta visión, esta seriedad.

Y aquí, frente a todos ustedes, quiero valorar a Jacqueline Van Rysselberghe y, particularmente, al Senador Coloma, que ha sido el que más se ha preocupado de que el modelo no sea tocado en nada -como se preocuparon otros antes-, porque sé del sacrificio que implica para el sector que representan aceptar que se rediscutan las bases de convivencia, a partir de la historia y de nuestras capacidades.

Quiero valorar a Mario Desbordes, a Fuad Chahin, a Catalina Pérez y, especialmente, a Álvaro Elizalde, quien se la jugó por completo para hacer posible todo esto. Y eso es lo que nos ha permitido llegar al punto actual.

Lamento las expresiones de Carlos Larraín en estos días, que dice que este es un golpe de Estado, que se está preparando un golpe de Estado. ¡No entiende nada de lo que está ocurriendo en Chile!

¡Todo esto es más profundo y serio que eso!

No tengo tiempo para reflexionar sobre el tema de fondo, que es la Nueva Constitución, pero está claro. Y en eso comparto lo manifestado por el Senador Girardi, porque creo que no solo debemos pensar en cómo resolvemos los problemas de los equilibrios de poder y los derechos pensando en la historia, sino que también tenemos que pensar en el futuro, en los nuevos desafíos, que son de carácter civilizatorio.

Existen temas nuevos.

Y el tema de la mujer, del género, de otra sensibilidad para mirar la realidad y de un poder distinto es fundamental. También lo son lo relativo a los niños, al cambio climático.

Hay temas nuevos que debemos incorporar en los valores de nuestra convivencia.

Los que tienen mucho miedo verán que los chilenos somos capaces de construir bases nuevas de convivencia dentro de nuestra diversidad, porque aquí somos diversos. Pero en estos años hemos vivido con la camisa de fuerza del neoliberalismo en lo que respecta a estos valores fundamentales.

Yo estoy convencido de que vamos a construir un Chile mucho mejor.

He dicho.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene a continuación la palabra la Senadora Carmen Gloria Aravena.

La señora ARAVENA.-

Señor Presidente, hoy estamos reunidos, en esta sesión extraordinaria, para concretar un paso relevante que, como bien decía mi antecesor en el uso de la palabra, fue fruto de un acuerdo transversal, donde el día que quedará en la historia, el 15 de noviembre, primó la generosidad y la responsabilidad con nuestro país, comprometiéndonos todos a darle la posibilidad a la ciudadanía para que decida sobre la elaboración de una nueva Constitución y el mecanismo por el cual se debe realizar este acto.

Creo profundamente en el honor que hay detrás de respetar los acuerdos, pues en ello se fundamenta la construcción de la confianza en la política, elemento fundamental que han recorrido todos los países que han sido capaces de consolidar sus democracias. Esto siempre trae de la mano que no existan ganadores ni perdedores; siempre debe ganar el país y los ciudadanos, sin aprovechamientos políticos, sin populismos.

Lo que se firmó es lo que, en mi opinión, debe ser respetado hoy día. Y, si se quiere mejorar los acuerdos, siempre voy a estar disponible para que, efectivamente, la representatividad de nuestra sociedad la podamos asumir todos los que suscribimos el documento original, a fin de concurrir unidos a modificarlos, igual que como lo hicimos el 15 de noviembre recién pasado.

En este punto quiero ser franca y hablar de cara al país.

Esta reforma es relevante, ¡muy relevante!, pues podría ser la carta de navegación que nos guiará por varias generaciones y demarcará las reglas de convivencia para nuestra patria en el futuro. Pero también es importante señalar que esta opción constituyente no será de manera absoluta la única respuesta a todos los problemas que aquejan a nuestros compatriotas, porque muchas de estas soluciones requerirán de nuestra sabiduría, generosidad y respeto, ingredientes fundamentales para el proceso que se avecina.

A pesar del evidente descrédito de nuestra institucionalidad, debemos ser capaces de devolver la esperanza a los ciudadanos, a cada uno de los chilenos, en un futuro mejor.

Estos últimos tres meses han sido tiempos muy difíciles. No hemos sido capaces -y hay que ser honestos en ello- de restaurar completamente el orden público y devolver a la ciudadanía la tan importante paz social. Y, más allá de estas graves situaciones, la intolerancia se ha tomado el debate público. Para mí, es una pésima señal que atenta contra la esencia de la democracia.

Respecto a la legítima necesidad de participación femenina, es un hecho que las mujeres, históricamente, nos hemos encontrado en desmedro en muchas esferas del ámbito público, pero también del privado, especialmente en los espacios de decisión, tal como ha ocurrido en este Parlamento. Gracias a normas que favorecen a las mujeres es que hoy en día más mujeres estamos en política. Sin la ley de cuotas, yo no estaría sentada en este escaño; muchas de nosotras no estaríamos en este Hemiciclo. Porque, si esperamos que esto se dé naturalmente, pasarán cientos de años para que esta desigualdad se corrija. En eso estoy absolutamente de acuerdo.

En el mismo contexto, la representación de pueblos originarios es un tema relevante, no solo para nuestro país en general, sino, especialmente, para mi Región de La Araucanía, por lo que estaré disponible para evaluar y construir, más temprano que tarde, reformas que permitan asegurar que este proceso incluya tanto a las mujeres como a los pueblos originarios. Pero, en mi humilde opinión, su modo de participación es una discusión que debe darse en otro momento, no hoy día -no estoy diciendo que sea en un futuro muy lejano-, con un debate técnico acabado, que otorgue participación femenina y también indígena, pero sin la imposición inmediata de medidas apresuradas que puedan limitar la postura principal, la cual trasciende a toda voluntad de acuerdo, que es dejar que la gente efectivamente decida, y que lo haga con calma, con tranquilidad.

En este momento, en que nuestro país se juega la legitimidad de la discusión de la Nueva Constitución, considero que debemos trabajar para que esta se desarrolle de la mejor manera posible, sin que la fuerza o la violencia, enemigos declarados de la democracia, empañen la legitimidad de una posible nueva Carta Fundamental.

Votaré a favor de esta iniciativa.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador Ricardo Lagos Weber.

El señor LAGOS.-

Señor Presidente, hoy estamos dando un tremendo paso: por primera vez en nuestra historia, los chilenos nos vamos a dar la posibilidad de definir, desde una hoja completamente en blanco, qué Constitución queremos para Chile.

No es que las Constituciones anteriores en nuestro país hayan sido ilegítimas, pero la forma y los procesos democráticos bajo los cuales fueron trabajadas son diametralmente distintos de aquellos que nos brinda la oportunidad que nos vamos a dar hoy día.

Vamos a hacer una consulta ciudadana, un plebiscito, en el que todos van a poder pronunciarse sobre si quieren o no una nueva Constitución, con dos opciones de mecanismo: uno mixto, y una asamblea constituyente o convención constituyente cien por ciento ciudadana. Y a partir de ahí vamos a ponernos de acuerdo mediante un quorum de dos tercios, el cual garantiza que nadie monopoliza y que fuerza a entender un mínimo que nos permita desenvolvernos como país.

Para que eso ocurra, tenemos que aprobarlo en abril.

Yo soy de los optimistas. Aquellos que estamos por los entendimientos hemos creído en los procesos institucionales. Para superar las barreras de esta estrecha democracia, o de esta democracia que nos ha ido quedando estrecha, debemos seguir este camino. Y voy a hacer campaña para lograr una nueva Constitución que sea cien por ciento ciudadana.

Respetaremos el resultado, pero trabajaremos por aquello.

Desde hace tiempo hemos tenido que convivir con la Constitución de Pinochet, una Constitución fraudulenta en su origen. Me consta. Acompañé a mi madre a votar y, cuando hubo que contar los votos, en el Liceo de La Salle en Ñuñoa, nos sacaron para afuera. Entonces, ¿es una Constitución fraudulenta? Sí. ¿Tuvimos que hacer la transición con esa Constitución? Sí. No fue lo óptimo, sino el precio a pagar para tener una transición lo más civilizada posible.

Y aprovecho de recordarles acá lo precaria y delicada que era nuestra democracia en ese entonces. Se acordarán del "ejercicio de enlace" y el "boinazo", donde no hubo ningún chileno marchando para defender nuestro sistema democrático en ese momento.

¡Ese era el estado de la transición chilena! Y sobre esa base hubo que trabajar y generar criterio, uniformidad y progreso en nuestro país, con todas las limitaciones que había. Pero esa misma Constitución sufrió muchas modificaciones; las más significativas, el 2015, bajo el Gobierno del Presidente Lagos, lo que, ciertamente, le permitió incorporar mejoras sustantivas, como sacar los enclaves autoritarios. Pero no era suficiente. Y el mismo Lagos dijo el 2015 que se requería una nueva Carta Fundamental.

Recién con el Gobierno II de la Presidenta Michelle Bachelet pudimos modificar el sistema electoral.

Aprovecho de recordar acá que el año 1989, para dar paso a la transición, se llegó a ciertos acuerdos. Lo señalo porque aquí se menciona tanto los acuerdos, que no se cumplen. ¿Cuál fue el más importante que se adoptó en la casa de don Ricardo Rivadeneira, quien hoy ya no nos acompaña? Que, tan pronto se constituyera el Congreso en democracia, se modificaría el sistema binominal.

¿Cuántas décadas pasaron antes de que se cumpliera?

En definitiva, ese fue el escenario.

Por cierto, Chile requiere una nueva Constitución, por todas las razones que muchos de ustedes aquí ya han expresado, la más fundamental, que ella nos interprete a todos y nadie se apodere de ella, de modo que todos nos sintamos parte de sus disposiciones. Porque las Constituciones "no son mías", sino de "todos nosotros". Para eso hay que partir con la hoja en blanco y partir con los dos tercios. Y me voy a preocupar de que así sea.

Sin embargo, señor Presidente, siento que en este debate hay un ausente. Hubo una discusión intensa en los últimos quince días en la Cámara de Diputados, y especialmente ayer. Aquí ocurre lo mismo hoy día: se expresan opiniones, pero observo que hay un vacío de liderazgo, porque no escucho la voz del Primer Mandatario respecto a qué opina y qué quiere en cuanto a una nueva Constitución. ¿Quiere que haya una nueva, o no? ¿Quiere convención mixta o asamblea constituyente? ¿Quiere paridad de género? ¿Quiere escaños reservados para los pueblos originarios? ¿Tiene algún criterio sobre los independientes?

¡Hay silencio por parte del Gobierno! Yo lo lamento porque, entendiendo lo delicado del tiempo que hemos vivido, la razón de que exista un acuerdo obedece, precisamente, a que hubo voluntades que confluyeron a él. El 15 de noviembre fue un día histórico, pues confluyeron veredas diferentes, generaciones distintas, miradas diversas a la construcción de ese entendimiento, el cual esperaba que recibiera un amplio respaldo y estuviera en sintonía con todo lo que hemos hecho.

Yo lamento ver al Gobierno ausente en esta materia.

Me queda un minuto, señor Presidente.

Podría decir muchas cosas sobre la nueva Constitución, pero solo deseo agregar que me gustaría que viniera acompañada de la mayor apertura e inclusión posibles. El tema de la paridad de género me parece esencial.

No podemos llegar tarde nuevamente. Hay un sector refractario en Chile que llega tarde a todas estas decisiones. ¡Llega! ¡Pero llega tarde! ¡Siempre! Llegó tarde a la instrucción primaria obligatoria a principios del siglo XX. Llegó tarde al voto de la mujer. Llegó tarde a otros temas importantes, como el de los hijos ilegítimos, el divorcio, el aborto en tres causales. ¡Para qué sigo nombrando!

Entonces, hagamos un esfuerzo en este ámbito.

Vamos a tratar las indicaciones y, si no es ahora, vamos a tener, más temprano que tarde, una sociedad paritaria, como corresponde.

Y termino acá, señor Presidente.

Tenemos a la vista un cambio notable. Yo llevo nueve años como legislador. He tenido la posibilidad de votar proyectos emblemáticos. Este, creo, es uno de los más importantes, ¡por lejos!, porque nos va a permitir, no destrabar una situación, sino comenzar a transitar por un camino distinto, que nos brinde la posibilidad de mirar con esperanza y optimismo el futuro y, sobre todo, dar una salida institucional a una demanda largamente esperada por los chilenos.

Señor Presidente, voy a votar a favor los tres primeros numerales del artículo único y, ciertamente, las indicaciones, que además he patrocinado, en materia de paridad de género, reserva de escaños para pueblos originarios y cuotas para independientes.

Muchas gracias.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene a continuación la palabra el Senador Carlos Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Señor Presidente, tengo la más firme convicción de que la actual Constitución está ligada a la precariedad y la desigualdad, por lo que, para que haya un verdadero acuerdo constitucional, deben estar presentes las mujeres, los pueblos originarios y los independientes. Al estar ausentes las mujeres de la Nueva Constitución, queda la mitad del país fuera, situación del todo inaceptable.

El establecimiento de un procedimiento para aprobar una nueva Constitución nace de un acuerdo político suscrito por distintos sectores, como respuesta a la crisis social que estalló en nuestro país el 18 de octubre y que tiene como fundamento las enormes inequidades que existen en nuestra sociedad y que se han arrastrado y profundizado por décadas.

Más allá de los esfuerzos por alcanzar acuerdos, resulta evidente que no está resuelta la verdadera y efectiva participación de una gran parte de nuestra sociedad, la cual, con justa razón, siente que sigue siendo excluida de la toma de decisiones relevantes sobre la forma en que se gestiona el poder en nuestro país.

Señalar expresamente que las personas que integrarían la convención constituyente elegidas por las urnas deben ser electas conforme al mismo sistema electoral aplicable a los Diputados es una muestra de que no hay voluntad clara para abrir espacios de participación efectiva a gran parte de los ciudadanos y las ciudadanas, quienes, en su inmensa mayoría, son personas independientes.

De esta forma, con lo señalado en el referido acuerdo, lo que se hace es reproducir las lógicas existentes actualmente en el Congreso, donde son los partidos políticos los que definen, en gran medida, quiénes pueden acceder o no al Parlamento, ya que un independiente sin apoyo de un partido debe competir con listas que a lo menos tienen cuatro candidatos, lo cual hace casi imposible su participación.

Esto es muy relevante, pues, aun cuando se establezcan cuotas de género y la inclusión para pueblos originarios, no servirá de nada para mejorar la representatividad si son los partidos los que mantienen, en la práctica, el control y pueden definir en gran medida qué mujeres y qué representantes de pueblos originarios pueden ser electos o no.

Sin paridad de género, sin cuotas para nuestros pueblos originarios y sin decisiones que favorezcan las candidaturas independientes, el acuerdo constitucional se podría interpretar como una buena declaración, pero no garantiza la efectiva representatividad de nuestra sociedad y se limita a reproducir las dinámicas de poder que precisamente nos han llevado a esta crisis.

Todo esto, en una convención llamada a redactar una Constitución que nos represente a todas y a todos, y que le entregue estabilidad a nuestra democracia sobre la base de una participación efectiva en la toma de decisión sobre las reglas fundamentales que nos damos como sociedad.

En este punto hay que ser claro.

La paz social ya no puede ser considerada como un activo garantizado de antemano, sino como un valor que se debe forjar a partir de la justicia social y la participación efectiva de todos los sectores de nuestra sociedad en la determinación de cómo se gestiona el poder político y privado en nuestro país. Sin eso, solo tendremos una paz social feble, débil, e instituciones desacreditadas por décadas de desidia e impunidad, de lo cual todos somos responsables.

Sin participación paritaria de las mujeres, sin representación garantizada de nuestros pueblos originarios, sin la posibilidad de que personas independientes que están fuera de la órbita de los partidos políticos puedan integrar la convención constituyente, no habrá un proceso que se abra a verdaderos cambios.

Si no nos abrimos a una participación real, seremos recordados como la triste sombra de quienes trataron de aferrarse a un poder en decadencia, muchas veces imaginario, con la finalidad de beneficiar intereses pequeños por encima del futuro de nuestra democracia, que hoy está en riesgo, no por quienes están en la calle protestando, sino por la conducta indolente de una elite económica y política que quiere asegurar privilegios antes que escuchar y representar a la gente.

Voy a votar favorablemente, señor Presidente, porque -quiero ser absolutamente claro- estoy por una nueva Constitución y por una asamblea o convención constituyente cien por ciento elegida en las urnas.

No se puede repetir una Constitución excluyente. La nueva Constitución no puede excluir a nadie. Sin embargo, observo con preocupación, porque además participé en las indicaciones que incorporan a los pueblos originarios, al mundo independiente y, obviamente, la paridad de género, lo que puede ocurrir con posterioridad.

Pero hago el acto de fe.

Voy a votar favorablemente porque creo en la democracia, porque creo que ello hará posible borrar una Constitución hecha en dictadura.

Mi voto, por tanto, será positivo, también para aprobar las indicaciones que hemos presentado junto a los colegas Navarro y Guillier , a través de las cuales queremos permitir la paridad de género, la inclusión de los pueblos originarios y, fundamentalmente, una verdadera participación del mundo independiente.

He dicho.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora Adriana Muñoz.

La señora MUÑOZ.-

Señor Presidente, en esta Sala ya se ha recordado cómo desde la Centroizquierda hemos venido impulsando cambios a la Constitución, incluso remontándonos a 1988.

Las primeras reformas tuvieron lugar un año después y permitieron eliminar buena parte de los aspectos más antidemocráticos de la actual Constitución, que hasta entonces mantenía muchos enclaves de la dictadura.

Es cierto -y aquí se ha indicado también- que hemos ido avanzando muy lentamente. Siempre ha existido el veto de la Derecha para transformaciones en aspectos esenciales, especialmente en lo que dice relación con el modelo económico neoliberal consagrado en la Carta Fundamental vigente. Solo el 2005 la Derecha se convenció de ceder amarres tan injustificables como los Senadores designados. ¡Solo el 2005!

El último intento por estos cambios lo realizó la ex Presidenta Michelle Bachelet, cuyo diagnóstico y acciones desplegadas por su Gobierno la historia ha demostrado que eran completamente acertados.

El conflicto social que se desató en nuestro país a partir del 18 de octubre del presente año ha dejado en evidencia cómo la ciudadanía, con enojo, manifiesta su desencanto con el sistema imperante, no solo con el modelo económico, que genera desigualdades y abusos, sino también con la institucionalidad que nos hemos dado en el país, caracterizada por su escasa representatividad.

El esquema económico genera desigualdad, y la estructura institucional, discriminación y escasa representatividad de importantes sectores sociales de nuestro país, como el de las mujeres y el de los pueblos originarios. Respecto de estos últimos, hemos perseguido una reforma constitucional desde el día uno de la instalación de la democracia en nuestro país, pero ella ha resultado imposible de realizar, por el veto de la Derecha.

Respecto de lo institucional, señor Presidente, el 15 de noviembre se arribó a un acuerdo histórico entre las fuerzas políticas hoy día representadas en el Parlamento.

Pero ello no es casual: este cambio histórico, este momento histórico que estamos viviendo es el resultado de una muy combativa movilización social de millones de chilenas y chilenos desplazados en todo el país. Hoy día les dedico este paso relevante a los 24 fallecidos; a las personas que han perdido la vista en las movilizaciones; a Gustavo Gatica y a Fabiola Campillay , quienes perdieron ambos ojos; a las mujeres violadas, humilladas en las comisarías.

¡Millones de chilenas y chilenos han logrado construir este momento histórico!

Se abre un camino que, si bien no está exento de dificultades, es esperanzador. Por primera vez en treinta años tendremos la posibilidad de pronunciarnos y cambiar la actual Constitución, dictada por el enclave autoritario de la dictadura de Pinochet.

Muchos señalan que hacer una nueva Constitución no tiene importancia: "No me va a cambiar la vida", "Voy a tener que seguir trabajando igual". Es común esa reacción cuando se debaten los grandes temas políticos del país.

Sin embargo, señor Presidente, como ya señalé, el veto de la Derecha ha impedido en treinta años efectuar cambios fundamentales.

Si seguimos con esta Constitución, nunca vamos a realizar modificaciones tan trascendentales como disponer que el agua sea de todas y todos los chilenos. No tenemos los votos en esta Sala para aprobar una reforma que se encuentra en tabla y que hemos discutido, pero que todavía no votamos, aunque ya sabemos que vamos a perder. Se requieren 29 votos para que el agua pase a ser de todas las chilenas y los chilenos y no continúe convertida en un monopolio en manos de propietarios privados que hoy día controlan este recurso esencial para la vida.

Señor Presidente, voy a votar a favor de este proyecto. Creo que es muy importante, trascendental, y responde tanto al logro de un acuerdo político como a la movilización de millones de chilenas y chilenos que reclaman un cambio profundo, estructural, en nuestro país.

Por último, no puedo dejar de referirme a las indicaciones que presentamos las mujeres y un conjunto de colegas de la Oposición, con relación a la paridad de género, a la presencia supernumeraria de los pueblos originarios y a los independientes.

Haré un alegato por lo que soy: una mujer.

Venimos de muchas generaciones luchando por igualdad entre hombres y mujeres, por igualdad de género.

Quiero señalar que la igualdad es esencial en la construcción de una sociedad democrática; es esencial en la construcción de un cambio civilizatorio para humanizar a la sociedad. No es posible que las mujeres, que somos la mitad de la humanidad, la otra parte esencial de ella, estemos siglos tras siglos excluidas de las tomas de decisiones, excluidas de las garantías esenciales. Eso atenta contra los derechos humanos de las mujeres.

Por ello, dejar fuera hoy día a las mujeres de una participación paritaria en la escritura de la Nueva Constitución es reproducir una lógica y una cultura de exclusión, que lo único que hace es empobrecer a los países, empobrecer a las sociedades, porque se deja fuera toda nuestra inteligencia, toda nuestra capacidad, nuestra sensibilidad y nuestra cultura.

Señor Presidente, lamento mucho que, pese al acuerdo adoptado, no se contemple incorporar a las mujeres, a los pueblos originarios y a los independientes. Lamento mucho que, en aras de resguardar el acuerdo, que todos respetamos, este se plantee como excusa para continuar con las exclusiones.

Por eso, quiero solicitar a esta Sala que ojalá votemos a favor. Requerimos 26 votos para aprobar las indicaciones. Recordemos que estamos sometidos a los altos quorum, que son los carceleros del debate y de las decisiones democráticas en este Parlamento.

Señor Presidente, tenemos la oportunidad de aprobar en este proyecto la paridad de género, la inclusión de cuotas para pueblos originarios y lo relativo a los independientes.

Voto a favor.

--(Manifestaciones a favor en tribunas).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador Latorre.

El señor LATORRE.-

Señor Presidente, en el 2020 se cumplirán cuarenta años de la Constitución del 80, de la Constitución de la dictadura cívico-militar.

Esa Carta fue fruto de un proyecto neoliberal diseñado por civiles. Recordemos que las Fuerzas Armadas hicieron el trabajo sucio: violaron sistemáticamente los derechos humanos y reprimieron al pueblo, dejando torturados, desaparecidos, exiliados.

En efecto, los civiles diseñaron el proyecto neoliberal, mediante una Constitución jurídica que le dio sustento a un modelo económico basado en un experimento que se hizo en Chile en ese momento y que todo el mundo miraba. Después vino Margaret Thatcher, Ronald Reagan y otros que siguieron reproduciendo ese modelo neoliberal. ¡Pero en Chile fue el experimento!

Creación de las AFP; mercado de capitales; privatización del agua; el plan laboral de José Piñera; el Código Minero, que dio pie después a la desnacionalización de la gran minería del cobre; la creación de las isapres; el fomento a la industria forestal en el sur, que despojó a los pueblos originarios, al pueblo mapuche de su territorio; el apoyo a la banca privada; la privatización corrupta de las empresas estatales, como la Corfo, que tanto le costó a Chile crear muchas décadas atrás; la contrarreforma agraria; el debilitamiento de la educación y la salud públicas; la mercantilización de los derechos sociales.

No me quiero quedar pegado en esto, pero un pueblo sin memoria es un país sin futuro. Tenemos que saber de dónde venimos y entender el ciclo histórico que se cierra el próximo año, cuando se cumplan cuarenta años de esta Constitución del 80, que viabilizó un modelo neoliberal.

Después vinieron gobiernos democráticos. Hay autores que hablan del período de la Concertación como un "neoliberalismo corregido": apertura comercial; tratados de libre comercio; fomento a la inversión extranjera; aumento del gasto social focalizado asistencial, sin tocar estructuralmente el modelo; democracia de baja intensidad, con un sistema binominal que permitía que se repartieran la torta y se pusieran de acuerdo los dos grandes bloques políticos; bajos salarios para los trabajadores; precaria negociación colectiva; alto endeudamiento familiar para llegar a fin de mes e integrarse a la sociedad de consumo; en fin, una sociedad altamente desigual y generadora de exclusiones.

Este modelo está agotado, en crisis, por lo que aumentan las contradicciones y el malestar de las grandes mayorías. Es lo que se ha visto en las calles a partir de octubre.

El pueblo movilizado en todo Chile ha dicho fuerte y claro: ¡No más abusos! ¡No más exclusiones! ¡No más injusticia! ¡No más discriminación!

Y nuevamente las fuerzas y los agentes del Estado han reprimido con violencia a este pueblo movilizado. Así dan cuenta los cuatro informes internacionales de derechos humanos: ¡violaciones masivas a los derechos humanos, de nuevo!

Este es solo el primer paso para dejar atrás a un modelo fracasado. Se abre una disputa democrática para superar un modelo que solo ha beneficiado a un grupo minoritario de privilegiados. Aquí hay apellidos que se repiten y que nacen con escaños reservados. ¡Hay pocos apellidos en Chile que nacen con escaños reservados...

--(Manifestaciones a favor en tribunas).

... en las distintas esferas de poder!

Por lo tanto, el plebiscito del 26 de abril le dará la posibilidad al pueblo de Chile de decidir democráticamente si quiere o no una nueva Constitución y si el mecanismo más democrático para redactarla es una convención mixta, con la mitad de parlamentarios, o una convención constituyente -o asamblea constituyente, que es lo mismo-, con el cien por ciento de delegados electos.

Simplemente abrimos una disputa democrática, que va a ser compleja. Nadie dijo que sería fácil dejar atrás el modelo que heredamos de la dictadura de Pinochet.

A mi juicio, la convención constituyente tiene que ser paritaria, tiene que incorporar escaños reservados para pueblos originarios y tiene que dar espacio a los independientes. Como Revolución Democrática, como Frente Amplio, nos vamos a jugar por completo para que así sea. ¡Es de toda justicia!

Quiero saludar especialmente al movimiento feminista, que nos interpela a todos a deconstruirnos, que está corriendo el cerco de lo posible y que está cambiando culturalmente a la sociedad completa en el mundo, no solo en Chile.

Y también quiero saludar a las primeras naciones, con las tenemos una deuda histórica como Estado de Chile.

--(Manifestaciones a favor en tribunas).

Saludo especialmente al Alcalde de Tirúa, Adolfo Millabur, y a Marcelo Catrillanca, papá de Camilo Catrillanca, quien fue asesinado hace un año por agentes del Estado. Ellos han venido a acompañarnos durante todo este proceso y se encuentran en las tribunas de este Senado.

--(Manifestaciones a favor en tribunas).

Es de sentido común y de toda justicia.

Tenemos que construir un nuevo pacto de convivencia democrática para los próximos cuarenta años, que van a estar atravesados por grandes conflictos y contradicciones: el cambio climático, las transformaciones tecnológicas, los cambios demográficos, las migraciones, la crisis de la democracia representativa, el rol de los derechos humanos, el papel del Estado y del mercado -no más un Estado subsidiario-, la democratización del sistema económico y financiero.

Debemos llegar a un acuerdo democrático que sea sostenible para los próximos cuarenta años. ¡Hasta que la dignidad se haga costumbre!

Voto a favor.

--(Manifestaciones a favor en tribunas).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador Durana.

El señor DURANA.-

Señor Presidente, los chilenos deberemos decidir en un plebiscito nacional el 26 de abril del 2020 si se aprueba o rechaza una nueva Constitución, y luego qué órgano, bajo normas de una sana democracia, debiera redactarla y quiénes deberán abocarse a dicha tarea.

Un nuevo texto constitucional no puede ser producto de una circunstancial mayoría o del acuerdo de unos pocos; muy por el contrario, debe ser reflejo del más amplio consenso ciudadano posible. En este contexto, el acuerdo suscrito por la mayoría de los partidos políticos con representación parlamentaria y apoyo ciudadano es el reflejo de ese consenso y determina el escenario para un eventual cambio constitucional. Es por ello que este acuerdo debe ser rigurosamente respetado sin modificaciones.

Hoy también se reflexiona sobre la necesidad o no de establecer cuotas que garanticen paridad de género, representación de pueblos originarios e independientes, incluidas por la Oposición mediante indicación. Destaco que ello no estaba considerado entre los puntos del acuerdo firmado el pasado 15 de noviembre. Debe ser siempre responsabilidad de cada partido contar con la más amplia representatividad en materia de género y garantizar la participación de los pueblos originarios, de los independientes y de otros sectores.

Dicha posibilidad genera un quiebre en una de las bases más importantes del sistema político: la igualdad de todos los miembros de una comunidad política, cuya manifestación más evidente es, sin duda, la igualdad del voto.

Si se acoge la necesidad de establecer escaños reservados de representación, se generará una distorsión del principio de igualdad ante la ley en materia de elegibilidad y, por ende, de participación.

El principio fundamental de las democracias representativas es que opere el principio rector de "un elector, un voto", por lo que no parece sensato que, por el hecho de tratarse de miembros de un determinado grupo, se pueda sortear dicho principio.

Esta posibilidad implicaría que en un futuro próximo otros grupos, en virtud de su autopercepción, podrían reclamar una representación garantizada a todo evento. Este tipo de situaciones movería el eje hacia formas de representación política menos democráticas y cuyo centro no es el individuo, sino los colectivos.

Un consejero del Servicio Electoral, en un medio de comunicación, señaló que la paridad viola la igualdad del voto, al igual que los sistemas electorales especiales para grupos o pueblos definidos. La Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto de San José de Costa Rica establecen claramente el derecho a ser elegido "por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores".

El voto ciudadano debe ser respetado. Son los ciudadanos libres e iguales en dignidad y derechos los que deben considerar a quiénes desean tener como sus representantes con independencia de género, de si pertenecen a pueblos originarios, de credo religioso, de si son migrantes, entre otras consideraciones. El voto ciudadano es soberano, no podemos condicionarlo o dirigirlo.

Señor Presidente, apruebo el proyecto original, que representa estrictamente el acuerdo alcanzado y el sentido de oportunidades y seguridades para toda la patria y para todos los chilenos, y rechazo las indicaciones propuestas, porque simplemente constituyen una alteración de la expresión democrática de la ciudadanía.

He dicho.

--(Aplausos en tribunas).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

¡Silencio, por favor!

Tiene la palabra el Senador Pizarro.

El señor PIZARRO.-

Señor Presidente, primero, quiero volver a felicitar a quienes en este Congreso (en particular, en el Senado) posibilitaron este acuerdo, el cual permite establecer cierta hoja de ruta para nuestro país y enfrentar de buena manera los desafíos que tenemos mirando al futuro.

Así como felicito a quienes generaron el acuerdo, lamento mucho la actitud de aquellos que no están participando o no les interesa o no creen que sea conveniente implementar un acuerdo de este tipo, en el que ha habido un acto de realismo y de generosidad política por parte de importantes sectores del país.

Como dice el refrán, "lo ideal es enemigo de lo bueno". Uno no siempre puede conseguir todo y al mismo tiempo. Por lo tanto, tiene que plantearse prioridades.

En mi opinión, señor Presidente, esas prioridades deben enfocarse al menos en cuatro grandes propuestas.

Una es la Nueva Constitución. Ese proceso, gracias al acuerdo generoso y realista de quienes lo impulsaron en este Senado, implica lo siguiente: un plebiscito en abril; luego la elección de una convención constituyente -en mi opinión, debe ser una donde todos sean elegidos democráticamente y muy representativa de la realidad del país-, y un año después, un plebiscito para ratificar la Nueva Constitución que rija nuestra patria.

Ese itinerario constitucional necesariamente debe ir acompañado de una agenda social priorizada conforme a las demandas ciudadanas de nuestro país. Una cosa es la Nueva Constitución y otra distinta es enfrentar la situación que aqueja a la gente hoy día, y no solo nuestro país: América Latina completa se enfrenta al problema de la desigualdad.

Eso significa generar una agenda social priorizada por los temas que todos conocemos: pensiones dignas, acceso a salud de calidad, mejores empleos, educación de calidad, servicios básicos eficientes, todo aquello que le permitan a la gente contar con una calidad de vida mínima.

¿Qué se requiere para eso, señor Presidente? Por supuesto, una redistribución de recursos y un funcionamiento distinto de nuestro sistema económico. Se necesita redistribuir la riqueza para enfrentar el desafío de la desigualdad. Pero, con la misma claridad, como más de alguien ha dicho acá, hay que crear riquezas. En efecto, si no creamos riquezas y solo generamos pobreza, ¡no hay nada que redistribuir!

En tal caso, no habrá posibilidad de mayor equidad social, de mayor justicia social.

¿Qué se requiere en el cuarto frente? Estabilidad política, estabilidad social, estabilidad económica, estabilidad cultural; que cada chileno se sienta parte de este país; que cada chileno entienda que cuenta con la seguridad y la tranquilidad de un empleo digno; que cada chileno tenga la certeza de vivir en un barrio tranquilo y seguro día a día; que cada chileno llegue sin temor a la vejez, a que no pueda ser atendido, a que no sea incorporado a la sociedad; que tenga la seguridad de que no va a ser discriminado, etcétera.

Quisiera contestarles a quienes plantean por qué se encuentra en el debate hoy día el tema de la paridad de género. Señalan que no hay que discutir este punto, porque no formó parte del acuerdo. También cuestionan que exista representación para nuestros pueblos originarios y que los independientes, o los que quieran, puedan participar desde el punto de vista electoral en mayor igualdad de condiciones respecto de las organizaciones políticas.

Señor Presidente, es un acto de realismo en una sociedad como la nuestra que aspira a tener una democracia sólida, moderna, mirando al futuro, y que cuente con una participación activa y con sentido de pertenencia de todos y cada uno de los chilenos.

Es ir contra la corriente a nivel mundial el pretender que no exista igualdad de género para las mujeres; que sigan siendo objetos de violencia; de violencia física, psicológica, laboral, política, social.

A mí me parece que no entrar a ese debate es un acto absurdo de irrealismo. Y les quiero decir a los colegas de la Derecha que se han opuesto tenazmente a esto que la próxima semana o en quince o veinte días más vamos a estar votando nuevamente lo mismo, ya sea por indicaciones nuestras o porque nos va a llegar un proyecto desde la Cámara de Diputados. Yo hago una invitación a los colegas de Derecha que se han abierto a la modernidad a entender que las mujeres tienen los mismos derechos que los hombres para participar: aprovechen la oportunidad para votar ahora, si no lo van a tener que hacer en quince o veinte días más.

Me parece absurdo pretender decir "Mire, estoy conforme con este acuerdo, que es importante para el país, que fija una ruta, que establece un criterio, que determina objetivos claros, que contempla fechas claras, en que vamos a ir creando como corresponde, de manera pacífica, con respeto a todos una nueva Constitución". Pero en esa nueva Constitución es evidente que tienen que estar considerados nuestros pueblos originarios, es evidente que tiene que estar considerada la igualdad de género, la equidad de género.

Entonces, señor Presidente, creo que no hay que desperdiciar las oportunidades, no hay tiempo que perder tampoco. No tenemos tiempo para seguir aplazando este debate infinitamente, como se ha dicho acá en esta Sala. Y lo digo con claridad: sería un acto de irresponsabilidad que no enfrentáramos estos temas en las próximas semanas, ¡todos los temas! Porque esa es la única manera en que podemos encauzar a nuestro país...

Le pido un minuto más, señor Presidente.

--(Manifestaciones favorables de grupos mapuches ubicados en tribunas).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Puede continuar, señor Senador.

El señor PIZARRO.-

Muchas gracias.

No me había pasado nunca esto, señor Presidente. Me siento emocionado. ¡Hasta se ha hecho sonar un cultrún!

Es la única oportunidad que tenemos de trabajar, como decía, de manera simultánea, de manera integrada en estos cuatro grandes frentes: Constitución Política; agenda social priorizada, en que el objetivo es avanzar en igualdad; generación de riqueza en nuestro país, porque si no hay crecimiento, si no hay actividad económica tampoco podremos tener nada que redistribuir, y, por supuesto, estabilidad. Estabilidad, sí, pero, fundamentalmente por la seguridad de las personas, no por el orden represivo, sino por la gente que quiere vivir tranquila, trabajar tranquila, y que se le reconozcan sus derechos. Solo así podremos ir construyendo un Chile mejor.

Voto a favor.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador García-Huidobro.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

En primer lugar, quiero felicitar a la Mesa y a los Presidentes de los partidos y a los parlamentarios que participaron en el acuerdo.

Creo que eso habla muy bien de la responsabilidad que ha tenido el Senado en los momentos difíciles que ha vivido nuestro país en los últimos dos meses.

Y creo que el Senado ha estado a la altura de las expectativas que realmente tiene el país, más que la pelea chica, el aprovechamiento u oportunismo en que han incurrido otros parlamentarios que no han estado a la altura en esta situación.

En primer lugar, señor Presidente, yo quisiera plantear algunos temas que creo que son fundamentales.

Sin duda que a la UDI le costó llegar a este acuerdo, pero nosotros primero pensamos en Chile; primero pensamos en el bien común que debe tener nuestro país.

En segundo lugar, creo que es fundamental también ser muy claros respecto del espíritu con el que llegamos al acuerdo. Y con relación a este, valoro que quienes lo suscribieron lo estén aprobando, pero lamento profundamente que haya personas, parlamentarios que no lo van a hacer.

Cuando aquí se está hablando de derechos, de cuotas, de escaños reservados, posiblemente Chile también está incumpliendo el acuerdo de la Declaración Universal de Derechos Humanos -tal como lo manifestó el Senador Durana- y también el derecho al sufragio universal e igual y por voto secreto que garantiza el Pacto de San José de Costa Rica.

Yo les pido que analicen esa situación, porque Chile ratificó estos artículos de la Declaración Universal de Derechos Humanos como también el Pacto de San José de Costa Rica.

Pero cuando empezamos a hablar de lo que tiene que existir, igualdad de mujeres y hombres, eso hoy día en Chile ya es una realidad. Es una realidad porque el voto de una mujer y el voto de un varón valen exactamente lo mismo.

Y les quiero contar el ejemplo que ha dado la UDI a nuestro país. Hoy día nosotros tenemos una Presidenta del partido que es mujer; tenemos una jefa de bancada, mujer; tenemos la jefa de bancada de los diputados, mujer; hemos tenido una candidata presidencial. Y sin cuotas, pues: ¡Sin cuotas! Por méritos propios, por sus capacidades, por la decisión personal de cada una de ir a las elecciones y ganar.

Por lo tanto, yo creo que nuestro país está bastante maduro para entender que se estaría entregando equidad donde ya existe. Los chilenos, señor Presidente, somos todos iguales, hombres y mujeres.

Y cuando hablamos también de escaños reservados, ¿por qué? ¿Por qué no les damos a los inmigrantes lo mismo, a los que llegaron también a nuestro país en generaciones anteriores? ¿Por qué no se los dan también a los ambientalistas? ¡No! Aquí somos todos chilenos y hay que entregar las posibilidades de que cada chileno tenga un voto. En las urnas somos todos exactamente iguales, hombres y mujeres, pueblos originarios, ambientalistas, personas que son dirigentes sindicales, parlamentarios, etcétera. ¡Todos iguales!

Por lo tanto, señor Presidente, creo que nosotros tenemos que seguir trabajando en la unidad que requiere nuestro país. La decisión que deberá tomar el pueblo en abril en el sentido de votar sí o no a una nueva Constitución tendrá que ser libre, con el fin de que podamos tener un mejoramiento de las condiciones de nuestra Carta Fundamental.

Yo creo que esta Constitución le ha dado garantías a este país de seguir avanzando. A este modelo se lo critica, pero todavía no escucho de una alternativa.

Sin duda que debemos mejorar, fundamentalmente en los temas sociales, en la equidad. Pero cuando se habla de cambiar el modelo, ¿por cuál?

Yo he escuchado palabras sabias ahora, tanto de la Senadora Goic como del Senador Pizarro. Este país también requiere trabajo, crecimiento, inversión y no incertidumbre. Cuando la incertidumbre existe, ustedes ven los resultados: menos inversión, más preocupación, mayor cesantía. Miren lo que ocurrió con el dólar. Si el Banco Central no hubiera intervenido, ¿en qué situación estaríamos hoy día? Podríamos tener un efecto inflacionario.

En esto tenemos que ser tremendamente responsables y dejar la incertidumbre hacia un lado. Debemos entender que tenemos que avanzar, sin duda, en la agenda social y que el propio Presidente de la República y los Senadores, tanto de la Comisión de Presupuestos como de la Comisión de Hacienda, han hecho un esfuerzo grande con el fin de que el Senado sea un líder en la posibilidad real de hacer volver la tranquilidad a nuestro país, pues la mayoría no quiere saqueos, no quiere una vida en la que no pueda salir a la calle, ni que nuestras mujeres y nuestros hijos no puedan seguir trabajando y estudiando.

Chile necesita tranquilidad y seguridad: una vida mejor hacia adelante.

Voto a favor.

)--------------(

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Antes de dar la palabra al Senador Juan Pablo Letelier, quiero saludar a quienes nos acompañan en las tribunas: la Asociación de Municipalidades con Alcalde Mapuche.

Está don Adolfo Millabur, Alcalde de Tirúa; Juan Paillafil, Alcalde de Puerto Saavedra; Ramona Reyes Painequeo, de la hermosa comuna de Paillaco; Marcelo Catrillanca, padre de Camilo, junto con autoridades ancestrales mapuche.

Gracias por estar en esta sesión.

--(Aplausos en tribunas).

)--------------(

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador Juan Pablo Letelier.

El señor LETELIER.-

Hoy es sin duda un momento histórico. Con esta votación se inicia por primera vez en la historia de Chile un proceso constituyente real. Somos de los pocos países de América Latina que ha vivido un proceso como este para establecer el pacto social en torno al cual nos congregamos: valores, principios, reglas, instituciones.

Señor Presidente, soy de la generación que se allegó a la actividad política posgolpe. Fui de aquellos que conocieron muy de cerca la realidad: la violación sistemática de los derechos humanos no fue casual, sino la condición necesaria para imponer un modelo de poder, de dominación en nuestra sociedad.

La violación sistemática de derechos humanos fue el instrumento necesario no solo para aniquilar vidas y destruir personas, sino también el tejido social generado durante décadas del siglo pasado en nuestro país. Esto era condición necesaria para imponer un modelo neoliberal, plasmado en las siete modernizaciones que se hicieron en 1979, en que se entregaron al mercado funciones públicas esenciales en educación, salud, previsión social y también todas las empresas del Estado a fin de minimizar el rol de este y transformarlo en subsidiario. Además, se sacaron adelante el Código Minero, que fue, quizás, una de las perversiones de una genialidad de abogados en materia de concesiones de nuestros bienes nacionales de uso público, y el Código de Aguas. En ambos casos, a través del mecanismo de las concesiones se privatizaron de hecho los recursos naturales más apreciados de nuestro país.

La Constitución del 80 consagró el modelo neoliberal, consagró las siete modernizaciones, consagró el Estado subsidiario, y estableció cuatro cerrojos. No uno, no dos, no tres: ¡cuatro cerrojos!

A esto se refería Jaime Guzmán cuando hablaba de que, aunque gobernaran otros, la Constitución sería de tal manera que ellos estarían condicionados, limitados en lo que pudieran hacer. Y estos cerrojos eran la autonomía de las Fuerzas Armadas; el cerrojo evidente de los Senadores designados; el cerrojo de los supraquorum para cambiar la Constitución, y, por cierto, la institución que hemos visto en todo su esplendor durante los últimos seis años: el Tribunal Constitucional.

El proceso que hoy se inicia, señor Presidente, abre la posibilidad de que las chilenas y los chilenos decidan cómo nos vamos a organizar, porque la Constitución establece en su alma -y los abogados comprenden esto mejor que otros- el orden público económico vigente. En su artículo 19 están definidas no solo las cosas que el Estado no puede hacer, sino también las limitaciones a los derechos de las personas en el orden público económico: la privatización del agua; la restricción de los derechos de los trabajadores en la titularidad laboral para su representación, y un sinnúmero de otras cosas, como el acceso a la salud, pero sin garantizarlo.

Ese es el modelo constituido en el Texto Fundamental.

Por eso es tan importante este proceso constituyente que hoy parte: deposita en las chilenas y los chilenos la decisión, en igualdad de condiciones.

Y creo, sin duda, que este acuerdo político que se ha generado tiene un tremendo valor, porque no puedo desconocer que, cuando yo me acercaba a la política desde la Izquierda, había personas de las bancas del frente que eran asesores de quienes redactaron la Constitución en su juventud. Ellos se allegaron a la vida política desde el Gremialismo para trabajar con Jaime Guzmán y redactar esta Carta Fundamental. Y, por ende, entiendo que para ellos es distinto que para nosotros concurrir a este acuerdo. Y debo, como demócrata, valorar lo que eso significa.

Comprendo que la Constitución debe representar a todos. No es una Constitución de Izquierda, no es una Constitución de Derecha. Es una Constitución de las mayorías. No de la mayoría más uno: una amplia mayoría.

Y esto de partir con una hoja en blanco permitirá, sin duda con este acuerdo, avanzar hacia aquello.

Permítame decir en este último minuto, señor Presidente, que esta batalla que se quiere dar en Chile por la paridad en el proceso constituyente debe ser un ejemplo para el mundo. Por cierto, soy partidario de la asamblea constituyente y, en su oportunidad, firmé AC en el voto.

No le tengamos miedo a una acción civilizatoria tan importante.

Necesitamos la representación de los pueblos originarios, que han sido usurpados en todos sus derechos históricos una y otra vez.

Hagamos justicia, aprobemos esta reforma, aprobemos la participación de los pueblos originarios y de las mujeres en igualdad de derechos.

--(Manifestaciones favorables de grupos mapuches situados en tribunas).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador Kenneth Pugh.

El señor PUGH.-

Señor Presidente, sin lugar a dudas, hoy es un día trascendente para la historia de Chile. Trascendente porque la reforma constitucional que está sometida a votación deja abierta la posibilidad, si las personas así lo deciden, de construir una nueva casa común, que es básicamente lo que se ha explicado que es nuestra Constitución.

Nuestra Carta Fundamental rige todos los días, y por eso la actual seguirá vigente durante todo el avance de este proceso constituyente.

Tiene sus defectos, tiene sus virtudes. ¡Nada es perfecto en la vida! Pero la gracia es que esta Carta Fundamental se ha ido reformando.

Ha sido posible en el tiempo, desde su inicio mismo, el poder ejecutar cambios, que incluso requirieron un quorum de dos tercios.

Estoy aquí, precisamente en el Senado, porque se dio término al sistema binominal, y es por eso que respeto a mis electores, quienes confiaron en mí para expresar de alguna manera lo que sienten. Hoy quiero ser la voz de ellos aquí. ¿Por qué? Porque las minorías también tienen capacidad para ser representadas. El sistema electoral permite que cualquier hombre, mujer o representante de un pueblo originario pueda llegar al Senado. Y valoro la presencia de muchos que ganaron, y muy bien.

Uno de nuestros colegas, a quien respeto mucho y que esta Sala escucha, es precisamente el Senador Francisco Huenchumilla, quien hoy está enfermo. Me habría gustado conocer su opinión, porque es un hombre que habla desde la sabiduría. Y él representa a todo nuestro pueblo mapuche. No tuvo necesidad de nada especial. Y, ¿por qué? Porque él cuenta con esa representatividad.

La Senadora Yasna Provoste, que está con nosotros, representa a los pueblos originarios del norte. Es mujer y ha ganado su espacio.

Quiero recordar a Michelle Bachelet, quien no una, sino dos veces ha sido Presidenta de la República, elegida en forma directa.

Por lo tanto, los talentos, las virtudes de las personas son las que les permiten llegar adonde quieran y así dejar abierta la posibilidad a cualquiera de lograr situarse donde se lo imagine.

Hoy tenemos que debatir qué significa una reforma constitucional. Y, básicamente, se han planteado tres artículos para que los discutamos.

Yo quiero referirme en particular al artículo 142, relativo al plebiscito constitucional. ¿Por qué? Porque el pragmatismo objetivo, por experiencia, me ha llevado a definir que, cuando existe una suposición, debe haber un plan alternativo.

¿Cuál es la suposición que se halla reflejada en la reforma constitucional que hoy se está votando? Quiero ponerla a la luz, pues la he destacado. Me refiero al último inciso del artículo 142, que dice: "Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito ratificatorio fuere rechazada, continuará vigente la presente Constitución.".

¿Qué quiero decir con esto? Que si existe la sospecha de que esto se pudiera dar con la probabilidad que sea, debemos tener un plan B.

¿Y cuál es el plan B? Básicamente, seguir reforzando nuestra Constitución con el mecanismo que existe.

¿Y por qué? Porque nuestra Carta Fundamental es el instrumento que nos ilumina todo el día, pero no resuelve todos los problemas.

El artículo 19, número 8°, establece que todos tenemos "derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación". Y, sin embargo, aquí, en la Región de Valparaíso, ello ha sido imposible de cumplir.

No nos engañemos entonces: una Constitución no nos va a solucionar todos los problemas. Tenemos que trabajar con leyes precisas, y, lo que es más importante, con justicia para todos.

Antes que un nuevo Texto Constitucional, necesitamos una nueva cultura, una cultura de respeto. Y parafraseando lo que señaló el Presidente de esta Alta Corporación, Senador Jaime Quintana, debo señalar que este acuerdo se alcanzó por el miedo. Y deseo que ello quede consignado en la historia de la ley, porque esa fue la forma en que finalmente se llegó a este acuerdo.

Qué bueno que exista una gran política de acuerdos. Porque para tener dos tercios se requiere, efectivamente, que una parte importante llegue a consenso. Y hoy los partidos políticos así lo harán, porque han alcanzado un acuerdo político.

Yo represento una minoría que prácticamente no tiene una dirección política. Soy un Senador de Chile Vamos. Y quiero representar a todo este conglomerado político en lo que hoy se está discutiendo; a quienes creen que la actual Constitución es una forma de seguir adelante. ¿Y cómo? Reformándola, evolucionando, y no mediante una revolución.

No sabemos qué va a pasar en los meses siguientes, ni qué clima va a existir. El odio se ha instalado y, lo que es más increíble, también la desconfianza. Ese odio y esa desconfianza, si siguen acompañando nuestro proceso, lo van a dañar.

Por eso quiero invitar a mis colegas Senadores y Senadoras a que avancemos en las reformas constitucionales de nuestra actual Carta Fundamental. Ese es nuestro deber. Eso es lo que juramos defender al incorporarnos al Senado. A esa Constitución nos debemos.

Por lo tanto, les pido que seamos capaces de avanzar a fin de lograr acuerdos políticos antes, incluso, de que se puedan resolver en otra sede. La sede legislativa es, por esencia, donde debe ocurrir esto.

Todos hemos jurado aquí frente a esa Constitución. Y podemos introducirle los cambios necesarios. Si somos capaces de efectuar aquello, recuperaremos nuestra legitimidad. Porque si no, básicamente, habremos dejado de hacer lo esencial.

Por todo lo anterior, quiero manifestar desde ya la opción del rechazo a lo que va a ser plebiscitado y representar el voto de minoría pronunciándome en contra de esta reforma.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora Ximena Órdenes.

La señora ÓRDENES.-

Señor Presidente, algunos ya han señalado -y comparto el punto- que estamos enfrentando un momento histórico, porque, además, aparece como algo inédito antes del 18 de octubre del año 2019.

A mi juicio, como he sostenido anteriormente, en Chile se produjo una inflexión en la historia, que tiene como ícono el salto del torniquete, lo que representa también a una nueva generación que se rebela contra lo que considera abuso y expresión de la desigualdad.

Uno de los efectos que tuvo aquello fue que, finalmente, desde el mundo político lográramos canalizar esa demanda. Creo que debemos valorar esto, pues constituirá un ejercicio que va a ser recordado con buenos ojos a lo largo de la historia.

Chile necesita una nueva Constitución, que parta desde una hoja en blanco, con amplia participación ciudadana y que garantice más derechos que la que dejaremos en el pasado. La actual Carta Fundamental ha sido objeto de fuertes cuestionamientos; sin embargo, no fuimos capaces de dar vuelta la página. Ella nace en dictadura; incluso, a mi juicio, en un contexto fraudulento. Asimismo, la Constitución del 80 tiene cuatro décadas de historia, y hoy día aparece como anacrónica, porque no está respondiendo a los desafíos futuros y globales de nuestro país.

En tal sentido, creo que el Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución -aquí quiero felicitar el papel desempeñado por la Mesa del Senado- ha sido coherente con el rol político que debemos cumplir en este momento histórico.

Efectivamente, había que recoger lo que se estaba instalando como demanda y agenda social. Si bien algunos cuestionan el que la demanda por una nueva Constitución haya surgido de la movilización social, yo tengo la convicción de que ello fue así. Porque muchos chilenos y chilenas comprendieron que la base de la desigualdad se reproduce también a partir de la normativa y las reglas del juego contenidas en la Carta de 1980.

Ahora deberemos redefinir el papel del Estado. Vamos a tener que discutir si mantenemos su rol subsidiario o garantizamos derechos. Yo espero que demos ese paso.

Se va a definir la estructura de autoridad entre los distintos poderes del Estado. Nosotros podemos dar testimonio acerca de cómo un régimen excesivamente presidencialista también actúa como camisa de fuerza cuando se quieren promover iniciativas que generen cambios sociales importantes: por ejemplo, cuando tenemos que hablar de pensiones, de acceso a la salud, del derecho a la educación, de ingresos mínimos garantizados.

En muchos proyectos, por ser de la iniciativa exclusiva del Ejecutivo, finalmente terminamos amarrados a una situación que nos impide darle respuestas a la ciudadanía. Y, en verdad, ella tiene expectativas respecto de nosotros, por el rol que tenemos como representantes de ciertas visiones y de determinados territorios.

Entonces, creo que tenemos una tremenda oportunidad.

En tal sentido, quiero hacer un llamado también: en abril del 2020 hay que ir a votar.

Me parece que hay una suerte de falso convencimiento en cuanto a la existencia de buenos ejercicios.

La ciudadanía empezó el proceso constituyente antes que nosotros: cabildos autoconvocados; consultas ciudadanas que promovieron la gran mayoría de los alcaldes y alcaldesas de Chile. Pienso que ello ha sido un tremendo ejercicio cívico; sin embargo, no es el ejercicio vinculante.

Lo que vamos a hacer hoy día es precisamente votar a favor de la reforma constitucional que permitirá llevar a cabo ese ejercicio que había estado vedado durante mucho tiempo en nuestro país.

Así que lo primero que deseo hacer es invitar a todos y a todas a votar en abril del año 2020. Yo espero que nos pronunciemos por una nueva Constitución, y, en su sentido más amplio, por el mecanismo de convención constituyente, porque creo que es el más democrático.

Por último, en esta conversación también ha aparecido lo tocante a las indicaciones que muchos de nosotros presentamos: con respecto a la paridad, a los pueblos originarios y a la participación de los independientes.

Creo que si hay un déficit en la democracia chilena es la subrepresentación de las mujeres en los espacios de toma de decisiones, particularmente en el ámbito político.

La Ley de Cuotas permitió que en la última elección parlamentaria pasáramos del 16 por ciento a una representación del 23 por ciento. Pero aún no alcanzamos un cuarto de la composición total del Congreso Nacional.

Ese ejercicio no fue posible para las elecciones municipales ni para las de consejeros regionales, pues la Ley de Cuotas no opera en tal sentido. ¿Y qué hace? Reproduce la misma subrepresentación que tenemos históricamente.

Hago esta reflexión porque se requieren medidas de equidad. Y por eso hemos patrocinado la indicación respecto de la paridad. De lo contrario, vamos a tener que esperar cien años más.

Hoy día hay íconos, como el hecho de haber tenido, hace pocos años, una mujer Presidenta en Chile, Michelle Bachelet, quien después resultó electa para un nuevo período.

Ella es un símbolo. Porque ahí no está garantizada la igualdad para la participación política de las mujeres.

Espero que podamos aprobar las indicaciones respectivas. Si no, tendremos que trabajar en una nueva reforma que garantice mayor participación de las mujeres en tal sentido. Queremos romper el desequilibrio, y para ello no hay otras medidas que no sean las tocantes a equidad.

La población afroamericana en Estados Unidos no hubiera tenido acceso a la educación si no hubiera existido una medida de equidad. Y para ello se necesita voluntad política. Así la universidad se abrió para ese sector de la ciudadanía.

En Chile los espacios de toma de decisiones se deben abrir para que haya mayor participación de las mujeres a fin de que tengan la representación que se precisa: el 50 por ciento de la población.

Ahora bien, con respecto a los pueblos originarios, sin duda, algún día vamos a tener que hablar si somos o no un Estado plurinacional. Porque ellos efectivamente estaban antes de la invasión española y de que comenzara el mestizaje. Entonces, no es cualquier grupo.

Porque también acá se dice: "Por qué no los ambientalistas"; "Por qué no algunos grupos religiosos". Porque no son lo mismo, señor Presidente. Por eso soy una convencida de que debe haber escaños reservados para los pueblos indígenas y, también, que se ha de garantizar que los independientes tengan una participación amplia en este proceso.

Yo confío en los resultados de abril. Sin embargo, tenemos que trabajar para ello; debemos continuar conversando. Porque si algo ha permitido la inflexión ocurrida en este período de la historia es abrir quizá una suerte de caja de Pandora, pero que podemos restructurar, ordenar con nuevas reglas del juego, a fin de construir lo que algunos han llamado aquí "la casa común". Ello, para los efectos de tener una Constitución que al final del día garantice más derechos, más igualdad y un futuro acorde con lo que viene, que tiene que ver con cambio climático, con entender que la sociedad ya no son los Estados separados, sino que es una cuestión global.

--(Manifestaciones a favor en tribunas).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

A continuación, tiene la palabra la Senadora Yasna Provoste.

La señora PROVOSTE.-

Señor Presidente, en primer lugar, quiero saludar a quienes nos acompañan desde las tribunas: al Alcalde de Tirúa; a la Asociación de Municipios Mapuches; al Consejo de Pueblos Licanantay, y, de manera muy especial, a Marcelo Catrillanca.

Este día votamos, probablemente, uno de los proyectos más importantes de nuestra democracia reciente; votamos el camino para una nueva Constitución en democracia, la manera en que ella será redactada y aprobada con plena participación de la ciudadanía.

Se trata del cierre de una etapa de la historia de nuestro país que pone fin a la herencia institucional de una dictadura cívico-militar.

A partir del 18 de octubre se han dicho dos cosas que considero importante mencionar.

La primera tiene que ver con los treinta años de transición y democracia iniciados en 1990. Algunos han tratado de plantear ese tiempo como años de abusos y años perdidos. Creo que la verdad histórica requiere reivindicar con fuerza estos treinta años y la recuperación de la democracia.

Las luchas que damos hoy son posibles solo porque recuperamos la democracia y el derecho a reunirnos, a pensar y a disentir.

Esta democracia se la debemos a cientos y miles de hermanos y hermanas que entregaron sus vidas. Para todos ellos y ellas nuestro homenaje, nuestro reconocimiento y nuestro respeto. Estos treinta años significaron avances fundamentales para Chile, muchos de los cuales la corta memoria, pero también el afán refundacional de algunos intentan dejar en el olvido.

Por cierto, debemos ser conscientes de los fracasos y estar pendientes de esta etapa, pero, por sobre todo, de su agotamiento e incapacidad para enfrentar los desafíos que vienen.

No tenemos por qué estar de acuerdo en todo lo que se hizo; no obstante, pretender que los treinta años de democracia fueron lo mismo que los diecisiete años de dictadura me parece al menos un despropósito, y peor aún, un mal juego de la Derecha, que día a día intenta mimetizarse de demócrata.

Lo segundo es este contrabando de pretender que en esta crisis somos todos iguales en materia de responsabilidad. No, señor Presidente: ¡acá no somos todos iguales de responsables!

Durante treinta años la Derecha usó las trabas institucionales para mantener el statu quo económico y político con los Senadores designados primero, y luego, con un sistema binominal en que un tercio de la votación valía lo mismo que dos tercios.

Nos impuso parte importante de una agenda pública que fuimos incapaces de modificar. Solo a modo de ejemplo: entre los años 1990 y 2010 los distintos gobiernos de la entonces Concertación presentaron treinta y cinco proyectos de ley en materias estructurales: catorce en educación, entre ellos, algunos cuyo fin era derribar la LOCE; tres en pensiones; cuatro en salud; ocho en trabajo; seis en descentralización.

¡Treinta y cinco proyectos estructurales que fueron rechazados por esa minoría imperante!

En ningunas de esas iniciativas fue posible avanzar por una minoría de Derecha subsidiada y sobrerrepresentada.

Que quede claro: no todos tenemos igual responsabilidad.

Las movilizaciones iniciadas el 18 de octubre pusieron de manifiesto el agotamiento del modelo y los acuerdos implementados a partir de 1990; pusieron también en la mesa una dura crítica sobre la elite de nuestro país, el cansancio con el abuso y el mal trato.

El plebiscito llevado a cabo este último fin de semana por los municipios de casi todo el país nos permite tener más luces sobre las demandas que existen detrás de este proceso y que, nuevamente, no son tan distintas de las que se vienen exigiendo por muchos años: educación, salud, pensiones, nueva Constitución, mejor trato, participación, protección a nuestros recursos naturales y al medioambiente; pero por sobre todo, señor Presidente, dignidad y participación.

Por eso tiene tanta relevancia el debate que se ha abierto a partir del acuerdo firmado entre los distintos partidos para concretar una reforma que posibilite llevar adelante un plebiscito y construir una nueva Constitución.

Señor Presidente, he escuchado con atención muchas de las intervenciones de mis colegas. Y me parece feo que las personas se aplaudan entre sí y pidan apoyo para los propios presidentes de sus partidos.

Sin embargo, quiero hacer un reconocimiento a Mario Desbordes, Presidente de Renovación Nacional, quien ahora se halla presente en esta Sala, ¿Y sabe por qué lo hago? Porque, después de firmado el referido acuerdo, varios desde aquí mismo trataron de romperlo. Y hubo personas -lo señalo con nombre y apellido- que se la jugaron por hacer realidad el debate que hoy se registra en el Senado.

Yo a los míos puedo hablarles cara a cara sobre el esfuerzo que han realizado, no de ahora, sino desde hace muchos años, por cambiar esta Constitución. Pero aprovechando que el Diputado Desbordes se encuentra en esta Sala, estimo importante y justo hacerle este reconocimiento, porque, después de que se firmó el mencionado acuerdo, algunos empezaron a hacer reuniones en el Congreso, a caminar por los pasillos para cabildear y hacer lobby a fin de echarlo abajo.

Por eso nos parece importante decir acá también que en la Derecha no son todos lo mismo.

Señor Presidente, la Oposición firmó un acuerdo con la Derecha de buena fe. Tan así es que, una vez que se resuelve dejar afuera el documento final, muchos plantearon que era necesario abrirse a materias que son claves para una democracia.

Hay sectores de la Derecha que siempre han creído en una democracia protegida; que piensan que los ciudadanos no son capaces de elegir correctamente.

Si hoy estamos planteando en nuestra indicación que es necesario avanzar hacia una convención constituyente paritaria, es porque creemos de toda justicia que las mujeres estén activamente participando de este proceso.

Si estimamos que debe haber escaños protegidos para los pueblos originarios, es porque entendemos que ellos estaban acá antes que muchos nosotros y de quienes hoy día se oponen a generarles ese legítimo espacio.

Ciertamente, como lo dijo un parlamentario de Oposición, tanto el Senador Huenchumilla como yo pertenecemos a pueblos originarios, y con mayor razón defenderemos el derecho de todos ellos a estar presentes en este proceso con escaños garantizados.

--(Manifestaciones a favor en tribunas).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador Pedro Araya.

El señor ARAYA.-

Señor Presidente, sin duda, esta es una de las discusiones que van a generar historia. ¿Por qué razón? Porque considero que los sucesos acontecidos a partir del 18 de octubre cambiaron la historia de Chile.

A mi juicio, todavía no tenemos la tranquilidad y la perspectiva que nos ofrece el paso tiempo para analizar qué pasó, qué hicimos mal y por qué llegamos a este minuto.

Sin embargo, simplemente me gustaría recordar un par de cosas que no son menores.

Desde que Chile nace como nación independiente, un 18 de septiembre de 1810, uno puede decir que ha tenido diez Constituciones. Inicialmente, se redactaron tres reglamentos constitucionales, el primero en 1811, quizás apegándonos a la tradición española un poco legalista de regular todo.

La primera Constitución propiamente tal se da en medio de las batallas de la Independencia, en 1818, y fue promulgada por Bernardo O'Higgins.

Quizás la Carta en que ya hay cierto grado de estabilidad política en nuestro país es la del año 1833, que fue promulgada bajo el Gobierno del Presidente José Joaquín Prieto. Esa Constitución, que quizás ha sido la de más larga data, termina en 1925 con un nuevo Texto Constitucional, que tal vez muchos recordamos. Esa Constitución se dicta en un contexto de crisis parlamentaria que finaliza en 1924 cuando el Congreso, con los militares en las tribunas, se ve obligado a aprobar una serie de leyes sociales y leyes que beneficiaban a aquellos para hacerse cargo del descontento de la gente.

Y qué decir de la Constitución de 1980, que fue dictada en plena dictadura, donde la gran mayoría de los chilenos no tuvimos ninguna oportunidad para decir qué tipo de Carta, qué tipo de institucionalidad queríamos como nación.

A partir de la Carta del 80, hemos ido construyendo la historia de nuestro país de los últimos años. Y esa Constitución nos permitió, en alguna medida, recuperar la democracia. Pero su texto tenía muchas trabas, y las sigue teniendo hasta el día de hoy.

Se ha dicho insistentemente acá que la Constitución del 80 se reformó el año 2005 y que lleva la firma del Presidente Lagos. Y a muchos de los que estamos en esta Sala nos tocó participar en esa discusión. Las modificaciones que se hicieron ese año permitieron avanzar "en la medida de lo posible". Pero, a mi juicio, dejaron tres grandes trabas, que no permiten un desarrollo actual del país.

La primera tiene que ver con las leyes de quorum especial. Cuando uno revisa la historia constitucional o mira otros modelos constitucionales, se da cuenta de que Chile es de los pocos países -por no decir casi el único- cuya Carta Fundamental solicita reunir quorum excesivamente altos a fin de reformar determinadas leyes que el Gobierno militar estableció como centrales para la construcción del modelo de sociedad. Entre otras, por ejemplo, las relativas a educación.

Una segunda gran traba tiene que ver con el Tribunal Constitucional. Todos hemos visto que nuestro Tribunal Constitucional, reconociendo que muchos de sus integrantes son de una gran capacidad técnica, a veces falla políticamente determinadas materias. Y uno sabe que ciertos requerimientos hoy día no tienen ninguna posibilidad de ser acogidos, porque claramente en su composición hay una mayoría que es de una orientación más conservadora, de Derecha.

Y hay, a mi juicio, una tercera traba, que poco se nombra, pero que afecta más el día a día de los ciudadanos: los derechos garantizados. Ahí es donde realmente está la verdadera camisa de fuerza de la Constitución del año 80, pues ella fijó una serie de derechos que, si bien es cierto que en el papel aparecen como protegidos, no hay posibilidad de reclamarlos judicialmente, por ejemplo, a través del recurso de protección.

¿Qué decir acerca de cómo se construyó el N° 24°, del artículo 19, que dice relación con el derecho de propiedad? Todos sabemos que hemos elevado el derecho de propiedad a algo casi tan sagrado que resulta muy difícil poder hacer modificaciones en esa línea. Y aquí se enmarca, por ejemplo -se ha comentado por varios Senadores y Senadoras-, el tema relacionado con el derecho al agua o cómo este puede ser utilizado.

¿Por qué he hecho esta pequeña reseña de los modelos constitucionales chilenos? Porque cuando uno mira la historia del país se percata de que todas las Constituciones nacen a partir de alguna revolución o de alguna fractura institucional importante.

¿Cuál es la diferencia con lo que ocurre hoy día? Porque considero que nadie discute que a partir del 18 de octubre hay una fractura importante en la sociedad chilena y en la forma de hacer política. La diferencia es que por primera vez vamos a tener la posibilidad de redactar una Constitución que sea hecha y discutida por todos los ciudadanos. Y no que nazca o sea impuesta por quien en ese minuto detenta el poder.

Lo anterior sin duda puede ser una oportunidad importante para que el país efectivamente construya la casa común. La Constitución, al final del día, es el marco jurídico que nos permite darnos un ordenamiento a fin de poder establecer de qué forma nos vamos a gobernar; cuáles van a ser los temas importantes que se van a defender; cuáles son los derechos de los ciudadanos; cuál es la institucionalidad que queremos.

La Constitución de Estados Unidos es, quizás, una de las más antiguas del mundo: fue dictada el 17 de septiembre de 1787 por una convención constitucional en Filadelfia y hasta el día de hoy rige los destinos de ese país, porque fue el pueblo el que la discutió.

Yo tengo la esperanza de que a partir de la implementación de la convención constitucional podamos tener una Carta Fundamental de larga data, pues los ciudadanos la habrán podido discutir.

Termino, señor Presidente, con un tema adicional.

Sé que aquí existió un acuerdo respecto del modelo con que se llevaba adelante la reforma constitucional al Capítulo XV. Por cierto, nosotros vamos a honrar ese compromiso, vamos a aprobar el plebiscito de entrada y el plebiscito de salida. Pero creo -y no es menor- que nosotros tenemos que realizar correcciones respecto a determinadas situaciones que siguen amparando, a mi juicio, ciertas inequidades.

Por eso presentamos tres indicaciones:

La primera repone la paridad entre hombres y mujeres. Yo pienso que hoy día no hay que tenerle miedo a que la Nueva Constitución pueda ser redactada paritariamente, de forma tal que represente de manera efectiva a la sociedad chilena.

En segundo lugar, ha de haber escaños reservados para los pueblos originarios, los cuales, como se ha dicho acá, estaban antes que muchos de nuestros antepasados. Tenemos que discutir, de una vez por todas, si vamos a ser una nación multicultural; si otorgaremos un reconocimiento efectivo a los pueblos originarios. Y eso, a mi juicio, pasa porque ellos puedan en esta Nueva Constitución...

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Puede continuar, señor Senador.

El señor ARAYA.-

Eso pasa por que esta nueva convención constitucional, sea cual sea la fórmula que se apruebe, pueda integrar a personas que representen a los pueblos originarios para defender sus derechos.

Y lo tercero, aquí hay que defender también los escaños para los independientes. Los que hemos competido fuera de pacto -y el Senador Bianchi puede dar fe de eso- sabemos lo difícil que resulta ganar en ese tipo de elecciones.

Por eso, si queremos una Constitución que le dé tranquilidad y estabilidad política al país, tenemos que hacernos cargo de estas situaciones.

A mi entender, el momento político hoy día demanda generosidad. Y en esto les pido a los colegas de las bancadas de enfrente, los representantes de Renovación Nacional, de la UDI, de Evópoli, que no tengan temor a asumir el contenido de estas indicaciones. Porque, además, se produce un tremendo contrasentido: las van a rechazar acá y cuando uno mira las noticias de la Cámara de Diputados ve cómo sus parlamentarios están presentando un proyecto para aprobar la paridad.

Entonces, no veo cuál es el sentido de impedir hoy día reconocer el derecho a escaños reservados para los pueblos originarios, a la paridad para las mujeres y a escaños para los independientes, y de esa forma contar con una convención constitucional que nos represente a todos.

Dicho lo anterior, voto que sí.

--(Manifestaciones a favor en tribunas).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene a continuación la palabra el Senador señor Castro.

El señor CASTRO.-

Señor Presidente, el 15 de noviembre se llegó a un acuerdo político para reestablecer en plenitud el Estado de derecho, el orden público y la seguridad social.

No hay espacio para los que justifican la violencia, para los que humillan a los ciudadanos, para los que destruyen los bienes públicos y privados, para los que quieren que el pueblo tenga miedo a fin de asegurar su exclusiva y excluyente participación.

A esas formas de actuar en política debemos decirles que no.

Debemos construir sin destruir. Es la clave de una sociedad exitosa, donde los principios que han asegurado la estabilidad social y económica deben ser fortalecidos, pero haciendo las correcciones necesarias para avanzar en temas que quedan de lado, como ha sucedido con la justicia social, y para evitar el aprovechamiento de los que más tienen por sobre los que menos tienen.

La violencia y los extremos deben ser encapsulados. Aquellos que, siendo menos del 10 por ciento de los chilenos y cuyas ideas nunca han logrado administrar democráticamente nuestro país, deben ser identificados, pues sus mentiras, su actitud agresiva han puesto día a día en riesgo los acuerdos democráticos.

Hoy, con la aprobación de esta reforma constitucional les diremos que sus ideas y sus formas no son las que quieren los chilenos.

Los acuerdos constituyen una manera democrática de avanzar, de fortalecer a una mejor sociedad. Los gritos y las agresiones, de verdad, no lo son.

Ahora, respecto a la Nueva Constitución y a la convención constituyente, hago un llamado a no tener miedo.

Sin ser abogado, pude averiguar de dónde viene la palabra "Constitución", y es del latín "cum": "conjuntamente"; y "statuere": "establecer". Es decir, quiere decir "establecer en conjunto".

Si nos vamos a dar nuevas normas, en el evento de que gane el "sí", debemos hacerlo dialogando. Por eso es tan importante el quorum de aprobación de los dos tercios, para que ningún sector pase a llevar al otro. Es el mismo requisito que ocupó la constituyente de Sudáfrica, propiciada por el movimiento encabezado por Nelson Mandela.

¿Y qué pasa si gana el "no"? ¿Vamos a respetar esa decisión? Porque muchas veces los políticos vamos por un camino y la sociedad va por otro. Y es una opción perfectamente válida.

En ningún caso la respuesta puede responder a traumas históricos, sino que debe obedecer a una decisión, a la necesidad de un país que se proyecta al futuro con esperanza, en libertad y, sobre todo, en paz.

Debemos actuar con información objetiva, con prudencia, donde todos tengan cabida. Pero los acuerdos se deben respetar, se deben encauzar por la vía legal.

Los hombres, mujeres, jóvenes, adultos mayores, de regiones y del Gran Santiago, de cordillera a mar, sin importar la posición política, económica, deben participar en esta decisión soberana, libre, informada, sin manipulaciones de muchos, sin sentirse manipulados por la violencia, por el odio, por la agresividad.

Eso debemos hacer en la próxima elección para poder aprobar una opción constituyente.

He dicho.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene, a continuación, la palabra el Senador Alejandro Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, ¿es posible pedir votación separada del artículo 130, sobre el plebiscito nacional y la Nueva Constitución?

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

No, porque ya estamos en votación.

El señor NAVARRO.-

Muy bien, señor Presidente.

Quiero saludar a quienes se encuentran en las tribunas, particularmente al Alcalde Adolfo Millabur, de Tirúa; y a Marcelo Catrillanca, padre de Camilo Marcelo Catrillanca Marín, asesinado por carabineros.

Se ha dicho reiteradamente en esta sesión que hoy vivimos un momento estelar. ¿Qué momento estelar? ¿En esta sesión? La única condición para el momento estelar se vivió el 25 de octubre con un millón doscientos mil chilenos que colmaron las calles de la Región Metropolitana y marcharon en todo el país. Allí se expresó el poder constituyente, no en esta Sala.

El momento estelar fue el 25 de octubre, cuando a Piñera, a Chile entero le quedó muy claro que no había vuelta atrás, que una nueva Constitución era un imperativo y que el modelo económico estaba cuestionado.

Por eso es que hemos dicho durante años: "¡Nueva Constitución, ahora!". Pero ¿quién se ha resistido? La UDI.

¿Está aquí por voluntad propia? ¡Están en este acuerdo porque fueron impulsados, conminados, obligados por una ciudadanía que desbordó toda expectativa y pidió, exigió una nueva Constitución y el fin del modelo neoliberal, abusador, desigual!

Y están dispuestos hoy día, el Oficialismo y la UDI, a sacrificar a Piñera y al Gobierno. ¿Dónde está Piñera? ¿Dónde está el Presidente? ¿Dónde está el líder de los parlamentarios oficialistas, para conducir este proceso?

No está. Piñera no quiere una nueva Constitución, no quiere terminar con el modelo; lo defiende acérrimamente, junto con la UDI.

Y este día 25 de octubre, por cierto, fue el principio del fin de la maloliente, de la caduca, de la moribunda Constitución del 80, a la que le ha llegado su hora final.

Hubo que esperar veinte largos días para que hubiera un acuerdo de la elite política. Con toda propiedad, con todo derecho, un acuerdo llamado "de paz y de nueva Constitución". Pero no hubo paz. Y vamos a ver si hay nueva Constitución. ¡No trajo paz el acuerdo político!

El Senador Harboe -por su intermedio, señor Presidente- ha afirmado aquí que hay ignorancia. ¡Sé perfectamente lo que el pueblo quiere! Quiere una nueva Constitución con participación plena.

Se ha dicho que somos maximalistas. ¡Sí! ¡Queremos una nueva Constitución construida por el pueblo, de la mano del pueblo!

Se ha dicho que hay un boicot. La verdad es que aquí los que quieren boicotear la Nueva Constitución lo han hecho durante casi cuarenta años. ¡Nunca quisieron!

Se ha dicho que hay responsabilidad. ¡Asumimos la responsabilidad! ¡Asumo mi responsabilidad!

Este es un acuerdo que está aprobado. Va a haber plebiscito para decidir por una nueva Constitución. Está aprobado desde el minuto mismo en que se hizo el acuerdo; los partidos lo acordaron. Por tanto, habrá plebiscito, habrá nueva Constitución, se votará. ¿Qué hay que hacer? ¡Pelear por los dos tercios! ¡Hay que ir a luchar por los dos tercios!

Durante cuarenta años, durante toda la transición más bien, los dos tercios fueron el impedimento ¿Por qué el agua sigue en poder del Estado? Porque se requerían, hoy día, 29 votos. No los hay. Los dos tercios fueron el candado y son el candado hoy día del debate de esta convención constituyente.

¿Por qué voy a votar en contra? Voto a favor de la Nueva Constitución; voto a favor de la asamblea constituyente. Voto en contra de este acuerdo político sobre una convención constituyente, porque está dentro de un paquete; porque ha excluido a las mujeres.

Sin las mujeres, sin la paridad de género no hay Constitución de verdad.

Sin los independientes, esta Constitución será dependiente de los poderes fácticos.

Y sin los pueblos originarios, será una Constitución racista y clasista.

Este plebiscito para la Nueva Constitución va a tener dos preguntas, y hay que ir a ganarlo. ¡Solo cabe ganar! Nueva Constitución y un órgano con formación completa, de manera exclusiva, por miembros electos popularmente. No quiero ni un Diputado, ni un Senador. ¡Quiero composición exclusiva de gente elegida por el pueblo! ¡Ahí se va definir!

Por tanto, quienes participamos de la asamblea constituyente, decimos que el poder originario es soberano, es autodeterminante; nace desde el pueblo, no se entrega.

Por cierto, hay quienes le tienen miedo al pueblo. ¡No le teman al pueblo! ¡No le teman al pueblo! Déjenlo participar, déjenlo estar.

Las restricciones que este acuerdo político pone hoy día son de verdad limitantes. La tesis del Senador Allamand -por su intermedio, señor Presidente- del artículo 142, en el sentido de que si el plebiscito ratificatorio se rechaza, rige la Constitución del 80 no es un mecanismo de democratización de esta última.

Si se llegara a perder, cosa que veo altamente improbable, aquello no significa ratificar la Constitución del 80. Significa que vamos a volver a insistir para contar con una Constitución de todos los chilenos.

La historia nos juzgará. Han pasado treinta años y no hemos sido capaces de tener una transición que nos dote de una nueva Constitución. Hoy no cabe sino resistir y vencer. Los jóvenes en la primera, en la segunda, en la última línea tienen que resistir.

El único garante, la única garantía de que haya una nueva Constitución que sea parte cabal del anhelo de la sociedad, es permanecer en la calle. Si la ciudadanía no permanece en la calle, será un proceso inconcluso. La única garantía es un pueblo movilizado.

Por eso voto "sí" a la Nueva Constitución y voto "no" a este proyecto de ley de convención constituyente.

He dicho.

--(Manifestaciones a favor en tribunas).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora Ximena Rincón.

La señora RINCÓN.-

Señor Presidente, Honorable Sala, quiero partir por agradecer a cada uno de los colegas que hicieron posible este acuerdo y a las y los presidentes de partidos que lo construyeron; a Felipe Harboe, que fue clave, junto con la Mesa de la Corporación, Jaime Quintana y Alfonso de Urresti, quienes nos llevaron y condujeron hasta este día; a nuestro camarada Francisco Huenchumilla, quien hoy no puede estar presente en la Sala, pero que también fue clave en la Comisión de Constitución.

Mi reconocimiento a cada uno de ellos y de ellas.

Lamento, por cierto, que existan voces que no apoyan y que denuestan el acuerdo logrado.

Creo, señor Presidente, que debemos entender que somos solo instrumentos en este rol, representantes de la ciudadanía, y que nuestras decisiones tienen efecto. Y, en este caso, como decía Kennedy, "La ignorancia de un votante en una democracia perjudica la seguridad de todos".

Nuestras decisiones tienen efecto, no son inocuas. Por tanto, en el momento que atravesamos, de nuestras votaciones depende la seguridad de la propia democracia.

¿Qué votamos hoy? Votamos el camino a la democracia representativa, donde todos y todas nos sintamos parte de nuestro país, en la Constitución que nos rige, esa Carta Magna que ha sido hecha por todos.

Para que ello sea posible se requiere de una combinación de factores a la luz de las palabras "grandeza" y "humildad". Dickens señalaba que existen grandes hombres y mujeres, pero que la verdadera grandeza requiere que todos se sientan grandes. Hemingway enunciaba que "El secreto de la sabiduría, del poder y del conocimiento es la humildad".

Hoy requerimos de ello. Grandeza para reconocer lo que se ha hecho mal y humildad para no pretender tener la verdad.

En mi hogar se vivió de manera dura y fuerte la época oscura de la dictadura, pero jamás, probablemente, tan duramente como en otros hogares. Crecí y viví la falta de democracia. Mi hija nació días antes de recuperarla.

Hace poco más de tres años tuve el privilegio de negociar y tramitar el fin al binominal en este Parlamento, como Ministra Segprés. Mi padre murió un día antes de que se materializara ese cambio. Él soñaba con el día de hoy, con el día en que caminaríamos definitivamente a una nueva democracia, con una Constitución en la que todas y todos hubiéramos participado.

Me siento tremendamente afortunada. Hay muchos que no estarán hoy día para ver ese cambio fundamental.

Señor Presidente, la democracia es el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo. El que diga que es una persona demócrata sin considerar a todo el pueblo, no lo es.

El que aquí sostenga que actuar en nombre del pueblo y honrar acuerdos, pero que excluye al 51 por ciento de las que somos mujeres; a un porcentaje importante de la población, que son nuestros pueblos originarios, que son habitantes de esta tierra hace miles de años, claramente no es demócrata. Los yaganes, por ejemplo, hace seis mil años que viven en el sur de esta nación en la que hace doscientos años se instala el Estado de Chile.

Aquel que dice ser demócrata, pero que no está dispuesto a garantizarles a aymaras, quechuas, atacameños, diaguitas, collas, rapanuís, kawésqars, yaganes y mapuches un cupo en el órgano que redactará la Nueva Constitución, no desea una representación verdadera del pueblo en la fijación de las nuevas reglas de convivencia que Chile nos exige.

Mucha gente hoy ha dejado de creer en el rol representativo de los partidos políticos. ¿Y aun así hay algunos que van a insistir en querer acaparar todo el poder político solo entre aquellos que son militantes?

Señor Presidente, estimados colegas, las estructuras patriarcales están develadas. Mujeres de todas las edades y condiciones saben y han gritado en las calles del mundo que no quieren más una condición de abuso y opresión, ¡no más! Y, pese a aquello, nuestros colegas de la UDI y RN insisten en no garantizar la paridad de género en el órgano constituyente.

¡Así es!

¡Han llegado al límite de someter, mediante órdenes, a las mismas mujeres que conforman sus partidos!

¡Desde aquí envío mi solidaridad a las parlamentarias de Renovación Nacional, que se han visto sometidas a esa humillación!

Yo esperaba que RN al menos se desbordara en esto; pero no fue posible y la naturaleza primó.

Señor Presidente, honestidad ante todo; transparencia ante todo. Eso nos exige la gente.

Una cosa es cumplir con el acuerdo celebrado el 15 de noviembre entre los partidos políticos, que debía hacerse por mínima responsabilidad ante las apabullantes exigencias de la ciudadanía, y otra cosa muy distinta es no querer celebrar hoy otro pacto que garantice que esta vez la Nueva Constitución sí será hecha por el pueblo y para el pueblo.

Tal actitud no significa otra cosa que querer excluir a los excluidos de siempre.

"Constitución de la libertad" decía Mandela, porque en ella participaron todos y todas. Por escrito y de viva voz concurrieron a escribir cada una de sus letras.

Y por eso creo que es importante la participación de todos y todas en esta Sala.

¡Esto no puede seguir manteniéndose así!

En esta discusión histórica me dirijo directamente al pueblo de Chile, ¡a todos!

Hoy debemos pensar en el conjunto de los chilenos. No podemos seguir encerrados en un individualismo egoísta.

No solo tus creencias o las mías importan: importan las de todos.

Hoy debemos lograr que el respeto y la dignidad se construyan para todos y no solo para algunos.

Pensar o hacer por el bien común y no solo por el mío o el de los míos es lo que hace a las personas verdaderos seres humanos, verdaderos cristianos, verdaderos demócratas.

Por ello, respaldaré las dos votaciones el día de hoy, señor Presidente.

--(Manifestaciones a favor en tribunas).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

A continuación, tiene la palabra el Senador Francisco Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente, Honorable Sala, nos encontramos frente a uno de los momentos más importantes que le ha tocado vivir a este Congreso Nacional en los últimos treinta años. Y lo señalo porque estamos dando la oportunidad para que el pueblo finalmente pueda pronunciarse respecto de los cambios y la elaboración de una nueva Constitución. Ello, a través de un plebiscito que resolverá si vamos o no a una nueva Constitución y, también, cuál será el órgano que se va a encargar de escribirla.

Este plebiscito será distinto al de 1812, que habilitó un nuevo marco constitucional y en que solo votaron los vecinos de Santiago; o al de 1818, que se extendió nada más que desde Copiapó a Cauquenes; o al de la Constitución de 1925, que se dio en medio de una crisis social; y, por supuesto, también al de 1980.

El de ahora nos va a permitir que todos y cada uno de los chilenos puedan pronunciarse respecto de la necesidad de cambio.

Éramos muchos los que veníamos advirtiendo desde hace tiempo sobre la crisis social que iba a estallar.

Y señalábamos que uno de los íconos más representativos era que el sistema político estaba agotado: un sistema hiperpresidencialista que requería avanzar a un modelo semipresidencial, con mayor contrapeso entre el Congreso y el Ejecutivo y un mayor control ciudadano de la actividad pública.

Pero, además, sosteníamos que el modelo de desarrollo estaba haciendo mella, no solamente por la necesidad de empujar con fuerza la descentralización, de desplegar el potencial de los territorios, sino que además había que poner énfasis en la ciencia, la tecnología y la innovación como el salto requerido para que Chile se desarrollara.

Es necesario recomponer el pacto social y reconstruir la casa común. Para ello teníamos que avanzar en un acuerdo. Y los acuerdos políticos se honran, ¡se honra la palabra empeñada!

Lo que les corresponde hoy día a los liderazgos políticos, en estos tiempos vertiginosos, es no dejarse arrastrar por la dirección de los vientos, sino que, por el contrario, ser capaces de conducir el proceso político.

Y por eso, frente al camino que hemos iniciado se requiere actuar con responsabilidad, entendiendo claramente que se deben recomponer las confianzas, que es preciso construir sobre la base de ser capaces de entender que estamos frente a un mismo y solo proyecto colectivo de nación.

A este respecto, he señalado durante mucho tiempo que en Chile coexisten cuatro Chile distintos. Es más, en los territorios que se ubican en los límites o en los deslindes tenemos el problema de que ni siquiera hay un sentido identitario de nación.

Falta, efectivamente, recomponer el proyecto colectivo y la mirada de mediano y de largo plazo.

Por eso, el proceso y el momento constituyente que hemos iniciado van en el camino de consultarles a los chilenos, porque la soberanía radica esencialmente en la nación, y eso implica saber si están o no dispuestos a cambiar la Carta Fundamental.

Creo, sin lugar a dudas, que acá es preciso abrir un camino, lo cual significa actuar con responsabilidad. En efecto, se requiere actuar con responsabilidad desde un Congreso que también es constituyente; un Congreso que ha modificado la Carta Fundamental de 1980, que hoy día tiene la firma del Presidente Ricardo Lagos; un Congreso que encabezó un proceso de transición a la plena democracia, en que muchos de los que están presentes acá fueron protagonistas de esos acuerdos, que resultaron fundamentales para que finalmente la soberanía radicara de nuevo en la nación.

Quisiera señalar, señor Presidente, que acá está en disputa si vamos a estar a la altura y tendremos la envergadura para poder enfrentar esta crisis social, en que se requiere no solamente entender que la Constitución va a ser el listado de deseos que resolverá todos y cada uno de los problemas; también se precisa trabajar en paralelo, con énfasis finalmente en una agenda social sustantiva, y además se requiere, por supuesto, retomar el orden público, pensando en los millones de chilenos, ¡millones de chilenos que han visto sistemáticamente vulnerar sus derechos fundamentales! Me refiero a los millones de chilenos que no tienen libertad de circulación, ni libertad para emprender y que, en definitiva, hoy día ven cómo son vulnerados sus derechos fundamentales. En atención a ellos también es necesario restablecer el orden público.

Por tanto, señor Presidente, estamos en un momento estelar.

Yo soy partidario, por supuesto, del reconocimiento constitucional de los pueblos originarios, proyecto que ya se presentó en este Congreso Nacional. Estoy a favor de que una nación asuma su carácter pluricultural.

En tal sentido, nosotros teníamos una opción distinta acerca de la representación de los pueblos originarios, que es un proyecto que hoy día se encuentra en trámite en la Cámara de Diputados.

Creemos que la fórmula que se ha dado en este proyecto no es satisfactoria y, por tanto, la votaremos en contra. Pero pensamos, sin lugar a dudas, que ese es un punto necesario de abordar.

Y lo digo desde un partido como Renovación Nacional, que tiene la mayor representación de pueblos originarios; que cuenta con la mayor representación de mujeres en el Parlamento, en los gobiernos regionales, en los concejos comunales. Reitero: Renovación Nacional tiene la mayor bancada de parlamentarias en el Congreso Nacional.

Por tanto, con ese liderazgo, puedo sostener claramente que la fórmula que se nos ha planteado en virtud de las indicaciones no satisface. Pero, ciertamente, somos partidarios de incorporar con fuerza a la mujer en la toma de decisiones, en igualdad de condiciones.

He sostenido, señor Presidente, que se requiere un nuevo pacto social, recomponer un proyecto colectivo de nación y una mirada a largo plazo.

Como dije, hoy día estamos en un momento estelar y vamos a honrar nuestra palabra empeñada.

)----------(

El señor DURANA.-

¿Me permite un minuto, señor Presidente?

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Puede intervenir, señor Senador.

El señor DURANA.-

Solicito que se recabe autorización para que la Comisión de Economía pueda trabajar en paralelo con la Sala, debido a que tenemos que ver el proyecto sobre pago de facturas a treinta días y guías de despacho electrónico, que tiene plazo de vencimiento el 16 de enero.

Son quince minutos.

El señor BIANCHI.-

Tiene razón el señor Senador si se trata de un tema relacionado con las mipymes.

El señor NAVARRO.-

¡Pero esto está a punto de terminar!

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.

Acordado.

)---------(

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador Jorge Soria.

El señor SORIA.-

Señor Presidente, colegas Senadores y excolegas alcaldes que se encuentran en las tribunas, creo que el gran cambio que se está haciendo en el país es más que importante. Pero también quiero decirles que nos faltó muñeca, porque yo goberné cincuenta y dos años como alcalde con Constitución y no Constitución.

Y nosotros logramos desde los municipios -téngase claro; nadie ha tocado este tema- que el poder local fuera efectivo. Y así ocurre en el poderoso Estados Unidos, en la poderosa China y en Europa: el alcalde es el que maneja su región y entre todos los alcaldes manejan el país.

Yo creo que esa vara la perdimos en los últimos años. Yo no la perdí en Iquique. Y esa es la experiencia que quiero entregarles a cada uno de ustedes.

Nosotros no teníamos nada que ver con el Ministerio de Vivienda, pero hicimos los planes de vivienda más grandes en el país. Lo hicimos con autoconstrucción por miles -¡por miles!-, proceso en que el municipio ayudaba con una fábrica de bloquetas. Todos los sábados los dueños de los sitios iban a buscar miles de bloquetas y hacían sus casas. ¡Y son casas maravillosas, en 200 metros cuadrados!

Los sistemas cooperativos, ¡apoyo total y absoluto!

¡Así se construye la patria! ¡Así se construye en el mundo!

¡Yo creo que eso es lo que nos falta a nosotros!

Yo he callado -creo que esta es la segunda vez que hablo en los quince meses que estoy acá-, porque he querido aprender de ese panorama grande. Escuché lo de la Constitución. Y, bueno, aprendí.

Por eso les voy a entregar hoy día mi experiencia y seré cortísimo.

Se pueden hacer casas maravillosas, pero el que debe manejar es el alcalde. Y no hay ninguna ley sobre eso. Aquí todos dicen o "se nos pasó" o "no sé". Que cada uno piense lo que quiera.

Pero no es posible que sea el Ministerio el que lo haga.

Y nos tenían una ley hasta hace una semana, que la pararon ayer, y nos entregaban...

La señora PROVOSTE .-

Integración social.

El señor SORIA.-

Perdón, no nos entregaban, nos quitaban absolutamente todo lo que se refiere a que el municipio pueda opinar dónde se hacen las poblaciones.

El señor BIANCHI .-

Les quitan la decisión.

El señor SORIA.-

Exacto. La decisión, que el Ministerio nos pide.

O sea, hasta el último minuto tratan de sacarle el poder al alcalde -que es normal en el mundo- por no sé qué.

¡No entiendo -con respeto- que sea el Ministro de Vivienda quien planifique las ciudades!

¡Cómo el Ministro de Vivienda va a saber dónde hay que pavimentar una calle en Iquique o asfaltar otra! ¡No es posible! ¡Ni la vereda ni la calle!

Ese ejemplo se da en Chile, y esto sucedió la semana pasada a la vista de todos nosotros.

No podemos esperar un año a que la Constitución esté lista. ¡Estamos cuadrados con la Constitución! ¡Todos los que han hablado antes que yo lo están!

Yo les cuento al estar con ustedes mi visión y cómo nosotros, habiendo sido cincuenta años alcalde, construimos una salud de calidad para todos.

Llevamos las primeras máquinas -lo vimos en Estados Unidos- con equipos completos. Y a cada población les dábamos los rayos, ¡todo!

Es decir, se puede.

Por eso, yo quiero que en esta nueva Constitución esto esté claro y veamos cómo se maneja el mundo y no hagamos tanta maquinaria política para un lado o para el otro. No me voy a referir a si es de la Derecha o de la Izquierda. Ambos han manejado el mismo sistema: quitarle el poder al alcalde.

¡Y yo hoy día quiero reivindicar al alcalde!

¡Yo les garantizo que la salud de Iquique es una de las mejores del país!, ¡la educación de Iquique!, ¡la vivienda de Iquique!

Y todo lo hizo, durante cincuenta años, quien se viene a despedir y viene aquí exclusivamente a defender el puerto de Iquique, a defender los intereses de todos los puertos de Chile, pues como alcalde no me la pude, al no estar el Parlamento y el Gobierno atrás.

Hasta este momento voy perdiendo la pelea.

A todos los puertos del Perú les han inyectado miles de millones de dólares en los últimos tres meses. Diez puertos compró China. Y Perú hace 17 puertos.

No duden -y quiero decirlo aquí, por eso he hablado; este es el momento que se me dio- de que si en los futuros tres o cuatro meses no nos preocupamos de profundizar nuestro puertos, ¡Chile perdió el océano Pacífico!

Ese es el valor del alcalde que debe estar en la Constitución como clave, como una obligación, como ocurre en todo el mundo.

Es posible cuando se quiere.

Pero como está conformado Chile no va a ser posible. Si esto sigue igual con la Nueva Constitución, igual las regiones no van a tener poder ni capacidad de avance.

Muchas gracias, colegas.

El señor BIANCHI .-

¡Muy bien!

--(Manifestaciones a favor en tribunas).

El señor QUINTANA (Presidente).-

A continuación le corresponde hacer uso de la palabra al Senador Felipe Kast.

El señor KAST.-

Señor Presidente, la verdad es que se ha mencionado bastante el día de hoy que vivimos un momento estelar. Y yo creo que, más que un momento estelar, vivimos un momento que yo denominaría como crítico.

Claramente, la noche que vivimos ese 15 de noviembre mostró por un período la capacidad de ponerse en el lugar del otro, de poder ponernos de acuerdo, de poder conversar, de poner a Chile por delante de muchas diferencias, de dejar los miedos a un lado.

Y en el momento en que estamos votando hoy día esta reforma constitucional a mí me gustaría que tratáramos de prolongar ese espíritu, dado el momento crítico que vivimos.

Sin embargo, hemos visto en los debates de las últimas horas violencia y mucha intolerancia hacia el que piensa distinto.

Todas las posturas son muy legítimas.

Pero lo que no es legítimo es ocupar la violencia, la prepotencia, la intolerancia como método de diálogo. Y yo espero que este Senado no caiga en aquello.

Y claramente dentro de esa violencia está el hecho de no respetar un acuerdo, cuando algunas personas que suscribieron ese pacto el 15 de noviembre de repente se dan cuenta al rato siguiente y dicen: "¿Saben qué? En realidad voy a cambiar ese acuerdo".

Yo quiero recordar que, además, se formó una comisión técnica y cada uno de los firmantes sabía, por mucho que tal vez no le gustara todo lo que estaba en ese acuerdo, que se comprometía y que involucraba su honorabilidad en él.

Por eso, tal vez muchos no entienden la votación de Evópoli en el día de ayer. Y no es que no queramos la inclusión de los pueblos originarios; no es que no queramos la incorporación de las mujeres en el proceso. De hecho, ingresamos tres proyectos de reforma el mismo día de ayer. Pero lo que no corresponde es que, habiéndose suscrito un acuerdo que era explícito en establecer que lo que allí estaba tenía que venir en un proyecto de reforma constitucional, los mismos que firmaron ese acuerdo no sean capaces de mantener la palabra empeñada.

Me parece que eso no ayuda, ¡no ayuda!, porque al final todos sabemos que los que estamos acá vamos a tener que suscribir muchos acuerdos en numerosas ocasiones más.

Y, por lo tanto, si el precedente que se siembra es que cuando se suscribe un acuerdo, en realidad, no se sabe si finalmente se va a cumplir, es complejo.

Por eso, obviamente, el día de hoy suscribiré el acuerdo, tal como lo acordamos ese 15 de noviembre, y adicionalmente impulsaré, por la vía legal, otros proyectos de ley en que efectivamente tengamos un debate complementario, que es legítimo y que se tiene que dar con la misma racionalidad y con la misma altura de miras, para que los independientes, las mujeres y los pueblos originarios puedan participar.

Sin embargo, hoy día -y lo notamos ayer en la Cámara Baja- he visto a muchos que, desgraciadamente, no le dan valor a respetar los acuerdos, que pareciera que da lo mismo llegar a un instante crítico de la política, en que claramente Chile vivió uno de sus momentos más difíciles, y construir acuerdos que finalmente quedan en nada.

Entonces, no es adecuado el precedente que se da. Sé que tal vez -y aunque todavía no votamos la segunda parte- muchos aprobarán, espero que de manera unánime, esta primera parte. Pero no siempre lo que es popular es lo correcto; no siempre lo que es, de alguna manera, difícil de explicar tiene que ser evitado, porque todos sabemos lo que hicimos ese día 15 de noviembre.

Entonces, la invitación que le hago al Senado es a que ojalá exista la capacidad de decir "Sí, esto es lo que se acordó". Y además entiendo que todos los suscribientes del acuerdo están disponibles a sostener un debate complementario vía proyectos de ley.

Sin embargo -insisto-, he visto mucho temor a enfrentar a quienes piensan distinto; he visto mucha complacencia a la violencia de trato, a maltratar muchas veces al que piensa distinto, y eso no nos ayuda. Porque todo es legítimo desde el punto de vista de tener diferencias, pero lo que no es legítimo es la violencia.

Creo que estamos viviendo un momento crítico. Claramente, voy a pronunciarme a favor en esta votación que, sin lugar a dudas, marca un antes y un después. Y también voy a votar a favor en el mes de abril para que efectivamente podamos iniciar un proceso constituyente, por cuanto estoy convencido de que esa forma de hacer política, de que la Constitución sea la casa de todos, es posible. Pero esa forma de hacer política cae en riesgo cuando, finalmente, no somos capaces de honrar nuestra palabra. Esa forma de hacer política cae en riesgo cuando caemos en la violencia.

Al final del día -insisto-, esa noche del 15 de noviembre, que fue una noche positiva, donde todos los sectores salieron de sus trincheras y se pusieron de acuerdo, por favor no la pongamos en riesgo hoy. Sé que es fácil caer en la lógica de ponerla en riesgo; sé que es fácil olvidar que se empeñó la palabra; sé que es fácil, porque muchas veces va a ser incomprensible para muchos. Pero sí uno nunca debe renunciar a explicar por qué hace las cosas. Y no es incompatible tener una agenda que busque efectivamente la inclusión de los pueblos originarios, la inclusión de las mujeres y la inclusión de los independientes con la ratificación, el día de hoy, del acuerdo original.

Así que voto a favor, esperando que el Senado honre la palabra que empeñó, también impulsado por usted, señor Presidente, que fue parte activa de ese acuerdo, aprobando dicho acuerdo en su integridad.

Gracias.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra, a continuación, el Senador Juan Antonio Coloma.

El señor COLOMA.-

Señor Presidente, el pronóstico del tiempo anunciaba que hoy iba a estar luminoso en Valparaíso. ¡Y está gris! Creo que es exactamente lo mismo que está ocurriendo en este Senado: parecía ser un día luminoso, porque se daba cuenta de lo que se había acordado el 15 de noviembre, pero está siendo mucho más gris, mucho más agrio. Yo lo lamento profundamente.

El Senador Montes tiene razón: a mí me cuesta y me costó mucho entender y aceptar que había un proceso para poner arriba de la mesa la legitimidad o más bien el buen uso que pueda hacerse de la Constitución.

Yo soy partidario de la actual Constitución. Creo que ha sido el elemento clave en todo el desarrollo que ha tenido Chile para derrotar la pobreza, para abrir las oportunidades, para crear una sociedad infinitamente mejor que la que existía antes de su dictación. Pero no me cierro -y uno debe tener, de alguna manera, el realismo necesario en ciertas circunstancias- a someterla a determinado procedimiento, a una fórmula alternativa, tal como se ha hecho muchas veces en democracia. Creo que junto a un par de colegas soy el que más veces he sido candidato y me he sometido al ejercicio de la democracia, así que no le temo. Sí me hubiera gustado que aquello se hiciera en base a los acuerdos que habíamos alcanzado.

A mí, señor Presidente, me parece inaceptable la falta de cumplimiento de la palabra empeñada. Alguien me puede decir: "Tenemos derechos". Sí, hay derechos, pero también existen deberes morales, esos que parece que hoy día no valen nada, que son un pedazo de papel carente de alma. Para mí, los compromisos y los deberes valen mucho y no me voy a rendir para plantear su exigencia.

Aquí se había propuesto, básicamente, un proceso de opciones no considerado -y por eso es lo que más me cuesta aceptar- en el ordenamiento constitucional, y que se logró porque nosotros, dentro de Chile Vamos, lo aceptamos, a cambio de un quorum de los dos tercios para los efectos de cualquier aprobación, sin agregados, sin colgajos. Y me he dado cuenta de que, desde esa fecha hasta ahora, ha sido el festival de los colgajos y de las caricaturas; caricaturas que a mí me molestan.

Una caricatura que se plantea es que nosotros estamos complicando, complejizando la acción de este proceso constituyente. Pero, en realidad, estamos pidiendo exactamente la misma modalidad con que se ha votado siempre en Chile, porque les quiero decir que yo soy partidario del voto "i-gua-li-ta-rio", que valga lo mismo, ese que costó mucho en Chile y que parece que a algunos hoy día no les importa nada. A mí me importa la democracia, entendida sin dobles letras. Es lo que ha costado en Chile, y es lo que nosotros exigimos. ¡Ni más ni menos que como se ha hecho hasta ahora! No estamos buscando ningún cambio.

Nos dicen que hay que ser modernos. Sí, hay otros países que han tenido votos desiguales: Argentina, Venezuela, Bolivia, Nueva Zelanda, Irán. Ahí están los grandes ejemplos, que nos quieren mostrar aquí, de alguna manera, como el camino a transitar.

A mí me gusta el sistema "una persona, un voto igualitario". Y es lo que a mí, por lo menos, me parece legítimo. Es distinto a tener una cuota de acceso, tal como está permitido hoy día en la elección de Diputados, lo cual considero perfectamente discutible. Pero imitar ejemplos mínimos a lo largo del mundo es, a mi juicio, un error, porque violenta ese principio fundamental.

Tampoco me gustan las caricaturas que se hacen respecto del rol de la mujer. De todos los partidos que hay acá, el nuestro es el único presidido por una mujer. Donde hay más Senadoras -compartiendo esta situación con la Democracia Cristiana- es en el nuestro. Y resulta que ahora dicen, a modo de caricatura, que nosotros tenemos una especie de persecución.

Miren, el Senador Girardi me provocó. Cuando se aprobó la ley que permitió el voto de la mujer, quien presidía el Parlamento y resultó vital en esa época fue alguien que quizá a usted no le gustará: se llamaba "Juan Antonio Coloma Mellado", mi abuelo.

Entonces, no vengan con caricaturas absurdas,...

El señor GIRARDI .-

¡Más progresista que el de hoy día...!

El señor COLOMA.-

... con caricaturas insólitas, con caricaturas que no tienen nada que ver y que simplemente reflejan una forma incorrecta de ver la sociedad.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Diríjase a la Mesa, señor Senador.

El señor COLOMA.-

Pero, señor Presidente, yo estoy convencido, a medida que avanza el debate, de lo que dije la noche del 15 de noviembre. Vamos a ver qué parte del proceso puede ser un escenario interesante. ¿Saben qué más? Después de un mes, estoy más convencido que nunca de que voy a votar que no en el proceso constituyente. Un "No" con mayúscula. No como calladito, ¡con mayúscula, después de lo que he visto!

Aquí se quiere cambiar absolutamente el rol de la familia. Se quiere coartar la educación libre. ¡Para qué les digo de los colegios subvencionados particulares! ¡Se quiere impedir el derecho a progresar! ¡Se quiere expropiar el agua que hoy día usan los agricultores! ¡Se quiere limitar la movilidad social! ¡Se quiere poner mil y una trabas a la forma de enfrentar la pobreza, que ha seguido nuestro país!

Entonces, si alguno quiere dar un salto al vacío, que lo haga.

Además, señor Presidente, yo veo aquí caras preocupantes. Pero, ¿sabe? Los que están al frente, y lo lamento, ¡lo lamento!, importan poco; los que hoy día importan son los del Frente Amplio; los que hoy día importan son los del Partido Comunista. ¡Esos son los que, cuando hablan, ustedes quietamente acatan!

Entonces, no son las caras de ustedes las que me importan, sino lo que he visto en otros lugares, en debates distintos, y que es lo que más me preocupa e inquieta.

Por eso, señor Presidente -si me da el minuto que me corresponde, porque entiendo que son seis-, me parece que este tiempo de reflexión también ha sido importante para comprender la falta de compromiso. A mí me cuesta mucho este proceso, señor Senador, y usted tiene razón, porque creo que ha sido exitoso. La Constitución se ha cambiado treinta y siete veces.

Yo no soy de los que se avergüenzan del Chile que tenemos hoy día. Me siento orgulloso de que la pobreza haya bajado de 49,2 a 2,9, según dijo Manuel Marfán el otro día en la Comisión de Hacienda. Me siento orgulloso de la cantidad de jóvenes que ahora están en la universidad: ¡ocho veces más que las que había antes de la Constitución! Me siento orgulloso del nivel de movilidad social: ¡sexto lugar en el mundo, según el ranking OCDE, que tanto les gusta a ustedes! Me siento orgulloso de que hoy día haya una capacidad de movilidad relevante que le haya cambiado la vida a mucha gente. No me siento avergonzado.

Por eso, señor Presidente, voy a honrar mi palabra votando ahora que sí, pero desde ya voy a trabajar con toda mi fuerza para que el voto para la comisión constituyente sea...

El señor QUINTANA (Presidente).-

Pido que las próximas intervenciones no se hagan referidas a los colegas de enfrente, sino a la Mesa.

Les pido a Sus Señorías que pongan todo de su parte.

El señor NAVARRO .-

¡Viva el abuelo! ¡Viva el abuelo!

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador Alfonso de Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente, luego de la última intervención, ¡está claro que los nietos son más momios que sus abuelos...!

--(Manifestaciones en la Sala).

Y eso es un inconveniente, porque la sociedad debiera ir avanzando hacia aspectos más libertarios, de apertura. Pero, así es la vida y, ¡así son los nietos...!

--(Manifestaciones en la Sala).

Señor Presidente, a mí me duele la desigualdad de este país. Y creo que fue precisamente la profunda desigualdad de este país lo que provocó el estallido social. La movilización de miles y miles de personas a lo largo de todo Chile, ¡millones!, ha provocado que hoy día estemos discutiendo esta situación.

Como Partido Socialista, fuimos parte de un acuerdo político, que valoro, porque para eso está el Senado: para acordar, para concordar, para convencer. Y pudimos hacerlo.

Ese día, 15 de noviembre, con el mérito y la concurrencia de todos, de muchos, llegamos a este acuerdo. Algunos aparecen hoy día restándose, pero estuvieron invitados. La historia hablará de los que estuvieron, hicieron propuestas y luego no tuvieron la convicción de firmar y decir "Esto lo vamos a honrar".

El Partido Socialista concurrió a cara descubierta. Discutimos más de 48 horas. ¡Y aquí estamos!

Yo crecí en dictadura. El año 80 tenía catorce años y vi lo que significó esa Constitución, en la cual no pudimos participar.

Hoy día tenemos la posibilidad, efectivamente, de concurrir con nuestro voto favorable. Hemos discutido sobre los procedimientos, la integración y todos los elementos que son importantes. Y permítame decir, por su intermedio, señor Presidente, que no son colgajos: son elementos de perfeccionamiento, de inclusión, de mejora para un proyecto, de un acuerdo que se consiguió.

Después de esta votación histórica, tenemos que trabajar para que ese 26 de abril vayan miles, millones de personas a manifestarse democráticamente, y tengan una opción: ¿quiero o no una nueva Constitucion? Y si la quiero, ¿cuál es el procedimiento?

Voy a votar absolutamente por una asamblea constituyente, por una convención constituyente.

El año 2013 hice mi campaña para ser Senador con todos mis letreros y mi propaganda marcada con una "AC". Desde ese momento lo estamos planteando. No nos estamos incorporando ahora.

¿Qué queremos hacer? ¿Qué se viene ahora? Seguir este debate. Vamos a votar esto hoy día. ¿Por qué nos negamos? Y no significa no honrar la palabra decir "Aquí hay elementos que faltan, que deben ser perfeccionados".

¡Cómo alguien podría señalar hoy día que no puede haber paridad en la inclusión de mujeres! ¡Que efectivamente haya 50 y 50! Más temprano que tarde, y seguramente en pocas semanas, tendremos acá otro proyecto, y tarde o temprano se deberá legislar en esta materia. Y, a pesar de la misma posición negativa con la que muchos sectores conservadores se negaron al matrimonio igualitario, al divorcio, al reconocimiento de los hijos nacidos fuera del matrimonio y tantas otras cosas, se va a aprobar. ¡Vamos a insistir en ello!

Pueblos originarios: ¡cómo este país no puede efectivamente entender que debe haber un reconocimiento y tiene que haber escaños reservados! Vamos a insistir en esto, honrando el acuerdo, pero legítimamente, pudiendo producirse alguna situación. Hay proyectos que vienen de antes. Tengo la tranquilidad de haberlo planteado precisamente cuando se modificó el binominal. Tampoco lo conseguimos en ese momento. Y creo que hoy día existe la necesidad de incorporarlos.

Participación de los independientes: hemos bregado en la misma dirección.

Considero importante el debate de contenidos que viene, porque precisamente lo que queremos hacer ese 26 es ganar el plebiscito. Y agradezco que la gran mayoría de este Senado vaya a concurrir con su voto favorable. Lo principal son los contenidos, la inclusión de elementos sociales, de elementos para un nuevo pacto social en nuestro país.

En ese sentido, es imprescindible documentarse. Y quiero felicitar el trabajo elaborado por profesores de Derecho Constitucional de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral de Chile, titulado "Propuesta para un Proceso Constituyente Inclusivo", que va a quedar a disposición de esta Sala.

La necesidad de independientes en la asamblea constituyente; la paridad de género; la participación de los pueblos originarios; el sufragio obligatorio en el proceso constituyente, todos son elementos importantes. El proceso constituyente abierto a las personas con discapacidad, por su parte, es un tema que no ha sido discutido. ¡Cuántas personas tenemos en esa condición! La población penal en el proceso constituyente, la gente que está privada de libertad no ha perdido sus derechos constitucionales.

Otro elemento adicional es la población migrante. ¿Cuántos inmigrantes tenemos en el país? ¿Unas 800 mil personas?

El señor BIANCHI .-

Son 1.400.000 inmigrantes.

El señor DE URRESTI.-

Me corrige el Senador. Son 1.400.000 personas que han llegado a vivir al país a emprender, a formar una familia. También: ¿dónde está el reconocimiento? ¿Dónde está la inclusión?

Por eso, felicito esta propuesta y concurriré encantado a votar el 26 de abril, porque será el pueblo soberano, toda la ciudadanía la que decida, tal como lo hizo este fin de semana en decenas de municipios.

Aprovecho de saludar a la Alcaldesa de Paillaco, Ramona Reyes, quien precisamente estuvo organizando en su comuna un plebiscito tremendamente convocante. En la ciudad de Valdivia las autoridades municipales se negaron y fueron los concejales, las juntas de vecinos, el movimiento social los que convocaron. ¡El Concejal Pedro Muñoz estuvo al frente de eso! Y fueron decenas las otras comunas autoconvocadas.

Ese es el preludio de lo que tendremos el 26 de abril: desbordar democráticamente, con el voto mayoritario, para aprobar una nueva Constitución y tener un proceso constituyente.

¡Ahí estaremos!

Y luego, ¡a elegir nuestros representantes! Con paridad, con inclusión, pero, sobre todo, con ideas libertarias, con ideas modernas, no retrógradas, no conservadoras, respecto de un Chile que debe hablar del medio ambiente, de la igualdad, del reconocimiento a los pueblos originarios, y, sobre todo -permítame lo último, señor Presidente-, construir un gran pacto social contra la desigualdad.

Chile no va a ser un país serio, respetable, si no abordamos la desigualdad.

Voto a favor, señor Presidente.

--(Manifestaciones a favor en tribunas).

El señor QUINTANA (Presidente).-

Saludamos a los alcaldes mapuches y dirigentes que nos acompañan en las tribunas.

A continuación, tiene la palabra el Senador Allamand.

El señor ALLAMAND.-

Señor Presidente, parto por señalar que ya he votado favorablemente los tres primeros numerales de esta reforma constitucional. Pero quiero hacer ver o quizás aportar un elemento que hasta ahora no ha estado presente en la discusión.

En primer lugar, creo que el gran mérito que posee el acuerdo que hoy día estamos transformando en reforma constitucional es que abre un proceso participativo plenamente democrático, generando dos opciones, para mí igualmente legítimas, que tienen una virtud: precisamente, uno de los problemas que exhibe nuestro ordenamiento constitucional es el cuestionamiento sobre su legitimidad. Y, cualquiera que sea la opción que triunfe, este tema va a quedar completamente resuelto y eso es un gran aporte. Si vence la opción que aprueba la nueva Constitución, se abre un proceso y tendremos una Carta Fundamental plenamente legítima. A la inversa, si vence la opción por el rechazo, ya nadie podrá cuestionar hacia adelante la legitimidad del actual ordenamiento constitucional.

Considero que tener dos opciones, igualmente válidas, que resuelven el problema de la legitimidad, es un paso muy importante.

En segundo lugar, señor Presidente, quiero destacar -porque ha sido parte de las polémicas de las últimas semanas- que el acuerdo constitucional que estamos aprobando ha sido particularmente sabio, desde mi punto de vista, al mantener firme el principio, yo diría medular, de la mecánica de una eventual convención constituyente.

Para mí, resulta muy relevante que se haya copiado expresa y textualmente la norma que estaba contenida en el acuerdo del 15 de noviembre, que en forma precisa señala cuál es el imperativo de los dos tercios. Creo que eso despeja muchas dudas. Y, a la vez, pienso que el resto del articulado de la reforma que hemos aprobado despeja, en forma muy satisfactoria a mi juicio, algunas dudas que, interesadamente desde mi punto de vista, algunos sectores habían planteado en términos de desvirtuar el sentido de esa norma, que es el corazón del funcionamiento de la convención.

Me parece que en eso el acuerdo es extraordinariamente importante.

En tercer lugar, señor Presidente, quiero insistir en lo que señalé el día de ayer en la Comisión de Constitución.

Aquí todos hablan de respetar un acuerdo, pero la verdad es que no se está respetando. Y hay dos formas de no hacerlo: una es incorporarle un contenido unilateralmente al proyecto y otra es restarle un contenido también de manera unilateral.

En realidad, las materias que están incluidas en el numeral 4) de artículo único de la iniciativa no fueron parte del acuerdo del 15 de noviembre; no fueron parte del acuerdo de la comisión técnica, y tampoco fueron parte del acuerdo final de los presidentes de partidos el lunes pasado.

Entonces, digamos las cosas como son: ¡aquí no se está respetando el acuerdo! Se pretende incorporar contenidos en forma unilateral.

En tal sentido, quiero reiterar lo que manifesté el día de ayer.

Para mí esto es gravísimo. No es una cosa que simplemente haya que dejar pasar. Por lo menos a mí me genera una reflexión preocupante. Si no estamos respetando ahora los acuerdos que van a generar una eventual convención constituyente, se abre una tremenda sospecha o interrogación. Alguien podría decir: "Si no se respeta el acuerdo hoy, ¿por qué se va a respetar mañana?".

Para mí esto no es un tema menor; es grave.

Por último, señor Presidente, cabe señalar que los temas relativos a género, a escaños reservados y a listas de independientes, sin duda, son importantes. Pero ya he señalado que no forman parte del acuerdo.

A mi juicio, habría sido tremendamente irresponsable que se hubieran aprobado esas materias en la forma en que vienen propuestas hoy en el numeral 4). Fíjese, señor Presidente, que habríamos estado acogiendo normas de gran importancia que los señores Senadores ni siquiera habrían podido revisar, salvo en las pocas horas que mediaron entre la presentación de las indicaciones respectivas el día de ayer y la votación de ahora.

Este es un Senado serio. Me parece que normas de esta naturaleza no pueden ser tratadas en la forma que señalo.

Las indicaciones que incorporaron el numeral 4) fueron conocidas ayer a las seis de la tarde. No tuvimos ninguna oportunidad de escuchar opiniones ni hacer un análisis detallado. Sin embargo, se pretende someterlas -de hecho, así se hará- a votación.

No lo considero razonable, y no es la manera en que actuamos habitualmente.

Por último, hago presente que estas materias pueden tener diversos contenidos.

Yo soy partidario, por ejemplo, de avanzar hacia la igualdad de género, pero me parece que la fórmula incorporada en la iniciativa que estamos votando desvirtúa absolutamente el sentido y la lógica del principio democrático del voto. En verdad, dicha propuesta lo distorsiona más allá de todo aspecto razonable.

En cuanto a escaños reservados, se señala una cifra completamente arbitraria: en el caso de una convención, 18; en el otro caso, 21. Y nadie, durante las cinco horas en que hemos estado acá, ha dado una sola razón que justifique esos guarismos.

¡Cómo va a ser razonable que este Senado, luego de establecer que son 155 los convencionales constituyentes, agregue un guarismo adicional sin que haya habido una sola persona que le explique a la Sala por qué se justifican 21 o 18!

Me parece que eso es muy poco sensato.

Quiero terminar, señor Presidente, diciendo que voy a votar a favor del proyecto y que lamento -creo que no es un tema menor- que se esté violando el acuerdo.

Ciertamente, espero que los aspectos contenidos en el numeral 4) del artículo único no sean aprobados.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador Víctor Pérez.

El señor PÉREZ VARELA.-

Señor Presidente, creo que este es uno de los debates más significativos que hemos realizado en los últimos años. Estamos estructurando un proceso de reforma a la Constitución, para que la ciudadanía en el mes de abril resuelva los caminos a seguir en esta materia, aspecto que siempre ha estado en debate y en cuestión.

Para la UDI este es un tema relevante, pues para nadie es un misterio que tenemos una profunda adhesión a los principios y valores de la Constitución del 80 y hemos participado activamente en todas y cada una de las modificaciones constitucionales que se realizaron en la década del noventa y avanzada la década del 2000. Fuimos actores en ello y, con nuestros votos, pudimos contribuir al mejoramiento, perfeccionamiento y aprobación de esas enmiendas, que han hecho que nuestra Constitución Política juegue un rol fundamental en el progreso y desarrollo del país.

Concurrimos a este acuerdo por dos razones fundamentales.

Quiero expresar que la noche en que se llegó al acuerdo existía un riesgo evidente, no de las manifestaciones pacíficas, sino del quiebre de la democracia producto de la violencia que se había estado llevando adelante en el país.

Las manifestaciones pacíficas no generan quiebres en la democracia, sino que impulsan modificaciones de carácter social, de carácter económico. ¡Pero no provocan quiebres en la democracia! Eso lo ocasionan las actitudes violentas que se fueron generando en el país y provocaron un temor en la población y, como lo he dicho varias veces en este Hemiciclo, en cada una de las personas que hoy están aquí, en la Sala, al verse impedidas de desarrollar normalmente sus actividades políticas.

Eso llevó a la UDI a suscribir este Acuerdo por la Paz, como una manera de buscar caminos para volver a la discusión racional, a la discusión política, a la discusión con amistad cívica, y no transformar al país en bloques de amigos y enemigos, como bandos irreconciliables. Ese esfuerzo es el que está reflejado en el acuerdo que nuestro partido firmó esa noche del 15 de noviembre en el Senado de Santiago.

Ese mismo acuerdo enmarcó después la participación de destacados miembros de la UDI en la comisión técnica que se generó para proponer un texto sobre el cual debatir. También ese fue el espíritu con que el lunes de la semana recién pasada la presidenta del partido construyó con los otros presidentes la propuesta del proyecto que hoy día estamos discutiendo.

Por eso, encuentro extraordinariamente grave que personas que firmaron ese acuerdo planteen unilateralmente otras materias, sin generar un mecanismo de debate al interior del grupo que el 15 de noviembre lo suscribió. Esto hace que las confianzas verdaderamente estén en entredicho, estén debilitadas.

Los acuerdos a uno pueden no gustarle totalmente. Para alcanzarlos, sin duda, siempre hay algo en qué ceder. Y nosotros cedimos. ¡Nosotros cedimos!

Por lo tanto, podemos reclamar, con autoridad moral, que las indicaciones presentadas por ustedes rompen ese acuerdo.

Yo no digo que no debatamos los temas o que dejemos de lado discusiones fundamentales. Pero si fundamentamos nuestra acción política en un acuerdo, este debe contribuir a la resolución de todos los problemas.

Y es bueno que lo señalemos, porque en la discusión de la comisión técnica, desde el 15 de noviembre a la fecha, se analizaron fuertemente esos temas, en los que no hubo acuerdo, a lo mejor.

Pero me gustaría hacer una pregunta, para despejar el punto: ¿quiénes se opusieron a las listas de independientes? Sería bueno que respondieran.

El señor NAVARRO .-

¡Eso! ¡Eso!

¿Quién?

El señor PÉREZ VARELA.-

¿Por qué se opusieron a ello si podía ser un camino de solución? Y fue planteado por nosotros. ¡Así que no vengan a decir que son blancas palomas, que todas las cosas populares nacen de ustedes! ¡No!

Aquí se firmó un acuerdo, pero, lamentablemente, hoy día este no se está respetando. Nosotros sí lo vamos a cumplir, porque creemos que en un asunto como la Constitución tenemos que honrar la palabra. En materia política, es fundamental honrar la palabra para generar las confianzas y la credibilidad ante la ciudadanía en un tema tan importante.

Así lo hemos hecho.

Hago mías las intervenciones del Senador Juan Antonio Coloma, de la Senadora Ena von Baer y de todos los Senadores de la UDI -¡todos!-, quienes claramente han expresado que aquí estamos para honrar acuerdos y generar las políticas de desarrollo.

Muchas cosas se dicen en esta Sala. Al respecto, quiero volver sobre un tema que el Senador Girardi ha planteado permanentemente: que nosotros estuvimos en contra del voto de la mujer en la década del cuarenta. ¡Esa es una falsedad histórica!

Los nietos no son más momios que los abuelos. ¡Todo lo contrario!

El señor GIRARDI .-

¡Nosotros somos muchos más ahora!

El señor PÉREZ VARELA.-

Los nietos han avanzado profundamente y han desarrollado...

El señor GIRARDI .-

¡No se nota!

El señor PÉREZ VARELA.-

Sin duda, ustedes conocen el aporte que Juan Antonio Coloma hizo la noche del 15 de noviembre.

¡El aporte de Juan Antonio Coloma la noche del 15 de noviembre ustedes lo conocen! ¡No lo pueden negar!

Por lo tanto, tratar de denostar, de descalificar y de caricaturizar no es el camino.

Nosotros vamos a votar favorablemente, porque honramos nuestra palabra, porque siempre cumpliremos nuestra palabra, y esperamos que todos puedan decir lo mismo.

He dicho.

El señor DE URRESTI.-

¡Discurso momio!

El señor QUINTANA (Presidente).-

Así hemos concluido la nómina de intervenciones para este debate de reforma constitucional, para lo cual fue convocada esta sesión.

Corresponde, por tanto, concluir esta votación.

La señora PROVOSTE.-

Señor Presidente, sería bueno que llamara a los Senadores que están sesionando en la Comisión de Economía.

El señor QUINTANA (Presidente).-

¡Por supuesto!

Están sonando los timbres.

No hay más intervenciones contempladas.

Corresponde terminar la votación...

El señor LETELIER.-

Votemos rápido.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tranquilo, señor Senador.

Decía que corresponde concluir la votación, que ha estado abierta por largo rato, de los numerales 1), 2) y 3) del artículo único del proyecto de reforma constitucional.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA (Presidente).-

Vienen llegando los Senadores que estaban en la Comisión de Economía y, por supuesto, se quedarán en la Sala para la siguiente votación.

Terminada la votación.

--Se aprueban los numerales 1), 2) y 3) del artículo único del proyecto (38 votos a favor y 3 en contra), dejándose constancia de que se cumplió con el quorum constitucional exigido.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Harboe, Insulza, Kast, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Pérez Varela, Pizarro, Prohens, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.

Votaron por la negativa los señores Guillier, Navarro y Pugh.

--(Aplausos en la sala y en tribunas).

El señor QUINTANA (Presidente).-

Con este resultado el proceso constituyente queda a firme y se posibilita el plebiscito del mes de abril próximo.

--(Aplausos en la sala y en tribunas).

)-------------(

El señor QUINTANA (Presidente).-

Antes de pasar a la segunda votación, tenemos Cuenta agregada.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).-

En este momento han llegado a la Mesa los siguientes documentos:

Oficio de la Honorable Cámara de Diputados, por el que informa que ha dado su aprobación, en los mismos términos en que lo hiciera el Senado, al proyecto de ley que interpreta el artículo 56 de la ley Nº 21.109, que establece el Estatuto de los Asistentes de Educación Pública (boletín N° 12.965-13).

--Se toma conocimiento y se manda comunicar a Su Excelencia el Presidente de la República.

--(Aplausos en tribunas).

Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional, unidas, recaído en el oficio de Su Excelencia el Presidente de la República, con el que solicita el acuerdo del Senado para prorrogar, desde el 1° de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020, la permanencia de tropas y medios nacionales en Bosnia y Herzegovina (boletín N° S 2.097-05) (con la urgencia establecida en el párrafo segundo del número 5) del artículo 53 de la Carta Fundamental).

--Queda para tabla.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Como Sus Señorías saben, está convocada una sesión especial para el 30 de diciembre -seguramente será en la mañana, para facilitar el desplazamiento a regiones-, oportunidad en que abordaríamos, como primer punto de la tabla, este proyecto. Así lo han solicitado las Comisiones de Defensa Nacional y de Relaciones Exteriores, según lo manifestado por el Senador Insulza

)--------------(

El señor QUINTANA (Presidente).-

A continuación, corresponde pronunciarse sobre el número 4) del artículo único, cuya votación separada fue solicitada por los Senadores Allamand y Pérez Varela.

El señor BIANCHI.-

¿Se puede fundamentar el voto?

El señor QUINTANA (Presidente).-

¡No! ¡No, señor Senador!

Usted estuvo en Comités y eso fue debatido.

Ya se fundamentó.

En votación el numeral 4).

La señora PROVOSTE.-

¿"Sí" es a favor del informe?

El señor QUINTANA (Presidente).-

Los que votan "Sí" están de acuerdo con lo que propone el informe, es decir, con mantener el número 4).

El señor HARBOE.-

Se vota lo planteado por el informe.

El señor QUINTANA (Presidente).-

¡Claro! El número 4) fue aprobado en la Comisión. Y, por lo tanto...

La señora ALLENDE.-

Explique bien, señor Presidente.

El señor HARBOE.-

"Sí" es a favor del informe de la Comisión.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Eso es lo que acabo de decir.

Votar "Sí" es estar de acuerdo con el informe, que incorpora las indicaciones aprobadas mayoritariamente el día de ayer.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se rechaza el numeral 4), por no haberse reunido el quorum constitucional requerido (23 votos a favor y 14 en contra), y queda despachado el proyecto en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Elizalde, Girardi, Guillier, Harboe, Insulza, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros y Soria.

Votaron por la negativa las señoras Ebensperger y Von Baer y los señores Allamand, Castro, Coloma, Durana, Galilea, García-Huidobro, Kast, Moreira, Pérez Varela, Prohens, Pugh y Sandoval.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 19 de diciembre, 2019. Oficio en Sesión 130. Legislatura 367.

Valparaíso, 19 de diciembre de 2019.

Nº 293 /SEC/19

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de reforma constitucional que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República, correspondiente a los Boletines N°s 7.769-07, 7.792-07, 10.014-07, 10.193-07, 11.173-07, 12.630-07 y 13.024-07, refundidos.

Hago presente a Vuestra Excelencia que el artículo único del mencionado proyecto de reforma constitucional fue aprobado, tanto en general cuanto en particular, con el voto favorable de 38 senadores, de un total de 42 en ejercicio, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en la segunda oración del inciso segundo del artículo 127 de la Constitución Política de la República.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 15.227, de 18 de diciembre de 2019.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JAIME QUINTANA LEAL

Presidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 19 de diciembre, 2019. Oficio

VALPARAÍSO, 19 de diciembre de 2019

Oficio Nº 15.236

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de reforma constitucional, originado en mociones y mensaje, refundidos; la primera, correspondiente al boletín N° 7.769-07, de los diputados Marcelo Schilling Rodríguez, Tucapel Jiménez Fuentes, Pedro Velásquez Seguel y Guillermo Teillier Del Valle, de las diputadas Cristina Girardi Lavín y Alejandra Sepúlveda Orbenes, de los exdiputados Sergio Aguiló Melo, Felipe Harboe Bascuñán y Roberto León Ramírez, y de la exdiputada Karla Rubilar Barahona; la segunda, correspondiente al boletín N° 7.792-07, de los diputados Marcelo Díaz Díaz, Pepe Auth Stewart, Marcelo Schilling Rodríguez y Guillermo Teillier Del Valle, de la diputada Alejandra Sepúlveda Orbenes, y de los exdiputados Sergio Aguiló Melo, Osvaldo Andrade Lara, Aldo Cornejo González, Alfonso De Urresti Longton y Marcos Espinosa Monardes; la tercera, correspondiente al boletín N° 10.014-07, de las diputadas Karol Cariola Oliva, Maya Fernández Allende, Cristina Girardi Lavín, Marcela Hernando Pérez y Camila Vallejo Dowling, de los diputados Giorgio Jackson Drago y Leonardo Soto Ferrada, de los exdiputados Iván Fuentes Castillo y Gaspar Rivas Sánchez, y de la exdiputada Yasna Provoste Campillay; la cuarta, correspondiente al boletín N° 10.193-07, del diputado Marcelo Schilling Rodríguez, y de los exdiputados Osvaldo Andrade Lara y Guillermo Ceroni Fuentes; el quinto, correspondiente al boletín N° 11.173-07, de la ex Presidenta de la República Michelle Bachelet Jeria; la sexta, correspondiente al boletín N° 12.630-07, de los diputados Marcelo Díaz Díaz, Gabriel Boric Font, Tomás Hirsch Goldschmidt, Giorgio Jackson Drago, Vlado Mirosevic Verdugo, Jaime Mulet Martínez, Alexis Sepúlveda Soto y Raúl Soto Mardones, y de las diputadas Andrea Parra Sauterel y Camila Vallejo Dowling; y la séptima, correspondiente al boletín N° 13.024-07, de las diputadas Loreto Carvajal Ambiado, Carolina Marzán Pinto y Andrea Parra Sauterel, y de los diputados Ricardo Celis Araya, Rodrigo González Torres, Tucapel Jiménez Fuentes y Raúl Soto Mardones:

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia:

1) Reemplázase el título del Capítulo XV por el siguiente:

“REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA”.

2) Incorpórase, antes del artículo 127, el siguiente epígrafe, nuevo:

“Reforma de la Constitución”.

3) Incorpóranse, a continuación del artículo 129, el siguiente epígrafe, nuevo, y los artículos 130 a 143, que lo integran:

“Del procedimiento para elaborar una Nueva Constitución Política de la República

Artículo 130. Del Plebiscito Nacional.

Tres días después de la entrada en vigencia de este artículo, el Presidente de la República convocará mediante un decreto supremo exento a un plebiscito nacional para el día 26 de abril de 2020.

En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de dos cédulas electorales. La primera contendrá la siguiente pregunta: “¿Quiere usted una Nueva Constitución?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera línea tendrá en su parte inferior la expresión “Apruebo” y la segunda, la expresión “Rechazo”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

La segunda cédula contendrá la pregunta: “¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas tendrá en su parte inferior la expresión “Convención Mixta Constitucional” y la segunda, la expresión “Convención Constitucional”. Bajo la expresión “Convención Mixta Constitucional” se incorporará la oración: “Integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio”. Bajo la expresión “Convención Constitucional” se incorporará la oración: “Integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

A efecto de este plebiscito, se aplicarán las disposiciones pertinentes contenidas en los siguientes cuerpos legales, en su texto vigente al 1 de enero de 2020:

a) Decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en los siguientes pasajes: Párrafo V, Párrafo VI, con excepción del inciso sexto del artículo 32 e incisos segundo a cuarto del artículo 33, Párrafo VII, VIII, IX, X y XI del Título I; Título II al X inclusive; Título XII y XIII;

b) Decreto con fuerza de ley N° 5, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.556, orgánica constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral;

c) Decreto con fuerza de ley N° 4, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.603, orgánica constitucional de Partidos Políticos, en los siguientes pasajes: Título I, V, VI, IX y X.

Los canales de televisión de libre recepción deberán destinar gratuitamente treinta minutos diarios de sus transmisiones a propaganda electoral sobre este plebiscito, debiendo dar expresión a las dos opciones contempladas en cada cédula, conforme a un acuerdo que adoptará el Consejo Nacional de Televisión y que será publicado en el Diario Oficial, dentro del plazo de treinta días contado desde la publicación de la convocatoria al plebiscito nacional, respetando una estricta igualdad de promoción de las opciones plebiscitadas. De este acuerdo podrá reclamarse ante el Tribunal Calificador de Elecciones dentro del plazo de tres días contado desde la publicación del mismo. El Tribunal Calificador de Elecciones resolverá la reclamación sumariamente dentro del plazo de cinco días contado desde la fecha de su respectiva interposición.

El Tribunal Calificador de Elecciones conocerá del escrutinio general y proclamará aprobadas las cuestiones que hayan obtenido más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos. Para estos efectos, los votos nulos y blancos se considerarán como no emitidos. El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Si la ciudadanía hubiere aprobado elaborar una Nueva Constitución, el Presidente de la República deberá convocar, mediante decreto supremo exento, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación a que alude el inciso anterior, a elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, según corresponda. Esta elección se llevará a cabo el mismo día que se verifiquen las elecciones de alcaldes, concejales y gobernadores regionales correspondientes al año 2020.

Artículo 131. De la Convención.

Para todos los efectos de este epígrafe, se entenderá que la voz “Convención” sin más, hace referencia a la Convención Mixta Constitucional y a la Convención Constitucional, sin distinción alguna.

A los integrantes de la Convención se les llamará Convencionales Constituyentes.

Además de lo establecido en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, a la elección de Convencionales Constituyentes a la que hace referencia el inciso final del artículo 130, serán aplicables las disposiciones pertinentes a la elección de diputados, contenidas en los siguientes cuerpos legales, en su texto vigente al 25 de junio del año 2020:

a) Decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios;

b) Decreto con fuerza de ley N° 5, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.556, orgánica constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral;

c) Decreto con fuerza de ley N° 4, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.603, orgánica constitucional de Partidos Políticos;

d) Decreto con fuerza de ley N° 3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

El proceso de calificación de la elección de Convencionales Constituyentes deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de ésta. La sentencia de proclamación será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Artículo 132. De los requisitos e incompatibilidades de los candidatos.

Podrán ser candidatos a la Convención aquellos ciudadanos que reúnan las condiciones contempladas en el artículo 13 de la Constitución.

No será aplicable a los candidatos a esta elección ningún otro requisito, inhabilidad o prohibición, salvo las establecidas en este epígrafe y con excepción de las normas sobre afiliación e independencia de las candidaturas establecidas en el artículo 5, incisos cuarto y sexto, del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.

Los Ministros de Estado, los intendentes, los gobernadores, los alcaldes, los consejeros regionales, los concejales, los subsecretarios, los secretarios regionales ministeriales, los jefes de servicio, los miembros del Consejo del Banco Central, los miembros del Consejo del Servicio Electoral, los miembros y funcionarios de los diferentes escalafones del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, así como los del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, del Tribunal de Contratación Pública, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales; los consejeros del Consejo para la Transparencia, y los miembros activos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, que declaren sus candidaturas a miembros de la Convención, cesarán en sus cargos por el solo ministerio de la Constitución, desde el momento en que sus candidaturas sean inscritas en el Registro Especial a que hace referencia el inciso primero del artículo 21 del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700. Lo dispuesto precedentemente le será aplicable a los senadores y diputados solo respecto de la Convención Constitucional.

Las personas que desempeñen un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal deberán suspender dichas funciones desde el momento que sus candidaturas sean inscritas en el Registro Especial mencionado en el inciso anterior.

Artículo 133. Del funcionamiento de la Convención.

Dentro de los tres días siguientes a la recepción de la comunicación a que hace referencia el inciso final del artículo 131, el Presidente de la República convocará, mediante decreto supremo exento, a la primera sesión de instalación de la Convención, señalando además, el lugar de la convocatoria. En caso de no señalarlo, se instalará en la sede del Congreso Nacional. Dicha instalación deberá realizarse dentro de los quince días posteriores a la fecha de publicación del decreto.

En su primera sesión, la Convención deberá elegir a un Presidente y a un Vicepresidente por mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio.

La Convención no podrá alterar los quórum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos.

La Convención deberá constituir una secretaría técnica, la que será conformada por personas de comprobada idoneidad académica o profesional.

Corresponderá al Presidente de la República, o a los órganos que éste determine, prestar el apoyo técnico, administrativo y financiero que sea necesario para la instalación y funcionamiento de la Convención.

Artículo 134. Del estatuto de los Convencionales Constituyentes.

A los integrantes de la Convención les será aplicable lo establecido en los artículos 51, con excepción de los incisos primero y segundo; 58, 59, 60 y 61.

A contar de la proclamación del Tribunal Calificador de Elecciones, los funcionarios públicos, con excepción de los mencionados en el inciso tercero del artículo 132, así como los trabajadores de las empresas del Estado, podrán hacer uso de un permiso sin goce de remuneraciones mientras sirvan a la Convención, en cuyo caso no les serán aplicables lo señalado en el inciso primero del artículo 58 de la Constitución.

Los Convencionales Constituyentes estarán afectos a las normas de la ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de interés, aplicables a los diputados, y a la ley Nº 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

Serán compatibles los cargos de parlamentario e integrantes de la Convención Mixta Constitucional. Los diputados y senadores que integren esta convención quedarán eximidos de su obligación de asistir a las sesiones de sala y comisión del Congreso durante el período en que ésta se mantenga en funcionamiento. El Congreso Nacional podrá incorporar medidas de organización para un adecuado trabajo legislativo mientras la Convención Mixta Constitucional se encuentre en funcionamiento.

Los integrantes de la Convención, con excepción de los parlamentarios que la integren, recibirán una retribución mensual de 50 unidades tributarias mensuales, además de las asignaciones que se establezcan en el Reglamento de la Convención. Dichas asignaciones serán administradas por un comité externo que determine el mismo Reglamento.

Artículo 135. Disposiciones especiales.

La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes.

Mientras no entre en vigencia la Nueva Constitución en la forma establecida en este epígrafe, esta Constitución seguirá plenamente vigente, sin que pueda la Convención negarle autoridad o modificarla.

En conformidad al artículo 5°, inciso primero, de la Constitución, mientras la Convención esté en funciones la soberanía reside esencialmente en la Nación y es ejercida por el pueblo a través de los plebiscitos y elecciones periódicas que la Constitución y las leyes determinan y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Le quedará prohibido a la Convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el ejercicio de la soberanía, asumiendo otras atribuciones que las que expresamente le reconoce esta Constitución.

El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Artículo 136. De la reclamación.

Se podrá reclamar de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención, contenidas en este epígrafe y de aquellas de procedimiento que emanen de los acuerdos de carácter general de la propia Convención. En ningún caso se podrá reclamar sobre el contenido de los textos en elaboración.

Conocerán de esta reclamación cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo por la misma Corte para cada cuestión planteada.

La reclamación deberá ser suscrita por al menos un cuarto de los miembros en ejercicio de la Convención y se interpondrá ante la Corte Suprema, dentro del plazo de cinco días desde que se tomó conocimiento del vicio alegado.

La reclamación deberá indicar el vicio que se reclama, el que deberá ser esencial, y el perjuicio que causa.

El procedimiento para el conocimiento y resolución de las reclamaciones será establecido en un Auto Acordado que adoptará la Corte Suprema, el que no podrá ser objeto del control establecido en artículo 93 número 2 de la Constitución.

La sentencia que acoja la reclamación solo podrá anular el acto. En todo caso, deberá resolverse dentro de los diez días siguientes desde que se entró al conocimiento del asunto. Contra las resoluciones de que trata este artículo no se admitirá acción ni recurso alguno.

Ninguna autoridad, ni tribunal, podrán conocer acciones, reclamos o recursos vinculados con las tareas que la Constitución le asigna a la Convención, fuera de lo establecido en este artículo.

No podrá interponerse la reclamación a la que se refiere este artículo respecto del inciso final del artículo 135 de la Constitución.

Artículo 137. Prórroga del plazo de funcionamiento de la Convención.

La Convención deberá redactar y aprobar una propuesta de texto de Nueva Constitución en el plazo máximo de nueve meses, contado desde su instalación, el que podrá prorrogarse, por una sola vez, por tres meses.

La mencionada prórroga podrá ser solicitada por quien ejerza la Presidencia de la Convención o por un tercio de sus miembros, con una anticipación no superior a quince días ni posterior a los cinco días previos al vencimiento del plazo de nueve meses. Presentada la solicitud, se citará inmediatamente a sesión especial, en la cual la Presidencia deberá dar cuenta pública de los avances en la elaboración de la propuesta de texto de Nueva Constitución, con lo cual se entenderá prorrogado el plazo sin más trámite. De todas estas circunstancias deberá quedar constancia en el acta respectiva. El plazo de prórroga comenzará a correr el día siguiente a aquel en que venza el plazo original.

Una vez redactada y aprobada la propuesta de texto de Nueva Constitución por la Convención, o vencido el plazo o su prórroga, la Convención se disolverá de pleno derecho.

Artículo 138. De las normas transitorias.

La Convención podrá establecer disposiciones especiales de entrada en vigencia de alguna de las normas o capítulos de la Nueva Constitución.

La Nueva Constitución no podrá poner término anticipado al período de las autoridades electas en votación popular, salvo que aquellas instituciones que integran sean suprimidas u objeto de una modificación sustancial.

La Nueva Constitución deberá establecer el modo en que las otras autoridades que esta Constitución establece cesarán o continuarán en sus funciones.

Artículo 139. De la integración de la Convención Mixta Constitucional.

La Convención Mixta Constitucional estará integrada por 172 miembros, de los cuales 86 corresponderán a ciudadanos electos especialmente para estos efectos y 86 parlamentarios que serán elegidos por el Congreso Pleno, conformado por todos los senadores y diputados en ejercicio, los que podrán presentar listas o pactos electorales, y se elegirán de acuerdo al sistema establecido en el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en lo que refiere a la elección de diputados.

Artículo 140. Del sistema electoral de la Convención Mixta Constitucional.

En el caso de los Convencionales Constituyentes no parlamentarios, estos serán elegidos de acuerdo a las reglas consagradas en el artículo 121 del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en su texto vigente al 25 de junio del 2020 y serán aplicables los artículos 187 y 188 del mismo cuerpo legal, con las siguientes modificaciones:

Distrito 1° que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 2º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 3° que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 4º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 5º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 6º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 7º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 8º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 9º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 10º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 11º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 12º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 13º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 14º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 15º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 16º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 17º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 18º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 19º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 20º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 21° que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 22º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 23° que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

Distrito 24º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 25º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

Distrito 26º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

Distrito 27º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes; y

Distrito 28º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes.

Artículo 141. De la integración de la Convención Constitucional.

La Convención Constitucional estará integrada por 155 ciudadanos electos especialmente para estos efectos. Para ello, se considerarán los distritos electorales establecidos en los artículos 187 y 188, y el sistema electoral descrito en el artículo 121, todos del decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en lo que se refiere a la elección de diputados, a su texto vigente al 25 de junio del 2020.

Los integrantes de la Convención Constitucional no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención.

Artículo 142. Del Plebiscito Constitucional.

Comunicada al Presidente de la República la propuesta de texto constitucional aprobada por la Convención, éste deberá convocar dentro de los tres días siguientes a dicha comunicación, mediante decreto supremo exento, a un plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta.

El sufragio en este plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile.

El ciudadano que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.

No incurrirá en esta sanción el ciudadano que haya dejado de cumplir su obligación por enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquél en que se encontrare registrado su domicilio electoral o por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.

Las personas que durante la realización del plebiscito nacional constitucional desempeñen funciones que encomienda el decreto con fuerza de ley N° 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, se eximirán de la sanción establecida en el presente artículo remitiendo al juez competente un certificado que acredite esta circunstancia.

El conocimiento de la infracción señalada corresponderá al juez de policía local de la comuna donde se cometieron tales infracciones, de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley N° 18.287.

En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de una cédula electoral que contendrá la siguiente pregunta, según corresponda a la Convención que haya propuesto el texto: “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Mixta Constitucional?” o “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?”. Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas, tendrá en su parte inferior la expresión “Apruebo” y la segunda, la palabra “Rechazo”, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

Este plebiscito deberá celebrarse sesenta días después de la publicación en el Diario Oficial del decreto supremo a que hace referencia el inciso primero, si ese día fuese domingo, o el domingo inmediatamente siguiente. Con todo, si en conformidad a las reglas anteriores la fecha del plebiscito se encuentra en el lapso entre sesenta días antes o después de una votación popular de aquellas a que hacen referencia los artículos 26, 47 y 49 de la Constitución, el día del plebiscito se retrasará hasta el domingo posterior inmediatamente siguiente. Si, como resultado de la aplicación de la regla precedente, el plebiscito cayere en el mes de enero o febrero, el plebiscito se celebrará el primer domingo del mes de marzo.

El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito nacional constitucional fuere aprobada, el Presidente de la República deberá, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la sentencia referida en el inciso anterior, convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política de la República. Dicho texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en dicha fecha. A partir de esta fecha, quedará derogada la presente Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el decreto supremo N° 100, de 17 de septiembre de 2005.

La Constitución deberá imprimirse y repartirse gratuitamente a todos los establecimientos educacionales, públicos o privados; bibliotecas municipales, universidades y órganos del Estado. Los jueces y magistrados de los tribunales superiores de justicia deberán recibir un ejemplar de la Constitución.

Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito ratificatorio fuere rechazada, continuará vigente la presente Constitución.

Artículo 143. Remisión.

Al plebiscito constitucional le será aplicable lo dispuesto en los incisos cuarto a sexto del artículo 130.”.

*****

Dios guarde a V.E.

IVÁN FLORES GARCÍA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

3.2. Oficio de la Corte Suprema a Comisión

Oficio de la Corte Suprema a Comisión. Fecha 20 de diciembre, 2019. Oficio en Sesión 135. Legislatura 367.

OFICIO N° 279 - 2019

INFORME PROYECTO DE LEY N° 58-2019

Antecedente: Boletines N°s 11.173-07, 7769-07, 10014-07, 13024-07, 12630-07, 10193-07, 7792-07

Santiago, veinte de diciembre de 2019

Por Oficio N° 140 (CONST.) del Abogado Secretario de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados, señor Patricio Velásquez Weisse solicitó la opinión de la Corte Suprema sobre el proyecto de reforma constitucional que “Modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República” (Boletines N°s 11.173-07, 7769-07, 10014-07, 13024-07, 12630-07, 10193-07, 7792-07).

Impuesto el Tribunal Pleno del proyecto en sesión de veinte de diciembre en curso, presidida por su titular señor Haroldo Brito Cruz, e integrada por los ministros señores Muñoz G., Künsemüller y Silva G., señoras Egnem y Sandoval, señores Fuentes, Cisternas, Blanco y Aránguiz, señora Muñoz S., señores Valderrama y Dahm, señoras Vivanco y Repetto y señor Llanos, acordó informarlo al tenor de la resolución que se transcribe a continuación:

AL ABOGADO SECRETARIO

DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN Y JUSTICIA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, SEÑOR PATRICIO VELÁSQUEZ WEISSE

VALPARAÍSO

“Santiago, veinte de diciembre de dos mil diecinueve.

Vistos y teniendo presente:

Primero: El Abogado Secretario de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados, señor Patricio Velásquez Weisse, mediante oficio N° 140 (CONST.), de fecha 12 de diciembre de 2019 , ha solicitado el informe de esta Corte Suprema respecto d el proyecto de reforma constitucional que “Modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República” (Boletines N°s 11.173-07, 7769-07, 10014-07, 13024-07, 12630-07, 10193-07, 7792-07).

Segundo: El presente proyecto, que fue iniciado por Mensaje y tiene su origen en el denominado “Acuerdo por la paz social y nueva Constitución”, que como es de público conocimiento fue suscrito con fecha 15 de noviembre de 2019 por un grupo de presidentes de partidos políticos, ingresó a la Corte Suprema el día 12 de diciembre del año en curso, y su tramitación legislativa tiene asignada discusión inmediata, debiendo evacuarse a más tardar el día 23 de diciembre de 2019.

Tercero: Como se ha señalado, este proyecto surge en el contexto de “grave crisis política y social del país, atendiendo la movilización de la ciudadanía” y tuvo por finalidad buscar la paz y justicia social. Para tales efectos, se acordó impulsar un plebiscito para consultar a la ciudadanía su parecer de crear una nueva Constitución y cuál sería el órgano encargado de redactarla. Los ejes en los que se centran las modificaciones propuestas son los siguientes: (i) celebración de un plebiscito nacional para consultar a la ciudadanía si desea una nueva Constitución y qué tipo de órgano la debiera redactar (Convención Constitucional o Convención Mixta Constitucional); (ii) transmisión gratuita de propaganda electoral sobre el plebiscito en canales de televisión abierta; (iii) escrutinio de la votación por parte del Tribunal Calificador de Elecciones; (iv) normas de elección de integrantes del órgano redactor (denominados “Convencionales Constituyentes”) en caso que se apruebe la idea de crear una nueva Constitución; (v) funcionamiento e integración de la Convención; (vi) quórum de votaciones; (vii) remuneración de los Convencionales Constituyentes; (viii) delimitación de las potestades de la Convención; (ix) reclamación de infracciones del procedimiento que debe seguir la Convención; (x) duración de la Convención; y (xi) plebiscito de aprobación o rechazo de la propuesta de nueva Constitución.

Cuarto: El proyecto en examen consta de un artículo único permanente, que se ocupa de reemplazar el título del actual Capítulo XV de la Constitución Política de la República para dar cuenta de su nuevo contenido; incorporar un nuevo epígrafe (“Reforma de la Constitución”) antes del artículo 127; y de añadir un nuevo epígrafe (“Del procedimiento para elaborar una Nueva Constitución Política de la República”) que consta de 14 nuevos artículos (del 130 al 143). El proyecto establece que el procedimiento que deberá seguir la Convención para el desarrollo de sus funciones se encontrará reglado tanto por el epígrafe “Del procedimiento para elaborar una Nueva Constitución Política de la República”, como por los acuerdos de carácter general de la propia Convención, uno de los cuales habrá de ser el reglamento de votaciones del artículo 133 propuesto. En tal contexto, la reforma establece un mecanismo de control exógeno a la Convención respecto de las reglas del procedimiento – sean constitucionales o auto reguladas-, radicado en la Corte Suprema por vía del conocimiento y resolución de las reclamaciones que los Convencionales Constituyentes puedan promover. Por último, se debe tener presente que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 137 del artículo único, la Convención contará con un plazo de nueve meses contados desde su instalación para redactar y aprobar una propuesta de texto de Nueva Constitución, prorrogable por una única vez por tres meses. Una vez aprobada la propuesta, o vencido el plazo original o su prórroga, la Convención se disolverá de pleno derecho.

Quinto. Norma Consultada. La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento consulta sólo por el artículo 136 del referido proyecto que, a continuación, se reproduce

Artículo 136. De la reclamación.

Se podrá reclamar de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención, contenidas en este epígrafe y de aquellas de procedimiento que emanen de los acuerdos de carácter general de la propia Convención. En ningún caso, se podrá reclamar sobre el contenido de los textos en elaboración.

Conocerán de esta reclamación cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo por la misma Corte para cada cuestión planteada.

La reclamación deberá ser suscrita por al menos un cuarto de los miembros en ejercicio de la Convención y se interpondrá ante la Corte Suprema, dentro del plazo de 5 días desde que se tomó conocimiento del vicio alegado.

La reclamación deberá indicar el vicio que se reclama, el que deberá ser esencial, y el perjuicio que causa.

El procedimiento para el conocimiento y resolución de las reclamaciones será establecido en un Auto Acordado que adoptará la Corte Suprema, el que no podrá ser objeto del control establecido en artículo 93 número 2 de la Constitución.

La sentencia que acoja la reclamación sólo podrá anular el acto. En todo caso, deberá resolverse dentro de los 10 días siguientes desde que se entró al conocimiento del asunto. Contra las resoluciones de que trata este artículo no se admitirá acción ni recurso alguno.

Ninguna autoridad, ni tribunal, podrán conocer acciones, reclamos o, recursos vinculados con las tareas que la Constitución le asigna a la Convención, fuera de lo establecido en este artículo.

No podrá interponerse la reclamación a la que se refiere este artículo respecto del inciso final del artículo 135 de la Constitución.

Sexto: Análisis de la norma. La propuesta otorga competencia a la Corte Suprema para conocer de las reclamaciones que los Convencionales Constituyentes presenten alegando infracciones de las reglas de procedimiento aplicables a la Convención, ya sea que se encuentren contenidas en la propuesta de nuevo epígrafe (“Del procedimiento para elaborar una Nueva Constitución Política de la República”) del Título XV de la Constitución o que emanen de los acuerdos de carácter general de la propia Convención. La propuesta determina los parámetros de las materias que no pueden ser reclamadas, exclusión que se refiere al “contenido de los textos en elaboración”

(inciso 1°) y a la hipótesis del inciso 8° (“El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas”). Ambas decisiones normativas no son ambiguas: pretenden que lo único impugnable sean las reglas de procedimiento que hacen probable la deliberación. En el mismo sentido, el inciso 7° dispone que: “Ninguna autoridad, ni tribunal, podrán conocer acciones, reclamos o, recursos vinculados con las tareas que la Constitución le asigna a la Convención, fuera de lo establecido en este artículo”.

Séptimo: El inciso 2° otorga competencia para conocer de la reclamación a cinco ministros de la Corte Suprema, que deberán ser elegidos por sorteo por la propia Corte para cada cuestión planteada, otorgándose un plazo de diez días para resolver, contados desde que la Corte entró en conocimiento.

La reclamación debe ser suscrita por un cuarto de los miembros en ejercicio de la Convención (inciso 3°). Para determinar la cantidad mínima de Convencionales Constituyentes que deben suscribir el reclamo, se debe tener presente que la cantidad de miembros de la Convención variará dependiendo de si se trata de la Convención Constitucional o de la Convención Mixta Constitucional. La Convención Mixta Constitucional se compondrá de 172 ciudadanos según indica la propuesta, por lo que en dicho caso será necesario que el reclamo sea suscrito por al menos 39 Convencionales Constituyentes. En caso que fuere la Convención Constitucional, esta se compondrá de 155 ciudadanos según indica la propuesta, por lo que en dicho caso será necesario que el reclamo sea suscrito por al menos 43 Convencionales Constituyentes.

La reclamación debe ser presentada ante la Corte Suprema dentro de los cinco días contados que se tomó conocimiento del vicio alegado. La reclamación debe contener necesariamente dos elementos: el vicio que se reclama, el cual debe ser esencial, y el perjuicio que se causa. Dada la redacción del inciso 1° del artículo 136, se puede concluir que el vicio consistirá en la infracción a una de las normas de procedimiento, ya sea que esta se emane de la Constitución o de los acuerdos generales que adopte la Convención.

El segundo requisito consiste en que se indique el perjuicio que el vicio esencial causa.

Octavo: La Corte Suprema deberá dictar un Auto Acordado mediante el cual se regulará el procedimiento de conocimiento y resolución de las reclamaciones, que se encontrará exento de control de constitucionalidad por parte del Tribunal Constitucional. Entre otras materias, podrá regular cómo se conocerá el asunto (en cuenta o previa vista de la causa), la procedencia, otorgamiento y duración de los alegatos, las potestades discrecionales que podrá ejercer el tribunal durante el conocimiento del asunto tales como intervenir en los alegatos, requerir información u ordenar la realización de actuaciones judiciales, la forma y contenido de las resoluciones que deba dictar, entre otras reglas de tramitación.

En caso que la Corte acoja el reclamo, sólo podrá anular el acto. En su sentido natural y obvio, dicha regla significa que la Corte determinará que el acto reclamado dejará de producir efectos y se deberá retrotraer la situación al estado anterior a su realización.

Por último, se otorga a la Corte un plazo de 10 días para resolver la reclamación, contados desde que entró al conocimiento del asunto, consignando que en contra de las resoluciones de que trata el artículo 136 no se admitirá acción o recurso alguno. Como complemento de lo anterior, el inciso 7° señala que ninguna autoridad o tribunal podrá conocer de acciones o recursos vinculados con las tareas que se asignan a la Convención, salvo aquellos a los que se refiere el artículo 136 del artículo único.

Noveno: En síntesis, el proyecto en estudio establece un recurso de reclamación que deberá ser suscrito al menos por un cuarto de los miembros en ejercicio de la “Convención”, y se interpondrá ante la Corte Suprema dentro del plazo de 5 días desde que se tomó conocimiento del vicio alegado. Para que sea válido deberá indicar el vicio que se reclama y el perjuicio que causa, debiendo la Corte resolver la cuestión planteada dentro del plazo de 10 días siguientes de su conocimiento del recurso. La propia Corte debe regular el procedimiento aplicable mediante un auto acordado, y la sentencia que se dicte no admitirá acción ni recurso alguno.

Décimo: Se manifiesta opinión favorable respecto de la iniciativa, sin tener reparos que formular, dejando expresa constancia de la voluntad de contribuir en la forma más expedita en la resolución de los asuntos que se le sometan a la consideración del tribunal.

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 77 de la Constitución Política de la República y 18 de la Ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, se acuerda informar en los términos precedentemente expuestos el proyecto que “Modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República” (Boletines N°s 11.173-07, 7769-07, 10014-07, 13024-07, 12630-07, 10193-07, 7792-07).

Acordada, desechada la indicación previa de los ministros señores Künsemüller y Silva G., señora Egnem , señores Fuentes, Aránguiz y Valderrama y señora Repetto, de diferir el conocimiento de este asunto para el día lunes 23, en la sesión ordinaria del Tribunal Pleno, para un mejor estudio de los antecedentes.

Se deja constancia que los ministros señora Egnem y señor Fuentes, pronunciándose sobre el proyecto de que se trata, señalaron que, por la naturaleza del asunto propuesto, resulta más apropiado que la competencia para el conocimiento de la reclamación que se instituye sea entregada al Tribunal Pleno de la Corte. Asimismo, la ministra señora Egnem estuvo por expresar que, para los efectos de las cuestiones formales, no propiamente procedimentales, debería consagrarse una instancia jurisdiccional competente para resolver los reclamos que puedan plantearse.

Ofíciese.

PL-58-2019”

Saluda atentamente a V.S.

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 21.200

Tipo Norma
:
Ley 21200
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1140340&t=0
Fecha Promulgación
:
23-12-2019
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cknc
Organismo
:
MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Título
:
MODIFICA EL CAPÍTULO XV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA
Fecha Publicación
:
24-12-2019

LEY NÚM. 21.200

MODIFICA EL CAPÍTULO XV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de reforma constitucional, originado en mociones y mensaje, refundidos; la primera, correspondiente al boletín Nº 7.769-07, de los diputados Marcelo Schilling Rodríguez, Tucapel Jiménez Fuentes, Pedro Velásquez Seguel y Guillermo Teillier Del Valle, de las diputadas Cristina Girardi Lavín y Alejandra Sepúlveda Orbenes, de los exdiputados Sergio Aguiló Melo, Felipe Harboe Bascuñán y Roberto León Ramírez, y de la exdiputada Karla Rubilar Barahona; la segunda, correspondiente al boletín Nº 7.792-07, de los diputados Marcelo Díaz Díaz, Pepe Auth Stewart, Marcelo Schilling Rodríguez y Guillermo Teillier Del Valle, de la diputada Alejandra Sepúlveda Orbenes, y de los exdiputados Sergio Aguiló Melo, Osvaldo Andrade Lara, Aldo Cornejo González, Alfonso De Urresti Longton y Marcos Espinosa Monardes; la tercera, correspondiente al boletín Nº 10.014-07, de las diputadas Karol Cariola Oliva, Maya Fernández Allende, Cristina Girardi Lavín, Marcela Hernando Pérez y Camila Vallejo Dowling, de los diputados Giorgio Jackson Drago y Leonardo Soto Ferrada, de los exdiputados Iván Fuentes Castillo y Gaspar Rivas Sánchez, y de la exdiputada Yasna Provoste Campillay; la cuarta, correspondiente al boletín Nº 10.193-07, del diputado Marcelo Schilling Rodríguez, y de los exdiputados Osvaldo Andrade Lara y Guillermo Ceroni Fuentes; el quinto, correspondiente al boletín Nº 11.173-07, de la ex Presidenta de la República Michelle Bachelet Jeria; la sexta, correspondiente al boletín Nº 12.630-07, de los diputados Marcelo Díaz Díaz, Gabriel Boric Font, Tomás Hirsch Goldschmidt, Giorgio Jackson Drago, Vlado Mirosevic Verdugo, Jaime Mulet Martínez, Alexis Sepúlveda Soto y Raúl Soto Mardones, y de las diputadas Andrea Parra Sauterel y Camila Vallejo Dowling; y la séptima, correspondiente al boletín Nº 13.024-07, de las diputadas Loreto Carvajal Ambiado, Carolina Marzán Pinto y Andrea Parra Sauterel, y de los diputados Ricardo Celis Araya, Rodrigo González Torres, Tucapel Jiménez Fuentes y Raúl Soto Mardones:

    Proyecto de reforma constitucional:

    "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia:

    1) Reemplázase el título del Capítulo XV por el siguiente:

"REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA".

    2) Incorpórase, antes del artículo 127, el siguiente epígrafe, nuevo:

    "Reforma de la Constitución".

    3) Incorpóranse, a continuación del artículo 129, el siguiente epígrafe, nuevo, y los artículos 130 a 143, que lo integran:

    "Del procedimiento para elaborar una Nueva Constitución Política de la República

    Artículo 130. Del Plebiscito Nacional.

    Tres días después de la entrada en vigencia de este artículo, el Presidente de la República convocará mediante un decreto supremo exento a un plebiscito nacional para el día 26 de abril de 2020.

    En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de dos cédulas electorales. La primera contendrá la siguiente pregunta: "¿Quiere usted una Nueva Constitución?". Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera línea tendrá en su parte inferior la expresión "Apruebo" y la segunda, la expresión "Rechazo", a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

    La segunda cédula contendrá la pregunta: "¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?". Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas tendrá en su parte inferior la expresión "Convención Mixta Constitucional" y la segunda, la expresión "Convención Constitucional". Bajo la expresión "Convención Mixta Constitucional" se incorporará la oración: "Integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio". Bajo la expresión "Convención Constitucional" se incorporará la oración: "Integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente", a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

    A efecto de este plebiscito, se aplicarán las disposiciones pertinentes contenidas en los siguientes cuerpos legales, en su texto vigente al 1 de enero de 2020:

    a) Decreto con fuerza de ley Nº 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en los siguientes pasajes: Párrafo V, Párrafo VI, con excepción del inciso sexto del artículo 32 e incisos segundo a cuarto del artículo 33, Párrafo VII, VIII, IX, X y XI del Título I; Título II al X inclusive; Título XII y XIII;

    b) Decreto con fuerza de ley Nº 5, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.556, orgánica constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral;

    c) Decreto con fuerza de ley Nº 4, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.603, orgánica constitucional de Partidos Políticos, en los siguientes pasajes: Título I, V, VI, IX y X.

    Los canales de televisión de libre recepción deberán destinar gratuitamente treinta minutos diarios de sus transmisiones a propaganda electoral sobre este plebiscito, debiendo dar expresión a las dos opciones contempladas en cada cédula, conforme a un acuerdo que adoptará el Consejo Nacional de Televisión y que será publicado en el Diario Oficial, dentro del plazo de treinta días contado desde la publicación de la convocatoria al plebiscito nacional, respetando una estricta igualdad de promoción de las opciones plebiscitadas. De este acuerdo podrá reclamarse ante el Tribunal Calificador de Elecciones dentro del plazo de tres días contado desde la publicación del mismo. El Tribunal Calificador de Elecciones resolverá la reclamación sumariamente dentro del plazo de cinco días contado desde la fecha de su respectiva interposición.

    El Tribunal Calificador de Elecciones conocerá del escrutinio general y proclamará aprobadas las cuestiones que hayan obtenido más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos. Para estos efectos, los votos nulos y blancos se considerarán como no emitidos. El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

    Si la ciudadanía hubiere aprobado elaborar una Nueva Constitución, el Presidente de la República deberá convocar, mediante decreto supremo exento, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación a que alude el inciso anterior, a elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, según corresponda. Esta elección se llevará a cabo el mismo día que se verifiquen las elecciones de alcaldes, concejales y gobernadores regionales correspondientes al año 2020.

    Artículo 131. De la Convención.

    Para todos los efectos de este epígrafe, se entenderá que la voz "Convención" sin más, hace referencia a la Convención Mixta Constitucional y a la Convención Constitucional, sin distinción alguna.

    A los integrantes de la Convención se les llamará Convencionales Constituyentes.

    Además de lo establecido en los artículos 139, 140 y 141 de la Constitución, a la elección de Convencionales Constituyentes a la que hace referencia el inciso final del artículo 130, serán aplicables las disposiciones pertinentes a la elección de diputados, contenidas en los siguientes cuerpos legales, en su texto vigente al 25 de junio del año 2020:

    a) Decreto con fuerza de ley Nº 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios;

    b) Decreto con fuerza de ley Nº 5, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.556, orgánica constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral;

    c) Decreto con fuerza de ley Nº 4, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.603, orgánica constitucional de Partidos Políticos;

    d) Decreto con fuerza de ley Nº 3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

    El proceso de calificación de la elección de Convencionales Constituyentes deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de ésta. La sentencia de proclamación será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

    Artículo 132. De los requisitos e incompatibilidades de los candidatos.

    Podrán ser candidatos a la Convención aquellos ciudadanos que reúnan las condiciones contempladas en el artículo 13 de la Constitución.

    No será aplicable a los candidatos a esta elección ningún otro requisito, inhabilidad o prohibición, salvo las establecidas en este epígrafe y con excepción de las normas sobre afiliación e independencia de las candidaturas establecidas en el artículo 5, incisos cuarto y sexto, del decreto con fuerza de ley Nº 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.

    Los Ministros de Estado, los intendentes, los gobernadores, los alcaldes, los consejeros regionales, los concejales, los subsecretarios, los secretarios regionales ministeriales, los jefes de servicio, los miembros del Consejo del Banco Central, los miembros del Consejo del Servicio Electoral, los miembros y funcionarios de los diferentes escalafones del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, así como los del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, del Tribunal de Contratación Pública, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales; los consejeros del Consejo para la Transparencia, y los miembros activos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, que declaren sus candidaturas a miembros de la Convención, cesarán en sus cargos por el solo ministerio de la Constitución, desde el momento en que sus candidaturas sean inscritas en el Registro Especial a que hace referencia el inciso primero del artículo 21 del decreto con fuerza de ley Nº 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.700. Lo dispuesto precedentemente le será aplicable a los senadores y diputados solo respecto de la Convención Constitucional.

    Las personas que desempeñen un cargo directivo de naturaleza gremial o vecinal deberán suspender dichas funciones desde el momento que sus candidaturas sean inscritas en el Registro Especial mencionado en el inciso anterior.

    Artículo 133. Del funcionamiento de la Convención.

    Dentro de los tres días siguientes a la recepción de la comunicación a que hace referencia el inciso final del artículo 131, el Presidente de la República convocará, mediante decreto supremo exento, a la primera sesión de instalación de la Convención, señalando además, el lugar de la convocatoria. En caso de no señalarlo, se instalará en la sede del Congreso Nacional. Dicha instalación deberá realizarse dentro de los quince días posteriores a la fecha de publicación del decreto.

    En su primera sesión, la Convención deberá elegir a un Presidente y a un Vicepresidente por mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio.

    La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio.

    La Convención no podrá alterar los quórum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos.

    La Convención deberá constituir una secretaría técnica, la que será conformada por personas de comprobada idoneidad académica o profesional.

    Corresponderá al Presidente de la República, o a los órganos que éste determine, prestar el apoyo técnico, administrativo y financiero que sea necesario para la instalación y funcionamiento de la Convención.

    Artículo 134. Del estatuto de los Convencionales Constituyentes.

    A los integrantes de la Convención les será aplicable lo establecido en los artículos 51, con excepción de los incisos primero y segundo; 58, 59, 60 y 61.

    A contar de la proclamación del Tribunal Calificador de Elecciones, los funcionarios públicos, con excepción de los mencionados en el inciso tercero del artículo 132, así como los trabajadores de las empresas del Estado, podrán hacer uso de un permiso sin goce de remuneraciones mientras sirvan a la Convención, en cuyo caso no les serán aplicables lo señalado en el inciso primero del artículo 58 de la Constitución.

    Los Convencionales Constituyentes estarán afectos a las normas de la ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de interés, aplicables a los diputados, y a la ley Nº 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

    Serán compatibles los cargos de parlamentario e integrantes de la Convención Mixta Constitucional. Los diputados y senadores que integren esta convención quedarán eximidos de su obligación de asistir a las sesiones de sala y comisión del Congreso durante el período en que ésta se mantenga en funcionamiento. El Congreso Nacional podrá incorporar medidas de organización para un adecuado trabajo legislativo mientras la Convención Mixta Constitucional se encuentre en funcionamiento.

    Los integrantes de la Convención, con excepción de los parlamentarios que la integren, recibirán una retribución mensual de 50 unidades tributarias mensuales, además de las asignaciones que se establezcan en el Reglamento de la Convención. Dichas asignaciones serán administradas por un comité externo que determine el mismo Reglamento.

    Artículo 135. Disposiciones especiales.

    La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes.

    Mientras no entre en vigencia la Nueva Constitución en la forma establecida en este epígrafe, esta Constitución seguirá plenamente vigente, sin que pueda la Convención negarle autoridad o modificarla.

    En conformidad al artículo 5º, inciso primero, de la Constitución, mientras la Convención esté en funciones la soberanía reside esencialmente en la Nación y es ejercida por el pueblo a través de los plebiscitos y elecciones periódicas que la Constitución y las leyes determinan y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Le quedará prohibido a la Convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el ejercicio de la soberanía, asumiendo otras atribuciones que las que expresamente le reconoce esta Constitución.

    El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

    Artículo 136. De la reclamación.

    Se podrá reclamar de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención, contenidas en este epígrafe y de aquellas de procedimiento que emanen de los acuerdos de carácter general de la propia Convención. En ningún caso se podrá reclamar sobre el contenido de los textos en elaboración.

    Conocerán de esta reclamación cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo por la misma Corte para cada cuestión planteada.

    La reclamación deberá ser suscrita por al menos un cuarto de los miembros en ejercicio de la Convención y se interpondrá ante la Corte Suprema, dentro del plazo de cinco días desde que se tomó conocimiento del vicio alegado.

    La reclamación deberá indicar el vicio que se reclama, el que deberá ser esencial, y el perjuicio que causa.

    El procedimiento para el conocimiento y resolución de las reclamaciones será establecido en un Auto Acordado que adoptará la Corte Suprema, el que no podrá ser objeto del control establecido en artículo 93 número 2 de la Constitución.

    La sentencia que acoja la reclamación solo podrá anular el acto. En todo caso, deberá resolverse dentro de los diez días siguientes desde que se entró al conocimiento del asunto. Contra las resoluciones de que trata este artículo no se admitirá acción ni recurso alguno.

    Ninguna autoridad, ni tribunal, podrán conocer acciones, reclamos o recursos vinculados con las tareas que la Constitución le asigna a la Convención, fuera de lo establecido en este artículo.

    No podrá interponerse la reclamación a la que se refiere este artículo respecto del inciso final del artículo 135 de la Constitución.

    Artículo 137. Prórroga del plazo de funcionamiento de la Convención.

    La Convención deberá redactar y aprobar una propuesta de texto de Nueva Constitución en el plazo máximo de nueve meses, contado desde su instalación, el que podrá prorrogarse, por una sola vez, por tres meses.

    La mencionada prórroga podrá ser solicitada por quien ejerza la Presidencia de la Convención o por un tercio de sus miembros, con una anticipación no superior a quince días ni posterior a los cinco días previos al vencimiento del plazo de nueve meses. Presentada la solicitud, se citará inmediatamente a sesión especial, en la cual la Presidencia deberá dar cuenta pública de los avances en la elaboración de la propuesta de texto de Nueva Constitución, con lo cual se entenderá prorrogado el plazo sin más trámite. De todas estas circunstancias deberá quedar constancia en el acta respectiva. El plazo de prórroga comenzará a correr el día siguiente a aquel en que venza el plazo original.

    Una vez redactada y aprobada la propuesta de texto de Nueva Constitución por la Convención, o vencido el plazo o su prórroga, la Convención se disolverá de pleno derecho.

    Artículo 138. De las normas transitorias.

    La Convención podrá establecer disposiciones especiales de entrada en vigencia de alguna de las normas o capítulos de la Nueva Constitución.

    La Nueva Constitución no podrá poner término anticipado al período de las autoridades electas en votación popular, salvo que aquellas instituciones que integran sean suprimidas u objeto de una modificación sustancial.

    La Nueva Constitución deberá establecer el modo en que las otras autoridades que esta Constitución establece cesarán o continuarán en sus funciones.

    Artículo 139. De la integración de la Convención Mixta Constitucional.

    La Convención Mixta Constitucional estará integrada por 172 miembros, de los cuales 86 corresponderán a ciudadanos electos especialmente para estos efectos y 86 parlamentarios que serán elegidos por el Congreso Pleno, conformado por todos los senadores y diputados en ejercicio, los que podrán presentar listas o pactos electorales, y se elegirán de acuerdo al sistema establecido en el artículo 121 del decreto con fuerza de ley Nº 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en lo que refiere a la elección de diputados.

    Artículo 140. Del sistema electoral de la Convención Mixta Constitucional.

    En el caso de los Convencionales Constituyentes no parlamentarios, estos serán elegidos de acuerdo a las reglas consagradas en el artículo 121 del decreto con fuerza de ley Nº 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en su texto vigente al 25 de junio del 2020 y serán aplicables los artículos 187 y 188 del mismo cuerpo legal, con las siguientes modificaciones:

    Distrito 1º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 2º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 3º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 4º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 5º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 6º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 7º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 8º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 9º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 10º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 11º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 12º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 13º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 14º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 15º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 16º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 17º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 18º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 19º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 20º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 21º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 22º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 23º que elegirá 4 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 24º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 25º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 26º que elegirá 3 Convencionales Constituyentes;

    Distrito 27º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes; y

    Distrito 28º que elegirá 2 Convencionales Constituyentes.

    Artículo 141. De la integración de la Convención Constitucional.

    La Convención Constitucional estará integrada por 155 ciudadanos electos especialmente para estos efectos. Para ello, se considerarán los distritos electorales establecidos en los artículos 187 y 188, y el sistema electoral descrito en el artículo 121, todos del decreto con fuerza de ley Nº 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en lo que se refiere a la elección de diputados, a su texto vigente al 25 de junio del 2020.

    Los integrantes de la Convención Constitucional no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención.

    Artículo 142. Del Plebiscito Constitucional.

    Comunicada al Presidente de la República la propuesta de texto constitucional aprobada por la Convención, éste deberá convocar dentro de los tres días siguientes a dicha comunicación, mediante decreto supremo exento, a un plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta.

    El sufragio en este plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile.

    El ciudadano que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.

    No incurrirá en esta sanción el ciudadano que haya dejado de cumplir su obligación por enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquél en que se encontrare registrado su domicilio electoral o por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.

    Las personas que durante la realización del plebiscito nacional constitucional desempeñen funciones que encomienda el decreto con fuerza de ley Nº 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, se eximirán de la sanción establecida en el presente artículo remitiendo al juez competente un certificado que acredite esta circunstancia.

    El conocimiento de la infracción señalada corresponderá al juez de policía local de la comuna donde se cometieron tales infracciones, de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley Nº 18.287.

    En el plebiscito señalado, la ciudadanía dispondrá de una cédula electoral que contendrá la siguiente pregunta, según corresponda a la Convención que haya propuesto el texto: "¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Mixta Constitucional?" o "¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?". Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas, tendrá en su parte inferior la expresión "Apruebo" y la segunda, la palabra "Rechazo", a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

    Este plebiscito deberá celebrarse sesenta días después de la publicación en el Diario Oficial del decreto supremo a que hace referencia el inciso primero, si ese día fuese domingo, o el domingo inmediatamente siguiente. Con todo, si en conformidad a las reglas anteriores la fecha  del plebiscito se encuentra en el lapso entre sesenta días antes o después de una votación popular de aquellas a que hacen referencia los artículos 26, 47 y 49 de la Constitución, el día del plebiscito se retrasará hasta el domingo posterior inmediatamente siguiente. Si, como resultado de la aplicación de la regla precedente, el plebiscito cayere en el mes de enero o febrero, el plebiscito se celebrará el primer domingo del mes de marzo.

    El proceso de calificación del plebiscito nacional deberá quedar concluido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de éste. La sentencia de proclamación del plebiscito será comunicada dentro de los tres días siguientes de su dictación al Presidente de la República y al Congreso Nacional.

    Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito nacional constitucional fuere aprobada, el Presidente de la República deberá, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de la sentencia referida en el inciso anterior, convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política de la República. Dicho texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en dicha fecha. A partir de esta fecha, quedará derogada la presente Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el decreto supremo Nº 100, de 17 de septiembre de 2005.

    La Constitución deberá imprimirse y repartirse gratuitamente a todos los establecimientos educacionales, públicos o privados; bibliotecas municipales, universidades y órganos del Estado. Los jueces y magistrados de los tribunales superiores de justicia deberán recibir un ejemplar de la Constitución.

    Si la cuestión planteada a la ciudadanía en el plebiscito ratificatorio fuere rechazada, continuará vigente la presente Constitución.

    Artículo 143. Remisión.

    Al plebiscito constitucional le será aplicable lo dispuesto en los incisos cuarto a sexto del artículo 130.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 23 de diciembre de 2019.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Felipe Ward Edwards, Ministro Secretario General de la Presidencia.- Gonzalo Blumel Mac-Iver, Ministro del Interior y Seguridad Pública.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Juan Francisco Galli Basili, Subsecretario General de la Presidencia.