Usted está en:

Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.203

Modifica la ley N° 21.131, que Establece pago a treinta días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario emitan guías de despacho en soporte de papel

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Javier Hernández Hernández, Frank Sauerbaum Muñoz, Harry Jürgensen Rundshagen, Ignacio Urrutia Bonilla, Cristóbal Urruticoechea Ríos, Camila Flores Oporto, Pedro Alvarez-Salamanca Ramírez, José Miguel Castro Bascuñán y Iván Flores García. Fecha 13 de agosto, 2019. Moción Parlamentaria en Sesión 62. Legislatura 367.

Esta Historia de Ley fue construida con los documetos disponibles a la fecha de publicación de la Ley.

Modifica la ley N° 21.131 que Establece pago a treinta días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario emitan guías de despacho en soporte de papel

Boletín N° 12836-03

I. CONSIDERACIONES PREVIAS

Las guías de despacho son documentos tributarios de gran importancia en el traslado de bienes, ya que permiten respaldar la entrega de los productos. De acuerdo con nuestra normativa vigente, la validez de dichos documentos está sujeta a la observancia de ciertas formalidades. Asimismo, el actual marco legal dispone que las guías de despacho pueden ser emitidas en papel o por medio de plataformas digitales. Al respecto, el artículo 54 del decreto ley Nº 825, del Ministerio de Hacienda, de 1974, que establece la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, indica que “las guías de despacho y las boletas de ventas y servicios se podrán emitir, a elección del contribuyente, en formato electrónico o en papel. (…)”, destacando, en este sentido, el medio de preferencia de la parte que debe realizar la entrega del bien.

Sin embargo, la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, incorporó, en su artículo tercero, una modificación sustancial al artículo 54 del aludido decreto. En particular, señala que las guías de despacho consistirán exclusivamente en documentos electrónicos, al igual que las facturas, facturas de compra, liquidaciones facturas y notas de débito y crédito, quedando el texto de la norma en comento redactado de la siguiente manera:

Decreto Ley Nº 825 del Ministerio de Hacienda de 1974

“Artículo 54.- Las facturas, facturas de compra, guías de despacho, liquidaciones facturas y notas de débito y crédito que deban emitir los contribuyentes, consistirán exclusivamente en documentos electrónicos emitidos en conformidad a la ley, sin perjuicio de las excepciones legales pertinentes. (…)”

Está obligación aún no está vigente, ya que el artículo primero transitorio de la ley Nº 21.131, en su último inciso, establece que “Las modificaciones introducidas en el artículo 54 del decreto ley Nº 825, del Ministerio de Hacienda, de 1974, sobre la obligación de emitir guías de despacho electrónicas, entrarán en vigencia un año después de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.”, plazo que se cumple el 16 de enero de 2020.

II. FUNDAMENTOS

De acuerdo con el principio de servicialidad consagrado por la Constitución Política de la República, el Estado se encuentra al servicio de las personas. Sin duda, la diversidad que caracteriza a cualquier grupo humano debe ser considerada en el desarrollo de la función estatal, reconociendo que la realidad de cada persona y sector económico es diferente. Por lo tanto, es de toda justicia que a distintas circunstancias se puedan establecer ciertas distinciones. Bajo este orden de ideas, destaca el sector agropecuario, cuyas características lo hacen especial en cuanto a sus necesidades respecto de otras actividades económicas.

En este contexto, el día 09 de julio de 2019 en la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados [1] (en adelante, “la Comisión”), asistieron a exponer sobre la implementación del pago a treinta días y la obligatoriedad de la guía de despacho electrónica, que afecta seriamente al sector ganadero, el Subdirector del Servicio de Impuestos Internos, Señor Ricardo Pizarro; el Vicepresidente de la Sociedad Agrícola y Ganadera de Osorno, Señor Sergio Willer; el Presidente de SAVAL F.G., Señor Víctor Valentín; el Presidente de la Asociación Gremial de Ferias Ganaderas de Chile, Señor Ricardo Pozo; y el Señor Alejandro Acuña, Corredor de Ganado.

Todos los expositores concordaron en que la conectividad será un problema para la implementación de la guía de despacho electrónica en la actividad agropecuaria. En este sentido, el Sr. Ricardo Pizarro indicó que se pueden establecer excepciones a la obligatoriedad de emitir el documento electrónicamente cuando la actividad económica se desarrolle en un lugar geográfico sin cobertura de datos móviles o fijos de operadores de telecomunicaciones que tienen infraestructura. Sin embargo, la realidad es que en los sectores agrícolas la conectividad puede ser intermitente debido a distintos factores, como por ejemplo, los climáticos, situación que no queda cubierta por la excepción contenida en la norma y que podría generar problemas para el despacho de productos perecibles, como leche o frutas.

Entre los principales perjudicados por la norma en comento, se encuentran las personas de la agricultura familiar campesina, quienes, en muchos casos, no tienen acceso a computadores, carecen de teléfonos inteligentes o, incluso, no saben utilizar este tipo de dispositivos. Al respecto, SAVAL F.G. señaló, durante la Comisión, haber realizado una encuesta a productores, cuyos resultados reflejaron que sólo un 10% de estos cuenta con conexión a internet, un 60% tiene conectividad intermitente y un 30% no tiene conexión a internet. En la misma ocasión, el Presidente de la Asociación Gremial de Ferias Ganaderas de Chile proporcionó datos relevantes que muestran el actual panorama del sector ganadero respecto al uso de tecnologías. Indicó que, sólo en el mes de mayo de 2019, más del 80% de las guías de despacho recibidas por la entidad fueron en papel y sólo 5.000 en formato electrónico.

En consecuencia, todo parece indicar que la obligación de emitir electrónicamente las guías de despacho sólo viene a complicar el sistema productivo del sector agropecuario, afectando, principalmente, a la agricultura familiar campesina, dado el poco nivel de acceso y uso de tecnologías que se detecta en este segmento de la población [2]. En efecto, se incentiva la salida de los pequeños ganaderos y agricultores de la actividad que han desarrollado durante toda su vida, provocando que su principal fuente de ingresos se vea gravemente afectada. Este problema incide directamente en la realidad de la zona sur de nuestro país, considerando que “el 75% de la agricultura familiar campesina se concentra entre las regiones del Maule y Los Lagos.” [3]

Ante el panorama descrito en los párrafos precedentes, se vislumbra, como efecto no deseado de la norma en comento, un mercado informal, cuyas consecuencias podrían ser perjudiciales no sólo para el nivel de control ejercido por el Servicio de Impuestos Internos, sino que también para el sector ganadero, debido al grave daño que se puede ocasionar a la trazabilidad del ganado por la que tanto se ha trabajado, afectando el control sanitario, la facilidad para exportar, entre otros.

En definitiva, si bien la obligación de emitir electrónicamente las guías de despacho tiene como finalidad aumentar la seguridad y facilitar el control de este tipo de documentos, lo cierto es que la especial realidad del sector agropecuario refleja la poca conveniencia de la norma para el desenvolvimiento de este importante segmento de la población. Sin duda, dicho sector posee características particulares que dificultan la conectividad y la utilización de dispositivos electrónicos. Estas son circunstancias relevantes que deben ser consideradas por nuestra legislación, a fin de facilitar el sistema productivo de la actividad agropecuaria, garantizar la emisión de las guías de despacho dentro del mismo rubro y contribuir al desarrollo socioeconómico de la agricultura familiar campesina.

III. IDEA MATRIZ

Modificar la Ley Nº 21.131 que establece pago a treinta días, con la finalidad de que el sector agropecuario tenga la posibilidad de emitir guías de despacho electrónicas o en papel.

IV. PROYECTO DE LEY

Artículo Único: Modifíquese la letra c) del artículo 3º de la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, de la siguiente forma:

Intercálese entre las expresiones “en papel.” y “Los contribuyentes” la siguiente oración: “En el caso del sector agropecuario las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel.”

Harry Jürgensen Rundshagen

Diputado de la República

1.2. Informe de Comisión de Economía

Cámara de Diputados. Fecha 13 de agosto, 2019. Informe de Comisión de Economía en Sesión 65. Legislatura 367.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, FOMENTO, MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES Y TURISMO RECAÍDO EN EL PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY N° 21.131 QUE ESTABLECE PAGO A TREINTA DÍAS, PARA PERMITIR QUE LOS CONTRIBUYENTES DEL SECTOR AGROPECUARIO EMITAN GUÍAS DE DESPACHO EN SOPORTE DE PAPEL.

BOLETIN N° 12.836-03

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Economía, Fomento, Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo viene en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley referido en el epígrafe, de origen en una moción de la diputada señora Camila Flores y de los diputados señores Pedro Pablo Alvarez-Salamanca, José Miguel Castro, Ivan Flores, Javier Hernández, Harry Jürgensen, Frank Sauerbaun, Ignacio Urrutia y Cristóbal Urruticoechea, sin urgencia.

Durante el análisis de esta iniciativa, la Comisión contó con la asistencia y colaboración de las asesoras del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, señoras Michele Labbé y Ximena Contreras

Por la obviedad del proyecto en estudio, la Comisión omitió el trámite de las audiencias establecido en el artículo 213 del reglamento de la Cámara de Diputados.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1.- IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES.

Las ideas centrales del proyecto se orientan al siguiente objetivo:

Modificar la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, con el propósito de permitir a los contribuyentes del sector agropecuario, a su elección, emitir guías de despacho en papel o de forma electrónica.

2.- NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.

Cabe precisar que no hay normas con ese carácter.

3.- NORMAS QUE REQUIEREN TRÁMITE DE HACIENDA.

No hay.

4.- EL PROYECTO FUE APROBADO EN GENERAL Y PARTICULAR A LA VEZ POR MAYORÍA DE VOTOS.

En sesión N° 52, de 13 de agosto de 2019, se aprobó en general y particular por mayoría de votos.

Votaron a favor la y los diputados señores Boris Barrera, Alejandro Bernales, Sofía Cid, Renato Garín, Harry Jürgensen, Miguel Mellado, Jaime Naranjo, Rolando Renteria, Raúl Soto, Enrique Van Rysselberghe y Pedro Velásquez. Se abstiene el diputado señor Joaquín Lavín.

5.- ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS.

No hubo.

6.- SE DESIGNA DIPUTADO INFORMANTE AL SEÑOR HARRY JÜRGENSEN RUNDSHAGEN.

II.- ANTECEDENTES DEL PROYECTO.

Consignan sus autores, a título de consideraciones previas, que las guías de despacho son documentos tributarios de gran importancia en el traslado de bienes, ya que permiten respaldar la entrega de los productos. De acuerdo con nuestra normativa vigente, la validez de dichos documentos está sujeta a la observancia de ciertas formalidades. Asimismo, el actual marco legal dispone que las guías de despacho pueden ser emitidas en papel o por medio de plataformas digitales. Al respecto, el artículo 54 del decreto ley Nº 825, del Ministerio de Hacienda, de 1974, que establece la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, indica que “las guías de despacho y las boletas de ventas y servicios se podrán emitir, a elección del contribuyente, en formato electrónico o en papel. (…)”, destacando, en este sentido, el medio de preferencia de la parte que debe realizar la entrega del bien.

Sin embargo, aducen que la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, incorporó en su artículo 3° una modificación sustancial al artículo 54 del aludido decreto. En particular, señala que las guías de despacho consistirán exclusivamente en documentos electrónicos, al igual que las facturas, facturas de compra, liquidaciones facturas y notas de débito y crédito, quedando el texto de la norma en comento redactado de la siguiente manera:

“Artículo 54 del decreto ley Nº 825.- Las facturas, facturas de compra, guías de despacho, liquidaciones facturas y notas de débito y crédito que deban emitir los contribuyentes, consistirán exclusivamente en documentos electrónicos emitidos en conformidad a la ley, sin perjuicio de las excepciones legales pertinentes. (…)”

Es preciso destacar que está obligación aún no está vigente, ya que el artículo primero transitorio de la ley Nº 21.131, en su último inciso, establece que “Las modificaciones introducidas en el artículo 54 del decreto ley Nº 825, del Ministerio de Hacienda, de 1974, sobre la obligación de emitir guías de despacho electrónicas, entrarán en vigencia un año después de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.”, plazo que se cumple el 16 de enero de 2020.

A modo de fundamento, los patrocinantes de esta moción señalan que conforme al principio de servicialidad consagrado por la Constitución Política de la República, el Estado se encuentra al servicio de las personas. Sin duda, la diversidad que caracteriza a cualquier grupo humano debe ser considerada en el desarrollo de la función estatal, reconociendo que la realidad de cada persona y sector económico es diferente. Por lo tanto, es de toda justicia que a distintas circunstancias se puedan establecer ciertas distinciones. Bajo este orden de ideas, destaca el sector agropecuario, cuyas características lo hacen especial en cuanto a sus necesidades respecto de otras actividades económicas.

En este contexto, relatan que el día 09 de julio de 2019 en la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados [1] (en adelante, “la Comisión”), asistieron a exponer sobre la implementación del pago a treinta días y la obligatoriedad de la guía de despacho electrónica, que afecta seriamente al sector ganadero, el Subdirector del Servicio de Impuestos Internos, señor Ricardo Pizarro; el Vicepresidente de la Sociedad Agrícola y Ganadera de Osorno, señor Sergio Willer; el Presidente de SAVAL F.G., señor Víctor Valentín; el Presidente de la Asociación Gremial de Ferias Ganaderas de Chile, señor Ricardo Pozo; y Corredor de Ganado, señor Alejandro Acuña.

Todos los expositores concordaron en que la conectividad será un problema para la implementación de la guía de despacho electrónica en la actividad agropecuaria. En este sentido, don Ricardo Pizarro indicó que se pueden establecer excepciones a la obligatoriedad de emitir el documento electrónicamente cuando la actividad económica se desarrolle en un lugar geográfico sin cobertura de datos móviles o fijos de operadores de telecomunicaciones que tienen infraestructura. Sin embargo, la realidad es que en los sectores agrícolas la conectividad puede ser intermitente, debido a distintos factores, como por ejemplo, los climáticos, situación que no queda cubierta por la excepción contenida en la norma y que podría generar problemas para el despacho de productos perecibles, como leche o frutas.

Añaden que entre los principales perjudicados por la norma en comento, se encuentran las personas de la agricultura familiar campesina, quienes, en muchos casos, no tienen acceso a computadores, carecen de teléfonos inteligentes o, incluso, no saben utilizar este tipo de dispositivos. Al respecto, SAVAL F.G. señaló, durante la sesión de la Comisión, haber realizado una encuesta a productores, cuyos resultados reflejaron que solo un 10% de estos cuenta con conexión a internet, un 60% tiene conectividad intermitente y un 30% no tiene conexión a internet. En la misma ocasión, el Presidente de la Asociación Gremial de Ferias Ganaderas de Chile proporcionó datos relevantes que muestran el actual panorama del sector ganadero respecto al uso de tecnologías. Indicó que solo en mayo de 2019, más del 80% de las guías de despacho recibidas por la entidad fueron en papel y solo 5.000 en formato electrónico.

En consecuencia, expresan que todo parece indicar que la obligación de emitir electrónicamente las guías de despacho solo viene a complicar el sistema productivo del sector agropecuario, afectando, principalmente, a la agricultura familiar campesina, dado el poco nivel de acceso y uso de tecnologías que se detecta en este segmento de la población [2]. En efecto, se incentiva la salida de los pequeños ganaderos y agricultores de la actividad que han desarrollado durante toda su vida, provocando que su principal fuente de ingresos se vea gravemente afectada. Este problema incide directamente en la realidad de la zona sur de nuestro país, considerando que “el 75% de la agricultura familiar campesina se concentra entre las regiones del Maule y Los Lagos.” [3]

Ante el panorama descrito en los párrafos precedentes, se vislumbra, como efecto no deseado de la norma referida, un mercado informal, cuyas consecuencias podrían ser perjudiciales no solo para el nivel de control ejercido por el Servicio de Impuestos Internos, sino que también para el sector ganadero, debido al grave daño que se puede ocasionar a la trazabilidad del ganado por la que tanto se ha trabajado, afectando el control sanitario y la facilidad para exportar, entre otros.

En definitiva, si bien la obligación de emitir electrónicamente las guías de despacho tiene como finalidad aumentar la seguridad y facilitar el control de este tipo de documentos, lo cierto es que la especial realidad del sector agropecuario refleja la poca conveniencia de la norma para el desenvolvimiento de este importante segmento de la población. Sin duda, dicho sector posee características particulares que dificultan la conectividad y la utilización de dispositivos electrónicos. Estas son circunstancias relevantes que deben ser consideradas por nuestra legislación, a fin de facilitar el sistema productivo de la actividad agropecuaria, garantizar la emisión de las guías de despacho dentro del mismo rubro y contribuir al desarrollo socioeconómico de la agricultura familiar campesina.

III.- RELACIÓN DESCRIPTIVA DEL PROYECTO.

El proyecto consta de un artículo único, que modifica la ley N° 21.131, con la finalidad de dar la posibilidad al contribuyente agropecuario de emitir, a su elección, la guía de despacho, en papel, sin perjuicio de poder hacerlo también de manera electrónica.

IV.- DISPOSICIONES LEGALES QUE EL PROYECTO MODIFICA.

La iniciativa parlamentaria en estudio modifica la letra c) del artículo 3º de la ley N° 21.131, que aún no entra en vigencia, con el objeto señalado en el acápite precedente.

V.- DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DEL PROYECTO.

A.- DISCUSIÓN GENERAL.

En el transcurso del debate habido en el seno de la Comisión, atinente a la discusión general de la iniciativa parlamentaria, los diputados destacaron la conveniencia de legislar en esta materia, conforme se expone a continuación:

El diputado Harry Jürgensen explica que se trata de un proyecto muy simple que recoge preocupaciones del sector agrícola, quienes ya han expresado su preocupación en la Comisión de Agricultura de esta Corporación, respecto de la entrada en vigencia de la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días y en que se establece el carácter obligatorio de la guía de despacho electrónico, a partir de enero de 2020.

Justifica su opinión en favor de la moción al indicar que se da el problema de la falta de conectividad en todo el país y que ello impide en el rubro agrícola emitir electrónicamente la guía de despacho, ya que además muchas veces aquella se emite en el campo, en el mismo potrero o en los corrales, cuando se despacha un camión con trigo o animales.

Por ello plantea en este proyecto de ley que este sector pueda emitir guía de despacho de manera electrónica o en papel y de esta manera poder ser parte de la ley de pago a treinta días, pero dándole la libertad al agricultor de emitir la referida guía como lo estime pertinente y que no se vea compelido solo a hacerlo electrónicamente, por los inconvenientes que ello podría acarrear.

El diputado Jaime Naranjo destaca la trascendencia que tendrá esta iniciativa para las personas que viven en sectores rurales, cuya realidad no se considera siempre cuando se legisla en estas materias y esta moción abre las puertas para simplificar las cosas en esas zonas del país.

El diputado Miguel Mellado recuerda que el artículo 54 establecía que el formato de las guías de despacho podía ser a elección del contribuyente, electrónico o en papel lo que luego se modificó y ha dado origen a este problema.

A su turno, la jefa de asesores del Ministerio de Economía, señora Michele Labbé, solicita a la Comisión el plazo de una semana para poder estudiar mejor el proyecto de ley.

El proyecto de ley propone que se exima al sector agrícola de la obligación de emitir guías de despacho electrónico, cuyo objetivo es evitar las mayores dilaciones que se hacen para el pago de los proveedores a través de los cambios de fecha de las guías de despacho y así no cumplir con las condiciones de pago originales.

Advierte que de esta manera, el proveedor queda protegido contra el comprador, un supermercado por ejemplo, que no le puede imponer cambios en las condiciones de pago, porque además ellas ya se han comunicado al Servicio de Impuestos Internos.

En cuanto al problema de la conectividad, señala que la ley contempla el caso de las zonas que se encuentren a obscuras o no iluminadas como las determina el ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, quedando exentos de esto y que en las zonas de intermitencia se pueda mandar la factura cuando haya conexión.

Señala comprender que el agregar nuevas tecnologías significa que se pueda enfrentar reticencias porque es hacer algo distinto de como se realizaba antes, pero esta es una norma de protección para los pequeños productores. Como se trata de adaptarse a nuevas tecnologías, propone que se alargue la transitoriedad.

El diputado Miguel Mellado opina que se trata de terrenos distintos, donde no siempre está el dueño y la guía electrónica requiere conocer tecnologías y claves que no siempre el dueño podrá entregar a quien esté en su nombre.

La diputada Sofía Cid sostiene que la realidad del campo es distinta a las de zonas urbanas y es un paso más para mejorar esta ley de pago a treinta días.

El diputado Joaquín Lavín propone que no se vote de inmediato, tiene dudas porque la cadena de pago se inició con la guía de despacho y esto puede afectar a los pequeños proveedores.

El diputado Harry Jürgensen señala que el Ejecutivo se equivoca al decir que el agricultor se queda atrás en usar nuevas tecnologías, porque no se trata de la tecnología que disponga el agricultor, sino de la posibilidad de conectarse a internet para poder usarla, como aquellos lugares en la cordillera, en que se hace agricultura.

Precisa que el agricultor usa el máximo de tecnología, lo que no tiene es conexión a internet.

El diputado Boris Barrera plantea que esto demuestra que la norma es perfectible, y se habló de este tema en la sesión pasada, de manera que pasó un tiempo prudente para ver otras alternativas.

***

Teniendo en vista las consideraciones y argumentos contenidos en la moción y las opiniones esgrimidas por los parlamentarios y la representante del Ejecutivo, la y los señores diputados fueron de parecer de aprobar la idea de legislar sobre la materia.

Puesta en votación general la idea de legislar, se APRUEBA por mayoría de votos, en la forma descrita en las constancias reglamentarias previas.

B.- DISCUSIÓN Y VOTACIÓN PARTICULAR.

ARTÍCULO ÚNICO.

Se da lectura al referido artículo:

“Artículo único: Modifíquese la letra c) del artículo 3º de la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, de la siguiente forma:

Intercálese entre las expresiones “en papel.” y “Los contribuyentes” la siguiente oración: “En el caso del sector agropecuario las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel.”.

Acto seguido, y sin mayor debate, puesto en votación particular el artículo único de la moción, se aprueba por mayoría de votos, en los misamos términos.

Votaron a favor la y los diputados señores Boris Barrera, Alejandro Bernales, Sofía Cid, Renato Garín, Harry Jürgensen, Miguel Mellado, Jaime Naranjo, Rolando Renteria, Raúl Soto, Enrique Van Rysselberghe y Pedro Velásquez. Se abstiene el diputado señor Joaquín Lavín.

***

Por las razones señaladas y por los argumentos que expondrá oportunamente el señor diputado informante, esta Comisión, realizando las adecuaciones de redacción del caso conforme al artículo 15 del reglamento, recomienda aprobar el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único. Sustitúyese la letra c) del artículo 3º de la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, por la siguiente:

“c) Agréganse, a continuación de la expresión "en papel.", las siguientes oraciones: “En el caso del sector agropecuario las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel.” "Los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.".”.

Sala de la Comisión, a 13 de agosto de 2019.

Tratado y acordado en sesión de fecha 13 de agosto de 2019 , con la asistencia de la y los diputados señores Boris Barrera, Alejandro Bernales, Sofía Cid, Renato Garín, Harry Jürgensen, Joaquín Lavín, Miguel Mellado, Jaime Naranjo, Rolando Rentería, Alexis Sepúlveda, Raúl Soto, Enrique Van Rysselberghe y Pedro Velásquez (Presidente).

ALVARO HALABI DIUANA

Abogado Secretario de la Comisión

[1] Comisión de Agricultura Silvicultura y Desarrollo Rural puede ser revisada en el siguiente enlace en la sesión del 9 de julio de2019: http://www.democraciaenvivo.cl/vod.aspx?idComision=417
[2] Sergio Willer Vicepresidente de la Sociedad Agrícola y Ganadera de Osorno (SAGO) Comisión de Agricultura Silvicultura y Desarrollo Rural Cámara de Diputados de Chile martes 9 de julio de 2019.
[3] Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) “La Agricultura Familiar Campesina y los usuarios de INDAP” pág. 1 Disponible en: https://www.indap.gob.cl/docs/default-source/default-document-library/afc-en-chile-y-los-usuarios-de-indap.pdf?sfvrsn=0

1.3. Discusión en Sala

Fecha 10 de octubre, 2019. Diario de Sesión en Sesión 86. Legislatura 367. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

FACULTAD A CONTRIBUYENTES DEL SECTOR AGROPECUARIO PARA EMISIÓN DE GUÍAS DE DESPACHO EN PAPEL O EN FORMA ELECTRÓNICA (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 12836-03)

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Presidenta en ejercicio).-

En la tabla de Fácil

Despacho, corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario emitan guías de despacho en soporte de papel.

De conformidad con el acuerdo adoptado por los Comités Parlamentarios, para la discusión de este proyecto se destinarán cinco minutos al diputado informante, cinco minutos para intervenir a favor y cinco minutos para hablar en contra. Si no hubiera diputados para hablar en contra se sumará ese tiempo para intervenir a favor. Cada intervención será de hasta dos minutos y treinta segundos.

Rinde el informe de la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo el diputado Harry Jürgensen .

Antecedentes:

-Mensaje, sesión 62ª de la presente legislatura, en martes 13 de agosto de 2019. Documentos de la Cuenta N° 11.

-Informe de la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa; Protección de los Consumidores y Turismo, sesión 65ª de la presente legislatura, en miércoles 21 de agosto de 2019. Documentos de la Cuenta N° 4.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Presidenta en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor JÜRGENSEN (de pie).-

Señora Presidenta, en nombre de la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en una moción de la diputadaCamila Flores y de los diputados Pedro Pablo Álvarez-Salamanca , José Miguel Castro, Iván Flores , Javier Hernández , Frank Sauerbaum , Ignacio Urrutia , Cristóbal Urruticoechea y quien habla, Harry Jürgensen , que modifica la Ley Nº 21.131, que Establece Pago a Treinta Días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario emitan guías de despacho en soporte de papel.

Cabe señalar que la Ley Nº 21.131, que Establece Pago a Treinta Días, incorporó en su artículo 3º una modificación sustancial al artículo 54 del decreto ley Nº 825, del Ministerio de Hacienda. En particular, señala que las guías de despacho consistirán exclusivamente en documentos electrónicos, al igual que las facturas, facturas de compra, liquidaciones de facturas y notas de débito y crédito.

Es preciso destacar que esta obligación aún no está vigente, ya que el artículo primero transitorio de la ley Nº 21.131, en su último inciso, establece que “Las modificaciones introducidas en el artículo 54 del decreto ley Nº 825, del Ministerio de Hacienda, de 1974, sobre la obligación de emitir guías de despacho electrónicas, entrarán en vigencia un año después de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.”.

La obligación de emitir electrónicamente las guías de despacho solo viene a complicar el sistema productivo del sector agropecuario, afectando, principalmente, a la agricultura familiar campesina, dado el poco nivel de acceso a internet y la baja posibilidad de usar tecnologías digitales, debido a razones geográficas que se detectan en terreno.

Ideas matrices o fundamentales

Modificar la Ley Nº 21.131, que Establece Pago a Treinta Días, con el propósito de permitir a los contribuyentes del sector agropecuario, a su elección, emitir guías de despacho en papel o de forma electrónica.

El proyecto fue aprobado en general y en particular por mayoría de votos en la sesión 52ª, de 13 de agosto de 2019. Votaron a favor los diputados Boris Barrera , Alejandro Bernales , Sofía Cid , Renato Garín , Miguel Mellado , Jaime Naranjo , Rolando Rentería , Raúl Soto , Enrique van Rysselberghe , Pedro Velásquez y quien habla, Harry Jürgensen . Se abstuvo el diputado Joaquín Lavín .

El proyecto consta de un artículo único, que modifica la ley Nº 21.131, con la finalidad de dar la posibilidad al contribuyente agropecuario de emitir, a su elección, la guía de despacho en papel, sin perjuicio de poder hacerlo también de manera electrónica.

La iniciativa parlamentaria en estudio modifica la letra c) del artículo 3° de la ley Nº 21.131, que aún no entra en vigencia, con el objeto señalado en el acápite precedente.

Discusión y votación del proyecto

En el debate transcurrido dentro de la comisión se señaló que se trata de un proyecto muy simple, que recoge una problemática del sector agrícola.

A modo de apoyar esta moción, se indicó que se da el problema de la falta de conectividad total en el país, que impide que el rubro agrícola pueda emitir electrónicamente, en todas partes donde se desarrolla la actividad, la guía de despacho. Por ello, en este proyecto de ley se planteó que este sector agrícola emita, a su elección, la guía de despacho de manera electrónica o en soporte de papel, y de esta manera poder ser parte de la ley de pago a treinta días.

Se destacó la trascendencia que tendrá esta iniciativa para las personas que viven en sectores rurales, cuya realidad no se considera siempre cuando se legisla en estas materias.

Esta moción abre las puertas para simplificar las cosas en esas zonas del país.

Teniendo en vista las consideraciones y argumentos contenidos en la moción y las opiniones esgrimidas por los parlamentarios y la representante del Ejecutivo, los diputados fueron del parecer de aprobar la idea de legislar sobre la materia.

El artículo único fue aprobado sin mayor debate, de igual forma, por mayoría de votos. Votaron a favor los diputados Boris Barrera , Alejandro Bernales , Sofía Cid , Renato Garín , Miguel Mellado , Jaime Naranjo , Rolando Rentería , Raúl Soto , Enrique van Rysselberghe , Pedro Velásquez y quien habla, Harry Jürgensen . Se abstuvo el diputado señor Joaquín Lavín .

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Presidenta en ejercicio).-

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra, hasta por dos minutos y treinta segundos, el diputado Jaime Mulet Martínez .

El señor MULET.-

Señora Presidenta, creo que este es un muy buen proyecto de ley. Quiero felicitar a los autores, porque creo que recogen una situación que afecta a muchos: a cientos, a miles y, quizás, a cientos de miles de pequeños emprendedores agrícolas pecuarios, que no tienen los elementos, como lo hemos dicho en otros proyecto de ley.

Muchas veces, con el afán de modernizar -obviamente es lo que todos queremos-, de avanzar y de pasar a procesos electrónicos, podemos dejar fuera a aquellas personas que, por el llamado analfabetismo digital o no tener -la mayoría de las veces- la posibilidad de acceso a internet, van perdiendo capacidad y competencia.

Me parece tremendamente lógico y justo lo que han hecho los diputados mocionantes para abordar el tema del sector agropecuario, porque se evita ese problema y se protege esa actividad económica.

Incluso, se generaba una gran desventaja, porque, si ya tienen problemas por estar en un lugar tan alejado y no tener acceso a internet, obligarlos a emitir una guía de despacho electrónica era cortarles las manos -como se dice vulgarmente-, era dejarlos sin trabajo, sin la posibilidad de emitir sus documentos electrónicos y de hacer sus ventas o sus traslados de productos o de animales. Entonces, este proyecto de ley es muy importante.

En varios otros proyectos de ley de la misma importancia hemos advertido que al avanzar en materia de digitalización, también debe abordarse el problema de quienes no tienen acceso a internet. Los regionalistas verdes nos preocupamos especialmente de esa gente y del mundo rural.

Ahora, he hablado con algunos de los mocionantes para agregar una indicación, que voy a presentar a la Mesa, que agrega a los pescadores artesanales, que tienen exactamente el mismo problema y la misma discusión que se hizo en la comisión respecto del sector agropecuario. De manera que la indicación es para contemplar, además del sector agropecuario, que obviamente comprende lo agrícola y lo pecuario o ganadero, a la pesca artesanal, a todos los pescadores artesanales que están desplegados en la costa y todo lo que ello significa.

Creo que esto se puede hacer perfectamente sin que el proyecto vuelva a la comisión si hay acuerdo para votarla hoy mismo. Por eso, les pediré a los mocionantes que también la firmen si están de acuerdo.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Presidenta en ejercicio).-

Tiene la palabra, hasta por dos minutos y treinta segundos, el diputado Andrés Molina .

El señor MOLINA.-

Señora Presidenta, se está solucionando un problema que iba a ser muy grave. En lo personal, patrociné un proyecto de acuerdo para que la intención que tiene este proyecto de ley se llevara a cabo en forma rápida.

Felicito a los diputados que participaron en la presentación de este proyecto para arreglar este problema.

Muchas personas que componen los gremios agrícola y pecuario se nos acercaron con preocupación, porque si el interés era evitar la evasión, con esta obligación, claramente, íbamos a aumentarla, porque los agricultores que no tienen acceso a internet y, por consiguiente, no tienen la posibilidad de generar una guía electrónica en el campo, de una u otra manera iban a terminar vendiendo en el mercado negro. De esa manera no íbamos a lograr el objetivo.

Si uno observa los datos sobre el acceso a internet en Chile, constata que más de 630 localidades hoy no tienen internet. De ellas, más de 300 están en la Región de La Araucanía. Por lo tanto, en nuestra Región de La Araucanía, donde queremos que las comunidades mapuches y no mapuches se integren al desarrollo, esta es una barrera más, y muy importante, porque efectivamente no existe la posibilidad de generar guías electrónicas, y que además sean exactas.

Si observamos la realidad del mundo, de países como Canadá o Estados Unidos de América, constatamos que las guías electrónicas no existen. En nuestro país, las guías electrónicas son consecuencia de la creatividad de los especialistas, quienes vieron en ellas la posibilidad de evitar la evasión; pero, sin duda, es imposible calcular, por ejemplo, los kilos de trigo que se cargan, para consignarlos de manera exacta en la guía electrónica. Lo mismo ocurre con otros productos.

Por lo tanto, con esta iniciativa se da solución a un problema que se iba a gatillar en enero. Gracias a la preocupación de muchos agricultores, quienes de distintas formas se comunicaron con nosotros, hoy se resuelve este problema, y no por la vía administrativa, que era un tema muy puntual, sino por la vía legal.

También agradezco al gobierno por haber tomado este asunto con celeridad, de manera de dar solución a un problema que iba a ser una tremenda bomba para nuestros pequeños y medianos agricultores.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Presidenta en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Bernardo Berger .

El señor BERGER.-

Señora Presidenta, no cabe duda de que la igualdad ante la ley es un principio y una garantía esencial en el ámbito constitucional. Ello está establecido en el artículo 19, Nº 2°, que señala que la Constitución asegura a todas las personas: “La igualdad ante la ley. En Chile no hay personas ni grupos privilegiados.”.

Sin embargo, otro principio esencial en el ámbito constitucional es que el Estado se encuentra al servicio de las personas, por lo que la diversidad que es característica de todos los grupos humanos no puede pasarse por alto a la hora de legislar.

Por ello, es menester considerar las excepciones a la ley, con el objeto de no perjudicar a sectores tan vulnerables y sensibles, como lo es, por ejemplo, el agropecuario, el cual se encuentra emplazado principalmente en el sur de Chile, en lugares geográficos sin cobertura de datos móviles y en sectores donde la condición climática, para peor, les genera mayores problemas y dificultades. En efecto, un importantísimo grupo de este sector económico y productivo corresponde a personas que desarrollan la agricultura familiar campesina, quienes no tienen acceso a los medios electrónicos o no se manejan en medios digitales.

Cabe destacar que en este sector, tal como lo indica el argumento de esta iniciativa, solo el 10 por ciento cuenta con conexión a internet. Este es un tema tremendamente preocupante para el sector silvoagropecuario. Así lo han venido manifestando en los últimos meses las distintas agrupaciones y organizaciones del rubro, entre ellas, en mi región, la Federación Saval, con la que hemos abordado en profundidad los enormes daños y perjuicios de la norma, la cual requiere, sin duda, ser modificada, atendiendo para ello las especificidades en que se desarrolla el trabajo campesino.

Por lo tanto, me parece de total justicia despachar esta iniciativa en forma rápida antes de que la ley Nº 21.131 entre en vigencia, evitando así perjudicar y complicar a este sector tan sensible, pero tan importante a la vez dentro de nuestra economía.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Presidenta en ejercicio).-

Tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda Orbenes .

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señora Presidenta, creo que todos vamos a votar favorablemente esta moción. Sin perjuicio de ello, quiero hacer una reflexión tomando las palabras del diputado Berger . Lo hago con mucho respeto y con el cariño que siento por Valdivia.

Ojalá hubiésemos tenido esta misma reflexión cuando, hace pocas semanas, votamos el proyecto que establecía que todos los ciudadanos, sin excepción, tienen que incorporarse a las plataformas digitales del Estado. ¡Ese fue un error! Y la excepcionalidad que contempla este proyecto que ahora discutimos se establece con los mismos argumentos que entregamos hace pocas semanas para que no se votara a favor lo que planteaba aquella iniciativa, de modo que todas las personas, tanto de los sectores agrícolas y rurales como las de la tercera edad, tuvieran la posibilidad, que no es una excepcionalidad, sino un derecho, de presentar determinado instrumento público a través de soporte papel. La idea, naturalmente, es que la tramitación digital se vaya dando mediante la evolución de los procesos tecnológicos.

Vamos a votar favorablemente este proyecto; pero -reitero- los mismos argumentos que la Federación está ocupando hoy para decir que nos parece correcta esta iniciativa fueron los que dimos hace unas semanas. Y lo que perdimos en esta Sala en aquel momento fue establecer la posibilidad de que los trámites en servicios públicos se hicieran permanentemente en papel para el mundo rural -por la argumentación que hoy ha entregado el diputado Berger -, pero también para los adultos mayores, quienes tienen complicaciones para utilizar la tecnología y para acceder a computadores e internet.

Es más, la modificación legal que hace el proyecto en discusión no es transitoria, sino permanente. Por ello, la votaremos a favor, porque creemos que es de justicia y que corresponde.

En esa oportunidad lo planteamos con la misma argumentación, y hubiese esperado la misma reflexión hace algunas semanas.

Finalmente, anuncio que vamos a apoyar la indicación que hoy está liderando el diputado Jaime Mulet para que esta normativa se haga extensiva a los pequeños pescadores artesanales, exactamente con la misma lógica.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Presidenta en ejercicio).-

¿Habría acuerdo para que el diputado Javier Hernández , autor de la moción, haga uso de la palabra hasta por dos minutos?

Acordado.

Tiene la palabra el diputado Javier Hernández .

El señor HERNÁNDEZ.-

Señora Presidenta, junto con otros diputados presentamos este proyecto. Si bien la obligación de emitir electrónicamente las guías de despacho tiene por finalidad aumentar la seguridad y facilitar el control de estos documentos tributarios, lo cierto es que la conectividad en los sectores agrícolas puede ser intermitente debido a distintas variables, como por ejemplo las climáticas.

Asimismo, existe un factor cultural importante que no podemos desconocer, ya que, en muchos casos, las personas que se desempeñan en el sector agropecuario no tienen acceso a computadores, carecen de teléfonos inteligentes o, incluso, no saben utilizar este tipo de dispositivos.

El proyecto en discusión se hace cargo de esta realidad, otorgando al sector agropecuario la posibilidad de emitir las guías de despacho en formato electrónico o en papel a elección del contribuyente.

Si bien la adaptación de los sectores socioeconómicos a los avances tecnológicos es deseable para el desarrollo de cualquier país, la existencia de circunstancias especiales amerita un trato diferenciado por parte de nuestro ordenamiento jurídico. Sin duda, una regla general en la mayoría de los casos lleva aparejada una excepción cuando existen antecedentes que justifican fundadamente lo anterior. Es evidente que la realidad del sector agropecuario es una gran excepción que no podemos olvidar.

El proyecto busca evitar eventuales inconvenientes a este importante segmento de la población respecto de la obligación de emitir las guías de despacho, reconociendo su realidad geográfica y cultural.

Apoyar esta iniciativa significa facilitar el cumplimiento de dicha obligación, en especial para la gente de la zona sur de nuestro país, considerando que el 75 por ciento de la agricultura familiar campesina se concentra entre las regiones del Maule y de Los Lagos. Porque es de toda lógica otorgar al sector agropecuario la posibilidad de...

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Presidenta en ejercicio).-

Ha terminado su tiempo, señor diputado.

Cerrado el debate.

En consideración a que falta quorum, se suspende la sesión por cinco minutos.

-Transcurrido el tiempo reglamentario:

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Presidenta en ejercicio).-

Continúa la sesión.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Presidenta en ejercicio).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la Ley N° 21.131, que Establece Pago a Treinta Días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario emitan guías de despacho en soporte de papel.

Hago presente a la Sala que el proyecto trata materias propias de ley simple o común. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 88 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Presidenta en ejercicio).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Del Real Mihovilovic , Catalina Labra Sepúlveda , Amaro Rojas Valderrama , Camila Alessandri Vergara , Jorge Díaz Díaz , Marcelo Lavín León , Joaquín Romero Sáez , Leonidas Álvarez Vera , Jenny Durán Espinoza , Jorge Leiva Carvajal , Raúl Saavedra Chandía , Gastón Amar Mancilla , Sandra Eguiguren Correa , Francisco Leuquén Uribe , Aracely Saldívar Auger , Raúl Ascencio Mansilla , Gabriel Espinoza Sandoval , Fidel Longton Herrera , Andrés Sanhueza Dueñas , Gustavo Auth Stewart , Pepe Fuenzalida Cobo , Juan Luck Urban , Karin Santibáñez Novoa , Marisela Baltolu Rasera , Nino Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Macaya Danús , Javier Sauerbaum Muñoz , Frank Barrera Moreno , Boris Galleguillos Castillo , Ramón Mellado Pino , Cosme Schalper Sepúlveda , Diego Bellolio Avaria , Jaime Garín González , Renato Mellado Suazo , Miguel Schilling Rodríguez , Marcelo Bernales Maldonado , Alejandro González Gatica , Félix Mirosevic Verdugo , Vlado Sepúlveda Orbenes , Alejandra Bobadilla Muñoz , Sergio González Torres , Rodrigo Morales Muñoz , Celso Sepúlveda Soto , Alexis Boric Font , Gabriel Gutiérrez Gálvez, Hugo Moreira Barros , Cristhian Silber Romo , Gabriel Brito Hasbún , Jorge Hernández Hernán-dez , Javier Mulet Martínez , Jaime Soto Ferrada , Leonardo Calisto Águila , Miguel Ángel Hertz Cádiz , Carmen Muñoz González , Francesca Tohá González , Jaime Carter Fernández , Álvaro Hirsch Goldschmidt , Tomás Norambuena Farías, Iván Torres Jeldes , Víctor Carvajal Ambiado , Loreto Hoffmann Opazo , María José Nuyado Ancapichún , Emilia Troncoso Hellman , Virginia Castillo Muñoz , Natalia Jackson Drago , Giorgio Ortiz Novoa, José Miguel Undurraga Gazitúa , Francisco Castro González, Juan Luis Jiles Moreno , Pamela Ossandón Irarrázabal , Ximena Vallejo Dowling , Camila Celis Montt , Andrés Jürgensen Rundshagen , Harry Pérez Lahsen , Leopoldo Venegas Cárdenas , Mario Cicardini Milla , Daniella Kast Sommerhoff , Pablo Pérez Salinas , Catalina Vidal Rojas , Pablo Cid Versalovic , Sofía Kort Garriga , Issa Ramírez Diez , Guillermo Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Cruz-Coke Carvallo , Luciano Kuschel Silva , Carlos Rocafull López , Luis Walker Prieto, Matías

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Presidenta en ejercicio).-

Por un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado René Manuel García .

El señor GARCÍA (don René Manuel).-

Señora Presidenta, estaba pareado y no me di cuenta. Solicito que se anule mi voto.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Presidenta en ejercicio).-

Se consigna su solicitud, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Bernardo Berger .

El señor BERGER.-

Señora Presidenta, solicito lo mismo.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Presidenta en ejercicio).-

Se consigna su solicitud, señor diputado.

Corresponde votar en particular el artículo único con la indicación de la diputada señora Sepúlveda y de los diputados señores Alarcón , Alinco , Berger , García , González, don Félix ; Hernández , Jürgensen , Mirosevic , Monsalve , Mulet , Núñez, don Daniel ; Prieto , Undurraga y Esteban Velásquez , para agregar después de la expresión “sector agropecuario”, la frase “y la pesca artesanal”.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 98 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 1 abstención.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Presidenta en ejercicio).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Díaz Díaz , Marcelo Leuquén Uribe , Aracely Romero Sáez , Leonidas Alessandri Vergara , Jorge Durán Espinoza , Jorge Longton Herrera , Andrés Saavedra Chandía , Gastón Álvarez Ramírez , Sebastián Eguiguren Correa , Francisco Luck Urban , Karin Saldívar Auger , Raúl Álvarez Vera , Jenny Espinoza Sandoval , Fidel Macaya Danús , Javier Sanhueza Dueñas , Gustavo Amar Mancilla , Sandra Fuenzalida Cobo , Juan Marzán Pinto , Carolina Santana Tirachini , Alejandro Ascencio Mansilla , Gabriel Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Mellado Pino , Cosme Santibáñez Novoa , Marisela Auth Stewart , Pepe Galleguillos Castillo , Ramón Mellado Suazo , Miguel Sauerbaum Muñoz , Frank Baltolu Rasera , Nino Garín González , Renato Mirosevic Verdugo , Vlado Schalper Sepúlveda , Diego Barrera Moreno , Boris Girardi Lavín , Cristina Molina Magofke , Andrés Schilling Rodríguez , Marcelo Bellolio Avaria , Jaime González Gatica , Félix Morales Muñoz , Celso Sepúlveda Orbenes , Alejandra Bernales Maldonado , Alejandro González Torres , Rodrigo Moreira Barros , Cristhian Sepúlveda Soto , Alexis Bobadilla Muñoz , Sergio Gutiérrez Gálvez , Hugo Mulet Martínez , Jaime Silber Romo , Gabriel Boric Font , Gabriel Hernández Hernán-dez , Javier Muñoz González , Francesca Soto Ferrada , Leonardo Brito Hasbún , Jorge Hertz Cádiz , Carmen Norambuena Farías , Iván Tohá González , Jaime Calisto Águila , Miguel Ángel Hirsch Goldschmidt , Tomás Nuyado Ancapichún , Emilia Torres Jeldes , Víctor Carter Fernández , Álvaro Ibáñez Cotroneo , Diego Ortiz Novoa, José Miguel Trisotti Martínez , Renzo Carvajal Ambiado , Loreto Jackson Drago , Giorgio Ossandón Irarrázabal , Ximena Troncoso Hellman , Virginia Castillo Muñoz , Natalia Jiles Moreno , Pamela Pardo Sáinz , Luis Undurraga Gazitúa , Francisco Castro González, Juan Luis Jürgensen Rundshagen , Harry Pérez Lahsen , Leopoldo Vallejo Dowling , Camila Celis Montt , Andrés Kast Sommerhoff , Pablo Pérez Salinas , Catalina Venegas Cárdenas , Mario Cicardini Milla , Daniella Kort Garriga , Issa Ramírez Diez , Guillermo Vidal Rojas , Pablo Cid Versalovic , Sofía Kuschel Silva , Carlos Rey Martínez, Hugo Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Coloma Álamos, Juan Antonio Labra Sepúlveda , Amaro Rocafull López , Luis Walker Prieto , Matías Cruz-Coke Carvallo , Luciano Lavín León , Joaquín Rojas Valderrama , Camila Yeomans Araya , Gael Del Real Mihovilovic , Catalina Leiva Carvajal, Raúl

-Se abstuvo el diputado señor:

Hoffmann Opazo, María José

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Presidenta en ejercicio).-

¿Habría acuerdo para adecuar el nombre del proyecto al contenido que se acaba de aprobar, es decir, para sumar a la expresión “sector agropecuario” la frase “y la pesca artesanal”?

Acordado.

Despachado el proyecto al Senado.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 10 de octubre, 2019. Oficio en Sesión 55. Legislatura 367.

VALPARAÍSO, 10 de octubre de 2019

Oficio Nº 15.069

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo de la moción, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha aprobado el proyecto de ley que modifica la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario y de la pesca artesanal emitan guías de despacho en soporte de papel, correspondiente al boletín N° 12.836-03, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Sustitúyese la letra c) del artículo 3º de la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, por la siguiente:

“c) Agréganse, a continuación de la expresión “en papel.”, las siguientes oraciones: “En el caso del sector agropecuario y la pesca artesanal las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel. Los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.”.”.

*****

Dios guarde a V.E.

LORETO CARVAJAL AMBIADO

Presidenta en ejercicio de la Cámara de Diputados

LUIS ROJAS GALLARDO

Secretario General (S) de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Economía

Senado. Fecha 30 de diciembre, 2019. Informe de Comisión de Economía en Sesión 89. Legislatura 367.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario y de la pesca artesanal emitan guías de despacho en soporte de papel.

BOLETÍN Nº 12.836-03

HONORABLE SENADO:

La Comisión de Economía tiene el honor de emitir su primer informe acerca del proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado en moción de los Honorables diputados señora Camila Flores y señores Pedro Pablo Álvarez-Salamanca, José Miguel Castro, Iván Flores, Javier Hernández, Harry Jürgensen, Frank Sauerbaun, Ignacio Urrutia y Cristóbal Urruticoechea.

_________________

Cabe hacer presente que, por tratarse de un proyecto de ley de artículo único, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación Senado, la Comisión de Economía discutió el proyecto en general y particular a la vez.

_________________

A una o más de las sesiones en que la Comisión consideró esta iniciativa asistieron, además de sus integrantes, el Honorable Senador señor Iván Moreira y el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, el Ministro, señor Lucas Palacios y el Ministro (S), señor Ignacio Guerrero.

También asistieron las siguientes personas:

Del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, el Jefe de Asesores, señor José Luis Uriarte; los asesores, señoras Ximena Contreras y Macarena Pivcevic, y señor Diego Schaerer, y el Jefe de Gabinete del Subsecretario, señor Gerardo Sanz.

Del Servicio de Impuestos Internos, el Director, señor Fernando Barraza, y el Jefe Departamento de Operaciones de la Subdirección de Asistencia al Contribuyente, señor Roberto Galindo.

De la Sociedad de Fomento Agrícola SOFO A.G.: el Presidente, señor Roberto Heise; y el Ingeniero Agrónomo Secretario Ejecutivo, señor Andreas Köbrich.

De la Sociedad Agrícola y Ganadera Osorno A.G. (SAGO), el Gerente General, señor José Antonio Alcázar.

Otros asistentes:

De la Secretaría General de la Presidencia, los asesores, señora Daniela Pizarro y señor Nicolás Valdés.

Los asesores, señores César Quiroga (Senador señor José Miguel Durana), señora Paula Silla y señor Luis Lindemann (Senadora señora Ximena Rincón), señor Miguel Ángel Díaz (Senador señor Álvaro Elizalde) y el señor Patricio Cuevas (Senadora señora Luz Ebensperger).

Del Comité PPD, el asesor, señor José Miguel Bolados.

De la Fundación Jaime Guzmán, la asesora, señora Magdalena Moncada.

- - -

OBJETIVOS DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN

El proyecto aprobado por la Cámara de Diputados modifica el artículo 3°, de la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, con el propósito de permitir a los contribuyentes del sector agropecuario y la pesca artesanal, a su elección, puedan emitir guías de despacho en papel o de forma electrónica.

Por su parte, el proyecto de ley propuesto por la Comisión de Economía tiene por finalidad modificar la referida ley N° 21.131, con la finalidad de prorrogar en 6 meses la obligación de emitir quías de despacho electrónicas para el sector silvoagropecuario y la pesca artesanal.

También introduce modificaciones a los artículos 54 y 55 del D.L. 825, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, relacionado con lo siguiente:

-Contribuyentes que desarrollen su actividad económica en un lugar geográfico sin cobertura de datos móviles o fijos de operadores de telecomunicaciones que tienen infraestructura, o sin acceso a energía eléctrica o en un lugar decretado como zona de catástrofe conforme a la ley Nº 16.282. (Artículo 54).

-Márgenes máximos permitidos de diferencia de precio y peso entre las guías y las facturas en consideración a los tipos de animales, o productos a transportar, para el sector silvoagropecuario y la pesca artesanal. (Artículo 55).

ANTECEDENTES

Para el debido estudio de esta iniciativa legal, se han tenido en consideración los siguientes:

I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

- Decreto ley N° 825, del Ministerio de Hacienda, de 1974, que establece la ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

- Ley N° 21.131, que establece pago a treinta días.

II.- ANTECEDENTES DE HECHO

La Moción que da origen al proyecto de ley da cuenta, inicialmente, de sus consideraciones previas.

Señala que las guías de despacho son documentos tributarios de gran importancia en el traslado de bienes, ya que permiten respaldar la entrega de los productos. De acuerdo con la normativa vigente, la validez de dichos documentos está sujeta a la observancia de ciertas formalidades, y son susceptibles de ser emitidas en papel o por medio de plataformas digitales. En efecto, el artículo 54 del decreto ley Nº 825, del Ministerio de Hacienda, de 1974, que establece la ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, dispone que “las guías de despacho y las boletas de ventas y servicios se podrán emitir, a elección del contribuyente, en formato electrónico o en papel (…)”. Es decir, el medio de emisión es el de preferencia de la parte que debe realizar la entrega del bien.

No obstante lo anterior, la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, incorporó, en su artículo 3°, una modificación sustancial al precitado artículo 54. Dispuso, en concreto, que las guías de despacho consistirán exclusivamente en documentos electrónicos, al igual que las facturas, facturas de compra, liquidaciones facturas y notas de débito y crédito. De esta forma, el texto de la norma en comento quedaría como sigue:

“Artículo 54.- Las facturas, facturas de compra, guías de despacho, liquidaciones facturas y notas de débito y crédito que deban emitir los contribuyentes, consistirán exclusivamente en documentos electrónicos emitidos en conformidad a la ley, sin perjuicio de las excepciones legales pertinentes (…).”.

Consigna la Moción que, de cualquier modo, esta modificación aún no está vigente. Esto, en virtud del artículo primero transitorio de la antedicha ley Nº 21.131, cuyo inciso final prescribe que las modificaciones introducidas en el artículo 54 del decreto ley Nº 825, relativas a la obligación de emitir guías de despacho electrónicas, solo entren a regir un año después de la publicación de la ley en el Diario Oficial. Dicho término se cumple el 16 de enero de 2020.

A continuación, se adentra la Moción en los fundamentos del proyecto que se propone.

Alude, en primer término, al principio de servicialidad consagrado por la Constitución Política de la República, en cuyo mérito el Estado se encuentra al servicio de las personas.

Expresa que la diversidad que caracteriza a cualquier grupo humano debe ser considerada en el desarrollo de la función estatal, la que por su parte debe reconocer que la realidad de cada persona y sector económico es diferente. Por consiguiente, resulta de toda justicia que ante diferentes circunstancias se puedan establecer ciertas distinciones. Tal es el caso del sector agropecuario, cuyas características y necesidades lo hacen especial en relación con otras actividades económicas.

Refiere la Moción, enseguida, lo ocurrido el día 9 de julio de 2019 en la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la Cámara de Diputados. En esa oportunidad, diversos personeros concurrieron a exponer ante dicha instancia sobre la implementación del pago a treinta días y la obligatoriedad de la guía de despacho electrónica. Asistieron, en concreto, el Subdirector del Servicio de Impuestos Internos, señor Ricardo Pizarro; el Vicepresidente de la Sociedad Agrícola y Ganadera de Osorno, señor Sergio Willer; el Presidente de la Sociedad Agrícola y Ganadera de la Región de los Ríos (SAVAL F.G.), señor Víctor Valentín; el Presidente de la Asociación Gremial de Ferias Ganaderas de Chile, señor Ricardo Pozo, y el señor Alejandro Acuña, corredor de ganado.

En la ocasión, todos los expositores concordaron en que la conectividad constituirá un problema para la implementación de la guía de despacho electrónica en la actividad agropecuaria. Sin perjuicio de ello, el señor Ricardo Pizarro hizo ver que existe la posibilidad de establecer excepciones a la obligatoriedad de emitir el documento electrónicamente, cuando la actividad económica se desarrolle en un lugar geográfico sin cobertura de datos móviles o fijos de operadores de telecomunicaciones que tienen infraestructura.

No obstante lo anterior, previene la Moción que la realidad enseña que en los sectores agrícolas la conectividad puede ser intermitente, por distintos factores. Entre ellos, por ejemplo, los climáticos, que no quedarían cubiertos por la señalada excepción y que podrían generar problemas para el despacho de productos perecibles, como leche o frutas.

Añade que entre los principales perjudicados por la norma en comento, se encontrarían las personas de la agricultura familiar campesina, quienes en muchos casos no tienen acceso a computadores, carecen de teléfonos inteligentes o sencillamente no saben utilizar este tipo de dispositivos. Al respecto, el representante SAVAL F.G. afirmó haber realizado una encuesta a productores, cuyos resultados reflejaron que sólo un 10% de estos cuenta con conexión a internet, un 60% tiene conectividad intermitente y un 30% no tiene conexión a internet. Por su parte, el representante de la Asociación Gremial de Ferias Ganaderas de Chile proporcionó datos relevantes que muestran el actual panorama del sector ganadero respecto al uso de tecnologías. Indicó que solo en el mes de mayo de 2019, más del 80% de las guías de despacho recibidas por la entidad fueron en papel, y sólo 5.000 en formato electrónico.

De acuerdo con lo expuesto, prosigue la Moción, todo parece indicar que la obligación de emitir electrónicamente las guías de despacho sólo vendría a complicar el sistema productivo del sector agropecuario. Afectando, principalmente, a la agricultura familiar campesina, atendido el bajo nivel de acceso y uso de tecnologías que se detecta en este segmento de la población. E incentivando, a la postre, la salida de pequeños ganaderos y agricultores que han desarrollado la actividad durante toda su vida, provocando que su principal fuente de ingresos se vea gravemente afectada. Este problema incide directamente en la realidad de la zona sur del país, considerando que “el 75% de la agricultura familiar campesina se concentra entre las regiones del Maule y Los Lagos.” [1]

Adicionalmente, se vislumbra como efecto no deseado la aparición de un mercado informal, cuyas consecuencias podrían ser perjudiciales no sólo para el control que ejerce el Servicio de Impuestos Internos, sino también para el sector ganadero, por el grave daño que se puede ocasionar a la trazabilidad del ganado, por la que tanto se ha trabajado. Esto último puede terminar perjudicando el control sanitario o la facilidad para exportar, entre otras consecuencias no deseadas.

En definitiva, culmina la Moción, si bien la obligación de emitir electrónicamente las guías de despacho persigue aumentar la seguridad y propiciar el control de este tipo de documentos, lo cierto es que la especial realidad del sector agropecuario refleja que sería poco conveniente para su normal desenvolvimiento. Se trata, desde luego, de una actividad que posee características particulares que dificultan la conectividad y la utilización de dispositivos electrónicos. Estas son circunstancias relevantes que deben ser consideradas por la legislación, con miras a facilitar el sistema productivo de la actividad agropecuaria, garantizar la emisión de las guías de despacho en el rubro y contribuir al desarrollo socioeconómico de la agricultura familiar campesina.

- - -

DISCUSIÓN GENERAL Y PARTICULAR, A LA VEZ

Por tratarse de un proyecto de ley de artículo único, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación Senado, la Comisión de Economía discutió el proyecto en general y particular a la vez.

En la primera sesión celebrada por la Comisión para tratar la iniciativa, el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, señor Lucas Palacios, expresó que el Ejecutivo ha tomado nota, y comparte, una serie de inquietudes surgidas con ocasión de la entrada en vigencia de la ley N° 21.131, que establece la obligación del pago a treinta días de las facturas. Inquietudes vinculadas, básicamente, a la emisión de guías de despacho y a los alcances del Registro de Acuerdo con Plazo de Pago Excepcional.

En relación con las guías de despacho, hizo ver que existen al menos dos situaciones que deben ser atendidas:

-En primer lugar, que muchos sectores del país no se encuentran iluminados; es decir, no cuentan con cobertura de internet. En ellos, sostuvo, no es viable la generación de guías de despacho.

-En segundo término, que es usual que la carga que se consigna en dichos documentos sea una al momento en que sale el camión desde su origen, y otra distinta la que llega al lugar de destino. Normalmente, indicó, se producen pérdidas de volúmenes o de pesos en los trayectos, o los registros solo se toman en el destino final.

Hizo ver que, para abordar esta clase de problemas, la Secretaría de Estado que encabeza ha estado trabajando con el Servicio de Impuestos Internos. Y ha resuelto avanzar en proponer el aplazamiento, en seis meses, de la entrada en vigencia de la guía de despacho electrónica, con el fin de realizar una difusión más clara en las industrias y empresas interesadas en la aplicación del instrumento. Excluyendo a aquellas situadas en zonas no iluminadas o que se vean expuestas a diferenciales de volúmenes o pesos.

En lo que importa al Registro de Acuerdo con Plazo de Pago Excepcional, reseñó que constan en él, al día de hoy, alrededor de 24.500 contratos. De ellos, buena parte da cuenta de acuerdos de pago entre empresas del mismo tamaño, ya sean pymes o empresas grandes, mientras otros están dados por estipulaciones de pagos diferenciados por servicios específicos, como softwares, por ejemplo, o por empresas pequeñas que se financian con empresas grandes, como se ve en el sector silvoagropecuario.

En general, consignó, la evaluación que se hace del registro es positiva. Empero, hay situaciones que deben ser evitadas, como las de eventuales abusos de posición dominante de empresas grandes que se financian con empresas pequeñas. Este tipo de contrato, a juicio del Ejecutivo, debe ser objeto de prohibición.

Finalizó señalando que el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo se encuentra afinando la presentación de unas indicaciones que se hagan cargo de las materias precedentemente reseñadas.

Enseguida, la Secretaría de la Comisión hizo presente que la idea matriz del proyecto de ley se circunscribe exclusivamente a la finalidad de permitir a determinados contribuyentes emitir, a su elección, guías de despacho en papel o en formato electrónico. No se extiende, en consecuencia, a otros asuntos vinculados a la ley que establece pago a treinta días, como podría ser el del aludido Registro de Acuerdo de Pago Excepcional.

El Jefe de Asesores del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, señor José Luis Uriarte, profundizó en el contenido tentativo de las indicaciones anunciadas por el señor Ministro, en lo que concierne a las guías de despacho

Dio a conocer que, actualmente, existe una circular del Servicio de Impuestos Internos (SII), que habilita a los contribuyentes de lugares desprovistos de conectividad para solicitar autorización para mantener sus guías en formato papel. Siendo esto así, es igualmente necesario, a juicio del Ejecutivo, avanzar hacia la consagración legal del deber del Servicio de establecer, una vez al año, cuáles son las zonas no iluminadas a lo largo del país, cuyos contribuyentes, en consecuencia, quedarán excluidos de la obligación de emitir guía de despacho electrónica.

A mayor abundamiento, agregó que el SII se encuentra trabajando en el diseño de una plataforma que permita la conexión off net. Es decir, que haga posible la incorporación en un dispositivo no conectado a internet de los datos de las guías de despacho, para que estas puedan ser posteriormente emitidas una vez que dicho dispositivo acceda a conectividad.

En cuanto a las variaciones de peso que ordinariamente experimentan los despachos de productos y sus efectos en las guías de despacho, observó que dan cuenta de una preocupación expresada tanto por el Ministerio de Agricultura como por el SII. Para abordarla, el planteamiento del Ejecutivo es que este Servicio tenga la obligación legal de publicar, anualmente, una tabla que establezca rangos tolerables de diferencia entre el peso y el precio consignados en la guía de despacho (cualquiera sea su formato), y el peso y precio finales de la respectiva factura.

Destacó, al terminar, que la guía de despacho electrónica constituye el mejor instrumento para anclar la fecha en función de la cual se calcula el plazo para que al mes siguiente, dentro de los primeros diez días, deba emitirse la factura. Cuestión desde luego relevante, considerando que es justamente a partir de esta última emisión que puede determinarse el pronto pago en el plazo de treinta días.

La Honorable Senadora señora Rincón señaló que esta materia se discutió largamente en la Comisión de Economía. En su oportunidad, hubo una postura unánime de los señores senadores respecto a que no debió legislarse como se hizo, y que, lamentablemente, no hubo espacio para que el gobierno entendiera aquello.

Le pidió al señor Ministro que compartiera con los integrantes de la Comisión la redacción y el contenido específico las indicaciones que su Cartera propondrá al Presidente de la República, para estudiarlo con detención con los equipos de los parlamentarios y, además, de existir elementos que constituyan un aporte que pudieran realizar, poder conversarlo previamente. Entiende que aún hay un espacio para la revisión del mismo, más cuando se trata de una materia que se abordado en reiteradas oportunidades en la Comisión de Economía.

También le solicitó precisar si la propuesta sobre la cual está trabajando el Ministerio deja abierta para todos o solo para algunos la posibilidad de optar por la guía de despacho electrónica o no hacerlo. Particularmente si tal propuesta considera a zonas que no cuentan con señal de internet. Su inquietud también está relacionada con la finalidad del proyecto de ley en debate, toda vez que su objetivo es bien acotado, a saber, permitir que el sector agropecuario y de la pesca artesanal puedan continuar emitiendo guías de despacho en papel. Considera que las otras ideas expuestas por el Ministro y el señor Uriarte no caben dentro de este proyecto, porque se alejan de sus ideas matrices.

Respecto de eximir de la obligación de emitir guías de despacho electrónicas en las zonas no iluminadas, hizo notar que hay zonas que no tienen ni siquiera conexión de celular, a pesar de múltiples intentos por cambiar esta precariedad desde hace muchos años y en distintos gobiernos. Mencionó, a modo de ejemplo Nirivilo, en San Javier, Región del Maule.

El señor Ministro dio a conocer la plena disposición del Ejecutivo para enriquecer el contenido de las indicaciones que se están preparando, que aún no han sido formalmente presentadas. Teniendo presente, por cierto, la premura que existe por despachar el proyecto de ley antes de que empiece a regir la obligación absoluta de emitir guías de despacho electrónicas, prevista para el 16 de enero de 2020.

El Honorable Senador señor Galilea destacó que, en lo fundamental, el objetivo de la guía electrónica es contar con una mejor trazabilidad de todo el proceso de venta. Como el país ya cuenta con factura electrónica, con la guía electrónica todo el proceso será mejor, tanto desde el punto de vista contable como en el proceso recaudatorio. Al igual que la factura electrónica, la guía electrónica es una herramienta a la cual debemos tender.

En su oportunidad, la Comisión de Economía le hizo ver al Ministro de ese entonces, señor Valente, los problemas que presentaría la guía electrónica en las zonas que no cuentan con acceso a internet. En ese escenario, se dijo que el SII tenía una aplicación que se podría cargar en cualquier dispositivo y que funciona sin internet. Lo que quedó pendiente en ese momento fue precisar si tal aplicación podía cargarse en cualquier teléfono o si, por el contrario, supone contar con celulares de última generación. Si efectivamente la aplicación con la que contaría el SII existe y no necesita red, pero obliga a un estándar de teléfono superior al del que utiliza un pescador artesanal o de un mini agricultor, el sistema también se cae.

Por otra parte, la idea de pedirle al SII que todos los años dicte una resolución que indique cuáles son todas las zonas no iluminadas del país, sería una tarea muy pesada y tendría una alta probabilidad de error. No concuerda con que la solución vaya por esa vía.

Hechas las prevenciones anteriores, y celebrando la presencia de invitados que vienen del mundo agrícola y ganadero, en este caso de Osorno, concluyó señalando que hay que avanzar en la guía electrónica, pero sin dispararse a los pies ni adoptando medidas no adecuadas que hagan empeorar la situación en vez de mejorarla.

El señor Ministro observó que, en los tiempos actuales, ya existen ciertas soluciones que no exigen conectividad a internet. Sin embargo, requieren conocimiento y capacitación de uso que no es siempre sencillo, menos aún para usuarios no familiarizados con las herramientas tecnológicas.

Añadió que es efectivo que, como se ha planteado, puede haber distintos niveles de “iluminabilidad” (sic). A lo largo del país, de hecho, es posible constatar que muchos sectores que en teoría gozan de conectividad, en realidad no la tienen. Por ello, se hace necesario determinar cuestiones como quién y cómo va a fijar cuáles son esos niveles, o qué se considera como suficiente, etc. Tratando, subrayó, de conciliar dos intereses: no entorpecer la operación de los sectores sin conectividad, por una parte, y propender siempre hacia una mayor trazabilidad y aplicación de la tecnología, por otra.

En relación propuesta preliminar del Ejecutivo de que el SII dicte todos los años una resolución que señale cuales son las zonas que no están iluminadas, la Honorable Senadora señora Rincón preguntó en virtud de qué información tal Servicio determinará si una zona está iluminada o no lo está. Hizo presente que el SII no es el organismo encargado de velar por esta materia, sino que ello es propio de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

El señor Uriarte reconoció que esa materia no queda lo suficientemente clara, razón por la cual trabajará en una nueva propuesta junto con el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Por su parte, el Honorable Senador señor Elizalde connotó que la ley debería limitarse a señalar que un reglamento definirá con parámetros técnicos el estándar sobre el cual una determinada zona se considera iluminada o no. Tales parámetros técnicos deben ser definidos en un reglamento, y no en la ley, porque esta es muy rígida para responder adecuadamente a los avances tecnológicos.

A continuación, la Comisión escuchó a los representantes de la Sociedad de Fomento Agrícola (SOFO A.G.), y de la Sociedad Agrícola y Ganadera de Osorno A.G. (SAGO).

En representación de SOFO, en primer término, expuso su Presidente, señor Roberto Heise, quien desarrolló una presentación del siguiente tenor:

Guía Despacho Electrónica

Ley N° 21.131 (Pago a 30 días)

Guía de despacho

- Documento tributario para el traslado de mercaderías.

- Obligación de emisión recae en el despachador.

- Documento foliado y timbrado por SII.

- Respalda la entrega efectiva del producto en caso de venta.

Dos tipos de guías de despacho

1) Guías que constituyen ventas, por ejemplo, la venta de productos agrícolas.

2) Guías que no constituyen ventas, como las emitidas para el traslado de maquinaria, insumos y productos.

¿Cómo es la empresa agrícola en Chile?

Existe un predominio de empresas familiares. En cuanto a su tamaño, se trata de pequeñas y medianas empresas. La estructura organizacional de la empresa agrícola en nuestro país es plana. La dirección está a cargo del propietario; tienen un escaso nivel organizacional entre personal y dirección, ya oficina o casa matriz está en los mismos predios. Normalmente acuden a los servicios de un contador externo compartido (urbano).

¿Cómo es el trabajador agrícola?

El medio presenta altas tasas de analfabetismo (mundo rural). Los trabajadores cuentan con una baja escolaridad. Es donde se encuentra la mayor brecha de analfabetismo digital.

El señor Heise apuntó que no todos los aparatos móviles que se utilizan en el campo tienen tecnología táctil.

Agregó que cuando se habla de cobertura debe hacerse no atendiendo meramente a la que permite hablar por teléfono, sino, en realidad, a la que permite la conectividad de datos. Es esta última, resaltó, en su versión 4G, la que se necesita para implementar de modo efectivo la guía de despacho electrónica.

Agricultores al momento del despacho.

Requiere que el propietario use su firma digital o entregar la responsabilidad en un encargado. La efectividad de la cobertura de conectividad depende del dispositivo que se esté usando. La variabilidad de la conexión al servidor del SII. No todos los teléfonos cuentan con pantalla táctil y no todos los transportistas tienen dispositivos apropiados.

¿Cómo traspasará un documento del dispositivo del emisor al transportista? ¿Bluetooth?

El señor Heise hizo hincapié en que los puntos anteriores dan cuenta de la dificultad técnica que implica una iniciativa como la de la guía de despacho electrónica.

Agricultores al momento del Despacho

“La GD se debe emitir al pie del camión”. El agro despacha desde potreros (no desde centros de distribución ni fábricas). Despacha desde unidades productivas: sin oficinas, ni electricidad, ni conectividad digital. El producto es un organismo vivo y/o a granel. Se afectan por imponderables imposibles de prever antes de cargar. Utiliza camiones de transportistas locales (Pymes), por lo general camiones muy distintos unos de otros.

También destacó que no se puede emitir la guía de despacho el día anterior, ni tampoco desde una oficina desvinculada del predio.

Problemas de Conectividad Digital

Las zonas rurales tienen una conectividad deficiente, intermitente o simplemente inexistente. Las antenas (conectividad digital) tienen autonomía de pocas horas sin suministro eléctrico. A modo de ejemplo, el Plan Impulso Araucanía, contempla recién para el año 2026 conectar con fibra óptica las cabeceras de las 32 comunas de la región.

Existe una fracción pequeña del territorio nacional con 4G. Chile tiene 632 localidades, en 170 comunas, sin internet. 312 de estas localidades están en la Araucanía. (Ministerio de Desarrollo Social).

Las dos láminas siguientes, expresó el señor Heise, sirven para graficar las dificultades prácticas que la ausencia de conectividad de datos, genera sobre la gestión de los usuarios en terreno.

Guías que no constituyen ventas

Es el documento tributario más usado por el agro.

La logística en la agricultura es muy importante debido a que se trasladan grandes volúmenes de insumos. (Para 20 hectáreas de siembra se necesitan 30 Ton.de CAL = camión y carro completo).

Se usan para traslado de:

-Maquinaria (tractores, implementos, cosechadoras, etc.).

-Materiales e insumos (fertilizantes, enmiendas pesticidas, combustible y otros).

El precio y el volumen en la factura de venta.

El vendedor (agricultor) no fija el precio ni condiciones de venta (tomador de precios). Se vende contra recepción en planta y los productos agrícolas sufren modificación en volumen y calidad durante el transporte, por lo que ni el precio ni el volumen corresponden a la guía. (La Feria fija el precio al martillo; el matadero descuenta el “destare”, y el molino retenedor de IVA, emite una factura de compra aplicando descuentos al volumen y al precio según tabla de análisis).

El señor Heise manifestó que la propuesta de una tabla de diferencias tolerables entre la guía de despacho y la factura, esbozada por el Ejecutivo, se ve poco aplicable. Es muy usual, por ejemplo, que, respecto de productos como cebada, avena, centeno, raps, etc., por la caída de una helada se mantenga el mismo volumen de producción, pero con un 10% menos de peso. Sostuvo que no hay tabla capaz de parametrizar ese tipo de eventos.

Al agricultor se le hará responsable:

- Si se emite mal la guía de despacho.

- Si se emite una guía de despacho de venta ante una de traslado.

- Si se mal usa una firma digital.

- Si el chofer del camión tiene problemas con su dispositivo y no puede mostrar la guía ante una fiscalización.

- Si el teléfono falla, por batería o golpe de pantalla o no hay cobertura al pie del camión y debe mover la carga sin documento tributario.

- Si el precio y volumen no cuadran con la factura final.

No queremos una fila de agricultores en las oficinas de Impuestos Internos aclarando “falsos positivos”, que se generarán en los softwares del SII.

El señor Heise hizo ver que podría darse el contrasentido de que, por situaciones que son de la completa naturaleza de la actividad agrícola, los agricultores se vean expuestos a estar permanente aclarándolas ante el fiscalizador.

Conclusión.

- Creemos que se está traspasando al agricultor toda responsabilidad de fiscalización, que es un deber del Sii.

- El sector agrícola debe ser liberado de la obligación de emitir Guías de Despacho Electrónicas para venta y traslado.

- Hoy el sector está ya en temporada de cosechas. Es urgente aprobar esta modificación.

Seguidamente, expuso a nombre de SAGO, su Gerente General, señor José Antonio Alcázar, quien llevó a cabo la siguiente presentación:

Ley N° 21.131

Uso Guía de Despacho Electrónica

Antecedentes guía de despacho electrónica.

Se modifica Art N° 54 del DL N° 825 del Ministerio de Hacienda de 1974.

a) Las facturas, facturas de compra, guías de despacho, liquidaciones facturas y notas de débito y crédito que deban emitir los contribuyentes, consistirán exclusivamente en documentos electrónicos emitidos en conformidad a la ley, sin perjuicio de las excepciones legales pertinentes.

Las guías de despacho y las boletas de ventas y servicios se podrán emitir, a elección del contribuyente, en formato electrónico o en papel.

b) Las boletas de ventas y servicios se podrán emitir, a elección del contribuyente, en formato electrónico o en papel.

Se agrega a continuación de “en papel” la frase:

c) Los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.".

Es decir, la guía de despacho sólo se limita al traslado de mercaderías que no constituye venta. Ejemplo: traslado de animales de un predio a un predio B del mismo dueño.

Características del sector Agropecuario.

Productor agrícola es un tomador de precios.

Variables: Clima, Precios, otros.

Amplia cobertura geográfica.

Guía de despacho electrónica GDE.

- Actualmente, la guía de despacho es un documento necesario para transportar bienes, constituya o no una venta (Ejemplo: traslado de animales entre dos predios de un mismo dueño).

- Sirve para respaldar la entrega de un bien.

Implementación en el agro guía de despacho electrónica.

1. Problemas de conectividad digital, ausencia y mala calidad de servicio

- 901 localidades en Chile presentaban un servicio de internet o telefonía deficiente o inexistente (SUBTEL, 2017).

- Cada vez que quiere enviar un mensaje por WhatsApp, Juan Pablo Tapia (28) debe subir 200 metros cerro arriba de su casa en el sector de Corneche Centro, en San Pedro de Melipilla (El Mercurio, 2018).

- 6,25% tiene servicio de voz y datos de buena calidad; el 12,5% sin servicio; el 79,17% con servicio de voz y datos de mala calidad, y finalmente el 4,17% con solo voz (Encuesta rural Provincia Osorno, El Mercurio 2019).

El señor Alcázar llamó la atención sobre lo que ocurre cuando no existe una buena conectividad. Puede, expuso, que los datos que se transportan desde el lugar en que se emite una guía de despacho o factura hasta los servidores del SII, se pierdan; si así acontece, se pierde también el folio, lo que a su vez obliga a la emisión de notas de crédito.

2. La guía de despacho no refleja el valor de venta de un producto agrícola.

El señor Alcázar se valió de los ejemplos de la leche, la carne y los granos para graficar el precedente aserto.

Hizo ver que cuando se despacha leche, se sabe a ciencia cierta cuántos litros se saca de los estanques y se lleva a los camiones. Pero se ignora su contenido de materia grasa, de proteínas, cuál es el recuento de células somáticas o las unidades formadoras de colonia.

Cuando se despacha carne, en tanto, a veces se sabe el peso por animal. Pero no se conoce qué tipo de canal tiene, ni su rendimiento, ni su tipificación. Además, graficó, es muy distinto, en términos de distancia, despachar un animal desde Punta Arenas a un frigorífico, que desde Osorno a un frigorífico.

Y cuando se despachan granos, agregó, no se conocen los porcentajes de humedad ni de proteína, ni tampoco los “falling number” ni el contenido de aceite.

El señor Alcázar señaló que es claro que el espíritu del legislador de la ley N° 21.131, fue velar por el cumplimiento de los plazos de pago, para proscribir la existencia de abusos por parte de la industria compradora.

Sin perjuicio de lo anterior, lo cierto es que, en general, los pagos en el sector agrícola ya se hacen a 30 o 45 días. Y así se puede salvaguardar, por lo demás, estableciéndolo en las condiciones de pago de la guía de despacho. El punto, sostuvo, es que a veces las regulaciones vienen a constreñir la autonomía de la voluntad de las partes, en virtud de la cual estas podrían perfectamente acordar que el pago se realice a 60 días, por ejemplo, si estiman que el precio lo justifica.

Propuestas

1) En Artículo 3° de la Ley 21.131 eliminar letra “b” “Reemplácese la frase "Las guías de despacho y las", por la palabra "Las".”, reemplazándolo por el siguiente texto:

“Las guías de despacho emitidas por los contribuyentes del sector agropecuario y pesca artesanal, así como las boletas de ventas y servicios se podrán emitir, a elección del contribuyente, en formato electrónico o en papel.”.

2) Modificar el artículo único del proyecto de Ley (Boletín 12836-03), anteponiendo la palabra “Adicionalmente” a la frase “los contribuyentes que sólo emitan…”, quedando la frase:

“Adicionalmente, los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.”.”.

Luego de las intervenciones de los invitados, el señor Ministro de Economía, Fomento y Turismo reiteró la voluntad del Gobierno para perfeccionar el contenido de las indicaciones que ha estado trabajando, de cara a su formalización ante la Comisión.

La Honorable Senadora señora Rincón le preguntó al Ministro, señor Palacios, si había socializado las ideas que planteó con los señores diputados autores del proyecto y que vendrían en las indicaciones que presentaría el Ejecutivo. Destacó que son dos las condiciones para aprobar las propuestas: que se mantengan dentro de las ideas matrices de la moción y que sean conocidas y consensuadas por los señores diputados que presentaron el proyecto.

El asesor del Ministerio, señor Uriarte, acotó que las propuestas que el Ejecutivo ha enunciado ante esta Comisión, obedecen también a inquietudes expresadas en el seno de la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa; Protección de los Consumidores y Turismo de la Cámara de Diputados. Allí, de hecho, se le consultó sobre estas temáticas al Director del SII, quien dio señales de que las soluciones serían las que aquí se han planteado.

Agregó que en vista de la discusión que se ha tenido en el Senado, una opción sería presentar una indicación que aborde exclusivamente el contenido del presente proyecto de ley, y dejar para otra oportunidad, posiblemente otra iniciativa legal, lo relativo al Registro de Acuerdo con Plazo de Pago Excepcional

A continuación, el Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Durana, puso en votación general el proyecto de ley, dado que la Comisión acordó realizar la discusión particular en una próxima sesión, debido al anuncio realizado por el señor Ministro de presentar indicaciones al proyecto.

El proyecto de ley fue aprobado, en general, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Rincón y señores Durana y Galilea.

- - -

DISCUSIÓN PARTICULAR

El Jefe de Asesores del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, señor Uriarte manifestó que con fecha 19 de diciembre de 2019, el Ejecutivo ha presentado una indicación al proyecto de ley -de cuyo detalle se da cuenta seguidamente en el presente informe-.

El contenido de la misma, explicó, se extiende a los siguientes puntos:

- Aplazar en seis meses la entrada en vigencia de la obligatoriedad de la guía de despacho electrónica para los sectores silvoagropecuario y de la pesca artesanal.

- Establecer la obligación del SII de determinar mediante resolución, una vez al año, qué zonas del país quedarán eximidas de la obligación de emitir guía de despacho electrónica. Esto, con base en un reglamento expedido por los Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y de Hacienda. Manifestó que aún en el entendido que los procesos de modernización son deseables y deben ser impulsados, y que su implementación supone ciertos sacrificios para los involucrados, no es posible desatender que hay muchos lugares del país en los que hacerlo puede ser muy dificultoso o derechamente imposible.

Sin perjuicio de lo que el SII determine, se prevé que los contribuyentes también puedan solicitar ser incluidos en alguna de las resoluciones que el ente administrativo adopte.

- Establecer la obligación del SII de determinar, mediante circular, los márgenes máximos permitidos de diferencia de precio y peso entre las guías y las facturas, en consideración a los tipos de animales o productos a transportar. Esto, asimismo, con base en un reglamento expedido por el Ministerio de Hacienda y suscrito además por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo.

Hizo hincapié en que los problemas relativos a las diferencias de precio y peso entre guías y facturas han existido siempre, y no se explican por la obligatoriedad o no de la guía de despacho electrónica.

Añadió que, a juicio del Ejecutivo, su indicación logra abordar las inquietudes expresadas por diversos actores del mundo agrícola, de un modo compatible con la necesidad de impulsar el uso de la guía de despacho electrónica, por todos los beneficios que implica.

La Honorable Senadora señor Rincón observó que el proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados, en primer trámite constitucional, exime de la obligación de usar guía de despacho electrónica a la silvoagricultura y a la pesca artesanal. Conforme a la propuesta del Ejecutivo, en cambio, eso ya no ocurriría.

El señor Uriarte señaló que el Ejecutivo no está de acuerdo con eximir, de plano, a sector alguno de la obligación en comento, bajo la premisa, de nuevo, de que la guía de despacho electrónica representa un avance en la modernización del sistema en su conjunto. Lo que no obsta, desde luego, a hacerse cargo de la realidad particular del mundo agrícola y de la pesca artesanal, de la manera que se propone en la indicación.

La Honorable Senadora señor Rincón indicó que subsiste la interrogante, ya planteada anteriormente, sobre la capacidad que pueda tener el SII para calificar y determinar las zonas del país en las que no será obligatoria la guía electrónica. Debiera actuar en consulta, apuntó, con el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

El señor Uriarte precisó que el inciso segundo del artículo 54 vigente del decreto ley N° 825, de 1974, ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (ley IVA), ya contiene la obligación del SII de consultar a los organismos técnicos pertinentes cuáles son las zonas geográficas del territorio nacional que no cuentan con cobertura de datos móviles. Entre dichos organismos, agregó, se encuentra la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL).

Hizo presente que, por lo demás, es preferible que sea el reglamento el que desarrolle la manera en que el SII va a efectuar la determinación, en vez de establecer una referencia exclusiva a la SUBTEL. Explicó que, según han hecho ver variadas organizaciones gremiales, el mapa que tiene esta Subsecretaría de las zonas iluminadas por contar con antenas, no sería suficiente para los fines que aquí se están tratando, que incluyen, como se sabe, no solo telefonía, sino también transmisión de datos.

El Honorable Senador señor Prohens expresó que es ciertamente deseable la incorporación de tecnología en el desenvolvimiento del comercio. No obstante, no se puede dejar de considerar la realidad en terreno de las distintas actividades. Es el caso de los pescadores artesanales, graficó, que recogen algas a orilla de playa e inmediatamente las suben a un camión para trasladarlas. Respecto de ellos, sostuvo, no parece razonable exigirles que tengan permanentemente a mano un computador para emitir sus guías de despacho.

Por otra parte, llamó la atención sobre la necesidad de contar con criterios uniformes para la aplicación y fiscalización de las excepciones que se generen en razón de la conectividad. Lo más adecuado, planteó, es que dichos criterios queden consagrados en la ley o en un reglamento, de manera de evitar interpretaciones disímiles entre los funcionarios que actúen en representación de la autoridad.

A continuación, hizo uso de la palabra el Director del SII, señor Fernando Barraza, quien destacó los esfuerzos de la institución que encabeza porque la implementación de la obligatoriedad de la guía de despacho electrónica, sea lo más simple posible. Las Direcciones Regionales del Servicio, de hecho, se encuentran llevando a cabo capacitaciones y charlas a los distintos sectores que se van a ver impactados por dicha medida.

Expuso que, ciertamente, se han recibido inquietudes y aprensiones sobre el particular, provenientes, especialmente, de aquellas personas que están más alejadas del uso de tecnologías. Sin embargo, las señaladas capacitaciones han servido para constatar que la gente aprende con bastante rapidez.

Resaltó que la modalidad que se ha previsto es una aplicación que ya está funcionando, y que lo hace a través de dispositivos móviles, es decir, hasta teléfonos celulares. Al respecto, puso de relieve que, para afrontar los problemas de conectividad, la aplicación opera aún en zonas sin acceso a internet, por no estar iluminadas o por algún eventual colapso de la red. O sea, es igualmente posible llenar los datos de la guía de despacho y transportar los respectivos productos, de manera que cuando se accede a una zona con conectividad, esa misma guía es transmitida al SII.

En cuanto a las diferencias de precio y peso entre guías y facturas, destacó que, aunque el SII ya otorga flexibilidades en la actualidad, ve con buenos ojos que esta práctica sea consagrada en la ley y deba basarse en un reglamento. Fundamentalmente, señaló, porque le quita el peso de tener que definir discrecionalmente cuáles son los márgenes tolerados.

Conforme a todo lo expuesto, manifestó que la opinión del SII es que no se justifica eximir totalmente de la obligación de emitir guía de despacho electrónica a sectores completos de la economía.

Consignó, asimismo, que con excepción de las relativas a conectividad, todas las dificultades prácticas que se han hecho ver son las mismas que al día de hoy se verifican con la guía de despacho en soporte papel.

Enseguida, el señor Barraza puso a disposición de la Comisión la siguiente presentación:

GUÍA DE DESPACHO ELECTRÓNICA.

El 16 de enero de 2019 se publicó la Ley 21.131 sobre Pago a Treinta Días. El texto legal modifica tres cuerpos normativos, entre ellos el D.L. N° 825, Ley sobre el Impuesto al Valor Agregado.

Entre otros aspectos esta Ley establece la obligatoriedad de la Guía de Despacho Electrónica. Esta medida, entra en vigencia un año después de la publicación de la Ley en el Diario Oficial.

Específicamente se modifica el artículo 54 de la Ley del IVA, estableciendo que:

“Las facturas, facturas de compra, guías de despacho, liquidaciones facturas y notas de débito y crédito que deban emitir los contribuyentes, consistirán exclusivamente en documentos electrónicos emitidos en conformidad a la ley, sin perjuicio de las excepciones legales pertinentes. Las boletas de ventas y servicios se podrán emitir, a elección del contribuyente, en formato electrónico o en papel. Los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.”.

Excepciones legales.

La Ley de IVA, contempla en el artículo 54 inc. 2° y siguientes, otorga la posibilidad de que ciertos contribuyentes sean eximidos de emitir documentos en formato electrónico, es decir, se les autorice la emisión en soporte papel.

- En caso que desarrollen su actividad económica en un lugar geográfico sin cobertura de datos móviles o fijos, o

- Sin acceso a energía eléctrica o

- En un lugar decretado como zona de catástrofe conforme a la ley N° 16.282.

La ley sobre el IVA en su artículo 55 señala que en caso que las facturas no se emitan al momento de la entrega real o simbólica de las especies, los vendedores deberán entregar una guía de despacho.

En el mismo artículo señala que la guía de despacho, factura o boleta deberá ser exhibida a requerimiento del SII, durante el traslado de especies afectas al IVA, realizado en vehículos de transporte de carga. Del mismo modo el vendedor deberá emitir guías de despacho cuando efectúe traslado de bienes corporales muebles que no importen ventas.

En ese sentido si la guía no importa venta, la normativa señala que no es necesario que se señale un precio, es más, si esta señala un precio y cantidad, son meramente referenciales. Esta guía no requiere ser facturada, a diferencia de la guía de despacho que sí importa venta.

La información de la guía de despacho no solo permite un control al SII, sino que, además, permite el control de otros organismos como el SAG, policías, Aduanas, etc.

La obligación de la emisión de la guía de despacho en formato electrónico, busca asegurar y controlar el cumplimiento del pago de la obligación contenida en ella dentro de los plazos legales.

Si el SII posee información de emisión de una guía de despacho electrónica que importa venta, esta debe ser facturada electrónicamente dentro de los primeros 10 días siguientes al mes que se emitió y, con ello, se podrá exigir el pago correspondiente. Además, permite al SII verificar la correcta declaración de impuestos asociados a la operación.

Cuando la guía de despacho se emite en papel, el SII no posee el control sobre ésta, no siendo posible asegurar el cumplimiento del pago dentro de plazo legal.

Contribuyentes con problemas de conectividad.

Considerando que hay contribuyentes con problemas de conectividad:

-Se contará con una aplicación móvil que permite la emisión de guías de despacho electrónicas offline, es decir, que no requiera conexión a internet para generarlas.

-La guía de despacho electrónica se enviará posteriormente al SII cuando exista conexión a internet.

-Para efectos de controles carreteros o de fiscalización, el contribuyente podrá mostrar la guía de despacho electrónica, desde el dispositivo móvil en el cual se genera. No será necesario tener impreso el documento (Res. Ex. SII N°99 del 02.09.2019).

Estadísticas de la guía de despacho en los últimos 12 meses

(a noviembre 2019)

173.244 contribuyentes han utilizado guía de despacho papel o electrónica.

125.099 contribuyentes utilizaron guía de despacho electrónica (72,2%).

125,6 millones de guías de despacho electrónica (60,6%) 70,8% el último mes.

Respecto a los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel, podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.

-3.647 contribuyentes solo emiten en papel (2,1% del total).

-259 mil guías de despacho (0,1% del total).

Contribuyentes sector agropecuario:

47.360 contribuyentes han utilizado guía de despacho papel o electrónica.

32.207 contribuyentes utilizaron guía de despacho electrónica (68%).

15,6 millones de guías de despacho electrónica (52,8%).

respecto a los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel, podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.

1.645 contribuyentes solo emiten en papel (3,5% del total).

114 mil guías de despacho (0,4% del total).

Contribuyentes sector pesca artesanal:

1.368 contribuyentes han utilizado guía de despacho papel o electrónica.

761 contribuyentes utilizaron guía de despacho electrónica (55,6%).

24,987 guías de despacho electrónica (24,9%).

Respecto a los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel, podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.

12 contribuyentes solo emiten en papel (0,9% del total).

605 guías de despacho (0,6% del total).

---

Una vez finalizada la intervención del señor Director del SII, la Comisión se abocó al análisis de las indicaciones formuladas al proyecto de ley.

Artículo único

El artículo único del proyecto de ley sustituye la letra c) del artículo 3º de la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, por la siguiente:

“c) Agréganse, a continuación de la expresión “en papel.”, las siguientes oraciones: “En el caso del sector agropecuario y la pesca artesanal las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel. Los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.”.”.

Fue objeto de las siguientes indicaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República (oficio N° 557-356:

AL ARTÍCULO ÚNICO, QUE PASA A SER 1

1) Para reemplazarlo por el siguiente artículo 1, nuevo:

“Artículo 1º.- Agrégase en el inciso final del artículo primero transitorio de la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, luego del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente frase: “En el caso del sector silvoagropecuario y la pesca artesanal, dicha obligación entrará en vigencia al mes décimo octavo de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial”.”.

ARTÍCULO 2, NUEVO

2) Para incorporar el siguiente artículo 2, nuevo:

“Artículo 2º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto ley N° 825, de 1974, que establece la Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios, de la siguiente manera:

a) Modifícase el inciso segundo del artículo 54 de la siguiente forma:

i. Reemplázase la expresión “, de oficio o a petición de parte, dictará”, por lo siguiente: “deberá dictar, en forma anual y en conformidad con lo establecido en el reglamento expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y suscrito además por el Ministro de Hacienda,”.

ii. Agrégase, inmediatamente a continuación de la expresión “conforme lo solicite el Servicio de Impuestos Internos.”, y antes de la expresión “Presentada la solicitud”, lo siguiente: “La resolución a que hace referencia este inciso podrá también ser solicitada fundadamente, ante el Servicio de Impuestos Internos, por el propio contribuyente o grupo de contribuyentes.”.

b) Agrégase en el inciso quinto del artículo 55, inmediatamente a continuación de la expresión “fecha de la guía o guías respectivas.”, lo siguiente: “Respecto del sector silvoagropecuario y pesca artesanal, una circular del Servicio de Impuestos Internos establecerá los márgenes máximos permitidos de diferencia de precio y peso entre las guías y las facturas en consideración a los tipos de animales, o productos a transportar. Para estos efectos, un reglamento expedido por el Ministerio de Hacienda y suscrito además por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, establecerá la forma de cálculo de dichos márgenes máximos.”.”.

______________

El Presidente, Honorable Senador señor Durana, puso en discusión la indicación N° 1), que reemplaza el artículo único del proyecto por un artículo único, el que, como fue explicado precedentemente, propone aplazar en seis meses la entrada en vigencia de la obligatoriedad de la guía de despacho electrónica para los sectores silvoagropecuario y de la pesca artesanal.

A petición de la Honorable Senadora señora Rincón, y para los efectos de la historia fidedigna del establecimiento de la ley, el señor Uriarte explicó que, de no mediar esta indicación que propone aumentar en seis meses la entrada en vigencia de la norma para los sectores silvoagropecuario y de la pesca artesanal, la exigencia de establecer guía de despacho electrónica comenzaría a regir el día 16 de enero de 2020, esto es, un año después de la publicación de la ley en el Diario Oficial.

Precisó que el proyecto aprobado por la Cámara de Diputado incluye al sector agropecuario y la pesca artesanal, en cambio la indicación considera a los sectores silvoagropecuario y la pesca artesanal, y, respecto de estos sectores, agrega un plazo de seis meses más para la entrada en vigencia de la obligación de emitir guía de despacho electrónica.

Otra diferencia es que el proyecto de la Cámara dispone que, en el caso del sector agropecuario y la pesca artesanal, las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel; y que los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio. En cambio, la indicación del Ejecutivo solo concede un plazo adicional de seis meses para la entrada en vigencia de la ley para los sectores silvoagropecuarios y pesca artesanal. No las excepciona para siempre, sólo considera un plazo adicional de seis meses para que comience a regir.

El Honorable Senador señor Harboe señaló entender las razones que han esgrimido los representantes de los gremios en relación a la exigencia de emitir guías de despacho electrónicas, porque, efectivamente, hay sectores a los cuales les cuesta mucho tenerlas. Pero, al mismo tiempo, comparte lo planteado por el Director del SII de establecer la obligación y dejar que el Servicio pueda excepcionar de la misma en casos calificados, porque si no se les obliga nunca evolucionarán hacia la guía de despacho digital.

Luego, hizo presente que pequeñas empresas que son proveedoras del sector silvoagropecuario, plantearon que, al entregar el producto a sus clientes, no les permiten dejarles facturas, sino que solo guías de despacho. Si la guía de despacho es manual, la posibilidad de burlar la ley de pago a treinta días es alta, en cambio si es digital tal posibilidad baja considerablemente, porque hay un elemento de prueba fehaciente, toda vez que es una aplicación oficial del SII.

A partir de tal reflexión, el Honorable Senador señor Harboe consultó a los representantes del Ejecutivo si podría seguir produciéndose los efectos que señalan las pequeñas empresas proveedoras del sector silvoagropecuario, durante la prórroga por un plazo de seis meses de la exigencia de la guía de despachó digital, precisamente para tal sector y la pesca artesanal.

En respuesta, el señor Uriarte señaló compartir lo expresado por el Honorable Senador señor Harboe. De ahí, justamente, la insistencia del Ejecutivo por generar las facilidades para que entre en uso la guía de despacho electrónica, toda vez que ancla la fecha respecto de la cual se cuenta el décimo día del mes siguiente, plazo en el que la ley obliga a emitir la factura. Recordó que, a partir de la emisión de la factura, comienzan a contarse los treinta días para el pago de la misma o su saldo insoluto. Este punto es lo importante en esta materia, a lo cual se suman la certeza y la trazabilidad, dentro de otros beneficios del sistema digital.

Sin perjuicio de lo anterior, debido a las inquietudes y problemáticas levantadas por algunos gremios, el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo ha generado esta flexibilidad, en concordancia con el SII. En lo concreto, en plazo adicional de seis meses de prórroga para la exigibilidad de la factura electrónica respecto de dos sectores específicos, se debe, en lo fundamental, a las siguiente dos circunstancias: la necesidad de redactar los reglamentos y que el SII termine de elaborar la aplicación off line, que permite hacer la guía en un aparato celular u otro, aun cuando no haya conexión a internet o transferencia de datos, y que, a la hora de conectarse a la señal, la guía ya hecha se expide automáticamente. Connotó que tal aplicación está terminada, pero aún en período de prueba.

La Honorable Senadora señora Rincón, señaló que, sobre la base de la exposición de los invitados, existe una alternativa para hacer un seguimiento en el cumplimiento de las obligaciones que impone la ley sobre pago a treinta días.

Añadió que le preocupan varios puntos, a saber:

-Que no puedan cumplir con la exigencia que propone el Ejecutivo y no dejar una alternativa. Junto con su bancada, es de la idea de dejar un plazo mayor a la prórroga de seis meses para la entrada en vigencia de la obligación de emitir factura electrónica a los sectores silvoagropecuario y de la pesca artesanal.

-Tal como viene la propuesta, teme que el proyecto no sea aprobado por los diputados en el tercer trámite constitucional. Al respecto, consultó si el Ejecutivo ha tomado contacto con ellos y si saben qué postura tienen respecto a estos posibles cambios en el proyecto.

El señor Uriarte señaló que esta modificación obedece a un compromiso que tomó el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, señor Lucas Palacios, hace aproximadamente tres semanas atrás, con la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados a propósito de la discusión de la ley que adelantó la entrada en vigencia de la ley de pago a treinta días. Fue conversado con el Honorable Diputado señor Jurgensen, uno de los autores de la moción. Además, recientemente asistió a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados precisamente para presentar estas ideas, dado el compromiso asumido con la Comisión de Economía del Senado de presentar las indicaciones en esta sesión. Al respecto, indicó que los señores diputados hicieron algunas reflexiones, especialmente referidas a casos concretos de problemas de conectividad y a la dificultad que podría representar la elaboración de la tabla de tolerancia de peso y precio entre las guías y las facturas, propuesta en la letra b) de la indicación N° 2 como modificación al artículo 55 del D.L. 825, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. Pero luego de explicar que las indicaciones contemplan la dictación de reglamentos para tales efectos y que, además, conversaría con el SII, la Comisión tuvo a bien las modificaciones al proyecto. Hizo hincapié que, en tal oportunidad, se les hizo presente a los señores diputados la importancia de trabajar de común acuerdo puesto que, de lo contrario, los plazos no darían, y podría llegar a darse el peor escenario, cual es que comience a regir la ley sin haber resuelto todos estos problemas.

El Honorable Senador señor Elizalde señaló que la diferencia que él tiene con lo aprobado por la Cámara de Diputados, compartiendo su preocupación respecto del fondo del problema que el proyecto de ley intenta solucionar, es que no hace aplicable la obligación de emitir guías de despacho electrónica a los contribuyentes del sector silvoagropecuario y de la pesca artesanal. En su parecer, corresponde tender a los mecanismos electrónicos y a la digitalización en todo lo que sea posible. Por tanto, entendiendo que existe una particularidad que debe ser reconocida y acogida, no es posible aprobar una norma que signifique que un sector esté al margen de las nuevas tecnologías de la información para efectos de emitir las guías de despacho electrónica y de ser fiscalizados, así como, también, para proteger a quienes forman parte del comercio en tales áreas, tal como lo expuso el Honorable Senador señor Harboe.

En esta línea, agregó que debe haber una transición. Sin embargo, su preocupación es si los seis meses adicionales para la entrada en vigencia de la obligación de emitir guías de despacho electrónica para estos dos sectores de la economía serán realmente el tiempo suficiente. No se trata de caer en el otro extremo, es decir, que la norma sea aplicable a la brevedad posible, y que esa premura lleve a que en un breve plazo resulte necesario aprobar una nueva norma para una nueva postergación de la entrada en vigencia. Por lo anterior, consultó a los representantes del Ejecutivo si consideran que los seis meses de prórroga que contempla la indicación es el tiempo suficiente.

A su turno, al Honorable Senador señor Galilea insistió en algunos puntos, a saber:

-La razón de fondo de esta normativa se encuentra en la ley sobre pago a treinta días, ley N° 21.131, cuya finalidad es darle trazabilidad a la compra de un bien o servicio para que el pago del mismo se cumpla a tiempo. Puesta la fecha en la guía de despacho, automáticamente se genera la obligación de facturar dentro de un período dado (los primero doce días del mes siguiente), lo que genera, a su vez, la obligación de pago a treinta días.

-Los gremios que han expuesto reconocen que sería bueno que se pudiera digitalizar la guía de despacho, pero topan en los problemas prácticos propios de sus respectivos giros.

Agregó que, conversando con ellos y teniendo presente las circulares del SII, resulta del todo prudente postergar al menos en seis meses la obligación de emitir guía de despacho electrónica, porque el sistema off line del SII está funcionando recién hace quince días. Sería sumamente imprudente entrar el día 16 enero de 2020 con un sistema que acaba de comenzar a funcionar. Es evidente que tal sistema está en plena marcha blanca y que necesita de un período de afiatamiento.

Añadió que lo que más complicaba a los gremios es el traslado de sus productos desde el campo a la industria. Revisando las circulares, la guía de traslado sí podrá seguir siendo en papel. Hay mucha entrega de ganado en la que el traslado no constituye necesariamente una venta. A modo de ejemplos, es el caso de los animales que no se vendieron en la feria; o del trigo florecido, que debe reconducirse o hacer la pérdida del producto. Compartió que luego de tal análisis muchas de las aprensiones de los gremios quedaban salvadas.

-Dado lo anterior, propuso que en este período de prorroga adicional de seis meses para la entrada en vigencia de la ley para estos sectores productivos corresponde exigirle a SII que dicte las circulares que aclaren muy bien todo esto y empezar a probar el sistema off line para asegurarse que funciones razonablemente bien en lugares más alejados. Sumado a lo que solicitó la Honorable Senadora señora Rincón del informe precio de la SUBTEL para las zonas con problemas de cobertura, se estría en buen pie para avanzar en esta iniciativa.

Finalmente, el Honorable Senador señor Durana, Presidente, indicó que se suma a las palabras de los señores senadores. No obstante, estima que en seis meses no se iluminará nada más de lo que ya existe. Por eso confía en que las circulares del SII servirán para generar las facilidades para quienes efectivamente están en zonas más remotas y alejadas del país.

Sin embargo, un elemento que cobra mucha fuerza es que se trata de la ley de pago a treinta días. El abuso de los productores hacia los pequeños agricultores que justamente viven en dichas zonas obliga a legislar del modo más efectivo posible.

-Puesta en votación, la indicación fue aprobada, con modificaciones, por 3 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, correspondiente al Honorable Senador señor Harboe. Votaron por la afirmativa los Honorables Senadores señores Durana, Elizalde y Galilea, y votó en contra la Honorable Senadora señora Rincón (Mayoría, 3 a favor; 1 en contra y 1 abstención).

A continuación, la Comisión conoció el oficio N° 563-367, de Su Excelencia el Presidente de la República, por el cual procedió a retirar la indicación N° 2), formulada mediante mensaje N°557-367 de fecha 18 de diciembre de 2019, al proyecto de ley del rubro.

En el mismo documento, Su Excelencia el Presidente de la República formuló la siguiente indicación:

“ARTÍCULO 2, NUEVO

-Para incorporar el siguiente artículo 2, nuevo:

“Artículo 2º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto ley N° 825, de 1974, que establece la Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios, de la siguiente manera:

a) Modifícase el inciso segundo del artículo 54 de la siguiente forma:

i. Reemplázase la expresión “, de oficio o a petición de parte, dictará”, por lo siguiente: “deberá dictar, en forma anual, teniendo presente lo informado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y en conformidad con lo establecido en el reglamento expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y suscrito además por el Ministro de Hacienda,”.

ii. Agrégase, inmediatamente a continuación de la expresión “conforme lo solicite el Servicio de Impuestos Internos.”, y antes de la expresión “Presentada la solicitud”, lo siguiente: “La resolución a que hace referencia este inciso podrá también ser solicitada fundadamente, ante el Servicio de Impuestos Internos, por el propio contribuyente o grupo de contribuyentes.”.

b) Agrégase en el inciso quinto del artículo 55, inmediatamente a continuación de la expresión “fecha de la guía o guías respectivas.”, lo siguiente: “Respecto del sector silvoagropecuario y pesca artesanal, una circular del Servicio de Impuestos Internos establecerá los márgenes máximos permitidos de diferencia de precio y peso entre las guías y las facturas en consideración a los tipos de animales, o productos a transportar. Para estos efectos, un reglamento expedido por el Ministerio de Hacienda y suscrito además por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, establecerá la forma de cálculo de dichos márgenes máximos.”.”.

__________

Letra a), ordinal i.

En discusión la modificación al artículo 54 del decreto ley N° 825, de 1974, que establece la Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios, contenida en el ordinal i. de la letra a), el señor Uriarte señaló que el Ejecutivo ha aceptado la sugerencia de la Honorable Senadora señora Rincón, y de otros señores senadores, de incorporar la posibilidad que la Subsecretaría de Comunicaciones, SUBTEL, informe al Servicio de Impuestos Internos, SII, antes de que éste último emita la resolución anual establecida en el inciso segundo del artículo 54 del D.L. 825, Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios.

A sugerencia de los Honorables Senadores señora Rincón y señor Elizalde, la Comisión acordó modificar el texto propuesto de la indicación con la finalidad de que el SII dicte las resoluciones a que se refiere el inciso segundo del artículo 54 del D.L. 825, Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios, previo informe del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y que no lo tenga solamente presente.

--En votación, la indicación fue aprobada, con modificaciones, por 4 votos a favor y uno en contra, de la Honorable Senadora señora Rincón. Votaron por la afirmativa los Honorables Senadores señores Durana, Elizalde, Galilea y Harboe. (Mayoría, 4 a favor y 1 en contra).

Letra a), ordinal ii.

En discusión, el Honorable Senador señor Elizalde hizo notar que corresponde aprobar esta indicación toda vez que los contribuyentes que no cuentan con cobertura podrán hacer presente que no fueron incorporados en las resoluciones. En caso contrario, quedarían desprotegidos los contribuyentes que no teniendo cobertura no pudieran hacer valer esta circunstancia ante el SII.

La Comisión acordó introducir modificaciones formales en la indicación presentada por el Ejecutivo, pero sin cambiar tu sentido. En suma:

-Reemplazar “La resolución” por “Las resoluciones”, toda vez que puede ser más de una; y

-Cambiar la palabra “solicitada” por “pedidas”, que son términos sinónimos, toda vez que vendría a generar una segunda “solicitud” en el inciso segundo del artículo 54 del D.L. 825, esta vez de los contribuyentes no incluidos en la resolución del SII. La primera solicitud considerada en la norma es la del SII a organismos técnicos para que informen las zonas geográficas del territorio nacional que no cuentan con los servicios o suministros respectivos y el plazo durante el cual dicha situación se mantendrá o debiese mantenerse. El cambio es formal y obedece solo a razones de técnica legislativa, para evitar erróneas interpretaciones en su aplicación, y en caso alguno modifica el sentido de la indicación.

El señor Uriarte concordó en la conveniencia de hacer la distinción entre ambas solicitudes que, de acogerse la indicación, estarían contenidas en el artículo 54: la primera, que está en la norma, es la que hace el SII a los organismos técnicos, y la segunda, que es la que agrega la indicación, es la que hace el contribuyente o un grupo de contribuyentes al SII.

Para mayor claridad, la Comisión acordó, por unanimidad, y en ejercicio de la facultad que le otorga el artículo 121 del Reglamento de la Corporación, sustituir los términos “Presentada la solicitud de que trata de este inciso” por lo siguiente: “Presentada la solicitud a los organismos técnicos respectivos”. (Artículo 121, unanimidad, 5x0).

--En votación, la indicación fue aprobada, con modificaciones, por 4 votos a favor y una abstención, de la Honorable Senadora señora Rincón. Votaron por la afirmativa los Honorables Senadores señores Durana, Elizalde, Galilea y Harboe. (Mayoría, 4 a favor y 1 abstención).

Letra b)

La Honorable Senadora señora Rincón señaló que falta un actor: el Ministerio de Agricultura. Debió considerar una consulta al Ministerio de Agricultura por razones de orden técnico, sobre todo en consideración a que la circular del SII establecerá los márgenes máximos permitidos de diferencia de precio y peso entre las guías y las facturas, en atención a los tipos de animales o productos a transportar. El experto en estas materias no es el Ministerio de Hacienda. Subrayó que al menos debería pedirse para tal efecto al Ministerio de Agricultura.

Al respecto, el señor Uriarte señaló que esta indicación fue trabajada en conjunto con el Ministerio de Hacienda así como también con el Servicio de Impuestos Internos. Dado que con las indicaciones el Ejecutivo propone establecer mecanismos que afectan finalmente la tributación, debe estar en el Ministerio de Hacienda, en tanto asunto propio de su competencia.

Agregó que las tablas a las que hace referencia son aquellas que hace actualmente el SII sin participación del Ministerio de Agricultura, toda vez que se trata de un rango de carácter tributario y de la fiscalización que hace dicho Servicio.

Connotó que se cambió el orden. En el reglamento anterior, lo elaboraba el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y lo suscribe el Ministerio de Hacienda, En cambio, la indicación postula que el reglamento será expedido por el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo solo lo suscriba.

Finalizó indicando que el Servicio de Impuestos Internos consulta al Ministerio de Agricultura, aún cuando no existe norma legal que lo consagra. Lo hace vía circular y tiene los elementos para hacerlo.

Ante la consulta de la Honorable Senadora señora Rincón en relación a la necesidad de introducir esta modificación al inciso quinto del artículo 55 del D.L. 825, el señor Uriarte señaló que es en respuesta a la petición de los gremios y de la Cámara de Diputados, para que lo que actualmente hace no quede al arbitrio de una posible circular. sino que establecer legalmente la obligación al SII de pronunciarse. Con ello, se eleva el estándar de la obligatoriedad del informe que debe hace el SII.

La Honorable Senadora señora Rincón anunció que se opondrá a la indicación en base a los argumentos esgrimidos, y en especial por la ausencia de una consulta al Ministerio de Agricultura, para que de a conocer su parecer.

--Puesta en votación, la indicación fue aprobada, con modificaciones, por 4 votos a favor y uno en contra, de la Honorable Senadora señora Rincón. Votaron por la afirmativa los Honorables Senadores señores Durana, Elizalde, Galilea y Harboe. (Mayoría, 4 a favor y 1 en contra).

- - -

MODIFICACIONES

En mérito de los acuerdos precedentemente expuestos, la Comisión de Economía propone las siguientes enmiendas al proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados, en primer trámite constitucional:

Artículo único

Pasa a ser 1

-Reemplazarlo por el siguiente artículo 1, nuevo:

“Artículo 1º.- Agrégase en el inciso final del artículo primero transitorio de la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, luego del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente oración: “En el caso del sector silvoagropecuario y la pesca artesanal, dicha obligación entrará en vigencia al mes décimo octavo de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.”.”. (Indicación N° 1. Mayoría, 3 a favor, 1 en contra y 1 abstención).

° ° °

-Incorporar el siguiente artículo 2, nuevo:

“Artículo 2º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto ley N° 825, de 1974, que establece la Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios:

a) Modifícase el inciso segundo del artículo 54 de la siguiente forma:

i. Reemplázase, en la segunda oración, la expresión “, de oficio o a petición de parte, dictará”, por lo siguiente: “deberá dictar, en forma anual, previo informe del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y en conformidad con lo establecido en un reglamento expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y suscrito además por el Ministro de Hacienda,”. (Indicación N° 2, a) i. Mayoría, 4 a favor x 1 en contra).

ii. Agrégase, inmediatamente a continuación de la expresión “conforme lo solicite el Servicio de Impuestos Internos.”, y antes de la expresión “Presentada la solicitud”, lo siguiente: “Las resoluciones a que hace referencia este inciso podrán también ser pedidas fundadamente, ante el Servicio de Impuestos Internos, por el propio contribuyente o grupo de contribuyentes.”. (Indicación N° 2, a) ii. Mayoría, 4 a favor x 1 abstención).

iii). Sustituir los términos “Presentada la solicitud de que trata de este inciso” por lo siguiente: “Presentada la solicitud a los organismos técnicos respectivos”. (Artículo 121, unanimidad, 5x0).

b) Agrégase en el inciso quinto del artículo 55, inmediatamente a continuación de la expresión “fecha de la guía o guías respectivas.”, la siguiente oración final: “Respecto del sector silvoagropecuario y pesca artesanal, una circular del Servicio de Impuestos Internos establecerá los márgenes máximos permitidos de diferencia de precio y peso entre las guías y las facturas en consideración a los tipos de animales, o productos a transportar. Para estos efectos, un reglamento expedido por el Ministerio de Hacienda y suscrito además por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, establecerá la forma de cálculo de dichos márgenes máximos.”.”. (Indicación N° 2 b) Mayoría, 4 a favor x 1 en contra).

° ° °

TEXTO DEL PROYECTO

De acuerdo con lo expuesto, el texto del proyecto de ley queda como sigue:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1º.- Agrégase en el inciso final del artículo primero transitorio de la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, luego del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente oración: “En el caso del sector silvoagropecuario y la pesca artesanal, dicha obligación entrará en vigencia al mes décimo octavo de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.”.

Artículo 2º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto ley N° 825, de 1974, que establece la Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios:

a) Modifícase el inciso segundo del artículo 54 de la siguiente forma:

i. Reemplázase, en la segunda oración, la expresión “, de oficio o a petición de parte, dictará”, por lo siguiente: “deberá dictar, en forma anual, previo informe del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y en conformidad con lo establecido en un reglamento expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y suscrito además por el Ministro de Hacienda,”.

ii. Agrégase, inmediatamente a continuación de la expresión “conforme lo solicite el Servicio de Impuestos Internos.”, y antes de la expresión “Presentada la solicitud”, lo siguiente: “Las resoluciones a que hace referencia este inciso podrán también ser pedidas fundadamente, ante el Servicio de Impuestos Internos, por el propio contribuyente o grupo de contribuyentes.”.

iii). Sustituir los términos “Presentada la solicitud de que trata de este inciso” por lo siguiente: “Presentada la solicitud a los organismos técnicos respectivos”.

b) Agrégase en el inciso quinto del artículo 55, inmediatamente a continuación de la expresión “fecha de la guía o guías respectivas.”, la siguiente oración final: “Respecto del sector silvoagropecuario y pesca artesanal, una circular del Servicio de Impuestos Internos establecerá los márgenes máximos permitidos de diferencia de precio y peso entre las guías y las facturas en consideración a los tipos de animales, o productos a transportar. Para estos efectos, un reglamento expedido por el Ministerio de Hacienda y suscrito además por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, establecerá la forma de cálculo de dichos márgenes máximos.”.”.

__________________

Acordado en sesiones celebradas los días 12 y 19 de diciembre de 2019, con asistencia los Honorables Senadores señor José Miguel Durana Semir (Presidente), señora Ximena Rincón González y señores Álvaro Elizalde Soto, Rodrigo Galilea Vial (Rafael Prohens Espinosa) y Felipe Harboe Bascuñán.

Sala de la Comisión, a 30 de diciembre de 2019.

Pedro Fadic Ruiz

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE MODIFICA LA LEY N° 21.131, QUE ESTABLECE PAGO A TREINTA DÍAS, PARA PERMITIR QUE LOS CONTRIBUYENTES DEL SECTOR AGROPECUARIO Y DE LA PESCA ARTESANAL EMITAN GUÍAS DE DESPACHO EN SOPORTE DE PAPEL.

(Boletín Nº 12.836-03).

I. OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN DE ECONOMÍA:

El proyecto aprobado por la Cámara de Diputados modifica el artículo 3°, de la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, con el propósito de permitir a los contribuyentes del sector agropecuario y la pesca artesanal, a su elección, puedan emitir guías de despacho en papel o de forma electrónica.

Por su parte, el proyecto de ley propuesto por la Comisión de Economía tiene por finalidad modificar la referida ley N° 21.131, con la finalidad de prorrogar en 6 meses la obligación de emitir quías de despacho electrónicas para el sector silvoagropecuario y la pesca artesanal.

También introduce modificaciones a los artículos 54 y 55 del D.L. 825, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, relacionado con lo siguiente:

-Contribuyentes que desarrollen su actividad económica en un lugar geográfico sin cobertura de datos móviles o fijos de operadores de telecomunicaciones que tienen infraestructura, o sin acceso a energía eléctrica o en un lugar decretado como zona de catástrofe conforme a la ley Nº 16.282. (Artículo 54).

-Márgenes máximos permitidos de diferencia de precio y peso entre las guías y las facturas en consideración a los tipos de animales, o productos a transportar, para el sector silvoagropecuario y la pesca artesanal. (Artículo 55).

Cabe destacar que la obligación de emitir guías de despacho de manera electrónica empezará a regir, de no mediar esta excepción, el 16 de enero de 2020, esto es, un año después de la entrada en vigencia de la ley N° 21.131.

II. ACUERDOS: Aprobado en general y particular a la vez. La aprobación general fue por la unanimidad de sus integrantes presentes (3x0); y la aprobación particular fue según se detalla a continuación:

-Indicación N° 1. Mayoría, 3 a favor, 1 en contra y 1 abstención.

-Indicación N° 2, a) i. Mayoría, 4 a favor x 1 en contra.

-Indicación N° 2, a) ii. Mayoría, 4 a favor x 1 abstención.

-Indicación N° 2 b). Mayoría, 4 a favor x 1 en contra.

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: El artículo 1° modifica al artículo primero transitorio de la ley N° 21.131, que establece el pago a 30 días, y el artículo 2° modifica los artículos 54 y 55 del D.L. 825, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: No tiene.

V. ORIGEN INICIATIVA: Moción de los Honorables los diputados señora Camila Flores y se ñores Pedro Pablo Álvarez-Salamanca, José Miguel Castro, Iván Flores, Javier Hernández, Harry Jürgensen, Frank Sauerbaun, Ignacio Urrutia y Cristóbal Urruticoechea.

VIII.- APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: Con fecha 10 de octubre fue aprobado en general y particular por la Cámara de Diputados, por unanimidad de los miembros presentes.

VI. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: Segundo.

VII. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: Inició su tramitación en el Senado el 15 de octubre de 2019, pasando a la Comisión de Economía.

VIII. TRÁMITE REGLAMENTARIO: Primer informe de la Comisión de Economía.

IX. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

- Decreto ley N° 825, del Ministerio de Hacienda, de 1974, que establece la ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

- Ley N° 21.131, que establece pago a treinta días.

Valparaíso, 30 de diciembre de 2019.

Pedro Fadic Ruiz

Secretario de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 30 de diciembre, 2019. Diario de Sesión en Sesión 89. Legislatura 367. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

EXTENSIÓN DE PLAZO A SECTORES SILVOAGROPECUARIO Y DE PESCA ARTESANAL PARA EMITIR GUÍAS DE DESPACHO EN SOPORTE PAPEL

El señor PIZARRO (Presidente accidental).-

En virtud de lo acordado, corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario y de la pesca artesanal emitan guías de despacho en soporte de papel, con informe de la Comisión de Economía y urgencia calificada de "discusión inmediata".

--Los antecedentes sobre el proyecto (12.836-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite: sesión 55ª, en 15 de octubre de 2019 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Economía: sesión 89ª, en 30 de diciembre de 2019.

El señor PIZARRO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).-

Cabe destacar, señoras y señores Senadores, que el proyecto aprobado por la Cámara de Diputados modifica el artículo 3o de la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, con el propósito de permitir que los contribuyentes del sector agropecuario y de la pesca artesanal, a su elección, puedan emitir guías de despacho en papel o de forma electrónica.

Por su parte, el proyecto de ley propuesto por la Comisión de Economía tiene por finalidad modificar la referida ley N° 21.131, con el objeto de prorrogar por seis meses la obligación de emitir guías de despacho electrónicas para el sector silvoagropecuario y de la pesca artesanal.

También introduce enmiendas a los artículos 54 y 55 del decreto ley N° 825, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, en relación con lo siguiente:

-Contribuyentes que desarrollen su actividad económica en un lugar geográfico sin cobertura de datos móviles o fijos de operadores de telecomunicaciones que tienen infraestructura, o sin acceso a energía eléctrica o en un lugar decretado como zona de catástrofe conforme a la ley N° 16.282 (artículo 54).

-Márgenes máximos permitidos de diferencia de precio y peso entre las guías y las facturas en consideración a los tipos de animales o productos por transportar, para el sector silvoagropecuario y de la pesca artesanal (artículo 55).

La Comisión de Economía discutió el proyecto en general y en particular por tratarse de aquellos de artículo único, y lo aprobó con las modificaciones señaladas y las votaciones que registra el respectivo informe.

El texto que se propone aprobar se consigna en la página 34 del informe de la Comisión y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.

Hago presente que el acuerdo de Comités fue incorporar y tratar este asunto sin discusión.

Es todo, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente accidental).-

Muchas gracias, señor Secretario.

Tal como lo establece el acuerdo de Comités y de la Sala, se pone en votación general y particular el proyecto.

--(Durante la votación).

El señor PIZARRO (Presidente accidental).-

Quien lo desee, puede fundamentar su voto.

Senador Galilea, lo tengo inscrito a usted en primer lugar.

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor GALILEA.-

Señor Presidente, no es para fundamentar el voto. Simplemente leeré el pequeño informe de la Comisión de Economía.

De hecho, yo estoy pareado, así que no puedo votar.

La Comisión de Economía tiene el honor de emitir su primer informe acerca del proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado por los Diputados Camila Flores, Pedro Pablo Álvarez-Salamanca, José Miguel Castro, Iván Flores, Javier Hernández, Harry Jürgensen, Frank Sauerbaum, Ignacio Urrutia y Cristóbal Urruticoechea.

Cabe hacer presente que, por tratarse de un proyecto de ley de artículo único, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento del Senado, la Comisión lo discutió en general y en particular a la vez.

La iniciativa aprobada por la Cámara de Diputados modificaba el artículo 3° de la ley N° 21.131, que establece el pago a treinta días, con el propósito de permitir que los contribuyentes del sector agropecuario y de la pesca artesanal, a su elección, emitan guías de despacho en papel o de forma electrónica.

Por su parte, lo que propone la Comisión de Economía es simplemente prorrogar en seis meses la obligación de emitir guías de despacho electrónicas para el sector silvoagropecuario y de la pesca artesanal.

También introduce algunos cambios a los artículos 54 y 55 del decreto ley N° 825, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

En dos palabras, señor Presidente, aquí lo que se buscaba originalmente con la ley de pago a treinta días era imponer la guía electrónica, a fin de darles una trazabilidad a las mercancías que estaban siendo trasladadas y mejorar con ello las fechas de pago.

Esto generó una serie de aprensiones respecto de la posibilidad de emitir esas guías en las zonas donde no hay suficiente cobertura de internet, o en caso de que los aparatos que usan los pescadores artesanales o los pequeños agricultores no tuvieren la capacidad para hacer este trámite. Y, por lo tanto, lo que finalmente la Comisión de Economía del Senado dijo fue: "Tenemos que avanzar a la digitalización; debemos prepararnos mejor".

Pero el sistema offline del Servicio de Impuestos Internos recién está empezando su marcha blanca. Así que lo prudente era postergar en seis meses el inicio del mecanismo.

Además, se aclaró -y así lo tendrá que asumir Impuestos Internos- que en los reglamentos correspondientes deberá hacerse especial mención a las guías de despacho que no implican ventas, sino simplemente traslados. Porque hay muchos productos, y también animales, que se trasladan, pero ello no necesariamente significa venta: pueden ir a una feria y, si no se vendieron, tienen que volver. Lo mismo puede ocurrir con los granos: es posible llevarlos a un lugar y que por alguna razón -florecimiento del grano, en fin- no sean recibidos, debiendo ser trasladados a otra parte, y así sucesivamente. Impuestos Internos va a tener que aclarar esto.

Sin embargo, lo que a todos les parecía complemente oportuno era que se postergara la guía electrónica para estos sectores por seis meses, tema en que nos parece que el país debe avanzar, pero dándonos este margen de tiempo para que el asunto madure.

Ese es el contenido del informe de la Comisión de Economía, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la Senadora Provoste.

La señora PROVOSTE.-

Señor Presidente, yo quiero partir saludando esta moción porque creo que tenía un propósito inicial positivo, que era entender la diversidad de nuestro país y, además, la distinción de conectividad que existe en el mundo urbano y en el mundo rural. Sin embargo, este proyecto de ley lo único que hace es aplazar durante seis meses esta medida y permitir que los pequeños agricultores y los pequeños pescadores artesanales realicen su trámite en papel.

Es pertinente señalar que si bien es cierto que nosotros hemos tramitado iniciativas que han permitido en el día de hoy tener factura electrónica, la distinción, la diferencia que existe entre ese documento y la guía de despacho es que esta última se tiene que hacer en el acto, a diferencia de la factura electrónica, que el contribuyente la puede emitir con desfase o que puede ser extendida por el contador.

Quiero en esto colocar un caso reciente.

En vísperas de la Navidad, en la comuna Alto del Carmen tuvimos tres días de corte de suministro de energía eléctrica. El proveedor de conectividad no pudo reponerles el servicio durante todo ese tiempo a los pequeños agricultores, los cuales son cooperantes de una pisquera y tienen cooperativas para la uva de exportación. ¡Durante tres días estuvieron sin suministro de energía eléctrica!

Y esos pequeños agricultores no le pueden decir al camión: "Mire, ¿sabe qué?, tenemos que esperar tres días; usted no mueva la fruta porque no tengo la posibilidad de realizar la guía electrónica en este momento".

Por lo tanto, señor Presidente, creo que implementar políticas públicas desconociendo la realidad de la conectividad que existe en el mundo rural, desconociendo la conectividad escasa que se da en el mundo costero de nuestro territorio es, francamente, generar una discriminación inaceptable en nuestras políticas públicas.

Lo único que hace esta moción es trasladar esa realidad durante seis meses y permitir que los pequeños agricultores y los pequeños pescadores artesanales puedan desfasar la fecha y mantener un sistema mixto, de papel o electrónico, durante seis meses, pero eso no resuelve el problema de fondo.

Nosotros debiéramos ser capaces de mantener un sistema mixto o de papel en todas aquellas zonas donde exista debilidad de la conectividad o, simplemente, no haya conectividad. Pero seguir tramitando estas iniciativas es desconocer la realidad que viven muchos pequeños agricultores de las zonas rurales de nuestro país, los cuales tienen los mismos derechos que los grandes empresarios agrícolas de realizar exportaciones a través de cooperativas o del modo que ellos se hayan definido.

Yo lamento que en esta discusión no tengamos a nadie del Gobierno. ¡A nadie!

Entonces, cuando el Gobierno le pone a 35 proyectos de ley urgencia "suma" -entre ellos, el que nos ocupa-, que al menos se dé el trabajo de estar presente en la Sala.

Voy a votar a favor de esta iniciativa, pero esperaría del Ejecutivo el compromiso de discutir y buscar una solución real a aquellos pequeños agricultores que viven en zonas rurales y que no tienen conectividad asegurada, pues esta iniciativa les va a generar un alivio por seis meses, pero después volverá la incertidumbre en torno a cómo ellos deberán hacer este trámite, que es fundamental.

Insisto: este problema no es igual al de la factura electrónica, porque ese trámite se hace con desfase y lo realiza un contador. En el caso de nuestros territorios, los pequeños agricultores que viven en Los Loros o en Amolanas habitualmente mandan esa información a Copiapó y quienes habitan la comuna de Alto del Carmen, a Vallenar, pues en esas ciudades los contadores tienen una conectividad asegurada, a diferencia de lo que se vive diariamente en las localidades mencionadas.

Sin embargo, al momento de despachar un camión, por ejemplo, esta iniciativa les va a generar problemas a aquellos que tienen mayores dificultades para incorporarse a los avances de la tecnología y que, además, viven hoy problemas reales en territorios donde el Estado de Chile no ha asegurado la conectividad ni mecanismos de respaldo frente a los cortes de suministro de energía eléctrica.

He dicho.

El señor PIZARRO (Presidente accidental).-

Hago presente que tengo varios Senadores inscritos, en circunstancias de que se suponía que este proyecto se iba a despachar sin debate.

Tiene la palabra el Senador señor Moreira, para fundamentar el voto.

El señor MOREIRA.-

Señor Presidente, en honor a la verdad -se lo digo, por su intermedio, a la Senadora Provoste-, si no hay nadie del Gobierno en la Sala es porque se decidió tratar este proyecto sobre tabla recién hoy.

La señora PROVOSTE.-

¡Pero la urgencia no!

El señor MOREIRA.-

Sin embargo, quiero puntualizar que estoy muy de acuerdo con la Senadora Provoste en este tema, porque la realidad que ella ha descrito es la misma que ocurre en la Región de Los Lagos, sobre todo en el mundo rural donde no hay electricidad o en sectores en los cuales el suministro se corta a cada instante.

Por eso, este proyecto no se condice con la realidad que se vive en muchas regiones, sobre todo en provincias como las de Llanquihue, de Osorno, de Palena, donde nuestros agricultores carecen de la tecnología y de los medios para acceder a ella, y con mayor razón en Chiloé, donde los pescadores están en las mismas condiciones.

Sin embargo, esta postergación ayuda en algo: la posibilidad de consensuar medidas que permitan salvar la situación con el objeto de que la guía de despacho de papel y también la electrónica sean solamente voluntarias.

Y qué curioso: en países donde hay mayor cultura, mayor desarrollo, como es el caso de España y de Holanda, este trámite es totalmente voluntario. ¡Totalmente voluntario!

Por eso, yo quiero valorar este proyecto de ley. Falta mucho por hacer, pero tenemos que conversar un poco más y tratar de señalarle a Impuestos Internos la necesidad de ponerse en el lugar y en la realidad de muchas regiones agrícolas, donde existe un problema de aislamiento, de falta de medios.

También quiero recordar que Impuestos Internos tampoco sabe cómo va a hacer esto. No nos ha dicho cómo lo va a hacer.

Otro aspecto que quiero destacar es que la respuesta que nos dio el Director Nacional de Impuestos Internos frente a esta necesidad fue que las mismas aprensiones, el mismo temor se dieron con respecto a la factura electrónica. En aquella oportunidad nos entregaron los mismos argumentos.

Pero esto es distinto.

Y en ese contexto de cosas, a mí me parece muy importante -agradecemos la presencia del Ejecutivo- que logremos consensuar con Impuestos Internos y nos coloquemos en el lugar de esa gente.

Yo les he dicho a los agricultores, especialmente a aquellos que enfrentan problemas a raíz de este tema: busquemos una solución. Tenemos que ponernos en el lugar de la gente, y la tecnología que no llega a muchos lugares debemos hacerla asequible.

Pero, más allá de eso, creo que es posible tomar medidas que permitan que esto sea voluntario.

Si queremos que haya mayor emprendimiento, si queremos darle facilidades a la gente para que mejore su calidad de vida, su empresa; para que encuentre una perspectiva distinta en esta etapa nueva de la cual estamos hablando, creo que debiéramos impulsar ciertas medidas -no son tan difíciles de implementar; solo se requiere voluntad política para hacerlo- e insistirles al Gobierno y al Ministro de Economía que busquen una fórmula tendiente a satisfacer la necesidad de un amplio sector del país y que reclama la Región de Los Lagos, sobre todo las provincias de Osorno, de Palena, de Chiloé y de Llanquihue.

Podemos colaborar con la agricultura, y lo vamos a hacer.

Este es el primer paso.

Voto a favor.

El señor MONTES.-

¿De qué Gobierno habla usted? ¡Aclárenos ese concepto de "el Gobierno"...!

El señor PIZARRO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el Senador José García.

El señor GARCÍA.-

 Señor Presidente, voto a favor de este proyecto de ley, porque el tema de las guías de despacho, tanto para los pequeños agricultores de La Araucanía como para la pesca artesanal de nuestra región, es una dificultad.

Creo que el hecho de prorrogar en seis meses finalmente nos da tiempo para encontrar las normas adecuadas que nos permitan subsanar este problema.

Yo tengo especial preocupación por la norma que faculta al Ministerio de Hacienda, en conjunto con el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, para dictar un reglamento que le permita al Servicio de Impuestos Internos establecer los márgenes máximos permitidos de diferencia de precio y peso entre las guías y las facturas, en consideración a los tipos de animales o productos por transportar.

La verdad es que esta norma en mi opinión excede las facultades y las atribuciones de un servicio público.

¿Cómo se puede demostrar que lo que ha ocurrido en la práctica -una disminución del peso, una disminución de precios- es contrario a lo que va a decir ese reglamento?

Me parece que eso termina haciendo más burocrática y dificultando la situación de pequeños productores agrícolas, de pequeños campesinos y también de pequeños pescadores artesanales.

Espero que en las etapas que vienen esta norma se revise, porque cuanto más dificultades le ponemos a la actividad de los emprendedores, cuanto más burocrática la volvemos, le estamos haciendo un flaco favor al desarrollo de nuestras regiones, particularmente al de sectores más apartados, donde hay más necesidades, más carencias, sobre todo en las caletas pesqueras en las cuales, por supuesto, no hay ninguna conexión a internet.

Entonces, entiendo las facultades del Servicio de Impuestos Internos; entiendo que todos queremos, por supuesto, que esté debidamente regulado el cumplimiento de la obligación tributaria, pero creo que este tipo de normas nos alejan mucho de la realidad, especialmente -como digo- de la que se vive en las zonas más rurales y en las caletas pesqueras más apartadas de nuestro país.

No obstante, este proyecto lo tenemos que despachar, para que avance, para que demos la señal de que queremos a lo menos postergar la entrada en vigencia de la norma.

Por esas razones, voto a favor.

Gracias, señor Presidente.

El señor PIZARRO (Presidente accidental).-

Les recuerdo a Sus Señorías que tenemos todavía pendiente la votación de la solicitud de permanencia de las Fuerzas Armadas en Bosnia y Herzegovina.

El señor MONTES.-

¡Pero ya no llegaron las tropas, Presidente...!

El señor PIZARRO (Presidente accidental).-

¡Están llegando, no se preocupe...!

¡Han avisado a través de todos los mecanismos de inteligencia y big data que ya vienen...!

Así que les pido, por favor, que fundamenten su voto lo más brevemente posible.

Tiene la palabra el Senador García-Huidobro.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

Muy bien, señor Presidente. Le haré caso.

En primer lugar, valoro esto, porque si el país estuviera todo conectado, no habría mayor problema. Pero hay una dificultad adicional. Hay muchas personas que emiten sus guías de despacho y a fin de mes hacen la factura electrónica, pero muchas de ellas no tienen formación en las nuevas tecnologías, fundamentalmente en algunos sectores del mundo rural.

Por lo tanto, si esto no se hacía ahora, la evasión iba a aumentar. Y, por eso, hay que prepararse. Sin embargo, no sé si el plazo de seis meses es lo que corresponde, porque en ese lapso no creo que vayamos a tener una verdadera evaluación de la conectividad que requiere nuestro país y de la formación que necesitan tanto pescadores artesanales como agricultores.

En segundo lugar, entiendo y comparto lo que plantearon la Senadora Provoste y el Senador Moreira en cuanto a todo esto. Pero el Senador José García habló de algo muy importante, relacionado con el reglamento.

Quienes conocemos el mundo agrícola sabemos, por ejemplo, lo que sucede con un camión con maíz de un pequeño agricultor. Ese maíz va húmedo y, por lo tanto, se ponen siempre pesos aproximados, porque después del secado se coloca el precio de venta.

En consecuencia, estar enrareciendo y burocratizando esto va a significar mucho conflicto.

Para qué decir en el tema del ganado. Ocurre lo mismo. Por ejemplo, en los animales que van para la venta desde la zona de La Araucanía a Santiago se produce una diferencia de peso, y eso es obvio. ¿Quién la va a calcular? ¿Quién va a decir: "Ah, es que algunas vaquillas, algunos novillos bajan más de peso"? O sea, estamos abriendo un flanco muy muy peligroso.

Por eso, quiero compartir la preocupación que tiene el Senador García respecto a este punto.

En consecuencia, señor Presidente, creo que el plazo de seis meses es bastante corto. No sé si vamos a estar prorrogando el día de mañana esta misma ley.

Por lo tanto, voto favorablemente, pero dejando establecidas mis aprensiones al respecto.

Gracias.

El señor PIZARRO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el Senador Navarro, a quien pido el mismo esfuerzo de síntesis.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, se prorroga por seis meses la entrada en vigencia de la ley en los sectores que se han mencionado. Pero los problemas del sector artesanal van a subsistir en Lebu, en Coronel, en Talcahuano, en Coliumo, en Dichato, en todas las caletas, porque el procesamiento de esos sindicatos y esos pescadores no va al ritmo administrativo que les queremos exigir en esta normativa. Las dificultades se van a mantener después de los seis meses.

La pregunta es por qué se fijan seis meses y no un año, para hacer las cosas bien. No porque la ley diga "seis meses" el aparato del Estado procederá en ese lapso. ¡No lo va a hacer!

Además, se le pide al Ministerio de Hacienda el dictamen de circulares, de reglamentos que permitan establecer lo que aquí se ha planteado.

La Senadora Provoste ya se refirió al tema de los seis meses; el Senador García hizo presente las dificultades que tienen los pequeños agricultores, y yo llamo la atención respecto a los pescadores artesanales.

El asunto de la factura electrónica es un problema respecto de la capacidad real y, en especial, de la configuración de la responsabilidad si hay variaciones. Y aquí estoy hablando del principio de la buena fe; de la disponibilidad de acceso a mecanismos modernos, como es, por cierto, la factura electrónica.

Quiero hacer especial referencia a lo establecido en la página 11 del boletín comparado, relativo a la ley original, señor Presidente, que dispone que "La no emisión de guías de despacho oportunamente, será sancionada en la forma prevista en el Nº 10 del artículo 97 del Código Tributario, siendo responsable solidario quien transporte las especies cuando no identifique al vendedor o prestador del servicio sujeto del impuesto.".

¿Por qué les cargamos el tema a los transportistas? Si estos últimos lo que hacen es transportar. El que genera el producto y el que lo compra son los responsables. Esto es buscar un responsable alternativo, y en materia de productos del mar, si no se transportan a tiempo, se pierden. Por lo tanto, hay una presión adicional.

Establecer que la ausencia de la guía de despacho hace responsable solidario al transportista es un exceso. Aquí los responsables son el que vende y el que compra. Ellos generan la firma.

La guía de despacho -usted algo sabe, señor Presidente, de este tema- es una exigencia para acreditar la mercadería que se transporta. Sin embargo, ya hemos tenido problemas en materia de áridos, en la Región Metropolitana, respecto a las exigencias de las autorizaciones por cada comuna, lo que nos llevó a hacer una ley especial para que no sea por cada comuna y que la guía de despacho tenga la función de ratificar al que compra y el lugar de destino, en el caso de los áridos. Ese proyecto de ley fue aprobado por este Senado de manera expedita.

Yo solo quiero hacer esa salvedad respecto de la responsabilidad solidaria. Creo que la principal responsabilidad es del que vende y del que compra, y allí tienen que estar centrados todos los mecanismos para garantizar que lo que va arriba del camión transportado sea la mercadería que refieren el que compra y el que vende.

En segundo lugar, debo señalar que seis meses es poco. Todos le tienen un poquito de miedo a Impuestos Internos, porque dicho servicio no distingue nada, da un tratamiento, según ellos, igualitario para los chicos y para los grandes. Pero cuando uno le pide la información de los grandes contribuyentes, dicen que no se puede porque es reservada. Pero cuando un local pequeño no da boleta por una bebida que se tomó el sobrino al interior del local, le pasan el parte. O sea, hay un tratamiento desigual.

Es un tema para revisar en otra oportunidad.

Pero no creo que la circular ni el reglamento del Ministerio de Hacienda vayan a estar a tiempo. Sería importante poner un mayor plazo, y este es el momento de hacerlo.

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

He dicho.

El señor MONTES .-

¡Votó en contra el otro día...!

El señor PIZARRO (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la Senadora Rincón, a quien también le pido poder de síntesis, pues el señor Ministro de Defensa se encuentra a sesenta segundos de llegar.

La señora RINCÓN.-

Señor Presidente, seré muy breve.

Quiero justificar mi abstención en este proyecto de ley, no porque no crea que tengamos que solucionar este problema, sino porque con la indicación del Ejecutivo se desvirtuó lo que venía de la Cámara de Diputados. Tratamos de incorporar el punto y que se entendiera en la Comisión de Economía. Pero fue imposible. Yo, de hecho, voté en contra, y en esta parte me abstuve.

Y dejo constancia de esto en la Sala: en seis meses no van a llegar con los informes, no van a llegar con la solución. El Gobierno, o el Estado -para no echarle la culpa al Gobierno- no se compromete con la capacitación, con las herramientas tecnológicas, para que nuestros agricultores puedan cumplir efectivamente con esta exigencia.

Estamos dilatando o chuteando seis meses este tema, pero no lo estamos resolviendo. Hay sectores en El Maule, como Nirivilo, que llevan más de diez años sin conectividad. Lo hemos planteado en todos los tonos y a todos los gobiernos, en la primera Administración del Presidente Piñera, en el segundo Gobierno de la Presidenta Bachelet. Lo hemos manifestado y reiterado. Esto va a ser un problema nuevamente en seis meses más, y deberemos legislar de nuevo para que no se haga aplicable.

¿Por qué no tomamos los ejemplos de otros países y lo hacemos voluntario? ¿Por qué no creamos incentivos para que cuando se haga electrónicamente haya beneficios para los contribuyentes? ¿Por qué no escuchamos a quienes trabajan en el sector, que relatan los dramas con los que se encuentran en la actividad? Al final, nos ponemos obstáculos.

Hemos escuchado al Ejecutivo, a los directivos de las reparticiones públicas. Pero, lamentablemente, no escuchamos una respuesta para los productores que hacen un esfuerzo tremendo en el día a día.

No voto en contra porque me parece que ganar seis meses es algo. Pero no respaldo lo propuesto porque no es la solución al problema.

Gracias.

El señor PIZARRO (Presidente accidental).-

A usted, Senadora.

Se le agradece también el uso reducido de su tiempo.

Para cerrar las intervenciones, tiene la palabra la Senadora Carmen Gloria Aravena.

La señora ARAVENA.-

Señor Presidente, escuchando atentamente a la Senadora que me antecedió, la verdad es que yo debo reconocer que voy a votar a favor principalmente porque es absolutamente importante para mi región aprobar la medida hoy día. Pero comparto gran parte de lo que ella planteó. Efectivamente, considero que en seis meses vamos a estar discutiendo lo mismo.

Quienes hemos trabajado en los sectores rurales sabemos que hoy día no existen las condiciones para solicitarles ni a los agricultores ni a los pescadores esto, que evidentemente es un avance. Sabemos que Impuestos Internos tiene la mejor de las iniciativas al tratar de colocar esto en línea, porque, evidentemente, ordena la casa y disminuye la evasión. Pero debemos hacernos cargo de las diferentes realidades del país, y claramente la Región Metropolitana no es Chile, pues hay muchísimas comunas en nuestra Región de La Araucanía que no tienen acceso a internet.

Quiero hacer un último punto, que se refiere a las modificaciones propuestas al artículo 55. Lo mencionó nuestro Senador García Ruminot y deseo reiterar esa preocupación.

Para la agricultura y la ganadería es grave que se haga este tipo de análisis de márgenes máximos permitidos. Todos sabemos que los animales se destaran veinticuatro o cuarenta y ocho horas de salidos del predio al lugar donde finalmente se van a vender (en una feria de animales). Por lo tanto, es imposible que el peso de salida sea igual al peso en que se venden.

Cuando uno cosecha trigo este se sigue deshidratando. Lo más probable es que el peso de salida jamás sea el peso en el camión cuando el trigo se venda. Hay sectores en mi región donde los camiones esperan cinco días afuera de los molinos para que sean ingresados.

Por lo tanto, pido mayor profundidad en el análisis. Aquí hay análisis técnicos y de realidad del que muchas veces adolecen nuestras leyes. Esta es una oportunidad en la que veo que existe transversalidad respecto de una misma opinión. Debemos hacernos cargo de lo que significan las actividades pecuaria, agrícola y pesquera del país. Por lo tanto, evidentemente, hay que facilitar el pago de impuestos y no transformarlo en una complejidad además de todas las que ya posee la actividad económica, sobre todo para los más pequeños.

Voto a favor, pero estaremos disponibles para colaborar en la mejora de este proyecto.

El señor GUZMÁN (Secretario General).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor PIZARRO (Presidente accidental).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (32 votos a favor, 2 abstenciones y 2 pareos) y queda despachado en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Órdenes, Provoste, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Chahuán, Coloma, Elizalde, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Huenchumilla, Kast, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Ossandón, Pizarro, Prohens, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.

Se abstuvieron la señora Rincón y el señor Navarro.

No votaron, por estar pareados, los señores Galilea y Pérez Varela.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 30 de diciembre, 2019. Oficio en Sesión 133. Legislatura 367.

Valparaíso, 30 de diciembre de 2019.

Nº294 /SEC/19

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que modifica la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario y de la pesca artesanal emitan guías de despacho en soporte de papel, correspondiente al Boletin Nº 12.836-03, con las siguientes enmiendas:

Artículo único

Ha pasado a ser artículo 1º, reemplazado por el siguiente:

“Artículo 1º.- Agrégase en el inciso final del artículo primero transitorio de la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, luego del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente oración: “En el caso del sector silvoagropecuario y la pesca artesanal, dicha obligación entrará en vigencia al mes décimo octavo de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.”.”.

° ° °

Ha incorporado el siguiente artículo 2º, nuevo:

“Artículo 2º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto ley N° 825, de 1974, que establece la Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios:

a) Modifícase el inciso segundo del artículo 54 de la siguiente forma:

i. Reemplázase, en la segunda oración, la expresión “, de oficio o a petición de parte, dictará”, por lo siguiente: “deberá dictar, en forma anual, previo informe del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y en conformidad con lo establecido en un reglamento expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y suscrito además por el Ministro de Hacienda,”.

ii. Agrégase, inmediatamente a continuación de la expresión “conforme lo solicite el Servicio de Impuestos Internos.”, y antes de la expresión “Presentada la solicitud”, la siguiente oración: “Las resoluciones a que hace referencia este inciso podrán también ser pedidas fundadamente, ante el Servicio de Impuestos Internos, por el propio contribuyente o grupo de contribuyentes.”.

iii. Sustúyese los términos “Presentada la solicitud de que trata de este inciso” por lo siguiente: “Presentada la solicitud a los organismos técnicos respectivos”.

b)Agréganse en el inciso quinto del artículo 55, inmediatamente a continuación de la expresión “fecha de la guía o guías respectivas.”, las siguientes oraciones finales: “Respecto del sector silvoagropecuario y pesca artesanal, una circular del Servicio de Impuestos Internos establecerá los márgenes máximos permitidos de diferencia de precio y peso entre las guías y las facturas en consideración a los tipos de animales, o productos a transportar. Para estos efectos, un reglamento expedido por el Ministerio de Hacienda y suscrito además por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, establecerá la forma de cálculo de dichos márgenes máximos.”.”.

° ° °

- - -

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 15.069, de 10 de octubre de 2019.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JORGE PIZARRO SOTO

Presidente (A) del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 02 de enero, 2020. Diario de Sesión en Sesión 133. Legislatura 367. Discusión única. Se rechazan modificaciones.

FACULTAD A CONTRIBUYENTES DEL SECTOR AGROPECUARIO PARA EMISIÓN DE GUÍAS DE DESPACHO EN PAPEL O EN FORMA ELECTRÓNICA. (TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 12836-03)

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde tratar las modificaciones incorporadas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 21.131, que Establece Pago a Treinta Días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario y de la pesca artesanal emitan guías de despacho en soporte de papel.

Antecedentes:

-Modificaciones del Senado. Documentos de la Cuenta N° 5 de este boletín de sesiones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

En discusión las modificaciones del Senado.

Tiene la palabra el diputado Miguel Mellado .

El señor MELLADO (don Miguel).-

Señor Presidente, en primer lugar, quiero recordar a los colegas que en octubre aprobamos un proyecto de ley, que nació en la Comisión de Economía, que decía: “Agréganse, a continuación de la expresión “en papel.”, las siguientes oraciones: “En el caso del sector agropecuario y la pesca artesanal las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel. Los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.”.”.

Eso fue lo que aprobamos, estimados diputados -para que se acuerden-, en esta Cámara por amplia mayoría. Pero el proyecto se fue al Senado y, como muchas veces pasa, en esa cámara casi lo hicieron de nuevo. El proyecto ahora quedó con dos artículos. Definitivamente, estoy de acuerdo con que se aplace la entrada en vigencia de la obligatoriedad del uso de guía electrónica para la agricultura. Esta es una actividad que se desarrolla en sectores rurales, donde no necesariamente hay internet. La ruralidad no es solo aquel sector que está a orilla de la carretera o en zonas llanas. Por eso, el proceso para los agricultores implica una complejidad adicional.

Sin embargo, creo que hay algunos puntos del artículo 2°, del cual pedí votación separada, que son impracticables, porque los agricultores venden organismos vivos: animales, plantas, granos, tubérculos, frutas y hortalizas, que modifican su peso y su calidad durante el transporte.

Además, la transacción se hace según la recepción del destinatario del producto, o sea, de la agroindustria. Es decir, es el comprador quien pone las condiciones. Por ende, la transacción se regirá según los parámetros definidos por el comprador -molinos, ferias de animales, ferias de abasto, etcétera al momento de recibir la carga. En el caso de la fruta, se hará según la recepción en el país de destino; es decir, las manzanas se pagarán según la recepción en Filadelfia o en China.

En el caso de los animales, es muy distinto enviar un novillo a Santiago o a Antofagasta, o trasladarlo desde Punta Arenas a Osorno, porque el transporte puede ser hecho en barco o por tierra, vía Argentina. ¿A qué voy con esto? A que el Servicio de Impuestos Internos tendrá que establecer márgenes a permitidos especiales prácticamente para cada ciudad del país. Es decir, se van a modificar los márgenes permitidos.

En el caso de los granos, cuando un agricultor los despacha, puede suponer con mediana estimación los kilos que transporta, pero es imposible suponer siquiera su calidad. Es común que entre las distintas categorías del trigo que un molino compra existan 2.000 pesos de diferencia. Solo por ese concepto hablamos de más del 10 por ciento de diferencia.

En caso de que el trigo fuera rechazado por el molino, por ejemplo, por ser trigo nacido -que es una actividad fisiológica imperceptible al ojo humano-, ese producto ya no servirá como trigo, sino solo para alimentación animal, con lo cual su precio bajará –escuchen al 50 por ciento del valor esperado por el agricultor.

En el caso del avellano europeo, el agricultor despachará 25.000 kilos de avellanas comunes, que se liquidarán con una factura por 8.000 kilos de avellanas descascaradas y secas; es decir, los kilos vendidos representan el 30 por ciento de lo despachado.

¡Impracticable, entonces! Y apenas he mencionado tres ejemplos. Ahora, ¿cuántos productos existen en la agricultura? ¿Diez mil? ¿Quince mil? No lo sé. Solo sé que esta tabla de márgenes será un dolor de cabeza permanente, aumentará innecesariamente la burocracia, provocará que miles de agricultores estén haciendo filas para explicar la veracidad de la guía de despacho, y generará muchos falsos positivos, como dice Roberto Heise , agricultor de la zona y presidente de la SOFO, es decir, contribuyentes que estarán explicando lo que han hecho bien, mientras que los pillos seguirán operando libremente. Solo agregará burocracia a los que cumplen.

Por otro lado, creo que generará una peligrosa zona de margen permitido en el que se moverán los que desean hacer malas prácticas. Por ningún lado se le ve algo positivo a esta tabla, que está en el segundo punto de las modificaciones hechas por los senadores.

Hay que recordar que los agricultores liquidan contra recepción en la agroindustria. Si la agroindustria está iluminada, es ahí donde debemos mover la puntería, es decir, si está iluminado o no el sector al que debe moverse la carga, a fin de evitar las malas prácticas. Siempre todo llega a la industria. Es más, muchas veces he escuchado que la industria forestal compra los mismos palos que a ella le roban.

Pregunto: ¿cómo vamos a hacer esta práctica? Lo que salió de la Cámara de Diputados fue un proyecto y lo que llegó del Senado es uno distinto.

Pedí votación separada, porque estoy completamente de acuerdo con el primer punto, en el sentido de postergar seis meses la entrada en vigencia para los agricultores y para la pesca artesanal, pero no estoy de acuerdo con la segunda parte, respecto de la tabla de márgenes, que será muy discrecional para la agricultura y para la pesca artesanal.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el ministro de Economía, Fomento y Turismo, señor Lucas Palacios .

El señor PALACIOS (ministro de Economía, Fomento y Turismo).-

Señor Presidente, en primer lugar, deseo un muy feliz año a todos los diputados. Este es un año muy importante para el país y será de mucho trabajo, me imagino, para todos.

Respecto de la materia que se está discutiendo, estamos hablando de una ley de pago a treinta días que ya está aprobada. Lo que hicimos fue plantear al Congreso Nacional, partiendo por la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, el hecho de adelantar la entrada en vigencia del pago a treinta días, es decir, que en vez de que sea en 2021, sea a contar del 1 de abril del presente año.

Dentro de la discusión, los diputados plantearon dudas respecto de la entrada en vigencia -que ahora está en la ley de la guía de despacho electrónica. La verdad es que tenían toda la razón: esa disposición era un tema complicado para el sector agropecuario, complicado para la pesca artesanal, y me comprometí a presentar una indicación para mejorar ese aspecto de la ley.

Ahora, los aspectos que hemos considerado son, en primer lugar, postergar la entrada en vigencia de la obligatoriedad de la guía electrónica en seis meses. Si no se aprueba esta parte del proyecto, la entrada en vigencia de la guía electrónica obligatoria sería el 17 de enero, y estamos bastante encima. Todo esto ha sido un poco encima en general.

En segundo lugar, se agrega el sector silvo agropecuario. Inicialmente estaba considerado solamente el sector agrícola, pero hemos incorporado a la pesca artesanal y al sector forestal, que también están sujetos a las mismas complejidades.

En tercer lugar, hemos considerado la exclusión de la obligatoriedad permanente de lo que establece este proyecto de ley sobre aquellos sectores que no cuentan con conectividad a internet, porque difícilmente se puede hacer una guía de despacho o una factura electrónica cuando no se dispone de dicha conexión. Para tal efecto, se deberá determinar quién definirá cuáles son esos sectores: el Servicio de Impuestos Internos, a partir de la información del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, o cualquier contribuyente o grupo de contribuyentes que denuncie que no tiene la suficiente conectividad para emitir una guía de despacho electrónica, situación que se deberá informar al Servicio de Impuestos Internos.

En cuarto término, consideramos necesario establecer una tabla de tolerancia por diferencia de peso y precio entre la guía de despacho y la factura. ¿Por qué es importante que exista ese documento? Porque la guía de despacho define la fecha para la posterior emisión de la factura. Si no incorporamos la guía de despacho, difícilmente podremos hacer efectivo el pago a treinta días desde la emisión de la factura, porque estará definida la fecha para su emisión.

¿Por qué es importante la publicación anual de una tabla que establezca rangos tolerables de diferencia entre el peso y el precio consignados en la guía de despacho? Porque es usual que la carga que figura en dichos documentos sea una al momento en que sale el camión desde el origen de la guía de despacho y otra distinta la que llega al lugar de destino. Por lo tanto, ese documento es una forma de establecer su trazabilidad y de evitar que exista arbitraje de precios, práctica que estamos siguiendo de otros países.

Con una guía de despacho bien emitida, con un margen de tolerancia que no ha sido inventado acá, sino que ha sido establecido sobre la base de distancias y de contenidos de estudios internacionales, lo que se hace es generar un margen de tolerancia para que la factura tenga una consecuencia con la guía de despacho de origen.

Aquello será revisado una vez al año por el Servicio de Impuestos Internos, con el fin de evitar -esto es muy importante que exista arbitraje de precios por parte de los grandes contra los chicos. Mientras más transparente sea la emisión de la guía de despacho para la posterior emisión de la factura, mejor para los más pequeños.

El punto cuatro y el tres, es decir, quienes están excluidos de las zonas de conectividad y también la tabla de tolerancia, estarán sujetos a un reglamento que podremos detallar en los próximos seis meses, cuando entre en vigencia la ley.

Por lo tanto, lo que estamos haciendo es corregir una ley que definía la obligatoriedad de la guía de despacho electrónica, en circunstancias de que Chile no está preparado para eso, ya sea porque existe el llamado analfabetismo de internet o de conectividad, o porque hay sectores que no cuentan con conectividad apropiada. Pero seguimos avanzando con la idea de que existe esa trazabilidad, de manera de evitar el arbitraje de precios, sobre todo por parte de los que dominan el transporte de todos los productos silvo agropecuarios.

En consecuencia, quiero señalar que estamos ante un buen proyecto de ley, sin perjuicio de que se pueden corregir determinados aspectos, así como lo hicieron saber los integrantes de la comisión técnica respectiva, instancia en que me comprometí a llevar a cabo las revisiones respectivas. En todo caso, en el reglamento correspondiente definiremos cuáles son los pequeños agricultores que no pueden emitir una guía de despacho electrónica porque no saben cómo hacerlo, los que deberán seguir haciéndolo de forma análoga.

Muchas gracias.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Cito a reunión de Comités sin suspender la sesión.

Tiene la palabra el diputado Jaime Mulet .

El señor MULET.-

Señor Presidente, creo que las modificaciones del Senado, sin lugar a dudas, desnaturalizaron el proyecto de ley que aprobó la Cámara de Diputados.

Quiero recordar que el proyecto de ley fue iniciado en moción de los diputados Pedro Pablo Álvarez-Salamanca , José Miguel Castro, Iván Flores , Camila Flores , Javier Hernández , Harry Jürgensen e Ignacio Urrutia , entre otros.

A raíz de las complejidades generadas por la modificación de la ley N° 21.131, avanzamos en el establecimiento del pago a treinta días; pero, por otro lado, se introdujo una disposición para que las guías de despacho fueran emitidas en formato electrónico, al igual que otros documentos. Se establecieron algunas excepciones, pero estas quedaron en manos del Servicio de Impuestos Internos.

La Cámara de Diputados aprobó la inclusión del sector agropecuario y del sector de la pesca artesanal dentro de los contribuyentes beneficiados. Nos preocupan las modificaciones del Senado, porque prácticamente eliminan el sentido original de este proyecto de ley.

Por lo tanto, con excepción de la prórroga en seis meses de la entrada en vigencia de la guía de despacho electrónica, consideramos que la iniciativa debe ser rechazada y enviada a comisión mixta, para que pueda ser despachada antes del 16 o 17 de enero.

Consideramos que las enmiendas introducidas por el Senado no abordan los problemas de fondo que afectan a muchas regiones, en las que un gran número de localidades no cuentan con servicio de internet. Por ejemplo, en la Región de Atacama, que es muy extensa desde el punto de vista geográfico, hay decenas de caletas y múltiples pueblos en sus valles, como el caso de Copiapó y del río Huasco, en donde hay pequeños agricultores, pequeños pescadores, artesanos y crianceros.

Se trata de pequeños empresarios que realizan una actividad económica muy importante, pero que tienen el problema de no contar con conexión a internet y de ser analfabetos digitales.

¿Qué vamos a hacer con ellos? Si continuamos aislándolos terminaremos por impedir que puedan desarrollar su actividad económica. ¿Es eso lo que queremos? En esas condiciones, ¿cómo vamos a obligarlos a que emitan guías de despacho digitales? Yo entiendo que es deseable que así sea, pero el Estado tiene que dar garantías a todos.

Hace veinte, treinta o cuarenta años no se garantizaba la educación; la educación básica era obligatoria, pero la educación media se estableció como garantía hace aproximadamente veinte años. Muchas personas que hoy tienen sesenta, setenta u ochenta años de edad no tuvieron acceso a la educación, pero no por falta de voluntad, sino porque el Estado era muy precario y discriminatorio en ese aspecto.

Entonces, no estoy dispuesto a dejar fuera de la economía -prácticamente eso es lo que se hace a través de este proyecto de ley a importantes sectores de nuestro país que están aislados y que tienen dificultades para hacer una guía de despacho electrónica, ya sea porque no tienen energía eléctrica o porque no son alfabetos digitales.

El Estado debe preocuparse de ese aspecto, porque es su obligación llegar a todos los sectores; tiene que crear las condiciones sociales y económicas para que todos y cada uno de sus integrantes puedan desarrollar las actividades económicas que les permiten sustentar a sus familias.

La solución que se propone es que sean los pequeños empresarios, por ejemplo, de localidades de la Región de Atacama, como Carrizal Bajo, Carrizalillo , Conay y Los Loros, los que tengan que concurrir al Servicio de Impuestos Internos para demostrar que se encuentran en una zona que no está conectada con internet o que carece de energía eléctrica, sin perjuicio de que además pueden ser analfabetos digitales. Entonces, ¿por qué tenemos que cambiar las reglas a esas personas? ¿Acaso no son chilenos y chilenas igual que nosotros?

Por lo tanto, me parece que esta iniciativa no apunta en el sentido correcto. Seguramente se le facilitarán las cosas al Servicio de Impuestos Internos, ¿pero a costa de quién? A costa de los pequeños empresarios, de gente de esfuerzo. Estamos pensando en los pequeños empresarios, porque en este país siempre se arregla y facilita todo para los grandes empresarios.

Lo señalado también es parte de la protesta social. Los sectores rurales muchas veces están hasta la coronilla con el Estado, con el sistema político, económico y social vigente. Por eso, en esas localidades también han protestado.

La materia que estamos debatiendo forma parte de aquellas cosas que, de alguna manera, alejan y complican la vida de sus habitantes.

Por las razones señaladas, anuncio que estoy por rechazar este proyecto de ley y por aprobar lo que originalmente se acogió en la Cámara de Diputados. ¿Para qué? Para que haya un Estado que dé un trato justo e igualitario a todos los chilenos y chilenas, no solo a los urbanos y alfabetos, sino también a los rurales, a los analfabetos, esto es, a todos por igual. No les cambiemos las reglas.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Dado que tenemos reunión de Comités, daré ahora la palabra a la diputada Alejandra Sepúlveda .

Tiene la palabra, su señoría.

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señor Presidente, deseo a todos los presentes un muy buen año, y en forma especial a usted, como también, por su intermedio, al ministro. Espero que el personero tenga un muy buen año, además en un ministerio que tiene altas complejidades, pero que es muy importante para el país.

Ministro, usted ha escuchado por lo menos a dos parlamentarios -yo soy la tercera que no están de acuerdo con las modificaciones del Senado. Asimismo, creo que la mayoría de los parlamentarios en esta Sala vamos a estar en sintonía respecto de lo siguiente: que las modificaciones del Senado fueron absolutamente contradictorias con el espíritu de los mocionantes, a quienes, además, quiero felicitar, porque creo que su propuesta fue muy pertinente, precisamente al alero de la discusión en su minuto sobre el proyecto que establece pago a treinta días.

Por tanto, le solicito que apoye el que votemos en contra las enmiendas para que vayamos a comisión mixta, porque creo que lo que hizo el Senado es no entender lo que hoy día ocurre en los sectores rurales, es no entender lo que le pasa a la pequeña agricultura.

Ministro, no se trata solo de un problema de internet. Ese de un concepto absolutamente urbano, porque lo único que dice es: “Donde no hay cobertura, tenemos que hacer esta excepción”. Y supongo que esta excepción la hará el Servicio de Impuestos Internos con la Subsecretaría de Telecomunicaciones. Se lo pregunto, ministro.

Pero aquí hay un problema cultural. Además, los pequeños agricultores tienen en promedio sobre 50 años de edad -comparto lo que planteó el diputado Mulet y no tienen la posibilidad -también lo digo por mí de incorporar estas nuevas tecnologías a un tema tan delicado, que tiene que ver no solo con la factura, pues la factura ha sido algo super complejo y super difícil para los agricultores, sino también con la clave, porque muchos deben entregarla. ¿Y saben quién tiene hoy el poder en esta situación? Los contadores, a quienes los pequeños agricultores entregan su clave.

Entonces, decir “sumemos también la guía de despacho electrónica” es doblemente complejo, porque se supone que eso es mucho más rutinario.

Yo creo que esto es un error, porque será bajo las condiciones de precariedad de comunicación, pero, además, de un analfabetismo digital, que lo tenemos muchos de quienes tenemos sobre 50 años de edad.

Entonces, ¿por qué no se hace optativo -lo hemos dicho aquí para los que crean que esto es más fácil o para que la gente se vaya incorporando paulatinamente?

Además, ministro, ¿usted sabe cuál es la cobertura del Sence en capacitación para la pequeña agricultura? Para el pequeño empresario urbano, es de 1,5 por ciento, y cero por ciento para el rural. Entonces, ¿cómo aprende el pequeño empresario? ¿Cómo lo hace para aprender?

(La diputada señora Alejandra Sepúlveda exhibe su celular)

¿Usted cree que los pequeños agricultores tienen un celular como este para poder emitir su guía de despacho electrónica? ¡No es así! Entonces, esta falta de realismo, esta falta de pies puestos en la tierra, esta falta de sensibilidad hacia sectores que son distintos, este urbanismo excesivo que tenemos en cada una de nuestras leyes es lo que nos tiene como estamos: aislados del mundo rural.

Ministro, ¿usted conoce los niveles de precariedad y pobreza que tenemos en los sectores rurales, a diferencia de los urbanos? Tenemos 30 por ciento más de pobreza y de complicaciones en los sectores rurales.

Por eso, invito a todos los que están en la Sala y que me están escuchando a que votemos en contra de todas las modificaciones que hizo el Senado al proyecto. Y el lunes deberíamos estar trabajando en la comisión mixta, solo con una intención: tener esta ley a dos años más, pero siempre con la posibilidad de que la persona pueda elegir y, si fuera factible, ir midiendo cómo se está dando este traspaso de tecnología y de metodología hacia la pequeña agricultura.

Lo segundo es que hay que agregar al sector forestal, a la pequeña agricultura forestal. No sé si está pensado así por los senadores. Pero -¡ojo! no se nos vayan a subir por el chorro los grandes empresarios forestales, porque ahí sí que estaremos en el peor de los mundos. O sea, todo esto está pensado solo para la pequeña agricultura, para los pequeños productores forestales, para la pequeña agricultura familiar campesina.

Ministro, espero que cuando escuche la mayoría de las intervenciones hoy en la Sala pueda llegar a la convicción de que esta Cámara de Diputados está en terreno, de que sabe lo que pasa en la pequeña agricultura, de que no somos de teoría y de que no estamos votando sin entender las distintas sensibilidades de los sectores rurales.

Espero que todos o la mayoría de nosotros votemos en contra de este proyecto de ley. Por último, vuelvo a felicitar a los mocionantes. Espero que el espíritu que ellos tienen se…

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señora diputada. El señor ministro ha pedido hacer uso de la palabra.

Tiene la palabra, señor ministro.

El señor PALACIOS (ministro de Economía, Fomento y Turismo).-

Señor Presidente, brevemente, haré solo un par de clarificaciones.

En primer lugar, es cierto lo que dice la diputada en cuanto a que es importante estar en terreno para poder conocer la realidad del sector agrícola. Yo la conozco, porque he vivido gran parte de mi vida en el campo, y es cierto que ahí hay algunas dificultades que a veces uno no conoce. Eso es verdad.

Este proyecto tiene cuatro partes. Una es la postergación en seis meses de la entrada en vigencia. Recordemos que la entrada en vigencia de la ley exige la obligatoriedad de la guía de despacho electrónica a partir del 17 de enero. Eso es lo primero.

En segundo término, ahora está incorporado el sector silvo agropecuario completo, que no estaba incluido en el proyecto original. Ahora nosotros incorporamos al sector de la pesca artesanal, al sector forestal, a todos. Están todos metidos en eso.

Por lo tanto, entiendo que habría dos elementos que estarían generando ruido.

Primero, los sectores que tienen o no tienen conectividad. Efectivamente, hay muchos sectores en el país que no tienen conectividad. Los que no la tienen estarán excluidos de la obligatoriedad, ya sea porque lo define el Servicio de Impuestos Internos o porque cualquier contribuyente va y dice: “Yo no tengo suficiente conectividad y no puedo hacer la guía de despacho electrónica”.

Eso estará sujeto a un reglamento, que entrará en vigencia en seis meses. En ese reglamento queremos incorporar que los más pequeños, los que están sujetos a esta suerte de analfabetismo digital, también tengan la posibilidad, la prerrogativa, de no tener que utilizar la guía de despacho electrónica.

Respecto de la tabla de tolerancia, debo decir que me parece super importante -estoy de acuerdo con ella-, porque lo que busca es cautelar y beneficiar sobre todo a los más chicos, porque, de lo contrario, cuando no existe una tabla, la posibilidad de arbitraje de precios por diferencias de volúmenes puede ser gigantesca, y eso es lo que se está intentado disminuir. Se busca que las cosas sean más trasparentes.

Ahora -espero que esto quede super claro-, la ley en proyecto no pasa por sobre la posibilidad de que existan notas de crédito, puesto que eso sigue exactamente igual; lo único que está haciendo es trasparentar y facilitar las cosas.

Muchas gracias.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Naranjo .

El señor NARANJO.-

Señor Presidente, probablemente el ministro se va a cansar de escuchar a uno y a otro parlamentario y parlamentaria decir que no está de acuerdo con las modificaciones introducidas por el Senado, pero no es ninguna sorpresa lo que estamos viendo, pues en varias ocasiones las ideas matrices de los proyectos o iniciativas que plantea la Cámara de Diputados son modificadas posteriormente por el Senado, y muchas veces, lamentablemente, para peor, no para mejor.

En esta ocasión, señor ministro, creo que una vez más nos encontramos en esa situación. Pareciera ser que el diagnóstico de los senadores es muy distinto al que tenemos los diputados. Una vez más se pretende mirar al país como si fuera homogéneo, como que la modernidad hubiera llegado a todos los sectores del país, no obstante que eso no es así.

Más aún, aunque usted nos señale que el Servicio de Impuestos Internos determinará las zonas que puedan estar liberadas de esta situación, puede ocurrir que en una que se califique como conectada haya personas que sean analfabetas digitales. ¿Qué va a pasar en esas circunstancias? Quizá usted me diga que podrán concurrir a dicho servicio para solicitar la modificación, pero lo más importante es que cuando hay gente marginada del acceso a internet y a la modernidad, nosotros, en vez de imponerles cosas, debemos adaptarnos a su realidad, y no para que vulneren la ley o no paguen impuestos, sino para facilitarles las cosas y que, dentro de la precariedad en que viven, puedan normalizar su situación y no transformarse en personas que actúan al margen de la ley. Porque con estas modificaciones los estamos llevando a que actúen en sentido contrario, y creo que esa no es la finalidad de esta iniciativa.

Por eso, cuando discutimos el proyecto en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados y después en la Sala, éramos partidarios de eliminar de ese trámite a los pequeños artesanos de la pesca y a los pequeños productores silvoagropecuarios del sector rural.

Tal como hoy se encuentra el proyecto, nuevamente caeremos en una situación que los dejará en un cuadro muy incómodo. Para qué vamos a estar postergando algo que lo más probable es que después tengamos que modificar nuevamente porque la realidad nos vuelva a golpear en la cara.

Pido al ministro que entienda que nada de lo que planteamos puede entorpecer al Servicio de Impuestos Internos. De hecho, actualmente dicho servicio tiene la facultad de operar con aquellos que tienen guías de despacho en papel y no están acogidos al sistema electrónico de internet.

Por lo tanto, si ya tiene esa facultad, por qué no la dejamos “clarita” para quienes no puedan acceder a la modernidad. Si dicha institución ya tiene esa facultad, dejémosla abierta y no presionada a que el día de mañana vaya a dividir el territorio en zonas donde tengan acceso a internet y las que no lo tengan.

Reitero que la mayor cantidad de analfabetos digitales están localizados en el sector rural, a quienes no solo debemos ayudarlos a que se integren como alfabetos digitales, sino también facilitarles las cosas para que no caigan en una situación difícil. Ya es incómodo para ellos acudir al Servicio de Impuestos Internos, porque sabemos cómo algunos funcionarios públicos atienden al público cuando va a consultar. Uno queda prácticamente peor que antes de ir a hacer la consulta.

Entonces, ustedes pueden apreciar que hay una mirada transversalmente compartida entre quienes somos diputados de zona rurales, porque conocemos muy de cerca esa realidad.

En razón de lo expuesto, reitero que lo más sano para resolver el problema y no dar una solución parche es que vayamos a comisión mixta, dentro del plazo que aún nos queda. Dicha comisión podría ser citada para el próximo lunes, a fin de resolver bien el problema y no dejarlo en una situación de suspenso o inquietud, que ya la tiene.

Probablemente a muchos de los parlamentarios que han intervenido en el debate se les ha acercado gente del sector rural para conversarles sobre esta situación. En mi caso, he escuchado muchas inquietudes de pequeños productores que, a pesar de tener la facilidad de acceso a internet, no saben cómo acceder a las plataformas. Incluso, nos dicen que por favor modifiquemos tal cosa, porque, de lo contrario, los pondrán en una situación tremendamente difícil y angustiante. Si ya tienen un problema, no les agreguemos uno más. Debemos ver bien cuál es la realidad y legislar conforme a ella.

Tengo la impresión de que, un vez más, el Senado se ha equivocado al hacer las modificaciones que nos propone, porque cambió totalmente el espíritu de lo que conversamos en la Comisión de Economía sobre esta propuesta legislativa.

En razón de las consideraciones expuestas, reitero nuevamente que rechazaremos las modificaciones propuestas por el Senado.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Ignacio Urrutia .

El señor URRUTIA (don Ignacio).-

Señor Presidente, por su intermedio, saludo al ministro de Economía, a quien expreso mi deseo de que tenga un muy buen año. Para ello, partamos con el pie derecho y modifiquemos las propuestas del Senado, como han pedido quienes me precedieron en el uso de la palabra.

En verdad, era muy sencillo el proyecto que salió de la Cámara de Diputados. Se trata de una iniciativa del diputado Harry Jürgensen , quien tuvo la amabilidad de invitarnos a varios diputados a suscribir la moción. Decía algo tan sencillo como que, en el caso del sector agropecuario, las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel.

Se daban ambas alternativas. Era algo tremendamente sencillo. No había para qué enredarlo en materia alguna, pero quedó bastante confuso y complejo. Algo tan simple como dar una alternativa a los agricultores en esta materia se complejizó demasiado.

Ahora bien, si se quería agregar al sector de la pesca artesanal, era tan fácil como señalarlo y otorgarle exactamente la misma alternativa. ¿Para qué meterle una cuña -eso fue lo que hicieron que enreda y complica sobremanera el tema?

Como se ha dicho -no lo voy a repetir-, las dificultades que tienen muchos agricultores y campesinos del sector rural no solo se debe a la falta de acceso a internet, sino también, y principalmente, a no saber emitir una factura electrónica.

Además, lo que agrega el Senado al final del proyecto, el tema del precio, es muy complicado. Hoy, cuando un agricultor gira una guía, pone un precio aproximado, que normalmente no tiene absolutamente nada que ver con la realidad, porque el precio final es muy distinto al que puso inicialmente. El precio se pone un poco al lote, porque es imposible saber cómo se va a finiquitar la operación en caso de que, por ejemplo, se lleven animales a una feria.

En cuanto a los ejemplos dados por el diputado Miguel Mellado respecto del trigo, es muy difícil saber a qué precio se liquidará esa carga. Por lo tanto, es muy complicado poner un precio; no es un asunto fácil.

Por eso, haría un esfuerzo ahora para solucionar este problema. No creo que sea buena la alternativa del reglamento. En general, hay un poco de desconfianza con los reglamentos -se lo digo de frentón-, sobre todo en el sector agrícola. No es con usted, señor ministro, sino con los reglamentos, porque estos no son hechos por usted, sino por los asesores. Hay una cierta desconfianza allí. Por lo menos en el sector agrícola hemos visto que se hacen reglamentos, pero estos no quedan realmente como deberían quedar.

Todavía tenemos plazo. Este proyecto está calificado con discusión inmediata; por lo tanto, hay que mantenerla, y lo enviamos a comisión mixta, que perfectamente puede ocurrir la próxima semana, como dijo el diputado Naranjo , para que antes del 17 de enero se pueda promulgar la ley, después de haber sido despachada desde el Congreso Nacional.

Hagamos bien las cosas desde aquí. No cometamos el error de enviar un proyecto mal hecho y que después quedará al arbitrio de un reglamento que nadie sabe si será el adecuado y ayudará, sobre todo a la pequeña agricultura.

Al menos como diputado del Partido Republicano, estoy por rechazar algunas modificaciones del Senado.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag .

El señor SABAG.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a todos los colegas diputados y diputadas y al ministro de Economía, a quienes les deseo un feliz año 2020.

Este proyecto tiene su origen en una moción de varios diputados integrantes de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural, como Harry Jürgensen , Pedro Pablo Álvarez-Salamanca, José Miguel Castro , Camila Flores, Iván Flores , Javier Hernández , Frank Sauerbaum , Ignacio Urrutia y Cristóbal Urruticoechea .

La iniciativa fue aprobada por unanimidad en la Cámara a comienzos de octubre pasado. Luego el Senado introdujo varias modificaciones que complementan el texto aprobado, aunque incorporó una modificación en el articulado transitorio que afecta los derechos de los productores a quienes va dirigido el proyecto.

El objetivo original era modificar la ley Nº 21.131, que Establece Pago a Treinta Días, con el propósito de permitir a los contribuyentes del sector agropecuario y de la pesca artesanal decidir por sí solos entre emitir guías de despacho en papel o de forma electrónica.

Reitero: esa era la idea original del proyecto.

La citada ley se publicó en enero del año pasado y entraría en pleno vigor a partir de este 16 de enero. Sin embargo, el Senado determinó que, en el caso del sector agropecuario y de la pesca artesanal, ello ocurriría a partir del décimo octavo mes de la publicación en el Diario Oficial de la ley, esto es, el mes de julio de este año, por lo que la posibilidad de elegir entre un formato y otro queda suspendida hasta dicho mes.

Esta norma se hizo necesaria cuando, de manera inadvertida, se estableció que las guías de despacho solo podrían entregarse en formato electrónico, lo que perjudica de manera significativa al sector agropecuario, que no siempre tiene acceso a la tecnología.

Efectivamente, los diputados que representamos zonas agrícolas o silvoagropecuarias sabemos que hay muchas localidades que no tienen conectividad. Ese es un tremendo desafío para el país: lograr la conectividad de internet en todos los sectores. Ese es el ideal, pero lograrlo en seis meses es un plazo absolutamente utópico. Necesitamos mucho más tiempo para lograr la conectividad de todos los sectores del país, lo cual sería casi un sinónimo de un mayor desarrollo del país. Hoy eso no es posible.

En la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural, de la cual soy su presidente, discutimos que hay que volver a la idea original del proyecto, como sugirieron los diputados patrocinadores de la moción, esto es, que exista la opción de que el agricultor emita la guía de despacho en formato papel o en forma digital. La idea es dejar abierta la posibilidad, no como lo ha propuesto el Senado.

La mejor solución, como lo planteó el diputado Naranjo , es discutir el proyecto en comisión mixta para volver a la idea original.

Rechazaré las modificaciones del Senado para poder, en un breve plazo, corregir la ley en proyecto, que entrará en vigencia en algunos días más, el 16 o 17 de enero.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Frank Sauerbaum .

El señor SAUERBAUM.-

Señor Presidente, saludo al ministro de Economía, Fomento y Turismo.

En Ñuble, según la encuesta Casen 2017, tenemos 24,6 por ciento de pobreza multidimensional, cuyos factores de medición son, entre otros, el nivel de escolaridad, la seguridad social y la habitabilidad. La pobreza en los sectores rurales se vive de forma distinta a la de las ciudades.

La pobreza en los sectores rurales se vive sin agua potable, sin acceso a caminos, sin posibilidades de tener centros médicos o educacionales cercanos, pero, a diferencia de las grandes ciudades, la gente sale al patio de su casa y puede comer una papa con un tomate. La gente tiene con qué alimentarse, pero no cuenta con los servicios básicos.

Este proyecto tiene relación con la calidad de vida que tienen quienes viven en sectores rurales; porque ahí la mayoría no tiene acceso a internet. La realidad que vivimos en el campo es que la mayoría son personas mayores, pues cada vez menos jóvenes viven en los campos.

El hecho de forzar a los agricultores a tener acceso a internet y hacer los trámites a través de esta vía me parece un despropósito.

La iniciativa que nosotros presentamos -varios de sus autores somos miembros de la Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural tenía como objetivo, en primer lugar, modificar el artículo 54 de la ley del IVA, referente a la obligación de emitir documentos tributarios en formato electrónico o de papel. Agregamos como excepción a la obligación de emitir guías de despacho electrónicas a los contribuyentes del sector agropecuario.

El proyecto se basaba fundamentalmente en que no es suficiente la excepción que contempla la ley, esto es, contribuyentes ubicados en sectores geográficos sin cobertura de datos móviles o fijos, en zonas declaradas en estado de catástrofe o sin energía eléctrica, quienes no están obligados a emitir documentos tributarios electrónicos. El acceso intermitente a datos móviles que tenemos en la Región de Ñuble y en otros sectores rurales, causado por efectos climáticos, no exceptúa de la obligación de emitir documentos electrónicos.

De implementarse la ley como está actualmente el proyecto, se fomenta la informalidad, y eso lleva a menores ingresos tributarios, y, además, compromete, por ejemplo, la trazabilidad del ganado.

En resumen, desde mi punto de vista, el proyecto fue modificado de manera negativa en el Senado. En ese sentido, pido al ministro no transformar esta norma en un “medidores dos”. No volvamos a cometer ese error.

Aquí influenció gente que no conoce la realidad del mundo rural, por lo que cambió el espíritu original del proyecto, que establecía la posibilidad de emitir documentos en papel para el sector agropecuario y de la pesca artesanal. Ahora simplemente se retrasa la implementación de la guía de despacho electrónica por 18 meses para ambos sectores.

Se modificó un artículo de la llamada ley del IVA, el decreto ley N° 825, del Ministerio de Hacienda, con las excepciones a la obligación de emitir documentos electrónicos tributarios. Sin embargo, la corrección propuesta sigue sin considerar el caso de intermitencia de datos móviles. Se agrega un inciso nuevo en la ley del IVA, que incluye normas sobre diferencias de peso y precio en guías de despacho y facturas; se faculta al Servicio de Impuestos Internos para emitir circulares que lo normen.

La verdad es que vemos que se complejizó el proyecto que habíamos presentado. Hoy existen tres ministerios involucrados en la redacción de un nuevo reglamento y vemos un aumento de la burocracia. Por eso, queremos proponer algo bastante más simple: ¿Por qué no tener un registro de estos pequeños agricultores? ¿Por qué no permitir que se inscriban en el Servicio de Impuestos Internos para seguir haciendo sus guías de despacho en papel, dadas todas las condiciones que he expresado?

Hoy en día cuesta mucho implementar un sistema electrónico en los sectores rurales, no solo por la falta de internet, sino porque no todos tienen el conocimiento para poder llevarlo a cabo. Vale la pena recordar que la mayoría de nuestros pequeños agricultores son gente mayor, lo que complejiza el aprendizaje de esta norma.

Vamos a votar en contra las modificaciones del Senado para que el proyecto vaya a comisión mixta, de manera de devolver a su espíritu inicial, que es permitir a los contribuyentes del sector agropecuario seguir adelante con las guías de despacho en soporte de papel, como lo han solicitado ellos mismos.

El viernes estuvimos los diputados de Ñuble en una entrega de beneficios de Indap. En la oportunidad, ese fue uno de los requerimientos que ellos mismos nos hicieron. Están tremendamente preocupados por la forma como trasladar sus productos desde los distintos sectores agrícolas, muchas veces apartados, a los centros de las ciudades, por ejemplo, al centro de Chillán. Les preocupa hacer las ventas sin que esta medida los perjudique; consideran innecesaria la emisión de facturas y guías de despacho electrónicas, porque sienten que eso les dificulta el negocio y finalmente termina solo aumentando la burocracia.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado señor Javier Hernández .

El señor HERNÁNDEZ.-

Señor Presidente, en primer lugar saludo al señor ministro.

El proyecto, en general, tiene bondades. Actualmente, las guías de despacho pueden ser emitidas a elección del contribuyente en formato electrónico o en papel. Sin embargo, la ley de pago a treinta días incorporó una modificación a la normativa vigente, estableciendo que las guías de despacho consistirán exclusivamente en documentos electrónicos.

Preocupados por los problemas que podrían derivar de esta obligación y afectar a los sectores agropecuario y de la pesca artesanal, un grupo de parlamentarios presentamos el proyecto en discusión, el que en su texto original, aprobado por la Cámara, otorgaba al sector agropecuario y de la pesca artesanal la posibilidad de emitir las guías de despacho en formato electrónico o en papel, esto, principalmente, porque la conectividad de dichos sectores puede ser intermitente debido a distintas variables.

Tengo entendido que el Senado introdujo una indicación propuesta por el Ejecutivo en conversación, me imagino, con los integrantes del Senado -creo que también se informó a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados-, la que, finalmente, se aprobó.

Por su intermedio, señor Presidente, le quiero manifestar al señor ministro que estamos absolutamente de acuerdo con la postergación de seis meses, porque ello permite analizar todo lo que pueda ocurrir entremedio.

También estamos de acuerdo con haber incorporado al sector forestal, a la silvoagricultura y a la pesca artesanal. Sin embargo, hay aspectos considerados en las indicaciones, que fueron aprobados en el Senado, que es necesario someter a una discusión mucho más profunda.

El diputado Miguel Mellado solicitó votar separadamente el artículo 2°. Por mi parte, llamo a votarlo en contra, de manera de obligar a que se constituya una comisión mixta que tenga la posibilidad de discutir esas materias. La idea es considerar algunas condiciones culturales que en el mundo rural se dan con mucha fuerza, como la falta de información, la falta de conectividad y la falta de infraestructura. Por ello es necesario efectuar un análisis más profundo.

Por todo lo señalado, invito a los colegas a votar en contra el artículo 2°, de manera que esta materia sea discutida junto con el Senado.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado señor Harry Jürgensen .

El señor JÜRGENSEN.-

Señor Presidente, la ley que establece el pago a treinta días fue una regulación muy esperada por todos. Acortar los plazos de pago, que en algunos casos llegaban a noventa o, incluso, a ciento veinte días, es una demanda de toda pyme. Sin embargo, esa ley también incluye aspectos no del todo aplicables a todos los sectores económicos, como es el caso de la agricultura, la ganadería y la pesca artesanal. Estas actividades del Chile profundo o de campo sin duda presentan limitaciones, ya que muchas veces no cuentan con acceso a internet y, adicionalmente, no todas cuentan con la tecnología necesaria o energía eléctrica para emitir una guía de despacho u otro documento en formato electrónico. Por ejemplo, un pequeño agricultor, ya mayor, que debe despachar madera desde un lugar en la cordillera de la costa de mi región quizá puede tener conexión esporádica, pero se le dificulta entender y aprender la tecnología digital.

Por eso, junto con un grupo de colegas, hace algunos meses presentamos una moción para modificar la ley que establece el pago a treinta días, ya que establecía la obligatoriedad de emitir guías de despacho electrónicas a todos los contribuyentes del país, olvidándose justamente de las características y necesidades especiales de contribuyentes del sector agrícola o de la pesca artesanal.

El proyecto es muy simple, pues busca que estos contribuyentes, dada las dificultades que tienen para cumplir este requisito y que todos acá entienden, puedan emitir guías de despacho en soporte papel o electrónicas, a elección del contribuyente.

Lamento que el Senado haya modificado el proyecto aprobado en primer trámite constitucional por la Cámara, restringiendo las posibilidades para que agricultores, principalmente los que representan a la agricultura familiar campesina, y los pescadores artesanales, puedan hacer uso de la excepción propuesta, limitándolo nuevamente a quienes exclusivamente el Servicio de Impuestos Internos haya autorizado a hacerlo, ya sea de oficio o por solicitud de uno o más contribuyentes, cuando no cuenten con cobertura de datos móviles, energía eléctrica o se encuentren en un lugar decretado como zona de catástrofe.

Si bien el Ejecutivo se hizo presente hace algunas semanas en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados -soy uno de sus integrantes para exponer sobre la indicación sustitutiva que presentaría a este proyecto y que fue lo que aprobó el Senado, el ministerio, al parecer, no sintonizó con las principales observaciones que se hicieron en tal instancia. La excepción establecida olvida la alta tasa de analfabetismo digital que existe en zonas rurales.

Además, en caso de que las personas que tengan que emitir el documento accedan a datos móviles y a energía eléctrica, pueden no contar con la tecnología necesaria para efectuar el trámite.

La realidad en la ciudad es muy distinta a la de los campos. No todos usan teléfonos de última generación, y muchos otros, especialmente pertenecientes a la tercera edad, no tienen o no saben usar un computador que les permita emitir una guía de despacho desde el lugar del envío de sus productos, que muchas veces se ubica en la cordillera o en un potrero en el campo.

Es positivo que la obligatoriedad de la emisión de la guía de despacho electrónica para los sectores silvoagropecuarios y de la pesca artesanal se posponga por otros seis meses. Sin embargo, solo estaremos postergando los problemas que se presentarán para los contribuyentes que no puedan acogerse a las excepciones establecidas por la norma. A diferencia de la factura, que puede emitir el contador de cada contribuyente desde la ciudad, la guía de despacho debe registrarse en el momento de que el comerciante sube los animales al camión, o al momento de despachar el trigo, o las frutas, y en el caso de la pesca artesanal, los mariscos recolectados ese mismo día.

En conclusión, y a pesar de considerar que el proyecto es perfectible y que podría haber mejores formas de solucionar el problema que presenta la emisión de guías de despacho electrónica para estos sectores económicos, es necesario tener conciencia de que esta es una materia que urge regular.

Esperemos que vía reglamento se corrijan las debilidades evidentes del proyecto. Lo digo, porque así lo sienten los pequeños agricultores y gremios de la zona que represento.

Corregir estas debilidades que planteo debe hacerse antes de que la ley de pago a treinta días entre en vigencia en los próximos días de enero.

Por eso, pienso que es necesario discutir y darle una vuelta a este proyecto. Probablemente, una comisión mixta llegue a acuerdo respecto de lo que necesita el sector para acceder a facilidades al momento de emitir sus guías de despacho y no se vea impedido de hacerlo porque existe obligación de realizarlo electrónicamente.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado señor Andrés Celis .

El señor CELIS (don Andrés).-

Señor Presidente, luego de su segundo trámite constitucional, el proyecto dista mucho de su esencia, pero, a mi juicio, sin duda, se trata de indicaciones que mejoran, aclaran y, efectivamente, van en la línea de la modernización tributaria que, desde hace varios años, se presenta en nuestro país.

Sabemos que el proyecto original busca eximir completamente al sector agropecuario de la emisión electrónica de la guía de despacho. Sin embargo, recogiendo las inquietudes del sector y ponderando ventajas y desventajas de este planteamiento, el Senado ha determinado solamente atrasar la entrada en vigencia de la obligación electrónica en dieciocho meses. Sin esta modificación, comenzará a operar el 16 de enero de 2020.

A mi parecer, la propuesta del Senado es acertada, ya que la guía de despacho electrónica constituye el mejor instrumento para anclar la fecha en función de la cual se calcula el plazo para que al mes siguiente, dentro de los primeros diez días, deba emitirse la factura, cuestión que, desde luego, es relevante, considerando que justamente a partir de esta última emisión puede determinarse el pronto pago en el plazo de treinta días.

Además de lo anterior, no se justifica eximir totalmente de la obligación de emitir guía de despacho electrónica a sectores completos de la economía, cuando, por cierto, algunos de ellos sí pueden hacerlo. En efecto, el porcentaje de contribuyentes que emiten electrónicamente sus documentos es bastante alto: alrededor de 65 por ciento.

A mayor abundamiento, los casos de excepción -es decir, aquellos contribuyentes que por razón de conectividad no pueden emitir electrónicamente sus guías de despacho se encuentran actualmente exceptuados mediante circulares del Servicio de Impuestos Internos, el que además se encarga de determinar, en conjunto con otros organismos, los lugares que tienen tal característica.

Así, mantener la obligación de emitir guías de despacho electrónicas es esencial para dar fecha cierta a la emisión de la factura, lo que conlleva algo más relevante aún, cual es el pago oportuno, esto es, dentro de treinta días.

Entonces, la pregunta es si corresponde atrasar el plazo de vigencia de la ley, que es lo que en definitiva estamos discutiendo hoy. Sin duda, esto se debió a las inquietudes y problemáticas levantadas por algunos gremios.

En lo concreto, el plazo adicional de prórroga de la exigibilidad de la factura electrónica respecto de dos sectores específicos se debe, en lo fundamental, a las siguientes dos circunstancias: la necesidad de redactar los reglamentos y que el Servicio de Impuestos Internos termine de elaborar la aplicación offline que permita hacer la guía en un aparato celular u otro, aun cuando no haya conexión a internet o transferencia de datos, para que a la hora de conectarse a la señal la guía ya hecha sea expedida automáticamente. Tal aplicación está terminada, pero aún en período de prueba.

Adicionalmente, el Senado efectúa modificaciones relevantes en torno a la determinación y variación de los volúmenes de la carga y la determinación de las localidades sin conexión, que quedan entregadas al Servicio de Impuestos Internos con auxilio de organismos expertos, lo cual a todas luces me parece acertado.

De conformidad con lo anterior, estoy de acuerdo con las modificaciones planteadas por el Senado.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Rathgeb .

El señor RATHGEB.-

Señor Presidente, claramente, esta iniciativa pretende dar mayor celeridad a los trámites.

Hoy se quiere establecer la posibilidad de que entidades del sector agropecuario y también otras entidades puedan evitar la entrega de la factura electrónica. Lo señalo particularmente por la Región de La Araucanía, que es una zona ganadera, pero de pequeña escala, de pequeños agricultores, quienes deben recurrir al contador o a quien haga sus veces, para elaborar la guía de despacho para el transporte de animales.

En la guía de libre circulación de animales va indicado, además, la identificación animal, que se denomina DIIO, Dispositivo de Identificación Individual Oficial, que es un formulario que en estos casos se hace a mano. Pero la guía electrónica es un documento que debe realizarse con anterioridad.

Pues bien, en más de una ocasión, me ha tocado presenciar que el agricultor llega al lugar prefijado o establecido con el medio de transporte -el camión a cargar los animales, que están ubicados en su corral, en el cargadero, identificados cada uno de ellos con sus características de raza, color, sexo y tipo de especie, y que, por razones ajenas al propio agricultor, los animales no suban al transporte, o sencillamente se hayan fugado, y que este decida finalmente no llevar la cantidad que tenía considerada, sino una cantidad inferior.

A esa hora no encuentra a la persona que le hizo la guía de despacho en forma electrónica, a la persona que pueda realizar ese trámite, por lo que sencillamente ese pequeño agricultor no puede transportar sus animales a la feria o a otro espacio que estaba previamente establecido, por cuanto no tiene la posibilidad de hacer la guía de despacho en papel.

El hecho de que se dé la posibilidad de que el agricultor pueda realizar este trámite en el lugar mismo, con su talonario, facilita que particularmente los pequeños agricultores puedan realizar sus trámites y no quede frustrada su gestión de traslado de animales a la feria o al lugar donde los va a comercializar.

Lo mismo sucede respecto de otros productos que, por ser rechazados o tener alguna dificultad, finalmente no son calificados como tales. Por ejemplo, avena o trigo de primera calidad para consumo animal o trigo para consumo humano, que por distintas razones durante el viaje o al momento de ser calificado no cumplen con los parámetros mínimos para su recepción. Si no está la posibilidad de hacer una guía en forma manual y tampoco se puede hacer en forma electrónica, no se puede hacer el cambio, y eso dificulta claramente el trabajo de nuestros queridos agricultores.

Para la Región de La Araucanía este proyecto es indispensable para dar agilidad al trabajo comercial.

Sabemos que hoy se quiere tener un sistema centralizado, en que finalmente la información llegue de manera rápida, pero nos encontramos con estas dificultades que hacen que definitivamente nuestros queridos agricultores no puedan realizar sus actividades como realmente corresponde.

Contarán con el voto favorable de este diputado, por cuanto la iniciativa va en el sentido correcto. Esperamos que las dificultades que tenga en el camino puedan ser solucionadas, a fin de que la actividad económica de la Región de La Araucanía y de otras regiones que también tienen la característica de ser agrícolas o agropecuarias se pueda realizar de buena manera.

Agradezco la presencia del ministro de Economía, porque ha ido resolviendo las inquietudes que se han ido planteando en este hemiciclo.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Emilia Nuyado .

La señorita NUYADO (doña Emilia) .-

Señor Presidente, por su intermedio, saludo al señor ministro de Economía.

Los parlamentarios que me antecedieron en el uso de la palabra señalaron la dificultad que genera para la pequeña agricultura, para la agricultura familiar campesina, el tener que disponer de una guía electrónica. El proyecto original planteaba la posibilidad de eximir a esos contribuyentes de la guía electrónica.

Sin embargo, a pesar de lo dificultoso de aquello, me parece que la modificación del Senado de haber incorporado al sector silvoagropecuario era necesaria, lo cual no se señalaba en el proyecto original.

El ministro señaló que se iba a incorporar un reglamento. Me parece que la entrada en vigencia de esta ley respecto del uso de la guía de despacho electrónico debiera extenderse más de seis meses. Me parece que este plazo es insuficiente, por la situación de muchos sectores aislados donde todavía no hay conexión digital. Esta normativa va a generar dificultades a aquellas personas que permanentemente viven en lugares aislados y que no han tenido la posibilidad de capacitarse y de estar conectadas digitalmente. Por lo tanto, si por parte del ministro se planteara en el reglamento la extensión del plazo, se podría subsanar aquello.

Varios parlamentarios han solicitado votar por el rechazo de parte de lo que ha modificado el Senado, no de la totalidad, porque es necesario que también el Servicio de Impuestos Internos, en el artículo 55° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, al menos señale las diferencias que hay en las guías de despacho como en la factura. Creo que es necesario que haya una resolución específica al respecto.

Lo prioritario, y que en cierta forma cambia el proyecto, era eliminar o eximir de la obligación de emitir la guía de despacho electrónica.

Por lo tanto, no sé qué posibilidades tendrá el señor ministro de Economía en la propuesta del reglamento de extender el plazo de seis meses. De lo contrario, sería en junio la entrada en vigencia de la ley, lo cual es tiempo insuficiente para aquellos contribuyentes que no tienen acceso a internet y más aún para aquellos que no han tenido capacitación digital.

El Senado introdujo en el proyecto a un sector importante, como es el silvoagropecuario, que no estaba incorporado en el proyecto inicial.

Por lo tanto, debo valorar el aporte que hace el Senado. Si este proyecto va a comisión mixta, me parecería mucho mejor. En ese sentido, concuerdo con lo que señalaban los diputados Rathgeb y Celis respecto de que son necesarios todos los aportes que vayan en vías de mejorar las condiciones de este proyecto, para que a aquellas personas que no están conectadas, a aquellas personas de la agricultura familiar campesina y de la pesca, y a aquellos emprendedores que desarrollan con muchas dificultades su actividad productiva se les entreguen las herramientas necesarias. Lamentablemente -reitero-, un plazo de seis meses es insuficiente para ellos y los va a dejar en una gran desventaja.

Y aquí también queda clara la realidad de Chile: una gran cantidad de personas no tiene acceso a internet. Debiera ser un derecho que todos pudieran estar conectados digitalmente. En esta brecha, que aún no se ha podido estrechar, es necesario que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones haga su aporte, para que cada uno de los contribuyentes tenga la posibilidad de estar conectado digitalmente.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Sebastián Álvarez .

El señor ÁLVAREZ (don Sebastián).-

Señor Presidente, no cabe duda de que cuando se inició la discusión del proyecto sobre pago a 30 días, lo que se buscaba era beneficiar a muchas pymes, a medianas y a grandes empresas. Fue así que comenzó a discutirse en la Comisión de Economía el proyecto de ley de pago a 30 días. Estuvimos muy contentos cuando se aprobó la ley.

Sin embargo, se observa un problema con la emisión de las guías de despacho electrónicas. Lo empezaron a expresar distintos representantes de diferentes industrias. En el caso puntual de la Región de La Araucanía, de forma muy expresa, a través de la SOFO, nos hicieron ver que la cobertura y la tecnología que estaban disponibles en la Región de La Araucanía no permitían dar cumplimiento a la ley. En consecuencia, si lo que buscaba la ley era entregar mayor celeridad y mayor transparencia a todos los procesos tributarios, dicha situación finalmente podría generar una afectación mayor: menos transparencia y menor celeridad.

Muchas veces ocurre que en educación, en salud, en muchas industrias y en muchos sectores se ve la tecnología como un paso importante para agilizar los trámites y los procesos, y para dar un mejor servicio a los usuarios. Sin embargo, hay que tener en consideración el tema de la cobertura digital en muchas regiones del país. Un estudio reciente señala que la Región de La Araucanía es una de las que tiene la brecha digital más grande de Chile. La Región de La Araucanía tiene más de 300 localidades sin acceso a internet, lo que profundiza esta falta de acceso. Todo ello, como digo, lamentablemente iría en contra del objeto que tenía la ley.

Entre los principales perjudicados con la normativa que estamos comentando se encuentran la agricultura familiar campesina, los pescadores artesanales y otros servicios menores, en algunos casos de transportes, que muchas veces prestan servicios en localidades que no cuentan con internet.

Por lo tanto, valoro que se otorgue un plazo mayor -eso hay que reconocerlo-, de modo que la ley no entre en vigencia con fecha 16 de enero.

Sin embargo, sabemos que lograr cobertura digital en más de 300 localidades -lo digo para referirme a la Región de La Araucanía, aunque esto pasa en muchos lugares de las otras regiones de Chile va a tomar más de seis meses. Por lo tanto, tiene que haber una consideración a los plazos y a los tiempos, de manera de ser coherentes. La idea es que los plazos tengan relación con el tiempo en que vamos ampliando la cobertura digital.

De esa manera vamos a poder optimizar los procesos y mejorar los procesos tributarios de los distintos contribuyentes, vamos a lograr entregar mayor transparencia y vamos a poder optimizar los pagos oportunos, como lo busca el proyecto, pero resguardando que todo ello se pueda realizar. De lo contrario, estamos hablando de un imposible. Por ejemplo, los pescadores artesanales de la caleta La Barra no tienen internet. En la caleta Queule el internet es muy malo. Por lo tanto, cuando hagan el despacho de sus distintos tipos de productos, no lo podrán hacer de manera eficiente, con lo cual estaremos generando casi un mercado negro, porque lamentablemente la gente de todos modos estará despachando sus productos. Además, tendríamos problemas en las fiscalizaciones.

Anuncio que voy a votar a favor el proyecto de ley. Sin embargo, es importante considerar algunos de los matices que se han planteado en esta exposición.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

Tiene la palabra el ministro de Economía, Fomento y Turismo.

El señor PALACIOS (ministro de Economía, Fomento y Turismo).-

Señor Presidente, las modificaciones que se han hecho a la ley de pago a 30 días van directamente en beneficio de los más pequeños; me gustaría que eso quede superclaro. Me refiero al anticipo de la entrada en vigencia de la ley de pago a 30 días, y a estas modificaciones.

Ahora, lo que se ha planteado aquí son temas bastante razonables. Se han planteado dudas sobre la conectividad de los sectores iluminados de las zonas rurales, de las zonas costeras, y de otras zonas del país. Y tienen toda la razón. Las indicaciones que están incorporadas lo que hacen es excluir esas zonas de la obligatoriedad de emitir la guía de despacho en formato electrónico.

En todo caso, si hay dudas al respecto, se puede profundizar más sobre la materia en comisión mixta, tal como algunos parlamentarios lo han planteado.

Por lo tanto, solicito que se apoye a los sectores silvoagropecuario y de la pesca artesanal, y que se apruebe la proposición de aplazar en seis meses la entrada en vigencia de la guía de despacho electrónica, tiempo que consideramos más que suficiente luego de haber estudiado la situación y acotado el ámbito en el cual tendríamos que mejorar la implementación de la futura ley. Quiero insistir en que se requiere dicha postergación, porque, de lo contario, la obligatoriedad señalada comenzará a regir a partir del 17 de enero. Los viejos en el campo están con el alma en un hilo, debido a que no son capaces de emitir una guía de despacho electrónica, a que carecen de conectividad o porque no saben de qué forma cumplir con lo que dispone esta ley.

Con el objeto de intentar llegar a algún nivel de acuerdo, propongo que voten a favor las disposiciones en las que estamos de acuerdo, como en el caso de la postergación en seis meses de la entrada en vigencia de la guía de despacho electrónica, con la finalidad de que los viejos del campo no estén complicadísimos, porque -lo quiero reiterarla ley entra en vigencia el próximo 17 de enero, y también que se incorpore dentro de la excepcionalidad al sector silvoagropecuario completo, porque inicialmente se consideraba solo al sector agrícola. Se propone la incorporación del sector de la pesca artesanal que se lleva a cabo en las caletas, y del pequeño sector forestal. El caso de la industria forestal no me preocupa, porque sabemos que cuentan con conectividad y que pueden implementar los cambios que se proponen.

Respecto de la forma en que se efectuará la regulación respectiva en las zonas de exclusión, pese a que la indicación define que basta que una persona diga que no cuenta con suficiente conectividad para que sea excluida de emitir la guía de despacho en formato electrónico, se puede discutir en comisión mixta la manera que definan pertinente los parlamentarios.

Por otra parte, los agricultores más grandes en general están en contra de la trazabilidad de sus productos, a diferencia de lo que ocurre con los más pequeños, a los que aquello les da lo mismo, porque venden sus productos a los medianos o grandes agricultores.

Por eso, debemos establecer la trazabilidad de los grandes agricultores para estar a nivel del primer mundo, debido a que esa es la exigencia de los mercados internacionales.

Es importante debatir sobre esa materia. En todo caso, si la indicación no queda clara, se puede conversar más adelante.

Por último, quiero señalar que si existe la posibilidad de que el proyecto sea enviado a comisión mixta, me interesa que se apruebe por lo menos el aplazamiento en seis meses de la entrada en vigencia de la guía de despacho electrónica, porque de lo contrario someteremos a una situación muy compleja a los viejos del campo y a los pescadores artesanales de las caletas.

Muchas gracias.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre las modificaciones del Senado en los siguientes términos:

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar las modificaciones incorporadas por el Senado al artículo único, que pasaría a ser artículo 1°, del proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 21.131, que Establece Pago a Treinta Días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario y de la pesca artesanal emitan guías de despacho en soporte de papel.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 66 votos; por la negativa, 52 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobadas.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez Ramírez , Sebastián, Flores Oporto , Camila , Melero Abaroa , Patricio , Sabag Villalobos , Jorge , Amar Mancilla , Sandra , Fuenzalida Cobo, Juan , Mellado Pino , Cosme , Sabat Fernández , Marcela , Ascencio Mansilla , Gabriel , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Mellado Suazo , Miguel , Santana Tirachini , Alejandro , Auth Stewart , Pepe , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Sauerbaum Muñoz , Frank , Baltolu Rasera, Nino , Hernández Hernández , Javier , Muñoz González , Francesca , Schalper Sepúlveda , Diego , Barros Montero , Ramón , Hernando Pérez , Marcela , Norambuena Farías, Iván , Sepúlveda Soto , Alexis , Bellolio Avaria , Jaime , Hoffmann Opazo , María José , Núñez Urrutia , Paulina , Silber Romo , Gabriel , Berger Fett , Bernardo , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Olivera De La Fuente , Erika , Torrealba Alvarado , Sebastián , Bobadilla Muñoz , Sergio , Jürgensen Rundshagen , Harry , Ortiz Novoa, José Miguel, Torres Jeldes , Víctor , Carter Fernández , Álvaro , Keitel Bianchi , Sebastián , Pardo Sáinz , Luis , Trisotti Martínez , Renzo , Castro Bascuñán , José Miguel , Kort Garriga , Issa , Pérez Lahsen , Leopoldo , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Montt , Andrés , Kuschel Silva , Carlos , Prieto Lorca , Pablo , Urrutia Soto , Osvaldo , Cid Versalovic , Sofía , Lavín León , Joaquín , Ramírez Diez , Guillermo , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , CruzCoke Carvallo , Luciano , Longton Herrera , Andrés , Rathgeb Schifferli , Jorge , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Del Real Mihovilovic , Catalina , Lorenzini Basso , Pablo , Rey Martínez, Hugo , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Durán Espinoza , Jorge , Luck Urban , Karin , Romero Sáez , Leonidas , Walker Prieto , Matías , Eguiguren Correa , Francico , Matta Aragay, Manuel .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , González Gatica , Félix , Mulet Martínez , Jaime , Santibáñez Novoa , Marisela , Álvarez Vera , Jenny , González Torres , Rodrigo , Naranjo Ortiz , Jaime , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bernales Maldonado , Alejandro , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Núñez Arancibia , Daniel , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Boric Font , Gabriel , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Nuyado Ancapichún , Emilia , Soto Ferrada , Leonardo , Cariola Oliva , Karol , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Teillier Del Valle , Guillermo , Castillo Muñoz , Natalia , Ilabaca Cerda , Marcos, Pérez Salinas , Catalina , Tohá González , Jaime , Celis Araya , Ricardo , Jackson Drago , Giorgio , Rocafull López , Luis , Troncoso Hellman , Virginia , Cicardini Milla , Daniella , Jiles Moreno , Pamela , Rojas Valderrama , Camila , Urrutia Bonilla , Ignacio , Crispi Serrano , Miguel , Jiménez Fuentes , Tucapel , Rosas Barrientos , Patricio , Vallejo Dowling , Camila , Díaz Díaz , Marcelo , Labra Sepúlveda , Amaro , Saavedra Chandía , Gastón , Velásquez Núñez , Esteban , Fernández Allende , Maya , Mirosevic Verdugo , Vlado , Saffirio Espinoza , René , Vidal Rojas , Pablo , Flores García, Iván , Mix Jiménez , Claudia , Saldívar Auger, Raúl , Winter Etcheberry , Gonzalo , Garín González , Renato , Morales Muñoz , Celso , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Yeomans Araya, Gael .

-Se abstuvieron los diputados señores:

Coloma Álamos, Juan Antonio , Durán Salinas, Eduardo

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar el nuevo artículo 2° incorporado por el Senado.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 4 votos; por la negativa, 113 votos. Hubo 3 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Rechazado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Celis Montt , Andrés , Hoffmann Opazo , María José , Lavín León , Joaquín , Ramírez Diez, Guillermo

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Flores Oporto , Camila , Mellado Suazo , Miguel , Saldívar Auger, Raúl , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fuenzalida Cobo , Juan , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Álvarez Vera , Jenny , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Mix Jiménez , Claudia , Santana Tirachini , Alejandro , Amar Mancilla , Sandra , García García, René Manuel , Morales Muñoz , Celso , Santibáñez Novoa , Marisela , Ascencio Mansilla , Gabriel , Garín González , Renato , Moreira Barros , Cristhian , Sauerbaum Muñoz , Frank , Auth Stewart , Pepe , González Gatica , Félix , Mulet Martínez , Jaime , Schalper Sepúlveda , Diego , Baltolu Rasera, Nino , González Torres , Rodrigo , Muñoz González , Francesca , Schilling Rodríguez , Marcelo , Barros Montero , Ramón , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Naranjo Ortiz , Jaime , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bellolio Avaria , Jaime , Hernández Hernández , Javier , Norambuena Farías, Iván , Sepúlveda Soto , Alexis , Berger Fett , Bernardo , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Arancibia , Daniel , Silber Romo , Gabriel , Bernales Maldonado , Alejandro , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Núñez Urrutia , Paulina , Soto Ferrada , Leonardo , Bobadilla Muñoz , Sergio , Ibáñez Cotroneo , Diego , Nuyado Ancapichún , Emilia , Teillier Del Valle, Guillermo , Boric Font , Gabriel , Ilabaca Cerda , Marcos, Olivera De La Fuente , Erika , Tohá González , Jaime , Cariola Oliva , Karol , Jackson Drago , Giorgio , Orsini Pascal , Maite , Torrealba Alvarado , Sebastián , Carter Fernández , Álvaro , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Ortiz Novoa, José Miguel, Torres Jeldes , Víctor , Castillo Muñoz , Natalia , Jiles Moreno , Pamela , Pardo Sáinz , Luis , Trisotti Martínez , Renzo , Castro Bascuñán , José Miguel , Jiménez Fuentes , Tucapel , Pérez Salinas , Catalina , Troncoso Hellman , Virginia , Celis Araya , Ricardo , Jürgensen Rundshagen , Harry , Prieto Lorca , Pablo , Undurraga Gazitúa , Francisco , Cicardini Milla , Daniella , Keitel Bianchi , Sebastián , Rathgeb Schifferli , Jorge , Urrutia Bonilla , Ignacio , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kort Garriga , Issa , Rey Martínez , Hugo , Urrutia Soto , Osvaldo , Crispi Serrano , Miguel , Kuschel Silva , Carlos , Rocafull López , Luis , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , CruzCoke Carvallo , Luciano , Labra Sepúlveda , Amaro , Rojas Valderrama , Camila , Vallejo Dowling , Camila , Del Real Mihovilovic , Catalina , Longton Herrera , Andrés , Romero Sáez , Leonidas , Velásquez Núñez , Esteban , Díaz Díaz , Marcelo , Lorenzini Basso , Pablo , Rosas Barrientos , Patricio , Vidal Rojas , Pablo , Durán Espinoza , Jorge , Luck Urban , Karin , Saavedra Chandía , Gastón , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Durán Salinas , Eduardo , Matta Aragay , Manuel , Sabag Villalobos , Jorge , Walker Prieto , Matías , Eguiguren Correa , Francisco , Melero Abaroa , Patricio , Sabat Fernández , Marcela , Winter Etcheberry , Gonzalo , Fernández Allende , Maya , Mellado Pino , Cosme , Saffirio Espinoza , René , Yeomans Araya , Gael , Flores García, Iván .

-Se abstuvieron los diputados señores:

Cid Versalovic , Sofía , Pérez Lahsen , Leopoldo , Van Rysselberghe Herrera, Enrique

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

En consecuencia, el proyecto pasa a Comisión Mixta.

Propongo integrar la Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias suscitadas entre ambas ramas del Congreso Nacional durante la tramitación del proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 21.131, que Establece Pago a Treinta Días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario y de la pesca artesanal emitan guías de despacho en soporte de papel (boletín N° 12836-03), con los siguientes diputados: Harry Jürgensen , Joaquín Lavín , Jaime Naranjo , Gabriel Silber y Boris Barrera .

¿Habría acuerdo?

Acordado.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Rechazo de Modificaciones. Fecha 02 de enero, 2020. Oficio en Sesión 90. Legislatura 367.

VALPARAÍSO, 2 de enero de 2020

Oficio Nº 15.259

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión celebrada el día de hoy, aprobó las enmiendas introducidas por ese H. Senado al proyecto de ley que modifica la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario emitan guías de despacho en soporte de papel, correspondiente al boletín N° 12.836-03, con excepción del nuevo artículo 2 incorporado por el Senado, que ha rechazado.

En razón de lo anterior, acordó que los diputados que se indican a continuación, concurran a la formación de la Comisión Mixta que establece el artículo 71 de la Constitución Política:

- don Boris Barrera Moreno

- don Harry Jürgensen Rundshagen

- don Joaquín Lavín León

- don Jaime Naranjo Ortiz

- don Gabriel Silber Romo

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 294/SEC/19, de 30 de diciembre de 2019.

Devuelvo la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a V.E.

IVÁN FLORES GARCÍA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Trámite Comisión Mixta: Cámara de Diputados-Senado

4.1. Informe Comisión Mixta

Fecha 07 de enero, 2020. Informe Comisión Mixta en Sesión 136. Legislatura 367.

?INFORME DE LA COMISIÓN MIXTA encargada de proponer la forma y modo de resolver las divergencias producidas con ocasión de la tramitación del proyecto de ley que modifica la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario emitan guías de despacho en soporte de papel.

BOLETÍN Nº 12.836-03

HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

HONORABLE SENADO:

La Comisión Mixta, formada en virtud de lo dispuesto en el artículo 71 de la Carta Fundamental, tiene el honor de emitir su informe acerca de proponer la forma y modo de resolver las divergencias entre ambas Cámaras producidas con ocasión de la tramitación del proyecto de ley de la referencia, iniciado en moción de los Honorables Diputados señora Camila Flores y señores Pedro Pablo Álvarez-Salamanca, José Miguel Castro, Iván Flores, Javier Hernández, Harry Jürgensen, Frank Sauerbaun, Ignacio Urrutia y Cristóbal Urruticoechea.

_________________

Cabe hacer presente que Su Excelencia el Presidente de la República hizo presente urgencia para su despacho, en el carácter de discusión inmediata.

_________________

En sesión de 2 de enero de 2020, la Cámara de Diputados, cámara de origen, designó como miembros de la Comisión Mixta a los Honorables Diputados señores Boris Barrera Moreno, Harry Jürgensen Rundshagen, Joaquín Lavín León, Jaime Naranjo Ortiz y Gabriel Silber Romo.

El Senado, por su parte, en sesión celebrada el día 6 de enero de 2020, designó como integrantes de la Comisión Mixta a los Honorables Senadores que conforman su Comisión de Economía.

Previa citación del señor Presidente del Senado, la Comisión Mixta se constituyó el día 7 de enero de 2020, con la asistencia de sus miembros Honorables Senadores señora Ximena Rincón González y señores José Miguel Durana Semir, Álvaro Elizalde Soto, Rodrigo Galilea Vial y Felipe Harboe Bascuñán, y de los Honorables Diputados señora Daniella Cicardini Milla y señores Boris Barrera Moreno, Javier Hernández Hernández, Harry Jürgensen Rundshagen y Gabriel Silber Romo. (Los Honorables Diputados señora Cicardini y señor Hernández reemplazaron a los Honorables Diputados señores Naranjo y Lavín, respectivamente).

En dicha oportunidad, la Comisión Mixta eligió como Presidente, por unanimidad, al Honorable Senador señor José Miguel Durana Semir.

A la sesión en que la Comisión Mixta consideró esta iniciativa concurrió, además de sus integrantes, el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, señor Lucas Palacios.

Otros asistentes:

Del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo: el abogado, señor José Luis Uriarte; la asesora legislativa, señora Ximena Contreras; los asesores señores Javier Poblete y Diego Schaerer; la Jefa de Comunicaciones, señora Daniela Pradel; los asesores de Redes Sociales, señora Elizabeth Guajardo y de prensa señor Óscar Órdenes.

De la Secretaría General de la Presidencia, la asesora, señora Daniela Lara.

Los asesores señora Pamela Cousins y señor César Quiroga (Senador señor José Miguel Durana), señor Benjamín Lagos (Senador señor Rodrigo Galilea), señor Gonzalo Mardones (Senadora señora Ximena Rincón), señora Elita Blocn (Diputado señor Gabriel Silber), señoras Beatriz Hevia y Claudia Farías (Diputado señor Harry Jürgensen), y señores Osciel Moya y Carlos Arrué (Diputado señor Boris Barrera).

De la Bancada RN, el asesor legislativo señor Sebastián Amado; del Comité PPD, el asesor, señor José Miguel Bolado; y del Comité PS, Cámara de Diputados, señora Lía Arroyo.

De la Fundación Jaime Guzmán, el asesor señor Antonio Vicencio.

_______________

DESCRIPCIÓN DE LAS NORMAS EN CONTROVERSIA Y ACUERDOS DE LA COMISIÓN MIXTA

A continuación, se efectúa una relación de las diferencias suscitadas entre ambas Corporaciones durante la tramitación de la iniciativa, así como de los acuerdos adoptados por la Comisión Mixta a su respecto.

En primer trámite constitucional, la Cámara de Diputados aprobó modificar el artículo 3°, de la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, con el propósito de permitir a los contribuyentes del sector agropecuario y de la pesca artesanal emitir, a su elección, guías de despacho en papel o de forma electrónica. Los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.

En efecto, la Cámara de Diputados aprobó el siguiente proyecto de ley:

“Artículo único.- Sustitúyese la letra c) del artículo 3º de la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, por la siguiente:

“c) Agréganse, a continuación de la expresión “en papel.”, las siguientes oraciones: “En el caso del sector agropecuario y la pesca artesanal las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel. Los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.”.”.

Lo anterior, fue comunicado al Senado por medio del oficio N° 15.069, de 10 de octubre de 2019

________

En segundo trámite constitucional, el Senado aprobó el proyecto de ley de la Cámara, con enmiendas. En efecto, reemplazó el artículo único por un artículo 1° que modifica el artículo 1° transitorio de la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, con la finalidad de prorrogar en 6 meses, para el sector silvoagropecuario y la pesca artesanal, la obligación de emitir quías de despacho electrónicas.

También incorporó un artículo 2°, nuevo, que introduce modificaciones a los artículos 54 y 55 del D.L. 825, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, relacionado con lo siguiente:

--Contribuyentes que desarrollen su actividad económica en un lugar geográfico sin cobertura de datos móviles o fijos de operadores de telecomunicaciones que tienen infraestructura, o sin acceso a energía eléctrica o en un lugar decretado como zona de catástrofe conforme a la ley Nº 16.282. (Artículo 54).

--Márgenes máximos permitidos de diferencia de precio y peso entre las guías y las facturas en consideración a los tipos de animales, o productos a transportar, para el sector silvoagropecuario y la pesca artesanal. (Artículo 55).

En suma, en segundo trámite constitucional, el Senado aprobó el proyecto de ley de la Cámara, con las siguientes enmiendas:

Artículo único

Pasó a ser artículo 1º, reemplazado por el siguiente:

“Artículo 1º.- Agrégase en el inciso final del artículo primero transitorio de la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, luego del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente oración: “En el caso del sector silvoagropecuario y la pesca artesanal, dicha obligación entrará en vigencia al mes décimo octavo de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.”.”.

° ° °

Incorporó el siguiente artículo 2º, nuevo:

“Artículo 2º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto ley N° 825, de 1974, que establece la Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios:

a) Modifícase el inciso segundo del artículo 54 de la siguiente forma:

i. Reemplázase, en la segunda oración, la expresión “, de oficio o a petición de parte, dictará”, por lo siguiente: “deberá dictar, en forma anual, previo informe del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y en conformidad con lo establecido en un reglamento expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y suscrito además por el Ministro de Hacienda,”.

ii. Agrégase, inmediatamente a continuación de la expresión “conforme lo solicite el Servicio de Impuestos Internos.”, y antes de la expresión “Presentada la solicitud”, la siguiente oración: “Las resoluciones a que hace referencia este inciso podrán también ser pedidas fundadamente, ante el Servicio de Impuestos Internos, por el propio contribuyente o grupo de contribuyentes.”.

iii. Sustúyese los términos “Presentada la solicitud de que trata de este inciso” por lo siguiente: “Presentada la solicitud a los organismos técnicos respectivos”.

b) Agréganse en el inciso quinto del artículo 55, inmediatamente a continuación de la expresión “fecha de la guía o guías respectivas.”, las siguientes oraciones finales: “Respecto del sector silvoagropecuario y pesca artesanal, una circular del Servicio de Impuestos Internos establecerá los márgenes máximos permitidos de diferencia de precio y peso entre las guías y las facturas en consideración a los tipos de animales, o productos a transportar. Para estos efectos, un reglamento expedido por el Ministerio de Hacienda y suscrito además por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, establecerá la forma de cálculo de dichos márgenes máximos.”.”.

El Senado comunicó lo anterior a la Cámara por medio del oficio N° 294 /SEC/19, de 30 de diciembre de 2019.

________

Finalmente, en tercer trámite constitucional, la Cámara de Diputados aprobó las enmiendas introducidas al proyecto por el Senado, con excepción del nuevo artículo 2 incorporado en segundo trámite constitucional, que rechazó. (Oficio 15.259, de 2 de enero de 2020).

________

El señor Presidente de la Comisión Mixta, Honorable Senador señor Durana, propuso abocarse inmediatamente al estudio del asunto correspondiente, lo que fue acogido unánimemente.

La Honorable Senadora señora Rincón señaló que el proyecto en informe fue largamente debatido en la Comisión de Economía del Senado. Recordó que se opuso a los puntos que introdujo el Ejecutivo en el proyecto vía indicaciones, que marcaban una diferencia importante respecto del proyecto aprobado por la Cámara de Diputados.

Remarcó que, en su oportunidad, hizo presente que las indicaciones no se hacían cargo de una realidad territorial respecto a la falta de conectividad, y que no era suficiente la prórroga de seis meses para la entrada en vigencia de esta ley para los sectores silvoagropecuario y de la pesca artesanal, si el Ejecutivo no definía lo relativo a la infraestructura y la capacitación para que esto fuera posible. Lamentablemente esa idea no prosperó.

Luego señaló que el Senado, en el segundo trámite constitucional, hizo un cambio sustancial al proyecto aprobado por la Cámara de Diputados con ocasión del primer trámite constitucional. En efecto, el proyecto aprobado por la Cámara establecía una dualidad en el sentido de permitir a los contribuyentes de los sectores agrícolas y de la pesca artesanal la posibilidad de elegir, a su voluntad, por la vía electrónica o por el formato en papel. En cambio, el proyecto aprobado por el Senado, en lo sustancial, negó tal posibilidad y solo establece una prórroga por seis meses para la entrada en vigencia de la ley para los sectores silvoagropecuarios y la pesca artesanal.

Por su parte, el Honorable Diputado señor Hernández indicó que la finalidad de su participación en la Comisión Mixta es intentar corregir aquellas cosas del proyecto que les incomodan. En tal sentido, hizo un llamado a hacerse cargo de la realidad de todas las regiones, en el sentido que existen regiones que pueden cumplir con el proyecto aprobado por el Senado, pero hay otras en las cuales eso es imposible.

Dijo entender el espíritu que movió al Ejecutivo a presentar indicaciones al proyecto, las que, finalmente, aprobó el Senado, consistente en seguir avanzando en la incorporación de las nuevas tecnologías en la economía. Sin embargo, eso no puede significar dejar de lado sectores importantes que presentan diversas carencias, como son la conectividad y el analfabetismo digital.

El Ministro de Economía, señor Lucas Palacios, destacó que se ha ido mejorando un proyecto de ley que tenía algunas falencias.

Respecto de la guía de despacho electrónica, destacó 3 elementos fundamentales, a saber:

1.- La importancia de generar un nivel de trazabilidad. Eleva los niveles de transparencia y constituye una herramienta para que un mercado sea más competitivo y termine beneficiando a todos, especialmente a los más pequeños que no tienen más herramientas de negociación, en comparación con los grandes.

2.- La conectividad y el analfabetismo digital. Esta realidad se encuentra muy bien contenida en las indicaciones que el Ejecutivo presentó en el Senado y que fueron recogidas en el proyecto que aprobó. En efecto, se revisarán aquellas zonas y territorios que no están iluminados. También se planteó que hay distintos niveles de iluminación. Ambos aspectos serán regulados en un reglamento.

Además, cualquier contribuyente que sienta que no está lo suficientemente iluminado, simplemente debe avisar al Servicio de Impuestos Internos que seguirá con la fórmula análoga de emisión de las guías de despacho.

3.- En relación a los volúmenes y precios, destacó que existen actividades, como, por ejemplo, el traslado de animales que después se venden en una feria, en las cuales es muy difícil definir el precio porque este se concreta recién al momento de la venta. En estas materias hay elementos factibles de regular en el reglamento.

Hizo un llamado a evitar el arbitraje. Esto se ha resuelto en diversas partes del mundo con la ayuda de una tabla que define variaciones máximas de volúmenes en el traslado, sin perjuicio de lo cual también existe la posibilidad de que, vía notas de crédito, esto se pueda ajustar.

Destacó que el proyecto aprobado por el Senado, que acogió las indicaciones presentadas por el Ejecutivo, contiene todos estos elementos. Añadió que los detalles que no estén contenidos en el proyecto serán regulados por el reglamento que deberá dictarse para la ejecución de la ley. La ley no puede definir cada una de las particularidades de los distintos sectores de la economía.

En síntesis, sostuvo que el proyecto aprobado por el Senado está bien logrado, porque permite ir avanzando en trazabilidad, lo que, dicho sea de paso, es algo que los mercados internacionales están exigiendo, permite generar una mayor transparencia para que los precios sean los correctos, ya que existe un arbitraje de aquellos que tienen la posibilidad de ejercer un mayor control del mundo del transporte, en perjuicio, muchas veces, de los pequeños productores. Además, permite eximir del uso de la guía de despacho electrónica a aquellos que no la puedan aplicar, ya sea porque tienen analfabetismo digital o porque no están iluminados.

Llamó a no olvidar que el problema surge a partir de la ley sobre pago a 30 días, toda vez que mientras más control exista sobre el origen de la guía de despacho, es posible generar más rápidamente la obligatoriedad de la factura, y, consecuentemente, lograr más rápidamente el pago a 30 días. A contrario sensu, mientras menor sea el control de esta cadena, especialmente respecto de los más grandes, será más difícil agilizar los pagos dentro del plazo de 30 días y, también, será más difícil la emisión de la factura que da origen a estos 30 días.

Complementando lo señalado por el Ministro en relación a los volúmenes y precios, el abogado del Ministerio de Economía, señor José Luis Uriarte, indicó que este problema no nace por la exigencia de la digitalización de la guía de despacho, sino que son una condición y característica propias de sectores de la agricultura, independientemente que la guía de despacho sea en papel o digital. Destacó, además, que con la indicación del Ejecutivo se abre una posibilidad que actualmente no existe: hacer una nota de crédito cuando la diferencia en el precio es mayor. Además, el SII deberá confeccionar una tabla, que permitirá, entre otros beneficios que, si la diferencia está dentro del rango aceptado, no será necesario ni la nota de crédito ni una guía que no constituye venta y otra que sí constituye venta. Solo si la diferencia excede de esa tabla, tendrían que recurrir a la nota de crédito.

Luego, el Honorable Diputado señor Jürgensen señaló que el proyecto surgió hace bastante tiempo atrás, específicamente cuando ingresó el proyecto de ley sobre pago a 30 días, tanto en la Comisión de Economía, como, en paralelo, en la Comisión de Agricultura, ambas de la Cámara de Diputados. En aquella oportunidad se planteó inmediatamente un problema, a pesar que se celebraba el proyecto sobre pago a 30 días, que surgía a partir de la realidad del mundo agrícola. Quienes están en contacto con agricultores, así como quienes representan zonas agrícolas, entienden esa realidad.

El espíritu original de la moción, de la cual él es uno de los autores, es facilitarle el despacho de sus productos, y la actividad misma, a los agricultores. Posteriormente, al discutirse el proyecto en la Sala de la Cámara de Diputados, se aprobó una indicación para incluir a la pesca artesanal, porque vive la misma realidad. Finalmente, en el Senado, y vía indicación presentada por el Ejecutivo, se agregó el sector silvoagropecuario.

Añadió que el problema no es un asunto de conectividad ni de zonas no iluminadas o mal iluminadas, sino que es una realidad: en la práctica es muy difícil poder cumplir con la exigencia de emitir guía de despacho digital. Concedió que el analfabetismo digital puede ser un problema, pero no solamente es esto. En la práctica, a modo de ejemplo, es complejo despachar una camionada de trozos en un sector forestal, en el cual hay internet y también equipos para poder hacer la emisión electrónica de la guía despacho, pero no están en el terreno, sino que en la oficina. En ese escenario, generar una guía de despacho electrónica crea un problema. Por lo anteriormente señalado, destacó que el espíritu del proyecto es no perjudicar al agricultor en su explotación, sino que facilitarle las cosas.

Reconoció que también es necesario capacitar a los agricultores para que puedan usar las tecnologías, pero eso debió haberse hecho antes. Es algo en lo que se debe avanzar en conjunto y prontamente. Connotó que los agricultores no se están quedando atrás. Al observar la realidad agrícola actual, es impresionantemente avanzada si se la compara con la de hace 10 o 20 años atrás y también con la realidad actual del resto del continente, tanto la pequeña como la más grande.

Concluyó señalando que el espíritu del proyecto original se está perdiendo con las modificaciones que introdujo el Senado, acogiendo las indicaciones del Ejecutivo. Por lo mismo, estima que es necesario volver a su espíritu original.

Más adelante, el Honorable Diputado señor Silber señaló que lo que actualmente ocurre es la informalización en las relaciones económicas. El mercado informal ha tenido un crecimiento exponencial, que reúne gente que se aleja del sistema financiero y tributario formal. Luego, poner un estándar mayor donde los hechos acreditan una realidad especial, produciría el efecto contrario a lo que aspira el Ejecutivo. Expresó que es preferible tener dentro del sistema a los distintos sectores de la economía, y que es preocupante poner una exigencia adicional allí donde la tendencia de los pequeños productores es a la informalidad más que a la formalidad.

______________

Fueron presentadas dos proposiciones a la Comisión Mixta como forma de la forma y modo de resolver las divergencias entre ambas Cámaras producidas con ocasión de la tramitación del proyecto de ley de la referencia, a saber:

--La primera fue presentada por el Honorable Diputado señor Jürgensen, la Honorable Senadora señora Rincón, y los Honorables Diputados señores Barrera, Hernández y Silber.

--La segunda fue presentada por la Honorable Senadora señora Rincón y Honorable Diputada señora Cicardini, para incluir al sector de la pequeña mimería y pirquineros dentro de los considerados en el proyecto.

Se deja constancia, que, posteriormente, pero antes de la votación, fueron refundidas por sus autores en una sola.

El tenor de las proposiciones presentadas, refundidas en una sola, es el siguiente:

“Artículo único.- Sustitúyese la letra c) del artículo 3º de la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, por la siguiente:

“c) Agréganse, a continuación de la expresión “en papel.”, las siguientes oraciones: “En el caso del sector silvoagropecuario, de la pesca artesanal, y de la pequeña minería y pirquineros, las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel. Adicionalmente, los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.”.”.

La Secretaría de la Comisión Mixta hizo presente que el ámbito de competencia de las comisiones mixtas, como norma general, debe entenderse circunscrito a los puntos específicos en que inciden las discrepancias surgidas entre el Senado y la Cámara de Diputados. Sin embargo, en el ejercicio de la facultad de proponer la forma y modo de resolver las diferencias, eventualmente las comisiones mixtas pueden plantear enmiendas a otras disposiciones que no fueron objeto de discrepancias, si ello fuere necesario para alcanzar un acuerdo que haga posible aprobar la incitativa.

Fue necesario formular tal precisión puesto que la proposición repone el proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en primer trámite constitucional, con algunas modificaciones, cuyo tenor fue cambiado por el Senado en segundo trámite constitucional, y que, a su turno, tales cambios fueron aprobados por la Cámara en tercer trámite constitucional. Luego, sobre ese aspecto no habría discrepancia, pero la Comisión Mixta acogió las proposiciones formuladas entendiendo que esa es la vía para cumplir su cometido de proponer a ambas Cámaras un modo para resolver sus diferencias en torno al proyecto de ley en informe.

También se pronunciaron al respecto los Honorables Senadores señora Rincón y señor Harboe, quienes señalaron que la Comisión Mixta está facultada para abordar otras materias que no fueron parte de las diferencias entre ambas Cámaras, siempre que sea con la finalidad de encontrar una forma de superar tales diferencias.

--Puesta en votación, la proposición anteriormente transcrita fue aprobada por 6 votos a favor, 2 votos en contra y 2 abstenciones. Votaron por la afirmativa la Honorable Senadora señora Rincón y los Honorables Diputados señora Cicardini y señores Barrera, Hernández, Jürgensen y Silber. Votaron en contra los Honorables Senadores señores Durana y Galilea. Se abstuvieron los Honorables Senadores señores Elizalde y Harboe. (Aprobada. Mayoría, 6 votos a favor, 2 votos en contra y 2 abstenciones).

Al fundar su abstención, el Honorable Senador señor Elizalde señaló que, entendiendo que existe una particularidad que debe ser reconocida y acogida, no es partidario de aprobar una norma que signifique que determinados sectores estén al margen de las nuevas tecnologías de la información para efectos de emitir las guías de despacho electrónica y de ser fiscalizados, y que, también, deja desprotegidos a quienes forman parte del comercio en tales áreas. Manifestó que hubiera preferido otorgar una prórroga mayor a los seis meses adicionales para la entrada en vigencia de la obligación de emitir guías de despacho electrónica para estos tres sectores de la economía.

Al fundar su aprobación, la Honorable Senadora señora Rincón, señaló que su posición es conocida, sin perjuicio de lo cual lamenta que el Ejecutivo no quiera incluir una norma transitoria para evaluar al cabo de un año como opera la ley, tal como se ha hecho en otros proyectos.

Finalmente, el Honorable Senador señor Durana, al fundar su voto por el rechazo, indicó que la proposición no permite la oportunidad de alcanzar un acuerdo para ir avanzando en estos sectores de la economía.

____________

Dado la aprobación de la proposición anterior, la Comisión Mixta acordó rechazar el artículo 2° incorporado por el Senado, en el segundo trámite constitucional.

--El rechazo del artículo 2° incorporado por el Senado, en el segundo trámite constitucional, fue aprobado por 6 votos a favor, 2 votos en contra y 2 abstenciones. Votaron por la afirmativa la Honorable Senadora señora Rincón y los Honorables Diputados señora Cicardini y señores Barrera, Hernández, Jürgensen y Silber. Votaron en contra los Honorables Senadores señores Durana y Galilea. Se abstuvieron los Honorables Senadores señores Elizalde y Harboe. (Aprobado. Mayoría, 6 votos a favor, 2 votos en contra y 2 abstenciones).

_________________

PROPOSICIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA

En mérito de lo expuesto y de los acuerdos adoptados, vuestra Comisión Mixta tiene el honor de proponeros, como forma y modo de salvar las diferencias entre ambas Cámaras del Congreso Nacional, lo siguiente:

1.- Aprobar el proyecto despachado por la Cámara de Diputados, en primer trámite constitucional, en los siguientes términos:

“Artículo único.- Sustitúyese la letra c) del artículo 3º de la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, por la siguiente:

“c) Agréganse, a continuación de la expresión “en papel.”, las siguientes oraciones: “En el caso del sector silvoagropecuario, de la pesca artesanal, y de la pequeña minería y pirquineros, las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel. Adicionalmente, los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.”.”. (Mayoría, 6 votos a favor, 2 votos en contra y 2 abstenciones).

2.- Rechazar el artículo 2° incorporado por el Senado en segundo trámite constitucional. (Mayoría, 6 votos a favor, 2 votos en contra y 2 abstenciones).

_______________

A título meramente informativo cabe hacer presente que, de ser aprobada la proposición de la Comisión Mixta, el texto de la iniciativa legal queda como sigue:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Sustitúyese la letra c) del artículo 3º de la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, por la siguiente:

“c) Agréganse, a continuación de la expresión “en papel.”, las siguientes oraciones: “En el caso del sector silvoagropecuario, de la pesca artesanal, y de la pequeña minería y pirquineros, las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel. Adicionalmente, los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.”.”.

Acordado en sesión celebrada el día 7 de enero de 2020, con asistencia los Honorables Senadores señor José Miguel Durana Semir (Presidente), señora Ximena Rincón González y señores Álvaro Elizalde Soto, Rodrigo Galilea Vial y Felipe Harboe Bascuñán y de los Honorables Diputados señora Daniella Cicardini Milla y señores Boris Barrera Moreno, Javier Hernández Hernández, Harry Jürgensen Rundshagen y Gabriel Silber Romo.

Sala de la Comisión, a 7 de enero de 2020.

Pedro Fadic Ruiz

Abogado Secretario de la Comisión Mixta

4.2. Discusión en Sala

Fecha 08 de enero, 2020. Diario de Sesión en Sesión 92. Legislatura 367. Discusión Informe Comisión Mixta. Se aprueba.

EXTENSIÓN DE PLAZO A SECTORES SILVOAGROPECUARIO Y DE PESCA ARTESANAL PARA EMITIR GUÍAS DE DESPACHO EN SOPORTE PAPEL. INFORME DE COMISIÓN MIXTA

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

Conforme a lo resuelto por los Comités, corresponde poner en discusión el informe de Comisión Mixta recaído en el proyecto que modifica la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario y de la pesca artesanal emitan guías de despacho en soporte de papel, con urgencia calificada de "discusión inmediata".

--Los antecedentes sobre el proyecto (12.836-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite: sesión 55ª, en 15 de octubre de 2019 (se da cuenta).

En trámite de Comisión Mixta: sesión 90ª, en 6 de enero de 2020.

Informes de Comisión:

Economía: sesión 89ª, en 30 de diciembre de 2019.

Mixta: sesión 92ª, en 8 de enero de 2020

Discusión:

Sesión 89ª, en 30 de diciembre de 2019 (se aprueba en general y en particular).

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).-

La divergencia suscitada entre ambas Cámaras deriva del rechazo por parte de la Cámara de Diputados, en el tercer trámite constitucional, de una de las enmiendas efectuadas por el Senado, consistente en la incorporación de un artículo 2°, nuevo, mediante el cual se efectuaron diversas modificaciones en el decreto ley N°825, de 1974, que establece la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

La Comisión Mixta, como forma de resolver la divergencia entre ambas Cámaras, propone lo siguiente:

1.- Aprobar el proyecto despachado por la Cámara de Diputados, en primer trámite constitucional, en los siguientes términos:

"Artículo único.- Sustitúyese la letra c) del artículo 3° de la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, por la siguiente:

"c) Agréganse, a continuación de la expresión "en papel.", las siguientes oraciones: "En el caso del sector silvoagropecuario, de la pesca artesanal, y de la pequeña minería y pirquineros, las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel. Adicionalmente, los contribuyentes que solo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.".".

2.- Rechazar el artículo 2° incorporado por el Senado en el segundo trámite constitucional.

La Comisión acordó lo antes señalado por la mayoría de votos que consigna en su informe.

En el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición figura, en la quinta columna, lo resuelto por la Comisión Mixta.

Finalmente, cabe señalar que el mencionado informe de la Comisión Mixta ya fue aprobado, en sesión del día de hoy, por la Honorable Cámara de Diputados.

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

En discusión.

Tiene la palabra el Senador Durana.

El señor DURANA.-

Señor Presidente, la Comisión Mixta formada en virtud de lo dispuesto en el artículo 71 de la Carta Fundamental tiene el honor de emitir su informe acerca de la forma y modo de resolver las divergencias entre ambas Cámaras producidas con ocasión de la tramitación del proyecto de ley de la referencia.

La Comisión Mixta se constituyó el día 7 de enero de 2020, con la asistencia de sus miembros, Honorables Senadores señora Ximena Rincón González y señores José Miguel Durana Semir, Álvaro Elizalde Soto , Rodrigo Galilea Vial y Felipe Harboe Bascuñán , y de los Honorables Diputados señora Daniella Cicardini Milla y señores Boris Barrera Moreno , Javier Hernández Hernández , Harry Jürgensen Rundshagen y Gabriel Silber Romo .

Durante el curso de la sesión fueron presentadas dos proposiciones como forma y modo de resolver las divergencias entre ambas Cámaras producidas con ocasión de la tramitación del proyecto de ley de la referencia.

-La primera fue presentada por el Diputado señor Jürgensen, la Senadora señora Rincón y los Diputados señores Barrera, Hernández y Silber.

La segunda fue presentada por la Senadora señora Rincón y la Diputada señora Cicardini, para incluir el sector de la pequeña minería y pirquineros dentro de los considerados del proyecto.

Se deja constancia de que, posteriormente, pero antes de la votación, fueron refundidas por sus autores en una sola proposición.

El tenor de las proposiciones presentadas, refundidas en una sola, es el siguiente:

"Artículo único.- Sustituyese la letra c) del artículo 3o de la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, por la siguiente:

"c) Agréganse, a continuación de la expresión "en papel.", las siguientes oraciones: "En el caso del sector silvoagropecuario, de la pesca artesanal, y de la pequeña minería y pirquineros, las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel. Adicionalmente, los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.".".

Como expresó el Diputado señor Jürgensen, uno de los autores de la moción, las proposiciones realizadas a la Comisión Mixta se inspiran, en lo sustantivo, en que el espíritu del proyecto original se perdió con las modificaciones que introdujo el Senado, acogiendo las indicaciones del Ejecutivo. Por lo mismo, resulta necesario volver a su espíritu original.

Puesta en votación, la proposición anteriormente transcrita fue aprobada por 6 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones.

Dada la aprobación de la proposición anterior, la Comisión Mixta acordó rechazar el artículo 2o incorporado por el Senado en el segundo trámite constitucional, que introducía diversas modificaciones a los artículos 54 y 55 del decreto ley N° 825, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, porque se cayeron al no resultar necesarias.

El rechazo del artículo 2° incorporado por el Senado en el segundo trámite constitucional, fue aprobado por 6 votos a favor, 2 votos en contra y 2 abstenciones.

En mérito de lo expuesto y de los acuerdos adoptados, nuestra Comisión Mixta tiene el honor de proponer, como forma y modo de salvar las diferencias entre ambas Cámaras del Congreso Nacional, lo siguiente:

1.- Aprobar el proyecto despachado por la Cámara de Diputados, en primer trámite constitucional, en los siguientes términos:

"Artículo único.- Sustitúyese la letra c) del artículo 3o de la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, por la siguiente:

"c): "Agréganse, a continuación de la expresión "en papel.", las siguientes oraciones: "En el caso del sector silvoagropecuario, de la pesca artesanal, y de la pequeña minería y pirquineros, las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel. Adicionalmente, los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.".".

La señora RINCÓN.-

¿Podríamos abrir la votación, Presidente?

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

¿Habría acuerdo para abrir la votación?

El señor COLOMA.-

No.

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

No hay acuerdo.

Tiene la palabra el Senador García.

El señor GARCÍA.-

Señor Presidente, yo quiero manifestar mi conformidad con lo definido por la Comisión Mixta, por dos razones.

La primera, porque la obligación de emitir guías de despacho de manera electrónica, que estaba establecida y que debiera comenzar a regir el próximo 17 de enero, finalmente queda derogada y se podrá emitir ya sea en forma electrónica o en papel, lo que facilita mucho el comercio, principalmente para pequeños agricultores, para pescadores artesanales y también para pequeños mineros.

Y la segunda razón es que también se ha resuelto rechazar una norma que, desde mi punto de vista, era bien controvertida, que establecía la obligación del Servicio de Impuestos Internos, a través del Ministerio de Hacienda, y suscrito además por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, de definir en un reglamento cuánto, respecto de una guía de despacho, podía variar el peso y el precio de los productos.

Quienes representamos zonas agrícolas y de pescadores artesanales sabemos la dificultad que eso tiene, porque el peso puede variar significativamente, y también los precios. Por eso, creo que el informe de la Mixta es mucho más realista y, por lo tanto, invito a que lo aprobemos tal como lo hizo la Cámara de Diputados en la mañana de hoy.

La señora RINCÓN.-

¿Podríamos abrir la votación, Presidente?

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

¿Hay acuerdo para abrir la votación?

Acordado.

Tiene la palabra el Senador Iván Moreira.

--(Durante la votación).

El señor MOREIRA.-

Señor Presidente, en honor a que se acordó tratar este proyecto como si fuera de Fácil Despacho, quiero agradecer sinceramente a la Mesa y a los distintos Comités, porque esta modificación a la ley N° 21.131, que establece el pago a treinta días para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario, miles y miles de agricultores, puedan emitir guías de despacho en soporte de papel, debemos tenerla aprobada antes del día 16 de este mes. Así que yo agradezco esa buena disposición en nombre de los agricultores de la Región de Los Lagos, especialmente de las provincias de Osorno, Palena y Llanquihue.

Queremos agradecer sinceramente esta muestra de empatía con los agricultores, porque ustedes comprenderán que el acceso a la tecnología en los sectores rurales es muy pero muy complicado, aunque el Ministerio de Economía o el Director del Servicio de Impuestos Internos insistan en que pasa lo mismo con la boleta electrónica, en el sentido de que finalmente la gente se acercó al sistema y pudo operar con ella. Esto tiene una serie de inconvenientes.

Y también quiero agradecer la preocupación de los agricultores de Osorno, y del Diputado Harry Jürgensen, autor de este proyecto, con el cual trabajamos mucho en los temas agrícolas. ¡Eso demuestra también la unidad de Chile Vamos! Muy buen ambiente tenemos en la Región de Los Lagos.

Señor Presidente, para terminar, solamente quiero hacer una última reflexión.

Este es un paso importante. Hemos estado en contacto con Agrollanquihue, con Sago, especialmente con uno de los asesores de esta empresa, la persona más importante de Sago en Osorno, el amigo Alcázar, y deseo mencionar que desde el primer momento en que se aprobó la denominada "Ley de Pago a Treinta Días" dijimos que la norma que obligaba a emitir la guía de despacho en forma electrónica iba a causar serios problemas en algunos sectores productivos, por cuanto desconocía la realidad que debe enfrentar el sector agropecuario, en especial en nuestra Región de Los Lagos, respecto al uso de la guía de despacho.

El sector agrícola, la pequeña minería -¡ojo!-, la pesca artesanal entre otros, tienen severas dificultades para acceder a un internet confiable y de calidad que les permita cumplir con la obligación de manera íntegra, dada la distancia que existe entre el lugar de faenas y los centros urbanos que disponen de internet de manera segura.

Y esta situación no va a cambiar en el futuro cercano, porque la propuesta de la Cámara de Diputados en el sentido de no dar plazo para esta excepción, me parece razonable.

Pero aun cuando esa es una gran dificultad, lo más difícil es entender que en el contexto del sector agropecuario las guías de despacho no solo se emiten por motivos de venta, sino también para acreditar la carga transportada, que no siempre corresponde en magnitud entre el punto de origen y el de llegada, por cuanto hay mermas en el camino: pérdida de peso en animales, frutas o verduras en descomposición, pesca, pérdidas o robos. En fin, hay numerosos factores que inciden en que se hace necesario lo que, finalmente, este Senado y la Cámara de Diputados van a aprobar.

Por eso, señor Presidente, creo que este es un proyecto chico pero muy importante para el mundo agrícola. Yo sé que hay muchos pasos que tenemos que dar en el futuro. Y me parece que el hecho de apurar una iniciativa que va a beneficiar a miles y miles de agricultores del país es rescatable, sobre todo en momentos en que distintos sectores de la economía chilena necesitan una mano de solidaridad, como es el caso de la pesca artesanal, la pequeña minería y nuestros agricultores.

Por eso, voto que sí.

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

¿Habría acuerdo para autorizar el ingreso a la Sala del Subsecretario de Hacienda, señor Francisco Moreno?

El señor MOREIRA.-

Sí.

--Así se acuerda.

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la Senadora Ximena Rincón.

La señora RINCÓN.-

Señor Presidente, quiero partir por felicitar a los Diputados que nos acompañaron en la Comisión Mixta: señores Harry Jürgensen (quien está hoy día acá), Gabriel Silber, Boris Barrera, Javier Hernández y la señora Daniella Cicardini, los cuales asistieron a la Comisión Mixta el día de ayer.

A mi juicio, debemos entender que el desarrollo tecnológico es necesario para Chile. Obviamente, tenemos que incorporar la tecnología, y ayudar a integrar la inteligencia artificial en los distintos procesos nos va a ayudar como país. Pero hay cosas que son imposibles, y a lo imposible nadie está obligado.

No solo hay un problema de conectividad en ciertos territorios del país. Podríamos dar ejemplos de localidades de las distintas regiones que ustedes representan. Yo mencionaba el caso de los sectores de Nirivilo, de Huerta de Maule, en la comuna de San Javier, donde llevamos más de diez años tratando de lograr que exista conectividad. Y ha sido imposible, por distintas razones.

Pero ese no es solo el problema. Y lo abordaba quien hizo uso de la palabra antes que yo. También existe un problema de alfabetización digital. Hay muchos y muchas no solo en el sector agrícola, sino también de la pesca artesanal o de la pequeña minería o de la pirquinería que hoy día no están habilitados desde el punto de vista del uso de las herramientas tecnológicas. Y probablemente no van a incorporarse por un tema cultural, de conocimiento, de preparación.

El Ejecutivo hacía un punto respecto de la necesidad de incorporar al sector agrícola a la modernidad, y que el 70 por ciento ya lo había asumido. Y nosotros le decíamos: ¿cuáles son los distintos despliegues que ha desarrollado el Estado -no este Gobierno, el Estado- para capacitar, para entregar información, tecnología a todos los sectores del país? En verdad, estamos en deuda. Mientras no solucionemos lo anterior, habrá cargas que no podremos imponer a nuestros pequeños productores.

Entonces, lo que parece lógico, normal dentro del desarrollo tecnológico y la modernidad no se va a lograr en todo el territorio.

Junto con los Diputados en la Comisión Mixta le ofrecimos al Ejecutivo dejar una norma transitoria, tal como está establecida respecto al IVA, a los efectos de evaluar al cabo de un tiempo y ahí incorporar la obligatoriedad. El Ejecutivo se negó, no quiso recoger esto. Y, bueno, finalmente se terminó aprobando la indicación tal como la habíamos presentado, incluyéndose además en dicho trámite al sector de la pequeña minería y de los pirquineros.

Yo valoro el trabajo realizado ayer en la Comisión Mixta. Considero que siempre es posible mejorar e ir un paso más allá, pero en este caso en particular el asunto abarca la obligación del Estado, en su conjunto, para facilitar, por un lado, conectividad, y por otro, la alfabetización digital que les estamos exigiendo a los usuarios.

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el Senador Pugh.

El señor PUGH.-

Señor Presidente, sin lugar a dudas, Chile está transformándose y aspira a ser un país digital y también ciberseguro. Pero esa no es la realidad existente en todo el territorio. Por eso -y por su intermedio-, saludo al Diputado Harry Jürgensen, quien se encuentra aquí presente, agricultor de un área aislada, que no tiene cobertura. Y esa situación se manifiesta en gran parte de Chile.

De ahí que la trazabilidad necesaria que se requiere en los procesos comerciales ha de tener también la capacidad del soporte de papel. El papel es un medio y no un fin. Por lo tanto, se debe entender que la trazabilidad ha de partir en el origen. Esa es la razón de por qué se requiere la guía de despacho, que es el mecanismo que permite al comerciante poder iniciar su proceso: aquella le facilita no solo demostrar el producto a través de los diferentes controles, sino también, como se explicó anteriormente, darse cuenta de las pérdidas que puedan ocurrir en el trayecto, y finalmente poder generar la factura: el medio de pago, y también después -y por eso lo queremos- el Pronto Pago.

Es fundamental que durante este año 2020 ese Pronto Pago ocurra ojalá antes de los 30 días, porque las familias están sin caja, la liquidez es baja, y se requiere compromiso, solidaridad.

Esta es una medida concreta que va a agilizar el proceso. Y a todos aquellos que habitan en lugares alejados, que no tienen ninguna otra forma de emitir factura que no sea en papel, se les debe permitir hacerlo. Y no solo a la gente de la costa, sino también a los pescadores artesanales; a toda el área de la silvoagricultura. Recordemos la gran potencia agrícola y ganadera que somos, especialmente en el sur, donde el agua es abundante. Y también para la producción que se realiza en nuestras montañas: los mineros y los pirquineros.

Por lo tanto, el mecanismo tiene un amplio uso en el país.

¿Dónde está la previsión? En que la modalidad debe ser transitoria, porque debemos aspirar, finalmente, a convertirnos en un país conectado, a ser capaces de que los planes de matriz digital del Gobierno lleguen hasta los lugares más remotos, y así iluminar el territorio.

¿Por qué? Porque el ancho de banda es el que permite el verdadero desarrollo del país.

La trazabilidad desde el origen posibilita que nuestros productos sean valorados, en su carácter de distintos y diferentes, especialmente si nos comprometemos en agricultura sustentable y orgánica o si los productos del mar cuentan con certificaciones de estándares internacionales.

Esa es, entonces, la gracia final de la trazabilidad, y ojalá haya trazabilidad electrónica, para asegurar en la cadena de provisión y al mercado exportador la diferenciación de nuestros productos, el valor que les agrega nuestra tierra y también la mano de obra que la trabaja.

Por lo pronto, se debe permitir el soporte en papel, pero hay que entender que el gran desafío final es lograr la conectividad digital total, a los efectos de que esos productos lleguen a destino conociéndose exactamente la chacra, la huerta que los produjo; la bahía desde donde fueron extraídos esos pescados; el lugar desde donde se generó la riqueza mineral, para entender que en el mundo globalizado Chile sí tiene importancia, que sus productos llegan a destino, y que cuando sean distinguidos y diferenciados van a ser bien valorados, y así va a poder ser bien retribuido el productor.

Felicito la iniciativa de los Diputados mencionados. Y por eso me sumo a la votación a favor de esta iniciativa.

He dicho.

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el Senador García-Huidobro.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

Señor Presidente, cuando analizamos este proyecto en el segundo trámite constitucional, muchos hicimos ver nuestras inquietudes respecto a varios puntos.

Uno, la conectividad. Tal como lo han manifestado algunas señoras Senadoras y algunos señores Senadores, en muchas partes de nuestro país no existe conectividad. Por lo tanto, es un tema pendiente.

Por otro lado, hay una necesidad de formación y de capacitación tanto para nuestros pequeños mineros como para nuestros pequeños agricultores y pescadores artesanales, quienes no están todavía inmersos en la tecnología que se requiere con el fin de poder funcionar en la era digital.

Por eso advertimos en su momento que inclusive, tal como venía el proyecto, podría incentivar la evasión.

El hecho de que se acabara o por lo menos de que se le dieran seis meses solamente a la guía de despacho alternativa en papel podría significar estar votando ese mismo proyecto en seis meses o en un año más y hablando el mismo tema.

Entonces, quiero valorar un poco la decisión que tomó la Comisión Mixta en el sentido de que el mecanismo sea optativo. Y con eso no va a existir ninguna posibilidad real de que haya una excusa para no estar haciendo la factura de manera electrónica en forma posterior.

En segundo lugar, señor Presidente, creo que es muy importante el hecho de que la Comisión Mixta no haya aprobado la incorporación del artículo 2° por las dudas que muchas veces existen respecto al pesaje, por ejemplo, respecto a la humedad en los productos agrícolas, a la destara que se produce en los animales desde el momento que salen hasta su venta en una feria.

Con la norma propuesta se creaba una situación muy inconveniente, por cuanto estar suponiendo taras, pesos y humedades es muy complejo.

Por lo tanto, creo que lo hecho por los Senadores de la Comisión Mixta y también por los Diputados, a quienes felicito porque insistieron en esta materia, va en el camino correcto.

Esto ya no quedó en un artículo transitorio, sino en una norma permanente. Debemos aprobarla. Por lo menos, la UDI votará a favor de ella.

Además, señor Presidente, es fundamental que, a pocos días de que empiece a regir la norma legal respectiva (17 de enero), despachemos este proyecto, con el fin de que sea ley de la república lo antes posible.

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el Senador Quinteros.

El señor QUINTEROS.-

Señor Presidente, me sumo a las felicitaciones para los parlamentarios autores de esta iniciativa. Entre ellos, aprovecho de saludar al Diputado Harry Jürgensen, que está en la Sala.

Quiero responderle al señor gerente de la Sociedad Agrícola y Ganadera de Osorno, autor de una columna de opinión, que dice lo siguiente:

"Buena parte del proceso de elaboración de una ley se destina a escuchar a quienes les incidirá de manera más directa. Esto, que podría ser lógico y esperable, muchas veces no garantiza que el resultado recoja de forma correcta y total las necesidades de la población.

"El mejor ejemplo (...) es la ley 21.131 o ley de pago a 30 días, promulgada el 16 de enero de 2019. Muchos la catalogaron como la ley que terminaría con los abusos del "grande contra el chico", que emparejaría "la cancha", y que vendría a terminar con los privilegios del "pez gordo". Estas grandes intenciones exacerbaron el entusiasmo legislativo y a varios gremios, quienes se apuraron en legislar para ser parte de la foto, olvidando el dicho que señala que no por andar más rápido se llega más lejos.

"Promulgada la ley de pago a 30 días surgieron varias consultas por parte de los supuestos beneficiados: las Pymes. Este cuerpo legal les exige cobrar intereses y comisiones a sus acreedores, lo que inevitablemente genera tensión en una relación comercial, pudiendo llegar incluso a la pérdida de ese cliente. A su vez, estos intereses constituyen ingresos, aun cuando no hayan sido pagados por el deudor y, además, forman parte de la base imponible necesaria para calcular el impuesto a la renta. En resumen, las Pymes, que eran el segmento a proteger, terminaron con procesos administrativos más complejos, pagando más impuestos y con menor flexibilidad para determinar los plazos de crédito que otorga a sus clientes.

"Como si esto no bastara, ahora se les obliga a iniciar la emisión de Guías de Despacho Electrónicas (GDE), asumiendo que la evolución digital y tecnológica en nuestro país es por decreto.".

Me he atrevido a leer parte de esta columna del señor gerente de la Sociedad Agrícola y Ganadera de Osorno, porque a veces, desgraciadamente, se desprestigia a este Parlamento sin tener el conocimiento adecuado de los temas que se están tratando.

Eso queda muy claro con la modificación que ha introducido la Comisión Mixta y que hoy día estamos debatiendo. Ella dice: Agréganse, a continuación de la expresión "en papel.", las siguientes oraciones: "En el caso del sector silvoagropecuario, de la pesca artesanal, y de la pequeña minería y pirquineros, las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel. Adicionalmente, los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.".".

Quise hacer esta aclaración, aprovechando que está el señor Diputado presente, porque creo que es conveniente que los ejecutivos de estas sociedades agrícolas se informen antes de desprestigiar al Parlamento.

Nada más, señor Presidente.

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el Senador Galilea.

El señor GALILEA.-

Señor Presidente, estamos votando un proyecto que se vincula de manera directa con la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días.

La verdad sea dicha, el pago a treinta días, medida bien lógica para el normal desarrollo de las industrias y el comercio de este país, opera un poco al revés en el sector agrícola. ¿Por qué? Porque, en general, el financiamiento a los chicos viene de las empresas grandes. Por ejemplo, el proveedor de semilla le da plazo de seis meses o los que sean al pequeño agricultor; los proveedores de químicos, lo mismo; las empresas comercializadoras ( Coagro , Copeval, entre muchas otras) también dan créditos.

El sector exportador también funciona de manera distinta: se les entrega la fruta a las exportadoras; el producto se envía a algún país del mundo, y meses después se liquida.

Entonces, siempre estuvimos muy conscientes de que aquí había que encontrar una puerta de salida. Por eso se estableció en la Ley de Pago a Treinta Días que los contratos que se saltaran la norma de dicho plazo debían justificarse en razón del funcionamiento de ese mercado en particular. Por esta razón existe un registro en el Ministerio de Economía para justificar e inscribir esos contratos, en los cuales se deja claro que la forma de operar de ese mercado específico no tiene nada de abusivo y simplemente funciona bajo códigos distintos, sin que exista ninguna posición dominante ni de abuso de uno en desmedro de otro.

En ese contexto, se armó el problema de la guía de despacho electrónica.

¿Por qué se puso en esta ley la obligación de emitir la guía electrónica? Porque se buscaba darle una fecha cierta a la factura. En efecto, al tener una guía en un mes determinado, se hace inmediatamente obligatorio hacer la factura al mes siguiente, dentro de los diez primeros días, todo lo cual era muy posible de fiscalizar por el Servicio de Impuestos Internos. De igual modo, el plazo de treinta días para pagar era también fiscalizable.

En este ámbito ahora nos encontramos con el problema de la agricultura. ¿Por qué? Porque hay dificultades en la cobertura a internet; porque existen deficiencias en la alfabetización digital del sector; porque los teléfonos que se usan en el campo muchas veces son de aquellos chiquititos con teclas, que no sirven para traspasar guías electrónicamente, en fin. Surgieron un montón de problemas, que hicimos ver.

El Servicio de Impuestos Internos consideró -así lo señaló su Director General- que era posible salvar esa situación. No estuvimos a fecha, pero luego surgió la posibilidad de prorrogar en seis meses la entrada en vigencia respectiva. Finalmente, lo que se impuso en la Comisión Mixta fue decir: "¿Saben qué? El sector agrícola, el silvoagropecuario, la pequeña minería, los pirquineros y la pesca artesanal realmente no están preparados, ni de cerca, para dar este paso, que era un cambio sideral".

Me hubiera gustado dar un apretuje de tuerca y avanzar en la digitalización de estos documentos. ¿Por qué? Porque esta trazabilidad le hace bien al sistema y al pago a treinta días.

Pero, finalmente, una mayoría muy importante de Diputados, liderado por el Diputado Harry Jürgensen, que está sentado a mi izquierda...

El señor GARCÍA-HUIDOBRO .- ¿Lo venció?

El señor GALILEA.- No, no es que me venció. Simplemente hizo ver, con muy buenos argumentos, que esto no era prudente todavía hacerlo.

Ayer yo voté en contra para dejar marcado el punto de que creía que había que avanzar en esto, pero hoy me sumo a la inmensa mayoría de los Senadores para que esta materia quede postergada para los sectores mencionados. Cuando tengamos suficientemente iluminada, modernizada y alfabetizada a nuestra población, fundamentalmente agrícola, pesquera y silvoagropecuario, podremos dar este paso adelante.

Por tanto, voto a favor.

He dicho.

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra, a continuación, el Senador Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, tanto en la Comisión como en el debate de este proyecto de ley, advertimos esta situación. Por ello, voté en contra en su minuto.

Junto con la Senadora Ximena Rincón, señalamos que en vastos sectores lo relativo a la guía de despacho electrónica no iba a ser viable, ni con un plazo adicional de seis meses ni con la capacitación que tuvieran los involucrados. Ello se iba a dificultar. No es que se provocara mayor evasión, sino que se crearían dificultades para operar.

Aquí se requiere un proceso más largo.

El mecanismo ha sido perfeccionado por la Comisión Mixta.

Se ha incorporado también a la pequeña minería, que es muy importante, y se ha entendido que no todo el desarrollo tecnológico en Chile es igual. ¡El desarrollo tecnológico es desigual! Hay distintas capacidades, distintos procesos. Y eso se resuelve mediante el mecanismo de la voluntariedad.

Espero que aquellos que cuenten con la capacidad tecnológica cumplan con la guía electrónica. No tengo dudas de que lo harán, porque les resultará más fácil y les ahorrará dinero. En definitiva, es más expedito.

Pero los sectores de la pesca artesanal, silvoagropecuario y, en particular, de la pequeña minería ¡van a tener problemas!

Creo que este proyecto se salva mediante el planteamiento de darle a aquello carácter voluntario.

Por otra parte, espero que en materia de Servicio de Impuestos Internos nos preocupemos no solo de las guías de despacho, sino también de que su Director sea nombrado por el Senado. Fue rechazada la iniciativa que he presentado para que sea designado el Director del SII, al igual como ocurre con el Contralor General de la República y el Fiscal Nacional, con el fin de darle la autonomía que no tiene.

Por eso tenemos los casos de Penta y Soquimich. Todo el mundo reclama por ello. Parte importante de la indignación expresada en la calle es por estos dos casos. Los involucrados salieron libres de polvo y paja, pese a los graves delitos cometidos. Dado que no hubo denuncia del Director de Impuestos Internos, el Fiscal Nacional no pudo actuar.

El lunes se declaró inadmisible el proyecto que propone que el Senado pueda ratificar el nombramiento hecho por el Presidente de la República del Director del SII, por diez años.

Y hubo un segundo proyecto declarado inadmisible: el que busca que el Fiscal Nacional pueda iniciar acciones legales de persecución de delitos tributarios sin la autorización de Impuestos Internos, porque entendemos que quienes le roba al Fisco es igual que quien le roba a cualquier privado. Sin embargo, en Chile se les sigue protegiendo. El Fiscal Nacional tiene las manos atadas; se encuentra "secuestrado". Le piden constantemente que actúe en contra de los delincuentes, ¡pero los de cuello y corbata se libran de responsabilidad!

Si no hay querella del Director de Impuestos Internos, no se inicia una acción penal en contra de los coludidos, por ejemplo. Afortunadamente, la Fiscalía Nacional ha tomado decisiones que, en mi opinión, son correctas respecto a la delación compensada. El caso de los coludidos en lo relativo al papel confort da cuenta de ello.

Por lo tanto, llamo a preocuparnos de las pequeñas evasiones -entre comillas- que pueden hacer los pequeños mineros, la pesca artesanal, que son eventuales, pero también de las grandes evasiones y colusiones.

Si logramos ese equilibrio, tendremos un mejor y mucho más transparente sistema recaudatorio.

El Servicio de Impuestos Internos, recalcadamente, no entrega información de los grandes contribuyentes, porque le está prohibido. Nadie, ni siquiera los Senadores o Diputados, puede tener acceso a ella.

El proyecto avanza en el sentido correcto, ha dado los márgenes adecuados para la modernización. Pero lo más importante es la transparencia y, en especial, el cumplimiento estricto de que todos los chilenos, sin distinción de ninguna especie, deben pagar impuestos.

Lamentablemente, algunos no los pagan y otros se llevan la plata que han ganado en nuestro país a las Islas Vírgenes, a los paraísos fiscales, para eludir el pago de impuestos. Solo espero que el sistema que tengamos sea capaz de castigar esto.

Aprovecho de informarles a los señores Senadores que nos acompañan que he presentado un proyecto de ley para que ninguna persona pueda acceder a un cargo de elección popular, sea Presidente de la República o cualquier otro, si tiene platas en paraísos fiscales. Me parece que ello es la negación del sistema de lo público.

Alguien quiere ser autoridad y administrar los fondos del Estado, pero se lleva su propia riqueza a otro país, eludiendo el pago de impuestos. ¡Eso se llama delincuencia tributaria! Aunque no lo quieran decir, eso es. ¡Al que le calce el guante, que se lo chante!

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

He dicho.

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el Senador señor Coloma.

El señor COLOMA.-

Señor Presidente, seré muy brevemente.

Oí al Senador que me antecedió en el uso de la palabra y no sé de qué proyecto está hablando, no sé por qué está peleando. En realidad, se está como autoflagelando y hace una retahíla de argumentos que no tienen nada que ver con lo que estamos discutiendo.

Si alguien de repente...

La señora MUÑOZ.-

¡Esto parece Incidentes!

El señor MONTES.-

¡Acaba de ser papá el Senador...!

La señora PROVOSTE.-

¡Está con fuero paterno...!

El señor COLOMA.-

Si está con fuero y nervioso, pido que no nos ponga a todos nerviosos.

Hay una exigencia reglamentaria en orden a que uno debe abocarse a la discusión del proyecto, no a cualquier cosa. Porque yo también podría hablar de los fenicios, como hace el Senador, pero no es la idea. ¡Si cada uno habla de lo que desea, esto deja de ser un parlamento y pasa a ser una chacra!

Señor Presidente, francamente pido -con respeto, con calma- que nos aboquemos a la iniciativa en estudio, en este caso -y lo voy a leer para que la gente que está viendo la televisión no piense que estamos locos- al "proyecto que establece pago a treinta días, para permitir que los contribuyentes del sector silvoagropecuario, de la pesca artesanal y de la pequeña minería emitan guías de despacho en soporte de papel".

¿Qué tiene que ver eso con las Islas Vírgenes, con la transparencia? ¡Nada!

Esta iniciativa tiene un sentido real, concreto, para facilitar el pago a treinta días de determinadas facturas, considerando situaciones de hecho que existen, las cuales obviamente -he seguido el debate a fondo- ojalá fueran mucho más automatizadas. Con todo, mientras no haya una realidad mejor de comunicaciones en los distintos sectores del país, no podemos actuar de otra manera, so pretexto de un bien superior, como sería contar con una mayor velocidad y mejor conocimiento de las transacciones que se realizan en el comercio.

Por lo tanto, me parece bien lo propuesto.

Pero también pido, señor Presidente, que nos aboquemos al asunto que está en debate; si no, esto se desnaturaliza por completo.

He dicho.

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el Senador Elizalde.

El señor ELIZALDE.-

Señor Presidente, quiero hace una reflexión de fondo.

Me correspondió ser parte de la Comisión Mixta que vio este proyecto, instancia en que efectivamente manifestamos ciertas dudas respecto de la forma en la cual se aprobó su contenido.

Deseo hacer un poco de historia.

El proyecto fue aprobado en la Cámara de Diputados, estableciendo una excepción para los sectores agropecuarios y de la pesca artesanal; posteriormente, en la Comisión Mixta se incluyó al sector minero.

Originalmente, el Senado había aprobado norma transitoria que señalaba que por un tiempo en los referidos sectores se podía seguir emitiendo una guía de despacho en soporte de papel. Se establecía una reglamentación para determinar en qué casos había conectividad o no y la posibilidad de que la autoridad pudiera establecer excepciones de carácter permanente, independiente de cuándo entrara en vigencia la norma.

Algunos parlamentarios, de manera legítima, manifestaron aprensión respecto a exigir de forma inmediata o, incluso, en un plazo de seis meses, el soporte en papel, dadas las características particulares que tienen esas actividades económicas.

Le planteamos al Gobierno la posibilidad de establecer algún tipo de itinerario o plazo extendido con el propósito de que el soporte electrónico fuera la regla general. La idea era que dichos sectores se incorporaran al soporte electrónico o digital, entendiendo que para ello era necesario mejorar la conectividad y establecer un cambio cultural.

Pero aquello no fue posible.

Finalmente, se terminó aprobando la norma tal cual está.

Sin embargo, deseo señalar, con mucho énfasis, que se requiere una política pública para asegurar, cuando se cumpla todos los requisitos necesarios, la incorporación de estos sectores al soporte digital. Ello permitirá fiscalizar de mejor forma y algo más sustantivo: garantizar el pago dentro de treinta días y erradicar las malas prácticas.

¿Por qué razón? Porque desde que se emite la guía de despacho, se cuenta el plazo a efectos de la emisión de la factura. Y desde su emisión, se cuenta el plazo a efectos de cumplir con los treinta días. En el fondo, el soporte electrónico o digital le permite fiscalizar de mejor forma a la autoridad el cumplimiento de la Ley de Pago a Treinta Días.

A causa de esta excepción, no se contará con esa herramienta.

Por cierto, se justifica en la situación actual que se exceptúen las actividades económicas referidas. Pero considero que es un error creer que debe ser permanente la excepción y que no se debe hacer el mejor esfuerzo, como política pública, para incorporar a esos sectores económicos.

Por eso manifestamos nuestra duda respecto de la forma en que finalmente se estaba estableciendo el proyecto, como una excepción sin plazo y sin que exista una política pública, elaborada por el Gobierno, para generar efectivamente condiciones como las que he señalado con el fin de ir ampliando la cobertura del soporte electrónico a dichas actividades económicas.

Me abstuve en la Comisión precisamente por esas aprensiones.

Pero ahora votaré a favor porque, en caso contrario, la norma legal que establece la obligación entrará a regir el 17 de enero. Es decir, tendría que haber soporte digital en esa fecha, lo cual es imposible para esa área de nuestra actividad económica.

Voy a votar a favor, porque tengo un sentido básico de responsabilidad. Pero es necesario introducir la modernidad y establecer como política pública la forma de incorporar a estos sectores para que puedan ser fiscalizados y, sobre todo, para proteger de mejor forma a aquellos que, si no se les paga dentro de treinta días, tienen serios problemas para mantener la sustentabilidad económica en el tiempo.

La posibilidad, sobre todo en el caso de las microempresas, de mantener su actividad sin ingresos es casi imposible. Por tanto, en los hechos, sin esta herramienta adicional, que es el soporte digital, obviamente ese sector quedará desprotegido.

Entonces, entendiendo que por la naturaleza de esta actividad hay que hacer una excepción y que, por un sentido básico de responsabilidad, si no aprobamos esta norma, los contribuyentes de estos sectores de la economía tendrían que emitir en pocos días más guías de despacho electrónicas, para lo cual hoy día no están dadas las condiciones, voy a votar a favor, pero con la aprensión que manifesté en la Comisión.

Debemos avanzar hacia la cobertura de todas las actividades económicas, para que sean fiscalizadas y, sobre todo, para proteger de mejor forma a los pequeños empresarios. Ciertamente, el soporte electrónico es una mejor herramienta, pero, en este caso, dichos sectores van a quedar exceptuados de tal obligación.

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor ARAYA (Presidente accidental).-

Terminada la votación.

--Se aprueba el informe de la Comisión Mixta (40 votos favorables).

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Huenchumilla, Insulza, Kast, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Pugh, Quintana, Quinteros y Sandoval.

4.3. Discusión en Sala

Fecha 08 de enero, 2020. Diario de Sesión en Sesión 136. Legislatura 367. Discusión Informe Comisión Mixta. Se aprueba.

FACULTAD A CONTRIBUYENTES DEL SECTOR AGROPECUARIO PARA EMISIÓN DE GUÍAS DE DESPACHO EN PAPEL O EN FORMA ELECTRÓNICA (PROPOSICIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA. BOLETÍN N° 12836-03)

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

En el Orden del Día, corresponde tratar el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario emitan guías de despacho en soporte de papel.

De conformidad con los acuerdos adoptados ayer por los Comités Parlamentarios, para la discusión de este proyecto se otorgarán cuatro minutos a cada bancada.

Solicito a los jefes de bancadas que entreguen a la Mesa los nombres de los o de las parlamentarias que intervendrán en el debate.

Antecedentes:

-Informe de la Comisión Mixta. Documentos de la Cuenta N° 4 de este boletín de sesiones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Harry Jürgensen .

El señor JÜRGENSEN.-

Señor Presidente, hoy, más que nunca, la ciudadanía nos pide que los escuchemos y que el Estado y todos quienes formamos parte de él estemos a su servicio, priorizando las necesidades de la gente por sobre otras cosas. Justamente ese es el espíritu de este proyecto de ley.

Está bien que uno de los ejes del Estado del siglo XXI sea su modernización y la agilización de trámites, pero la implementación de eso no puede hacernos olvidar las características de cada uno de los chilenos y, en este caso, de los contribuyentes.

La eficiencia en la fiscalización de la emisión de guías de despacho y hacer de ellas un documento obligadamente electrónico, según la ley de pago a 30 días, no puede hacernos olvidar que existen sectores de nuestro país para los cuales no será fácil cumplir esta obligación.

La realidad del sector primario, motor de nuestras economías regionales, como la pequeña agricultura y, dentro de esta, la actividad forestal, así como también la pesca artesanal y la pequeña minería, actividades económicas del Chile profundo, deben ser vistas con una mirada distinta a la de la realidad urbana.

Debemos ponernos en los zapatos de esa gente, y es por eso que nace este proyecto de ley, que tiene por objeto que contribuyentes de los rubros económicos para los cuales por ahora es más complejo el acceso a internet o a medios electrónicos, puedan, sin tanta burocracia, emitir guías de despacho en papel o en formato electrónico, según sea su voluntad.

Estimados colegas, la tecnología avanza cada vez más rápido, y estoy convencido de que lo mismo ocurre con la conectividad al mundo digital. A ese ritmo, y en conjunto con programas de capacitación que debemos implementar, todos los contribuyentes a quienes se les hubiese dificultado la obligatoriedad de emitir guías de despacho electrónicas podrán hacerlo, más tempranos que tarde, sin problemas.

De eso se habló mucho ayer en la Comisión Mixta. Se dijo que no bastaba con establecer la excepción en razón de las características propias de esas actividades, que hacen necesario otorgar la facilidad de emitir guías de despacho en papel, sino que también es necesario avanzar en alfabetización digital, y así, voluntariamente, los contribuyentes, por ejemplo los del sector agrícola, en especial de la agricultura familiar campesina, se puedan sumar al uso de la tecnología digital y decidan emitir documentos en plataforma electrónica, pero cuando lo puedan hacer.

Un argumento que constantemente dio el Poder Ejecutivo para oponerse al espíritu original de este proyecto fue que afectaría los plazos de pago y el efectivo cumplimiento del pago a 30 días. Quiero recalcar que la fecha cierta de la guía de despacho sigue siendo la misma, aunque se emita en papel, y que los proveedores igualmente pueden y deben exigir el cumplimiento del pago en el plazo correspondiente y el cobro de multas e intereses en caso de incumplimiento.

Agradezco a mis colegas por haber entendido lo que inspira este proyecto de ley y haberse jugado desde el primer día para que podamos establecer estas excepciones.

Hago un llamado a nuestros colegas del Senado para que también aprueben este proyecto, porque, de no hacerlo, los agricultores, los ganaderos, los pescadores artesanales, quienes ejercen la pequeña minería y los pirquineros se verán gravemente complicados la próxima semana al quedar obligados a emitir guías de despacho electrónicas para trasladar sus productos y no tener las condiciones para realizarlo.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Javier Hernández .

El señor HERNÁNDEZ.-

Señor Presidente, la verdad de las cosas es que ayer tuvimos una sesión relevante en la Comisión Mixta. Se iba a discutir el artículo 2º, pero finalmente se tomó la decisión de retrotraer el proyecto al texto original, el que emanó y fue aprobado ampliamente por la Cámara de Diputados en el primer trámite constitucional.

Eso significa que será voluntaria la decisión de emitir una guía de despacho manual, en papel, o hacerlo en plataforma electrónica. La decisión quedará radicada en la voluntad de las personas.

Además, se incorporó a otro rubro tan importante como es el de la pequeña minería y quedó salvaguardada la actividad silvoagropecuaria, lo que significa que no solo quedan incorporadas la ganadería y la producción agrícola, sino también la actividad forestal y, por supuesto, la de los pescadores artesanales.

Desde esa perspectiva, creo que fue una solución justa, por lo que espero que el Senado pueda responder a este llamado que se ha hecho, por la necesidad imperiosa que tienen muchas actividades que se desarrollan en los sectores rurales de nuestro país, en el sentido de que no están alumbrados con tecnologías, y muchas veces existe analfabetismo digital, lo que impide el correcto desempeño de la actividad económica de pequeñas personas.

Entonces, se da a entender que, lejos de marginar actividades económicas, aquí se está resguardando que permanezcan dentro de una actividad económica, dado que cuando se establecen exigencias imposibles de cumplir, porque no se condice con la realidad, aparece mucha informalidad y actividades económicas paralelas.

Es por eso que quisimos resguardar el que la gente se mantenga dentro de la formalidad, para lo cual será optativa la emisión de las guías de despacho en formato papel o en formato digital.

Por lo tanto, llamo a los colegas a aprobar lo resuelto por la Comisión Mixta.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Andrés Molina .

El señor MOLINA.-

Señor Presidente, este proyecto de ley, que modifica la forma en que nuestros agricultores, nuestros pescadores artesanales y los productores ganaderos podrán trasladar sus productos, permitiéndoles emitir guía de despachen en papel, nace como consecuencia de una ley que se aprobó acá hace ya varios meses, que los obligaba a emitir esas guías por medios electrónicos, a partir del 20 de enero.

Esto es lo que sucede cuando no se entiende la realidad de muchas regiones o no se entiende la realidad de lo que pasa al norte y al sur de Santiago.

Hay varios países que no ocupan guías electrónicas, pero Chile avanza, lo que me parece muy bien, pero muchas veces no se avanza simultáneamente en los distintos ámbitos.

Cuando uno no tiene internet en el campo y no puedes emitir una guía electrónica, podrían hacerla desde la ciudad, llevar la guía hecha. Pero esa guía, cuando tienes que pesar o cargar animales, no sabes cuántos animales entrarán en el camión y, por lo tanto, quedará mal hecha. Tampoco sabes cuánto trigo vas a cargar, porque a veces el camión llega a la bodega y en la bodega no hay los kilos que se supone que habría.

¿Qué sucedería en casos como esos? Surgiría la informalidad. Bueno, es por eso que se presentó esta modificación, que permitirá que esas personas no caigan en la informalidad.

Por otro lado, espero que se imparta la capacitación que permita que nuestros pequeños agricultores, muchos de ellos en la zona mapuche, que justamente son quienes queremos que se desarrollen, que salgan adelante, que sus tierras, que muchas de ellas se les han entregado, puedan entrar en el circuito productivo y no terminen siendo tierras que en el pasado fueron productivas. Lo digo porque duele ver el estado en que están algunos de esos predios.

Esa situación, a veces crítica, se debe a que el sistema los obliga a una formalización para la cual no están preparados. El Estado solo les exige, y nosotros aprobamos proyectos de ley a la medida de los retail, porque esto está pensado para que la fecha al final no sea la de la factura, que, muchas veces, podría ser casi hasta un mes después. Si bien se puede facturar una guía dentro del mes, también puede ser veinticinco días después, y esa será la fecha de pago.

Este proyecto nace para que la fecha de la guía de despacho sea la misma en la que se les pague a los pequeños emprendedores. Como se sabe, se les producía un problema gigantesco a muchas personas, sobre todo del sur y del norte de nuestro país, porque no tienen internet o bien no están preparados para sacar adelante sus productos.

Una vez más, gracias a Dios, reaccionamos a tiempo, después de escuchar a distintas organizaciones agrícolas que llegaron a plantear su preocupación en las comisiones. Estamos muy contentos de sacar esto adelante.

Quiero felicitar a los integrantes de la Comisión Mixta, así como a los de la Comisión de Agricultura, a la que asistí para ayudar a buscar una solución a este problema. Siento que estamos avanzando en la formalización de la actividad de los pequeños agricultores, ganaderos y pescadores artesanales de nuestro país.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Boris Barrera .

El señor BARRERA.-

Señor Presidente, el proyecto del diputado Jürgensen ha mejorado mucho desde que salió aprobado desde la Comisión de Economía. En efecto, originalmente solo contemplaba al sector agrícola; después se le sumó la pesca artesanal, y en la Comisión Mixta se incluyó a los pirquineros y a la pequeña minería.

Insisto: durante su tramitación el proyecto ha ido mejorando.

Sin embargo, no quiero dejar pasar la oportunidad para decir que la iniciativa nace con motivo del proyecto que establece el pago a treinta días. Frente a eso, debo señalar que tenemos una deuda muy grande con las pequeñas empresas, porque todavía no hemos logrado terminar con la posibilidad de extender el plazo de pago a treinta días.

Independientemente de que intentemos mejorar esa realidad con diferentes proyectos, como el que conocemos hoy, sobre la guía de despacho, no vamos a lograr que se pague a treinta días si dejamos establecida la excepción de que por contrato los pagos se puedan extender sin un plazo determinado.

Por lo tanto, reitero, quiero destacar que si bien el proyecto es un avance, todavía tenemos una deuda con las pequeñas empresas y microempresas en la materia indicada.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Silber Romo .

El señor SILBER.-

Señora Presidenta, la Comisión Mixta tuvo una tarea bastante breve y acotada, destinada a salvar un disenso entre el Senado y la Cámara de Diputados.

La propuesta del Ejecutivo, a través del ministro de Economía, que fue acogida de manera transversal por los parlamentarios, es fomentar y lograr un apalancamiento efectivo de un sector de nuestra economía en tiempos difíciles. Este sector, como lo han señalado algunos colegas, se caracteriza por su informalidad, precarización e, incluso, por una aplicación laxa de nuestras normas tributarias, por lo que se torna complejo exigir y poner cargas tributarias adicionales allí donde las nuevas tecnologías no han penetrado, como sí lo han hecho en otros sectores económicos.

Desde esa perspectiva, creo que fue una buena solución que puedan optar entre el papel y la guía de despacho electrónica. Tal vez, con el tiempo podamos hacer exigible la guía electrónica a todos los sectores económicos de nuestro país, sin distinguir el tamaño de la empresa ni el sector al que pertenecen, pero hoy no es posible aplicar esa norma.

En ese sentido, este proyecto sincera, de alguna manera, la realidad. Es una iniciativa positiva para sectores que requieren cierto empuje para alcanzar un dinamismo económico y un crecimiento que aleje las nubes del horizonte. Me refiero al sector silvoagropecuario, a la pequeña y mediana minería, y a nuestros pirquineros, donde justamente hay mucha informalidad. Por ello, habría sido un contrasentido que el Congreso Nacional hubiese impuesto cargas fiscales adicionales.

Junto con ello, hay que señalar que sí estaba aprobada previamente la moratoria de los seis meses, lo que es un punto ganado por la Cámara de Diputados.

También quiero destacar que durante el debate los diputados de todas las bancadas tuvimos la posibilidad de sumarnos a una indicación que primó por sobre la posición del Ejecutivo, del Ministerio de Economía.

Esa disposición contó con el apoyo de algunos senadores. Estamos muy satisfechos de que la Cámara haya fijado una posición en esta materia en el proyecto que hoy se somete a la votación de la honorable Cámara.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda Órbenes .

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señora Presidenta, en primer lugar, es muy oportuno agradecer a todos los diputados que integraron la Comisión Mixta, quienes fueron mandatados para superar una complicación con la que nos encontramos debido a las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto.

Cada vez que viene un proyecto de ley desde el Senado debemos revisarlo dos, tres, cuatro y hasta cinco veces, por las complicaciones que hemos visto en el último tiempo.

Reitero mi agradecimiento a quienes integraron la Comisión Mixta. Era muy importante volver al espíritu de lo que se aprobó en la Sala de la Cámara, y vemos que se logró un apoyo prácticamente unánime.

Además, agradezco la comprensión de los diputados que representan zonas urbanas, quienes no siempre entienden las complicaciones que se tienen en los sectores rurales. El hecho de que esto haya sido pensado en un comienzo solo para la pequeña agricultura y luego se haya incorporado a los pescadores artesanales y a los pequeños mineros quiere decir que las distintas visiones del Congreso se han sumado y han mejorado un proyecto de ley de estas características.

Quiero destacar que el diputado Boris Barrera tiene mucha razón en lo que planteó. En efecto, existe una deuda muy importante con la pequeña y mediana empresa, que tiene que ver con el pago a treinta días.

Si bien con este proyecto solucionamos un problema práctico derivado de la falta de conectividad y de capacitación de los pequeños agricultores, la verdad es que hoy en día existe una complicación no menor, cual es que la ley que establece el pago a treinta días a los pequeños y medianos empresarios no está rindiendo frutos.

Por eso, quiero llamar al gobierno a realizar un compromiso en la Comisión de Economía tendiente a afinar en detalle las modificaciones que hay que introducir a dicha norma para que efectivamente se cumpla el pago a treinta días, que fue el propósito que tuvo el Congreso al aprobar la norma. La idea era que se pagara a las pequeñas y medianas empresas para que tuvieran capital de trabajo y, de esa forma, no enfrentaran las complicaciones de caja que tienen hoy y permanentemente.

Sin embargo, el ministro de Economía hizo una propuesta aun mayor, que tiene que ver con este pago a treinta días y, asimismo, revisar lo que tiene que ver con todo el proceso de compras públicas.

Creo que ahí también hay algo muy importante para la pequeña y mediana empresa, en el sentido de cómo conectamos al Estado, las compras públicas, las bases de licitación y el mercado público con la pequeña y mediana empresa.

Debemos hacer un esfuerzo en relación con varias modificaciones de manera sistémica, no en un punto o en otro, en conjunto con el compromiso del ministro de Economía y con los miembros de la Comisión de Economía, para posibilitar acelerar los procesos para que de verdad las pequeñas y medianas empresas sean el centro del quehacer en el país.

En razón de lo expresado, llamo a todos los diputados y diputadas a votar favorablemente la proposición de la Comisión Mixta, y reitero mis agradecimientos por el trabajo de los diputados que participaron en ella.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Emilia Nuyado .

La señorita NUYADO (doña Emilia) .-

Señora Presidenta, valoramos la decisión de los diputados y senadores integrantes de la Comisión Mixta de incorporar en el proyecto a la pequeña minería y a los pirquineros, pues la iniciativa en un principio solamente consideraba al sector agropecuario. Fue el Senado el que más tarde incluyó a los sectores silvoagropecuario y de la pesca artesanal.

Lamentablemente, la guía de despacho electrónica vino a generar un problema y dificultades en los diversos sectores alejados de las ciudades, donde hay muchas familias y personas que no pueden ni tienen acceso al uso de teléfonos inteligentes, a lo que se suma la difícil cobertura de servicios en lugares aislados. Sin embargo, este problema también ocurre en lugares cercanos a ciudades. Por ejemplo, en Osorno muchas familias que viven cerca del centro tampoco cuentan con buena cobertura y, por consiguiente, no pueden despachar las guías electrónicas.

Agradezco la lucha permanente que dieron los diputados de la Comisión de Agricultura, quienes elaboraron esta propuesta, y también el apoyo de los senadores, porque la iniciativa permite incorporar a sectores que hoy tienen imposibilidad de generar guías electrónicas. Es muy positivo seguir considerando la guía de despacho en papel, pues ello significa tener consideración con determinados sectores. Existe una gran brecha digital que afecta a la mayoría de quienes viven en sectores aislados, en la ruralidad. Allí el gobierno tampoco ha hecho un gran esfuerzo por entregar mayores posibilidades a las personas para que se capaciten y, a la vez, puedan disponer de sistemas electrónicos para su uso.

Por lo expuesto, valoro este proyecto de ley. Espero que pueda entregar una respuesta a la molestia de ganaderos y pequeños agricultores, quienes señalan que hay proyectos elaborados por el Ejecutivo y los legisladores que no consideran la realidad territorial donde viven.

Con esta iniciativa se hace justicia a sectores tan marginados como la pequeña agricultura familiar campesina, la pesca artesanal, la pequeña minería y los pirquineros.

En razón de lo anterior, solicito a mi bancada y a todos los parlamentarios votar el proyecto de manera favorable.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Sergio Bobadilla .

El señor BOBADILLA.-

Señora Presidenta, valoro la labor que ha realizado la Comisión Mixta, porque a través de su trabajo ha permitido restituir algo que era fundamental para este proyecto.

Estamos ciertos de que las tecnologías se deben incorporar en muchos trámites, particularmente en lo que dice relación con el Estado. En ese sentido, si bien está bien obligar al pequeño agricultor, a los pequeños mineros y a los pescadores a emitir guías electrónicas, también debemos ser conscientes de que no todos los pequeños agricultores, pequeños mineros, o pescadores en general tienen las facilidades para acceder a las nuevas tecnologías.

Además, muchas zonas de nuestro país no cuentan con internet, medio fundamental para que este proceso se desarrollara de acuerdo a lo planteando en las enmiendas efectuadas en el Senado.

En ese sentido, entregar o restituir la libertad al pequeño y al mediano microempresario, agricultor o pescador para que tenga la opción de emitir la guía en forma electrónica o en papel es una idea acertada.

Por eso, invito y convoco a la honorable Cámara de Diputados a votar favorablemente la proposición de la Comisión Mixta.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció las proposiciones de la Comisión Mixta en los siguientes términos:

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley Nº 21.131, que Establece Pago a Treinta Días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario emitan guías de despacho en soporte de papel.

Hago presente que esta normativa también alcanzará a los trabajadores de la pesca y de la pequeña minería.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 122 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Espinoza Sandoval , Fidel , Macaya Danús , Javier , Romero Sáez , Leonidas , Alinco Bustos , René , Fernández Allende, Maya , Marzán Pinto , Carolina , Saavedra Chandía , Gastón , Álvarez Ramírez , Sebastián , Flores García, Iván , Melero Abaroa , Patricio , Sabag Villalobos , Jorge , Álvarez Vera , Jenny , Flores Oporto , Camila , Mellado Pino , Cosme , Sabat Fernández , Marcela , AlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Mellado Suazo , Miguel , Saffirio Espinoza , René , Amar Mancilla , Sandra , Gahona Salazar , Sergio , Mirosevic Verdugo , Vlado , Saldívar Auger , Raúl , Ascencio Mansilla , Gabriel , Galleguillos Castillo , Ramón , Mix Jiménez , Claudia , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Auth Stewart , Pepe , García García, René Manuel , Molina Magofke , Andrés , Santana Tirachini , Alejandro , Baltolu Rasera, Nino , Garín González , Renato , Monsalve Benavides , Manuel , Santibáñez Novoa , Marisela , Barrera Moreno , Boris , González Gatica , Félix , Morales Muñoz , Celso , Sauerbaum Muñoz , Frank , Barros Montero , Ramón , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Mulet Martínez , Jaime , Schalper Sepúlveda , Diego , Berger Fett , Bernardo , Hernández Hernández , Javier , Muñoz González , Francesca , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bernales Maldonado , Alejandro , Hernando Pérez , Marcela , Naranjo Ortiz , Jaime , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bianchi Retamales , Karim , Hertz Cádiz , Carmen , Noman Garrido , Nicolás , Sepúlveda Soto , Alexis , Boric Font , Gabriel , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Norambuena Farías, Iván , Silber Romo , Gabriel , Brito Hasbún , Jorge , Hoffmann Opazo , María José , Núñez Arancibia , Daniel , Soto Ferrada , Leonardo , Calisto Águila , Miguel Ángel , Ibáñez Cotroneo , Diego , Nuyado Ancapichún , Emilia , Soto Mardones, Raúl , Carter Fernández , Álvaro , Ilabaca Cerda , Marcos, Olivera De La Fuente , Erika , Tohá González , Jaime , Carvajal Ambiado , Loreto , Jackson Drago , Giorgio , Orsini Pascal , Maite , Torres Jeldes , Víctor , Castillo Muñoz , Natalia , Jiles Moreno , Pamela , Ortiz Novoa , José Miguel , Trisotti Martínez , Renzo , Castro Bascuñán , José Miguel , Jiménez Fuentes , Tucapel , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Montt , Andrés , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pardo Sáinz , Luis , Urrutia Bonilla , Ignacio , Cicardini Milla , Daniella , Kast Sommerhoff , Pablo , Paulsen Kehr , Diego , Urrutia Soto , Osvaldo , Cid Versalovic , Sofía , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Arriagada , José , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kort Garriga , Issa , Pérez Lahsen , Leopoldo , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Crispi Serrano , Miguel , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Salinas , Catalina , Velásquez Núñez , Esteban , CruzCoke Carvallo , Luciano , Lavín León , Joaquín , Prieto Lorca , Pablo , Vidal Rojas , Pablo , Del Real Mihovilovic , Catalina , Leiva Carvajal, Raúl , Rathgeb Schifferli , Jorge , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Durán Espinoza , Jorge , Leuquén Uribe , Aracely , Rentería Moller , Rolando , Walker Prieto , Matías , Durán Salinas , Eduardo , Lorenzini Basso , Pablo , Rocafull López , Luis , Yeomans Araya , Gael , Eguiguren Correa , Francisco , Luck Urban , Karin .

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Despachado el proyecto.

4.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación Informe Comisión Mixta. Fecha 08 de enero, 2020. Oficio en Sesión 92. Legislatura 367.

VALPARAÍSO, 8 de enero de 2020

Oficio Nº 15.272

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Tengo a honra comunicar a V.E. que la Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, aprobó la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitación del proyecto de ley que modifica la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario y de la pesca artesanal emitan guías de despacho en soporte de papel, correspondiente al boletín N° 12.836-03.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a V.E.

IVÁN FLORES GARCÍA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4.5. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación Informe Comisión Mixta. Fecha 08 de enero, 2020. Oficio en Sesión 138. Legislatura 367.

Valparaíso, 8 de enero de 2020.

Nº 10 /SEC/20

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver la divergencia suscitada con ocasión de la tramitación del proyecto de ley que modifica la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, para permitir que los contribuyentes del sector agropecuario y de la pesca artesanal emitan guías de despacho en soporte de papel, correspondiente al Boletín N° 12.836-03.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 15.272, de 8 de enero de 2020.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

PEDRO ARAYA GUERRERO

Presidente (A) del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

5. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

5.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 09 de enero, 2020. Oficio

VALPARAÍSO, 9 de enero de 2020

Oficio Nº 15.274

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al proyecto de ley, originado en una moción de los diputados Harry Jürgensen Rundshagen, Pedro Pablo Alvarez-Salamanca Ramírez, José Miguel Castro Bascuñán, Iván Flores García, Javier Hernández Hernández, Frank Sauerbaum Muñoz, Ignacio Urrutia Bonilla y Cristóbal Urruticoechea Ríos, y de la diputada Camila Flores Oporto, que modifica la ley N° 21.131, que establece pago a treinta días, para permitir que los contribuyentes del sector silvoagropecuario, de la pesca artesanal, y de la pequeña minería y pirquineros emitan guías de despacho en soporte de papel, correspondiente al boletín N° 12.836-03, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Sustitúyese la letra c) del artículo 3 de la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, por la siguiente:

“c) Agréganse, a continuación de la expresión “en papel.”, las siguientes oraciones: “En el caso del sector silvoagropecuario, de la pesca artesanal, y de la pequeña minería y pirquineros, las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel. Adicionalmente, los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.”.”.

*****

Dios guarde a V.E.

IVÁN FLORES GARCÍA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

6. Publicación de Ley en Diario Oficial

6.1. Ley Nº 21.203

Tipo Norma
:
Ley 21203
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1141360&t=0
Fecha Promulgación
:
16-01-2020
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cugm
Organismo
:
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Título
:
MODIFICA LA LEY Nº 21.131, QUE ESTABLECE PAGO A TREINTA DÍAS, PARA PERMITIR QUE DETERMINADOS CONTRIBUYENTES EMITAN GUÍAS DE DESPACHO EN SOPORTE DE PAPEL
Fecha Publicación
:
21-01-2020

LEY NÚM. 21.203

MODIFICA LA LEY Nº 21.131, QUE ESTABLECE PAGO A TREINTA DÍAS, PARA PERMITIR QUE DETERMINADOS CONTRIBUYENTES EMITAN GUÍAS DE DESPACHO EN SOPORTE DE PAPEL

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley originado en moción de los diputados Harry Jürgensen Rundshagen, Pedro Pablo Alvarez-Salamanca Ramírez, José Miguel Castro Bascuñán, Iván Flores García, Javier Hernández Hernández, Frank Sauerbaum Muñoz, Ignacio Urrutia Bonilla y Cristóbal Urruticoechea Ríos, y de la diputada Camila Flores Oporto,

     

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Sustitúyese la letra c) del artículo 3 de la ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, por la siguiente:

     

    "c) Agréganse, a continuación de la expresión "en papel.", las siguientes oraciones: "En el caso del sector silvoagropecuario, de la pesca artesanal, y de la pequeña minería y pirquineros, las guías de despacho se podrán emitir, a elección del contribuyente, como documento electrónico o en papel. Adicionalmente, los contribuyentes que sólo emitan documentos en papel podrán emitir guías de despacho que no importen ventas por este mismo medio.".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 16 de enero de 2020.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Lucas Palacios Covarrubias, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.- José Antonio Walker Prieto, Ministro de Agricultura.- Baldo Prokurica Prokurica, Ministro de Minería.

    Lo que transcribe, para su conocimiento.- Saluda atentamente a Usted, Esteban Carrasco Zambrano, Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño.