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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.202

Modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Alfonso De Urresti Longton, Adriana Muñoz D' Albora, Víctor Pérez Varela, Patricio Walker Prieto y Isabel Allende Bussi. Fecha 07 de junio, 2017. Moción Parlamentaria en Sesión 21. Legislatura 365.

Boletín N° 11.256-12

Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor De Urresti, señoras Allende y Muñoz y señores Pérez Varela y Walker (don Patricio), que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos.

Antecedentes

Las cifras sobre el número de humedales en Chile oscilan, según diversas informaciones de prensa, entre 18 mil y 30 mil[1]. Independientemente de la cifra exacta, lo concreto es que solo 12 de ellos se encuentran protegidos bajo los parámetros de la Convención de Ramsar[2]. Según el Ministerio de Medio Ambiente, la suma de la superficie de todos los humedales alcanza alrededor de 1.460.400 hectáreas, equivalentes a 20 veces el tamaño de Santiago. Según esa misma cartera, estos ecosistemas se concentran principalmente en las regiones de Aysén (444.200 ha), Magallanes (288.600 ha) y Los Ríos (129.300 ha).

Los humedales de acuerdo a las normas internacionales son "extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en mareo baja no exceda los 6 metros".[3]

Los humedales urbanos son aquellos que, cumpliendo las características físicas mencionadas en el párrafo anterior, se encuentran dentro del perímetro del radio urbano.

Lugares típicos con presencia de humedales urbanos en nuestro país, encontramos en gran número en diversas ciudades, entre ellas principalmente Concepción y Valdivia.

En la actualidad a los humedales no han tenido la relevancia a nivel normativo que debieran, como ecosistemas ricos en diversidad biológica y que en su mayoría albergan especies endémicas, residentes nativas, de paso y migratorias, que no encuentra refugio en otros ambientes y que escogen este hábitat, justamente, por sus características singulares.

Los humedales son importantes por sus funciones ecosistémicas, por ello también son considerados como ejes transformadores de múltiples materiales biológicos y químicos, y denominado los "riñones" de la tierra por su capacidad de filtración y absorción de ciertos contaminantes dentro de los ciclos químicos e hidrológicos, así como también por ser receptores de aguas naturales o artificiales.

Un estudio publicado en la Revista Justicia Ambiental de la ONG FIMA, resume la importancia de los humedales en el siguiente cuadro[4]:

A nivel nacional, hasta ahora, lo único que regula los humedales es la Convención de Ramsar, ratificada por nuestro país en 1981 y cuya misión es: "la conservación y el uso racional de los humedales mediante acciones locales y nacionales y gracias a la cooperación internacional, como contribución al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo".[5]

En Chile existen 12 Sitios Ramsar y aquellos que están dentro de un área protegida son administrados por CONAF. Dos de ellos se encuentran bajo la tuición del Ministerio de Medio Ambiente, pero no es clara la labor estatal en aquellos sitios que se encuentran fuera del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE).

Los demás tipos de humedales que no son Sitios Ramsar, no tienen actualmente ningún tipo de protección estatal y se encuentran total y permanentemente amenazados.

Efectos nocivos por acciones antrópicas: relleno, secado drenaje de humedales

Dentro de las categorías existentes de humedales, aquellos que se encuentran dentro del radio urbano, son los que están más amenazados por las actividades antrópicas (u originadas por la actividad humana).

Los principales efectos nocivos que tienen las actividades del hombre sobre los humedales urbanos dicen relación con la gran presión de parte del sector inmobiliario e industrial del mercado, que a través del relleno, drenaje y secado de los humedales pueden aumentar sus hectáreas de terreno disponibles para diversos usos.

Otra gran amenaza de los humedales urbanos es la basura que se deposita en ellos. Muchos humedales terminan siendo verdaderos vertederos. Esto es muy perjudicial para nuestro medio ambiente.

Al urbanizar en extremo sin dejar lugar a los humedales y áreas verdes en general, también hacemos un grave daño y contribuimos a la pérdida de biodiversidad de flora y fauna.

Al contrario, los humedales dentro de una cuidad pueden ser aprovechados en beneficio de toda la comunidad. Experiencias como las del gran Concepción, donde hay varios humedales que han sido restaurados y también en Valdivia, donde por ejemplo hoy en día se está en la última fase de construcción el "Parque Humedal Catrico" que recupera el humedal y construye un parque a su alrededor.

La conciencia que tiene la ciudadanía sobre el cuidado de los humedales de su ciudad va en aumento cada día. En el gran Concepción, siete comunas se han unido en la defensa de los humedales[6] y en la ciudad de Valdivia se ha armado a lo largo de los años la "mesa regional de los humedales[7]", que es una organización civil que busca la defensa de estos cursos de agua.

Los humedales son indispensables por innumerables beneficios o servicios ecosistémicos. El manejo de los humedales constituye un reto mundial, y es totalmente insostenible que en nuestra legislación no contenga ninguna norma específica respecto del uso racional de estos ecosistemas.

Por esta razón debemos hacernos cargo de la realidad actual, y regular a lo menos los instrumentos para la gestión sustentable de los humedales urbanos.

La necesidad de protección ha sido reconocida por la propia autoridad. En una nota de prensa de 2015 la jefa de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad del Ministerio del Medio Ambiente Alejandra Figueroa, señalaba que "los humedales pueden quedar declarados bajo las figuras de Reserva, Parque o Santuario. Sin embargo, no hemos avanzado mucho en instrumentos territoriales que resguarden la pérdida de humedales. Es una deuda", admite la funcionaria. Y agrega que las mayores amenazas son la presión inmobiliaria en los márgenes de sistemas costeros, ríos y lagos, la extracción de agua de acuíferos que alimentan vegas y bofedales, la extracción de turba desde los humedales de turberas y la extracción de áridos desde riberas de lagos y ríos."[8]

Hasta ahora, los únicos instrumentos que establecen algunos criterios de regulación y protección, son las pocas ordenanzas municipales existentes en algunos municipios del país, como es el caso de Santo Domingo, Coronel, Panguipulli y Valdivia[9].

Y en algunos casos, como ocurre con la capital de la Región de Los Ríos, aun no existiendo la definición en alguna norma, el plano regulador de Valdivia contempla, el Decreto Exento N°4.698 de la Municipalidad de Valdivia, de fecha 7 de agosto de 2009, que aprueba el Acuerdo N°207, de fecha 14 de julio de 2009, del Concejo Municipal, respecto de seis enmiendas al Plan Regulador vigente, contempla en la Zona ZR-2 el "humedal urbano sector de la ciudad..."[10].

En la Ordenanza del Plan Regulador Intercomunal o Metropolitano de Valparaíso, por su parte, se menciona que las Áreas de Protección se subdividen en la Sub Área de Protección del Recurso Natural y Sub Área de Protección Patrimonial. La primera de éstas se conforma de las siguientes zonas: Zona de Recursos de Valor Natural Protegidas Reglamentariamente (ZPE-R), Zona Especial Ecológica por formaciones y coberturas vegetales y formaciones geofísicas (ZPE-V), Zona de Protección Ecológica de Humedales (ZPE-H), Zona de Protección Costera (ZPBC), y de la Zona Especial Paisajística (ZPP)[11].

Respecto de la Zona de Protección Ecológica de Humedales[12], se señala en la Ordenanza que se establecen "por la riqueza de biodiversidad que contienen y lo específico de ésta, que solo ocurre en este ambiente, tanto en su presencia aérea, como subacuática y en organismos vegetales como animales. A su vez estos cuerpos de agua constituyen elementos paisajísticos de gran relevancia para su integración en la extensión urbana". Es por esto que "estas zonas serán mantenidas en estado natural, concentrando los esfuerzos en la preservación, para así asegurar y contribuir a conservar el patrimonio paisajístico, el área de reproducción de fauna, mamíferos y aves y otros fenómenos naturales relevantes".

La Ley 19.300 y su Reglamento

Tal como lo recoge y sistematiza una memoria desarrollada en la Escuela de Derecho de la Universidad Austral[13], la Ley N°19.300, en su artículo 10, señala un listado cuáles serán las actividades o proyectos sometidos al SEIA, entre los cuales interesa señalar:

"a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas, presas, drenaje, desecación, dragado, defensa o alteración significativos, de cuerpos o cursos naturales de agua".

Encontramos en esta disposición la primera referencia a procesos que podrían afectar humedales, ya que tanto el drenaje como la desecación, son obras destinadas a quitar humedad del suelo.

El respectivo reglamento del SEIA, especifica en este punto los proyectos que serán sometidos al sistema de evaluación en su artículo 3: "Se entenderá que estos proyectos o actividades son significativos cuando se trate de:

a.2 Drenaje o desecación de vegas y bofedales ubicados en las Regiones I y II, cualquiera sea su superficie de terreno a recuperar y/o afectar.

Drenaje o desecación de suelos "ñadis", cuya superficie de terreno a recuperar y/o afectar sea igual o superior a doscientas hectáreas (200 há).

Drenaje o desecación de cuerpos naturales de aguas tales como lagos, lagunas, pantanos, marismas, turberas, vegas, albúferas, humedales o bofedales, exceptuándose los identificados en los incisos anteriores, cuya superficie de terreno a recuperar y/o afectar sea superior a diez hectáreas (10 há), tratándose de las Regiones I a 1V; o a 20 hectáreas (20 há), tratándose de las Regiones V a VII, incluida la Metropolitana; o a treinta hectáreas (30 há), tratándose de las Regiones VIII a XII".

Se establecen aquí expresamente, obras que dañen de alguna forma humedales, ya sea directa o indirectamente. Resulta interesante observar que la clasificación de humedales o bofedales no se encuentra acompañada de la especificación "protegidos", por lo que el área de protección, se extiende a todos los ecosistemas que cumplan con estas características, es decir, se atiende a la naturaleza de éstos.

A pesar de ello, la memoria citada encuentra también una falencia importante en la precisión de "significativos". Como podemos apreciar, el criterio para someterse al SEIA, en los casos de obras de drenaje o desecación atiende exclusivamente a la extensión del terreno, dejando fuera características importantes de los humedales que debieran ser tenidas en consideración, como por ejemplo, la diversidad biológica que contienen, o su rol como contenedores de aguas lluvia cuando se encuentran ubicados en zonas urbanas. Estas funciones no tienen por qué encontrarse relacionadas necesariamente con el tamaño que posee un humedal, por lo que condicionar el cuidado de estos a su tamaño, parece poco adecuado a la realidad, es decir, un criterio poco eficiente.

Objetivos del proyecto

Este proyecto tiene por objeto regular de manera específica e introducir a nuestra legislación nacional el concepto de humedales urbanos en virtud de la gran importancia que implican para las ciudades que tienen los humedales urbanos y que a la fecha no hay ninguna norma a nivel legal que los regule.

Para esto se establece un articulado especial de regulación de instrumentos de gestión sustentable de los humedales y también se modifica la Ley 19.300, específicamente el artículo 10, para agregar una nueva letra s), para incluir de forma precisa que las actividades que se realicen dentro o en las cercanías de un humedal urbano y que puedan significar una alteración física de los mismos, deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Se modifica además el artículo 64 de la actual Ley General de Urbanismo y Construcciones, en el sentido de agregar a los humedales a la enunciación que realiza la norma de los bienes nacionales de uso público que deben adecuarse a los planes reguladores y las ordenanzas locales.

Por todas las consideraciones de hecho y de derecho y especialmente el vacío legal respecto del tema de los humedales y específicamente los humedales urbanos, los senadores que suscriben presentamos el siguiente:

PROYECTO DE LEY

Artículo 1: Definición: Humedal urbano son aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los 6 metros, y que se encuentren dentro del radio urbano.

Artículo 2: Las municipalidades del país, deberán establecer en una Ordenanza General, los criterios mínimos respecto del uso racional de los humedales urbanos presentes en los límites de cada comuna respectiva.

Artículo 3: Modificase la Ley 19.300 sobre Bases Generales de Medio Ambiente en el siguiente sentido:

• Agréguese en el artículo 10 una nueva letra s) del siguiente tenor:

"s) Ejecución de obras, programas o actividades que puedan significar una alteración física de humedales que se encuentran dentro del perímetro de un radio urbano y que implique su destrucción, relleno, drenaje o secado."

Artículo 4°: Modifícase la Ley General de Urbanismo y Construcciones en el siguiente sentido:

• Intercálese en el artículo 64, entre las expresiones "riberas de mar" y ", de ríos", la expresión "de humedales".

[1] http://www.latercera.com/noticia/medio-ambiente-dice-que-en-chile-hay-30-mil-humedales/ http://portal.mma.gob.cl/chile-tiene-18-mil-humedales-y-solo-el-2-de-ellos-cuenta-con-algun-tipo-de-proteccion/
[2] http://www.ramsar.org/es/acerca-de-la-convencion-de-ramsar
[3] Definición del Convenio de Ramsar
[4] "Conservación y preservación de los humedales en Chile". Daniel Bravo Zamora. Revista Justicia Ambiental. En http://www.fima.cl/site/wp-content/uploads/2012/12/REVISTA-Justicia-Ambiental-2010.pdf
[5] Disponible en línea en: http://www.ramsar.org/es/acerca-de/la-convencion-de-ramsar-y-su-mision
[6] Concepción Coronel Hualpén Lota Penco San Pedro de la Paz y Talcahuano según información del Diario El Sur Disponible en: http://www.terram.cl/2017/03/24/siete-comunas-se-unen-para-proteger-humedales-del-gran-concepcion/
[7] Información disponible en: http://portal.mma.gob.cl/mesa-regional-de-humedales-de-los-rios-comienza-su-trabajo-2016/
[8] La Tercera 2 de febrero de 2015 disponible en: http://www.latercera.com/noticia/medio-ambiente-dice-que-en-chile-hay-30-mil-humedales/
[9] http://www.munivaldivia.cl/www/municipal_valdivia/attachments/article/1399/ORDENANZA%20DE%20HUMEDALES_FINAL.pdf; http://www.ecoronel.cl/wp-content/uploads/2014/01/2014-002-Ordenanza-de-Humedales.pdf; http://www.santodomingo.cl/wp-content/uploads/2015/12/ORDENANZA-HUMEDALES.pdf; http://www.panguipullitransparente.cl/web/ordenanzaspublicadas/redhumedales%5B1%5D.pdf;
[10] https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=1005184
[11] Ordenanza del Plan Regulador Intercomunal o Metropolitano de Valparaíso (2009) p.57. http://www.quilpue.cl/descargar_ord/ordenanzas/planno/ORDENANZA_ACTUALIZADA_COREMA_ENERO2009.pdf
[12] Minvu Región Valparaíso. Memoria explicativa. Modificación Plan Intercomunal de Valparaíso Area Metropolitana y satélite borde costero Quintero-Puchuncaví.http://www.quilpue.cl/descargar_ord/ordenanzas/planno/MEMORIA_PREMVAL_ACTUALIZADA23.01.09.pdf.Feb.2007

1.2. Primer Informe de Comisión de Medio Ambiente

Senado. Fecha 08 de agosto, 2018. Informe de Comisión de Medio Ambiente en Sesión 39. Legislatura 366.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y BIENES NACIONALES recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos.

BOLETÍN N° 11.256-12.

____________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado tiene el honor de informar respecto del proyecto de ley de la referencia, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor Alfonso De Urresti Longton, señoras Isabel Allende Bussi y Adriana Muñoz D´Albora y señor Víctor Pérez Varela y del ex Senador señor Patricio Walker Prieto, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos.

La iniciativa fue discutida sólo en general, en virtud de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento del Senado.

A las sesiones en que la Comisión analizó esta iniciativa asistió, además de sus miembros, la Honorables Senadora señora Adriana Muñoz D´Albora.

Asimismo, concurrieron, especialmente invitadas, las siguientes personas:

- Del Ministerio del Medio Ambiente: La Ministra, señora Marcela Cubillos; la Jefa del Departamento de Legislación Ambiental, señora Lorna Püschel; el Jefe de Gabinete del Subsecretario, señor José Vial; los Asesores Legislativos, señora Isidora Infante y señores José Pablo Núñez y Teodoro Ribera.

- De la Ilustre Municipalidad de San Pedro de la Paz: El Alcalde, señor Audito Retamal; y el Jefe de Gabinete, señor Bernardo Daroch.

- Del Instituto de Geografía de la Pontificia Universidad Católica de Chile: La Investigadora y Doctora, señora Carolina Martínez.

- De la Universidad de Concepción: La Doctora y Directora del Magíster Análisis Geográfico, señora Carolina Rojas, y la Periodista, señora Johanna Ortiz.

- El Licenciado en Ciencias Biológicas, señor Alberto Tacón.

- Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: los Asesores señora Fernanda Nitsche y señor Agustín Figari.

- De la Biblioteca del Congreso Nacional: El Asesor, señor Enrique Vivanco.

- De la Fundación Jaime Guzmán: el señor Juan Eduardo Diez.

- Los Abogados de la Fundación Terram, señores Christian Paredes e Ignacio Martínez.

- De la oficina de la Honorable Senadora señora Allende: el Asesor, señor Alexandre Sánchez.

- De la oficina de la Honorable Senadora señora Órdenes: los Asesores señora Susana Figueroa y señores Sebastian Divin y Francisco Rodríguez.

- De la oficina del Honorable Senador señor Girardi: la Asesora señora Victoria Fullerton.

- De la oficina del Honorable Senador señor Prohens: la Jefa de Gabinete, señora Daniella Morales, y el asesor, señor Rafael Castro.

- De la oficina del Honorable Senador señor De Urresti: los Asesores señores José Becerra y Javier Sánchez.

- Del Comité Partido Socialista: la Asesora señora Melissa Mallega.

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Se deja constancia de que los documentos acompañados por quienes concurrieron a la Comisión fueron conocidos por los señores Senadores integrantes de la misma y han sido publicados en la página web de la Corporación.

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I.- OBJETIVO DEL PROYECTO

El propósito de la iniciativa es incorporar a nuestra legislación el concepto de humedal urbano y asegurar su protección. Para cumplir este último propósito, obliga a las Municipalidades a establecer, mediante ordenanzas, criterios mínimos respecto a su uso racional. Además, se incluyen dentro de la lista de proyectos o actividades que deben someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, la ejecución de obras, programas o actividades que puedan significar una alteración física de los humedales urbanos y que impliquen su destrucción, relleno, drenaje o secado. Finalmente, se dispone que estos bienes nacionales de uso público se usarán en concordancia con lo dispuesto en el Plan Regulador y su Ordenanza Local y que las concesiones que se otorguen sobre ellos requerirán el informe previo favorable de la Dirección de Obras Municipales respectiva.

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III.- ANTECEDENTES

Para el estudio de esta iniciativa de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes antecedentes:

ANTECEDENTES JURÍDICOS

1.- Constitución Política de la República, artículo 19 N° 8.

2.- Decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio del Interior, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.

3.- Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

4.- Decreto con fuerza de ley N° 478, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1976, que Aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones.

5.- Convención sobre Zonas Húmedas de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de las Aves Acuáticas, suscrita por el Gobierno de Chile en la ciudad de Ramsar, Irán, el 2 de febrero de 1971, y promulgada y publicada como Ley de la República el año 1981.

ANTECEDENTES DE HECHO

La moción que da origen al proyecto recuerda que los humedales son "extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los 6 metros", y que los humedales urbanos son aquellos que, cumpliendo las características físicas mencionadas, se encuentran dentro del perímetro del radio urbano.

Destaca que según estudios realizados, el número de humedales en Chile oscila entre 18 mil y 30 mil, alcanzando una superficie de alrededor de 1.460.400 hectáreas y concentrándose principalmente en las regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo (444.200 ha), Magallanes (288.600 ha) y Los Ríos (129.300 ha). Adicionalmente, agrega que Concepción y Valdivia son lugares que albergan una gran presencia de humedales urbanos.

Precisado lo anterior, asegura que los humedales son ecosistemas ricos en diversidad biológica, pese a lo cual no han tenido la relevancia a nivel normativo que debieran. Ellos, en su mayoría, destaca, albergan especies endémicas, residentes nativas, de paso y migratorias, que no encuentran refugio en otros ambientes y que escogen este hábitat por sus características singulares.

Los autores de la moción sostienen que a la importancia anterior se suma el hecho que los humedales son esenciales por las funciones ecosistémicas que cumplen. En efecto, acotan, son ejes transformadores de múltiples materiales biológicos y químicos y denominados los "riñones de la tierra”, por su capacidad de filtración y absorción de ciertos contaminantes dentro de los ciclos químicos e hidrológicos, así como también por ser receptores de aguas naturales o artificiales.

En sintonía con lo señalado, hacen presente que un estudio publicado en la Revista Justicia Ambiental de la Organización no Gubernamental Fima resume, en el siguiente cuadro, la importancia de los humedales:

Subrayan que, hasta el momento, a nivel nacional, lo único que regula los humedales es la Convención de Ramsar, tratado internacional ratificado por nuestro país en 1981, y cuya misión es la conservación y el uso racional de aquellos.

Los Honorables Senadores señor De Urresti, señoras Allende y Muñoz y señor Pérez Varela y el ex Senador señor Patricio Walker ponen de relieve que en Chile existen 12 Sitios Ramsar. Puntualizan que aquellos que están dentro de un área protegida son administrados por la Corporación Nacional Forestal. Añaden que dos de ellos se encuentran bajo la tuición del Ministerio de Medio Ambiente, pero, destacan que no es clara la labor estatal en aquellos sitios que se encuentran fuera del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado. Así, enfatizan, los demás tipos de humedales que no son Sitios Ramsar no tienen actualmente ningún tipo de protección estatal, encontrándose total y permanentemente amenazados.

Ahondando en el punto anterior, señalan que los más amenazados son los que se encuentran dentro del radio urbano, esto por las actividades antrópicas, vale decir por aquellas originadas por la actividad humana. Sostienen que los principales efectos nocivos que tienen las actividades del hombre sobre los humedales urbanos dicen relación con la gran presión de parte del sector inmobiliario e industrial, los que rellenan, drenan y secan los humedales Afirman que otra gran amenaza de los humedales urbanos es la basura que se deposita en ellos. En efecto, acotan, muchos humedales se convierten en verdaderos vertederos, lo que es muy perjudicial para el medio ambiente.

En el mismo orden de ideas, hacen hincapié en que al urbanizar en extremo, sin dejar lugar a los humedales y áreas verdes, se provoca un gran daño al medio ambiente y se atenta en contra de la biodiversidad de nuestra flora y fauna.

Los legisladores afirman que los humedales existentes en las ciudades pueden aprovecharse en beneficio de toda la comunidad, dando cuenta de ello experiencias como las del gran Concepción y de Valdivia, en donde varios humedales han sido restaurados.

Destacan que la ciudadanía ha tomado conciencia, poco a poco, sobre el cuidado de los humedales de su ciudad. En el gran Concepción, ejemplifican, siete comunas se han unido en la defensa de los humedales, mientras que en la ciudad de Valdivia se ha armado la "mesa regional de los humedales", organización civil que busca la defensa de estos cursos de agua.

Siguiendo con la presentación del proyecto, los autores de la moción consignan que los humedales son indispensables por sus innumerables beneficios y servicios ecosistémicos, y que, en consecuencia, su manejo constituye un reto mundial, resultando insostenible que nuestra legislación no contenga normas específicas respecto del uso racional de estos ecosistemas.

Agregan que la necesidad de protección ha sido reconocida por la propia autoridad. Detallan que, en una nota de prensa del año 2015, la entonces jefa de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad del Ministerio del Medio Ambiente, señora Alejandra Figueroa, señaló que los humedales pueden quedar declarados bajo las figuras de Reserva, Parque o Santuario, pero que no se ha avanzado mucho en instrumentos territoriales que resguarden su pérdida. Subrayan que en aquella oportunidad, la funcionaria aseveró que las mayores amenazas para ellos son la presión inmobiliaria en los márgenes de sistemas costeros, ríos y lagos, la extracción de agua de acuíferos que alimentan vegas y bofedales, la extracción de turba desde los humedales de turberas y la extracción de áridos desde riberas de lagos y ríos.

Comentan que hasta ahora, los únicos instrumentos que establecen criterios de regulación y protección de humedales urbanos son las pocas ordenanzas municipales existentes en algunos municipios del país, como es el caso de Santo Domingo, Coronel, Panguipulli y Valdivia. En algunos casos, mencionan, como ocurre con la capital de la Región de Los Ríos, el plano regulador contempla, en la Zona ZR-2, el humedal urbano de la ciudad.

Adentrándose en el análisis de la legislación medioambiental, los autores de la iniciativa de ley recuerdan que la letra a) del artículo 10 de la ley N° 19.300 considera entre las actividades o proyectos que deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, aquellos referidos acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas, presas, drenaje, desecación, dragado, defensa o alteración significativos, de cuerpos o cursos naturales de agua. Subrayan que en la disposición se encuentra la primera referencia a procesos que podrían afectar humedales, ya que tanto el drenaje como la desecación son obras destinadas a quitar humedad del suelo.

Profundizando en el punto anterior, hacen presente que el reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental especifica, en su artículo 3°, los proyectos que serán sometidos al sistema de evaluación aludido. Al respecto, precisan que dicha disposición prescribe que se entenderá que estos proyectos o actividades son significativos cuando se trate de:

1.- Drenaje o desecación de vegas y bofedales ubicados en las Regiones I y II, cualquiera sea su superficie de terreno a recuperar y/o afectar.

2.- Drenaje o desecación de suelos "ñadis", cuya superficie de terreno a recuperar y/o afectar sea igual o superior a doscientas hectáreas.

3.- Drenaje o desecación de cuerpos naturales de aguas, tales como lagos, lagunas, pantanos, marismas, turberas, vegas, albúferas, humedales o bofedales, exceptuándose los identificados en los incisos anteriores, cuya superficie de terreno a recuperar y/o afectar sea superior a diez hectáreas, tratándose de las Regiones I a IV; o a 20 hectáreas, tratándose de las Regiones V a VII, incluida la Metropolitana; o a treinta hectáreas, tratándose de las Regiones VIII a XII.

Siguiendo con el análisis de la legislación vigente, consignan que una tesis de la Universidad Austral advierte que los preceptos citados hacen referencia a obras que dañen, directa o indirectamente, humedales. Asimismo, el autor de la tesis destaca que la clasificación de humedales o bofedales no se encuentra acompañada de la especificación "protegidos", por lo que el área de protección se extiende a todos los ecosistemas que cumplan con estas características.

A pesar de ello, remarcan, la memoria citada encuentra también una falencia importante en la precisión de "significativos". Como podemos apreciar, resaltan, el criterio para someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en los casos de obras de drenaje o desecación atiende exclusivamente a la extensión del terreno, dejando fuera características importantes de los humedales que debieran ser tenidas en consideración, como por ejemplo, la diversidad biológica que contienen o su rol como contenedores de aguas lluvia cuando se encuentran ubicados en zonas urbanas.

Finalmente, tomando las conclusiones contenidas en la tesis mencionada, enfatizan que estas funciones no tienen por qué relacionarse necesariamente con el tamaño que posee un humedal, por lo que condicionar el cuidado de estos a su tamaño, parece poco adecuado a la realidad, es decir, un criterio poco eficiente.

IV. DISCUSIÓN EN GENERAL

Iniciando el estudio de la iniciativa de ley, la Presidenta de la instancia, Honorable Senadora señora Allende, hizo presente que la Comisión acordó constituir una mesa de trabajo prelegislativa entre los asesores de los parlamentarios y el Ejecutivo respecto a esta propuesta legal.

Dando a conocer el avance de aquella, el Asesor de la Honorable Senadora señora Allende, señor Alejandro Sánchez, relató que la mesa de trabajo se ha reunido en tres ocasiones, asistiendo a sus sesiones los asesores del Ministerio del Medio Ambiente, señoras Isidora Infante y Jimena Ibarra y señor José Pablo Núñez, la Asesora de la Honorable Senadora señora Órdenes, señora Susana Figueroa, el Asesor del Honorable Senador señor Sandoval, señor Mauricio Anacona, y las Asesoras del Honorable Senador señor Girardi, señoras Alejandra Figueroa y Victoria Fullerton.

Indicó que tras las sesiones mencionadas, la instancia alcanzó los siguientes acuerdos:

1.- Ampliar el objeto de protección, de manera de resguardar no sólo los humedales urbanos.

2.- Incluir a los humedales dentro de los instrumentos de planificación urbana de las ciudades, recogiendo con ello una recomendación efectuada por el Superintendente de Medio Ambiente.

3.- Incorporar una norma a la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, que conlleve la derogación del Reglamento de Sistema de Evaluación de Impacto Ambiente, en lo que se refiere a la superficie mínima que deben tener los humedales para tener protección.

4.- Mantener la unidad ecológica indivisible del humedal, para lo que se propone una regulación casi idéntica a la aprobada en la iniciativa de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

5.- Reconocer las turberas como humedales y no como una sustancia concesible, como las considera hoy la legislación minera.

Tras dar a conocer los acuerdos alcanzados, puso de relieve que estos deben ser ratificados por el Ministerio del Medio Ambiente y por los respectivos Comités Parlamentarios.

Complementando la información dada por el señor Sánchez, la Asesora del Ministerio del Medio Ambiente, señora Isidora Infante, notó que por parte de la Secretaría de Estado que integra han asistido a las sesiones, además de ella, una profesional de recursos naturales, especialista en humedales, y un profesional de Evaluación Ambiental, encargado de explicar los alcances que tiene el proyecto y de cómo enmendar adecuadamente la Ley General de Urbanismo y Construcciones, a fin de proteger los humedales.

Subrayó que entre los acuerdos alcanzados figura el de reconocer a los humedales como áreas de protección de recursos de valor natural, el de tomar como definición de humedales la contenida en el proyecto de ley sobre Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el de hacer compatible ambos proyectos.

En relación con los acuerdos alcanzados, el Honorable Senador señor De Urresti estimó que el objeto de protección debía circunscribirse a los humedales urbanos. Argumentando su aseveración, explicó que extender el objetivo de la iniciativa de ley retardaría su entrada en vigencia, la que, recalcó, es urgente para evitar la destrucción de estos humedales tan amenazados.

Agregó que aquellos que se encuentran fuera de los límites urbanos están regulados en la propuesta de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (Boletín N° 9.404-12). Adicionalmente, añadió que incorporar las turberas está fuera de la idea matriz y dilataría aún más la discusión.

I.- Presentación del proyecto por parte de su autor, Honorable Senador señor Alfonso De Urresti.

Presentando el proyecto de su autoría, el Honorable Senador señor De Urresti comentó que los objetivos de éste radican en establecer una definición legal de humedales urbanos; en modificar el artículo 10 de ley N° 19.300, para incluir en el listado de actividades que requieren de evaluación ambiental a aquellas que digan relación con destrucción, relleno o secado de humedales urbanos; en incorporar a los humedales urbanos dentro de la legislación de urbanismo y construcciones y en entregar herramienta legales a las municipalidades para proteger los humedales urbanos, a través de ordenanzas municipales.

Explicó que las razones que motivan a legislar sobre humedales urbanos son que ellos son los más vulnerables a la actividad humana, dada la gran presión inmobiliaria. Enfatizó que ellos son fuentes inagotables de biodiversidad de flora y fauna, cuna de anidación de aves migratorias y que permiten a las ciudades ser más resilientes y adaptarse al nuevo contexto de escasez hídrica.

Precisado lo anterior, advirtió la necesidad de protegerlos y no mantener la inactividad normativa existente, la que permite que cualquiera destruya, rellene o seque un humedal urbano que no está bajo alguna categoría oficial de protección, sin ningún tipo de sanción. En este punto, llamó a tener en cuenta que los humedales destruidos pueden recuperarse, como se ha demostrado en el caso del Humedal Río Cruces, afectado, en el año 2004, por el vertimiento de desechos realizado por una planta de celulosa de Arauco en sus aguas. Sin embargo, remarcó, no corren igual suerte los humedales urbanos, toda vez que el daño ecosistémico en ellos es irrecuperable.

En otro orden de consideraciones, indicó que si bien el proyecto que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas establece nuevos instrumentos de protección para humedales, como su inventario, criterios de usos sustentables, permisos de alteración física y humedales Ramsar como categoría de protección, sus normas no son específicas para humedales urbanos y están en el contexto de la creación del servicio mencionado. A mayor abundamiento, recalcó que las disposiciones contenidas en él son insuficientes para la eficiente y correcta protección de humedales dentro del radio urbano. Además, añadió, duplicar normas del proyecto que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas en este proyecto puede generar problemas de interpretación legal.

Manifestó que a nivel internacional, la Convención de Ramsar ha puesto el enfoque en la urbanización y protección de humedales urbanos, por su rol en el control de inundaciones. De hecho, apuntó, el tema para la próxima conferencia de las partes, que se llevará a cabo en octubre próximo, en Dubai, será “Humedales para un futuro urbano sostenible”.

Concluyendo su exposición, consideró que el proyecto de ley objeto de análisis es sumamente relevante para el reconocimiento y valor que tienen los humedales urbanos y que la inactividad legislativa sobre el particular hará que la urbanización avance cada día más, destruyendo los humedales situados dentro del radio urbano.

Se deja constancia de que el Honorable Senador señor De Urresti acompañó su presentación con un documento en formato PowerPoint, el que fue debidamente considerado por los miembros de la Comisión, y se contiene en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

II.- Exposiciones de invitados y debate generado con ocasión de ellas.

Tras haber escuchado la presentación del proyecto, la Comisión acordó recibir en audiencia a los siguientes expertos:

- A la Doctora y Directora del Magíster de Análisis Geográfico, de la Universidad de Concepción, señora Carolina Rojas.

- Al Licenciado en Ciencias Biológicas, señor Alberto Tacón.

- A la Investigadora y Doctora del Instituto de Geografía de la Pontificia Universidad Católica de Chile, señora Carolina Martínez.

Asimismo, recibió en audiencia al Alcalde de la Ilustre Municipalidad de San Pedro de la Paz, señor Audito Retamal.

1.- Dando inicio a la ronda de audiencias, la Directora del Magíster de Análisis Geográfico de la Universidad de Concepción, señora Carolina Rojas, puso de relieve que si bien los humedales urbanos tienen una importancia muy significativa, al no estar contemplados en la legislación, se conoce muy poco de ellos.

Llamó a tener en consideración que en los últimos años se ha incrementado la urbanización, toda vez que la gente se concentra en las ciudades y principalmente en aquellas de la costa. Agregó que para el año 2030, se espera que el 70% de la población del mundo viva en ciudades.

Notó que Chile no escapa a esa realidad, y que la expansión urbana se ha extendido a espacios en donde existe gran biodiversidad. En efecto, precisó, es posible ver parte de ella en humedales urbanos.

Precisado lo anterior, explicó que los humedales urbanos son extensiones de marismas, pantanos y turberas o superficies cubiertas de agua, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros y localizadas en el límite urbano de las ciudades.

Agregó que dichos humedales son espacios que proveen diversos servicios ecosistémicos, tales como la regulación y purificación del agua, la regulación de la temperatura, la mitigación de desastres naturales, el secuestro de carbono e infraestructura verde para los habitantes de las ciudades, dando paso a un lugar de esparcimiento sin grandes costos asociados. Remarcó que al estar situados en los límites urbanos, son estas personas quienes reciben sus beneficios.

Indicó que en nuestro país no se contempla una definición de humedales urbanos y sólo se reconocen los sitios Ramsar (humedales internacionalmente reconocidos) y los humedales ubicados en áreas protegidas. Con todo, llamó a tener en cuenta que estos instrumentos de conservación requieren que los humedales estén en condiciones ecológicas adecuadas, lo que escapa a la realidad de los urbanos, quedando, en consecuencia, desprotegidos. De hecho, precisó, la Ley General de Urbanismo y Construcciones no contempla medidas que aseguren su conservación. No obstante, detalló que algunas Municipalidades, con el objeto de protegerlos, los han asimilado, en los planos reguladores, a áreas verdes o como áreas de inundación, frenándose la construcción sobre ellos.

Siguiendo con el desarrollo del punto anterior, sostuvo que la política urbana los califica como sistemas naturales de soporte fundamental para el diseño de las ciudades y como espacio de biodiversidad. Sin embargo, recalcó que dicha política es de carácter meramente indicativo.

En otro orden de consideraciones, hizo presente que según una publicación realizada en el diario La Tercera, sólo el 3% de los humedales del país cuentan con protección. Ello, insistió, se debe a que sólo pueden protegerse los que demuestran estar en buenas condiciones, realidad lejana a la de los humedales urbanos.

Tras entregar la información consignada, expresó que resulta fundamental abordar los desafíos en planificación urbana, teniendo en cuenta que los humedales urbanos son una oportunidad de gestión y participación para ciudades más sustentables y resilientes.

Puntualizando los desafíos de planificación territorial, manifestó que ellos son los que siguen:

1.- Flexibilizar las normativas de los instrumentos de planificación territorial. Sobre el particular, resaltó que más de 10 millones de personas viven con un instrumento de planificación territorial de una antigüedad mayor a 10 años.

2.- Que los instrumentos de planificación sean vinculantes, debiendo adaptarse a los cambios de escala regional, metropolitana y comunal. Además, que las normativas estén en sintonía.

3.- Desarrollar y fortalecer los métodos de Evaluación Ambiental Estratégica, toda vez que actualmente no hay claridad cómo un instrumento de política territorial puede ser evaluado.

4.- Contemplar normativas y metodologías específicas para ecosistemas vulnerables y para suelos de alto valor ambiental, incorporando normas concretas y planes para los humedales urbanos, ecosistemas vulnerables a los proyectos inmobiliarios.

5.- Incluir instrumentos para ciudades más sustentables y resilientes. En este punto, advirtió que los instrumentos de planificación territorial deben saltar a propuestas de sustentabilidad y resiliencia ante eventos extremos y no solo de regulación de la construcción del suelo.

Subrayó que, en la actualidad, los humedales urbanos son normados por los planes reguladores de cada ciudad, ignorando sus servicios ecosistémicos y su biodiversidad, ya que sus alcances son limitados a la hora de proteger y conservar espacios naturales. Remarcó que ello ha permitido su relleno, desecamiento, cambios en su vegetación, pérdida de hábitat y contaminación de sus aguas y sedimentos.

Estimó que las soluciones adoptadas por los Municipios si bien son un paso en la dirección deseada, son insuficientes para frenar daños que son irreversibles en la biodiversidad.

Aseveró que la falta de planificación territorial se demuestra principalmente en dos ciudades emblemáticas de Chile: Concepción y Valdivia, posibilitándose la construcción sobre ellos, incluso por parte del Estado. Precisó que tal ha sido el caso de la construcción de viviendas sociales Nueva Luz, en Valdivia, sobre humedales rellenados. Añadió que en la capital de la región del Biobío, por su parte, sólo queda un humedal dentro del radio urbano, el humedal Paicaví, perdiéndose más de 1700 hectáreas de ellos, lo que representa el 23% de su superficie.

Siguiendo con los humedales ubicados en el gran Concepción, resaltó que otro de ellos es el Rocuant-Andalién, el que ha perdido el 10% de su superficie, lo que se debe, principalmente, a la construcción de la ruta interportuaria, acto que ha motivado la urbanización en tal sector, produciendo su fragmentación.

Comentó que otro caso de humedal urbano es el Humedal Los Batros, ubicado en la comuna de San Pedro de la Paz, el que ha perdido 67 hectáreas debido a la urbanización realizada sobre él.

Calificó de absurdo que se rellenaran terrenos con agua en lugar de construir en terrenos secos, y justificó su aseveración en que las construcciones quedan en condiciones muy vulnerables, como lo han demostrado las inundaciones en los últimos años, especialmente la ocurrida el año 2010, con ocasión del terremoto y posterior tsunami que afectó a nuestro país.

En relación con el punto anterior, resaltó que los humedales son verdaderas esponjas que permiten absorber el agua de las inundaciones, perdiendo tal capacidad en el evento de construirse sobre ellos.

Señaló que distinto sería el escenario si los humedales se integraran al proceso de urbanización, aprovechándolos como espacios de recreación.

Puso de relieve que la falta de protección ha motivado a la ciudadanía a realizar múltiples actividades en defensa de los humedales. Tal ha sido la presión, advirtió, que los alcaldes de las comunas del gran Concepción firmaron un protocolo, comprometiéndose a revisar sus instrumentos de planificación, a fin de considerar medidas que permitan su conservación. A lo anterior, notó, se ha sumado la creación de la mesa de humedales.

Deteniéndose el anuncio realizado por el Ministerio del Medio Ambiente, relativo a que dicha Secretaría de Estado prepara un plan de conservación para duplicar las hectáreas de humedales protegidos por el Estado al año 2022, anheló una medida de protección especial para los urbanos, que son los más amenazados y aquellos cuya destrucción no tiene reparación.

Por lo anterior, valoró la iniciativa de ley en estudio y puntualizó que ésta permitirá reconocer a los humedales urbanos como ecosistemas de la ciudad al servicio de los ciudadanos, contemplándolos en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la Ley General de Bases del Medio Ambiente. Asimismo, celebró que se reconocieran como áreas de valor ecológico, restringidas a la construcción, como áreas de biodiversidad, de mitigación de inundaciones, que favorecen la salud y la agricultura, que dotan a las ciudades de infraestructura verde y que tienen un rol fundamental ante el cambio climático.

Por otro lado, destacó que la Convención de Ramsar, tratado que centra su preocupación principalmente en humedales fuera del radio urbano, ha fijado, en los últimos años, su mirada en los urbanos, lanzando una infografía en la que se precisa que aquellos hacen nuestras ciudades más saludables, reducen la inundación, mejoran la calidad del agua, la calidad del aire, promueven calidad de vida y generan actividades productivas.

Añadió que el anhelo de protección de los humedales urbanos está también en sintonía con los diecisiete objetivos de la Organización de las Naciones Unidas para transformar nuestro planeta. En efecto, recordó, el objeto N° 11 radica en contar con ciudades y comunidades más sustentables.

Continuando con su exposición, comentó que una publicación realizada por la revista Nature da cuenta que los humedales tuvieron una importancia fundamental en la mitigación los daños de la inundación que produjo el Huracán Sandy, el año 2012, en las costa de los Estados Unidos de Norteamérica.

Finalmente, anheló que los humedales urbanos se integraran a las ciudades, tal como ocurre en Toronto, aprovechando los múltiples beneficios que su presencia acarrea.

Se deja constancia de que la señora Rojas acompañó su presentación con dos documentos, los que fueron debidamente considerados por los miembros de la Comisión, y se contienen en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

Tras escuchar la primera exposición, la Honorable Senadora señora Allende compartió la necesidad que nuestra legislación diera pasos hacia la protección de los humedales, especialmente de aquellos ubicados dentro de los límites urbanos, que son los más amenazados por la presión inmobiliaria.

No obstante, consideró necesario conservar la unidad ecológica indivisible de los humedales. Precisó que la forma de abordar la protección de todos ellos se acordará oportunamente por los miembros de la Comisión.

Por último, calificó como esencial, en este o en otro proyecto, considerar a las turberas como humedales y no como minerales, derogando la posibilidad de otorgar concesiones mineras sobre ellas, como permite actualmente nuestra legislación.

La Honorable Senadora señora Órdenes, por su parte, estimó indispensable dar un sentido de urgencia a la protección de los humedales, poniéndolos dentro de la agenda pública, dada la enorme importancia que tienen.

Indicó que en los centros urbanos, los humedades juegan un rol fundamental, toda vez que son reservorios de carbono, de agua dulce y de biodiversidad, además de ser poderosos instrumentos de regulación hídrica y climática.

Refiriéndose al acuerdo de extender la protección a todos los humedales y a las turberas, alabó dicha medida y resaltó que ello permitirá proteger efectivamente el Sphagnum magallanicum, conocido como pompón, musgo que crece en los humedales del sur de nuestro país y que ha sido sobreexplotado en los últimos años.

Por último, y en sintonía con el punto anterior, advirtió que las turberas representan entre el 50 y el 70% de los humedales del país.

El Honorable Senador señor Prohens, en tanto, celebró la iniciativa de ley que permitirá frenar el daño que sufren los humedales urbanos, ecosistemas fundamentales.

Con todo, estimó que la protección debía extenderse a todos los humedales. Especial preocupación manifestó por aquellos del norte del país, en donde hay presencia de litio, mineral altamente explotado. Añadió que de no adoptarse medidas de conservación, la flora y fauna del país se verá significativamente afectada.

El Honorable Senador señor De Urresti, refiriéndose a la demanda de no circunscribir el proyecto a los humedales urbanos, ampliando el objeto de protección de la propuesta legal a todos los humedales, reiteró que tal extensión dilataría el pronto despacho de ella, impidiendo frenar la destrucción de los urbanos, que avanza a pasos agigantados.

Sumando más argumentos a su postura, puso de relieve que los humedales pueden regularse con los instrumentos existentes en nuestra legislación, mientras que para los ubicados dentro del radio urbano no existen medidas sobre el particular.

Por las razones anteriores, solicitó limitar el objeto de protección del proyecto de ley a los humedales urbanos, sin perjuicio de legislar respecto a los demás.

2.- A continuación, la comisión recibió en audiencia al Licenciado en Ciencias Biológicas, señor Alberto Tacón, quien se refirió a la situación en la que se encuentran los humedales urbanos en la ciudad de Valdivia.

Dando inicio a su exposición, recordó que la capital de la región de los Ríos es una ciudad que está enmarcada por humedales, los que históricamente han cumplido funciones muy importantes. Aseveró que a lo largo del tiempo, estas áreas presentes dentro del límite urbano han sido objeto de una fuerte intervención, producto de la expansión urbana, utilizándose primero para el depósito de basura y escombros y posteriormente para la construcción, lo que ha conducido a la desaparición de gran parte de ellos.

Indicó que pese a la intervención de ellos, todavía es posible encontrar dentro de la ciudad de Valdivia algunos fragmentos de humedales, los que podrían ser recuperados como áreas naturales, habida consideración de los servicios fundamentales que prestan.

Consignado lo anterior, manifestó que la agrupación que encabeza ha luchado por generar el concepto de reserva natural urbana para los humedales, reconociéndolos como un ecosistema natural al interior de una ciudad. Apuntó que estas reservas de naturaleza urbana tienen un valor patrimonial de biodiversidad, además cumplir otras funciones esenciales como el drenaje de agua y la prevención de riesgos naturales, tales como aquellos provenientes de sismos.

Añadió que a lo anterior se suma el hecho que cumplen valores sociales y culturales. En efecto, recalcó, se han constituido en el imaginario colectivo como un espacio público, donde se desarrollan actividades de recreación, de restauración y de deporte, entre otras. Comentó que esta última e importante función ha atraído la atención de numerosas organizaciones que promueven su protección.

Profundizando en el punto anterior, destacó que el reconocimiento de estos humedales como espacio público ha generado un movimiento ciudadano por la defensa de ellos, lográndose como principal medida que el concejo municipal de Valdivia dicte una ordenanza que protege los humedales. Puntualizó que esa norma permite reconocer explícitamente los valores y funciones de los humedales urbanos y obliga a elaborar y mantener un catastro actualizado de ellos. Además, explicó, el citado instrumento contiene disposiciones en materia de fiscalización y denuncias y establece requisitos y condiciones para su intervención.

No obstante, lamentó, la citada ordenanza municipal ha sido insuficiente, y las intervenciones, especialmente los rellenos, no han cesado. Por el contrario, aseguró, existe la percepción que ha aumentado el interés por rellenarlos, antes de que entre en vigencia una ley que impida hacerlo.

Siguiendo con el desarrollo de su exposición, notó que se ha advertido que los humedales urbanos se rellenan con escombros y tierra proveniente de excavaciones y construcciones realizadas en otros puntos de la ciudad. Hizo presente que si bien ello es una materia que se encuentra regulada en el Reglamento que Establece el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, y que el Ministerio de Salud es el único ente para otorgar autorizaciones para botaderos de escombros, en Valdivia no se ha dado cumplimiento a la normativa aludida, lo que lleva a que los humedales se hayan transformado en botaderos ilegales.

En línea con lo anterior, destacó que los inspectores técnicos de obra autorizan la instalación de vertederos de escombros y de tierras en lugares que no cuentan con la resolución del Ministerio de Salud y que no se registran en el registro de emisiones y transferencia de contaminantes. Puntualizó que esta grave situación evidencia la falta de regulación y de fiscalización de estos ecosistemas.

Informó que ejemplo de la realidad aludida es el humedal Cotapos, emplazado a menos de quince minutos de la plaza de la ciudad, el que se rellena con escombros y posteriormente será utilizado para la edificación.

En atención a la realidad descrita, consideró indispensable modificar la legislación vigente, creando una ley específica que proteja a los humedales urbanos, además de asegurar la pronta aplicación de las normas existentes.

Dando a conocer otras causas de relleno y de urbanización ilegal, señaló que se ha posibilitado también el relleno de ellos mediante inscripción de derechos de exploración minera. En efecto, acotó, existen dos casos de público conocimiento en la ciudad de Valdivia, en donde particulares han inscrito derechos mineros en humedales, procediendo, posteriormente, en virtud de las normas del Código de Minería, a instalar faenas, drenando y rellenando los humedales para dar paso de terrenos con fines inmobiliarios.

Resaltó, además, que se ha apreciado también el incumplimiento de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, generándose asentamientos urbanos, fuera del límite urbano, en terrenos de humedales rellenados, los que han sido subdivididos de manera ilegal. Puntualizó que si bien esos terrenos debieran destinarse al uso agrícola, se han urbanizado.

Adicionalmente, advirtió, se han construidos sobre ellos obras públicas, como es el caso del Cuartel General de la Policía de Investigaciones y de viviendas sociales.

Tras dar a conocer la situación por la que atraviesan los humedales urbanos de la capital de la región de Los Ríos, aseveró que la desregulación existente los afecta no sólo a ellos, sino a todos los humedales existentes a lo largo del territorio nacional, los que, reiteró, cumplen importantes funciones que no se reconocen ni respetan.

Expresó que si bien existen instrumentos que pudieran contribuir en su conservación, tales como el Código de Aguas, texto normativo que reconoce a los humedales como cauces, la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que regula el desarrollo urbano, la ley N° 19.300, que considera el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y el Reglamento de Conservación de Especies Amenazadas, ellos son insuficientes. Así, ejemplificó, el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental no considera las actividades o proyectos sobre ellos dentro de la lista de aquellos que requieren un estudio o una declaración de impacto ambiental y la Ley General de Urbanismo y Construcciones no reconoce a humedales y se limita a considerarlos como áreas de riesgo de inundación y como zonas de protección de cursos de agua.

Sentenció que lo anterior motiva la necesidad de implementar leyes que aseguren una protección efectiva de los humedales. Precisó que ello podría hacerse en virtud del mandato que tiene el Estado de preservar la naturaleza, creando una ley orgánica de patrimonio natural, que sirva de marco para una ley de humedales. Con todo, subrayó que ello debiera necesariamente complementarse con una ley especial para la conservación de los humedales urbanos, tal como la propuesta en la iniciativa de ley en estudio. Justificó su demanda en que ella permitiría responder prontamente a la necesidad protegerlos.

Explicando la urgencia existente al respecto, subrayó que el relleno de humedales es una alteración irreversible, motivo por el cual sugirió legislar en el plazo más breve posible.

Con todo, estimó que el proyecto de ley merece las siguientes observaciones:

1.- Ampliar el ámbito de aplicación a los humedales periurbanos. Sobre el particular, puso de relieve que si bien se encuentran fuera del límite urbano, están sometidos a los mismos procesos de deterioro por relleno y urbanización ilegal.

2.- Revisar otras leyes que permitan reconocer las funciones de los humedales urbanos, tales como la que regula el deslinde de cauces (decreto ley N° 609, del Ministerio de Tierras y Colonización, de 1978) y la ley N° 19.525, de 1997, que Regula Sistemas de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias.

Adicionalmente, consideró fundamental actualizar los planes reguladores, porque de nada sirve enmendar la Ley General de Urbanismo y Construcciones si estos tienen una antigüedad tal.

3.- Establecer una definición oficial de humedal, para efectos del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, así como para otras leyes que regulan el uso de cauces, aguas y recursos de los humedales.

En otro orden de ideas, y abocándose a las medidas que pueden implementarse en tanto se tramita este proyecto de ley, aconsejó modificar la Ley General de Urbanismo y Construcciones para protegerlos, enmendar el Código de Aguas, a fin de establecer procedimientos más eficientes para determinar sus deslindes, e implementar medidas eficaces que aseguren el cumplimiento de normas como el Reglamento de registro de emisión y transferencia de contaminantes y la Ley de Vertederos. Adicionalmente, llamó a fiscalizar que las concesiones mineras solicitadas tengan fines mineros y no se usen de manera maliciosa para el desarrollo de proyectos inmobiliarios.

Finalmente, demandó no dilatar la tramitación de la propuesta legal analizada, para resguardar prontamente los humedales urbanos.

Se deja constancia de que el señor Tacón acompañó su presentación con un documento en formato PowerPoint, el que fue debidamente considerado por los miembros de la Comisión, y se contiene en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

El Honorable Senador señor Girardi consideró que la situación experimentada por los humedales es similar a aquella existente en el borde costero. En ambos casos, precisó, no hay institucionalidad, legislación ni menos una visión de Estado que permita regular adecuadamente su uso. Indicó que ello ha motivado que no exista respeto por la vocación de estos ecosistemas.

Resaltó que los humedales cumplen funciones de suma relevancia y que su ausencia en la tierra equivale a una persona sin riñones y sin hígado. En efecto, recordó que ellos cumplen la importante labor de purificar el agua, lo que adquiere especial relevancia en el contexto actual, en donde nuestras aguas están altamente contaminadas con nitrato, fosfato y otros metales pesados. Además, subrayó que ellos proveen de agua a los acuíferos naturales, lo que resulta vital en un proceso de cambio climático.

Atendida su importancia, estimó que su conservación debía ser una materia prioritaria para el país. Hizo presente que Chile tiene el privilegio de contar con dos millones de hectáreas de humedales, patrimonio que debe resguardarse y no abandonarse a su suerte, como ha ocurrido hasta ahora.

Deteniéndose en la región Metropolitana, recordó que ésta cuenta con el humedal de Batuco, el que cada día se rellena más. Sostuvo que éste debiera ser un centro de aprendizaje de ciencias y de biodiversidad para la ciudad de Santiago.

Añadió que casos como el mencionado y los aludidos por el señor Tacón dan cuenta de la necesidad de urgencia que hay detrás de la idea de legislar respecto a los humedales urbanos. No obstante, propuso extender el proyecto a la totalidad de los humedales.

El Honorable Senador señor De Urresti, en tanto, abocándose al último comentario vertido por el legislador que le antecedió en el uso de la palabra, discrepó de la idea de extender la iniciativa de ley a todos los humedales. Justificando su opinión, remarcó que la intervención de los humedales urbanos supondrá no sólo su deterioro, como ocurre en el caso de los humedales, sino, además, su desaparición, realidad que impulsa a contar con una ley sobre el particular en el más breve plazo posible.

Agregó que el relleno de humedales urbanos con fines inmobiliarios ha aumentado considerablemente en los últimos años, hecho que debe frenarse prontamente.

Al argumento anterior, añadió que la ley marco de los humedales está contemplada en la iniciativa de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, en primer trámite constitucional en esta rama del Congreso Nacional (Boletín N° 9.404-12).

En otro orden de ideas, enfatizó que nuestro país cuenta con un registro de emisiones y transferencias de contaminantes, y que pese a ello los escombros van al relleno de humedales y el Ministerio de Salud no fiscaliza tal situación. Precisó que lo anterior da cuenta de que el relleno de aquellos no es solo obra de quien lo hace, sino de la omisión de otros actores.

Por las razones esgrimidas, calificó como urgente contar con una legislación que defina los humedales urbanos, que permita inventariar los existentes en el país y que permita restringir su utilización.

Por último, destacó que los grandes humedales son defendidos al ser conocidos. Los humedales urbanos, por su lado, aseguró, no son defendidos porque se estima que su degradación es tal que su relleno es considerado como adecuado.

3.- Seguidamente, la Comisión recibió en audiencia a la Doctora del Instituto de Geografía de la Pontificia Universidad Católica de Chile, señora Carolina Martínez, quien centró su exposición en la situación de los humedales costeros presentes en la costa de la V y de la VIII región.

Comenzando su presentación, hizo presente que los humedales urbanos existentes a lo largo del país presentan remanentes de los humedales costeros.

Deteniéndose en la definición, aseguró que el concepto de humedal es discutido en la literatura científica. Con todo, informó que ellos tienen tres grandes características: generan anegamiento permanente o intermitente de cuerpos de agua, producen el desarrollo de suelos hidromórficos y generan adaptación de flora hidrófita.

Indicó que en los humedales costeros existe presencia tanto de agua dulce como de agua salada, y precisó que la intrusión de esta última puede llegar a 10 kilómetros al interior de la cuenca hidrográfica, con la que mantiene una dependencia directa. Por ello, continuó, los humedales costeros tienen una dependencia directa con el curso inferior de las grandes cuencas andinas. Agregó que todas las desembocaduras de nuestras grandes cuencas hidrográficas son humedales costeros.

En otro orden de ideas, recordó que la Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional, conocida como Convención de Ramsar, clasifica a los humedales en tres categorías: marinos y costeros, continentales y artificiales, y notó que los humedales representan el 6% de la superficie terrestre.

Abocándose a los humedales costeros, subrayó que ellos tienen una fuerte dependencia de la zona costera, motivo por el cual todo lo que ocurra en ésta repercutirá en él. Explicó que la zona costera es una de interfase, en donde procesos marinos se interrelacionan con procesos terrestres, siendo, zonas de soporte de vida. Precisó que los humedales son uno de sus principales ambientes, pero también lo son las playas, las dunas y otras geoformas que son características de la costa.

Siguiendo con su exposición, señaló que la costa genera ambientes que entregan importantes servicios ecosistémicos, entre ellos, la provisión de recursos y la regulación del clima. Además, sostuvo, ella es altamente valorada por las comunidades.

Explicó que los humedales costeros tienen tres grandes zonas: una exterior, en donde existe un fuerte dominio oceánico, una zona media, en donde se realiza la mezcla de agua dulce y salada y en donde la biodiversidad es muy grande, y una zona superior o interior, en donde domina el rio y en donde no hay intrusión de agua salina, produciéndose la transición de agua salina a aguas dulces. Detalló que ejemplo de la zonificación descrita es posible encontrarla en el estuario del rio Aconcagua, el que pese a ser uno muy pequeño, tiene una intrusión de agua salina hasta cinco kilómetros al interior, lo que hace que el humedal se extienda hasta el continente, generando un proceso de adaptación de flora y fauna.

Precisó que dentro de los humedales costeros se encuentran las lagunas costeras, los deltas, las costas rocosas, los arrecifes de corales y manglares y las marismas, y apuntó que entre las asociaciones vegetales características de las marismas salobres se encuentran la spartina densiflora, la spartina alterniflora y la fructicosa y que ello hace que cierta fauna sea específica de este tipo de humedales.

Aseguró que estos humedales constituyen uno de los ecosistemas de mayor productividad biológica del planeta y que ellos destacan por los servicios ecosistémicos que proveen, a saber:

a.-Son puntos de biodiversidad y hábitat de vida silvestre.

b-Participan en los procesos de purificación del agua.

c-Retienen nutrientes y favorecen el crecimiento del suelo.

d-Permiten la asimilación de desechos.

e-Posibilitan la retención de carbono.

f-Otorgan servicios para el bienestar humano, dado que son espacios para prácticas espirituales, de recreación, inspiración, educativos y económicos.

Subrayó que muchos humedales costeros se extienden hasta los pies de la cordillera y sus dinámicas obedecen a procesos de interrelación entre la marea y los cuerpos de agua que drenan hacia el océano. Por ello, notó, pueden ser utilizados como restauradores ambientales de grandes terremotos y mitigadores naturales de grandes amenazas y eventos extremos.

En sintonía con lo anterior, puso de relieve que cualquier destrucción de los humedales costeros genera un aumento de la vulnerabilidad y una exposición de la infraestructura costera, dejando a la población expuesta a desastres.

Recordó que dichos ambientes están considerados dentro del Marco de Acción de Hyogo, instrumento suscrito, el año 2005, por los 168 países miembros de las Naciones Unidas, para aumentar la resiliencia de las naciones y de las comunidades ante desastres. Por ello, remarcó, deberían estar de manera natural, especialmente conservados como factores de mitigación ante grandes desastres.

Apuntó que los humedales costeros están sujetos a grandes amenazas en la actualidad, las que derivan principalmente del crecimiento urbano y de fuerzas motrices asociadas al aumento de la densidad poblacional. Sobre el particular, añadió que, en la actualidad, la mayor parte de la gente prefiere habitar en la costa, lo que genera un traspaso de población desde las áreas metropolitanas. Tal es el caso, puntualizó, de lo que ocurre en la V Región, en donde los proyectos inmobiliarios desarrollados han modificado de manera considerable el paisaje costero. En efecto, sentenció, en 20 años se ha triplicado la cantidad de población que tiene la costa, generando presión y carga a los ambientes costeros que no están preparados para ello.

Ahondando en la información anterior, señaló que la comuna de Concón ha crecido exponencialmente en densidad poblacional y en proyectos inmobiliarios desde el año 1993, generando un proceso de conurbación hacia la comuna de Quintero, que tiene una fisonomía de grandes construcciones sobre terrazas marinas, campos dunares y sobre el paisaje de playa. Agregó que la expansión de Concón hacia Quintero ha motivado la construcción de viviendas sobre los humedales, siendo éste el caso de Mantagua.

Deteniéndose en el análisis del humedal de Concón, relató que éste está totalmente ocupado por la refinería de petróleo, desde los años 50, y agregó que la cuenca hidrográfica aludida sirve de límite administrativo entre comunas con vocación distinta: En efecto, precisó, la comuna de Concón tiene una vocación turística mientras que la de Quintero centra su vocación en la industria, principalmente en la portuaria. Recalcó que hacia el lado de Quintero, la zona se caracteriza por la extracción de áridos, lo que ha deteriorado aún más el humedal del rio Aconcagua.

En sintonía con lo anterior, aseguró que si quisiéramos defender este humedal por su riqueza y flora endémica, sería difícil que cumpliera con los requisitos para ser declarado como humedal de importancia internacional, dado el deterioro que presenta.

Refiriéndose a la cuenca del río Maipo, en tanto, sostuvo que ella convive con dos comunas con vocaciones distintas: la de San Antonio, con vocación portuaria, y la de Santo Domingo, con vocación turística, siendo totalmente sacrificado en la primera. Advirtió que el humedal El Yali, por su parte, ubicado en la comuna de Santo Domingo, y sitio Ramsar, ha ido perdiendo sus formas dunares asociadas al humedal de manera gravísima en las últimas tres décadas. Ello, notó, genera una afección tanto en el campo dunar como en el humedal. En efecto, en la zona de influencia del humedal se desarrollan actividades económicas de alto impacto.

Afirmó que otros de los humedales afectados son aquellos presentes en la región del Biobío. Al respecto, recordó que la capital regional, Concepción, está fundada sobre un antiguo delta del río Biobío, lo que pone muchas limitaciones a la estabilidad del área metropolitana. Hizo presente que en dicha región, el humedal Rocuant Andalién ha sido fuertemente dañado por el desarrollo de un polo petroquímico, transformándolo en uno de los humedales más fragmentados del área metropolitana

Continuando con el análisis de los humedales existentes en la VIII Región, manifestó que la comuna de San Pedro de la Paz posee una de las herencias de humedales más grandes de Chile. Sin embargo, acotó, el crecimiento urbano que ha experimentado en los últimos años los ha afectado. Indicó que tal ha sido el crecimiento de la citada comuna que ésta conurba con la de Coronel, en donde la construcción se ha llevado a cabo sobre la planicie de playa, la que tuvo extensos campos dunares, playas fósiles y grandes marismas.

Siguiendo con el desarrollo del punto anterior, comentó que en San Pedro de la Paz, parte de las zonas de humedales fueron rellenados para viviendas sociales y los grandes campos dunares que tenía fueron rebajados para usar sus arenas en los rellenos y en los grandes proyectos inmobiliarios desarrollados en la comuna. Con ello, remarcó, ésta quedó más expuesta ante posibles amenazas naturales. Sin embargo, alabó, la comuna está vinculando sus áreas de riesgo con el plan regulador y es una de las pocas que genera protección hacia la costa.

Aseguró que las medidas adoptadas se deben a la defensa llevada a cabo por las organizaciones ciudadanas, las que han sido muy activas, llegando incluso a motivar la creación de la Ruta del Agua en la región.

Abocándose a la realidad del Humedal Tubul-Raqui, otro de los más afectados del país, puso de relieve que el terremoto del año 2010 significó un alzamiento de 1.4 metros de su nivel, lo que implicó que la zona de pantanales ubicado a la orilla del mar quedara desecada, secándose, a la vez, el alga conocida como pelillo, que era la base de la economía de la asociación de algueras. Con todo, destacó que dicho humedal logró, tiempo después, su resilencia biológica.

Informó que luego del sismo aludido, se rellenó el humedal para facilitar la relocalización de asentamientos humanos, lo que llevó a cargarlo con un peso superior al que puede soportar, provocando un colapso, principalmente por falta de infraestructura de servicios básicos.

Manifestó que a lo anterior se sumó que parte de las plantas de extracción de desechos domiciliarios fueron a parar al rio, produciéndose una contaminación muy grande del humedal y afectando la salud de la gente relocalizada.

Subrayó que, en definitiva, la medida produjo un aumento de la vulnerabilidad en toda la zona, transformándose en una de alto riesgo en caso tsunami. Además, toda la zona está afectada por licuefacción y por erosión costera, provocando una aceleración de los fenómenos naturales señalados.

Destacó que la decisión descrita arrasó con el valioso patrimonio natural, generó pérdida de identidad territorial y aumentó la contaminación, incrementándose la pobreza. Sentenció que un área que pudo haber sido protegida, dada su importancia natural y cultural, no lo fue y hoy es afectada por una transformación territorial que no le corresponde, por no entender la importancia que tienen los humedales.

En otro orden de consideraciones, puso de relieve que nuestra política nacional de uso del borde costero sólo protege los primeros 80 metros contados desde la línea de las más altas mareas, con lo cual todos los humedales costeros, de los cuales derivan los humedales urbanos, quedan desprovistos de protección y sujetos al libre albedrío del desarrollo económico y del crecimiento urbano, que tiene una alta valoración del paisaje costero.

Concluyendo su exposición, realizó las siguientes observaciones y sugerencias:

1.- Las figuras de protección y conservación para humedales no logran ser efectivas.

2.- Los instrumentos de planificación territorial deben incluir figuras de protección legal. Hoy sólo se usa la expresión “área verde”. Si no se recurre a esa figura, las municipalidades no pueden proteger estos ambientes.

3.- Estos humedales han perdido su grado de endemismo y representan humedales urbanos.

4.- Es necesario buscar la forma de protegerlos, dado los importantes servicios ecosistémicos que prestan a la sociedad.

5.- Los humedales costeros, al tener una dependencia directa con la zona costera, se cruzan también con la ley de borde costero, lo que amerita discusión.

6.- Si bien la protección de humedales es fuertemente defendida por agrupaciones ciudadanas, las autoridades también deberían contribuir en ese proceso.

Se deja constancia de que la señora Martínez acompañó su presentación con un documento en formato PowerPoint, el que fue debidamente considerado por los miembros de la Comisión, y se contiene en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

4.- A continuación, la Comisión recibió en audiencia al Alcalde de la Ilustre Municipalidad de San Pedro de la Paz, señor Audito Retamal, quien dio inicio a su exposición informando que en marzo del año 2017, se formó, en la VIII Región, la mesa metropolitana de humedales, integrada por los municipios de San Pedro de la Paz, Coronel, Penco, Hualpén, Talcahuano, Concepción y Lota, lo que condujo a sus Alcaldes a firmar el protocolo de conservación y protección de humedales urbanos del área metropolitana de Concepción.

Consignado lo anterior, destacó que en la actualidad no hay normativa específica que proteja a los humedales urbanos, y sólo existen normas dispersas en distintos organismos centralizados. Pese a ello, remarcó, en los últimos años, han adquirido una alta valoración ciudadana, lo que ha llevado a los actores sociales a movilizarse por su defensa y protección.

Deteniéndose en el contexto administrativo, aseguró que existe un notorio desconocimiento de las herramientas legales existentes sobre el particular, como también descoordinación de los órganos competentes del Estado en cuanto a la protección de los humedales.

Sentenció que los humedales poseen un gran valor ambiental, histórico, cultural y paisajístico. En efecto, precisó, son reserva de biodiversidad, contribuyen al paisaje y a la identidad urbana, son mitigadores naturales de riesgos de desastres, dan respuesta ante el cambio climático y ante la escasez hídrica, entre otros.

Refiriéndose a la propuesta comunal y metropolitana “Ruta del Agua”, explicó que las autoridades comunales, en el marco del Protocolo de trabajo aludido, propusieron esta iniciativa, caracterizando y poniendo en valor el sistema hídrico del área metropolitana de Concepción. Aseguró que tal medida ha permitido proteger y promocionar los humedales como espacios urbanos de valor ecológico y social.

Detalló que la Ruta del Agua articula, a través de espacios públicos, estos enclaves naturales de alto valor en biodiversidad, prestadores de servicios ecosistémicos relevantes para la vida urbana y que entregan un entorno paisajístico identitario y singular a los sectores y barrios de la ciudad.

Resaltó que los humedales urbanos presentes en el gran Concepción abarcan 3.517 hectáreas, lo que representa el 12% de su área metropolitana. Precisó que el número de hectáreas de humedales a proteger por comunas es el que sigue:

Comentó que el proyecto aludido abarcará el Humedal Los Batros, el Humedal Paicaví, el Humedal Vasco De Gama, el Humedal Rocuant-Andalién, el Humedal Colcura y el Humedal Boca Maule, pasando, en consecuencia, por las comunas de San Pedro de la Paz, Concepción, Hualpén, Talcahuano, Penco, Lota y Coronel.

Agregó que a la propuesta anterior se suma el anhelo de transformar el puente ferroviario en un gran paseo que permita comunicar la comuna que preside con la capital de la región del Biobío.

Informando respecto a las obras a desarrollar en cada una de las comunas involucradas, comentó que en la de Penco se espera conservar y restaurar la laguna playa negra, proteger la zona de anidación y alimentación de aves, conectar la laguna playa negra con el humedal Rocuant-Andalién e implementar el Mirador Bellavista.

Sostuvo que en la comuna de Talcahuano, en tanto, se espera llevar a cabo las siguientes intervenciones: protección de la laguna Recamo, la habilitación del buffer industrial, la conservación del Parque Santa Clara, la habilitación de la zona de protección de Marisma, Boulevard Manuel Montt y la del área verde Mirador.

Indicó que en la comuna de Concepción, por su parte, se expropiará y habilitará el humedal Tucapel-Bajo-Paicaví y se habilitarán los bordes exteriores del Humedal Paicaví y el corredor verde Cerro Chepe- Humedal Paicaví.

Comentó que en la comuna de Hualpén, a su vez, se expropiará y habilitará el humedal Vasco De Gama como parque, se expropiará, limpiará y habilitará la laguna Price, ciclo los Copihues-Colón, Nueva Imperial -Arteaga, Alemparte-Caletera Alessandri y eje verde peatonal ciclista de acceso a humedal.

Destacó que en la comuna que representa, los trabajos para la Ruta del Agua consistirán en la construcción del boulevard Laguna Chica, del de la Laguna Grande, en la recuperación de la Laguna Villa San Pedro, en la construcción del Parque Los Batros y en la recuperación del humedal del mismo nombre.

Precisó que en el caso de la comuna de Coronel, las obras consistirán en la construcción del parque Humedal Boca Maule, en el reconocimiento del Humedal Calabozo en IPT comunal y metropolitano, en la construcción del paseo recreativo y deportivo estero La Posada, en la construcción del Paseo recreativo Estero Lagunillas y del Paseo Estero Villa Mora, en la habilitación del uso recreativo de la laguna Quiñenco, en la habilitación de la Laguna La Posada y en la construcción del Paseo Recreativo Estero Manco.

Explicó que en la comuna de Lota, a su turno, las obras consistirán en la construcción del teleférico conexión fuerte viejo, en la habilitación áreas borde estero Colcura, en la construcción del corredor verde estero Colcura-canal Colcura-humedal Colcura, en la habilitación áreas del humedal Colcura, en la construcción del circuito auto tren y en la habilitación de áreas borde en la desembocadura río Chivilingo.

Por último, informó que las obras consideradas en el proyecto Ruta del Agua supondrán una inversión de $ 114.720.218.117, de los cuales $ 49.933.588.800 irán a recuperación ambiental, $ 40.537.846.057 a habilitación de parques y $ 24.248.783.260 a corredores de acceso.

Se deja constancia de que el señor Retamal acompañó su presentación con un documento en formato PowerPoint, el que fue debidamente considerado por los miembros de la Comisión, y se contiene en un Anexo único que se adjunta al original de este informe, copia del cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

La Honorable Senadora señora Órdenes destacó la importancia que tienen los planes reguladores y el ordenamiento territorial en la protección de los humedales. Sobre el particular, consultó al Alcalde de la comuna de San Pedro de la Paz si los instrumentos citados eran una adecuada protección para los humedales según su experiencia y si su comuna ha evaluado la posibilidad de tomar acciones que vayan en la línea indicada.

Dirigiéndose a la Doctora Martínez, preguntó qué opinión tenía respecto a resguardar los humedales con las disposiciones territoriales mencionadas.

Asimismo, consultó a los invitados qué otras medidas no legislativas podían utilizarse en resguardo de los humedales. Estimó que herramientas como las ordenanzas municipales podrían ser buenos aliados.

Por su lado, el Honorable Senador señor Prohens, en un sentido similar al expresado por la legisladora que le antecedió en el uso de la palabra, consideró que tal como ocurrió en el caso de la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio, los municipios podían adelantar la protección de los humedales urbanos presentes en sus comunas por medio de sus ordenanzas, en tanto no exista una ley sobre el particular.

Agregó que una manera de frenar la destrucción de los humedales, sería la utilización de las normas aludidas. A ello, añadió, deberán sumarse medidas administrativas, como las planteadas por la Ministra del Medio Ambiente.

El Honorable Senador señor Sandoval destacó el compromiso del mundo académico con temas tan sensibles para la comunidad, como es la protección de los humedales. Valoró que la academia pusiera sus conocimientos a disposición para resguardar estos ecosistemas tan importantes.

Consignado lo anterior, se detuvo en la necesidad de traspasar prontamente la administración del borde costero al Ministerio de Bienes Nacionales, y destacó que en el caso de los humedales costeros, se observa que la gestión y administración de ellos por parte del Ministerio de Defensa no ha sido la adecuada.

A su turno, el Honorable Senador señor De Urresti, deteniéndose en la exposición realizada por el Alcalde de la comuna de San Pedro de la Paz, celebró la labor realizada en conjunto por los municipios del gran Concepción, plasmada en el proyecto “la Ruta del Agua”.

Con todo, puso de relieve que los Municipios tienen muchos asuntos a los cuales deben abocarse, motivo por el cual es fundamental contar con instrumentos de carácter regional y nacional que aseguren la protección de los humedales urbanos. En este punto, preguntó al señor Retamal con qué herramientas cuentan para dar gobernanza a la iniciativa citada.

En el mismo orden de consideraciones, consultó a la representante del Ejecutivo presente en la sesión con qué herramientas podría aportar el Gobierno en la conservación y protección de los humedales urbanos, especialmente cuando ellos involucran más de una comuna.

Por otro lado, dirigiéndose a la Doctora Martínez, y en relación con el anuncio efectuado por la señora Ministra del Medio Ambiente, respecto a fijar 40 humedales como prioritarios, preguntó con qué instrumentos cuenta nuestro país para protegerlos, especialmente aquellos declarados como sitios Ramsar.

Por último, pidió a la representante del Ejecutivo que indicara qué otros instrumentos existen para ello.

El Alcalde de la comuna de San Pedro de la Paz, abocándose a la consulta relativa a los instrumentos con los que cuentan los municipios para proteger sus humedales, señaló que lo primordial para asegurar el éxito de dicho anhelo no radica en un instrumento en particular sino en la convicción y en la sensibilidad frente a la problemática.

Comentó que cuando asumió la Alcaldía no había instrumentos para ello y que la primera medida fue dictar el plan regulador, las ordenanzas y formar un equipo abocado a los temas ambientales.

Afirmó que tan grande es la flora y la fauna existente en ellos, los beneficios que proporcionan y el anhelo de la ciudadanía de proteger esa riqueza ambiental, que las Municipalidades no pueden ser irresponsables con el medioambiente ni desentenderse del mandato dado.

La Doctora Martínez, respondiendo las consultas formuladas, consideró que el plan regulador era un instrumento esencial en la protección de los humedales de la comuna. Su ausencia, subrayó, equivale a no tener una carta de navegación en su quehacer.

Sin embargo, sentenció que la pieza fundamental es que las comunas valoren su patrimonio natural y cultural y tengan la convicción de lo importante que es su protección para la humanidad. Ello puede llevarse a cabo con el apoyo de una figura normativa y con la búsqueda de fondos.

Con todo, resaltó que es indispensable una pronta protección para evitar que lo resguardado sea sólo un fragmento del humedal original. Estimó que en Chile todavía estamos a tiempo de protegerlos, y añadió que en el caso específico de los humedales costeros, es imposible resguardarlos si no hay conciencia de ello a nivel local. Al respecto, consideró que Chile se comporta como un país tercermundista al utilizar sus recursos naturales para hacer una economía no sustentable.

Añadió que lo anterior se cruza con la falta de formación de capacidad de profesionales tanto en pregrado como en postgrados, toda vez que no existen estudios de gestión integrada de áreas costeras. En consecuencia, recalcó, se pide a funcionarios públicos que asuman conocimientos que no se les han proporcionado.

En sintonía con el punto anterior, remarcó que Chile es el único país en Sudamérica que no tiene un postgrado en zonas costeras.

Continuando con su intervención, aseveró que se requieren conocimientos sistematizados de la costa y una política nacional de uso del borde costero que sea funcional y otorgue las protecciones necesarias.

Un punto de partida, notó, es la revisión del concepto de borde costero, pues el existente impide ordenar adecuadamente lo que viene luego de la costa, la interacción con el humedal costero, con las cuencas hidrográficas y con los recursos que derivan de ese funcionamiento. Aseguró que si bien la información está, faltan esfuerzos en formación de capacidad de profesionales y en desarrollo de conocimientos científicos interdisciplinarios, dado que la costa es un complejo sistema de interrelaciones.

Finalmente, reiteró la necesidad que los humedales estén articulados al plan regulador y que éste se actualice permanentemente.

Complementando su intervención, el Alcalde de la Comuna de San Pedro de la Paz consignó que si bien el plan regulador es un instrumento de suma importancia, el plan de desarrollo de la comuna lo es aún más en lo que a la protección de humedales respecta. En efecto, consignó, éste define y determina el curso de la comuna. Informó que en dicho instrumento, la comuna de San Pedro de la Paz se declaró como una comuna Parque, otorgándole este sello y dando la señal que el anhelo es ese.

La Abogada de la División Jurídica del Ministerio del Medio Ambiente, señora Lorna Puschel, se detuvo en lo realizado por la Secretaría de Estado que integra en materia de humedales. Al respecto, destacó que además del programa anunciado por la Ministra del Medio Ambiente, para priorizar el cuidado y conservación de 40 humedales, existe el portal humedaleschile dentro de la página del ministerio. Explicó que en él se contiene un inventario de los humedales existentes, información y material de apoyo sobre el particular. Entre este último, acotó, destaca una ordenanza modelo de protección de humedales, que los municipios pueden usar. En este punto, recordó que si bien la Secretaría de Estado carece de atribuciones para ingerir en las competencias municipales, pone a disposición este documento tipo para asesorar a los municipios en sus ordenanzas medioambientales.

Por otro lado, puso de relieve que el proyecto de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, contenido en el Boletín N° 9.404-12, considera una definición de humedales, dentro de la cual se incluyen expresamente los humedales urbanos.

Agregó que el título referido a áreas protegidas de la iniciativa de ley citada considera una categoría especial de protección para los humedales de importancia internacional. Al respecto, subrayó que en la actualidad la Convención de Ramsar no tiene una bajada directa a nuestra legislación. De hecho, precisó, de los 13 humedales de importancia internacional existentes en el país sólo 10 cuentan con protección nacional.

Siguiendo con el análisis de la iniciativa de ley mencionada, destacó que en los instrumentos existentes fuera de las áreas protegidas, es decir dentro de aquellos para conservar ecosistemas, se incorporó un párrafo especial de protección y manejo sustentable de humedales. Recordó que en ese párrafo especial hay referencias a los inventarios de humedales, se da la facultad al Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas de establecer criterios de uso sustentable y se señala expresamente que los humedales urbanos deben ser reconocidos en los instrumentos de ordenamiento territorial. En otras palabras, continuó, hay una norma obligatoria de reconocimiento de humedales urbanos en los instrumentos de ordenamiento territorial, cuestión que hoy no existe. Finalmente, sostuvo que la propuesta legal establece un permiso, a cargo del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, para la alteración física de humedales, en la medida en que no se altere de manera permanente su estructura y funciones, prohibiéndose eso si la de aquellos definidos como prioritarios.

En atención a lo expuesto, estimó que la propuesta legal aludida da pasos significativos en materia de protección de humedales.

El Honorable Senador señor De Urresti fue enfático en sostener que no todo podía confiarse a la iniciativa de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, y consideró indispensable contar prontamente con instrumentos claros para que los municipios y las comunidades puedan defender y proteger sus humedales urbanos.

III.- Opinión de la Ministra del Medio Ambiente sobre el particular.

En sesión posterior, la Comisión recibió a la Ministra del Medio Ambiente, señora Marcela Cubillos Sigall, quien se refirió por primera vez a la iniciativa de ley en estudio.

Dando inicio a su intervención, fue enfática en señalar que el Gobierno de Su Excelencia el Presidente de la República, señor Sebastián Piñera Echeñique, comparte la necesidad de proteger los humedales. Indicó que tal es la importancia que se asigna a ello que dicha protección está instalada como una política de Estado, proveniente de la estrategia nacional de biodiversidad actualizada para el año 2017-2030. En esa estrategia, precisó, se establece un plan de acción para la conservación de humedales, el que dará vida, en las próximas semanas, a un Plan Nacional de Conservación de aquellos, el que en su primera etapa priorizará 40 humedales existentes a lo largo del territorio nacional. Puntualizó que la protección de estos importantes ecosistemas se logrará otorgándoles algunos de los instrumentos de protección ambiental previstos en la ley.

Consignado lo anterior, recordó que, en el marco de la propuesta legal analizada y con la finalidad de asegurar una adecuada protección de los humedales, se constituyó una mesa de trabajo entre los asesores parlamentarios y los del Ejecutivo. Al respecto, aseguró que el Ministerio del Medio Ambiente comparte las conclusiones alcanzadas por la mesa de trabajo aludida, respecto a ampliar el objeto de protección, no circunscribiéndolo exclusivamente a los humedales urbanos.

En el mismo orden de consideraciones, cuestionó que la iniciativa de ley en estudio fuera el instrumento jurídico adecuado para proteger los humedales y llamó a analizar otras medidas que pudieran alcanzar tal objetivo.

Ahondando en el último punto, anunció que una modificación al reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental podría ser suficiente. Hizo presente que el artículo 3° de dicho reglamento establece, de manera restrictiva y con un umbral muy alto, los humedales que pueden quedar sujetos al sistema aludido, y sentenció que hacer más extensiva la protección de los humedales podría ser lo adecuado.

Adicionalmente, llamó a tener en consideración que el proyecto de ley que Crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (Boletín N° 9.404-12) contiene normas referidas a la protección de los humedales, lo que se refleja en la obligación de inventariarlos, en los criterios para hacer un uso sustentable de ellos, en la norma que impone la obligación de obtener un permiso para alterarlos físicamente y en una referencia expresa a los humedales urbanos.

Siguiendo con el desarrollo del punto anterior, fue tajante en manifestar que el Ejecutivo hará los esfuerzos necesarios para transformar en ley la iniciativa señalada. Además, notó, ello es un compromiso del programa del Ejecutivo.

Finalmente, y de conformidad a lo dispuesto precedentemente, señaló que la discusión no radica en la necesidad de proteger los humedales, sino en la herramienta adecuada para ello.

El Honorable Senador señor De Urresti consultó a la señora Ministra del Medio Ambiente qué características tendrán los 40 humedales cuya protección será priorizada en las próximas semanas por el Gobierno. Adicionalmente, preguntó si se trata de humedales públicos, privados, urbanos o periurbanos.

Sobre el particular, la Ministra del Medio Ambiente informó que dentro de los 40 humedales priorizados los hay de diversas categorías, y añadió que el listado se anunciará prontamente.

El Honorable Senador señor De Urresti compartió el hecho que el proyecto que Crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas contiene instrumentos adecuados para la conservación de humedales. Con todo, subrayó que la presión que se ejerce sobre los humedales urbanos es aún mayor y que la legislación existente carece de los mecanismos apropiados para protegerlos.

A la luz de la realidad señalada, estimó fundamental considerar dentro de los 40 humedales priorizados a los urbanos, dando una pronta protección a estos espacios tan amenazados y posibilitando así la fiscalización por parte del Servicio Agrícola y Ganadero y la de la Dirección de Obras Hidráulicas.

Finalmente, sentenció que otorgarles una categoría especial permitiría defenderlos de manera rápida de la presión inmobiliaria que se ejerce sobre ellos.

La Honorable Senadora señora Órdenes, por su parte, consideró importante conocer la superficie que representan los humedales priorizados en relación con la de la totalidad de los existentes a lo largo del país.

En tanto, el Honorable Senador señor Sandoval recordó que una discusión similar se inició en la Cámara de Diputados, a fin de dar protección a los humedales.

En relación con la intervención de la señora Ministra del Medio Ambiente, sostuvo que el Congreso Nacional analizará qué protección es la más adecuada, si una general o una particular, como la propuesta en la iniciativa de ley en estudio.

A su vez, el Honorable Senador señor Prohens coincidió con la inquietud del Honorable Senador señor De Urresti respecto a la urgencia que debe tener la protección de los humedales urbanos, habida consideración de la amenaza que sufren día a día y que su deterioro no tiene solución. Aseveró que ello obliga a poner un freno a esa realidad a la brevedad, independientemente del instrumento elegido.

La Ministra del Medio Ambiente compartió las inquietudes de los integrantes de la instancia y se comprometió a enviar la lista de los 40 humedales cuya protección se priorizará. Precisó que, entre ellos los hay costeros, privados, públicos.

Respecto al instrumento idóneo para proteger prontamente los humedales urbanos, indicó que la Secretaría de Estado que encabeza analizará si una modificación al reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental logra el mismo objeto perseguido en la iniciativa de ley en estudio, dejando al proyecto de ley que Crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas el resguardo de todos los humedales.

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Previo a la votación en general del proyecto, la Secretaría de la Comisión hizo presente que el artículo 2° de la iniciativa de ley en estudio podría generar dudas de admisibilidad, ya que, aparentemente, otorga una atribución a un servicio autónomo del Estado, materia que, según lo dispuesto en el numeral 2° del inciso cuarto del artículo 65 de la Carta Fundamental, es de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

No obstante, remarcó que el artículo 5° de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, que establece las atribuciones esenciales que tienen estas corporaciones autónomas de derecho público para el cumplimiento de sus funciones, considera, en su letra d), la de “Dictar resoluciones obligatorias con carácter general o particular.” Agregó que según lo prescrito en el artículo 12 del texto legal citado, las resoluciones que adopten las municipalidades se denominarán ordenanzas, reglamentos municipales, decretos alcaldicios o instrucciones.

Adicionalmente, llamó a tener en consideración que el artículo 4° del cuerpo legal mencionado incluye dentro de las funciones de las municipalidades, la protección del medio ambiente. De esta manera, concluyó que el proyecto es admisible, por cuanto la atribución prevista en el artículo 2° de la propuesta legal existe en la legislación vigente.

Al respecto, la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Órdenes y señores De Urresti, Prohens y Sandoval, acordó dejar constancia en el informe de lo señalado, precisando que si bien el examen de admisibilidad lo realiza el Presidente de la Cámara de origen, la Comisión también tiene competencia en la materia, de conformidad a lo establecido en el inciso tercero del artículo 15 de la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional.

No obstante lo acordado anteriormente, el Honorable Senador señor Sandoval expresó que en su calidad de ex Alcalde, está consciente que la dictación de una ordenanza, cualquiera sea la materia que norme, requerirá de mayores recursos humanos y financieros para que sea eficaz. Agregó que comúnmente se legisla en materia municipal en temas que llevan costos asociados para el municipio, y en esa dirección quiere dejar constancia de su preocupación en la materia.

A su vez, el Honorable Senador señor De Urresti opinó que indudablemente los municipios tienen una carga adicional, y en tal sentido se debe avanzar en procurar mayores recursos para las municipalidades, precisando que no es necesario que cada función que deban asumir tenga que ir acompañada de un financiamiento. Agregó que se debe premiar a aquellas municipalidades innovadoras y creativas que priorizan adecuadamente sus necesidades.

El Honorable Senador señor Sandoval afirmó que los municipios y Alcaldes habitualmente se hacen cargo de las demandas de la comunidad, no teniendo la menor duda que varios alcaldes ya se han anticipado a esta misión, tal como lo hicieron, tempranamente, al poner fin a la entrega de bolsas de comercio en supermercados y establecimientos de retail.

Concluyó señalando que coincide con la declaración de admisibilidad de la iniciativa, que efectuó la unanimidad de la Comisión, puntualizando que sus intervenciones han tenido como objetivo hacer presente sus planteamientos en materia de financiamiento.

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La totalidad de los miembros presentes de la instancia, Honorables Senadores señora Órdenes y señores De Urresti, Prohens y Sandoval, estuvo conteste en la urgente necesidad de legislar, atendido que la intervención de un humedal urbano supone no sólo su deterioro, como ocurre con otro tipo de humedales, sino, además, su desaparición.

A continuación, el Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Alfonso De Urresti Longton, puso en votación en general la iniciativa de ley, resultando aprobada por la unanimidad de los miembros presentes, Honorable Senadora señora Ximena Órdenes y Honorables Senadores señores Alfonso De Urresti, Rafael Prohens y David Sandoval.

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De conformidad al artículo 124 del Reglamento de la Corporación, la unanimidad de la Comisión acordó introducir las enmiendas de carácter formal, contenidas en el texto que se recomienda aprobar.

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V.- TEXTO DEL PROYECTO

En conformidad con el acuerdo adoptado, la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales tiene el honor de proponer la aprobación en general del proyecto de ley en informe, cuyo texto es del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1.- Definición: Humedal urbano son aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los 6 metros, y que se encuentren dentro del radio urbano.

Artículo 2.- Las municipalidades del país deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios mínimos respecto del uso racional de los humedales urbanos presentes en los límites de cada comuna.

Artículo 3.- Modificase el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en el siguiente sentido:

1. Reemplázase, en la letra q), la expresión final “, y”, por un punto y coma (;).

2. Sustitúyese, en la letra r), el punto final (.) por la expresión “, y”.

3. Agrégase una nueva letra s) del siguiente tenor:

"s) Ejecución de obras, programas o actividades que puedan significar una alteración física de humedales que se encuentran dentro del perímetro de un radio urbano y que implique su destrucción, relleno, drenaje o secado."

Artículo 4.- Intercálase, en el artículo 64 del decreto con fuerza de ley N° 458, de 1976, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones, entre las expresiones "riberas de mar" y ", de ríos", la expresión "de humedales".”

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Acordado en sesiones celebradas los días 5 de junio de 2018, con asistencia de los Honorables Senadores señoras Isabel Allende Bussi (Presidenta) y Ximena Órdenes Neira y señores Rafael Prohens Espinosa y David Sandoval Plaza; 18 de junio de 2018, con asistencia de los Honorables Senadores señoras Isabel Allende Bussi (Presidenta) y Ximena Órdenes Neira y señores Guido Girardi Lavín y Rafael Prohens Espinosa; 10 de julio de 2018, con asistencia de los Honorables Senadores señor Alfonso De Urresti Longton (Presidente) (Honorable Senadora señora Isabel Allende Bussi), señora Ximena Órdenes Neira y señores Rafael Prohens Espinosa y David Sandoval Plaza, y 7 de agosto de 2018, con asistencia de los Honorables Senadores señor Alfonso De Urresti Longton (Presidente) (Honorable Senadora señora Isabel Allende Bussi), señora Ximena Órdenes Neira y señores Guido Girardi Lavín, Rafael Prohens Espinosa y David Sandoval Plaza.

Sala de la Comisión, a 8 de agosto de 2018.

MAGDALENA PALUMBO OSSA

Secretario Abogado

RESUMEN EJECUTIVO

_____________________________________________________________

PRIMER INFORME DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y BIENES NACIONALES, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES CON EL OBJETIVO DE PROTEGER LOS HUMEDALES URBANOS.

(BOLETIN Nº 11.256-12)

I.- PRINCIPAL OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: El propósito de la iniciativa es incorporar a nuestra legislación el concepto de humedal urbano y asegurar su protección. Para cumplir este último propósito, obliga a las Municipalidades a establecer, mediante ordenanzas, criterios mínimos respecto a su uso racional. Además, se incluyen dentro de la lista de proyectos o actividades que deben someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, la ejecución de obras, programas o actividades que puedan significar una alteración física de los humedales urbanos y que impliquen su destrucción, relleno, drenaje o secado. Finalmente, se dispone que estos bienes nacionales de uso público se usarán en concordancia con lo dispuesto en el Plan Regulador y su Ordenanza Local y que las concesiones que se otorguen sobre ellos requerirán el informe previo favorable de la Dirección de Obras Municipales respectiva.

II.- ACUERDOS: Aprobado por unanimidad (4X0).

III.- ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de cuatro artículos permanentes.

IV.- NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V.- URGENCIA: no tiene.

VI.- ORIGEN INICIATIVA: Senado. Moción de los Honorables Senadores señor Alfonso De Urresti Longton, señoras Isabel Allende Bussi y Adriana Muñoz D´Albora y señor Víctor Pérez Varela y del ex Senador señor Patricio Walker Prieto.

VII.- TRÁMITE CONSTITUCIONAL: primero.

VIII.- INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 7 de junio 2017.

IX.- TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe.

X.- NORMAS CONSTITUCIONALES O LEGALES QUE MODIFICA O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1.- Constitución Política de la República, artículo 19 N° 8.

2.- Decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio del Interior, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.

3.- Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

4.- Decreto con fuerza de ley N° 478, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1976, que Aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones.

5.- Convención sobre Zonas Húmedas de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de las Aves Acuáticas, suscrita por el Gobierno de Chile en la ciudad de Ramsar, Irán, el 2 de febrero de 1971, y promulgada y publicada como Ley de la República el año 1981.

Valparaíso, a 8 de agosto de 2018.

MAGDALENA PALUMBO OSSA

Secretario Abogado

1.3. Discusión en Sala

Fecha 14 de agosto, 2018. Diario de Sesión en Sesión 40. Legislatura 366. Discusión General. Se aprueba en general.

PROTECCIÓN DE HUMEDALES URBANOS

El señor MONTES ( Presidente ).-

Proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señor De Urresti, señoras Allende y Muñoz y señor Pérez Varela, y del ex Senador señor Patricio Walker, en primer trámite constitucional, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos, con informe de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.

--Los antecedentes sobre el proyecto (11.256-12) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley (moción de los Senadores señor De Urresti, señoras Allende y Muñoz, señor Pérez Varela y del entonces Senador señor Patricio Walker):

En primer trámite: sesión 21ª, en 7 de junio de 2017 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Medio Ambiente y Bienes Nacionales: sesión 39ª, en 8 de agosto de 2018.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

El objetivo principal del proyecto es incorporar a la legislación el concepto de "humedal urbano" y asegurar su protección.

La Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales discutió la iniciativa solamente en general, aprobando la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Órdenes y señores De Urresti, Prohens y Sandoval.

El texto que se propone aprobar se transcribe en la página 39 del primer informe de dicho órgano técnico.

Nada más, señor Presidente .

El señor MONTES (Presidente).-

En la discusión general, tiene la palabra el Senador señor De Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente , deseo informar esta iniciativa, que hemos firmado de manera transversal los Senadores señor Pérez Varela ; señoras Allende y Muñoz , y señores Patricio Walker y quien habla.

La ley en proyecto ingresó a tramitación en junio de 2017. Inició su estudio en la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales el 5 de junio del año en curso, ente que le dedicó cuatro sesiones. A ellas asistieron tres expertos en la materia; académicos de distintas universidades; el Alcalde de la Municipalidad de San Pedro de la Paz, y la Ministra del Medio Ambiente .

Esta iniciativa tiene por objeto incorporar a nuestra legislación el concepto de "humedal urbano" y asegurar su protección.

Para cumplir dicho objetivo, primero, obliga a las municipalidades a establecer, mediante ordenanzas, criterios mínimos con respecto a su uso racional; segundo, incluye dentro de la lista de proyectos o actividades que deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental la ejecución de obras, programas o actividades que puedan significar una alteración física de los humedales urbanos y que impliquen su destrucción, relleno, drenaje o secado; y, tercero, dispone que aquellos humedales que sean bienes nacionales de uso público se usarán en concordancia con lo dispuesto en el plan regulador y su ordenanza local y que las concesiones que se otorguen sobre estos requerirán el informe previo favorable de la Dirección de Obras Municipales respectiva.

La moción que da origen al proyecto que nos ocupa recuerda que los humedales son espacios que proveen importantes servicios ecosistémicos, tales como la regulación y purificación del agua, la regulación de la temperatura, la mitigación de desastres naturales y el secuestro de carbono, además de dotar de infraestructura verde a las ciudades, dando paso a lugares de esparcimiento sin grandes costos asociados. Asimismo, estos ecosistemas son ricos en diversidad biológica, pues albergan especies endémicas, residentes nativas, de paso y migratorias (aves) que no encuentran refugio en otros ambientes y que escogen ese hábitat precisamente por sus características singulares.

Cabe resaltar que el hecho de que estén situados dentro de los límites urbanos trae como consecuencia que son los habitantes de las ciudades quienes reciben directamente sus beneficios.

Pese a las importantes funciones que cumplen, los humedales no tienen hoy día a nivel nacional una protección legal.

En efecto, y no obstante que nuestro país suscribió, promulgó y publicó como ley de la república la Convención sobre Zonas Húmedas de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de las Aves Acuáticas, conocida como "Convención de Ramsar", solo los humedales que están dentro del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado cuentan con resguardo, de modo que los demás quedan total y permanentemente amenazados.

Por otro lado, si bien ellos podrían quedar protegidos por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en virtud de lo dispuesto en la letra a) del artículo 10 de la ley N° 19.300, el reglamento respectivo precisa que los proyectos o actividades que impliquen el drenaje o desecación de humedales solo deberán someterse al referido Sistema cuando estos tengan una superficie mayor a 10, 20 o 30 hectáreas, según la región donde estén emplazados. Así, prácticamente la totalidad de los humedales de nuestro país carece de protección.

Sin embargo, los más amenazados son los que se encuentran dentro del radio urbano. Esto, por las actividades antrópicas, vale decir, por las originadas por la actividad humana, principalmente por las derivadas de la gran presión que ejercen los sectores inmobiliario e industrial (residencial), que rellenan, drenan y muchas veces secan los humedales.

Acá hacemos la salvedad de que se ha observado que el daño que sufren los humedales urbanos no tiene regresión: su destrucción no permite reparación ni rehabilitación.

Señor Presidente, otra gran amenaza es la basura que se deposita en ellos, lo que ha llevado a que muchos se conviertan en verdaderos vertederos, perjudicando el medioambiente y la biodiversidad de nuestra flora y fauna.

A diferencia de lo que ocurre con los demás humedales destruidos, que pueden recuperarse -como lo demostró el caso del humedal del río Cruces, afectado en 2004 por el vertimiento de desechos en sus aguas que realizó una planta de celulosa-, el daño en los humedales urbanos es irrecuperable.

En consecuencia, resulta urgente terminar con la inactividad normativa existente, la que permite que cualquiera destruya, rellene o seque un humedal urbano, que no está bajo alguna categoría oficial de protección, sin ser objeto de ningún tipo de sanción.

Hasta el momento, los únicos instrumentos que establecen criterios de regulación y protección de humedales urbanos son ciertas ordenanzas, como las de las Municipalidades de San Pedro de la Paz, Santo Domingo , Coronel, Panguipulli y Valdivia , entre otras.

La aludida protección municipal ha sido impulsada por las comunidades, las que en los últimos años han tomado conciencia de las importantes funciones que cumplen los humedales y promovido su conservación y restauración.

No obstante, esas ordenanzas no son suficientes sin un cambio legal como el que proponemos.

Si bien el proyecto que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (boletín N° 9.404-12), que se encuentra en primer trámite constitucional en el Senado, establece nuevos instrumentos de protección para humedales, como su inventario, criterios de uso sustentable, permisos para su alteración física y la incorporación de los humedales Ramsar como categoría de protección, sus normas no son específicas para humedales urbanos o periurbanos y resultan insuficientes para su eficiente y pronta protección.

Por las razones recientemente expuestas, la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, Senadores señora Órdenes y señores Prohens , Sandoval y De Urresti, aprobó en general la iniciativa de ley en estudio el pasado 7 de agosto. Y propone a la Sala que haga lo propio en los mismos términos.

He dicho.

El señor MONTES (Presidente).-

Nuevamente solicito autorización para que ingrese a la Sala el Subsecretario del Medio Ambiente, señor Felipe Riesco.

¿Les parece a Sus Señorías?

Acordado.

Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.

El señor QUINTEROS.-

Señor Presidente , hasta hace pocos años los humedales no tenían para la ciudadanía la relevancia que exhiben hoy día. No eran objeto preferente de estudio, y esto se tradujo en un débil régimen de protección.

Ahora entendemos que estos cuerpos de agua constituyen una de las mayores fuentes de biodiversidad de flora y fauna; son cunas de aves migratorias, y se hallan protegidos en materia internacional a través del Convenio de Ramsar.

Además, en el contexto de escasez hídrica y de cambio climático en que nos encontramos, estos sitios han concitado mayor interés, y su deterioro es fuente de preocupación ya no solo de los expertos, sino también de las comunidades en general.

El proyecto que analizamos hoy modifica diversos cuerpos legales para proteger aquellos humedales que están dentro de las ciudades.

¿Por qué? Porque los humedales urbanos son los que se hallan más amenazados por la actividad humana y son susceptibles de destrucción, ya sea por la presión inmobiliaria emanada del crecimiento de las urbes, o por ser lugares usados como vertederos o basurales.

Ese tipo de humedales rara vez podrán ser catalogados como santuario de la naturaleza, o incorporados en alguna otra figura de protección oficial, pues son lugares menos prístinos, más contaminados y de menor tamaño, por lo que no cumplen con los requisitos para ser considerados en una categoría oficial.

Actualmente, existe una nómina de humedales sometidos a protección, y entiendo que el Gobierno se ha comprometido a aumentarla. Sin embargo, los humedales urbanos ni siquiera se hallan debidamente catastrados y no siempre son reconocidos en los instrumentos de planificación territorial.

Favorablemente, la conciencia para su resguardo ha crecido en las diferentes comunidades.

En nuestro país destacan los movimientos surgidos en Concepción y Valdivia. Pero en diferentes ciudades de la Región de Los Lagos, como Quellón, Dalcahue , Maullín , Puerto Varas, Llanquihue y Osorno , han surgido tanto del sector público como del privado iniciativas para preservar dichas zonas.

En el caso de Puerto Montt se estima que dentro de su radio urbano existen al menos quince humedales ubicados en las terrazas superiores de la ciudad, los cuales suman más de ochenta hectáreas de superficie.

Varios de estos humedales urbanos se han visto amenazados y -por qué no decirlo- derechamente alterados por proyectos inmobiliarios.

Así ocurrió hace algunos años con los humedales Llantén y Antiñir , situados en el sector alto de la ciudad.

En la cuenca del lago Llanquihue se considera que hay cerca de 84 hectáreas de humedales amenazadas por la expansión urbana y convertidas en basurales, cuestiones que ponen en peligro la biodiversidad y el hábitat de 44 especies de fauna, muchas de ellas endémicas.

En Chiloé, desde Ancud a Quellón, los humedales forman parte importante del paisaje, y constituyen un elemento determinante para su biodiversidad.

Reconocidos son los humedales de Putemún, en Castro, donde cada año arriban bandadas de flamencos rosados, los que se transforman en un gran atractivo turístico de la isla.

Actualmente, el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental solo exige la realización de estudios de impacto cuando los proyectos de inversión afectan humedales superiores a las 30 hectáreas en las regiones del sur de Chile, de modo que la gran mayoría de ellos queda excluida de esta medida de protección.

El proyecto que ahora nos ocupa hace exigibles dichos estudios para la intervención de todos los humedales urbanos, cualquiera que sea su extensión.

Además, entrega facultades a los municipios con ese mismo fin. Y creo que lo propio podría considerarse respecto de los gobiernos regionales, especialmente en las nuevas áreas metropolitanas.

Es evidente que son las autoridades locales y regionales las mayores interesadas en darles protección a estos ecosistemas, y, sin embargo, tienen las menores facultades.

Ese mismo absurdo ocurre con el borde costero en general.

En consecuencia, creo que esta iniciativa constituye un avance concreto. Se halla en sintonía con los mayores niveles de conciencia ciudadana para la protección de nuestro patrimonio ambiental.

Espero que esto se traduzca en la aprobación de otros proyectos de ley importantes que se encuentran pendientes, como el que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

Felicito a sus autores. Y anuncio mi voto favorable.

He dicho.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Navarro.

El señor NAVARRO .-

Señor Presidente , el año pasado, durante la tramitación del proyecto de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, en el ámbito de la protección de los humedales, en que Chile se compromete a resguardar y conservar los internacionalmente reconocidos, dando debido respeto a las normas internacionales sobre la materia, presenté una indicación que incorporaba los humedales urbanos.

Si bien esos ecosistemas aparentemente se hallan protegidos hoy día por el Código de Aguas, por la Ley General de Urbanismo y Construcciones, por la ley N° 19.300, que considera el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, hasta ahora en dichas normativas, particularmente en el referido Sistema, los humedales son reconocidos como "áreas de riesgo de inundación" o "zonas de protección de cursos de agua". No hay una legislación expresa que determine que son áreas de anidación de aves migratorias, o sitios de recogimiento de aguas lluvia que permiten la permanencia de la humedad apta para la flora y fauna que habitan ahí.

Por lo tanto, a pesar de que nuestro país cuenta con dos millones de hectáreas de humedales, no los tiene protegidos. En comunas como San de Pedro de la Paz se ha propiciado su destrucción de manera permanente por el avance inmobiliario.

Acá existe un problema que quiero advertir.

Cada vez que se ha intentado resguardar un humedal, se nos ha dicho: "Esta es una propiedad privada, y a este terreno le doy el destino que quiero, si el plan regulador me lo permite".

Señor Presidente, los planes reguladores de muchos municipios han posibilitado el relleno de dos, tres y cuatro metros de humedales con destino inmobiliario. Hablo de Coronel, de todo el sector de Lagunillas, zona de humedales, que ha sido rellenado con hasta cuatro metros de arena.

La pregunta es si la ley marco de los humedales, contemplada en el proyecto, en primer trámite constitucional, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas va a dar cuenta de su resguardo en general, fuera de los humedales urbanos.

Esto sigue con extrema lentitud, señor Presidente. Parte importante de ello se debe a la definición del marco de atribuciones respecto de la Corporación Nacional Forestal.

Al respecto, debo señalar que ha habido intentos de minimizar, de jibarizar, de quitarle atribuciones a la CONAF, con todas las dificultades que tiene este hibrido: una corporación privada que recibe platas públicas.

Eso aún no se resuelve. Estamos adelantando sobre el particular.

Tal como les planteé a los miembros de la Comisión de Medio Ambiente durante la discusión del proyecto que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas -en su momento, yo presidía dicho órgano técnico-, se rechazó una indicación de mi autoría que establecía, en el marco del mencionado Servicio, la facultad para proteger los humedales urbanos, los mismos que hoy día son señalados en la iniciativa que estamos discutiendo.

La Comisión la votó en contra aduciendo que aquello iba a ser incorporado en un proyecto de ley, que es el que hoy estamos discutiendo y que ha sido impulsado por el Senador De Urresti.

¡Si Su Señoría me hubiera invitado a firmar su proyecto, estaría más contento...!

Pero igual estoy feliz, pues claramente lo que se rechazó en el referido órgano técnico perseguía el mismo objetivo que ahora se plantea en esta iniciativa.

Señor Presidente , deseo advertir que hoy día los alcaldes sí tienen facultades: aprobar el plan regulador.

No se hará excepción en lo que respecta a los litigios, porque el valor del suelo -lo analizamos esta mañana con los Alcaldes Joaquín Lavín y Daniel Jadue y el Ministro Cristián Monckeberg - sigue siendo el elemento determinante para el avance inmobiliario.

En muchos lugares los humedales están cerca de zonas de alta plusvalía, por lo que tienen gran valor económico: no las 50 UF por metro cuadrado como sucede en la rotonda Atenas, pero sí poseen un valor económico que incentiva a sus propietarios, que son personas privadas -porque estamos hablando de humedales urbanos que no son públicos, sino privados-, a litigar.

Entonces, hay que estar advertidos al respecto.

Estamos en la discusión general, Y habrá ocasión para presentar indicaciones a fin de prever que no se judicialice la protección de estos ecosistemas. Ello, porque en algunos casos hay proyectos inmobiliarios que se ubican sobre zonas de humedales que ya han sido aprobados, es decir, hay obras que están en proceso y que van a requerir relleno.

Se dice que la ley en este caso no puede tener efecto retroactivo. Pero sería muy importante darles desde ya a las inmobiliarias, a los alcaldes y a los propietarios de estos terrenos una señal en el sentido de que habrá regulación en la materia.

Yo esperaría que la Cámara Chilena de la Construcción, que las entidades inmobiliarias tomaran nota de la necesidad de proteger y prever. Porque puede ocurrir que los proyectos habitacionales se apuren y se establezca el relleno de los terrenos, anticipándose a la publicación de la ley sobre protección de humedales urbanos.

Hay que ser muy enfáticos acá. La denuncia ciudadana y las cientos de organizaciones que se han levantado a lo largo de todo Chile deben ser eficientes, eficaces, activas para que aquellos proyectos inmobiliarios que intenten adelantarse a la entrada en vigencia de la ley pertinente no se lleven a cabo, y así podamos proteger estos verdaderos santuarios de la naturaleza que en muchos lugares hoy no se hallan protegidos.

Señor Presidente , esto ha producido gran controversia entre alcaldes y comunidad. Así aconteció en San Pedro de la Paz, la comuna de mayor desarrollo inmobiliario de la Región del Biobío.

Ahora bien, se ha hecho un catastro de humedales.

Considero muy importante que mediante la ley en proyecto se fortalezcan las atribuciones de quienes tendrán la función de fiscalizar.

Si es el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, esa facultad debe quedar establecida en forma expresa, y no lo está. Lo señalo porque cuando me tocó participar de la discusión del proyecto respectivo en la Comisión de Medio Ambiente tal atribución le fue sacada.

Si se aprueba la facultad de fiscalización, debe estar radicada en una autoridad con competencia y, dicho sea de paso, con la autoridad y capacidad necesarias para poder anticiparse a una dura batalla jurídica en los tribunales.

En tal sentido, los municipios han perdido esas contiendas. De hecho, hoy día en la laguna Price, en Hualpén, existe una gran controversia entre un particular que quiere propiciar el relleno de ese terreno y la ciudadanía que no desea que ello suceda.

Se ha argumentado que son acumulaciones históricas de aguas lluvia, que no representan ni una reserva de la biodiversidad ni nada que se le parezca.

De otro lado, señor Presidente , con ocasión del proyecto que crea el Servicio de Biodiversidad también expusimos la situación de las turberas de Chiloé.

Sin las turberas la isla se seca.

No se trata de humedales propiamente tales; pero son ecosistemas que absorben la humedad, lo que posibilita la belleza, el verdor permanente y eterno de la Isla Grande de Chiloé. Es una formación milenaria.

Hoy día las turberas se están explotando y comercializando sin ningún tipo de evaluación de impacto ambiental.

Fue por eso que propusimos que el Servicio de Biodiversidad regulara la intervención física de humedales, incluidas las turberas, de Chiloé.

No tengo claro, señor Presidente , si la definición va a alcanzar a las turberas, si haremos una evaluación más detallada.

Sin embargo, debo señalar que en el sur de Chile los humedales no solo se expresan en acumulación de aguas lluvia o en lugares de alta humedad y concentración y anidamiento de fauna (aves, en fin) y flora, sino también, como en el caso particular de Chiloé, en turberas.

Por último, hay que declarar que, sobre todo en Chiloé, el inventario nacional de humedales debe hacerse efectivo. Necesitamos un inventario de tal índole, el que ha de estar protegido de manera expresa por la ley, más allá de las facultades del alcalde o de las del Servicio de Biodiversidad .

Voy a votar a favor, señor Presidente . Considero posible mejorar las condiciones de fiscalización y de resguardo. El referido Servicio debe proteger no solo los humedales Ramsar, los catalogados a nivel internacional. La ley en proyecto nos permite ir al territorio, a cada comuna.

En mi concepto, siempre la mejor defensa de un humedal va a ser una comunidad organizada, consciente, activa en la defensa de su medio ambiente.

Confío en que esta herramienta sea de gran utilidad y de mucho reconocimiento.

¡Llegamos tarde, pero llegamos!

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

He dicho.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente, creo que hemos alcanzado un adecuado nivel de conciencia pública en torno a la importancia de proteger los humedales tanto en los sectores rurales cuanto, especialmente, en los urbanos.

Los humedales tienen relevancia no solo con respecto a la biodiversidad y al cuidado del medio ambiente y de nuestra flora y fauna. Adicionalmente, hay dos situaciones también significativas.

En primer lugar, por lo general en las ciudades del sur que tienen humedales, pero particularmente en la de Valdivia, ellos cumplen un rol tremendamente importante en la recolección de aguas lluvia.

Si no cuidamos los humedales, si los rellenamos, vamos a tener en aquellas ciudades un grave problema con las aguas lluvia.

Por lo tanto, su resguardo juega asimismo un papel significativo en el sistema de aguas lluvia de las ciudades del sur de nuestro país.

Cuando se rellenan humedales, ello implica un problema tremendo para las construcciones que se realizan sobre los rellenos, porque las viviendas tienen menor capacidad para resistir los temblores o los terremotos.

La protección de los humedales, entonces, resulta fundamental para no exponer a las personas al dotarlas de casas edificadas encima de rellenos de aquella índole.

Sin duda, señor Presidente, en la sociedad hay un consenso amplio en el sentido de que en diversas ciudades chilenas, como la de Valdivia, los humedales tienen valor turístico, porque les agregan belleza. Igualmente, revisten importancia para quienes viven alrededor de ellos, pues si los cuidamos bien y les damos valor constituyen un área verde dentro de la urbe.

En todo ese ámbito, señor Presidente, existe un acuerdo bastante transversal en cuanto a la relevancia de cuidar los humedales.

En tal sentido, celebro la proposición de ley que estamos debatiendo.

Señor Presidente , este proyecto, por una parte, les impone una obligación a las municipalidades, que deberán dictar una ordenanza con criterios mínimos para el uso racional de los humedales urbanos.

Ahí me surge la primera duda, en el sentido de si es una buena idea que se le entregue a cada municipio una prerrogativa de tal índole. ¿Por qué? Porque a algunas municipalidades pueden importarles mucho los humedales, pero a otras, no tanto.

Desde esa perspectiva, en cuanto al cuidado de los humedales dentro de las ciudades, tener una normativa igual para todo el país, dadas las características que señalé, quizás sea un camino mejor.

Por otro lado, hay una modificación mediante la cual se establece una nueva tipología de ingreso al Sistema de Estudio de Impacto Ambiental acerca de la "Ejecución de obras, programas o actividades que puedan significar una alteración física de humedales que se encuentran dentro del perímetro de un radio urbano y que implique su destrucción, relleno, drenaje o secado.".

Me parece muy importante que protejamos los humedales.

Ahora vamos a tener que hallar un equilibrio cuando estamos hablando de humedales que se encuentren dentro de las ciudades. Pero ello resultará complejo, pues ese equilibrio no puede significar que la modificación de una casa o la construcción de un edificio obligue automáticamente a un estudio de impacto ambiental.

Por lo tanto el equilibrio será muy relevante, pues de intervenirse el humedal habrá que entrar a un estudio de impacto ambiental. Pero si se trata de una obra que se encuentra al lado de un humedal, eso no significará que, por ejemplo en una ciudad como Valdivia, cada cambio que se quiera hacer en la infraestructura deba pasar por un estudio de impacto ambiental.

Por consiguiente, vamos a tener que encontrar un buen equilibrio.

Señor Presidente, yo voy a apoyar este proyecto, que se inició en moción.

Sin embargo, creo que también debemos explorar el camino que planteó el Ejecutivo en cuanto a que los humedales en general entren en la normativa del Servicio de Biodiversidad y del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. ¿Por qué? Por lo que decía anteriormente: porque la iniciativa se basa en que los municipios tomen la determinación correspondiente; pero yo creo que debemos tener para nuestro país una fórmula general que disponga cuáles van a ser los criterios para el cuidado de humedales, tanto dentro de las ciudades cuanto en las áreas rurales.

En tal sentido, se han de establecer un inventario de humedales, los criterios para su uso sustentable y los permisos de alteración física de ellos.

Desde ese punto de vista, convengo en que es factible decir que si esperamos que salgan el Servicio de Biodiversidad y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas quizás siempre vamos a llegar tarde.

Nos ha costado mucho sacar adelante este proyecto de ley, por distintas razones. Entonces, si aguardamos la otra iniciativa tal vez llegaremos tarde a la protección de los humedales urbanos.

Por lo tanto, señor Presidente, voy a pronunciarme a favor. Y le pido que, de ser posible, abra la votación.

He dicho.

El señor MONTES (Presidente).-

¿Le parece a la Sala abrir la votación?

El señor DE URRESTI.-

Sí, señor Presidente.

El señor MONTES (Presidente).-

Acordado.

En votación general el proyecto.

--(Durante la votación).

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora señoras Goic.

La señora GOIC.-

Señor Presidente , quiero partir respaldando, y con entusiasmo, este proyecto de ley. Así lo hemos conversado con el Senador De Urresti y con parte de quienes lo acompañan como mocionantes.

Aquí ya se han entregado los antecedentes sobre la cantidad de humedales que tenemos en Chile. El Ministerio del Medio Ambiente señala que, en una superficie de alrededor de 1.460.000 hectáreas, existen entre 18 mil y 30 mil y que solo 12 están protegidos bajo la Convención de Ramsar.

Sin duda, se trata de un tremendo desafío.

La referida Convención establece "la conservación y el uso racional de los humedales mediante acciones locales y nacionales y gracias a la cooperación internacional".

Uno dice que se ha logrado la conservación de ciertos sitios. Pero hoy día la mayor parte de los humedales de nuestro país no cuentan con protección mínima; no están claras las responsabilidades del Estado, y, por ende, se encuentran en una situación de permanente amenaza.

Es un problema que debemos abordar. Y se hace en función de los objetivos de esta iniciativa, que busca primero introducir en nuestra normativa legal el concepto de "humedal urbano"; además, establecer en forma precisa que las actividades que se realizan en las cercanías de los humedales urbanos y que implican alteración física de su entorno tienen que pasar por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y, por otro lado, modificar la Ley General de Urbanismo y Construcciones para agregar los humedales a la enunciación que realiza la norma pertinente acerca de los bienes nacionales de uso público que deben adecuarse a los planes reguladores y a las ordenanzas locales.

Por eso, creo que será muy interesante la discusión particular, pues durante ella podremos mejorar el texto planteado inicialmente.

De otro lado, esta materia tiene que ver además con esfuerzos locales, los que quiero destacar.

Fue en septiembre de 2017 cuando, en el caso de Punta Arenas, la Agrupación Ecológica Patagonia, que ha sido muy activa en la protección de humedales en la Región, nos planteó la necesidad de tener reservas naturales urbanas. Sus representantes lo señalaron en el Concejo; tomaron contacto conmigo, como parlamentaria de la zona, y trabajamos en una propuesta que rescataba la experiencia internacional existente al respecto, pensando justamente en superficies urbana que no son consideradas áreas silvestres protegidas y que carecen de protección.

En Punta Arenas tenemos a lo menos tres que son fundamentales: la avenida Costanera del Estrecho, el parque María Behety y el humedal Tres Puentes.

El humedal Tres Puentes fue intervenido con una calle estructural de la Región. Y, además, allí existe hoy día un proyecto significativo que pone en riesgo un sitio donde hay un patrimonio natural con diversidad de aves que todos podemos disfrutar cuando pasamos por ahí.

Por eso, hace poco tiempo presentamos una moción que busca contribuir en la línea de la definición de "reserva natural urbana" y que es complementaria con el proyecto que estamos votando. La idea es no dejar establecidas solo las áreas silvestres que se hallan fuera del radio urbano.

Ahora, con relación a un punto que fue parte de la discusión de esta tarde, debo señalar que, también en fecha reciente, presentamos una propuesta de ley relativa a la protección ambiental de las turberas.

Las turberas son un tipo de humedal que se caracteriza por la producción continua y progresiva de turba, la cual se deriva de la acumulación de materia (vegetal) orgánica en estado de semidescomposición debido a la combinación de saturación permanente de agua, bajos niveles de oxígeno y altos niveles de acidez que inhiben la sobrevivencia de organismos descomponedores. Esto hace que sean un elemento fundamental en la fijación de carbono. Por lo tanto, tienen un impacto clave en el cambio climático.

La situación debe ser abordada. Las regiones del sur y del sur austral tienen el privilegio de contar con turbales importantes. Varios de ellos hoy día se están explotando sin que exista conciencia del daño que se genera, del costo alternativo para el medio ambiente -incluso, diría yo, para la supervivencia del planeta- que implica la explotación de un material que no tiene, en el plano del costo ambiental, un valor significativo.

Por eso es tan relevante que protejamos las turberas ubicadas en la Región de Los Ríos, en la de Magallanes, Se trata de aproximadamente 10 millones de hectáreas; en Magallanes, de al menos 2 millones 700 mil.

En consecuencia, esas tres iniciativas se encuentran relacionadas. Y me alegro mucho del respaldo transversal existente en la Comisión, porque los temas ambientales son aquellos de los cuales nos debemos preocupar hoy día y con celeridad.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , Honorable Sala, en relación con el proyecto de ley que nos convoca, no puedo sino felicitar a los autores de la interesante moción que le dio origen, cuyo objeto es incorporar a nuestra legislación el concepto de "humedal urbano" y asegurar su protección, disponiendo al efecto que estos bienes nacionales de uso público se encuentren en concordancia con lo dispuesto en el plan regulador y la ordenanza local y que las concesiones que se otorguen sobre ellos requieran el informe previo favorable de la dirección de obras respectiva.

Por otra parte, se contiene una acertada definición de "humedal urbano".

Asimismo, se destaca la importancia que ese tipo de humedales revisten para el medio ambiente.

Como se expresa en el informe, en nuestro país existen doce humedales reconocidos como sitios incorporados en la denominada "Convención de Ramsar", suscrita por nuestro país y ratificada en 1981.

Uno de los sitios que cuentan con dicha protección es el humedal El Yali -se sitúa en la comuna de Santo Domingo, a la que represento en este Hemiciclo-, que constituye un bello hábitat de aves acuáticas y de otro tipo de fauna.

Estando plenamente de acuerdo con el espíritu de la moción, coincido con lo que expresa el informe de la Comisión de Medio Ambiente en el sentido de que tal protección debiera extenderse a todo tipo de humedales, como los rurales y los periurbanos.

Entre ellos, es digno destacar el humedal que se forma en la desembocadura del río Maipo, entre las comunas de San Antonio y Santo Domingo. Al respecto, hemos estado organizando a la sociedad civil de ambas comunas para pedir su adecuada protección, salvaguardando la biodiversidad allí existente.

Lo propio hay que hacer en el caso del humedal de Mantagua, que se encuentra entre las comunas de Concón y Quintero , y en el del Parque Ecológico La Isla, en la desembocadura del río Aconcagua, en la comuna de Concón, todos los cuales pertenecen a la circunscripción que tengo el privilegio de representar en esta Corporación.

En el caso del Parque Ecológico La Isla, hace ya bastante tiempo me tocó iniciar las acciones correspondientes con motivo de un derrame de hidrocarburos que provocó la empresa ENAP de aquel entonces, hoy Refinería Aconcagua . En definitiva, logramos que por primera vez en la historia de nuestro país el Consejo de Defensa del Estado demandara a una empresa estatal. Y gracias a la transacción habida en el referido organismo se creó dicha área protegida.

Por consiguiente, estimo que podríamos extender la protección prevista en este proyecto a otros humedales, dada la importancia que revisten para el ecosistema. De modo que presentaré indicaciones en este sentido.

En virtud de los antecedentes que expuse, voto favorablemente la idea de legislar, a la espera de que durante el debate particular la protección pueda ampliare a los diversos humedales.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Quintana.

El señor QUINTANA.-

Señor Presidente, esta iniciativa me parece de la mayor importancia.

Pienso que, como se ha manifestado, en nuestro país tenemos un problema de regulación.

Ahora, al revés de lo expresado por algunos colegas, yo no me atrevería a decir que la inexistencia de regulación es completa.

En mi concepto, producto de que en general la regulación en materia de recursos naturales obedece a una visión más bien fragmentada de los ecosistemas, ello motiva que haya en distintos ministerios un conjunto de normativas que impiden proteger de mejor manera los humedales.

Considero que nuestras regulaciones van en tal dirección, a partir -repito- de una fragmentación de los ecosistemas en sus elementos constitutivos: tierra, subsuelo, agua, bosque, aire, flora y fauna. Y eso es lo que dificulta la existencia de una política que los resguarde efectivamente.

Reitero que esta iniciativa -así se lo manifesté al Senador De Urresti, uno de sus autores- reviste gran importancia.

La discusión particular debiera incorporar otras miradas (complementarias, por supuesto), principalmente en lo relacionado con las zonas no urbanas. Porque aquí estamos hablando puntualmente de zonas urbanas, periurbanas.

¿Cómo se manifiestan estos humedales?

Corresponden, por una parte, a extensiones de marismas o desplazamientos de agua producto de un maremoto, como el ocurrido en 1960 en Valdivia, que provocó que al menos 37 por ciento de la superficie de esa hermosa ciudad sureña se halle en la condición actual.

Igual sucede en otras comunas, como la de Toltén, en la Región de La Araucanía, con un porcentaje probablemente incluso superior, como consecuencia de aquel maremoto.

Pero el problema estriba en que esos humedales, de vasta extensión -lo conversé recientemente con el Alcalde de Toltén , Guillermo Martínez -, no estarían regulados, no tendrían protección, y más bien quedarían sujetos a lo que pudiera hacer un municipio que dispone de escasos recursos.

Otras formas en que se presentan los humedales son los pantanos, las turberas o las superficies cubiertas de agua.

Entonces, señor Presidente , como primera reflexión, espero que en la discusión particular -entiendo que en los próximos días el Presidente de la República y la nueva Ministra del Medio Ambiente , Carolina Schmidt , harán un anuncio sobre los primeros 40 humedales- se considere a algunos humedales que no se encuentran en las zonas urbanas.

Creo que la realidad de Valdivia -y me alegra que un Senador que representa a esa ciudad haya inspirado la presentación de la moción pertinente- puede no ser la de Chile entero. Porque en todo el territorio nacional hay cerca de un millón y medio de hectáreas -el equivalente a varias veces el tamaño de la Región Metropolitana- cubiertas de agua o con extensiones de marismas, pantanos o turberas; y también hay casos de aguas estancadas o corrientes, dulces y salobres o saladas.

La moción es tan importante porque hoy día, como lo han dicho varios de los señores Senadores que me han antecedido en el uso de la palabra, únicamente contamos con la Convención de Ramsar, suscrita en 1971 y ratificada posteriormente. La mayoría de los humedales son de gran extensión y su sistema de protección se basa principalmente en recursos de cooperación internacional contemplados para los de esa clase por los países participantes.

La realidad es diferente en Villarrica, por ejemplo -lo conversamos mucho con la ex Ministra del Medio Ambiente y nueva Ministra de Educación , señora Marcela Cubillos -, ya que el lago, conocido por muchos, está contaminado. La idea es buscar una solución y, por lo tanto, un plan de descontaminación ojalá al más breve plazo. Se está trabajando con los municipios, al igual que con organizaciones ciudadanas, ambientalistas.

¿Cuál es la causa? Tiene que ver con nutrientes más disparados de lo que debieran, como el fósforo, el nitrógeno.

Se plantea el problema de la cuenca de algunos ríos, como el Trancura.

Pero una de los motivos principales de la contaminación del lago Villarrica dice relación con el borde ribereño entre la ciudad del mismo nombre y Pucón . Se han construido casas y una gran cantidad de edificios, lo que ha ido sustituyendo humedales. O sea, desaparece uno de estos y llega un edificio. Ello ha traído efectos muy complejos, naturalmente, respecto de los cuales espero...

El señor MONTES ( Presidente ).-

Se agotó su tiempo, Su Señoría.

Cuenta con un minuto para terminar.

El señor QUINTANA.-

Gracias, señor Presidente.

Espero que el proyecto pueda dar respuesta a la situación.

Ya se ha mencionado que el objetivo es que en la evaluación de impacto ambiental, como también en las ordenanzas municipales, haya una atención preferente en cuanto a no rellenar, no destruir, no secar un humedal. Así lo han manifestado los autores de la moción.

Pero los efectos y beneficios más reconocidos que prestan los humedales por sus funciones ecosistémicas son el control de inundaciones y anegamientos, al igual que el de la erosión y retención de sedimentos; la retención de nutrientes; la estabilización de temperaturas extremas; la mantención de la biodiversidad; el transporte, la recreación y el turismo.

Por todos estos motivos, vamos a respaldar la iniciativa, entendiendo que en la discusión particular podremos mejorarla aún más.

El señor MONTES ( Presidente ).-

Puede intervenir el Honorable señor Durana.

El señor DURANA.-

Señor Presidente , el año 1971 se suscribió en Ramsar, Irán, la Convención sobre Zonas Húmedas de Importancia Internacional, que entró en vigencia en Chile en 1981 gracias a la dictación del decreto supremo N° 171, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

De conformidad con el artículo 2 del tratado, el deber de cada Estado contratante es señalar lugares en su territorio que puedan ser incluidos en la denominada "Lista de Humedales de importancia internacional".

Hasta la fecha, el país ha designado trece "sitios Ramsar", entre los cuales no se encuentra el del río Lluta, ubicado en la ciudad y provincia de Arica, no obstante cumplir con los criterios establecidos por la misma Convención, tales como sustentar especies vulnerables o en peligro, o comunidades ecológicamente amenazadas y poblaciones de especies importantes para mantener la diversidad biológica de una región biogeográfica determinada.

El humedal del río Lluta constituye el principal sitio costero de Chile para descanso, refugio, alimentación y reproducción de aves que emigran desde el hemisferio norte por la ruta del Pacífico. Alberga más de 130 especies, representativas del cuarenta por ciento de las migratorias conocidas en nuestro territorio. Ello motivó que fuera declarado santuario de la naturaleza por decreto N° 106, de noviembre de 2009, del Ministerio de Educación, Subsecretaría de Educación.

Por su parte, la Municipalidad de Arica lo designó "Reserva Municipal Desembocadura del Río Lluta" a través de su decreto N° 2.702, de 2009.

Hoy, el gobierno regional de Arica y Parinacota, junto a los Ministerios del Medio Ambiente y de Bienes Nacionales, se encuentra realizando esfuerzos para ampliar en más de diez veces el área de resguardo del humedal, respecto de la actualmente protegida: de 30 hectáreas a 370.

El artículo 1 del proyecto transcribe la definición de humedal contemplada por el Convenio de Ramsar, agregando la categoría de "urbano" con relación a aquel que se encuentre dentro de los límites de las ciudades, que es la situación del nuestro.

En el artículo 2 se determina que las municipalidades "deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios mínimos respecto del uso racional de los humedales urbanos presentes en los límites de cada comuna".

En la comuna de Arica, la vigencia por casi ocho años del decreto N° 2.702/09 y los resultados alcanzados por su aplicación demuestran la insuficiencia de la jurisdicción municipal para la protección deseada.

Los municipios carecen de los recursos necesarios para resguardar áreas que constituyen parte esencial de nuestra biodiversidad. Disponer que cuenten con la facultad de establecer criterios mínimos para el "uso racional de los humedales urbanos" implica radicar en el ámbito municipal una responsabilidad que debe corresponder a una política de carácter nacional.

Al considerarse el humedal del río Lluta dentro de una política nacional de amparo de la diversidad biológica, podrá ser designado "sitio Ramsar", dadas sus especiales características. Es decir, será de importancia internacional, ya que cumple con las condiciones contempladas por el convenio para tal efecto. La obtención de la declaración debe constituir un objetivo de Chile.

Cuantas políticas se adopten para defender el humedal garantizan los intereses públicos y privados, puesto que todos se beneficiarán con el valor económico, cultural y científico de su resguardo legal e internacional. Las futuras construcciones o urbanizaciones deberán contar con los estándares de protección de la biodiversidad medioambiental.

Es por ello que resulta necesario compartir el sentido del proyecto de ley en la medida en que busca la conservación de nuestros humedales urbanos. Pero no podemos fijar la responsabilidad a nivel municipal, puesto que la defensa de los humedales, así como su uso racional, debe obedecer a una política nacional, conforme a los compromisos internacionales asumidos por Chile.

Sugiero, en consecuencia, que la CONAF asuma la responsabilidad de identificar, gestionar, innovar, fomentar, supervigilar y protegerlos a todos, tal como sucede hoy con el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas, y que la urbanización y los proyectos de construcción tengan que llegar a un equilibrio que permita efectivamente no detener el desarrollo en bien del país, de la región y de la comuna.

Muchas gracias.

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El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).-

Han llegado a la Mesa los siguientes documentos:

Segundo informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que moderniza la legislación bancaria (boletín N° 11.269-05) (con urgencia calificada de "simple").

Segundo informe de las Comisiones de Hacienda y de Educación y Cultura, unidas, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece un Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública (boletín N° 11.536-04).

--Quedan para tabla.

El señor MONTES ( Presidente ).-

Solicito el asentimiento de la Sala para tratar este último asunto en la sesión ordinaria del martes próximo y el relativo a la legislación bancaria y, eventualmente, el del reajuste del ingreso mínimo en la del miércoles.

Acordado.

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El señor MONTES (Presidente).-

Puede intervenir la Senadora señora Ebensperger.

La señora EBENSPERGER.-

Señor Presidente , como no podría ser de otra manera, parece existir un amplio consenso en cuanto a la idea de proteger nuestros humedales, sean urbanos o rurales. Efectivamente, además de constituir una gran fuente de diversidad biológica, son importantes reservorios de agua y colaboran en la purificación del aire, la regulación de un microclima que les es propio, la reducción del ruido, el drenaje de aguas lluvias, el tratamiento de aguas residuales, y, muy especialmente, juegan un rol fundamental en la conformación de los primeros eslabones de la cadena trófica. Últimamente se han convertido también en espacios de esparcimiento, de incipiente turismo y en base de algunos proyectos de conservación.

En este sentido, constituyen una infraestructura natural que puede contribuir a alcanzar diversos objetivos de políticas públicas y su desaparición puede conllevar grandes pérdidas de bienestar humano, con un amplio impacto económico negativo en la población.

Dicho lo anterior, y reforzando nuestra posición de concordar con el objetivo perseguido por la iniciativa, cabe consignar que no coincidimos con la forma de protección propuesta. Creemos que debemos ser capaces de buscar otras en la discusión particular.

¿Por qué lo hago presente? Básicamente, por algo ya manifestado por señores Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra: se entrega a los municipios, a través de la dictación de ordenanzas, el establecimiento de criterios mínimos para conservar o resguardar los humedales. Al existir 345 municipalidades, habría 345 ordenanzas y no se contemplarían criterios comunes, lo que podría poner en riesgo, dependiendo de una normativa u otra, los lugares menos amparados.

Por lo anterior, estimo fundamental que en la discusión particular se busque la manera más idónea, eficiente y eficaz de lograr la loable finalidad del articulado: el resguardo de estos sitios.

Tal vez sería conveniente concordar las disposiciones del proyecto con las de aquel que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, actualmente en trámite en la Cámara de Diputados, el cual instituye una categoría de defensa para los humedales de importancia internacional cubiertos por la Convención de Ramsar, con el propósito de promover su uso sustentable considerando las dimensiones ecológica, económica y social, y encarga la administración, conservación, manejo y estudio al nuevo organismo.

Votaré por la aprobación en general, porque me parece que nadie podría estar en contra del objetivo que se persigue. Pero espero que en la discusión particular seamos capaces de encontrar la mejor manera de que se cumpla realmente con la protección deseada.

Gracias.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra la Honorable señora Órdenes.

La señora ÓRDENES.-

Señor Presidente , parto por valorar la iniciativa, que aborda la regulación de los humedales urbanos, estimándose que enfrentan un mayor nivel de amenaza debido a su exposición y a la presión de las inmobiliarias por este tipo de espacios.

Por eso, se hace estrictamente necesaria, a mi juicio, una protección legal para este tipo de suelo, que configura en sí mismo un ecosistema particular. Se trata de una reserva de agua dulce y también de carbono. Es parte del patrimonio natural, así como del patrimonio cultural en tanto referente en las ciudades. Y bien puede constituir un espacio adecuado para materias de educación ambiental.

Entre sus funciones destacan la regulación hídrica y climática, así como la del ciclo del carbono; la formación de suelo; el archivo arqueológico y paleoclimático, y la influencia en la ecología del paisaje, entre otras.

Ahora bien, sabiendo la urgencia de legislar sobre los humedales urbanos, no puedo dejar de manifestar mi preocupación por un tipo de humedal que está siendo sobreexplotado en el sur, donde ya fue destruido en la Isla Grande de Chiloé. Lo mismo estaría ocurriendo en Magallanes y en Aisén. Me refiero al Sphagnum magallanicum, musgo sphagnum o pompón, que crece sobre la turba, material orgánico con alto contenido de carbono generado en humedales llamados "turberas".

A nivel mundial, estas últimas representan entre el cincuenta y el setenta por ciento de los humedales, abarcando cerca del tres por ciento de la superficie terrestre. Se ubican principalmente en el hemisferio norte, con una parte minoritaria -cuatro por ciento- en América del Sur, mayoritariamente en la Patagonia chilena.

Por eso es que considero importante, en cuanto a la protección y al cuidado de este tipo de ecosistema, abordar también un ámbito más allá de los territorios urbanos. Creo que lo anterior es parte de los desafíos que implica la discusión del asunto.

Gracias.

El señor MONTES (Presidente).-

Puede intervenir el Senador señor Insulza.

El señor INSULZA.-

Señor Presidente , seré muy breve.

Me pronunciaré por la aprobación en general. Juzgo que el articulado realmente significa una gran innovación.

No está de más recordar que el texto es sucinto, pero modifica dos cuerpos legales fundamentales. Uno de ellos es la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente , al incluir los humedales entre proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, por lo cual los somete al sistema de evaluación ambiental, aspecto ciertamente muy importante para nosotros. Y el otro, tratándose de una iniciativa relacionada con humedales urbanos, es la nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones, al contemplarlos entre los bienes nacionales de uso público susceptibles de una concesión que requiere un informe previo de la Dirección de Obras Municipales respectiva.

Me parece que estos son algunos puntos esenciales, y seguramente habrá otros que podremos concebir en la discusión particular o más adelante.

El Honorable señor Durana se refirió largamente al humedal existente en la Región de Arica y Parinacota, que es único. Constituye una zona desprovista de recursos hídricos. Por lo tanto, el sector del río Lluta es bastante notable, sobre todo por su variedad. El apareamiento anual que realiza una cantidad de aves que llegan al lugar exactamente los días en que tienen que hacerlo y que se van cuando tienen que partir es algo muy impresionante y hermoso.

Nos satisface mucho, pero al mismo tiempo nos preocupa, la decisión anunciada recientemente por el Ministro de Bienes Nacionales , a la que también aludió el señor Senador, de ampliar el humedal actual desde algo más de 30 hectáreas a 370. Ello significa multiplicar su superficie por doce.

Pues bien, esa es una gran noticia. Pero quisiera consignar que el área presenta problemas serios de mantención y cuidado. No es gestionada, para decirlo así, de manera muy satisfactoria por el municipio. Por lo tanto, el gran desafío de Arica y Parinacota es hacer del humedal mayor, más desarrollado, una zona en la cual se respeten las normas fundamentales sobre el medioambiente y que todos los proyectos relacionados -esperamos que se mantengan y desarrollen- sean objeto de una evaluación de impacto ambiental en cuanto al efecto que se pueda registrar.

Es importante recordar que en los últimos meses ha habido en Arica una discusión sobre el humedal actual y la prolongación a través de este de la carretera A-210. Como el sector comprenderá ahora 370 hectáreas, las preguntas son por dónde va a pasar la vía y cómo el Ministro dice que ella es perfectamente compatible si atraviesa exactamente el área.

Por eso mismo estamos muy agradecidos de la ley en proyecto, ya que nos permitirá verificar, sobre la base de un texto legal, si efectivamente estamos respondiendo al gran desafío que significa el milagro ecológico del humedal del río Lluta.

Muchas gracias.

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El señor MONTES (Presidente).-

Aprovecho de saludar al Diputado señor Jorge Alessandri, quien se presenta con su nieto o nieta...

¡Otro Alessandri más que puede llegar aquí...! ¡Hay un riesgo...!

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El señor MONTES ( Presidente ).-

Si la Sala lo permite, el Honorable señor Quintana presidirá la sesión a partir de este momento.

El señor GUILLIER.-

Sí, señor Presidente .

El señor MONTES (Presidente).-

Así se acuerda.

--Pasa a presidir la sesión, en calidad de Presidente accidental, el Senador señor Quintana.

El señor QUINTANA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el Senador señor Guillier.

El señor GUILLIER.-

Señor Presidente , hay cosas que ya se han dicho, pero igualmente deseo intervenir.

En nuestra legislación no se contempla una definición de "humedal urbano" y solo se consideran los sitios Ramsar -humedales reconocidos internacionalmente- y aquellos humedales ubicados en áreas protegidas, los que no son, ni de lejos, la mayoría de los existentes en el país.

Desde luego, la Ley General de Urbanismo y Construcciones no contiene medidas que aseguren la conservación de los humedales. Más bien, se los asimila a zonas de riesgo de inundación o se los ve como cursos de aguas que es menester canalizar en la mayoría de los casos.

Con el objeto de protegerlos, algunas municipalidades los han incorporado a los planos reguladores como áreas verdes o zonas de inundación. Pero no hay una visión sistémica, que tome en cuenta toda su diversidad, sino que más bien se realiza una protección limitada.

El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental no considera las actividades o proyectos sobre los humedales dentro de la lista de aquellos que requieren un estudio o una declaración de impacto ambiental. Y la propia Ley General de Urbanismo y Construcciones no los reconoce, sino que se limita a considerarlos -reitero- como áreas de riesgo.

Por eso, me parece que todos vamos a apoyar este proyecto. Pero también hay que señalar que él responde a un vacío legal en nuestro ordenamiento jurídico que debe ser llenado con urgencia, ya que estamos en presencia de un rápido crecimiento de las ciudades y, sobre todo, de sus periferias, lo que ha generado una depredación de los recursos esenciales para la calidad de vida de la población.

Estas son zonas altamente vulnerables y contribuyen al refugio de la flora y de la fauna. Son fuentes de agua dulce; de recarga de acuíferos, y, además, operan como filtros para contaminantes, de manera que existe una funcionalidad que no siempre se reconoce.

Por consiguiente, si bien compartimos el fondo del proyecto, somos conscientes de que los mecanismos mencionados para establecer una protección efectiva de los humedales son complejos, por varias razones.

Primero, porque son muchos los actores involucrados y, sin embargo, no aparece una entidad que pueda jerarquizar, tener una autoridad y una coordinación sobre ellos.

Segundo, se les asigna a los municipios un rol que, para variar, no estaría acompañado del financiamiento que les permitiría hacerse cargo responsablemente de la situación. Por otro lado, las ordenanzas no son suficientes y, además, se presenta el problema de que habría percepciones diversas en las diferentes administraciones comunales. Por esta misma razón, muchas veces se ven vulnerables, por ejemplo, a la presión de las propias inmobiliarias.

Distinto sería el caso si los humedales se integraran efectivamente -como lo ha señalado el Senador Durana- al proceso de urbanización; si hubiese conciencia de su importancia; si se mitigara el escenario de depredación y se analizaran posibilidades de inversión sustentable, como lo han hecho algunas ciudades a título propio, para convertirlos en espacios de recreación.

El reconocimiento de estos humedales como espacio público importante se ha transformado en una demanda ciudadana. Además, es una necesidad urgente para mantener el equilibrio medioambiental. Pero se requieren instrumentos de planificación vinculantes, coordinados, jerarquizados, claramente definidos, de modo que se puedan adaptar también a escala regional, urbana o comunal.

Por esa razón, señor Presidente, ciertamente vamos a aprobar el proyecto, pero nos parece necesario, de alguna manera, completar estas consideraciones acerca de esos otros actores que influyen en el medioambiente. Se requiere una ley marco que establezca un criterio a nivel del territorio para la protección de los humedales urbanos.

Muchas gracias.

El señor QUINTANA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la Senadora señora Aravena.

La señora ARAVENA.-

Señor Presidente , hemos hablado bastante de los humedales. Por mi parte, simplemente voy a respaldar este proyecto, que me parece muy bueno, pues se hace cargo efectivamente -quizá un poco tarde- de muchos humedales que se ubican en los sectores más desprotegidos de las ciudades.

En nuestra Región de La Araucanía tenemos humedales. Y coincido con usted, señor Presidente , en que la comuna de Toltén es de aquellas que, dado el terremoto, cuenta con uno de los más grandes. Pero en la comuna de Traiguén, que ambos conocemos, hay un humedal -lamentablemente, es un terreno EFE- que cuenta con más de dos hectáreas de asbesto, concreto y que se ha transformado en un vertedero con un alto grado de contaminación determinado por el Ministerio del Medio Ambiente. Y no hemos podido hacer algo con el municipio, porque efectivamente faltaban normativas como esta.

El proyecto de ley viene a proteger los humedales que nos van quedando en Chile y, sobre todo, a cuidar algo que también nos resguarda como seres humanos.

Desde el punto de vista medioambiental, los humedales son lo que uno llamaría en química un buffer, una instancia que protege mucho el ecosistema y la vida natural que hay en el subsuelo y no solamente lo que uno percibe a nivel de flora y fauna.

Por lo tanto, es una buena iniciativa, que viene a complementar el trabajo que han hecho algunos municipios que poseen ordenanzas, como Santo Domingo, Coronel, Panguipulli y Valdivia .

Sin embargo, quienes hemos trabajado en municipios sabemos que la ordenanza, lamentablemente, no viene aparejada al presupuesto. Entonces, en caso de falta de recursos, muchas veces aquella se transforma solo en una declaración de intenciones. Y hoy en día los municipios no tienen los recursos ni las competencias para una fiscalización efectiva que impida el mal uso de estas áreas.

En consecuencia, felicito a los parlamentarios que tuvieron la idea de legislar sobre dos leyes principales: la sobre Bases Generales del Medio Ambiente y la de Urbanismo y Construcciones.

Espero que las indicaciones respectivas tengan una rápida tramitación, porque ello, sin duda, va a permitir proteger aquellos humedales urbanos que todavía quedan en el territorio nacional.

Muchas gracias.

El señor QUINTANA ( Presidente accidental ).-

Señora Senadora, estoy seguro de que sus inquietudes serán recogidas en la discusión en particular.

Tiene la palabra el autor de la moción que estamos discutiendo esta tarde, el Senador señor De Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente , Honorable Sala, en primer lugar, quiero saludar y agradecer a los Senadores que adhirieron con su firma al proyecto en examen, pero también, y principalmente, a los colegas de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, quienes con sus opiniones, aportes y convocatorias a diversos expertos lo han enriquecido.

Creo que el que hoy discutamos un proyecto que viene a proteger los humedales urbanos; que tengamos la posibilidad de contar con un instrumento legal que resguarde e identifique estos espacios naturales es una contribución enorme.

A quienes nos interesa la protección del medioambiente, muchas veces nos decían: "Bueno, Senador, ¿y qué instrumentos existen?". O el alcalde nos preguntaba: "Pero, ¿qué instrumento tengo?". O íbamos a otra autoridad municipal, que tenía intenciones de trabajar en la defensa de los humedales, y nos señalaba: "Me quedo corto". O la Dirección General de Aguas nos decía: "Esas aguas no son de nuestra tuición".

En definitiva, cuando las organizaciones sociales, los vecinos decidían defender sus humedales, debían realizar verdaderas peregrinaciones por los diversos servicios. Y, al terminar dichos trámites, el humedal ya había sido rellenado o drenado.

Además, la ley en proyecto nos permite comprender que existen distintos tipos de humedales, en ciudades que poseen diversas configuraciones: desde los de la zona norte, altiplánica, hasta los de la zona sur, donde hay generalmente alta presencia de agua.

Por consiguiente, la iniciativa va a permitir contar con un instrumento legal homogéneo, que da tuición a las municipalidades y al Servicio de Evaluación Ambiental para regular esta materia.

Lo anterior no atentará contra ninguna forma de desarrollo. Al contrario, va a regular, resguardar, inventariar nuestros humedales.

Asimismo, es importante señalar que esto coincide con el anuncio hecho por la autoridad hace aproximadamente dos semanas en relación con el listado de 40 sitios que serán protegidos por el Ministerio del Medio Ambiente. Son 40 humedales prioritarios que tendrán una protección, un reconocimiento, principalmente a través de una declaración de santuario de la naturaleza o de monumentos naturales. En definitiva, se trata de instrumentos que permiten darles una protección.

Igualmente, se señala que el Ministerio va a incorporar otros humedales.

A mi juicio, esto abre el camino para que en cada rincón de Chile, en cada comuna, en cada territorio los ciudadanos y los municipios identifiquen sus humedales.

Uno defiende lo que conoce, lo que quiere. Y no me cabe duda de que si la ciudadanía sabe dónde está su humedal, lo va a proteger y a resguardar.

Me satisface que estemos avanzando en la concreción de esta iniciativa, que seguramente mejorará en la discusión en particular a partir de las indicaciones que le formulemos.

En Valdivia se llevó a cabo un importante seminario, y algunas de las organizaciones participantes -a las que hago un reconocimiento- me decían: "Senador, ¿qué ocurre con los humedales que están en el borde, en el contorno de lo urbano?", refiriéndose a los periurbanos. Bueno, tendremos que buscar una fórmula, con el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas, a fin de compatibilizarlos con los que están en el plano urbano. Pero lo que no podemos permitirnos es dilatar la protección y esperar que otro instrumento la promueva. Porque, si nos ponemos a esperar, si nos demoramos, seguirán desapareciendo los humedales, seguirá agotándose esta biodiversidad, seguirán perdiéndose oportunidades.

Acá no solo tenemos la presión inmobiliaria. También existe el riesgo de que rellenen el humedal con escombros, de que lo drenen, de que alguien corra el límite de su propiedad y lo intervenga.

Por tanto, hoy es un gran día para los humedales.

Me han informado que mañana la Ministra del Medio Ambiente , desde la ciudad de Valdivia, adonde también concurrirá el Presidente de la República , anunciará la política de protección de los humedales. Esta ha de ser una política nacional, que incluya los 40 humedales que ya figuran en el listado, más todos los que a través de esta ley -porque no me cabe duda de que el proyecto se aprobará- puedan ser identificados, protegidos y trabajados.

Señor Presidente , reitero mi agradecimiento a todos los colegas que han colaborado. Estaré encantado de que en la discusión en particular se presenten las indicaciones y las precisiones necesarias. Porque el mundo científico, el mundo académico y las experiencias comparadas nos pueden ayudar en el propósito de despachar un instrumento robusto, que permita defender los humedales.

Es necesario entender, como país, que las ciudades más competitivas, las que tienen mejor calidad de vida son las que incorporan en su red y en su trama urbanas los humedales, ese conjunto de espacios que requieren protección para poder ser fuente de diversidad y de equipamiento.

Solo como dato referencial, en Valdivia se creó el Parque Urbano Catrico, uno de los más grandes del país, con la contribución de un humedal de la Universidad Austral. Esos lindos ejemplos, a mi juicio, pueden ser repetidos en muchos lugares.

Por último, señor Presidente, propongo fijar el 25 de septiembre como plazo para presentar indicaciones.

He dicho.

El señor QUINTANA ( Presidente accidental ).-

Eso lo veremos al término de la votación, señor Senador, y lo felicito nuevamente por la presentación de esta iniciativa.

Tiene la palabra el Honorable señor Sandoval.

El señor SANDOVAL.-

Señor Presidente, qué bueno que en nuestras comunidades, en nuestra sociedad empiecen a cambiar las conductas y la forma como vemos y apreciamos el territorio.

¡Qué cambios ha habido, y en tan poco tiempo, para darles importancia a los patrimonios ambientales, al paisaje, así como a la corresponsabilidad que se tiene con ellos desde la más tierna infancia en adelante!

Eso, evidentemente, genera presiones para hacernos cargo de la manera como nosotros, como sociedad, vamos respondiendo a este tema.

Antes, un humedal en un pueblo, en una ciudad era sinónimo de problema, de dificultad. En realidad, hasta hace poco tiempo, ello era sinónimo de un espacio del que, de alguna manera, había que deshacerse. ¡Qué distinto es ahora!

Este cambio de trato, evidentemente, genera una nueva visión, fruto de cómo vamos considerando nuestro entorno, nuestra geografía, nuestros paisajes.

Por cierto, me sumo a las felicitaciones a quienes generaron esta moción, que apunta, fundamentalmente, a modificar dos cuerpos legales.

Uno es la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, donde se incorpora la protección, el resguardo de cualquier tipo de alteraciones físicas que se realicen en torno a estos humedales.

Y el otro es la Ley General de Urbanismo y Construcciones, donde se intercala el concepto de "humedales" entre las expresiones "riberas de mar" y "de ríos".

No podemos dejar de señalar que algunos municipios han avanzado en relación con esta materia al dictar sendas ordenanzas, haciéndose cargo de este nuevo paradigma en la visión del paisaje y del entorno.

En la actualidad, se entiende que el humedal no es un problema de la ciudad, un problema para la construcción, sino, fundamentalmente, un hito esencial para el resguardo, la protección, la conservación y la preservación de otros ámbitos que, evidentemente, no se valoraban en la legislación y que dicen relación con los ecosistemas que se generan alrededor de estos cuerpos de agua.

Por eso, la iniciativa que nos ocupa va en una dirección absolutamente correcta. El paisaje urbano ya no está compuesto solo por las calles, las plazas, las viviendas; también se empiezan a incorporar a él elementos que hasta hace poco carecían de interés escénico y que, sin embargo, hoy día asumen un gran valor.

Por otra parte, es preciso señalar que a los municipios se les pide, básica y esencialmente, que hagan uso de una facultad de la que hoy día ya disponen, que consiste en dictar ordenanzas. Por eso, la discusión respecto de la admisibilidad de la iniciativa no tiene mucho sentido práctico, puesto que la que está en juego es una facultad absolutamente propia de los municipios.

El artículo 2 -quizás es la limitación que deberá ser objeto del trabajo y análisis en detalle de la iniciativa- se refiere a los "criterios mínimos" que ha de contener una ordenanza general respecto del uso de los humedales urbanos.

En realidad, las mociones siempre tienen el inconveniente de que deben andar orbitando en torno a la norma para no caer en problemas de admisibilidad. Sin embargo, la facultad que se les otorga aquí a los municipios no es nueva, sino que la tienen hace tiempo. Por lo demás, ella ya se mencionó cuando tratamos el proyecto que los autorizaba para bachear las calles.

Por eso, señor Presidente, considero que, en este cambio cultural, de imagen, los humedales que forman parte del paisaje urbano merecen un tratamiento distinto.

Esperamos que mañana el Gobierno, cuando anuncie ese gran proyecto sobre modificaciones al Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), incorpore con mayor precisión y detalle la necesidad de preservar, resguardar y conservar los humedales urbanos.

En lo personal, voto a favor.

El señor QUINTANA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el Senador señor Pugh.

El señor PUGH.-

Señor Presidente , nuestras ciudades requieren planificación sustentable -quizá este es el concepto que debemos comenzar a introducir en la discusión-, pero también sostenible.

La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, de Naciones Unidas, precisamente nos habla de esto. En el Objetivo 15, señala que en la vida de los ecosistemas terrestres hay que entender que los sistemas de sistemas -que es donde estamos insertos- deben preservarse.

En tal sentido, las ciudades que se van planificando y que van ocupando nuevos espacios precisan tener en vista estos lugares, que son únicos e irrepetibles.

Un humedal ubicado al interior de una ciudad necesita ser protegido de muchas cosas.

Trece de los humedales en Chile ya cuentan con protección. Y me enorgullece que nuestra Región de Valparaíso tenga el más grande del país: El Yali, de 520 hectáreas. Este humedal hizo necesario que la comuna de Santo Domingo incorporara su tratamiento dentro de sus normativas.

Sin embargo -y para contextualizar-, la comuna aledaña, San Antonio , donde se encuentra la desembocadura del río Maipo, no cuenta con una disposición similar. La Fundación Mar Adentro les ha señalado a las autoridades de la comuna la necesidad de proteger ese humedal costero tan importante. Ello lo han ido logrando al realizar un trabajo en conjunto con la Fundación Kennedy, que es una ONG.

¿Por qué? Porque algunas veces nos cuesta entender la importancia que tiene nuestro ecosistema, más aún cuando el cambio climático nos está afectando, cuando no somos capaces de comprender muchas de las cosas que ocurren en nuestros entornos, porque las alteramos antes de que ellas nos expliquen cómo realmente funcionan.

Los humedales son el lugar donde anidan las aves, el lugar que ayuda a mantener la temperatura, donde se genera vida que incluso puede dar sorpresas. Algunas veces se pueden encontrar allí elementos que no explorábamos. El MUSA, el museo de San Antonio, que es una muestra concreta de un museo comunal, así lo demuestra. Y su encargado, don José Luis Brito , se ha preocupado precisamente de mantener ese lugar.

Las desembocaduras de los ríos, entonces, nos presentan una oportunidad, porque son el espacio donde se encuentran el agua dulce con el agua salina, donde conviven especies que solo anidan en esos lugares; son, por lo tanto, sitios a proteger.

Nuestras ciudades se ubican en las desembocaduras de los ríos, porque es lo natural: son los espacios tradicionales. Y son lugares que se deben cautelar ya que están dentro de los radios urbanos. De ahí deriva la necesidad de que esta normativa sea mucho más clara, que no quede entregada solamente a la responsabilidad de cada comuna, con el conocimiento que estas puedan tener. Y por eso resulta indispensable buscar la forma de perfeccionarla.

Quiero felicitar al Senador De Urresti por la iniciativa que nos ha propuesto y que, en el período establecido para la presentación de indicaciones, nos permitirá señalar algunos aspectos que considero importante mejorar. ¿Por qué? Porque a los humedales hay que protegerlos a todos con la misma vara. No puede ser que algunos se encuentren mejor protegidos que otros. Debemos entender el valor que poseen, en el sentido de que contribuyen a nuestro ecosistema y nos dan, además, la posibilidad, con una economía sostenible, de entender no solo la variable de protección del medio ambiente, sino también la variable social, que significa llevar a los jóvenes a entender y cuidar la naturaleza, así como igualmente, por qué no, la variable económica, de tal manera que sean autosustentables y puedan solventar los costos que demandan.

Esta es una gran oportunidad, y por eso apoyaré la iniciativa.

He dicho.

El señor QUINTANA (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA ( Presidente accidental ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (35 votos a favor) y se fija plazo para presentar indicaciones hasta el martes 25 de septiembre.

Votaron las señoras Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García-Huidobro, Guillier, Harboe, Huenchumilla, Insulza, Kast, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Pugh, Quintana, Quinteros y Sandoval.

1.4. Boletín de Indicaciones

Fecha 25 de septiembre, 2018. Boletín de Indicaciones

BOLETÍN Nº 11.256-12

INDICACIONES

25-09-2018.

INDICACIONES FORMULADAS DURANTE LA DISCUSION EN GENERAL DEL PROYECTO DE LEY, EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES CON EL OBJETIVO DE PROTEGER LOS HUMEDALES URBANOS

ARTÍCULO 1

1.- De la Honorable Senadora señora Goic, para sustituirlo por el que sigue:

“Artículo 1º.- Objeto. La presente ley tiene por objeto regular la protección, conservación y preservación de áreas representativas de la diversidad biológica de una zona o de un lugar del país, en especial de humedales, que se encuentren dentro de los límites urbanos o en sectores periurbanos.”.

2.- Del Honorable Senador señor Girardi, para reemplazarlo por el siguiente:

“Artículo 1.- Definiciones. Para todos los efectos legales se entenderá por:

a) Humedal: son aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los 6 metros.

b) Humedal Urbano: Es aquel que se encuentra dentro del radio.

c) Turba: mezcla de restos vegetales, en condición de saturación permanente y estado anóxico, que retiene metano y carbono y agua, conformando los humedales de turberas.”.

3.- De los Honorables Senadores señor De Urresti, señora Allende y señor Prohens, para agregar después de la palabra “urbano” la expresión “y periurbanos”.

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4.- De la Honorable Senadora señora Goic, para consultar después del artículo 1 un artículo nuevo, del siguiente tenor:

“Artículo ….- Definiciones. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

a) Conservación: el uso y aprovechamiento racional o la reparación, en su caso, de los componentes del medio ambiente, con el objeto de asegurar su permanencia y su capacidad de regeneración.

b) Diversidad biológica: la variabilidad de los organismos vivos, que forman parte de todos los ecosistemas terrestres y acuáticos. Incluye la diversidad dentro de una misma especie, entre especies y entre ecosistemas.

c) Humedal: toda extensión de estuarios, pantanos, turberas o superficies cubiertas de aguas en régimen natural, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros; y en general, todos aquellos sistemas acuáticos continentales integrados a la cuenca hidrográfica.

d) Preservación: el conjunto de políticas, planes, programas, normas y acciones destinadas a asegurar la mantención de las condiciones que hacen posible la evolución y el desarrollo de las especies y de los ecosistemas de una zona o de un lugar del país.

e) Protección: el conjunto de políticas, planes, programas, normas y acciones destinadas a mejorar el medio ambiente y a prevenir y controlar su deterioro.”.

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ARTÍCULO 2

5.- Del Honorable Senador señor Durana, para reemplazarlo por el siguiente:

“Artículo 2.- Los criterios mínimos respecto del uso racional de humedales urbanos existentes en el país serán determinados por la Corporación Nacional Forestal, CONAF.”.

6.- Del Honorable Senador señor Pugh, para sustituirlo por el que sigue:

“Artículo 2.- El Ministerio del Medio Ambiente dictará un Reglamento, el cual definirá los criterios mínimos respecto del uso racional de los humedales urbanos presentes en los límites de cada comuna. El plazo para dictar dicho Reglamento será de 6 meses, contados desde la publicación en el Diario Oficial, de la presente ley.”.

7.- De la Honorable Senadora señora Goic, para reemplazarlo por el siguiente:

“Artículo 2º.- Municipalidades. Las municipalidades, a través de sus ordenanzas, deberán establecer criterios mínimos para el uso racional de áreas representativas de la diversidad biológica de su comuna y de los humedales presentes en ella, que se encuentren dentro de los límites urbanos o en sectores periurbanos.”.

8.- Del Honorable Senador señor Girardi, para reemplazar la frase: “los criterios mínimos respecto del uso racional de los humedales urbanos presentes en los límites de cada comuna”, por el siguiente texto: “los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos presentes en los límites de cada comuna respectiva, a fin de resguardar sus características ecológicas, su funcionamiento y mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo”.

9.- De la Honorable Senadora señora Órdenes, para agregar después del vocablo “comuna” el siguiente texto: “, en coordinación con otros órganos de la administración del Estado, según lo previsto en el artículo 4º letra b) del DFL Nº 1 del Ministerio del Interior del año 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de ley 18.685, Orgánica de Municipalidad”.

o o o o o

10.- De los Honorables Senadores señor De Urresti, señora Allende y señor Prohens, para agregar el siguiente inciso:

“Un reglamento determinará cuáles son los criterios mínimos de uso sustentable a los que se refiere el inciso anterior.”.

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11.- Del Honorable Senador señor Girardi, para consultar a continuación del artículo 2 el siguiente artículo, nuevo:

“Artículo ...- Prohibiciones. Se prohíbe el rellenado, drenado, secado o fragmentación superficial o subterránea de los humedales reconocidos en la Convención de Ramsar, aquellos priorizados para la conservación por la autoridad competente, los que se encuentren en el radio urbano y las turberas. A su vez se prohíbe toda alteración física que pudiese afectar su condición.”.

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ARTÍCULO 3

Número 1

12.- De los Honorables Senadores señor De Urresti, señora Allende y señor Prohens, para sustituirlo por el que sigue:

“1. Reemplázase la letra q por la siguiente:

“q) Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados, humedales, o a cursos o masas de agua que puedan ser afectadas;”.”.

Número 3

Letra s) propuesta

13.- De los Honorables Senadores señor De Urresti, señora Allende y señor Prohens, para reemplazarla por la siguiente:

“s) Ejecución de obras, programas o actividades que puedan significar una alteración física, química, a los componentes bióticos o a sus interacciones o a los flujos eco sistémicos de humedales que se encuentran dentro del perímetro de un radio urbano y periurbanos y que implique su destrucción, relleno, drenaje o secado.”.

14.- Del Honorable Senador señor Girardi, para reemplazar la frase la frase “y que implique su destrucción, relleno, drenaje o secado." por lo siguiente: “. Se entenderá por alteración física la extracción de caudales, extracción de áridos, alteración de la barra terminal, alteración de la vegetación azonal hídrica y ripariana, extracción de cubierta vegetal de turberas, modificación de la superficie de humedales urbanos, entre otros similares.”.

15.- Del Honorable Senador señor Pugh, para agregar el siguiente texto a continuación del vocablo “secado”: “o cualquier otro tipo de alteración que pueda implicar un deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y fauna contenida dentro del humedal”.

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16.- De la Honorable Senadora señora Órdenes, para agregar un numeral nuevo, del siguiente tenor:

“… Agrégase la siguiente letra t):

“t) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física de humedales, tales como de marismas, pantanos y/o turberas, que se encuentren fuera del radio urbano y que implique su destrucción, relleno, drenaje o secado.”.”.

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ARTÍCULO 4

17.- Del Honorable Senador señor Durana, para sustituirlo por el que sigue:

“Artículo 4.- Reemplázase el artículo 64 del decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1976, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones, por el siguiente:

“Artículo 64°.- En las áreas urbanas, los bienes nacionales de uso público que correspondan a terrenos de playa o riberas de mar, de ríos, humedales y de lagos navegables, se usarán en concordancia con lo dispuesto por la Corporación Nacional Forestal, CONAF. Las concesiones que la Dirección del Litoral otorgare sobre ellos requerirán el informe previo favorable de la Corporación Nacional Forestal, CONAF.”.”.

o o o o o

18.- Del Honorable Senador señor Girardi, para agregar un artículo nuevo, del tenor que sigue:

“Artículo….- Incorpórase la siguiente modificación en la Ley General de Urbanismo y Construcciones. DFL 458 de 1976. Intercálese en el artículo 28 el siguiente inciso tercero nuevo:

“Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos.”.”.

o o o o o

19.- De la Honorable Senadora señora Goic, para introducir un artículo nuevo, del siguiente tenor:

“Artículo….- En el marco de la presente ley, las municipalidades deberán comunicar al Ministerio de Bienes Nacionales, a lo menos una vez al año, un listado actualizado de las áreas representativas de la diversidad biológica de su comuna y de los humedales presentes en ella, que se encuentren dentro de los límites urbanos o en sectores periurbanos. Dicha comunicación deberá contener el estado de conservación y preservación de cada una de ellas, a fin de que dicho organismo evalúe otorgarles la categoría de Reservas Naturales Urbanas u otra categoría de manejo que estime pertinente.”.

o o o o o

20.- De la Honorable Senadora señora Goic, para incorporar el siguiente artículo, nuevo:

“Artículo….- Introdúcese las siguientes modificaciones a la ley N° 18.362, que crea un Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado:

1. Suprímese en el epígrafe del Título I la expresión “Silvestres”.

2. Suprímese en el Artículo 1° la expresión “silvestres” las dos veces que aparece en el texto.

3. En el artículo 2°:

a. Reemplácese la expresión “Áreas Silvestres” por “Áreas Protegidas”.

b. Suprímese la expresión “silvestres” en la definición de Categoría de Manejo e incorpórese la frase “Reserva Natural Urbana” a continuación de la frase "Monumentos Naturales", precedida de una coma (,).

c. Incorpórese en la definición de Unidad de Manejo la frase “Reserva Natural Urbana” a continuación de la frase “Monumento Natural”, precedida de una coma (,).

d. Reemplácese la expresión “área silvestre” por “área protegida” en las definiciones de Preservación e Impacto Ambiental.

4. En el artículo 3° suprímese la expresión “silvestres” e incorpórese la frase “Reservas Naturales Urbanas” a continuación de la frase “Monumentos Naturales”, precedida de una coma (,).

5. Incorpórese un artículo 7° bis del siguiente tenor:

“Artículo 7° bis. Denomínase Reserva Natural Urbana aquella área creada y manejada, para conservar y preservar un área representativa de la diversidad biológica de una zona o de un lugar del país, que se encuentren dentro de los límites urbanos o en sectores periurbanos.”.

6. Reemplácese en el epígrafe del Párrafo Segundo del Título II la expresión “silvestres” por “protegidas”.

7. Reemplácese en el artículo 10 la expresión “silvestres” por “protegidas”.

8. Reemplácese en el artículo 11 la expresión “silvestres” por “protegidas”, las tres veces que aparece en el texto.

9. Reemplácese en el artículo 15 a expresión “silvestres” por “protegidas”.

10. Reemplácese en el artículo 25 la expresión “Áreas Silvestres” por “Áreas Protegidas”.

11. Suprímese en el artículo 33 la expresión “silvestres”.

12. Suprímese en el artículo 34 la expresión “silvestres”, las tres primeras veces que aparece en el texto, y reemplácese la cuarta vez que aparece por la expresión “protegidas”.”.

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21.- De los Honorables Senadores señor De Urresti, señora Allende y señor Prohens, para incorporar el siguiente artículo, nuevo:

“Artículo….- Incorpórase en la ley N° 18.362, que crea un Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, el siguiente artículo 7° bis:

"Artículo 7° bis. Denomínase Reserva Natural Urbana aquella área creada y manejada, para conservar un espacio de naturaleza, con sus especies asociadas, dentro o en las cercanías de una ciudad.”.”.

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1.5. Segundo Informe de Comisión de Medio Ambiente

Senado. Fecha 17 de octubre, 2018. Informe de Comisión de Medio Ambiente en Sesión 63. Legislatura 366.

?SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y BIENES NACIONALES, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos.

BOLETÍN Nº 11.256-12.

____________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales tiene el honor de presentar su segundo informe respecto del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señor Alfonso De Urresti Longton, señoras Isabel Allende Bussi y Adriana Muñoz D´Albora y señor Víctor Pérez Varela y del ex Senador señor Patricio Walker Prieto.

A la sesión en que la Comisión se ocupó de este asunto asistió el Honorable Senador señor Alfonso De Urresti Longton.

Concurrieron, además, en representación de las entidades que se indican, las siguientes personas:

Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: la Procuradora, señora Constanza Marín.

De la Biblioteca del Congreso Nacional: el Asesor, señor Enrique Vivanco.

De la Oficina de la Honorable Senadora señora Goic: el Asesor, señor Gerardo Bascuñán.

De la Oficina del Honorable Senador señor Prohens: la Jefa de Gabinete, señora Daniela Morales, y el Asesor, señor Rafael Castro.

De la Oficina del Honorable Senador señor Sandoval: el Asesor, señor Mauricio Anacona.

De la Oficina del Honorable Senador señor De Urresti: el Asesor, señor Javier Sánchez.

Del Comité por la Democracia: la Asesora, señora Susana Figueroa.

Del Comité Socialista: los Asesores, señora Melissa Mallega y señor Alexandre Sánchez.

De la Fundación Jaime Guzmán: la Asesora, señora Antonia Vicencio.

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El Senado aprobó en general la iniciativa legal en informe en sesión celebrada el día 14 de agosto de 2018, fijando como plazo para formular indicaciones el día 25 de septiembre del mismo año. En dicha oportunidad, se presentaron 21 indicaciones, 5 de la Honorable Senadora señora Goic, 5 del Honorable Senador señor Girardi, 5 de los Honorables Senadores señor De Urresti y señora Allende y señor Prohens, 2 del Honorable Senador señor Durana, 2 del Honorable Senador señor Pugh y 2 de la Honorable Senadora señora Órdenes.

La Comisión se abocó al estudio de aquellas en sesión celebrada el día 16 de octubre. En dicha oportunidad, la instancia acordó introducir enmiendas al texto aprobado en general por el Senado, las que fueron respaldadas por la unanimidad de sus miembros presentes.

- - -

Se hace presente que el proyecto no debe ser considerado por la Comisión de Hacienda, toda vez que el texto despachado por la Comisión no irroga gastos.

- - -

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento del Senado, cabe dejar constancia de lo siguiente:

I.- Artículos que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones: ninguno.

II.- Indicaciones aprobadas sin modificaciones: número 12.

III.- Indicaciones aprobadas con modificaciones: números 1, 2, 3, 8, 9, 13, 14, 15 y 18.

IV.- Indicaciones rechazadas: números 4 y 11.

V.- Indicaciones retiradas: números 10, 16 y 21.

VI.- Indicaciones declaradas inadmisibles: números 5, 6, 7, 17, 19 y 20.

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DISCUSIÓN PARTICULAR

A continuación, se efectúa una relación de las indicaciones presentadas al texto aprobado en general por el Honorable Senado, que se describen o transcriben, según el caso, y de los acuerdos adoptados a su respecto por vuestra Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.

ARTÍCULO 1

Esta disposición es la encargada de consignar qué se entiende por humedales urbanos. Al respecto, los define como aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los 6 metros, y que se encuentren dentro del radio urbano.

Sobre el aludido precepto recayeron tres indicaciones, a saber:

- La indicación número 1, de la Honorable Senadora señora Goic, para sustituirlo por uno que extiende la protección a todas las áreas representativas de la diversidad biológica que se encuentren dentro de los límites urbanos o en sectores periurbanos. El tenor literal de la norma propuesta es el que sigue:

“Artículo 1º.- Objeto. La presente ley tiene por objeto regular la protección, conservación y preservación de áreas representativas de la diversidad biológica de una zona o de un lugar del país, en especial de humedales, que se encuentren dentro de los límites urbanos o en sectores periurbanos.”.

- La indicación número 2, del Honorable Senador señor Girardi, para reemplazarlo por un artículo que define tres conceptos: humedal, humedal urbano y turba. La norma sugerida es la siguiente:

“Artículo 1.- Definiciones. Para todos los efectos legales se entenderá por:

a) Humedal: son aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los 6 metros.

b) Humedal Urbano: Es aquel que se encuentra dentro del radio.

c) Turba: mezcla de restos vegetales, en condición de saturación permanente y estado anóxico, que retiene metano y carbono y agua, conformando los humedales de turberas.”.

- La indicación número 3, de los Honorables Senadores señor De Urresti, señora Allende y señor Prohens, para agregar después de la palabra “urbano” la expresión “y periurbanos”, de manera que la definición prevista en el artículo 1° se extienda también a estos últimos, ampliando, consecuentemente, la protección a estos.

Recogiendo las indicaciones anteriormente consignadas, la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval, acordó una nueva redacción para el artículo 1° de la propuesta legal, del siguiente tenor:

“Artículo 1.- Ámbito de aplicación: La presente ley será aplicable a todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros, y que se encuentren dentro del radio urbano o periurbano de la comuna.”.

Sobre el particular, el Honorable Senador señor Sandoval consideró preferible que el artículo 1° se refiriera al objeto de la ley. Precisando su afirmación, propuso la siguiente redacción para éste:

“Artículo 1.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros, y que se encuentren dentro del radio urbano o periurbano de la comuna.”.

El Honorable Senador señor De Urresti, en tanto, sugirió eliminar la expresión “de la comuna”. Justificó su demanda en el hecho que su inclusión podría generar problemas en aquellos casos en que el humedal sobrepasa los límites de una comuna.

Puntualizó que de acogerse su planteamiento, la redacción del artículo 1° sería la que sigue:

“Artículo 1.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros, y que se encuentren dentro del radio urbano o periurbano.”.

La totalidad de los integrantes presentes de la Comisión compartió la sugerencia del Honorable Senador señor De Urresti.

- Como consecuencia de lo anterior, las indicaciones números 1, 2 y 3 resultaron aprobadas con enmiendas, en los términos recientemente consignados, por la unanimidad de los miembros presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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A continuación, la Honorable Senadora señora Goic, presentó la indicación número 4, para consultar, después del artículo 1, un artículo nuevo, encargado de definir, para los efectos previstos en esta ley, las expresiones conservación, diversidad biológica, humedal, preservación y protección. La redacción planteada para el nuevo precepto es la que se indica a continuación:

“Artículo ….- Definiciones. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

a) Conservación: el uso y aprovechamiento racional o la reparación, en su caso, de los componentes del medio ambiente, con el objeto de asegurar su permanencia y su capacidad de regeneración.

b) Diversidad biológica: la variabilidad de los organismos vivos, que forman parte de todos los ecosistemas terrestres y acuáticos. Incluye la diversidad dentro de una misma especie, entre especies y entre ecosistemas.

c) Humedal: toda extensión de estuarios, pantanos, turberas o superficies cubiertas de aguas en régimen natural, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros; y en general, todos aquellos sistemas acuáticos continentales integrados a la cuenca hidrográfica.

d) Preservación: el conjunto de políticas, planes, programas, normas y acciones destinadas a asegurar la mantención de las condiciones que hacen posible la evolución y el desarrollo de las especies y de los ecosistemas de una zona o de un lugar del país.

e) Protección: el conjunto de políticas, planes, programas, normas y acciones destinadas a mejorar el medio ambiente y a prevenir y controlar su deterioro.”.

La Honorable Senadora señora Allende estimó que la indicación en estudio contenía definiciones contempladas en la ley N° 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente, y en el proyecto de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (Boletín N° 9.404-12). En atención a ello, consideró que la indicación debía ser retirada por su autora.

-Habida consideración de que la autora de la indicación no estaba presente en la sesión, la totalidad de los miembros presentes de la instancia, Honorables Senadores señora Allende y señores Prohens y Sandoval, optó por rechazarla.

Con todo, el Honorable Senador señor Sandoval compartió la idea de incorporar a la legislación la definición de los nuevos términos medioambientales, pero propuso que ello se hiciera por medio del proyecto de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado.

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ARTÍCULO 2

Este artículo obliga a las municipalidades a establecer, en una ordenanza general, criterios mínimos respecto al uso racional de los humedales existentes dentro de los límites de sus comunas.

En relación con la disposición citada, se formularon seis indicaciones (indicaciones números 5, 6, 7, 8, 9 y 10), tres de las cuales apuntan a sustituirla, dos a modificarla y una a introducir un nuevo inciso.

En primer lugar, se presentó la indicación número 5, de autoría del Honorable Senador señor Durana, para reemplazarlo por uno que prescribe que los criterios mínimos respecto del uso racional de humedales urbanos serán determinados por la Corporación Nacional Forestal.

- La indicación fue declarada inadmisible por la Presidenta de la Comisión, Honorable Senadora señora Allende, por recaer en una materia de la iniciativa exclusiva de Su Excelencia el Presidente de la República, de conformidad a lo dispuesto en el inciso cuarto, N° 2°, del artículo 65 de la Constitución Política de la República.

Enseguida, el Honorable Senador señor Pugh formuló la indicación número 6, para sustituirlo por uno que señala que será el Ministerio del Medio Ambiente, a través de un Reglamento, quien definirá los criterios mínimos respecto del uso racional de los humedales urbanos. Precisa que la referida Cartera dispondrá de un plazo de seis meses para dictar dicho Reglamento, contados desde la publicación en el Diario Oficial de la ley.

- Al igual que la indicación anterior, ésta fue declarada inadmisible por la Presidenta de la Comisión, Honorable Senadora señora Allende, por recaer en una materia de la iniciativa exclusiva de Su Excelencia el Presidente de la República, de conformidad a lo prescrito en el inciso cuarto, N° 2°, del artículo 65 de la Constitución Política de la República.

La Honorable Senadora señora Goic, por su parte, y en línea con la indicación número 1, también de su autoría, propuso la indicación número 7, para reemplazarlo por un precepto que amplía la competencia de las municipalidades, al disponer que ellas, a través de sus ordenanzas, deberán establecer criterios mínimos para el uso racional de áreas representativas de la diversidad biológica de su comuna y de los humedales urbanos o periurbanos presentes en ellas.

-- La Presidenta de la Comisión, Honorable Senadora señora Isabel Allende, declaró inadmisible la indicación, por recaer en una materia ajena a las ideas matrices del proyecto en estudio.

A su vez, el Honorable Senador señor Girardi, sugirió la indicación número 8, para reemplazar el artículo 2° de la propuesta legal en estudio, a fin que las municipalidades, a través de sus ordenanzas, establezcan los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos presentes en los límites de cada comuna, con el objeto de resguardar sus características ecológicas, su funcionamiento y mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

Sobre el precepto citado recayó también la indicación número 9, de la Honorable Senadora señora Órdenes, para precisar que en el establecimiento de los criterios mínimos para el uso racional de los humedales urbanos, las municipalidades deberán actuar en coordinación con otros órganos de la administración del Estado, según lo previsto en el artículo 4º letra b) de la ley orgánica constitucional de Municipalidades.

Recogiendo las ideas contenidas en las indicaciones números 8 y 9, la unanimidad de los miembros presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval, acordó la siguiente redacción para el artículo 2° de la iniciativa de ley:

“Artículo 2.- Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos y periurbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo, en coordinación con otros órganos de la Administración del Estado, según lo previsto en el artículo 4°, letra b, del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio del Interior, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.”.

- Como consecuencia de lo anterior, las indicaciones números 8 y 9 resultaron aprobadas con modificaciones, en los términos recientemente transcritos, por la totalidad de los integrantes presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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Por último, respecto al artículo analizado se presentó la indicación número 10, de autoría de los Honorables Senadores señor De Urresti, señora Allende y señor Prohens, para incorporar un nuevo inciso que puntualiza que un reglamento determinará cuáles son los criterios mínimos de uso sustentable a los que se refiere el inciso anterior.

- La indicación fue retirada por sus autores.

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A continuación, el Honorable Senador señor Girardi formuló la indicación número 11, para consultar a continuación del artículo 2, una nueva disposición que prohíbe el relleno, drenado, secado, fragmentación y toda alteración física que pudiera afectar la condición de un humedal. El tenor literal de la norma sugerida es la que sigue:

“Artículo ...- Prohibiciones. Se prohíbe el rellenado, drenado, secado o fragmentación superficial o subterránea de los humedales reconocidos en la Convención de Ramsar, aquellos priorizados para la conservación por la autoridad competente, los que se encuentren en el radio urbano y las turberas. A su vez, se prohíbe toda alteración física que pudiese afectar su condición.”.

La Honorable Senadora señora Allende remarcó que la indicación en estudio presentaba dos grandes falencias. Por un lado, no considera sanciones en el caso de incumplirse la prohibición prevista en ella y por otro, no indica en órgano encargado de asumir su fiscalización. En atención a los argumentos consignados, propuso rechazarla.

- Sometida a votación, la indicación resultó rechazada por la unanimidad de los integrantes presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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ARTÍCULO 3

Introduce, por medio de tres numerales, enmiendas a la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente.

Número 1

Reemplaza, en la letra q) del artículo 10, la expresión “,y”, por un punto y coma (;), habida consideración de la incorporación de una nueva letra s), propuesta contenida en el número 3.

Respecto a este número, los Honorables Senadores señor De Urresti, señora Allende y señor Prohens, propusieron, a través de la indicación número 12, su sustitución, en los términos que siguen:

“1. Reemplázase la letra q) por la siguiente:

“q) Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados, humedales, o a cursos o masas de agua que puedan ser afectadas;”.”.

El Honorable Senador señor De Urresti explicó que la indicación se limita a incluir la voz “humedales” a la redacción de la letra q) del artículo 10 de la ley N° 19.300, con el objeto que la aplicación masiva de productos químicos en áreas rurales próximas a humedales se someta al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

- Sometida a votación, la indicación fue respaldada por todos los legisladores presentes en la sesión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

Número 3

Incorpora al listado de actividades o proyectos susceptibles de causar impacto ambiental y que, en consecuencia, deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, una nueva letra s), referida a la ejecución de obras, programas o actividades que puedan significar una alteración física de humedales que se encuentran dentro del perímetro de un radio urbano y que implique su destrucción, relleno, drenaje o secado.

Sobre la letra s) propuesta, recayó la indicación número 13, de los Honorables Senadores señor De Urresti, señora Allende y señor Prohens, a fin de ampliar su alcance. La redacción propuesta es la que se transcribe a continuación:

“s) Ejecución de obras, programas o actividades que puedan significar una alteración física, química, a los componentes bióticos o a sus interacciones o a los flujos eco sistémicos de humedales que se encuentran dentro del perímetro de un radio urbano y periurbanos y que implique su destrucción, relleno, drenaje o secado.”.

Asimismo, recayó la indicación número 14, del Honorable Senador señor Girardi, para reemplazar la frase “y que implique su destrucción, relleno, drenaje o secado." por lo siguiente: “. Se entenderá por alteración física la extracción de caudales, extracción de áridos, alteración de la barra terminal, alteración de la vegetación azonal hídrica y ripariana, extracción de cubierta vegetal de turberas, modificación de la superficie de humedales urbanos, entre otros similares.”.

De acogerse la indicación anterior, el tenor literal de la referida letra s) sería el siguiente:

"s) Ejecución de obras, programas o actividades que puedan significar una alteración física de humedales que se encuentran dentro del perímetro de un radio urbano. Se entenderá por alteración física la extracción de caudales, extracción de áridos, alteración de la barra terminal, alteración de la vegetación azonal hídrica y ripariana, extracción de cubierta vegetal de turberas, modificación de la superficie de humedales urbanos, entre otros similares.”.

Adicionalmente, el Honorable Senador señor Pugh presentó la indicación número 15, para agregar una frase final a la aludida letra s), de manera que se someta también al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental cualquier otro tipo de alteración que pueda implicar un deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y fauna contenida en el humedal.

Recogiendo el contenido de las indicaciones números 13, 14 y 15, la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval, acordó la siguiente redacción para la letra s) propuesta en el número 3) del artículo 3°:

“s) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de humedales que se encuentran dentro del perímetro de un radio urbano o periurbano, y que impliquen su relleno, drenaje, secado, extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie.”.

-Como consecuencia de lo anterior, las indicaciones números 13, 14 y 15 fueron aprobadas con enmiendas, en los términos recientemente transcritos, por la totalidad de los integrantes presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

La Honorable Senadora señora Allende valoró la incorporación de la frase “indistintamente de su superficie”, por cuanto la legislación actual sólo protege a los humedales que tiene una superficie mínima, toda vez que las actividades o proyectos que afectan a humedales que no alcanzan dicha dimensión no deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

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Seguidamente, la Honorable Senadora señora Órdenes presentó la indicación número 16, para someter también al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental la ejecución de obras o actividades que puedan significar la alteración física de humedales no urbanos, en la medida en que supongan su destrucción, relleno, drenaje o secado. Para ello, propuso introducir una nueva letra t) al artículo 10 de la ley N° 19.300, del tenor que sigue:

“t) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física de humedales, tales como de marismas, pantanos y/o turberas, que se encuentren fuera del radio urbano y que implique su destrucción, relleno, drenaje o secado.”.”.

- La Honorable Senadora señora Órdenes retiró la indicación de su autoría, y justificó su decisión en el hecho que la protección de las turberas estaba incluida en la iniciativa de ley.

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ARTÍCULO 4

Intercala en el artículo 64 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones la expresión “de humedales”, a fin de consignar que los bienes nacionales de uso público que correspondan a terrenos de humedales urbanos deberán usarse en concordancia con lo dispuesto en el Plan Regulador y en su Ordenanza Local y que las concesiones que se otorguen sobre ellos requerirán el informe previo favorable de la Dirección de Obras Municipales.

Al respecto, el Honorable Senador señor Durana, en línea con la propuesta prevista en la indicación número 5, sugirió la indicación número 17, para sustituir la redacción del mencionado artículo 64 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, con la finalidad que en las áreas urbanas, los bienes nacionales de uso público que correspondan a terrenos de playa o riberas de mar, de ríos, humedales y de lagos navegables se usen en concordancia con lo dispuesto por la Corporación Nacional Forestal y que las concesiones que la Dirección del Litoral otorgare sobre ellos requieran el informe previo favorable de dicha corporación.

- La indicación fue declarada inadmisible por la Presidenta de la Comisión, Honorable Senadora señora Isabel Allende Bussi, por recaer en una materia de la iniciativa exclusiva de Su Excelencia el Presidente de la República, de conformidad a lo dispuesto en el inciso cuarto, N° 2°, del artículo 65 de la Constitución Política de la República.

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Por otro lado, el Honorable Senador señor Girardi presentó la indicación número 18, para agregar un artículo nuevo al proyecto de ley, modificatorio del artículo 28 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, precepto referido a la planificación urbana. Concretamente, la indicación propone intercalar un inciso tercero nuevo a dicha disposición, en el que se ordena que todo instrumento de planificación territorial incluya los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, a fin de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos.

El Honorable Senador señor De Urresti celebró la indicación analizada y aseguró que ella permitía perfeccionar el sistema de protección de los humedales.

La Secretaría de la Comisión hizo presente que, habida consideración de que el artículo 4° del texto aprobado en general modificaba el artículo 64 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, de aprobarse la indicación, ésta debía hacerse con enmiendas, en los siguientes términos:

“Sustituir el artículo cuarto por el que sigue:

“Artículo 4.- Incorpóranse las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1976, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones:

1) En el artículo 28, introducir el siguiente inciso tercero, nuevo:

“Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos.”.

2) En el artículo 64, intercalar entre las expresiones “riberas de mar” y “, de ríos”, la expresión “, de humedales”.”.

- Puesta en votación la indicación con las modificaciones indicadas recientemente, fue respaldada por la unanimidad de los miembros presentes de la instancia, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval.

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Posteriormente, la Honorable Senadora señora Goic formuló la indicación número 19, para introducir un artículo nuevo a la iniciativa de ley en el que se prescribe que las municipalidades deberán comunicar al Ministerio de Bienes Nacionales, a lo menos una vez al año, un listado actualizado de las áreas representativas de la diversidad biológica de su comuna y de los humedales presentes en ella, que se encuentren dentro de los límites urbanos o en sectores periurbanos. Agrega que dicha comunicación deberá contener el estado de conservación y preservación de cada una de ellas, a fin de que dicho organismo evalúe otorgarles la categoría de manejo que estime pertinente.

- La indicación fue declarada inadmisible por la Presidenta de la Comisión, Honorable Senadora señora Allende, por recaer en una materia de la iniciativa exclusiva de Su Excelencia el Presidente de la República, conforme lo prescribe el inciso cuarto, N° 2, del artículo 65 de la Constitución Política de la República.

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Adicionalmente, la Honorable Senadora señora Goic sugirió la indicación número 20, para incorporar una nueva disposición a la propuesta de ley, la que introduce enmiendas a la Ley que Crea el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado. Las modificaciones referidas son las que se transcriben:

1. Suprímese en el epígrafe del Título I la expresión “Silvestres”.

2. Suprímese en el Artículo 1° la expresión “silvestres” las dos veces que aparece en el texto.

3. En el artículo 2°:

a. Reemplácese la expresión “Áreas Silvestres” por “Áreas Protegidas”.

b. Suprímese la expresión “silvestres” en la definición de Categoría de Manejo e incorpórese la frase “Reserva Natural Urbana” a continuación de la frase "Monumentos Naturales", precedida de una coma (,).

c. Incorpórese en la definición de Unidad de Manejo la frase “Reserva Natural Urbana” a continuación de la frase “Monumento Natural”, precedida de una coma (,).

d. Reemplácese la expresión “área silvestre” por “área protegida” en las definiciones de Preservación e Impacto Ambiental.

4. En el artículo 3° suprímese la expresión “silvestres” e incorpórese la frase “Reservas Naturales Urbanas” a continuación de la frase “Monumentos Naturales”, precedida de una coma (,).

5. Incorpórese un artículo 7° bis del siguiente tenor:

“Artículo 7° bis. Denomínase Reserva Natural Urbana aquella área creada y manejada, para conservar y preservar un área representativa de la diversidad biológica de una zona o de un lugar del país, que se encuentren dentro de los límites urbanos o en sectores periurbanos.”.

6. Reemplácese en el epígrafe del Párrafo Segundo del Título II la expresión “silvestres” por “protegidas”.

7. Reemplácese en el artículo 10 la expresión “silvestres” por “protegidas”.

8. Reemplácese en el artículo 11 la expresión “silvestres” por “protegidas”, las tres veces que aparece en el texto.

9. Reemplácese en el artículo 15 a expresión “silvestres” por “protegidas”.

10. Reemplácese en el artículo 25 la expresión “Áreas Silvestres” por “Áreas Protegidas”.

11. Suprímese en el artículo 33 la expresión “silvestres”.

12. Suprímese en el artículo 34 la expresión “silvestres”, las tres primeras veces que aparece en el texto, y reemplácese la cuarta vez que aparece por la expresión “protegidas”.”.

- La indicación fue declarada inadmisible por la Presidenta de la Comisión por ser su contenido ajeno a las ideas matrices del proyecto.

El Honorable Senador señor De Urresti hizo presente que la indicación de la Honorable Senadora señora Goic apunta a modificar la Ley que Crea el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, con el objeto de crear la figura de la Reserva Natural Urbana. Agregó que la aludida legisladora presentó una moción que persigue el mismo objeto, la que se encuentra radicada en esta Comisión (Boletín N° 12.009-12). En atención a la importancia que ella reviste, estimó importante iniciar prontamente su estudio.

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Por último, los Honorables Senadores señor De Urresti, señora Allende y señor Prohens propusieron la indicación número 21, a fin de incorporar un nuevo artículo 7° bis a la Ley que crea un Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, el que define Reserva Natural Urbana. Al respecto, la norma sugerida la describe como aquella área creada y manejada para conservar un espacio de naturaleza, con sus especies asociadas, dentro o en las cercanías de una ciudad.

- La indicación fue retirada por sus autores, Honorables Senadores señora Allende y señores De Urresti y Prohens.

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MODIFICACIONES

En conformidad con los acuerdos adoptados precedentemente, vuestra Comisión tiene el honor de proponeros las siguientes modificaciones al proyecto de ley aprobado en general por el Honorable Senado:

ARTÍCULO 1

Sustituirlo por el que sigue:

“Artículo 1.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros, y que se encuentren dentro del radio urbano o periurbano.”.

(Indicaciones números 1, 2 y 3, aprobadas con enmiendas por unanimidad, 4x0).

ARTÍCULO 2

Reemplazarlo por el que se indica:

“Artículo 2.- Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos y periurbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo, en coordinación con otros órganos de la Administración del Estado, según lo previsto en el artículo 4°, letra b, del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio del Interior, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.”.

(Indicaciones números 8 y 9, aprobadas con modificaciones por unanimidad, 4x0).

ARTÍCULO 3

Número 1

Sustituirlo por el siguiente:

“1. Reemplázase la letra q) por la siguiente:

“q) Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados, humedales, o a cursos o masas de agua que puedan ser afectadas;”.”.

(Indicación número 12, aprobada por unanimidad, 4x0).

Número 3

Reemplazar la letra s) propuesta por la que se señala:

“s) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de humedales que se encuentran dentro del perímetro de un radio urbano o periurbano, y que impliquen su relleno, drenaje, secado, extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie.”.

(Indicaciones números 13, 14 y 15, aprobadas con enmiendas por unanimidad, 4x0).

ARTÍCULO 4

Sustituirlo por el que sigue:

“Artículo 4.- Incorpóranse las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1976, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones:

1) Introducir, en el artículo 28, el siguiente inciso tercero, nuevo:

“Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos.”.

2) Intercalar, en el artículo 64, entre las expresiones “riberas de mar” y “, de ríos”, la expresión “, de humedales”.”.

(Indicación número 18, aprobada con modificaciones por unanimidad, 4x0).

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TEXTO DEL PROYECTO

En virtud de las modificaciones anteriores, el proyecto de ley queda como sigue:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros, y que se encuentren dentro del radio urbano o periurbano.

Artículo 2.- Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos y periurbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo, en coordinación con otros órganos de la Administración del Estado, según lo previsto en el artículo 4°, letra b, del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio del Interior, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Artículo 3.- Modifícase el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en el siguiente sentido:

1. Reemplázase la letra q) por la siguiente:

“q) Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados, humedales, o a cursos o masas de agua que puedan ser afectadas;”.

2. Sustitúyese, en la letra r), el punto final (.) por la expresión “, y”.

3. Agrégase una nueva letra s) del siguiente tenor:

“s) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de humedales que se encuentran dentro del perímetro de un radio urbano o periurbano, y que impliquen su relleno, drenaje, secado, extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie.”.

Artículo 4.- Incorpóranse las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1976, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones:

1) Introducir, en el artículo 28, el siguiente inciso tercero, nuevo:

“Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos.”.

2) Intercalar, en el artículo 64, entre las expresiones “riberas de mar” y “, de ríos”, la expresión “, de humedales”.”.

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Tratado y acordado en sesión celebrada el día 16 de octubre de 2018, con asistencia de los Honorables Senadores señora Isabel Allende Bussi (Presidenta), señora Ximena Órdenes Neira y señores Rafael Prohens Espinosa y David Sandoval Plaza.

Sala de la Comisión, a 17 de octubre de 2018.

MAGDALENA PALUMBO OSSA

Secretaria Abogado

RESUMEN EJECUTIVO

SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y BIENES NACIONALES, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES CON EL OBJETIVO DE PROTEGER LOS HUMEDALES URBANOS.

(Boletín N° 11.256-12)

I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: El propósito de la iniciativa consiste en proteger los humedales urbanos y periurbanos.

II. ACUERDOS: Indicaciones:

Números

1.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

2.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

3.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

4.- Rechazada por unanimidad (3x0).

5.- Inadmisible.

6.- Inadmisible.

7.- Inadmisible.

8.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

9.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

10.- Retirada.

11.- Rechazada por unanimidad (4x0).

12.- Aprobada por unanimidad (4x0).

13.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

14.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

15.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

16.- Retirada.

17.- Inadmisible.

18.- Aprobada con modificaciones por unanimidad (4x0).

19.- Inadmisible.

20.- Inadmisible.

21.- Retirada.

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: la iniciativa de ley consta de cuatro artículos permanentes.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V. URGENCIA: no tiene.

VI: ORIGEN: Senado. Moción de los Honorables Senadores señor Alfonso De Urresti Longton, señoras Isabel Allende Bussi y Adriana Muñoz D´Albora y señor Víctor Pérez Varela y del ex Senador señor Patricio Walker Prieto.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: Primero.

VIII.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 7 de junio de 2017.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: Segundo informe.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1.- Constitución Política de la República, artículo 19 N° 8.

2.- Decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio del Interior, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.

3.- Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

4.- Decreto con fuerza de ley N° 478, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1976, que Aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones.

5.- Convención sobre Zonas Húmedas de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de las Aves Acuáticas, suscrita por el Gobierno de Chile en la ciudad de Ramsar, Irán, el 2 de febrero de 1971, y promulgada y publicada como Ley de la República el año 1981.

Sala de la Comisión, a 17 de octubre de 2018.

MAGDALENA PALUMBO OSSA

Secretaria Abogado

1.6. Discusión en Sala

Fecha 07 de noviembre, 2018. Diario de Sesión en Sesión 65. Legislatura 366. Discusión Particular. Se aprueba.

PROTECCIÓN DE HUMEDALES URBANOS

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos, con segundo informe de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.

--Los antecedentes sobre el proyecto (11.256-12) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley (moción de los Senadores señor De Urresti, señoras Allende y Muñoz, señor Pérez Varela y del entonces Senador señor Patricio Walker):

En primer trámite: sesión 21ª, en 7 de junio de 2017 (se da cuenta).

Informes de Comisión:

Medio Ambiente y Bienes Nacionales: sesión 39ª, en 8 de agosto de 2018.

Medio Ambiente y Bienes Nacionales (segundo): sesión 63ª, en 24 de octubre de 2018.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

Esta iniciativa fue aprobada en general en sesión de 14 de agosto del presente año.

En su segundo informe, la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que no hay artículos que no hayan sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.

El referido órgano técnico efectuó diversas enmiendas al texto aprobado en general, todas las cuales fueron aprobadas por unanimidad.

Cabe recordar que las enmiendas unánimes deben ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifiesten su intención de impugnar la proposición de la Comisión respecto de alguna de ellas o existieren indicaciones renovadas.

Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado que transcribe el texto aprobado en general, las enmiendas realizadas por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales y el texto como quedaría de aprobarse estas modificaciones.

Nada más, señor Presidente .

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

En discusión particular la iniciativa.

Tiene la palabra el Senador señor De Urresti, quien dará cuenta de la iniciativa.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente , a la Senadora Allende le correspondía realizar la presentación del proyecto, pero se encuentra en este momento en la Comisión Especial Mixta de Presupuestos. Ella, como actual Presidenta de la Comisión , me solicitó leer la minuta que había preparado.

Agradezco a Senadores que están presentes y que han participado en el debate, como los Senadores Sandoval y Prohens y la Senadora Órdenes . También doy gracias a los autores del proyecto, entre los cuales veo aquí al Senador Pérez Varela , con quien participamos en esta propuesta hace ya más de un año, al igual que con la Senadora Allende .

Este proyecto de ley, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos y periurbanos, fue aprobado en general por la Sala del Senado en sesión celebrada el 14 de agosto de 2018, fijándose plazo para formular indicaciones hasta el 25 de septiembre del año en curso. En esa instancia se presentaron veintiún indicaciones: cinco de la Senadora señora Goic , cinco del Senador señor Girardi , cinco de los Senadores señora Allende y señores De Urresti y Prohens , dos del Senador señor Durana , dos del Senador señor Pugh y dos de la Senadora señora Órdenes.

La Comisión se abocó al estudio en particular de la iniciativa en sesión celebrada el 16 de octubre, oportunidad en la cual, recogiendo las ideas contenidas en las indicaciones formuladas, introdujo enmiendas al texto aprobado en general, las que fueron respaldadas por la unanimidad de sus miembros presentes.

Las principales modificaciones radican en extender la protección de los humedales periurbanos y en ampliar los casos en que las obras o actividades que los afecten deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

En lo que respecta a la estructura del proyecto, la Comisión mantuvo aquella aprobada durante la discusión en general. En virtud de ello, el texto propuesto se compone de cuatro artículos permanentes.

A continuación, paso a describir, a grandes rasgos, las enmiendas realizadas en cada uno de ellos.

Artículo 1°

En cuanto al artículo 1°, norma que originalmente definía "humedal urbano", la Comisión, recogiendo los planteamientos contenidos en las indicaciones números 1, 2 y 3 -y concordando con la opinión que había señalado el Senador Sandoval-, acordó reemplazar su contenido de manera de dedicar la norma a anunciar el objetivo de la ley, a saber, la protección de todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas o superficies cubiertas de aguas, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros, y que se encuentren dentro del radio urbano o periurbano.

Artículo 2°

El artículo 2° aprobado en general por la Sala del Senado obligaba a las municipalidades a establecer en una ordenanza general los criterios mínimos respecto del uso racional de los humedales urbanos presentes en sus límites.

La Comisión, en sintonía con la idea de extender la protección a los humedales periurbanos, modificó el aludido precepto con el objeto de precisar que la citada ordenanza general deberá establecer también criterios mínimos para la sustentabilidad de estos últimos. Adicionalmente, la instancia agregó que, en el ejercicio de tal función, las municipalidades deberán actuar en coordinación con otros órganos de la Administración del Estado. Esto último respondió a una propuesta de la Senadora Goic, quien había solicitado esta incorporación.

Artículo 3°

El artículo 3°, aprobado en general el pasado 14 de agosto, introducía una letra s), nueva, al artículo 10 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente con el objeto de que las obras, programas o actividades que puedan significar una alteración física de humedales urbanos y que impliquen su destrucción, relleno, drenaje o secado se sometan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

La Comisión, recogiendo las ideas propuestas en las indicaciones números 13, 14 y 15, agregó que el sometimiento al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental tendrá lugar también cuando las obras o actividades supongan una alteración química, a los componentes bióticos o a sus interacciones o a sus flujos ecosistémicos. Este es un tema muy importante que nos hicieron ver expertos en la materia.

Asimismo, precisó que el sometimiento procederá no solo cuando las aludidas obras o actividades impliquen su relleno, drenaje o secado, sino también cuando supongan la extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie.

Adicionalmente, y en sintonía con las enmiendas realizadas en los dos preceptos anteriores, extendió la obligación a las obras y actividades que se ejecuten en los humedales periurbanos.

Por otro lado, la Comisión modificó la letra q) del artículo 10 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente con la finalidad de asegurar que la aplicación masiva de productos químicos en zonas rurales próximas a humedales se someta también al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental , para evitar contaminaciones.

Artículo 4°

Finalmente, en lo que se refiere al artículo 4°, norma que introduce modificaciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales incorporó un nuevo inciso tercero al artículo 28 de dicho texto legal con la finalidad de exigir que todos los instrumentos de planificación territorial incluyan los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, con el objeto de establecer las condiciones bajo las cuales deberán otorgarse los permisos de urbanización o construcción que se desarrollen en el futuro.

Señor Presidente , la Comisión estima que las enmiendas incorporadas perfeccionan la iniciativa de ley y brindan mayor protección a los humedales, ecosistemas que proveen importantes servicios, tales como la regulación y purificación del agua, la regulación de la temperatura, la mitigación de desastres naturales, el secuestro de carbono, la dotación de infraestructura verde a las ciudades y la conservación de la diversidad biológica, entre otras.

Por las razones recientemente expuestas, la unanimidad de los miembros presentes en la sesión celebrada el 16 de octubre, Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Prohens y Sandoval , propone a la Sala respaldar las enmiendas introducidas por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.

He dicho.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Hay seis señoras Senadoras y señores Senadores que quieren hacer uso de la palabra.

Propongo abrir la votación.

Acordado.

Una vez concluido el tratamiento de este proyecto, se someterá a votación un proyecto de acuerdo que, entiendo, ha sido suscrito casi por unanimidad.

Lo señalo para advertirles a los señores Senadores y las señoras Senadoras que están en la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, para que dentro de unos veinte minutos, por lo menos, votemos ese proyecto de acuerdo.

En votación particular el proyecto sobre protección de humedales.

--(Durante la votación).

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Insulza.

El señor INSULZA.-

Señor Presidente , generalmente, cuando se habla de humedales se hace referencia a las zonas central y sur de Chile más que a los espacios áridos y desérticos del norte, donde, pese a todo, sí existen estas esponjas vegetales, que son un verdadero reservorio de agua dulce para una región que lo necesita, y mucho.

Por eso, yo quiero comenzar mis palabras agradeciendo a la Comisión, y especialmente a mi colega y amigo Alfonso de Urresti, quien ha puesto un enorme esfuerzo en la concreción de este proyecto. Y, además, porque en su presentación de hace algunos días, entre las láminas que expuso, incluyó al humedal más septentrional de nuestro país, que es el humedal del río Lluta, en la Región de Arica y Parinacota, a la que yo represento en esta Corporación.

Y, claro, estamos pensando que un humedal urbano en el norte de nuestro país parece ya casi un "accidente geográfico aislado". Pero es importante señalar que el humedal del río Lluta cumple con todas las características consideradas en la definición de humedales que establece la ley en proyecto. Y este humedal es más importante todavía en particular, porque en la zona norte de Chile los humedales generalmente están distanciados entre sí por decenas de kilómetros y, por lo tanto, van formando una cadena o ruta de aves migratorias que incluso provienen desde muy al norte, desde Alaska o desde Europa.

Por esa razón, nuestra Región está trabajando también en la extensión del humedal río Lluta de manera bastante sustantiva, y de un modo que sea compatible con el desarrollo de nuestro borde costero, que es, ciertamente, una de las mayores riquezas que posee nuestra región.

Sin la existencia de estos humedales -repito- es posible que aquellas aves no tengan dónde llegar. Por consiguiente, para nosotros es fundamental mantener y ampliar esa riqueza ecológica de la Región de Arica y Parinacota.

Por eso, no podemos sino valorar este proyecto de ley, que busca proteger los humedales urbanos y periurbanos, tema que está entre las demandas de los ciudadanos de la región que represento.

Entiendo esta iniciativa como un importante paso para conservar e incrementar el cuidado de nuestros humedales, entre ellos, el del río Lluta, que beneficia a la Región de Arica y Parinacota. Pero sé también que la protección de estos campos naturales va más allá y en directo beneficio de nuestra naturaleza.

Tras aprobar este proyecto, debería venir la construcción de una legislación adecuada de urbanismo y construcciones que haga dialogar de forma armónica y adecuada a los proyectos inmobiliarios, de infraestructura, con el medio ambiente.

De ninguna manera queremos impedir el desarrollo. Por el contrario, queremos que el progreso y la sustentabilidad caminen juntos y de la mano.

Por último, reconocer la importancia de los humedales también implica la necesaria educación de las nuevas generaciones acerca del beneficio de mantener estos espacios en buena forma.

Voto a favor.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Moreira.

El señor MOREIRA.-

Señor Presidente , ¡cómo no me va a importar este tema tan sensible como es el de los humedales, si la Región de Los Lagos, especialmente Chiloé, es una zona donde tenemos tantos e importantes humedales que debemos proteger!

¡Pero mi querido amigo y colega Alfonso de Urresti ni me mencionó!

El señor DE URRESTI.-

Perdón, Senador.

El señor MOREIRA.-

¡Cuántas veces trabajamos con él en estos temas en la Comisión de Medio Ambiente! ¡Cuánto luchamos por incluirlos en la ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas!

Estoy muy feliz. Sé que con esto no vamos a solucionar todos los problemas. Pero es un paso importantísimo, señor Presidente.

Creo que la protección del medio ambiente se ha convertido no solo en un tema de moda, sino también en una necesidad imperiosa.

Un poeta norteamericano...

El señor PIZARRO .-

¿Cuál?

El señor MOREIRA.-

Esto va más allá del nombre. Porque los nombres no quedan; las palabras, sí.

Ese poeta norteamericano decía: "La naturaleza no es un lugar para visitar: es el hogar".

¡Qué frase! ¡Qué frase!

En tiempos en que más del 85 por ciento de la población de nuestro país vive en áreas urbanas, los espacios dedicados a la vida silvestre deben ser objeto de la mayor preocupación, y en especial si estos se encuentran cerca de las áreas urbanas o insertos dentro de ellas.

Los humedales definidos, según el proyecto, como aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, en áreas urbanas o periurbanas, son desde siempre objeto de admiración y lugar de paseo para las comunidades aledañas.

Lamentablemente, señor Presidente, el crecimiento de nuestras ciudades y pueblos muchas veces se hace a costa de estos espacios privilegiados, donde crecen y se desarrollan especies, en algunas ocasiones únicas, que generan hábitats irrepetibles.

Las modificaciones realizadas al proyecto vía indicaciones logran un buen equilibrio entre el objetivo buscado y las normas necesarias para su logro.

Recién el Senador y gran amigo Felipe Harboe tuvo a bien señalarme (y se lo agradezco) que quien nos dijo "La naturaleza no es un lugar para visitar: es el hogar" fue el poeta, traductor, ensayista norteamericano, gran activista del medio ambiente Gary Snyder , a quien no quise nombrar porque (y Su Señoría lo sabe) ¡últimamente no he andado muy bien en mi pronunciación...!

El señor DE URRESTI .-

¡Es un problema lingüístico...!

El señor MOREIRA.-

¡Hay una gran diferencia entre "linguneo" y "ninguneo"...!

En todo caso, a veces escribir es mejor que hablar, aunque las dos cosas son relevantes.

Pero no nos alejemos de este tan importante proyecto de ley.

Señor Presidente , en especial merece destacarse la modificación del artículo 2, que dispone que "Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos y periurbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento", puesto que son los municipios los que conocen su realidad territorial y deben compatibilizar el crecimiento armónico de las áreas urbanas con la protección del medio ambiente.

Es de esperar que la modificación del artículo 10 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, que incorpora a los proyectos que involucran humedales en el sistema de impacto ambiental, constituya un esfuerzo serio de prevención y no un obstáculo insalvable para el adecuado desarrollo de la actividad industrial e inmobiliaria.

La redacción de la nueva letra s) del artículo 10 es tal vez demasiado amplia y podría ser causa de conflictos. ¡Ojo ahí!

Con todas las modificaciones, que son razonables, debe ser aprobado este gran proyecto, que constituye una nueva señal para defender y resguardar el medio ambiente.

La Región de Los Lagos, como otras regiones de nuestro país, necesita esta legislación.

Aparte de votar a favor, vuelvo a repetir: "La naturaleza no es un lugar para visitar: es el hogar".

No olvidemos eso cuando pensemos en defender el medio ambiente.

Voto a favor.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Senador señor Moreira, después de este baño cultural, los jóvenes presentes en las tribunas quedaron muy pendientes de lo que viene en esta iniciativa.

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El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Saludamos a la delegación del Programa Subvención Pro-Retención, de Los Muermos, de la Región de Los Lagos, hermosa Región de nuestro país.

Asimismo, a la delegación del Instituto Alonso de Ercilla, de la Región Metropolitana.

Ambas delegaciones se hallan en las tribunas.

¡Bienvenidas y bienvenidos al Congreso Nacional!

Los saludamos con el cariño que se merecen potenciales futuras Senadoras y Senadores.

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

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El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Durana.

El señor DURANA.-

Señor Presidente , tal como se indicó en la discusión general de este proyecto, el Estado de Chile suscribió hace 47 años la Convención Internacional sobre los Humedales de Importancia en Ramsar, Irán, la cual entró en vigencia en Chile gracias a la dictación del decreto supremo N° 171, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 1981.

En consecuencia, y tal como se manifestó en la discusión general de esta iniciativa de ley, la determinación del uso racional de los humedales debe constituir una política nacional y no estar al criterio de todos y cada uno de los municipios que cuenten con un humedal dentro del territorio de su jurisdicción.

De acuerdo a la citada Convención de Ramsar, corresponde a los Estados implementar planes, políticas y legislación nacionales, mediante la gestión y educación al público.

Constituye un error, desde mi personal opinión, el "descentralizar" los criterios para la determinación y el manejo integral de los humedales urbanos en circunstancias de que nuestro país se obligó en el año 1971 a que su identificación y conservación deben obedecer a una política nacional.

Por otra parte, la experiencia del manejo municipal de los humedales en nuestro país no ha sido satisfactoria, porque no cuentan con recursos.

En nuestra Región, la de Arica y Parinacota, el humedal de la desembocadura del río Lluta fue declarado Santuario de la Naturaleza el 28 de noviembre de 2009, por decreto N° 106, del Ministerio de Educación. Asimismo, el Consejo Directivo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente lo declaró sitio prioritario para la conservación de la biodiversidad. Y el Municipio de Arica declaró al humedal del río Lluta Reserva Municipal Desembocadura del Río Lluta, a través de la Ordenanza Municipal decreto N° 2.702, de 2009.

A la fecha, después de nueve años de su declaración como reserva municipal, los resultados solo están en el papel. Así queda demostrada la insuficiencia de la jurisdicción municipal para la protección y conservación de los humedales, puesto que los municipios carecen de los recursos necesarios para proteger áreas que constituyen parte esencial de la biodiversidad de nuestro país. Y el establecer que las municipalidades tengan la facultad de fijar criterios mínimos para el "uso racional de los humedales urbanos" -debo insistir- implica deslindar en el ámbito local una responsabilidad que es del Estado. Ellos no la pueden cumplir. Debe corresponder, en todos sus aspectos, a una política de carácter nacional.

Una demostración de ello es el hecho de que el 26 de septiembre de 2018 la Superintendencia del Medio Ambiente formuló cargos en contra de la Municipalidad de Arica por incumplimientos del denominado "Proyecto Puesta en Valor Inicial del Humedal de la Desembocadura del Río Lluta". En su resolución, que abarca incumplimientos de los últimos cuatro años en distintas administraciones municipales, se evidencia la absoluta inoperancia de las municipalidades para proteger y vigilar la conservación de los humedales urbanos, llegándose al extremo de que sus vigilantes lo visitaron solo dos veces por semana.

Es por ello que presenté a la Comisión la indicación signada con el N° 5, en el sentido de que los criterios mínimos respecto del uso racional de los humedales urbanos sean determinados por la Corporación Nacional Forestal (CONAF).

Dicha indicación fue declarada inadmisible por la Presidencia de la Comisión por interpretarse que esa sería una materia exclusiva del Presidente de la República , conforme a lo dispuesto por el inciso cuarto, numeral 2°, del artículo 65 de la Constitución Política.

Por las mismas razones se declaró inadmisible la indicación signada con el N° 11, en la cual propuse sustituir el artículo 4 del proyecto a los efectos de que los terrenos correspondientes a los humedales urbanos no queden a merced de los planes reguladores de cada comuna y de que las concesiones que se otorguen sobre ellos solo requieran informe previo de las respectivas direcciones de obras municipales.

En esta indicación propuse que los bienes nacionales de uso público que corresponden a terrenos de playa o riberas de mar, de ríos, de humedales y de lagos navegables se usen en concordancia con lo dispuestos por la Corporación Nacional Forestal y que las concesiones que la Dirección del Litoral otorgue sobre ellos requieran el informe favorable de dicha Corporación.

Al respecto, el inciso cuarto del numeral 2° del artículo 65 de la Constitución Política del Estado establece que es iniciativa exclusiva del Presidente de la República el "Crear nuevos servicios públicos o empleos rentados, sean fiscales, semifiscales o autónomos o de las empresas, suprimirlos y determinar sus funciones o atribuciones;".

Las dos indicaciones presentadas no se refieren a la creación de ningún servicio público ni determinan nuevas funciones o atribuciones para ellos.

En consecuencia, la CONAF y la Comisión Nacional del Medio Ambiente tienen plena competencia para la determinación, manejo y conservación de los humedales. Las indicaciones propuestas respecto de los humedales urbanos iban en ese sentido. Entonces, no es correcto haber declarado su inadmisibilidad.

Por ello, voy a abstenerme. Y espero de parte del Estado la asignación de recursos concretos para los municipios.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Como algunos oradores no han intervenido, propongo acortar el tiempo de cada uno por lo menos a tres minutos, para votar cuanto antes el proyecto de acuerdo que se desea despachar.

Entiendo que esto fue lo que se resolvió.

¿Le parece a la Sala?

Acordado.

Tiene la palabra el Senador señor Sandoval.

El señor SANDOVAL.-

Señor Presidente , sin duda, como bien se ha señalado acá, este proyecto va en una dirección adecuada, correcta.

Esta discusión es necesaria, ya que a lo largo de las diferentes comunas de nuestro país muchas veces las zonas de humedales, turberas, pantanos, en fin, constituían más una complejidad que un beneficio para el desarrollo urbano. Siempre se consideraban un problema que era menester eliminar. No había conciencia sobre el significado ecológico de dichas zonas, que no solo desarrollaban una actividad biológica, sino que, además daban lugar a una avifauna asociada. Así, que en las localidades y en las ciudades por muchos años no eran precisamente sinónimo de un espacio que se debía resguardar.

Por ello, en muchas comunas de diversas regiones a tales espacios, ¡a Dios gracias!, se les reconoce su valor ecológico. Y por eso nace la nace la necesidad de regularlos a través de esta normativa.

En muchas ciudades aquellos espacios terminaron siendo drenados, secados, rellenados, tapados con una serie de elementos precisamente para tratar de darles un sentido práctico.

Tal es el objetivo esencial del proyecto que nos ocupa. En definitiva, a lo que tradicionalmente se consideró un problema le damos valor tanto en los ámbitos ecológico y biológico cuanto en el de la avifauna que se desarrollan en los referidos espacios.

Ese es el sentido profundo de la iniciativa.

El Ejecutivo ha mencionado en muchas ocasiones que existe la idea de que a través del Servicio de Áreas Silvestres Protegidas se incorporen regulaciones en aquella materia. Esperamos que ella se concrete.

Sin embargo, en la Comisión creímos necesario avanzar en la referida tarea al objeto de que a través de la modificación de la Ley General de Construcciones se establezcan los criterios mínimos para que los municipios los apliquen mediante las ordenanzas respectivas.

Creemos que este proyecto no se hace cargo de aquella realidad.

Básicamente, queremos dar una señal para que se entienda que el humedal existente en una ciudad se tiene que resguardar, porque no es un problema, sino un espacio que se debe conservar, porque en él se desarrolla una vida diversa que necesariamente hay que incorporar al paisaje urbano.

Ese es el mérito que tiene este proyecto.

Por cierto, felicito a sus autores. Y, obviamente, voto a favor

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El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Saludo al Instituto Alonso de Ercilla, de la Región Metropolitana.

¡Muy bienvenidas y bienvenidos al Senado!

--(Aplausos en la Sala y tribunas).

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El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Goic.

La señora GOIC.-

Señor Presidente, primero deseo expresar mi gusto por poder votar a favor de este proyecto.

Además, felicito a quienes han estado detrás de él. Entre ellos, al Senador De Urresti. Hemos trabajo mucho en conjunto.

Esta iniciativa tiene que ver con la necesidad de dar a nuestra noción de desarrollo, de progreso, en fin, una mirada mucho más comprehensiva.

Cuando uno habla de proteger los humedales lo hace no solo porque son bonitos, porque constituyen una alternativa para disfrutar de la biodiversidad, de las aves, etcétera, sino también por la necesidad de poner en valor elementos que hoy día son fundamentales para el cuidado de nuestro medio ambiente, del planeta, sobre todo cuando estamos enfrentando las amenazas del cambio climático.

Es necesario entender que el cuidado de la biodiversidad tiene un valor, incluso económico.

Por lo tanto, creo que esto significa mejores herramientas para un mejor desarrollo como país.

Por eso, considero importante fortalecer en la institucionalidad la obligación de evaluación ambiental cuando hay un proyecto que amenaza la existencia de un humedal, y también, el rol de los municipios, porque hay que trabajar desde lo local, desde lo más cercano.

Señor Presidente, yo no puedo dejar de destacar lo que se ha hecho en el humedal Tres Puentes, de Punta Arenas, en torno del cual había una agrupación.

¡Qué importante ha sido para mantener un espacio en el que sorprende que cada vez existan más especies!

Hoy día tenemos muchas dudas acerca de si se justifica o no un gran proyecto destinado a tener un paso sobre nivel que vuelve a amenazar el humedal.

Esta iniciativa, si fuera ley, nos garantizaría tener una herramienta de protección.

Sin embargo, señor Presidente, no puedo dejar de mencionar tareas que están pendientes.

Al respecto, agradezco la disposición de los integrantes de la Comisión para acogerlos en la discusión a pesar de que no estaban dentro de las ideas matrices del proyecto. Aunque no fue posible presentar indicaciones, pero, sí, se asumió el compromiso de tratarlas.

Hoy día aún nos queda unas series de lugares que no son humedales pero que tienen una biodiversidad que también debemos proteger.

¿Qué pasa, por ejemplo, con las dunas de Concón, o con el bosque esclerófilo, característico de la zona central?

También podríamos poner ejemplos de la zona sur austral.

Ahí proponemos la creación de las reservas naturales urbanas, siguiendo legislaciones de otros países y experiencias que ya existen.

Me parece fundamental que avancemos en la creación de la categoría de reservas naturales urbanas.

Se planteaba que podría ser dentro del Servicio de Biodiversidad. La discusión se ha entrampado.

Entonces, es muy importante el compromiso de tramitar el proyecto que crea la referida categoría.

Tampoco puedo dejar de referirme a la protección de la turba.

Sobre el particular presentamos una iniciativa; es urgente tramitarla. Hoy día somos más conscientes del valor que tiene como reguladora del clima, como fijador de carbono.

Hemos de procurar que la turba deje de ser considerada como una sustancia mineral susceptible de ser concesionada por el Estado para su uso y goce, pues su valor ambiental es mucho mayor.

Señor Presidente , el cambio de la legislación me parece fundamental justamente en la línea que planteaba inicialmente: entender el valor que tienen aquellos elementos de la naturaleza -como país, somos un territorio privilegiado-, los que deben ser protegidos de mejor manera.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.

El señor QUINTEROS.-

Señor Presidente , Chile es un país que posee una gran riqueza de recursos hídricos expresada en humedales, los que cumplen importantes funciones ecosistémicas, tales como la regulación y purificación del agua, la regulación de la temperatura y la mitigación de desastres naturales.

A pesar de todo aquello, históricamente los humedales han sido relegados en la legislación nacional.

El Convenio de Ramsar, que fue ratificado por nuestro país, contempla protección para algunos tipos de humedales de importancia internacional. Sin embargo, no hay una legislación a nivel nacional que reconozca la importancia de estos cursos de agua. El efecto de ello, lamentablemente, es la total desprotección y vulnerabilidad de los humedales, que día a día son destruidos, rellenados y drenados debido especialmente al crecimiento urbano.

El sur de Chile concentra la mayoría de los humedales urbanos. En este sentido, las modificaciones normativas en votación son muy pertinentes.

En las comunas de la Región de Los Lagos existe un creciente interés por preservar las zonas de humedales. En el caso de Puerto Montt, se estima que dentro de su radio urbano existen al menos quince, que suman más de 80 hectáreas de superficie.

Hace aproximadamente un mes, la Corte Suprema falló a favor de la preservación del existente en Llantén, llegando incluso a ordenar la demolición de una construcción. El Poder Judicial lo ha entendido. Es hora de que también lo haga el Poder Legislativo.

Se considera que en la cuenca del lago Llanquihue hay cerca de 84 hectáreas de humedales amenazadas por la expansión urbana y convertidas en basurales, lo que pone en peligro la biodiversidad y el hábitat de 44 especies de fauna, muchas de ellas endémicas.

En Chiloé, desde Ancud a Quellón, los humedales son parte importante del paisaje y un elemento determinante en la preservación y el equilibrio ecológicos. Reconocidos son los de Putemún, en Castro, donde cada año arriban bandadas de flamencos rosados, lo que configura un gran atractivo turístico de la zona.

La evaluación ambiental de obras o actividades susceptibles de dañar humedales resulta totalmente necesaria para los estándares de protección ambiental que necesitamos en nuestro país.

Cabe resaltar que el hecho de estar situados dentro de los límites urbanos trae como consecuencia que son los habitantes quienes reciben sus beneficios.

Los más amenazados se encuentran dentro del radio urbano y periurbano, y, en eso, el proyecto apunta correctamente. Principalmente, la causa es la gran presión ejercida por los sectores inmobiliario e industrial.

Además, se constituyen en depósitos irregulares de basura y escombros, lo que ha llevado a que muchos se hayan convertido en verdaderos vertederos, perjudicando el medioambiente y la biodiversidad de nuestra flora y fauna.

Por eso, en la Región de Los Lagos haremos un seminario para dar a conocer la ley en proyecto.

El daño en los humedales urbanos es irrecuperable. No queremos lamentar el hecho de que en un par de años más ya no existan humedales sobre los cuales legislar.

En consecuencia, debemos terminar con la inactividad normativa. Es deber constitucional la preservación de la naturaleza, y con la iniciativa en debate contribuiremos al cumplimiento de ese fin. Felicito a sus autores.

Voto a favor.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra la Honorable señora Órdenes.

La escuchamos atentamente.

La señora ÓRDENES.-

Señor Presidente , los humedales son vitales para la supervivencia humana. Se trata de uno de los entornos más productivos del mundo. Conforman espacios de diversidad biológica y fuentes de agua de las cuales dependen para subsistir variadas especies vegetales y animales.

Proveen beneficios o "servicios ecosistémicos" que brindan a la humanidad almacenamiento y suministro de agua dulce, retención de carbono no liberado a la atmósfera, recarga de aguas subterráneas y sustento de la dinámica hídrica de tipo turbera, y ayudan a evitar inundaciones de obras civiles y centros urbanos, entre otros efectos útiles. Diversos estudios han demostrado que la superficie y la calidad de los humedales han ido disminuyendo significativamente en la mayoría de las regiones de mundo. En consecuencia, los servicios que los ecosistemas proporcionan a las personas se encuentran en peligro.

Al respecto, la "Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional", también conocida como Convención de Ramsar, suscrita por Chile en el año 1971 y ratificada y aprobada en 1981, establece, entre otros puntos, que el país se compromete a conservarlos y usarlos racionalmente.

Sabiendo la importancia que revisten y la necesidad de legislar sobre los humedales urbanos, en la Comisión de Medio Ambiente trabajamos con celeridad perfeccionando el proyecto original y logrando un importante acuerdo transversal, que hoy es presentado para la votación en particular de la Sala, donde esperamos una amplia acogida.

Ahora bien, no puedo dejar de manifestar mi preocupación por un tipo de humedal que está siendo sobreexplotado en el sur de Chile y que también requiere atención legislativa y administrativa para garantizarse su protección. Me refiero al musgo sphagnum o "pompón", a las turberas, objeto de una explotación indiscriminada en la isla Grande de Chiloé. Algo similar está ocurriendo en Magallanes y, ahora, en Aisén.

En esta última Región existen, de acuerdo con la actualización del catastro de bosque nativo 2011, 15 mil 674 hectáreas cubiertas por sphagnum o con este como especie dominante. De ellas, tres mil 600 hectáreas de turberas distan de caminos menos de mil metros y dos mil hectáreas se encuentran a menos de doscientos metros de vías principales y fuera de áreas silvestres protegidas.

Hacemos referencia a ecosistemas muy frágiles, que cuentan con diversidad de especies, varias de ellas en alguna categoría de conservación.

Ahora bien, quiero valorar el proyecto de ley y a sus autores, el cual fue aprobado por unanimidad en la votación en general, reflejando el interés de la Sala en contribuir a la legislación ambiental. Sin duda, constituye un gran avance en el resguardo de nuestros ecosistemas,...

¿Me concede un minuto más, señor Presidente?

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Continúe, Su Señoría.

La señora ÓRDENES.-

Decía que constituye un gran avance en la protección de nuestros ecosistemas, amparando a todos los humedales más expuestos a la intervención humana, como los urbanos o periurbanos, los cuales, paradójicamente, por esta misma cercanía, permiten disfrutar de los servicios que proveen y del escenario natural al que nos invitan. Ello nos impone un gran desafío: su real protección.

Voto a favor.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Puede intervenir la Senadora señora Aravena.

La señora ARAVENA.-

Señor Presidente, seré muy breve. Solo deseo compartir lo que quienes han hecho uso de la palabra con anterioridad han planteado respecto de la importancia de la iniciativa.

Para complementar lo dicho recién, quisiera consignar que existen 750 millones de hectáreas de humedales en el mundo, aproximadamente, pero que en los últimos treinta años han disminuido a la mitad, por desgracia, ante la acción humana.

Como lo expresaron varios colegas, el resguardo de la biodiversidad, la disminución de las consecuencias del cambio climático y el almacenamiento de agua, entre otras aptitudes de los humedales, son aspectos muy importantes en todos los lugares.

Solo en Chile hay más de dos mil humedales. La Región de La Araucanía, que represento, registra 17 mil 600 hectáreas nada más que en la provincia de Cautín.

Lamentablemente, y como lo han expresado muchos Senadores, gran parte de los ubicados en sectores urbanos se encuentran destruidos, son depósitos de basura o se ha construido en ellos. La mayor proporción de la problemática vinculada a anegamientos, escurrimientos superficiales y varios efectos producto de no haberse considerado la existencia de humedales pasa la cuenta hoy día y encarece la edificación y habitabilidad en esos terrenos.

No solo por el aspecto medioambiental, sino también por respeto a lo que implica el resguardo de lo que queda para la humanidad que viene, lo cual asciende únicamente al 50 por ciento, resulta obligatorio legislar acerca del punto.

Asimismo, tenemos que hacernos cargo de lo planteado por el proyecto en lo relativo a los planes reguladores, que van a tener que incorporar la normativa, y a las ordenanzas municipales, y, por último, al Servicio de Biodiversidad y Áreas Silvestres Protegidas (SBAP), como lo han planteado varios.

Estimo urgente que saquemos luego el articulado y que de alguna manera se incorporen todas estas medidas, porque el tiempo pasa. Por desgracia, las leyes apremiantes muchas veces demoran, lo que dice relación con procesos naturales; pero, en la medida en que no legislemos, todos los días perderemos más hectáreas de humedales, en particular los de mayor fragilidad en sectores urbanos.

Los humedales deben ser reconocidos, mas igualmente conocidos, porque una de las problemáticas hoy día en Chile es que no se conocían y, por lo tanto, se construyó y destruyó sin saber. Son ecosistemas especialmente frágiles, y también únicos, por lo que se deben proteger, cuidar, y, en este caso, es preciso legislar para que ello ocurra.

Por el bien de la humanidad y la biodiversidad del país, apoyo el proyecto.

Vuelvo a plantear que se requiere vincular la normativa en forma urgente a planes reguladores y ordenanzas municipales, que son finalmente los instrumentos de planificación efectivos.

Muchas gracias.

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El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Contamos con la presencia de futuros líderes políticos, probablemente. Vamos a recibir, con mucho agrado, a la delegación del Colegio Técnico Profesional República Argentina.

Bienvenidos al Congreso.

--(Aplausos en la Sala y en tribunas).

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El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Girardi.

El señor GIRARDI.-

Señor Presidente , lamentablemente, los humedales están siguiendo un camino inexorable hacia la extinción. Y, así como se extingan, si el fenómeno continúa, también lo harán los seres humanos.

Estamos viviendo el contexto del cambio climático. Creo que hay poca conciencia en la sociedad, en general, y particularmente en el mundo político, respecto del impacto que ello provoca.

Aprovechando la presencia de jóvenes, me parece relevante explicar que la temperatura ha subido solo un grado desde 1850 a la fecha. Pero basta eso -0,27 de un grado corresponde a partir de 1950- para que esté convulsionando el planeta: se observan aluviones en el norte de Chile, inundaciones en Europa, tornados. Ello es solo producto del alza de un grado de temperatura -repito- en 170 años.

¿Por qué lo anterior es relevante? Porque el último encuentro del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPPC), realizado el 8 de octubre recién pasado en Corea del Sur, señaló que la predicción del Acuerdo de París ya no se había cumplido, en orden a que la temperatura no aumentara más de un grado y medio. Ya estamos en el escenario en que el incremento será de dos grados, pero en quince años.

Si un grado ha provocado devastación en 170 años, ¿cómo será el planeta con dos en quince años?

Este es el desafío que enfrentamos. Este es el contexto en que nos hallamos. El resultado ya se registró. Se precisa impedir que se llegue a tres o cuatro grados, porque ello significará la extinción de parte de la vida.

Es preciso entender que Chile tendrá que tomar medidas de mitigación, porque el cambio climático nos afectará profundamente en materia de desertificación, de sequía y falta de acceso al agua y de situaciones climáticas anómalas, las que van a generar inundaciones o aluviones, como ya hemos empezado a ver. Eso es solo la punta del iceberg.

¿Por qué son importantes los humedales? Porque, en tal escenario, serán elementos fundamentales -al igual que los glaciares, que están hoy día en riesgo- para la preservación, justamente, del recurso hídrico. No solo se trata de su relevancia, de acuerdo con lo señalado, como ecosistemas con un rol muy significativo en la captura de CO2, que genera un aceleramiento del cambio climático, sino también de que el agua va a ser lo más escaso.

Los humedales cumplen una función única en los ecosistemas vivos, que es la de ser riñones del planeta. Así como los de los seres humanos limpian la sangre y eliminan los tóxicos, ellos constituyen el único sistema vivo que elimina los tóxicos del agua.

¿Me concede un minuto más, señor Presidente?

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Puede continuar, Su Señoría.

El señor GIRARDI.-

Gracias.

Desafío a hacer mediciones en cualquier lugar del país: vamos a encontrar que el agua subterránea, la que se usa para riego, para bebida, registra elevadísimos niveles de nitrato, por ejemplo. En muchos lugares, este ya se tiene que tratar y sacar. La causa es la aplicación excesiva de fertilizantes, de agroquímicos. Pero los únicos ecosistemas que, desde el punto de vista natural y biológico, pueden limpiar y transformar el agua en útil para el consumo humano son precisamente los humedales.

Un rol muy significativo de estos últimos, además, es que permiten que los acuíferos, cuando están descargados, sean objeto de procesos de recarga. Si no, tendríamos que estar llenos de embalses. Creo que es mucho mejor recuperar la tierra de hoja, los humedales, y facilitar la recarga natural de los acuíferos.

Pero lo de mayor connotación es que desde 1900 hasta la fecha ha desaparecido en Chile cerca del ochenta por ciento de los humedales. En Santiago había uno maravilloso, el de Batuco, que ya no existe.

Ahora, ¿cuál es el problema?

Acaba de salir un informe, muy relevante a nivel internacional, que consigna la pérdida de un setenta por ciento de la biodiversidad de todas las especies. Gran parte de ello, particularmente en aves, se debe a la ausencia de humedales. De hecho, Batuco era un lugar importante a nivel mundial para las migratorias. Hoy día no tienen donde detenerse, lo que ha significado la extinción de muchas especies.

El humedal cumple una función muy importante desde el punto de vista ambiental, pero también educativo. Puede servir para que los niños de los colegios, por ejemplo, obtengan conocimientos de la biodiversidad. Es un maravilloso lugar de aprendizaje, porque ahí esta es única: no existe en otros lugares.

Por desgracia, las ciudades han ido incorporando los humedales a la construcción, a la utilización de cemento, y han sido desecados o llenados de escombros y basura.

En consecuencia, nos hallamos ante una prioridad. Solo quiero decir que es muy importante votar a favor. Mas creo que debiéramos entender, tal vez como institución, como Congreso, que nuestro desafío hacia delante respecto del cambio climático es mayor y que estamos viendo recién algunos aspectos muy iniciales de una situación que puede ser bastante dramática. Se espera que 500 millones de personas migren por razones climáticas, lo que también dice relación con Chile, que será uno de los países más afectados, y debiéramos empezar desde ya a construir políticas públicas para enfrentar el reto.

He dicho.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Su intervención se valora por completo, Su Señoría.

Puede intervenir el Senador señor Latorre.

El señor LATORRE.-

Señor Presidente, estoy muy a favor de lo manifestado.

Felicito la iniciativa del Honorable señor De Urresti .

Conforme al artículo 1, los humedales son "extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda de los seis metros".

Los urbanos son aquellos que, cumpliendo las características físicas mencionadas, se encuentran dentro del perímetro del radio urbano.

Se trata de ecosistemas ricos en diversidad biológica, los cuales albergan especies endémicas, residentes nativas, de paso y migratorias que no encuentran refugio en otros ambientes y escogen este hábitat por sus características singulares.

Son, en definitiva, ejes transformadores de múltiples materiales biológicos y químicos, y se denominan "riñones de la tierra" por su capacidad de filtración y absorción de ciertos contaminantes dentro de los ciclos químicos e hidrológicos, así como también por ser receptores de aguas naturales o artificiales.

El número de humedales en Chile fluctúa entre 18 mil y 30 mil, alcanzando una superficie de alrededor de un millón 460 mil hectáreas, concentrándose principalmente en las Regiones de Aisén, de Magallanes y de Los Ríos. Concepción y Valdivia albergan una gran presencia de humedales urbanos.

Hasta el momento, lo único que regula los humedales, a nivel nacional, es la Convención de Ramsar, tratado internacional ratificado por nuestro país en 1981 y cuya misión es la conservación y el uso racional de ellos.

En Chile existen 13 sitios Ramsar. Los que están dentro de un área protegida son administrados por la Corporación Nacional Forestal. Dos de ellos se hallan bajo la tuición del Ministerio del Medio Ambiente. Pero no es clara la labor estatal en los que se encuentran fuera del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado.

Los tipos de humedales que no son sitios Ramsar carecen actualmente de algún tipo de protección estatal, hallándose total y permanentemente amenazados.

Los principales efectos nocivos en los humedales urbanos se originan en las actividades del hombre y dicen relación con la gran presión del sector inmobiliario e industrial, que los rellena, drena y seca. Otra gran amenaza es la basura que se deposita en ellos. Muchos se convierten en vertederos, lo que es muy perjudicial para el medioambiente.

Al urbanizarse en extremo, sin dejarse lugar a humedales y áreas verdes, se provoca un gran daño al medioambiente y se atenta contra la biodiversidad de nuestra flora y fauna.

Los humedales son indispensables por sus innumerables beneficios y servicios ecosistémicos. En consecuencia, su manejo constituye un reto mundial, resultando insostenible que nuestra legislación no contenga normas específicas respecto del uso racional de estos ecosistemas. Si bien se pueden declarar bajo las figuras de reserva, parque o santuario, no se ha avanzado mucho en instrumentos territoriales que resguarden de su pérdida.

Por lo mismo, es importante avanzar en esta legislación.

Voto a favor.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente , parto por agradecer a todos y a cada uno de mis colegas que en sus intervenciones han hecho correcciones o modificaciones, o cuyas opiniones pudimos incorporar.

Es importante consignar -quiero hacerlo presente- que con el Senador Moreira, en conjunto con otros Senadores, el año pasado en la Comisión de Medio Ambiente, en el marco del debate de la iniciativa de ley sobre el Servicio de Biodiversidad, dimos una discusión para incorporar en esta última, que es el cuerpo base de esta legislación, categorías de humedales y relevar su protección, lo cual es muy significativo.

Valga la aclaración, porque fue importante la participación, la intervención de ese señor Senador.

También reitero mi agradecimiento a los miembros de la Comisión de Medio Ambiente, donde se pudo trabajar de manera transversal, integrada y con desafíos.

Señor Presidente, estamos en la etapa final y no me cabe duda de que vamos a recibir un importante respaldo para esta iniciativa, porque viene a precisar, a identificar la preocupación que tenemos en los espacios urbanos, periurbanos, donde vemos cómo se avanza en el relleno, en el drenaje de los humedales.

Y muchas veces teníamos a los alcaldes, a las instituciones, a la comunidad con las manos atadas, al no disponer de instrumentos para identificar, inventariar y proteger los humedales.

Con esta ley avanzamos.

¿Quedan temas pendientes? Absolutamente: reservas urbanas; turberas; distintos ecosistemas; humedales altoandinos. Pero aquí estamos impulsando una legislación para que en los radios urbanos y periurbanos podamos contar con instrumentos de protección.

Y creo que esto es un tremendo avance y tenemos que valorarlo, sobre todo cuando se evidencia una capacidad transversal.

Creo que más allá de la definición técnica que abunda -y la hemos consignado en el proyecto, porque reproducimos lo que la Convención Ramsar ha establecido internacionalmente-, la mejor manera de definirlos es considerarlos "los riñones de la tierra", los espacios donde el ecosistema genera ese drenaje, esa purificación de aguas, donde hay retención de carbono y donde se producen decenas de servicios ecosistémicos.

Además, esto se vincula con algo que también dará lugar a debate: las especies migratorias, todo el desplazamiento de aves, en definitiva, en el que son pieza fundamental los humedales.

Entonces, reitero mi agradecimiento a quienes han respaldado esta iniciativa, y esperamos que siga avanzando en la Cámara de Diputados.

Tampoco puedo dejar de agradecer, además de la labor de los parlamentarios que, tanto en la Comisión de Medio Ambiente como en las distintas instancias han aportado sus experiencias, al mundo de la ciudadanía, al mundo de las organizaciones sociales.

Por eso, quiero nombrar el invaluable trabajo y apoyo de Carolina Rojas, académica de la Universidad de Concepción, quien nos ha colaborado en la Comisión, en distintos seminarios, expresando su opinión; de la Red de Humedales del Biobío y de Valdivia, donde los actores locales han sido tremendamente relevantes; de la Mesa de Humedales, que está trabajando en esto en la Región del Biobío; y, particularmente en la ciudad de Valdivia, permítanme mencionar a Jaime Rosales , quien como dirigente tenaz, perseverante ha levantado este tema.

Es un buen día para los humedales, es un buen día para la protección de estos importantes ecosistemas y, sin lugar a dudas, con la votación de hoy daremos un paso enorme en su protección.

Muchas gracias.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueban las enmiendas unánimes introducidas por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales (29 votos a favor y una abstención) y queda despachado el proyecto en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Aravena, Ebensperger, Goic, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Elizalde, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Huenchumilla, Insulza, Latorre, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Pugh, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.

Se abstuvo el señor Durana.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

A continuación, vamos a votar el proyecto de acuerdo que nos han solicitado poner en tabla.

1.7. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 07 de noviembre, 2018. Oficio en Sesión 97. Legislatura 366.

Valparaíso, 7 de noviembre de 2018.

Nº 312/SEC/18

A S.E. LA PRESIDENTA DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la moción, informes y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín número 11.256-12:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren dentro del radio urbano o periurbano.

Artículo 2°.- Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos y periurbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo, en coordinación con otros órganos de la Administración del Estado, según lo previsto en la letra b) el artículo 4° del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio del Interior, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley

N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.

Artículo 3°.- Modifícase el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en los siguientes términos:

1) Reemplázase la letra q), por la siguiente:

“q) Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados, humedales, o a cursos o masas de agua que puedan ser afectadas;”.

2) Sustitúyese, en la letra r), el punto final por la expresión “, y”.

3) Agrégase una nueva letra s), del siguiente tenor:

“s) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de humedales que se encuentran dentro del perímetro de un radio urbano o periurbano, y que impliquen su relleno, drenaje, secado, extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie.”.

Artículo 4°.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, promulgado el año 1975 y publicado el año 1976, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones:

1) Agrégase, en el artículo 28, el siguiente inciso tercero:

“Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos.”.

2) Intercálase, en el artículo 64, a continuación de la expresión “riberas de mar”, la que sigue: “, de humedales”.”.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

CARLOS BIANCHI CHELECH

Vicepresidente del Senado

MARIO LABBÉ ARANEDA

Secretario General del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Oficio Indicaciones del Ejecutivo

Indicaciones del Ejecutivo. Fecha 11 de enero, 2019. Oficio

FORMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES CON EL OBJETIVO DE PROTEGER LOS HUMEDALES URBANOS (BOLETÍN 11.256-12)

Santiago, 11 de enero de 2019.

Nº 370-366/

A S.E. LA PRESIDENTA DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS

Honorable Cámara de Diputados

En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular las siguientes indicaciones al proyecto de ley del rubro, a fin de que sean consideradas durante la discusión del mismo en el seno de esa H. Corporación:

AL ARTÍCULO 1

1) Para agregar, a continuación de la palabra “proteger”, la frase “los humedales urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente, entendiendo por tales”.

2) Para reemplazar la frase “dentro del radio urbano o periurbano”, por “total o parcialmente dentro del límite urbano.”.

AL ARTÍCULO 2

3) Para reemplazarlo por el siguiente:

“Artículo 2.- Un Reglamento, expedido por el Ministerio del Medio Ambiente y suscrito también por el Ministro de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el Reglamento indicado en el inciso anterior.”.

AL ARTÍCULO 3

4) Para reemplazar el artículo 3 por el siguiente:

“Artículo 3.- Modifícase el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en los siguientes términos:

Agréguese, en la letra p), a continuación de la frase “reservas marinas”, la frase “humedales urbanos”, precedida de una coma (“,”).”.

AL ARTÍCULO 4

5) Para eliminar el artículo.

ARTÍCULO TRANSITORIO

6) Para incorporar el siguiente artículo transitorio, nuevo:

“Artículo transitorio.- El plazo para dictar el Reglamento señalado en el artículo 2° será de un año, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.”.

Dios guarde a V.E.,

SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE

Presidente de la República

JUAN ANDRÉS FONTAINE TALAVERA

Ministro de Obras Públicas

CRISTIÁN MONCKEBERG BRUNER

Ministro de Vivienda y Urbanismo

CAROLINA SCHMIDT ZALDÍVAR

Ministra del Medio Ambiente

2.2. Primer Informe de Comisión de Medio Ambiente

Cámara de Diputados. Fecha 23 de enero, 2019. Informe de Comisión de Medio Ambiente en Sesión 134. Legislatura 366.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES CON EL OBJETIVO DE PROTEGER LOS HUMEDALES URBANOS.

BOLETÍN N°11.256-12 (S).-

________________________________________________________________________

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales viene en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en moción de los senadores Isabel Allende Bussi, Alfonso De Urresti Longton, Adriana Muñoz D’Albora, Víctor Pérez Varela y el exsenador Patricio Walker Prieto.

CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) La idea matriz o fundamental del proyecto, es proteger los humedales, sea que se encuentren total o parcialmente dentro del radio urbano, y asegurar su protección..

2) Normas de carácter orgánico constitucional.

No hay.

3) Normas de quórum calificado.

No hay.

4) Normas que requieren trámite de Hacienda.

No hay.

5) El proyecto fue aprobado, en general, por la unanimidad de los diputados presentes (10 a favor). Votaron a favor los diputados: Alvarez, Castro (José Miguel), Celis (Ricardo), González (Félix), Ibáñez, Labra, Meza, Morales, Saavedra y Torrealba.

6) Diputada informante: señorita Catalina Pérez Salinas.

Durante el análisis de esta iniciativa, la Comisión contó con la colaboración permanente de la Ministra de Medio Ambiente, señora Carolina Schmidt Zaldívar, y de sus asesores señora Andrea Barros y del señor Pedro Pablo Rossi.

I.- RESUMEN DE LOS FUNDAMENTOS DE LA MOCIÓN.

La moción que da origen al proyecto recuerda que los humedales son "extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros", y que los humedales urbanos son aquellos que, cumpliendo las características físicas mencionadas, se encuentran dentro del perímetro del radio urbano.

Destaca que según estudios realizados, el número de humedales en Chile oscila entre 18.000 y 30.000, alcanzando una superficie de alrededor de 1.460.400 hectáreas y concentrándose principalmente en las regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo (444.200 ha), Magallanes (288.600 ha) y Los Ríos (129.300 ha). Adicionalmente, agrega que Concepción y Valdivia son lugares que albergan gran presencia de humedales urbanos.

Precisado lo anterior, asegura que los humedales son ecosistemas ricos en diversidad biológica, pese a lo cual no han tenido la relevancia a nivel normativo que debieran. Ellos, en su mayoría, albergan especies endémicas, residentes nativas, de paso y migratorias, que no encuentran refugio en otros ambientes y que escogen este hábitat por sus características singulares.

Los autores de la moción sostienen que a la importancia anterior se suma el hecho que los humedales son esenciales por las funciones ecosistémicas que cumplen. En efecto, acotan, son ejes transformadores de múltiples materiales biológicos y químicos y denominados los "riñones de la tierra”, por su capacidad de filtración y absorción de ciertos contaminantes dentro de los ciclos químicos e hidrológicos, así como también por ser receptores de aguas naturales o artificiales.

En sintonía con lo señalado, hacen presente que un estudio publicado en la Revista Justicia Ambiental de la Organización no Gubernamental Fima resume, en el siguiente cuadro, la importancia de los humedales:

Subrayan que hasta el momento, a nivel nacional, lo único que regula los humedales es la Convención Ramsar, tratado internacional ratificado por Chile en 1981, y cuya misión es la conservación y el uso racional de aquellos.

II. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.

El proyecto de ley aprobado por el Senado está constituido por cuatro artículos permanentes. El artículo 1 consigna el objeto de la iniciativa legal, y da el concepto de humedales. Mediante el artículo 2, entrega a la municipalidad respectiva el deber de, mediante ordenanza, establecer los criterios mínimos para dar sustentabilidad a los humedales, con la finalidad de resguardar sus fines ecológicos e hidrológicos. El artículo 3 propone modificar el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en el sentido de exigir que se someta al sistema de evaluación de impacto ambiental a aquellos proyectos o actividades suceptibles de tener aplicación masiva de productos químicos, entre otros, en humedales, o que puedan significar la alteración física o química de los componentes bióticos o flujos ecosistémicos existentes en ellos. Finalmente, mediante el artículo 4, se introduce una modificación en la ley General de Urbanismo y Construcciones con la finalidad de exigir que todo instrumento de planificación territorial incluya a los humedales urbanos existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección natural como condición para otorgar los permisos de urbanización próximos a ellos.

III. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN, Y ACUERDOS ADOPTADOS.

A) Discusión general.

• Intervenciones en el seno de la Comisión.

a) El senador Alfonso de Urresti, patrocinante del proyecto. Señaló que esta iniciativa legal tuvo apoyo transversal en el Senado, donde se consensuó un texto y se aprobó por unanimidad. Agregó que si bien el objetivo inicial de la moción fue la protección de los humedales urbanos, se amplió a los periurbanos o aquellos que formaban parte tanto de terrenos urbanos como no urbanos, pues las situaciones geográficas no se concilian necesariamente con las estructuras administrativas.

Destacó que la Convención Ramsar[1] ha enfocado su atención en los humedales urbanos, y Chile no cuenta con una regulación en la materia. Asimismo, que si bien el proyecto sobre biodiversidad puede llenar ese vacío normativo, su tramitación sigue radicada en el Senado en primer trámite constitucional.

Las razones para legislar sobre humedales urbanos dicen relación con la circunstancia que se trata de fuentes inagotables de biodiversidad de flora y fauna, cuna de anidación de aves migratorias y, a la vez, porque constituyen fuente de valor no sólo escénica, sino también patrimonial. No obstante ello, se ven afectados por la presión de la contaminación y la actividad inmobiliaria, lo que provoca su desaparición.

En tal sentido, este proyecto tiene como foco la vulnerabilidad de los humedales, y si bien no resuelve todos los problemas de los humedales urbanos, es un avance para que en el corto plazo exista un instrumento en la materia para un escenario más favorable que el actual, donde no hay ningún instrumento de gestión.

Finalmente, hizo presente que el proyecto facilita el rol de los municipios interesados en avanzar en tal protección. Al respecto, refirió que en el Senado se planteó cuestión sobre si era admisible la propuesta en esa materia, y se resolvió que no se atribuye una nueva facultad a los municipios en materia de regulación ambiental, pues esa atribución ya existe, y este proyecto solo especifica la situación hacia los humedales. A su vez, hizo hincapié en que tal atribución facilita que las personas tomen conciencia de la existencia de los humedales, para protegerlos y conservarlos, como elementos fundamentales para la biodiversidad, cuestión que es apremiante si se toma en cuenta que en la actualidad se han convertido, en varios casos, en vertederos ilegales, desconociéndoseles su valor para la mitigación del cambio climático, entre otras funciones.

b) El director de la Fundación Kennedy, señor Peter Kennedy. Comenzó su exposición informando que dicha institución ha apadrinado algunos humedales, en los que han trabajado desde 2007. La idea, indicó, es trabajar con las comunidades cuando éstas así lo solicitan, y no imponerles lo que deben hacer, pues sólo llegan cuando les piden ayuda. En tal sentido, un fuerte componente de ese trabajo está enfocado en educación, pero no solo con los niños, sino en enseñar a la población cuál es su papel ante el planeta, la naturaleza y el patrimonio natural, sobre todo porque no se le da importancia al patrimonio ambiental, el cual incluso tiene valor patrimonial por tener zonas con naturaleza prístina.

Sobre aspectos prácticos de su trabajo, hizo presente que la dispersión legislativa vuelve difícil la realización de proyectos. Incluso, en algunas ocasiones las Direcciones de Obras Municipales les piden apoyo para determinar el derecho aplicable a estos casos. En tal sentido, no es fácil para los titulares de proyectos dialogar con la administración, pues deben concurrir ante los municipios, seremi de Bienes Nacionales, Directemar, Dirección General de Aguas y, a veces, las competencias no se entienden o se superponen, lo que afecta el normal desarrollo de los proyectos.

En cuanto a una apreciación general del proyecto de ley, valoró la propuesta, aun cuando no aborda los problemas en su integridad, pero muestra una voluntad política en preocuparse de los humedales. Sobre el particular, hizo presente que en la Estrategia Nacional de Humedales no es parte el sector privado, habiendo cuatro o cinco proyectos que podrían ser declarados santuarios de la naturaleza.

Con todo, destacó que en su experiencia, para lograr una efectiva protección de los humedales el trabajo de las comunidades es fundamental, pues ellas acuden a la Fundación pidiendo asesoría, incluso antes de concurrir a la Superintendencia del Medio Ambiente. Sobre todo, porque la acción de la comunidad internaliza el interés en la protección del humedal, cuestión que de lo contrario no se logra, a pesar de existir legislación en la materia. Al respecto, la situación de las dunas de Concón es un buen ejemplo de sitio bajo protección jurídica, pero abierto a la acción inmobiliaria.

c) La geógrafa de la Universidad de Concepción, señora Carolina Rojas Quezada. Señaló que mientras las ciudades crecen, los humedales desaparecen. Así, mientras para el 2050 se espera que se incremente la tasa de personas que viven en áreas urbanas, hoy de 4 billones, más del 64% de los humedales del mundo han desaparecido, o han sido contaminados, desde 1900.

En tal sentido, la protección de los humedales se enmarca en el N°11 de los objetivos globales de desarrollo sostenible sobre ciudades y comunidades sustentables, toda vez que los humedales ayudan en el control de las inundaciones, filtran la basura que contiene el agua -lo que los transforma en fuentes de agua potable-, favorecen la limpieza del aire -lo que promueve el bienestar y el sustento de la comunidad-. Sobre el particular, destacó publicaciones académicas en Estados Unidos que dan cuenta del impacto económico que ha tenido la disminución de los humedales en su costa noreste, frente a la acción de huracanes.

Luego de dar una serie de ejemplos de disminución de la superficie de humedales en Concepción y otros lugares del país por acción humana, destacó como desafíos en la planificación territorial, vinculada con las políticas públicas, la idea de flexibilizar la normativa que rige para los instrumentos de planificación territorial, y que éstos sean vinculantes, intensificar los métodos de evaluación ambiental estratégica, la dictación de normativa y de metodologías específicas para ecosistemas vulnerables o suelos de alto valor ambiental. En síntesis, indicó, importa crear instrumentos para ciudades más sustentables y resilentes.

En concreto, en relación al proyecto de ley, señaló que sin perjuicio que en Chile no existe una definición de humedales urbanos, a la luz de la Convención Ramsar se les puede definir como extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los 6 metros, localizados en el límite urbano de las ciudades.

A su vez, evocando publicaciones de prensa en que ha se ha pronunciado sobre el proyecto, señaló que concordaba con que los humedales urbanos deben aparecer como tal en nuestra legislación, reconociendo su valor como infraestructura verde y su aporte para mitigar los efectos del cambio climático. Ello, pues los humedales urbanos no son un territorio cualquiera y la posibilidad de construir sobre ellos debe estar restringida. Así, es urgente valorar las sinergias que ellos provocan en biodiversidad, mitigación de inundaciones, salud y agricultura, entre otros, y para ello es fundamental potenciar los sistemas de información de esos ecosistemas.

De igual manera, al referirse a la producción inmobiliaria en humedales urbanos, estimó que dicha actividad es bastante cruel, pues se otorgan los permisos, se rellenan los terrenos, se construye y se vende, y si bien las viviendas tienen seguros que incluyen riesgos de la naturaleza como inundaciones, cabe preguntarse qué ocurrirá cuando dichos fenómenos sean aún más recurrentes. En particular, quien pagará el mayor valor de tales seguros, si acaso lo hará la inmobiliaria, el propietario, el municipio o el Estado.

Finalmente, a modo de síntesis, destacó que el proyecto de ley reconoce a los humedales urbanos como ecosistemas de la ciudad al servicio de los ciudadanos, los reconoce en las leyes de Urbanismo y Construcción, y en la de Bases del Medio Ambiente, habilita para que los instrumentos de planificación territorial los reconozcan como un área de valor ecológico, incluyendo zonas restringidas a la construcción, y ordenando establecer un buffer de protección o amortiguación de acuerdo a la escala de la ciudad y tamaño del humedal. Todo lo anterior, potenciando el desarrollo de infraestructura verde.

En respuesta a algunas consultas planteadas por los integrantes de la Comisión, señaló que si bien la ciudad define los instrumentos de planificación territorial, estos demoran en su actualización, no tienen la competencia para proteger ningún espacio natural de modo efectivo, y carecen de buenas herramientas de fiscalización de las medidas de protección hacia los humedales.

d) La Ministra de Medio Ambiente, señora Carolina Schmidt Zaldivar, finalmente, expuso el contenido y finalidad de las indicaciones que presentó el Ejecutivo, luego de haber escuchado algunas observaciones expuestas por los invitados, y de haber hecho un estudio detallado del contenido del proyecto.

Señaló que las indicaciones ingresadas por el Ejecutivo tienen por objetivo entregar certezas para la protección efectiva y tener una política nacional de humedales urbanos con criterios mínimos de sustentabilidad para todo el país, y con criterios locales de preservación para cada comuna a través sus ordenanzas, e incluir a los proyectos que afecten a los humedales urbanos, dentro de los que se deben someter al SEIA.

En tal sentido, se adopta la definición de la Convención Ramsar para efectos de definir qué es un humedal, a la vez que se destaca la necesidad de delimitar el polígono materia de protección que permite, además, que humedales secos o afectados queden completamente protegidos. Asimismo, se armonizan los conceptos con la legislación general, eliminando el concepto de periurbano, que no existe en los instrumentos de planificación territorial, y se especifica que los humedales protegidos son aquellos que están total o parcialmente dentro del radio urbano.

A su vez, se propone tener una política nacional que garantice criterios base de sustentabilidad para todos los humedales urbanos del país. Para ello, se propone que sea el Ministerio del Medio Ambiente, con la colaboración del Ministerio de Obras Públicas -a través de la Dirección General de Aguas-, quien establezca dichos criterios. En igual sentido, las municipalidades, cumpliendo los criterios basales anteriores, deberán establecer ordenanzas para cada comuna con los criterios específicos de protección, conservación y preservación de sus humedales urbanos, dada la realidad de cada localidad.

A su vez, se propone establecer expresamente la obligación de ingreso al sistema de evaluación ambiental de cualquier proyecto que implique la ejecución de obras en cualquier humedal urbano. Para ello, la indicación reemplaza las definiciones que puedan generar una interpretación equívoca que los deje sin protección, por lo que además, se propone eliminar la letra s) propuesta por el Senado, ya que dicha redacción mezcla las obras o actividades que se realizan en humedales con los impactos que estas generan, así como incluye a los humedales urbanos en la letra q), que es menos exigente y clara que la propuesta de la indicación.

De igual manera, se propone eliminar las modificaciones propuestas que incluyen los humedales en los instrumentos de planificación territorial, ya que actualmente la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción los contempla en su artículo 2.1.18, al disponer que tales instrumentos ‘deberán reconocer’ las áreas de protección de recursos de valor natural, protegidas por el ordenamiento jurídico.

Finalmente, se dispone un plazo para que el Ministerio dicte el reglamento en la materia, a fin de dar efectivo cumplimiento a lo establecido en este proyecto de ley.

* * * *

Terminada la exposición de la Ministra, los diputados presentes debatieron si acaso con las indicaciones ingresadas se lograría proteger los humedales que no estén declarados como tales por el Ministerio del Medio Ambiente, pues dicho levantamiento de información puede tomar mucho tiempo. De igual manera, si acaso en virtud de las indicaciones se merman las funciones que los municipios tienen o tendrán en la materia, percibiéndose un sesgo centralista a favor del Ministerio del Medio Ambiente, cuestión a la que no ayuda que se disponga de un año para elaborar el reglamento que permitirá la ejecución en sus detalles de esta ley.

Finalmente, se señaló que resulta necesario una explícita coherencia entre el proyecto de ley y los diversos instrumentos de planificación territorial, esto es, planes reguladores comunales, metropolitanos y regionales de ordenamiento territorial (PROT).

En tal sentido, la Ministra respondió que para generar certeza es necesario contar con una política nacional básica que permita definir los polígonos de protección, a fin que los municipios apliquen sus criterios para cada caso particular. En tal sentido, el plazo de un año persigue garantizar que exista un inventario, lo cual toma tiempo y recursos, y atribuir esa función al Ministerio asegura su existencia, toda vez que permite uniformidad de criterios al momento de definir los polígonos de protección, y tiene presente que los municipios tienden a no tener recursos para ejecutar este tipo de programas, cuestión que sí puede, en cambio, realizar el Ministerio.

* * * * * * * * * * * *

• Votación en general del proyecto.

La Comisión, compartiendo los objetivos y fundamentos tenidos en consideración en la moción, y luego de recibir las opiniones, explicaciones y observaciones de las personas e instituciones individualizadas precedentemente, y del Ejecutivo, que permitieron a sus miembros formarse una idea de la iniciativa legal sometida a su conocimiento, y existiendo conciencia de la necesidad de legislar sobre la materia en forma rápida, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por unanimidad de los Diputados presentes (10 votos a favor).

Votaron a favor los diputados: Alvarez, Castro (José Miguel), Celis (Ricardo), González (Félix), Ibáñez, Labra, Meza, Morales, Saavedra y Torrealba.

* * * * * * * * * * * *

B) Discusión particular.

Artículo 1.- El texto propuesto por el Senado dispone que el objeto de la ley es proteger todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren dentro del radio urbano o periurbano.

Se presentaron tres indicaciones:

---- Del Ejecutivo, para agregar, a continuación de la palabra “proteger”, la frase “los humedales urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente, entendiendo por tales”.

---- Del Ejecutivo para reemplazar la frase “dentro del radio urbano o periurbano”, por “total o parcialmente dentro del límite urbano.”.

Por acuerdo de la Comisión, se dispuso que la frase propuesta en la indicación N°1 del Ejecutivo, se reemplace por la siguiente: ‘los humedales urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales’.

---- De las diputadas y diputados Ibáñez, Girardi y Pérez, para incorporar un inciso segundo, del siguiente tenor:

“En el caso que la solicitud sea efectuada por el municipio, el Ministerio deberá pronunciarse dentro del plazo de seis meses.”.

Sometidos a votación el artículo junto con las indicaciones y la frase intercalada que se consensuó, fueron aprobadas por mayoría absoluta (12 votos a favor, 1 en contra).

Votaron a favor las diputadas y diputados Castro, Girardi, Ibáñez, Keitel (en reemplazo del diputado Alvarez), Labra, Meza, Morales, Pérez, Rey (en reemplazo de la diputada Luck), Saavedra, Torrealba y Van Rysselbergue (en reemplazo de la diputada Hoffmann).

Votó en contra el diputado González.

Artículo 2.- El texto aprobado por el Senado dispone que las municipalidades deben establecer, en una ordenanza general, los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos y periurbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo, en coordinación con otros órganos de la Administración del Estado, según lo previsto en la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

---- Se presentó una indicación del Ejecutivo, para reemplazarlo por el siguiente:

“Artículo 2°.- Un reglamento, expedido por el Ministerio del Medio Ambiente y suscrito también por el Ministro de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el Reglamento indicado en el inciso anterior.”.

Previo a la votación, se destacó que la intervención del Ministerio de Obras Públicas en este reglamento, se debe a que por su intermedio se relaciona el Presidente de la República con la Dirección General de Aguas, servicio con competencia en esta materia.

Sometida a votación la indicación, fue aprobada por unanimidad (13 votos a favor).

Votaron las diputadas y diputados Álvarez, Castro, Celis, don Ricardo (en reemplazo de la diputada Girardi), González, Ibáñez, Labra, Morales, Pérez, Rey (en reemplazo de la diputada Luck), Saavedra, Sepúlveda (en reemplazo del diputado Meza), Torrealba y Van Rysselbergue (en reemplazo de la diputada Hoffmann).

Artículo nuevo (que pasa a ser artículo 3).

Se presentaron dos indicaciones:

--- De los diputados Ibáñez, Ricardo Celis, Girardi, González y Labra, para agregar el siguiente artículo final:

“No podrán otorgarse permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, mientras el sector de ubicación del terreno esté afectado por estudios relativos a la declaración de humedal urbano, solicitados por la municipalidad respectiva, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1.”

--- Del diputado González, para agregar un artículo 3, nuevo:

“Artículo 3. Desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio de Medio Ambiente, la municipalidad respectiva no podrá otorgar permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados.”.

Sobre el particular, los autores de dichas indicaciones plantearon que el objetivo es evitar la posibilidad de actuación inmobiliaria sobre los humedales urbanos, en el período intermedio entre que se solicita la declaración de área protegida, y el momento en que efectivamente el Ministerio del Medio Ambiente resuelve tal solicitud.

A su vez, otros diputados plantearon que estas indicaciones afectan el derecho de propiedad, y no dispone sanciones hacia quienes maliciosamente solicitan la declaración de humedal urbano, con el único afán de impedir la acción inmobiliaria en terrenos que claramente no procede tal declaración.

Sometidas a votación las indicaciones, la primera fue rechazada por la unanimidad de los diputados presentes (13 votos en contra). La segunda, se aprobó por mayoría absoluta (7 votos a favor, 6 en contra). Votaron a favor las diputadas y diputados Celis, González, Ibáñez, Labra, Pérez, Saavedra y Sepúlveda. Votaron en contra los diputados Álvarez, Castro, Morales, Rey, Torrealba y Van Rysselberghe.

Artículo 3.- que ha pasado a ser artículo 4).

El texto propuesto por el Senado consta de tres numerales, mediante los cuales se propone modificar el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente[2], reemplazando su letra q) y r), e incorporando un literal s), del siguiente tenor:

“Artículo 3°.- Modifícase el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en los siguientes términos:

1) Reemplázase la letra q), por la siguiente:

“q) Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados, humedales, o a cursos o masas de agua que puedan ser afectadas;”.

2) Sustitúyese, en la letra r), el punto final por la expresión “, y”.

3) Agrégase una nueva letra s), del siguiente tenor:

“s) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de humedales que se encuentran dentro del perímetro de un radio urbano o periurbano, y que impliquen su relleno, drenaje, secado, extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie.”

Se presentaron las siguientes tres indicaciones:

---- Del Ejecutivo, para reemplazar el artículo 3 por el siguiente:

“Artículo 3°.- Modifícase el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en los siguientes términos:

Agréguese, en la letra p), a continuación de la frase ‘reservas marinas’, la frase ‘humedales urbanos’, precedida de una coma (“,”).”.

Sobre la indicación, la Ministra del Medio Ambiente explicó que el objetivo de la indicación es generar certeza en cuanto a la procedencia de ingresar al sistema de evaluación ambiental aquellos proyectos que sean suceptibles de causar impacto en un humedal urbano, y que se prefiere esta redacción a la propuesta por el Senado, pues el literal p) del artículo 10 de la ley N°19.300 es el pertinente en materia de áreas de protección oficial, objetivo logrado a través del proyecto de ley en cuanto a los humedales urbanos. En cambio, la propuesta del Senado crea una descripción que puede generar incertidumbre a los operadores, en cuanto primero deberán definir si acaso la acción ‘pueda significar una alteración’, requisito no contemplado en la indicación del Ejecutivo.

Sometida a votación la indicación, se rechazó por mayoría de votos (6 votos a favor, 7 en contra).

Votaron a favor los diputados Álvarez, Castro, Morales, Rey (en reemplazo de la diputada Luck), Torrealba y Van Rysselberghe (en reemplazo de la diputada Hoffmann).

Votaron en contra las diputadas y diputados Celis, don Ricardo, González, Ibáñez, Labra, Pérez, Saavedra y Sepúlveda.

Algunos diputados manifestaron que, pese al rechazo de esta indicación, ellos hubieran preferido mantener ambas (el texto propuesto por el Senado y el texto que proponía el Ejecutivo), pero se vieron en la obligación de rechazar la indicación del Ejecutivo pues ésta proponía reemplazar el texto del Senado –y no complementarlo-, con lo que no estaban de acuerdo. Por tal motivo, presentaron otras indicaciones.

---- De los diputados González, Ibáñez y Labra, para agregar en la letra p) del artículo 10 de la ley 19.300, a continuación de la frase ‘reservas marinas’, la frase ‘humedales urbanos’, precedida de una coma (,).

Se aprobó por unanimidad (13 votos a favor).

Votaron las diputadas y diputados Álvarez, Castro, Celis (en reemplazo de la diputada Girardi), González, Ibáñez, Labra, Morales, Pérez, Rey (en reemplazo de la diputada Luck), Saavedra, Sepúlveda (en reemplazo del diputado Meza), Torrealba y Van Rysselbergue (en reemplazo de la diputada Hoffmann)

---- De las diputadas y diputados Ricardo Celis, Ibáñez, Labra, Saavedra y Sepúlveda, para sustituir en la letra s) del artículo 10, que propone modificar el numeral 3) del artículo 3, la frase: ‘dentro del perímetro de un radio urbano o periurbano’, por la oración ‘que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano,’.

Esta indicación tiene por objeto hacer concordante la terminología ya aprobada en el artículo 1 del proyecto.

Sometidos a votación los numerales numerales 2) y 3) del artículo 3 del texto despachado por el Senado, junto a la indicación que modifica dicho numeral 3, se aprobaron por mayoría (7 votos a favor, 6 en contra).

Votaron a favor las diputadas y diputados Celis (en reemplazo de la diputada Girardi), González, Ibáñez, Labra, Pérez, Saavedra y Sepúlveda (en reemplazo del diputado Meza).

Votaron en contra los diputados Álvarez, Castro, Morales, Rey (en reemplazo de la diputada Luck), Torrealba y Van Rysselberghe (en reemplazo de la diputada Hoffmann).

Artículo 4.-(que ha pasado a ser artículo 5)

El texto del Senado, que consta de dos numerales, tiene por objeto incorporar dos modificaciones en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Por el numeral 1), se propone agregar un inciso tercero en su artículo 28, para establecer que todo instrumento de planificación territorial debe incluir los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos.

Por el numeral 2), intercalar en el artículo 64, la referencia a los humedales.

Se presentaron las siguientes dos indicaciones:

---- Ejecutivo, para eliminar el artículo 4 del texto propuesto por el Senado.

Sobre el particular, la Ministra del Medio Ambiente, señaló que en parecer del Ejecutivo la propuesta del Senado ya está contenida en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y por ello proponen su rechazo.

Fue rechazada por unanimidad (13 votos en contra).

Votaron las diputadas y diputados Álvarez, Castro, Celis (en reemplazo de la diputada Girardi), González, Ibáñez, Labra, Morales, Pérez, Rey (en reemplazo de la diputada Luck), Saavedra, Sepúlveda (en reemplazo del diputado Meza), Torrealba y Van Rysselbergue (en reemplazo de la diputada Hoffmann).

--- De las diputadas y diputados Ricardo Celis, Girardi, González y Labra, para agregar en el artículo 4 N°1, un punto seguido después de la palabra ‘natural’, y reemplazar el texto que sigue a continuación, por el siguiente: ‘no podrán otorgarse en ellos permisos de urbanización o construcciones, salvo que estos estén destinados a la protección, preservación, conservación y gestión.’.

Se estimó pertinente, por acuerdo unánime, incorporar el vocablo “urbanos” a continuación de la palabra “humedales”, atendido que de éstos se trata esta iniciativa legal.

Sometido a votación el artículo 4, junto con la indicación y la modificación acordada ya referida, se aprobó por unanimidad (13 votos a favor).

Votaron las diputadas y diputados Álvarez, Castro, Celis (en reemplazo de la diputada Girardi), González, Ibáñez, Labra, Morales, Pérez, Rey (en reemplazo de la diputada Luck), Saavedra, Sepúlveda (en reemplazo del diputado Sepúlveda), Torrealba y Van Rysselbergue (en reemplazo de la diputada Hoffmann).

Artículo transitorio.-

---- El Ejecutivo presentó una indicación para agregar un artículo transitorio, del siguiente tenor:

“Artículo transitorio.- El plazo para dictar el Reglamento señalado en el artículo 2° será de un año, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.”.

Se aprobó por unanimidad (13 votos a favor).

Votaron las diputadas y diputados Álvarez, Castro, Celis (en reemplazo de la diputada Girardi), González, Ibáñez, Labra, Morales, Pérez, Rey (en reemplazo de la diputada Luck), Saavedra, Sepúlveda (en reemplazo del diputado Meza), Torrealba y Van Rysselbergue (en reemplazo de la diputada Hoffmann).

IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.

Artículos rechazados.

No hay.

Indicaciones rechazadas.

1) Del Ejecutivo, para reemplazar el artículo 3 por el siguiente:

“Artículo 3°.- Modifícase el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en los siguientes términos: Agréguese, en la letra p), a continuación de la frase ‘reservas marinas’, la frase ‘humedales urbanos’, precedida de una coma (,).”.

2) Del Ejecutivo, para eliminar el artículo 4 del proyecto del Senado.

3) De los diputados Ibañez, Ricardo Celis, Girardi, González y Labra, para agregar el siguiente artículo final:

“No podrán otorgarse permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, mientras el sector de ubicación del terreno esté afectado por estudios relativos a la declaración de humedal urbano, solicitados por la municipalidad respectiva, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1.”

VI. MENCIÓN DE ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN LA DISCUSIÓN PARTICULAR.

En el artículo 1.- 1) Se intercaló, entre la palabra “proteger” y el vocablo “todas” la siguiente oración: “los humedales urbanos declarados por el Ministerio de Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales”.

2) Se reemplazó la frase “dentro del radio urbano o periurbano” por la frase “total o parcialmente dentro del límite urbano”.

3) Se agregó un inciso segundo, del siguiente tenor:

“En el caso que la solicitud sea efectuada por el municipio, el Ministerio deberá pronunciarse dentro del plazo de seis meses.”.

El artículo 2.- Fue reemplazado por el siguiente:

“Artículo 2°.- Un Reglamento, expedido por el Ministerio del Medio Ambiente y suscrito también por el Ministro de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el Reglamento indicado en el inciso anterior.”.

Artículo nuevo.- Se incorpora el siguiente artículo, nuevo:

“Artículo 3. Desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio de Medio Ambiente, la municipalidad respectiva no podrá otorgar permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados.”.

En el artículo 3.- Ha pasado a ser artículo 4.

Se incorporó un numeral 1), pasando los numerales 1), 2) y 3) a ser numerales 2), 3) y 4) respectivamente, del siguiente tenor:

1) Incorpórase, en la letra p), a continuación de la frase “reservas marinas”, los vocablos “humedales urbanos”, precedida de una coma (,).

2) En el numeral 3), que ha pasado a ser 4), se reemplazó la frase “dentro del perímetro de un radio urbano o periurbano” por la oración “ total o parcialmente dentro del límite urbano”.

En el artículo 4.- Ha pasado a ser artículo 5.

En su numeral 1), que incorpora un inciso tercero en el artículo 28 de la ley general de Urbanismo y Construcciones, se reemplaza el párrafo final que dice “para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos”, por la siguiente oración, antecedida de un punto seguido (.) “No podrán otorgarse permisos de urbanización o construcción, salvo que estos estén destinados a su protección, preservación, conservación y gestión.”.

VII. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.

“Artículo 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger los humedales urbanos declarados por el Ministerio de Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano.

En el caso que la solicitud sea efectuada por el municipio, el Ministerio deberá pronunciarse dentro del plazo de seis meses.

Artículo 2°.- Un Reglamento, expedido por el Ministerio del Medio Ambiente y suscrito también por el Ministro de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el Reglamento indicado en el inciso anterior.

Artículo 3°.- Desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio de Medio Ambiente, la municipalidad respectiva no podrá otorgar permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados.

Artículo 4°.- Modifícase el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en los siguientes términos:

1) Incorpórase, en la letra p), a continuación de la frase “reservas marinas”, los vocablos “humedales urbanos”, precedida de una coma (,).

2) Reemplázase la letra q), por la siguiente:

“q) Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados, humedales, o a cursos o masas de agua que puedan ser afectadas;”.

3) Sustitúyese, en la letra r), el punto final por la expresión “, y”.

4) Agrégase una nueva letra s), del siguiente tenor:

“s) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de humedales que se encuentran total o parcialmente dentro del límite urbano, y que impliquen su relleno, drenaje, secado, extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie.”.

Artículo 5°.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, promulgado el año 1975 y publicado el año 1976, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones:

1) Agrégase, en el artículo 28, el siguiente inciso tercero:

“Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales urbanos existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural. No podrán otorgarse permisos de urbanización o construcción, salvo que estos estén destinados a su protección, preservación, conservación y gestión.”.

2) Intercálase, en el artículo 64, a continuación de la expresión “riberas de mar”, la que sigue:

“, de humedales”.”.

Artículo transitorio.- El plazo para dictar el reglamento señalado en el artículo 2° será de un año, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.”.

* * *

Se designó Diputada Informante a la señorita Catalina Pérez Salinas.

Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de 21 y 28 de noviembre, y 12 y 19 de diciembre de 2018, y de 16 y 23 de enero de 2019. con la asistencia de las diputadas y diputados Sebastián Alvarez Ramírez, José Miguel Castro Bascuñán, Cristina Girardi Lavín, Félix González Gatica, Diego Ibáñez Cotroneo, María José Hoffmann Opazo, Amaro Labra Sepúlveda, Karen Luck Urban, Fernando Meza Moncada, Celso Morales Muñoz, Catalina Pérez Salinas (Presidenta), Gastón Saavedra Chandía y Sebastián Torrealba Alvarado.

Asistieron, asimismo, los diputados Ricardo Celis Araya (en reemplazo de cristina Girardi Lavín), Sebastián Keitel Bianchi (en reemplazo de Sebastián Alvarez Ramírez), Alexis Sepúlveda Soto (en reemplazo de Fernando Meza Moncada), Hugo Rey Martínez (en reemplazo de Karin Luck Urban) y Enrique Van Rysselberghe Herrera (en reemplazo de María José Hoffmann Opazo).

Sala de la Comisión, a 23 de enero de 2019.-

ANA MARIA SKOKNIC DEFILIPPIS

Abogado Secretaria de Comisiones

2.3. Discusión en Sala

Fecha 18 de abril, 2019. Diario de Sesión en Sesión 17. Legislatura 367. Discusión General. Pendiente.

PROTECCIÓN DE HUMEDALES URBANOS (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11256-12)

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

En el Orden del Día, corresponde tratar, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos.

Diputada informante de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales es la señorita Catalina Pérez .

Antecedentes:

-Proyecto del Senado, sesión 97ª de la legislatura 366ª, en jueves 8 de noviembre de 2018. Documentos de la Cuenta N° 2.

-Informe de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sesión 134ª de la legislatura 366ª, en martes 5 de marzo de 2019. Documentos de la Cuenta N° 28.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada informante.

La señora PÉREZ, doña Catalina (de pie).-

Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, paso a informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en moción de los senadores Isabel Allende , Alfonso de Urresti , Adriana Muñoz , Víctor Pérez y del entonces senador Patricio Walker .

Durante el análisis de esta iniciativa, la comisión contó con la colaboración permanente de la ministra del Medio Ambiente, señora Carolina Schmidt , y de sus asesores señora Andrea Barros y señor Pedro Pablo Rossi .

Fundamentos de la moción

La moción que da origen al proyecto recuerda que los humedales son extensiones de marismas, pantanos y turberas o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de aguas marinas, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros, en tanto que los humedales urbanos son aquellos que, cumpliendo las características físicas mencionadas, se encuentran dentro del perímetro de un radio urbano.

Destacan los mocionantes que, según estudios realizados, el número de humedales en Chile oscila entre 18.000 y 30.000, con una superficie de alrededor de 1.460.400 hectáreas, concentradas principalmente en las regiones de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, de Magallanes y Antártica Chilena y de Los Ríos. Adicionalmente, agrega que Concepción y Valdivia son lugares que albergan gran presencia de humedales urbanos.

Precisado lo anterior, aseguran que los humedales son ecosistemas ricos en diversidad biológica, pese a lo cual no han tenido la relevancia a nivel normativo que debieran. Ellos, en su mayoría, albergan especies endémicas, residentes nativas y de paso o migratorias, que no encuentran refugio en otros ambientes y que escogen ese hábitat por sus características singulares.

Los autores de la moción también sostienen que los humedales son esenciales por las funciones ecosistémicas que cumplen. En efecto, acotan, son ejes transformadores de múltiples materiales biológicos y químicos y denominados los “riñones de la tierra”, por su capacidad de filtración y absorción de ciertos contaminantes dentro de los ciclos químicos e hidrológicos, así como también por ser receptores de aguas naturales o artificiales.

Subrayan que hasta el momento, a nivel nacional, lo único que regula los humedales es la Convención de Ramsar, tratado internacional ratificado por Chile en 1981, cuya misión es la conservación y el uso racional de aquellos.

Como resumen, el proyecto de ley aprobado por el Senado está constituido por cuatro artículos permanentes. El artículo 1 consigna el objeto de la iniciativa legal, y da el concepto de humedales; el artículo 2 entrega a la municipalidad respectiva el deber de, a través de ordenanzas, establecer los criterios mínimos para dar sustentabilidad a los humedales, con la finalidad de resguardar sus fines ecológicos e hidrológicos; el artículo 3 propone modificar el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre bases generales del medio ambiente, en el sentido de exigir que se someta al sistema de evaluación de impacto ambiental a aquellos proyectos o actividades susceptibles de tener aplicación masiva de productos químicos, entre otros, en humedales, o que puedan significar la alteración física o química de los componentes bióticos o flujos ecosistémicos existentes en ellos; finalmente, mediante el artículo 4 se introduce una modificación en la Ley General de Urbanismo y Construcciones con la finalidad de exigir que todo instrumento de planificación territorial incluya a los humedales urbanos existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección natural, como condición para otorgar los permisos de urbanización próximos a ellos.

Intervenciones en el seno de la comisión

Intervinieron el senador Alfonso de Urresti, patrocinante del proyecto; el director de la Fundación Kennedy, señor Peter Kennedy ; la geógrafa de la Universidad de Concepción señora Carolina Rojas y la ministra del Medio Ambiente, señora Carolina Schmidt .

Terminadas las exposiciones, los diputados presentes debatieron si acaso con las indicaciones ingresadas se lograría proteger los humedales que no estén declarados como tales por el Ministerio del Medio Ambiente, pues dicho levantamiento de información puede tomar mucho tiempo. De igual manera, discutieron si acaso en virtud de las indicaciones se merman las funciones que los municipios tienen o tendrán en la materia, percibiéndose un sesgo centralista en favor del Ministerio del Medio Ambiente.

Finalmente, se señaló que resulta necesaria una coherencia explícita entre el proyecto de ley y los diversos instrumentos de planificación territorial, esto es, planes reguladores comunales, metropolitanos y regionales de ordenamiento territorial (PROT).

Votación general del proyecto

La comisión, que comparte los objetivos y fundamentos tenidos en consideración en la moción y luego de recibir las opiniones, explicaciones y observaciones de las personas e instituciones individualizadas precedentemente y del Ejecutivo, que permitieron a sus miembros formarse una idea de la iniciativa legal sometida a su conocimiento, dada la necesidad de legislar sobre la materia en forma rápida, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de los diputados presentes y recomienda a esta Sala seguir en la misma línea.

Votaron a favor los diputados Sebastián Álvarez , José Miguel Castro , Ricardo Celis , Félix González , Gonzalo Ibáñez , Amaro Labra , Fernando Meza , Celso Morales , Gastón Saavedra y Sebastián Torrealba .

Es cuanto puedo informar.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado Fidel Espinoza .

El señor ESPINOZA.-

Señora Presidenta, estamos discutiendo un proyecto de ley que, como se ha dicho, modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos.

La definición que está en el sitio web del Ministerio de Medio Ambiente dice que “Los humedales son ecosistemas acuáticos que sostienen la biodiversidad, nos proveen importantes elementos para la vida, los podemos encontrar a lo largo de toda la costa, como estuarios, lagunas costeras o marismas, a lo largo de la cordillera de Los Andes, como salares, lagunas salobres, bofedales, vegas, ríos, lagos y lagunas, hacia el sur de Chile es posible reconocer a los humedales de turberas, son grandes sumideros de gases de efecto invernadero, o los humedales boscosos, conocidos como hualves o pitrantos, todos ellos, en mayor o menor cantidad, suministran hábitat a peces, crustáceos, anfibios, reptiles y aves migratorias, entre otros.”.

Es una amplia y clarificadora definición sobre un tema respecto del cual, si hace diez años alguien hubiera propuesto legislar, muchos habrían dicho que no era prioritario para el país. De hecho, algunos ni siquiera hubieran sabido de qué se estaba hablando.

Hoy, cuando nos corresponde votar esta moción parlamentaria surgida de la iniciativa de un senador de la bancada socialista y suscrita y apoyada transversalmente, a todos nos parece absolutamente racional y necesario contar con esta norma. Y ello no solo se debe a que hoy existe mayor claridad sobre la importancia de estos cuerpos de agua, sino porque, además, hay una dinámica y una creciente organización social en los territorios que busca protegerlos de la voracidad inmobiliaria.

Dicho sea de paso, en la Comisión de Recursos Hídricos, de la cual me honro en ser parte, también se está debatiendo un proyecto de humedales, de iniciativa del diputado Daniel Núñez . En estos momentos lo estamos discutiendo en particular. No obstante, se trata de un proyecto distinto a este, que solo habla de humedales de carácter urbano. El que estamos analizando en la Comisión de Recursos Hídricos tiene una generalidad mucho más amplia.

Señora Presidenta, hasta ahora nos conformábamos con tener 13 o 14 humedales bajo la protección que brinda la Convención de Ramsar; sin embargo, a lo largo de nuestro país hay miles de humedales, de todos los tamaños, que no están protegidos ni siquiera mínimamente. De ahí deriva la importancia de esta iniciativa.

Por otra parte, además de la mirada legislativa, la visión de la justicia sobre los humedales también ha ido cambiando. Eso quedó plasmado con claridad, por ejemplo, en un fallo de la Corte Suprema de fines de agosto del año pasado, sobre el humedal Llantén , de Puerto Montt, en que se estableció una importante jurisprudencia en esta materia, pues señala que es obligación del Estado proteger los humedales, aunque no tengan la protección de Ramsar.

Esa jurisprudencia agrega que no importa que el humedal se encuentre en un terreno privado para brindarle esta protección y que, aunque el predio sea privado, ello no otorga al propietario el derecho a rellenarlo o drenarlo.

Mire la importancia de lo que dice el fallo de la Corte Suprema en el caso de Puerto Montt: que los humedales deben ser objeto de protección aunque sean artificiales, como ocurre en el caso del Llantén.

Lo más sorprendente de todo es que fijó un plazo de tres años para que se resitúe un colegio ubicado en la zona, de manera de permitir el escurrimiento natural de las aguas lluvia.

Este histórico fallo también contiene alcances respecto del municipio de Puerto Montt y del Serviu regional, por lo que consideró un actuar arbitrario el que autorizaran de manera descoordinada edificaciones en la zona.

Dicho sea de paso -nobleza obliga-, debo señalar que a nivel nacional el municipio de Puerto Montt es pionero en la generación de condiciones para la protección de los humedales; pero, en este caso puntual, la dirección de obras de dicha municipalidad no actuó, según este fallo, en concordancia con la protección que requieren los humedales.

Por eso, es importante que este proyecto establezca un piso mínimo respecto de la protección de los humedales ubicados en el radio urbano de las comunas, lo que debería reflejarse en las ordenanzas que al respecto los municipios deberán elaborar. En este punto, el municipio de Puerto Montt ha ido a la vanguardia, pues ha generado las condiciones necesarias para tener ordenanzas mucho más rígidas y estrictas en la materia. Por eso, felicito al alcalde de Puerto Montt, Gervoy Paredes .

Algunos esgrimen el crecimiento de la población y la necesidad de viviendas para justificar la actual situación de inseguridad y precariedad en la que subsisten muchos humedales, amenazados también por el depósito de desechos y de basura, o derechamente por la acción de inescrupulosos que insisten en rellenar estos cuerpos de agua para construir sobre ellos.

Por eso, también es importante que se establezca que los humedales deben ser considerados en los instrumentos de ordenamiento territorial y que su eventual intervención o afectación debe ser sometida al sistema de evaluación ambiental.

En la Región de Los Lagos, este es un tema de la mayor importancia, y por varias razones: turísticas, pues es un lugar de observación de aves; de protección de reservas hídricas, de seguridad ante la amenaza de sequías y tsunamis, pero, sobre todo, porque las comunidades han ido tomando conciencia de que los humedales han formado desde siempre parte de su identidad geográfica y cultural.

Por eso, es valioso el esfuerzo que están haciendo los municipios de Llanquihue -encabezado por su alcalde, Víctor Angulo -, de Los Muermos, de Maullín, de Puerto Varas y de Puerto Montt en la cuenca y en los humedales del río Maullín, que constituyen un sitio prioritario para la conservación de la biodiversidad, reconocido en la estrategia regional de conservación de biodiversidad del Ministerio del Medio Ambiente, y que además se considera como un área de importancia para la conservación de las aves.

Por cierto, también es relevante la conformación de la organización Humedales de Chiloé Patrimonio de Todos, una instancia que reúne desde hace varios años a diversas personas, organizaciones e instituciones bajo un objetivo en común: aportar al resguardo de los humedales de Chiloé, entre ellos, el humedal de Caulín, el estero de Pullao, la bahía de Chullec, y sectores de los esteros de Putemún, San Juan , Quinchao , Curaco de Vélez y Huildad-Yaldad.

Sin duda, este proyecto constituye un gran paso, aunque se limite a los humedales urbanos -el otro proyecto es más amplio-, lo que, sumado a la protección de cuarenta humedales del plan gubernamental, nos permitirá recuperar tiempo perdido para proteger y recuperar estos ecosistemas tan importantes y esenciales para la vida humana, vegetal y animal.

Por supuesto, nuestra bancada votará a favor el proyecto.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Cito a reunión de Comités sin suspensión de la sesión.

Tiene la palabra el diputado José Miguel Castro .

El señor CASTRO (don José Miguel).-

Señor Presidente, vivo en Antofagasta, ubicada en el desierto más árido del mundo. Allí, en plena ciudad, tenemos un humedal maravilloso: La Chimba, de aproximadamente un kilómetro de diámetro.

La iniciativa busca proteger esta clase de humedales, pues, sin lugar a dudas, son los que corren más peligro, porque los acecha tanto la construcción inmobiliaria como la basura que deposita la gente. El peligro en que viven los convierte en prioritarios.

Por eso, me dio bastante gusto cuando el senador Alfonso de Urresti se acercó a mí y me dijo: “Es algo prioritario y podemos trabajarlo en conjunto.”. En la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales trabajamos esta iniciativa de manera conjunta y transversal.

El Ejecutivo también recogió el guante y presentó indicaciones, por lo que logramos mejorar el proyecto, destinado a proteger estas fuentes de recursos hídricos tan importantes para la flora y la fauna.

Hemos visto cómo, a consecuencia de distintos factores, los humedales han ido desapareciendo o están en malas condiciones. Ahora, junto con protegerlos, queremos aprovecharlos de forma sustentable, a fin de que toda la comunidad pueda maravillarse con las aves que anidan en ellos y con toda su flora.

No tengo dudas de que, tal como ocurrió en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el proyecto va a lograr un apoyo transversal, y, por supuesto, anuncio que mi voto va a ser a favor.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Amaro Labra .

El señor LABRA.-

Señora Presidenta, en San Vicente de Pirque, sector perteneciente al distrito que represento, existe un hermoso humedal que está en peligro.

Desde 2009, vecinos del sector han denunciado que en el predio donde se ubica el humedal funciona un vertedero ilegal que recibe desechos privados y municipales.

Quiero destacar que el dueño del predio tiene relación con una empresa que maneja residuos y ha ido acumulando en su terreno desechos vinculados al área de la salud, como jeringas y otros elementos. Incluso más, entre la basura es posible encontrar ruedas de avión. Además, se detectó que la municipalidad depositaba residuos en el lugar.

Los vecinos denunciaron la situación mediáticamente, lo que produjo la respuesta inmediata de la comisión, del ministerio y de todos los organismos a los que les corresponde proteger ese lugar.

El cuidador del terreno, siguiendo el ejemplo del dueño del lugar, levantó su propio emprendimiento: también empezó a recibir basura.

Las labores de limpieza del sector se están efectuando muy lentamente, lo que demuestra la poca preocupación de la Municipalidad de Pirque por proteger el humedal.

Nosotros sostuvimos reuniones con los vecinos y verificamos en terreno las condiciones en que se encuentra este hermoso humedal.

Como esta situación no es aislada respecto de lo que ocurre en el resto del país, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales consideró que el ingreso de este proyecto es una buena oportunidad para proteger este tipo de humedales.

Según el Ministerio del Medio Ambiente, existen 40.000 humedales en Chile, los cuales cubren aproximadamente 6 por ciento del territorio nacional. Pocos tienen un rango de protección y muchos ya sucumben ante un impacto negativo como el descrito, pese a que Chile ratificó la Convención de Ramsar, una de las iniciativas internacionales más potentes en la materia.

En nuestro país contamos con trece humedales de importancia internacional, o sitios Ramsar , pero esto no significa que estén completamente a salvo, ya que no constituyen áreas protegidas, sino “áreas puestas bajo protección oficial”.

Los humedales, como ecosistemas acuáticos diversos, son altamente vulnerables, sobre todo frente a amenazas de prácticas poco sustentables -por decir lo menos-, como sucede en Pirque.

El proyecto de ley que hoy discutimos establece un avance en la protección de humedales urbanos y sobre aquellos que se encuentran en los límites urbanos, pero necesitamos una protección mayor. Al ser reservas de agua dulce, en el contexto de cambio climático que hoy vivimos es fundamental resguardarlos, protegerlos y preservarlos, independientemente de donde se encuentren ubicados, porque en un futuro serán un recurso escaso.

Los resultados de la tramitación del proyecto de ley en la Comisión de Medio Ambiente son los siguientes:

Entrega de la facultad de declarar la protección de los humedales urbanos al Ministerio del Medio Ambiente, en vez de que sea el municipio, vía ordenanza, el que lo decrete. Los municipios podrán oficiar al ministerio la solicitud de declaración y este debe dar respuesta en un plazo de seis meses.

Un reglamento del Ministerio del Medio Ambiente, acotado y suscrito por el Ministerio de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos. Las municipalidades deberán establecer una ordenanza con los lineamientos del reglamento.

Se prohíbe la entrega de subdivisiones, loteos o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados los humedales. El objetivo es evitar la posibilidad de instalación de proyectos inmobiliarios en el período entre el momento en que se solicita la declaración de área protegida y el momento en que el ministerio resuelve la solicitud.

Solo podrán otorgarse permisos de urbanización o construcción destinados a su protección, preservación, conservación y gestión.

Por eso, después de una discusión muy consciente, votaremos a favor el proyecto, y esperamos que todos nuestros colegas hagan lo propio.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado señor Nicolás Noman .

El señor NOMAN.-

Señora Presidenta, quiero felicitar a los patrocinantes de este proyecto, porque, a mi juicio, va en la línea correcta. Precisamente, en la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación estamos analizando un proyecto que regula el tema de los humedales.

De una u otra manera, con la realidad que hoy tenemos en el país, considero que ese tema no tenía la relevancia jurídica suficiente para dar protección a los humedales. Muchas agrupaciones u organizaciones que recibimos en esa comisión plantearon la necesidad de dar un estatus jurídico a los humedales. Tenemos más de 30.000 humedales en Chile, algunos de los cuales se encuentran en el radio urbano y otros fuera de él.

Repito: considero que la iniciativa constituye un avance, por cuanto el Ministerio del Medio Ambiente, los municipios y los organismos correspondientes podrán ejercer una regulación como corresponde en esta materia.

Sin perjuicio de los avances y las correcciones que se hicieron en la Comisión de Medio Ambiente, junto con mis asesores pude revisar la discusión del proyecto y las argumentaciones entregadas por el Ministerio del Medio Ambiente. Siento que con el respaldo de esa cartera se avanzó con más fuerza. La protección de los humedales y otros ámbitos tienen que ver con el cuidado del medio ambiente, lo que resulta beneficioso para el país.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Alejandro Bernales .

El señor BERNALES.-

Señora Presidenta, el 74 por ciento de los humedales a nivel nacional se encuentra en el sur del país, específicamente en las regiones de Los Ríos, Los Lagos, Aysén y Magallanes .

Como representante de la Región de Los Lagos es un tema que me preocupa. Como se ha descrito, hay dos proyectos que estamos examinando: el de humedales urbanos y el que se tramita en la Comisión de Recursos Hídricos.

Hace algunas semanas, oficié respecto del humedal Cinco Lagunas, ubicado en pleno corazón de Puerto Montt. Oficié por varios motivos, entre ellos por la tala de bosque nativo. En ese lugar se ha visto alerce cortado por algunas inmobiliarias, desvío de los cauces de aguas y anegamiento de casas aledañas a las construcciones. Curiosamente, cuando compartimos el video de lo que sucede allí, aparecieron bastantes personas que no nos encontraron la razón y que nos dijeron que ojalá por ahí pasara un camino y se construyeran más casas. Debo decir que la gran enemiga de los humedales es nuestra misma ignorancia, porque no calibramos la importancia que tienen para nuestra vida.

Dentro de las funciones ambientales de los humedales, puedo señalar que sirven de reservorio de agua dulce, filtran el agua de desperdicios nocivos y recargan las aguas subterráneas; capturan el carbono de la atmósfera y lo almacenan; tienen la capacidad de controlar la erosión y contribuyen a la reducción de riesgos por inundación; almacenan carbono, por lo que son buenos agentes para la estabilización del clima; contribuyen a reducir el inicio de las sequías, y son el hogar y la fuente de alimentación para múltiples especies de plantas, aves, anfibios, insectos y mamíferos.

De hecho, varias comunas de la Región de Los Lagos -destaco la comuna de Maullínhan hecho un trabajo para reforzar el avistamiento de aves. En el caso de Maullín, eso se ha transformado en un sello de la comuna.

Los humedales también cumplen funciones socioeconómicas, ya que aportan recursos a la producción agrícola; son fuente de alimentos y de plantas medicinales, y presentan oportunidades para el desarrollo de actividades turísticas, como en el caso del río Maullín, que también es parte de nuestra identidad.

Chiloé está lleno de humedales que son parte esencial del paisaje del archipiélago y tienen un alto valor identitario, además de ser escenario y soporte de prácticas tradicionales y locales.

Mientras nos demoramos en tramitar este proyecto y en aprobarlo se están destruyendo varios humedales en las provincias de Chiloé, Palena y Llanquihue . Como reza el dicho, me saco el sombrero por varios ciudadanos -no los nombraré a todos, pues ellos saben quiénes son que se la juegan de manera anónima por rescatar esos lugares y darles valor. De hecho, el caso que afecta al humedal Cinco Lagunas, en Puerto Montt, ha sido informado a través de la prensa y en diferentes lugares, pero, lamentablemente, las autoridades locales y regionales, léase el municipio y el Ministerio del Medio Ambiente, han manifestado que no tienen nada que hacer al respecto, pues las obras se emplazan en terrenos privados.

Todos los días me llegan videos de los avances de las obras del complejo inmobiliario Valle Volcanes y de cómo se destruye el humedal que existe allí, que es un lugar importantísimo para Puerto Montt. Por eso, encuentro insólitos los comentarios que señalan que ojalá se construyan más casas o un camino en el sector. Se dice que en ese lugar vive gente de clase media y que no importa que el mismo se destruya. ¡Los humedales son de todos y para todos!

Como indiqué, es importante que avancemos con este proyecto.

Me alegra mucho tener una herramienta que podemos apoyar con nuestro voto, porque mientras las ciudades crecen, lamentablemente, los humedales desaparecen.

Por lo tanto, invito a los estimados colegas a aprobar este proyecto.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Matías Walker .

El señor WALKER.-

Señora Presidenta, para mí es muy grato intervenir en la discusión del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos, iniciado en una moción de los senadores Alfonso de Urresti e Isabel Allende y del entonces senador Patricio Walker , entre otros.

En verdad, la protección de los humedales es muy importante para la Región de Coquimbo. La comuna de Coquimbo, específicamente por el humedal El Culebrón, fue declarada capital nacional de las aves de humedales costeros, pues se detectaron más de 130 especies de aves que emigran anualmente hasta ese punto.

Es más, se construyó un mirador que se ha convertido en un relevante punto de observación y de fomento del turismo ecológico, y, al mismo tiempo, ha permitido proteger al humedal y que más especies de aves sigan llegando todos los años.

El año pasado estuvimos con la entonces ministra del Medio Ambiente en una actividad muy significativa respecto del humedal de Tongoy. Hay numerosos humedales en el camino entre Tongoy y Puerto Aldea, y también en otros sectores costeros de la Región de Coquimbo.

Por eso me parece muy importante que la defensa de los humedales y su rica biodiversidad se eleve al nivel de ley de la república, para asegurar la protección de los humedales que se encuentren total o parcialmente dentro del radio urbano, esto es las extensiones de marismas, pantanos y turberas o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros. El proyecto agrega que, además de cumplir esas características, los humedales se encuentren dentro del radio urbano.

En Chile hay entre 18.000 y 30.000 humedales. De ahí la importancia del proyecto de ley, pues son esenciales por las funciones ecosistémicas que cumplen. Transforman materiales biológicos y químicos, y son conocidos como los riñones de la tierra, por la capacidad de filtración y absorción de ciertos contaminantes dentro de los ciclos químicos e hidrológicos, así como también por ser receptores de aguas naturales o artificiales.

Este proyecto se aprobó en el Senado con sus cuatro artículos permanentes.

El artículo 1 señala el objeto de la ley y entrega el concepto de humedales. El artículo 2 entrega a las municipalidades el deber de establecer los criterios mínimos para dar sustentabilidad a los humedales y resguardar los fines hidrológicos y ecológicos. Me alegro de que muchos municipios, como el de Coquimbo, se hayan adelantado a este proyecto de ley y hayan establecido esta protección a través de ordenanzas y decretos alcaldicios.

El artículo 4 modifica la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio ambiente, para exigir que se sometan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental los proyectos o actividades susceptibles de aplicación masiva de productos químicos u otros en humedales, o que puedan alterar física o químicamente los componentes bióticos o flujos ecosistémicos que hay en ellos.

El artículo 5, que es muy importante a propósito de los planes reguladores urbanos, modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones, con la finalidad de exigir que todo instrumento de planificación territorial incluya a los humedales urbanos existentes en cada escala territorial, en calidad de área de protección natural, como condición para otorgar los permisos de urbanización próximos a ellos.

En el caso del plan regulador interprovincial de la provincia de Elqui, que la Contraloría acaba de aprobar, se establecen las áreas de protección de humedales. Es muy importante que se especifique ese punto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones para todo lo que dice relación con los permisos de edificación de obras de infraestructura que puedan alterar el ecosistema de los humedales, y así protegerlos adecuadamente.

Por eso, daremos nuestro voto a favor a este proyecto de ley.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Mulet .

El señor MULET.-

Señora Presidenta, para los regionalistas verdes este proyecto de ley es muy significativo y, sin duda, es una muy buena moción de los referidos senadores.

La protección de los humedales urbanos es un avance importante. En esta Sala se han dado varias razones y también en el informe que escuchamos con atención.

Los humedales urbanos constituyen un límite natural al crecimiento indiscriminado de las ciudades y urbanizaciones. Muchas veces se arrasa con todo y también con los humedales, de manera que obtener la protección de los humedales urbanos por medio de este proyecto de ley es un avance importante. Todos sabemos que en los humedales hay un ecosistema, una flora y fauna normalmente autóctona de cada uno de los respectivos lugares, y si los humedales desaparecen, la flora y fauna también desaparecen, no emigran, no se van a otro lado, sino que se extinguen, de manera que buscar su protección es muy relevante.

En relación con los humedales urbanos que busca proteger el proyecto de ley, son muy relevantes para servir de reservorios cuando hay grandes lluvias, ya que son áreas naturales de inundación, lo que ayuda a evitar desastres aluvionales o de otra naturaleza, sobre todo ahora con el cambio climático, en que se producen grandes desplazamientos de agua y lluvias bastante copiosas en poco tiempo. En 2015 y 2016, en Atacama, hemos sufrido experiencias bastante graves a raíz de eso, y los humedales son reservorios naturales que sirven para aminorar los efectos de las aguas.

Las razones expuestas son muy importantes para brindar a los humedales un grado de protección legal, como el que busca establecer este proyecto de ley, que está en la línea de la Convención de Ramsar, suscrita en Irán, en 1971, y ratificada por Chile en 1981, hace casi cuarenta años. Hay preocupación por los humedales en general, y en Chile también se ha ido desarrollando esa preocupación.

En la Región de Atacama, como en el resto del país, hay humedales y todos son muy importantes. Para mí, los de Atacama también lo son, por cierto. Pero se da una peculiaridad con los humedales en el norte, sobre todo en mi Región de Atacama: en esta región se ubica el desierto más árido del mundo. Sin embargo, también tenemos humedales. De manera que brindar protección a los humedales urbanos como a los no urbanos es muy relevante.

Piensen, distinguidos colegas, en los humedales que existen en los altos andinos: Laguna del Negro Francisco, Laguna Santa Rosa , Laguna Verde, etcétera. Hay muchos más en la cordillera de los Andes en la zona del norte y, obviamente, en todo Chile.

También los hay en la costa. Al estudiar los antecedentes, recuerdo los ubicados en Carrizal Bajo, en Freirina, en Huasco Bajo, en el mismo Huasco , en la desembocadura del río Copiapó, en Vallenar, al lado de la ciudad; en el sector de Chamonate, al lado de Freirina, en Canto del Agua. Se trata de zonas tremendamente hermosas que, obviamente, sin los humedales, cambiarían ostensiblemente.

El señor ALARCÓN.-

¿Todo eso en el norte?

El señor MULET.-

Todo en el norte, en la Región de Atacama, estimado amigo Florcita Alarcón .

Por eso, este proyecto de ley, que busca brindar protección a los humedales urbanos, pone límite al desarrollo urbano indiscriminado, que generalmente no respeta nada. Cuando se quiere construir, los proyectos urbanos muchas veces no respetan esos espacios geográficos que son tremendamente relevantes; les da lo mismo. Muchas veces avanzan con la idea de construir una mayor cantidad de casas y generar mayores recursos en poco tiempo a través de distintos loteos. En consecuencia, creo que es muy importante brindar esa protección.

Por eso los regionalistas verdes, fervientes partidarios de la defensa de los humedales, vamos a votar a favor este proyecto de ley.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Sebastián Álvarez .

El señor ÁLVAREZ (don Sebastián).-

Señora Presidenta, quiero referirme a algunos conceptos importantes respecto de este proyecto de ley.

Los primeros: sabiduría y conocimiento. Actualmente la ciencia nos muestra que los humedales son claves y estratégicos para el desarrollo de la humanidad. Hace una o dos décadas se decía que los humedales eran pantanos y se pensaba que había que rellenarlos, de manera de darles un uso productivo. Hoy en día existe mayor conocimiento, mayor sabiduría y, por tanto, se entiende que los humedales cumplen un rol fundamental de protección, por ejemplo frente a los desastres de la naturaleza, que son bastantes en nuestro país. También son unas verdaderas esponjas, que muchas veces tienen la capacidad de amortiguar los efectos de inundaciones y otras manifestaciones de la naturaleza. Los humedales son un reservorio natural.

Por lo tanto, me alegra que en el Congreso Nacional estemos todos con mucha sabiduría y conocimiento resguardando el valor patrimonial de los ecosistemas de nuestros humedales. Hoy en día todos hablamos del cambio climático, pero quizás todavía no entendemos el gran valor que tienen los humedales para prevenir y ayudar a disminuir el cambio climático.

Quiero hablar, entonces, de resguardo y protección. En mi amada Región de La Araucanía encontramos humedales cerca de ríos y lagos, cubiertos de mallines y bosques. Estamos llenos de humedales, y de gran belleza son, por ejemplo, los situados en la zona del lago Budi.

Sin embargo, esos espacios siempre han estado amenazados por la ignorancia de quienes creen que el dinero y las inversiones son más importantes, y no entienden que el calentamiento global es una amenaza. Lo anterior muchas veces genera presión inmobiliaria, por lo que esos espacios terminan cediendo y convirtiéndose en villas, en poblaciones y pierden su valor patrimonial.

Pienso, por ejemplo, en el humedal del río Cruces, en el ubicado en el sector de Chivilcán, en Temuco; en los del afluente del Trancura, en los de La Poza de Pucón, en los de la costanera de Villarrica; pienso en todos esos humedales que hoy están vulnerados y amenazados, y en otros que hoy ya no existen. Esto último no habría ocurrido si este proyecto de ley hubiese llegado antes a este Parlamento, con sabiduría y con conocimiento.

Valoro lo que podemos entender en el mundo de hoy, en el siglo XXI, como una ecología transversal. La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados tuvo la capacidad de trabajar, discutir y legislar sobre este proyecto de ley, de manera de entender que los humedales no son patrimonio de un sector político, sino de la humanidad.

Me siento orgulloso de la comisión, porque fuimos capaces de trabajar y de aprobar este proyecto destinado a entregar decididamente un resguardo legal a esos cuerpos de agua, prohibiendo cualquier tipo de edificación o construcción sobre ellos y alrededor de su polígono de influencias. Con esta iniciativa los humedales tendrán protección legal, lo que permitirá revertir la ignorancia y, muchas veces, la ambición.

Me alegro, porque veo que existe coherencia nacional. Si estamos organizando la COP25, lo más importante son los compromisos que en materia medioambiental asuman todos los actores: los actores políticos, la sociedad civil, las organizaciones, las universidades, en fin.

Todos debemos contribuir y aportar a correr un poco más allá el parámetro en relación con el resguardo de nuestra naturaleza y de nuestro medio ambiente.

Me alegra que estemos debatiendo un proyecto de ley que busca resguardar nuestros humedales, porque expresa un compromiso real con la protección del medio ambiente por parte del Congreso Nacional, en particular de la Cámara de Diputados. Estamos sumando y aportando en algo que no estaba regulado ni resguardado.

Aprobar este proyecto es aprobar futuro, es tomar decisiones que finalmente dejan un legado histórico.

Vamos a dejar un planeta mejor a nuestros hijos.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Ricardo Celis .

El señor CELIS (don Ricardo).-

Señora Presidenta, los humedales en Chile están protegidos por el Convenio de Ramsar. Sin embargo, solo 14 de ellos están reconocidos por nuestro país como humedales de importancia internacional, lo que nos parece absolutamente insuficiente y precario a todos quienes conocemos nuestro territorio.

Por eso, creo que este proyecto de ley avanza en el sentido correcto, ya que otorga protección a los otros humedales, a los que vemos en nuestras ciudades, como los que aquí se han nombrado, que en muchas ocasiones son bastante móviles, porque son flexibles en su ecología.

Este proyecto hace bien cuando deja radicada dicha protección en el Ministerio del Medio Ambiente y otorga a los municipios la posibilidad de sugerir y solicitar a esa cartera que reconozca más sitios humedales de importancia nacional.

Además, deja radicado en la ley que los municipios generen ordenanzas que tengan por objetivo velar por la sustentabilidad de esos humedales, y establece una cuestión que no es menor: deja a los municipios la facultad de establecer restricciones para que esos humedales, al ser reconocidos como tales, no puedan ser subdivididos ni abordados con fines inmobiliarios. Porque la gran amenaza de los humedales son justamente las empresas inmobiliarias, especialmente cuando la ley no reconoce bien a aquellos que se ubican, como dice la ley, en zonas urbanas o aledañas. El proyecto decía inicialmente que era en las zonas urbanas o periurbanas, y hace una precisión que señala que para aquellas que están en el límite urbano o en el área inmediatamente anexa, los municipios debieran dictar las ordenanzas de protección para que esos humedales estén realmente bajo condición de sustentabilidad. La idea es evitar que las inmobiliarias consideren de relevancia para sus negocios zonas que tienen una importancia enorme para el ecosistema, particularmente por su flora y fauna, ya que son verdaderos reguladores del medio ambiente y de los cursos de agua en muchas ciudades. Por ejemplo, en la zona de Chivilcán, en Temuco, hay un tremendo humedal que intentaron incorporar como zona de relleno para la construcción de viviendas sociales, en circunstancias de que ese humedal es el regulador de la zona en que se encuentra, de un afluente y de los cursos de agua de la ciudad de Temuco que van hacia la zona oeste.

Lo mismo ha sucedido en Pucón. Hoy se realizó una gran movilización en esa ciudad, porque gran cantidad de empresas constructoras están abordando toda la zona del borde de Pucón para construir edificios de departamentos para uso de veraneo. La gente de Pucón se ha opuesto y levantó la voz. Ese humedal está siendo abordado de un modo significativo, dado que hoy no tiene protección.

En ese sentido, cabe señalar que la ley en proyecto deja radicado en los ministerios del Medio Ambiente y de Obras Públicas las funciones de fiscalización y de protección de los humedales, que vemos por montones en Chile.

Al respecto, uno podría estar confiado de que estamos suficientemente protegidos, dado que nuestro país se encuentra bajo el marco de la Convención de Ramsar, para la conservación y el uso racional de los humedales, en virtud de la cual hay más de 350.000 hectáreas protegidas; pero esa superficie comprende solo catorce humedales. Por lo tanto, no todas las regiones tienen un humedal bajo un mecanismo de protección.

Este proyecto avanza en el sentido correcto, pues deja radicada la fiscalización y la protección de los humedales urbanos en el Ministerio del Medio Ambiente, y otorga atribuciones a los municipios para que hagan levantamientos y para que soliciten ese reconocimiento y dicten ordenanzas para proteger el medio ambiente, a fin de evitar que se repita lo que está ocurriendo en ciudades como Pucón, Villarrica y Temuco, en las que áreas de humedales han sido utilizadas principalmente por empresas constructoras.

Las empresas constructoras y las extractivas son la gran amenaza de los humedales en Chile. Este proyecto de ley propone, por lo menos, el establecimiento de algunos mecanismos de protección para que los cursos de agua de superficie sean protegidos, y, con ello, la flora y la fauna, que son los grandes reguladores que tenemos en la naturaleza.

Si no cuidamos los humedales, sometemos a nuestras comunas, a nuestras ciudades y a nuestras regiones a los efectos significativos e impactantes del cambio climático. Los humedales son los reguladores del cambio climático; sin su proyección no podemos soñar ni pensar que vamos a tener posibilidad de abordar de un modo adecuado la presión del cambio climático sobre la naturaleza y sobre el planeta.

En consecuencia, me alegro de que este proyecto, originado en moción, haya sido ingresado a tramitación legislativa. Debo reconocer, con hidalguía, la gestión llevada a cabo por la ministra del Medio Ambiente, quien asistió a la comisión técnica para trabajar en la búsqueda de las mejores alternativas para solucionar adecuadamente el problema que afecta a los humedales urbanos. Si bien en algún momento existieron algunas dudas respecto de qué organismo contaba con las competencias para abordar esta materia, la ministra bregó de un modo importante para que esta estuviera centrada en el Ministerio del Medio Ambiente, con el objeto de que esa secretaría de Estado tuviera a su cargo, junto con el Ministerio de Obras Públicas, la fiscalización y protección de los humedales, facultad con la que cuentan también los municipios, pero de forma secundaria a la de dichas carteras.

Finalmente, quiero señalar que la ministra del Medio Ambiente se la jugó para que podamos tener la protección adecuada de nuestros humedales urbanos, para que no sean solo catorce los humedales protegidos, sino miles, y para que las empresas constructoras y extractivas no destruyan esos espacios ecológicos y biológicos que nos permitirán salvar el planeta y ofrecer una mejor condición de vida a nuestros hijos y nietos.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Catalina Pérez .

La señorita PÉREZ (doña Catalina) .-

Señora Presidenta, el 27 de noviembre de 1981 entró en vigor en nuestro país la Convención de Ramsar. Este es un tratado internacional que regula los humedales de forma general, incluyendo una definición amplia de los humedales.

La implementación de la convención se realiza en Chile a través de la Estrategia Nacional y el Plan de Acción para la Conservación de Humedales. Sin embargo, los problemas comienzan a surgir debido a que nuestra legislación carece de una definición de humedales y porque no existe una regulación específica sobre ellos en los diversos instrumentos de gestión ambiental vigentes.

Creo que es importante relevar el hecho de que legislar sobre humedales tiene que ver con proteger fuentes inagotables de biodiversidad de flora y fauna, que enriquecen nuestros territorios, y que carecen actualmente de una adecuada protección. Esto es particularmente grave cuando hablamos de los humedales presentes en un territorio urbano, donde la esperable degradación ambiental que estos ecosistemas sufren se ve agudizada.

Como nos ilustró Carolina Rojas, geógrafa de la Universidad de Concepción, en la discusión que tuvimos en la comisión, la protección de los humedales se enmarca en el N° 11 de los objetivos globales de desarrollo sostenible sobre ciudades y comunidades sustentables, toda vez que los humedales ayudan en el control de las inundaciones, filtran la basura que contiene el agua, lo que los transforma en fuentes de agua potable, y favorecen la limpieza del aire, lo que promueve el bienestar y el sustento de la comunidad.

Los humedales urbanos están siendo constantemente amenazados por rellenos, desecamiento, cambios en su vegetación, contaminación de sus aguas, basura y sedimentos. Generalmente, los más resguardados son los humedales que están fuera del radio de la ciudad o en espacios de baja densidad de urbanización.

En este sentido, el proyecto de ley en discusión innova y entrega algunas herramientas a las municipalidades para su protección. Sin embargo, no se puede soslayar el hecho de que la iniciativa sufrió algunas modificaciones relevantes en la Comisión de Medio Ambiente. En su formulación original, el proyecto definía qué debe entenderse por un humedal, y establecía la obligación para las municipalidades de dictar ordenanzas generales de protección y conservación. Actualmente, el proyecto condiciona la definición de humedal a aquellos reconocidos como tales por una declaración realizada por el Ministerio del Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo.

Las razones de ese cambio, según lo explicado por el Ejecutivo, dicen relación con las modificaciones a la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente que contempla el proyecto, mediante las que se condiciona el ingreso de proyectos que afecten a humedales, al sistema de evaluación ambiental. También se aludieron razones de certeza, en cuanto a la necesidad de contar con una política nacional básica que permita definir los polígonos de protección, a fin de que los municipios apliquen sus criterios para cada caso particular.

En este sentido, no podríamos estar más de acuerdo con que se requieren políticas nacionales básicas para la protección de los humedales. El problema es que en esta materia, como en varias otras, el ministerio no ha dado ninguna garantía de que su intervención dará certeza para la protección de los humedales.

Para terminar, solo puedo agregar que creo que este proyecto es un paso en la dirección correcta; pero sería bueno que, de una vez por todas, fueran los territorios y los gobiernos locales los que tuviesen las herramientas para lograr la adecuada protección de sus ecosistemas locales. Lamentablemente, para alcanzar ese objetivo aún nos falta mucho.

Pese a ello, anunciamos el voto a favor de este proyecto, tanto del Partido Revolución Democrática como de la coalición política Frente Amplio, y hacemos un llamado para que la iniciativa sea aprobada en la Sala de manera amplia.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Sergio Bobadilla .

El señor BOBADILLA.-

Señora Presidenta, sin duda, seré reiterativo en algunos conceptos que se han vertido, pero creo que es importante dar a conocer las razones por las que votaré a favor esta iniciativa, cuyo objetivo fundamental es proteger los humedales urbanos a lo largo y ancho del país.

Provengo de un distrito que tiene muchos humedales que debemos proteger, como los que hay en Coronel, San Pedro de la Paz, Talcahuano y Concepción. La gran mayoría de quienes vivimos en esa zona hemos sido testigos de cómo en el último tiempo esos humedales han sido invadidos severamente por centros comerciales e inmobiliarias, y de que algunos son utilizados como botaderos de desechos de las industrias y de basura, situación que, indudablemente, debemos detener.

Considero que, en esa línea, esta moción apunta en la dirección correcta, ya que no solo debemos preocuparnos, sino ocuparnos de esta situación.

La forma como los autores de esta moción han enfrentado el problema merece mi más absoluto reconocimiento, porque constituye una contribución real y efectiva para dotar a los distintos servicios públicos de herramientas eficaces que permitan proteger los humedales.

En ese sentido, también destaco la decisión que tomó nuestro gobierno en cuanto a hacerse parte y apoyar este proyecto de ley, dado que cuando ingresó a la Cámara, en el segundo trámite constitucional, venía con algunos artículos que eran inadmisibles; sin embargo, el gobierno, asumiendo que este proyecto apunta en la dirección correcta, ingresó indicaciones que corrigieron los aspectos inadmisibles.

Por lo tanto, dejo de manifiesto que nuestro gobierno, a través del Ministerio del Medio Ambiente, ha asumido un compromiso real y efectivo con esta moción parlamentaria, lo que, sin duda, es motivo de alegría, porque demuestra que el gobierno también está asumiendo como una necesidad urgente el que esta iniciativa se convierta a la brevedad en ley.

Quiero resaltar el rol que cumplirá el Ministerio del Medio Ambiente para reglamentar la protección de estos humedales, aspecto que considero muy importante, como también el que cumplirán los municipios. Como se sabe, hasta ahora las municipalidades no han contado con las herramientas ni las facultades para intervenir directamente.

A través de esta iniciativa se entregan facultades y herramientas a los municipios para que puedan actuar en forma oportuna y eficaz, dado que la municipalidad es el ente público más próximo a la comunidad.

Por las razones expuestas, debemos apoyar esta iniciativa, que espero sea aprobada por unanimidad. De esa forma, como acabo de expresar, tanto las municipalidades como el Ministerio del Medio Ambiente y el de Obras Públicas contarán con las herramientas necesarias para proteger los humedales, de manera que estos permanezcan en el tiempo.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Gastón Saavedra .

El señor SAAVEDRA.-

Señora Presidenta, en 1981, hace 38 años, nuestro país ratificó el Convenio de Ramsar, cuya misión es conservar estos territorios y regular su uso racional. Sin embargo, hemos visto cómo, lamentablemente, la fuerza del mercado se ha impuesto y ha dañado para siempre este tipo de terrenos, haciendo caso omiso a la ratificación del convenio mencionado.

No obstante, la sabiduría del legislador nos permite asignar hoy a los municipios el primer eslabón del poder que se relaciona con la ciudadanía, una ordenanza para consagrar la sustentabilidad, como criterio de gestión, de estos espacios, con fines ecológicos e hidrobiológicos.

Indudablemente, no solo permitirá la protección de aquellos, sino que, al mismo tiempo, como se introduce una modificación a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, también permitirá que la planificación territorial salvaguarde estos espacios y no tengamos contradicciones y colisiones permanentes con quienes pretenden desarrollar el negocio inmobiliario sin atender a la calidad de vida de los ciudadanos.

Esta categoría genera áreas de protección natural, y, al mismo tiempo, nos relaciona con qué ciudad queremos construir. Obviamente, la respuesta a esa pregunta es ciudades sustentables que permitan asegurar la calidad de vida de las ciudadanas y los ciudadanos del país.

Al mismo tiempo, debemos decir que las experiencias deben ser la mejor lección para todos. El 27 de febrero de 2010 vivimos un embate de la naturaleza: un terremoto y un tsunami, y el gran problema fue la carencia de agua para el consumo humano durante varios días. Fue ahí que nos dimos cuenta de la importancia y vigencia de los humedales, que con su capacidad de filtro permiten disponer de este vital elemento para el consumo de la población.

Por tanto, tras la catástrofe y su efecto brutal nos dimos cuenta de que había que cuidarlos, de que había que protegerlos y, en consecuencia, de que había que instalarlos dentro de los planes reguladores.

En buena hora llega esta norma; sin embargo, también nos impone un desafío, porque estas zonas deben transformarse en parques ecológicos que ayuden a construir una sociedad sustentable. Si esto no se da, se habrá promulgado una ley con letra muerta. De ahí deriva la importancia de asignar los presupuestos necesarios para estos efectos.

En Chile tenemos un desafío pendiente, dado que la Organización Mundial de la Salud establece nueve metros cuadrados de área verde por habitante, y hoy en nuestro país estamos en un promedio de 4,3 metros cuadrados. En nuestra región estamos por debajo de ese promedio -tenemos 4,2 metros cuadrados por habitante-, tal como estamos bajos en muchos otros indicadores socioeconómicos.

En consecuencia, el desafío es que en el próximo presupuesto del sector público se destinen los recursos necesarios, a través del Ministerio del Medio Ambiente, para que las municipalidades, que tienen los humedales bajo su custodia, los puedan transformar en parques ecológicos y así contribuir a la creación de esa ciudad sustentable que soñamos.

Además, es del todo necesario hacer ver la necesidad de conectar esto con estrategias que permitan la protección de los territorios en caso de catástrofes, así como entender que la gestión integral de riesgos y desastres tiene que ser el eje de protección de estos territorios, porque con ello salvaguardaremos los espacios, los reservorios de agua, para cuando la catástrofe nos asuele y no tengamos el servicio de utilidad pública que prestan empresas privadas.

Entonces, si bien el desafío es aprobar este proyecto de ley, al mismo tiempo debemos entregar al país señales claras, nítidas, en el sentido de que esto debe enmarcarse dentro de un proyecto de ley de cambio climático que debe llegar pronto al Congreso Nacional.

Por ello, hago un llamado al Ejecutivo para que no nos dediquemos solo a parchar problemas o a aprobar cosas relacionadas a veces y a ratos, sino que la sustentabilidad se entienda desde una visión holística y un funcionamiento sistémico. En ese sentido, considero que aquí cabe perfectamente una ley de cambio climático, ya que con ello daremos, como país, una señal clara e iremos a la COP25 con nuestras tareas hechas.

Debemos asumir el desafío de aumentar los metros cuadrados de áreas verdes por habitante, porque con ello contribuiremos a mejorar la calidad de vida de los habitantes de nuestro país y a su desarrollo social y económico.

En suma, se trata no solo de aprobar este proyecto de ley; hay otros elementos que deben darse para que se establezca esta visión holística del medio ambiente de la que hablaba hace un minuto, en beneficio de las personas, de los ciudadanos.

En resumen, debemos cambiar nuestra visión, nuestra óptica acerca de cómo abordar estas situaciones y establecer una sustentabilidad con rostro humano, esto es, la sustentabilidad al servicio de la calidad de vida de las personas.

Finalmente, conmino a todos a aprobar esta iniciativa por unanimidad. Con eso, la Cámara de Diputados dará una señal potente respecto de su compromiso con el medio ambiente, con la sustentabilidad y con la construcción de ciudades que aseguren una mejor calidad de vida a las personas.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Renato Garín .

El señor GARÍN.-

Señora Presidenta, quiero comenzar mi intervención enviando un saludo al principal autor de esta iniciativa, el senador Alfonso de Urresti, del Partido Socialista.

También debo señalar que en la Comisión de Recursos Hídricos estamos tratando un proyecto sobre esta misma materia y con un espíritu similar, el cual es de autoría del diputado Daniel Núñez , del Partido Comunista, quien me invito a firmarlo.

Voy a partir con un caso ocurrido en la chacra San Pedro de Melipilla, de la comuna de Melipilla. Ahí existía un humedal desde hace centenares de años, con una formación acuífera, pero una inmobiliaria lo tapó con ripio en menos de seis meses y toda la flora y fauna de ese humedal se extinguió. La decisión de un privado acabó con un humedal que no estaba protegido por la ley.

Los humedales en Chile no solo representan un valor desde el punto de vista de la biodiversidad; también pueden ser un elemento que contribuya al turismo y a la promoción de valores locales. El humedal no solo tiene una dimensión ecológica; también tiene una dimensión social y comunitaria que es muy importante de destacar, y en el proyecto del diputado Daniel Núñez eso queda claro.

Quisiera insistir respecto de la importancia de tener claridad sobre la agenda ambiental y sobre cuáles serán las prioridades en los próximos cinco a diez años en Chile.

Esto tiene que quedar claro, porque en la medida en que los humedales siguen siendo rellenados estamos perdiendo la oportunidad de ponernos a la vanguardia en el cuidado de los humedales en el mundo. Además, es importante que en su segundo período al mando del país, el Presidente Piñera deje un legado respecto de la agenda medioambiental, pues, al no suscribir el Tratado de Escazú, un elemento muy importante de la política internacional medioambiental, no se daban buenas señales. El tema del cuidado y preservación de los humedales hoy es relevante.

Ahora bien, dado que tenemos dos proyectos de ley en tramitación sobre el mismo tema, sería bueno que el Ejecutivo también apoyara el proyecto del diputado Daniel Núñez , porque hacen falta indicaciones que solo el gobierno puede aportar, como es entregar competencias y obligaciones al Ministerio del Medio Ambiente y establecer mejores procedimientos judiciales sobre cómo las autoridades judiciales pueden asegurarse del cumplimiento de los compromisos respecto de los humedales.

Insisto en que, cuando una inmobiliaria rellena un humedal con ripio, hoy no tenemos ninguna herramienta legal para impedir, castigar y perseguir esa acción.

Este proyecto de ley del senador Alfonso de Urresti tiene que ser complementado con la iniciativa legal presentada por el diputado Daniel Núñez , del Partido Comunista, ya que es necesario que tengamos una sola ley de humedales. No tiene sentido que tengamos dos proyectos sobre el mismo tema, uno sobre humedales urbanos y otro, radicado en la Comisión de Recursos Hídricos, sobre humedales sin apellido.

Ciertamente, el Ejecutivo debe tomar una decisión política respecto de cuál proyecto de humedales va a respaldar -ojalá sea el del diputado Daniel Núñezy enseguida debe poner a Chile al nivel del Convenio de Ramsar, que regula los asuntos internacionales sobre humedales, y que también se nos diga claramente cuál va a ser la institución pública que se va a hacer cargo de la persecución judicial de estos asuntos. ¿Va a ser un juzgado de policía local o serán los tribunales ambientales?

En el proyecto del diputado Daniel Núñez , dada la ausencia de indicaciones del Ejecutivo, hemos tenido que colocar a los jueces de policía local con competencia sobre la ley. Sería bueno que el gobierno pudiera aclarar su posición respecto de estos dos proyectos, y ojalá los diputados oficialistas de Chile Vamos pudieran ayudarnos a que el gobierno apoye también el proyecto que estamos tratando en la Comisión de Recursos Hídricos.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Bernardo Berger .

El señor BERGER.-

Señora Presidenta, numerosos datos científicos señalan que los humedales son los sumideros de carbono más efectivos del planeta.

Ya el Acuerdo de París sobre el cambio climático reconoce la función que desempeñan, limitando la cantidad de carbono presente en la atmósfera y, por ello, representan una importante solución al problema del cambio climático y el calentamiento global.

Sabemos que se ha perdido una tercera parte de los humedales a nivel mundial en solo cuarenta y cinco años, y actualmente los humedales están despareciendo tres veces más rápido que los bosques.

Lamentablemente, la pérdida y la degradación de los humedales es altamente preocupante, ya que contribuyen al calentamiento climático al transformarse estos sumideros naturales de carbono en fuentes de emisiones.

En 2018, las partes contratantes de la Convención de Ramsar sobre los humedales acordaron establecer medidas para proteger, restaurar y gestionar sosteniblemente las turberas y los ecosistemas costeros, reconociendo el importante papel que juegan los humedales en la adaptación al cambio climático y a la mitigación de este.

A nivel mundial, la preocupación por proteger los humedales está representando un hito importante del cual, naturalmente, no podemos restarnos o estar ajenos.

A nivel nacional, tenemos alrededor de 1.460.400 hectáreas de humedales, y tan solo en la Región de Los Ríos, a la que represento, y la ciudad de Valdivia, albergan 129.300 hectáreas.

Desgraciadamente, hasta la fecha, estos humedales no han tenido el tratamiento normativo adecuado frente a los tiempos que estamos viviendo. Lo digo porque el único instrumento legal que los protege hasta ahora, como ya sabemos, es la Convención de Ramsar, que fue ratificada por Chile en 1981, y no es para nada suficiente para entregar un marco normativo integral en esta materia, lo que da como resultado que se haga difícil generar acciones objetivas de protección, pues se confunden los instrumentos y las instituciones competentes entre los municipios, el Ministerio de Bienes Nacionales, Directemar , la Dirección General de Aguas, entre otras, generándose muchas veces vacíos legales o contiendas de competencia entre unas y otras.

Dar protección a los humedales a nivel de ordenanzas municipales y en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, como lo propone esta moción, me parece que es solo el paso inicial en materia de protección. Es bienvenido, por cierto, pero aún estamos muy lejos de lo que realmente se necesita.

Por otro lado, valoro que el proyecto aprobado por el Senado haya ampliado la protección desde humedales urbanos a los periurbanos o a aquellos que formaban parte tanto de terrenos urbanos como no urbanos, pues las situaciones geográficas no se concilian con las divisiones administrativas.

En tal sentido, recuerdo al Ejecutivo que, en 2015, la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de resolución de mi autoría que crea la figura de zona de interés natural en los planos reguladores y reconoce a los humedales en terrenos urbanos como áreas de protección en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Finalmente, quiero destacar la contribución del Ejecutivo con las indicaciones ingresadas por el Ministerio del Medio Ambiente, que aportan a un sustento institucional para darle un enfoque más integral a esta moción.

Apoyo la iniciativa en todas sus partes, esperando que exista una política nacional que garantice criterios bases de sustentabilidad para todos los humedales del país.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Daniel Núñez .

El señor NÚÑEZ (don Daniel).-

Señora Presidenta, en este tema tan importante, quiero partir con un saludo al senador De Urresti por presentar esta iniciativa que otorga protección a los humedales urbanos, pero sobre todo quiero hacer un reconocimiento a las organizaciones ciudadanas y medioambientales que han levantado esta demanda. Hay que decirlo con franqueza: el mundo político solo está reaccionado ante un tema que la ciudadanía, la gente común y corriente, levantó desde Arica hasta Punta Arenas, porque no hay ninguna región que no tenga humedales, ya sea alto andinos, urbanos o costeros, pero que además no estén amenazados. Ese es el drama o la preocupación que tenemos. Por lo tanto, vaya mi reconocimiento a la gente que se organizó, que demandó, que ha hecho protección de los humedales, lo que ha permitido que hoy día estemos discutiendo en segundo trámite constitucional una moción que se inició en el Senado.

Muchos de los colegas que me han antecedido en el uso de la palabra han señalado algo muy importante, que debemos tener claro: hoy la protección de un humedal es declararlo sitio Ramsar , pero el proceso demora más o menos dos años de trabajo e implica la realización de bastantes estudios. Si seguimos por esa vía, de los catorce humedales que existen solo podremos proteger dos o tres por año. Esto refleja la importancia de legislar en esta materia.

¿Cuál es la amenaza? No es abstracta y en materia de humedales tiene nombre y apellidos. La primera amenaza son las inmobiliarias, que ven en los humedales simplemente un espacio para construir y un lugar para rellenar, dado que ahí quieren instalar sus edificios y sus centros turísticos. Eso ha generado muchos conflictos, en especial en los humedales costeros.

También tenemos la amenaza de los vertederos ilegales.

Otra amenaza que se denuncia poco por dificultades prácticas es la acción de la gran minería, que ha destruido muchos humedales en distintos puntos del país.

Quiero aprovechar la oportunidad para hacer una denuncia concreta.

Muchos están contentos por el hecho de que el gobierno haya apoyado esta iniciativa y señalan que es un gran avance. Hay autoridades políticas y también dueños de grandes mineras que han sido cómplices y autores de la destrucción de humedales. Un caso de destrucción de un humedal ocurrió hace exactamente dos semanas en la comuna de Salamanca, donde un convoy de camiones de la empresa minera Los Pelambres tuvo que realizar distintos recorridos, autorizados –imagino por el gobernador de la provincia de Choapa.

Frente a la imposibilidad de transitar por la carretera por el tamaño de los camiones, se habilitaron caminos vecinales. Mientras el Congreso Nacional discute un proyecto de ley para proteger los humedales, dos semanas antes un gobernador, una autoridad política, permitió que ese convoy de camiones tapara el humedal de Batuco, en el río Choapa, en la comuna de Salamanca, zona expuesta a una crisis hídrica por una sequía que continúa avanzando. Sin embargo, el gobierno se da el lujo de autorizar que se tape un humedal para que puedan transitar los camiones de la minera Los Pelambres.

La misma gente que apoya este proyecto se manifestó en la comuna de Salamanca. La comunidad indígena, las asociaciones ambientalistas y las distintas agrupaciones de la comuna de Salamanca cortaron la carretera a la altura de ese camino vecinal. Carabineros de Chile los desalojó por la fuerza y hubo tres detenidos.

¿Por qué las autoridades esperaron dos o tres semanas para llegar al lugar? Porque ayer el Presidente de la República, Sebastián Piñera , debió concurrir a la minera Los Pelambres con el dueño, señor Jean-Paul Luksic , a inaugurar una expansión del proyecto.

La minería no es el problema, porque todos sabemos que Chile tiene una base minera, pero no queremos una minería que contamine y dañe el medio ambiente y tampoco que un Presidente de la República sea cómplice de acciones criminales contra humedales. ¡Esa es la verdad! Hay que decirlo con claridad, porque eso es lo que ocurrió en la comuna de Salamanca. Además, el martes fueron detenidos estudiantes secundarios que protestaban en contra de esa situación.

Es urgente actuar en esta materia. No podemos seguir esperando, porque la destrucción de humedales ocurre todos los días.

Sin duda, este proyecto de ley es un avance, pero solo protege los humedales urbanos, quedando desprotegidos miles de humedales que no están en zonas urbanas, es decir, los humedales costeros y los alto andinos, que pueden tener la misma función de protección de agua y de vida que tienen los glaciares, especialmente desde la Región de Valparaíso hasta el norte del país.

Reivindico la significación que tiene el proyecto que se está tramitando en la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación de la Cámara de Diputados, que establece una protección universal de los humedales. Me parece lamentable que la ministra del Medio Ambiente se haya negado a concurrir a la comisión a señalar la postura del Ejecutivo. Hay que hacerle un llamado de atención al gobierno y espero que en esta materia, en las sesiones que quedan de tramitación de la iniciativa, el Ejecutivo y la ministra se hagan presentes. Uno se pregunta, finalmente, qué hace en su cargo una ministra del Medio Ambiente que no se preocupa de un proyecto de ley de protección de humedales.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag .

El señor SABAG.-

Señora Presidenta, valoro profundamente este proyecto.

Hemos constatado que la urbanización en extremo, que no deja lugar a los humedales y a las áreas verdes, provoca un daño irreversible al medio ambiente. Eso lo hemos vivido también en zonas rurales donde la forestación extrema, que no deja espacio a los cursos de agua o a humedales, también está creando un daño irreparable al medio ambiente.

Este proyecto permite la protección de los humedales urbanos y entrega facultades a los municipios y al Ministerio de Obras Públicas para regular y proteger estos espacios, principalmente contra la presión de las inmobiliarias y las industrias que quieren rellenar, drenar y secarlos, quitando un espacio vital de biodiversidad a nuestro medio ambiente.

Es lamentable que muchos de los humedales se hayan transformado en verdaderos vertederos de basura, con lo cual se provoca un grave daño al medio ambiente.

La incorporación del concepto de humedal urbano y el aseguramiento de su protección eran un deber imperioso del legislador -hoy nos estamos poniendo al día en esa materia-, así como someter a evaluación de impacto ambiental la ejecución de obras, programas o actividades que directa o indirectamente significan una alteración física de los humedales urbanos y que implican destrucción mediante relleno, drenaje o secado.

En definitiva, el proyecto apunta a un desarrollo sustentable de nuestras ciudades y del país.

Chile tiene entre 18.000 y 30.000 humedales que cubren casi un millón y medio de hectáreas. La Convención de Ramsar, firmada en 1981, es el único instrumento legal con que contamos para proteger nuestros humedales. Por ello, necesitamos ponernos al día en nuestra legislación.

Los humedales son ecosistemas ricos en diversidad biológica, que albergan especies endémicas que no encuentran refugio en otros ambientes. Al destruir o alterar estos humedales estamos afectando su sustentabilidad.

Los humedales son esenciales por las funciones ecosistémicas que cumplen; son ejes transformadores de múltiples materiales biológicos y químicos; son los denominados “riñones de la tierra”, por su capacidad de filtración y absorción de ciertos contaminantes dentro de los ciclos químicos e hidrológicos, así como también por ser receptores de aguas naturales o artificiales.

Este proyecto solo protege los humedales urbanos. El resto de los humedales no son considerados sitios Ramsar , por lo que no tienen ningún tipo de protección y, en consecuencia, se encuentran amenazados.

Me hago eco de lo señalado por el diputado Garín : necesitamos una sola ley de humedales, de modo de abordar este tema en forma integral y así contar con un desarrollo más sustentable de nuestro territorio.

Ayer se votó el proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico, que algo tiene que ver con esto, porque quienes votamos en contra, en definitiva, venimos a decir que tenemos que cambiar nuestra manera de construir el país. No podemos seguir haciéndolo sobre la base de un sistema extractivo. Tenemos que incorporarnos a una economía que respete el medio ambiente y que sea sustentable.

Por eso, respaldo este proyecto, que va en una línea aún incompleta, pero es un paso significativo.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Harry Jürgensen .

El señor JÜRGENSEN.-

Señora Presidenta, el proyecto de ley que hoy discutimos tiene como fin proteger los humedales que se encuentren, total o parcialmente, dentro del radio urbano y asegurar su protección, lo que me parece destacable. ¡Más vale tarde que nunca! Digo esto porque muchas de las áreas que hoy pretendemos proteger ya han sido intervenidas y afectadas; además, existe una constante tensión entre su protección y el crecimiento poblacional de las áreas urbanas.

Hoy, todos entendemos que los beneficios de los humedales son muchos. Por ejemplo, reabastecen los depósitos de agua potable, filtran los desechos, mejoran la calidad del agua, mejoran la calidad del aire de las ciudades y reducen las inundaciones, las que son cada día más recurrentes. En conclusión, contribuyen a un equilibrio necesario para el bienestar del ser humano y de nuestro medio ambiente, y, además, constituyen importantes reservorios para la conservación de nuestra frágil biósfera.

La sociedad, tanto a nivel mundial como nacional, no le ha tomado el peso a este tema. Hablamos muy poco sobre esto. Por eso, me parece muy positivo que estemos discutiendo dos proyectos de ley sobre este tema. Nos falta mucho más, como por ejemplo educar y mostrar a la gente los beneficios y la importancia de su protección, y valorar esos espacios e incorporarlos como espacios recreativos y de esparcimiento, donde las familias puedan tener contacto con la naturaleza, pero siempre teniendo presente la preocupación por su conservación.

Existen iniciativas en la comuna de Llanquihue, dentro del Plan de Infraestructura Verde, como mencionó el diputado Fidel Espinoza : el Parque Humedal Baquedano, el humedal El Loto, el humedal Los Helechos y el humedal Las Ranas. Iniciativas similares deberían ser implementadas por tantas otras comunas de Chile que cuentan con humedales, como Valdivia, Concepción y San Pedro de la Paz. Aprovecho de celebrar la decisión del municipio de San Pedro de la Paz de denegar el permiso de edificación de un centro comercial en el humedal Los Batros.

Sin duda, este proyecto da un paso importante para la protección de los humedales, pero aún es insuficiente. Es urgente incentivar otras medidas, como las que señala la Convención de Ramsar sobre los humedales, la única a nivel mundial sobre esta materia. Entre las medidas que debemos considerar está involucrar a los habitantes locales en el manejo de los humedales y fomentar prácticas de uso sostenible, además de preocuparnos de gestionar el consumo de agua, promover su uso eficiente y reducir el escurrimiento de desechos y plaguicidas.

Por último, es necesario apoyar con fuerza todas las iniciativas que protejan nuestro medio ambiente. Es necesario trabajar en un desarrollo y un crecimiento sustentables, así como también en políticas públicas integrales que se preocupen por la protección y la conservación de nuestro entorno y de la rica y variada flora y fauna de nuestro país.

Invito a los colegas a apoyar con entusiasmo este proyecto de ley.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Raúl Saldívar .

El señor SALDÍVAR.-

Señora Presidenta, en un contexto donde el cambio climático es una realidad, donde existe evidencia de que la temperatura de nuestro planeta se eleva año a año, los ciudadanos estamos llamados a hacer todos los esfuerzos necesarios para detener este proceso o, por lo menos, para contrarrestarlo y mitigar sus efectos.

En nuestro caso, como legisladores, debemos construir una estructura legal que garantice la protección de nuestro medio ambiente. Considero que eso nos corresponde como representantes de la comunidad. Tenemos el imperativo de frenar este proceso, porque, de seguir así, no tengo dudas de que implicará cambios dramáticos que posiblemente signifiquen la extinción de muchas especies y una crisis aguda, profunda y, quizás, irreversible para nuestra propia especie.

Durante la vida del planeta ha habido varias extinciones masivas, y solo nosotros, los seres humanos, tenemos la posibilidad de acelerar este proceso o de revertirlo. Ante ese escenario, es de sentido común entender -tengo la certeza que solo defendiendo el ecosistema aseguraremos nuestra subsistencia.

Debemos tener claro el origen del problema, que se ha denominado individualismo metodológico; es decir, una exacerbada concepción antropocéntrica, donde el foco está puesto de tal forma en los seres humanos que el resto del entorno pasa inadvertido. Dicho individualismo metodológico se expresó en el auge del capitalismo, sistema económico que, potenciado por las distintas etapas de la revolución industrial -con el uso del vapor, de la electricidad, de la electrónica, y hoy de la robótica-, terminó por transformar todas las estructuras y, finalmente, aceleró el proceso de cambio natural del planeta Tierra.

No cabe duda de que la revolución industrial y el desarrollo del conocimiento han significado un salto cualitativo, que ha permitido un mayor desarrollo económico, y la extensión de la esperanza de vida a más de ochenta años en el mundo “civilizado”. Sin embargo, tiene el correlato del aumento dramático de la contaminación y de la abismal brecha entre los países ricos y pobres. En este caso, la evidencia me permite decir que el carácter anárquico del capitalismo nos ha puesto ante un escenario casi apocalíptico.

Por esa razón, proteger los distintos ecosistemas resulta un imperativo que no debemos eludir, y discutir sobre la protección de humedales tiene gran relevancia.

Los humedales son muy importantes para el desarrollo de la vida. Sin duda, constituyen un ecosistema en sí mismos. No obstante, no han recibido la debida atención por parte de nuestras autoridades. Eso se expresa en que no existe una regulación legal sobre los mismos.

En el distrito que represento hay humedales muy importantes, como El Culebrón, que es uno de los inscritos dentro del área urbana de la comuna de Coquimbo, y Punta Teatinos, ubicado en los límites del sector urbano de la ciudad de La Serena. Podría enumerar otros, pero los mencionados están directamente vinculados al tema urbano y tienen amenazas muy distintas al resto de los humedales. Dichos humedales albergan más de 130 especies que debemos proteger, como el sietecolores, el cisne coscoroba y el pidencito.

El proyecto de ley responsabiliza al Ministerio del Medio Ambiente del resguardo de los humedales y de sus características superficiales y subterráneas, lo que ciertamente es un avance.

La importancia de esta iniciativa guarda relación con que se está poniendo el interés de la comunidad por sobre el interés particular, estableciendo que los proyectos que pudieran significar la alteración física o química de los humedales deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Sin perjuicio de lo anterior, se modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones, exigiendo que todo instrumento de planificación territorial incluya a los humedales urbanos en cada escala territorial. Debemos preservarlos todos; no debemos olvidar que todos ellos forman un gran ecosistema mundial.

Para finalizar, quiero hacer un llamado de atención. No podemos seguir llevando un estilo de vida que no ponga la debida y adecuada atención en el medio ambiente. Debemos construir un estilo de vida nuevo y tener patrones de consumo amigables y sostenibles. En ello todos somos responsables.

Debemos trascender el capitalismo anárquico, en el que cada uno hace lo que quiere y se salva quien puede. Debemos transitar hacia una sociedad inteligente y colectiva, que tenga como objetivo trascendental la supervivencia de nuestra especie y que permita vivir en armonía con nuestro planeta. Debemos poner fin al individualismo metodológico y a pensar en los seres humanos como el centro y fin de todo sistema. Hay otros elementos en el planeta que, incluso, son importantes para nuestra subsistencia.

Por esas razones, sin duda votaré a favor este proyecto, pues, aunque sea pequeño su rango de acción, colabora en salvaguardar el medio ambiente, asunto crucial, fundamental y sustantivo en estos días para todos nosotros.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Nino Baltolu .

El señor BALTOLU.-

Señora Presidenta, como han dicho quienes me han antecedido en el uso de la palabra, este proyecto tiene por finalidad la protección de los humedales urbanos que se encuentren, según indican sus disposiciones, dentro del radio comunal o periférico, que depende de las municipalidades correspondientes, entendiendo que dichos humedales son superficies ricas en ecosistemas de diversidad biológica, que albergan especies endémicas, residentes nativas y migratorias, las que escogen este tipo de hábitat por sus características particulares, y que actualmente carecen de regulación.

Esta iniciativa se preocupa de un tema que no había tenido la relevancia normativa suficiente. No obstante ello, debemos tener presente que el Ministerio del Medio Ambiente pretende aplicar un Plan Nacional para la Conservación de Humedales, de manera conjunta con el Comité Nacional de Humedales, con el objetivo de establecer los lineamientos que apunten a profundizar el conocimiento e información que se tiene de esos espacios, lo que permitirá tomar decisiones y realizar una gestión más efectiva para su protección.

De esa forma, se avanza en la priorización sobre el trabajo respecto de los humedales, en la incorporación de sitios bajo protección oficial, en la vinculación de iniciativas privadas, y en el establecimiento de obligaciones para las municipalidades en esta materia.

Por una parte, se estableció que será el Ministerio del Medio Ambiente el que determinará y definirá los humedales protegidos, ya sea de oficio o a petición del municipio donde se encuentre dicho humedal, y, por otra, se obligará a la elaboración de un reglamento, junto con el Ministerio de Obras Públicas, que definiría los criterios básicos de sustentabilidad de los humedales urbanos.

Además, se dispone que las municipalidades, a través de una ordenanza general, deberán establecer criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales ubicados dentro de los límites de la comuna.

Es importante implementar esta normativa lo más rápido posible, a fin de proteger los humedales existentes, pues se dice que en Chile existen entre 18.000 y 30.000 humedales. Sería un despropósito que no sepamos preservar nuestro medio ambiente. Nos llenamos la boca con el tema; pero si en el informe del proyecto se señala que existen entre 18.000 y 30.000 humedales en el país, debemos apurarnos en identificarlos para preservar el planeta.

Por otra parte, sin el patrocinio del Ejecutivo, se establece la prohibición a las municipalidades, en el espacio que media entre la presentación de la solicitud para reconocer el carácter protegido de un humedal hasta el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente, para conceder permisos de subdivisión. Por ello, insisto en que tenemos que avanzar muy rápidamente en identificar esos espacios.

En Arica tenemos un humedal maravilloso en la desembocadura del río Lluta, llamado “humedal del Lluta”. Gracias a que la comunidad organizada ha persistido en conservarlo, hoy está dentro de los catorce humedales reconocidos en Chile. ¿Qué nos da este humedal? La belleza paisajística, que es un atractivo para los turistas. Miles y miles de aves llegan todos los años al humedal, en el que se detienen durante un tiempo para luego continuar su camino.

Por lo tanto, votaré a favor este proyecto, porque tengo el ejemplo en Arica, en la desembocadura del río Lluta, de un humedal maravilloso. Si algunos parlamentarios quieren visitarlo, indudablemente que Arica estará dispuesta a recibirlos.

He dicho.

-Aplausos.

La señora CARVAJAL, doña M.ª Loreto (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda .

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señora Presidenta, estaba conversando con la diputada informante en relación con este proyecto, pues me parece de una enorme relevancia la protección de los humedales, y le manifesté una preocupación que ella me aclaró. El artículo 2º del proyecto dispone que las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos y periurbanos. Mi preocupación era que no siempre las municipalidades tenían la posibilidad de establecer esas ordenanzas con los criterios mínimos que deberían aplicarse.

Además, dicha gestión tiene que ver más bien con la voluntad del alcalde de realizarla y con la importancia que él le dé. La diputada me aclaró que se va a dejar esta facultad, esta potestad, a requerimiento de las municipalidades, al Ministerio del Medio Ambiente.

Me parece que falta otro actor que también debería tener la posibilidad de efectuar el requerimiento al Ministerio del Medio Ambiente, o de efectuarlo por intermedio de las municipalidades. Me refiero a la propia ciudadanía, a las organizaciones medioambientales y a los vecinos que viven alrededor de esos lugares. Porque puede ocurrir que el municipio no vea la necesidad de protección de un humedal, o que el ministerio no lo vea -o no lo quiera ver, porque también está esa posibilidad-; pero lo digo fundamentalmente pensando en las municipalidades, pues me ha tocado conocer que no siempre se quiere establecer un resguardo de esos espacios, por fines económicos o por lo que sea.

Por ello, por qué no se incorpora en el proyecto -lo conversamos con la diputada informante la posibilidad de que las personas que viven alrededor de esos lugares o que las propias organizaciones sociales o ambientalistas que permanentemente están revisando esos espacios también sean parte de este proceso y puedan pedir al municipio que haga el requerimiento respectivo al Ministerio del Medio Ambiente, o que sencillamente esas propias organizaciones lo hagan directamente al ministerio.

Quizás, nos faltó incorporar con más fuerza la visión, la palabra y la expertise que tienen muchas organizaciones sociales o grupos ambientalistas, que tienen mucho que decir y que también podrían ser parte de esta futura ley.

Cada día se nos está pidiendo mayor participación ciudadana, con lo cual estamos absolutamente de acuerdo, y que modifiquemos todas las leyes en orden a que las organizaciones sociales y las que tienen cierto grado de especialidad en el tema respectivo puedan tener injerencia y, de alguna manera, llamar la atención a las autoridades respectivas.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Marcelo Díaz .

El señor DÍAZ.-

Señor Presidente, como dijo el diputado Raúl Saldívar , este es un proyecto pequeño, puntual. Yo hubiese esperado, quizás, una reforma más profunda en esta materia. Lo digo porque, no muy lejos, en la comuna de Casablanca, podemos observar el estado en que se encuentran dos humedales: el humedal El Jote y el humedal Tunquén .

Me parece que para este próximo sábado la organización Tunquén Sustentable ha convocado a una actividad que tiene por objeto reunir manos y voluntades para limpiar los desechos que quedan en la playa, que se encuentra precisamente hacia el final del humedal de Tunquén.

Es cuestión de visitar el humedal para darse cuenta de que en el verano se instalan cientos de carpas -hasta hace poco había muchas; hoy prácticamente no queda ninguna en una zona protegida.

Me hubiese gustado, como dijo la diputada Alejandra Sepúlveda , que este proyecto estableciera que las municipalidades no sean los únicos organismos que pueden hacer esta solicitud, porque a veces estas no las quieren hacer o tienen intereses económicos de por medio, situación que las lleva a estar más interesadas en el desarrollo de obras inmobiliarias que en la preservación de los humedales.

Con todo, hay una modificación -por eso votaré a favor este proyecto de ley al decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que establece que todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales urbanos existentes en cada escala territorial, en calidad de áreas de protección de valor natural. No podrán otorgarse permisos de urbanización o construcción, salvo que estén destinados a su protección, preservación, conservación y gestión. Entiendo que esa es la norma maestra, pues aclara que los humedales son áreas de protección y que no pueden sacrificarse en función de otros intereses que no sean el de la preservación patrimonial de dichos humedales y ecosistemas. Sin ir más lejos, al humedal de Tunquén migran aves desde Canadá. ¡Desde Canadá! Tenemos que defender la riqueza que hay en los humedales, porque tiene relación con nuestro patrimonio ambiental y contribuyen a la sustentabilidad del planeta. Desde esta perspectiva, este proyecto de ley es un avance, pero quiero entender que esta es la norma matriz, que vamos a respetar.

A propuesta del diputado Félix González , se propuso una indicación que establece que entre el periodo que media entre la solicitud a la municipalidad y el otorgamiento de la declaración por parte del Ministerio de Vivienda y Urbanismo deben transcurrir seis meses. El diputado González , a mi juicio, con asertividad, planteó que durante ese periodo no podrán otorgarse permisos municipales para construcción, ante lo cual algunos plantearon reserva de constitucionalidad. Finalmente, ese punto se resolvió. Es evidente que debía ser así, pues de otra manera durante esos meses se habría vivido una fiebre de solicitudes de permisos y aprobaciones que habría hecho impracticable las peticiones para declarar alguna área como protegida.

Entiendo que esas reservas de constitucionalidad fueron retiradas y que hoy todos estamos de acuerdo con que es razonable que el Estado tenga facultades para establecer limitaciones al ejercicio del dominio de propiedad y a determinados derechos de propiedad, especialmente aquellos que pretenden preservar el interés público, lo cual hace necesario que durante esos seis meses haya un congelamiento de cualquier tipo de solicitud.

Valoro este proyecto de ley, y por eso lo votaré a favor, pero eso no obsta a que debamos tomar decisiones claras. Mediante esta iniciativa, ¿se protege o no a los humedales? Aquello debe quedar claramente establecido, porque en este tipo de materia la protección a medias no sirve.

¡Es muy simple! ¿El Estado de Chile, expresado en este Congreso, quiere proteger los humedales? Los diputados Matías Walker y Daniel Núñez saben cuánto costó recuperar, mantener y preservar el humedal de Punta Teatinos sin una norma legal.

Recuerdo que, en 2005 o 2006, el entonces director regional de la Conama de Coquimbo, Elier Tabilo , puso mucho empeño en este tema, porque tenía una particular especialidad académica y profesional, además de un compromiso personal con la protección de los humedales. Sin ese profundo compromiso personal, ese terreno probablemente habría sido devastado. Es lo que ha ocurrido con el humedal de Tunquén, en Quintay. Hace poco estuve en Quintay en un seminario que realizó la organización Tunquén Sustentable, en el que hubo actividades, compromisos y movilización de los ciudadanos, pero requieren herramientas que les permitan hacerse cargo del anhelo de proteger este patrimonio ambiental del que disponemos como chilenos, a fin de no seguir depredando lugares que son clave para la subsistencia de nuestro planeta.

Hay algunos puntos contradictorias en esta iniciativa, pero quiero creer -lo reitero para la historia fidedigna de la ley que la modificación al decreto con fuerza de ley N° 485, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, es su piedra angular, porque entendemos que el objetivo final es proteger como áreas de preservación a los humedales de todo el territorio nacional.

Finalmente, aclarada esta última interpretación, comprometo mi voto a favor de este proyecto.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Sebastián Torrealba .

El señor TORREALBA.-

Señor Presidente, es positivo que estemos discutiendo un proyecto de ley que pretende proteger los activos naturales de nuestro país. También es positiva la aprobación del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), pues permitirá proteger de buena forma estos activos naturales, que son tan importantes para el mundo.

Los humedales son demasiado importantes como para no legislar con urgencia al respecto. En Chile hay entre 18.000 y 30.000 humedales, los que equivalen a más de un millón de hectáreas. Los humedales básicamente son como los riñones de la tierra, dado que filtran líquidos contaminantes y contribuyen al proceso de la vida; en consecuencia, son un activo natural que debemos proteger.

Viví durante varios años en la Región de Los Lagos, específicamente en Puerto Varas, comuna donde llueve muchísimo todos los años; sin embargo, ha pasado que los humedales, que son los que absorben las aguas lluvias, se han ido destruyendo y, extrañamente, Puerto Varas se inunda cada vez que llueve. En otras palabras, sucede que una ciudad que naturalmente está diseñada para absorber las aguas lluvias, hoy no lo puede hacer porque se han destruido los humedales.

Por eso es tan importante avanzar en un proyecto de ley con estas características, tal como lo es progresar en otros que busquen preservar activos naturales, como la iniciativa cuya idea matriz es la protección de los glaciares, que es tan necesaria en nuestro país, pero en el que llevamos muchísimos años poniéndonos de acuerdo en una definición de glaciar, avanzando muy poco en su parte central.

Los humedales son importantes porque ayudan a mitigar los efectos del cambio climático; por lo mismo, este proyecto se alinea con el tremendo desafío que tenemos como país, cual es comenzar a ejecutar políticas públicas que luchen contra el cambio climático.

Como Parlamento, no podemos quedarnos a mirar como el cambio climático modifica nuestra geografía sin hacer nada. Por lo mismo, he pedido que se califique la urgencia a distintos proyectos que se están discutiendo en el Congreso respecto del cambio climático.

En la actualidad, los humedales en nuestro país están protegidos o regulados solo por la Convención de Ramsar, a la cual adscribimos en 1981, por lo que es urgente actualizar herramientas que protejan estos activos naturales. Este proyecto es importante, porque pretende facultar con herramientas a los municipios y al Ministerio del Medio Ambiente, con el objeto de proteger los humedales, que son tan necesarios para nuestro país.

Durante los últimos treinta años se ha destruido cerca del 64 por ciento de los humedales del planeta, equivalentes a aproximadamente cuatro billones de hectáreas, destrucción que simplemente la ha llevado a cabo la acción humana.

Estoy muy contento de que en el Congreso Nacional se esté legislando este proyecto de ley, aunque entiendo que se ingresaron indicaciones y que lamentablemente debe volver a comisión para una nueva discusión. Por ello, pido a la comisión que lo discutamos rápidamente, porque no podemos esperar y porque sería bueno que contemos con un producto como este para mostrar en la COP25, en diciembre de este año, y porque demostraríamos que Chile está a la vanguardia de la protección de los activos naturales.

Finalmente, tal como lo he hecho en otras oportunidades, envío un mensaje a los integrantes de la Cámara de Diputados, en donde hay más de 10 proyectos pendientes relacionados con el cambio climático o que tienen algún efecto en él, para pedirles por favor que demos preferencia al tratamiento de esas iniciativas, ya que son relevantes para el desafío que tenemos como planeta y como país.

Ya no podemos pensar que el crecimiento puede ser a costa del impacto ambiental; Chile debe seguir creciendo, pero con un crecimiento desacoplado del impacto ambiental, para que tengamos un país y un planeta sustentables.

Por eso, pido a cada uno de los diputados que cuando tengan proyectos que digan relación con el cambio climático en sus comisiones, le den la prioridad necesaria. Sesionen una, dos y tres veces para avanzar en ellos, porque nos queda muy poco tiempo para cambiar las cosas. Somos la última generación que puede a hacer algo con respecto al cambio climático, y la verdad es que proyectos como el que estamos discutiendo mueven la aguja sobre lo que puede hacer un país en materia de adaptación y mitigación de sus efectos.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Pregunto a la diputada Claudia Mix si prefiere ocupar el tiempo que queda del Orden del Día o hacer uso de la palabra en la sesión del próximo martes, cuando continuemos el debate de esta iniciativa.

La señorita MIX (doña Claudia) .-

Prefiero intervenir el próximo martes, señor Presidente.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

De acuerdo.

En consecuencia, damos por terminado el Orden del Día.

Como hay más diputados inscritos para intervenir en el debate de este proyecto, continuaremos su discusión el próximo martes, 23 de abril, sesión en la que se votará en general la iniciativa.

Como se presentaron indicaciones, el proyecto volverá a la comisión técnica, a la cual queremos informar que, dado que como Mesa tenemos interés en que el proyecto vuelva a la Sala la próxima semana, si lo tramitan con celeridad, podríamos despacharlo luego.

Tiene la palabra la diputada Natalia Castillo .

La señora CASTILLO (doña Natalia).-

Señor Presidente, sobre el segundo proyecto que estaba en tabla para hoy, boletín N° 11768, dado se trata de una iniciativa que lleva varias semanas a la espera de ser tratada por la Sala y respecto de la cual las inscripciones para intervenir ya están cerradas, solicito que se autorice a insertar los discursos que aún no se han pronunciado, se cierre el debate y lo votemos hoy en general, habida consideración de que de todas maneras volverá a la comisión, ya que se presentaron varias indicaciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

De conformidad con los acuerdos adoptados por los Comités Parlamentarios el martes 9 de abril, la inscripción para este proyecto se encuentra cerrada. Eso es lo que está vigente.

Aquí hay una solicitud concreta, por lo que si la Sala da la unanimidad, podemos proceder como propone la diputada Castillo .

¿Habría acuerdo? No hay acuerdo.

2.4. Discusión en Sala

Fecha 23 de abril, 2019. Diario de Sesión en Sesión 18. Legislatura 367. Discusión General. Se aprueba en general.

PROTECCIÓN DE HUMEDALES URBANOS (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11256-12) [CONTINUACIÓN]

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

En el Orden del Día, corresponde continuar la discusión del proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica diversos cuerpos legales con el propósito de proteger los humedales urbanos.

Antecedentes:

-La discusión del proyecto se inició en la sesión 17ª de la presente legislatura, en jueves 18 de abril de 2019, oportunidad en que se rindió el informe de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Rathgeb .

El señor RATHGEB.-

Señor Presidente, claramente, estamos a favor de esta iniciativa que busca proteger los humedales.

Sabemos que una gran cantidad de biodiversidad ha ido desapareciendo porque se han ido perdiendo humedales, particularmente humedales urbanos o periurbanos.

Respecto de esta iniciativa, lamento que no haya alguien del gobierno en la Sala para escuchar lo que voy a señalar, que dice relación con una indicación que presenté junto a otros diputados respecto de la carga que tendrán que soportar aquellas personas que son propietarias de humedales en sectores urbanos en caso de aprobarse este proyecto.

Claro está que hay que protegerlos y que hay que mejorar su condición, pero ¿qué responsabilidad tienen en ello los propietarios, particularmente los más pequeños, que aunque tienen un sitio en sectores apartados están incluidos en el radio urbano, y que están esperando la oportunidad para construir algo o realizar alguna inversión en esos terrenos y que, incluso, por no tener ninguna construcción en esos sectores han sido calificados como sitios eriazos, razón por la cual, además de pagar las contribuciones habituales, están gravados con una sobretasa?

Seguramente los parlamentarios de mi distrito van a recordar de inmediato la imagen de los humedales que hay en la Región de La Araucanía, en la provincia de Malleco, en específico en la ciudad de Traiguén, en el empobrecido sector de Bajo Traiguén, donde hay varios humedales que pertenecen a pequeños particulares y que no han podido realizar ninguna inversión en ellos.

Siento que esta normativa debería adecuarse con la finalidad de proteger los humedales, pero también establecer una compensación para los propietarios de los humedales. No estoy hablando de grandes propietarios, sino de pequeños, de gente que tiene un sitio en el que no ha podido realizar ninguna inversión.

Claramente, esa adecuación del proyecto requiere una indicación que necesita, a lo menos, la anuencia del Ejecutivo. Por eso lamento que no haya nadie del gobierno que escuche este debate, porque podría habérselo planteado inmediatamente. Pero como la iniciativa volverá a la comisión, espero que ahí el Ejecutivo tome conocimiento de esta consulta y la acoja para casos puntuales. Como ya dije, no estamos hablando de grandes extensiones de tierra que pertenezcan a personas con muchos recursos, sino a pequeños inmuebles que pertenecen a personas que por diversas razones no han podido construir en ellos y que hoy están pagando contribuciones y una sobretasa por haber sido declarados sitios eriazos. Esa situación permanecería en el tiempo, lo cual podría traer muchas más complicaciones para estas personas y les impediría salir de su situación de postergación.

La indicación ya fue presentada, de manera que espero que en la comisión sea debidamente evaluada, analizada y concordada con el Ejecutivo, y luego, finalmente, aprobada, para que esas pequeñas propiedades que sean declaradas humedales en sectores urbanos queden exentas del impuesto territorial y así mantener el patrimonio de esas personas y, por otro lado, proteger esos sectores que este proyecto de ley, con muy buena intención, busca salvaguardar.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Recuerdo a la Sala que, conforme a los acuerdos adoptados por los Comités, cada diputado tiene hasta cinco minutos para intervenir.

Tiene la palabra la diputada Carolina Marzán .

La señora MARZÁN (doña Carolina).-

Señor Presidente, un humedal es una riqueza, es biodiversidad en toda su extensión, así que no cabe duda de que debe ser protegido.

En la actualidad, la mitad de la población mundial vive en zonas urbanas, y se espera que para 2050 ese porcentaje se acerque a 70 por ciento, pues es cada vez más común que las personas se trasladen hacia las grandes zonas urbanas, en busca de mejores oportunidades.

Pero ese tránsito debe ser controlado y realizarse con criterio, para la protección de aquellas zonas que tienden a ser drenadas, secadas, contaminadas en el proceso de construcción de nuevas viviendas y de instalaciones industriales o comerciales.

Celebro que este proyecto busque hacerse cargo de la protección de esos sectores, pero cuánto nos falta para comprender que cerca del 64 por ciento se ha perdido desde los albores del siglo XX, para entender que los humedales no son simples acumulaciones de agua, sino fuentes de relevancia en materia de prevención y contribución, pues tienden, por ejemplo, a evitar inundaciones, mejorar la calidad del aire en las ciudades, entre muchos otros beneficios.

Para eso es crucial que los municipios, que son los que deberán solicitar la declaración, tengan un compromiso de planificación urbana tendiente a integrarlos y protegerlos, pensando en ciudades amigables con el medio ambiente en todos sus componentes.

En mi distrito hay numerosos humedales en zonas urbanas que deben ser protegidos, como en Mantagua, y hay otros que no están en zonas urbanas, como los que están en el parque Juncal , patrimonio ambiental, lugar en que hay glaciares, esteros, humedales, que albergan su propia flora y fauna. Allí nace el río Juncal , único afluente del río Aconcagua, hoy amenazado por la minería.

Nuestra tarea debe ser prevenir y planificar, porque el compromiso con el medio ambiente es hoy. No hay vinculación más potente que la de las personas con su entorno, por lo que nuestro deber es cuidarlo. Los humedales significan vida y es esa vida la que debemos proteger. El desarrollo urbano no puede implicar la afectación de la biodiversidad y cómo en torno a ella formamos comunidad y asentamientos. Así lo establece la Convención Ramsar, relativa a los humedales de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas. Es indispensable proteger los sitios Ramsar , cuyo aporte a la flora y fauna es indudable y que hoy en Chile corresponden a más de 350.000 hectáreas.

El aporte de los humedales a nuestra sociedad es inapelable, tanto en la construcción de la riqueza ambiental como en el sentido identitario que se genera a su alrededor para la comunidad y para nuestro país.

Por ello, votaré a favor este proyecto y todos aquellos destinados a proteger nuestro medio ambiente y nuestra biodiversidad, tan dañada y vulnerada en estos tiempos. He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Patricio Melero .

El señor MELERO.-

Señor Presidente, me honro en representar en esta Cámara a la localidad de Batuco, comuna de Lampa, donde se encuentra el humedal natural más importante de la Región Metropolitana, que originalmente llegó a alcanzar una superficie levemente superior a las 14.000 hectáreas y cuya laguna principal hoy está reducida a una superficie del orden de las 300 hectáreas.

En mi función de representación parlamentaria he visto el auge, la caída y la casi muerte de ese humedal, producto de la falta de cuidados, de la extracción ilegal de sus aguas, del abandono y de la ausencia de una regulación permanente, como la que esta iniciativa de ley busca subsanar y como lo establece también el Plan Nacional de Protección de Humedales 2018-2022, dado a conocer por el Presidente Sebastián Piñera , en agosto del año pasado, cuyo objetivo es ubicar en el lugar que corresponde a los humedales.

Sin duda, la iniciativa constituye un avance importante ante la necesidad de regular y sancionar las acciones que degradan los humedales y generan muchas dificultades a numerosas especies de aves, mamíferos y anfibios que viven en estos recursos naturales. Establece una regulación más específica respecto del tratamiento legal que deben tener los humedales urbanos, involucra fuertemente a los municipios en su protección y también modifica la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente para que se tengan todos los elementos necesarios que permitan que los humedales no sean afectados.

Aunque hay algunos elementos que deberán ser revisados con mayor atención, el proyecto tiene como idea fundamental brindar a los humedales de las zonas urbanas, como el humedal de Batuco, la necesaria protección.

He sido testigo de que numerosas organizaciones de Batuco han enfrentado la decadencia del humedal. Quiero destacar la labor de la fundación San Carlos de Maipo, surgida de la asociación de canalistas del Maipo, que ha protegido sus 300 hectáreas. Hace algunos días el diario El Mercurio realizó un reportaje sobre su recuperación.

En el humedal de Batuco se da la paradoja de que su principal fuente de abastecimiento de agua es, ni más ni menos, el tranque que recibe las aguas servidas de Colina. Después de ser tratadas, esas aguas constituyen la principal fuente de abastecimiento del humedal de Batuco, que permiten la sobrevivencia de numerosas especies, en una batalla de todos los días porque no es ningún misterio que la pluviometría en la zona norte de Santiago ha caído fuertemente en los últimos años, y la sequía asola numerosas hectáreas del lugar.

La organización de los vecinos y la gestión del Ministerio del Medio Ambiente, cuya entonces ministra Marcela Cubillos declaró que la decisión del gobierno era hacer de este lugar un santuario de la naturaleza, han contribuido en la protección del humedal de Batuco

Creo que este proyecto, el Plan Nacional de Protección de Humedales 2018-2022 y la acción del sector privado permitirán en conjunto resguardar de mejor forma estos humedales.

En consecuencia, apoyaré esta iniciativa de ley.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Leonidas Romero .

El señor ROMERO.-

Señor Presidente, me alegra estar presente en la discusión de este proyecto que modifica diversos cuerpos legales para proteger los humedales. Tenemos más de 40.000 cuerpos de agua, sobre todo en el sur del país. Muchos de los humedales son de origen natural, pero en un par de décadas podríamos tener humedales en el norte, porque hoy está lloviendo más en el norte que en el sur de nuestro país. Pero no nos podemos quedar solo en la discusión, pues es necesario tomar medidas.

En 2013, cuando yo era alcalde de Coronel, gracias a Dios y al apoyo de la ciudadanía, emitimos una ordenanza municipal para proteger los humedales. De las 345 comunas que existen en el país, solo tres tienen una ordenanza municipal -¡qué curioso, Presidente!- que protege los humedales: Coronel, Curarrehue y Santo Domingo .

Cuando hay autoridades con voluntad y ganas de trabajar, con la disposición de no quedarse en el discurso y se está acompañado de funcionarios municipales comprometidos con su trabajo, como el entonces encargado del Departamento de Medio Ambiente de Coronel, don Patricio Alarcón Méndez , y su pequeño equipo de colaboradores, se puede hacer una gran labor. Incluso, logramos postular el humedal Boca Maule -que es una maravilla- como santuario de la naturaleza, lo que desgraciadamente todavía no es una realidad, pero seguimos soñando y trabajando para que pronto lo sea.

Invito al resto de los municipios para que aprueben una ordenanza municipal en beneficio de los humedales. Si además logramos aprobar una norma que proteja los humedales, obviamente que será muy positivo.

El diputado Jorge Rathgeb planteó que en algunas comunas hay pequeños terrenos declarados humedales y sus propietarios no pueden construir, porque si lo hacen son sancionados. Sin embargo, el único capital que tienen son esos pequeños terrenos.

La naturaleza nos enseña que la evolución es dinámica y lo que hoy son humedales, tal vez mañana ya no lo sean. Entonces, los municipios, el Estado y las leyes tienen que ir previendo estas situaciones.

Lo que se hizo en 2013 en Coronel, Curarrehue y Santo Domingo demuestra que cuando hay autoridades comprometidas se pueden tomar medidas serias y responsables.

La solución no pasa solo por la dictación de una ley; se necesita también el compromiso de la ciudadanía. Por ejemplo, en el humedal Boca Maule , que es precioso, teníamos que hacer operativos dos o tres veces al año para retirar camionadas y camionadas de basura de todo tipo, porque no hay conciencia de cuidar la naturaleza.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Marcos Ilabaca .

El señor ILABACA.-

Señor Presidente, a quién le cabe duda de la importancia de los humedales en la supervivencia del ser humano, de las características de dichos ecosistemas complejos y del beneficio que aportan a la vida en cada una de nuestras comunas. Eso, que resulta tan obvio, tan importante, tan trascendental para el ser humano, en la práctica no resulta tan claro. En efecto, a diario vemos cómo los humedales y los cursos de agua son rellenados y contaminados. Los municipios se encuentran con las manos amarradas, porque las ordenanzas que dictan en favor de los humedales no tienen ningún tipo de consecuencia jurídica.

Aplaudo esta iniciativa legal, porque pone sobre la mesa un tema trascendental, aunque la normativa sigue siendo insuficiente. Después de las indicaciones que agregó la comisión, resulta más complejo el tratamiento de los humedales.

El artículo aprobado en el Senado señalaba la necesidad de proteger todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas o superficies cubiertas de agua; sin embargo, la comisión decidió proteger solo los humedales urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo. Es decir, se restringió la moción inicial. ¿Por qué no se le permite a la ciudadanía ser parte de ese proceso? Como el proyecto vuelve a comisión, es necesario que se aborde ese tema.

Por otra parte, se establece que el Ministerio del Medio Ambiente, a través de la dictación de un reglamento, definirá los criterios mínimos para proteger los humedales. Sin embargo, cabe considerar que de acuerdo a los informes de seguimiento de la ley, hay gran cantidad de reglamentos pendientes.

Lamento la ausencia del gobierno en esta discusión, porque con esa dejación demuestra poco interés en avanzar en la protección efectiva de los humedales y en las normas respectivas. Eso me preocupa mucho. Requerimos de un gobierno realmente comprometido con la dictación de reglamentos.

Claramente, son muchos los peligros que enfrentan los humedales, como el cambio climático, el calentamiento global, el desarrollo industrial, el desarrollo de infraestructura, el desarrollo urbano y los peligros naturales.

Para que esta norma sea efectiva -insisto-, requerimos del compromiso real del gobierno, no solamente de la ministra del Medio Ambiente, sino también del Presidente de la República.

Confío en que como el proyecto volverá a la comisión, esta logrará salvar algunos problemas graves que se han detectado en su discusión, entre ellos dejar a los municipios y al Ministerio del Medio Ambiente la potestad de establecer qué humedales van a ser protegidos.

Además, en el proceso de dictación del reglamento no se estableció un plazo determinado para perseguir la responsabilidad del ministerio, y se acotó la protección al territorio urbano, no obstante que muchos de los humedales que existen en nuestro territorio se encuentran fuera de él.

Como hay que mirar el vaso medio lleno, este proyecto es un avance, por lo cual lo voy a votar a favor. Espero que en la comisión se mejoren los aspectos señalados y que el Ejecutivo asuma un rol más comprometido con la protección de los humedales.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Félix González .

El señor GONZÁLEZ (don Félix).-

Señor Presidente, los humedales están en peligro. Sin embargo, hay mucho desconocimiento de parte de los servicios públicos respecto de ello. Por ejemplo, en el humedal Los Batros , ubicado en mi comuna, San Pedro de la Paz, hay más de dos mil especies, entre fauna y flora, considerando también la fauna entomológica. Esa biodiversidad es la riqueza que tiene el humedal. También existe el servicio ecosistémico, que nos defiende de las crecidas y de las inundaciones, y, para efectos del cambio climático, actúan como resumideros de CO2.

En definitiva, tenemos muchos motivos para conservar los humedales.

Me alegro de que en estos últimos diez años no seamos solamente los ecologistas y algunas organizaciones ambientales los que defendamos los humedales, como pasaba en la década anterior; me alegro de que haya conciencia de la necesidad de conservarlos.

Los humedales están siendo destruidos, no hace diez años ni hace cinco, sino en este momento. Incluso, humedales priorizados por el gobierno están siendo rellenados para proyectos inmobiliarios. En el humedal Los Batros quieren instalar un mall, construir un puente industrial, hacer carreteras, diseñar calles y verter productos contaminantes. Eso está pasando hoy.

Por lo tanto, necesitamos no solo que este proyecto de ley se apruebe pronto; además, necesitamos que los municipios cuenten con herramientas que les permitan proteger los humedales con celeridad.

Lamentablemente, en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la ministra, junto con algunos diputados y diputadas, consideró que era necesario agregarle más burocracia a esto y establecer que solamente el Ministerio del Medio Ambiente puede declarar la calidad de humedal urbano, no los municipios. Nos preguntamos, si los municipios son los que diseñan los planes reguladores y determinan el uso de suelo y las alturas de los edificios, ¿por qué no pueden tener la inteligencia suficiente para declarar la calidad de un humedal? ¿Por qué un ministerio con asiento en Santiago va a tener mayor claridad sobre lo que pasa en el territorio de una comuna, dónde empieza y dónde termina un humedal?

Esa votación no fue favorable en la comisión, y el proyecto quedó como lo ven: con un tremendo centralismo y con una desconfianza instalada respecto de las capacidades de los municipios para determinar con libertad dónde empieza y dónde termina el polígono de un humedal.

Espero que esto pueda corregirse, a fin de otorgar facultades a los alcaldes y a los concejales y concejalas para determinar qué sector quieren conservar. Es más rápido que lo haga un municipio; sabemos lo que demoraría el ministerio en hacer la declaratoria de todos los humedales de Chile.

Este proyecto solo se refiere a los humedales urbanos. Hay otro, en la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación, que pronto será informado en Sala, que también es importante apoyar.

Debemos hacer proyectos efectivos, que realmente protejan los humedales, porque hoy existen inmobiliarias comprando humedales para rellenarlos y venderlos caros. Ello ocurre no solo en el sector privado, ya que, lamentablemente, el propio Serviu ha vendido humedales. Y vuelvo a mencionar el humedal Los Batros, al que queremos con todo el corazón en San Pedro de la Paz. ¡El propio Serviu vende humedales para que se construya un mall! ¡En qué mundo estamos! Por un lado, se quiere que sean declarados santuarios, se quiere aprobar este proyecto; sin embargo, el gobierno anterior -hay que decirlo con claridad- vendió una serie de plazas en San Pedro de La Paz y en Concepción, y también vendió humedales para proyectos privados.

Me alegro de que este proyecto hoy será aprobado -tengo el convencimiento de que así va a ser-, porque es necesario proteger los humedales y dejar esa herencia a nuestros hijos y nietos.

He dicho.

-Aplausos.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Gustavo Sanhueza .

El señor SANHUEZA.-

Señor Presidente, este proyecto tuvo su inicio en una moción. Después, el gobierno lo recogió con la responsabilidad y el compromiso que corresponde.

Obviamente, todos sabemos que este es solo el puntapié inicial, pues hay una necesidad mucho mayor que la que se plantea en este proyecto, y también cosas que corregir en el futuro; pero era sumamente importante iniciar la parte legislativa.

Ahora, es importante iniciar la protección de los humedales dentro del radio comunal o periférico, pues a lo largo del tiempo hemos visto que muchos humedales han ido desapareciendo por efecto de la mano del hombre. Muchas construcciones se han levantado mediante el relleno de un patrimonio de todos los chilenos.

Lamentablemente, no hay normativa suficiente que regule esta situación. Sin embargo, aquí veo la enorme responsabilidad de un gobierno que demuestra el compromiso con el medio ambiente, pues el Ministerio del Medio Ambiente está trabajando de manera conjunta con la Comité Nacional de Humedales en la elaboración de un plan para la conservación de humedales, que involucra a actores públicos, interesados externos, académicos, representantes de ONG, entre otros, con el objetivo de establecer los lineamientos que apuntan a profundizar el conocimiento e información que se tiene de los humedales. Ello permitirá tomar decisiones y realizar una gestión más efectiva para su protección.

Se espera realizar esa gestión de manera conjunta con la comunidad a nivel nacional, regional y local, para avanzar de esta forma en la priorización sobre el trabajo en humedales, en la generación de sitios bajo protección oficial, en la vinculación a iniciativas privadas y en la definición de necesidades de restauración, y a partir de una visión de cuenca, elaborar planes de manejo para los distintos humedales de acuerdo con un programa y establecer monitoreos y actividades tendientes a su conservación y uso sustentable.

Por ello es tan prioritario que la comunidad trabaje y sea parte del plan que se va a desarrollar. En efecto, se requiere un trabajo no solo desde el punto de vista académico, sino en forma conjunta con la comunidad.

Por una parte, se estableció que el Ministerio del Medio Ambiente determinará y definirá los humedales protegidos, ya sea de oficio o a petición del municipio donde se encuentre dicho humedal. Obviamente, esto será parte de las discrepancias. Espero que cuando el proyecto vuelva a la comisión podamos llegar a un consenso respecto de lo que se tiene que priorizar.

Los municipios son responsables de su territorio, tienen la cercanía con la comunidad; pero también hay que tener la visión del Estado a través del ministerio. Eso es algo que se puede perfeccionar, y, en conjunto, podemos elaborar una buena solución.

Por otra parte, se obligará a la elaboración de un reglamento junto con el Ministerio de Obras Públicas, que definirá los criterios básicos de sustentabilidad de los humedales urbanos.

Además, se dispone que las municipalidades, a través de una ordenanza general, deberán establecer criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales ubicados dentro de los límites de su comuna.

Como señalé, es tremendamente importante que avancemos en tener el sustento legislativo que permita en el futuro al Ministerio del Medio Ambiente y al Comité Nacional de Humedales trabajar con el respaldo jurídico que se necesita.

He dicho.

-Aplausos.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Emilia Nuyado .

La señora NUYADO (doña Emilia).-

Señor Presidente, estamos frente a un proyecto de enorme trascendencia para la protección y conservación de los humedales, y, en definitiva, a un paso concreto en la conservación y protección de los ecosistemas, la naturaleza y la biodiversidad en Chile, hoy altamente amenazados por la acción irresponsable de la acción humana, que no duda en sobrepasar los límites de la naturaleza, extrayendo recursos naturales que, lamentablemente, no alcanzan a recuperarse en su medio natural.

En general, los humedales son ecosistemas de transición entre zonas terrestres y marítimas, de alta riqueza ecológica y ecosistémica, y Chile, como Estado miembro de la Convención de Ramsar o Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, creada en 1971, vela por aquellos humedales que cumplen con los criterios establecidos por dicha convención para identificar humedales de importancia internacional.

¿Cuál es el problema? Como indican las cifras, Chile es un país lleno de humedales, de norte a sur, de cordillera a mar, la mayoría de los cuales están asentados en zonas urbanas o periurbanas -también rurales-, donde no tienen ninguna regulación. Como ocurre con muchos temas relacionados con la conservación y preservación de la naturaleza o la biodiversidad, no contamos con una norma directa que proteja esos valiosos ecosistemas anclados en ciudades, pueblos o comunas, a excepción de algunos decretos que, a través de la declaración de santuario de la naturaleza, reconocen el carácter de zona húmeda a un determinado territorio, pero solo conservan o protegen de manera indirecta y accidental.

Por otra parte, en diciembre de este año Chile será el anfitrión de la Conferencia Internacional para el Cambio Climático. Al respecto, los humedales juegan un papel crucial en la lucha contra el cambio climático y la escasez hídrica, pues no solo almacenan el carbono de manera confiable, sino que también actúan como una barrera efectiva contra los impactos inevitables del cambio climático. Los humedales son una barrera de defensa contra inundaciones en áreas urbanas, pues actúan como grandes esponjas que absorben las aguas de inundación y, por cierto, ayudan a que las áreas urbanas sean más sostenibles.

Este proyecto es un enorme avance; sin embargo, es importante que se puedan incorporar en la Convención de Ramsar los derechos espirituales de los pueblos indígenas, pues, en la actualidad, con el Convenio 169 de la OIT o la Declaración sobre Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU, aún se vulneran sus derechos, y hay desprotección de los menokos o huaves y de la espiritualidad de los pueblos indígenas, lo cual significa que en Chile aún no se aplican de manera responsable los convenios internacionales que se han suscrito, lo que termina afectando a los diversos pueblos indígenas en nuestro país.

Escuchamos la exposición que hicieron nuestros hermanos atacameños. Para ellos es muy importante el salar de Atacama; pero, lamentablemente, esas cuencas han sido destruidas a raíz de la instalación de empresas mineras.

Hemos escuchado decir a diversas comunidades de pueblos mapuches que sus menokos han sido rellenados para las construcciones de las inmobiliarias y, en muchos casos, también para la agricultura, lo que significa que aún no se ha podido aplicar el Convenio 169 de la OIT, y no se han respetado los derechos de los pueblos indígenas en Chile.

He dicho.

-Aplausos.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Andrés Longton .

El señor LONGTON.-

Señor Presidente, quiero destacar esta moción presentada por un grupo de senadores y apoyada fuertemente por el Ministerio del Medio Ambiente.

Resulta increíble que los humedales no estén protegidos en nuestro país y que exista una legislación dispersa, lo que impide una uniforme protección y conservación de esos sitios. Hoy solo tenemos la Convención de Ramsar, suscrita por Chile en 1981, cuya misión es la conservación y el uso racional de los humedales, pero lamentablemente dicho instrumento no se ha expresado ni manifestado en nuestra legislación.

En todo Chile tenemos entre 18.000 y 30.000 humedales. Es increíble que con las consecuencias del cambio climático y con la escasez hídrica que vivimos en nuestro país y en el mundo aún no hayamos legislado sobre esta materia. Esta iniciativa constituye una legislación mínima en relación con todo aquello sobre lo que realmente debemos legislar, que es mucho más profundo que lo que estamos abordando hoy.

La diputada Carolina Marzán se refirió al humedal de Mantagua. Con la diputada estuvimos presentes en ese humedal, el cual lamentablemente no tiene ningún tipo de protección.

Lo mismo sucede con el humedal de Los Molles, en La Ligua.

Hay desconocimiento por parte de las autoridades y de particulares respecto de la importancia de proteger esos espacios. Ayer, un reportaje en la televisión mostró cómo las propias autoridades dañan el ecosistema mediante la destrucción de un humedal. No recuerdo el lugar en el que se encuentra el humedal en cuestión, pero sí recuerdo que lo ocurrido estuvo liderado por el Ministerio de Obras Públicas. Si ni siquiera las autoridades son conscientes de la importancia que tienen los humedales en Chile y en el mundo, ¿qué podemos pedir a los particulares?

Los humedales albergan en su mayoría especies endémicas, residentes nativas, de paso y migratorias, que no encuentran refugio en otros ambientes; ayudan en el control de las inundaciones, filtran la basura que contiene el agua, lo que los transforma en fuentes de agua potable, y favorecen la limpieza del aire, lo que promueve el bienestar y el sustento de la comunidad. Asimismo, son esenciales por las funciones ecosistémicas que cumplen; son verdaderos “riñones de la tierra”, por su capacidad de filtración y absorción de ciertos contaminantes dentro de los ciclos químicos e hidrológicos. ¿Por qué señalo esto? Porque lamentablemente en nuestra sociedad no tenemos conciencia del daño que se produce por la contaminación y, principalmente, por la actividad inmobiliaria, la cual ha ido provocando la desaparición de humedales. En ese sentido, se requiere una modificación a la Ley General de Urbanismo y Construcciones para evitar aquello, y que los proyectos inmobiliarios se sometan a evaluación por el Servicio de Evaluación Ambiental.

También son importantes las ordenanzas que tiene que dictar el municipio en este ámbito. En ese sentido, quiero rebatir un poco lo que señaló el diputado Félix González . Nosotros aprobamos muchas leyes que involucran a los municipios, pero lamentablemente no las dotamos de recursos para su implementación, lo cual es terrible para los alcaldes. Si queremos establecer una legislación uniforme de criterios para definir los polígonos de protección, debemos tener presente que los municipios tienden a no tener recursos para ejecutar dicha protección. Por eso, es importante que el Ministerio del Medio Ambiente tome cartas en el asunto y establezca un inventario uniforme para los municipios del país.

Se van a presentar algunas indicaciones al proyecto, que fueron mencionadas por algunos diputados.

En esta materia necesitamos la colaboración de los privados. Recordemos que existe el derecho real de conservación medioambiental -normativa aprobada hace muy poco en este Parlamento-, el cual se constituye en forma libre y voluntaria por el propietario del predio en beneficio de una persona natural o jurídica determinada. Esto es muy importante, porque no es cuestión de llegar y meterse en la propiedad privada de una persona para declarar la existencia de un humedal. En este caso se necesita la voluntad de los privados. Por ello, es importante que los privados tengan distintas motivaciones, entre ellas la de constituir el derecho real de conservación. Es fundamental la participación de los municipios y del Ministerio del Medio Ambiente, pero más que nada se requiere que los particulares sinceren realmente los humedales que tienen en sus predios urbanos.

Por eso, me parece que esta iniciativa es un pequeño gran avance para la protección del medio ambiente y para combatir de alguna forma el calentamiento global, que está provocando un daño gigantesco a nuestro país y a nuestro planeta.

Voy a concurrir con mi voto favorable a este proyecto. Espero que lo podamos despachar lo antes posible de la Cámara de Diputados, a fin de que se convierta en ley de la república.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Claudia Mix .

La señora MIX (doña Claudia) .-

Señor Presidente, por su intermedio, saludo a la Red Nacional de Humedales, que ha defendido y difundido la importancia de estos territorios en cientos de organizaciones desde Arica a Magallanes. Saludo muy especialmente a los compañeros Eduardo Acuña y Washington Vera, dirigentes extraordinarios, quienes se encuentran presentes en las tribunas.

(Aplausos)

En nuestro país, los humedales, especialmente los urbanos, se encuentran en una situación de desprotección absoluta ante la falta de políticas ambientales que apunten a su cuidado y preservación. Es nuestro deber generar la conciencia necesaria acerca de estas reservas acuíferas, que son espacios de equilibrios medioambientales dentro de las ciudades de nuestro país.

Estos sitios de reservas ambientales son considerados por muchos como los “riñones” de Chile, por la ayuda que brindan en la filtración de las aguas. Si los extirpamos, tal como ocurre con el cuerpo humano, estamos en riesgo de morir. Lamentablemente, ante la falta de políticas públicas que los protejan, efectivamente corremos un grave peligro.

Estos cuerpos de agua también son de vital importancia por su capacidad de incorporar una biodiversidad ajena a lo urbano, y son relevantes no solo en términos medioambientales, sino también para el medio social y para el sustento económico de muchas regiones de nuestro país.

La minimización de los ecosistemas, el fraccionamiento ecológico y los cambios de uso de suelo impiden la supervivencia de los humedales. Es aquí donde debemos establecer límites, por ejemplo a los gobiernos municipales y regionales, con tal de crear una verdadera red de protección de esos sitios. Al mismo tiempo, como país debemos ser responsables con los acuerdos internacionales que hemos firmado, cumplir con los objetivos de desarrollo sustentable dispuestos tanto por la OCDE como por el PNUD, y respetar acuerdos, como el de Ramsar, que da las bases para la protección de los humedales, y que fue ratificado por nuestro país hace casi cuarenta años, sin que hasta el día de hoy tuviésemos una ley real de protección de esos espacios.

El crecimiento desproporcionado y poco regulado de las ciudades en los últimos años ha ido afectando y destruyendo distintos humedales. Es necesario que tengamos un crecimiento urbano responsable y que se tomen en consideración los impactos ambientales, porque quien compra una propiedad arriba de un humedal, está comprando un problema, ya que la licuefacción del suelo tarde o temprano va a hacer fuerza y va a provocar inundaciones y movimientos producto de los sismos.

En Chile se ha estado edificando en suelos inestables desde hace años. Los planes reguladores y otros instrumentos de planificación territorial no están poniendo los resguardos necesarios, y son los vecinos y vecinas quienes sufren las consecuencias de aquello. En mi distrito tenemos ejemplos que demuestran esa falta de cuidado de esos espacios por parte del Estado. La zona norte de Santiago cuenta con 14.788 hectáreas de humedales. El humedal de Batuco, que abarca las comunas de Lampa, Quilicura y Tiltil , es un espacio fundamental para la economía y sostenibilidad de la zona norponiente de Santiago, la que hoy se encuentra en peligro a causa de la contaminación y la escasez de agua.

En agosto del año pasado, la Corte Suprema ordenó a la municipalidad de Puerto Montt la revisión de los permisos de construcción en el sector de Jardín Oriente, que afectaban al humedal Llantén , lo que marca un precedente y crea jurisprudencia para la implementación del Acuerdo de Ramsar.

A finales de este año Chile celebrará la COP25, cumbre sobre medio ambiente y cambio climático, que debe, según palabras del propio Presidente Piñera , “tomar acciones” en esta materia. Una acción es ponerse del lado del cuidado de los humedales urbanos a lo largo del país.

Creo sinceramente que esta futura ley nos otorgará un piso mínimo para avanzar en la protección y cuidado de los humedales urbanos a nivel nacional. Por tanto, le daré mi voto a favor.

No votar a favor esta norma es no votar a favor de Chile, de la economía nacional y de los ciudadanos.

¡A proteger nuestros humedales!

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Mario Desbordes .

El señor DESBORDES.-

Señor Presidente, cuando hablamos de humedales, para la mayoría de la gente nos referimos a sitios o a lugares desconocidos. ¿Cuántas veces hemos pasado por el lado de un humedal, sobre todo de los costeros, sin percatarnos de la riqueza y de la importancia que tienen no solo para el turista, sino, sobre todo, para miles de órdenes de especies de aves que migran desde muy lejos, las que recorren miles y miles de kilómetros desde el hemisferio norte para encontrar en esos humedales el espacio vital que requieren en su ciclo de vida.

Efectué un paseo con mis hijos por Huasco, Algarrobo y distintos lugares costeros en los que aún se encuentran humedales, y me costó explicarles que esos lugares se encuentran prácticamente desprotegidos. Un letrero que señalaba “Prohibido ingresar vehículos. Prohibido ingresar mascotas. Prohibido ingresar animales” era el único elemento mediante el cual se buscaba impedir intrusiones y que la gente tomara conciencia de lo delicado del lugar.

Cuando uno explica a un hijo pequeño cuál es el objetivo de ese letrero no logra darle a conocer cómo personas que no tienen criterio o conciencia alguna de lo que están haciendo pasan con motocicletas, pasan con vehículos, sueltan perros o sueltan animales en lugares donde estas aves necesitan estar tranquilas, donde la fauna chilena convive con esas aves migratorias.

La baja pluviometría de los últimos años, producto del cambio climático, la extracción de aguas de manera indiscriminada, de forma legal o ilegal, y la falta de protección física de los humedales han sido quizás las principales razones para que estos estén disminuyendo en tamaño y cantidad.

Esta semana, con motivo de la celebración del Día Internacional de la Madre Tierra, hemos visto varios reportajes en los que se nos alerta sobre la desesperación que sienten los científicos debido a que el cambio climático es cada vez más difícil de revertir.

Nuestro país debiera ser claro al respecto y alzar su voz de manera mucho más potente para condenar la actitud del gobierno de Donald Trump. No es aceptable que un país que contamina en la medida en que lo hace Estados Unidos se arrogue el derecho de salirse de todos los tratados internacionales que buscan revertir el problema. El señor Trump ni siquiera tiene conciencia de las catástrofes que se están produciendo en su propio país y, obviamente, menos la tiene del impacto que tienen en el nuestro, en Chile, uno de los países más afectados.

Tal como lo dijo la colega Claudia Mix , en el distrito que representamos hay un humedal que alguna vez fue un maravilloso lugar: el humedal de Batuco. Se trata de un humedal enorme, gigantesco, lugar de vida y de anidación de especies de todo tipo. Sin embargo, dicho terreno es hoy una mezcla entre basural y desierto, como consecuencia de la indiscriminada extracción de agua y de la incapacidad de las distintas autoridades de fiscalizar que en el lugar no se realicen actividades prohibidas que destruyen el humedal.

No puedo sino valorar el esfuerzo que está haciendo la Fundación San Carlos de Maipo, que adquirió 300 hectáreas en el humedal para tratar de conservarlo, pero eso no puede ser solo un esfuerzo privado. El Estado tiene una responsabilidad, porque cada humedal que muere, cada humedal que se seca es finalmente un daño irreparable al ecosistema con el que estamos vinculados, situación que finalmente repercutirá en todos nosotros, especialmente en nuestros hijos y nietos.

Enfrentamos un desafío enorme, y este proyecto avanza en la línea correcta, pero, insisto, no puede ser solo un esfuerzo de privados. Rindo un homenaje a todas las ONG que trabajan desinteresadamente pensando no en el hoy, sino en el mañana, pensando en 40, 50 o 100 años más y que hacen un tremendo esfuerzo para lograr que se tome poco a poco conciencia y para que, al mismo tiempo, se incorpore el Estado a un esfuerzo que me parece muy pequeño todavía, desafío que consiste en la conservación de todos los humedales existentes a lo largo de nuestra costa, terrenos que son vitales para las aves migratorias que viajan desde Norteamérica.

En consecuencia, junto con señalar que obviamente votaré a favor este proyecto, reitero mi homenaje a aquellas ONG que han desplegado un esfuerzo enorme, muchas veces silencioso y que va mucho más allá del interés personal, con la finalidad de proteger y conservar estos importantes lugares para todos los chilenos y las chilenas del futuro.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Pedro Velásquez .

El señor VELÁSQUEZ (don Pedro).-

Señor Presidente, en Chile hay 18.000 humedales, los que abarcan una superficie de 1.460.400 hectáreas y cuyo catastro será actualizado por el Ministerio del Medio Ambiente, los que forman parte de ecosistemas que se concentran principalmente en regiones tan importantes como Aysén, Magallanes y Los Ríos, además de otras regiones del norte.

Su presencia se da en múltiples formas en los ecosistemas de la zona alto andina como bofedales y vegas, en las zonas costeras hay acuarios, marismas y albuferas, que se internan en el mar, y en las zonas patagónicas se manifiestan en turberas, que son verdaderos bloques de vegetación y agua que se prolonga por metros hacia el subsuelo.

Hay aún una subestimación de las turberas, pero esto lo estamos perfeccionando con el proyecto de ley en discusión, de manera que la cifra de 18.000 humedales puede ir en evolución.

Todo el mundo habla de los humedales y todos los municipios hacen esfuerzos para su conservación, a lo que se suma el gran esfuerzo que llevan a cabo las distintas ONG, pero quiero decir que se cuentan con los dedos de las manos los municipios que efectivamente generan políticas, ordenanzas, cuidados y alianzas con los privados, que son los principales dueños de los terrenos en los se hay miles de humedales.

En la actualidad, tal como se ha dicho, muchos humedales han sido prácticamente asesinados, expresión que quizás no corresponda, pero la utilizo porque muchos han sido rellenados con tierras retiradas de diversas obras de construcción. Por lo tanto, por mucho que tengamos este proyecto de ley, si no se aportan recursos frescos de parte del Estado que permitan avanzar de a poco en la compra o expropiación de humedales, tal como se lleva a cabo cuando se expropia un terreno para construir una carretera, solo daremos una señal simbólica, pues si bien la futura ley constituirá un avance, no tendrá la fuerza que se necesita para lograr el resultado que buscamos. La situación es similar a la de caminos de acceso al mar de los privados, por los que solo se puede entrar de a pie, razón por la que el Estado tiene que asignar recursos para poder conservar nuestra naturaleza, especialmente los humedales.

Por eso, hago un llamado a los diputados de la Comisión de Hacienda, a Pepe Auth, Pablo Lorenzini , Daniel Núñez , Giorgio Jackson , Carlos Kuschel , Patricio Melero, Manuel Monsalve , Alejandro Santana , Marcelo Schilling , Gastón von Mühlenbrock , José Miguel Ortiz , Leopoldo Pérez y Guillermo Ramírez para que en el proyecto de ley de Presupuestos del Sector Público para el próximo año conversen con el Ejecutivo, con el objeto de que se asignen recursos con el fin señalado o, de lo contrario, los humedales seguirán convirtiéndose en basurales y en lugares que en muchos casos son intervenidos.

La mayoría de los humedales de la Región de Coquimbo se encuentran en terrenos privados ubicados cerca de relaves mineros, lo que los ha transformado en verdaderos basurales debido a la gran cantidad de desechos que en ellos se vierte.

Por lo tanto, si queremos hacer algo en serio para proteger los humedales urbanos se requiere la inversión del Estado, y esa es la solicitud que hacemos al Presidente de la República.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Osvaldo Urrutia .

El señor URRUTIA (don Osvaldo).-

Señor Presidente, sin duda es necesario que, en el marco de nuestra labor legislativa, pongamos especial atención y dedicación a aquellos proyectos de ley que contribuyen a proteger nuestro ecosistema.

Esta tarea, que hace algunas décadas no tenía urgencia alguna, hoy supone un deber de proactividad y un imperativo, dadas las negativas consecuencias que sufrimos todos, la humanidad toda, a causa del inmenso daño que hemos provocado a nuestro medio ambiente en muchos lugares del planeta.

Uno de los tópicos medioambientales de gran relevancia que aún no cuenta con la atención normativa adecuada es el de la protección de los humedales urbanos, ubicados en los radios comunales o periféricos.

Es indiscutible la importancia y riqueza de estos ecosistemas, que se ubican a lo largo y ancho de nuestro país. Chile es un país especialmente propicio, por su geografía, para la sustentación de estos espacios ambientales, ricos en diversidad biológica, con especies endémicas, nativas, residentes y migratorias, entre otras.

Otro aspecto importante que funda la necesidad de construir una normativa adecuada de protección para nuestros humedales es el inmenso aporte que constituyen estas conformaciones geográficas para la provisión de agua destinada a nuestro consumo.

Para nadie es un misterio la crisis hídrica por la que atraviesan muchas ciudades de nuestro país y del resto del mundo, lo que provoca una carencia estructural de recursos hídricos por la actual crisis ambiental y por no haber tomado a su debido tiempo las necesarias providencias de protección normativa.

Sin duda, la discusión del presente proyecto de ley es una excelente oportunidad para potenciar, a través de la protección de nuestros humedales, el impacto positivo que estos últimos importan para tan importante recurso, como es el agua para el desarrollo de la vida en la ciudadanía.

El presente proyecto de ley dispone diversas herramientas normativas en la dirección correcta, sobre las cuales era necesario legislar, como la consideración de una definición conceptual de humedal, para que no exista ninguna duda respecto de lo que estamos hablando; la creación de criterios base respecto del uso racional de los humedales ubicados en los radios urbanos y periféricos de las distintas comunas de nuestro país; la inclusión de los humedales como bienes que, en caso de ser susceptibles de una evaluación de impacto ambiental por algún proyecto de inversión, o de un estudio, según sea el monto, son los últimos escalones en aras de la protección de estos ecosistemas tan relevantes para el desarrollo de nuestras vidas y de los cuales iremos dependiendo ambientalmente cada día más.

Señor Presidente, por estas consideraciones manifiesto mi voluntad expresa de aportar en todas las discusiones que digan relación con la idea de crear un cuerpo normativo adecuado, a fin de proteger los humedales que tenemos a lo largo del país.

No obstante, el presente proyecto contiene algunas competencias que exceden aquellas entregadas por la Constitución al Poder Legislativo, especialmente aquellas relacionadas con el establecimiento de prohibiciones para las municipalidades, sin contar con el patrocinio del Ejecutivo, para conceder permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial, y de construcción, en el tiempo que media entre la solicitud para reconocer el carácter protegido del humedal hasta el pronunciamiento respecto de dicha solicitud por el Ministerio del Medio Ambiente. Me estoy refiriendo al artículo 3 del proyecto de ley.

Señor Presidente, votaré favorablemente este proyecto de ley; sin embargo, considero que debemos perfeccionar el punto recién mencionado, a través de la comisión respectiva de esta Corporación.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Luis Rocafull .

El señor ROCAFULL.-

Señor Presidente, para comenzar mis palabras deseo felicitar a los autores de este importante proyecto de ley, principalmente al senador Alfonso de Urresti, quien ha recorrido el país para dar a conocer la importancia de esta iniciativa, que consiste en preservar los humedales a través de todo Chile.

Considero relevante la señal transversal que debemos dar hoy, como Congreso Nacional, mediante la aprobación de esta iniciativa.

Como diputado de región, uno debe predicar desde su experiencia, desde su vivencia. En ese sentido, en la región que represento, la de Arica y Parinacota , específicamente en la ciudad de Arica, existe un hermoso humedal. Allí, los jóvenes son los principales promotores de la importancia de su preservación. Ellos nos están dando una señal respecto del mundo que quieren vivir: en interacción, en relación con la naturaleza.

Durante todo el año, sin excepción, este humedal se llena de aves migratorias que llegan en gran cantidad y diversidad desde el norte del continente y desde otros lugares de nuestro país. Se trata de la ruta del Pacífico de las aves.

Por esa razón, desde hace mucho tiempo se comenzó a trabajar para buscar protegerlo de alguna manera.

Gran parte del humedal estaba emplazado en terrenos privados. La legislación de ese tiempo no nos favorecía, motivo por el cual en 2007 iniciamos un trabajo, desde la Comisión Nacional de Medio Ambiente, el gobierno regional y el municipio local, que consistió en reunir todos los antecedentes que describieran el inmenso valor que tenía ese humedal desde la perspectiva de su flora y fauna, y también de su paisaje.

En ese entonces teníamos un objetivo algo osado, atrevido: postularlo como santuario de la naturaleza, lo que se logró, después de una larga batalla, el año 2009 -específicamente, el 28 de noviembre de ese año-, según consta en el decreto N° 106 del Ministerio de Educación. De acuerdo con el artículo 1° de la ley N° 17.288, son monumentos nacionales, entre otros, los santuarios de la naturaleza. Por lo tanto, el humedal del río Lluta, de Arica, también es monumento nacional.

He puesto este ejemplo porque existen muchos lugares en las mismas condiciones, o muy similares, y muchas veces es muy largo y difícil el camino que se ha de recorrer para protegerlos, pues los intereses y chantajes económicos suelen tener gran poder.

Señor Presidente, por lo expuesto, considero necesario establecer una legislación que proteja estos ecosistemas. La iniciativa en debate da cuenta de ello, por lo que esperamos que a partir de su aprobación por esta Corporación el Ejecutivo entienda el mensaje y persevere en brindar una protección real a los humedales a través del cuidado, la investigación y la preservación. Esperamos que ponga en ello todos los esfuerzos necesarios para lograr un mundo mejor y un país mejor.

He dicho.

-Aplausos.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Carlos Kuschel .

El señor KUSCHEL.-

Señor Presidente, anuncio mi voto a favor del proyecto de ley que nos convoca, particularmente en lo relativo al artículo 2°, que señala: “Un Reglamento, expedido por el Ministerio del Medio Ambiente y suscrito también por el Ministro de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo”.

En el siguiente inciso agrega: “Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el Reglamento indicado en el inciso anterior.”.

Quiero agregar que tanto el idioma español como el mapudungun son riquísimos a la hora de nombrar estos lugares en sus distintas gradaciones, porque las zonas húmedas van desde pequeños pozones, pantanos, charcos hasta el mar. De hecho, la Región de Los Lagos lleva ese nombre por la abundancia de lagos en su territorio, además de ríos y esteros, todo bajo un clima caracterizado por las continuas lluvias. A modo de ejemplo, puedo citar palabras como waves y ñadis, que significan bosques pantanosos; mallín, terreno donde se estancan las aguas lluvia; carelmapu, tierra cruda o inundada; huichaco, agua de pozo o que debe ser extraída; carimallín, tierras bajas y pantanosas. También puedo citar la comuna de Maullín y el parque Pumalín , que acaba de donar la Fundación Tompkins, y cuyos nombres significan muchos mallines, es decir, muchos humedales, pantanos, junquillales bajos, etcétera.

Este tema se ha vuelto particularmente importante en la última década, debido a que hemos enfrentado sucesivos años de déficits de lluvias por el cambio climático, lo que nos obliga a adoptar criterios de protección y de recuperación de los humedales.

Mi impresión es que no existe coordinación entre ministerios, lo que redunda en un trabajo disperso y desordenado. A mi juicio, el Ministerio de Obras Públicas es debiera tener una actividad relevante en esta materia, pues interviene caminos a lo largo y ancho de todo nuestro país; construye puentes y fosos laterales, que muchas veces han destruido humedales y en otras ocasiones los han salvado, incluso han creado humedales donde no existían.

Con mucho agrado saludo la presentación de este proyecto y anuncio que lo votaré a favor, con la esperanza de que se transforme en un impulso para otras iniciativas. Lo digo porque aquí estamos hablando solo de los humedales que están atrapados dentro de las zonas urbanas, pero nos queda todo el resto de los humedales, tanto de agua dulce como de agua salada.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Pablo Prieto .

El señor PRIETO.-

Señor Presidente, la Constitución Política de la República establece que el Estado tiene el deber de tutelar la preservación de la naturaleza, pero existen ciertos ecosistemas que hoy se encuentran desprotegidos. Este proyecto de ley surge, precisamente, para proteger uno de aquellos ecosistemas: los humedales urbanos.

Si bien existen algunos humedales que cuentan con algún nivel de protección o no se encuentran amenazados, como es el caso del humedal de Putú, ubicado al norte de la comuna de Constitución, la gran mayoría de los humedales, particularmente aquellos que se encuentran dentro del radio urbano, no cuentan con protección y son directamente afectados por la actividad humana, especialmente en zonas como Aysén, Biobío y Valdivia .

Proteger estos ecosistemas nos trae muchos beneficios, los cuales se encuentran detallados en el informe del proyecto; pero no está de más recordar algunos. Hay beneficios turísticos, económicos y ecológicos. En efecto, los humedales sirven para el control de las crecidas e inundaciones de ríos y lagos, para la recarga de acuíferos, la estabilización de microclimas, etcétera.

Por ello, resulta necesario reconocer en nuestro ordenamiento jurídico los humedales urbanos, a fin de darles la protección necesaria. Esta iniciativa cumple con ese objetivo, y además cuenta con el respaldo del Ejecutivo, a través del Ministerio del Medio Ambiente, que ha tomado cartas en el asunto y ha contribuido a su fortalecimiento.

Por lo tanto, manifiesto que votaré a favor el proyecto.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Iván Flores .

El señor FLORES (don Iván).-

Señor Presidente, para iniciar mis breves palabras, quiero saludar a los autores de este proyecto, en especial a Alfonso de Urresti, Presidente en ejercicio del Senado.

Este proyecto, cuya idea matriz es proteger los humedales, sea que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano, es una urgente necesidad, no solo por lo que el cambio climático nos obliga a enfrentar. Me hubiese gustado que la iniciativa considerara a todos los humedales, no solo a los que están en la periferia urbana.

En los fundamentos del proyecto se señala que los humedales son “extensiones de marismas, pantanos y turberas o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros”.

Agrega, además, para efectos del proyecto, que deben estar dentro del radio urbano. Aquí tengo un punto de discrepancia con el proyecto, pues deberían haberse considerado todos los humedales de Chile, desde Arica, en el altiplano, hasta la Región de Magallanes, por el sur, incluidas las dieciséis regiones del país.

En Chile tenemos entre 18.000 y 30.000 polígonos de tierra y agua identificados bajo la descripción genérica de humedal, principalmente concentrados en su extensión -no estoy hablando de su calidad biológica- en las regiones de Aysén, Magallanes y Los Ríos.

A modo de información general, en la zona sur austral de Chile, desde lo que es hoy la Región del Biobío hasta Magallanes, hace quinientos años la tierra se movió, lo que generó espacios donde el agua comenzó a convivir de una manera distinta con el suelo agrícola o la tierra.

Quinientos años después, en 1960, el cataclismo más grande registrado en la historia, que tuvo su epicentro en la ciudad de Valdivia, al día siguiente de dos sismos importantes en la Región del Biobío, nos cambió el paisaje. Así, miles de hectáreas quedaron de manera permanente bajo el agua. No obstante, lo que en un primer momento se pensó que era una tremenda pérdida económica y productiva para el país -se perdieron campos completos-, por cuanto muchas vegas de ríos quedaron bajo el agua -hasta el día de hoy se observan las puntas de los cercos de esa época, hace casi sesenta años, o los troncos de árboles que finalmente se pudrieron por estar permanentemente bajo el agua-, hoy, con una mirada distinta del planeta y la urgencia de tratar estos temas a consecuencia del cambio climático, es valorado como un riñón planetario, por ser filtro de una serie de impurezas que circulan por nuestros cursos de agua; se lo valora por la biodiversidad que ofrece para la sustentación de un sinnúmero de especies que anidan, que procrean, que crían en esos espacios.

Quiero destacar, en el tiempo que me queda y en vista de la concientización planetaria sobre la fragilidad de los sistemas ecológicos, la desaparición constante y permanente de cientos de especies animales y vegetales, la cada vez más urgente necesidad de ajustar nuestras conductas respecto de la naturaleza, de las reservas de agua, de los efectos del clima y con ello -y esto lo subrayo, estimados colegas- la posibilidad de la pérdida de vida en el planeta, que este proyecto reviste especial importancia. Todas estas cuestiones fueron planteadas en un informe de Naciones Unidas, al alero de lo que será la convención sobre cambio climático más importante del mundo, la COP-25, que se realizará en Chile, a la par de que estamos intentando organizar la COP parlamentaria.

Colegas, les pido su apoyo para que aprobemos en general el proyecto, de modo que la comisión haga su trabajo lo más rápido posible a fin de que en el menor plazo posible aprobemos definitivamente el proyecto en su segundo trámite constitucional.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Miguel Mellado .

El señor MELLADO (don Miguel).-

Señor Presidente, he escuchado atentamente las intervenciones de los parlamentarios que me han antecedido en el uso de la palabra. No sé si escuché mal o leí otro proyecto, porque estamos hablando de humedales urbanos, o sea, de los que están en el radio urbano de las ciudades, no fuera de ellos, porque los que se encuentran fuera están protegidos como sitios Ramsar , vale decir, por la Convención Relativa a los Humedales. Estos últimos suman 14 en Chile.

Lo que establece el proyecto puede cruzarse con el derecho de propiedad, en caso de que un sitio ubicado en la ciudad sea declarado humedal. Según lo que señala el proyecto, el Ministerio del Medio Ambiente es el que declara, a solicitud de la municipalidad, determinadas propiedades como humedales.

Aquí hay un punto en que me permití formular una indicación, porque esto no puede ser para siempre. Ha cambiado el clima en Chile; el cambio climático llegó para quedarse. Sin intervención humana, algunos humedales ubicados al interior de las ciudades quizás se sequen al cabo de 5 o 7 años. Por lo tanto, cada cierto tiempo debieran revisarse los sitios declarados como humedales.

Este primer punto es importante, ya que la idea es que en la legislación no quede plasmado algo a criterio solo de los estamentos públicos. También es necesario fijar una fecha para revisar, obligatoriamente, el catastro, que debe confeccionar el Ministerio del Medio Ambiente, a solicitud de las municipalidades respectivas.

En segundo lugar, las indicaciones aprobadas en la Comisión de Medio Ambiente a los artículos 3 y 4 resultan contrarias al derecho de propiedad, de acuerdo con el artículo 19, N° 24°, de la Constitución Política de la República, ya que restringe las facultades de usar, gozar y disponer de un bien raíz desde el momento mismo en que se solicita que un posible humedal sea declarado como tal. Aunque la tramitación de dicha declaración no se haya hecho efectiva, la persona no podrá usar el sitio del que se está disponiendo. En ese sentido, la ley resulta expropiatoria, porque la Constitución señala, en su artículo 19, N° 23°, que cuando lo exija el interés nacional el Estado podrá disponer de dichos sitios a través de una “ley de quórum calificado”.

Señor Presidente, dadas las indicaciones presentadas en esta primera instancia, el proyecto debiera volver a comisión y, por lo mismo, lo votaré en contra.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Cerrado el debate.

-En conformidad con el artículo 85 del Reglamento, se incluye la siguiente intervención no pronunciada en la Sala y que cumple con lo dispuesto en el artículo 10 del mismo cuerpo reglamentario:

La señorita SANTIBÁÑEZ (doña Marisela) .-

Señor Presidente, en el año 2018 los vecinos y vecinas de la comuna de Melipilla, una de las catorce comunas que componen el distrito que tengo el orgullo de representar, se movilizaron con el objetivo de proteger el humedal de la Chacra San Pedro. Lideró esta movilización ciudadana la organización “Salvemos el Humedal de Melipilla”, a quienes quiero el día de hoy expresar todo mi reconocimiento por el trabajo que han estado llevando a cabo. Lamentablemente, a pesar de los esfuerzos realizados no se logró salvar el humedal y el mismo fue rellenado para proceder a la construcción de viviendas, las cuales se encuentran en venta en estos momentos.

Dos factores fueron determinantes en esta situación:

1.El humedal se encontraba en terreno urbano y era privado.

2.La Municipalidad de Melipilla solicitó que se realizara una observación técnica al Servicio Agrícola y Ganadero. El diagnóstico dio como resultado que no se trataría de un humedal, siendo esta observación realizada nuevamente por el Servicio Agrícola y Ganadero, dando como nuevo resultado que sí se trataría de un humedal, pero artificial. Sin embargo, expertos en el tema difieren de lo antes mencionando, ya que para ellos el espacio cumplía con todas las características necesarias para ser considerado zona de humedal, pero el no haberse podido comprobar técnicamente que la superficie actualmente de una hectárea era un humedal estacional o cíclico hizo casi imposible poder protegerlo legalmente, pues es normal que se aprovechen de los periodos en donde aparentemente se encuentran secos para cambiar su usos de suelo.

El humedal de Melipilla es solo uno de los cientos que a diario se ven amenazados por causa del desarrollo de nuestro país. Quiero dejar claridad de que no nos oponemos al crecimiento urbano de nuestras ciudades, pero ¡basta de dar prioridad a las grandes empresas por encima de la preservación y protección de nuestro medio ambiente!

Hemos visto otras experiencias en donde incluso a lo largo de los años las construcciones de viviendas en estos espacios se convierte en un verdadero dolor de cabeza para las familias que las habitan, al ser zonas potencialmente inundables. Por ello, el riesgo que corren de que sus viviendas sufran daños en sus infraestructuras es bastante alto, convirtiéndose en un peligro real el seguir residiendo en esos lugares.

Si este proyecto, que hoy seguimos debatiendo, en ese entonces hubiera sido ley, quizás hubiésemos podido salvar nuestro humedal y otros tantos a tiempo, pues por lo menos habríamos tenido una herramienta legal que ayudara a la ciudadanía a proteger sus espacios naturales, aunque estos se encuentren dentro de zonas urbanas.

Quiero culminar mi intervención felicitando y reconociendo el trabajo realizado por el senador De Urresti, quien es el autor de este proyecto de ley y ha dado una lucha importante sobre este tema. Comparto, sin duda, la intención de esta moción, pues es necesario generar un marco jurídico que proteja estos ecosistemas, que con la actual crisis medioambiental, que sabemos seguirá agudizándose con el pasar de los años, representan un tesoro invaluable que debemos cuidar y proteger para nuestras futuras generaciones.

La vinculación entre ministerio, municipalidades y ciudadanía es realmente necesaria en todos los ámbitos. Ese es justamente el objetivo principal de este proyecto, y por eso la importancia de su aprobación.

Mi compromiso con esta causa. ¡Salvemos nuestros humedales!

He dicho.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto ley en los siguientes términos:

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos.

Hago presente a la Sala que el proyecto trata materias propias de ley simple o común.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 126 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Fernández Allende , Maya Mellado Pino , Cosme Saldívar Auger , Raúl Alessandri Vergara , Jorge Flores García, Iván Meza Moncada , Fernando Sanhueza Dueñas , Gustavo Alinco Bustos, René Flores Oporto , Camila Mirosevic Verdugo , Vlado Santana Castillo, Juan Álvarez Ramírez , Sebastián Fuenzalida Cobo , Juan Mix Jiménez , Claudia Santibáñez Novoa , Marisela Álvarez Vera , Jenny Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Molina Magofke , Andrés Sauerbaum Muñoz , Frank Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo Gahona Salazar , Sergio Morales Muñoz , Celso Schalper Sepúlveda , Diego Amar Mancilla , Sandra Galleguillos Castillo , Ramón Moreira Barros , Cristhian Schilling Rodríguez , Marcelo Baltolu Rasera, Nino García García, René Manuel Muñoz González , Francesca Sepúlveda Orbenes , Alejandra Barros Montero , Ramón Garín González , Renato Naranjo Ortiz , Jaime Silber Romo , Gabriel Bellolio Avaria , Jaime Girardi Lavín , Cristina Norambuena Farías, Iván Soto Ferrada , Leonardo Berger Fett , Bernardo González Gatica , Félix Núñez Arancibia , Daniel Soto Mardones , Raúl Bernales Maldonado , Alejandro González Torres , Rodrigo Núñez Urrutia , Paulina Teillier Del Valle, Guillermo Bianchi Retamales , Karim Gutiérrez Gálvez , Hugo Nuyado Ancapichún , Emilia Tohá González , Jaime Bobadilla Muñoz , Sergio Hernando Pérez , Marcela Olivera De La Fuen-te , Erika Torrealba Alvarado , Sebastián Boric Font , Gabriel Hertz Cádiz , Carmen Orsini Pascal , Maite Torres Jeldes , Víctor Brito Hasbún , Jorge Hoffmann Opazo , María José Ortiz Novoa, José Miguel Trisotti Martínez , Renzo Carter Fernández , Álvaro Ibáñez Cotroneo , Diego Ossandón Irarrázabal , Ximena Troncoso Hellman , Virginia Carvajal Ambiado , Loreto Ilabaca Cerda , Marcos Pardo Sáinz , Luis Urrutia Bonilla , Ignacio Castillo Muñoz , Natalia Jackson Drago , Giorgio Parra Sauterel , Andrea Urrutia Soto , Osvaldo Castro Bascuñán, José Miguel Jiménez Fuentes , Tucapel Pérez Arriagada , José Urruticoechea Ríos , Cristóbal Castro González, Juan Luis Jürgensen Rundshagen , Harry Pérez Lahsen , Leopoldo Vallejo Dowling , Camila Celis Araya , Ricardo Keitel Bianchi , Sebastián Pérez Olea , Joanna Van Rysselberghe Herrera , Enrique Celis Montt , Andrés Kort Garriga , Issa Pérez Salinas , Catalina Velásquez Núñez , Esteban Cicardini Milla , Daniella Kuschel Silva , Carlos Prieto Lorca , Pablo Velásquez Seguel , Pedro Coloma Álamos, Juan Antonio Labra Sepúlveda , Amaro Rathgeb Schifferli , Jorge Venegas Cárdenas , Mario Crispi Serrano , Miguel Lavín León , Joaquín Rocafull López , Luis Verdessi Belemmi , Daniel Cruz-Coke Carvallo , Luciano Leuquén Uribe , Aracely Rojas Valderrama , Camila Vidal Rojas , Pablo Del Real Mihovilovic , Catalina Longton Herrera , Andrés Romero Sáez , Leonidas Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Díaz Díaz , Marcelo Lorenzini Basso , Pablo Rosas Barrientos , Patricio Walker Prieto , Matías Durán Espinoza , Jorge Luck Urban , Karin Sabag Villalobos , Jorge Winter Etcheberry , Gonzalo Eguiguren Correa , Francisco Marzán Pinto , Carolina Saffirio Espinoza , René Yeomans Araya , Gael Espinoza Sandoval , Fidel Melero Abaroa, Patricio

-Se abstuvieron los diputados señores:

Mellado Suazo , Miguel Paulsen Kehr, Diego

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Por haber sido objeto de indicaciones, el proyecto vuelve a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para su discusión en particular.

2.5. Boletín de Indicaciones

Fecha 23 de abril, 2019. Boletín de Indicaciones

VALPARAÍSO, 23 de abril de 2019

Oficio N° 14.660

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, aprobó en general el proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos, correspondiente al boletín No 11.256-12.

Por haber sido objeto de indicaciones, que se adjuntan, me permito remitir a US. la totalidad de los antecedentes para que la comisión que US. preside emita el segundo informe, de conformidad con lo estatuido en el inciso cuarto del artículo 130 del reglamento de la Corporación.

Hago presente a US. que la Sala aprobó en general esta iniciativa por 126 votos a favor, de un total de 155 diputados en ejercicio.

Lo que tengo a honra comunicar a US., por orden del señor Presidente de la Cámara de Diputados.

Dios guarde a US.

JOHN SMOK KAZAZIAN

Abogado Oficial Mayor de Secretaría

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.

INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES CON EL OBJETIVO DE PROTEGER LOS HUMEDALES URBANOS.

Boletín No 11.256-12

AL ARTÍCULO 1

Número 1)

1) Del diputado Diego Paulsen Kehr:

- Para reemplazarlo por el siguiente:

“1) Ha reemplazado en el artículo 1° el texto “Artículo 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren” por el siguiente: “Artículo 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger los humedales urbanos declarados por el Ministerio de Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales, todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas de régimen natural, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren”.”.

2) De los diputados Marcos Ilabaca Cerda, Amaro Labra Sepúlveda y Emilia Nuyado Ancapichún:

- Para agregar, después del vocablo “oficio”, la siguiente frase: , a petición de a los menos dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica con domicilio en la región respectiva”.

Número 3)

3) Del diputado Diego Paulsen Kehr:

- Para sustituir en el inciso segundo del artículo 1° propuesto por la Comisión la palabra “seis” por “nueve”.

AL ARTÍCULO 2° PROPUESTO POR LA COMISIÓN

Inciso segundo

4) Del diputado Álvaro Carter Fernández:

- Para incorporar, después de la palabra “humedales”, el vocablo “urbanos”.

Inciso segundo, nuevo

5) Del diputado Miguel Mellado Suazo:

- Para incorporar el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero:

“El Reglamento expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y suscrito por el Ministerio de Obras Públicas, considerará igualmente los criterios técnicos y científicos en virtud de los cuales se estimará la temporalidad y duración de la declaración de la calidad de humedal, la cual no podrá ser indefinida y, en todo caso, sólo podrá extenderse por un plazo máximo de siete años.”.

AL ARTÍCULO 3, NUEVO

6) Del diputado Miguel Mellado Suazo:

- Para suprimir el artículo 3, nuevo, propuesto por la Comisión.

7) Del diputado Diego Paulsen Kehr:

- Para suprimir el artículo 3, nuevo, propuesto por la Comisión.

AL ARTÍCULO 4

(que pasaría a ser artículo 5)

8) Del diputado Miguel Mellado Suazo:

- Para eliminar las modificaciones propuestas por la Comisión, manteniendo el texto propuesto por el Senado.

9) Del diputado Diego Paulsen Kehr:

- Para eliminar las modificaciones propuestas por la Comisión, manteniendo el texto propuesto por el Senado.

Número 1)

10) Del diputado Diego Paulsen Kehr:

- Para eliminar el número 1) propuesto por la Comisión, manteniendo el texto propuesto por el Senado.

11) De los diputados Alejandro Bernales Maldonado y Vlado Mirosevic Verdugo:

- Para agregar, después de la expresión “área de protección de valor natural”, la frase “y la respectiva zona de amortización”.

Número 3), nuevo

12) De los diputados René Alinco Bustos, Fidel Espinoza Sandoval, Ramón Galleguillos Castillo, Amaro Labra Sepúlveda, Jaime Mulet Martínez, Nicolás Noman Garrido, Emilia Nuyado Ancapichún, Ximena Ossandón Irarrázabal y René Saffirio ESpinoza:

- Para agregar el siguiente número 3):

“3) Agrégase en el artículo 64, a continuación de la palabra “respectiva”, la expresión “y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura”.

ARTÍCULO 5, NUEVO

(que pasaría a ser artículo 6)

13) De los diputados Jorge Rathgeb Schifferli, Luis Pardo Sáinz, Hugo Rey Martínez y Leonidas Romero Sáez:

- Para agregar el siguiente artículo 5:

“Artículo 5°.- La declaración de la calidad de humedal urbano o peri-urbano a que hace alusión el artículo 1° conllevará de pleno derecho la exención de la obligación de pagar el respectivo impuesto territorial, en relación con los bienes raíces donde dichos humedales se encuentren.”.

ARTÍCULO TRANSITORIO, NUEVO

14) Del diputado Álvaro Carter Fernández:

- Para incorporar el siguiente artículo transitorio:

“Artículo transitorio.- La presente ley entrará en vigencia ciento ochenta días después de su publicación en el Diario Oficial.”.

*****

2.6. Segundo Informe de Comisión de Medio Ambiente

Cámara de Diputados. Fecha 24 de abril, 2019. Informe de Comisión de Medio Ambiente en Sesión 21. Legislatura 367.

SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES QUE MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES CON EL OBJETIVO DE PROTEGER LOS HUMEDALES URBANOS. BOLETÍN N° 11.256-12 (S)-2

________________________________________________________________________

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales viene en informar, en segundo trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de la referencia, iniciado en moción de los senadores Isabel Allende Bussi, Alfonso De Urresti Longton, Adriana Muñoz D’Albora, Víctor Pérez Varela y el exsenador Patricio Walker Prieto.

*********

La Cámara de Diputados, en su sesión ordinaria celebrada el 23 de abril de 2019, aprobó en general el proyecto de ley de la referencia.

De acuerdo a lo preceptuado en el artículo 130 del Reglamento, el proyecto de ley con las indicaciones cursadas durante su tramitación, fue remitido a esta Comisión para segundo informe reglamentario.

A continuación, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Reglamento de la Corporación, se procederá a dejar constancia de lo obrado por la Comisión, según lo ordena dicha disposición reglamentaria.

*********

I.- ARTÍCULOS QUE NO HAN SIDO OBJETO DE INDICACIONES NI DE MODIFICACIONES EN ESTE SEGUNDO TRÁMITE REGLAMENTARIO.

Se encuentran en esta situación los siguientes artículos: 4 (permanente) y transitorio.

II.- ARTÍCULOS QUE DEBEN DARSE POR APROBADOS REGLAMENTARIAMENTE, CON INDICACIÓN DE AQUELLOS QUE CONTIENEN NORMAS QUE REQUIEREN QUÓRUM ESPECIAL. (Artículo 131, inciso segundo, del Reglamento de la Corporación).

No hay.

III.- DE LOS ARTÍCULOS QUE EL SENADO HA CALIFICADO COMO NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO Y LA DE AQUELLOS A LOS CUALES LA COMISIÓN OTORGUE IGUAL CARÁCTER.

No hay.

IV.- ARTÍCULOS SUPRIMIDOS.

No hay artículos suprimidos, en relación al primer informe de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

V.-INDICACIONES RECHAZADAS.

Al artículo 1.-

1. Del diputado Paulsen, para reemplazar el inciso primero por el siguiente:

“Artículo 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger los humedales urbanos declarados por el Ministerio de Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales, todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas de régimen natural, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano.”.

Fue rechazada por unanimidad (9 votos en contra). Votaron las diputadas y diputados Álvarez, Castro, Girardi, González, Ibáñez, Ilabaca (en reemplazo del diputado Saavedra), Labra, Catalina Pérez y Torrealba.

2. De los diputados Ilabaca, Labra y Nuyado, para agregar, después del vocablo “oficio”, la frase: “, a petición de a los menos dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica con domicilio en la región respectiva”.

Esta indicación no fue sometida a votación atendido que su contenido es contradictorio con lo aprobado con anterioridad en otra indicación. Por tal motivo, se dio por rechazada.

3. Del diputado Paulsen, para sustituir en el inciso segundo del artículo 1° propuesto por la Comisión la palabra “seis” por “nueve”.

Fue rechazada por unanimidad (9 votos en contra). Votaron las diputadas y diputados Álvarez, Castro, Girardi, González, Ibáñez, Ilabaca (en reemplazo del diputado Saavedra), Labra, Catalina Pérez y Torrealba.

Al artículo 2.-

4. Del diputado Mellado, para incorporar el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero:

“El Reglamento expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y suscrito por el Ministerio de Obras Públicas, considerará igualmente los criterios técnicos y científicos en virtud de los cuales se estimará la temporalidad y duración de la declaración de la calidad de humedal, la cual no podrá ser indefinida y, en todo caso, sólo podrá extenderse por un plazo máximo de siete años.”.

Fue rechazada por unanimidad (10 votos en contra). Votaron las diputadas y diputados Álvarez, Castro, Girardi, González, Ibáñez, Ilabaca (en reemplazo del diputado Saavedra), Labra, Morales, Catalina Pérez y Torrealba.

Al artículo 3.-

5. Dos indicaciones, en igual sentido, una del diputado Mellado y otra del diputado Paulsen, para suprimir el artículo 3, nuevo, propuesto por la Comisión.

Fue rechazada por unanimidad (10 votos en contra). Votaron las diputadas y diputados Álvarez, Castro, Girardi, González, Ibáñez, Ilabaca (en reemplazo del diputado Saavedra), Labra, Morales, Catalina Pérez y Torrealba.

Al artículo 5.-

6. Dos indicaciones, en igual sentido, una del diputado Mellado y otra del diputado Paulsen, para reemplazar el numeral 1), por el siguiente (lo que se busca es volver al texto propuesto por el Senado):

“1) Agrégase, en el artículo 28, el siguiente inciso tercero:

Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos.”.

Fue rechazada por unanimidad (10 votos en contra). Votaron las diputadas y diputados Álvarez, Castro, Girardi, González, Ibáñez, Ilabaca (en reemplazo del diputado Saavedra), Labra, Morales, Catalina Pérez y Torrealba.

7. De los diputados Bernales y Mirosevic, para agregar, después de la expresión “área de protección de valor natural”, la frase “y la respectiva zona de amortización”.

Fue rechazada por unanimidad (11 votos en contra). Votaron las diputadas y diputados Álvarez, Castro, Girardi, González, Ibáñez, Ilabaca (en reemplazo del diputado Saavedra), Labra, Morales, Catalina Pérez, Rey y Torrealba.

8. De los diputados Ibáñez, Labra y Catalina Pérez, para agregar, después de área de protección de valor natural’, la frase ‘y la respectiva zona de amortiguación’.

Se rechazó por mayoría de votos (3 a favor, 5 en contra y 3 abstenciones). Votaron a favor los diputados Ibañez, Labra y Catalina Pérez; votaron en contra los diputados Álvarez, Castro, Morales, Rey y Torrealba; se abstuvieron los diputados Girardi, González e Ilabaca (en reemplazo del diputado Saavedra).

9. Del diputado Carter, para incorporar el siguiente artículo transitorio:

“Artículo transitorio.- La presente ley entrará en vigencia ciento ochenta días después de su publicación en el Diario Oficial.”.

Fue rechazada por unanimidad (11 votos en contra). Votaron las diputadas y diputados Álvarez, Castro, Girardi, González, Ibáñez, Ilabaca (en reemplazo del diputado Saavedra), Labra, Morales, Catalina Pérez, Rey y Torrealba.

VI.- INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.

1) De los diputados Rathgeb, Pardo, Rey y Romero, para agregar el siguiente artículo 4:

‘Artículo 4°.- La declaración de la calidad de humedal urbano o peri-urbano a que hace alusión el artículo 1° conllevará de pleno derecho la exención de la obligación de pagar el respectivo impuesto territorial, en relación con los bienes raíces donde dichos humedales se encuentren.’.[1]

2) De los diputados Alinco, Espinoza, Galleguillos, Labra, Mulet, Noman, Nuyado, Ossandón y Saffirio, para agregar en el número 2), en el artículo 5°, antes del punto final, lo siguiente: “y a continuación de la palabra ‘respectiva’, la expresión ‘y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura’.[2]

VII.- ARTÍCULOS MODIFICADOS.

Fueron modificados los artículos 1 y 2 del proyecto aprobado en primer informe, atendido que se aprobaron las siguientes tres indicaciones:

Al artículo 1.-

1) De los diputados Ibáñez, Labra y Girardi, para agregar en el inciso primero, después del vocablo oficio, la siguiente frase: ‘, a petición de a lo menos dos organizaciones ciudadanas, informando al respectivo municipio’.

2) Del diputado Labra, para agregar en el inciso segundo, después del vocablo ‘municipio’, la siguiente frase: ‘o las organizaciones sociales’.

En relación a estas indicaciones 1) y 2) referidas, hubo un intercambio de opiniones. Sus patrocinantes estimaron positivo permitir que las organizaciones sociales interesadas soliciten al Ministerio del Medio Ambiente que determinados lugares se reconozcan como humedales; quienes no apoyan tal circunstancia manifestaron su inquietud por una eventual masividad de requerimientos en la materia, que podría afectar el normal desarrollo de los procesos de estudio y declaración de zonas bajo protección, toda vez que dichos procesos requieren desplazamiento territorial y estudios de rigor. En tal sentido, manifestaron que las inquietudes ciudadanas deben canalizarse a través de los respectivos municipios.

Sin embargo, los autores de las indicaciones expresaron que han existido situaciones en que los requerimientos de la ciudadanía no han sido compartidos por los municipios, y han terminado en que se ha solicitado que se convoque a plebiscitos comunales, pero que no han contado con un apoyo decidido de parte de los municipios.

Fruto de dicho debate, se llegó al consenso de la conveniencia que los requirentes de declaratoria informen a los municipios que han ingresado una petición de declaratoria de humedal ante el Ministerio del Medio Ambiente, a fin que exista coordinación entre la acción municipal y la de la sociedad civil.

Sometidas a votación, la indicación 1) fue aprobada por mayoría de votos (8 a favor y 1 abstención). Votaron a favor los diputados Álvarez, Castro, Girardi, González, Ibañez, Labra, Catalina Pérez e Ilabaca (en reemplazo del diputado Saavedra). Se abstuvo el diputado Torrealba.

La indicación 2) fue aprobada por mayoría de votos (6 a favor y 3 en contra). Votaron a favor las diputadas y diputados Girardi, González, Ibáñez, Ilabaca (en reemplazo del diputado Saavedra), Labra y Catalina Pérez. Votaron en contra los diputados Álvarez, Castro y Torrealba.

Al artículo 2.-

3) Del diputado Carter, para incorporar en el inciso segundo, después de la palabra “humedales”, el vocablo “urbanos”.

Se estimó una adecuación correcta en el proyecto, por lo que se aprobó por unanimidad (10 votos a favor). Votaron las diputadas y diputados Álvarez, Castro, Girardi, González, Ibáñez, Ilabaca (en reemplazo del diputado Saavedra), Labra, Morales, Catalina Pérez y Torrealba.

VIII.- ARTÍCULOS NUEVOS INTRODUCIDOS.

No hay.

IX.- ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.

Ninguna disposición se encuentra en esta situación.

X.- MODIFICACIONES INTRODUCIDAS AL TEXTO APROBADO POR EL SENADO.

En el artículo1.-

1) Se intercaló, entre la palabra “proteger” y el vocablo “todas”, la siguiente oración: “los humedales urbanos declarados por el Ministerio de Medio Ambiente, de oficio, a petición de a lo menos dos organizaciones ciudadanas, informando al respectivo municipio, o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales”.

2) Se reemplazó la frase “dentro del radio urbano o periurbano” por la frase “total o parcialmente dentro del límite urbano”.

3) Se agregó un inciso segundo, del siguiente tenor:

“En el caso que la solicitud sea efectuada por el municipio o por las organizaciones sociales, el Ministerio deberá pronunciarse dentro del plazo de seis meses.”.

El artículo 2.-

- Fue reemplazado por el siguiente:

“Artículo 2°.- Un Reglamento, expedido por el Ministerio del Medio Ambiente y suscrito también por el Ministro de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales urbanos ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el Reglamento indicado en el inciso anterior.”.

Artículo nuevo.-

- Se incorpora el siguiente artículo, nuevo:

“Artículo 3. Desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio de Medio Ambiente, la municipalidad respectiva no podrá otorgar permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados.”.

En el artículo 3.-

- Ha pasado a ser artículo 4.

- Se incorporó un numeral 1), pasando los numerales 1), 2) y 3) a ser numerales 2), 3) y 4) respectivamente, del siguiente tenor:

1) Incorpórase, en la letra p), a continuación de la frase “reservas marinas”, los vocablos “humedales urbanos”, precedida de una coma (,).

2) En el numeral 3), que ha pasado a ser 4), se reemplazó la frase “dentro del perímetro de un radio urbano o periurbano” por la oración “total o parcialmente dentro del límite urbano”.

En el artículo 4.-

- Ha pasado a ser artículo 5.

- En su numeral 1), que incorpora un inciso tercero en el artículo 28 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, se reemplaza el párrafo final que dice “para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos”, por la siguiente oración, antecedida de un punto seguido: “No podrán otorgarse permisos de urbanización o construcción, salvo que estos estén destinados a su protección, preservación, conservación y gestión.”.

Artículo transitorio.-

- Se ha agregado un artículo transitorio, del siguiente tenor:

“Artículo transitorio.- El plazo para dictar el reglamento señalado en el artículo 2 será de un año, contado desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial.”.

********

XI.- TEXTO DEL PROYECTO TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.

“Artículo 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger los humedales urbanos declarados por el Ministerio de Medio Ambiente, de oficio, a petición de a lo menos dos organizaciones ciudadanas, informando al respectivo municipio, o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano.

En el caso que la solicitud sea efectuada por el municipio o por las organizaciones sociales, el Ministerio deberá pronunciarse dentro del plazo de seis meses.

Artículo 2°.- Un reglamento, expedido por el Ministerio del Medio Ambiente y suscrito también por el Ministro de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales urbanos ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el reglamento indicado en el inciso anterior.

Artículo 3°.- Desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio de Medio Ambiente, la municipalidad respectiva no podrá otorgar permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados.

Artículo 4°.- Modifícase el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en los siguientes términos:

1) Incorpórase, en la letra p), a continuación de la frase “reservas marinas”, los vocablos “humedales urbanos”, precedida de una coma (,).

2) Reemplázase la letra q), por la siguiente:

“q) Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados, humedales, o a cursos o masas de agua que puedan ser afectadas;”.

3) Sustitúyese, en la letra r), el punto final por la expresión “, y”.

4) Agrégase una nueva letra s), del siguiente tenor:

“s) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de humedales que se encuentran total o parcialmente dentro del límite urbano, y que impliquen su relleno, drenaje, secado, extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie.”.

Artículo 5°.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, promulgado el año 1975 y publicado el año 1976, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones:

1) Agrégase, en el artículo 28, el siguiente inciso tercero:

“Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales urbanos existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural. No podrán otorgarse permisos de urbanización o construcción, salvo que estos estén destinados a su protección, preservación, conservación y gestión.”.

2) Intercálase, en el artículo 64, a continuación de la expresión “riberas de mar”, la que sigue: “, de humedales”.”.

Artículo transitorio.- El plazo para dictar el reglamento señalado en el artículo 2 será de un año, contado desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial.”.

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Se designó Diputado Informante al señor Amaro Labra Sepúlveda.

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Tratado y acordado, según consta en el acta correspondientes a la sesión de 24 de abril de 2019, con la asistencia de las diputadas y diputados Sebastián Alvarez Ramírez, José Miguel Castro Bascuñán, Cristina Girardi Lavín, Félix González Gatica (Presidente), Diego Ibáñez Cotroneo, Amaro Labra Sepúlveda, Celso Morales Muñoz, Catalina Pérez Salinas, Marcos Ilabaca Cerda (en reemplazo de Gastón Saavedra Chandía) y Sebastián Torrealba Alvarado.

Asistió, también, el diputado Ricardo Celis Araya.

Sala de la Comisión, a 24 de abril de 2019.

ANA MARÍA SKOKNIC DEFILIPPIS

Abogada Secretaria de la Comisión

2.7. Discusión en Sala

Fecha 05 de junio, 2019. Diario de Sesión en Sesión 34. Legislatura 367. Discusión Particular. Se aprueban modificaciones.

PROTECCIÓN DE HUMEDALES URBANOS (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11256-12)

El señor VENEGAS (Presidente accidental).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional y segundo reglamentario, originado en moción, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de proteger los humedales urbanos.

De conformidad con los acuerdos adoptados ayer por los jefes de los comités parlamentarios, para la discusión de este proyecto se otorgarán cinco minutos a cada señora diputada o señor diputado.

Diputado informante de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales es el señor Amaro Labra .

Antecedentes:

-Segundo informe de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sesión 21ª de la presente legislatura, en martes 7 de mayo de 2019. Documentos de la Cuenta N° 13.

-El primer informe de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, se rindió en la sesión 17ª de la presente legislatura, en jueves 18 de abril 2019.

El señor VENEGAS (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor LABRA (de pie).-

Señor Presidente, me alegra mucho poder informar este proyecto de ley en una ocasión tan especial como esta, en que celebramos el Día Mundial del Medio Ambiente.

En representación de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, paso a informar, en segundo trámite constitucional y reglamentario, el proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de proteger los humedales urbanos, iniciado en moción de las senadoras Isabel Allende Bussi y Adriana Muñoz D'Albora ; de los senadores Alfonso de Urresti Longton y Víctor Pérez Varela , y del entonces senador Patricio Walker Prieto .

La Cámara de Diputados, en su sesión ordinaria celebrada el 23 de abril de 2019, aprobó en general este proyecto de ley, luego de lo cual, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 130 del Reglamento, la iniciativa, con las indicaciones cursadas durante su tramitación, fue remitida nuevamente a la comisión técnica para segundo informe reglamentario.

Se presentaron 14 indicaciones, de las cuales 9 fueron rechazadas, 2 declaradas inadmisibles y 3 aprobadas. Estas últimas introdujeron tres modificaciones respecto de lo aprobado en el primer informe de la comisión.

Las modificaciones dicen relación con los siguientes temas:

1) Se incorpora a las organizaciones comunitarias o sociales como entes aptos para solicitar la declaración de humedal urbano de un sector, sin perjuicio de que ya se había aprobado que el Ministerio del Medio Ambiente podía declararlo de oficio o a petición del municipio respectivo. Sin embargo, en el caso de que la solicitud tenga su origen en una organización comunitaria, estas deberán comunicar la petición al municipio respectivo.

En relación con ese tema hubo opiniones divergentes, dado que los autores de las indicaciones estimaban positivo que se permitiera que las organizaciones sociales interesadas solicitaran al Ministerio del Medio Ambiente que determinados lugares fueran reconocidos como humedales.

Quienes no apoyaban tal posibilidad manifestaron su inquietud por una eventual masificación de requerimientos en este sentido, lo que podría afectar el normal desarrollo de los procesos de estudio y declaración de zonas bajo protección, toda vez que dichos procesos requieren desplazamiento territorial y la elaboración de los estudios de rigor. Agregaron que, en su opinión, las inquietudes ciudadanas sobre esta materia deberían canalizarse a través de los respectivos municipios.

Los autores de las indicaciones replicaron que ha habido situaciones en que los requerimientos de la ciudadanía no han sido compartidos por los municipios y han terminado en una solicitud de convocatoria a plebiscito comunal, pero no han contado con un apoyo decidido de parte de las autoridades municipales.

Fruto de dicho debate, se llegó a un consenso en términos de la conveniencia de que los requirentes de la declaratoria de humedal informen al municipio respectivo que han ingresado tal petición ante el Ministerio del Medio Ambiente, a fin de que exista coordinación entre la acción municipal y la de la sociedad civil.

Esta modificación fue aprobada por mayoría de votos.

2) Otra modificación, en este caso aprobada por unanimidad, dice relación con agregar la referencia de "urbanos" a los humedales a los que se refiere el artículo 2, con la finalidad de precisarlo y hacer concordante la referencia con el resto del proyecto.

Los humedales son una de las reservas de agua y biodiversidad más importantes en nuestro territorio. En un contexto de cambio climático como el que hoy vivimos, es fundamental resguardarlos, protegerlos y preservarlos, con independencia del lugar en que se encuentren.

El proyecto que hoy discutimos es un gran paso hacia la protección total de los humedales. Según el Ministerio del Medio Ambiente, existen más de 40.000 humedales en nuestro país, pero pocos de ellos tienen resguardo, por lo que muchos sucumben al impacto negativo de las personas.

Es por eso que, al igual que hizo la Comisión de Medio Ambiente, invito a los colegas a aprobar el proyecto.

Es cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor VENEGAS (Presidente accidental).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado Patricio Rosas .

El señor ROSAS.-

Señor Presidente, todos coincidimos en la importancia de este proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos, vitales para nuestros ecosistemas.

En mi caso, represento a una región en que hay muchos humedales. Valdivia misma es un humedal, pues fue construida sobre una zona de humedales. Sin embargo, mientras estamos discutiendo este proyecto, se siguen destruyendo en la Región de Los Ríos.

Lamentablemente, la falta de legislación no estimula la autorregulación de las empresas ni que los municipios inicien acciones legales en contra de las empresas que atentan contra los humedales o que puedan dictar normas que impidan su relleno. Por eso es tan importante que este cuerpo legal sea aprobado.

Además, sabemos que en Valdivia hay una planificación comunal desde esa esfera, lo que nos hace recordar la destrucción del humedal en isla Teja que hoy se está llevando a cabo, en una zona turística muy conocida, hecho que ha sido denunciado por los vecinos del lugar. Asimismo, la Red de Humedales Urbanos de Valdivia está pidiendo apoyo al gobierno para que se revoque el permiso en el que se afirmaría esta sociedad particular para realizar trabajos en el sector de Isla Teja y para que presente una demanda por daño ambiental.

Lamento que la ministra no se encuentre presente en este debate, porque sería interesante que ella o algún representante del Ministerio del Medio Ambiente en la zona se pusieran la camiseta y apoyaran las acciones que están realizando los ciudadanos. Deja mucho que desear la pasividad de las actuales autoridades frente a las empresas inmobiliarias, que se aprovechan de estos últimos instantes sin regulación para seguir rellenando y destruyendo nuestros humedales.

Tengo fotos que muestran los rellenos que se están ejecutando en Valdivia, en la zona de los humedales de Angachilla y de isla Teja.

Hace muy poco, en el humedal de Angachilla, el Presidente Piñera presentó el Plan Nacional de Protección de Humedales, pero días después de que él fuera y se sacara fotos muy bonitas, los camiones siguieron rellenando dicho humedal.

Por eso es importante aprobar una normativa que cierre el paso al relleno de humedales, realizado por particulares que dañan el ecosistema motivados por su ánimo de lucrar con esos terrenos, pues buscan construir viviendas y edificios, los que, por lo demás, han demostrado ser inseguras, ya que con el tiempo se hunden. Es decir, se construyen malas viviendas y se hace un daño patrimonial a los vecinos que adquieren casas o departamentos que no están asegurados en cuanto a su estabilidad.

Reitero que lamento que la ministra no se encuentre en la Sala, porque me gustaría invitarla a recorrer dicha zona, con el objeto de que vea cómo está el lugar -el humedal Angachilla donde el Presidente anunció la protección de los humedales, así como los humedales que se están rellenando en la isla Teja, en Valdivia.

Pido al gobierno que, de una vez por todas, se comprometa con la solución a este problema y que, si quiere dejar un legado, realice acciones concretas, en vez de ir a terreno solo para sacarse fotos y firmar compromisos que, finalmente, las empresas no respetan.

He dicho.

El señor VENEGAS (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Sergio Bobadilla .

El señor BOBADILLA.-

Señor Presidente, creo que ningún diputado presente en la Sala debería oponerse -puedo equivocarme a una iniciativa como esta, que tiene un fin tan noble, cual es proteger los humedales.

Diariamente vemos cómo los humedales de nuestro van siendo invadidos por distintas iniciativas, como proyectos inmobiliarios o comerciales. Incluso, muchos de ellos son utilizados como verdaderos vertederos de basura. Sin duda, esa es una fotografía que no nos deja bien como país.

La iniciativa en debate contribuye a generar condiciones destinadas a evitar que ese tipo de situaciones sigan ocurriendo. También destaco que el proyecto es un complemento al Plan Nacional de Conservación de Humedales que está implementando el Ministerio del Medio Ambiente, que debemos apoyar decididamente, porque es una herramienta que contribuye a generar condiciones para proteger estos ecosistemas que se encuentran en riesgo.

Asimismo, destaco una situación que no es menor. El proyecto contenía algunas normas que eran claramente inadmisibles, porque excedían las facultades que tenemos los legisladores. En ese sentido, es importante destacar el compromiso de nuestro gobierno, a través del Ministerio del Medio Ambiente, pues recogió la iniciativa y presentó indicaciones, lo que permitió que las normas inadmisibles puedan continuar su tramitación, pues son patrocinadas por el gobierno. Eso da cuenta del compromiso incondicional que tiene nuestro gobierno con la protección del medio ambiente, y este proyecto de ley es, sin duda alguna, una contribución en esa dirección.

Reitero mis felicitaciones a los autores de la moción y, por cierto, invito y convoco a todos los colegas a aprobar por unanimidad la iniciativa, pues permitirá generar condiciones para proteger efectivamente estos ecosistemas a todo lo largo y ancho de nuestro querido país.

He dicho.

El señor VENEGAS (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado José Miguel Castro .

El señor CASTRO (don José Miguel).-

Señor Presidente, antes de referirme específicamente al proyecto, quiero decirle al diputado que dijo que el Presidente solo fue a tomarse una foto que este gobierno ha dado muchas muestras de querer avanzar en los temas medioambientales, como la descarbonización de la matriz energética, la prohibición de uso de bolsas plásticas, la realización de la COP 25 y en tantos otros temas que ha puesto sobre la mesa, lo que otros gobiernos no hicieron.

En cuanto al proyecto en debate, busca proteger a los más débiles, a quienes están sufriendo la mayor presión de las inmobiliarias.

Felicito al senador De Urresti, quien impulsó el proyecto, pues no solo asistió a la Comisión de Medio Ambiente del Senado para explicar los contenidos del proyecto y defenderlo, sino también de la Cámara de Diputados. Él nos hizo entender por qué es necesario proteger esos ecosistemas de flora y fauna, y a nosotros mismos, porque los humedales urbanos son verdaderos buffers, verdaderos contenedores de las fuerzas de la naturaleza. Son esponjas que succionan el agua cuando llueve y cuando se producen tsunamis u otros fenómenos naturales importantes. No debemos olvidar que tenemos siete de los nueve criterios de vulnerabilidad en términos de medio ambiente.

Por eso, la COP25 es tan importante.

También considero importantísimo entender que los humedales urbanos protegen el agua, que ya es escasísima y que, a medida que transcurre el tiempo, se va haciendo más escasa en nuestro país y en el resto del mundo. Además, dado que los humedales protegen el agua, indirectamente también protegen las ciudades.

Sin duda, este proyecto no solucionará el problema de los humedales a nivel general, pero sí el de los que más lo necesitan, que son los pequeños humedales que se encuentran al interior de las ciudades de nuestro país.

En la Región de Antofagasta, donde se ubica el desierto más árido del mundo, tenemos cuatro humedales protegidos, y hay uno muy pequeño en el sector de La Chimba, en la comuna de Antofagasta, de escasa superficie, que también presenta una biodiversidad y un verdor que nos llena de orgullo a todos los antofagastinos.

En consecuencia, tal como hicimos en la comisión, vamos a apoyar con nuestros votos este proyecto tan importante.

He dicho.

El señor VENEGAS (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Cristina Girardi .

La señora GIRARDI (doña Cristina).-

Señor Presidente, me alegra escuchar en la Sala que, como dijo el diputado Bobadilla, todos consideremos importante aprobar un proyecto de ley como este.

Estamos ad portas de la COP25, un encuentro mundial sobre cambio climático que se realizará en Chile, que, de alguna manera, nos pone en el centro de las miradas en términos de lo que está haciendo nuestro país con sus ecosistemas y con sus debilidades frente al cambio climático.

Para nadie es un secreto, por lo menos no lo es para quienes tenemos algo de conocimiento sobre el cambio climático, que uno de los talones de Aquiles de Chile frente a ese problema será la disponibilidad de agua. Eso será lo que más afectará a nuestro país. En otros serán las inundaciones o los huracanes, pero aquí, en Chile, será la sequía, y ya lo es, pues ya tenemos instalados aquellos problemas que más nos costará resolver en esta materia.

El nexo entre el agua, la alimentación y la energía es una de las relaciones fundamentales para la supervivencia, no solo de los seres humanos, sino de todos los seres vivos del planeta. Asegurar la disponibilidad de agua debe ser una preocupación, y no solo su disponibilidad, sino también su calidad. Es necesario entender que tanto el ciclo global como el ciclo local del agua dependen en gran medida de los humedales. Si destruimos nuestros humedales, destruiremos las fuentes de agua de nuestros ecosistemas, de nuestro país, de nuestras poblaciones, de todos los seres vivos.

Los humedales son un potencial enorme de biodiversidad; son lo más rico que hay en biodiversidad, por lo cual no se entiende que no hayamos sido capaces de protegerlos. No se entiende cómo, siendo fuentes de agua y de biodiversidad, no hemos sido capaces de protegerlos como país.

Este proyecto de ley solo busca proteger los humedales urbanos, que son los que enfrentan mayor peligro debido al avance de las empresas inmobiliarias y de lo que muchos entienden como progreso económico, que no es sinónimo de desarrollo económico, ni de desarrollo humano, social o medioambiental.

Creo que uno de nuestros desafíos es ser capaces de protegerlos, porque estamos ante una adversidad y una problemática importantes, relacionadas con las consecuencias que producirá el cambio climático en Chile.

La conservación y la restauración de los humedales también conducen, en muchos casos, al ahorro de costos en comparación con las soluciones artificiales de infraestructura. Frente a la idea de hacer tranques, que no se van a llenar con las lluvias, porque no los vamos a tener, esto puede ser aquello que resuelva muchos de los problemas relacionados con el agua en el presente y en el futuro.

La desaparición de humedales puede llevar a grandes pérdidas de bienestar humano y producir impacto económico negativo en las comunidades, en los países y también en las empresas. Aquellos que hoy destruyen esos espacios también pagarán el costo en el futuro.

Ha habido presión de los dueños de los terrenos en que existen humedales, dado que supuestamente no podrán hacer absolutamente nada en esos terrenos. Eso no es así. Lo que hará el ministerio será declarar los polígonos que no se podrán tocar, pero eso no afectará a toda la superficie del terreno en que se encuentren los humedales.

Por lo tanto, creo que debe existir conciencia en cada uno de los miembros de esta Cámara, pero también en quienes son propietarios de los terrenos en que existen esos ecosistemas, en cuanto a que debemos protegerlos, como país, como sociedad y como planeta.

He dicho.

El señor VENEGAS (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Diego Ibáñez .

El señor IBÁÑEZ.-

Señor Presidente, este proyecto de ley coloca en el centro del debate la relación con nuestro entorno y las posibilidades de construir ciudades amigables con el medio ambiente, particularmente en un contexto de cambio climático que es inédito.

Podemos ver los humedales de dos maneras, o históricamente han sido vistos de dos maneras: como fuente de identidad territorial, como fuente de biodiversidad única que construye nuestra memoria histórica en la ciudad y, por tanto, un espacio de especial protección, o como un espacio que perturba el diseño de una ciudad, bajo un paradigma de desarrollo que, como bien dijo la diputada Girardi , solo se preocupa de crecer, crecer y crecer, y de construir espacios de cemento para el comercio, para el mercado, para la desregulación.

Saludo la iniciativa planteada en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el sentido que se trata de una reivindicación a futuro, para nuestros hijos, para las familias que vendrán, que no querrán habitar en una ciudad supeditada a los principios neoliberales, sino a una construcción colectiva de defensa de nuestro entorno que comprenda al medio ambiente y a la naturaleza como partes de nosotros mismos, de nuestra memoria histórica y de nuestra identidad. Incluso el mundo progresista ha sido históricamente demasiado antropocéntrico para entender el desarrollo, el bienestar y el buen vivir.

Quiero poner énfasis en que, además de los humedales, esteros, quebradas y cuencas en que habitamos, los territorios rurales son también parte de nuestro buen vivir, de nuestra identidad y de nuestra felicidad social. No comprenderlo de esa manera es despojarnos del ser chileno y de una parte de nuestra patria; es despojarnos no solo del agua, de la flora y la fauna nativas, sino también de la conexión con nuestros antepasados y con las comunidades que nos precedieron.

Por lo mismo, invito a todos nuestros colegas a votar a favor este proyecto de ley, y a que, más allá de apretar el botón de votación, construyamos una cultura de comprensión hacia la temática medioambiental, como una cuestión estratégica, en un nuevo modelo de desarrollo que debemos diseñar para el futuro.

El modelo vigente está agotado, así que necesitamos un nuevo imaginario para proyectarnos. El imaginario que se nos impone hoy es el de la desregulación, el del negocio inmobiliario, el de la rentabilidad a corto plazo, el de la venta del suelo al mejor postor.

Frente a eso, las comunidades se han organizado y han relevado la urgencia de regular nuestros territorios en beneficio del colectivo, no de unos pocos, y eso se traduce en una ciudad ambientalmente sustentable. Eso también es una ciudad en términos territoriales; es una ciudad feminista, una ciudad que se cuida de quien la despoja diariamente de su identidad y su memoria histórica.

Este proyecto viene a concretar un planteamiento que incluso nos hizo la OCDE, organismo que nos recomendó, a través de los informes de desempeño ambiental, que no centráramos nuestra agenda medioambiental en el Servicio de Evaluación Ambiental, sino en los instrumentos y herramientas de ordenamiento territorial, y en cómo la comunidad y la ciudadanía participan, de manera vinculante, en el ordenamiento de la ciudad, de su territorio.

De ahí que no baste solo con dictar esta norma; necesitamos fortalecer el sistema de fiscalización y las herramientas que tiene la propia ciudadanía para defender su ciudad, su territorio y su entorno.

Junto con ello, necesitamos que el gobierno ponga la urgencia que se requiere a esta iniciativa -hubiese sido muy interesante que la ministra del Medio Ambiente nos acompañara en este debate, para que escuchara estos planteamientosy que levante una agenda que defienda los derechos de la madre tierra, vinculados con los derechos ciudadanos, con los derechos fundamentales, como el derecho a la vida, al bienestar y a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

Por ello, necesitamos no solo aprobar esta iniciativa, sino también hacer caso a la OCDE respecto de los informes de desempeño ambiental, firmar el Acuerdo de Escazú y, por cierto, abrir el espacio de la COP25 a la ciudadanía.

He dicho.

El señor VENEGAS (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Gabriel Silber .

El señor SILBER.-

Señor Presidente, efectivamente, este es un tema muy importante, que, como bancada de la Democracia Cristiana, queremos apoyar con nuestros votos.

Desde el punto de vista normativo, hay una evidente desprotección de los humedales, particularmente de los humedales urbanos, en relación con su calificación, extensión o tamaño. Incluso, ha habido altos grados de precarización, lo que, al final del día, da pábulo a la depredación urbana a través de proyectos inmobiliarios que se instalan con una única atracción, cual es la existencia de un humedal, amenazando sus caudales biológicos, porque los ecosistemas, su sustentabilidad y sus equilibrios requieren extremo cuidado a la hora de intervenirlos o de realizar proyectos contiguos a estos.

Como ya hemos señalado, por primera vez nuestra legislación se hará cargo no solo de los humedales que están calificados como santuario de la naturaleza, protegidos incluso a través de convenios internacionales, sino de aquellos que son considerados espejos de agua que no están necesariamente en la categoría Ramsar u otros cuerpos de agua que, desde el punto de vista ambiental, también merecen una protección como la que entregará el cuerpo normativo en debate.

Hago un llamado a poner particular atención respecto de la planificación urbana y de los planes reguladores, para que exista una tuición o marco legal que prohíba intervenir los espejos de agua, pues son los riñones del planeta y cumplen un rol importantísimo para la anidación de las aves a lo largo de nuestro país y para la filtración y absorción de ciertos contaminantes o ciclos químicos hidrobiológicos propios de la naturaleza. Se trata de procesos que se ven afectados por la intervención sobre estos cauces para sacar agua o para verter desechos urbanos en ellos. Esa es la amenaza latente que este cuerpo de ley quiere evitar, a fin de proteger o resguardar los humedales.

Aquí hay una señal importante para la red de humedales de nuestro país, particularmente los de la zona sur, donde hay alrededor de 18.000, 20.000 o 30.000 humedales, dependiendo de su extensión, pues algunos humedales afloran temporalmente, por ejemplo, en invierno, como algunos espejos u ojos de agua. Lo importante, en todo caso, es que en nuestro país tenemos muchos humedales.

En la Región Metropolitana podemos destacar el humedal de Batuco, que nos ha costado mucho defender. Ello se ha conseguido gracias a la gran labor de diversas organizaciones sociales, a las que quiero destacar en la discusión de este proyecto, como Batuco Sustentable o Espejos de Agua, en la comuna de Quilicura, donde hay pantanos, turberas y humedales que queremos proteger para las próximas generaciones.

Cada intervención es un pasaje de ida, pero no de vuelta. Una vez que se interviene una cuenca por un proyecto industrial, urbano o residencial, nunca más podemos recuperar sus condiciones biológicas de sustentabilidad.

Por eso, es tan importante elevar la protección normativa de los humedales urbanos y que estos queden protegidos mediante una ley.

Mediante esta iniciativa se incorpora a las organizaciones sociales a esa tarea. Considero pertinente darles un rol y protagonismo, porque son ellas la punta de lanza de la defensa de los humedales.

Por lo tanto, vamos a apoyar con nuestro voto, de manera entusiasta, este proyecto de ley tan importante en términos de la sustentabilidad ambiental.

He dicho.

El señor VENEGAS (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Pedro Velásquez .

El señor VELÁSQUEZ (don Pedro).-

Señor Presidente, la protección de los humedales y de las diversas especies que habitan en ellos es una de las preocupaciones permanentes de los profesionales que tienen alguna relación con los recursos naturales.

Estos ecosistemas son de gran importancia por su rol ecológico, ya que se cuentan entre los más productivos del planeta y porque cumplen funciones ecológicas fundamentales para el hombre, como son la regulación de los regímenes hidrológicos y la provisión de recursos de los cuales dependen las comunidades locales vecinas a estos ambientes.

Asimismo, los humedales albergan una importante biodiversidad, pues constituyen el hábitat de numerosas especies de animales y plantas, muchas de las cuales se encuentran amenazadas o al borde de la extinción a consecuencia de la destrucción de estos ecosistemas.

Los humedales se ven continuamente degradados por diversos tipos de disturbios y amenazas. Los más importantes son los derivados de la intervención humana.

Por ello, los humedales urbanos son los que se encuentran en mayor peligro, dada la continua presencia entrópica en sus alrededores.

Aun así, no se puede proteger todos los humedales, debido al costo que ello implica. Por lo tanto, se debe generar sectores prioritarios dentro de los límites urbanos de nuestras ciudades, para que las áreas amenazadas sean manejadas de la manera más eficaz posible.

En ese contexto, las preguntas más importantes que debemos responder son cuáles de todas estas áreas se encuentran más desprotegidas, cuánto tiempo de existencia le quedan a los humedales dentro de la ciudad si las conductas actuales de la población humana permanecen, y cuáles son las principales amenazas para los humedales que se ubican dentro de los límites de la ciudad.

Por lo expuesto, es de suma importancia generar información que ayude a una evaluación objetiva de los múltiples sectores que se podrán elegir para su protección, ya que no existen estudios que determinen las principales amenazas que afectan a los humedales urbanos.

Por lo expuesto, el objetivo general es determinar las distintas amenazas a los humedales urbanos y su área de influencia, de manera que esa información pueda ser usada en la determinación de los humedales a proteger.

Los objetivos específicos de estos estudios deben ser recogidos y considerados en el reglamento que pronto ha de regir como complemento de esta futura ley, entre ellos, los siguientes:

1) Detectar las amenazas más comunes y prevalentes de los humedales urbanos de las ciudades de nuestro país, con características similares, pero con diferentes niveles de manejo y protección.

Evaluar el grado de tales amenazas en función de la ubicación y extensión del área afectada en relación con la delimitación del humedal respectivo.

Elaborar un modelo conceptual que identifique las causas de las amenazas y explique el proceso de degradación de los humedales urbanos considerados en el estudio.

Respecto de esa investigación se debe tener en cuenta el no evaluar solo las amenazas más comunes y visibles dentro de la ciudad, pues uno de los mayores problemas a los que se enfrenta ese tipo de estudios es no poder englobar la influencia de las diferentes realidades sociales y económicas que existen alrededor de tales ecosistemas, las cuales no siempre coinciden con las metas que se plantean en relación con la forma de ocupación de la zona.

Por otra parte, las aplicaciones reales de ese trabajo se encuentran en la identificación de las distintas amenazas y niveles de riesgo de humedales urbanos, los cuales se pretende que lleguen a ser una ayuda importante a la hora de tomar decisiones acerca de la conservación de dichas áreas en el resto del país, lo que facilitaría llevar a cabo las medidas de protección y manejo para esos lugares por parte de las autoridades pertinentes.

Por último, felicito a las autoridades, especialmente al senador De Urresti, por esta iniciativa. Me alegra que hoy los humedales sean considerados en la política y en la agenda del gobierno. Ello, sumado a la aprobación de este proyecto, nos da un gran motivo de alegría.

He dicho.

El señor VENEGAS (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Fernando Meza .

El señor MEZA.-

Señor Presidente, nos encontramos debatiendo un proyecto de ley originado en una moción, que pretende proteger los humedales en Chile.

Se trata de una iniciativa del hoy senador Alfonso de Urresti. Lo señalo como un ejemplo de que las cosas de palacio van despacio, porque cuando el senador De Urresti fue diputado participó conmigo en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y recién hoy estamos discutiendo en el Parlamento la posibilidad de proteger los humedales de nuestro país, lo que me alegra, pues más vale tarde que nunca.

Por otra parte, quiero señalar que participé en la COP21, en París. La COP es la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

¡Qué importante fue aquel evento! ¡Y qué importante será el próximo, la COP25, que se realizará en Chile!

Estamos amenazados por todos lados debido a la irresponsabilidad de algunos países en cuanto a la protección del medio ambiente y al fracaso en la disminución de los gases de efecto invernadero, que destruyen la capa de ozono y generan el calentamiento global que hoy experimenta nuestro planeta.

En Chile y en el resto del mundo, los humedales deben ser protegidos porque, como se ha dicho acá, son una barrera que ayuda a mantener y preservar la vida, la biodiversidad, que es tan abundante en esas zonas.

Pero, ¿qué es un humedal? Los humedales son zonas cuyas superficies se encuentran cubiertas de aguas, las que pueden ser naturales o artificiales; pueden encontrarse estancadas o fluir; pueden ser salobres, saladas o dulces, y están en todas partes. Pero la avaricia y la falta de conciencia de algunos empresarios, y también de ciertos alcaldes y concejos, amenazan con su destrucción. ¿Por qué? Porque se están entregando, de forma anárquica, permisos para construir todo tipo de proyectos inmobiliarios, sobre todo en lugares que Chile debiera conservar especialmente, como los humedales y la naturaleza y bellezas paisajísticas que ahí se encuentran, tal como sucede en La Araucanía y en otras regiones.

En consecuencia, debemos luchar por un reglamento del Ministerio del Medio Ambiente que involucre también al Ministerio de Obras Públicas, con el objeto de fijar los criterios que nos permitan alcanzar la sustentabilidad que tanto necesitamos para los humedales urbanos.

Como señalé, es necesario luchar contra el cambio climático, y también por que las municipalidades no otorguen más permisos de subdivisión, de loteos, de urbanización ni de construcción en esos terrenos.

Hago un llamado a las autoridades a que entiendan que no se pueden construir acueductos, ni aeropuertos, ni puertos, ni líneas de transmisión, ni otro tipo de obras sin realizar antes un estudio de impacto ambiental en las zonas que se afectarán.

También quiero referirme a algo que dijo el diputado José Miguel Castro . Desde luego que debemos celebrar el que nos encontremos ahora en esta Sala debatiendo para proteger algo tan importante para nuestro país, como son los humedales urbanos, y no restarnos ni restar a nuestros conciudadanos de este esfuerzo que tenemos que realizar para entregar un planeta distinto al que hoy estamos dejando a nuestros sucesores: hijos, nietos y, eventualmente, tataranietos. No dejemos un territorio sin humedales. Debemos luchar para que la ciudadanía también esté alerta y proteja definitivamente el medio ambiente, esto es, que no bote basura donde no corresponde, que evite el uso del plástico, que no arroje colillas de cigarros en playas y calles, entre otras acciones.

En fin, son tantos los aspectos en los que debemos educar a la ciudadanía, por lo que espero que desde las aulas de estudio, incluso a partir de la edad más temprana, se trabaje en este sentido a fin de que tengamos un país libre de contaminación o, por lo menos, disminuir los niveles todo lo que sea posible.

Naturalmente, la bancada del Partido Radical, con el ánimo ambientalista que nos une con la Democracia Cristiana y otros partidos y organizaciones sociales de Chile, votaremos a favor este proyecto de ley.

He dicho.

El señor VENEGAS (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Miguel Mellado .

El señor MELLADO (don Miguel).-

Señor Presidente, hoy se celebra el Día Mundial del Medio Ambiente, de modo que no nos olvidemos de las emisiones de dióxido de carbono, los desechos plásticos, la basura, el reciclaje, entre otros elementos importantes a considerar en este día.

Para que la gente en sus casas lo sepa, en esta sesión nos encontramos hablando de los humedales urbanos, es decir, de aquellos ubicados dentro de las ciudades, no de los que están fuera de ellas, pues a esos los rige otra norma.

¿Por qué debatimos sobre los humedales dentro del radio urbano? Porque están en propiedades mayoritariamente privadas, y, por tanto, aquí se presenta el tema de la propiedad privada, no pública. Al respecto, cabe preguntarse si con la ley en proyecto estamos haciendo una expropiación de un bien privado. ¿Realmente estamos cuidando los humedales o estamos haciendo una expropiación encubierta?

Estoy de acuerdo con algunos que dicen que hay que cuidar los humedales y que eso debe pasar por el Ministerio del Medio Ambiente. Sin embargo, considero que la declaración de la calidad de humedal urbano no debe ser definitiva, sino que debe revisarse cada cierto tiempo.

Por tal razón, renové una indicación en el sentido de que la declaración de la calidad de humedal, según el reglamento expedido por el Ministerio del Medio Ambiente y suscrito por el de Obras Públicas, solo podrá extenderse por un plazo máximo de siete años, para que se pueda revisar si después de ese plazo, de acuerdo con el cambio climático u otros elementos a considerar, las condiciones del humedal urbano cambiaron o no, para los efectos de calificarlo nuevamente como tal o dejarlo definitivamente a su dueño para que haga lo que quiera con su terreno. Este es un tema importante.

Por eso pedí votación separada del nuevo inciso segundo del artículo 2º, para ver si en un tiempo prudente, de siete años, se pueda revisar la calidad de humedal de un terreno urbano. Así no se hará una expropiación encubierta del terreno de una persona que quizás invirtió o heredó un pedazo de tierra dentro de una ciudad para disponer de él, pues le pertenece en propiedad ya que lo inscribió en el conservador de bienes raíces respectivo y está pagando las contribuciones correspondientes.

Reitero que debe haber un tiempo prudente para evaluar nuevamente ese tipo de terrenos y decidir qué hacer con ellos.

Estoy de acuerdo en que hay que proteger los humedales y, por tanto, votaré a favor la iniciativa. De igual forma, espero que también se apruebe la indicación que renové respecto del artículo 2°. En caso contrario, haré reserva de constitucionalidad sobre el punto, porque es importante proteger la propiedad privada de la persona que hereda o invierte en un bien raíz en determinada ciudad y lo inscribe en el conservador de bienes raíces sin saber que luego dicho terreno podría tener la calidad de humedal y que, por tanto, no podrá hacer uso de él.

Por eso, en la indicación renovada propongo que la calidad de humedal dure siete años y que después de ese plazo se revise si, dadas las condiciones generadas por el cambio climático, ese terreno sigue siendo humedal o ha dejado de tener dicha calidad.

He dicho.

El señor VENEGAS (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Amaro Labra .

El señor LABRA.-

Señor Presidente, me alegro mucho por las expresiones que he escuchado de diferentes parlamentarios y parlamentarias.

Quiero hacer el siguiente punto.

Este proyecto tiene su origen en una moción y tanto senadores como diputados lo hemos tratado en las comisiones respectivas con la urgencia con que se calificó. Además, el Parlamento posee facultades limitadas, pero si tenemos la intención de proteger el medio ambiente, podemos sacar adelante los proyectos sobre esta materia.

En ese sentido, hago notar la ausencia de la ministra del Medio Ambiente en el debate de esta iniciativa, que es fundamental.

La discusión al interior de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales ha sido muy potente e intensa, y hemos logrado acuerdos significativos. Pero eso ha sido producto de la intención de los parlamentarios y las parlamentarias.

Por su parte, el Ejecutivo ha participado en la materia porque es casi imposible seguir haciendo la vista gorda sobre estos temas.

Sin embargo, debemos avanzar hacia una cultura legislativa con capacidad parlamentaria para decidir acerca de plazos de trámites y calificación de urgencias; tenemos que recuperar las capacidades del Parlamento para influir fuertemente en ello, porque no podemos seguir sometidos al Ejecutivo, en el sentido de que solo tenga urgencia lo que dicho poder quiera que tenga urgencia.

Considero que ahí se cometió un error. Para avanzar en democracia y participación debemos hacer un esfuerzo gigante, fuerte y decidido con el fin de terminar con esta verdadera -puede ser muy fuerte la palabra que utilizaré, pero anda en boca de muchos dictadura de plazos y urgencias. En este sentido, hay algunos plazos que considero muy poco inteligentes, como el fijado para discutir el presupuesto para la COP 25. Un día más o un día menos para tratar un proyecto es poco amable. Y aquí no uso la palabra “serio”, porque creo que hemos perdido demasiado tiempo.

Señalo lo anterior para que nunca más en Chile el medio ambiente sea olvidado ni aplastado por visiones económicas y políticas que no entienden el desarrollo humano como una visión completa.

Eso quería decir a los diputados, por intermedio del señor Presidente.

Sigamos trabajando unidos por que los chilenos tengamos derecho a un medio ambiente sano y podamos seguir creciendo como país.

He dicho.

El señor VENEGAS (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Gastón Saavedra .

El señor SAAVEDRA.-

Señor Presidente, hoy celebramos el Día Mundial del Medio

Ambiente, y, por esas coincidencias del destino, también hoy el Congreso se encuentra legislando sobre una situación medioambiental que ha esperado por muchos años: Chile suscribió la Convención de Ramsar en 1971, pero han pasado cuarenta y ocho años y no ha resuelto el problema de los humedales.

Aquí se trata de legislar para proteger todos los espacios que en las ciudades languidecen a veces llenos de basura porque ellas no se preocupan del tema. Sin embargo, los grupos humanos, las personas que entendemos que la naturaleza y, dentro de ella, los humedales son nuestros grandes aliados para lograr bienestar y ciudades sustentables, siempre abogamos por que finalmente exista una legislación que proteja esos espacios y los transforme en parques urbanos.

Ese es el desafío que nos planteamos con la ley en proyecto: establecer el valor que tienen esos espacios medioambientales y su protección.

La experiencia nos indica que, ante las catástrofes, esos espacios territoriales nos permiten recurrir a su biodiversidad, que constituye un patrimonio natural. En los lugares donde escasea el agua, los humedales la proveen; en las zonas donde se producen inundaciones, los humedales absorben el agua que anega las ciudades y deprecia el patrimonio de las personas.

Es necesario y justo que hoy, ojalá por unanimidad, aprobemos este proyecto y no dilatemos más su tramitación con indicaciones que atrofian la posibilidad de que las ciudades se construyan de manera sustentable. Acá no hay expropiaciones encubiertas ni intentos de birlar el patrimonio de nadie. Por el contrario, buscamos contar con ciudades sustentables que permitan a los ciudadanos que las habitan tener un sueño distinto que incluya el bienestar, a partir de una convivencia armónica con los espacios naturales que, además, tienen una gran biodiversidad. Por tanto, si pudiéramos medir eso respecto de la rentabilidad que debe tener una ciudad, tendríamos ciudades mucho más apreciadas.

Este proyecto contiene varias modificaciones. Establece que el Ministerio del Medio Ambiente expida el reglamento que definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos. Esperamos que dicho reglamento se dicte a la brevedad posible, para no dilatar en demasía la aplicación de la futura ley.

Además, las municipalidades, que son el espacio más cercano del poder político con la ciudadanía, deberán elaborar, bajo criterios de sustentabilidad, una ordenanza municipal que garantice el cuidado de los espacios llamados “humedales urbanos”.

Por su parte, la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que regula las acciones en materia de planificación urbana, urbanización y construcciones, asegurará que los humedales urbanos se incluyan en todo instrumento de planificación territorial; por tanto, dichos espacios medioambientales estarán salvaguardados para las futuras generaciones y para la creación de ciudades más sustentables.

Hoy es el momento de contribuir al desarrollo de ese tipo de ciudades, para que el patrimonio de la biodiversidad pase a formar parte de todos quienes allí habitan y a ser de verdad respetado y asumido como propio. En consecuencia, se trata también de un desafío para el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, porque esos humedales deberán transformarse en parques para las ciudades.

Pero no solo deberemos construir esos parques, sino también mantenerlos, y eso significa destinar recursos con sabiduría, porque estamos invirtiendo en calidad de vida, en construcción de ciudades, con lo cual se expresa el cuidado por este patrimonio de la biodiversidad.

Este es el momento de aprobar por unanimidad el proyecto. No lo dilatemos más. Finalmente, todos quienes somos miembros de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y quien fue el autor de esta iniciativa que surgió en el Congreso Nacional, trabajamos de buena fe porque creemos en un Chile distinto y sustentable que se preocupa de sus recursos y de la calidad de vida de todos los que habitamos este noble país.

He dicho.

El señor VENEGAS (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda .

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señor Presidente, esta es la segunda vez que hago uso de la palabra para referirme a este proyecto, pues también intervine en su debate en general.

Fundamentalmente, quiero complementar lo dicho por la diputada Girardi sobre todo lo que significan los humedales para las regiones, para el país y también para el mundo: son ecosistemas que sostienen la biodiversidad, recomponen las napas subterráneas y entregan estabilidad para contar con agua suficiente para los sistemas de agua potable rural. Es más, el humedal de La Vega de Pupuya, en la comuna de Navidad, protegió del tsunami del 27F a toda la población de dicha localidad.

Cuando un humedal es protegido, es cuidado, es valorado, no solo desde los puntos de vista medioambiental y turístico, sino también desde el punto de vista de que es necesario para generar equilibrios en las napas subterráneas, se hace posible contar con el agua potable rural necesaria para la población.

En mi primera intervención sobre esta iniciativa varias organizaciones sociales estuvieron en las tribunas. En esa oportunidad señalé que para nosotros era importante que los municipios también tuvieran la capacidad para proteger los humedales que existen en las distintas comunas. Pero ¿qué pasa cuando un alcalde no tiene esa visión? ¿Quién hace la denuncia?

¿Quién pide la protección para determinado humedal?

Por eso era importante la modificación propuesta por la comisión: “a petición de a los menos dos organizaciones ciudadanas, informando al respectivo municipio.”. Es decir, las organizaciones ciudadanas podrán pedir la protección de los humedales urbanos, lo que para nosotros era y es fundamental.

La ciudadanía, a través de sus distintas organizaciones y su empoderamiento, hoy tiene una conciencia ambiental mucho más potente que la de las propias autoridades, quizás porque está viviendo en carne propia lo que significa el cambio climático, pero también porque muchas personas habitan cerca de los humedales y utilizan el agua potable rural que se obtiene de ellos.

Me hubiera gustado proteger no solo los humedales urbanos, sino también los de sectores rurales, y tener además un principio rector para el cuidado del medio ambiente, específicamente de los humedales.

Por eso, me alegra mucho la modificación propuesta por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales en su segundo informe, que incorpora en el artículo 1° del proyecto a las organizaciones sociales.

Por lo expuesto, anuncio que la Federación Regionalista Verde Social-Independientes, bancada de la cual soy jefa, votará favorablemente esta iniciativa. Además, es muy importante que la ciudadanía sepa que se trata de una moción originada en el Senado y apoyada por la Cámara de Diputados.

He dicho.

El señor VENEGAS (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Ricardo Celis .

El señor CELIS (don Ricardo).-

Señor Presidente, también es la segunda vez que intervengo en este proyecto sobre humedales, dada la importancia que tiene regular y normar esta materia.

Conforme al Convenio de Ramsar, Chile tiene actualmente catorce sitios designados como humedales de importancia internacional, cifra que es bastante limitada, y menos de 3 por ciento de la superficie de aquellos se encuentra protegida.

Como aquí se ha dicho, los humedales juegan un rol muy importante para la vida humana.

¡Qué bueno que este tema lo veamos hoy, fecha en que se celebra el Día Mundial del Medio Ambiente! Será un hito relevante que la Cámara apruebe este proyecto, por una cuestión tan significativa como es lo que nos depara el futuro.

Los humedales no solo posibilitan la existencia de fuentes de agua y vida, sino que también se relacionan con la biodiversidad, regulan los acuíferos y el curso de las aguas en las ciudades. Al respecto, debo decir que la gente ha sido bastante más sabia y se ha movilizado en muchas partes porque ha visto que existen muy pocos humedales protegidos en Chile, particularmente los urbanos.

Quiero relevar lo que señaló mi colega de La Araucanía el diputado Mellado , quien expresó que este proyecto es expropiatorio. Difiero de esa opinión, porque, de ser así, por ejemplo, un plan regulador que coloca restricciones para la construcción también podría considerarse expropiatorio para alguien que tiene un terreno en el área que dicho plan incluye, pues no puede construir nada en su propiedad.

Aquí estamos regulando un aspecto que tiene particular importancia para nuestro país.

En la Región de La Araucanía hay comunas en que la gente se ha movilizado activamente. Es el caso de Pucón, pues como no tiene aprobado su plan regulador, en dicha comuna hoy se está construyendo de forma absolutamente irracional y, en la práctica, se está destruyendo el humedal que allí existe. Además, en el verano llegan a la zona lanchas y botes que contaminan con aceites, entre otros elementos. Pero el problema principal es la destrucción del humedal de ese lugar.

Hace algunos días, fui a Trovolhue, comuna de Carahue, donde la gente cuenta con un enorme y hermosísimo humedal, el cual tiene un nivel de desprotección también enorme.

Lo que está en juego hoy es cómo somos capaces de dar protección al referido humedal, de asegurar a la gente de dicha localidad que se cumplirá el sueño que tiene de mantener la biodiversidad y de aprovechar la riqueza de aquel. Ello, ya que ese humedal se encuentra aledaño a una zona montañosa y otorga la posibilidad de desarrollar el ecoturismo, el avistamiento de aves, entre otras actividades. La gente sueña con cómo hacer de ese lugar que le ha dado la naturaleza, que tiene biodiversidad y riqueza, un espacio que le entregue oportunidades, y lo que hace la ley en proyecto es, precisamente, avanzar en eso.

Asimismo, asistí a la discusión del proyecto en la comisión, que agregó un elemento que me parece particularmente relevante: la comunidad organizada, los grupos organizados podrán pedir a su municipio que determinado lugar sea declarado humedal urbano, el cual será catastrado y protegido por el Ministerio del Medio Ambiente. Así, el respectivo municipio actuará de oficio o a solicitud de organizaciones comunitarias reconocidas. Eso da mucha fuerza al proyecto por el reconocimiento a la ciudadanía y la valoración ciudadana de lo que significa un humedal en el lugar que la gente habita: un espacio de biodiversidad, de riqueza, de provisión de agua y de futuro.

Por lo expuesto, obviamente, este proyecto contará con mi voto favorable, porque hoy, fecha en que se celebra el Día Mundial del Medio Ambiente, en la Cámara de Diputados estamos dando una señal clara de nuestra preocupación por la naturaleza, la biodiversidad y el cuidado del planeta, y también de reconocimiento de que los espacios en cuestión son esenciales y debemos duplicar o triplicar el porcentaje de 3 por ciento de humedales como áreas protegidas, no solo para la conservación de su biodiversidad, sino también para el cuidado del planeta.

He dicho.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Félix González .

El señor GONZÁLEZ (don Félix).-

Señor Presidente, durante décadas los humedales han sido sometidos a rellenos. Incluso el Serviu mantuvo por mucho tiempo una política pública sobre saneamiento, que no era otra cosa que poner platas del Estado para destruir los humedales rellenándolos.

Ello pareciera ser algo del pasado. Sin embargo, hace un par de años, el Serviu de mi región vendió parte del humedal Los Batros para que allí se construyera un mall. Más aún, el Ministerio de Obras Públicas (MOP) quiere construir una carretera que pase por encima de dicho humedal.

Por su parte, durante el gobierno anterior, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo construyó un parque en el referido humedal, pero, en vez de ocupar siete hectáreas para realizar dicha obra, no encontró nada mejor que rellenar siete hectáreas más. O sea, se cambió un ecosistema, que es gratuito, que tiene una rica biodiversidad, por siete hectáreas de pasto cuyo riego hoy se debe pagar.

Entonces, como política pública, creo que este proyecto en particular cambia un paradigma, porque permitirá que los humedales sean declarados como tales por el Ministerio del Medio Ambiente, los cuales contarán con la protección de dicha cartera y los municipios. Ello, ya que hoy los humedales aparecen en los planos reguladores como áreas de expansión urbana, lo que constituye una invitación al privado a comprarlos baratos, rellenarlos y venderlos caros.

Por lo tanto, me alegro por esta iniciativa originada en una moción del senador De Urresti. Además, quiero señalar que hay otro proyecto en tramitación referido a los humedales no urbanos, uno de cuyos autores es el diputado Daniel Núñez . Ambas iniciativas pasaron por dos comisiones en las que tuve el honor de participar. Y, por supuesto: ingresó un proyecto, y salió uno mejor.

Por lo tanto, invito a los diputados y diputadas a aprobar esta iniciativa, de manera que no solo hablemos de cambio climático o de decretar emergencia ambiental, sino que también realicemos acciones concretas.

Necesitamos conservar los ecosistemas, sobre todo los que nos garantizan la conservación del agua. El cambio climático está desatado y debemos tomar medidas: algunas para impedir que la situación empeore, y otras de resiliencia, como este proyecto que protege los humedales urbanos.

He dicho.

-Aplausos.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Sebastián Torrealba .

El señor TORREALBA.-

Señor Presidente, hemos tenido una discusión bastante extensa respecto a este proyecto, y también hemos profundizado sobre el valor de los humedales.

Para explicarlo de manera simple, los humedales son los riñones de la tierra, pues absorben las aguas lluvia y los contaminantes; por lo tanto, son relevantes y hay que cuidarlos con una visión bastante más regenerativa para que tanto las ciudades como la naturaleza se desarrollen y se mantengan como debe ser.

Hemos llegado a ciertos acuerdos sobre este proyecto, pero creo que todavía falta mejorarlo. En el último debate de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales se le incorporó una indicación que permitirá a las organizaciones sociales solicitar de manera abierta que determinada zona sea declarada como humedal urbano, en circunstancias de que ya habíamos acordado que ese proceso se haría por la vía institucional, incluso a través de los municipios.

Además, en esa indicación se ordena a las municipalidades establecer en una ordenanza general los criterios para la protección de los humedales ubicados en la comuna respectiva.

Por lo tanto, de una u otra manera, la referida indicación destruye un acuerdo que habíamos alcanzado en primera instancia en la comisión.

Por otra parte, respecto de esta iniciativa hay algunos procesos que no se llevaron a cabo. Por ejemplo, durante su discusión la diputada Girardi solicitó que los municipios pudieran dar su opinión. Lamentablemente, las municipalidades no dieron su opinión ni en la tramitación del proyecto en el Senado ni en la de la Cámara de Diputados, a pesar de que se les estaba incorporando una nueva obligación, cual es la de generar las ordenanzas generales que mencioné.

¿Es relevante la protección del medio ambiente y de los humedales? Claro que sí, porque son ricos en biodiversidad y generan efectos positivos en el medio ambiente. Pero hay que hacer este tipo de proyectos de buena forma, pues considero que el que hoy nos ocupa se encuentra incompleto.

Anuncio que apoyaremos la iniciativa en general. Sin perjuicio de ello, pediremos votación separada de algunos artículos.

No obstante, este proyecto se puede mejorar en el Senado, pero ojalá pase a comisión mixta, porque al ser una iniciativa de gran envergadura e importancia no se pueden dejar temas abiertos, ya que de esa forma no podremos proteger el bien que nos interesa, esto es, los humedales.

Lo conversamos en la comisión: los humedales son importantes; sin embargo, hay ciudades en que ellos han sido destruidos. Con ello, las ciudades que fueron construidas para recibir mucha lluvia hoy ya no la pueden recibir porque esos riñones naturales fueron destruidos. Es el caso de Puerto Varas, comuna en la que viví tres años y que hoy se inunda básicamente porque sus humedales fueron destruidos.

Entonces, para proteger bien los humedales hay que construir una buena ley. El proyecto que hoy discutimos está incompleto, por lo que espero que, una vez que lo tramite el Senado, pase a comisión mixta para mejorarlo.

He dicho.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Sebastián Álvarez .

El señor ÁLVAREZ (don Sebastián).-

Señor Presidente, hoy se celebra el Día Mundial del Medio Ambiente. Sin embargo, nosotros no tenemos mucho que celebrar: pasan los meses, pasan los años y vemos cómo nuestro medio ambiente no tiene ningún tipo de protección legal efectiva; vemos cómo en distintos lugares de Chile las zonas saturadas siguen saturadas; vemos cómo seguimos contaminando nuestros ríos y lagos; vemos también cómo lo que hoy nos convoca, este proyecto sobre humedales, se tramitó por seis meses en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos naturales, proyecto que, al parecer, será objeto de nuevas modificaciones del Senado, y, por tanto, irá a comisión mixta.

¿Cuánto tiempo más tendremos que esperar para tener un proyecto que verdaderamente proteja los humedales urbanos?

Siempre se buscan excusas y siempre se busca defender otros intereses, muchas veces económicos o de diversas actividades productivas.

Entonces, cabe preguntarse: ¿quién defiende a la humanidad? ¿Quién defiende el mayor sustento que tiene la humanidad, que es nuestro planeta? Si no somos nosotros, desde la Cámara de Diputados, los llamados a legislar y a proteger de verdad nuestros recursos naturales, seremos nosotros mismos los responsables y, lamentablemente, no valdrán las explicaciones de por qué no tomamos hoy las determinaciones necesarias para proteger nuestra naturaleza.

Solo quiero dar un dato ilustrativo. Me preocupa que mi colega de La Araucanía el diputado Miguel Mellado proponga la revisión de la calidad de los humedales cada siete años. Y me preocupa porque lo que hoy es un humedal, si no cuenta con ningún resguardo en un territorio urbano, en siete años más no existirá como tal, ya que será rellenado y secado para construir en ese espacio algún proyecto en beneficio de una actividad económica de interés, como las distintas áreas de la industria.

Por eso es importante resguardar y proteger los humedales urbanos. En ese sentido, en este proyecto que se ha venido trabajando hemos querido ser cuidadosos respecto del método que se utilizará para la declaración de humedal urbano. Así, se propuso que ello fuera a petición de las organizaciones sociales, que notifican al municipio. Ahí tuvimos un contrapunto en la comisión respecto del cual intentamos establecer un acuerdo: que las organizaciones sociales que soliciten dicha declaración siempre la comuniquen al municipio respectivo, para que este nunca esté desinformando sobre el particular, y que el Ministerio del Medio Ambiente se pronuncie sobre la pertinencia de dicha solicitud dentro del plazo de seis meses. Aquí no solo se trata de que un humedal se declare su calidad de urbano y no se pueda hacer nada, sino también de que dicho humedal tenga las características que se acordaron en este proyecto.

La iniciativa en discusión se trabajó en forma transversal por diputados de todas las bancadas. Solo puedo agregar que la mayor inversión que podemos hacer hoy es, justamente, el cuidado de la Tierra. De lo contrario, qué sacamos con pensar en modelos de educación, en flexibilidad laboral, en desarrollo, en tecnología, en una serie de otros aspectos que quizás en cincuenta o sesenta años más nadie podrá disfrutar si nuestro planeta colapsa.

Varios diputados han señalado que solo nos quedan once años para reaccionar frente al cambio climático, y gran parte de este año ya transcurrió. Es decir, solo disponemos de diez años para actuar.

Hoy es el día para aprobar este proyecto, y ojalá celebrar el Día Mundial del Medio Ambiente en nuestro país con una decisión importante: la protección de nuestros humedales urbanos.

Por último, debemos reconocer el anuncio hecho ayer por el Presidente Piñera sobre la descarbonización en nuestro país. Esa es una acción para resaltar y valorar en este Día Mundial del Medio Ambiente.

He dicho.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Marcos Ilabaca .

El señor ILABACA.-

Señor Presidente, hoy, fecha en que se celebra el Día Mundial del Medio Ambiente, es fundamental que la Cámara de Diputados apruebe un proyecto de ley trascendental para el cuidado de los diferentes humedales urbanos que existen en nuestro país.

No me referiré a los beneficios que tienen los humedales, porque eso lo hice en mi primera intervención durante la discusión general del proyecto. Pero sí debo manifestar -así lo dije en mi primer discurso mi preocupación por la permanente ausencia de la ministra del Medio Ambiente durante la discusión de esta iniciativa: no estuvo en la discusión en general ni se encuentra hoy en la discusión y votación en particular. Quiero entender que tenía otras actividades más importantes que la de participar en el debate de un proyecto tan trascendental como este. Además, creo que a la ministra, al Ejecutivo, le interesa que la iniciativa se apruebe.

Hoy hemos escuchado una serie de discursos, y casi todos plantean la necesidad de cuidar los humedales, la importancia que ellos tienen en el ecosistema y los efectos del cambio climático. Sin embargo, escucho con mucho temor las palabras del diputado Miguel Mellado , quien advirtió que esto podía constituir un atentado contra el derecho de propiedad y que, además, haría reserva de constitucionalidad respecto de este proyecto de ley.

Es decir, quienes discursean y destacan la importancia de los humedales urbanos dicen: “Si esto constituye un atentado contra el derecho de propiedad, tenemos que revisar la norma”, poniendo en puntos suspensivos una situación supercompleja.

Por otra parte, me preocupa un tema que se discutió latamente tanto en la sesión anterior en que se vio este proyecto como en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el segundo trámite reglamentario, que dice relación con abrir a las organizaciones sociales la posibilidad de solicitar la declaración de humedal urbano. El proyecto original no contenía ninguna disposición que estableciera la participación ciudadana como método para determinar la calidad de humedal urbano. Pero hoy escucho, también con cierto temor, que algunos opinan que dicha norma estaría atentando contra los municipios.

¿Por qué se teme a la participación ciudadana? ¿Por qué se le tiene temor a los únicos que se han preocupado permanentemente de defender los humedales en nuestras regiones, esto es, las organizaciones ciudadanas y sociales, y no se quiere permitir su participación en este proceso? ¿Por qué existe temor en algunos de abrir el espacio a la comunidad y a las organizaciones sociales para que participen en dicho proceso?

Nos encontramos con discursos absolutamente contradictorios. Se habla de defensa y protección de nuestro medio ambiente, pero, si ello puede atentar contra el derecho de propiedad, se hace reserva de constitucionalidad.

Asimismo, hablamos de participación ciudadana y de lo importante que es que las organizaciones sociales de nuestro país participen en procesos como este, pero a la vez se dice: “Ojo, estamos abriendo la puerta para que las organizaciones sociales puedan participar en esto”.

Hoy es fundamental aprobar el proyecto, no en general, como dijo un diputado aquí, pues ese trámite ya se cumplió, sino que debemos pronunciarnos en particular sobre dos indicaciones presentadas en la comisión y que modifican la iniciativa.

Entonces, por su intermedio, señor Presidente, quiero decir al diputado Torrealba que comete un error al decir que aprobará el proyecto en general y que pedirá votación separada de un artículo en particular. Hoy votaremos en particular dos incisos incorporados al proyecto en el último informe de la comisión.

Por lo tanto, solicito que, al momento de debatir un proyecto, los señores diputados sepan lo que estamos discutiendo y en qué etapa de la tramitación del proyecto nos encontramos.

Finalmente, tal como señaló el diputado Sebastián Álvarez en su intervención, espero que en este Día Mundial del Medio Ambiente celebremos también la aprobación de este proyecto, que en algo ayudará a que no se sigan rellenando los verdaderos riñones de nuestras ciudades: los humedales de nuestro país.

He dicho.

-Aplausos.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Leonidas Romero .

El señor ROMERO.-

Señor Presidente, me alegro de que estemos discutiendo este proyecto que protege los humedales urbanos.

La Ley General de Urbanismo y Construcciones, contenida en el decreto Nº 458, en su artículo 117, da algunas luces respecto de cómo se podrían proteger los humedales en el país. No sé si por desconocimiento de los alcaldes no lo han hecho.

Hoy tenemos más de 40.000 cuerpos de agua en el país, cuya protección es nula. En varias comunas tenemos humedales maravillosos. En la comuna de Coronel tenemos el humedal Boca Maule , que es espectacular, pero desgraciadamente los vecinos del sector y los visitantes de otras comunas lo están deteriorando y matando al dejar basura y desperdicios en él, ante lo cual no se hace absolutamente nada.

¿Por qué digo que a lo mejor por desconocimiento de los municipios no se toman medidas para proteger los humedales? Porque de las 346 comunas que existen en el país, solo tres -repito- solo tres tienen, desde 2013, decretos municipales para proteger los humedales. Me refiero a las de Santo Domingo, Curarrehue y Coronel. Tres de trescientas cuarenta y seis. Es la nada misma.

Me alegra que hoy los parlamentarios estemos trabajando y votando un proyecto para proteger realmente los humedales y el medio ambiente. A lo mejor es un poco tarde para nosotros, los ya adultos, pero será beneficioso para las generaciones venideras.

Me alegra y doy gracias a Dios que me permita, como diputado, estar discutiendo un tema tan relevante. Desde el 2008 al 2016, tuve la suerte de ser alcalde de Coronel, una comuna de más de 120.000 habitantes y que posee algunos humedales y cuerpos de agua tan espectaculares como los que hay en otras comunas. En 2013 nos preocupamos y ocupamos de sacar una ordenanza municipal para proteger realmente los humedales.

En verdad, los discursos y los aplausos de los vecinos son bonitos, pero hay que demostrar un compromiso real de protección efectiva de los humedales.

He dicho.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Bernardo Berger .

El señor BERGER.-

Señor Presidente, lo cierto es que los humedales -reservorios, riqueza natural, pulmones de los territorios o defínanse como se quiera-, especialmente los urbanos, requieren un abordaje integral para garantizar su subsistencia. Desgraciadamente, y pese a algunos esfuerzos parciales, ese enfoque aún está lejos.

A nivel nacional, tenemos 1.460.400 hectáreas de humedales. Tan solo en la Región de Los Ríos, en la ciudad de Valdivia, hay 129.300 hectáreas de ellos.

En 2016, presenté un proyecto, aprobado por la Cámara de Diputados, en el que se proponía atacar la falta de vigilancia y tuición sobre los humedales dentro de las ciudades, creando la figura de la “zona de interés o de conservación natural”, a fin de incorporarla a los planes reguladores comunales. En definitiva, se les daba un rango especial de preocupación y protección, incluyéndolos derechamente en una norma superior como lo es la Ley General de Urbanismo y Construcciones, dado lo inoficiosas que han resultado hasta ahora las ordenanzas, que suelen encontrar problemas, limitaciones y falta de atribuciones prácticas frente a otros cuerpos legales, otros servicios y ante los propios hechos.

El proyecto de mi autoría, pese a ser aprobado ese año por amplio margen, contenía materias que son de exclusiva iniciativa presidencial, por lo que debía ser patrocinado por el Ejecutivo para que siguiera avanzando, cosa que no sucedió en el gobierno anterior. Lo he repuesto hace algunas semanas para que sea sometido a debate, con la esperanza de contar con una administración del país mejor sintonizada con los problemas ambientales.

Entre tanto, y en un sentido muy coherente con el que describí, tenemos este proyecto que discutimos hoy, que modifica diversos cuerpos legales para introducir en la legislación nacional el concepto de humedales. Sin embargo, por las herramientas que se ponen sobre la mesa, siento que si bien es un nuevo paso en el camino correcto, sigue muy lejos de lo que Chile necesita.

Avanzar es urgente. Se ha perdido una tercera parte de todos nuestros humedales a nivel mundial en solo 45 años; actualmente están despareciendo tres veces más rápido que los bosques. Para peor, su pérdida y degradación está contribuyendo negativamente con otro fenómeno, tal como se dio cuenta hace poco en el Acuerdo de París: el cambio climático y el calentamiento global.

En definitiva, apoyaré este proyecto con la esperanza de que podamos seguir avanzando en nuevas iniciativas que apunten hacia una real protección y administración de estos ecosistemas, que en mi Región de Los Ríos existen en abundancia.

He dicho.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Iván Flores .

El señor FLORES (don Iván).-

Señor Presidente, agradezco esta posibilidad de hablar, aunque sea de manera muy breve.

A raíz de catástrofes naturales, como el gran cataclismo ocurrido hace quinientos años y aquel considerado el más grande de la historia moderna del planeta, que tuvo su epicentro en la Región de Los Ríos el 22 de mayo de 1960, miles de hectáreas de terrenos productivos quedaron sumergidos de manera permanente y se convirtieron en humedales.

Lo que en un primer momento fue una catástrofe natural y económica hoy se ha convertido en una salvación para el equilibrio ecosistémico y la biodiversidad de nuestra región. Nos cambió el paisaje, es cierto; al comienzo fueron momentos de tristeza, pero hoy son momentos de regocijo, por el paisaje y biodiversidad que generan los humedales.

En Chile existen entre 18.000 y 30.000 humedales, considerando las marismas, los pantanos, las turberas y cualquier superficie cubierta de agua que genere posibilidad de biodiversidad. Los humedales están situados principalmente en las zonas sur y austral de Chile, y constituyen, gracias a Dios, el riñón de nuestro país y planetario, tal como los glaciares que conservan el agua dulce que vamos a necesitar cada vez más.

El problema es que, lamentablemente, han sido presa de la incultura, de la inconsciencia y de la falta de políticas públicas, porque al ser espacios libres al interior de las ciudades, se han convertido en basurales que no solo atentan contra la vida animal o vegetal que allí nace, sino también contra la propia salud pública, pues generan la proliferación de vectores, de roedores y de todo lo que sabemos. No solo es posible encontrar en pajonales, en humedales o en esteros la bolsa de basura que alguien botó porque se le olvidó sacarla en la mañana antes de que pasara el camión de la basura, sino también el refrigerador viejo, el colchón que no sirve o el vehículo que quedó abandonado. Incluso -lo que es mucho peor-, también llegan a esos espacios las descargas sanitarias de aguas servidas o de lavaplatos, que son extremadamente ricas en NPK (nitrógeno, fósforo y potasio), nutrientes que generan procesos de eutrofización y, con ello, la proliferación de vegetación que va secando los humedales.

Pero mucho peor todavía es el efecto de las empresas inmobiliarias, que avanzan en su frontera construible, rellenando con escombros y con cualquier tipo de materiales para vender sitios en los que se pueda construir. En la entrada sur de Valdivia hay unos humedales maravillosos, en los que todo el mundo se detiene a tomar fotografías con los niños o simplemente a ver cómo empollan los cisnes; sin embargo, lo que vemos a un par de metros más allá es cómo un propietario, haciendo loteos brujos, avanza y avanza con rellenos, arrinconando a cisnes y a sus polluelos, a taguas y a todas las especies que abundan -o que abundaban-, para construir bodegas, talleres o casas, infringiendo toda ley sobre subdivisión de predios rústicos y sobre conducta sanitaria.

Por todo lo expuesto, voy a votar favorablemente este proyecto que define conceptos, que entrega a las municipalidades criterios y responsabilidades para proteger los humedales urbanos, que obliga a someter a evaluación de impacto ambiental toda acción que pueda perjudicar a un humedal o que, en definitiva, obligue a los municipios a que los instrumentos de planificación consideren los humedales.

Lo que ocurrió después me pareció virtuoso: vincular la posición de la ciudadanía a las decisiones que, respecto de esta nueva determinación, les competen a los municipios. Es decir, me pareció virtuoso hacer vinculante la participación de la sociedad civil.

En consecuencia, junto con felicitar a los autores de esta iniciativa, anuncio que la votaré a favor.

He dicho.

-Aplausos.

La señorita CARVAJAL , doña M.a Loreto (Vicepresidenta).- Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos.

Los artículos 4 y transitorio se dan por aprobados ipso iure por no haber sido objeto de indicaciones en la discusión del primer informe ni de modificaciones en el segundo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 131 del Reglamento de la Corporación.

Corresponde votar en particular el resto del texto propuesto por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales en su segundo informe, con la salvedad de las indicaciones números 1) y 3) al artículo 1, por haberse solicitado su votación separada, y del artículo 2, por haberse renovado una indicación.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 140 votos; por la negativa, 2 votos. Hubo 3 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Durán Salinas , Eduardo , Luck Urban , Karin , Romero Sáez , Leonidas , Alessandri Vergara , Jorge , Eguiguren Correa , Francisco , Macaya Danús , Javier , Rosas Barrientos , Patricio , Alinco Bustos , René , Espinoza Sandoval , Fidel , Marzán Pinto , Carolina , Saavedra Chandía , Gastón , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fernández Allende, Maya , Matta Aragay , Manuel , Sabag Villalobos , Jorge , Álvarez Vera , Jenny , Flores García, Iván , Melero Abaroa , Patricio , Saffirio Espinoza , René , Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores Oporto , Camila , Mellado Pino , Cosme , Saldívar Auger, Raúl , Amar Mancilla, Sandra , Fuenzalida Cobo, Juan , Mellado Suazo , Miguel , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Ascencio Mansilla , Gabriel , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Meza Moncada , Fernando , Santana Castillo, Juan , Auth Stewart , Pepe , Gahona Salazar , Sergio , Mirosevic Verdugo , Vlado , Santana Tirachini , Alejandro , Baltolu Rasera, Nino , Galleguillos Castillo , Ramón , Mix Jiménez , Claudia , Sauerbaum Muñoz , Frank , Barrera Moreno, Boris , García García, René Manuel , Molina Magofke , Andrés , Schilling Rodríguez , Marcelo , Barros Montero , Ramón , Garín González , Renato , Monsalve Benavides , Manuel , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bellolio Avaria , Jaime , Girardi Lavín , Cristina , Morales Muñoz , Celso , Sepúlveda Soto , Alexis , Berger Fett , Bernardo , González Gatica , Félix , Moreira Barros , Cristhian , Silber Romo , Gabriel , Bernales Maldonado , Alejandro , González Torres , Rodrigo , Mulet Martínez , Jaime , Soto Ferrada , Leonardo , Bianchi Retamales , Karim , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Muñoz González , Francesca , Soto Mardones, Raúl , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hernández Hernández , Javier , Naranjo Ortiz , Jaime , Tohá González , Jaime , Boric Font , Gabriel , Hernando Pérez , Marcela , Noman Garrido , Nicolás , Torrealba Alvarado , Sebastián , Brito Hasbún , Jorge, Hertz Cádiz , Carmen , Norambuena Farías, Iván , Torres Jeldes , Víctor , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Núñez Arancibia , Daniel , Trisotti Martínez , Renzo , Cariola Oliva , Karol , Hoffmann Opazo , María José , Núñez Urrutia , Paulina , Troncoso Hellman , Virginia , Carter Fernández , Álvaro , Ibáñez Cotroneo , Diego , Nuyado Ancapichún , Emilia , Undurraga Gazitúa , Francisco , Carvajal Ambiado , Loreto , Ilabaca Cerda , Marcos, Olivera De La Fuente , Erika , Urrutia Bonilla , Ignacio , Castro Bascuñán , José Miguel , Jackson Drago , Giorgio , Orsini Pascal , Maite , Urrutia Soto , Osvaldo , Castro González, Juan Luis , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Ortiz Novoa, José Miguel , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Celis Araya , Ricardo , Jiménez Fuentes , Tucapel , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Vallejo Dowling , Camila , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Parra Sauterel , Andrea , Velásquez Núñez , Esteban , Cicardini Milla , Daniella , Kort Garriga , Issa , Pérez Arriagada , José , Velásquez Seguel , Pedro , Cid Versalovic , Sofía , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Olea , Joanna , Venegas Cárdenas , Mario , Coloma Álamos, Juan Antonio , Labra Sepúlveda , Amaro , Pérez Salinas , Catalina , Verdessi Belemmi , Daniel , Crispi Serrano , Miguel , Lavín León , Joaquín , Prieto Lorca , Pablo , Vidal Rojas , Pablo , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Leiva Carvajal, Raúl , Ramírez Diez , Guillermo , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Del Real Mihovilovic , Catalina , Leuquén Uribe , Aracely , Rey Martínez, Hugo , Walker Prieto , Matías , Desbordes Jiménez , Mario , Longton Herrera , Andrés , Rocafull López , Luis , Winter Etcheberry , Gonzalo , Díaz Díaz , Marcelo , Lorenzini Basso , Pablo , Rojas Valderrama , Camila , Yeomans Araya, Gael

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Jürgensen Rundshagen, Harry, Paulsen Kehr, Diego

-Se abstuvieron los diputados señores:

Pérez Lahsen , Leopoldo , Rathgeb Schifferli , Jorge , Schalper Sepúlveda, Diego

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar la indicación número 1) al artículo 1 en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales en su segundo informe.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 64 votos; por la negativa, 76 votos. Hubo 5 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Rechazada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Espinoza Sandoval , Fidel , Leiva Carvajal, Raúl , Saavedra Chandía , Gastón , Alinco Bustos , René , Fernández Allende, Maya , Marzán Pinto , Carolina , Saffirio Espinoza , René , Álvarez Vera , Jenny , Flores García, Iván , Mirosevic Verdugo , Vlado , Saldívar Auger, Raúl , Auth Stewart , Pepe , Garín González , Renato , Mix Jiménez , Claudia , Santana Castillo, Juan , Barrera Moreno, Boris , Girardi Lavín , Cristina , Monsalve Benavides , Manuel , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bernales Maldonado , Alejandro , González Gatica , Félix , Moreira Barros , Cristhian , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bianchi Retamales , Karim , González Torres , Rodrigo , Mulet Martínez , Jaime , Soto Ferrada , Leonardo , Boric Font , Gabriel , Gutiérrez Gálvez , Naranjo Ortiz , Jaime , Soto Mardones , Raúl, Hugo , Brito Hasbún , Jorge , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Arancibia , Daniel , Tohá González , Jaime , Cariola Oliva , Karol , Hertz Cádiz , Carmen , Nuyado Ancapichún , Emilia , Torres Jeldes , Víctor , Carvajal Ambiado , Loreto , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Orsini Pascal , Maite , Vallejo Dowling , Camila , Castro González, Juan Luis , Ibáñez Cotroneo , Diego , Parra Sauterel , Andrea , Velásquez Núñez , Esteban , Celis Araya , Ricardo , Ilabaca Cerda , Marcos, Pérez Salinas , Catalina , Velásquez Seguel , Pedro , Cicardini Milla , Daniella , Jackson Drago , Giorgio , Rocafull López , Luis , Vidal Rojas , Pablo , Crispi Serrano , Miguel , Jiménez Fuentes , Tucapel , Rojas Valderrama , Camila , Winter Etcheberry , Gonzalo , Díaz Díaz , Marcelo , Labra Sepúlveda , Amaro , Rosas Barrientos , Patricio , Yeomans Araya, Gael

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Durán Salinas , Eduardo , Matta Aragay , Manuel , Rathgeb Schifferli , Jorge , Álvarez Ramírez , Sebastián , Eguiguren Correa , Francisco , Melero Abaroa , Patricio , Romero Sáez , Leonidas , Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores Oporto , Camila , Mellado Pino , Cosme , Sabag Villalobos , Jorge, Amar Mancilla, Sandra , Fuenzalida Cobo, Juan , Mellado Suazo , Miguel , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Ascencio Mansilla , Gabriel , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Meza Moncada , Fernando , Santana Tirachini , Alejandro , Baltolu Rasera, Nino , Gahona Salazar , Sergio , Molina Magofke , Andrés , Sauerbaum Muñoz , Frank , Barros Montero , Ramón , Galleguillos Castillo , Ramón , Morales Muñoz , Celso , Schalper Sepúlveda , Diego , Bellolio Avaria , Jaime , García García, René Manuel , Muñoz González , Francesca , Sepúlveda Soto , Alexis , Berger Fett , Bernardo , Hernández Hernández , Javier , Noman Garrido , Nicolás , Silber Romo , Gabriel , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hoffmann Opazo , María José , Norambuena Farías, Iván , Torrealba Alvarado , Sebastián , Calisto Águila , Miguel Ángel , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Núñez Urrutia , Paulina , Trisotti Martínez , Renzo , Carter Fernández , Álvaro , Jürgensen Rundshagen , Harry , Olivera De La Fuente , Erika , Troncoso Hellman , Virginia , Castro Bascuñán , José Miguel , Kast Sommerhoff , Pablo , Ortiz Novoa, José Miguel , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Montt , Andrés , Kort Garriga , Issa , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Urrutia Bonilla , Ignacio , Cid Versalovic , Sofía , Kuschel Silva , Carlos , Paulsen Kehr , Diego , Urrutia Soto , Osvaldo , Coloma Álamos, Juan Antonio , Lavín León , Joaquín , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Leuquén Uribe , Aracely , Pérez Olea , Joanna , Venegas Cárdenas , Mario , Del Real Mihovilovic , Catalina , Luck Urban , Karin , Prieto Lorca , Pablo , Verdessi Belemmi , Daniel , Desbordes Jiménez , Mario , Macaya Danús , Javier , Ramírez Diez , Guillermo , Von Mühlenbrock Zamora, Gastón

-Se abstuvieron los diputados señores:

Longton Herrera , Andrés , Pérez Arriagada , José , Rey Martínez, Hugo , Walker Prieto , Matías , Lorenzini Basso, Pablo

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular la indicación número 1) al artículo 1 en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales en su primer informe.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 140 votos; por la negativa, 3 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Durán Salinas , Eduardo , Macaya Danús , Javier , Romero Sáez , Leonidas , Alessandri Vergara , Jorge , Eguiguren Correa , Francisco , Marzán Pinto , Carolina , Rosas Barrientos , Patricio , Alinco Bustos , René , Espinoza Sandoval , Fidel , Matta Aragay , Manuel , Saavedra Chandía , Gastón , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fernández Allende , Maya, Melero Abaroa , Patricio , Sabag Villalobos , Jorge , Álvarez Vera , Jenny , Flores García, Iván , Mellado Pino , Cosme , Saffirio Espinoza , René , Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores Oporto , Camila , Mellado Suazo , Miguel , Saldívar Auger, Raúl , Amar Mancilla, Sandra , Fuenzalida Cobo, Juan , Meza Moncada , Fernando , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Ascencio Mansilla , Gabriel , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Mirosevic Verdugo , Vlado , Santana Castillo, Juan , Auth Stewart , Pepe , Gahona Salazar, Sergio Mix Jiménez, Claudia , Santana Tirachini , Alejandro , Baltolu Rasera, Nino , Galleguillos Castillo , Ramón , Molina Magofke , Andrés , Sauerbaum Muñoz , Frank , Barrera Moreno, Boris , García García, René Manuel , Monsalve Benavides , Manuel , Schalper Sepúlveda , Diego , Barros Montero , Ramón , Garín González , Renato , Morales Muñoz , Celso , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bellolio Avaria , Jaime , Girardi Lavín , Cristina , Moreira Barros , Cristhian , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Berger Fett , Bernardo , González Gatica , Félix , Mulet Martínez , Jaime , Sepúlveda Soto , Alexis , Bernales Maldonado , Alejandro , González Torres , Rodrigo , Muñoz González , Francesca , Silber Romo , Gabriel , Bianchi Retamales , Karim , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Naranjo Ortiz , Jaime , Soto Ferrada , Leonardo , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hernández Hernández , Javier , Noman Garrido , Nicolás , Soto Mardones, Raúl , Boric Font , Gabriel , Hernando Pérez , Marcela , Norambuena Farías, Iván , Tohá González , Jaime , Brito Hasbún , Jorge, Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Arancibia , Daniel , Torrealba Alvarado , Sebastián , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Núñez Urrutia , Paulina , Torres Jeldes , Víctor , Cariola Oliva , Karol , Hoffmann Opazo , María José , Nuyado Ancapichún , Emilia , Trisotti Martínez , Renzo , Carter Fernández , Álvaro , Ibáñez Cotroneo , Diego , Olivera De La Fuente , Erika , Troncoso Hellman , Virginia , Carvajal Ambiado , Loreto , Ilabaca Cerda , Marcos, Orsini Pascal , Maite , Undurraga Gazitúa , Francisco , Castro Bascuñán , José Miguel , Jackson Drago , Giorgio , Ortiz Novoa , José Miguel , Urrutia Bonilla , Ignacio , Castro González, Juan Luis , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Urrutia Soto , Osvaldo , Celis Araya , Ricardo , Jiménez Fuentes , Tucapel , Pérez Arriagada , José , Vallejo Dowling , Camila , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Lahsen , Leopoldo , Velásquez Núñez , Esteban , Cicardini Milla , Daniella , Kort , Garriga , Issa , Pérez Olea , Joanna , Velásquez Seguel , Pedro , Cid Versalovic , Sofía , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Salinas , Catalina , Venegas Cárdenas , Mario , Coloma Álamos, Juan Antonio , Lavín León , Joaquín , Prieto Lorca , Pablo , Verdessi Belemmi , Daniel , Crispi Serrano , Miguel , Leiva Carvajal, Raúl , Ramírez Diez , Guillermo , Vidal Rojas , Pablo , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Leuquén Uribe , Aracely , Rathgeb Schifferli , Jorge, Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Del Real Mihovilovic , Catalina , Longton Herrera , Andrés , Rey Martínez, Hugo , Walker Prieto , Matías , Desbordes Jiménez , Mario , Lorenzini Basso , Pablo , Rocafull López , Luis , Winter Etcheberry , Gonzalo , Díaz Díaz , Marcelo , Luck Urban , Karin , Rojas Valderrama , Yeomans Araya, Gael

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Jürgensen Rundshagen , Harry , Paulsen Kehr , Diego , Urruticoechea Ríos, Cristóbal

-Se abstuvieron los diputados señores:

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar la indicación número 3) al artículo 1 en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales en su segundo informe.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 72 votos; por la negativa, 67 votos. Hubo 6 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Rechazada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Fernández Allende, Maya , Marzán Pinto , Carolina , Saffirio Espinoza , René , Alinco Bustos , René , Flores García, Iván , Mellado Pino , Cosme , Saldívar Auger, Raúl , Álvarez Vera , Jenny , Garín González , Renato , Mirosevic Verdugo , Vlado , Santana Castillo, Juan , Ascencio Mansilla , Gabriel , Girardi Lavín , Cristina , Mix Jiménez , Claudia , Schilling Rodríguez , Marcelo , Auth Stewart , Pepe , González Gatica , Félix , Monsalve Benavides , Manuel , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Barrera Moreno, Boris , González Torres , Rodrigo , Moreira Barros , Cristhian , Sepúlveda Soto , Alexis , Bernales Maldonado , Alejandro , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Mulet Martínez , Jaime , Silber Romo , Gabriel , Bianchi Retamales , Karim , Hernando Pérez , Marcela , Naranjo Ortiz , Jaime , Soto Ferrada , Leonardo , Boric Font , Gabriel , Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Arancibia , Soto Mardones, Raúl , Daniel , Brito Hasbún , Jorge , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Nuyado Ancapichún , Emilia , Tohá González , Jaime , Cariola Oliva , Karol , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Torres Jeldes , Víctor , Carvajal Ambiado , Loreto , Ilabaca Cerda , Marcos, Ortiz Novoa, José Miguel , Vallejo Dowling , Camila , Castro González, Juan Luis , Jackson Drago , Giorgio , Parra Sauterel , Andrea , Velásquez Núñez , Esteban , Celis Araya , Ricardo , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Pérez Salinas , Catalina , Velásquez Seguel , Pedro , Cicardini Milla , Daniella , Jiménez Fuentes , Tucapel , Rocafull López , Luis , Vidal Rojas , Pablo , Crispi Serrano , Miguel , Labra Sepúlveda , Amaro , Rojas Valderrama , Camila , Walker Prieto , Matías , Díaz Díaz , Marcelo , Lavín León , Joaquín , Rosas Barrientos , Patricio , Winter Etcheberry , Gonzalo , Espinoza Sandoval , Fidel , Leiva Carvajal, Raúl , Saavedra Chandía , Gastón , Yeomans Araya, Gael

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Durán Salinas , Eduardo , Matta Aragay , Manuel , Rey Martínez, Hugo , Álvarez Ramírez , Sebastián , Eguiguren Correa , Francisco , Melero Abaroa , Patricio , Romero Sáez , Leonidas , Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores Oporto , Camila , Mellado Suazo , Miguel , Sabag Villalobos , Jorge, Amar Mancilla, Sandra , Fuenzalida Cobo, Juan , Meza Moncada , Fernando , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Baltolu Rasera, Nino , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Molina Magofke , Andrés , Santana Tirachini , Alejandro , Barros Montero , Ramón , Gahona Salazar , Sergio , Morales Muñoz , Celso , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bellolio Avaria , Jaime , Galleguillos Castillo , Ramón , Muñoz González , Francesca , Schalper Sepúlveda , Diego , Berger Fett , Bernardo , García García, René Manuel , Noman Garrido , Nicolás , Torrealba Alvarado , Sebastián , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hernández Hernández , Javier , Norambuena Farías, Iván , Trisotti Martínez , Renzo , Carter Fernández , Álvaro , Hoffmann Opazo , María José , Núñez Urrutia , Paulina , Troncoso Hellman , Virginia , Castro Bascuñán , José Miguel , Jürgensen Rundshagen , Harry , Olivera De La Fuente , Erika , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Urrutia Bonilla , Ignacio , Cid Versalovic , Sofía , Kort Garriga , Issa , Paulsen Kehr , Diego , Urrutia Soto , Osvaldo , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Leuquén Uribe , Aracely , Prieto Lorca , Pablo , Verdessi Belemmi , Daniel , Del Real Mihovilovic , Catalina , Luck Urban , Karin , Ramírez Diez , Guillermo , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Desbordes Jiménez , Mario , Macaya Danús , Javier , Rathgeb Schifferli , Jorge,

-Se abstuvieron los diputados señores:

Calisto Águila , Miguel Ángel , Lorenzini Basso , Pablo , Pérez Olea , Joanna , Venegas Cárdenas , Mario , Longton Herrera , Andrés , Pérez Arriagada, José

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar en particular la indicación número 3) al artículo 1 en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales en su primer informe.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 137 votos; por la negativa, 4 votos. Hubo 3 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Durán Salinas , Eduardo , Lorenzini Basso , Pablo , Rocafull López , Luis , Alessandri Vergara , Jorge , Eguiguren Correa , Francisco , Luck Urban , Karin , Rojas Valderrama , Camila , Alinco Bustos , René , Espinoza Sandoval , Fidel , Macaya Danús , Javier , Romero Sáez , Leonidas , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fernández Allende, Maya , Marzán Pinto , Carolina , Rosas Barrientos , Patricio , Álvarez Vera , Jenny , Flores García, Iván , Matta Aragay , Manuel , Saavedra Chandía , Gastón , Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo, Flores Oporto , Camila , Melero Abaroa , Patricio , Sabag Villalobos , Jorge, Amar Mancilla, Sandra , Fuenzalida Cobo, Juan , Mellado Pino , Cosme , Saffirio Espinoza , René , Ascencio Mansilla , Gabriel , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Mellado Suazo , Miguel , Saldívar Auger, Raúl , Auth Stewart , Pepe , Gahona Salazar , Sergio , Meza Moncada , Fernando , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Baltolu Rasera, Nino , Galleguillos Castillo , Ramón , Mirosevic Verdugo , Vlado , Santana Castillo, Juan , Barrera Moreno, Boris , García García, René Manuel, Mix Jiménez , Claudia , Sauerbaum Muñoz , Frank , Barros Montero , Ramón , Garín González , Renato , Monsalve Benavides , Manuel , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bellolio Avaria , Jaime , Girardi Lavín , Cristina , Morales Muñoz , Celso , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Berger Fett , Bernardo , González Gatica , Félix , Moreira Barros , Cristhian , Sepúlveda Soto , Alexis , Bernales Maldonado , Alejandro , González Torres , Rodrigo , Mulet Martínez , Jaime , Silber Romo , Gabriel , Bianchi Retamales , Karim , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Muñoz González , Francesca , Soto Ferrada , Leonardo , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hernández Hernández , Javier , Naranjo Ortiz , Jaime , Soto Mardones, Raúl , Boric Font , Gabriel , Hernando Pérez , Marcela , Noman Garrido , Nicolás , Tohá González , Jaime , Brito Hasbún , Jorge, Hertz Cádiz , Carmen , Norambuena Farías, Iván , Torrealba Alvarado , Sebastián , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Núñez Arancibia , Daniel , Torres Jeldes , Víctor , Cariola Oliva , Karol , Hoffmann Opazo , María José , Núñez Urrutia , Paulina , Trisotti Martínez , Renzo , Carter Fernández , Álvaro , Ibáñez Cotroneo , Diego , Nuyado Ancapichún , Emilia , Troncoso Hellman , Virginia , Carvajal Ambiado , Loreto , Ilabaca Cerda , Marcos, Olivera De La Fuente , Erika , Undurraga Gazitúa , Francisco , Castro Bascuñán , José Miguel , Jackson Drago , Giorgio , Orsini Pascal , Maite , Urrutia Bonilla , Ignacio , Castro González, Juan Luis , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Ortiz Novoa , José Miguel , Urrutia Soto , Osvaldo , Celis Araya , Ricardo , Jiménez Fuentes , Tucapel , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Vallejo Dowling , Camila , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Arriagada , José , Velásquez Núñez , Esteban , Cicardini Milla , Daniella , Kort Garriga , Issa , Pérez Lahsen , Leopoldo , Velásquez Seguel , Pedro , Cid Versalovic , Sofía , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Olea , Joanna , Verdessi Belemmi , Daniel , Coloma Álamos, Juan Antonio , Labra Sepúlveda , Amaro , Pérez Salinas , Catalina , Vidal Rojas , Pablo , Crispi Serrano , Miguel , Lavín León , Joaquín , Prieto Lorca , Pablo , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Leiva Carvajal, Raúl , Ramírez Diez , Guillermo , Walker Prieto , Matías , Del Real Mihovilovic , Catalina , Leuquén Uribe , Aracely , Rathgeb Schifferli , Jorge , Winter Etcheberry , Gonzalo , Desbordes Jiménez , Mario , Longton Herrera , Andrés , Rey Martínez, Hugo , Yeomans Araya , Gael , Díaz Díaz, Marcelo

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Jürgensen Rundshagen , Harry , Paulsen Kehr , Diego , Santana Tirachini , Alejandro , Urruticoechea Ríos, Cristóbal

-Se abstuvieron los diputados señores:

Parra Sauterel , Andrea , Schalper Sepúlveda , Diego , Venegas Cárdenas, Mario

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Se ha renovado la siguiente indicación del diputado señor Miguel Mellado , de cuyo tenor dará lectura el señor Secretario.

El señor LANDEROS (Secretario).-

La indicación tiene por objeto incorporar el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero:

“El Reglamento expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y suscrito por el Ministerio de Obras Públicas, considerará igualmente los criterios técnicos y científicos en virtud de los cuales se estimará la temporalidad y duración de la declaración de la calidad de humedal, la cual no podrá ser indefinida y, en todo caso, solo podrá extenderse por un plazo máximo de siete años.”.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 24 votos; por la negativa, 108 votos. Hubo 12 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Rechazada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Berger Fett , Bernardo , Galleguillos Castillo , Ramón , Moreira Barros , Cristhian , Sauerbaum Muñoz , Frank , Celis Montt , Andrés , García García, René Manuel , Muñoz González , Francesca , Schalper Sepúlveda , Diego , Del Real Mihovilovic , Catalina , Kuschel Silva , Carlos , Núñez Urrutia , Paulina , Soto Ferrada , Leonardo , Desbordes Jiménez , Mario , Leuquén Uribe , Aracely , Prieto Lorca , Pablo , Troncoso Hellman , Virginia , Durán Salinas , Eduardo , Luck Urban , Karin , Romero Sáez , Leonidas , Urrutia Bonilla , Ignacio , Eguiguren Correa , Francisco , Mellado Suazo , Miguel , Santana Tirachini , Alejandro , Von Mühlenbrock Zamora, Gastón

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Díaz Díaz , Marcelo , Lorenzini Basso , Pablo , Rosas Barrientos , Patricio , Alessandri Vergara , Jorge , Espinoza Sandoval , Fidel , Macaya Danús , Javier , Saavedra Chandía , Gastón , Alinco Bustos , René , Fernández Allende, Maya , Marzán Pinto , Carolina , Sabag Villalobos , Jorge , Álvarez Ramírez , Sebastián , Flores García, Iván , Matta Aragay , Manuel , Saffirio Espinoza , René , Álvarez Vera , Jenny , Fuenzalida Cobo, Juan , Mellado Pino , Cosme , Saldívar Auger, Raúl , Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Meza Moncada , Fernando , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Ascencio Mansilla , Gabriel , Gahona Salazar , Sergio , Mirosevic Verdugo , Vlado , Santana Castillo, Juan , Auth Stewart , Pepe , Garín González , Renato , Mix Jiménez , Claudia , Schilling Rodríguez , Marcelo , Baltolu Rasera, Nino , Girardi Lavín , Cristina , Monsalve Benavides , Manuel , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Barrera , Moreno, Boris , González Gatica , Félix , Morales Muñoz , Celso , Sepúlveda Soto , Alexis , Barros Montero , Ramón , González Torres , Rodrigo , Mulet Martínez , Jaime , Silber Romo , Gabriel , Bellolio Avaria , Jaime , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Naranjo Ortiz , Jaime , Soto Mardones, Raúl , Bernales Maldonado , Alejandro , Hernández Hernández , Javier , Norambuena Farías, Iván , Tohá González , Jaime , Bianchi Retamales , Karim , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Arancibia , Daniel , Torrealba Alvarado , Sebastián , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hertz Cádiz , Carmen , Nuyado Ancapichún , Emilia , Torres Jeldes , Víctor , Boric Font , Gabriel , Hirsch Goldschmidt , Olivera De La Fuente , Erika , Trisotti Martínez , Renzo , Brito Hasbún , Jorge , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Undurraga Gazitúa , Francisco , Calisto Águila , Miguel Ángel , Ilabaca Cerda , Marcos, Ortiz Novoa , José Miguel , Urrutia Soto , Osvaldo , Cariola Oliva , Karol , Jackson Drago , Giorgio , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Vallejo Dowling , Camila , Carter Fernández , Álvaro , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Parra Sauterel , Andrea , Velásquez Núñez , Esteban , Carvajal Ambiado , Loreto , Jiménez Fuentes , Tucapel , Paulsen Kehr , Diego , Velásquez Seguel , Pedro , Castro Bascuñán , José Miguel , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Arriagada , José , Venegas Cárdenas , Mario , Castro González, Juan Luis , Kort Garriga , Issa , Pérez Olea , Joanna , Verdessi Belemmi , Daniel , Celis Araya , Ricardo , Labra Sepúlveda , Amaro , Pérez Salinas , Catalina , Vidal Rojas , Pablo , Cicardini Milla , Daniella , Lavín León , Joaquín , Ramírez Diez , Guillermo , Walker Prieto , Matías , Crispi Serrano , Miguel , Leiva Carvajal, Raúl , Rocafull López , Luis , Winter Etcheberry , Gonzalo , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Longton Herrera , Andrés , Rojas Valderrama , Camila , Yeomans Araya, Gael

-Se abstuvieron los diputados señores:

Amar Mancilla, Sandra, Flores Oporto , Camila , Melero Abaroa , Patricio , Rathgeb Schifferli , Jorge, Cid Versalovic , Sofía , Hoffmann Opazo , María José , Noman Garrido , Nicolás , Rey Martínez, Hugo , Coloma Álamos, Juan Antonio , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urruticoechea Ríos, Cristóbal

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Para plantear un punto de Reglamento, tiene la palabra el diputado Miguel Mellado .

El señor MELLADO (don Miguel).-

Señor Presidente, hago reserva de constitucionalidad respecto de este proyecto de ley.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Se dejará constancia de su planteamiento, señor diputado.

Corresponde votar en particular el artículo 2 propuesto por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales en su segundo informe.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 95 votos; por la negativa, 43 votos. Hubo 6 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Espinoza Sandoval , Fidel , Mellado Pino , Cosme , Sabag Villalobos , Jorge , Alinco Bustos , René , Fernández Allende , Maya, Meza Moncada , Fernando , Saffirio Espinoza , René , Álvarez Ramírez , Sebastián , Flores García, Iván , Mirosevic Verdugo , Vlado , Saldívar Auger, Raúl , Álvarez Vera , Jenny , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Mix Jiménez , Claudia , Santana Castillo, Juan , Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo , Garín González , Renato , Monsalve Benavides , Manuel , Schilling Rodríguez , Marcelo , Ascencio Mansilla , Gabriel , Girardi Lavín , Cristina , Moreira Barros , Cristhian , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Auth Stewart , Pepe , González Gatica , Félix , Mulet Martínez , Jaime , Sepúlveda Soto , Alexis , Barrera Moreno, Boris , González Torres , Rodrigo , Naranjo Ortiz , Jaime , Silber Romo , Gabriel , Barros Montero , Ramón , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Núñez Arancibia , Daniel , Soto Ferrada , Leonardo , Bernales Maldonado , Alejandro , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Urrutia , Paulina , Soto Mardones, Raúl , Bianchi Retamales , Karim , Hertz Cádiz , Carmen , Nuyado Ancapichún , Tohá González , Emilia Jaime , Boric Font , Gabriel , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Olivera De La Fuente , Erika , Torrealba Alvarado , Sebastián , Brito Hasbún , Jorge , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Torres Jeldes , Víctor , Calisto Águila , Miguel Ángel , Ilabaca Cerda , Marcos, Ortiz Novoa, José Miguel , Undurraga Gazitúa , Francisco , Cariola Oliva , Karol , Jackson Drago , Giorgio , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Vallejo Dowling , Camila , Carvajal Ambiado , Loreto , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Parra Sauterel , Andrea , Velásquez Núñez , Esteban , Castro Bascuñán , José Miguel , Jiménez Fuentes , Tucapel , Pérez Arriagada , José , Velásquez Seguel , Pedro , Castro González, Juan Luis , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Olea , Joanna , Venegas Cárdenas , Mario , Celis Araya , Ricardo , Labra Sepúlveda , Amaro , Pérez Salinas , Catalina , Verdessi Belemmi , Daniel , Celis Montt , Andrés , Leiva Carvajal, Raúl , Rocafull López , Luis , Vidal Rojas , Pablo , Cicardini Milla , Daniella , Longton Herrera , Andrés , Rojas Valderrama , Camila , Walker Prieto , Matías , Crispi Serrano , Miguel , Lorenzini Basso , Pablo , Romero Sáez , Leonidas , Winter Etcheberry , Gonzalo , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Marzán Pinto , Carolina , Rosas Barrientos , Patricio , Yeomans Araya , Gael , Díaz Díaz , Marcelo , Matta Aragay , Manuel , Saavedra Chandía, Gastón

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Eguiguren Correa , Francisco , Leuquén Uribe , Aracely , Ramírez Diez , Guillermo , Amar Mancilla, Sandra , Fuenzalida Cobo, Juan , Luck Urban , Karin , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Baltolu Rasera, Nino , Gahona Salazar , Sergio , Macaya Danús , Javier , Santana Tirachini , Alejandro , Bellolio Avaria , Jaime , Galleguillos Castillo , Melero Abaroa , Sauerbaum Muñoz , Ramón Patricio Frank , Bobadilla Muñoz , Sergio , García García, René Manuel , Mellado Suazo , Miguel , Schalper Sepúlveda , Diego , Carter Fernández , Álvaro , Hernández Hernández , Javier , Morales Muñoz , Celso , Trisotti Martínez , Renzo , Cid Versalovic , Sofía , Hoffmann Opazo , María José , Muñoz González , Francesca , Troncoso Hellman , Virginia , Coloma Álamos, Juan Antonio , Jürgensen Rundshagen , Harry , Noman Garrido , Nicolás , Urrutia Soto , Osvaldo , Del Real Mihovilovic , Catalina , Kort Garriga , Issa , Norambuena Farías, Iván , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Desbordes Jiménez , Mario , Kuschel Silva , Carlos , Paulsen Kehr , Diego , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Durán Salinas , Eduardo , Lavín León , Joaquín , Pérez Lahsen, Leopoldo

-Se abstuvieron los diputados señores:

Berger Fett , Bernardo , Prieto Lorca , Pablo , Rey Martínez, Hugo , Urrutia Bonilla , Ignacio , Flores Oporto , Camila , Rathgeb Schifferli , Jorge

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Despachado el proyecto al Senado.

2.8. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 05 de junio, 2019. Oficio en Sesión 24. Legislatura 367.

VALPARAÍSO, 5 de junio de 2019

Oficio Nº 14.780

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha dado su aprobación al proyecto de ley de ese H. Senado que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos, correspondiente al boletín N° 11.256-12, con las siguientes enmiendas:

Artículo 1

1. Ha incorporado, a continuación del vocablo “proteger”, la siguiente frase: “los humedales urbanos declarados por el Ministerio de Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales”.

2. Ha reemplazado la frase “dentro del radio urbano o periurbano” por “total o parcialmente dentro del límite urbano”.

3. Ha agregado el siguiente inciso segundo:

“En el caso de que la solicitud sea efectuada por el municipio, el Ministerio del Medio Ambiente deberá pronunciarse dentro del plazo de seis meses.”.

Artículo 2

Lo ha reemplazado por el siguiente:

“Artículo 2°.- Un reglamento expedido por el Ministerio del Medio Ambiente, suscrito también por el Ministro de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento, y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales urbanos ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el reglamento indicado en el inciso anterior.”.

*****

Artículo 3, nuevo

Ha introducido el siguiente artículo 3, nuevo, pasando los actuales artículos 3 y 4 a ser artículos 4 y 5, respectivamente:

“Artículo 3°.- Dentro del plazo que va desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano hasta el pronunciamiento del Ministerio de Medio Ambiente, la municipalidad respectiva no podrá otorgar permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial ni de construcción en los terrenos en que se encuentren emplazados.”.

*****

Artículo 3

Ha pasado a ser artículo 4, enmendado del modo siguiente:

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Número 1), nuevo

Ha incorporado el siguiente numeral 1), nuevo:

“1) Incorpórase en la letra p), a continuación de la expresión “reservas marinas”, lo siguiente: “, humedales urbanos”.”.

*****

Números 1) y 2)

Han pasado a ser números 2) y 3), respectivamente, sin enmiendas.

Número 3)

Ha pasado a ser número 4), con la siguiente enmienda:

Letra s) propuesta

Ha reemplazado la frase “dentro del perímetro de un radio urbano o periurbano” por “total o parcialmente dentro del límite urbano”.

Artículo 4

- Ha pasado a ser artículo 5, con las siguientes modificaciones:

Número 1)

Inciso tercero propuesto

Ha reemplazado la coma que sigue al vocablo “natural” por un punto y seguido, y ha sustituido la frase “para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos.” por la siguiente oración: “No podrá otorgarse permisos de urbanización ni de construcción, salvo que estén destinados a su protección, preservación, conservación y gestión.”.

*****

Artículo transitorio, nuevo

Ha incorporado el siguiente artículo transitorio:

“Artículo transitorio.- El plazo para dictar el reglamento señalado en el artículo 2 será de un año, contado desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial.”.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 312/SEC/18, de 7 de noviembre de 2018.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a V.E.

IVÁN FLORES GARCÍA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

3. Tercer Trámite Constitucional: Senado

3.1. Informe de Comisión de Medio Ambiente

Senado. Fecha 09 de agosto, 2019. Informe de Comisión de Medio Ambiente en Sesión 40. Legislatura 367.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y BIENES NACIONALES, recaído en el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos.

BOLETÍN Nº 11.256-12

____________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, en cumplimiento de lo acordado por la Sala en sesión 24 ordinaria, celebrada el día 11 de junio de 2019, tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la referencia.

A las sesiones en que se analizó esta iniciativa legal, asistió, además de sus miembros, el Honorable Senador señor Alfonso De Urresti Longton.

Asimismo, concurrieron: Del Ministerio de Economía: el Ministro, señor Juan Andrés Fontaine; los asesores, señora Michele Labbé y señor Javier Poblete, y la Jefa de Prensa, señora Paula Godoy. Del Ministerio de Obras Públicas: la Directora General de Obras Públicas, señora Mariana Concha; el Secretario Ejecutivo, señor Mauricio Lavín, y los asesores, señores Francisco López y Felipe Hermosilla. Del Ministerio de Vivienda y Urbanismo: el Subsecretario, señor Guillermo Rolando, y el Abogado, señor Pablo Sepúlveda. Del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones: la Ministra, señora Gloria Hutt; la profesional del Programa de Desarrollo Logístico, señora Paulina Soriano; la asesora legislativa, señora Josefina Hübner, y el Jefe de Gabinete, señor Juan Carlos González. Del Ministerio del Medio Ambiente: el Subsecretario, señor Felipe Riesco, y el Asesor Legislativo, señor Pedro Pablo Rossi.

Adicionalmente, asistieron: del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: el Jefe de la División de Relaciones Políticas, señor Máximo Pavéz, los asesores, señora Trinidad Sáinz y señor Pedro Arancibia. ASESORES: de la H. Senadora Órdenes, señora Susana Figueroa. Del H. Senador Sandoval, señor Mauricio Anacona. Del H. Senador Prohens, señoras Camila Madariaga y Camila Briones. Del H. Senador De Urresti, señora Melissa Mallega y señor Javier Sánchez. De la H. Senadora Von Baer, señor Juan Carlos Gazmuri. Del Comité PPD, señor Matías Ortíz. Del Comité PS, señor Alexandre Sánchez. De la Fundación Jaime Guzmán, señor Matías Quijada. Del Instituto Libertad y Desarrollo, señora Pilar Hazbún.

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A continuación, se efectúa una relación de las modificaciones que introdujo la Honorable Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, al texto aprobado por el Senado, en primer trámite.

Artículo 1°

Señala el objeto de la ley, disponiendo que éste es el de proteger todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren dentro del radio urbano o periurbano.

° ° °

La Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, introdujo mediante tres numerales, igual número de modificaciones al citado precepto, que son las que siguen:

La primera, para incorporar a continuación del vocablo “proteger”, la siguiente frase: “los humedales urbanos declarados por el Ministerio de Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales”.

La segunda, en tanto, para reemplazar la frase “dentro del radio urbano o periurbano” por “total o parcialmente dentro del límite urbano”.

° ° °

La última, para agregar el siguiente inciso segundo:

“En el caso de que la solicitud sea efectuada por el municipio, el Ministerio del Medio Ambiente deberá pronunciarse dentro del plazo de seis meses.”.

° ° °

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Artículo 2°

Dispone que las municipalidades deben establecer en una ordenanza general, los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos y periurbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo, en coordinación con otros órganos de la Administración del Estado, según lo previsto en la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

° ° °

Por su parte, la Cámara de Diputados, en el segundo trámite constitucional, lo reemplazó por el siguiente:

“Artículo 2°.- Un reglamento expedido por el Ministerio del Medio Ambiente, suscrito también por el Ministro de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento, y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales urbanos ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el reglamento indicado en el inciso anterior.”.

o o o

Artículo 3°, nuevo

La Cámara de Diputados incorporó el siguiente artículo 3°, nuevo:

“Artículo 3°.- Dentro del plazo que va desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano hasta el pronunciamiento del Ministerio de Medio Ambiente, la municipalidad respectiva no podrá otorgar permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial ni de construcción en los terrenos en que se encuentren emplazados.”.

o o o

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Artículo 3°

Consta de tres numerales, mediante los cuales se efectúan igual número de modificaciones al artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

El numeral 1 reemplaza la letra q) del artículo 10 de la mencionada ley, a objeto de incorporar dentro de la tipología descrita a las actividades que se desarrollen en áreas próximas a humedales.

El numeral 2, por su parte, efectúa una adecuación formal a la letra r) del señalado artículo 10, y

El numeral 3 incorpora un literal s), nuevo, del siguiente tenor:

“s) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de humedales que se encuentran dentro del perímetro de un radio urbano o periurbano, y que impliquen su relleno, drenaje, secado, extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie.”.

Los literales señalados, tienen por finalidad exigir el ingreso al sistema de evaluación ambiental de aquellos proyectos o actividades que sean susceptibles de causar impacto en un humedal urbano.

° ° °

En la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, el artículo 3° paso a ser artículo 4°, con las siguientes enmiendas:

o o o

Número 1), nuevo

Propone incorporar en la letra p) del artículo 10, a continuación de la expresión “reservas marinas”, lo siguiente: “, humedales urbanos”.

o o o

Números 1) y 2)

Han pasado a ser números 2) y 3), respectivamente, sin enmiendas.

Número 3)

Ha pasado a ser número 4), con la siguiente enmienda:

Letra s) propuesta

Propone sustituir la frase “dentro del perímetro de un radio urbano o periurbano” por “total o parcialmente dentro del límite urbano”.

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Artículo 4°

Incorpora las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, promulgado el año 1975 y publicado el año 1976, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

El numeral 1) agrega un inciso tercero al artículo 28, con el propósito de obligar a incluir en todo instrumento de planificación territorial los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos.

A su vez, el numeral 2), intercala en el artículo 64, a continuación de la expresión “riberas de mar”, la que sigue: “, de humedales”.

° ° °

La Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, aprobó el artículo 4°, que pasó a ser 5°, con la siguiente modificación:

Número 1)

Inciso tercero propuesto

Ha reemplazado la coma que sigue al vocablo “natural” por un punto y seguido, y ha sustituido la frase “para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos.” por la siguiente oración: “No podrá otorgarse permisos de urbanización ni de construcción, salvo que estén destinados a su protección, preservación, conservación y gestión.”.

o o o

Artículo transitorio, nuevo

La Cámara, en el segundo trámite constitucional incorporó el siguiente artículo transitorio, nuevo:

“Artículo transitorio.- El plazo para dictar el reglamento señalado en el artículo 2 será de un año, contado desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial.”.

o o o

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En sesión celebrada el 11 de julio pasado, la Comisión recibió a los Ministros de Estado, Subsecretarios y representantes de autoridades de Gobierno que solicitaron ser recibidos por la Comisión, a objeto de plantear las inquietudes de sus Carteras Ministeriales en relación a la iniciativa en trámite.

El Ministro de Economía, Fomento y Turismo, señor Juan Andrés Fontaine T., valoró el objeto de la iniciativa, por estimar necesario avanzar en un desarrollo económico sustentable, para lo cual, indicó, es preciso buscar el equilibrio entre la relevancia del cuidado del medio ambiente, que incluye la regulación de los humedales urbanos y otros aspectos a los que se referirá posteriormente.

Luego, destacó los problemas que, en su opinión, le merece el proyecto, a saber:

I.-Consideraciones Generales

1. Amplitud del concepto de humedal.

Calificó de amplio el concepto de humedal urbano establecido en el artículo 1° de la iniciativa, que comprende “todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes (…)”.

Opinó que no existe mención alguna a la extensión del humedal, y que dada la amplitud de la norma, podría concluirse que cualquier acumulación de agua (superficie cubierta de agua) temporal o estancada, es humedal, y así, se podrían bloquear opciones de desarrollo económico y social en áreas que realmente no son reconocidas como humedales que deban protegerse en base a los criterios internacionales.

Enseguida, expresó su preocupación por la incorporación del concepto “artificial” en la definición de humedales urbanos, señalando, a vía de ejemplo, que actualmente el manejo de las aguas lluvias se hace a través de colectores, los que en el futuro serán reemplazados por piscinas de infiltración que posibilitarán que el agua penetre en la napa. Destacó que con la definición propuesta tales piscinas podrían ser consideradas dentro de esta figura de protección.

Por ello, sugirió se considere un nuevo concepto de humedal que precise elementos como la “extensión” y considere la exclusión del vocablo “artificial”.

2. Campo de aplicación de protección de régimen hidrológico

En relación con el artículo 2°, que dispone que el reglamento definirá los criterios para resguardar las características ecológicas y su funcionamiento y mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo de los humedales, opinó que le genera dudas la amplitud de la protección en términos de extensión de área superficial y subterránea.

Subrayó que es preciso cautelar las aguas que fluyen del humedal y no las múltiples aguas subterráneas que se conectan con estos espacios de protección.

Enseguida, solicitó aclarar el objetivo del reglamento a que alude el artículo 2° de la Cámara; definir el concepto de régimen hidrológico y delimitar un perímetro respecto del mismo.

3. Criterios de protección y conservación por parte de las Municipalidades, vía ordenanza general.

También se refirió al inciso segundo del artículo 2° propuesto por la Cámara de Diputados, que establece que “Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales urbanos ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el reglamento indicado en el inciso anterior.”.

Opinó que la disposición omite incluir los criterios para definir niveles de protección y efectos para inversión, actividad económica y empleo, connotando que, además, los criterios entre municipalidades pueden ser dispares.

Por lo anterior, sugirió que la norma establezca criterios mínimos, que sean lo más claros en su impacto y acordes con la política nacional de protección nacional de humedales.

4. Declaración de humedal por el Ministerio del Medio Ambiente sin participación del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad.

La facultad que el numeral 3 del artículo 1° propuesto por la Cámara Revisora, otorga al Ministerio del Medio Ambiente para efectuar el reconocimiento de humedal urbano, a juicio del señor Ministro, debiera ser compartida con el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, puesto que éste último tiene un carácter interdisciplinario y asegura el equilibrio entre la protección medio ambiental y los intereses sociales y económicos del país.

Puntualizó que el Consejo de Ministros tiene competencia en otras materias ambientales como la declaración de áreas protegidas o áreas bajo protección ambiental, motivo por el cual le parece razonable otorgarle atribuciones en este ámbito, evitando dispersión en la institucionalidad relativa a la declaración de áreas de protección.

En atención a lo señalado, propuso que el Presidente de la República efectué la declaración de las señaladas áreas de protección, a proposición del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, en conformidad a la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

5. Falta de procedimiento reglado en el reconocimiento y declaración del humedal

Luego se refirió al artículo 3°, nuevo, propuesto por la Cámara de Diputados, que preceptúa que dentro del plazo que va desde la mera petición de reconocimiento de humedal por parte de la Municipalidad hasta el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente, no podrán otorgarse permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial ni de construcción.

Al respecto, sentenció que se trata de un instrumento legal que puede ser mal utilizado, ya que alguna municipalidad que se viera presionada por el desarrollo de un proyecto que genera controversia, podría presentar una solicitud de esta naturaleza, aun cuando estuviera consciente que la misma puede ser denegada, sólo con el objeto de paralizar el proyecto controvertido.

Opinó que tales situaciones podrían obviarse si se estableciera un procedimiento reglado que definiera un criterio respecto a la admisibilidad de la solicitud, plazos, resguardo de derechos, revisión de instancia superior, etc. Destacó la importancia de incorporar una norma como la que propone, ya que sin ella podría impactarse el desarrollo de obras públicas, sociales y otro tipo de construcciones.

6. Causal adicional de ingreso al SEIA

La iniciativa incluye a los humedales urbanos como nuevas tipologías de ingreso, opinando que las mismas van en un sentido distinto al de las tipologías claras que existen hoy en la ley N° 19.300 (nueva letra s); modificación a la letra p) y letra q)).

Manifestó que la ley N° 19.300 ya contiene una protección de los humedales Ramsar, que gatilla el ingreso al SEIA, debido a que son áreas bajo protección oficial (letra p)), aseverando que con las modificaciones que se pretende introducir a los mencionados literales del artículo 10, estaríamos en presencia de una evaluación ambiental previa al ingreso al SEIA para determinar si ingresa o no al sistema.

7. Prohibición general de permisos de urbanización y construcción

La modificación que propone la Cámara de Diputados para el inciso tercero del artículo 28 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, prohíbe el otorgamiento de permisos de urbanización y de construcción, para aquellos humedales urbanos incluidos en los instrumentos de planificación territorial, salvo que estén destinados a su protección, preservación, conservación y gestión.

Al respecto, connotó, que esta es una prohibición absoluta respecto de actividades productivas, sin distinción alguna de aquellas que se podrían desarrollar de manera sustentable, la que tampoco establece los criterios de protección de humedales urbanos compatibles con actividades sustentables. Tampoco distingue entre el humedal mismo y los sectores aledaños.

Por ello, sugirió se efectúe una modificación a la enmienda que se propone, con el objeto de permitir la posibilidad de desarrollo de actividades productivas de manera sustentable (ej. turismo), estableciendo los criterios para realizarlo. Además, opinó, se debe contemplar el resguardo a autorizaciones o derechos previamente aprobados (ej. anteproyecto aprobado).

II. Consecuencias del proyecto

Opinó que el proyecto de ley, en la forma que está planteado, y debido a la falta de claridad y alcance de diversos conceptos, tendrá un impacto relevante en los proyectos de inversión, y por tanto en la actividad económica y el empleo en las regiones; además, sentenció, aumenta la incerteza jurídica respecto de proyectos de inversión.

Expresó que de haber estado en vigor una normativa como la propuesta, inversiones como el Parque Industrial Vespucio y otras no hubieran podido realizarse.

III. Impacto del proyecto de ley en la inversión

Enseguida, señaló que la Secretaría de Estado a su cargo realizó un análisis del catastro de los proyectos ubicados a menos de 10 kms. de algún humedal del Inventario Nacional de Humedales que mantiene el Ministerio del Medio Ambiente, asegurando que se identificaron 22 proyectos de inversión por un monto de USD $14.926 MM que se encuentran a menos de 10 kms. de algún humedal. Estas iniciativas afectarían 10.638 empleos en la fase de construcción y 3.097 empleos en la fase de operación de los mismos.

Refirió que los proyectos corresponden a diferentes tipos de actividades: construcción, infraestructura urbana, transporte, energía, minería, etc, entre los cuales se encuentran puertos; proyectos inmobiliarios; de integración social (1.637 viviendas en Lampa); piscicultura de recirculación; embalses; parques eólicos; parques fotovoltaicos; plantas desalinizadoras; cable de telecomunicación; de fibra óptica submarina; etc.

Hizo presente que los impactos señalados sólo son referidos a proyectos actuales y no comprenden los potenciales proyectos futuros.

Enseguida, mostró un cuadro detallado por regiones, número de proyectos, monto de la inversión y empleos que se afectarían tanto en la fase construcción y operación, si se aprobare el proyecto en estudio.

Destacó que dentro de los proyectos que se verían afectados se encuentran el Terminal de Graneles del Puerto de Mejillones; la Modernización del Puerto de Coquimbo, el Proyecto de Fibra Óptica Austral, que pasa por sectores cercanos a humedales puntualizando que si se desea proteger a los humedales urbanos debe cuidarse que la definición no esté en términos tan amplios.

Se deja constancia de que el señor Ministro de Economía, Fomento y Turismo efectuó una presentación en formato power point, la que fue debidamente considerada por los miembros de la Comisión que se adjunta al original de este informe, copia de la cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

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El Honorable Senador señor De Urresti expresó que la iniciativa legal se encuentra en tercer trámite constitucional; la misma ha sido objeto de análisis y discusión por parte de expertos, y ha contado con la participación e indicaciones del Ministerio del Medio Ambiente, calificando de paradojal que a estas alturas del proceso emitan su opinión Ministerios que carecen de competencia en la materia.

En relación al listado entregado por el señor Ministro de Economía, Fomento y Turismo, referido a proyectos futuros que eventualmente podrían no realizarse, observó Su Señoría que también está en condiciones de elaborar un listado de humedales que en este momento se están rellenando, con la fotografía de cada uno y con el nombre de las empresas y personas que se están beneficiando económicamente de dichas acciones.

Señaló que la discusión habida en la Comisión se hizo no sólo con sus integrantes, sino que también con sus equipos, y que lo que hubiere que precisar se hará, agregando que situaciones como las que ha aludido el señor Ministro ya están resueltas por la Convención Ramsar, asegurando que incluso se excluyeron los Humedales Alto Andino, por la singularidad que estos presentan.

Solicitó que se acote lo que se quiere perfeccionar, instando a no entrar en un espiral de amenazas sobre calamidades que ocurrirían si no se accede a las proposiciones que el Ejecutivo ha efectuado.

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Enseguida, expuso la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt, quien efectuó una presentación en formato power point, la que fue debidamente considerada por los miembros de la Comisión, que se adjunta al original de este informe, copia de la cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

La Secretaria de Estado, junto con compartir los objetivos del proyecto, expresó su preocupación por algunos casos puntuales, por la definición contenida en la iniciativa y la amplitud de la misma.

Manifestó que en nuestra legislación existe una normativa que define el uso de ciertos territorios, con anterioridad a una eventual definición de humedales urbanos, destacando entre ellos, a los recintos portuarios, aeropuertos, vías y recintos ferroviarios.

1) Tratándose de los recintos portuarios, señaló, se encuentran regulados en la ley N° 19.452, que en su artículo 53 efectúa una definición de los mismos.

Destacó que la norma se refiere a espacios para la instalación de una infraestructura portuaria, y que el recinto portuario supone una reserva para la construcción de infraestructura portuaria presente, pero también futura, siendo un concepto dinámico y funcional al destino portuario.

2) Lo mismo ocurre, acotó, con los recintos ferroviarios, señalando que el artículo 2°, inciso cuarto de la ley N° 20.720, Orgánica de la Empresa de Ferrocarriles del Estado, dispone que la Empresa, en caso alguno, podrá celebrar actos o contratos que, legalmente o de hecho, impliquen enajenación de la franja de terreno, puentes y obras de arte que constituyan el trazado y vía ferroviaria.

3) Tratándose de aeropuertos y aeródromos, el artículo 13 de la ley N° 16.752, declara de utilidad pública y autoriza al Presidente de la República para expropiar los terrenos en los que se hayan establecido o sea necesario establecer aeródromos, y los terrenos o construcciones en que existan o sea necesario instalar equipos de ayuda y protección a la navegación aérea, de comunicaciones aeronáuticas y zonas de protección de la infraestructura aeronáutica.

De acuerdo a los antecedentes analizados, la entrada en vigencia del proyecto de ley en estudio podría tener efectos en proyectos ferroviarios (Coquimbo, San Vicente, entre otros).

También, sostuvo, los tendría en puertos, ya sean actuales o futuros, citando entre ellos el Puerto Exterior de San Antonio, localización alternativa del Puerto de Anca, y áreas del Puerto Chacabuco. Agregó que atendida la amplia definición que contiene la iniciativa, potencialmente cualquier proyecto que pudiese resultar afectado por la declaración de humedal urbano podría verse afectado, citando el caso de la ampliación del aeropuerto Carriel Sur, en Concepción.

En relación a las modificaciones que el proyecto de ley plantea desde el punto de vista ambiental, destacó que aquellas implicarían que no sólo deberán ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental aquellos proyectos o actividades que se ejecuten directamente en humedales urbanos, sino que también se encontrarán sujetos a dicha obligación aquellos que puedan significar una alteración física o química de los humedales que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano.

Por lo expuesto y atendida la función social de estas infraestructuras, sea en aeropuertos, aeródromos, puertos y ferrocarriles, resulta fundamental armonizar y garantizar su desarrollo en beneficio de la sociedad toda.

Por lo anterior, instó a la Comisión a exceptuar expresamente la posibilidad de declarar humedales urbanos en las áreas o sus proximidades respecto de infraestructura de conectividad necesaria para el desarrollo de vías férreas, puertos, aeropuertos y aeródromos destinados al uso público de carga o pasajeros y a la defensa nacional o en sus proximidades. Tal situación, sostuvo, resulta incompatible con la prohibición absoluta contenida en la modificación propuesta por la Cámara de Diputados para el artículo 5° de la iniciativa.

Opinó que dicha excepción debiese consignarse en la ley, y no dejarla entregada al rango reglamentario, toda vez que esta afectación a un fin específico (ferroviario, aeroportuario, portuario etc.) constituye una limitación e impone obligaciones que derivan de su función social.

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Enseguida el Subsecretario de Vivienda, señor Guillermo Rolando, al referirse al artículo 2° propuesto por la Cámara de Diputados, que entrega a un Reglamento expedido por los Ministerios del Medio Ambiente y de Obras Públicas, la facultad de definir los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, opinó que el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, atendida su vocación de ministerio de ciudad, debiera estar presente en la dictación del mismo.

En lo que respecta al inciso segundo del ya citado artículo 2°, relativo a la dictación de una ordenanza general, señaló que actualmente los planes reguladores comunales regulan la materia, debiendo los mismos reconocer las áreas de protección de recursos de valor natural, lo que puede generar un conflicto por la dualidad de normas que versan sobre igual materia.

Enseguida, aludió al artículo 3° propuesto por la Cámara de Diputados, recordando que actualmente la situación se encuentra regulada en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que establece que los permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones podrán postergarse hasta por un plazo de tres meses, cuando el sector de ubicación del terreno esté afectado por estudios sobre modificaciones del Plan Regulador Intercomunal o Comunal, aprobados por resolución del Alcalde. Esta postergación deberá ser informada previa y favorablemente por la Secretaría Regional correspondiente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

En relación a las modificaciones propuestas por la Cámara de Diputados para el artículo 4° (en el texto de la Cámara de Diputados, artículo 5°), señaló que la Cartera de Estado que representa es partidaria de aprobar el texto del Senado.

El señor Subsecretario efectuó una presentación en formato power point, la que fue debidamente considerada por los miembros de la Comisión, que se adjunta al original de este informe, copia de la cual queda a disposición de los señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.

La Directora de Obras del Ministerio de Obras Públicas, señora Gloria Concha, en representación del titular de la Cartera, coincidió con las autoridades que la antecedieron en el uso de la palabra en cuanto a la necesidad de proteger los humedales urbanos, no obstante, advirtió, es necesario adoptar ciertos resguardos para evitar situaciones indeseadas, que, a su juicio, son perfectamente subsanables.

Especial énfasis puso en los sistemas de evacuación de aguas lluvias, que de acuerdo a la definición del artículo 1° de la iniciativa, se encuentran dentro de las actividades que no podrían llevarse a cabo, particularmente la descarga de aguas lluvias en zonas declaradas humedales urbanos, en las cuales no existe otra alternativa para su descarga, ya que por la cantidad de descargas no es posible pensar que cada una de ellas sean objeto de evaluación ambiental.

Por lo anterior, sugirió que se exceptúe aquellas descargas menores, o en su defecto, sean reguladas en un instrumento normativo como el Decreto Supremo N° 90, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales y superficiales, asegurando sí que la calidad de la descarga no afecte a los humedales.

Asimismo, señaló que una buena parte de esos humedales se alimentan de esas aguas lluvias, puntualizando que de no mediar las descargas dichos cuerpos de agua se secarían.

En cuanto a los humedales artificiales, connotó, las plantas de tratamiento de aguas servidas son en sí mismas humedales artificiales, opinando que dichas plantas deben exceptuarse de esta definición.

En lo relativo a las obras que dicen relación con las acciones de protección de los mismos humedales, opinó que es necesario exceptuar de la evaluación ambiental a aquellas obras que son propias del Ministerio de Obras Públicas, tales como obras de protección de riberas.

Finalmente, explicó que los planes maestros de aguas lluvias delegan en el Ministerio de Obras Públicas todos los colectores mayores, en tanto que la red secundaria y los colectores menores están a cargo del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, añadiendo que este es un problema transversal a todos los municipios, razón por la cual, una vez más, instó a la Comisión a considerar la situación de los colectores de aguas lluvias.

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El Honorable Senador señor Sandoval opinó que es positivo que en una fase final de tramitación de las iniciativas legales se escuche la opinión de todos los sectores interesados, al mismo tiempo que relevó el hecho que S.E. el Presidente de la República, señor Sebastián Piñera Echenique, en compañía del Honorable Senador señor De Urresti, hubiera efectuado el anuncio en la ciudad de Valdivia sobre la puesta en marcha del Plan Nacional de Protección de Humedales, que considera en una fase inicial la protección y reconocimiento de 40 humedales prioritarios.

Señaló que las opiniones vertidas por las autoridades de Gobierno enriquecen el debate, considerando que estos humedales tienen características distintas según su tamaño, ubicación y naturaleza: Destacó que las materias a las que apuntan las autoridades de gobierno son absolutamente atendibles, y que es preferible prever situaciones como las mencionadas en aras de una buena legislación, antes que corregirlas posteriormente.

Agregó que tanto los parlamentarios como las autoridades que han expuesto tienen el ánimo de proteger efectivamente los humedales urbanos, pero sin que ello implique una paralización en obras de infraestructura como las que se han mencionado.

La Honorable Senadora señora Allende expresó que llama la atención que en el tercer trámite constitucional el Ejecutivo efectúe observaciones y reparos a la iniciativa en estudio, opinando que hubiera sido más práctico que las hubiera planteado al inicio de la tramitación.

Enseguida, trajo a colación un estudio realizado por la Fundación Chile, presentado en la Comisión de Recursos Hídricos del Senado, en el que participó un amplio espectro de profesionales del mundo productivo, de la academia, y de la sociedad civil, que evidencia la ausencia del Estado en la administración del recurso hídrico.

Una de los temas prioritarios del mencionado estudio, destacó, constituye la necesidad de rescatar nuestro capital natural, mencionando, entre otras, turberas, pantanos, riberas de ríos, etc., atendido el efecto benéfico que estas áreas de protección traen consigo.

Por otra parte, Su Señoría connotó la falta de coordinación de los servicios, señalando que en recursos hídricos existen más de 40 instituciones con competencia en la materia, que tienen alrededor de cien funciones repartidas en distintos organismos.

Aseveró que no le atribuye una importancia tan significativa a la extensión de un determinado humedal, ya que podríamos estar en presencia de un humedal pequeño, pero de alto valor por su biodiversidad o por los efectos que produce en el entorno, más bien se trata de la calidad del mismo.

Por otro lado, expresó que los humedales urbanos son los que más sufren los embates de las inmobiliarias que no trepidan en rellenarlos para realizar proyectos inmobiliarios.

Manifestó su disposición en orden a revisar lo relativo a obras mayores tales como aeropuertos, carreteras, embalses y otras, compatibilizándolo con el objetivo principal de esta iniciativa legal, considerando que ésta permitirá proteger nuestro medio natural que nos preserva de aluviones, sequía, etc.

El Subsecretario del Medio Ambiente, señor Felipe Riesco, señaló que tanto el Ministerio del Medio Ambiente como el Ejecutivo están contestes en la necesidad de otorgar protección a los humedales urbanos, precisamente en aras del resguardo de los recursos hídricos y debido a los servicios ecosistémicos que prestan.

Afirmó que la definición de humedales que efectúa el proyecto es la misma que aquella contenida en la Convención para la Protección de Humedales de Importancia Internacional, denominada Convención Ramsar, señalando que debe considerarse que dicha definición está dada para la protección de humedales de importancia internacional, y que este mismo instrumento entrega nueve directrices para identificar cuáles son los tipos de humedales que a todo evento se debe proteger.

Agregó que durante la tramitación de la iniciativa, el Ministerio hizo presente esta consideración, la que no tuvo acogida.

El Honorable Senador señor Girardi expresó que en esta materia se vislumbran diferencias filosóficas legítimas, aseverando que hay quienes, como Su Señoría, piensan que el cambio climático es un desastre de una envergadura insospechable para el planeta, en tanto que hay otros que opinan que los derechos de agua deben ser entregados a perpetuidad, lo que no ocurre en ningún lugar del mundo.

Por otra parte, aseveró que los humedales de la zona norte y central son humedales sobrevivientes, fueron extensos tiempo atrás y ahora son meros residuos de los anteriores, como es el caso del Humedal de Batuco.

Afirmó que no es casual que no se haya incorporado al Ministerio de Vivienda y Urbanismo como Cartera que debe suscribir el Reglamento a que alude el artículo 2°, puesto que obedeció a una decisión de la Comisión; en tanto que la participación del Ministerio de Obras Públicas se debe a que en su orgánica se encuentra la Dirección General de Aguas.

En cuanto a la participación del Ministerio del Medio Ambiente en la expedición del Reglamento señalado, indicó que aspira a que dicha Secretaría de Estado constituya un contrapeso que genere equilibrios para un desarrollo sustentable. Opinó, a título personal, que no aceptaría la participación del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, ya que estima que este no pretende velar por la sustentabilidad, como ha quedado en evidencia en múltiples ocasiones, tanto en este como en Gobiernos anteriores.

Respecto a los planteamientos efectuados en relación al artículo 3°, nuevo, propuesto por la Cámara de Diputados, expresó que coincide con que se debe establecer un plazo para que el Ministerio del Medio Ambiente se pronuncie sobre la petición de reconocimiento de declaración de humedal que efectúe la correspondiente municipalidad, con el propósito de evitar indefiniciones.

También, coincidió con las autoridades que expusieron en orden a la necesidad de excepcionar de las prohibiciones que impone el inciso tercero del artículo 5° propuesto por la Cámara, a las obras de infraestructura de interés público, siempre que sean compatibles con el objeto de protección de esta iniciativa.

A continuación, el Honorable Senador señor De Urresti aludió al fallo unánime de la Excma. Corte Suprema, de 27 de agosto de 2018, a propósito del Humedal Llantén, comuna de Puerto Montt que en su parte resolutiva dispuso que se deben proteger todos los humedales, aun cuando estos no estén considerados en la Convención Ramsar, y que es indiferente que los mismos sean públicos o privados.

Junto con aseverar que este fallo comienza a sentar jurisprudencia en la materia, trajo a colación el Salar de Lluta, un pequeño espejo de agua ubicado en uno de los lugares más áridos del mundo al que arriban las aves que vienen del hemisferio norte, preguntando qué ocurriría si en aras de una malentendida conectividad por el Salar pasara una carretera o se construyera una obra, dónde llegarían esas aves que ahí descansan para luego continuar su vuelo. Concluyó, haciendo un llamado a cuidar nuestro patrimonio natural, por pequeño que parezca.

- - -

VOTACIONES DE LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS POR LA CÁMÁRA DE DIPUTADOS AL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.

Artículo 1°

Dispone que la presente ley tiene por objeto proteger todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren dentro del radio urbano o periurbano.

° ° °

La Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, introdujo tres enmiendas al citado precepto, que son las que siguen:

La primera, para incorporar a continuación del vocablo “proteger”, la siguiente frase: “los humedales urbanos declarados por el Ministerio de Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales”.

La segunda, para reemplazar la frase “dentro del radio urbano o periurbano” por “total o parcialmente dentro del límite urbano”.

La última, para agregar el siguiente inciso segundo:

“En el caso de que la solicitud sea efectuada por el municipio, el Ministerio del Medio Ambiente deberá pronunciarse dentro del plazo de seis meses.”.

° ° °

El Subsecretario del Medio Ambiente, señor Felipe Riesco, explicó que la primera de las enmiendas propuestas por la Honorable Cámara de Diputados, es una indicación formulada por el Ejecutivo, que obedece a la necesidad que exista una autoridad competente que efectúe la declaración de humedales urbanos o periurbanos, añadiendo que ello requiere de estudios de alto costo, que dicen relación con la extensión, límites y cauces de dichas áreas de protección, labor que esa Cartera Ministerial efectúa en coordinación con la Dirección de Aguas del Ministerio de Obras Públicas.

Agregó que el inciso segundo propuesto faculta a las municipalidades para solicitar tal declaración, debiendo el Ministerio del Medio Ambiente pronunciarse dentro del plazo de seis meses.

El Honorable Senador señor Galilea aseveró que le ha correspondido observar en planos reguladores de mayor antigüedad, específicamente en el de la ciudad de Valdivia, que éstos contienen las zonas de protección y dentro de las mismas se encuentran los humedales, los cuales siempre han sido respetados y tienen valor jurídico al efectuar la planificación urbana, opinando que la modificación propuesta por la Cámara de Diputados es muy restrictiva, al no considerar las normas que con igual propósito establecen los planos reguladores de las diversas comunas y regiones.

- Puestas en votación las enmiendas introducidas al artículo 1° por la Cámara de Diputados, se aprobaron por la unanimidad de sus miembros, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Galilea (Prohens), Girardi y Sandoval.

Artículo 2°

Preceptúa que las municipalidades deben establecer en una ordenanza general, los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos y periurbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo, en coordinación con otros órganos de la Administración del Estado, según lo previsto en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

° ° °

La Cámara de Diputados, en el segundo trámite constitucional, lo reemplazó por el siguiente:

“Artículo 2°.- Un reglamento expedido por el Ministerio del Medio Ambiente, suscrito también por el Ministro de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento, y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales urbanos ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el reglamento indicado en el inciso anterior.”.

° ° °

La Honorable Senadora señora Allende consultó las razones por las cuales se omite la participación del Ministerio de Vivienda y Urbanismo en la dictación del reglamento que determina los criterios mínimos de sustentabilidad, atendido que los mayores conflictos en la materia se han suscitado con el sector inmobiliario, que ha demostrado una conducta poco cuidadosa con estas reservas de agua.

A su vez, el Honorable Senador señor Galilea opinó que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo debiera participar y suscribir el referido reglamento de sustentabilidad, no así el Ministerio de Obras Públicas.

En tanto, el Honorable Senador señor Girardi sostuvo que el proyecto en análisis no trata un tema urbanístico, sino que regula la protección de humedales precisamente por el cuidado de las aguas, y que el Ministerio de Obras Públicas está considerado en razón de la existencia en su orgánica de la Dirección General de Aguas, en tanto el Ministerio del Medio Ambiente, aseveró, está presente por el deber que le asiste en orden a preservar el patrimonio ambiental.

Por su parte, el Subsecretario del Medio Ambiente, señor Riesco, expresó que el objeto del reglamento es definir los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, los cuales deberán ser respetados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, por las municipalidades y por todos los organismos que participen en la elaboración y aprobación de los respectivos planos reguladores, o participen en la planificación territorial.

La Honorable Senadora señora Allende, junto con manifestar su satisfacción por la respuesta del señor Subsecretario, consultó cuáles serían los criterios mínimos a considerar para la sustentabilidad de los humedales urbanos.

El Subsecretario señor Riesco afirmó que tales criterios no están definidos y que, en todo caso, se tratará de lineamientos generales, atendida la disparidad de tipos de humedales, labor que se realizará en conjunto con el Ministerio de Obras Públicas.

A su vez, el Honorable Senador señor Galilea reiteró su posición, opinando que al Ministerio de Vivienda y Urbanismo le corresponde promover el correcto desarrollo de la ciudad dentro de los límites urbanos, para lo cual es fundamental la opinión, criterio y experiencia de dicha Cartera, quién deberá participar en conjunto con la Dirección de Aguas del Ministerio de Obras Públicas y el Ministerio del Medio Ambiente.

-En votación, la Comisión aprobó el texto propuesto por la Honorable Cámara de Diputados. Votaron a favor los Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Girardi y Sandoval. Se abstuvo el Honorable Senador señor Galilea (Prohens).

o o o

Artículo 3°, nuevo

La Cámara de Diputados, en el segundo trámite, propone incorporar el siguiente artículo 3°, nuevo,

“Artículo 3°.- Dentro del plazo que va desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano hasta el pronunciamiento del Ministerio de Medio Ambiente, la municipalidad respectiva no podrá otorgar permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial ni de construcción en los terrenos en que se encuentren emplazados.”.

o o o

El Subsecretario del Medio Ambiente, señor Riesco, expresó que al Ministerio le asisten dudas sobre la constitucionalidad de la norma propuesta, puesto que efectuada la solicitud de reconocimiento, y en tanto el Ministerio del Medio Ambiente no emita un pronunciamiento, el propietario estará impedido de gozar de la propiedad de la que es dueño, viéndose privado del ejercicio del derecho de dominio que le garantiza la Carta Fundamental. Asimismo, expresó que también se da el caso de humedales que, en parte, se ubican dentro de territorio urbano y, en parte, fuera del mismo, aplicándose el congelamiento para todo el terreno que se encuentra bajo el mismo rol.

Por otra parte, señaló, tal atribución ya existe en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que otorga a las Direcciones de Obras Municipales la facultad de postergar la entrega de permisos por tres meses, pudiendo ampliarla hasta doce meses, siendo razonable que dentro de ese plazo la municipalidad efectúe la solicitud de declaración al Ministerio del Medio Ambiente, de lo contrario, subrayó, ello podría derivar en una situación de statu quo en que las municipalidades no efectuaran petición o solicitud alguna.

A su vez, el Honorable Senador señor Girardi planteó que la sola existencia de la solicitud del municipio, de no mediar este congelamiento, podría acelerar el uso del espacio del humedal urbano antes que se efectúe la declaración, en circunstancias que actualmente los humedales se encuentran gravemente dañados, y lo estarán aún más cada día que pasa.

Precisó que el legislador quiere otorgarle una categoría de protección a los humedales, para lo cual crea un procedimiento acotado, estableciendo un plazo de seis meses dentro del cual el Ministerio del Medio Ambiente se pronunciará en un sentido u otro, opinando que la norma propuesta por la Cámara está bien concebida, y que de no aprobarse, posibilitaría arrasar con los humedales urbanos que todavía se mantienen.

El Subsecretario del Medio Ambiente reiteró sus dudas sobre la constitucionalidad de la norma, insistiendo en las facultades que sobre el particular tienen las Direcciones de Obras de las Municipalidades, razón por la cual sería lógico que dichas entidades decretaran el congelamiento sobre tales espacios.

Ante la afirmación del Honorable Senador señor Girardi, referida a que en el evento que el Ministerio del Medio Ambiente declare de oficio la calidad de humedal urbano también se produce el congelamiento, el Subsecretario del Medio Ambiente aseveró que la declaración de oficio no produce tal efecto.

- - -

En sesión celebrada el 6 de agosto, el Subsecretario, señor Riesco, recordó los planteamientos efectuados por los Ministros y autoridades asistentes a la sesión de 11 de julio pasado, expresando que el Ejecutivo se opone a la aprobación de esta norma, entre otras razones, por estimar que carece de lógica que la entidad que efectúa la petición de reconocimiento de un humedal urbano, sea la misma que tiene competencia para otorgar permisos de subdivisión, loteos u otros sobre el terreno en que se emplaza el humedal objeto de la solicitud. Opinó que sí le parece razonable que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en virtud de las atribuciones que le otorga la Ley General de Urbanismo y Construcciones, suspenda los permisos señalados en tanto no se resuelva la solicitud de la Municipalidad.

Además, estimó necesario considerar una nueva disposición que establezca que el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente debe ser fundado, contemplando también el recurso de reclamación ante el Tribunal Ambiental competente.

Por tal motivo, instó a la Comisión a rechazar esta norma, con el propósito que tales observaciones pudieran ser consideradas en el trámite de Comisión Mixta.

El Honorable Senador señor Girardi señaló que se había solicitado al Ministerio una proposición al respecto, añadiendo que debe estudiarse de mejor manera la forma de resolver las inquietudes planteadas, remarcando que lo fundamental es establecer una garantía real para los humedales urbanos, todos los cuales se encuentran en un estado de extrema vulnerabilidad, siendo de público conocimiento que las inmobiliarias han desarrollado sus proyectos sobre humedales urbanos, citando el caso de lo que ocurre en Quilicura y Batuco.

A su vez, el Honorable Senador señor De Urresti afirmó que se ha logrado un consenso en torno a la necesidad que exista una ley efectiva para la protección de los humedales urbanos, que entre en vigencia a la brevedad, añadiendo que lo que está ocurriendo en la Región del Biobío es dramático, ya que se están rellenando y fraccionando vertiginosamente los humedales tanto por parte de privados como por entidades del sector privado.

Agregó que comparte algunos de los planteamientos efectuados en la sesión anterior, sin embargo, aseveró que no se puede perder el foco del problema, dotando a las autoridades de instrumentos que les permitan resguardar estos sitios de protección.

Enseguida, solicitó al Ejecutivo detallar cuales son los aspectos que el Gobierno estima conveniente se consideren en el evento que se llegara a la formación de una Comisión Mixta.

--Puesto en votación el artículo 3°, nuevo, propuesto por la Cámara de Diputados, se abstuvieron los Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y los señores Girardi y Prohens. En tanto, el Honorable Senador Sandoval votó en contra.

Repetida la votación, se produjo el mismo resultado. Se abstuvieron los Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y los señores Girardi y Pröhens. En contra lo hizo el Honorable Senador señor Sandoval.

En consecuencia, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 178 del Reglamento de la Corporación, queda rechazado el artículo 3°, nuevo, propuesto por la Cámara de Diputados.

Artículo 3°

La disposición modifica, mediante tres numerales, el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, con la finalidad de someter el ingreso al sistema de evaluación ambiental de aquellos proyectos o actividades que sean susceptibles de causar impacto en un humedal urbano.

El numeral 1 reemplaza la letra q), a objeto de incorporar dentro de la tipología descrita a las actividades que se desarrollen en áreas próximas a humedales.

El numeral 2 efectúa una adecuación formal a la letra r) del mencionado artículo 10, y

El numeral 3 incorpora un literal s), nuevo, del siguiente tenor:

“s) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de humedales que se encuentran dentro del perímetro de un radio urbano o periurbano, y que impliquen su relleno, drenaje, secado, extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie.”.

° ° °

La Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, efectúo las siguientes enmiendas:

o o o

Número 1), nuevo

Propone incorporar en la letra p) del artículo 10, a continuación de la expresión “reservas marinas”, lo siguiente: “, humedales urbanos”.

o o o

Números 1) y 2)

Han pasado a ser números 2) y 3), respectivamente, sin enmiendas.

Número 3)

Ha pasado a ser número 4), con la siguiente enmienda:

Letra s) propuesta

Ha reemplazado la frase “dentro del perímetro de un radio urbano o periurbano” por “total o parcialmente dentro del límite urbano”.

--La Comisión aprobó las enmiendas propuestas por la Cámara de Diputados, por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables Senadores señora Allende y señores Galilea (Prohens), Girardi y Sandoval.

Artículo 4°

Incorpora mediante dos literales sendas modificaciones al decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, promulgado el año 1975 y publicado el año 1976, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

El numeral 1) agrega un inciso tercero al artículo artículo 28 del señalado decreto con fuerza de ley, para establecer que todo instrumento de planificación territorial debe incluir los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos.

A su vez, el numeral 2) intercala en el artículo 64, a continuación de la expresión “riberas de mar”, la referencia a los humedales.

° ° °

La Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, propone las siguientes modificaciones:

Número 1)

Inciso tercero propuesto

Ha reemplazado la coma que sigue al vocablo “natural” por un punto y seguido, y ha sustituido la frase “para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos.” por la siguiente oración: “No podrá otorgarse permisos de urbanización ni de construcción, salvo que estén destinados a su protección, preservación, conservación y gestión.”.

El señor Subsecretario del Medio Ambiente opinó que el Ejecutivo es partidario de mantener el texto propuesto por el Senado, por razones similares a las sostenidas por el Honorable Senador señor Galilea al referirse al artículo 1° del texto propuesto por la Cámara, ya que de aprobar la enmienda propuesta estaríamos frente a una prohibición absoluta que impediría el desarrollo de todo tipo de obras de interés público, tales como puentes, viaductos, ferrovías y otras, llegando al extremo que podría mantenerse el aislamiento de una determinada localidad.

Enfatizó que la propuesta del Senado entrega a la municipalidad la facultad de establecer en el respectivo instrumento de planificación urbana, las condiciones bajo las cuales deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en humedales urbanos o áreas próximas a ellos.

El Honorable Senador señor Galilea manifestó que establecer una prohibición en los términos propuestos por la Cámara de Diputados es inconsistente con la modificación aprobada para la nueva letra s) del artículo 10 de la ley N° 19.300, que dispone que la ejecución de obras que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos de humedales que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano, y que impliquen su relleno, secado, drenaje, etc, quedarán sometidas al Sistema de Evaluación ambiental. Además, opinó que la prohibición total que propone la Cámara de Diputados no es concordante ni con la Ley de Bases del Medio Ambiente ni con las eventuales necesidades de una ciudad.

El Honorable Senador señor Sandoval coincidió con lo expresado por el Honorable Senador señor Galilea, añadiendo que la proposición de la Cámara de Diputados torna casi innecesaria una legislación como esta.

Por su parte, el Honorable Senador señor Girardi manifestó que el objetivo del proyecto apunta a que los humedales urbanos tengan una protección equivalente a la de un área silvestre protegida, agregando que la enmienda propuesta por la Cámara de Diputados no obsta a que se construyan puentes, viaductos, etc, toda vez que dentro de las excepciones la norma contempla la gestión, y tal acción consiste, precisamente, en desarrollar acciones que van tras la protección o preservación, o detrás de gestionar ese territorio, dejando así el espacio para que se realicen obras de interés público, siempre que se haga a través de un Estudio de Impacto Ambiental, conforme lo dispone la nueva letra s) del artículo 10 de la ley N° 19.300, propuesta en esta iniciativa legal.

La Honorable Senadora señora Allende acotó que la misma Carta Fundamental precisa que el derecho de dominio puede limitarse por una ley cuando se haga en razón de su función social, la que comprende cuanto exijan, entre otras, la conservación del patrimonio ambiental. Señaló que se trata de detener aquellas iniciativas que van en perjuicio y atentan contra aquello que el legislador quiere proteger, como son los humedales urbanos que creciente y paulatinamente tienden a desparecer, situación que debido a la escasez de suelo va en aumento.

El Honorable Senador señor Sandoval manifestó que no cabe duda que el sentido de esta iniciativa es la protección de los humedales urbanos.

Opinó que el artículo anterior, permite desarrollar una serie de acciones que deben ingresar al SEA, pero que además existen obras de infraestructuras que las ciudades deben desarrollar, tales como aeropuertos o ampliaciones de éstos, razón por la cual estima que es más razonable aprobar el texto del Senado, ya que permite que el instrumento de planificación territorial determine las obras que se permite ir construyendo según las necesidades de las ciudades.

El Honorable Senador señor Galilea manifestó que la norma propuesta por la Cámara, al emplear el vocablo “gestión”, lo hace en alusión a la gestión del humedal, y no a la gestión de otro tipo de actividades, que pueden comprender construcciones estratégicas como lo es la ruta de Concepción a Penco que atraviesa en gran parte humedales y que, sin embargo, es una obra absolutamente necesaria para esa conurbanización.

Finalizó, reiterando que no es posible aprobar el texto de la Cámara, puesto que entra en conflicto con la nueva letra s) que se incorpora al artículo 10 de la Ley de Bases del Medio Ambiente.

El Honorable Senador señor Girardi opinó que en el trámite de Comisión Mixta podrían resolverse los aspectos relacionados con infraestructura pública e investigación.

El Honorable Senador señor De Urresti opinó que la enmienda propuesta apunta en el sentido correcto, manifestándose partidario de aprobarla.

A su vez, el señor Subsecretario de Medio Ambiente, reiteró lo expresado en sesiones anteriores en cuanto a que su aprobación impediría la realización de obras e inversiones de interés público.

El Honorable Senador señor De Urresti replicó señalando que la norma no impide la realización de obras públicas siempre que éstas se realicen con los estándares adecuados, y siendo así los titulares no tendrían impedimento para lograr los permisos ambientales correspondientes.

La Honorable Senadora señora Allende recordó que en la oportunidad que expuso la señora Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, dio el ejemplo de la construcción y ampliación de un puerto, relatando que con posterioridad a la sesión visitó el lugar de ampliación del Puerto de San Antonio, donde existen dos humedales de tamaño mediano y uno pequeño, afirmando que es importante que tales ampliaciones y obras se realicen sin que ello signifique que se alteren o dañen los humedales existentes, refiriendo que hay casos en que se ha logrado la ampliación y construcción de servicios logísticos sin afectar áreas de protección. Continuó relatando que en dicha ocasión entendió que esta norma impediría la expansión del Puerto de San Antonio, planteando cual sería la solución para conciliar y equilibrar el desarrollo y la protección, que es lo que desea la comunidad, entendiendo que estas obras son necesarias pero que bien pueden realizarse sin dañar ecosistemas de gran belleza escénica, que han estado por siempre en un lugar y que son parte del patrimonio natural de una comunidad.

El Honorable Senador señor Prohens, compartió la inquietud de la Honorable Senadora señora Allende, afirmando que desde que comenzó el estudio del proyecto se planteó la necesidad de evitar el avance en la destrucción de los humedales: Añadió que las obras públicas que realiza el Estado deben hacerse respetando el patrimonio natural, y si es necesario hacer una carretera, la misma se diseñará de manera tal que no destruya o dañe el humedal existente.

El Subsecretario señor Riesco expresó que hacer una obra pública no implica que ésta se realice impunemente, agregando que tampoco es posible que la prohibición se establezca en términos absolutos, permitiendo realizar solamente obras destinadas a la conservación del humedal, tal como lo establece la norma propuesta por la Cámara de Diputados.

Respecto a lo señalado por la Honorable Senadora señora Allende, relató que el Puerto de San Antonio cuenta con un gran humedal que el Ministerio del Medio Ambiente ha priorizado a través de la creación de un Santuario de la Naturaleza, que es la desembocadura del río Maipo, en tanto que los otros corresponden a humedales artificiales,

Enseguida, afirmó que cualquier alteración física de un humedal constituye una causal de ingreso al Sistema de Evaluación Ambiental, según lo dispone el nuevo literal s) del artículo 10 de la ley N°19.300, que se propone agregar mediante el artículo 3° del proyecto.

El Honorable Senador señor De Urresti aseveró que la norma en análisis, tiene por objeto crear un entorno de protección para los humedales urbanos mediante la construcción de obras destinadas a su protección y preservación.

En tanto, el Honorable Senador señor Girardi señaló que en las zonas urbanas hay escasez de suelo, y que en el futuro las obras de infraestructura se realizarán en los pocos lugares disponibles que quedan, entre los cuales se cuentan algunos humedales, motivo por el cual se mostró partidario de la enmienda propuesta, que eleva el estatutus de protección de los humedales urbanos.

--Puesta en votación la enmienda propuesta por la Cámara de Diputados, esta se aprobó por la mayoría. Votaron a favor los Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y el señor Girardi. En contra lo hicieron los Honorables Senadores señores Prohens y Sandoval.

o o o

La Cámara, en el segundo trámite constitucional incorporó el siguiente artículo transitorio, nuevo:

“Artículo transitorio.- El plazo para dictar el reglamento señalado en el artículo 2 será de un año, contado desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial.”.

--Puesto en votación, el artículo transitorio nuevo, se aprobó por la unanimidad de sus miembros, Honorables Senadores señoras Allende y Órdenes y señores Galilea (Prohens), Girardi y Sandoval.

o o o

PROPOSICIONES DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y BIENES NACIONALES

En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas y de las resoluciones pertinentes, vuestra Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales tiene el honor de proponer al Senado adoptar los siguientes acuerdos respecto de las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados al proyecto de ley en informe, a saber:

Artículo 1°

Numeral 1. Aprobarlo. (Unanimidad 5x0).

Numeral 2. Aprobarlo. (Unanimidad 5x0).

Numeral 3. Aprobarlo (Unanimidad 5x0).

Artículo 2°

Aprobarlo (Mayoría 4X1 abstención).

o o o

Artículo 3°, nuevo.

Rechazarlo (1en contra X 4 abstenciones)

(1en contra X 4 abstenciones)

(artículo 178 Reglamento Senado)

o o o

Artículo 3°

Numeral 1), nuevo

Aprobarlo (Unanimidad 4x0).

o o o

Numeral 3

(Que pasó a ser numeral 4)

Aprobarlo (Unanimidad 4x0).

Artículo 4°

Al numeral 1)

Inciso tercero

Aprobarlas (Mayoría 3X2)

o o o

Artículo transitorio, nuevo

Aprobarlo (Unanimidad 5x0).

o o o

- - -

Acordado en sesiones celebradas los días 2, de julio de 2019, con asistencia de los Honorables Senadores señor Guido Girardi Lavín (Presidente), señoras Isabel Allende Bussi y Ximena Órdenes Neira y señores Rodrigo Galilea Vial (Rafael Prohens Espinosa) y David Sandoval Plaza; 10 de julio y 6 de agosto de 2019, con asistencia de los Honorables Senadores señor Guido Girardi Lavín (Presidente), señoras Isabel Allende Bussi y Ximena Órdenes Neira y señores Rafael Prohens Espinosa y David Sandoval Plaza.

Sala de la Comisión, a 12 de agosto de 2019.

Magdalena Palumbo Ossa

Secretaria Abogada de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y BIENES NACIONALES, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES CON EL OBJETIVO DE PROTEGER LOS HUMEDALES URBANOS.

(Boletín N° 11.256-12)

I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: El propósito de la iniciativa consiste en proteger los humedales urbanos y periurbanos.

II. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: la iniciativa de ley consta de cuatro artículos permanentes.

III. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

IV. URGENCIA: no tiene.

V: ORIGEN: Senado. Moción de los Honorables Senadores señor Alfonso De Urresti Longton, señoras Isabel Allende Bussi y Adriana Muñoz D´Albora y señor Víctor Pérez Varela y del ex Senador señor Patricio Walker Prieto.

VI. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: Tercero.

VI.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 7 de junio de 2017.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1.- Constitución Política de la República, artículo 19 N° 8.

2.- Decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio del Interior, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.

3.- Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

4.- Decreto con fuerza de ley N° 478, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1976, que Aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones.

5.- Convención sobre Zonas Húmedas de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de las Aves Acuáticas, suscrita por el Gobierno de Chile en la ciudad de Ramsar, Irán, el 2 de febrero de 1971, y promulgada y publicada como Ley de la República el año 1981.

Sala de la Comisión, a 17 de octubre de 2018.

MAGDALENA PALUMBO OSSA

Secretaria Abogado

Sala de la Comisión, a 9 de agosto de 2019.

Magdalena Palumbo Ossa

Secretaria Abogada de la Comisión

3.2. Discusión en Sala

Fecha 21 de agosto, 2019. Diario de Sesión en Sesión 43. Legislatura 367. Discusión única. Se rechazan modificaciones.

PROTECCIÓN DE HUMEDALES URBANOS

El señor QUINTANA (Presidente).-

Corresponde discutir el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos, con informe de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.

--Los antecedentes sobre el proyecto (11.256-12) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley (moción de los Senadores señor De Urresti, señoras Allende y Muñoz, señor Pérez Varela y del entonces Senador señor Patricio Walker):

En primer trámite: sesión 21ª, en 7 de junio de 2017 (se da cuenta).

En tercer trámite: sesión 24ª, en 11 de junio de 2019.

Informes de Comisión:

Medio Ambiente y Bienes Nacionales: sesión 39ª, en 8 de agosto de 2018.

Medio Ambiente y Bienes Nacionales (segundo): sesión 63ª, en 24 de octubre de 2018.

Medio Ambiente y Bienes Nacionales: sesión 40ª, en 13 de agosto de 2019.

Discusión:

Sesiones 40ª, en 14 de agosto de 2018 (se aprueba en general); 65ª, en 7 de noviembre de 2018 (se aprueba en particular).

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Este proyecto inició su tramitación en el Senado y, en el segundo trámite constitucional, la Cámara de Diputados efectuó diversas enmiendas a su texto.

La Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales aprobó, con las votaciones que consigna en su informe, las enmiendas efectuadas por la Cámara de Diputados, con excepción de aquella consistente en la incorporación de un nuevo artículo 3°, que fue rechazada.

En el boletín comparado que Sus Señorías tienen en sus escritorios se transcribe el texto aprobado por el Senado, las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados y la proposición que al respecto formula la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales.

Es todo, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Presidente).-

En discusión las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados.

La propuesta es que la Sala acuerde que los artículos 3° y 5° de la iniciativa pasen a la Comisión Mixta, y por tanto que sean rechazados, y que se tengan por aprobados los demás artículos, 1°, 2°, 4°, y las disposiciones transitorias.

¿Habría acuerdo en esos términos?

La señora GOIC.-

Sí.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador Alfonso de Urresti, autor de la moción.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente , Honorable Sala, estamos llegando al tercer trámite de un proyecto que se elaboró de manera transversal.

Quiero agradecer mucho el apoyo del entonces Senador Patricio Walker y de los Senadores Isabel Allende , Víctor Pérez Varela e Iván Moreira , quienes de manera transversal nos dimos a la tarea de buscar un texto, también durante el debate de la iniciativa sobre el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, hace ya casi tres años, que respondiera a la preocupación por los humedales urbanos.

En ese entonces, nosotros discutimos por qué no abordar el asunto de los humedales en su conjunto. Y eso es lo que se hace en este proyecto por parte del Ministerio -aprovecho de saludar, por su intermedio, al Ministro subrogante, quien se encuentra presente-, que constituye el paraguas general. De ahí que nos dimos a la tarea de buscar una normativa que permitiera enfocar la protección en los humedales urbanos.

Esto también se recogió en la Comisión de Medio Ambiente. Y en dicha instancia las Senadores Allende y Órdenes y los Senadores Prohens , Sandoval y quien habla nos abocamos precisamente a singularizar este tipo de humedales que hoy día se encuentran en la primera línea de preocupación por su destrucción.

Somos conscientes de que está pendiente la situación de los humedales altoandinos, los bofedales, que es mucho más puntual, porque se concentran principalmente en la región norte de nuestro de país; y, asimismo, la de las turberas, que es otro tipo de humedales que comienza a preocuparnos.

Esbozo este marco general, porque Chile debe hacer contribuciones conforme a sus compromisos para combatir el cambio climático; por ejemplo, implementar cien mil hectáreas de bosque nativo, bajar las emisiones, descarbonizar. Bajo esta perspectiva, claramente los humedales también se han convertido en la primera barrera para frenar el cambio climático, ya que son espacios privilegiados en el ámbito urbano que deben ser protegidos.

Esto lo consignan, incluso, fallos de la Corte Suprema. Así, uno de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt consigna el valor y la necesidad de protección de estos humedales, aun estando en terrenos privados.

Entonces, resulta tremendamente importante que el trámite realizado en la Cámara de Diputados haya reforzado y modificado algunos aspectos que, sin lugar a dudas, van en la línea correcta. Hemos entendido, en el último trámite, que hay que concentrarse especialmente en esa capacidad de instrumento y ordenamiento territorial que poseen los gobiernos locales.

Se valora que, desde el punto de vista de las políticas públicas, se esté buscando un ordenamiento en materia de humedales. El año pasado se planteó una política que prioriza cuarenta humedales a lo largo de Chile. Yo valoro que se haya implementado en la ciudad de Valdivia, hasta donde concurrieron la Ministra del Medio Ambiente recién asumida y el Presidente de la República . De los cuarenta humedales prioritarios que se establecieron, dos se encuentran en Valdivia: Angachilla y Ancahue .

Sin embargo, claramente eso excede las necesidades existentes y hoy día tenemos en el Gran Concepción una tremenda movilización, una toma de conciencia de sus siete municipios, cuyas autoridades son de todos los colores políticos.

Yo hacía referencia en la Comisión a lo que está realizando Arica con el humedal de la desembocadura del río Yuta. Este es pequeño pero fundamental, pues constituye una pieza clave en el desarrollo de las aves migratorias. Ahí está el humedal en Arica, en el sector más árido de nuestro territorio; y, asimismo, existe un conjunto de humedales a lo largo del país.

Entonces, ¿qué es importante? Que nosotros vamos a tener un instrumento que permita, principalmente a los gobiernos locales, contar con una mejor defensa, una mejor articulación; también, habrá instrumentos en el propio Ministerio para buscar en el ordenamiento territorial cómo identificar y proteger el humedal. De ese modo, no existirá la incertidumbre que se genera hoy día con la ciudadanía al tener que recurrir a distintos servicios: el SAG, el Ministerio del Medio Ambiente, la Superintendencia, los municipios, los tribunales, el Tribunal Ambiental, algo que es simplemente imposible.

Quiero valorar el apoyo transversal que ha recibido el proyecto. Creo que esto es importante también para nuestra ciudad de Valdivia por las organizaciones sociales relacionadas con la materia. En gran medida la información que hemos podido verter acá se nutre de la Red de Humedales de la ciudad de Valdivia; pero asimismo de la existente a lo largo de todo Chile. Creo que de ese modo se avanza para que exista una mejor legislación, una normativa específica sobre humedales urbanos y también un compromiso para respaldar y contar con un Sistema Nacional de Áreas Protegidas que sea el paraguas, la ley marco de la protección.

Agradezco el respaldo a esta iniciativa. Sin lugar a dudas, va a haber mucha mucha gente contenta a lo largo de Chile.

Nos queda el último trámite en la Comisión Mixta, pero claramente el Parlamento está dando un paso fundamental en materia de protección a los humedales. Nos quedan pendientes las turberas, los humedales altoandinos.

Yo sé que aquí hay Senadores y Senadoras que han sido férreos impulsores de esas otras iniciativas. Iremos por ellas, generaremos el mismo consenso, y considero que también serán una contribución a la defensa del medio ambiente.

Agradezco, nuevamente, a todos y a cada uno de los Senadores y las Senadoras que han respaldado este proyecto de ley. De igual modo, agradezco a la Red de Humedales presente a lo largo de Chile, particularmente a la de Valdivia.

He dicho.

El señor QUINTANA (Presidente).-

A continuación, tiene la palabra la Senadora Ena von Baer.

La señora VON BAER.-

Señor Presidente , creo que la preocupación por la protección de los humedales no solamente urbanos, sino también de los alrededores de la ciudad y, en particular en Valdivia, es transversal, dado que poseen un valor importante desde el punto de vista del medio ambiente, y uno tremendo dentro de la ciudad, pues son parte de nuestro sistema de aguas lluvia.

De hecho, si nosotros miráramos los humedales de manera moderna, debiéramos integrarlos dentro de los sistemas de aguas lluvia porque de esa manera podríamos hacernos cargo de una problemática y, al mismo tiempo, por supuesto, proteger nuestro medio ambiente y permitir un desarrollo sustentable.

En esa línea va este proyecto de ley, tal como lo decía el Senador que me antecedió en el uso de la palabra.

En efecto, el Gobierno ha impulsado la protección de los humedales a través de un programa específico, que se realiza por primera vez.

En la ciudad de Valdivia existen dos humedales que se van a proteger, y esperamos que durante el próximo año también se sume el humedal de Trumao, que se ubica en el sector sur de la Región de Los Ríos, en la provincia de Ranco. Digo esto porque está presente el Subsecretario, quien se encuentra en calidad de Ministro subrogante , y a quien aprovecho de saludar.

Señor Presidente , todos nosotros creemos que lo que debemos hacer es proteger a los humedales; de hecho, existe también una iniciativa adicional que se está desarrollando en la Región de Los Ríos, anunciada por la Ministra del Medio Ambiente , consistente en medir los humedales y, por lo tanto, declarar aquellos sectores que están bajo el agua como bienes nacionales de uso público para, de esa manera, poder protegerlos, pero también integrarlos dentro de la red de aguas lluvia.

Ahora bien, en cuanto a la iniciativa que nos ocupa, quiero, sí, manifestar dos preocupaciones.

La primera se relaciona -y son los artículos que se van a Comisión Mixta- con la posibilidad de limitar fuertemente el desarrollo de infraestructura no solo privada, sino también pública.

Porque el artículo 3° -de hecho, esta norma irá a Comisión Mixta; y espero que en esa instancia se discuta a fondo el punto- establece que ya no se podrán otorgar en tales sectores permisos de subdivisión, de loteo ni tampoco de construcción mientras dure el proceso para que el humedal sea declarado como área protegida.

Por lo tanto, eso va a limitar los permisos respecto de todo el terreno, no solo sobre el humedal, y generará problemáticas para el desarrollo de la ciudad.

Sin embargo, señor Presidente , a mí me preocupa especialmente el artículo 5°, porque con la modificación introducida se puede dificultar el desarrollo de proyectos relevantes para la ciudad y para la región. Por ejemplo, en la Región de Los Ríos se verían afectadas las entradas norte y sur de la ciudad. Evidentemente, nosotros no queremos dañar los humedales, pero, al mismo tiempo, deseamos tener doble vía en las entradas a nuestra ciudad.

En otras regiones es factible que se afecte, por ejemplo, el desarrollo de los aeropuertos.

Entonces, a mí me parece bien que protejamos los humedales; pero quiero pedirle especialmente a la Comisión Mixta que se forme para los efectos de resolver estas cuestiones que establezca un equilibrio entre la protección de los humedales y la posibilidad de desarrollar obras públicas relevantes para todos, como la doble vía en las entradas norte y sur a Valdivia.

Aquello también afecta -de hecho, el Ministerio de Transportes así lo ha indicado- la localización de las vías férreas, la conectividad, etcétera.

Por otra parte, quiero manifestar también cierta preocupación en cuanto a la amplitud de la protección de los humedales. Porque Valdivia es un humedal, y no queremos afectarlo; pero si de alguna manera frenamos el desarrollo inmobiliario dentro de la ciudad, la situación puede tornarse compleja.

Esto no solamente se presenta en el artículo 5°, sino también en el 3°, y a lo que va a llevar quizás es a que se tenga que hacer un estudio de impacto ambiental cada vez que se construya un edificio o una casa. Y eso, obviamente, puede provocar un efecto negativo sobre el desarrollo de nuestra ciudad.

Entonces, mi petición a la Comisión Mixta respectiva es que protejamos de todas maneras los humedales -en eso estamos todos de acuerdo-, pero estableciendo,...

El señor QUINTANA ( Presidente ).-

Concluyó su tiempo, señora Senadora.

La señora VON BAER.-...

al mismo tiempo, el equilibrio necesario para la realización de obras públicas tendientes a lograr el desarrollo urbano en nuestras ciudades, porque eso se traduce, por ejemplo, en viviendas sociales.

En consecuencia, espero que estas inquietudes sean recogidas en la discusión que se lleve a cabo en la referida instancia.

He dicho.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador Iván Moreira.

El señor MOREIRA.-

Señor Presidente , no quiero entrar tanto al detalle, sino más bien a la parte romántica de lo que es el medioambiente.

El señor COLOMA .-

¡Ah, miércale...!

El señor MOREIRA.-

Hay un poeta llamado Dante "Agliniari"...

El señor COLOMA .-

¡Alighieri!

El señor MOREIRA.-

¡Eso es! ¡Alighieri!

Dante Alighieri es autor de la magistral obra, que ha leído cerca de cinco veces el Senador Coloma,...

El señor BIANCHI .-

¡Por eso se sabe el apellido...!

El señor MOREIRA.-...

La divina comedia.

El señor COLOMA .-

¡Exactamente!

El señor MOREIRA.-

Pero esta no es una comedia, sino una linda realidad.

El referido autor señaló: "La Naturaleza es el arte de Dios".

Ese arte de Dios ha permitido que, en forma transversal, hoy día estemos hablando de la naturaleza. Y nuestra finalidad es protegerla.

En eso estamos todos de acuerdo.

Ese mismo ambiente tratemos de llevarlo a la política, para que ojalá estos momentos tan tensos que vivimos hoy día, con tanta tormenta, a la vuelta de la semana regional puedan tornarse mucho más tranquilos y superemos esas diferencias que a veces nos dividen.

¡Cómo no admirar la belleza de los distintos paisajes que Chile nos ofrece, desde la majestuosidad del desierto de Atacama hasta los fiordos australes, pasando por la hermosura de la zona lacustre o de la cuenca de humedales del río Maullín, en la Región de Los Lagos! El mismo río Maullín que conoció el colega De Urresti cuando desarrollaba una labor muy bonita de preocupación y de estudio de los humedales en la época en que era Diputado .

En verdad, tengo el honor de representar a esa Región.

También me viene a la memoria, señor Presidente , una frase del político inglés Francis Bacon ,...

El señor COLOMA .-

¡Ahí sí...!

El señor MOREIRA.-

... quien decía: "Solo podemos dominar la naturaleza si la obedecemos". Como lo hacemos hoy día con las mujeres: ¡porque nosotros las obedecemos!

El ser humano debe aprender, entonces, a convivir con la naturaleza y a no tratar de avasallarla, menos cuando no entiende los efectos de sus acciones.

Los humedales son un claro ejemplo de aquello.

Fíjese, señor Presidente , que el humedal Llantén , en la zona de Puerto Montt, contaba el 2015 con más de veintidós hectáreas: hoy solo tiene media hectárea; y donde hoy se ubica el sector de Laguna Mansa antes había un humedal gigantesco que fue secado para proyectos inmobiliarios.

Los humedales son considerados cuna de la diversidad biológica, refugio de aves, insectos y roedores menores. Pero también sirven para contener el escurrimiento de aguas lluvia y para el refugio de diversas especies vegetales.

El proyecto que hoy revisamos en tercer trámite constitucional busca poner énfasis en la protección de estos espacios de biodiversidad, asediados por la expansión urbana mal planificada y peor ejecutada, así como por concesiones mineras -ojo: ¡concesiones mineras!- que amenazan modificar el entorno de manera permanente e irreversible.

Señor Presidente , en los lugares donde existen turberas, respecto de las cuales también vamos a legislar, en la Región de Los Lagos, especialmente en Chiloé, hemos visto a personas naturales y a algunas empresas pidiendo concesiones mineras.

Hay que preocuparse de ello y establecer una normativa para proteger también el medioambiente.

Debemos entender que la naturaleza no es nuestra enemiga y que viviremos mejor si aprendemos a convivir con ella.

Eso es lo que estamos haciendo: asimilando esta nueva cultura.

He manifestado mi preocupación por la protección de los humedales y las turberas desde que tuve el honor de ser parte de la Comisión de Medio Ambiente del Senado.

Me siento complacido del avance de este proyecto, y espero que la Comisión Mixta pertinente pueda resolver de manera satisfactoria las diferencias respecto del artículo 3 y la facultad de suspender los permisos de construcción mientras se resuelve la solicitud de declaración de humedal urbano.

Señor Presidente, le pido el último minuto.

El señor QUINTANA ( Presidente ).-

¿Algún otro poeta...?

Tiene un minuto adicional para cerrar su intervención, señor Senador.

El señor MOREIRA.-

Gracias.

Me siento orgulloso, señor Presidente , de haber aportado mi grano de arena, porque -digámoslo- la protección de la naturaleza no es patrimonio de la Izquierda ni de ningún sector político, sino un deber de toda la sociedad.

Compatibilizar naturaleza y progreso es un desafío y una oportunidad que premiará a quienes protejan sin desalentar la inversión y recordará a aquellos que han resguardado el futuro para las nuevas generaciones.

Señor Presidente, no olvidemos las palabras del poeta y autor de la magistral obra: "La naturaleza es el arte de Dios".

La divina comedia

Tampoco olvidemos al político inglés que decía: "Solo podemos dominar la naturaleza si la obedecemos".

¡Obedezcamos a la naturaleza!

¡Ahí está el futuro de la humanidad!

Por ello, apruebo la propuesta que ahora se nos presenta.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Gracias, Senador Moreira, por esa poética intervención en apoyo a los humedales.

Tiene la palabra la Senadora por Aysén, Ximena Órdenes.

El señor BIANCHI.-

¡No es fácil hablar después...!

El señor DE URRESTI.-

¡Es difícil hablar después de él...!

La señora ÓRDENES.-

Chile, país de humedales: 40 mil reservas de vida.

Ese es el título, señor Presidente , del documento a través del cual el Ministerio del Medio Ambiente presenta el registro del inventario de los humedales existentes en nuestro país.

Efectivamente, la información de que disponemos hoy día en Chile con respecto a los humedales es escasa. Y lo que estamos haciendo ahora es -diría- dar un primer paso muy relevante en tanto estamos protegiendo los humedales urbanos.

Creo que la próxima tarea es resguardar las turberas, los humedales andinos y altoandinos y los humedales costeros.

Acá debemos desarrollar una estrategia integral en materia de protección y de conservación de humedales.

¿Por qué señalo esto? Primero, porque son ecosistemas de gran complejidad ecológica y presentan una serie de funciones y servicios ecosistémicos esenciales sobre todo en lo relativo a emergencia climática.

En tal sentido, me gustaría destacar la función que cumplen los humedales con respecto al suministro hídrico -es cosa de hablar de los bofedales que hay en el norte del país-, o a la conservación de la biodiversidad, lo que nos obliga también a cambiar la lógica con que hemos entendido siempre los humedales, la de la fragilidad, la que nos impide ver en ellos una oportunidad para la preservación de la biodiversidad.

En el caso de los humedales costeros, la amortiguación de las inundaciones es otra de las funciones que cumplen estos ecosistemas. En tal sentido, estoy segura de que muchas situaciones de emergencia que hemos enfrentado durante la última década podrían haberse mitigado en la medida en que hubiéramos protegido los humedales que ahí existían.

La regulación microclimática y la captura de carbono también constituyen un espacio para el desarrollo científico y turístico y para la educación ambiental.

Ahí creo que este proyecto da en el punto preciso, pues proteger los humedales en las áreas urbanas abre una oportunidad para que estudiantes, científicos y visitantes puedan entender la importancia de la conservación de estos ecosistemas.

Los humedales son áreas esenciales, y tenemos que cambiar un poco el paradigma sobre cómo los entendemos.

Digo aquello porque en la Región de Aysén los mallines, que en lengua mapudungún significa "lugar inundado", durante muchos años se secaban los humedales para el manejo de las praderas. Y por eso se crearon políticas públicas como el establecimiento de incentivos para la recuperación de suelos degradados.

Hoy día pienso que habría que desarrollar políticas públicas que no potencien el drenaje de los suelos, lo que termina con los humedales, sino que actúen como incentivos para su conservación a fin de garantizar su existencia para las generaciones futuras.

Señor Presidente, quiero felicitar al Senador De Urresti por esta iniciativa.

Yo vengo de una región donde las turberas son un humedal estratégico que está siendo explotado y que demora miles de años en formarse. De manera que, más allá de que hoy día recién se cuente con un decreto dictado por el Ministerio de Agricultura para regular la cosecha, creo que ahí también debemos hacer un ejercicio en pos de la conservación.

Porque la pregunta que cabe es si efectivamente se trata de un recurso renovable o no y si nos sirve solo una regulación.

Yo pienso que debemos avanzar en materia legal.

Anuncio mi voto a favor, señor Presidente .

La señora MUÑOZ.-

¿Puede abrir la votación, señor Presidente?

El señor QUINTANA ( Presidente ).-

La Senadora Adriana Muñoz ha pedido abrir la votación.

¿Les parece a Sus Señorías?

Porque ya adoptamos el acuerdo respecto de los artículos 3° y 5°...

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Señor Presidente , hay que hacer una corrección.

El señor QUINTANA ( Presidente ).-

El señor Secretario me señala que debemos efectuar una precisión con respecto a lo que tendría que pasar a Comisión Mixta, que serían los artículos 3° y 4°, número 1).

¿Es así, Senador De Urresti?

La señora ALLENDE.-

No es el artículo 5°.

El señor QUINTANA ( Presidente ).-

Efectivamente, no es el artículo 5°, como se lo habían planteado a la Mesa.

El señor BIANCHI.-

Artículos 3° y 4°.

El señor QUINTANA ( Presidente ).-

Irían a Comisión Mixta los artículos 3° y 4°, número 1), que se considerarían rechazados.

El señor DE URRESTI.-

Y el resto se vota todo a favor.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Claro: el resto se vota todo a favor.

Entonces, se votará la propuesta conjunta en los términos explicitados precedentemente. Y quienes quieran respaldarla deberán votar afirmativamente.

Tiene la palabra la Senadora Isabel Allende.

La señora ALLENDE.-

Señor Presidente , en primer lugar, quiero señalar que fui invitada a adherir a esta moción, cuestión que hice con mucho gusto, pues me parece extraordinariamente importante tener una política en materia de protección de los humedales.

Esto lo abordamos en términos generales cuando discutimos el proyecto de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas. Sin embargo, acá obviamente estamos abocados a un tipo de humedal más específico: los humedales urbanos.

Entonces, los humedales son ecosistemas especiales. ¿Por qué? Porque son acuáticos y terrestres a la vez; están formados por una zona de tierra cuya superficie se inunda de manera generalmente natural, unas veces en forma permanente y otras de manera intermitente.

Ejemplos de humedales son las lagunas, los pantanos, los pastizales húmedos, las marismas, las turberas, los estuarios, los oasis, entre otros.

Ahora bien, el hecho de que exista abundante agua en los humedales posibilita que la tierra se mezcle con el agua que circula por la zona formando un ambiente muy rico en nutrientes y minerales que permite la proliferación de diversos tipos de organismos, que conocemos como biodiversidad.

En los humedales habitan muchos seres vivos distintos: microorganismos, insectos y abundante flora y fauna que solo existen en nuestro país. También aves migratorias descansan o se reproducen en ellos. De modo que lo que ocurre en los humedales urbanos tiene impacto a nivel global, ya que si son destruidos o se desecan, estas aves no podrán descansar ni reproducirse, ni tampoco continuar en su ruta migratoria, y terminarían por desaparecer.

Señor Presidente, ya se han mencionado -y no me voy a extender en esto- los diversos beneficios que producen los humedales: entre otros, destacan la protección contra desastres naturales, como el abastecimiento de agua en caso de un sismo mayor; la protección contra inundaciones, en fin.

Los humedales también nos ayudan a mitigar el cambio climático. En tal sentido, hay que tener presente que Chile es uno de los países más vulnerables a este fenómeno.

¿Qué ha ocurrido? La humanidad ha destruido más del 64 por ciento de los humedales del planeta en el último siglo. Y nuestro país tiene cerca de 4,5 millones de hectáreas de humedales, pero casi todos carecen de protección legal.

En efecto, la Comisión constató que hoy se pueden rellenar y drenar casi todos los humedales, por ejemplo, de la Región de Valparaíso, que represento, sin ningún tipo de evaluación ambiental, siempre que no se encuentren en un área protegida o que tengan una superficie inferior a veinte hectáreas.

¡Y ese es el caso de la gran mayoría de los humedales de nuestra Región!

Los humedales urbanos, esto es, aquellos alrededor de los cuales se han emplazado las ciudades, son amenazados por el cambio de uso de suelo; es decir, son rellenados y desecados para edificar sobre ellos, dañándolos de manera irreversible. Los humedales que no se han rellenado son usados, tristemente, como basurales por la comunidad.

Y eso ocurre en muchas comunas.

Por ello es tan importante ver qué intentamos hacer a través de este proyecto.

Señor Presidente , esta iniciativa obligará a los alcaldes de cada comuna que tenga humedales urbanos a protegerlos y, además, a evaluar ambientalmente aquellos proyectos que puedan dañar o afectar a un humedal urbano.

En efecto, hoy los humedales urbanos dependen en gran parte de las decisiones de la gestión que haga un municipio, la cual muchas veces es inexistente por falta de prioridades y de recursos financieros y humanos. Por lo mismo la ley en proyecto obliga en su artículo 2° a que las municipalidades establezcan en una ordenanza general "los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento,", etcétera.

Asimismo, en el artículo 3° se indica que "desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano hasta el pronunciamiento del Ministerio de Medio Ambiente, la municipalidad no podrá otorgar permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial", en fin.

Este artículo fue rechazado en la Comisión de Medio Ambiente, pues existe voluntad para perfeccionarlo: por ejemplo, contemplando un recurso de reclamación ante el Tribunal Ambiental y compatibilizándolo con la legislación existente en relación con el funcionamiento de las direcciones de obras municipales.

Pero, además, la iniciativa regula la evaluación ambiental de los proyectos que busquen emplazarse sobre humedales urbanos, que son los más amenazados por el cambio en el uso de suelo.

En verdad, es muy importante para nosotros que tales proyectos sean sometidos a evaluación de impacto ambiental. Es cierto que este punto fue muy discutido en la Comisión y finalmente se aprobó. Pero nosotros tenemos claro que el hecho de proteger los humedales urbanos -es una preocupación que manifestó una Senadora hace poco en la Sala- no significa que estemos en contra de la posibilidad de hacer obras mayores.

Eso lo discutimos con presencia de la Ministra de Transportes , del Ministro de Economía , pues efectivamente hay que buscar la compatibilización de una obra mayor en la cual lamentablemente se puede afectar un humedal. Pero, por favor, tampoco puede ser que constante y permanentemente estemos diciendo: "Vamos a construir esto, así que lo sentimos mucho", y vamos secando nuestros humedales porque no entendemos la tremenda importancia que tienen y la protección que nos van a generar sobre todo frente al cambio climático, ante el cual somos tan vulnerables.

En el caso del puerto de San Antonio, su expansión afectaría a tres humedales. Entonces, le planteaba a la Ministra de Transportes ...

El señor QUINTANA (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señora Senadora.

Tiene un minuto adicional.

La señora ALLENDE.-

Le decíamos a la Ministra de Transportes que cómo no era posible ver la factibilidad de ampliar el puerto, pero corriendo unos pocos metros más la obra y así mantener esos humedales, que además son muy reconocidos por la población sanantonina, tienen toda una historia cultural, es un paseo permanente.

Por lo tanto, quiero una vez más llamar la atención -aquí está el Subsecretario en condición de Ministro subrogante- en el sentido de compatibilizar obras de infraestructura que son necesarias e importantes para el país, pero con protección.

Eso es lo que pretendemos hacer y por eso estamos completamente disponibles a ver el artículo 4o en la Comisión Mixta, para buscar criterios que nos ayuden a hacer una y otra cosa, no una contra la otra, en que para realizar una obra mayor hay que secar un humedal, o viceversa, como quiero proteger un humedal, no voy a permitir una obra mayor.

Señor Presidente, hay que votar a favor, porque la iniciativa es tremendamente necesaria e importante. Y en la Comisión Mixta vamos a buscar los criterios apropiados.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Solicito nuevamente la unanimidad de la Sala para abrir la votación.

El señor BIANCHI.-

Sí.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Acordado.

En votación, en los términos propuestos hace un momento.

--(Durante la votación).

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador Carlos Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Señor Presidente , lo primero que quiero hacer es testimoniar y dar mis felicitaciones al Senador De Urresti, uno de los autores de este proyecto sobre humedales urbanos, y a quienes lo acompañaron en su suscripción.

Los humedales han tomado gran importancia ambiental, pero sobre todo social, siendo muchas las organizaciones sociales de base a lo largo del país que luchan precisamente por la protección de estos ecosistemas.

Si los señores Senadores me permiten hacer uso de la palabra, lo agradecería.

La Región de Magallanes es por lejos la zona del país, y también del mundo, que posee la mayor cantidad de humedales en su territorio, teniendo una superficie de más de tres millones de hectáreas.

El actual fenómeno del cambio climático, que ha pasado de ser una amenaza a una realidad de consecuencias mundiales, coloca a la Región de Magallanes en un lugar protagónico como reserva de vida mundial.

Del total de hectáreas de humedales de la región, el 59 por ciento se encuentra con algún grado de protección, por pertenecer al sistema de áreas silvestres protegidas.

Dada la coyuntura climática actual, tenemos una obligación como país de ser mucho más atrevidos y ambiciosos en la protección de los humedales, considerando una legislación respecto a su protección que incluya no solo a los humedales urbanos, tal como se ha dicho acá, sino a todos los humedales.

Si no hacemos eso, claramente los humedales de la Patagonia que no están protegidos -representan cerca del 40 por ciento del total- serán muy pronto depredados, porque los humedales, al mismo tiempo de ser reservas de vida, son también fuente de posibles proyectos millonarios, tales como la extracción de la turba que se encuentra en ellos, proceso que sin duda debe ser detenido a la brevedad, por la urgente responsabilidad ambiental global que tiene nuestro país respecto al fenómeno del cambio climático.

En Magallanes contamos también con el humedal urbano más extenso e importante del país, el humedal Tres Puentes, que ha sido difícilmente defendido por organizaciones medioambientalistas como la Agrupación Ecológica Patagónica, que con su acción ha logrado que toda la ciudad de Punta Arenas valore enormemente dicho humedal como un lugar donde se puede entregar educación ambiental para los niños y esparcimiento y buena calidad de vida para sus habitantes.

La historia del humedal Tres Puentes sin duda que justifica este proyecto de ley, porque hasta la fecha, lamentablemente, dicho humedal ha tenido múltiples intervenciones de obras urbanas, las cuales lo han afectado de manera importante en su equilibrio hídrico.

Sin embargo, el humedal sigue vivo, pero para seguir subsistiendo se requiere, obviamente, una protección legal que precisamente es la que entrega este proyecto de ley.

Respecto a la discusión del nuevo artículo 3° introducido por la Cámara de Diputados, me parece que es mejor que se resuelva técnicamente en Comisión Mixta, tal como se ha dicho. Eso sí, con una norma que, sí o sí, proteja a los humedales y no con una disposición que permita a privados, ante solicitud de declaración de humedal formulada por un municipio, intervenir el área rápidamente antes de que se produzca finalmente la declaratoria de humedal por parte del Ministerio del Medio Ambiente.

Voto a favor.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Senador Francisco Chahuán, tiene la palabra.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , Honorable Sala, el proyecto en análisis tiene por objeto asegurar la protección de los humedales que se encuentran total o parcialmente dentro del radio urbano. Y, ciertamente, estamos apoyando para que finalmente esto se convierta en una protección real a la biodiversidad que existe en los humedales.

Se da protección a los humedales urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente, de oficio o a solicitud de una municipalidad. El Ministerio del Medio Ambiente establecerá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos. Las municipalidades, sobre dicha base, establecerán los criterios comunes de protección mediante una ordenanza general.

Los proyectos que impliquen alteración de un humedal urbano deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y los instrumentos de planificación territorial tendrán que incluir los humedales urbanos.

¿Por qué es tan importante proteger los humedales urbanos?

Durante muchísimo tiempo se estuvo trabajando, por ejemplo, para proteger el humedal urbano de la comuna de Cartagena, que fue prácticamente deteriorado por la población que vivía en los alrededores.

Ciertamente, con el esfuerzo que se ha hecho en comunas como Concón, Algarrobo, Santo Domingo , finalmente se logró, con la ayuda de la Fundación Cosmos, apoyar un proyecto en el que estuvimos trabajando durante prácticamente tres años, que comprendía la posibilidad de solicitar la declaratoria de humedal protegido a un humedal urbano ubicado sobre un predio que era de propiedad municipal.

Acá está en juego cómo somos capaces de proteger nuestra biodiversidad frente al desplazamiento de las urbanizaciones y donde los humedales quedan en medio de las ciudades.

Creemos que esta es una iniciativa que va en la dirección correcta. Sabemos que hay proyectos de inversión importante y que podrían verse afectados, pero, no obstante ello, estimamos que la biodiversidad deber ser protegida.

En el caso de la desembocadura del río Maipo, por ejemplo, la expansión del puerto podría afectar ese humedal protegido. Y nosotros somos partidarios claramente de que debería modificarse la expansión del puerto. Su ampliación no tiene que ser a costa de la biodiversidad que existe en la desembocadura del río Maipo, cuestión que nosotros vamos a defender con toda nuestra fuerza.

En ese contexto, me parece que este proyecto de ley, que busca proteger los humedales urbanos, va en la dirección correcta. Así que quiero felicitar, por supuesto, al Senador De Urresti por su iniciativa.

Este tema ha sido parte de mi preocupación permanente. Me tocó -es bueno contar esta experiencia- iniciar las primeras acciones para la protección del humedal de Concón. En ese entonces yo no era parlamentario. Y logramos convencer al Consejo de Defensa del Estado, que demandó por primera vez en la historia al Estado, a la Refinería de Petróleos de Concón (hoy Refinería Aconcagua), para generar ahí un humedal protegido.

Conseguimos finalmente que eso ocurriera, a través de un proceso de transacción entre el Consejo de Defensa del Estado y quienes accionamos, básicamente apoyando al municipio de Concón. Ello nos permitió proteger un humedal que hoy día está avanzando cada vez más desde el punto de vista de la protección de la biodiversidad.

Por tanto, este es un proyecto que va absolutamente en la dirección correcta. Y por eso mismo queremos aprobarlo. Por supuesto, podemos estudiar algunas modificaciones, pero ciertamente -reitero- va en la dirección correcta.

He dicho.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra, a continuación, la Senadora Carolina Goic.

La señora GOIC.-

Señor Presidente , seré muy breve.

Solamente quiero reafirmar mi voto a favor de este proyecto.

Me alegro de que haya avanzado con celeridad. Creo que se han entregado argumentos de sobra respecto de su importancia. Pero, además, destaco que hoy día estemos todos de acuerdo en que hay que cuidar la naturaleza, el valor que tiene, tal como en forma muy poética se ha señalado en algunas intervenciones.

Creo que eso es un consenso que no teníamos hace algunos años.

Actualmente considerar el valor de los servicios ecosistémicos que aportan los humedales urbanos y que ellos tienen incluso un valor económico, y por eso debemos resguardarlos, significa una comprensión distinta de territorios y, en este caso, de ecosistemas que antes no se miraban en toda su magnitud y en todo su valor.

A mi juicio, eso es un cambio -insisto- de la comprensión de cómo nosotros abordamos la conservación, y sobre todo en zonas urbanas, que es muy valioso.

Hoy día, sin duda, la inminencia de las transformaciones debido al calentamiento global, al cambio climático, nos pone en alerta y nos obliga a tomar decisiones más rápidas para adaptarnos. Y creo que en esa línea esta legislación, sin duda, es un tremendo avance.

Ahora bien, uno debe hacer justicia en el caso de la Región de Magallanes y reconocer, una vez más, el trabajo de la Agrupación Ecológica Patagónica con la defensa del humedal Tres Puentes. Ahí destaco a Humberto Gómez , a Jaime Cárcamo , quienes han estado siempre detrás. Y en ellos represento a tantos otros preocupados de la defensa del humedal. Ellos nos han planteado, además, la importancia de contar con reservas naturales urbanas, no solamente en zonas rurales o fuera de las ciudades.

Y, por supuesto, hemos trabajado en conjunto el proyecto que ya se ha señalado -deberíamos avanzar en su tramitación-, relativo a la protección de la turba, que tiene las mismas condiciones. Tenemos que ver cómo ponemos en valor los turbales, que tienen un aporte respecto de la fijación de carbono, que es superimportante y que muchas veces se desprecia en función de otras actividades productivas que tienen finalmente menos rendimiento, incluso desde el punto de vista de la generación de ingresos.

Así que solo espero que ambos temas que han quedado para la Comisión Mixta se resuelvan con celeridad. No tengo dudas de eso. Este ha sido el ánimo tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, y también en el Ejecutivo , para que lo que hoy día es un proyecto de ley se transforme pronto en ley. Es eso lo que necesitamos a lo largo de nuestro país.

He dicho.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra, a continuación, el Senador Alejandro Navarro.

El señor NAVARRO.-

¡ Jorge Mateluna es inocente, y lo vamos a probar!

Señor Presidente, el Senador De Urresti ha hecho una contribución extraordinaria al poner el tema de los humedales en la agenda legislativa. En la Comisión de Medio Ambiente tuvimos oportunidad de debatir esta materia.

Creo que el proyecto de ley hoy día es un avance.

Yo estoy por la moratoria y por la prohibición de construir en los humedales. Tanto es así, que el artículo 3º, que pasará a Comisión Mixta, pretende ir al corazón de lo positivo de este proyecto. Porque el artículo 3º establece que tiene que haber un límite urbano y no puede haber autorizaciones de construcción durante todo ese tiempo.

Claramente, se deja toda la capacidad normativa para determinar cuáles son los humedales urbanos -la declaración es del Ministerio del Medio Ambiente- y para los criterios mínimos de sustentabilidad en el Ministerio del Medio Ambiente y en el Ministerio de Obras Públicas.

¡Pero ni el Estado ni el sector privado respetan el medio ambiente!

Ahora bien, mientras los municipios quedan facultados para hacer ordenanzas, con un reglamento del MOP, vamos a tener 345 reglamentos distintos, adaptados al tipo de alcalde , al tipo de concejales. Y, en definitiva, no será posible un resultado inmediato de paralización del uso de los humedales. ¡No va a ser así! Y no lo será porque es incierto lo que va a pasar en la Comisión Mixta. Porque si hay algo rescatable del proyecto, señor Presidente , es precisamente el artículo 3º, que ha quedado para la Comisión Mixta.

He escuchado a la Senadora Von Baer hablar respecto de la clásica definición de que no hay que paralizar el desarrollo productivo, que no hay que paralizar las obras que puedan ser de beneficio o no. En este sentido, hemos estado saturados de obras que han afectado al medio ambiente y que son de beneficio, en muchos casos, de carácter privado.

Entonces, esta es una buena iniciativa de ley, que permitirá que haya estudio de impacto ambiental, pero que va a estar normada por un reglamento en manos del MOP y por una definición de humedal urbano de parte del Ministerio del Medio Ambiente.

Y yo creo que en este Gobierno, que se caracteriza por intentar el desarrollo productivo, no habrá mucho criterio proteccionista del medio ambiente, más bien va a haber un criterio de inversión y desarrollo.

A mi juicio, esta facultad que se delega en los Ministerios y en los municipios termina por diluir un concepto básico.

Me parece que lo mejor es tener moratoria y prohibición de construir en los humedales urbanos, porque están destruyéndolos y porque la naturaleza, como decía el Senador Moreira, es sabia y nos va a cobrar lo obrado, como ha sucedido en zonas de inundación o en zonas de relleno que se han transformado en pisos flotantes. Cada vez que hacemos un relleno corremos un riesgo extraordinario de que las viviendas construidas allí sean afectadas. ¡Hay un número indeterminado!

Me hubiera gustado tener el informe de las dos organizaciones de municipalidades de Chile, para saber cuántos permisos de construcción sobre humedales están autorizados hoy día. El informe no lo señala. ¡No sabemos cuántos permisos de construcción están ya en curso y aprobados que no van a estar sujetos a la futura ley!

Por lo tanto, lo que verán los ciudadanos será que muchos proyectos inmobiliarios se van a construir igual, aun cuando tengamos esta ley, porque se argumentará que el proceso ya se había iniciado administrativamente, y no van a quedar afectos a esta normativa.

Yo hubiera querido un artículo que determinara que a partir de la fecha de publicación de la ley y en un período retroactivo esos permisos tuvieran una exigencia superior. Pero los que ya están en curso son muchos. En San Pedro de la Paz y en bastantes ciudades de la Región del Biobío son muchas las demandas a las inmobiliarias, en un país en donde el suelo es especulativo y no hay política al respecto.

Si consideramos al humedal un cuerpo ecosistémico, ¿por qué entonces la definición de humedales urbanos? La definición original decía "humedales urbanos o periurbanos", porque no hay línea divisoria ecosistémica en los humedales. Y, por tanto, aquellos que estén dentro de la zona urbana van a tener regulación y la mitad del cuerpo ecosistémico que esté fuera ¡no estará sujeta a regulación! ¡Vamos a tener un grave problema al respecto!

Creo que aquí hay un cálculo al señalarlo así. O sea, se va a poder construir y rellenar en humedales periurbanos, porque fue eliminado el concepto "periurbanos" para dejar al humedal partido en dos.

Voto a favor, señor Presidente.

Creo que el Senador De Urresti avanza en la línea correcta con este proyecto, pero en mi opinión no es suficiente para detener el relleno de los humedales urbanos por la industria inmobiliaria.

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

He dicho.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Senador David Sandoval, tiene la palabra.

El señor SANDOVAL.-

Señor Presidente , como miembro de la Comisión de Medio Ambiente, me tocó tramitar este proyecto, que, sin duda, tiene diversas connotaciones. Las condiciones ambientales, las condiciones de la avifauna que se produce en torno a estos humedales, evidentemente, en muchas ciudades constituyen un aspecto de patrimonio ambiental de un gran valor. Además, muchas veces están vinculados también a procesos migratorios de aves, las que utilizan estos lugares, precisamente, como puntos fundamentales en sus recorridos, algunos de miles de miles de kilómetros de distancia. Y, evidentemente, más que en un problema, en muchos casos se pueden transformar en una verdadera oportunidad para las ciudades, para las comunidades que viven en torno a ellos.

Por consiguiente, en esa tarea creemos y compartimos que la necesidad de establecer algunos mecanismos de resguardo es absolutamente razonable, razón por la cual varios de los artículos presentados en esta iniciativa, llevada adelante por nuestro amigo el Senador Alfonso de Urresti, aquí presente, fueron aprobados unánimemente.

Debo señalar también que el propio Gobierno del Presidente Sebastián Piñera, haciéndose eco de esta necesidad, establece un Plan Nacional de Protección de Humedales y genera una lista no menor de humedales a lo largo del país en los que se considera necesario establecer mecanismos de resguardo. Asimismo, se establece el Plan de Acción para la Conservación de Humedales, que impulsa el Presidente Sebastián Piñera y que anunció en la ciudad de Valdivia.

La presión por contar cada vez con mayores niveles de disponibilidad de suelo en las ciudades ha atentado muchas veces, precisamente, contra estos entornos. Por ello, nos parece razonable generar los mecanismos que aseguren su adecuada conservación.

Yo mismo puedo destacar lo sucedido en la Región de Aysén, en ciudades como Puerto Cisnes o Puerto Aysén, ambas insertas en un ámbito donde evidentemente los humedales constituyen un aspecto de gran significado y valor.

Incluso, es más: tenemos ejemplos de malas prácticas, asociados a la construcción de viviendas en las ciudades. Un caso muy reciente es la villa Aysén , en Puerto Aysén, donde se construyeron ochenta y dos viviendas en una zona de humedal. Hubo que erradicarlas, sacar a esas familias, reinstalarlas, con todo lo que eso significa: costos de construcción, costos de subsidios, y para qué decir la afectación a la calidad de vida de esas familias que ingresaron a sus viviendas con el sueño de construir un hogar y, a poco andar, se encontraron con que estaban viviendo en una condición de precariedad ambiental enormemente grave para la salud de las personas.

Por ello, señor Presidente , estimamos adecuado avanzar en esta tarea y apoyar absolutamente el Plan Nacional para la Conservación de Humedales que impulsa el Gobierno. Nos parece que ese marco regulatorio, que nace de la visión que tiene el Estado en la materia, va en la dirección adecuada.

Ello, con la salvedad -porque, de verdad, a veces las condiciones llevan a algunos extremos- de lo que contienen los artículos 3° y 4°, entendiendo que se alcanzó un acuerdo formal para llegar a una Comisión Mixta que nos permita salvar los detalles en que hay discrepancias.

Tenemos acá un listado no menor de obras públicas significativas, en diferentes ciudades del país, que se van a ver afectadas con tales disposiciones: en Coquimbo, con el tema del ferrocarril; en Llolleo; en Talcahuano, Hualpén y San Pedro ; en San Antonio, con el puerto; en Arica, con el puerto; en Concepción, con el aeropuerto Carriel Sur , todo lo cual evidentemente habrá que compatibilizar. Y, probablemente, las obras que se ejecuten tendrán que considerar el valor que reviste este patrimonio desde el punto de vista ambiental y, por supuesto, el interés general que existe al respecto para dar otro tipo de solución.

La técnica, el desarrollo, la infraestructura y la ciencia hoy día le permiten al hombre, al contar con mayor inteligencia, aplicar buenos criterios y salvar los dos temas.

Por eso, señor Presidente, estimo que el proyecto va en la dirección correcta. Y, entendiendo que hay diversas opiniones, yo al menos lo voy a votar a favor.

Muchas gracias.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Senador José Miguel Durana, tiene la palabra.

El señor DURANA.-

Señor Presidente , el proyecto en debate tiene por finalidad la protección de los humedales urbanos que se encuentren -según indican sus mismas disposiciones- dentro del radio comunal o periférico que depende de la municipalidad correspondiente. Todo ello, en el entendido de que dichos humedales son superficies ricas en ecosistemas de diversidad biológica, que albergan especies endémicas, residentes nativas y migratorias que escogen este tipo de hábitat por sus características particulares, y que actualmente carecen de regulación.

Este articulado tiene por objeto la protección de humedales declarados por el Ministerio del Medio Ambiente, siempre que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano.

Esta futura ley se hace cargo de un tema que no había tenido relevancia normativa suficiente. No obstante ello, debemos tener presente que el Ministerio del Medio Ambiente pretende aplicar la elaboración de un Plan Nacional para la Conservación de Humedales de manera conjunta con el Comité Nacional de Humedales.

Se estableció, por una parte, que será el Ministerio el que determinará y definirá los humedales protegidos, ya sea de oficio o a petición del municipio donde se encuentre el humedal respectivo. Y, por otra parte, se obligará a la elaboración de un reglamento, en conjunto con el Ministerio de Obras Públicas, que definiría los criterios básicos de sustentabilidad de los humedales urbanos. Además, se establece que las municipalidades, a través de una ordenanza general, deberán contemplar criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales ubicados dentro de los límites de sus comunas.

De esta forma, lamentablemente, se excluye de la elaboración del reglamento al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, lo cual puede generar un vacío en la determinación de todos los criterios técnicos que deben ser tomados en cuenta.

Por eso, hoy nos encontramos con algunos artículos controvertidos. Por ejemplo, el que establece la prohibición a las municipalidades en el espacio que medie entre la presentación de la solicitud para reconocer el carácter protegido de un humedal y el pronunciamiento del Ministerio de Medio Ambiente para conceder permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentre emplazado.

Hay otra disposición que no nos parece adecuada, ya que establece la prohibición en el contexto de las planificaciones territoriales.

Por eso, estamos por rechazar la norma que establece una prohibición en términos absolutos, salvo la excepción mencionada, sin permitir la posibilidad de que autoridades competentes puedan evaluar la idoneidad del proyecto o no, y en virtud a dicha evaluación, determinar si se otorga o no un permiso correspondiente en la zona en que se encuentre el humedal.

Creo que necesitamos dar certeza administrativa y certeza jurídica, de tal forma que siempre podamos ser un país que dé oportunidades y seguridades a la inversión pública y privada.

Gracias.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador Juan Pablo Letelier.

El señor LETELIER.-

Señor Presidente, este es un proyecto relevante.

Saludo a los colegas que han estado visibilizando un drama ambiental que hemos vivido como país, donde se han perdido muchos humedales por la expansión de las ciudades, por intereses en ocasiones mezquinos de particulares, que generan un tremendo daño a los ecosistemas.

Yo voy a votar a favor del proyecto, entendiendo que en el próximo trámite se perfeccionarán ciertas normas que son necesarias. Es evidente que hay situaciones de diferente categoría que requieren la instancia de la Comisión Mixta para precisarlas.

Sí quiero decir, señor Presidente , que hay una insuficiencia que me provoca cierta frustración.

Quiero poner el caso de Pupuya, en la comuna de Navidad, donde hay un humedal. Un particular construye cabañas en el espacio del humedal, y el municipio, como todos los municipios chicos y pobres, cuenta con muy pocos instrumentos para poder reaccionar frente al abuso unilateral del particular. El único mecanismo disponible para el alcalde es ordenar la demolición porque el particular no contó con los permisos de construcción correspondientes de la Dirección de Obras. Y nada más. ¡Y nada más!

Es evidente que cualquier intervención en un humedal causa un daño muy grande, no necesariamente reversible, porque a veces construyen haciendo rellenos, alterando los ecosistemas.

Espero, señor Presidente , que a casos como el de Pupuya, de Navidad, de las comunas chicas, les podamos poner algo de músculo adicional en la Comisión Mixta, para que se pueda actuar contra los particulares que han actuado unilateralmente y que no han logrado consolidar su abuso, su fechoría, su daño ambiental, por cuanto, por suerte, quedan directores de Obras Municipales que son capaces de frenar estas cosas en lo formal. Pero esos municipios requieren el apoyo del Ministerio de otra manera, para revertir estas situaciones, quizá estableciendo multas gravísimas para quienes tengan construcciones sin autorización legal hasta el momento y plazos para eliminar las intervenciones que pudiesen haber realizado.

Voy a votar a favor del proyecto.

Quiero saludar en particular al colega De Urresti, quien ha hecho una cruzada en esta materia, que es propia de la región que él representa, y creo que hay que reconocerle el mérito. La verdad es que en nuestra bancada en ocasiones le hemos puesto hasta sobrenombres por este tema, porque viene durante años ¡años! insistiendo. Me parece que es un tremendo mérito que entre nosotros generemos una conciencia colectiva de problemas que objetivamente existen, en particular en el ámbito medioambiental.

El señor QUINTANA ( Presidente ).-

La Mesa también se suma al reconocimiento que se le hace al Senador Alfonso de Urresti, Vicepresidente de esta Corporación, porque además es una medida muy necesaria en varias regiones del sur del país, especialmente.

Tiene la palabra, a continuación, el Senador Juan Ignacio Latorre.

El señor LATORRE.-

Señor Presidente , tal como los bosques son considerados los pulmones del planeta, los humedales son sus riñones: participan en el ciclo del agua y son capaces de depurarla gracias a que su vegetación elimina sustancias tóxicas provenientes de plaguicidas, derrames industriales y actividades mineras. Son, por lo tanto, las mayores fuentes de agua dulce del planeta.

Además, los humedales son el hogar de una rica diversidad biológica de especies vegetales y animales -aves, mamíferos, reptiles, anfibios, peces e invertebrados-, algunas de las cuales están en peligro de extinción por el acelerado proceso de destrucción de la biodiversidad en esta emergencia climática y ecológica en la que nos encontramos. De hecho, los humedales son considerados los ambientes más activos y que mayor número de especies albergan con relación a su tamaño, lo que los hace indispensables para la conservación de la biodiversidad biológica del planeta. Contribuyen, asimismo, a regular el ciclo del agua y del clima; reducen los impactos de sequías e inundaciones, como las ocurridas por marejadas y aumento del nivel del mar; proveen zonas de uso para actividades recreativas y productivas como el turismo y la pesca sustentable, entre otros servicios ecosistémicos.

Según un nuevo estudio de expertos de la Universidad de Maryland, en Estados Unidos, los humedales costeros extraen más CO2 que otros tipos de humedales, pudiendo almacenar más de 200 toneladas métricas de carbono por año en todo el mundo y guardarlo en sus suelos durante miles de años, si estos no se alteran.

Por lo tanto, los humedales costeros son los mejores aliados en la lucha contra el cambio climático.

Los humedales son uno de los ecosistemas biológicamente más activos del planeta.

Un ejemplo a resaltar es el trabajo que hacen aquí, en la Región de Valparaíso, la sociedad civil y las organizaciones en defensa del humedal Ojos de Mar, en San Antonio. Ubicado en Llolleo, se encuentra vulnerado y amenazado por la actividad industrial portuaria de EPSA, la que pretende expandirse y literalmente tapar con cemento el hogar de miles de aves (al menos ochenta y un especies detectadas) para construir estacionamientos de camiones en el territorio.

No estoy en contra de la expansión del megapuerto en San Antonio. Creo que es muy necesario estratégicamente para el país. Pero en el diseño de la expansión del megapuerto perfectamente puede haber una consideración por la protección de estos humedales ahí, en Ojos de Mar.

La Empresa Portuaria San Antonio tiene responsabilidad social y ambiental para con la ciudad y sus habitantes, y ellos mismos en sus informes muchas veces han declarado que no existe biodiversidad, que son humedales muertos, que no hay especies, cuando basta ir a visitarlos -yo estuve hace pocos días- para darse cuenta y tomar conciencia de que efectivamente ahí hay un ecosistema vivo.

Al ser esta empresa la dueña legal de los terrenos donde se ubica el humedal puede y debe respetar esta área de biodiversidad exuberante, conservándola como un santuario de la naturaleza o alguna otra figura legal que asegure las óptimas condiciones para preservar la vida de estas lagunas y no taparlas.

Lo mismo ocurre en otros sitios, en otros territorios con la expansión inmobiliaria, donde no se tiene consideración por el ecosistema. Por eso se necesita una ley que defienda los humedales urbanos, que no dependa de los alcaldes de turno, que no dependa de las ordenanzas municipales o de los concejos municipales, que muchas veces son cooptados por proyectos inmobiliarios o, en este caso, portuarios, que solo miran el criterio financiero, económico, pero no la protección del medio ambiente.

Señor Presidente, voto a favor de este proyecto de ley porque, si bien todavía es insuficiente, avanza en la dirección correcta.

El señor QUINTANA ( Presidente ).-

No hay más Senadores inscritos.

Tiene la palabra la señora Secretaria.

La señora SILVA (Secretaria General subrogante).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueban las modificaciones realizadas por la Cámara de Diputados, con excepción del artículo 3°, nuevo, y de las recaídas en el artículo 4°, número 1), (32 votos a favor y 1 pareo), y el proyecto pasa a Comisión Mixta.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón y Van Rysselberghe y los señores Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, De Urresti, Elizalde, Galilea, García-Huidobro, Guillier, Harboe, Huenchumilla, Kast, Lagos, Latorre, Letelier, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Prohens, Quintana, Quinteros y Sandoval.

No votó, por estar pareado, el señor Durana.

El señor QUINTANA (Presidente).-

A continuación, le ofrezco la palabra al señor Ministro del Medio Ambiente subrogante.

El señor RIESCO (Ministro del Medio Ambiente subrogante).-

Señor Presidente, quiero aprovechar la oportunidad para agradecer a los señores Senadores.

Este es un proyecto de ley muy relevante, porque los humedales son ecosistemas indispensables por los beneficios o "servicios ecosistémicos" que brindan a la humanidad, desde la provisión de agua dulce, alimentos, conservación de la biodiversidad, hasta el control de crecidas de ríos, entre otros. Sirven de recarga de aguas subterráneas y mitigación de los efectos del cambio climático.

Creemos que son ecosistemas altamente vulnerables, que están particularmente amenazados por factores como las prácticas no sustentables, los rellenos y el cambio climático.

Quiero, además, felicitar y agradecer a los señores Senadores por la voluntad que han tenido para pasar este proyecto a Comisión Mixta a fin de llegar a una buena solución para algunos problemas que nosotros veíamos en la propuesta que llegó de vuelta de la Cámara.

Me parece que todos tenemos disposición para lograr buenos acuerdos y promover algo esencial que buscamos como Ministerio del Medio Ambiente y como país, y que además hemos refrendado en nuestros tratados internacionales: promover no solo la conservación, sino también el desarrollo sustentable, que viene a ser este equilibrio entre un crecimiento económico que traiga desarrollo social aparejado con un cuidado medioambiental.

En ese sentido, nuevamente me gustaría agradecer y felicitar a los señores Senadores autores de esta moción y ponernos a disposición para trabajar y sacar una muy buena ley a través de la Comisión Mixta.

Muchas gracias.

El señor QUINTANA ( Presidente ).-

A usted, señor Ministro .

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El señor QUINTANA (Presidente).-

Pasamos, entonces, a la siguiente iniciativa. No obstante, algunos señores Senadores proponen invertir el orden de la tabla, dado que hay dos proyectos calificados con "discusión inmediata".

Tiene la palabra el Senador Felipe Harboe.

El señor HARBOE.-

Señor Presidente , quiero pedir la autorización de la Sala para poner en discusión un proyecto muy simple, de artículo único, que regula el acceso a los registros de entrevistas investigativas videograbadas y de declaraciones judiciales de la ley N° 21.057 (boletín N° 12.637-07).

Es una iniciativa con "discusión inmediata", que es de fácil despacho, digamos. En la Comisión de Constitución del Senado no hubo discusión a su respecto. Tanto es así que la tratamos en una sola sesión.

La señora ALLENDE.-

Votémosla al tiro.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Con el compromiso de ver los dos proyectos.

El señor HARBOE.-

Sí, claro.

La señora ALLENDE.-

Votémosla.

El señor HARBOE.-

Si quiere hago la relación, señor Presidente .

El señor QUINTANA (Presidente).-

Bien. ¿Votamos la iniciativa que regula el acceso a entrevistas videograbadas?

El señor HARBOE.-

Hago la relación y se vota.

El señor ELIZALDE.-

Sin discusión.

La señora ALLENDE.-

Sin discusión.

El señor QUINTANA (Presidente).-

No, señora Senadora. Creo que sería recomendable fundamentar el voto.

¿Les parece si la vemos de inmediato y abrimos la votación una vez que termine la exposición del Senador Harboe?

Acordado.

3.3. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Rechazo de Modificaciones. Fecha 21 de agosto, 2019. Oficio en Sesión 67. Legislatura 367.

Valparaíso, 21 de agosto de 2019.

Nº 181/SEC/19

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado las enmiendas introducidas por esa Honorable Cámara al proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos, correspondiente al Boletín N° 11.256-12, con excepción de la consistente en la incorporación de un artículo 3°, nuevo, y las recaídas en el número 1) del artículo 4º, que ha rechazado.

Corresponde, en consecuencia, la formación de una Comisión Mixta que deberá proponer la forma y el modo de resolver las divergencias suscitadas entre ambas Cámaras, conforme lo establece el artículo 71 de la Constitución Política de la República. Al efecto, la Corporación designó a los Honorables senadores miembros de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales para integrar la referida Comisión Mixta.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 14.780, de 5 de junio de 2019.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JAIME QUINTANA LEAL

Presidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

4. Trámite Comisión Mixta: Senado-Cámara de Diputados

4.1. Informe Comisión Legislativa

Senado. Fecha 25 de septiembre, 2019. Informe Comisión Legislativa en Sesión 63. Legislatura 367.

?INFORME DE LA COMISIÓN MIXTA, recaído en el proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos.

BOLETÍN Nº 11.256-12.

____________________________________

HONORABLE SENADO,

HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS:

La Comisión Mixta constituida en conformidad a lo dispuesto por el artículo 71 de la Constitución Política de la República, tiene el honor de proponer la forma y modo de resolver las divergencias surgidas entre el Senado y la Cámara de Diputados durante la tramitación del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señor Alfonso De Urresti Longton, señoras Isabel Allende Bussi y Adriana Muñoz D´Albora y señor Víctor Pérez Varela y del ex Senador señor Patricio Walker Prieto.

- - -

El Senado, Cámara de origen, en sesión de 21 de agosto de 2019, designó, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de la Corporación, como miembros de la Comisión Mixta a los senadores integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, Honorables Senadores señoras Isabel Allende Bussi y Ximena Órdenes Neira y señores Guido Girardi Lavín, Rafael Prohens Espinosa y David Sandoval Plaza.

La Cámara de Diputados, por su parte, en sesión celebrada el día 22 de agosto del año en curso, designó como integrantes de la Comisión Mixta a los Honorables Diputados señora Catalina Pérez Salinas y señores Gabriel Ascencio Mansilla, José Miguel Castro Bascuñán, Celso Morales Muñoz y Gastón Saavedra Chandía.

Posteriormente, mediante oficio N° 14.952, de fecha 4 de septiembre de 2019, el Diputado Morales fue reemplazado por la Honorable Diputada señora María José Hoffmann Opazo.

Previa citación del señor Presidente del Senado, la Comisión Mixta se constituyó el día 10 de septiembre de 2019, con la asistencia de sus miembros, Honorables Senadores señoras Isabel Allende Bussi y Ximena Órdenes Neira y señores Guido Girardi Lavín, Rafael Prohens Espinosa y David Sandoval Plaza y Honorables Diputados señoras María José Hoffmann Opazo y Catalina Pérez Salinas y señores Gabriel Ascencio Mansilla, José Miguel Castro Bascuñán y Gastón Saavedra Chandía. En dicha oportunidad, eligió como Presidente al Honorable Senador señor Guido Girardi Lavín.

A una o más de las sesiones celebradas por la Comisión Mixta asistió, además de sus integrantes, el Honorable Senador señor Alfonso De Urresti Longton.

Por otro lado, concurrieron, especialmente invitados, la Ministra del Medio Ambiente, señora Carolina Schmidt Zaldívar, y el Subsecretario de dicha Cartera de Estado, señor Felipe Riesco Eyzaguirre.

Asimismo, asistieron:

- Del Ministerio del Medio Ambiente: el Asesor Legislativo, señor Pedro Pablo Rossi.

- Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: el Jefe de la División de Relaciones Políticas, señor Máximo Pávez, y el Asesor, señor Daniel Lara.

- Del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones: la Asesora, señora María Josefina Hubner.

- Del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo: el Asesor, señor Javier Poblete.

- De la oficina de la Honorable Diputada señora María José Hoffmann: la Asesora señora Macarena Parra.

- De la oficina de la Honorable Diputada señora Catalina Pérez: la Asesora señora Llankiray Díaz.

- De la oficina de la Honorable Senadora señora Ximena Órdenes: la Asesora señora Susana Figueroa.

- De la oficina del Honorable Diputado señor Gabriel Ascencio: el Asesor señor Hermes Gutiérrez.

De la oficina del Honorable Senador señor Alfonso De Urresti: la Asesora señora Melissa Mallega.

- De la oficina del Honorable Senador señor Rafael Prohens: la Jefa de Gabinete señora Daniela Morales y las Asesoras señoras Camila Briones y Camila Madariaga.

- De la oficina del Honorable Diputado señor Gastón Saavedra: el Asesor señor Luis Batallé.

- De la oficina del Honorable Senador señor David Sandoval: el Asesor señor Mauricio Anacona.

- Del Comité Partido Demócrata Cristiano: el Asesor señor Rodrigo Vega.

- Del Comité Partido Por la Democracia: el Asesor señor Matías Ortiz.

- Del Comité Partido Socialista: el Asesor señor Alexandre Sánchez.

- De la Fundación Jaime Guzmán: el Asesor señor Tomás de Tezanos.

- De la Asociación Chilena de Municipalidades: el Asesor señor Joaquín Ugalde.

- - -

NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL

A juicio de vuestra Comisión Mixta, el artículo 3°, inciso tercero, incorporado a la iniciativa de ley por esta instancia legislativa tiene el rango de norma orgánica constitucional, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 77 de la Constitución Política de la República. En consecuencia, requiere para su aprobación de las cuatro séptimas partes de los Diputados y Senadores en ejercicio.

- - -

Se hace presente que la Comisión Mixta envió un oficio solicitando el parecer de la Excelentísima Corte Suprema respecto del artículo 3°, inciso tercero, del texto que se propone, en cumplimiento de lo preceptuado por el artículo 77 de la Carta Fundamental y por el artículo 16 de la ley Nº 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, toda vez que dicha iniciativa incide en las atribuciones de los tribunales de justicia.

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DESCRIPCIÓN DE LAS NORMAS EN CONTROVERSIA Y ACUERDOS DE LA COMISIÓN MIXTA

El Senado aprobó, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos, iniciativa que consideraba cuatro artículos permanentes. El primero de ellos dedicado a precisar el objeto de la ley, el segundo referido a las obligaciones que tendrían las municipalidades al respecto, el tercero que modificaba la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente para someter a ciertas actividades y proyectos relacionados con los humedales al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y el cuarto que introducía enmiendas a la Ley General de Vivienda y Urbanismo, con el objeto que los instrumentos de planificación territorial incluyan los humedales existentes en calidad de área de protección de valor natural y que en las áreas urbanas los bienes nacionales de uso público que correspondan a riberas de humedales se usen en concordancia con lo dispuesto en el plan regulador y su ordenanza local.

En segundo trámite constitucional, la Honorable Cámara de Diputados introdujo diversas modificaciones al proyecto aprobado, la mayoría de las cuales el Honorable Senado, en tercer trámite constitucional, posteriormente aprobó.

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Antes de abordar las discrepancias suscitadas entre ambas ramas el Congreso Nacional con ocasión de la tramitación de esta iniciativa legal, la Comisión Mixta escuchó a la Ministra del Medio Ambiente, señora Carolina Schmidt Zaldívar, quien aseguró que el proyecto de ley analizado es uno de suma importancia para el país. Por ello, agregó, el Ejecutivo lo ha apoyado y ha contribuido a su perfeccionamiento, de manera de alcanzar una normativa que permita proteger los humedales urbanos, ecosistemas claves para el medio ambiente y que prestan múltiples servicios a la ciudadanía, especialmente en un contexto de cambio climático. Además, remarcó, los humedales juegan un papel esencial en la calidad de vida de los chilenos.

Recordó que el proyecto se estructura en base a cuatro pilares fundamentales, que son los que siguen:

1) La protección de los humedales urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente, de oficio o a solicitud del municipio respectivo.

2) El Ministerio del Medio Ambiente será el encargado de establecer los criterios mínimos de sustentabilidad con los cuales se protegerán y gestionarán los humedales urbanos. Sobre la base establecida por la Secretaría del Medio Ambiente, los municipios fijarán los criterios comunales de protección, mediante una ordenanza general.

3) Los proyectos que supongan alteración de humedales urbanos deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4) Los instrumentos de planificación territorial deberán incluir los humedales urbanos, exigencia fundamental para todo el ordenamiento territorial.

Adentrándose en las discrepancias suscitadas entre el Senado y la Cámara de Diputados con ocasión de la tramitación de la iniciativa de ley, relató que ellas recaen en el artículo 3° incorporado por la Cámara baja y en el N° 1 del artículo 4° original.

Centrando su atención en el artículo 3° introducido por la Cámara de Diputados, sostuvo que el precepto en cuestión dispone que en el plazo que va desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano hasta el pronunciamiento del Ministerio de Medio Ambiente, la municipalidad respectiva no podrá otorgar permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial ni de construcción en los terrenos en que se encuentren emplazados.

Aseguró que uno de los problemas que presenta la norma citada es que colisiona con una facultad que tienen actualmente los municipios, de conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que precisa qué hacer en dicho periodo.

Agregó que otro inconveniente que tiene la disposición introducida por la Cámara de Diputados es que inmoviliza todo el territorio, aunque el humedal sólo esté emplazado en una porción de éste.

En atención a los problemas que genera la enmienda incorporada por la Cámara revisora, y con el objeto de resolver las discrepancias suscitadas entre ambas Corporaciones, anunció que el Ejecutivo, en la próxima sesión, presentaría una propuesta al respecto.

Adelantó que el objetivo de tal propuesta permitiría compatibilizar las nuevas facultades de los municipios con aquella prevista en la Ley General de Vivienda y Urbanismo para el tiempo que media entre la presentación de la solicitud de declaración de humedal urbano y el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente, y aseguró que la medida sugerida permitirá proteger tales ecosistemas.

En cuanto a las diferencias producidas con ocasión del N° 1) del artículo 4°, que incorpora un inciso tercero al artículo 28 de la Ley General de Vivienda y Urbanismo, hizo presente que el texto despachado por la Cámara de Diputados prescribe que todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural y que no podrá otorgarse permisos de urbanización ni de construcción, salvo que estén destinados a su protección, preservación, conservación y gestión.

Sobre el particular, afirmó que si bien los humedales urbanos prestan servicios ecosistémicos relevantes, muchas de las obras estratégicas y necesarias para las comunidades locales podrían emplazarse, en parte, en humedales urbanos. Puntualizó que ello se da en el caso del Puerto de San Antonio y de Arica y en el del Aeropuerto de la ciudad de Concepción.

Subrayó que de acogerse la enmienda sugerida por la Cámara revisora, estos proyectos no podrían llevarse a cabo, pese a su importancia para el desarrollo de las regiones. Estimó que la redacción aprobada por el Senado, en primer trámite constitucional, en tanto, resolvía de manera adecuada la situación, al disponer que los instrumentos de planificación territorial deberán incluir los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos. Con ello, continuó, el ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental sería una medida adecuada para garantizar su protección. Adicionalmente, consideró que esta norma permitiría compatibilizar la protección de los humedales con el desarrollo de aquellas obras que se estimen necesarias para las comunidades y estratégicas para el país.

Tras escuchar los planteamientos de la señora Ministra del Medio Ambiente, la Honorable Diputada señora Hoffmann consideró indispensable dejar claramente establecido el sentido y alcance de la expresión “obras estratégicas”, de manera de conocer el criterio que existirá sobre el particular.

La Honorable Senadora señora Allende, en línea con la solicitud formulada por la legisladora que le antecedió en el uso de la palabra, y en atención a lo que ocurre en la comuna de San Antonio, en donde se prevé que la expansión del puerto afecte humedales existentes, consultó a la Secretaria del Medio Ambiente si el relleno de humedales para la construcción de estacionamiento podía calificarse como una obra estratégica.

Afirmó que la necesidad de ampliar el puerto de San Antonio no está en duda, en atención a lo que ello significa para el país. Sin embargo, estimó excesivo secar los humedales existentes para la construcción de los estacionamientos de los camiones, y puso de relieve que en los humedales afectados anidan aves, entre ellas, cisnes de cuello blanco.

Finalmente, fue enfática en señalar que el crecimiento y desarrollo de nuestro país no podía lograrse a costa de nuestros humedales.

Refiriéndose a los comentarios vertidos por la Honorable Senadora señora Allende, la Honorable Diputada señora Hoffmann señaló que el espacio sobre el que se emplazan actualmente los humedales- también llamados ojos de mar- en San Antonio servía de campamento para personas de Santiago, el que fue destruido por el tsunami del año 2010, siendo comprado posteriormente por la empresa portuaria para su expansión. Aseveró que la referida compañía ha cuidado estos humedales.

A su turno, el Honorable Senador señor De Urresti consideró fundamental contar prontamente con una ley de humedales urbanos que proteja estos ecosistemas.

En relación con el anuncio efectuado por la Ministra del Medio Ambiente, estimó indispensable que las redacciones propuestas no dejen espacio a relativizar la protección de estos importantes ecosistemas.

En otro orden de consideraciones, consignó que los principales defensores de los humedales debían ser los municipios y que debían hacerlo a través de sus respectivas ordenanzas locales. Aseguró que tal medida permitirá proteger con fuerza humedales que son fundamentales en una zona y que para otras pudieran ser insignificantes. Tal es el caso, precisó, del humedal de la desembocadura del Río Lluta, ecosistema que constituye un verdadero pulmón en medio del desierto, pero que, a nivel nacional, dado su tamaño, pudiera ser calificado de poco significativo.

A su vez, el Honorable Diputado señor Saavedra manifestó que la protección de los humedales urbanos necesariamente debía estar en sintonía con la planificación de los territorios. En ese contexto, destacó, el papel del plan regulador comunal es esencial. No obstante, recordó que sobre dicho instrumento se encuentra el plan regulador metropolitano, el que debiera estar en sintonía con la estrategia de desarrollo que tienen las regiones. En consecuencia, prosiguió, este es un elemento que debiera tenerse en cuenta para decidir qué se protegerá.

Por otro lado, consideró necesario contar no sólo con la presencia del Ministerio del Medio Ambiente en la tramitación de la iniciativa de ley sino también con la del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Secretaría de Estado en donde se aloja la responsabilidad de la planificación territorial.

El Honorable Senador señor Girardi hizo presente que los humedales son ecosistemas evolutivos, siendo reflejo de ello los humedales de Valdivia, nacidos producto de un sismo.

Precisado lo anterior, fue enfático en señalar que los humedales cobran especial importancia en un contexto de cambio climático. En efecto, ahondó, ellos son uno de los principales sumideros de carbono, además de ser verdaderos sistemas de purificación de los recursos hídricos.

Puso de relieve que los humedales más amenazados son aquellos que se emplazan en zonas urbanas. En atención a dicha realidad, compartió la inquietud manifestada por la Honorable Diputada señora Hoffmann, en orden a precisar qué se entenderá por obras estratégicas. En este punto, resaltó que la dimensión urbana siempre podrá ser calificada de estratégica.

En línea con lo anterior, consideró que Chile hacía un mal uso de su territorio. Al respecto, precisó que sólo el 5% de nuestro territorio es arable y que sólo el 1% de nuestros suelos son tipo 1 y 2. Resaltó que Chile exporta 20.000 millones de dólares en una superficie de recurso suelo casi insignificante en comparación con la que cuentan otros países. Por lo anterior, hizo un llamado a recuperar y resguardar al máximo los suelos para la agricultura y la alimentación, en lugar de urbanizarlos, como se ha hecho hasta ahora.

Por último, solicitó adoptar las medidas necesarias para preservar los últimos humedales que existen en nuestro país y que cumplen funciones ecológicas, turísticas, sociales y culturales.

La Honorable Diputada señora Pérez pidió avanzar rápidamente en la tramitación de esta propuesta legal. Remarcó que las divergencias suscitadas entre la Cámara de Diputados y el Senado son acotadas y que es indispensable contar prontamente con una legislación que permita proteger los humedales que están siendo fuertemente afectados.

En sintonía con lo anterior, pidió conocer prontamente la propuesta del Ejecutivo y someterla a votación en la próxima sesión, en atención a la urgencia que tiene el proyecto de ley.

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A continuación, se efectúa una relación de las diferencias suscitadas entre ambas Corporaciones durante la tramitación de la iniciativa, así como de los acuerdos adoptados a su respecto.

Artículo 3°

La Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, introdujo un nuevo artículo 3°, con el objeto de dejar establecido que en el periodo que media entre la presentación de la solicitud de reconocimiento de la calidad de humedal urbano hasta el pronunciamiento de la Cartera del Medio Ambiente, la municipalidad correspondiente no podrá otorgar permisos de subdivisión, loteo, urbanización predial ni de construcción en los terrenos en que los humedales se encuentren emplazados.

El tenor literal de la norma introducida es el que sigue:

“Artículo 3°.- Dentro del plazo que va desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano hasta el pronunciamiento del Ministerio de Medio Ambiente, la municipalidad respectiva no podrá otorgar permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial ni de construcción en los terrenos en que se encuentren emplazados.”.

El Senado, en tercer trámite constitucional, rechazó la incorporación de la referida norma.

Su Excelencia el Presidente de la República, con el objeto de resolver la discrepancia surgida entre ambas Cámaras, propuso incorporar al texto el siguiente artículo 3°, nuevo, pasando el artículo 3° a ser 4° y el 4° a ser 5°:

“Artículo 3°.- Desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente, la municipalidad respectiva podrá postergar la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados; dicha postergación se realizará utilizando, en lo que corresponda, el procedimiento establecido en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Un reglamento elaborado por el Ministerio del Medio Ambiente establecerá el procedimiento mediante el cual el municipio podrá solicitar el reconocimiento de la calidad de humedal urbano.

En contra de la declaración de humedal urbano que realice el Ministerio del Medio Ambiente podrá reclamarse ante el Tribunal Ambiental correspondiente.”.

Iniciando el análisis de la norma propuesta, la Honorable Senadora señora Allende valoró la posibilidad que la municipalidad respectiva pudiera postergar la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados los humedales en el periodo que va desde la presentación de reconocimiento de la calidad de humedal urbano hasta el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente, y aseguró que la redacción sugerida por el Ejecutivo recoge la necesidad de proteger dichos ecosistemas. Sin embargo, lamentó que en tal caso se propusiera como procedimiento el previsto en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, norma que dispone los permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones podrán postergarse hasta por un plazo de tres meses, cuando el sector de ubicación del terreno esté afectado por estudios sobre modificaciones del Plan Regulador Intercomunal o Comunal, aprobados por resolución del Alcalde. Resaltó que el referido precepto, además, señala que esta postergación deberá ser informada previa y favorablemente por la Secretaría Regional correspondiente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Ahondando en el punto anterior, estimó que el hecho de exigir información previa y favorable de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo no era conveniente, pues podría generar conflictos. Recordó que uno de los principales obstáculos a la protección de los humedales urbanos es la acción del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Cartera de Estado que para construir viviendas muchas veces opta por rellenar estos importantes ecosistemas.

En atención a lo consignado, sugirió eliminar de la norma la referencia al artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Sobre el particular, el Ministro (S) del Ministerio del Medio Ambiente, señor Felipe Riesco, explicó que la referencia al artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones permite aplicar a la situación prevista un procedimiento existente en nuestra legislación, evitando así la creación de uno nuevo para el caso señalado.

Por su parte, el Honorable Senador señor De Urresti fue enfático en señalar que el principal problema de la disposición sugerida por Su Excelencia el Presidente de la República como forma de resolver las divergencias surgidas entre ambas Cámaras no dice relación con la remisión al artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. En este punto, llamó a tener en cuenta que dicha norma contiene el procedimiento utilizado. Con todo, prosiguió, la referida disposición debía ser objeto de enmiendas a futuro.

Precisado lo anterior, indicó que el primer inconveniente que presenta el artículo en estudio se encuentra en su inciso segundo. Acotó que el citado inciso señala que un reglamento elaborado por el Ministerio del Medio Ambiente establecerá el procedimiento mediante el cual el municipio podrá solicitar el reconocimiento de la calidad de humedal urbano, dando origen el proyecto de ley, en consecuencia, a un segundo reglamento. En efecto, notó, el artículo 2° de la iniciativa de ley ordena la dictación de un reglamento para definir los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento, y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo. Manifestó que por razones de economía legislativa, un mismo reglamento debía hacerse cargo de ambos aspectos.

Adicionalmente, remarcó la necesidad de fijar un plazo para la dictación del citado reglamento, y consideró que seis meses era uno adecuado.

Aseguró que otra deficiencia presente en la aludida norma radica en que su inciso tercero prescribe que sólo podrá reclamarse ante el tribunal ambiental correspondiente en contra de la declaración de humedal urbano que realice la Secretaría del Medio Ambiente. Al respecto, consideró esencial incluir también la posibilidad de efectuar dicha reclamación en el caso en que el Ministerio del Medio Ambiente rechace la declaración de humedal urbano. A fin de solucionar el problema anunciado, sugirió reemplazar, en el inciso tercero, la frase “de la declaración de humedal urbano que realice el Ministerio del Medio Ambiente” por la siguiente “del pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente que resuelve la solicitud de reconocimiento de la calidad de humedal urbano”. Sostuvo que de acogerse su observación, la redacción del inciso tercero de la disposición analizada sería la que sigue:

“En contra del pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente que resuelve la solicitud de reconocimiento de la calidad de humedal urbano podrá reclamarse ante el Tribunal Ambiental correspondiente.”.

La Honorable Senadora señora Allende, insistiendo en la observación realizada con anterioridad, remarcó que el procedimiento previsto en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones no está en sintonía con el objetivo de proteger los humedales urbanos.

El Secretario (S) de la Cartera del Medio Ambiente, señor Felipe Riesco, aseguró que el Ejecutivo valora las enmiendas sugeridas por el Honorable Senador señor De Urresti. No obstante, deteniéndose en el inciso tercero del nuevo artículo 3°, solicitó fijar un plazo de treinta días para reclamar en contra del pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente que resuelve la solicitud de reconocimiento de la calidad de humedal urbano. Asimismo, pidió precisar que el tribunal ambiental competente será aquel que ejerce jurisdicción en el territorio en donde se encuentra el humedal urbano en cuestión.

De acogerse ambas observaciones, la redacción del inciso tercero sería la siguiente:

“En contra del pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente que resuelve la solicitud de reconocimiento de la calidad de humedal urbano podrá reclamarse, dentro del plazo de treinta días, ante el Tribunal Ambiental competente, que es aquel que ejerce jurisdicción en el territorio en donde se encuentra el humedal.”.

El Honorable Senador señor De Urresti manifestó su apoyo a las modificaciones propuestas por el señor Riesco. Sin embargo, advirtió que podría ocurrir que un humedal esté situado en más de un territorio jurisdiccional.

El Personero de Gobierno, señor Felipe Riesco, sentenció que presentada una situación tal debiera conocer del asunto el tribunal que en primer lugar se avoque a su consideración, proponiendo, en consecuencia, una regla similar a la prevista para la reclamación de normas primarias de calidad ambiental y de las normas de emisión, según lo dispone el artículo 17 N°1 de la ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales.

Al respecto, el Honorable Senador señor De Urresti valoró la regla de competencia dada por el señor Ministro (S) del Medio Ambiente.

Centrando su atención en el plazo de seis meses propuesto por el Honorable Senador señor De Urresti para la dictación del reglamento, el Subsecretario del Medio Ambiente, señor Felipe Riesco, solicitó tener en consideración que una vez elaborado un reglamento, éste debe pasar a la Contraloría General de la República para su toma de razón. En atención a que el plazo durante el cual el reglamento está en manos de la Contraloría General de la República escapa al control del Ejecutivo, pidió consignar en la historia de la ley que el plazo de seis meses será exclusivamente para su presentación ante el referido organismo y no considerará el proceso de toma de razón.

El Honorable Senador señor De Urresti aseguró que el Ejecutivo cumpliría la obligación impuesta dentro de plazo con la presentación del reglamento a la Contraloría General de la República para su toma de razón, y resaltó que así quedaría establecido en la historia de la ley.

La Comisión Mixta, como forma y modo de resolver la discrepancia producida entre ambas Cámaras, acordó recoger la propuesta de Su Excelencia el Presidente de la República con las enmiendas consignadas precedentemente.

Con todo, cabe hacer presente que, dado que el plazo para dictar el reglamento estaba previsto en el artículo transitorio de esta iniciativa de ley, se mantuvo en él, disminuyéndolo de un año a seis meses, tal como fue acordado.

En consecuencia, el tenor literal del artículo 3°, nuevo, incorporado es el que se transcribe a continuación:

“Artículo 3°.- Desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente, la municipalidad respectiva podrá postergar la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados; dicha postergación se realizará utilizando, en lo que corresponda, el procedimiento establecido en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

El reglamento previsto en el artículo anterior establecerá el procedimiento mediante el cual el municipio podrá solicitar el reconocimiento de la calidad de humedal urbano.

En contra del pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente que resuelve la solicitud de reconocimiento de la calidad de humedal urbano podrá reclamarse, dentro del plazo de treinta días, ante el Tribunal Ambiental competente, que es aquel que ejerce jurisdicción en el territorio en donde se encuentra el humedal. En caso que un humedal esté situado en más de un territorio jurisdiccional, conocerá del asunto el tribunal que en primer lugar se avoque a su consideración.”.

- Este acuerdo fue adoptado por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señora Allende y señores De Urresti (Órdenes), Girardi, Prohens y Sandoval y Honorables Diputados señoras Hoffmann y Pérez (doña Catalina) y señores Ascencio, Castro y Saavedra.

Artículo 4°

Número 1)

El Senado, en primer trámite constitucional, por medio del número 1) del artículo 4°, agregó al artículo 28 de la Ley General de Vivienda y Urbanismo, un inciso tercero cuyo tenor literal es el siguiente:

“Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos.”.

La Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, reemplazó la coma que sigue al vocablo “natural” por un punto y seguido, y sustituyó la frase “para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en o próximos a ellos.” por la siguiente oración: “No podrá otorgarse permisos de urbanización ni de construcción, salvo que estén destinados a su protección, preservación, conservación y gestión.”.

El Senado, en tercer trámite constitucional, rechazó las enmiendas propuestas por la Cámara de Diputados.

Su Excelencia el Presidente de la República, como forma y modo de resolver la discrepancia producida, propuso reemplazar el numeral 1) del artículo 4°, que ha pasado a ser 5°, por el siguiente:

“1) Intercálase, en el artículo 60, el siguiente inciso tercero, nuevo:

“Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales urbanos existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en ellos.”.”.

El Honorable Senador señor De Urresti advirtió que la sugerencia del Ejecutivo es similar a la redacción aprobada por el Senado, en primer trámite constitucional.

- La Comisión Mixta acogió la propuesta del Ejecutivo. Este acuerdo fue adoptado por la unanimidad de los integrantes de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señora Allende y señores De Urresti (Órdenes), Girardi, Prohens y Sandoval y Honorables Diputados señoras Hoffmann y Pérez (doña Catalina) y señores Ascencio, Castro y Saavedra.

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Seguidamente, como forma y modo de resolver las discrepancias suscitadas entre el Senado y la Cámara de Diputados, Su Excelencia el Presidente de la República sugirió la incorporación de un artículo 6°, nuevo, al proyecto de ley. El tenor literal de la aludida disposición es el que se señala a continuación:

“Artículo 6°.- Exceptúase de la aplicación de la presente ley, la infraestructura de conectividad, o sus proximidades, necesaria para el desarrollo de vías férreas, caminos, autopistas, puentes, puertos, aeropuertos y aeródromos destinados al uso público, de carga o pasajeros, y las destinadas a satisfacer una finalidad pública o cumplir una función social como las obras civiles y de infraestructura energética.”.

El Honorable Senador señor Girardi fue enfático en señalar que de aprobarse la disposición propuesta por el Ejecutivo no existirán humedales urbanos en nuestro país.

El Honorable Senador señor Sandoval puso de relieve que durante la tramitación de la iniciativa de ley se discutió ampliamente la necesidad de dejar un espacio para la realización de obras estratégicas para el país. No obstante, discrepó de la redacción propuesta por el Ejecutivo.

La Honorable Diputada señora Pérez, doña Catalina, hizo hincapié en que la aprobación de la norma sugerida por el Ejecutivo podría conducir a la inaplicabilidad de esta iniciativa que apunta a proteger los humedales urbanos. A mayor abundamiento, subrayó que dada la gran cantidad de hipótesis que considera, el precepto sugerido dejará sin protección a estos importantes ecosistemas.

Adicionalmente, llamó a tener en consideración que la preocupación manifestada por el Honorable Senador señor Sandoval quedaría salvaguardada en virtud de lo previsto en el N°1 del artículo 5°, el que establece la posibilidad de otorgar permisos de urbanización o de construcción en humedales urbanos. En efecto, recordó que la redacción recientemente aprobada por la Comisión Mixta señala que “Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales urbanos existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en ellos.”.

A la luz de lo anterior, remarcó que el texto ya es lo suficientemente permisivo y supone un importante retroceso en comparación a lo aprobado, en segundo trámite constitucional, por la Cámara de Diputados.

Por su lado, el Honorable Senador señor De Urresti coincidió con la legisladora que le antecedió en el uso de la palabra en que el proyecto de ley no supondrá una paralización de las obras. Así, precisó, lo deja establecido el N° 1 del artículo 5°. Al respecto, llamó a tener en consideración que la norma aprobada por la Cámara de Diputados que impedía otorgar permisos de urbanización y de construcción en humedales urbanos fue reemplazada por una que se limita a señalar que los instrumentos de planificación territorial deberán incluir los humedales urbanos existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanización o de construcción que se desarrollen en ellos.

Remarcó que una excepción tan grande como la propuesta por el Ejecutivo relativiza la protección de los humedales urbanos y supone un gran retroceso en la tramitación legislativa.

A su turno, la Honorable Senadora señora Allende discrepó de la propuesta del Ejecutivo, y sostuvo que las excepciones previstas en ella parecen excesivas. Adicionalmente, calificó de ambigua la frase “las destinadas a satisfacer una finalidad pública o cumplir una función social”. Asimismo, advirtió su asombro respecto a la incorporación de obras civiles y de infraestructura energética, las que, aseveró, nunca fueron consideradas durante la discusión del proyecto de ley.

En línea con lo anterior, recordó que una de las limitaciones al derecho de propiedad que considera nuestra Constitución Política de la República es la función social, concepto que comprende la conservación del patrimonio ambiental.

Añadió que la protección alcanzada para los humedales urbanos durante la tramitación de la propuesta legal quedaría desdibujada se aprobarse este precepto. Además, notó, la norma sugerida no está en sintonía con lo expresado recientemente por Su Excelencia el Presidente de la República en su discurso ante la 74° Asamblea General de las Naciones Unidas.

Por las razones esgrimidas y haciendo un llamado a que el crecimiento del país se haga de manera sustentable, anunció que votaría en contra de la incorporación de este nuevo precepto.

El Ministro (S) del Medio Ambiente, señor Felipe Riesco, deteniéndose en los comentarios vertidos por la Honorable Diputada señora Pérez y por el Honorable Senador señor De Urresti, en orden a que la norma propuesta no se justificaría tras la incorporación del precepto que encarga a los instrumentos de planificación territorial la incorporación de los humedales urbanos como áreas de protección de valor natural en reemplazo de aquella, aprobada por la Cámara de Diputados, que impedía otorgar permisos de urbanización y de construcción sobre humedales urbanos, salvo aquellos destinados a su protección, preservación, conservación y gestión, solicitó tener en cuenta que podría darse que la planificación territorial local prevista entorpezca la realización de ciertos proyectos de interés nacional o estratégicos. Indicó que si bien la redacción propuesta podría generar desconfianzas, podría encontrarse alguna que las disipe. Así, prosiguió, podrían permitirse las obras que se encuentren en la situación planteada, en la medida en que exista un informe previo favorable del Ministerio del Medio Ambiente. A mayor abundamiento, manifestó, podría incluirse la posibilidad de reclamarse del pronunciamiento de dicha Secretaría de Estado ante el tribunal ambiental competente. Ello, consideró, permitiría salvaguardar la imparcialidad para la determinación de realizar aquellos proyectos de interés nacional.

La Honorable Diputada señora Hoffmann puso de relieve que la protección de los humedales urbanos es un anhelo unánimemente compartido por los legisladores tanto de Gobierno como de oposición. Agregó que existe también consenso en la necesidad que el desarrollo del país no sea avasallador. Con todo, remarcó, caer en el extremo de no tener desarrollo debe evitarse.

En línea con lo anterior, estimó que el proyecto de ley en estudio impone la necesidad de avanzar hacia un desarrollo sustentable. En este contexto, señaló, posibilitar la construcción de proyectos de interés nacional y estratégicos parece razonable, más aún con una redacción como la propuesta por el Personero de Gobierno presente en la sesión.

Manifestó especial preocupación por la oposición respecto a la construcción del puerto de gran escala de San Antonio, debido a la presencia de ojos de mar, los que, tras ser limpiados por la empresa y habida consideración de que se emplazan al lado del humedal, han motivado la presencia de aves. Aseguró que el proyecto citado, además de ser uno fundamental para el país, toda vez que permite tener una posición estratégica frente al puerto de Callao, en Perú, es reflejo de un desarrollo armónico con el medio ambiente.

Notó que de no incluirse un artículo que permita la construcción de proyectos de interés nacional, al menos diez iniciativas a nivel nacional serían de dudosa edificación. Entre ellos, acotó, se encuentra la línea férrea en la comuna de Coquimbo, el puerto de San Antonio y la línea férrea en las comunas de Talcahuano, Hualpén y San Pedro de la Paz.

En atención a los argumentos manifestados, solicitó buscar una redacción menos amplia que la sugerida por Su Excelencia el Presidente de la República y que no ponga en riesgo la construcción de proyectos fundamentales para el país, como los referidos recientemente.

El Honorable Senador señor Girardi hizo hincapié en que los humedales urbanos, ecosistemas fundamentales para hacer frente al calentamiento global, se encuentran en serio peligro de extinción. Agregó que en un contexto medioambiental como por el que atravesamos, su presencia será aún más importante que la de líneas férreas, carreteras, puertos y aeropuertos.

El Asesor del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, señor Javier Poblete, recordó que la moción con que se origina la iniciativa de ley en estudio señala que el desarrollo debe ser sustentable, y afirmó que éste supone la construcción de carreteras, caminos, aeropuertos y otras obras esenciales para el país.

Consignado lo anterior, subrayó que la disposición propuesta por el Ejecutivo excluye de la excepción prevista en él a los sectores productivos, como son el minero, inmobiliario y otros que, debido a su actividad extractiva, menoscabarían los humedales.

Notó que distinto es el caso de las obras de conectividad que cumplen una función social y aquellas de infraestructura energética, que resultan esenciales para el desarrollo del país. Destacó que de no incluir una excepción como la planteada, la construcción de este tipo de obras serán materia de litigio, afectando su viabilidad y el empleo y desarrollo de las regiones en las que se emplazarían.

El Honorable Diputado señor Saavedra fue enfático en señalar que la protección de los humedales es una materia que debía haberse abordado con anterioridad, dadas las importantes funciones ecosistémicas que cumplen.

Destacó que ellos, además, son vitales para la sobrevivencia del hombre. Así, recordó, quedó de manifiesto tras el terremoto del año 2010 y el posterior tsunami que afectó a nuestras costas. En efecto, indicó, la presencia de humedales en la comuna de Talcahuano permitió mitigar el impacto de las olas, además de proporcionar agua a la población durante las semanas posteriores a la catástrofe, en donde el suministro de agua potable se vio afectado.

En otro orden de consideraciones, hizo presente que la Ley General de Urbanismo y Construcciones estable los instrumentos de planificación territorial y la preeminencia de los diferentes instrumentos existentes sobre el particular. Al respecto, llamó a tener en consideración que por sobre los instrumentos de planificación territorial local se encuentra el plan regulador metropolitano, que es el que, en definitiva, determina el uso del suelo. Resaltó que a ellos se suman el plan regional de ordenamiento territorial y la estrategia de desarrollo regional.

Tras hacer presente los instrumentos de planificación existentes, fue enfático en señalar que la norma propuesta por el Ejecutivo no era necesaria, por cuanto serán otros instrumentos mencionados los que determinen el uso del suelo y la protección que se da a cada uno de los humedales existentes. Advirtió que si lo que se busca es dar una protección real a estos importantes ecosistemas, debía modificarse la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Por su lado, el Honorable Diputado señor Castro advirtió que podría ocurrir que la construcción de una obra de conectividad requiera pasar por un humedal urbano, y estimó que en tal caso lo importante es salvaguardar la sustentabilidad del humedal comprometido.

El Honorable Senador señor De Urresti coincidió con la observación realizada por el Honorable Diputado señor Saavedra respecto a que los humedales urbanos son ecosistemas fundamentales para mitigar catástrofes naturales, como los tsunamis, dando cuenta de ello lo ocurrido el año 2010.

Concordó, además, con la acotación realizada por el Presidente de la Comisión en orden a que los humedales que quedan sólo son fracciones de aquellos que originalmente existieron, producto de la acción del hombre.

En otro orden de consideraciones, fue tajante en señalar que el artículo propuesto por el Ejecutivo no fue discutido durante la tramitación de la iniciativa de ley ni menos aún resuelve las controversias surgidas entre ambas Cámaras durante la tramitación del proyecto, materia a la que debe abocarse esta instancia legislativa.

Por último, yendo al fondo de la propuesta del Ejecutivo, afirmó que su aprobación supondría un retroceso para la protección de humedales urbanos alcanzada hasta el momento.

A su vez, la Honorable Senadora señora Allende, deteniéndose en la preocupación manifestada por la Honorable Diputada señora Hoffmann, fue enfática en señalar que nadie pretender oponerse a la construcción del puerto de San Antonio, dada la importancia que éste reviste para el desarrollo del país. Sin embargo, estimó que rellenar los humedales existentes para transformarlos en estacionamiento de camiones no parece una medida adecuada. Agregó que el diseño del referido puerto debiera resguardar los ojos de mar existentes en él, compatibilizando el desarrollo económico con la protección del medio ambiente.

La Honorable Diputada señora Hoffmann hizo un llamado a abrir una puerta a la construcción de los proyectos de interés nacional, sin comprometer, lógicamente, su paso por el Servicio de Evaluación Ambiental.

Al respecto, el Honorable Senador señor De Urresti expresó que ello será algo que quedará entregado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, e insistió en que incorporar una excepción tal diluiría la protección de los humedales urbanos.

Sobre el mismo punto, el señor Ministro (S) del Medio Ambiente hizo presente que el interés nacional no es un aspecto que quede entregado a la calificación del Servicio de Evaluación Ambiental.

El Honorable Senador señor Sandoval lamentó que no se contemplara una excepción para la construcción de obras de interés nacional en la propuesta legal. Sin embargo, aseguró que la norma sugerida por el Ejecutivo, en los términos en que se encuentra redactada, genera suspicacias. En atención a ello, anheló perfeccionar el tenor de la disposición objeto de análisis.

Con todo, manifestó que de no alcanzarse un acuerdo al respecto, al menos la redacción aprobada para el N° 1 del artículo 5° dejaría un espacio a este tipo de proyectos.

La Honorable Diputada señora Hoffmann anunció que votaría a favor de la propuesta de Su Excelencia el Presidente de la República, y lamentó que no se alcanzara un acuerdo para modificar la redacción propuesta, dejando un espacio a las obras de interés nacional.

Estimó que no acoger la sugerencia equivale a pasar a un extremo en donde en pos de la protección del medio ambiente, no se posibilita la construcción de obras que son necesarias para el país. A mayor abundamiento, indicó que la ausencia de una norma tal comprometería la construcción del puerto de San Antonio, perjudicando no sólo a sus habitantes sino también a todo el país.

El Honorable Diputado señor Saavedra consideró fundamental no retardar más la protección de los humedales urbanos, y, en consecuencia, adelantó que votaría en contra de la norma.

El Honorable Diputado señor Ascencio fue tajante en expresar que el rechazo del precepto propuesto por Su Excelencia el Presidente de la República no supondría oponerse a las obras estratégicas para el país, toda vez que existen los mecanismos adecuados para asegurar su construcción.

La Honorable Diputada señora Pérez valoró que los legisladores de Gobierno demandaran un desarrollo sustentable y no destructor del medio ambiente.

Precisado lo anterior, insistió en que la redacción del N° 1 del artículo 5°, recientemente aprobada por esta instancia, permitirá dar un espacio a obras estratégicas para el país. Por ello, aseguró que rechazaría la incorporación del artículo 6°, propuesto.

Seguidamente, el Honorable Senador señor Sandoval resaltó que la protección de los humedales urbanos cuenta con el respaldo unánime de ambas Cámaras. Aseguró que dicha idea cuenta también con la venia del Gobierno del Presidente Piñera. En este punto, recordó que Su Excelencia el Presidente de la República lanzó, en agosto del año 2018, el Plan Nacional de Protección de Humedales, el que identificó 40 humedales prioritarios para resguardar a lo largo del país. En consecuencia, subrayó, la protección de humedales es una idea transversalmente apoyada.

En cuanto a la demanda de considerar en la iniciativa de ley un espacio para la realización de obras de interés nacional, estimó que la redacción recientemente aprobada para el N° 1 del artículo 5° de la propuesta legal deja claramente establecida la posibilidad que ellas se lleven a cabo, al prescribir que los instrumentos de planificación territorial deberán considerar los humedales urbanos existentes en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en ellos.

En atención a que el proyecto de ley permite, de manera excepcional, la realización de este tipo de obras, y habida consideración de la amplia redacción propuesta para el artículo en estudio, afirmó que votaría en contra.

Por su parte, el Honorable Senador señor De Urresti destacó que la iniciativa de ley permitiría, por primera vez en nuestro país, proteger los humedales urbanos, ecosistemas hasta ahora ignorados en Chile, pero que han demostrado los múltiples servicios que pueden prestar.

Remarcó que la excepción contemplada en el artículo 6° propuesto por Su Excelencia el Presidente de la República relativiza la protección alcanzada hasta el momento. Añadió que las obras de interés nacional podrán tener espacio, en virtud de lo dispuesto en el N° 1 del artículo 5° del proyecto, y en la medida en que su diseño no impacte tanto en el humedal afectado, compatibilizando así su protección con el desarrollo del país.

Por las razones esgrimidas, señaló que votaría en contra del artículo analizado.

La Honorable Senadora señora Allende, en relación con la última intervención realizada por la Honorable Diputada señora Hoffmann, insistió en que nadie se opone a la construcción del puerto de San Antonio. Sin embargo, remarcó, su diseño debe tener en consideración la protección de los ojos de mar existentes y no su destrucción, como se ha planteado, a objeto de construir estacionamiento para camiones.

En sintonía con lo anterior, advirtió la necesidad que el desarrollo del país se alcanzara de manera sustentable.

Sobre la disposición en estudio, aseguró que la rechazaría, en atención a las razones expresadas con anterioridad.

El Honorable Senador señor Girardi solicitó tener en consideración que los humedales urbanos, ecosistemas que otorgan múltiples servicios, adquirirán aún más importancia en un contexto de cambio climático. En efecto, continuó, probablemente estas fracciones de humedales urbanos permitirán mitigar sus efectos y adaptarnos a esta nueva realidad.

Estimó que la iniciativa de ley no sólo posibilitaría la protección de los humedales, sino que, además, permitiría la construcción de las obras de conectividad. Ello, argumentó, porque la ubicación y diseño de estas últimas puede cambiarse, pero no la de los humedales.

Adicionalmente, consideró que la redacción aprobada para el N° 1 del artículo 5° del proyecto de ley permitirá darle flexibilidad, dando cabida a aquellas obras que sean compatibles con la protección de los humedales. Por ello, aseguró, rechazaría la incorporación del artículo 6° sugerido por el Ejecutivo.

- Sometido a votación el artículo 6° propuesto, éste fue rechazado por mayoría. Se pronunciaron en contra los Honorables Senadores señora Allende y señores De Urresti (Órdenes), Girardi, Prohens y Sandoval y los Honorables Diputados señora Pérez (doña Catalina) y señores Ascencio y Saavedra. Lo hicieron a favor, por su parte, los Honorables Diputados señora Hoffmann y señor Castro.

Artículo transitorio

Cabe hacer presente que como consecuencia de la solicitud formulada por el Honorable Senador señor De Urresti, en orden a abordar en un solo reglamento las materias previstas en los artículos 2° y 3° y a dictar la aludida norma legal dentro del plazo de seis meses, aspectos que contaron con el respaldo unánime de los integrantes de la Comisión Mixta, el plazo previsto en el artículo transitorio disminuyó de un año a seis meses.

Como consecuencia de lo anterior, la redacción de la disposición transitoria es la que sigue:

“Artículo transitorio.- El plazo para dictar el reglamento señalado en el artículo 2° será de seis meses, contados desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial.”.

- - -

En merito de lo expuesto y de los acuerdos adoptados, vuestra Comisión Mixta tiene el honor de proponeros, como forma y modo de salvar las diferencias entre ambas Cámaras del Congreso Nacional, lo siguiente:

Artículo 3º, nuevo, incorporado por la Cámara de Diputados

Reemplazarlo por el que sigue:

“Artículo 3°.- Desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente, la municipalidad respectiva podrá postergar la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados; dicha postergación se realizará utilizando, en lo que corresponda, el procedimiento establecido en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

El reglamento previsto en el artículo anterior establecerá el procedimiento mediante el cual el municipio podrá solicitar el reconocimiento de la calidad de humedal urbano.

En contra del pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente que resuelve la solicitud de reconocimiento de la calidad de humedal urbano podrá reclamarse, dentro del plazo de treinta días, ante el Tribunal Ambiental competente, que es aquel que ejerce jurisdicción en el territorio en donde se encuentra el humedal. En caso que un humedal esté situado en más de un territorio jurisdiccional, conocerá del asunto el tribunal que en primer lugar se avoque a su consideración.”.

Artículo 4°

(ha pasado a ser 5°)

Número 1)

Sustituirlo por el siguiente:

“1) Agrégase, en el artículo 60, el siguiente inciso tercero, nuevo:

“Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales urbanos existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en ellos.”.”.

Artículo transitorio

Reemplazar la expresión “un año” por “seis meses”.

- - -

A título meramente informativo, cabe hacer presente que de ser aprobada la proposición de la Comisión Mixta, el texto de la iniciativa legal queda como sigue:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger los humedales urbanos declarados por el Ministerio de Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano.

En el caso de que la solicitud sea efectuada por el municipio, el Ministerio del Medio Ambiente deberá pronunciarse dentro del plazo de seis meses.

Artículo 2°.- Un reglamento expedido por el Ministerio del Medio Ambiente, suscrito también por el Ministro de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento, y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales urbanos ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el reglamento indicado en el inciso anterior.

Artículo 3°.- Desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente, la municipalidad respectiva podrá postergar la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados, dicha postergación se realizará utilizando, en lo que corresponda, el procedimiento establecido en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

El reglamento previsto en el artículo anterior establecerá el procedimiento mediante el cual el municipio podrá solicitar el reconocimiento de la calidad de humedal urbano.

En contra del pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente que resuelve la solicitud de reconocimiento de la calidad de humedal urbano podrá reclamarse, dentro del plazo de treinta días, ante el Tribunal Ambiental competente, que es aquel que ejerce jurisdicción en el territorio en donde se encuentra el humedal. En caso que un humedal esté situado en más de un territorio jurisdiccional, conocerá del asunto el tribunal que en primer lugar se avoque a su consideración.

Artículo 4°.- Modifícase el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en los siguientes términos:

1) Incorpórase en la letra p), a continuación de la expresión “reservas marinas”, lo siguiente: “, humedales urbanos”.

2) Reemplázase la letra q), por la siguiente:

“q) Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados, humedales, o a cursos o masas de agua que puedan ser afectadas;”.

3) Sustitúyese, en la letra r), el punto final por la expresión “, y”.

4) Agrégase una nueva letra s), del siguiente tenor:

“s) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de humedales que se encuentran total o parcialmente dentro del límite urbano, y que impliquen su relleno, drenaje, secado, extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie.”.

Artículo 5°.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, promulgado el año 1975 y publicado el año 1976, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones:

1) Agrégase, en el artículo 60, el siguiente inciso tercero, nuevo:

“Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales urbanos existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en ellos.”.

2) Intercálase, en el artículo 64, a continuación de la expresión “riberas de mar”, la que sigue: “, de humedales”.

Artículo transitorio.- El plazo para dictar el reglamento señalado en el artículo 2° será de seis meses, contados desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial.”.

- - -

Acordado en sesiones celebradas los días 10 de septiembre de 2019, con asistencia de sus miembros, Honorables Senadores señor Guido Girardi Lavín (Presidente), señoras Isabel Allende Bussi y Ximena Órdenes Neira y señores Rafael Prohens Espinosa y David Sandoval Plaza, y Honorables Diputados señoras María José Hoffmann Opazo y Catalina Pérez Salinas y señores Gabriel Ascencio Mansilla, José Miguel Castro Bascuñán y Gastón Saavedra Chandía; y 24 de septiembre de 2019, con asistencia de sus miembros, Honorables Senadores señor Guido Girardi Lavín (Presidente), señora Isabel Allende Bussi y señores Alfonso De Urresti Longton (Ximena Órdenes Neira), Rafael Prohens Espinosa y David Sandoval Plaza, y Honorables Diputados señoras María José Hoffmann Opazo y Catalina Pérez Salinas y señores Gabriel Ascencio Mansilla, José Miguel Castro Bascuñán y Gastón Saavedra Chandía.

Sala de la Comisión Mixta, a 25 de septiembre de 2019.

Julio Cámara Oyarzo

Secretario Accidental de la Comisión

4.2. Discusión en Sala

Fecha 06 de noviembre, 2019. Diario de Sesión en Sesión 66. Legislatura 367. Discusión Informe Comisión Mixta. Se aprueba.

PROTECCIÓN DE HUMEDALES URBANOS. INFORME DE COMISIÓN MIXTA

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Informe de Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos.

--Los antecedentes sobre el proyecto (11.256-12) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley (moción de los Senadores señor De Urresti, señoras Allende y Muñoz, señor Pérez Varela y del entonces Senador señor Patricio Walker):

En primer trámite: sesión 21ª, en 7 de junio de 2017 (se da cuenta).

En tercer trámite: sesión 24ª, en 11 de junio de 2019.

Informes de Comisión:

Medio Ambiente y Bienes Nacionales: sesión 39ª, en 8 de agosto de 2018.

Medio Ambiente y Bienes Nacionales (segundo): sesión 63ª, en 24 de octubre de 2018.

Medio Ambiente y Bienes Nacionales: sesión 40ª, en 13 de agosto de 2019.

Mixta: sesión 63ª, en 28 de octubre de 2019.

Discusión:

Sesiones 40ª, en 14 de agosto de 2018 (se aprueba en general); 65ª, en 7 de noviembre de 2018 (se aprueba en particular); 43ª, en 21 de agosto de 2019 (se rechazan algunas enmiendas y pasa a Comisión Mixta).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la señora Secretaria.

La señora SILVA (Secretaria General subrogante).-

Las divergencias suscitadas entre ambas Cámaras derivan del rechazo por el Senado de las siguientes enmiendas efectuadas por la Cámara de Diputados en el segundo trámite constitucional:

-La incorporación de un artículo 3°, nuevo, y

-las recaídas en el número 1) del artículo 4°.

La Comisión Mixta, como forma de resolver las divergencias entre ambas Cámaras, efectúa una proposición que consiste en reemplazar el artículo 3°, nuevo, incorporado por la Cámara de Diputados; en sustituir el artículo 4°, que pasó a ser 5°, y en reemplazar en el artículo transitorio la expresión "un año" por "seis meses".

La Comisión Mixta acordó dicha proposición con las votaciones que consigna en su informe.

Cabe tener presente que el inciso tercero del artículo 3° del texto propuesto tiene carácter orgánico constitucional y requiere para su aprobación 25 votos favorables.

También es importante dejar constancia de que conforme al acuerdo de Comités adoptado el día de ayer, este informe de la Comisión Mixta se votará sin discusión.

Nada más, Presidente.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Los Comités acordaron votar sin debate este informe de Comisión Mixta.

Naturalmente, se puede fundamentar el voto.

En votación.

--(Durante la votación).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Por favor, que suenen los timbres para llamar a aquellos Senadores que están en alguna Comisión.

Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Señor Presidente, fundamentaré mi voto de manera breve, espero.

Este proyecto de ley afortunadamente está llegando al fin de su tramitación legislativa, y lo más importante de destacar -usted, Senador De Urresti, ha trabajado profundamente en esto en el último tiempo- es el acuerdo unánime que ha existido sobre la urgente necesidad de cuidar y salvar los humedales urbanos.

Respecto a los acuerdos de la Comisión Mixta, estimo que las discrepancias que existían entre la Cámara y el Senado han sido resueltas de manera correcta.

Sobre el artículo 3°, me parece adecuado que mientras esté pendiente la solicitud de declaración de un humedal urbano formulada por una municipalidad, dicha municipalidad tenga que postergar la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial.

Además, parece razonable que la decisión que tome el Ministerio del Medio Ambiente sobre la declaración de un humedal urbano se pueda reclamar ante el tribunal competente, tanto de aquella decisión que declara un humedal urbano, así como también de la decisión que deniega su declaración.

Respecto al artículo 4°, que también dice relación con el sector municipal, creo que la norma acordada establece una forma clara en que los municipios deberán incorporar en sus instrumentos de planificación territorial los humedales urbanos existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección del valor natural, para efectos de determinar las condiciones bajo las que se otorgarán los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en esos lugares.

Es de esperar que el Ministerio del Medio Ambiente pueda efectuar un trabajo con los municipios de manera que estos logren implementar esta norma en sus instrumentos de planificación de la mejor manera.

Por último, señor Presidente, quería referirme al nuevo artículo 6° que fue propuesto por el Ejecutivo en la Comisión Mixta.

Dicho artículo 6° establecía una excepción a esta ley para las obras de infraestructura de conectividad, o sus proximidades, necesaria para el desarrollo de las vías férreas, caminos, autopistas, puentes, puertos, aeropuertos y aeródromos destinados al uso público.

Afortunadamente, la Comisión Mixta rechazó esa propuesta.

En Magallanes, y quiero contar nuestro ejemplo, ¡si es que los Senadores me lo permiten...!, tenemos un humedal urbano conocido como el humedal Tres Puentes...

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Señor Senador, un segundo.

Por favor, pido silencio a la Sala. Está interviniendo el Senador Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Le agradezco, señor Presidente, pero entiendo que cada uno quiera escucharse a sí mismo...

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Continúe, por favor.

El señor BIANCHI.-

Le estaba diciendo, señor Presidente -además, usted conoce los humedales a los que me estoy refiriendo-, que existe en nuestra región el humedal Tres Puentes, que hasta la fecha no tenía ningún grado de protección, lo cual ha significado un grave deterioro en sus condiciones ambientales.

Actualmente, el Gobierno regional incluso ha licitado la construcción de una vía elevada justamente en el sector en que se emplaza dicho humedal, con un presupuesto de más de 23 mil millones de pesos.

Sin entrar a manifestarme sobre la necesidad de dicha obra y de lo pertinente que resulta destinar 23 mil millones de pesos a este efecto y no a otras obras de conectividad que son mucho más urgentes para nuestra región, no puede ser que un proyecto así hubiera quedado excluido del ámbito de la ley y realizarse sin ninguna evaluación de sus impactos ambientales, por lo que me alegra profundamente el rechazo de la norma propuesta en la Comisión Mixta.

Voto a favor.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, para fundamentar su voto, la Senadora Isabel Allende.

La señora ALLENDE.-

Señor Presidente, una vez más quiero señalar que acompañamos al Senador De Urresti en esta moción, que me parece extraordinariamente relevante, y tengo la profunda satisfacción de decir que llegamos a acuerdos unánimes en la Comisión Mixta. Ya los describió muy bien el Senador Bianchi; por tanto, no me remitiré a los detalles, pero me interesa relevar lo importante que es que hayamos logrado el apoyo transversal para aprobar este proyecto de ley.

No está de más recordar sus cuatro pilares fundamentales, para que todos nos entendamos:

-Se asegura la protección de humedales urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente, de oficio o a solicitud del municipio respectivo;

-El Ministerio del Medio Ambiente será el encargado de establecer los criterios mínimos de sustentabilidad con los cuales se protegerán y gestionarán los humedales urbanos;

-Los proyectos que supongan alteración de los humedales urbanos deberán ser sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental;

-Los instrumentos de planificación territorial deben incluir los humedales urbanos como exigencia fundamental para todo el ordenamiento territorial.

Por eso, una vez más quiero destacar lo importante que ha sido poder aprobar y que se convierta en ley esta insistencia suya, señor Presidente. Creo que ha sido extraordinariamente relevante, porque nos hacía mucha falta una norma como esta.

Nuestros humedales urbanos son los más vulnerables. Es reconocido que rápidamente, frente a un proyecto inmobiliario, a la expansión de un puerto o cualquiera que sean las razones, aquí se tiende simplemente a secarlos, rellenarlos, ignorando completamente la función que cumplen.

Y lo que me parece más grave aún es que nosotros no hemos logrado todavía sacar adelante el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, que es un aspecto importante.

Por lo tanto, en este marco, adquiere más relevancia todavía la protección de los humedales.

No está de más insistir en lo que son: un ecosistema vital para el planeta. Como su nombre indica, se trata de ecosistemas "húmedos", o sea, que pasan inundados con agua de forma permanente o intermitente, según la temporada.

En tal sentido, revisten una tremenda importancia, no solo por ser lugares ricos en biodiversidad, sino también por proveer de funciones de apoyo y productos esenciales para la comunidad humana: nos entregan agua, alimentos, protección contra plagas y enfermedades, además de lo que pueden implicar en las áreas de recreación y turismo.

En la Región de Valparaíso, que atraviesa por una grave crisis hídrica, la protección y el rol de los humedales es crucial. Por lo mismo, la Fundación Chile publicó un estudio sobre la escasez del agua, en el que analiza los escenarios hídricos y releva la necesidad de conservar y potenciar las soluciones basadas en la naturaleza, como la protección de los humedales, las turberas, los glaciares y acuíferos, ya que son nuestros embalses naturales. Esas serían medidas naturales de protección frente a los eventos extremos que está provocando el cambio climático.

Resulta fundamental entender la importancia que tiene proteger nuestros humedales urbanos, los cuales reponen las napas subterráneas y depuran las aguas, además de estabilizar las costas, todo ello -como decía- para hacer frente a los cambios climáticos extremos.

Por años los humedales en Chile fueron considerados como lugares improductivos e, incluso, insalubres. Se procedía a drenarlos, a convertirlos en campos de cultivos, en represas, en proyectos inmobiliarios.

Lamentablemente, se ha destruido el 64 por ciento de los humedales del planeta en el último siglo. Por lo tanto, nosotros, como país, que tenemos 4,5 millones de hectáreas de humedales, debemos protegerlos porque actualmente casi todos carecen de protección legal.

No solo es importante apoyar la ampliación del Santuario de la Naturaleza de Tunquén, sino que también espero que nuestros Ministros, que han sido recién nombrados, avancen en la protección de todos los humedales urbanos que se exponen a secado, drenaje o impermeabilización.

También he señalado, en otras oportunidades en esta Sala, mi preocupación por los tres humedales que hay en la zona de Llolleo, conocidos como "Ojos de Mar", pues son importantes para la comunidad. Hemos visto cómo ahí anidan los pájaros y hay cisnes de cuello blanco. Son muy relevantes, y no puede ser que simplemente se conviertan en un estacionamiento frente a la eventual ampliación del puerto.

Por ello, creo que hemos dado un gran paso.

Quiero reiterar, una vez más, señor Presidente, lo importante que ha sido el rol que ha jugado usted en la protección de los humedales urbanos.

El Senado, al aprobar hoy día la proposición de la Comisión Mixta, que fue acogida de forma unánime, va a obligar a hacer evaluaciones de impacto ambiental en aquellos proyectos que puedan afectar a estos ecosistemas y, además, obligará a los municipios a contar con ordenanzas destinadas a cuidar esas áreas.

De esta manera, hemos dado un paso más. Espero que el siguiente paso sea aprobar la creación del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Muchas gracias, Senadora.

Tiene la palabra el Senador David Sandoval.

El señor SANDOVAL.-

Señor Presidente, efectivamente este proyecto ha sido objeto de una larga tramitación: en Comisiones y en Sala, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, y en la Comisión Mixta.

Reconocer que los humedales no son tierras baldías, sin ningún uso ni valor patrimonial, es quizá el aspecto más significativo de esta iniciativa.

También valoro que, junto al Senador De Urresti, quien hoy conduce el Senado, el propio Presidente de la República, Sebastián Piñera, lanzó el Plan Nacional de Conservación de Humedales, considerando que en Chile todavía no es posible siquiera definir los rangos sobre los cuales existen. Se habla de un rango que va entre 18 y 30 mil humedales en nuestro país.

Eso nos pone ante la urgencia para llevar adelante, a través del Comité Nacional de Humedales, los registros de esos lugares y, particularmente, el impacto que tienen en la vida silvestre, en las especies endémicas, en la diversidad biológica, en la migración de tantas aves que son parte de esos espacios.

Por ello, valoramos la moción del Senador Alfonso de Urresti, del entonces Senador Patricio Walker, de las Senadoras Isabel Allende y Adriana Muñoz y de nuestro Senador Víctor Pérez. Se trata de una moción bastante transversal en su diseño original.

Los perfeccionamientos que se lograron introducir en la Comisión Mixta, en conjunto con el Ejecutivo, lograron salvar algunas dificultades en la aplicación futura de la norma y también asegurar la permanencia del valor esencial de los humedales, que deberán ser declarados como tales por las municipalidades.

Además, las aplicaciones de las nuevas disposiciones van a estar resguardadas por el marco de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Con ello, en definitiva, se lograrán establecer los procedimientos a través de los cuales se van a realizar los eventuales otorgamientos de permisos y otros aspectos con relación a dichas áreas.

Creemos que es importante -ya lo señalé- el reconocimiento del enorme valor biológico que revisten estos humedales para la fauna y el entorno. Ello, más que un problema, es una oportunidad, es un espacio dedicado a la biodiversidad.

En los humedales urbanos -a eso se refiere este proyecto- los municipios van a jugar un gran rol en cuanto a su protección, a su definición.

Creemos que este proyecto da respuesta a una evidente necesidad.

A lo largo del país, hay muchas realidades; unas más grandes, otras más pequeñas. Algunos humedales en su oportunidad se transformaron en tierras eriazas, espacios que no tenían ningún valor, desde el punto de vista del paisaje, y mucho menos para la construcción. Muchos efectivamente fueron drenados, afectados; incluso fueron objeto de rellenos para luego construir sobre ellos. Eso fue un serio atentado a nuestra diversidad biológica ambiental en zonas urbanas.

Por tanto, señor Presidente, voto a favor del informe de la Comisión Mixta.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora Carolina Goic.

La señora GOIC.-

Señor Presidente, lo primero es expresar mi alegría por completar la tramitación de este proyecto, que hemos trabajado en conjunto, y, sobre todo, porque esta iniciativa surge también desde la sociedad civil, desde las personas que han levantado hace tantos años la agenda de protección de los humedales urbanos, cambiando la concepción tradicional de que los sitios de protección están fuera de las ciudades.

Creo que eso es muy importante de destacar cuando estamos terminando la tramitación del proyecto, por cuanto se entiende que no hay una separación entre la protección de la naturaleza y el cómo entendemos el desarrollo de una ciudad o del entorno donde vivimos.

A mi juicio, es muy significativo entender cómo tenemos que abordar -como nos dice un amigo siempre- las tres "e": la economía, pero también la ecología y la ética. Es decir, cómo administramos desde la economía la casa que cuidamos.

Ello tiene que ver también con las normas que acordamos respecto del bien común. Y eso no se aplica solamente a las personas.

La ecología es cómo nos relacionamos con el medio; es entender que uno no está sobre otro, sino que lo que hacemos a la naturaleza incide en nosotros como especie, en una relación más horizontal, donde lo que hacemos es cohabitar. Me parece que esa es la noción en la que avanzamos.

Esta no es solamente una herramienta de protección -¡y por supuesto que lo es!-, sino también una forma de entender el desarrollo sustentable de verdad. Debemos comprender que el desarrollo económico por sí solo, no sustentable, no es real y no se sostiene.

Por lo tanto, incorporar esto a la dinámica de una ciudad me parece que es un cambio significativo. Con ello ya no pesará más el proyecto inmobiliario, con los puestos de trabajo asociados y la inversión, pues se pone en valor hoy día un humedal.

Espero que avancemos, además, en la protección de otros "activos ecológicos", por decirlo así, como es el caso de la turba, en que tenemos pendiente el proyecto respectivo.

Creo que la iniciativa en análisis constituye un avance en tres líneas.

Por un lado, va a permitir utilizar como herramienta la ordenanza general. Las municipalidades tendrán que dictar ordenanzas para la protección, conservación y preservación de los humedales urbanos.

Otro aspecto concreto son los instrumentos de planificación territorial. Los planes reguladores deberán incluir los humedales urbanos en la calidad de áreas de protección de valor natural.

Y también es necesario que hoy día el sistema de evaluación de impacto ambiental se actualice y exija que todo proyecto que pueda poner en riesgo un humedal urbano tenga que incorporarse a dicha evaluación.

Me parece que esas son herramientas muy concretas que permiten avanzar en la protección de ese tipo de zonas.

Debemos entender, sobre todo, que si no consideramos esto, finalmente se volverá en contra del propio desarrollo y de nuestra propia supervivencia. Esa noción es quizá lo más potente.

El hecho de que quede claramente establecida la modalidad con la cual se van a declarar los humedales urbanos; de que exista un plazo definido, y de que se sepa cuál será el rol tanto del Ministerio del Medio Ambiente como de los municipios son avances concretos de esta futura ley, que -insisto- ha sido construida más desde la experiencia.

Termino esta intervención agradeciendo una vez más a la Agrupación Ecológica Patagónica, que ha sido una de las impulsoras de esta noción de protección a los humedales en zonas urbanas.

Me parece que en adelante tenemos que ampliar esta mirada, no solo a las áreas silvestres protegidas, sino también a las zonas ubicadas entremedio de las ciudades que poseen un servicio ecosistémico, que es fundamental considerar, poner en valor y proteger.

Por lo tanto, con gusto voto a favor de la iniciativa y del informe de la Comisión Mixta.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

A continuación, tiene la palabra el Senador Víctor Pérez.

El señor PÉREZ VARELA.-

Señor Presidente, en primer lugar, deseo agradecer públicamente el que usted me haya invitado a participar de este proyecto, que considero relevante.

Es una iniciativa que tuvo una ardua tramitación, durante la cual en el país se fue generando una consciencia muy fuerte sobre este tema, que incluso llevó al Gobierno a elaborar el Plan Nacional de Protección de Humedales para establecer medidas de protección adecuadas a este ecosistema vital, que muchas veces se miraba superficialmente.

Me alegra que estemos discutiendo la materia en este momento, pese a que algunos dicen que somos la orquesta del Titanic, que se está hundiendo. Pero, aun en esas condiciones, es esencial ayudar a salvar los humedales en distintas partes.

En otro tiempo se hacía vista gorda a esta realidad. Por ejemplo, en la comuna de San Pedro de la Paz, un antiguo alcalde socialista prácticamente construyó buena parte de esa comuna sobre humedales. Y muchos de los que hoy rasgan vestiduras sobre la iniciativa, en ese momento mantuvieron silencio.

Pero ahora estamos terminando de discutir una cuestión que es relevante para las personas y las ciudades.

Deseo valorar la actuación del Ministerio del Medio Ambiente y de la Ministra, quien se encuentra presente en la Sala, porque también fue una contribución a tomar consciencia de que debemos legislar sobre esta importante y trascendente materia.

La responsabilidad que el proyecto les entrega a los municipios y al Ministerio del Medio Ambiente, sin duda, es fundamental. Ojalá todos los alcaldes tengan una actitud proactiva para afrontar adecuadamente este asunto e incorporar los humedales a los planos reguladores, con el fin de tener una visión clara respecto de dónde y cuándo se podrá autorizar un permiso de construcción. Por tanto, dichas autoridades van jugar un rol muy relevante en este ámbito.

Sin duda, el Ministerio del Medio Ambiente, en coherencia con lo que dije al principio de mi intervención sobre el Plan Nacional de Protección de Humedales, podrá ir dando las indicaciones, fijando la normativa y aconsejando en qué lugares será posible desarrollar esto, para que, de una manera objetiva y sustantiva, podamos decir que la iniciativa que hoy estamos transformando en ley de la república va a significar, en diez o quince años más, una mirada absolutamente distinta de nuestra ciudad y, particularmente, de los humedales.

Según las estadísticas que he leído, Chile tiene alrededor de 6 por ciento (5,9 por ciento) de humedales en su territorio. No es una cifra menor, pero igual debemos cuidarlos, respetarlos y generar políticas públicas para protegerlos.

Además, tal como lo dije al inicio de mis palabras, muchos de estos humedales se encuentran en medio de ciudades, no solo en el borde costero o en la cordillera. Por eso el proyecto de ley les entrega una gran responsabilidad a los municipios. Sin embargo, si estos no son proactivos y no modifican con cierta prontitud los planos reguladores, podríamos enfrentar situaciones complejas y difíciles, que, sin duda, no están en el espíritu de esta legislación.

Señor Presidente, vuelvo a valorar su invitación a formar parte de esta iniciativa.

Es un momento importante llegar al final del trámite legislativo de una materia de tanta relevancia.

En consecuencia, voto favorablemente el informe de la Comisión Mixta.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Gracias por sus palabras, Senador Pérez Varela.

Tiene la palabra el Senador José Miguel Insulza.

El señor INSULZA.-

Señor Presidente, entendí que esta era una votación sin debate. Pero quiero aprovechar, igual que otros colegas, de fundamentar mi voto, porque para mi región no es indiferente la votación que tenemos hoy.

Nosotros, aunque estamos ubicados en la ecorregión del desierto de Atacama, tenemos un humedal urbano a 10 kilómetros al norte de la ciudad de Arica: el del río Lluta. Para nosotros es un gran momento el poder concurrir a esta votación para aprobar la protección de los humedales urbanos.

Quiero decir, sin embargo, que nuestro humedal aún es pequeño, y estamos esforzándonos por aumentar su tamaño con el Ministerio del Medio Ambiente y con la municipalidad, en su plano regulador.

Con todo, es un sitio que alberga a más de 20 mil aves. Un tercio de las aves que están registradas en este país se encuentran en el humedal del río Lluta, pues es una zona de paso para aves que vienen del norte en los períodos invernales. A eso se agrega la existencia de veinte especies nativas, que son muy valoradas por todos.

Este humedal ha sido poco protegido últimamente. Por cierto, todavía es necesario que las autoridades regionales y municipales se esfuercen en darle una mayor visibilidad y, sobre todo, una mejor protección y cuidado a uno de los pocos humedales urbanos -yo creo que es el único- que existe en la zona norte de Chile.

Es una rareza, pero una rareza que nosotros apreciamos y respetamos mucho.

Por esa razón, estoy muy agradecido del Senador De Urresti y de los demás Senadores que han llevado adelante este proyecto, que nos incorpora, finalmente, a la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente y a la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Con ello nos permitirá proteger mucho más nuestro humedal urbano del río Lluta, que es una de las joyas ecológicas de la Región de Arica y Parinacota.

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Muchas gracias a usted por sus expresiones.

Tiene la palabra la Senadora Ximena Órdenes.

La señora ÓRDENES.-

Señor Presidente, hoy vemos que la actual legislación no da una protección suficiente a los ecosistemas de humedales en general, ya sea que se ubiquen en la costa, dentro de las ciudades, en áreas silvestres protegidas o que hayan sido declarados bajo una figura de protección, como es la categoría internacional Ramsar.

Por eso considero que este es un primer gran paso.

Deseo felicitarlo, señor Presidente, en tanto autor de este proyecto. Creo que, como país, tenemos el desafío de responder ampliamente por la protección, el resguardo y la conservación que queremos otorgarles a los humedales en Chile.

Así como el Senador Insulza destacaba el caso de su región, yo quiero señalar que represento una zona en la que esperamos que el segundo paso sea la protección de las turberas, un tipo de humedal que está presente principalmente en las Regiones de Los Lagos, de Aysén y de Magallanes y que, a nuestro juicio, se encuentra bajo una amenaza considerable.

Acá no queda otra que hablar de cuáles son las funciones de los humedales en el ecosistema en general. Y son varias: primero, sirven como suministro hídrico, pues almacenan agua durante periodos extensos de sequía; son espacios para conservar la biodiversidad en Chile; actúan como amortiguadores en caso de inundaciones; también diría que contribuyen en la regulación microclimática, sobre todo, como grandes sumideros de carbono en el contexto de cambio climático que el mundo en general está experimentando, que, a mi juicio, es el principal desafío global de la humanidad; además permiten avanzar en el conocimiento científico y generar espacios de educación medioambiental y, también, actividades recreativas.

Por eso es tan importante este proyecto, relativo a los humedales urbanos. Pero es un primer gran paso porque efectivamente están muy amenazados -al respecto, nos tenemos que preguntar por los procesos de ordenamiento territorial, los planes reguladores- y ahora van a tener un nivel de protección mayor.

En el caso de las turberas -insisto-, son uno de los más grandes sumideros de carbono y juegan un importante rol en el balance hídrico. Ellas, en general, tienen una baja presencia a nivel mundial y en el hemisferio norte. Por eso es muy relevante que cuidemos, protejamos lo que tenemos en el hemisferio sur.

Esperamos que el segundo paso vaya en esa línea: proteger las turberas.

Así que lo felicito a usted, señor Presidente, y a los distintos autores por la presentación de este proyecto de ley. Ojalá podamos seguir avanzando.

Finalmente, valoro el trabajo que hizo la Comisión Mixta, que nos permite votar hoy día favorablemente esta iniciativa.

Gracias.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador Alejandro Navarro.

El señor NAVARRO.-

Señor Presidente, como lo he reiterado, claramente las prioridades del país ¡son otras! en este momento político tan difícil que vivimos, con esta ¡conmoción nacional!, que tiene al Presidente encerrado en La Moneda tratando de buscar una salida política a la gente, que por millones ha salido a la calle, y al Parlamento discutiendo leyes que no dicen relación con esa demanda ciudadana.

Yo lo he planteado.

Yo rechacé la tabla de hoy día. Ella se aprobó con mi voto en contra en la reunión de Comités.

Pero, como se insiste en eso, espero que podamos hacer el debate que he planteado desde la Comisión de Derechos Humanos y que podamos tener un congreso pleno para debatir los temas de la crisis política y social que Chile vive cuanto antes, antes del paro nacional, el que, por supuesto, ¡vamos a apoyar con todo!

¡El 12 de noviembre habrá paro nacional de todas las organizaciones sociales de Chile que quieren un plebiscito y una nueva Constitución, no leyes parciales, con letra chica! ¡No quieren pinches leyes, sino una nueva Constitución!

Señor Presidente, tal como usted lo sabe, este proyecto de ley lo tramitamos dentro del proyecto de ley de la biodiversidad, en que fui autor de la indicación que, por cierto, incorporaba la protección de los humedales en todo el país y, particularmente, en nuestras comunas, lo que se tradujo en una iniciativa de su autoría.

Deseo señalar que la protección de esto hoy día tiene particularmente un instrumento, que es la consulta ciudadana, la cual se aplicó en la Municipalidad de San Pedro de la Paz el 29 de septiembre.

Hay 80 mil inscritos en el Registro Electoral de esa comuna y se requerían 40 mil votos para aprobar la consulta que protegiera el humedal Los Batros. Pero votaron 14.924. Reitero: se necesitaban 40 mil votos a favor porque actualmente se exige el 50 por ciento del padrón electoral.

Y esa, señor Presidente, ¡es una cifra extraordinariamente inalcanzable!, porque cabe recordar que en esa comuna votó entre el 20 y el 30 por ciento para elegir alcalde, no obstante que el quorum para que los ciudadanos defiendan su comuna -en este caso, el humedal Los Batros, en la comuna de San Pedro de la Paz- es del 50 por ciento.

A todas luces, ¡una aberración!

Pero fue este Congreso, este Senado, ¡con mi voto en contra una vez más!, el que cambió los quorum de aprobación en las consultas ciudadanas, siendo Presidente de esta Corporación Andrés Zaldívar.

Le dije en ese momento: "Presidente, usted está inviabilizando la participación ciudadana -por los motivos que he expresado-; no va a haber quorum para eso. No puede determinar el quorum conforme al total de votantes; tiene que considerar el número de los que votaron en la última elección". ¡Pero no! En este Congreso -y, tal vez, usted mismo, señor Presidente; solo hay que recordar quiénes votaron a favor o no de esa modificación- se aprobó un cambio en los quorum de las consultas ciudadanas, lo que inviabiliza cualquier acción por voluntad de los ciudadanos.

¡Eso fue lo que aprobó este Congreso, este Senado, con mi voto en contra! Y en el momento de la votación pronuncié estas mismas palabras: "No va a haber modo de hacer participar a la ciudadanía pues se eleva el quorum por sobre el de la elección de alcalde y concejales".

O sea, ¡se pide que para poder defender el humedal Los Batros vote más gente que para elegir al alcalde y a los concejales!

En los hechos, señor Presidente, se anula la consulta ciudadana por el mismo motivo de que este país no tiene una Constitución razonable, sino ¡esta maloliente, nauseabunda Constitución de la República! Porque se pusieron esos quorum por parte de quienes no querían modificarla.

Y dicen "Estamos de acuerdo", pero ponen el mecanismo de los dos tercios, un quorum especial, para hacerla absolutamente inviable y mantener la llave del candado que sujeta las cadenas de participación ciudadana. Y, en el caso de la nueva Constitución para Chile, esa "llavecita" la tiene la UDI, porque el señor Ministro del Interior, Gonzalo Blumel, ¡es un rehén de la UDI!

Él nos vino a decir: "Vamos a ver lo de la nueva Constitución pero tengo que ponerme de acuerdo en mis filas". Y está claro que la UDI es la predominante en las filas del Gobierno y que tiene hoy día paralizada, ¡paralizada absolutamente!, la decisión presidencial. Hemos sabido hoy en la mañana que no habrá nueva Constitución, sino una "reformita" por parte de este Congreso.

Eso fue lo que nos dijo Piñera hoy día en la mañana: "Sí, tendremos alguna reformita que hará el Congreso dentro de la actual Constitución".

¡La UDI es el carcelero de la Constitución del 80 y niega toda posibilidad en ese sentido!

Ahora bien, con la misma fuerza que hoy día hago esta crítica política a los Senadores que tengo enfrente...

Señor Presidente, deme un minuto y termino.

El señor PÉREZ VARELA .-

¡No...!

La señora EBENSPERGER .-

¡No...!

El señor CHAHUÁN .-

¡No...!

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Señor Senador, estamos en la fundamentación de voto y hay ocho inscritos.

El señor NAVARRO.-

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

He dicho.

El señor SANDOVAL.-

¡Senado sin Navarro...!

El señor PÉREZ VARELA .-

¡0,7 por ciento en la última elección presidencial...!

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador Prohens.

El señor PROHENS.-

Señor Presidente, primero que todo, felicito a los Senadores y Senadoras que patrocinaron este proyecto y, en especial, a usted, que nos ayudó a entender la importancia de legislar sobre esta materia, como también a la Ministra del Medio Ambiente y al Subsecretario, que iniciaron las gestiones para que exista una ley como la que tendremos hoy día y que va a proteger nuestros humedales.

Esta moción viene a solucionar un vacío legal en torno a los humedales urbanos.

Se puede señalar que el proyecto tiene tres ejes regulatorios:

El primero de ellos consiste en la declaración de "humedal urbano": se crea un nuevo cuerpo normativo a fin de consagrar la importancia de los humedales, definiendo las líneas matrices de su declaración.

Es así como será potestad del Ministerio del Medio Ambiente pronunciarse sobre la calidad de humedal. Esta declaración se iniciará de oficio por el Ministerio o a petición de un municipio.

El municipio, mientras se resuelve el reconocimiento de humedal, podrá paralizar la entrega de permisos de subdivisión. Valoro enormemente esta modificación que se realizó en la Comisión Mixta, pues el proyecto de la Cámara de Diputados establecía como obligatorio para la municipalidad paralizar los permisos.

Asimismo, un reglamento del Ministerio del Medio Ambiente, suscrito también por el Ministerio de Obras Públicas, fijará los criterios de sustentabilidad, y una ordenanza municipal determinará los criterios de protección, conservación y preservación.

La segunda reforma tiene que ver con el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental: Se incorporan los humedales urbanos a las enumeraciones de los literales del artículo 10 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Esto implica, en términos simples, que los proyectos, obras o actividades que puedan alterar o afectar a los humedales deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

La tercera modificación se relaciona con los permisos de urbanización y construcción. En términos simples, se incluyen los humedales en los instrumentos de planificación territorial para efectos de fijar las condiciones bajo las cuales se entregarán los permisos de urbanización y construcción.

Este fue uno de los grandes acuerdos a que se llegó en la Comisión Mixta, debido a que el proyecto que venía de la Cámara establecía la prohibición de otorgar permisos de construcción y urbanización en caso de afectarse a los humedales.

Respecto de esta materia, es preciso recordar que ya en 1971 se firmaba en Irán la Convención de Ramsar, sobre los humedales. El objetivo principal es la conservación y el uso racional de los humedales mediante acciones locales, regionales y nacionales; ello, gracias a la cooperación internacional, como contribución al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo. Sin embargo, nuestro país carecía de una regulación explícita acerca de los humedales. Por eso, el proyecto va en la línea correcta al hacerse cargo de este vacío explicitando la protección de este elemento de nuestra naturaleza.

Creo que, como habitantes de este planeta, todos tenemos el deber de cuidarlo, y como legisladores, concretamente, debemos adoptar las medidas que vayan en la línea correcta de protección y cuidado.

Si bien muchos humedales han desaparecido, algunos incluso en mi Región, debemos establecer los instrumentos legales necesarios para que estos no sigan desapareciendo por la acción del hombre.

El cambio climático ya está en marcha, y lo que podemos hacer es legislar para preservar los elementos que componen la naturaleza y para que no desaparezcan por un acto intencionado del hombre.

Encontrar el equilibrio deseado entre protección y desarrollo de proyectos que cumplan una función pública, como casas, caminos, puentes, es muy complejo, pero esta iniciativa, a mi juicio, lo logra.

Quiero recordarle, señor Presidente, que tenemos pendiente la protección de los humedales andinos, que también son un resguardo para el ecosistema de nuestra cordillera.

Voto a favor el informe de la Comisión Mixta.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Muchas gracias, Senador Prohens, tenemos pendientes los humedales altoandinos.

Tiene la palabra el Senador Francisco Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente, Honorable Sala, Chile cuenta con una superficie total aproximada de 4,5 millones de hectáreas de humedales, lo que equivale al 5,9 por ciento del territorio nacional. Tan solo en la Región de Valparaíso, que represento en este Hemiciclo, tenemos 830 sitios naturales de este tipo, que alcanzan 7.232 hectáreas. Ocho cuentan con algún tipo de protección, seis se encuentran en etapa de evaluación para su resguardo o en vías de que aquello se concrete; y, si consideramos tan solo la zona costera, tenemos ochenta humedales que están separados por cinco kilómetros entre sí.

De hecho, algunos desconocen que el sector de Las Salinas, en Viña del Mar, era una laguna costera que fue resecada y rellenada para la ocupación urbana.

Queremos destacar, también, a la Ministra y al Presidente Piñera, quien inició un Plan Nacional de Protección de Humedales, que consistía en dos etapas: la primera contempló un listado de cuarenta humedales priorizados distribuidos en todas las regiones del país, a excepción de la Región de Aysén. Este incorpora en nuestra Región las dunas Longotoma-Salinas, de Pullally; la Laguna Zaino-El Copín y el humedal de Tunquén, y esperan ser protegidos tanto el humedal de Mantagua como el del sector norte de Quilpué.

Respecto al humedal de Tunquén, me tocó participar directamente en la necesidad de declararlo santuario de la naturaleza, y estuvimos trabajando junto con Tunquén Sustentable, para que este sector preservara su ecosistema.

Del mismo modo, me tocó intervenir definitivamente en el humedal de Concón. En aquel entonces, como abogado, recurrí al Consejo de Defensa del Estado, que por primera vez en la historia recurrió en contra de una empresa estatal, la actual Refinería Aconcagua (ENAP en aquel entonces), debido a un derrame de petróleo, y logramos comenzar a proteger el humedal de Concón.

Ese es un humedal al que todavía le falta protección y, por tanto -por su intermedio, señor Presidente- le pido a la señora Ministra que podamos considerar cómo apurar aquello.

Y si hay algún humedal urbano que debiéramos destacar, es la reserva natural municipal del humedal de Cartagena, que es una laguna semiartificial, es un estuario con un ecosistema salobre donde se mezclan el agua del estero de Cartagena y el agua de mar. Sin lugar a dudas, también es importante.

Dentro de los temas que abordó la Comisión Mixta, están aquellos que dicen relación con lo siguiente:

La declaración del Ministerio del Medio Ambiente acerca de cuál es el radio periurbano.

La solicitud de organizaciones ciudadanas, y cómo finalmente fue reemplazada por una declaración del municipio, para que hubiera un adecuado filtro de las solicitudes.

Los criterios de sustentabilidad, que quedaron radicados ya no en una ordenanza general, sino en un reglamento que debió ser elaborado por el Ministerio del Medio Ambiente en conjunto con el MOP.

Respecto al congelamiento de los permisos, también se corrigió alguna redacción de la Cámara de Diputados, y la Mixta flexibilizó el criterio, pues no se podrían otorgar permisos a todo evento. Ahora existe la opción eventual de postergar la entrega del permiso utilizando el mecanismo establecido en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, evitando una colisión entre dos normativas.

La reglamentación del procedimiento para solicitar la declaración de un humedal. Creemos que esto es también muy importante porque se establece una reglamentación del procedimiento para solicitar la declaración de un humedal por parte del municipio. De esta manera se entrega mayor certeza y se permite filtrar las solicitudes para que solo ingresen las que realmente estén debidamente fundamentadas, cumpliendo con ciertos requisitos mínimos que establezca el Ministerio del Medio Ambiente para ser admisibles.

También fue modificada en la Comisión Mixta la reclamación respecto a la declaración de un humedal, en cuanto a las restricciones a la construcción dentro de él, que, sin lugar a dudas, es un aporte sustantivo.

Por eso, quiero felicitar el esfuerzo que ha hecho la Comisión de Medio Ambiente. Se trata de un tema sensible para este Senador. He estado trabajando básicamente en la declaratoria de santuario de la naturaleza en humedales, en aquellos que no tienen protección. Y espero que el respectivo documento que suscribimos el señor Presidente y quien habla, y que fue liderado por la Senadora Goic, sea votado prontamente por este Senado.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador Guido Girardi.

El señor GIRARDI.-

Señor Presidente, usted ya ha recibido las felicitaciones, y yo las reitero, porque creo que este es un proyecto muy importante en el contexto de lo que estamos viviendo.

Me parece que siempre es relevante señalar cuál es el contexto que vive el planeta, cuáles van a ser las distintas circunstancias que vamos a vivir producto del calentamiento global y la importancia de la preservación del agua, de los glaciales y de los humedales, que cumplen una función ecológica fundamental. Son los únicos riñones que tienen los ecosistemas.

Acabamos de estar el día lunes en una reunión con la Comisión especial sobre el agua que creó el Presidente Piñera, y hubo un informe de la Directora del EULA, de la Universidad de Concepción, que señala que todos los ríos registran niveles de fósforo y de nitrato por sobre las normas pertinentes y que todas las aguas superficiales están contaminadas con esos elementos a niveles dañinos para la salud de las personas y también de los ecosistemas.

¿Por qué son dañinos para los ecosistemas? Porque cuando hay niveles altos de nitrato y de fósforo hay una eutrofización de todos los ecosistemas de agua, particularmente de agua dulce, que aumentan las microalgas y eso hace que, finalmente, se consuma el oxígeno y esos ecosistemas empiecen a morir.

Y los únicos seres vivos que son capaces de filtrar y eliminar el fósforo y el nitrato son justamente los humedales, que cumplen una función igual a la que tiene el riñón para los seres humanos. Repito: los humedales son los riñones del planeta.

Además, los niveles altos de nitrito, que corresponde a la transformación del nitrato que está en el agua, produce graves daños a la salud de la población, problemas de metahemoglobina, transporte de oxígeno, y ese es un tema que tendremos que enfrentar.

Por lo tanto, preservar los humedales es preservar la vida de los ecosistemas, la biodiversidad, pero también es recuperar la poca agua que tenemos, que más encima está contaminada, y la única manera de reprocesarla desde el punto de vista natural son estos sistemas de humedales.

Los humedales, además, capturan cerca de cuarenta kilos de CO2 por año. Son los principales sumideros de carbono. Además generan biodiversidad, son productores de oxígeno y participan del ciclo del agua. No solamente limpian el agua, sino que son fundamentales para su preservación.

Digo esto porque ha costado bastante avanzar en este proyecto. Esta iniciativa finalmente logró cierto acuerdo. Yo quiero valorar el apoyo que la Ministra del Medio Ambiente, que está acá, le dio a esta iniciativa. Lo digo porque tuvimos hasta el último momento a la Segprés intentando echarla abajo, presentando indicaciones que buscaban impedir la protección de humedales. Y quiero resaltar que sí hay diferencia, incluso en el Gobierno, respecto a una mirada mucho más ecológica, mucho más prosociedad de la Ministra que respecto a otros actores del Gobierno.

Pero no quiero terminar estas palabras, señor Presidente, sin señalar algo que me parece vergonzoso, dramático y patético.

Acaba de salir el -entre comillas- acuerdo tributario. Estamos en el tiempo de la crisis planetaria más dramática que vive la humanidad, vinculada con las emisiones de carbono. ¡Y no hay una letra en ese acuerdo que propone el Gobierno sobre impuesto verde!

Señor Presidente, el Gobierno, su Ministro de Hacienda y su equipo político viven en el Titanic: no se dan cuenta del mundo en que estamos viviendo.

Toman la COP de manera pirotécnica, publicitaria. Dicen que van a hacer cosas; que, por ejemplo, eliminarán las zonas de sacrificio; le plantean al país un compromiso sobre el particular, y, sin embargo, cuando tienen la posibilidad de llevarlo a cabo lo que hacen es proteger justamente a las empresas contaminantes.

¡No hay una letra -y lo considero vergonzoso- en este acuerdo tributario para plantear un impuesto al carbono, que hoy día es de 5 dólares por tonelada de CO2, cuando se ha establecido que los daños indican que este debiera ser de 35 dólares por tonelada!

Debiéramos tener al menos un impuesto de esa cifra. Lo ideal sería que este fuera de 50 dólares por tonelada de CO2.

De otro lado, se señala que se quiere descarbonizar al país; pero cuando existe posibilidad para ello, lo que hacen es defender los intereses de los que contaminan, de los que dañan el medioambiente, y esto solo termina en una oferta publicitaria.

Considero lamentable, en el contexto de la crisis ambiental y de Chile liderando la COP25, que haya un acuerdo o un pseudoacuerdo del Gobierno que se niega a incorporar una sola letra en materia de impuesto verde en nuestro país.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora Adriana Muñoz.

La señora MUÑOZ.-

Señor Presidente, solo quiero destacar, tal como lo hicieron los Honorables colegas que me antecedieron, la importancia y pertinencia de este proyecto, así como la urgencia de que se transforme luego en ley de la república

Asimismo, quiero agradecer que se me haya invitado a ser parte de los Senadores patrocinantes de esta iniciativa.

Ciertamente, como representante de la Región de Coquimbo, es de suma importancia avanzar en la protección de los humedales, en este caso, urbanos.

En una región como la nuestra, que hace más de sesenta años vive una situación de sequía, que desde hace quince años experimenta una dramática escasez de agua, la amenaza de los humedales obviamente es preocupante, y ha sido tarea de los Gobiernos regionales de Coquimbo, de la academia, en particular de la Universidad de La Serena, investigar y trabajar con los más de doscientos humedales que tenemos, diecisiete de los cuales ya están siendo reforzados para su protección mediante el trabajo académico.

Dicho aquello, es del caso señalar que resulta de la máxima importancia que los humedales urbanos, que hasta la fecha no han tenido la visibilidad suficiente en cuanto a su significado como reservorio de agua para los territorios, cuenten también con la protección por ley que se les está entregando.

Entonces, en el contexto del cambio climático, de sequía, de catástrofe hídrica es de mucha pertinencia que aprobemos hoy día el informe de la Comisión Mixta, lo cual va a permitir que este proyecto sea ley de la república a la brevedad.

Ello, ciertamente, irá en beneficio de los humedales de todas nuestras regiones.

Hago énfasis en el humedal El Culebrón, en la Región de Coquimbo, en la conurbación Serena-Coquimbo; en el de Punta Teatinos, al norte de La Serena; en el de Salinas Chicas, en Tongoy, todos los cuales hoy día requieren una urgente protección. Y con la ley en proyecto vamos a reforzar los esfuerzos que se han hecho en la materia desde los Gobiernos regionales.

Felicito esta iniciativa, que -reitero- espero sea ley de la república lo antes posible.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra el autor de este proyecto, Senador señor Alfonso de Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Señor Presidente, Honorable Sala, estamos en el último trámite de un proyecto que iniciamos el año 2017 para regular lo relativo a los humedales urbanos, el cual con bastante preocupación presentamos el 6 de junio de 2017 para los efectos de precisar en nuestro ordenamiento jurídico la protección en particular de este tipo de ecosistemas.

Se nos preguntó por qué no regulábamos esta materia en el proyecto que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas. Nosotros presentamos indicaciones ahí, pero creímos que ese era un marco genérico, establecido en el contexto de una ley base para los servicios de biodiversidad. Pero necesitábamos una normativa que se abocara a la regulación de este tipo particular de humedales, que son los que están sufriendo el mayor impacto proveniente del sector inmobiliario, de la construcción, de los rellenos, de los drenajes incluso, que los han ido deteriorando.

Lo hemos dicho muchas veces: un humedal urbano que desaparece no se recupera más; un humedal urbano rellenado, en que se construye, en que se establece infraestructura no tiene vuelta atrás. Y eso tarde o temprano cobra en el retorno, porque cuando sobrevienen inundaciones, tsunamis o eventos de esa naturaleza existe el riesgo de inundaciones, las que pueden traer nefastas consecuencias.

No vamos a justificar ni a reafirmar lo que significan los humedales en la estrategia del cambio climático en nuestro país, porque constituyen una pieza fundamental que debiera ser reforzada a lo ancho de Chile.

Uno reconoce la preocupación de la sociedad a lo largo de toda nuestra nación, desde Arica a Punta Arenas. Aquí se han dado dos ejemplos de lucha en defensa de los humedales: en Arica y en Magallanes. Y para qué hablar del conjunto de ciudades en donde existe preocupación, en donde ha habido una revalorización de estos ecosistemas, que -repito- han pasado a ser pieza esencial en las estrategias de vecinos y vecinas de los distintos territorios, de alcaldes comprometidos que batallan por defender sus humedales.

Lo he dicho en reiteradas oportunidades: si alguien no conoce y no quiere su ecosistema y no desea tener un humedal, no lo va a defender.

Hoy día la ciudadanía ha ido conociéndolos; se ha ido involucrando, se ha ido identificando con ellos. Existen redes comunales de defensa de los humedales; hay juntas de vecinos que ponen como primer propósito la defensa de su territorio con un humedal.

Por eso -y quiero destacarlo-, si algo animó esta iniciativa para que se convirtiera en proyecto de ley, fue la Red Humedales Urbanos de Valdivia, ciudad que me toca representar en el Parlamento, con su vocero Jaime Rosales y una serie de dirigentes; la zona del humedal Krahmer, en donde estamos en una lucha todavía vigente, porque quieren construir allí.

Don Tito Lienlaf , Esteban Sánchez son pequeños héroes, ciudadanos anónimos en sus territorios que piden participar en el combate contra el cambio climático, pero defendiendo su entorno.

Eso es lo que tenemos que identificar; esto es lo que hay precisar y valorar en este proyecto de ley: instrumentos para los municipios; ordenamiento territorial, y participación ciudadana e involucramiento del Ministerio del Medio Ambiente.

Esa es la ecuación que necesitamos para defender estos ecosistemas.

Y vamos por otros ecosistemas que también han de protegerse. El proyecto sobre protección ambiental de las turberas ya se despachó a la Cámara de Diputados, y espero que también sea ley de la república, porque tenemos una importante extensión de ellas.

Lo relativo a los humedales altoandinos que mencionó el Senador Prohens también debe ser abordado.

Sin embargo, esta iniciativa, que no me cabe duda de que se va a convertir en ley, debe insertarse dentro de una estrategia nacional de humedales.

Se hizo el anuncio de un plan que protegerá en una primera etapa cuarenta humedales; que subirá el estándar de los humedales a santuarios de la naturaleza, a parques nacionales. Se designarán más sitios Ramsar .

Pero ello es tarea de todos.

Ya que se encuentra presente la Ministra, quiero decirle que valoro el hecho de que se haya trabajado en conjunto. Hemos tenido desavenencias. Se ha señalado también que ha habido ministerios sectoriales que no querían esta iniciativa, pues les preocupa, ya que son conservadores y le tienen temor. Pero sacamos adelante este proyecto.

Esta ha sido tarea de todos. La defensa de los humedales urbanos de Chile debe ser una labor de todos.

Por eso quiero agradecer el respaldo que la Comisión Mixta le ha dado a este proyecto al emitir un informe adecuado. No me cabe duda de que hoy día la aprobación va a ser unánime. Espero que se le dé el carácter de "suma urgencia" a este asunto, para que en la Cámara de Diputados el referido informe se despache en lo posible la otra semana.

Hay una tremenda...

El señor QUINTANA (Presidente).-

Puede continuar, señor Senador.

El señor DE URRESTI.-

... convulsión en el país, señor Presidente, por las legítimas demandas sociales, y también en muchos territorios se halla lo relativo a la defensa de los humedales.

Entonces, que ello sea parte del compromiso por un Chile más igualitario, más justo, con menos abusos, para que la ciudadanía no tenga que estar inmolándose para defender sus humedales porque no hay instrumentos municipales, regionales o nacionales que los protejan.

Eso igualmente debe ser una tarea que debe ser llevada desde el Ministerio que a usted le corresponde dirigir.

Ojalá que este proyecto sea ley de la república lo antes posible, a fin de que contemos con esta estrategia de humedales urbanos a lo largo de Chile. El tiempo corre en contra nuestra.

Aquí debemos apoyar a las comunidades que están dando la pelea para defender sus humedales.

Agradezco a los Senadores que han respaldado de manera unánime este proyecto. No cabe duda de que con la futura ley tendremos una mejor defensa de los humedales urbanos a lo largo de Chile.

El señor QUINTANA (Presidente).-

No hay más inscritos.

Tiene la palabra la señora Secretaria.

La señora SILVA (Secretaria General subrogante).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueba el informe de la Comisión Mixta (38 votos a favor).

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Huenchumilla, Insulza, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.

El señor QUINTANA (Presidente).-

Tiene la palabra la señora Ministra.

La señora SCHMIDT (Ministra del Medio Ambiente).-

Señor Presidente, quiero agradecerle al Senado por la aprobación de este importante proyecto.

Para el Ministerio del Medio Ambiente, la gestión y conservación de los humedales es primordial.

Los humedales no solo son uno de los ecosistemas más productivos del planeta, pues albergan gran número de especies de flora y fauna y les proveen de alimento y resguardo: también resultan fundamentales para el desarrollo social de las personas. ¡No se puede separar el desarrollo social del fomento y cuidado del medioambiente!

Este es un tema esencial.

Los humedales en especial entregan valiosos servicios y beneficios sociales a las comunidades: protegen de los eventos extremos; regulan el clima, son fuente de agua y alimento. Por lo tanto, son claves para el desarrollo local.

En Chile existen más de 40 mil humedales, los que cubren aproximadamente 4,5 millones de hectáreas, es decir, 5,9 por ciento del territorio nacional. El 46 por ciento de los humedales se encuentra en áreas protegidas (2,1 millones de hectáreas). Sin embargo, existe un desbalance muy importante en cuanto a la protección a nivel regional, donde se registran varios e importantes vacíos. Hay diez regiones de Chile que tienen menos del 17 por ciento de su superficie de humedales protegida.

Por eso es tan relevante el proyecto que acaban de aprobar.

Se requieren mayores esfuerzos de protección para los humedales. El Presidente Sebastián Piñera nos pidió elaborar un Plan Nacional de Protección de Humedales (2018 y 2020). Esta iniciativa justamente busca contribuir a detener el deterioro de los humedales y preservar su rica biodiversidad mediante áreas protegidas que garanticen tanto su conservación como su gestión en el largo plazo. A la fecha, el Plan ya cuenta con la aprobación de nuevas áreas protegidas por parte del Consejo de Ministros: el Parque Nacional Salar del Huasco, en la Región de Atacama; el Santuario de la Naturaleza Laguna Tebenquiche, en la Región de Antofagasta; el Santuario de la Naturaleza Bahía Lomas, en la Región de Magallanes; el Santuario de la Naturaleza Zaino Laguna del Copín, en la Región de Valparaíso; el Santuario de la Naturaleza la Hijuela El Natri, Región del Biobío; el Santuario de la Naturaleza Carrizal Bajo, en la Región de Atacama, y muchas otras zonas más. Ello equivale a más de 175.510 hectáreas adicionales de humedales que se han protegido en los últimos meses.

Asimismo, como Ministerio estamos impulsando fuertemente el proyecto que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, que aprobamos en el Senado gracias al apoyo mayoritario de todos ustedes y que esperamos poder sacar adelante, pues establece permisos que permiten la conservación y el uso sustentable de estos ecosistemas.

En el escenario actual, donde las presiones urbanas sobre los humedales amenazan la integridad de estos ecosistemas, como el sobreconsumo del agua, el relleno y drenaje de los humedales, la modificación de los cauces, el turismo no regulado, los derrames de sustancias químicas, resulta fundamental la aprobación de esta iniciativa.

Por eso quiero agradecer, primero, a quienes iniciaron esta moción, a los Senadores señora Isabel Allende, señor Alfonso de Urresti, señora Adriana Muñoz y señores Pérez Varela y Patricio Walker, y, en seguida, el trabajo realizado tanto por el Senado como por la Cámara de Diputados y la Comisión Mixta a fin de perfeccionar este proyecto y sacarlo adelante, de manera de contar hoy con una protección efectiva de nuestros humedales urbanos y con este beneficio socio-ambiental para las comunidades de nuestro país.

Muchas gracias, señor Presidente.

4.3. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación Informe Comisión Mixta. Fecha 06 de noviembre, 2019. Oficio en Sesión 102. Legislatura 367.

Valparaíso, 6 de noviembre de 2019.

Nº 245/SEC/19

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas con ocasión de la tramitación del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos, correspondiente al Boletín N° 11.256-12.

Hago presente a Su Excelencia que dicha proposición, en lo referente al inciso tercero del artículo 3° de la iniciativa legal, fue aprobada por 38 votos a favor, de un total de 43 senadores en ejercicio, dándose cumplimiento de esta forma a lo preceptuado en el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ALFONSO DE URRESTI LONGTON

Vicepresidente del Senado

PILAR SILVA GARCÍA DE CORTÁZAR

Secretaria General (S) del Senado

4.4. Discusión en Sala

Fecha 13 de noviembre, 2019. Diario de Sesión en Sesión 103. Legislatura 367. Discusión Informe Comisión Mixta. Se aprueba.

PROTECCIÓN DE HUMEDALES URBANOS (PROPOSICIONES DE LA COMISIÓN MIXTA. BOLETÍN Nº 11256-12)

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde tratar las proposiciones de la Comisión Mixta recaídas en el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos.

De conformidad con los acuerdos adoptados por los Comités Parlamentarios, para la discusión de este proyecto se otorgarán cinco minutos por cada bancada.

Ruego a los jefes de bancada inscribir a los parlamentarios que harán uso de la palabra.

Antecedentes:

-Informe de la Comisión Mixta, sesión 102ª de la presente legislatura, en jueves 7 de noviembre 2019. Documentos de la Cuenta N° 25.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

En discusión las proposiciones de la Comisión Mixta.

Tiene la palabra la ministra del Medio Ambiente, señora Carolina Schmidt Zaldívar .

La señora SCHMIDT, doña Carolina (ministra del Medio Ambiente).-

Señor Presidente, ante la crisis social que estamos viviendo en Chile, hablar de humedales a muchos les puede parecer extraño y hasta fuera de contexto.

Sin embargo, la crisis social y la crisis ambiental que enfrentamos hoy en el mundo son las grandes crisis del siglo XXI, y no podemos enfrentar una sin hacernos cargo de la otra.

En Chile, como lo sabemos bien, la zona de sacrificio ligada a la carbonización contaminante afecta a miles de personas. La sequía extrema nos ha impactado por más de diez años y tiene a casi un tercio de las comunas de Chile viviendo en estado de emergencia hídrica, lo que afecta principalmente a los más vulnerables e incrementa las desigualdades presentes. Por eso es tan importante el proyecto que estamos viendo hoy.

La gestión y conservación de humedales es fundamental. Los beneficios socioambientales que entregan los humedales a las comunidades son claves.

Los humedales nos protegen de eventos extremos, como inundaciones y sequías. Además, regulan el clima y son fuente de agua y alimentos claves para el desarrollo local.

Los humedales son uno de los ecosistemas más productivos y frágiles del planeta, pues albergan a un gran número de especies de flora y fauna y les proveen de alimento y resguardo, especialmente durante las etapas claves de su ciclo de vida.

Los humedales son riñones del planeta, pues limpian las fuentes de agua. Además, son los grandes sumideros de carbono, contribuyendo a la mitigación y adaptación al cambio climático que nos afecta.

No se pueden separar los beneficios sociales de los ambientales, ya que el cuidado del medio ambiente es clave para garantizar a la ciudadanía una calidad de vida digna y sustentable.

En Chile existen más de 40.000 humedales, los cuales cubren una superficie aproximada de 4,5 millones de hectáreas, representando cerca del 5,9 por ciento del territorio nacional.

El 46 por ciento de los humedales del país se encuentra dentro de áreas protegidas. Sin embargo, existe un desbalance muy importante a nivel local, pues diez regiones tienen menos del 17 por ciento de su superficie de humedales protegidos, como es el caso de las regiones de Valparaíso, Metropolitana y del Biobío. Por eso, se requieren mayores esfuerzos de protección.

El Presidente Piñera nos pidió elaborar el Plan Nacional de Protección de Humedales, iniciativa que busca contribuir a detener el deterioro de los humedales y preservar su rica biodiversidad mediante áreas protegidas que garanticen su conservación y gestión a largo plazo.

A la fecha se han aprobado por el consejo de ministros el Parque Nacional Salar del Huasco, en la Región de Atacama; el Santuario de la Naturaleza Laguna Tebenquiche, en la Región de Antofagasta; el Santuario de la Naturaleza Bahía Lomas, en la Región de Magallanes; el Santuario de la Naturaleza Zaino Laguna del Capín, en la Región de Valparaíso; el Santuario de la Naturaleza La Hijuela El Natri, en la Región del Biobío, y el Santuario de la Naturaleza Carrizal Bajo, en la Región de Atacama, lo que equivale a 177.510 hectáreas adicionales de humedales que se han protegido en los últimos meses.

Asimismo, como Ministerio del Medio Ambiente estamos impulsando fuertemente el proyecto de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, que lleva ocho años de tramitación en el Congreso. Se trata de un proyecto que logramos aprobar con gran mayoría en el mes de julio en el Senado y que se encuentra con suma urgencia en la Cámara de Diputados.

Este proyecto de ley define diversos instrumentos para la protección y manejo sustentable de los humedales, estableciendo un permiso que permitirá la conservación y el uso sustentable de estos ecosistemas.

En el escenario actual, en el que las expresiones urbanas sobre los humedales amenazan la integridad de estos ecosistemas, como es el sobreconsumo de agua, el relleno y drenaje de los humedales, la modificación de su cauce, el turismo no regulado, los derrames de sustancias químicas, los incendios forestales y los impactos globales del cambio climático, resulta fundamental generar instrumentos que permitan la protección y gestión sostenible de estos ecosistemas.

El proyecto de protección de humedales urbanos, que hoy termina su tramitación en esta Sala, permite fortalecer este compromiso de protección con estos ecosistemas, claves para la subsistencia de nuestro planeta.

Como Ministerio del Medio Ambiente hemos apoyado decididamente este proyecto, iniciado en una moción parlamentaria. Lo hemos apoyado durante todo su proceso de discusión, logrando robustecer el rol de la institucionalidad ambiental y el de los municipios como actores locales claves para la protección efectiva de los humedales urbanos del país.

Adicionalmente, hemos incorporado en nuestro presupuesto 2020 una persona dedicada en forma exclusiva a esta tarea.

Este proyecto de ley entrega herramientas concretas que permitirán proteger los humedales urbanos, ecosistemas vulnerables que han sido fuertemente intervenidos en nuestro país.

Agradecemos especialmente a los senadores autores de este proyecto y a todos los diputados y diputadas que contribuyeron a su perfeccionamiento, y les solicito a todos ustedes su apoyo para la aprobación de esta iniciativa, que permitirá incrementar el bienestar social y la calidad de vida de los chilenos y chilenas, y constituirá un aporte para avanzar en un Chile más sustentable, más justo y más humano.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Carolina Marzán .

La señora MARZÁN (doña Carolina).-

Señor Presidente, ¿por qué llamo a votar a favor el proyecto? Por cuatro puntos -hay muchos-.

En primer lugar, por las funciones ecosistémicas que aportan los humedales.

En segundo término, llamo a votar a favor el proyecto porque la protección de los humedales implica una protección a la biodiversidad de la flora y fauna.

Tercero, porque los humedales urbanos y periurbanos son los más vulnerables a la actividad humana, como el relleno y el drenaje de aquellos por razones netamente comerciales, y porque, además, los recursos hídricos son fundamentales para la supervivencia humana.

Finalmente, llamo a votar a favor este proyecto, porque si los humedales son destruidos, no hay ninguna posibilidad de recuperarlos.

Por eso, votaré favorablemente esta iniciativa, y reitero mi llamado a los colegas a hacer lo mismo.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Bernardo Berger .

El señor BERGER.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a la ministra del Medio Ambiente, quien se encuentra presente en la Sala.

En los tiempos de extrema sequía que estamos viviendo y por los daños que se han ocasionado al medio ambiente, este proyecto de ley es de suma importancia para nuestro país.

La protección de los humedales urbanos, ecosistemas claves para el medio ambiente y que prestan múltiples servicios a la ciudadanía, debe tomar especial importancia dentro del contexto del cambio climático que estamos viviendo.

Espero que las discrepancias suscitadas entre el Senado y la Cámara en relación con el artículo 3°, incorporado por la Cámara Baja, y el número 1) del artículo 4° original puedan ser superadas por una propuesta del Ejecutivo que permita compatibilizar las nuevas facultades de los municipios con la prevista en la Ley General de Urbanismo y Construcciones para el tiempo que media entre la presentación de la solicitud de declaración de humedal urbano y el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente, pero que a la vez proteja estos ecosistemas.

Ahora bien, en cuanto a las diferencias producidas con ocasión del número 1) del artículo 4° del proyecto, que incorpora un inciso tercero, nuevo, al artículo 28 de la Ley General Urbanismo y Construcciones, señalo que me parece esencial que todo instrumento de planificación territorial deba incluir los humedales existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural y que se prohíba estrictamente el otorgamiento de permisos de urbanización y de construcción que puedan dañar estos humedales, sin dar lugar a ningún tipo de distinción, ya que en la actualidad existen proyectos importantes, pero que atentan contra estos ecosistemas, que hoy por hoy son de un interés medioambiental superior a cualquier desarrollo urbano.

Por ello, creo firmemente que la protección de los humedales urbanos necesariamente debe estar en sintonía con la planificación de los territorios y, en especial, con los planes reguladores comunales.

En cuanto a las respectivas ordenanzas que deberán dictar los municipios, me parece que habría que poner un plazo fatal para la ejecución de ese objetivo en este mismo proyecto de ley y no dejar ese aspecto al reglamento. Asimismo, que debería establecerse una sanción para aquella municipalidad que no cumpla dicho plazo fatal.

Por lo expuesto, apoyo el texto emanado de la Comisión Mixta.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Florcita Alarcón .

El señor ALARCÓN.-

Señor Presidente, hasta el momento -ello seguirá quedando claroapoyamos la idea de legislar. Sin embargo, me preocupa mucho lo relativo al Código de Aguas, a los remates de derechos de aguas de ríos y esteros, a la protección de los glaciares, todo lo cual todavía constituye la normalidad con respecto al tema de las aguas.

Ya está meridianamente claro que el país no quiere volver a la normalidad. Es importante que eso se sepa: no queremos esa normalidad, de la cual, en el tema de las aguas, no hemos salido. No queremos volver a la normalidad en el tema de las aguas; todavía estamos en la normalidad.

Lo puedo decir por mi distrito, que comprende las comunas de Maule, Curicó , Talca, Molina , Curepto , Constitución, Empedrado, Pichilemu , y muchas otras: votaré a favor este proyecto; pero, por favor, que el tema de las aguas salga de la normalidad. No queremos esa normalidad que existe con el tema de las aguas. Y no creo que después de que se salga alguien vaya a decir: “Queremos volver a la normalidad.”. ¡No! En todos los casos no queremos volver a la normalidad.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Mulet .

El señor MULET.-

Señor Presidente, aprovecho que la señora ministra del Medio Ambiente se encuentra en la Sala para decir que este proyecto es bien relevante. Hace cuatro o cinco semanas estábamos con toda la agenda verde y medioambiental, a propósito de la COP25, que, desgraciadamente, no se llevará a efecto en nuestro país, sino en España, bajo la presidencia de Chile.

No obstante lo anterior, este es un buen paso, y hay que reconocerlo. Pero no debemos despreocuparnos de la agenda verde, a pesar de toda la conmoción política y social que estamos viviendo, en la que nos encontramos todos inmersos y preocupados, trabajando para buscar una solución a los cambios que está exigiendo el país.

Tampoco debemos olvidarnos de uno de los cambios fundamentales que hoy está demandando Chile, que también está en la calle, cual es el referido a materia ambiental. En ese sentido, aquí tenemos un proyecto interesante, que constituye un avance.

A continuación, leeré el artículo 1°, que señala: “Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger los humedales urbanos declarados por el Ministerio de Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano.”. ¡Es interesante!

Durante la parte final de la discusión de este proyecto en la Comisión Mixta se agregó un inciso tercero, nuevo, al artículo 60 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que dice: “Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales urbanos existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en ellos.”. ¡Importante! Este es un avance sustantivo en la protección a los humedales que tenemos en todas las regiones.

Atacama , pese a estar en el desierto, también tiene innumerables humedales: tiene salares arriba, en la zona de la cordillera, que también son humedales; tiene humedales en la costa.

El señor ALARCÓN.-

¿Cuántos?

El señor MULET.-

Diría que son decenas. No tengo la cifra exacta en este momento, distinguido colega Alarcón , pero son muchos.

Asimismo, quiero resaltar el hecho de que durante este último período presidencial se han incorporado dos humedales al Plan Nacional de Protección de Humedales 2018-2022, y lo valoro positivamente, ministra. Los dos los conozco, y muy bien, ya que son parte de mi querida Región de Atacama, donde nací y hoy vivo. Me refiero al Santuario de la Naturaleza de Carrizal Bajo, un hermoso balneario ubicado en la costa de la comuna de Huasco, y al Salar de Huasco, en la cordillera. Se trata de dos importantes humedales que quedaron protegidos, lo cual es muy importante para la Región de Atacama, en que, obviamente, buscamos extender las superficies protegidas.

Por último, no puedo dejar de insistir en otro tema: la aceleración del proceso de descarbonización de la matriz energética. Ya lo hemos planteado muchas veces, pero aprovecho la presencia de la señora ministra en la Sala para reiterarle esta necesidad, especialmente para Huasco y otros lugares de nuestro país llamados “zonas de sacrificio”: ¡es urgente avanzar en la descarbonización!.

Por lo expuesto, anuncio que aprobaremos este proyecto de ley.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Gastón von Mühlenbrock .

El señor VON MÜHLENBROCK.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a la ministra del Medio Ambiente, señora Carolina Schmidt .

Quiero destacar que, después de dos años de tramitación, este proyecto, que ingresó en 2017 al Congreso Nacional, se encuentra en su etapa conclusiva en la Cámara de Diputados, listo para convertirse en ley de la república. Lo destaco precisamente porque en estos momentos la ciudadanía nos está pidiendo que pongamos premura al trabajo legislativo y saquemos adelante aquellas normativas que nos permitan mejorar cada día más la calidad de vida de nuestros compatriotas.

La protección de los humedales contribuirá significativamente a mejorar los estándares de vida de los habitante de nuestro país, sobre todo en mi Región de Los Ríos, donde predomina fuertemente este tipo de ecosistemas, que cumplen un rol fundamental para la mantención del medioambiente y que son de máxima importancia para la vida de los ciudadanos.

La comisión mixta que se encargó de dirimir las diferencias entre ambas cámaras respecto de esta iniciativa destacó la importancia que tiene conservar los humedales y otorgarles protección íntegra, por lo cual acordó reducir el plazo para la dictación del reglamento que permitirá poner en ejecución esta futura ley. Así también, determinó que todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales urbanos existentes en cada escala territorial, en calidad de “área de protección de valor natural”, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanización o construcción que puedan afectarlos.

Las modificaciones de dicha instancia legislativa están en completa sintonía con lo impulsado por el Ministerio del Medio Ambiente en lo que dice relación con el llamado Plan de Protección de Humedales. Por lo tanto, espero que, tal como ocurrió en el Senado, la Cámara de Diputados apruebe por unanimidad las proposiciones de la Comisión Mixta.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Patricio Rosas .

El señor ROSAS.-

Señor Presidente, por su intermedio, saludo a la ministra del Medio Ambiente y la felicito por la defensa de esta iniciativa.

Como representante de la Región de Los Ríos, donde hay muchos humedales -Valdivia es una ciudad de ríos y de humedalesy naturaleza abundante, obviamente, me importa mucho este proyecto, no solo desde el punto de vista de la naturaleza y de la protección de los humedales, que son verdaderos riñones de nuestro medioambiente, un drenaje frente a inundaciones, un refugio de flora y fauna y mantenedores de la homeostasis de los ecosistemas naturales, sino también, tomando en cuenta lo que la gente relata acerca de los abusos que cometen múltiples instituciones y empresas, pues también deben ser protegidos del accionar de las inmobiliarias, que han ido rellenando los humedales urbanos sin ningún miramiento para instalar proyectos que a veces significan un tremendo riesgo para la población.

En Valdivia hemos visto casos llamativos, abusos tremendos contra la propiedad de personas naturales que compraron una vivienda y que se instalaron hace treinta años en un barrio residencial, pero llega una inmobiliaria a rellenar los humedales y empiezan a plantar edificios que desvalorizan las propiedades de esas personas.

Ahí vemos un caso claro de aquello por lo cual la gente salió a reclamar a las calles, un caso claro de abuso, pues el derecho de propiedad de las inmobiliarias se ejerce sobrepasando el derecho de propiedad de los pequeños vecinos. Es como si hubiera ciudadanos de distinta clase, como si el derecho de propiedad de algunos fuera más importante que el derecho de propiedad de otros. Esos son los abusos que se dan en nuestro país.

Cuando estuvo en Valdivia, el Presidente de la República firmó un acta mediante la cual se comprometió a proteger los humedales; sin embargo, el humedal donde se firmó ese documento fue rellenado por una inmobiliaria dos días después de realizado ese acto.

Se han instalado proyectos de agua potable rural (APR) dentro de los humedales, algo inadmisible. Tenemos el caso de Las Gaviotas, en Valdivia, donde existe un APR cuyo pozo se nutre de las aguas de un humedal, que, como hemos dicho todos acá, son riñones del medioambiente, por lo cual sus aguas contienen altos índices de manganeso y fierrina. Eso no lo podemos permitir. No podemos aceptar que nuestras propias instituciones públicas avalen esas situaciones.

Los municipios, que pueden hacer cosas concretas para evitar ese tipo de intervenciones en los humedales, no lo hacen; no hacen lo que debieran hacer como representantes de la ciudadanía para detener esos abusos.

Por lo expuesto, llamo a aprobar esta iniciativa, que es muy importante, sobre todo para mi Región de Los Ríos, que goza de muchos humedales.

Por otro lado, hago un llamado a la ministra del Medio Ambiente, porque es importante que, de una vez por todas, intervengamos el Código de Aguas, ya que hay un abuso que también ha manifestado el movimiento social: el hecho de que el agua no sea un bien de uso público. ¿Hasta cuándo vamos a seguir con eso? ¿Hasta cuándo?

Muchas de esas cosas las hemos conversado, las hemos debatido, pero finalmente no se ha llegado a nada. Por eso es necesario que nos hagamos cargo de este problema de una vez por todas. A eso nos llama hoy la ciudadanía desde la calle.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada María José Hoffmann .

La señora HOFFMANN (doña María José).-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a la ministra del Medio Ambiente y a mis colegas diputados.

Hoy, sobre todo a partir de lo que está ocurriendo con el cambio climático y la crisis hídrica, me atrevería a afirmar que sí tenemos un gran acuerdo en esta Sala: que no estamos dispuestos a que exista desarrollo sin protección del medio ambiente.

Es por eso que valoro tanto que el Presidente Piñera anunciara su plan para la protección y conservación de los humedales. También reconozco el liderazgo del senador De Urresti en esto. Nobleza obliga a reconocer a los parlamentarios que son capaces de construir este tipo de acuerdos.

Escuché al diputado Rosas , que representa a una zona llenísima de humedales, referirse a por qué son importantes. A lo expresado por él, agregaría que porque son zonas de transición entre ecosistemas terrestres y acuáticos de baja profundidad, algunos próximos a los cursos de agua cercanos, como ríos y lagos, que es lo que ocurre en el caso de la Región de Los Ríos, pero también hay algunos que se encuentran próximos a aguas subterráneas, como ocurre en San Antonio. Su importancia radica en que funcionan como filtros de agua, protegen de inundaciones y generan ecosistemas.

Todos hemos ido tomando conciencia acerca de la importancia que tienen los humedales para nuestros ecosistemas; sin embargo, no puedo dejar de hacer una reflexión.

Si bien votaré a favor de la aprobación del proyecto, me parece que parte de una premisa un tanto extrema. ¿Por qué? Porque no podemos decaer en materia de desarrollo, tan necesario para la gente, especialmente para los más pobres, que necesitan trabajo y contar con oportunidades. Como no vamos a aceptar ningún tipo de desarrollo sin proteger el medio ambiente, creo que la reflexión de esta Sala debería centrarse en cómo hacemos esa transición, cómo somos capaces de compatibilizar el desarrollo, tan esperado y necesario, con la protección del medio ambiente, y este proyecto nos pone ese desafío.

Por eso creo que no partió bien cuando dice que cerca de un humedal no se va a poder hacer ni construir nada.

Por lo tanto, este proyecto no resuelve el problema de fondo, porque recién estamos empezando a debatir sobre la importancia y la forma de conciliar estos dos bienes, y sobre cómo logramos hacer esa transición.

Quiero contar un caso del distrito que represento. San Antonio tiene altas tasas de cesantía y es una ciudad muy postergada dentro de la Quinta Región, por lo que muchas personas cifran sus esperanzas en el proyecto de megapuerto, el cual es muy relevante no solo para San Antonio , sino para Chile, principalmente debido a la competencia con Perú, porque como país nos estamos quedando atrás y dentro de algunos años vamos a sufrir una crisis portuaria.

Esta iniciativa, que patrocinó el gobierno de la Presidenta Bachelet y que tomó el gobierno del Presidente Piñera, tiene un gran problema, porque cuando hace 9 años se limpió el puerto -después del terremoto de 2010se comenzó a formar un humedal, una concentración de agua. No tengo la respuesta a la pregunta de qué corresponde hacer, porque si bien quiero que exista desarrollo para mi puerto -la gente lo está esperando y Chile necesita un puerto de gran escala-, también me preocupa cómo vamos a enfrentar esta situación. Quizás, va a ser necesario que se realice a través del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, pero esa reflexión debe hacerse en esta Sala. ¿Cómo conciliamos el desarrollo y la protección del medio ambiente? Debemos ser creativos y conscientes. Me habría encantado profundizar más en esta reflexión, pero se me acaba el tiempo.

Por último, quiero agradecer especialmente a la ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt , por su preocupación, vocación y, sobre todo, por su capacidad para alcanzar los acuerdos necesarios para que hoy todos los diputados aprobemos este proyecto.

He dicho.

El señor ALINCO.-

Señor Presidente, pido la palabra.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra, diputado Alinco .

El señor ALINCO.-

Señor Presidente, acabo de consultar a la Mesa y el quorum mínimo para funcionar en esta Sala son 52 diputados.

En este momento hay 48 diputados y diputadas y, como usted es tan apegado al Reglamento, pido que suspenda la sesión. ¡Cúmplalo!

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Señor diputado, estamos tocando los timbres, pero…

El señor ALINCO.-

¡Sí, pero pido que se suspenda la sesión! ¡Eso dicta el Reglamento!

¡No podemos funcionar! ¡Aplique el Reglamento!

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Por favor.

El señor ALINCO .-

¡Suspenda!

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Señor diputado, reitero que estamos tocando los timbres para que los parlamentarios que están fuera de la Sala ingresen.

El señor ALINCO.-

Pero no tenemos quorum, señor Presidente. ¡Usted tiene que suspender!

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Ya tenemos el quórum requerido, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Gastón Saavedra .

El señor SAAVEDRA.-

Señor Presidente, en Chile hay 40.000 humedales y aproximadamente 1.460.400 hectáreas de terrenos que se caracterizan por esa condición.

Los humedales urbanos han sido los más degradados y han debido soportar decisiones, sobre todo de aquellos que tienen el poder económico para imponer condiciones y provocar aún más desigualdades territoriales en nuestro país. Estas se manifiestan fundamentalmente cuando las comunidades son asoladas por condiciones ambientales catastróficas que provocan inundaciones, porque los humedales absorben las aguas y, por lo tanto, permiten resolver un problema de desigualdad territorial, cual es que en los lugares más bajos generalmente se construyen las viviendas básicas y, por lo tanto, el rol fundamental que cumplen los humedales es de protección de la vida humana.

De hecho, cuando han ocurrido catástrofes -entre ellas, tsunamis-, han sido los humedales los que han provisto de agua para el consumo humano, la que sido previamente potabilizada. En consecuencia, no hay duda de la importancia que tienen estos territorios.

Al dar curso a este proyecto, se avanzará, sobre todo, en materia de planificación territorial, porque permitirá que los planes reguladores comunales consignen en sus terrenos el uso de suelo para los humedales urbanos. Se considera un valor esencial: el desarrollo económico local, pero con perspectivas de desarrollo humano, pues se permite esta mejora de carácter territorial y, al mismo tiempo, una planificación sustentable, por lo que disminuye el poder de aquellos que pretenden imponer condiciones para el desarrollo inmobiliario en desmedro de las comunidades que requieren de este bien que constituye un patrimonio ecodiverso, algo que no es considerado en nuestra actual cultura económica.

Hoy todo lo medimos en función del dinero y no del valor ecosistémico de estos patrimonios y, por lo tanto, ahí radica la fortaleza de este proyecto, que permite que nuestras comunidades cuenten con esos territorios de amortiguación, que posibilitan una mejor calidad de vida. Debemos asumir que los humedales son parte de la belleza urbana de una ciudad.

También es deseable determinar -se lo planteo especialmente a la señora ministralos correspondientes recursos. A propósito de la discusión que se da en el país para alcanzar equilibrios sociales e igualdad, debemos lograr recursos económicos para transformar esos humedales en verdaderos parques ecológicos que mejoren la calidad y las condiciones de vida de nuestros compatriotas.

Por lo anterior, vamos a concurrir con nuestro voto favorable para terminar un proceso legislativo que tiene en el centro el desarrollo de las personas y de las ciudades con rostro humano y que, al mismo tiempo, apunta hacia la protección ambiental, sobre todo cuando hay desigualdades territoriales profundas que se dejan ver cuando padecemos catástrofes por fenómenos climáticos o simplemente porque la naturaleza es más poderosa que nosotros y nos determina las condiciones que debemos asumir para proteger a nuestros conciudadanos.

Por último, agradezco la iniciativa del senador De Urresti, porque llevó hasta el final un proyecto que, a todas luces, da cuenta de las necesidades de todas nuestras comunidades y, particularmente, de las municipalidades que tienen que verse enfrentadas a situaciones para las cuales no cuentan con las herramientas jurídicas para proteger a su comunidad.

En buena hora llega este proyecto que la bancada del Partido Socialista apoyará.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Érika Olivera .

La señora OLIVERA (doña Érika).-

Señor Presidente, la idea matriz de este proyecto es proteger los humedales urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente de oficio, a petición del municipio respectivo.

Existen diversas organizaciones que buscan proteger los humedales y son ellas quienes indican que estos son vitales para la supervivencia humana; son uno de los entornos más productivos del mundo, son cuna de diversidad biológica, fuente de aguas y productividad primaria de las que innumerables especies vegetales y animales dependen para subsistir.

Los humedales son indispensables por los innumerables beneficios o servicios ecosistémicos que brindan a la humanidad, desde el suministro de agua dulce, alimentos, materiales de construcción, biodiversidad, recarga de aguas subterráneas y mitigación del cambio climático, algo que hoy nos tiene en alerta como país. En esto destaco a la ministra del Medio Ambiente, quien nos acompaña hoy, por estar muy pendiente de lo que sucede con el cambio climático, ya que Chile también es uno de los países que impulsa esa bandera.

Estudio tras otro demuestran que la superficie y calidad de los humedales siguen disminuyendo en la mayoría de las regiones del mundo. Esto nos indica que los servicios ecosistémicos que los humedales proporcionan a las personas se encuentran en peligro.

Hoy es urgente el cuidado y manejo de humedales urbanos. Este es un reto para el mundo y Chile no puede quedarse fuera de ese gran desafío.

A menudo los humedales son los motores de economías locales. Mediante un uso racional y una diversificación de la vida que hay en ellos, las comunidades locales podrían revertir la tendencia mundial a la pérdida de humedales.

Finalmente, quiero destacar este proyecto de ley y a quienes lo impulsaron. Su aprobación será muy importante.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Para referirse a un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado Diego Paulsen .

El señor PAULSEN.-

Señor Presidente, el diputado René Alinco estaba muy interesado en participar en la sesión, pero al parecer salió de la Sala. Por ello, le solicito que lo llame para que dé el quorum necesario para sesionar.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Señor diputado, tenemos quorum para sesionar. Tiene la palabra el diputado Miguel Ángel Calisto .

El señor CALISTO.-

Señor Presidente, tomando en cuenta la contingencia que atravesamos, quiero pedir a los integrantes de la Mesa que consideren la posibilidad de que analicemos el fondo de la situación que está pasando en nuestro país.

Sé que ahora estamos discutiendo un proyecto de ley importante. Lo planteo, porque muchas veces la gente no entiende que actuemos como si nada frente a hechos de violencia que están ocurriendo en todas las regiones del país. Lo digo para que la Mesa recoja las demandas del país, demos una señal de unidad política y demostremos que estamos disponibles para buscar acuerdos y entendimientos.

En cuanto al proyecto en discusión, lo considero muy importante, porque lo primero que pretende es introducir el concepto de humedal urbano. En Chile hay entre 18.000 y 30.000 humedales, los que se concentran principalmente entre las regiones de Aysén, Magallanes , Los Ríos, Valdivia y Concepción.

Esta iniciativa pretende entregar una regulación al procedimiento de reconocimiento de humedal urbano y sus efectos sobre los permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial en los terrenos donde se emplace.

Asimismo, sería muy importante modificar la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, que exige que se someta al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental los proyectos o las actividades susceptibles de aplicación masiva de productos químicos u otros en humedales, o aquellos que puedan alterar física o químicamente los componentes de estos importantes espacios de la naturaleza. Además, exige que todo instrumento de planificación territorial incluya los humedales urbanos existentes en cada escala territorial.

Es muy importante el trabajo que se está haciendo en esta materia. Por ello, quiero manifestar al gobierno y a la ministra del Medio Ambiente, quien está presente en la Sala, que cuentan con el apoyo transversal de todo el Congreso Nacional.

En la Región de Aysén las turberas, una especie de humedal, empezaron a formarse hace aproximadamente diez mil años. Es evidente que tienen un impacto tremendamente importante en la naturaleza, pues, como ya han dicho otros parlamentarios, los humedales son esenciales por las funciones ecosistémicas que cumplen y por transformar materiales biológicos y químicos. De hecho, son conocidos como los riñones de la tierra. Por ello, la señal que estamos dando al aprobar este proyecto es muy importante.

Quiero aprovechar estos últimos minutos para plantear a la ministra Carolina Schmidt otro tema que también tiene que ver con el medioambiente.

Ya entregué mi argumentación respecto de la importancia de este proyecto, que busca proteger los humedales; pero así como nos preocupamos de los humedales, debemos poner atención a otro problema que debe enfrentar la Región de Aysén: tenemos el caso de Coyhaique, la ciudad más contaminada de Chile y del mundo a consecuencia del uso indiscriminado de leña. Lo mismo sucede en Puerto Aysén, Cochrane , Mañihuales y en muchas otras localidades de nuestra región.

Ese problema no es responsabilidad de este gobierno. Si dijera eso, estaría mintiendo y siendo absolutamente populista, porque se arrastra desde hace muchos años.

El gobierno tiene la oportunidad de entender que estamos frente a un problema de salud pública y de entregar herramientas para reemplazar la leña. Hay niños que están enfermando y adultos mayores que mueren, porque este tipo de contaminación ambiental acelera las enfermedades.

Pido al gobierno que evalúe alternativas de calefacción distintas…

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Alejandro Bernales .

El señor BERNALES.-

Señor Presidente, en medio de este estallido social, en Puerto Montt y, en general, en toda la Región de Los Lagos se han generado distintos cabildos para buscar soluciones y analizar propuestas, a fin de avanzar en construir nuestros derechos sociales.

Este sábado en Puerto Montt se realizó un cabildo medioambiental, donde diversos actores del mundo medioambientalista, docentes, estudiantes y juntas de vecinos se reunieron para hablar sobre las problemáticas de la región, que son bastantes.

Tenemos una región bellísima, que concentra una gran naturaleza; pero lamentablemente existen problemas de contaminación muy parecidos a los que señaló el diputado Calisto , como la contaminación del aire por el uso de leña en Osorno.

Lo mismo está ocurriendo en Puerto Montt, cosa que antes era improbable. Recuerdo que nuestros abuelos nos decían que era imposible que la ciudad alguna vez tuviera esmog o algún tipo de contaminación por humo; sin embargo, hoy ya se decretan emergencias ambientales, hemos visto mortandad de salmones, contaminación en los bordes costeros, etcétera. Todas esas problemáticas fueron enumeradas en ese cabildo, con el objeto de que las autoridades podamos hacernos cargo.

Hoy hay acuerdo general para que se promulgue una nueva Constitución. Tenemos que decidir cómo la vamos a hacer, y el tema medioambiental debiera ser muy importante. Debemos generar un pacto ecosocial para que la naturaleza tenga preponderancia en esa nueva Constitución.

Entrando en el proyecto en discusión, recuerdo que la última vez que lo debatimos conté las ventajas que tienen humedales, sobre todo urbanos, y por qué tenemos que cuidarlos.

En Puerto Montt hay un lugar que ha generado bastante polémica. Me refiero al Valle Volcanes, donde hay siete lagunas y un humedal gigante, que las empresas inmobiliarias han ido arrasando.

Como consecuencia de esa situación se ha generado un movimiento bastante grande para tratar de frenarlo; pero cuando hablaban con las autoridades, todas se tiraban la pelota unas a otras: primero se la tiraban al Ministerio del Medio Ambiente; después este ministerio se la pasaba al municipio, y posteriormente el municipio se la pasaba de nuevo al Ministerio del Medio Ambiente, y así sucesivamente.

Entonces, hoy este proyecto deja las reglas bastante claras y también le entrega un rol activo al municipio para que nadie se lave las manos y se empiecen a hacer responsables.

Todos valoramos la importancia que tienen los humedales, por su ecosistema y por la naturaleza. En la primera oportunidad que defendimos este proyecto, me provocó mucha tristeza que hubiese personas que nos dijeran que no les importaban los humedales, que preferían que por ahí pasara una carretera o que ahí se construyeran viviendas. Ellas no entienden la importancia que tiene para los vecinos, para nuestra vida y para nuestro día a día, que los humedales se mantengan en nuestros sectores.

Cuando hablamos de ciudades que crecen, la falta de planificación también es un factor grave en la calidad de vida de las personas. Hoy se construyen grandes poblaciones y barrios que no tienen ninguna escuela ni condición alguna que permita a las personas vivir de mejor manera. Cuando conservamos los humedales urbanos, estamos dando a la ciudadanía la posibilidad de mejorar su calidad de vida.

Por lo tanto, en estos momentos tan complejos para el país, en que vemos a la oposición versus el oficialismo, espero que este proyecto tenga una aprobación por amplia mayoría. Así es como debemos empezar a dialogar y a conversar entre nosotros.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada María Loreto Carvajal .

La señora CARVAJAL (doña M.a Loreto).-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a la ministra del Medio Ambiente, con la cual tuve la ocasión de comunicarme hace algunos minutos.

Sin duda, este es un proyecto que se relaciona con algo tan relevante como son los territorios, sobre todo con aquellos territorios que deben ser protegidos y que han estado durante mucho tiempo en lista de espera. Lo digo así porque los ecosistemas naturales han sido vulnerados a propósito de la gran inversión en proyectos inmobiliarios en las grandes ciudades, en los que no existe preocupación o interés en esta materia, porque mediante esos emprendimientos se busca tener un sustrato económico comercial más que proteger los ecosistemas y, por supuesto, los territorios, más aun si se trata de territorios urbanos de las grandes ciudades, donde cada día vemos cómo el crecimiento inmobiliario sobrepasa los intereses de las personas más allá de lo que quisiéramos.

A propósito de aquello es importante regular. Nadie podría no estar de acuerdo en que cualquier avance en ese sentido es importante.

En verdad, cuando no hay un registro nacional ni un mapeo estricto y protegido de cuántos humedales existen en cada una de las ciudades, uno piensa que es necesario avanzar más rápido en estas materias de la mano de las municipalidades y de los ministerios correspondientes, entre ellos Bienes Nacionales y otros, para que haya una pesquisa y un registro estricto y claro de cuántos humedales deben ser considerados, a solicitud de las organizaciones sociales y medioambientales. Incluso, a través de los municipios y los instrumentos de planificación con que estos cuentan, también se podría tener de antemano la posibilidad de “aspectar” los humedales que podrían estar dentro de esa connotación.

Escuetamente, quiero señalar que nos parece un poco contradictoria la modificación al artículo 3, puesto que, por un lado, la Cámara de Diputados propuso que el municipio, de cierta manera, deberá suspender cualquier permiso de subdivisión, loteo o urbanización predial desde el momento en que solicita al Ministerio del Medio Ambiente el reconocimiento del humedal, y, por otro lado, el Senado rechazó la incorporación de esta norma, por lo que el Ejecutivo propuso un artículo que no establece claramente la imposibilidad de suspender dichos permisos mientras el ministerio no se haya pronunciado respecto del reconocimiento del humedal.

Por lo tanto, queda un vacío legal, pues la decisión de suspender los permisos se deja a la voluntad de los municipios, y sabemos que a los municipios, por su orgánica -hago la distinción entre los grandes y los pequeños municipios respecto de sus funcionarios y su parte administrativa-, a veces les cuesta mucho avanzar en los plazos, porque no tienen el suficiente capital humano y los recursos, lo que puede producir una diferencia de tiempo muy predominante a la hora de proteger los humedales.

Quiero hacer este punto, para que, ojalá, se mantenga lo propuesto por la Cámara de Diputados o se defina, por ejemplo, que se suspenden los permisos desde el momento mismo de la presentación de la petición de reconocimiento del humedal, con las cautelas que correspondan, para que dicha petición no provoque efectos negativos o se convierta en un incentivo perverso para impedir la realización de un proyecto inmobiliario. Ojalá que ese punto se tenga en cuenta.

Lo segundo, respecto de la participación ciudadana, es importante advertir que, en general, nosotros decantamos estas atribuciones en las municipalidades. Ojalá, las organizaciones también tuvieran mayor injerencia y que eso se pudiera tomar…

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, diputada María Loreto Carvajal .

No hay más diputados inscritos en la discusión de este proyecto. Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre las proposiciones de la Comisión Mixta en los siguientes términos:

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Corresponde votar el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de proteger los humedales urbanos.

Hago presente a la Sala que para su aprobación se requiere el voto favorable de 89 señoras diputadas y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 134 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Flores García, Iván , Melero Abaroa , Patricio , Saavedra Chandía , Gastón , Alessandri Vergara , Jorge , Flores Oporto , Camila , Mellado Pino , Cosme , Sabag Villalobos , Jorge , Alinco Bustos , René , Fuenzalida Cobo, Juan , Mellado Suazo , Miguel , Sabat Fernández , Marcela , Álvarez Vera , Jenny , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Mix Jiménez , Claudia , Saffirio Espinoza , René , Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo , Gahona Salazar , Sergio , Molina Magofke , Andrés , Saldívar Auger, Raúl , Amar Mancilla , Sandra , Galleguillos Castillo , Ramón , Morales Muñoz , Celso , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Auth Stewart , Pepe , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Santana Castillo, Juan , Baltolu Rasera, Nino , Garín González , Renato , Mulet Martínez , Jaime , Santana Tirachini , Alejandro , Barrera Moreno , Boris , González Gatica , Félix , Muñoz González , Francesca , Santibáñez Novoa , Marisela , Barros Montero , Ramón , González Torres , Rodrigo , Naranjo Ortiz , Jaime , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bellolio Avaria , Jaime , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Noman Garrido , Nicolás , Schilling Rodríguez , Marcelo , Berger Fett , Bernardo , Hernando Pérez , Marcela , Norambuena Farías, Iván , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Arancibia , Daniel , Sepúlveda Soto , Alexis , Boric Font , Gabriel , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Núñez Urrutia , Paulina , Silber Romo , Gabriel , Brito Hasbún , Jorge , Hoffmann Opazo , María José , Nuyado Ancapichún , Emilia , Soto Ferrada , Leonardo , Calisto Águila , Miguel Ángel , Ibáñez Cotroneo , Diego , Olivera De La Fuente Erika , Soto Mardones, Raúl , Cariola Oliva , Karol , Ilabaca Cerda , Marcos, Ortiz Novoa, José Miguel , Teillier Del Valle , Guillermo , Carter Fernández , Álvaro , Jackson Drago , Giorgio , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Torres Jeldes , Víctor , Carvajal Ambiado , Loreto , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Pardo Sáinz , Luis , Trisotti Martínez , Renzo , Castillo Muñoz , Natalia , Jiles Moreno , Pamela , Parra Sauterel , Andrea , Troncoso Hellman , Virginia , Castro Bascuñán , José Miguel , Jiménez Fuentes , Tucapel , Pérez Arriagada , José , Undurraga Gazitúa , Francisco , Castro González, Juan Luis , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urrutia Bonilla , Ignacio , Celis Araya , Ricardo , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Olea , Joanna , Urrutia Soto , Osvaldo , Cicardini Milla , Daniella , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Salinas , Catalina , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cid Versalovic , Sofía , Labra Sepúlveda , Amaro , Prieto Lorca , Pablo , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Coloma Álamos, Juan Antonio , Lavín León , Joaquín , Ramírez Diez , Guillermo , Velásquez Núñez , Esteban , Crispi Serrano , Miguel , Leiva Carvajal, Raúl , Rathgeb Schifferli , Jorge , Velásquez Seguel , Pedro , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Leuquén Uribe , Aracely , Rentería Moller , Rolando , Venegas Cárdenas , Mario , Del Real Mihovilovic , Catalina , Longton Herrera , Andrés , Rey Martínez, Hugo , Verdessi Belemmi , Daniel , Díaz Díaz , Marcelo , Lorenzini Basso , Pablo , Rocafull López , Luis , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Durán Salinas , Eduardo , Luck Urban , Karin , Rojas Valderrama , Camila , Walker Prieto , Matías , Eguiguren Correa , Francisco , Macaya Danús , Javier , Romero Sáez , Leonidas , Winter Etcheberry , Gonzalo , Espinoza Sandoval , Fidel, Marzán Pinto , Carolina , Rosas Barrientos , Patricio , Yeomans Araya , Gael , Fernández Allende, Maya , Matta Aragay, Manuel .

-Se abstuvieron los diputados señores:

Paulsen Kehr , Diego , Schalper Sepúlveda, Diego

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Despachado el proyecto.

4.5. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación Informe Comisión Mixta. Fecha 13 de noviembre, 2019. Oficio en Sesión 72. Legislatura 367.

VALPARAÍSO, 13 de noviembre de 2019

Oficio Nº 15.141

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Tengo a honra comunicar a V.E. que la Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha aprobado la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitación del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos, correspondiente al boletín N° 11.256-12.

Hago presente a V.E. que la proposición, en lo referente al inciso tercero del artículo 3 del proyecto de ley, fue aprobada con el voto a favor de 134 diputados, de un total de 155 en ejercicio, dándose cumplimiento de esta forma a lo preceptuado en el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

Lo que tengo a honra poner en conocimiento de V.E., en respuesta a su oficio Nº245/SEC/19, de 6 de noviembre de 2019.

Acompaño los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

IVÁN FLORES GARCÍA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

5. Trámite Tribunal Constitucional

5.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio de Ley Consulta Facultad de Veto. Fecha 19 de noviembre, 2019. Oficio

S.E. El Presidente de la República comunica que no hará uso de la facultad de Veto en fecha 03 de diciembre de 2019.

Valparaíso, 19 de noviembre de 2019.

Nº 250/SEC/19

A SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger los humedales urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano.

En el caso de que la solicitud sea efectuada por el municipio, el Ministerio del Medio Ambiente deberá pronunciarse dentro del plazo de seis meses.

Artículo 2°.- Un reglamento expedido por el Ministerio del Medio Ambiente, suscrito también por el Ministro de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento, y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales urbanos ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el reglamento indicado en el inciso anterior.

Artículo 3°.- Desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente, la municipalidad respectiva podrá postergar la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados, dicha postergación se realizará utilizando, en lo que corresponda, el procedimiento establecido en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

El reglamento previsto en el artículo anterior establecerá el procedimiento mediante el cual el municipio podrá solicitar el reconocimiento de la calidad de humedal urbano.

En contra del pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente que resuelva la solicitud de reconocimiento de la calidad de humedal urbano podrá reclamarse, dentro del plazo de treinta días, ante el Tribunal Ambiental competente, que es aquel que ejerce jurisdicción en el territorio en donde se encuentra el humedal. En caso que un humedal esté situado en más de un territorio jurisdiccional, conocerá del asunto el tribunal que en primer lugar se avoque a su consideración.

Artículo 4°.- Modifícase el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en los siguientes términos:

1) Incorpórase en la letra p), a continuación de la expresión “reservas marinas”, lo siguiente: “, humedales urbanos”.

2) Reemplázase la letra q), por la siguiente:

“q) Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados, humedales, o a cursos o masas de agua que puedan ser afectadas;”.

3) Sustitúyese, en la letra r), el punto final por la expresión “, y”.

4) Agrégase una nueva letra s), del siguiente tenor:

“s) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de humedales que se encuentran total o parcialmente dentro del límite urbano, y que impliquen su relleno, drenaje, secado, extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie.”.

Artículo 5°.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, promulgado el año 1975 y publicado el año 1976, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones:

1) Agrégase, en el artículo 60, el siguiente inciso tercero, nuevo:

“Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales urbanos existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en ellos.”.

2) Intercálase, en el artículo 64, a continuación de la expresión “riberas de mar”, la que sigue: “, de humedales”.

Artículo transitorio.- El plazo para dictar el reglamento señalado en el artículo 2° será de seis meses, contado desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial.”.

- - -

Sin embargo, y atendido que el proyecto contiene normas de ley orgánica constitucional, el Senado, por ser Cámara de origen, precisa saber si Vuestra Excelencia hará uso de la facultad que le otorga el inciso primero del artículo 73 de la Carta Fundamental.

En la eventualidad de que Vuestra Excelencia aprobare sin observaciones el proyecto de ley que contiene el texto transcrito, le ruego comunicarlo a esta Corporación para los efectos de su envío al Tribunal Constitucional, en conformidad a lo establecido en el inciso segundo del artículo 93 de la Constitución Política de la República, en relación con el inciso primero, Nº 1°, de ese mismo precepto.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JAIME QUINTANA LEAL

Presidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

5.2. Oficio al Tribunal Constitucional

Oficio de examen de Constitucionalidad. Fecha 05 de diciembre, 2019. Oficio

Valparaíso, 5 de diciembre de 2019.

N° 277 /SEC/19

A S.E. LA PRESIDENTA DEL EXCELENTÍSIMO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Tengo a honra remitir a Vuestra Excelencia copia, debidamente autenticada, del proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos, el cual no fue objeto de observaciones por Su Excelencia el Presidente de la República, según consta de su Mensaje N°1284-367, de 3 de diciembre de 2019, el que fue ingresado en la Oficina de Partes del Senado con esa misma fecha, momento desde el cual se estima que fue despachado totalmente por el Congreso Nacional.

Asimismo, en lo que respecta a la tramitación legislativa de la iniciativa, comunico a Vuestra Excelencia que la Honorable Cámara de Diputados, como cámara revisora, introdujo diversas modificaciones al texto despachado por el Senado, las cuales fueron aprobadas por esta Corporación durante el tercer trámite constitucional, con excepción de la consistente en la incorporación de un artículo 3°, nuevo, y las recaídas en el número 1) del artículo 4°, las que rechazó.

Por consiguiente, y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Carta Fundamental, se procedió a la formación de una Comisión Mixta para resolver las divergencias suscitadas entre ambas Cámaras.

Con posterioridad, en el Senado, la proposición de la mencionada Comisión Mixta, en lo referente al inciso tercero del artículo 3o incorporado por dicha instancia en la iniciativa legal, fue aprobada por 38 votos a favor, de un total de 43 senadores en ejercicio, dándose cumplimiento de esta forma a lo preceptuado en el inciso segundo del artículo 66 de la Carta Fundamental.

Finalmente, en la Honorable Cámara de Diputados, dicha proposición, en lo referente al inciso tercero del artículo 3o del proyecto de ley, fue aprobada con el voto a favor de 134 diputados, de un total de 155 en ejercicio, dándose cumplimiento de esta forma a lo preceptuado en el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

Por haberse suscitado cuestión de constitucionalidad acerca del proyecto de ley en la Honorable Cámara de Diputados, se acompaña un ejemplar de la Publicación Oficial de la Redacción de Sesiones de dicha Corporación, que registra la sesión correspondiente.

En consecuencia y debido a que, como se ha señalado, la iniciativa de ley contiene materias propias de ley orgánica constitucional, y a lo establecido en el artículo 93, N° 1°, de la Carta Fundamental, me permito enviarlo a ese Excelentísimo Tribunal Constitucional, para los efectos de lo establecido en la disposición antes citada.

Acompaño copia del Mensaje No 1284-367, de Su Excelencia el Presidente de la República, de 3 de diciembre de 2019; de los oficios números 312/SEC/18, 181/SEC/19 y 245/SEC/19, del Senado, de fechas 7 de noviembre de 2018, 21 de agosto de 2019 y 6 de noviembre de 2019, respectivamente, y de los oficios números N° 14.780 y 15.141, de la Honorable Cámara de Diputados, de fechas 5 de junio de 2019 y 13 de noviembre de 2019, respectivamente.

Asimismo, adjunto copia del oficio número 247-2019, de la Excelentísima Corte Suprema, de fecha 22 de octubre de 2019, mediante el cual consigna su opinión en relación con esta iniciativa legal, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 77 de la Constitución Política de la República y 16 de la ley No 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

5.3. Oficio del Tribunal Constitucional

Sentencia del Tribunal Constitucional. Fecha 02 de enero, 2020. Oficio en Sesión 134. Legislatura 367.

2020

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CHILE

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Sentencia

Rol 7937-19-CPR

[2 de enero de 2020]

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CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES CON EL OBJETIVO DE PROTEGER LOS HUMEDALES URBANOS, CORRESPONDIENTE AL BOLETÍN N° 11.256-12.

VISTO Y CONSIDERANDO:

I. PROYECTO DE LEY REMITIDO.

PRIMERO: Que, por oficio Nº 277/SEC/19, de 5 de diciembre de 2019, ingresado a esta Magistratura el mismo día, el Senado remite el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos (Boletín N° 11.256-12), con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto del inciso tercero del artículo 3° del proyecto.

SEGUNDO: Que el Nº 1º del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes orgánicas constitucionales y de las normas de un tratado que versen sobre materias propias de estas últimas, antes de su promulgación;”.

TERCERO: Que de acuerdo al precepto invocado en el considerando anterior, en estos autos corresponde a esta Magistratura pronunciarse sobre las normas del proyecto de ley remitido que estén comprendidas dentro de las materias que el Constituyente ha reservado a una ley orgánica constitucional.

II. DISPOSICIÓN DEL PROYECTO DE LEY SOMETIDA A CONTROL PREVENTIVO DE CONSTITUCIONALIDAD.

CUARTO: Que la disposición del proyecto de ley sometida a control preventivo de constitucionalidad señala:

“En contra del pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente que resuelva la solicitud de reconocimiento de la calidad de humedal urbano podrá reclamarse, dentro del plazo de treinta días, ante el Tribunal Ambiental competente, que es aquel que ejerce jurisdicción en el territorio en donde se encuentra el humedal. En caso que un humedal esté situado en más de un territorio jurisdiccional, conocerá del asunto el tribunal que en primer lugar se avoque a su consideración.”.

III. NORMA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA QUE ESTABLECE EL ÁMBITO DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL RELACIONADA CON EL PROYECTO.

QUINTO: Que el artículo 77 de la Constitución Política señala, en sus incisos primero y segundo, dispone lo siguiente:

“Una ley orgánica constitucional determinará la organización y atribuciones de los tribunales que fueren necesarios para la pronta y cumplida administración de justicia en todo el territorio de la República. La misma ley señalará las calidades que respectivamente deban tener los jueces y el número de años que deban haber ejercido la profesión de abogado las personas que fueren nombradas ministros de Corte o jueces letrados.

La ley orgánica constitucional relativa a la organización y atribuciones de los tribunales, sólo podrá ser modificada oyendo previamente a la Corte Suprema de conformidad a lo establecido en la ley orgánica constitucional respectiva.”.

IV. NATURALEZA DE LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DEL PRECEPTO SUJETO A CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD.

SEXTO: Que la disposición contenida en el inciso tercero del artículo 3° del proyecto remitido por el Congreso Nacional, es propia de la Ley Orgánica Constitucional sobre Organización y Atribuciones de los Tribunales de Justicia, a que alude el artículo 77 de la Constitución Política, en sus incisos primero y segundo, toda vez que otorga nuevas competencias de los Tribunales Ambientales para conocer de las reclamaciones judiciales en contra del pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente que resuelve la solicitud de reconocimiento de la calidad de humedal urbano (en el mismo sentido, STC roles N°s 1554, 2180 y 3020).

V. NORMA ORGÁNICA CONSTITUCIONAL QUE EL TRIBUNAL DECLARARÁ CONFORME A LA CONSTITUCIÓN.

SÉPTIMO: Que la disposición contenida en el inciso tercero del artículo 3° del proyecto de ley sometido a control de constitucionalidad, será declarada conforme a la Constitución Política.

VI. INFORME DE LA CORTE SUPREMA Y CUMPLIMIENTO DE LOS QUÓRUM DE APROBACIÓN.

OCTAVO: Que consta en autos que se ha oído previamente a la Corte Suprema, dándose cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 77 de la Carta Fundamental, y que la norma del proyecto bajo análisis fue aprobada en ambas Cámaras del Congreso Nacional con las mayorías requeridas por el inciso segundo del artículo 66 de la Carta Fundamental.

VII.- CUESTIÓN DE CONSTITUCIONALIDAD SUSCITADA DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL PROYECTO DE LEY.

NOVENO: Que, en el oficio remisor del Senado, individualizado en el considerando primero de esta sentencia, se indica que, por haberse suscitado cuestión de constitucionalidad acerca del proyecto de ley en la Cámara de Diputados, se acompaña copia del acta de la sesión correspondiente.

En efecto, a fojas 7 y siguientes de estos autos constitucionales, rola el acta de la Sesión de la Cámara de Diputados 34ª, de 5 de junio de 2019, Legislatura N° 367ª, donde consta que, en la discusión particular en segundo trámite constitucional, el H. Diputado señor Mellado expuso que “espero que también se apruebe la indicación que renové respecto del artículo 2°. En caso contrario, haré reserva de constitucionalidad sobre el punto, porque es importante proteger la propiedad privada de la persona que hereda o invierte en un bien raíz en determinada ciudad y lo inscribe en el conservador de bienes raíces sin saber que luego dicho terreno podría tener la calidad de humedal y que, por tanto, no podrá hacer uso de él” (fojas 101). Luego, agregó el H. Diputado “Señor Presidente, hago reserva de constitucionalidad respecto de este proyecto de ley” (fojas 128).

DÉCIMO: Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 48 y siguientes de la Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, que regulan el procedimiento sobre control obligatorio de constitucionalidad de proyectos de ley que contengan disposiciones de carácter orgánico constitucional, si durante la discusión del proyecto se hubiere suscitado cuestión de constitucionalidad de uno o más de sus preceptos, deberán remitirse a este Tribunal las actas de las sesiones de sala o comisión, o el oficio del Presidente de la República, en su caso, donde conste la cuestión de constitucionalidad debatida o representada (artículo 48, inciso tercero).

Y, conforme a los incisos quinto y sexto del artículo 49, si el Tribunal encontrare que el proyecto es constitucional, deberá declarar la constitucionalidad del proyecto fundándola respecto de los preceptos que, durante su tramitación, hubieren sido cuestionados; y, si estimare que uno o más preceptos del proyecto son inconstitucionales, deberá igualmente declararlo por resolución fundada.

DECIMOPRIMERO: Que, conforme a lo dispuesto en el considerando precedente, esta Magistratura Constitucional debe pronunciarse sobre las cuestiones de constitucionalidad suscitadas durante la tramitación del proyecto, bajo el supuesto ineludible de que el precepto concernido sea previamente declarado por este mismo Tribunal como propio de ley orgánica constitucional, para luego evaluar si se ajusta o no a la Constitución.

En el presente caso, como se aprecia, no nos encontramos frente a un precepto propio de ley orgánica constitucional y, más aún, la reserva de constitucionalidad planteada no dice relación con preceptiva alguna del proyecto remitido por el Congreso Nacional, pues el asunto decía relación con una indicación parlamentaria, aditiva, que proponía agregar un nuevo inciso al artículo 2° del proyecto, relativo a la temporalidad de la declaración de humedal urbano, indicación que fue rechazada por la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados, en el mismo segundo trámite constitucional.

Por lo expuesto, no corresponde emitir pronunciamiento sobre cuestión de constitucionalidad, en este examen preventivo.

Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por los artículos citados y pertinentes de la Constitución Política de la República, y de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional,

SE RESUELVE:

QUE LA DISPOSICIÓN CONTENIDA EN EL INCISO TERCERO DEL ARTÍCULO 3° DEL PROYECTO DE LEY REMITIDO POR EL CONGRESO NACIONAL, SE ENCUENTRA AJUSTADA A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA.

PREVENCIÓN

Los Ministros señores Iván Aróstica Maldonado, Cristián Letelier Aguilar y José Ignacio Vásquez Márquez previenen que estuvieron por declarar como propios de ley orgánica constitucional los artículos 2°, inciso segundo, y 3°, inciso primero, del proyecto de ley remitido.

La primera disposición anotada refiere que “Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales urbanos ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el reglamento indicado en el inciso anterior”; y la segunda preceptúa que “Desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente, la municipalidad respectiva podrá postergar la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados, dicha postergación se realizará utilizando, en lo que corresponda, el procedimiento establecido en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones”. Como se aprecia, esta preceptiva es propia de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades a que se refiere el artículo 118, inciso quinto de la Constitución, al incidir en las funciones y atribuciones de las municipalidades, concretando en normas específicas dichas facultades propias de ley orgánica constitucional, en relación con los artículos 3°, 4° y 5° de la Ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.

Estos Ministros previnientes, además, estuvieron por declarar inconstitucional la preceptiva contenida en el artículo 3°, inciso primero, del proyecto, toda vez que al facultarse a la Municipalidad para postergar la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de permisos de construcción, se suspende el ejercicio de sus facultades constitucionales y orgánico constitucionales de forma que no se condice con el artículo 1°, inciso cuarto, de la Carta Fundamental, en tanto “el Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común”, bien común que se cumple satisfaciendo las necesidades públicas de manera continua y permanente, en relación con el artículo 3° de la Ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.

Redactaron la sentencia y la prevención, los Ministros que respectivamente las suscriben.

Comuníquese al Senado, regístrese y archívese.

Rol 7937-19-CPR

Sra. Brahm

Sr. Aróstica

Sr. Romero

Sr. Letelier

Sr. Pozo

Sr. Vásquez

Sra. Silva

Sr. Fernández

Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril, y por sus Ministros señores Iván Aróstica Maldonado, Gonzalo García Pino, Juan José Romero Guzmán, Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva, José Ignacio Vásquez Márquez, señora María Pía Silva Gallinato, y señor Miguel Ángel Fernández González.

Se certifica que el Ministro señor Gonzalo García Pino concurrió al acuerdo y fallo, pero no firma por encontrarse con permiso.

Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza.

6. Trámite Finalización: Senado

6.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 06 de enero, 2020. Oficio

Valparaíso, 6 de enero de 2020.

Nº 2/SEC/20

A SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger los humedales urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano.

En el caso de que la solicitud sea efectuada por el municipio, el Ministerio del Medio Ambiente deberá pronunciarse dentro del plazo de seis meses.

Artículo 2°.- Un reglamento expedido por el Ministerio del Medio Ambiente, suscrito también por el Ministro de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento, y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales urbanos ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el reglamento indicado en el inciso anterior.

Artículo 3°.- Desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente, la municipalidad respectiva podrá postergar la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados, dicha postergación se realizará utilizando, en lo que corresponda, el procedimiento establecido en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

El reglamento previsto en el artículo anterior establecerá el procedimiento mediante el cual el municipio podrá solicitar el reconocimiento de la calidad de humedal urbano.

En contra del pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente que resuelva la solicitud de reconocimiento de la calidad de humedal urbano podrá reclamarse, dentro del plazo de treinta días, ante el Tribunal Ambiental competente, que es aquel que ejerce jurisdicción en el territorio en donde se encuentra el humedal. En caso que un humedal esté situado en más de un territorio jurisdiccional, conocerá del asunto el tribunal que en primer lugar se avoque a su consideración.

Artículo 4°.- Modifícase el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en los siguientes términos:

1) Incorpórase en la letra p), a continuación de la expresión “reservas marinas”, lo siguiente: “, humedales urbanos”.

2) Reemplázase la letra q), por la siguiente:

“q) Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados, humedales, o a cursos o masas de agua que puedan ser afectadas;”.

3) Sustitúyese, en la letra r), el punto final por la expresión “, y”.

4) Agrégase una nueva letra s), del siguiente tenor:

“s) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de humedales que se encuentran total o parcialmente dentro del límite urbano, y que impliquen su relleno, drenaje, secado, extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie.”.

Artículo 5°.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, promulgado el año 1975 y publicado el año 1976, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones:

1) Agrégase, en el artículo 60, el siguiente inciso tercero, nuevo:

“Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales urbanos existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en ellos.”.

2) Intercálase, en el artículo 64, a continuación de la expresión “riberas de mar”, la que sigue: “, de humedales”.

Artículo transitorio.- El plazo para dictar el reglamento señalado en el artículo 2° será de seis meses, contado desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial.”.

- - -

Hago presente a Vuestra Excelencia que el Tribunal Constitucional, mediante comunicación de fecha 2 de enero de 2020, remitió sentencia en la cual resolvió que la disposición contenida en el inciso tercero del artículo 3° del proyecto de ley remitido por el Congreso Nacional, se encuentra ajustada a la Constitución Política de la República.

- - -

Hago presente a Su Excelencia que esta iniciativa de ley tuvo su origen en moción de los Honorables senadores señor Alfonso De Urresti Longton, señoras Isabel Allende Bussi y Adriana Muñoz D´Albora y señor Víctor Pérez Varela y del ex senador señor Patricio Walker Prieto.

- - -

En consecuencia, corresponde a Su Excelencia promulgar el proyecto de ley anteriormente transcrito.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JAIME QUINTANA LEAL

Presidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

7. Publicación de Ley en Diario Oficial

7.1. Ley Nº 21.202

Tipo Norma
:
Ley 21202
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1141461&t=0
Fecha Promulgación
:
16-01-2020
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cvhv
Organismo
:
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Título
:
MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES CON EL OBJETIVO DE PROTEGER LOS HUMEDALES URBANOS
Fecha Publicación
:
23-01-2020

LEY NÚM. 21.202

MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES CON EL OBJETIVO DE PROTEGER LOS HUMEDALES URBANOS

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley originado en moción de los Honorables senadores señor Alfonso De Urresti Longton, señoras Isabel Allende Bussi y Adriana Muñoz D'Albora y señor Víctor Pérez Varela y del ex senador señor Patricio Walker Prieto.

     

    Proyecto de ley:

     

    "Artículo 1º.- Objeto. La presente ley tiene por objeto proteger los humedales urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente, de oficio o a petición del municipio respectivo, entendiendo por tales todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano.

    En el caso de que la solicitud sea efectuada por el municipio, el Ministerio del Medio Ambiente deberá pronunciarse dentro del plazo de seis meses.

     

    Artículo 2º.- Un reglamento expedido por el Ministerio del Medio Ambiente, suscrito también por el Ministro de Obras Públicas, definirá los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, a fin de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento, y de mantener el régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo.

    Las municipalidades deberán establecer, en una ordenanza general, los criterios para la protección, conservación y preservación de los humedales urbanos ubicados dentro de los límites de su comuna, para lo que utilizarán los lineamientos establecidos en el reglamento indicado en el inciso anterior.

     

    Artículo 3º.- Desde la presentación de la petición de reconocimiento de la calidad de humedal urbano y hasta el pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente, la municipalidad respectiva podrá postergar la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados, dicha postergación se realizará utilizando, en lo que corresponda, el procedimiento establecido en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

    El reglamento previsto en el artículo anterior establecerá el procedimiento mediante el cual el municipio podrá solicitar el reconocimiento de la calidad de humedal urbano.

    En contra del pronunciamiento del Ministerio del Medio Ambiente que resuelva la solicitud de reconocimiento de la calidad de humedal urbano podrá reclamarse, dentro del plazo de treinta días, ante el Tribunal Ambiental competente, que es aquel que ejerce jurisdicción en el territorio en donde se encuentra el humedal. En caso que un humedal esté situado en más de un territorio jurisdiccional, conocerá del asunto el tribunal que en primer lugar se avoque a su consideración.

     

    Artículo 4º.- Modifícase el artículo 10 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en los siguientes términos:

     

    1) Incorpórase en la letra p), a continuación de la expresión "reservas marinas", lo siguiente: ", humedales urbanos".

    2) Reemplázase la letra q), por la siguiente:

     

    "q) Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados, humedales, o a cursos o masas de agua que puedan ser afectadas;".

     

    3) Sustitúyese, en la letra r), el punto final por la expresión ", y".

    4) Agrégase una nueva letra s), del siguiente tenor:

     

    "s) Ejecución de obras o actividades que puedan significar una alteración física o química a los componentes bióticos, a sus interacciones o a los flujos ecosistémicos de humedales que se encuentran total o parcialmente dentro del límite urbano, y que impliquen su relleno, drenaje, secado, extracción de caudales o de áridos, la alteración de la barra terminal, de la vegetación azonal hídrica y ripariana, la extracción de la cubierta vegetal de turberas o el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora y la fauna contenida dentro del humedal, indistintamente de su superficie.".

     

    Artículo 5º.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, promulgado el año 1975 y publicado el año 1976, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones:

     

    1) Agrégase, en el artículo 60, el siguiente inciso tercero, nuevo:

     

    "Todo instrumento de planificación territorial deberá incluir los humedales urbanos existentes en cada escala territorial en calidad de área de protección de valor natural, para efectos de establecer las condiciones bajo las que deberán otorgarse los permisos de urbanizaciones o construcciones que se desarrollen en ellos.".

     

    2) Intercálase, en el artículo 64, a continuación de la expresión "riberas de mar", la que sigue: ", de humedales".

     

   

    Artículo transitorio.- El plazo para dictar el reglamento señalado en el artículo 2° será de seis meses, contado desde la publicación de esta ley en el Diario Oficial.".

     

    Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1 del artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 16 de enero de 2020.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Carolina Schmidt Zaldívar, Ministra del Medio Ambiente.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Obras Públicas.- Cristián Monckeberg Brüner, Ministro de Vivienda y Urbanismo.

    Lo que transcribo para Ud. para los fines que estime pertinentes.- Felipe Riesco Eyzaguirre, Subsecretario del Medio Ambiente.

   

    Tribunal Constitucional

    Proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos, contenido en el boletín Nº 11.256-12

    La Secretaria del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que el Honorable Senado envió el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de constitucionalidad respecto del inciso tercero del artículo 3º del proyecto, y, por sentencia de fecha 2 de enero de 2020, en los autos Rol Nº 7937-19-CPR

     

    Se declara:

     

    1. Que la disposición contenida en el inciso tercero del artículo 3º del proyecto de ley remitido por el Congreso Nacional, se encuentra ajustada a la Constitución Política de la República.

     

    Santiago, 2 de enero de 2020.- María Angélica Barriga Meza, Secretaria.