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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.251

Modifica la ley N°21.230, para facilitar y ampliar el acceso al ingreso familiar de emergencia

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 17 de julio, 2020. Mensaje en Sesión 44. Legislatura 368.

MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CON EL QUE SE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 21.230, PARA FACILITAR Y AMPLIAR EL ACCESO AL INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA.

________________________________

Santiago, 17 de julio de 2020.

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS

MENSAJE Nº 115-368/

Honorable Cámara de Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que modifica la ley N° 21.230, para facilitar y ampliar el acceso al Ingreso Familiar de Emergencia.

I. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS

Hoy estamos enfrentando la pandemia sanitaria del COVID-19, la más grave de los últimos 100 años, que ya ha contagiado a más de trece millones de personas a nivel mundial.

Las familias de nuestro país se han visto fuertemente afectadas por dicha pandemia sanitaria y por una crisis económica, que ha traído consigo una grave recesión mundial y que implicará retrocesos en todas las economías del mundo.

En razón a lo anterior, como Gobierno hemos implementado una importante batería de medidas, tales como el fortalecimiento del sistema de salud y la ampliación de este último en materia de capacidad para poder proteger la vida de las personas.

En este escenario, el 19 de marzo de 2020 presentamos un Plan Económico de Emergencia, que contemplaba una inyección de recursos por $11.750 millones de dólares, correspondientes al 4,7% del PIB para reforzar el presupuesto de salud, proteger los ingresos de las personas y sus fuentes laborales, entregar liquidez al sistema productivo y apoyar a las pequeñas y medianas empresas. Este plan se materializó en leyes de rápido despacho gracias a la colaboración del H. Congreso Nacional, entre las cuales podemos destacar la ley N° 21.225, que establece medidas para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas por el impacto de la enfermedad COVID-19 en Chile, que entregó el primer apoyo monetario a los hogares mediante el Bono COVID; y la ley N° 21.227, que faculta el acceso a prestaciones del seguro de desempleo de la ley N° 19.728, en circunstancias excepcionales, con el objeto de proteger el empleo, evitando que la actual situación de crisis económica genere el innecesario término de una gran cantidad de relacionales laborales.

Posteriormente, el 8 de abril de este año, se anunció la segunda etapa del Plan Económico de Emergencia que incluyó la extensión del Fogape (Fondo de Garantía para pequeños y medianos empresarios), materializado a través de la ley N° 21.229; y el diseño de un nuevo beneficio en apoyo de los hogares que se concretó en el Ingreso Familiar de Emergencia mediante la ley N° 21.230, compuesto por tres aportes extraordinarios de cargo fiscal para los hogares más vulnerables de nuestro país que dependen de ingresos informales.

En este contexto, se debe mencionar el “Marco de Entendimiento para Plan de Emergencia por la Protección de los ingresos de las familias y la Reactivación económica y del Empleo”, acuerdo alcanzado el 14 de junio del presente año, que implica un marco fiscal para desarrollar las próximas iniciativas que tienen por objeto enfrentar la situación sanitaria y económica que atraviesa el país, y que asciende a US$12.000 millones por 24 meses. Dicho acuerdo tuvo como uno de sus principales ejes la ayuda a las familias, ampliando y fortaleciendo el Ingreso Familiar de Emergencia tanto en sus montos como en beneficiarios, lo que se concretó mediante la ley Nª 21.243, y robusteciendo la Red de Protección Social creada para proteger a las familias durante la emergencia.

En este sentido, el reciente 14 de julio se anunciaron nuevas medidas, que contemplan fundamentalmente un apoyo a las familias de clase media. Estas iniciativas incluyen un aporte directo a la clase media, la entrega de un préstamo blando, a una tasa de interés real de 0% y solidario, la postergación del pago de dividendos de créditos hipotecarios, la ampliación del programa de subsidio de arriendo, la ampliación y postergación del Crédito con Aval Estado (CAE) y la postergación de pago de contribuciones para la clase media. Así, el día 15 de julio recién pasado, este Gobierno ingresó al H. Congreso Nacional un proyecto de ley que establece un financiamiento con aporte fiscal para la protección de los ingresos de la clase media, que concreta parte de las referidas medidas (boletín N° 13.653-05).

Con ello, y sumado a los otros apoyos antes mencionados, buscamos poder entregar tranquilidad y protección a las familias en los difíciles momentos que enfrentamos como país.

El proyecto de ley que se presenta hoy busca establecer un acceso más simplificado y expedito al Ingreso Familiar de Emergencia, introduciendo modificaciones a la ley N°21.230, que concede el Ingreso Familiar de Emergencia.

II. CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY

1. Eliminación y modificación de requisitos para optar al Ingreso Familiar de Emergencia

El proyecto de ley viene a modificar el Ingreso Familiar de Emergencia creado por ley N° 21.230, aumentando el universo de beneficiarios al eliminar el requisito de vulnerabilidad basado en el Instrumento de Caracterización Socioeconómica, requiriendo solo integrar el Registro Social de Hogares definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social.

A dicha modificación se agrega la eliminación de otro requisito establecido en la propia ley, el cual exigía a los hogares beneficiarios pertenecer al 80 por ciento más vulnerable de acuerdo con el Indicador Socioeconómico de Emergencia.

Así, para acceder a los aportes del Ingreso Familiar de Emergencia ya no será exigencia acreditar la situación de vulnerabilidad socioeconómica mediante el Instrumento Caracterización Socioeconómica de la ley N° 20.379 y el Indicador Socioeconómico de Emergencia.

2. Formas de acreditar el requisito de ingresos

El proyecto de ley además simplifica la manera de acreditar los ingresos de los hogares que soliciten el beneficio.

Para dichos efectos, se utilizará solo la información declarada por estos, simplificando de manera directa la postulación a este beneficio.

3. Eliminación del Indicador Socioeconómico de Emergencia

El proyecto de ley elimina el Indicador Socioeconómico de Emergencia, simplificando así aún más los requisitos para acceder a este beneficio. En este sentido, se elimina cualquier referencia a este instrumento.

4. Simplificación del proceso de reclamación

El proyecto de ley elimina la obligación del Ministerio de Desarrollo Social y Familia de contrastar la información declarada por los solicitantes con aquella contenida en el Registro de Información Social. Así, se busca simplificar los procesos de reclamación haciéndolos más eficientes.

Por otro lado, y en aquellos casos en que no se haya ejercido el derecho a reclamo, esta iniciativa legislativa incorpora la facultad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales, de informar a dichas personas la posibilidad de actualizar sus ingresos, para efectos de acceder al beneficio.

5. Normas transitorias

El proyecto de ley establece en su artículo primero transitorio que las modificaciones establecidas en el mismo serán aplicables, como regla general, para el pago del tercer aporte y siguientes del Ingreso Familiar de Emergencia.

No obstante lo anterior, las modificaciones referidas al proceso de reclamación serán aplicables para el pago del segundo aporte en adelante.

Asimismo, el mismo artículo establece que para quienes hayan solicitado el tercer aporte con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley y no hubiesen actualizado sus ingresos en conformidad a lo dispuesto en el nuevo inciso final del artículo 10 de la ley N° 21.230, se ordenará el pago de dicho aporte tomando en consideración la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar. Ello significa, en concreto, que habiéndose ya realizado la postulación, ésta se basará en la información disponible en dicho Registro en los casos que no se actualicen los ingresos.

Por último, el artículo segundo transitorio dispone que el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley se financiará con cargo a los recursos provenientes de la partida presupuestaria Tesoro Público.

En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia:

1) Reemplázase el inciso primero del artículo 1, por el siguiente:

“Artículo 1.- Concédese un Ingreso Familiar de Emergencia compuesto por un máximo de cuatro aportes extraordinarios de cargo fiscal, en las condiciones que establece la presente ley, para los hogares que cumplan los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace; y (ii) que sus integrantes mayores de edad no perciban alguno de los ingresos señalados en el artículo 4, lo que se verificará a partir de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y segundo del artículo 7°. En el caso de los solicitantes considerados en el inciso tercero del artículo 7°, se utilizará solo la información declarada por estos.”.

2) Sustitúyese el artículo 2, por el siguiente:

“Artículo 2.- Mediante resolución exenta dictada por la Subsecretaría de Evaluación Social, visada por la Dirección de Presupuestos, se establecerá la forma de verificación de los requisitos establecidos en esta ley.”.

3) Modifícase el inciso primero del artículo 4, de la siguiente forma:

a) Reemplázase su numeral (i) por el siguiente:

“(i) que la suma de dichos ingresos sea inferior al segundo aporte que le correspondería conforme al artículo 3, lo que se verificará a partir de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y segundo del artículo 7°. En el caso de los solicitantes considerados en el inciso tercero del artículo 7°, se utilizará solo la información declarada por estos; y”.

b) Reemplázase el numeral (ii) por el siguiente:

“(ii) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace.”.

c) Suprímese la siguiente frase:

“(iii) que pertenezcan al 80 por ciento más vulnerable de la población nacional, de acuerdo al Indicador Socioeconómico de Emergencia a que se refiere el artículo 2.”.

4) Sustitúyese el numeral (i) del artículo 5 por el siguiente:

“(i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace, y”.

5) Modifícase el artículo 10 en el siguiente sentido:

a) Modifícase su inciso segundo, de la siguiente manera:

i. Sustitúyese las palabras “numeral tercero” por las palabras “numeral segundo”.

ii. Elimínase su última oración cuyo tenor es el siguiente:

“No obstante lo anterior, no se acogerá la reclamación en el caso de que exista disconformidad entre la información declarada y aquella contenida en el Registro de Información Social creado por el artículo 6 de la ley Nº 19.949.”.

b) Agrégase un nuevo inciso final, cuyo tenor es el siguiente:

“Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales, podrá tomar contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y que no lo hubiesen percibido por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiarios de dicho aporte, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos. Lo anterior para efectos de poder acceder al beneficio y a los aportes que procedan en virtud de dicha actualización.”.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- Las modificaciones establecidas por la presente ley, serán aplicables para el pago del tercer aporte y siguientes del Ingreso Familiar de Emergencia, salvo las modificaciones introducidas al artículo 10 de la ley N° 21.230, las cuales serán aplicables para el pago del segundo aporte y siguientes. En razón de lo anterior, los requisitos relativos a la vulnerabilidad socioeconómica de los hogares establecidos en los numerales (i) y (ii) del artículo 1, numerales (ii) y (iii) del artículo 4 y numeral (i) del artículo 5 de la ley N° 21.230, vigentes con anterioridad a las modificaciones establecidas por esta ley, continuarán aplicándose para los efectos del pago del primer y segundo aporte del Ingreso Familiar de Emergencia.

Con todo, para quienes hayan solicitado el tercer aporte del Ingreso Familiar de Emergencia con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley y no hubiesen actualizado sus ingresos en conformidad a lo dispuesto en el nuevo inciso final del artículo 10 de la ley N° 21.230 incorporado por esta ley, se ordenará el pago de dicho aporte tomando en consideración la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar.

Artículo segundo.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley se financiará con cargo a los recursos provenientes de la partida presupuestaria Tesoro Público.”.

Dios guarde a V.E.,

SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE

Presidente de la República

IGNACIO BRIONES ROJAS

Ministro de Hacienda

CRISTIÁN MONCKEBERG BRUNER

Ministro de Desarrollo Social y Familia

Informe Financiero

1.2. Informe de Comision de Desarrollo Social, Superacion de la Pobreza y Planificacion

Cámara de Diputados. Fecha 22 de julio, 2020. Informe de Comision de Desarrollo Social, Superacion de la Pobreza y Planificacion en Sesión 47. Legislatura 368.

? VALPARAÍSO, 22 DE JULIO DE 2020

CERTIFICADO

El Abogado Secretario de la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación que suscribe, certifica:

Que el texto que se acompaña, debidamente autenticado, contiene el articulado íntegro del proyecto que modifica la ley N°21.230, para facilitar y ampliar el acceso al Ingreso Familiar de Emergencia (boletín N°13.656-31), de origen en mensaje, en primer trámite constitucional y con urgencia calificada de “discusión inmediata”, la cual fue hecha presente el día 21 de julio de 2020, tal como fue aprobado por esta Comisión.

Para la discusión y votación del proyecto se celebraron dos sesiones, los días 21 y 22 de julio, y se contó con la asistencia de las diputadas señoras Sandra Amar, Catalina Del Real, Claudia Mix, Erika Olivera, Joanna Pérez y Virginia Troncoso, y los diputados señores Boris Barrera, Joaquín Lavín, Cosme Mellado, Jaime Naranjo, Jorge Sabag, Diego Schalper y Esteban Velásquez.

Participaron, en representación del Ejecutivo, el Ministro de Desarrollo Social y Familia, señor Cristián Monckeberg; el subsecretario de Servicios Sociales, señor Sebastián Villarreal; y la subsecretaria de Evaluación Social, señora Alejandra Candia.

Constancias Reglamentarias:

1) El proyecto fue aprobado, en general, por unanimidad. Participaron en la votación las diputadas señoras Sandra Amar, Catalina Del Real, Claudia Mix, Erika Olivera, Joanna Pérez y Virginia Troncoso, y los diputados señores Boris Barrera, Joaquín Lavín, Cosme Mellado, Jaime Naranjo, Jorge Sabag, Diego Schalper y Esteban Velásquez.

2) La idea matriz es ampliar y facilitar el acceso al Ingreso Familiar de Emergencia creado por la ley N°21.230, aumentando el universo de beneficiarios al eliminar el requisito de vulnerabilidad basado en el Instrumento de Caracterización Socioeconómica, requiriendo solo integrar el Registro Social de Hogares.

3) El proyecto es de quorum simple.

4) El proyecto, en su totalidad, es de competencia de la Comisión de Hacienda.

5) Se designó diputado informante al señor Boris Barrera

6) Indicaciones rechazadas

Las siguientes indicaciones fueron rechazadas:

-En el número 2 del artículo único, agréguese luego del punto final, que pasa a ser seguido, lo siguiente:

“Con todo, dicha verificación solo podrá realizarse con posterioridad al otorgamiento del beneficio entregado al hogar, que lo hubiera solicitado, y que hubiera presentado los antecedentes mediante una declaración jurada simple.”.

?

-En el número 3 del artículo único, reemplácese el numeral (i) propuesto, por el siguiente:

“(i) que la suma de dichos ingresos sea inferior al segundo aporte que le correspondería conforme al artículo 3, lo que se verificará conforme a los antecedentes proporcionados por el solicitante mediante declaración jurada simple ; y”.

-Para incorporar en el inciso primero del artículo 4 un nuevo párrafo final del siguiente tenor:

“Este derecho también será aplicable a aquellos hogares en los cuales existan miembros mayores de edad que sean trabajadores de casa particular y cumplan con los requisitos copulativos señalados anteriormente.”.

7) Modificaciones incorporadas al texto del mensaje:

Artículo único

Numeral 1

-Para incorporar en el inciso primero del artículo 1º a continuación de la oración ”que sus integrantes mayores de edad no perciban alguno de los ingresos señalados en el artículo 4” la siguiente oración ”, con excepción de aquellas personas que se encuentren percibiendo pensiones básicas solidarias de vejez e invalidez”.

-Para agregar un nuevo inciso segundo en el artículo 1 de la Ley nº 21.230, del siguiente tenor:

“Todos los hogares que cumplan con los requisitos que esta ley establece, tendrán derecho a recibir el Ingreso Familiar de Emergencia. El Ministerio de Desarrollo Social y Familia deberá promover que todos los hogares que cumplan con las condiciones legales accedan al beneficio de la forma más expedita posible, haciendo uso de las facultades y atribuciones que esta ley les otorga para facilitar la concesión de la prestación a todos los hogares potencialmente beneficiarios. Las solicitudes sólo podrán ser rechazadas por motivos fundados y que digan relación únicamente con el incumplimiento de los requisitos legales”.

Numeral 5)

-Para agregar un nuevo inciso final al artículo 10 de la Ley nº 21.230, del siguiente tenor:

“La Subsecretaría de Servicios Sociales deberá resolver las reclamaciones de las que conozca, en un plazo máximo de 15 días hábiles. Si transcurrido este plazo la Subsecretaría no se hubiere pronunciado respecto de la reclamación, la solicitud del interesado se entenderá aceptada y el hogar respectivo será incorporado en las nóminas a que alude el artículo 7º de esta ley”.

Texto del proyecto aprobado

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia:

1) Reemplázase el inciso primero del artículo 1, por el siguiente:

“Artículo 1.- Concédese un Ingreso Familiar de Emergencia compuesto por un máximo de cuatro aportes extraordinarios de cargo fiscal, en las condiciones que establece la presente ley, para los hogares que cumplan los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace; y (ii) que sus integrantes mayores de edad no perciban alguno de los ingresos señalados en el artículo 4, con excepción de aquellas personas que se encuentren percibiendo pensiones básicas solidarias de vejez e invalidez, lo que se verificará a partir de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y segundo del artículo 7°. En el caso de los solicitantes considerados en el inciso tercero del artículo 7°, se utilizará solo la información declarada por estos.”.

2) Agrégase el siguiente inciso segundo en el artículo 1:

“Todos los hogares que cumplan con los requisitos que esta ley establece, tendrán derecho a recibir el Ingreso Familiar de Emergencia. El Ministerio de Desarrollo Social y Familia deberá promover que todos los hogares que cumplan con las condiciones legales accedan al beneficio de la forma más expedita posible, haciendo uso de las facultades y atribuciones que esta ley les otorga para facilitar la concesión de la prestación a todos los hogares potencialmente beneficiarios. Las solicitudes sólo podrán ser rechazadas por motivos fundados y que digan relación únicamente con el incumplimiento de los requisitos legales”.

3) Sustitúyese el artículo 2, por el siguiente:

“Artículo 2.- Mediante resolución exenta dictada por la Subsecretaría de Evaluación Social, visada por la Dirección de Presupuestos, se establecerá la forma de verificación de los requisitos establecidos en esta ley.”.

4) Modifícase el inciso primero del artículo 4, de la siguiente forma:

a) Reemplázase su numeral (i) por el siguiente:

“(i) que la suma de dichos ingresos sea inferior al segundo aporte que le correspondería conforme al artículo 3, lo que se verificará a partir de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y segundo del artículo 7°. En el caso de los solicitantes considerados en el inciso tercero del artículo 7°, se utilizará solo la información declarada por estos; y”.

b) Reemplázase el numeral (ii) por el siguiente:

“(ii) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace.”.

c) Suprímese la siguiente frase:

“(iii) que pertenezcan al 80 por ciento más vulnerable de la población nacional, de acuerdo al Indicador Socioeconómico de Emergencia a que se refiere el artículo 2.”.

5) Sustitúyese el numeral (i) del artículo 5 por el siguiente:

“(i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace, y”.

6) Modifícase el artículo 10 en el siguiente sentido:

a) Modifícase su inciso segundo, de la siguiente manera:

i. Sustitúyese las palabras “numeral tercero” por las palabras “numeral segundo”.

ii. Elimínase su última oración cuyo tenor es el siguiente:

“No obstante lo anterior, no se acogerá la reclamación en el caso de que exista disconformidad entre la información declarada y aquella contenida en el Registro de Información Social creado por el artículo 6 de la ley Nº 19.949.”.

b) Agrégase un nuevo inciso final, cuyo tenor es el siguiente:

“Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales, podrá tomar contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y que no lo hubiesen percibido por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiarios de dicho aporte, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos. Lo anterior para efectos de poder acceder al beneficio y a los aportes que procedan en virtud de dicha actualización.”.

c) Incorpórase el siguiente inciso final:

“La Subsecretaría de Servicios Sociales deberá resolver las reclamaciones de las que conozca, en un plazo máximo de 15 días hábiles. Si transcurrido este plazo la Subsecretaría no se hubiere pronunciado respecto de la reclamación, la solicitud del interesado se entenderá aceptada y el hogar respectivo será incorporado en las nóminas a que alude el artículo 7º de esta ley”.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- Las modificaciones establecidas por la presente ley, serán aplicables para el pago del tercer aporte y siguientes del Ingreso Familiar de Emergencia, salvo las modificaciones introducidas al artículo 10 de la ley N° 21.230, las cuales serán aplicables para el pago del segundo aporte y siguientes. En razón de lo anterior, los requisitos relativos a la vulnerabilidad socioeconómica de los hogares establecidos en los numerales (i) y (ii) del artículo 1, numerales (ii) y (iii) del artículo 4 y numeral (i) del artículo 5 de la ley N° 21.230, vigentes con anterioridad a las modificaciones establecidas por esta ley, continuarán aplicándose para los efectos del pago del primer y segundo aporte del Ingreso Familiar de Emergencia.

Con todo, para quienes hayan solicitado el tercer aporte del Ingreso Familiar de Emergencia con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley y no hubiesen actualizado sus ingresos en conformidad a lo dispuesto en el nuevo inciso final del artículo 10 de la ley N° 21.230 incorporado por esta ley, se ordenará el pago de dicho aporte tomando en consideración la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar.

Artículo segundo.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley se financiará con cargo a los recursos provenientes de la partida presupuestaria Tesoro Público.”.

Sala de la Comisión, a 22 de julio de 2020

JUAN CARLOS HERRERA INFANTE

Abogado Secretario

Comisión de Desarrollo Social, Planificación y Desarrollo Social

1.3. Informe de Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 22 de julio, 2020. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 47. Legislatura 368.

? Valparaíso, 22 de julio de 2020

La Abogado Secretaria de la Comisión de Hacienda que suscribe, CERTIFICA que:

I.- Constancias reglamentarias

El proyecto de ley originado en Mensaje de S.E el Presidente de la República, don Sebastián Piñera Echenique, que Modifica la ley N°21.230, para facilitar y ampliar el acceso al ingreso familiar de emergencia, boletín N°13.656-31 con urgencia calificada de "Discusión Inmediata", e informado en primer trámite constitucional y reglamentario por la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación, fue tratado en esta Comisión de Hacienda, en lo que respecta a su incidencia en materia financiera o presupuestaria del Estado, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, y conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 226 del Reglamento de la Corporación, en sesión celebrada en el día de hoy, con la asistencia presencial o remota de los diputados (a) señores (a) Boris Barrera, (en reemplazo del diputado Daniel Núñez Arancibia) Sofía Cid Versalovic, Giorgio Jackson Drago, Pablo Lorenzini Basso (Presidente accidental), Patricio Melero Abaroa, Manuel Monsalve Benavides, José Miguel Ortiz Novoa, Leopoldo Pérez Lahsen, Guillermo Ramírez Diez, Alejandro Santana Tirachini, Marcelo Schilling Rodríguez, Alexis Sepúlveda Soto y Gastón Von Mühlenbrock Zamora. Asimismo, asistió el diputado Pepe Auth Stewart

Asistieron en representación del Ejecutivo, el Ministro de Desarrollo Social y Familia, señor Cristián Mönckeberg Bruner, Subsecretario de Servicios Sociales, Sebastián Villarreal Bardet, Subsecretario de Evaluación Social, señora Alejandra Candia Diaz.

1.-Idea matriz o fundamental del proyecto

Apoyar a las familias que han visto disminuidos sus ingresos a consecuencia de las restricciones de movilidad y los efectos económicos, sociales y sanitarios de la pandemia por Covid-19, y que por no cumplir con los requisitos anteriormente exigidos no han podido acceder al Ingreso Familiar de Emergencia, mediante la ampliación del universo de beneficiarios y la simplificación y eliminación de algunos de sus requisitos de acceso.

2.-Competencia de la Comisión de Hacienda

La Comisión Técnica señaló todo el contenido del proyecto de competencia de esta Comisión.

3.-Normas de ley orgánica constitucional o de quórum calificado

No tiene

4.-Modificaciones efectuadas en este trámite

En el N°1):

Se ha eliminado en su inciso primero, continuación de la oración ”que sus integrantes mayores de edad no perciban alguno de los ingresos señalados en el artículo 4” la siguiente la siguiente frase, “con excepción de aquellas personas que se encuentren percibiendo pensiones básicas solidarias de vejez e invalidez”.

5.-Disposiciones o indicaciones rechazadas

1.- Artículos rechazados

No hay

2.-Indicaciones rechazadas

1.-No hay

6.-Diputado informante: El señor Giorgio Jackson Drago.

II.-CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY

Consta de un artículo único que contiene cinco numerales, que modifican la ley N° 21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia, y dos artículos transitorios.

Modificaciones a la ley 21.230, que Crea el Ingreso Familiar de Emergencia:

1) Elimina los requisitos de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares para acceder a los beneficios, lo cual permitiría facilitar el ingreso del beneficio a familias que hoy podrían estar fuera. En particular se suprime el requisito, en las reglas generales, de pertenecer al 90% más vulnerable de la población, de conformidad al Registro Social de hogares, y se elimina el Indicador Socioeconómico de Emergencia.

2) Facilita los mecanismos de acreditación y reporte de los ingresos del hogar, permitiendo hacerlo mediante la información declarada por estos, simplificando de manera directa la postulación a este beneficio.

3) Simplifica el proceso de reclamación, eliminado la obligación del Ministerio de Desarrollo Social y Familia de contrastar la información declarada por los solicitantes con aquella contenida en el Registro de Información Social.

4) Se incorpora la facultad a la Subsecretaría de Servicios Sociales, de informar a los reclamantes la posibilidad de actualizar sus ingresos para efectos de acceder al beneficio.

5) Incorpora una norma transitoria que establece que las modificaciones incorporadas en virtud de la ley regirán para el pago del tercer aporte y siguientes del Ingreso Familiar de Emergencia. Sin embargo, para el caso del proceso de reclamación, éstas serán aplicables para el pago del segundo aporte. Además, para quienes hayan solicitado el tercer aporte con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley, ésta se basará en la información disponible en dicho Registro en los casos que no se actualicen los ingresos.

III.-INCIDENCIA EN MATERIA FINANCIERA O PRESUPUESTARIA DEL ESTADO

El informe financiero N°119 de 17 de julio de 2020, la Dirección de Presupuestos consigna que las modificaciones propuestas por el proyecto de ley benefician a dos tipos de solicitantes, que se clasifican en los siguientes grupos:

1.- Solicitantes al IFE que podrán actualizar sus datos:

Corresponden a solicitantes del IFE que fueron rechazados debido a que la información disponible en el Registro de Información Social (RIS) no alcanza a reflejar su situación actual en la emergencia, en cuanto a sus ingresos formales que ahora serían más bajos. Este grupo tendrá mayores oportunidades para acceder al aporte como consecuencia de la modificación al artículo 10, que permite al Ministerio de Desarrollo Social y Familia establecer un contacto con quienes fueron rechazados en aportes anteriores para que estos actualicen sus datos administrativos y puedan acceder al beneficio, cuando corresponda.

2.- Solicitantes al IFE que no cumplían el requisito de calificación socioeconómica y que ahora se incorporan como nuevos beneficiarios:

-Solicitantes al IFE que no cumplían el requisito de calificación socioeconómica y que no tienen en su hogar a beneficiarios de pensiones: Corresponden a quienes no cumplían con los requisitos de estar entre los tramos de 90% de la Calificación Socioeconómica (CSE) y 80% del Indicador Socioeconómico de Emergencia (ISE), que, al levantarse estos requisitos, calificarán para el IFE.

Con esto, el total de hogares que se incorporarían suman 69.960, a los cuales les correspondería un monto promedio de $184.701 en el aporte 3 y de $149.016 en el aporte 4.

-Solicitantes al IFE que no cumplían el requisito de calificación socioeconómica y que tienen en su hogar a beneficiarios de pensiones: Corresponden a hogares con al menos un adulto mayor de 70 años o más beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o con al menos un beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), y que no cumplía con requisito de estar dentro del 80% de la CSE.

Con esto, se incorporarían un total de 10.587 hogares por un monto promedio de $104.402 en el aporte 3 y de $83.521 en el aporte 4.

En resumen, el aumento del costo fiscal que se genera por la incorporación de los solicitantes al IFE que no cumplían con el requisito de calificación socioeconómica vendría dado por:

De acuerdo con lo anterior, y respecto de este nuevo grupo de beneficiarios, el costo incremental del proyecto de ley se estima en un monto que alcanza hasta $26.880 millones, considerando el gasto del tercer y cuarto aporte.

El mayor gasto fiscal que el proyecto de ley represente se financiará con cargo a recursos provenientes de la partida presupuestaria Tesoro Público.

III.- ACUERDOS ADOPTADOS

VOTACIÓN:

Indicación del diputado Ramírez:

Al N°1)

Para eliminar, en el número 1, inciso primero, del artículo único, la frase “con excepción de aquellas personas que se encuentren percibiendo pensiones básicas solidarias de vejez e invalidez””

Puesta en votación, resultó aprobada por siete votos a favor, cinco en contra y una abstención. Votaron a favor los diputados(a) Cid, Melero, Ortiz, Pérez, Ramírez, Santana y Von Mühlenbrock. Votaron en contra los diputados Barrera, Jackson, Monsalve (Presidente accidental), Schilling y Sepúlveda. Se abstuvo el diputado Lorenzini.

Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia:

1) Reemplázase el inciso primero del artículo 1, por el siguiente:

“Artículo 1.- Concédese un Ingreso Familiar de Emergencia compuesto por un máximo de cuatro aportes extraordinarios de cargo fiscal, en las condiciones que establece la presente ley, para los hogares que cumplan los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace; y (ii) que sus integrantes mayores de edad no perciban alguno de los ingresos señalados en el artículo 4 ?, lo que se verificará a partir de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y segundo del artículo 7° . En el caso de los solicitantes considerados en el inciso tercero del artículo 7°, se utilizará solo la información declarada por estos.”.

Modificación propuesta por la Comisión de Desarrollo Social:

Para incorporar en el inciso primero del artículo 1º a continuación de la oración ”que sus integrantes mayores de edad no perciban alguno de los ingresos señalados en el artículo 4” la siguiente oración ”, con excepción de aquellas personas que se encuentren percibiendo pensiones básicas solidarias de vejez e invalidez”.

Modificación propuesta por la Comisión de Desarrollo Social:

Para agregar un nuevo inciso segundo en el artículo 1 de la Ley nº 21.230, del siguiente tenor:

“Todos los hogares que cumplan con los requisitos que esta ley establece, tendrán derecho a recibir el Ingreso Familiar de Emergencia. El Ministerio de Desarrollo Social y Familia deberá promover que todos los hogares que cumplan con las condiciones legales accedan al beneficio de la forma más expedita posible, haciendo uso de las facultades y atribuciones que esta ley les otorga para facilitar la concesión de la prestación a todos los hogares potencialmente beneficiarios. Las solicitudes sólo podrán ser rechazadas por motivos fundados y que digan relación únicamente con el incumplimiento de los requisitos legales”.

Puesto en votación el número 1, con la modificación propuesta por la Comisión de Desarrollo Social, resultó aprobado por la unanimidad de los trece diputados presentes. Votaron a favor los diputados(a) Barrera, Cid, Jackson, Lorenzini, Melero, Monsalve (Presidente accidental), Ortiz, Pérez, Ramírez, Santana, Schilling, Sepúlveda y Von Mühlenbrock.

2) Sustitúyese el artículo 2, por el siguiente:

“Artículo 2.- Mediante resolución exenta dictada por la Subsecretaría de Evaluación Social, visada por la Dirección de Presupuestos, se establecerá la forma de verificación de los requisitos establecidos en esta ley.”.

Puesto en votación el número 2, resultó aprobado por la unanimidad de los trece diputados presentes. Votaron a favor los diputados(a) Barrera, Cid, Jackson, Lorenzini, Melero, Monsalve (Presidente accidental), Ortiz, Pérez, Ramírez, Santana, Schilling, Sepúlveda y Von Mühlenbrock.

3) Modifícase el inciso primero del artículo 4, de la siguiente forma:

a) Reemplázase su numeral (i) por el siguiente:

“(i) que la suma de dichos ingresos sea inferior al segundo aporte que le correspondería conforme al artículo 3, lo que se verificará a partir de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y segundo del artículo 7° . En el caso de los solicitantes considerados en el inciso tercero del artículo 7° , se utilizará solo la información declarada por estos; y”.

b) Reemplázase el numeral (ii) por el siguiente:

“(ii) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace.”.

c) Suprímese la siguiente frase:

“(iii) que pertenezcan al 80 por ciento más vulnerable de la población nacional, de acuerdo al Indicador Socioeconómico de Emergencia a que se refiere el artículo 2.”.

Indicación del diputado Jackson:

Para incorporar en el inciso primero del artículo 4 un nuevo párrafo final del siguiente tenor:

“Este derecho también será aplicable a aquellos hogares en los cuales existan miembros mayores de edad que sean trabajadores de casa particular y cumplan con los requisitos copulativos señalados anteriormente”.

El diputado Jackson explicó que su indicación se funda en la necesidad de explicitar que quienes hoy se dedican o se dedicaban hasta hace poco a trabajos domésticos remunerados tendrán o no la posibilidad de acceder al Ingreso Familiar de Emergencia. El subsecretario señaló que esta norma obligaría a incluir una serie de otros trabajos que también han visto mermados sus ingresos, lo que constituiría una discriminación respecto de ellos. Agregó que los trabajadores domésticos pueden acceder a los beneficios del IFE si es que cumplen los requisitos.

El diputado Jackson retiró esta indicación.

Puesto en votación el número 3, resultó aprobado por la unanimidad de los trece diputados presentes. Votaron a favor los diputados(a) Barrera, Cid, Jackson, Lorenzini, Melero, Monsalve (Presidente accidental), Ortiz, Pérez, Ramírez, Santana, Schilling, Sepúlveda y Von Mühlenbrock.

4) Sustitúyese el numeral (i) del artículo 5 por el siguiente:

“(i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace, y”.

Puesto en votación el número 4, resultó aprobado por la unanimidad de los trece diputados presentes. Votaron a favor los diputados(a) Barrera, Cid, Jackson, Lorenzini, Melero, Monsalve (Presidente accidental), Ortiz, Pérez, Ramírez, Santana, Schilling, Sepúlveda y Von Mühlenbrock.

5) Modifícase el artículo 10 en el siguiente sentido:

a) Modifícase su inciso segundo, de la siguiente manera:

i. Sustitúyese las palabras “numeral tercero” por las palabras “numeral segundo”.

ii. Elimínase su última oración cuyo tenor es el siguiente:

“No obstante lo anterior, no se acogerá la reclamación en el caso de que exista disconformidad entre la información declarada y aquella contenida en el Registro de Información Social creado por el artículo 6 de la ley Nº 19.949 .”.

b) Agrégase un nuevo inciso final, cuyo tenor es el siguiente:

“Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales, podrá tomar contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y que no lo hubiesen percibido por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiarios de dicho aporte, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos. Lo anterior para efectos de poder acceder al beneficio y a los aportes que procedan en virtud de dicha actualización.”.

Modificación propuesta por la Comisión de Desarrollo Social:

Para agregar un nuevo inciso final al artículo 10 de la Ley nº 21.230, del siguiente tenor:

“La Subsecretaría de Servicios Sociales deberá resolver las reclamaciones de las que conozca, en un plazo máximo de 15 días hábiles. Si transcurrido este plazo la Subsecretaría no se hubiere pronunciado respecto de la reclamación, la solicitud del interesado se entenderá aceptada y el hogar respectivo será incorporado en las nóminas a que alude el artículo 7º de esta ley”.

Puesto en votación el número 5, con la modificación propuesta por la Comisión de Desarrollo Social, resultó aprobado por la unanimidad de los trece diputados presentes. Votaron a favor los diputados(a) Barrera, Cid, Jackson, Lorenzini, Melero, Monsalve (Presidente accidental), Ortiz, Pérez, Ramírez, Santana, Schilling, Sepúlveda y Von Mühlenbrock.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- Las modificaciones establecidas por la presente ley, serán aplicables para el pago del tercer aporte y siguientes del Ingreso Familiar de Emergencia, salvo las modificaciones introducidas al artículo 10 de la ley N° 21.230 , las cuales serán aplicables para el pago del segundo aporte y siguientes. En razón de lo anterior, los requisitos relativos a la vulnerabilidad socioeconómica de los hogares establecidos en los numerales (i) y (ii) del artículo 1 , numerales (ii) y (iii) del artículo 4 y numeral (i) del artículo 5 de la ley N° 21.230 , vigentes con anterioridad a las modificaciones establecidas por esta ley, continuarán aplicándose para los efectos del pago del primer y segundo aporte del Ingreso Familiar de Emergencia.

Con todo, para quienes hayan solicitado el tercer aporte del Ingreso Familiar de Emergencia con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley y no hubiesen actualizado sus ingresos en conformidad a lo dispuesto en el nuevo inciso final del artículo 10 de la ley N° 21.230 incorporado por esta ley, se ordenará el pago de dicho aporte tomando en consideración la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar.

Puesto en votación artículo primero transitorio, resultó aprobado por la unanimidad de los trece diputados presentes. Votaron a favor los diputados(a) Barrera, Cid, Jackson, Lorenzini, Melero, Monsalve (Presidente accidental), Ortiz, Pérez, Ramírez, Santana, Schilling, Sepúlveda y Von Mühlenbrock.

Artículo segundo.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley se financiará con cargo a los recursos provenientes de la partida presupuestaria Tesoro Público.”.

Indicación del diputado Lorenzini:

Al artículo segundo transitorio, para agregar, luego de la palabra “fiscal”, las palabras “durante el presente año presupuestario”.

Puesto en votación artículo segundo transitorio, con la indicación propuesta, resultó aprobado por la unanimidad de los trece diputados presentes. Votaron a favor los diputados(a) Barrera, Cid, Jackson, Lorenzini, Melero, Monsalve (Presidente accidental), Ortiz, Pérez, Ramírez, Santana, Schilling, Sepúlveda y Von Mühlenbrock. Además asiste los diputados(a): Pepe Auth Stewart, Camila Rojas Valderrama y Leonardo Soto Ferrada

MARÍA EUGENIA SILVA FERRER

Abogado Secretaria de la Comisión

1.4. Discusión en Sala

Fecha 22 de julio, 2020. Diario de Sesión en Sesión 47. Legislatura 368. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

FACILITACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL ACCESO AL INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA CREADO POR LEY N° 21.230 (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 13656-31)

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Esta sesión especial tiene por objeto tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 21.230, para facilitar y ampliar el acceso al ingreso familiar de emergencia.

Por acuerdo de los Comités Parlamentarios, para la discusión del proyecto se destinarán 90 minutos, distribuidos proporcionalmente entre las bancadas.

Diputados informantes de las comisiones de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación, y de Hacienda son los señores Boris Barrera y Giorgio Jackson , respectivamente.

Antecedentes:

-Mensaje, sesión 44ª de la presente legislatura, en martes 21 de julio de 2020. Documentos de la Cuenta N° 2.

-Informe de la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación. Documentos de la Cuenta N° 2 de este boletín de sesiones.

-Informe de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta N° 3 de este boletín de sesiones.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación.

El señor BARRERA (de pie).-

Señor Presidente, la minuta del informe no ha llegado impresa. Por consiguiente, la leeré en mi celular.

La introducción de la minuta es la misma que aparece en el informe; por lo tanto, la voy a obviar y pasaré directamente al contenido del proyecto.

El proyecto de ley modifica el ingreso familiar de emergencia -por segunda vez-, creado por la ley N° 21.230, aumentando el universo de beneficiarios al eliminar el requisito de vulnerabilidad basado en el Instrumento de Caracterización Socioeconómica, requiriendo solo integrar el Registro Social de Hogares.

A dicha modificación se agrega la eliminación de otro requisito establecido en la propia ley, cual es exigir a los hogares beneficiarios pertenecer al 80 por ciento más vulnerable, de acuerdo con el Indicador Socioeconómico de Emergencia.

Además, el proyecto de ley simplifica la manera de acreditar los ingresos de los hogares que soliciten el beneficio. Para dichos efectos, se utilizará solo la información declarada por estos, simplificando de manera directa la postulación a este beneficio.

Cabe destacar que se elimina el Indicador Socioeconómico de Emergencia, simplificando así aún más los requisitos para acceder a este beneficio, y, junto con ello, se suprime cualquier referencia a este instrumento.

En otro plano, se elimina la obligación del Ministerio de Desarrollo Social y Familia de contrastar la información declarada por los solicitantes con aquella contenida en el Registro de Información Social. Así, se busca simplificar los procesos de reclamación, haciéndolos más eficientes.

El artículo primero transitorio establece que las modificaciones que el proyecto incorpora serán aplicables, como regla general, para el pago del tercer aporte y siguientes del ingreso familiar de emergencia. No obstante lo anterior, las modificaciones referidas al proceso de reclamación serán aplicables para el pago del segundo aporte en adelante.

Por último, el artículo segundo transitorio dispone que el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley se financiará con cargo a los recursos provenientes de la partida presupuestaria Tesoro Público.

Durante la discusión particular, se le incorporaron algunas enmiendas al texto original, entre ellas las siguientes:

Se agrega un inciso segundo en el artículo 1 de la ley Nº 21.230, que establece que todos los hogares que cumplan con los requisitos que esta ley establece tendrán derecho a recibir el ingreso familiar de emergencia. El Ministerio de Desarrollo Social y Familia deberá promover que todos los hogares que cumplan con las condiciones legales accedan al beneficio de la forma más expedita posible. Las solicitudes sólo podrán ser rechazadas por motivos fundados y que digan relación únicamente con el incumplimiento de los requisitos legales.

Por otro lado, se agrega un inciso final en el artículo 10 de la referida ley, que señala que la Subsecretaría de Servicios Sociales deberá resolver las reclamaciones de las que conozca en un plazo máximo de 15 días hábiles. Si transcurrido este plazo la Subsecretaría no se hubiere pronunciado respecto de la reclamación, la solicitud del interesado se entenderá aceptada.

Por las consideraciones expuestas, la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación recomienda a la Sala aprobar el proyecto de ley al que me he referido.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Hacienda.

El señor JACKSON (de pie).-

Señor Presidente, la Comisión de Hacienda pasa a informar, en lo referido a la incidencia presupuestaria, el proyecto de ley, iniciado en mensaje de su excelencia el Presidente de la República, señor Sebastián Piñera Echenique , que modifica la ley N° 21.230, para facilitar y ampliar el acceso al ingreso familiar de emergencia.

Concurrió en representación del Ejecutivo a presentar el proyecto, el ministro de Desarrollo Social y Familia, señor Cristián Monckeberg , quien estuvo acompañado del subsecretario de Servicios Sociales, señor Sebastián Villarreal , y de la subsecretaria de Evaluación Social, señora Alejandra Candia .

La idea fundamental de la iniciativa apunta a establecer un acceso más simplificado y expedito al ingreso familiar de emergencia (IFE), introduciendo modificaciones a la ley N° 21.230, que concede el ingreso familiar de emergencia.

En particular, el proyecto de ley elimina y modifica requisitos para optar al beneficio referido, de modo de aumentar el universo de beneficiarios. Así, termina con la condición de vulnerabilidad basada en el indicador socioeconómico de emergencia, requiriendo solo integrar el Registro Social de Hogares, y acaba con la exigencia de que los hogares beneficiados pertenezcan al 80 por ciento más vulnerable, de acuerdo con el indicador socioeconómico de emergencia.

Adicionalmente, la iniciativa simplifica la manera de acreditar los ingresos de los hogares que soliciten este beneficio requiriendo solo la información declarada por aquellos.

En línea con lo anterior, se elimina el indicador socioeconómico de emergencia, simplificando así aún más los requisitos para acceder al beneficio.

Por otra parte, en materia de reclamación, se termina con la obligación del Ministerio de Desarrollo Social y Familia de contrastar información declarada por los solicitantes con aquella contenida en el Registro de Información Social. En aquellos casos en que no se haya ejercido el derecho a reclamo, se incorpora la facultad de la Subsecretaría de Servicios Sociales de informar a los interesados la posibilidad de poder actualizar sus ingresos para efecto de acceder al beneficio.

Las normas serán aplicables desde el pago del tercer aporte del ingreso familiar de emergencia, con la excepción de las modificaciones al proceso de reclamación, que serán aplicables desde el pago del segundo aporte en adelante.

Particularmente para aquellos que hayan solicitado el tercer aporte con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley y no hubiesen actualizado sus ingresos, se ordenará el pago de dicho aporte, tomando en consideración la última información disponible en el Registro de Información Social, de modo tal que, habiéndose realizado la postulación, ella se basará en la información disponible en dicho registro en los casos en que no se actualicen los ingresos.

En materia presupuestaria, el informe financiero de la Dirección de Presupuestos estima que las modificaciones introducidas beneficiarían a 69.960 hogares solicitantes del IFE, sin pensionados, que fueron rechazados por causa de información incompleta en el Registro de Información Social, pero que ahora podrán actualizar sus datos.

También se incorporarán 10.587 hogares solicitantes del IFE que no cumplían con la calificación socioeconómica con pensionados en el hogar, pero que hoy podrían acceder al beneficio. Con ello se agregaría un total de 80.547 hogares.

Se incorporaría, también, un número indeterminado de hogares que podrían actualizar sus datos y que se encontraban con postulaciones detenidas en algún trámite del proceso.

En síntesis, se reportó que el aumento del costo fiscal para los aportes 3 y 4 de los nuevos beneficiarios llegaría a 26.880 millones de pesos, monto que será financiado con cargo a recursos provenientes del Tesoro Público.

Tras el debate de los integrantes de la comisión y la formulación de diversas consultas e inquietudes de las autoridades del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, fueron puestas en votación las disposiciones al proyecto de ley, resultando aprobado por unanimidad el numeral 1), pero siendo rechazada la modificación introducida por la comisión técnica al inciso primero.

De la misma forma, los numerales 2), 3), 4) y 5), así como los artículo primero y segundo transitorios fueron aprobados por unanimidad.

Votaron la diputada señora Cid y los diputados señores Lorenzini , Melero , Ortiz , Pérez, don Leopoldo ; Ramírez , Santana, don Alejandro ; Schilling , Sepúlveda, don Alexis ; Von Mühlenbrock , Monsalve (Presidente accidental) y quien les habla, diputado Giorgio Jackson .

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Pepe Auth .

El señor AUTH (vía telemática).-

Señor Presidente, el ingreso familiar de emergencia 2.0 ha beneficiado a 2,1 millones de hogares, integrados por 5,8 millones de personas. Más de la mitad, 52 por ciento, corresponde a familias sin ingresos formales. Esa era, justamente, la motivación original de la iniciativa: el mundo informal, brutalmente afectado por la crisis.

Para acceder al beneficio se exigieron cuatro requisitos: estar en el Registro Social de Hogares, estar dentro del 90 por ciento más vulnerable, estar dentro del 80 por ciento más vulnerable en el índice socioeconómico de emergencia -parece chistey que la familia tenga ingresos formales por debajo de 100.000 pesos por cada integrante.

El proyecto de ley elimina los dos requisitos de vulnerabilidad, acogiendo un planteamiento que hicimos al inicio de la crisis, porque los criterios de vulnerabilidad se pulverizan en tiempos de crisis profundas como esta. Por eso, la eliminación de esos requisitos es muy bienvenida. De hecho, fue aprobada por unanimidad en las dos comisiones que tramitaron la iniciativa. Ahora solo será necesario estar en el Registro Social de Hogares y presentar una declaración jurada simple en la que se señale que sus ingresos formales están por debajo de 100.000 pesos por cada integrante del hogar.

Las 80.500 familias que postularon, pero que no recibieron el beneficio porque no cumplían con alguno de los requisitos de vulnerabilidad, accederán automáticamente a este derecho para el tercer y cuarto mes del beneficio.

Entonces, la cobertura crece levemente, 3,8 por ciento, y el gasto se incrementa en 34 millones de dólares; pero pueden ser muchos más los nuevos beneficiarios y bastante mayor el gasto adicional, porque se levantan barreras para postular y acceder a este derecho.

Nuestro objetivo debe ser que toda familia cuyos ingresos formales estén por debajo de 100.000 pesos por integrante ejerza efectivamente su derecho a este beneficio. Eso dependerá de la proactividad del gobierno y de la actividad de los municipios y también de nosotros mismos, para informar y promover la postulación, desde ahora hasta el 8 de agosto, de modo que ninguna familia que hoy tenga tan bajos ingresos quede fuera del ingreso familiar de emergencia.

De todos nosotros depende.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Jorge Rathgeb .

El señor RATHGEB (vía telemática).-

Señor Presidente, valoro la voluntad del gobierno de aumentar la cobertura; también, la voluntad de los distintos sectores políticos de apoyar esta iniciativa, que permitirá abarcar el 80 por ciento más vulnerable, aumentando la cantidad de beneficiarios, haciendo más expedito y simplificado el trámite -solo con el Registro Social de Hogares-, y levantando una serie de barreras.

Como dijo el diputado Auth , este es un trabajo conjunto, en el sentido de que nosotros debemos ser quienes difundamos este tema y colaboremos para que la gente pueda acceder a este tipo de beneficios.

Por otro lado, es necesario que los municipios hagan y faciliten el trabajo, y que se capacite a cada una de las personas que realizan el proceso de postulación. También está el trabajo que tiene que hacer el gobierno por medio del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

La semana pasada, en la sesión especial que celebró la Cámara, mencioné una complicación que ha tenido la entrega del ingreso familiar de emergencia. Al respecto, he recibido denuncias sobre casos de municipios, encabezados por alcaldes de oposición, que no facilitan los trámites a la gente y, sencillamente, le echan la culpa al gobierno. En ese sentido, han surgido casos, ya no solo en mi distrito, como denuncié en esa ocasión, sino también en el resto de la región.

Claramente, el mensaje para los distintos sectores políticos es a colaborar con este tema y a no responsabilizar a un gobierno por hechos que no corresponden, porque la gente que ha llegado a mi oficina o que se ha contactado con mi personal ha podido sacar adelante los trámites y ha obtenido los beneficios. De modo que no quiero que a futuro se presente nuevamente ese tipo de denuncias.

La idea es que en esta pandemia colaboremos todos y no saquemos un provecho político responsabilizando al gobierno de trámites que no se quieren hacer en los municipios, para sacar sencillamente un dividendo político y hacer sufrir más a la gente. Por lo tanto, el mensaje es ese.

Agradezco la buena voluntad del gobierno y a los distintos sectores políticos. Se deben sumar los municipios al trabajo por hacer, para que los beneficios lleguen efectivamente a la gente que está sufriendo, en lugar de sacar un dividendo pensando en las próximas elecciones, que serán el próximo año, tanto las municipales como las parlamentarias y presidenciales.

Es la gente la que está sufriendo, y tanto el gobierno como los distintos sectores políticos están haciendo un esfuerzo importante, porque han agilizado el trámite para obtener el beneficio. Pero el llamado va a aquellos que también deben agilizar los trámites para que finalmente la gente obtenga los beneficios.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Naranjo .

El señor NARANJO.-

Señor Presidente, hoy estamos asistiendo solo a un paso, a un paso pequeño, que no va a resolver todos los problemas. Lo digo para que no nos entusiasmemos creyendo que con estas modificaciones que estamos haciendo permitiremos que un número masivo de personas y de familias se pueda incorporar a estos beneficios.

Lo que queda claro es que si nos hubieran hecho caso cuando se discutió el bono Covid-19, hoy no estaríamos en esta discusión. Lo dijimos con mucha anticipación, pero en esa época se nos dijo que no había plata. Cuando se discutió el IFE 1.0, insistimos en que era una cuestión insuficiente, tardía, excluyente, que estaba hiperfocalizada y que era discriminatoria, pero no se nos hizo caso. Cuando discutimos el IFE 2.0, reiteramos lo que dijimos cuando se discutió el bono Covid-19.

Hoy, después de tanto batallar, por suerte el gobierno escucha y hace correcciones, pero, seamos claros, son correcciones menores, que no significan que la enorme cantidad de personas que podría acceder a este beneficio lo podrá hacer.

Fíjese usted, señor Presidente, que el 89,5 por ciento de las fichas del Registro Social de Hogares pertenece a estratos pobres y medios, y en el mejor de los casos este proyecto alcanzará al 35 o 40 por ciento. Es decir, seguirá siendo excluyente, discriminatorio e hiperfocalizado principalmente en la gente que pertenece al 40 por ciento de familias más vulnerables.

Valoramos este proyecto, por cierto, y lo vamos a votar a favor, principalmente las indicaciones que se aprobaron en la Comisión de Desarrollo Social; pero queremos ser claros y decir las cosas como son: este es solo un pasito administrativo para permitir que unas pocas familias más se puedan incorporar al beneficio. Pero seguirá siendo excluyente, discriminatorio e hiperfocalizado, y no resolverá el problema de hacer coincidir la estrategia sanitaria con la estrategia socioeconómica, porque, probablemente, volveremos a ver a familias y personas que seguirán saliendo a la calle porque sus mínimas necesidades básicas no están siendo satisfechas.

De manera que valoramos el pasito que estamos dando y lo votaremos a favor.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Cosme Mellado .

El señor MELLADO (don Cosme) [vía telemática].-

Señor Presidente, hoy, 22 de julio de 2020, luego de una extensa y larga discusión en la Comisión de Desarrollo Social sobre el ingreso familiar de emergencia, nos damos cuenta de que se cumplen cinco meses desde la declaración de estado de emergencia sanitaria en nuestro país. Han sido cinco meses en que nuestro país ha sufrido en carne propia una pandemia con rostro humano -alrededor de 330.000 compatriotas se han contagiado y más de 8.000 han perdido la vida-, cinco meses en que la gente se ha confinado, los jóvenes no han tenido clases, los negocios han cerrado y los trabajadores se han visto impedidos de desarrollar una vida normal, tal como la conocíamos.

Cinco meses después, la ayuda ha sido insuficiente y, más aun, no ha llegado a muchas familias vulnerables. Con el ingreso familiar de emergencia 1.0 el gobierno desaprovechó una gran oportunidad, la de ayudar a las familias de forma directa y no discriminatoria. La forma de aportar debió ser contundente, pero, lamentablemente, nunca existió la voluntad de hacerlo.

Por más que hemos insistido, el gobierno no comprende lo que ocurre en las calles de nuestro país, donde las personas se han visto en la necesidad permanente de hacer ollas comunes, en todo el país, más encima con la solidaridad del propio pueblo.

Este gobierno sigue entregando ayuda en forma parcelada y con letra chica. Esto no se trata de una discusión política, sino de la forma en que podemos salir adelante junto a nuestros trabajadores. Al parecer, el entonces ministro de este gobierno que dijo que no conocía la pobreza ni el hacinamiento en nuestro país no era el único que pensaba así.

Luego de cinco meses seguimos discutiendo la nueva forma de entregar la ayuda. Es demasiado el tiempo que han debido esperar nuestros vecinos y pobladores, especialmente en el distrito que represento, en la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

Hoy votaremos por mejor transparencia y eficiencia. Se busca corregir las formas y requisitos para optar a este beneficio. Esperamos que de esa forma se entregue la solución como corresponde y que ahora exista menos burocracia.

Queremos que todos los hogares que cumplen con los requisitos que establece este proyecto de ley puedan recibir ese derecho y el ingreso familiar de emergencia como corresponde; también que ese derecho sea aplicable a aquellos hogares en que hay adultos mayores que no han calificado porque aparecen con ingresos formales, y en algunos casos a trabajadoras de casas particulares.

Muchas veces se nos ha dicho -en más de una ocasión, cada vez que intervinimos en la Comisión de Desarrollo Social que los adultos mayores tienen ingresos formales y que no califican si son monoparentales, es decir, si viven solos. Lamentablemente, en mi opinión, son los más vulnerables de los vulnerables, porque no pueden lograr ingresos adicionales.

Por lo tanto, el llamado al Poder Ejecutivo es a que termine con la burocracia en la entrega de esta ayuda y entregue una respuesta a los miles y miles de adultos mayores, especialmente a aquellos que tienen pensiones de invalidez y pensiones miserables, para darles respuesta en esta situación de pandemia que estamos viviendo. En nombre de todos los chilenos, espero que el gobierno dé esa respuesta a la brevedad.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Giorgio Jackson .

El señor JACKSON.-

Señor Presidente, cuando era niño me decían: “El flojo trabaja doble”. Y era muy cierto -dicho sea de paso-, porque eso significaba que se debían hacer las cosas bien desde el comienzo, para no tener que hacer la pega dos veces. En este caso no se trata de algo baladí, de una tarea para el colegio o de alguna labor doméstica sin mayor repercusión. En este caso se decidió hacer complicado aquello que se pudo hacer bien desde el comienzo; pero la obsesión ideológica de querer tener todo hiperfocalizado y de poner la carga de la prueba en las personas, que probablemente estaban pasando por el peor momento de su vida, hizo que ahora debamos enmendar la ley, no por primera, no por segunda ni por tercera vez, sino por cuarta vez.

Así, lo que partió como el bono Covid, por 50.000 pesos por carga, luego se transformó en el IFE, con 65.000 pesos, monto que iría decreciendo, que no incorporaba a las personas que estuvieran entre el 40 y el 60 por ciento de la población más vulnerable si tenían algún ingreso formal. Luego pasamos a los 100.000 pesos, y ahora pasamos a este monto, sin siquiera considerar las promesas que están anunciadas para, eventualmente, tener un bono IFE plus; o sea, lo que pudo haberse hecho en el principio, ahora lo estamos pagando, lamentablemente, con creces.

En lo que sí queremos poner énfasis es en que vamos a reponer una indicación sumamente importante, sin perjuicio de que, por supuesto, votaremos a favor, la cual tiene por objeto que aquellas personas que habiendo mantenido en los últimos tres meses la misma situación socioeconómica, pero que el sistema las haya rechazado por los problemas burocráticos que tiene, que hoy estamos tratando de despejar, tengan acceso retroactivo a esos últimos dos o tres beneficios. ¿Por qué? Porque a esas personas el sistema se los negó; no fue por culpa de ellas.

Por lo tanto, invitamos a todas y todos los colegas para que en el sistema puedan encontrar esa indicación y la puedan firmar electrónicamente, para que se ponga en votación ese artículo transitorio, que permite hacer justicia y resarcir la humillación a la que muchos chilenos y chilenas han tenido que estar sometidos durante los últimos dos o tres meses, recibiendo portazo tras portazo, a los que, a pesar de cumplir con los requisitos establecidos en ley, el sistema los rechazaba.

Por supuesto, nos hubiese gustado haber aprobado estas cosas hace tres meses, porque lo estamos haciendo tarde, pero, no obstante lo anterior, junto con anunciar que este proyecto obviamente va a contar con nuestro voto favorable, esperamos que esta indicación pueda hacer un poco de justicia.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Diego Ibáñez .

El señor IBÁÑEZ.-

Señor Presidente, uno de los tantos problemas que reflejó la pandemia, del cual padecía nuestro modelo, era la precariedad en la que vive la clase media, pues pareciese ser que todo lo que había construido, sobre la base del esfuerzo individual, también estaba cobijado en un gran malestar -la deuda-, en un pilar muy débil que, al más mínimo soplido, se derrumbaba. Si bien la pandemia no es el más mínimo soplido, sino una gran tormenta, terminó por dar cuenta, aun más todavía, de que la extensión de esa precariedad llegaba casi al 90 por ciento de la población.

¿Qué significa que hayamos descubierto eso? Parece ser que recién hoy algunos se dan cuenta del nivel de vulnerabilidad al cual estaban sometidas las familias chilenas. Significa que las ayudas, que por regla general se daban mediante la hiperfocalización, el Estado subsidiario, el copago, la ayuda accesoria que daba el Estado para resolver problemas públicos centrales, también eran problemáticas y que la asignación de recursos terminaba, finalmente, haciendo a las familias dar vuelta en un círculo, en el cual, antes que esperar, era mejor hacer el bingo y la tallarinata para poder resolver problemas, particularmente sanitarios.

Existen otras vías que no implican desviarse del objetivo que se busca alcanzar. El gobierno no va a dejar ser de derecha por adoptar posturas de universalidad; quienes lo integran no van dejar de llamarse como se llaman por adoptar posturas de universalidad. El fanatismo ideológico de la asignación de apoyo mediante la acreditación de la pobreza a ultra mini escala es un problema que también tiene que ver con anteojos ideológicos respecto de cómo hoy las personas tienen que resolver sus problemas públicos. Aquí chocamos nuevamente, tal como lo indicó el diputado Jackson , por cuarta o quinta vez, con este fanatismo ideológico.

Tampoco se ha cruzado la estrategia de asignación de recursos con la estrategia sanitaria, porque no olvidemos que lo que estamos tratando ahora tiene por objeto que la gente pueda capear la pandemia y se pueda quedar en la casa. El paso a paso del gobierno, en el cual dan tantos criterios, tampoco tiene una arista relacionada con la capacidad de amortiguar la crisis por parte de las familias que hoy se están quedando fuera de los beneficios porque no están siendo cobijadas en el indicador socioeconómico de emergencia o en el Registro Social de Hogares, porque justamente el corte de hiperfocalización los deja afuera.

¿Qué les decimos ahora a esas familias? ¿”¡ Chuta , nos equivocamos. Usted no debió quedar afuera!”? ¿Esto va a ser retroactivo o no? ¿Se les va a decir a las familias: “Lo siento, pero usted ya quedó afuera”? ¿O se les va a asignar, nuevamente, en función de este nuevo criterio de asignación, mucho más simplificado, el dinero que les correspondía?

La culpa no es de la gente. La culpa ha sido de un gobierno que, en vez de construir una política de Estado para superar la pandemia, terminó, sin que nadie lo obligara, por asumir una responsabilidad personal por querer correr solo, como caballo, hacia adelante y sin escuchar a nadie, imponiendo, imponiendo, imponiendo.

Nuestra posición, tal como lo señalamos en la sesión especial en que analizamos este problema, es que no se resuelve del todo el acceso al beneficio, incluso con esta línea de 100.000 pesos. Seguimos teniendo el problema de cómo se acredita el tope de 100.000 pesos, del cruce de datos y de la demora en las respuestas de todas las apelaciones que se han hecho, porque solo la mitad se ha respondido. Desde mayo que estamos con apelaciones pendientes, y hay gente que todavía no puede obtener siquiera el primer beneficio. Eso es problemático. Si no resolvemos aquello, estamos sumando una carga al malestar de las familias.

La simplificación que propone este proyecto ayuda, y lo vamos a aprobar, evidentemente, pero todavía hay familias que, incluso con esto, tampoco van a poder acceder inmediatamente al beneficio.

Entonces, hago un llamado al gobierno para que resuelva, en forma urgente, los cruces de datos, para que otorgue urgencia a ese procedimiento. No sé si para tal efecto se requerirá contratar más personal o efectuar una reasignación interna, con el objeto de destinar más personal para que se hagan los cruces de datos, que se introduzcan en el sistema y se actualicen, a fin de que las familias puedan recibir, lo más pronto posible, estos beneficios. No olvidemos que 10.000 hogares que no cumplían con la calificación del indicador socioeconómico de emergencia, y que ahora sí la van a cumplir, no recibieron apoyo durante dos meses, lo que eventualmente pudo provocar que hayan salido de la casa, que se hayan contagiado y que, incluso, alguien haya fallecido producto de ese error. Entonces, no se trata de cualquier error. Se está jugando al límite con la vida y esperamos que esto no vuelva a ocurrir y que el gobierno se abra al diálogo en materia de indicaciones…

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Boris Barrera .

El señor BARRERA.-

Señor Presidente, según se señala en el mensaje, este proyecto permitirá agilizar los trámites para que las personas puedan acceder de manera más fácil a postular al IFE. Dice que simplifica la manera de acreditar los ingresos de los hogares que soliciten los beneficios y que, para dichos efectos, se utilizará solo la información declarada por estos.

Dice que este proyecto viene a botar algunas barreras. Sin embargo, en el artículo 2 se establece que mediante resolución exenta, dictada por la Subsecretaría de Evaluación Social, visada por la Dirección de Presupuestos, se establecerá la forma de verificación de los requisitos establecidos en esta ley. No se plantean mayores certezas acerca de cómo se verificarán los requisitos, dejando al arbitrio de una resolución exenta estos detalles. Es decir, esto se podría considerar como un cheque en blanco que, nuevamente, mediante esa resolución, como lo fue el ISE, por ejemplo, deje a mucha gente fuera, transformándose en una nueva barrera, pero con otro nombre.

En el trámite en la comisión, el Ejecutivo se comprometió a que esta evaluación se efectuaría solo para incluir a las familias que entrarían en el beneficio de manera automática, pero que para el resto el principal requisito será la declaración jurada. Espero que así se exprese realmente en la nueva redacción que se comprometió a hacer el Ejecutivo.

Señor Presidente, a pesar de que esta puede ser una buena noticia para muchas familias, el impacto en los montos sigue siendo el mismo, porque las personas que puedan acceder a este beneficio seguirán estando por debajo de la línea de la pobreza, por lo cual se les hace muy difícil quedarse en casa.

Por otro lado, el impacto en la cobertura es completamente marginal. Para resumir, voy a dar solo algunos números que entregó el Ejecutivo para justificar este proyecto.

El aumento de cobertura para los hogares que no tienen beneficiarios de pensiones sería de alrededor de 69.960 hogares, que recibirán un monto promedio de 184.000 pesos en la tercera cuota, y de solo 149.016 pesos, en la cuarta.

En cuanto a los hogares donde haya personas beneficiarias de pensiones o personas mayores de 70 años con pensión básica solidaria de vejez o de invalidez, que antes no cumplían con el 80 por ciento de calificación socioeconómica, serían beneficiarios solo 10.587 de esos hogares, con un monto promedio, en el tercer aporte, de 104.000 pesos y fracción, y en el cuarto aporte, de solo 83.521 pesos.

Con este resumen, podemos decir que el aumento en la cobertura es de cerca de 80.000 hogares. Es decir, un aumento aproximado de 3,7 por ciento respecto de los hogares a los que ya ha llegado el ingreso familiar de emergencia.

En conclusión, ni con esta caída de barrera se llega al 40 por ciento del actual Registro Social de Hogares.

Por lo tanto, concluimos que se trata de un paupérrimo aumento de cobertura, dado que los montos no se tocan. Además, otra gran barrera de entrada sigue siendo el monto del beneficio. Se eliminó el indicador socioeconómico de emergencia (ISE), pero estos ínfimos montos siguen siendo una barrera, porque, por ejemplo, una persona jubilada, como la señora Juanita , de la comuna de Quinta Normal, quien vive sola y tiene una jubilación de cerca de 130.000 pesos, quedará fuera de este beneficio. La señora Juanita va a tener que seguir colocándose en la cola de la feria para contar con más recursos para poder sobrevivir. Muchas personas como ella seguirán quedando fuera. Ni hablar de lo que pueda resultar finalmente de la resolución exenta, que no vamos a conocer hasta que se apruebe este proyecto de ley, y menos pensar en la verificación en el registro de información social, que, según el Ejecutivo, es para incluir hogares de manera automática, pero recuerden que el ISE también era para incluir personas, no obstante lo cual, finalmente, resulto ser una gran barrera de entrada.

Vamos a votar a favor este proyecto aunque incluya marginalmente a un número pequeño de familias, pero haciendo el punto en cuanto a que es más de lo mismo: medidas insuficientes con grandes y bonitos títulos, pero con poco contenido para resolver realmente la gran cantidad de problemas que enfrenta hoy nuestro pueblo.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, por vía telemática, el diputado Leonidas Romero .

El señor ROMERO (vía telemática).-

Señor Presidente, agradezco al gobierno del Presidente Piñera, al ministro Cristián Monckeberg y a los demás ministros, en general, porque este beneficio va a llegar a la gente que lo necesita.

Efectivamente, hay gente que no ha recibido este beneficio, pero respecto de eso hay responsabilidades compartidas. En el distrito 20, que represento, donde recorro las comunas y donde a las oficinas parlamentarias que tengo, en Concepción y en Coronel, llegan muchos vecinos a reclamar, la piedra de tope, la tranca por la que muchos vecinos no están recibiendo el beneficio -lo digo responsablemente han sido los municipios.

Desgraciadamente, en mi distrito los alcaldes son mayoritariamente de oposición, y es a esos municipios a los que han llegado más recursos, como es el caso de la municipalidad de Concepción, que desde marzo a la fecha actual ha recibido cerca de 1.200 millones de pesos, o el de Coronel, al que, desde marzo a la fecha, le han ingresado cerca de 900 millones de pesos. Sin embargo, todos los funcionarios y los alcaldes están haciendo contra propaganda, pues no entregan ni canalizan la información adecuada, y la culpa es del empedrado; o sea, el gobierno está engañando a la gente.

Lo digo responsablemente, por lo que espero que el ministro de Desarrollo Social y Familia, el señor Cristián Monckeberg , este escuchando. Se lo planteé hace un tiempo, pero no he visto solución al problema. No sé si es posible obviar el trámite que hacen los municipios, para agilizar la entrega de los recursos a los vecinos que lo requieren. Hay mucha gente que cumple con los requisitos, han hecho el trámite, han esperado un tiempo prudente y cuando no reciben respuesta, van a los municipios para saber qué ocurre, pero les dicen que es el gobierno el que está haciendo mal la pega o que la letra chica del gobierno los está dejando fuera.

Reconozco que hay muchos vecinos que, desgraciadamente, no recibieron el bono covid-19, el IFE 1, el IFE 2 y que no han sido beneficiarios de las cajas de alimentos. Eso es efectivo. Sin embargo, hoy se está abriendo otra posibilidad para que esos vecinos reciban los beneficios, pero si no agilizamos los procesos, si no se hacen los trámites, si no se realizan los contactos con las municipalidades que tienen que visar estos documentos, cientos o quizás miles de chilenos no van a recibir nada, porque los municipios están atornillando al revés.

Lo digo con conocimiento de causa y responsablemente.

Por lo tanto, espero que el gobierno y el ministro estén escuchando, para que hagan los contactos necesarios para solucionar este problema, que está perjudicando a muchos chilenos.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, por vía telemática, el diputado Patricio Melero .

El señor MELERO (vía telemática).-

Señor Presidente, al día de hoy, 5.825.000 chilenos han recibido el ingreso familiar de emergencia, y con el nuevo pago, el que se hará el 27 de julio, vamos a superar los 6 millones de chilenos que lo recibirán.

Creo que la crítica que se hace es ácida y pequeña frente a un esfuerzo de tal magnitud. Qué duda cabe de que hay que mejorarlo más, y por eso se ha presentado este proyecto de ley.

Pero escucho discursos disonantes que traslucen un interés de que ojalá al gobierno le vaya mal en la capacidad de hacer llegar los beneficios que por ley hemos aprobado. Es como si quisieran que esto fracasara, en la pretendida idea de obtener rédito político en la desgracia de la gente.

No, señor Presidente. El Parlamento aprueba leyes para ayudar a la gente y el gobierno hace lo imposible para que esa ayuda llegue, y si fracasa o ha tenido un resultado parcial, lo mejora y lo reconoce, como se hace con este proyecto de ley.

Por eso, esta iniciativa busca hacer más simple y expedita la llegada a los hogares a los que todavía no ha llegado el beneficio del ingreso familiar de emergencia, pero no nos quedemos solo en la ley, porque no se ha perdido el tiempo en estas semanas, desde el 24 de junio, cuando se aprobó la ley.

En efecto, al día de hoy, podemos decir que se ha mejorado la plataforma de ayuda a las familias, suspendiendo las visitas domiciliarias; se ha capacitado a 18.272 personas, entre ellas, a funcionarios que trabajan con nosotros, los diputados, para llegar adecuadamente a las familias e informarles; se ha hecho un esfuerzo muy importante de convocatoria integrada con Indap, que llega al mundo rural, y también con las más de 10.000 personas que viven en campamentos, a través de esfuerzos conjuntos con organizaciones de esos mismos campamentos, pues ellos conforman el grupo más vulnerable de nuestra sociedad y les está llegando el ingreso familiar de emergencia.

Se han hecho transferencias directas a los municipios. Al respecto, como información, un municipio recibe aproximadamente 100.000 solicitudes de ficha familiar de hogares en un mes. ¿Cuántas han recibido ahora? Más de 1.100.000 solicitudes. Los más de trescientos municipios del país han hecho una labor encomiable para que esta ayuda llegue.

Se ha automatizado el Registro Social de Hogares.

Este proyecto de ley busca vencer la burocracia estatal para que este beneficio llegue a la gente. Entonces, vamos a realizar un verdadero levantamiento de barrera de estratificación social, en que los factores clásicos que hemos tenido en las políticas sociales del país -focalización y estratificación han sido superados por los hechos. Necesitamos incorporar a miles de chilenos que nunca antes habían acudido a un municipio en busca de ayuda y que nunca habían tenido la necesidad de incorporarse al Registro Social de Hogares, pero a quienes hoy la cruda realidad a la que nos ha llevado la covid-19 los obliga a tener que entrar en este sistema. Sin embargo, esto no es para seguir haciendo una discriminación por estratificación, sino que solamente con el fin de registrar el tamaño del grupo familiar y canalizar la ayuda, la que, estoy seguro, en esta segunda etapa va a llegar con mayor efectividad y mayor eficiencia, tal como lo indica el enunciado del proyecto de ley.

Esta nueva forma de focalizar la ayuda va a ser mucho más expedita, lo va a hacer mucho más fácil para que miles de chilenos que no han tenido hasta el día de hoy el beneficio del IFE lo puedan tener.

¿Qué es lo que básicamente se hace? Se simplifica el proceso de reclamación. Veíamos con el Ministerio de Desarrollo Social que muchas de las reclamaciones tienen que ver con la necesidad de aclarar los ingresos. Ahora ya no será necesario aclarar ingresos, porque va a dejar de ser un factor a considerar. A partir de ahora bastará con una simple declaración jurada en que las personas señalen que su ingreso ha caído en un 30 por ciento. Con eso podrán acceder a los beneficios, de manera tal que gran parte de la burocracia que atochó el sistema se va a ir zafando.

Tengo la convicción de que además de la eliminación del indicador económico de emergencia, con la eliminación de los requisitos que originalmente existían desde el punto de vista social, con el proceso nuevo de reclamación…

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado.

Tiene la palabra la diputada Joanna Pérez .

La señora PÉREZ (doña Joanna).-

Señor Presidente, no sé por qué muchas veces tenemos que hacer tan indigna la ayuda social a las familias. Creo que tiene que ver con cómo enfrentamos esto, con una tardanza de casi cinco meses en que recién la gente va a poder apelar al IFE 2. Por lo tanto, claramente estamos llegando tarde.

Aquí nadie discute la voluntad del actual ministro y de su equipo de querer mejorar esto, pero hay que reconocer que el instrumento fue errado, burocrático, copulativo y se inventó un indicador socioeconómico de emergencia que también era burocrático -lo dijimos acá-, que quisimos bajar.

Casi tres meses después, hoy se ingresa un proyecto en el que se indican las mismas razones que señalamos en su minuto: que el beneficio era hiperfocalizado y tenía problemas de cobertura, de montos y de gestión para su implementación, situación que han reconocido el propio gobierno y el Congreso Nacional. Lo lamentamos. Por eso estamos tratando de sacar adelante esto, y le hemos dicho al Ejecutivo que no puede exigir plazos solo a las familias y no al Ministerio de Desarrollo Social. Hoy las familias necesitan respuestas rápidas, razón por la cual fijamos en quince días hábiles la respuesta de las apelaciones.

Sin duda, vamos a aprobar el proyecto, pero esperamos que haya mucha más facilidad y más rapidez en dar solución a las familias, a las que ya estamos llegando tarde. Esperamos que se resuelva pronto el casi millón de apelaciones que existen.

Si bien esto nos preocupa, como bancada vamos apoyar esta iniciativa porque, sin duda, significa mejoras. Es más, lo que se está discutiendo en el Senado es precisamente porque no hemos sido capaces de entregar ayuda.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Francisco Eguiguren .

El señor EGUIGUREN (vía telemática).-

Señor Presidente, el IFE ya ha llegado prácticamente a más de 6 millones de chilenos.

Hoy hemos avanzado en construir ayuda, en construir apoyo a miles de chilenos. Creo que eso es suficiente para decirle gracias al gobierno, que está haciendo esfuerzos importantes para enfrentar una pandemia que, debemos recordar, nadie esperaba.

¿Quién se esperaba esta pandemia? ¿Quién estaba preparado para ella? Es fácil disparar desde la galería y decir que todo es insuficiente. ¡Por Dios que hay que ser gallo para entregar todos estos recursos! El gobierno lo ha sido, y ha entregado recursos históricos para ir en ayuda de los chilenos.

Agradezco al gobierno, en especial al ministro Cristián Monckeberg , y agradezco la gestión de todos quienes han estado trabajando en el gobierno para que esto ocurra.

En ese sentido, quiero proponer una ayuda más. Le quiero decir al ministro Cristián Monckeberg y al gobierno que el próximo paso debe ser avanzar rápido en ayuda al mundo rural. Las localidades rurales son muy importantes en Chile, y ahí hacen patria muchos chilenos. A ellos no les está tocando nada.

En la Región de Coquimbo hay más de cuatrocientas localidades rurales, ciento ochenta y seis de las cuales ni siquiera tienen internet. Tenemos que preocuparnos de ellas, hacerlas sentir que realmente son muy importantes para nosotros, razón por la cual también deben recibir ayuda.

Por eso, hago este llamado al gobierno para que en la próxima entrega de recursos y de ayuda, pensemos en cómo podemos lograr llegar a esas personas y a esas familias, que tanto lo necesitan y a las que no les ha llegado nada.

Estamos haciendo un trabajo enorme en desburocratizar la entrega de estos beneficios. Así, hoy, con una sola carta subida a una plataforma, se podrá acceder al ingreso familiar de emergencia. Estamos creyendo en las personas, estamos creyendo en las familias.

Vamos por un buen camino, pero falta todavía mucho por avanzar y llegar con ayuda concreta a esos sectores tan importantes que no han recibido nada todavía.

Reitero mi agradecimiento al gobierno. Estamos bien encaminados y tenemos un tremendo desafío. No olvidemos la ruralidad, porque esta es muy importante para todos nosotros. Son chilenos que hacen patria en localidades alejadas de las grandes ciudades, a los que debemos tener muy presentes, porque son chilenos que tienen muy firme la bandera de nuestro país y también necesitan mucha ayuda, tanto del gobierno como de todos nosotros.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Marcos Ilabaca Cerda .

El señor ILABACA.-

Señor Presidente, ¿cuántos discursos encendidos hemos escuchado en la Cámara de Diputados planteando cuál es la situación que hoy viven los chilenos y chilenas en general?

Hoy, Chile no solamente sufre esta pandemia sanitaria, sino que además sufre una grave pandemia económica: hoy los chilenos están pasando hambre.

Desde un comienzo le hemos dicho permanentemente al gobierno que dialoguemos más, que trabajemos juntos en la búsqueda de soluciones para mejorar la condición económica de los chilenos que lo están pasando mal y solamente sobreviven gracias a la solidaridad entre pares, gracias a las ollas comunes, gracias a las colectas para canastas familiares, porque los beneficios que el Estado ha entregado no están llegando a las familias chilenas. Hemos tenido un ministro de Hacienda que ha sido un obstaculizador, un obstruccionista en el desarrollo de políticas públicas. Él nos ha cerrado la puerta cada vez que hemos tratado de generar algún tipo de cambio en beneficio de la población.

La responsabilidad de la situación que debatimos tiene nombre y apellido: Ignacio Briones , ministro tozudo, arrogante. El señor Briones es más un lobista de las AFP que un ministro preocupado de la situación real de los ciudadanos chilenos.

Como bancada del Partido Socialista apoyaremos este nuevo IFE. Es la quinta vez que discutimos el mejoramiento de un instrumento que, desde un comienzo, nació errado.

Varias familias de la Región de Los Ríos, específicamente de Valdivia, Ranco , Máfil y Panguipulli , me han dicho que al parecer su situación económica es la misma que las de Luksic o Farkas, porque nunca les llegó el bono Covid. Se trata de familias con 60 por ciento de vulnerabilidad en el Registro Social de Hogares, no obstante lo cual son rechazadas para recibir el IFE.

Por eso he adherido a la indicación que presentó el diputado Jackson , en orden a aplicar retroactividad al beneficio para aquellas familias que han sido rechazadas y que, por lo tanto, no han recibido ningún apoyo.

Señor Presidente, estamos de acuerdo en llevar adelante mejorías que efectivamente vayan en beneficio de las familias, pero para eso se requiere diálogo y que el gobierno cambie su actitud.

También necesitamos que no se les tiren piedras desde esta Cámara, a través de encendidos discursos, a alcaldes que se han sacado la mugre tratando de hacer llegar beneficios a sus poblaciones. La situación que hoy vive Chile no es culpa de los alcaldes, sino de un gobierno indolente que no ha sabido escuchar.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, por vía telématica, el diputado José Miguel Ortiz Novoa .

El señor ORTIZ (vía telemática).-

Señor Presidente, el 31 de mayo, en la mañana, se reunieron los partidos Socialista, Demócrata Cristiano, Radical y PPD, y el Frente Amplio. Me correspondió el alto honor y la responsabilidad de ser el representante de mi partido. Desde ese instante nos fijamos una meta: dos semanas para llegar a un entendimiento respecto de la situación más grave que ha vivido el país en las últimas décadas.

El primer IFE era de 65.000 pesos por persona y su cobertura no llegaba siquiera al millón de personas. ¿Qué conseguimos en dos semanas? Un fondo de 12.000 millones de dólares.

Además, planteamos que la cobertura era mínima y que el beneficio no llegaba a quien correspondía. Entonces, se adoptó el acuerdo de incrementar el IFE de 65.000 pesos a 100.000 pesos. Creemos en el diálogo, en la conversación, en los acuerdos, pero hay que presionar para que las cosas sucedan.

Las reuniones concluyeron el 14 de julio a las 02.00 AM. El IFE 2.0 aumentó la cobertura a 2.600.000 personas. Creo que eso es avanzar, pero aún era insuficiente. Lo expresé en la Comisión de Hacienda y en la Sala. ¿Cuál es la realidad hoy? Más de 5.000.000 de personas harán uso del beneficio.

Por favor, miremos hacia adelante. La situación es muy grave. En cuanto a los alcaldes, todos ellos se han transformado en gestores de hacer las cosas bien.

Aprobaré el proyecto, porque incide en llevar plata efectiva a la gente, como corresponde. Más aun, estoy convencido de que mañana aprobaremos, en tercer trámite constitucional, el proyecto que permite el retiro excepcional del 10 por ciento de los fondos acumulados en las AFP. ¿Y por qué no aprobar el proyecto que entrega un bono de 500.000 pesos a la clase media? ¡Hagamos todo eso! Esa es nuestra tarea como diputados de la república. Actuemos como republicanos y hombres de Estado en los momentos en que debemos responder a la ciudadanía.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, por vía telemática, el diputado Miguel Crispi Serrano

El señor CRISPI (vía telemática).-

Señor Presidente, me sorprende e indigna que, pese a existir recursos, la doctrina de la focalización impida que la plata llegue a quienes la necesitan. Pese a que existen recursos, más de un millón de personas se han enfrentado a la burocracia del Estado, una burocracia que este gobierno prometió resolver, pero es incapaz de reconocer que lo ha hecho mal.

Señor Presidente, espero que haya aprendizaje. Chile arrastra demasiados años de diseños de políticas públicas que suponen que las personas quieren hacerle trampa al Estado, es decir, usar beneficios cuando no los necesitan. Chile es un país de trabajadores honestos, de trabajadores que, cuando se enfrentan a una olla común y ven que hay un vecino que necesita más, le pasan alimento o un balón de gas.

Aquí hay que hacer un cambio profundo en la visión desde la cual se diseñan las políticas públicas y avanzar hacia la universalidad, no suponer que lo único que quieren las personas es engañar al Estado. Y, por favor, le pido a la UDI, si está tan preocupada de que la plata llegue, que apruebe la retroactividad. De lo contrario, todo lo que se hizo mal no se podrá reparar con este proyecto de ley.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Sebastián Torrealba Alvarado .

El señor TORREALBA.-

Señor Presidente, el proyecto introduce buenos cambios. Son más recursos que llegan a más gente.

Quiero agradecer al ministro Cristián Monckeberg , quien ha entendido rápidamente que la burocracia no puede ser una barrera para que los chilenos puedan recibir sus beneficios. Aquí tenemos un IFE mejorado que va a ser necesario y justo para que los chilenos puedan sortear esta pandemia.

Quiero detenerme respecto de lo que se ha hecho a través del acuerdo de construcción de esta red de protección social, que incluye no solamente el IFE, sino también el bono de emergencia Covid, la ley de protección al empleo, el programa de alimentos para Chile, los beneficios para los trabajadores independientes, el fondo solidario municipal, el ingreso mínimo de emergencia y el plan de clase media, tan criticado por la oposición, todo lo cual se ha articulado en una red de protección social que ayudará a la ciudadanía a sortear de buena forma esta crisis, esta pandemia, que ha afectado de forma muy dura a los más vulnerables y también a la clase media.

También quiero establecer los desafíos que vienen hacia adelante, porque, a pesar de esta red de protección social que se está construyendo y que cada vez se va mejorando, la oposición insiste en sacar los recursos de los trabajadores para que puedan sortear esta crisis. Luego de todas estas ayudas, que, evidentemente, se pueden ir mejorando, insisten en un proyecto injusto y regresivo, como es el retiro del 10 por ciento de los fondos de las AFP.

Los llamo a fortalecer esta red de protección social y a no meter la mano al bolsillo de los trabajadores para que puedan sortear esta crisis. La obligación del Estado es ayudar a la ciudadanía a que pueda paliar los efectos catastróficos de esta crisis.

También invito a la oposición a que empecemos a construir las políticas públicas necesarias para echar a andar los motores de este país. Si no hay trabajo, estos bonos y estas ayudas simplemente van a quedar cortos, porque el Estado no tiene recursos infinitos para poder mantener esta red de protección social para siempre.

La Cámara de Diputados se tiene que obsesionar con levantar a Chile y con echar a andar los motores. Eso significa que los chilenos deben recuperar sus trabajos, y para eso necesitamos que nos apoyen en un plan de subsidio a la contratación y en la rebaja de los impuestos a las pequeñas y medianas empresas, que son las que dan trabajo en este país.

Necesitamos levantar a Chile a través del trabajo. Esa es la única forma para que los chilenos vuelvan a vivir de buena forma y no estén dependiendo de la ayuda del Estado. Hoy tenemos un desafío que es gigante, y no podemos generar una pelea política o rentabilizar políticamente esta crisis sin ayudar a los chilenos a recuperar sus trabajos. Eso es lo que tiene que obsesionar a la Cámara de Diputados.

Si no hay ventas ni trabajo, las personas simplemente no se van a poder levantar. Y cuando se escucha decir a parte de la oposición que todo es insuficiente y que todo llega tarde, en verdad, no se entiende qué quieren comunicar a la ciudadanía. ¿Quieren comunicar desesperanza o dar sueños a los chilenos para poder salir de esta crisis?

Invito a toda la oposición a que nos pongamos a trabajar para levantar Chile y echar a andar los motores de nuestra economía, y así los chilenos puedan recuperar sus trabajos, que es el único camino que tienen para volver a sus vidas anteriores a esta crisis.

He dicho.

EL señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Luis Rocafull López .

El señor ROCAFULL.-

Señor Presidente, aquí se invita a la oposición a construir juntos. Hace bastante tiempo la oposición hizo una propuesta seria frente a esta crisis, argumentada y fundamentada con los recursos necesarios y que existen. El tiempo le ha dado la razón a la oposición. Si se le hubiera hecho caso a la oposición desde el comienzo, las cosas hubiesen sido distintas. Pero ya están así.

Como señaló el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, lo importante es hablar a la ciudadanía y comunicarse con ella. Por consiguiente, debemos decir a la ciudadanía que hay un nuevo plazo para postular al ingreso familiar de emergencia, que es hasta el 9 de agosto, así como también que para poder postular ya no será necesario este invento del Indicador Socioeconómico de Emergencia (ISE) y que bastará con estar inscrito en el Registro Social de Hogares. Es decir, las familias de nuestro país tendrán una nueva oportunidad ahora que el gobierno volvió a corregir el ingreso familiar de emergencia (IFE), después de haber corregido el IFE 1.0, el IFE 2.0, el IFE 3.0 y no sé cuántos IFE más, y que podrán postular a este beneficio solo con estar en el Registro Social de Hogares.

Eso hay que decírselo a la ciudadanía, porque aquí todos hemos conversado de lo bueno y de lo malo que ha hecho el gobierno, pero nadie le ha dicho a la comunidad de qué trata lo que hoy estamos discutiendo. Reitero: hoy estamos tratando un proyecto para que las familias chilenas puedan volver a postular al ingreso familiar de emergencia, y para hacerlo no serán necesarios el ISE y otras exigencias, sino solo pertenecer al Registro Social de Hogares.

Los que no están inscritos en el Registro Social de Hogares deberán seguir concursando.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag Villalobos .

El señor SABAG (vía telemática).-

Señor Presidente, este proyecto, que viene a simplificar el acceso al ingreso familiar de emergencia presentado originalmente por el gobierno, establece solo dos requisitos: estar en el Registro Social de Hogares y tener una declaración propia de ingresos, lo que se llama el autorreporte de ingresos, con lo cual se va a agilizar el proceso de postulación y también va a aumentar la cobertura en cerca de 80.000 hogares, lo cual es una buena noticia.

Pero creo que es importante que mejoremos los plazos para poder apelar. Hay cerca de un millón de personas que han apelado y aún no tienen respuesta. Es necesario establecer un plazo razonable para esa apelación o, de lo contrario, vamos a seguir quedando en mora.

Con estos cambios, las temporeras y los temporeros van a poder sacarse esta limitación […]. Al tener una declaración propia de ingresos, eso va a cambiar.

Sin embargo, el filtro sigue siendo los 100.000 pesos por miembro de la familia y nosotros lo…

-Los puntos suspensivos corresponden a interrupciones de la transmisión telemática.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Osvaldo Urrutia Soto .

El señor URRUTIA (don Osvaldo).-

Señor Presidente, el proyecto de ley que modifica la ley Nº 21.230, para facilitar y ampliar el acceso al ingreso familiar de emergencia, busca establecer un acceso más simple y expedito al denominado ingreso familiar de emergencia (IFE). Además, el Presidente de la República lo ha calificado con urgencia de discusión inmediata y por eso hoy, siendo las 21:10 horas, nos encontramos en la Cámara de Diputados debatiendo este proyecto, que espero que todos aprobemos.

En lo sustancial, estas modificaciones consisten en cuatro grandes cosas: primero, modificar los requisitos para acceder a este ingreso familiar de emergencia, ya que se elimina el requisito de vulnerabilidad conforme al instrumento de caracterización socioeconómica, la exigencia de pertenecer al 80 por ciento más vulnerable de acuerdo con el Indicador Socioeconómico de Emergencia (ISE). Solo se exigirá integrar el Registro Social de Hogares y acreditar los ingresos mediante declaración simple. O sea, se simplifica absolutamente el requisito para acceder al beneficio.

Segundo, se elimina el Indicador Socioeconómico de Emergencia y la forma de verificación del cumplimiento de los requisitos dispuestos en la ley serán establecidos mediante resolución exenta dictada por la Subsecretaría de Evaluación Social.

Tercero, se simplifica también el proceso de reclamación. Se elimina la obligación del Ministerio de Desarrollo Social de contrastar la información declarada por los solicitantes con la contenida en el registro de información social, lo que constituye un gran avance que le da mucha más agilidad a este proceso.

El Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales, podrá tomar contacto con aquellas personas que hayan solicitado el IFE y que no lo hubiesen percibido por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiarios de dicho aporte, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos, a efectos de que pueda acceder al beneficio el máximo de personas, de todos aquellos que hayan visto disminuidos sus ingresos y los aportes que proceden en virtud de esta actualización.

En cuarto lugar, se modifican los plazos. La Comisión de Desarrollo Social agregó que las reclamaciones deberán resolverse en un plazo máximo de quince días hábiles. Si transcurrido ese plazo no hubiera pronunciamiento, la solicitud del interesado se entenderá absolutamente aceptada.

También, se incorporan algunas disposiciones transitorias. Las modificaciones serán aplicables para el pago del tercer aporte y siguientes, excepto los cambios al procedimiento de reclamación, los cuales serán aplicables para el pago del segundo aporte y los siguientes.

Para quienes hayan solicitado el tercer aporte con anterioridad a la vigencia de esta ley y no hayan actualizado sus ingresos, se ordenará el pago de dicho aporte tomando en consideración la última información disponible en el registro de información social.

El proyecto implica un mayor gasto de 26.880 millones de pesos, considerando el tercer y cuarto aportes.

Recordemos que en abril de este año 2020 el gobierno ingresó al Congreso un proyecto de ley que creaba el ingreso familiar de emergencia (IFE), que solo destinaba 65.000 pesos por persona a los trabajadores informales y a aquellos que pertenecían al 60 por ciento más vulnerable de la población, y por un plazo de tres meses. Estábamos iniciando la pandemia y era difícil visualizar cuánto iba a durar. Hoy, cuando ya pasamos el peak de la pandemia y podemos ver la luz al final del túnel, estamos apreciando el tiempo que nos queda y podemos establecer un plazo para poder seguir apoyando con estos beneficios.

En virtud del efectivo agravamiento de la situación sanitaria que tuvimos en junio, se convocó a un grupo de trabajo, en el cual participó el Ejecutivo y la Comisión de Hacienda del Senado, más algunos integrantes de la Cámara de Diputados, quienes, asesorados por economistas de todas la tendencias políticas, acordaron un plan de emergencia para la protección de los ingresos y para la reactivación económica y del empleo de los chilenos.

En la firma del acuerdo participaron todos los partidos políticos de Chile Vamos, además de la Democracia Cristiana, el Partido Socialista y el PPD.

Dentro de las diversas medidas contenidas en dicho acuerdo, se encontraba el IFE 2.0, cuyo monto a entregar aumentó a 100.000 pesos por persona, sin decrecimiento y por cuatro meses, con posibilidades de extenderlo a un quinto o a un sexto mes.

Por lo tanto, el ingreso familiar de emergencia se constituye en un mecanismo fundamental de protección social ante la caída de los ingresos que han sufrido los trabajadores chilenos producto de las medidas de confinamiento decretadas a raíz de la covid-19. Este beneficio, junto con otros que ya se entregan o se están estudiando, crea una verdadera red de protección para paliar, en lo que es posible para el Estado, las negativas consecuencias económicas de la pandemia. Sin embargo, la implementación de las medidas ha demostrado la existencia de una excesiva burocracia estatal y también municipal, y lo ineficiente que resulta la entrega del beneficio, más aun si consideramos la angustia de las familias y la premura por recibir dichos ingresos.

Las modificaciones contenidas en este proyecto de ley permiten ampliar el número de personas que recibirán el beneficio y eliminar las trabas burocráticas propias de este proceso. Al respecto, se debe considerar que, al 10 de julio, el segundo pago lo habían recibido 2.113.663 hogares, lo cual da cuenta de 5.825.000 personas beneficiadas.

Se debe recordar también, para evitar malos usos de este instrumento, que, a partir de la declaración simple, si se entrega información falsa para acceder al beneficio, el artículo 11 de la ley No 21.230 contempla una sanción para todo aquel que proporcione, declare o entregue, a sabiendas, datos o antecedentes falsos, incompletos o erróneos, con el objeto de percibir indebidamente los aportes que a través de esta ley se conceden, y se establecen sanciones propias del delito de estafa, contenidas en el Código Penal.

Señor Presidente, estimados diputados, el IFE 2.0, convenido en el acuerdo al que concurrieron varios partidos, representa un avance importante, y por eso mi bancada votará a favor.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Mulet .

El señor MULET.-

Señor Presidente, la jefa de mi Comité me ha cedido su tiempo.

En primer lugar, tal como han señalado varios de los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, lamento lo tarde que llegó este proyecto. Creo que todos hemos sacado una gran enseñanza, a propósito de lo que está pasando en nuestro país y de otros proyectos que comenzaron a avanzar. El gobierno no entendió nunca que, para las personas que lo necesitaban, el acceso a los recursos del Estado tenía que ser más simple, más directo, más universal, y lo dijimos desde el primer momento. Es lamentable que se haya llegado tarde con esta corrección, que es importante, aunque, a mi juicio, insuficiente. Todos tenemos que aprender la lección.

En segundo lugar, me preocupa parte importante de los ciudadanos que no están el Registro Social de Hogares, sobre todo los pequeños y microempresarios, o empresarios autónomos o autocontratados. Estoy pensando en los taxistas, en los colectiveros y en mucha gente que sigue quedando fuera de los beneficios y que tendrá que seguir realizado trámites o que no tendrá acceso al 10 por ciento, porque no tiene ahorros previsionales, si es que se aprueba en el Senado, como todos suponemos que ocurrirá.

Insisto en que la experiencia nos tiene que servir a todos. Es muy importante que los gobiernos también escuchen a la oposición. Es muy significativo el diálogo verdadero y que los ministros de Hacienda se sienten a conversar con los partidos grandes, medianos y pequeños, con los técnicos, con los gremios, pero eso no ocurrió en este proceso. Lo diré una y otra vez: le pedimos insistentemente audiencia al ministro de Hacienda para que recibiera a este partido pequeño, pero que cada vez crece más: la Federación Regionalista Verde Social, a sus parlamentarios, pero nunca nos quiso recibir. Esos oídos cerrados son los que generan consecuencias. Hoy todos tenemos que aprender esa lección. No dudo de que todos tengan las mejores ideas o propósitos, pero, en definitiva, por nuestras actuaciones vamos a ser juzgados.

¿Acaso hay un sesgo ideológico? ¿Hay protección de intereses? No lo creo. Es más, creo que hay buena fe, en general, de parte de todos los actores políticos, tanto de gobierno como de oposición, pero la lección que estamos aprendiendo es importante para todos.

Obviamente, vamos a apoyar este proyecto de ley, porque es un paso, es un avance, porque hay una construcción, hay algo que va un poco más allá de lo que existe.

Por lo anterior, la bancada de la Federación Regionalista Verde Social va a apoyar este proyecto de ley, que mejora en algún sentido la manera de acceder al ingreso familiar de emergencia.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Alejandro Santana Tirachini .

El señor SANTANA (don Alejandro).-

Señor Presidente, a diferencia de otras ocasiones, creo que ha habido una actitud de valoración por parte de la oposición, porque no hay manera de no reconocer lo que ha mejorado este proyecto si uno lo compara, por ejemplo, con el pago a los primeros beneficiados del IFE, que fueron alrededor de 1.150.000 familias. En la actualidad el beneficio llega a más de 2.100.000 familias; es decir, son cerca de 6.000.000 las personas beneficiadas.

Por lo tanto, es justo reconocer y valorar el esfuerzo que han hecho el ministro Cristián Monckeberg y los subsecretarios Villarreal y Candia , porque los números hoy, más que las apreciaciones que puedan existir, son reales. Son personas, son familias las que, en definitiva, han visto que les llegó el beneficio, el cual se hizo extensivo en casi el 67 por ciento a familias de regiones, lo que nosotros, como parlamentarios de regiones, obviamente valoramos. Si vamos a la región que represento, veremos que también el número de familias beneficiadas ha aumentado significativamente.

Prácticamente tres personas por familia se benefician de este instrumento de apoyo. Sin duda, con el tiempo que queda restante podemos aventurar que vamos a superar los 2.200.000 familias.

En esa línea, cuando uno hace el análisis de las mejoras que tiene esta iniciativa, que es importante reconocer, junto con el sentido de celeridad que le ha dado el ministro Monckeberg , entiende que es importante y fundamental facilitar el acceso al beneficio. Es difícil predecir, pero uno debiera pensar que si alcanzamos hoy a 2.250.000 familias, ¿por qué no pensar que esta facilidad, esta celeridad y esta eliminación de la burocracia que tiene el sistema permitiría llegar a 3.000.000 de familias? Y si llegamos a esta cantidad, estamos hablando de que prácticamente vamos a llegar a 8.000.000 o a 9.000.000 de beneficiados.

Espero que ese resultado para el pago Nº 3 se haga realidad. Esta es una proyección. Si uno mira las modificaciones que hubo entre el primer pago y el segundo pago, las modificaciones que permitieron abrir un poco más los espacios de acceso al beneficio -sobre todo por la crítica que ha habido respecto de la burocracia, que genera problemas de acceso al sistema-, y la automatización de la información, verá que hay cosas que se arreglan con este proyecto. Y si se arreglan con este proyecto, debemos tener la claridad de que definitivamente el número de beneficiarios va a aumentar. Creo que debemos ser optimistas dentro de todas las complicaciones que han tenido las familias que han sido afectadas por esta crisis sanitaria, económica y social.

A pesar de la crítica sutil de la oposición, que no puede desaparecer absolutamente, creo que hay un ánimo de entregar un mensaje positivo a la población. Quienes están viendo este debate tienen que quedarse con una sensación de esperanza de que este es un instrumento que se está mejorando para ir en ayuda de más personas, de más familias. Creo que es una obligación de cada uno de nosotros transmitirlo de esa forma.

En el debate de este proyecto de ingreso familiar de emergencia tenemos que sacar el negativismo. Creo que es entendido por todos, sin excepción, que este es un instrumento que era necesario mejorar, cosa que hoy se está haciendo, y que seguramente va a requerir, con la experiencia y con la información, algunas otras mejoras en el día a día.

Por lo tanto, nuevamente reconozco y valoro el trabajo del ministro Monckeberg , principalmente su conexión con lo que pasa en cada una de las regiones. También valoro la presentación que hicieron los subsecretarios Villarreal y Candia en la Comisión de Hacienda, que, sin duda, fue muy importante para este debate.

Ojalá este proyecto se convierta en ley lo antes posible.

He dicho.

-Aplausos.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el ministro de Desarrollo Social y Familia, señor Cristián Monckeberg .

El señor MONCKEBERG (ministro de Desarrollo Social y Familia).-

Señor Presidente, en la última sesión especial convocada por la Cámara para hablar del ingreso familiar de emergencia y para plantear las dudas que existían sobre cómo estaba funcionando y cómo se estaba implementando, hicimos un análisis profundo de las deficiencias que estábamos viendo y resolviendo, y de las que queríamos resolver.

Hemos hecho un avance y un esfuerzo importante, sobre todo desde el punto de vista administrativo. Aprovecho de reconocer el esfuerzo que han hecho los funcionarios del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, que por tiempo llevan trabajando para que un número importante de familias tenga el ingreso como corresponde cuando haya cumplido con los requisitos.

Fue así como el Congreso hace un tiempo aprobó, casi por unanimidad, las modificaciones que hicimos a la primera ley del ingreso familiar de emergencia, con lo que logramos, en un tiempo bastante expedito, que más de 2.000.000 de familias obtuvieran ese beneficio.

Hoy, el proyecto precisamente busca hacer más simple y más expedito el acceso y eliminar la burocracia que, a nuestro juicio, estaba impidiendo que los recursos llegaran a las familias. En ese sentido, creo que el debate que se ha dado en las comisiones, el que se dio también con muchos diputados y diputadas, y el que también se efectuó en la sesión especial que tuvimos hace algunos días, nos han permitido presentar un proyecto que va en la línea correcta, que efectivamente permite que el ingreso familiar de emergencia llegue a las familias que más lo necesitan y que han visto reducidos sus ingresos, pero también hacerlo más simple y más expedito.

El hacerlo más simple y más expedito no es solo para evitar trámites por parte de las familias, sino también para reconocer la dignidad de ellas, que hoy quieren una respuesta pronta y con certeza. Esa dignidad es la que también queremos reflejar en este proyecto de ley. Al darle más simpleza y hacerlo más expedito, precisamente buscamos eso. Hay muchas familias que nunca han tenido contacto con el Estado y que nunca han necesitado una ayuda, pero que hoy la requieren. Sin embargo, cuando la requieren se han encontrado con que existen complicaciones para acceder a los beneficios, lo cual, créanme, diputadas y diputados, muchas veces es indigno y humillante.

Por ello hemos llegado con este proyecto al Congreso, porque lo que buscamos precisamente es hacer más simple y más expedito el acceso al beneficio, de modo de ayudar a sobrellevar de buena manera el problema y el drama que viven muchas familias.

Sabemos que los aportes que se están entregando siempre van a ser insuficientes en tiempos de emergencia, pero lo que buscan precisamente es dotar a las familias de un ingreso que les permita sobrellevar de buena manera estos meses tan complejos y tan cuesta arriba.

Por lo mismo, lo que tenemos que hacer, desde el gobierno y en concurso con ustedes, es dar simpleza y facilidad en el acceso a los beneficios por medio de la aprobación de este proyecto de ley. Así, ayudaremos a morigerar de alguna manera el drama que están viviendo muchas familias. Ese es el sentido de esta modificación.

Evidentemente, tal como ustedes lo han dicho en varias intervenciones, el objeto de aquello es buscar la simpleza en el acceso al ingreso familiar de emergencia. En términos concretos, ya no consideraremos el Registro Social de Hogares en términos de porcentajes del 90 o del 80 por ciento, y tampoco seguiremos con el indicador socioeconómico de emergencia (ISE). Los requisitos serán cumplir con las exigencias de cobertura, los 100.000 pesos por integrante del núcleo familiar, y una declaración jurada simple para acreditar la disminución de ingresos. De esta manera, esperamos incorporar a muchas más familias de las que hasta ahora hemos beneficiado.

Como hemos dicho permanentemente, este proceso ha sido complejo, porque no estábamos preparados en el Ministerio de Desarrollo Social y Familia para una emergencia como la que se está viviendo. No nos había tocado una situación de esta magnitud en el volumen de solicitudes y de contacto por parte de las familias con nuestra cartera. Por ello, como Ministerio de Desarrollo Social y Familia hemos hecho un esfuerzo sobrehumano frente a esa situación.

A propósito de eso, vuelvo a reconocer a los funcionarios, quienes han procurado llegar con las respuestas lo más rápido posible. Estos funcionarios no llegaron producto del cambio de gobierno, lo cual podría ser muy oportuno, sobre todo en los cargos de carácter directivo, sino que llevan mucho tiempo en el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Ellos han hecho un esfuerzo enorme para llegar a resolver las solicitudes que las familias nos van realizando.

Agradezco el buen debate llevado a cabo en esta sesión especial, así como en las comisiones de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación, y de Hacienda. En particular, agradezco las ideas y las propuestas que nos plantearon y, evidentemente, el apoyo de quienes voten a favor esta iniciativa.

En el segundo trámite constitucional, en el Senado, seguramente surgirán nuevas ideas y planteamientos que nos permitirán llegar con un buen proyecto a más familias. Esto nos inspira como Ejecutivo y, evidentemente, es lo que los inspira a ustedes como integrantes del Congreso, como parlamentarios, como diputadas y diputados.

Muchas gracias.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Muchas gracias, señor ministro. Se suspende la sesión.

-Transcurrido el tiempo de suspensión:

El señor PAULSEN (Presidente).-

Continúa la sesión. Tiene la palabra, vía telemática, la diputada Claudia Mix .

La señorita MIX, doña Claudia (vía telemática).-

Señor Presidente, consulto si finalmente el Ejecutivo ingresó las indicaciones que comprometió en la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Con la venia de la Sala, ofrezco la palabra al subsecretario de Servicios Sociales, señor Sebastián Villarreal , para que responda la consulta de la diputada Claudia Mix .

El señor VILLARREAL (subsecretario de Servicios Sociales).-

Señor Presidente, tal como lo conversamos con el Presidente de la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación, dichas indicaciones serán presentadas mañana a la Comisión de Hacienda del Senado.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Por un punto de Reglamento, tiene la palabra el diputado Giorgio Jackson .

El señor JACKSON.-

Señor Presidente, por la premura que existe para que esto salga lo antes posible, para acelerar la entrega de los beneficios, la idea era que se presentaran ahora las indicaciones.

Creo que todos estamos disponibles a esperar los minutos que sean necesarios para la redacción de una indicación con tal de que no haya un tercer trámite legislativo, porque la próxima semana es distrital.

Si se discute mañana en el Senado, tendremos que esperar dos semanas para que el proyecto sea despachado en tercer trámite, tras lo cual recién podrá ser promulgado -y quizá cuantos días tardará ese proceso-, y después habrá que elaborar el reglamento.

La verdad es que para ese momento el IFE quizá habrá terminado.

Lo que se nos dijo en la Comisión de Hacienda, y creo que es lo mismo que se dijo en la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación, es que se comprometían modificaciones para tratar en la Sala, y así evitar el tercer trámite constitucional.

Entonces, si está toda la voluntad para que se apruebe rápido, no entiendo qué complejidad hay que impide hacerlo ahora. ¿Hay alguna complejidad técnica para la redacción de la indicación?

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Boris Barrera .

El señor BARRERA.-

Señor Presidente, solicito que se le pida al subsecretario que explique por qué no llegó con la indicación. Él solo dijo que no había llegado, pero no dijo por qué.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el subsecretario de Servicios Sociales, señor Sebastián Villarreal .

El señor VILLARREAL (subsecretario de Servicios Sociales).-

Señor Presidente, tal como lo conversamos con el Presidente de la Comisión, la razón es que no alcanzamos a gestionar la firma de la indicación.

Cumpliendo con lo que se comprometió, se trata de indicaciones que recogen el espíritu de los dos temas que se abordaron en la discusión; por un lado, poner el énfasis en la declaración y, al mismo tiempo, contactar a las personas que eventualmente no apelen.

Se cumplirá con ambas indicaciones, tal cual como se conversó y acordó en la comisión. Gracias, Presidente.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Pamela Jiles .

La señorita JILES (doña Pamela) .-

Señor Presidente, esto es indignante.

Estamos aquí para realizar una votación urgente, de un proyecto que todos, de manera transversal, han dicho hasta el cansancio que es necesario aprobar ahora, y el gobierno lo está mandando a un tercer trámite.

Realmente, esto es un escándalo.

Me parece que se deben tomar las medidas para que esto se solucione en este momento y veamos las indicaciones ahora, para lo cual estamos todos reunidos aquí.

Esta actitud del gobierno es inexplicable para el país; es una provocación.

Insto al ministro, al subsecretario y a las demás autoridades presentes a que tomen las medidas burocráticas para que se pongan las firmas y se estampen los timbres que esto necesita para ser tratado ahora.

Si no lo hacen así, quiere decir que la urgencia de la que han hablado es una burla.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

El ministro señala que mañana, a primera hora, en la sesión de la mañana, pueden estar las indicaciones comprometidas.

Por lo tanto, propongo votar ahora el proyecto en general y votar mañana en la sesión de la mañana las indicaciones del Ejecutivo apenas ingresen, y así las podremos despachar al Senado.

(Hablan varios señores diputados y señoras diputadas a la vez)

Entonces, cito a reunión de los Comités Parlamentarios con suspensión de la sesión. Se suspende la sesión.

-Transcurrido el tiempo de suspensión:

El señor PAULSEN (Presidente).-

Continúa la sesión. Tiene la palabra el diputado Víctor Torres .

El señor TORRES.-

Señor Presidente, como ya se explicó, si votamos todo el proyecto hoy, las indicaciones van a ingresar al Senado y eso nos va a llevar a un tercer trámite.

Sugiero que si vamos a votar hoy, solo lo hagamos en general. Es irracional que hoy votemos todo el proyecto y que, por la vía de presentar las indicaciones en el Senado, lo llevemos a un tercer trámite constitucional.

Por lo tanto, sugiero a la Sala que demos el acuerdo para votarlo hoy solo en general y mañana votarlo en particular, para que el proyecto no vaya a un tercer trámite constitucional.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Diputado Torres, hicimos esa misma propuesta a los Comités Parlamentarios, y no hubo acuerdo.

Recabo el acuerdo para votar el proyecto ahora solo en general y mañana en particular, apenas ingresen las indicaciones.

¿Habría acuerdo? No hay acuerdo.

Tiene la palabra el diputado Boris Barrera .

El señor BARRERA.-

Señor Presidente, los Comités acaban de adoptar un acuerdo.

¿Cuál fue el acuerdo?

El señor PAULSEN (Presidente).-

Señor diputado, no hubo acuerdo de los Comités sobre el punto.

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 21.230, para facilitar y ampliar el acceso al ingreso familiar de emergencia.

Hago presente a la Sala que el proyecto trata materias propias de ley simple o común. En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados Pedro Álvarez-Salamanca , Raúl Soto , Marcelo Díaz y Marcelo Schilling .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 140 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Flores Oporto , Camila Mellado Suazo , Miguel Saavedra Chandía , Gastón Álvarez Ramírez , Sebastián Fuenzalida Cobo , Juan Meza Moncada , Fernando Sabag Villalobos , Jorge Álvarez Vera , Jenny Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Mirosevic Verdugo , Vlado Sabat Fernández , Marcela Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo Gahona Salazar , Sergio Mix Jiménez , Claudia Saffirio Espinoza , René Amar Mancilla , Sandra Galleguillos Castillo , Ramón Molina Magofke , Andrés Saldívar Auger , Raúl Ascencio Mansilla , Gabriel García García, René Manuel Monsalve Benavides , Manuel Sanhueza Dueñas , Gustavo Auth Stewart , Pepe Garín González , Renato Morales Muñoz , Celso Santana Tirachini , Alejandro Baltolu Rasera , Nino Girardi Lavín , Cristina Moreira Barros , Cristhian Santibáñez Novoa , Marisela Barrera Moreno , Boris González Gatica , Félix Mulet Martínez , Jaime Sauerbaum Muñoz , Frank Barros Montero , Ramón González Torres , Rodrigo Muñoz González , Francesca Schalper Sepúlveda , Diego Bellolio Avaria , Jaime Gutiérrez Gálvez, Hugo Naranjo Ortiz , Jaime Schilling Rodríguez , Marcelo Berger Fett , Bernardo Hernández Hernández , Javier Noman Garrido , Nicolás Sepúlveda Orbenes , Alejandra Bernales Maldonado , Alejandro Hernando Pérez , Marcela Norambuena Farías , Iván Sepúlveda Soto , Alexis Bianchi Retamales , Karim Hertz Cádiz , Carmen Núñez Urrutia , Paulina Silber Romo , Gabriel Bobadilla Muñoz , Sergio Hirsch Goldschmidt , Tomás Nuyado Ancapichún , Emilia Soto Ferrada , Leonardo Boric Font , Gabriel Hoffmann Opazo , María José Olivera De La Fuente , Erika Soto Mardones , Raúl Brito Hasbún , Jorge Ibáñez Cotroneo , Diego Orsini Pascal , Maite Teillier Del Valle, Guillermo Calisto Águila , Miguel Ángel Ilabaca Cerda , Marcos Ortiz Novoa, José Miguel Tohá González , Jaime Cariola Oliva , Karol Jackson Drago , Giorgio Ossandón Irarrázabal , Ximena Torrealba Alvarado , Sebastián Carter Fernández , Álvaro Jarpa Wevar , Carlos Abel Pardo Sáinz, Luis Torres Jeldes , Víctor Carvajal Ambiado , Loreto Jiles Moreno , Pamela Parra Sauterel , Andrea Trisotti Martínez, Renzo Castillo Muñoz , Natalia Jiménez Fuentes , Tucapel Paulsen Kehr , Diego Troncoso Hellman , Virginia Castro Bascuñán, José Miguel Jürgensen Rundshagen , Harry Pérez Arriagada , José Undurraga Gazitúa , Francisco Castro González, Juan Luis Keitel Bianchi , Sebastián Pérez Lahsen , Leopoldo Urrutia Soto , Osvaldo Celis Araya , Ricardo Kort Garriga , Issa Pérez Olea , Joanna Urruticoechea Ríos , Cristóbal Cicardini Milla , Daniella Kuschel Silva , Carlos Pérez Salinas , Catalina Vallejo Dowling , Camila Cid Versalovic , Sofía Labra Sepúlveda , Amaro Prieto Lorca , Pablo Van Rysselberghe Herrera , Enrique Crispi Serrano , Miguel Lavín León , Joaquín Ramírez Diez , Guillermo Velásquez Núñez , Esteban Cruz-Coke Carvallo , Luciano Leiva Carvajal , Raúl Rathgeb Schifferli , Jorge Velásquez Seguel , Pedro Del Real Mihovilovic , Catalina Leuquén Uribe , Aracely Rentería Moller , Rolando Verdessi Belemmi , Daniel Desbordes Jiménez , Mario Longton Herrera , Andrés Rey Martínez , Hugo Vidal Rojas , Pablo Díaz Díaz , Marcelo Luck Urban , Karin Rocafull López , Luis Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Durán Salinas , Eduardo Macaya Danús , Javier Rojas Valderrama , Camila Walker Prieto , Matías Fernández Allende, Maya Marzán Pinto , Carolina Romero Sáez , Leonidas Winter Etcheberry , Gonzalo Flores García, Iván Melero Abaroa , Patricio Rosas Barrientos , Patricio Yeomans Araya, Gael .

El señor PAULSEN (Presidente).-

Se dejará constancia en el acta del voto a favor del diputado Juan Antonio Coloma .

El proyecto queda aprobado también en particular en los términos propuestos por la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación, con la salvedad de los numerales 1) y 6) del artículo único y del artículo segundo transitorio, por haber sido objeto de indicaciones de la Comisión de Hacienda.

Asimismo, se han renovado indicaciones para modificar el artículo 4 de la ley N° 21.230 y para agregar un nuevo artículo transitorio al proyecto.

Corresponde votar en particular el numeral 1) del artículo único del proyecto en los términos propuestos por la Comisión de Desarrollo Social, con la enmienda incorporada por la Comisión de Hacienda.

En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados Leonidas Romero , Andrés Molina , Raúl Soto , Tucapel Jiménez y Juan Antonio Coloma .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 76 votos; por la negativa, 62 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Fuenzalida Cobo , Juan Melero Abaroa , Patricio Rathgeb Schifferli , Jorge Álvarez Ramírez , Sebastián Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Mellado Suazo , Miguel Rentería Moller , Rolando Amar Mancilla , Sandra Gahona Salazar , Sergio Meza Moncada , Fernando Rey Martínez , Hugo Ascencio Mansilla , Gabriel Galleguillos Castillo , Ramón Molina Magofke , Andrés Romero Sáez , Leonidas Auth Stewart, Pepe García García, René Manuel Morales Muñoz , Celso Sabag Villalobos , Jorge Baltolu Rasera , Nino Garín González , Renato Moreira Barros , Cristhian Sabat Fernández , Marcela Barros Montero , Ramón Hernández Hernández , Javier Muñoz González , Francesca Sanhueza Dueñas , Gustavo Bellolio Avaria , Jaime Hoffmann Opazo , María José Noman Garrido , Nicolás Santana Tirachini , Alejandro Berger Fett , Bernardo Jarpa Wevar , Carlos Abel Norambuena Farías , Iván Sauerbaum Muñoz , Frank Bobadilla Muñoz , Sergio Jürgensen Rundshagen , Harry Núñez Urrutia , Paulina Schalper Sepúlveda , Diego Carter Fernández , Álvaro Kast Sommerhoff , Pablo Olivera De La Fuente , Erika Torrealba Alvarado , Sebastián Castro Bascuñán, José Miguel Keitel Bianchi , Sebastián Ortiz Novoa, José Miguel Trisotti Martínez , Renzo Cid Versalovic , Sofía Kort Garriga , Issa Ossandón Irarrázabal , Ximena Troncoso Hellman , Virginia Coloma Álamos, Juan Antonio Kuschel Silva , Carlos Pardo Sáinz , Luis Undurraga Gazitúa , Francisco Cruz-Coke Carvallo , Luciano Lavín León , Joaquín Paulsen Kehr , Diego Urrutia Soto , Osvaldo Del Real Mihovilovic , Catalina Leuquén Uribe , Aracely Pérez Arriagada , José Urruticoechea Ríos , Cristóbal Desbordes Jiménez , Mario Longton Herrera , Andrés Pérez Lahsen , Leopoldo Van Rysselberghe Herrera , Enrique Durán Salinas , Eduardo Luck Urban , Karin Prieto Lorca , Pablo Velásquez Núñez , Esteban Flores Oporto , Camila Macaya Danús , Javier Ramírez Diez , Guillermo Von Mühlenbrock Zamora , Gastón .

-Se abstuvieron los diputados señores:

Calisto Águila , Miguel Ángel , Teillier Del Valle, Guillermo

El señor PAULSEN (Presidente).-

En uso de la facultad que me confiere del artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, este Presidente procede a declarar inadmisible la indicación parlamentaria aprobada por la Comisión de Desarrollo Social en el numeral 6), letra c), de cuyo tenor dará lectura el señor Secretario.

El señor LANDEROS (Secretario).-

La indicación que aprobó la Comisión de Desarrollo Social agrega el siguiente número 6):

“La Subsecretaría de Servicios Sociales deberá resolver las reclamaciones de las que conozca, en un plazo máximo de 15 días hábiles. Si transcurrido este plazo la Subsecretaría no se hubiere pronunciado respecto de la reclamación, la solicitud del interesado se entenderá aceptada y el hogar respectivo será incorporado en las nóminas a que alude el artículo 7° de esta ley.”.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Para impugnar la declaración de inadmisibilidad de la Mesa, tiene la palabra el diputado Jaime Naranjo .

El señor NARANJO.-

Señor Presidente, uno de los problemas más serios que han tenido las postulaciones al ingreso familiar de emergencia es el tiempo de demora en responder a la gente respecto de los resultados de su postulación.

Nosotros creemos que la indicación se ajusta plenamente a los objetivos que el propio gobierno ha señalado, en cuanto a responder con la mayor prontitud esas solicitudes, de manera que no vemos que esta indicación se aparte de las ideas matrices del proyecto, en las distintas expresiones que ha manifestado el Ejecutivo, a través del IFE 1.0 y 2.0, y de la actual propuesta que ha hecho al Congreso Nacional.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Para apoyar la declaración de inadmisibilidad de la Mesa, tiene la palabra el diputado Diego Schalper .

El señor SCHALPER.-

Señor Presidente, tal como discutimos largamente en la Comisión de Desarrollo Social, el problema que tiene fijar un plazo fatal en materias como estas es el artículo 65 de la ley de bases de procedimientos administrativos, que establece que se entenderá rechazada una solicitud que no sea resuelta dentro del plazo legal. Ello implica que el usuario que está solicitando el beneficio pierde inmediatamente su prerrogativa. Entonces, en el fondo la indicación irroga un perjuicio.

Dicho de otra manera: si se fija un plazo legal con cargo al erario fiscal y se establece un plazo fatal, como se pretende hacer aquí, en último término vamos a terminar perjudicando a los que soliciten el beneficio.

Además, hay otro problema: si se genera esta posibilidad y, en definitiva, se le da un efecto positivo, no solo se contradice la ley de bases de procedimientos administrativos, sino que además se irrogan gastos.

Por eso, nos parece que la indicación es inconstitucional, tal como señalamos en la comisión.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde pronunciarse sobre la declaración de inadmisibilidad de la Mesa.

Quienes voten a favor, lo hacen por la admisibilidad de la indicación; quienes voten en contra, lo hacen por la inadmisibilidad, es decir, respaldan la opinión de la Mesa.

En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados Juan Antonio Coloma , María José Hoffmann , Camila Flores, Raúl Soto y Florcita Alarcón .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 76 votos; por la negativa, 47 votos. Hubo 17 abstenciones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Fernández Allende, Maya Marzán Pinto , Carolina Saldívar Auger , Raúl Álvarez Vera , Jenny Gahona Salazar , Sergio Meza Moncada , Fernando Sanhueza Dueñas , Gustavo Amar Mancilla , Sandra Garín González , Renato Mirosevic Verdugo , Vlado Santibáñez Novoa , Marisela Ascencio Mansilla , Gabriel Girardi Lavín , Cristina Mix Jiménez , Claudia Schilling Rodríguez , Marcelo Barrera Moreno , Boris González Gatica , Félix Monsalve Benavides , Manuel Sepúlveda Orbenes , Alejandra Bernales Maldonado , Alejandro González Torres , Rodrigo Mulet Martínez , Jaime Sepúlveda Soto , Alexis Bianchi Retamales , Karim Gutiérrez Gálvez, Hugo Naranjo Ortiz , Jaime Silber Romo , Gabriel Boric Font , Gabriel Hernández Hernández , Javier Noman Garrido , Nicolás Soto Mardones , Raúl Brito Hasbún , Jorge Hernando Pérez , Marcela Nuyado Ancapichún , Emilia Teillier Del Valle, Guillermo Calisto Águila , Miguel Ángel Hertz Cádiz , Carmen Orsini Pascal , Maite Tohá González , Jaime Cariola Oliva , Karol Hirsch Goldschmidt , Tomás Parra Sauterel , Andrea Torres Jeldes , Víctor Carter Fernández , Álvaro Ibáñez Cotroneo , Diego Pérez Arriagada , José Troncoso Hellman , Virginia Carvajal Ambiado , Loreto Ilabaca Cerda , Marcos Pérez Olea , Joanna Vallejo Dowling , Camila Castillo Muñoz , Natalia Jackson Drago , Giorgio Pérez Salinas , Catalina Velásquez Núñez , Esteban Castro González, Juan Luis Jiles Moreno , Pamela Rocafull López , Luis Velásquez Seguel , Pedro Celis Araya , Ricardo Jiménez Fuentes , Tucapel Rojas Valderrama , Camila Verdessi Belemmi , Daniel Cicardini Milla , Daniella Labra Sepúlveda , Amaro Rosas Barrientos , Patricio Vidal Rojas , Pablo Crispi Serrano , Miguel Lavín León , Joaquín Saavedra Chandía , Gastón Winter Etcheberry , Gonzalo Díaz Díaz , Marcelo Leiva Carvajal , Raúl Saffirio Espinoza , René Yeomans Araya, Gael.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Álvarez Ramírez , Sebastián Galleguillos Castillo , Ramón Mellado Suazo , Miguel Rey Martínez, Hugo Barros Montero , Ramón García García, René Manuel Molina Magofke , Andrés Romero Sáez , Leonidas Bellolio Avaria , Jaime Jürgensen Rundshagen , Harry Muñoz González , Francesca Santana Tirachini , Alejandro Berger Fett , Bernardo Kast Sommerhoff , Pablo Núñez Urrutia , Paulina Sauerbaum Muñoz , Frank Bobadilla Muñoz , Sergio Keitel Bianchi , Sebastián Olivera De La Fuente , Erika Schalper Sepúlveda , Diego Castro Bascuñán , José Miguel Kort Garriga, Issa Ortiz Novoa, José Miguel Torrealba Alvarado , Sebastián Cid Versalovic , Sofía Kuschel Silva , Carlos Ossandón Irarrázabal , Ximena Undurraga Gazitúa , Francisco Del Real Mihovilovic , Catalina Leuquén Uribe , Aracely Pardo Sáinz , Luis Urrutia Soto , Osvaldo Desbordes Jiménez , Mario Longton Herrera , Andrés Paulsen Kehr , Diego Urruticoechea Ríos , Cristóbal Durán Salinas , Eduardo Luck Urban , Karin Pérez Lahsen , Leopoldo Van Rysselberghe Herrera , Enrique Flores Oporto , Camila Macaya Danús , Javier Prieto Lorca , Pablo Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Melero Abaroa , Patricio Rathgeb Schifferli, Jorge.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Auth Stewart , Pepe Fuenzalida Cobo , Juan Moreira Barros , Cristhian Sabag Villalobos , Jorge Baltolu Rasera , Nino Hoffmann Opazo , María José Norambuena Farías, Iván Sabat Fernández , Marcela Coloma Álamos, Juan Antonio Jarpa Wevar , Carlos Abel Ramírez Diez , Guillermo Trisotti Martínez , Renzo Cruz-Coke Carvallo , Luciano Morales Muñoz , Celso Rentería Moller , Rolando Walker Prieto , Matías Flores García, Iván.

El señor PAULSEN (Presidente).-

La indicación se declara admisible.

Corresponde votar la indicación parlamentaria aprobada por la Comisión de Desarrollo Social como la letra c) del número 6 de su texto.

En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados Juan Antonio Coloma, José Miguel Castro , Leonidas Romero , Raúl Soto , Karim Bianchi , Florcita Alarcón y René Saffirio .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 97 votos; por la negativa, 4 votos. Hubo 40 abstenciones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Fernández Allende , Maya Leiva Carvajal , Raúl Saavedra Chandía , Gastón Álvarez Ramírez , Sebastián Flores García, Iván Marzán Pinto , Carolina Saffirio Espinoza , René Álvarez Vera , Jenny Gahona Salazar , Sergio Melero Abaroa , Patricio Saldívar Auger , Raúl Amar Mancilla , Sandra Garín González , Renato Meza Moncada , Fernando Sanhueza Dueñas , Gustavo Ascencio Mansilla , Gabriel Girardi Lavín , Cristina Mirosevic Verdugo , Vlado Santibáñez Novoa , Marisela Auth Stewart , Pepe González Gatica , Félix Mix Jiménez , Claudia Schilling Rodríguez , Marcelo Baltolu Rasera , Nino González Torres , Rodrigo Molina Magofke , Andrés Sepúlveda Orbenes , Alejandra Barrera Moreno , Boris Gutiérrez Gálvez , Hugo Monsalve Benavides , Manuel Sepúlveda Soto , Alexis Berger Fett , Bernardo Hernández Hernández , Javier Morales Muñoz , Celso Silber Romo , Gabriel Bernales Maldonado , Alejandro Hernando Pérez , Marcela Moreira Barros , Cristhian Soto Mardones , Raúl Bianchi Retamales , Karim Hertz Cádiz , Carmen Mulet Martínez , Jaime Teillier Del Valle, Guillermo Bobadilla Muñoz , Sergio Hirsch Goldschmidt , Tomás Naranjo Ortiz , Jaime Tohá González , Jaime Boric Font , Gabriel Hoffmann Opazo , María José Noman Garrido , Nicolás Torres Jeldes , Víctor Brito Hasbún , Jorge Ibáñez Cotroneo , Diego Norambuena Farías , Iván Trisotti Martínez , Renzo Calisto Águila , Miguel Ángel Ilabaca Cerda , Marcos Nuyado Ancapichún , Emilia Troncoso Hellman , Virginia Cariola Oliva , Karol Jackson Drago , Giorgio Orsini Pascal , Maite Vallejo Dowling , Camila Carter Fernández , Álvaro Jarpa Wevar , Carlos Abel Ortiz Novoa, José Miguel Van Rysselberghe Herrera , Enrique Carvajal Ambiado , Loreto Jiles Moreno , Pamela Parra Sauterel , Andrea Velásquez Núñez , Esteban Castillo Muñoz , Natalia Jiménez Fuentes , Tucapel Pérez Arriagada , José Velásquez Seguel , Pedro Castro González, Juan Luis Kast Sommerhoff , Pablo Pérez Olea , Joanna Verdessi Belemmi , Daniel Celis Araya , Ricardo Keitel Bianchi , Sebastián Pérez Salinas , Catalina Vidal Rojas , Pablo Cicardini Milla , Daniella Kort Garriga , Issa Rocafull López , Luis Walker Prieto , Matías Coloma Álamos, Juan Antonio Labra Sepúlveda , Amaro Rojas Valderrama , Camila Winter Etcheberry , Gonzalo Crispi Serrano , Miguel Lavín León , Joaquín Rosas Barrientos , Patricio Yeomans Araya , Gael Díaz Díaz, Marcelo.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Barros Montero , Ramón Cruz-Coke Carvallo , Luciano Kuschel Silva , Carlos Rathgeb Schifferli, Jorge.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Bellolio Avaria , Jaime Galleguillos Castillo , Ramón Olivera De La Fuente , Erika Sabag Villalobos , Jorge Castro Bascuñán, José Miguel García García, René Manuel Ossandón Irarrázabal , Ximena Sabat Fernández , Marcela Cid Versalovic , Sofía Jürgensen Rundshagen , Harry Pardo Sáinz , Luis Santana Tirachini , Alejandro Del Real Mihovilovic , Catalina Leuquén Uribe , Aracely Paulsen Kehr , Diego Sauerbaum Muñoz , Frank Desbordes Jiménez , Mario Longton Herrera , Andrés Pérez Lahsen , Leopoldo Schalper Sepúlveda , Diego Durán Espinoza , Jorge Luck Urban , Karin Prieto Lorca , Pablo Torrealba Alvarado , Sebastián Durán Salinas , Eduardo Macaya Danús , Javier Ramírez Diez , Guillermo Undurraga Gazitúa, Francisco Flores Oporto , Camila Mellado Suazo , Miguel Rentería Moller , Rolando Urrutia Soto , Osvaldo Fuenzalida Cobo , Juan Muñoz González , Francesca Rey Martínez , Hugo Urruticoechea Ríos , Cristóbal Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Núñez Urrutia , Paulina Romero Sáez , Leonidas Von Mühlenbrock Zamora, Gastón.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde votar en particular el artículo segundo transitorio, en los términos propuestos por la Comisión de Desarrollo Social, con la enmienda incorporada por la Comisión de Hacienda.

En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, la votación de los diputados Juan Antonio Coloma , Raúl Soto , Karim Bianchi y Florcita Alarcón .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 136 votos; por la negativa, 3 votos. Hubo 1 abstención.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Álvarez Ramírez, Sebastián Flores Oporto , Camila Marzán Pinto , Carolina Rosas Barrientos , Patricio Álvarez Vera , Jenny Fuenzalida Cobo , Juan Melero Abaroa , Patricio Saavedra Chandía , Gastón Amar Mancilla , Sandra Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Mellado Suazo , Miguel Sabag Villalobos , Jorge Ascencio Mansilla , Gabriel Gahona Salazar , Sergio Meza Moncada , Fernando Sabat Fernández , Marcela Auth Stewart , Pepe Galleguillos Castillo , Ramón Mirosevic Verdugo , Vlado Saldívar Auger , Raúl Baltolu Rasera, Nino García García, René Manuel Mix Jiménez , Claudia Sanhueza Dueñas , Gustavo Barrera Moreno , Boris Garín González , Renato Molina Magofke , Andrés Santana Tirachini , Alejandro Barros Montero , Ramón Girardi Lavín , Cristina Monsalve Benavides , Manuel Santibáñez Novoa , Marisela Bellolio Avaria , Jaime González Gatica , Félix Morales Muñoz , Celso Sauerbaum Muñoz , Frank Bernales Maldonado , Alejandro González Torres , Rodrigo Moreira Barros , Cristhian Schalper Sepúlveda , Diego Bianchi Retamales , Karim Gutiérrez Gálvez , Hugo Mulet Martínez , Jaime Schilling Rodríguez , Marcelo Bobadilla Muñoz , Sergio Hernández Hernández , Javier Muñoz González , Francesca Sepúlveda Orbenes , Alejandra Boric Font , Gabriel Hernando Pérez , Marcela Naranjo Ortiz , Jaime Sepúlveda Soto , Alexis Brito Hasbún , Jorge Hertz Cádiz , Carmen Noman Garrido , Nicolás Silber Romo , Gabriel Calisto Águila , Miguel Ángel Hirsch Goldschmidt , Tomás Norambuena Farías, Iván Soto Mardones , Raúl Cariola Oliva , Karol Hoffmann Opazo , María José Núñez Urrutia , Paulina Teillier Del Valle, Guillermo Carter Fernández , Álvaro Ibáñez Cotroneo , Diego Nuyado Ancapichún , Emilia Tohá González , Jaime Carvajal Ambiado , Loreto Ilabaca Cerda , Marcos Olivera De La Fuente , Erika Torrealba Alvarado, Sebastián Castillo Muñoz , Natalia Jackson Drago , Giorgio Orsini Pascal , Maite Torres Jeldes , Víctor Castro Bascuñán, José Miguel Jarpa Wevar , Carlos Abel Ortiz Novoa, José Miguel Trisotti Martínez , Renzo Castro González, Juan Luis Jiles Moreno , Pamela Ossandón Irarrázabal , Ximena Troncoso Hellman , Virginia Celis Araya , Ricardo Jiménez Fuentes , Tucapel Parra Sauterel , Andrea Undurraga Gazitúa , Francisco Cicardini Milla , Daniella Jürgensen Rundshagen , Harry Paulsen Kehr , Diego Urrutia Soto , Osvaldo Cid Versalovic , Sofía Kast Sommerhoff , Pablo Pérez Arriagada , José Urruticoechea Ríos , Cristóbal Coloma Álamos, Juan Antonio Keitel Bianchi , Sebastián Pérez Lahsen , Leopoldo Vallejo Dowling , Camila Crispi Serrano , Miguel Kort Garriga , Issa Pérez Olea , Joanna Van Rysselberghe Herrera , Enrique Cruz-Coke Carvallo , Luciano Kuschel Silva , Carlos Pérez Salinas , Catalina Velásquez Núñez , Esteban Del Real Mihovilovic , Catalina Labra Sepúlveda , Amaro Prieto Lorca , Pablo Velásquez Seguel , Pedro Desbordes Jiménez , Mario Lavín León , Joaquín Ramírez Diez , Guillermo Verdessi Belemmi , Daniel Díaz Díaz , Marcelo Leiva Carvajal , Raúl Rathgeb Schifferli , Jorge Vidal Rojas , Pablo Durán Espinoza , Jorge Leuquén Uribe , Aracely Rey Martínez , Hugo Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Durán Salinas , Eduardo Longton Herrera , Andrés Rocafull López , Luis Walker Prieto , Matías Fernández Allende , Maya Luck Urban , Karin Rojas Valderrama , Camila Winter Etcheberry , Gonzalo Flores García, Iván Macaya Danús , Javier Romero Sáez , Leonidas Yeomans Araya, Gael .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Berger Fett , Bernardo , Saffirio Espinoza, René.

-Se abstuvo el diputado señor:

Rentería Moller, Rolando

El señor PAULSEN (Presidente).-

Se ha renovado una indicación del diputado Jackson para agregar una nueva disposición transitoria, que fue declarada inadmisible por la Comisión de Desarrollo Social, de cuyo tenor dará lectura el señor Secretario.

El señor LANDEROS (Secretario).-

La disposición transitoria expresa lo siguiente: “Artículo Transitorio.- Aquellos hogares que habiendo solicitado el segundo aporte y cuyas solicitudes hayan resultado rechazadas por: (i) no cumplir con algún requisito asociado al derogado Indicador Socioeconómico de Emergencia, o bien, (ii) por no haber cumplido con los derogados límites que se establecían para el Instrumento de Caracterización Socioeconómica de Emergencia a que se refiere el artículo 5 de la ley N° 20.379, que crea el sistema intersectorial de protección social, o (iii) por no haberse verificado en el Instrumento de Caracterización Socioeconómica antes indicado, las actualizaciones efectuadas en el grupo familiar al momento de la solicitud y/o resolución, podrán solicitar una reevaluación de sus postulaciones, de manera que si cumpliendo con los todos los requisitos legales el beneficio se les denegó únicamente por aplicación de los numerales (i), (ii) o (iii) deberán ser recalificados y aceptadas sus solicitudes, de manera que quedarán incorporados en las nóminas de pago a que se refiere el artículo 7 para efectos del pago retroactivo del segundo aporte.”.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Declaro la indicación precedente como inadmisible, por incidir en materias presupuestarias o financieras del Estado.

El diputado Jackson ha reclamado la declaración de inadmisibilidad.

Para defender la admisibilidad de la indicación, tiene la palabra el diputado Giorgio Jackson .

El señor JACKSON.-

Señor Presidente, esta indicación es muy importante.

Se presentó en la Comisión de Desarrollo Social, la discutimos en la Comisión de Hacienda y procedemos a renovarla en la Sala.

Se declaró inadmisible, pero el gobierno ha insistido, en los distintos trámites de este proyecto, en que la simulación y, por lo tanto, la aprobación de los informes financieros que hemos tenido en los últimos proyectos relacionados con el IFE contemplaban a todas las personas a las que esta indicación podría beneficiar.

Sin embargo, el mayor filtro que ha habido en el sistema de postulación ha sido, primero, en el caso de los 65.000 pesos, y ahora, en el de los 100.000 pesos. En consecuencia, las personas que han sido rechazadas lo han sido no por las modificaciones que estamos haciendo ahora, sino por el corte de 100.000 pesos. Eso no se modifica con este proyecto de ley.

Por lo tanto, lo que proponemos es que las personas que cumplían con todos los requisitos, que hoy la iniciativa está enmendando, puedan recibir el segundo aporte, porque no fue su culpa el no haber podido recibirlo, sino de las distintas trabas burocráticas.

Es de justicia poder enmendar aquello, pues muchas personas tuvieron que vender algo o endeudarse por ese mes; sin embargo, con esta iniciativa, con la cual se enmiendan las trabas existentes en su momento, lamentablemente esas personas no tendrán acceso a ese beneficio previo.

Por eso, estamos pidiendo que durante la segunda postulación se abra una recalificación, de modo que ello permita un efecto retroactivo, que es de toda justicia y además de toda admisibilidad, puesto que los informes financieros, así como lo han dicho en esta oportunidad y en esta tramitación, incorporaban un supuesto que era mucho más optimista que lo que el gobierno finalmente ha ejecutado. Por lo tanto, no aumentaría el gasto público.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Para defender la posición de la Mesa, tiene la palabra el diputado Andrés Longton .

El señor LONGTON.-

Señor Presidente, entendiendo las buenas intenciones del diputado Jackson en lo que acaba de plantear, hay un problema esencial en la indicación, cual es que incide en la administración financiera o presupuestaria del Estado, pues dice que, cumpliendo las familias con todos los requisitos del beneficio, este se les denegó únicamente por la aplicación de los tres numerales señalados, lo cual está muy bien, pero luego señala que sus casos deberán ser recalificados y aceptados. O sea, le está diciendo al Estado la manera en que tiene que ejecutar el gasto, lo que obviamente incide en la administración financiera del Estado.

Lo anterior se refuerza con la última parte de la indicación, que dice: “…de manera que quedarán incorporados en las nóminas de pago a que se refiere el artículo 7 para efectos del pago retroactivo del segundo aporte.”. Es decir, por segunda vez, y ahora en forma mucho más evidente y clara, le está diciendo al Estado la manera en que tiene que efectuarse este pago, lo que obviamente incide en la forma cómo aquel administra y ejecuta los recursos.

El artículo 65, inciso tercero, de la Constitución señala que corresponderá al Presidente de la República la iniciativa exclusiva de los proyectos que tengan relación con la administración financiera o presupuestaria del Estado, y en este caso -reiterola indicación le está diciendo al Ejecutivo de qué manera y bajo qué condiciones tiene que ejecutar el pago.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde votar la reclamación de admisibilidad de la indicación.

Los que votan a favor lo hacen por la admisibilidad de la indicación; los que votan en contra lo hacen por respaldar la decisión de la Mesa de declarar inadmisible la indicación.

En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados Juan Antonio Coloma , María José Hoffmann, Raúl Soto , Karim Bianchi , Cosme Mellado y Jaime Tohá .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos; por la negativa, 66 votos. Hubo 8 abstenciones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Rechazada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Garín González , Renato Mirosevic Verdugo , Vlado Santibáñez Novoa , Marisela Álvarez Vera , Jenny Girardi Lavín , Cristina Mix Jiménez , Claudia Schilling Rodríguez , Marcelo Ascencio Mansilla , Gabriel González Gatica , Félix Monsalve Benavides , Manuel Sepúlveda Orbenes , Alejandra Barrera Moreno , Boris González Torres , Rodrigo Mulet Martínez , Jaime Sepúlveda Soto , Alexis Bernales Maldonado , Alejandro Gutiérrez Gálvez , Hugo Muñoz González , Francesca Silber Romo , Gabriel Bianchi Retamales , Karim Hernando Pérez , Marcela Naranjo Ortiz , Jaime Soto Mardones , Raúl Boric Font , Gabriel Hertz Cádiz , Carmen Nuyado Ancapichún , Emilia Teillier Del Valle, Guillermo Brito Hasbún , Jorge Hirsch Goldschmidt , Tomás Orsini Pascal , Maite Tohá González , Jaime Cariola Oliva , Karol Ibáñez Cotroneo , Diego Pérez Arriagada, José Torres Jeldes , Víctor Carvajal Ambiado , Loreto Ilabaca Cerda , Marcos Pérez Olea , Joanna Vallejo Dowling , Camila Castillo Muñoz , Natalia Jackson Drago , Giorgio Pérez Salinas , Catalina Velásquez Núñez , Esteban Castro González, Juan Luis Jiles Moreno , Pamela Rocafull López , Luis Velásquez Seguel , Pedro Cicardini Milla , Daniella Jiménez Fuentes , Tucapel Rojas Valderrama , Camila Verdessi Belemmi , Daniel Crispi Serrano , Miguel Labra Sepúlveda , Amaro Rosas Barrientos , Patricio Vidal Rojas , Pablo Díaz Díaz , Marcelo Leiva Carvajal , Raúl Saavedra Chandía , Gastón Walker Prieto , Matías Fernández Allende, Maya Marzán Pinto , Carolina Saffirio Espinoza , René Winter Etcheberry , Gonzalo Flores García, Iván Mellado Pino , Cosme Saldívar Auger , Raúl Yeomans Araya, Gael .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Amar Mancilla , Sandra Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Mellado Suazo , Miguel Rentería Moller , Rolando Baltolu Rasera , Nino Gahona Salazar , Sergio Molina Magofke , Andrés Rey Martínez , Hugo Barros Montero , Ramón Galleguillos Castillo , Ramón Morales Muñoz , Celso Romero Sáez , Leonidas Bellolio Avaria , Jaime García García, René Manuel Moreira Barros , Cristhian Sabat Fernández , Marcela Berger Fett , Bernardo Hernández Hernández , Javier Noman Garrido , Nicolás Sanhueza Dueñas , Gustavo Bobadilla Muñoz , Sergio Hoffmann Opazo , María José Norambuena Farías, Iván Santana Tirachini , Alejandro Carter Fernández , Álvaro Jürgensen Rundshagen , Harry Núñez Urrutia , Paulina Sauerbaum Muñoz , Frank Castro Bascuñán , José Miguel Kast Sommerhoff , Pablo Olivera De La Fuente , Erika Schalper Sepúlveda , Diego Cid Versalovic , Sofía Keitel Bianchi , Sebastián Ortiz Novoa, José Miguel Torrealba Alvarado , Sebastián Coloma Álamos, Juan Antonio Kort Garriga , Issa Ossandón Irarrázabal , Ximena Trisotti Martínez , Renzo Cruz-Coke Carvallo , Luciano Kuschel Silva , Carlos Pardo Sáinz , Luis Troncoso Hellman , Virginia Del Real Mihovilovic , Catalina Lavín León , Joaquín Paulsen Kehr , Diego Undurraga Gazitúa , Francisco Desbordes Jiménez , Mario Leuquén Uribe , Aracely Pérez Lahsen , Leopoldo Urrutia Soto , Osvaldo Durán Espinoza , Jorge Longton Herrera , Andrés Prieto Lorca , Pablo Urruticoechea Ríos , Cristóbal Durán Salinas , Eduardo Luck Urban , Karin Ramírez Diez , Guillermo Van Rysselberghe Herrera , Enrique Flores Oporto , Camila Macaya Danús , Javier Rathgeb Schifferli , Jorge Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Fuenzalida Cobo , Juan Melero Abaroa, Patricio.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Álvarez Ramírez , Sebastián Calisto Águila , Miguel Ángel Jarpa Wevar , Carlos Abel Parra Sauterel , Andrea Auth Stewart , Pepe Celis Araya , Ricardo Meza Moncada , Fernando Sabag Villalobos, Jorge.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Se rechaza la reclamación de la inadmisibilidad.

Se ha renovado una indicación para incorporar un nuevo número al artículo único, para agregar en el inciso primero del artículo 4 de la ley N° 21.230 un nuevo párrafo final, de cuyo tenor dará lectura el señor Secretario.

El señor LANDEROS (Secretario).-

La indicación señala lo siguiente: “Este derecho también será aplicable a aquellos hogares en los cuales existan miembros mayores de edad que sean trabajadores de casa particular y cumplan con los requisitos copulativos señalados anteriormente.”.

El señor PAULSEN (Presidente).-

En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados Juan Antonio Coloma , Renzo Trisotti , Aracely Leuquén , Raúl Soto , Jorge Sabag , Karim Bianchi y Carlos Abel Jarpa .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 74 votos; por la negativa, 51 votos. Hubo 16 abstenciones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Flores García, Iván Mirosevic Verdugo , Vlado Saldívar Auger , Raúl Álvarez Vera , Jenny Garín González , Renato Mix Jiménez , Claudia Santibáñez Novoa , Marisela Ascencio Mansilla , Gabriel Girardi Lavín , Cristina Monsalve Benavides , Manuel Schilling Rodríguez , Marcelo Auth Stewart , Pepe González Gatica , Félix Mulet Martínez , Jaime Sepúlveda Orbenes , Alejandra Barrera Moreno , Boris González Torres , Rodrigo Naranjo Ortiz , Jaime Sepúlveda Soto , Alexis Bernales Maldonado , Alejandro Gutiérrez Gálvez , Hugo Nuyado Ancapichún , Emilia Silber Romo , Gabriel Bianchi Retamales , Karim Hernando Pérez , Marcela Orsini Pascal , Maite Soto Mardones , Raúl Boric Font , Gabriel Hertz Cádiz , Carmen Ortiz Novoa, José Miguel Teillier Del Valle, Guillermo Brito Hasbún , Jorge Hirsch Goldschmidt , Tomás Parra Sauterel , Andrea Tohá González , Jaime Calisto Águila , Miguel Ángel Ibáñez Cotroneo , Diego Pérez Arriagada, José Torres Jeldes , Víctor Cariola Oliva , Karol Ilabaca Cerda , Marcos Pérez Olea , Joanna Vallejo Dowling , Camila Carvajal Ambiado , Loreto Jackson Drago , Giorgio Pérez Salinas , Catalina Velásquez Núñez , Esteban Castillo Muñoz , Natalia Jiles Moreno , Pamela Rocafull López , Luis Velásquez Seguel , Pedro Castro González, Juan Luis Jiménez Fuentes , Tucapel Rojas Valderrama , Camila Verdessi Belemmi , Daniel Celis Araya , Ricardo Labra Sepúlveda , Amaro Rosas Barrientos , Patricio Vidal Rojas , Pablo Cicardini Milla , Daniella Leiva Carvajal , Raúl Saavedra Chandía , Gastón Walker Prieto , Matías Crispi Serrano , Miguel Marzán Pinto , Carolina Sabag Villalobos , Jorge Winter Etcheberry , Gonzalo Díaz Díaz , Marcelo Mellado Pino , Cosme Saffirio Espinoza , René Yeomans Araya , Gael Fernández Allende, Maya Meza Moncada, Fernando.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Álvarez Ramírez, Sebastián Flores Oporto , Camila Mellado Suazo , Miguel Rentería Moller , Rolando Baltolu Rasera , Nino Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Morales Muñoz , Celso Romero Sáez , Leonidas Barros Montero , Ramón Gahona Salazar , Sergio Moreira Barros , Cristhian Sabat Fernández , Marcela Bellolio Avaria , Jaime Galleguillos Castillo , Ramón Muñoz González , Francesca Sanhueza Dueñas , Gustavo Berger Fett , Bernardo Hoffmann Opazo , María José Noman Garrido , Nicolás Santana Tirachini , Alejandro Bobadilla Muñoz , Sergio Jürgensen Rundshagen , Harry Norambuena Farías , Iván Sauerbaum Muñoz , Frank Castro Bascuñán , José Miguel Kort Garriga , Issa Núñez Urrutia , Paulina Torrealba Alvarado , Sebastián Cid Versalovic , Sofía Kuschel Silva , Carlos Olivera De La Fuente , Erika Trisotti Martínez , Renzo Coloma Álamos, Juan Antonio Lavín León , Joaquín Pardo Sáinz , Luis Undurraga Gazitúa , Francisco Del Real Mihovilovic , Catalina Leuquén Uribe , Aracely Paulsen Kehr , Diego Urrutia Soto , Osvaldo Desbordes Jiménez , Mario Luck Urban , Karin Pérez Lahsen , Leopoldo Urruticoechea Ríos , Cristóbal Durán Espinoza , Jorge Macaya Danús , Javier Prieto Lorca , Pablo Van Rysselberghe Herrera , Enrique Durán Salinas , Eduardo Melero Abaroa , Patricio Ramírez Diez, Guillermo.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Amar Mancilla , Sandra García García, René Manuel Longton Herrera , Andrés Rey Martínez, Hugo Carter Fernández , Álvaro Hernández Hernández , Javier Molina Magofke , Andrés Schalper Sepúlveda , Diego Cruz-Coke Carvallo , Luciano Kast Sommerhoff , Pablo Ossandón Irarrázabal , Ximena Troncoso Hellman , Virginia Fuenzalida Cobo , Juan Keitel Bianchi , Sebastián Rathgeb Schifferli , Jorge Von Mühlenbrock Zamora , Gastón .

El señor PAULSEN (Presidente).-

Despachado el proyecto al Senado.

Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.

1.5. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 22 de julio, 2020. Oficio en Sesión 53. Legislatura 368.

VALPARAÍSO, 22 de julio de 2020

Oficio N° 15.700

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo del mensaje, certificados y antecedentes que se adjuntan, la Cámara de Diputados ha aprobado el siguiente proyecto de ley, que modifica la ley N° 21.230, para facilitar y ampliar el acceso al ingreso familiar de emergencia, correspondiente al boletín N° 13656-31:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia:

1. En el artículo 1°:

a) Reemplázase su inciso primero por el siguiente:

“Artículo 1.- Concédese un Ingreso Familiar de Emergencia compuesto por un máximo de cuatro aportes extraordinarios de cargo fiscal, en las condiciones que establece la presente ley, para los hogares que cumplan los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace; y (ii) que sus integrantes mayores de edad no perciban alguno de los ingresos señalados en el artículo 4, lo que se verificará a partir de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y segundo del artículo 7°. En el caso de los solicitantes considerados en el inciso tercero del artículo 7°, se utilizará solo la información declarada por estos.”.

b) Agrégase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando los actuales incisos segundo y tercero a ser tercero y cuarto, respectivamente:

“Todos los hogares que cumplan con los requisitos que esta ley establece tendrán derecho a recibir el Ingreso Familiar de Emergencia. El Ministerio de Desarrollo Social y Familia deberá promover que todos los hogares que cumplan con las condiciones legales accedan al beneficio de la forma más expedita posible, haciendo uso de las facultades y atribuciones que esta ley les otorga para facilitar la concesión de la prestación a todos los hogares potencialmente beneficiarios. Las solicitudes sólo podrán ser rechazadas por motivos fundados y que digan relación únicamente con el incumplimiento de los requisitos legales”.

2. Sustitúyese el artículo 2 por el siguiente:

“Artículo 2.- Mediante resolución exenta dictada por la Subsecretaría de Evaluación Social, visada por la Dirección de Presupuestos, se establecerá la forma de verificación de los requisitos establecidos en esta ley.”

3. En el inciso primero del artículo 4:

a) Reemplázase su numeral (i) por el siguiente:

“(i) que la suma de dichos ingresos sea inferior al segundo aporte que le correspondería conforme al artículo 3, lo que se verificará a partir de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y segundo del artículo 7°. En el caso de los solicitantes considerados en el inciso tercero del artículo 7°, se utilizará solo la información declarada por estos; y”.

b) Reemplázase el numeral (ii) por el siguiente:

“(ii) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace.”.

c) Suprímese la siguiente frase:

“(iii) que pertenezcan al 80 por ciento más vulnerable de la población nacional, de acuerdo al Indicador Socioeconómico de Emergencia a que se refiere el artículo 2.”.

d) Incorpórase la siguiente oración final, nueva:

“Este derecho también será aplicable a aquellos hogares en los cuales existan miembros mayores de edad que sean trabajadores de casa particular y cumplan con los requisitos copulativos señalados anteriormente.”.

4. Sustitúyese el numeral (i) del artículo 5 por el siguiente:

“(i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace, y”.

5. En el artículo 10:

a) Modifícase su inciso segundo de la siguiente manera:

i. Sustitúyese la expresión “numeral tercero” por “numeral segundo”.

ii. Elimínase su última oración cuyo tenor es el siguiente: “No obstante lo anterior, no se acogerá la reclamación en el caso de que exista disconformidad entre la información declarada y aquella contenida en el Registro de Información Social creado por el artículo 6 de la ley Nº 19.949.”.

b) Agréganse al final los siguientes incisos, nuevos:

“Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales, podrá tomar contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y que no lo hubiesen percibido por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiarios de dicho aporte, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos. Lo anterior para efectos de poder acceder al beneficio y a los aportes que procedan en virtud de dicha actualización.

La Subsecretaría de Servicios Sociales deberá resolver las reclamaciones de las que conozca, en un plazo máximo de quince días hábiles. Si transcurrido este plazo la Subsecretaría no se hubiere pronunciado respecto de la reclamación, la solicitud del interesado se entenderá aceptada y el hogar respectivo será incorporado en las nóminas a que alude el artículo 7º.”.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- Las modificaciones establecidas por la presente ley, serán aplicables para el pago del tercer aporte y siguientes del Ingreso Familiar de Emergencia, salvo las modificaciones introducidas al artículo 10 de la ley N° 21.230, las cuales serán aplicables para el pago del segundo aporte y siguientes. En razón de lo anterior, los requisitos relativos a la vulnerabilidad socioeconómica de los hogares establecidos en los numerales (i) y (ii) del artículo 1, numerales (ii) y (iii) del artículo 4 y numeral (i) del artículo 5 de la ley N° 21.230, vigentes con anterioridad a las modificaciones establecidas por esta ley, continuarán aplicándose para los efectos del pago del primer y segundo aporte del Ingreso Familiar de Emergencia.

Con todo, para quienes hayan solicitado el tercer aporte del Ingreso Familiar de Emergencia con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley y no hubiesen actualizado sus ingresos en conformidad a lo dispuesto en el nuevo inciso final del artículo 10 de la ley N° 21.230 incorporado por esta ley, se ordenará el pago de dicho aporte tomando en consideración la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar.

Artículo segundo.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario se financiará con cargo a los recursos provenientes de la partida presupuestaria Tesoro Público.”.”

*****

Dios guarde a V.E.

DIEGO PAULSEN KEHR

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Hacienda

Senado. Fecha 29 de julio, 2020. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 57. Legislatura 368.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 21.230, para facilitar y ampliar el acceso al ingreso familiar de emergencia.

BOLETÍN Nº 13.656-31

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de informaros acerca del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Mensaje de Su Excelencia el señor Presidente de la República, con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

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Se hace presente que por tratarse de un proyecto con urgencia calificada de “discusión inmediata”, y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, se discutió la iniciativa en general y particular a la vez.

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A una o más de las sesiones en que la Comisión se ocupó de este asunto asistieron, además de sus miembros, la Honorable Senadora señora Allende y el Honorable Senador señor Bianchi.

Asimismo, concurrieron, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, el ex Ministro, señor Cristián Monckeberg; la Ministra, señora Karla Rubilar; la Subsecretaria de Evaluación Social, señora Alejandra Candia; el Subsecretario de Servicios Sociales, señor Sebastián Villarreal, y la Coordinadora Legislativa, señora Andrea Martínez.

Del Ministerio de Hacienda, el Ministro, señor Ignacio Briones; el Coordinador de Políticas Tributarias, señor Manuel Alcalde, el Coordinador Legislativo, señor José Riquelme, y el Coordinador de Políticas Sociales, señor Andrés Hernando.

La Economista, señora Heidi Berner.

El Economista, señor Luis Díaz.

La Presidenta del Instituto Igualdad, señora Clarisa Hardy.

La asesora del Honorable Senador García, señora Valentina Becerra.

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OBJETIVOS DEL PROYECTO

Ampliar y facilitar el acceso al Ingreso Familiar de Emergencia creado por la ley N° 21.230, aumentando el universo de beneficiarios al eliminar el requisito de vulnerabilidad basado en el Instrumento de Caracterización Socioeconómica, requiriendo solo integrar el Registro Social de Hogares.

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ANTECEDENTES

Para una adecuada comprensión de la iniciativa en informe deben tenerse presente los siguientes antecedentes:

A.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

- La ley N° 21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia.

- La ley Nº 19.949, que establece un sistema de protección social para familias en situación de extrema pobreza denominado Chile Solidario.

B.- ANTECEDENTES DE HECHO

El Mensaje expone que el reciente 14 de julio se anunciaron nuevas medidas, que contemplan fundamentalmente un apoyo a las familias de clase media. Estas iniciativas incluyen un aporte directo a la clase media, la entrega de un préstamo blando, a una tasa de interés real de 0% y solidario, la postergación del pago de dividendos de créditos hipotecarios, la ampliación del programa de subsidio de arriendo, la ampliación y postergación del Crédito con Aval Estado (CAE) y la postergación de pago de contribuciones para la clase media. Así, el día 15 de julio recién pasado, el Gobierno ingresó al Congreso Nacional un proyecto de ley que establece un financiamiento con aporte fiscal para la protección de los ingresos de la clase media, que concreta parte de las referidas medidas (boletín N° 13.653-05).

Con ello, y sumado a los otros apoyos anteriores, indica que se busca poder entregar tranquilidad y protección a las familias en los difíciles momentos que enfrentamos como país.

Explica que el proyecto de ley que se presenta busca establecer un acceso más simplificado y expedito al Ingreso Familiar de Emergencia, introduciendo modificaciones a la ley N° 21.230, que concede el Ingreso Familiar de Emergencia.

La iniciativa consta de un artículo único que contiene cinco numerales, que modifican la ley N° 21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia, y dos artículos transitorios.

En cuanto a las modificaciones a la ley N° 21.230, que crea el Ingreso Familiar de Emergencia, su contenido es el siguiente:

1) Elimina los requisitos de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares para acceder a los beneficios, lo cual permitiría facilitar el ingreso del beneficio a familias que hoy podrían estar fuera. En particular se suprime el requisito, en las reglas generales, de pertenecer al 90% más vulnerable de la población, de conformidad al Registro Social de hogares, y se elimina el Indicador Socioeconómico de Emergencia.

2) Facilita los mecanismos de acreditación y reporte de los ingresos del hogar, permitiendo hacerlo mediante la información declarada por estos, simplificando de manera directa la postulación a este beneficio.

3) Simplifica el proceso de reclamación, eliminado la obligación del Ministerio de Desarrollo Social y Familia de contrastar la información declarada por los solicitantes con aquella contenida en el Registro de Información Social.

4) Se incorpora la facultad a la Subsecretaría de Servicios Sociales, de informar a los reclamantes la posibilidad de actualizar sus ingresos para efectos de acceder al beneficio.

5) Incorpora una norma transitoria que establece que las modificaciones incorporadas en virtud de la ley regirán para el pago del tercer aporte y siguientes del Ingreso Familiar de Emergencia. Sin embargo, para el caso del proceso de reclamación, éstas serán aplicables para el pago del segundo aporte. Además, para quienes hayan solicitado el tercer aporte con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley, ésta se basará en la información disponible en dicho Registro en los casos que no se actualicen los ingresos.

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DISCUSIÓN EN GENERAL

Al comenzar la discusión, en sesión de 23 de julio, el Ministro de Desarrollo Social y Familia, señor Cristián Monckeberg, efectuó una presentación, en formato power point, del siguiente tenor:

INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA

+simple +expedito

INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA PUBLICADO EL 24.06.2020.

Faltando un proceso de selección y transcurridos 16 días desde la publicación de la ley, se cumple con el compromiso de brindar protección a más de 2 millones de familias vulnerables, que vieron disminuidos sus ingresos producto de la crisis.

MEJORAS EN LA OPERATORIA DEL INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA

MEJORAS EN LA OPERATORIA IFE

Avances a la fecha

1. Mejoras a la plataforma IFE y RSH:

Navegación gratuita IFE, acceso con RUT, suspensión de visita domiciliaria.

2. Mayor difusión:

Aumento de capacitaciones a nivel nacional, regional y local, incluyendo agentes estratégicos que interactúan con la sociedad civil: 18.272 personas.

3. Esfuerzo de convocatoria a grupos más vulnerables:

Estrategia con INDAP para incentivar postulación mundo rural + incorporación de familias de campamentos al RSH vía convenio con MINVU y FUNFA.

4. Transferencia directa a municipios (sistema que administra el RSH), para mejorar la velocidad de atención a los hogares:

Vía SEREMI, MDSyF genera nueva transferencia de recursos a los municipios por $1.096 millones, adicionales a los $4.555 millones ya transferidos el 2020, a las 346 comunas del país. Se logran acuerdos con municipios en reducción de listas de espera.

5. Automatización de nuevos trámites RSH:

Se automatizan algunos requerimientos dentro del RSH que permitirán reducir su volumen en un 43%, disminuyendo los tiempos de espera de los hogares postulantes.

MODIFICACIONES AL INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA

MODIFICACIONES AL IFE

Diagnóstico y propuesta

Dada las consecuencias de la crisis sanitaria y económica, el IFE mejora su operación:

Un apoyo monetario más amplio, simple y expedito.

PROPUESTA

1) Facilitar y ampliar el ingreso de las familias al IFE, mediante la eliminación del requisito ISE y CSE del Registro Social de Hogares.

2) Facilitar los mecanismos para reportar los ingresos del hogar.

Resultado

En el caso de aprobarse las modificaciones, los requisitos para postular al beneficio serán los siguientes:

• Contar con Registro Social de Hogares.

• Cumplir con el umbral de ingreso establecido por ley ($100 mil).

• Acreditar ingresos mediante declaración simple.

Nuevo escenario para los hogares

• Todos aquellos que no recibieron el aporte 2 y siguientes, podrán acreditar los ingresos existentes en el hogar durante la emergencia a través de una declaración.

• Los nuevos solicitantes del aporte 3 y siguientes, podrán acreditar -al momento de solicitar el beneficio-, los ingresos existentes en el hogar durante la emergencia a través de una declaración.

El Subsecretario de Servicios Sociales, señor Villarreal, afirmó que el proyecto de ley concitó un amplio apoyo en la Cámara de Diputados y facilitará que un millón de personas que esperan el aporte 2 y otro grupo que está a la espera del aporte 3 se vean beneficiados con esta iniciativa legal para poder acceder al IFE.

El Honorable Senador señor García consultó si existe un desglose de lo que ocurre con el millón de familias que se encuentran a la espera de resolución, conforme a cuál ha sido el motivo que no les permite acceder y estimar cuántos podrían quedar fuera y por cuáles razones.

La Honorable Senadora señora Allende coincidió en la necesidad de saber lo que consulta el Senador señor García. Acotó que, como funciona el sistema hasta ahora, sólo en la apelación posterior a un rechazo se colocan los ingresos del hogar, y eso ahora se estaría corrigiendo.

Observó que se requiere mayor capacitación para poder resolver los problemas y que hay una realidad de falta de acceso digital, que se da en campamentos y otros lugares.

El Honorable Senador señor Montes planteó que no se hace distinción por ingreso, y que el último ingreso que se consideraba era aquel auto reportado y no el de marzo. Pidió que se explicara por qué no se hizo así desde el primer momento si está en la ley. Mencionó que en otros casos se está proponiendo legislar ahora sobre cosas que se suponían ya legisladas.

Solicitó que se informe qué ocurrió con las campañas de información y con el compromiso de que el Estado se acercase a las familias y no que fuese al revés.

Manifestó que deben saber cómo opera realmente la retroactividad respecto del aporte dos.

Preguntó si estarían dispuestos a aceptar que opere el silencio administrativo respecto de las apelaciones pendientes.

Consultó la razón de que se hable de 2,1 millones de hogares beneficiarios cuando se sabe, y ya existen informaciones en ese sentido, que 2,4 millones de hogares han recibido IFE.

Sostuvo que deben aclarar lo que ocurre con los aportes por hogar y por integrante, en que el umbral pareciera haber sido el problema para acceder al beneficio. Indicó que en IFE 1 el promedio recibido por hogar fue $187.000, y el promedio de IFE 2 fue $160.000, aunque falta el dato per cápita que es relevante.

El Honorable Senador señor Pizarro compartió que deben saber y entender por qué deben legislar en estas materias cuando se suponía que con la ley de IFE 2 se habían resuelto prácticamente todos estos problemas.

Consultó si las modificaciones que dicen relación con los municipios fueron conversadas y acordadas con los alcaldes, dado que se plantea que los problemas asociados han sido parte de lo que explica el atochamiento de hogares que no han recibido el IFE.

La Honorable Senadora señora Allende observó que en el primer IFE se dijo que para la Región de Valparaíso se llegaría a 200.000 hogares y se llegó a 120.000, por lo que preguntó si el dato expuesto de 220.000 hogares se refiere a la totalidad considerando IFE 2.

El Honorable Senador señor García comentó que esta semana muchas personas en La Araucanía están recibiendo el resultado de sus apelaciones en que se les dice que no aplican, pero sin explicar el motivo, por lo que tampoco se les puede responder si podrán acceder con los cambios que se proponen.

Expuso que se mantienen problemas de oficios como conductores de taxi, transportistas escolares, etc.

Planteó cifras que provocan dudas de estar atendiendo al 40% de la población más vulnerable de la Región.

El Honorable Senador señor Lagos hizo memoria de las anteriores discusiones sobre IFE, que efectivamente ha ido mejorando en el tiempo. Mencionó que faltó mejorar la situación de pensionados entre 65 y 70 años.

Acotó que, como oficina parlamentaria, han ayudado a 345 personas a postular en la Región de Valparaíso, con profesionales que entienden de la materia, pero en lugares como Viña del Mar más de la mitad de las solicitudes se encuentran pendientes de respuesta, en algunos casos incluso desde IFE 1.

El Subsecretario de Servicios Sociales, señor Villarreal, informó que efectivamente la actualización de ingresos se encontraba en el formulario de apelación, y ahora se hacen modificaciones para que ese reporte de ingresos no se haga sólo con la apelación.

Señaló que perduran problemas respecto del RSH y por eso se propone una automatización que simplificará y resolverá dificultades.

Agregó que en el mes de junio se han debido resolver 1.100.000 solicitudes, lo que representa un salto exponencial (antes en promedio eran 100.000 por mes), lo mismo ocurre con el cambio a atención digital desde la atención presencial mayoritaria precedente.

Expresó que en el último período mayo-junio-julio se han presentado 343.000 solicitudes de hogares nuevos para el Registro, de las que se han tramitado 181.000. Informó que esta semana se emitió una quinta circular sobre automatización, para tratar de resolver el atochamiento existente.

Hizo presente que, respecto de las apelaciones relativas al aporte 2, se mantienen a la espera de los cambios que introduce el proyecto de ley, pensando en que puedan acceder a ese pago.

Apuntó que en relación al aporte 1 se recibieron 360.000 apelaciones, de las que, a 12 días de finalizar el proceso, existen 187.246 notificaciones de resolución, que contienen aceptaciones y otras que, si bien no se acogieron, están recibiendo IFE 2, por lo que quedarían 150.000 apelaciones aún por responder. Las cartas de no aplicar se referirían a IFE 1 y aporte 1, y se envía un correo electrónico explicando la razón, que puede ser no encontrarse en los umbrales de 90% y 40% o tener ingresos superiores.

La Subsecretaria de Evaluación Social, señora Alejandra Candia, ahondó en la distribución de los 2,1 millones de hogares que han recibido el IFE, explicando que el 93% pertenece al 40% de mayor vulnerabilidad durante la emergencia, y de ellos, 230.000 hogares dentro del referido 40% superan ese rango en caracterización de mediano plazo. Entonces 9 de cada 10 hogares están en una situación compleja durante la emergencia, y destacó que 10% del total se encuentra sobre el referido 40%.

Acerca de los hogares que no estarían recibiendo el beneficio, señaló que conforme al RIS (Registro de Información Social), más del 90% de las personas que no lo estarían recibiendo registran ingresos que están por sobre el umbral que dispone la ley, lo que no significa que el umbral sea alto, implica que los ingresos están cayendo de manera acelerada y no se ha logrado dar cuenta de ello en el sistema, y cuando falta auto reporte, es el dato registrado el que alimenta al sistema y el resultado. Esos hogares debieran actualizar sus ingresos mediante auto reporte.

Acotó que el pago del aporte 2 no está finalizado, porque el proceso de solicitud tuvo un corte el 9 de julio y todavía queda un número por pagar. En el proceso de apelación del pago del aporte 2 podrán presentar un formulario reportando su situación y con eso se resolverá el problema.

Señaló que ha implicado un gran esfuerzo y se ha logrado automatizar buena parte del sistema, soslayando el rezago de los registros administrativos y dejando sólo declaraciones de los propios hogares, y con el presente proyecto de ley se avanza un paso más en esa dirección.

El Subsecretario de Servicios Sociales, señor Villarreal, manifestó que se comprometieron a un plan de acceso simplificado que contemplaba 10 medidas, y dio cuenta de dicho plan, que incluye procedimientos para contactar adultos mayores, hogares sin acceso a internet, comunas rurales, etc. Agregó que, si bien se ha automatizado el proceso en su mayor parte, y los municipios han hecho esfuerzos para llegar a aquellos que no acceden digitalmente, existen todavía situaciones que no han logrado solucionarse y esperan que ahora sí se pueda.

Añadió que esta semana se agregó una automatización adicional para la creación de registros nuevos dentro del RSH.

Estimó que se ha dado cumplimiento a todos los compromisos asumidos con ocasión del IFE 2.

El Honorable Senador señor Montes planteó que el Gobierno debe hacerse cargo de lo que ocurrió con la ley anterior, de por qué existen problemas que no se pudieron solucionar, y qué es lo nuevo que se propone.

El señor Ministro de Hacienda señaló que en el acuerdo que alcanzaron se mantuvieron los requisitos de 90% y 80% en relación al RSH, y por eso lo que se plantea ahora es eliminar esos requisitos y sólo se mantiene el estar incorporado en el RSH.

El Honorable Senador señor Coloma propuso que continúen con máxima urgencia la tramitación de este proyecto de ley. Preguntó cómo se aplicarán de ahora en adelante las medidas para focalizar, si ahora sólo existirá auto reporte, y qué se hará para determinar si existen engaños o fraudes, dado que en la informalidad es más complejo lograrlo.

El Honorable Senador señor García pidió que despachen cuanto antes esta iniciativa.

El Honorable Senador señor Lagos concordó en que deben tramitarla con urgencia, pero sin perder de vista la frustración que provoca que sean temas que habían analizado y creído resolver.

El Honorable Senador señor Montes consideró que se trata de materias que ya estaban en la ley anterior, por lo que deben recibir mejores explicaciones. Si se quiere reforzar mecanismos, que se haga de inmediato, pero recordando que al Gobierno se le propuso dejar los elementos que ahora se proponen en la anterior ley y se dijo que no era necesario y bastaba con lo administrativo.

En sesión de 24 de julio, la Comisión escuchó a los economistas señora Heidi Berner y señor Luis Díaz, quienes efectuaron una presentación del siguiente tenor:

COMENTARIOS PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 21.230 PARA FACILITAR Y AMPLIAR EL ACCESO AL INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA

Protección Social de Ingresos en Condiciones de Emergencia

• Necesidad de contar con medidas inmediatas y expeditas que permitan paliar las consecuencias económicas que sufren los hogares para que puedan subsistir y acatar las medidas sanitarias.

• La desprotección social y económica se ha agudizado, por lo que se requiere acción estatal que permita el cumplimiento de las medidas sanitarias y el proceso de reactivación económica post fase aguda de la pandemia.

• El ingreso familiar de emergencia y el uso del seguro de cesantía no han sido del todo efectivos, además no han existido reales soluciones para los trabajadores independientes.

• Lo anterior, es ratificado en el presente proyecto de ley que busca facilitar y ampliar por segunda vez el acceso al IFE, aunque solo incorpora modificaciones menores.

Grupos de beneficiarios del IFE

Grupo 1: Hogares con integrantes sin ingresos o con ingresos informales.

Requisitos:

i) que pertenezcan al 90 por ciento más vulnerable según la Calificación Socioeconómica (CSE) del Registro social de Hogares (RSH);

ii) que pertenezcan al 80 por ciento más vulnerable de acuerdo al Indicador Socioeconómico de Emergencia (ISE).

Grupo 2: Hogares con ingresos formales o mixtos

(i) que la suma de ingresos formales sea inferior al subsidio que le correspondería según tamaño del hogar ($400 mil para un hogar de 4 integrantes);

(ii) que pertenezcan al 90 por ciento más vulnerable según la CSE del RSH;

(iii) que pertenezcan al 80 por ciento más vulnerable según el ISE.

Grupos de beneficiarios del IFE

Grupo 3: Hogares con uno o más integrantes beneficiarios de PBS vejez de 70 años o más, o de PBS de Invalidez.

Requisitos:

i) que pertenezcan al 80 por ciento más vulnerable de la población nacional según CSE del RSH.

Modificaciones al Ingreso Familiar de Emergencia que buscan facilitar y ampliar

Modificaciones a los requisitos para acceder al IFE:

• Se elimina requisito de pertenecer al 90% de la Calificación Socioeconómica (CSE) del Registro Social de Hogares (RSH) para los grupos 1 y 2 y de pertenecer al 80% más vulnerable para el grupo 3.

• Se elimina el requisito de encontrarse en el 80% del Indicador Socioeconómico de Emergencia (ISE) para los grupos 1 y 2.

• Se reemplazan por el requisito de pertenecer al RSH;

• Se mantienen como requisito que todos los integrantes del hogar tengan ingresos informales para acceder a un beneficio de $100 mil por integrante del hogar (hasta un hogar de 4 personas).

• Se mantiene como requisito para los hogares con ingresos formales (incluido PBS, protección al empleo, u otro tipo de pensión) que sus ingresos deben ser inferiores a 100 mil por integrante del hogar hasta un hogar de 4 personas.

Modificaciones Ingreso Familiar de Emergencia

Modificación en el mecanismo de verificación de los ingresos formales:

• Respecto de los hogares con algún ingreso formal o como independiente, se señala que se verificará la existencia del mismo a partir de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar (esto para los hogares que forman parte de las nóminas automáticas, que son la gran mayoría [beneficiarios de SUF, Seguridades y Oportunidades (SSyOO) Subsidio de Discapacidad Mental, PBS de Invalidez y Vejez, y solicitantes de pagos anteriores]).

• Se agrega que la verificación del cumplimiento de requisitos será establecida mediante resolución exenta dictada por la Subsecretaría de Evaluación Social, visada por la Dirección de Presupuestos.

• Estas modificaciones significan que no se conocerá cuál será la información que permitirá establecer el cumplimiento de los requisitos a considerar respecto del monto de ingresos formales, la fuente de dichos ingresos formales, el mes en que estos fueron percibidos, entre otros aspectos relevantes.

Modificación en el mecanismo de verificación de los ingresos formales:

• Para los hogares que no forman parte de las nóminas automáticas y que por tanto deben solicitar el beneficio, se indica que se considerará la información declarada por éstos ¿Declarada dónde? ¿En el RSH?, ¿Al momento de postular al IFE? Cabe indicar que, hasta ahora, en la plataforma del IFE sólo se pueden reportar ingresos al momento de la apelación y no de la postulación.

Aplicación de las modificaciones propuestas:

• Las modificaciones establecidas por la presente ley, serán aplicables para el pago del tercer aporte y siguientes del Ingreso Familiar de Emergencia.

• Sólo se aplicarán para el segundo pago en el caso de que el hogar haya reclamado previamente y exista disconformidad entre la información declarada y aquella contenida en el Registro de Información Social.

• De acuerdo a información del RSH a mayo, existían en el RSH más de 5,5 millones de hogares, de los cuales 5.305.990 (95,6%) estaba en el 90% de menores ingresos de acuerdo a la calificación socioeconómica del RSH, y 4.811.410 (86,7%) en el 80% del indicador socioeconómica de emergencia. Sin embargo, el segundo pago del IFE a la fecha ha beneficiado a un poco más de 2,2 millones de hogares.

• Lo anterior, reafirma que las verdaderas restricciones para acceder al IFE son el cumplimiento del requisito de ingreso per cápita inferior a $100 mil; y el requisito de postulación al beneficio (solicitud).

Conclusiones

• Las modificaciones propuestas no permiten cumplir con el objetivo de lograr una mayor cobertura de beneficiarios y protección de ingresos de los hogares afectados por la crisis sanitaria.

• La principal restricción para el acceso al beneficio para los hogares con algún integrante con ingresos formales, es que el ingreso per cápita del hogar sea inferior a $100 000.

• El 90% de los hogares del RSH tiene algún integrante con ingreso formal, por tanto este es el verdadero requisito a cumplir.

• Persisten discriminaciones que no se justifican entre hogares con similar nivel de vulnerabilidad.

- Beneficiarios de PBS de Vejez entre 65 y 69 años, en donde parte de ellos provienen además de ser beneficiarios de PBS de invalidez, a los que no se les considera en el grupo 3 de manera similar de quienes acceden a una PBS de vejez de 70 años o más o a beneficiarios de Pensión de Invalidez.

- Beneficiarios de otro tipo de pensiones de vejez o sobrevivencia de montos similares a la PBS.

• Las modificaciones propuestas para facilitar la entrega del beneficio si bien van en la línea correcta, dada las dificultades de implementación que ha tenido el IFE, continúan siendo insuficientes.

• Desde los inicios de la discusión del IFE se planteó y advirtió de las complejidades de implementación que tenía el diseño propuesto por el Ejecutivo.

- Respecto a disponer de información actualizada en un contexto de cambios acelerado de las condiciones socioeconómicas de los hogares.

- Capacidad que se pudiera tener para hacer frente a un volumen elevado de solicitudes de trámites ante el RSH (nuevas incorporaciones de hogares, actualizaciones de ingresos, etc.).

- Capacidad para dar respuesta a las apelaciones.

- Las modificaciones que se presentan en materia de facilitar el acceso al beneficio son indicativas de un reconocimiento de las complejidades antes señaladas, que no fueron consideradas en su oportunidad.

• Sería muy necesario conocer también la magnitud de hogares que cumpliendo los requisitos para acceder al IFE, no han postulado.

Recomendaciones para ampliar cobertura del IFE

• Elevar el umbral para acceder al beneficio hasta llegar a la línea de la pobreza ($449.301 para un hogar de 4 personas) y que el monto del beneficio sea similar a dicha línea según el tamaño del hogar, para los hogares con ingresos informales o que cubra la diferencia para llegar a dicho umbral para hogares con algún integrante con ingresos formales.

• Incorporar como beneficiarios del grupo 3 (aquellos hogares que tienen uno o más integrantes de 70 años o más con PBS de vejez, o uno o más integrantes con PBS de invalidez), a aquellos hogares que:

- Tienen uno o más integrantes con PBS de vejez entre 65 y 69 años.

- Tienen uno o más integrantes con otro tipo de pensiones de vejez o sobrevivencia igual o inferior al valor de la PBS de vejez.

Recomendaciones para facilitar el acceso al IFE

• No se entiende la modificación que indica que para los hogares que forman parte de las nóminas automáticas (que son la gran mayoría), se les considere la última información disponible en el RIS además de la información autodeclarada (incisos 1 y 2 de art 7º y que sólo para los nuevos solicitantes del beneficio se les considere s la información autodeclarada (inciso 3 del art 7º).

• Respecto de este punto, se propone se considere la información del RIS sólo en lo correspondiente a pensiones de cualquier tipo, por ser un ingreso estable.

• En el caso de los ingresos del trabajo, se considere la información autodeclarada debido a lo cambiante que resulta esta información en el contexto actual y el desfase o rezago con el que se dispone de estos datos desde fuentes administrativas. Ello afecta no solo el acceso al IFE, sino también el monto del beneficio.

• Se reitera la propuesta de que se entregue de manera automática el beneficio, a todos los hogares que cumplen con los requisitos (sin necesidad de solicitarlo) por tanto el Estado debe (y puede) aplicar un procedimiento que permita identificar a los hogares que cumplen con los requisitos para acceder al IFE. Este parece ser una limitante importante para elevar la cobertura del beneficio, no obstante que no ha sido posible acceder a estos datos.

• Se valora la indicación incorporada en la Cámara de Diputados respecto de establecer un plazo para responder a las apelaciones (15 días hábiles) y que cumplido el plazo, en caso de no respuesta se da por acogida la apelación, sin embargo, es necesario agilizar la tramitación de solicitudes en el RSH.

• Se propone también que las modificaciones incluidas en este proyecto de ley apliquen al menos desde el segundo pago, y no desde el tercero como se indica en el proyecto. Ello porque no resulta de justicia que los costos de las dificultades de implementación del IFE recaigan sobre las familias que requieren de este apoyo del Estado.

El señor Luis Díaz reafirmó que si bien en el proyecto se facilita el acceso no hay elementos que amplíen significativamente el universo de beneficiarios. Propuso que se incorpore automáticamente al grupo de personas con PBS de vejez entre 65 y 70 años. Acotó que se agregó a beneficiarios de pensión de invalidez, pero esas personas cuando llegan a 65 años pasan a recibir PBS de vejez y son discriminados hasta los 70 años sin recibir el beneficio.

Añadió que se mantiene discriminación hacia otro tipo de pensiones, por ejemplo, las pensiones de sobrevivencia pueden ser del mismo monto que la PBS de vejez.

Manifestó que el monto sigue siendo el principal factor para no acceder. Estimó que levantar el requisito de pertenecer al 80% más vulnerable facilita la administración, pero no agrega prácticamente a nadie al universo de beneficiarios.

Concluyó que el proyecto de ley es un reconocimiento a los problemas de implementación del IFE, por lo que no deben traspasarse los costos de ello a las familias y debería permitirse acceder retroactivamente, sin limitaciones, al segundo pago.

El Honorable Senador señor Pizarro consultó cuántas personas y hogares más ingresarían si se sube el per cápita de $100.000 a $112.000. Señaló que también sería importante conocer cuántas personas están generando ingresos de tal monto que los excluyen del mecanismo.

Asimismo, preguntó cuántas personas reciben PBS de vejez entre 65 y 70 años.

La señora Berner expuso que las pensiones de por sí son ingresos formales que se siguen recibiendo, también pueden estar personas con protección al empleo en que el monto ha ido bajando y pueden estar bajo la línea de pobreza.

La señora Clarisa Hardy, Presidenta del Instituto Igualdad, efectuó una presentación del siguiente tenor:

COMENTARIOS AL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 21.230 PARA FACILITAR EL MAYOR ACCESO AL INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA

LA REALIDAD

• Abordar la emergencia sanitaria implica no sólo medidas en el ámbito propiamente sanitario sino crear las condiciones para que las drásticas medidas a adoptar puedan ser respetadas.

• Hay dos alternativas que han mostrado los países: privilegiar el foco en la salud y la vida de las personas o priorizar el funcionamiento de la economía. Siendo un falso dilema (la salud de la economía depende de la salud de las personas) el foco de las estrategias determina los resultados.

• La dilación de medidas drásticas sanitarias y de la protección de los ingresos, así como la forma en que se abordó la protección de los ingresos, determina los resultados: estar entre los países con mayor contagio del mundo y de fallecimientos por millón de habitantes, prolongación de medidas de confinamiento a niveles altos e incumplibles y desprotección de los ingresos de un vasto sector de la población.

ESTRUCTURA SOCIAL CHILENA

EVALUACIÓN IFE

I. ERRORES DE CONCEPCION Y DISEÑO EN LA LEGISLACIÓN

SON LAS QUE TIENEN EL MAYOR PESO EN EL MAL DESEMPEÑO DEL IFE POR LO QUE ESTE PROYECTO APUNTA EN LOS MÁRGENES DEL PROBLEMA

II. PROBLEMAS DE GESTION E IMPLEMENTACION: INCUMPLIMIENTO DE LA LEY

ALGUNOS DE LOS CUALES ESTE PROYECTO RESUELVE EN LA LINEA CORRECTA PERO DE MANERA INCOMPLETA

ERRORES DE CONCEPCION Y DISEÑO EN LA LEGISLACIÓN

• COBERTURA DISCRIMINATORIA IFE 1.0 (corregido en IFE 2.0 al tratar a todos los hogares por igual)

• COBERTURA EXCLUYENTE IFE 1.0 (corregido en texto IFE 2.0 al permitir beneficiar a todos los hogares con independencia de la fuente de ingresos, pero no en la implementación)

• COBERTURA HIPERFOCALIZADA EN AMBOS (no en el texto -60% IFE 1.0 y 80% IFE 2.0- pero sí en la implementación que se concentra en el 40% más vulnerable)

• MONTO IFE MUY INJUSTO IFE 1.0 (bajo la línea extrema pobreza y montos decrecientes en el tiempo)

• MONTO INJUSTO IFE 2.0 (mejora el monto IFE 1.0 y es parejo en el tiempo, pero está bajo la línea de pobreza)

PROBLEMAS QUE DERIVAN DE ERRORES DE CONCEPCIÓN Y DISEÑO

• INCUMPLIMIENTO MEDIDAS SANITARIAS CON EFECTO EN EXPANSIÓN CONTAGIOS Y RIESGOS DE MUERTE dada la reducida cobertura IFE

• NO RESUELVE NECESIDADES BÁSICAS (aumento sostenido de ollas comunes en el país y/o endeudamiento)

• MALAS DECISIONES COMPLEMENTARIAS (reparto cajas alimentos en vez de aportes directos a los hogares con costos logísticos y de distribución que elevan 25% el valor de los alimentos distribuidos y con prescindencia del comercio local eventuales nuevos demandantes de IFE, sin dejar de mencionar uso político abusivo de la iniciativa)

• HIPERFOCALIZACION Y EXCLUSION DEL IFE LLEVA A NUEVAS Y CADA VEZ MÁS SEGREGADAS MEDIDAS (nuevo proyecto apoyo clases medias, retiro 10% AFP, etc.)

• INCUPLIMIENTO DE METAS Y DE COBERTURA AL NO MODIFICAR EL MONTO DEL APORTE QUE ES EL PRINCIPAL OBSTACULO DE ACCESO AL IFE

PROBLEMAS DE GESTION E IMPLEMENTACION: INCUMPLIMIENTO DE LA LEY

• SELECCIÓN ARBITRARIA Y POCO TRANSPARENTE (se corrige con este proyecto al eliminar el ISE pero de manera injusta porque se deja afuera a las familias con el primer aporte)

• IMPLEMENTACIÓN INEFICAZ Y RIESGOSA (se corrige parcialmente en este proyecto con auto reporte ingresos en la postulación pero no en los rezagos porque no se establecen mecanismos ni plazos de búsqueda de familias que ya han postulado y han sido rechazadas)

• APELACIONES NO RESUELTAS (a la fecha 1.500.000 apelaciones sin resolver de las cuales más de 500.000 son del primer aporte, nada se dice en el proyecto sobre plazos y eventual aplicación del silencio administrativo)

CONCLUSIONES

• SE CONTINÚA CON INICIATIVAS LEGISLATIVAS POR GOTEO Y QUE POR TARDÍAS NO RESUELVEN Y ACUMULAN PROBLEMAS EN LA POBLACIÓN

• SE AGRAVAN LAS DISCRIMINACINES EN LA SOCIEDAD CON SOLUCIONES QUE SEGREGAN A LA POBLACION POR SUS CONDICIONES ECONÓMICAS DE ORIGEN (políticas y respuestas para pobres, distintas a sectores medios y sobre todo para los estratos de altos ingresos: la ley del embudo)

• ESTE ES UN PROYECTO DE LEY POCO SUSTANTIVO QUE CORRIGE EN LA DIRECCIÓN CORRECTA ALGUNOS PROBLEMAS DE IMPLEMENTACION QUE HAN LLEVADO AL INCUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACION VIGENTE

• PUESTO QUE LOS PROBLEMAS DE FONDO SON DE CONCEPCION Y DISEÑO LA PROBLEMÁTICA DETECTADA CON LA IMPLEMENTACIÓN DEL IFE CONTINUARÁ CON EFECTOS DRAMÁTICOS EN LAS CONDICIONES DE VIDA Y RIESGOS DE SALUD DE LAS FAMILIAS (la pandemia tendrá rebrotes hasta que haya vacuna). POR INCUMPLIMIENTOS DEL ACUERDO EN MATERIA DE COBERTURA LA OPOSICION AHORA DEBE RETOMAR LA IDEA QUE SIEMPRE DEFENDIMOS: NINGUNA FAMILIA BAJO LA LINEA DE POBREZA POR CUIDAR SU SALUD Y LA VIDA DE TODOS.

PROPUESTA DE INDICACIONES

• NO QUEDA EXPLÍCITA NI EN EL IFE 2.0 NI EN ESTE PROYECTO DE LEY UNA AFIRMACIÓN TAXATIVA QUE QUIEN CUMPLE CON LOS REQUISITOS TIENE GARANTIZADO EL DERECHO AL IFE.

• ELLO IMPLICARIA LA APLICACIÓN DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO SI CUMPLIDO UN PLAZO A ESTIPULARSE LOS RECLAMOS Y APELACIONES NO SON RESPONDIDAS.

• ES INJUSTO Y DISCRIMINATORIO QUE QUEDEN EXCLUIDOS LOS HOGARES QUE APELARON EN EL PRIMER APORTE Y TAMBIEN DEBEN ESTAR CONTEMPLADOS EN ESTE PROYECTO: POR TANTO, RETROACTIVIDAD.

LECCIONES PARA LA PROTECCION SOCIAL

• UNIVERSALIZAR EL REGISTRO SOCIAL DE HOGARES: PARA TIEMPOS NORMALES

• CREAR UN MECANISMO PERMANENTE DE BENEFICIOS EN TIEMPOS DE EMERGENCIA DE TODO TIPO

• RENTA BÁSICA UNIVERSAL: PROTECCION DE INGRESOS DE LAS FAMILIAS COMO DERECHO DE CIUDADANIA Y NO LABORAL (protección ingresos del trabajo debe tener otros mecanismos)

• EL ESTADO DEBE PROTEGER ACTIVAMENTE Y ACERCARSE AL CIUDADANO Y NO ESTE QUIEN DEBE DEMOSTRAR SU CONDICION (confianza en la ciudadanía)

• APLICACIÓN DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO EN TODAS LAS INICIATIVAS DE PROTECCION SOCIAL AL INCUMPLIRSE PLAZOS QUE SIEMPRE DEBEN ESTAR FIJADOS

El Honorable Senador señor Lagos manifestó suscribir buena parte de los planteamientos efectuados por los expositores, y que se hacía necesario conocer la opinión del Ejecutivo al respecto.

El Honorable Senador señor Coloma hizo una reflexión contrapuesta, en el sentido de que los recursos se han dirigido principalmente a quienes han dejado de recibir ingresos.

Observó que debido a la pandemia se ha efectuado una reingeniería del sistema, lo que se traduce obviamente en cambios que se deben ir haciendo durante el desarrollo de la crisis.

El Honorable Senador señor Montes reiteró que pareciera no haberse cumplido la ley, el auto reporte debía mandar y ahora ha aparecido el RIS en el tapete, lo que nunca fue expuesto en la anterior discusión.

Señaló que la protección social demuestra ser un tema más amplio y completo que la pura individualidad y la verificación de si cae el ingreso -o desaparece- en los grupos más vulnerables.

Sostuvo que están clarísimos los problemas de la implementación, por lo que resulta mucho mejor reconocerlos para superarlos y no estar tratando de justificarlos.

La Subsecretaria de Evaluación Social, señora Candia, indicó que en el IFE se ha recorrido un camino en conjunto y se han ido introduciendo mejoras.

Comentó que se ha avanzado desde la ficha de protección social a un registro social de hogares que se hizo siendo Subsecretaria la misma expositora señora Berner, y ello implica que siempre la palabra o reporte de la persona predomina sobre el registro administrativo, y eso ha sido así también sobre el RIS.

Sin embargo, afirmó, los registros administrativos tienen rezagos naturales y si no existe un auto reporte no se puede obviar el dato registrado. Ese hecho no depende de la voluntad de la autoridad y es lo que se busca cambiar ahora.

Agregó que más que un problema de umbral de ingresos -que tiene por objetivo ayudar a los hogares cuyos ingresos más han caído- es necesario que predomine el auto reporte efectivamente, además para poder considerar las caídas efectivas de ingresos que pueden haber seguido aumentando en estos meses.

Precisó que el auto reporte se permite desde el segundo pago.

El Honorable Senador señor Lagos pidió que la discusión se centre en puntos planteados en las exposiciones, tales como la línea de la pobreza y qué ocurriría si se sube el umbral de ese modo.

De igual forma, manifestó, deben abordarse aspectos como la incorporación de las personas con PBS de vejez entre 65 y 69 años, y que se aplique el auto reporte para todo.

El Honorable Senador señor Montes valoró el trabajo de los subsecretarios. No obstante, reiteró que deben saber por qué no ha predominado efectivamente el auto reporte. Resaltó que el Ministro Monckeberg debe explicar esa situación, porque la Comisión, en la discusión sobre el actual IFE, planteó agregar un formulario que desde el inicio incluyera el auto reporte y eliminara los problemas.

La Subsecretaria de Evaluación Social, señora Candia, aclaró que la automaticidad del pago puede hacerse respecto de quiénes tuviesen un contacto reciente con el Estado y sus registros, porque el 43% de ellos no tenían ningún dato actualizado desde el año 2015 y podían ser perjudicados. Por eso se incorporó a todos los que ya lo habían solicitado o hubiesen entregado información actualizada.

El Subsecretario de Servicios Sociales, señor Villarreal, relevó que existen plazos que están corriendo y que se concretan el 28 de julio y el 8 de agosto, y existen personas que tienen pendientes el pago del aporte 2 y esperan el pago del aporte 3.

El Honorable Senador señor Montes señaló que cuesta mucho votar favorablemente con la falta de antecedentes del Ejecutivo y sin saber a qué accederá para hacer mejoras.

Sometido a votación en general, el proyecto de ley fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Coloma, García, Lagos, Montes y Pizarro.

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DISCUSIÓN EN PARTICULAR

En sesión de 27 de julio, el Honorable Senador señor Lagos planteó que sin respuesta del Ejecutivo acerca de las indicaciones propuestas por algunos senadores de la Comisión, este debate se repondrá y ampliará en la Sala del Senado.

El Honorable Senador señor Montes señaló que las indicaciones deben votarse una vez se cuente con la opinión de los ministros de Hacienda y Desarrollo Social y Familia al respecto.

El señor Ministro de Desarrollo Social y Familia manifestó que en el proceso de los primeros solicitantes no se aplicaron los cambios introducidos en la ley vigente. Por ello, ahora lo que se busca es extenderlo a esas situaciones.

Agregó que para los hogares que ya están dentro del pago automático se propone una enmienda, para que esos hogares sean contactados y pueden reportar su baja de ingresos y recibir el beneficio conforme a esa situación.

Observó que más allá de que el auto reporte predomine absolutamente, se mantiene la posibilidad de que los registros administrativos puedan dar información a efecto de hacer visible que no existe la afirmada disminución de ingresos.

Añadió que nuevamente podrán salir a buscar a los posibles beneficiarios, ahora sin las dudas acerca de cómo deben operar esos hogares para acceder al beneficio con su mera declaración.

El Honorable Senador señor Montes pidió que si el resultado de la reclamación es denegar el beneficio obligatoriamente se deba dar la razón de la denegación.

Artículo único

Introduce mediante cinco numerales las siguientes modificaciones en la ley N° 21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia:

“1. En el artículo 1°:

a) Reemplázase su inciso primero por el siguiente:

“Artículo 1.- Concédese un Ingreso Familiar de Emergencia compuesto por un máximo de cuatro aportes extraordinarios de cargo fiscal, en las condiciones que establece la presente ley, para los hogares que cumplan los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace; y (ii) que sus integrantes mayores de edad no perciban alguno de los ingresos señalados en el artículo 4, lo que se verificará a partir de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y segundo del artículo 7°. En el caso de los solicitantes considerados en el inciso tercero del artículo 7°, se utilizará solo la información declarada por estos.”.

b) Agrégase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando los actuales incisos segundo y tercero a ser tercero y cuarto, respectivamente:

“Todos los hogares que cumplan con los requisitos que esta ley establece tendrán derecho a recibir el Ingreso Familiar de Emergencia. El Ministerio de Desarrollo Social y Familia deberá promover que todos los hogares que cumplan con las condiciones legales accedan al beneficio de la forma más expedita posible, haciendo uso de las facultades y atribuciones que esta ley les otorga para facilitar la concesión de la prestación a todos los hogares potencialmente beneficiarios. Las solicitudes sólo podrán ser rechazadas por motivos fundados y que digan relación únicamente con el incumplimiento de los requisitos legales”.

2. Sustitúyese el artículo 2 por el siguiente:

“Artículo 2.- Mediante resolución exenta dictada por la Subsecretaría de Evaluación Social, visada por la Dirección de Presupuestos, se establecerá la forma de verificación de los requisitos establecidos en esta ley.”

3. En el inciso primero del artículo 4:

a) Reemplázase su numeral (i) por el siguiente:

“(i) que la suma de dichos ingresos sea inferior al segundo aporte que le correspondería conforme al artículo 3, lo que se verificará a partir de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y segundo del artículo 7°. En el caso de los solicitantes considerados en el inciso tercero del artículo 7°, se utilizará solo la información declarada por estos; y”.

b) Reemplázase el numeral (ii) por el siguiente:

“(ii) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace.”.

c) Suprímese la siguiente frase:

“(iii) que pertenezcan al 80 por ciento más vulnerable de la población nacional, de acuerdo al Indicador Socioeconómico de Emergencia a que se refiere el artículo 2.”.

d) Incorpórase la siguiente oración final, nueva:

“Este derecho también será aplicable a aquellos hogares en los cuales existan miembros mayores de edad que sean trabajadores de casa particular y cumplan con los requisitos copulativos señalados anteriormente.”.

4. Sustitúyese el numeral (i) del artículo 5 por el siguiente:

“(i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace, y”.

5. En el artículo 10:

a) Modifícase su inciso segundo de la siguiente manera:

i. Sustitúyese la expresión “numeral tercero” por “numeral segundo”.

ii. Elimínase su última oración cuyo tenor es el siguiente: “No obstante lo anterior, no se acogerá la reclamación en el caso de que exista disconformidad entre la información declarada y aquella contenida en el Registro de Información Social creado por el artículo 6 de la ley Nº 19.949.”.

b) Agréganse al final los siguientes incisos, nuevos:

“Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales, podrá tomar contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y que no lo hubiesen percibido por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiarios de dicho aporte, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos. Lo anterior para efectos de poder acceder al beneficio y a los aportes que procedan en virtud de dicha actualización.

La Subsecretaría de Servicios Sociales deberá resolver las reclamaciones de las que conozca, en un plazo máximo de quince días hábiles. Si transcurrido este plazo la Subsecretaría no se hubiere pronunciado respecto de la reclamación, la solicitud del interesado se entenderá aceptada y el hogar respectivo será incorporado en las nóminas a que alude el artículo 7º.”.

- En estos numerales recayeron las siguientes indicaciones:

Número 1

1.- De Su Excelencia el Presidente de la República, para sustituir el romanillo (ii) del inciso primero del artículo 1, contenido en la letra a) del numeral 1), por el siguiente:

“(ii) que sus integrantes mayores de edad no perciban alguno de los ingresos señalados en el artículo 4, lo que se verificará a partir de la información declarada por el solicitante, para los casos indicados en los incisos segundo y cuarto del artículo 7, o de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y tercero del artículo 7.”.

El Subsecretario de Servicios Sociales, señor Villarreal, afirmó que se trata de una indicación comprometida en el primer trámite constitucional para que prime la autodeclaración y no existan problemas con las PBS y pensiones de invalidez.

La Subsecretaria de Evaluación Social, señora Candia, destacó que se trata de que la verificación mediante auto reporte funcione tanto para nuevos solicitantes como para aquellos que ya lo han hecho, y la revisión de registros sólo opera para personas que cuenten con otros beneficios. Explicó que corresponde a un énfasis sobre algo que ya se encuentra en el proyecto de ley, remitiendo a los incisos segundo y cuarto del artículo 7.

El Honorable Senador señor Pizarro consultó si con esto aumenta el número de beneficiarios.

La señora Subsecretaria señaló que se contemplará el reporte de las personas para establecer el flujo de las mismas como beneficiarias.

El Honorable Senador señor Montes planteó que existe un importante número de casos que recibieron el beneficio, pero por montos inferiores a los que correspondían de acuerdo a sus ingresos reales. Preguntó si ellos también se ven beneficiados por esta norma.

El Subsecretario de Servicios Sociales, señor Villarreal, respondió que efectivamente esta disposición los beneficia y, además, esa situación se aborda específicamente conforme al artículo 10, respecto del aporte 2 y la solicitud del aporte 3.

Número 3

2.- De Su Excelencia el Presidente de la República, para reemplazar la letra a) del numeral 3) por la siguiente:

“a) Reemplázase su numeral (i) por el siguiente:

“(i) que la suma de dichos ingresos sea inferior al segundo aporte que le correspondería conforme al artículo 3, lo que se verificará a partir de la información declarada por el solicitante, para los casos indicados en los incisos segundo y cuarto del artículo 7. Para los casos indicados en los incisos primero y tercero del artículo 7, se considerará la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante; y”.”.

3.- Del Honorable Senador señor Pizarro, para agregar un nuevo numeral al artículo único, que incorpore en el inciso primero del artículo 4 de la ley N° 21.230, una nueva oración final, que señala:

“Este derecho también será aplicable a aquellos hogares en los cuales existan miembros mayores de edad que sean trabajadores de casa particular y cumplan con los requisitos copulativos señalados anteriormente.”.

4.- Del Honorable Senador señor Montes, para reemplazar, la letra d) del numeral 3 del artículo único por la siguiente:

d) Incorpóranse las siguientes oraciones finales, nuevas:

“Tendrán, asimismo este derecho, los hogares que sin cumplir el requisito señalado en el literal i) precedente, hayan registrado una caída en sus ingresos de al menos un 30%. En este caso, recibirán un aporte equivalente a la disminución que hayan experimentado, con un límite de lo que reste para completar $ 400.000 de ingresos, si el grupo estuviera integrado por cuatro personas o menos y de hasta $ 200.000 adicionales a lo dispuesto según la tabla del artículo 3, si tuviera 5 miembros o más.

Este derecho también será aplicable a aquellos hogares en los cuales existan miembros mayores de edad que sean trabajadores de casa particular y cumplan con los requisitos copulativos señalados anteriormente.”.

Respecto de la indicación número 2 se produjo la siguiente discusión:

El Honorable Senador señor García consultó qué cambios representan en este punto el proyecto de ley y la citada indicación.

El Honorable Senador señor Montes manifestó que las disposiciones ponen a firme lo que se suponía que ya hacía la ley actualmente vigente, esto es, el predominio absoluto del auto reporte, manteniéndose otras situaciones administrativas que se regulan en otro ámbito.

El Honorable Senador señor García consultó si en los casos de reclamaciones que han sido contestadas denegando el beneficio se podrá volver a apelar conforme a esta nueva normativa.

La Subsecretaria de Evaluación Social, señora Candia, destacó que en el proyecto de ley se está yendo un paso más allá respecto del anterior, estableciendo que el auto reporte prime y no se tome en cuenta el dato del registro administrativo. Respecto de los pagos dos y tres se genera una atribución para que la Subsecretaría de Servicios Sociales pueda ir a buscarlos y hagan un auto reporte que haga desestimar el registro administrativo que opera con rezago respecto de los ingresos efectivos.

El Honorable Senador señor Pizarro reiteró que la consulta del Senador señor García apunta a si se puede apelar nuevamente.

El Subsecretario de Servicios Sociales, señor Villarreal, respondió que el hogar siempre puede apelar, sea porque no recibió el beneficio, sea porque lo recibió por un monto menor y correspondía más, o porque no se consideró su actual situación de ingresos. Sostuvo que puede reclamar nuevamente si las condiciones han cambiado.

El Honorable Senador señor Montes destacó que debe quedar en el texto de la ley lo recién afirmado.

Consideró que en la discusión anterior se planteó claramente que primaba el auto reporte sobre el dato administrativo, se habló de la declaración de marzo, se dijo que se cambiara para que eso quedara explícitamente sin lugar a dudas y el Ejecutivo respondió que no era necesario.

El Honorable Senador señor Coloma manifestó que se entendió que primaba el auto reporte y que luego, si aparecía un dato administrativo contradictorio, se planteaba el conflicto.

La Subsecretaria de Evaluación Social, señora Candia, explicó que el presente proyecto de ley, como el aporte 2 ya se encuentra pagado, permitirá que se haga auto reporte para corregir situación de ingresos y recibirlo retroactivamente, y permitir para el aporte 3 recibirlo sólo en base a auto reporte.

Los registros administrativos se mantuvieron y si aún no se cuenta con una declaración del solicitante, para esos casos se está planteando que se pueda pedir la declaración para cambiar la situación del hogar.

El Subsecretario de Servicios Sociales, señor Villarreal, ratificó lo explicado anteriormente y agregó que, respecto del aporte 1, un grupo pudo apelar y actualizar sus ingresos; y otro no actualizó dicha situación. Lo que se modifica es que no sea sólo en la apelación que prime el auto reporte y se acceda al beneficio más inmediatamente.

El Honorable Senador señor Montes expresó que debe quedar clara la diferencia de apreciación con el Ministerio, porque en la anterior ley se dijo que si existía auto declaración primaba sobre el dato administrativo, al punto que se quiso votar un formulario que lo ratificara con simpleza, y el Ejecutivo lo estimó innecesario, por lo que en este punto no existió una falla del Congreso Nacional al respecto.

Respecto de la indicación 4, el Honorable Senador señor Montes destacó que la indicación busca considerar distintas realidades de hogares, más consistente con el proyecto acerca de la clase media. Estimó que la eliminación de requisitos relativos a pertenencia al 80 y 90% más vulnerable de la población nacional no cambia mucho la situación de acceso, porque más del 90% se encuentra en el 40% de mayor vulnerabilidad.

Consultó si el Ejecutivo está dispuesto a acoger parte de lo que contiene la indicación.

El Subsecretario de Servicios Sociales, señor Villarreal, observó que se incorpora a los trabajadores de casa particular, agregado por indicación en la Sala de la Cámara, lo que representa el riesgo de acoger sólo a un grupo, cuando además se ha incluido esa situación en otra ley.

Número 4

5.- Del Honorable Senador señor Montes, para reemplazar el numeral 4 del artículo único por el siguiente:

“4. Modifíquese el artículo 5 del modo que sigue:

a) Sustitúyese, en el inciso primero, el numeral (i) por el siguiente:

“(i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace, y”

b) Reemplácese, en el inciso primero, la frase “básica solidaria de invalidez, que establece el artículo 16 de la ley Nº 20.255, o una o más personas que tengan 70 años o más de edad y que sean beneficiarios de la pensión básica solidaria de vejez que establece el artículo 3 de la mencionada ley” por “de cualquier naturaleza, en algún régimen de seguridad social o sistema previsional, incluyendo las pensiones de invalidez; cuyo monto sea igual o inferior a la pensión básica solidaria de vejez”.

c) Sustitúyese, en el inciso tercero, la frase: “al aporte de monto superior” por “a ambos aportes”.”.

6.- Del Honorable Senador señor Pizarro, para modificar en el artículo 5 de la ley 21.230 cuando señala que son también beneficiarios “una o más personas que tengan 70 años o más de edad y que sean beneficiarios de la pensión básica solidaria de vejez que establece el artículo 3 de la mencionada ley” para que guarismo 70 sea reemplazado por 65.

El Honorable Senador señor Lagos resaltó que las indicaciones exponen la necesidad de que se amplíen los grupos beneficiados a los pensionados entre 65 y 69 años y aquellos pensionados de cualquier tipo que reciben montos inferiores a la PBS.

El Honorable Senador señor Coloma planteó que sería deseable este avance, pero hasta ahora el Gobierno accedió a ampliaciones relevantes que son las consagradas hasta el momento, y se encuentran en el límite de lo que el Ejecutivo puede conceder. Agregó que se trata de materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

El Honorable Senador señor Montes reconoció lo expuesto precedentemente, pero estimó que se solicita que ahora se amplíe a casos que están en el borde de acceso al beneficio, porque lo que se quiere es llegar a más hogares que lo necesitan realmente y con urgencia.

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Número 5, nuevo

7.- De Su Excelencia el Presidente de la República, para agregar un nuevo numeral 5), pasando el actual a ser numeral 7), del siguiente tenor:

“5) Modifícase el artículo 7, de la siguiente manera:

a) Elimínase de su inciso primero la última frase.

b) Agrégase un nuevo inciso segundo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero y así sucesivamente, cuyo tenor es el siguiente:

“También integrarán la mencionada nómina aquellos hogares que, habiendo solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia conforme a lo establecido en el inciso cuarto de este artículo, no lo hubiesen percibido por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiario de dicho aporte, siempre que cumplan con los requisitos para ser beneficiario del Ingreso Familiar de Emergencia al momento del correspondiente aporte, de conformidad a lo establecido en esta ley.”.

Respecto de la letra b) del nuevo numeral, la Subsecretaria de Evaluación Social, señora Candia, reiteró que se trata de un énfasis que se quiere hacer, sin plantear cambios de fondo.

El Honorable Senador señor García leyó el inciso y consideró que su lectura y redacción es extraña y complicada.

La Subsecretaria de Evaluación Social, señora Candia, explicó que sólo se cambia una referencia y busca hacer un énfasis en el sentido acordado anteriormente con el Diputado señor Jackson durante la discusión de la iniciativa en la Cámara de Diputados.

Número 6, nuevo

8.- De Su Excelencia el Presidente de la República, para agregar un nuevo numeral 6), del siguiente tenor:

“6) Sustitúyese, en el inciso final del artículo 8, la expresión “inciso primero y segundo” por “incisos primero, segundo y tercero”.”.

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Número 5

9.- De Su Excelencia el Presidente de la República, para modificar el actual numeral 5) que ha pasado a ser un nuevo numeral 7), de la siguiente forma:

a) Sustitúyese el romanillo i de la letra a) por el siguiente:

“i. Sustitúyese la expresión “inciso tercero” por “inciso cuarto”, y la expresión “numeral tercero” por “numeral segundo”.”.

b) Reemplázase la letra b) por la siguiente:

“b) Agrégase un nuevo inciso final, cuyo tenor es el siguiente:

“Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales tomará contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y que, no habiéndolo percibido por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiarios de dicho aporte, no han ejercido la reclamación regulada en este artículo, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos. Lo anterior para efectos de poder acceder al beneficio y a los aportes que procedan en virtud de dicha actualización.”.”.

Con posterioridad se presentó la indicación número 10.- De Su Excelencia el Presidente de la República, para sustituir en la letra b) del actual numeral 5), que introduce modificaciones en el artículo 10, el inciso final por el siguiente:

“La Subsecretaría de Servicios Sociales tendrá un plazo de hasta 30 días para resolver la presente reclamación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 de la ley N° 19.880, contado desde la fecha que venza el plazo para reclamar, conforme a lo señalado en el presente inciso.”.

Respecto de la indicación número 9, el Subsecretario de Servicios Sociales, señor Villarreal, indicó que se trata de un compromiso asumido ante la Cámara de Diputados en lo que se refiere a la letra b).

Sobre la indicación número 10, expuso que existe un plazo para resolver las apelaciones de 15 días, lo que no se logrará hacer, por lo que la operación del silencio administrativo se hará con un efecto diferente al normal, que es el negativo. Planteó que se debe revisar dicho plazo establecido por la Cámara de Diputados.

El señor Ministro de Desarrollo Social y Familia manifestó que no pueden aplicar el silencio positivo pasados 15 días, porque recién en 30 días podrían tener la posibilidad de resolver todas las situaciones.

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Número 8, nuevo

11.- De Su Excelencia el Presidente de la República, para agregar un nuevo numeral 8) del siguiente tenor:

“8) Incorpóranse los siguientes incisos quinto y final al artículo 11:

“El Ministerio de Desarrollo Social y Familia podrá revisar la información declarada para acceder a los aportes del Ingreso Familiar de Emergencia, por parte de algunos de los solicitantes, reclamantes o de quienes actualicen sus ingresos conforme al inciso quinto del artículo 10. Dicha facultad podrá ser ejercida de forma previa a recibir el respectivo aporte como de manera posterior a dicho pago.

Si en el ejercicio de dicha facultad, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia tomara conocimiento de hechos constitutivos de delitos del inciso primero, deberá denunciarlos ante el Ministerio Público.”.”.

El Subsecretario de Servicios Sociales, señor Villarreal, señaló que, así como prevalece el auto reporte, se da atribución para poder revisar si existe algún tipo de fraude tanto previo al pago como posterior al mismo.

La Honorable Senadora señora Allende expresó tener la misma imagen que ha dado el Senador señor Montes, porque fue una sorpresa que no se pudiese reportar los ingresos en el mismo formulario de solicitud.

Señaló que existen 1,5 millón de apelaciones pendientes por lo que se avizora difícil tomar contacto con quiénes no han apelado, parece de cierto modo utópico, dado lo cual solicitó que se entregue más información.

El Honorable Senador señor Montes reiteró que en la discusión de la ley actual quedó en el informe que primaba el auto reporte por sobre el dato administrativo.

El Subsecretario de Servicios Sociales, señor Villarreal, explicó, ante la consulta de la Senadora Allende, que se encuentra pendiente el proceso de apelación del aporte 1, y respecto del aporte 2 la situación no se encuentra notificada, por lo que se busca que el proyecto los beneficie y se les entregue el aporte.

Operativamente existirá un grupo de personas a los que se contactará para que apelen dentro del plazo de 15 días hábiles, y adicionalmente, quienes no apelen, serán contactados para que actualicen su declaración de ingresos y volver a evaluar su acceso al beneficio.

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DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero

Establece que las modificaciones establecidas por la presente ley, serán aplicables para el pago del tercer aporte y siguientes del Ingreso Familiar de Emergencia, salvo las modificaciones introducidas al artículo 10 de la ley N° 21.230, las cuales serán aplicables para el pago del segundo aporte y siguientes.

Con todo, para quienes hayan solicitado el tercer aporte del Ingreso Familiar de Emergencia con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley y no hubiesen actualizado sus ingresos en conformidad a lo dispuesto en el nuevo inciso final del artículo 10 de la ley N° 21.230 incorporado por esta ley, se ordenará el pago de dicho aporte tomando en consideración la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar.

En este artículo recayeron las siguientes indicaciones:

12.- Del Honorable Senador señor Pizarro, para sustituir en el inciso primero la frase “serán aplicables para el pago del tercer aporte” por la siguiente: “serán aplicables a partir del pago del segundo aporte…”.

13.- Del Honorable Senador señor Montes, para modificar el inciso primero del modo que sigue:

a) Reemplácese la expresión “tercer” por “segundo”.

b) Elimínese la frase “, salvo las modificaciones introducidas al artículo 10 de la ley N° 21.230, las cuales serán aplicables para el pago del segundo aporte y siguientes”.

c) Elimínese la expresión “y segundo”.

d) Agréguese, entre la palabra final “Emergencia” y el punto que le sucede la frase: “y deberá pagarse el segundo aporte o suplementarse a quienes hubieran quedado excluidos completamente o recibido un monto menor al que les hubiera correspondido, como consecuencia de aplicarse dichas normas y no las modificaciones introducidas en la presente ley. Lo anterior deberá ser corregido, en cuanto la actualización de sus ingresos por parte de un solicitante, demostrare la omisión o insuficiencia del pago, preferentemente en forma automática o por solicitud del afectado, si ello no ocurriera. La reclamación se ajustará a lo dispuesto en el artículo 10.”.

14.- Del Honorable Senador señor Coloma, para incorporar un nuevo inciso final, del siguiente tenor:

“Si en virtud del inciso final del artículo 10 se tomase contacto con aquellas personas que postularon al ingreso familiar de emergencia, cuyos hogares no hubiesen recibido el segundo y el tercer aporte, y éstos actualizaran sus ingresos, se determinará el monto correspondiente al tercer aporte, y se replicará dicho monto para el segundo aporte, siempre y cuando hubiesen cumplido los requisitos de vulnerabilidad socioeconómica de los hogares establecidos en los numerales (i) y (ii) del artículo 1, numerales (ii) y (iii) del artículo 4 y numeral (i) del artículo 5 de la ley N° 21.230, vigentes con anterioridad a las modificaciones establecidas por esta ley”.

El Honorable Senador señor Montes señaló que el proyecto busca aclarar cosas que se suponían ya aprobadas. Las indicaciones buscan ampliar el umbral de modo de conseguir los objetivos planteados por la iniciativa legal.

El Honorable Senador señor Coloma consideró importante que el Ministerio tenga la facultad de revisar las situaciones que se han producido.

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La indicación número 15, del Honorable Senador señor Montes, incorpora el siguiente nuevo artículo segundo transitorio, pasando el actual artículo segundo transitorio a ser tercero:

“Artículo segundo.- Existirá un Consejo de Evaluación del Sistema de Protección Social creado como consecuencia de la pandemia COVID 19, el que será presidido por el Subsecretario de Servicios Sociales e integrado, además, por seis profesionales de reconocida experiencia en las políticas públicas de desarrollo social.

Éste analizará especialmente la cobertura, pertinencia, suficiencia e impacto de las distintas leyes, beneficios y medidas adoptadas para apoyar a las familias ante dicha contingencia y elaborará un informe ejecutivo antes del 30 de septiembre de 2020.

Dichos profesionales deberán ser ajenos a la administración del Estado, salvo aquellos que ejerzan funciones docentes, debiendo reflejarse en la conformación del Consejo una adecuada diversidad de visiones y competencias. Serán designados por el Presidente de la República y su participación será ad honorem.

La Subsecretaría de Servicios Sociales prestará apoyo administrativo al Consejo El Consejo determinará su forma de funcionamiento mediante acuerdo.”.

El Honorable Senador señor Montes señaló que se busca la misma institucionalidad que se usó para evaluar la nueva educación pública.

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Artículo segundo

Dispone que el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario se financiará con cargo a los recursos provenientes de la partida presupuestaria Tesoro Público.

Las indicaciones números 3, 4, 12, 13 y 15, de los Honorables Senadores señores Montes y Pizarro, fueron declaradas inadmisibles por el señor Presidente de la Comisión.

La indicación número 14, del Honorable Senador señor Coloma, fue retirada por su autor.

Las indicaciones números 1, 2, 7, 8, 9, 10 y 11 fueron aprobadas por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Coloma, García, Lagos, Montes y Pizarro.

En sesión de 28 de julio, el señor Ministro de Hacienda manifestó que las personas que no hayan recibido el pago del IFE pero sí iniciado el proceso de inscripción en el RSH, recibirán los montos correspondientes retroactivamente.

Respecto de las indicaciones, señaló que aquella expuesta acerca de pensionados de invalidez que a los 65 años pasan a ser un pensionado de vejez más implica una laguna en su situación, y muestra la necesidad de acoger a los pensionados de ese tramo, que son casi 70.000 personas, con un costo aproximado de US$10 millones mensuales, por lo que el Ejecutivo presentará la indicación correspondiente. No obstante, recordó que el segmento de pensionados no ha visto caer sus ingresos en este período.

El Honorable Senador señor Montes destacó que el proyecto, que busca reformalizar aspectos ya acordados, abría la posibilidad de ampliar el universo a todos los pensionados con montos inferiores a la PBS, subir el umbral de modo que entren más hogares y que se busque a aquellos que no accedieron a los primeros pagos y que no presentaron reclamo en su momento. Observó que por eso han intentado proponer enmiendas para concretar esas posibilidades.

El Honorable Senador señor Coloma valoró la indicación anunciada por el señor Ministro, dado que el proyecto de ley trata de facilitar acceso y con este cambio se amplía el universo a un nuevo grupo. La iniciativa se sumaría así al proyecto de apoyo a la clase media, configurándose ambas como un esfuerzo muy potente, además de mostrar que el Ministro tiene flexibilidad para aceptar propuestas positivas y razonables.

El Honorable Senador señor Montes preguntó por la opinión y decisión acerca del consejo de evaluación por él propuesto.

El señor Ministro de Desarrollo Social y Familia explicó que se solucionan algunos temas que resultaron interpretables, pero también se facilita la postulación a los nuevos aportes. Además, se acogió la propuesta respecto del grupo de pensionados mencionado por el señor Ministro de Hacienda.

Agregó que también incluirán en la ley que en la resolución de las reclamaciones se exprese el motivo del rechazo, lo que ha sido planteado con fuerza por integrantes de la Comisión.

Observó que la experiencia de esta crisis muestra que una cultura acerca de emergencias debe quedar asentada al interior del Ministerio. Estimó que un consejo de evaluación -que en ciertos aspectos de asesoría ya existe- puede ser un aporte si busca hacer propuestas y analizar lo sucedido, pero podría representar un problema si se trata de fiscalizar la acción del Ministerio, lo que además es una facultad de la Cámara de Diputados.

La Honorable Senadora señora Allende preguntó qué parte del grupo asesor para evaluación se acoge, y qué parte ya estaría conformada.

El Honorable Senador señor Montes insistió en que en la discusión de la ley vigente se asumió el compromiso de que el auto reporte predominaba absolutamente y que las solicitudes debían bastar sin necesidad de esperar las apelaciones para reportar los ingresos, y ello consta en el informe respectivo de la tramitación.

Respecto de la evaluación, consideró razonable que se evalúe el plan de emergencia y se saquen conclusiones por un equipo plural que advierta materias que podrían haberse hecho de otro modo y reconozca los aciertos.

El Honorable Senador señor Pizarro planteó la posibilidad de que el Ministro asumiera el compromiso de proponer un consejo de evaluación en los términos por él observados para la discusión en la Sala del Senado.

El señor Ministro de Desarrollo Social y Familia indicó que existe un comité que se encarga de dichos aspectos, pero le parece conveniente que exista un consejo plural que saque conclusiones.

El Honorable Senador señor Coloma efectuó una propuesta de indicaciones sobre las materias discutidas.

El Honorable Senador señor Lagos planteó que debería existir una instancia de evaluación sobre todos los aspectos involucrados con la crisis de la pandemia.

El señor Ministro de Hacienda manifestó que la rendición de cuentas siempre se acoge con entusiasmo, pero que crear un consejo como una instancia paralela no contribuirá a mejorar.

Subrayó y felicitó el trabajo efectuado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, que ha logrado mejorar mecanismos y beneficios a lo largo del camino, llegando a casi 6 millones de personas. Afirmó que sin duda se puede seguir mejorando, pero sin olvidar lo que se ha hecho hasta ahora.

El Honorable Senador señor Montes observó que lo propuesto por el Ejecutivo en cuanto a pensionados entre 65 y 69 años es más acotado que lo propuesto por los señores senadores en sus indicaciones.

El señor Ministro de Hacienda indicó que se amplía el espectro a todos aquellos entre 65 y 69 años con pensión básica de vejez, por lo que se llegaría a 70.557 beneficiarios.

El Honorable Senador señor Coloma presentó las siguientes indicaciones para modificar el numeral 5 del proyecto:

9 bis.- para agregar un nuevo romanillo iii en la letra a), del siguiente tenor:

“iii). Agréguese un ultima oración cuyo tenor es el siguiente:

“En el caso de ser rechaza la reclamación, dicha decisión deberá ser fundada”.”.

9 ter.- Para reemplazar la letra b) por la siguiente:

“b) Agrégase un nuevo inciso final, cuyo tenor es el siguiente:

“Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales tomará contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y que, no habiéndolo percibido por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiarios de dicho aporte, no han ejercido la reclamación regulada en este artículo, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos. Tal actualización deberá realizarse en un plazo de 15 días hábiles. Lo anterior para efectos de poder acceder al beneficio y a los aportes que procedan en virtud de dicha actualización.”.”.

10 bis.- Para agregar una nueva letra c), del siguiente tenor:

“c) Agrégase un nuevo inciso final, cuyo tenor es el siguiente:

Para efectos de lo dispuesto en este artículo, el número de integrantes del hogar se determinará conforme a la información declarada que se encuentre disponible al mes que correspondía la elaboración de la nómina para el pago del aporte respectivo en el instrumento de caracterización socioeconómica a que se refiere el artículo 5 de la ley N° 20.379.Sin perjuicio de lo anterior, en caso de no contarse con la información de ingresos declarados de alguno de dichos integrantes a partir de marzo de 2020, se considerará para tales efectos que el integrante que dejó de pertenecer al hogar no percibió los ingresos señalados en el inciso primero del artículo 4° durante dicho mes.”.

El Subsecretario de Servicios Sociales, señor Villarreal, explicó, respecto de la indicación 9 ter, que se homologan los plazos respecto de reclamaciones y también para tomar contacto con los posibles beneficiarios.

En relación a la indicación 10 bis, la Subsecretaria de Evaluación Social, señora Candia, explicó que se busca reforzar el auto reporte respecto de la composición del hogar, de modo de solucionar problemas generados por ingresos de personas que ya no forman parte del mismo.

El Honorable Senador señor Montes coincidió con lo explicado y destacó que resuelve problemas de personas que ya no forman parte del hogar, aunque se corre el riesgo de acomodos de situaciones familiares.

Las indicaciones números 9 bis, 9 ter y 10 bis, fueron aprobadas por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Coloma, García, Lagos, Montes y Pizarro.

- Posteriormente, en sesión de 29 de julio, se presentaron las siguientes indicaciones de Su Excelencia el Presidente de la República:

“AL ARTÍCULO ÚNICO

1) Para reemplazar el actual numeral 4), que introduce modificaciones al artículo 5, por el siguiente:

“4) Sustitúyase el inciso primero del artículo 5, por el siguiente:

“Artículo 5 .- También serán beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia aquellos hogares que cumplan con los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace, y (ii) que estén integrados por una o más personas que sean beneficiarios de una pensión básica solidaria de invalidez, que establece el artículo 16 de la ley N° 20.255, o una o más personas que sean beneficiarios de la pensión básica solidaria de vejez que establece el artículo 3 de la mencionada ley.”.

2) Para agregar un nuevo numeral 5 del siguiente tenor:

“5) Agrégase un nuevo artículo 5 A, a continuación del artículo 5:

“Artículo 5 A.- También serán beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia aquellos hogares que cumplan con los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace; (ii) que estén integrados por una o más personas que sean beneficiarios del aporte previsional solidario de invalidez o una o más personas que sean beneficiarios del aporte previsional solidario de vejez; y (iii) que la suma de las pensiones a la que tengan derecho sumado el aporte previsional solidario que corresponda de acuerdo a la ley N° 20.255, sea un monto menor o igual a la pensión básica solidaria de invalidez o vejez, correspondiente al tramo de edad del beneficiario.

El hogar que cumpla con los requisitos señalados en este artículo tendrá derecho al tercer aporte del Ingreso Familiar de Emergencia, el que se calculará multiplicando el número de integrantes del hogar que cumpla con lo señalado en el literal (ii) del inciso precedente por las cantidades que a continuación se indican:

Para estos efectos, el Instituto de Previsión Social deberá remitir la primera quincena de cada mes a la Subsecretaría de Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, la información sobre las personas que sean beneficiarias del aporte previsional solidario de invalidez y del aporte previsional solidario vejez, que la suma de las pensiones a la que tengan derecho sumado el aporte previsional solidario que corresponda de acuerdo de a la ley N° 20.255, sea de un monto menor o igual al que reciben los beneficiarios del inciso primero por la pensión básica solidaria de invalidez o vejez, considerando en este caso el monto correspondiente al tramo de edad del beneficiario.”.

3) Para agregar un nuevo numeral 6 del siguiente tenor:

“6) Reemplázase, en el inciso primero del artículo 5 bis, la expresión “o 5”, por la siguiente “, 5 o 5 A”.

4) Para agregar un nuevo numeral 7 del siguiente tenor:

“7) Modifícase el artículo 7 de la siguiente forma:

a) Reemplázase el romanillo (v), por el siguiente:

“(v) ser beneficiario de la pensión básica solidaria que establece el artículo 3 de la ley N° 20.255.”.

b) Agrégase, a continuación del romanillo (v), un romanillo (vi) nuevo del siguiente tenor:

“(vi) beneficiarios de alguno de los aportes previsionales solidarios a que se refiere el artículo 5 A”.

5) Para reemplazar el primer inciso de la letra b) del actual numeral 5), que introduce modificaciones al artículo 10, por el siguiente:

“Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales tomará contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y no han ejercido la reclamación regulada en este artículo, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos. Tal actualización deberá realizarse en un plazo de 15 días hábiles. Lo anterior para efectos de poder acceder al beneficio y a los aportes que procedan en virtud de dicha actualización.”.

6) Para incorporar el siguiente artículo tercero transitorio, nuevo:

“Artículo tercero.- El Ministerio de Desarrollo Social y Familia, dentro del primer semestre del año 2021, deberá presentar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación de la Cámara de Diputados un informe sobre el Ingreso Familiar de Emergencia, el cual contendrá un análisis sobre su cobertura e impacto de dicho beneficio y de su relación con otras iniciativas creadas en razón a la pandemia provocada por la enfermedad Covid-19. El mencionado informe deberá incluir la opinión de expertos de reconocida experiencia en política social y que reflejen una adecuada diversidad de visiones, quienes serán convocados por dicho Ministerio para tales fines.

De igual manera, dicho Ministerio antes del 30 de septiembre del año 2020 deberá entregar una versión preliminar de dicho informe.

Ambos informes deberán ser publicados en el sitio web institucional del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.”.”.

La Subsecretaria de Evaluación Social, señora Candia, explicó que se incorpora un nuevo grupo de beneficiarios -además de aquellos pensionados entre 65 y 69 años con PBS (lo que incluye aquellos de invalidez que cumplen 65 años)- aquellos con aporte previsional solidario que llegan a una pensión igual o inferior a la PBS de vejez.

El Honorable Senador señor Montes consultó si la primera indicación propuesta operará igual que hasta ahora con aquellos mayores de 70 años beneficiarios de PBS.

La señora Subsecretaria respondió que operará exactamente igual que hasta ahora con pensionados mayores de 70 años con PBS, y en el caso de que la familia beneficiaria supere los montos establecidos para IFE, igual que hasta ahora, podrá optar por lo que más le convenga. Explicó que si un hogar lo constituyen 2 pensionados con PBS, recibirán $100.000 cada uno, más su respectiva pensión básica solidaria.

El Honorable Senador señor Pizarro preguntó si se le entrega a todos los beneficiarios del pilar solidario, aunque al parecer la indicación acota a un grupo menor.

La señora Subsecretaria señaló que se responde a una aspiración bastante sentida y que incorpora a 170.000 pensionados adicionales.

El Honorable Senador señor García agradeció que se recoja la inquietud planteada y se haga similar para todas aquellas pensiones con un monto igual o inferior a la PBS.

Preguntó si tienen derecho al cuarto aporte y a los siguientes.

El Subsecretario de Servicios Sociales, señor Villarreal, afirmó que recibirán el cuarto aporte y en caso de darse un quinto y un sexto también lo recibirán, conforme al artículo 5 bis de la ley, que además se modifica en la referencia que hace la siguiente indicación.

Respecto de la cuarta y quinta indicaciones, expresó que se reemplaza sólo el inciso primero en la segunda de ellas y se mantiene el resto de lo anteriormente aprobado.

El Honorable Senador señor García recalcó que también se debe contactar a aquellos con apelaciones rechazadas y que ahora podrían acceder al beneficio.

El señor Subsecretario indicó que también sirve para contactar a aquellos que habiendo recibido un pago tengan disconformidad con su monto. Indicó que se hará con todos aquellos con situación pendiente respecto del pago del segundo aporte.

Acerca de la sexta indicación, que agrega un artículo tercero transitorio, el Honorable Senador señor Pizarro señaló que habrían preferido algo más amplio y plural para la evaluación, por lo que será el Congreso Nacional el que deberá seguir sus labores de fiscalización y seguimiento.

El Honorable Senador señor Montes aclaró que era muy importante tener una evaluación de la protección social, pero no elaborada por el Ministerio, sino por un grupo plural de expertos convocados por el Ministerio. Se buscaba hacer algo similar a lo que se estableció con la nueva educación pública.

Agregó que se necesita la evaluación en este año, no para el primer semestre del siguiente.

El Honorable Senador señor Lagos señaló que el Ministerio ya había convocado un grupo de personas con reconocida experiencia antes de presentar el primer IFE, por lo que se esperaba algo similar para efectos de evaluación.

El Honorable Senador señor Coloma manifestó que debería reconocerse el esfuerzo para acoger lo planteado por integrantes de la Comisión.

La Ministra, señora Karla Rubilar, expresó que es la intención del Gobierno dar curso a una Comisión de Expertos que haga un informe que evalúe. Propuso que la versión preliminar -a entregarse el 30 de septiembre- se exponga junto con los referidos expertos.

Al momento de votarse las indicaciones, El Honorable Senador señor Montes señaló que las aprobaría por estar incorporándose nuevos beneficiarios, pero con grandes dudas respecto de quiénes quedan fuera encontrándose dentro del Pilar Solidario de pensiones.

Las nuevas indicaciones del Ejecutivo fueron aprobadas por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Coloma, García, Lagos, Montes y Pizarro, a excepción de la sexta, que incorpora un artículo tercero transitorio, nuevo, que fue acordada con la abstención del Honorable Senador señor Montes.

Cabe hacer presente que en las dos primeras indicaciones aprobadas se dieron por subsumidas aquellas signadas con los números 5 y 6.

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FINANCIAMIENTO

- El informe financiero N° 119 elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, de 24 de junio de 2020, señala, de manera textual, lo siguiente:

“I. Antecedentes

El presente proyecto de ley es parte de las medidas adicionales recientemente anunciadas para fortalecer el apoyo a las familias, entregado en el "Plan de Emergencia por la Protección de los ingresos de las familias y la Reactivación económica y del Empleo", para hacer frente a la crisis causada por la Pandemia del COVID-19.

Este tiene por objeto modificar la Ley N° 21.230, que concede Ingreso Familiar de Emergencia - IFE - para reforzar este instrumento, de modo tal de proveer de ingresos a las familias ante las restricciones de la movilidad decretadas en virtud del Estado de Excepción Constitucional en el que se encuentra el país.

II. Modificaciones a la Ley 21.230

El presente proyecto modifica la Ley N° 21.230, en el siguiente sentido:

1) Elimina los requisitos de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares para acceder a los beneficios, lo cual permitiría facilitar el ingreso del beneficio a familias que hoy podrían estar fuera. En particular se suprime el requisito, en las reglas generales, de pertenecer al 90% más vulnerable de la población, de conformidad al Registro Social de hogares, y se elimina el Indicador Socioeconómico de Emergencia.

2) Facilita los mecanismos de acreditación y reporte de los ingresos del hogar, permitiendo hacerlo mediante la información declarada por estos,' simplificando de manera directa la postulación a este beneficio.

3) Simplifica el proceso de reclamación, eliminado la obligación del Ministerio de Desarrollo Social y Familia de contrastar la información declarada por los solicitantes con aquella contenida en el Registro de Información Social.

4) Se incorpora la facultad a la Subsecretaría de Servicios Sociales, de informar a los reclamantes la posibilidad de actualizar sus ingresos para efectos de acceder al beneficio.

5) Incorpora una norma transitoria que establece que las modificaciones incorporadas en virtud de la ley regirán para el pago del tercer aporte y siguientes del Ingreso Familiar de Emergencia. Sin embargo, para el caso del proceso de reclamación, éstas serán aplicables para el pago del segundo aporte. Además, para quienes hayan solicitado el tercer aporte con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley, ésta se basará en la información disponible en dicho Registro en los casos que no se actualicen los ingresos.

III. Efectos del Proyecto de Ley sobre el Presupuesto Fiscal

Las modificaciones propuestas en el presente proyecto de Ley benefician a dos tipos de solicitantes, que se clasifican en los siguientes grupos:

1. Solicitantes al IFE que podrán actualizar sus datos: Corresponden a solicitantes del IFE que fueron rechazados debido a que la información disponible en el Registro de Información Social (RIS) no alcanza a reflejar su situación actual en la emergencia, en cuanto a sus ingresos formales que ahora serían más bajos. Este grupo tendrá, mayores oportunidades para acceder al aporte como consecuencia de la modificación al artículo 10, que permite al Ministerio de Desarrollo Social y Familia establecer un contacto con quienes fueron rechazados en aportes anteriores para que estos actualicen sus datos administrativos y puedan acceder al beneficio, cuando corresponda.

2. Solicitantes al IFE que no cumplían el requisito de calificación socioeconómica y que ahora se incorporan como nuevos beneficiarios:

• Solicitantes al IFE que no cumplían el requisito de calificación socioeconómica y que no tienen en su hogar a beneficiarios de pensiones: Corresponden a quienes no cumplían con los requisitos de estar dentro de los tramos de 90% de la Calificación Socioeconómica (CSE) y 80% del Indicador Socioeconómico de Emergencia (ISE), que, al levantarse estos requisitos, calificarán para el IFE.

Con esto, el total de hogares que se incorporarían suman 69.960, a los cuales les correspondería un monto promedio de $184.701 en el aporte 3 y de $149.016 en el aporte 4.

• Solicitantes al IFE que no cumplan el requisito de calificación socioeconómica y que ahora se incorporan como nuevos beneficiarios: Corresponden a hogares con al menos un adulto mayor de 70 años o más beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o con al menos un beneficiario de la Pensión Básica Solidarla de Invalidez (PBSI) y que no cumplía con requisito de estar dentro del 80% de la CSE.

Con esto se incorporarían un total de 10.587 hogares por un monto promedio de $104.402 en el aporte 3 y de $83.521 en el aporte 4.

En resumen, el aumento del costo fiscal que se genera por la incorporación de los solicitantes al IFE que no cumplían el requisito de calificación socioeconómica vendría dado por:

De acuerdo con lo anterior, y respecto de este nuevo grupo de beneficiarios, el costo incremental del proyecto de ley se estima en un monto que alcanza hasta $26.880 millones, considerando el gasto del tercer y cuarto aporte.

El mayor gasto fiscal que este represente se financiará con cargo recursos la partida presupuestaria Tesoro Público.

IV. Fuentes de información

- Mensaje N° 115-368, de S.E. el Presidente de la República con el que se inicia un Proyecto de ley que Introduce Modificaciones a la Ley N° 21.230, para facilitar y ampliar el acceso al ingreso familiar de emergencia.

- Subsecretaría de Evaluación Social (Julio 2020). Minuta nuevo Informe Financiero modificaciones IFE.

- Ley N° 21.243, que Modifica la Ley N° 21.230, para extender y aumentar el Ingreso Familiar de Emergencia

- Dirección de Presupuestos (2020). Informe Financiero N° 98 y 102. Proyecto de ley que Modifica la ley N°21.230, para extender y aumentar el ingreso familiar de emergencia.

- Subsecretaría de Evaluación Social y Subsecretaría de Servicios Sociales (Junio 2020). Minuta Informe Financiero Ingreso Familiar de Emergencia.

- Ley N° 21.230, que concede Ingreso Familiar de Emergencia y sus modificaciones.

- Dirección de Presupuestos (2020). Informe Financiero N° 76. Proyecto de ley que Concede un Ingreso Familiar de Emergencia.

- Subsecretaría de Evaluación Social y Subsecretaría de Servicios Sociales (Abril 2020). Minuta Informe Financiero Ingreso Familiar de Emergencia.”.

- El informe financiero complementario N° 129, elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, de 29 de julio de 2020, señala, de manera textual, lo siguiente:

“I. Antecedentes

El proyecto de ley Boletín 13.656-31 tiene por objeto modificar la Ley N° 21.230, que concede Ingreso Familiar de Emergencia - IFE - para reforzar el instrumento, de modo tal de proveer de ingresos a las familias ante las restricciones de la movilidad decretadas en virtud del Estado de Excepción Constitucional en el que se encuentra el país.

II. Modificaciones al Proyecto de Ley

Las presentes indicaciones modifican el proyecto de ley, en el siguiente sentido:

1) Se establece una facultad para que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia pueda tomar contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y no han ejercido la reclamación.

2) Se introduce una obligación para el citado Ministerio para que presente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Superación de la Pobreza, Planificación y Desarrollo Social de la Cámara de Diputados, un informe sobre el Ingreso Familiar de Emergencia, el cual contendrá un análisis sobre la cobertura e impacto de dicho beneficio y de su relación con otras iniciativas creadas en razón a la pandemia provocada por la enfermedad Covid-19.

3) Incorpora como beneficiarios del IFE a aquellos hogares que, siendo parte del Registro Social de Hogares, estén integrados por una o más personas que tengan entre 65 y 69 años o más de edad y que sean beneficiarios de la pensión básica solidaria de vejez (PBSV).

4) Incorpora como nuevos beneficiarios del IFE a aquellos hogares que, siendo parte del Registro Social de Hogares, estén integrados por una o más personas que sean beneficiarios del aporte previsional solidario de invalidez (APSI) o una o más personas que sean beneficiarios del aporte previsional solidario de vejez (APSV). Lo anterior, siempre que la suma de las pensiones a la que tengan derecho sumado el aporte previsional solidario sea un monto menor o igual al que reciben los beneficiarios del inciso primero por la pensión básica solidaria de invalidez o vejez, considerando en este caso el monto correspondiente al tramo de edad del beneficiario.

III. Efectos del Proyecto de Ley sobre el Presupuesto Fiscal

Las modificaciones propuestas en el presente proyecto de Ley benefician a los siguientes hogares de acuerdo a los datos proporcionados por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia:

- Hogares con beneficiarios de la pensión básica solidaria (vejez o invalidez) entre 65 y 69 años: Este grupo estima la incorporación de 70.557 nuevos adultos mayores.

- Hogares con beneficiarios de aporte previsional solidario (vejez o invalidez): Las presentes indicaciones incorporan a este nuevo grupo de beneficiarios, sin embargo, cabe mencionar que actualmente estos hogares podrían actualmente ya estar recibiendo el IFE por cumplir las condiciones del artículo 4 de la Ley. Razón por la cual esta modificación incorpora, como máximo, hasta 171.321 adultos mayores como nuevos beneficiarios.

En resumen, el aumento del costo fiscal vendría dado por:

De acuerdo a lo anterior, el costo incremental del proyecto de ley se estima en un monto que alcanza hasta los $43.538 millones, considerando el gasto del tercer y cuarto aporte.

El mayor gasto fiscal que este represente se financiará con cargo recursos provenientes de la partida presupuestaria Tesoro Público.

IV. Fuentes de información

- Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que se introducen indicaciones al Proyecto de Ley que Modifica la Ley N° 21.230, para extender y aumentar el Ingreso Familiar de Emergencia.

- Dirección de Presupuestos (2020). Informe Financiero N° 119. Proyecto de ley que Introduce Modificaciones a la Ley N° 21.230, para facilitar y ampliar el acceso al Ingreso Familiar de Emergencia.

- Mensaje N° 115-368, de S.E. el Presidente de la República con el que se inicia un Proyecto de Ley que Modifica la Ley N° 21.230, para extender y aumentar el Ingreso Familiar de Emergencia.

- Ley N° 21.243, que Modifica la Ley N° 21.230, para extender y aumentar el Ingreso Familiar de Emergencia

- Dirección de Presupuestos (2020). Informe Financiero N° 98 y 102. Proyecto de ley que Modifica la ley N°21.230, para extender y aumentar el ingreso familiar de emergencia.

- Subsecretaría de Evaluación Social y Subsecretaría de Servicios Sociales (Junio 2020). Minuta Informe Financiero Ingreso Familiar de Emergencia.

- Ley N° 21.230, que concede Ingreso Familiar de Emergencia y sus modificaciones.

- Dirección de Presupuestos (2020). Informe Financiero N° 76. Proyecto de ley que Concede un Ingreso Familiar de Emergencia.

- Subsecretaría de Evaluación Social y Subsecretaría de Servicios Sociales (Abril 2020). Minuta Informe Financiero Ingreso Familiar de Emergencia.”.

Se deja constancia de los precedentes informes financieros en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 17 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

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MODIFICACIONES

En conformidad con los acuerdos adoptados, vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de proponer las siguientes modificaciones al proyecto de ley aprobado por la Honorable Cámara de Diputados:

Artículo único

Número 1

Letra a)

Ha reemplazado el ordinal (ii) contenido en el inciso primero propuesto, por el siguiente:

“(ii) que sus integrantes mayores de edad no perciban alguno de los ingresos señalados en el artículo 4, lo que se verificará a partir de la información declarada por el solicitante, para los casos indicados en los incisos segundo y cuarto del artículo 7, o de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y tercero del artículo 7.”.

Número 3

Letra a)

Ha sustituido el ordinal (i) que propone, por el siguiente:

“(i) que la suma de dichos ingresos sea inferior al segundo aporte que le correspondería conforme al artículo 3, lo que se verificará a partir de la información declarada por el solicitante, para los casos indicados en los incisos segundo y cuarto del artículo 7. Para los casos indicados en los incisos primero y tercero del artículo 7, se considerará la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante; y”.”.

Número 4

Lo ha reemplazado por el siguiente:

“4. Sustitúyese el inciso primero del artículo 5, por el siguiente:

“Artículo 5.- También serán beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia aquellos hogares que cumplan con los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace, y (ii) que estén integrados por una o más personas que sean beneficiarios de una pensión básica solidaria de invalidez, que establece el artículo 16 de la ley N° 20.255, o una o más personas que sean beneficiarios de la pensión básica solidaria de vejez que establece el artículo 3 de la mencionada ley.”.

o o o

Ha intercalado los siguientes numerales 5, 6, 7 y 8, nuevos:

“5. Agrégase, a continuación del artículo 5, el siguiente artículo 5 A:

“Artículo 5 A.- También serán beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia aquellos hogares que cumplan con los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace; (ii) que estén integrados por una o más personas que sean beneficiarios del aporte previsional solidario de invalidez o una o más personas que sean beneficiarios del aporte previsional solidario de vejez; y (iii) que la suma de las pensiones a la que tengan derecho sumado el aporte previsional solidario que corresponda de acuerdo a la ley N° 20.255, sea un monto menor o igual a la pensión básica solidaria de invalidez o vejez, correspondiente al tramo de edad del beneficiario.

El hogar que cumpla con los requisitos señalados en este artículo tendrá derecho al tercer aporte del Ingreso Familiar de Emergencia, el que se calculará multiplicando el número de integrantes del hogar que cumpla con lo señalado en el numeral (ii) del inciso precedente por las cantidades que a continuación se indican:

Para estos efectos, el Instituto de Previsión Social deberá remitir, la primera quincena de cada mes, a la Subsecretaría de Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, la información sobre las personas que sean beneficiarias del aporte previsional solidario de invalidez y del aporte previsional solidario de vejez, en que la suma de las pensiones a la que tengan derecho sumado el aporte previsional solidario que corresponda de acuerdo a la ley N° 20.255, sea de un monto menor o igual al que reciben los beneficiarios del inciso primero por la pensión básica solidaria de invalidez o vejez, considerando en este caso el monto correspondiente al tramo de edad del beneficiario.

6. Reemplázase, en el inciso primero del artículo 5 bis, la expresión “o 5”, por la siguiente: “, 5 o 5 A”.

7. Modifícase el artículo 7 de la siguiente manera:

a) Reemplázase su inciso primero por el siguiente:

“Artículo 7.- El Ministerio de Desarrollo Social y Familia administrará el Ingreso Familiar de Emergencia. La Subsecretaría de Evaluación Social elaborará, para cada uno de los aportes que concede esta ley, una nómina de los hogares que sean beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia por cumplir con los requisitos para acceder a éste, la cual estará conformada por los hogares donde cualquiera de sus integrantes tenga la calidad de: (i) beneficiarios del subsidio familiar establecido en la ley Nº 18.020; o (ii) usuarios del subsistema "Seguridades y Oportunidades", creado por la ley Nº 20.595, independientemente de si perciben a esa fecha transferencias monetarias en virtud de tal ley; o (iii) beneficiarios del subsidio de discapacidad mental establecido en el artículo 35 de la ley Nº 20.255; (iv) beneficiarios de una pensión básica solidaria de invalidez, que establece el artículo 16 de la ley Nº 20.255; o (v) ser beneficiario de la pensión básica solidaria que establece el artículo 3 de la ley Nº 20.255, o (vi) beneficiarios de alguno de los aportes previsionales solidarios a que se refiere el artículo 5 A. Asimismo, integrarán dicha nómina aquellos hogares que hayan sido beneficiarios de, al menos, uno de los aportes del Ingreso Familiar de Emergencia por haberlo solicitado en conformidad al inciso tercero de este artículo.”.

b) Agrégase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero, y así sucesivamente:

“También integrarán la mencionada nómina aquellos hogares que, habiendo solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia conforme a lo establecido en el inciso cuarto de este artículo, no lo hubiesen percibido por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiario de dicho aporte, siempre que cumplan con los requisitos para ser beneficiario del Ingreso Familiar de Emergencia al momento del correspondiente aporte, de conformidad a lo establecido en esta ley.”.

8. Sustitúyese, en el inciso final del artículo 8, la expresión “refiere el inciso primero y segundo” por “refieren los incisos primero, segundo y tercero”.

o o o

Número 5

Ha pasado a ser número 9, con las siguientes enmiendas:

Letra a)

Ha reemplazado el ordinal i por el siguiente:

“i. Sustitúyese la expresión “inciso tercero” por “inciso cuarto”, y la expresión “numeral tercero” por “numeral segundo”.”.

o o o

Ha agregado el siguiente ordinal iii, nuevo:

“iii). Agrégase la siguiente oración final:

“En el caso de ser rechazada la reclamación, dicha decisión deberá ser fundada.”.”.

o o o

Letra b)

Ha sustituido los incisos finales propuestos por los siguientes:

“Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales tomará contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y no han ejercido la reclamación regulada en este artículo, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos. Tal actualización deberá realizarse en un plazo de 15 días hábiles. Lo anterior para efectos de poder acceder al beneficio y a los aportes que procedan en virtud de dicha actualización.

La Subsecretaría de Servicios Sociales tendrá un plazo de hasta 30 días para resolver la presente reclamación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 de la ley N° 19.880, contado desde la fecha que venza el plazo para reclamar, conforme a lo señalado en el presente inciso.”.

o o o

Ha consultado una letra c), nueva, del tenor que se señala:

“c) Agrégase el siguiente inciso final:

“Para efectos de lo dispuesto en este artículo, el número de integrantes del hogar se determinará conforme a la información declarada que se encuentre disponible al mes que correspondía la elaboración de la nómina para el pago del aporte respectivo en el instrumento de caracterización socioeconómica a que se refiere el artículo 5 de la ley N° 20.379.Sin perjuicio de lo anterior, en caso de no contarse con la información de ingresos declarados de alguno de dichos integrantes a partir de marzo de 2020, se considerará para tales efectos que el integrante que dejó de pertenecer al hogar no percibió los ingresos señalados en el inciso primero del artículo 4 durante dicho mes.”.”.

o o o

o o o

Ha contemplado un numeral 10, nuevo, del siguiente tenor:

“10. Incorpóranse los siguientes incisos quinto y final al artículo 11:

“El Ministerio de Desarrollo Social y Familia podrá revisar la información declarada para acceder a los aportes del Ingreso Familiar de Emergencia, por parte de algunos de los solicitantes, reclamantes o de quienes actualicen sus ingresos conforme al inciso quinto del artículo 10. Dicha facultad podrá ser ejercida de forma previa a recibir el respectivo aporte como de manera posterior a dicho pago.

Si en el ejercicio de dicha facultad, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia tomara conocimiento de hechos constitutivos de delitos del inciso primero, deberá denunciarlos ante el Ministerio Público.”.”.

o o o

o o o

Ha consultado el siguiente artículo tercero transitorio, nuevo:

“Artículo tercero.- El Ministerio de Desarrollo Social y Familia, dentro del primer semestre del año 2021, deberá presentar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación de la Cámara de Diputados un informe sobre el Ingreso Familiar de Emergencia, el cual contendrá un análisis sobre su cobertura e impacto de dicho beneficio y de su relación con otras iniciativas creadas en razón a la pandemia provocada por la enfermedad Covid-19. El mencionado informe deberá incluir la opinión de expertos de reconocida experiencia en política social y que reflejen una adecuada diversidad de visiones, quienes serán convocados por dicho Ministerio para tales fines.

De igual manera, dicho Ministerio, antes del 30 de septiembre del año 2020, deberá entregar una versión preliminar del referido informe.

Ambos informes deberán ser publicados en el sitio web institucional del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.”.

o o o

(Indicaciones aprobadas por unanimidad 5x0, con excepción de la incorporación del artículo tercero transitorio, aprobado por mayoría 4x1 abstención).

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TEXTO DEL PROYECTO

En mérito de los acuerdos precedentemente expuestos, vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de proponer la aprobación del proyecto de ley en informe, cuyo texto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia:

1. En el artículo 1°:

a) Reemplázase su inciso primero por el siguiente:

“Artículo 1.- Concédese un Ingreso Familiar de Emergencia compuesto por un máximo de cuatro aportes extraordinarios de cargo fiscal, en las condiciones que establece la presente ley, para los hogares que cumplan los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace; y (ii) que sus integrantes mayores de edad no perciban alguno de los ingresos señalados en el artículo 4, lo que se verificará a partir de la información declarada por el solicitante, para los casos indicados en los incisos segundo y cuarto del artículo 7, o de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y tercero del artículo 7. En el caso de los solicitantes considerados en el inciso tercero del artículo 7, se utilizará solo la información declarada por estos.”.

b) Agrégase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando los actuales incisos segundo y tercero a ser tercero y cuarto, respectivamente:

“Todos los hogares que cumplan con los requisitos que esta ley establece tendrán derecho a recibir el Ingreso Familiar de Emergencia. El Ministerio de Desarrollo Social y Familia deberá promover que todos los hogares que cumplan con las condiciones legales accedan al beneficio de la forma más expedita posible, haciendo uso de las facultades y atribuciones que esta ley les otorga para facilitar la concesión de la prestación a todos los hogares potencialmente beneficiarios. Las solicitudes sólo podrán ser rechazadas por motivos fundados y que digan relación únicamente con el incumplimiento de los requisitos legales.”.

2. Sustitúyese el artículo 2 por el siguiente:

“Artículo 2.- Mediante resolución exenta dictada por la Subsecretaría de Evaluación Social, visada por la Dirección de Presupuestos, se establecerá la forma de verificación de los requisitos establecidos en esta ley.”.

3. En el inciso primero del artículo 4:

a) Reemplázase su numeral (i) por el siguiente:

“(i) que la suma de dichos ingresos sea inferior al segundo aporte que le correspondería conforme al artículo 3, lo que se verificará a partir de la información declarada por el solicitante, para los casos indicados en los incisos segundo y cuarto del artículo 7. Para los casos indicados en los incisos primero y tercero del artículo 7, se considerará la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante; y”.

b) Reemplázase el numeral (ii) por el siguiente:

“(ii) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace.”.

c) Suprímese la siguiente frase:

“(iii) que pertenezcan al 80 por ciento más vulnerable de la población nacional, de acuerdo al Indicador Socioeconómico de Emergencia a que se refiere el artículo 2.”.

d) Incorpórase la siguiente oración final, nueva:

“Este derecho también será aplicable a aquellos hogares en los cuales existan miembros mayores de edad que sean trabajadores de casa particular y cumplan con los requisitos copulativos señalados anteriormente.”.

4. Sustitúyese el inciso primero del artículo 5, por el siguiente:

“Artículo 5.- También serán beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia aquellos hogares que cumplan con los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace, y (ii) que estén integrados por una o más personas que sean beneficiarios de una pensión básica solidaria de invalidez, que establece el artículo 16 de la ley N° 20.255, o una o más personas que sean beneficiarios de la pensión básica solidaria de vejez que establece el artículo 3 de la mencionada ley.”.

5. Agrégase, a continuación del artículo 5, el siguiente artículo 5 A:

“Artículo 5 A.- También serán beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia aquellos hogares que cumplan con los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace; (ii) que estén integrados por una o más personas que sean beneficiarios del aporte previsional solidario de invalidez o una o más personas que sean beneficiarios del aporte previsional solidario de vejez; y (iii) que la suma de las pensiones a la que tengan derecho sumado el aporte previsional solidario que corresponda de acuerdo a la ley N° 20.255, sea un monto menor o igual a la pensión básica solidaria de invalidez o vejez, correspondiente al tramo de edad del beneficiario.

El hogar que cumpla con los requisitos señalados en este artículo tendrá derecho al tercer aporte del Ingreso Familiar de Emergencia, el que se calculará multiplicando el número de integrantes del hogar que cumpla con lo señalado en el numeral (ii) del inciso precedente por las cantidades que a continuación se indican:

Para estos efectos, el Instituto de Previsión Social deberá remitir, la primera quincena de cada mes, a la Subsecretaría de Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, la información sobre las personas que sean beneficiarias del aporte previsional solidario de invalidez y del aporte previsional solidario de vejez, en que la suma de las pensiones a la que tengan derecho sumado el aporte previsional solidario que corresponda de acuerdo a la ley N° 20.255, sea de un monto menor o igual al que reciben los beneficiarios del inciso primero por la pensión básica solidaria de invalidez o vejez, considerando en este caso el monto correspondiente al tramo de edad del beneficiario.

6. Reemplázase, en el inciso primero del artículo 5 bis, la expresión “o 5”, por la siguiente: “, 5 o 5 A”.

7. Modifícase el artículo 7 de la siguiente manera:

a) Reemplázase su inciso primero por el siguiente:

“Artículo 7.- El Ministerio de Desarrollo Social y Familia administrará el Ingreso Familiar de Emergencia. La Subsecretaría de Evaluación Social elaborará, para cada uno de los aportes que concede esta ley, una nómina de los hogares que sean beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia por cumplir con los requisitos para acceder a éste, la cual estará conformada por los hogares donde cualquiera de sus integrantes tenga la calidad de: (i) beneficiarios del subsidio familiar establecido en la ley Nº 18.020; o (ii) usuarios del subsistema "Seguridades y Oportunidades", creado por la ley Nº 20.595, independientemente de si perciben a esa fecha transferencias monetarias en virtud de tal ley; o (iii) beneficiarios del subsidio de discapacidad mental establecido en el artículo 35 de la ley Nº 20.255; (iv) beneficiarios de una pensión básica solidaria de invalidez, que establece el artículo 16 de la ley Nº 20.255; o (v) ser beneficiario de la pensión básica solidaria que establece el artículo 3 de la ley Nº 20.255, o (vi) beneficiarios de alguno de los aportes previsionales solidarios a que se refiere el artículo 5 A. Asimismo, integrarán dicha nómina aquellos hogares que hayan sido beneficiarios de, al menos, uno de los aportes del Ingreso Familiar de Emergencia por haberlo solicitado en conformidad al inciso tercero de este artículo.”.

b) Agrégase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero, y así sucesivamente:

“También integrarán la mencionada nómina aquellos hogares que, habiendo solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia conforme a lo establecido en el inciso cuarto de este artículo, no lo hubiesen percibido por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiario de dicho aporte, siempre que cumplan con los requisitos para ser beneficiario del Ingreso Familiar de Emergencia al momento del correspondiente aporte, de conformidad a lo establecido en esta ley.”.

8. Sustitúyese, en el inciso final del artículo 8, la expresión “refiere el inciso primero y segundo” por “refieren los incisos primero, segundo y tercero”.

9. En el artículo 10:

a) Modifícase su inciso segundo de la siguiente manera:

i. Sustitúyese la expresión “inciso tercero” por “inciso cuarto”, y la expresión “numeral tercero” por “numeral segundo”.

ii. Elimínase su última oración cuyo tenor es el siguiente: “No obstante lo anterior, no se acogerá la reclamación en el caso de que exista disconformidad entre la información declarada y aquella contenida en el Registro de Información Social creado por el artículo 6 de la ley Nº 19.949.”.

iii). Agrégase la siguiente oración final:

“En el caso de ser rechazada la reclamación, dicha decisión deberá ser fundada.”.

b) Agréganse al final los siguientes incisos, nuevos:

“Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales tomará contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y no han ejercido la reclamación regulada en este artículo, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos. Tal actualización deberá realizarse en un plazo de 15 días hábiles. Lo anterior para efectos de poder acceder al beneficio y a los aportes que procedan en virtud de dicha actualización.

La Subsecretaría de Servicios Sociales tendrá un plazo de hasta 30 días para resolver la presente reclamación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 de la ley N° 19.880, contado desde la fecha que venza el plazo para reclamar, conforme a lo señalado en el presente inciso.”.

c) Agrégase el siguiente inciso final:

“Para efectos de lo dispuesto en este artículo, el número de integrantes del hogar se determinará conforme a la información declarada que se encuentre disponible al mes que correspondía la elaboración de la nómina para el pago del aporte respectivo en el instrumento de caracterización socioeconómica a que se refiere el artículo 5 de la ley N° 20.379. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de no contarse con la información de ingresos declarados de alguno de dichos integrantes a partir de marzo de 2020, se considerará para tales efectos que el integrante que dejó de pertenecer al hogar no percibió los ingresos señalados en el inciso primero del artículo 4 durante dicho mes.”.

10) Incorpóranse los siguientes incisos quinto y final al artículo 11:

“El Ministerio de Desarrollo Social y Familia podrá revisar la información declarada para acceder a los aportes del Ingreso Familiar de Emergencia, por parte de algunos de los solicitantes, reclamantes o de quienes actualicen sus ingresos conforme al inciso quinto del artículo 10. Dicha facultad podrá ser ejercida de forma previa a recibir el respectivo aporte como de manera posterior a dicho pago.

Si en el ejercicio de dicha facultad, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia tomara conocimiento de hechos constitutivos de delitos del inciso primero, deberá denunciarlos ante el Ministerio Público.”.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- Las modificaciones establecidas por la presente ley, serán aplicables para el pago del tercer aporte y siguientes del Ingreso Familiar de Emergencia, salvo las modificaciones introducidas al artículo 10 de la ley N° 21.230, las cuales serán aplicables para el pago del segundo aporte y siguientes. En razón de lo anterior, los requisitos relativos a la vulnerabilidad socioeconómica de los hogares establecidos en los numerales (i) y (ii) del artículo 1, numerales (ii) y (iii) del artículo 4 y numeral (i) del artículo 5 de la ley N° 21.230, vigentes con anterioridad a las modificaciones establecidas por esta ley, continuarán aplicándose para los efectos del pago del primer y segundo aporte del Ingreso Familiar de Emergencia.

Con todo, para quienes hayan solicitado el tercer aporte del Ingreso Familiar de Emergencia con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley y no hubiesen actualizado sus ingresos en conformidad a lo dispuesto en el nuevo inciso final del artículo 10 de la ley N° 21.230 incorporado por esta ley, se ordenará el pago de dicho aporte tomando en consideración la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar.

Artículo segundo.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario se financiará con cargo a los recursos provenientes de la partida presupuestaria Tesoro Público.

Artículo tercero.- El Ministerio de Desarrollo Social y Familia, dentro del primer semestre del año 2021, deberá presentar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación de la Cámara de Diputados un informe sobre el Ingreso Familiar de Emergencia, el cual contendrá un análisis sobre su cobertura e impacto de dicho beneficio y de su relación con otras iniciativas creadas en razón a la pandemia provocada por la enfermedad Covid-19. El mencionado informe deberá incluir la opinión de expertos de reconocida experiencia en política social y que reflejen una adecuada diversidad de visiones, quienes serán convocados por dicho Ministerio para tales fines.

De igual manera, dicho Ministerio, antes del 30 de septiembre del año 2020, deberá entregar una versión preliminar del referido informe.

Ambos informes deberán ser publicados en el sitio web institucional del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.”.

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Acordado en sesiones celebradas los días 23, 24, 27, 28 y 29 de julio de 2020, con asistencia de los Honorables Senadores señores Jorge Pizarro Soto (Presidente), Juan Antonio Coloma Correa, José García Ruminot, Ricardo Lagos Weber y Carlos Montes Cisternas.

A 29 de julio de 2020.

*El presente informe se suscribe sólo por la secretaria de la Comisión en virtud del acuerdo de Comités de 15 de abril de 2020, que autoriza proceder de esta manera.

MARÍA SOLEDAD ARAVENA

Secretaría de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE MODIFICA LA LEY N° 21.230, PARA FACILITAR Y AMPLIAR EL ACCESO AL INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA

(Boletín Nº 13.656-31)

I. OBJETIVO(S) DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: ampliar y facilitar el acceso al Ingreso Familiar de Emergencia creado por la ley N°21.230, aumentando el universo de beneficiarios al eliminar el requisito de vulnerabilidad basado en el Instrumento de Caracterización Socioeconómica, requiriendo solo integrar el Registro Social de Hogares.

II. ACUERDOS: aprobado en general por unanimidad (5x0).

Indicaciones números 3, 4, 12, 13 y 15. Inadmisibles.

Indicación número 14. Retirada.

Indicaciones números 1, 2, 7, 8, 9, 9 bis, 9 ter, 10, 10 bis y 11. Aprobadas por unanimidad (5x0).

Indicaciones de Su Excelencia el Presidente de la República de 29 de julio de 2020 (Indicaciones números 5 y 6 aprobadas junto a ellas). Aprobadas por unanimidad (5x0), a excepción de la última de ellas, que incorpora un artículo tercero transitorio, que fue aprobada por mayoría de votos (4x1 abstención).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único permanente estructurado en diez numerales y tres disposiciones transitorias.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V. URGENCIA: discusión inmediata.

VI. ORIGEN INICIATIVA: Cámara de Diputados. Mensaje de Su Excelencia el señor Presidente de la República.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII. APROBACIÓN EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS: en sesión de 22 de julio de 2020, fue aprobado en general por unanimidad de 140 votos.

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 23 de julio de 2020.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: informe de la Comisión de Hacienda.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

- La ley N° 21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia.

- La ley Nº 19.949, que establece un sistema de protección social para familias en situación de extrema pobreza denominado Chile Solidario.

Valparaíso, a 29 de julio de 2020.

MARÍA SOLEDAD ARAVENA

Secretaría de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 30 de julio, 2020. Diario de Sesión en Sesión 58. Legislatura 368. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

MODIFICACIÓN DE LEY N° 21.230 PARA AMPLIACIÓN Y FACILITACIÓN DE ACCESO A INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

A continuación, corresponde ocuparse en el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 21.230, para facilitar y ampliar el acceso al ingreso familiar de emergencia, con informe de la Comisión de Hacienda y urgencia calificada de "discusión inmediata".

--Los antecedentes sobre el proyecto (13.656-31) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite: sesión 53ª, en 23 de julio de 2020 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Hacienda: sesión 57ª, en 29 de julio de 2020.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Señor Secretario , ¿podría recordar los acuerdos de Comités para la tramitación de este proyecto?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Conforme a lo resuelto en sesión de Comités del 24 de julio del presente año, para el tratamiento de este proyecto se acordó otorgarle el uso de la palabra al Presidente de la Comisión respectiva para que rinda el informe pertinente; luego concederles la palabra hasta por cinco minutos a los integrantes de la Comisión correspondiente, y, posteriormente, abrir la votación, otorgándose hasta tres minutos para fundamentar el voto a las señoras Senadoras y a los señores Senadores que quisieren hacer uso de este derecho.

Eso es todo, señora Presidenta.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, señor Secretario .

En discusión general y particular a la vez.

Tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Hacienda, Senador señor Pizarro.

El señor PIZARRO.-

Señora Presidenta , hemos sido convocados a esta sesión especial al objeto de conocer el proyecto que modifica la ley N° 21.230 para facilitar y ampliar el acceso al Ingreso Familiar de Emergencia .

Esta iniciativa corresponde al paquete de medidas presentadas por el Ejecutivo para apoyar a las familias que han visto disminuidos sus ingresos como consecuencia de las restricciones establecidas por la pandemia COVID 19.

Esto obedece también al marco de entendimiento adoptado por el Congreso con el Gobierno para ayudar a las familias y a las personas a sobrellevar esta grave situación de emergencia, y se inserta dentro del marco de apoyo que va a ser el programa de reactivación de la economía a fin de garantizar y generar empleo.

El proyecto tiene por objeto modificar el Ingreso Familiar de Emergencia consignado en la ley N° 21.230, y busca aumentar el universo de beneficiarios al eliminar el requisito de vulnerabilidad basado en el instrumento de caracterización socioeconómica, conocido como "ISE", requiriendo solo integrar el Registro Social de Hogares definido en el decreto supremo N° 22, del 2015, del Ministerio de Desarrollo Social.

Las modificaciones planteadas persiguen establecer exigencias para postular al beneficio, que serían los siguientes:

-Contar con el Registro Social de Hogares .

-Cumplir con el umbral de ingreso establecido por ley (la actual), que es de 100 mil pesos per cápita.

-Acreditar ingresos (su baja, o su existencia o no) mediante declaración simple.

Con respecto al contenido del proyecto original, consta de un artículo único que contiene cinco numerales que modifican la ley N° 21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia, y dos artículos transitorios.

Mediante el primero se eliminan y modifican los requisitos para optar al Ingreso Familiar de Emergencia , aumentando el número de beneficiarios al suprimir la exigencia de vulnerabilidad basada en el ISE, precisando solo integrar el Registro Social de Hogares , que ya está definido en el decreto supremo respectivo.

El proyecto, además, busca facilitar la manera de acreditar los ingresos de los hogares que soliciten el beneficio. Se utilizará solo la información declarada por estos, simplificando de manera directa la postulación a dicho beneficio.

Elimina el Indicador Socioeconómico de Emergencia, y también simplifica el proceso de reclamación. Esto es bien importante, porque en aquellos casos en que no se haya ejercido el derecho a reclamo se persigue facultar al Ministerio de Desarrollo Social, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales, para informar, tomar contacto con las personas a fin de que actualicen sus ingresos al objeto de que puedan acceder a los beneficios.

En cuanto a las normas transitorias, las medidas serán aplicables a partir del tercer aporte y siguientes del Ingreso Familiar de Emergencia

El informe financiero, con las indicaciones incorporadas en la Comisión de Hacienda, estima un costo de 43.538 millones de pesos, considerando el gasto del tercer y cuarto aportes.

Asimismo, recibimos la opinión de invitados, de expertos, de gente que ha trabajo en estas materia, como la señora Clarisa Hardy , del Instituto Igualdad; la señora Heidi Berner y el señor Luis Díaz ; el Ministro de Hacienda ; el equipo del Ministro de Desarrollo Social y Familia y su Subsecretario, tanto de don Cristián Monckeberg en su momento como también de la actual Ministra de esta Cartera , señora Karla Rubilar .

Se presentaron indicaciones por parte de los Senadores Montes , Coloma , Pizarro y del Presidente de la Republica . Las del Primer Mandatario recogieron varias de las inquietudes de los Senadores, es decir, patrocinaron muchas cuestiones que surgieron del debate al interior de la Comisión. Ello implicó que se aprobaran las indicaciones que perseguían ampliar el número de beneficiarios y considerar a quienes tienen entre 65 y 69 años y que perciben pensiones básicas.

La Subsecretaria respondió además a una aspiración bastante sentida que incorpora a 170 mil pensionados adicionales, al recoger indicaciones de los señores Senadores , así como la sugerencia hecha por algunos de los expertos.

También se busca incorporar a los hogares con beneficiarios de aporte previsional solidario de vejez o de invalidez.

En la Comisión discutimos mucho acerca de la necesidad de tener una instancia donde se pudiera efectuar una evaluación y un seguimiento a la implementación de estas medidas. Hubo una indicación presentada por el Senador Montes, que se conversó en su seno, y se hizo el esfuerzo para alcanzar un acuerdo que permitiera, más allá de las facultades de control que poseen la Cámara y el Senado y de seguimiento de las Comisiones Mixtas de Presupuesto, contar con una estructura donde, con participación de expertos externos a la estructura del Ministerio de Desarrollo Social, fuera factible realizar una evaluación de la marcha y seguimiento de la implementación de estas medidas.

Nosotros planteamos que aquello fuera en forma bastante amplia. Finalmente el Gobierno, que es quien tenía la iniciativa para estos efectos, la acotó en una indicación al último artículo transitorio a algo parecido, más limitado, pero solo a través del Ministerio respectivo.

Señora Presidenta , este proyecto, que en términos sencillos plantea facilitar el acceso de más gente, sin duda constituye un avance que corrige tal vez las deficiencias que tuvo el diseño de la iniciativa original, como lo reconoció el propio Ministro Monckeberg , quiero ahora pasó a ser Ministro Secretario General de la Presidencia . Y plantea incorporar a muchos chilenos y chilenas respecto de los cuales no es factible su ingreso al Registro Social de Hogares por el requisito de entrada, que es el monto de 100 mil pesos de ingresos, o por el indicador socioeconómico.

Al eliminarse el indicador socioeconómico se facilita indudablemente la postulación de miles de compatriotas y la incorporación de los beneficiarios de las pensiones básicas solidarias de invalidez y de vejez y de quienes forman parte del pilar solidario, e implica un aumento muy considerable de gente que va a poder acceder a estos beneficios.

Señora Presidenta , la pandemia ha salido bastante más larga de lo que todos pensábamos, de modo que con esto se busca que aquellos que fueron rechazados puedan apelar o reclamar si no están conformes con los montos que se les asignaron, o que mediante una declaración simple señalen que sus ingresos han disminuido a fin de ser considerados en el Registro Social de Hogares e incorporarse dentro de los beneficiarios.

El proyecto fue aprobado en todas sus indicaciones por la unanimidad de los miembros de la Comisión. La diferencia -como señalé- estuvo en el último artículo transitorio, a propósito de la creación o no de una instancia de evaluación con participación de gente foránea a la estructura del Ministerio de Desarrollo Social, lo que quedó limitado en los términos expresados en el informe.

Es cuanto puedo informar, señora Presidenta.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

De los integrantes de la Comisión de Hacienda se inscribió el Senador Carlos Montes, quien hará uso de los cinco minutos acordados, más los tres de la fundamentación de voto.

Tiene la palabra Su Señoría, hasta por ocho minutos.

El señor MONTES.-

Señora Presidenta , han sido cinco meses muy duros para el mundo y para Chile; un sufrimiento profundo y desigual. Los chilenos de menores ingresos resultaron los más golpeados por la muerte, los contagios y tratamientos muy dolorosos; la necesidad de alimentos y calefacción; la pérdida de empleos, de ingresos y la incertidumbre de lo que viene por delante.

Un fenómeno que no conocíamos; que no sabíamos cómo abordar, en que había que hacer camino al andar. Es claro, sin embargo, que el Estado chileno no ha estado a la altura de las circunstancias: respuestas tardías e insuficientes; gran dificultad para asumir cambios y ajustes.

El Gobierno no lo ha hecho bien en lo sanitario; nos transformamos en parte de los campeones de los males en el mundo. Todavía no se entiende que el principal poder de prevención está en la comuna, aunque reconocemos que el Ministro Paris tiene otra forma de enfrentar la realidad y los problemas.

El Gobierno ha tratado de ahorrar recursos y ha postergado gastos. La cuarentana y el cuidado han sido difíciles. El Colegio Médico convoca a un grupo de economistas que dejan en claro que había más recursos y suficientes para terminar con el goteo y proteger a las familias trabajadoras y a las empresas.

Han muerto y sufrido personas cercanas y muy queridas.

Afecta la confianza y provoca distancia de algunas autoridades de Gobierno la falta de sensibilidad, de desconexión con el país real, y más afecta ver la incapacidad para reconocer problemas y errores, para superarlos, para acoger visiones y propuestas distintas.

El "bono COVID" de 50 mil pesos fue un error grande, y los 160 mil pesos promedio por hogar del IFE 2 no era lo que esperábamos. Fueron respuestas muy estrechas, y tenemos recursos para hacer cosas más contundentes.

Es necesario efectuar una evaluación seria de todos los programas de protección social y ver su real significado y aporte. Por eso en este proyecto solicitamos que el Ministerio de Desarrollo Social constituyera una comisión de expertos plural, para que con seriedad analizara los hechos y sacara lecciones y preparara el futuro; y esto, no más allá de un par de meses en la primera versión. Lamentablemente, el Ministerio no acepta la propuesta y decide que ellos harán la evaluación, consultando expertos.

Eso no es lo mejor, se requiere evaluación más autónoma. Esperábamos mayor visión, más sentido republicano, como nosotros lo hicimos respecto de la educación pública en el pasado.

La Oposición también debe realizar su evaluación de la realidad y de su rol. Es indudable que también hemos cometido errores. Cualquier cosa se puede decir del PS y de la Oposición; pero hemos sido una Oposición muy responsable con la gente, asumiendo la crisis, las necesidades; proponiendo diagnóstico y enfoque de renta básica universal. Solo marginalmente se ha recogido alguna de nuestras propuestas.

Asumimos que tenemos un Gobierno con otra visión, con otra perspectiva. Es un Gobierno de Derecha, tiene otra sensibilidad, otra mirada. Hemos aprobado proyectos porque era necesario dar pasos, a pesar de ser respuestas, a nuestro juicio, defectuosas e insuficientes, además de haberlas planteado a toda carrera, acelerada, sin haber tenido los tiempos de reflexión suficientes.

Está claro que el Gobierno es el principal responsable de hoy y para la historia.

El proyecto que hoy discutimos es para corregir problemas en el IFE 2. Muchas familias no entraron. Hay fuerte molestia con cómo se han hecho las cosas; ya se han presentado millones de apelaciones.

Hoy día los ciudadanos chilenos entienden que la protección social es un derecho, no una concesión del Gobierno. No es que haga un esfuerzo el Gobierno: es un derecho y una obligación.

Los problemas que hemos tenido son de dos tipos: de enfoque y orientación de la ley por un lado, y de aplicación de la ley, por el otro.

Está claro que el umbral de 100 mil pesos por integrante del hogar fue y ha sido muy bajo para incorporar a los sectores más necesitados. Quedó corto. Lo dijimos cuando teníamos tres meses: debía ser superior. Y el problema principal de la ley es la cobertura. Y el aporte a la familia, 160 mil pesos, es muy inferior a lo que esperábamos. Confiamos en que en agosto no se baje a 80 por ciento, que se mantenga lo de junio y julio, porque las situaciones siguen siendo muy duras.

Por otro lado, además de la concepción, de los conceptos, de la visión global, está la aplicación de la ley.

Discutimos mucho que el ingreso autorreportado era el que en definitiva debía primar. También, que debía presentarse en la solicitud, y no se le da ese papel acordado; solo se permite en la apelación, por lo que cientos de miles de personas quedaron fuera. Y este proyecto lo que hace es volver a lo que suponíamos discutido, a lo que dice el acta o el informe de la Comisión. Y volvemos a decir: el autorreportado es lo que manda, ya lo suponíamos acordado.

En seguida, discutimos mucho que el Estado debía ir a la familia y no la familia al Estado, que debía ser automático, sin solicitud. El Estado tenía los antecedentes necesarios, al menos para los 3 millones 200 mil personas dentro del 40 por ciento de mayor vulnerabilidad. Y se nos dijo que no, que el protocolo administrativo lo hacía, que era posible de otra manera.

Iban a hacer una campaña publicitaria. No la conocemos. O la hicieron a medias. Todavía, ¡todavía!, no sabemos cuántas familias que podían presentarse no lo hicieron.

Todos estos temas y soluciones están en el informe de la Comisión del IFE 2.

Ahora se nos presenta un proyecto para afirmar estos mismos aspectos. Es una reiteración de lo que ya acordamos. Lo aprobaremos, porque qué sentido tiene hacer otra cosa, si ya estuvimos de acuerdo antes. Por el contrario: gestamos ese sentido de las cosas.

Lo aprobaremos, pero el Parlamento lo resolvió antes y no se aplicó adecuadamente. Y hoy día, al aplicarse adecuadamente, se agregan 80 mil personas, que es equivalente a los beneficiarios de estas leyes de la comuna de Maipú. De los 2 millones 333 mil personas que ya han recibido, ahora agregamos 80 mil, a partir de estos ajustes.

En el curso de la discusión se trató de mejorar el umbral. Esto fue lo que se agrega al proyecto, por los costados, no por el techo, cuestiones que ya se habían planteado en la discusión anterior del IFE. Y se logró que el Gobierno incorporara a las personas con Pensión Básica Solidaria de 65 a 69 años, porque no había ninguna razón para no darles el mismo tratamiento que a los mayores de 70. Y también los del Aporte Previsional Solidario de Vejez e Invalidez, bajo Pensión Básica Solidaria.

Tenemos dudas operativas y metodológicas. Lo hemos hecho ver hoy día en la mañana a través de distintos antecedentes a la Subsecretaria.

Esperamos que se haga como se nos ha dicho. Nos cuesta creerlo, por lo que ha ocurrido antes. Lo de la PS de vejez y de invalidez se presta para interpretaciones, a nuestro juicio, todavía.

¿Qué pasa con muchos otros que tuvieron Pensión Básica Solidaria o inferiores? ¿Qué pasa con los exonerados? ¿Los de la pensión Rettig? ¿Los Valech? ¡Pensiones en AFP bajísimas! Esperamos que esto, en los hechos, se incorpore.

Bien, seguiremos con los otros proyectos, en esta lucha por enfrentar la pandemia. El de protección del empleo es importante. Ya aparecen forados fuertes y tenemos que pensar qué es lo que vamos a hacer. Trataremos de ampliarlo.

El del fondo COVID se sale de los acuerdos del plan de emergencia. El proyecto que se presentó en la Cámara está fuera de los acuerdos. Nosotros siempre estuvimos por flexibilizar y agilizar al máximo los procesos, que fueran más rápidos, pero no renunciar a discutir los objetivos y menos bajar los controles de la Contraloría y del Parlamento. Se trata de agilizar, no de entregar facultades. Tenemos que discutir los contenidos de las cosas.

Yo me atrevo a decir que este proyecto hay que votarlo a favor en su conjunto. Su texto corrige o asume lo que ya habíamos decidido y agrega un par de avances en segmentos sociales que estaban fuera. En ese sentido, no queda más que aprobarlo, y creemos muy importante que, en definitiva, podamos ir mejorando las cosas.

Muchas gracias, señora Presidenta .

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Gracias, Senador Carlos Montes.

Tiene la palabra el Senador José García, hasta por cinco minutos.

El señor GARCÍA .-

Muchas gracias, señora Presidenta .

Saludo a las señoras Senadoras, a los señores Senadores.

Este proyecto de ley viene, por una parte, a facilitar la obtención del Ingreso Familiar de Emergencia y, por otra, a ampliarlo. Ambos objetivos son completamente deseables.

¿Qué hace la iniciativa? En primer lugar, elimina el requisito de vulnerabilidad socioeconómica, de forma tal que solo se va a requerir el Registro Social de Hogares para postular. De esta manera, se elimina el Indicador Socioeconómico de Emergencia, que se había creado, si mal no recuerdo, en el IFE 1. La idea es facilitar que las familias, más que postular, puedan acceder al Ingreso Familiar de Emergencia .

También se simplifica la manera de acreditar los ingresos de los hogares, considerando solo la información autodeclarada. Así, será la palabra del postulante lo más importante a la hora de resolver sobre el beneficio.

Hoy día, el Ministerio de Desarrollo Social tiene aproximadamente un millón y medio de solicitudes del IFE 2 que no están resueltas. La gran mayoría, según lo que nos informaron durante la tramitación de esta iniciativa de ley, es porque existen inconsistencias entre los datos administrativos y lo que la familia señala, que es su actual situación de ingresos. Entonces, ¿qué va a primar? Va a primar la declaración jurada simple que va a hacer el jefe de familia que va a postular al Ingreso Familiar de Emergencia , o el que está a la espera de la resolución de su postulación, o aquel que apeló y al que le dijeron que no cumplía con los requisitos, por lo que va a volver a ser revisada su solicitud. Bueno, ellos también van a poder autodeclarar sus ingresos.

Por eso, este proyecto debiera facilitar enormemente que ese millón y medio de familias, en la medida en que cumpla con los requisitos, pueda acceder al Ingreso Familiar de Emergencia.

Otra cosa que hace esta iniciativa y que nosotros valoramos y agradecemos mucho, particularmente al Ministro Ignacio Briones , al Ministro de Desarrollo Social , en ese minuto Cristián Monckeberg , es que extiende el beneficio a quienes tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez y se encuentren entre los 65 y 69 años.

Yo quiero recordar que en el IFE 2 incorporamos automáticamente a todos quienes son beneficiarios de una Pensión Básica Solidaria de 70 años hacia arriba. No es que se nos hayan quedado fuera. En ese minuto se consideró que la mayor urgencia estaba en ese grupo etario. Sin embargo, fruto de las conversaciones, se creó consciencia en torno a la urgente necesidad de incorporar también a quienes son beneficiarios de una Pensión Básica Solidaria de Vejez entre los 65 y 69 años, y el Ejecutivo accedió a ello.

Por otra parte, se incorporan también como nuevos beneficiarios, a partir del tercer aporte, correspondiente al mes de julio, quienes tienen uno o más miembros de su hogar con Aporte Previsional Solidario, sea de invalidez o vejez, cuya jubilación sea de un monto menor o igual a la Pensión Básica Solidaria. Con esto se incorporan 171 mil adultos mayores como nuevos beneficiarios al Ingreso Familiar de Emergencia .

En total, con los dos grupos que se están incorporando, los pensionados entre los 65 y los 69 años y aquellos pensionados con Aporte Previsional Solidario, son 241 mil 878 hogares los que vamos a incorporar, con un costo fiscal de casi 44 mil millones.

Es muy relevante también destacar que en el caso de aquellos hogares en que no se haya ejercido el derecho a reclamo, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales, deberá informar a dichas personas la posibilidad de actualizar sus ingresos mediante esta modalidad que señalábamos, autorreferida, mediante declaración jurada simple, para efectos de acceder al beneficio.

Muy importante también: se establece un silencio administrativo...

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Dele un minuto al Senador García, por favor.

El señor GARCÍA .-

¿Puedo usar de mis tres minutos, Presidenta?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Sí, señor Senador.

El señor GARCÍA .-

Decía que se establece un silencio administrativo positivo en el que la Subsecretaría de Servicios Sociales tendrá un plazo de hasta tres días para resolver la reclamación.

Yo valoro mucho la instancia que se está creando, esto de que se va a tener que emitir un informe, considerando la opinión de personas expertas. El primer informe va a estar disponible dentro del mes de septiembre de este año, de manera de tenerlo presente para la discusión del Presupuesto del 2021.

Por cierto, el informe acabado, final está previsto para los primeros meses del próximo año. Pero es un informe en que el Ministerio de Desarrollo Social tiene la responsabilidad de convocar a los expertos, con diferentes visiones, con diferentes miradas respecto de cómo se ha estado trabajando y cómo han sido los apoyos sociales a las familias en estos momentos tan duros, tan difíciles; en estos momentos de pandemia.

Por lo tanto, yo lo valoro mucho, porque esto lo planteó el Senador Montes . El Ejecutivo lo acogió. Por supuesto, no está exactamente en los mismos términos en que él lo planteó, pero es un avance importante, significativo, que nos va a ayudar mucho también a nosotros, como Parlamento, en nuestras propias evaluaciones.

Yo siento, señora Presidenta, que este proyecto va a ser una tremenda contribución a que miles y miles de familias puedan acceder al Ingreso Familiar de Emergencia, a que incorporemos a estos grupos de tercera edad, a estos pensionados que no habían sido incorporados hasta la fecha.

Por esa razón, anuncio mi voto favorable, tanto en general como en particular, a esta importante iniciativa, que además tiene, por supuesto, un tremendo sentido de urgencia para que los recursos lleguen prontamente a las familias.

Muchas gracias, señora Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador García.

Tiene la palabra el Senador Coloma, hasta por ocho minutos.

El señor COLOMA.-

Gracias, Presidenta.

No cabe duda de que -lo he dicho en otras ocasiones- nos tocó a quienes estamos hoy día con responsabilidades públicas enfrentar quizás el evento más inesperado de todos los que han ocurrido, por lo menos en este siglo y, probablemente, en el siglo anterior en su grueso espacio.

Y no cabe duda de que ni el Gobierno, ni los parlamentarios, ni los ciudadanos estaban preparados -no lo estaba nadie en el mundo, no en Chile- para enfrentar un drama de esta naturaleza. Si alguien cree que se las sabía todas antes de que hubieran debido tomarse medidas A, B o C, basta leer lo que planetariamente está ocurriendo para darse cuenta precisamente de lo contrario: que como esta es una pandemia que ha evolucionado, una pandemia cuyos efectos todavía no tienen bordes, es imposible poder anticipar exactamente la naturaleza de las medidas.

Por eso, la lógica de ir cambiando, mejorando las iniciativas es la lógica de los seres humanos con inteligencia, de entender que lo que pudo haber sido bueno en marzo, con una situación esperada X, ya con julio es Z, por lo que obviamente hay que modificar, y probablemente vamos a tener que seguir haciéndolo. Yo no me enredo con esto de que uno tenga que ir incorporando elementos nuevos a la legislación de políticas públicas para llegar ¿dónde? Más cerca de las personas que están sufriendo más, porque estos son procesos evolutivos, cambiantes.

De ahí que no me extrañe que sigamos, al igual que en todas partes del mundo, revisando las distintas políticas públicas.

Acabo de ver ahora que en los países más desarrollados están modificando todas las normas que en su momento creían suficientes, tanto desde un punto de vista de transferencia, como desde un punto de vista sanitario y desde un punto de vista de reactivación económica, porque las crisis son mucho más profundas que lo que estamos viendo.

Y el Gobierno ha hecho un esfuerzo que yo valoro. No tengo aquí ni un tipo de trauma para señalar que el Ministro Briones , luego el Ministro Monckeberg y ahora la Ministra Rubilar , y también, quiero subrayarlo, los Subsecretarios Alejandra Candia y Sebastián Villarreal , han hecho un esfuerzo gigantesco por ver cómo esta parte del problema -no es todo-, que son las transferencias directas a las personas, pueda efectuarse de mejor manera.

Recordemos que en marzo partimos con el "bono COVID"; posteriormente vinieron el IFE 1 y, en materia económica, el Fogape. Acabamos de ver el tema del ingreso de clase media, que es un esfuerzo gigantesco en ese mundo. Estamos aprobando los incentivos económicos para la reactivación. Y era importante modificar o mejorar todo lo que tenía que ver con el IFE, que es aquel instrumento de política pública que apunta a la transferencia, sobre todo, a aquellas personas de los sectores más vulnerables y que adicionalmente han perdido ingresos, al igual que muchos millones de compatriotas.

Quiero por lo menos hacer una declaración de principios: creo que esto es propio de los países que están cerca de los problemas y que tienen que ir siempre gastando con una sensibilidad más directa respecto de dónde superarlos.

Yo lo valoro y lo voy a seguir valorando.

Ya han sido definidas las características del proyecto, pero quiero subrayar algunas.

Primero, enfrenta un tema que es complejo en materia de política pública, pero importante: modificar el concepto, para este efecto, de "vulnerabilidad".

La vulnerabilidad ha sido un elemento no de este Gobierno, de muchos gobiernos, para tratar de enfocar el esfuerzo mayor de las políticas públicas. Lo que pasa es que es de tal complejidad en momentos de emergencia establecer esa vulnerabilidad, que se prefirió, en este paso, recurrir a otros sistemas, como la inscripción en el Registro Social de Hogares y, básicamente, algo que es muy novedoso, que tiene un riesgo pero que puede ser importante: el autorreporte.

De alguna manera, reemplazar ese concepto de tener un porcentaje de vulnerabilidad por un autorreporte respecto de personas que señalen que han tenido un menor ingreso relevante y que tienen un ingreso total de una cantidad que amerita este beneficio va a permitir, obviamente, mucha más velocidad de respuesta y mucho menos espacio para las reclamaciones. Y las reclamaciones también tienen un cambio importante respecto de cómo hacerlas, donde se va a preferir siempre el autorreporte. Esto es como el ADN diferenciador de este proyecto. Y eso creo que es muy relevante entenderlo.

Adicionalmente, se aumenta el número de personas que pueden acceder, a través de más de 241 mil hogares, y básicamente se incorporan, algo que hicimos en el anterior -me tocó a mí proponerlo, por eso que lo valoro, pero en ese caso fue acogido parcialmente-, las personas con pensiones de invalidez de entre 65 y 69 años, que si bien no han perdido los recursos, tienen una situación y calidad de vida -reciben pensiones de invalidez por algo- que amerita una comprensión mayor del esfuerzo económico que eso va a suponer, más todos los beneficiarios del Aporte Previsional Solidario, en el que se elimina también el requisito de tener 70 años.

O sea, aquí estamos facilitando, desburocratizando y ampliando la base de acción.

Hay otros dos elementos que quiero destacar.

El primero es una indicación que fue aceptada por la autoridad y que básicamente tiene que ver con algo que es bien de sentido común: cómo establecer una obligación de la autoridad, del Ministerio, de contactar a aquellas personas que, teniendo en teoría el derecho a requerir el beneficio, no lo están haciendo.

Y esa es una parte muy importante de todos los problemas que hace décadas existen en Chile en materia de contactar a aquel beneficiario. Sé de otros casos -lo he preguntado- de políticas públicas que están pensadas para universos grandes, no obstante lo cual de repente hay un 20 por ciento de personas que nunca acceden a ellas, teniendo todos los derechos, y disponiéndose incluso de los recursos, por esta vinculación que existe entre la persona que lo necesita y el Estado.

El Estado, obviamente, tiene que modernizarse, porque los registros no corresponden a la velocidad de cambio del día de hoy. Y este es un paso muy importante para establecer la obligación de la autoridad de ir a buscar. Es un cambio muy decisivo, una visión diferente de cómo se va a ubicar a estas personas.

Otro elemento es lo que podría llamar una cierta "trazabilidad"; o sea, en el fondo ir haciendo seguimientos posteriores de cómo fueron dándose los espacios de convocatoria y cuáles son las políticas que al final uno debe revisar en escenarios de esta naturaleza para que los beneficios diseñados, que tienen un alto costo fiscal, y que nos han planteado lleguen realmente a todos.

Esto, Presidenta, nosotros creemos que va a llegar a más de tres millones de hogares -quiero poner este dato, para terminar: ¡tres millones de hogares!-, que en virtud de los mejoramientos, de los espacios de confianza, de las conversaciones, de los aportes mutuos, de la capacidad de recibir, van a incorporarse, en este momento tan difícil, en una ayuda especial del Estado.

Creo que estamos ante un muy buen proyecto y lo vamos a aprobar.

He dicho.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra el Senador Ricardo Lagos, hasta por cinco minutos.

El señor LAGOS .-

Señora Presidenta , creo que todos coincidimos en que, cuando comenzó la crisis, era difícil prever el horizonte de tiempo que íbamos a tener que enfrentar, la profundidad de la crisis y cuánto iba a afectarnos en términos sanitarios y en términos económicos.

Con todo, entendiendo ese argumento, que puedo conceder, en cuanto a que nadie podía saber a priori cuánto iba a durar esta situación y cuál iba a ser su profundidad, no es menos cierto que, a poco andar, y observando lo que ocurría afuera, en países que sufrieron antes la crisis, más el propio desarrollo de esta en nuestro país, tanto desde el punto de vista sanitario como económico, nos fue quedando claro -creo que a varios, incluido el Gobierno- de que estábamos frente a un fenómeno serio y grave.

Y ahí se produce entonces, si ustedes quieren, el elemento que genera esta tensión con el Gobierno y el Oficialismo, que es que, cuando comienzan a aparecer las medidas, la Oposición pone un contrapunto. ¿A partir de qué? A partir de la experiencia propia que hemos tenido nosotros administrando crisis y viendo cómo intervenir socialmente, pero, por sobre todo, observando lo que ocurría en el extranjero. ¡Si aquí no había que descubrir la rueda!

Por eso, yo me he cansado -no me he cansado: ¡voy a seguir haciéndolo!- de repetir lo que hicieron otros países cuando empezó la crisis, con menos casos que los nuestros: implementaron medidas económicas y sanitarias muy drásticas y muy profundas, ¡muy profundas!, desde Nueva Zelandia, con pocos casos, donde se interviene con un lockdown completo el territorio y con un apoyo y estímulo económico significativo, cuando ni siquiera habían fallecido personas por el COVID-19, hasta la República Alemana, donde la Canciller Merkel lo que hace, al final del día, es decir: "Nosotros vamos a romper incluso nuestro principio sacrosanto del déficit y vamos a entrar en un déficit, porque tenemos que apoyar". Y hoy día comprobamos que la economía alemana ya ha caído alrededor de cuatro o cinco puntos. O sea, es una economía que se hundió y a la cual hubo que ponerle muchos recursos.

Digo esto porque nuestras diferencias con el Gobierno es que a este le costó ver este elemento. Llamó a la unidad y había que entender cómo enfrentar la crisis. Y uno, como Oposición, puede, o quedarse de brazos cruzados y decir "bueno, haga usted todo lo que tiene que hacer", o realizar un esfuerzo por mejorar los proyectos del Ejecutivo. Y lo logramos en todos ellos. Hicimos dos cosas: los mejoramos, dentro de lo que era posible, sin rechazar ninguno, y segundo, ¡los aprobamos todos!

Pero, ¿qué pasa? Que, cuando yo veo este proyecto y leo el informe de la Comisión de Hacienda, que está correcto por lo demás, los tres o cuatro primeros puntos, donde se elimina el requisito de vulnerabilidad y se elimina el Indicador Socioeconómico de Emergencia, lo cual es bienvenido, me doy cuenta de que nosotros los planteamos en el IFE 1. Busquen lo que expresamos en la Comisión de Hacienda, lo que se señaló en la Sala del Senado, las presentaciones de la ex Subsecretaria Heidi Berner . Lo dijimos desde el día uno: "Eliminen este requisito; va a generar un problema".

Entonces, lo acordamos en el IFE 2, y ahora, en el IFE 3 -porque advertimos que íbamos a estar con un IFE 2 y un IFE 3-, estamos arreglando algo que, se supone, ya estaba resuelto.

Lo que yo quiero transmitirle al Gobierno, en el minuto y medio que me queda, es que nosotros vamos a aprobar este proyecto, que ayuda a un poco menos de 300 mil personas, no todas por el monto total, pero va a haber un beneficio. Y le quiero decir que el problema no es la Oposición, sino la pandemia y cómo la encaramos, en lo cual tenemos enfoques distintos.

Llegamos a un acuerdo por 12 mil millones de dólares. Costó un kilo sacar ese acuerdo. ¡Costó! Pero es el Gobierno el que tiene que dejarse ayudar, en el buen sentido.

Hemos sido categóricos: el Presidente Piñera y este Gobierno no van a resolver solos esta crisis. Eso, cuando aprobamos el "bono COVID-19", de 50 mil pesos, lo dijimos en la Sala. ¡Revísenlo! Se los hago presente -por su intermedio, señora Presidenta - al Ministro de Hacienda y al Ministro Secretario General de la Presidencia . Se los advertimos. Les dijimos: "No van a salir solos; van a requerir el apoyo de la Oposición y el Parlamento". Y, cuando se le pide el apoyo al Parlamento, este tiene que ser escuchado.

Dicho eso, ¿hubo mejoras sustantivas en este proyecto? Sí, sobre temas que ya habíamos planteado antes.

Entonces, ¿qué me gustaría a mí del Gobierno? Miren lo que les voy a pedir: una mínima autocrítica y humildad. Humildad para decir: "¿Sabe qué? Tal vez deberíamos haber actuado un poco antes. Tal vez tenían razón cuando afirmaron que el Indicador Socioeconómico no era necesario y que iba a ser un problema; que el autorreporte de los ingresos debería haberse privilegiado y aplicado desde el día uno, como se sugirió, y no se hizo".

Eso ayudaría a decir: "¡Ah! Están escuchando. Hay voluntad. Vamos a poder entendernos".

Ahí yo comparto responsabilidades legislativas. Pero, si lo que tengo es que todas las mejoras son gracias a Chile Vamos, al Oficialismo y a la generosidad del Gobierno, con una Oposición que pareciera que todo el día está entorpeciendo...

Me voy a tomar un minuto más, señora Presidenta, de los tres que me quedaban antes de hacer uso de este.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias.

El señor LAGOS .-

Me tomo un minuto más y me guardo dos, por si acaso.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Un minuto, Senador Lagos .

El señor LAGOS.-

Solamente para cerrar.

Entonces, este proyecto es un avance y lo voy a aprobar, pero quiero aprovechar de decirle al Gobierno que tratemos de generar la sensación, si es que quiere, de que podemos ponernos de acuerdo, y de que no quede como que existe una Oposición que todo lo critica, ante un Gobierno que trata de hacerlo lo mejor posible, o que terminemos, por último, señalando que este es un Gobierno mezquino, que tiene una mirada cortoplacista, neoliberal, insensible, etcétera. ¿Y saben qué? A nadie le creen ya ninguno de esos discursos. Yo prefiero que se diga, con humildad: "Tal vez, desde el IFE 2, deberíamos haber hecho las cosas de una manera distinta, para corregirlas en el IFE 3, y valoramos los aportes que se efectuaron desde la Oposición".

Hasta el día de hoy, en todos los anuncios del Presidente, hay un agradecimiento indirecto. Para el Acuerdo Nacional se hizo un esfuerzo. Pero yo siento que, así, no.

¡Eso!

Y, por último, quiero señalar que no podemos seguir legislando de esta forma. Está el proyecto sobre protección del empleo...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Lagos.

Senador Pizarro, tiene la palabra hasta por cinco minutos.

El señor PIZARRO.-

Presidenta, coincido plenamente con lo que han manifestado mis colegas Montes y Lagos.

Desde la Comisión de Hacienda y desde la Oposición hemos hecho un esfuerzo, yo diría, en dos sentidos: permanentemente, en cada uno de los proyectos de urgencia que se han presentado producto de la pandemia, y también producto del acuerdo a que llegó la Oposición en el Congreso, la Comisión de Hacienda, más algunos Diputados, con el Gobierno, para generar un marco de entendimiento y establecer una suerte de plan de emergencia para enfrentar la crisis en todos los ámbitos.

En cada una de las propuestas, el esfuerzo que hemos hecho es tratar de mejorar los proyectos para que sean más simples de implementar y de comprender por parte de los posibles beneficiarios.

Y segundo, que tengan una cobertura lo más amplia posible, porque el drama que nosotros percibimos permanentemente es que, a pesar de que mucha gente accede a los beneficios, hay mucha otra que queda fuera de ellos por distintas razones. Claro, cuando uno usa un instrumento que tiene un diseño determinado, sabe que algunas personas van a quedar fuera. Pero son instrumentos hechos para tiempos de normalidad. Cuando se trata de tiempos de emergencia, el diseño -por ejemplo, el Registro Social de Hogares , sumado, encima, con el Indicador Socioeconómico- resulta una traba para el ingreso de miles de personas que, teniendo derecho o cumpliendo los requisitos para estar ahí, no pueden acceder.

Otro tanto ocurre con el ingreso, que fue parte de la discusión más dura que tuvimos cuando nosotros, desde la Oposición, le planteamos al Gobierno: "Mire, queremos que haya un Ingreso Familiar de Emergencia que esté en la línea de pobreza". Tuvimos una diferencia en la cantidad, pero llegamos al acuerdo de establecer 100 mil pesos per cápita después de un largo debate. Sabíamos que, siendo un avance, era insuficiente, y lo sigue siendo para las personas que lo reciben y, más aún, para aquellas que no lo reciben.

Entonces, uno realmente se empieza a desgastar y también a perder confianza en que la forma en que estamos tratando de llegar con ayuda a las personas que más lo necesitan está cumpliendo su objetivo.

Hemos reiterado hasta el cansancio que hay sectores importantes que no entran en ninguna de las categorías que hemos establecido.

Ayer, en la Comisión de Desarrollo Social de la Cámara se rechazó el apoyo a los sectores medios en lo referente al crédito. ¿Por qué? Porque no se sabe si van a entrar o no los choferes de taxis, que es un tema que hemos planteado insistentemente. Lo planteé yo ayer en este mismo Senado. No sabemos si van a entrar algunos sectores de la pesca artesanal, si van a entrar los pequeños mineros.

Claro, dentro del volumen, uno dice: "Bueno, varios van a entrar, probablemente". Pero el Gobierno, hasta ahora, nunca ha querido abrirse a buscar soluciones para ciertos sectores. Pueden ser parte de grupos corporativos, representativos, como quiera que se llamen, pero son personas de sectores medios emergentes a las que, objetivamente, no les llega el Fogape, no les llega o no pueden ingresar al IFE, no reciben el "bono COVID", no están dentro del Seguro de Cesantía. ¿Por qué? Porque son trabajadores que, desde el punto de vista de los ingresos, actúan con informalidad, pero pertenecen a sectores regulados, sectores reconocidos; son personas con nombre y apellido y con autorización para funcionar todos los días. Sin embargo, no ha habido voluntad para meterlas en ninguna parte.

Entonces, al final uno también empieza a frustrarse, o a molestarse, por decirlo así.

La lógica del Gobierno en este proyecto es evidente: simplificar, porque, en la práctica, ellos mismos se han dado cuenta de que el diseño no estaba bien hecho. No lo han querido reconocer públicamente, pero esa es la verdad. El Ministro Monckeberg lo dijo ayer.

Por lo tanto, aquí también se requiere un poquito más de humildad, un poquito más de...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Terminó su tiempo, Senador.

El señor PIZARRO.-

Le pido un minuto más, Presidenta, porque lo que me interesa es que la gente entienda el porqué.

Se dice que lo ideal es enemigo de lo bueno.

Este proyecto, evidentemente, es un avance, porque simplifica y va a permitir que ingrese más gente. Ya se ha explicado acá y lo dije yo en mi informe: se termina con las discriminaciones en contra de la gente de 70 años para arriba, por las pensiones básicas solidarias y de invalidez; y entran los mayores de 65. Les corresponde a todos. Y está bien. Es un avance.

Pero nosotros sabemos y estamos conscientes de que no es suficiente ni soluciona el problema de mucha gente que sigue quedando fuera. ¿Por qué? Porque, claro, esto está hecho para los que cumplen con determinados requisitos, de modo que, los que no los cumplen, quedan fuera.

Entonces, Presidenta , a mí me da la impresión de que, para los temas que vienen -porque todavía quedan varios proyectos-, ya se ha instalado un nivel de desconfianza, de prejuicio, en cuanto a que cualquiera de esos proyectos, o vienen con letra chica, o son engañosos, o no son eficientes.

Nosotros, desde el punto de vista del Congreso, le hemos dicho reiteradamente al Ejecutivo en la Comisión que, cuando advertimos aquello, levantamos un punto político, nos damos cuenta de que las cosas no van a funcionar y demostramos que, en la práctica , no están funcionando todo lo bien que quisiéramos, y el Gobierno, desde el punto de vista técnico, cree que lo concreto no se condice con la realidad, lo único que uno pide es que por lo menos le reconozcan que alguien se equivocó o que las cosas no se hicieron suficientemente bien. Y, como la gente nos ataca a nosotros, nos pregunta a nosotros, nos cuestiona a nosotros, tenemos la obligación de hacerlo ver, con fuerza, con mucha franqueza y cumpliendo nuestro rol.

¡Si nuestro rol, como Oposición, no es oponernos a todo porque sí! Es por lo menos hacer ver y representar lo que creemos que puede ser mejor para la gente y para el país, porque también tenemos ideas, tenemos técnicos, tenemos propuestas. No somos poseedores de la verdad completa, pero el Gobierno ha demostrado ser incapaz de reconocer la realidad tal como se está dando en una situación de excepción, la cual, como han dicho acá mis colegas de Gobierno, para todos es, sin duda, una novedad que genera incertidumbre e incerteza. Pero, si realmente queremos lograr una buena instrumentalización de los acuerdos que adoptamos, entonces también hay que tener apertura y flexibilidad para escuchar lo que desde acá podamos decir.

Nosotros vamos a aprobar el proyecto. No podríamos no aprobarlo. Imagínense ustedes que más de 300 mil personas se podrían ver perjudicadas porque queremos hacerle un punto mayor al Gobierno. No lo podemos hacer. Pero eso igualmente refleja el nivel de impotencia como a veces apreciamos lo que está sucediendo en el país.

Gracias, Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

A usted, Senador Pizarro.

Vamos a dar inicio a la votación del proyecto de ley.

Señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, señora Presidenta .

Se va a abrir la votación en la Sala.

Conforme al acuerdo de Comités, cada señora Senadora o señor Senador podrá fundamentar su voto hasta por tres minutos.

--(Durante la votación).

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Hoy día vamos a iniciar la consulta de opción de voto con la Senadora señora Órdenes.

Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?

La señora ÓRDENES.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor Ossandón, ¿cómo vota?

Tiene que activar su micrófono.

Senador señor Prohens, ¿cómo vota?

El señor PROHENS.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senadora señora Provoste, ¿cómo vota?

Senadora señora Provoste, ¿cómo vota?

Senadora señora Provoste, ¿cómo vota?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Voy a solicitar a la Sala autorización para que ingresen los Subsecretarios de Desarrollo Social y de Evaluación Social.

¿Habría acuerdo?

Muy bien.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor Pugh, ¿cómo vota?

Senador señor Quintana, ¿cómo vota?

El señor QUINTANA.-

Voto a favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?

El señor QUINTEROS.-

Quiero fundamentar, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Cómo no.

El señor QUINTEROS.-

Presidenta, desde abril hasta la fecha, este es el cuarto intento del Gobierno para generar una medida efectiva y de acceso simple que alivie a miles de hogares afectados por la crisis.

Ahora, a casi cinco meses de iniciada la pandemia, el Gobierno descubre que es necesario ampliar y facilitar el acceso al IFE. Su gesto no alcanza para felicitarlo.

Se lo dijimos en todos los tonos: se requiere una renta básica universal de emergencia, sin trámites, para todo el que lo necesite.

Por cierto, el IFE no ha llegado a todos, como se anunció originalmente, ni siquiera a todos los pobres que perdieron o disminuyeron severamente sus ingresos.

Explicaciones y justificaciones seguiremos escuchando.

Como en las tres ocasiones anteriores en que hemos debatido el ingreso familiar, nuevamente votaremos a favor. Las urgencias de las personas así lo exigen. Pero no quiero seguir insistiendo en el mismo tema, el Gobierno no ha escuchado y no creo que vaya a escuchar, aunque siempre esperamos un cambio, especialmente con los nuevos Ministros.

Prefiero llamar la atención en dos puntos que me parecen importantes y que esta mañana, de alguna manera, algo se tocaron. Primero, la situación de las políticas públicas sobre la pobreza en Chile; después de muchos años en que esta fue una prioridad, en un momento pasó a segundo plano, mientras el debate se centró en las formas de medir la pobreza y no en los métodos para enfrentarla.

Es claro que la pobreza ha cambiado; basta ver la segregación urbana, los "ninis", los nuevos campamentos, los migrantes, las personas en situación de calle. Y todavía más compleja es la pobreza encubierta por los créditos de una clase media que si deja de trabajar un mes puede perder todo lo que ha conseguido por la vía del endeudamiento.

El Registro Social de Hogares , heredero de la Ficha de Protección Social y de la antigua ficha CAS, también ha demostrado insuficiencias. Sin pandemia, ya se requería una revisión profunda de los recursos y las herramientas que estamos utilizando; pospandemia, con millones de personas que se han empobrecido, ha pasado a ser la prioridad.

¿Qué ha dicho este Gobierno mientras tanto? Le cambió el nombre al Ministerio a cargo, insistió en llamarlo "de la familia", subordinando su rol en el desarrollo social.

Cuatro Ministros han pasado por la Cartera, tres de ellos en los últimos tres meses. Cuando eran más necesarios que nunca la experiencia, el conocimiento y el dominio de los temas, se ha optado por la improvisación.

Y también tenemos vacíos en este Senado; las materias del Ministerio de Desarrollo Social son vistas por distintas Comisiones: Gobierno...

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Dele un minuto, por favor, al Senador.

El señor QUINTEROS

... pero creo que... (falla de audio en transmisión telemática)... en asuntos de pobreza y desarrollo social.

Los efectos de la pandemia se dejarán sentir por un tiempo largo en el país, los instrumentos transitorios deberán dar paso luego a otros permanentes, y el Senado debe estar mejor preparado para este debate.

Ha quedado claro que algunos dogmas deberán ser superados, lo que antes era una virtud, como era la mayor focalización de nuestras políticas públicas, ha pasado a ser una debilidad.

Esta discusión también tiene que ver con otros temas, como la nueva economía, la modernización del Estado y el debate de una nueva Constitución. La universalidad de los derechos o beneficios también tiene varios inconvenientes, desde luego el financiero es uno de ellos.

Señora Presidenta, los desafíos del presente son enormes, hay que llevar alivio a millones de personas, ahora, no mañana. Es deber del Estado hacerse cargo de esta demanda de manera eficaz y oportuna...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Medio minuto, Vicepresidente .

El señor QUINTEROS.-

Muy bien.

Requerirá , sin duda, ayuda adicional y, sobre todo, esfuerzos mayores.

Gracias, Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Vota a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Gracias.

La Senadora señora Rincón, ¿cómo vota?

La señora RINCÓN.-

Gracias, Presidenta , voy a fundar mi voto.

La verdad es que hoy día, 30 de julio, es un día que va a marcar al país, no por este proyecto de ley que viene a rectificar errores y cosas mal hechas. Y lamento, de verdad -escuchaba atentamente a los integrantes de la Comisión de Hacienda y a su Presidente -, que no haya ni un solo reconocimiento del Gobierno del error en que ha incurrido, de la porfía manifiesta y reiterada.

Pero vamos a respaldar este arreglo a malas leyes, que advertimos, que señalamos y que pedimos resolver en más de una oportunidad.

Sin embargo, el 30 de julio no se va a recordar por este proyecto, se va a recordar por el inicio de la solicitud de millones de hombres y mujeres del retiro de parte de sus ahorros previsionales para enfrentar la pandemia.

Sí, hoy día hemos visto todos nosotros en televisión, hemos escuchado en las radios cómo millones de hombres y mujeres acuden a las oficinas de las AFP o se conectan vía internet para retirar parte de sus ahorros; y lo hacen con emoción, con dolor, con agradecimiento. Con agradecimiento porque van a tener que recurrir a sus ahorros para enfrentar la pandemia.

Y yo quiero agradecer a este Senado y a la Cámara de Diputados porque algo que planteamos en marzo varios de nosotros, se materializó finalmente. Y debiera permitirnos reflexionar en torno al Chile que hemos construido.

Señora Presidenta , tenemos un tremendo desafío por delante, la política se reconectó con la ciudadanía, pero está encima de la mesa la pobreza, está encima de la mesa la segregación, está encima de la mesa la inequidad territorial de nuestro país en materias de educación, de salud, de vivienda, de conectividad digital y sanitaria.

Y son temas que tenemos que debatir. Si queremos enfrentar el debate de una nueva Constitución, tenemos que ser capaces de responder a la ciudadanía qué les estamos ofreciendo, cuál es el modelo de desarrollo que queremos construir; y no partir de adelante para atrás, sino que desde la base, desde el modelo de desarrollo que queremos tener, donde haya mínimos que se garanticen: la educación, la salud, la vivienda, los derechos políticos y sociales; y máximos, que dicen relación con hasta dónde estamos dispuestos a llegar en lo que nuestro planeta, nuestro país son capaces de resistir.

Creo que la pandemia nos obliga a una nueva mirada. Y este proyecto es un parche a lo que nosotros advertimos desde hace mucho. Pero el 30 de julio se va a recordar como un día en que la ciudadanía se reconecta con la política, porque la política fue capaz de abrir una puerta para dar solución a su urgencia.

Voto a favor, Presidenta .

Muchas gracias.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Rincón vota a favor.

El Senador señor Ossandón está solicitando adelantar su voto sin fundamentar, señora Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor Ossandón, ¿cómo vota?

El señor OSSANDÓN.-

Voto a favor, señor Secretario .

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Sandoval, ¿cómo vota?

El señor SANDOVAL.-

Voy a fundamentar mi voto, señor Secretario.

Asumiendo la situación, la realidad, los problemas que estamos viviendo como sociedad, como país, recuerdo la tramitación del "bono COVID", en que hubo una amplia discusión en el Senado y en que alguien señalaba también que con seguridad íbamos a estar convocados para seguir trabajando, perfeccionando, ampliando, y que lo más probable -así se señalaba en ese minuto- es que eso acontecería.

Y era lógico que así sucediera. Nadie, como aquí se ha señalado, pudo prever los efectos, las condiciones de un hecho que evidentemente ha trastocado todos los ámbitos habidos y por haber en nuestra sociedad, en el ámbito sanitario, en las actividades económicas, e incluso, en el surgimiento de mil nuevas costumbres fruto de estos confinamientos y otros casos más.

No podemos eludir la realidad. De repente da lata escuchar discursos tan negativos, tan tan basados en la crítica profunda respecto de las cosas que uno ha hecho mal, como que si recién estuviéramos haciendo el país a partir de hoy día.

Llevamos años, y muchos de los que están aquí incluso fueron Ministros, fueron Subsecretarios, fueron autoridades regionales, nacionales, ministeriales, de todo tipo; y hemos sido todos copartícipes de las responsabilidades que nos han permitido no haber podido construir instancias de acuerdo en su minuto y en su oportunidad para tener hoy día un Chile distinto. Yo creo que esos son los desafíos que tenemos de aquí en adelante.

Y no podemos, es cierto, dejar de reconocer los errores; errores, por ejemplo, en el IFE 1, que estamos corrigiendo hoy día, porque se consideraban los beneficiarios pensionados de setenta años para arriba. ¿Qué pasaba con ese segmento de sesenta y cinco a setenta? Yo en mi región tengo 7.500 pensionados, y muchos de ellos no quedaron dentro de los beneficiados del programa del IFE, porque no estaban dentro de este rango de setenta para arriba; pero de sesenta y cinco a setenta hay un segmento muy grande, evidentemente, de adultos mayores que también están en una condición de precariedad.

¿Debieron haberse considerado? Sin duda. ¿Fue un error? Creo que, efectivamente, lo fue.

Como también fue un error lo alambicado de cierto detalle para lograr concluir quiénes son los beneficiarios y el índice de calificación económica, el índice de vulnerabilidad, etcétera. Me parece bien que hoy día se simplifique, que se amplíe este nicho; porque, en definitiva, detrás de esto están las personas.

Pero necesitamos, también, ponernos un poquito la mano en el corazón y entender que en muchas de las cosas que hoy día estamos viendo tenemos una corresponsabilidad evidente. Yo creo que hoy día el desafío es, precisamente, buscar de qué manera vamos a enfrentar los grandes temas, y en esto, yo en lo personal estoy absolutamente disponible para construir todos los acuerdos que sean posibles.

Probablemente, como yo indiqué en algún minuto, algunos Senadores vamos a estar sentados nuevamente para analizar tal vez otros beneficios si esta desgracia que hoy día afecta a nuestro país y al mundo sigue latente, por la fuerza como se ha dado. Espero que no sea así, pero si así fuera, tendremos que estar a la altura para corregir lo que se haya hecho mal y propiciar nuevas iniciativas a fin de mejorar la condición de calidad de nuestra gente.

Voto absolutamente a favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Sandoval vota a favor.

Senador señor Soria ¿cómo vota?

Senadora señora Van Rysselberghe ¿cómo vota?

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

Voto a favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Allende ¿cómo vota?

Tiene abierto el micrófono.

Senadora señora Allende ¿cómo vota?

La señora ALLENDE.-

Presidenta, quiero decir que evidentemente voy a votar a favor, porque es una cierta mejora ante enormes insuficiencias en su aplicación, en su cobertura, en sus montos, lo que señalamos desde el inicio.

El tema es de fondo: realmente el Gobierno tiene un diseño que nosotros no compartimos. Lo dijimos desde el inicio.

La gravedad, la profundidad de la crisis ameritaba una política más universal de beneficios. La protección social es un derecho de las personas. Tiene que sentirse que el Estado las protege, y no lo que ocurre actualmente, en que les damos políticas muy poco a poco, que son fraccionadas, cuyos montos, coberturas, no alcanzan, en fin.

Aquí lo que estamos tratando de hacer, entonces, es corregir algo que debió haberse aplicado porque estaba considerado cuando hicimos el IFE 2.

A mí me molesta profundamente porque nos reunimos incluso con los asesores; les dijimos a organizaciones, a los conductores de taxis, a los transportistas de escolares, a campesinos, a pescadores: "Por favor, métanse al Registro Social de Hogares porque este IFE 2 viene modificado, porque ahora vamos a ampliar la cobertura, ya no vamos a distinguir por ingreso", etcétera, etcétera; "Una declaración de que sus ingresos han disminuido para que puedan entrar dentro de la categoría de los 100 mil per cápita".

¿Qué ha ocurrido? Que no se los consideró. La gente me decía: "Pero si nosotros nos hemos metido, y nada". Tenemos casos de familias en sectores en Valparaíso que desde mayo están esperando la respuesta, y nunca se les entregó. Desde el 15 de mayo también, la familia de Puertas Negras. También tengo otro caso, en San Antonio, en que se lleva esperando tres meses la validación del registro. En fin.

Se siguen entregando, entonces, respuestas insuficientes, poco transparentes. Primero se dijo: "Registro Social de Hogares más el ICE". Ahora se elimina el ICE. Entonces, solo el Registro Social de Hogares. Sabemos que los municipios, por más que intenten atender a esto -han estado ocupados con las cajas de alimentos-, tienen dificultades para que la gente pueda acceder. Y no se entiende.

Aquí hay un diseño mal elaborado, y esto hace que permanentemente tengamos que estar tratando de mejorar proyectos que no dan el ancho, que no dan la respuesta con la profundidad que merece esta pandemia.

A mí me duele enormemente por la gente que se va a quedar sin los beneficios, porque las coberturas son insuficientes, los montos son insuficientes. Y además de eso, no hay proactividad. Ahora se dice, en estos cambios, que "el Estado va a ir a buscar a las personas". ¡Yo espero que el Estado busque a las personas en los campamentos; donde sabemos que hay más de 10 mil personas que no están conectadas!

Yo espero que el Estado, entonces, sea capaz; que el Ministerio de Desarrollo Social sea capaz de cumplir su objetivo: tienen que capacitar, tienen que llegar a la gente, tienen que darle facilidades, no pueden seguir exigiendo estas barreras. Seamos claros con los plazos. Si no contestaron y dijeron que 15 días, 30 días era muy poco, entonces significa que queda en positivo; por lo tanto se acepta. No hay claridad incluso hasta este momento.

Y yo lamento...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Un minuto, Senadora .

La señora ALLENDE.-

Esto no debió haberse hecho si se hubiese cumplido rigurosamente lo que aprobamos anteriormente.

Pero, además de todas estas fallas, yo lamento incluso que no se haya aceptado lo que se propuso: un consejo asesor. Porque, ¿sabe qué? Al Gobierno le molesta que le digamos estas cosas y que debamos ir mejorando proyectos que son insuficientes con respuestas que no consideran las necesidades de la gente, su dolor.

Entonces, yo pregunto: por qué no un consejo que hubiese evaluado, no fiscalizado, ¡evaluado!, sugerir otras medidas para que pudiese mejorar las políticas. El Gobierno no ha querido.

Señora Presidenta , por supuesto que vamos a votar esto, y agradecemos las observaciones de la Comisión de Hacienda, que incorporó a la gente de 65 a 70 años y a otros sectores con pensiones de invalidez y sobrevivencia, del aporte previsional solidario. Pero, en verdad, es triste estar cada tanto acudiendo a esta forma del Gobierno de entregar respuesta, que es completamente insuficiente y deja a la gente...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senadora.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Allende había manifestado que votaba a favor.

Senadora señora Aravena ¿cómo vota?

La señora ARAVENA.-

Voy a fundamentar mi voto, señor Secretario y señora Presidenta , muy brevemente.

Yo quiero partir agradeciendo a la Comisión de Hacienda por el trabajo intenso que ha tenido durante estos meses. Creo que es necesario dar gracias, valorar el esfuerzo también, evidentemente, de los distintos ministros y subsecretarios que han estado a cargo de esto. Y también agradezco a todos los funcionarios, que no están acá pero que hoy día operativizan estos instrumentos en beneficio de la ciudadanía, en los municipios, en desarrollo social, en cada una de las comunas, oficinas parlamentarias, organizaciones sociales, que están tratando de colaborar con sus vecinos.

Yo creo que hay que tratar de ser positivo y ver el vaso medio lleno, y darnos cuenta de que hay muchas cadenas de personas que están trabajando por otros.

Por otro lado, reconozco que la teoría y la práctica, sobre todo en política pública, muchas veces no conversan y que, lamentablemente, cuando implementamos las políticas, nos damos cuenta de que hay cosas que mejorar y ser corregidas. El sentido de urgencia de la corrección es probablemente lo difícil en la burocracia que nos envuelve y en las tramitaciones, que son muy lentas muchas veces, y quisiéramos que fueran más efectivas.

Yo valoro también la importancia de haber incorporado a casi 250 mil familias nuevas a este proceso, porque evidentemente nosotros también tenemos casos de gente que no pudo acceder, por las diferentes barreras.

La importancia de la evaluación, la importancia de lo que planteó -por su intermedio- el Senador García respecto de evaluaciones y de análisis que necesariamente deben cuantificarse no solamente desde el punto de vista de a cuántas familias llegó, sino también de cómo fueron estas políticas públicas, y ojalá tener programas de emergencia estables en el país, para que en caso de este tipo de situaciones no estemos inventando la rueda cada vez que ocurren crisis. Nosotros debiéramos tener en cada uno de los ministerios programas vinculados a situaciones de emergencia que puedan aplicarse al otro día y no estar creando, cada vez que tenemos un problema, una nueva política pública.

Yo creo que ese es el gran desafío que tiene el país. Y el segundo, evidentemente, es anticiparnos tanto a la reactivación como al cambio en todo lo que tiene que ver con políticas públicas, superación de la pobreza y desarrollo. Porque claramente el país de antes de octubre -yo diría- y el país de ahora son completamente distintos, y, por lo tanto, las soluciones y los remedios no son los mismos para las diferentes enfermedades.

Yo voto a favor de este proyecto.

Trato de ser positiva, y vuelvo a agradecer todos los aportes que se han hecho para mejorar estos instrumentos.

Muchas gracias.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

La Senadora señora Aravena vota a favor.

Senador señor Araya ¿cómo vota?

El señor ARAYA.-

Señora Presidenta, voy a votar a favor de esta iniciativa, y reitero algo que hemos dicho ya en el transcurso de estas largas semanas de pandemia de coronavirus que afecta a nuestro país.

Claramente, este es un proyecto necesario, que viene a recoger y corregir una serie de problemas que se suscitaron con el IFE 1. En esa misma línea, vuelvo a hacer un llamado al Gobierno a rediseñar las políticas públicas respecto de cómo se está ayudando hoy día no solo a las personas más vulnerables, sino también a las personas de clase media. Ya lo decían algunos de los Senadores que me precedieron en el uso de la palabra: hoy miles de familias, especialmente de clase media, están recurriendo a sus ahorros de la AFP porque la ayuda del Estado no está llegando. Y eso, claramente, tiene que ser un llamado de atención.

Yo espero que este proyecto corrija algunas de las deficiencias que hay. Pero siempre van a existir temas operativos, que es lo que ayer conversábamos con una serie de funcionarios municipales de la Región de Antofagasta, que hoy día ven con preocupación que no dan abasto respecto a las distintas solicitudes para realizar los registros sociales de hogares. Si no hay un rediseño sobre cómo los municipios están realizando o van a realizar los registros sociales de hogares, probablemente vamos a seguir teniendo una cantidad importante de chilenos y chilenas que no tienen acceso a estos beneficios.

Y también solicito -por su intermedio, señora Presidenta - a los ministros presentes que se puedan abrir a un rediseño respecto de cómo se están evaluando las condiciones socioeconómicas de las personas. Porque hay mucha gente que claramente cambió su situación, que hoy día está en una situación absolutamente desmejorada, pero no alcanza a obtener los beneficios dado que, por ejemplo, posee un inmueble respecto del cual son propietarios, y eso automáticamente los deja fuera de los beneficios.

Voto a favor, Presidenta , haciendo este llamado al Gobierno.

Gracias, Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Araya vota a favor.

Senador señor Bianchi, ¿cómo vota?

El señor BIANCHI.-

Gracias, estimado Secretario .

Voy a fundamentar mi voto, Presidenta .

Aquí no se trata de ser positivos o negativos, sino de ser realistas y de actuar de manera oportuna. ¡De eso se trata! Así deben llevarse adelante las políticas públicas en una situación como la que estamos viviendo.

A mí me preocupa la forma como el Gobierno ha encarado los efectos de esta pandemia. Da la impresión de que, en todo este proceso, el Gobierno ha vivido una realidad absolutamente en paralelo. No hay una sola sana autocrítica.

Y debo señalar un punto: hay áreas de la economía que no podrán resucitar. ¡Así de simple! Y ello va a generar una prologada cesantía.

Algunos economistas de clase mundial señalan que podrían llegar tiempos de economía de guerra; o sea, esto trae, sin lugar a dudas, efectos que no conocemos bien.

Entonces, uno debiera preguntarse cómo va a actuar el Gobierno, cuál será la línea de acción. ¿Acaso va a actuar de a goteras, de la forma como lo ha hecho? ¿O va a ocupar efectivamente toda la experiencia acumulada en el mundo y en nuestra propia realidad, a fin de generar efectos distintos para abordar la situación que estamos viviendo?

La gran mayoría de las personas no califica para los beneficios. Por eso se vieron obligadas a acudir al retiro de sus fondos previsionales, lo que va a contribuir en parte a que pasen la situación que están viviendo.

Otro problema es que de nuevo no se incluyó a las personas que están jubiladas por renta vitalicia, quienes en algún momento se acogieron a estas aseguradoras, que son las mismas AFP pero con otro RUT. Son como los primos hermanos de las AFP.

¡Qué pasa con esas más de 600 mil mujeres y hombres que, por tener una renta permanente de 160, 180, 200 mil pesos, no van a calificar! Van a quedar absolutamente fuera de este proceso.

Entonces, quiero una vez más hacerle una petición al Ministro de Hacienda , por su intermedio, Presidenta : Ministro , busque un mecanismo para incorporar a las personas que están pensionadas con una renta vitalicia, quienes, por las razones que hayan sido, se vieron obligadas a ello. Hoy día efectivamente no califican y quedan fuera de toda posibilidad, teniendo pensiones muy por debajo, incluso, de la línea de la pobreza.

¿Vamos a aprobar esta propuesta? Sí, aprobaremos esta iniciativa y vendrán otras tantas más, en las que el Gobierno tendrá que proponernos una forma de enfrentar esta crisis, que lo más probable es que se prolongue por mucho tiempo más.

Voto favorablemente, estimado Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, Senador señor Bianchi.

Vota a favor.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Quiero recordar a los colegas que en veinticinco minutos se inicia la sesión especial para escuchar el informe de TVN.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor Castro, ¿cómo vota?

El señor CASTRO.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor De Urresti, ¿cómo vota?

El señor DE URRESTI- 

Voy a fundamentar mi voto, señor Secretario.

Mire, yo creo que la sesión sobre TVN puede esperar. Seguramente, va a estar Lavín rellenando mientras tanto como invitado estelar siempre en los matinales y en cada uno de los programas de la televisión abierta, particularmente de TVN.

Con relación al proyecto que nos toca votar, la bancada del Partido Socialista va a apoyar la propuesta. Nosotros no nos hemos restado a ninguna iniciativa que se ha planteado en el Parlamento para ayudar a la ciudadanía.

Pero quiero sumarme y complementar los argumentos que entregó el Senador Montes, nuestro integrante en la Comisión de Hacienda.

A nosotros nos gustaría ver una política más estable y no esta política del salami que, desgraciadamente, ha establecido el Ministro Briones de manera permanentemente: establecer trozos de ayuda, de a poco, en pequeñas contribuciones, en pequeños avances, que, si bien llegan a la ciudadanía, llegan tarde y generando una angustia; llegan sin posibilidad de planificarse y en modificaciones sucesivas. Primero, los 50 mil pesos; después el IFE 1, el IFE 2, el IFE 3, las famosas cajas de mercadería.

Ha faltado una política sistemática, de una política estable de ayuda a la ciudadanía.

Por eso la semana pasada fue tan masiva la aprobación del proyecto del 10 por ciento. Ello permitió de manera fácil y simplificada la transferencia de recursos.

Acá dejemos de lado eso de si uno apoya o no. En definitiva, nosotros vamos a respaldar estas medidas, porque son necesarias.

Pero entendamos también -y esto se lo pido al equipo del Ministerio de Hacienda- que se requiere una política planificada, sistemática, proyectada hacia el futuro, y no simplemente una que trate de ahorrar fondos. Esto explica por qué muchos sectores en las regiones, a lo largo del país, no han podido reemprender, no han podido avanzar, no han podido dimensionar cuál es la magnitud de la crisis, motivo por el cual muchos de ellos están con los brazos cruzados y con dificultades para volver a funcionar.

Nosotros insistimos desde el primer momento en un ingreso familiar garantizado: establecer una cantidad de dinero que permita tener tranquilidad y proyectarse hacia el futuro. ¡Pero no! En este país se prefiere una política neoliberal, que busque contener la caja fiscal y mantener los equilibrios; así los apoyos se van entregando tan pronto la demanda se active. Claramente creo que eso no es necesario.

También hago un llamado a la reflexión, aprovechando que hoy día nos acompaña la Ministra de Desarrollo Social , Karla Rubilar . En esta Cartera ya van tres Ministros, ¡tres Ministros en plena crisis! Eso obviamente genera una discontinuidad a la hora de implementar las políticas y mejorar o afinar los detalles que están presentes en ese Ministerio.

Creo que un mínimo de responsabilidad implica establecer una estabilidad a ese respecto y tener equipos permanentes.

Por último, hago el llamado al Ministro de Hacienda para que dé curso a esta comisión externa, a fin de que avance, ayude y monitoree el cumplimiento de estas medidas.

Voto a favor, señora Presidenta , con la firme convicción de que hay que hacer mucho más para ayudar a nuestra población.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor De Urresti vota a favor.

Senador señor Durana, ¿cómo vota?

El señor DURANA.-

Voy a justificar mi voto, señora Presidenta .

En primer lugar, quiero reflejar mi molestia y presentar formalmente un reclamo a la Mesa.

Creo que las palabras del Senador que me antecedió con relación a un alcalde que ha sido elegido por votación popular no corresponden; más aún, si estamos dando en conjunto una señal al país de que efectivamente tenemos la madurez suficiente para enfrentar los desafíos. Por tanto, creo que no corresponde la forma en que el Senador se ha referido y ha tratado al alcalde Lavín .

Señora Presidenta, el proyecto que hoy votamos implica, por parte del Gobierno del Presidente Piñera, redoblar esfuerzos respecto del Ingreso Familiar de Emergencia, el cual hoy va a alcanzar una cobertura de más de 2 millones de familias que han recibido este beneficio, gracias a las iniciativas que hemos aprobado anteriormente.

Producto de la pandemia, este beneficio nuevamente se amplía. Lo más importante es que se van a flexibilizar los requisitos, los cuales se circunscriben a dos parámetros: primero, cumplir con el Registro Social de Hogares y, segundo, acreditar, mediante una declaración simple, la no percepción o disminución de sus ingresos.

Además, quiero destacar que, en esta nueva medida, se incorpora a la gente que es parte del aporte previsional solidario y se otorgan facilidades para acceder al IFE.

De esta forma, señora Presidenta, no cabe duda de que la cobertura de este beneficio va a ser más amplia y va a llegar efectivamente a los chilenos que más lo necesitan.

Hace algunos días hice un llamado al Gobierno, producto del proyecto sobre retiro del 10 por ciento, para que ampliara la cobertura de estas medidas. Hoy creo que se hace realidad con la extensión de beneficios y flexibilización de requisitos en este nuevo Ingreso Familiar de Emergencia . Y mañana espero, con la voluntad de todos, que se apruebe nuevamente y se ponga a disposición de la comunidad el plan fortalecido en favor de la siempre sufrida clase media.

Celebro este hecho, porque demuestra la honestidad del Gobierno del Presidente Piñera para enfrentar esta pandemia que nadie imaginó vivir.

En especial, quiero agradecer al Ministro Briones , que busca en todo momento, con disposición al diálogo y una incansable voluntad, lograr acuerdos con responsabilidad fiscal para enfrentar esta crisis social y económica.

Voto a favor, señora Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Durana vota a favor.

Ha solicitado la palabra en la Sala el Honorable Senador señor Moreira.

El señor MOREIRA.-

¡El Honorable Senador Iván Moreira, sí, y el Honorable bueno Senador Iván Moreira ahora...!

Señora Presidenta , la verdad es que la burocracia puede transformar una gran idea en un mar de problemas. La realidad es que, en muchas ocasiones, lo que se diseña en un escritorio resulta ser mucho más complejo; más aún, en tiempos de crisis, donde las soluciones deben ser expeditas, pero también urgentes.

Con el Ingreso Familiar de Emergencia ha ocurrido algo de eso. En el afán de cuidar los recursos públicos, que es un deber primordial del Estado, se puede haber incurrido evidentemente en un exceso de celo. También se puede decir lo mismo respecto del marco de aplicación de esos beneficios al restringirlos tal vez en exceso, pero eso no significa que el Gobierno no haya hecho nada, porque ayer mismo aprobamos el "bono clase media" y el préstamo solidario.

Además, ya se han aprobado: la Ley de Protección al Empleo; el beneficio para los trabajadores independientes; la entrega de cajas de alimentos a 2 millones de familias, lo que se va a volver a repetir una y dos veces; la postergación del pago de dividendos de créditos hipotecarios; la ampliación del programa de subsidio de arriendo para la clase media; la ampliación y postergación del CAE para la educación superior; la postergación del pago de contribuciones para la clase media, y ahora la disminución de los requisitos para que proceda el aumento de la base de los beneficiarios del IFE.

Todo ello solo puede significar buenas noticias, ¡buenas noticias!

Los grupos de adultos mayores y las familias vulnerables que hasta ayer no tenían esperanza hoy sí la tienen con la aprobación de este proyecto, porque ven la posibilidad de acceder a este beneficio tan necesario como urgente, además de las medidas que obligan al Estado a ser proactivo.

¡El Gobierno debe aprender la lección para tiempos normales y, con mayor razón, para enfrentar tiempos de crisis sanitaria, económica y social!

Las soluciones deben entregarse en forma rápida, con una gestión más amplia y sin tantos requisitos, a fin de que no se haga muy difícil, o incluso imposible, acceder a ellas. La gente piensa que es muy complicado acercarse y obtener resultados, por falta de información y agilidad del aparato estatal.

Muchos Senadores señalan: "¡Pero nosotros le apoyamos todo al Gobierno!". Está bien, pero reconozcan también que el Gobierno ha hecho esfuerzos; aunque, por supuesto, se ha equivocado.

Al Senador De Urresti, a quien conozco desde hace muchos años y sé que es un gran luchador, le diría que estuvo un poquitito irónico en sus comentarios, ¡probablemente porque no se tomó el jugo de naranja en la mañana...! Espero que en la sesión que viene después, relativa a Televisión Nacional, materia que le interesa mucho a él, tengamos una actitud distinta.

El Gobierno...

Presidenta , ¿me permite treinta segundos más?, y no la vuelvo a molestar.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Claro. Solo pido que cuidemos el nivel del debate.

El señor MOREIRA.-

Solamente quiero decir, a propósito de lo señalado por el Senador De Urresti, que también hay que reconocer las cosas que ha hecho el Gobierno.

Sí, todos ustedes votan a favor, hacen un gallito y mejoran los proyectos. Nosotros también lo hacemos. ¡Todos en conjunto! El Gobierno se equivoca; luego corrige, ¡y nosotros también corregimos!

Ese debe ser el ambiente entre nosotros, porque estamos frente a la pandemia más grande en los últimos cien años y a la crisis política más grande en los últimos cincuenta. Hemos tenido un estallido social y una crisis sanitaria. Entendamos que el país está primero.

Algunos en la Oposición creen que es mejor que caiga el Gobierno; otros critican, pero llegan a acuerdos, y otros lo encuentran todo malo.

Por eso, no quiero que el Senador De Urresti -por su intermedio, Presidenta - tenga esa actitud negativa, porque lo veo votar a favor de los proyectos que le sirven a la gente.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Goic ha solicitado adelantar su voto, sin fundamentar, señora Presidenta .

Senadora señora Goic, ¿cómo vota?

La señora GOIC.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Muchas gracias.

Senador señor García Ruminot, ¿cómo vota?

El señor GARCÍA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Muchas gracias.

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Guillier, ¿cómo vota?

El señor GUILLIER.-

Señor Secretario , seré breve.

Quiero decir que a estas alturas extraño una evaluación externa de la ejecución de todos estos programas y políticas para poder hacer correcciones, porque si seguimos repitiendo el error, no va a tener mucho sentido y siempre habrá gente que quede fuera. Por tanto, la discusión no será sobre quiénes se beneficiaron, sino sobre quiénes volvieron a quedar excluidos.

Solo para efecto de diagnóstico, recomiendo que le echen una miradita a la última edición de The Economist, que habla sobre la gestión de la pandemia en América Latina y dice que la de Chile ha sido una decepción. No sé si ello es injusto o no, pero así lo califican desde afuera.

Vamos a lo nuestro.

Me habría gustado haber hecho esta pregunta antes de que se tomara la decisión de votar, pero, como los acuerdos de Comités hacen que algunos Senadores tengamos cierta irrelevancia y solamente podamos intervenir marginalmente, tengo que expresarlo en estos términos.

En primer lugar, quiero saber si los choferes del transporte público se podrán beneficiar ahora. Ellos tienen contratos con el dueño de los buses -estoy hablando de los que tienen tres, cuatro, cinco buses, y no de los grandes microbuseros-, en los cuales acuerdan un sueldo básico muy pequeño, y el resto va contra boleteo. Pero eso hoy día es difícil acreditar.

Segundo, qué pasa con los mozos de restorán, quienes viven principalmente de las propinas, aunque tengan un contrato marginal de base.

Lo mismo consulto respecto de los vendedores de multitiendas, que también tienen un sueldo muy pequeño y lo demás es a comisión; así como de los pescadores, mariscadores, recolectores de orilla, conductores de buses escolares, etcétera.

Una gran cantidad de personas me ha llamado de Antofagasta para preguntarme si estas medidas los benefician o no. Me gustaría poderles contestar. Aunque me manden la información por oficio después -no sé cuándo-, tengo que dar respuestas luego, porque son preguntas muy legítimas.

De todas maneras, creo que este proyecto corrige una omisión con los pensionados, lo que me parece muy positivo. De hecho, es lo que justifica esta iniciativa.

Pero nuevamente queda mucha gente fuera, y todos preguntan si están incluidos o no. ¡En una de esas están! Habría sido bueno aclararlo antes, para haber podido votar en conciencia.

En todo caso, como se beneficia a los pensionados, obviamente voy a votar que sí.

Quiero expresar que me sorprende que, cuando hay que discutir proyectos que tienen enorme significación, en el Senado se restrinjan las participaciones. Y, al revés, cuando se trata de temas menores, que no cambian la vida sino a grupos muy pequeños, se dan diez minutos para intervenir en el debate y cinco después para fundamentar el voto. Pero cuando hay que ir a temas relevantes, porque las papas están quemando, ¡tres minutos y eso! Entonces uno no tiene posibilidad de exponer todo lo que piensa y menos de presentar indicaciones.

Claro, entiendo el sentido de urgencia, pero también reclamo la dignidad del Senado, que es la instancia donde se deben discutir las cosas para mejorarlas, y así no cometer el mismo error una y otra vez. Porque al paso que vamos, terminaremos, como la serie de Rocky, en el IFE 22.

Muchas gracias, señora Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Guillier vota que sí.

Ha solicitado la palabra en la Sala el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señora Presidenta , Honorable Sala, por supuesto que vamos a apoyar este nuevo esfuerzo que está haciendo el Gobierno, porque ha tenido sentido de realidad y porque efectivamente la Ficha Social de Hogares no es el instrumento de focalización adecuado para un tiempo de emergencia, como el que estamos viviendo.

En tal sentido conversamos con el Ejecutivo . Le señalamos que más de un millón de chilenos está en un proceso de apelación y que, en definitiva, la actualización de la referida ficha ha demorado por la burocracia municipal, sobre todo considerando que hoy día muchos municipios están trabajando a media máquina.

En ese contexto, establecer un cambio para acreditar los ingresos de manera simplificada, a través de una declaración jurada, con lo cual la última palabra será la del postulante -es lo que más importa a la hora de acceder al beneficio-, por supuesto que es un aporte relevante.

Además, incorporar a los adultos mayores, a las personas mayores, a aquellas que tienen pensión básica solidaria de vejez y que se encuentran entre 65 y 69 años, ciertamente es un aporte relevante. Con esto se espera que 70.557 nuevos hogares obtengan este beneficio.

Pero también se incorporan nuevos beneficiarios. A partir de este tercer aporte, correspondiente al mes de julio, se incluye a los hogares que tengan uno o más miembros con aporte previsional solidario, ya sea por invalidez o vejez, y cuya jubilación sea de un monto menor o igual al que se establece en la pensión básica solidaria de invalidez o vejez, lo cual va a permitir que se incorporen 171.321 adultos mayores.

Estamos hablando de que acá se están agregando más beneficiarios: 241.878 hogares, con un costo de 43.538 millones, lo que, sin lugar a dudas, traerá un alivio a muchas familias chilenas.

En el caso de aquellos hogares que no hayan ejercido el derecho a reclamo, se establece un sistema según el cual se va a informar a dichas personas la posibilidad de actualizar sus ingresos, para efectos de que puedan acceder al beneficio.

Por tanto, se simplifican los procedimientos; se cree en las personas; se simplifica la forma en que ellos pueden justificar sus ingresos, y, por ende, es un aporte muy pero muy relevante.

Hay también algunas personas que todavía quedan en una situación compleja, y espero que podamos buscarles una alternativa. Me refiero a los pescadores artesanales. Estos iban a tener un bono directo, el cual se reemplazó por el IFE. Quiero contarles que cerca del 50 por ciento de los pescadores artesanales al final no fueron beneficiarios, por tanto...

Solicito más tiempo, señora Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Un minutito.

El señor CHAHUÁN.-

Este es un gran proyecto.

Yo voto favorablemente.

Y, en ese contexto, quiero hacer presente que acá hay un esfuerzo del Gobierno, hay sentido de realidad, y ciertamente se ha escuchado al Parlamento. Por supuesto que hay que continuar buscando alternativas para que otras personas puedan seguir siendo beneficiadas. Así que tendremos que continuar trabajando en este paquete fiscal, para que llegue efectivamente con estas ayudas financieras a los más necesitados.

Además, quiero aprovechar -con esto termino- que está la Ministra , porque los sindicatos y las organizaciones sin fines de lucro no eran susceptibles del Fogape. Eso también es importante. Los sindicatos de pescadores artesanales no pudieron postular al Fogape porque no estaban establecidos. Acá hay una posibilidad única de también poder darles beneficios.

Y, por último, quiero referirme a Isla de Pascua. Allí existe un sistema tributario especial, donde no hay IVA. También es importante atender a ello, para que puedan acceder a los beneficios.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra la Senadora Ebensperger.

La señora EBENSPERGER.-

Señora Presidenta , yo quiero agradecer al Gobierno la presentación de este proyecto, que tiene por finalidad volver más accesible este importante beneficio.

Efectivamente, la iniciativa establece la eliminación y modificación de ciertos requisitos para acceder al IFE; la eliminación del Indicador Socioeconómico de Emergencia; nuevos beneficiarios, casi 250 mil familias, es decir, cerca de un millón de personas, entre las que se encuentran todas aquellas que reciban pensión básica solidaria de invalidez y vejez, recordando que antes este beneficio lo podían obtener solo aquellas que tenían más de 70 años; la simplificación del proceso de reclamación, estableciendo un plazo máximo de respuesta de treinta días, y en caso de que no haya respuesta a esa reclamación pasado ese plazo, se entenderá que la reclamación es aprobada y, por lo tanto, se puede acceder a este beneficio.

Sin duda, señora Presidenta , que este Ingreso Familiar de Emergencia, junto con las otras medidas que se han ido aprobando por este Parlamento, presentadas por el Gobierno, y con las medidas que él mismo ha decretado -aquellas que no requieren ley- representan un mecanismo fundamental que ha ido conformando una verdadera red de protección ante la caída de ingresos de tantos chilenos.

Pero, efectivamente, yo quiero compartir acá que muchas veces las burocracias estatales propias de todo proceso hacen que proyectos buenos tarden en llegar o impiden que lleguen en forma oportuna a los chilenos, precisamente por estas trabas burocráticas. Eliminar la burocracia no significa dejar de controlar, de ejercer la fiscalización sobre todo recurso público. Por eso hay que ser muy cuidadoso para que la burocracia estatal no impida ni retarde el acceso fácil, expedito y oportuno a estos beneficios, sobre todo en los tiempos que estamos viviendo.

Agradezco la presentación de este proyecto de ley y también el trabajo de la Comisión de Hacienda.

Voto favorablemente la iniciativa, señora Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vamos a consultar al Senador señor Guillier, que se ha reincorporado a la sesión, cómo vota, pues no lo alcanzó a expresar claramente.

El señor GUILLIER.-

Perdón, señor Secretario .

Voté "sí".

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota que sí.

Senador señor Harboe, ¿cómo vota?

El señor HARBOE.-

Señora Presidenta , brevemente voy a fundamentar mi voto.

Voy a pronunciarme a favor de este proyecto porque creo que efectivamente avanza en la dirección correcta de corregir algunos de los errores que se han cometido con las leyes anteriores, en el sistema anterior, en el sentido de ir eliminando poco a poco la letra chica que estos proyectos tienen, particularmente con la cantidad de exclusiones.

A propósito de la discusión previsional, yo citaba el caso de un ciudadano de la Región de Ñuble, de la comuna de Chillán, que tenía 63 años, un año de cesantía, casado con una persona con movilidad reducida, y así y todo no estaba siendo incorporado en ningún tipo de beneficio, ni en las cajas, ni en el IFE 1, ni en el IFE 2, ni en el "bono COVID".

Entonces, tenemos un problema...(falla de audio en transmisión telemática)... práctica. Creo que es clave en esto la interoperabilidad que debe haber en el Estado; tener la capacidad de que los datos que está manejando sean los adecuados y actualizados; establecer mecanismos mucho más expeditos para actualizar la información.

Hay gente que me ha escrito de otras regiones también, que está separada de hecho, o en algunos casos incluso de derecho, y eso no figura en las fichas de los municipios, lo cual representa un tremendo problema, sobre todo a la hora de los beneficios.

Así que bienvenido el proyecto, que avanza en ese sentido.

No puedo dejar pasar la oportunidad también para manifestar mi preocupación e instar al Ministro de Hacienda a hacernos cargo ahora, rápido, en concreto, de ayudar a las pequeñas empresas, particularmente turísticas. Me reuní específicamente con la gente del valle Las Trancas. El problema ahí es que al ser una industria estacional, cualquier crédito que se le dé a esas personas con menos de dieciocho meses de gracia no les va a servir, porque su...(falla de audio en transmisión telemática)... en esta temporada, y lo van a tener recién en la temporada de julio en adelante del próximo año. Por eso creo que es importante hacerse cargo hoy día de esa situación.

Y lo otro, tal como señaló un señor Senador , dice relación con la importancia de hacernos cargo hoy de preparar un mecanismo para ver cómo vamos a proteger el empleo de las personas cuyo seguro de desempleo termina en el mes de septiembre. Eso es clave.

En consecuencia, yo voy a votar a favor, porque creo que esto actualiza el mecanismo, amplía la cobertura. Pero es importante advertir sobre estas dos materias: el seguro de desempleo para los trabajadores y los créditos para la industria turística, que es muy relevante, con los dieciocho meses de gracia.

Voto que sí, señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Harboe vota que sí.

Ha solicitado la palabra, para fundamentar su voto en la Sala, el Senador señor Elizalde.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra, Senador.

El señor ELIZALDE.-

Señora Presidenta , los socialistas y también todas las bancadas de Oposición hemos actuado con un enorme sentido de responsabilidad con la gente en el contexto de la emergencia que estamos enfrentando.

Y por eso hemos tenido una disposición constructiva. Nos parece fundamental establecer entendimientos entre todos los actores políticos y sociales con el objeto de que la ayuda que requieren las familias chilenas llegue con celeridad. Pero seguimos llegando tarde. Hemos tenido una diferencia de diagnóstico con el Gobierno. También ha habido algunos sectores del Gobierno que han tenido, yo creo, un sesgo ideológico, que ha impedido actuar con mayor diligencia.

Pensamos que es imprescindible entender que las políticas tradicionales focalizadas no dan cuenta de la dimensión de la crisis que estamos enfrentado, que ha afectado no solo a los vulnerables, sino también a los sectores medios, que se han visto privados de ingresos durante mucho tiempo.

Hemos insistido en la necesidad de que el monto y la cobertura sean lo más amplios posible. Por eso planteamos con insistencia, y lamentablemente no fue acogido en su tiempo, que el Ingreso Familiar de Emergencia debía tener un monto superior a la línea de pobreza. Y nos parece fundamental establecer la automaticidad en el otorgamiento de las prestaciones, porque la maraña burocrática para acreditar el cumplimiento de requisitos hace que finalmente la ayuda no llegue en el tiempo que se requiere.

Esto ya lo advirtió el Senador Carlos Montes como representante de nuestra bancada cuando se discutió el "bono COVID".

Y también lo hizo el Senador Ricardo Lagos Weber , de la bancada del PPD. Recuerdo que él señaló, cuando aprobamos el proyecto de ley del IFE 2.0, que pronto tendríamos que discutir un IFE 3.0, precisamente porque había una acreditación de requisitos que se establecía en dicho texto y que es precisamente lo que se está corrigiendo a través de esta iniciativa.

Por tanto, hemos estado parchando y corrigiendo errores, pero siempre llegando tarde. Y eso da cuenta de una incapacidad para anticiparse de manera que la ayuda esté a la altura de lo que requieren las familias chilenas y que el marco de protección efectivamente dé cuenta de la capacidad que tiene el Estado de Chile, que está muy por encima de aquello que se ha realizado hasta ahora.

Votaré a favor de esta iniciativa. Sin embargo, es necesaria una autocrítica profunda del Gobierno respecto del trabajo que se ha efectuado. Y, por cierto, también nosotros como Parlamento debemos plantear estos puntos de vista para actuar con mayor celeridad.

Sí quiero reconocer -lo digo insistentemente- que el Ministro Monckeberg ha representado una línea distinta, ha tenido disposición a hacer estos cambios. Y espero que la Ministra Rubilar , quien ha asumido recientemente, mantenga esa disposición.

Creo que hay sectores del Gobierno que se equivocaron en su tiempo, cuando fueron muy duros; cuando se negaron a que el Ingreso Familiar de Emergencia tuviera un monto más alto; cuando creyeron que esta era una disputa entre el Gobierno y la Oposición, y celebraron cuando le lograron doblar la mano estableciendo un monto bajo. Todos recordamos cómo el ex Ministro Sichel o el Ministro Ward , que estaba en otra Cartera, se vanagloriaban de haberle doblado la mano a la Oposición. Y la verdad es que ese fue un error, porque cuando hicimos estos planteamientos, no fue pensando en la lógica Gobierno-Oposición, sino en la lógica de la necesidad de los chilenos.

También hay que señalar que hubo sectores del Gobierno, en las bancadas oficialistas y también en el caso de otros Ministros, que efectivamente entendían que este era un problema mucho más de fondo y mucho más estructural.

Me parece que la experiencia a que he hecho mención no se debe repetir. Aquí todos tenemos que estar a la altura para responder con celeridad y proteger a los chilenos. Lamentablemente, se ha estado muy lejos de eso.

Voto a favor de este proyecto de ley, señora Presidenta.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor Huenchumilla, ¿cómo vota?

El señor HUENCHUMILLA.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).- Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Insulza, ¿cómo vota?

El señor INSULZA.-

Yo había pedido votar sin fundamentar, Secretario.

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Kast, ¿cómo vota?

El señor KAST.-

Señor Secretario , obviamente también voto a favor.

Y simplemente invito a la Oposición a valorar el esfuerzo que ha hecho el Gobierno no solamente en esta instancia, sino en cada instancia para ir mejorando cada una de las ayudas, para ir flexibilizándolas, para llegar a tiempo.

Así que voto a favor.

Y pediría a la Sala un poco más de espíritu unitario y que pudieran valorar los esfuerzos genuinos que ha hecho el Gobierno para estar a la altura.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Lagos, ¿cómo vota?

El señor LAGOS.-

Señor Secretario, me quedan dos minutos para fundamentar el voto. Voy a hacer todo lo que pueda en ese tiempo.

Primero, quiero decir -a partir de lo que señalaba el Senador Kast, que me antecedió- que uno no le está pidiendo al Gobierno que no se equivoque, todos podemos hacerlo. Lo que le estamos pidiendo es un mínimo de coherencia y de humildad, nada más.

Fíjese que en el IFE 2 el monto era bajo, y lo dijimos, y el diseño era pésimo, porque era decreciente en el tiempo, ¿se acuerdan? Primero 65 lucas, después 55 lucas, luego 45 lucas, ¡y chao!, hasta ahí llegaba el proyecto. Y dijimos: "¿No será mejor hacerlo parejo, elevar un poco el monto?".

Bueno, todo eso ¿fue un triunfo para quién? Para dárselo a la bancada de la UDI que reclamaba, a los Diputados de la UDI, y a la Derecha. Eso fue, al final del día.

Entonces, cuando ahora estamos legislando por tercera vez, uno pide un poco de humildad.

Y se me quedó algo en el tintero cuando intervine recién. Lo del ingreso autorreportado se acordó en el proyecto de ley anterior. Entonces, al venir en este uno podría mofarse, uno podría ponerse irónico. ¡No lo voy a hacer!

La iniciativa que vamos a aprobar, ¿qué dice ahora? Que autoriza a la Subsecretaría a que vaya a buscar a potenciales beneficiarios para darles esta ayuda. ¡No faltaba más que una ley le prohibiera ir a buscar a los beneficiarios...!

Quiero señalarles que viene mucho por delante. Comenzamos a discutir en la Comisión de Trabajo la reforma previsional, pongámonos las pilas. Este proyecto va a pasar, tendremos tres o cuatro aportes más y la experiencia de cómo funcionó. Lo importante es lo que viene ahora, con la actitud del Gobierno con su nuevo gabinete.

Si yo fuera estricto, este paquete de medidas lo hemos visto con tres Ministros: ¡por cada IFE hay un Ministro distinto!

Entonces, díganme que el problema es la Oposición. Sí, nosotros tenemos varios desafíos, no se los niego. Pero ¡por favor!

Por tanto, bajemos los decibeles; un poquito de humildad: "No se hizo perfecto, lo vamos a arreglar; agradecemos a la Oposición". Y veamos si nos ponemos de acuerdo en la previsional, ahí sí que la haríamos de oro de aquí a noviembre.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Cómo vota, señor Senador ?

El señor LAGOS .-

A favor, señor Secretario .

Con ganas a favor, con entusiasmo.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor Latorre, ¿cómo vota?

El señor LATORRE.-

Quiero fundamentar brevemente el voto, señor Secretario , señora Presidenta .

Estamos en el IFE 3.0 y seguramente en septiembre tendremos que legislar el IFE 4.0, porque en ese momento se estará terminando esta protección.

Me preocupa también la no retroactividad de esta medida. ¿Qué pasa con la gente que anteriormente quedó afuera? Quedó afuera, postuló, la rechazaron, no cumplió los requisitos, etcétera.

Yo llamo al Gobierno a tener una mirada más integral de lo que se viene en adelante, terminar con estas políticas a goteras.

La Cepal lo está proponiendo hace rato. La pandemia arrastra una crisis no solo sanitaria, también social. Hay que proteger a la población del hambre, de la pobreza, y eso implica una renta básica de emergencia de carácter universal. La pregunta, okay, ¿cómo la financiamos?, ¿por cuánto tiempo? Pero tiene que darle certeza a la gente.

Los desconfinamientos, que ya se están empezando a producir, generan relajo y se producirá rebrote, que es lo que está ocurriendo en otros países, por lo que deberán volver a las cuarentenas. Y la gente, con los niveles de desempleo que enfrentamos, de economía informal, de precarización, obviamente requiere pisos mínimos básicos de protección social, universal, no focalizada, ¡universal!

Sé que por la ceguera ideológica a este Gobierno le cuesta dar pasos. Los ha ido dando mes a mes, desde que partió con el "bono COVID" y el IFE 1.0, el 2.0, y ahora el 3.0, y para adelante tendrá que ser así. La pregunta es cómo lo financiamos.

Ayer el señor Luksic dijo que estaba disponible a que le subieran los impuestos, a que los que tenían más pudieran hacer una contribución mayor. ¡Ojalá lo sigan otros empresarios! Ojalá que el nuevo gabinete de Derecha, más conservador, más duro, el gabinete por el Rechazo, se atreva a tocar los intereses de los grandes grupos económicos, se atreva a llegar a un acuerdo con los grandes empresarios para que contribuyan más a pagar esta crisis.

Los trabajadores están pagando el costo de esta crisis, primero, con el Seguro de Desempleo; después, con el fondo de pensiones -hoy día se empieza a retirar el 10 por ciento-, y en este momento hay una avalancha de gente tratando de retirar un porcentaje del fondo de pensiones para paliar la crisis.

Bueno, ¿con qué se van a poner los grandes empresarios?

El señor Luksic ya dijo, está disponible. Ojalá otros lo sigan también y ojalá este gabinete de Derecha se atreva a legislar. Ello contribuiría también a la paz social, al bien común, a financiar pisos básicos de equidad, de protección social. O, por ejemplo, para el debate previsional, una pensión básica universal que proteja a los adultos mayores de la pobreza. Eso Chile lo puede hacer. ¡Eso Chile lo puede hacer! Pero eso implica dejar las cegueras ideológicas de lado y atreverse a innovar en este contexto de pandemia, que nos va a acompañar harto tiempo más.

En consecuencia, llamo al Gobierno a dejar estas políticas de gotera, a buscar una renta básica universal de emergencia.

Por lo señalado, voy a votar a favor de este proyecto, señora Presidenta.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Latorre vota a favor.

Senador señor Letelier, ¿cómo vota?

El señor LETELIER.-

Señor Secretario , voto a favor.

Quiero agradecer el esfuerzo que ha hecho la Comisión de Hacienda en forma reiterada para tratar de evidenciar la porfía de ciertas personas en el Gobierno, porfía por cuanto ya en el proyecto anterior se dijo que el autorreporte iba a mandar, se dijo que la declaración de las personas iba a valer. ¡Y no valió! Y se planteó la necesidad de dar un apoyo a todos los pensionados.

Ahora avanzamos un paso más, pero se volvió a dejar gente afuera. Digámoslo: por razones políticas e ideológicas se dejaron fuera a los exonerados y a mucha gente que el Gobierno y ciertos sectores de Derecha o el piñerismo no quieren.

Sin duda, aquí el Registro Social de Hogares va a servir ahora solamente para saber el número de integrantes de la familia. ¿Es un avance? Sí, sin duda.

Supuestamente va a valer solo lo que uno autodeclare. Y eso es bueno.

Veremos si a quienes no tienen ficha en el Registro Social de Hogares -como se dijo antes- se los va a tomar en cuenta; si los municipios van a poder hacer el trabajo realmente, porque son pocas las personas autorizadas para digitar los antecedentes en el Registro Social de Hogares. Sabemos que ahí hay burocracia.

Espero que el beneficio llegue a toda la gente. Porque según el Sindicato Nacional de Músicos y Artistas de Chile, los músicos chilenos no han recibido ninguna ayuda: los que integran las bandas muchas veces participan en las campañas, como la de Tommy Rey, y diferentes personas.

Los artistas no tienen ayuda; los conductores de taxis colectivos no tienen ayuda; las personas de los transportes escolares no tienen ayuda, y venimos diciendo esto desde hace mucho tiempo.

Esperamos que en esta ocasión, opiniones como la de Leo Soto, Secretario del Sindicato Nacional de Músicos y Artistas de Chile, sean escuchadas: lo que les ha pasado a los actores y a tanta gente que todavía no recibe ayuda.

Yo quiero felicitar el esfuerzo de la Comisión de Hacienda por incorporar a los pensionados. El Senador Montes, en representación de nuestra bancada, ha insistido en la necesidad de simplificar los trámites y de ampliar las coberturas.

Vamos a votar a favor, pero seguimos sintiendo cierta desazón en cuanto a que no nos hayan escuchado desde un principio y haber aceptado el ingreso básico garantizado, la renta básica de emergencia para todos. Si eso lo hubiésemos acordado en abril y no ahora en julio, probablemente las cosas para miles de familias chilenas serían muy distintas.

Voy a votar a favor, Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Letelier vota a favor.

Senador señor Montes, ¿cómo vota?

El señor MONTES.-

Voto a favor, señor Secretario .

Solo quiero decir que no nos olvidemos de que la protección social es un derecho, y, por lo tanto, es de responsabilidad del Estado garantizarlo. Preguntémonos quiénes quedan fuera todavía y si las medidas han sido suficientes o no. Seamos serios nosotros también, y cumplamos con nuestra responsabilidad.

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Navarro, ¿cómo vota?

El señor NAVARRO.-

Señor Secretario , señora Presidenta , la ONG británica Oxfam publicaba hace un par de días que los superricos han visto crecer su fortuna en Chile desde 21 mil millones de dólares a 26 mil 600 millones de dólares. En plena pandemia los superricos aumentan su fortuna. Y esa paradoja se manifiesta en un país en donde estamos haciendo esfuerzos para llegar con apoyo económico a los más vulnerables.

Hoy día -ya lo dijeron Senadores y Senadoras- lo histórico no va a ser este parche a la política del IFE -no, porque es un parche más-, sino el hecho de que hoy, 30 de julio, es el primer día del fin de las AFP, porque la gente ha comenzado a retirar el 10 por ciento de sus fondos previsionales, lo que en definitiva significará un aporte mayor a los 12 mil millones dólares que el Gobierno ha colocado en todos estos programas de ayuda. Las personas pondrán 20 mil millones de dólares a disposición de la economía: va a pagar su IVA, va a dar empleo.

Eso es lo que estamos viendo hoy día.

Señora Presidenta -aquí se recordó-, me parece increíble que el 14 de mayo los halcones de la UDI -estos; no sé si alcanzan a ver acá-, Sichel y Ward , hayan celebrado que nos ganaron. ¡Celebraban un triunfo porque habían aprobado 65 mil pesos de beneficio! Señalamos aquello en su oportunidad. Y hay quienes dentro de ese partido, como la Diputada María José Hoffmann , dicen que la gente no tiene que acostumbrarse a vivir del Estado.

No hay comprensión acerca de la situación que estamos viviendo.

Me preocupa mucho que el Gobierno siga prisionero de una concepción del rol del Estado que cree que este no está para servir a las grandes mayorías, sino para cuidar la economía.

Además, quiero señalar que el Ejecutivo no reconoce que cometió un error. Y me inquieta que el error esté presente también en el proyecto de ley que beneficia a la clase media. Se lo dijimos a Briones: "Va a volver, Ministro Briones , porque usted debe armar un comité de flexibilización, porque esta ley va a quedar con letra chica y en los bordes la gente no va a calificar".

Lo que estamos haciendo hoy día es parchar la ley del IFE, ayudar una vez más al Gobierno a fin de que podamos tener más gente beneficiada.

La clase media merece que la ayuden. Yo advierto que va a haber una comisión revisora que flexibilice lo tocante al proyecto sobre clase media.

La pregunta es: ¿tienen cupo los conductores del transporte público? Viene un paro nacional.

El transporte público: ¡abandonado!; el transporte escolar: ¡abandonado!

Quiero saber si en la Cámara de Diputados el Gobierno va a incorporar a los conductores del transporte público, que de Lota y Coronel marcharon con sus máquinas a Santiago pidiendo apoyo: el 80 por ciento de ellos hace cuatro meses que no trabaja.

Yo espero, entonces, que el Gobierno haga política de verdad hacia la gente y no sea egoísta ni amarrete ni ande con un gotario: gota a gota.

Del gota a gota ahora entramos al paso a paso: este Gobierno no entiende.

Voto a favor de este parche al IFE, y espero que el Gobierno aprenda la lección.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Navarro vota a favor.

Senadora señora Provoste, ¿cómo vota?

Senador señor Pugh, ¿cómo vota?

El señor PUGH.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

En la Sala ha solicitado la palabra para fundamentar el voto el Senador señor Galilea.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Puede intervenir, Su Señoría.

El señor GALILEA.-

Señora Presidenta , en este proyecto que estamos aprobando el día de hoy, muchos de los Senadores que se han expresado antes que mí han formulado una crítica señalando que el Gobierno ha ido como con un cuentagotas con las distintas medidas adoptadas para enfrentar esta emergencia; otro parlamentario decía que esto iba como por rodajas de mortadela, en fin: hacían todo tipo de metáforas.

Pero me parece que en todas esas críticas está mal entendido cuál es el problema que hemos tenido de verdad.

Si hoy día miramos los números, constataremos que 2,2 millones de familias, lo que equivale más o menos a seis millones y medio de personas en el país, están recibiendo el Ingreso Familiar de Emergencia: seis millones y medio de personas, es decir, uno de cada tres chilenos está percibiendo una ayuda.

Creo que nunca un programa de emergencia había alcanzado semejante cobertura.

Sin embargo, el punto no tiene que ver tanto con los paquetes de ayuda que hemos hecho, sino con la herramienta, la burocracia que exhibe Chile para poder llegar a todos los que el Gobierno quiere alcanzar, porque acá tanto el Gobierno y los partidos del Oficialismo como la Oposición queremos alcanzar a la gente que lo necesita.

¿Y qué hemos usado para eso? ¿Qué ha utilizado el país? Las herramientas de que disponíamos: el Registro Social de Hogares , que fue incorporado en el Gobierno pasado, era la mejor herramienta. Siempre han recibido críticas este tipo de instrumentos. A uno le toca muchas veces escuchar la queja de gente que dice: "Por qué mi vecino recibe esto y yo no, si es que el otro tiene más plata que yo, tiene mejor pega; lo que pasa es que la esconde, lo que sucede es que miente", en fin. Siempre -reitero- hemos tenido algún nivel de problemas con esto.

Acá usamos las herramientas que nuestro país tenía. Podemos señalar: "Pucha, no eran suficientemente buenas". Pero eso lo fuimos descubriendo a medida que pasaban las ayudas.

Primero llegamos a 1 millón 200 mil familias; hubo que hacer un arreglo, y alcanzamos a 2 millones 200 mil familias.

Y ahora hay que hacer otro arreglo, porque cuando se dice que aquí no reciben ayuda los artistas en verdad debo manifestar que todos ellos sí están incorporados en el IFE. Lo que pasa es que en la práctica los requisitos resultaron ser mucho más complejos y más difíciles de cumplir por parte de quienes estaban postulando.

Entonces, señora Presidenta , a mí me gustaría que todos hiciéramos un análisis desapasionado acerca de qué ha pasado con esto. Porque acá todos hemos tenido siempre el mismo objetivo...

Le voy a pedir un minutito más.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Puede continuar, señor Senador.

El señor GALILEA.-

Gracias.

Decía, señora Presidenta , que todos hemos tenido el mismo objetivo: llegar con la ayuda a la gente. Uno podrá señalar que en el primer IFE el beneficio no debió haber sido descendente: está bien. Nosotros mismos manifestamos la duda; confiamos en los expertos.

Después nos pusimos de acuerdo en estos 100 mil pesos por integrante de una familia de hasta cuatro miembros: ¡perfecto!

Por ahí no han estado las trabas. El problema son las herramientas de que dispone Chile.

Entonces, ¿es automático? ¿Todos pudieron prever que íbamos a tener problemas reglamentarios en esto? No.

Por lo tanto, el Gobierno ha ido solucionando estas cosas.

El IFE 1, 2 y 3, y eventualmente el 4, el 5 y el 6, no nos tienen que sorprender en nada, porque son los esfuerzos genuinos y de buena voluntad que se hacen desde el Estado para tratar de llegar a todos los que hay que apoyar.

Creo que acá no podemos decir en justicia que uno está cometiendo errores: vamos aprendiendo de los problemas que presentan los mecanismos sociales de Chile para ayudar.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Antes de cerrar la votación le voy a entregar la palabra a la Ministra señora Karla Rubilar, a quien le damos la bienvenida a nuestro Senado.

Puede intervenir, señora Ministra .

La señora RUBILAR (Ministra de Desarrollo Social y Familia).-

Señora Presidenta, quiero saludar a todos los Honorables Senadores y Senadoras y agradecer el debate que hemos tenido el día de hoy respecto de este proyecto de ley.

Deseo partir diciendo que está presente también el Ministro Cristián Monckeberg , quien realmente ha tramitado esta iniciativa y a quien hoy día en su labor como Ministro Secretario General de la Presidencia le toca llevar a cabo la relación relevante con el Congreso Nacional.

Fui parlamentaria doce años. Siento el Congreso Nacional como mi casa. Respeto enormemente el debate que se realiza en esta institucionalidad. Y no tengan la menor duda, señora Presidenta y Honorables Senadores, de que trataremos de conectar de la mejor manera posible con todas las sensibilidades que existen en la Cámara de Diputados y en el Senado.

De modo principal quiero agradecer también -y es imposible no hacerlo- en particular a nuestra coalición, a nuestros Senadores y Diputados, quienes nos han acompañado como la Oposición lo hizo en su momento durante el Gobierno de la Presidenta Bachelet , cuando fui parlamentaria.

En tal sentido, debo plantear que en esta pandemia, la más grande de los últimos cien años, hemos sido extremadamente agradecidos de nuestros funcionarios de la salud. Hemos tenido oportunidad para generarles reconocimientos y homenajes con aplausos que han emocionado a lo largo de todo Chile.

Sin embargo, creo que estamos tremendamente en deuda con quienes han enfrentado la pandemia social.

En ese contexto, mis primeras palabras en esta sesión plenaria del Senado son para agradecerles a todos los funcionarios del ámbito social, a las didecos de las municipalidades; a las asistentes sociales de todos y cada uno de los organismos, quienes con coraje, valentía y también muchas veces arriesgando su salud han podido llegar con la ayuda que entre todos construimos: nosotros como Gobierno; el Parlamento aprobando los proyectos de ley respectivos, y también los municipios con sus presupuestos propios.

Por tal razón, deseo agradecerle acá, en el Senado, a la Comisión de Hacienda, con cuyos integrantes compartí el día de ayer este debate, recogiendo -sé que el Ministro Monckeberg hizo lo propio anteriormente, y por eso estamos tratando este proyecto de ley- los planteamientos sobre cómo podemos mejorar las políticas públicas que estamos desarrollando.

Escuché con atención a cada uno de los Senadores y a cada una de las Senadoras. Y quisiera recoger las palabras que acaba de expresar el Senador Galilea respecto de lo que nos pasó al enfrentar esta pandemia, pero tratando de llevar la reflexión a lo que ha sucedido en tiempos normales.

Sin lugar a dudas, el Estado jamás está preparado para enfrentar una pandemia y una emergencia como estas.

No obstante, deseo llevar a la reflexión lo relativo a los instrumentos que hemos ocupado como país en tiempos normales.

Mientras me tocó ser parlamentaria vi las críticas que existieron en su momento acerca de lo que era la denominada "ficha CAS", la ficha de protección social, y cómo fuimos entre todos avanzando hacia una política pública de focalización a través de la herramienta del Registro Social de Hogares , aprobada durante el mandato de la Presidenta Bachelet , entendiendo que era mucho mejor instrumento que los anteriores, que habían generado discusiones a todos los Gobiernos involucrados y mucha angustia e insatisfacción en las personas que consideraban que habían quedado fuera injustamente.

En ese contexto, las herramientas que hemos ido construyendo entre todos por supuesto deben ser materia de debate y evaluación constante.

En tiempos normales aquel instrumento puede haber funcionado, e incluso presentar complicaciones que deberemos revisar. Sin duda, en tiempos de emergencia tenemos un debate mucho mayor en cuanto a cómo creamos entre todos mecanismos para llegar de forma más rápida y expedita.

Quiero poner solamente un ejemplo.

Cuando dejamos de lado la focalización del Registro Social de Hogares en una política de universalidad, a propósito de la entrega de la caja de alimentos, tuvimos cuestionamientos en el sentido de que llegamos a familias que tal vez no la requerían.

Ello es parte del debate que tenemos que dar.

Quiero transmitir el hecho de que agradezco enormemente la aprobación de este proyecto de ley, que no es un IFE 3: en estricto rigor, es la simplificación del IFE 2.

Eso es lo que estamos debatiendo el día de hoy.

Con eso permitimos sumar a los 6,5 millones de chilenos y chilenas que están recibiendo hoy día el beneficio, o sea, como señalaban quienes intervinieron anteriormente, uno de cada tres chilenos está recibiendo este Ingreso Familiar de Emergencia, que debe ser motivo de alegría de todos, nosotros como Gobierno y el Parlamento (por favor, deme un minutito más, señora Presidenta ), que nos ha ayudado a sacarlo adelante, porque estamos llegando a 2,4 millones de hogares en un esfuerzo gigantesco conjunto, y vamos a pasar probablemente a más de tres millones. ¿Por qué? Porque con esta simplificación lograremos alcanzar a quienes antes, pudiendo hacerlo, no accedieron a los beneficios porque no fuimos capaces de ir como Estado a buscarlos. Hoy día los vamos a ir a buscar; vamos a ayudarlos.

Sin duda alguna vamos a hacer la reflexión sobre cómo construir un sistema mejor de protección social para tiempos normales y para que cualquier Gobierno -el que venga- que deba enfrentar una emergencia como esta disponga de las herramientas necesarias.

Que no les quepan dudas, señora Presidenta y Senadores y Senadoras, de que trataremos de hacer lo mejor posible para llegar a todos quienes requieran de nuestra ayuda.

Muchísimas gracias.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muchas gracias, señora Ministra .

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y particular el proyecto (39 votos a favor), y queda despachado en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Rincón, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Huenchumilla, Insulza, Kast, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana, Quinteros y Sandoval.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Queda aprobado el proyecto, y se despacha a la Cámara de Diputados para su tercer trámite.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 30 de julio, 2020. Oficio en Sesión 49. Legislatura 368.

Valparaíso, 30 de julio de 2020.

Nº 275/SEC/20

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que modifica la ley N° 21.230, para facilitar y ampliar el acceso al ingreso familiar de emergencia, correspondiente al Boletín Nº 13.656-31, con las siguientes enmiendas:

Artículo único

Número 1

Letra a)

Ha reemplazado el ordinal (ii) contenido en el inciso primero propuesto, por el siguiente:

“(ii) que sus integrantes mayores de edad no perciban alguno de los ingresos señalados en el artículo 4, lo que se verificará a partir de la información declarada por el solicitante, para los casos indicados en los incisos segundo y cuarto del artículo 7, o de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y tercero del artículo 7.”.

Número 3

Letra a)

Ha sustituido el ordinal (i) que propone, por el siguiente:

“(i) que la suma de dichos ingresos sea inferior al segundo aporte que le correspondería conforme al artículo 3, lo que se verificará a partir de la información declarada por el solicitante, para los casos indicados en los incisos segundo y cuarto del artículo 7. Para los casos indicados en los incisos primero y tercero del artículo 7, se considerará la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante; y”.

Número 4

Lo ha reemplazado por el siguiente:

“4. Sustitúyese el inciso primero del artículo 5, por el siguiente:

“Artículo 5.- También serán beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia aquellos hogares que cumplan con los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace, y (ii) que estén integrados por una o más personas que sean beneficiarias de una pensión básica solidaria de invalidez, que establece el artículo 16 de la ley N° 20.255, o una o más personas que sean beneficiarias de la pensión básica solidaria de vejez que establece el artículo 3 de la mencionada ley.”.”.

o o o o

Ha intercalado los siguientes numerales 5, 6, 7 y 8, nuevos:

“5. Agrégase, a continuación del artículo 5, el siguiente artículo 5 A:

“Artículo 5 A.- También serán beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia aquellos hogares que cumplan con los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace; (ii) que estén integrados por una o más personas que sean beneficiarios del aporte previsional solidario de invalidez o una o más personas que sean beneficiarias del aporte previsional solidario de vejez; y (iii) que la suma de las pensiones a la que tengan derecho sumado el aporte previsional solidario que corresponda de acuerdo a la ley N° 20.255, sea un monto menor o igual a la pensión básica solidaria de invalidez o vejez, correspondiente al tramo de edad del beneficiario.

El hogar que cumpla con los requisitos señalados en este artículo tendrá derecho al tercer aporte del Ingreso Familiar de Emergencia, el que se calculará multiplicando el número de integrantes del hogar que cumpla con lo señalado en el numeral (ii) del inciso precedente por las cantidades que a continuación se indican:

Para estos efectos, el Instituto de Previsión Social deberá remitir, la primera quincena de cada mes, a la Subsecretaría de Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, la información sobre las personas que sean beneficiarias del aporte previsional solidario de invalidez y del aporte previsional solidario de vejez, en que la suma de las pensiones a la que tengan derecho sumado el aporte previsional solidario que corresponda de acuerdo a la ley N° 20.255, sea de un monto menor o igual al que reciben los beneficiarios del inciso primero por la pensión básica solidaria de invalidez o vejez, considerando en este caso el monto correspondiente al tramo de edad del beneficiario.”.

6. Reemplázase, en el inciso primero del artículo 5 bis, la expresión “o 5”, por la siguiente: “, 5 o 5 A”.

7. Modifícase el artículo 7 de la siguiente manera:

a) Reemplázase su inciso primero por el siguiente:

“Artículo 7.- El Ministerio de Desarrollo Social y Familia administrará el Ingreso Familiar de Emergencia. La Subsecretaría de Evaluación Social elaborará, para cada uno de los aportes que concede esta ley, una nómina de los hogares que sean beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia por cumplir con los requisitos para acceder a éste, la cual estará conformada por los hogares donde cualquiera de sus integrantes tenga la calidad de: (i) beneficiarios del subsidio familiar establecido en la ley Nº 18.020; o (ii) usuarios del subsistema "Seguridades y Oportunidades", creado por la ley Nº 20.595, independientemente de si perciben a esa fecha transferencias monetarias en virtud de tal ley; o (iii) beneficiarios del subsidio de discapacidad mental establecido en el artículo 35 de la ley Nº 20.255; (iv) beneficiarios de una pensión básica solidaria de invalidez, que establece el artículo 16 de la ley Nº 20.255; o (v) ser beneficiarios de la pensión básica solidaria que establece el artículo 3 de la ley Nº 20.255, o (vi) beneficiarios de alguno de los aportes previsionales solidarios a que se refiere el artículo 5 A. Asimismo, integrarán dicha nómina aquellos hogares que hayan sido beneficiarios de, al menos, uno de los aportes del Ingreso Familiar de Emergencia por haberlo solicitado en conformidad al inciso tercero de este artículo.”.

b) Agrégase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero, y así sucesivamente:

“También integrarán la mencionada nómina aquellos hogares que, habiendo solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia conforme a lo establecido en el inciso cuarto de este artículo, no lo hubiesen percibido por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiarios de dicho aporte, siempre que cumplan con los requisitos para ser beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia al momento del correspondiente aporte, de conformidad a lo establecido en esta ley.”.

8. Sustitúyese, en el inciso final del artículo 8, la expresión “refiere el inciso primero y segundo” por “refieren los incisos primero, segundo y tercero”.”.

o o o o

Número 5

Ha pasado a ser número 9, con las siguientes enmiendas:

Letra a)

Ha reemplazado el ordinal i por el siguiente:

“i. Sustitúyese la expresión “inciso tercero” por “inciso cuarto”, y la expresión “numeral tercero” por “numeral segundo”.”.

o o o o

Ha agregado el siguiente ordinal iii, nuevo:

“iii. Agrégase la siguiente oración final: “En el caso de ser rechazada la reclamación, dicha decisión deberá ser fundada.”.”.

o o o o

Letra b)

Ha sustituido los incisos finales propuestos por los siguientes:

“Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales tomará contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y no han ejercido la reclamación regulada en este artículo, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos. Tal actualización deberá realizarse en un plazo de 15 días hábiles. Lo anterior para efectos de poder acceder al beneficio y a los aportes que procedan en virtud de dicha actualización.

La Subsecretaría de Servicios Sociales tendrá un plazo de hasta 30 días para resolver la presente reclamación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 de la ley N° 19.880, contado desde la fecha que venza el plazo para reclamar, conforme a lo señalado en el presente inciso.”.

o o o o

Ha consultado una letra c), nueva, del tenor que se señala:

“c) Agrégase el siguiente inciso final:

“Para efectos de lo dispuesto en este artículo, el número de integrantes del hogar se determinará conforme a la información declarada que se encuentre disponible al mes que correspondía la elaboración de la nómina para el pago del aporte respectivo en el instrumento de caracterización socioeconómica a que se refiere el artículo 5 de la ley N° 20.379. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de no contarse con la información de ingresos declarados de alguno de dichos integrantes a partir de marzo de 2020, se considerará para tales efectos que el integrante que dejó de pertenecer al hogar no percibió los ingresos señalados en el inciso primero del artículo 4 durante dicho mes.”.”.

o o o o

o o o o

Ha contemplado un numeral 10, nuevo, del siguiente tenor:

“10. Incorpóranse los siguientes incisos quinto y final al artículo 11:

“El Ministerio de Desarrollo Social y Familia podrá revisar la información declarada para acceder a los aportes del Ingreso Familiar de Emergencia, por parte de algunos de los solicitantes, reclamantes o de quienes actualicen sus ingresos conforme al inciso quinto del artículo 10. Dicha facultad podrá ser ejercida tanto de forma previa a recibir el respectivo aporte como de manera posterior a dicho pago.

Si en el ejercicio de dicha facultad, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia tomara conocimiento de hechos constitutivos de delitos del inciso primero, deberá denunciarlos ante el Ministerio Público.”.”.

o o o o

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

o o o o

Ha consultado el siguiente artículo tercero transitorio, nuevo:

“Artículo tercero.- El Ministerio de Desarrollo Social y Familia, dentro del primer semestre del año 2021, deberá presentar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación de la Cámara de Diputados un informe sobre el Ingreso Familiar de Emergencia, el cual contendrá un análisis sobre su cobertura e impacto de dicho beneficio y de su relación con otras iniciativas creadas en razón a la pandemia provocada por la enfermedad Covid-19. El mencionado informe deberá incluir la opinión de expertos de reconocida experiencia en política social y que reflejen una adecuada diversidad de visiones, quienes serán convocados por dicho Ministerio para tales fines.

De igual manera, dicho Ministerio, antes del 30 de septiembre del año 2020, deberá entregar una versión preliminar del referido informe.

Ambos informes deberán ser publicados en el sitio web institucional del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.”.

o o o o

- - -

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 15.700, de 22 de julio de 2020.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ADRIANA MUÑOZ D´ALBORA

Presidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 30 de julio, 2020. Diario de Sesión en Sesión 49. Legislatura 368. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

FACILITACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL ACCESO AL INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA CREADO POR LEY N° 21.230 (TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 13656-31)

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde tratar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 21.230, para facilitar y ampliar el acceso al ingreso familiar de emergencia.

Por acuerdo de los Comités Parlamentarios, para la discusión de este proyecto se otorgarán cinco minutos base a las bancadas que tengan dos o más Comités, y tres minutos a las demás, más treinta minutos distribuidos en forma proporcional.

Antecedentes:

-Modificaciones del Senado. Documentos de la Cuenta N° 17 de este boletín de sesiones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

En discusión las modificaciones del Senado. Tiene la palabra el diputado Osvaldo Urrutia .

El señor URRUTIA (don Osvaldo).-

Señor Presidente, a fines del mes de abril del año en curso, el gobierno ingresó al Congreso un proyecto de ley que creaba el ingreso familiar de emergencia de 65.000 pesos por persona, para los trabajadores informales pertenecientes al 60 por ciento más vulnerable de la población. El beneficio se entregaría por un plazo de tres meses, disminuyendo el monto, conforme avanzaran los meses. Dicha iniciativa tuvo una difícil tramitación parlamentaria, siendo aprobada solo después de un veto aditivo presentado por el Presidente de la República.

La iniciativa tuvo un costo de 802 millones de dólares y su objetivo era contribuir a la subsistencia de las familias, en el contexto del plan de emergencia económica.

En virtud del efectivo agravamiento de la situación sanitaria, se convocó a un grupo de trabajo, en el que participaron el Ejecutivo y la Comisión de Hacienda del Senado, más algunos integrantes de la instancia de la Cámara de Diputados, quienes, asesorados por economistas de todas las tendencias políticas, acordaron un plan de emergencia para la protección de los ingresos y la reactivación económica y del empleo. En la firma del acuerdo participaron los partidos políticos de Chile Vamos, la Democracia Cristiana, el Partido Socialista y el PPD.

Dentro de las diversas medidas que contenía dicho acuerdo se encontraba el IFE 2.0, que aumentó a 100.000 pesos por persona el monto a entregar, para los trabajadores informales, sin decrecimiento y por cuatro meses, con posibilidades de extenderlo a un quinto o sexto mes, de acuerdo con las circunstancias.

El ingreso familiar de emergencia se constituye en un mecanismo fundamental de protección social ante la caída de los ingresos que han sufrido los trabajadores, producto de las medidas de confinamiento decretadas a raíz de la covid-19. Este beneficio, junto con otros que ya se entregan o se están estudiando, ha creado una verdadera red de protección social para paliar, en lo que es posible para el Estado, las negativas consecuencias económicas de la pandemia. Sin embargo, la implementación de las medidas demostró la existencia de una excesiva burocracia estatal y lo ineficiente que resultó el proceso de entrega del beneficio, considerando la premura y la angustia que tienen en la actualidad las familias beneficiarias.

Las modificaciones contenidas en este proyecto de ley permiten ampliar el número de personas que recibirán el beneficio y eliminar las trabas burocráticas propias de este proceso. Dentro de las modificaciones destaca la universalidad del beneficio para quienes perciben pensiones básicas solidarias de invalidez y vejez, eliminándose el requisito de tener setenta años. Al respecto se debe considerar que, al 10 de julio, el segundo pago lo habían recibido más de dos millones de hogares, lo cual da cuenta de seis millones de chilenos beneficiados con este subsidio.

Se debe recordar que, para evitar malos usos de este instrumento y que a partir de la declaración simple se entregue información falsa para acceder a este beneficio, el artículo 11 de la ley No 21.230 contempla una sanción para todo aquel que proporcione, declare o entregue a sabiendas datos o antecedentes falsos, incompletos o erróneos, con el objeto de percibir indebidamente los aportes que concede esta ley. Como se ha dicho, se establecen sanciones propias del delito de estafa, contenidas en artículo 467 de nuestro Código Penal.

Asimismo, el hecho de haberse establecido que el Ejecutivo debe presentar un informe al Parlamento acerca de la cobertura del impacto del IFE, permitirá conocer a posteriori los beneficios que implicó la medida adoptada.

Por último, es muy relevante mencionar la modificación realizada a los plazos. La Cámara de Diputados había establecido que había un plazo de quince días para resolver las reclamaciones; no resolviéndose en ese plazo, se daban por aceptadas. Ello generaba un problema mayúsculo, ya que no había capacidad de poder resolver todas las reclamaciones en tan corto tiempo, y por el efecto del no cumplimiento. En la Comisión de Hacienda se amplió dicho plazo a trenta días, cifra muy razonable, sin el efecto de darse por aprobada la reclamación en caso de no cumplirse.

Por lo anteriormente expuesto, sugerimos votar a favor esta iniciativa.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag .

El señor SABAG (vía telemática).-

Señor Presidente, voy a respaldar este proyecto, pues simplifica el acceso al ingreso familiar de emergencia, política pública adoptada en el contexto de la emergencia sanitaria que vivimos y que llegará a cerca de seis millones y medio de chilenos y chilenas.

La idea es eliminar el requisito del Indicador Socioeconómico de Emergencia y dejar exclusivamente el Registro Social de Hogares como instrumento para postular al beneficio y, además, consagrar el autorreporte, es decir, la declaración jurada de las personas como el elemento para entregar el beneficio, con lo cual se pretende facilitar el acceso, acelerar el proceso y también aumentar levemente la cobertura del beneficio.

El proyecto, en definitiva, propone eliminar la exigencia de acreditar la condición de vulnerabilidad a través del instrumento de caracterización socioeconómica, pidiéndose solamente la inscripción en el Registro Social de Hogares. Además de algunos aspectos formales, el Senado agregó al proyecto a las personas que reciban pensiones de invalidez e incluyó, de forma explícita, a quienes no habiendo reunido los requisitos en meses anteriores, sí los satisfagan en esta nueva oportunidad.

Del mismo modo, se obliga a fundar las resoluciones de rechazo a las solicitudes para acceder a este beneficio y se entrega al Ministerio de Desarrollo Social y Familia la facultad de denunciar los posibles delitos de que se tome conocimiento.

Además, simplifica la manera de acreditar los ingresos de los hogares, utilizando solo la información declarada por estos -autorreporte-, con lo que se evitarán trámites adicionales y se agilizará el proceso de postulación, lo que significará un incremento en la cantidad de personas que recibirán el beneficio en cerca de 100.000 familias.

Asimismo, se elimina la obligación del Ministerio de Desarrollo Social y Familia de contrastar la información declarada por los solicitantes con aquella contenida en el Registro de Información Social, lo que contribuye a simplificar el proceso de asignación de los recursos.

En su articulado transitorio, el proyecto dispone que las modificaciones sean aplicables a partir del pago del tercer aporte y siguientes del ingreso familiar de emergencia (IFE), en tanto que las reclamaciones tendrán validez para el pago del segundo aporte en adelante.

Creemos que estas modificaciones son necesarias para acelerar el proceso de entrega de los beneficios y aumentar la cobertura en la difícil situación que viven miles de familias. Por eso, respaldaremos este proyecto, para dar celeridad a la entrega de los beneficios, que no pueden esperar. Un día de retraso significa que miles de personas queden privadas de esos recursos, tan necesarios, que deben entregarse también en agosto. Recordemos que quedó abierta la posibilidad de continuar la entrega del beneficio si las condiciones así lo ameritan.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Alexis Sepúlveda .

El señor SEPÚLVEDA (don Alexis) [vía telemática].-

Señor Presidente, entiendo que ya vamos en el tercer ingreso familiar de emergencia que hemos trabajado en el Congreso, y en verdad todo ha sido insuficiente. Uno entiende la magnitud de la crisis que vivimos, pero además ha habido problemas bastante complejos de cobertura, de requisitos y de acceso.

He conversado con mucha gente, y creo que a todos los parlamentarios y parlamentarias les ha pasado lo mismo, que dicen: “Se hacen anuncios, como el bono covid, pero a mí no me tocó; está el IFE 1, y aunque pensé que calificaba por los requisitos, tampoco lo recibí; el IFE 2 tampoco me llegó”.

Y así se sigue acumulando la decepción y la desesperación de muchas personas que han visto disminuir sustancialmente sus ingresos, que están pasando por una crisis bastante grave y no les ha llegado ningún tipo de ayuda. Esa es la realidad, y así se ha señalado en la discusión del proyecto para la clase media.

En el Maule, desde hace meses estamos poniendo en conocimiento de la autoridad la dramática situación que viven los conductores de taxis colectivos, los propietarios de taxis colectivos, de la gente que trabaja en torno al transporte escolar, tanto propietarios como los auxiliares de los mismos; del transporte mayor, que también ha visto bajar sustancialmente sus ingresos; del mundo de la gastronomía, que, según la banca, no calificaban para el Fogape por ser muy riesgosos, porque no se sabía cuándo reiniciarían sus actividades. Entremedio, se conocieron los anuncios del Sercotec -el Reactívate-, que, en verdad, fueron recursos bastante limitados. Además, postuló demasiada gente, muchos pequeños y medianos empresarios, y al final la asignación fue muy poca y benefició a muy pocos. De hecho, en el Reactívate, quedó fuera la mayoría del rubro del transporte escolar y del transporte remunerado de pasajeros, por cuanto las exigencias les impedían postular.

Estoy convencido de que hemos avanzado en este proyecto, pues se flexibilizan los requisitos para postular, porque hacían prácticamente inaccesibles los beneficios a quienes tenían problemas y no podían acreditar esa situación; sin embargo, sigue siendo insuficiente.

Echo de menos -se lo hemos señalado al ministro Briones en la Comisión de Hacienda la focalización de los esfuerzos. Sin duda, hemos trabajado con instrumentos generales -bienvenidos sean, aun con las deficiencias que tienen-, que se han ido perfeccionando, aunque es cierto que nos hemos demorado demasiado tiempo. Hoy se requiere focalizar los esfuerzos. Hay sectores económicos que tienen complicaciones adicionales.

¿Por qué no un programa de capacitación Sence, como se ha hecho con la pesca artesanal, por ejemplo, y desplegarlo a lo largo de Chile para todos los conductores y para quienes arriendan taxis colectivos? Ahí podrían tener un ingreso directo, que les permitiría enfrentar esta crisis de mejor manera. ¡Hay instrumentos públicos! ¡Es necesario focalizar! ¡Es necesario hacer un esfuerzo adicional!

Hace un tiempo discutíamos que está el proyecto de la clase media, que está el IFE y que va a estar la alternativa del retiro del 10 por ciento. Créanme que la gente va a ocupar todas esas alternativas y aún así van a quedar cortos, porque la magnitud de la crisis es profunda y porque la extensión de la crisis será mucho más larga de lo que nos hemos planteado.

Espero que este proyecto dé respuesta a los miles de consultas que hemos recibido y a los miles de reclamos que todos ustedes han conocido en sus respectivos distritos referidos a que los beneficios no les han llegado a las personas, porque no han calificado o no han tenido respuestas.

Espero que, de una vez por todas, este avance en el proyecto permita a muchos acceder a los beneficios que se anuncian, que parecen supergrandes…

El señor PAULSEN (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra la ministra de Desarrollo Social y Familia, señora Karla Rubilar .

La señora RUBILAR, doña Karla (ministra de Desarrollo Social y Familia).-

Señor Presidente, por su intermedio, saludo a todos los honorables diputados y diputadas.

Para mí es un agrado volver a la que fue mi casa durante doce años. Tal como ustedes, estuve sentada en uno de esos pupitres y sé perfectamente lo que significa ser gobierno y ser oposición estando en el Congreso Nacional. Espero que esa experiencia de doce años y las relaciones humanas que construimos con muchos de ustedes nos permitan hacer un trabajo mancomunado, independientemente del sector en el que hoy se encuentren, para trabajar en este ministerio trascendental, en el cual -qué duda cabepodemos hacer cambios muy sustanciales a lo que estamos viviendo, ante las exigencias que nos impuso la pandemia que enfrentamos.

Me encuentro con la subsecretaria de Evaluación Social, Alejandra Candia , y el subsecretario de Servicios Sociales, Sebastián Villarreal , acompañando al ministro Ignacio Briones , quien también estuvo presente en la tramitación del proyecto anterior.

Es importante que la Cámara de Diputados nos ayude despachando un proyecto que ya fue aprobado por esta misma Sala y que el Senado aprobó prontamente. Necesitamos que hoy sea una realidad el despacho de esta iniciativa.

La pandemia, que llegó con posterioridad a la crisis política y social del 18 de octubre, nos enfrentó a uno de los desafíos más grandes para el Estado. Concretamente, debemos responder a una catástrofe de una magnitud que se tradujo en la pérdida de 2 millones de empleos en corto tiempo. La pérdida de 2 millones de empleos significa la pérdida de los ingresos de las familias y la merma de su calidad de vida.

En esta gran prueba que hemos tenido que enfrentar como gobierno y, sobre todo, como Estado, hemos analizado y reflexionado sobre las herramientas que tenemos para enfrentar las dificultades que afectan a las familias en tiempos normales. Esas herramientas que hemos tenido, sin lugar a dudas, tienen cosas buenas y tal vez cosas malas todavía para tiempos normales. Esas herramientas con que contábamos no tenían la capacidad para enfrentar la magnitud de la catástrofe que este país vive, y el dolor y la angustia de muchas familias.

Quiero recordar, tal como lo hice en el honorable Senado durante la mañana, que durante estos últimos 20 años hemos tenido tres herramientas que hemos construido entre todos para focalizar la ayuda del Estado hacia quienes más lo necesitan. Me refiero a lo que era la denominada ficha CAS, la ficha de protección social y, actualmente, el Registro Social de Hogares, que fue establecido durante el mandato de la Presidenta Bachelet .

Durante todos estos procesos, todos los que vivimos y participamos en la política nos encontramos con críticas y con dificultades. Muchas personas señalaban que esas herramientas no representaban bien su realidad y que no les permitían acceder a los beneficios correspondientes. En ese contexto, esas herramientas, que -insisto en normalidad fueron criticadas muchas veces, nos hicieron tomar medidas de emergencia que tal vez no visibilizamos tempranamente. Las herramientas que eran efectivas en normalidad no lo eran en emergencia. Esto es parte de la discusión que tendremos que dar sobre cómo robustecemos el Estado para enfrentar, el día de mañana, episodios de la magnitud del que estamos viviendo.

En ese contexto, agradezco el trabajo realizado por todos los ministros anteriores de mi cartera. Con aciertos y con errores, lo único que hemos buscado como gobierno -sabemos que también como oposición ha sido tratar de llegar con la mayor cantidad de ayuda posible en estos momentos difíciles.

Agradezco a los honorables diputados y diputadas de nuestra coalición gobernante, que nos han ayudado en momentos muy difíciles, apoyando a nuestro gobierno que ha enfrentado situaciones muy adversas. Efectivamente -insisto-, con aciertos y errores, es difícil a veces acompañarnos. Por eso, diputados y diputadas de nuestra coalición, les agradezco por acompañarnos en estos momentos tan complejos.

También siempre he creído que el debate con una oposición que es capaz de plantearnos reparos y hacernos ver cosas que no estamos viendo, en el marco del respeto y del diálogo ciudadano y republicano, siempre contribuye a que todos los gobiernos, todos -yo también fui oposición-, puedan hacer mejor las cosas.

Este proyecto es parte de aquello. Es un proyecto que fue tramitado por el anterior ministro de Desarrollo Social y Familia, Cristián Monckeberg , hoy ministro secretario general de la Presidencia, a quien le agradezco ese trabajo. También su experiencia como parlamentario contribuyó a que pudiésemos llegar a estos acuerdos.

A grandes rasgos, este proyecto escucha la voz del Congreso y entiende que las herramientas señaladas -insisto-, que tal vez eran útiles en tiempos normales, pero que son obsoletas o tardías en tiempos de emergencia, porque miraban mucho hacia atrás, deben ser modificadas.

Nuestro Registro Social de Hogares, que es un instrumento que tenemos que proteger, potenciar y mejorar, debería ser una estructura universal, tal como señaló el diputado Jaime Naranjo . Para eso estamos trabajando. En los próximos días, entregaremos recursos a las municipalidades para que todas las personas que lo requieran, ojalá la totalidad de los hogares, estén incorporadas en el Registro Social de Hogares, para enfrentar de mejor manera cualquier adversidad.

En este debate hemos incluido todas las pensiones básicas solidarias, no solamente las que corresponden a los mayores de 70 años. Hemos incluido a todas las pensiones básicas de invalidez. Estamos incluyendo hoy, en justicia, las pensiones de vejez y de invalidez que tienen el aporte previsional solidario, pero que así y todo implican un monto igual o inferior a una pensión básica solidaria. Nos parece de toda justicia que el debate parlamentario nos haya enriquecido el proyecto de esta forma.

Asimismo, entendiendo que la herramienta necesita agilidad y rapidez, se permitirá que las personas hagan su propia declaración. Con esto se facilitará lo que ya existía en el IFE 2.0. Este, en estricto rigor, no es un IFE 3.0. Este es un IFE 2.0 que ha sido simplificado en virtud de las dificultades que los diputados y diputadas han encontrado en sus territorios. Por eso, con este proyecto de ley, que esperamos que hoy se convierta en ley de la república, queremos permitir a las personas que no ingresaron o que no supieron cómo ingresar, pero que podían calificar, acceder a todas las cuotas que vienen del IFE de ahora en adelante.

Escuché con atención el debate sobre el proyecto de protección de los ingresos de la clase media. Entiendo la preocupación que muchos honorables diputados y diputadas han manifestado sobre ciertos grupos que no han podido acceder a los beneficios de forma expedita: transportistas escolares, colectiveros, taxistas y conductores de buses. Estos grupos son preocupación de los diputados y diputadas porque es la experiencia que reciben de sus territorios. Con los subsecretarios hemos solicitado la información de cuánto es el monto al que han accedido a través del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Efectivamente, es un monto bajo, un porcentaje bajo el de quienes tenemos inscritos como parte de dichos grupos.

Por ello, ante la preocupación que los diputados y diputadas tienen de que ese grupo acceda al proyecto de clase media protegida y al bono de 500.000 pesos, hoy, con las modificaciones que el Congreso Nacional va a aprobar, la posibilidad de que esos grupos reciban más apoyo es muchísimo mayor que, incluso, con el proyecto de clase media protegida. El proyecto de clase media protegida exige una baja de ingresos de 30 por ciento en montos y rangos que hemos determinado. Si un transportista escolar, un taxista o un microbusero no han podido recibir sus recursos habituales por causa de la pandemia, no tendrán que compararse con nadie gracias a la simplificación del IFE. Va a bastar con su propio reporte, con su propia declaración en la que nos diga que efectivamente no tiene ingresos, que está con cero ingresos, para que pueda acceder a las dos próximas cuotas del IFE que tenemos aseguradas.

En ese contexto, una transportista escolar que perdió sus ingresos, porque el colegio no está abierto, y que hoy tiene cero ingresos, con un hogar de cuatro integrantes recibirá dos pagos de 400.000 pesos. En suma, recibirá un monto de 800.000 pesos en dos cuotas -es más que los 500.000 pesos del bono-, sin que tenga que acreditar ninguna baja de 30 por ciento de sus ingresos, solo en virtud de la confianza de lo que es una declaración individual expedita.

La diferencia es que hoy los saldremos a buscar. Independientemente de que no hayan catalogado y de que hoy los podamos ingresar, a todos aquellos que hoy lo requieran vamos a ir a buscarlos para incluirlos en el Registro Social de Hogares y, de esa forma, permitirles que accedan a la tercera y a la cuarta cuotas que vienen.

No obstante, desde el segundo pago en adelante, todos aquellos que hayan salido no calificados como corresponde y que con estos cambios sí podrán ingresar, recuerden que el pago será retroactivo desde el segundo.

Los invito a hacer el ejercicio de lo que podría ser una familia de dos personas. Una familia de dos personas no es lo habitual. Tenemos hogares que en promedio tienen cuatro integrantes, pero pongámonos en el escenario de un taxista que no ha podido tener ingresos y que tiene una familia de dos personas. Ese taxista recibirá doscientos mil pesos en el pago del tercer IFE y doscientos mil pesos en el pago del cuarto IFE, si su esposa o esposo -si es una taxistatambién está en cero. Por lo tanto, lo mínimo que va a recibir una familia pequeña, constituida por dos personas, son cuatrocientos mil pesos.

En otras palabras, lo que les quiero transmitir es que este trabajo mancomunando que hemos hecho por simplificar el proyecto de ley que permite el acceso al ingreso familiar de emergencia será más beneficioso que buscar una fórmula para que las personas reciban quinientos mil pesos, porque, por ejemplo, un transportista escolar que haya quedado en cero, que no cuente con ingresos de algún otro integrante de la familia y que forme parte de una familia de cuatro personas, recibirá ochocientos mil pesos en vez de quinientos mil pesos.

Con aciertos y errores, hemos construido esta iniciativa entre todos, porque este momento de emergencia ha sido un gran aprendizaje. Es una oportunidad única aprobar el proyecto que establece un financiamiento con aporte fiscal para la protección de los ingresos de la clase media y el proyecto que facilita y amplía el acceso al ingreso familiar de emergencia, porque llegarán a un millón seiscientas mil personas a través de bonos y préstamos solidarios, y a más de siete millones de personas a través del pago del tercer IFE.

Este esfuerzo gigantesco, que es también de todos los chilenos, a través del Estado, lo hemos logrado dialogando en el Congreso Nacional.

Les pido humildemente que nos ayuden. Vamos a comprometer una ampliación del plazo de inscripción para el tercer pago del IFE, de diez días hábiles -el límite era el 8 de agosto-, permitiendo así que la gran mayoría de las personas que no pudieron acceder al segundo pago del IFE, lo puedan hacer en el tercer o cuarto pago. El propósito es responder a estos grupos que, como a nosotros, a ustedes tanto les preocupan.

Muchas gracias. He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre las modificaciones del Senado en los siguientes términos:

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde votar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 21.230, para facilitar y ampliar el acceso al ingreso familiar de emergencia.

En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, la votación de los diputados Sergio Gahona , Jorge Alessandri , Karim Bianchi , Guillermo Teillier y Gael Yeomans .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 146 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobadas.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Flores García, Iván , Melero Abaroa , Patricio , Sabag Villalobos , Jorge , Alessandri Vergara , Jorge , Flores Oporto , Camila , Mellado Pino , Cosme , Sabat Fernández , Marcela , Alinco Bustos , René , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Mellado Suazo , Miguel , Saffirio Espinoza , René , Álvarez Ramírez , Sebastián , Gahona Salazar , Sergio , Meza Moncada , Fernando , Saldívar Auger, Raúl , Álvarez Vera , Jenny , Galleguillos Castillo , Ramón , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Ascencio Mansilla , Gabriel , García García, René Manuel, Mix Jiménez , Claudia , Santana Castillo, Juan , Auth Stewart , Pepe , Garín González , Renato , Molina Magofke , Andrés , Santana Tirachini , Alejandro , Baltolu Rasera, Nino , Girardi Lavín , Cristina , Monsalve Benavides , Manuel , Santibáñez Novoa , Marisela , Barrera Moreno , Boris , González Gatica , Félix , Morales Muñoz , Celso , Sauerbaum Muñoz , Frank , Barros Montero , Ramón , González Torres , Rodrigo , Moreira Barros , Cristhian , Schalper Sepúlveda , Diego , Berger Fett , Bernardo , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Mulet Martínez , Jaime , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bernales Maldonado , Alejandro , Hernández Hernández , Javier , Muñoz González , Francesca , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bianchi Retamales , Karim , Hernando Pérez , Marcela , Naranjo Ortiz , Jaime , Sepúlveda Soto , Alexis , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hertz Cádiz , Carmen , Norambuena Farías, Iván , Silber Romo , Gabriel , Boric Font , Gabriel , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Núñez Arancibia , Daniel , Soto Ferrada , Leonardo , Brito Hasbún , Jorge , Hoffmann Opazo , María José , Núñez Urrutia , Paulina , Soto Mardones, Raúl , Calisto Águila , Miguel Ángel , Ibáñez Cotroneo , Diego , Nuyado Ancapichún , Emilia , Teillier Del Valle, Guillermo , Cariola Oliva , Karol , Ilabaca Cerda , Marcos, Olivera De La Fuente , Erika , Tohá González , Jaime , Carter Fernández , Álvaro , Jackson Drago , Giorgio , Orsini Pascal , Maite , Torrealba Alvarado , Sebastián , Carvajal Ambiado , Loreto , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Ortiz Novoa, José Miguel, Torres Jeldes , Víctor , Castillo Muñoz , Natalia , Jiles Moreno , Pamela , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Trisotti Martínez , Renzo , Castro Bascuñán , José Miguel , Jiménez Fuentes , Tucapel , Pardo Sáinz , Luis , Troncoso Hellman , Virginia , Castro González, Juan Luis , Jürgensen Rundshagen , Harry , Parra Sauterel , Andrea , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Araya , Ricardo , Kast Sommerhoff , Pablo , Paulsen Kehr , Diego , Urrutia Bonilla , Ignacio , Celis Montt , Andrés , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Arriagada , José , Urrutia Soto , Osvaldo , Cicardini Milla , Daniella , Kort Garriga , Issa , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cid Versalovic , Sofía , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Olea , Joanna , Vallejo Dowling , Camila , Coloma Álamos, Juan Antonio , Labra Sepúlveda , Amaro , Pérez Salinas , Catalina , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Crispi Serrano , Miguel , Lavín León , Joaquín , Prieto Lorca , Pablo , Velásquez Núñez , Esteban , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Leiva Carvajal, Raúl , Ramírez Diez , Guillermo , Venegas Cárdenas , Mario , Del Real Mihovilovic , Catalina , Leuquén Uribe , Aracely , Rentería Moller , Rolando , Verdessi Belemmi , Daniel , Díaz Díaz , Marcelo , Longton Herrera , Andrés , Rocafull López , Luis , Vidal Rojas , Pablo , Durán Espinoza , Jorge , Lorenzini Basso , Pablo , Rojas Valderrama , Camila , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Durán Salinas , Eduardo , Luck Urban , Karin , Romero Sáez , Leonidas , Walker Prieto , Matías , Eguiguren Correa , Francisco , Macaya Danús , Javier , Rosas Barrientos , Patricio , Winter Etcheberry , Gonzalo , Espinoza Sandoval , Fidel , Marzán Pinto , Carolina , Saavedra Chandía , Gastón , Yeomans Araya , Gael , Fernández Allende, Maya , Matta Aragay, Manuel

El señor PAULSEN (Presidente).-

Despachado el proyecto.

Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.

3.2. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 30 de julio, 2020. Oficio

VALPARAÍSO, 30 de julio de 2020

Oficio N° 15.718

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha aprobado las enmiendas propuestas por ese H. Senado al proyecto de ley que modifica la ley N° 21.230, para facilitar y ampliar el acceso al ingreso familiar de emergencia, correspondiente al boletín N° 13656-31.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 275/SEC/20 de fecha 30 de julio de 2020.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

DIEGO PAULSEN KEHR

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 30 de julio, 2020. Oficio

VALPARAÍSO, 30 de julio de 2020

Oficio N° 15.717

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley que modifica la ley N° 21.230, para facilitar y ampliar el acceso al ingreso familiar de emergencia, correspondiente al boletín N° 13656-31, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia:

1. En el artículo 1°:

a) Reemplázase su inciso primero por el siguiente:

“Artículo 1.- Concédese un Ingreso Familiar de Emergencia compuesto por un máximo de cuatro aportes extraordinarios de cargo fiscal, en las condiciones que establece la presente ley, para los hogares que cumplan los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace; y (ii) que sus integrantes mayores de edad no perciban alguno de los ingresos señalados en el artículo 4, lo que se verificará a partir de la información declarada por el solicitante, para los casos indicados en los incisos segundo y cuarto del artículo 7, o de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y tercero del artículo 7.

b) Agrégase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando los actuales incisos segundo y tercero a ser tercero y cuarto, respectivamente:

“Todos los hogares que cumplan con los requisitos que esta ley establece tendrán derecho a recibir el Ingreso Familiar de Emergencia. El Ministerio de Desarrollo Social y Familia deberá promover que todos los hogares que cumplan con las condiciones legales accedan al beneficio de la forma más expedita posible, haciendo uso de las facultades y atribuciones que esta ley les otorga para facilitar la concesión de la prestación a todos los hogares potencialmente beneficiarios. Las solicitudes sólo podrán ser rechazadas por motivos fundados y que digan relación únicamente con el incumplimiento de los requisitos legales.”.

2. Sustitúyese el artículo 2 por el siguiente:

“Artículo 2.- Mediante resolución exenta dictada por la Subsecretaría de Evaluación Social, visada por la Dirección de Presupuestos, se establecerá la forma de verificación de los requisitos establecidos en esta ley.”.

3.- En el inciso primero del artículo 4:

a) Reemplázase su numeral (i) por el siguiente:

“(i) que la suma de dichos ingresos sea inferior al segundo aporte que le correspondería conforme al artículo 3, lo que se verificará a partir de la información declarada por el solicitante, para los casos indicados en los incisos segundo y cuarto del artículo 7. Para los casos indicados en los incisos primero y tercero del artículo 7, se considerará la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante; y”.

b) Reemplázase el numeral (ii) por el siguiente:

“(ii) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace.”.

c) Suprímese la siguiente frase:

“(iii) que pertenezcan al 80 por ciento más vulnerable de la población nacional, de acuerdo al Indicador Socioeconómico de Emergencia a que se refiere el artículo 2.”.

d) Incorpórase la siguiente oración final, nueva: “Este derecho también será aplicable a aquellos hogares en los cuales existan miembros mayores de edad que sean trabajadores de casa particular y cumplan con los requisitos copulativos señalados anteriormente.”.

4. Sustitúyese el inciso primero del artículo 5 por el siguiente:

“Artículo 5.- También serán beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia aquellos hogares que cumplan con los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace, y (ii) que estén integrados por una o más personas que sean beneficiarias de una pensión básica solidaria de invalidez, que establece el artículo 16 de la ley N° 20.255, o una o más personas que sean beneficiarias de la pensión básica solidaria de vejez que establece el artículo 3 de la mencionada ley.”.

5. Agrégase, a continuación del artículo 5, el siguiente artículo 5 A:

“Artículo 5 A.- También serán beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia aquellos hogares que cumplan con los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace; (ii) que estén integrados por una o más personas que sean beneficiarios del aporte previsional solidario de invalidez o una o más personas que sean beneficiarias del aporte previsional solidario de vejez; y (iii) que la suma de las pensiones a la que tengan derecho sumado el aporte previsional solidario que corresponda de acuerdo a la ley N° 20.255, sea un monto menor o igual a la pensión básica solidaria de invalidez o vejez, correspondiente al tramo de edad del beneficiario.

El hogar que cumpla con los requisitos señalados en este artículo tendrá derecho al tercer aporte del Ingreso Familiar de Emergencia, el que se calculará multiplicando el número de integrantes del hogar que cumpla con lo señalado en el numeral (ii) del inciso precedente por las cantidades que a continuación se indican:

Para estos efectos, el Instituto de Previsión Social deberá remitir, la primera quincena de cada mes, a la Subsecretaría de Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, la información sobre las personas que sean beneficiarias del aporte previsional solidario de invalidez y del aporte previsional solidario de vejez, en que la suma de las pensiones a la que tengan derecho sumado el aporte previsional solidario que corresponda de acuerdo a la ley N° 20.255, sea de un monto menor o igual al que reciben los beneficiarios del inciso primero por la pensión básica solidaria de invalidez o vejez, considerando en este caso el monto correspondiente al tramo de edad del beneficiario.”.

6. Reemplázase, en el inciso primero del artículo 5 bis, la expresión “o 5”, por la siguiente: “, 5 o 5 A”.

7. Modifícase el artículo 7 de la siguiente manera:

a) Reemplázase su inciso primero por el siguiente:

“Artículo 7.- El Ministerio de Desarrollo Social y Familia administrará el Ingreso Familiar de Emergencia. La Subsecretaría de Evaluación Social elaborará, para cada uno de los aportes que concede esta ley, una nómina de los hogares que sean beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia por cumplir con los requisitos para acceder a éste, la cual estará conformada por los hogares donde cualquiera de sus integrantes tenga la calidad de: (i) beneficiarios del subsidio familiar establecido en la ley Nº 18.020; o (ii) usuarios del subsistema “Seguridades y Oportunidades”, creado por la ley Nº 20.595, independientemente de si perciben a esa fecha transferencias monetarias en virtud de tal ley; o (iii) beneficiarios del subsidio de discapacidad mental establecido en el artículo 35 de la ley Nº 20.255; o (iv) beneficiarios de una pensión básica solidaria de invalidez, que establece el artículo 16 de la ley Nº 20.255; o (v) ser beneficiarios de la pensión básica solidaria que establece el artículo 3 de la ley Nº 20.255, o (vi) beneficiarios de alguno de los aportes previsionales solidarios a que se refiere el artículo 5 A. Asimismo, integrarán dicha nómina aquellos hogares que hayan sido beneficiarios de, al menos, uno de los aportes del Ingreso Familiar de Emergencia por haberlo solicitado en conformidad al inciso tercero de este artículo.”.

b) Agrégase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero, y así sucesivamente:

“También integrarán la mencionada nómina aquellos hogares que, habiendo solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia conforme a lo establecido en el inciso cuarto de este artículo, no lo hubiesen percibido por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiarios de dicho aporte, siempre que cumplan con los requisitos para ser beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia al momento del correspondiente aporte, de conformidad a lo establecido en esta ley.”.

8. Sustitúyese, en el inciso final del artículo 8, la expresión “refiere el inciso primero y segundo” por “refieren los incisos primero, segundo y tercero”.”.

9. En el artículo 10:

a) Modifícase su inciso segundo de la siguiente manera:

i. Sustitúyese la expresión “inciso tercero” por “inciso cuarto”, y la expresión “numeral tercero” por “numeral segundo”.

ii. Elimínase su última oración cuyo tenor es el siguiente: “No obstante lo anterior, no se acogerá la reclamación en el caso de que exista disconformidad entre la información declarada y aquella contenida en el Registro de Información Social creado por el artículo 6 de la ley Nº 19.949.”.

iii. Agrégase la siguiente oración final: “En el caso de ser rechazada la reclamación, dicha decisión deberá ser fundada.”.

b) Agréganse al final los siguientes incisos:

“Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales tomará contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y no han ejercido la reclamación regulada en este artículo, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos. Tal actualización deberá realizarse en un plazo de quince días hábiles. Lo anterior para efectos de poder acceder al beneficio y a los aportes que procedan en virtud de dicha actualización.

La Subsecretaría de Servicios Sociales tendrá un plazo de hasta treinta días para resolver la presente reclamación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 de la ley N° 19.880, contado desde la fecha que venza el plazo para reclamar, conforme a lo señalado en el presente inciso.

Para efectos de lo dispuesto en este artículo, el número de integrantes del hogar se determinará conforme a la información declarada que se encuentre disponible al mes que correspondía la elaboración de la nómina para el pago del aporte respectivo en el instrumento de caracterización socioeconómica a que se refiere el artículo 5 de la ley N° 20.379. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de no contarse con la información de ingresos declarados de alguno de dichos integrantes a partir de marzo de 2020, se considerará para tales efectos que el integrante que dejó de pertenecer al hogar no percibió los ingresos señalados en el inciso primero del artículo 4 durante dicho mes.”.

10. Incorpóranse los siguientes incisos quinto y final al artículo 11:

“El Ministerio de Desarrollo Social y Familia podrá revisar la información declarada para acceder a los aportes del Ingreso Familiar de Emergencia, por parte de algunos de los solicitantes, reclamantes o de quienes actualicen sus ingresos conforme al inciso quinto del artículo 10. Dicha facultad podrá ser ejercida tanto de forma previa a recibir el respectivo aporte como de manera posterior a dicho pago.

Si en el ejercicio de dicha facultad, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia tomara conocimiento de hechos constitutivos de delitos del inciso primero, deberá denunciarlos ante el Ministerio Público.”.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero.- Las modificaciones establecidas por la presente ley serán aplicables para el pago del tercer aporte y siguientes del Ingreso Familiar de Emergencia, salvo las modificaciones introducidas al artículo 10 de la ley N° 21.230, las cuales serán aplicables para el pago del segundo aporte y siguientes. En razón de lo anterior, los requisitos relativos a la vulnerabilidad socioeconómica de los hogares establecidos en los numerales (i) y (ii) del artículo 1, numerales (ii) y (iii) del artículo 4 y numeral (i) del artículo 5 de la ley N° 21.230, vigentes con anterioridad a las modificaciones establecidas por esta ley, continuarán aplicándose para los efectos del pago del primer y segundo aporte del Ingreso Familiar de Emergencia.

Con todo, para quienes hayan solicitado el tercer aporte del Ingreso Familiar de Emergencia con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley y no hubiesen actualizado sus ingresos en conformidad a lo dispuesto en el nuevo inciso final del artículo 10 de la ley N° 21.230 incorporado por esta ley, se ordenará el pago de dicho aporte tomando en consideración la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar.

Artículo segundo.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario se financiará con cargo a los recursos provenientes de la partida presupuestaria Tesoro Público.

Artículo tercero.- El Ministerio de Desarrollo Social y Familia, dentro del primer semestre del año 2021, deberá presentar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación de la Cámara de Diputados un informe sobre el Ingreso Familiar de Emergencia, el cual contendrá un análisis sobre su cobertura e impacto de dicho beneficio y de su relación con otras iniciativas creadas en razón a la pandemia provocada por la enfermedad Covid-19. El mencionado informe deberá incluir la opinión de expertos de reconocida experiencia en política social y que reflejen una adecuada diversidad de visiones, quienes serán convocados por dicho Ministerio para tales fines.

De igual manera, dicho Ministerio, antes del 30 de septiembre del año 2020, deberá entregar una versión preliminar del referido informe.

Ambos informes deberán ser publicados en el sitio web institucional del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.”.

*****

Dios guarde a V.E.

DIEGO PAULSEN KEHR

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 21.251

Tipo Norma
:
Ley 21251
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1147959&t=0
Fecha Promulgación
:
31-07-2020
URL Corta
:
http://bcn.cl/2f4o3
Organismo
:
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Título
:
MODIFICA LA LEY N° 21.230, PARA FACILITAR Y AMPLIAR EL ACCESO AL INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA
Fecha Publicación
:
03-08-2020

LEY NÚM. 21.251

MODIFICA LA LEY N° 21.230, PARA FACILITAR Y AMPLIAR EL ACCESO AL INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

     

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia:

     

    1. En el artículo 1º:

     

    a) Reemplázase su inciso primero por el siguiente:

     

    "Artículo 1.- Concédese un Ingreso Familiar de Emergencia compuesto por un máximo de cuatro aportes extraordinarios de cargo fiscal, en las condiciones que establece la presente ley, para los hogares que cumplan los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo Nº 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace; y (ii) que sus integrantes mayores de edad no perciban alguno de los ingresos señalados en el artículo 4, lo que se verificará a partir de la información declarada por el solicitante, para los casos indicados en los incisos segundo y cuarto del artículo 7, o de la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante, para los casos indicados en los incisos primero y tercero del artículo 7.

     

    b) Agrégase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando los actuales incisos segundo y tercero a ser tercero y cuarto, respectivamente:

     

    "Todos los hogares que cumplan con los requisitos que esta ley establece tendrán derecho a recibir el Ingreso Familiar de Emergencia. El Ministerio de Desarrollo Social y Familia deberá promover que todos los hogares que cumplan con las condiciones legales accedan al beneficio de la forma más expedita posible, haciendo uso de las facultades y atribuciones que esta ley les otorga para facilitar la concesión de la prestación a todos los hogares potencialmente beneficiarios. Las solicitudes sólo podrán ser rechazadas por motivos fundados y que digan relación únicamente con el incumplimiento de los requisitos legales.".

     

    2. Sustitúyese el artículo 2 por el siguiente:

     

    "Artículo 2.- Mediante resolución exenta dictada por la Subsecretaría de Evaluación Social, visada por la Dirección de Presupuestos, se establecerá la forma de verificación de los requisitos establecidos en esta ley.".

     

    3. En el inciso primero del artículo 4:

     

    a) Reemplázase su numeral (i) por el siguiente:

     

    "(i) que la suma de dichos ingresos sea inferior al segundo aporte que le correspondería conforme al artículo 3, lo que se verificará a partir de la información declarada por el solicitante, para los casos indicados en los incisos segundo y cuarto del artículo 7. Para los casos indicados en los incisos primero y tercero del artículo 7, se considerará la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, incluyendo los antecedentes proporcionados por el solicitante; y".

     

    b) Reemplázase el numeral (ii) por el siguiente:

     

    "(ii) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo Nº 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace.".

     

    c) Suprímese la siguiente frase:

     

    "(iii) que pertenezcan al 80 por ciento más vulnerable de la población nacional, de acuerdo al Indicador Socioeconómico de Emergencia a que se refiere el artículo 2.".

     

    d) Incorpórase la siguiente oración final, nueva: "Este derecho también será aplicable a aquellos hogares en los cuales existan miembros mayores de edad que sean trabajadores de casa particular y cumplan con los requisitos copulativos señalados anteriormente.".

     

    4. Sustitúyese el inciso primero del artículo 5 por el siguiente:

     

    "Artículo 5.- También serán beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia aquellos hogares que cumplan con los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo Nº 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace, y (ii) que estén integrados por una o más personas que sean beneficiarias de una pensión básica solidaria de invalidez, que establece el artículo 16 de la ley Nº 20.255, o una o más personas que sean beneficiarias de la pensión básica solidaria de vejez que establece el artículo 3 de la mencionada ley.".

     

    5. Agrégase, a continuación del artículo 5, el siguiente artículo 5 A:

     

    "Artículo 5 A.- También serán beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia aquellos hogares que cumplan con los siguientes requisitos copulativos: (i) que integren el Registro Social de Hogares, definido en el decreto supremo Nº 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, o el que lo reemplace; (ii) que estén integrados por una o más personas que sean beneficiarios del aporte previsional solidario de invalidez o una o más personas que sean beneficiarias del aporte previsional solidario de vejez; y (iii) que la suma de las pensiones a la que tengan derecho sumado el aporte previsional solidario que corresponda de acuerdo a la ley Nº 20.255, sea un monto menor o igual a la pensión básica solidaria de invalidez o vejez, correspondiente al tramo de edad del beneficiario.

    El hogar que cumpla con los requisitos señalados en este artículo tendrá derecho al tercer aporte del Ingreso Familiar de Emergencia, el que se calculará multiplicando el número de integrantes del hogar que cumpla con lo señalado en el numeral (ii) del inciso precedente por las cantidades que a continuación se indican:

     

    Tercer aporte    

    $ 100.000        

   

    Para estos efectos, el Instituto de Previsión Social deberá remitir, la primera quincena de cada mes, a la Subsecretaría de Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, la información sobre las personas que sean beneficiarias del aporte previsional solidario de invalidez y del aporte previsional solidario de vejez, en que la suma de las pensiones a la que tengan derecho sumado el aporte previsional solidario que corresponda de acuerdo a la ley Nº 20.255, sea de un monto menor o igual al que reciben los beneficiarios del inciso primero por la pensión básica solidaria de invalidez o vejez, considerando en este caso el monto correspondiente al tramo de edad del beneficiario.".      

    6. Reemplázase, en el inciso primero del artículo 5 bis, la expresión "o 5", por la siguiente: ", 5 o 5 A".      

    7. Modifícase el artículo 7 de la siguiente manera:

     

    a) Reemplázase su inciso primero por el siguiente:

     

    "Artículo 7.- El Ministerio de Desarrollo Social y Familia administrará el Ingreso Familiar de Emergencia. La Subsecretaría de Evaluación Social elaborará, para cada uno de los aportes que concede esta ley, una nómina de los hogares que sean beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia por cumplir con los requisitos para acceder a éste, la cual estará conformada por los hogares donde cualquiera de sus integrantes tenga la calidad de: (i) beneficiarios del subsidio familiar establecido en la ley Nº 18.020; o (ii) usuarios del subsistema "Seguridades y Oportunidades", creado por la ley Nº 20.595, independientemente de si perciben a esa fecha transferencias monetarias en virtud de tal ley; o (iii) beneficiarios del subsidio de discapacidad mental establecido en el artículo 35 de la ley Nº 20.255; o (iv) beneficiarios de una pensión básica solidaria de invalidez, que establece el artículo 16 de la ley Nº 20.255; o (v) ser beneficiarios de la pensión básica solidaria que establece el artículo 3 de la ley Nº 20.255, o (vi) beneficiarios de alguno de los aportes previsionales solidarios a que se refiere el artículo 5 A. Asimismo, integrarán dicha nómina aquellos hogares que hayan sido beneficiarios de, al menos, uno de los aportes del Ingreso Familiar de Emergencia por haberlo solicitado en conformidad al inciso tercero de este artículo.".

     

    b) Agrégase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero, y así sucesivamente:

     

    "También integrarán la mencionada nómina aquellos hogares que, habiendo solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia conforme a lo establecido en el inciso cuarto de este artículo, no lo hubiesen percibido por no cumplir con uno o más de los requisitos para ser beneficiarios de dicho aporte, siempre que cumplan con los requisitos para ser beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia al momento del correspondiente aporte, de conformidad a lo establecido en esta ley.".

     

    8. Sustitúyese, en el inciso final del artículo 8, la expresión "refiere el inciso primero y segundo" por "refieren los incisos primero, segundo y tercero".".

       

    9. En el artículo 10:

     

    a) Modifícase su inciso segundo de la siguiente manera:

     

    i. Sustitúyese la expresión "inciso tercero" por "inciso cuarto", y la expresión "numeral tercero" por "numeral segundo".

    ii. Elimínase su última oración cuyo tenor es el siguiente: "No obstante lo anterior, no se acogerá la reclamación en el caso de que exista disconformidad entre la información declarada y aquella contenida en el Registro de Información Social creado por el artículo 6 de la ley Nº 19.949.".

    iii. Agrégase la siguiente oración final: "En el caso de ser rechazada la reclamación, dicha decisión deberá ser fundada.".

     

    b) Agréganse al final los siguientes incisos:

     

    "Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales tomará contacto con aquellas personas que hayan solicitado el Ingreso Familiar de Emergencia y no han ejercido la reclamación regulada en este artículo, para informarles acerca de la posibilidad de actualizar sus ingresos. Tal actualización deberá realizarse en un plazo de quince días hábiles. Lo anterior para efectos de poder acceder al beneficio y a los aportes que procedan en virtud de dicha actualización.

    La Subsecretaría de Servicios Sociales tendrá un plazo de hasta treinta días para resolver la presente reclamación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 de la ley Nº 19.880, contado desde la fecha que venza el plazo para reclamar, conforme a lo señalado en el presente inciso.

    Para efectos de lo dispuesto en este artículo, el número de integrantes del hogar se determinará conforme a la información declarada que se encuentre disponible al mes que correspondía la elaboración de la nómina para el pago del aporte respectivo en el instrumento de caracterización socioeconómica a que se refiere el artículo 5 de la ley Nº 20.379. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de no contarse con la información de ingresos declarados de alguno de dichos integrantes a partir de marzo de 2020, se considerará para tales efectos que el integrante que dejó de pertenecer al hogar no percibió los ingresos señalados en el inciso primero del artículo 4 durante dicho mes.".

     

    10. Incorpóranse los siguientes incisos quinto y final al artículo 11:

     

    "El Ministerio de Desarrollo Social y Familia podrá revisar la información declarada para acceder a los aportes del Ingreso Familiar de Emergencia, por parte de algunos de los solicitantes, reclamantes o de quienes actualicen sus ingresos conforme al inciso quinto del artículo 10. Dicha facultad podrá ser ejercida tanto de forma previa a recibir el respectivo aporte como de manera posterior a dicho pago.

    Si en el ejercicio de dicha facultad, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia tomara conocimiento de hechos constitutivos de delitos del inciso primero, deberá denunciarlos ante el Ministerio Público.".

    DISPOSICIONES TRANSITORIAS

    Artículo primero.- Las modificaciones establecidas por la presente ley serán aplicables para el pago del tercer aporte y siguientes del Ingreso Familiar de Emergencia, salvo las modificaciones introducidas al artículo 10 de la ley Nº 21.230, las cuales serán aplicables para el pago del segundo aporte y siguientes. En razón de lo anterior, los requisitos relativos a la vulnerabilidad socioeconómica de los hogares establecidos en los numerales (i) y (ii) del artículo 1, numerales (ii) y (iii) del artículo 4 y numeral (i) del artículo 5 de la ley Nº 21.230, vigentes con anterioridad a las modificaciones establecidas por esta ley, continuarán aplicándose para los efectos del pago del primer y segundo aporte del Ingreso Familiar de Emergencia.

    Con todo, para quienes hayan solicitado el tercer aporte del Ingreso Familiar de Emergencia con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley y no hubiesen actualizado sus ingresos en conformidad a lo dispuesto en el nuevo inciso final del artículo 10 de la ley Nº 21.230 incorporado por esta ley, se ordenará el pago de dicho aporte tomando en consideración la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar.

    Artículo segundo.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario se financiará con cargo a los recursos provenientes de la partida presupuestaria Tesoro Público.

    Artículo tercero.- El Ministerio de Desarrollo Social y Familia, dentro del primer semestre del año 2021, deberá presentar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación de la Cámara de Diputados un informe sobre el Ingreso Familiar de Emergencia, el cual contendrá un análisis sobre su cobertura e impacto de dicho beneficio y de su relación con otras iniciativas creadas en razón a la pandemia provocada por la enfermedad Covid-19. El mencionado informe deberá incluir la opinión de expertos de reconocida experiencia en política social y que reflejen una adecuada diversidad de visiones, quienes serán convocados por dicho Ministerio para tales fines.

    De igual manera, dicho Ministerio, antes del 30 de septiembre del año 2020, deberá entregar una versión preliminar del referido informe.

    Ambos informes deberán ser publicados en el sitio web institucional del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 31 de julio de 2020.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Karla Rubilar Barahona, Ministra de Desarrollo Social y Familia.- Ignacio Briones Rojas, Ministro de Hacienda.- María José Zaldívar Larraín, Ministra del Trabajo y Previsión Social.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Alejandra Candia Díaz, Subsecretaria de Evaluación Social.