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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.267

Proyecto de ley que establece medidas para facilitar la adquisición de remedios en el contexto de la pandemia de Covid-19.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Guido Girardi Lavín, Carolina Goic Boroevic, Luz Eliana Ebensperger Orrego, Francisco Chahuán Chahuán y Rabindranath Quinteros Lara. Fecha 21 de abril, 2020. Moción Parlamentaria en Sesión 16. Legislatura 368.

Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor Girardi, señoras Ebensperger y Goic, y señores Chahuán y Quinteros, que establece medidas para facilitar la adquisición de remedios en el contexto de la pandemia de Covid-19. Boletín N° 13.450-11

Con toda seguridad, hoy en día estamos frente una amenaza de carácter mundial: la propagación del virus COVID-19. La Organización Mundial de la Salud (OMS) considera el brote de COVID-19 como una pandemia global, debido a los niveles alarmantes y graves de propagación[1]. Ahora bien, este virus contiene un alto grado de mortalidad con más de 100 mil casos, hasta la fecha, de personas fallecidas en todo el mundo, siendo los países más afectados Italia, España, y China.[2]

Ante esta grave situación nuestro país no ha estado exento de esta pandemia global, con más de 8000 personas contagiadas desde el 3 de marzo hasta la fecha y que, según las proyecciones, la curva epidemiológica seguirá creciendo hasta alcanzar su peak máximo para los meses de abril y mayo.

El gobierno ha debido tomar diversas medidas y los resguardos necesarios para evitar que se siga propagando el COVID-19 en nuestra nación. Entre las iniciativas preventivas que más han destacado está la declaración de alerta sanitaria, los cordones sanitarios, el "toque de queda" desde las 22:00 horas a las 5:00 horas todos los días en diversas regiones y la "cuarentena total" para diversas comunas.

Según lo señalado anteriormente, los ciudadanos chilenos han visto interrumpida la normalidad de su vida en sociedad, evitando las reuniones sociales y desplazarse por las calles de la Región Metropolitana, afectando diversos ámbitos de la vida en sociedad como, por ejemplo: educación, trabajo, transporte y la producción.

A raíz de la pandemia se han realizado esfuerzos en este parlamento para llevar adelante proyectos que solucionen las problemáticas que aquejan a gran parte de la población del país, teniendo en consideración los efectos prácticos y económicos que significarán las medidas adoptadas para hacer frente a la propagación del virus, tales como: limitación en la rentabilidad de los medicamentos, extensión en el pago de las licencias de conducir, ampliación para el uso del seguro de desempleo, exención en el pago de servicios básicos en caso de estar en mora de pago, entre otros. En esta línea, es que es necesaria idear soluciones pensadas en aquellos más necesitados y quienes verán sus fuentes de ingreso más afectadas por la paralización que está significando la lucha contra la pandemia.

Sin embargo es necesario tener presente, que la población de más alto riesgo siguen siendo los adultos mayores, quienes si bien tienen confinamiento obligatorio para los mayores de 80 años y por tanto deben estar dentro de sus hogares, deben realizar una actividad que les es ineludible: adquirir medicamentos.

La adquisición de estos, por la gran mayoría de la población, se da a través de los hospitales o directamente en las farmacias, aumentando el contagio y exponiéndolos gravemente a contraer la enfermedad, siendo que podría facilitárseles a través de la existencia de una receta digital.

La receta emitida por algún medio electrónico ayudaría a las personas en el hecho de tener que asistir necesariamente a su centro asistencial a retirar este documento y luego asistir a la farmacia sea esta del servicio público o de una farmacia, con ello se reducía este tráfico de personas en zonas que son obviamente de alta afluencia.

Por las consideraciones anteriores, es que vengo en presentar el siguiente proyecto de ley:

Artículo único

En el contexto de la pandemia de Covid-19 y durante el tiempo que la Autoridad Sanitaria recomiende distanciamiento social, los productos sanitarios podrán ser retirados de establecimientos de salud o adquiridos en farmacias con recetas en formatos digitales, pudiendo presentarse mediante WhatsApp u otra aplicación tecnológica de comunicación, correo electrónico, fotocopia o cualquier otro medio de fácil acceso con los que cuenten los pacientes.

La recetas que hayan caducado podrán extenderse hasta por un plazo máximo de 2 meses.

Para el caso de recetas retenidas o recetas cheque, bastará con el formato digital que presente el paciente o quien adquiera por él. En estas circunstancias, la farmacia o establecimiento de salud, deberá consignar en los Registros De control de Estupefacientes y de control de Productos Psicotrópicos, los datos consignados en la receta, el hecho que ésta se haya presentado de manera digital y cantidad dispensada. Esta información deberá remitirse al Instituto de Salud Pública de Chile para que, en el uso de sus facultades, proceda a las fiscalizaciones que correspondan.

El uso malicioso de recetas presentadas en formato digital, serán sancionadas conforme al Código penal para falsificación de instrumento privado o documento público, según el caso y sin perjuicio de las sanciones contempladas en la ley 20.000, constituyéndose como delitos agravados.

[1] Información disponible en: https://www.minsal.cl/Ia-oms-declara-eI-brote-de-coronavirus-pandemia-global/
[2] Información disponible en: https://www.rtve.es/noticias/20200331/mapa-mundial-del-coronavirus/1998143.shtml

1.2. Informe de Comisión de Salud

Senado. Fecha 23 de junio, 2020. Informe de Comisión de Salud en Sesión 44. Legislatura 368.

?CERTIFICADO

El Secretario de la Comisión de Salud del Senado que suscribe certifica que dicha Comisión estudió, en sesiones celebradas los días 5 y 12 de mayo y 11 y 23 de junio de 2020, el proyecto de ley que establece medidas para facilitar la adquisición de remedios en el contexto de la pandemia de COVID-19, Boletín N° 13.450-11.

Dado que el texto de la moción que da origen al proyecto consta de un artículo único, la Comisión procedió a discutirlo en general y en particular, en aplicación del artículo 127 del Reglamento del Senado. La iniciativa de ley aprobada en este trámite reglamentario está conformada por dos artículos permanentes y la Comisión propone al Senado discutirla también en general y en particular.

La Comisión escuchó a la Directora (S) del Instituto de Salud Pública, señora María Judith Mora, y al Jefe del Departamento Agencia Nacional de Medicamentos, señor Heriberto García. El documento que presentaron figura en el sitio web del Senado, asociado a la tramitación de este proyecto.

El proyecto no contiene disposiciones que requieran un quorum especial de aprobación, no afecta la organización y atribuciones de los tribunales y se vincula con los siguientes cuerpos normativos:

1.- De la Constitución Política de la República, los ordinales 1°y 9° del artículo 19.

2. Del Código Sanitario, los artículos 100 y 101 y el Libro X.

3. La ley N° 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.

4. La ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.

5. Del Reglamento de Farmacias, contenido en el decreto N° 466, del Ministerio de Salud, de 1984, los artículos 32, 33, 34 y 38.

6. El decreto N° 58, del Ministerio de Salud, de 2020, que modifica el Reglamento de Farmacias.

7. Del Código Penal, los artículos 194, 197 y 198.

8. La ley N° 18.415, Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción.

9. El decreto Nº 4, del Ministerio de Salud, de 2020, que declarara alerta sanitaria, modificado por los Decretos N° 6 y N° 10, del mismo Ministerio.

10. El decreto N° 104, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de 2020, que declara el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública.

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OBJETIVO DEL PROYECTO

Expresan los autores de la moción que el propósito que con ella se persigue es hacer posible el acceso a los medicamentos que requieren las personas de más alto riesgo, que deben cumplir confinamiento obligatorio, evitándoles la exposición al contagio con coronavirus al tener que concurrir a hospitales o farmacias para obtenerlos. El proyecto en informe facilitará el uso de medios electrónicos para obtener la receta y para su despacho.

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VOTACIÓN

- Puesta en votación la idea de legislar en la sesión de hoy, la iniciativa de ley concitó la voluntad favorable de todos los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señoras Carolina Goic Boroevic y Luz Ebensperger Orrego y señores Francisco Chahuán Chahuán, Guido Girardi Lavín y Rabindranath Quinteros Lara.

(Aprobado en general y en particular por unanimidad, 5 x 0).

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TEXTO DEL PROYECTO APROBADO

A continuación, se transcribe el texto del proyecto que la Comisión de Salud propone aprobar en general y en particular:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1°.- En caso de decretarse una alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia y durante la vigencia de ésta, los productos farmacéuticos podrán ser expendidos por cualquier establecimiento autorizado para ello, mostrando una copia de la receta médica que los prescriba, ya sea en formato físico o digital, en cualquiera de sus formas.

Las recetas que hayan sido extendidas dentro de los seis meses anteriores a la publicación del decreto de alerta sanitario respectivo y las que sean extendidas durante su vigencia tendrán validez para la dispensación de los productos farmacéuticos prescritos en ellas, hasta seis meses después del término de la alerta sanitaria.

Lo dispuesto precedentemente no eximirá al establecimiento de expendio de la obligación de completar los registros que se deben llevar, de acuerdo a la naturaleza del medicamento y según lo dispuesto en los reglamentos que regulan la materia.

El uso malicioso de recetas presentadas en forma digital será sancionado conforme al Libro X del Código Sanitario y al Código Penal, sin perjuicio de las sanciones contempladas en la ley N° 20.000.

Artículo 2°.- Reemplázase, en el inciso penúltimo del artículo 101 del Código Sanitario, la expresión “mediante firma electrónica avanzada conforme a lo dispuesto en la ley N° 19.799”, por el texto siguiente: “según lo dispuesto en el reglamento”.”.

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Valparaíso, 23 de junio de 2020.

FERNANDO SOFFIA CONTRERAS

Secretario de la Comisión

1.3. Discusión en Sala

Fecha 24 de junio, 2020. Diario de Sesión en Sesión 44. Legislatura 368. Discusión General.

FACILITACIÓN DE ACCESO A MEDICAMENTOS DURANTE PANDEMIA DE COVID-19

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de los Honorables Senadores señores Girardi, señoras Ebensperger y Goic, y señores Chahuán y Quinteros, que establece medidas para facilitar la adquisición de remedios en el contexto de la pandemia del COVID-19 (boletín N° 13.450-11), con certificado de la Comisión de Salud.

--Los antecedentes sobre el proyecto (13.450-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley (moción de los Senadores señor Girardi, señoras Ebensperger y Goic y señores Chahuán y Quinteros):

En primer trámite: sesión 16ª, en 21 de abril de 2020 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Salud (certificado): sesión 44ª, en 24 de junio de 2020.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Este proyecto de ley tiene por objeto hacer posible el acceso a los medicamentos que requieren las personas de más alto riesgo, que deben cumplir confinamiento obligatorio, evitándoles la exposición al contagio con coronavirus al tener que concurrir a hospitales o farmacias para obtenerlos. Con tal propósito, la iniciativa facilita el uso de medios electrónicos para obtener la receta y su despacho.

La Comisión de Salud deja constancia de que, dado que el texto de la moción presentada contemplaba un artículo único, procedió a discutir el proyecto en general y en particular, en aplicación del artículo 127 del Reglamento de la Corporación. Asimismo, consigna que la iniciativa aprobada quedó finalmente conformada por dos artículos permanentes y que la Comisión propone al Senado discutirla también en general y en particular.

La referida Comisión aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros, Honorables Senadores señoras Goic y Ebensperger y señores Chahuán, Girardi y Quinteros. Con la misma votación, la iniciativa fue aprobada en particular en los términos ya antes señalados.

El texto que se propone aprobar se consigna en las páginas 3 y 4 del certificado de la Comisión de Salud y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a disposición en el SIL, así como en la plataforma de documentos de esta sesión.

Es todo, señora Presidenta.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, señor Secretario .

- O -

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Retomando la tabla, vamos a pedir a la Presidenta de la Comisión de Salud que informe el proyecto relativo a la facilitación del acceso a medicamentos.

Tiene la palabra, señora Senadora.

La señora GOIC.-

Gracias, Presidenta.

Voy a informar brevemente.

Este es un proyecto simple -se da en el contexto de la pandemia-, pero de alto impacto. Y por eso es importante que lo despachemos y que pueda completar su tramitación en la Cámara.

Busca fundamentalmente facilitar el uso de las recetas médicas para la adquisición de medicamentos. Es una moción de los Senadores Girardi, la Senadora Ebensperger, el Senador Chahuán, el Senador Quinteros y quien les habla, y fue aprobada, además, por unanimidad.

Básicamente, se trata de poder extender la vigencia de las recetas médicas que tienen vencimiento, y esto contemplando seis meses hacia atrás de la declaración de alerta sanitaria y seis meses hacia adelante.

Algunos podrían decir: "Bueno, una vez que se levante la alerta sanitaria, quizás no son necesarios los seis meses hacia adelante". Lo discutimos y ese lapso nos parece relevante por entender que probablemente hay atenciones que se están acumulando y lo que busca esto es facilitar el acceso a los medicamentos, evitar que sobre todo la población de riesgo, quienes tienen una enfermedad crónica, deban hacer el trámite de ir al médico y exponerse a una aglomeración, justamente para pedir la renovación muchas veces de medicamentos que tienen que tomar en forma habitual.

Lo que hacemos acá, junto con establecer la vigencia de la receta, es permitir que los productos farmacéuticos sean expendidos por cualquier establecimiento autorizado para ello solamente mostrando una copia de la receta médica que los prescriba, sea en formato físico o digital. Creemos que esto también nos ayuda a avanzar en el uso de la tecnología. La receta digital cada vez está siendo más común. Y le estamos dando sustento por esta vía, con todos los resguardos necesarios.

Aquí tuvimos una discusión. La moción inicialmente distinguía entre las recetas cheques, que son aquellas que se dan para medicamentos que tienen control de y las recetas retenidas, para aquellos medicamentos que están sujetos al control de stock, psicotrópicos. Y lo que estuvimos conversando -y recibimos en esto el respaldo del equipo del Ministerio- es cómo se reglamenta la situación para que, independiente del uso de la receta por la vía digital, se garantice el control que debe tener cada establecimiento -en este caso, la farmacia- respecto del registro de los medicamentos que están sujetos a control de stock.

Lo anterior va a ayudar no solamente en el caso de la pandemia, para evitar salidas innecesarias, aglomeraciones, exposición de la población, sino también para modernizar el sistema de control. Hoy día ustedes pueden ver que ya hay varias farmacias funcionando en forma digital. Y esto apunta justamente en ese sentido.

Se señala, además, que el uso malicioso de las recetas presentadas en forma digital será sancionado de acuerdo a lo que establecen el Libro X del Código Sanitario y el Código Penal, lo que queda resguardado.

Por otro lado, aprovechamos de hacer una modificación en el artículo 101 del Código Sanitario, donde se establecía el uso de la firma electrónica avanzada, lo que ha tenido cierta complejidad. Esto lo dejamos abierto a lo que disponga el reglamento que está trabajando el Ministerio de Salud, que se comprometió a presentarlo en un muy breve plazo, el cual, de alguna manera, se abrirá a otras alternativas tecnológicas que sean igual de seguras que la firma electrónica avanzada, pero que, en la práctica, sean más operativas. Queda abierto a la posibilidad de que surjan nuevas formas. La tecnología avanza más rápido que la tramitación de una ley, por lo que nos pareció absolutamente razonable dejarlo en el reglamento.

Quiero reiterar que este es un proyecto que busca facilitarles la vida a muchas personas que no tienen la opción de ir donde un médico a pedir una receta, para que no se expongan, pero con todos los resguardos necesarios en el caso de aquellos medicamentos sujetos a control, comúnmente llamados "de receta retenida" o "receta cheque", y por eso les proponemos a los colegas que lo aprueben en los mismos términos en que lo hizo la Comisión de Salud.

He dicho.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senadora Goic.

- o -

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Retomando la discusión del otro proyecto, recuerdo que cada bancada dispone de tres minutos.

¿Se ha inscrito ya alguna, señor Secretario ?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí, señora Presidenta : por la bancada del Partido Socialista, se inscribió el Senador señor Quinteros; por la bancada de la Unión Demócrata Independiente, la Senadora señora Ebensperger; por la bancada Independientes, el Senador señor Bianchi, y por la bancada Evópoli, el Senador señor Kast.

Es lo que tengo registrado de acuerdo a lo que figura en la pantalla.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

¿Usted quiere hablar, Senador Kast? Porque vamos a entregar la palabra en el orden de inscripción.

¿Tiene algún tema que plantear?

El señor KAST.-

Muy breve, Presidenta .

Simplemente, quiero manifestar mi acuerdo con el Senador José García Ruminot. O sea, pido que esa votación, si la hacemos, sea después de ver el proyecto sobre robo de madera, que teníamos en el primer lugar de la tabla.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Pero entiendo que el proyecto de organizaciones indígenas es de fácil despacho, a menos que la diferencia con la Cámara sea muy grande.

Bueno, entonces usted no da la unanimidad para eso.

Lo veríamos después del relacionado con el robo de madera.

Tiene la palabra el Senador Quinteros, hasta por los tres minutos que le corresponden a su bancada.

El señor QUINTEROS.-

...(falla de audio en transmisión telemática)... es evitar, en las condiciones de pandemia actual, que las personas concurran a los establecimientos de salud a obtener una receta médica, especialmente a quienes padecen enfermedades crónicas.

Se facilita, de este modo, el proceso a través del uso y masificación de la receta digital, que puede ser presentada por cualquiera, vía electrónica, y se facilita aún más con la entrada en vigencia del decreto supremo N° 58, del año 2019, del Ministerio de Salud, que se refiere al comercio electrónico de medicamentos, publicado recientemente en el Diario Oficial.

En virtud de esta última modificación, Presidenta , se permite a farmacias y almacenes farmacéuticos expender medicamentos al público por medios electrónicos, para lo cual deben contar con un sitio electrónico y un servicio de entrega.

El expendio de medicamentos de venta directa se hará sin exigir la receta médica. Los fármacos bajo receta simple se venderán previa comunicación de la receta al establecimiento, ya sea receta médica electrónica o una copia digitalizada de una receta emitida por medios físicos.

Finalmente, con respecto a los medicamentos bajo venta con receta retenida, el expendio podrá efectuarse a través de receta médica electrónica, o a través de una copia digitalizada de una receta física cuyo original deberá entregarse al momento de la recepción del producto farmacéutico por parte del consumidor.

Sin embargo, ni este proyecto de ley ni el reglamento sobre comercio electrónico resuelven el problema de los adultos mayores que están con cuarentenas obligatorias y no pueden ir a buscar sus remedios.

Algunos municipios -por cierto, los de mayores recursos- han habilitado la entrega de medicamentos a domicilio, pero eso todavía no es una práctica generalizada.

Hace poco tiempo aprobamos la ley 21.168, que crea el derecho a la atención preferente de los adultos mayores para consultas de salud, prescripciones, dispensación de medicamentos y toma de exámenes o procedimientos médicos más complejos.

En las actuales condiciones de pandemia, que afecta principalmente a los adultos mayores, se hace aún más urgente materializar este derecho a atención preferente en protocolos y programas concretos, tanto en la atención primaria como hospitalaria. E incluso hay que ir más allá; por ejemplo, en relación a toda la operación de los hogares de larga estadía de adultos mayores. Sin embargo, el reglamento de esta ley desgraciadamente aún se encuentra pendiente.

Espero que las nuevas autoridades ministeriales le otorguen la prioridad necesaria y, sobre todo, asignen los recursos que se requieren para la atención oportuna y de calidad que se merecen todas las personas, pero muy especialmente los adultos mayores.

Voto a favor, Presidenta .

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra la Senadora Luz Ebensperger.

La señora EBENSPERGER.-

Presidenta, yo voy a hablar en este proyecto a nombre de mi bancada, pero hace quince minutos que le estaba pidiendo la palabra, como Presidenta de la Comisión de Gobierno , para intervenir a propósito de lo que se estaba hablando acerca del proyecto que prorroga el mandato de las directivas de las comunidades y asociaciones indígenas y de los consejeros regionales.

Les dio la palabra a todos los señores Senadores, excepto a mí.

Yo les pido por favor, a usted y al Secretario , que vean el chat, porque nos dicen "pidan la palabra por el chat", pero ello no se respeta.

El proyecto es de la mayor prioridad y, al respecto, ratifico todo lo que sí le dejó decir al Senador García: que es de toda urgencia que ojalá sea despachado hoy día. Al 30 de junio vence el mandato del 77 por ciento de las directivas de las asociaciones indígenas y del 33 por ciento de las directivas de las comunidades. Y el 21 de junio venció el de los consejeros regionales de la Conadi, por lo que en este momento no tenemos consejeros regionales.

La modificación que hizo la Cámara, a mi modo de ver innecesaria, tampoco cambia el sentido. Creo que lo más importante es que lo votemos hoy día y no vaya a la Comisión para que ojalá pueda ser ley antes del 30 de junio.

Yo le pediría al Senador Kast que reconsiderara su opinión, por la urgencia que el proyecto requiere y porque la vez anterior fue aprobado por unanimidad. La indicación de la Cámara es muy menor, así que le pido que dé su asentimiento para que podamos votarlo después del asunto que estamos tratando ahora. Si el Secretario hace la relación y señala cuál es esa enmienda, creo que ni siquiera habría que fundamentar el voto. Pero -repito- es algo que tiene mucha urgencia.

Dicho eso, Presidenta, ¿me va a dar la palabra ahora para hablar sobre este otro proyecto, o me la va a dar después?

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Se la doy de inmediato, Senadora Ebensperger.

Y le digo que no es muy fácil conducir la Mesa en estas condiciones, por lo que esperamos comprensión por cualquier error que se cometa.

La señora EBENSPERGER.-

Lo tengo absolutamente claro, Presidenta, pero, lamentablemente, por lo general los errores se cometen conmigo. No es la primera vez. Pero está bien. Yo la entiendo. No es su responsabilidad, pero a lo mejor el Secretario debería ayudarla a seguir el orden en que las palabras son solicitadas.

En cuanto a...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

No tengo, para nada, discriminación contra las mujeres, así que no me infunda adjetivos.

La señora EBENSPERGER.-

Bueno. Está bien.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra.

La señora EBENSPERGER.-

Gracias, Presidenta .

Este proyecto tiene una finalidad muy necesaria en estos momentos y va a seguir teniéndola pospandemia.

Creo que el informe dado por la Presidenta de la Comisión de Salud ha sido en extremo completo y refleja fielmente la opinión de todos los miembros de dicho organismo, que aprobó por unanimidad la iniciativa.

Lo que esta hace es permitir a las farmacias y a todos aquellos establecimientos que expenden medicamentos el que puedan recibir recetas vencidas, ya sea en forma presencial, en papel o digital, de manera de no ponerles problemas a las personas y no hacer que los enfermos crónicos y los enfermos en general anden deambulando de doctor en doctor pidiendo que les validen una receta o les entreguen una nueva.

El Ejecutivo patrocinó y presentó una indicación que obliga a las farmacias a llevar un registro, particularmente de aquellos medicamentos de receta retenida o de cheque, que necesitan control. Esta facilidad que se entrega no suelta el régimen ni la debida fiscalización que se debe hacer respecto tales medicamentos.

Asimismo, se establecen sanciones importantes en el Código Sanitario y en el Código Penal por el mal uso o el uso malicioso que se haga de esta posibilidad que se está dando.

Lo más importante, Presidenta , es que estas recetas estarán vigentes hasta seis meses después de vencido el estado de catástrofe. Sabemos que pospandemia también habrá, y ya hay, una larga lista de enfermedades AUGE. Todas aquellas enfermedades que hoy día se están postergando van a venir ahí, y queremos proteger a todos, en particular a los enfermos crónicos, durante este período, para que, finalizada la crisis, no tengan que salir inmediatamente a buscar recetas y tengan el tiempo suficiente para acceder nuevamente a ellas.

Con mucha convicción, con mucho agrado y muy contenta por el beneficio que el proyecto significa, lo vamos a votar a favor, Presidenta.

Gracias.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

A usted, Senadora.

Tiene la palabra el Senador Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Señora Presidenta , primero felicito a quienes han elaborado este proyecto de ley, que se ajusta absolutamente a la situación que estamos enfrentando como país.

Efectivamente, hace ya, no sé si ocho o nueve años, yo presenté un proyecto en la misma línea. Sí establecía la posibilidad de que las personas pudieran comprar vía receta telemática, o electrónica, o digital, en localidades apartadas. No es simple que un químico farmacéutico llegue a esos lugares, y por eso planteábamos esa opción.

A mí me alegra mucho tratar de resguardar la salud, principalmente de las personas que padecen patologías graves o permanentes y, de manera fundamental, a nuestros adultos mayores, que además se hallan imposibilitados de salir de sus hogares, tal cual se ha establecido durante este período de pandemia.

El proyecto me parece del todo razonable, se ajusta a las necesidades actuales, especialmente de las personas adultas mayores, y, por lo tanto, junto con felicitar a sus autores, lo voy a votar favorablemente.

El punto está, Presidenta , en que esta facilidad se otorga en función de la pandemia que estamos sufriendo, pero debiera ser una práctica permanente, de tal manera que las personas con enfermedades graves no se vean obligadas, mes a mes, a tener que acudir al mismo médico para conseguir una receta, por los costos que ello implica.

En consecuencia, Presidenta , anuncio mi voto favorable a este proyecto.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra el Senador Kast.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador Kast, Presidenta , manifestó después que no iba a hacer uso de la palabra en este proyecto.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien.

El señor KAST.-

Presidenta, simplemente me sumo a los comentarios que ya se han hecho.

Creo que estamos ante un gran proyecto, que obviamente voy a votar a favor.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Kast.

Tiene la palabra el Senador Chahuán.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

No figura conectado, Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien.

No hay más inscritos.

¿Senador Navarro?

No.

Señor Secretario , ¿hay algún otro inscrito?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

No, señora Presidenta , nadie más.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien.

Tome la votación, entonces.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, Presidenta .

--(Durante la votación).

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Hoy día corresponde iniciar la consulta con el Senador señor Galilea.

¿Cómo vota, Su Señoría?

El señor GALILEA.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

¿Senador señor García-Huidobro?

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor García Ruminot?

El señor GARCÍA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Girardi?

El señor GIRARDI.-

Presidenta , voto a favor, pero yo le solicité dos veces la palabra y le pido al Secretario que mire el chat, porque, si no, resulta muy difícil proceder de esta manera.

Pedí dos veces la palabra, soy uno de los autores de la iniciativa anterior y me interesaba opinar en aquella materia.

A ver, Presidenta , primero quiero valorar el trabajo de la Comisión y resaltar que los últimos proyectos que hemos discutido y votado, como el de atención preferente a los adultos mayores, el que prohíbe el desperdicio de alimentos, el de datos personales para poder hacer trazabilidad, y como este mismo, que permite que las personas accedan a sus medicamentos con mayor facilidad, son iniciativas parlamentarias.

Me parece muy importante que la principal agenda, por lo menos en materia de salud, sea una agenda del Senado, del Parlamento, transversal, en la que han tenido participación todos los sectores. Considero que, en cierto modo, le da un sentido a este Congreso, que está anticipándose, que está viendo antes que el Ejecutivo todas estas materias.

Este proyecto es muy relevante Yo lo asimilaría a uno que ya aprobamos, pero que, lamentablemente, como expresaba el Senador Rabindranath Quinteros, aún no tiene su reglamento, como es el de la atención preferente a los adultos mayores.

¿Qué pasa hoy día? Las personas, sobre todo los pacientes crónicos y de escasos recursos, vulnerables, antes debían esperar cuatro horas para que les entregaran sus medicamentos. Y a veces iban únicamente a buscar la receta para tener que ir al día siguiente a retirar sus remedios. En ambos casos, después de hacer una larga fila. Pero el problema ahora es más grave: las personas no van a los centros hospitalarios, ni siquiera a los consultorios, a buscar sus medicamentos por temor a contagiarse con el coronavirus.

Entonces, ¿qué persigue este proyecto? Que las recetas no duren solamente un mes o dos meses; que, una vez entregadas, tengan una duración mínima de seis meses, para que los pacientes puedan usar la misma receta o una, por ejemplo, digital, enviada por su médico a la persona a través de WhatsApp, la cual podrá llevarla, ya sea en fotocopia o en su teléfono portable, para acreditar su medicamento.

Incluso, esto se hará extensivo a los psicotrópicos y será responsabilidad de la farmacia específica hacer el registro para que esa persona no pueda comprarlos en varias farmacias a la vez, dado que estarán en línea.

Nos parece que aquello es muy importante en este momento para las personas de menores recursos, especialmente en los adultos y las adultas mayores, porque a partir de los 60 años en la mujer y de los 65 años en los hombres, en cerca del 80 por ciento de los casos empiezan a aparecer hipertensión, diabetes, insuficiencias cardíacas o algún tipo de enfermedad crónica, por lo que resulta fundamental lo que se propone para que puedan llevar adelante sus vidas.

Así que yo quiero agradecer el apoyo que nos han dado la Mesa y los Comités para poder tratar estos proyectos y quiero valorar que gran parte de la agenda legislativa, por lo menos en salud, ha sido...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muchas gracias, Senador Girardi.

¿Hay alguien más inscrito, señor Secretario ?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

No, señora Presidenta .

En el WhatsApp efectivamente el Senador señor Girardi estaba inscrito y el Senador señor Montes había pedido la palabra para inhabilitarse en la votación de este proyecto

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien.

En votación.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Girardi vota a favor.

¿La Senadora señora Goic?

La señora GOIC.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Guillier?

¿Senador señor Harboe?

¿Senador señor Huenchumilla?

El señor HARBOE.-

¿Aló?

Ahí sí.

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Perdón.

El Senador señor Harboe vota a favor.

¿Senador señor Huenchumilla?

El señor HUENCHUMILLA.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Insulza?

El señor INSULZA.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Kast?

¿Senador señor Lagos?

El señor LAGOS.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Latorre?

El señor LATORRE.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Letelier?

¿Senador señor Letelier?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Tiene micrófono.

¡Ahora no...!

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Lo apagó.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Prenda el micrófono.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor Letelier, ¿me escucha?

Parece que lo tiene sin volumen.

Ahí sí.

El Senador señor Letelier, ¿cómo vota?

Senador Letelier, ¿nos escucha?

El Senador señor Montes se inhabilitó.

¿Senador señor Moreira?

El señor MOREIRA.-

Ahora tengo audio.

Solo espero que el reglamento salga muy pero muy pronto.

Voto a favor de esta iniciativa parlamentaria.

Gracias, Luz Ebensperger, por este proyecto de ley.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, Senador.

¿Senador señor Navarro?

¿Puede activar su micrófono?

El señor NAVARRO.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senadora señora Órdenes?

La señora ÓRDENES.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Ossandón?

¿Senador señor Pérez?

El señor PÉREZ VARELA.-

A favor, Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Pizarro?

El señor PIZARRO.-

Voto a favor, Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Prohens?

El señor PROHENS.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senadora señora Provoste?

La señora PROVOSTE.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Pugh?

El señor PUGH.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Quintana?

Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?

El señor QUINTEROS.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senadora señora Rincón?

La señora RINCÓN.-

A favor, felicitando a los autores, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Sandoval?

El señor SANDOVAL.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Soria?

El señor SORIA.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senadora señora Van Rysselberghe?

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senadora señora Von Baer?

La señora VON BAER.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Allamand?

¿Senadora señora Allende?

La señora ALLENDE.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senadora señora Aravena?

La señora ARAVENA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Araya?

El señor ARAYA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Bianchi?

El señor BIANCHI.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Castro?

El señor CASTRO.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Chahuán?

¿Senador señor Coloma?

El señor COLOMA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor De Urresti?

El señor DE URRESTI.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Durana?

El señor DURANA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senadora señora Ebensperger?

La señora EBENSPERGER.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Elizalde?

El señor ELIZALDE.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Voy a consultar a las señoras y los señores Senadores que aún no votan, que al parecer se han conectado al chat.

¿Senador señor Allamand?

El señor ALLAMAND.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Chahuán?

¿Senador señor Guillier?

Ahí sí.

El señor GUILLIER.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Kast?

El señor KAST.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Letelier?

El Senador señor Montes comunicó que estaba inhabilitado.

El señor MONTES.-

Me inhabilito, señor Secretario , porque tengo un yerno que trabaja en esta área.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Ossandón?

El señor OSSANDÓN.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Quintana?

Y la señora Presidenta , Senadora Muñoz, ¿cómo vota?

La señora MUÑOZ.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Señora Presidenta, si lo estima pertinente, puede dar por terminada la votación para contar los votos.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba el proyecto en general y en particular a la vez (39 votos a favor).

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Castro, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Huenchumilla, Insulza, Kast, Lagos, Latorre, Moreira, Navarro, Ossandón, Pérez-Varela, Pizarro, Prohens, Pugh, Quinteros, Sandoval y Soria.

Se deja constancia de la intención de voto afirmativo del Senador señor Chahuán.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 24 de junio, 2020. Oficio en Sesión 36. Legislatura 368.

Valparaíso, 24 de junio de 2020.

Nº 240/SEC/20

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la moción, certificado y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín N° 13.450-11:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- En caso de decretarse una alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia y durante la vigencia de ésta, los productos farmacéuticos podrán ser expendidos por cualquier establecimiento autorizado para ello, mostrando una copia de la receta médica que los prescriba, ya sea en formato físico o digital, en cualquiera de sus formas.

Las recetas que hayan sido extendidas dentro de los seis meses anteriores a la publicación del decreto de alerta sanitaria respectivo y las que sean extendidas durante su vigencia tendrán validez para la dispensación de los productos farmacéuticos prescritos en ellas, hasta seis meses después del término de la alerta sanitaria.

Lo dispuesto precedentemente no eximirá al establecimiento de expendio de la obligación de completar los registros que se deben llevar, de acuerdo a la naturaleza del medicamento y según lo dispuesto en los reglamentos que regulan la materia.

El uso malicioso de recetas presentadas en forma digital será sancionado conforme al Libro X del Código Sanitario y al Código Penal, sin perjuicio de las sanciones contempladas en la ley N° 20.000.

Artículo 2°.- Reemplázase, en el inciso penúltimo del artículo 101 del Código Sanitario, la expresión “mediante firma electrónica avanzada conforme a lo dispuesto en la ley N° 19.799”, por el texto siguiente: “según lo dispuesto en el reglamento”.”.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ADRIANA MUÑOZ D´ALBORA

Presidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Salud

Cámara de Diputados. Fecha 01 de septiembre, 2020. Informe de Comisión de Salud en Sesión 69. Legislatura 368.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA FACILITAR LA ADQUISICIÓN DE REMEDIOS EN EL CONTEXTO DE LA PANDEMIA DE COVID-19.

BOLETÍN N°13.450-11 (S).-

________________________________________________________________________

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Salud viene en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en moción de los senadores Francisco Chahuán Chahuán, Luz Eliana Ebensperger, Guido Girardi Lavin, Carolina Goic Boroevic y Rabindranath Quinteros Lara.

CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) La idea matriz o fundamental del proyecto, según lo señalado en el informe emitido por el Senado, es hacer posible el acceso a los medicamentos que requieren las personas de más alto riesgo, que deben cumplir confinamiento obligatorio, evitándoles la exposición al contagio con coronavirus al tener que concurrir a hospitales o farmacias para obtenerlos. El proyecto en informe facilitará el uso de medios electrónicos para obtener la receta y para su despacho.

2) Normas de carácter orgánico constitucional.

No hay.

3) Normas de quórum calificado.

No hay.

4) Normas que requieren trámite de Hacienda.

No hay.

5) El proyecto fue aprobado, en general, por la unanimidad de los diputados presentes (13 a favor).

Votaron a favor las diputadas y diputados: Castro, Cariola, Andrés Celis, Ricardo Celis, Crispi, Durán, Gahona, Ibáñez, Macaya, Ossandón, Rosas, Sanhueza y Torres.

6) Diputado informante: señor Juan Luis Castro González.

Durante el análisis de esta iniciativa, la Comisión contó con la colaboración, de los asesores del Ministerio de Salud, señores Jorge Andrés Hübner y Jaime González Kazazian.

I.- RESUMEN DE LOS FUNDAMENTOS DE LA MOCIÓN.

En la exposición de motivos de la moción original, los patrocinantes hacen presente que frente a la grave situación de pandemia que afecta al mundo, y en el caso en particular, a Chile, el Gobierno ha debido tomar medidas y resguardos para evitar su nociva propagación. Entre dichas iniciativas preventivas y paliativas, ha decretado estado de alerta sanitaria, excepción constitucional, toque de queda entre ciertas horas de la noche, cordones sanitarios y cuarentenas totales o parciales.

Producto de lo anterior, los habitantes del país han visto interrumpida la normalidad de su vida, tanto en el ámbito laboral, educacional, de locomoción y salud. Gran parte de la vida se ha visto paralizada o suspendida. Sin embargo, existe una población de alto riesgo en salud para quienes el confinamiento es obligatorio, como los adultos mayores que superan los 75 años de edad, quienes no pueden y no deben exponerse a concurrir a los centros asistenciales para evitar contagios; es a ellos a quienes le sería muy útil contar con receta médica digital, de tal manera de poder comprar sus medicamentos mostrando, simplemente, una receta que estuviera contenida en algún medio electrónico, y evitar así, tener que concurrir al médico antes. Con ello, se disminuiría notablemente el tráfico de personas en zonas de alta afluencia.

II. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.

El proyecto de ley aprobado por el Senado está constituido por dos artículos permanentes.

Mediante el primero, se dispone que en caso de decretarse una alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia y durante la vigencia de ésta, los productos farmacéuticos podrán ser expendidos por cualquier establecimiento autorizado para ello, mostrando una copia de la receta médica que los prescriba, ya sea en formato físico o digital, en cualquiera de sus formas.

Las recetas que hayan sido extendidas dentro de los seis meses anteriores a la publicación del decreto de alerta sanitaria respectivo y las que sean extendidas durante su vigencia tendrán validez para la dispensación de los productos farmacéuticos prescritos en ellas, hasta seis meses después del término de la alerta sanitaria.

Sin embargo, ello no eximirá al establecimiento de expendio, de la obligación de completar los registros que se deben llevar, de acuerdo a la naturaleza del medicamento y según lo dispuesto en los reglamentos que regulan la materia.

El uso malicioso de recetas presentadas en forma digital será sancionado conforme al Libro X del Código Sanitario y al Código Penal, sin perjuicio de las sanciones contempladas en la ley N° 20.000.

Mediante el segundo, se propone modificar el artículo 101 vigente del Código Sanitario, en el sentido de reemplazar una frase en su inciso penúltimo. Mediante dicho cambio, se autoriza que en aquellos casos que se emita una receta electrónica, ella deba constar en un documento electrónico suscrito por el respectivo facultativo autorizado según lo disponga el reglamento respectivo, y no como es ahora en que debe efectuarse mediante firma electrónica avanzada, dispuesto en la ley N° 19.799.

III. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN, Y ACUERDOS ADOPTADOS.

A) Discusión general.

• Intervenciones en el seno de la Comisión.

a) El jefe de la División Jurídica del Ministerio de Salud, señor Jorge Andrés Hübner, manifestó que el Ejecutivo estima valioso el proyecto de ley, en tanto regula situaciones que han resultado complejas en el contexto de la pandemia, toda vez que las condiciones actuales impiden acercarse fácilmente a los centros médicos a fin de obtener las recetas, por lo que avanzar hacia su digitalización es positivo. Con todo, a pesar de la digitalización se mantiene el deber de registro por parte de quienes expenden fármacos especiales, a fin de evitar su uso malicioso.

Centrándose en el carácter digital de la receta, hizo presente que actualmente sólo se puede emitir mediante firma electrónica avanzada, pero ese tipo de firma no ha tenido la difusión esperada. Por eso, se propone que la técnica mediante la cual se autentifica la firma sea definida mediante reglamento, dado que la tecnología avanza más rápido que la legislación, y someterlo al ámbito reglamentario permite una más rápida adecuación.

Terminada su exposición, y en respuesta a las consultas y observaciones de la Comisión, manifestó que el espíritu de la legislación contenida en los códigos sanitarios en la historia del país ha sido minimalista desde 1918. Así, la ley se ha abocado a definir sólo los grandes temas, y el detalle de la regulación ha quedado en el ámbito reglamentario. A vía ejemplar, la regulación de las diversas recetas médicas que existen no lo ha sido en el ámbito legal, sino en el reglamentario. Por ello, disponer en este proyecto que lo relativo a la manera en que se digitalice y autentifique las recetas quede radicado en el ámbito reglamentario, no parece extraño.

A su vez, destacó que se está trabajando en la creación de una plataforma digital que permita registrar las recetas médicas electrónicas, para facilitar su fiscalización, volviendo innecesario que el Instituto de Salud Pública deba concurrir físicamente a las farmacias para verificar los registros de recetas que constan en sus archivos. Dado el avance en esa plataforma, se tiene tranquilidad en que no habrá una prescripción indiscriminada de medicamentos.

Finalmente, destacó que si bien en este proyecto se aborda la situación de la firma electrónica en las recetas médicas, materia que está siendo discutida en la comisión mixta del proyecto de ley conocido como ‘Fármacos II’, se optó por avanzar en este proyecto por cuanto parece avanzar más rápido que aquel, lográndose una entrada en vigencia más pronta, cuestión pertinente en el contexto de pandemia.

En una sesión posterior, y previo a votarse en general, atendida la solicitud efectuada por miembros de la Comisión, en orden a obtener un pronunciamiento del Ejecutivo referido a cuál será la situación de la venta de medicamentos que requieren de receta retenida, el señor Hübner manifestó que se ha entendido que este proyecto de ley no permite la emisión de recetas retenidas, sino únicamente recetas simples, pues precisamente no se logra el efecto de retención aludido. Y a mayor abundamiento, informó que está en elaboración un reglamento sobre repositorio de recetas electrónicas, el cual se dictará a propósito de la ley conocida como ‘ley de fármacos I’. Ahí, uno de los asuntos que regula dicho cuerpo normativo tiene por objeto evitar el mal uso y duplicidad de las recetas que se expiden digitalmente, creándose una plataforma que logre la trazabilidad y bloqueo de las recetas retenidas una vez se haya expedido el medicamento.

b) La presidenta del Colegio Médico de Chile, señora Izkia Siches Pastén, manifestó que durante el estado de excepción y confinamiento obligatorio, los adultos mayores han tenido problemas para acceder de modo expedito a sus medicamentos, situación agravada por los problemas para acceder a las recetas médicas que habilitan a la adquisición de determinados fármacos.

En tal sentido, manifestó compartir el objetivo perseguido por el proyecto de ley, pues existe una deuda con los procedimientos telemáticos, en particular en el sector público, y con este proyecto se facilita el acceso a los medicamentos sin necesidad de acudir a los recintos asistenciales para obtener las recetas. Sin embargo, destacó que los documentos digitales deben contar con las medidas de seguridad pertinentes, tales como firma electrónica avanzada, y disponer las sanciones al uso malicioso de estos instrumentos.

Terminada su exposición, y en respuesta a las consultas y observaciones de la Comisión, reiteró que estaban de acuerdo en avanzar hacia las recetas médicas electrónicas, las que por diversas razones desde el año 2017 no han podido implementarse completamente en el país, y por ello se sigue operando mediante recetas en papel. En parte, ello responde a prácticas de control y burocracia, y a la dificultad para definir el mecanismo de control digital -digipass, huellero, etc.- que lograra una adecuada interoperabilidad entre los diversos actores del sistema.

Finalmente, si bien destacó que los pacientes requieren una pronta solución, pues en algunos casos llevan cuatro meses postergando el acceso a los medicamentos necesarios para sus tratamientos, duda que la implementación de plataformas digitales que no se han hecho en tres o cuatro años se realicen ahora en noventa días, sobre todo porque la comunidad médica no tiene conocimiento de las plataformas digitales que desde el Ministerio de Salud se han estado trabajando.

c) La directora(S) del instituto de Salud Pública, señora María Judith Mora Riquelme, junto con manifestar su acuerdo con los objetivos del proyecto, refirió que se debe lograr una suficiente flexibilidad para el expendio de los medicamentos y un adecuado control sobre el proceso.

Al respecto, recordó que las recetas médicas son instrumentos mediante los cuales se señala el uso de un medicamento según lo prescribe un facultativo, y existen varios tipos: simples, retenidas sin control legal y retenidas con control legal. Lo central, en cuanto al control es que en aquellos casos en que la receta debe dispensarse sólo para una determinada cantidad de veces, eso se cumpla sin riesgo de que se permita que con una misma receta se adquieran varias veces el respectivo medicamento controlado.

En tal sentido, estimó bien aspectado el proyecto en cuanto a la vigencia de las recetas, aun cuando estimó que el plazo propuesto de seis meses, a su juicio, es amplio, estimando más adecuado sólo tres meses, pues de esa manera se mantiene la vigencia del control médico. Asimismo, apoya la incorporación de herramientas digitales, pero con la precaución sobre el stock de los medicamentos controlados para evitar el tráfico y venta ilegal en lugares no autorizados. Ha ocurrido un aumento en el decomiso de ese tipo de fármacos en ferias libres en Santiago, fruto de un trabajo conjunto de la Policía de Investigaciones con el Instituto de Salud Pública.

Por tanto, para los medicamentos que pueden ser expendidos mediante receta simple o retenida sin control, es factible el uso de cualquier formato físico o digital; pero en aquellas recetas del tipo retenidas con control debe –por el momento- perseverarse en el modo tradicional en papel, cheque o mediante electrónica controlada, que permita su anulación una vez haya ocurrido la dispensación. No obstante lo anterior, insistir en el uso de firma electrónica avanzada puede ocasionar una barrera para la implementación y facilitación de su utilización. Por ese motivo, a su juicio, ello debe quedar sujeto a una regulación vía reglamento.

d) La Presidenta del Colegio de Químicos Farmacéuticos y Bioquímicos de Chile (AG), señora Ana Nieto Barraza, manifestó que comparten los propósitos del proyecto, toda vez que es una prioridad en el actual contexto sanitario. Sin embargo, el eje principal de una política en la materia debe concebir la receta como un instrumento de seguridad en la dispensación de medicamentos, por lo que una política en la materia debiera materializarse de modo seguro, evitando los riesgos propios del tráfico ilícito de medicamentos. Además´, hizo hincapié que recientes estudios del Senda refieren que en el contexto de la pandemia ha aumentado el uso de drogas tales como la benzodiazepina.

En tal sentido, es necesario establecer un procedimiento que permita a los pacientes acceder a las recetas en el contexto de la pandemia; sin embargo, es peligroso extender la posibilidad de la simple exhibición por medios digitales para aquellas recetas de medicamentos que requieren control. Es muy importante especificar qué medicamentos no estarán autorizados para dispensarse mediante simples copias de recetas, y no es claro si esa definición se hará a través de la ley o del reglamento; es un punto relevante a definir pues en base a ello se podrá determinar en qué supuestos los farmacéuticos incurrirán o no en ilícitos ante la ley de drogas o en dispensación maliciosa de medicamentos. En esta época el problema no es el acceso a cualquier tipo de medicamento, sino el acceso a sicotrópicos y estupefacientes que requieren control médico, en algunos casos de modo permanente en tanto son parte de tratamientos prolongados. Así, la ciudadanía requiere la implementación de la receta electrónica propiamente tal, ya sea con firma electrónica avanzada u otro medio de autenticación -clave única u otra-, que resguarde la seguridad de la dispensación.

Señaló que, no obstante lo anterior, ya hay procedimientos operando en la materia, fruto de la implementación del decreto N° 58/2019, del Ministerio de Salud, que modificó el decreto N°466/1984, sobre comercio electrónico de medicamentos. Fruto de esa regulación, está operando una plataforma de emisión de recetas con firma electrónica avanzada validada por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que ofrece la seguridad necesaria para que los profesionales de la salud puedan prescribir una receta, que dicha receta se contenga en un celular, y con ella se acuda a una farmacia a fin de obtener el medicamento, y en la farmacia, junto con dispensar el medicamento, se valide la firma del documento. Por ello, a su juicio, se debe tender a implementar dicha plataforma de modo obligatorio, pues es una solución real y de bajo costo al problema que se enfrenta, otorgando un acceso seguro y fácil a las recetas, y que puede permitir su bloqueo o anulación una vez haya ocurrido la dispensación en la farmacia, lo que facilita el control de esos medicamentos.

En respuesta a las consultas y observaciones de la Comisión, reiteró que la plataforma referida para la emisión de recetas electrónicas ya está operando, y le preocupa lo manifestado por la Presidenta del Colegio Médico en cuanto a que ese gremio no tiene conocimiento sobre dicho trabajo. Sobre todo, porque en el contexto de la pandemia se les ha consultado a las farmacias y a los químicos farmacéuticos de qué manera solucionar el problema de la dispensación, y la respuesta ha sido contactarse con dichas plataformas para lograr la emisión de las recetas.

Así, teniendo presente que varios médicos ya trabajan con esa plataforma, estimó que lo que se requiere es determinar la obligatoriedad de su implementación y uso pues, además, dará solución al histórico problema de la legibilidad de las recetas, y se permitirá un mejor control de los stocks de medicamentos controlados.

* * * * * * * * * * * *

• Votación general del proyecto.

La Comisión, compartiendo los objetivos y fundamentos tenidos en consideración en la moción, y luego de recibir las opiniones, explicaciones y observaciones de las personas e instituciones individualizadas precedentemente, y del Ejecutivo, que permitieron a sus miembros formarse una idea de la iniciativa legal sometida a su conocimiento, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por unanimidad de los Diputados presentes (13 votos a favor).

Votaron las diputadas y diputados Castro, Cariola, Andrés Celis, Ricardo Celis, Crispi, Durán, Gahona, Ibáñez, Macaya, Ossandon, Rosas, Sanhueza y Torres.

* * * * * * * * * * * *

B) Discusión particular.

Artículo 1.-

Dispone que en caso de decretarse una alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia y durante la vigencia de ésta, los productos farmacéuticos podrán ser expendidos por cualquier establecimiento autorizado para ello, mostrando una copia de la receta médica que los prescriba, ya sea en formato físico o digital, en cualquiera de sus formas.

Señala, asimismo, que las recetas que hayan sido extendidas dentro de los seis meses anteriores a la publicación del decreto de alerta sanitaria respectivo y las que sean extendidas durante su vigencia tendrán validez para la dispensación de los productos farmacéuticos prescritos en ellas, hasta seis meses después del término de la alerta sanitaria.

En el inciso tercero se indica que lo dispuesto precedentemente no eximirá al establecimiento de expendio de la obligación de completar los registros que se deben llevar, de acuerdo a la naturaleza del medicamento y según lo dispuesto en los reglamentos que regulan la materia.

El inciso final consagra que el uso malicioso de recetas presentadas en forma digital será sancionado conforme al Libro X del Código Sanitario y al Código Penal, sin perjuicio de las sanciones contempladas en la ley N° 20.000.’.

---- Se presentó una indicación de la diputada Cariola y de los diputados Ricardo Celis, Crispi, Ibáñez y Rosas, para intercalar un inciso tercero, nuevo, del siguiente tenor:

“En el caso particular de los medicamentos con receta retenida y cheque, las farmacias deberán verificar que una receta electrónica no haya sido cobrada reiteradamente dentro del plazo cubierto por la cantidad de medicamentos entregada anteriormente según la prescripción. En el caso de las farmacias de menor tamaño en que existan dificultades técnicas o de otro tipo para implementarlo, el Ministerio de Salud dictará un reglamento que permita su ejecución.”.

En cuanto a esta indicación, y atendido que se tuvo a la vista un “borrador o anteproyecto de reglamento” que se dictaría con ocasión de la ley de fármacos, en cuanto al expendio de medicamentos y de aquellos con receta retenida, se estimó que esta materia estaría cubierta o regulada en dicha normativa reglamentaria, razón por la cual sería innecesaria esta indicación.

Sometida a votación, la indicación fue rechazada por unanimidad (11 votos).

Votaron las diputadas y diputados Castro, Andrés Celis, Ricardo Celis, Crispi, Durán, Gahona, Macaya, Ossandón, Rosas, Sanhueza y Torres.

Sometido a votación el texto propuesto por el Senado, fue aprobado por unanimidad (11 votos).

Votaron las diputadas y diputados Castro, Andrés Celis, Ricardo Celis, Crispi, Durán, Gahona, Macaya, Ossandón, Rosas, Sanhueza y Torres.

Artículo 2.-

Tiene por objeto introducir una modificación en el inciso penúltimo del artículo 101 del Código Sanitario, con la finalidad de reemplazar la oración “mediante firma electrónica avanzada conforme a lo dispuesto en la ley N° 19.799”, por el texto siguiente: “según lo dispuesto en el reglamento.”.

Sometido a votación el texto propuesto por el Senado, fue aprobado por unanimidad (11 votos).

Votaron las diputadas y diputados Castro, Andrés Celis, Ricardo Celis, Crispi, Durán, Gahona, Macaya, Ossandón, Rosas, Sanhueza y Torres.

IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.

Artículos rechazados.

No hay.

Indicaciones rechazadas.

---- De la diputada Cariola y de los diputados Ricardo Celis, Crispi, Ibáñez y Rosas, para intercalar un inciso tercero, nuevo, del siguiente tenor:

“En el caso particular de los medicamentos con receta retenida y cheque, las farmacias deberán verificar que una receta electrónica no haya sido cobrada reiteradamente dentro del plazo cubierto por la cantidad de medicamentos entregada anteriormente según la prescripción. En el caso de las farmacias de menor tamaño en que existan dificultades técnicas o de otro tipo para implementarlo, el Ministerio de Salud dictará un reglamento que permita su ejecución.”.

V. MENCIÓN DE ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN LA DISCUSIÓN PARTICULAR.

No hubo modificaciones aprobadas al texto que despachó el Senado.

VI. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.

“Artículo 1.- En caso de decretarse una alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia y durante la vigencia de ésta, los productos farmacéuticos podrán ser expendidos por cualquier establecimiento autorizado para ello, mostrando una copia de la receta médica que los prescriba, ya sea en formato físico o digital, en cualquiera de sus formas.

Las recetas que hayan sido extendidas dentro de los seis meses anteriores a la publicación del decreto de alerta sanitaria respectivo y las que sean extendidas durante su vigencia tendrán validez para la dispensación de los productos farmacéuticos prescritos en ellas, hasta seis meses después del término de la alerta sanitaria.

Lo dispuesto precedentemente no eximirá al establecimiento de expendio de la obligación de completar los registros que se deben llevar, de acuerdo a la naturaleza del medicamento y según lo dispuesto en los reglamentos que regulan la materia.

El uso malicioso de recetas presentadas en forma digital será sancionado conforme al Libro X del Código Sanitario y al Código Penal, sin perjuicio de las sanciones contempladas en la ley N° 20.000.

Artículo 2.- Reemplázase, en el inciso penúltimo del artículo 101 del Código Sanitario, la expresión “mediante firma electrónica avanzada conforme a lo dispuesto en la ley N° 19.799”, por el texto siguiente: “según lo dispuesto en el reglamento.”.”.

* * * *

Se designó Diputado Informante al señor Juan Luis Castro González.

* * * *

Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de 7 y 14 de julio, 18 de agosto, y 1 de septiembre de 2020, con la asistencia de las diputadas y diputados Karol Cariola Oliva, Juan Luis Castro González, Ricardo Celis Araya (Presidente), Andrés Celis Montt, Miguel Crispi Serrano, Jorge Durán Espinoza, Sergio Gahona Salazar, Diego Ibáñez Cotroneo, Javier Macaya Danús, Ximena Ossandon Irarrázabal, Patricio Rosas Barrientos, Gustavo Sanhueza Dueñas y Víctor Torres Jeldes.

Asistieron, además, los diputados José Miguel Castro Bascuñan, Marcela Hernando Pérez, y el ex diputado Jaime Bellolio Avaria.

Sala de la Comisión, a 1 de septiembre de 2020.-

ANA MARIA SKOKNIC DEFILIPPIS

Abogada Secretaria de la Comisión

9

2.2. Discusión en Sala

Fecha 09 de septiembre, 2020. Diario de Sesión en Sesión 71. Legislatura 368. Discusión única. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

FACILIDADES PARA ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS EN CONTEXTO DE PANDEMIA POR COVID-19 (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 13450-11)

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

En segundo lugar, corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que establece medidas para facilitar la adquisición de remedios en el contexto de la pandemia por covid-19.

Por acuerdo de los Comités Parlamentarios, para la discusión de este proyecto se otorgarán cinco minutos base a las bancadas que tengan dos o más comités y tres minutos al resto de las bancadas.

Diputado informante de la Comisión de Salud es el señor Juan Luis Castro .

Antecedentes:

-Proyecto del Senado, sesión 36ª de la presente legislatura, en jueves 2 de julio de 2020. Documentos de la Cuenta N° 15.

-Informe de la Comisión de Salud, sesión 69ª de la presente legislatura, martes 8 de septiembre de 2020. Documentos de la Cuenta N° 16.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor CASTRO (don Juan Luis) [vía telemática].-

Señor Presidente, este es un proyecto de ley muy importante que viene del Senado y al que hemos buscado dar una tramitación lo más expedita posible, en razón de la pandemia y de que estamos en un momento sanitario crucial en el que el acceso a los medicamentos se transforma en una piedra angular para la cobertura de salud de la población.

La idea matriz o fundamental del proyecto es hacer posible el acceso a los medicamentos que requieren personas de alto riesgo, obligadas a permanecer en confinamiento, evitándoles la exposición a un contagio por coronavirus al tener que concurrir a hospitales o farmacias para obtenerlos.

La aprobación de esta iniciativa facilitará el uso de medios electrónicos para la obtención de una receta y su despacho. Ese es un punto muy relevante, especialmente para los profesionales médicos y prescriptores.

Respecto de los fundamentos, en la exposición de motivos de la moción original, los patrocinantes hicieron presente que frente a la grave situación de pandemia que afecta al mundo y a Chile, el gobierno ha tomado los resguardos para evitar la propagación del virus. Entre las medidas preventivas y paliativas ha decretado el estado de alerta sanitaria, el de excepción constitucional, toque de queda entre determinadas horas de la noche, cordones sanitarios y cuarentenas totales o parciales.

Producto de lo anterior se ha visto interrumpida la normalidad de la vida en los ámbitos laboral, educacional, del trasporte y en muchos otros. Por lo tanto, considerando que existe una población de alto riesgo en materia de salud, para quienes el confinamiento es obligatorio, como los adultos mayores de 75 años de edad, y todo lo que implica el acceso a una receta médica física, sería muy útil contar con receta médica digital para comprar los medicamentos, mostrando simplemente una receta que estuviera contenida en algún medio electrónico, y evitar así que las personas tengan que concurrir presencialmente ante un profesional médico, disminuyendo así el tránsito de las personas y los costos asociados a los desplazamientos.

En el resumen del contenido del proyecto aprobado por el Senado y por la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, hay dos artículos permanentes. Mediante el primero se dispone que en caso de decretarse una alerta sanitaria con ocasión de una pandemia o epidemia, y durante la vigencia de esta, los productos farmacéuticos podrán ser expendidos por cualquier establecimiento autorizado para ello, mediante la exhibición de una copia de la receta médica que los prescriba, ya sea en formato físico o digital.

Las recetas que hayan sido extendidas dentro de los seis meses anteriores a la publicación del decreto de alerta sanitaria respectivo y las que sean extendidas durante su vigencia tendrán validez para la dispensación de los productos farmacéuticos prescritos en ellas, hasta seis meses después del término de la alerta sanitaria. Sin embargo, ello no eximirá al establecimiento respectivo de la obligación de completar los registros respectivos, de acuerdo a la naturaleza del medicamento y según lo dispuesto en los reglamentos que regulan la materia.

El uso malicioso de recetas presentadas en forma digital será sancionado conforme al Libro X del Código Sanitario y al Código Penal, sin perjuicio de las sanciones contempladas en la ley N° 20.000, sobre drogas.

Mediante el segundo artículo se propone modificar el artículo 101 del Código Sanitario, en el sentido de reemplazar una frase en su inciso penúltimo. Mediante dicho cambio se autoriza que en aquellos casos en que se emita una receta electrónica, ella deberá constar en un documento electrónico suscrito por el respectivo facultativo autorizado, según lo dispuesto en el reglamento sanitario respectivo, y no como es ahora, en que debe efectuarse mediante firma electrónica avanzada, según lo dispuesto en la ley N° 19.799. Es decir, con este proyecto pasamos de la receta electrónica avanzada a la receta digital simple.

En la discusión general se contó con la colaboración de los representantes del Ejecutivo, los abogados señores Hübner y González , de la División Jurídica del Ministerio de Salud, y con la asesoría legislativa respectiva. Concurrieron, además, el Colegio Médico de Chile, a través de su presidenta nacional; el Instituto de Salud Pública (ISP) y el Colegio de Químicos Farmacéuticos de Chile, a través de su presidente.

En la discusión en el seno de la comisión se estimó valioso este proyecto de ley, en tanto regula situaciones que han resultado complejas en el contexto de la pandemia, toda vez que las condiciones actuales impiden acercarse fácilmente a los centros médicos o a los establecimientos de salud para obtener recetas, por lo que avanzar hacia la digitalización resulta ser un aspecto extremadamente positivo.

Con todo, no obstante la digitalización, se mantiene el deber de registro por parte de quienes expenden fármacos especiales, a fin de evitar su uso malicioso, llámese estupefacientes, psicotrópicos o medicamentos con receta retenida en general, como benzodiazepínicos.

Centrándose en el carácter digital de la receta, se hizo presente que actualmente solo se pueden emitir mediante firma electrónica avanzada. Sin embargo, esa modalidad no ha tenido la difusión que todos quisiéramos, y así lo manifestó el propio Ejecutivo. Por eso, la propuesta de este proyecto parece adecuada. La técnica mediante la cual se autentificará la firma será definida mediante reglamento, no por ley, como ha sido hasta ahora, dado que, obviamente, la tecnología avanza más rápido que la legislación.

Asimismo, la comisión tomó conocimiento, a través de los representes de gobierno, de que se está trabajando en la creación de una plataforma digital que permitirá registrar las recetas médicas electrónicas para facilitar su fiscalización, volviendo innecesario que el Instituto de Salud Pública (ISP) deba concurrir físicamente a las farmacias para verificar los registros de recetas que constan en sus archivos. Dado el avance en esa plataforma, se tiene la tranquilidad de que no habrá una prescripción indiscriminada de medicamentos.

Finalmente, la comisión valoró que, si bien en este proyecto se aborda la situación de la firma electrónica en las recetas médicas, materia que está siendo discutida en el proyecto de ley conocido como “fármacos II”, se optó por avanzar en este proyecto, por cuanto parece avanzar más rápido que aquel, lográndose una entrada en vigencia más pronta, con la finalidad de facilitar los procedimientos de compra de medicamentos, sobre todo en el contexto de pandemia.

Interesó mucho a los diputados conocer la opinión sobre la situación de la venta de medicamentos que requieren receta retenida, respecto de lo cual se indicó por parte del gobierno que se ha entendido que este proyecto de ley no permite la emisión de recetas retenidas, sino únicamente recetas simples, pues precisamente no se logra el efecto de retención aludido. A mayor abundamiento, se informó que se está elaborando un reglamento sobre repositorio de recetas electrónicas, el cual se dictará a propósito de la ley conocida como “ley de fármacos I”. Ahí, uno de los asuntos que regula dicho cuerpo normativo tiene por objeto evitar el mal uso y la duplicidad de las recetas que se expiden digitalmente, creándose una plataforma que logre la trazabilidad y el bloqueo de las recetas retenidas, una vez que se hayan expendido los medicamentos.

En la votación general del proyecto, la comisión compartió los objetivos y los fundamentos tenidos en consideración en la moción, y, luego de recibir las opiniones, explicaciones y observaciones de las personas e instituciones mencionadas, sus miembros pudieron formarse una idea completa de la iniciativa legal sometida a su conocimiento y procedieron a dar su aprobación a la idea de legislar, mediante la unanimidad de los diputados presentes en la Comisión de Salud, por 13 votos a favor. Votaron los siguientes diputados y diputadas: Cariola , Andrés Celis , Ricardo Celis , Crispi , Jorge Durán , Gahona , Ibáñez , Macaya , Ossandón , Rosas , Sanhueza , Torres y quien habla.

En la discusión particular, cabe hacer presente que la comisión no alteró el texto despachado por el Senado, siendo aprobados los dos artículos propuestos, de igual forma.

Por lo tanto, atendidas las razones expuestas y la necesidad de la población de contar con una receta electrónica simple, más allá de la receta física en papel, que permita su despacho, evite la concurrencia al médico y el consecuente gasto de bolsillo o de traslado que eso implica, y la compra de remedios en las farmacias cuando estos no corresponden a aquellos con receta retenida, invito a la honorable Sala de la Cámara de Diputados a dar su aprobación a este proyecto.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra la diputada Ximena Ossandón Irarrázabal .

La señora OSSANDÓN (doña Ximena) [vía telemática].-

Señor Presidente, la verdad es que el objetivo del proyecto quedó bastante bien explicado en la exposición del diputado Juan Luis Castro . Si bien su objetivo es muy simple, conlleva importantes consecuencias prácticas.

En términos sencillos, el proyecto busca proteger a las personas que pertenecen a los grupos de más alto riesgo, como los adultos mayores o quienes padecen enfermedades graves, permitiéndoles acceder de manera electrónica a sus recetas médicas. En el contexto de la pandemia, se busca evitar los contagios y proteger a las personas, haciéndoles más sencillo un trámite que, además de engorroso, pone en riesgo su salud. Al menos en mi distrito he observado que la gente teme contagiarse al acudir a centros de salud en busca de recetas médicas para la compra de medicamentos.

Cabe destacar que la iniciativa precisa que esto va a operar solo en el caso de decretarse alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia, y durante la vigencia de esta.

También se aclara que las recetas que hayan sido extendidas dentro de los seis meses anteriores a la publicación del decreto de alerta sanitaria y las que sean extendidas durante su vigencia tendrán validez para la dispensación de los productos farmacéuticos prescritos en ellas y hasta seis meses después del término de la alerta sanitaria. Me parece muy importante que las personas tengan la posibilidad de usar recetas emitidas con anterioridad, incluso antes de que se promulgue la ley en proyecto.

Esta iniciativa, en el fondo, se enmarca en lo que podríamos denominar “deuda con los procedimientos telemáticos”, para los cuales, por cierto, no estábamos preparados. A pesar de todo lo malo que nos ha dejado esta pandemia, también la misma nos ha forzado a confeccionar este tipo de proyectos que, además, apuntan hacia el futuro. Ojalá que el contenido del proyecto permanezca en el tiempo. Hoy tiene otro objetivo, pero, claramente, las recetas digitales serán una realidad. Eso no quiere decir que vamos a dejar de ir al médico, pero, de alguna manera, en el futuro habrá procedimientos telemáticos para obtenerlas.

Por cierto, esto nos pone frente a desafíos en materia de seguridad, porque no se puede hacer mal uso de la receta. Sabemos que hoy ello ocurre. En las ferias de mi distrito es común constatar la venta de remedios. No sé cómo llegan allí, pero llegan. De alguna manera debemos controlar todo eso. El proyecto solo apunta a cubrir una necesidad inmediata, pero en el futuro –insisto tendremos un desafío tremendo en cuanto a seguridad se refiere. El mal uso de una receta puede afectar la salud de una persona. Todos llevamos un médico adentro; siempre recetamos medicamentos al amigo, lo que es muy peligroso.

Felicito a los autores del proyecto, pues va en el camino de enfrentar la urgencia que estamos viviendo. Sin embargo, quiero enfatizar que la iniciativa sanciona el uso malicioso de la receta, de acuerdo con lo que prescriben los códigos Penal y Sanitario. Es muy importante la penalización de las conductas que hace un momento mencioné. La receta médica no se puede prestar para mal uso, pues es muy importante para la salud de las personas.

Reitero que espero que esta herramienta digital se use bien, que cumpla con el objetivo deseado, que realmente proteja la salud de las personas y ayude a que los grupos de mayor riesgo no corran peligro al tener que ir a buscar una receta física.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, por vía telemática, el diputado Ricardo Celis Araya .

El señor CELIS (don Ricardo) [vía telemática].-

Señor Presidente, soy médico y quiero mostrar una receta.

(El diputado Celis muestra una receta digitalizada en su teléfono celular)

Esto es lo habitual que hemos debido hacer durante el período de pandemia. La gente consulta telefónicamente a todos los médicos y nosotros extendemos recetas, porque la gente obviamente se ve limitada en su movilidad para acudir al médico y luego a una farmacia, ya sea porque está en cuarentena obligatoria o en cuarentena voluntaria, o tiene alguna otra limitación.

Por lo tanto, este proyecto avanza exactamente en el sentido correcto, porque permite que la receta pueda digitalizarse -lo explicaba muy bien el diputado Juan Luis Castro -, y con la imagen de la misma en su celular la persona puede acudir a la farmacia y comprar remedios que no sean sujetos de receta retenida.

¿Cuándo opera esto? Esto opera no en estado de excepción constitucional, sino cuando exista un decreto de alerta sanitaria. Si la persona fue examinada por un médico seis meses antes y tiene una receta digitalizada, entonces hasta seis meses después de terminada la alerta sanitaria esa persona podrá retirar el medicamento indicado en una farmacia.

Esto es muy práctico y muy importante. En la comisión consideramos que al proyecto debía dársele celeridad, porque es útil ahora y porque es justamente en este período cuando la gente siente que hay una limitación importante para ir al médico. No todos los cesfam ni todos los servicios de salud practican todas las atenciones, pues esos centros están ocupados en atender casos relacionados con la pandemia. La cantidad de personas que pueden concurrir físicamente a una consulta médica para que el facultativo entregue una receta ha disminuido, por lo que la receta digitalizada ha sido una muy buena opción, un elemento importante para salvar el momento y ayudar a las personas, a los pacientes que requieren de recetas. Por lo tanto, el proyecto avanza en el sentido correcto.

En cuanto a lo que tiene que ver con la receta electrónica, como muy bien explicó el diputado Castro , pedimos al Ejecutivo que presentara un anteproyecto para conocer los alcances del reglamento. La propuesta del Ejecutivo satisfizo adecuadamente los requerimientos de la comisión, por lo cual los artículos propuestos por el Senado fueron votados a favor para dar celeridad a la iniciativa.

Pido a la Cámara que votemos favorablemente el proyecto, a fin de darle la tramitación expedita que requiere. Hay urgencia en la población para requerir medicamentos simples, no complejos, lo que puede hacerse perfectamente por la vía digitalizada.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Karol Cariola Oliva .

La señorita CARIOLA (doña Karol) .-

Señor Presidente, el proyecto de ley en discusión fue enviado desde el Senado y aprobado por la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados por amplia mayoría. Contiene una medida importante en caso de decretarse alerta sanitaria con ocasión de epidemia o pandemia y durante su vigencia.

Lo que plantea el proyecto es que se puedan obtener medicamentos mostrando una copia de la receta médica que lo prescriba, ya sea en formato físico o digital. Esto se relaciona necesariamente con la urgente creación del registro unificado de recetas electrónicas, que, además, ha sido una demanda llevada adelante por los usuarios desde hace bastante tiempo. Hoy es más necesario que nunca avanzar en ello, pues la creación de ese registro busca que la autoridad sanitaria y el ISP puedan fiscalizar la expedición de recetas por esa vía.

Hay que destacar que pese a que con ocasión de la discusión del proyecto de ley de “fármacos II” ya se está discutiendo la firma electrónica de recetas, el ministerio está de acuerdo en avanzar en este proyecto, que, a nuestro juicio, es absolutamente necesario.

Se ha señalado, también, que esta iniciativa no contempla la expedición de medicamentos con receta retenida, porque en ese caso los resguardos que deben tomarse son mucho mayores frente a riesgos de mal uso o de duplicidad de receta.

Creemos que la iniciativa genera una ventaja, cual es la de resolver los problemas que durante el estado de excepción y el confinamiento obligatorio se les generan a las personas que ya tienen dificultades para acceder de modo expedito a sus medicamentos. Ahora, los problemas se tornan aún más graves, porque adultos y adultas mayores, mujeres jefas de hogar y personas que están a cargo del cuidado de otras tienen mayores problemas para acceder a las recetas.

Por otra parte, las recetas que hayan sido extendidas dentro de los seis meses anteriores a la publicación del decreto de alerta sanitaria y las que sean extendidas durante su vigencia tendrán validez para la dispensación de los productos farmacéuticos prescritos en ellas hasta seis meses después del término de la alerta sanitaria.

Esta situación y esta definición nos parecen del todo correctas y de sentido común. No podemos, por un tema sencillamente reglamentario o, incluso, administrativo, poner en riesgo a aquellas personas que presentan mayor compromiso ante la exposición del virus.

Por lo anterior, llamo a aprobar el proyecto de ley. En la Comisión de Salud creemos que la iniciativa es muy importante. Con todo, este solo es un primer paso, pues es necesario avanzar en cambios más estructurales.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, por vía telemática, el diputado Juan Luis Castro González .

El señor CASTRO (don Juan Luis) [vía telemática].-

Señor Presidente, en estos breves minutos, solamente deseo ahondar en el informe del proyecto, en cuanto a que estamos ante una práctica médica de la que debemos hacernos cargo con un sentido autocrítico.

Para mucha gente ir al médico significa gastar dinero en algo de costo elevado, y en condiciones de pandemia prácticamente eso es imposible, porque los propios centros de salud constituyen, en algunos casos, fuentes de contagio. Ni hablar del caso de los adultos mayores ni de los enfermos crónicos, que han pasado muchas vicisitudes y dramas en materia de salud mental, de aislamiento y de falta de acceso, en el que familiares debieron recurrir desesperadamente durante estos meses a profesionales médicos como el que habla, para buscar una receta que diera continuidad a un tratamiento u obtener un medicamento muchas veces caro, al cual no podían acceder, ya que el titular de la receta, vale decir, el paciente, no estaba en condiciones de acceder presencialmente a un profesional y los familiares tampoco podían hacerlo.

Por tanto, lo que existe hasta ahora es la receta clásica de papel y la receta electrónica avanzada, que tiene muchos requisitos -que no es del caso detallar ahora-, que han complejizado y han hecho poco viable hasta el minuto la aplicación de la firma electrónica avanzada, dado que se busca resguardar, pero, al mismo tiempo, se dificulta el acceso.

Por eso, este proyecto nos pareció razonablemente lógico y facilitador, dado que hasta ahora muchos médicos tenemos que usar la aplicación WhatsApp para emitir una receta, y así en la práctica ha sucedido durante la pandemia, pero obviamente en el caso de recetas de psicotrópicos o benzodiazepínicos eso es imposible.

Este proyecto propone una receta digital simple, que permita, bajo distintos formatos digitalizados y con una firma electrónica también simplificada, que las personas accedan al despacho de una receta médica en cualquier punto del país. Eso evita tanto los costos como la presencialidad que muchas veces atentan contra la salud de las personas, por los desplazamientos, el transporte público y todos los factores que hemos conocido durante estos seis meses de pandemia.

En ese sentido, la prevención que hice desde el principio en la Comisión de Salud, que finalmente se logró resolver gracias a la intervención del Ejecutivo y del presidente de la misma comisión, el diputado Ricardo Celis , fue buscar una fórmula que evitara un riesgo que siempre puede existir, cual es el mercado secundario y las suplantaciones en el caso de recetas que son del tipo benzodiazepínicas, psicotrópicas, estupefacientes, etcétera, que, de alguna manera, se prestaran para un comercio ilegal.

En este sentido, el Ejecutivo ha comprometido que, a la fecha de promulgación de esta futura ley, pueda existir un repositorio digital de las recetas y de los despachos, que permita hacer un control de estantería y de la veracidad de las recetas médicas electrónicas, para evitar un comercio paralelo, que ha existido en Chile por muchos años, al cual hay que salir al paso, sobre todo cuando un medio nuevo, como el digitalizado, puede ser parte de la cotidianidad de las personas.

En otras palabras, con este proyecto damos un modesto, pero decisivo paso para, por un lado, disminuir el copago de bolsillo de la gente, que a veces tiene que ir a un médico y pagar una consulta solo para obtener una receta de continuidad, y, por otro, evitar la presencialidad de pacientes que, en condiciones pandémicas, no pueden hacer desplazamientos. Asimismo, manteniendo la seguridad de la receta médica, que no puede ser adulterada ni falsificada, se permitirá hacerla vía teletrabajo, como tantas otras cosas. Por medio del teletrabajo, el paciente y la familia podrán recibir la receta y lograr que sea despachada, incluso, por delivery, por modernos medios de entrega, sin ir a la farmacia, y obtener el medicamento.

Esto que parece de Perogrullo no existe. Por eso, nuestro apoyo fue decidido y unánime, y pedimos a la Sala que así nos respalde, para que este proyecto sea ley en los próximos días y las personas en Chile puedan tener una receta rápida, simple, segura y sin toda la traba burocrática que existe hasta el momento.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Javier Macaya .

El señor MACAYA (vía telemática).-

Señor Presidente, en estos meses han cambiado muchas cosas en el mundo, que han hecho que la distancia social sea algo que ha llegado para quedarse. Probablemente, serán cambios bastante permanentes en la manera en que se realiza el comercio en el mundo.

El comercio electrónico es algo que ha tenido un profundo impacto en la vida de todos los ciudadanos. Desde esa perspectiva, creemos que avanzar en la digitalización de las recetas es un avance significativo. Aunque sea una cuestión temporal, solamente producto del estado de emergencia, esto es algo que viene a facilitar la vida a los ciudadanos respecto a la compra de medicamentos.

Sabemos -los que participamos en la Comisión de Salud así lo hemos experimentado que el mercado de medicamentos es un mercado imperfecto, en que las barreras de información y de los precios diferentes que dependen del tipo de comprador han algunas de las razones por las cuales los precios de los medicamentos no tienen toda la trasparencia que uno quisiera. De hecho, recientes informes de la Fiscalía Nacional Económica han demostrado que es mucho lo que se puede avanzar todavía. Esa es la razón por la cual hemos legislado y estamos terminando la tramitación de la “ley de fármacos II”.

Lo que hace este proyecto es facilitar el acceso a los medicamentos, particularmente aquellos que están sujetos a receta, durante la vigencia de un estado de alerta sanitaria.

Nosotros, junto con el diputado Sergio Gahona y el entonces diputado Jaime Bellolio , en su momento presentamos una modificación a la “ley de fármacos” -de hecho, se aprobó dentro de las normas de la comisión mixta-, que viene a asentar y a generar un cambio de paradigma en cómo se realiza la venta digital de medicamentos.

Esto es algo que llegó para quedarse, así como ocurre en distintos aspectos de la economía, donde hoy los canales digitales están siendo parte importante de la vida diaria de las personas, particularmente en tiempos de pandemia. Creo que se van a convertir en cambios permanentes, y eso es algo de lo que tenemos que hacernos cargo no solamente con ocasión de la pandemia, sino también en lo que vendrá después.

En concreto, este proyecto tiene dos avances muy importantes. Uno de ellos es aceptar la copia de la receta médica del prescriptor, ya sea en formato físico o digital, con la salvedad -lo dijo ya el diputado Juan Luis Castro que tiene que ver fundamentalmente con la revisión que se tiene que hacer con aquellas recetas retenidas. Ahí está la novedad de este proyecto de ley, ya que mediante reglamento se va a permitir generar un repositorio de recetas digitales.

Actualmente, el Código Sanitario establece que la emisión de recetas electrónicas es mediante firma electrónica avanzada. Y lo que hace concretamente el proyecto es modificar ese requisito vía reglamento.

Jorge Andrés Hübner , abogado del Ministerio de Salud, nos presentó el proyecto de reglamento y cuál va a ser el mecanismo que va a remplazar a la firma electrónica avanzada. Ese mecanismo puede ser la clave única, la firma electrónica implementada por el Servicio de Impuestos Internos o cualquier otro mecanismo. Este proyecto es un avance, y esperamos que signifique un cambio de paradigma que elimine intermediarios, que vaya generando mayor trasparencia, particularmente en una cuestión tan significativa como son los precios de los medicamentos.

Facilitar la vida durante tiempos de pandemia tiene que ser un bonito precedente para lo que viene más adelante, para ir rebajando los precios de los medicamentos, con las distintas herramientas para tener un mercado un poco más perfecto, con mayor información y más trasparencia.

Por eso, vamos a votar a favor el proyecto, y esperamos que el apoyo hoy en la Sala sea unánime.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Daniel Verdessi Belemmi .

El señor VERDESSI.-

Señor Presidente, naturalmente que el acceso a medicamentos en período de pandemia, por un sistema facilitado por vía informática, es algo muy importante, tanto en el formato físico como en el digital. Por supuesto, mantener las recetas -aquellas que hayan sido extendidas dentro de los seis meses anteriores a la publicación del decreto de alerta sanitaria respectivo y las que sean extendidas durante su vigencia tendrán validez para la dispensación de los productos farmacéuticos prescritos en ellas, hasta seis meses después del término de la alerta sanitaria-, para los que somos médicos, y en cierto tipo de medicamentos, es una tremenda ayuda.

El registro forzoso que deben hacer las farmacias es un tema que no hay que descuidar y me parece que este proyecto vela por ello.

Pero al margen de la importancia que esto reviste en tiempos de pandemia, ha llegado el momento de modernizar el sistema de digitalización de recetas, así como ocurrió con las fichas clínicas, que son en formato digital, y con todo el trabajo hospitalario.

Me parece muy bien que discutamos un proyecto de este tipo a raíz de la pandemia. ¿Por qué no incorporar ya la misma tecnología digital, que se usa en todos los países? Por ejemplo, en Estados Unidos y en Italia, el facultativo envía las recetas vía digital directamente a las farmacias, con lo cual se logra precisión y exactitud en las recetas, además de permitir que se trabaje de forma directa en el control y registro de todas las acciones sanitarias que conlleva extender una receta.

También debo destacar la labor que realizan los Cesfam, los consultorios, las matronas, quienes vía WhatsApp establecen una comunicación directa y trabajan con sus pacientes, y así obtienen muy buenos resultados. De la misma forma, hemos visto la incorporación de la consulta telemática y otras, que no tenemos por qué desestimar.

Evidentemente, aún queda todo un camino por avanzar, por ejemplo, en los hospitales, para incorporar chips en los pacientes, de manera de seguir su trayecto dentro del hospital y saber qué pasó con el paciente que fue a Rayos o qué pasó con el paciente que está esperando mucho rato.

Por lo tanto, apoyo esta iniciativa como un paso más para la modernización en salud.

He dicho.

El señor AUTH (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Diego Ibáñez Cotroneo .

El señor IBÁÑEZ (vía telemática).-

Señor Presidente, desde hace meses que organizaciones gremiales y científicas habían planteado solicitudes en la línea del proyecto -que es absolutamente urgente y necesario aprobar para facilitar la utilización de recetas en formato electrónico e, incluso, para recetas retenidas, en la medida que la pandemia también ha dificultado el acceso a atenciones en salud mental y a los medicamentos. Esto también lo planteó el Colmed en abril, cuando ya había solicitudes en esta línea, de cara a la pandemia.

La cuarentena ha impuesto limitaciones para trasladarse que inciden en la salud de la gente. Seis meses antes de la alerta sanitaria y seis meses después es un período razonable que discutimos en la Comisión de Salud, por un tema práctico. Asistir físicamente al médico y obtener un papel es un problema, sobre todo para la población de riesgo, para los adultos mayores y para las cuidadoras; en medio de la crisis, el cuidado es una cuestión urgente.

Ahora quiero centrarme en la salud mental. La pandemia ha provocado que todos estos problemas se profundicen y nos enfrenten a desafíos particulares en la materia. Hay varios estudios que demuestran que han aumentado los problemas de salud mental y los riesgos asociados a la menor regulación en el acceso a psicotrópicos y estupefacientes. Lo que señaló la diputada Ximena Ossandón sobre lo que sucede en las ferias es evidente.

El gobierno se comprometió a controlar este tipo de situaciones y esperamos que se haga de forma urgente, una vez que esta ley en proyecto entre en vigencia. Los riesgos de suicidio por uso abusivo de fármacos es muy alto, por lo cual es una situación que debería estar contemplada en esta iniciativa, para que pueda ser controlada. De ahí que haya varias indicaciones, acotaciones que fueron presentadas por diputados de oposición, por organizaciones gremiales, como el Colegio Médico y el Colegio de Químicos Farmacéuticos, que estiman urgente un control para este tipo de recetas.

Celebramos este proyecto, y hay que aprobarlo en general, ojalá de forma unánime. También hay que abordar el problema de la salud mental de una forma más compleja, de cara a las regulaciones que implementará el gobierno, las cuales estaremos fiscalizando.

He dicho.

El señor AUTH (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Miguel Crispi .

El señor CRISPI.-

Señor Presidente, mi abuela Carmen vive en Olmué y no la veo desde que empezó la pandemia, así que aprovecho de mandarle un saludo cariñoso.

Mi abuela, que está encerrada, me preguntó, durante los primeros días de abril, si podía comprarle un medicamento. Ella los compra aquí, en la calle Pedro Montt , y me mandó la foto de una receta -era una receta no retenida-, para que yo fuera a comprar ese medicamento y después se lo mandara a su casa por correo, para que ella no se expusiera a contagiarse. Pero me enfrenté a la realidad que tenemos hoy: eso no se puede hacer.

Por tanto, esta norma es de total sentido común, pues se trata de facilitar la adquisición de un medicamento, con todos los resguardos necesarios para cuidar nuestra salud, pero sin permitirnos abusar de dicho medicamento y hacernos daño. En el fondo, se trata de compatibilizar ese principio con las necesidades que hoy tienen las personas, sobre todo las mayores, con el propósito de que no salgan de sus casas y de que sus buenos nietos puedan comprar los medicamentos y mandárselos por correo. Este es el motivo por el que tramitamos esta iniciativa con toda celeridad.

Esta realidad también abre reflexiones respecto de las normas, de la burocracia, de cómo nos vamos encerrando en ciertos reglamentos y protocolos que terminan constriñéndonos, pero no poniendo esas normas al servicio de las personas, sino que las personas tenemos que adaptarnos a ellas. Pareciera ser que, por haber estado siempre ahí, están correctas. A veces es necesario revisarlas, y el escenario de la pandemia nos obliga a hacerlo.

Por tanto, con todos los cuidados que tuvimos también en su tramitación -lo discutimos con el ministerio: el tema de las recetas retenidas, el plazo de seis meses anterior a que se haya emitido y otras cosas-, nos parece que la norma construye ese equilibrio.

Los medicamentos no son inocuos, porque el medicamento es una droga, y si se usa inadecuadamente puede generar un daño, pero también nuestros adultos mayores tienen que tener el mayor de los cuidados, que es sobrevivir a esta pandemia, pero para eso tienen que quedarse en sus casas y ojalá sean sus familiares los que puedan comprar ciertos medicamentos por ellos, mandárselos y no obligarlos a salir a enfrentarse a un eventual contagio.

Así que, reiterando el saludo a mi abuela, espero que podamos aprobar este proyecto por unanimidad.

He dicho.

El señor AUTH (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Víctor Torres .

El señor TORRES.-

Señor Presidente, no puedo sino empatizar con lo que nos acaba de comentar el diputado Miguel Crispi respecto de su abuelita, porque, efectivamente, a una gran cantidad de adultos mayores les hemos pedido que se queden en sus casas y no se expongan durante este tiempo de pandemia, y no solamente a los adultos mayores, sino también, en algunas comunas, a la población en general.

Por lo tanto, todas las medidas que tomemos tienen que tender a facilitar aquellas circunstancias que nos permitan disminuir el volumen de personas que circula por las calles, para que tengan mayor acceso a determinadas prestaciones, entre ellas, obviamente, las sanitarias y el acceso a medicamentos a través de recetas.

Y frente a esta situación, creo yo, se ha respondido de buena forma a través de la presentación de este proyecto de ley, que da cuenta de los tiempos actuales que estamos viviendo, no solo en situación de pandemia, sino pensando en lo que viene respecto de la medicina en el futuro, lo que nos ayudará también a controlar los medicamentos, puesto que si avanzamos en la receta electrónica también tendremos la posibilidad de regular el expendio de medicamentos.

Desde esa perspectiva, nos parece que es una buena solución y una buena alternativa, que, además, se enmarca en la discusión que tuvimos en la Comisión Mixta respecto de la “ley de fármacos II”, que también tiende a dar respuesta de manera definitiva a la situación de las recetas, y se hace cargo de esta circunstancia.

Por esa razón, y también para facilitar a las personas el acceso a los medicamentos, requerimos que este proyecto de ley sea aprobado ojalá por unanimidad.

He dicho.

El señor AUTH (Presidente accidental).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que establece medidas para facilitar la adquisición de remedios en el contexto de la pandemia de covid-19.

Hago presente a la Sala que el proyecto trata materias propias de ley simple o común. En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados Tucapel Jiménez , Leonidas Romero , Pedro Pablo Álvarez-Salamanca , Francisco Eguiguren , Virginia Troncoso , Nino Baltolu , Pablo Kast y Manuel Matta .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 149 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Flores García, Iván , Matta Aragay , Manuel , Romero Sáez , Leonidas , Alessandri Vergara , Jorge , Flores Oporto , Camila , Melero Abaroa , Patricio , Rosas Barrientos , Patricio , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fuentes Barros , Tomás Andrés , Mellado Pino , Cosme , Saavedra Chandía , Gastón , Álvarez Vera , Jenny , Fuenzalida Cobo, Juan , Mellado Suazo , Miguel , Sabag Villalobos , Jorge , Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Meza Moncada , Fernando , Saffirio Espinoza , René , Amar Mancilla , Sandra , Gahona Salazar , Sergio , Mirosevic Verdugo , Vlado , Saldívar Auger , Raúl , Ascencio Mansilla , Gabriel , Galleguillos Castillo , Ramón , Mix Jiménez , Claudia , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Auth Stewart , Pepe , García García, René Manuel , Molina Magofke , Andrés , Santana Castillo, Juan , Baltolu Rasera, Nino , Garín González , Renato , Monsalve Benavides , Manuel , Santana Tirachini , Alejandro , Barrera Moreno , Boris , Girardi Lavín , Cristina , Morales Muñoz , Celso , Santibáñez Novoa , Marisela , Barros Montero , Ramón , González Gatica , Félix , Morán Bahamondes , Camilo , Sauerbaum Muñoz , Frank , Berger Fett , Bernardo , González Torres , Rodrigo , Moreira Barros , Cristhian , Schalper Sepúlveda , Diego , Bernales Maldonado , Alejandro , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Mulet Martínez , Jaime , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bianchi Retamales , Karim , Hernández Hernández , Javier , Muñoz González , Francesca , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hernando Pérez , Marcela , Naranjo Ortiz , Jaime , Sepúlveda Soto , Alexis , Boric Font , Gabriel , Hertz Cádiz , Carmen , Noman Garrido , Nicolás , Silber Romo , Gabriel , Brito Hasbún , Jorge , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Norambuena Farías, Iván , Soto Ferrada , Leonardo , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hoffmann Opazo , María José , Núñez Arancibia , Daniel , Soto Mardones, Raúl , Cariola Oliva , Karol , Ibáñez Cotroneo , Diego , Núñez Urrutia , Paulina , Teillier Del Valle, Guillermo , Carter Fernández , Álvaro , Ilabaca Cerda , Marcos, Nuyado Ancapichún , Emilia , Tohá González , Jaime , Carvajal Ambiado , Loreto , Jackson Drago , Giorgio , Olivera De La Fuente , Erika , Torrealba Alvarado , Sebastián , Castillo Muñoz , Natalia , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Orsini Pascal , Maite , Torres Jeldes , Víctor , Castro Bascuñán, José Miguel , Jiles Moreno , Pamela , Ortiz Novoa , José Miguel , Trisotti Martínez , Renzo , Castro González, Juan Luis , Jiménez Fuentes , Tucapel , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Troncoso Hellman , Virginia , Celis Araya , Ricardo , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pardo Sáinz , Luis , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Parra Sauterel , Andrea , Urrutia Bonilla , Ignacio , Cicardini Milla , Daniella , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Arriagada , José , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cid Versalovic , Sofía , Kort Garriga , Issa , Pérez Lahsen , Leopoldo , Vallejo Dowling , Camila , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Olea , Joanna , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Crispi Serrano , Miguel , Labra Sepúlveda , Amaro , Pérez Salinas , Catalina , Velásquez Núñez , Esteban , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Lavín León , Joaquín , Prieto Lorca , Pablo , Venegas Cárdenas , Mario , Cuevas Contreras, Nora , Leiva Carvajal, Raúl , Ramírez Diez , Guillermo , Verdessi Belemmi , Daniel , Del Real Mihovilovic , Catalina , Longton Herrera , Andrés , Rathgeb Schifferli , Jorge , Vidal Rojas , Pablo , Díaz Díaz , Marcelo , Lorenzini Basso , Pablo , Rentería Moller , Rolando , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Durán Salinas , Eduardo , Luck Urban , Karin , Rey Martínez, Hugo , Walker Prieto , Matías , Eguiguren Correa , Francisco , Macaya Danús , Javier , Rocafull López , Luis , Winter Etcheberry , Gonzalo , Espinoza Sandoval , Fidel , Marzán Pinto , Carolina , Rojas Valderrama , Camila , Yeomans Araya , Gael , Fernández Allende, Maya .

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

El proyecto de ley queda aprobado también en particular, con la misma votación.

Despachado el proyecto.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 09 de septiembre, 2020. Oficio en Sesión 86. Legislatura 368.

VALPARAÍSO, 9 de septiembre de 2020

Oficio N° 15.868

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha aprobado, en los mismos términos en que lo hiciera ese H. Senado, el proyecto de ley que establece medidas para facilitar la adquisición de remedios en el contexto de la pandemia de Covid-19, correspondiente al boletín N°13.450-11.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 240/SEC/20, de 24 de junio de 2020.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

FRANCISCO UNDURRAGA GAZITÚA

Presidente (A) de la Cámara de Diputados

LUIS ROJAS GALLARDO

Secretario General (S) de la Cámara de Diputados

3. Trámite Finalización: Senado

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 10 de septiembre, 2020. Oficio

Valparaíso, 10 de septiembre de 2020.

Nº 475/SEC/20

A Su Excelencia el Presidente de la República

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- En caso de decretarse una alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia y durante la vigencia de ésta, los productos farmacéuticos podrán ser expendidos por cualquier establecimiento autorizado para ello, mostrando una copia de la receta médica que los prescriba, ya sea en formato físico o digital, en cualquiera de sus formas.

Las recetas que hayan sido extendidas dentro de los seis meses anteriores a la publicación del decreto de alerta sanitaria respectivo y las que sean extendidas durante su vigencia tendrán validez para la dispensación de los productos farmacéuticos prescritos en ellas, hasta seis meses después del término de la alerta sanitaria.

Lo dispuesto precedentemente no eximirá al establecimiento de expendio de la obligación de completar los registros que se deben llevar, de acuerdo a la naturaleza del medicamento y según lo dispuesto en los reglamentos que regulan la materia.

El uso malicioso de recetas presentadas en forma digital será sancionado conforme al Libro X del Código Sanitario y al Código Penal, sin perjuicio de las sanciones contempladas en la ley N° 20.000.

Artículo 2°.- Reemplázase, en el inciso penúltimo del artículo 101 del Código Sanitario, la expresión “mediante firma electrónica avanzada conforme a lo dispuesto en la ley N° 19.799”, por el texto siguiente: “según lo dispuesto en el reglamento”.”.

- - -

Hago presente a Su Excelencia que esta iniciativa de ley tuvo su origen en moción de los Honorables senadores señor Guido Girardi Lavín, señoras Luz Ebensperger Orrego y Carolina Goic Boroevic, y señores Francisco Chahuán Chahuán y Rabindranath Quinteros Lara.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ADRIANA MUÑOZ D´ALBORA

Presidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 21.267

Tipo Norma
:
Ley 21267
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1149723&t=0
Fecha Promulgación
:
15-09-2020
URL Corta
:
http://bcn.cl/2l5c8
Organismo
:
MINISTERIO DE SALUD
Título
:
ESTABLECE MEDIDAS PARA FACILITAR LA ADQUISICIÓN DE REMEDIOS EN EL CONTEXTO DE UNA ALERTA SANITARIA POR EPIDEMIA O PANDEMIA
Fecha Publicación
:
22-09-2020

LEY NÚM. 21.267

ESTABLECE MEDIDAS PARA FACILITAR LA ADQUISICIÓN DE REMEDIOS EN EL CONTEXTO DE UNA ALERTA SANITARIA POR EPIDEMIA O PANDEMIA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en moción de los Honorables senadores señor Guido Girardi Lavín, señoras Luz Ebensperger Orrego y Carolina Goic Boroevic, y señores Francisco Chahuán Chahuán y Rabindranath Quinteros Lara,

     

    Proyecto de ley:

    "Artículo 1°.- En caso de decretarse una alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia y durante la vigencia de ésta, los productos farmacéuticos podrán ser expendidos por cualquier establecimiento autorizado para ello, mostrando una copia de la receta médica que los prescriba, ya sea en formato físico o digital, en cualquiera de sus formas.

    Las recetas que hayan sido extendidas dentro de los seis meses anteriores a la publicación del decreto de alerta sanitaria respectivo y las que sean extendidas durante su vigencia tendrán validez para la dispensación de los productos farmacéuticos prescritos en ellas, hasta seis meses después del término de la alerta sanitaria.

    Lo dispuesto precedentemente no eximirá al establecimiento de expendio de la obligación de completar los registros que se deben llevar, de acuerdo a la naturaleza del medicamento y según lo dispuesto en los reglamentos que regulan la materia.

    El uso malicioso de recetas presentadas en forma digital será sancionado conforme al Libro X del Código Sanitario y al Código Penal, sin perjuicio de las sanciones contempladas en la ley Nº 20.000.

    Artículo 2°.- Reemplázase, en el inciso penúltimo del artículo 101 del Código Sanitario, la expresión "mediante firma electrónica avanzada conforme a lo dispuesto en la ley Nº 19.799", por el texto siguiente: "según lo dispuesto en el reglamento".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 15 de septiembre de 2020.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Enrique Paris Mancilla, Ministro de Salud.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Paula Daza Narbona, Subsecretaria de Salud Pública.