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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.339

Establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales, en las condiciones que indica

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 30 de abril, 2021. Mensaje en Sesión 28. Legislatura 369.

MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INDICA UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE UN NUEVO BONO DE CARGO FISCAL Y MECANISMOS DE RECUPERACI´PON DE AHORROS PREVISIONALES, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA

Santiago, 30 de abril de 2021.

MENSAJE Nº 065-369/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS

Honroable Cámara de Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales, en las condiciones que indica.

I. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS

Llevarnos más de 15 meses enfrentados a la peor contingencia sanitaria que nos ha azotado en los últimos 100 años, la cual ha afectado profundamente a millones de personas en el mundo y en Chile.

Desde el inicio de la pandemia a causada por la enfermedad denominada COVID-19, corno Ejecutivo nos hemos preocupado por generar mecanismos adecuados para proteger la salud de las personas, sus empleos y los ingresos y emprendimientos de las familias. Nuestro Gobierno solidariza con las necesidades y dolores de las familias, que muchas veces tienen dificultades para llegar a fin de mes. Por eso, y desde el primer día nos comprometimos a acompañarlas y ayudarlas en estos tiempos de adversidad.

Asimismo, desde muy temprano, y con el aporte y esfuerzo de muchos, hemos fortalecido la red de salud para prestar las atenciones médicas que las personas necesitan. Pusimos en marcha un rápido y masivo plan de vacunación, que nos permitirá vacunar al 80% de la población objetivo a fines del primer semestre de 2021.

También, gracias a la capacidad de diálogo, buena voluntad y espíritu constructivo entre el Gobierno y el H. Congreso Nacional, pusimos en marcha una Red de Protección Social, que permanentemente hemos fortalecido y ampliado. Estas ayudas, si bien no resuelven todos los problemas, significan un alivio para las familias. Entre ellas, cabe destacar la entrega del Bono para la Clase Media y Préstamo Solidario (ley N°21.242 y ley N°21.252); el bono de emergencia Covid-19 (ley Nº 21.225); el Ingreso Familiar de Emergencia (ley Nº 21.230); la Ley de Protección al Empleo (ley Nº 21.227); la Ley que flexibiliza transitoriamente los requisitos de acceso e incrementa el monto de las prestaciones al Seguro de Desempleo (ley Nº 21.263); la ley que establece beneficios para padres, madres y cuidadores de niños o niñas (ley N° 21.247); del Programa de Subsidios al Empleo; la capitalización del FOGAPE y facilidades de otorgamiento de créditos para Pymes (ley Nº 21.229). Recientemente, se aprobó un nuevo Bono Clase Media y Préstamo Solidario (ley N° 21.323) y se amplió la cobertura del Ingreso Familiar de Emergencia, el cual se entregará al 80% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares. Estas medidas en conjunto benefician a más de 15 millones de chilenos en los próximos días.

Sabemos que, dada la intensidad y extensión de la pandemia y la consecuente recesión, estas ayudas no son suficientes. Por tanto, seguiremos fortaleciendo, ampliando y simplificando la Red de Protección Social, de acuerdo a las necesidades de la gente, reiterando nuestro compromiso con que esta Red de Protección Social estará disponible durante todo el tiempo que las familias lo necesiten.

La recientemente aprobada y publicada ley Nº 21.330, que modifica la Constitución Política de la República incorporando una nueva disposición quincuagésima transitoria, establece y regula un mecanismo excepcional de retiro de parte de los fondos previsionales, en las condiciones que indica, permite realizar voluntaria y excepcionalmente un nuevo retiro de hasta el 10% de los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, estableciéndose como monto máximo el equivalente a 150 Unidades de Fomento. Asimismo, dicha ley faculta a los pensionados o sus beneficiarios por renta vitalicia, por una sola vez y de forma voluntaria, a adelantar el pago de sus rentas vitalicias hasta por un monto equivalente al 10% del valor correspondiente a la reserva técnica que mantenga el pensionado en la respectiva compañía de seguros para cubrir el pago de sus pensiones, con un tope máximo de 150 Unidades de Fomento.

Cabe recordar que, a su vez, antecedieron a la ley Nº 21.330, la ley Nº 21.248, reforma constitucional que permite el retiro excepcional de los fondos acumulados de capitalización individual en las condiciones que indica, y la ley Nº 21.295, que establece un retiro único y extraordinario de fondos previsionales en las condiciones que indica.

Este proyecto de ley viene en complementar la reforma constitucional recientemente aprobada por el H. Congreso Nacional, otorgando beneficios a aproximadamente 3 millones de cotizantes que, producto de los retiros de sus fondos previsionales, hayan tenido saldo cero en sus cuentas individuales de capitalización.

Adicionalmente, se establecen mecanismos de recuperación de los ahorros previsionales retirados, para incrementar estos ahorros y mejorar las pensiones futuras de los trabajadores, hayan o no efectuado retiros de sus fondos previsionales.

II. CONTENIDO DEL PROYECTO

El presente proyecto de ley establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales, cuyo contenido es el siguiente:

1. Bono de cargo fiscal.

Se otorgará un bono de cargo fiscal de $200.000, por una sola vez, a los afiliados del sistema privado de pensiones, que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo de 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual igual a cero, producto del retiro de sus fondos previsionales.

Este bono será depositacto en la cuenta de capitalización individual del trabajador y podrá ser retirado por éste, si así lo desea.

Este bono no estará afecto a comisión o cobro alguno por parte de la Administradora de Fondo de Pensiones.

2 . Cotización adicional y Bonificación Fiscal.

Para fortalecer las pensiones futuras de todos los cotizantes, se establece una cotización adicional de un 1%, aplicable a partir del primero de enero de 2022, la que será cargo del empleador o del trabajador independiente, según corresponda.

Adicionalmente, el Estado otorgará a todos los afiliados, por cada cotización adicional que efectúen a su cuenta de capitalización individual, un 1% adicional, con tope de 0,3 Unidades de Fomento, para contribuir al mejoramiento del ahorro previsional de todos los trabajadores cotizantes. Esta suma será depositada individual anualmente en la cuenta de cada trabajador.

Estos mecanismos de fortalecimiento de los fondos previsionales serán aplicables a todos los afiliados, hayan o no efectuado retiros de dichos fondos.

La cotización y la bonificación fiscal no estarán afectos a comisión o cobro alguno por parte de la Administradora de Fondo de Pensiones.

3. Regla especial respecto al Aporte Adicional.

Se establece una regla especial respecto al cálculo del Aporte Adicional a que se refiere el artículo 53 del decreto ley Nº 3.500, de 1980, con el fin de resguardar los parámetros de cobertura y evitar aumento de costos relativos a dicho seguro.

En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente

PROYECTO DE LEY

"Artículo primero.- Bono de cargo fiscal. Tendrán derecho a un bono de cargo fiscal, por una sola vez, ascendente a la cantidad de doscientos mil pesos, que será depositado en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias , los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley Nº 3.500, de 1980, y toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia regida por éste, que hayan retirado fondos previsionales de conformidad al artículo 1° de la ley Nº 21.295 y/o de la disposición trigésima novena transitoria de la Constitución Política de la República y que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros.

Este bono tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

El bono será depositado por la Tesorería General de la República en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado dentro del plazo de 30 días corridos, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.

La Superintendencia de Pensiones regulará mediante norma de carácter general el procedimiento para la implementación y pago de este bono de cargo fiscal, y la forma de entrega de la información necesaria por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones sobre los saldos de las cuentas referidas.

Los afiliados beneficiarios del bono de cargo fiscal podrán realizar, de forma voluntaria, el retiro de estos fondos de conformidad a las disposiciones de la ley Nº 21.330.

El pago de este bono no generará cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

Artículo segundo. – Cotización Adicional y Bonificación Fiscal. Los afiliados al sistema privado de pensiones regido por el decreto ley Nº 3.500, de 1980, deberán efectuar una cotización adicional mensual en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias de cargo del empleador o del trabajador independiente, según corresponda, de un uno por ciento calculado sobre la renta o remuneración imponible que se declare para efectos del pago de la cotización obligatoria establecida en el inciso primero del artículo 17° del decreto ley Nº 3.500, de 1980. Esta cotización deberá efectuarse hasta la edad de jubilación legal y, si cumplida ésta, el afiliado continúa cotizando de forma voluntaria, se mantendrá la obligación del empleador de pagar la cotización establecida en este artículo. La cotización adicional tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

La cotización adicional deberá realizarse a partir del primero de enero del año 2022.

Por cada cotización adicional que se efectúe en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias en conformidad al inciso primero de este artículo, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley Nº 3.500, de 1980, tendrán derecho a una bonificación mensual de cargo fiscal equivalente a un uno por ciento, calculada sobre la renta o remuneración imponible que se declare para efectos del pago de la cotización obligatoria establecida en el inciso primero del artículo 17° del decreto ley Nº 3.500, de 1980, y cuyo monto mensual no podrá exceder de 0,3 Unidades de Fomento. El monto de la bonificación se depositará anualmente por la Tesorería General de la República en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado cotizante, por las cotizaciones adicionales efectuadas a partir del 1º de enero del año 2022.

La cotización adicional y la bonificación fiscal reguladas en este artículo no generarán cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

La Superintendencia de Pensiones regulará mediante norma de carácter general los procedimientos y demás aspectos operacionales que sean necesarios para la implementación y pago de la cotización adicional y de la bonificación fiscal respecto de los trabajadores dependientes e independientes, así como también el cálculo que corresponda, conforme a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de esta ley.

Artículos transitorios

Artículo primero transitorio. - La cotización adicional y bonificación fiscal reguladas en el artículo segundo de esta ley no serán considerados parte del saldo del afiliado a efectos del cálculo de Aporte Adicional a que se refiere el artículo 53 del decreto ley Nº 3.500, de 1980, solo respecto de los contratos que se encuentren adjudicados y/o vigentes a la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial.

Artículo segundo transitorio. - El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos se proveerán en las respectivas leyes de presupuestos.".

Ver Informe Financiero

1.2. Oficio Indicaciones del Ejecutivo

Indicaciones del Ejecutivo. Fecha 05 de mayo, 2021. Oficio

FORMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE UN NUEVO BONO DE CARGO FISCAL Y MECANISMOS DE RECUPERACIÓN DE AHORROS PREVISIONALES, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA (BOLETÍN Nº 14.224-13).

Santiago, 5 de mayo de 2021.

Nº 070-369/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS

Honorable Cámara de Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular las siguientes indicaciones al proyecto de ley del rubro, a fin de que sean consideradas durante la discusión del mismo en el seno de esa H. Corporación:

AL ARTÍCULO PRIMERO

1) Para eliminar en el inciso primero la frase "ascendente a la cantidad de doscientos mil pesos,".

2) Para reemplazar en el inciso primero, la frase "hayan retirado fondos previsionales de conformidad al artículo 1° de la ley Nº 21.295 y/o de la disposición trigésima novena transitoria de la Constitución Política de la República y que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros.", por la siguiente:

"al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a doscientos mil pesos; el que se otorgará en las condiciones siguientes:

1) Respecto de aquellos afiliados que hayan retirado fondos previsionales de conformidad al artículo 1º de la ley Nº 21.295 o de la disposición trigésima novena transitoria de la Constitución Política de la República y que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros, el monto del bono ascenderá a la cantidad de doscientos mil pesos.

2) Respecto de aquellos afiliados que no se encuentren en la situación señalada en el numeral anterior, y que hayan estado afiliados al sistema privado de pensiones del decreto ley Nº 3.500, de 1980, al 1 de enero del año 2021, el monto del bono ascenderá a la cantidad que resulte necesaria para completar un saldo de doscientos mil pesos en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias al 31 de marzo de 2021."

Ver Informe Financiero Sustitutivo

1.3. Informe de Comisión de Trabajo

Cámara de Diputados. Fecha 05 de mayo, 2021. Informe de Comisión de Trabajo en Sesión 30. Legislatura 369.

?

INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE UN NUEVO BONO DE CARGO FISCAL Y MECANISMOS DE RECUPERACIÓN DE AHORROS PREVISIONALES, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA.

BOLETIN N° 14.224-13-1

________________________________________________________________

HONORABLE CÁMARA:

Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informar, en primer trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley del epígrafe, en primer trámite constitucional, iniciado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República, contenido en el Boletín N° 14.224-13-1, con urgencia califica de DISCUSION INMEDIATA.

A las sesiones que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistieron los señores Patricio Melero Abaroa, Ministro del Trabajo y Previsión Social; Rodrigo Cerda Norambuena; Ministro de Hacienda; Juan José Ossa Santa Cruz, Ministro Secretario General de la Presidencia; Pedro Pizarro Cañas, Subsecretario de Previsión Social; Alejandro Weber Pérez, Subsecretario de Hacienda; Máximo Pavez Cantillano, Subsecretario General de la Presidencia; Osvaldo Macías Muñoz, Superintendente de Pensiones, Francisco Del Río Correa, asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y José Riquelme González, asesor legislativo del Ministerio de Hacienda.

Asimismo, asistieron, especialmente invitados por la Comisión los señores Hugo Cifuentes Lillo, Abogado, Profesor de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Pontificia Universidad Católica de Chile; Recaredo Galvez Carrasco, en representación de Fundación SOL; Marcos Rivas, Presidente de la Asociación de Emprendedores de Chile (ASECH); Héctor Sandoval Gallegos, Presidente de la Confederación Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa de Chile (CONAPYME) y doña Eddie Rivas, en representación de la Confederación Gremial Nacional Unida de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Servicio y Artesanado (CONUPIA).

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1.- Origen y urgencia.

La iniciativa tuvo su origen, como se ha dicho precedentemente, en un Mensaje de S.E. el Presidente de la República, y se encuentra contenido en el Boletín N°14.224-13-1, con urgencia calificada de “DISCUSION INMEDIATA”.

2.- Discusión general.

El proyecto fue aprobado en general, en la sesión ordinaria del día 4 de mayo del año en curso, por 13 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.

(Votaron a favor las señoras Sandoval, doña Marcela; Sepúlveda, doña Alejandra, y Yeomans, doña Gael, y los diputados señores Barros, Durán; Eguiguren; Jiménez; Labbé; Labra; Molina; Saavedra; Sauerbaum y Silber).

3.- Disposiciones calificadas como normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado.

A juicio de la Comisión, no existen en el proyecto que se somete a consideración de la Sala normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales, pero su artículo único requiere para su aprobación de quórum calificado, pues regula el ejercicio del derecho a la seguridad social, en conformidad con lo dispuesto por el numeral 18 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.

4.- Diputado Informante.

La Comisión designó a don Frank Sauerbaum Muñoz, en tal calidad.

II.- ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS

Señala el Mensaje con el cual S.E., el Presidente de la República inicia este proyecto de ley, que el país lleva más de 15 meses enfrentado a la peor contingencia sanitaria que lo ha azotado en los últimos 100 años, la cual ha afectado profundamente a millones de personas en el mundo y en Chile.

Expresa, a continuación, que desde el inicio de la pandemia causada por la enfermedad denominada COVID-19, como Ejecutivo se han preocupado por generar mecanismos adecuados para proteger la salud de las personas, sus empleos y los ingresos y emprendimientos de las familias. Hace presente, asimismo, que el Gobierno solidariza con las necesidades y dolores de las familias, que muchas veces tienen dificultades para llegar a fin de mes. Por eso, y desde el primer día se comprometieron a acompañarlas y ayudarlas en estos tiempos de adversidad.

Asimismo, desde muy temprano, y con el aporte y esfuerzo de muchos, han fortalecido la red de salud para prestar las atenciones médicas que las personas necesitan. Añade que pusieron en marcha un rápido y masivo plan de vacunación, que les permitirá vacunar al 80% de la población objetivo a fines del primer semestre de 2021.

Agrega que, también, gracias a la capacidad de diálogo, buena voluntad y espíritu constructivo entre el Gobierno y el H. Congreso Nacional, se puso en marcha una Red de Protección Social, que permanentemente se ha fortalecido y ampliado. Estas ayudas, si bien no resuelven todos los problemas, significan un alivio para las familias. Entre ellas, cabe destacar la entrega del Bono para la Clase Media y Préstamo Solidario (ley N°21.242 y ley N°21.252); el bono de emergencia Covid-19 (ley N° 21.225); el Ingreso Familiar de Emergencia (ley N° 21.230); la Ley de Protección al Empleo (ley N° 21.227); la Ley que flexibiliza transitoriamente los requisitos de acceso e incrementa el monto de las prestaciones al Seguro de Desempleo (ley N° 21.263); la ley que establece beneficios para padres, madres y cuidadores de niños o niñas (ley N° 21.247); del Programa de Subsidios al Empleo; la capitalización del FOGAPE y facilidades de otorgamiento de créditos para Pymes (ley N° 21.229). Recientemente, añade, se aprobó un nuevo Bono Clase Media y Préstamo Solidario (ley N° 21.323) y se amplió la cobertura del Ingreso Familiar de Emergencia, el cual se entregará al 80% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares. Estas medidas en conjunto benefician a más de 15 millones de chilenos en los próximos días.

Sostiene que, dada la intensidad y extensión de la pandemia y la consecuente recesión, estas ayudas no son suficientes. Por tanto, se seguirá fortaleciendo, ampliando y simplificando la Red de Protección Social, de acuerdo a las necesidades de la gente, reiterando el compromiso con que esta Red de Protección Social estará disponible durante todo el tiempo que las familias lo necesiten.

Hace presente el Mensaje que la recientemente aprobada y publicada ley N° 21.330, que modifica la Constitución Política de la República incorporando una nueva disposición quincuagésima transitoria, establece y regula un mecanismo excepcional de retiro de parte de los fondos previsionales, en las condiciones que indica, permite realizar voluntaria y excepcionalmente un nuevo retiro de hasta el 10% de los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, estableciéndose como monto máximo el equivalente a 150 Unidades de Fomento. Asimismo, dicha ley faculta a los pensionados o sus beneficiarios por renta vitalicia, por una sola vez y de forma voluntaria, a adelantar el pago de sus rentas vitalicias hasta por un monto equivalente al 10% del valor correspondiente a la reserva técnica que mantenga el pensionado en la respectiva compañía de seguros para cubrir el pago de sus pensiones, con un tope máximo de 150 Unidades de Fomento.

Cabe recordar, añade, que, a su vez, antecedieron a la ley N° 21.330, la ley N° 21.248, reforma constitucional que permite el retiro excepcional de los fondos acumulados de capitalización individual en las condiciones que indica, y la ley N° 21.295, que establece un retiro único y extraordinario de fondos previsionales en las condiciones que indica.

Precisa, asimismo, que este proyecto de ley viene en complementar la reforma constitucional recientemente aprobada por el H. Congreso Nacional, otorgando beneficios a aproximadamente 3 millones de cotizantes que, producto de los retiros de sus fondos previsionales, hayan tenido saldo cero en sus cuentas individuales de capitalización.

Adicionalmente, se establecen mecanismos de recuperación de los ahorros previsionales retirados, para incrementar estos ahorros y mejorar las pensiones futuras de los trabajadores, hayan o no efectuado retiros de sus fondos previsionales.

III.- CONTENIDO DEL PROYECTO

El presente proyecto de ley establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales, cuyo contenido es el siguiente:

1. Bono de cargo fiscal.

Se otorgará un bono de cargo fiscal de $200.000, por una sola vez, a los afiliados del sistema privado de pensiones, que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo de 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual igual a cero, producto del retiro de sus fondos previsionales.

Este bono será depositado en la cuenta de capitalización individual del trabajador y podrá ser retirado por éste, si así lo desea.

Este bono no estará afecto a comisión o cobro alguno por parte de la Administradora de Fondo de Pensiones.

2. Cotización adicional y Bonificación Fiscal.

Para fortalecer las pensiones futuras de todos los cotizantes, se establece una cotización adicional de un 1%, aplicable a partir del primero de enero de 2022, la que será de cargo del empleador o del trabajador independiente, según corresponda.

Adicionalmente, el Estado otorgará a todos los afiliados, por cada cotización adicional que efectúen a su cuenta de capitalización individual, un 1% adicional, con tope de 0,3 Unidades de Fomento, para contribuir al mejoramiento del ahorro previsional de todos los trabajadores cotizantes. Esta suma será depositada anualmente en la cuenta individual de cada trabajador.

Estos mecanismos de fortalecimiento de los fondos previsionales serán aplicables a todos los afiliados, hayan o no efectuado retiros de dichos fondos.

La cotización y la bonificación fiscal no estarán afectos a comisión o cobro alguno por parte de la Administradora de Fondo de Pensiones.

3. Regla especial respecto al Aporte Adicional.

Se establece una regla especial respecto al cálculo del Aporte Adicional a que se refiere el artículo 53 del decreto ley Nº 3.500, de 1980, con el fin de resguardar los parámetros de cobertura y evitar aumento de costos relativos a dicho seguro.

III.- MINUTA DE LAS IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES DEL PROYECTO.

En conformidad con el N° 1 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación y para los efectos de los artículos 69 y 73 de la Constitución Política de la República, como, asimismo, de los artículos 24 y 32 de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cabe señalar que la idea matriz o fundamental del proyecto consiste en otorgar un bono de cargo fiscal a aproximadamente 3.5 millones de cotizantes que, producto de los retiros de sus fondos previsionales, hayan tenido saldo cero en sus cuentas individuales de capitalización, o presenten saldos inferiores a $ 200.000.-, estableciendo mecanismos de recuperación de los ahorros previsionales retirados, para incrementar estos ahorros y mejorar las pensiones futuras de los trabajadores, hayan o no efectuado retiros de sus fondos previsionales.

Tal idea matriz se encuentra desarrollada en el proyecto aprobado por vuestra Comisión en 1 artículo permanente y 1 artículo transitorio.

IV.- ARTICULOS CALIFICADOS COMO NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES O DE QUÓRUM CALIFICADO.

En relación con esta materia, a juicio de la Comisión, no existen en el proyecto que se somete a consideración de la Sala normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales, pero su artículo único requiere para su aprobación de quórum calificado, pues regula el ejercicio del derecho a la seguridad social, en conformidad con lo dispuesto por el numeral 18 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.

V.- DOCUMENTOS SOLICITADOS Y PERSONAS RECIBIDAS POR LA COMISIÓN.

A las sesiones que vuestra Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistieron los señores Patricio Melero Abaroa, Ministro del Trabajo y Previsión Social; Rodrigo Cerda Norambuena; Ministro de Hacienda; Juan José Ossa Santa Cruz, Ministro Secretario General de la Presidencia; Pedro Pizarro Cañas, Subsecretario de Previsión Social; Alejandro Weber Pérez, Subsecretario de Hacienda; Máximo Pavez Cantillano, Subsecretario General de la Presidencia; Osvaldo Macías Muñoz, Superintendente de Pensiones, Francisco Del Río Correa, asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y José Riquelme González, asesor legislativo del Ministerio de Hacienda.

Asimismo, asistieron, especialmente invitados por la Comisión los señores Hugo Cifuentes Lillo, Abogado, Profesor de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Pontificia Universidad Católica de Chile; Recaredo Galvez Carrasco, en representación de Fundación SOL; Marcos Rivas, Presidente de la Asociación de Emprendedores de Chile (ASECH); Héctor Sandoval Gallegos, Presidente de la Confederación Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa de Chile (CONAPYME) y doña Eddie Rivas, en representación de la Confederación Gremial Nacional Unida de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Servicio y Artesanado (CONUPIA).

VI.- ARTÍCULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISIÓN QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISION DE HACIENDA.

A juicio de la Comisión, su artículo único permanente y su artículo transitorio requieren ser conocidos por la Comisión de Hacienda por tener sus disposiciones incidencia en materia financiera o presupuestaria del Estado.

VII.- DISCUSION GENERAL.

Para iniciar el estudio en general del proyecto, la Comisión recibió, en su sesión de fecha 3 de mayo del año en curso, de forma telemática, al señor Patricio Melero Abaroa, Ministro del Trabajo y Previsión Social; al señor Osvaldo Macías Muñoz, Superintendente de Pensiones y a los señores Francisco Del Río Correa, asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y José Riquelme González, asesor del Ministerio de Hacienda.

En la ocasión, el señor Melero, señaló que los beneficiarios del Bono serán todos los afiliados que, al 31 de marzo de 2021, se hubieran quedado sin saldo producto de los retiros anteriores, esto es, un total de 3.007.358 personas.

Sobre el monto del Bono, el señor Ministro informó que este será de $200 mil pesos, y en cuanto al pago y plazos, señaló que este será depositado en cuenta de ahorro previsional de cada afiliado beneficiario 30 días desde la publicación de la Ley.

Asimismo, y sobre el segundo aspecto relevante de la iniciativa, el señor Melero expuso sobre el mecanismo de recuperación de ahorros, indicando que este se completará, por un lado, con una cotización adicional de cargo del empleador en el caso del trabajador dependiente y de cargo del trabajador en el caso de los independientes, que será del 1% de la remuneración imponible; por el otro, a través de una bonificación, que será del 1% de la remuneración imponible con tope de 0,3 UF ($8.800) mensual, con cargo fiscal por cada cotización adicional efectuada.

De igual modo, hizo presente que la administración de ahorros para la recuperación será sin costo adicional, por tanto, las Administradoras no pueden cobrar por la administración de los ahorros generados por la cotización adicional ni la bonificación fiscal.

Para finalizar, el señor Melero señaló que las cotizaciones adicionales no se consideran para el cálculo del aporte adicional del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), dado que esta cotización no estaba contemplada al momento de contratar dicho seguro. Sin embargo, los futuros contratos sí consideran estas cotizaciones para mantener su costo acotado.

A su turno, el señor Macías se refirió a la bonificación de cargo fiscal, reiterando al respecto que este Bono será de $200.000 por cada afiliado que haya registrado saldo cero producto de los retiros 1 y/o 2, entre la fecha de entrada en vigencia de la Ley 21.248 y el 31 de marzo de 2021. Este total asciende a 3.007.358 personas.

Este Bono, continuó el señor Macías, será depositado por la TGR en las cuentas individuales de los afiliados, en un plazo de 30 días corridos desde la publicación de la ley en el D.O.

De igual modo, los afiliados beneficiarios del bono podrán realizar de forma voluntaria el retiro de acuerdo a las disposiciones de la Ley 21.330.

A continuación, el señor Macías, a través del siguiente gráfico, demostró como será el flujograma de pago de los beneficios.

En cuanto a la cotización adicional, el señor Superintendente informó que esta será, por una parte, de 1% del ingreso imponible de cargo del empleador o del trabajador independiente, según corresponda, a partir de enero 2022. Los afiliados deberán efectuar una cotización adicional mensual en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias. En el caso de los afiliados que continúen cotizando de manera voluntaria después de la edad legal de jubilación, esta cotización también se deberá efectuar.

Por otra parte, la cotización adicional será, además, de 1% del ingreso imponible de cargo del Estado, con tope de 0,3 UF, que será depositada anualmente en la cuenta individual de cada trabajador. Esta cotización se pagará a partir de enero 2022.

Como corolario, el señor Macías manifestó que tres millones de personas que retiraron todo su saldo en los retiros 1 y/o 2, obtendrían un bono adicional por parte del Estado, lo que les permitiría retirar al menos ese monto.

Con un tercer retiro de fondos, continuó el expositor, un total de 5 millones de personas se quedaría sin recursos en sus cuentas de capitalización individual obligatoria. Sin embargo, la cotización adicional de 1% de cargo del empleador y de 1% de cargo del Estado, permitiría mitigar en parte el efecto en pensión, especialmente del grupo de afiliados más jóvenes.

Para continuar el estudio de esta iniciativa legal, la Comisión recibió, en forma telemática, en sesión especial de 4 de mayo, a los señores Patricio Melero Abaroa, Ministro del Trabajo y Previsión Social; Juan José Ossa Santa Cruz, Ministro Secretario General de la Presidencia; Pedro Pizarro Cañas, Subsecretario de Previsión Social; Máximo Pavez Cantillano, Subsecretario General de la Presidencia; Osvaldo Macías Muñoz, Superintendente de Pensiones, Francisco Del Río Correa, asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y José Riquelme González, asesor legislativo del Ministerio de Hacienda.

Asimismo, asistieron, especialmente invitados por la Comisión los señores Hugo Cifuentes Lillo, Abogado, Profesor de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Pontificia Universidad Católica de Chile; Recaredo Galvez Carrasco, en representación de Fundación SOL; Marcos Rivas, Presidente de la Asociación de Emprendedores de Chile (ASECH); Héctor Sandoval Gallegos, Presidente de la Confederación Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa de Chile (CONAPYME) y doña Eddie Rivas, en representación de la Confederación Gremial Nacional Unida de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Servicio y Artesanado (CONUPIA).

En la ocasión, el señor Marcos Rivas, Presidente de la Asociación de Emprendedores de Chile - (ASECH), hizo presente que la crisis económica, provocada por la pandemia, ya lleva más de un año con consecuencias desastrosas para las MIPYMES, tomando en consideración que, según datos del Servicio de Impuestos Internos, existen más de 700 mil microempresas en Chile.

Asimismo, señaló que la verdadera protección del empleo radica en la posibilidad de las micro y pequeñas empresas de sobrevivir, por tanto, es vital que se inyecte liquidez inmediata, sin burocracia, a las microempresas. Sin embargo, actualmente las Microempresas y trabajadores informales siguen quedando fuera.

De igual modo, el señor Rivas informó que, hasta ahora, la medida más utilizada por los emprendedores es el retiro de ahorros previsionales (35,6% durante este trimestre, mientras que 42,5% en trimestre anterior, respecto del estudio Impacto Pandemia), lo que indica que quienes mayormente soportan el peso de la crisis son los mismos afectados con sus ahorros.

En cuanto al proyecto de ley propiamente tal, señaló los siguientes aspectos: (i) Establece un Bono de 200 mil pesos de manera única y extraordinaria, a los afiliados al sistema AFP; (ii) Excluye a quienes hayan optado por el tercer retiro de fondos AFP; (iii) El Bono será depositado en la cuenta de capitalización individual; (iv) Establece 1% de cotización adicional de cargo de empleador o trabajador independiente, desde enero de 2022 y el Estado aportará un 1% a la capitalización individual por cada cotización adicional, con un Tope de 0,3 UF. Dicha Suma será depositada en cuenta individual de cada trabajador, de forma anual; y, (v) El mecanismo de recuperación de fondos aplica a todos los trabajadores, independiente si recibieron bonos o efectuaron retiros previsionales.

En este marco, el señor Rivas expresó que la única forma de salir de esta crisis es poder generar liquidez a las PYMES de manera inmediata, las cuales dan más del 48% del empleo en Chile.

Al respecto, el expositor sostuvo que la cotización del 1% con cargo al empleador es un esfuerzo extra para las MIPYMES más afectadas por la pandemia, quienes hoy no pueden cumplir con dicha exigencia, dado que llevan más de un año sin poder abrir.

En consecuencia de lo anterior, propuso que se contemple una excepción para las empresas cuyas ventas sea igual o inferior a 25.000UF de venta en el año 2020. La idea es que aquellas empresas comiencen a cotizar el 1% a partir de enero del año 2023.

De igual modo, el señor Rivas planteó que la cotización del 1% con cargo al empleador, deberá depositarse en un fondo solidario (pilar solidario), en miras a cumplir su verdadero objetivo, que son los ahorros previsionales de los usuarios.

Dicho fondo solidario, continuó el expositor, tendrá el objetivo de generar la rentabilidad necesaria para mejorar los ahorros previsionales de los ciudadanos, cuyo propósito será, además, el de invertir y financiar emprendimientos y PYMES de todo tipo que se desarrollen en el país.

En relación con el 1% de cotización adicional con cargo del Estado, el señor Rivas propuso que el tope máximo suba de 0.3 UF a 1 UF. De igual modo, esta cotización del 1% con cargo al Estado, debe depositarse en un fondo solidario (pilar solidario), en miras a cumplir su verdadero objetivo, que son los ahorros previsionales de los usuarios y cuyos objetivos deben ser los mismos que los planteados en la idea anterior.

Para finalizar, expresó que el objetivo deseado de esta iniciativa debe ser que la inversión y esfuerzo de las PYMES chilenas se vea reflejado en un instrumento que devolverá esos recursos y se oriente a proteger y promover el emprendimiento en Chile, tanto de empresas de Investigación y Desarrollo (I+D), como PYMES tradicionales.

En este ámbito, manifestó que el correcto desarrollo del fondo debiera cambiar gradualmente la matriz productiva del país de un paradigma de deuda, a uno de inversión.

Respecto del Bono especial de cargo fiscal, el expositor afirmó que no debe ser reducido ni afectado por impuestos o gravámenes de cualquier forma previa a ingresar al patrimonio del beneficiario. De igual modo, el acceso al Bono no puede ser impedimento para acceder a otras medidas económicas, sin perjuicio de que acceder a otras medidas económicas sectoriales pueda ser una restricción o limitación para acceder al bono

A continuación, don Héctor Sandoval Gallegos, Presidente de la Confederación Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa de Chile – CONAPYME, solicitó que el aumento del 1% de cotización, por parte de los empleadores a los trabajadores, se implemente con responsabilidad, pues, las PYMES, actualmente no están en condiciones de realizarlo tal como se propone en la iniciativa.

En este marco, y a mayor abundamiento, el señor Sandoval, pidió que no se le atribuya la responsabilidad del Estado, en cuanto a la recuperación de los fondos previsionales, a las PYMES, porque estas se encuentran en un estado crítico en atención a la pandemia por Covid-19 que actualmente afecta al país.

A su turno, el señor Hugo Cifuentes Lillo, Abogado Profesor de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Pontificia Universidad Católica de Chile, señaló que la iniciativa en estudio establece un Bono de cargo fiscal, único y excepcional para quienes en algún momento entre, 30.07.2020 (entrada en vigencia del primer retiro) y el 31.03.2021, hayan registrado un saldo $0 en sus CCICO, habiendo efectuado alguno de los primeros dos retiros.

De igual modo, regula una cotización adicional y una bonificación fiscal obligatoria y permanente para los afiliados al sistema de pensiones del DL 3.500 de 1980.

Asimismo, continuó el señor Cifuentes, consagra una regla especial para efectos del cálculo del Aporte Adicional para resguardar parámetros de cobertura y evitar aumento de costos del SIS, en que no se considerarán como parte del capital acumulado respecto de los contratos adjudicados y/o vigentes a la fecha de publicación del proyecto.

En cuanto al Bono único y excepcional para beneficiarios ya descritos, indicó que es ascendente a $200.000 a depositar en la CCICO del afiliado cotizante, así como para los beneficiarios de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia que hayan retirado fondos previsionales.

Este beneficio, señaló el expositor, sería uno propiamente de Protección Social, el que se concibe para: 1) Disponer voluntariamente de aquel como tercer retiro; o 2) Acumularlo para efectos de aumentar su saldo en la CCICO.

De igual modo, este Bono tendrá características de cotización previsional obligatoria: Inembargable, fuera del comercio humano, no tributable al percibirse por su destino previsional.

En relación con el procedimiento de pago, el señor Cifuentes sostuvo que este se realizará mediante la TGR en las CCICO de los afiliados en 30 días corridos desde la publicación, regulando la SP el procedimiento de implementación y pago, así como la información a entregar por las AFP, y no se generarán cobros por comisión o gasto de administración.

Ahora bien, siguió el expositor, independiente del Bono anterior, se introducen normas propias de seguridad social, estableciendo cotizaciones y aportes fiscales de carácter permanente.

En este contexto, señaló que la cotización adicional será de cargo del empleador/trabajadores independientes, obligatorias para todos los cotizantes desde enero 2022, equivalente a un 1% de la remuneración o renta imponible del trabajador, debiendo efectuarse hasta la edad legal de jubilación o sobre ella si afiliado continúa cotizando voluntariamente.

Además, la iniciativa establece una bonificación fiscal que consiste en un aporte del Estado que equipara (pareo) la cotización del empleador, también de 1% (con tope 0,3 UF mensual), el que se enterará anualmente por la TGR en la CCICO del afiliado respecto cotizaciones adicionales del año anterior.

De igual modo, informó que, tanto la cotización adicional como el aporte fiscal, no generarán cobro alguno por comisión o administración de las AFP, regulando la SP los procedimientos y aspectos operacionales necesarios.

En consecuencia, afirmó el señor Cifuentes, la cotización final para pensiones desde 2022 será de un 12%, con límites para abono fiscal.

Como conclusión, hizo presente que, conforme lo expresa el Mensaje Presidencial, este proyecto es complementario a la Ley 21.330 que autorizó el tercer retiro.

Asimismo, la gestión del Bono de emergencia ante la pandemia para quienes no tienen saldo, así como la administración de las nuevas cotizaciones, se encargan a entidades que cumplen funciones de seguridad social: AFP. Al respecto, reflexionó acerca de porque se optó por estas entidades y no un mecanismo directo de pago.

Además, el expositor sostuvo que la iniciativa anticipa la discusión de la reforma previsional, boletín 12.212-13 ante el Senado, respecto de la cotización del empleador y su administración.

Finalmente, destacó el señor Cifuentes, las normas en cuestión vienen en reforzar el sistema de capitalización individual.

A continuación, la señora Eddie Rivas, en representación de la CONUPIA, solicitó, en primer término, que el Bono propuesto en la iniciativa sea transferido directamente a las cuentas personales de quienes no tienen fondos previsionales, como, por ejemplo, a las cuentas RUT de los posibles beneficiarios.

Asimismo, y en cuanto a la propuesta de cotización adicional de cargo del empleador en el caso del trabajador dependiente que será del 1% de la remuneración imponible, la señora Rivas pidió que se reconsidere aquella medida, pues, aseguró que dicho monto es impagable para las empresas de su sector, en consideración, fundamentalmente al estado crítico en que se encuentran las micro, pequeñas y medianas empresas debido a la crisis económica y sanitaria que afecta al país.

Para finalizar, el señor Recaredo Gálvez, en representación de la Fundación Sol, señaló que el proyecto en estudio tiene dos aspectos importantes. Por un lado, establece una bonificación de $200.000 para quienes hayan registrado saldo $0 en su cuenta individual entre la entrada en vigencia del primer retiro (30 de julio de 2020) al 31 de marzo de 2021; y, por el otro lado, dispone de un incremento de cotización adicional en 2% de carácter universal.

Sobre esto último, manifestó que, con el reintegro, se incrementa la cotización a las cuentas individuales de las AFP de forma garantizada. Sin embargo, no está claro cuál será el ritmo de los incrementos de las Reforma Previsional si se aprueba esta norma.

De igual modo, expresó que, incrementar el ahorro obligatorio no es suficiente si se mantienen las cuentas individuales, pues estas dependen en gran medida de la rentabilidad, la cual ha venido a la baja en las últimas décadas. Además, una cotización adicional a cuentas individuales incrementa el fondo administrado y con ello los activos disponibles para la inversión en el mercado financiero.

Como corolario, el señor Gálvez manifestó los siguientes aspectos para tener en consideración:

1) La bonificación de $200.000 no tiene una finalidad única vinculada a las pensiones futuras, o la consideración del saldo en cuenta individual para otros beneficios, esto dado que es un monto que podrá ser retirado por las personas. Este aspecto lo diferencia del ítem de reintegro, pudiéndose verse ambos aspectos de forma separada. La cobertura de este beneficio alcanza un costo estimado de 0,3% del PIB.

2) El reintegro alcanzaría mayores niveles en el segmento de asalariados formales, hombres jóvenes, con cargo al gasto público y privado.

3) Mayor volumen de capital administrado para inversiones en el capital financiero a partir del financiamiento público y de empresas.

4) El impacto en las pensiones futuras es relativo, pues depende de las rentabilidades alcanzadas por el sistema las que vienen a la baja.

5) Se acelera el incremento de cotización que se habría alcanzado en 2031 (2% adicional).

6) No queda claro qué ocurre con la reforma previsional del gobierno. El incremento se destinaría a AFP “por secretaría” sin saber cuál será el ritmo de futuros incrementos.

Terminadas las exposiciones, las diputadas señoras Sandoval, Sepúlveda y Yeomans y los diputados señores Jiménez; Labra; Saavedra y Silber, expresaron su opinión favorable respecto a la entrega del bono para quienes no tengan saldo en sus cuentas; sin embargo, manifestaron su disconformidad en cuanto a que el depósito del Bono sea a través de las propias AFP, pues el mecanismo más directo debiera ser un depósito en las cuentas RUT de cada afiliado. Asimismo, expresaron que el mecanismo de cotización adicional parecía una reforma previsional encubierta y, por tanto, pidieron tratarlo por separado.

Por su parte, el señor Melero aclaró que la ley aprobada por el Congreso Nacional para un tercer retiro, dispuso de un mecanismo de reintegro de los fondos extraídos; en el cual, el trabajador, podrá incrementar hasta en un punto su cotización para depositarlo en su cuenta de cotización individual.

De igual manera, agregó que la ley, además, estableció que quienes hubieren hecho uso del retiro y posterguen en un año su jubilación, podrán recibir un aporte fiscal a su cuenta previsional. Por lo anterior, descartó que el Ejecutivo esté pasando una reforma encubierta.

Por otro lado, los diputados señores Barros ; Eguiguren; Labbé; Molina y Sauerbaum destacaron que el proyecto ayudará a poco más de tres millones de personas que necesitan el dinero con urgencia, es por esto que la iniciativa se debe tramitar con la mayor rapidez posible, en atención a la referida urgencia, permitiendo el reintegro de los fondos retirados de las cuentas individuales de los afiliados en la forma propuesta por el Ejecutivo

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-- Sometido a votación en general el proyecto, se aprobó en general por 13 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.

(Votaron a favor las señoras Sandoval, doña Marcela; Sepúlveda, doña Alejandra, y Yeomans, doña Gael, y los diputados señores Barros, Durán; Eguiguren; Jiménez; Labbé; Labra; Molina; Saavedra; Sauerbaum y Silber).

VIII.- DISCUSION PARTICULAR.

La Comisión discutió en particular el proyecto en Informe en su sesiones de fechas 4 y 5 de mayo del año en curso, con asistencia del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, don Patricio Melero Abaroa; del señor Ministro de Hacienda, de don Rodrigo Cerda Norambuena; del señor Ministro Secretario General de la Presidencia, don Juan José Ossa Santa Cruz; del señor Subsecretario de Hacienda, don Alejandro Weber Pérez; del Subsecretario General de la Presidencia, don Máximo Pávez Cantillano, del señor Francisco Del Río Correa, asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y de señor José Riquelme González, asesor legislativo del Ministerio de Hacienda, adoptando respecto de su articulado los acuerdos siguientes:

“Artículo primero.– Bono de cargo fiscal. Tendrán derecho a un bono de cargo fiscal, por una sola vez, ascendente a la cantidad de doscientos mil pesos, que será depositado en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, y toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia regida por éste, que hayan retirado fondos previsionales de conformidad al artículo 1º de la ley N° 21.295 y/o de la disposición trigésima novena transitoria de la Constitución Política de la República y que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros.

Este bono tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

El bono será depositado por la Tesorería General de la República en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado dentro del plazo de 30 días corridos, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.

La Superintendencia de Pensiones regulará mediante norma de carácter general el procedimiento para la implementación y pago de este bono de cargo fiscal, y la forma de entrega de la información necesaria por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones sobre los saldos de las cuentas referidas.

Los afiliados beneficiarios del bono de cargo fiscal podrán realizar, de forma voluntaria, el retiro de estos fondos de conformidad a las disposiciones de la ley N° 21.330.

El pago de este bono no generará cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.”.

Al iniciar la discusión particular del proyecto en Informe, y a la luz de sendas indicaciones presentadas por las señoras y los señores Diputadas y Diputados que conforman la oposición al Gobierno, se produjo un fluido intercambio de opiniones, tanto acerca de su pertinencia como de su admisibilidad, que condujo a un consenso en cuanto a solicitarle al Ejecutivo estudiara la factibilidad de ampliar el universo de beneficiarios del bono de $ 200.000.-, para contemplar dentro de él a aquellas personas que no presentando saldo cero en su cuenta de capitalización individual tienen menos de esa cantidad en dichas cuentas, de forma tal que para ellas el bono será un complemento del saldo hasta completar la suma de doscientos mil pesos.

En la sesión especial del día de hoy, 5 de mayo, el señor Ministro de Hacienda, don Rodrigo Cerda Norambuena, hizo entrega a la Comisión de una indicación que modifica el inciso primero del artículo primero, que recoge la inquietud planteada anteriormente, del siguiente tenor:

1) Para eliminar en el inciso primero la frase “ascendente a la cantidad de doscientos mil pesos,”.

2) Para reemplazar en el inciso primero, la frase “hayan retirado fondos previsionales de conformidad al artículo 1º de la ley N° 21.295 y/o de la disposición trigésima novena transitoria de la Constitución Política de la República y que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros.”, por la siguiente: “al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a doscientos mil pesos; el que se otorgará en las condiciones siguientes:

1) Respecto de aquellos afiliados que hayan retirado fondos previsionales de conformidad al artículo 1º de la ley N° 21.295 o de la disposición trigésima novena transitoria de la Constitución Política de la República y que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros, el monto del bono ascenderá a la cantidad de doscientos mil pesos.

2) Respecto de aquellos afiliados que no se encuentren en la situación señalada en el numeral anterior, y que hayan estado afiliados al sistema privado de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, al 1 de enero del año 2021, el monto del bono ascenderá a la cantidad que resulte necesaria para completar un saldo de doscientos mil pesos en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias al 31 de marzo de 2021.”.

-- Sometida a votación, en conjunto con el resto de los incisos del artículo 1°, fue aprobada por la unanimidad de los 13 integrantes de la Comisión.

(Votaron a favor las señoras Sandoval, doña Marcela; Sepúlveda, doña Alejandra, y Yeomans, doña Gael, y los diputados señores Barros, Durán; Eguiguren; Jiménez; Labbé; Labra; Molina; Saavedra; Sauerbaum y Silber).

Artículo segundo.- Cotización Adicional y Bonificación Fiscal. Los afiliados al sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, deberán efectuar una cotización adicional mensual en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, de cargo del empleador o del trabajador independiente, según corresponda, de un uno por ciento calculado sobre la renta o remuneración imponible que se declare para efectos del pago de la cotización obligatoria establecida en el inciso primero del artículo 17° del decreto ley N° 3.500, de 1980. Esta cotización deberá efectuarse hasta la edad de jubilación legal y, si cumplida ésta, el afiliado continúa cotizando de forma voluntaria, se mantendrá la obligación del empleador de pagar la cotización establecida en este artículo. La cotización adicional tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

La cotización adicional deberá realizarse a partir del primero de enero del año 2022.

Por cada cotización adicional que se efectúe en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias en conformidad al inciso primero de este artículo, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, tendrán derecho a una bonificación mensual de cargo fiscal equivalente a un uno por ciento, calculada sobre la renta o remuneración imponible que se declare para efectos del pago de la cotización obligatoria establecida en el inciso primero del artículo 17° del decreto ley N° 3.500, de 1980, y cuyo monto mensual no podrá exceder de 0,3 Unidades de Fomento. El monto de la bonificación se depositará anualmente por la Tesorería General de la República en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado cotizante, por las cotizaciones adicionales efectuadas a partir del 1° de enero del año 2022.

La cotización adicional y la bonificación fiscal reguladas en este artículo no generarán cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

La Superintendencia de Pensiones regulará mediante norma de carácter general los procedimientos y demás aspectos operacionales que sean necesarios para la implementación y pago de la cotización adicional y de la bonificación fiscal respecto de los trabajadores dependientes e independientes, así como también el cálculo que corresponda, conforme a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de esta ley.

-- Sometido a votación fue rechazado por 6 votos a favor, 7 en contra y ninguna abstención.

(Votaron a favor los señores Barros, Durán, Eguiguren, Labbé, Molina y Sauerbaum. En contra lo hicieron las señoras Sandoval, doña Marcela; Sepúlveda, doña Alejandra, y Yeomans, doña Gael, y los señores Jiménez, Labra, Saavedra y Silber).

Artículos transitorios

Artículo primero transitorio.- La cotización adicional y bonificación fiscal reguladas en el artículo segundo de esta ley no serán considerados parte del saldo del afiliado a efectos del cálculo de Aporte Adicional a que se refiere el artículo 53 del decreto ley Nº 3.500, de 1980, solo respecto de los contratos que se encuentren adjudicados y/o vigentes a la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial.

-- El presente artículo primero transitorio resulta incompatible por la eliminación del artículo segundo del proyecto a que hace referencia.

Artículo segundo transitorio.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos se proveerán en las respectivas leyes de presupuestos.”.

Sometido a votación fue aprobado por la unanimidad de los 13 integrantes de la Comisión.

(Votaron a favor las señoras Sandoval, doña Marcela; Sepúlveda, doña Alejandra, y Yeomans, doña Gael, y los diputados señores Barros, Durán; Eguiguren; Jiménez; Labbé; Labra; Molina; Saavedra; Sauerbaum y Silber).

IX.- ARTICULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES POR LA COMISION.

-- De las señoras Sandoval, doña Marcela; Sepúlveda, doña Alejandra, y Yeomans, doña Gael, y de los señores Jiménez, Labra, Saavedra y Silber, para reemplazar el inciso tercero del artículo 1°, por el siguiente:

“El bono será depositado por la Tesorería General de la República, dentro del plazo de 15 días corridos, contados desde la públicacion de la presente Ley en el Diario Oficial, en los siguientes instrumentos:

1) La cuenta Rut del afiliado, si fuere titular de una cuenta de este tipo, o bien en la cuenta bancaria que el cotizante haya indicado para efectos de percibir su último retiro de fondos previsionales.

2) En la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado que no fuere titular de una cuenta de aquellas señaladas en el númeral anterior.

3) En el caso de que los beneficiarios del bono sean deudores de pensiones alimenticias cuyo cobro se encuentre judicializado, o se haya solicitado la retención en virtud de los retiros establecidos en las leyes Nº 21.248 y/o Nº21.295, dicho bono deberá ser depositado obligatoriamente en su cuenta de capitalizacion individual de cotizaciones obligatorias del afiliado.

-- Reclamada su admisibilidad fue declarada inadmisible por el Presidente de la Comisión, por incidir en materias propias de seguridad social, en virtud de lo dispuesto en el numeral 6, del inciso cuarto, del artículo 65 de la Constitución Política de la República.

-- Artículo segundo.- Cotización Adicional y Bonificación Fiscal. Los afiliados al sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, deberán efectuar una cotización adicional mensual en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, de cargo del empleador o del trabajador independiente, según corresponda, de un uno por ciento calculado sobre la renta o remuneración imponible que se declare para efectos del pago de la cotización obligatoria establecida en el inciso primero del artículo 17° del decreto ley N° 3.500, de 1980. Esta cotización deberá efectuarse hasta la edad de jubilación legal y, si cumplida ésta, el afiliado continúa cotizando de forma voluntaria, se mantendrá la obligación del empleador de pagar la cotización establecida en este artículo. La cotización adicional tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

La cotización adicional deberá realizarse a partir del primero de enero del año 2022.

Por cada cotización adicional que se efectúe en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias en conformidad al inciso primero de este artículo, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, tendrán derecho a una bonificación mensual de cargo fiscal equivalente a un uno por ciento, calculada sobre la renta o remuneración imponible que se declare para efectos del pago de la cotización obligatoria establecida en el inciso primero del artículo 17° del decreto ley N° 3.500, de 1980, y cuyo monto mensual no podrá exceder de 0,3 Unidades de Fomento. El monto de la bonificación se depositará anualmente por la Tesorería General de la República en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado cotizante, por las cotizaciones adicionales efectuadas a partir del 1° de enero del año 2022.

La cotización adicional y la bonificación fiscal reguladas en este artículo no generarán cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

La Superintendencia de Pensiones regulará mediante norma de carácter general los procedimientos y demás aspectos operacionales que sean necesarios para la implementación y pago de la cotización adicional y de la bonificación fiscal respecto de los trabajadores dependientes e independientes, así como también el cálculo que corresponda, conforme a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de esta ley.”

-- Sometido a votación fue rechazado por 6 votos a favor, 7 en contra y ninguna abstención.

(Votaron a favor los señores Barros, Durán, Eguiguren, Labbé, Molina y Sauerbaum. En contra lo hicieron las señoras Sandoval, doña Marcela; Sepúlveda, doña Alejandra, y Yeomans, doña Gael, y los señores Jiménez, Labra, Saavedra y Silber).

-- De las diputadas señoras Sandoval, Sepúlveda y Yeomans y los diputados señores Jimenez, Labra, Saavedra, Silber y Velásquez, don Esteban, para incorporar el siguiente artículo tercero al proyecto de ley:

“Artículo tercero: Tendrán derecho a un bono con cargo a recursos fiscales, por una sola vez, las mujeres mayores de edad que no hayan percibido ninguno de los ingresos a los que se refiere el artículo 4º de la Ley Nº 21.230 en los últimos doce meses, y que desempeñen trabajo doméstico o de cuidados en el hogar en forma no remunerada. El bono ascenderá a $200.000, se financiará con cargo a recursos fiscales y no existirá la obligación de reintegro por parte de sus beneficiarias.

El Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Evaluación Social, elaborará una nómina de las mujeres que sean beneficiarias del bono por cumplir con los requisitos para acceder a éste, utilizando para ello la última información disponible en el Registro de Información Social que establece el artículo 6 de la ley Nº 19.949 que caracterice la situación socioeconómica del hogar, y los antecedentes proporcionados por la solicitante. La Subsecretaría de Servicios Sociales ordenará el pago del bono a las beneficiarias que estén en las nóminas anteriormente indicadas. Dicho pago será realizado por el Instituto de Previsión Social.

Las beneficiarias podrán solicitar el bono regulado en esta disposición en el plazo de tres meses contados desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial”.

-- Reclamada su admisibilidad fue declarada inadmisible por el Presidente de la Comisión, por incidir en materias propias de seguridad social, en virtud de lo dispuesto en el inciso tercero y numeral 6, del inciso cuarto, del artículo 65 de la Constitución Política de la República.

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Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que dará a conocer oportunamente el señor Diputado Informante, vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social recomienda la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo primero.– Bono de cargo fiscal. Tendrán derecho a un bono de cargo fiscal, por una sola vez, que será depositado en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, y toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia regida por éste, que al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a doscientos mil pesos; el que se otorgará en las condiciones siguientes:

1) Respecto de aquellos afiliados que hayan retirado fondos previsionales de conformidad al artículo 1º de la ley N° 21.295 o de la disposición trigésima novena transitoria de la Constitución Política de la República y que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros, el monto del bono ascenderá a la cantidad de doscientos mil pesos.

2) Respecto de aquellos afiliados que no se encuentren en la situación señalada en el numeral anterior, y que hayan estado afiliados al sistema privado de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, al 1 de enero del año 2021, el monto del bono ascenderá a la cantidad que resulte necesaria para completar un saldo de doscientos mil pesos en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias al 31 de marzo de 2021.

Este bono tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

El bono será depositado por la Tesorería General de la República en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado dentro del plazo de 30 días corridos, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.

La Superintendencia de Pensiones regulará mediante norma de carácter general el procedimiento para la implementación y pago de este bono de cargo fiscal, y la forma de entrega de la información necesaria por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones sobre los saldos de las cuentas referidas.

Los afiliados beneficiarios del bono de cargo fiscal podrán realizar, de forma voluntaria, el retiro de estos fondos de conformidad a las disposiciones de la ley N° 21.330.

El pago de este bono no generará cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

Artículo transitorio

Artículo transitorio.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos se proveerán en las respectivas leyes de presupuestos.”.

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SE DESIGNÓ DIPUTADO INFORMANTE, Al SEÑOR FRANK SAUERBAUM MUÑOZ.

SALA DE LA COMISIÓN, a 5 de mayo de 2021.

Acordado en sesiones de fechas 3, 4 y 5 de mayo de 2021 con asistencia de las Diputadas señoras Sandoval, doña Marcela; Sepúlveda, doña Alejandra, y Yeomans, doña Gael, y los señores Barros, don Ramón; Durán, don Eduardo; Eguiguren, don Francisco; Jiménez, don Tucapel; Labbé, don Cristián; Labra, don Amaro; Molina, don Andrés; Saavedra, don Gastón; Sauerbaum, don Frank, y Silber, don Gabriel.

Asistieron, asimismo, a sus sesiones los señores Soto, don Raúl; Celis, don Andrés (en reemplazo del señor Sauerbaum, don Frank); Van Ryselberghe, don Enrique (en reemplazo del señor Barros, Ramón), y Velásquez, don Esteban (en reemplazo de la señora Sepúlveda, doña Alejandra).

1.4. Oficio Indicaciones del Ejecutivo

Indicaciones del Ejecutivo. Fecha 05 de mayo, 2021. Oficio

FORMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE UN NUEVO BONO DE CARGO FISCAL Y MECANISMOS DE RECUPERACIÓN DE AHORROS PREVISIONALES, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA (BOLETÍN Nº 14.224-13).

Santiago, 5 de mayo de 2021.

Nº 071-369/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS

Honorable Cámara de Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular las siguientes indicaciones al proyecto de ley del rubro, a fin de que sean consideradas durante la discusión del mismo en el seno de esa H. Corporación:

ARTÍCULO SEGUNDO, NUEVO

1) Para agregar un artículo segundo, nuevo, del siguiente tenor:

"Artículo segundo.- Cotización Adicional y Bonificación Fiscal. Los afiliados al sistema privado de pensiones decreto ley Nº 3.500, de 1980, deberán efectuar una cotización adicional mensual en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, de cargo del empleador o del trabajador independiente, según corresponda, de un uno por ciento calculado sobre la renta o remuneración imponible que se declare para efectos del pago de la cotización obligatoria establecida en el inciso primero del artículo 17º del decreto ley Nº 3.500, de 1980. Esta cotización deberá efectuarse hasta la edad de jubilación legal y, si cumplida ésta, el afiliado continúa cotizando de forma voluntaria, se mantendrá la obligación del empleador de pagar la cotización establecida en este artículo. la cotización adicional tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

La cotización adicional deberá realizarse a partir del primero de enero del año 2022.

Por cada cotización adicional que se efectúe en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias en conformidad al inciso primero de este artículo, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 19980, tendrá derecho a una bonificación mensual de cargo fiscal equivalente a un uno por ciento, calculada sobre la renta o remuneración imponible que se declare para efectos del pago de la cotización obligatoria establecida en el inciso primero del artículo 17° del decreto ley N° 3.500, de 1980, y cuyo monto mensual no podrá exceder de 0,3 Unidades de Fomento.

El monto de la bonificación se depositará anualmente por la Tesorería General de la República en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado cotizante, por las cotizaciones adicionales efectuadas a partir del 1° de enero del año 2022.

La cotización adicional y la bonificación fiscal reguladas en este artículo no generarán cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

La Superintendencia de Pensiones regulará mediante norma de carácter general los procedimientos y demás aspectos operacionales que sean necesarios para la implementación y pago de la cotización adicional y de la bonificación fiscal respecto de los trabajadores dependientes e independientes, así como también el cálculo que corresponda conforme a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de esta ley.".

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

2) Para agregar un artículo primero transitorio, nuevo, del siguiente tenor, pasando el actual a ser artículo segundo transitorio.

“Artículo primero transitorio. - La cotización adicional y bonificación fiscal reguladas en el artículo segundo de esta ley no serán considerados parte del saldo del afiliado a efectos del cálculo de Aporte Adicional a que se refiere el artículo 53 del decreto ley N° 3.500, de 1980, solo respecto de los contratos que se encuentren adjudicados y/o vigentes a la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial.”

3) 3) Para agregar un artículo tercero transitorio, nuevo, del siguiente tenor:

"Artículo tercero transitorio. - En los dos primeros años en que deba realizarse la cotización adicional a que se refiere el artículo segundo de esta ley, el monto de la cotización adicional se regirá por las siguientes reglas:

Desde el 1 de enero del año 2022 hasta el 31 de diciembre del año 2022, la cotización adicional antes señalada será de un cero coma dos por ciento, calculado sobre la renta o remuneración imponible que se declare para efectos del pago de la cotización obligatoria establecida en el inciso primero del artículo 17° del decreto ley Nº 3.500, de 1980.

Desde el 1 de enero del año 2023 y hasta el 31 de diciembre del año 2023, la cotización adicional será de un cero coma cinco por ciento, calculado sobre la renta o remuneración imponible que se declare para efectos del pago de la cotización obligatoria establecida en el inciso primero del artículo 17° del decreto ley Nº 3.500, de 1980.

Desde el primero de enero del año 2024, el monto de la cotización adicional será la indicada en el artículo segundo de la presente ley.".

Ver Informe Financiero Sustitutivo

1.5. Informe de Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 05 de mayo, 2021. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 30. Legislatura 369.

?INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE UN NUEVO BONO DE CARGO FISCAL Y MECANISMOS DE RECUPERACIÓN DE AHORROS PREVISIONALES, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA.

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Boletín N° 14.224-13

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Hacienda pasa a informar, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, y conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 226 del Reglamento de la Corporación, el proyecto de ley mencionado en el epígrafe, originado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República don Sebastián Piñera Echenique, ingresado a tramitación el 4 de mayo del año en curso e informado en primer trámite constitucional y reglamentario por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social. La referida iniciativa se encuentra con urgencia calificada de Discusión Inmediata.

En representación de organismos sociales e instituciones fue invitada a dar su opinión la siguiente persona: Presidente de la Confederación Nacional de la micro, pequeña y mediana empresa de Chile CONAPYME, Sr. Héctor Sandoval Gallegos. Además asistieron, el Ministro de Hacienda, Sr. Rodrigo Cerda Norambuena, y el Ministro del Trabajo y Previsión Social, Sr. Patricio Melero Abaroa.

I.-CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS

1.-Artículos conocidos por esta Comisión de Hacienda.

La Comisión Técnica señaló en tal condición a todo el proyecto.

2.- Normas de quórum especial:

Los artículos permanentes 1, 3 nuevo y 4 nuevo; y el primero y cuarto transitorio nuevos, son normas de quórum calificado, en cuanto regulan el ejercicio del derecho a la seguridad social, en conformidad con lo dispuesto por el numeral 18 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.

3.- Artículos modificados: No hay

4.- Artículos aprobados en los mismos términos propuestos por la Comisión Técnica:

Artículo primero permanente y artículo transitorio (pasó a ser segundo transitorio).

5.- Artículos nuevos:

Permanentes:

1) Artículo segundo, (repuesto mediante indicación del Ejecutivo y aprobado por la Comisión.

2) Artículos tercero y cuarto, (incorporado por indicación del Ejecutivo y aprobado por la Comisión).

Transitorios:

Artículo primero, tercero y cuarto.

6- Indicaciones rechazadas o declaradas inadmisibles:

No hubo

6 Diputado Informante: Se designó al señor Giorgio Jackson Drago.

II.-SÍNTESIS DE LAS IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES

Continuar fortaleciendo, ampliando y simplificando el acceso a la Red de Protección Social, que da cuenta del Acuerdo celebrado entre el Gobierno y el Congreso Nacional para enfrentar los dolorosos y adversos efectos causados en las familias por la pandemia Covid 19, mediante, por una parte, la entrega de un bono de cargo fiscal como ayuda inmediata, y, por otra parte, la creación de un mecanismo de recuperación de ahorros previsionales para incrementar los ahorros y mejorar las pensiones futuras de los trabajadores, hayan o no efectuado retiros de sus fondos previsionales, beneficios que alcanzarán a más de 3 millones de cotizantes y que complementa la recientemente aprobada y publicada ley N° 21.330 [1].

III.-CONTENIDO DEL PROYECTO

La iniciativa presidencial consta de dos artículos permanentes y dos artículos transitorios que contienen las siguientes materias:

En el artículo 1 permanente, se establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales, cuyo contenido es el siguiente:

I.-BONO DE CARGO FISCAL

1.- Beneficiarios:

Afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, incluyendo pensionados de vejez, invalidez o sobrevivencia

2.- Requisitos:

-Que hayan tenido saldo cero en sus cuentas de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, producto de los retiros de sus fondos previsionales, en el primer o segundo retiro, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021.

3.- Monto:

El bono asciende a la cantidad de $200.000 por una sola vez.

4.- Entrega del bono:

Este bono será depositado en la cuenta de capitalización individual del trabajador y podrá ser retirado por éste, si así lo desea.

5.- Prohibición expresa:

Este bono no estará afecto a comisión o cobro alguno por parte de la Administradora de Fondo de Pensiones.

II.-COTIZACIÓN ADICIONAL

1.-Objetivo:

Recuperar los ahorros previsionales retirados y fortalecer las pensiones futuras.

2.-Monto:

Cotización adicional mensual de 1% de la remuneración imponible.

3.-Sujeto pasivo:

De cargo del empleador o del trabajador independiente.

4.-Fecha de inicio:

Esta cotización adicional deberá realizarse a partir del primero de enero del año 2022.

5.- Prohibición expresa:

No estará afecta a comisión o cobro alguno por parte de la Administradora de Fondo de Pensiones.

6.-Regla especial respecto al Aporte Adicional.

Se establece una regla especial respecto al cálculo del Aporte Adicional a que se refiere el artículo 53 [2] del decreto ley Nº 3.500, de 1980, Sistema de Pensiones, con el fin de resguardar los parámetros de cobertura y evitar aumento de costos relativos a dicho seguro

III.-BONIFICACIÓN FISCAL

Para los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el Decreto Ley N° 3.500:

1.-Beneficiarios:

Estos mecanismos de fortalecimiento de los fondos previsionales serán aplicables a todos los afiliados, hayan o no efectuado retiros de dichos fondos

2.-Monto de la bonificación:

Adicionalmente, el Estado otorgará a todos los afiliados, por cada cotización adicional que efectúen a su cuenta de capitalización individual, un 1% adicional, con tope de 0,3 Unidades de Fomento, para contribuir al mejoramiento del ahorro previsional de todos los trabajadores cotizantes.

3.-Entrega:

Esta suma será depositada anualmente en la cuenta individual de cada trabajador.

4.-Prohibición expresa:

No estarán afectos a comisión o cobro alguno por parte de la Administradora de Fondo de Pensiones.

IV.- INCIDENCIA EN MATERIA FINANCIERA O PRESUPUESTARIA DEL ESTADO

El informe financiero N° 54 elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, el 30 de abril del año en curso y que acompaña al Mensaje, fue sustituido por el N°59, de 5 de mayo, con motivo de la presentación de indicaciones por parte del Ejecutivo:

Antecedentes

El presente proyecto de ley establece un nuevo bono de cargo fiscal dirigido a los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el Decreto Ley N° 3.500, incluyendo pensionados de vejez, invalidez o sobrevivencia, que hayan tenido saldo cero en sus cuentas de capitalización individual producto de los retiros de sus fondos previsionales.

A través del Mensaje N°070-369, se formula indicación por medio de la cual se entrega el mencionado bono para quienes al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a doscientos mil pesos; otorgándose de acuerdo a las siguientes condiciones:

1. Respecto de aquellos afiliados que hayan retirado fondos previsionales, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, y hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros, el monto del bono ascenderá a la cantidad de doscientos mil pesos.

2. Respecto de aquellos afiliados que no se encuentren en la situación señalada en el numeral anterior, y que hayan estado afiliados al sistema privado de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, al 1 de enero del año 2021, el monto del bono ascenderá a la cantidad que resulte necesaria para completar un saldo de doscientos mil pesos en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias al 31 de marzo de 2021.

Adicionalmente, se incluye a través de indicación presentada a través del N°071-369, la reposición del Artículo 2, rechazado en la Comisión de Trabajo de la Cámara que, con propósito recuperar los ahorros previsionales retirados y fortalecer las pensiones futuras, establece una cotización adicional mensual de 1% de la remuneración imponible de cargo del empleador o del trabajador independiente. Sobre este punto, se incorpora adicionalmente un nuevo Artículo tercero transitorio, en virtud del cual, se establece una gradualidad para la cotización adicional, la que deberá realizarse a partir del primero de enero del año 2022, aumentando cada año de forma gradual hasta alcanzar el 1% en 2024.

Por último, se crea una bonificación fiscal para los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el Decreto Ley N° 3.500, de un 1% de cotización adicional por cada cotización que efectúen a su cuenta de capitalización individual, con un tope de 0,3 Unidades de Fomento.

Efecto del proyecto de ley sobre el presupuesto fiscal

Bono de Cargo Fiscal

Se considera un total de 3.525.019 afiliados sin saldo producto de los dos retiros de fondos previsionales previos o con saldos inferiores a $200.000. El efecto fiscal de ambos grupos se estima en MM$ 655.717.

Efecto por cotización adicional de 1%

Se estiman tres efectos que la cotización adicional de un 1% tiene sobre el presupuesto fiscal. El primero de ellos es el mayor gasto en personal relacionado al Estado en su rol de empleador, segundo el mayor gasto de las empresas del Estado que se vinculan a menores ingresos por la reducción de excedentes y tercero, los menores ingresos por concepto de impuesto a la renta vinculado al mayor gasto para la generación de renta.

Se considera una transición gradual en el aumento de cotización adicional para todos los empleadores, de modo que en el año 2022 el aumento de cotización será un 0,2% de la renta imponible, luego en el año 2023 un 0,5% de la renta imponible, para posteriormente ubicarse en 1% de la renta imponible en el año 2024.

Efecto fiscal por Bonificación de cargo fiscal

El proyecto de ley establece que el Estado otorgará a todos los trabajadores cotizantes, hayan efectuado o no retiro de sus fondos previsionales, un 1% adicional de cotización mensual con tope de 0,3 Unidades de Fomento. El monto de la bonificación se depositará anualmente en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado cotizante hasta la edad de jubilación legal.

Imputación del gasto

El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos se proveerán en las respectivas leyes de presupuestos.

V.- ACUERDOS ADOPTADOS EN LA COMISIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

La Comisión Técnica modificó el artículo primero del proyecto, y rechazó el artículo segundo y el segundo transitorio, de manera que el texto sometido a conocimiento de esta Comisión de Hacienda, fue el siguiente:

“Artículo primero.– Bono de cargo fiscal. Tendrán derecho a un bono de cargo fiscal, por una sola vez, que será depositado en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, y toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia regida por éste, que al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a doscientos mil pesos; el que se otorgará en las condiciones siguientes:

1) Respecto de aquellos afiliados que hayan retirado fondos previsionales de conformidad al artículo 1º de la ley N° 21.295 o de la disposición trigésima novena transitoria de la Constitución Política de la República y que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros, el monto del bono ascenderá a la cantidad de doscientos mil pesos.

2) Respecto de aquellos afiliados que no se encuentren en la situación señalada en el numeral anterior, y que hayan estado afiliados al sistema privado de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, al 1 de enero del año 2021, el monto del bono ascenderá a la cantidad que resulte necesaria para completar un saldo de doscientos mil pesos en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias al 31 de marzo de 2021.”

Este bono tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

El bono será depositado por la Tesorería General de la República en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado dentro del plazo de 30 días corridos, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.

La Superintendencia de Pensiones regulará mediante norma de carácter general el procedimiento para la implementación y pago de este bono de cargo fiscal, y la forma de entrega de la información necesaria por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones sobre los saldos de las cuentas referidas.

Los afiliados beneficiarios del bono de cargo fiscal podrán realizar, de forma voluntaria, el retiro de estos fondos de conformidad a las disposiciones de la ley N° 21.330 .

El pago de este bono no generará cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones”.

“Artículo transitorio.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos se proveerán en las respectivas leyes de presupuestos.”.

VI.-AUDIENCIAS RECIBIDAS Y ACUERDOS ADOPTADOS

El Ministro del Trabajo y Previsión Social, señor Patricio Melero Abaroa, expresó que el proyecto persigue dos grandes objetivos: el otorgamiento de un bono de cargo fiscal y el establecimiento de un mecanismo de recuperación de los fondos previsionales. Este último elemento, fue rechazado en la Comisión Técnica, y ante la Comisión de hacienda, en el presente trámite legislativo, el Ejecutivo ha decidido reponerlo mediante indicación. Este mecanismo se compone por una cotización adicional, ascendente al 1% de la remuneración imponible, de cargo del empleador en el caso del trabajador dependiente, y de cargo del trabajador, en el caso que sea independiente. En esta instancia legislativa, el Ejecutivo ha propuesto una gradualidad en el pago del 1% adicional, que parte en un 0,2% el 2022, un 0,5% el 2023 y terminando en el 1% definitivo a partir de 2024.

El Ministro de Hacienda, señor Rodrigo Cerda Norambuena, explicó que se ha incluido nuevamente el reintegro a los fondos, en iguales términos, pero alterando en lo que corresponde al aporte del empleador, incorporando una fórmula de gradualidad, como fuera descrita por el Ministro Melero.

El Diputado Auth preguntó cuál es la lógica de establecer un bono vía sistema de AFP. En este sentido, estimó que toda la discusión previsional que se generó en torno al aumento en la cotización previsional permanente, giró en torno a que las AFP no administraran esta cotización. La que se propone aquí no tiene ninguna diferencia con aquella. Manifestó que no concurrirá a la aprobación de un bono generado en el contexto de la política de retiros de fondos previsionales. Respecto al aporte estatal, llamó a discutirlo en el contexto de la reforma previsional actualmente en trámite, y no aprovechar situaciones coyunturales para adoptar decisiones que afectan en el largo plazo.

El Diputado Lorenzini consultó si se ha contemplado introducir en este proyecto de ley una bonificación a los transportistas.

El Diputado Monsalve llamó al Ejecutivo a buscar un mecanismo que permita incorporar la bonificación mencionada por su antecesor en este proyecto de ley, en tanto apunta a resolver una problemática urgente. Respecto a la cotización extraordinaria, expresó que actualmente se busca dar un bono en el contexto de la emergencia, pero conjuntamente plantea un cambio estructural, consistente en el aumento de la cotización. Agregó que es una mala indicación, además, porque vuelve a la lógica de entregar más recursos a las AFP, idea que ha sido repudiada por los chilenos. Consultó cuál es el argumento técnico que justifica esta entrega de recursos. Consideró que si todas las ayudas se están entregando directamente a los beneficiarios, no se explica por qué este bono hay que entregarlo a través de las AFP.

El Diputado Alessandri señaló que esta bonificación viene a solucionar la situación de casi 3 millones de personas que, a consecuencia de los retiros, quedaron sin fondos o con muy poco en sus cuentas de capitalización individual. Por otra parte, independientemente de quién administre la cotización adicional, lo importante es que los recursos que se retiren se reintegren, a efectos de recuperar el ahorro necesario para generar pensiones. Respecto a trasladar esta discusión a la reforma previsional, consideró pertinente avanzar en el paso propuesto por el Ejecutivo, en tanto dicha reforma se encuentra paralizada en el Senado. Consultó si existe una forma de identificar a los inmigrantes formales que alguna vez cotizaron en el país, y que han salido del país, en tanto el bono que recibirían podría ser mejor utilizado por los chilenos que se encuentran en el país.

El Diputado Jackson reiteró la pregunta sobre la nueva cotización, agregando cómo se relacionará con las propuestas que se discuten en la reforma previsional. Añadió que un aporte complementario hasta $200 mil, puede resultar poco acogido por la ciudadanía, en tanto muchas veces esos recursos se traducen en montos muy menores.

El Diputado Mellado manifestó que la ciudadanía ha manifestado su rechazo a que sean las AFP las que sigan administrando los fondos destinados a financiar pensiones. Consideró que es una pésima señal que el bono se entregue a través de las AFP.

El Diputado Santana indicó que la preocupación que se manifestó en torno a la cotización adicional de cargo del empleador, ha sido resuelta por el Ejecutivo incorporando una aplicación gradual. Actualmente, existe una reforma de pensiones aprobada por la Cámara de Diputados en enero de 2020, que aun no ha sido aprobada por el Senado. Añadió que la cotización adicional también responde a una pretensión de la ciudadanía, consistente en no seguir deteriorando las expectativas de las pensiones. Preguntó cuáles serían las dificultades para entregar directamente a las cuentas personales de los beneficiarios el aporte que considera este proyecto de ley.

El Diputado Ramírez coincidió con el Diputado Jackson, en el sentido de considerar el efecto político que puede tener el que muchas personas reciban bonos por montos complementarios ínfimos. La solución podría consistir en entregar un monto mínimo. Por otra parte, consideró de toda lógica que el aporte se haga a las AFP, porque sólo de ese modo se puede tomar la decisión de retirar o conservar para la pensión. En cuanto al reintegro de los fondos, señaló que este es el momento para demostrar que la voluntad de los parlamentarios es preservar el ahorro de las personas para no dañar las pensiones futuras. Manifestó su voluntad de llegar a un acuerdo en torno a un mecanismo de reintegro de los fondos que todos voten favorablemente.

El Diputado Hernández recordó que el país tuvo su periodo de mayor crecimiento económico cuando la política era capaz de ponerse de acuerdo en cuestiones fundamentales, cara a cara y de forma transparente.

El Diputado Schilling manifestó que no puede seguir contribuyéndose a la angustia de la gente por la vía de dilatar o complicar las ayudas. En este sentido, si ya las personas saben que para el retiro deben realizar un trámite ante las AFP y este ha funcionado, no consideró tan negativo que el bono se pague a través de estas entidades. Por el contrario, se mostró contrario a aprobar la cotización adicional, en tanto debe ser debatida en el contexto de la reforma previsional.

El Diputado Lorenzini llamó al Ejecutivo a incorporar en este proyecto de ley una bonificación a favor de los transportistas. Indicó que tal propuesta se enmarca perfectamente en las ideas matrices, en tanto es fruto de un acuerdo entre el Gobierno y el Congreso, y va en directa ayuda de las familias chilenas.

La Diputada Pérez manifestó su desacuerdo respecto a que el aporte se haga a través de las AFP, en tanto ello no fue parte del consenso alcanzado en el contexto de la reforma al sistema de pensiones.

El Diputado Pérez expresó que es una idea asentada en la oposición que la ciudadanía no tenga una cuenta individual, y que todos los recursos sean administrados por un ente estatal. Valoró la propuesta de gradualidad formulada por el Ejecutivo, en tanto constituye una importante ayuda a las PYME del país.

El Diputado Von Mühlenbrock llamó a centrar la discusión en el beneficio de las personas y no en cuestiones electorales.

El señor Héctor Sandoval Gallegos, Presidente de la CONAPYME, expresó que las pequeñas empresas viven hoy su peor minuto. Aumentar sus costos en este contexto es muy complejo, en tanto sostienen muchas deudas, hay muchos trabajadores suspendidos, están imposibilitados los despidos, no se puede acceder al FOGAPE, entre otros aspectos. Manifestó que no resulta posible que las PYME asuman nuevos compromisos en esta situación. Agradeció la preocupación por el mundo del transporte, que efectivamente está especialmente afectado en la actual pandemia.

El Ministro Cerda se mostró dispuesto a incorporar en este trámite legislativo, una indicación por la que se legisle un aporte al mundo del transporte. Por otra parte, reiteró la importancia de establecer un mecanismo de reintegro, y mientras antes se comience con él, mejor será porque aumentará la rentabilidad. Con una tasa de 4% de rentabilidad, en 10 años, cada peso invertido debería generar un aumento de 50%. En 20 años es más del 100% y en 30 años alcanza más de 300%.

El Ministro Melero destacó el positivo efecto que tiene en evitar una disminución más elevada de la pensión promedio el mecanismo de reintegro. En este sentido, manifestó que es imperativo no dilatar los esfuerzos por recuperar los fondos que se retiren. Asimismo, agregó que aportar el bono a las cuentas de las AFP facilita una serie de situaciones, entre otras, el pago de las pensiones alimenticias y la exención tributaria. Aportar, por ejemplo, a las Cuentas Rut, dejaría fuera a cerca del 20% de los chilenos que no tienen dicha cuenta.

VOTACIÓN EN PARTICULAR

“Artículo primero.– Bono de cargo fiscal. Tendrán derecho a un bono de cargo fiscal, por una sola vez, que será depositado en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, y toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia regida por éste, que al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a doscientos mil pesos; el que se otorgará en las condiciones siguientes:

1) Respecto de aquellos afiliados que hayan retirado fondos previsionales de conformidad al artículo 1º de la ley N° 21.295 o de la disposición trigésima novena transitoria de la Constitución Política de la República y que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros, el monto del bono ascenderá a la cantidad de doscientos mil pesos.

2) Respecto de aquellos afiliados que no se encuentren en la situación señalada en el numeral anterior, y que hayan estado afiliados al sistema privado de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, al 1 de enero del año 2021, el monto del bono ascenderá a la cantidad que resulte necesaria para completar un saldo de doscientos mil pesos en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias al 31 de marzo de 2021.

Este bono tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

El bono será depositado por la Tesorería General de la República en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado dentro del plazo de 30 días corridos, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.

La Superintendencia de Pensiones regulará mediante norma de carácter general el procedimiento para la implementación y pago de este bono de cargo fiscal, y la forma de entrega de la información necesaria por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones sobre los saldos de las cuentas referidas.

Los afiliados beneficiarios del bono de cargo fiscal podrán realizar, de forma voluntaria, el retiro de estos fondos de conformidad a las disposiciones de la ley N° 21.330.

El pago de este bono no generará cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

Puesto en votación el artículo 1, resultó aprobada por la unanimidad de los(a) trece Diputados(a) presentes. Votaron a favor los(a) Diputados(a) Cid, Hernández, Jackson, Lorenzini, Mellado, Monsalve, Núñez (Presidente), Pérez, doña Joanna, Pérez, don Leopoldo, Ramírez, Santana, Schilling y Von Mühlenbrock.

Indicación del Ejecutivo

Para agregar un artículo segundo, nuevo, del siguiente tenor:

“Artículo segundo.-Cotización Adicional y Bonificación Fiscal. Los afiliados al sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, deberán efectuar una cotización adicional mensual en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, de cargo del empleador o del trabajador independiente, según corresponda, de un uno por ciento calculado sobre la renta o remuneración imponible que se declare para efectos del pago de la cotización obligatoria establecida en el inciso primero del artículo 17° del decreto ley N° 3.500, de 1980. Esta cotización deberá efectuarse hasta la edad de jubilación legal y, si cumplida ésta, el afiliado continúa cotizando de forma voluntaria, se mantendrá la obligación del empleador de pagar la cotización establecida en este artículo. La cotización adicional tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

La cotización adicional deberá realizarse a partir del primero de enero del año 2022.

Por cada cotización adicional que se efectúe en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias en conformidad al inciso primero de este artículo, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, tendrán derecho a una bonificación mensual de cargo fiscal equivalente a un uno por ciento, calculada sobre la renta o remuneración imponible que se declare para efectos del pago de la cotización obligatoria establecida en el inciso primero del artículo 17° del decreto ley N° 3.500, de 1980, y cuyo monto mensual no podrá exceder de 0,3 Unidades de Fomento. El monto de la bonificación se depositará anualmente por la Tesorería General de la República en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado cotizante, por las cotizaciones adicionales efectuadas a partir del 1° de enero del año 2022.

La cotización adicional y la bonificación fiscal reguladas en este artículo no generarán cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

La Superintendencia de Pensiones regulará mediante norma de carácter general los procedimientos y demás aspectos operacionales que sean necesarios para la implementación y pago de la cotización adicional y de la bonificación fiscal respecto de los trabajadores dependientes e independientes, así como también el cálculo que corresponda conforme a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de esta ley.”.

Puesta en votación, la indicación resultó aprobada por siete votos a favor y seis en contra. Votaron a favor los(a) Diputados(a) Cid, Hernández, Lorenzini, Pérez, don Leopoldo, Ramírez, Santana y Von Mühlenbrock. Votaron en contra los Diputados Jackson, Mellado, Monsalve, Núñez (Presidente) y Pérez, doña Joanna.

Indicación del Ejecutivo:

Para agregar un artículo tercero, nuevo, del siguiente tenor:

“Artículo tercero.- Elimínase en el inciso cuarto del artículo 19 de la ley N° 21.323, que Establece un Nuevo Bono Clase Media y un Préstamo Solidario para la Protección de los Ingresos de la Clase Media, la expresión: “Con todo, el monto total de las prestaciones sociales establecidas en la Partida 50, Capítulo 01, Programa 03 "Operaciones Complementarias", Subtítulo 30, Ítem 10 "Fondo Emergencia Transitorio", Glosa 26, numeral 3, literal a, de la ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021 que le corresponda recibir al hogar del beneficiario, por los meses de enero y febrero 2021, se imputará como parte del monto del Bono de Apoyo para efectos de su cálculo. En consecuencia, de la cantidad del Bono de Apoyo se deberá descontar el monto por persona de las prestaciones sociales establecidas en la referida glosa de la citada ley Nº 21.289.”.

Puesta en votación, la indicación resultó aprobada por la unanimidad de los(a) trece Diputados(a) presentes. Votaron a favor los(a) Diputados(a) Cid, Hernández, Jackson, Lorenzini, Mellado, Monsalve, Núñez (Presidente), Pérez, doña Joanna, Pérez, don Leopoldo, Ramírez, Santana, Schilling y Von Mühlenbrock.

Indicación del Ejecutivo:

Para agregar un artículo cuarto, nuevo, del siguiente tenor:

“Artículo cuarto.-A los beneficiarios del Bono de Apoyo establecido en el artículo 19 de la ley N° 21.323, que hayan postulado con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley, también les será aplicable la modificación establecida en el artículo tercero precedente.”.

Puesta en votación, la indicación resultó aprobada por la unanimidad de los(a) trece Diputados(a) presentes. Votaron a favor los(a) Diputados(a) Cid, Hernández, Jackson, Lorenzini, Mellado, Monsalve, Núñez (Presidente), Pérez, doña Joanna, Pérez, don Leopoldo, Ramírez, Santana, Schilling y Von Mühlenbrock.

Indicación del Ejecutivo:

Para agregar un artículo primero transitorio, nuevo, del siguiente tenor, pasando el actual a ser artículo segundo transitorio:

“Artículo primero transitorio.- La cotización adicional y bonificación fiscal reguladas en el artículo segundo de esta ley no serán considerados parte del saldo del afiliado a efectos del cálculo de Aporte Adicional a que se refiere el artículo 53 del decreto ley Nº 3.500, de 1980, solo respecto de los contratos que se encuentren adjudicados y/o vigentes a la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial.”.

Puesta en votación, la indicación resultó aprobada por ocho votos a favor, cuatro en contra y una abstención. Votaron a favor los(a) Diputados(a) Cid, Hernández, Lorenzini, Mellado, Pérez, don Leopoldo, Ramírez, Santana y Von Mühlenbrock. Votaron en contra los Diputados Monsalve, Núñez (Presidente), Pérez, doña Joanna y Schilling. Se abstuvo el Diputado Jackson.

Artículo transitorio.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos se proveerán en las respectivas leyes de presupuestos.”.

Puesta en votación, la indicación resultó aprobada por la mayoría de doce votos a favor y uno en contra. Votaron a favor los(a) Diputados(a) Cid, Hernández, Jackson, Lorenzini, Mellado, Monsalve, Pérez, doña Joanna, Pérez, don Leopoldo, Ramírez, Santana, Schilling y Von Mühlenbrock. Votó en contra el Diputado Núñez (Presidente).

Indicación del Ejecutivo:

Para agregar un artículo tercero transitorio, nuevo, del siguiente tenor:

“Artículo tercero transitorio.-En los dos primeros años en que deba realizarse la cotización adicional a que se refiere el artículo segundo de esta ley, el monto de la cotización adicional se regirá por las siguientes reglas:

Desde el 1 de enero del año 2022 hasta el 31 de diciembre del año 2022, la cotización adicional antes señalada será de un cero coma dos por ciento, calculado sobre la renta o remuneración imponible que se declare para efectos del pago de la cotización obligatoria establecida en el inciso primero del artículo 17° del decreto ley N° 3.500, de 1980.

Desde el 1 de enero del año 2023 y hasta el 31 de diciembre del año 2023, la cotización adicional será de un cero coma cinco por ciento, calculado sobre la renta o remuneración imponible que se declare para efectos del pago de la cotización obligatoria establecida en el inciso primero del artículo 17° del decreto ley N° 3.500, de 1980.

Desde el primero de enero del año 2024, el monto de la cotización adicional será la indicada en el artículo segundo de la presente ley.”.

Puesta en votación, la indicación resultó aprobada por siete votos a favor y seis en contra. Votaron a favor los Diputados(a) Cid, Hernández, Lorenzini, Pérez, don Leopoldo, Ramírez, Santana y Von Mühlenbrock. Votaron en contra los Diputados Jackson, Mellado, Monsalve, Núñez (Presidente), Pérez, doña Joanna y Schilling.

Indicación del Ejecutivo:

Para agregar un artículo cuarto transitorio, nuevo, del siguiente tenor:

“Artículo cuarto transitorio.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación del artículo tercero de la presente ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia, se financiará con cargo a los recursos del Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos serán provistos en las respectivas leyes de presupuesto del Sector Público.”.

Puesta en votación, la indicación resultó aprobada por la unanimidad de los(a) trece Diputados(a) presentes, señores(a) Cid, Hernández, Jackson, Lorenzini, Mellado, Monsalve, Núñez (Presidente), Pérez, doña Joanna, Pérez, don Leopoldo, Ramírez, Santana, Schilling y Von Mühlenbrock.

*****

Tratado y acordado en sesión celebrada el día 5 de mayo, del año en curso, con la asistencia presencial o remota, de los diputados (a) señores y señora Sofía Cid Versalovic, Javier Hernández Hernández, Giorgio Jackson Drago, Pablo Lorenzini Basso, Cosme Mellado Pino, Manuel Monsalve Benavides, Daniel Núñez Arancibia (Presidente), Leopoldo Pérez Lahsen, Guillermo Ramírez Diez, Alejandro Santana Tirachini, Marcelo Schilling Rodríguez, y Gastón Von Mühlenbrock Zamora. Asimismo, el diputado José Miguel Ortiz Novoa fue reemplazado por la diputada Joanna Pérez Olea. Además asistieron los diputados: Pepe Auth Stewart y Jorge Alessandri Vergara.

En consecuencia, la Comisión de Hacienda recomienda aprobar el proyecto en la forma indicada

Sala de la Comisión, a 5 de mayo de 2021.

MARÍA EUGENIA SILVA FERRER

Abogado Secretaria de la Comisión

1.6. Discusión en Sala

Fecha 05 de mayo, 2021. Diario de Sesión en Sesión 30. Legislatura 369. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

ESTABLECIMIENTO DE NUEVO BONO DE CARGO FISCAL Y MECANISMOS DE RECUPERACIÓN DE AHORROS PREVISIONALES (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 14224-13)

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Esta sesión tiene por objeto tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales en las condiciones que indica.

Para la discusión de este proyecto se otorgarán tres minutos a cada diputada y diputado inscritos.

El plazo para solicitar votaciones separadas, renovar indicaciones y solicitar la reconsideración de la declaración de inadmisibilidad de una indicación será hasta las 18:00 horas.

Se procederá a la votación a las 19:00 horas o antes, en el caso de que hayan intervenido todos los inscritos, y se insertarán los discursos de quienes no alcancen a intervenir en la sesión.

Diputados informantes de las comisiones de Trabajo y Seguridad Social, y de Hacienda son los señores Frank Sauerbaum y Giorgio Jackson , respectivamente.

Antecedentes:

-Mensaje, sesión 28ª de la presente legislatura, en martes 4 de mayo de 2021. Documentos de la Cuenta N° 1.

-Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social. Documentos de la Cuenta N° 1 de este boletín de sesiones.

-Informe de la Comisión de Hacienda. Documentos de la Cuenta N° 2 de este boletín de sesiones.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social.

El señor SAUERBAUM (de pie).-

Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, me corresponde informar sobre el proyecto de ley, iniciado en mensaje de su excelencia el Presidente de la República, que establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales, en las condiciones que indica (boletín N° 14224-13), el cual se encuentra en primer trámite constitucional y reglamentario, con urgencia calificada de discusión inmediata.

A las sesiones que vuestra comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistieron los señores Patricio Melero Abaroa , ministro del Trabajo y Previsión Social; Rodrigo Cerda Norambuena , ministro de Hacienda; Juan José Ossa Santa Cruz , ministro secretario general de la Presidencia; Pedro Pizarro Cañas , subsecretario de Previsión Social; Alejandro Weber Pérez , subsecretario de Hacienda; Máximo Pavez Cantillano , subsecretario general de la Presidencia; Osvaldo Macías Muñoz , superintendente de Pensiones; Francisco del Río Correa , asesor legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y José Riquelme González , asesor legislativo del Ministerio de Hacienda.

Asimismo, asistieron especialmente invitados por la comisión los señores Hugo Cifuentes Lillo , abogado, profesor de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, de la Pontificia Universidad Católica de Chile; Recaredo Gálvez Carrasco , en representación de la Fundación Sol; Marcos Rivas , presidente de la Asociación de Emprendedores de Chile (ASECh); Héctor Sandoval Gallegos , presidente de la Confederación Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa de Chile (Conapyme) y Eddie Rivas , en representación de la Confederación Gremial Nacional Unida de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Servicio y Artesanado (Conupia).

El proyecto de ley presentado por el Ejecutivo establecía originalmente un nuevo bono de cargo fiscal de 200.000 pesos, por una sola vez, a los afiliados del sistema privado de pensiones, que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo de 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual igual a cero, producto del retiro de sus fondos previsionales.

Este bono será depositado en la cuenta de capitalización individual del trabajador y podrá ser retirado por este, si así lo desea, y no estará afecto a comisión o cobro alguno por parte de las administradoras de fondos de pensiones.

Asimismo, para fortalecer las pensiones futuras de todos los cotizantes, se establecía una cotización adicional de 1 por ciento, aplicable a partir del 1 de enero de 2022, la que sería de cargo del empleador o del trabajador independiente, según corresponda.

Adicionalmente, el Estado otorgaría a todos los afiliados, por cada cotización adicional que efectúen a su cuenta de capitalización individual, un 1 por ciento adicional, con tope de 0,3 unidades de fomento, para contribuir al mejoramiento del ahorro previsional de todos los trabajadores cotizantes. Esta suma será depositada anualmente en la cuenta individual de cada trabajador.

Estos mecanismos de fortalecimiento de los fondos previsionales serán aplicables a todos los afiliados, hayan o no efectuado retiro de dichos fondos, y la cotización y la bonificación fiscal no estarían afectas a comisión o cobro alguno por parte de las administradoras de fondos de pensiones.

Del mismo modo, se establecía una regla especial respecto del cálculo del aporte adicional a que se refiere el artículo 53 del decreto ley Nº 3.500, de 1980, con el fin de resguardar los parámetros de cobertura y evitar aumento de costos relativos a dicho seguro.

Durante su discusión general, y luego de escuchar las exposiciones de las autoridades e invitados, a las que no me referiré en aras del tiempo y por encontrarse ellas latamente explicitadas en el informe que mis colegas tienen en su poder, las diputadas señoras Sandoval , Sepúlveda y Yeomans y los diputados señores Jiménez , Labra , Saavedra y Silber expresaron, en síntesis, su opinión favorable respecto de la entrega del bono para quienes no tengan saldo en sus cuentas. Sin embargo, manifestaron su disconformidad en cuanto a que el depósito del bono sea a través de las propias AFP, pues el mecanismo más directo debiera ser un depósito en la CuentaRUT de cada afiliado. Asimismo, expresaron que el mecanismo de cotización adicional parecía una reforma previsional encubierta y, por tanto, pidieron tratarlo por separado.

Por el contrario, los diputados señores Barros, Eguiguren , Labbé , Molina y Sauerbaum destacaron, en síntesis, que el proyecto ayudará a poco más de tres millones de personas que necesitan el dinero con urgencia, y que era por esto que la iniciativa se debe tramitar con la mayor rapidez posible, en atención a la referida urgencia, permitiendo el reintegro de los fondos retirados de las cuentas individuales de los afiliados en la forma propuesta por el Ejecutivo.

El proyecto fue aprobado en general por la unanimidad de los integrantes de la comisión:

13 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención. Votaron a favor las señoras Sandoval , doña Marcela ; Sepúlveda , doña Alejandra , y Yeomans , doña Gael , y los diputados señores Barros, Durán , Eguiguren , Jiménez , Labbé , Labra , Molina , Saavedra , Sauerbaum y Silber .

Al iniciarse la discusión particular del proyecto en informe, y a la luz de sendas indicaciones presentadas por las señoras diputadas y señores diputados que conforman la oposición al gobierno, se produjo un fluido intercambio de opiniones, tanto acerca de su pertinencia como de su admisibilidad, que condujo a un consenso en cuanto a solicitar al Ejecutivo que estudie la factibilidad de ampliar el universo de beneficiarios del bono de 200.000 pesos, para contemplar dentro de él a aquellas personas que, sin presentar saldo cero en su cuenta de capitalización individual, tienen menos de esa cantidad en dichas cuentas, de forma tal que para ellas el bono fuera un complemento del saldo hasta completar la suma de 200.000 pesos, lo que fue acogido por el Ejecutivo, quien presentó una indicación en tal sentido que modifica el inciso primero del artículo primero, que fue aprobada en conjunto con los demás incisos de dicho artículo por la unanimidad de los integrantes de la comisión.

Por el contrario, por mayoría de votos fue rechazado su artículo segundo, que establecía una cotización de 1 por ciento de cargo del empleador o trabajador independiente, según correspondiera, a partir del 1 de enero de 2022. Asimismo, los afiliados tendrían derecho a una bonificación mensual de cargo fiscal equivalente a 1 por ciento, con un tope de 0,3 unidades de fomento.

Producto del rechazo de su artículo segundo, el artículo primero transitorio que hacía referencia a él resultó incompatible con lo ya aprobado.

Su artículo segundo transitorio fue aprobado por unanimidad.

En el transcurso de la discusión particular fueron declaradas inadmisibles sendas indicaciones que disponían, la primera, que el referido bono fuera depositado directamente en las CuentaRUT o corrientes de los afiliados, y, la segunda, mediante un nuevo artículo tercero, que proponía el otorgamiento de un bono de 200.000 pesos, de cargo fiscal, en beneficio de las mujeres mayores de edad que no hayan percibido ninguno de los ingresos a los que se refiere el artículo 4 de la ley Nº 21.230 en los últimos doce meses, y que desempeñen trabajo doméstico o de cuidados en el hogar en forma no remunerada.

Finalmente, me permito informar a la Sala que, a juicio de la comisión, no existen en el proyecto que se somete a consideración de la Sala normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales. No obstante, su artículo primero requiere para su aprobación de quorum calificado, pues regula el ejercicio del derecho a la seguridad social, de conformidad con lo dispuesto en el número 18° del artículo 19 de la Constitución Política de la República.

Como consecuencia de lo expuesto, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social recomienda a la Sala la aprobación del texto del proyecto de ley que se contiene en el informe.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado informante de la Comisión de Hacienda, señor Giorgio Jackson .

El señor JACKSON (vía telemática).-

Señor Presidente, honorable Sala, en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar, en lo relativo a su incidencia presupuestaria, sobre el proyecto de ley, originado en mensaje de su excelencia el Presidente de la República, que establece un nuevo bono de cargo fiscal y un mecanismo de recuperación de ahorros previsionales.

Concurrió en representación del Ejecutivo a presentar el proyecto de ley el ministro de Hacienda, señor Rodrigo Cerda ; el ministro de Trabajo y Previsión Social, señor Patricio Melero , y la directora de Presupuestos, señora Cristina Torres .

La idea fundamental de la iniciativa es complementar la reforma constitucional recientemente aprobada por el Congreso, agregando un beneficio a los cotizantes que producto del retiro de sus fondos previsionales tengan saldo cero en sus cuentas individuales de capitalización. Paralelamente, el proyecto busca establecer mecanismos de recuperación de los ahorros previsionales retirados, para mejorar las pensiones futuras, hayan o no efectuado retiros de sus fondos previsionales.

En particular, la iniciativa contempla un bono de cargo fiscal de 200.000 pesos por una sola vez a los afiliados del sistema privado de pensiones que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley N° 21.248 y el 31 de marzo de 2021, hayan registrado un saldo cero en su cuenta de capitalización individual, como producto del retiro de sus fondos previsionales. Este bono será depositado en la cuenta de capitalización individual del trabajador, desde donde podrá ser retirado.

Durante la tramitación en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social se aprobó una indicación para entregar también este bono a quienes desde el 31 de marzo de 2021 hayan registrado en su cuenta de capitalización individual un monto inferior a los 200.000 pesos.

Por otra parte, el proyecto establece una cotización adicional de 1 por ciento, aplicable desde el 1 de enero 2022, que será de cargo del empleador o del trabajador independiente, según corresponda. El Estado otorgará, asimismo, a todos los afiliados y por cada cotización adicional que efectúen en su cuenta de capitalización individual, hayan efectuado o no retiros de sus fondos previsionales, el 1 por ciento adicional de cotización mensual, con tope de 0,3 unidades de fomento, monto que se depositará anualmente en la cuenta del trabajador.

En materia de incidencia presupuestaria, el informe financiero de la Dirección de Presupuestos detalla que el bono de cargo fiscal se estima de un universo de 3.525.019 afiliados sin saldo, o con saldo inferior a 200.000 pesos, por lo que el desembolso fiscal por este beneficio llegaría a los 655.717 millones.

Por su parte, para la cotización adicional de 1 por ciento, se proyectan tres efectos sobre el presupuesto fiscal: un mayor gasto en personal para el Estado en su rol de empleador; un mayor gasto de las empresas del Estado, por causa de los menores ingresos en la reducción de excedentes, y menores ingresos por concepto de impuesto a la renta. El informe financiero detalla el efecto parcial de cada una de estas variables, comenzando con un impacto fiscal de 85,5 millones anuales en 2022, que se incrementa para llegar a 250 millones anuales en 2050. El efecto fiscal por bonificación de hasta 0,3 UF mensual de cargo estatal se estima en 461,5 millones anuales para 2022, para llegar a 708,2 millones anuales en 2050.

En materia de financiamiento se dispone que el mayor gasto que representa la aplicación de esta ley en proyecto durante el presente año se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y, en lo que falte, con cargo al Tesoro Público.

En los años siguientes, los recursos se proveerán en las respectivas leyes de presupuestos. Durante la tramitación en la comisión, el Ejecutivo presentó dos indicaciones. La primera

de ellas fue para reponer el artículo segundo, referido al mecanismo de reintegro de cotizaciones previsionales, rechazado por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, indicación que resultó ser aprobada por 7 votos a favor y 6 en contra.

En esta misma materia, se aprobó también un nuevo artículo tercero transitorio, para establecer una gradualidad de la cotización adicional de cargo del empleador, comenzando en 0,2, en 2022; en 0,5, en 2023, y en 1 por ciento, desde 2024.

Por la segunda indicación del Ejecutivo, que resultó ser aprobada por la unanimidad de los trece diputados presentes, se buscó remediar una limitación de beneficios, que afectaba particularmente al sector de los transportistas, agregando al proyecto un artículo tercero, que elimina, en la ley que establece un nuevo bono de clase media y un préstamo solidario, la incompatibilidad entre las prestaciones sociales del Fondo de Emergencia Transitorio, recibidas en febrero y enero de 2021, y el monto del bono de apoyo, para los efectos de su cálculo.

Igual votación favorable tuvo la agregación de un artículo cuarto, nuevo, que extiende este mismo beneficio a los receptores del bono de apoyo que hayan postulado con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley en proyecto.

Finalmente, resultaron aprobados los artículos primero transitorio, rechazado por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, y aquellos relativos a la imputación del gasto.

Votaron en la sesión, en la forma señalada en el informe, las diputadas señoras Sofía Cid y Joanna Pérez , y los diputados señores Hernández , Lorenzini , Mellado, don Cosme ; Monsalve , Pérez, don Leopoldo ; Ramírez , Santana, don Alejandro ; Schilling , Von Mühlenbrock , Núñez, don Daniel , y Jackson .

En consecuencia, la Comisión de Hacienda, en su mayoría, recomienda a la Sala aprobar el presente proyecto de ley en los términos expuestos.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado Pepe Auth .

El señor AUTH.-

Señor Presidente, el Congreso Nacional ha aprobado siempre las transferencias directas a las personas; pero quiero decir que no entiendo para nada la decisión del gobierno de confirmar la política de los retiros, como si fuera tan buena la política del retiro que hay que ponerle recursos a las personas para que retiren, confirmando con ello una política en lugar de trasladar directamente los recursos a poblaciones que no han recibido beneficios, en este caso en particular, a aquellos que no tienen ahorro previsional, que son básicamente los jóvenes y los trabajadores informales. Entonces, estos recursos perfectamente podrían haberse trasladado como corresponde, no montados sobre un proyecto de una mala política, la de los retiros previsionales, sino mediante transferencias directas a las personas.

Por supuesto que vamos a aprobar esta iniciativa, porque contempla plata fresca para la gente; pero, a propósito de plata fresca, es una frescura aprovechar la circunstancia para hacer una minirreforma previsional, porque ha habido consenso respecto de la cotización adicional desde el gobierno de Michelle Bachelet, que propuso 5 puntos, y en este gobierno, que propuso 6 puntos. Por supuesto que hay una discusión respecto de cuánto debe ir a capitalización individual y cuánto a solidaridad colectiva, pero no hay discusión, ¡no hay discusión!, respecto de que toda cotización adicional será administrada por un organismo público. Lo que hace este proyecto es anticipar esa decisión, entregando a la administración de las AFP una cotización adicional, no solo de los privados, sino también del Estado.

Voy a rechazar categóricamente la minirreforma de la previsión social que propone este gobierno, porque no corresponde que, en el medio de un debate parlamentario que ha de culminar con un nuevo sistema de pensiones, se aproveche la circunstancia de la necesidad de la gente para confirmar el sistema actual.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda .

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señor Presidente, luego de que se escuchan los anuncios del Presidente de la República, que son como grandes titulares, comenzamos a ver en la bajada qué cosa extraña o qué cosa puede existir, para no decir letra chica, porque todo el mundo entiende eso.

Cuando vimos este anuncio, dijimos: ¡Qué bueno que se vayan a entregar 200.000 pesos! Sin embargo, al empezar a ver cuáles serán los mecanismos de recuperación de los ahorros previsionales, estos nos dicen que el 2 por ciento adicional se dividirá en 1 por ciento que entregará el fisco y otro 1 por ciento que va a entregar el empleador.

¿Para dónde irá ese 2 por ciento? Se vuelve a repetir lo mismo: capitalización individual. Otra vez, capitalización individual, cuando hemos dicho en todos los tonos que ese no es el camino por el cual debemos transitar. Ese es el camino del fracaso que hemos vivido durante todo este tiempo, en que existe una bolsa de 206.000 millones de dólares, en que solo el 3 por ciento se reparte para pensiones, lo que ha significado para los grandes empresarios seguir ganando dinero en desmedro de ese 3 por ciento. Ese es el problema que tenemos.

Hoy necesitamos que todo aquello que podamos obtener de un aumento de cotizaciones vaya a un sistema de reparto, porque ya tenemos un sistema de capitalización individual; lo que necesitamos es un sistema mixto.

Señor Presidente, por su intermedio quiero decir al ministro y al subsecretario aquí presentes que no es posible que queramos volver a cometer exactamente el mismo error con esta reforma previsional y, además, con esta cuchufleta, con esta cosa medio extraña de gol de media cancha -¡no me ponga esos ojos! con ese 2 por ciento. ¡Entonces, no! ¡Así, no! Por eso, la Comisión de Trabajo dice que no, que por ahí no se puede, e insistiremos en ello en la Sala. Es una pena que la Comisión de Hacienda no lo haya entendido, pero lo vamos a rectificar en la Sala.

Lo importante es que con el proyecto logramos aumentar la cantidad de beneficiarios de 3 millones a 3,5 millones de personas. Lo que no logramos fue que se depositara directamente a la CuentaRUT. El 75 por ciento tiene CuentaRUT. ¡De los 3,5 millones de personas, el 75 por ciento tiene CuentaRUT! Podríamos haberla hecho más cortita, como dicen los lolos, y haber depositado ese monto directamente en la CuentaRUT. ¡Pero dale con pasar primero por la AFP! ¡Dale con que para allá va la moto! ¡No es así!

Por eso, esperamos que el gobierno entienda que la reforma previsional es lo más importante y que en dicha reforma el 6 por ciento tiene que ir a reparto para que efectivamente, raya para la suma, tengamos mejores pensiones en Chile.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Frank Sauerbaum .

El señor SAUERBAUM.-

Señor Presidente, después de todas las críticas que se le han hecho al gobierno, de las cuales a veces también hemos sido parte, sinceramente queremos agradecer por la flexibilización que ha tenido el proyecto, a partir de la solicitud de la oposición y también de nosotros, los diputados del gobierno.

Inicialmente, el proyecto no consideraba a las personas que tenían menos de 200.000 pesos en sus cuentas de capitalización individual. Dicho monto se va a incluir, y vamos a terminar beneficiando a 3.600.000 chilenos, con un costo de más de 1.000 millones de dólares, en esta nueva etapa de beneficios para los chilenos.

Estamos agradecidos por esa flexibilización, y tenemos que reconocerlo, así como también en su momento hemos hecho críticas porque alguna medida nos ha parecido insuficiente.

En segundo término, quiero hacer un comentario respecto de lo que se señaló aquí recién en cuanto a que nosotros queremos depositar este 2 por ciento extra en las AFP, y estas no pueden seguir manejando los recursos de los chilenos.

Quiero decir nuevamente a la oposición que hubiésemos podido depositar este 2 por ciento en un ente cuya creación aprobamos en la Cámara de Diputados, contenido en el proyecto de reforma a las pensiones, que lleva quince meses en el Senado esperando su promulgación.

¡Esa es la realidad! No es que el gobierno quiera depositar este 2 por ciento en las AFP porque sí, sino porque lo único que tenemos hoy día es el sistema de AFP, ya que el Senado no ha aprobado la iniciativa que despachamos.

Además, decir que este es un intento por hacer una pequeña reforma previsional es una falacia, porque cuando no tenemos una legislación que nos permita hacer otra cosa, debemos legislar respecto de la normativa legal existente -es lo que estamos haciendo hoy-, no de lo que queremos hacia el futuro.

Por último, no puedo dejar de decir que este 1 por ciento que el Estado va a poner para los chilenos no es más que lo que nosotros hemos estado pidiendo, esto es, un sistema mixto y solidario. El 1 por ciento de cotización previsional adicional que el gobierno quiere dar a los chilenos es la primera política pública directa en materia previsional para beneficio de la gente de clase media. Todas las personas que ganan menos de 800.000 pesos en nuestro país recibirían este 1 por ciento, y la oposición no lo quiere aprobar, porque cree que va a caer en el bolsillo de las AFP. Independiente de que sean las AFP o no, esos recursos llegarán igual a la cuenta individual de los trabajadores.

Por último, llamamos a apoyar este proyecto; lo aprobaremos con energía. Además, agradecemos mucho al gobierno el envío de esta iniciativa, porque ayudará a dar alivio económico a cientos de familias chilenas, a 3.600.000 chilenos.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado René Alinco .

El señor ALINCO.-

Señor Presidente, voy a aprobar con mi voto este proyecto, este miserable bono, con un dolor en el pecho y en el espíritu, porque me parece increíble que estemos dando 200.000 pesos a los chilenos y chilenas más pobres de nuestro país. No es posible que entreguemos esta migaja a nuestros trabajadores y trabajadoras para que tengan un sustento. Eso, como dijo alguien, demuestra que este sistema neoliberal impuesto allá por los años ochenta del siglo pasado por el dictador y los Chicago boys, y tan bien administrado por la Concertación, es cruel e inhumano.

Aprobaré con mi voto, pero con la conciencia intranquila. Yo creo que muchos y muchas de los que estamos en esta Sala vamos a tener y tenemos ese mismo sentimiento. No fuimos capaces como oposición de doblar la mano a los poderosos de Chile; no fuimos capaces como oposición de golpear la mesa y exigir justicia social al gobierno de Sebastián Piñera.

Aprobaré con mi voto, pero esto tiene que ser una experiencia para los trabajadores y trabajadoras chilenos. Los diputados y diputadas de este Congreso, que fuimos elegidos con el voto popular, mediante el cual el pueblo nos dio su confianza, les estamos fallando, y no fuimos capaces de ponernos de acuerdo y exigir al gobierno justicia social, ¡justicia social! Compremos menos armamentos; compremos menos aparatos represivos para la gente, para nuestro propio pueblo, y ocupemos la plata en un bono verdaderamente digno para los trabajadores y trabajadoras que lo necesiten.

Votaré a favor este proyecto, pero con mi conciencia sublevada. ¡No es posible! ¡La gente no nos eligió para eso! La gente nos eligió para que eleváramos el nivel de vida, para que lucháramos por que las personas tuvieran un plato de comida digno.

Para ellos, para los padres, para los adultos mayores y para nuestros hijos, votaré a favor…

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Raúl Saldívar .

El señor SALDÍVAR (vía telemática).-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a la Sala.

Son cuatro décadas de existencia del sistema de administradoras de fondos de pensiones (AFP). En algunos casos, se señala que este ha sido un éxito. Efectivamente, la capacidad de reunir capital y acumular riquezas por supuesto que constituye un éxito, pero también un fracaso en la capacidad de pagar buenas pensiones. Ponemos el acento en el fracaso, no en el éxito, porque este favorece a pequeños grupos que profitan de esos recursos para multiplicar su riqueza.

En 2020, el año recién pasado, solo cinco AFP concentraron 311.000 millones de pesos. Ahora, respecto al bono señalo que, sin duda, lo apoyamos. No es una suma cuantiosa, pero es imposible no apoyar un bono para las personas que han vaciado sus fondos de pensiones.

Insisto: no es posible oponerse a ese bono; sin embargo, rechazo la fórmula propuesta, que, en el fondo, está utilizando a los trabajadores para introducir una agenda sobreideologizada que pretende mantener y sostener, y, luego, antes de iniciar la discusión de fondo de los temas previsionales, poner dos puntos a favor. Ello no parece conveniente ni tampoco ético bajo ninguna circunstancia. Por consiguiente, esta discusión debe prolongarse, desarrollarse más adelante en otras condiciones, y no de este modo, introduciendo esta fórmula que busca precisamente anticiparse con una ventaja -es como entrar a un partido con un gol de ventaja-, lo que es inaceptable.

Por lo tanto, vamos a apoyar el bono de todas maneras, por pequeño que sea. Pero nos parece inaceptable el mecanismo propuesto, la cotización adicional y la fórmula de reintegro.

Creo, además, que en algún minuto deberemos afrontar y buscar una solución a este vaciado que se ha producido en el sistema de pensiones. Este bono no lo resuelve, evidentemente.

Por lo tanto, hay un tema pendiente que seguramente debe asociarse a la discusión de forma y de fondo respecto a un sistema de seguridad social integral que no distribuya de manera desintegrada toda la institucionalidad relacionada con la seguridad social, tal como lo hizo la dictadura y tal como lo tenemos hoy, sino que, por el contrario, hay que darle fuerza, vitalidad, integración. Ahí habrá que discutir muchísimos elementos, pero no introducirlos con sutileza ni con diablura por ahora, porque eso no corresponde.

Por último, anuncio que votaremos a favor el bono.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Para plantear un punto de Reglamento, tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda .

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señor Presidente, le pido que cite a reunión de Comités sin suspensión de la sesión.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Muy bien, su señoría. Cito a reunión de Comités para las 18:00 horas.

Tiene la palabra la diputada Gael Yeomans .

La señorita YEOMANS (doña Gael) .-

Señor Presidente, respecto de este proyecto, como lo hemos dicho desde el Frente Amplio, y también lo han señalado otros parlamentarios en esta Sala, no podemos negarnos a las ayudas económicas directas a las familias en medio de una pandemia, sobre todo porque hasta la fecha han sido insuficientes y han dejado a muchos excluidos.

De hecho, la presentación de la propuesta del bono de 200.000 pesos tiene que ver con eso, porque la única solución de carácter universal que vino a resolver el problema económico de varias familias fue la de los tres retiros de los fondos de pensiones. Sin embargo, hay personas que han quedado fuera, dado que ya no tienen fondos en sus AFP. Por lo tanto, es necesario entregarles ayuda a ellas y sus familias.

Ahora bien, no obstante la entrega de esta ayuda, se mantendrá una deuda pendiente -sin duda-, una que tiene que ver con la necesidad de avanzar en una renta básica universal. Es por eso que, también desde el Frente Amplio, junto con otros parlamentarios de oposición, presentamos un proyecto de reforma constitucional para avanzar con urgencia en esta materia, dado que hemos esperado más de un año a que el gobierno, el Presidente de la República, presente un proyecto de ley que establezca una renta básica universal. De hecho, se le hicieron propuestas no solo como ideas, sino también como proyectos de resolución que incluían una alternativa de financiamiento, con distintos mecanismos. Es más, en la Cámara de Diputados se presentó una propuesta de reforma constitucional para establecer el impuesto a los superricos, pero tampoco ha habido voluntad para avanzar en esa línea.

Señor Presidente, transcurrido más de un año, esto no se puede seguir dilatando; debemos avanzar. Por eso, mi llamado a la Cámara de Diputadas y Diputados es a avanzar en la renta básica universal, que no sigamos esperando, porque quienes realmente están esperando son las familias de Chile, la gente que está cubriendo sus necesidades sin recursos económicos directos, sin siquiera contar con apoyo social. Además, se les está diciendo que deben cumplir las medidas restrictivas, las cuarentenas, lo que es imposible en la situación actual.

Por eso, vamos a solicitar a la Comisión de Constitución que avance en el tratamiento del proyecto sobre renta básica universal, que se ponga en tabla, con el fin de que el Congreso Nacional dé una solución a esas familias, sin más dilaciones, porque ya no hay espera que valga; no se puede seguir demorando la ayuda en este ámbito.

Por otra parte, me alegro de que la Comisión de Trabajo nuevamente haya planteado que las ayudas son sin exclusiones. Es por eso que avanzamos. Sin embargo, espero que se rechace el reintegro.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Jorge Sabag .

El señor SABAG (vía telemática).-

Señor Presidente, valoro este proyecto del gobierno que permite que las personas que no tienen fondos en su cuenta de capitalización individual, porque ya los retiraron, puedan recibir un bono de 200.000 pesos.

También valoro que el gobierno se haya abierto a incluir en este beneficio a aquellas personas que tienen menos de 200.000 pesos en su cuenta de capitalización individual. Eso es escuchar a la ciudadanía.

Al respecto, el señor Segundo Meza , de San Carlos, me llamó al día siguiente del anuncio para decirme que tenía 2.000 pesos en su cuenta y que quería saber si tendría derecho a recibir este bono.

Por eso valoro que la oposición haya planteado este tema en la Comisión de Trabajo y que el gobierno haya accedido a incluir a aquellos que al 31 de marzo de 2021 tengan menos de 200.000 pesos en su cuenta, para que reciban el complemento.

Con ello este proyecto beneficiará a cerca de 3.600.000 chilenos que han retirado todos sus fondos o que tienen un saldo inferior a 200.000 pesos. Este va a ser un gran apoyo en medio de la crisis que nos afecta, así que valoro –reitero que el gobierno se haya abierto a esta solución.

En cuanto al mecanismo de recuperación de fondos, creemos que en este momento no es oportuno legislar al respecto. Eso es materia de una reforma previsional mayor. Con el tercer retiro, se han sacado alrededor de 55.000 millones de dólares de las cuentas de capitalización individual, por lo cual habrá que hacer un esfuerzo mayor para garantizar sus pensiones futuras a esas personas que, debido a la emergencia sanitaria, a la crisis económica que vivimos, han tenido que retirar esos fondos.

Hay candidatas y candidatos a la Presidencia que han ofrecido que si llegan a ser Presidente o Presidenta van a devolver todo ese dinero, pero ello tiene que ser muy bien pensado, razón por la cual nosotros, como bancada de la Democracia Cristiana, vamos a rechazar el mecanismo de recuperación propuesto, ya que creemos que hay que debatirlo en el contexto de la reforma previsional de fondo, de manera integral, para que esa reforma, que hoy está en el Senado, pueda ser complementada e incluir una solución para las personas que han debido retirar sus ahorros previsionales en esta contingencia.

También creemos que este mecanismo de recuperación de fondos carga la mano fuertemente a la pequeña y mediana empresas, que hoy están en el suelo, quebradas, por lo que no serán capaces de cumplir esa obligación y terminarán destrozadas.

Por eso, creemos que, junto con la reforma previsional, hay que discutir una reforma tributaria que nos permita recaudar más recursos para garantizar la recuperación de esos fondos y una renta básica universal, que es la solución que necesitamos hoy, para que no sean los chilenos quienes paguen la crisis, sino todos, de forma solidaria…

El señor PAULSEN (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Ramón Barros .

El señor BARROS (vía telemática).-

Señor Presidente, este proyecto trae alivio a quienes tienen saldo cero en su cuenta individual de ahorro previsional, por lo cual no podrían hacer más retiros de esa cuenta.

Agradezco a los ministros Melero y Cerda y a sus asesores, porque ayer, bajo la Presidencia del diputado Tucapel Jiménez , suspendimos la sesión de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social para efectos de darnos el tiempo necesario para llegar a un buen acuerdo con el gobierno, y este nos escuchó.

En definitiva, lo que se logró es que, aparte de las 2.867.000 personas que recibirán los 200.000 pesos en su cuenta de capitalización, habrá otras 657.000 que recibirán un complemento, de modo que, si tienen 40.000 pesos en su cuenta, recibirán un bono de 160.000 pesos.

Por otra parte, estaba el tema del reintegro, respecto del cual, para apoyar a las pymes, dado que en la comisión nos platearon una serie de problemas que les podría ocasionar esa parte del proyecto, se acordó implementarlo de manera progresiva, a partir de enero de 2022, con el 0,2 por ciento; para subirlo después a 0,5 por ciento, en 2023, y alcanzar el 1 por ciento en 2024.

No podemos esperar la reforma de pensiones, que data de octubre de 2018, para ver cómo recuperar los fondos que se hayan retirado de las cuentas de capitalización individual. Estamos en 2021 y todavía no ha habido ningún cambio en el sistema previsional, por lo que nos parece interesante que las personas puedan recuperar esos fondos a partir del aporte escalonado de los empleadores y del gobierno, para efectos de ir complementándolo.

Por último, también se ha incorporado el bono de 500.000 pesos para los transportistas, el que se pagará en paralelo con el IFE, por lo cual no sufrirán ningún descuento en ese beneficio, lo que agradezco al gobierno. Muchos transportistas me han llamado para hacerme saber que es una buena noticia para ellos; de hecho, hace poco rato recibí un llamado en tal sentido.

Agradezco al gobierno por hacerse cargo de las más de tres millones de personas que no fueron contempladas en los retiros, producto de tener saldo cero o muy cercano a cero. El gobierno hace bien y por eso agradezco que haya flexibilizado su posición respecto del reintegro escalonado de fondos y con aporte del Estado, y también respecto…

El señor PAULSEN (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Amaro Labra .

El señor LABRA.-

Señor Presidente, vamos a aprobar en general la iniciativa y rechazaremos la disposición que define el bono como cotización, así como el artículo segundo, que impone cotizaciones adicionales.

El proyecto de ley, en su versión original, incluía los siguientes puntos:

El artículo primero contemplaba un bono de 200.0000 pesos para aquellas personas que tuvieran saldo cero en su cuenta de capitalización individual en las AFP.

El artículo segundo imponía dos puntos de cotización previsional adicional. En el caso del trabajador dependiente, 1 punto será de cargo del empleador y el otro punto será de cargo fiscal, y en el caso del trabajador independiente un punto será de su cargo y el otro del Estado.

En la Comisión de Trabajo y Seguridad Social se avanzó en incorporar como beneficiarios del bono, de cargo fiscal, a aquellas personas que, al 31 de marzo de 2021, habían tenido un saldo inferior a 200.000 pesos, cuyo monto ascenderá a la cantidad que resulte necesaria para completar los 200.000 pesos.

Tal como salió de la Comisión de Trabajo, el pago del bono de cargo fiscal se hará a través de las AFP e irá a la cuenta de capitalización individual, ya que se perdió la admisibilidad de la indicación para modificar este aspecto. También se avanzó en suprimir el artículo segundo, que incorporaba los dos puntos adicionales de cotización.

La Comisión de Hacienda repuso el artículo segundo, que incluye la cotización adicional propuesta por el gobierno, e incorporó un bono de apoyo a los conductores del transporte remunerado de pasajeros para aquellos que hayan postulado con anterioridad a la fecha de publicación de la ley N° 21.323.

Es evidente el fracaso del sistema de cotización individual -es una verdad extendida y profunda-, y por eso hemos apurado para que los recursos lleguen rápidamente a las personas. Y lo hemos conseguido porfiando en la Comisión de Trabajo, por lo que esto no es solamente gracias al gobierno, sino que gracias a los trabajadores y trabajadoras que necesitan de estos recursos y, en ese sentido, hemos insistido en que se necesita una renta básica universal.

Vamos a solicitar votación separada para que el retiro sea lo más rápido y efectivo posible, para que todas las personas sean mucho más felices de lo que hoy son.

El gobierno debe dejar de cuidar tanto la billetera y preocuparse más de las personas.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Gastón Saavedra .

El señor SAAVEDRA.-

Señor Presidente, el momento que vivimos como sociedad requiere decisiones y definiciones muy precisas y muy certeras. Chile -lo hemos dicho hasta la saciedad no tiene seguridad social y por eso surgen estos problemas que cuesta tanto solucionar.

Vamos a aprobar el bono de 200.000 pesos para quienes no tienen fondos en sus cuentas de ahorro previsional y también para quienes tienen menos de esa cifra en sus cuentas individuales. Lo hacemos porque sabemos de la necesidad de aquellos que hoy están sin trabajo y sin recursos, pero, por otra parte, no estamos disponibles para aprobar una disposición que subrepticiamente el gobierno pretende instalar, que es una reforma previsional encubierta. Además, a las AFP se les entregarían dos puntos de cotización. Uno sería por parte del Estado, pero cuando uno observa la realidad socioeconómica de los chilenos y piensa en una persona con un ingreso promedio de 500.000 pesos, ese ahorro del 1 por ciento corresponde a 5.000 pesos mensuales, que al año serían 60.000 pesos; es decir, en treinta años recuperarían 1.800.000 pesos. Entonces, ¿cuál es el beneficio en materia de seguridad social para mejorar sus pensiones?

Por otra parte, se le carga en un punto a las pequeñas y medianas empresas y a las microempresas que hoy no perciben una solución para abordar el desafío de mantenerse en pie como proveedoras de empleo y generadoras de riqueza para el país. Eso no es lo que requiere Chile, ni es lo que requieren las pequeñas y medianas empresas.

Además, a los trabajadores independientes, que boletean, que laboran a honorarios, también les recargamos en un punto el pago de este porcentaje que el gobierno ha definido para recuperar los recursos de los retiros del 10 por ciento de las AFP.

¿Por qué tuvimos que recurrir a los retiros del 10 por ciento? Porque no tenemos seguridad social. Y el camino -lo reitero una vez más es resolver, de una vez por todas, estos problemas de fondo en Chile, y para eso necesitamos un nuevo sistema previsional, que sea solidario y de reparto, para asegurar buenas pensiones; además se requiere una renta básica universal de emergencia, para salvar a aquellas familias que no tienen ingresos, porque no tienen trabajo o desarrollan empleos informales. Para sostener estas dos cosas, por supuesto, necesitamos una reforma tributaria que garantice la sostenibilidad de estas medidas.

Por lo tanto, los socialistas vamos a concurrir con nuestros votos para aprobar el bono de 200.000 pesos, pero, al mismo tiempo, vamos a rechazar esta reforma previsional encubierta, porque no es lo que requiere el país. Lo que necesitamos es seguridad social, renta básica universal de emergencia y buenas pensiones para los chilenos.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, la diputada Marcela Sandoval .

La señora SANDOVAL (doña Marcela) [vía telemática].-

Señor Presidente, lo hemos dicho en varios ocasiones y lo seguiremos diciendo cuantas veces sea necesario: las ayudas estatales han sido insuficientes y en extremo focalizadas.

El Congreso Nacional tuvo que recurrir, sabiendo que era una solución ineficiente, a la posibilidad de que trabajadores y trabajadoras hicieran uso de sus fondos previsionales para poder subsistir: los retiros del 10 por ciento de sus cuentas en las AFP.

El dramático alcance de la pandemia y la precariedad de nuestro sistema de pensiones ha dado cuenta de que miles de chilenos y chilenas ya no disponen de los fondos necesarios en sus cuentas de capitalización individual, por lo que ni siquiera podrían recurrir a esta alternativa de emergencia que son los retiros de fondos previsionales.

Frente a esto, la respuesta del Ejecutivo fue ingresar esta propuesta de bono de 200.000 pesos, que hoy vamos a votar, para quienes, con ocasión de los retiros del 10 por ciento, quedaron con saldo cero en sus cuentas. Desde la oposición, en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, como también han señalado algunos diputados, logramos que el Ejecutivo se allanara a ampliar el alcance de la medida, para que llegara a personas que en sus cuentas tuvieran un saldo menor a 200.000 pesos. Nos parecía una señal mínima de justicia ante tanta carencia.

Ahora bien, junto con el bono, se incorporó una verdadera reforma de pensiones encubierta, que supone el aumento de 1 por ciento en la cotización de todos los afiliados, con cargo al empleador o trabajador independiente, y un aporte directo del Estado a las AFP, por medio del 1 por ciento extra a cada cotización que realice el o la trabajadora.

Rechazamos categóricamente que se pretenda vincular la asignación de un bono con una reforma previsional encubierta, aprovechando esta dramática contingencia para incorporar más fondos a la especulación bursátil. Cualquier modificación a nuestro sistema de pensiones debe ser discutida en el contexto de una reforma previsional que aspire, en primer lugar, a introducir solidaridad al sistema.

Sin duda, las AFP son hoy un problema para miles de chilenos y chilenas que tienen pensiones de hambre. Por eso, pretender modificar el régimen en el sentido contrario a las pensiones como manifestación del derecho a la seguridad social es aprovecharse de la contingencia, y eso nos parece impresentable.

Pese a lo anterior, estamos conscientes de la urgencia y es por eso que en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social lo dijimos y lo volvemos a reiterar en la Sala: apoyaremos lo relativo al bono de 200.000 pesos, aunque consideramos que su entrega no debe servir como una oportunidad para inyectar más fondos a la especulación de las AFP.

Por último, desde el Frente Amplio y desde Revolución Democrática seguiremos insistiendo en una renta básica universal que ayude en forma sustantiva y duradera a las familias. Cuando hablamos de dignidad, este gobierno debe saber que muchos chilenos aspiran a vivir dignamente, pero eso implica mayor esfuerzo del Estado y una renta básica universal es lo que necesita el…

El señor PAULSEN (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señora diputada. Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Andrés Molina .

El señor MOLINA (vía telemática).-

Señor Presidente, quiero felicitar al gobierno, ya que por fin se reconoce que hay 3 millones de personas que no tienen nada en sus fondos. Nadie se acordó de esos 3 millones de personas, nadie habló de resolver su problema, sino que fue el gobierno, a través de la propuesta, que hizo ese día domingo, de tercer retiro, pero además para resolver el problema a 3 millones de personas al dar una señal con este bono de 200.000 pesos.

Además, en la comisión fuimos escuchados por el gobierno, pues no solamente las personas que quedaron con un saldo igual a cero en sus cuentas de capitalización individual obtendrán este bono, sino también aquellas personas que no habían retirado todos sus recursos y a quienes les quedaba menos de esa cantidad, las que también entraron supliendo estos

200.000 pesos y estamos llegando a 3.500.000 de personas. ¡Bien! ¡Por fin! ¡Pero reconozcámoslo: para la oposición, nada de lo que ha hecho este gobierno ha sido suficiente! Es justo reconocer, de una vez por todas, la labor del ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda , y del ministro del Trabajo y Previsión Social, Patricio Melero , quienes han resuelto un problema que acarreaban estas personas.

Ojalá que la gente no tuviera que hacerlo, pero muchas personas están retirando su plata de las AFP, porque tienen miedo, porque creen que van a nacionalizar el dinero. Efectivamente, casi el 60 por ciento de las personas que han echado mano de los retiros no han ocupado los recursos, sino que los han depositado en su cuenta corriente o en su CuentaRUT, donde hay depositados más 3.000 millones de dólares. ¿Por qué? Porque la gente, con todo lo que escucha, piensa que se van a ir con su plata, que se la va a llevar el Estado y que nunca más la verá. Eso es lo que piensa la gente. Hoy se niegan a que el Estado entregue un 1 por ciento de aporte y, además, que se diga a las empresas que hagan un esfuerzo, no ahora, sino en un año más, de modo de ir de a poquito supliendo recursos.

En esto sí hay un cambio, pero la reforma de pensiones está en el Senado. ¿Quién tiene detenida su tramitación? ¡La oposición, pues! Aquí dicen que no, que hay que esperar para saber qué va a suceder con el 6 por ciento adicional de cotizaciones.

Espero que se entienda que hoy la gran mayoría de los chilenos no se traga el cuentito de que las AFP son malas y que son culpables. ¡No son culpables! Se habla de grandes utilidades, pero si se saca la cuenta, las AFP cobran 2.000 pesos mensuales por concepto de administración. Ojalá cobraran de manera diferenciada entre los que más tienen y los que menos tienen. Eso se puede arreglar, pero no son más de 2.000 pesos los que una AFP cobra por ese concepto; sin embargo, como se trata de muchas personas, aparecen miles de millones de pesos por concepto de utilidades, y eso es lo que queda en la retina de la gente. Además, si una persona deja la plata depositada en una AFP, esta le cobra menos que un banco.

Por lo tanto, dejemos de demonizar. Lo que debemos hacer es trabajar para resolver el tema de las pensiones. En ese sentido, pido que hagamos todos los esfuerzos para que, junto con el Senado, resolvamos de una vez por todas este problema que lleva quince años esperando.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Alejandro Bernales .

El señor BERNALES (vía telemática).-

Señor Presidente, en el marco de la presente discusión, la primera pregunta que uno se hace es por qué el bono de 200.000 pesos no se incluyó en el proyecto de tercer retiro de 10 por ciento de fondos de AFP. Si el gobierno hubiese dialogado y se hubiese sumado a esa instancia de discusión parlamentaria hoy la ciudadanía estaría en proceso de solicitar o, tal vez, retirando esos 200.000 pesos. Sin embargo, el gobierno prefirió dar la vuelta larga, recurrir al Tribunal Constitucional, donde le salió el tiro por la culata, por lo que debió presentar aparte este proyecto que entrega un bono, el que, reitero, la ciudadanía ya podría estar recibiendo.

Como bancadas del Partido Liberal y de Nuevo Trato vamos a apoyar la entrega de estos 200.000 pesos. Así me lo han pedido las vecinas y los vecinos de la Región de Los Lagos, porque quienes no tienen fondos en las AFP o presentan saldos inferiores a 200.000 pesos lo necesitan. En todo caso, es necesario señalar que las personas que tengan saldo en sus cuentas de AFP recibirán el complemento necesario hasta completar 200.000 pesos. Ello se debe al trabajo hecho por las y los colegas que estuvieron disputando esta idea en las comisiones correspondientes, la que nos alegra que se haya considerado.

En la Región de Los Lagos hay muchas comunas que están en cuarentena. Sus vecinos necesitan apoyo económico. Lamentablemente, hemos visto casos como el del distrito N° 25 -no lo represento, pero está en mi región-, donde existen comunas profundamente afectadas, pero que han recibido muy poca ayuda por parte de distintos servicios. Frutillar, por ejemplo, está en cuarentena y necesita apoyo, porque hay muchas pymes y personas que no lo están pasando para nada bien, y el bono viene a ser un alivio.

Por último, señalo que rechazaré la fórmula que busca el reintegro del 2 por ciento de las cotizaciones, cargando un 1 por ciento al empleador y otro 1 por ciento al Estado, porque creemos que es una materia que amerita una discusión distinta. Tenemos que discutir sobre las pensiones, pero en una iniciativa distinta. No podemos mezclar el bono de 200.000 pesos con los reintegros de fondos a las AFP.

Señor Presidente, anuncio que votaremos a favor el bono de 200.000 pesos. Ojalá puedan abordarse lo antes posible las otras materias a que he hecho referencia.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Diego Schalper .

El señor SCHALPER.-

Señor Presidente, honorable Sala, me parece que el presente proyecto viene a resolver un problema que no advirtieron aquellos que empujaron el proyecto de ley que dio origen a esta iniciativa: 3.000.000 de personas quedarán sin un peso en su cuenta de ahorro previsional. Por lo tanto, contribuir con un aporte de 200.000 pesos al menos permitirá tener la tranquilidad de que va a haber una dosis importante de justicia.

Me alegro de que hayamos llegado a acuerdo respecto de lo que muchas personas nos preguntaron con angustia, esto es, qué pasará en caso de que la cuenta de ahorro individual tenga 20.000 pesos o 30.000 pesos. Se resolvió que a todo aquel que tenga menos de 200.000 pesos en su cuenta individual se le pagará el diferencial.

Lo que no me explico es lo del reintegro. No puedo creer que a la centroizquierda chilena, que cree en la seguridad social y en el ahorro obligatorio, le sea indiferente que se reintegren los fondos. Ya era increíble que haya creído en la solución neoliberal del retiro, pero que no quiera reintegrar los fondos a las cuentas de ahorro previsional quiere decir que no entendió nada de seguridad social, nada de ahorro obligatorio, que es un triunfo, justamente, de la centroizquierda en la historia de la humanidad.

Repito: que se oponga al reintegro de fondos es algo que no logro explicarme.

Sucede, señor Presidente, que a la centroizquierda no le gusta que haya un aporte de 1 por ciento por parte del Estado a las cuentas de ahorro de los trabajadores. Como dijo el diputado Frank Sauerbaum , no he visto cosa más parecida a la solidaridad que, con cargo al presupuesto del Estado, se reintegre la plata a las cuentas de ahorro de los trabajadores y no a las AFP, como se ha dicho casi majaderamente. También me parece una buena noticia que el otro 1 por ciento lo pague el empleador, con tope.

¿Cuándo va a ser el día que tengamos el coraje y la entereza para discutir sobre la reforma previsional? ¿Hasta cuándo el Senado tiene trancada las expectativas de los adultos mayores?

En tiempo de campaña, muchos, torta en mano, visitamos a adultos mayores y les prometemos el oro y el moro, pero cuando llega el momento de aprobar la reforma previsional, la oposición la tranca en el Senado, porque aspira a que el 6 por ciento de cotización adicional vaya al Estado.

De los autores de “Las AFP estatales” -primera saga de la película hemos llegado a la segunda patita: “El ente estatal”. Creo que le pusieron una sigla.

Señor Presidente, dejémonos de dilatar esa discusión y ayudemos a los adultos mayores. Debemos ser capaces de que mejoren sus pensiones, porque si seguimos licuando los fondos de pensiones y, como contrapartida, no hay reintegro, no habrá reforma previsional, no habrá mayor cotización. Si sigue habiendo lagunas previsionales, tendremos el bonito espectáculo que ya se está dando al otro lado de la cordillera.

Votaré a favor el proyecto. Ojalá tengamos la entereza de resolver el problema de los adultos mayores, a quienes, probablemente, iremos a ver en un par de semanas.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Iván Flores .

El señor FLORES (don Iván).-

Señor Presidente, por su intermedio saludo al ministro de Hacienda, quien está presente en la Sala junto al ministro secretario general de la Presidencia.

Tanto empujón, tanto insistir en que el tercer retiro era el mecanismo más rápido para dar respiro a millones de personas que lo están pasando mal o que están perdiendo sus negocios o sus actividades propias e informales, pese a que es dinero de la propia gente, indispensable para su vejez, su jubilación; sin embargo, ante la lentitud de la respuesta del gobierno en las ayudas, que no fueron del todo oportunas ni tampoco del todo contundentes y eficaces, no nos quedó otra alternativa que tramitar los retiros de los fondos de pensiones.

Con franqueza, celebro que el gobierno enviara a tramitación el proyecto para entregar un bono de 200.000 pesos a quienes retiraron todos su ahorros y no tienen más respiro que el de recibir este bono, porque se les terminaron los fondos en sus cuentas de ahorro previsional. No obstante, nuevamente vemos el regateo, la letra chica, la condición inaceptable de hacer por la ventana una minirreforma previsional de cotización adicional del 2 por ciento: 1 por ciento aportado por los empleadores, con la obligación de que principalmente sean las microempresas y las pequeñas y medianas empresas las que tengan que hacer este aporte -son la mayoría de las empresas de Chile-, y 1 por ciento por parte del Estado, pero con un tope. Eso no lo vamos a aceptar.

Por lo tanto, la oposición va a aprobar el bono de 200.000 pesos, porque le servirá a más de dos millones y medio de personas que se vieron en la obligación de sacar sus escasos fondos y hoy no tienen nada, pero va a rechazar el reintegro del 2 por ciento, porque, primero, es una reforma de pensiones de facto; segundo, porque es un golpe en la cara a los cientos de miles de microempresas y pequeñas empresas que tendrían la obligación de cotizar el 1 por ciento; tercero, porque el 1 por ciento del aporte del Estado es una falacia, puesto que tiene un tope, y también porque ese 2 por ciento irá a las AFP, en circunstancias de que habíamos acordado que ante un eventual aumento de cotización no iba a ir un peso más a ellas.

Finalmente, valoro el compromiso respecto de lo ofrecido, con el bono de 200.000 pesos, pero no aceptaremos el reintegro del 2 por ciento, y menos si va a las AFP.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Ricardo Celis .

El señor CELIS (don Ricardo).-

Señor Presidente, aquí la pregunta es: ¿quiénes van a pagar los efectos de esta pandemia sanitaria, social y económica? Obviamente, hasta el momento, quienes han estado pagando los efectos de la pandemia han sido los ciudadanos. De hecho, en la práctica, las personas han aportado más del doble que el Estado para afrontar todos los efectos económicos y familiares que ha tenido la pandemia.

En ese sentido, es bienvenida -la saludamos y felicitamos la decisión de incorporar un bono de 200.000 pesos para aquellos que hicieron retiros de las AFP y que, por tener pocos fondos generalmente son las personas más jóvenes o las que han tenido trabajos más informales o irregulares-, sacaron todo y se quedaron en cero. Por lo tanto, aquí hay una forma de salvar esa situación.

Además, es bienvenido que se haga un aporte adicional a aquellas personas que tengan menos de 200.000 pesos de fondos previsionales, para que finalmente alcancen los 200.000 pesos.

Obviamente, lo que no es bienvenido es el reintegro, porque no es misterio que para la oposición y para gran parte de la ciudadanía las AFP están en discusión. La administración y la forma de las AFP no gustan a los chilenos como mecanismo de seguridad social.

Por lo tanto, cuando el gobierno mete de contrabando este 2 por ciento y, además, grava a todas las empresas por igual, no es menor, porque justamente quienes han sufrido los efectos de la pandemia, además de las personas, han sido las pymes.

Por otra parte, el gobierno ha estado conversando sobre la necesidad de aportar mil millones adicionales a las pymes, aparte de lo que ha aportado. Creemos que es poco y que hay que aportar más, pero ese no es el punto en discusión. Hoy el gobierno dice a las pymes que tienen que hacer un aporte adicional del 1 por ciento a las AFP, es decir, a empresas que no han tenido ninguna una pérdida y que finalmente han seguido teniendo utilidades. En el último tiempo ha habido retiro de utilidades por parte de empresarios que participan en esas empresas. Entonces, nos parece que eso no es adecuado.

Por lo tanto, vamos a votar en contra de aquello y a favor del aporte de 200.000 pesos, y lo felicitamos. Meter de contrabando este 2 por ciento para las AFP es realmente un error garrafal, que no vamos a apoyar, porque, como dije al inicio de mi intervención, no nos parecen las AFP como empresas respecto del tema…

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Esteban Velásquez .

El señor VELÁSQUEZ (don Esteban).-

Señor Presidente, generalmente, cuando discutimos proyectos como este, aparecen frases modelo, como “hemos llegado a importantes acuerdos” o “se valoran estos acuerdos”; pero creo que es bueno recordar la historia de por qué llegamos a discutir este tipo de bonos y de reintegros.

Ello tiene que ver con la ausencia de una política estatal en relación con algo que está pidiendo hace bastante rato no solo el Parlamento, sino también la ciudadanía y todos aquellos entendidos en estos temas, cual es que lleguemos con rentas de carácter universal, y si no llegamos al ciento por ciento de las personas, que al menos tengan esa orientación universal y sean sin la excesiva focalización. Lo digo, porque justamente eso ha llevado a este momento de discusión.

A la ausencia de política pública agreguemos un primer retiro, un segundo retiro, un tercer retiro y un Tribunal Constitucional (TC) que le dio un portazo al gobierno y lo hizo decir que se entregará un bono de 200.000 pesos.

Si esos mismos 200.000 pesos hubiesen sido propuestos por el gobierno hace seis u ocho meses, con transferencias directas, indudablemente que se hubiese fortalecido, porque todos aspirábamos a eso.

Por lo tanto, el gobierno, en esta política pública de los empujones, en que casi a regañadientes, cuando ya no tiene ninguna alternativa, presenta estas propuestas para entregar recursos, finalmente se enreda, porque tampoco corresponde a lo que anuncia. Ahí aparece el reintegro que los colegas ya han analizado, a través del cual se pretende entregar recursos a las AFP, cuando eso corresponde a otra reforma, a otra discusión política e ideológica válida sobre la base de los pensamientos de cada uno de los sectores que está representado en el Parlamento.

Respecto de la entrega de este bono, ¿quién se va a oponer?, ¿quién va a votar en contra? Va a ser respaldado, porque, finalmente, es un mal menor.

Si estamos con ganas de entregar recursos, es importante que no lo olvidemos mañana cuando votemos el proyecto del royalty minero, porque, efectivamente, con ese impuesto podemos obtener recursos frescos, nuevos, y no vamos a dañar a ninguna empresa ni a ningún sector. Sencillamente, va a llegar un mayor aporte fresco de alguien que puede compensar más al Estado.

Ojalá que mañana alcancemos verdaderos y valiosos acuerdos, porque yo diría que este es un acuerdito para que el gobierno se sostenga en La Moneda y, a lo mejor, la llamada clase política sienta que no ha echado por tierra esta débil, pero a veces tramposa democracia.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Eduardo Durán .

El señor DURÁN (don Eduardo).-

Señor Presidente, mi abuelita decía: “Con plata se compran huevos”. ¡Vaya qué verdad! Para satisfacer las necesidades del país, claro que se requieren recursos, sobre todo en estos tiempos de pandemia.

Pero aquí hay dos cosas que tenemos que separar y dejar bien en claro para que la gente entienda. Una de esas cosas es el carril de la reforma al sistema de pensiones. Esa pelota está trancada en el Senado. Todos sabemos quién tiene trancada esa puerta: la izquierda, que no permite que ese proyecto tenga un despacho expedito, como lo tuvo aquí en la Cámara de Diputados.

La otra cosa son las urgencias de la pandemia, que han dejado al descubierto problemas que se arrastran por muchos años; no son problemas que se originaron en este gobierno. En eso no seamos mezquinos ni egoístas.

Aprobamos los tres retiros de los fondos previsionales, porque era necesario en su momento, y así la Cámara de Diputados los dio por evacuados. Pero con el tercer retiro hubo gente que quedó con saldos menores, impedida de poder retirar. Para esa gente se originó este proyecto en el gobierno, para que ella tuviera la posibilidad de recibir un bono de 200.000 pesos. Sin duda, eso es bueno, porque, de lo contrario, esa gente -más de tres millones de cotizantes no podría haber sacado ningún recurso.

Lamentablemente, con esto no vamos a resolver los problemas económicos de las familias, y será necesario un ingreso universal, como lo hemos pedido desde todos los sectores, incluyendo, en nuestro caso, a nuestros precandidatos presidenciales Mario Desbordes y Joaquín Lavín .

Para eso necesitamos recursos, que se deben conseguir a través de una reforma tributaria con carácter solidario y del endeudamiento. Debemos conseguir esos recursos a través de un acuerdo transversal generoso, para que podamos dejar atrás los dramas que por años se han mantenido en nuestro país.

Aquello a lo que hoy nos convoca este proyecto es muy positivo. Valoramos la iniciativa del gobierno y que los ahorros previsionales puedan reponerse de alguna forma. No podemos desfondar así como así los recursos que están en las AFP, porque son para la jubilación del futuro.

Lamento que existan parlamentarios que, antes de que la gente haya realizado el tercer retiro, piensen en un cuarto, en un quinto y en “n+1” retiros a futuro. Eso es jugar con las expectativas de la gente. Ojalá no tengamos que llegar a un cuarto retiro, pero para eso es necesario un ingreso universal que alcance a todos los chilenos.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Marcos Ilabaca .

El señor ILABACA.-

Señor Presidente, quiero recordar por qué estamos discutiendo un proyecto de estas características.

Estamos discutiendo este proyecto porque hemos tenido un gobierno ciego, sordo y mudo: un gobierno que no ve, un gobierno que no escucha y un gobierno que no dialoga. Dice que dialoga a través de discursos grandilocuentes en La Moneda, pero lo cierto es que no se sienta a conversar en serio; no escucha.

Cuando comenzamos la tramitación del proyecto del tercer retiro, le dijimos desde la Comisión de Constitución: “Señor Presidente Piñera , sentémonos a conversar y trabajemos en conjunto para buscar alguna modalidad que permita, en términos universales, dar solución a los problemas que vive la gente”.

Uno habría esperado no desarrollar una política pública como la que se desarrolló. Claramente, habría sido ideal haber aprobado una renta básica de emergencia hace bastante tiempo. Sin embargo, como tenemos un gobierno que no escucha y que no dialoga, en este proceso de discusión nos vimos enfrentados con el tercer retiro. Y gracias a la resolución del Tribunal Constitucional, que le pegó un verdadero portazo a este gobierno, que es un muy mal gobierno, el Ejecutivo se vio obligado a presentar una solución.

Creo que todos, desde un comienzo, dijimos que faltaban 2.900.000 chilenos que requieren una solución, pero esa solución tiene solamente un responsable para poder entregarla: el gobierno del Presidente Sebastián Piñera .

Hoy, como bancada del Partido Socialista, vamos a aprobar la entrega del bono de 200.000 pesos para esas personas, porque lo hemos pedido desde el primer día, pero insisto en la invitación que hemos hecho desde el día uno: “Señor Presidente Piñera , póngase en los zapatos de Chile y de los chilenos. Señor Presidente Piñera , trabajemos para encontrar una forma de recaudar recursos a través de los impuestos, sobre todo de aquellos que más tienen. Por eso se presentó el proyecto de impuesto a los superricos y el de royalty minero. Señor Presidente Piñera, entreguemos una solución de verdad con una renta básica de emergencia y no sigamos haciendo soportar el costo de la pandemia en los hombros de los chilenos”.

El gobierno, que se encuentra en los últimos meses de su gestión, no tiene vuelta atrás y debe dedicarse a lo que le queda, que es administrar el Estado. Pero en ese proceso de administración hay que invitar al Ejecutivo -aprovecho que está presente el Ministro de Hacienda a que dialoguemos en serio. Por eso valoro enormemente el trabajo que ha desarrollado la senadora Provoste en base a la generación de acuerdos mínimos comunes, porque eso requiere Chile: sentarnos en la casa de todos, que es el Congreso Nacional, a buscar soluciones reales para la gente.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Joanna Pérez .

La señora PÉREZ (doña Joanna).-

Señor Presidente, hoy estamos definiendo un bono, pero podríamos haber hecho mejor las cosas desde un principio. Este bono es lo que en su momento se había ofrecido justamente para parar el tercer retiro. Y hoy lo discutimos en la Sala luego de haber logrado mejorar, de alguna manera, aquello que el Ejecutivo había dicho que iba a llegar a casi tres millones de personas. Con la indicación presentada por los diputados Silber y Ascencio , logramos incorporar en el proyecto a más de 600.000 personas que no tenían cero pesos en sus cuentas de AFP -requisito que el gobierno quería establecer para acceder al beneficio-, sino probablemente un poco más: 30.000 o 50.000 pesos. Por ello, acordamos que también se pueda ir en acompañamiento y en apoyo de esas personas por la vía de suplementar esos montos de sus saldos de AFP hasta llegar a 200.000 pesos.

Cuando trabajamos en la reforma previsional dijimos “ni un peso más a las AFP del 6 por ciento de aporte adicional de los empleadores y también del aporte estatal”. El gobierno insistió con una reforma camuflada, en circunstancias de que la idea, como hemos dicho siempre desde la oposición, es que esa materia debe tratarse en una reforma de pensiones. Por eso rechazamos la propuesta del gobierno y vamos a insistir en que tenemos que lograr de buena manera, y no soslayando lo que ya hemos conversado y acordado, la fórmula para generar una nueva forma de recaudación y que la gente reintegre los fondos previsionales, que es lo el gobierno quiere. Por lo tanto, creo que en ello el gobierno tiene algo que hacer.

En la Comisión de Hacienda logramos incorporar una deuda que teníamos y un compromiso que había asumido el gobierno cuando tratamos lo relativo al bono para los transportistas; por cierto que hoy eso se valora.

Lamentablemente, hoy seguiremos solo acompañando, pero es necesario un trabajo mayor. Vamos a respaldar el trabajo que está haciendo desde el Senado nuestra senadora Yasna Provoste , en conjunto con nuestra senadora Ximena Rincón y con toda la bancada de la Democracia Cristiana. Pero también queremos dejar bien en claro que no vamos a soslayar aquello que hemos instalado, como la entrega de una renta básica universal, iniciativa que presentamos hace un año y que todavía es necesaria. Hoy hemos logrado un consenso para ello. Para eso también necesitamos un plan tributario en el que incorporemos las iniciativas que hemos trabajado en la Cámara: royalty minero, impuesto a los superricos y, por cierto, exenciones.

Por eso, esta bancada va a apoyar esta iniciativa, pero va a ser consecuente con lo que hemos ido escribiendo en esta historia. Vamos a aprobar este proyecto, pero vamos a insistir en los temas que la oposición plantea.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Tucapel Jiménez .

El señor JIMÉNEZ (vía telemática).-

Señor Presidente, lo saludo a usted, a la Mesa y a los colegas.

Desde un comienzo dijimos que el monto de 200.000 pesos no era suficiente. Uno comprende que es una ayuda, pero no lo que necesitan hoy las familias chilenas. Sin embargo, nadie se puede oponer o votar en contra una ayuda que, en el fondo, es humanitaria.

Lo que hicimos en la Comisión de Trabajo fue reparar una injusticia, cual es que del universo de personas que iban a recibir el bono de 200.000 pesos, es decir, aquellas con saldo cero, quedaban fuera los cotizantes que tenían un bajísimo monto de ahorros previsionales a lo largo del tiempo y que nunca tuvieron saldo cero. Son más de 600.000 personas. Nosotros presentamos una indicación para reparar aquello, se suspendió la sesión de la comisión y el gobierno se allanó a esa propuesta. En el fondo, lo que hizo fue patrocinar la indicación de la oposición, con lo cual se favoreció a más de 600.000 personas y aumentó el gasto fiscal. Eso se valora; siempre hay que valorar cuando se aumenta la cobertura o se llega con ayuda a las familias chilenas.

Respecto del 2 por ciento, lo hemos dicho en todos los tonos: lo rechazamos en la comisión y lo vamos a rechazar ahora. Creemos que esa materia debe tratarse en una discusión completamente aparte, como es la de la reforma previsional.

Me llama la atención que al principio no había claridad en si era un 2 por ciento adicional, de modo que se pudiera llegar al 8 por ciento, o si era un 2 por ciento del 6 por ciento. Al parecer, es esto último. Si es del 6 por ciento, me parece que esa propuesta sería dar un portazo a la posibilidad de diálogo que hay en el Senado, porque la gran diferencia que hemos tenido con el gobierno es que nosotros queremos que el 6 por ciento de cotización adicional vaya en su totalidad a solidaridad, pero el gobierno ha dicho que quiere que se distribuya en 3 por ciento a solidaridad y 3 por ciento a cuentas individuales. Sin embargo, si está imponiendo este 2 por ciento dentro del 6 por ciento adicional, en el fondo –reitero indirectamente le está dando un portazo a cualquier conversación o posibilidad de acuerdo en el Senado. Me parece que ese no es el camino correcto. Si quería cerrar la puerta o dar ese portazo, debería haberlo hecho directamente con los senadores.

En la Comisión de Trabajo se leyó una carta que enviaron los trasportistas y taxistas. Pedí que la leyeran para que la escucharan los ministros. Veo que la propuesta se acogió en la Comisión de Hacienda, que consiste en un préstamo solidario y de apoyo para los microempresarios y para los conductores de transporte. Ese era un compromiso que tenía el gobierno, que los trasportistas y taxistas hicieron ver a través de esa carta. Insisto en que se la leímos a los ministros y, al parecer, fue acogida en la Comisión de Hacienda, lo que se valora.

Siempre nos dicen que reclamamos porque es poca plata, pero también proponemos formas de recaudar.

Por favor, hay que legislar sobre el royalty minero, sobre el impuesto a los superricos, mayores impuestos a las empresas y a quienes ganan más. Eso debe hacerse ahora. Sobre todo, hay que legislar sobre las exenciones tributarias, particularmente las otorgadas bajo la modalidad de renta presunta, porque la verdad es que eso no lo entiende nadie y es una vergüenza.

En consecuencia, vamos a votar a favor el primer artículo, pero rechazaremos el segundo.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el ministro del Trabajo y Previsión Social, señor Patricio Melero Abaroa .

El señor MELERO (ministro del Trabajo y Previsión Social) [vía telemática].-

Señor Presidente, a estas alturas del debate, quiero hacer énfasis en el carácter mixto que tiene este proyecto de ley, porque durante su discusión se ha desdibujado uno de sus dos componentes, el cual, además del bono, dice relación con la urgente necesidad de avanzar en un mecanismo de recuperación de los fondos de pensiones que se han solicitado en estos días y de los que se han extraído en los dos primeros giros, los que ya fueron tramitados totalmente. El tercer retiro de esos fondos se empezará a pagar pronto a los chilenos.

Las estimaciones que ha hecho la Superintendencia de Pensiones señalan que el retiro total consumado en esos tres procesos superará con holgura los 50.000 millones de dólares. Estamos hablando de 50.000 millones de dólares menos en las cuentas individuales de los chilenos; 50.000 millones de dólares menos para financiar pensiones a futuro, y 50.000 millones de dólares que se distraen de uno de los elementos fundamentales que ha de tener la reforma previsional, que apunta justamente en la dirección de elevar la cotización para incrementar la densidad del ahorro. Por eso se planteó aumentarla en seis puntos.

Digo esto porque al momento de votar será muy importante tener conciencia de que, si se rechazan los mecanismos de recuperación, se dejará abierto el daño previsional que eso genera. La Superintendencia de Pensiones ha sido muy clara en señalar que eso podría ocasionar una caída del orden de 28 por ciento en las pensiones futuras.

El 2 por ciento de cotización adicional que se ha propuesto, que se descompone en un 1 por ciento de cargo del empleador y en otro 1 por ciento que pone el Estado, con un tope de 0,3 UF, va justamente en esa dirección, de recuperar lo que se ha retirado.

Si no hacemos eso, se producirán impactos en las pensiones como el que ejemplificaré a continuación, con el caso de una mujer chilena con un salario promedio y con una densidad de ahorro de 46,23 por ciento. Luego de cinco años de su afiliación, ese 2 por ciento adicional se traducirá en que la caída en su pensión cuando se jubile será solo de 6 por ciento, en lugar de 21 por ciento, porque todavía tendrá un largo periodo de tiempo para recuperar su fondo de cotización.

Si tomamos el caso de esa misma mujer con veinte años de cotizaciones antes del retiro, si empieza a recuperar por la vía del 2 por ciento de cotización adicional, el impacto negativo en la disminución de su pensión será de 7 por ciento en lugar de 16 por ciento.

En el caso de los hombres, a una persona con cinco años de cotizaciones le significará disminuir el impacto negativo de menos 14 por ciento a menos 1 por ciento. Si tiene veinte años de cotizaciones antes del retiro, ese impacto será de 11 por ciento en lugar de 18 por ciento.

Digo esto para dimensionar el daño previsional que estos giros están provocando en el país, así como para reiterar la necesidad de establecer un mecanismo de recuperación. Actualmente no tenemos otro mecanismo para hacerlo, como no sea a través del sistema vigente, que corresponde a las cuentas individuales de las AFP.

La crítica que se nos hace es que esta sería una forma encubierta de llevar adelante un cambio en el sistema previsional, en circunstancias de que ya existe un proyecto en etapa final de tramitación en el Senado. Esa crítica no puede estar más alejada del propósito del gobierno.

Estamos siendo coherentes en dos direcciones. La primera de ellas es que el tercer retiro, aprobado y planteado por la oposición fundamentalmente, contempla el 1 por ciento de cotización voluntaria. Además, establece una bonificación adicional, también sobre la cuenta individual, para quienes posterguen su jubilación. Nosotros hemos tomado ese concepto de recuperación que instaló la oposición en modalidad voluntaria, pero creemos que hoy es imperativo hacerla obligatoria.

En segundo lugar, la propuesta del gobierno es coherente con lo que ya fue aprobado en la Cámara de Diputados, que estableció una cotización adicional de 6 por ciento, dividida en 3 por ciento depositado en las cuentas individuales y en 3 por ciento depositado en un fondo de ahorro colectivo solidario. Además, es coherente con una indicación del Ejecutivo que planteó esa misma distribución en el Senado.

Eso no se ha resuelto, sino que está en plena deliberación. Por consiguiente, ¿qué hace el Ejecutivo? ¿Se niega a recuperar los fondos? ¿Dice: “Es que, como de momento no se ha resuelto, no vamos a darnos la oportunidad de empezar a recuperar los fondos que se están retirando hoy”?

Hemos estado abiertos, tal como lo hemos dicho en todas las instancias, a buscar mecanismos, si se quiere, en la deliberación, para separar esas cuentas, para establecer un mecanismo a futuro, si se crea un nuevo organismo, que se concilie con este aumento de cotización, pero no vemos razón para postergar el inicio de la recuperación.

¿Qué pasa si en el marco de la discusión de la reforma previsional en el Parlamento no se llega a acuerdo respecto de un aumento en la cotización? ¿Vamos a esperar dos, tres o cuatro años más? ¿Vamos a esperar un nuevo gobierno, un nuevo Parlamento o una convención constituyente para empezar recién a preocuparnos de recuperar el daño?

Creemos que la oportunidad es ya, ahora, y no puede ser que los sesgos ideológicos nos impedan que esa plata se recupere. Se pueden establecer todos los mecanismos necesarios para atenuar la sospecha o la duda que tienen algunos respecto de esta materia, pero, como gobierno, consideramos que no tiene asidero.

No existe intención de hacer una reforma previsional paralela, sino de empezar a recuperar a tiempo, con los instrumentos que tenemos hoy, el daño previsional que se ha causado. Eso es lo que motiva el planteamiento de una cotización adicional de dos puntos.

Además, mediante una indicación presentada en la Comisión de Hacienda, que fue rechazada, propusimos que esa cotización adicional de 1 por ciento fuese gradual, partiendo con 0,2 por ciento el próximo año y siguiendo después con 0,5 por ciento, en consonancia con la inquietud que nos han planteado, sobre todo las pymes, en el sentido de que ese aporte adicional de 1 por ciento pudiese tener un impacto negativo en sus planillas.

También hemos establecido gradualidad para pagar, pero nada se quiere escuchar. Parece ser que el sesgo ideológico de lo que tenemos que enfrentar a futuro nos impide ayudar a los chilenos a recuperar el dinero que han sacado.

Un punto de cotización adicional equivale más o menos a 800 millones de dólares en un año. Si aprobáramos dos puntos, serían 1.600 millones de dólares en el mismo período. Eso nos permite concluir que demoraríamos treinta y cinco años en recuperar los más de 50.000 millones de dólares girados desde las cuentas de capitalización en las AFP. ¿Por qué negarnos a empezar a hacer ese beneficio?

El ministro de Hacienda se referirá seguramente a otros aspectos del proyecto, pero quiero resaltar la importancia de que el bono se pague a través de las cuentas individuales de las AFP. Sé que esto también ha generado muchas dudas; incluso, algunos han planteado hacerlo a través de una CuentaRUT u otros mecanismos.

Nos parece que el mecanismo más rápido y eficaz para pagar ese bono de 200.000 pesos, que tiene como objetivo fundamental empezar a recuperar el daño previsional que se ha causado, o dar la libertad al cotizante para retirarlo, es a través de la cuenta individual de las AFP, y no por otro mecanismo, en primer lugar porque las AFP ya han aprendido a hacerlo, debido a la experiencia adquirida en los tres giros de fondos previsionales.

En segundo lugar, las AFP son las instituciones que mejor saben quién tiene saldo cero o quién tiene menos de 200.000 pesos en su cuenta, y, por consiguiente, saben mejor que nadie cuál es el grupo objetivo que se va a beneficiar.

También es muy importante considerar -este es un mensaje directo a los parlamentarios que ese es el mejor mecanismo para retener las pensiones de alimentos que se deben, porque eso se legisló con ocasión del primer y del segundo retiro, tanto en la ley N° 21.254, que correspondió al primer giro, como en la ley N° 21.330, que estableció un mecanismo de retención, de subrogación, de plazos, de variables alimentarias, y de todo para que esas personas pudiesen recuperar las pensiones adeudadas.

Además, algo muy importante es que, si lo hiciéramos con un instrumento que no fuera la cuenta de la AFP, como, por ejemplo, la CuentaRUT, señalo altiro que solo el 71 por ciento de chilenos la tiene; hay un porcentaje muy alto de la población que no la tiene y que tendría que utilizar otros instrumentos, lo que hace más engorroso el asunto.

La cuenta individual de la AFP permite al chileno que reciba el bono en cuestión dejarlo ahí o retirarlo. En cambio, si ello se hace por un mecanismo distinto, no le quedará otro camino que utilizarlo, porque no hay forma de ingresar el beneficio a la cuenta de ahorro para la jubilación.

Estas son las razones que nos motivaron a plantear la recuperación de los ahorros previsionales retirados; estos son los mecanismos que consideramos más expeditos y fáciles.

Por último, quiero agradecer la buena disposición de las comisiones de Trabajo y de Hacienda en el acuerdo final que se logró para ampliar el beneficio, no a 3.000.000 de chilenos, sino a cerca de 3.600.000, con los complementos que se darán a quienes tengan saldos inferiores a los 200.000 pesos en sus cuentas de capitalización individual, con la ayuda del Estado para enterarlo totalmente.

Muchas gracias, señor Presidente.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Juan Antonio Coloma .

El señor COLOMA.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a los ministros del Trabajo y Previsión Social, señor Melero ; de Hacienda, señor Cerda -el personero se encuentra en la Sala presente-, y de la Segpres, señor Ossa .

A ellos doy las gracias por habernos escuchado, por haber flexibilizado su postura y por haber presentado la ley en proyecto, que permite que 3.600.000 personas que se quedaron sin fondos previsionales puedan tener plata para el retiro.

Esta iniciativa, para ser honesto, no la propusimos nosotros, sino Joaquín Lavín , hace un par de meses, cuando pidió al gobierno apoyar a las personas que no tenían dinero en su cuenta de la AFP. ¡Gracias al gobierno por haber escuchado!

Gracias al gobierno por haber escuchado y haber modificado la forma en que se entrega el beneficio a los transportistas para que no se les descuente del IFE, para que puedan tener sus recursos, para que cuando reciban los 500.000 pesos del bono, después no se les haga un descuento en las otras ayudas del Estado. ¡Gracias al gobierno por haber escuchado!

Y gracias al gobierno por partir haciendo justicia. Muchos de los que están acá han repetido hasta el cansancio que los trabajadores pagan la crisis, y ahora que queremos empezar a devolver la plata a los trabajadores se oponen. Pero lo que no dicen es que muchos de ustedes tienen sus cuentas de APV en las mismas AFP, con beneficios tributarios.

Si tienen APV, ¿por qué se niegan a que a los chilenos les llegue plata en sus cuentas de capitalización individual? Por motivos ideológicos. No quieren que el trabajador tenga dinero en su cuenta para que en el futuro pueda jubilar mejor o para que pueda hacer uso de esos recursos si después tenemos otra crisis. Ustedes tienen plata en la cuenta de APV, y se niegan a que a los trabajadores les llegue una cotización adicional de 2 por ciento.

Según ustedes, los trabajadores han pagado la crisis; por tanto, llegó el momento de que les empecemos a devolver la plata, pero con su voto en contra no lo podremos hacer.

Ojalá que ustedes no pensaran solo en cómo torpedear al gobierno, en cómo hacerle un daño con una votación y reflexionaran que si no tuvieran los recursos que hoy tienen en cuentas APV, con beneficios tributarios, quizás hoy estarían pidiendo esto que se propone.

Gracias al gobierno por el bono de los 200.000 pesos, tal como lo pidió Joaquín Lavín . Gracias al gobierno por haber flexibilizado su postura y plantear la entrega de un bono para aquellas personas que, a pesar de tener plata en sus cuentas individuales, tengan menos de 200.000 pesos.

Gracias al gobierno por haber hecho una modificación con respecto al IFE.

Esperamos un poquito de consecuencia. Si no queremos que los trabajadores paguen la crisis, dejemos que se les devuelva el 2 por ciento a sus cuentas de capitalización individual. Y no sigan negándose a esto, porque ellos, a diferencia de ustedes, no tienen plata en cuentas APV.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Luis Rocafull .

El señor ROCAFULL.-

Señor Presidente, por supuesto que uno se motiva cuando escucha al diputado Schalper o al diputado Coloma .

En primer lugar, quiero reconocer al Presidente de la República por el cuarto retiro, porque eso significa lo que estamos haciendo hoy: el Presidente envió al Congreso un proyecto de ley para que todas las personas que tengan cero pesos en ahorros previsionales puedan retirar plata de la AFP, y para ello las subsidia con 200.000 pesos. Por tanto, sin duda, apoyaremos con fuerza la iniciativa. Podrán cometerse algunas injusticias, pero aquello me parece bien.

En segundo término, en cuanto a lo que decían el ministro Melero y el diputado Schalper respecto a este sesgo ideológico, señalo que aquí no se trata del 1 por ciento más, del 2 por ciento menos o del 3 por ciento, sino de que no queremos el sistema de AFP. ¡Ese es el problema!

Entonces, hoy se quiere perpetuar un sistema con el que la mayoría de los chilenos no está de acuerdo, y nosotros no podemos votar eso a favor. ¡Es imposible que lo hagamos! El gobierno está borrando el acuerdo que hizo en La Moneda con usted, señor Presidente, con la Presidenta del Senado, en el sentido de poder dialogar y llegar a acuerdos. Eso no es posible cuando se está legislando a espaldas del otro: se está discutiendo un proyecto en el Senado, y hoy el Presidente pretende, a través de esta iniciativa, aumentar en dos puntos la cotización previsional. ¡Ese es el problema!

¿El problema será de alguna manera para las pymes? ¡El problema será para los independientes! Los independientes van a tener un gasto previsional en un 1 por ciento más alto.

Entonces, por supuesto que estamos de acuerdo con los 200.000 pesos y con la reparación que se hace a los transportistas, pero totalmente en desacuerdo con aumentar la cotización previsional.

Como señalé, hoy se está tramitando un proyecto en tal sentido, y tiene que culminar como corresponde. Pero también hay que honrar los acuerdos, la palabra. El Presidente de la República se comprometió con el Congreso a avanzar de alguna manera en un entendimiento, y con esto está echando pie atrás.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado José Pérez .

El señor PÉREZ (don José) [vía telemática].-

Señor Presidente, he escuchado con mucha atención a los diferentes diputados y diputadas que han intervenido, y por supuesto que nadie se va a oponer a este bono de 200.000 pesos, que en el fondo es un aporte que se hace a las cuentas de los ahorrantes para que lleguen a esa cifra, porque al que tiene 190.000 pesos y no pudo hacer retiro de fondos por tener menos de 200.000 le van a poner 10.000 nomás. Ministro, ¿es así o no?

Entonces, ¿qué costo tienen para el Estado estas 3.600.000 personas que recibirán el beneficio? Porque se trata de un bonito, un bono pequeño que no resolverá nada.

La gente que retiró sus ahorros previsionales y que hoy tiene 10.000, 50.000 o 150.000 pesos en su cuenta de capitalización individual no puede hacer el retiro de fondos si no se le da la cantidad que necesita para tal efecto.

Pero a quienes están en cuarentena y que tienen problemas estos 200.000 pesos de muy poco les van a servir para atender las necesidades de su grupo familiar.

Ahora, veamos qué significa esto. Como señalé, se trata de un pequeño bono que no resuelve nada. Entonces, hay que avanzar en soluciones más definitivas en forma inmediata para que la gente pueda recibir recursos y vivir en su hogar con tranquilidad, sin la permanente preocupación de no tener cómo alimentar a la familia.

¡Este es un bono, un aguinaldo no sé de qué! Seguramente de vísperas de las próximas elecciones municipales. Bueno, de algo servirá; pero es pequeñísimo, y la verdad de las cosas –insisto es que no resuelve nada.

Ahora, si pensamos qué pasa con las cuentas individuales de las AFP y por qué la gente ha hecho un entusiasta primer, segundo y tercer retiros del 10 por ciento, y hará efectivas todas las posibilidades que tenga de los demás retiros que vengan, eso se explica porque las personas están convencidas de que en las AFP los recursos no tienen ninguna rentabilidad importante.

El negocio que hacen las AFP va en beneficio de unos pocos: sus administradores. Y son cariñosas con algunos parlamentarios, con ciertas personas involucradas en el gobierno. ¡Claro que sí! Por eso están preocupados del reintegro de fondos, del 1 por ciento adicional de cotización del trabajador independiente o de la parte patronal y también del Estado.

El ministro dijo que se trata de una suma de dinero importante, esto es, 800 millones de dólares anuales que el Estado estaría entregando a las AFP por el 1 por ciento de incremento de cotización. Entonces, ¿para qué seguir engordando a un animal que no da leche, estimadas diputadas y estimados diputados? Eso es lo que debemos tener en mente y ver cómo terminamos con este sistema de ahorro que no beneficia a los afiliados, porque cuando los negocios son malos, deben pagar las pérdidas, pero cuando son buenos, no se reparten las utilidades con ellos.

Por eso hay un descontento, y por eso la gente no quiere seguir con el sistema de AFP, ya que es el peor sistema de administración de fondos de pensiones, porque no reparte utilidades como debería ser.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Alejandro Santana .

El señor SANTANA (don Alejandro).-

Señor Presidente, hoy se amplía un derecho para beneficiar a los tres millones y medio de chilenas y chilenos que, producto de sus saldos insuficientes, no podían acceder a un tercer retiro de su fondo de pensiones, conforme a los términos establecidos en el proyecto de ley que aprobamos la semana antepasada.

Esto demuestra que hay consideración. Alguien decía por ahí que este es un bono o un aguinaldo, pero que es poco. Es cierto, pero lo que habíamos aprobado previamente en la Cámara de Diputados y en el Senado era nada para esa gente. Por eso, tenemos que valorar esta iniciativa, y espero que se apruebe por una amplia mayoría.

Asimismo, se debe valorar lo que dice relación con el bono para los transportistas, que también es un avance importante, sobre todo por la oportunidad en que se está entregando.

No obstante, hay un punto que demuestra que el debate ideológico está por sobre el bienestar de las personas, de los cotizantes, por sobre los trabajadores, en especial para un número importante de mujeres jefas de hogar, y es -a mi juicio que hay parlamentarios que se niegan a aprobar la restitución de estos fondos.

Durante casi un año hemos escuchado críticas de la oposición que señalan que los trabajadores han tenido que ser parte de la solución o salir del paso con sus propios recursos. Hoy, el gobierno propone recuperar parte de esos recursos, pero hay parlamentarios de la oposición que se niegan a aprobarlo.

¿Quién los entiende? Eso demuestra que hay una visión ideológica obstruccionista que no permite avanzar más de lo que todos esperan: que después de los retiros se implemente un proceso de recuperación.

Si hoy estamos hablando de esto es por lo siguiente: porque si bien el 20 de enero de 2020 en la Cámara de Diputados aprobamos la reforma de pensiones, la izquierda, la oposición obstruccionista no ha permitido que se logre aprobar la reforma en el Senado, para aumentar en 6 por ciento la cotización previsional, respecto de la cual existió acuerdo en un principio.

En ese aspecto, los espacios están acotados. Esto demuestra por qué nadie ha rentabilizado con el populismo. Nadie puede decir hoy que su posición obstruccionista en el Congreso Nacional le ha permitido rentar en términos electorales y que tiene una buena valoración de la ciudadanía; todo lo contrario: tienen una pésima evaluación de la ciudadanía. ¿Por qué? Porque abusan de la inteligencia de las chilenas y de los chilenos. Tratan de vender humo y no lo logran, porque sabemos que esta situación de los retiros ha sido -podríamos decirlo de esa forma extremadamente necesaria, pero también tenemos que hacernos parte de la solución para recuperar esos fondos.

Nosotros, como bancada, aprobaremos las dos propuestas, sobre todo porque hay una fórmula de gradualidad en la implementación del aporte de los empleadores, lo que, a mi juicio, se condice con la realidad que estamos viviendo.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Miguel Ángel Calisto .

El señor CALISTO.-

Señor Presidente, el proyecto en debate beneficia a las trabajadoras y a los trabajadores de Chile mediante la entrega de un bono para todas aquellas personas que hayan tenido saldo cero en sus cuentas de capitalización individual en el periodo comprendido entre el primer retiro y el 31 de marzo de este año. Se trata, aproximadamente, de tres millones de personas que ya no tienen ahorros previsionales.

Además, gracias a una indicación que propusimos desde la Democracia Cristiana, particularmente a través de los diputados Gabriel Silber y Gabriel Ascencio , se beneficiará a quienes tengan menos de 200.000 pesos en sus cuentas de capitalización individual, mediante el aporte de un complemento que les permita retirar dicha cantidad; la diferencia será financiada por el fisco. Por tanto, ya no es tajante que solo se beneficiará a aquellos que tenían saldo cero, pues se incorpora también a aquellos trabajadores que, por ejemplo, tienen 100.000 o 15.000 pesos, a quienes el Estado les complementará la diferencia, a través de este proyecto, hasta llegar a los 200.000 pesos.

También me parece positivo el mecanismo de depósito a través de las cuentas de capitalización individual que los trabajadores mantienen en las AFP, porque la gente ya puede hacer hoy esos retiros. Hacerlo a través de las CuentaRUT parecía, inicialmente, una buena alternativa, pero hay mucha gente que no tiene esa cuenta, lo que dificultaba llegar con este beneficio a todas las familias chilenas.

Todo esto nos parece que está bien, pero no estamos dispuestos al reintegro; no estamos dispuestos a seguir inyectando recursos a las AFP, y creemos que este proyecto, en la forma en que se presenta, es un reintegro solapado, es tratar de hacer una reforma de pensiones de manera solapada.

Pido al gobierno y al Congreso Nacional que todos pongamos de nuestra parte. Se requiere avanzar en una reforma real de pensiones en nuestro país. Hoy la gente gana pensiones míseras. Por eso es tan importante que debatamos en serio; que permitamos la libertad, porque también hay gente que quiere mantener sus fondos en las AFP. La idea es que demos alternativas, como la AFP estatal o las cooperativas; abramos un sistema que realmente dé seguridad social.

Demos esa discusión. No perdamos esta oportunidad que nos da hoy la historia, no perdamos la posibilidad de hacer una reforma de previsional a causa de nuestras diferencias. La gente requiere mejorar sus pensiones, pero, lamentablemente, nosotros, el Congreso Nacional, junto con el gobierno, les estamos dando nuevamente un portazo a todos los chilenos y chilenas respecto de la posibilidad de mejorar sus jubilaciones.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Raúl Soto .

El señor SOTO (don Raúl).-

Señor Presidente, por supuesto que vamos a votar a favor y a apoyar que lleguen recursos a quienes los necesitan en medio de esta crisis sanitaria, económica y social.

Estoy hablando del famoso bono de 200.000 pesos para los 3.000.000 de chilenos y chilenas que se han quedado con saldo cero en sus cuentas individuales de las AFP, tras los anteriores retiros. ¿Cómo podríamos oponernos a aquello, Presidente? Fue aprobado en ambas comisiones y lo vamos a ratificar ahora, en la Sala.

Obviamente, nos hubiese gustado una apertura del Ejecutivo a incorporar un bono de una cuantía mayor, ya que consideramos que 200.000 pesos son insuficientes aún, dado que la profundidad de la crisis es mucha.

Valoramos también que desde la oposición se haya corrido el cerco de lo posible, incorporando a 600.000 beneficiarios que estaban originalmente fuera. Me refiero a aquellos que no tienen saldo cero, pero que tienen un saldo inferior a 200.000 pesos, a los cuales se les podrá complementar el saldo para que también sean beneficiarios del bono, hasta completar los 200.000 pesos. Buenas noticias también para esas 600.000 personas.

No obstante, que quede claro que no vamos a aceptar, por ningún motivo, una reforma previsional de contrabando. Porque lo que acá ha ocurrido -seamos claros al respecto es que el Mercedes Benz del hermano del Presidente Piñera se está quedando en pana de bencina.

¿Qué quiere hacer hoy el gobierno a costa del Congreso Nacional, aprovechando el impulso del tercer retiro? Echarle bencina al Mercedes Benz ; tratar de reimpulsarlo, de profundizarlo, cuando lo que queremos desde la oposición, y no me cabe ninguna duda de que es también lo que quiere la mayoría de los chilenos y chilenas, es un cambio profundo y estructural al fracasado sistema de AFP. Eso no lo vamos a validar.

Como oposición hemos sido proactivos mediante la entrega de propuestas de soluciones para posibles reintegros a través de un bono de reconocimiento por parte del Estado o a través de un fondo solidario. Pero más mercado, más individualismo y más AFP, por supuesto que no, señor Presidente. Que ese debate se radique donde corresponde, que es en la reforma previsional, no en este proyecto y no en el tercer retiro.

Ni un peso más para las AFP. Por supuesto, eso lo vamos a votar en contra, para lo cual pediremos votación separada. Eso sí, vamos a aprobar el bono de 200.000 pesos.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Cerrado el debate.

Corresponde votar en general el artículo primero del proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales, en las condiciones que indica, que requiere para su aprobación el voto favorable de 78 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 139 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Eguiguren Correa , Francisco , Marzán Pinto , Carolina , Saavedra Chandía , Gastón , Alessandri Vergara , Jorge , Fernández Allende, Maya , Mellado Pino , Cosme , Sabag Villalobos , Jorge , Alinco Bustos , René , Flores García, Iván , Mellado Suazo , Miguel , Saffirio Espinoza , René , Álvarez Ramírez , Sebastián , Flores Oporto , Camila , Mirosevic Verdugo , Vlado , Saldívar Auger, Raúl , Álvarez Vera , Jenny , Fuentes Barros, Tomás Andrés , Mix Jiménez , Claudia , Sandoval Osorio , Marcela , Amar Mancilla, Sandra , Fuenzalida Cobo, Juan , Monsalve Benavides , Manuel , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Ascencio Mansilla , Gabriel , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Moraga Mamani , Rubén , Santana Castillo, Juan , Auth Stewart , Pepe , Gahona Salazar , Sergio , Morales Muñoz , Celso , Santana Tirachini , Alejandro , Baltolu Rasera, Nino , Galleguillos Castillo , Ramón , Morán Bahamondes , Camilo , Santibáñez Novoa , Marisela , Barrera Moreno , Boris , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Sauerbaum Muñoz , Frank , Barros Montero , Ramón , Girardi Lavín , Cristina , Muñoz González , Francesca , Schalper Sepúlveda , Diego , Berger Fett , Bernardo , González Gatica , Félix , Naranjo Ortiz , Jaime , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bernales Maldonado , Alejandro , González Torres , Rodrigo , Noman Garrido , Nicolás , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bianchi Retamales , Karim , Hernández Hernández , Javier , Norambuena Farías, Iván , Sepúlveda Soto , Alexis , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Arancibia , Daniel , Silber Romo , Gabriel , Boric Font , Gabriel , Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Urrutia , Paulina , Soto Mardones, Raúl , Brito Hasbún , Jorge , Hoffmann Opazo , María José , Nuyado Ancapichún , Emilia , Teillier Del Valle , Guillermo , Calisto Águila , Miguel Ángel , Ibáñez Cotroneo , Diego , Olivera De La Fuente , Erika , Tohá González , Jaime , Cariola Oliva , Karol , Ilabaca Cerda , Marcos , Orsini Pascal , Maite , Torres Jeldes , Víctor , Carter Fernández , Álvaro , Jackson Drago , Giorgio , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Trisotti Martínez , Renzo , Castillo Muñoz , Natalia , Jiles Moreno , Pamela , Pardo Sáinz , Luis , Troncoso Hellman , Virginia , Castro Bascuñán , José Miguel , Jiménez Fuentes , Tucapel , Parra Sauterel , Andrea , Undurraga Gazitúa , Francisco , Castro González, Juan Luis , Jürgensen Rundshagen , Harry , Paulsen Kehr , Diego , Urrutia Bonilla , Ignacio , Celis Araya , Ricardo , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Arriagada , José , Urrutia Soto , Osvaldo , Celis Montt , Andrés , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cicardini Milla , Daniella , Kort Garriga , Issa , Pérez Olea , Joanna , Vallejo Dowling , Camila , Cid Versalovic , Sofía , Kuschel Silva , Carlos , Prieto Lorca , Pablo , Van Rysselberghe , Herrera , Enrique , Coloma Álamos, Juan Antonio , Labbé Martínez , Cristian , Ramírez Diez , Guillermo , Velásquez Núñez , Esteban , Crispi Serrano , Miguel , Labra Sepúlveda , Amaro , Rathgeb Schifferli , Jorge , Venegas Cárdenas , Mario , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Lavín León , Joaquín , Rey Martínez, Hugo , Verdessi Belemmi , Daniel , Cuevas Contreras, Nora , Leiva Carvajal, Raúl , Rocafull López , Luis , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Del Real Mihovilovic , Catalina , Longton Herrera , Andrés , Rojas Valderrama , Camila , Walker Prieto , Matías , Díaz Díaz , Marcelo , Lorenzini Basso , Pablo , Romero Sáez , Leonidas , Winter Etcheberry , Gonzalo , Durán Espinoza , Jorge , Luck Urban , Karin , Rosas Barrientos , Patricio , Yeomans Araya , Gael , Durán Salinas , Eduardo , Macaya Danús , Javier , Rubio Escobar , Patricia .

El señor PAULSEN (Presidente).-

Se da por aprobado en general el artículo transitorio con la misma votación, por ser una consecuencia del artículo aprobado.

Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda además aprobado en particular, con la misma votación, dejándose constancia de haberse alcanzado el quorum constitucional requerido, con la salvedad del inciso segundo del artículo primero y de los artículos segundo, tercero y cuarto permanentes, y de los artículos primero, tercero y cuarto transitorios incorporados por la Comision de Hacienda.

En consecuencia, corresponde votar en particular el inciso segundo del artículo primero permanente, que requiere para su aprobación el voto favorable de 78 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 90 votos; por la negativa, 48 votos. Hubo 5 abstenciones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Eguiguren Correa , Francisco , Marzán Pinto , Carolina , Rosas Barrientos , Patricio , Álvarez Ramírez , Sebastián , Flores Oporto , Camila , Mellado Pino , Cosme , Sabag Villalobos , Jorge , Álvarez Vera , Jenny , Fuentes Barros, Tomás Andrés , Mellado Suazo , Miguel , Saldívar Auger, Raúl , Amar Mancilla, Sandra , Fuenzalida Cobo, Juan , Molina Magofke , Andrés , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Ascencio Mansilla , Gabriel , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Monsalve Benavides , Manuel , Santana Tirachini , Alejandro , Baltolu Rasera, Nino , Gahona Salazar , Sergio , Morales Muñoz , Celso , Sauerbaum Muñoz , Frank , Barros Montero , Ramón , Galleguillos Castillo , Ramón , Morán Bahamondes , Camilo , Schalper Sepúlveda , Diego , Berger Fett , Bernardo , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bernales Maldonado , Alejandro , González Torres , Rodrigo , Muñoz González , Francesca , Sepúlveda Soto , Alexis , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hernández Hernández , Javier , Noman Garrido , Nicolás , Soto Ferrada , Leonardo , Carter Fernández , Álvaro , Hoffmann Opazo , María José , Norambuena Farías, Iván , Soto Mardones, Raúl , Castillo Muñoz , Natalia , Jiménez Fuentes , Tucapel , Núñez Urrutia , Paulina , Tohá González , Jaime , Castro Bascuñán , José Miguel , Jürgensen Rundshagen , Harry , Olivera De La Fuente , Erika , Trisotti Martínez , Renzo , Castro González, Juan Luis , Kast Sommerhoff , Pablo , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Troncoso Hellman , Virginia , Celis Araya , Ricardo , Keitel Bianchi , Sebastián , Pardo Sáinz , Luis , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Montt , Andrés , Kort Garriga , Issa , Parra Sauterel , Andrea , Urrutia Bonilla , Ignacio , Cicardini Milla , Daniella , Kuschel Silva , Carlos , Paulsen Kehr , Diego , Urrutia Soto , Osvaldo , Cid Versalovic , Sofía , Labbé Martínez , Cristian , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Coloma Álamos, Juan Antonio , Lavín León , Joaquín , Prieto Lorca , Pablo , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Longton Herrera , Andrés , Ramírez Diez , Guillermo , Verdessi Belemmi , Daniel , Cuevas Contreras , Nora , Lorenzini Basso , Pablo , Rey Martínez, Hugo , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Del Real Mihovilovic , Catalina , Luck Urban , Karin , Romero Sáez , Leonidas , Walker Prieto , Matías , Durán Salinas , Eduardo , Macaya Danús , Javier .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Hernando Pérez , Marcela , Naranjo Ortiz , Jaime , Santana Castillo, Juan , Alinco Bustos , René , Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Arancibia , Daniel , Santibáñez Novoa , Marisela , Auth Stewart , Pepe , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Nuyado Ancapichún , Emilia , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Barrera Moreno , Boris , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Silber Romo , Gabriel , Bianchi Retamales , Karim , Ilabaca Cerda , Marcos , Pérez Arriagada , José , Teillier Del Valle , Guillermo , Boric Font , Gabriel , Jiles Moreno , Pamela , Pérez Olea , Joanna , Torres Jeldes , Víctor , Calisto Águila , Miguel Ángel , Labra Sepúlveda , Amaro , Rocafull López , Luis , Vallejo Dowling , Camila , Cariola Oliva , Karol , Leiva Carvajal, Raúl , Rojas Valderrama , Camila , Velásquez Núñez , Esteban , Díaz Díaz , Marcelo , Matta Aragay , Manuel , Rubio Escobar , Patricia , Venegas Cárdenas , Mario , Fernández Allende , Maya , Mirosevic Verdugo , Vlado , Saavedra Chandía , Gastón , Vidal Rojas , Pablo , Flores García, Iván , Mix Jiménez , Claudia , Saffirio Espinoza , René , Winter Etcheberry , Gonzalo , González Gatica , Félix , Moraga Mamani , Rubén , Sandoval Osorio , Marcela , Yeomans Araya, Gael .

-Se abstuvieron los diputados señores:

Brito Hasbún , Jorge , Girardi Lavín , Cristina , Jackson Drago , Giorgio , Pérez Salinas , Catalina , Crispi Serrano, Miguel .

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde votar en particular el nuevo artículo segundo permanente incorporado por la Comisión de Hacienda, que requiere para su aprobación el voto favorable de 78 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 64 votos; por la negativa, 76 votos. Hubo 1 abstención.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Rechazado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Eguiguren Correa , Francisco , Lorenzini Basso , Pablo , Prieto Lorca , Pablo , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fuentes Barros, Tomás Andrés , Luck Urban , Karin , Ramírez Diez , Guillermo , Amar Mancilla, Sandra , Fuenzalida Cobo, Juan , Macaya Danús , Javier , Rey Martínez, Hugo , Baltolu Rasera, Nino , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Mellado Suazo , Miguel , Romero Sáez , Leonidas , Barros Montero , Ramón , Gahona Salazar , Sergio , Molina Magofke , Andrés , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Berger Fett , Bernardo , Galleguillos Castillo , Ramón , Morales Muñoz , Celso , Santana Tirachini , Alejandro , Bobadilla Muñoz , Sergio , García García, René Manuel , Morán Bahamondes , Camilo , Sauerbaum Muñoz , Frank , Carter Fernández , Álvaro , Hernández Hernández , Javier , Moreira Barros , Cristhian , Schalper Sepúlveda , Diego , Castro Bascuñán , José Miguel , Hoffmann Opazo , María José , Muñoz González , Francesca , Trisotti Martínez , Renzo , Celis Montt , Andrés , Jürgensen Rundshagen , Harry , Noman Garrido , Nicolás , Troncoso Hellman , Virginia , Cid Versalovic , Sofía , Kast Sommerhoff , Pablo , Norambuena Farías, Iván , Undurraga Gazitúa , Francisco , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kort Garriga , Issa , Núñez Urrutia , Paulina , Urrutia Bonilla , Ignacio , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Kuschel Silva , Carlos , Olivera De La Fuente , Erika , Urrutia Soto , Osvaldo , Cuevas Contreras , Nora , Labbé Martínez , Cristian , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Del Real Mihovilovic , Catalina , Lavín León , Joaquín , Pardo Sáinz , Luis , Van Rysselberghe , Herrera , Enrique , Durán Salinas , Eduardo , Longton Herrera , Andrés , Pérez Lahsen , Leopoldo , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Flores García, Iván , Monsalve Benavides , Manuel , Santana Castillo, Juan , Alinco Bustos , René , Flores Oporto , Camila , Moraga Mamani , Rubén , Santibáñez Novoa , Marisela , Álvarez Vera , Jenny , Girardi Lavín , Cristina , Naranjo Ortiz , Jaime , Schilling Rodríguez , Marcelo , Ascencio Mansilla , Gabriel , González Gatica , Félix , Núñez Arancibia , Daniel , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Auth Stewart , Pepe , González Torres , Rodrigo , Nuyado Ancapichún , Emilia , Sepúlveda Soto , Alexis , Barrera Moreno , Boris , Hernando Pérez , Marcela , Orsini Pascal , Maite , Silber Romo , Gabriel , Bernales Maldonado , Alejandro , Hertz Cádiz , Carmen , Parra Sauterel , Andrea , Soto Ferrada , Leonardo , Bianchi Retamales , Karim , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Paulsen Kehr , Diego , Soto Mardones, Raúl , Boric Font , Gabriel , Ilabaca Cerda , Marcos , Pérez Olea , Joanna , Teillier Del Valle , Guillermo , Brito Hasbún , Jorge , Jackson Drago , Giorgio , Pérez Salinas , Catalina , Tohá González , Jaime , Calisto Águila , Miguel Ángel , Jiles Moreno , Pamela , Rocafull López , Luis , Torres Jeldes , Víctor , Cariola Oliva , Karol , Jiménez Fuentes , Tucapel , Rojas Valderrama , Camila , Vallejo Dowling , Camila , Castillo Muñoz , Natalia , Labra Sepúlveda , Amaro , Rosas Barrientos , Patricio , Velásquez Núñez , Esteban , Castro González, Juan Luis , Leiva Carvajal, Raúl , Rubio Escobar , Patricia , Venegas Cárdenas , Mario , Celis Araya , Ricardo , Marzán Pinto , Carolina , Saavedra Chandía , Gastón , Verdessi Belemmi , Daniel , Cicardini Milla , Daniella , Matta Aragay , Manuel , Sabag Villalobos , Jorge , Vidal Rojas , Pablo , Crispi Serrano , Miguel , Mellado Pino , Cosme , Saffirio Espinoza , René , Walker Prieto , Matías , Díaz Díaz , Marcelo , Mirosevic Verdugo , Vlado , Saldívar Auger, Raúl , Winter Etcheberry , Gonzalo , Fernández Allende, Maya , Mix Jiménez , Claudia , Sandoval Osorio , Marcela , Yeomans Araya, Gael .

-Se abstuvo el diputado señor:

Pérez Arriagada, José

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde votar en particular el nuevo artículo tercero permanente incorporado por la Comisión de Hacienda, que requiere para su aprobación el voto favorable de 78 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 137 votos; por la negativa, 4 votos. No hubo abstenciones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Flores García, Iván , Mellado Pino , Cosme , Saavedra Chandía , Gastón , Alinco Bustos , René , Flores Oporto , Camila , Mellado Suazo , Miguel , Sabag Villalobos , Jorge , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fuentes Barros, Tomás Andrés , Mirosevic Verdugo , Vlado , Saldívar Auger, Raúl , Álvarez Vera , Jenny , Fuenzalida Cobo , Juan, Mix Jiménez , Claudia , Sandoval Osorio , Marcela , Amar Mancilla, Sandra , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Molina Magofke , Andrés , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Ascencio Mansilla , Gabriel , Gahona Salazar , Sergio , Monsalve Benavides , Manuel , Santana Castillo, Juan , Auth Stewart , Pepe , Galleguillos Castillo , Ramón , Moraga Mamani , Rubén , Santana Tirachini , Alejandro , Baltolu Rasera, Nino , García García, René Manuel , Morales Muñoz , Celso , Santibáñez Novoa , Marisela , Barrera Moreno , Boris , Girardi Lavín , Cristina , Morán Bahamondes , Camilo , Sauerbaum Muñoz , Frank , Barros Montero , Ramón , González Gatica , Félix , Moreira Barros , Cristhian , Schalper Sepúlveda , Diego , Berger Fett , Bernardo , González Torres , Rodrigo , Muñoz González , Francesca , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bernales Maldonado , Alejandro , Hernández Hernández , Javier , Naranjo Ortiz , Jaime , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bianchi Retamales , Karim , Hernando Pérez , Marcela , Noman Garrido , Nicolás , Sepúlveda Soto , Alexis , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hertz Cádiz , Carmen , Norambuena Farías, Iván , Silber Romo , Gabriel , Boric Font , Gabriel , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Núñez Arancibia , Daniel , Soto Ferrada , Leonardo , Brito Hasbún , Jorge , Hoffmann Opazo , María José , Núñez Urrutia , Paulina , Soto Mardones, Raúl , Calisto Águila , Miguel Ángel , Ilabaca Cerda , Marcos , Nuyado Ancapichún , Emilia , Teillier Del Valle , Guillermo , Cariola Oliva , Karol , Jackson Drago , Giorgio , Olivera De La Fuente , Erika , Tohá González , Jaime , Carter Fernández , Álvaro , Jiles Moreno , Pamela , Orsini Pascal , Maite , Torres Jeldes , Víctor , Castillo Muñoz , Natalia , Jiménez Fuentes , Tucapel , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Trisotti Martínez , Renzo , Castro Bascuñán , José Miguel , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pardo Sáinz , Luis , Troncoso Hellman , Virginia , Castro González, Juan Luis , Kast Sommerhoff , Pablo , Parra Sauterel , Andrea , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Araya , Ricardo , Kort Garriga , Issa , Paulsen Kehr , Diego , Urrutia Bonilla , Ignacio , Celis Montt , Andrés , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urrutia Soto , Osvaldo , Cicardini Milla , Daniella , Labbé Martínez , Cristian , Pérez Olea , Joanna , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cid Versalovic , Sofía , Labra Sepúlveda , Amaro , Pérez Salinas , Catalina , Vallejo Dowling , Camila , Coloma Álamos, Juan Antonio , Lavín León , Joaquín , Prieto Lorca , Pablo , Van Rysselberghe , Herrera , Enrique , Crispi Serrano , Miguel , Leiva Carvajal, Raúl , Ramírez Diez , Guillermo , Velásquez Núñez , Esteban , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Longton Herrera , Andrés , Rey Martínez, Hugo , Verdessi Belemmi , Daniel , Cuevas Contreras , Nora , Lorenzini Basso , Pablo , Rocafull López , Luis , Vidal Rojas , Pablo , Del Real Mihovilovic , Catalina , Luck Urban , Karin , Rojas Valderrama , Camila , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Díaz Díaz , Marcelo , Macaya Danús , Javier , Romero Sáez , Leonidas , Walker Prieto , Matías , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Rosas Barrientos , Patricio , Winter Etcheberry , Gonzalo , Eguiguren Correa , Francisco , Matta Aragay , Manuel , Rubio Escobar , Patricia , Yeomans Araya , Gael , Fernández Allende, Maya .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Pérez Arriagada , José , Saffirio Espinoza , René , Venegas Cárdenas, Mario .

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde votar en particular el nuevo artículo cuarto permanente incorporado por la Comisión de Hacienda, que requiere para su aprobación el voto favorable de 78 señoras y señores diputados en ejercicio.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 141 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 1 abstención.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Flores García, Iván , Mellado Pino , Cosme , Rubio Escobar , Patricia , Alinco Bustos , René , Flores Oporto , Camila , Mellado Suazo , Miguel , Saavedra Chandía , Gastón , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fuentes Barros, Tomás Andrés , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sabag Villalobos , Jorge , Álvarez Vera , Jenny , Fuenzalida Cobo , Juan, Mix Jiménez , Claudia , Saffirio Espinoza , René , Álvarez-Salamanca , Ramírez , Pedro Pablo , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Molina Magofke , Andrés , Saldívar Auger, Raúl , Amar Mancilla, Sandra , Gahona Salazar , Sergio , Monsalve Benavides , Manuel , Sandoval Osorio , Marcela , Ascencio Mansilla , Gabriel , Galleguillos Castillo , Ramón , Moraga Mamani , Rubén , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Auth Stewart , Pepe , García García, René Manuel , Morales Muñoz , Celso , Santana Castillo, Juan , Baltolu Rasera, Nino , Girardi Lavín , Cristina , Morán Bahamondes , Camilo , Santana Tirachini , Alejandro , Barrera Moreno , Boris , González Gatica , Félix , Moreira Barros , Cristhian , Santibáñez Novoa , Marisela , Barros Montero , Ramón , González Torres , Rodrigo , Muñoz González , Francesca , Sauerbaum Muñoz , Frank , Berger Fett , Bernardo , Hernández Hernández , Javier , Naranjo Ortiz , Jaime , Schalper Sepúlveda , Diego , Bernales Maldonado , Alejandro , Hernando Pérez , Marcela , Noman Garrido , Nicolás , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bianchi Retamales , Karim , Hertz Cádiz , Carmen , Norambuena Farías, Iván , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Núñez Arancibia , Daniel , Silber Romo , Gabriel , Boric Font , Gabriel , Hoffmann Opazo , María José , Núñez Urrutia , Paulina , Soto Ferrada , Leonardo , Brito Hasbún , Jorge , Ibáñez Cotroneo , Diego , Nuyado Ancapichún , Emilia , Soto Mardones, Raúl , Calisto Águila , Miguel Ángel , Ilabaca Cerda , Marcos , Olivera De La Fuente , Erika , Teillier Del Valle , Guillermo , Cariola Oliva , Karol , Jackson Drago , Giorgio , Orsini Pascal , Maite , Tohá González , Jaime , Carter Fernández , Álvaro , Jiles Moreno , Pamela , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Torres Jeldes , Víctor , Castillo Muñoz , Natalia , Jiménez Fuentes , Tucapel , Pardo Sáinz , Luis , Trisotti Martínez , Renzo , Castro Bascuñán , José Miguel , Jürgensen Rundshagen , Harry , Parra Sauterel , Andrea , Troncoso Hellman , Virginia , Castro González, Juan Luis , Kast Sommerhoff , Pablo , Paulsen Kehr , Diego , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Araya , Ricardo , Kort Garriga , Issa , Pérez Arriagada , José , Urrutia Bonilla , Ignacio , Celis Montt , Andrés , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urrutia Soto , Osvaldo , Cicardini Milla , Daniella , Labbé Martínez , Cristian , Pérez Olea , Joanna , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cid Versalovic , Sofía , Labra Sepúlveda , Amaro , Pérez Salinas , Catalina , Vallejo Dowling , Camila , Coloma Álamos, Juan Antonio , Lavín León , Joaquín , Prieto Lorca , Pablo , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Crispi Serrano , Miguel , Leiva Carvajal, Raúl , Ramírez Diez , Guillermo , Velásquez Núñez , Esteban , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Longton Herrera , Andrés , Rathgeb Schifferli , Jorge , Verdessi Belemmi , Daniel , Cuevas Contreras , Nora , Lorenzini Basso , Pablo , Rey Martínez, Hugo , Vidal Rojas , Pablo , Del Real Mihovilovic , Catalina , Luck Urban , Karin , Rocafull López , Luis , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Díaz Díaz , Marcelo , Macaya Danús , Javier , Rojas Valderrama , Camila , Walker Prieto , Matías , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Romero Sáez , Leonidas , Winter Etcheberry , Gonzalo , Eguiguren Correa , Francisco , Matta Aragay , Manuel , Rosas Barrientos , Patricio , Yeomans Araya , Gael , Fernández Allende, Maya .

-Se abstuvo el diputado señor:

Alarcón Roja, Florcita

El señor PAULSEN (Presidente).-

Los nuevos artículos primero transitorio y tercero transitorio, ambos incorporados por la Comisión de Hacienda, no se votarán, por tener directa relación con el nuevo artículo 2 permanente, incorporado por la misma comisión, que ha sido rechazado.

Corresponde votar en particular el nuevo artículo cuarto transitorio incorporado por la

Comisión de Hacienda.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 133 votos; por la negativa, 9 votos. Hubo 1 abstención.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Espinoza Sandoval , Fidel , Marzán Pinto , Carolina , Rubio Escobar , Patricia , Alessandri Vergara , Jorge , Fernández Allende, Maya , Mellado Pino , Cosme , Saavedra Chandía , Gastón , Alinco Bustos , René , Flores García, Iván , Mellado Suazo , Miguel , Sabag Villalobos , Jorge , Álvarez Ramírez , Sebastián , Flores Oporto , Camila , Mirosevic Verdugo , Vlado , Saffirio Espinoza , René , Álvarez Vera , Jenny , Fuentes Barros, Tomás Andrés , Mix Jiménez , Claudia , Saldívar Auger, Raúl , Álvarez-Salamanca , Ramírez , Pedro Pablo , Fuenzalida Cobo, Juan , Molina Magofke , Andrés , Sandoval Osorio , Marcela , Amar Mancilla, Sandra , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Monsalve Benavides , Manuel , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Ascencio Mansilla , Gabriel , Gahona Salazar , Sergio , Morales Muñoz , Celso , Santana Castillo, Juan , Auth Stewart , Pepe , Galleguillos Castillo , Ramón , Morán Bahamondes , Camilo , Santana Tirachini , Alejandro , Baltolu Rasera, Nino , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Sauerbaum Muñoz , Frank , Barros Montero , Ramón , Girardi Lavín , Cristina , Muñoz González , Francesca , Schalper Sepúlveda , Diego , Berger Fett , Bernardo , González Gatica , Félix , Naranjo Ortiz , Jaime , Schilling Rodríguez , Marcelo , Bernales Maldonado , Alejandro , González Torres , Rodrigo , Noman Garrido , Nicolás , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bianchi Retamales , Karim , Hernández Hernández , Javier , Norambuena Farías, Iván , Sepúlveda Soto , Alexis , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Urrutia , Paulina , Silber Romo , Gabriel , Boric Font , Gabriel , Hertz Cádiz , Carmen , Olivera De La Fuente , Erika , Soto Ferrada , Leonardo , Brito Hasbún , Jorge , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Orsini Pascal , Maite , Soto Mardones, Raúl , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hoffmann Opazo , María José , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Tohá González , Jaime , Carter Fernández , Álvaro , Ilabaca Cerda , Marcos , Pardo Sáinz , Luis , Torres Jeldes , Víctor , Castillo Muñoz , Natalia , Jackson Drago , Giorgio , Parra Sauterel , Andrea , Trisotti Martínez , Renzo , Castro Bascuñán , José Miguel , Jiles Moreno , Pamela , Paulsen Kehr , Diego , Undurraga Gazitúa , Francisco , Castro González, Juan Luis , Jiménez Fuentes , Tucapel , Pérez Arriagada , José , Urrutia Bonilla , Ignacio , Celis Araya , Ricardo , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urrutia Soto , Osvaldo , Celis Montt , Andrés , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Olea , Joanna , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cicardini Milla , Daniella , Kort Garriga , Issa , Pérez Salinas , Catalina , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Cid Versalovic , Sofía , Kuschel Silva , Carlos , Prieto Lorca , Pablo , Velásquez Núñez , Esteban , Coloma Álamos, Juan Antonio , Labbé Martínez , Cristian , Ramírez Diez , Guillermo , Venegas Cárdenas , Mario , Crispi Serrano , Miguel , Lavín León , Joaquín , Rathgeb Schifferli , Jorge , Verdessi Belemmi , Daniel , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Leiva Carvajal, Raúl , Rey Martínez, Hugo , Vidal Rojas , Pablo , Cuevas Contreras, Nora , Longton Herrera , Andrés , Rocafull López , Luis , Von Mühlenbrock , Zamora , Gastón , Del Real Mihovilovic , Catalina , Lorenzini Basso , Pablo , Rojas Valderrama , Camila , Walker Prieto , Matías , Díaz Díaz , Marcelo , Luck Urban , Karin , Romero Sáez , Leonidas , Winter Etcheberry , Gonzalo , Durán Salinas , Eduardo , Macaya Danús , Javier , Rosas Barrientos , Patricio , Yeomans Araya , Gael , Eguiguren Correa , Francisco .

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Barrera Moreno , Boris , Moraga Mamani , Rubén , Nuyado Ancapichún , Emilia , Teillier Del Valle , Guillermo , Cariola Oliva , Karol , Núñez Arancibia , Daniel , Santibáñez Novoa , Marisela , Vallejo Dowling , Camila , Labra Sepúlveda , Amaro .

-Se abstuvo el diputado señor:

Ibáñez Cotroneo, Diego

El señor PAULSEN (Presidente).-

Despachado el proyecto al Senado.

-o-

El señor PAULSEN (Presidente).-

Para referirse a un asunto de Reglamento, tiene la palabra la diputada Gael Yeomans .

La señorita YEOMANS (doña Gael) .-

Señor Presidente, pido que se vote en Sala la solicitud que se formuló en reunión de Comités para tratar y votar sin discusión el proyecto de ley que declara feriado irrenunciable el 15 y 16 de mayo. La Sala es soberana y, por lo tanto, también tenemos el derecho a decidir.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Agradezco su recomendación, diputada, pero eso no es cuestión de la Sala y ya fue zanjado por los Comités Parlamentarios.

Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.

1.7. Oficio Indicaciones del Ejecutivo

Indicaciones del Ejecutivo. Fecha 05 de mayo, 2021. Oficio

FOBMULA INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE UN NUEVO BONO DE CARGO FISCAL Y MECANISMOS DE RECUPERACIÓN DE AHORROS PREVISIONALES, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA (BOLETÍN Nº 14.224-13).

Santiago, 5 de mayo de 2021.

N° 072/369

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS

Honorable Cámara de Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular las siguientes indicaciones al proyecto de ley del rubro, a fin de que sean consideradas durante la discusión del mismo en el seno de esa H. Corporación:

ARTÍCULO TERCERO, NUEVO

1) Para agregar un artículo tercero, nuevo, del siguiente tenor:

"Artículo tercero. - Eliminase en el inciso cuarto del artículo 19 de la ley Nº 21.323, que Establece un Nuevo Bono Clase Media y un Préstamo Solidario para la Protección de los Ingresos de la Clase Media, la expresión: "Con todo, el monto total de las prestaciones sociales establecidas en la Partida 50, Capítulo 01, Programa 03 "Operaciones Complementarias", Subtítulo 30, Ítem 10 "Fondo Emergencia Transitorio", Glosa 26, numeral 3, literal a, de la ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021 que le corresponda recibir al hogar del beneficiario, por los meses de enero y febrero 2021, se imputará como parte del monto del Bono de Apoyo para efectos de su cálculo. En consecuencia, de la cantidad del Bono de Apoyo se deberá descontar el monto por persona de las prestaciones sociales establecidas en la referida glosa de la citada ley Nº 21.289.".

ARTÍCULO CUARTO, NUEVO

2) Para agregar un artículo cuarto, nuevo, del siguiente tenor:

"Artículo cuarto.- A los beneficiarios del Bono de Apoyo establecido en el artículo 19 de la ley Nº 21.323, que hayan postulado con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley, también les será aplicable la modificación establecida en el artículo tercer precedente.".

ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO, NUEVO

3) Para agregar un articulo cuarto transitorio, nuevo, del siguiente tenor:

"Artículo cuarto transitorio. - El mayor gasto fiscal que represente la aplicación del artículo tercero de la presente ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia, se financiará con cargo a los recursos del Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos serán provistos en las respectivas leyes de presupuesto del Sector Público.".

1.8. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 05 de mayo, 2021. Oficio en Sesión 27. Legislatura 369.

VALPARAÍSO, 5 de mayo de 2021

Oficio N° 16.581

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo del mensaje, informes y demás antecedentes que se adjuntan, la Cámara de Diputados ha aprobado el proyecto de ley que establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales, en las condiciones que indica, correspondiente al boletín N° 14.224-13, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1.- Bono de cargo fiscal. Tendrán derecho a un bono de cargo fiscal, por una sola vez, que será depositado en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, y toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia regida por éste, que al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a $200.000.-, el que se otorgará en las condiciones siguientes:

1. Respecto de aquellos afiliados que hayan retirado fondos previsionales de conformidad al artículo 1º de la ley N° 21.295 o de la disposición trigésima novena transitoria de la Constitución Política de la República y que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros, el monto del bono ascenderá a la cantidad de $200.000.-.

2. Respecto de aquellos afiliados que no se encuentren en la situación señalada en el numeral anterior, y que hayan estado afiliados al sistema privado de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, al 1 de enero del año 2021, el monto del bono ascenderá a la cantidad que resulte necesaria para completar un saldo de $200.000.- en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias al 31 de marzo de 2021.

Este bono tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

El bono será depositado por la Tesorería General de la República en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado dentro del plazo de treinta días corridos, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.

La Superintendencia de Pensiones regulará mediante norma de carácter general el procedimiento para la implementación y pago de este bono de cargo fiscal, y la forma de entrega de la información necesaria por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones sobre los saldos de las cuentas referidas.

Los afiliados beneficiarios del bono de cargo fiscal podrán realizar, de forma voluntaria, el retiro de estos fondos de conformidad a las disposiciones de la ley N° 21.330.

El pago de este bono no generará cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

Artículo 2.- Elimínase en el inciso cuarto del artículo 19 de la ley N° 21.323, que Establece un Nuevo Bono Clase Media y un Préstamo Solidario para la Protección de los Ingresos de la Clase Media, lo siguiente: “Con todo, el monto total de las prestaciones sociales establecidas en la Partida 50, Capítulo 01, Programa 03 "Operaciones Complementarias", Subtítulo 30, Ítem 10 "Fondo Emergencia Transitorio", Glosa 26, numeral 3, literal a, de la ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021 que le corresponda recibir al hogar del beneficiario, por los meses de enero y febrero 2021, se imputará como parte del monto del Bono de Apoyo para efectos de su cálculo. En consecuencia, de la cantidad del Bono de Apoyo se deberá descontar el monto por persona de las prestaciones sociales establecidas en la referida glosa de la citada ley Nº 21.289.”.

Artículo 3.- A los beneficiarios del Bono de Apoyo establecido en el artículo 19 de la ley N° 21.323, que hayan postulado con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley, también les será aplicable la modificación establecida en el artículo precedente.

Artículos transitorios

Artículo primero.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos se proveerán en las respectivas leyes de presupuestos.

Artículo segundo.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación del artículo 2 de la presente ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos serán provistos en las respectivas leyes de presupuesto del Sector Público.”.

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Hago presente a V.E., que el proyecto de ley fue aprobado en general con el voto a favor de 139 diputados.

Por su parte, la aprobación en particular de las disposiciones del proyecto de ley, se produjo de la forma que a continuación se indica:

- El artículo 1, con excepción de su inciso segundo, por 139 votos.

- El inciso segundo del artículo 1, por 90 votos.

- El artículo 2, con el voto de 137 diputados.

- El artículo 3, con el voto de 141 diputados.

En todos los casos anteriores, la votación se produjo respecto de un total de 154 diputados en ejercicio, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

Dios guarde a V.E.

DIEGO PAULSEN KEHR

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisiones Unidas

Senado. Fecha 06 de mayo, 2021. Informe de Comisiones Unidas en Sesión 28. Legislatura 369.

?INFORME DE LAS COMISIONES DE HACIENDA Y DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, UNIDAS, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales, en las condiciones que indica.

BOLETÍN N° 14.224-13

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HONORABLE SENADO:

Vuestras Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social, unidas, tienen el honor de informar acerca del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

Hacemos presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, las Comisiones unidas discutieron en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto a cuyo respecto el Ejecutivo ha dispuesto su “discusión inmediata”.

A la sesión que celebraron las Comisiones unidas asistió, además de sus integrantes, el Honorable Senador señor Alejandro Navarro.

Asimismo, concurrieron:

Del Ministerio de Hacienda, el Ministro, señor Rodrigo Cerda; el Subsecretario, señor Alejandro Weber; la Coordinadora de Políticas Laborales, señora Silvia Leiva, y el Coordinador Legislativo, señor José Riquelme.

De la Dirección de Presupuestos, la Directora, señora Cristina Torres.

Del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el Ministro, señor Patricio Melero, la Jefa de Estudios, señora Úrsula Schwarzhupt; el Coordinador Legislativo, señor Francisco Del Río, y los asesores, señora Mónica Titze y señor Miguel Ángel Pelayo.

De la Superintendencia de Pensiones, el Superintendente, señor Osvaldo Macías, y el Fiscal, señor Mario Valderrama.

La asesora del Honorable Senador Coloma, señora Carolina Infante.

El asesor del Honorable Senador Galilea, señor Benjamín Lagos.

El asesor de la Honorable Senadora Goic, señor Juan Pablo Severin.

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Cabe hacer presente que con fecha 5 de mayo de 2021 la Sala del Senado acordó que el proyecto debía ser analizado de manera conjunta por las Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social.

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NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL

Los artículos 1, 2 y 3 deben ser aprobados con quórum calificado, por cuanto regulan el ejercicio del derecho a la seguridad social, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 19, Nº 18º, de la Constitución Política de la República, en relación a lo establecido en el artículo 66, inciso tercero, de la Carta Fundamental.

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OBJETIVOS DEL PROYECTO

Establece un bono de cargo fiscal al que tendrán derecho, por una sola vez, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, y toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia regida por éste, que al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a $200.000.-, el que se otorgará en las condiciones que se señalan hasta completar un saldo de $200.000.

Asimismo, elimina la imputación que el artículo 19 de la ley N° 21.323, que establece un nuevo bono clase media, efectúa de las prestaciones sociales del “Fondo Emergencia Transitorio”, de la ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021 que le corresponda recibir al hogar del beneficiario, por los meses de enero y febrero 2021, respecto del monto del Bono de Apoyo para efectos de su cálculo. Además, a los beneficiarios del Bono de Apoyo que hayan postulado con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley, también les será aplicable la modificación referida.

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ANTECEDENTES

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I. ANTECEDENTES JURÍDICOS

1) Decreto ley N° 3.500, de 1980, que establece nuevo Sistema de Pensiones.

2) La disposición trigésimo novena transitoria de la Constitución Política de la República.

3) Ley N° 21.330, que modifica la Carta Fundamental para establecer y regular un mecanismo excepcional de retiro de fondos previsionales y anticipo de rentas vitalicias, en las condiciones que indica.

4) Ley N° 21.323, que establece un Nuevo Bono Clase Media y un Préstamo Solidario para la Protección de los Ingresos de la Clase Media.

5) Ley N° 21.289, de presupuestos del sector público para el año 2021.

6) Ley N° 21.295, que establece un retiro único y extraordinario de fondos previsionales en las condiciones que indica.

II. ANTECEDENTES DE HECHO

El Mensaje que da origen al proyecto de ley fundamenta su propuesta en los siguientes términos:

Señala que llevamos más de 15 meses enfrentados a la peor contingencia sanitaria que nos ha azotado en los últimos 100 años, la cual ha afectado profundamente a millones de personas en el mundo y en Chile.

Afirma que desde el inicio de la pandemia causada por la enfermedad denominada COVID-19, como Ejecutivo se han preocupado por generar mecanismos adecuados para proteger la salud de las personas, sus empleos y los ingresos y emprendimientos de las familias.

Expone que, asimismo, desde muy temprano, y con el aporte y esfuerzo de muchos, se fortaleció la red de salud para prestar las atenciones médicas que las personas necesitan. Se puso en marcha un rápido y masivo plan de vacunación, que nos permitirá vacunar al 80% de la población objetivo a fines del primer semestre de 2021.

Agrega que también, gracias a la capacidad de diálogo, buena voluntad y espíritu constructivo entre el Gobierno y el H. Congreso Nacional, se puso en marcha una Red de Protección Social, que permanentemente se ha fortalecido y ampliado. Estas ayudas, si bien no resuelven todos los problemas, significan un alivio para las familias. Entre ellas, cabe destacar la entrega del Bono para la Clase Media y Préstamo Solidario (ley N°21.242 y ley N°21.252); el bono de emergencia Covid-19 (ley N° 21.225); el Ingreso Familiar de Emergencia (ley N° 21.230); la Ley de Protección al Empleo (ley N° 21.227); la Ley que flexibiliza transitoriamente los requisitos de acceso e incrementa el monto de las prestaciones al Seguro de Desempleo (ley N° 21.263); la ley que establece beneficios para padres, madres y cuidadores de niños o niñas (ley N° 21.247); del Programa de Subsidios al Empleo; la capitalización del FOGAPE y facilidades de otorgamiento de créditos para Pymes (ley N° 21.229). Recientemente, se aprobó un nuevo Bono Clase Media y Préstamo Solidario (ley N° 21.323) y se amplió la cobertura del Ingreso Familiar de Emergencia, el cual se entregará al 80% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares. Estas medidas en conjunto benefician a más de 15 millones de chilenos.

Expone que saben que, dada la intensidad y extensión de la pandemia y la consecuente recesión, estas ayudas no son suficientes. Por tanto, añade, seguirán fortaleciendo, ampliando y simplificando la Red de Protección Social, de acuerdo a las necesidades de la gente, reiterando su compromiso con que esa Red de Protección Social estará disponible durante todo el tiempo que las familias lo necesiten.

Explica que la recientemente aprobada y publicada ley N° 21.330, que modifica la Constitución Política de la República incorporando una nueva disposición quincuagésima transitoria, establece y regula un mecanismo excepcional de retiro de parte de los fondos previsionales, en las condiciones que indica, permite realizar voluntaria y excepcionalmente un nuevo retiro de hasta el 10% de los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, estableciéndose como monto máximo el equivalente a 150 Unidades de Fomento. Asimismo, dicha ley faculta a los pensionados o sus beneficiarios por renta vitalicia, por una sola vez y de forma voluntaria, a adelantar el pago de sus rentas vitalicias hasta por un monto equivalente al 10% del valor correspondiente a la reserva técnica que mantenga el pensionado en la respectiva compañía de seguros para cubrir el pago de sus pensiones, con un tope máximo de 150 Unidades de Fomento.

Recuerda que, a su vez, antecedieron a la ley N° 21.330, la ley N° 21.248, reforma constitucional que permite el retiro excepcional de los fondos acumulados de capitalización individual en las condiciones que indica, y la ley N° 21.295, que establece un retiro único y extraordinario de fondos previsionales en las condiciones que indica.

Señala que el proyecto de ley complementa la reforma constitucional recientemente aprobada por el H. Congreso Nacional, otorgando beneficios a aproximadamente 3 millones de cotizantes que, producto de los retiros de sus fondos previsionales, hayan tenido saldo cero en sus cuentas individuales de capitalización.

Adicionalmente, asevera, se establecen mecanismos de recuperación de los ahorros previsionales retirados, para incrementar estos ahorros y mejorar las pensiones futuras de los trabajadores, hayan o no efectuado retiros de sus fondos previsionales.

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DISCUSIÓN EN GENERAL

Al darse inicio a la discusión del proyecto, el Honorable Senador señor Letelier planteó que en las Comisiones unidas debiese aprobarse lo que viene de la Cámara de Diputados y dejar todo el resto de la discusión para otro debate más extenso.

El Honorable Senador señor Galilea manifestó que efectuar enmiendas retrasaría la aprobación del proyecto de ley y las aristas que no fueron aprobadas en la Cámara de Diputados deben ser analizadas en una discusión más extensa.

La Honorable Senadora señora Rincón concordó con lo planteado precedentemente, no obstante, consultó la razón de que el número 2 del artículo 1 ponga como fecha de corte el 1 de enero cuando el beneficio está estructurado con un plazo relativo al 31 de marzo.

La Honorable Senadora señora Goic agregó que existe una situación compleja por personas que si hubiesen utilizado sus fondos hasta el 31 de marzo tendrían acceso al bono y como no lo han hecho pierden esa posibilidad.

El Ministro del Trabajo y Previsión Social, señor Patricio Melero, efectuó una exposición, en formato ppt, del siguiente tenor:

Texto Proyecto: Bono de cargo fiscal

Beneficiarios

- Todos los afiliados que al 31 de marzo de 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a $200 mil pesos tendrán derecho a una bonificación fiscal.

Monto

- Para quienes ejercieron retiros 1 y/o 2 y que, entre la entrada en vigencia de la Ley 21.248 (Retiro 1) y el 31 de marzo del 2021, hayan registrado en algún momento un saldo $0 en sus cuentas de capitalización individual el bono es de $200.000.

- Para quienes no se encuentran en esta situación, y registren afiliación al sistema del decreto ley N° 3.500 al 1 de enero del 2021 (para que no existan afiliaciones sólo para recibir el beneficio), tendrán un bono ascendente a la cantidad necesaria para completar un saldo de $200.000 en sus cuentas individuales.

Otros

Pago y acceso a fondos

- Depositado en cuenta de capitalización individual obligatoria dentro de 30 días corridos desde publicación.

- Podrán retirarse voluntariamente de conformidad a la Ley 21.330 (Retiro 3).

Compatibilidad del IFE con Bono de Apoyo para transportistas.

Normas transitorias de imputación a gasto fiscal.

El Ministro de Hacienda, señor Rodrigo Cerda, refirió que la fecha de afiliación al 1 de enero también tiene que ver con rezagos de información que se producen en el sistema.

La Honorable Senadora señora Goic reiteró su consulta, destacando que además se estaría dando una señal en el sentido de que es mejor hacer los retiros, porque en este caso quienes retiraron todo recibirán $200.000.

El Honorable Senador señor Coloma valoró el proyecto de ley, porque va en ayuda de personas que retiraron todos sus fondos, y se agregó la situación de quienes tienen un saldo menor a $200.000.

Compartió lo planteado por la Senadora señora Goic en relación a que se está dando una señal de política pública de que habría sido un error no retirar todos los fondos previsionales.

El Honorable Senador señor García se sumó a lo expuesto por la Senadora señora Goic y también por el Senador señor Coloma, en el sentido que desde la óptica de política pública se constituye en un desincentivo a la cotización. Agregó que a eso mismo apuntaba la cotización adicional para ir recuperando fondos, pero no fue posible aprobarla.

Aludió a los numerales 1 y 2 del artículo 1, señalando que el número 1 dice que reciben $200.000 quienes en algún momento hasta el 31 de marzo hayan tenido saldo 0. Pidió que el Ejecutivo ratifique que esa es la interpretación correcta, ya que la redacción le merece dudas. Solicitó, asimismo, que el Ministro de Hacienda expusiera los costos de la medida.

La Honorable Senadora señora Van Rysselberghe opinó que efectivamente lo que deben hacer es aprobar rápido la iniciativa, pero que hay un error al dar la señal en dirección de que conviene retirar los fondos previsionales.

El Honorable Senador señor Lagos explicó entender el mensaje que exponen los señores senadores, en el sentido del riesgo moral que implica. Planteó que, desde su perspectiva, es una señal más de que deben modificar el núcleo del sistema, puesto que mientras se siga en el camino de cambios muy puntuales se seguirán corriendo riesgos y posiblemente cometiendo errores.

La Honorable Senadora señora Muñoz observó que el debate no debería prolongarse, e hizo notar la necesidad de que el Ejecutivo explique el razonamiento que está detrás, considerando que además al inicio sólo era para quienes tenían saldo 0, valorando que ahora se resolvió para quienes tuvieron menos de $200.000.

Agregó que el debate profundo debe efectuarse dentro de la reforma previsional en curso.

Preguntó acerca de la fecha para calificar para el bono, si se puede hacer coincidir con la del tercer retiro en curso.

El señor Ministro del Trabajo y Previsión Social explicó que la lógica del proyecto de ley se encuentra en su artículo 1, al calificar el aporte como cotización previsional para todos los efectos, lo que muestra que va en la dirección de empezar a corregir la baja de fondos previsionales del último año, lo que además se enfoca en las personas más vulnerables.

Señaló que la redacción de la normativa fue concordada con la Superintendencia de Pensiones, y que tendrán una segunda oportunidad para aclarar cualquier duda, con el instructivo de la misma SP para implementar el pago.

Agregó que están disponibles para continuar el debate y el trabajo de la reforma previsional con todos los temas que han sido planteados y consultados.

Reiteró que el plazo del 1 de enero es sólo para efectos de afiliación previa y asegurar que no exista una afiliación sólo con el objeto de acceder al bono.

El señor Ministro de Hacienda refirió que el informe financiero contemplaba lo relativo al reintegro de cotizaciones, lo que fue eliminado. Respecto del bono en sí, explicó que está “sobre la línea”, esto es, que implica un gasto para el presente año y se empezaría a pagar desde la próxima semana. Añadió que el costo del bono llega hasta US$937 millones ($655.000 millones), habiendo aumentado con las modificaciones introducidas en la Cámara de Diputados, y llegando a 657.000 personas adicionales, con un total de 3.525.000 beneficiarios. Se paga con cargo a la Partida del Ministerio del Trabajo y Previsión Social por lo que es un gasto de aquellos llamados “sobre la línea”.

El Honorable Senador señor Navarro planteó que la fecha del numeral 2 debiese ser el 30 de abril o la fecha en que comenzó a regir el tercer retiro.

Ante una consulta al respecto, la Directora de Presupuestos, señora Cristina Torres, explicó que la imputación del costo fiscal que hacen los artículos transitorios se debe a la forma que tenía el proyecto antes de ser votado por la Cámara de Diputados y por lo mismo el artículo primero debiese circunscribirse sólo al artículo 1, y el artículo segundo también al artículo 3.

Sometido a votación en general el proyecto de ley, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de las Comisiones unidas, Honorables Senadoras señoras Goic, Muñoz, Rincón y Van Rysselberghe, y Honorables Senadores señores Coloma, Galilea, García, Lagos, Letelier y Montes. Con la misma votación fueron aprobadas en particular todas aquellas disposiciones que no fueron objeto de indicaciones.

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DISCUSIÓN EN PARTICULAR

Artículo 1

Es del siguiente tenor:

“Artículo 1.- Bono de cargo fiscal. Tendrán derecho a un bono de cargo fiscal, por una sola vez, que será depositado en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, y toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia regida por éste, que al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a $200.000.-, el que se otorgará en las condiciones siguientes:

1. Respecto de aquellos afiliados que hayan retirado fondos previsionales de conformidad al artículo 1º de la ley N° 21.295 o de la disposición trigésima novena transitoria de la Constitución Política de la República y que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros, el monto del bono ascenderá a la cantidad de $200.000.-.

2. Respecto de aquellos afiliados que no se encuentren en la situación señalada en el numeral anterior, y que hayan estado afiliados al sistema privado de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, al 1 de enero del año 2021, el monto del bono ascenderá a la cantidad que resulte necesaria para completar un saldo de $200.000.- en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias al 31 de marzo de 2021.

Este bono tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

El bono será depositado por la Tesorería General de la República en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado dentro del plazo de treinta días corridos, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.

La Superintendencia de Pensiones regulará mediante norma de carácter general el procedimiento para la implementación y pago de este bono de cargo fiscal, y la forma de entrega de la información necesaria por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones sobre los saldos de las cuentas referidas.

Los afiliados beneficiarios del bono de cargo fiscal podrán realizar, de forma voluntaria, el retiro de estos fondos de conformidad a las disposiciones de la ley N° 21.330.

El pago de este bono no generará cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.”.

Se presentó indicación del Honorable Senador señor Navarro para reemplazar en el número 1 la fecha “31 de marzo del año 2021” por “30 de abril de 2021”.

El señor Ministro del Trabajo y Previsión Social consideró inadmisible la indicación y estimó prudente mantener el plazo.

El Honorable Senador señor Navarro manifestó que el Gobierno ha explicado que busca ampliar la cobertura y eliminar la letra chica en las ayudas, y a eso apunta la indicación, para que puedan activar la cotización quienes no han podido hacerlo.

El señor Ministro del Trabajo y Previsión Social explicó nuevamente que la norma dice que deben estar afiliados y no que hayan cotizado en esos meses.

El Honorable Senador señor Coloma concordó en la inadmisibilidad y que no existe un riesgo de situaciones que queden fuera porque el requisito se cumple al estar afiliado y no por registrar o no cotizaciones.

La Honorable Senadora señora Muñoz explicó que la propuesta es modificar la fecha para recibir el beneficio desde el 31 de marzo al 30 de abril.

La Honorable Senadora señora Rincón expresó que la indicación sería inadmisible por aumentar el costo fiscal, más allá de que el objetivo es llegar a la mayor cantidad de beneficiarios posibles, pero además porque en materias de seguridad social también existe iniciativa exclusiva del Presidente de la República. Sobre el particular recordó que ha presentado una reforma constitucional para que no exista iniciativa exclusiva en esa materia cuando no tenga un impacto en gasto fiscal.

La indicación fue declarada inadmisible por la Presidenta de las Comisiones unidas. El artículo 1 fue aprobado en particular por la unanimidad de los miembros de las Comisiones unidas, Honorables Senadoras señoras Goic, Muñoz, Rincón y Van Rysselberghe, y Honorables Senadores señores Coloma, Galilea, García, Lagos, Letelier y Montes.

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INFORMES FINANCIEROS

- La Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda elaboró el informe financiero N° 54, de 30 de abril de 2021, que es del siguiente tenor:

“1. Antecedentes

El presente proyecto de ley establece un nuevo bono de cargo fiscal dirigido a los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el Decreto Ley N° 3.500, incluyendo pensionados de vejez, invalidez o sobrevivencia, que hayan tenido saldo cero en sus cuentas de capitalización individual producto de los retiros de sus fondos previsionales. El bono asciende a la cantidad de $200.000 y será otorgado a quienes hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto del primer o segundo retiro de fondos previsionales, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley N° 21.248 y el 31 de marzo del año 2021.

Además, y con propósito recuperar los ahorros previsionales retirados y fortalecer las pensiones futuras, el proyecto de ley establece una cotización adicional mensual de 1% de la remuneración imponible de cargo del empleador o del trabajador independiente. Esta cotización adicional deberá realizarse a partir del primero de enero del año 2022.

Por último, se crea una bonificación fiscal para los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el Decreto Ley N° 3.500, de un 1% de cotización adicional por cada cotización que efectúen a su cuenta de capitalización individual, con un tope de 0,3 Unidades de Fomento.

2. Efecto del proyecto de ley sobre el presupuesto fiscal

2.1. Bono de Cargo Fiscal

Se considera una estimación de 3.201.289 potenciales beneficiarios que corresponden a afiliados sin saldo producto de los dos retiros de fondos previsionales previos.

El efecto fiscal se estima en MM$ 640.258.

2.2. Efecto por cotización adicional de 1%

Se estiman tres efectos que la cotización adicional de un 1% tiene sobre el presupuesto fiscal. El primero de ellos es el mayor gasto en personal relacionado al Estado en su rol de empleador, segundo el mayor gasto de las empresas del Estado que se vinculan a menores ingresos por la reducción de excedentes y tercero, los menores ingresos por concepto de impuesto a la renta vinculado al mayor gasto para la generación de renta.

2.3. Efecto fiscal por Bonificación de cargo fiscal

El proyecto de ley establece que el Estado otorgará a todos los trabajadores cotizantes, hayan efectuado o no retiro de sus fondos previsionales, un 1% adicional de cotización mensual con tope de 0,3 UF. El monto de la bonificación se depositará anualmente en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado cotizante hasta la edad de jubilación legal.

3. Imputación del gasto

El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos se proveerán en las respectivas leyes de presupuestos.

4. Fuentes de información

- Mensaje de S.E. el Presidente de la República que establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales en las condiciones que indica.

- Ficha Estadística Ley 21.295 Segundo retiro de fondos N° 15, al 9 de abril de 2021, de la Superintendencia de Pensiones.

- Informe Financiero N° 52, de 26 de abril de 2021, que Modifica la Ley N° 21.295 y establece un retiro extraordinario de fondos previsionales y recuperación de ahorros previsionales en las condiciones que indica, correspondiente Boletín N° 14.209-13. Dicho informe quedó sin efecto producto del retiro de la señalada iniciativa a través del Mensaje N° 089-369.”.

- Con posterioridad se acompañó el informe financiero sustitutivo N° 58, de fecha 5 de mayo de 2021, que señala textualmente:

“I. Antecedentes

El presente proyecto de ley establece un nuevo bono de cargo fiscal dirigido a los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el Decreto Ley N° 3.500, incluyendo pensionados de vejez, invalidez o sobrevivencia, que hayan tenido saldo cero en sus cuentas de capitalización individual producto de los retiros de sus fondos previsionales.

A través del Mensaje N°070-369, se formula indicación por medio de la cual se entrega el mencionado bono para quienes al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a doscientos mil pesos; otorgándose de acuerdo a las siguientes condiciones:

1. Respecto de aquellos afiliados que hayan retirado fondos previsionales, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley N° 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, y hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros, el monto del bono ascenderá a la cantidad de doscientos mil pesos.

2. Respecto de aquellos afiliados que no se encuentren en la situación señalada en el numeral anterior, y que hayan estado afiliados al sistema privado de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, al 1 de enero del año 2021, el monto del bono ascenderá a la cantidad que resulte necesaria para completar un saldo de doscientos mil pesos en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias al 31 de marzo de 2021.

Además, y con propósito recuperar los ahorros previsionales retirados y fortalecer las pensiones futuras, el proyecto de ley establece una cotización adicional mensual de 1% de la remuneración imponible de cargo del empleador o del trabajador independiente. Esta cotización adicional deberá realizarse a partir del primero de enero del año 2022.

Por último, se crea una bonificación fiscal para los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el Decreto Ley N° 3.500, de un 1% de cotización adicional por cada cotización que efectúen a su cuenta de capitalización individual, con un tope de 0,3 Unidades de Fomento.

2. Efecto del proyecto de ley sobre el presupuesto fiscal

2.1 Bono de Cargo Fiscal

Se considera un total de 3.525.019 afiliados sin saldo producto de los dos retiros de fondos previsionales previos o con saldos inferiores a $200.000. El efecto fiscal de ambos grupos se estima en MM$ 655.717.

2.2 Efecto por cotización adicional de 1%

Se estiman tres efectos que la cotización adicional de un 1% tiene sobre el presupuesto fiscal. El primero de ellos es el mayor gasto en personal relacionado al Estado en su rol de empleador, segundo el mayor gasto de las empresas del Estado que se vinculan a menores ingresos por la reducción de excedentes y tercero, los menores Ingresos por concepto de impuesto a la renta vinculado al mayor gasto para la generación de renta.

2.3 Efecto fiscal por Bonificación de cargo fiscal

El proyecto de ley establece que el Estado otorgará a todos los trabajadores cotizantes, hayan efectuado o no retiro de sus fondos previsionales, un 1% adicional de cotización mensual con tope de 0,3 Unidades de Fomento. El monto de la bonificación se depositará anualmente en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado cotizante hasta la edad de jubilación legal.

3. Imputación del gasto

El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos se proveerán en las respectivas leyes de presupuestos.

4. Fuentes de información

- Mensaje de S.E. el Presidente de la República por el cual formula Indicaciones al proyecto de ley BOLETÍN N° 14.224-13.

- Informe Financiero N° 54, de 30 de abril de 2021.

- Mensaje de S.E. el Presidente de la República que establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales en las condiciones que indica.

- Ficha Estadística Ley 21.295 Segundo retiro de fondos N° 15, al 9 de abril de 2021, de la Superintendencia de Pensiones.

- Informe Financiero N° 52, de 26 de abril de 2021, que Modifica la Ley N° 21.295 y establece un retiro extraordinario de fondos previsionales y recuperación de ahorros previsionales en las condiciones que indica, correspondiente Boletín N° 14.209-13. Dicho informe quedó sin efecto producto del retiro de la señalada iniciativa a través del Mensaje N° 089-369.”.

- Luego se presentó el informe financiero sustitutivo N° 59, también de fecha 5 de mayo de 2021, del siguiente tenor:

“1. Antecedentes

El presente proyecto de ley establece un nuevo bono de cargo fiscal dirigido a los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el Decreto Ley N° 3.500, incluyendo pensionados de vejez, invalidez o sobrevivencia, que hayan tenido saldo cero en sus cuentas de capitalización individual producto de los retiros de sus fondos previsionales.

A través del Mensaje N°070-369, se formula indicación por medio de la cual se entrega el mencionado bono para quienes al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a doscientos mil pesos; otorgándose de acuerdo a las siguientes condiciones:

1. Respecto de aquellos afiliados que hayan retirado fondos previsionales, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley N° 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, y hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros, el monto del bono ascenderá a la cantidad de doscientos mil pesos.

2. Respecto de aquellos afiliados que no se encuentren en la situación señalada en el numeral anterior, y que hayan estado afiliados al sistema privado de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, al 1 de enero del año 2021, el monto del bono ascenderá a la cantidad que resulte necesaria para completar un saldo de doscientos mil pesos en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias al 31 de marzo de 2021.

Adicionalmente, se incluye a través de indicación presentada a través del N°071-369, la reposición del Artículo 3, rechazado en la Comisión de Trabajo de la Cámara que, con propósito recuperar los ahorros previsionales retirados y fortalecer las pensiones futuras, establece una cotización adicional mensual de 1% de la remuneración imponible de cargo del empleador o del trabajador independiente. Sobre este punto, se incorpora adicionalmente un nuevo Artículo tercero transitorio, en virtud del cual, se establece una gradualidad para la cotización adicional, la que deberá realizarse a partir del primero de enero del año 2022, aumentando cada año de forma gradual hasta alcanzar el 1% en 2024.

Por último, se crea una bonificación fiscal para los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el Decreto Ley N° 3.500, de un 1% de cotización adicional por cada cotización que efectúen a su cuenta de capitalización individual, con un tope de 0,3 Unidades de Fomento.

2. Efecto del proyecto de ley sobre el presupuesto fiscal

2.1 Bono de Cargo Fiscal

Se considera un total de 3.525.019 afiliados sin saldo producto de los dos retiros de fondos previsionales previos o con saldos inferiores a $200.000. El efecto fiscal de ambos grupos se estima en MM$ 655.717.

2.2 Efecto por cotización adicional de 1%

Se estiman tres efectos que la cotización adicional de un 1% tiene sobre el presupuesto fiscal. El primero de ellos es el mayor gasto en personal relacionado al Estado en su rol de empleador, segundo el mayor gasto de las empresas del Estado que se vinculan a menores ingresos por la reducción de excedentes y tercero, los menores ingresos por concepto de impuesto a la renta vinculado al mayor gasto para la generación de renta.

Se considera una transición gradual en el aumento de cotización adicional para todos los empleadores, de modo que en el año 2022 el aumento de cotización será un 0,2% de la renta imponible, luego en el año 2023 un 0,5% de la renta imponible, para posteriormente ubicarse en 1% de la renta imponible en el año 2024.

2.3 Efecto fiscal por Bonificación de cargo fiscal

El proyecto de ley establece que el Estado otorgará a todos los trabajadores cotizantes, hayan efectuado o no retiro de sus fondos previsionales, un 1% adicional de cotización mensual con tope de 0,3 Unidades de Fomento. El monto de la bonificación se depositará anualmente en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado cotizante hasta la edad de jubilación legal.

3. Imputación del gasto

El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos se proveerán en las respectivas leyes de presupuestos.

4. Fuentes de Información

- Mensaje de S.E. el Presidente de la República por el cual formula indicaciones al proyecto de ley BOLETÍN N° 14.224-13.

- Informe Financiero N° 54, de 30 de abril de 2021.

- Informe Financiero N° 58, de 5 de mayo de 2021.

- Mensaje de S.E. el Presidente de la República que establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales en las condiciones que indica.

- Ficha Estadística Ley 21.295 Segundo retiro de fondos N° 15, al 9 de abril de 2021, de la Superintendencia de Pensiones.

- Informe Financiero N° 52, de 26 de abril de 2021, que Modifica la Ley N° 21.295 y establece un retiro extraordinario de fondos previsionales y recuperación de ahorros previsionales en las condiciones que indica, correspondiente Boletín N° 14.209-13. Dicho informe quedó sin efecto producto del retiro de la señalada iniciativa a través del Mensaje N° 089-369.”.

Se deja constancia de los precedentes informes financieros en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 17 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

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TEXTO DEL PROYECTO

En conformidad con los acuerdos adoptados, las Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social, unidas, tienen el honor de proponeros la aprobación del proyecto de ley en informe en los mismos términos en que fue despachado por la Honorable Cámara de Diputados, cuyo texto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1.- Bono de cargo fiscal. Tendrán derecho a un bono de cargo fiscal, por una sola vez, que será depositado en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, y toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia regida por éste, que al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a $200.000.-, el que se otorgará en las condiciones siguientes:

1. Respecto de aquellos afiliados que hayan retirado fondos previsionales de conformidad al artículo 1º de la ley N° 21.295 o de la disposición trigésima novena transitoria de la Constitución Política de la República y que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros, el monto del bono ascenderá a la cantidad de $200.000.-.

2. Respecto de aquellos afiliados que no se encuentren en la situación señalada en el numeral anterior, y que hayan estado afiliados al sistema privado de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, al 1 de enero del año 2021, el monto del bono ascenderá a la cantidad que resulte necesaria para completar un saldo de $200.000.- en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias al 31 de marzo de 2021.

Este bono tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

El bono será depositado por la Tesorería General de la República en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado dentro del plazo de treinta días corridos, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.

La Superintendencia de Pensiones regulará mediante norma de carácter general el procedimiento para la implementación y pago de este bono de cargo fiscal, y la forma de entrega de la información necesaria por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones sobre los saldos de las cuentas referidas.

Los afiliados beneficiarios del bono de cargo fiscal podrán realizar, de forma voluntaria, el retiro de estos fondos de conformidad a las disposiciones de la ley N° 21.330.

El pago de este bono no generará cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

Artículo 2.- Elimínase en el inciso cuarto del artículo 19 de la ley N° 21.323, que Establece un Nuevo Bono Clase Media y un Préstamo Solidario para la Protección de los Ingresos de la Clase Media, lo siguiente: “Con todo, el monto total de las prestaciones sociales establecidas en la Partida 50, Capítulo 01, Programa 03 "Operaciones Complementarias", Subtítulo 30, Ítem 10 "Fondo Emergencia Transitorio", Glosa 26, numeral 3, literal a, de la ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021 que le corresponda recibir al hogar del beneficiario, por los meses de enero y febrero 2021, se imputará como parte del monto del Bono de Apoyo para efectos de su cálculo. En consecuencia, de la cantidad del Bono de Apoyo se deberá descontar el monto por persona de las prestaciones sociales establecidas en la referida glosa de la citada ley Nº 21.289.”.

Artículo 3.- A los beneficiarios del Bono de Apoyo establecido en el artículo 19 de la ley N° 21.323, que hayan postulado con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley, también les será aplicable la modificación establecida en el artículo precedente.

Artículos transitorios

Artículo primero.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos se proveerán en las respectivas leyes de presupuestos.

Artículo segundo.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación del artículo 2 de la presente ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos serán provistos en las respectivas leyes de presupuesto del Sector Público.”.

Acordado en sesión celebrada el día 6 de mayo de de 2021, con asistencia de los Honorables Senadores señora Ximena Rincón González (Presidenta), señoras Carolina Goic Boroevic, Adriana Muñoz D´Albora y Jacqueline Van Rysselberghe Herrera, y de los señores Juan Antonio Coloma Correa, Rodrigo Galilea Vial, José García Ruminot, Ricardo Lagos Weber, Juan Pablo Letelier Morel y Carlos Montes Cisternas.

A 6 de mayo de 2021.

*El presente informe se suscribe sólo por la secretaria de las Comisiones unidas, en virtud del acuerdo de Comités de 15 de abril de 2020, que autoriza proceder de esta manera.

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LAS COMISIONES DE HACIENDA Y DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, UNIDAS, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE ESTABLECE UN NUEVO BONO DE CARGO FISCAL Y MECANISMOS DE RECUPERACIÓN DE AHORROS PREVISIONALES, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA.

(BOLETÍN Nº 14.224-13)

I. OBJETIVO(S) DEL PROYECTO PROPUESTO: establece un bono de cargo fiscal al que tendrán derecho, por una sola vez, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, y toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia regida por éste, que al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a $200.000.-, el que se otorgará en las condiciones que se señalan hasta completar un saldo de $200.000.

Asimismo, elimina la imputación que el artículo 19 de la ley N° 21.323, que establece un nuevo bono clase media, efectúa de las prestaciones sociales del “Fondo Emergencia Transitorio”, de la ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021 que le corresponda recibir al hogar del beneficiario, por los meses de enero y febrero 2021, respecto del monto del Bono de Apoyo para efectos de su cálculo. Además, a los beneficiarios del Bono de Apoyo que hayan postulado con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley, también les será aplicable la modificación referida.

II. ACUERDOS: aprobado en general y en particular por unanimidad (10x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de tres artículos permanentes y dos transitorios.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: los artículos 1, 2 y 3 deben ser aprobados con quórum calificado, por cuanto regulan el ejercicio del derecho a la seguridad social, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 19, Nº 18º, de la Constitución Política de la República, en relación a lo establecido en el artículo 66, inciso tercero, de la Carta Fundamental.

V. URGENCIA: “discusión inmediata”.

VI. ORIGEN INICIATIVA: Mensaje del Presidente de la República, señor Sebastián Piñera Echenique.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 6 de mayo de 2021.

IX. TRÁMITE REGLAMENTARIO: informe de las Comisiones unidas.

X. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1) Decreto ley N° 3.500, de 1980, que establece nuevo Sistema de Pensiones.

2) Disposición trigésimo novena transitoria de la Constitución Política de la República.

3) Ley N° 21.330, que modifica la Carta Fundamental para establecer y regular un mecanismo excepcional de retiro de fondos previsionales y anticipo de rentas vitalicias, en las condiciones que indica.

4) Ley N° 21.323, que Establece un Nuevo Bono Clase Media y un Préstamo Solidario para la Protección de los Ingresos de la Clase Media.

5) Ley N° 21.289, de presupuestos del sector público para el año 2021.

6) Ley N° 21.295, que establece un retiro único y extraordinario de fondos previsionales en las condiciones que indica.

Valparaíso, 6 de mayo de 2021.

2.2. Discusión en Sala

Fecha 06 de mayo, 2021. Diario de Sesión en Sesión 28. Legislatura 369. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

NUEVO BONO DE CARGO FISCAL Y MECANISMOS DE RECUPERACIÓN DE AHORROS PREVISIONALES

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Comenzaremos la discusión del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales, en las condiciones que indica, con informe de las Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social, unidas, y urgencia calificada de "discusión inmediata".

--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletín 14.224-13) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.

La señora RINCÓN.-

Gracias, Presidente.

Nos encontramos ante el estudio del proyecto de ley que establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales, en las condiciones que indica (boletín N° 14.224-13).

Este proyecto de ley, iniciativa del Ejecutivo, fue visto en Comisiones unidas de Trabajo y de Hacienda, con la presencia de la Presidenta de la Comisión de Trabajo, Senadora Carolina Goic, y del órgano técnico que presido.

En la presente iniciativa se establece un bono de carga fiscal para los afiliados del sistema privado de pensiones, incluyendo a los beneficiarios de pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia, que al 31 de marzo de este año registraron un saldo inferior a 200 mil pesos.

También tendrán derecho a este bono aquellos afiliados que hubieran retirado fondos de conformidad a la ley N° 21.295 o a la disposición trigésimo novena transitoria de la Constitución y que registren, en algún momento, saldo igual a cero en sus cuentas de ahorro individual.

Asimismo, en el numeral 2 del artículo 1 se establece el mismo bono de cargo fiscal para aquellos afiliados al sistema privado de pensiones que no hubieren efectuado tales retiros.

El proyecto también regula la manera en que se entregará dicho bono a las cuentas de los afiliados al sistema de pensiones, para lo cual la Superintendencia regulará el procedimiento. En la sesión del día de hoy nos acompañó el Superintendente de Pensiones .

La iniciativa también contempla que el pago del bono no irrogará comisiones para los afiliados.

El proyecto en comento fue analizado en Comisiones unidas, tal como lo he señalado, discutiéndose en general y en particular, ya que fue calificado por el Ejecutivo como de "discusión inmediata".

Asimismo, se elimina la imputación que el artículo 19 de la ley 21.323, que establece un nuevo Bono Clase Media, efectúa de las prestaciones sociales del Fondo de Emergencia Transitorio de la ley 21.289 del Presupuesto del Sector Público, correspondiente al año 2021, que le corresponde recibir al hogar del beneficiario, por los meses de enero y febrero de 2021, respecto del monto de Bono de Apoyo para efectos de su cálculo. Además, a los beneficiarios del Bono de Apoyo que hayan postulado con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley, también les será aplicable la modificación referida.

En resumen, el proyecto de ley considera los siguientes puntos.

Beneficiarios

Todos los afiliados que al 31 de marzo del presente año hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotización obligatoria inferior a 200 mil pesos tendrán derecho a una bonificación fiscal.

Quienes ejercieron los retiros 1 y/o 2 y que, entre la entrada en vigencia de la ley 21.248 (Retiro 1) y el 31 de marzo del 2021, hayan registrado en algún momento un saldo cero en sus cuentas de capitalización individual, recibirán un bono de 200 mil pesos.

Quienes no se encuentran en esta situación y registren afiliación al sistema del decreto ley N° 3.500 al 1º de enero del 2021 (para que no existan afiliaciones solo para recibir el beneficio), tendrán un bono ascendente a la cantidad necesaria para completar un saldo de 200 mil pesos en sus cuentas individuales, entendiéndose que ese es el monto que pueden retirar.

Pago y acceso a fondos

Depositado en cuenta de capitalización individual obligatoria dentro de los treinta días corridos desde la publicación.

Podrán retirarse voluntariamente de conformidad a la ley 21.330, vale decir la Ley del Tercer Retiro.

El Senador Navarro presentó una indicación, la cual fue declarada inadmisible por la Presidenta de las Comisiones unidas, con el respaldo de todos los miembros de la misma, por incidir en materias de seguridad social.

Es cuanto puedo informar, señor Presidente.

El señor ELIZALDE ( Presidente accidental ).-

Gracias, Senadora Rincón.

El señor Secretario procederá a dar la relación del proyecto.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, señor Presidente .

Este proyecto de ley tiene por objeto establecer un bono de cargo fiscal al que tendrán derecho por una sola vez los afiliados al sistema privado de pensiones, regido por el decreto ley 3.500, de 1980, y toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia regida por este, que, al 31 de marzo de 2021, hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a 200 mil pesos, el que se otorgará en las condiciones que se señalan hasta completar un saldo de 200 mil pesos.

Asimismo, elimina la imputación que el artículo 19 de la ley N° 21.323, que establece un nuevo bono de clase media, efectúa de las prestaciones sociales del Fondo de Emergencia Transitorio de la ley N° 21.289 de presupuestos del sector público, correspondiente al año 2021, que le corresponda recibir al hogar del beneficiario, por los meses de enero y febrero de 2021, respecto del monto del bono de apoyo para efectos de su cálculo.

Además, a los beneficiarios del bono de apoyo que hayan postulado con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley, también les será aplicable la modificación referida.

Las Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social, unidas, hacen presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, discutieron en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto para el cual el Ejecutivo ha dispuesto urgencia de "discusión inmediata".

Las citadas Comisiones unidas aprobaron en general y en particular el proyecto de ley por la unanimidad de sus miembros (Honorables Senadoras señoras Goic , Muñoz , Rincón y Van Rysselberghe , y Honorables Senadores señores Coloma , Galilea , García, Lagos , Letelier y Montes), en los mismos términos en que fuera despachado por la Honorable Cámara de Diputados.

Asimismo, las Comisiones unidas dejan constancia de los informes financieros considerados, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 17 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

Se hace presente que los artículos 1, 2 y 3 del proyecto de ley son normas de quorum calificado, por cuanto regulan materias relacionadas con la seguridad social, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 19, número 18º, de la Constitución Política de la República, con relación a lo establecido en el artículo 66, inciso tercero, de la Carta Fundamental, por lo que requieren para su aprobación 22 votos favorables.

El texto que se propone aprobar se transcribe en las páginas 19 y siguientes del informe de las Comisiones unidas, y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición en la Sala.

Es todo, señor Presidente.

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el Senador José García Ruminot.

El señor GARCÍA.-

Muchas gracias, señor Presidente.

Los Senadores de Renovación Nacional votaremos favorablemente esta iniciativa, que busca entregar un bono de hasta 200 mil pesos a quienes, luego del primer y segundo retiro de fondos previsionales, hayan quedado con saldo cero en sus cuentas. Para ellos el bono será de 200 mil pesos y para quienes hayan quedado con algún saldo inferior a 200 mil pesos, el bono será hasta complementar esos 200 mil pesos.

Este bono va a beneficiar a 3 millones 525 mil personas afiliadas al sistema de previsión social de las AFP. Representa un gasto fiscal de 937 millones de dólares, y va a ser financiado con un mayor déficit fiscal, probablemente, dependiendo de la ejecución del Presupuesto de la nación.

Nosotros concurrimos con nuestros votos, aun cuando advertimos que el hecho de que el bono no sea extensivo a todos los cotizantes que retiraron va a generar alguna discusión y, probablemente, algún tipo de demandas en las semanas siguientes, pues resulta un tanto injusto que aquellos afiliados que no retiraron fondos no tengan acceso a este bono.

Por lo tanto, esperamos que eso se pueda reparar en los próximos proyectos de ley que discuta el Congreso Nacional junto con el Ejecutivo, porque aquí estamos frente a materias de previsión social que son de iniciativa exclusiva del Ejecutivo.

Asimismo, el proyecto venía originalmente con la idea de aumentar la cotización, de tal manera que se pudieran reponer rápidamente los recursos que fueron retirados.

Finalmente eso no prosperó, también será una materia pendiente; pero para los Senadores de Renovación Nacional es fundamental que hagamos los mayores esfuerzos con el objeto de que esos recursos se repongan y de esa manera nuestros trabajadores puedan obtener mejores pensiones de las que reciben hoy día.

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Gracias, Senador García.

Tiene la palabra la Senadora Carolina Goic.

La señora GOIC.-

Gracias, Presidente.

Por supuesto, respaldo esta iniciativa y anuncio mi voto favorable.

Y, ¡cómo no!, si lo que nos guía es que estos beneficios lleguen lo antes posible a las familias, a las personas que se hicieron la expectativa de poder contar con el bono de 200 mil pesos cuando lo anunció el Presidente de la República en un intento fallido por detener el tercer retiro del 10 por ciento de los fondos de pensiones.

Nosotros lo que hemos hecho -y queremos dar una señal contundente- es facilitar la tramitación del proyecto en las Comisiones unidas hoy día en la mañana y acordamos no presentar ninguna indicación, porque, además de ser iniciativa del Ejecutivo , entendemos que lo que tenemos que hacer es dar certeza.

Y quiero reafirmar eso.

Lo que nos guía hoy día y la razón por la que hemos hecho todo el esfuerzo desde este Senado para que este proyecto sea ley de la república es que los recursos comprometidos -el bono de 200 mil pesos o hasta 200 mil pesos- puedan llegar a las familias.

No puedo dejar sí de mencionar, junto con eso, los temas que quedan pendientes. Lo señalaba el Senador García y lo planteamos en la mañana durante la discusión: hay personas -son las menos, sin duda- que no hicieron retiro de sus fondos previsionales pudiendo hacerlo y que no van a recibir este bono. Y en el caso de que hubieran hecho el retiro, probablemente sí habrían obtenido el beneficio.

Entonces, ahí uno dice que esa persona que hizo el esfuerzo de postergar el uso de los recursos inmediatos de sus fondos previsionales, de los ahorros para su pensión, aquí más bien sale perjudicada.

Y me parece que eso es algo de lo que tenemos que hacernos cargo.

Uno entiende la necesidad inmediata de la familia. Y por eso hemos concurrido, una y otra vez, a respaldar los retiros de fondos de pensiones, entendiendo que no es lo ideal que sean los trabajadores quienes asuman el costo.

Hay quienes priorizaron el ahorro previsional, pero hay un grupo que, pudiendo haber recibido este beneficio, no lo va a hacer. Y creo que eso es algo de lo cual el Gobierno tiene que hacerse cargo, teniendo la iniciativa en esta materia.

Lo segundo es señalar que me alegro de que el Gobierno no haya insistido en la fórmula de restitución. No es que uno esté en contra de que se aumenten los fondos previsionales. Muy por el contrario. Hemos hecho propuestas, una y otra vez, en ese ámbito; hemos avanzado con celeridad para, ojalá, llegar a un acuerdo en materia previsional; incluso hemos formulado propuestas de política pública a futuro, como la "ley de la marraqueta", que justamente busca poner el acento en cómo nosotros les garantizamos a todos los niños y niñas de este país un piso en su pensión, y que tiene que ver, justamente, con cómo recuperamos el sentido del ahorro previsional.

Pero no nos parece adecuado mezclar peras con manzanas, que mezclemos la discusión de un apoyo inmediato que se nos requiere con una reforma estructural. Fue el propio Ministro del Trabajo quien señaló que esos dos puntos eran parte de los seis que hoy día están en discusión para una reforma más estructural.

Entonces, quiero hacer el llamado ahí para que, en función de lo que esperan nuestros adultos mayores, que quieren ver aumentadas sus pensiones en forma permanente -eso es lo que se necesita-, el Gobierno, una vez más, genere condiciones que nos permitan avanzar en una reforma que hemos llamado "de transición", que es la reforma de pensiones, para tener elementos que den piso para constituir de verdad un sistema mixto, de verdad un sistema de seguridad social, pero, sobre todo, que nos permitan hacernos cargo de un problema que, en la medida en que se posterga, solamente se acrecienta, ¡solamente se acrecienta! Esa es la realidad.

Y ahí hay que señalar, una vez más, que la pelota está en la cancha del Gobierno, quien tiene la iniciativa para respaldar propuestas que, además, desde la Oposición hemos planteado desde el día 1.

Nos hubiera gustado que este bono no se entregara a través de las AFP. Hemos expresado que lo que queremos ahí es un mecanismo distinto, para no seguir fortaleciendo un sistema que ha demostrado su fracaso respecto de la entrega de pensiones, y de pensiones con una tasa de reemplazo razonable. Ese fue su compromiso. Y sabemos, además, la crisis de legitimidad que enfrenta.

Entendemos que la prioridad está en que los recursos lleguen pronto a las familias, a los afiliados, a las personas que los necesitan. Y por eso respaldamos esta vía, entendiendo que es la alternativa que había propuesto el Gobierno.

Yo insisto, Presidente: respaldamos hoy día este bono, pero también esperamos poder dar buenas noticias a muchos jubilados, que lo que quieren es el aumento permanente de sus pensiones.

He dicho.

Muchas gracias.

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Gracias, Senadora Goic.

Tiene la palabra el Senador Juan Antonio Coloma.

El señor COLOMA.-

Gracias, Presidente.

Creo que este es un proyecto muy importante, y muy cuantioso. Tal como explicó el Senador García, aquí estamos hablando de 937 millones de dólares, una cantidad bien impresionante en cualquier país, en cualquier presupuesto, en cualquier emergencia. Es una cantidad de recursos muy significativa.

Este es un proyecto que nace de la idea del Ejecutivo de ir en ayuda de personas que tienen muy poca cantidad de dinero en sus fondos de pensiones y que, por tanto, no tienen opción respecto de un eventual retiro, tema en cuyo contenido no voy a profundizar, porque ya he indicado mi posición en esta materia en tres oportunidades. Pero no parecía tener cierta correlación la necesidad de plantearlo respecto de quienes tenían fondos y de aquellos que los habían tenido y, probablemente, o los habían retirado, o eran escasos, o era muy poco lo que habían logrado reunir.

Y ahí nace esta idea del Ejecutivo , respaldada ampliamente, unánimemente -creo que eso es bien significativo- en cuanto a ir en ayuda de 3.525.000 personas.

Quiero hacer dos comentarios, Presidente .

Primero, efectivamente representantes de Chile Vamos le pedimos al Gobierno que no insistiera, en esta instancia, en la recuperación de los fondos del 2 por ciento, puesto que ya había sido retirada o rechazada en la Cámara de Diputados y un eventual tercer trámite dificultaba y demoraba un tema de transferencia de recursos. Ya hemos aprendido que en la historia no solo tiene importancia la significación económica, sino también la velocidad de respuesta. Y eso me parece a mí muy relevante.

Ello no obsta a que yo siga pensando que es una muy buena opción, una muy buena alternativa, una muy sana lógica, buscar una recuperación que, adicionalmente, sería de costo fiscal -es el Estado el que está interviniendo con una importante cantidad de recursos- y de los empleadores. Y tendería a ser algo que en cualquier escenario de seguridad social -y esto es lo que me importa- implica tener cuentas que nazcan del ahorro forzoso, porque nadie -y me incluyo- ahorra para la vejez. Es parte de la idiosincrasia del ser humano. Y por eso en todos los países se establece algún esquema de esta naturaleza.

Entonces, ya que se produjeron retiros, que no voy a calificar en esta instancia, a mí me parecía sano, constructivo, buscar una fórmula para ir reponiéndolos. De verdad, no me puedo alegrar de que eso haya sido rechazado, pero también entiendo que, por el realismo de buscar resolver este tema, pudiera quedar pendiente para una próxima discusión, que a mí me parece muy significativa. Ahí podremos debatir respecto de las condiciones.

Y lo otro que quiero destacar es la importancia de que exista capacidad de llegar a acuerdos, dentro del Parlamento y en el ámbito de la normativa constitucional, con el Ejecutivo . Es un esfuerzo que también quiero valorar, porque se suele decir que siempre se llega tarde, o mal, o nunca. Y aquí el Gobierno ha llegado en forma oportuna, cuantiosa, y como la poesía, nadie dice nada. Por eso, considero bueno que por lo menos haya un reconocimiento de esa voluntad.

Además, agradezco mucho la actuación que han tenido el Ministro de Hacienda, novel en estos acuerdos, y el Ministro Melero, que viene debutando. Partió con el pie derecho para estos efectos.

Creo que eso, igualmente, ayuda harto a marcar una lógica de hacer las cosas. Claro, si usted me pregunta, creo que este es un gran paso, muy importante, aunque me hubiera gustado que fuera más completo; pero también entiendo que no había escenario para aquello. Probablemente, en la Oposición piensan que había otras cosas que agregar o restar. Sin embargo, hay una lógica de tratar de entenderse en vez de enfrentarse. Y a mí me parece que eso es lo que el país necesita hoy día: más certezas en este mundo de incertezas; más apego a las normas; más capacidad, y no tener a veces temor de llegar a acuerdos. Aquí se ha demostrado que son fructíferos y positivos.

Por eso, la bancada de la UDI vota a favor. Y espera que el proyecto salga rápidamente, para que el bono también pueda pagarse rápidamente.

He dicho, Presidente .

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Gracias, Senador Coloma.

Tiene la palabra el Senador Carlos Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Gracias, estimado Presidente.

Yo no tengo duda de que todas y todos vamos a votar favorablemente este proyecto.

Lo que nosotros tenemos que preguntarnos, tal vez como una primera reflexión, es por qué nos encontramos en esta situación, o cómo llegamos a ella.

Y llegamos a esta situación porque, efectivamente, las aproximadamente tres millones y medio de personas que quedaron con saldo cero en sus cuentas de ahorro previsional, o son jóvenes, o, en un porcentaje importante, son extranjeros recién llegados al país, o, en un porcentaje también muy alto, son afiliados con enormes lagunas que no han podido hacer una contribución a sus fondos previsionales.

Ahí está el punto de fondo, Presidente.

Es muy fácil venir acá, hacer un discurso, felicitarnos todos y quedar bien con nuestro electorado y con el país, diciendo que hoy día el Senado se ha puesto de acuerdo y votado favorablemente un bono de 200 mil pesos, pero resulta absolutamente necesario hacer la reflexión de por qué estamos en esta situación y cómo llegamos a ella.

Entonces, uno se pregunta cómo el Gobierno, además, pretende que se vayan a reponer estos recursos, cuando estas personas no han podido cotizar. ¡No tienen cómo cotizar!

Y esa es la segunda reflexión que uno debe hacerse.

No es llegar y proponer buscar acuerdos respecto de un sistema que está absolutamente en los finales de su vida, como es el de las AFP, el sistema de capitalización individual. Pero aun quieren darle oxígeno, y por eso el Presidente dice que el pago se hará a través de las administradoras de fondos de pensiones. ¿No hay otro sistema que también lo pueda realizar? ¡El IPS! ¡El BancoEstado! ¡La Tesorería General de la República! ¡Claro que hay muchos sistemas! ¿Por qué, entonces, el Presidente de la Republica busca, nuevamente, incorporar estos recursos en los fondos previsionales de la AFP?

Y esa es la tercera reflexión.

En el fondo, lo que se pretende es revalidar o volver a validar un sistema que para todo el país es nefasto, y que para la gran mayoría no da el ancho y está en su fase final.

Entonces, Presidente , no es fácil estar acá entre la espada y la pared y tener que votar favorablemente este bono, que las personas están esperando. Uno no puede negarse a una situación como esa, pero, por el otro lado, estamos obligados a tener que hacerlo bajo la fórmula del señor Piñera , por la vía de las AFP, lo cual resulta absolutamente injusto, habiendo sistemas como el IPS, como el BancoEstado, como la Tesorería de la República, que están en todo el país, más otros mecanismos que tal vez pueden hacer llegar el pago de manera directa, sin necesidad de pasar por las administradoras de fondos de pensiones.

Claro, Presidente , vamos a votar a favor, pero aquí tenemos que entrar al fondo.

Alguien dijo "no hay que mezclar peras con manzanas". Y a lo mejor es conveniente, porque con eso sale una Macedonia, algo distinto, mejor. Si uno mezcla fruta, sale macedonia. ¡Puede resultar hasta más sabroso, mejor!

Por eso, Presidente , creo que tenemos que buscar mecanismos que nos permitan avanzar en una formula distinta, en un sistema de ahorro previsional que tenga un carácter social y no uno eminentemente económico. Hemos visto que ni siquiera les da vergüenza hacer públicas las utilidades que reciben las AFP, frente a las pérdidas que sufren los cotizantes.

Entonces, esto es del todo inentendible.

Ni hablar de lo vergonzoso que ha sido el dictamen que se les ha entregado a las aseguradoras para quienes vayan a retirar el 10 por ciento y tienen un contrato con tales entidades, cuyos dueños son los mismos de las AFP. Van a tener que pagar de por vida, no hasta que se elimine el préstamo o el anticipo que reciban. ¡No! ¡De por vida! Y eso resulta absolutamente impresentable.

Entonces, aquí estamos frente a abusos. Y el Presidente Piñera vuelve a colocar estos dineros en esta máquina demoledora humana que son las AFP.

¿Vamos a votar favorablemente? Sí, Presidente , esperando que aquellas personas que no sacaron dinero -que son una cantidad también significativa-, ahora no vean que por no haberlo hecho salen castigados y no obtienen ningún beneficio.

Ese es un tema que igualmente tenemos que entrar a revisar lo antes posible, junto con una verdadera reforma en materia previsional.

Gracias, Presidente .

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Gracias, Senador Bianchi.

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El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Le ofrezco la palabra al Senador García Ruminot, por un punto de reglamento.

El señor GARCÍA.-

Gracias, Presidente.

La Senadora Ximena Rincón, Presidenta de la Comisión de Hacienda , nos ha convocado para dos minutos más, a fin de que dicho organismo pueda despachar un proyecto de ley que viene de la Comisión de Trabajo, el llamado "paso a paso en las empresas", y por lo tanto quisiera solicitar la autorización de la Sala para sesionar en paralelo.

Gracias, Presidente .

El señor ELIZALDE ( Presidente accidental ).-

¿Habría acuerdo para autorizar a la Comisión de Hacienda?

--Así se acuerda.

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El señor ELIZALDE ( Presidente accidental ).-

Se ha solicitado abrir la votación.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

--(Durante la votación).

El señor ELIZALDE ( Presidente accidental ).-

Se ofrece la palabra al Senador Francisco Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , Honorable Sala, por supuesto que hoy día estamos frente a una buena noticia para 3 millones de chilenos que no poseen ahorros previsionales y que, enfrentados a una mala pero inevitable política pública como es la del tercer retiro, sin tener posibilidad de efectuar ninguno por su parte, ahora podrán hacerlo a través de un bono entregado por el Estado, mediante un depósito en sus cuentas, justamente para que su entrega sea mucho más expedita.

Estoy convencido de que debemos resolver el tema de fondo, el cual dice relación con una reforma estructural previsional, tal como lo señaló el Presidente Piñera . Y cuando hablamos de una reforma estructural a nuestro sistema de pensiones, debemos mencionar al menos cinco elementos claves.

Primero, resolver rápidamente, mediante un acuerdo nacional, cómo vamos a resolver el aporte del 6 por ciento del empleador. Yo soy de aquellos que están convencidos de que es necesario avanzar en más solidaridad intra e intergeneracional para los efectos de equiparar asimismo las pensiones de las mujeres y lograr, finalmente, mayor equidad.

Un segundo elemento que para mí resulta clave dice relación con el término de las llamadas "tablas de morbilidad" -tema que hemos planteado insistentemente- y lograr, a través de dos alternativas, la posibilidad de avanzar en un seguro de longevidad, propuesta que hemos realizado con el Senador David Sandoval y que tiene la posibilidad de financiarse con 1.800 millones de dólares, para que la pensión mínima sea igual al salario mínimo -para que tengamos una referencia, un punto del IVA recauda 1.600 millones de dólares-, o a través de un 2 por ciento de aporte del empleador, o por último, a través del IVA. Por tanto, hay fórmulas de financiamiento,

La otra alternativa, que hemos trabajado con la Senadora Rincón, se relaciona con un trabajo que hizo el profesor Basso y que hemos entregado al Ministerio de Hacienda y al Ministerio del Trabajo y Previsión Social -incluso se armó una Comisión técnica a cargo del Subsecretario Pedro Pizarro -, para que con los ahorros previsionales podamos mejorar sustantivamente las pensiones, estudio que ya fue entregado en su oportunidad.

Un tercer elemento clave es cambiar sustancialmente la forma como operan hoy día las actuales administradoras de fondos de pensiones. Ciertamente, nosotros hemos dicho que acá hay que separar a aquellos que recaudan las cotizaciones previsionales de aquellos que finalmente pagan la pensión, que debieran ser organismos técnicos.

Hemos expresado, además, que las AFP requieren mucha más competencia, incluso -al menos yo soy partidario de ello- a través de un órgano autónomo estatal o una AFP Estatal, y que las comisiones sean contingentes al aumento de los fondos de los trabajadores.

También hemos dicho que es relevante avanzar sustantivamente en otras fórmulas. Cuando hemos hablado del término de las tablas de morbilidad, hemos sostenido que esto debe ser resuelto por un órgano técnico y autónomo que logre establecer las injusticias del sistema. ¿Cuáles son esas injusticias? Una de ellas es que, lamentablemente, hoy día en Chile las personas con mayores ingresos viven más que las personas con menores ingresos. Y tenemos otra dificultad adicional: que las mujeres reciben pensiones más bajas que los hombres. Son temas que debemos resolver, y para eso se requiere, justamente, un órgano autónomo, independientemente de los gobiernos de turno, ojalá con una composición colectiva que dure a lo menos un par de gobiernos, para que pueda regular aquello de manera independiente.

Pero además hemos dicho que hay que adoptar el modelo alemán -fue parte de las propuestas que yo le hice al equipo que estuvo trabajando en el programa de gobierno del Presidente Piñera, que lo incorporó-, de manera que aquellas personas que retrasen voluntariamente un año su edad de jubilación reciban un aporte del Estado equivalente a un 9 por ciento en su pensión, y además puedan disponer de sus cotizaciones previsionales durante ese período.

Y también hemos dicho que se requiere resolver el problema en el largo plazo. Por eso hemos propuesto que la "Ley de la marraqueta", correspondiente a una reforma constitucional que presentamos con el Senador Bianchi el año 2016, hoy en la Comisión de Trabajo y Previsión Social, y que fue incorporada en el programa de gobierno de Carolina Goic, efectivamente logre salir adelante ¿Para qué? Para que por cada chileno, ¡por cada chileno!, 250 mil chilenos, ¡250 mil chilenos!, se aporte un millón de pesos, ¡un millón de pesos!, para ir resolviendo el tema de fondo.

¿Cómo se resuelve esto? Con 357 millones de dólares anuales solucionamos el problema en el largo plazo. Vale decir, por el solo efecto de los intereses se puede lograr, sin considerar los aportes de los trabajadores, 200 mil pesos de pensión.

Esta y otras materias...

El señor ELIZALDE ( Presidente accidental ).-

Gracias, Senador Chahuán.

Vamos a proceder a tomar la votación de los Senadores que están sesionando telemáticamente y que han pedido adelantar su voto sin argumentar.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, señor Presidente .

Senador señor Galilea, ¿cómo vota?

El señor GALILEA.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Kast, ¿cómo vota?

El señor KAST.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Sandoval, ¿cómo vota?

El señor SANDOVAL.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Hago presente que está registrado el pareo entre el Senador señor Sandoval y la Senadora señora Órdenes, pero como este es un proyecto que requiere quorum, no se consideran los pareos.

Senadora señora Sabat, ¿cómo vota?

La señora SABAT.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Castro, ¿cómo vota?

Senador señor Castro, ¿cómo vota?

El señor CASTRO.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?

La señora ÓRDENES.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Prohens, ¿cómo vota?

El señor PROHENS.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

No hay más señores Senadores ni señoras Senadoras registrados para adelantar el voto.

Senador señor Soria, ¿cómo vota?

El señor SORIA.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Vamos a proceder, entonces, con la votación de los Senadores que están inscritos en Sala.

Tiene la palabra el Senador Latorre.

El señor LATORRE.-

Gracias, Presidente.

Hoy día un medio de comunicación mostraba el testimonio de una persona, una mujer, que luego de trabajar muchos años de manera remunerada y algunos años de manera no remunerada en la casa, cuidando niños, cuidando enfermos y en las labores domésticas, finalmente tenía una pensión autofinanciada de 153 mil pesos, y se veía obligada a salir a vender completos a la calle para complementar esa pensión de miseria.

Eso está de fondo cuando la gente retira con gran motivación sus ahorros previsionales, sabiendo que está pagando la crisis con sus propios recursos y sabiendo que con esta política pública, en el largo plazo, puede salir perjudicada. ¿Por qué? Porque al final de la vida va a recibir pensiones de miseria, ya que es muy poca la gente en Chile que logra, con esta lógica de capitalización individual, ahorrar un fondo suficiente después de años de trabajo remunerado. Ello, sumado a las condiciones laborales en Chile, con sueldos bajos, con un mercado laboral inestable, con precariedad, etcétera, vuelve muy difícil acumular un fondo que permita una pensión decente para vivir con tranquilidad y estabilidad los últimos años de la vida, con "júbilo", como debería ser la jubilación.

En Chile no tenemos un verdadero sistema de seguridad social. Tenemos un sistema privado, privatizado, que ya cumplió cuarenta años, que fue impuesto en dictadura, para inyectar recursos al mercado de capitales, como lo reconoce en estos días un representante de la Bolsa de Comercio de Santiago: "El sistema de pensiones sirve para inyectar recursos al mercado de capitales y pasarles a las compañías de seguros. Secundariamente, para pagar pensiones". Y, finalmente, para la gran mayoría son pensiones de miseria.

Por lo tanto, yo valoro que estemos votando este bono de 200 mil pesos para las personas que se quedaron con cero peso de saldo en sus cuentas individuales. Y valoro también que se hayan rechazado esos dos puntos adicionales a cuentas individuales, porque muchos hemos dicho: "¡Ni un peso más a las AFP!", "¡ni un peso más a capitalización individual!".

No hay manera de resolver el drama de las pensiones de miseria con más individualismo. La única manera de hacerlo es con seguridad social solidaria, donde los riesgos de la vejez no se resuelven individualmente, sino colectivamente, como existe en la gran mayoría de los países del mundo.

Por lo tanto, el proyecto del Gobierno era, de alguna manera, una cuchufleta para adelantarse a una reforma previsional donde no hay acuerdo político para meterle más plata a las AFP y más capitalización individual.

Yo lo he planteado: dejemos al Proceso Constituyente hacer la reforma, o habilitar democráticamente la reforma estructural que Chile necesita pensando en el siglo XXI, en un sistema moderno, público, solidario de seguridad social, con reservas técnicas, que sea sostenible, con participación de las y los trabajadores.

Mientras tanto, el llamado es al Presidente Piñera a que envíe una "Ley corta" para financiar una pensión básica solidaria al 80 o al 90 por ciento de la población de 200 mil pesos, algunos plantean 225 mil pesos, que sean dos tercios del salario mínimo, algo que esté por sobre la línea de la pobreza.

Para un adulto mayor en Chile la línea de la pobreza no está en 177 lucas, como ofrece el Gobierno en la reforma previsional; está al menos en 200 mil pesos. Ese es el piso básico de seguridad social que deberíamos construir, y de carácter más universal, una cobertura que por lo menos sea para el 80 por ciento de la población en edad de jubilación: sesenta, sesenta y cinco años.

Ese es el piso que podríamos construir en el corto plazo: "Ley corta", se aprueba rápido y los beneficios se inyectan o le llegan a la gente al mes siguiente. Y dejemos al proceso constituyente que delibere democráticamente qué tipo de seguridad social quiere para Chile en el siglo XXI.

Gracias, Presidente .

Voto a favor.

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Gracias, Senador Latorre.

Tiene la palabra el Senador Claudio Alvarado.

El señor ALVARADO.-

Muchas gracias, Presidente.

Saludo a la distancia a los señores Ministro de Hacienda, Subsecretario de Hacienda y en especial al señor Ministro del Trabajo, Patricio Melero, a quien le deseo el mayor de los éxitos en sus funciones. Es un hombre de una vasta trayectoria parlamentaria, que sabe escuchar, y parte de su trabajo se refleja en esta iniciativa de ley.

Quiero señalar, señor Presidente , que llevamos más de quince meses en esta pandemia, donde indudablemente se nos han generado diversos problemas para las familias chilenas. Y el Gobierno, paso a paso, ha ido tomando una serie de iniciativas y de acciones tendientes a contrarrestar los efectos negativos de la pandemia, que nos ha causado también una crisis económica y, especialmente, una disminución seria de ingresos en la economía de muchas familias en nuestro país.

Pero toda esta red de protección social, que ha sido bastante importante y que significa un esfuerzo de más de 30 mil millones de dólares por parte del Gobierno, y la postergación de la salida de la crisis sanitaria llevan a seguir implementando nuevas acciones y nuevas medidas. Y por eso estamos discutiendo hoy día este proyecto, que entrega un bono de 200 mil pesos a personas que no tenían ya saldos en sus cuentas de ahorro previsional, y a aquellas que tenían menos de 200 mil pesos se les complementa para que puedan disponer de esos recursos si así lo estiman.

Por lo tanto, yo valoro esta iniciativa del Gobierno, y espero que la despachemos hoy, para que se promulgue y aquellas personas que necesiten de estos recursos puedan, efectivamente, hacer uso de ellos.

Escuché al Senador Bianchi criticar la fórmula de Piñera para entregar este bono y señalar que era una manera de potenciar al sistema de AFP. Pero yo le quiero decir al Senador Bianchi -por su intermedio, señor Presidente - que deje de lado los prejuicios, ya que la única fórmula efectiva, rápida, expedita de entregar estos recursos es precisamente a través de las AFP. Y ¿por qué? Porque los recursos que tenían estas personas estaban en las cuentas de ahorro previsional en cada una de las administradoras de fondos de pensión. Por lo tanto, en ellas está toda la información, toda la expertise: los fondos se depositan ahí mismo y, sin mayor trámite adicional, los beneficiarios los pueden retirar.

Por mi parte, quería dar esa opinión y ese punto de vista diferente a la interpretación del Senador Bianchi.

Asimismo, el Senador Bianchi decía que todos estos anticipos por temas de rentas vitalicias se les van a cobrar posteriormente de por vida a sus afiliados. Pero ¡si es obvio! Una renta vitalicia consiste en que al momento de jubilar todos los ahorros que tiene una persona se los entrega a una compañía de seguros para que ¡de por vida!, ¡mientras viva esa persona!, le paguen una jubilación determinada. Y si hoy día van a anticipar parte de esa jubilación, indudablemente que, mientras vivan, tiene que hacerse el descuento de esa fracción que se anticipa. Por tanto, aquí no se trata de que haya injusticias, de que haya abusos; se trata de que las cosas funcionen como tienen que funcionar.

He dicho, señor Presidente.

El señor ELIZALDE ( Presidente accidental ).-

Vamos a recoger la votación de los Senadores que han solicitado votar telemáticamente, sin fundamentación de voto.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Solicitó votar sin fundamentar la Senadora señora Van Rysselberghe.

¿Cómo vota?

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

También el Senador señor Girardi.

¿Cómo vota?

El señor GIRARDI.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Y el Senador señor Pizarro ¿cómo vota?

El señor PIZARRO.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Había solicitado la palabra el Senador señor Quintana, previamente a la apertura de la votación.

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Senador Quintana, tiene la palabra.

El señor QUINTANA.-

Muchas gracias, señor Presidente.

Creo que es difícil olvidar la cadena del Presidente del 25 de abril pasado, donde nace esta propuesta. A mí me gustan las imágenes y recuerdo muy vívida esa noche, porque, además, a propósito de la discusión que tuvimos, Presidente , esta mañana, también es parte de los abusos de la televisión: ¡18 minutos de cadena del Presidente Piñera !, ¡18 minutos!, la más extensa de todo su mandato.

Y ahí, bueno, señalaba varios anuncios, uno de ellos estos 200 mil pesos, claro que no se hacía mención al "hasta", es decir, plagados como siempre de letra chica. Hoy día va el "hasta", y sabemos que, en algunos casos, cuando ese saldo sea menos de 200 mil pesos, el aporte va a ser bastante marginal.

Con todo, yo creo que -como decía un Senador de las bancas del frente- es significativo: 937 millones de dólares no es una friolera, es una gran cantidad de recursos y, por supuesto, vamos a votar a favor esto, porque tiene que ver con ayudas que hoy día se necesitan, y considero que todavía faltan muchas más para terminar esta pandemia y para también proyectarnos, algo que nos cuesta: mirar cómo va a ser el Chile pospandemia. Yo siento que eso todavía no lo estamos viendo.

Y por eso que recuerdo esa imagen del 25 de abril, porque, finalmente, esto es político. Como se dijo recién por una Senadora, esto fue para evitar el tercer retiro. Fue "la noche de la derrota", como titularon algunos portales, derrota a la cual el Gobierno también sumó, arrastró a algunos de sus candidatos. Es cosa de recordar, está en la retina de muchos la cara de algunos candidatos de Chile Vamos esa noche en La Moneda cuando se anuncia esto, y cuando al mismo tiempo se anuncian los dos puntos. Francamente, yo pensé que había leído mal la noticia, cuando después me informan que el Ministro del Trabajo había señalado que los dos puntos adicionales para intentar restituir fondos al sistema de pensiones eran con cargo a los mismos seis puntos. Ahí ya no entendía nada, pero efectivamente hoy día lo corrobora así una señora Senadora .

Dicho lo anterior, quiero decir también que me alegro de escuchar en esta sesión, transversalmente, a muchos colegas que han dicho que lo ideal claramente no fue, no ha sido, ni será nunca el retiro de fondos previsionales. Y lo quiero remarcar porque yo por lo menos en todas mis intervenciones, las tres veces que he votado a favor del retiro, lo he señalado. Pero yo creo que alguien nos va a cobrar la cuenta en el futuro, cuando veamos que no hay reforma posible o sistema de pensiones que dé cuenta de este tremendo forado que tiene.

Lo señalaba un colega recién: eso se sabía. Lo que ayer nos contó la Comisión de Mercado Financiero es efectivo: para las personas de rentas vitalicias que retiren sus fondos, su 10 por ciento de la reserva técnica, bueno, las pérdidas también van a ser vitalicias, y la disminución de sus pensiones también va a ser vitalicia. Esas cosas a veces no se explican con la suficiente claridad.

Ahora, llegamos a esto, y lo digo hoy día porque, claro, muchos terminaron siendo porristas del retiro, o siguiendo a porristas del retiro, cuando sabemos que esta no es una política pública. El problema es que no teníamos alternativa. Y no teníamos alternativa porque el Gobierno siempre siguió con esta lógica de cuenta gotas, de entregar de a poco, casi como si estuviera frente a la negociación de un sindicato, y eso es lo que no se logra entender hasta el día de hoy.

Entonces, creo que hay que respaldar sin lugar a dudas esta iniciativa, pero sin dejar de desconocer que aquí va a haber efectos en materia de pensiones. Y algo que planteaban recién también unos colegas: la situación de quienes no retiraron. Yo creo que es muy importante dónde ponemos los incentivos y buscar una forma de incentivar a quienes no retiraron, por las razones que haya sido, justamente, porque hay que resolver esas cuentas.

Pero yo quisiera terminar con un tema, a propósito de quienes estuvieron en La Moneda el 25 de abril pasado en estos anuncios que hoy día se concretan. Anoche veía en un programa de televisión al candidato Lavín que, curiosamente, ya no está solo en los matinales, también en la noche, a toda hora y parece que mientras más baja en las encuestas, más lo llevan a los canales de televisión, es casi una desesperación. Pero en esta ocasión, Presidente , el candidato presidencial Lavín -porque entiendo que no es candidato a la alcaldía- señalaba una frase que me llama la atención, y que hace sentido de por qué el Gobierno optó por meter esta plata en el sistema de AFP. El usó una frase "AFP y más", o sea, mientras la inmensa mayoría de los chilenos está diciendo "No+AFP", Lavín dice "AFP y más".

Y yo creo que eso no es menor, por eso se utiliza este espacio donde lo que se busca es intentar legitimar -no sé si a estas alturas sea posible- a las AFP, cuando han tenido pésimos resultados, cuando después de cuarenta años con este sistema, no se calculó el crecimiento demográfico del país. Hace cuarenta años atrás era un pasivo por cada dos activos, y hoy día esa pirámide se ha ido invirtiendo.

En fin, quería simplemente dar esos datos de contexto.

Con todo, voto a favor.

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Gracias, Senador Quintana.

Otros Senadores han solicitado adelantar su voto, sin fundamentar, como votación telemática.

Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, señor Presidente .

El Senador señor Insulza ¿cómo vota?

El señor INSULZA.-

Voto a favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Guillier, ¿cómo vota?

El señor GUILLIER.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Araya, ¿cómo vota?

El señor ARAYA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?

El señor QUINTEROS.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

¿Algún otro señor Senador quisiera adelantar su voto?

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el Senador Alejandro Navarro.

El señor NAVARRO.-

Gracias, Presidente.

Quiero llamar la atención del Gobierno: tiene que cambiarle el nombre a este proyecto de ley, porque dice que "establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales". La pregunta, por su intermedio, Presidente , es dónde está el mecanismo de recuperación de ahorros previsionales.

¡Demasiado nombre!, ¡demasiada pompa! Este proyecto no tiene mecanismos de recuperación de fondos previsionales, porque no era ni el lugar indicado, ni era en los montos indicados, ni con el debate pendiente. Entonces, claro, este mensaje se va a ir diciendo que aprobamos mecanismos de recuperación de ahorros previsionales, y no tiene un peso, porque lo único que ha hecho el Presidente Piñera es poner la plata en la caja de sus amigos de las AFP y decirles que le paguen a la gente.

Ciudadanos, trabajadores de mi patria, esta plata no es de las AFP, esta plata es de ustedes a través de los impuestos, del IVA, cuando compran el pan, cuando pagan todo lo que pagan en un país donde todos pagan IVA, y particularmente los pobres, pero hay excepciones tributarias para los más poderosos. Este mecanismo solo pretende decirles: "Bien, lo ocupamos como caja pagadora".

Yo quiero advertir que el mensajero, que es la AFP, no es el que pone la plata; la ponen los chilenos a través de sus impuestos. Porque alguno se podrá confundir. Va a depender de cómo los medios tomen esto, porque estas AFP que se opusieron tenazmente al primer retiro, al segundo retiro, cuando ya estaba aprobado salían a decir: "Vengan, les ofrecemos el 10 por ciento, estamos con ustedes, nuestro mejor 10 por ciento". Y ofrecían cafecito y eran las mejores del mundo.

Entonces, Presidente , el mecanismo de pago es cuestionable.

Había premura en pagar, y claro, se aprueba un bono -el Ministro me lo podría aclarar- una semana antes de las elecciones. A los alcaldes y a los candidatos les está prohibido entregar beneficios materiales antes de las elecciones, pero a este Gobierno, que enfrenta su primera elección de gobernadores, alcaldes, concejales, que ni por nada se van a sacar una foto con Piñera, le aparece este "bonito" una semana antes de las elecciones.

Trabajadores de la patria, voten en conciencia.

El voto premia, el voto castiga.

El voto es secreto, ¡es secreto!

En conciencia, revisen los dieciocho minutos de la última cadena nacional, donde se les dijo que este bono era para todos los chilenos. ¡Pero todo venía con letra chica! ¡Todo venía con letra chica!

Todavía se avala un sistema fracasado. ¡El sistema de las AFP fracasó! Y siguen dándole oxígeno, agüita, salvavidas.

Aquí no se trata de salvar a Piñera, porque ya no se salva. Se trata de salvar a la gente. Por eso apoyamos este bono de 200 mil pesos, aun cuando lo vayan a entregar las pinches AFP, que tienen sus días contados.

"¡No más AFP!" ha sido el clamor de la ciudadanía, modelo que tiene los días contados. Vamos a cambiar el sistema, a pesar de que la Derecha, mentirosa - Bernardo Fontaine y algunos otros-, nos acusa de que queremos expropiar los dineros de los trabajadores, de que queremos nacionalizarlos. Yo les digo: ¡No mientan! ¡Queremos proteger esos recursos! Si esos fondos estuvieran en manos del Estado, administrados por una especie de instituto nacional de seguridad social, y se permite retirar el 10 por ciento, los trabajadores podrán hacerlo, porque siguen siendo de ellos. Pero también vamos a garantizar una pensión básica solidaria de igual monto que el sueldo mínimo, cosa que el actual sistema ha sido incapaz de lograr.

¿Cuánto es la pensión básica solidaria hoy día? 143.000 pesos.

¿Cuánto es, en promedio, la pensión de las AFP, más la que otorgan las compañías de seguros? 283.000 pesos.

¿Cuánto es en la Armada? 906.000 pesos.

¿En Carabineros? 1.029.000 pesos.

¿En el Ejército? 1.053.000 pesos.

¿En la FACh? 1.128.000 pesos.

¿En la PDI? 1.585.000 pesos.

¿Y la pensión de los oficiales, en promedio? 2.082.000 pesos.

De eso estamos hablando, de que se crearon dos sistemas, entre los cuales efectivamente hay una enorme desigualdad.

Voy a votar a favor este proyecto de ley, Presidente , porque creo que será el último firmado por Piñera que algo tendrá que ver con las AFP. Así lo espero.

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

He dicho, Presidente .

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Gracias, Senador Navarro.

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El señor ELIZALDE ( Presidente accidental ).-

Voy a recabar el acuerdo de la Sala sobre la solicitud de la Senadora Carolina Goic, quien ha planteado que se cite a una sesión especial inmediatamente después de concluida la que nos ocupa para tratar el proyecto sobre retorno gradual y seguro al trabajo, hasta su total despacho, el cual se tramitaría con informe o certificado respectivo, correspondiente a los boletines Nos 13.600-13 y 13.743-13, refundidos.

¿Habría acuerdo para dicha citación?

El señor NAVARRO.-

Presidente.

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

¿Sobre este punto, Senador Navarro?

El señor NAVARRO.-

Presidente, algunos Senadores no conocemos ese proyecto en su detalle y especificación.

La Senadora Ximena Rincón me señala que está desde noviembre.

Yo le quiero decir que tengo setenta proyectos en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, ¡y no se tratan!

Solo digo que no quiero sorpresas. Desconfío de este Gobierno, Presidente. Algunos me indican que es el trabajo de la Comisión de Hacienda. No es que desconfíe de ella, pero quiero tener mi propio juicio.

Si vamos a votar con certificado, si estamos bailando al ritmo que el Gobierno quiere una semana antes de las elecciones, bueno, ¡vayan, avancen! Pero a este Gobierno no le interesan los trabajadores, le interesa impactar en las elecciones.

Es una decisión política del Gobierno todo lo que está haciendo. ¡No nos engañemos!

Yo le solicitaría a la Oposición que, como mínimo, hiciera una evaluación. Si nos van a pedir que votemos a favor de los trabajadores, bienvenido, hagámoslo, Presidente ; pero no hemos discutido esta materia en la Sala y no tenemos conocimiento del proyecto de ley.

Lo que sí sabemos es que este Gobierno, desesperadamente, quiere ganar las elecciones del 15 y 16 de mayo. Y le bajó el apuro; ahora andan apurados por sacar todos los proyectos, una semana antes de las elecciones.

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Senador Navarro, esta iniciativa corresponde a la fusión de dos mociones parlamentarias.

Entiendo que usted ha hecho un punto político, pero da la unanimidad.

Por tanto, se acuerda lo solicitado.

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El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Continuamos con las intervenciones en Sala.

Tiene la palabra la Senadora Luz Ebensperger.

La señora EBENSPERGER.-

Gracias, Presidente.

Seré muy breve.

En términos generales, creo que este es un buen proyecto, que utiliza fondos fiscales para ayudar a las personas que requieren que se les solucionen sus necesidades frente a esta grave crisis sanitaria, primero, y económica, después.

Con este bono el Gobierno viene a ayudar a quienes ya han acabado sus fondos, o les quedan muy pocos, en sus cuentas de ahorro previsional.

Por lo tanto, me parece correcto.

Es lamentable, eso sí, que hayan acabado con sus ahorros previsionales y con la posibilidad de tener, en el futuro, una buena pensión.

Comparto también lo que hace un rato decían -por su intermedio, Presidente - la Senadora Goic y el Senador Coloma, en el sentido de que me habría gustado que se hubiera visto un mecanismo para la recuperación de estos ahorros, independiente del sistema previsional que se decida el día de mañana. Pero todo sistema de pensiones requiere que las personas acumulen ahorros. Por tanto, sería bueno establecerlo.

Efectivamente no se insistió en ello para no retardar la entrega de este bono, pero ojalá se persevere en esa fórmula más adelante.

Presidente , finalmente, quiero señalar que en este proyecto se aprovechó de eliminar algunos requisitos o descuentos establecidos respecto al bono y al préstamo aprobados para los transportistas en la ley... No recuerdo el número; no lo encuentro ahora, la "Ley de Murphy". ¡Es la ley Nº 21.323! Ahí se establecía -repito- un bono y un préstamo para todos los transportistas, lo que me parece muy bien.

Pero en esa oportunidad, al igual que en beneficios anteriores, se dejó afuera -y se los vuelve a dejar afuera- a los transportistas de pasajeros turísticos, quienes se rigen por el decreto 80 del Ministerio de Transportes y son muchos en las regiones turísticas. Ya que una norma en este proyecto modifica el artículo 19 de la ley Nº 21.323, que se refería a los transportistas, se pudo haber aprovechado la oportunidad de incluir también a los del turismo.

Hago un llamado para que se les dé solución a ellos. No han recibido ningún ingreso desde el 18 de marzo del 2020. Se han otorgado bonos a los transportistas en general, pero ellos siempre, en todos y cada uno de esos bonos, han quedado afuera. Sería importante incluirlos. Son transportistas; se dedican a transportar turistas, y obviamente durante esta pandemia no han podido hacer nada.

Presidente , voy a votar a favor de este proyecto.

Gracias.

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Gracias, Senadora.

Se ha pedido la autorización de la Sala para que ingrese el Subsecretario General de la Presidencia, Máximo Pavez.

¿Habría acuerdo?

--Se accede.

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el Senador Iván Moreira.

El señor MOREIRA.-

Muchas gracias, Presidente.

Estamos aquí en Chiloé, en la comuna de Quellón.

Me pilló de imprevisto. Aquí uno se da cuenta de lo que hemos estado hablando últimamente sobre el acceso a internet y la necesidad de contar con buena conexión lo antes posible en lugares donde no llega.

No sabe cómo me ha costado encontrar una casa que tenga acceso a internet. Así que agradezco al vecino, mi querido amigo Patricio Altamirano , de Quellón, por prestarme su casa.

Presidente, yo solamente quiero señalar dos cosas.

La primera es contestarle, por su intermedio, al Senador Navarro, que yo, por más rudo que sea, nunca me referí a la Presidenta Bachelet , al Presidente Lagos o al Presidente Frei en los términos en que generalmente él se pronuncia.

Quiero decirle que hoy día, más que nunca, parece que necesita un Armonyl. El Senador hace una ensalada rusa y mezcla una cantidad de temas que no vienen al caso, y los repite como el guion de un hombre extremo.

Llega y dice sobre el Gobierno: "Tiene los días contados". Aquí la única persona que tiene los días contados es el Senador señor Alejandro Navarro porque él deja de ser Senador el próximo día 11 de marzo de 2022. Es él quien se va. El Presidente cumple su mandato, pero él se va, porque no va a poder representar más en el Senado a su región.

Dicho eso, quiero señalar que yo, en verdad, he sido muy crítico del Gobierno. Ya no me invitan a tomar tecito a La Moneda, pero tengo algunos amigos. El Ministro del Trabajo no me ha llamado nunca, desde que asumió. No sé por qué. Debe estar enojado conmigo por lo del 10 por ciento, pero igual lo quiero mucho.

Con el Ministro que más me entiendo es con el de Hacienda. Cuando se haga el ajuste de gabinete en lo político -los cambios necesarios son uno o dos-, uno de los Ministros que se tienen que quedar es el de Hacienda, el Ministro Cerda , porque es un hombre que tiene calle, que conoce la realidad. Pero él debe cuidar los fondos fiscales, y hay ciertas decisiones políticas que tiene que tomar La Moneda con respecto a los beneficios para los chilenos.

Creo que es buena la idea de un bono de 200 mil pesos. Quiero destacar y agradecer al Gobierno por flexibilizar su posición, tanto por incorporar a quienes tenían un saldo sobre cero y bajo los 200 mil pesos como por no reponer lo relativo a la recuperación de ahorros previsionales. Esto definitivamente, señor Presidente , facilitó la solución inmediata para aprobar la iniciativa.

Ya vendrá -y no le tengo miedo- el debate sobre una renta única universal. Se puede llamar "ingreso universal" o "ingreso único de emergencia". Tenemos que buscar los ajustes necesarios, por cuanto la focalización ha terminado discriminando. Sí, a algunos sectores; es verdad. Para estos efectos, creo en la universalidad, pero no para el que gana un sueldo de 1 millón o 1 millón y medio para arriba, sino para quien verdaderamente necesite ese ingreso. Habrá que consensuar con el Gobierno tal posibilidad.

Con respecto al Ministro del Trabajo, que es nuevo, tenemos mucha confianza en que queremos negociar y llegar a acuerdos en materia de pensiones con la Oposición.

Este proyecto de ley se hizo en forma rápida, es necesario y va a llegar a la gente. Más de tres millones y tantos de chilenos recibirán este bono de 200 mil pesos, porque en tiempos de pandemia cualquier cosa sirve en la billetera.

Confiamos, señor Ministro de Hacienda, en que se logren acuerdos. Creo que usted es un hombre que tiene muy buen criterio, y está más que asegurado en el gabinete hasta el 11 de marzo del 2022.

He dicho.

Voto a favor.

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Gracias, Senador Moreira.

Le damos la palabra al Senador Carlos Montes.

El señor MONTES.-

Gracias, Presidente.

¡Creo que el Ministro Cerda debe estar bien contento porque le prolongaron el período hasta el 11 de marzo del próximo año...! En todo caso, él viene llegando. Está claro que tiene que completar su período.

¡Y el Ministro del Trabajo no sé si estará muy contento...!

En fin.

Pienso que los comentaristas, en general, hacen sus planteamientos en la radio, en los medios de comunicación. Pero, bueno, es parte de esto.

Hago presente que los Senadores socialistas votaremos a favor de este bono de 200 mil pesos, con la modalidad de pago que se logró obtener, por distintos problemas prácticos. Todos vamos a aprobar este proyecto, por cuanto creemos que este es un apoyo a las familias y a muchas personas que lo requieren.

He escuchado algunas intervenciones, de los Senadores Chahuán, Alvarado, entre otros, y queda claro por qué no llegamos a acuerdo en el tema previsional.

El enfoque que algunos tienen es mejorar algunos aspectos parciales del sistema de capitalización individual (el modelo de AFP), mediante algunos ajustes o reformas, más o menos.

Pero la Oposición y la sociedad, en general, están en otra idea. Se busca discutir un sistema de seguridad social, que tiene otra lógica, otros valores, otros sentidos. Esa es la discusión que hay que hacer.

Aquí se plantean posiciones de diferentes sectores. En otros países la Derecha también busca un sistema de seguridad social. Pero en Chile tenemos una Derecha que quiere mantener un sistema casi de ahorro individual.

Entonces, si no llegamos a hablar de nuevos conceptos, entendiendo que debemos conjugar la responsabilidad colectiva con las responsabilidades individuales respecto a la vejez, difícilmente vamos a avanzar. Los Senadores que han estado en esa discusión han hecho esfuerzos muy grandes para abrir alguna ventana de conversación en la dirección de un sistema de seguridad social, pero no han logrado concretarlo.

Ojalá que el Gobierno en este tiempo se abra a ello. El Senador Latorre dijo: "Esto va a partir de los principios de la Nueva Constitución". Bueno, si no hay avances previos, va a hacerse ahí. Pero me habría gustado tener también un debate en la sociedad respecto a estos temas.

El problema que dio origen a este proyecto es la conciencia de que hay un forado en los fondos previsionales, forado producido por los retiros que ha habido.

Pero ¿qué significa ese forado en la discusión? ¿Es un forado individual o es uno colectivo de un sistema de seguridad? Algunos pensamos que, a partir de la crisis profunda de un modelo previsional, hay que pensarlo con una lógica de seguridad social desde ya. No es una cosa simple de llegar y reponer en cada cuenta plata pública, que se saca de otros lados, en fin. Aquí se requiere un enfoque bastante más de largo plazo y bastante más profundo, a nuestro juicio.

En ese sentido, le diría al Senador Chahuán que discutamos sobre ello, no para que esté convencido, sino para que escuche el planteamiento distinto de la Oposición. Él quiere imponernos un modelo, en circunstancias de que ahora estamos en una etapa en que el modelo previsional en Chile va a tener cambios conceptuales, de principios, de lógica. Tenemos que pasar a un modelo de seguridad social. Eso va a ocurrir. Puede que nos demoremos un poquito más, un poquito menos, pero estamos caminando hacia allá.

Ese es el diálogo que nosotros deberíamos sostener.

En todo caso, el proyecto que todos apoyamos es bien acotado y puntual: tiene que ver con los 200 mil pesos de un bono que el Gobierno anunció y que muchas familias requieren, y por eso lo vamos a aprobar.

Voto a favor, Presidente .

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Gracias.

Voy a ir anunciando quien tiene la palabra y quien se prepara para el turno siguiente, porque sé que hay ansiedad, sobre todo, en los Senadores que están conectados telemáticamente.

Tiene la palabra la Senadora Rincón y, posteriormente, la Senadora Isabel Allende.

La señora RINCÓN.-

Gracias, señor Presidente.

Yo no había intervenido antes, solo había entregado el informe como Presidenta de la Comisión.

La verdad es que uno de los temas de mayor relevancia para los afiliados del sistema de pensiones que ya hicieron uso de sus fondos es lo que ocurre hoy día con ellos frente a la crisis económica.

Tenemos una crisis sanitaria, tenemos una crisis económica y tenemos una crisis social y política.

Sin lugar a dudas, el tema del reintegro es un punto que debiéramos abordar. Yo sé que algunos se ponen nerviosos con esto y les molesta, pero lo planteamos cuando discutimos el primer retiro de fondos. Lo planteamos varios colegas cuando presentamos el proyecto de ley, declarado inadmisible, sobre retiro de fondos de pensiones. Entonces hablábamos de la necesidad de que existiera un bono de reconocimiento.

No es que eso se me haya ocurrido a mí de manera espontánea; lo conversamos con personas expertas, entre ellos, Roberto Zahler , porque entendíamos que el ahorro es parte del desafío de un país y de hombres y mujeres para la vejez.

Lo planteamos como indicación en la discusión del primer retiro. Y usted se acordará, Presidente , que convinimos en no hacer cambios para que saliera rápidamente el proyecto de reforma constitucional que venía de la Cámara de Diputados.

Sin perjuicio de aquello, yo creo que es importante reflexionar respecto de este tema.

El proyecto de ley que hoy día estamos discutiendo es de iniciativa del Ejecutivo , como corresponde en materia de seguridad social y de impacto fiscal, y solo da respuesta parcial a una situación dramática, que es la falta de claridad, de certeza de hombres y mujeres en nuestro país para abordar la semana que viene. Y lo digo así de corto, porque todos los que estamos aquí sabemos lo que representa para una familia la situación de crisis, de cesantía, de ausencia de recursos.

¡Los beneficios que hoy día estamos aprobando son importantes, pero insuficientes!

Sin lugar a duda, Presidente , se hace urgente hablar -y eso está dentro de la agenda de mínimos que se ha conversado con el Ejecutivo- de la renta básica universal, o como quieran llamarle, porque parece que el nombre incomoda, pero al final del día es eso. Y la venimos sosteniendo desde hace más de un año, Presidente .

Hemos escuchado esta semana a distintas organizaciones, académicos, expertos, al mundo social, y todos convienen en la necesidad de contar con una renta básica universal de emergencia.

Y esa es una discusión que no tiene que ver solo con este Gobierno y esta pandemia, sino con el futuro, para que cuando vuelva a presentarse una situación crítica, de catástrofe, quien gobierne -hombre o mujer- tenga las herramientas para ir en ayuda de las familias de nuestro país.

Sin lugar a duda, el costo de esta iniciativa es alto, pero cuando uno lo divide por el número de familias o personas que lo van a recibir, se hace insuficiente. Además, es por una sola vez.

Por lo tanto, Presidente, dentro de las lecciones aprendidas están la de disponer de un instrumento permanente ante situaciones como la que estamos viviendo hoy día, el que debe dar certeza y responder a la angustia de las familias y tiene que ser suficiente.

Por tanto, no solo voy a aprobar este proyecto de ley, como se ha señalado en el informe, sino que además creo que tenemos que instalar una discusión respecto de una ayuda universal de emergencia y los mecanismos para financiar esa ayuda.

Es necesario realizar una reforma tributaria que convengamos entre todos y entre todas, porque esto es algo que no termina en diez meses más, sino que se mantendrá en el futuro, porque hay muchos y muchas que producto de esta pandemia y las malas decisiones van a quedar en el camino, y debemos ayudarlos.

Presidente, desde la Comisión de Hacienda haremos todos los esfuerzos para ayudar a hombres y mujeres en nuestro país y lograr sumar voluntades que resuelvan problemas y no que creen problemas.

Gracias, Presidente .

El señor ELIZALDE ( Presidente accidental ).-

Gracias, Senadora Rincón.

Tiene la palabra la Senadora Isabel Allende y, posteriormente, el Senador Ricardo Lagos Weber.

Senadora Allende, tiene la palabra.

La señora ALLENDE.-

Señor Presidente, ya lo anunció el Senador Montes: en la bancada Socialista vamos a votar, por supuesto, a favor de estos recursos de hasta 200 mil pesos, de este bono que plantea el Gobierno para aquellos que han hecho retiros y han quedado sin nada.

Pero quiero comenzar por entregar algunos datos, que me parece son un poco el retrato de lo que ocurre, para contrarrestar a aquellos que siempre nos quieren convencer de que la gestión de este Gobierno durante la pandemia ha sido notable, que es lejos la mejor de toda la región y que somos uno de los países que mejor ha respondido en el mundo.

Solo deseo referirme a la encuesta social COVID-19 del Ministerio de Desarrollo Social y del PNUD: al 48,8 por ciento de los hogares no les alcanzan los ingresos en este contexto de pandemia, y eso es un 65 por ciento para los dos quintiles de menos ingresos; el 49 por ciento hoy día tiene menos ingresos respecto de cuando comenzó esta pandemia; el 40,8 por ciento de los hogares -¡40,8 por ciento, sí!- tiene problemas para pagar sus deudas; el 19,4 por ciento tiene una inseguridad alimentaria de moderada a severa -creo que esto es extremadamente grave; el otro día el INTA nos hablaba de ciertos procesos de desnutrición que han comenzado a notarse en esta pandemia-; 81 mil familias viven en campamentos.

Si consideramos las cifras de este tercer retiro, podríamos decir que son casi 50 mil millones de dólares. Y las transferencias directas a hogares han sido hasta ahora más o menos de 5 mil millones de dólares.

Cuando decimos que han sido los trabajadores los que han pagado y siguen pagando con sus ingresos o sus ahorros o su fondo de cesantía, es así. Esta crisis, esta grave crisis la siguen pagando los trabajadores.

El IFE de marzo llegó a un 34 por ciento de la población, con un promedio de 143.169 pesos por hogar, ¡por hogar! Por cierto, ahora el Gobierno ha hablado y está desarrollando el IFE ampliado, de lo cual nos alegramos, porque evidentemente se requiere y es necesario.

Pero todo esto qué nos está indicando. Nos está indicando la magnitud de esta pandemia y las insuficiencias de las respuestas, que siempre son tardías o fraccionadas y que no llegan directamente a los hogares como se requiere.

Yo no puedo dejar de mencionar un par de cifras de la región que represento, cuando pienso en el IFE y que se entregó en total a 501 mil hogares en el mes de abril; cuando pienso en el bono de clase media en la región y que se entregaron 147 mil; cuando pienso en que se han cursado 283 mil operaciones de créditos Fogape, lejos del millón que prometió el Gobierno para las pymes; cuando pienso que hay 22.800 créditos, ¡créditos!, del BancoEstado, justamente para este sector, el más golpeado; cuando tenemos una tasa de cesantía superior a la media nacional y que los sectores más afectados han sido, por supuesto, turismo, gastronomía, comercio.

Entonces, ante ello, obviamente entendemos las razones por las cuales la población ha corrido a sacar esos ahorros, porque los requiere, porque los necesita, porque las respuestas no han sido suficientes.

Y, claro, nos duele, porque todos sabemos las consecuencias que esto va a tener para el futuro. Pero también nos pone de manifiesto -esta es la verdadera razón-, y todos lo sabemos, que el actual sistema de AFP es insuficiente, que entrega pensiones indignas. ¡No puede seguir este país soportando un sistema exclusivamente de capitalización individual! Es necesario llegar a la seguridad social.

Nosotros esperamos que haya una verdadera reforma, no la que de contrabando pretendió meter el Gobierno a través de este bono de los 200 mil pesos, sino una verdadera reforma previsional, que hace rato hemos venido planteando. Y los socialistas hemos presentado una propuesta seria, que fue entregada incluso al Presidente de la República.

Se requiere urgentemente llegar a ese ingreso de emergencia universal, sin letra chica. Y para ello hoy día hay recursos, y está siempre la posibilidad del endeudamiento. Pero también están las elusiones, las evasiones, las exenciones y tantas otras formas que debemos abordar, pensando cómo sostener esto en el tiempo, pensando sobre todo -esperamos- que a partir de septiembre, octubre comencemos una reactivación económica tan necesaria para el país.

Por lo tanto, no tenemos ninguna duda de que hay que echar mano a esos recursos que existen y a futuras reformas tributarias, que son urgentes. Y eso el país no lo va a poder postergar y lo tenemos que hacer.

Por eso, Presidente , vamos a votar a favor de esta iniciativa, a pesar de la injusticia que tiene para aquellos que no retiraron sus fondos y que se ven simplemente excluidos.

Por favor, estos son verdaderos parches, necesarios para la población, pero ya llegó la hora de ir pensando que en situaciones de emergencia, excepcionales, de pandemia, de la magnitud y profundidad...

El señor ELIZALDE ( Presidente accidental ).-

Senadora Allende, ¿cómo vota?

La señora ALLENDE.-

A favor.

El señor ELIZALDE ( Presidente accidental ).-

Vota a favor la Senadora Allende. Perfecto.

Gracias, Senadora Allende.

Tiene la palabra el Senador Lagos Weber y, posteriormente, la Senadora Carmen Gloria Aravena.

Senador Lagos Weber, tiene la palabra.

El señor LAGOS.-

Señor Presidente, trataré de ser breve.

Lo que está claro de esta votación es que se van a aprobar los 200 mil pesos. Sobre eso no hay ninguna duda y pienso que va a ser una gran mayoría, aplastante, etcétera.

Lo que sí creo es que motiva reflexiones, y yo quiero contribuir con la mía en algunas áreas.

Vamos a repetir de nuevo que el retiro no es la mejor política pública. Está claro, pero se vota igual. Y las razones son que al Gobierno le ha costado tomarle el pulso a la crisis; le costó muchísimo. No quiero hacer el repaso que hemos realizado en tantas otras discusiones. Partimos con los 50 mil pesos del bono el año pasado, en abril; creo que hace un año de esto. Y hoy día estamos ya en otra dimensión. Y pienso que al Gobierno le costó tomarle el ritmo y el pulso a la crisis. A pesar de que podía tener la experiencia comparada de países similares al nuestro que también hicieron un esfuerzo y tuvieron más éxito que nosotros.

Este es un Gobierno que ha tenido de dulces. La campaña de vacunación ha sido un éxito. Ahora último no tanto porque hay gente que no quiere ir a vacunarse. Pero ha sido positivo desde el punto de vista del sistema de salud chileno -ahí está lo fundamental, más allá de la voluntad del Gobierno-, junto con que el Ejecutivo , además, tuvo la capacidad de adelantarse y comprar las vacunas. Y esto lo pudo hacer porque tenía los recursos, porque Chile contaba con los fondos para eso.

Hoy día, entonces, estamos legislando sobre algo que es tremendamente delicado, porque a algunos chilenos que hicieron retiros, bajo ciertos montos, en ciertas fechas, se les va a dar una ayuda. Y eso está bien; nadie cuestiona ese tema. La pregunta es qué hacemos con estos otros miles de chilenos -yo conozco a varios- que no han querido retirar sus fondos. Y no estoy hablando de gente del ABC1, sino de gente a la que le cuesta mucho la vida, que tiene dos o tres pegas diarias, mujeres que paran la olla solas en sus casas con sus hijos. Ellas tienen sus ahorros, y algunas decidieron sacarlos y otras sacaron una pura vez y no quieren sacar más. Y esas personas no van a tener 200 mil pesos ni el complemento de nada. Ese es el riesgo moral que tienen estas decisiones. Es lo que pasa cuando uno hace condonaciones tributarias y la gente dice después: "¿Para qué voy a pagar mis impuestos si puede que llegue el perdonazo después?". Eso pasa con estas decisiones.

¿Y por qué estamos en esto? Porque tenemos un tema sustantivo de fondo y que lo han mencionado varios: el sistema previsional chileno, como lo conocemos, hizo agua. Entonces, para tratar de ir parchando situaciones, para ir ayudando a los chilenos, se hace a partir de los retiros, que no son buenos. Pero sobre un sistema, además, que es kafkiano, porque no es un sistema de seguridad social, sino uno donde se mezcla -comillas- el bienestar colectivo, pero a partir de los esfuerzos individuales. Se trata de un sistema en el cual se supone que los fondos son propiedad de los cotizantes, pero no tenían posibilidad de retirarlos porque se aplicaba la lógica de seguridad social, en el sentido de que los fondos no se retiran, ya que son para pagar pensiones. Pero en Chile decimos que era para pagar pensiones, pero son de los cotizantes. Y hacemos una ley para que los retiren. Entonces, todo esto nos genera hoyos, nos genera inconsistencias que tratamos de arreglar, como lo hacemos con la iniciativa que estamos viendo hoy día.

Por eso es tan fundamental, a mi juicio, la reforma previsional. Cae de maduro. En lo que creo que no tenemos todavía claridad es en la rapidez con que tenemos que hacerla y la dirección. Y ahí no coincidimos. Y mientras más lo demoremos, va a ser más difícil y más costoso el arreglo. Porque no me cabe duda de que se seguirán vaciando las arcas de los retiros a este paso. Y se nos va a hacer cada día más difícil.

Además, me parece bien injusto que a veces, por razones de otros cálculos, posterguemos una decisión que beneficiaría a muchos, miles, centenares de miles de adultos mayores en Chile. Porque la reforma que estamos proponiendo, al menos desde la Oposición, persigue mejorar las pensiones ahora, no mañana, ¡ahora!

No estamos buscando un modelo que nos permita decir que en treinta, cuarenta años más las pensiones van a ser superbuenas. Tiene que cumplir con ese requisito, pero además debe cumplir con el segundo requisito, que es pagar pensiones buenas ahora. Y si nosotros nos demoramos por razones políticas, por diferencias, por cálculos de cualquier naturaleza, estamos perjudicando a esos chilenos, a esos mismos chilenos que hoy estamos tratando de ayudar porque se quedaron sin plata para la pensión y estamos evaluando cómo reintegrar esos fondos.

En el caso del Gobierno, cuando digo que le ha costado, le voy a dar un ejemplo pero bien sencillo. Y yo quiero creer que hay una capacidad de captar que estaban equivocados y tienen que sintonizar más rápido. Este mismo Gobierno, en este mismo proyecto de ley, hasta antes de hoy, habría insistido con el tema del reintegro, de los dos puntos de cotización, uno a cargo del empleador y otro por parte del Estado, y habríamos tenido toda la vuelta, para que hubiese perdido de todas maneras en el Senado, generando un mal ambiente. ¿Y qué decidió el Gobierno? Hacer la pérdida, en el fondo, porque sabe que no va a ocurrir lo que anda buscando. Ya hizo su punto. Entonces, yo quiero creer que hay un elemento, si ustedes quieren, de realismo político...

El señor ELIZALDE ( Presidente accidental ).-

Senador Lagos Weber, ¿cómo vota?

El señor LAGOS.-

Voy a votar favorablemente, señor Presidente.

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Gracias, Senador Lagos Weber.

Tiene la palabra la Senadora Aravena y, posteriormente, el Senador José Miguel Durana.

La señora ARAVENA.-

Señor Presidente , yo solo voy a hacer una breve reflexión.

Primero, efectivamente, no hay ninguno de quienes me han antecedido que no haya planteado que es urgente una reforma de pensiones.

Y una segunda reflexión es que llegamos tarde a la reforma de pensiones. Quizá no estaríamos discutiendo nada de esto sí, al enfrentar la pandemia, hubiéramos tenido un sistema de pensiones al que se le hubieran aplicado reformas. Yo no estoy con esto juzgando que todo lo que se ha hecho está mal. Pienso que efectivamente se requiere un cambio, porque es evidente para quienes estamos hoy día legislando que hay un sector de la población que está recibiendo pensiones muy bajas y que no son dignas de personas que han trabajado una vida entera.

Y, además, la lección que hemos dado es que, en tiempos de pandemia, más retiramos. Tres veces se aprobaron en este Senado retiros que sabemos que son perjudiciales para las personas. Yo creo que esta pandemia nos ha dejado claro que la vida es un regalo, que la vida es un milagro y que hoy día estamos legislando y mañana podemos no estar. Por lo tanto, me parece que es urgente, sobre todo para las personas mayores, que corren más riesgo de vida que todos en épocas de pandemia, que nosotros apuremos el tranco y que nos pongamos de acuerdo, por fin, en una reforma de pensiones.

Hoy día hay nuevos Ministros, tanto de Hacienda como del Trabajo, y yo creo que tienen la misión, por el bien de la patria, de ponernos de acuerdo a todos.

Por otra parte, todos sabemos que con el porcentaje de cotizaciones tan bajo que existe en nuestro país era difícil que las pensiones fueran más altas con el sistema que teníamos. Las pensiones son bajas y hoy día la esperanza de vida es más alta; hay mucho análisis que hacer ahí. Por otro lado, el grado de informalidad -lo he mencionado muchísimas veces- atenta en contra de los que sí trabajan y sí imponen.

Entonces, tenemos que ser muy sabios y muy justos, como lo ha dicho -por su intermedio- mi antecesor, don Ricardo Lagos , respecto a cómo somos justos también con las pensiones. Porque no sería justo que una profesora que trabajó y cotizó una vida entera recibiera lo mismo que alguien que no trabajó y nunca impuso. En consecuencia, debemos ser capaces, por un lado, de tener una pensión básica solidaria digna, pero, por otra parte, de premiar a quienes trabajaron una vida entera, aportaron al país y se esforzaron por ahorrar.

Estos 200 mil pesos por supuesto que son bienvenidos, pero, efectivamente, estamos castigando a quienes por reserva, por prevención, no hicieron retiros. Yo creo que hay un tema que ver ahí, para poder ser justos con todos en tiempos tan difíciles.

Por otro lado, me molesta -y quiero ser superfranca-, no me parece que este espacio sea para decir que la Derecha es mentirosa. Yo no puedo hablar por todos, pero la verdad es que no creo que todos los que estamos hoy día en el Oficialismo, en la centroderecha, seamos mentirosos. Pienso que somos muchísimos los que estamos por vocación pública y con compromiso tratando de aportar desde nuestras miradas al desarrollo del país.

De igual forma, hablar de "cuchufleta" del Gobierno no me parece una palabra prudente. No nos olvidemos de que hay un sector importante de la población que ha hecho esfuerzos por tener su capitalización individual. Entonces, si vamos a buscar una solución, respetemos lo que la gente ha ahorrado.

Por último, habilitemos definitivamente y entreguémosles en este Senado, ojalá este año, una reforma previsional a los chilenos, a los trabajadores de este país, porque definitivamente con eso también cumpliremos con un mandato que la ciudadanía nos ha entregado hace muchísimo tiempo.

Muchas gracias.

Voto a favor de este proyecto.

El señor ELIZALDE ( Presidente accidental ).-

Gracias, Senadora Aravena.

Le voy a dar la palabra al Senador Durana.

Antes de ello, solicito el acuerdo de la Sala para que presida el Senador Carlos Bianchi, porque yo también quiero hacer uso de la palabra para argumentar mi votación.

Acordado.

Senador Durana, tiene la palabra.

--Pasa a dirigir la sesión, en calidad de Presidente accidental, el Senador señor Bianchi.

El señor DURANA.-

Señor Presidente , este proyecto de ley se hace cargo de la situación de más de tres millones y medio de personas que se quedaron sin recursos en sus cuentas de ahorro previsional individual.

La ayuda representa para muchos compatriotas la posibilidad de retirar su dinero de sus cuestas en la AFP, lo que se hace extensivo para quienes ya lo hicieron y se encuentran hoy imposibilitados de realizar un retiro por la inexistencia de fondos, concediéndoles el saldo restante para alcanzar los 200 mil pesos.

Con recursos públicos se hará un depósito de estos dineros en las cuentas individuales de cada afiliado, el cual podrá decidir libremente si los retira o comienza nuevamente con su ahorro previsional en su cuenta de capitalización individual, porque con esta política pública se reafirman en el fondo dos principios: el de la propiedad individual de sus recursos y el de la responsabilidad que cada persona tiene respecto de sus futuras pensiones.

De esta forma, se ratifica el concepto de propiedad de cada afiliado en relación con los fondos de las cuentas de capitalización individual y de la libertad de hacer uso de ellos o no, pues nuestros compatriotas saben que esos fondos les pertenecen, que están en sus cuentas individuales y que nadie ni nada podrá quitárselos.

No obstante lo anterior, nada dice el proyecto de ley acerca de los deudores de pensiones alimenticias y de la posibilidad de que se permita efectivamente generar este cobro.

Por esta razón, espero -y hago un llamado- que la Superintendencia considere, dentro de la reglamentación a dictarse, la situación de cobro de pensiones alimenticias en relación con este bono. Es importante destacar que son miles los beneficiarios de pensión alimenticia en nuestro país que han podido cobrar, al menos en parte, lo que se les adeuda a través de los retiros de los fondos previsionales, lo cual conlleva un gran alivio para quienes, en su mayoría madres trabajadoras, se dedican a su cuidado.

Finalmente, resulta lamentable que no haya existido la voluntad política para sacar adelante un mecanismo necesario para reintegrar los recursos perdidos por parte de los retiros previsionales, porque estos fondos son de los trabajadores, son de los cotizantes, de cada uno de ellos, y esto nos demuestra que el sistema de capitalización individual ha evidenciado responsabilidad en cuanto a la custodia e incremento de estos recursos en las cuentas de cada trabajador. Era una gran iniciativa que permitía darles una oportunidad a los ciudadanos con el objetivo de comenzar a recuperar sus fondos para sus pensiones futuras.

Resulta evidente que si estos dineros hubiesen estado en una caja común o en un sistema de reparto, administrados quizá por distintos gobiernos de turno, no existirían y cada cotizante nunca habría tenido la posibilidad de este extraordinario retiro en la situación excepcional que nos encontramos, producto de la pandemia del COVID-19.

Voto a favor, Presidente .

El señor BIANCHI ( Presidente accidental ).-

Gracias, Senador Durana.

Tiene la palabra a continuación el Senador Álvaro Elizalde.

El señor ELIZALDE.-

Señor Presidente , obviamente, voy a votar a favor de esta iniciativa. Pero quisiera hacer un punto que me parece fundamental, que tiene que ver con el hecho lamentable de que se terminen improvisando políticas públicas para enfrentar una situación tan compleja como la que están viviendo las familias chilenas.

Lamento que el Presidente de la República , ante problemas existentes en su coalición, falta de orden en sus bancadas, en su momento haya anunciado un tercer retiro alternativo al aprobado por el Congreso Nacional, cuando insistió en el requerimiento ante el Tribunal Constitucional, y planteado este aporte de 200 mil pesos con iniciativas que decían relación con un debate que debía darse en su mérito y con mayor profundidad respecto del sistema previsional chileno, particularmente en la naturaleza de los aportes a las pensiones, la forma en que se administra, cuestión que por lo demás está siendo discutida en este Senado en el proyecto de reforma previsional.

Por tanto, creo que aquí ha habido una improvisación extrema con el objeto lisa y llanamente de resolver problemas internos de la coalición de Gobierno, o problemas políticos de otra naturaleza, sin que el centro de las propuestas gubernamentales estén radicadas en la importancia de otorgar un marco de protección adecuado para quienes lo necesitan en el contexto de la pandemia.

El proyecto que se presentó a tramitación en la Cámara de Diputados, sobre el cual hoy nos pronunciamos, presenta el mismo problema: como de contrabando se pretende abordar otros temas, pasando "gato por liebre", por decirlo en buen chileno, sin que se dé el debate en su mérito sobre -insisto- la naturaleza del sistema previsional y de las importantes reformas que es necesario implementar para garantizar pensiones dignas como merecen los adultos mayores en nuestro país.

Lamento esto, porque creo que las políticas públicas serias no se construyen de esa forma.

Hemos escuchado una crítica muy profunda a la labor del Congreso Nacional a propósito de la aprobación de los tres proyectos sobre retiro de fondos previsionales. Conste que el Parlamento ha tenido que aprobar esos retiros como resultado de la insuficiencia de otras iniciativas para proteger a las personas que debieran ser promovidas obviamente por el Gobierno y, particularmente, por el Presidente de la República , más aún cuando es el Poder Ejecutivo el que controla la billetera fiscal, y, por tanto, conforme a nuestra Constitución, es quien puede decidir qué gastos compromete el Estado de Chile, sobre todo en este contexto tan difícil.

Por eso me parece lamentable que a raíz de este debate se haya pretendido aquello por parte del Ejecutivo en los dos proyectos, en el de tercer retiro alternativo, que finalmente se retiró cuando fue declarado inadmisible el requerimiento en el Tribunal Constitucional, y en esta nueva iniciativa, en que, además del aporte de 200 mil pesos que ciertamente requieren los afiliados, los trabajadores y las trabajadoras, se pretende resolver por vía indirecta un tema en el cual no ha habido acuerdo en este Congreso, porque se relaciona con la legítima concepción que existe acerca del sistema de pensiones en Chile.

Yo soy un convencido de que lo que tenemos en Chile es un mecanismo de ahorro obligatorio, pero no un sistema de seguridad social.

La mayoría de los países que imitaron el mal ejemplo de Chile vienen de vuelta y han retrotraído reformas importantes, porque ha quedado demostrado de manera clara y nítida que este no es un sistema que garantice algo básico: tasas de reemplazo dignas para que los adultos mayores puedan efectivamente tener el descanso que merecen tras décadas de esfuerzo como trabajadores y trabajadoras.

Eso es lo que está pendiente en Chile, y ese debate no se puede realizar en dos o tres días con un proyecto que tiene una urgencia para su tramitación rápida, toda vez que estamos enfrentando una emergencia.

Por ello creo que el Presidente de la República comete un error cuando pretende confundir ambos debates, cuando pretende asociar la emergencia con un tema de mirada de largo plazo, aun cuando también se requiera celeridad para avanzar en esa reforma.

Porque -reitero- todas las iniciativas tendientes a comprometer la forma de administración de nuevos aportes al sistema previsional deben ser abordadas en una discusión serena, profunda, responsable sobre la manera en que resolvemos los problemas estructurales del sistema de AFP, el cual a todas luces ha resultado claramente fracasado.

Por todo lo anterior, voy a votar a favor de esta iniciativa, con las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados; pero me parece que aquí se requiere un debate de altura, con una lógica distinta, que no mezcle los temas y que no meta de contrabando propuestas en las que no existe consenso dentro de nuestro sistema político, ni siquiera en la sociedad chilena, más aún cuando hoy lo que demanda mayoritariamente la ciudadanía es un reemplazo del mecanismo de AFP para realmente tener un sistema de seguridad social.

Y para aquellos que dicen que no tenemos propuestas, debo señalar que hemos formulado como bancada una proposición concreta con un sistema mixto que incentive la cotización previsional, pero que al mismo tiempo incorpore elementos de solidaridad que permitan mejorar las pensiones hoy y no en varias décadas más, como ocurriría en el caso de mantener la lógica del sistema de AFP.

Voto a favor, señor Presidente.

El señor BIANCHI (Presidente accidental).-

Gracias, Senador Elizalde.

Bueno, en el transcurso de la discusión el Senador Alejandro Navarro fue aludido, por lo tanto, corresponde otorgarle la palabra para su réplica.

Puede intervenir, Senador.

El señor NAVARRO.-

Presidente, he solicitado la palabra, de acuerdo con el Reglamento, para referirme muy brevemente a lo señalado por el Senador Moreira.

Primero, quiero decirle al Senador Moreira ¡que me encanta la ensalada rusa, pero nunca tanto como para raspar la olla...!

En segundo lugar, deseo señalarle que con mucho orgullo he estado tres períodos en la Cámara de Diputados, dos en el Senado, elegido con primeras mayorías, es decir, veintiocho años. Y si a eso le agregamos mi época estudiantil en la gloriosa Universidad de Concepción, podemos sumar seis años más, en que fue elegido Presidente del Centro de Alumnos de Filosofía ; luego, por cierto, Secretario General , y posteriormente, Presidente de la Federación de Estudiantes de la referida casa de estudios superiores, como bien lo sabe el Presidente accidental , Álvaro Elizalde , para totalizar no más de treinta y cuatro años.

El Senador Moreira fue Secretario de la Juventud en Punta Arenas ; luego, alcalde designado por Pinochet, y va a completar entre ese período y su vida como Diputado y Senador cuarenta y ocho años. Él va a aspirar a ser Senador legítimamente, y llegará a los cincuenta y seis años de vida política. Yo lo felicito. Pero eso depende del pueblo.

A mí el pueblo no me saca del Senado, sino una ley; y el pueblo determinará cómo uno seguirá participando en política, porque yo voy a continuar en ella, aunque a algunos no les guste.

He dicho.

El señor ELIZALDE ( Presidente accidental ).-

Señor Secretario , proceda a tomar la votación de los Senadores que se hallan pendientes y que están participando de esta sesión telemáticamente.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

Senador señor Francisco Huenchumilla, ¿cómo vota?

El señor HUENCHUMILLA.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Ossandón, ¿cómo vota?

El señor OSSANDÓN.-

Secretario, ¿se escucha?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí, se escucha.

El señor OSSANDÓN.-

Mire, yo voto a favor.

Solo quiero dejar constancia de que me preocupa que, como siempre, las políticas públicas desincentiven muchas de las acciones que realizamos en forma responsable. Eso quiere decir que gente que hizo un tremendo esfuerzo, que es tan pobre como la otra, que no sacó sus ahorros no va recibir este bono, lo cual me parece impresentable, porque tienen las mismas condiciones y efectuaron -insisto- un gran esfuerzo.

Por otro lado, después de escuchar tantos discursos de mis colegas, quiero hacer un llamado a la unidad, porque le dan, le dan y le dan al Presidente como para darse un gusto, pero muchos lo hacen como si no hubieran sido nunca Gobierno.

Sin embargo, la verdad es que cuando sobrevino el 27-F esa emergencia fue manejada en forma realmente mala. Creo que ningún Presidente en Chile o Gobierno que le haya tocado un estallido social y una pandemia al mismo tiempo. Entonces es muy sencillo ponerse al frente a criticar todo de todo, porque es muy fácil, pues uno pide, y si el Gobierno ofrece uno, ellos dan dos.

También reconozco que esta Administración ha sido muy poco flexible para hacer un trabajo prelegislativo y tratar de acordar una estrategia, sobre todo en materia económica a largo plazo, con economistas de distintos colores políticos para poder salir de esta crisis.

Así que espero que todos seamos conscientes de la gravedad de la situación que estamos viviendo, porque esto no es para darse gustitos personales, sino para que seamos responsables. Ojalá de alguna manera hagamos un gran pacto en las distintas áreas para salir de esto en protección de la democracia. Esto ya no es ni Izquierda ni Derecha: es proteger y valorar lo que hemos construido, con sus defectos, pero también con sus virtudes.

Muchas gracias, Presidente .

Voto...

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador, ¿cómo vota? Se le cortó el micrófono.

El señor OSSANDÓN.-

¡O sea, me va a decir que se perdió mi discurso...!

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

No, Senador: la última parte nomás.

El señor OSSANDÓN.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

El señor OSSANDÓN.-

¡Ah, eso! Ricardo Lagos me dice que sí.

¡A favor!

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senadora señora Von Baer, ¿cómo vota?

La señora VON BAER.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

¿Senador señor García-Huidobro?

El señor ELIZALDE ( Presidente accidental ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y particular el proyecto (40 votos a favor), dejándose constancia de que se cumple con el quorum constitucional exigido, y queda despachado en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Carvajal, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón, Sabat, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Alvarado, Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, Durana, Elizalde, Galilea, García, Girardi, Guillier, Huenchumilla, Insulza, Kast, Lagos, Latorre, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pizarro, Rafael Prohens Espinoza, Pugh, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.

El señor ELIZALDE (Presidente accidental).-

Queda aprobado el proyecto en los mismos términos en que fue despachado por la Cámara de Diputados.

Se deja constancia de la intención de voto favorable del Senador García-Huidobro.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 06 de mayo, 2021. Oficio

Valparaíso, 6 de mayo de 2021.

Nº 238/SEC/21

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que establece un nuevo bono de cargo fiscal y mecanismos de recuperación de ahorros previsionales, en las condiciones que indica, correspondiente al Boletín N° 14.224-13.

Hago presente a Vuestra Excelencia que este proyecto de ley fue aprobado, en general, con el voto favorable de 40 senadores, de un total de 43 en ejercicio.

En particular, los artículos 1, 2 y 3 de esta iniciativa también fueron aprobados por 40 votos a favor, de un total de 43 senadores en ejercicio, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 16.581, de 5 de mayo de 2021.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ÁLVARO ELIZALDE SOTO

Presidente (A) del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 06 de mayo, 2021. Oficio

VALPARAÍSO, 6 de mayo de 2021

Oficio N° 16.582

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley que establece un nuevo bono de cargo fiscal, en las condiciones que indica, correspondiente al boletín N° 14.224-13, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1.- Bono de cargo fiscal. Tendrán derecho a un bono de cargo fiscal, por una sola vez, que será depositado en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, y toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia regida por éste, que al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a $200.000.-, el que se otorgará en las condiciones siguientes:

1. Respecto de aquellos afiliados que hayan retirado fondos previsionales de conformidad al artículo 1º de la ley N° 21.295 o de la disposición trigésima novena transitoria de la Constitución Política de la República y que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros, el monto del bono ascenderá a la cantidad de $200.000.-.

2. Respecto de aquellos afiliados que no se encuentren en la situación señalada en el numeral anterior, y que hayan estado afiliados al sistema privado de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, al 1 de enero del año 2021, el monto del bono ascenderá a la cantidad que resulte necesaria para completar un saldo de $200.000.- en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias al 31 de marzo de 2021.

Este bono tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

El bono será depositado por la Tesorería General de la República en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado dentro del plazo de treinta días corridos, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.

La Superintendencia de Pensiones regulará mediante norma de carácter general el procedimiento para la implementación y pago de este bono de cargo fiscal, y la forma de entrega de la información necesaria por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones sobre los saldos de las cuentas referidas.

Los afiliados beneficiarios del bono de cargo fiscal podrán realizar, de forma voluntaria, el retiro de estos fondos de conformidad a las disposiciones de la ley N° 21.330.

El pago de este bono no generará cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

Artículo 2.- Elimínase en el inciso cuarto del artículo 19 de la ley N° 21.323, que Establece un Nuevo Bono Clase Media y un Préstamo Solidario para la Protección de los Ingresos de la Clase Media, lo siguiente: “Con todo, el monto total de las prestaciones sociales establecidas en la Partida 50, Capítulo 01, Programa 03 “Operaciones Complementarias”, Subtítulo 30, Ítem 10 “Fondo Emergencia Transitorio”, Glosa 26, numeral 3, literal a, de la ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021 que le corresponda recibir al hogar del beneficiario, por los meses de enero y febrero 2021, se imputará como parte del monto del Bono de Apoyo para efectos de su cálculo. En consecuencia, de la cantidad del Bono de Apoyo se deberá descontar el monto por persona de las prestaciones sociales establecidas en la referida glosa de la citada ley Nº 21.289.”.

Artículo 3.- A los beneficiarios del Bono de Apoyo establecido en el artículo 19 de la ley N° 21.323, que hayan postulado con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley, también les será aplicable la modificación establecida en el artículo precedente.

Artículos transitorios

Artículo primero.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación del artículo 1 durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos se proveerán en las respectivas leyes de presupuestos.

Artículo segundo.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de los artículos 2 y 3 de la presente ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos serán provistos en las respectivas leyes de presupuesto del Sector Público.”.

*****

Dios guarde a V.E.

DIEGO PAULSEN KEHR

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 21.339

Tipo Norma
:
Ley 21339
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1159323&t=0
Fecha Promulgación
:
07-05-2021
URL Corta
:
http://bcn.cl/2p77h
Organismo
:
MINISTERIO DE HACIENDA
Título
:
ESTABLECE UN NUEVO BONO DE CARGO FISCAL, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA
Fecha Publicación
:
08-05-2021

LEY NÚM. 21.339

ESTABLECE UN NUEVO BONO DE CARGO FISCAL, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

     

    Proyecto de ley:

    "Artículo 1.- Bono de cargo fiscal. Tendrán derecho a un bono de cargo fiscal, por una sola vez, que será depositado en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley Nº 3.500, de 1980, y toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia regida por éste, que al 31 de marzo del año 2021 hayan registrado un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias inferior a $200.000.-, el que se otorgará en las condiciones siguientes:

     

    1. Respecto de aquellos afiliados que hayan retirado fondos previsionales de conformidad al artículo 1° de la ley N° 21.295 o de la disposición trigésima novena transitoria de la Constitución Política de la República y que, entre la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 21.248 y el 31 de marzo del año 2021, hayan registrado en algún momento un saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias igual a cero, producto de dichos retiros, el monto del bono ascenderá a la cantidad de $200.000.-.

    2. Respecto de aquellos afiliados que no se encuentren en la situación señalada en el numeral anterior, y que hayan estado afiliados al sistema privado de pensiones del decreto ley Nº 3.500, de 1980, al 1 de enero del año 2021, el monto del bono ascenderá a la cantidad que resulte necesaria para completar un saldo de $200.000.- en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias al 31 de marzo de 2021.

    Este bono tendrá el carácter de cotización previsional obligatoria, para todos los efectos legales.

    El bono será depositado por la Tesorería General de la República en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del afiliado dentro del plazo de treinta días corridos, contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.

    La Superintendencia de Pensiones regulará mediante norma de carácter general el procedimiento para la implementación y pago de este bono de cargo fiscal, y la forma de entrega de la información necesaria por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones sobre los saldos de las cuentas referidas.

    Los afiliados beneficiarios del bono de cargo fiscal podrán realizar, de forma voluntaria, el retiro de estos fondos de conformidad a las disposiciones de la ley Nº 21.330.

    El pago de este bono no generará cobro alguno por concepto de comisión o gasto de administración por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

     

    Artículo 2.- Elimínase en el inciso cuarto del artículo 19 de la ley Nº 21.323, que Establece un Nuevo Bono Clase Media y un Préstamo Solidario para la Protección de los Ingresos de la Clase Media, lo siguiente: "Con todo, el monto total de las prestaciones sociales establecidas en la Partida 50, Capítulo 01, Programa 03 "Operaciones Complementarias", Subtítulo 30, ítem 10 "Fondo Emergencia Transitorio", Glosa 26, numeral 3, literal a, de la ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021 que le corresponda recibir al hogar del beneficiario, por los meses de enero y febrero 2021, se imputará como parte del monto del Bono de Apoyo para efectos de su cálculo. En consecuencia, de la cantidad del Bono de Apoyo se deberá descontar el monto por persona de las prestaciones sociales establecidas en la referida glosa de la citada ley Nº 21.289.".

     

    Artículo 3.- A los beneficiarios del Bono de Apoyo establecido en el artículo 19 de la ley Nº 21.323, que hayan postulado con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley, también les será aplicable la modificación establecida en el artículo precedente.

     

    Artículos transitorios

     

    Artículo primero.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación del artículo 1 durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos se proveerán en las respectivas leyes de presupuestos.

     

    Artículo segundo.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de los artículos 2 y 3 de la presente ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a los recursos del Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos serán provistos en las respectivas leyes de presupuesto del Sector Público.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 7 de mayo de 2021.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Rodrigo Cerda Norambuena, Ministro de Hacienda.- Patricio Melero Abaroa, Ministro del Trabajo y Previsión Social.

    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atte. A Usted, Alejandro Weber Pérez, Subsecretario de Hacienda.