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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.328

Modifica la ley General de Cooperativas, autorizando a las cooperativas a distribuir los excedentes o remanentes del año 2020, sin necesidad de celebrar una junta general de socios

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Diego Paulsen Kehr, Catalina Del Real Mihovilovic, Raúl Soto Mardones, Harry Jürgensen Rundshagen, Joaquín Lavín León, Miguel Mellado Suazo, Cristóbal Urruticoechea Ríos, Jaime Naranjo Ortiz, Sebastián Torrealba Alvarado y Sofía Cid Versalovic. Fecha 03 de marzo, 2021. Moción Parlamentaria en Sesión 138. Legislatura 368.

PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE COOPERATIVAS, AUTORIZANDO A LAS COOPERATIVAS A DISTRIBUIR LOS EXCEDENTES O REMANENTES DEL AÑO 2020, SIN NECESIDAD DE CELEBRAR UNA JUNTA GENERAL DE SOCIOS

I. FUNDAMENTOS

Desde marzo de 2020, debido a la pandemia por COVID-19, Chile se encuentra bajo estado de excepción constitucional y se han tomado diversas decisiones y medidas para el resguardo de la salud, que imposibilitan la celebración de actos o reuniones masivos.

Sin embargo, múltiples leyes establecen la obligatoriedad de celebrar ciertas reuniones o actos, tal es el caso de las Cooperativas que, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Cooperativas, para repartir remanentes o excedentes deben celebrar una Junta General de Socios, la que normalmente se realiza el primer trimestre de cada año.

Debido a las circunstancias por las que estamos atravesando a las Cooperativas se les hace complejo celebrar su Junta General de Socios para que, entre otras cosas, autoricen la distribución de excedentes entre sus socios, esta imposibilidad va en directo perjuicio de los socios de cada cooperativa y su familia, dado que dejan de recibir un ingreso al que podrían acceder de celebrarse la referida Junta.

En consideración a estos antecedentes es que el año 2020 las Cooperativas solicitaron que se les permita repartir los excedentes que hayan generado durante el 2019 sin la necesidad de celebrar la Junta General de Socios, esta solicitud dio origen a un proyecto de ley cuyo autor fue el Diputado Harry Jürgensen y que contó con las firmas de las Diputadas Sofía Cid, Catalina Del Real y los Diputados Diego Paulsen, Renato Garín, Joaquín Lavín, Miguel Mellado, Jaime Naranjo, Sebastián Torrealba y Cristóbal Urruticoechea, y que fue aprobado por unanimidad tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado.

Así, tal como el proyecto que se presentó el año 2020 y dio origen a la ley N°21.270, este proyecto de ley busca que los remanentes y excedentes generados en una cooperativa durante el año 2020 puedan repartirse entre sus socios sin la necesidad de celebrar una Junta General de Socios. Para lograr este objetivo se propone incorporar un nuevo artículo transitorio a decreto con fuerza de ley N°5, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas.

II. IDEA MATRIZ

Permitir transitoriamente a las cooperativas la distribución de excedentes sin previa Junta General de Socios.

III. PROYECTO DE LEY

"Artículo único. - Incorporase el siguiente artículo 13 transitorio, nuevo, en el decreto con fuerza de ley N°5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas:

"Artículo 13.- Las cooperativas que hayan obtenido un saldo favorable durante el ejercicio económico 2020, por acuerdo del Consejo de Administración o decisión del gerente administrador, según corresponda, podrán distribuir el excedente entre sus socios, ya sea mediante la emisión de cuotas de participación liberadas de pago o mediante la entrega en dinero en efectivo. Para ello deberán cumplir previamente las obligaciones establecidas en el artículo 38 de la presente ley, en relación con el remanente.

Para llevar a cabo dicha distribución, las cooperativas deberán contar con el informe favorable de sus estados financieros por parte de la junta de vigilancia o del inspector de cuentas, según corresponda. Las cooperativas de importancia económica, conforme al artículo 109 de esta ley, deberán contar adicionalmente con el informe favorable del auditor externo.

Lo anterior deberá entenderse sin perjuicio de la responsabilidad establecida en los artículos 25 y 26 de la presente ley."

Harry Jürgensen R.

Diputado

1.2. Informe de Comisión de Economía

Cámara de Diputados. Fecha 08 de marzo, 2021. Informe de Comisión de Economía en Sesión 143. Legislatura 368.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, FOMENTO, MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES Y TURISMO RECAÍDO EN EL PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE COOPERATIVAS, AUTORIZANDO A LAS COOPERATIVAS A DISTRIBUIR LOS EXCEDENTES O REMANENTES DEL AÑO 2020 SIN NECESIDAD DE CELEBRAR UNA JUNTA GENERAL DE SOCIOS.

BOLETÍN N° 14.067-03

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Economía, Fomento, Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo viene en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley referido en el epígrafe, de origen en una moción de los diputados señores Harry Jürgensen, Joaquin Lavin, Miguel Mellado, Jaime Naranjo, Diego Paulsen, Raúl Soto, Sebastián Torrealba y Cristóbal Urruticoechea y de las diputadas señoras Sofia Cid y Catalina Del Real, sin urgencia.

Es preciso consignar que por la obviedad y sencillez de esta iniciativa parlamentaria la Comisión acuerda omitir el trámite de audiencias.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1.- IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES.

Las ideas centrales del proyecto se orientan al siguiente objetivo:

Permitir transitoriamente a las cooperativas que hayan obtenido un saldo favorable durante el ejercicio económico 2020, que puedan, sin necesidad de celebrar una junta general de socios, distribuir los excedentes entre sus socios, para lo cual se modifica la ley General de Cooperativas.

2.- NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.

Cabe precisar que no hay normas con ese carácter.

3.- NORMAS QUE REQUIEREN TRÁMITE DE HACIENDA.

No hay.

4.- EL PROYECTO FUE APROBADO EN GENERAL Y EN PARTICULAR A LA VEZ, POR UNANIMIDAD.

Votan a favor los diputados señores Boris Barrera, Alejandro Bernales, Harry Jürgensen, Miguel Mellado, Jaime Naranjo, Rolando Rentería y la diputada señora Sofia Cid) (7x0x0).

5.- ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS.

ARTÍCULOS RECHAZADOS.

No hubo.

INDICACIONES RECHAZADAS.

No hubo.

6.- SE DESIGNA DIPUTADO INFORMANTE AL SEÑOR HARRY JÜRGENSEN RUNDSHAGEN.

II.- ANTECEDENTES DEL PROYECTO.

Sostienen sus autores, a modo de justificar esta iniciativa, que, desde marzo de 2020, con ocasión de la pandemia por COVAD-19, Chile se encuentra bajo estado de excepción constitucional y se han tomado diversas decisiones y medidas para el resguardo de la salud, que imposibilitan la celebración de actos o reuniones masivos.

Sin embargo, expresan que múltiples leyes establecen la obligatoriedad de llevar a cabo ciertas reuniones o actos, tal es el caso de las Cooperativas que, de acuerdo con lo establecido en la ley General de Cooperativas, para repartir remanentes o excedentes deben celebrar una junta general de socios, la que normalmente se realiza el primer trimestre de cada año.

Debido a las circunstancias por las que está atravesando el país, como ya se mencionó, a las Cooperativas se les hace complejo celebrar su junta general de socios para que, entre otras cosas, autoricen la distribución de excedentes entre sus socios. Observan que esta imposibilidad va en directo perjuicio de los socios de cada cooperativa y su familia, dado que dejan de recibir un ingreso al que podrían acceder de celebrarse la referida junta.

En consideración a estos antecedentes es que el año 2020 las Cooperativas solicitaron que se les permita repartir los excedentes que hayan generado durante el 2019 sin la necesidad de celebrar la Junta General de Socios, esta solicitud dio origen a un proyecto de ley cuyo autor fue el diputado Harry Jürgensen y que contó con el con patrocinio de las diputadas señoras Sofía Cid, y Catalina Del Real; de los diputados señores Diego Paulsen, Joaquín Lavín, Miguel Mellado, Jaime Naranjo, Sebastián Torrealba y Cristóbal Urruticoechea, y del ex diputado señor Renato Garín, boletín N.º 13.684-03 y que fue aprobado por unanimidad tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado.

Así, concluyen que tal como la moción que se presentó el año 2020 y dio origen a la ley N 21.270, este proyecto de ley busca que los remanentes y excedentes generados en una cooperativa durante el año 2020 puedan repartirse entre sus socios sin la necesidad de celebrar una Junta General de Socios, modificando al efecto la Ley General de Cooperativas.

III.- RELACIÓN DESCRIPTIVA DEL PROYECTO.

La iniciativa parlamentaria consta de un artículo único, que añade un nuevo artículo 13 transitorio al DFL Nº 5 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la ley General de Cooperativas, que establece que en relación con el ejercicio 2020, se autoriza distribuir a las cooperativas, sin requerir la celebración de una junta general de socios, bastando solo con el acuerdo del Consejo de Administración o la decisión del gerente administrador, según corresponda, el excedente entre sus socios, debiendo cumplir en todo caso en forma previa con las obligaciones legales que les incumben y demás requisitos, para lo cual se modifica la ley General de Cooperativas.

IV.- DISPOSICIONES LEGALES QUE EL PROYECTO MODIFICA.

La iniciativa parlamentaria en estudio modifica el citado DEL N° 5, referido a le ley General de Cooperativas, incorporando un artículo 13 transitorio de acuerdo con lo reseñado en el acápite anterior.

V.- DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DEL PROYECTO.

DISCUSIÓN GENERAL Y PARTICULAR.

En el marco del debate general de la moción, el diputado Harry Jürgensen precisa que este proyecto es prácticamente igual al que varios diputados presentaron el año pasado, por la situación especial que se vive desde marzo de 2020 en nuestro país por la pandemia del covid 19, lo que ha redundado en diversas medidas sanitarias adoptadas por la autoridad que hacen que las cooperativas no puedan celebrar juntas generales de socios. Como consecuencia de ello, muchos asociados de cooperativas han manifestado su inquietud al respecto y piden nuevamente eliminar ese trámite, para de esa manera poder acceder de forma más rápida a los excedentes. Concluye diciendo que se trata de un proyecto simple y claro, por lo que insta a aprobarlo a la brevedad.

Varios diputados arguyen la importancia y necesidad de legislar en esta materia, toda vez que permite a los socios de cooperativas acceder a excedentes de manera expedita, sorteando los inconvenientes que ha generado la pandemia del covid 19, para lo cual se prescinde excepcionalmente de la celebración de una junta general de socios como exigencia para autorizar el retiro de excedentes.

Se sostiene que esta moción es similar a una presentada el año 2020, moción, boletín Nº 13.684-03, aprobada por unanimidad[1], donde se esgrimen los fundamentos y argumentos que también sirven de base y sustento a esta iniciativa, por lo que los diputados miembros de esta Comisión los hacen suyos, y de esa forma se justifica abordar nomativamente este asunto.

Teniendo en vista los argumentos contenidos en la moción y las consideraciones, antecedentes y opiniones contempladas precedentemente y en el informe -despachado por esta Comisión- del proyecto de ley, iniciado en moción que modifica la ley General de Cooperativas, autorizando a las cooperativas a distribuir los excedentes o remanentes del año 2019 sin necesidad de celebrar una junta general de socios, boletín Nº 13684-03, la y los señores diputados fueron de parecer de aprobar la idea de legislar sobre la materia.

Luego, se da lectura al artículo único del proyecto:

"Artículo único. - Incorporase el siguiente artículo 13 transitorio, nuevo, en el decreto con fuerza de ley N°5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas:

“Artículo 13.- Las cooperativas que hayan obtenido un saldo favorable durante el ejercicio económico 2020, por acuerdo del Consejo de Administración o decisión del gerente administrador, según corresponda, podrán distribuir el excedente entre sus socios, ya sea mediante la emisión de cuotas de participación liberadas de pago o mediante la entrega en dinero en efectivo. Para ello deberán cumplir previamente las obligaciones establecidas en el artículo 38 de la presente ley, en relación con el remanente.

Para llevar a cabo dicha distribución, las cooperativas deberán contar con el informe favorable de sus estados financieros por parte de la junta de vigilancia o del inspector de cuentas, según corresponda. Las cooperativas de importancia económica, conforme al artículo 109 de esta ley, deberán contar adicionalmente con el informe favorable del auditor externo.

Lo anterior deberá entenderse sin perjuicio de la responsabilidad establecida en los artículos 25 y 26 de esta ley”.

A dicho artículo no se le formulan indicaciones.

En votación única, se aprueba por unanimidad en general y particular esta iniciativa.

Votan a favor los diputados señores Boris Barrera, Alejandro Bernales, Harry Jürgensen, Miguel Mellado, Jaime Naranjo, Rolando Rentería y la diputada señora Sofia Cid) (7x0x0).

***

Por las razones señaladas y por los argumentos que expondrá oportunamente el señor diputado informante, esta Comisión, realizando las adecuaciones de redacción del caso conforme al artículo 15 del reglamento, recomienda aprobar el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único. Incorporase el siguiente artículo 13 transitorio, nuevo, en el decreto con fuerza de ley N°5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas:

Artículo 13.- Las cooperativas que hayan obtenido un saldo favorable durante el ejercicio económico 2020, por acuerdo del Consejo de Administración o decisión del gerente administrador, según corresponda, podrán distribuir el excedente entre sus socios, ya sea mediante la emisión de cuotas de participación liberadas de pago o mediante la entrega en dinero en efectivo. Para ello deberán cumplir previamente las obligaciones establecidas en el artículo 38 de la presente ley, en relación con el remanente.

Para llevar a cabo dicha distribución, las cooperativas deberán contar con el informe favorable de sus estados financieros por parte de la junta de vigilancia o del inspector de cuentas, según corresponda. Las cooperativas de importancia económica, conforme al artículo 109 de esta ley, deberán contar adicionalmente con el informe favorable del auditor externo.

Lo anterior deberá entenderse sin perjuicio de la responsabilidad establecida en los artículos 25 y 26 de esta ley”.".

Sala de la Comisión, a 8 de marzo de 2021.

Tratado y acordado en sesión de fecha 8 de marzo de 2021, con la asistencia de la y los diputados señores Boris Barrera, Alejandro Bernales, Sofìa Cid, Harry Jürgensen, Miguel Mellado, Jaime Naranjo (Presidente), Rolando Renteria, Alexis Sepúlveda, Raúl Soto y Enrique Van Rysselberghe.

ALVARO HALABI DIUANA

Abogado Secretario de la Comisión

[1] Que se plasma en la ley N° 21.270 publicada en el Diario Oficial el 6 de octubre de 2020.

1.3. Discusión en Sala

Fecha 16 de marzo, 2021. Diario de Sesión en Sesión 2. Legislatura 369. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

AUTORIZACIÓN A COOPERATIVAS PARA DISTRIBUIR EXCEDENTES O REMANENTES DE 2020 SIN NECESIDAD DE CELEBRAR JUNTA GENERAL DE SOCIOS (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 14067-03)

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la Ley General de Cooperativas, autorizando a las cooperativas a distribuir los excedentes o remanentes del año 2020, sin necesidad de celebrar una junta general de socios.

Para la discusión de este proyecto se otorgarán cinco minutos base a las bancadas que agrupen dos o más Comités, y tres minutos a las demás, más treinta minutos distribuidos proporcionalmente.

Diputado informante de la Comisión de Economía, Fomento; Micro , Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo es el señor Harry Jürgensen .

Antecedentes:

-Moción, sesión 138ª de la legislatura 368ª, en miércoles 3 de marzo de 2021. Documentos de la Cuenta N° 9.

-Informe de la Comisión de Economía, Fomento; Micro , Pequeña y Mediana Empresa; Protección de los Consumidores y Turismo, sesión 143ª de la legislatura 368ª, en martes 9 de marzo de 2021. Documentos de la Cuenta N° 5.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor JÜRGENSEN (de pie).-

Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Economía, Fomento; Micro , Pequeña y Mediana Empresa; Protección de los Consumidores y Turismo, paso a informar, en primer trámite constitucional y reglamentario, sin urgencia, sobre el proyecto de ley, iniciado en una moción de los diputados señores Harry Jürgensen , Joaquín Lavín , Miguel Mellado , Jaime Naranjo , Diego Paulsen , Raúl Soto , Sebastián Torrealba y Cristóbal Urruticoechea , y de las diputadas señoras Sofía Cid y Catalina del Real, que modifica la Ley General de Cooperativas, autorizando a las cooperativas a distribuir los excedentes o remanentes de 2020 sin necesidad de celebrar una junta general de socios (boletín Nº 14067-03).

Constancias reglamentarias previas Ideas matrices o fundamentales

Las ideas centrales del proyecto se orientan al siguiente objetivo:

Permitir transitoriamente a las cooperativas que hayan obtenido un saldo favorable durante el ejercicio económico 2020 que puedan, sin necesidad de celebrar una junta general de socios, distribuir los excedentes entre sus socios, para lo cual se modifica la Ley General de Cooperativas.

Normas de carácter orgánico constitucional o de quorum calificado Cabe precisar que no hay normas con ese carácter.

Normas que requieren trámite de la Comisión Hacienda No hay con ese carácter.

Aprobación del proyecto en general y en particular

El proyecto fue aprobado en general y en particular a la vez por unanimidad.

Votaron a favor los diputados señores Boris Barrera , Alejandro Bernales , Harry Jürgensen , Miguel Mellado , Jaime Naranjo y Rolando Rentería , y la diputada señora Sofía Cid .

Artículos e indicaciones rechazados

No hubo indicaciones ni artículos rechazados.

Relación descriptiva del proyecto

La iniciativa parlamentaria consta de un artículo único, que añade un nuevo artículo 13 transitorio al decreto con fuerza de ley Nº 5 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, que establece que, en relación con el ejercicio 2020, se autoriza a distribuir a las cooperativas, sin requerir la celebración de una junta general de socios, bastando solo con el acuerdo del Consejo de Administración o la decisión del gerente administrador, según corresponda, el excedente entre sus socios, debiendo cumplir en todo caso en forma previa con las obligaciones legales que les incumben y demás requisitos, para lo cual se modifica la Ley General de Cooperativas.

Disposiciones legales que el proyecto modifica

La iniciativa parlamentaria en estudio modifica el citado decreto con fuerza de ley N° 5, referido a la Ley General de Cooperativas, incorporando un artículo 13 transitorio de acuerdo con lo reseñado en el acápite anterior.

Discusión y votación del proyecto

En el marco del debate general de la moción, se precisó que este proyecto es prácticamente igual al que varios diputados presentaron el año pasado por la situación especial que se vive desde marzo de 2020 en nuestro país ocasionada por la pandemia de la covid-19, lo que ha redundado en diversas medidas sanitarias adoptadas por la autoridad que hacen que las cooperativas no puedan celebrar juntas generales de socios. Como consecuencia de ello, muchos asociados de cooperativas han manifestado su inquietud al respecto y piden nuevamente eliminar ese trámite para acceder de forma más rápida a los excedentes.

Se trata de un proyecto simple y claro, por lo que insto a aprobarlo.

Esta moción es similar a una presentada por varios diputados el año 2020 (boletín Nº 13684-03), aprobada por unanimidad, que derivó en la ley Nº 21.270, publicada en el Diario Oficial el 6 de octubre de 2020, donde se esgrimen los fundamentos y argumentos que también sirven de base y sustento a esta iniciativa, por lo que los diputados miembros de la comisión los hacen suyos y, de esa forma, se justifica abordar normativamente este asunto.

Teniendo en vista los argumentos contenidos en la moción y las consideraciones, antecedentes y opiniones contempladas precedentemente en el informe despachado por esta comisión sobre este proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la Ley General de Cooperativas, autorizando a las cooperativas a distribuir los excedentes o remanentes de 2019 sin necesidad de celebrar una junta general de socios (boletín Nº 13684-03), las señoras diputadas y los señores diputados miembros de la comisión, en votación única, aprobaron en general y particular esta iniciativa parlamentaria, sin sufrir, por ende, modificaciones el artículo único de este proyecto.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

En discusión el proyecto.

No hay diputados inscritos para intervenir en esta iniciativa.

Cerrado el debate.

-En conformidad con el artículo 85 del Reglamento, se incluye la siguiente intervención no pronunciada en la Sala y que cumple con lo dispuesto en el artículo 10 del mismo cuerpo reglamentario:

El señor GONZÁLEZ (don Rodrigo).-

Señor Presidente, la pandemia por covid-19 ha revelado la fragilidad de nuestras sociedades. Esta crisis afecta desproporcionadamente a los países y a las poblaciones más vulnerables del mundo y Chile no está ajeno a esa realidad, además de agudizar muchas fracturas sociales y económicas.

El artículo 1° de la Ley General de Cooperativas señala: “Para los fines de la presente ley son cooperativas las asociaciones que de conformidad con el principio de la ayuda mutua tienen por objeto mejorar las condiciones de vida de sus socios y presentan las siguientes características fundamentales:

Los socios tienen iguales derechos y obligaciones, un solo voto por persona y su ingreso y retiro es voluntario.

Deben distribuir el excedente correspondiente a operaciones con sus socios, a prorrata de aquéllas.

Deben observar neutralidad política y religiosa, desarrollar actividades de educación cooperativa y procurar establecer entre ellas relaciones federativas e intercooperativas.”.

Qué duda cabe de que son las cooperativas el único modelo empresarial consagrado en nuestro ordenamiento jurídico que define el destino que se le debe dar a la riqueza generada de forma mancomunada, y esta es elevar la calidad de vida de sus socios. Queda meridianamente establecido que la riqueza nueva es un medio para vivir mejor y no el fin, como se consagra en las empresas con fines de lucro, en las cuales las condiciones sociales del socio que aporta no revisten ninguna importancia ni consideración de ningún tipo. No ocurre así en las cooperativas.

En consecuencia, las cooperativas son el modelo empresarial en el cual se demuestra que la democracia aplicada a la generación de riqueza es posible, y en Chile y en el mundo hay suficientes testimonios que así lo demuestran. Tal es el caso de la cooperativa lechera Colun , del sur de nuestro país, que está catalogada como la empresa con mejor reputación corporativa en Chile según el informe RepTrak 2019 y en la cual se mide la impresión, estima, confianza y admiración entre los consumidores y entre sus propios asociados.

La crisis que atraviesan Chile y el mundo deja clara la necesidad de fortalecer la cooperación y solidaridad globales. Así lo expresó recientemente el secretario general de la Organización de las Naciones Unidas, señor António Guterres , cuando señala que “…la contribución de las cooperativas para hacer frente a la pandemia y el cambio climático, para encaminarse a la obtención de objetivos de desarrollo sostenible al año 2030 y para forjar un futuro inclusivo e igualitario son esenciales.”.

Para el director general de la OIT, señor Guy Ryder , la Organización Internacional del Trabajo (OIT) reforzó esta idea al señalar que “pese a verse afectadas por la pandemia del coronavirus, las cooperativas, al igual que otras empresas de la economía social y solidaria del mundo, han cumplido con la función de brindar una asistencia vital a sus miembros por medio de la adaptación de sus servicios y la facilitación del contacto de las personas que precisaban apoyo con gobiernos e interlocutores sociales a escala local.”.

Así, entonces, las cooperativas de productores y consumidores han sido fundamentales para mantener las cadenas de suministro de bienes y servicios esenciales al hacer hincapié en sus comunidades y relocalizar las economías.

Es el caso también de las cooperativas de ahorro y crédito asociadas a la Federación Chilena de Cooperativas de Ahorro y Créditos (Fecrecoop), que han establecido fondos de solidaridad para apoyar a empresas y a poblaciones vulnerables, así como cooperativas industriales, sociales y de trabajadores que han debido transformar sus productos y servicios para satisfacer la acuciante demanda local de equipos de protección, alimentos, suministros y atención social en sus comunidades.

Entonces, es posible demostrar de modo concreto que este enfoque cooperativo basado en recursos locales y sustentados en principios solidarios permite ayudar a las comunidades en tiempos de crisis y llegar donde el Estado no alcanza.

Así, las cooperativas y otras empresas de la economía social y solidaria pueden marcar el camino hacia una mayor resiliencia en estos tiempos de crisis en la promoción de la solidaridad en este momento de prueba para la familia chilena. En consecuencia, las cooperativas deben ser una parte integral de las soluciones necesarias para afrontar los enormes retos asociados a una mejor reconstrucción, y el Estado de Chile tiene la magnífica oportunidad de apoyarse en el modelo cooperativo para impulsar una recuperación no solo económica de nuestro país, sino también recomponer las confianzas con la sociedad civil que día a día nos pide estar a la altura de los desafíos que debemos enfrentar entre todos y a corto plazo.

La actual coyuntura de pandemia y de estado de excepción a causa de la covid-19 ha significado que las cooperativas no hayan podido celebrar, hasta el momento, su tradicional junta de socios que autorice a efectuar la repartición de fondos.

Actualmente, las familias chilenas están viviendo múltiples dificultades, entre las cuales se encuentra la disminución de sus ingresos, por lo que resulta necesario permitirles tener acceso a hacer uso del dinero al que tienen derecho, evitando y disminuyendo los trámites que en otras circunstancias son normales y razonables, pero que en estos momentos se transforman en una carga difícil de cumplir.

Por ello, este proyecto de ley busca que, excepcionalmente, los remanentes y excedentes generados en una cooperativa durante el 2020 puedan repartirse entre sus socios sin la necesidad de celebrar una junta general de socios.

Resulta plenamente justificado felicitar a las y los diputados que lo pusieron en discusión y celebro que la Comisión de Economía lo haya aprobado por unanimidad.

Por ello, recomiendo a esta Sala la aprobación por unanimidad de este proyecto, como un reconocimiento a la labor económica, social y cultural que cumplen las cooperativas.

He dicho.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la Ley General de Cooperativas, autorizando a las cooperativas a distribuir los excedentes o remanentes del año 2020, sin necesidad de celebrar una junta general de socios.

Hago presente a la Sala que el proyecto trata materias propias de ley simple o común. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 145 votos; por la negativa 1 voto. No hubo abstenciones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Fuentes Barros , Tomás Andrés Mirosevic Verdugo , Vlado Saavedra Chandía , Gastón Alessandri Vergara , Jorge Fuenzalida Cobo , Juan Mix Jiménez , Claudia Sabag Villalobos , Jorge Álvarez Ramírez , Sebastián Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Molina Magofke , Andrés Saffirio Espinoza , René Álvarez Vera , Jenny Gahona Salazar , Sergio Monsalve Benavides , Manuel Saldívar Auger , Raúl ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo Galleguillos Castillo , Ramón Moraga Mamani , Rubén Sandoval Osorio , Marcela Amar Mancilla , Sandra García García, René Manuel Morales Muñoz , Celso Sanhueza Dueñas , Gustavo Ascencio Mansilla , Gabriel Girardi Lavín , Cristina Morán Bahamondes , Camilo Santana Castillo , Juan Auth Stewart , Pepe González Gatica , Félix Moreira Barros , Cristhian Santana Tirachini , Alejandro Baltolu Rasera , Nino González Torres , Rodrigo Mulet Martínez , Jaime Santibáñez Novoa , Marisela Barrera Moreno , Boris Hernández Hernández , Javier Muñoz González , Francesca Sauerbaum Muñoz , Frank Barros Montero , Ramón Hernando Pérez , Marcela Naranjo Ortiz , Jaime Schalper Sepúlveda , Diego Berger Fett , Bernardo Hertz Cádiz , Carmen Noman Garrido , Nicolás Schilling Rodríguez , Marcelo Bernales Maldonado , Alejandro Hirsch Goldschmidt , Tomás Norambuena Farías , Iván Sepúlveda Orbenes , Alejandra Bobadilla Muñoz , Sergio Hoffmann Opazo , María José Núñez Arancibia , Daniel Sepúlveda Soto , Alexis Boric Font , Gabriel Ibáñez Cotroneo , Diego Núñez Urrutia , Paulina Soto Ferrada , Leonardo Brito Hasbún , Jorge Ilabaca Cerda , Marcos Nuyado Ancapichún , Emilia Soto Mardones , Raúl Calisto Águila , Miguel Ángel Jackson Drago , Giorgio Olivera De La Fuente , Erika Teillier Del Valle, Guillermo Cariola Oliva , Karol Jarpa Wevar , Carlos Abel Orsini Pascal , Maite Tohá González , Jaime Carter Fernández , Álvaro Jiles Moreno , Pamela Ortiz Novoa, José Miguel Torrealba Alvarado , Sebastián Castillo Muñoz , Natalia Jiménez Fuentes , Tucapel Ossandón Irarrázabal , Ximena Torres Jeldes , Víctor Castro Bascuñán, José Miguel Jürgensen Rundshagen , Harry Pardo Sáinz , Luis Trisotti Martínez , Renzo Castro González, Juan Luis Kast Sommerhoff , Pablo Parra Sauterel , Andrea Troncoso Hellman , Virginia Celis Araya , Ricardo Kort Garriga , Issa Paulsen Kehr , Diego Undurraga Gazitúa , Francisco Celis Montt , Andrés Labra Sepúlveda , Amaro Pérez Arriagada , José Urrutia Bonilla , Ignacio Cicardini Milla , Daniella Lavín León , Joaquín Pérez Lahsen , Leopoldo Urrutia Soto , Osvaldo Cid Versalovic , Sofía Leiva Carvajal , Raúl Pérez Olea , Joanna Urruticoechea Ríos , Cristóbal Coloma Álamos, Juan Antonio Longton Herrera , Andrés Pérez Salinas , Catalina Vallejo Dowling , Camila Crispi Serrano , Miguel Lorenzini Basso , Pablo Ramírez Diez , Guillermo Van Rysselberghe Herrera , Enrique CruzCoke Carvallo , Luciano Luck Urban , Karin Rathgeb Schifferli , Jorge Velásquez Núñez , Esteban Cuevas Contreras , Nora Macaya Danús , Javier Rentería Moller , Rolando Venegas Cárdenas , Mario Del Real Mihovilovic , Catalina Marzán Pinto , Carolina Rey Martínez , Hugo Verdessi Belemmi , Daniel Díaz Díaz , Marcelo Matta Aragay , Manuel Rocafull López , Luis Vidal Rojas , Pablo Durán Salinas , Eduardo Melero Abaroa , Patricio Rojas Valderrama , Camila Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Eguiguren Correa , Francisco Mellado Pino , Cosme Romero Sáez , Leonidas Walker Prieto , Matías Fernández Allende , Maya Mellado Suazo , Miguel Rosas Barrientos , Patricio Winter Etcheberry , Gonzalo Flores García, Iván Meza Moncada , Fernando Rubio Escobar , Patricia Yeomans Araya, Gael Flores Oporto, Camila

-Votó por la negativa el siguiente señor diputado:

Silber Romo, Gabriel

El señor PAULSEN (Presidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda aprobado también en particular, con la misma votación.

Despachado el proyecto al Senado.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 16 de marzo, 2021. Oficio en Sesión 2. Legislatura 369.

VALPARAÍSO, 16 de marzo de 2021

Oficio N° 16.359

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la moción, informe y demás antecedentes que se adjuntan, la Cámara de Diputados ha aprobado el siguiente proyecto de ley que modifica la ley General de Cooperativas, autorizando a las cooperativas a distribuir los excedentes o remanentes del año 2020, sin necesidad de celebrar una junta general de socios, correspondiente al boletín N° 14.067-03, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Incorpórase el siguiente artículo 13 transitorio, nuevo, en la Ley General de Cooperativas, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N°5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción:

“Artículo 13.- Las cooperativas que hayan obtenido un saldo favorable durante el ejercicio económico 2020, por acuerdo del Consejo de Administración o decisión del gerente administrador, según corresponda, podrán distribuir el excedente entre sus socios, ya sea mediante la emisión de cuotas de participación liberadas de pago o mediante la entrega en dinero en efectivo. Para ello deberán cumplir previamente las obligaciones establecidas en el artículo 38, en relación con el remanente.

Para llevar a cabo dicha distribución, las cooperativas deberán contar con el informe favorable de sus estados financieros por parte de la junta de vigilancia o del inspector de cuentas, según corresponda. Las cooperativas de importancia económica, conforme al artículo 109, deberán contar adicionalmente con el informe favorable del auditor externo.

Lo anterior deberá entenderse sin perjuicio de la responsabilidad establecida en los artículos 25 y 26.”.”.

Dios guarde a V.E.

DIEGO PAULSEN KEHR

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Economía

Senado. Fecha 30 de marzo, 2021. Informe de Comisión de Economía en Sesión 7. Legislatura 369.

?PRIMER INFORME DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley General de Cooperativas, autorizando a las cooperativas a distribuir los excedentes o remanentes del año 2020, sin necesidad de celebrar una junta general de socios.

BOLETÍN N° 14.067-03

______________________________________

HONORABLE SENADO:

La Comisión de Economía tiene el honor de emitir su primer informe sobre el proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado en moción de los Honorables Diputados señoras Sofia Cid y Catalina Del Real, y señores Harry Jürgensen, Joaquín Lavín, Miguel Mellado, Jaime Naranjo, Diego Paulsen, Raúl Soto, Sebastián Torrealba y Cristóbal Urruticoechea.

La iniciativa ingresó a tramitación en el Senado el 17 de marzo de 2021, pasando a la Comisión de Economía.

- - -

Se hace presente que, por tratarse de una iniciativa de artículo único, la Comisión la discutió en general y particular a la vez, y acordó proponer a la Sala del Senado, de conformidad con lo establecido en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, que le diese idéntico tratamiento.

- - -

A la sesión en que la Comisión estudió esta iniciativa asistieron, además de sus integrantes, las siguientes personas:

El Honorable Diputado señor Harry Jürgensen Rundshagen.

Del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo: el Jefe de la División de Asociatividad, señor Eduardo Gárate; la Coordinadora Legislativa y Jurídica del Gabinete del Ministro, señora Ximena Contreras.

Otros asistentes:

De la Biblioteca del Congreso Nacional, el Abogado señor James Wilkins.

Los asesores señores José Claudio Mozo (Senadora señora Carmen Gloria Aravena) y César Quiroga (Senador señor José Miguel Durana).

La señora Pamela Cousins, Jefa de Gabinete del Senador señor José Miguel Durana.

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OBJETIVOS DEL PROYECTO

Permitir la distribución de excedentes o remanentes a las cooperativas que hayan obtenido saldo favorable durante el ejercicio correspondiente al año 2020, por acuerdo del Consejo de Administración o del gerente administrador.

- - -

ANTECEDENTES

Para el debido estudio de esta iniciativa de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes antecedentes:

A. ANTECEDENTE JURÍDICO

Decreto con fuerza de ley N° 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la ley General de Cooperativas

B. ANTECEDENTES DE HECHO

La moción parlamentaria que da origen al proyecto de ley, expresa entre sus fundamentos que, desde marzo de 2020, debido a la pandemia por Covid-19, Chile se encuentre bajo estado de excepción constitucional y se han tomado diversas decisiones y medidas para el resguardo de la salud, que imposibilitan la celebración de actos o reuniones masivos.

Sin embargo, múltiples leyes establecen la obligatoriedad de celebrar ciertas reuniones o actos. Tal es el caso de las cooperativas, que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Cooperativas, para repartir remanentes o excedentes deben celebrar una Junta General de Socios, que generalmente se realiza durante el primer trimestre de cada año.

Añade que, debido a estas circunstancias, a las cooperativas se les hace complejo celebrar su Junta General de Socios para que, entre otras cosas, autoricen la distribución de excedentes entre sus socios, lo que va en directo perjuicio de los socios de cada cooperativa y su familia, dado que dejan de recibir un ingreso al que podrían acceder de celebrarse la referida Junta.

En consideración a estos antecedentes, agrega que el año 2020 las Cooperativas solicitaron que se les permita repartir los excedentes que hayan generado durante el 2019 sin la necesidad de celebrar la Junta General de Socios, lo que dio origen a un proyecto de ley cuyo autor fue el diputado Harry Jürgensen y que contó con el patrocinio de las diputadas señoras Sofía Cid, y Catalina Del Real; de los diputados señores Diego Paulsen, Joaquín Lavín, Miguel Mellado, Jaime Naranjo, Sebastián Torrealba y Cristóbal Urruticoechea, y del ex diputado señor Renato Garín (Boletín Nº 13.684-03), el cual fue aprobado por unanimidad, tanto en la Cámara de Diputadas y Diputados como en el Senado.

Concluye señalando que tal como la moción que se presentó el año 2020 y dio origen a la ley Nº 21.270, el presente proyecto de ley busca que los remanentes y excedentes generados en una cooperativa durante el año 2020 puedan repartirse entre sus socios sin la necesidad de celebrar una Junta General de Socios, modificando al efecto la Ley General de Cooperativas.

Finalmente, la moción identifica, como su idea matriz, permitir transitoriamente a las cooperativas la distribución de excedentes, sin previa Junta General de Socios.

- - -

DISCUSIÓN EN GENERAL Y PARTICULAR, A LA VEZ

El Honorable Senador señor Elizalde abrió la discusión señalando que este proyecto tiene los mismos fundamentos que el proyecto que aprobó esta Comisión el año pasado, correspondiente al boletín Nº 13.684-03, que dio origen a la Ley Nº 21.270, y por lo tanto el debate respecto del fondo ya se dio en dicha oportunidad, razón por la cual, para no repetir todo el debate, consultó a los representantes del Ejecutivo si existe por parte de ellos algún inconveniente en prorrogar esta ley por un año más.

La Coordinadora Legislativa y Jurídica del gabinete del Ministro de Economía, Fomento y Turismo, señora Ximena Contreras señaló que la iniciativa tiene los mismos fundamentos que el proyecto tratado el año pasado por esta misma Comisión y, por lo tanto, comparten la necesidad de dar una prórroga de un año más.

El Honorable Diputado señor Harry Jurgensen, uno de los autores de la moción, compartió lo señalado por la Coordinadora del Ministerio, en el sentido de que los fundamentos del proyecto se deben principalmente a la situación actual de pandemia, lo que hace imposible a las Cooperativas dar cumplimiento a los requisitos legales para el reparto de sus excedentes, y por ende, se propone la misma solución adoptada para los excedentes del año 2019. En tal sentido, señaló que esta Comisión ya analizó un proyecto prácticamente igual el año pasado, y lo aprobó por unanimidad, razón por la cual solicita que se le dé una tramitación expedita para su aprobación.

En la misma línea, el Jefe de la División de Asociatividad del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, señor Eduardo Gárate, señaló que este proyecto sigue la misma lógica del proyecto del año pasado. En atención a las condiciones sanitarias se torna indispensable que los consejos de administración o los gerentes administradores de las cooperativas puedan adoptar la decisión de entregar liquidez a sus socios. En el proyecto actual se encuentran recogidas todas las observaciones que se plantearon por esta Comisión al proyecto aprobado el año pasado, por lo tanto, no incorpora modificaciones.

Agregó que considera importante para la historia de la ley, dejar constancia que la distribución de remanentes siempre debe hacerse cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley General de Cooperativas, el cual establece ciertas prelaciones que deben hacerse para entregar estos recursos en dinero a los socios y, también, que los miembros del consejo de administración y el socio administrador son responsables solidariamente respecto de los montos entregados a distribución. En este sentido, señaló que, como Gobierno, apoyan esta iniciativa y la consideran de gran ayuda para aliviar el bolsillo de los socios de las cooperativas.

La Honorable Senadora señora Aravena manifestó que, en tal entendido entonces, no tiene mayor sentido prolongar la discusión, toda vez que la Comisión de Economía ya abordó un proyecto idéntico el año pasado, con igual propósito. Por lo anterior, propuso proceder a su votación.

En votación, el proyecto de ley fue aprobado en general y particular, a la vez, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Aravena y Carvajal, y señores Durana y Elizalde. (Aprobado en general y particular, a la vez. Unanimidad 4x0).

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TEXTO DEL PROYECTO

En mérito de los acuerdos precedentemente expuesto, la Comisión de Economía propone la aprobación, en general y particular, a la vez, del proyecto de ley en los mismos términos en que fuera despachado por la Cámara de Diputadas en primer trámite constitucional, cuyo texto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Incorpórase el siguiente artículo 13 transitorio, nuevo, en la Ley General de Cooperativas, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N°5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción:

“Artículo 13.- Las cooperativas que hayan obtenido un saldo favorable durante el ejercicio económico 2020, por acuerdo del Consejo de Administración o decisión del gerente administrador, según corresponda, podrán distribuir el excedente entre sus socios, ya sea mediante la emisión de cuotas de participación liberadas de pago o mediante la entrega en dinero en efectivo. Para ello deberán cumplir previamente las obligaciones establecidas en el artículo 38, en relación con el remanente.

Para llevar a cabo dicha distribución, las cooperativas deberán contar con el informe favorable de sus estados financieros por parte de la junta de vigilancia o del inspector de cuentas, según corresponda. Las cooperativas de importancia económica, conforme al artículo 109, deberán contar adicionalmente con el informe favorable del auditor externo.

Lo anterior deberá entenderse sin perjuicio de la responsabilidad establecida en los artículos 25 y 26.”.”.

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Acordado en sesión celebrada el día 30 de marzo de 2021, con asistencia de los Honorables Senadores señor Álvaro Elizalde Soto (Presidente), señoras Carmen Gloria Aravena Acuña y Loreto Carvajal Ambiado, y señores José Miguel Durana Semir y Jorge Pizarro Soto.

Sala de la Comisión, a 30 de marzo de 2021.

PEDRO FADIC RUIZ

Abogado Secretario de la Comisión

*El presente informe se suscribe sólo por el Abogado Secretario de la Comisión, en virtud del acuerdo de Comités de 15 de abril de 2020, que autoriza proceder de esta manera.

RESUMEN EJECUTIVO

PRIMER INFORME DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE COOPERATIVAS, AUTORIZANDO A LAS COOPERATIVAS A DISTRIBUIR LOS EXCEDENTES O REMANENTES DEL AÑO 2020, SIN NECESIDAD DE CELEBRAR UNA JUNTA GENERAL DE SOCIOS.

(BOLETÍN Nº 14.067-03).

I. PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Permitir la distribución de excedentes o remanentes a las cooperativas que hayan obtenido saldo favorable durante el ejercicio correspondiente al año 2020, por acuerdo del Consejo de Administración o del gerente administrador.

II. ACUERDOS: aprobado en general y particular (Unanimidad 4x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V. URGENCIA: suma urgencia.

VI. ORIGEN INICIATIVA: moción de los Honorables Diputados señoras Sofia Cid y Catalina Del Real, y señores Harry Jürgensen, Joaquín Lavín, Miguel Mellado, Jaime Naranjo, Diego Paulsen, Raúl Soto, Sebastián Torrealba y Cristóbal Urruticoechea.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo trámite.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: aprobado en general por 145 votos a favor, 1 en contra y 0 abstenciones.

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 17 de marzo de 2021.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

Decreto con fuerza de ley N° 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley General de Cooperativas

PEDRO FADIC RUIZ

Abogado Secretario de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 14 de abril, 2021. Diario de Sesión en Sesión 15. Legislatura 369. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

AUTORIZACIÓN A COOPERATIVAS PARA DISTRIBUIR EXCEDENTES O REMANENTES DE AÑO 2020 SIN NECESIDAD DE JUNTA GENERAL DE SOCIOS

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley General de Cooperativas, autorizando a las cooperativas a distribuir los excedentes o remanentes del año 2020 sin necesidad de celebrar una junta general de socios, con informe de la Comisión de Economía y urgencia calificada de "suma".

--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletín 14.067-03) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Además, después de tratar este proyecto, debemos dar una cuenta agregada, con una información que es bien importante para los Comités. Hago presente aquello.

Le ofrezco la palabra al señor Secretario para que entregue un informe general y luego, al Presidente de la Comisión de Economía , Senador Álvaro Elizalde, para que rinda el informe, y solicitaría abrir la votación una vez escuchados los informes.

Señor Secretario, tiene la palabra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, señora Presidenta .

La iniciativa, como se señala, tiene por objeto permitir la distribución de excedentes o remanentes a las cooperativas que hayan obtenido saldo favorable durante el ejercicio correspondiente al año 2020 por acuerdo del consejo de administración o del gerente administrador.

La Comisión de Economía hace presente que, por tratarse de una iniciativa de artículo único, lo discutió en general y en particular a la vez, y acordó proponer a la Sala del Senado, conforme a lo establecido en el artículo 127 del Reglamento, que le otorgue idéntico tratamiento.

La referida Comisión aprobó el proyecto en general y en particular por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señoras Aravena y Carvajal y señores Durana y Elizalde, en los mismos términos en que fuera despachado por la Cámara de Diputados en el primer trámite constitucional.

El texto del proyecto de ley que se propone aprobar se transcribe en la página 6 del informe de la Comisión de Economía y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición en la Sala y también en la plataforma telemática, y fue remitido por correo a todas y todos los señores Senadores.

Es todo, señora Presidenta.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchas gracias, señor Secretario .

En discusión general y particular.

Le ofrezco la palabra de inmediato al Presidente de la Comisión de Economía, Senador Álvaro Elizalde.

El señor ELIZALDE.-

Señora Presidenta , me corresponde dar el informe de la Comisión de Economía recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley General de Cooperativas, autorizando a las cooperativas a distribuir los excedentes o remanentes del año 2020 sin necesidad de celebrar una junta general de socios, correspondiente al boletín Nº 14.067-03.

La Comisión de Economía ha emitido este informe sobre la base de un proyecto que se inició en una moción de las Diputadas señoras Sofía Cid y Catalina del Real y de los Diputados señores Harry Jürgensen , Joaquín Lavín , Miguel Mellado , Jaime Naranjo , Diego Paulsen , Raúl Soto , Sebastián Torrealba y Cristóbal Urruticoechea .

Por tratarse de una iniciativa de artículo único, la Comisión discutió en general y particular a la vez el proyecto y acordó proponer a la Sala del Senado, conforme a lo establecido en el artículo 127 del Reglamento, que se le dé el mismo tratamiento.

A la sesión en que la Comisión estudió esta iniciativa asistieron, además de sus integrantes, el Diputado señor Harry Jürgensen , uno de los autores de la moción, así como el Jefe de la División de Asociatividad del Ministerio de Economía, señor Eduardo Gárate .

El objetivo del proyecto es permitir la distribución de excedentes o remanentes a las cooperativas que hayan obtenido saldo favorable durante el ejercicio correspondiente al año 2020 por acuerdo del consejo de administración o del gerente administrador. Este proyecto tiene los mismos fundamentos que la iniciativa que aprobó la Comisión de Economía y luego el Senado el año pasado, correspondiente al boletín 13.684-03, que dio origen a la ley Nº 21.270. Por lo tanto, el debate respecto del fondo ya se dio en dicha oportunidad.

En atención a las condiciones sanitarias, se torna indispensable que los consejos de administración o los gerentes administradores de las cooperativas puedan adoptar la decisión de entregar liquidez a sus socios. En el proyecto actual se encuentran recogidas todas las observaciones que se plantearon por esta Comisión al proyecto aprobado el año pasado. Por lo tanto, no incorpora modificaciones.

Es importante, para la historia de la ley, dejar constancia de que la distribución de remanentes siempre debe hacerse cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley General de Cooperativas, el cual establece ciertas prelaciones que deben hacerse para entregar estos recursos en dinero a los socios; y también, que los miembros del consejo de administración y el socio administrador son responsables solidariamente respecto de los montos entregados a distribución.

En votación, el proyecto de ley fue aprobado en general y en particular a la vez, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Senadoras señoras Aravena y Carvajal y Senadores señores Durana y quien habla. Por tanto, se propone a la Sala del Senado proceder de igual modo.

Es cuanto puedo informar, Presidenta . Y me gustaría solicitar la apertura inmediata de la votación.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias.

¿Les parece que accedamos a la petición del Presidente de la Comisión de Economía?

El señor MOREIRA.-

No.

El señor NAVARRO.-

¡Moreira se opone nuevamente!

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

No hay acuerdo.

El señor MOREIRA.-

¿Pero se va a poder hablar?

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Pregunto nuevamente si se accede a la solicitud del Presidente de la Comisión.

El señor NAVARRO.-

¡Vamos, Moreira!

El señor MOREIRA.-

¿Pero vamos a mantener las intervenciones? ¿No hay otro informe?

La señora PROVOSTE (Presidenta).- Vamos a mantener, Senador Moreira, los tiempos para hacer uso de la palabra. No tenemos otro informe. Este proyecto solo fue visto en la Comisión de Economía.

¿Les parece?

Pregunto por tercera vez.

Si le parece a la Sala, se abrirá la votación.

Acordado.

En votación general y particular.

--(Durante la votación).

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Se ofrecerá la palabra a quienes quieran hacer uso de ella.

Senador Moreira, ¿quiere hacer uso de la palabra?

El señor MOREIRA.-

No.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Señor Secretario , le solicito que tome la votación mientras se inscriben para hacer uso de la palabra. Podrán intervenir en la Sala o de manera telemática cuando les soliciten su opción de voto.

Señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, Presidenta .

Senador señor Huenchumilla, ¿cómo vota?

El señor HUENCHUMILLA.-

Yo creo que es razonable este proyecto de ley, señora Presidenta . Primero, porque hay un antecedente del año pasado, tal como dijo el Senador Elizalde, y porque parece razonable que en una época de crisis sanitaria pudiéramos dar esta facilidad a las cooperativas.

Por lo tanto, voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Kast, ¿cómo vota?

Senador señor Lagos, ¿cómo vota?

El señor LAGOS .-

Señor Secretario , voy a votar favorablemente este proyecto.

Creo que esto está muy en sintonía con lo que hicimos, por ejemplo, respecto a los cuerpos de bomberos de Chile y a otras organizaciones para que pudieran, a pesar de la pandemia y de ciertas disposiciones legales, llevar a cabo sus procesos de la manera -comillas- lo más normal posible. Y creo que aquí lo que se está haciendo es hacerse cargo de esa realidad al generar esta excepción.

Así que la apoyo favorablemente.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

El Senador señor Guillier solicitó adelantar su voto sin fundamentar.

Senador señor Guillier, ¿cómo vota?

El señor GUILLIER.-

Está claro que es un buen proyecto y oportuno, así que voto a favor.

Gracias.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Montes, ¿cómo vota?

El señor MONTES.-

Yo quisiera pedirle después al Senador Lagos que me explicara la relación entre Bomberos y las cooperativas.

Pero, en todo caso, este proyecto lo voy a votar a favor. Me parece que es un aporte en la actual situación.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?

La señora ÓRDENES.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Prohens, ¿cómo vota?

El señor PROHENS.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).- Gracias.

A favor.

Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?

El señor QUINTEROS.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senadora señora Sabat, ¿cómo vota?

La señora SABAT.-

.A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Soria, ¿cómo vota?

El señor SORIA.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senadora señora Van Rysselberghe, ¿cómo vota?

Senadora señora Allende, ¿cómo vota?

La señora ALLENDE.-

Me voy a pronunciar favorablemente, porque me parece absolutamente atendible que las cooperativas no hayan podido realizar sus juntas de socios. Por lo tanto, considero muy importante que se dé esta oportunidad, por esta situación excepcional de pandemia, para que puedan repartir sus utilidades bajo la responsabilidad del Consejo de Administración.

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?

La señora ARAVENA.-

Voto a favor, señor Secretario , por los argumentos que han dado todos quienes me han antecedido Este proyecto amplía una facultad que el Senado ya había otorgado.

Por lo tanto, es de toda lógica aprobarlo.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Araya, ¿cómo vota?

El Senador ARAYA.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Castro, ¿cómo vota?

Senador señor Chahuán, ¿cómo vota?

El señor CHAHUÁN.-

Presidenta, me voy a pronunciar favorablemente.

Quiero felicitar a los parlamentarios que han presentado este proyecto de ley, particularmente a las Diputadas Sofía Cid y Catalina del Real y, por supuesto, al Diputado Harry Jürgensen , pues en definitiva va a permitir hoy día que los excedentes de las cooperativas puedan ser distribuidos entre sus socios, ya sea a través de cuotas de participación liberadas de pago o mediante la entrega en dinero en efectivo.

Esto habla de parlamentarios que han estado pendientes de situaciones complejas, sobre todo cuando se vuelve imposible o muy difícil que las cooperativas puedan realizar asambleas. En definitiva, la responsabilidad la asumen el Consejo de Administración o el gerente administrador.

Esta iniciativa dice relación con parlamentarios que están legislando en favor de las personas, principalmente pensando en que debemos levantar y estimular el cooperativismo en nuestro país.

Por supuesto, felicito a las Diputadas y a los Diputados que presentaron este proyecto de ley, el cual voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

En Sala ha solicitado hacer uso de la palabra la Senadora Ena von Baer.

La señora VON BAER.-

Señora Presidenta , este proyecto puede verse como de fácil despacho, sin embargo, es tremendamente relevante para regiones como la de Los Ríos, que tienen un número muy significativo de cooperativas, y, por lo tanto, también un número muy significativo de cooperados.

Es una iniciativa de artículo único que incorpora una disposición transitoria nueva a la Ley General de Cooperativas, y busca que aquellas cooperativas que hayan obtenido un saldo favorable durante el año pasado, el 2020, puedan, por acuerdo del Consejo de Administración o del gerente administrador, según corresponda, distribuir el excedente entre sus socios, emitiendo cuotas de participación, etcétera, conforme se halla establecido en la referida normativa.

Esto es muy importante, porque -tal como se ha planteado- en muchos casos no se han podido desarrollar las reuniones de cooperados, y, por lo tanto, no ha sido factible dar cumplimiento a lo que establece hoy la Ley General de Cooperativas en relación con la distribución de los excedentes.

En tal sentido, señora Presidenta, este proyecto va en la dirección correcta, pues se hace cargo de este asunto. Ello, para aclararle, por intermedio de la Mesa, al Senador Montes la relación que ve el Senador Lagos con Bomberos, quienes tampoco han podido realizar sus reuniones: ese es el punto. Y como no les ha sido factible llevarlas a cabo, debo defender hoy al Senador Lagos Weber.

Entonces, esta iniciativa sí se vincula con la forma en que legislamos respecto de Bomberos. Por lo tanto, señora Presidenta, me voy a pronunciar favorablemente sobre ella.

Agradezco y felicito a los mocionantes, porque para nuestra Región, que tiene muchas cooperativas, es un proyecto muy trascendente. Y para los cooperados, quienes están viviendo momentos difíciles, el recibir un apoyo económico que viene de las cooperativas, a partir de los remanentes o excedentes, puede ser una ayuda muy relevante en tiempos de pandemia.

Muchas veces los cooperados son pequeños campesinos, gente que vive en sectores rurales, los cuales también han visto afectada la venta de sus productos por los momentos de crisis que estamos viviendo. Por consiguiente, con esto vamos a poder darles un alivio con ingresos que les corresponden, pero que hasta ahora no han podido recibir.

Entonces, esta es una muy buena noticia, señora Presidenta . Me alegra que hayamos podido discutir y votar este proyecto hoy día.

Voto que sí.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias, Senadora Ena von Baer.

Le ofrezco la palabra en la Sala al Senador Jorge Pizarro.

El señor PIZARRO.-

Señora Presidenta , quería hacer uso de la palabra fundamentalmente para, a propósito de este proyecto, insistir en lo importante que es la asociatividad en materia de producción, de comercialización, de innovación en nuestro país para la reactivación de la economía, para el emprendimiento, en fin.

Sin duda, en estos tiempos duros y difíciles de crisis que estamos viviendo el trabajo mancomunado, la asociatividad y el esfuerzo común, ayuda a muchos de aquellos productores, emprendedores o gente que trabaja por cuenta propia y que con su propio esfuerzo no pueden salir adelante; pero sí constituyéndose en sistemas cooperativos o en organizaciones asociadas pueden multiplicar sus esfuerzos y obtener procesos productivos que les generen más rentabilidad, mayor estabilidad y capacidad de desarrollo profesional y personal.

Por eso es muy relevante que en este tiempo de crisis se entreguen facilidades para que las cooperativas puedan autorizar la distribución de los excedentes o remantes o de las utilidades que hayan tenido durante la gestión del año 2020 a sus cooperados, a sus socios, a la gente que año tras año sabe que en el primer trimestre se realizan las juntas generales y ahí se decide qué se reparte y la cantidad que les debe llegar a los más pequeños.

Esto es parte importante de la forma como funcionan las cooperativas. En el caso de nuestra Región, teníamos cooperativas en el área energética: lamentablemente hoy día ya no existen. Sin embargo, sí las hay en materia de producción agrícola. Allí contamos con bastante proactividad en productos como nueces, almendras y otros, y las personas de manera estructurada y organizada asociadamente han podido desarrollar esa tarea y exportar con mayor valor agregado, haciendo un esfuerzo en común.

Lo más trascendente o lo más señero que tenemos en nuestra Región, y también en la suya, Presidenta , son las cooperativas pisqueras, cooperativas agrícolas que desde la década de los sesenta vienen funcionando de modo bastante positivo y dando oportunidad para que varios miles de pequeños productores puedan asociarse y así potenciar su esfuerzo y su trabajo.

¿Qué busca este proyecto? Algo muy sencillo: en la práctica, repetir lo mismo que se aprobó en la ley anterior, en que se estableció la posibilidad de entregar de manera excepcional el remanente de los excedentes del año 2019. Hoy día se plantea lo mismo para aquellas cooperativas que hayan tenido excedentes el 2020, lo que sin duda va a permitir que el remanente sea entregado en cuotas de participación liberadas de pago o mediante dinero efectivo.

Para ello se establece con claridad que aquello podrá hacerlo el Consejo de Administración o el gerente administrador, contando, por supuesto, con el informe favorable de sus estados financieros por parte de la junta de vigilancia o del inspector de cuentas, según corresponda; y aquellas cooperativas de mayor importancia económica -hay muchas, sobre todo en materia de ahorros y de préstamos-, conforme al artículo 109, deberán contar adicionalmente con el informe favorable del auditor externo.

En la Comisión de Economía se escuchó a expertos y a personas que recomendaban esta excepción, porque lo que se hace es ir en ayuda de la gente que hoy día puede recibir un ingreso, pues la situación extraordinaria que estamos viviendo y la prohibición de realizar juntas generales o actos masivos indudablemente le generan la pérdida de recursos presupuestados.

Así que ojalá este proyecto se despache a la brevedad, para que las cooperativas puedan tomar sus decisiones y beneficiar a sus asociados.

Voto a favor.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchísimas gracias, Senador Pizarro.

Por cierto, también adherimos a la preocupación que tienen nuestras cooperativas en el norte, que vienen desde la Reforma Agraria, principalmente las cooperativas pisqueras.

Está inscrito en la Sala el Senador José Miguel Durana, quien tiene la palabra.

El señor DURANA.-

Señora Presidenta, uno de los efectos negativos de la pandemia que enfrentamos está constituido por el trastorno que implica en el funcionamiento normal de las instituciones y de la vida en general de los ciudadanos.

Esta pandemia nos ha permitido en forma -así lo esperamos- temporal poder cambiar las lógicas que se hallaban establecidas, en especial en torno a lo que estamos legislando hoy, que tiene que ver con autorizar a las cooperativas a distribuir sus excedentes o remanentes en la medida en que las cooperativas hayan obtenido un saldo favorable durante el ejercicio correspondiente al año 2020 sin necesidad de celebrar una junta general de socios.

Las cooperativas, por su propia naturaleza, tienen el objetivo de dar bienestar a sus asociados, buscando el mejoramiento de sus condiciones económicas y sociales. Estas entidades, que involucran con sus actividades a un porcentaje de la población, se han visto impedidas de celebrar sus juntas generales, así como de revisar el estado de situación de sus entidades y la eventual distribución de beneficios entre sus asociados.

Este proyecto de ley establece que las cooperativas podrán, en caso de tener un saldo favorable durante el ejercicio económico del año 2020 y con el solo acuerdo del Consejo de Administración o por decisión del gerente administrador, distribuir el excedente entre los socios, ya sea mediante la emisión de cuotas de participación liberadas de pago o mediante la entrega de dinero en efectivo. Y el requisito fundamental para ello será contar con el informe favorable de sus estados financieros por parte de la junta de vigilancia o del inspector de cuentas, lo cual garantiza la transparencia de este mecanismo excepcional.

Debemos reconocer que los argumentos que hoy se están entregando para aprobar de manera transversal este proyecto son exactamente los mismos que se generaron durante el año 2020, en cuanto a establecer que las familias chilenas están viviendo múltiples dificultades, entre ellas, una disminución significativa de sus ingresos, por lo que resulta absolutamente necesario permitirles hacer uso de esta oportunidad, en especial, a quienes participan en estas cooperativas.

En general, se trata de un proyecto necesario; estamos viviendo una situación especial, y consideramos, asimismo, que la indicación sustitutiva aprobada recoge adecuadamente la mayoría de las inquietudes planteadas por el Ministerio de Economía durante la discusión en general.

Por lo tanto, voto a favor, y me sumo a esta iniciativa de ley, que ha generado un amplio consenso político.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchas gracias, Senador José Miguel Durana.

Le ofrezco la palabra de inmediato al Senador Claudio Alvarado.

El señor ALVARADO.-

Presidenta, he solicitado intervenir para manifestar mi opinión y mi voto favorable a esta iniciativa, pues es de toda lógica y sentido común en las circunstancias que estamos viviendo como país producto de las restricciones de movimiento derivadas del COVID-19.

Sin lugar a dudas, los cooperados durante el año realizan muchos esfuerzos, sea entregando productos, sea participando en la administración de la distribución de energía eléctrica, en fin, y de alguna u otra forma cuando ese ejercicio anual termina con balances positivos indudablemente todos aspiran prontamente a tener una retribución a ese trabajo. Y cuando hay restricciones para efectuar las juntas de cooperados la vía que se plantea mediante este proyecto es la que permite mantener ese reparto de cuotas, de dividendos, de beneficios para quienes durante el año han entregado su contribución a través de un trabajo realizado con mucho esfuerzo.

Así que valoro esta iniciativa, pues es de un total y absoluto sentido práctico, y apunta a una cuestión lógica en una época como la que estamos viviendo.

He dicho.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchas gracias al Senador Claudio Alvarado.

Le solicito al Secretario que continúe tomando la votación, y, al mismo tiempo, ofreciéndoles la palabra a los Senadores y a las Senadores que se encuentran participando en esta sesión de manera telemática.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor De Urresti, ¿cómo vota?

El señor DE URRESTI.-

Voy a fundamentar el voto, Presidenta, porque creo que esta es una buena oportunidad, pues esta iniciativa permite efectivamente la distribución de excedentes o la participación... sin que sea necesario realizar la asamblea propiamente tal, atendidas las condiciones de pandemia.

(falla de audio en transmisión telemática)...

Considero tremendamente significativo escuchar a los colegas referirse en distintas partes del territorio a la importancia que para esa geografía tienen las cooperativas. A mi juicio, ello debiera ser motivo de análisis. Hace un par de años llevamos a cabo un seminario relevante con el Ministerio de Agricultura y con distintas cooperativas. En tal sentido, resulta importante ver cómo hay un renacer, una revalorización de las cooperativas no solo pisqueras, como bien señalaban los colegas de las Regiones de Coquimbo y de Atacama, sino también de las cooperativas apícolas que existen en el caso de la Región de Los Ríos, en Paillaco particularmente; de las cooperativas agrícolas y lecheras, que igualmente son referentes en esa zona; de las cooperativas eléctricas que funcionan en distintos lugares, en fin.

Hoy día se está desarrollando una fuerte actividad de cooperativas en materia de productores agrícolas, de productores de sidra, de productores de verduras y de distintos otros elementos.

Entonces, creo que ahí tenemos un referente, hay una valorización. Pienso que el Ministerio de Economía debería tener más energía y el Ministerio de Agricultura más fuerza para seguir implementando, para seguir capacitando, para seguir formando. Me parece que hoy día hay un debate significativo en cuanto a apreciar esta forma de asociación que viene de la época de los 60, pero con los valores que ahí existían. Un gran ejemplo de ello es el País Vasco, donde nacieron muchas de estas cooperativas y en que existe una rica tradición en materia de empresas de alto valor tecnológico, productivo, agrícola, que permiten desarrollar y distribuir de manera más solidaria, más equitativa entre grandes y pequeños productores, entre los propios habitantes del lugar en que estas se llevan a cabo. Muchas veces estas cooperativas, especialmente las agrícolas, las pisqueras, lecheras, son de un ámbito de actuación cercano a donde se halla la casa matriz o la industria propiamente tal, la planta elaboradora. Eso distribuye y plantea un sistema mucho mejor.

Incluso, en reuniones que hemos tenido con los sindicatos de muchas de estas cooperativas, cuando se compara el mismo trabajo de una cooperativa y de una sociedad anónima, constatamos que las condiciones laborales son más ventajosas también para quienes se desempeñan laboralmente en aquellas; hay un ecosistema laboral mucho mejor, y la redistribución de los excedentes está directamente en el territorio.

En consecuencia, voy a votar a favor este proyecto a fin de que se facilite en estos tiempos de crisis esa distribución y se permita que estas utilidades se entreguen en cuotas de participación o en dinero efectivo, según lo que corresponda, con las medidas pertinentes. Sin embargo, al pronunciarme a favor me quedo con la reflexión de valorar y de poner nuevamente en el centro de atención una economía más solidaria, más sustentable, más humana: el sistema de cooperativas.

Voto favorablemente.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

Secretario, también quiero sumarme a las palabras que han manifestado nuestros colegas.

Sin duda, esta es una oportunidad para hablar del renacimiento del cooperativismo que requiere nuestro país.

Y no puedo dejar de valorar lo que trató de hacer Antonio Walker como Ministro de Agricultura , pues siempre, ¡siempre!, tuvo la preocupación de apoyar y de entender que los pequeños agricultores fundamentalmente tienen que organizarse en cooperativas, porque, si no, es muy complejo para ellos poder surgir.

En muchas de nuestras regiones, y también en la mía, han existido cooperativas que partieron de a poco, muchas veces como parceleros de la reforma agraria; luego fueron avanzando, y han hecho un trabajo bastante espectacular, fundamentalmente en la comuna de Las Cabras.

Luego, algunas cooperativas han entendido que la única manera de que los pequeños agricultores tengan mejores condiciones de compra y venta de sus productos, pero fundamentalmente de compra, es la asociatividad. Para eso les hacen descuentos muy importantes y les otorgan condiciones de pago distintas.

Y eso ha tenido bastante éxito en muchos casos.

Por lo tanto, me parece muy importante entender que esta es una oportunidad. Tuvimos malas experiencias en algunos casos, pero hay que pensar en positivo, pues hoy día muchos agricultores no solamente son dueños de estas cooperativas, sino que también son beneficiarios de ellas y obtienen mejores condiciones de precio para sus insumos y mejor calidad.

Por lo tanto, voto a favor de este proyecto.

Valoro también lo que han planteado los señores Diputados con este proyecto, porque lo importante también es que se vean resultados concretos, si hay recursos para repartir.

Eso es lo que todos nosotros queremos para el país.

Así que voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (36 votos favorables), y queda despachado en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Órdenes, Provoste, Rincón, Sabat y Von Baer y los señores Alvarado, Araya, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Huenchumilla, Insulza, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.

La señora PROVOSTE (Presidenta).- Muy bien.

Entonces, queda aprobado el proyecto y se despacha para el conocimiento de la Cámara de Diputados.

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La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Tiene la palabra el señor Secretario para dar lectura a una Cuenta agregada.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, señora Presidenta .

En este momento han llegado a la Mesa los siguientes documentos:

Oficios

Del Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias:

1. Oficio N° 021/2021, sobre restricciones en períodos preelectorales.

2. Oficio N° 024/2021, sobre la interpretación sobre normativas contenida en resolución N° 5 de 2020.

3. Oficio N° 031/2021, donde solicita nuevas precisiones sobre regulación de restricciones en períodos preelectorales.

4. Oficio N° 033/2021, sobre la entrada en vigencia de la ley N° 21.324.

--Se toma conocimiento, y quedan a disposición de Sus Señorías.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

De igual forma, la Secretaría nos ha hecho saber que ha enviado copias de los informes del Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias a los correos institucionales de cada una de las señoras y señores parlamentarios.

Vamos a solicitar a las jefaturas de Comités que nos hagan llegar, en un plazo no superior a diez días, todos sus comentarios u observaciones a estos oficios del Consejo Resolutivo, porque la Mesa ha resuelto reunirse con este organismo y queremos recoger una opinión más colectiva de cada una de las bancadas con relación a estos puntos.

Hacemos presente que las observaciones, comentarios y sugerencias deben remitirlas directamente al correo del Secretario General, insisto, en un plazo no superior a los diez días a contar de hoy.

Sobre este punto, le ofrezco la palabra a la Senadora Luz Ebensperger.

La señora EBENSPERGER.-

Gracias, Presidenta .

Muy brevemente quiero señalar que, tal como usted pidió, voy a remitir mis observaciones en la forma y dentro del plazo que ha indicado.

Yo leí los informes y realmente tenemos que hacer lo que usted indica, porque a mí me parece que se le pasó la mano al Comité de Asignaciones.

Francamente, creo que dichos informes impiden muchas veces el ejercicio de la actividad parlamentaria en cosas en que uno no logra entender cuál es la finalidad que se está persiguiendo; van mucho más allá de cualquier transparencia o cualquier uso debido.

No hay nadie acá que no quiera de verdad trabajar con total transparencia, y que se fiscalice el uso debido y austero de todos los recursos de esta institución.

Sin embargo, no se condice con ello...

El señor COLOMA.-

Ni con la realidad.

La señora EBENSPERGER.-

... ni con la realidad parte de lo que en esos informes se señala.

No me voy extender más porque, como usted estableció ese plazo y ese procedimiento, me acogeré a ello.

Gracias, Presidenta .

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias.

Les pedimos que puedan remitir sus comentarios y sugerencias al correo secresen@senado.cl.

Ha llegado la hora de término del Orden del Día.

Pasaremos a continuación a la hora de Incidentes.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 14 de abril, 2021. Oficio en Sesión 19. Legislatura 369.

Valparaíso, 14 de abril de 2021.

Nº 196/SEC/21

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que modifica la Ley General de Cooperativas, autorizando a las cooperativas a distribuir los excedentes o remanentes del año 2020, sin necesidad de celebrar una junta general de socios, correspondiente al Boletín N° 14.067-03.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio N° 16.359, de 16 de marzo de 2021.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

YASNA PROVOSTE CAMPILLAY

Presidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 15 de abril, 2021. Oficio

VALPARAÍSO, 15 de abril de 2021

Oficio N° 16.465

A S.E.EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley que modifica la ley General de Cooperativas, autorizando a las cooperativas a distribuir los excedentes o remanentes del año 2020, sin necesidad de celebrar una junta general de socios, correspondiente al boletín N° 14.067-03, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Incorpórase el siguiente artículo 13 transitorio, nuevo, en la Ley General de Cooperativas, cuyo texto refundido, concordado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N°5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción:

“Artículo 13.- Las cooperativas que hayan obtenido un saldo favorable durante el ejercicio económico 2020, por acuerdo del Consejo de Administración o decisión del gerente administrador, según corresponda, podrán distribuir el excedente entre sus socios, ya sea mediante la emisión de cuotas de participación liberadas de pago o mediante la entrega en dinero en efectivo. Para ello deberán cumplir previamente las obligaciones establecidas en el artículo 38, en relación con el remanente.

Para llevar a cabo dicha distribución, las cooperativas deberán contar con el informe favorable de sus estados financieros por parte de la junta de vigilancia o del inspector de cuentas, según corresponda. Las cooperativas de importancia económica, conforme al artículo 109, deberán contar adicionalmente con el informe favorable del auditor externo.

Lo anterior deberá entenderse sin perjuicio de la responsabilidad establecida en los artículos 25 y 26.”.”.

*****

Hago presente a V.E. que esta iniciativa de ley tuvo su origen en una moción de las diputadas y diputados Harry Jürgensen Rundshagen, Miguel Mellado Suazo, Sofía Cid Versalovic, Cristóbal Urruticoechea Ríos, Catalina Del Real Mihovilovic, Jaime Naranjo Ortiz, Sebastián Torrealba Alvarado, Raúl Soto Mardones, Joaquín Lavín León y Diego Paulsen Kehr.

Dios guarde a V.E.

DIEGO PAULSEN KEHR

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 21.328

Tipo Norma
:
Ley 21328
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1159324&t=0
Fecha Promulgación
:
04-05-2021
URL Corta
:
http://bcn.cl/2p77w
Organismo
:
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Título
:
MODIFICA LA LEY GENERAL DE COOPERATIVAS, AUTORIZANDO LA DISTRIBUCIÓN DE EXCEDENTES DEL AÑO 2020, EN LA FORMA QUE INDICA
Fecha Publicación
:
08-05-2021

LEY NÚM. 21.328

MODIFICA LA LEY GENERAL DE COOPERATIVAS, AUTORIZANDO LA DISTRIBUCIÓN DE EXCEDENTES DEL AÑO 2020, EN LA FORMA QUE INDICA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley iniciado en una moción de las diputadas y diputados Harry Jürgensen Rundshagen, Miguel Mellado Suazo, Sofía Cid Versalovic, Cristóbal Urruticoechea Ríos, Catalina Del Real Mihovilovic, Jaime Naranjo Ortiz, Sebastián Torrealba Alvarado, Raúl Soto Mardones, Joaquín Lavín León y Diego Paulsen Kehr,

     

    Proyecto de ley:

     

    "Artículo único.- Incorpórase el siguiente artículo 13 transitorio, nuevo, en la Ley General de Cooperativas, cuyo texto refundido, concordado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción:

     

    "Artículo 13.- Las cooperativas que hayan obtenido un saldo favorable durante el ejercicio económico 2020, por acuerdo del Consejo de Administración o decisión del gerente administrador, según corresponda, podrán distribuir el excedente entre sus socios, ya sea mediante la emisión de cuotas de participación liberadas de pago o mediante la entrega en dinero en efectivo. Para ello deberán cumplir previamente las obligaciones establecidas en el artículo 38, en relación con el remanente.

    Para llevar a cabo dicha distribución, las cooperativas deberán contar con el informe favorable de sus estados financieros por parte de la junta de vigilancia o del inspector de cuentas, según corresponda. Las cooperativas de importancia económica, conforme al artículo 109, deberán contar adicionalmente con el informe favorable del auditor externo.

    Lo anterior deberá entenderse sin perjuicio de la responsabilidad establecida en los artículos 25 y 26.".".

     

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 4 de mayo de 2021.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Lucas Palacios Covarrubias, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.

    Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Julio Pertuzé Salas, Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño.