Usted está en:

Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.338

Establece derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Mensaje

Fecha 20 de enero, 2021. Mensaje en Sesión 147. Legislatura 368.

Proyecto de ley, iniciado en mensaje de S.E. el Presidente de la República, que establece derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores. Boletín N° 14.030-07

MENSAJE Nº 514-368/

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

Honorable Senado:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que establece derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores.

I.ANTECEDENTES

1)La reforma de nuestra institucionalidad en el ámbito de la infancia

El programa de nuestro Gobierno considera como una prioridad a las niñas, niños y adolescentes, ubicándolos en el centro de la política social.

Teniendo lo anterior como sustento, y a sólo días de haberse dado inicio a esta Administración, se convocó a representantes de diversas fuerzas políticas y de la sociedad civil a efectos de concretar un gran Acuerdo Nacional por la Infancia. En mayo de 2018, la mesa de trabajo de dicha instancia entregó una serie de propuestas de medidas tendientes a avanzar en reformas en materias de infancia y adolescencia con miras a promover el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes del país.

Una de las referidas propuestas, apuntaba al término del Servicio Nacional de Menores (“SENAME”), organismo concebido con un enfoque tutelar para una realidad distinta de nuestro país, el que no se ha logrado adecuar a las demandas de nuestra sociedad actual, a las nuevas necesidades de protección emergentes y a los nuevos perfiles y contextos de los sujetos de atención.

Por otra parte, el SENAME ha evidenciado a lo largo de estos años precariedad en una serie de aspectos de soporte para la gestión y el cumplimiento del propósito y funcionamiento del mismo, como por ejemplo, precarios sistemas de información y déficits en la coordinación de datos que se manejan por los distintos organismos intervinientes del sistema de protección de la niñez, lo que no ha permitido una correcta evaluación ni un adecuado diseño de programas, haciéndose urgente la necesidad de avanzar hacia programas basados en evidencia y con la suficiente flexibilidad a fin de adaptarse a la realidad de los niños, niñas y adolescentes, y sus familias.

Ante el escenario descrito, y en concordancia con las recomendaciones que al respecto ha entregado el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, es sumamente relevante avanzar, con la mayor urgencia posible, en el reemplazo del actual sistema, estableciéndose dos nuevas estructuras funcionales dotadas de competencias y de recursos humanos y financieros propios, haciendo una clara distinción entre los niños, niñas y adolescentes que requieren de protección y de los adolescentes que se encuentran en conflicto con la ley penal. En este sentido, las niñas, niños y adolescentes sujetos de atención por parte del Estado, requieren una intervención especializada con capacidad técnica, recursos y una mirada integral.

De esta forma, celebramos la reciente aprobación, promulgación y publicación de la ley N° 21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica normas legales que indica, la cual viene a ser realidad la primera parte de esta nueva institucionalidad en materia de niñez y adolescencia.

De igual manera en el ámbito de la justicia juvenil, y a más de 15 años de la implementación de la ley N° 20.084, de responsabilidad penal de adolescentes, estamos impulsando fuertemente la aprobación del proyecto de ley que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil (Boletín N° 11.174-07), que se encuentra en segundo trámite constitucional en la H. Cámara de Diputados, el cual supone el establecimiento de un nuevo Servicio que asuma el liderazgo en esta materia, con un mayor grado de especialización en el tratamiento y particularidades de la administración de justicia para jóvenes imputados e infractores de ley penal, que asegure que éstos recibirán una intervención y planes de trabajo acordes con su ciclo vital, que garantice en todo momento el ejercicio de sus derechos y facilite de manera efectiva el abandono de toda conducta delictiva. Coherente con ello, el referido proyecto contempla no solo la creación de un nuevo Servicio especializado técnicamente, sino que además, la especialización en materia de justicia juvenil de los diversos actores del sistema, junto con la conformación de una orgánica y nueva institucionalidad que favorezca la coordinación intersectorial para el despliegue de una política nacional de reinserción social juvenil. Con esto se pretende alcanzar la finalidad de dicho Servicio especializado, cual es lograr la efectiva reinserción social de los jóvenes en diversas dimensiones de su vida y promover su desistimiento de cometer delitos.

2)De los desafíos que imponen los nuevos Servicios

Los nuevos enfoques de trabajo del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, y del futuro Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, establecen cuantiosos desafíos en su implementación y desarrollo.

El Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia tiene como objeto garantizar la protección especializada de niños, niñas y adolescentes gravemente amenazados o vulnerados en sus derechos, entendida como el diagnóstico especializado, la restitución de los derechos, la reparación del daño producido y la prevención de nuevas vulneraciones. Asimismo incorpora una serie de nuevos enfoques en el trabajo, tales como, la ampliación de los sujetos de atención, los que no solo se limitan a las niñas, niños y adolescentes, sino que también a las familias que los tienen bajo su cuidado; la coordinación intersectorial, de manera de otorgar una mayor protección a niñas, niños y adolescentes vulnerados; y mejoras en los sistemas de supervisión, a fin de asegurar el adecuado cumplimiento de las exigencias y estándares de funcionamiento que se les imponen a los organismos colaboradores acreditados.

Por su parte, el diseño del futuro Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, en su finalidad de contribuir a la reinserción social de los jóvenes en conflicto con la ley penal y el abandono de la conducta delictiva, se nutre de una serie de diagnósticos en los últimos años que fueron consolidando un consenso sobre aspectos críticos ante los cuales generar una nueva política de reinserción social juvenil. Entre otros, la necesidad de contar con un modelo de intervención especializado en la modificación de la conducta delictiva, basado en evidencia, contemplando los enfoques y teorías contemporáneas de comprensión del comportamiento delictivo juvenil; contar con instrumentos de trabajo, diagnóstico y evaluación en coherencia con dicho modelo de intervención; y fortalecer una efectiva coordinación de oferta intersectorial.

Un punto esencial en estos nuevos enfoques lo constituyen las exigencias al personal de las nuevas instituciones, a fin de contar con un recurso humano capacitado e idóneo para el desarrollo de las funciones que se le encomiendan a los nuevos Servicios, dada la compleja tarea que deberán desarrollar sus funcionarios.

Sobre este punto existe un consenso transversal respecto a la necesidad de que los funcionarios de los nuevos Servicios cumplan con estándares elevados que serán definidos para los perfiles de cada cargo, debiendo someterse a un proceso de evaluación que garantice contar con los mejores servidores públicos en estas nuevas instituciones. Esta exigencia debe considerarse tanto para los funcionarios actuales del SENAME, que podrían ser traspasados a los nuevos Servicios, como aquellos que deberán postular a ellos desde otras instancias.

3)Avances en la implementación de la reforma

En este contexto, y como señalábamos anteriormente, el pasado 5 enero se dio inicio al trabajo de implementación de la nueva institucionalidad en materia de infancia, con la publicación en el Diario Oficial de la ley N° 21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, previéndose el inicio de sus funciones dentro del plazo máximo de un año, periodo en el cual se deberán ejecutar una serie de acciones tendientes a la adecuada implementación de la nueva institucionalidad.

Como hemos señalado, uno de los aspectos cruciales de la reforma está en contar con las mejores personas para hacerse cargo de las funciones de los nuevos Servicios. Pues bien, una parte de las dotaciones de estas nacientes instituciones será provista con funcionarios del actual SENAME. Sin embargo, debe considerarse un proceso evaluativo previo, que permita verificar el cumplimiento de los requisitos legales, de formación, experiencia, trayectoria laboral y competencias asociadas a los perfiles de los cargos que se crean para los nuevos Servicios.

Atendido lo anterior, en el diseño del proceso de implementación de la reforma, se ha considerado que aquellos funcionarios del SENAME que no deseen ser traspasados a los nuevos Servicios o no cumplan con los nuevos estándares, puedan acceder a una indemnización al momento de la supresión de los cargos que actualmente ocupan.

En esa línea, parte importante de los funcionarios vinculados a la atención directa de niñas, niños y adolescentes, en el área de protección, han estado sometidos a evaluaciones, considerando indemnizaciones en caso de no querer o no poder acceder a un cargo con los nuevos estándares requeridos. Se trata de los funcionarios que se desempeñan o desempeñaban en centros de reparación especializada de administración directa (CREAD), los que, conforme a lo acordado con las asociaciones de funcionarios y materializado a través de la ley de reajuste del sector público del año 2018, ley N° 21.126, han sido sometidos a evaluación para su reconversión al nuevo sistema de residencias familiares, estableciéndose como causal de cese de funciones de aquellos funcionarios que no puedan o no quieran reconvertirse, la de “necesidades de la institución”, cuya aplicación da derecho a una indemnización. Este proceso se ha verificado durante los años 2019 y 2020.

II.OBJETIVO DEL PROYECTO DE LEY

El proceso que ya se inició con los funcionarios de los CREAD, y que constituye la mayor parte de los funcionarios que serán traspasados al nuevo Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, debe completarse con los demás funcionarios a traspasar a dicha institución (de las áreas técnicas y de soporte) y al futuro Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil.

La urgencia, dados los plazos establecidos por la ley N° 21.302, implica que en los próximos meses deberá realizarse el proceso de evaluación de los restantes funcionarios que podrán ser traspasados al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, de manera tal que, una vez que éste entre en funcionamiento, pueda contar con la dotación requerida de funcionarios y que éstos cumplan con los estándares definidos. Lo mismo deberá hacerse en relación con los funcionarios que serán traspasados al futuro Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil en los años sucesivos.

Para este fin, es imprescindible contar con un instrumento legal que habilite la posibilidad de indemnizar a aquellos funcionarios que no puedan ser traspasados a los nuevos Servicios, de conformidad al proceso de evaluación al que serán sometidos, en igualdad de condiciones a las ya determinadas para los funcionarios de los CREAD el año 2018 por el H. Congreso Nacional, mediante la ley N° 21.126.

III.CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY

Para cumplir con dicha finalidad, se presenta este proyecto de ley, el que, al igual que la ley N° 21.126 que se hizo cargo de la situación de los funcionarios de los CREAD, establece que, sin perjuicio de las causales previstas en el Estatuto Administrativo, los funcionarios del SENAME podrán cesar en sus cargos por necesidades del Servicio, circunstancia que se determinará a través de una resolución de su Director Nacional de manera fundada en razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución, a fin de velar por el buen, oportuno y eficiente funcionamiento de las nuevas instituciones.

Asimismo, el proyecto señala que, para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del SENAME podrá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en el recientemente creado Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y en el futuro Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil.

El presente proyecto propone que las condiciones y procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones serán establecidos mediante resolución exenta, para lo cual tomará conocimiento de la opinión de las asociaciones de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, mandatándose a dicha autoridad para que las condiciones y el procedimiento que se establezcan garanticen la objetividad de la evaluación.

A los funcionarios que cesen en sus funciones por aplicación de la causal señalada, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N°21.126, pues, tal como hemos señalado, se prevé dar un mismo tratamiento a todos los funcionarios del SENAME, esto es, evaluación previa a su traspaso a las nuevas instituciones e indemnización en caso de que ese traspaso no se pueda verificar.

Las condiciones del cese de funciones de los funcionarios, a que alude la referida norma, son las siguientes:

1)Los funcionarios deberán tener un nombramiento o designación vigente por un año o más en el SENAME.

2)Tendrán derecho a una indemnización equivalente a 30 días de su remuneración por cada año de servicio y fracción superior a 6 meses, prestados continuamente al SENAME. Esta indemnización tendrá un límite máximo de 330 días de remuneración. Para tales efectos sólo se computará el tiempo servido en calidad de planta y a contrata en la mencionada institución.

3)La remuneración que servirá de base para el cálculo de la indemnización será el promedio de la remuneración mensual de los últimos 12 meses anteriores al cese en el cargo, actualizadas según el Índice de Precios al Consumidor, con un límite máximo de 90 unidades de fomento del último día del mes anterior al pago.

4)Los funcionarios que cesen en sus cargos y que perciban la indemnización no podrán ser nombrados ni contratados, ya sea a contrata o sobre la base de honorarios, en el SENAME ni en ninguno de sus continuadores legales, durante los 5 años siguientes al término de su relación laboral, a menos que previamente devuelvan la totalidad del beneficio percibido, debidamente reajustado por la variación del Índice de Precios al Consumidor, determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas, entre el mes de pago de la indemnización y el mes anterior al de la restitución, más el interés corriente para operaciones reajustables.

5)La indemnización que se establece no será imponible, ni tributable y se pagará al momento del cese de funciones.

Finalmente, el proyecto de ley dispone que el mayor gasto fiscal que represente su aplicación durante su primer año de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en lo que faltare con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.

En mérito de lo expuesto someto a la consideración el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“ARTÍCULO ÚNICO.- Sin perjuicio de las causales previstas en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, los funcionarios del Servicio Nacional de Menores podrán cesar en el cargo por necesidades del Servicio, la que determinará su Director Nacional de manera fundada en razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a través de la ley N° 21.302, y los demás que se establezcan como sus sucesores y continuadores legales, a fin de velar por el buen, oportuno y eficiente funcionamiento de las nuevas instituciones.

Para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores podrá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas en el inciso anterior, según se defina mediante resolución exenta, la que deberá contener las condiciones y procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones. Para lo anterior, la autoridad tomara? conocimiento de la opinión de las asociaciones de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, constituidas de conformidad con la ley N° 19.296. La señalada resolución deberá considerar condiciones y un procedimiento que garanticen la objetividad de la evaluación.

A los funcionarios que cesen en sus funciones por aplicación de la causal señalada en el presente artículo, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N°21.126.

El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante su primer año de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en lo que faltare con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.”.

Dios guarde a V.E.,

SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE

Presidente de la República

IGNACIO BRIONES ROJAS

Ministro de Hacienda

HERNÁN LARRAÍN FERNÁNDEZ

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

INFORME FINANCIERO

INFORME DE IMPACTO REGULATORIO

1.2. Informe de Comisión de Hacienda

Senado. Fecha 23 de marzo, 2021. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 3. Legislatura 369.

?

INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores.

BOLETÍN Nº 14.030-07

__________________________________

HONORABLE SENADO:

La Comisión de Hacienda tiene el honor de emitir su informe acerca del proyecto de ley de la referencia, en primer trámite constitucional, iniciado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República, con urgencia calificada de “discusión inmediata”.

A la sesión en que se analizó el proyecto de ley en informe, asistieron, además de los integrantes de la Comisión, las siguientes personas:

Del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministro, señor Hernán Larraín; el Subsecretario de Justicia, señor Sebastián Valenzuela; la Directora Nacional Servicio Nacional de Menores, señora Rosario Martínez, y la Jefa de la División de Reinserción Social, señora Macarena Cortés.

De la Asociación de Trabajadores del Sename (ANTRASE), el Presidente Nacional, señor Walter Arancibia.

El asesor del Honorable Senador Guillier, señor Enrique Soler.

Los asesores de la Honorable Senadora Rincón, señores Gonzalo Mardones y Maximiliano Boada.

- - -

El proyecto de ley en informe fue estudiado previamente por la Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes.

Cabe señalar que dicha Comisión ha hecho presente en su informe que, por tratarse de un proyecto que consta de un artículo único, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento del Senado, propone discutir la iniciativa en general y en particular a la vez.

La Sala del Senado, en sesión de 20 de enero de 2021, dispuso que el proyecto de ley fuera conocido por vuestra Comisión de Hacienda en las materias de su competencia.

- - -

Se hace presente, asimismo, que en lo concerniente a los antecedentes jurídicos y de hecho del proyecto de ley en informe, la Comisión de Hacienda se remite a lo expresado en su informe por la Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes.

- - -

Previo a la discusión de las disposiciones de competencia de la Comisión, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín, efectuó una presentación en formato ppt, del siguiente tenor:

REFORMA INSTITUCIONALIDAD NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

• Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (Ley N° 21.302, entrará en pleno funcionamiento el 1 de octubre de 2021).

• Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil (Boletín 11.174-07 en tercer trámite constitucional en el H. Senado).

• Ambas iniciativas establecen que podrán ser traspasados funcionarios de planta y contrata de Sename que cumplan con requisitos y perfiles de cargo requeridos para los nuevos Servicios.

• Para establecer quienes cumplen con requisitos y perfiles se requiere un proceso de evaluación a los funcionarios.

• Para quienes no sean traspasados, actualmente el Estatuto Administrativo sólo contempla una indemnización para los funcionarios de planta, con tope de 6 meses.

• La ley N° 21.126 (reajuste sector público) del año 2018, ya reguló el pago de indemnizaciones para los trabajadores del SENAME que se desempeñan en los CREAD, como parte del proceso de transformación de dichos centros en residencias especializadas. (Planta y contrata con tope de 11 meses).

• Por tanto, el resto de los funcionarios de SENAME hoy no tienen derecho a la indemnización en caso de no ser traspasados a los nuevos servicios, suprimiéndose sus cargos.

PROYECTO DE LEY

• Su objeto es otorgar derecho a indemnización para los funcionarios que no quieran o no pasen las evaluaciones que se realizarán para el traspaso a los nuevos servicios.

• Dichas indemnizaciones constituyen un beneficio con el cual hoy no cuentan los funcionarios a contrata, cuyos cargos se suprimen con la implementación de los nuevos servicios. También aumenta el tope de 6 a 11 meses para los funcionarios de Planta.

• Para garantizar la objetividad del proceso de evaluación el Ejecutivo presentó una indicación en la Comisión Especial traspasando al Ministro de Justicia y Derechos Humanos la regulación del proceso de evaluación (contenido del protocolo), consagrando una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del SENAME y excluyendo expresamente de la aplicación de esta evaluación a los funcionarios ya que fueron objeto de ella en los CREAD.

• Dos de las tres asociaciones nacionales de funcionarios han firmado un protocolo de acuerdo para el proceso de evaluación de funcionarios al Servicio Mejor Niñez con el Subsecretario de Justicia y la Directora Nacional del SENAME (15.03.21), que consagra la participación en instancias decisorias del proceso para todas las asociaciones nacionales.

INFORME FINANCIERO

El informe financiero del proyecto considera un costo total de M$14.225.493, con la siguiente gradualidad

El Servicio Mejor Niñez tiene actualmente fecha única de entrada en vigencia el 1 de octubre del año 2021, y el Servicio de Reinserción Social Juvenil fecha estimada de entrada en vigencia en el primer semestre de 2022, iniciando un proceso de traspaso de tres años, con una gradualidad por zonas geográficas. Por esta razón, se proyecta el gasto parcializado durante cuatro años, entre 2021 y 2024.

ANEXO

OTROS GASTOS VINCULADOS A LA REFORMA A LA INSTITUCIONALIDAD DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA INFORME FINANCIERO SERVICIO MEJOR NIÑEZ

INFORME FINANCIERO SERVICIO MEJOR NIÑEZ

Gasto total y en régimen

Gasto incremental

INFORME FINANCIERO SERVICIO NACIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL JUVENIL

Gastos asociados al nuevo Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil

Gastos asociados a la especialización de la justicia penal de adolescentes

Gastos asociados a concursos Alta Dirección Pública del Consejo de Estándares y Acreditación

M $ 119.274

M $ 23.855 por cada concurso

El proyecto de ley contempla un gasto permanente de M$146.318.026, que comprende gastos asociados a la gestión interna del Servicio, especialización de la justicia penal para adolescentes y gastos asociados a concursos de Alta Dirección Pública del Consejo de Estándares y Acreditación; así también considera un gasto transitorio de M$75.939.298.

INFORME FINANCIERO LEYES REAJUSTE SECTOR PÚBLICO

Ley 21.306 año 2020

Consideró en su informe financiero un costo fiscal de M$6.160 por concepto de adelanto incentivo al retiro voluntario e indemnización para personal del SENAME.

Considerando que solamente se aprobó el adelanto incentivo al retiro voluntario el presupuesto asociado sería equivalente a M$2.169.

Ley 21.126 año 2018

Consideró en su informe financiero un costo fiscal de M$1.188 por concepto de indemnización centros de reparación especializada Servicio Nacional de Menores.

El Honorable Senador señor Montes señaló que la Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes aprobó por unanimidad el proyecto de ley, después de establecer un seguimiento detallado y una serie de compromisos del Ministerio.

Explicó que deben coexistir la necesidad de un nuevo Servicio con un estándar mucho más alto y la necesidad de respetar los derechos de los actuales funcionarios.

Manifestó que se trabajó un protocolo detallado con dos de las asociaciones, el que no fue firmado por la tercera asociación, la más numerosa, que preside la señora Alicia Del Basto.

Hizo presente que se reclamó que no se conocían los perfiles para los nuevos cargos, pero que el Ministro informó que ya se encuentran elaborados y se darían a conocer.

En cuanto a evaluación, afirmó, se cerró con un 40% de ponderación de experiencia y 60% de evaluación de competencias psicolaborales.

Mencionó que un tercer aspecto polémico fueron las entidades colaboradoras, pero que el Ministro había aclarado que no es parte del proyecto de ley y se comprometió a que el tema será revisado con el Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

Hizo notar que un cuarto aspecto es el de mujeres embarazadas o con post natal, en que se definió que serán evaluadas al final del proceso.

Prosiguió señalando que otro aspecto es que se debe evaluar también a los funcionarios que han ingresado en este último período.

Indicó que esperaban conseguir un compromiso mayor, pero que estima que se logró un buen acuerdo. Observó que existe mucha desconfianza respecto de las entidades evaluadoras, dado que existe una mala experiencia anterior con los CREAD.

Respecto de las indemnizaciones, el Ministro ha señalado que son en promedio $14 millones por trabajador, y si son $14.225 millones en total alcanzaría a 1.000 funcionarios aproximadamente por lo que no calzarían las cifras entregadas.

En lo referido al presupuesto regular del nuevo Servicio, se indica que aumentará en 130 millones de dólares y considerando el tipo de estándar de desarrollo, estimó que resulta demasiado restrictivo para atender la demanda, la que crecerá en la medida que el Servicio funcione bien.

El señor Ministro informó que los perfiles ya fueron elaborados y comunicados por la Subsecretaría de la Niñez.

Agregó que la tarea de la Subsecretaría es evaluar, colaborar y capacitar a los actuales funcionarios, facilitando que cumplan de la mejor forma con el proceso de evaluación.

Observó que es muy distinta la situación de un funcionario que trabaja en una residencia de la de un funcionario que trabaja en una oficina.

Respecto de las instituciones colaboradoras, recordó que la ley les impone acreditarse nuevamente, bajo el marco de la nueva normativa.

En cuanto a las mujeres embarazadas, afirmó, lo que se hace es respetar el fuero legal.

Sobre el traspaso de funcionarios, señaló que se hará respecto de todos, recordando que la situación de los contratados a honorarios es distinta.

Destacó que el presupuesto incremental es equivalente al 40% por casi $90.000 millones de pesos. Los $14.000 millones del informe financiero de la iniciativa no tocan ni dicen relación con el presupuesto incremental, porque corresponden a funcionarios que no entran al nuevo Servicio.

A continuación, la Comisión escuchó al Presidente Nacional de la Asociación de Trabajadores del SENAME (ANTRASE), señor Walter Arancibia, quien destacó el proceso efectuado en la Comisión especial y el seguimiento que se comprometieron a realizar.

Respecto de la indemnización, señaló que existe un traspaso condicionado y se ha llegado a un acuerdo con el Ministerio que se refleja en el protocolo al que han hecho referencia el Ministro y el Senador señor Montes. Expuso que si bien no es lo ideal que esperaban como trabajadores -que era el reconocimiento automático de la experiencia- lograron una solución que los deja tranquilos. Indicó que el proyecto de ley es una parte del protocolo, y al menos reconoce las indemnizaciones a que tienen derecho los trabajadores que no puedan o no quieran seguir en los nuevos servicios. Pidió que al igual que en la referida Comisión especial se apruebe el proyecto de ley.

Añadió que como ahora se han conocido los perfiles, esperan poder aclarar algunas dudas con el Ministerio en los próximos días.

El Honorable Senador señor García valoró las exposiciones efectuadas y consideró que debiesen aprobar las materias propias de la Comisión de Hacienda para refrendar el trabajo ya efectuado por la Comisión especial y el Ministerio.

El Honorable Senador señor Montes señaló que el modelo de financiamiento no da cuenta de la flexibilidad presupuestaria que se requiere, porque si aumenta el número de niños a atender los recursos no aumentan proporcionalmente.

Respecto de las indemnizaciones, apuntó que el Ministro señaló que son en promedio $14 millones, y si son $14.200 millones en total alcanzaría a 1.000 funcionarios aproximadamente por lo que no calzarían las cifras entregadas.

Estimó que los cálculos son demasiado restrictivos para atender la demanda, la que crecerá en la medida que el Servicio funcione bien.

El señor Ministro aclaró que el informe financiero tiene un cumplimiento gradual estimado a 4 años, pensando en la totalidad de los funcionarios que eventualmente no serían traspasados a ninguno de los dos nuevos servicios. Ese es el máximo (1.000), pueden ser menos, acotó.

Respecto del nuevo Servicio de Atención a la Niñez, reiteró que existe un incremento de 40% por $95.000 millones, y en el Servicio de Reinserción Juvenil son $59.000 millones que corresponden a un incremento de 67%.

DISCUSIÓN

De conformidad con su competencia, vuestra Comisión de Hacienda se pronunció respecto del artículo único de la iniciativa, en los términos en que fue despachado por la Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes, como reglamentariamente corresponde.

A continuación, se describe la disposición de competencia de vuestra Comisión:

Artículo único

Es del siguiente tenor:

“ARTÍCULO ÚNICO.- Sin perjuicio de las causales previstas en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, los funcionarios del Servicio Nacional de Menores podrán cesar en el cargo por necesidades del Servicio, la que determinará su Director Nacional de manera fundada en razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a través de la ley N° 21.302, y los demás que se establezcan como sus sucesores y continuadores legales, a fin de velar por el buen, oportuno y eficiente funcionamiento de las nuevas instituciones.

Para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores deberá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas en el inciso anterior, según se defina mediante decreto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, expedido bajo la fórmula “por orden del Presidente de la República”, el que deberá contener las condiciones y el procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones. Para la dictación de dicho decreto se considerará una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, constituidas de conformidad con la ley Nº 19.296. Las condiciones y el procedimiento señalados deberán garantizar la objetividad de la evaluación.

La evaluación a que se refiere el inciso precedente no se aplicará a los funcionarios que hayan sido evaluados con anterioridad, con ocasión de la modernización, reestructuración o funcionamiento de los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) para el establecimiento de residencias familiares en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la ley Nº 21.126. Con todo, respecto de tales funcionarios el Director Nacional del Servicio deberá comprobar que no se encontraren afectos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo al que sean traspasados, conforme a lo dispuesto en la ley y, en especial, a lo señalado en el artículo 56 de la ley N° 21.302.

A los funcionarios que cesen en sus funciones por aplicación de la causal señalada en el presente artículo, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N°21.126.

El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante su primer año presupuestario de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en lo que faltare con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.”.

Puesto en votación, el artículo único del proyecto fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señora Von Baer y señores García, Guillier, Lagos y Montes.

- - -

INFORME FINANCIERO

El informe financiero N° 11, de 18 de enero de 2021, señala, de modo textual, lo siguiente:

“I. Antecedentes

El presente Proyecto de ley establece el derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores (SENAME), en el caso de cese de funciones por necesidades del Servicio, en el marco la reforma a la institucionalidad en el ámbito de la infancia, que crea dos nuevos servicios que reemplazarán al SENAME.

La determinación de la cesación por necesidades del Servicio recaerá en el Director Nacional, fundada en razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a través de la ley N° 21.302, y los demás que se establezcan como sus sucesores y continuadores legales, a fin de velar por el buen, oportuno y eficiente funcionamiento de las nuevas instituciones.

Para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores podrá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas en el inciso anterior, según se defina mediante resolución exenta, la que deberá contener las condiciones y procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones.

A los funcionarios que cesen en sus funciones por aplicación de la causal señalada en el presente artículo, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N°21.126.

II. Efectos del Proyecto de Ley sobre el Presupuesto Fiscal

Para este proyecto, se consideró que los funcionarios que cesen en sus funciones por la aplicación de la causal necesidades del servicio, y el nombramiento o designación hubiere estado vigente un año o más, tendrán derecho a una indemnización equivalente a treinta días de la remuneración que dice el inciso siguiente por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, prestados continuamente al Servicio Nacional de Menores. Esta indemnización tendrá un límite máximo de trescientos treinta días de remuneración. Para tales efectos sólo se computará el tiempo servido en calidad de planta y a contrata en la mencionada institución.

La remuneración que servirá de base para el cálculo de la indemnización será el promedio de la remuneración mensual de los últimos 12 meses anteriores al cese en el cargo, actualizadas según el índice de Precios al Consumidor, con un límite máximo de 90 unidades de fomento del último día del mes anterior al pago.

Para el cálculo de los costos, se realizaron los siguientes supuestos:

a) Los funcionarios del Servicio Nacional de Menores, para ser traspasados al nuevo servicio, deben ser evaluados, con excepción del personal del grupo de soporte que tiene cargos homologables, que puede traspasarse en forma directa de acuerdo con los cupos abiertos. En caso de cesar en sus cargos por necesidades del Servicio, pueden recibir indemnización, y tienen derecho a incentivo al retiro si cumplen con los requisitos.

b) Se trabaja con el supuesto de que un 30% de los funcionarios de las áreas técnicas y el 80% del grupo de soporte no homologables no serán traspasados a los nuevos servicios, y en consecuencia, podrán acceder al beneficio de indemnización.

c) En el año 2021 cesarán en funciones aquellos funcionarios cuyos cargos sean suprimidos en virtud del traspaso de la temática de Protección al Servicio Nacional de Protección Especializada de la Niñez y Adolescencia.

d) En los años 2022, 2023 y 2024, cesarán en funciones los funcionarios que no sean traspasados al Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil u otros servicios que se creen como sucesores legales del Servicio Nacional de Menores.

En base a lo anterior, el costo del Proyecto de ley asciende a los montos contenidos en la Tabla 1.

Cabe destacar que esto no considera indemnizaciones derivadas del cierre de CREAD de Adolescentes y Adolescencia temprana Alborada, Pudahuel, Capullo y Entre Silos.

El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de este artículo durante su primer año de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en lo que faltare con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.

IV. Fuentes de información

- Mensaje 514-368 del Presidente de la República, con el que inicia un Proyecto de Ley que regula derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores

- Ley N°21.306 de 2020, otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales.

- Ley N°21.116 de 2018, otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

- Servicio Nacional de Menores (2020). Remuneraciones funcionarios.”.

Se deja constancia del precedente informe financiero en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 17, inciso segundo, de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

- - -

En mérito de las consideraciones anteriores, la Comisión de Hacienda tiene el honor de proponer la aprobación del proyecto de ley en informe, en los mismos términos que lo hiciera la Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes, cuyo texto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“ARTÍCULO ÚNICO.- Sin perjuicio de las causales previstas en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, los funcionarios del Servicio Nacional de Menores podrán cesar en el cargo por necesidades del Servicio, la que determinará su Director Nacional de manera fundada en razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a través de la ley N° 21.302, y los demás que se establezcan como sus sucesores y continuadores legales, a fin de velar por el buen, oportuno y eficiente funcionamiento de las nuevas instituciones.

Para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores deberá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas en el inciso anterior, según se defina mediante decreto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, expedido bajo la fórmula “por orden del Presidente de la República”, el que deberá contener las condiciones y el procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones. Para la dictación de dicho decreto se considerará una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, constituidas de conformidad con la ley Nº 19.296. Las condiciones y el procedimiento señalados deberán garantizar la objetividad de la evaluación.

La evaluación a que se refiere el inciso precedente no se aplicará a los funcionarios que hayan sido evaluados con anterioridad, con ocasión de la modernización, reestructuración o funcionamiento de los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) para el establecimiento de residencias familiares en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la ley Nº 21.126. Con todo, respecto de tales funcionarios el Director Nacional del Servicio deberá comprobar que no se encontraren afectos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo al que sean traspasados, conforme a lo dispuesto en la ley y, en especial, a lo señalado en el artículo 56 de la ley N° 21.302.

A los funcionarios que cesen en sus funciones por aplicación de la causal señalada en el presente artículo, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N°21.126.

El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante su primer año presupuestario de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en lo que faltare con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.”.

- - -

Acordado en sesión celebrada el día 23 de marzo de 2021, con asistencia de los Honorables Senadores señora Ximena Rincón González (Presidenta) (Alejandro Guillier Álvarez) y señores Ricardo Lagos Weber (Presidente accidental), Juan Antonio Coloma Correa (Ena Von Baer Jahn), José García Ruminot y Carlos Montes Cisternas (Presidente accidental).

A 23 de marzo de 2021.

*El presente informe se suscribe sólo por la secretaria de la Comisión en virtud del acuerdo de Comités de 15 de abril de 2020, que autoriza proceder de esta manera.

MARÍA SOLEDAD ARAVENA

Secretaría de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores.

(Boletín Nº 14.030-07)

I.OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: facultar al Director Nacional del Servicio Nacional de Menores a cesar en el cargo, por necesidades del Servicio, a funcionarios de este organismo, por razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución, con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia. Para el ejercicio de tal atribución, se establece el deber del Director Nacional de realizar evaluaciones a los funcionarios, para efectos de desempeñar los cargos en la nueva institucionalidad. Con todo, a los funcionarios que se proceda a desvincular, se les otorga una indemnización equivalente a treinta días de remuneraciones por cada año de servicio prestado o fracción de seis meses, con un límite máximo de trescientos treinta días de remuneraciones.

II.ACUERDO: aprobado en particular por unanimidad (5x0).

III.ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V.URGENCIA: discusión inmediata.

VI.ORIGEN INICIATIVA: Senado. Mensaje de S.E. el Presidente de la República.

VII.TRÁMITE CONSTITUCIONAL: primero.

VIII.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 20 de enero de 2021.

X.TRÁMITE REGLAMENTARIO: informe de la Comisión de Hacienda.

XI.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

- Estatuto Administrativo.

- Ley N° 21.032, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica normas legales que indica.

- Ley N° 19.296, que establece normas sobre asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado.

- Ley N° 21.126, que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del Sector Público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales. Artículo 52.

Valparaíso, 23 de marzo de 2021.

MARÍA SOLEDAD ARAVENA

Secretaría de la Comisión

1.3. Informe de Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes

Senado. Fecha 23 de marzo, 2021. Informe de Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes en Sesión 3. Legislatura 369.

?INFORME DE LA COMISION ESPECIAL ENCARGADA DE TRAMITAR PROYECTOS DE LEY RELACIONADOS CON LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores.

BOLETÍN Nº 14.030-07.

_______________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes, tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la referencia, en primer trámite constitucional, iniciado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República, con urgencia calificada de “discusión inmediata” el 16 de marzo de 2021.

- - - - - - - - -

Se deja constancia que, como anexo de este Informe, se encuentra el protocolo de acuerdo, de fecha 15 de marzo del presente año, suscrito entre el Subsecretario de Justicia, señor Sebastián Valenzuela, la Directora Nacional del Servicio Nacional de Menores, señora Rosario Martínez, el Presidente de la Asociación Nacional de Trabajadores del Sename (ANTRASE), señor Walter Arancibia, y el Presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios Regionales del Sename (ANFUR), señor Luis Cortez.

Dicho documento fue remitido por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con fecha 19 de marzo del año en curso, siendo recepcionado y anexado este Informe, en idénticos términos, por parte de la Secretaría de la Comisión Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes.

- - - - - - - - -

ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA

El artículo único del proyecto debe ser conocido por la Comisión de Hacienda, en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y en el artículo 27 del Reglamento del Senado.

Lo anterior, toda vez que consigna un derecho a recibir una indemnización a los funcionarios del Servicio Nacional de Menores que no califiquen para ser traspasados a la nueva institucionalidad que se despliega en el sector (Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil).

- - - - - - - -

Hacemos presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único y, acordó, unánimemente, proponer a la Excelentísima señora Presidenta que en la Sala sea considerado del mismo modo.

- - - - - - - - -

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento del Senado, se deja constancia de lo siguiente:

I.- Artículos que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones: ---.

II.- Indicaciones aprobadas sin modificaciones: Nos 2 y 3.

III.- Indicaciones aprobadas con modificaciones: N° 1.

IV.- Indicaciones rechazadas: ---.

V.- Indicaciones retiradas: ---.

VI.- Indicaciones declaradas inadmisibles: ---.

- - - - - - - - -

Durante el análisis de este proyecto de ley, vuestra Comisión Especial contó, asimismo, con la participación del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín; del Subsecretario de Justicia, señor Sebastián Valenzuela; de la Jefa de la División de Reinserción Social, señora Macarena Cortés: de los Asesores del Ministerio, señores Fernando Dazarola y Mauricio Zelada; de la Subsecretaria de la Niñez, señora Blanquita Honorato, y del Coordinador Legislativo del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, señor Felipe Aliaga.

Asimismo, fueron especialmente invitados los siguientes:

- Presidente de la Asociación Nacional de Trabajadores del Servicio Nacional de Menores (ANTRASE), señor Walter Arancibia.

- Presidenta de la Asociación Nacional de Funcionarios del Servicio Nacional de Menores (AFUSE), señora Alicia Del Basto.

- Presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios Regionales del Servicio Nacional de Menores (ANFUR), señor Luis Cortez.

- Presidente de la Asociación Regional Metropolitana de Trabajadores del Servicio Nacional de Menores (ARMETRASE), señor Gonzalo Marín.

- Presidente de la Asociación Regional Bio Bio de Trabajadores del Servicio Nacional de Menores (ARTRASE), señor Roberto Belmar.

Además, asistieron los Asesores de la Honorable Senadora señora Rincón, señora Paulina Gómez y señor Gonzalo Mardones; de la Honorable Senadora señora Provoste, señor Rodrigo Vega; de la Honorable Senadora señora Sabat, señora Alexandra Maringuer; de la Honorable Senadora señora Von Baer, señor Benjamín Rug, y de la Honorable Senadora señora Allende, señor Rafael Ferrada.

OBJETIVOS DEL PROYECTO

El proyecto en estudio tiene como propósito facultar al Director Nacional del Servicio Nacional de Menores a cesar en el cargo, por necesidades del Servicio, a funcionarios de este organismo, por razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución, con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.

Para el ejercicio de tal atribución, se establece el deber del Director Nacional de realizar evaluaciones a los funcionarios, para efectos de desempeñar los cargos en la nueva institucionalidad.

Con todo, a los funcionarios que se proceda a desvincular, se les otorga una indemnización equivalente a treinta días de remuneraciones por cada año de servicio prestado o fracción de seis meses, con un límite máximo de trescientos treinta días de remuneraciones.

ANTECEDENTES

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

- Estatuto Administrativo.

- Ley N° 21.032, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica normas legales que indica.

- Ley N° 19.296, que establece normas sobre asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado.

- Ley N° 21.126, que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del Sector Público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales.

Artículo 52.

II. ANTECEDENTES DE HECHO

S.E. el Presidente de la República, en su calidad de autor de la presente iniciativa, expresa que el objetivo del proyecto es completar el proceso de traspaso de los funcionarios del Servicio Nacional de Menores a la nueva institucionalidad del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, el cual se inició con el traspaso de los funcionarios de los CREAD, debiendo ahora realizarse con los demás funcionarios a traspasar a dicha institución (de las áreas técnicas y de soporte) y al futuro Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil.

La urgencia de ello, explica, dados los plazos establecidos por la ley N° 21.302, implica que en los próximos meses deberá realizarse el proceso de evaluación de los restantes funcionarios que podrán ser traspasados al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, de manera tal que, una vez que éste entre en funcionamiento, pueda contar con la dotación requerida de funcionarios y que éstos cumplan con los estándares definidos. Lo mismo deberá hacerse en relación con los funcionarios que serán traspasados al futuro Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil. en los años sucesivos.

Para este fin, destaca, es imprescindible contar con un instrumento legal que habilite la posibilidad de indemnizar a aquellos funcionarios que no puedan ser traspasados a los nuevos Servicios, de conformidad al proceso de evaluación al que serán sometidos, en igualdad de condiciones a las ya determinadas para los funcionarios de los CREAD el año 2018, mediante la ley N° 21.126.

ESTRUCTURA DEL PROYECTO

El proyecto de ley está estructurado sobre la base de un artículo único permanente, configurado en los siguientes términos.

En primer lugar, se establece la facultad del Director Nacional del Servicio Nacional de Menores de cesar en el cargo a funcionarios de esta repartición, de manera fundada, por necesidades del Servicio, por razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y los demás que se establezcan como sus sucesores y continuadores legales (inciso primero).

En seguida, se dispone que, para el ejercicio de la atribución previamente descrita, el Director Nacional deberá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas previamente, según se defina mediante decreto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, expedido bajo la fórmula “por orden del Presidente de la República”, el que deberá contener las condiciones y el procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones. Para la dictación de dicho decreto, se considerará una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, constituidas de conformidad con la ley Nº 19.296. Las condiciones y el procedimiento señalados deberán garantizar la objetividad de la evaluación (inciso segundo).

Posteriormente, se establece que la evaluación a que se refiere el inciso precedente no se aplicará a los funcionarios que hayan sido evaluados con anterioridad, con ocasión de la modernización, reestructuración o funcionamiento de los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) para el establecimiento de residencias familiares en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la ley Nº 21.126. Con todo, respecto de tales funcionarios el Director Nacional del Servicio deberá comprobar que no se encontraren afectos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo al que sean traspasados, conforme a lo dispuesto en la ley y, en especial, a lo señalado en el artículo 56 de la ley N° 21.302 (inciso tercero).

A continuación, el proyecto se remite a los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N°21.126, para efectos de otorgar a los funcionarios que cesen en sus funciones una indemnización equivalente a treinta días de remuneraciones por cada año de servicio prestado o fracción de seis meses, con un límite máximo de trescientos treinta días de remuneraciones (inciso cuarto).

Por último, se establece que el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante su primer año presupuestario de vigencia, será financiado con cargo a la Partida Presupuestaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público, mientras que, en los años siguientes se determina que se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva (inciso quinto).

DISCUSIÓN EN GENERAL

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín, expresó que este proyecto de ley tiene que ver con la forma en la que se han implementado los cambios de la nueva institucionalidad que se ha aprobado para transformar el actual Servicio Nacional de Menores en dos nuevos servicios con el objetivo de dar una respuesta satisfactoria adecuada a las necesidades que presenten niños, niñas y adolescentes. Señaló que ya está publicada la ley Nº 21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, que se refiere a menores de edad vulnerados. Así mismo, refirió se está avanzando en la tramitación de un proyecto de ley que crea el Nuevo Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, que dará cobertura a jóvenes en riesgo social, faltando aún su tercer trámite constitucional, luego de la aprobación reciente, el día anterior, por la Cámara de Diputados restando algunas cuestiones menores.

A este respecto, el señor Ministro precisó que se refiere al nuevo sistema de trato a niños y niñas y que para desarrollar esta transformación es necesario proseguir una serie de pasos: uno de los aspectos que se debe considerar como crucial es el que concierne a la determinación de con qué personas se va a desarrollar la nueva modalidad de reinserción y en ese sentido, afirmó, el personal del Servicio Nacional de Menores, que presta servicios allí, en la actualidad, debiera ser quienes proveerán la parte principal del trabajo institucional. Agregó que es necesario precisar que los dirigentes de las asociaciones -presentes en esta sesión- representan a los trabajadores que, sobreponiéndose a las críticas duras que ha tenido el Servicio Nacional de Menores, como las dictadas por la falta de respeto a los derechos de los niños, niñas y adolescentes, que ha señalado el Comité de Naciones Unidas de Derechos del Niño.

Indicó que el Ministerio no cree que se pueda universalizar el cuestionamiento a todos los que trabajan en esta institución y expresa su respeto ante los potentes y muy significativos esfuerzos que entregan por los niños, niñas y adolescentes, sin perjuicio de que se hayan suscitado situaciones graves, hasta el día de hoy y que se deben evitar por el bien de la niñez.

Una vez dicho lo anterior, puntualizó que la norma vigente para el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, al igual que aquella que está en tramitación para crear el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, establecen la dictación de un decreto con fuerza de ley que señalará qué funcionarios, que cumplan con los requisitos del caso, se podrán transferir y trasladar a los nuevos servicios. Especificó que dicha norma ya es ley en el caso del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, requiriéndose una cierta complementación para lograr proceder en ese sentido. Señaló que en una instancia anterior, cuando se estableció la política de terminar con los Centros de Reparación Especializada de Atención Directa –conocidos como Cread- remplazándolos por residencias familiares se establecía la forma en que se deberá realizar ese traspaso, a través de la ley Nº 21.126. Así se fijaron varios criterios y condiciones para avanzar en esa situación; criterios que como los integrantes de la Comisión podrán recordarán, cuando se discutió, en la pasada Ley de Reajustes del Sector Público, el Ejecutivo, tal como se había hecho en el año 2018, procuró aplicar esos criterios y esas normas de traspaso para hacer lo propio en esta oportunidad, fue rechazado en parte y sólo quedó una de las disposiciones: aquellas que permite que las personas que estén en el Servicio Nacional de Menores acogiese a una jubilación anticipada, bajo las condiciones que ahí se regulaban y que estaban también en el texto de la ley de 2018. Sin embargo, no quedó claro cómo se haría este proceso de traspaso porque la norma fue rechazada y la disposición legal que hay corresponde al propio pedido que hizo el Congreso para que esta parte se legislara separadamente por medio de un proyecto de ley que se requiriese. En este sentido, prosiguió, esta iniciativa que está en estudio viene a regular esta situación estableciendo que el ejercicio de la facultad que se le entrega al Director Nacional del Servicio podrá considerar la realización de evaluación a los funcionarios para el efecto de desempeñar los nuevos cargos, y que esto se deberá realizar por vía de una resolución exenta que deberá dictar esa autoridad para fijar las condiciones y procedimientos a que se someterán las referidas evaluaciones, es decir, frente a las disyuntivas de traspaso automático o de que no haya ningún traspaso y todo el personal del nuevo servicio sea concursado, por así decirlo, se estableció este camino: el traspaso previo se hará una evaluación la que deberá hacerse por una resolución exenta que va a fijar las condiciones o procedimientos para que ese traspaso se haga conforme a las evaluaciones.

Aclaró que el sentido de esto tiene que ver con el hecho de que los nuevos servicios no son un espejo del actual Servicio Nacional de Menores, sino que son órganos del Estado a los que se les establecen objetivos, características y medios de intervención, en cada caso distinto, con requerimientos de mayor especialización y, por lo tanto, no necesariamente todas las personas que hoy trabajan en el Servicio Nacional de Menores tienen el que se requiere para los nuevos servicios.

El señor Ministro indicó que, en caso de no ser así, ¿con qué fin se crearían los nuevos servicios? Argumentó que se crean porque se quieren hacer cosas distintas, que pueden exigir -no siempre ni en todos los casos– personas que tengan un perfil bien diferente y eso es lo que se busca regular ahora. Indicó que el proyecto que se está señalando opera por el efecto de realizar evaluaciones que la autoridad –en este caso, la Directora del nuevo Servicio- deberá proceder a tomar conocimiento de las opiniones de las asociaciones de funcionarios y asegurar, además, comportamientos y un procedimiento que garantice la objetividad del nuevo Servicio. Agregó que es muy importante, pues, la forma en que la autoridad procede: primero, oyendo a las asociaciones de funcionarios y luego garantizando un proceso que asegure la efectividad de tener reglas claras que den certeza y la mayor tranquilidad posible.

Destacó, enseguida, que en el traspaso del personas de los Cread a las residencias familiares, se siguió este mismo camino con un perfecto resultado, y en este caso se está, por lo tanto, operando con ese espíritu y aun mas, en antecedente de que esto debe ocurrir, el Ministerio ya está trabajando con las asociaciones, mediante un dialogo cuyo propósito es fijar, en una suerte de protocolo, los criterios que permitan avanzar en el proceso de evaluación para los efectos de tener reglas claras que den certeza y tranquilidad a los trabajadores de que se va a proceder, conforme del mejor modo posible y caracterizando este trabajo de conformidad con las exigencias de los nuevos servicios. Parte del tema queda supeditado a las determinaciones que defina, respecto del servicio que ya está resuelto, el Ministerio de Desarrollo Social, a través de la Subsecretaría de la Niñez, que tiene la responsabilidad de fijar los perfiles de las personas que se requieren en el nuevo servicio, puesto que este pasa a depender de aquella Secretaría de Estado, y deja de depender del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por lo que los perfiles que se requieren en la planta correspondiente son materias que definirá aquel Ministerio.

En definitiva, aseveró, se está trabajando en los perfiles que requieren las plantas correspondientes, del mejor modo posible y caracterizando estos trabajos de conformidad con lo que los nuevos servicios exijan. Parte del tema queda supeditado a la determinación que adopte el Servicio, que ya está resuelto, defina el Ministerio de Desarrollo Social, a través de la Subsecretaría, que tiene la responsabilidad de fijar los perfiles de las personas que se requieren en el nuevo Servicio, puesto que este nuevo Servicio pasa a depender de aquel Ministerio, pues deja de depender del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por lo que los perfiles que se requieren en la planta correspondiente son definidos desde el Ministerio de Desarrollo Social.

En consecuencia, se está trabajando en el protocolo y se empieza a dialogar con las autoridades de dicha Secretaría de Estado con el objetivo de compartir ese perfil en forma congruente y compatible, en forma conjunta.

A continuación, resaltó que el proyecto de ley establece que a los funcionarios que cesen en sus funciones, por aplicación de la causal antes mencionada, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N° 21.126. Explicó, a la Honorable Comisión que esto quiere decir, fundamentalmente, que en el caso de una persona que no quiere continuar -porque puede darse esa hipótesis- y no quiere traspasar a alguno de los nuevos servicios o que, hecha la evaluación, sus características, su perfil, no coincida con aquellos que sean exigidos por el nuevo servicio, tendrán derecho a una indemnización bajo las condiciones que se fijaron en la ley N° 21.126, las cuales tendrán derecho a una indemnización bajo las condiciones que regula la ley en mención, que fue la que reguló el traspaso de las Cread a las residencias familiares, y son básicamente: 1ª los funcionarios deberán tener un nombramiento o designación vigente por un año o más en el Servicio Nacional de Menores; 2ª tendrán derecho a una indemnización equivalente a 30 días de su remuneración por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, prestados continuamente al Servicio; 3ª la remuneración que servirá de base para el cálculo de la indemnización será el promedio de la remuneración mensual de los últimos 12 meses anteriores al cese en el cargo; 4ª los funcionarios que cesen en sus cargos y que perciban la indemnización no podrán ser nombrados ni contratados, ya sea a contrata o sobre la base de honorarios, en el Servicio Nacional de Menores ni en ninguno de sus continuadores legales, durante los cinco años siguientes al término de su relación laboral y, finalmente, que la indemnización que se establece no será imponible, ni tributable y se pagará al momento del cese de funciones.

Respecto del Informe Financiero, expuso que el proyecto de ley dispone que el mayor gasto fiscal que represente su aplicación durante su primer año de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en lo que faltare con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del sector público respectiva.

Así mismo, se establece la forma en que se va a realizar el financiamiento de este proyecto. Señaló que el costo de esta iniciativa alcanza a $ 14.225.493 millones que se prorratean en cinco años, dado que la instalación de los dos Servicios es distinta. El financiamiento del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia se instala en cuatro años, pero el Servicio de Rehabilitación Juvenil tiene una implementación gradual en tres años; por eso el perfil de financiamiento es distinto.

Concluyendo su exposición inicial, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Larraín, expresó que el proyecto de ley cumple con el compromiso que el Ejecutivo adoptó con el Congreso Nacional de presentar un proyecto de ley para regular la forma en que se hace este traspaso, definiendo que habrá una evaluación que debe realizar el Servicio Nacional de Menores, por intermedio de su Directora fijando las condiciones finales para eso.

El presente proyecto, refirió, propone que las condiciones y procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones serán establecidos mediante resolución exenta, para lo cual tomará conocimiento de la opinión de las asociaciones de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, mandatándose a dicha autoridad para que las condiciones y el procedimiento que se establezcan garanticen la objetividad de la evaluación.

A los funcionarios que cesen en sus funciones por aplicación de la causal señalada, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N°21.126, pues, tal como hemos señalado, se prevé dar un mismo tratamiento a todos los funcionarios del Servicio Nacional de Menores, esto es, evaluación previa a su traspaso a las nuevas instituciones e indemnización en caso de que ese traspaso no se pueda verificar.

El señor Walter Arancibia, de la Asociación Nacional de Trabajadores del Servicio Nacional de Menores Sename (ANTRASE), refirió que como asociación viene hace rato trabajando el tema de la recuperación y transformación del servicio y destacó que el tema ha sido trabajado en transversal la decisión de avanzar hacia una institucionalidad nueva para la infancia y la adolescencia. Indicó que los trabajadores no han estado en ausencia o exentos de esto, quienes trabajan en esto, con toda la intención de mejorar concretamente la actitud y la calidad de vida de niños y niñas que atendemos. Pese a que hemos participado activamente en esto, pero obviamente resguardando los derechos de los trabajadores, sabemos que no es algo contradictorio. En este marco, aclaró, hay aspectos importantes que debemos asumir ya que la nueva institucionalidad va a traer nuevas exigencias y requisitos para los trabajadores que sean traspasados. En esas nuevas exigencias, manifestó, se cree que es necesario resguardar también los derechos laborales.

Señaló que los socios de ANTRASE han discutido arduamente en asambleas todo el proceso y sabemos lo que significa esto y por ello se tiene conciencia y responsabilidad gremial para con los trabajadores y trabajadoras del Servicio Nacional de Menores. Insistió en que no hay conflictividad en que se resguarden los derechos de los niños, pero también los derechos de los trabajadores y eso evitará cualquier tipo de complejidad y conflictividad innecesaria. Refirió que el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia que ya ha sido aprobado y también el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil que está en discusión y arribando a su ultimo tramite sabemos que tiene una norma que le es decisoria, en el sentido de que se planteó ahí, que los trabajadores podrán ser traspasados de este servicio a los nuevos servicios, que cumplan los perfiles y los requisitos. Lo anterior dice claramente que habrá un tipo de evaluación para el traspaso de los trabajadores y aseveró que ellos creen que esa evaluación debe ser consensuada, como lo están haciendo en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, afirman que esa evaluación debe llevar ciertos resguardos.

Agregó que eso lo encuentran de toda coherencia que se resguarden los derechos de los trabajadores e incluso que se resguarde la salida de los trabajadores que no quisieran continuar en el Servicio con la indemnización que se está planteando hoy en día.

Seguidamente, manifestó que la asociación con los procesos que han tenido los Cread, Centros de Reparación o residencia familiares fue un proceso que también tuvo complejidades, pero se hizo trabajo de acuerdo de la evaluación de aquellos funcionarios, lo que se acordó con las asociaciones nacionales y obviamente con el gobierno en la Ley de Reajustes del año 2018, la Nº 21.126, en el artículo 22 lo incorporó planteando que sin perjuicio a la causal presente en el decreto con fuerza de ley Nº 29. que contiene el texto refundido del Estatuto Administrativo, los funcionarios del Servicio nacional de Menores que cumplan funciones en los Centros de Menores para la atención especializada directa de dicho servicio podrán cesar de esos cargos por necesidades del servicio que determinará el Director Nacional por razones fundadas y contemplando el tema de la recuperación de los Cread.

Así mismo, sigue diciendo que estos funcionarios van a tener una indemnización que será de 1 mes por cada año, de acuerdo con el tiempo que tengan de servicio con un tope de 11 meses. Señaló que lo discutieron en el Ejecutivo y lo plantearon y el Congreso en forma transversal lo aprobó. También en el marco de la Ley de Reajuste del año 2020 se presentaron dos artículos que iban en la misma dirección y coherencia con lo que se había aprobado en el año 2018:

Uno era para otorgar una indemnización.

Y el otro, para la posibilidad de jubilación anticipada en el marco del acuerdo ANEF - Gobierno que se había concordado.

El primer artículo vino a hacer justicia a todos los funcionarios, fue aprobado por la Cámara de Diputados y fue rechazada por el Senado. Esto hizo que el Gobierno llegara a un acuerdo de poner una Ley corta que contemplara el proceso de traspaso de los nuevos servicios. En cumplimiento de aquello el Gobierno incorpora esa ley corta en el Senado y establece la indemnización con los mismos montos y los mismos requisitos que tenían en el artículo 52 de la ley Nº 21.126. Insistió en que esto viene a dejar claramente establecido entre los trabajadores del Servicio Nacional de Menores. Precisó que esta ley no es algo nuevo y que no viene a romper ningún criterio previo porque esto ya fue aprobado por el Senado y lo que hace es dar continuidad a la Ley Nº 21.126 que tiene que ver con el traspaso de los funcionarios, primero, fueron de los Cread a las residencias y hoy día a los nuevos servicios.

Finalizó diciendo que como representantes de los trabajadores lo que plantean es que les interesa avanzar en un real cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, pero a ellos también les interesa que se respeten, obviamente los derechos de los funcionarios y de la función pública. En razón, de lo anterior han venido a plantear, respetuosamente, que se pudieran aprobar este proyecto puesto que son las mismas dimensiones que se plantearon en 2018 y que lo conversaron con muchos de los Senadores en ejercicio ya que se respetó y legisló para darle mejores condiciones a los funcionarios que por muchos años han dedicado su vida a las condiciones de trabajo en el Servicio Nacional de Menores que no son las mejores porque creen que eso debe tener una retribución.

La Presidenta de la Asociación Nacional de Funcionarios del Servicio Nacional de Menores Sename (AFUSE), señora Alicia Del Basto, agradecemos la invitación para exponer sobre este proyecto de ley de artículo único, que se titula “Derecho a Indemnización para funcionarios de Sename”.

Estimó importante decir, tal como lo ha señalado el señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos, que hoy somos los funcionarios y funcionarias del Servicio Nacional de Menores quienes estamos asumiendo los costos de una pésima y negligente política pública respecto de niños, niñas y as y adolescentes, de los diferentes gobiernos que han administrado este país en la última década y eso ha significado que seamos ante la opinión pública y la ciudadanía los responsables de haber llegado al momento que nos encontramos.

Recalcó que hace algunas semanas estuvimos en la misma situación de hoy en otra Comisión del Senado y no podemos dejar de expresar nuestra molestia por la forma en la cual el Gobierno entendió la supresión de este mismo artículo, en el marco de la discusión de la ley de reajuste del sector público en diciembre pasado. Hay que decirlo con claridad: el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos no tuvo ningún propósito por mejorar este artículo y modificar su redacción, sin asumir ninguno de los planteamientos que, como asociación mayoritaria de este servicio, planteamos. Nos parece necesario, apuntó, recordar que representamos a la mitad de los asociados y, muy por lejos, de las otras asociaciones existentes.

Solicitamos a través del Servicio, la presencia de la ANEF, por medio de su Presidente, su participación en estas conversaciones y fue negada, entendiendo que un artículo como este trasciende a todos los servicios de la administración pública.

Partiremos, indicó, haciéndonos cargo de alguno de los contenidos del Mensaje del Ejecutivo:

Exigencias en términos de personal: dice el Ejecutivo que se exigirá a “los funcionarios de los nuevos servicios que cumplan con estándares elevados que serán definidos para los perfiles de cada cargo, debiendo someterse a un proceso de evaluación que garantice contar con los mejores servidores públicos en estas nuevas instituciones. Esta exigencia debe considerarse tanto para los funcionarios actuales del Servicio Nacional de Menores, que podrían ser traspasados a los nuevos Servicios, como aquellos que deberán postular a ellos desde otras instancias”.

Sobre esto, Honorables Senadoras y Senadores, el Ejecutivo no es capaz de decirnos hoy cuáles son los requisitos y perfiles para estos nuevos servicios. Sabemos que una consultora, Battaglia, ha tomado contacto con asociados que trabajan en unidades técnicas de Direcciones Regionales para “el diseño de cargos y perfiles para el nuevo modelo de intervención”. Lo anterior, dijo, solo revela falta de claridad técnica y, por lo mismo, no es posible entregar los puestos de trabajo de nuestros funcionarios con esta falta de precisión técnica.

Comparación con cierre de los Cread: Agregó que el Ejecutivo sostiene que los funcionarios de protección de los Cread han estado sometidos a evaluaciones, considerando indemnizaciones en caso de no querer o no poder acceder a un cargo con los nuevos estándares requeridos.

Sobre esto, apuntó, nos parece necesario precisar lo siguiente: Es efectivo que, en noviembre de 2018, fuimos parte de un acuerdo con la Directora Nacional del Servicio Nacional de Menores de esa época, Susana Tonda, en los mismos instantes que se estaba cerrando el Cread de Playa Ancha. Pero debemos precisar que, en este acuerdo, por petición expresa nuestra, solo tendría efecto para los Cread, y se transcribió de esa manera en el artículo. También es necesario recordar, que en ese momento habíamos presentado un requerimiento a la Contraloría, en conjunto con las otras asociaciones nacionales, que en ese momento compartíamos que esta evaluación psico laboral era ilegal y discriminatoria, la cual fue desestimada por el organismo contralor.

Para nosotros la diferencia de los Cread y el resto del Servicio es muy sencilla. En el caso de los Cread hay cierre de un programa como ha sucedido con Playa Ancha, Nuevo Amanecer de Concepción y Galvarino de Santiago, no es una modificación orgánica, a diferencia de la discusión de ahora, cuando el señor Ministro dice que es continuidad de lo que se está haciendo con estos Cread.

Hoy se ha creado, argumentó, un nuevo Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a través de la ley 21.302, que además define el mecanismo de traspaso. Por lo tanto, es absolutamente distinto a un Cread, que no tenían ley que los cobijara y, por lo tanto, el Ejecutivo podía cerrar sin ningún problema.

A modo de ejemplo, en Valparaíso el 5 de enero del próximo año la oficina del Servicio Nacional de Menores de protección y sus funcionarios se irán para su casa y, al día siguiente, volverán seguramente a la misma oficina para ser parte del Servicio de Protección Especializado de la Niñez y Adolescencia y así lo será en todo el país.

Por lo mismo, remarcó, en ambos proyectos se recoge para los traspasos la figura jurídica de sin solución de continuidad, que representa que no existe interrupción del trabajo y que es parte de la tradición en la administración pública.

En resumen, planteó, lo que el Ejecutivo está haciendo con los funcionarios del Servicio Nacional de Menores es inédito e inconstitucional, vulnerando el principio de igualdad ante la ley, la estabilidad en el empleo y el principio de confianza legítima, que ha sido reconocida tanto por la jurisprudencia administrativa como la Controlaría General de la República.

Nuestra opinión sobre el artículo único: Expuso que sobre lo planteado en este artículo, con el acuerdo de los dirigentes desde Arica hasta Punta Arenas, han manifestado el rechazo por los siguientes motivos:

1.- Ambos proyectos, tanto el del Servicio de Protección Especializado de la Niñez y Adolescencia y el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil establecen los derechos de los funcionarios y funcionarias, a partir de las normas de encasillamiento y traspasos sin solución de continuidad y en su calidad de continuadores del actual servicio, en la medida que cumplan con los requisitos y perfiles. Además, hay jurisprudencia que para la salida del servicio se deben aplicar las normas contenidas en el Estatuto Administrativo.

2.- Esta asociación no está disponible a concurrir con ningún acuerdo que signifique entregar los puestos de trabajo a la facultad de un jefe de servicio para el cese de funciones.

3.- Aceptar este articulado para los funcionarios del Servicio Nacional de Menores sería resignarse a la instalación de una norma absolutamente discriminatoria dentro de la Administración Pública, en lo que se refiere a la historia de otros servicios que han vivido procesos similares.

4.- El artículo entrega a la Directora Nacional la facultad de dictar normas reglamentarias para fijar los requisitos para acceder a los cargos a los cuales postularán eventualmente los funcionarios en el proceso de instalación del nuevo Servicio los cuales serán regulados a través de normas reglamentarias y no legales, en contravención a lo dispuesto en los artículos 38 de la Constitución Política de la República, y 43 de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado. También atenta en contra del principio de confianza legítima que le asiste respecto de la mantención de su vínculo laboral, respecto de los funcionarios que haya sido renovada su contrata en más de dos oportunidades.

5.- En lo que se refiere a que el Director Nacional “tomará conocimiento de la opinión de las asociaciones de funcionarios” sobre este proceso nos resulta absolutamente insuficiente porque no representa para él ninguna obligación. De igual modo la incorporación del principio de objetividad que garantice este proceso de evaluación no está debidamente explicitado acerca de su aplicación.

6.- Finalmente, es necesario señalar que todas las actuales tareas y programas que desarrolla el SENAME se deberán seguir ejecutando, sin interrupción, en los dos nuevos continuadores del actual Servicio Nacional de Menores, de acuerdo a los mismos objetivos planteados en los proyectos de ley.

Estamos de acuerdo, afirmó, que todos los funcionarios puedan acceder a las indemnizaciones en comento, pero no condicionada a la salida del Servicio por no pasar una evaluación. Nuestra propuesta es el acceso voluntario a ello y no forzado como pretende el Ejecutivo.

De igual modo sabemos que la gran mayoría de nuestros asociados y funcionarios en general tiene el propósito de continuar en los dos nuevos servicios y están dispuestos a cumplir con las exigencias que implica esta nueva institucionalidad.

Además, enfatizó, nos parece perfecto que todos los funcionarios/as pasen por una evaluación, pero que el resultado de ello signifique de parte del Servicio y Ministerio reponer eventuales competencias, entre otras, aquí muy livianamente no se ha considerado la inversión que ha realizado el Estado durante los últimos años, precisamente en los trabajadores/as que trabajan directamente con niños, niñas y adolescentes, en el gasto que se ha incurrido en capacitación especializada, anualmente es más de 400 millones de pesos.

Finalmente, aseveró, no puedo dejar de expresar a esta Comisión la inconsistencia entre las cosas que dice la Directora Nacional y su propósito, expresa que pronto se comenzará a llamar a concursos para el nuevo servicio de protección y a la vez nos dice que no tienen los requisitos, los perfiles y los cargos.

Agregó que se ha enviado un twitter, del siguiente tenor textual: “ya comenzamos a cerrar este año en el que hemos avanzado en los cambios en materia de infancia, a pesar de la pandemia.”.

Nada de esto sería posible sin los funcionarios, por eso la directora nacional ha querido destacarlos por su esfuerzo y compromiso: “me saco el sombrero con los funcionarios en esta pandemia, turnos de 24 horas con tal de mantener la protección de los niños.”.

Así es, durante más de un año, en tiempo de pandemia, nuestros funcionarios y funcionarias, han sacado adelante la tarea, no solo turnos de 24 y 36 horas, semanas aislados al interior de los centros, abandonando a sus familias, sin todo el personal, hoy funcionarios de carrera realizando funciones de jefaturas, porque no se puede contratar, no se puede dar grados, etc., funcionarios realizando hasta tres funciones, porque tenemos un número importante de funcionarios que están confinados en sus casas por motivos de salud y por todas las razones que todos conocen.

Un servicio lleno de subrogantes en la atención directa con niños/as y jóvenes.

Y después de todo esto, preguntó, tenemos que decirles que tienen que ser evaluados y si no pasan la evaluación se van a la calle, nuestros trabajadores/as privilegian sus puestos de trabajo.

Reiteramos, dijo, sí estamos de acuerdo con la indemnización con carácter voluntario, pero por todo lo expuesto no estamos de acuerdo en que se entreguen más facultades a un Director Nacional, de las que ya tiene por el solo hecho del cargo que ostenta.

La señora Del Basto sintetizó su planteamiento señalando que este proyecto de artículo único pasa a llevar toda la normativa por la cual se rigen los funcionarios públicos y constitucionalmente viola el derecho al trato igualitario.

El Presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios Regionales del Servicio Nacional de Menores - Sename (ANFUR), señor Luis Cortez, señaló que se tiene una problemática bastante seria al interior del servicio, hecho que es general conocimiento. Indudablemente, remarcó, que como asociación vamos a reponer, mediante este proyecto de ley, el artículo que establece una indemnización a todos los funcionarios y funcionarias que se quieran retirar del servicio y aquellos que en el proceso de evaluación podrían quedar afuera. Valoró lo importante es que el proceso avance en el marco de estructurar la estabilidad laboral, y por esa consideración están sentados en una mesa con la jefatura del servicio, con la cual no tenemos todavía un acuerdo, pero sí la voluntad de llegar al dialogo en lo más posible con el fin de asegurar la estabilidad de los trabajadores del Servicio Nacional de Menores.

Indicó que entendemos que todos queremos mejorar, que todos queremos salir adelante, pero estos servicios están por el suelo y la abundancia del área comunicacional ha producido que se vaya denigrando el perfil del funcionario porque en el fondo, a partir de una situación que se ha generado desde una postura política, a su entender. Mencionó que lo que ha sucedido en los últimos cuatro años, y a partir de ello, debemos llegar a un entendimiento y si no llegamos tendremos que tomar las acciones que debemos tomar.

En el momento presente, dijo, estamos en un dialogo y estamos de acuerdo con llegar a un acuerdo respecto en lo referente al tema de la indemnización, pero somos conscientes de que cualquier proceso de evaluación tiene que ser concordante con los propios trabajadores que estamos, en los que no hay nada firmado, si bien estamos en el ánimo de tener la indemnización, pero cualquier proceso de evaluación tiene que ser concordado con los trabajadores que estamos en la conversación, hoy en día, pero que no ha terminado para poder sentir si es un buen o un mal proceso.

Prosiguió diciendo que estamos sentado en la mesa con el Ministerio de Justicia, en conjunto con todos los que quieran, en un proceso que va a tomar su tiempo, pero que efectivamente toma el cauce que el Gobierno ha querido llevar adelante. Recordar a la señora Presidenta de la Comisión, y por su intermedio, a los integrantes de la Comisión el gran trabajo que por más de 40 años han realizado los trabajadores del Servicio Nacional de Menores y que aquí los trabajadores han sido el chivo expiatorio de una grave situación que ha tenido el Estado de Chile con respecto a los menores, a la infancia pobre, de los que nos hacemos cargo. Planteó: hemos cometido errores, desde luego, pero nunca se ha tomado o determinado cuáles son los errores reales que han cometidos los directores nacionales o los Ministros del ramo, cuando se han aplicado políticos que han tenido mal resultado en el tiempo.

Ante eso, expresó, hoy se está en una disyuntiva de si se va a efectuar la votación, o no, y explica que ese es un proceso que se dio, en su momento, en la discusión de la ley. Efectivamente, constató, la mayoría parlamentaria hizo patente su voluntad de que tendríamos que estar evaluados para poder ser traspasados a las nuevas instituciones. Aún más, un señor Diputado, hace un par de semanas atrás, dijo que él no quería a ningún funcionario del Servicio Nacional de Menores en los servicios nuevos. Esa pretensión es de imposible realización y, además, una falta de respeto a los funcionarios del servicio.

Por lo pronto, ratificó que quiere el dialogo para llegar a un buen acuerdo con el Servicio Nacional de Menores y el Ministerio correspondiente, con el fin de que los trabajadores tengan la estabilidad laboral y que se les reconozca, como a cualquier ser humano, más aún si sus funciones se realizan en el contexto de una pandemia.

Enfatizó que los trabajadores piden y merecen respeto y que muchos se quieren ir con su indemnización y para hacerlo se piden que se reponga el artículo 52. Reconoció que haya gente a la que puede no gustarle nuestras palabras, pero como estamos en un país democrático en que es indudable que podemos opinar conforme a lo que pensamos y recabó el reconocimiento a treinta o cuarenta años de esfuerzo en la función pública.

Concluyó su exposición afirmando que el presente en un tiempo para busca acuerdos justos y humanos y nada hay de reprochable si efectivamente se adoptan en un ámbito trasparente, leal, justo y equitativo, con la salvedad de que si no fuese así tendremos, lógicamente que tomar las veredas que nos corresponden.

El Presidente de la Asociación Regional Metropolitana de Trabajadores del Servicio Nacional de Menores Sename (ARMETRASE), señor Gonzalo Marín, reparó en que el inicio del Mensaje a través del cual S.E. el Presidente de la República somete a la consideración del Honorable Senado el proyecto de ley que establece una indemnización para los funcionarios del Servicio Nacional de Menores fija como antecedente previo la prioridad del Programa de Gobierno centrada en los niños, niñas y adolescentes. Sobre la prioridad declarada por el actual Gobierno, en orden a ubicar a los niños, niñas y adolescentes en el centro de la política social, esta intencionalidad se contradice profundamente en la práctica con el llamado del mismo Ejecutivo durante el segundo semestre de 2020 a aprobar la normativa que crearía el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia en su momento, previo a la votación en el Congreso, desestimando vía uso de veto presidencial de carácter supresivo el articulado transitorio propuesto por el Senado en orden a condicionar la entrada en vigencia de los nuevos servicios sucesores del Servicio Nacional de Menores, a la creación de la ley que establezca un Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez, un requerimiento a todas luces necesario para avanzar en materia de restitución de derechos de infancia en nuestro país. Por tanto, observó, uno de los principios fundamentales lanzados por el presente gobierno al anunciar el 30 de mayo de 2018 las 94 propuestas generadas en la mesa por la infancia, a través del documento Acuerdo Nacional por la Infancia que en el sentido del numeral 7 contenido en dicho acuerdo- establece que "la ley de Garantías se constituirá en una ley de bases generales" sirviendo de eje para las leyes de creación de los servicios, esto claramente en los hechos no se cumplió.

En primer término, destacó, resulta importante señalar que la precariedad descrita en los antecedentes de este mensaje presidencial, consignados en los diversos proyectos de ley sobre la materia, dicen relación con las formas de estructuras de soporte institucional y, por tanto, a razones de definición de políticas públicas que no emanan de las atribuciones que detentan los y las trabajadores/as de la institución, sino que obedece derechamente a determinaciones en los lineamientos de políticas públicas que se encuentran en manos de los gobiernos de turno, siendo precisamente esos gobiernos quienes ante la crudeza de una realidad distinta a la que ellos se representan, no logran adecuar dichas políticas públicas a las reales y cambiantes necesidades, tanto de protección para nuestra infancia y adolescencia como del respeto y protección del trabajo de los funcionarios encargados de implementar esas políticas públicas en concreto; derechos también reconocidos constitucionalmente. Resulta por tanto pertinente como lo han manifestado diversos parlamentarios avanzar en el establecimiento de un nuevo sistema integral en materia de protección de nuestra infancia y adolescencia precarizadas.

En segundo término, observó que justificar, a través del mensaje presidencial, la necesidad política de entregar atribuciones a un jefe de servicio para cesar de funciones al personal que no cumpla con los requisitos u perfiles exigidos a través de un reglamento que no está constituido y se ignoran sus objetivos, aduciendo al Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas que recomiendan establecer estructuras funcionales dotadas de competencias y recursos humanos, es interpretar de manera engañosa, antojadiza y arbitraria dicha recomendación, pues ella misma establece la necesidad de entregar esas competencias (o lo necesario que se requiera) a los servidores en forma de capacitación para hacerlos funcionales para la ejecución de tareas que involucran una perspectiva diferente de modelo. Bajo ningún aspecto el sentido de dicha recomendación del Comité de los Derechos del Niño, tiene como finalidad seleccionar, segregar o dejar al margen de las funciones a los funcionarios/as que se encuentran prestando estos servicios.

Al respecto de lo señalado en los antecedentes del mensaje presidencial, página 5, destacó que el Ejecutivo alude a la necesidad de establecer una nueva política de reinserción social juvenil, estableciendo que la actual política pública en esta materia, que transita en sus trece años de aplicación desde la entrada en vigencia el año 2007, necesita un enfoque diferente. Bajo la constitución de la política de justicia juvenil actual, sus componentes humanos (funcionarios) fueron capacitados, desarrollando y cumpliendo plenamente las condiciones necesarias relacionadas con los perfiles para dichas tareas. Debemos recordar que dicha capacitación, en su momento, se desarrolló con los funcionarios/as prestando los servicios pertinentes de manera continua. Hoy a través del mensaje presidencial, consideró, se pretende ignorar o desconocer que todos aquellos funcionarios/as cumplían totalmente con los estándares de profesionalización para los cargos requeridos, tal y como hoy los cumplen para ser parte de los nuevos servicios, tanto el de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia como el futuro de Reinserción Social Juvenil. Los objetivos que se plantean los nuevos enfoques se han desarrollado en general en las líneas de los centros de administración directa dirigidas también en la práctica de la intervención colectiva e individual hacia la reinserción social. Lo que suma el enfoque nuevo es el fortalecimiento de la coordinación intersectorial al hacerla más efectiva y vinculante y no meramente circunscrita a lo circunstancial.

Seguidamente, planteó que como se aprecia no hay una falta de competencias del personal en general, sino una política pública que no logra extraer las potencialidades y promover lo mejor de cada funcionario/a, por lo general las políticas técnicas se intentan aplicar sin contar con los mínimos recursos y voluntades políticas para ello. Resulta absolutamente improcedente, manifestó, que dichas carencias se pretendan solucionar responsabilizando a los trabajadores/as del actual servicio.

Sobre el proyecto de ley ensayó un análisis de sus aspectos centrales y presentó las propuestas de FENATRASE

1.- La normativa establece la necesidad de entrega continua de servicios lo que origina el traspaso sin solución de continuidad de los funcionarios desde el Servicio Nacional de Menores a los nuevos Servicios. Las relaciones en tanto entre el Estado y el personal de los servicios públicos centralizados y descentralizados creados para el cumplimiento de la función administrativa se regulan por el Estatuto Administrativo, (artículo 1° ley 18.834). Por lo anterior, el artículo único presentado por el Ejecutivo va en contradicción con lo establecido en el cuerpo legal señalado, ya que este último establece la normativa sobre expiración de funciones en las formas de relación Estado-Funcionarios Públicos.

2.- Esta Federación de funcionarios señala categóricamente, que no existe disposición de sus Asociaciones Base para entregar a la Dirección Superior del Servicio, discrecionalidad sobre la continuidad en sus puestos de trabajo de los funcionarios/as del Servicio, habida consideración de que dicha relación ya se encuentra regulada por el Estatuto Administrativo.

3.- El presente proyecto de ley entrega una facultad discrecional a la Directora Nacional la que consiste en poner término a las funciones en el cargo a funcionarios y funcionarias que han prestado servicios en la institución por largos años, con la única obligación de justificar dicha decisión por medio de razones fundadas en la reestructuración del servicio.

4.- Por lo antes señalado, el proyecto de ley comentado colisiona con las normas del estatuto administrativo, ya que entrega a la Directora Nacional del Servicio una facultad normada por un cuerpo legal especifico, estableciendo un amplio campo de justificación de la decisión de cese de funciones, razones que no necesariamente transitan por la senda de la objetividad y transparencia de los procesos.

5.- El proyecto de ley a través del artículo único entrega además a la Directora Nacional facultades la realización de evaluaciones a los funcionarios que tendrán por finalidad condicionar el empleo a través de procedimientos creados de manera unilateral tomando, como señala el artículo, solo para conocimiento la opinión de las asociaciones de funcionarios/as, relegando con ello las finalidades de las Asociaciones de Funcionarios contenidas en su marco legal. Lo anterior se refrenda en la falta de disposición, tanto del Ministerio de Justicia como de la Dirección del Servicio Nacional de Menores, por recibir y escuchar de una manera más importante el relato que presenten las organizaciones de Trabajadores, con la salvedad de aquellas organizaciones que respaldan su iniciativa, constituyendo de tal forma una práctica discriminatoria y un atentado a la igualdad ante la ley.

6.- Que en definitiva esta organización de funcionarios manifiesta que su postura, como la de nuestros asociados y en general de la gran mayoría de los trabajadores/as de nuestro Servicio, es de rechazar el presente proyecto de ley, en lo referente a la afectación de los derechos de las y los funcionarios públicos, por constituir directamente un atentado a dichos derechos establecidos en nuestro ordenamiento jurídico, conquistas de años de lucha y organización de las y los trabajadores/as.

7.- Que lo anterior, no obsta a que, en el fiel cumplimiento de nuestra precarizada función pública, no dirijamos nuestros esfuerzos a establecer lineamientos fundamentales en torno a cómo los trabajadores/as del servicio deben ser considerados, teniendo siempre en consideración el bienestar de los niños/as y adolescentes a quienes diariamente servimos.

Propuestas:

a) Por lo anterior, planteamos como ideas fundamentales y rectoras que todos los funcionarios/as del Servicio Nacional de Menores deben ser traspasados a los continuadores legales del Servicio.

b) Que los funcionarios/as que voluntariamente no acepten ser traspasados, se les aplique lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley 21.126 (indemnización por años de servicio)

c) Que los funcionarios efectivamente traspasados, sean sometidos a evaluaciones necesarias para el desempeño de su cargo, estableciéndose procedimientos objetivos de evaluación y previamente conocido por las partes.

d) Que los funcionarios/as que producto de dichas evaluaciones evidencien falta de competencia para el desempeño de sus cargos, deban recibir la capacitación por parte del Servicio para reforzar dichas carencias. Lo anterior en atención a que, en su calidad de funcionarios públicos, ellos/as han sido anualmente bien calificados en el desempeño de sus funciones.

e) Concluido el proceso de calificación de esos funcionarios, sean ellos sometidos a una nueva evaluación y si como resultado de la misma no han logrado mejorar sus capacidades y competencias, sean ellos cesados en sus funciones por necesidades del servicio, estableciéndole el derecho a percibir una indemnización por años de servicio.

Por último, señalar a esta Honorable Comisión que recoja el sentir de la gran mayoría de los trabajadores y trabajadoras del Servicio Nacional de Menores representada en esta ocasión en orden a modificar el proyecto que busca de otorgar más atribuciones a la Dirección Superior del Servicio por cuanto entendemos que ellas constituyen un exceso de atribuciones que van en desmedro de los derechos de los y las funcionarias del Servicio, consagrados constitucional y legalmente.

Finalmente, declaramos nuestra más resuelta voluntad de avanzar en la búsqueda de un sistema de protección integral de nuestra infancia y adolescencia, que dignifique la vida de miles de niños/as y adolescentes precarizados y que al mismo tiempo de alternativas que permitan la continuidad de los trabajadores y trabajadoras de SENAME como también de dar respuesta a los nuevos desafíos en la política de recursos humanos del mismo servicio.

El Presidente de la Asociación Regional Bio Bio de Trabajadores del Servicio Nacional de Menores Sename (ARTRASE), señor Roberto Belmar, indicó lo siguiente:

1.- La aceptación del proyecto indicado, establece la instalación unilateral de una norma discriminatoria contra los funcionarios/as de Sename dentro de la función pública.

2.- Que a través de la dictación de esta norma se asigna un tratamiento jurídico distinto al exigido por la administración para acceso y mantención de cargo.

3. - Establece otorgar una facultad en la directora nacional de servicio de dictación de normas reglamentarias para fijar requisitos para acceso a los cargos, algo inédito en la administración pública puede además como señala el artículo igualmente no realizarlo y cesar de funciones a funcionarios/as.

4.- Se determina el podrá cesar de sus cargos (que relativiza la ejecución de este acto).

5.- Se determina que, podrá considerar la realización de evaluaciones (puede discrecionalmente no realizarla y cesar a funcionarios de igual manera).

6.- Si decide realizar una evaluación debe hacerla a través de resoluciones exentas que solo:

a) Considera opinión de asociaciones (no vinculante).

b) Deba ser un procedimiento que garantice, objetividad de evaluación (se ignora quien evalúa la objetividad).

7.- Lo que tiene contemplado el Servicio Nacional de Reinserción es un cambio de modelo de intervención los cuales se han sucedido en estos trece años no es un cambio de forma y fondo eso solo se aplica a los programas colaboradores.

8.- No se avizora una falta de competencias ni menos de perfil para los cargos sino una política pública que no logra extraer y promover las potencialidades de los funcionarios.

Propuesta desde los funcionarios/as

a) Por lo anterior, planteamos como ideas fundamentales y rectoras que todos los funcionarios/as de SENAME deben ser traspasados a los continuadores legales del Servicio.

b) Que los funcionarios/as que voluntariamente no acepten ser traspasados, se les aplique lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley 21.126 (indemnización por años de servicio).

c) Que los funcionarios efectivamente traspasados, sean sometidos a evaluaciones necesarias para el desempeño de su cargo, estableciéndose procedimientos objetivos de evaluación.

d) Que los funcionarios/as que producto de dichas evaluaciones evidencien falta de competencia para el desempeño de sus cargos, deban recibir la capacitación por parte del Servicio para reforzar dichas carencias. Lo anterior en atención a que en su calidad de funcionarios públicos, ellos/as han sido anualmente bien calificados en el desempeño de sus funciones.

e) Concluido el proceso de calificación de esos funcionarios, sean ellos sometidos a una nueva evaluación y si como resultado de la misma no han logrado mejorar sus capacidades y competencias, sean ellos cesados en sus funciones por necesidades del servicio, estableciéndole el derecho a percibir una indemnización por años de servicio.

Por último, señalar a esta Honorable Comisión que recoja el sentir de la gran mayoría de los trabajadores y trabajadoras de SENAME representada en esta ocasión en orden a modificar el proyecto que busca de otorgar más atribuciones a la Dirección Superior del Servicio por cuanto entendemos que ellas constituyen un exceso de atribuciones que van en desmedro de los derechos de los y las funcionarias del Servicio, consagrados constitucional y legalmente.

Finalmente, declaramos nuestra más resuelta voluntad de avanzar en la búsqueda de un sistema de protección integral de nuestra infancia y adolescencia, que dignifique la vida de miles de niños/as y adolescentes precarizados y que al mismo tiempo de alternativas que permitan la continuidad de los trabajadores y trabajadoras de SENAME como también de dar respuesta a los nuevos desafíos en la política de recursos humanos del mismo servicio.

El Honorable Senador señor Montes le solicitó al señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos que pudiere objetivar cuáles son, a su juicio, las diferencias fundamentales y si el Ejecutivo ha hecho un análisis de alternativas para resolver las diferencias porque si bien hay reconocimiento de muchos aspectos, hay también muchos puntos de diferencia. Reiteró su interés por conocer la visión del Ministro.

El Honorable Senador señor Quintana recabó del Ejecutivo que se pronunciara, especialmente, sobre la posición del dirigente de Artrase Bío Bío, el señor Belmar quien ha planteado una posición que se ubica en el punto medio del espectro de posiciones planteadas por los dirigentes de las asociaciones de funcionarios. En efecto aquél sugiere invertir el orden de modo tal que, acogiéndose a la tradición en democracia, y es probable que esto corresponda a la instalación de los gobiernos regionales, en que la regla general ha sido el traspaso sin solución de continuidad, por lo tanto, pasan todos, y de hecho, tal como lo ha planteado aquél, posteriormente, se hace una evaluación para fortalecer capacidades y, posiblemente, en algunos casos deja algunas áreas deficientes, hipótesis en la que recién opera la lógica de la indemnización. Manifestó que disiente de la lógica con la que ha operado el Gobierno en este caso, plantear el traspaso con facultades extraordinarias no vistos en el ámbito laboral sin apego a las normas del Estatuto Administrativo de modo que no todos los trabajadores son traspasados. Adelantó que, si la iniciativa en debate se votara en esta sesión, su voto sería en contra, dado no ha sido planteado en ninguna discusión. En resumen, señaló que ni en protección, como tampoco en rehabilitación, se habló que el traspaso se haría sin igualdad ante la ley. Pidió al señor Ministro que se pronuncie si hay disponibilidad para retirar este proyecto para hacer algo distinto,

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín, manifestó que, a pesar del escaso tiempo que hay para pronunciarse sobre las inquietudes planteadas por los dirigentes de las asociaciones de funcionarios, inquietudes que merecen todo el respeto y, por cierto, una respuesta de esta Secretaría de Estado, al igual que los planteamientos de los señores Senadores que han intervenido en esta sesión. Expresó que en este proyecto, tal y como lo expusiera en la sesión anterior, la iniciativa se remonta al primer gobierno de S. E. el Presidente de la República, señor Sebastián Piñera, y que posteriormente, en el año 2017, se transformó en dos proyectos por iniciática de la ex Presidenta señora Bachelet, dado su propósito de terminar con el Servicio Nacional de Menores y crear dos nuevos servicios que se hiciesen cargo de la crisis existente en esta materia. Manifestó que no quiere entrar en una discusión porque le parece que es razonable ya que la crítica no está originada por el hecho de que los funcionarios del Servicio Nacional de Menores hacen mal su trabajo sino por políticas públicas equivocadas, diseños mal hechos, esto es, por una multiplicidad de razones.

Indicó que no son personeros de este Gobierno los que han estigmatizado a los funcionarios del Servicio Nacional de Menores. Al contrario, refirió, sabemos que hay muchos trabajadores que han dado todo por los niños, niñas y adolescentes que están bajo su tuición y este hecho ha sido reconocido una y otra vez, sin perjuicio de eso hay cuestionamientos por razones diversas y por hechos de distinta naturaleza: no hay que olvidar lo que ocurre en el Cread Galvarino y luego la situación del Cread Playa Ancha, de modo que ha habido una crítica muy fuerte y obstinada de que no se puede seguir trabajando así. Recordó que existe, finalmente, el Informe del Comité de los Derechos del Niño, de Naciones Unidas, que hace un juicio letal a lo que se ha hecho en este ámbito durante mucho tiempo. Entonces, prosiguió, diciendo la definición es terminar con este servicio y generar dos instancias en las que se puede llegar a dar un nuevo trato a los niños, que les restituya sus derechos y que evite que las agresiones de que han sido víctimas los niños, niñas y adolescentes por las razones que hayan ocurrido ya que aquí no se está haciendo un juicio a quienes trabajan en el Servicio Nacional de Menores porque eso sería un hecho tremendamente injusto, pero esta supresión significa, a diferencia de otras situaciones en las que normalmente cuando se termina un servicio hay una continuidad para que quienes estaban trabajando en aquél continúen haciéndolo en el nuevo que se inicia. Mencionó que de lo que se trata y subyace es la necesidad de un servicio que va a tener un conjunto de personas de planta o de contrata que van a trabajar con un perfil determinado; perfil que está definido por los objetivos del nuevo servicio que conlleva un nuevo modelo de Intervención y, por lo tanto, se estableció, y así se aprobó en el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, y lo lleva también el texto que recientemente se aprobó en la Cámara de Diputados para el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, tanto es así que el traspaso no es automático.

En ese sentido, respondiendo a la pregunta del Honorable Senador señor Montes, precisó que aquí hay una diferencia porque no hay un traspaso automático, y ya se estableció en la ley que creó el nuevo servicio de protección especializada, que se podrá disponer el traspaso, desde el Servicio Nacional de Menores al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, de aquellos funcionarios que, cumplan con los requisitos que establecen la mentada ley para el desempeño del cargo en el nuevo servicio y de sus perfiles, es decir, que aquí ya hay una decisión y que no procede un traspaso automático sino que se aplicará un proceso de evaluación en el que se tuvo a la vista, como modelo, lo que ocurrió con Cread en que, efectivamente, tal como recordaba la señora Del Basto, es la supresión de un programa, pero es en dicha supresión que se estableció este cambio: de una evaluación. Agregó que sobre esa base los que pasaban tenían el derecho de continuar y aquellos que no, lo tenían a una indemnización o podían acogerse a jubilación, a menos que voluntariamente quisieran irse y recibir sólo la indemnización y no la jubilación, es decir, un proceso que no fue el modelo que se adoptó para lo que se está proponiendo y que en la Ley de Reajustes se rechazó en el Senado y por eso se está reponiendo en este proyecto de ley.

La Honorable Senadora señora Rincón expresó que, en su opinión, hay temas en que se puede coincidir con el proyecto de ley, ella dice en la necesidad de evaluar a los profesionales y a los técnicos que trabajan en el Servicio Nacional de Menores y nadie pediría aquello, pues es parte de lo que se ha venido pidiendo con todos los estudios y las reformas que se van impulsando y fue un aspecto que se peleó mucho en la Ley de Presupuestos y en la discusión sobre el incremento de las subvenciones para que existan técnicos, profesionales capacitados es algo que todos, incluidos los funcionarios, han señalado.

Sin embardo, prosiguió, el tema consiste en cuáles son los contenidos de la evaluación, quién los va a definir pues es menester que los definan especialistas, personas expertas y no cualquier privado que se licite para el efecto, y además que antes de que se proceda a la evaluación la Subsecretaría de la Niñez, y el nuevo Servicio tengan listos los protocolos, los nuevos estándares de funcionamiento y los perfiles de los nuevos cargos. Lo primero requiere un reglamento y lo segundo se hace mediante un decreto y no es posible evaluar para ocupar cargos y evaluar estándares que no se han definido previamente.

Indicó que esto es fundamental para la discusión: premisas que no se ve reflejado aquí y advierte que tiene problemas esta norma tal y como está planteado.

La Presidenta de AFUSE, señora Alicia del Basto, previno que la indicación pareciera no entender el planteamiento de los funcionarios ya que el Ejecutivo vuelve a presentar indicaciones al artículo único, al que nosotros tenemos reparos, sin conversar con las asociaciones de funcionarios. Señaló que esperaban ser llamados para conocer nuestra contra propuesta en este punto, pero una vez más no se les ha considerado. Por eso, entendemos, que las facultades de la Directora Nacional van a ser traspasadas al Decreto con Fuerza de Ley que dicte el Presidente de la República, pero reiteramos que esto no puede llevarse adelante mientras no conozcamos los perfiles, requisitos y los cargos; hasta el día de hoy, tampoco se han puesto sobre la mesa, cómo partimos para poder avanzar y en estas condiciones la desconfianza siempre va a estar presente para que los trabajadores pudiéramos estar de acuerdo con un artículo como éste, y esto no sólo en la primera indicación que se ha presentado.

La Honorable Senadora señora Sabat manifestó tener varios comentarios, pero por el tiempo que queda le es necesario hacer una precisión en el contexto general porque, si bien tiene su propia apreciación respecto de cómo debe hacerse el traspaso de funcionarios, pues cree que cada funcionario tiene un punto y un aporte en lo que han expuesto, pero es necesario tener presente qué para si este proyecto de Ley corta no se aprueba y ella cree que es importante decirlo porque, hoy en día, existe una Ley de evaluación, y si esta ley corta no se aprueba, la evaluación va a ocurrir igual y los funcionarios que llevan años y años trabajando - muchos como decía el dirigente de Artrase – se van a ir sin nada, o se van a ir con trato distinto al que este proyecto de ley propone, por lo que estima que esto hay que dejarlo sobre la mesa porque es necesario para entender qué pasa si esta ley es rechazada. Planteó que esto debe quedar en claro porque, de una u otra manera, la claridad aquí expuesta, también debe ser en los pro y los contra, pues, si bien ellos están de acuerdo con la evaluación y ven en ello aspectos que creen pueden llegar a ser discriminatorios que se puedan entender, pero aquí el contexto en general es mucho más adverso si este proyecto es rechazado. Entonces, manifestó su inquietud con la hora porque si bien es necesario un debate más acabado ese punto sentado.

El Honorable Senador señor Montes expuso que, en primer lugar, quería despejar el asunto de una responsabilidad del personal en la historia del Servicio Nacional de Menores porque es algo muy injusto y la opinión que él se ha formado en diversas lecturas efectuadas le llevan a entender que es un tema más global, de políticas públicas, de recursos, del modo como se organizaba en el tipo de Estado y, al final, el personal tuvo que hacerse cargo de una institución que estaba mal diseñada, mal pensada, mal enfocada para enfrentar la realidad de los niños de este país. Aseveró que efectivamente puede haber personal de una u otras características, pero cree que no es correcto endosarles el todo. Agregó que tampoco piensa qué si queda incorporando un alto porcentaje del personal del Servicio Nacional de Menores, después de la evaluación, vaya a significar que eso no es serio. Al contrario, cree que buena parte de los funcionarios cumplen los requisitos.

En este sentido, señaló, que cree que el énfasis que pone el señor Ministro debe ser matizado.

En segundo lugar, enfatizó que él está por avanzar en las nuevas instituciones; no tiene duda en eso y señaló que a él no le gusta el monto de los recursos asignados a las dos instituciones y cree que hay debilidades, pero hay que avanzar y en el camino ver. Tampoco le gusta como se insertan estas dos instituciones dentro del Estado y refirió que lo han dicho distintas especialistas y que uno de sus mayores debilidades tiene que ver con el diseño de las capacidades y con la forma de insertarse en el Estado y las responsabilidades de la red de instituciones públicas para cumplir los objetivos de ambas instituciones y considera que eso está muy pobre en el diseño y ofrece se vaya corrigiendo en el camino. Estimó que el modelo alternativo al Servicio Nacional de Menores se plantea algo mejora, pero no es suficiente si no hay los recursos y condiciones institucionales suficientes.

Enfatizó que a él lo que más le complicó en la discusión de la Ley de Reajustes fueron las facultades de la Directora Nacional del Servicio Nacional de Menores porque no se puede dar las facultades de esa envergadura en una ley, por lo tanto, lo que aquí hay que trabajar y no una mera repetición de los artículos que se contenían en ella.

Así mismo, señaló que él no se pondría en la eventualidad, a la que hace referencia la Senadora señora Sabat, de decir que si no se hace tal cosa van a ser perjudicados los trabajadores porque no habría indemnización, en cuanto disiente de que esa sea la mejor manera de entrar el debate. Agregó que él espera que se encuentre una solución y luego de oír todas las posiciones de los dirigentes cree factible que haya una solución; desde luego, el problema es construirla y por ello partió preguntándole al señor. Ministro cuáles son, a su juicio, los problemas y a partir de ello qué alternativas ha encontrado para resolverlos porque de las propias intervenciones de los dirigentes hay ideas de cómo resolver las diferencias existentes.

Respecto del personal para el nuevo sistema, Su Señoría expresó que es necesario ver la situación. Enfatizó que para él, cuando el informe financiero dice que no van a ser traspasados el 30% de las áreas técnicas y el 80% de los grupos de soporte no homologables, no puede menos que imaginarse que detrás de ese cálculo hay un análisis de las características del personal; no es sólo para dar un macro sino que es un análisis a la luz de los perfiles que se requieren y cree que es lógico que la Comisión tenga acceso a los antecedentes porque no puede ser que se dé una cifra de esa envergadura sin tener un análisis porque hasta, donde se sabe, no ha habido una evaluación. Además, reparo, esto se plantea, a la luz del informe financiero, que esto extiende hasta el año 2024 y sería bueno entender cuál es la gradualidad que lleva a esa esa cifra y a esos centros, porque aquí hay definitivamente una bajo esos costos.

Respecto de la evaluación misma, cree que es importante saber quién la hace y cómo se le selecciona. No puede ser alguien que no tenga estándar, objetividad y estatura profesional suficiente, porque esa experiencia ya se ha conocido. Obviamente, es algo que se puede cumplir. Así mismo, mencionó que es necesario saber en qué se ha pensado respecto de la evaluación de los contenidos ya que una evaluación general del perfil de las personas, del perfil psicológico y de la historia, y hay una evaluación específica que tiene que ver con el desempeño de determinados roles dentro de la institucionalidad. Inquirió respuestas para saber ¿cómo lo piensan hacer respecto de esto? Estimó que no puede quedar sujeto a una resolución que se va a definir con posterioridad. Además, sostuvo que ver si esto se les va a aplicar sólo al personal existente o a los que están entrando porque, en la discusión del reajuste, allí se hizo ver que ya habían contratado personas. Preguntó si a ¿a esas personas las evaluaron y bajo qué criterio lo hicieron?

Seguidamente, indagó si la evaluación va a ser en términos de blanco o negro, pues bien puede ser que haya personas que aparezcan con ciertas debilidades pero que realmente, bajo ciertos apoyos, pueden llegar a acceder a ciertos niveles como puede haber otros que o definitivamente no tienen las condiciones. Señaló que él no conoce el modelo concreto de evaluación, pero teóricamente uno puede discernirlo. Insistió en que sería necesario conocer la secuencia porque aquí se está hablando hasta 2024 en ambas instituciones.

En seguida hizo referencia a la expresión que se utiliza en el inciso segundo del proyecto de ley: “la autoridad tomaremos conocimiento de la opinión de las asociaciones”. A juicio de Su Señoría eso es muy vago. Cabría explicar de qué manera las asociaciones van a tener la posibilidad de cuestionar tanto a la empresa que se encargará o al menos de intentar una relativización; hay problemas por experiencias que se tienen. También, agregó que en atención a la importancia de las facultades que se están delegando debería suscribirlos el señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos, pues es necesario que se esté más allá de la persona que va a ser juez y parte, de modo que haya una visión de conjunto acerca de los criterios para hacerlo.

Habría otras consideraciones que se podrían hacer, pero mencionó que, si él fuera funcionario del Servicio Nacional de Menores, en estas condiciones, pediría mayor claridad, mas objetividad, mayor precisión y que el nivel de subjetividad o de arbitrariedad que puede tener una u otra persona quedase mejor acotada. En suma, visualizó el problema, en términos de que los trabajadores están arriesgando en exceso sus derechos e historia y por eso preferiría pedirle al señor Ministro que se vean estas observaciones buscando soluciones y que se prosiga el debate con proposiciones. Señaló que no concuerda con el criterio de la Senadora señora Sabat y quiere que haya soluciones distintas a las que se han traído. Refrendó que las objeciones de los gremios han sido bien fundadas, pues se trata de trabajadores que, después de haber prestado servicios por más de dos o tres decenios, se le podrían decir usted va a tener que salir sin derechos a dialogar y buscar mejores soluciones.

Concluyó diciendo que en las condiciones en que este proyecto no está en condiciones de votarlo favorablemente.

El Honorable Senador señor Quintana manifestó que sería bueno escuchar al Ejecutivo; es bien sorprendente que las indicaciones vengan sin acuerdo de las asociaciones y sin atender a los planteamientos qué fueron expuestos en la sesión precedente. Indicó que ya en la primera de las indicaciones se observa que el cambio tiene que ver con aspectos formales del acto administrativo: un “Decreto Supremo “por orden del Presidente de la República”, y entiende que también la consideración de la intervención de las asociaciones, aunque esta no es vinculante y se desconocen sus términos. Por lo tanto, no hay un cambio en la evaluación. Así mismo, entiende que en la otra indicación que se va a ver la evaluación no va a ser para todos si no sólo para aquellos que se determine traspasar, que se imagina será la inmensa mayoría. Entonces, señaló, no ve un cambio significativo respecto de la anterior propuesta.

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Larraín, procedió, en seguida a hacer la explicación: esta indicación surge precisamente por la voluntad que manifestaron tanto los dirigentes de las Asociaciones como Senadoras y Senadores en la sesión precedente y poder avanzar a un punto de acercamiento que permita resolver las inquietudes manifestadas y que son muy razonables. Explicó que estas observaciones trabajadas por el Ejecutivo y que fue sólo recién ayer en la tarde que tuvieron un texto, puesto que se debía consultar con otras instancias del Gobierno ya que, es bien sabido, que en estas materias el Ministerio Secretaría General de la Presidencia coordina las indicaciones a los proyectos y, por lo tanto, se requiere hacerlo cada vez que esto así ocurre.

En lo concreto, señaló que esta propuesta, una vez elaborada, fue enviado a las Senadoras y Senadores y que se preocupó personalmente de esta diligencia, en una versión de borrador que tuvo algunos pequeños cambios, y la Directora del Servicio Nacional de Menores invitó a los dirigentes de las tres asociaciones nacionales a conversar sobre estas propuestas. La señora Alicia del Basto señalando no tener antecedentes del porqué se produjo esa negativa, pero sí sé que le fue enviado el texto de las indicaciones y una invitación a participar en el diálogo. Ese diálogo se verificó y producto del mismo es que las indicaciones enviadas a los integrantes de la Comisión fue modificada en un aspecto porque donde dice: “el ejercicio de esta facultad del Director Nacional del Servicio Nacional de Menores podrá considerar las evaluaciones”, en circunstancia de que el documento original decía “deberá”, fueron los otros dirigentes nacionales que participaron de esa reunión quienes sugirieron que no fuera necesario hacerles siempre y, por lo tanto, se dejó facultativo por ese mismo motivo. Los demás antecedentes no son menores y planteó que no quisiera que se desacreditaran los antecedentes serios que fueron necesarios para mejorar el documento.

Indicó que, primero, se establece y esto lo sugirió en cierta forma el Honorable Senador señor Montes que esa evaluación no se va a hacer, como decía, el texto original por una resolución exenta de la Directora Nacional del Servicio si no por un Decreto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos expedido, bajo la fórmula: “por orden del Presidente de la República”, es decir, se hace un proceso que genera una instancia superior de mayor jerarquía que la buscaba responsabilizarse sobre las normas que van a establecer las condiciones y el procedimiento a que se van a someter las evaluaciones; primer cambio significativo.

Segundo cambio significativo: el Ministro de Justicia y Derechos Humanos refirió que el artículo único del proyecto de Ley en su inciso segundo a continuación del punto y seguido se iniciaba con la frase: “Para lo anterior”, refiriéndose a la autoridad encargada de la decisión de disponer la evaluación que entonces era resorte de la decisión.

Directora Nacional del Sename, debía tomar conocimiento de las opiniones de las asociaciones de funcionarios, en razón de la nueva redacción se ha querido acoger una redacción nueva sistemática y perentoria, para dictar dicho decreto. Se considerará una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios de los nuevos servicios. A mayor detalle, las condiciones y el procedimiento señalado deberán garantizar la objetividad de la evaluación. Naturalmente, agregó, no se establece la participación vinculante porque sería extraño que los trabajadores que van a ser sometidos a esta evaluación fueren las reglas conforme a las que serán sometidos. Distinguió que una es participar y otra, decidir. Esa responsabilidad le compete a la autoridad y eso es básico en un Estado de Derecho. Recalcó la importancia de que haya participación y que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tendrá que hacerse responsable de las decisiones y dar cuenta de las opiniones que entregaron las asociaciones y que fueron tomadas en consideración o si no asegurando las condiciones y el procedimiento señalado deberán garantizar lo objetividad de la evaluación, de manera que ahí también hay un espacio para una eventual reclamación en el caso que se opere con subjetividad.

Hay un decreto del Ministerio de Justicia que establece las condiciones de la evaluación y hay una obligación de contar con la participación de las asociaciones nacionales para los efectos de tomar la definición.

Finalmente, hay un hecho importante porque se dice que la evaluación no se aplicará a todos, en el sentido de que hay algunos funcionarios que se traspasaron de los Creads a las residencias que ya tuvieron evaluación y lo que se ha conversado con las distintas asociaciones que no tiene sentido volver a hacerlo. Lo único que se hace es que periódicamente el Director deberá comprobar que estas personas que ya fueron traspasadas a residencias deberán controlar que no tengan una prohibición o inhabilidad conforma a la Ley, y eso simplemente es un chequeo de que se cumpla la Ley. Habrá evaluación en aquellos casos que se estime necesario, sujeto a reglas precisas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos toda vez que haya habido una instancia de participación para determinar las condiciones y formas en que se va a proceder garantizando la objetividad de la evaluación. De esta forma habiendo participado en los gremios de Antrase y de Anfur, relevante y de característica nacional, se entiende que el esfuerzo por buscar un acercamiento y hacer más preciso la norma es esta. Consideró explicable que haya quienes no quieran que un proceso de evaluación y haya un paso automático, a este respecto indicó que lo comprende y respeta, pero ya es Ley que debe haber un traspaso por evaluación, y lo que se busca es que esa evaluación se haga con normas y procesos razonables, protegidos y debidamente reglados y objetivos, para agregar lo que falta una indemnización que nos parece de absoluta justicia establecer en términos que ya fueron instalados cuando se hizo el proceso de los Creads a las residencias, de manera que con esto se hace un esfuerzo de avanzar y encontrar un curso de entendimiento que ha sido conversado a los gremios e informado a los Senadores con la información que aquí se han hecho presentes.

La Honorable Senadora señora Rincón (Presidenta), haciendo la prevención de que ella es partidaria de las evaluaciones y que esta disposición la ha expresado en múltiples ocasiones, actitud que no está en discusión, solicitó al Ministro de Justicia y Derechos Humanos señor Larraín que precise un punto específico: ¿En qué parte de la Ley se consigna que los traspasos se hacen con evaluación?

El señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos señala que en la Ley que establecía el Servicio de Protección Especializada de la Niñez y Adolescencia se estableció precisamente lo siguiente: “… también podrá disponer sin solución de continuidad el traspaso desde el Sename al Servicio de Protección (etc.) de aquellos funcionarios que cumplan con los requisitos que se establezcan para el desempeño de los cargos del personal del Servicio y sus perfiles”. En el respectivo decreto que fija la planta se instaló que el traspaso se iba a hacer como lo están señalando y en el Servicio de Reinserción Juvenil, que todavía no es Ley, pero ya está aprobado en ese texto con el mismo motivo.

Recordó que la discusión era cómo se hace el traspaso o se trasladan todos o no se traspasa a nadie, para ponerlos en los dos extremos, y lo que se acordó, siguiendo el criterio, respecto de las Creads. Ventilado en esta parte este proyecto se dijo que se traspase la mayor cantidad de gente, pero lo importante es que se traspasen las personas que cumplen con los perfiles porque lo que se está haciendo es crear una nueva institucionalidad y no estamos asegurando el 100% del traspaso porque lo primordial es la necesidad de que este nuevo servicio cumpla con el objetivo central de lo que se está haciendo: asegurar el interés superior de los niños. Eso es el objetivo y, de nuevo, como se hacen dos servicios nuevos cuya finalidad es nueva institucionalidad con un modelo por entero diferente es si las personas que están actualmente cumplen con ese perfil, y por eso la necesidad de la evaluación ya que no siempre las personas que están en el Servicio Público cumplen con los perfiles, ese es el sentido de la evaluación, no tiene otro propósito y por eso, afirmó, que retrotraer la discusión a que se podría restablecer la situación al traspaso automático no parece viable porque ya se siguió aquel modelo. El reto es cómo hacerlo y la fórmula es con la mayor responsabilidad y siempre que la inmensa mayoría de trabajadoras y trabajadores del actual Sename hay gente de la mayor valía y de experiencia. Señaló que no se debe perder la historia, pero en algunos casos que pueden ser muy pocos - no sé cuántos, porque ha habido muchos sumarios o denuncias – lo que da pie a que se diga cómo van a seguir todos, va a ser lo mismo de siempre, por eso se establecen las normas que se están señalando. Nuestro óptimo será que se fuera la mayor cantidad de gente posible, pero como el objetivo es el interés superior del niño y sin cualquier otra consideración que se traspasen todos los que cumplan con lo establecido y deseado. Si hay alguien que no se quiere traspasar, tiene Derecho a indemnización, si hay alguien que por una evaluación no cumple con el perfil del Servicio, entonces también tiene Derecho a indemnización. No hay que olvidar que aquí no se está haciendo modificaciones dentro de un Servicio, estamos suprimiendo un servicio y creando dos nuevos que no son exactamente lo mismo porque queremos que las cosas cambien. Esa es la razón porque por distintos gobiernos se ha hecho este esfuerzo cumpliendo una demanda nacional e internacional de que no se puede seguir haciendo lo mismo que en años pasado. Reiteró que la responsabilidad no se le puede atribuir a los trabajadores de la que son responsables políticas públicas y ciertos gobiernos, distintos Congresos han avalado esto, pero hoy día se inició el cambio.

El Honorable Senador señor Montes señaló que está bien que el Gobierno haya tratado de flexibilizar algo, pero le es posible avanzar algo más. ¿Cuál es el problema de base?. La respuesta es que está establecida una evaluación para desvincular. Así está planteado de hecho y por eso se habla del 30% para el área técnica y el 80% para los grupos de organismos de soporte. Si se tienen esas cifras es porque hay una pre evaluación, una consideración.

Distinto sería que fuera una evaluación para determinar quiénes tienen necesidad de fortalecimiento para los roles y quienes se van a desvincular, y en eso le encuentro razón a los gremios, dada que hay un perfil claro en cuanto a la distribución de las funciones. No cree que la alternativa de la evaluación sea el traspaso automático porque entiende el argumento del señor Ministro porque una institución como esta tiene que hacer un cambio en la dinámica del personal y pasa a otro nivel y debe tener una política de personal mucho más avanzada que la anterior. Sin embargo, como la evaluación está avanzada para desvincular de ahí surge el problema, y hay una cifra estimativa de desvinculaciones, como es obvio, y los funcionarios dicen en qué nos estamos metiendo, por qué vamos dar el visto bueno a una situación así surgen bastantes dudas porque quedan facultades a la administración libre del Servicio. Un problema no menor es cómo se va a seleccionar a la empresa de evaluación porque hay instituciones e instituciones como bien se sabe. ¿Cuál va a ser la relación entre la evaluación y el perfil?, en lo particular, porque hay varios perfiles no hay una sola. ¿Cómo se van a poner a disposición los perfiles va a estar previamente planificado y conocido por los gremios y los funcionarios?. Además, por cierto, las condiciones generales, el análisis psicológico y otras condiciones que sean necesarios para este trabajo. Puede ser en algún caso que personas que están en un rol y se les recomienda producto de la evaluación se les recomienda cambios de rol. Señaló que él habla en teoría pero que eso podría ocurrir y la evaluación está pensado en quien se vincula y en quien no lo hace. Esto de lo homologable y lo no homologable no es nunca algo fácil; está establecido esto o queda a criterio de alguna autoridad. Observa que hay una preocupación de los gremios, respecto a dos cuestiones: una, es la arbitrariedad; la dos, lo otro es que vaya a generar entre el personal dificultades dado que se está hablando de un período bastante largo: se habla de hasta 4 años de incertidumbre, a partir de fechas de plazo. Consulta si no es acotable y a partir de eso resolver la discrepancia. Manifiesta estar de acuerdo que sea organismo público no puede haber participación, pero es distinto decir: “previo vamos a concordar los términos de los perfiles y no tiene por qué queda aquí que es vinculante”, pero si se puede un compromiso con la autoridad para ponerse de acuerdo con los contenidos que tendrá el decreto: eso es posible de hacer. Es una decisión de otra naturaleza.

Expresó que no ve a los gremios en una actitud conservadora si no en una actitud de proteger derechos con temor a la arbitrariedad y con temor en las decisiones. En una sesión anterior se dejó en los mismos criterios de evaluación que se apliquen a los antiguos han de aplicarse para los que ingresen y se dieron ejemplo de gente que habían ingresado y no estaban con ningún tipo de evaluación previa: cree que tiene algo de ilegitimo, Presidenta, manifestó: “creo que es necesario encontrar una solución y se lo ha dicho al ejecutivo y a la señora Del Basto”, hay que buscar una solución y ojalá que entre hoy y mañana se pueda resolver por que esta institución nueva tiene que avanzar.

La Honorable Senadora señora Ena Von Baer, manifestó que cree que se está en una situación compleja porque, por una parte, nosotros mismos votamos en favor del proyecto que establece la evaluación, eso ya es Ley. Lo que no sabe cómo se ha de seguir y entiende por las palabras del Senador señor Montes, que aquí no hay un problema en que se haga la evaluación, pero, por otra parte, el Senador planteó que el problema acá es que ya se sabe cuanta gente se va a desvincular, lo que no es factible. Lo que sucede es que aquí se plantea un bono y eso es necesario estimarlo porque si no se hace no es posible contar con un informe financiero. Cree que esa manifestación no tiene que ver con lo que se plantea respecto de los resultados de la evaluación, que será caso a caso, y aquí en este punto, sin estimación no es posible la estimación financiera y para hacer gastos es inevitable hacer una estimación del mismo. Parecería ser un círculo vicioso que no es susceptible de cortar, que se requiere para que los funcionarios que resultaren desvinculados puedan acceder a aquel beneficio y es obvio que sin informe financiero que es una mera estimación y no profundaría cuánta gente va a pasar o no la evaluación, no tanta potestad para ejercer atribuciones. Le parece que es preciso despejar esas deudas. Adujo que en la sesión precedente dejo que con los antecedentes disponibles él votaba en contra y teniendo presente que las asociaciones están divididas y con argumentos plausible de uno y otro lado, la idea hubiere sido votar este proyecto, pero tal como dije que en la sesión pasada yo habría votado en contra, en el actual estado tendría que votar abstención, razón por la cual pide que se haga un nuevo esfuerzo y se esclarezca si debe haber evaluación según la Ley, como lo expresa el señor Ministro y la Senadora Von Baer, pero habría que ver cuál es la esto donde está – lo que genera otra conversación – y las múltiples observaciones que el Senador señor Montes:

La Honorable Senadora señora Rincón, manifiesta al Senador señor Ministro que está bastante preocupada porque tal como está planteada la norma, por parte del Ejecutivo, le preocupa porque esto se hace a través de un decreto exento y la verdad que no corresponde que se puede hacer una cosa así, a través de una resolución exenta, si no por decreto con fuerza de Ley, y lo segundo es lo que también mencionaba el Senador señor Quintana no cabe hacer evaluaciones para unos y no para otros, que pasa con las OPA, porque a unos se les exige evaluación y a las otras no. Finalmente, saber qué pasa con los funcionarios que tienen sumarios pendientes, lo cual implica demasiadas dudas respecto de la normativa que usted está planteado.

El señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos considera que hay menos dudas de las que se han planteado. Señaló que se haría cargo respecto de las dudas y acreditar lo que está diciendo.

En primer término, asumió responder por qué se está con discusión inmediata, así se debe a que la instalación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia es un asunto que debe estar despejado durante este año, y eso tiene fecha para el mes de octubre porque las bases de licitación para la evaluación de las personas que ocupan cargos en el Servicio Nacional de Menores se requiere determinar las bases de la licitación para validar los perfiles que se requieren para la evaluación, explicitar esto y luego realizar los traspasos en la fecha que corresponde, y si la Ley en trámite no se publica antes de abril.

En segundo lugar, ensayó una reflexión respecto de la gradualidad en la sesión pasada, que tiene su respuesta y que lamentablemente no fue respondida. A este respecto señaló que no hay incertidumbre en la gradualidad: lo que ocurre es que el Servicio de Protección fue traspasado de una sola vez y por lo tanto las evaluaciones para aquellos se van a hacer en un solo acto, por lo tanto, no hay incertidumbre, y el timing del que se estaba hablando se refiere al Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, sí ocurre que se traspasa gradualmente: el primer año es un año vacante porque en el primer año después de dictada la Ley no se hace traspaso de personal alguno y se ejecutarán acciones como afinar regulaciones normativas, y solo en el segundo año después de dictada la Ley se hace traspaso en la zona norte; al siguiente año se hace traspaso del personal de la zona sur y, finalmente, en el tercer año posterior al de la aprobación de la Ley se culmina con el traspaso en la zona central. En consecuencia, la gradualidad a que se refiere el informe financiero es porque el año I, es para el Servicio de Protección y los años II, III y IV son para las zonas del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil.

Respecto de la inquietud del Senador Quintana que se refiere a los requisitos para el desempeño de los cargos del personal consiste precisamente en la definición de la forma en que se traspasa el personal desde el Servicio nacional de Menores, en este caso concreto, el Servicio nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, se hace a quien cumple con el perfil establecido para el desempeño del cargo es el nuevo Servicio, y por lo tanto la norma que está en la Ley es congruente con la forma que la Ley que establece para habilitar el traspaso; por tanto, la norma que está en la Ley y el proyecto en debate son congruentes en la forma con la obligación que establece la Ley, y eso se hace por medio de una evaluación que debe ser objetiva, por una o varias consultoras, según lo que vayan a establecer las bases para que se asegure un análisis seguro, objetivo y responsable los traspasos que correspondan.

Enseguida las normas con las que se hace este proceso, como se ha dicho los fijó el Ministerio con la participación previa de las asociaciones; no hay decreto exento como se señala, si bien había una resolución exenta en el texto original del proyecto que la Directora del Servicio Nacional de Menores, en el texto de la indicación presentada. Hoy se remite a un decreto supremo, “Por orden del Presidente de la República”, el que establece las obligaciones por lo que desde el punto del derecho administrativo no tiene objeción. Estimó necesario señalar que el Ministerio entiende seriamente la participación y él lo ha trabajado lo más cercano posible a las acciones esgrimidas en esta materia y señaló que dos de las tres asociaciones gremiales han estado cercanas a este proceso y ha sido partícipes, y no se han restado a participar, pero adicionalmente y con invitación a todas las asociaciones gremiales, ya se ha iniciado el trabajo de un protocolo complementario a esta ley que establece y baja más a terreno las reglas del juego. Especifico que se está escribiendo con las asociaciones y, a propósito de la inquietud del Senador señor Montes que efectivamente en la comisión que selecciona a la consultora está presente las asociaciones porque queremos también asegurarnos que la comisión consultora que se establezca para hacer las evaluaciones, cumple con todos los requisitos y nos dé la garantía, pues si no hace bien sus tareas al final, el conflicto se le va a instalar al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia por las reclamaciones de no haber hecho de forma objetiva y responsable esa evaluación en lo que estamos todos interesados. Aquello va a ser reglamentado en el protocolo que preparará el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

En relación con el requerimiento de evaluar al personal de las OPA, en rigor, no corresponde porque la Ley reguló el traspaso del personal del Servicio Nacional de Menores a los nuevos Servicios que forman la institucionalidad.

La clave es entonces cómo se produce este traspaso específicamente y el personal de las OPA lo es de ese organismo que no posea por este proceso que se refiere al personal del Servicio Nacional de Menores en atención a su condición de funcionarios públicos.

Finalmente, respecto de la inquietud derivado de los supuestos establecidos en el informe proletario, el señor Ministro se remitió a los expertos por la Honorable Senadora señora Von Baer en que esas cifras que inquietan al honorable Senador señor Montes, pues, esas cifras no es un compromiso escrito en piedra, son supuestos que podrá irrigar para el traspaso, y no es una cifra que se tenga que gastar y que se puede ser excedido sin otra consecuencia que la Dirección de Presupuestos tendrá que hacer una erogación mayor. No son recursos solicitados ni estimados por el Servicio Nacional de Menores si no estimaciones que obedecer a estimaciones, probablemente estimados, en razón de otras situaciones similares. Concluyó señalando que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tener el informe presupuestario porque sin aquella estimación no podrían avanzar.

Explicó que al Ministerio le interesa tanto como al Congreso Nacional que los trabajadores tengan el respeto y al reconocimiento por su situación y eso es lo que han podido conversar con los dirigentes gremiales que han estado sentados en la Mesa junto a la Directora del Servicio Nacional de Menores y de esta secretaría de Estado, y la intención es la de hacer las cosas bien y que proponemos una fórmula razonable que opera recta y correctamente.

El Honorable Senador señor Montes cree que los últimos años de Gobierno, a veces son más complejos que otros, hay más tendencia, a ser menos objetivos y hoy se están viviendo dos cuestiones que para algunos son muy fuertes y ejemplarizó con el tema del Instituto de Tecnologías Limpias es una cuestión gravísima y de largo plazo, eso del Desarrollo de Chile, que nosotros hemos investigado es arbitrario y no hay ni siquiera con quien conversar y se ha tenido que recurrir a la Contraloría General de la República con dos informes y está en preparación un tercero. En el tema de la selección de los Directores de Servicios locales de Educación y de los Directores de Colegio que ya nada se quiere presentar porque el nivel de arbitrariedad es tremendo y el propio Ministro nos dice que hay que buscar que gente con mejores características postula.

Aseguró que él entiende que hay qué maximizar y tener consideraciones que aseguren objetividad y que no haya arbitrariedad. Hay cuestiones difíciles en que la formulación de los perfiles son difíciles de establecer y que ejemplifican como la clasificación de los conductores de vehículos o con la especialidad de una asistente social, que la selección no sea para decir entrar o no entrar, y que se detenga en la posibilidad de una calificación, lo que quiere saber es si habrá un criterio de flexibilidad va a estar incorporado en la manera que hacen las cosas y, además, lo que yo decía que pueden tener un período de calificación. Si la persona no tiene las condiciones psicológicas o no tener los conocimientos básicos para ninguno de los roles que están en juego, esa es una situación que es obvia.

Acá el señor Ministro nos dice que se está preparando un protocolo, y eso esto lo entendemos como un acuerdo del que alguno de nosotros fuere garantía, por decirlo de un modo elegante, el propósito es no echar abajo si no de mejorarlo.

El Honorable Senador señor Quintana plantea que el señor Ministro explicaba que esto se despachaba en abril la pregunta es por qué no lo podíamos resolver en los primeros días de marzo y así le dábamos más tiempo para que se produzca un acuerdo con todas las asociaciones. Manifestó que es fundamental para que todos estemos hablando lo mismo y no sigamos con que evaluación está en la ley porque ya sabemos que esto no es así. Reconsiderar, pues, los requisitos no están establecidos en la ley y puede ser otras.

La Honorable Senadora señora Sabat señaló que ha escuchado atentamente el debate y a ella le gustaría transparentar para entender cuáles son las alternativas que si están generando para un posible acuerdo porque aquí da la impresión de que si viendo la posibilidad de que no haya evaluación. Desea saber que si esa es una de las repuestas que quieran dar para la salida de este proyecto porque cuando se dice que la evaluación no está en la Ley y el señor Ministro dice que sí y quiere recordar que hace muchos años que esto es parte del “Acuerdo por la Infancia”, más de noventa y cuatro respuestas que se den, por representantes de todos los partidos, y en ello se conversó sobre este tema muy sensible, allí se acordó que para cambiar la institución, para poder darle un nuevo eje, y poder dar cumplimiento con todos los tratados internacionales, para cumplir con todas las observaciones que nos han hecho organismos internacionales, debe hacerse este cambio riguroso, debe hacerse un upgrade, debe existir un deber y un perfil distinto, y eso claramente va a ser doloroso para algunos funcionarios, veamos cuál es el foco de este proyecto: el interés superior del niño. Agrega que quisiera entender cuáles son las alternativas que se dan por su Señoría y los Senadores señores Montes y Quintana.

Planteó que da la impresión que la discusión no se transparenta las alternativas claras y señala que he escuchado de parte del Gobierno de una nueva propuesta donde da a entender de modo más transparente, y que se atienda a la discusión inmediata que tiene este proyecto, entendiendo que este proyecto es necesario, urgente, pero que si se quiere hacer una petición distinta se haga de manera clara, con mayor precisión, para llegar a un acuerdo más rápido, y para entender cuál es la petición, de una sola vez, porque da la impresión que no quieren evaluación y esa es la discusión.

La Honorable Senadora señora Von Baer manifestó que ello cree de verdad que existe una evaluación es mejor que no la hubiera, por ser más transparente y por eso insiste en lo planteado por la Honorable Senadora señora Sabat, puesto que en la Ley se dice que se va a tener que cumplir ciertos requisitos. ¿Cuál es entonces para ustedes la alternativa viable, si no es una evaluación?, ¿es un concurso o qué es lo que es?. Entiende que eso es muy relevante y entiende que la evaluación es el mejor camino porque eso será bastante transparente porque las personas van a postular y no va a ser el arbitrio de una persona. Entonces, ella también pediría, como lo dice la Senadora señora Sabat, qué es lo que están pensando porque no se comprende. ¿Qué es lo que les gusto y quieren?, concluyó diciendo.

El Honorable Senador señor Montes señala que quiere aclararle a la Honorable Senadora señora Sabat que no participaron en el “Acuerdo de la Infancia”, pero eso no significa que no queremos un cambio riguroso, y la existencia de dos instancias muy potentes. Cuando el señor Ministro habla del interés superior del niño, sin ninguna duda, y recalcó que un factor fundamental para el interés superior del niño es el personal, los profesionales, los equipos, que se juegan por los niños. Personalmente, aseveró que cree que la evaluación puede ser bien hecho y muy positivo. Esto ya ocurrió con ocasión del Cread, discutimos con algunos gremios porque no está mal que se hagan las evaluaciones, pero es esencial en qué consisten. Aquí se dice que alguno no quisiéramos más evaluación, el si quiere, transparente, muy claro en cada uno de sus pasos, porque puede convertirse.

Qué cosas puede decir: el protocolo, si lo tenemos y va a ser la base del decreto con fuerza de ley y el protocolo va a tener el acuerdo de los gremios va a ser una cuestión muy importante. Un acuerdo que no está en la Ley, pero bien pudieran estarlo, que le dé garantías al personal, que inquieto, como es lógico, y de seguro está generando mucha incertidumbre porque es un cambio importante.

Si la evaluación es concebido para decir se va o se queda, es totalmente distinto a la evaluación que puede tener muchos roles; puede ser un instrumento para que un profesional o un administrativo se fortalezca a cumplir a mejorar el rol.

También abogó para que el funcionario que no cumpla con el 100% de los requisitos, pero si alcanza el 60% puede permanecer.

La Honorable Senadora señora Rincón (Presidenta) manifestó que le preocupa que esta sesión se han dicho muchas cosas porque se ha vuelto una práctica hacen afirmaciones que se vuelven verdades. Así se dice que no queremos evaluaciones; es más les hemos pedido en el caso de aquellos que trabajan con niños y ahí está el caso de las OCA, pues cree que esto tiene que ser un punto para todos. Inconcebible que se les pida a los empleados públicos y no quieren recibir dinero del Estado para atender a los niños.

En segundo lugar, cree que es importante que nosotros hemos pedido claridad en cuáles son los requisitos; si uno de los requisitos es la evaluación tiene que ponerse como tal y ese es un tema que debe especificarse porque la Ley habla de requisitos y además se requiere que la evaluación cumpla con la calidad de ser pertinente. Las exigencias de los estándares o exigencias que se le ponen el cargo y eso hace una propiedad técnica y suficiente y no lo haga cualquiera. Es un tema relevante que debe estar encima de la mesa.

Considera que la propuesta del Ejecutivo mejora la parte de que voluntariamente si se van o se quedan: es un avance y lo valoramos y cree que en eso no habría problemas con los funcionarios.

Cree que es relevante que la evaluación es fundamental si quieren irse o quedarse para elegir los estándares y hay que definir quién va a poner esos estándares; tiene que ser conjunto que debe ser el Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y eso no está dicho.

Lo anterior es parte de lo que deberá ser la discusión del tema y no entiende cual es el apuro para materializar esta Ley en particular con respecto a la Ley del Servicio.

Insistió en saber cuál es el apuro si existe un plazo suficiente para materializar esta ley respecto de la entrada en vigencia de los Servicios, uno de los cuales no se ha materializado y el otro tiene un plazo amplio hasta su entrada en vigencia. Cree que hay que hacer las cosas bien y las cosas no están bien hechas. Agregó que se está innovando respecto de todos los otros servicios: se está traspasando al personal con una exigencia previa que es la evaluación, que no está explicitada en la Ley que habla de requisitos y estos no se han transparentados, desde el punto de quien no va a fijar los estándares y qué se va a medir. Señaló que se ha sido sumamente explícitos en que deben concurrir los dos Ministerios que están mandatadas por la Ley. Finalmente señaló que los requisitos deben serlo exigidos también a los organismos colaboradores, porque es lo mínimo si se exige a los funcionarios públicos.

El señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Larraín, hace una relación detallada para poner en conocimiento de las Honorables Senadoras señoras Loreto Carvajal y Yasna Provoste, de los dos proyectos de Ley y adelantó que en el mes de abril estará en el Senado el proyecto de Rehabilitación y, por lo tanto, se podrá decir que se tiene una institucionalidad. Los cambios operados en ambos servicios han llevado, actualmente, que el traspaso del personal del Servicio Nacional de Menores y que está situación de ajustes al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia no es automático sino que, de acuerdo con el nuevo modelo de intervención, en consecuencia con la necesidad de cumplir con los nuevos perfiles hay un proceso de evaluación acorde con las características que se establecen en los proyectos y con el pleno respeto a los funcionarios dejando a salvo el compromiso de los funcionarios, no siempre exitoso, pero que no le son atribuibles directamente a ellos, salvo casos que no son la regla general. No obstante, tratándose de modelos de intervención diferentes y perfiles también, no se puede pensar en un traspaso del 100% de los trabajadores, pero sí de una buena mayoría. La exigencia de evaluar ha sido ya zanjando por la Ley Nº 21.302 que establece que habrá un traspaso que determine un decreto con fuerza de ley adecuado, y lo mismo se incorporará en el Servicio Nacional de Rehabilitación Social Juvenil.

Explicó que en la planta del Servicio Nacional de Menores hay muy pocos funcionarios que están en la planta – se habla de unas 20 personas – el resto de ellos son funcionarios a contrata. En el Servicio de Reinserción se habla del orden de 1.300 a 1.320 personas que están en esa situación, en tanto que en el Servicio de Protección corresponderá una parte que está en los Cread son 1.104 y otras que están en otras entidades que son 1.620. Agregó que cuando se trata de funcionarios de planta, cuando hay supresión de empleo, el estatuto Administrativo, en casos que no sean encasillados en las nuevas plantas tendrán derecho a una indemnización y esto corresponde al total de las remuneraciones devengadas con un tope máximo. En el caso de las personas a contrata, establece la misma situación, por tanto no tienen las personas que no son traspasadas no tienen el mismo derecho y lo que se busca en este proyecto de Ley en actual discusión es conceder la indemnización sean de planta o de contrata, que no sean traspasados tengan el mismo beneficio.

Describió que las personas para ser traspasadas se establecen las condiciones objetivas con los perfiles, la evaluación que corresponda con los criterios objetivos a que se ha hecho referencia, y aquellas personas que sean traspasadas tendrán continuidad absoluta de sus derechos. Aquellos que no sean traspasados y no estén en la planta, hay en la configuración actual, no tendrán derecho a la indemnización y el Ministerio cree que es justo que lo tengan en los términos referidos en la Ley de reajustes de 2018, Nº 21206. Mencionó que este criterio son los que se establecen en el caso del traspaso de las Creads a las residencias familiares donde el traspaso fue del orden del 70%, y el otro 30% se acogieron a retiro, jubilación anticipada o indemnización.

Reiteró que este criterio es el que están promoviendo en este proyecto de Ley. Respecto de los funcionarios de planta hay un beneficio que pasa de 6 a 12 meses en su extensión; respecto de los funcionarios a contrata que son la inmensa mayoría, se les haría una indemnización completa de hasta 11 meses, según su antigüedad en caso de que no sean traspasados.

Señaló que, en su propuesta, se excluye a los funcionarios que pasaron de las Creads a las residencias familiares, pues, estos 1.104 funcionarios ya fueron evaluados y, por lo mismo, estarían excluidos del proceso de evaluación. En el caso de estos, hay un traspaso automático.

En el caso del Servicio de Rehabilitación no se aplica aún el proceso de evaluación y, en ese momento, deberán regirse a estos mismos procedimientos para poder asegurar que de aquí a octubre se tenga el poder calificado que corresponda al perfil del nuevo Servicio de Protección, que incorpora un modo de intervención diferente que hace cambios cuantitativos para evitar fallas cualitativas o errores que se han cometido en el proceso, aparte de las metodologías y de una serie de otros elementos, se refiere a que espera que las garantías y la protección de la niñez vulnerable, que espera ya estén aprobados cuando este Servicio entre a funcionar, se realice con la mejor celeridad posible, las personas que no pueden ser traspasadas tengan las indemnizaciones que le corresponden.

Por eso se tiene el tiempo limitado y que haya tenido una discusión inmediata este proyecto. Agregó que es fundamental las indemnizaciones son beneficios que no tienen estas personas.

Refirió que se ha trabajado con dos de las tres asociaciones nacionales que están de acuerdo con este proyecto y con la idea de que haya indemnización y resaltó que el Congreso Nacional delegó en el Presidente de la República la regulación de un decreto con fuerza de ley que regula la forma y condiciones en que esta tendrá lugar.

Sin perjuicio de eso, atendiendo a la discusión en general de este proyecto de Ley, presentaron indicaciones en enero que traspasan donde los Directores del Servicio al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las reglas para efectuar la evaluación evitando así que sea la misma persona que aplique las normas quien la defina. En segundo lugar, se estableció en forma perentoria una instancia de participación de las asociaciones para establecer esta regulación, sean debidamente escuchadas y atendidas en sus inquietudes.

En tercer lugar, señaló que se excluye expresamente de la evaluación para este proyecto a quienes trabajen en las Creads, toda vez que fueron evaluados y por lo tanto no serían obligados a ese proceso.

En resumen, lo que estamos haciendo en lograr un beneficio que hoy no exista para las personas a contrata que no se traspasen a los nuevos servicios y mejorar los beneficios del personal de planta que, para no traspasarse, la extensión del tope de 6 a 12 meses del beneficio.

El proyecto, refirió, otorga garantías para un proceso de evaluación que necesariamente debe hacerse y que es un compromiso ya establecido por la Ley. El riesgo es que, si esos traspasos se realizan sin esta Ley, tendrán dificultades aquellas personas que no cumplan o carezcan del derecho de percibir un beneficio que se concederá a los que la Ley no le conceda aquel beneficio a las personas a contrata y a las de planta sólo les reconoce con un límite de seis meses. Por eso creemos que estamos haciendo un trabajo que ha sido reconocido por dos de las tres asociaciones, sin perjuicio de la cual, como se ha señalado, se ha seguido trabajando con estas asociaciones para lograr bajar un poco más, en lo concreto, la forma de producir el traslado de los funcionarios de Sename en este caso, al Servicio Nacional de Protección Especializada que ya está creado. Indicó que querría con mayor detalle desde hace un tiempo con las tres asociaciones un protocolo para lograr formas más específicas de bajar este trabajo, este traspaso a criterios que sean razonables y aceptables para todos. Protocolo que ya ha sido aceptado y firmado por dos de las tres asociaciones que son presididas por el señor Walter Arancibia y el señor Luis Cortez (Anfur). Este protocolo contiene criterios que sean razonables y aceptables para todos. El protocolo contiene criterios y condiciones para el traspaso ante los distintos funcionarios y funcionarias del Servicio, ayudas, capacitaciones, se señala el derecho de indemnización para todos los no traspasados, e incluso una de las inquietudes que han solo asegurar que la Comisión Evaluadora sea adecuada y no venga como prejuiciosa de su trabajo para la selección de los evaluadores o agentes evaluadores, esa definición se hace con la participación de los representantes de las distintas asociaciones, para asegurar que la elección del evaluador se haga con la plena representación de los representantes de las asociaciones, de manera que la selección del evaluador de plenas garantías de seriedad y asequibilidad.

Lamenta que una de las tres asociaciones (Anfuse) se haya retraído de firmar el documento, sin embargo, quiere mencionar que la señora Del Basto y el señor Cristian Araya han participado y quiere hacerse cargo de su comunicación del día de hoy, la carta la han enviado que señala que no firmarán el protocolo, dijo: “no dejamos de reconocer el avance en algunas materias concedidas, entre las cuales el análisis curricular y trayectoria de todos los funcionarios y funcionarias homologables para su trayectoria”. Sin perjuicio mantienen algunas inquietudes que las hacen presentes.

Lo señalado, agregó, porque cree que la comisión mentada debe tener plena concurrencia de que en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y en el Servicio Nacional de Menores, así como también en la Subsecretaría de la Niñez, que si bien no ha participado en esta ha estado plenamente informado de lo que se está haciendo, se tiene la mayor preocupación para que este proceso de traspaso, habiéndose definido que no van a ser automático, será serio, justo, transparente y objetivo, que no haya nada más que lo que corresponde para que al nuevo Servicio va la mejor gente y, por cierto, se reconoce, por cierto, que personas jóvenes como lo dicen algunos expertos en protocolos pueden no tener el título exacto, pero sí la experiencia, se cree que se podrán reconocer niveles para que esas personas puedan ser considerados en el nuevo servicio, y hay voluntad por que así sea, pero se debe cumplir con la obligación de la que el traspaso no es automático. Efectivamente, pero expresó que ellos deben cumplir con el cometido de la Ley: el traspaso no es automático y si bien él entiende que hay algunos que así lo quisieron, lo cierto es que así no se acordó y se está llamado a cumplir con lo efectivamente acordada.

Agregó que él también sabe que hay gente cree que no debería entrar nuevo, y que todo deberá ser concursado; eso no es el criterio del Ministerio y podrá serlo de algunos parlamentarios, pero el primer derecho es interno y en ese sentido el protocolo se tiene desarrollado en esa perspectiva. Propuso el señor Ministro que, si a la Comisión le parece, podrá autorizarse que el señor Subsecretario aportará con la perspectiva de que se incorpore la tercera asociación, más los contenidos del protocolo para apreciar como está trabajando. El protocolo ya está comprometido con dos de las tres asociaciones, y se espera que se pudiere sumar la tercera, pero si se aprueban el protocolo, tal y como está firmado, a lo menos se va a cumplir y eso ya refleja el intento de hacer las cosas lo mejor posible, no sólo bien. Si se impone ese criterio es porque se entiende que los funcionarios o funcionarias del Servicio Nacional de Menores son debidamente respetados.

El Honorable Senador señor Montes (Presidente accidental) señaló que ha leído el protocolo y le parece que efectivamente mucho de los temas que se han discutido están resueltos y le surge la duda de si algunos de esos aspectos deben entrar en la Ley o no, o sólo quedarían en el protocolo.

El Subsecretario de Justicia señor Sebastián Valenzuela, manifestó que es una materia en algunos puntos complejos, pero señaló que una materia cuyo contexto es complejo pero que como país estamos abordando. Uno de los primeros puntos que ha de tenerse presente de este proyecto de Ley es algo en que se está en acuerdo y que las divergencias que ha habido son regulaciones mas bien operativos que están recogidos en el protocolo, y explicó que plantean esto porque tal como ha señalado el Ministro este es un proyecto de Ley que establece un derecho para los funcionarios que hoy día no está consagrado, como lo es la implementación para todos los funcionarios que no serán traspasados o no quieren participar, pero junto con esto es importante destacar que este punto con los funcionarios ya está desarrollado en todo lo que establece está prácticamente desarrollado.

Señaló que establece una instancia de diálogo en que la fórmula en que se va a desarrollar estará regulada en un decreto dictado por el señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos, materia antes evaluada en competencia por la Directora del Servicio Nacional de Menores y reconociendo la atención de los funcionarios se formula una indicación.

La pregunta es qué va a regular este decreto y la respuesta es precisamente el contenido de este protocolo porque lo conversado con las distintas asociaciones quizás la mayor preocupación que surge para los funcionarios del Servicio Nacional de Menores es tener certeza de lo que se viene en los próximos meses, por eso se ha optado por un camino de dialogo con ellos para poder establecer un protocolo que fije de qué manera se va a realizar la evaluación para el efecto del traspaso en un decreto para darle la debida formalidad.

De ahí, señor Presidente, la preocupación que usted manifestada donde debería quedar regulado lo que se ha convenido en este protocolo y, precisamente lo hemos hecho con esta finalidad porque va a ser regulado en el decreto lo que establece este proyecto de Ley.

Ahora en particular yendo al contenido de este protocolo, y las preocupaciones que han formulado los funcionarios a través de sus participaciones, habría que decir, en primer lugar, que claramente lo que se establece es un análisis de trayectoria del funcionario. Un funcionario o funcionaria del Servicio Nacional de Menores para postular a ser traspasado al nuevo Servicio de Protección especializada requiere de su análisis de trayectoria ¿Qué significa esto?

Dos aspectos que están relacionados con su comportamiento como funcionario y que tiene que ver, por un lado, con las evaluaciones de desempeño; anotaciones de mérito o de demérito que pueda tener; antigüedad en el Servicio y si registra o no sanciones disciplinarias en su desempeño. Hablamos de una actuación cuando va a ser evaluada. Agregó que se hace necesario hacer una distinción: cuando el año 2018 ya se erige un protocolo, tal como lo mencionaba el señor Ministro, beneficio a más de mil funcionarios relacionados con la Creads, en las evaluaciones que se realizaron en ese entonces, lo único que se consideró fueron evaluaciones de desempeño, evaluaciones de competencia sin considerar en ningún porcentaje el análisis de trayectoria. Y esto es algo que efectivamente los funcionarios nos han solicitado el poder relevar su análisis de trayectoria. Esto cómo se plasma en este protocolo. No de una manera clara, ya que los funcionarios de soporte – esto es lo que realizan funciones transversales que no son del ámbito técnico vinculado con los niños, niñas y adolescentes, y ahora el 100% de su trayectoria laboral. Segundo, precisamente esta inquietud que nos han señalado los funcionarios; respecto del resto de los funcionarios que están vinculados a las áreas técnicas, esto es el área de protección propiamente tal, a diferencia del 2018. Si se consideró esta trayectoria de su desempeño funcionario donde esta trayectoria va a tener un peso de 35% y de un 65% lo que se va a evaluar de las competencias psico-laborales. Esta cifra, conviene aclararlo, no es una cifra que surge sólo de una imposición desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es algo que hemos venido conversando con las asociaciones; cuando partimos en diciembre de 2020, estamos hablando de un 20% de la trayectoria de su desempeño; posteriormente las asociaciones nos pidieron subir los porcentajes y llegamos a un 30% del peso que tenía este valor y finalmente hemos acordado, hoy precisamente con dos de las tres asociaciones de un 35% y creemos que ese es un porcentaje que releva cual ha sido el comportamiento de los funcionarios, pero también acá es importante tener presente que no podemos renunciar a evaluar las competencias de los funcionarios, y eso que son los funcionarios que se han de desenvolverse directamente en el trato directo con los niños, niñas y adolescentes, pues, es importante evaluar cuál es la capacidad de flexibilidad y actuación ante los cambios, las competencias en materias de trabajo y colaboración; la construcción de relaciones de confianza; para los cargos de mayor confianza, jefatura, liderazgo y dirección, y tal como se señala en el protocolo, parte de este proceso indica que se van a realizar capacitaciones para que los funcionarios que puedan tener el mayor rendimiento posible en estas circunstancias de evaluación; por lo tanto, se recoge la evaluación individual, a diferencia de lo que fue en 2018, pero no es posible establecer lo que señalaba la Anfuse de llegar hasta un 70% de ponderación de la trayectoria y sólo un 30% de las competencias, y aquí ha de prevalecer el interés superior de los niños y tener mejores funcionarios y por eso se considera este factor unido a la necesidad de capacitarlos debidamente para el efecto de poder dar esta evaluación.

Por otra parte, hay otros puntos que han sido materia del protocolo que permita que aquellos funcionarios que no cumplan con los requisitos de un estamento técnico o de ingresar al Servicio de Protección se les va a dar la posibilidad de que en un período de 3 años puedan cumplir ese proceso de formación técnica, por lo tanto, no obstante que el requisito podría ser una circunstancia que les impida ser traspasado al nuevo Servicio se les concederá un plazo de 3 años también para poder completar eso.

Además, dentro de lo que establece el protocolo se reconoce el fuero maternal – recuérdese que va a haber una supresión de cargo – no obstante lo que corresponde justamente esto no hacer esto aplicable a las personas que se ven favorecidos con el fuero maternal y además establece en el protocolo que si hay personas que no cumplan con todos los requisitos para el retiro anticipado, - que fue autorizada en la Ley de Reajustes para el año 2021 – podrán permanecer en el Servicio hasta la total supresión de su cargo o hasta que cumplan el requisito que les falta para acogerse al retiro anticipado.

El señor Subsecretario señaló que este es el fruto del trabajo que hemos realizado con las tres asociaciones desde el mes de diciembre hasta el día de hoy que se firmó y no obstante que Anfuse va probablemente interponer los puntos de disenso la gestoría manifestar por qué el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha llegado a establecer este contenido del protocolo porque es una trayectoria laboral es que Afuse nos ha exigido de antemano, cuál es la ponderación de los diversos factores ¿cuánto pesa la antigüedad?; ¿cuánto una sanción disciplinaria?, ¿cuánto los años servidos en la institución?, ¿cuánto los indicadores de desempeño?.

En cambio, lo que se ha propuesto en el protocolo y parece la mejor forma es que quienes participen como empresas evaluadoras nos hagan una propuesta y esto pueda ser elaborado en conjunto por el Servicio Nacional de Menores y por los propios funcionarios porque creemos que es necesario recibir una propuesta técnica para hacer el proceso lo más limpio posible y conversar esto con los funcionarios y no decidirlo desde una forma técnica. Por lo tanto, no obstante que el requisito podría ser una circunstancia que les impida ejercer ese servicio se les va a dar tres años.

Así mismo, aquellos funcionarios en la trayectoria que tengan un título de una profesión afín, que no obstante que no sea lo que exige el requisito se le da la posibilidad al funcionario que puede ser igualmente incorporado en el nuevo Servicio.

Se establecen, asimismo, garantías específicas para el proceso de evaluación. Por ejemplo, las asociaciones de funcionarios, todos ellos, aunque no hayan firmado este protocolo van a poder designar un representante para que integre directamente la comisión encargada de seleccionar las empresas evaluadoras que participen en dicho proceso. Por lo tanto, aquí no hay sólo una instancia de dialogo y participación si no que van a tener un poder decisorio sobre cómo se van a configurar estas evaluaciones, desde ya, en un proceso donde se deban revisar todas estas evaluaciones.

La verdad es que se ha revisado. Así mismo, en particular Afuse nos ha señalado que toda la evaluación de trayectoria del desempeño, pero también la evaluación curricular – esto es si se cumplen los requisitos administrativos mínimo de su trayectoria individual – que sean realizados por los equipos del Servicio Nacional de Menores. La verdad que esto lo hemos analizado con el equipo del Servicio, y la evaluación curricular sí es posible desempañando en la institución, pero respecto al de trayectoria -donde se debe evaluar a más de mil personas- se carece de capacidad para hacerlo con el equipo interno.

En verdad, recalcó que para el cumplimiento de los compromisos centrales en el protocolo es muy importante que se apruebe el proyecto de Ley en trámite para iniciar el proceso de evaluación sin olvidar que es necesario generar un decreto con fuerza de Ley que también está a la espera de que se zanje esta situación, para así poder transmitir la mayor de las certezas a los funcionarios.

Concluyó recordando que en diciembre de 2020 se nos dijo precisamente en el Congreso Nacional, cuando intentamos incorporar esto en la Ley de Reajuste, ante la urgencia de hacerlo, se nos dijo que esto era conveniente tramitarlo en una Ley aporte y tienen instancias de participación con los funcionarios y esto se ha cumplido desde el 11 de diciembre pasado, cuando presentamos el primer borrador hasta el día de hoy: Son varias las reuniones sostenidas y también las mejoras, y aquí hay una debida compensación ante las que son las legítimas aspiraciones de los trabajadores y las compartimos que deben tener los funcionarios para trabajar con los niños, niñas y adolescentes.

El Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, expresó que, a su juicio, los principales puntos en discusión son: los porcentajes de ponderación de la evaluación, cómo se abordará la situación de las funcionarias con postnatal, la disponibilidad de las especificaciones de los perfiles de cargo del nuevo Servicio y la posibilidad de que la entidad evaluadora sea objetable por parte de los gremios.

La Honorable Senadora señor Provoste, por su parte, indicó que, habiendo escuchado las posiciones de los gremios sobre el protocolo de traspaso, y más allá del hecho de que dicho instrumento haya sido suscrito por dos de las asociaciones, considera que todavía el tenor del proyecto deja demasiadas cosas a la arbitrariedad del Director Nacional del Servicio Nacional de Menores, de ahí que sea necesario resguardar los derechos laborales de los funcionarios en este proceso.

En ese sentido, expresó que, en su opinión, no es correcto que a la referida autoridad directiva se le otorgue una potestad facultativa al momento de evaluar a los funcionarios, pero que ello no sea imperativo. Por el contrario, agregó, tal función debe ser algo obligatorio, y que debe considerar de todas maneras la trayectoria laboral del servidor que se trate.

En seguida, señaló que, ante la externalización del proceso de evaluación en cuestión, y la laxitud que, a su juicio, presenta el protocolo, se hace necesario que la iniciativa garantice que tal procedimiento considere como factores a la formación de los funcionarios, sus trayectorias de trabajo y sus competencias, todos elementos fundamentales para el trabajo con niños, niñas y adolescentes.

Asimismo, prosiguió, se requiere que las instituciones que realizarán las evaluaciones psico laborales presenten determinados niveles de acreditación en este ámbito.

Lo anterior, subrayó, toda vez que en el último tiempo se ha verificado que algunas de estas entidades, a fin de obtener la adjudicación de un contrato administrativo por parte del Estado, se constituyen como empresas recién en el último mes del proceso para conseguir tal propósito.

Por tales razones, agregó, es fundamental que las instituciones en cuestión cuenten con una experiencia en la evaluación de personas, como también con conocimientos o habilidades demostrables que aseguren que se llevará a cabo un adecuado proceso de selección.

Posteriormente, señaló que se necesita de igual forma que el Director Nacional, luego disponga de una oportunidad para realizar una comprobación de que los funcionarios seleccionados no están afectos a alguna prohibición, inhabilidad o incompatibilidad para el ejercicio del cargo que deberán realizar.

Por último, y haciendo referencia a propuestas hechas llegar a su persona por parte de la Honorable Senadora señora Rincón, señaló que los directivos y trabajadores de los organismos colaboradores que ejerzan sus funciones en el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, tanto por convenios vigentes con el actual Servicio Nacional de Menores, como en razón de nuevos convenios que celebren, deban someterse a similares evaluaciones de formación, trayectoria de trabajo y competencias.

En ese sentido, expresó que, en caso de que no se contara con este proyecto, no existiría compensación alguna para tales funcionarios, en los servidores se encuentran jurídicamente en calidad de contrata.

La Honorable Senadora señora Sabat, a su turno, valoró el hecho de que luego de muchas conversaciones al respecto, dos de las tres asociaciones hayan suscrito el protocolo antes aludido, lamentando, por cierto, de que no se haya logrado la unanimidad en tal firma.

Así, indicó que, a su parecer, el criterio de ponderación viene a ser el punto de mayor discusión actualmente.

En seguida, expresó que, en su opinión, el objetivo compartido por las organizaciones y por las autoridades es establecer un nuevo trato hacia los niños, niñas y adolescentes, intentando brindar a estos últimos estándares de excelencia, siendo fundamental para dicho propósito que sean los mejores quienes se encuentren trabajando con aquéllos.

Por tales argumentos, resaltó que es fundamental para el Ejecutivo que las evaluaciones que se hagan garanticen un procedimiento de calificación adecuado.

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín, señaló que el objetivo del proyecto de ley en discusión es asegurar que el traspaso de los funcionarios, desde el actual Servicio Nacional de Menores, al Servicio de Protección Especializada, se haga de manera adecuada, luego de las evaluaciones que se contemplan para tal efecto, asegurando una indemnización a aquellos servidores que, eventualmente, no lleguen a ser evaluados favorablemente en tal proceso.

Para tales propósitos, manifestó que la Secretaría de Estado que encabeza ha contado con la mejor disposición para avanzar y lograr acuerdo en este contexto, asumiendo, por cierto, la protección que se debe otorgar a la protección de los derechos de los trabajadores.

Sin perjuicio de lo señalado, resaltó que la voluntad, tanto del Gobierno actual como del anterior, luego de la discusión legislativa con que se aprobó el nuevo Servicio de Protección Especializada, y en el debate parlamentario en desarrollo del nuevo Servicio de Reinserción Social Juvenil, es la de sostener que el interés superior del niño debe conducir no sólo a la disposición de un modelo de intervención radicalmente distinto al que existe hoy, que permita asegurar un mejor trato a la niñez vulnerable y a los infractores juveniles, sino también a otorgar certeza de que quienes asuman esa tarea tengan las calificaciones y competencias adecuadas para ello.

En efecto, explicó que es precisamente lo anterior lo que genera que el traspaso de funcionarios no sea automático, sino selectivo, lo que debe realizarse por medio de un proceso objetivo cuya configuración se encuentra, precisamente, en su etapa final de definición.

Posteriormente, refiriéndose a las inquietudes específicas sobre la eventual discrecionalidad que el proyecto de ley entrega al Director Nacional del Servicio Nacional de Menores, en tanto la iniciativa otorga a este último sólo la posibilidad de evaluar a los funcionarios, mas no una obligación imperativa de proceder a ello, señaló que la voluntad del Ejecutivo es que haya evaluaciones, por lo que no existen reparos a que la Comisión, de acordar una modificación en tal sentido, reemplace tal facultad por un deber propiamente tal.

Por otra parte, prosiguió, en lo que concierne a las reglas para realizar el proceso de calificación en comento, indicó que si bien el tenor original del proyecto disponía que fuera la propia Dirección Nacional del Servicio Nacional de Menores la que fijase ésa regulación, el Ejecutivo, escuchando las inquietudes efectuadas en su oportunidad por el Honorable Senador señor Montes, presentó una indicación que radica en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la potestad de dictar, por medio de un Decreto Supremo, la regulación en cuestión, con la finalidad de que no sea la autoridad que establece la reglas la misma que finalmente las aplica.

Por lo tanto, agregó, el marco normativo en este punto será fijado por la Cartera de Estado que encabeza, proceso en el cual deberán ser consideradas las asociaciones para evitar todo tipo de discrecionalidad.

Lo anterior, continuó, da cuenta de que se ha seguido avanzando en el contenido del protocolo de común acuerdo, oyendo, con especial cuidado, a las organizaciones que representan a los funcionarios del Servicio Nacional de Menores, para asegurar la fijación de reglas adecuadas, plausibles y convenientes para todos.

A su vez, en lo que respecta a la inquietud señalada por la Honorable Senadora señora Provoste relativa a la preparación de los funcionarios que se van a someter a la evaluación, por medio de la respectiva capacitación, expresó que el punto ya se recoge en el protocolo de manera expresa en su cláusula sexta, la que establece que:

“6.- Se incorporarán acciones de capacitación tendientes a mejorar las competencias de los funcionarios, respecto de los elementos que serán incorporados en las evaluaciones, y principalmente se procurará que dichas acciones vayan orientadas a generar las habilidades y capacidad para enfrentar el desafío de la puesta en marcha del nuevo Servicio.”.

Es decir, agregó, en este protocolo, que fue enviado a todos los integrantes de la Comisión, está contemplada esta última preocupación, esto es, que se prepare a los funcionarios para la evaluación. Así, como se advierte, hay consignadas acciones consensuadas en tal instrumento que dan cuenta de la referida preocupación.

En efecto, añadió, no se trata de fijar un filtro que busque en forma prejuiciosa excluir a los servidores, sino que por el contrario, se pretende enfrentar este proceso de una manera positiva, de modo que las personas que deseen continuar en el nuevo Servicio (ya que pueden haber algunos funcionarios que no quieran permanecer en la nueva institucionalidad, u otros que quieran percibir la jubilación anticipada, todas cuestiones ya contempladas) puedan tener capacitación de apoyo para enfrentar de la mejor forma tal evaluación.

A su turno, en lo concerniente a la posibilidad de incluir en la iniciativa en debate a los trabajadores de los colaboradores acreditas, señaló que ello no resulta pertinente, ya que el proyecto aborda a los funcionarios públicos del Servicio Nacional de Menores que se traspasarán a las dos nuevas instituciones del sector (Servicio de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y Servicio de Reinserción Social Juvenil).

En consecuencia, añadió, los colaboradores acreditados no forman parte de tal proceso, en tanto pertenecen a entidades externas al Servicio Nacional de Menores, por lo que no corresponde que respecto de ellas se tomen medidas de alguna naturaleza en esta iniciativa.

En efecto, explicó, el nuevo Servicio de Protección Especializada ya tiene contemplado en su normativa la forma de trabajo con tales organismos, al igual que el modo en que se deberán acreditar ante la nueva institucionalidad.

Por consiguiente, agregó, el proyecto de ley es bastante concreto en su finalidad, a saber, otorgar un derecho de indemnización a aquellos funcionarios del Servicio Nacional de Menores que no deseen ser traspasados, o que no califican para ello de acuerdo a los estándares que se determinen, dados los perfiles de cargo del nuevo organismo.

Por lo tanto, prosiguió, de lo que se trata es circunscribir el proyecto a la disposición de un procedimiento para los funcionarios públicos antes mencionados, en el cual, por cierto, no están incorporados los trabajadores de los colaboradores acreditados.

De ese modo, indicó que la iniciativa sólo complementará a la ley del Servicio de Protección Especializada, a la futura ley del Servicio de Reinserción Juvenil y a la Ley N° 21.226, a fin de considerar el aludido derecho de indemnización, para asegurar con justicia el reconocimiento de aquellos servidores que serán traspasados.

Por esas razones, precisó, no viene al caso el contemplar en este proyecto a los trabajadores de los colaboradores acreditados, en tanto el punto ya se encuentra resuelto en la propia normativa legal del nuevo Servicio de Protección Especializada, justamente para los efectos de la preocupación hecha presente, con razón, por la Honorable Senadora señora Provoste, de que tales trabajadores tengan las competencias necesarias para su desempeño con los niños, niñas y adolescentes, y se les respete, además, su condición laboral.

Por otra parte, refiriéndose ahora a la inquietud manifestada por el Honorable Senador señor Montes sobre la situación de las funcionarias que se encuentran con fuero maternal, señaló que, de igual modo, el protocolo consideró una disposición que aborda expresamente el particular, en concreto su cláusula 7, que establece que:

“7.- Aquellas funcionarias que se encuentren gozando de fuero maternal y que no cumplan con los requisitos y/o competencias para ser traspasadas a un cargo homologable en el nuevo Servicio, podrán continuar en el Servicio Nacional de Menores hasta que se cumpla el plazo de vigencia de dicho fuero.”.

De esa forma, subrayó que ya está incorporada en el protocolo la hipótesis en comento, respetándose el fuero maternal de las servidoras.

Por otro lado, en lo que concierne a los perfiles de cargo sobre los cuales se realizará la evaluación, indicó que de lo que se trata es que, cuando se traspase al funcionario respectivo, éste cumpla con el perfil del nuevo Servicio.

Así, observó que se está impulsando un modelo de intervención distinto, con significativas diferencias respecto del actual, por lo que los criterios para verificar si el funcionario cumple o no con las nuevas exigencias requiere, por cierto, de la definición de un perfil, trabajo que se encuentra realizando en estos momentos la Subsecretaría de la Niñez., procedimiento que, evidentemente, en necesario para llevar a cabo la evaluación.

A continuación, abordando el punto sobre la ponderación consultada, destacó que se trata de un aspecto no menor, y que consta de dos elementos de juicio.

El primero, explicó, consistente en la trayectoria de la persona a evaluar, es decir, su antigüedad, anotaciones de mérito y de demérito, sanciones, etcétera. En otras palabras, su historia en el Servicio y sus antecedentes curriculares.

El segundo, prosiguió, se refiere a las funciones que se desempeñarán en el nuevo Servicio, por lo que se evalúan competencias de carácter psico laborales.

Ambos factores, señaló, son necesarios para desarrollar de manera seria y objetiva el procedimiento de calificación.

Lo anterior, con la finalidad de asegurar, a través de los test psico laborales y de entrevistas con enfoques en áreas de competencia, que la persona va a cumplir la función que asumirá en la nueva institucionalidad.

En seguida, aseveró que parte del cuestionamiento al Servicio Nacional de Menores dice relación con su modelo de intervención y con el hecho de que las personas no tienen las calificaciones adecuadas para desempeñarse debidamente en el organismo, dadas las exigencias que reviste el trato con los niños, niñas y adolescentes, sobre todo cuando estos últimos presentan distintas vulnerabilidades y diferentes tipos de dificultades.

Por consiguiente, expresó que, en un extremo, una crítica podría sostener que todos los funcionarios fuesen traspasados, a la cual se le replicaría indicando que lo que se pretende impulsar es un nuevo Servicio, con metodologías nuevas y con las mejores y más adecuadas personas a cargo.

En ese sentido, indicó que estima que la inmensa mayoría de los funcionarios califica para tal tarea, pero probablemente no todos.

En efecto, explicó, el interés superior del niño conduce a disponer de un proceso de evaluación para asegurar el objetivo de que las personas seleccionadas, efectivamente, van a realizar el mejor desempeño en la nueva institucionalidad.

En seguida, señaló que, inicialmente, la ponderación en referencia disponía de un veinte por ciento de valoración de la trayectoria, y un ochenta porciento de la evaluación de competencias psico laborales.

Sin perjuicio de lo anterior, prosiguió, producto de las conversaciones con las asociaciones y con la Subsecretaría de la Niñez, se arribó a una ponderación de un treinta y cinco y de un sesenta y cinco por cierto, respectivamente, de tales factores.

Sin embargo, destacó, como una muestra de la flexibilidad con que se dialogado con los actores del rubro, y de cómo se han acogido las inquietudes de los mismos, el Ejecutivo manifiesta su voluntad de establecer tales criterios de ponderación en un cuarenta y sesenta por cierto, correspondientemente, aumentando así la valoración de la trayectoria de los funcionarios en este proceso, equiparando del mismo modo tales factores.

Con ello, destacó, se advierten los continuos esfuerzos para arribar a un acuerdo que resuelva las inquietudes planteadas, avanzando así de una manera razonable.

En tal sentido, subrayó que se trata de preocupaciones compartidas también por el Ejecutivo, el que no pretende estigmatizar a los funcionarios del Servicio Nacional de Menores, sino que, por el contrario, reconoce el enorme esfuerzo y sacrificio que la inmensa mayoría de ellos ha hecho.

No obstante ello, agregó, se deben abordar que sobre el particular existen, no sólo a nivel nacional, sino también en el plano internacional, en donde se exigen estándares en la implementación de los cambios radicales que se requieren para terminar con una historia de vulneraciones por las que Chile ha sido sancionado, precisamente, por organizaciones internacionales.

Por consiguiente, indicó que, justamente por tales razones, se han realizado múltiples esfuerzos instituciones, encuadrándose el proyecto en las referidas exigencias, a fin de que el nuevo Servicio genere un antes y un después en el sector, con el objetivo de marcar una diferencia en la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, en miras de que no se cuestione ni estigmatice más a aquéllos ni a los trabajadores que se relacionan con los mismos.

Por último, y en virtud de las modificaciones propuestas por el Ejecutivo, invitó a que la Asociación Nacional de Funcionarios del Servicio Nacional de Menores (AFUSE) suscriba también el protocolo como una señal de que todos están colaborando al cumplimiento de los propósitos antes descritos.

El Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, preguntó luego en qué estado de desarrollo se encuentra el proceso de elaboración de los perfiles de cargo, y el modo en que los gremios podrán participar y, eventualmente, objetar las determinaciones que se hagan al respecto.

En seguida, indicó que el protocolo en comento, más que plasmarse en el texto de la iniciativa, deberá ser contemplado en el Decreto Supremo que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dicte para tal efecto.

Sin perjuicio de lo anterior, expresó que, a partir de lo señalado por quien le antecedió en el uso de la palabra, existiría voluntad del Ejecutivo de establecer como imperativo el deber del Director Nacional del Servicio Nacional de Menores de efectuar evaluaciones a los funcionarios.

Por otra parte, refiriéndose a las funciones técnicas que se seguirán desarrollando y las nuevas que se implementarán, resaltó que las experiencias que se han verificado en el pasado han isdo inadecuadas, en lo que respecta a las labores desarrolladas por entidades evaluadoras a los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (en adelante, CREAD).

En efecto, explicó, los cuestionamientos de los gremios a la ponderación que se efectuará en la evaluación, como a las capacidades objetivas y técnicas de dichas entidades, tienen su origen, precisamente, en tal experiencia.

Por tal razón, prosiguió, es que se solicitó ese cambio en la ponderación, a lo cual ya el Ejecutivo ha manifestado su voluntad de establecer un criterio de sesenta por ciento a la evaluación, y un cuarenta por ciento a la experiencia.

Finalmente, señaló que, según entiende, en la evaluación de la trayectoria de los funcionarios, se dejarían fuera los períodos irregulares que se han verificado en el último tiempo.

La Presidenta de la Asociación Nacional de Funcionarios del Servicio Nacional de Menores (AFUSE), señora Alicia Del Basto, resaltó que para que el mensaje que la autoridad entrega de que los mejores deben desempeñarse en el nuevo Servicio, la preocupación por ello debió haber sido atendida desde hace muchos atrás.

En ese panorama, subrayó, son los gremios los que recogen el dolor de los trabajadores y abogan por el respeto de sus derechos.

Por el contrario, añadió, no ha existido preocupación por los funcionarios del Servicio, especialmente en los últimos dos años, en donde, en virtud de los acontecimientos acaecidos en nuestro país y en el mundo, dichos servidores han experimentado un total abandono para afrontar tales contextos, sin contar con un Director Nacional titular en el cargo y sin el número de funcionarios suficientes para desempeñar las labores del organismo.

En seguida, en lo referente a los porcentajes de la ponderación, señaló que la proporción mínima que debiese fijarse, habida cuenta de lo que significa enfrentar una evaluación psico laboral en las condiciones en que se encuentran los funcionarios, es de un cincuenta por ciento para ambos elementos (experiencia y evaluación).

Por tal razón, prosiguió, los funcionarios han dado continuidad a las labores desarrolladas en los centros del modo en que han podido con los escasos medios con los que cuentan.

En ese sentido, destacó que los profesionales y técnicos del Servicio han desplegado e implementado durante los años las políticas definidas en el nivel central, las que no han sido decididas por los funcionarios.

Luego, recalcó que, en la ponderación que se haga de la experiencia, no es posible que los sumarios y anotaciones de deméritos sean considerados dos veces, esto es, en su calidad propia y al momento de la calificación final del servidor. Por tal razón, precisó, y de acuerdo a la normativa legal que rige el particular, tales antecedentes sólo debiesen ser considerados una vez, siendo jurídicamente cuestionable proceder de otra manera.

Posteriormente, sostuvo que la opinión pública mantiene una mirada crítica sobre el Servicio, sin perjuicio de que los cuestionados del sistema no han sido los funcionarios del Servicio Nacional de Menores, sino que los trabajores de los colaboradores acreditados.

A modo de resumen, señaló que, no de no aclararse los puntos previamente descritos en su intervención, no se solucionarán los problemas actuales en la nueva institucionalidad, verificándose al poco tiempo de marcha de esta última las mismas problemáticas.

Un ejemplo de ello, explicó, se ha verificado con el nuevo modelo de intervención y de residencias impulsado, y que ha llevado al cierre de algunos CREAD.

Dicho proceso, en donde los funcionarios no han tenido mayor autoridad, limitándose su participación sólo a la emisión de opiniones no vinculantes, ha resultado ser, a su juicio, un desastre, en donde a partir de las calificaciones efectuadas por las entidades evaluadoras, no se ha garantizado que los buenos funcionarios se traspasen, habiéndose verificado incluso la situación totalmente opuesta.

Ello, resaltó, da cuenta que en ese proceso las entidades evaluadoras no cumplieron sus labores, precisamente por no asumir el fundamental rol de los funcionarios en dicho procedimiento.

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín, a su turno, expresó que, efectivamente, en el comité seleccionador de las entidades evaluadores para este nuevo proceso, se considera la representación de las tres asociaciones nacionales, de manera que, en esa instancia, las organizaciones van a poder participar en la determinación de cuáles serán las entidades o personas que serán las evaluadoras en este proceso.

Por tal razón, señaló que debe existir la tranquilidad de que, si algo no se hizo bien en los procedimientos anteriores, eso no se va a repetir, existiendo garantías en ese sentido.

En efecto, indicó que, más allá de las inquietudes que se susciten, que pudiesen llevar a que cada detalle del protocolo fuese objetado, lo cierto es que en dicho instrumento ya se recoge lo sustantivo y los criterios a aplicar, considerando, precisamente, las situaciones previas en este contexto.

Luego, expresó que, por cierto, el Ejecutivo reconoce la abnegación de muchos funcionarios ante todos los problemas que han debido sortear, lo que ha conducido que algunos de ellos hayan permanecido en los centros por hasta dos o tres días sin salir, justamente porque han existido compañeros de trabajo con licencias médicas o por tratarse de personas consideradas como población de riesgo por la situación sanitaria del COVID.

De ese modo, prosiguió, el momento donde puede hacerse testimonio de dichos episodios es precisamente en la aprobación del presente proyecto de ley.

Posteriormente, expresó que, lamentablemente, las dificultades que se han verificado en la red no sólo han ocurrido en los centros de los colaboradores acreditados. En ese sentido, recordó que el problema que hace estallar la situación del trato hacia la niñez y adolescencia vulnerada en nuestro país, ocurre en el CREAD Gavarino, a propósito de la muerte de Lissette Villa.

De igual modo, recordó que, desde Naciones Unidas, se obligó a Chile a cerrar el CREAD Playa Ancha.

En consecuencia, indicó que, para no seguir haciendo historia de estas situaciones, es claro que el sistema ha presentado problemas en distintas entidades, siendo eso lo que necesitamos cambiar como país. De ahí, observó, que el proceso de traspaso se hace con el debido cuidado y cautela.

Por otra parte, en lo relativo a los perfiles de los cargos del nuevo Servicio, señaló que ellos, evidentemente, deberán estar listos antes de que se lleva a cabo la evaluación, pudiéndose conocer de antemano por todos los actores.

Así, explicó que tales perfiles están siendo desarrollados por la Subsecretaría de la Niñez, organismo que se encuentra muy avanzado en dicha tarea.

Luego, afirmó que el objetivo central del proyecto de ley en debate es asegurar que el procedimiento de traspaso esté bien configurado y regulado, habiéndose introducido las modificaciones necesarias para garantizar la objetividad y seriedad del proceso, habiéndose también recogido la propuesta de la Honorable Senadora señora Provoste, de que el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores deba hacer las evaluaciones a los funcionarios.

Todo lo anterior, añadió, con la finalidad de darle todavía más énfasis al hecho de que las reglas del proceso van a ser confeccionadas escuchando a los funcionarios, con su debida y activa participación, tal como se ha hecho en la redacción del protocolo, por lo que las inquietudes expresadas previamente se encuentran debidamente recogidas en tal instrumento, lo que muestra que se ha conversado permanentemente para resolver cualquier tipo de dudas al respecto.

Por último, en lo que concierne a las proporciones ha fijar para la ponderación, manifestó la voluntad del Ejecutivo de elevar la valoración del factor de experiencia de los funcionarios a un cuarenta por ciento (el sesenta por ciento restante respondería a la evaluación), como una señal positiva del ánimo con que se está trabajando, teniendo presente que existen miradas distintas sobre el particular, que no han constituido un obstáculo para realizar constantes esfuerzos de acercamientos, que se verifican en las indicaciones presentadas por S.E. el Presidente de la República al proyecto y las propuestas de cambio del protocolo que se han discutido.

La Honorable Senadora señora Provoste, en primer lugar, agradeció la disposición del Ejecutivo de escuchar las preocupaciones hechas presente por las organizaciones, estrechando de esa forma los espacios a la discrecionalidad del proceso.

Ello, agregó, es de vital importancia para los funcionarios del Servicio Nacional de Menores que quieren seguir colaborando, ya que las determinaciones que se adopten en el texto del proyecto de ley tendrán un impacto trascendental en sus vidas.

Posteriormente, subrayó la necesidad de que las instituciones que realicen los test psico laborales cumplan con determinados requisitos, cuestión que, a su juicio, no está abordado ni en el protocolo ni en la iniciativa.

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín, observó que, precisamente para garantizar la seriedad de las entidades evaluadoras, es que los funcionarios del Servicio, en conjunto con la Dirección Nacional, serán quienes seleccionen a tales instituciones.

Así, sin perjuicio de no recordar en detalle la descripción de los requisitos para postular como evaluador del proceso, no obstante asegurar que las bases mínimas para ello ya existen.

Por consiguiente, prosiguió, las tres asociaciones de funcionarios se encuentren contempladas en el proceso, más allá de que no todas ellas hayan suscrito el protocolo, justamente porque se considera relevante que todos los gremios participen.

En consecuencia, agregó, el punto se encuentra debidamente recogido, con el compromiso de integración de las asociaciones en el comité seleccionador de los órganos colaboradores.

El Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, por su parte, en lo referente a los colaboradores acreditados, señaló que si bien no son contemplados en el proyecto de ley en análisis, es fundamental que los estándares que deben observar tales entidades debe subir significativamente, en términos de su trato con los niños, los equipos profesionales para ello y las condiciones de trabajo con tal fin.

De lo contrario, resaltó, carecería de base el planteamiento del Ejecutivo, por lo que resulta vital tener presente este punto.

Sin perjuicio de lo anterior, agradeció la disposición de avanzar en los puntos en debate.

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín, replicó que, efectivamente, el Ejecutivo se encuentra desarrollando acciones para hacer frente a las inquietudes en este ámbito, con el objetivo de fortalecer las capacidades de quienes se encuentran desempeñando labores de trato directo con los niños.

El Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, a su turno, señaló que el proceso de traspaso en discusión es una cuestión sin mayores precedentes, sólo existiendo experiencias similares en educación, donde también se verificaron grandes problemas, toda vez que se trata de cambios estructurales en la institucionalidad.

En seguida, observó que, habiendo buena disposición tanto de los gremios como del Gobierno para arribar a un acuerdo, sugirió que se suspenda transitoriamente el trabajo de la Comisión, a fin de que se otorgue tiempo a la señora del Basto para ver la disposición de un gremio ante la última proposición en lo referente a la ponderación, con el objetivo de resolver el principal tema pendiente.

La Honorable Senadora señora Van Rysselberghe, por su parte, indicó que el particular se lleva discutiendo hace ya bastante tiempo, habiendo existido varias concesiones de parte de la autoridad, encontrándose en consecuencia, a su juicio, bastante aseguradas las garantías a los funcionarios de que el traspaso al nuevo Servicio será un proceso objetivo.

Posteriormente, afirmó que el hecho de pertenecer a una institución, sea pública o privada, no asegura de por sí que el trabajador en cuestión sea bueno o malo, siendo probable que hayan ambos al interior de la entidad.

Por tal razón, finalizó, existen a su parecer las garantías necesarias para asegurar que los buenos funcionarios serán efectivamente traspasados al nuevo Servicio.

El Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, recalcó que aquí están en juego los derechos de los trabajadores, ya que, para mejorar la realidad existente en el sector, se ha optado por un cambio de la institucionalidad, procedimiento en el cual las posiciones de los funcionarios resultan del todo legítimas.

La Honorable Senadora señora Provoste, a continuación, valoró la disposición del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de restringir la arbitrariedad inicial que, a su juicio, el proyecto otorgaba al Director Nacional del Servicio Nacional de Menores, como también los avances en la proporción de la ponderación que se han hecho, sin perjuicio de lo razonable de la proposición efectuada al respecto por quien le antecedió en el uso de la palabra (cuarenta y cinco por ciento de valoración para la trayectoria de los funcionarios).

No obstante lo anterior, resaltó que todavía mantiene sus dudas respectos de los colaboradores acreditados. Ello, toda vez que no existe en nuestro ordenamiento ninguna normativa que someta a los trabajadores de tales entidades, a las mismas exigencias que a los funcionarios del Servicio Nacional de Menores, considerando débil que ello dependa de la eventual suscripción de futuros convenios con cada institución.

En efecto, aseveró que el interés superior del niño nos debe conducir a que, independientemente de que éste se encuentre un centro de administración directa del Estado o en un establecimiento de un colaborador acreditado, las exigencias de calidad en su trato deben ser las mismas, sin que ello pueda quedar sometido a la firma de un eventual convenio.

En ese sentido, indicó que en educación todas las instituciones que reciben fondos del Estado son sometidas a los mismos parámetros, regla que debiese seguirse también en el ámbito proteccional.

Lo anterior, permitiría afianzar la máxima antes mencionada, como también la calidad de las evaluaciones y la protección de los derechos laborales.

Posteriormente, reconoció positivamente la disposición del Ejecutivo de que las evaluaciones sean un deber del Director Nacional del Servicio Nacional de Menores, y no sólo una facultad. Sin embargo, agregó, parece razonable la proporción propuesta por AFUSE de que la ponderación entre trayectoria y evaluación sea de un cincuenta por ciento para cada factor.

Por último, reiteró su preocupación de que también se aborden las materias previamente descritas por su persona sobre los trabajadores de los colaboradores acreditados, en la presente iniciativa.

El Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, respecto de lo señalado al final de la intervención de quien lo precedió en el uso de la palabra, indicó que dichas medidas hacia los colaboradores acreditados debiesen plasmarse en el protocolo, ya que el punto fue discutido anteriormente, en lo que es la actual ley del nuevo Servicio de Protección Especializada.

La Honorable Senadora señora Sabat, destacó la necesidad de que tanto los miembros de la Comisión como AFUSE, considere a las demás asociaciones en los planteamientos que se hagan, ya que estas últimas han cedido y trabajado en estos temas con respeto, generando los espacios de conversación necesarios.

Lo anterior, en consideración además de que el Ejecutivo ha mantenido una disposición permanente al diálogo, acordando múltiples puntos frente a diversas solicitudes que se le han planteado.

El Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, recalcó que en el debate se ha valorado el trabajo de cada uno de los gremios, todos quienes plantearon no estar satisfechos por la fórmula de ponderación propuesta por el Ejecutivo.

La Honorable Senadora señora Sabat, expresó que en un proceso de negociación siempre se debe ceder algo en su posición a fin de arribar a algún acuerdo.

El Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, replicó que el debate pretende buscar y establecer un equilibrio entre el proceso de traspaso de los funcionarios, con la protección de los derechos laborales de los mismos.

Posterior a ello, se pasó a suspender transitoriamente el debate en la Comisión.

Al reiniciarse la sesión, el Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, otorgó el uso de la palabra a la Presidenta de la Asociación Nacional de Funcionarios del Servicio Nacional de Menores (AFUSE), señora Alicia Del Basto, a fin de verificar a qué determinación había llegado el gremio que encabeza, una vez consultados los representantes de la organización, frente a las propuestas efectuadas por el Ejecutivo.

La Presidenta de la Asociación Nacional de Funcionarios del Servicio Nacional de Menores (AFUSE), señora Alicia Del Basto, indicó que, luego de haberse reunido con dirigentes del gremio desde Arica a Punta Arenas, se estimó que si bien se reconoce como un avance la propuesta del Ministerio, como también determinadas modificaciones en el protocolo, en el texto del proyecto de ley no se realizaron las enmiendas suficientes como para que AFUSE brinde su apoyo a la iniciativa.

En ese sentido, explicó el Servicio Nacional de Menores, la Subsecretaría de la Niñez y la Directora de implementación del nuevo Servicio, se encuentran trabajando con la mesa que reúne a los colaboradores acreditados, que encabeza y coordina la señora Teresa Izquierdo.

En efecto, señaló que, frente a las propuestas enviadas por la Asociación, no existió ningún tipo de respuesta de parte de las autoridades, por lo que entienden que las mismas no fueron recogidas.

Asimismo, agregó, se ha trabajado con académicos de distintas Escuelas de la Pontificia Universidad Católica de Chile en estas materias, contando incluso con apoyo del sector privado para ayudar a financiar este trabajo.

Lo cambios en las atribuciones contempladas en el proyecto de ley son fundamentales, agregó, toda vez que las mismas no regirán solamente para proceso de implementación del nuevo Servicio de Protección Especializada, sino también para el nuevo Servicio de Reinserción Social Juvenil.

De ese modo, prosiguió, AFUSE, no obstante reconocer la relevancia de la indemnización contemplada en la iniciativa, en tanto alternativa para los funcionarios que saldrán de la institucionalidad, no está de acuerdo en otorgar “una carta en blanco” a la autoridad para determinar cuáles serán los funcionarios que se van y quiénes se quedarán

Bajo esa misma gama de acciones, precisó, la organización Nuevo Futuro ha realizado una investigación completa acerca de cómo las instituciones desarrollan el trato directo con los niños de las residencias.

En seguida, en lo relación a la última proposición efectuada por el Ejecutivo respecto de los porcentajes de ponderación, señaló que la misma se estima insuficiente, debiendo incrementarse hasta llegar al menos el cincuenta por ciento la valoración de la trayectoria, para que se advierta un reconocimiento efectivo de la historia laboral de los funcionarios por parte del Gobierno.

En este punto, resaltó, cabe destacar que los dos principales problemas que se observan son, por una parte, la salud mental de los niños, y por otra, el modo de mejorar la preparación, capacitación y selección de los trabajadores de los colaboradores acreditados, que atienden a prácticamente el noventa por ciento de los niños de la red.

En el mismo sentido, indicó que el problema se agudiza aún más cuando todavía no se conocen los perfiles de cargos y requisitos que se utilizarán como parámetros en la evaluación.

A fin de determinar cómo se configurará tal proceso de capacitación, agregó, se desplegará un plan piloto al respecto en la Región de La Araucanía.

Por otro lado, calificó de innecesario que se transcriba en el protocolo el respeto al fuero maternal de las funcionarias, ni menos establecer que, luego de concluido el mismo, la funcionaria que no cumpla con los requisitos exigidos para ser traspasada al nuevo Servicio, cesará en su cargo. Lo anterior, en tanto la protección a dicha figura laboral ya se encuentra reconocida por nuestra legislación, no siendo una opción o alternativa el cumplirla o no.

En tal proceso, indicó que, con la participación de Chile Valora, se van a definir los perfiles de capacitación para los diferentes cargos y trabajos que hay al interior de las residencias.

Posteriormente, reiteró que, a juicio de AFUSE, no resulta legal que, en la evaluación del funcionario de que se trate, se valore negativamente, dos veces, la existencia de un sumario que haya concluido con una sanción o una anotación de demérito, por una parte, y luego nuevamente por medio de la calificación respectiva producto de lo anterior.

En consecuencia, expresó que toda la preparación que se está haciendo se realiza en miras a que, cuando entre en operación el nuevo Servicio, se le pueda otorgar un refuerzo significativo a quienes trabajan en las residencias, siendo ello una parte esencial del éxito de la nueva institucionalidad.

De ese modo, resaltó que, sin consenso en los puntos anteriormente descritos, no resulta posible la adhesión al protocolo, el no que resultará suscrito por la organización que representa a la mayoría de los funcionarios.

A partir de lo anterior, sostuvo que para el Ejecutivo es claro que no sólo basta con las leyes que creen los nuevos Servicios, sino que se precisan de otras consideraciones adicionales.

Por tales razones, sugirió que la Comisión realice un seguimiento en el cumplimiento de dicho instrumento.

Por esa razón, agregó, además del derecho de indemnización contemplado en el presente proyecto de ley, se ha desplegado un trabajo en conjunto entre la Subsecretaría de la Niñez, el Servicio Nacional de Menores y la Directora de implementación del nuevo Servicio, para preparar los mecanismos que establezcan un proceso de capacitación del Servicio Nacional de Menores en el más corto plazo.

Luego, en lo que se refiere a la participación de los gremios en el proceso, aspecto resaltado por el Ministerio, destacó que, de acuerdo a la ley, la generalidad de las asociaciones mayoritarias de los Servicios cuenta con tal derecho. En efecto, explicó que AFUSE participa en el Consejo de Bienestar y en el Comité Bipartito de Capacitación, por lo que lo esperable era que no se otorgara un trato distinto en el procedimiento de traspaso en cuestión.

Así, explicó, ya han sido diseñados los contenidos, propuestas y perfiles, con la aprobación de Chile Valora, cuya implementación se realizará durante este año por medio del plan piloto que asegurará que este instrumento se podrá aplicar a quienes formen parte de los colaboradores acreditados, a fin de garantizar que se trabajo esté bien hecho.

Por otra parte, subrayó la necesidad de que las personas nuevas que ingresen al Servicio, también se evalúen bajo los mismos requisitos y condiciones a las que se sujetan los actuales funcionarios.

Luego, manifestó la disposición del Ejecutivo para hacer llegar a la Comisión todos los antecedentes de esos esfuerzos complementarios y adicionales previamente descritos.

En ese punto, indicó que, hasta hace un año atrás, el ingreso de nuevas personas al Servicio se realizada por medio de procesos serios y transparentes, cuestión que, lamentablemente, se dejó verificar desde hace un año.

En ese sentido, destacó que la investigación que se hizo respecto del funcionamiento de los colaboradores acreditados, fue muy interesante y reveladora de los problemas que dichas entidades tienen, las que se espera que sean superadas por medio del trabajo que se está desarrollando, por medio de la definición de perfiles y el aludido plan piloto antes mencionado, que pretende perfeccionar asimismo tales instrumentos.

Es así, como afirmó que desde esa fecha comenzaron a ingresar personas designadas unilateralmente por la autoridad. Por tal razón, espera que a estos nuevos funcionarios se les apliquen también las exigencias de la evaluación para su continuidad en la nueva institucionalidad.

Todo, subrayó, da cuenta de que todavía hay mucho que cambiar para asegurar que se brinde el mejor trato a la niñez, lo que se refleja en la intención del Gobierno de dejar todo hecho para que, al momento de la entrada en vigencia del nuevo Servicio de Protección Especializada, y más allá que ello corresponda a una nueva Administración, haya una diferencia muy significativa con el estado actual de las cosas, a fin de que este proceso institucional tenga el mayor de los éxitos.

El Presidente de la Asociación Regional Metropolitana de Trabajadores del Servicio Nacional de Menores (ARMETRASE), señor Gonzalo Marín, a su turno, manifestó que la entidad que encabeza no respalda el proyecto de ley en discusión, en tanto el mismo, a juicio de ARMETRASE, refleja un mal acuerdo, toda vez que desde la base, su discusión se ha desarrollado sólo con algunos de los gremios de trabajadores del Servicio Nacional de Menores, que, además, son minoritarios respecto de la totalidad de funcionarios de este organismo.

El Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, expresó que, a partir de lo señalado previamente por quien le antecedió en el uso de la palabra, el punto que quedaría por resolver sería la determinación de la proporción que se seguirá en la ponderación entre la evaluación y la trayectoria de los funcionarios.

Lo anterior, recalcó, constituye un elemento estructural para entender que, frente a un mal acuerdo, lo que hay que hacer es ampliar y considerar de mejor forma los elementos en discusión, incluso aquellos que otras organizaciones han desestimado, siendo ello parte de la responsabilidad política de las autoridades presentes en el debate

En ese sentido, consultó al Ejecutivo de que, con el fin de acercar posiciones, se emplee un criterio que valore en un cuarenta y cinco por ciento la trayectoria, y en un cincuenta y cinco por ciento la evaluación propiamente tal.

En ese sentido, calificó de paradójico que siempre se haya mencionado en la discusión que sólo son tres las asociaciones del Servicio, mientras que la realidad es que son cuatro las organizaciones gremiales de dicha institución. Así, agregó, malamente se puede concurrir a un buen acuerdo, ni generar una política pública específica que defina el traspaso de los funcionarios del Servicio Nacional de Menores, si es que no se consideran las voces de todos los actores.

Lo anterior, ya que la trayectoria es un valor muy importante, habida cuenta de la historia y el trabajo de los gremios y de los funcionarios en la institución, sin perjuicio de que con ello todavía la ponderación de la evaluación permanece alta, más allá de lo incierto de esta última, producto de las últimas experiencias que se han verificado.

De ese modo, afirmó que el proyecto establece una atribución, para el Director Nacional del Servicio, arbitraria y discriminatoria, que no sólo genera un daño a los funcionarios públicos, sino que también a las políticas públicas que se pretenden impulsar.

Así, añadió, en la lógica indicada por el ejecutivo de establecer mejores condiciones para elevar la calidad de las evaluaciones, como también la consideración de una mayor participación de las asociaciones, una proporción como la previamente propuesta acercaría mucho las posiciones para finalmente resolver el particular con un acuerdo entre todos los actores, o con al menos la disposición de ellos de aceptar un consenso de esa naturaleza.

Por consiguiente, prosiguió, se debe proceder a ampliar el acuerdo, reconociendo con mayor fuerza la trayectoria de los funcionarios, para lo cual siempre existe disposición al diálogo y para resolver las inquietudes que se susciten.

La Honorable Senadora señora Sabat, valoró nuevamente los esfuerzos del Gobierno y de las asociaciones por acercar posiciones, entendiendo que el principal punto de desacuerdo, tal como lo indicó quien le antecedió en el uso de la palabra, es la distribución de los criterios en la referida ponderación.

En ese sentido, consultó a la Presidenta de la Asociación Nacional de Funcionarios del Servicio Nacional de Menores (AFUSE), señora Alicia Del Basto, si existe disposición para adecuar su postura en los términos planteados por el Ejecutivo, habiéndose ya elevando el criterio de ponderación de la trayectoria, a fin de lograr un acuerdo entre todos los actores.

La Presidenta de la Asociación Nacional de Funcionarios del Servicio Nacional de Menores (AFUSE), señora Alicia Del Basto, respondió expresando que la organización que encabeza representa a dos mil doscientos funcionarios, por lo que debe contar con algún un tiempo para resolver el punto con su asociación.

De esa forma, dejó de manifiesto que ni siquiera una ponderación de un cincuenta por ciento para cada factor, esto es, trayectoria y evaluación propiamente tal, releva la historia laboral de los funcionarios, de ahí que propone que el primer criterio alcance un sesenta por ciento, mientras que el segundo un cuarenta por ciento. En seguida, señaló que lo anterior se hace todavía más necesario teniendo presente que todavía no se conocen los contenidos específicos de la evaluación en cuestión.

Posteriormente, resaltó que sólo el día de ayer (16 de marzo de 2021), la Directora Nacional del Servicio Nacional de Menores, cumplió con la instrucción dada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, referente a convocar a la Federación de Trabajadores del Servicio para entregar sus aportes al respecto.

Evidentemente, agregó, de esa manera no puede plantearse que éste sea un buen acuerdo, en tanto no se ha desarrollado la mejor de las discusiones en el proceso para arribar al mismo.

Luego, sostuvo que debe tenerse presente que el precedente que se genera con la iniciativa en debate, tendrá efectos en todos los trabajadores del sector público, de ahí que sea una responsabilidad de los miembros de la Comisión resolver el particular adecuadamente, mejorando el proceso institucional en cuestión, a fin de garantizar las condiciones en que el mismo se lleve a cabo, cautelando los derechos de los trabajadores, con el objetivo de superar los vicios de arbitrariedad y discrecionalidad que el procedimiento actual presenta.

Por consiguiente, expresó que ARMETRASE en el pasado mes de enero entregó un documento con propuestas de cambio al proyecto, las que no fueron consideradas, por lo que la organización no puede concurrir a la aprobación de la iniciativa en las condiciones que hoy la misma presenta.

Por otra parte, señaló que es relevante que se explicite de qué forma se determinará que un funcionario ha aprobado el proceso de evaluación. En ese sentido, la entidad que preside estima necesario que se disponga que, habiendo cumplido el servidor de que se trate con el cincuenta por ciento de las exigencias en los dos factores de la evaluación, éste debiese entenderse como calificado para ser traspasado al nuevo Servicio.

Finalmente, reiteró que se precisa fijar una ponderación que observe una proporción de un sesenta por ciento para la trayectoria, y de un cuarenta por ciento para la evaluación propiamente tal, a fin de reconocer el aporte e historia laboral de los trabajadores del Servicio Nacional de Menores, aún a pesar de las malas decisiones adoptadas por las autoridades. De no seguirse una proporción como lo planteada, concluyó, se considera que se está ante una distinción regresiva en este importante punto.

El Presidente de la Asociación Nacional de Trabajadores del Servicio Nacional de Menores (ANTRASE), señor Walter Arancibia, afirmó que no es efectivo lo señalado por quien lo precedió en el uso de la palabra, en lo referente a que en las conversaciones que se desarrollaron no estuvieron representados la mayoría de los funcionarios, toda vez que participaron las tres asociaciones nacionales, que reúnen, aproximadamente, al noventa y cuatro por ciento de los trabajadores del Servicio. Más allá de que no se haya logrado un acuerdo unánime entre las organizaciones, agregó, ello sí fue discutido.

En seguida, expresó categóricamente que la suscripción del protocolo por parte de algunos gremios no quiere decir que estas entidades concuerdan plenamente con los postulados del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en este proceso.

En efecto, explicó que tal firma se debió a considerar que, en la actualidad existe normativa vigente que permite que el Servicio defina los perfiles para la nueva institucionalidad unilateralmente, sin necesidad de consultar a las asociaciones, pudiendo incluso establecerse como requisito el contar con un título profesional, el cual no posees muchos de los asociados.

Lamentablemente, agregó, tal realidad debió ser asumida por el gremio que encabeza, habida consideración que los funcionarios se encuentran bajo contrata, por lo que no tienen derecho a ser traspasados sin solución de continuidad.

Posteriormente, indicó que ANTRASE por cierto respalda que se pondere con mayor vigor la trayectoria laboral de los funcionarios, como un reconocimiento a su arduo trabajo en el Servicio.

Sin embargo, precisó, es preocupante que en la evaluación de esa trayectoria se pueda dos veces valorar negativamente un mismo hecho, en el caso de los sumarios o las anotaciones de demérito, por una parte, y luego en la calificación que ha resultado de ellos.

Lo anterior, añadió, se torna más grave si se piensa que el proceso de evaluación también se realizará respecto de los funcionarios de los centros de administración directa de reinserción juvenil, muchos de los cuales cuentan con anotaciones de demérito producto de la complejidad propia de su trabajo, en el trato con adolescentes con serios problemas en su desarrollo.

En tal sentido, indicó que el Servicio es implacable con los errores de los funcionarios al momento de realizar tales anotaciones, pero lamentablemente ello no opera del mismo modo cuando las acciones se desempeñan correctamente.

En seguida, subrayó que, evidentemente el gremio no defiende de modo alguno el maltrato investigado en los procesos disciplinarios, sino que el hecho de que las sanciones aplicadas por hechos distintos que no parecen razonable, habiendo sido incluso un funcionario amonestado por no haber dejado las llaves en el lugar que correspondía.

Posteriormente, señaló que es fundamental que se defina cómo se harán las evaluaciones, como también el período de tiempo que se considerará para tales efectos, indicando que en los últimos tres años han ocurrido episodios que han complejizado aún más las labores al interior del Servicio.

Luego, lamentó que no se haya generado una visión única en las asociaciones, lo que conllevó a que AFUSE no haya concurrido a la firma del protocolo.

Por último, manifestó que se requiere la aprobación del proyecto de ley en análisis, ya que de lo contrario muchos funcionarios se quedarán sin ningún tipo de indemnización en el evento que no resulten calificados positivamente en el proceso de traspaso.

La Subsecretaria de la Niñez, señora Blanquita Honorato, expresó que, tal como lo ha señalado quien la ha precedido en el uso de la palabra, los perfiles de los nuevos cargos ya se encuentran confeccionados por una consulta externa, que se adjudicó tal calidad luego de un proceso licitatorio público desarrollado por el organismo que encabeza.

En ese sentido, señaló que el día de hoy (17 de marzo de 2021) tales perfiles fueron enviados al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por lo que entiende que prontamente habrá una reunión con las asociaciones de funcionarios, de modo de poder revisar el particular y otros temas.

En seguida, en lo que se refiere a las exigencias del proceso, indicó si bien hoy los funcionarios del Servicio cuentan con determinados requisitos, éstos son menores incluso a los que se les exigen a los trabajadores colaboradores acreditados, de acuerdo a ley que creó el Servicio de Protección Especializada.

En efecto, los mayores estándares, en este punto, de los colaboradores acreditados, se refieren, por ejemplo, a que los trabajadores de dichas entidades no pueden tener deudas de alimentos o investigaciones pendientes, parámetros que no son exigidos a los funcionarios del Servicio.

De ese modo, el punto en cuestión es cuál es el efecto que se genera si los funcionarios no cumplen con los requisitos o inhabilidades fijadas. En el caso de estos servidores, agregó, se les está otorgando una indemnización, cuestión que no ocurre en el caso de los trabajadores de los colaboradores acreditados, ya que ellos sólo mantienen una relación contractual con el Servicio.

El Presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios Regionales del Servicio Nacional de Menores (ANFUR), señor Luis Cortez, a su turno, expresó que el protocolo en cuestión operará como un instrumento de resguardo de los derechos de los funcionarios, el cual se ha venido trabajando por alrededor de un año.

En seguida, señaló que si bien hubiera sido positivo un mayor reconocimiento de la trayectoria laboral de los trabajadores, lo cierto es que se necesita disponer de una indemnización para los funcionarios que no podrán ser traspasados a la nueva institucionalidad.

Por tales razones, manifestó que el gremio que encabeza se encuentra de acuerdo con el proceso y con la iniciativa legal en debate.

El Presidente de la Asociación Regional Bio Bio de Trabajadores del Servicio Nacional de Menores (ARTRASE), señor Roberto Belmar, por su parte, expresó que si bien la posición de la organización que encabeza es avanzar en sacar adelante el proyecto de ley en examen, a fin de que exista la respectiva indemnización para aquellos funcionarios que no deseen seguir formando parte de la institucionalidad, lo cierto es que las atribuciones que se fijan para la autoridad deben configurarse de mejor modo, reflejando de esa forma la discusión desarrollada.

En ese sentido, indicó que, más allá que en el protocolo se disponga del reconocimiento de la trayectoria, debe establecerse que en la evaluación de la misma no se podrán considerar negativamente, por una parte, los sumarios administrativos y anotaciones de demérito, y las calificaciones obtenidas a partir de ellos, por otra.

Lo anterior, agregó, ya que muchos funcionarios desempeñan labores de trato directo con niños, niñas y adolescentes de alta complejidad, producto de su vulnerabilidad.

Por tales razones, añadió, es necesario mejorar la consideración de la historia laboral de los funcionarios, pero teniendo presente las particularidades previamente descritas.

Posteriormente, en lo que respecta a las competencias que se evaluarán, indicó que los test pisco laborales dicen relación con la personalidad del trabajador, a fin de determinar si la misma es o no compatible con las funciones que se desempeñarán.

En esa línea, explicó que todos los funcionarios del Servicio, al momento de su ingreso, debieron pasar por una evaluación de esa naturaleza, por lo que un nuevo test en este contexto sería renegar del sistema de reclutamiento que el Servicio ha mantenido por años.

En consecuencia, estimó que dicho punto no constituye una prioridad, por lo que se debe seguir avanzando en un trabajo que posibilite continuar realizando las modificaciones necesarias, con todos los actores, no sólo con dos gremios, a fin de dotar al proceso de un mayor énfasis en el reconocimiento de la trayectoria de los funcionarios.

El Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, resaltó que el ánimo de la instancia legislativa que encabeza es que se adopten decisiones sobre el proyecto de ley en examen, bajo una línea de acuerdo.

Lo anterior, precisó, en tanto se trata de una decisión relevante que recae sobre un gran número de funcionarios, de ahí los constantes esfuerzos para que este proceso de traspaso se haya ido perfeccionando.

En ese sentido, destacó que un componente importante en tal procedimiento es la trayectoria de los funcionarios, de ahí que haya sugerido una ponderación de un cuarenta y cinco por ciento al respecto, dejando un cincuenta y cinco por ciento para la evaluación propiamente tal.

A su vez, señaló que es del todo razonable que en la valoración que se haga del historial de los trabajadores no se genere una doble consideración negativa, respecto de los procesos disciplinarios y sus sanciones, por un lado, con las calificaciones, por otro.

En esa línea, entiende que ello debe asumirse como una cuestión de criterio, por lo que no se va a proceder a valorar el punto de manera mecánica, sino que se observarán las particularidades propias en cada caso, especialmente respecto de funcionarios que se desempeñan en labores de trato directo.

A continuación, expresó que también en dicha evaluación se considerará las especialidades que ha presentado el último tiempo, asumiendo que no ha sido un período normal, sino que, por el contrario, con muchas irregularidades producto del estallido social y la pandemia.

Posteriormente, en lo relativo a la elección de las entidades evaluadores, sostuvo que la calidad de las mismas es clave en el éxito de todo el proceso, para lo cual es valorable que las organizaciones formen parte activa de los comités de selección, habida cuenta de las malas experiencias previas con la evaluación realizada a los funcionarios de los CREAD.

Luego, señaló que, en su opinión, tratándose de contextos laborales en donde se verifica una relación adulto-niño, es fundamental que las evaluaciones psico laborales se encuentren actualizadas, no bastando solamente con aquellas realizadas al ingreso del funcionario al Servicio.

Por otro lado, en lo que concierne a los perfiles de los nuevos cargos, indicó que entiende que se trata de algo que se está desarrollando de manera seria, contando con tales elementos de manera previa a la evaluación, a fin de que los mismos puedan ser conocidos por todos los actores.

A su turno, en lo referente a los trabajadores de los colaboradores acreditados, asume que existe un acuerdo de que los mismos también serán evaluados bajos los mismos estándares a los que se sujetarán los funcionarios del Servicio, lo que se aplicará, de igual modo, a las nuevas personas que ingresen a la institucionalidad.

A continuación, sugirió que la Comisión haga un seguimiento de cerca del proceso de traspaso en análisis, a fin de garantizar el cumplimiento de los principios y criterios envueltos en el procedimiento, y resolver los asuntos que vayan surgiendo.

Por último, destacó que no se pretende generar un conflicto sobre el particular, sino que disponer la mejor solución posible, fortaleciendo la institucionalidad, pensando en el bienestar de los niños y en el respecto de los derechos laborales de los trabajadores.

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín, inició su intervención lamentando que el debate se transforme en uno de carácter circular, en donde se reiteran las mismas ideas.

En ese sentido, explicó que los trabajadores de los colaboradores acreditados no forman parte del proyecto de ley en debate, sino que los funcionarios del Servicio Nacional de Menores que, en caso de no querer continuar en la nueva institucionalidad, o no calificar para ello, cuenten con una indemnización, la cual, en caso de no aprobarse la presente iniciativa, no procederá.

Así, precisó que en las propias normas que la Comisión aprobó al momento de despachar el proyecto de ley que creó el Servicio de Protección Especializada, se dispuso los estándares a los que se debe ajustar el proceso de traspaso en cuestión, los cuales, justamente por medio de la iniciativa en debate, hoy se están aplicando.

Asentado lo anterior, destacó que la evaluación de los funcionarios para analizar si pueden formar parte del nuevo Servicio, es una cuestión que se estableció en la propia ley orgánica de este último, por lo que el llamado hoy es el de fijar un mecanismo que haga que el proceso para tal efecto sea lo más objetivo, razonable y adecuado, teniendo en consideración, justamente, de que la idea principal es crear un nuevo Servicio y no seguir con el actual esquema institucional.

Lo anterior, agregó, en tanto el interés superior del niño exige un modelo de intervención que requiere de perfiles nuevos y distintos, que deben ser tomados en consideración para realizar la evaluación.

Por lo tanto, observó, los puntos antes descritos ya se encuentran acordados en la propia regulación legal, debiendo ajustarse ahora una parte menor.

Por otra parte, recalcó que la presente Administración ha incorporado a muy pocas personas al Servicio. Muestra de ello, explicó, es que el setenta por ciento de los funcionarios de los CREAD fueron traspasados, todos los cuales fueron calificados, por lo que no serán objeto de una nueva evaluación.

En seguida, en lo que respecta a los nuevos ingresos, destacó que, por cierto, se aplicarán a esas personas los mismos estándares que a los funcionarios que serán evaluados para su traspaso, aspectos todos los cuales ya se encentran resueltos por la ley.

Posteriormente, en el punto concerniente a la ponderación de la trayectoria de los funcionarios, señaló que no se debe perder de vista que el objetivo principal del proceso de impulso de la nueva institucionalidad es asegurar el mejor trato posible a los niños, niñas y adolescentes, para lo que se desplegará un nuevo modelo de intervención que requiere, a su vez, la verificación de que el perfil de los cargos del nuevo Servicio corresponda con el de los funcionarios que se traspasarán, para lo cual es necesario realizar una evaluación psico laboral.

Por tales razones, subrayó que, inicialmente, el Ejecutivo proponía una ponderación menor de la trayectoria de los funcionarios, la que alcanzaba un veinte por ciento. Sin perjuicio de lo anterior, y habiendo escuchado los argumentos de las asociaciones gremiales acerca de la importancia de darle más fuerza a la historia laboral de los funcionarios, es que el Ministerio aumentó luego la ponderación de este factor a un treinta por ciento. Asimismo, agregó, dada la presente discusión, habiendo conversado el punto con la Subsecretaría de la Niñez y con la Dirección del Servicio Nacional de Menores, y como una nueva señal de flexibilidad, el Ejecutivo ahora propone que se pondere al historial de los funcionarios en un cuarenta por ciento.

En esa línea, precisó que se deben establecer ciertos límites en la ponderación de la trayectoria de los funcionarios, justamente porque ello puede ser perjudicial para el propio trabajador, en tanto los antecedentes no siempre van a ayudar a que las personas sean efectivamente traspasadas.

Por tanto, añadió, lo que le parece al Ejecutivo responsable y representativo, es que se le otorgue una ponderación de un cuarenta por ciento a la trayectoria laboral.

Por otra parte, expresó que los perfiles de los cargos del nuevo Servicio estarán concluidos antes de la evaluación, encontrándose dicho proceso avanzando con el mayor nivel profesional posible, para garantizar que se haga el trabajo de selección, la que se aplicará a todo nuevo trabajador que ingrese a la institución.

A continuación, en lo referente a las anotaciones de deméritos y los sumarios administrativos que registren los funcionarios, señaló que no es algo que simplemente se pueda descartar sin más de cualquier tipo de valoración. Lo anterior, prosiguió, ya que efectivamente han existido procedimientos disciplinarios por varias causas, dentro de las cuales, lamentablemente, se encuentran situaciones de maltrato que han llevado a aplicar sanciones de distintos grados, por lo que, tales hipótesis, evidentemente que no pueden dejar de ser consideradas.

En efecto, observó, justamente del déficit de nuestra institucionalidad para resolver y hacerse cargo de esas situaciones, es de lo que trata la crítica efectuada a Chile por parte del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, precisamente por la vulneración de derechos que ello ha conllevado durante décadas en la red del Servicio Nacional de Menores, siendo ello un juicio perentorio que nos cuestiona como país.

Por tanto, continuó, si en un sumario administrativo o en una anotación de demérito se observa una conducta grave, por cierto que la misma debe ser considerada en la evaluación, más de que pueda ser una situación que se haya corregido o superado, habiéndose generado luego, a partir de ello, las competencias necesarias y se haya observado un comportamiento ejemplar.

Posteriormente, en lo que respecta al período de la trayectoria que se evaluará, señaló que en la valoración de este factor se considerará la antigüedad del funcionario, pudiendo considerarse suficiente o no el término de los últimos tres años, en el cual se sostiene que ha habido irregularidades derivada de la pandemia, lo que ha suscitado bastante discusión.

Así, expresó que es justo que se reconozca el esfuerzo y dedicación de miles de trabajadores del Servicio, que han tenido que afrontar momentos muy duros, por lo que el particular es algo conversable, sin perjuicio de que sea un tema de fondo.

Por otra parte, sostuvo que no es cierto lo afirmado por la señora Alicia del Basto en lo relativo a aseverar que no se han efectuado modificaciones al proyecto de ley, en tanto el Ejecutivo ha presentado tres indicaciones para precisamente enmendar el texto original de la iniciativa, en línea con los planteamientos sostenidos en el debate.

En efecto, en la indicación N° 1, se dispone que ya no será el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores quien dicte una resolución exenta en donde se plasmará la regulación infralegal del proceso de evaluación para el traspaso de funcionarios, sino que ahora ello será realizado por medio de un decreto supremo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Por otro lado, en lo que concierne al punto sobre los trabajadores de los colaboradores acreditados, resaltó que los mismos no forman parte del presente proyecto de ley, ya que este último tiene por finalidad regular el traspaso de los funcionarios públicos del Servicio Nacional de Menores a los nuevos órganos del sector, a saber, el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil. De ese modo, subrayó, no se deben confundir ambos temas.

Sin perjuicio de lo anterior, destacó que sí es la voluntad del Ejecutivo el asegurar que todos los trabajadores tengan las evaluaciones pertinentes. En efecto, explicó, es la propia ley que creó el nuevo Servicio de Protección Especializada la que garantizó la acreditación de las entidades en comento, debiendo este último organismo fijar las reglas para ello, el que pasa a estar bajo la supervigilancia del Ministerio de Desarrollo Social y Familia a través de la Subsecretaría de la Niñez.

De ese modo, agregó, es perfectamente posible dialogar para determinar cómo se incorporan los criterios de evaluación que la Comisión pueda considerar relevantes en los procesos que se desplieguen al efecto, a fin de asegurar que los colaboradores acreditados cumplan con los estándares exigidos para su personal.

Por consiguiente, añadió, en este punto se comparte siempre la misma preocupación que al momento de crear e impulsar la nueva institucionalidad, esto es, otorgar a la niñez vulnerable y a los jóvenes infractores de ley el mejor trato posible, para lo cual, a su vez, se necesitan de las mejores personas a cargo de ello, las que en su mayoría ya se encuentran en el Servicio Nacional de Menores, por lo que se pretende que sigan realizando sus funciones en los nuevos organismos, para lo cual se requerirá de las evaluaciones en cuestión que determinen si son aptos o no para desarrollar los nuevos perfiles de cargos.

Es más, prosiguió, en el caso del Servicio de Reinserción Social Juvenil, se aumenta la planta de personal, por lo que se necesitará a más personas de las actualmente contratadas, las que, por cierto, deberán cumplir los estándares de calidad que se fijes, a fin de que, nuevamente, se asegure el mejor trato a la niñez vulnerable, la cual ha sufrido por años muchas dificultades.

En esa línea, resaltó que lo anterior es un compromiso país, el cual fue debatido en las reuniones que dieron lugar al Acuerdo Nacional por la Infancia, en donde se procuró recoger opiniones transversales, siendo este punto particularmente discutido, en tanto se proyectaron las dificultades que se generarían en la creación e implementación de los nuevos Servicios.

Por ende, agregó, de lo que se trata es que mantenga los mejores elementos institucionales del Servicio Nacional de Menores, pero incorporándole otros nuevos, para evitar que sigan ocurriendo los problemas que han sido parte del diagnóstico nacional e internacionales sobre las debilidades exhibidas por el sistema durante el tiempo.

Finalmente, sostuvo que, habiendo el Ejecutivo escuchado a la Comisión y a las asociaciones de funcionarios, están las condiciones para llegar a un acuerdo en los términos en que se han conversado los temas, con la mejor disposición de avanzar y de dar garantías de que las mejores personas van a poder estar dar cuentas de las demandas y desafíos de la nueva institucionalidad.

La Subsecretaria de la Niñez, señora Blanquita Honorato, expresó que la repartición que encabeza se encuentra trabajando, en conjunto con el Servicio Nacional de Menores y con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en los perfiles del nuevo Servicio de Protección Especializada, los que deben dar cuenta de una política de garantías de calidad para resguardar el bienestar y el principio de protección del interés superior del niño.

Lo anterior, agregó, con el objetivo de que las evaluaciones cumplan con el mandato legal fijado por la ley que creó el referido Servicio, relativo a que las personas que trabajen con niños cuenten con las competencias y habilidades idóneas para el trabajo, intervención y reparación de las vulneraciones de los niños, niñas y adolescentes sujetos de atención del Servicio.

El Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, observó que no sólo debiesen ser evaluadas las inhabilidades de los funcionarios, sino también sus condiciones psicológicas y competencias.

En seguida, indicó que no le queda del todo claro la forma en que se asegurará que los colaboradores acreditados también sean sometidos a una evaluación equivalente a la que se aplicará a los funcionarios del Servicio Nacional de Menores.

En ese sentido, solicitó que se explique mayormente al punto, confiando en que luego tal proceso se va a realizar con seriedad.

La Subsecretaria de la Niñez, señora Blanquita Honorato, expresó que, efectivamente, junto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se pueden analizar las posibilidades de avanzar en esa línea, teniendo presente que el objetivo del organismo que representa es garantizar que las personas que trabajen con los niños, sea que dependan de órganos públicos o privados, cuenten con las competencias idóneas para los cargos que se van a desempeñar.

La Honorable Senadora señora Provoste, por su parte, indicó que haber alcanzado un cuarenta por ciento en la ponderación de la trayectoria de los funcionarios, si bien no cumple con el anhelo de las organizaciones, sí constituye al menos un paso en la dirección correcta.

Posteriormente, consultó acerca de la fórmula que se empleará en el proceso de traspaso de funcionarios hacia el nuevo Servicio de Reinserción Social Juvenil, preguntando si se empleará el mismo protocolo en cuestión.

El Subsecretario de Justicia, señor Sebastián Valenzuela, respondió que dicho instrumento sólo pretende reglar el procedimiento de evaluación en lo inmediato, esto es, para el traspaso de los funcionarios al nuevo Servicio de Protección Especializada.

En efecto, indicó que en diciembre del año 2020 se comenzó a trabajar con las asociaciones, fijándose los primeros puntos en donde existía consenso.

En tales conversaciones, agregó, surgió el planteamiento de las organizaciones de generar un tipo de excepcionalidad para quienes no cumplan con los requisitos de formación técnica, a fin de que se les concediera un período de adaptación para lograr alcanzar tales requerimientos, cuestión frente a lo cual el Ejecutivo se mostró llano a lograr un acuerdo.

La misma actitud se observó, prosiguió, para extender el cumplimiento de requisitos hacia profesiones afines, si el funcionario no cuenta con la profesión determinada que se fijará en el decreto con fuerza de ley respectivo.

Posteriormente, indicó que cuando se pasó a debatir el tema referente a las capacitaciones y las evaluaciones psico laborales, se verificó un disenso entre las asociaciones, relativo al porcentaje de ponderación de la trayectoria laboral.

Al respecto, señaló que es entendible analizar las distintas situaciones de los funcionarios al interior del Servicio, de acuerdo al cargo que ejercen, en tanto son diferentes las circunstancias de un trabajador de trato directo, con otro que se desempeña en la administración regional o con uno que cumple sus funciones en un centro de administración directa residencial.

En el mismo sentido, explicó que, sobre el mismo punto, también juega un rol el hecho de que los centros de internación y régimen cerrado son muchos más que los recintos residenciales, verificándose la existencia de los primeros en cada una de las regiones, por lo que hay un mayor número de funcionarios desempeñándose en tales establecimientos.

De ese modo, agregó, y en tanto la evaluación de la trayectoria considera la existencia de sanciones disciplinarias, las diferentes situaciones generan legítimamente distintas visiones al respecto.

Por consiguiente, y a fin de resolver la entrada en operaciones del nuevo Servicio de Protección Especializada, cuya creación ya se encuentra aprobada por ley, es que el protocolo en comento alcanzará sólo el traspaso a dicho organismo.

En consecuencia, continuarán las conversaciones respecto del Servicio de Reinserción Social Juvenil.

El Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, señaló que, a partir de los dichos de quien le precedió en el uso de la palabra, no se aplicará mecánicamente el protocolo al traspaso de los funcionarios al nuevo Servicio de Reinserción Social Juvenil.

El Subsecretario de Justicia, señor Sebastián Valenzuela, respondió afirmativamente, señalando que dicho instrumento explícitamente lo señala, circunscribiéndolo sólo al proceso de traspaso institucional ligado al Servicio de Protección Especializada.

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín, explicó que, sin perjuicio de la diferenciación previamente señalada, es el proyecto de ley en discusión el que se aplicará al traspaso de funcionarios a ambos Servicios, otorgándose a aquellos que no deseen continuar en la nueva institucionalidad, o a quienes no califican para proseguir ejerciendo sus labores en esta última, el derecho a recibir una indemnización.

El Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, consultó si ambas situaciones son contempladas en el informe financiero de la iniciativa.

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín, respondió afirmativamente.

El Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, sostuvo que se trata de una cantidad limitada de recursos.

VOTACIÓN EN GENERAL

En votación en general el proyecto de ley en examen, la Comisión, por la unanimidad de sus miembros, Honorables Senadores señor Montes (Presidente Accidental), y señoras Carvajal, Provoste, Sabat y Von Baer, lo aprobó.

DISCUSIÓN EN PARTICULAR

Posteriormente, la Comisión se abocó al estudio de las tres indicaciones presentadas al texto del proyecto de ley, dejando constancia de los acuerdos adoptados sobre las mismas, de acuerdo a la discusión en general desarrollada previamente en el acápite anterior.

ARTÍCULO ÚNICO

El artículo único contemplado por la iniciativa en discusión, reza así:

“ARTÍCULO ÚNICO.- Sin perjuicio de las causales previstas en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, los funcionarios del Servicio Nacional de Menores podrán cesar en el cargo por necesidades del Servicio, la que determinará su Director Nacional de manera fundada en razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a través de la ley N° 21.302 , y los demás que se establezcan como sus sucesores y continuadores legales, a fin de velar por el buen, oportuno y eficiente funcionamiento de las nuevas instituciones.

Para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores podrá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas en el inciso anterior, según se defina mediante resolución exenta, la que deberá contener las condiciones y procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones. Para lo anterior, la autoridad tomara? conocimiento de la opinión de las asociaciones de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, constituidas de conformidad con la ley N° 19.296. La señalada resolución deberá considerar condiciones y un procedimiento que garanticen la objetividad de la evaluación.

A los funcionarios que cesen en sus funciones por aplicación de la causal señalada en el presente artículo, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N°21.126.

El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante su primer año de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en lo que faltare con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.”.

Al artículo único del proyecto, fueron presentadas tres indicaciones, signadas con los números 1, 2 y 3, del tenor que a continuación se señala.

Indicación N° 1

1.- Del S.E. el Presidente de la República, para sustituir el inciso segundo por el siguiente:

“Para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores podrá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas en el inciso anterior, según se defina, mediante decreto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, expedido bajo la fórmula “por orden del Presidente de la República”, el que deberá contener las condiciones y el procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones. Para la dictación de dicho de decreto se considerará una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, constituidas de conformidad con la ley Nº 19.296. Las condiciones y el procedimiento señalados deberán garantizar la objetividad de la evaluación.”.

En votación la indicación N° 1, la Comisión, por la unanimidad de sus miembros, Honorable Senador señor Montes (Presidente Accidental), y señoras Carvajal, Sabat, Provoste y Von Baer, la aprobó con modificaciones, sustituyendo, en el texto de la misma, la expresión “podrá” por el término “deberá”.

- - - - - - - -

Indicación N° 2

2.- Del S.E. el Presidente de la República, para intercalar un nuevo inciso tercero pasando el actual a ser cuarto y así sucesivamente:

“La evaluación a que se refiere el inciso precedente no se aplicará a los funcionarios que hayan sido evaluados con anterioridad, con ocasión de la modernización, reestructuración o funcionamiento de los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) para el establecimiento de residencias familiares en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la ley Nº 21.126. Con todo, respecto de tales funcionarios el Director Nacional del Servicio deberá comprobar que no se encontraren afectos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo al que sean traspasados, conforme a lo dispuesto en la ley y, en especial, a lo señalado en el artículo 56 de la ley N° 21.302.”.

En votación la indicación N° 2, la Comisión, por la unanimidad de sus miembros, Honorable Senador señor Montes (Presidente Accidental), y señoras Carvajal, Sabat, Provoste y Von Baer, la aprobó sin modificaciones.

- - - - - - - -

Indicación N° 3

3.- Del S.E. el Presidente de la República, para intercalar en el inciso cuarto actual, que ha pasado a ser quinto, la palabra “presupuestario” después de la expresión “año”.

En votación la indicación N° 3, la Comisión, por la unanimidad de sus miembros, Honorable Senador señor Montes (Presidente Accidental), y señoras Carvajal, Sabat, Provoste y Von Baer, la aprobó sin modificaciones.

- - - - - - - -

FUNDAMENTOS DE LA VOTACIÓN

Se hace presente que las votaciones previamente referidas se efectuaron en un solo acto, expresando los Honorables Senadores, como fundamento de su posición, los siguientes argumentos.

La Honorable Senadora señora Provoste, señaló que hoy se deben hacer mayores esfuerzos por dialogar, sosteniendo que es complejo enfrentar una iniciativa de esta envergadura con una división al interior de las organizaciones de trabajadores y trabajadoras del Servicio Nacional de Menores. Ello, agregó, es una complicación no sólo para la institución, sino también para quienes, como ella, creen firmemente en que la unidad nos permite avanzar en mejor pie, desde el punto de vista de las condiciones laborales y remuneracionales, como también desde la perspectiva de la estabilidad en el trabajo.

Dicho lo anterior, y habiendo escuchado también las preocupaciones de los propios trabajadores y trabajadores de la Región de Atacama, la cual representa, expresó que cree que es mejor el texto acordado, antes que contar con una normativa incluso más laxa, cuestión que se ha logrado.

Sin embargo, indicó que entiendo que esto no da cuenta de las aspiraciones de una de las organizaciones (la más grande en cuanto a funcionarios afiliados a la misma, por cierto), pero espera que ello sea una motivación para las autoridades del sector, en especial para la Subsecretaría de la Niñez, de tener un mejor y un mayor diálogo con todos los trabajadores y trabajadores del Servicio.

Posteriormente, observó que es importante que seamos capaces de garantizar, en este traspaso institucional, los derechos laborales de los funcionarios, sin perder de vista que el propósito que nos conduce a todos es el interés superior de los niños, niñas y adolescentes.

Por tales razones, concluyó, es que se explica su voto favorable, con los reparos previamente expresados.

La Honorable Senadora señora Sabat, explicó que, dentro del debate que se ha desarrollado en la Comisión, que se enmarca en una discusión más grande que se extiende desde hace ya varias décadas y Gobiernos, se debe resaltar que se trata de efectuar un impulso institucional de manera transversal, por lo que se debe valorar el acuerdo arribado de la misma forma.

Lo anterior, subrayó, entendiendo que hay intentos de acuerdo y a arribar a una solución, no son recogidas las propuestas de las partes en su integralidad.

Precisamente por tal razón, es que reconoció la disposición de los funcionarios del Servicio como del Ejecutivo, de lograr un consenso en estas materias.

En seguida, lamentó que el acuerdo en comento no haya sido unánime, sin de nuevo resaltar los esfuerzos entre todos los actores para que los niños, niñas y adolescentes reciban el mejor trato posible, teniendo como foco superar la deficitaria situación proteccional que por años ha tenido la niñez y adolescencia vulnerable.

Posteriormente, destacó el debate con altura de miras que se ha desarrollado en el seno de la Comisión, el cual siempre tuvo como finalidad alcanzar el objetivo previamente descrito.

De ese modo, concluyó señalando que su voto favorable se fundamenta justamente en las razones antes referidas.

La Honorable Senadora señora Von Baer, expresó que en esta discusión se debe tener presente que el Honorable Congreso Nacional tomó una decisión respecto del traspaso de funcionarios desde el actual Servicio Nacional de Menores al nuevo Servicio de Protección Especializada, precisamente cuando despachó el proyecto de ley que aprobó su creación.

En efecto, agregó, se dispuso que, a diferencia de otros organismos, dicho traspaso no iba a ser de forma automática, por lo que debía establecerse un mecanismo para tal propósito.

Para ello, prosiguió, se han desarrollado diversas conversaciones entre los dirigentes de las asociaciones que representan a los funcionarios, en donde, como ocurre en muchas ocasiones, no se pudo alcanzar un acuerdo unánime. Por cierto, añadió, las diferencias que se suscitaron al respecto son del todo legítimas.

Posteriormente, señaló que le hace mucho sentido el que funcionarios que no deseen seguir trabajando en la nueva institucionalidad puedan contar con una indemnización.

Luego, relevó que, a su juicio, ha existido un esfuerzo de parte del Ejecutivo por llegar a un acuerdo con las distintas asociaciones, lo que se verifica en el hecho de que hay organizaciones con las se generó un consenso y otras respecto de las cuales ello no fue posible. Lo anterior, indicó, más allá de que lo óptimo hubiera sido un acuerdo unánime.

Finalizó explicando que, en el sentido y contexto antes reseñado, se enmarca su votación favorable.

El Presidente Accidental de la Comisión, Honorable Senador señor Montes, sostuvo que la instancia legislativa que encabeza está tomando una decisión muy seria y compleja, toda vez que se trata del paso institucional de un Servicio a otro, con nuevos enfoques, metodologías y principios, proceso en el cual resulta muy importante respetar los derechos de los trabajadores.

A continuación, expresó al señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos que, de acuerdo a su experiencia sobre debates anteriores similares en torno al Servicio Nacional de Menores, se han discutido cosas parecidas a las que hoy se encuentran en discusión, con la gran diferencia que no existían los recursos suficientes.

En ese sentido, agregó, si hoy se crea una institución para atender un número mucho de niños al actual, con una metodología que cuenta con fondos insuficientes y sin capacidad de interacción con el resto del sector público, los problemas pueden volver a suscitarse.

En la misma línea, afirmó que el Servicio de Protección Especializada sólo contempla US$150.000.000.- (ciento cincuenta millones de dólares) adicionales, suma con la cual, en su opinión, no se generará un cambio drástico en el sector como el que pretende llevar a cabo el Ejecutivo.

Posteriormente, observó que, si bien la interacción del Servicio con la demás institucionalidad pública quedó reforzada, todavía se observa bastante fragilidad en los mecanismos dispuestos para dicho fin, especialmente para responder a las urgencias y demandas de los niños en cada uno de los momentos.

Por otra parte, destacó que la discusión de la iniciativa en análisis se ha centrado fundamentalmente en la situación de los funcionarios del Servicio, que es muy fundamental para el funcionamiento de la nueva institucionalidad, garantizando los derechos de los servidores públicos.

Al respecto, calificó de plenamente legítimo que los gremios defiendan sus derechos, no siendo ello algo antojadizo, en tanto muchos de los trabajadores se han desempeñado en el Servicio Nacional de Menores por años o incluso décadas.

Así, destacó que tal defensa queda sujeta al protocolo, y en concreto al criterio y espíritu de quienes lo implementarán.

En seguida, recalcó que espera que se mantenga lo señalado por el señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos respecto de que las definiciones específicas del modo en que se considerará la trayectoria de los funcionarios, sea una cuestión que se seguirá precisando, toda vez que existen distintas realidades.

Asimismo, prosiguió, lo anterior no puede significar que se efectúe una doble consideración negativa hacia los trabajadores respecto de sus calificaciones, por una parte, con los procesos disciplinarios o anotaciones de demérito, por otra. Lo anterior, destacó, sin perjuicio de considerar determinados tipos de deméritos administrativos por la gravedad que los mismos revisten.

Por consiguiente, se trata de un punto que se debe continuar profundizando y analizando.

Lo mismo ocurre, continuó, con la selección de las entidades evaluadoras, proceso en el cual las organizaciones estarán en el comité a cargo de dicha elección, en donde se apuntará a seleccionar a la mejor institución, con el derecho de las asociaciones a cuestionar tal decisión.

En resumen, observó que el particular se encuentra en discusión, básicamente, desde noviembre de 2020, durante el debate de la Ley de Presupuestos del Sector Público, por lo que ahora es un momento propicio para resolver estos temas.

Posteriormente, sugirió que la Comisión efectúe un seguimiento activo del proceso de traspaso, a fin de verificar que los compromisos y planteamientos realizados por el Ejecutivo sean efectivamente observados por la autoridad.

Por último, finalizó sosteniendo que, por las razones antes reseñadas, y sin perjuicio de los reparos y observaciones previamente referidos en su intervención, manifestó su voto favorable.

- - - - - - - -

MODIFICACIONES

En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, vuestra Comisión Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes tiene el honor de proponeros las siguientes modificaciones a la iniciativa de la referencia:

ARTÍCULO ÚNICO

Inciso segundo

--- Sustituirlo por el siguiente:

“Para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores deberá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas en el inciso anterior, según se defina mediante decreto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, expedido bajo la fórmula “por orden del Presidente de la República”, el que deberá contener las condiciones y el procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones. Para la dictación de dicho decreto se considerará una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, constituidas de conformidad con la ley Nº 19.296. Las condiciones y el procedimiento señalados deberán garantizar la objetividad de la evaluación.”.

(Indicación N° 1, aprobada con modificaciones 5x0).

- - - - - - - -

Inciso tercero, nuevo

--- Incorporar el siguiente inciso tercero, nuevo:

“La evaluación a que se refiere el inciso precedente no se aplicará a los funcionarios que hayan sido evaluados con anterioridad, con ocasión de la modernización, reestructuración o funcionamiento de los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) para el establecimiento de residencias familiares en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la ley Nº 21.126. Con todo, respecto de tales funcionarios el Director Nacional del Servicio deberá comprobar que no se encontraren afectos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo al que sean traspasados, conforme a lo dispuesto en la ley y, en especial, a lo señalado en el artículo 56 de la ley N° 21.302.”.

(Indicación N° 2, aprobada con modificaciones 5x0).

- - - - - - - -

Inciso tercero

--- Pasó a ser inciso cuarto, sin enmiendas.

Inciso cuarto

--- Pasó a ser inciso quinto, con la siguiente modificación.

--- Intercalar la palabra “presupuestario”, después de la expresión “año”.

(Indicación N° 3, aprobada con modificaciones 5x0).

En consecuencia, vuestra Comisión Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes, os recomienda que aprobéis, en general y en particular el proyecto de ley en informe, cuyo tenor es el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Sin perjuicio de las causales previstas en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, los funcionarios del Servicio Nacional de Menores podrán cesar en el cargo por necesidades del Servicio, lo que determinará su Director Nacional de manera fundada en razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a través de la ley N° 21.302, y los demás que se establezcan como sus sucesores y continuadores legales, a fin de velar por el buen, oportuno y eficiente funcionamiento de las nuevas instituciones.

Para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores deberá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas en el inciso anterior, según se defina mediante decreto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, expedido bajo la fórmula “por orden del Presidente de la República”, el que deberá contener las condiciones y el procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones. Para la dictación de dicho decreto se considerará una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, constituidas de conformidad con la ley Nº 19.296. Las condiciones y el procedimiento señalados deberán garantizar la objetividad de la evaluación.

La evaluación a que se refiere el inciso precedente no se aplicará a los funcionarios que hayan sido evaluados con anterioridad, con ocasión de la modernización, reestructuración o funcionamiento de los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) para el establecimiento de residencias familiares en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la ley Nº 21.126. Con todo, respecto de tales funcionarios el Director Nacional del Servicio deberá comprobar que no se encontraren afectos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo al que sean traspasados, conforme a lo dispuesto en la ley y, en especial, a lo señalado en el artículo 56 de la ley N° 21.302.

A los funcionarios que cesen en sus funciones por aplicación de la causal señalada en el presente artículo, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N°21.126.

El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante su primer año presupuestario de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en lo que faltare con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.”.

- - - - - - - - - - -

Acordado en sesión celebrada el día 22 de enero de 2021, con asistencia de los Honorables Senadores señoras Ximena Rincón González (Presidenta), Marcela Sabat Fernández y Ena Von Baer Jahn, y señor Jaime Quintana Leal; 25 de enero de 2021, con asistencia de los Honorables Senadores señoras Ximena Rincón González (Presidenta), Marcela Sabat Fernández y Ena Von Baer Jahn, y señores Jaime Quintana Leal y Carlos Montes Cisternas; 27 de enero de 2021, con asistencia de los Honorables Senadores señoras Ximena Rincón González (Presidenta), Marcela Sabat Fernández y Ena Von Baer Jahn, y señores Jaime Quintana Leal y Carlos Montes Cisternas; 15 de marzo de 2021, con asistencia de los Honorables Senadores señor Carlos Montes Cisternas (Presidente Accidental), señoras Loreto Carvajal Ambiado, Yasna Provoste Campillay (Ximena Rincón González) y Ena Von Baer Jahn; 17 de marzo de 2021, primera parte de la sesión, con asistencia de los Honorables Senadores señor Carlos Montes Cisternas (Presidente Accidental), señoras Loreto Carvajal Ambiado, Yasna Provoste Campillay (Ximena Rincón González) y Jacqueline Van Rysselberghe Herrera (Ena Von Baer Jahn), y 17 de marzo de 2021, segunda parte de la sesión, con asistencia de los Honorables Senadores señor Carlos Montes Cisternas (Presidente Accidental), Loreto Carvajal Ambiado, Yasna Provoste Campillay (Ximena Rincón González), Marcela Sabat Fernández y Ena Von Baer Jahn,

Sala de la Comisión, a 23 de marzo de 2021.

LUIS SEPÚLVEDA VARGAS

Abogado Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL ENCARGADA DE TRAMITAR PROYECTOS DE LEY RELACIONADOS CON LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE ESTABLECE DERECHO A INDEMNIZACIÓN PARA FUNCIONARIOS DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES.

BOLETÍN Nº 14.030-07

I. OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: el proyecto en estudio tiene como propósito facultar al Director Nacional del Servicio Nacional de Menores a cesar en el cargo, por necesidades del Servicio, a funcionarios de este organismo, por razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución, con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia

Para el ejercicio de tal atribución, se establece el deber del Director Nacional de realizar evaluaciones a los funcionarios, para efectos de desempeñar los cargos en la nueva institucionalidad.

Con todo, a los funcionarios que se proceda a desvincular, se les otorga una indemnización equivalente a treinta días de remuneraciones por cada año de servicio prestado o fracción de seis meses, con un límite máximo de trescientos treinta días de remuneraciones.

II. ACUERDOS: aprobado en general y en particular (5x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: el proyecto de ley está estructurado sobre la base de un artículo único permanente.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no presenta.

V. URGENCIA: discusión inmediata, el 16 de marzo de 2021.

VI. ORIGEN E INICIATIVA: Senado. Mensaje de S.E. el Presidente de la República.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: primer trámite.

VIII. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: ingresó al Senado con fecha 23 de marzo de 2020, dándose cuenta en la sesión ordinaria 4ª, de la misma data, pasando a la Comisión Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes.

IX. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe.

X. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

- Estatuto Administrativo.

- Ley N° 21.032, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica normas legales que indica.

- Ley N° 19.296, que establece normas sobre asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado.

- Ley N° 21.126, que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del Sector Público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales. Artículo 52.

Sala de la Comisión, a 23 de marzo de 2021.

LUIS SEPÚLVEDA VARGAS

Abogado Secretario de la Comisión

1.4. Discusión en Sala

Fecha 24 de marzo, 2021. Diario de Sesión en Sesión 5. Legislatura 369. Discusión General. Se aprueba en general.

DERECHO A INDEMNIZACIÓN PARA FUNCIONARIOS DE SERVICIO NACIONAL DE MENORES

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

A continuación, corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República , que establece derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores, con informe de la Comisión Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con los niños, niñas y adolescentes e informe de la Comisión de Hacienda, y urgencia calificada de "discusión inmediata".

--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletín 14.030-07) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Este proyecto de ley tiene por objeto facultar al Director Nacional del Servicio Nacional de Menores para cesar en el cargo, por necesidades del Servicio, a funcionarios de ese organismo, por razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución, con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.

Para el ejercicio de tal atribución se establece el deber del Director Nacional de realizar evaluaciones a los funcionarios para los efectos de desempeñar los cargos en la nueva institucionalidad.

Con todo, a los funcionarios que se proceda a desvincular se les otorgará una indemnización equivalente a treinta días de remuneraciones por cada año de servicio prestado o fracción de seis meses, con un límite máximo de trescientos treinta días de remuneraciones.

La Comisión Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con niños, niñas y adolescentes hace presente que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, discutió en general y en particular esta iniciativa por ser de artículo único, y acordó unánimemente proponer a la señora Presidenta que en la Sala sea considerado del mismo modo.

La citada Comisión Especial aprobó en general el proyecto de ley por la unanimidad de sus miembros, Senadores señoras Carvajal, Sabat, Provoste y Von Baer y señor Montes. En particular lo aprobó con las modificaciones y votaciones unánimes que se consignan en su informe.

Por su parte, la Comisión de Hacienda, de conformidad con su competencia, se pronunció acerca del artículo único de la iniciativa en los términos en que fue aprobada por la Comisión Especial, como reglamentariamente corresponde. Además, deja constancia del informe financiero considerado, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 17 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

El referido órgano técnico aprobó el artículo único de la iniciativa por la unanimidad de sus miembros, Senadores señora Von Baer y señores García, Guillier, Lagos y Montes, sin introducir modificaciones al proyecto despachado por la Comisión Especial en su informe.

El texto que se propone aprobar se transcribe en las páginas 70 y 71 del informe de la Comisión Especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con niños, niñas y adolescentes y en las páginas 14 y 15 del informe de la Comisión de Hacienda, y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a disposición en la Sala, y también se encuentra en la plataforma informática de esta sesión remota o telemática y ha sido remitido a los correos electrónicos de todas las señoras y de todos los señores Senadores.

Es todo, señora Presidenta.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias.

En discusión general y particular a la vez.

Le ofrezco la palabra al Presidente de la Comisión Especial de Infancia, Senador Carlos Montes, para que dé el informe respectivo.

El señor MONTES.-

Gracias, Presidenta.

No soy Presidente de la Comisión Especial de Infancia, salvo accidentalmente; sin embargo, estoy de acuerdo con entregar un breve informe, pues estuve en las dos Comisiones que vieron este proyecto.

Como ha dicho el Secretario , esta iniciativa busca fundamentalmente el derecho a recibir una indemnización para los funcionarios del Servicio Nacional de Menores que no califiquen para ser traspasados a la nueva institucionalidad.

Eso es lo principal.

El señor Secretario leyó los objetivos del proyecto. Y para ello se faculta al Director Nacional del Sename a cesar en el cargo, por necesidades del Servicio, a los funcionarios de este organismo, por razones vinculadas a la reestructuración, con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.

Además, se estableció el deber del Director Nacional de realizar evaluaciones a los funcionarios para desempeñar los cargos en la nueva institucionalidad. Y, como se dijo, a quienes se proceda a desvincular del Servicio se les entregará una indemnización.

En cuanto a su estructura, se trata de un proyecto de artículo único que se configura en cuanto a sus incisos como sigue: primero, se le da la facultad al Director Nacional bajo ciertas condiciones; posteriormente, se le determina la obligación de realizar evaluaciones, y después se establece la indemnización respectiva.

La iniciativa fue muy conversada, bastante discutida con los gremios, cuyos dirigentes estuvieron presentes en las cinco reuniones, en realidad en las cinco sesiones y media que llevó a cabo la Comisión Especial de Infancia, a saber: el Presidente de la Asociación Nacional de Trabajadores del Servicio Nacional de Menores (Antrase), señor Walter Arancibia ; el Presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios Regionales del Sename (Anfur), señor Luis Cortez ; el Presidente de la Asociación Regional Metropolitana de Trabajadores del Sename (Armetrase), señor Gonzalo Marín , y el Presidente de la Asociación Regional Biobío de Trabajadores del Servicio Nacional de Menores (Artrase), señor Roberto Belmar , además de la Presidenta de la Asociación Nacional de Funcionarios del Sename (Afuse), que es la organización más grande, congrega a más de la mitad del total, cuya Presidenta es la señora Alicia Del Basto .

Además, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos estuvo permanentemente en nuestras discusiones; también el Subsecretario de Justicia , señor Sebastián Valenzuela ; la Subsecretaria de la Niñez , señora Blanquita Honorato , y el equipo de ambas Subsecretarías.

No voy a dar cuenta del debate en general.

Sobre el proyecto de ley hubo bastante consenso; sin embargo, respecto de cómo aplicarlo había disenso. Por eso, en el curso del debate general de la Comisión se plantearon un conjunto de observaciones con relación a las ambigüedades que presentaba esta iniciativa tocantes a esta facultad tan fuerte que se le daba a la Directora del Sename .

Por ello se hizo ver la necesidad de acotar esto, de precisarlo, así como de esclarecer de qué evaluación estamos hablando, aparte de otras materias.

Todo esto llevó a que los gremios, junto con el Ministerio, elaboraran un protocolo. En el informe de la Comisión se dice que quedó como anexo; pero considero muy importante que Sus Señorías tengan interés en meterse a fondo en este asunto y ver el protocolo, porque ahí están las bases de un decreto con fuerza de ley que tendrá que dictar el Ministerio de Justicia para los efectos de aplicar esta ley. Ahí se establecen los puntos más polémicos y se logran soluciones importantes.

El primer punto polémico tenía que ver con cuáles eran los perfiles de la nueva institución. Esto no fue presentado en la Comisión, no estaba listo; esto lo estaba elaborando la otra Subsecretaría (la de la Niñez). Recién ayer -según entiendo- se entregó a los gremios, y la Comisión aún no lo conoce. Pero, en verdad, ello suponía un nivel de acuerdo con los gremios.

El segundo punto de conflicto dice relación con la proporción que se seguirá en la ponderación entre la trayectoria de los funcionarios y la evaluación que se haga. Los funcionarios fueron muy críticos, sobre todo la organización más grande, en cuanto a que se considerara solo un 20 por ciento para la trayectoria y un 80 por ciento para la evaluación. Decían "Bueno, aquí hay toda una historia; se sabe, se ve la calidad, se conoce su desempeño", etcétera, y se presionó mucho para que se cambiara la ponderación de la trayectoria.

El Ministro de Justicia se abrió, y esto quedó en 40 por ciento para la trayectoria y 60 por ciento para la evaluación.

Sobre la evaluación hubo harto debate, porque la experiencia de los Cread, de las evaluaciones que tienen los funcionarios respecto de estos centros, partiendo por el de Valparaíso, es mala; o sea, aquí hubo instituciones que tenían muchos defectos; en algunos casos resultaban, en otros no.

Finalmente, se estableció en este protocolo que la empresa encargada de la evaluación y, a su vez, la forma y la metodología con que la realizaba tenían que ser sometidas a un comité, en el cual estarían presentes las tres asociaciones, para asegurar que hubiera consenso respecto a las instituciones que iban a hacer la evaluación.

El otro tema en que hubo bastante debate fue el de las instituciones colaboradoras, porque el argumento que sostuvieron varios Senadores fue por qué se iba a aplicar un estándar tan alto a los funcionarios del Sename y no al de las instituciones colaboradoras, en virtud del nuevo enfoque a que se había optado en la ley al respecto.

Finalmente, se consideró que eso no correspondía a esta ley ni tampoco al protocolo, pero el Ministro de Justicia se comprometió a garantizar que se aplicarían los mismos estándares a los funcionarios que entraron antes de la vigencia de esta normativa, como también a los de las instituciones colaboradoras.

Hubo también un debate sobre las mujeres embarazadas que se hallaban con prenatal y aquellas con posnatal en orden a que no podían estar en la evaluación, no podrían ser evaluadas y, por tanto, qué pasaba con ellas al terminar el período. Al respecto se plantearon dos cosas: una, que serían evaluadas al final, y otra, que a juicio de las asociaciones este era un tema bastante discutible.

En consecuencia, se aprobó el proyecto de ley con el protocolo. Los cambios fueron bien precisos: se les obliga a hacer la evaluación, y otras cosas; también se obliga a que el Ministro de Justicia firme el DFL 2 y no solo la Directora.

Son aspectos de esa naturaleza.

Personalmente, creo que mejoró mucho el proyecto.

Para los que no se acuerdan, esto surgió en la discusión del proyecto de ley de reajuste del sector público, cuando el Gobierno quiso poner esta materia como un artículo en dicha normativa, pero el Senado cuestionó eso, y finalmente se resolvió que tenía que ser por ley. Y aquí está la ley. La discutimos en varias sesiones, con participación de los gremios.

En definitiva, no hubo acuerdo en todos los temas: hay gremios que consideran que no corresponde que a los funcionarios se les haga una evaluación cuando tienen derechos adquiridos, en fin.

Eso fue parte de lo que se estableció en esta ley en proyecto.

Es lo que puedo informar en lo fundamental, señora Presidenta.

En consecuencia, propongo que aprobemos esta iniciativa, de tal forma que pueda empezar la evaluación, que va a durar cuatro años.

Respecto al financiamiento -por agregar una materia-, aquí hay 14 mil millones de pesos considerados en cuatro años para pagar las indemnizaciones. El promedio que estima el Ministerio del ramo son 14 millones por funcionario, de aquellos que no queden, y que del total, de los 4 mil funcionarios, alrededor de mil o un poco más serían desvinculados, sea por decisión de ellos o porque no logran la evaluación.

En lo referente a la evaluación misma, hay distintas situaciones: al funcionario que le falta un título o le falta especializarse en cierta materia, tendrá un tiempo para completar sus estudios. Y habrá funcionarios que van a tener experiencia sobre determinadas materias que son compatibles con aspectos de la evaluación. O sea, en el protocolo se otorgó bastante flexibilidad, que esperamos que se traduzca en normas.

Durante la discusión se vio la conveniencia de que la Comisión Especial de Infancia hiciera un seguimiento, de tal forma de velar por lo que se dijo en el debate, particularmente por lo que señaló el Ministro de Justicia , quien estuvo muy abierto, pero que son cosas que no quedan plenamente expresadas en el protocolo. Es decir, hay que velar por eso, que está bastante desarrollado en el informe de la Secretaría.

Muchas gracias, señora Presidenta .

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

A usted, Senador Montes.

También se encuentra presente de manera telemática en la sesión, y le damos la bienvenida, el Ministro de Justicia , don Hernán Larraín, quien está acompañado del Subsecretario de Justicia , el señor Sebastián Valenzuela, y de la Jefa de División de Reinserción Social del Ministerio, la señorita Macarena Cortés.

Le ofrezco de inmediato la palabra al Ministro de Justicia .

El señor LARRAÍN ( Ministro de Justicia y Derechos Humanos).-

Gracias, Presidenta .

Agradezco la oportunidad de poder intervenir en esta sesión. Entiendo que este es un proyecto que está en Fácil Despacho.

Por cierto, la saludo a usted y, por su intermedio, a todos los Senadores y las Senadoras presentes o que están siguiendo vía remota el debate de un proyecto muy importante, muy circunscrito en su objetivo, pero muy relevante para hacer posible la gran transformación en que el país está empeñado, que es terminar con el Sename y generar nuevos servicios que garanticen un nuevo trato a la niñez.

Para esa finalidad se han venido tramitando desde hace ya varios años dos iniciativas: una, la que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y la Adolescencia, que es la instancia que se va a hacer cargo de la niñez vulnerable. Ese proyecto hoy día ya es ley -la N° 21.302- y, si bien se aprobó el año pasado, entra en plena vigencia y funcionamiento el 1° de octubre de este año.

Y el otro proyecto es el que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, cuyo objeto es trabajar modelos de intervención con los infractores juveniles para lograr su rehabilitación, su reinserción social, con particular atención al hecho de que se trata de adolescentes, con quienes hay que hacer un esfuerzo distinto. Y en eso es lo que ha avanzado esta iniciativa. Ese proyecto está en su tercer trámite constitucional; se inició en el Senado; fue a la Cámara; hoy día está de nuevo en el Senado, y probablemente va a ser despacho por esta Corporación muy pronto porque hay bastante acuerdo en las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados.

Ahora bien, estos proyectos suponen, tratándose de la creación de un nuevo Servicio, una definición en torno al destino futuro de los trabajadores y las trabajadoras que actualmente están en el Sename.

Muchas veces, cuando se crean nuevos servicios a partir de órganos antiguos, se produce un traspaso automático; en otras ocasiones hay un traspaso parcial, según las características de los proyectos. En este caso, ambas iniciativas, tanto la que ya es ley como la que está en avanzado estado de tramitación, establecen que estos funcionarios podrán ser traspasados al nuevo Servicio siguiendo los procedimientos de evaluación que correspondan, porque al final se ha tenido en cuenta la necesidad de crear nuevos servicios, donde se trabaje de una manera distinta a la que se ha venido desarrollando en el actual Sename , con un modelo de intervención diferente y probablemente, en algunos casos, con especialidades, con personas dotadas de otras preparaciones profesionales. Por lo tanto, se requieren perfiles que en muchos sentidos son diferentes a los actuales.

No se trata de hacer más de lo mismo, sino de hacer cosas distintas que realmente signifiquen cambios y terminen con la vulneración de los derechos de niños y niñas, que son situaciones que han sido incluso denunciadas a nivel de Naciones Unidas.

Este trabajo supone, en consecuencia, pensando en el interés superior del niño, que no haya un traspaso automático. Así se estableció.

Sin perjuicio de ello, este traspaso no implica simplemente vulnerar los derechos de los trabajadores y trabajadoras del Sename, sino ver quiénes pueden buenamente continuar en el Servicio, si lo quieren, y en ese evento poder ser traspasados debidamente.

Dicho proceso ya se incorporó en la actual ley 21.302, la cual señala que un decreto con fuerza de ley va a definir la forma como se va a realizar este traspaso.

No obstante ello, se descubrió una situación que no estaba cubierta en ninguna de estas normativas y tampoco en el DFL, en cuanto al ámbito de sus disposiciones, que deben ser presentadas por el Presidente próximamente .

Es en ese sentido que estamos hablando de este proyecto.

No se estableció que, en el evento de que algunas personas no sean traspasadas al nuevo Servicio, ellas podían tener un derecho a indemnización, lo que no es menor, porque el Estatuto Administrativo, si bien garantiza ese derecho a indemnización a quien no sea traspasado a un nuevo servicio, solamente lo hace respecto de los funcionarios de planta. Y de los aproximadamente 4.700 funcionarios que hay hoy día en el Sename, solo veinte son de planta; el grueso está a contrata. Por lo tanto, si no hay una disposición que les asegure el derecho a indemnización, los trabajadores a contrata que no sean traspasados se irían a la casa sin indemnización alguna, lo cual es obviamente muy injusto.

En tal sentido, lo que estamos haciendo es proponer en este proyecto -y ese es su objetivo central- que se otorgue derecho a indemnización a todos los funcionarios que no quieran continuar o que no aprueben las evaluaciones que se establecen para el traspaso a los nuevos servicios. Este beneficio alcanza al pago de once sueldos mensuales por año de servicio, con ese tope, que corresponde a la indemnización que se entrega en el ámbito privado, y que supera a la que existe en el Estatuto Administrativo, porque aquellos veinte funcionarios de planta que pudieran no ser traspasados tendrían derecho a una indemnización, pero con un tope de seis meses por año de servicio. Lo estamos extendiendo para ambos a once, y el proyecto lo que hace es establecer ese derecho a indemnización, extendiéndolo a once meses por año de servicio.

Ahora bien, el problema -y el Senador Carlos Montes, que en algún minuto presidió ambas Comisiones junto con la Senadora Rincón y la misma Presidenta del Senado , lo estableció-, es cómo garantizar que este traspaso sea hecho de la mejor forma posible mediante procesos de evaluaciones justas y adecuadas, que tengan en consideración situaciones. Porque si, por ejemplo -ya lo decía el Senador Montes-, se requiere en el nuevo Servicio de Protección a la Niñez una especialidad o un título profesional, en circunstancias de que hay una persona que está en condiciones de desempeñarlo y se le puede homologar ese título, debería considerarse.

Consideraciones de ese tipo son las que, de alguna manera, fueron conversadas: algunas de ellas fueron incorporadas en este proyecto de ley y otras en protocolos que han sido conversados por nuestro Ministerio, a través de la Subsecretaría de Justicia, en conjunto con la Dirección del Sename y las tres asociaciones nacionales que representan a los trabajadores y las trabajadoras de la institución.

En ese sentido, el trabajo que se ha hecho fue muy discutido en la Comisión de Infancia -también en la de Hacienda, pero particularmente en la primera-, porque es ahí donde nosotros, una vez oídas las distintas inquietudes, incorporamos una indicación en donde avanzamos, ya que las reglas de evaluación, que originalmente iban a ser dadas por la Directora del Sename , ahora pasaron a ser entregadas por el Ministerio, de manera que quien aplica las reglas no sea el que las dicta.

Por lo tanto, esa obligación va a recaer en nuestro Ministerio a través de un decreto que regule las normas para hacer ese proceso de evaluación, el cual, cada vez que se haga, deberá hacerse mediante una evaluación objetiva, seria, rigurosa y trasparente.

Enseguida se consagra una instancia de participación para las asociaciones de funcionarios con el propósito de establecer esta regulación, y adicionalmente se excluyen de la evaluación para hacer este traspaso a todos aquellos funcionarios pertenecientes a los Cread, que ya fueron evaluados y se incorporaron a las residencias familiares. Estamos hablando, en cifras, de un total de 4.709 trabajadores, de los cuales 1.104 pertenecen a los Cread, 1.320 adicionales que pertenecen al Servicio de Protección, y 2.320 al Servicio de Reinserción Social Juvenil.

Ahora bien, estamos hablando de aplicar estas normas y, en particular, el protocolo que las acompaña, porque adicionalmente a las normas que se contemplan en esta iniciativa legal, y que fueron perfeccionadas en la discusión, con los compromisos a que ha hecho referencia el Senador Carlos montes, se incorporó un protocolo conversado y discutido, que va a complementar y permitir ultimar más detalles para asegurar la garantía de los propios trabajadores en este proceso de evaluación.

Una de esas inquietudes -la mencionaba el Senador Montes- se levantó a propósito del traspaso de los funcionarios de los Cread a las residencias familiares, respecto de las propias evaluaciones que se hicieron. Para garantizar de mejor modo esas evaluaciones, en la comisión seleccionadora de las entidades que harán la evaluación, que son terceros ajenos a la institución, se incorporó como miembros de ella a representantes de las tres asociaciones con el objeto de que participen en la selección de esas entidades evaluadoras, y así los propios trabajadores puedan estar tranquilos en el sentido de que quienes van a evaluar cumplen con los requisitos objetivos para hacer esa tarea a la altura de lo que estamos pidiendo.

Queremos que los trabajadores y las trabajadoras sientan que, si bien van a ser sometidos a una evaluación, tienen apoyo. Incluso se ha hecho el compromiso de que el Sename hará una capacitación previa a quienes se van a someter a la evaluación, de manera de garantizar que todos los funcionarios que quieran puedan traspasarse si acaso cumplen con los requisitos. Es decir, hay la voluntad de ayudarlos y apoyarlos.

Por lo tanto, Presidenta , garantizado el cumplimiento de los perfiles para realmente hacer una buena intervención en el interés superior del niño, el proceso destinado a lograr ese traspaso atraviesa por una evaluación, la cual debe realizarse de la forma más objetiva y rigurosa posible, garantizando, por lo tanto, el mejor trato y análisis de esa situación.

Las asociaciones han estado divididas en esta materia. Dos de las tres asociaciones, que representan al 40 por ciento de los funcionarios, están de acuerdo con este procedimiento -por cierto, siempre todos tenemos algún punto de vista, pero en lo fundamental vieron y firmaron el protocolo-, y la tercera, que es un poco más grande -tiene un poco más del 42 o 44 por ciento de representación-, no ha estado de acuerdo, sin perjuicio de lo cual han advertido y reconocido los avances y la buena voluntad que hemos puesto para asegurar que el proceso sea lo más serio y riguroso posible.

Y muy importante, Presidenta : si no tuviéramos la posibilidad de dar este derecho a indemnización, los traspasos se van a tener que hacer igual mediante una evaluación, porque así lo establece la norma y el DFL que la va a establecer, pero sin ese beneficio.

Por lo tanto, aquí realmente hay un compromiso de hacer justicia con aquellas personas que, por las razones que hemos señalado, no logren asegurar ese traspaso.

El proyecto tiene un costo de poco más de 14.000 millones de pesos, que se gastan en cuatro años. El primer año, el actual, es para el financiamiento de aquellas personas que no se traspasen al nuevo Servicio de Protección de la Niñez , cerca de 4 mil millones de pesos, y el otro, que se va a realizar a partir del año 2022 hasta el 2024 en tres etapas, que corresponde a las indemnizaciones para aquellos trabajadores que hoy día están en la sección de protección juvenil, que no se incorporen al Servicio que se va a implementar de forma gradual en tres años, que son el 2022, el 2023 y el 2024.

Ese es el escenario en el cual se mueve este proyecto: establecer un derecho de indemnización para quienes no sean traspasados después de pasar un proceso que hemos procurado sea absolutamente objetivo y riguroso, porque queremos que se vayan con la mayor cantidad posible.

Estas cifras son un techo. No hay una cantidad prevista. Efectivamente, se hizo un cálculo de más menos un 25 o 30 por ciento de los trabajadores que no se serían traspasados, teniendo como antecedente lo que ocurrió con los Cread. Pero si al final se traspasa el 85 por ciento, el 15 por ciento será indemnizado y esa plata no se va a gastar. Es un techo, no es nuestra voluntad no traspasar a una cantidad de personas, sino simplemente un techo que se ha hecho teniendo en cuenta una experiencia que a lo mejor no es suficientemente clara, pero es la única que tenemos para poder asegurar el éxito de este proceso.

En resumen, creemos haber escuchado debidamente a los trabajadores y las trabajadoras en su interés legítimo de asegurar un proceso adecuado.

Señora Presidenta , agradecemos su buena disposición para colaborar, así como también a las Senadoras y los Senadores de la Comisión de Infancia, quienes nos ayudaron a perfeccionar este proyecto y con quienes hemos tomado compromisos que vamos a asegurar para que realmente este proceso se haga bien, y, desde luego, a los miembros de la Comisión de Hacienda, que dieron su aprobación al informe financiero y a las normas correspondientes del proyecto.

Gracias, señora Presidenta.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

A usted, señor Ministro .

Para rendir cuenta del informe de la Comisión de Hacienda, tiene la palabra el Senador José García Ruminot.

El señor GARCÍA .-

Señora Presidenta , Honorable Sala, tal como señaló el Senador Carlos Montes en su doble calidad de integrante de la Comisión de Infancia y de la de Hacienda, y tal como expresó también el señor Ministro de Justicia , la Comisión de Hacienda en el día de ayer analizó este proyecto en las normas que corresponden a la Comisión de Hacienda, principalmente en lo que concierne al mayor gasto público que, como ya se ha dicho, por tres años bordearía los 14.000 millones de pesos, y cuyo objetivo, simplemente, es reservar los recursos necesarios para proceder a la indemnización de los funcionarios del actual Servicio Nacional de Menores que no van a tener continuidad en ninguno de los dos organismos que se crean como reemplazo del actual Sename .

Nosotros consideramos, y por eso lo votamos favorablemente de manera unánime, que es un proyecto necesario; trabajado además con las organizaciones que representan a los trabajadores del Servicio, donde ha habido mucho acuerdo, y por lo tanto recomendamos a la Sala, dada su urgencia, proceder a su aprobación.

Es todo cuanto puedo informar, señora Presidenta.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias al Senador García Ruminot por rendir el informe de la Comisión de Hacienda.

A continuación, le ofrezco la palabra a la Senadora Isabel Allende.

La señora ALLENDE.-

Presidenta, en primer lugar, saludo al Ministro de Justicia y a quienes nos acompañan.

Escuchando el informe tanto del Senador Montes como del Senador García, y en particular el del primero, que detalló más el proceso, lo mismo que el Ministro de Justicia , me parece muy positivo que el proyecto se haya discutido largamente con las asociaciones y se haya escuchado las inquietudes que ellas manifestaron para no hacer de esto una calificación arbitraria. Considero muy importante que se den, evidentemente, todas las garantías, y en ese sentido, que, a pesar de que se fija en el artículo único del proyecto, de todas maneras se haya elaborado un protocolo. Me parece sumamente importante la intervención del Ministerio de Justicia, estableciendo reglas, para que quienes van a calificar no sean juez y parte.

Dicho todo eso, yo había pedido la palabra inmediatamente, incluso antes de que hablara el Ministro de Justicia , porque, cuando recién entramos a la Sala y se inició el Orden del Día, quería manifestar mi profunda inquietud por lo que ocurrió anoche en el Cread de Carlos Antúnez, en Providencia. Ha conmocionado bastante a la opinión pública, por lo que se ha visto, el hecho de que un niño se subiera el techo y estuviera más de una hora arriba. La versión fue que se había descompensado, etcétera, etcétera. La Defensora de la Niñez dice que no se activaron los protocolos como debiera.

Dicho todo esto, he recibido, hace unos minutos, un proyecto de acuerdo que nos manda la hasta ahora Presidenta de la Comisión de Infancia , Senadora Ximena Rincón, al cual yo desde luego adhiero. Porque, a la inquietud frente a estas nuevas residencias, que justamente sustituyen a los que eran los Cread, que suponen otra manera de comportarse y, en lo posible, otro personal, o por lo menos uno que haya sido evaluado, se agrega lo sucedido en Ñuñoa, con la agravante de que había lactantes y habían pasado diez meses desde las denuncias de los vecinos, a las cuales no se había hecho caso, fuera de la visita de la jueza de familia Mónica Jeldres , que constata los hechos denunciados.

Por eso, Presidenta , le quiero pedir que consulte a la Sala para poner sobre tabla ese proyecto de acuerdo, y ojalá aprobarlo, porque es urgente que tomemos conciencia de la debilidad que tenemos como país en términos de profesionales que traten la salud mental de nuestros niños, niñas y adolescentes, y de los que se van a hacer cargo incluso de los lactantes que estén en las residencias familiares.

Esto, justamente a raíz de lo que estamos discutiendo, y por eso había pedido la palabra inicialmente, por cuanto quería pedirle al Ministro de Justicia su impresión de lo que pasó ayer, y las medidas que se han adoptado o se adoptarán.

A mí me parece preocupante, como ya señalé, que la jueza Jeldres haya ido y constatado los hechos, o que ayer la Defensora de la Niñez haya dicho que los protocolos no se activaron o no eran los que correspondían. No me acuerdo bien cuáles fueron sus palabras exactas: si no se activaron a tiempo, o no eran los que correspondían, o no se supieron aplicar. Pero, a pesar de todos los esfuerzos que hicimos con la creación de este nuevo Servicio, de terminar con los Cread (de los cuales el de Playa Ancha fue como el ícono de una gestión imposible de llevar a cabo con los niños, cuando se supone que ahora hay una menor cantidad de menores y justamente tienen el nombre de "residencias" para que sean lo más parecidos a lo que puede ser una casa-habitación familiar), ambos casos nos parecen extremadamente dolorosos, preocupantes y graves si seguimos con problemas en la forma en que tratamos a los niños internados, en la forma y claridad en que deben aplicarse los protocolos, y si el personal no está lo suficientemente entrenado. No es posible que un niño esté una hora en un techo, lanzando algunas cosas, y que la explicación sea: "Se descompensó".

En consecuencia, creo que sería bastante oportuno, porque viene muy bien al caso, que el Ministro de Justicia nos dijera algo en relación con lo que pasó ayer. Y también, Presidenta , reitero mi petición de que el proyecto de acuerdo sea visto sobre tabla y, ojalá, aprobado unánimemente por la Sala del Senado. Me parece que tenemos que dar una señal de preocupación, de que no tenemos especialidad en psiquiatría infantil en un número importante que permita una buena cobertura, de que no tenemos prácticamente capacidad de absorber la salud mental de estos niños, niñas y adolescentes, y de que el Ministerio de Justicia debe hacerse cargo, cuando vea que algo no funciona, de buscar instrumentos para intervenir de manera más rápida y directa en estos hogares si efectivamente se comprueba que las denuncias efectuadas son veraces y verídicas.

Le pido a la Sala, por su intermedio, Presidenta , que el proyecto de acuerdo sea aprobado a la brevedad, a fin de dar una señal clara y contundente de preocupación, y al mismo tiempo reitero mi petición de que ojalá el Ministro de Justicia nos diga algo al respecto.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchas gracias, Senadora Allende.

El Ministro de Justicia ha manifestado toda su disposición para referirse a los temas que usted ha planteado, y le hemos pedido que lo haga una vez que finalicemos la votación de la iniciativa en debate.

Respecto del proyecto de acuerdo al cual usted hace mención, este aún no se recepciona en la Mesa. En cuanto eso ocurra, daremos la Cuenta agregada correspondiente.

¿Les parece que abramos la votación, manteniendo los tiempos de intervención?

Así se acuerda.

En votación.

--(Durante la votación).

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Le ofrezco la palabra a la Senadora Marcela Sabat.

La señora SABAT.-

Gracias, Presidenta .

Es bien difícil abstraerse de los hechos que conocimos el día de ayer, cuando además nos damos cuenta de que se han cumplido treinta años desde que ratificamos la Convención sobre Derechos del Niño y asumimos, como Estado, la obligación de adoptar las medidas administrativas, legislativas y de toda índole que fueran necesarias para dar efectividad a los derechos reconocidos en dicho acuerdo internacional.

Como digo, es difícil abstraerse de la situación que conocimos ayer, ocurrida en la residencia familiar de Carlos Antúnez, en Providencia. Los gritos y llantos de un niño que se escuchan al interior del recinto a través de un video resultan realmente escalofriantes, muy dolorosos. Y ahí nos damos cuenta de que estos hechos se siguen repitiendo. Llevamos décadas de este dolor en el alma de Chile, y finalmente no les hemos cumplido a nuestros niños, niñas y adolescentes.

Este nuevo y doloroso episodio se produce justo cuando estamos en el comienzo del fin de Sename. Hemos dicho que estamos dando pasos hacia un nuevo Servicio de Protección de la Niñez y una nueva institucionalidad, que esperamos sean capaces de promover el desarrollo de nuestros niños, niñas y adolescentes, y de entregar una protección integral y real por parte del Estado a quienes estén bajo su cuidado.

Aquí estamos claros y nos damos cuenta, por lo que conocimos, que no basta solo con esta nueva estructura. El nuevo Servicio de Protección tiene que ir acompañado de leyes que lo complementen, como la Ley de Garantías de la Niñez -considero urgente que la saquemos adelante-, y por sobre todo, de planes focalizados en materia de salud mental, de especialización de los cuidadores, de un mayor involucramiento y un mayor gasto fiscal -de este Gobierno, por cierto, y de los que vengan-, y de una red de salud pública de atención a los niños, niñas y adolescentes, que en esta materia está al debe.

Ha habido un aumento en la subvención, desde el año 2019, de alrededor de 240 mil a 1.200.000 pesos. Hay esfuerzos para que el nuevo Servicio de Protección avance con mayor esmero fiscal, por cierto. Podemos tener una nueva estructura, podemos tener una linda fachada, pero, si no enfrentamos la situación con un esfuerzo fiscal potente en términos de salud mental, este cambio no se va a desarrollar en el fondo del asunto.

Ya lo hemos dicho: en el ámbito de la salud mental, la infancia y la adolescencia son etapas vitales para el desarrollo, que requieren de una consideración, una comprensión y un abordaje específicos, y en Chile, lamentablemente, no estamos dando esa atención adecuada. Sí se está abordando el foco principal de este cambio del antiguo Sename al nuevo Servicio de Protección , donde se quiere desinstitucionalizar a los niños. Un mes de un niño desinstitucionalizado es una falta en el desarrollo del hijo de alrededor de un año de retroceso.

Respecto a la situación de la salud mental en residencias Sename , según un estudio realizado hace algunos años por el Instituto Nacional de Derechos Humanos, se mostró que el 68,6 por ciento de niños y niñas de 14 años o más presentaban síntomas que llevaban a sospechar que estaban experimentando un cuadro depresivo. Y se dice que más de un 43 por ciento de niños, niñas y adolescentes de entre 8 y 17 años consume diariamente psicofármacos en estos centros. O sea, la situación mental de nuestros niños, niñas y adolescentes en las residencias del Sename es crítica.

Por eso debemos involucrar más a la red pública en la atención de la salud mental, en especial respecto de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en tales centros.

Muchos de los casos que hemos conocido en el último tiempo se deben a un mal manejo -y esto no es ninguna sorpresa- en la contención de niños y niñas descompensados. Este es un punto sustantivo, Presidenta , que debemos corregir con el nuevo Servicio, velando tanto por la correcta atención de la emergencia como por el acompañamiento en el desarrollo de estos niños y niñas.

Es en dicho contexto en el que se enmarca el proyecto que nos encontramos discutiendo hoy día, el cual tiene como principal objetivo asegurar de manera adecuada el traspaso de los funcionarios desde el actual Sename al nuevo Servicio de Protección Especializada, para que de esta forma podamos contar con funcionarios de excelencia en la nueva institución, para tener a los mejores funcionarios, y para que aquellos que no cumplan con estas competencias, con las habilidades necesarias, cesen en su cargo, pero otorgándoles un beneficio que no existiría si no fuera por la normativa en estudio.

Al respecto, debemos recordar que la ley 21.302 establece una serie de requisitos de ingreso al Servicio Mejor Niñez, los que, a priori de no ser cumplidos, implican la imposibilidad de traspasar a los funcionarios que actualmente están en el Sename.

Por lo mismo, el Ejecutivo , el Ministerio de Justicia, haciéndose cargo de las necesidades de dichas personas, trabajó en un protocolo de acuerdo que fue firmado por dos asociaciones que reúnen a alrededor del 40 por ciento de los funcionarios del Servicio Nacional de Menores, y que recoge la mayoría de sus inquietudes. Yo quiero valorar que, si bien no fue una negociación fácil, de una forma u otra estuvo presente el diálogo entre el Ejecutivo y las asociaciones, lo que permitió llegar a un acuerdo que satisface algunas de las inquietudes de los funcionarios y que permite avanzar, así, en la implementación de este importante Servicio de Protección de la Niñez .

Recién hoy podemos decir que está comenzando el principio... (se corta el audio del micrófono)...

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Puede activar su micrófono ahora, Senadora Sabat, para que pueda finalizar el minuto adicional que se le ha concedido.

La señora SABAT.-

Muchas gracias.

Sí, solo para terminar.

Podemos decir que hoy está comenzando el principio del fin del Sename. Casos tan terribles como los que hemos visto en el último tiempo nos muestran que hay mucho, mucho por hacer. Pero, si no avanzamos en una modificación estructural, integral y profunda, y no sacamos adelante la institucionalidad en su conjunto, no vamos a cristalizar el cambio urgente que hoy necesitamos para nuestros niños, niñas y adolescentes.

Así es que anuncio mi voto a favor de este proyecto y, por cierto, también el de nuestra bancada.

Voto que sí, Presidenta.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias.

Ofrezco la palabra a la Senadora Ximena Rincón.

La señora RINCÓN.-

Gracias, Presidenta .

Voy a votar a favor, suscribiendo lo que han hecho la Comisión de Infancia y la Comisión de Hacienda.

Solo quiero aprovechar la discusión de las adecuaciones administrativas del Sename para poner el foco en lo que ha pasado en estos días.

Durante el mes de marzo se han conocido dos hechos que afectan gravemente los derechos de nuestras niñas, niños y adolescentes al cuidado de sistemas alternativos del Estado. Y, Presidenta, debo decirlo: no son hogares del Sename; son organismos colaboradores. Lo digo porque la verdad es que muchas veces somos muy duros con los funcionarios del Estado. Y sé que se ha escuchado largamente a los funcionarios, que fueron atendidas sus demandas y que se suscribieron acuerdos con ellos. Lo explicó largamente el Senador Montes .

Pero lo ocurrido en la residencia familiar de Carlos Antúnez, en Providencia, donde se habría afectado la integridad física y psíquica de un niño que aparentemente no pudo ser atendido de manera correcta por el personal de la residencia; los hechos del Hogar Macera, de Talcahuano, en noviembre pasado, y lo que hemos conocido a través de un informe de la jueza Jeldres en cuanto a la residencia de protección Trinidad, de la Corporación Acogida, institución colaboradora del Sename, de la comuna de Nuñoa, son hechos dramáticos, donde se han vulnerado los derechos de nuestros niños, niñas y adolescentes, donde han sido dejados llorar por horas, y por días, y donde todo el sistema, Presidenta , ha fallado.

Es por eso que hoy día estamos pidiendo a los colegas que nos apoyen con un proyecto de acuerdo en que se solicita al Gobierno que instruya la revisión del número y calidad de los cuidadores que se desempeñan en las residencias; instruya al Ministro de Justicia , con el que tenemos el mejor de los diálogos, para que haga uso inmediato de las facultades que le entregan los artículos 12 y 17 del decreto ley 2.465, que crea el Sename, y solicite al Ministerio de Justicia que revise la historia de desempeño de las corporaciones involucradas.

Presidenta, estamos dando pasos, es cierto, no todos los que nos gustaría -ojalá se agilice la Ley de Garantías-, pero, frente a estos hechos, no podemos quedarnos solo en la lamentación y el asombro. Tenemos que actuar, porque el Estado es el que garantiza o debe garantizar la protección de estos niños.

Voy a respaldar este proyecto de ley, Presidenta, pero pido que todos nos movamos en la dirección correcta para proteger a nuestros niños, niñas y adolescentes.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchas gracias a la Senadora Ximena Rincón.

Ofrezco la palabra al Senador Alejandro Navarro.

El señor NAVARRO.-

Gracias, Presidenta .

El proyecto de ley que crea una nueva institucionalidad para niños, niñas y adolescentes y deja atrás al Sename tiene una dolorosa y trágica historia. Y la verdad es que en ese camino de conducción queremos colaborar, porque es urgente que el Estado se responsabilice por los niños que tiene a su cuidado. Miles han fallecido; otros han quedado con traumas permanentes, y la mitad de ellos está en las cárceles del país. ¡La mitad de los niños egresados del Sename está hoy día en cárceles o ha pasado por las cárceles de Chile! Por tanto, una nueva institucionalidad es una tarea urgente.

Este proyecto de ley permite una justicia laboral con aquellos funcionarios a contrata que no tenían derecho a indemnización. Lo discutimos largamente. ¡Cuatro mil funcionarios, mil de ellos con licencia médica, producto de las condiciones de trabajo! ¡Mil de ellos! ¡Veinticinco por ciento! Y hoy este proyecto dará una salida voluntaria o petición de retiro con once meses de indemnización. Yo espero que haya los fondos suficientes. Se han calculado. En el informe hay diversos montos: 14 mil millones. El número exacto de las personas que van a salir, voluntaria u obligadamente, no está claro. Y, dado el informe que ha dado el Senador Montes y el que le hemos escuchado al Ministro , esto debiera quedar zanjado de manera positiva.

Mi única preocupación está en lo que ha expresado este último. Las dos asociaciones que han apoyado este proyecto representan al 40 por ciento. Pero hay una que representa al 44 por ciento, es decir, casi a la mitad, que no estuvo de acuerdo. He buscado en el informe de Hacienda la opinión de quienes no firmaron el acuerdo, pero no está. Solo se consagra la opinión de una de las organizaciones y no del resto. Don Walter Arancibia , de Antrase, entiendo que es parte de una de las dos asociaciones que firmaron.

Me hubiera gustado que el Ministro hubiera podido detallar cuáles son los puntos pendientes y por qué la organización que representa a la mitad de los trabajadores no quiso firmar. Porque hay puntos pendientes que, si no pueden ser resueltos en este proyecto de ley, habrá que enfrentar en algún momento.

Yo voy a votar a favor de la iniciativa, porque resuelve problemas que compartimos. Sin embargo, me preocupa que la mitad, el 50 por ciento de los trabajadores involucrados, organizados, afiliados a organizaciones sindicales, no haya firmado. Desconozco las razones.

Por lo tanto, Presidenta , por su intermedio le pido al Ministro Hernán Larraín si pudiera explicarnos cuáles fueron los puntos en que no se llegó a acuerdo con dicha organización. No sé cuáles son. He intentado comunicarme con los dirigentes vía WhatsApp, los he llamado, para saber exactamente qué fue lo que originó que no estuvieran todos de acuerdo.

Siempre hay procesos muy complejos en estas negociaciones. Las hemos enfrentado en múltiples ocasiones. Se trata de conciliar los derechos de los trabajadores en justicia con los recursos pertinentes. Y, por cierto, a veces no hay acuerdo.

Yo más bien quiero saber por qué no hubo acuerdo. Y si la causa fue de carácter económico, administrativo o más estructural, de tal manera de tener la certeza de que quienes se vayan lo hagan con tranquilidad y seguridad.

Echar trabajadores a la calle en momentos de pandemia, sin indemnización, de verdad era un abuso inaceptable. Por lo tanto, considero que el Gobierno y el Ministerio de Justicia hacen bien en preocuparse de que quienes salgan lo hagan, a lo menos, con indemnización; y más si son once meses y no solo los seis que estipula la ley para los funcionarios a contrata.

No sé si el Ministro nos puede aclarar esto. Yo voy a votar a favor porque creo que, si no hubo claridad en determinados puntos, pueden quedar pendientes para lo que viene a futuro.

Voto a favor tratando de que esta nueva institucionalidad resuelva los graves problemas que tienen los niños asistidos, custodiados por el Estado.

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución!

¡No más AFP!

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchas gracias, Senador Navarro.

El Senador Felipe Kast ha pedido adelantar su voto sin fundamentar.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor Kast, ¿cómo vota?

¿Puede activar su micrófono, por favor?

El señor KAST.-

A favor, señora Presidenta.

Muchas gracias.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

A favor.

Gracias.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Ha pedido la palabra el Senador Carlos Montes.

Tiene la palabra, Senador.

El señor MONTES.-

Gracias, Presidenta.

Si uno hace una lista de los grandes temas en que la sociedad chilena está muy atrasada y con muchos problemas, este es uno; está claro.

Hay miles de niños y adolescentes que requieren protección especializada; hay miles de jóvenes que necesitan reinserción social. Y tenemos un problema. Es responsabilidad de todos cómo enfrentamos esto; no es responsabilidad de uno o de otro.

De hecho, la Presidenta Bachelet fue la que inició esta transformación y el Presidente Piñera la siguió. Pero esto va más allá de los gobiernos; esto requiere mucha sobriedad porque son problemas que en el mundo entero están afectando a todas las sociedades. Y cada vez es más complejo, más difícil hacerlo y cada vez quedamos más superados por la vida.

Es doloroso el caso de Providencia y probablemente va a haber otros casos dolorosos. Tenemos que ver cómo fortalecer, qué puede estar fallando, cómo hacerlo mejor.

Para crear estos dos servicios hay dos leyes y además la Ley de Garantías, que ha costado mucho y que gracias al esfuerzo de la Senadora Rincón , y de todos los demás, se empujó y salió de aquí, del Senado. Pero la verdad es que eso está atrasado.

En el caso que nos ocupa, tratamos de que hubiera un buen enfoque, un distinto enfoque en lo que es la protección especializada. Y trabajamos harto en esto, conversamos con especialistas, vino gente de Argentina, de distintos lados y salió un cierto modelo centrado en la familia.

Nosotros tenemos dudas de ese modelo, sabemos que no es perfecto. Sin embargo, es un modelo que cambia respecto al enfoque que había hasta ahora.

Eso es muy importante. Además, ahora estamos tratando de que los funcionarios sean más apropiados para las nuevas funciones, para el nuevo modelo.

Y frente a esto, quiero decir que los funcionarios han sido de un rigor, de una seriedad y un análisis destacables, y hablo de todas las asociaciones. A mí me impresionó la calidad de los dirigentes y la organización.

En uno de los casos paramos una sesión cuatro horas, la pusimos para continuarla más tarde, para que la asociación más grande pudiera comunicarse de Arica a Punta Arenas con todos los dirigentes y así fue. Y llegó con un análisis.

En cuanto a las diferencias -lo que pregunta el Senador Navarro-, la asociación más grande dice: ¿Por qué tiene que haber evaluación? Ese es un primer cuestionamiento.

Una vez aceptada la evaluación, hay que proteger los derechos de los trabajadores y de todo el conjunto. Y buena parte de las observaciones que ellos plantearon -están en el informe de Infancia- se asumieron.

Sin embargo, hubo una que no se resolvió. La observación de fondo es que se desconfía de la arbitrariedad que pueda tener la persona que dirija esta institución; se dice que todo dependerá de ella, en definitiva. Entonces, ¿cómo se contrapesaba? Se incorporaron muchos contrapesos, en el protocolo especialmente.

Además de eso, lo que quedó pendiente es cuánto se pondera la trayectoria respecto a la evaluación. Y el otro gremio pedía que fuera 50-50. Subimos de 20 a 40, pero otros gremios dijeron que si subía para ellos, los podía perjudicar. Finalmente quedó en eso, que no era lo que pedía esta asociación. Sin embargo, ellos valoraron que se hubiera avanzado en el sentido en que se hizo.

Yo no puedo terminar esta discusión sin decir que le tengo miedo a la decisión que estamos tomando, no por este proyecto, sino por el tema general. ¿Cómo hacemos para asegurar que esto va a seguir avanzando y que no tendremos en poco tiempo más escándalo, tras escándalo, tras escándalo porque no se han resuelto los temas principales?

Llevamos años discutiendo esto. Me tocó participar intensamente en el debate que se dio durante el Gobierno del Presidente Frei Ruiz-Tagle . Ahí también se optó por un mucho mejor modelo. Pero después, entre la realidad y el modelo hubo gran distancia. Y no se aplicó plenamente el modelo, tanto del Estado directamente como a través de entidades colaboradoras.

Y quiero decirle al Senado que aquí el problema está en los recursos. En ese tiempo el problema también fue de recursos. Y me parece que si aquí no se destinan recursos para pasar a otro nivel, la verdad es que vamos a tener una crisis no muy lejana.

¿Y por qué? ¿Qué es lo que ocurre? ¿Cuántos recursos adicionales se ponen en el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia? 132 millones de dólares.

¿Ustedes creen que con esa cantidad va a resolverse el problema? Porque aquí no se trata solo de los niños que hoy día están planteándose la necesidad de tener protección: en la medida en que el modelo sea mejor los jueces van a orientar a más niños para que vengan a este sistema. Eso nos dijeron los propios jueces, que ellos no enviaban a los niños y adolescentes porque no había sistema capaz de acogerlos; preferían no hacerlo. Pero si hay un mejor sistema, sin duda que van a venir.

Normalmente, cuando creamos instituciones como esta los financiamientos van siguiendo a la demanda; no están congelados con un presupuesto anual. Hay que cambiar el modelo de diseño del financiamiento. Porque, si no, esto afectará a la institución, independiente de lo buenos que sean los funcionarios. Y la verdad es que trabajar en esta institución es tremendamente difícil, humanamente y profesionalmente.

Entonces, existe una debilidad en el financiamiento de la que debemos tener consciencia. Nosotros, el Congreso, tenemos una responsabilidad de que esto cuente con los recursos necesarios para el modelo que se quiere aplicar.

Por otro lado, nosotros estamos estableciendo una forma de coordinación de la protección especializada con el resto del Estado (con Educación, Justicia, Salud) que, desde mi punto de vista, es piloto. Ojalá que resulte. Pero, como está, probablemente va a ser tan complejo como hoy día, en que al Sename no lo toman en cuenta la mayor parte de las instituciones y tiene que arreglárselas solo con una situación que es muy difícil. Y ellos ven la necesidad de que los niños tengan apoyo de otras instituciones.

En salud mental, que es lo que planteaba la Senadora Sabat, claramente, no hay respuesta. El sistema no la tiene. Y necesitamos ver cómo se crea un sistema efectivo. Pero no es solo salud mental; hay muchas otras cosas.

Bueno, es poca plata. Y yo sé que el Ministro de Justicia debe asumir esto. Y discute, busca más, pero tiene sus límites.

Nosotros, como parlamentarios, tenemos la obligación ...

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

¿Puede activar su micrófono, Senador Montes?

Lo desactivó...

El señor MONTES.-

Lo que pido es que seamos muy sobrios para no sobrepolitizar esto. Este es un desafío de todas las sociedades y de todos nosotros. Y, como parlamentarios, tenemos una inmensa responsabilidad hacia atrás y hacia adelante.

Gracias, Presidenta .

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias al Senador Montes.

Ha pedido la palabra el Senador Chahuán. Sin embargo, le quiero consultar si le podemos ofrecer antes la palabra al Ministro , quien iba a hablar al final, pero tiene que partir a otra Comisión.

¿Le parece a usted, Senador Chahuán?

Y luego de la intervención del Ministro, inmediatamente le ofrezco la palabra.

El señor CHAHUÁN.-

Ningún problema, Presidenta .

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias.

Señor Ministro , tiene usted la palabra.

¿Puede activar su micrófono?

El señor LARRAÍN ( Ministro de Justicia y Derechos Humanos).-

Gracias, Presidenta .

Lamentablemente, tengo que concurrir a la Comisión de Familia de la Cámara a presentar otro proyecto, en una sesión que empezó a las cinco y media.

Pero no quería ausentarme de esta sesión, porque, como lo han manifestado con mucha claridad la Senadora Isabel Allende , y también la Senadora Ximena Rincón, es inevitable no pronunciarse sobre los hechos ocurridos en una residencia de la Región Metropolitana, ubicada en Carlos Antúnez, el día lunes por la tarde, y que se conocieron ayer, a raíz de la circulación de un video que expresaba una situación indescriptible, muy dolorosa.

Y lo primero que quiero manifestar sobre esta situación es que, al igual que cualquiera que haya visto ese video, la primera reacción, la primera sensación es de una consternación por lo que ahí ocurre, un dolor muy tremendo y una sensación de impotencia por ver que un niño que está bajo el cuidado del Estado está reaccionando de la manera en que lo vemos.

Por eso, nos ha preocupado, antes que cualquier otra cosa, averiguar, con posterioridad al conocimiento de estos hechos -como digo, nos enteramos de ellos ayer, a propósito de la circulación del video-, cuál es el estado de los niños que estuvieron involucrados más directamente en este incidente, así como del resto de los niños que están en esa residencia.

Por lo menos, para la tranquilidad de todos, quiero decir que los niños están bien, que luego de lo ocurrido fueron debidamente cuidados; han tenido tranquilidad.

Quizá esta tranquilidad se les ve alterada por lo que ocurre en el exterior de la residencia. Hay gente que luego de estos hechos ha ido a protestar y uno comprende y entiende esa indignación, pero lamentablemente, la indignación que se produce en las afueras de esta residencia genera, más bien, dificultades y problemas para los niños y las niñas que están ahí, y eso tenemos que evitarlo, precisamente, para ayudar a que estos niños tengan una vida tranquila y normal, y no estar en medio de un conflicto externo que dice relación con otras materias.

Pero, reitero, hemos seguido en forma precisa la evaluación de los niños; están con el cuidado debido; se están aplicando sus rutinas; se les está brindando apoyo adicional, y conforme a lo que le hemos pedido, la Dirección Nacional del Sename va a disponer apoyo psicosocial, postraumático, para poder sortear esta situación sin que presenten secuelas y daños posteriores. Pero no hay, hasta donde he sido informado, ninguna señal de lesiones, de violencia que haya afectado físicamente a ninguno de estos niños.

Dicho lo anterior, quiero referirme, brevemente en lo posible, a los hechos que ocurrieron, para tratar de precisarlos, hasta donde es posible conocerlos.

Los hechos se inician el lunes en la tarde a raíz de la descompensación que se le produce a un niño de 13 años, que genera un comportamiento muy complejo, en una residencia que, quiero decir, no es una residencia que pertenezca a un organismo colaborador acreditado: es administración directa del Estado. Y es una residencia que se ha constituído no hace mucho, que trabaja bien, en la que hasta la fecha no habíamos tenido problemas; al contrario, ella incluso había recibido niños problemáticos de otros lugares, por lo bien que estaba funcionando.

Sin embargo, se produjo esta situación de descompensación de este niño y, junto con él, otros dos lo acompañan, se suben al techo y generan ahí hechos de una cierta violencia, arrojando objetos, destruyendo otros, y eso hace que, cuando los funcionarios de la residencia no pueden contenerlos, apliquen el protocolo.

El protocolo consiste en llamar al SAMU y a Carabineros.

El SAMU, lamentable e inexplicablemente, nunca apareció, y hasta el día de hoy no tenemos una explicación al respecto.

La actuación de Carabineros se produce junto con los funcionarios del Sename que ayudan a que bajen del techo estos niños y para que se produzca ahí una contención.

En ese minuto se producen los hechos que están grabados en el video y que son poco claros, por la oscuridad reinante. Hemos también pedido el informe sobre las cámaras. Las cámaras no tienen rayos para permitir visión nocturna, por lo que no han permitido esclarecer mucho. Por lo tanto, no sabemos exactamente cuáles fueron los hechos por los que este niño grita y pide que lo suelten, en fin, y otras expresiones de esa naturaleza que dan cuenta de un cierto dolor y una situación compleja.

¿Cuál fue la relación de estos niños con Carabineros? Eso es lo que se debe investigar, para saber exactamente qué fue lo que ocurrió.

Aparentemente, luego de este episodio hay, con la actuación de los trabajadores del Sename de esa residencia, un momento de contención y, finalmente, los niños se tranquilizan, se van a sus dormitorios y luego están en el proceso que les digo, de contención y de acompañamiento para tranquilizarlos.

Quiero señalar que, a mi modo de ver, aquí surgen varias preguntas e inquietudes, muy delicadas.

En primer término está, ciertamente, el problema de fondo, que ya lo señalaba la Senadora Allende: la forma como estamos prestando la atención de salud mental a niños, niñas y adolescentes que se encuentran en condición de vulnerabilidad. No contamos con una red de apoyo; hemos planteado una y mil veces a Salud la necesidad de disponer de más refuerzos, pero los refuerzos que nos han dado, dentro de lo posible, se hacen insuficientes para la magnitud del problema.

Sin lugar a dudas, este es el principal problema que aqueja a niños, niñas y adolescentes que están en residencias y el apoyo que tenemos es limitado, a pesar de que en esta residencia había una especial preocupación por el tema, pero este es un punto que debe ser subrayado, porque tenemos que seguir trabajando en él.

En seguida, resalto que nos preocupa que cuando se llama para apoyar en una situación a una institución como el SAMU, este no concurra. Y eso otra vez nos levanta una inquietud, porque ese apoyo es necesario dada la complejidad de las situaciones que se producen, con más frecuencia de la deseada, porque el porcentaje de niños que tienen dificultades en su salud mental y que están en las residencias es elevadísimo. Probablemente, debe de estar en el orden del 60 por ciento. Por lo tanto, requerimos tener un apoyo externo a lo que cada residencia desarrolla, sea de las que administra el Estado o de las otras.

Una tercera reflexión dice relación con la actuación de Carabineros. No tenemos claridad de lo que ahí ocurrió. Necesitamos tener más precisión respecto de esas actuaciones, porque hay que tomar medidas en la materia y ya las voy a proponer.

Y una cuarta reflexión es que sí hemos advertido que la información de lo que ocurrió en esa residencia no se conoció hasta ayer martes por la tarde, a propósito de la circulación del video. Hay, sin lugar a dudas, una negligencia en alguna parte del sistema.

Nosotros tuvimos ayer, por otro motivo, una reunión en este Ministerio con la Directora Nacional del Sename, Rosario Martínez , y no se habló de este tema, y no se habló porque no se tenía la información, lo que, obviamente, también enciende una luz.

Hechas estas reflexiones, quiero señalar que aquí ha habido muchas reacciones. Desde luego, la de la Defensoría de la Niñez, de la Subsecretaría de la Niñez. En el caso nuestro, desde el primer minuto en que tuvimos información, este Ministerio, a través de su Subsecretario de Justicia , de la Dirección de Reinserción Social Juvenil, y yo personalmente, junto al Sename, representado por su Directora Nacional y su Directora Regional , nos pusimos a trabajar para lograr los objetivos que antes les he señalado: la preocupación central por los niños y ver qué es lo que pasó y cómo debemos seguir actuando.

Hay ya decretado un sumario administrativo para investigar las responsabilidades internas de la residencia. Se presentó una denuncia al Ministerio Público por el Sename, conforme a los protocolos, y está ya en su conocimiento. El programa "Mi Abogado" está estudiando hacer lo propio y se va a hacer una denuncia, eventualmente una querella. Eso se está evaluando, según los antecedentes que se tengan, para seguir un camino u otro.

Y también hemos tomado contacto con Carabineros. Quiero señalar que yo hablé personalmente con el General Director, don Ricardo Yáñez , para explicarle los hechos y para pedirle una investigación acuciosa respecto de la forma como Carabineros procedió, porque no tenemos claridad respecto de esa materia. Él me informó que ya había instalado un sumario interno.

En resumen, Presidenta , estamos frente a una situación compleja, pero acotada en el sentido de que los niños, afortunadamente, están bien, y eso es lo que nos tranquiliza. Por cierto, hay que ver su evolución posterior; siempre es necesario hacer seguimiento, pero, en lo fundamental, ahí hay un problema.

Levantamos de nuevo la necesidad de un apoyo en materia de salud mental para niños, niñas y adolescentes.

En seguida, respecto de la participación de Carabineros, he hablado hoy día con la Directora del Sename y le he pedido que, no obstante que el protocolo dice que cuando haya episodios de esta naturaleza se llame al SAMU y a Carabineros, no convoque a esta última institución a las residencias del Sename cuando se presente este tipo de dificultades, mientras no tengamos claro cómo debiera actuar la policía uniformada. Puede que esta actúe de la mejor manera posible, de la manera más razonable y prudente, pero su presencia a veces genera reacciones impropias, quizá motivadas por un momento de descompensación de un niño o niña, generándose episodios que no terminan bien, como el que aparentemente ocurrió en ese proceso.

Estamos también trabajando en una comisión que convocó la Ministra de Desarrollo Social para regular los protocolos de funcionamiento, de uso de la fuerza, de participación de las policías en las residencias, instancia que se instaló hace algunos meses y que -esperamos-podrá dar nuevas pautas. Estas serán las que se van a aplicar para convocar a Carabineros. Mientras tanto, espero que no se les llame.

La Senadora Rincón ha hecho presente la necesidad de fortalecer a los organismos colaboradores acreditados, a los OCA. Quiero señalar que, cuando se instale el nuevo Servicio de Protección a la Niñez, a partir del 1 de octubre, todas esas entidades van a ser enteramente acreditadas. Vamos a partir de cero. Los estándares serán muy exigentes, para asegurar que efectivamente su trabajo sea como el que les estamos requiriendo a los funcionarios públicos que van a ser traspasados a la nueva institución, a fin de garantizar el mejor trato a la niñez.

Adicionalmente, estamos trabajando en un proyecto, que vamos a dar a conocer muy luego, relativo a la capacitación de todas las personas que tengan contacto directo con niños y niñas en las residencias, sean estas públicas o privadas, para asegurar un trato adecuado. Necesitamos garantizar el respeto a los derechos de niños, niñas y adolescentes.

No puedo dejar de mencionar nuestra inquietud por una cierta estigmatización que se produce en torno a los niños y las niñas del Sename, y a quienes trabajan ahí. Recién el Senador Carlos Montes hacía presente su reconocimiento a los funcionarios del Sename que habían participado en el debate de este proyecto en su rol de representantes de las asociaciones. Bueno, creo que hay trabajadores del Sename que hacen bien su trabajo, abnegadamente, y lo vienen realizando de esa forma desde hace muchos años. Probablemente, no es el cien por ciento, y hay situaciones que tenemos que revisar.

Por lo mismo, cuando se acordó crear el nuevo Servicio, no se garantizó el traspaso automático. Y aprovecho de responderle al Senador Alejandro Navarro , quien preguntaba por qué hubo una asociación que no firmó. Fundamentalmente, fue porque esa asociación quería que el traspaso fuera automático, y no pasar por un proceso de evaluación. Pero, dadas las historias que conocemos, dado que aquí estamos pensando en el interés superior del niño, queremos que pasen aquellos funcionarios que correspondan a los perfiles que se exigen para el nuevo Servicio y que tengan una trayectoria adecuada.

La ponderación también fue algo que se discutió y acordó con las dos asociaciones y la Comisión de Infancia del Senado: 40 por ciento para la trayectoria y 60 para la evaluación de las competencias, conforme al perfil que se exige. La otra asociación pedía 50 por ciento o más, lo que genera ruidos adversos al sentido que persigue este proyecto.

Pero es importante tener cuidado de hacer muchos juicios respecto de hechos que todavía no conocemos enteramente, que se deben investigar.

Presidenta, estimadas Senadoras y Senadores, quiero decirles que nosotros -y digo "nosotros" porque somos muchos- no dormimos tranquilos cuando ocurren estos hechos, pues los sentimos como parte de nuestra responsabilidad. Los menores están bajo el cuidado de una organización del Estado, el Sename, organismo que depende del Ministerio que dirijo. Estamos las veinticuatro horas del día, los siete días de la semana encima de esta situación. Cada vez que se cae una lámpara en un hogar, en una residencia, estamos informados, y tomamos medidas para evitar que eso genere alguna dificultad.

Es una situación muy dolorosa, pero nuestra preocupación es total.

Por eso, cuando hablamos de niños y niñas del Sename, lo hacemos con preocupación, pues se trata de personas que han sido dañadas severamente por distintas razones. Están ahí por eso, porque fracasó su familia, su grupo familiar. Y el Estado tiene que responder. No lo ha hecho bien en muchas circunstancias; hoy día no lo hace perfecto, pero se están realizando los mayores esfuerzos. Nos debemos a esos niños, a esas niñas, porque necesitan nuestro apoyo y comprensión.

Sigamos haciendo los máximos esfuerzos para asegurar que, luego del trabajo que se pueda hacer en las residencias con estos nuevos servicios, se avance lo antes posible hacia la refamiliarización de los menores, hacia la vuelta al hogar familiar. Y, en caso de que ello no ocurra, bueno, abramos espacios para otros caminos, como el de la adopción.

Termino recordando que nosotros presentamos un proyecto de adopción, que se aprobó en la Cámara de Diputados y que está desde mayo del 2019 -¡desde mayo del 2019, Presidenta !- en el Senado. No ha tenido tramitación alguna, a pesar de las urgencias que le hemos puesto. Dicha iniciativa también forma parte de las necesidades de un nuevo trato con la infancia, por cuanto permite facilitar la adopción a los menores que no tienen una familia de origen o que no van a poder volver a su familia o a la familia extendida.

En tal sentido, hago un llamado para hacerse cargo de ese proyecto de ley, que es muy importante.

Siento lo que pasó en el caso señalado, pero créannos que vamos a investigar en detalle, hasta las últimas consecuencias; nosotros en el plano administrativo y el Ministerio Público en el ámbito penal. Si hay responsabilidades, tendrán que ser sancionadas dura y fuertemente, pues no aceptamos que un niño, una niña o un adolescente que esté bajo cuidado del Estado sufra alteración o menoscabo de sus derechos.

Gracias, Presidenta .

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchas gracias, Ministro .

Sin duda, la preocupación expresada por la Senadora Isabel Allende nos representa a todos y todas en este Hemiciclo.

Valoramos que usted se haya referido a la situación aludida en particular, y que haya manifestado su disposición a avanzar con mayor celeridad en el proyecto de ley de adopciones.

El problema que se expresa a través de un proyecto de acuerdo y de las preocupaciones expresadas por las Senadoras Allende y Rincón, entre otros, y lo que estamos tratando en esta misma iniciativa de ley son, más bien, condiciones de borde. La discusión central debiera ser por qué tenemos niños abandonados, institucionalizados, encerrados hasta los dieciocho años, maltratados, sujetos a vulneraciones, las que lamentablemente han estado presentes en sus vidas.

Por lo tanto, la reforma a la Ley de Adopciones debiera ser una prioridad para el país.

Esperamos, Ministro , que en otra oportunidad se refiera al número de cuidadoras del hogar de lactantes Trinidad, en Ñuñoa. Se sabe que está muy por debajo de los coeficientes técnicos requeridos. Una se pregunta si tres o cuatro cuidadoras son suficientes para atender a más de dieciocho lactantes.

Agradecemos su presencia en la discusión de este proyecto.

Finalmente, le ofrezco la palabra al Senador Francisco Javier Chahuán .

El señor CHAHUÁN.-

Estimada Presidenta , Honorable Sala, estamos frente a un proyecto de ley que, como bien usted ha dicho, revisa condiciones de borde en la transformación que debe tener la institucionalidad dedicada a la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Con usted, Presidenta , presentamos una querella hace algún tiempo que terminó con la formalización de ocho funcionarios del Sename, particularmente del Cread de Valparaíso, nada más y nada menos que por el delito de tortura. Eso está en pleno proceso investigativo.

Esa fue la piedra angular que me permitió, junto con el abogado Juan Carlos Manríquez , llegar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos -también en representación suya, Presidenta-, para pedir un informe sobre la situación de vulneración grave y flagrante de los derechos de niños, niñas y adolescentes en Chile.

Pues bien, en la audiencia a la que concurrí ante este organismo en Washington, se constató la vulneración por parte del Estado de Chile de treinta y ocho artículos de la Convención sobre los Derechos del Niño y los protocolos facultativos.

Es la mayor vulneración de derechos humanos en democracia, ¡la mayor vulneración en democracia a los derechos de niños, niñas y adolescentes!

Estamos frente a un Estado fallido, en términos de protección de tales derechos.

Por eso se han realizado cambios a la legislación, con los cuales se busca, primero, terminar con los Cread; segundo, instalar una nueva institucionalidad, lo que aprobamos en este Parlamento -hay que señalar que este Congreso ha estado a la altura de las circunstancias para introducir cambios trascendentales en defensa de los derechos de niños, niñas y adolescentes-, y tercero, resguardar el derecho a indemnización de los funcionarios del Servicio Nacional de Menores.

Esto se complementa, adicionalmente, con el proceso de capacitación para el personal respecto de la Convención sobre los Derechos del Niño y los protocolos facultativos. Cabe recordar que muchos funcionarios están desde antes de que estos instrumentos internacionales fueran ratificados por Chile y se encuentren vigentes en nuestra legislación.

Por otro lado, nos parece altamente compleja la situación que ha sido denunciada en redes sociales relacionada con un centro colaborador del Sename. Al respecto, quiero adherir a lo planteado por la Senadora Rincón, a fin de que efectivamente podamos velar para que los derechos de esos niños, niñas y adolescentes estén siendo respetados, y conocer cuántos funcionarios están a disposición en el hogar mencionado por la Senadora y por la Presidenta del Senado .

Vuelvo a insistir en que claramente estamos frente a la mayor y más grave vulneración de los derechos humanos en democracia. Por eso se requiere que el Estado de Chile esté a la altura de las circunstancias en esta materia.

Nosotros empujamos al Gobierno a cerrar los Cread, y partimos por el de Valparaíso, que fue denunciado a la justicia por la Presidenta del Senado y por quien habla.

Esperábamos que en esto hubiera una acción proactiva por parte del Ejecutivo.

Ojalá aún esté presente el Ministro de Justicia , para pedirle que ponga urgencia a un proyecto de ley de nuestra autoría y del resto de los integrantes de la Comisión de Salud que busca dar prioridad en la atención de horas psiquiátricas infantiles a los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en el sistema del Sename o en hogares colaboradores.

Tenemos un déficit de horas psiquiátricas infantiles.

Ha habido abuso institucionalmente por parte del Estado de Chile, a través de la aplicación de SOS a los niños, niñas y adolescentes como sistema de contención. Ello ha sido abusivo y vulnerador de sus derechos fundamentales.

Por tanto, le pido al Ministro de Justicia , quien nos está escuchando, que le ponga urgencia a dicho proyecto de ley. En su minuto los miembros de la Comisión de Salud fuimos autores de la iniciativa que le dio prioridad para la atención en salud a las personas mayores; ahora le solicitamos que, de conformidad con lo que hemos estado planteando, haya prioridad en las horas psiquiátricas infantiles para los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en hogares colaboradores del Sename.

Se requiere una nueva mirada, un enfoque comunitario, para enfrentar los temas de salud mental; sobre todo, los que se han visto completamente agravados a partir de la pandemia que hoy día estamos viviendo.

Apruebo el proyecto, señora Presidenta.

Muchas gracias.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchas gracias, Senador Chahuán.

Le solicito al señor Secretario que proceda a tomar la votación de las colegas y los colegas que se encuentran en modo telemático.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, señora Presidenta .

Vamos a iniciar la consulta con la Senadora señora Allende.

Senadora señora Allende, ¿cómo vota?

La señora ALLENDE.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?

La señora ARAVENA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Araya, ¿cómo vota?

El señor ARAYA.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Bianchi, ¿cómo vota?

El señor BIANCHI.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Castro, ¿cómo vota?

El señor CASTRO.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor De Urresti, ¿cómo vota?

Senador señor Elizalde, ¿cómo vota?

El señor ELIZALDE.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Galilea, ¿cómo vota?

El señor GALILEA.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Huenchumilla, ¿cómo vota?

El señor HUENCHUMILLA.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Insulza, ¿cómo vota?

El señor INSULZA.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Montes, ¿cómo vota?

El señor MONTES.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?

La señora ÓRDENES.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Quintana, ¿cómo vota?

Senador señor Soria, ¿cómo vota?

El señor SORIA.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senadora señora Van Rysselberghe, ¿cómo vota?

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

Secretario, yo estoy pareada con el Senador Quintana. A lo mejor no llegó el pareo a la Mesa.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Con el Senador señor Quinteros?

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

Quinteros, sí, perdón.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí, así es. Gracias.

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Damos por finalizada la votación.

--Se aprueba el proyecto en general y en particular (34 votos a favor y 3 pareos).

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Carvajal, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón, Sabat y Von Baer y los señores Alvarado, Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, Durana, Elizalde, Galilea, García-Huidobro, Huenchumilla, Insulza, Kast, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pizarro, Pugh, Sandoval y Soria.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Se encuentran pareados el Senador señor Quinteros y la Senadora señora Van Rysselberghe; los Senadores señores Lagos y García, y los Senadores señores Guillier y Prohens.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Aprobado el proyecto, y se despacha a la Cámara de Diputados para su segundo trámite constitucional.

1.5. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 24 de marzo, 2021. Oficio en Sesión 7. Legislatura 369.

Valparaíso, 24 de marzo de 2021.

Nº 154/SEC/21

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo del Mensaje, informes y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley que establece derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores, correspondiente al Boletín Nº 14.030-07:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Sin perjuicio de las causales previstas en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, los funcionarios del Servicio Nacional de Menores podrán cesar en el cargo por necesidades del Servicio, lo que determinará su Director Nacional de manera fundada en razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a través de la ley N° 21.302, y los demás que se establezcan como sus sucesores y continuadores legales, a fin de velar por el buen, oportuno y eficiente funcionamiento de las nuevas instituciones.

Para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores deberá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas en el inciso anterior, según se defina mediante decreto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, expedido bajo la fórmula “por orden del Presidente de la República”, el que deberá contener las condiciones y el procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones. Para la dictación de dicho decreto se considerará una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, constituidas de conformidad con la ley Nº 19.296. Las condiciones y el procedimiento señalados deberán garantizar la objetividad de la evaluación.

La evaluación a que se refiere el inciso precedente no se aplicará a los funcionarios que hayan sido evaluados con anterioridad, con ocasión de la modernización, reestructuración o funcionamiento de los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) para el establecimiento de residencias familiares en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la ley Nº 21.126. Con todo, respecto de tales funcionarios, el Director Nacional del Servicio deberá comprobar que no se encuentran afectos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo al que sean traspasados, conforme a lo dispuesto en la ley y, en especial, a lo señalado en el artículo 56 de la ley N° 21.302.

A los funcionarios que cesen en sus funciones por aplicación de la causal señalada en el presente artículo, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N° 21.126.

El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante su primer año presupuestario de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria del Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.”.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

YASNA PROVOSTE CAMPILLAY

Presidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Constitución

Cámara de Diputados. Fecha 22 de abril, 2021. Informe de Comisión de Constitución en Sesión 25. Legislatura 369.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN, JUSTICIA Y REGLAMENTO, RESPECTO AL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE DERECHO A INDEMNIZACIÓN PARA FUNCIONARIOS DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES. BOLETÍN N° 14.030-07-1 (S)

__________________________________________________________________

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento viene en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, con urgencia de discusión inmediata, el proyecto de la referencia, iniciado en mensaje de S.E. el Presidente de la República.

CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) La idea matriz o fundamental del proyecto es establecer un derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores, que no sean traspasados a los nuevos Servicios sucesores legales del SENAME en virtud la normativa de las leyes respectivas.

2) Normas de quórum especial.

No hay.

3) Normas que requieren trámite de Hacienda.

Todo el proyecto requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.

4) Aprobación en general del proyecto.

Sometido a votación en general el proyecto, fue aprobado por mayoría de votos. Votan a favor los diputados (a) señores (a) Marcos Ilabaca (Presidente de la Comisión); Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Eduardo Duran en reemplazo de Camila Flores; Gonzalo Fuenzalida; Diego Ibáñez; Leonardo Soto; Camila Vallejo y Matías Walker. Vota en contra el diputado señor René Saffirio. (9-1-0)

5) Designación de diputado (a) informante.

Se designa a la señora Paulina Núñez.

I.- FUNDAMENTOS DEL PROYECTO.

ANTECEDENTES

1)La reforma de nuestra institucionalidad en el ámbito de la infancia

El programa de nuestro Gobierno considera como una prioridad a las niñas, niños y adolescentes, ubicándolos en el centro de la política social.

Teniendo lo anterior como sustento, y a sólo días de haberse dado inicio a esta Administración, se convocó a representantes de diversas fuerzas políticas y de la sociedad civil a efectos de concretar un gran Acuerdo Nacional por la Infancia. En mayo de 2018, la mesa de trabajo de dicha instancia entregó una serie de propuestas de medidas tendientes a avanzar en reformas en materias de infancia y adolescencia con miras a promover el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes del país.

Una de las referidas propuestas, apuntaba al término del Servicio Nacional de Menores (“SENAME”), organismo concebido con un enfoque tutelar para una realidad distinta de nuestro país, el que no se ha logrado adecuar a las demandas de nuestra sociedad actual, a las nuevas necesidades de protección emergentes y a los nuevos perfiles y contextos de los sujetos de atención.

Por otra parte, el SENAME ha evidenciado a lo largo de estos años precariedad en una serie de aspectos de soporte para la gestión y el cumplimiento del propósito y funcionamiento del mismo, como por ejemplo, precarios sistemas de información y déficits en la coordinación de datos que se manejan por los distintos organismos intervinientes del sistema de protección de la niñez, lo que no ha permitido una correcta evaluación ni un adecuado diseño de programas, haciéndose urgente la necesidad de avanzar hacia programas basados en evidencia y con la suficiente flexibilidad a fin de adaptarse a la realidad de los niños, niñas y adolescentes, y sus familias.

Ante el escenario descrito, y en concordancia con las recomendaciones que al respecto ha entregado el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, es sumamente relevante avanzar, con la mayor urgencia posible, en el reemplazo del actual sistema, estableciéndose dos nuevas estructuras funcionales dotadas de competencias y de recursos humanos y financieros propios, haciendo una clara distinción entre los niños, niñas y adolescentes que requieren de protección y de los adolescentes que se encuentran en conflicto con la ley penal. En este sentido, las niñas, niños y adolescentes sujetos de atención por parte del Estado, requieren una intervención especializada con capacidad técnica, recursos y una mirada integral.

De esta forma, celebramos la reciente aprobación, promulgación y publicación de la ley N° 21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica normas legales que indica, la cual viene a ser realidad la primera parte de esta nueva institucionalidad en materia de niñez y adolescencia.

De igual manera en el ámbito de la justicia juvenil, y a más de 15 años de la implementación de la ley N° 20.084, de responsabilidad penal de adolescentes, estamos impulsando fuertemente la aprobación del proyecto de ley que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil (Boletín N° 11.174-07), que se encuentra en segundo trámite constitucional en la H. Cámara de Diputados, el cual supone el establecimiento de un nuevo Servicio que asuma el liderazgo en esta materia, con un mayor grado de especialización en el tratamiento y particularidades de la administración de justicia para jóvenes imputados e infractores de ley penal, que asegure que éstos recibirán una intervención y planes de trabajo acordes con su ciclo vital, que garantice en todo momento el ejercicio de sus derechos y facilite de manera efectiva el abandono de toda conducta delictiva. Coherente con ello, el referido proyecto contempla no solo la creación de un nuevo Servicio especializado técnicamente, sino que además, la especialización en materia de justicia juvenil de los diversos actores del sistema, junto con la conformación de una orgánica y nueva institucionalidad que favorezca la coordinación intersectorial para el despliegue de una política nacional de reinserción social juvenil. Con esto se pretende alcanzar la finalidad de dicho Servicio especializado, cual es lograr la efectiva reinserción social de los jóvenes en diversas dimensiones de su vida y promover su desistimiento de cometer delitos.

2)De los desafíos que imponen los nuevos Servicios

Los nuevos enfoques de trabajo del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, y del futuro Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, establecen cuantiosos desafíos en su implementación y desarrollo.

El Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia tiene como objeto garantizar la protección especializada de niños, niñas y adolescentes gravemente amenazados o vulnerados en sus derechos, entendida como el diagnóstico especializado, la restitución de los derechos, la reparación del daño producido y la prevención de nuevas vulneraciones. Asimismo incorpora una serie de nuevos enfoques en el trabajo, tales como, la ampliación de los sujetos de atención, los que no solo se limitan a las niñas, niños y adolescentes, sino que también a las familias que los tienen bajo su cuidado; la coordinación intersectorial, de manera de otorgar una mayor protección a niñas, niños y adolescentes vulnerados; y mejoras en los sistemas de supervisión, a fin de asegurar el adecuado cumplimiento de las exigencias y estándares de funcionamiento que se les imponen a los organismos colaboradores acreditados.

Por su parte, el diseño del futuro Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, en su finalidad de contribuir a la reinserción social de los jóvenes en conflicto con la ley penal y el abandono de la conducta delictiva, se nutre de una serie de diagnósticos en los últimos años que fueron consolidando un consenso sobre aspectos críticos ante los cuales generar una nueva política de reinserción social juvenil. Entre otros, la necesidad de contar con un modelo de intervención especializado en la modificación de la conducta delictiva, basado en evidencia, contemplando los enfoques y teorías contemporáneas de comprensión del comportamiento delictivo juvenil; contar con instrumentos de trabajo, diagnóstico y evaluación en coherencia con dicho modelo de intervención; y fortalecer una efectiva coordinación de oferta intersectorial.

Un punto esencial en estos nuevos enfoques lo constituyen las exigencias al personal de las nuevas instituciones, a fin de contar con un recurso humano capacitado e idóneo para el desarrollo de las funciones que se le encomiendan a los nuevos Servicios, dada la compleja tarea que deberán desarrollar sus funcionarios.

Sobre este punto existe un consenso transversal respecto a la necesidad de que los funcionarios de los nuevos Servicios cumplan con estándares elevados que serán definidos para los perfiles de cada cargo, debiendo someterse a un proceso de evaluación que garantice contar con los mejores servidores públicos en estas nuevas instituciones. Esta exigencia debe considerarse tanto para los funcionarios actuales del SENAME, que podrían ser traspasados a los nuevos Servicios, como aquellos que deberán postular a ellos desde otras instancias.

3)Avances en la implementación de la reforma

En este contexto, y como señalábamos anteriormente, el pasado 5 enero se dio inicio al trabajo de implementación de la nueva institucionalidad en materia de infancia, con la publicación en el Diario Oficial de la ley N° 21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, previéndose el inicio de sus funciones dentro del plazo máximo de un año, periodo en el cual se deberán ejecutar una serie de acciones tendientes a la adecuada implementación de la nueva institucionalidad.

Como hemos señalado, uno de los aspectos cruciales de la reforma está en contar con las mejores personas para hacerse cargo de las funciones de los nuevos Servicios. Pues bien, una parte de las dotaciones de estas nacientes instituciones será provista con funcionarios del actual SENAME. Sin embargo, debe considerarse un proceso evaluativo previo, que permita verificar el cumplimiento de los requisitos legales, de formación, experiencia, trayectoria laboral y competencias asociadas a los perfiles de los cargos que se crean para los nuevos Servicios.

Atendido lo anterior, en el diseño del proceso de implementación de la reforma, se ha considerado que aquellos funcionarios del SENAME que no deseen ser traspasados a los nuevos Servicios o no cumplan con los nuevos estándares, puedan acceder a una indemnización al momento de la supresión de los cargos que actualmente ocupan.

En esa línea, parte importante de los funcionarios vinculados a la atención directa de niñas, niños y adolescentes, en el área de protección, han estado sometidos a evaluaciones, considerando indemnizaciones en caso de no querer o no poder acceder a un cargo con los nuevos estándares requeridos. Se trata de los funcionarios que se desempeñan o desempeñaban en centros de reparación especializada de administración directa (CREAD), los que, conforme a lo acordado con las asociaciones de funcionarios y materializado a través de la ley de reajuste del sector público del año 2018, ley N° 21.126, han sido sometidos a evaluación para su reconversión al nuevo sistema de residencias familiares, estableciéndose como causal de cese de funciones de aquellos funcionarios que no puedan o no quieran reconvertirse, la de “necesidades de la institución”, cuya aplicación da derecho a una indemnización. Este proceso se ha verificado durante los años 2019 y 2020.

OBJETIVO DEL PROYECTO DE LEY

El proceso que ya se inició con los funcionarios de los CREAD, y que constituye la mayor parte de los funcionarios que serán traspasados al nuevo Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, debe completarse con los demás funcionarios a traspasar a dicha institución (de las áreas técnicas y de soporte) y al futuro Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil.

La urgencia, dados los plazos establecidos por la ley N° 21.302, implica que en los próximos meses deberá realizarse el proceso de evaluación de los restantes funcionarios que podrán ser traspasados al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, de manera tal que, una vez que éste entre en funcionamiento, pueda contar con la dotación requerida de funcionarios y que éstos cumplan con los estándares definidos. Lo mismo deberá hacerse en relación con los funcionarios que serán traspasados al futuro Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil en los años sucesivos.

Para este fin, es imprescindible contar con un instrumento legal que habilite la posibilidad de indemnizar a aquellos funcionarios que no puedan ser traspasados a los nuevos Servicios, de conformidad al proceso de evaluación al que serán sometidos, en igualdad de condiciones a las ya determinadas para los funcionarios de los CREAD el año 2018 por el H. Congreso Nacional, mediante la ley N° 21.126.

CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY

Para cumplir con dicha finalidad, se presenta este proyecto de ley, el que, al igual que la ley N° 21.126 que se hizo cargo de la situación de los funcionarios de los CREAD, establece que, sin perjuicio de las causales previstas en el Estatuto Administrativo, los funcionarios del SENAME podrán cesar en sus cargos por necesidades del Servicio, circunstancia que se determinará a través de una resolución de su Director Nacional de manera fundada en razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución, a fin de velar por el buen, oportuno y eficiente funcionamiento de las nuevas instituciones.

Asimismo, el proyecto señala que, para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del SENAME podrá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en el recientemente creado Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y en el futuro Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil.

El presente proyecto propone que las condiciones y procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones serán establecidos mediante resolución exenta, para lo cual tomará conocimiento de la opinión de las asociaciones de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, mandatándose a dicha autoridad para que las condiciones y el procedimiento que se establezcan garanticen la objetividad de la evaluación.

A los funcionarios que cesen en sus funciones por aplicación de la causal señalada, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N°21.126, pues, tal como hemos señalado, se prevé dar un mismo tratamiento a todos los funcionarios del SENAME, esto es, evaluación previa a su traspaso a las nuevas instituciones e indemnización en caso de que ese traspaso no se pueda verificar.

Las condiciones del cese de funciones de los funcionarios, a que alude la referida norma, son las siguientes:

1)Los funcionarios deberán tener un nombramiento o designación vigente por un año o más en el SENAME.

2)Tendrán derecho a una indemnización equivalente a 30 días de su remuneración por cada año de servicio y fracción superior a 6 meses, prestados continuamente al SENAME. Esta indemnización tendrá un límite máximo de 330 días de remuneración. Para tales efectos sólo se computará el tiempo servido en calidad de planta y a contrata en la mencionada institución.

3)La remuneración que servirá de base para el cálculo de la indemnización será el promedio de la remuneración mensual de los últimos 12 meses anteriores al cese en el cargo, actualizadas según el Índice de Precios al Consumidor, con un límite máximo de 90 unidades de fomento del último día del mes anterior al pago.

4)Los funcionarios que cesen en sus cargos y que perciban la indemnización no podrán ser nombrados ni contratados, ya sea a contrata o sobre la base de honorarios, en el SENAME ni en ninguno de sus continuadores legales, durante los 5 años siguientes al término de su relación laboral, a menos que previamente devuelvan la totalidad del beneficio percibido, debidamente reajustado por la variación del Índice de Precios al Consumidor, determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas, entre el mes de pago de la indemnización y el mes anterior al de la restitución, más el interés corriente para operaciones reajustables.

5)La indemnización que se establece no será imponible, ni tributable y se pagará al momento del cese de funciones.

Finalmente, el proyecto de ley dispone que el mayor gasto fiscal que represente su aplicación durante su primer año de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en lo que faltare con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.

II. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.

Su artículo único, dispone que sin perjuicio de las causales previstas en la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, los funcionarios del Servicio Nacional de Menores podrán cesar en el cargo por necesidades del Servicio, lo que determinará su Director Nacional de manera fundada en razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a través de la ley N° 21.302, y los demás que se establezcan como sus sucesores y continuadores legales, a fin de velar por el buen, oportuno y eficiente funcionamiento de las nuevas instituciones.

Agrega que para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores deberá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones según se defina mediante decreto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el que deberá contener las condiciones y el procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones. Para la dictación de dicho decreto se considerará una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del Servicio Nacional de Menores. Las condiciones y el procedimiento señalados deberán garantizar la objetividad de la evaluación.

Se precisa que la evaluación a que se refiere el inciso precedente no se aplicará a los funcionarios que hayan sido evaluados con anterioridad, con ocasión de la modernización, reestructuración o funcionamiento de los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) para el establecimiento de residencias familiares en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la ley Nº 21.126. Con todo, respecto de tales funcionarios, el Director Nacional del Servicio deberá comprobar que no se encuentran afectos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo al que sean traspasados, conforme a lo dispuesto en la ley y, en especial, a lo señalado en el artículo 56 de la ley N° 21.302.

Se indica que los funcionarios que cesen en sus funciones por aplicación de la causal señalada en el presente artículo, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N° 21.126. Esto significa que tendrán derecho a una indemnización equivalente a treinta días de la remuneración por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, prestados continuamente al Servicio Nacional de Menores. Esta indemnización tendrá un límite máximo de trescientos treinta días de remuneración. Para tales efectos sólo se computará el tiempo servido en calidad de planta y a contrata en la mencionada institución.

Finalmente, se señala que el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante su primer año presupuestario de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria del Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.

III. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN GENERAL Y PARTICULAR

Sesión N° 330 de 29 de marzo de 2021.

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos señala que el objetivo del proyecto de ley es muy concreto: otorgar un derecho de indemnización a los funcionarios del SENAME que no se traspasen a los nuevos servicios una vez que este termine su existencia.

A continuación, efectúa la siguiente presentación:

“Reforma Institucionalidad Niñez y Adolescencia

- Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (Ley N° 21.302, entrará en pleno funcionamiento el 1 de octubre de 2021).

- Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil (Boletín 11.174-07 en tercer trámite constitucional en el H. Senado).

Ambas iniciativas establecen que podrán ser traspasados funcionarios de planta y contrata de Sename que cumplan con requisitos y perfiles de cargo requeridos para los nuevos Servicios.

Para establecer quienes cumplen con requisitos y perfiles se requiere un proceso de evaluación a los funcionarios.

Para quienes no sean traspasados, actualmente el Estatuto Administrativo sólo contempla una indemnización para los funcionarios de planta, con tope de 6 meses.

La ley 21.126 (reajuste sector público) del año 2018, ya reguló el pago de indemnizaciones para los trabajadores del SENAME que se desempeñan en los CREAD, como parte del proceso de transformación de dichos centros en residencias especializadas. (Planta y contrata con tope de 11 meses).

Por tanto, el resto de los funcionarios de SENAME hoy no tienen derecho a la indemnización en caso de no ser traspasados a los nuevos Servicios, suprimiéndose sus cargos.

Respecto del proyecto de ley, señala que su objeto es otorgar derecho a indemnización para los funcionarios que no quieran o no pasen las evaluaciones que se realizarán para el traspaso a los nuevos Servicios.

Dichas indemnizaciones constituyen un beneficio con el cual hoy no cuentan los funcionarios a contrata, cuyos cargos se suprimen con la implementación de los nuevos Servicios. También aumenta el tope de 6 a 11 meses para los funcionarios de Planta.

Para garantizar la objetividad del proceso de evaluación el Ejecutivo presentó una indicación en la Comisión Especial de Niñez traspasando al Ministro de Justicia y Derechos Humanos la regulación del proceso de evaluación (contenido del protocolo), consagrando una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del SENAME y excluyendo expresamente de la aplicación de esta evaluación a los funcionarios ya que fueron objeto de ella en los CREAD.

Dos de las tres asociaciones nacionales de funcionarios han firmado un protocolo de acuerdo para el proceso de evaluación de funcionarios al Servicio Mejor Niñez con el Subsecretario de Justicia y la Directora Nacional del SENAME (15.03.21), que consagra la participación en instancias decisorias del proceso para todas las asociaciones nacionales.

En síntesis, el proyecto busca financiar esta indemnización.

Informe financiero

El informe financiero del proyecto considera un costo total de M$14.225.493, con la siguiente gradualidad:

El Servicio Mejor Niñez tiene actualmente fecha única de entrada en vigencia el 1 de octubre del año 2021, y el Servicio de Reinserción Social Juvenil fecha estimada de entrada en vigencia en el primer semestre de 2022, iniciando un proceso de traspaso de tres años, con una gradualidad por zonas geográficas. Por esta razón, se proyecta el gasto parcializado durante cuatro años, entre 2021 y 2024.

Otros gastos vinculados a la reforma a la institucionalidad de infancia y adolescencia

INFORME FINANCIERO SERVICIO MEJOR NIÑEZ

Gastos asociados a concursos Alta Dirección Pública del Consejo de Estándares y Acreditación

- M $ 119.274

- M $ 23.855 por cada concurso

El proyecto de ley contempla un gasto permanente de M$146.318.026, que comprende gastos asociados a la gestión interna del Servicio, especialización de la justicia penal para adolescentes y gastos asociados a concursos de Alta Dirección Pública del Consejo de Estándares y Acreditación; así también considera un gasto transitorio de M$75.939.298.

Informe financiero leyes reajuste Sector Público

Ley 21.306 año 2020

Consideró en su IF un costo fiscal de M$ 6.160 por concepto de adelanto incentivo al retiro voluntario e indemnización para personal del SENAME.

Considerando que solamente se aprobó el adelanto incentivo al retiro voluntario el presupuesto asociado sería equivalente a M$ 2.169.

Ley 21.126 año 2018

Consideró en su IF un costo fiscal de M$ 1.188 por concepto de indemnización centros de reparación especializada Servicio Nacional de Menores.

Expresa que para regular el traspaso hay un protocolo al que se han adherido dos asociaciones que representan al 47% de los funcionarios del Sename. Hace presente que harán llegar el texto de dicho protocolo a los integrantes de la Comisión.

Respecto de cuánto pesa la trayectoria en la evaluación, explica que esta tiene un valor del 40%. Inicialmente la trayectoria se consideraba menos, pero en la discusión las propias asociaciones pidieron mayor ponderación para este ítem.

Concluye señalando que la voluntad de construir estos nuevos servicios se hace pensando en el interés superior de los niños, niñas y adolescentes que serán atendidos por la nueva institucionalidad. Agrega que por tal motivo no se optó por el traspaso automático y se llegó a esta solución intermedia con el respeto de los trabajadores y que medie evaluación y para quienes no la pasen, serán indemnizados de conformidad a la ley.

El señor Cristián Araya, secretario nacional de AFUSE expone y acompaña documentos.

Expresa que el ministro y las autoridades saben que la asociación desde el año 2018 ha presentado su desacuerdo con las modificaciones que se están llevando a cabo. Expresa que se está responsabilizando a los funcionarios de la mala gestión de todos los gobiernos en materia de infancia.

Acusa que están pasando por momentos críticos en regiones y en Santiago donde hay centros que han sido tomados por los jóvenes. Expresa que hoy se plantean dos nuevos servicios con un nuevo modelo de intervención que los funcionarios no saben de qué se trata. En definitiva, el servicio no sabe cómo se ejecutarán estas medidas.

Denuncia que se está acusando a los funcionarios permanentemente por todos los males del SENAME. Así, tratándose de los CREAD (Centros de Reparación Especializada de Administración Directa) ellos estuvieron de acuerdo con el cierre de éstos y siempre se esperó que hubiera algo mejor, pero eso no está ocurriendo.

Cuando se cita la Ley de Reajustes del Sector Público del año 2018 ese artículo era exclusivamente para los CREAD porque esos programas eran los que se cerraban. Hoy se extiende dicha decisión a todo el resto del Servicio, cuestión con las que no están de acuerdo. Expresa que hay no cambios de fondo en los nuevos servicios y seguirá existiendo el Servicio y sus unidades organizativas actuales.

Expresa que no puede ser un beneficio señalar que un 30% de los funcionarios salgan a través de un mecanismo de evaluación. No es una opción para los funcionarios. Expresa que el protocolo encarga la evaluación a consultoras que ya la ejecutaron respecto de los funcionarios que fueron traspasados desde los CREAD a las Residencias Familiares. Acusa que dicho proceso fue desastroso.

Agrega que su asociación es la más numerosa y el protocolo no fue trabajado con las asociaciones. Del mismo modo, expresa que nunca ha existido un proceso de estas características, arbitrario, nefasto. Expresa que arbitrarán todas las medidas administrativas y legales para que los funcionarios sean parte de los nuevos servicios.

El señor Roberto Belmar, presidente de FENATRASE

Expresa que en el Servicio hay cuatro organizaciones con presencia nacional y que han sido excluidos de participación. Consideran pertinente que haya una indemnización para quienes no quieran ser parte de los nuevos servicios, pero no a través de un proceso de evaluación de los funcionarios. Señala que no pueden ser traspasados por normas antidemocráticas.

Manifiesta que la trayectoria laboral debe ser el mayor factor de ponderación porque es un dato objetivo. Acusa que las evaluaciones sicosociales no se aplican en general en la Administración Pública. Acusa que durante 30 años han trabajado en la precariedad sin reconocimiento a sus derechos. Señala que la única salida es el traspaso pleno porque los trabajadores no son responsables de las políticas nefastas de infancia que se han aplicado durante años.

Por último, enfatiza que el cambio de institucionalidad de infancia debe ser un proceso integrado en conjunto con las asociaciones con una indemnización restitutoria de derechos y no de expulsión de los trabajadores.

El señor Gonzalo Marín, presidente de ARMETRASE

Observa que no están en contra de la indemnización de los funcionarios que no deseen ser parte de la nueva institucionalidad, sino más bien contra las evaluaciones que se realizarán y condicionarán el traspaso de los funcionarios a la nueva institucionalidad. Expresa que dada la contingencia el proyecto remite sobre las condiciones actuales en que se desempeñan los funcionarios del SENAME y que permitan que ellos ejerzan sus funciones en los nuevos servicios.

Acusa que se parte de un supuesto ficticio, cual es que los funcionarios cuentan con la especialización que requiere la nueva normativa. Señala que a pesar de la voluntad de especialización de los funcionarios aún no se logra abordar los factores que son la causa de los problemas que se originan en los centros y que han sido de pública notoriedad en el último tiempo.

Hace hincapié en que pretendiendo resguardar los derechos de los sujetos de atención se pase a llevar los derechos de los trabajadores. Señala entender que debe haber un proceso de traspaso protocolizado pero se debe velar por asegurar condiciones de trabajo distintas en la nueva institucionalidad.

Agrega que el protocolo no ha sido discutido con todos los trabajadores sino con aquellos que están de acuerdo con la nueva institucionalidad y el traspaso propuesto. Sugiere revisar las condiciones en que desempeñan sus funciones y hace un llamado a no seguir precarizando la función de los trabajadores del SENAME.

El señor Luis Cortez, presidente de ANFUR

Señala que el tema de infancia no se inicia ni termina con este proyecto. Aclara que los niños del SENAME no son los niños de Chile, sino solo los niños pobres; asegurarse respeto y dignidad de los niños y los trabajadores. Señala que esta propuesta no es la óptima pero han trabajado teniendo siempre en claro que nunca se planteó un traspaso espejo.

Señala que el sistema de residencias es prácticamente un fracaso y sugiere revisar su funcionamiento, aclarando que no son responsables por las situaciones públicamente conocidas.

El señor Walter Arancibia, presidente de ANTRASE

Expresa que las asociaciones están de acuerdo que la crisis del sistema actual no es de responsabilidad de los funcionarios. Expresa que el debate actual debió haber sido dado al momento de la discusión de los nuevos servicios de protección a la Infancia.

Señala que no se negoció con dos asociaciones sino con tres y que representan más del 90% de los funcionarios. Una asociación se retiró pero, de igual modo, reconoció el avance del protocolo, por lo tanto, no es real que este proceso fue llevado de espaldas a los trabajadores.

Da cuenta de que ante la incertidumbre del traspaso efectivo, optaron por negociar un protocolo que resguardase de la mejor manera posible los derechos de los trabajadores.

Finalmente, solicita que se apruebe el presente proyecto.

El señor Walker explica que todos han pedido que el nuevo Servicio de Protección y el Servicio de Reinserción cumplan con estándares de especialización que permita la protección de los derechos de los niños vulnerados. Por tal motivo se les dio a los funcionarios la posibilidad de especializarse y capacitarse para cumplir las condiciones. Pregunta a las asociaciones si ello es suficiente.

Por su parte, el señor Alessandri apunta que es un proyecto aprobado por la unanimidad en el SENADO y cuenta con 14.000 millones de pesos destinados a indemnización. Manifiesta que este proyecto es coherente con los proyectos aprobados por el Congreso referido a la nueva institucionalidad de infancia. Señala que estas indemnizaciones no estaban contempladas, pero le parecen justas.

El señor Saffirio recuerda que él pidió que todos los funcionarios que actualmente desempeñan funciones en el SENAME pasaren por un examen y especialización como todo ciudadano que quieran ingresar a la administración pública. El acuerdo al que hace referencia el señor ministro no es más que el fruto de la presión de las asociaciones. Señala que no se ha escuchado a quienes son atendidos por el SENAME y que no es posible escucharlos nunca porque han muerto bajo la tutela del Estado. Anuncia que votará en contra por razones éticas ya que no está de acuerdo con se destinen recursos para indemnizar a quienes estuvieron en el SENAME.

- Se continuará con el debate en la próxima sesión.

Sesión N° 337 de 15 de abril de 2021.

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín, señala que ya se expuso sobre esta iniciativa anteriormente. Sin embargo, hace presente que conforme a la ley aprobada el traspaso de los funcionarios a la nueva institucionalidad no será de forma automática. La iniciativa constituye un justo y mínimo reconocimiento al personal a contrata por la vía de esta indemnización que no tendrían bajo la legislación vigente.

Bajo el principio del Interés Superior del Niño, se ha dispuesto que quienes se incorporen al nuevo servicio deben cumplir con el sistema de evaluación que comprende su trayectoria y competencias conforme a los perfiles de cargo de la nueva institucionalidad.

Por último, pide dar celeridad a la tramitación de esta iniciativa, que se encuentra en segundo trámite constitucional, en el marco del cumplimiento del cronograma proyectado para la nueva institucionalidad.

La directora de la Unidad de Protección de Derechos y Representación judicial de la Defensoría de la Niñez, señora Giannina Mondino señala que el objeto del proyecto es velar por el respeto de los derechos laborales de aquellos funcionarios del SENAME que no deseen ser traspasados a los nuevos Servicios o que no cumplan con los nuevos estándares, de modo que puedan acceder a una indemnización al momento de la supresión de los cargos que actualmente ocupan. Acompaña presentación.

Estándar: perfiles especializados de los nuevos servicios:

- Ley N° 21302 que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.

- Art 54: “El Servicio deberá contar con personal capacitado e idóneo según los términos requeridos para el ejercicio de sus funciones

- Art Primero transitorio se podrá disponer sin solución de continuidad el traspaso de aquellos funcionarios que cumplan con los requisitos que se establezcan para el desempeño de los cargos del personal del SPE y sus perfiles

- Proyecto de ley que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil (Boletín N 11174- 07). Art. Segundo transitorio se podrá disponer sin solución de continuidad el traspaso de aquellos funcionarios que cumplan con los requisitos que se establezcan para el desempeño de los cargos del personal del SRSJ y sus perfiles.

Los nuevos servicios se orientan al cumplimiento del principio de especialización.

Ver protocolo para el traspaso de funcionarios del Sename al Servicio Mejor Niñez.

Ejemplo práctico: residencia Carlos Antúnez. Es un hecho conocido por todos de manera pública dada la gran cobertura. La Defensoría de la Niñez pudo ver in situ, dado que realizó una visita de emergencia: es una residencia familiar, es decir con el nuevo modelo que imperará en el nuevo Servicio.

- No se conoce cómo se realizó el traspaso de funcionarios (información pendiente por parte de SENAME)

- No se conoce si las personas de ese nuevo modelo tienen las competencias técnicas para ello.

***Con fecha martes 20 de abril de 2021 se recibió Oficio N° 264/2021 de la Defensoría de los Derechos de la Niñez que remite observaciones y recomendaciones, en complemento de esta intervención.

A continuación se inserta cuerpo del oficio.

“Junto con saludar cordialmente, por medio del presente Oficio, y en mi calidad de Defensora de los Derechos de la Niñez, me dirijo a usted con el fin de resaltar por escrito las observaciones y recomendaciones efectuadas al proyecto de ley que establece derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores, Boletín N°14.030-07, mediante presentación ante vuestra comisión en sesión de jueves 15 de abril de 2021, de conformidad con las funciones descritas en las letras h), i) y k) del artículo 4° de la ley N°21.067 que crea esta institución.

I. ANTECEDENTES

La Defensoría de la Niñez ha visto con preocupación la tramitación de este proyecto de ley en relación con la regulación de cómo se efectuará el traspaso de funcionarios y funcionarias del SENAME al nuevo Servicio Especializado para la Niñez (ley N°21.302). La discusión sobre el traspaso de personal está directamente relacionada con la correcta instalación del subsistema de protección, en tanto, el tratamiento de la niñez y adolescencia, y en particular aquella bajo el cuidado del Estado, requiere de personal especializado y altamente capacitado. La significancia del principio de especialización inspiró la creación de los nuevos servicios, fue incorporado en la ley N°21.302 y ha sido latamente discutido en la tramitación del proyecto de ley que crea el Sistema de Garantías de la Niñez (boletín N°10.315-18) y del proyecto de ley que crea el Servicio de Reinserción Social Juvenil (boletín N°11.174-07). En definitiva, un traspaso que no esté condicionado a una evaluación exigente puede implicar el incumplimiento de los estándares establecidos para el Servicio, defraudando el buen funcionamiento del Sistema de Garantías como un todo.

Las nuevas exigencias para trabajar con niños, niñas y adolescentes que han sido vulnerados en sus derechos, significan que no todo el personal que actualmente se desempeña en SENAME tiene el perfil adecuado para poder trabajar en el nuevo Servicio, que requiere de cualidades especiales. Por ello, la Defensoría de la Niñez por supuesto apoya el objetivo del proyecto de proteger los derechos laborales de aquellos funcionarios y funcionarias del SENAME que no deseen o que no cumplan con los requisitos para ser traspasados a los nuevos Servicios, de modo que puedan acceder a una indemnización al momento de la supresión de los cargos que actualmente ocupan.

II.BASES DEL PROYECTO DE LEY

El proyecto de ley correctamente dispone una evaluación para definir qué funcionarios y funcionarias cumplen con los requisitos de los nuevos Servicios para ser traspasados.

La regulación cumple con la disposición transitoria contenida en la normativa de ambos Servicios que dice que se podrá disponer sin solución de continuidad el traspaso de aquellos funcionarios que cumplan con los requisitos que se establezcan para el desempeño de los cargos del personal del nuevo servicio y sus perfiles[1].

Empero, el contenido de aquella evaluación, o al menos las directrices y estándares, no se refleja en el articulado siendo discutido, sino que se está discutiendo de forma paralela, a través de un protocolo de acuerdo[2].

Los acuerdos alcanzados respecto al proceso de evaluación, en síntesis, son los siguientes:

Además, se dispone que en caso de que la persona no posea el título profesional requerido por el nuevo perfil, podrá acceder al cargo si posee un título de carrera afín. Mientras que, si no cumple con requisito de formación técnica, podrá comprometerse a estudiar en plazo no superior a 3 años.

Por su parte, el proyecto de ley establece que se eximen de la evaluación aquellos funcionarios y funcionarias que se sometieron al proceso de traspaso de los CREAD a las residencias familiares.

III.PROBLEMAS IDENTIFICADOS

• LA DISCUSIÓN SE ENCUENTRA ENFOCADA EN LA PROTECCIÓN DE DERECHOS LABORALES, NO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, DEBIENDO TOMARSE AMBOS EN CUENTA.

Primero, se identifica como problemático que el contenido de la evaluación se discuta a propósito de un proyecto de ley que tiene como propósito proteger derechos laborales y no se haya discutido a propósito de los proyectos por los cuales se crean los nuevos Servicios que tienen como propósito proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes, puesto que las perspectivas de cada discusión se reflejan en el enfoque que se adopta para discutir.

Se comprende que este proyecto de ley sea, en específico, para la protección de los derechos laborales, que son insustituibles y respetables desde todo sentido. Con todo, se debe recordar que estas decisiones recaerán y tendrán repercusión directamente sobre la vida y las condiciones de niños, niñas y adolescentes que, están en una situación tal, que deben estar bajo el cuidado del Estado, lo que los torna especialmente vulnerables. Es por ello que, en este caso, se debe tener en cuenta el Interés Superior del Niño que es un derecho, pero también el principio rector que establece la Convención sobre los Derechos del Niño para tomar las decisiones en su triple aspecto.

• DEBEN ESTABLECERSE LÍMITES AL TRASPASO DE FUNCIONARIOS/AS

La Defensoría de la Niñez recomienda encarecidamente, como lo ha hecho con ocasión a la discusión de los proyectos de ley que se abocan al subsistema de niñez, que las personas que trabajen directamente con niños, niñas y adolescentes, tengan las competencias necesarias para realizar ese trabajo, competencias dadas por tener un nivel adecuado de educación y un nivel adecuado de experiencia, y que aquellos sean requisitos copulativos y no alternativos como se ha visto que se ha planteado. Además, por supuesto, como se ha planteado en otras ocasiones, los/las funcionarios/as traspasados deben contar con procesos de formación continua.

Además de los límites de la especialización, debiese establecerse un límite ético relacionado con las posibilidades de traspasarse funcionarios/as al nuevo Servicio, que establezca que funcionarios/as que hayan sido investigados por vulneraciones (que no hayan terminado en destitución, sino que en otras sanciones), o que estén siendo actualmente investigados no puedan ser traspasados al nuevo Servicio.

El protocolo de traspaso deja establecido que se verán las calificaciones y anotaciones de mérito o demérito sólo de los últimos tres años. El límite temporal significa que personal que haya sido investigado por vulneraciones a niños, niñas y adolescentes pueden optar al traspaso, en circunstancias que no tomar en cuenta el tiempo previo a esos 3 años de ocurrencia de un hecho de violencia contra un NNA no asegura que no se reproducirá por parte del/la funcionario/a implicado. Lo mismo sucede respecto a los sumarios vigentes, ya que ellos no constan en las hojas de vida, al no haberse concluido, escenario muy extendido en el Servicio Nacional de Menores. Al menos se debiese “congelar” un eventual traspaso hasta el término del sumario, situación que debiera replicarse en relación con las investigaciones penales, que no son tomadas en cuenta en este protocolo.

El hecho de que el mismo protocolo no contenga esos límites hace necesario que la ley contenga limitaciones mínimas como las propuestas y es relevante además que la evaluación del traspaso sea realizada por externos al mismo Servicio.

• EJEMPLO PRÁCTICO DE LA NECESIDAD DE LÍMITES EN LOS TRASPASOS

Un proceso de evaluación y traspaso similar se realizó en el contexto del cierre de los Centros de Administración Directa (CREAD), destinado, supuestamente, a dotar de personal idóneo a las nuevas Residencias Familiares. Sin perjuicio de este esfuerzo hemos sido testigos de nuevas vulneraciones de derechos de niños, niñas y adolescentes. Ejemplo de ello es el acontecimiento público ocurrido en la residencia ubicada en Carlos Antúnez, que provocó la emisión de recomendaciones por parte de esta institución, que incluían observaciones sobre la ausencia de capacitaciones e instancias de formación para los y las funcionarias de la Residencia, a pesar de que debieran contar con perfiles técnicos idóneos conforme la declaración del nuevo modelo Residencia, de modo que siguen sin poder atender correctamente las necesidades de los niños, niñas y adolescentes[3].

En esta y demás residencias familiares que estarán a cargo del Servicio, trabajan funcionarios y funcionaras que fueron traspasadas a propósito del cierre de los CREAD, por lo tanto, cabe preguntarse si el procedimiento fue el adecuado o no y, naturalmente, cabe preguntarse si es aconsejable replicar el mismo sistema y, sobre todo, pensando en lo único que debe ser la consideración primordial, el interés superior de NNA bajo cuidado del Estado, si es aconsejable eximir a aquellos funcionarios y funcionarias del nuevo proceso de evaluación.

Lamentablemente, la Defensoría de la Niñez no ha podido emitir conclusiones sobre el proceso de evaluación y traspaso precedente en vista que, a pesar de haber solicitado la información en diversas ocasiones, ésta no ha sido compartida por las autoridades competentes.

Para terminar, la Defensoría de la Niñez se permite plantear a esta Honorable Comisión lo imprescindible que resulta que se adopten todas las medidas para que se dé cumplimiento al principio de especialización de quienes tienen el deber de cuidar, acompañar y proteger a los NNA bajo cuidado del Estado y que se cumplan con las condiciones exigidas por mandato legal del artículo 54 de la ley N°21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, que establece que “El Servicio deberá contar con personal capacitado e idóneo según los términos requeridos para el ejercicio de sus funciones.”.

En resumen, la Defensoría de la Niñez es enfática en señalar que los funcionaros y funcionarias del Servicio deben tener especialización y formación continua efectiva y que se debe asegurar que nadie que no posea el título profesional requerido por el nuevo perfil, que nadie, si no cumple con requisito de formación técnica, pueda acceder al traspaso, que nadie con sumario y/o investigación penal pendiente sea traspasado mientras eso no se resuelva, que las evaluaciones de traspaso sean realizadas por externos al propio Servicio, incluyendo a quienes se encuentran asignados a las Residencias Familiares y que así, en definitiva, nadie que carezca del conocimiento y las competencias necesarias para ejecutar esta función crítica, responsable de proteger y cuidar a niños, niñas y adolescentes que han sido vulnerados en sus derechos, pueda realizarla.”.

El diputado Ilabaca (presidente) recaba el acuerdo para citar, para votar en general y particular, hasta total despacho, el día jueves 22 de abril. Se fija como plazo para la presentación de indicaciones el día miércoles 21 de abril.

- Así se acuerda.

Sesión N° 342 de 22 de abril de 2021.

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín, manifestó que, a su juicio, procede avanzar en la definición de este proyecto toda vez que ha sido objeto de una discusión que ha sido completa, se han escuchado inquietudes en diversos ámbitos, cuenta con la decisión del Senado que lo ha aprobado de modo unánime y, además, por lo que se observa, no existen indicaciones.

Recordó que en paralelo con esta iniciativa se ha desarrollado un protocolo firmado por gran parte de las asociaciones, que además se ha generado una gran participación para asegurar que este proceso se haga de la mejor forma posible garantizando los derechos de los trabajadores, ello en atención a las necesidades de avanzar hacia un nuevo servicio que requiere de perfiles especiales que obligan a este proceso que se regula a través de esta norma, y particularmente otorgando a quienes después del proceso de evaluación pudieren no ser acreditados para traspasarse, reciban una justa indemnización que merecen por su trabajo, en los términos que el proyecto señala, que de no aprobarse no la recibirían.

Estimó que se procede de la manera más adecuada posible, en procesos que son difíciles y complejos, pero procurando cautelar los derechos de los trabajadores del Sename la forma más rigurosa posible.

La señora Alicia Del Basto, presidenta de AFUSE, hizo notar que su agrupación, que representa a más de 2000 asociados, no firmó el protocolo que señala el señor Ministro, en el entendido que no estaban todas las cartas sobre la mesa respecto a la situación de cada uno de los funcionarios respecto de su estabilidad laboral.

Acotó que, pese a que el señor Ministro dice que se ha trabajado para cautelar los derechos de los trabajadores, el día de ayer conocieron que más del 30% de trabajadores del Sename, que no trabajan directamente con los menores, van a quedar fuera del servicio y van a quedar sin trabajo porque los cupos del nuevo servicio son mucho menores que los que tiene actualmente el Sename en las áreas de protección y adopción.

Agregó que lo anterior ratifica la posición que han tedio durante todo el proceso pues hay un 30% de personas que van a quedar cesantes en plena pandemia y manifestó llamarle la atención que hay cargos que no aparecen en el nuevo servicio, tales como conductores y auxiliares.

Planteó que con el afán de apurar este proceso no se ha hecho bien, existe una una impronta política que está por sobre el interés de los niños. Hoy el Sename está en el peor de los mundos porque en pandemia ha estado abandonado totalmente, no se escuchan las demandas ni lo que está pasando al interior de los centros.

Manifestó tener la convicción que van a tener que defender a sus asociados en tribunales para poder resguardar sus derechos pues no lo hará ni el protocolo ni la indemnización de 11 meses que en pandemia los deja totalmente desprotegidos.

El señor Roberto Belmar, dirigente de FENATRASE, preguntó cuáles son los derechos de los trabajadores del Sename que se estarían protegiendo, puesto que de 4.700 funcionarios solo hay 20 de planta y durante más de 30 años no se ha podido resolver el problema de la planta siendo que uno de los derechos fundamentales de las personas es el derecho al trabajo.

Aseveró que a través de la imposición de este proyecto se está integrando en el subconsciente de las personas la idea de que tienen que irse, de que cesen en sus funciones bajo la idea que la indemnización es lo mejor, en circunstancias que ello no es efectivo.

Finalmente agregó que nunca se ha logrado establecer fehacientemente la causa-efecto entre los procesos de selección de personal y la solución de la problemática de la infancia y la adolescencia en Chile, la política ha fallado durante 30 años y están haciendo responsables a los trabajadores. Recordó que han planteado la necesidad de una evaluación en términos restitutivos y no expulsivos.

Enfatizó que el protocolo no contó con la participación de todos los trabajadores y que la Cámara podría haber mejorado el proyecto puesto que consta de tres partes: forma de traspaso, evaluación e indemnización, y esta última no es la centralidad.

El señor Gonzalo Marín, presidente de ARMETRASE, reiteró su posición de rechazo a esta iniciativa lo que ha sido expuesto anteriormente, puesto que se llega a esta discusión a propósito de un proyecto que estiman insuficiente y que no recoge todas las variables para lograr el mejoramiento de las instituciones que intervienen con niños y jóvenes en situación de vulnerabilidad y solo se pronuncia en relación a una situación que se asume obligatoria porque los trabajadores del Sename no tendrán la opción de decidir entre continuar en el servicio o acogerse a la indemnización toda vez que, como ya se ha señalado, hay gran cantidad de cargos que desparecen.

Respecto de la causa-efecto de los procesos de selección dentro del Sename que garanticen estándar de calidad, hizo presente que hay que preguntarse qué es lo que ocurre porque las personas pasan por procesos de selección y evaluación, pero las condiciones que determinan las autoridades que administran el servicio no dan cuenta de cubrir las necesidades y otorgar las condiciones básicas para que se puedan alcanzar estándares de calidad.

Calificó el proyecto de insuficiente y malo, y se llega a esta lógica porque las autoridades del servicio han querido discutir con la parte interesada en que éste se apruebe. Recordó que han instado porque la capacitación sea restitutiva y no expulsiva y por la necesidad de que se instale un modelo de capacitación y actualización permanente respecto de funcionarios que intervienen directamente en los centros que dé cuenta de la responsabilidad del Estado, que no existe, pero a la hora de responsabilizar por la situación crítica de los centros se apunta a los trabajadores, lo que es inaceptable.

Reiteró que esta iniciativa no garantiza derechos de los trabajadores de forma integral y lamentó que exista un brazo sindical que esté más dispuesto a conversar con el gobierno y defender los intereses de esta administración en particular que los intereses de los asociados y los trabajadores que debieran estar en primera línea.

El señor Luis Cortez, presidente de ANFUR, precisó que no se harán cargo de las insinuaciones vertidas y que lo fundamental es que este es un proyecto de indemnización y no de infancia, sin perjuicio que tienen sus reparos con este último, no lo comparten como asociación, y lo hicieron ver durante su debate parlamentario.

Respecto del proyecto de ley, agregó que hay muchos funcionarios que se quieren ir del servicio, que su agrupación firmó el protocolo de acuerdo y esperan que se respeten las conversaciones y que, desde lo gremial, están trabajando por los procesos de evaluaciones que estiman que podrían ser mejores, pero lo central dice relación con la indemnización.

El señor Walter Arancibia, presidente nacional de ANTRASE, acotó que hoy día lo que se discute es un proyecto de indemnización, que es una parte de lo que han estado conversado en torno al traspaso, y que se hace cargo de algo que ya se discutió.

Añadió que lo que plantean algunos de sus compañeros llega tarde porque el proyecto de infancia se discutió hace rato y no todas las asociaciones estuvieron presentes, ahora se discute ante un hecho ya consumado, y hoy se llegó a acuerdos con el ministerio respecto de un traspaso que ya está sancionado por ley.

Aclaró que en esas conversaciones participaron cerca del 95% de los funcionarios del Sename, y de las tres asociaciones nacionales que discutieron, dos de ellas firmaron el protocolo. Descartó que existan asociaciones que trabajen de la mano con el gobierno y dichos como esos no pueden ser aceptados.

Pidió que se apruebe el proyecto pues es necesario para poder seguir avanzando, pues resuelve un problema de muchos compañeros y compañeras que podrían quedar fuera del servicio y sin indemnización.

Agregó que efectivamente los nuevos servicios no contemplan a los funcionarios administrativos ni auxiliares en su totalidad, que estiman que hay que mejorar aquello, pero aclaró que se quedan en el Sename hasta que este cambie y habrá que plantear su continuidad porque tanto auxiliares como administrativos son muy relevantes.

El diputado Ilabaca (Presidente) precisó que no es misión de la comisión resolver diferencias que existen al interior de los gremios, por lo que no se pronunciarán a ese respecto.

Lamentó que no haya existido la instancia de participación de los gremios en la fase donde se crearon los servicios, porque el presente proyecto solo pretende indemnización para aquellos funcionarios que no van a continuar prestando servicios.

Instó al Ministerio a reestudiar puntos tales como que el 30% de los trabajadores no van a continuar en su trabajo, sobre todo en la situación de pandemia.

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín, suscribió lo señalado por algunos dirigentes en el sentido que esta no es la instancia para discutir si se crea o no el servicio de protección o si fue bien o mal hecho o si debe haber o no traspaso automático porque todo ello se zanjó en el Congreso, por ende parte de lo planteado tiene que ver con un hecho ya resuelto.

Ahora lo que corresponde es resolver algo específico, para proceder al traspaso que no es automático, y cómo hacerlo de manera seria y rigurosa, con evaluaciones adecuadas que garanticen un derecho a la indemnización justo y adecuado a quienes no sean traspasados.

Respecto de lo señalado por la presidenta de ANTRASE, pidió al Subsecretario que aclare las cifras, entiendo que el asunto dice relación con los cargos homologables y no homologables en función del perfil del nuevo servicio.

El señor Sebastián Valenzuela, Subsecretario de Justicia, acotó que este tema ya lo abordó la Comisión cuando se estableció el nuevo servicio de protección a la infancia, y ahí se resolvió que no existiría un traspaso automático de funcionarios del Sename y que solamente podrían ser traspasados aquellos que cumplieran con los requisitos legales pero además se estableció que solo podían ser sujeto de un eventual traspaso quienes cumplieran con los perfiles de los cargos que se diseñaran para ese nuevo servicio.

Manifestó constarle que en muchas de las asociaciones ello representa una insatisfacción respecto de sus asociados, pero este proyecto de ley aborda otra cosa, y es que dado el escenario de que a consecuencia de lo establecido algunos funcionarios no serían traspasados, este proyecto aborda un vacío respecto de los derechos de los trabajadores garantizándole un derecho a la indemnización que hoy no existe para los que no sean traspasados, situación que solo estaba cubierta para los funcionarios de planta, con un límite de 6 años. Esta iniciativa incluye planta y contrata con tope de hasta 11 años, que es lo que está contemplado en el Código del Trabajo.

Respecto del 30% que sería desvinculado según lo señalado por la presidenta de ANTRASE precisó que hay que establecer de qué área del Sename se trata porque incide de distinta forma según el área de que se trate, así, por ejemplo, se suprime el área de protección que pasa al nuevo servicio del Ministerio de Desarrollo Social, y en áreas de soporte como finanzas, jurídico o informático, se estima que cerca de un 20% de los cargos no son homologables, es decir no existe en el nuevo servicio de protección , y si es homologable se hace un proceso de evaluación para que ese funcionario pueda, sin necesidad de participar en un concurso público, pueda postular para ser integrante del nuevo servicio. Para ello el protocolo establece una capacitación previa por parte del Sename y, además, está comprometido en el protocolo la participación de las asociaciones, con derecho a voto, en las licitaciones para seleccionar las consultoras externas que llevarán adelante las evaluaciones.

Ahora bien, en caso de cargos que no son homologables, que en el área de soporte puede incluir hasta un 20%, no significa que quedarán desvinculados porque las áreas de soporte continúan en el Sename.

Ese porcentaje se reduce drásticamente en áreas de residencias donde se estima que cerca de un 3% de cargos no homologables y en el ámbito de protección vinculado a las direcciones regionales se estima cerca de un 1.4% no homologable.

Para esos casos es que busca este proyecto dar una indemnización, pero todo depende de cómo se estructure el Servicio de Mejor Niñez, cuyo enfoque es el interés superior del niño y en base a eso se diseñan los perfiles. En conjunto con ellos se pretende que los funcionarios del Sename se capaciten y evalúen para formar parte de ello, y para los que no sean traspasados se establece este derecho de indemnización.

El diputado Leonardo Soto precisó que estaban convocados a revisar un proyecto sobre indemnización por años de servicio, por ende, no se referirá al servicio nacional de la niñez y las consideraciones que se llevaron a cabo a su respecto durante largos años.

Adelantó que votara a favor de una indemnización especial para aquellos funcionarios que no continúen en el servicio, sin embargo, preguntó al señor Ministro si se mantiene el 1 de octubre de 2021 como fecha para la puesta en marcha del nuevo servicio, ello en atención a las dificultades que puede estar representando la pandemia, y qué sucede con las embarazadas y con el postnatal en el marco de este proceso de evaluación, traspaso e indemnización

Finalmente, hizo un llamado al Ministerio para que garantice que no existan arbitrariedades en el proceso de evaluación, que debió hacerse hace décadas. Pidió mecanismos que garanticen que no existan arbitrariedades.

El señor Larraín, Ministro de Justicia y Derechos Humanos, en cuanto a la fecha de puesta en marcha, puntualizó que ésta fue fijada por un DFL para el 1 octubre, por ende, es inamovible, y se está trabajando para eso, por ello se puso discusión inmediata a este proyecto para que exista tiempo suficiente para capacitación, evaluación y decisión.

Agregó que, respecto de las mujeres embarazadas se contempla, por supuesto, el fuero que corresponde y el derecho pre y postnatal, lo que se debe respetar sagradamente de acuerdo a la legislación vigente.

El diputado Walker pidió aclarar si es efectivo que se disminuirá considerablemente el personal especializado dedicado al sistema de adopciones, vehículo fundamental mediante el cual niños vulnerados pueden terminar en una familia.

El señor Larraín, Ministro de Justicia y Derechos Humanos, explicó que desde mediados de 2019 se encuentra en el Senado el proyecto de adopción, al cual le han renovado 20 veces la urgencia, y ese proyecto aborda el fortalecimiento y apertura de la adopción.

El señor Sebastián Valenzuela, Subsecretario de Justicia, complemento lo anterior precisando que desde diciembre de 2020 se han llevado a cabo algunas reuniones entre el Servicio Mejor Niñez y los equipos técnicos de adopción de Sename para trabajar en ello, pero, más allá de esa implementación, se requiere de una nueva ley y su avance en el Senado, lo que complementará y permitirá avanzar en esta área.

Sometido a votación en general el proyecto, fue aprobado por mayoría de votos. Votan a favor los diputados (a) señores (a) Marcos Ilabaca (Presidente de la Comisión); Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Eduardo Duran en reemplazo de Camila Flores; Gonzalo Fuenzalida; Diego Ibáñez; Leonardo Soto; Camila Vallejo y Matías Walker. Vota en contra el diputado señor René Saffirio. (9-1-0)

El diputado Ibáñez fundamentó que votaba a favor en el entendido que este proyecto lo que regula es la indemnización para los trabajadores, mas allá de que considera legítimo lo planteado por la señora Del Basto. Votó a favor.

El diputado Saffirio hizo notar que desde que ingresó el presente proyecto ha manifestado su oposición por una cuestión de principios, puesto que en el debate de la creación de los nuevos servicios siempre abogó para que sus funcionarios se sometieran al sistema ordinario de ingreso a la administración pública, sin distinciones respecto de los que eran o no miembros del Sename.

Agregó que este proyecto materializa la idea de dar continuidad a los trabajadores porque el gobierno ha puesto otra vez en ultimo lugar a los niños, niñas y adolescentes, evadiendo un conflicto sindical y político, evitando un cambio sustantivo y no solo cosmético.

Señaló a los dirigentes presentes que por acción u omisión también son responsables los funcionarios de los horrores que ocurrieron en el Sename a vista y paciencia de sus funcionarios. Votó en contra.

El diputado Walker precisó que se trataba de un proyecto necesario. Los funcionarios del Sename deben cumplir con las exigencias del nuevo servicio, pero para ello debe dárseles la oportunidad de poder hacerlo, de poder capacitarse, y que en ningún caso signifique un detrimento a la labor de protección de niños, niñas y adolescentes.

Puntualizó que votaría a favor pero que manifestaba su preocupación por el detrimento que se va a producir en áreas muy especializadas, como es el área de adopción. Votó a favor.

El diputado Ilabaca (Presidente) señaló que si no se vota a favor este proyecto quedarán sin derecho a indemnización los trabajadores que no sean traspasados. Vota a favor.

Dado que se trata de un artículo único, la Comisión acordó aprobar en particular en los mismos términos el proyecto de ley.

Sometido a votación en particular el artículo único del proyecto, fue aprobado por mayoría de votos. Votan a favor los diputados (a) señores (a) Marcos Ilabaca (Presidente de la Comisión); Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Eduardo Duran en reemplazo de Camila Flores; Gonzalo Fuenzalida; Diego Ibáñez; Leonardo Soto; Camila Vallejo y Matías Walker. Vota en contra el diputado señor René Saffirio. (9-1-0)

Despachado el proyecto, se designa como diputada informante a la señora Paulina Núñez.

IV. PERSONAS U AUTORIDADES RECIBIDAS POR LA COMISIÓN.

Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín; Sr. Subsecretario de Justicia y Derechos Humanos, Sebastián Valenzuela; Sra. Jefa del Depto de Reinserción Social, Macarena Cortés. Representantes de las asociaciones gremiales de funcionarios del Sename: señores Christian Araya y Alicia del Basto, Secretario Nacional y Presidenta de AFUSE, respectivamente; Roberto Belmar, dirigente FENATRASE; Gonzalo Marín, Presidente ARMETRASE; Luis Cortez, presidente de ANFUR, y Walter Arancibia, presidente de ANTRASE.

IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES POR LA COMISIÓN.

No hay.

V.- ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN LA DISCUSIÓN PARTICULAR.

No hay.

Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el señor diputado informante, esta Comisión recomienda aprobar el proyecto en los mismos términos que el H. Senado, de conformidad al siguiente texto:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Sin perjuicio de las causales previstas en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, los funcionarios del Servicio Nacional de Menores podrán cesar en el cargo por necesidades del Servicio, lo que determinará su Director Nacional de manera fundada en razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a través de la ley N° 21.302, y los demás que se establezcan como sus sucesores y continuadores legales, a fin de velar por el buen, oportuno y eficiente funcionamiento de las nuevas instituciones.

Para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores deberá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas en el inciso anterior, según se defina mediante decreto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, expedido bajo la fórmula “por orden del Presidente de la República”, el que deberá contener las condiciones y el procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones. Para la dictación de dicho decreto se considerará una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, constituidas de conformidad con la ley Nº 19.296. Las condiciones y el procedimiento señalados deberán garantizar la objetividad de la evaluación.

La evaluación a que se refiere el inciso precedente no se aplicará a los funcionarios que hayan sido evaluados con anterioridad, con ocasión de la modernización, reestructuración o funcionamiento de los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) para el establecimiento de residencias familiares en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la ley Nº 21.126. Con todo, respecto de tales funcionarios, el Director Nacional del Servicio deberá comprobar que no se encuentran afectos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo al que sean traspasados, conforme a lo dispuesto en la ley y, en especial, a lo señalado en el artículo 56 de la ley N° 21.302.

A los funcionarios que cesen en sus funciones por aplicación de la causal señalada en el presente artículo, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N° 21.126.

El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante su primer año presupuestario de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria del Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.”.

**********

Tratado y acordado en sesiones de 29 de marzo, 15 y 22 de abril, todas de 2021, con la asistencia de los (as) diputados (as) señores (as) Marcos Ilabaca (Presidente de la Comisión); Jorge Alessandri; Juan Antonio Coloma; Luciano Cruz-Coke; Gonzalo Fuenzalida; Eduardo Durán (por la señora Flores); Diego Ibáñez; Pamela Jiles; Paulina Núñez; René Saffirio; Leonardo Soto; Camila Vallejo, y Matías Walker.

Sala de la Comisión, a 22 de abril de 2021.

PATRICIO VELÁSQUEZ WEISSE

Abogado Secretario de la Comisión

[1] Ver ley N°21302 que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia artículo primero transitorio y proyecto de ley que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil (Boletín N°11174-07) artículo segundo transitorio.
[2] El protocolo de acuerdo fue suscrito el 15 de marzo de 2021 por el Subsecretario de Justicia Sebastián Valenzuela la Directora Nacional del SENAME Rosario Martínez el Presidente de la Asociación Nacional de Trabajadores del Sename (ANTRASE) Walter Arancibia y el Presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios Regionales del Sename (ANFUR) Luis Cortez.
[3] Oficio N°211/2021 de 30 de marzo de 2021 dirigido a la Residencia Familiar Carlos Antúnez y Oficio N°216/2021 de 30 de marzo de 2021 dirigido al Servicio Nacional de Menores.

2.2. Informe de Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 28 de abril, 2021. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 27. Legislatura 369.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE DERECHO A INDEMNIZACIÓN PARA FUNCIONARIOS DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES BOLETÍN N° 14.030-07 (S)

_________________________________________________________________________

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Hacienda pasa a informar, en cumplimiento del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, y conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 226 del Reglamento de la Corporación, el proyecto de ley mencionado en el epígrafe, originado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República, señor Sebastián Piñera Echenique, ingresado a tramitación el 20 de enero de 2021 e informado en primer trámite constitucional y reglamentario por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Se encuentra con urgencia calificada de Discusió Inmediata.

I.-CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS

1.-Idea matriz o fundamental del proyecto de ley:

Consignar el derecho a recibir una indemnización, equivalente a treinta días de remuneraciones por cada año de servicio prestado o fracción de seis meses, con un límite máximo de trescientos treinta días de remuneraciones, a los funcionarios del Servicio Nacional de Menores, que por razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución, no califiquen para ser traspasados a la nueva institucionalidad radicada en el Servicio Nacional de Protección Especia Establece derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores, lizada a la Niñez y Adolescencia y en el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, órganos del Estado a los que se les establecen objetivos, características y medios de intervención, en cada caso distinto, con requerimientos de mayor especialización, todo ello, mediante una facultad que se entrega al Director Nacional del Servicio Nacional de Menores a cesar en el cargo, por necesidades del Servicio, a funcionarios de ese organismo, por las razones según evaluación realizada.

2.-Comisión técnica:

Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

3.-Artículos que la Comisión Técnica dispuso que fueran conocidas por esta Comisión de Hacienda.

La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento señaló el artículo único del proyecto de ley en tal condición.

4.-Normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado.

No hay nuevas normas, en este trámite, que deban aprobarse en tal carácter.

5.- Indicaciones rechazadas presentadas en este trámite y de competencia de esta Comisión de Hacienda

No hubo

6.- Modificaciones introducidas al texto de la comisión técnica

No hubo.

La Comisión de Hacienda aprobó en iguales términos, por la unanimidad de los integrantes presentes, los artículos sometidos a su conocimiento.

7- Diputado Informante: El señor Gastón Mühlenbrock Zamora.

II.-ANTECEDENTES JURÍDICOS

1.-REFORMA INSTITUCIONALIDAD NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

- Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (Ley N° 21.302, entrará en pleno funcionamiento el 1 de octubre de 2021).

-Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil (Boletín 11.174-07 en tercer trámite constitucional en el H. Senado).

• Ambas iniciativas establecen que podrán ser traspasados funcionarios de planta y contrata de Sename que cumplan con requisitos y perfiles de cargo requeridos para los nuevos Servicios.

• Para establecer quienes cumplen con requisitos y perfiles se requiere un proceso de evaluación a los funcionarios.

• Para quienes no sean traspasados, actualmente el Estatuto Administrativo sólo contempla una indemnización para los funcionarios de planta, con tope de 6 meses.

• La ley N° 21.126 (reajuste sector público) del año 2018, ya reguló el pago de indemnizaciones para los trabajadores del SENAME que se desempeñan en los CREAD, como parte del proceso de transformación de dichos centros en residencias especializadas. (Planta y contrata con tope de 11 meses).

• Por tanto, el resto de los funcionarios de SENAME hoy no tienen derecho a la indemnización en caso de no ser traspasados a los nuevos servicios, suprimiéndose sus cargos.

III-CONTENIDO DE LA INICIATIVA

El proyecto de ley está estructurado sobre la base de un artículo único permanente, configurado en los siguientes términos.

1.-Se establece la facultad del Director Nacional del Servicio Nacional de Menores de cesar en el cargo a funcionarios de esta repartición, de manera fundada, por necesidades del Servicio, por razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y los demás que se establezcan como sus sucesores y continuadores legales (inciso primero).

2.-Se dispone que, para el ejercicio de la atribución previamente descrita, el Director Nacional deberá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas previamente, según se defina mediante decreto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, expedido bajo la fórmula “por orden del Presidente de la República”, el que deberá contener las condiciones y el procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones. Para la dictación de dicho decreto, se considerará una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, constituidas de conformidad con la ley Nº 19.296[1]. Las condiciones y el procedimiento señalados deberán garantizar la objetividad de la evaluación (inciso segundo).

3.-Se establece que la evaluación a que se refiere el inciso precedente no se aplicará a los funcionarios que hayan sido evaluados con anterioridad, con ocasión de la modernización, reestructuración o funcionamiento de los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) para el establecimiento de residencias familiares en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la ley Nº 21.126. Con todo, respecto de tales funcionarios el Director Nacional del Servicio deberá comprobar que no se encontraren afectos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo al que sean traspasados, conforme a lo dispuesto en la ley y, en especial, a lo señalado en el artículo 56 de la ley N° 21.302 (inciso tercero).

4.-A continuación, el proyecto se remite a los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N°21.126[2], para efectos de otorgar a los funcionarios que cesen en sus funciones una indemnización equivalente a treinta días de remuneraciones por cada año de servicio prestado o fracción de seis meses, con un límite máximo de trescientos treinta días de remuneraciones (inciso cuarto).

• Dichas indemnizaciones constituyen un beneficio para los funcionarios que no quieran o no pasen las evaluaciones que se realizarán para el traspaso a los nuevos servicios, con el cual hoy no cuentan los funcionarios a contrata, cuyos cargos se suprimen con la implementación de los nuevos servicios. También aumenta el tope de 6 a 11 meses para los funcionarios de Planta.

5.-Fuente de los recursos.-Por último, se establece que el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante su primer año presupuestario de vigencia, será financiado con cargo a la Partida Presupuestaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público, mientras que, en los años siguientes se determina que se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva (inciso quinto).

IV.- INCIDENCIA EN MATERIA FINANCIERA O PRESUPUESTARIA DEL ESTADO

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos el 8 de enero de 2021 considera un costo total de M$14.225.493, con la siguiente gradualidad:

Para este proyecto, se consideró que los funcionarios que cesen en sus funciones por la aplicación de la causal necesidades del servicio, y el nombramiento o designación hubiere estado vigente un año o más, tendrán derecho a una indemnización equivalente a treinta días de la remuneración que dice el inciso siguiente por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, prestados continuamente al Servicio Nacional de Menores. Esta indemnización tendrá un límite máximo de trescientos treinta días de remuneración. Para tales efectos sólo se computará el tiempo servido en calidad de planta y a contrata en la mencionada institución.

La remuneración que servirá de base para el cálculo de la indemnización será el promedio de la remuneración mensual de los últimos 12 meses anteriores al cese en el cargo, actualizadas según el Índice de Precios al Consumidor, con un límite máximo de 90 unidades de fomento del último día del mes anterior al pago.

Para el cálculo de los costos, se realizaron los siguientes supuestos:

Los funcionarios del Servicio Nacional de Menores, para ser traspasados al nuevo servicio, deben ser evaluados, con excepción del personal del grupo de soporte que tiene cargos homologables, que puede traspasarse en forma directa de acuerdo con los cupos abiertos. En caso de cesar en sus cargos por necesidades del Servicio, pueden recibir indemnización, y tienen derecho a incentivo al retiro si cumplen con los requisitos.

Se trabaja con el supuesto de que un 30% de los funcionarios de las áreas técnicas y el 80% del grupo de soporte no homologables no serán traspasados a los nuevos servicios, y en consecuencia, podrán acceder al beneficio de indemnización.

En el año 2021 cesarán en funciones aquellos funcionarios cuyos cargos sean suprimidos en virtud del traspaso de la temática de Protección al Servicio Nacional de Protección Especializada de la Niñez y Adolescencia.

En los años 2022, 2023 y 2024, cesarán en funciones los funcionarios que no sean traspasados al Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil u otros servicios que se creen como sucesores legales del Servicio Nacional de Menores.

En base a lo anterior, el costo del proyecto de ley asciende a los montos contenidos en la Tabla 1.

Tabla 1:

Costo de Proyecto de Ley ($M 2021)

V.- OTROS ANTEDENTES DE INCIDENCIA PRESUPUESTARIA REFERIDOS A LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD[3]

El Servicio Mejor Niñez tiene actualmente fecha única de entrada en vigencia el 1 de octubre del año 2021, y el Servicio de Reinserción Social Juvenil fecha estimada de entrada en vigencia en el primer semestre de 2022, iniciando un proceso de traspaso de tres años, con una gradualidad por zonas geográficas. Por esta razón, se proyecta el gasto parcializado durante cuatro años, entre 2021 y 2024.

INFORME FINANCIERO SERVICIO MEJOR NIÑEZ

Gasto total y en régimen

INFORME FINANCIERO SERVICIO NACIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL JUVENIL

Gastos asociados al nuevo Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil

Gastos asociados a la especialización de la justicia penal de adolescentes

Gastos asociados a concursos Alta Dirección Pública del Consejo de Estándares y Acreditación

M $ 119.274

M $ 23.855 por cada concurso

El proyecto de ley contempla un gasto permanente de M$146.318.026, que comprende gastos asociados a la gestión interna del Servicio, especialización de la justicia penal para adolescentes y gastos asociados a concursos de Alta Dirección Pública del Consejo de Estándares y Acreditación; así también considera un gasto transitorio de M$75.939.298.

INFORME FINANCIERO LEYES REAJUSTE SECTOR PÚBLICO

Ley 21.306 año 2020

Estimó en su informe financiero un costo fiscal de M$6.160 por concepto de adelanto incentivo al retiro voluntario e indemnización para personal del SENAME.

Considerando que solamente se aprobó el adelanto incentivo al retiro voluntario el presupuesto asociado sería equivalente a M$2.169.

Ley 21.126 año 2018

Consideró en su informe financiero un costo fiscal de M$1.188 por concepto de indemnización centros de reparación especializada Servicio Nacional de Menores.

VI.-ACUERDOS ALCANZADOS EN LA COMISIÓN DE HACIENDA SOBRE LOS ARTÍCULOS SOMETIDOS A SU CONSIDERACIÓN POR LA COMISIÓN TÉCNICA

1.-AUDIENCIAS RECIBIDAS

Previo a la votación de la iniciativa, la Comisión recibió a representaes de las diversas asociaciones de rabajadores del Sename con el propósito de contar con mayores antecedentes.

En primer lugar, expuso la señora Alicia del Basto, Presidente de Asociación Nacional de Funcionarios del Sename, AFUSE.

Señaló que su organización está de acuerdo con la indemnización, mas no con la redacción de este proyecto de ley, en lo particular, con las facultades que tendrá la Dirección Nacional para evaluar y poner término a los contratos. Agregó que el acuerdo con el Ministerio de Justicia no fue suscrito por su organización. Indicó que no hay solución, salvo la indemnización, para aquellas personas que no continuarán en el Servicio. Estimó que, aunque sean 11 meses de remuneración, no constituye una respuesta suficiente para personas que han dedicado una carrera completa a esta institución. Manifestó que el proyecto pasa a llevar la normativa de la administración pública, en lo que se refiere a los traspasos de funcionario públicos.

El señor Walter Arancibia, Presidente Nacional de Asociación Nacional de Trabajadores de Sename, ANTRASE. Manifestó que este proyecto lleva un largo camino recorrido, desde que se eliminara, en el proyecto de reajuste del sector público, un artículo que permitía la indemnización de los trabajadores del Sename. Esto motivó la discusión de esta ley corta, que se limita a esta indemnización. Agregó que ya se discutió y se perdió la discusión, respecto a las exigencias para ser traspasados al nuevo servicio. Solicitó a la Comisión aprobar este proyecto, ya aprobado en forma unánime en el Senado.

El señor Luis Cortez, Presidente Nacional de Asociación Nacional de Funcionarios del Sename, ANFUR, compartió lo planteado por el proyecto de ley, aun cuando no es la solución óptima, en razón de lo que merece un trabajador después de 20 años de servicio. Esperó que los acuerdos suscritos con el Gobierno sean cumplidos íntegramente. Por otra parte, manifestó su descontento respecto a la eliminación de ciertas funciones del Sename, que consideró esenciales. Llamó a los miembros de la Comisión a votar favorablemente la iniciativa.

El señor Gonzalo Marín Chávez, Presidente de Asociación Regional Metropolitana de Trabajadoras y Trabajadores de Sename, ARMETRASE, manifestó su posición de rechazo al proyecto en estudio. Consideró que es insuficiente en relación a las materias laborales que debiera abordar en el contexto de la transformación institucional. Señaló que la indemnización debiera ser mayor a los 11 meses de tope que contempla este proyecto. Agregó que esto oculta la discusión de fondo, a saber, las condiciones de traspaso de funcionarios, las que transgreden elementos fundamentales de la legislación laboral. Indicó que la obligación de las autoridades es escuchar a todas las organizaciones y no sólo a las más numerosas. Explicó que se están tomando decisiones sin tener a la vista elementos como dotación y perfiles de cargo, estos últimos, aun no definidos. Por otra parte, el proyecto debería haber abordado la problemática en torno a la misión del Servicio. El proyecto carece de propuestas en torno al mejoramiento del formato de evaluación, particularmente en lo que se refiere al análisis de la trayectoria de los funcionarios. Estimó que es indispensable que la Comisión se pronuncie sobre la inexistencia en la definición que establece en este proceso de traspaso de un mecanismo institucional permanente que garantice formación y actualización continua y especializada para los trabajadores que actualmente componen el Servicio. Lamentó que, como consecuencia de esta legislación, habrá trabajadores que perderán su empleo.

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín Fernández, expresó que este proyecto de ley se enmarca en un proceso más amplio de reforma de la institucionalidad nacional vinculada a la niñez y adolescencia. Su objeto es otorgar derecho a indemnización para los funcionarios que no quieran o no pasen las evaluaciones que se realizarán para el traspaso a los nuevos Servicios. Dichas indemnizaciones constituyen un beneficio con el cual hoy no cuentan los funcionarios a contrata, cuyos cargos se suprimen con la implementación de los nuevos Servicios. También aumenta el tope de 6 a 11 meses para los funcionarios de Planta. Para garantizar la objetividad del proceso de evaluación el Ejecutivo presentó una indicación en la Comisión Especial de Niñez traspasando al Ministro de Justicia y Derechos Humanos la regulación del proceso de evaluación (contenido del protocolo), consagrando una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del SENAME y excluyendo expresamente de la aplicación de esta evaluación a los funcionarios ya que fueron objeto de ella en los CREAD. Dos de las tres asociaciones nacionales de funcionarios han firmado un protocolo de acuerdo para el proceso de evaluación de funcionarios al Servicio Mejor Niñez con el Subsecretario de Justicia y la Directora Nacional del SENAME, fechado el 15 de marzo de 2021, que consagra la participación en instancias decisorias del proceso para todas las asociaciones nacionales.

El informe financiero del proyecto considera un costo total de M$14.225.493, con la siguiente gradualidad:

Agregó que el Servicio Mejor Niñez tiene actualmente fecha única de entrada en vigencia el 1 de octubre del año 2021, y el Servicio de Reinserción Social Juvenil fecha estimada de entrada en vigencia en el primer semestre de 2022, iniciando un proceso de traspaso de tres años, con una gradualidad por zonas geográficas. Por esta razón, se proyecta el gasto parcializado durante cuatro años, entre 2021 y 2024.

2.- VOTACIÓN

Votación del artículo único, sometido a la competencia de la Comisión de Hacienda:

“Artículo único.- Sin perjuicio de las causales previstas en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, los funcionarios del Servicio Nacional de Menores podrán cesar en el cargo por necesidades del Servicio, lo que determinará su Director Nacional de manera fundada en razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a través de la ley N° 21.302, y los demás que se establezcan como sus sucesores y continuadores legales, a fin de velar por el buen, oportuno y eficiente funcionamiento de las nuevas instituciones.

Para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores deberá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas en el inciso anterior, según se defina mediante decreto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, expedido bajo la fórmula “por orden del Presidente de la República”, el que deberá contener las condiciones y el procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones. Para la dictación de dicho decreto se considerará una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, constituidas de conformidad con la ley Nº 19.296. Las condiciones y el procedimiento señalados deberán garantizar la objetividad de la evaluación.

La evaluación a que se refiere el inciso precedente no se aplicará a los funcionarios que hayan sido evaluados con anterioridad, con ocasión de la modernización, reestructuración o funcionamiento de los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) para el establecimiento de residencias familiares en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la ley Nº 21.126. Con todo, respecto de tales funcionarios, el Director Nacional del Servicio deberá comprobar que no se encuentran afectos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo al que sean traspasados, conforme a lo dispuesto en la ley y, en especial, a lo señalado en el artículo 56 de la ley N° 21.302.

A los funcionarios que cesen en sus funciones por aplicación de la causal señalada en el presente artículo, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N° 21.126.

El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante su primer año presupuestario de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria del Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.”.

Puesto en votación el artículo único del proyecto de ley, resultó aprobado, en los mismos términos propuestos por la Comisión Técica, por la unanimidad de los nueve Diputados(a) presentes. Votaron a favor los diputados(a) Cid, Hernández, Mellado, don Cosme, Monsalve, Núñez (Presidente), Pérez, don Leopoldo, Santana, Schilling y Von Mühlenbrock. El Diputado Lorenzini se inhabilitó.

**********

Por las razones señaladas y consideraciones que expondrá el Diputado Informante, la Comisión de Hacienda recomienda aprobar la iniciativa en la forma explicada.

Tratado y acordado en la sesión celebrada el día 27 de abril del año en curso, con la asistencia de la diputada señora Sofía Cid Versálovic y de los diputados señores Javier Hernández, Giorgio Jackson Drago, Pablo Lorenzini Basso, Manuel Monsalve Benavides, Daniel Núñez Arancibia (Presidente), Leopoldo Pérez Lahsen, Guillermo Ramírez Diez, Alejandro Santana Tirachini, Marcelo Schilling Rodríguez, y Gastón Von Mühlenbrock Zamora.

Sala de la Comisión, a 28 de abril de 2021

MARÍA EUGENIA SILVA FERRER

Abogado Secretaria de la Comisión

[1] Establece normas sobre asociaciones de funcionarios de la administración del Estado
[2] Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público concede aguinaldos que señala concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales (2018)
[3] Antecedentes extraídos de la presentación efectuada por el Ministro de Justicia en la Comisión de Constitución

2.3. Discusión en Sala

Fecha 04 de mayo, 2021. Diario de Sesión en Sesión 28. Legislatura 369. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

ESTABLECIMIENTO DE DERECHO A INDEMNIZACIÓN PARA FUNCIONARIOS DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN Nº 14030-07)

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores.

Para la discusión de este proyecto se otorgarán siete minutos base a las bancadas que tengan dos o más comités y cinco minutos a las demás, más treinta minutos distribuidos de manera proporcional.

Diputados informantes de las comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y de Hacienda son la señora Paulina Núñez y el señor Gastón von Mühlenbrock , respectivamente.

Antecedentes:

-Proyecto del Senado, sesión 7ª de la presente legislatura, en jueves 25 de marzo de 2021.

Documentos de la Cuenta N° 4.

-Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, sesión 25ª de la presente legislatura, martes 27 de abril de 2021. Documentos de la Cuenta N° 21.

-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 27ª de la presente legislatura, en jueves 29 de abril de 2021. Documentos de la Cuenta N° 6.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada informante de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

La señora NÚÑEZ, doña Paulina (de pie).-

Señor Presidente, en representación de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, paso a informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, sobre el proyecto de ley que establece derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores, iniciado en mensaje de su excelencia el Presidente de la República.

La idea matriz o fundamental del proyecto recibido desde el Senado consiste en establecer un derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores que no sean traspasados a los nuevos servicios sucesores legales del Sename en virtud de la normativa de las leyes respectivas.

Durante el estudio del proyecto, la comisión recibió al ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín ; al subsecretario de Justicia y Derechos Humanos, señor Sebastián Valenzuela ; a la jefa del Departamento de Reinserción Social, señora Macarena Cortés , y a los siguientes representantes de las asociaciones gremiales de funcionarios del Sename: señor Christian Araya y señora Alicia del Basto , secretario nacional y presidenta de Afuse, respectivamente; señor Roberto Belmar , dirigente de Fenatrase; señor Gonzalo Marín , presidente de Armetrase; señor Luis Cortés , presidente de Anfur, y señor Walter Arancibia , presidente de Antrase.

En relación con la propuesta del Senado, la comisión la aprobó en los mismos términos. El proyecto establece que, sin perjuicio de las causales previstas en el Estatuto Administrativo, los funcionarios del Servicio Nacional de Menores podrán cesar en el cargo por necesidades del servicio, lo que determinará su director nacional de manera fundada en razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, así como también, en un futuro cercano, por la creación del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, proyecto que se encuentra en tercer trámite constitucional en el Senado.

Para determinar la cesación en el cargo de los funcionario, se establece que el director nacional del Servicio Nacional de Menores deberá considerar la realización de evaluaciones a estos para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas, según se defina mediante decreto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el que deberá contener las condiciones y el procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones.

Para la dictación de dicho decreto se considera una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, constituidas de conformidad con la ley N° 19.296. Las condiciones y el procedimiento señalado deberán garantizar la objetividad de la evaluación.

Se precisa que la evaluación del caso no se aplicará a los funcionarios que hayan sido evaluados con anterioridad, con ocasión de la modernización, reestructuración o funcionamiento de los centros de reparación especializada de administración directa (Cread) para el estabelecimiento de residencias familiares.

Con todo, respecto de tales funcionarios, el director nacional del servicio deberá comprobar que no se encuentran afectos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo al que sean traspasados, conforme a lo dispuesto en la ley y, en especial, a lo señalado en el artículo 56 de la ley N° 21.302, el cual establece las prohibiciones e inhabilidades para ser funcionario del servicio o trabajadores de colaboradores acreditados del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.

Se dispone que a los funcionarios que cesen en sus funciones en virtud de la causal señalada se aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N° 21.126.

En virtud de estas normas, los funcionarios que cesen en sus funciones por la aplicación de la causal necesidades del servicio, y el nombramiento o designación hubiere estado vigente un año o más, tendrán derecho a una indemnización equivalente a 30 días de remuneración por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, prestados continuamente al Servicio Nacional de Menores.

Esta indemnización tendrá un límite máximo de 330 días de remuneración. Para tales efectos, solo se computará el tiempo servido en calidad de planta y a contrata en la mencionada institución.

La indemnización que se establece no será imponible ni tributable y se pagará al momento del cese de funciones.

Finalmente, el proyecto dispone que el mayor gasto fiscal que represente su aplicación durante su primer año presupuestario de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, en lo que faltare, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la ley de presupuestos del sector público respectiva.

La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento aprobó este proyecto en los mismos términos que el Senado y recomienda su aprobación a la Sala.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado informante de la Comisión de Hacienda.

El señor VON MÜHLENBROCK (vía telemática).-

Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda, paso a informar, en lo relativo a su incidencia presupuestaria, sobre el proyecto de ley, iniciado en mensaje de su excelencia el Presidente de la República, que establece derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores.

En representación del Ejecutivo, concurrió a presentar el proyecto el ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín , quien estuvo acompañado del subsecretario de Justicia, señor Sebastián Valenzuela . También concurrieron a la comisión dirigentes gremiales de las diversas asociaciones de funcionarios del Sename.

La idea fundamental de la iniciativa es consignar el derecho a recibir una indemnización a los funcionarios del Servicio Nacional de Menores que por razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución no califiquen para ser traspasados a la nueva institucionalidad radicada en el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y en el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil.

El ministro de Justicia y Derechos Humanos explicó que aunque las normas que crearon los servicios especializados en cuestiones de la niñez y adolescencia dispusieron el traspaso de los funcionarios de planta y a contrata del Sename a los nuevos cargos, se incorporó también la condición de que estos trabajadores cumplieran con los perfiles de cargos exigidos para los nuevos servicios, condición que debe ser acreditada mediante un proceso de evaluación técnica.

Como norma general, para quienes no sean traspasados, el Estatuto Administrativo solo contempla una indemnización para los funcionarios de planta, con tope de seis meses, mientras que la ley de reajuste del sector público de 2018 reguló el pago de indemnizaciones para los trabajadores del Sename que se desempeñaban en los Cread, como parte del proceso de transformación de dichos centros en residencias especializadas, beneficiando a trabajadores de planta y a contrata, con un tope de once meses de remuneración.

Sin embargo, el resto de los funcionarios del Sename carece actualmente del derecho a una indemnización en el caso de no ser traspasado a los nuevos servicios, condición a la cual este proyecto de ley viene a dar respuesta por la vía de entregar la facultad al director nacional del Sename de, al cesar en el cargo a funcionarios de planta y contrata por necesidades derivadas de la reestructuración de la institucionalidad o por resultados negativos en la evaluación pertinente, entregarles una indemnización equivalente a treinta días de remuneración por cada año de servicio prestado o fracción de seis meses, con un límite máximo de 330 días de remuneraciones.

En materia presupuestaria, el informe financiero de la Dirección de Presupuestos detalla que este beneficio indemnizatorio se aplicará sobre el promedio de la remuneración mensual de los últimos doce meses anteriores al cese en el cargo, actualizada según el índice de precios al consumidor, con un límite máximo de 90 unidades de fomento del último día del mes anterior al pago.

Por este concepto y para los ejercicios 2021 al 2024, que comprende el traspaso gradual por zona geográfica, se estima que el costo total de la iniciativa alcanzará los 14.225 millones de pesos.

Finalmente, puesto en votación el artículo único de la iniciativa, fue aprobado por la unanimidad de los nueve diputados presentes. Votaron a favor la diputada Sofía Cid y los diputados Hernández , Mellado, don Cosme ; Monsalve , Pérez, don Leopoldo ; Santana, don Alejandro ; Schilling , Von Mühlenbrock y Núñez, don Daniel (Presidente). Se inhabilitó el diputado Lorenzini.

En consecuencia, la Comisión de Hacienda recomienda a la honorable Sala aprobar el presente proyecto de ley en los términos expuestos.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado Leonardo Soto .

El señor SOTO (don Leonardo).-

Señor Presidente, hoy debemos votar en este proyecto de ley si estamos de acuerdo o no con entregar una indemnización por años de servicio a aquellos funcionarios del Sename que no van a poder continuar en el nuevo Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.

Este debate surgió mucho después de que hace meses el Congreso Nacional resolviera, luego de una tramitación que duró varios años, las características del nuevo Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y del nuevo Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil.

Ahora estamos en la etapa en que se está produciendo el traspaso de lo antiguo a lo nuevo, tanto en bienes como en personal, con las evaluaciones que contempló el proceso en su momento de aprobación legal.

Por eso, es oportuno que nos volvamos a preocupar del respeto de los derechos laborales de los funcionarios que no van a ser traspasados a los nuevos servicios, porque no cumplen con los nuevos estándares o porque pueden optar a una jubilación. En ese sentido, es positivo que puedan acceder a una indemnización que sea justa y adecuada a la supresión de los cargos que se efectuará. Indemnizar es el camino que se ha seguido en muchas otras oportunidades cuando ha habido cambios importantes en instituciones públicas y se han suprimido cargos. Así ocurrirá en trabajos como los del Sename, para los cuales hay que reconocer que los funcionarios nunca tuvieron una real capacitación o especialización. Hoy, cierto porcentaje de esos trabajadores se tendrá que enfrentar a la cesantía con herramientas laborales muy desactualizadas o bajas pensiones de jubilación. Por eso, el Estado no los puede dejar solos y debe entregarles una indemnización que de alguna manera les haga justicia y un reconocimiento, y les permita su reinserción laboral.

Sin embargo, mantengo mi preocupación por la manera en que se está haciendo el traspaso y, sobre todo, por la evaluación a la que van a ser sometidos los funcionarios, dado que ahí se juega de verdad gran parte de lo que es la correcta instalación de este nuevo sistema de protección de la infancia vulnerada. Nuestros niños y niñas necesitan de personal especializado, necesitan de personal altamente capacitado para que en verdad se produzcan cambios significativos en sus vidas, así como para que tengan también las oportunidades que el antiguo sistema del Sename no les garantizaba a todos.

Por parte del Ejecutivo se nos aseguró en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento que se mantiene el 1 de octubre de este año como la fecha para la puesta en marcha del nuevo servicio, a pesar de las dificultades propias de la pandemia. Celebro que siga en marcha esta reforma, que ha traspasado varios períodos presidenciales, y que hoy tímidamente se esté comenzando a materializar.

Finalmente, hago una solicitud especial al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en especial a las autoridades de estos nuevos servicios, para que se respete, en forma irrestricta, el fuero de las mujeres embarazadas con prey posnatal, así como los derechos de los trabajadores que están incluidos en estos traspasos, en especial en el marco del proceso de evaluación, en el que puede haber mucha arbitrariedad y mucho abuso en el momento de materializarse el traspaso, funcionarios que por supuesto deben tener derecho a la propuesta de indemnización contenida en el proyecto que hoy procederemos a aprobar.

No se debe olvidar nunca que el proceso de cambio institucional que se está proyectando se debe hacer para los antiguos servicios del Sename, modificaciones que siempre deben ser a favor de los niños, niñas y adolescentes, pero no en contra de los funcionarios, como algunos creen. Dichos cambios deben ser a favor de los niños de la infancia vulnerada, con el objeto de ofrecerles un horizonte que por muchas décadas no se les dio.

Por las razones señaladas, votaré a favor esta iniciativa.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Érika Olivera .

La señora OLIVERA (doña Érika).-

Señor Presidente, en los últimos años se ha instalado la necesidad de reformar la institucionalidad a cargo de la protección de los niños, niñas y adolescentes del país. Han sido cientos los casos de irregularidades, de vulneración de derechos, de abandono e incluso de comisión de delitos que han tenido como elemento común el funcionamiento del Servicio Nacional de Menores.

Por eso, en la Cámara de Diputados hemos legislado para dividir las funciones de protección y de reinserción juvenil en dos servicios públicos diferentes, con el único objetivo de que la especialización y la focalización de políticas públicas de distinta naturaleza permitan brindar mejor atención a los niños, niñas y adolescentes y poner mayor énfasis en una reinserción social con más oportunidades.

En ese contexto, muchos trabajadores del actual Sename no serán traspasados a los dos nuevos servicios recién creados, los que en razón de la normativa laboral vigente deberán ser desvinculados, con todos los efectos legales que ello implica. Desde la perspectiva del derecho laboral, esos trabajadores tienen la condición de funcionarios públicos, de modo que no recibirán indemnización por años de servicio. Cuando esos trabajadores cesen sus funciones se irán sin nada, a diferencia de lo que sucede en el ámbito privado, de manera que lo que propone este proyecto tiene por finalidad igualar un derecho que es sumamente básico.

Es importante que los funcionarios del Sename sean indemnizados y, de esta manera, abandonen el servicio teniendo resuelta, de manera completa, su situación laboral, particularmente respecto de aquellos derechos que les asisten en relación con el término de sus funciones. Si no se les indemniza o se les indemniza mal, muy probablemente los funcionarios acudirán a la justicia para demandar que se les reintegre a sus funciones, lo cual sería contraproducente con la decisión estatal que hemos tomado de reformar completamente el Sename. El establecimiento de indemnizaciones que sean acordes a la realidad de sus años prestados al servicio nos permitirá avanzar en el nuevo sistema de protección.

Cabe hacer presente que dentro del grupo de funcionarios y funcionarias que accederán a esa indemnización hay todo tipo de trabajadores, algunos buenos trabajadores y quizás otros que no han estado a la altura; personas con todas las aptitudes y conocimientos para desempeñarse en el servicio y otros que carecen de estos. Pero no podemos ver el cese de funciones y la indemnización como un castigo a las malas gestiones realizadas por el servicio, porque dicho problema radica en algo más fundamental y permanente, que tiene que ver con la estructura, con las funciones y con los recursos del sistema.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado René Saffirio .

El señor SAFFIRIO (vía telemática).-

Señor Presidente, lo primero que quiero señalar es que en estos momentos hay cuarenta y cinco diputados en la Sala y más de cien diputados ausentes. Aunque no voy a reclamar el quorum, creo que el país debe saber que al final de la sesión habrá más de cien diputados votando sin saber lo que votan y sin darse cuenta del daño que hacen cuando emiten su sufragio sin el debido conocimiento de los proyectos que se están debatiendo.

En relación con la iniciativa en debate, me he opuesto tenazmente a este traspaso y a esta indemnización. No es razonable y no es justo, por la memoria de las víctimas del Sename, que el Estado tenga que indemnizar a los trabajadores que, por acción u omisión, han sido responsables de abusos físicos, psicológicos y sexuales en perjuicio de niños, niñas y adolescentes.

Es insólito, más aún después de que en diciembre de 2018 la Policía de Investigaciones, luego de realizar un levantamiento en el ciento por ciento de los recintos del Sename, en particular en los administrados por el Estado, elaboró un informe en cuya página 240 señala lo siguiente:

“En tal caso, es posible afirmar que en el 100 % de los centros que administra el Estado a través del Servicio Nacional de Menores, se han registrado -de manera permanente y sistemática acciones que lesionan gravemente los derechos de los niños, niñas y adolescentes dependientes de tales centros, en tanto, presentan -durante los últimos añosregistros que dan cuenta de maltrato (físico y psicológico) y abusos sexuales”. “…en el 100 % de los centros” continúa la PDI“de administración directa, esta vulneración de derechos responde a un maltrato intra-residencial,” -¡dentro de las residencias!“siendo los propios funcionarios, en su mayoría bajo la figura del Educador de Trabajo Directo (ETD), quienes han sido acusados por los residentes…”.

A estas personas se les va a trasladar a los nuevos servicios creados y a estas personas, además, el Estado les va a indemnizar, porque hay que defender los derechos de los trabajadores. ¿Alguien ha recordado siquiera los derechos de los niños, niñas y adolescentes muertos en una década? Los 1.313 niños muertos, que no son los mismos del ciento por ciento de los abusados a que hizo referencia la PDI, porque ese ciento por ciento de los abusados, en la totalidad de los recintos de administración directa que estamos premiando con una indemnización, corresponden solo a 2017. No están en el período investigado anteriormente.

¿Qué pasó con este informe que tengo en mis manos? Este informe fue guardado, fue escondido por el fiscal nacional. El fiscal a cargo de la investigación, Marcos Emilfork , tuvo que renunciar para dar una señal de molestia por los abusos a los niños por parte del Estado. Ocurrió lo mismo con el fiscal Emiliano Arias , a dos semanas de formalizar a los cardenales Ricardo Ezzati y Francisco Javier Errázuriz por circunstancias similares.

Entonces, ¿dónde está la vocación de poner primero a los niños, si se van a seguir haciendo las mismas cosas en los nuevos servicios, porque se va a trabajar con los mismos organismos colaboradores? Pero no solo eso, sino que se va a trabajar con los mimos funcionarios que, por acción u omisión, como señala la PDI, han sido autores, cómplices o encubridores de delitos graves, de corrupción, de abuso sexual infantil, de explotación sexual infantil, de violaciones y de muertes.

¿Alguien me podrá decir que es razonable que el Estado, del cual también formamos parte, después de haber verificado esta horrorosa realidad, premie a estos “funcionarios” indemnizándolos o traspasándolos al nuevo servicio? Se echa por tierra todo lo dicho respecto de la infancia, se echa por tierra todo el trabajo que ha hecho la Cámara de Diputadas y Diputados durante una década.

Señor Presidente, estoy haciendo -se lo transmito con mucha sinceridadun enorme esfuerzo de contención, porque he sido receptor personal de muchísimos de los dramas que dieron origen a la creación de estos dos servicios. Y se han creado para nada -¡para nada!-, porque quien sigue haciendo lo mismo con los mismos no tiene otro destino que obtener los mismos resultados. ¡Eso es dramático!

A los presentes les pido que tengan cuidado con esta votación; no carguen en sus conciencias con los futuros abusos, que van a ocurrir. A los que van a votar sin haberme escuchado les digo que tendrán que asumir la misma responsabilidad, porque no la han asumido nunca.

Por último, espero que alguna vez -¡alguna vez!sea realidad aquello de que los niños van a ser la primera prioridad…

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Marcos Ilabaca .

El señor ILABACA.-

Señor Presidente, primero quiero contextualizar este debate, porque después de haber escuchado algunos discursos pareciera que estuviéramos reformando el Sename o llevando adelante la modificación de toda la política de infancia y adolescencia, cuestión que no es así. Eso ya lo discutimos en el respectivo proyecto. El Sename termina el 1 de octubre y nace una nueva institución: el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, materia que ya es ley y que entra en vigor el 1 de octubre. Esto se complementa con el proyecto que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, que actualmente se encuentra en discusión en el Senado -la Cámara de Diputados despachó la iniciativa a la Cámara Alta, donde se encuentra cumpliendo su tercer trámite constitucional-, y esperamos que lo apruebe pronto. Y termina de complementar esta materia el proyecto que establece un sistema de garantías de los derechos de la niñez, que ojalá vea la luz antes del 1 de octubre, porque allí se encuentran el corazón y el alma de lo que será la nueva institucionalidad que atenderá a los menores vulnerados en sus derechos y a los transgresores de ley.

Ahora bien, esta iniciativa en particular no aborda tales materias, porque ya las definimos. Me habría encantado -lo reitero que hubiéramos zanjado primero la ley de garantías, porque necesitamos poner este corazón, esta alma en toda la política de infancia en nuestro país. Pero los tiempos parlamentarios y los tiempos del Ejecutivo han sido otros; se han preocupado de dar prioridad a otros proyectos y no a este, que me parece fundamental.

Entonces, ¿qué estamos discutiendo hoy? Que dentro de este proceso de cambio de institucionalidad no se traspasará a todos los funcionarios que actualmente trabajan en el Sename, o -pareciera que queda esa impresión no lo serán de pleno derecho. Se harán procesos de evaluación a los funcionarios, se crearán nuevos perfiles para la nueva institucionalidad, y aquellos que cumplan con los perfiles y ganen los concursos serán traspasados. Quienes no cumplan con todo lo anterior -tengan la seguridad de que así será con todos aquellos casos dramáticos que comentó el diputado Saffirio y que creo que todos conocemos no serán traspasados.

Entonces, ¿qué sucederá con esos trabajadores no traspasados? La ley establece que aquellos funcionarios de planta que cesan en sus funciones por la extinción del servicio tienen derecho a una indemnización hasta por seis meses.

Además, en la ley de reajuste del año 2018 nosotros regulamos una indemnización especial para aquellos funcionarios que se desempeñaban en los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (Cread). Y en este proceso de transformación de esas residencias especializadas, les dijimos: “¿Saben qué? Aquellos funcionarios que trabajan en los Cread, dede planta o a contrata, tienen un derecho a indemnización con un tope de hasta once meses”.

Entonces, hoy tenemos situaciones jurídicas diversas para los funcionarios del Sename: una para los trabajadores de los Cread, otra para aquellos que laboran en planta, y quedaban los funcionarios a contrata, que son la generalidad en ese servicio.

Al respecto, debo reconocer que, efectivamente, muchos de los gremios -no todosparticiparon en este proceso de discusión. Y lo que estamos haciendo hoy día es decirles: “¿Saben qué? Todos aquellos funcionarios que cesen en sus funciones tienen derecho a una indemnización”. O sea, a los trabajadores que no continúen prestando servicios, ahora en el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia o en las otras instituciones creadas sobre la materia, les estamos diciendo que tienen derecho a una indemnización, que será igual a la de todos los trabajadores, con un tope de once meses. ¡Eso es! ¡Así de simple!

Por esa razón, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento aprobó este proyecto por mayoría de votos, como así también lo hizo la Comisión de Hacienda.

Por lo tanto, solicito a la Sala que aprobemos rápidamente esta iniciativa, que reconoce un derecho laboral a aquellos funcionarios del Sename que no serán traspasados a los nuevos servicios sucesores legales.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Hernán Larraín Fernández , ha solicitado hacer uso de la palabra.

Tiene la palabra, señor ministro.

El señor LARRAÍN (ministro de Justicia y Derechos Humanos) [vía telemática].-

Señor Presidente, aprovecho de expresar mis cordiales saludos a la Mesa y, por cierto, a las diputadas y a los diputados que se encuentran participando, en forma presencial o remota, en esta sesión, en que se discute el proyecto de ley que otorga un derecho a indemnización para los funcionarios del Servicio Nacional de Menores que no sean traspasados a los nuevos servicios.

Tal cual lo han indicado los diputados informantes de las comisiones de Constitución y de Hacienda, señora Núñez y señor Von Mühlenbrock , respectivamente, se trata de un derecho que se quiere incorporar para que aquellas personas que no serán traspasadas a los nuevos servicios sucesores del Sename, porque no corresponde o por las razones que indicaré, tengan lo que corresponde a los trabajadores que se encuentran en tal situación: un derecho a indemnización.

Ese es el sentido específico de este proyecto, que ya fue aprobado en el Senado -tanto las comisiones que lo vieron como la Sala lo aprobaron en forma unánime-, y que como recién lo dijo el diputado Ilabaca , se aprobó en forma ampliamente mayoritaria en la Comisión de Constitución de la Cámara, y de manera unánime por la Comisión de Hacienda.

¿De qué se trata esta iniciativa? Ella se da en el contexto de la transformación de la institucionalidad vinculada a la protección de niños, niñas y adolescentes, que todos, en forma transversal, estimamos prioritaria y absolutamente necesaria. Es una inquietud que, ciertamente, se ha manifestado no solo durante el actual gobierno, sino que también proviene del anterior. Por tanto, de lo que se trata es de hacernos cargo de esa inquietud que compartimos respecto del rol que ha tenido el Sename a través de sus distintas instituciones, tanto de las que dependen directamente de él como de las que se desarrollan a través de organismos acreditados, que colaboran en la tarea de hacernos cargo de un sistema que, por desgracia, ha dejado mucho que desear, porque en él se han cometido vulneraciones a los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Como Estado de Chile, nuestro compromiso es terminar con esos abusos y lograr la creación de un clima en que los niños y niñas que han sido y están siendo vulnerados, que se encuentran en situaciones vulnerables, como así también los jóvenes infractores de ley, tengan una oportunidad, cuenten con el espacio necesario para que se les restituyan sus derechos en el ámbito de la protección, para tener la posibilidad de revincularse con su familia o encontrar un espacio donde poder desarrollar una vida normal, con todos los derechos que les corresponden a los niños, niñas y adolescentes.

Tal compromiso se ha desarrollado a través de dos proyectos: el que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia -el servicio Mejor Niñez, que ya es ley y comenzará a funcionar como tal el 1 de octubre-, y el que se refiere a los jóvenes infractores de ley, que está en tercer trámite constitucional en el Senado, muy pronto a ser despachado para convertirse en ley de la república, e iniciar un nuevo servicio, con un nuevo trato, para los adolescentes infractores de ley.

Ambos proyectos, ambas leyes, permitirán poner término al Sename, y esperamos que eso ocurra ahora.

Pues bien, para poder generar este nuevo trato a la niñez, uno que consagre de verdad ese compromiso, se señaló, cuando se aprobó el proyecto que crea el servicio de protección, así como el de reinserción social juvenil, que no habría un traspaso automático de los funcionarios que hoy están en el Sename, en las respectivas áreas, a los nuevos servicios, sino que habría una evaluación previa, para que, pensando en el interés superior del niño, se traspasen aquellos trabajadores, aquellos funcionarios que realmente cumplan los objetivos del nuevo modelo, de este nuevo trato que queremos con la niñez vulnerable y con los infractores juveniles en nuestro país.

Se está haciendo un cambio profundo; no queremos más de lo mismo, sino un sistema que permita que en estos servicios, acompañados por esta ley de garantías y de protección, que esperamos salga lo antes posible, para que, en conjunto con los dos nuevos servicios, se genere ese espacio nuevo al que todos aspiramos. Por lo tanto, esperamos que esos funcionarios no se traspasen automáticamente, sino que sigan un proceso de evaluación que sea serio, riguroso, transparente, que respete los derechos de los trabajadores y permita evaluar tanto su trayectoria como el perfil que tienen respecto del nuevo servicio y las funciones que les correspondería asumir.

Más allá de los trabajadores que no quieran seguir, aquellos que no cumplan las exigencias no deberían ser traspasados. En todo caso, ese proceso se hará con la debida participación de las asociaciones gremiales, para los efectos de asegurar el respeto de los derechos de los funcionarios.

Hemos trabajado con las tres asociaciones nacionales en esta materia, para asegurar que su voz sea oída y hemos llegado a acuerdo con dos de ellas. Hay una con la que no lo hemos logrado, pero también se reconoce el esfuerzo y el interés que hemos alcanzado para asegurar ese respeto a los trabajadores.

Sin embargo, pensando precisamente en el interés superior del niño, como es un hecho que no todos los trabajadores serán traspasados, también era necesario establecer no solo un proceso de evaluación que permitiera el traspaso de aquellos que corresponda, de modo que, por ejemplo, todos aquellos que hayan sido sumariados y, producto de ese sumario, se haya acreditado maltrato a niños, niñas y adolescentes, no van a continuar, porque, ciertamente, no corresponde.

También se evaluó la situación de aquellos que, por no poder ser traspasados, no tendrían derecho a indemnización. De acuerdo a nuestra legislación, los funcionarios de planta tienen derecho a una indemnización que está garantizada por el Estatuto Administrativo y que alcanza hasta seis meses por año de servicio, como tope. Entonces, tenían un derecho limitado.

No obstante, de los funcionarios del Sename, que son más de 4.700, poco más de 20 son funcionarios de planta, por una anomalía que se arrastra por décadas en este servicio.

Por lo tanto, prácticamente nadie tendría derecho a una indemnización, ya que los funcionarios a contrata, que son la inmensa mayoría, no tienen derecho a ese beneficio cuando el servicio se suprime por mandato de la ley.

Es para esos casos, para aquellos que no sean traspasados, que se ha hecho este proyecto de ley, cuyo propósito es permitir -como ya se ha señalado que haya una indemnización de un mes por cada año de servicio, con un tope de once años, que sirve no solo para mejorar la situación de los trabajadores a contrata, sino también la de los de planta, porque si se aplica el Estatuto Administrativo, solo tendrían hasta seis meses por año de servicio cumplido. Así, estaremos extendiendo para ellos el derecho de una indemnización de hasta once sueldos.

El proceso que hemos seguido, tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados, en las respectivas comisiones, es para verificar que el acceso a esta indemnización sea de aquellos que realmente no sean traspasados, en forma rigurosa, en forma seria, en forma profesional. Todo este proceso lo permitirá, ya que se ha tomado la debida cautela de que las normas que se van a aplicar sean dictadas por el ministro de Justicia, y no por la directora del servicio, como establecía originalmente el proyecto; que en la selección de los evaluadores estén presentes las organizaciones gremiales en la comisión que escogerá a quienes harán la evaluación, y -como ya se ha señalado se excluye a aquellos que fueron traspasados de los Cread a las residencias, que ya pasaron por este proceso de evaluación, por lo que ya cumplieron este propósito, así que serán traspasados directamente.

El proyecto tiene un costo de 14.000 millones de pesos y se desarrollará en cuatro años. El primero es este año, que es cuando se traspasan todos los trabajadores del área de protección al nuevo servicio de protección, que empezará a funcionar el 1 de octubre. Hay una cantidad que dice relación con lo que ocurrirá en los próximos tres años, que es cuando empezará a implementarse el nuevo servicio de reinserción, que, como ustedes saben, se instalará gradualmente, en un plazo de tres años. Primero se hará en la zona norte, luego en la zona sur y, finalmente, en Santiago, terminando el proceso en 2024. Empieza en 2022 y termina en 2024.

Por lo tanto, los montos para indemnización que se están asignando en este proyecto de ley cubren aquellos traspasos que no se efectuarán en estos cuatro años. El primer año irán todos al servicio de protección, y los otros tres en cuotas repartidas en el tiempo, suponiendo una cantidad aproximada de personas que no se traspasarán a los nuevos servicios, y en forma gradual, porque así opera el traspaso y el inicio de labores del Servicio de Reinserción Social Juvenil.

La verdad es que hay una enorme preocupación para que -ha sido nuestro compromiso desde el primer día esta prioridad a los niños, niñas y adolescentes se refleje en el respeto a los derechos. Chile ha recibido, de Naciones Unidas, a través de la Comisión de Derechos de la Niñez, una seria reprimenda, una condena, porque no hemos hecho el trabajo que corresponde con este sector de nuestra población, que debería ser siempre el primero, aquel por el cual deberíamos tener la mayor preocupación, porque aquí es donde lamentablemente advertimos que han fallado las familias, y cuando el Estado debe hacerse cargo y suplir ese vacío, resulta que no lo hace bien y vulnera los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Entiendo y comparto la impotencia que algunos puedan sentir en razón de que muchas veces las investigaciones que se realizan por parte del Ministerio Público y los tribunales de justicia no satisfacen los objetivos de dar con los responsables de estos hechos, por lo cual muchos quedan, lamentablemente, en la impunidad.

Hemos planteado nuestra preocupación a las autoridades competentes en la Comisión Coordinadora de la Justicia Penal, con quienes estamos trabajando para asegurar en estos ámbitos, así como en otros, que las instituciones cumplan realmente con su deber, con su responsabilidad, porque nadie que haya vulnerado a un niño, a una niña o a un adolescente puede quedar en la impunidad.

Tenemos que hacer esfuerzos mayores, porque muchos datos, muchas investigaciones que se ofrecen después en la secuencia de la investigación penal, en la persecución penal qué hace el Ministerio Público o en las definiciones judiciales que toman los tribunales, no arrojan resultados concretos, y eso es muy frustrante.

Tendremos que seguir en este esfuerzo, pero me parece que eso tiene que ver con las instituciones. El objetivo de hoy es más simple: asegurar a aquellos trabajadores que no serán traspasados a los nuevos servicios, producto de evaluaciones serias y pensando en el interés superior del niño, ya que se trata de tener a los mejores funcionarios en estos nuevos servicios, tengan derecho a una indemnización como corresponde, conforme al marco del derecho laboral justo, como el que preconiza nuestro país.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que establece derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores.

Cabe hacer presente que el proyecto trata materias propias de ley simple o común. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 128 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 11 abstenciones y 1 inhabilitación.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alessandri Vergara , Jorge , Flores García, Iván , Marzán Pinto , Carolina , Rosas Barrientos , Patricio , Alinco Bustos , René , Flores Oporto , Camila , Mellado Pino , Cosme , Sabag Villalobos , Jorge , Álvarez Ramírez , Sebastián , Fuentes Barros , Tomás Andrés , Mellado Suazo , Miguel , Saldívar Auger, Raúl , Álvarez Vera , Jenny , Fuenzalida Cobo , Juan, Mix Jiménez , Claudia , Sandoval Osorio , Marcela , Álvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Molina Magofke , Andrés , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Amar Mancilla , Sandra , Gahona Salazar , Sergio , Monsalve Benavides , Manuel , Santana Castillo, Juan , Ascencio Mansilla , Gabriel , Galleguillos Castillo , Ramón , Moraga Mamani , Rubén , Santana Tirachini , Alejandro , Auth Stewart , Pepe , García García, René Manuel , Morales Muñoz , Celso , Santibáñez Novoa , Marisela , Baltolu Rasera, Nino , Girardi Lavín , Cristina , Morán Bahamondes , Camilo , Sauerbaum Muñoz , Frank , Barrera Moreno , Boris , González Gatica , Félix , Moreira Barros , Cristhian , Schalper Sepúlveda , Diego , Barros Montero , Ramón , Hernández Hernández , Javier , Muñoz González , Francesca , Schilling Rodríguez , Marcelo , Berger Fett , Bernardo , Hernando Pérez , Marcela , Naranjo Ortiz , Jaime , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bernales Maldonado , Alejandro , Hertz Cádiz , Carmen , Noman Garrido , Nicolás , Sepúlveda Soto , Alexis , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Núñez Arancibia , Daniel , Silber Romo , Gabriel , Brito Hasbún , Jorge , Hoffmann Opazo , María José , Núñez Urrutia , Paulina , Soto Ferrada , Leonardo , Cariola Oliva , Karol , Ibáñez Cotroneo , Diego , Nuyado Ancapichún , Emilia , Soto Mardones, Raúl , Carter Fernández , Álvaro , Ilabaca Cerda , Marcos , Olivera De La Fuente , Erika , Teillier Del Valle , Guillermo , Castro Bascuñán , José Miguel , Jackson Drago , Giorgio , Orsini Pascal , Maite , Tohá González , Jaime , Castro González, Juan Luis , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Torrealba Alvarado , Sebastián , Celis Araya , Ricardo , Jiménez Fuentes , Tucapel , Pardo Sáinz , Luis , Torres Jeldes , Víctor , Celis Montt , Andrés , Jürgensen Rundshagen , Harry , Parra Sauterel , Andrea , Trisotti Martínez , Renzo , Cicardini Milla , Daniella , Kast Sommerhoff , Pablo , Paulsen Kehr , Diego , Troncoso Hellman , Virginia , Cid Versalovic , Sofía , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Arriagada , José , Undurraga Gazitúa , Francisco , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kort Garriga , Issa , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urrutia Soto , Osvaldo , Crispi Serrano , Miguel , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Olea , Joanna , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Labbé Martínez , Cristian , Pérez Salinas , Catalina , Vallejo Dowling , Camila , Cuevas Contreras , Nora , Labra Sepúlveda , Amaro , Prieto Lorca , Pablo , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Del Real Mihovilovic , Catalina , Lavín León , Joaquín , Ramírez Diez , Guillermo , Velásquez Núñez , Esteban , Díaz Díaz , Marcelo , Leiva Carvajal, Raúl , Rathgeb Schifferli , Jorge , Venegas Cárdenas , Mario , Durán Salinas , Eduardo , Longton Herrera , Andrés , Rocafull López , Luis , Verdessi Belemmi , Daniel , Eguiguren Correa , Francisco , Luck Urban , Karin , Rojas Valderrama , Camila , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Fernández Allende, Maya , Macaya Danús , Javier , Romero Sáez , Leonidas , Walker Prieto, Matías

-Votó por la negativa el diputado señor:

Saffirio Espinoza, René

-Se abstuvieron los diputados señores:

Alarcón Rojas , Florcita , Castillo Muñoz , Natalia , Rubio Escobar , Patricia , Winter Etcheberry , Gonzalo , Boric Font , Gabriel , Jiles Moreno , Pamela , Urrutia Bonilla , Ignacio , Yeomans Araya , Gael , Calisto Águila , Miguel Ángel , Mirosevic Verdugo , Vlado , Vidal Rojas, Pablo

-Se inhabilitó el diputado señor.

Lorenzini Basso, Pablo

El señor PAULSEN (Presidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda aprobado también en particular, con la misma votación, en los términos propuestos por el Senado.

Despachado el proyecto.

2.4. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 04 de mayo, 2021. Oficio en Sesión 27. Legislatura 369.

VALPARAÍSO, 4 de mayo de 2021.

Oficio N° 16.556

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

Tengo a honra comunicar a V.E. que la Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha aprobado, en los mismos términos en que lo hiciera ese H. Senado, el proyecto de ley que establece derecho a indemnización para funcionarios del Servicio Nacional de Menores, correspondiente al Boletín Nº 14.030-07.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 154/SEC/21, de 24 de marzo de 2021.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

DIEGO PAULSEN KEHR

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

3. Trámite Finalización: Senado

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 06 de mayo, 2021. Oficio

Valparaíso, 6 de mayo de 2021.

Nº 236/SEC/21

A Su Excelencia el Presidente de la República

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Sin perjuicio de las causales previstas en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, los funcionarios del Servicio Nacional de Menores podrán cesar en el cargo por necesidades del Servicio, lo que determinará su Director Nacional de manera fundada en razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a través de la ley N° 21.302, y los demás que se establezcan como sus sucesores y continuadores legales, a fin de velar por el buen, oportuno y eficiente funcionamiento de las nuevas instituciones.

Para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores deberá considerar la realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas en el inciso anterior, según se defina mediante decreto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, expedido bajo la fórmula “por orden del Presidente de la República”, el que deberá contener las condiciones y el procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones. Para la dictación de dicho decreto se considerará una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, constituidas de conformidad con la ley Nº 19.296. Las condiciones y el procedimiento señalados deberán garantizar la objetividad de la evaluación.

La evaluación a que se refiere el inciso precedente no se aplicará a los funcionarios que hayan sido evaluados con anterioridad, con ocasión de la modernización, reestructuración o funcionamiento de los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) para el establecimiento de residencias familiares en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la ley Nº 21.126. Con todo, respecto de tales funcionarios, el Director Nacional del Servicio deberá comprobar que no se encuentran afectos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo al que sean traspasados, conforme a lo dispuesto en la ley y, en especial, a lo señalado en el artículo 56 de la ley N° 21.302.

A los funcionarios que cesen en sus funciones por aplicación de la causal señalada en el presente artículo, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N° 21.126.

El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante su primer año presupuestario de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria del Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.”.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

YASNA PROVOSTE CAMPILLAY

Presidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 21.338

Tipo Norma
:
Ley 21338
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1159923&t=0
Fecha Promulgación
:
11-05-2021
URL Corta
:
http://bcn.cl/2pg9n
Organismo
:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Título
:
ESTABLECE DERECHO A INDEMNIZACIÓN PARA FUNCIONARIOS DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES
Fecha Publicación
:
19-05-2021

LEY NÚM. 21.338

     

ESTABLECE DERECHO A INDEMNIZACIÓN PARA FUNCIONARIOS DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

     

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Sin perjuicio de las causales previstas en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, los funcionarios del Servicio Nacional de Menores podrán cesar en el cargo por necesidades del Servicio, lo que determinará su Director Nacional de manera fundada en razones vinculadas al proceso de reestructuración de dicha institución con motivo de la creación del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a través de la ley N° 21.302, y los demás que se establezcan como sus sucesores y continuadores legales, a fin de velar por el buen, oportuno y eficiente funcionamiento de las nuevas instituciones.

    Para el ejercicio de esta facultad, el Director Nacional del Servicio Nacional de Menores deberá considerar la  realización de evaluaciones a los funcionarios para efectos de desempeñar los cargos en las nuevas instituciones señaladas en el inciso anterior, según se defina mediante decreto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, expedido bajo la fórmula "por orden del Presidente de la República", el que deberá contener las condiciones y el procedimiento a que se someterán las referidas evaluaciones. Para la dictación de dicho decreto se considerará una instancia de participación de las asociaciones nacionales de funcionarios del Servicio Nacional de Menores, constituidas de conformidad con la ley Nº 19.296. Las condiciones y el procedimiento señalados deberán garantizar la objetividad de la evaluación.

    La evaluación a que se refiere el inciso precedente no se aplicará a los funcionarios que hayan sido evaluados con anterioridad, con ocasión de la modernización, reestructuración o funcionamiento de los Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) para el establecimiento de residencias familiares en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la ley Nº 21.126. Con todo, respecto de tales funcionarios, el Director Nacional del Servicio deberá comprobar que no se encuentran afectos a las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo al que sean traspasados, conforme a lo dispuesto en la ley y, en especial, a lo señalado en el artículo 56 de la ley N° 21.302.

    A los funcionarios que cesen en sus funciones por aplicación de la causal señalada en el presente artículo, se les aplicará lo dispuesto en los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 52 de la ley N° 21.126.

    El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante su primer año presupuestario de vigencia será financiado con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria del Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 11 de mayo de 2021.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Hernán Larraín Fernández, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.- Rodrigo Cerda Norambuena, Ministro de Hacienda.- Karla Rubilar Barahona, Ministra de Desarrollo Social y Familia.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Sebastián Valenzuela Agüero, Subsecretario de Justicia.