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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.345

Prorroga el mandato de los directores y órganos de administración y dirección de las asociaciones y organizaciones que indica, debido a la pandemia producida por el Covid-19.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Alfonso De Urresti Longton, Ximena Cecilia Rincón González, Iván Moreira Barros, Ricardo Lagos Weber y Rodrigo Galilea Vial. Fecha 15 de diciembre, 2020. Moción Parlamentaria en Sesión 131. Legislatura 368.

Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor Lagos, señora Rincón, y señores De Urresti, Galilea y Moreira, que prorroga el mandato de los directores y órganos de administración y dirección de las asociaciones y organizaciones que indica, debido a la pandemia producida por el Covid-19.

Boletín N° 13.956-06

Antecedentes

Considerando que con fecha 23 de junio de 2020 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.239 mediante la cual se “Prorroga el Mandato de los Directores u Órganos de Administración y Dirección de las Asociaciones y Organizaciones que indica, debido a la Pandemia producida por el Covid-19”, norma que consta de un artículo único a través del cual se establece la prórroga del mandato de los directorios u órganos de administración y dirección vigentes a la fecha de publicación de la ley, y durante el tiempo que dure el estado de excepción constitucional, el cual ha sido prorrogado de manera sucesiva desde el 18 de marzo, correspondiendo la ultima de ellas al día 13 de diciembre del año en curso.

Dentro de las organizaciones comprendidas en la citada norma legal, específicamente en su letra a) se encuentran los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, quienes desde su creación ocurrida en la ciudad de Valparaíso el 30 de junio de 1851, y hasta la fecha, nunca han dejado de realizar sus procesos eleccionarios, ni aun cuando, por circunstancias extraordinarias, derivadas de epidemias o calamidad pública, guerras, terremotos o alteraciones de la normalidad constitucional, han impedido que las demás organizaciones del país desarrollen sus actividades con normalidad.

Los Cuerpos de Bomberos en cambio, cualesquiera sean las circunstancias que afecten al país, siempre en el mes de diciembre de cada año han renovado sus directivas, permitiendo de este modo mantener el regular funcionamiento del Cuerpo de Bomberos y particularmente asegurar la continuidad del servicio operativo del Cuerpo de Bomberos y sus compañías, legitimando de este modo el accionar de los mandos en una institución que por naturaleza es jerárquica y disciplinada.

Esta manera constante de obrar en el tiempo ha permitido mantener vigente la organización y funcionamiento de los Bomberos de Chile, a los que al resultarles aplicables las disposiciones del artículo único de la Ley 21.239, les provoca alteraciones en su normal funcionamiento, deslegitimando a sus autoridades, pudiendo afectar su estructura organizacional, por lo que se hace necesario dictar una ley que regule la situación en la que quedan los Directorios de los Cuerpos de Bomberos y de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

Por lo anterior se propone el siguiente proyecto de Ley:

"Artículo único. –Los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, integrantes del sistema Nacional de Bomberos, quedarán habilitados para realizar sus procesos eleccionarios en conformidad a las disposiciones de sus Estatutos y Reglamentos, no siéndoles aplicables las disposiciones del artículo único de la Ley 21.239.

Las elecciones realizadas a partir de diciembre del 2020 por los Cuerpos de Bomberos, con observancia de las disposiciones de sus Estatutos y Reglamentos tendrán pleno valor.

1.2. Informe de Comisión de Gobierno

Senado. Fecha 09 de marzo, 2021. Informe de Comisión de Gobierno en Sesión 1. Legislatura 369.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, DESCENTRALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que autoriza los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos.

BOLETÍN Nº 13.956-06.

____________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización tiene el honor de informaros respecto del proyecto de ley de la referencia, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señor Lagos, señora Rincón, y señores De Urresti, Galilea y Moreira, respecto del cual no se ha hecho presente urgencia.

Os hacemos presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único y, acordó, unánimemente, proponer a la Excelentísima señora Presidenta que en la Sala sea considerado del mismo modo.

A una o más de las sesiones en que se analizó esta iniciativa legal asistieron por videoconferencia, además de los miembros de la Comisión, las siguientes personas:

-El asesor parlamentario de la Senadora Ebensperger, señor Patricio Cuevas.

-La asesora parlamentaria del Senador Insulza, señora Lorena Escalona.

-El asesor parlamentario del Senador Ossandón, señor José Tomás Hughes.

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OBJETIVO DEL PROYECTO

Autorizar los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos y validar las elecciones realizadas a partir del mes de diciembre del año 2020.

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NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL

No tiene. -

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ANTECEDENTES

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

1.- Constitución Política.

2.- Ley N° 18.593, sobre Tribunales Electorales Regionales.

3.- Ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias

4.- Ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades.

5.- Ley N° 21.239, que prorroga el mandato de los directores u órganos de administración y dirección de las asociaciones y organizaciones que indica, debido a la pandemia producida por el Covid-19.

II.- ANTECEDENTES DE HECHO

La Moción que da origen al presente proyecto de ley, señala que con fecha 23 de junio de 2020 se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.239 mediante la cual se “Prorroga el Mandato de los Directores u Órganos de Administración y Dirección de las Asociaciones y Organizaciones que indica, debido a la Pandemia producida por el Covid-19”, norma que, en un artículo único, establece la prórroga del mandato de los directorios u órganos de administración y dirección vigentes a la fecha de su publicación y durante el tiempo que dure el estado de excepción constitucional, que ha sido prorrogado de manera sucesiva desde el 18 de marzo, correspondiendo la última de ellas al día 13 de diciembre del año 2020, al moentop de presentarse la iniciativa.

Agrega que dentro de las organizaciones comprendidas en la citada norma legal, específicamente en su letra a), se encuentran los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, quienes desde su creación ocurrida en la ciudad de Valparaíso el 30 de junio de 1851, y hasta la fecha, nunca han dejado de realizar sus procesos eleccionarios ni aun cuando, por circunstancias extraordinarias derivadas de epidemias o calamidad pública, guerras, terremotos o alteraciones de la normalidad constitucional, las demás organizaciones del país se han visto impedidas de desarrollar sus actividades con normalidad.

Hace presente que los Cuerpos de Bomberos, cualesquiera sean las circunstancias que afecten al país, siempre en el mes de diciembre de cada año han renovado sus directivas, permitiendo de este modo mantener su regular funcionamiento y, particularmente, asegurar la continuidad del servicio operativo del mismo y de sus compañías, legitimando de este modo el accionar de los mandos en una institución que, por su naturaleza, es jerárquica y disciplinada.

Por último, destaca que esta manera constante de obrar ha permitido mantener vigente la organización en el tiempo y el funcionamiento de los Bomberos de Chile, a los que de serles aplicables las disposiciones del artículo único de la ley 21.239 se les provoca alteraciones en su normal funcionamiento, deslegitimando a sus autoridades y pudiendo afectar su estructura organizacional, por lo que se hace necesario dictar una ley especial que regule la situación en la que quedan los Directorios de los Cuerpos de Bomberos y de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

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DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

El texto del proyecto de ley en informe es el que sigue:

“Artículo único. - Los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, integrantes del sistema Nacional de Bomberos, quedarán habilitados para realizar sus procesos eleccionarios en conformidad a las disposiciones de sus Estatutos y Reglamentos, no siéndoles aplicables las disposiciones del artículo único de la ley 21.239.

Las elecciones realizadas a partir de diciembre del 2020 por los Cuerpos de Bomberos, con observancia de las disposiciones de sus Estatutos y Reglamentos tendrán pleno valor.”.

- - -

Al iniciarse el estudio de esta iniciativa legal, en el seno de vuestra Comisión se hizo presente que el título del proyecto puede resultar equívoco e inducir a error debido a que la propuesta legislativa no contiene ni propone una prórroga del mandato de las intuiciones que indica, sino que, por el contrario, promueve que ellas se exceptúen de los efectos de la ley N° 21.239.

Se agregó que la referida ley tiene la denominación que se ha dado a este proyecto, esto es, que prorroga el mandato de los directores y órganos de administración y dirección de las asociaciones y organizaciones que indica, debido a la pandemia producida por el Covid-19, pero que el proyecto en informe busca precisamente aclarar que esa ley no les limita, a la vez de reconocer la validez de las elecciones que realizaron a partir del mes de diciembre del año 2020.

El Honorable Senador señor Insulza destacó que los Cuerpos de Bomberos han seguido funcionando ininterrumpidamente con independencia de la situación de pandemia, de modo que no se les aplican las restricciones impuestas por la autoridad para el general de la población. Destacó que lo que se propone no es un beneficio por las actuales condiciones sanitarias, sino que todo lo contrario, pues son parte de los que no han cesado nunca en su actividad, de modo que se manifestó a favor de la normativa propuesta.

En la misma línea, planteó que podría considerarse en el inciso primero propuesto, que la norma propuesta se aplicará “salvo petición fundada en contrario”.

El Honorable Senador señor Bianchi expresó compartir la opinión antes expresada, en el sentido que no ve ninguna razón para no aprobar el proyecto en los términos propuestos, haciendo presente que también debe considerarse la sugerencia planteada.

Por su parte, la Honorable Senadora señora Ebensperger señaló que el proyecto en informe pareciera innecesario si se tiene en consideración que al estudiarse y debatirse el boletín que dio origen a la ley N° 21.239, se dejó en claro que el espíritu de esa iniciativa era prorrogar las directivas actuales de determinadas organizaciones para que ninguna de ellas quedara sin directiva vigente, salvo las de aquellas que pudieran hacer elecciones con respeto a sus estatutos y a las medidas sanitarias impuestas por la autoridad, en cuyo caso, dichas elecciones tendrían plena validez, siendo ese el caso del cuerpo de Bomberos.

Agregó que un proyecto de ley no puede desconocer los derechos establecidos en la Constitución, lo que determinó que en la ley mencionada no se prohibieran las elecciones de las directivas cuando ellas pudieran realizarse, sino que se estableció que en el caso que las elecciones no pudiesen efectuarse serían prorrogadas sus directivas, para que ninguna organización quedara sin dirección y representación, sin directiva.

Consideró que tal vez la mencionada ley pudo conducir a algún equívoco al referirse a las elecciones en tiempo pasado, pero que es claro que dicha normativa no puede impedir las elecciones de una organización si en ellas se cumplen los estatutos de las mismas y las medidas impuestas por la autoridad sanitaria.

Sin perjuicio de lo anterior, y teniendo en especial consideración con la institución de Bomberos de Chile, expresó no tener objeciones para la aprobación del presente proyecto, modificando el título del mismo, y considerando la propuesta del Senador Insulza, para que los Cuerpos de Bomberos tengan ambas opciones disponibles, es decir, realizar elecciones o prorrogar sus actuales directivas.

El Honorable Senador señor Ossandón se manifestó de acuerdo con los criterios de la propuesta señalada en todas sus partes y, de igual forma, el Honorable Senador señor Insulza concordó con las modificaciones sugeridas.

En consecuencia, la Comisión se manifestó de acuerdo en aprobar la iniciativa, reemplazar el título del mismo por “Autoriza los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos” y suprimir la frase final del inciso primero que señala “no siéndoles aplicables las disposiciones del artículo único de la ley 21.239” y la coma (,) que le precede.

- Sometido a votación el proyecto de ley, en general y en particular, con las modificaciones antes señaladas, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Ebensperger y señores Bianchi, Insulza y Ossandón.

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TEXTO DEL PROYECTO

En conformidad con los acuerdos adoptados, vuestra Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización tiene a honra proponeros aprobar el proyecto de ley en informe, en general y en particular, en los siguientes términos:

PROYECTO DE LEY:

“Proyecto de ley que autoriza los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos

“Artículo único. - Los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, integrantes del sistema Nacional de Bomberos, quedarán habilitados para realizar sus procesos eleccionarios en conformidad a las disposiciones de sus Estatutos y Reglamentos.

Las elecciones realizadas a partir de diciembre del 2020 por los Cuerpos de Bomberos, con observancia de las disposiciones de sus Estatutos y Reglamentos tendrán pleno valor.”.”.

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Acordado en sesión celebrada el día 8 de marzo de 2021, con asistencia de los Honorables Senadores señoras Luz Ebensperger Orrego (Presidenta) y señores Carlos Bianchi Chelech, José Miguel Insulza Salinas y Manuel José Ossandón.

Sala de la Comisión, a 9 de marzo de 2021.

JUAN PABLO DURÁN G.

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO, DESCENTRALIACIÓN Y REGIONALIZACIÓN, ACERCA DEL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA LOS PROCESOS ELECTORALES DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS.

(BOLETÍN N°13.956-06)

I.OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Autorizar los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos y validar las elecciones realizadas a partir del mes de diciembre del año 2020.

II.ACUERDOS: aprobado en general y en particular con modificaciones, unanimidad (4x0).

III.ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: No tiene.

V.URGENCIA: No tiene

VI.ORIGEN INICIATIVA: Senado. Moción de los Honorables Senadores señor Lagos, señora Rincón, y señores De Urresti, Galilea y Moreira.

VII.TRÁMITE CONSTITUCIONAL: primero.

VIII.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 15 de diciembre de 2020.

IX.TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

X.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: 1.- Constitución Política. 2.- Ley N° 18.593, sobre Tribunales Electorales Regionales. 3.- Ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias. 4.- Ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades. 5.- Ley N° 21.239, que prorroga el mandato de los directores u órganos de administración y dirección de las asociaciones y organizaciones que indica, debido a la pandemia producida por el Covid-19.

Valparaíso, 9 de marzo de 2021.

JUAN PABLO DURÁN G.

Secretario de la Comisión

1.3. Discusión en Sala

Fecha 01 de abril, 2021. Diario de Sesión en Sesión 9. Legislatura 369. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

AUTORIZACIÓN DE PROCESOS ELECTORALES EN CUERPOS DE BOMBEROS

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

A continuación, corresponde ocuparse en el proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señor Lagos, señora Rincón y señores De Urresti, Galilea y Moreira, en primer trámite constitucional, que autoriza los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos, con informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.

--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletín 13.956-06) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Tiene la palabra el señor Secretario para que haga la relación respectiva, y posteriormente, el Presidente de la Comisión de Gobierno , Senador Carlos Bianchi.

El señor GUZMÁN (Secretario General).-

Esta iniciativa tiene por objeto autorizar los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos y validar las elecciones realizadas a partir del mes de diciembre del año 2020.

La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización deja constancia de que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único, y acordó unánimemente proponer a la señora Presidenta que en la Sala sea considerado del mismo modo.

El referido órgano técnico aprobó este proyecto en general y en particular, con las modificaciones señaladas en su informe, por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Ebensperger y señores Bianchi, Insulza y Ossandón.

Cabe destacar que si bien la iniciativa fue originalmente singularizada como "Proyecto de ley que prorroga el mandato de los directores y órganos de administración y dirección de las asociaciones y organizaciones que indica, debido a la pandemia producida por el COVID-19", la Comisión acordó sustituir dicha denominación por la siguiente: "Proyecto de ley que autoriza los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos".

El texto del proyecto que se propone aprobar se transcribe en la página 5 del informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a disposición en la Sala, y también se encuentra en la plataforma informática de esta sesión telemática y ha sido remitido a los correos electrónicos de todas las señoras Senadoras y de todos los señores Senadores.

Es todo, señora Presidenta.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchas gracias, señor Secretario .

Le ofrezco la palabra al Presidente de la Comisión de Gobierno, Senador Carlos Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Estimada Presidenta , ocurre que no hay mucho más que profundizar respecto de lo que ha dicho el señor Secretario . Se trata de un proyecto simple, pero tremendamente significativo, teniendo en cuenta, por supuesto, la situación que afecta al mundo y a nosotros como país y la necesidad imperiosa de tener las distintas directivas validadas, mediante las elecciones realizadas, específicamente en el Cuerpo de Bomberos.

Por lo tanto, lo que hacemos como Comisión no es otra cosa que llamar a todas nuestras colegas Senadoras y a todos nuestros colegas Senadores a votar favorablemente este proyecto.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias, señor Senador.

Si les parece a Sus Señorías, abriremos la votación.

¿Senador Alfonso de Urresti?

El señor DE URRESTI.-

Presidenta, estamos trabajando en la Comisión de Constitución en paralelo con la Sala. Me salí un segundo para conectarme acá.

Obviamente, apruebo este proyecto, que autoriza los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos. En tal sentido, le agradezco al Senador Ricardo Lagos por haberlo impulsado. Nos invitó a participar en esta iniciativa, que claramente va en el sentido solicitado por esta institución a lo largo de todo Chile. Es algo que se necesita regular.

Por lo tanto, quiero consignar mi voto a favor.

También solicito incorporar mi voto o mi intención de voto en el proyecto anterior. Y doy excusas, porque debemos volver a la Comisión de Constitución, donde estamos despachando el proyecto de ley que posterga las elecciones.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias, Senador De Urresti.

Al contrario, nosotros sabemos el esfuerzo que están haciendo los Senadores en las Comisiones de Hacienda y de Constitución. Asimismo, les agradecemos que también estén trabajando en paralelo con la Sala.

Vamos a consignar su intención de voto favorable en el proyecto anterior, y la Secretaría ya ha tomado debida nota de su anticipado voto a favor en el proyecto de ley que ahora nos ocupa.

El señor DE URRESTI.-

Muchas gracias, Presidenta.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muy bien.

Si le parece a la Sala, se abrirá la votación.

Acordado.

En votación.

--(Durante la votación).

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Señor Secretario , le solicito que tome la votación de las Senadoras y los Senadores que están participando telemáticamente.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Cómo no, señora Presidenta .

La Senadora señora Allende solicitó votar sin fundamento.

Y el Senador señor Lagos ha pedido la palabra.

Senadora señora Allende, ¿cómo vota?

La señora ALLENDE.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Elizalde, ¿cómo vota?

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

El Senador señor Sandoval ha solicitado votar sin fundamento.

Senador señor Sandoval, ¿cómo vota?

El señor SANDOVAL.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

También ha solicitado votar sin fundamento el Senador señor Ossandón.

¿Cómo vota, Senador?

Senador señor Ossandón, ¿cómo vota?

El señor OSSANDÓN-

...(falla de audio en transmisión telemática).

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Tiene que activar su micrófono, Senador Ossandón.

Mientras se resuelve ese problema técnico, le ofrezco la palabra en la Sala al Senador Juan Antonio Coloma.

El señor COLOMA.-

Muchas gracias, Presidenta.

Simplemente quiero votar a favor.

Estamos en paralelo en la Comisión de Hacienda, tal como usted señaló, haciendo un esfuerzo máximo por tratar de votar una ley que es muy importante.

También quiero que en el proyecto anterior, del cual soy uno de sus autores, se pueda dejar constancia de mi -no sé cómo se dice a esta altura- intención de voto a favor.

Muchas gracias, Presidenta .

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Así se hará, Senador Coloma.

Vamos a dejar consignada su intención de voto favorable.

Además, usted fue reconocido también como mocionante en ese proyecto de ley.

Muchas gracias.

Seguimos con la...

El señor ELIZALDE.-

Señora Presidenta, me habían consultado el voto.

Voto a favor.

Soy el Senador Elizalde.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador Elizalde vota a favor.

Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?

Ella también solicitó adelantar su voto sin fundamento.

La señora ÓRDENES.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Ossandón, ¿cómo vota?

Tiene que activar el micrófono, porque no...

El señor OSSANDÓN.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Goic, ¿cómo vota?

La señora GOIC.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Guillier, ¿cómo vota?

El señor GUILLIER.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Insulza, ¿cómo vota?

El señor INSULZA.-

Gracias, Secretario .

Nuevamente quiero señalar que la aprobación casi inmediata que está dando el Senado a ambos proyectos -el que nos ocupa y el anterior- revelan claramente nuestro respaldo a la institución nacional que goza de mayor prestigio hoy día entre la ciudadanía.

Así que un saludo al Cuerpo de Bomberos de Chile.

Voto a favor.

Gracias.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Lagos, ¿cómo vota?

El señor LAGOS .-

Señora Presidenta , Secretario , ciertamente voy a votar a favor.

La idea de este proyecto, en castellano, es que producto de la pandemia se modificó la ley N° 21.239, y se decidió prorrogar los mandatos de las actuales directivas de las distintas organizaciones en Chile, no solamente de Bomberos.

Y lo que ocurre en el caso de distintos cuerpos de bomberos -por ejemplo, en Viña, Quillota, en el sur- es que ellos decidieron llevar a cabo elecciones y en algunos casos no pudieron.

Recuerdo que en Valdivia -y el Senador De Urresti se debe acordar- la elección no fue autorizada, porque la ley decía que se prorrogaban los mandatos. En consecuencia, no se autorizó la elección.

Sin embargo, Bomberos pidió -porque ellos son capaces y lo han hecho siempre, incluso en circunstancias bien complejas del país- llevar a cabo sus votaciones internas.

Y lo que está haciendo este proyecto, si quieren ustedes, es un waiver para que en el caso de los Bomberos exista una línea clara: se hacen las elecciones y pueden asumir las nuevas directivas.

La ley que nosotros modificamos en su oportunidad tenía por objeto ayudar sobre todo a las organizaciones sociales que no podían reunirse ni hacer elecciones. Y ahora en el caso de Bomberos se podrán formar las nuevas directivas.

Voto favorablemente y agradezco el apoyo que ha tenido tanto esta moción como la anterior.

Bomberos se lo merece.

Muchas gracias.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Latorre, ¿cómo vota?

El señor LATORRE.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Letelier, ¿cómo vota?

El Senador señor Chahuán ha solicitado adelantar su voto sin fundamentar.

Senador señor Chahuán, ¿cómo vota?

El señor CHAHUÁN.-

Voto favorablemente, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Montes, ¿cómo vota?

El señor MONTES.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Moreira, ¿cómo vota?

El señor MOREIRA.-

Brevemente, Presidenta .

En mi calidad de director honorario del Cuerpo de Bomberos, quiero agradecerle al Senador Lagos que me haya invitado a firmar tanto este proyecto como otros que dicen relación con Bomberos de Chile, porque cuando se trata de esta institución ahí estamos todos.

Por sobre nuestras diferencias y colores políticos, hay que ayudar a Bomberos, la noble institución que todos respetamos y queremos.

A mí me parece muy importante este tipo de legislación.

Uno más uno son dos, se va avanzando, dos más dos son cuatro. Hay muchas cosas por las cuales tenemos que seguir adelante cuando se trata de recursos como el proyecto que aprobamos antes que este.

Por esta razón, encantado voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Moreira vota a favor.

Senador señor Letelier, ¿cómo vota?

El señor LETELIER.-

... (falla de audio en transmisión telemática).

Ahí se activó.

El señor LETELIER.-

Gracias, señor Secretario .

Antes se me bloqueaba el micrófono; no podía escuchar.

Yo voto a favor, felicitando a los colegas que nos han interpretado a todos.

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Prohens, ¿cómo vota?

El señor PROHENS.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?

El señor QUINTEROS.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Soria, ¿cómo vota?

El señor SORIA.-

Voto a favor, señor Secretario , por mis colegas bomberos.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Van Rysselberghe, ¿cómo vota?

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Von Baer, ¿cómo vota?

La señora VON BAER.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?

La señora ARAVENA.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Araya, ¿cómo vota?

Senador señor Alvarado, ¿cómo vota?

El señor ALVARADO.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Bianchi, ¿cómo vota?

El señor BIANCHI.-

Señor Secretario , seré breve.

Tengo un profundo respeto y una profunda admiración por esta noble institución de nuestro país, como Bomberos.

Y, nada, no queda más que sumarnos porque ahí están los verdaderos servidores públicos.

Por lo tanto, voto favorablemente este proyecto, y felicito a sus autores.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Carvajal, ¿cómo vota?

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

Señor Secretario , con todo orgullo voto a favor, ya que también soy bombero.

Gracias.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

El Senador señor Navarro ha solicitado la palabra para fundamentar el voto en la Sala.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Senador Navarro, le ofrezco la palabra.

El señor NAVARRO.-

Gracias, Presidenta .

Sin duda, mi voto a favor para que la democracia pueda ser ejercida por la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos, y los cuerpos de bomberos en cada parte del territorio nacional.

Sin embargo, solo quiero reiterar que lo que Bomberos necesita es más apoyo económico de parte del Estado, y más apoyo de parte de la comunidad.

Espero que los recursos, que son escasos y nunca suficientes, lleguen a tiempo a los bomberos, especialmente después de participar en los incendios forestales, donde gran parte de su material queda averiado y tiene que pasar un largo proceso de tiempo para que sea reintegrado el daño que ello produce.

Voto a favor.

¡Patagonia sin represas!

¡Nueva Constitución, ahora!

¡No más AFP!

He dicho.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchas gracias al Senador Alejandro Navarro.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador, si puede marcar su opción de voto, por favor.

¿Senador señor Araya?

¿Senadora señora Carvajal?

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (32 votos favorables), y queda despachado en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Alvarado, Bianchi, Chahuán, Coloma, De Urresti, Elizalde, García, García-Huidobro, Guillier, Insulza, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pizarro, Prohens, Pugh, Quinteros, Sandoval y Soria.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Además se han registrado cuatro pareos: del Senador señor Kast con el Senador señor Huenchumilla, y del Senador señor Quintana con la Senadora señora Sabat.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muy bien.

En consecuencia, queda aprobado y despachado el proyecto tanto en general cuanto en particular.

Vamos a pasar al tercer proyecto de la tabla.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 01 de abril, 2021. Oficio en Sesión 13. Legislatura 369.

Valparaíso, 1 de abril de 2021.

Nº 174/SEC/21

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la moción, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley que autoriza los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos, correspondiente al Boletín N° 13.956-06:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, integrantes del Sistema Nacional de Bomberos, quedarán habilitados para realizar sus procesos eleccionarios en conformidad a las disposiciones de sus estatutos y reglamentos.

Las elecciones realizadas a partir de diciembre del 2020 por los Cuerpos de Bomberos, con observancia de las disposiciones de sus estatutos y reglamentos, tendrán pleno valor.”.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

YASNA PROVOSTE CAMPILLAY

Presidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Gobierno

Cámara de Diputados. Fecha 05 de mayo, 2021. Informe de Comisión de Gobierno en Sesión 29. Legislatura 369.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR, NACIONALIDAD, CIUDADANÍA Y REGIONALIZACIÓN, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA LOS PROCESOS ELECTORALES DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS

BOLETÍN N°13.956-6 (S)

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización viene en informar el proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, de origen en moción de la H. senadora señora Ximena Rincón, y de los H. senadores señores Alfonso De Urresti, Rodrigo Galilea, Ricardo Lagos e Iván Moreira.

Con motivo del tratamiento de este proyecto, la Comisión escuchó al Presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos Zavala.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS

1) Idea matriz

La idea matriz del proyecto es autorizar los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos y validar las elecciones realizadas a partir del mes de diciembre del año 2020.

2) Normas de carácter orgánico constitucional o de quorum calificado

En el primer trámite constitucional, el H. Senado determinó que el proyecto es de quorum simple; criterio que compartió esta Comisión.

3) Trámite de Hacienda.

No requiere.

4) La Comisión aprobó por unanimidad la idea de legislar. Participaron en la votación las diputadas señoras Marcela Hernando, Karin Luck y Andrea Parra (Presidenta); y los diputados señores Bernardo Berger, Raúl Saldívar y Renzo Trisotti.

5) Se designó Diputado Informante al señor RENZO TRISOTTI.

II.- RESUMEN DE LOS FUNDAMENTOS DEL PROYECTO

Según expresan los autores de este proyecto, el 23 de junio de 2020 se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.239, que “Prorroga el Mandato de los Directores u Órganos de Administración y Dirección de las Asociaciones y Organizaciones que indica, debido a la Pandemia producida por el Covid-19”. En su artículo único, establece la prórroga del mandato de los directorios u órganos de administración y dirección vigentes a la fecha de publicación de la ley, y durante el tiempo que dure el estado de excepción constitucional por la pandemia; el cual ha sido prorrogado de manera sucesiva desde el 18 de marzo de 2020.

Dentro de las organizaciones comprendidas en la citada norma legal, específicamente en su letra a), se encuentran los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, quienes desde su creación en 1851, y hasta la fecha, nunca han dejado de realizar sus procesos eleccionarios, ni aun cuando circunstancias extraordinarias -epidemias, guerras, alteraciones de la normalidad constitucional, etc.- han impedido que las demás organizaciones del país desarrollen sus actividades con normalidad.

En efecto, en el mes de diciembre de cada año los Cuerpos de Bomberos han renovado sus directivas, permitiendo de este modo mantener su regular funcionamiento y, particularmente, asegurar la continuidad del servicio operativo de sus compañías, legitimando el actuar de los mandos en una institución que por naturaleza es jerárquica y disciplinada.

Esta forma constante de obrar en el tiempo ha permitido mantener vigente la organización y funcionamiento de los Bomberos de Chile. Sin embargo, el aplicarles la ley precitada les provoca alteraciones en su normal funcionamiento, deslegitimando a sus autoridades y pudiendo afectar su estructura organizacional. En tal virtud, es necesario abordar en un proyecto específico el tema del mandato de los órganos de administración de los Cuerpos de Bomberos y de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

III.- PROYECTO APROBADO POR EL SENADO

El texto aprobado en el primer trámite constitucional por el H. Senado dice así:

“Artículo único.- Los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, integrantes del Sistema Nacional de Bomberos, quedarán habilitados para realizar sus procesos eleccionarios en conformidad a las disposiciones de sus estatutos y reglamentos.

Las elecciones realizadas a partir de diciembre del 2020 por los Cuerpos de Bomberos, con observancia de las disposiciones de sus estatutos y reglamentos, tendrán pleno valor.”

IV.- DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN GENERAL

En este trámite, la Comisión escuchó al Presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos Zavala, quien manifestó que la concreción de este proyecto de ley es un anhelo de los Bomberos de Chile.

Acotó que los pilares de Bomberos de Chile, en su conformación como corporación creada en 1851, son básicamente los siguientes: un servicio profesional, voluntario y no remunerado; la jerarquización y disciplina de su estructura; un servicio que se presta sin discriminación alguna, tanto a quien se sirve como a quienes lo componen. Dentro de estos pilares está el principio de participación democrática en la generación de la organización y estructura interna de las corporaciones.

La Junta Nacional de Bomberos de Chile es una corporación que reúne a los 313 cuerpos de bomberos del país, que son personas jurídicas totalmente autónomas e independientes, por lo que cada una de estas instituciones tiene sus propios procesos eleccionarios, como así también lo tiene la Junta Nacional. Al respecto, destacó que desde 1851 los cuerpos de bomberos del país han venido realizando sus procesos eleccionarios sin interrupción, aun en aquellas ocasiones en que nuestra República ha sufrido pandemias, catástrofes, o en que ha visto afectada su institucionalidad política.

En otro orden de ideas, hizo presente que la ley N°21.239, dictada con ocasión del estado de excepción constitucional en marzo de 2020, prorrogó las mesas directivas de todas las corporaciones que están amparadas bajo el título XXXIII del Código Civil. Entre esas, de acuerdo a su interpretación, estarían también la corporación Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile y los 313 cuerpos de bomberos particularmente considerados.

Sin embargo, en base a su autonomía, así como algunos cuerpos de bomberos se han sometido a la ley N°21.239, otros han optado por llevar a cabo sus procesos eleccionarios. En cuanto a la Junta Nacional, esta decidió aplicar la ley N°21.239, por cuanto al coordinar a los 313 cuerpos de bomberos del país no puede permitirse cuestionamientos o diferencias interpretativas sobre la legitimidad de su directorio, su consejo ejecutivo y, en definitiva, su estructura organizativa.

En efecto, actualmente existe una ambigüedad o doble interpretación respecto de cuál es la legislación que se aplica: la ley marco de Bomberos de Chile (normativa especial en relación con la ley N°21.239, lo que habilitaría a los cuerpos de bomberos para llevar a cabo sus elecciones); o bien esta última ley, que habilita a la prórroga de las mesas directivas hasta que concluya el estado de excepción en el país.

Explicó que producto de esa diversa interpretación ha habido judicialización de algunos procesos eleccionarios, razón por la cual Bomberos de Chile solicitó al Senado poder clarificar esta materia mediante la presentación de este proyecto de ley, que apoyan totalmente.

En caso de continuar el estado de excepción constitucional de catástrofe después de junio, esta problemática se proyectaría unos seis meses más. Prácticamente todos los cuerpos de bomberos efectúan sus procesos eleccionarios en el mes de diciembre.

Enfatizó que no es costumbre de la Junta Nacional ni de los cuerpos de bomberos tener sus cargos jerárquicos prorrogados por una ley o por un decreto, y es por eso que respaldan este proyecto.

Hay un segundo aspecto relacionado con la participación. Todos los bomberos que son elegidos para ejercer ciertos cargos son voluntarios y no remunerados, y en esta pandemia han estado permanentemente ocupados en garantizar la continuidad operativa de los bomberos para el servicio del país, no obstante las restricciones que existen. Resaltó que todos los cargos son elegidos democráticamente: el ayudante de una compañía, el teniente, el capitán, el comandante, el superintendente, etc. Así también todos los cargos de la Junta Nacional, que actualmente son elegidos con el voto de los 313 cuerpos de bomberos del país.

En razón de los argumentos vertidos, reiteró la importancia de la aprobación de este proyecto de ley, a fin de poder continuar aplicando los principios y valores tan arraigados en la institución, evitando además quedar expuestos a la judicialización o impugnación de sus elecciones.

Puesto en votación general el proyecto, fue aprobado por asentimiento unánime, según se señala en las constancias previas.

V.- VOTACIÓN EN PARTICULAR

El texto despachado por el H. Senado dice así:

“Artículo único.- Los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, integrantes del Sistema Nacional de Bomberos, quedarán habilitados para realizar sus procesos eleccionarios en conformidad a las disposiciones de sus estatutos y reglamentos.

Las elecciones realizadas a partir de diciembre del 2020 por los Cuerpos de Bomberos, con observancia de las disposiciones de sus estatutos y reglamentos, tendrán pleno valor.”.

La Comisión aprobó por unanimidad el texto transcrito, con los votos de las diputadas señoras Hernando, Luck y Parra; y de los diputados señores Berger, Saldívar y Trisotti.

VI.- ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS

No hay.

VII.- ENMIENDAS INCORPORADAS EN LA DISCUSIÓN PARTICULAR

El texto despachado por el H. Senado no fue objeto de modificaciones.

VIII.- TEXTO DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por los argumentos que dará a conocer el Diputado Informante, la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización recomienda a la Sala aprobar el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, integrantes del Sistema Nacional de Bomberos, quedarán habilitados para realizar sus procesos eleccionarios en conformidad a las disposiciones de sus estatutos y reglamentos.

Las elecciones realizadas a partir de diciembre del 2020 por los Cuerpos de Bomberos, con observancia de las disposiciones de sus estatutos y reglamentos, tendrán pleno valor.”.

*********

Tratado y acordado, según consta en el acta correspondiente a la sesión celebrada el día 4 de mayo de 2021, con la asistencia de las diputadas señoras Marcela Hernando, Karin Luck, Andrea Parra (Presidenta), Catalina Pérez y Joanna Pérez; y de los diputados señores Bernardo Berger, Andrés Longton, Andrés Molina, Raúl Saldívar y Renzo Trisotti.

Sala de la Comisión, a 5 de mayo de 2021

JUAN CARLOS HERRERA INFANTE

Abogado Secretario de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 20 de mayo, 2021. Diario de Sesión en Sesión 35. Legislatura 369. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

AUTORIZACIÓN DE PROCESOS ELECTORALES DE CUERPOS DE BOMBEROS (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 13956-06)

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que autoriza los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos (boletín N° 13956-06).

Para la discusión de este proyecto se otorgarán siete minutos base a las bancadas que tengan dos o más Comités, y cinco minutos a las demás.

Les recuerdo a los jefes de Comités que deben hacer llegar a la Mesa los nombres de los diputados y diputadas que intervendrán en el debate del proyecto.

Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización es el señor Renzo Trisotti .

Antecedentes:

-Proyecto del Senado, sesión 13ª de la presente legislatura, en lunes 5 de abril de 2021.

Documentos de la Cuenta N° 3.

-Informe de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización, sesión 29ª de la presente legislatura, en miércoles 5 de mayo de 2021. Documentos de la Cuenta N° 7.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor TRISOTTI (de pie).-

Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización, paso a informar sobre el proyecto de ley que autoriza los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos, iniciado en moción de la senadora señora Ximena Rincón y de los senadores señores Alfonso de Urresti , Rodrigo Galilea, Ricardo Lagos e Iván Moreira , en segundo trámite constitucional y primero reglamentario.

La idea matriz del proyecto es autorizar los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos y validar las elecciones realizadas a partir del mes de diciembre del año 2020.

En el primer trámite constitucional, el Senado determinó que el proyecto es de quorum simple, criterio que compartió esta comisión.

La comisión aprobó por unanimidad la idea de legislar. Participaron en la votación las diputadas señoras Marcela Hernando , Karin Luck y Andrea Parra (Presidenta), y los diputados señores Bernardo Berger , Raúl Saldívar y Renzo Trisotti .

Antecedentes y fundamentos de la moción

El 23 de junio de 2020 se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.239, que “Prorroga el Mandato de los Directores u Órganos de Administración y Dirección de las Asociaciones y Organizaciones que indica, debido a la pandemia producida por el Covid-19”. En su artículo único establece la prórroga del mandato de los directorios u órganos de administración y dirección vigentes a la fecha de publicación de la ley, y durante el tiempo que dure el estado de excepción constitucional por la pandemia, el cual ha sido prorrogado de manera sucesiva desde el 18 de marzo de 2020.

Dentro de las organizaciones comprendidas en la citada norma legal, específicamente en su letra a), se encuentran los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, que desde su creación en 1851 y hasta la fecha nunca han dejado de realizar sus procesos eleccionarios, ni aun cuando circunstancias extraordinarias -epidemias, guerras, alteraciones de la normalidad constitucional, etcétera.- han impedido que las demás organizaciones del país desarrollen sus actividades en forma habitual.

En efecto, en el mes de diciembre de cada año los Cuerpos de Bomberos han renovado sus directivas, permitiendo de este modo mantener su regular funcionamiento y, particularmente, asegurar la continuidad del servicio operativo de sus compañías, legitimando el actuar de los mandos en una institución que por su naturaleza es jerárquica y disciplinada.

Esta forma constante de obrar en el tiempo ha permitido mantener vigente la organización y funcionamiento de los Bomberos de Chile. Sin embargo, el aplicarles la ley precitada les provoca alteraciones en su normal funcionamiento, deslegitimando a sus autoridades y pudiendo afectar su estructura organizacional. En tal virtud, es necesario abordar en un proyecto específico el tema del mandato de los órganos de administración de los Cuerpos de Bomberos y de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

Durante la discusión particular no se incorporaron modificaciones al texto aprobado por el Senado.

Por las consideraciones expuestas, la Comisión de Gobierno Interior recomienda a la Sala aprobar el proyecto de ley en los términos expuestos.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado Bernardo Berger .

El señor BERGER.-

Señor Presidente, Bomberos de Chile se ha destacado siempre por ser un servicio profesional, voluntario y no remunerado, cuya jerarquización y disciplina en su estructura han sido los pilares fundamentales para mantener un servicio eficiente y que se ha prestado sin discriminación alguna tanto a quien se sirve como a quienes lo componen desde el año 1851.

Este óptimo servicio se debe en gran parte a la participación democrática en la generación de la organización y su estructura, por lo que sus procesos eleccionarios son claves dentro de su organización.

Creo que, bajo esa perspectiva, este proyecto de ley, iniciado en moción, debería ser aprobado lo antes posible para eximir a esta noble institución de las disposiciones de la ley N° 21.239, evitando así entorpecer los mecanismos democráticos, que han sido claves en el óptimo y destacado servicio que por siglos nos ha brindado nuestro Cuerpo de Bomberos de Chile.

Por lo tanto, apoyo el texto del proyecto emanado de la Comisión de Gobierno Interior.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag .

El señor SABAG.-

Señor Presidente, respaldo este proyecto, que ha sido solicitado por la propia Junta Nacional de Bomberos. Es un proyecto iniciado en moción de la senadora Ximena Rincón y de los senadores De Urresti , Galilea , Lagos y Moreira a petición -reitero- de la Junta Nacional de Bomberos de Chile.

El texto no contiene normas de quorum especial y fue aprobado por unanimidad tanto en general como en particular. La iniciativa busca autorizar los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos y validar las elecciones realizadas a partir de diciembre de 2020, reconociendo la autonomía de cada compañía para tomar estas decisiones de acuerdo con las posibilidades que les permitan las restricciones derivadas de la pandemia por el covid-19.

Los bomberos hicieron esta petición a raíz de que en junio de 2020 se publicó la ley N° 21.239, que permitió prorrogar el mandato de los directorios de las asociaciones civiles, dentro de ellas los propios Cuerpos de Bomberos, dado que la cuarentena impedía la realización de las elecciones en condiciones normales.

Esta norma, que ha venido siendo prorrogada de acuerdo con la condición sanitaria, no ha sido recogida por todas las compañías. Algunas han hecho sus procesos electorales dentro de las circunstancias posibles, pero esa diferencia en la interpretación de la ley se ha traducido en que esas elecciones han sido impugnadas en algunos casos. Las diferencias suscitadas han sido llevadas a los tribunales, procedimiento que afecta la tranquilidad y el normal funcionamiento de los cuarteles de bomberos, de manera que este proyecto viene a dar seguridad y certeza a los cuerpos de bomberos, institución tan relevante en la sociedad.

Con el fin de establecer una interpretación única, se presentó a tramitación legislativa esta iniciativa, que tiene por objeto autorizar los procesos electorales llevados a cabo en pandemia y reconocer las directivas elegidas durante ese período, propuesta que cuenta con el total respaldo de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

Resulta evidente que, cuando es posible, la ley debe tener cierto grado de flexibilidad. En este caso, nadie está obligado a hacer uso de los beneficios que se conceden si no los necesita.

En consecuencia, votaremos a favor este proyecto, ya que dará a los cuerpos de bomberos la tranquilidad de que sus directivas han sido legalmente establecidas. Ello evitará la generación de controversias innecesarias que muchas veces terminan por judicializarse, lo que impide a Bomberos funcionar con normalidad, sobre todo en esta época en que más se necesita de esta importante y noble institución de nuestro país.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Andrés Longton .

El señor LONGTON.-

Señor Presidente, en la Comisión de Gobierno Interior legislamos acerca de un proyecto que finalmente se convirtió en ley: la 21.239, que tenía como objetivo la prórroga de los procesos eleccionarios, pero también tenía por propósito que todas las elecciones de aquellas organizaciones realizadas durante el estado de excepción constitucional tuvieran validez, medida que era del todo lógica, porque había algunas que, sobre la base de lo que establecían sus estatutos, debían realizar sus elecciones durante ese período.

Bomberos de Chile estaba dentro de esas organizaciones. Es más, estaba dentro del primer numeral, en que se establecen las corporaciones que están amparadas bajo el Título XXXIII del Libro I del Código Civil. Sin embargo, lamentablemente, al parecer por interpretaciones desde el ámbito judicial, se les exige realizar sus elecciones de acuerdo con su normativa.

El espíritu y la intención del legislador fueron totalmente distintos. No obstante, las normas de interpretación del Código Civil son claras, y cuando el sentido de la ley es claro no se debe desatender su tenor literal a pretexto de consultar su espíritu.

Como era una ley especial, se tenía que aplicar a todas las organizaciones contempladas en ella. Es más, en el último numeral, en la letra h), nos precavimos de aquello, mediante el establecimiento en el proyecto de la siguiente frase: “Las demás personas jurídicas sin fines de lucro regidas por leyes especiales.”. Es decir, establecimos una norma extensiva a fin de que nadie quedara fuera y para no tener que estar nombrando a las organizaciones una por una, con el riesgo de que se nos quedara alguna fuera de la normativa.

Ciertamente, votaremos a favor este proyecto, para que no siga habiendo equívocos respecto de la aplicación al Cuerpo de Bomberos de Chile, organismo que necesariamente debe validar sus procesos eleccionarios, pero solicito que si esto se llega a judicializar, los tribunales tengan un poco más de amplitud de criterio y que interpreten las normas sobre la base de su sentido real, y no de acuerdo con lo que a ellos les parezca más conveniente.

La ley N° 21.239 es de carácter especial y se aplica a todas las organizaciones por igual. Por eso, los tribunales no pueden hacer una discriminación o una distinción, de acuerdo con el tipo de organización que quiera llevar a cabo sus procesos electorales.

Espero que esta iniciativa se apruebe por unanimidad, pero quiero precaver que ojalá en los meses sucesivos no tengamos proyectos de ley para otras organizaciones, con problemas, producto de que judicialmente se están dando interpretaciones equívocas.

Cuando legislamos en el Congreso es para dar la oportunidad a todas las organizaciones de no solo prorrogar la realización de las mismas durante el estado de excepción constitucional o durante su extensión, sino que además que aquellas que pueden realizarlas lo hagan y sean igualmente válidas. Aquello es de toda lógica y de sentido común, razón por la que votaremos a favor esta iniciativa.

Por último, quiero señalar que esperamos que en lo sucesivo se empiece a interpretar la ley de acuerdo con el sentido que le dio el legislador hace algunos meses.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que autoriza los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos.

Hago presente a la Sala que el proyecto de ley trata materias propias de ley simple o común.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 119 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Flores García, Iván Mirosevic Verdugo , Vlado Sabag Villalobos , Jorge Alinco Bustos, René Fuentes Barros, Tomás Andrés Mix Jiménez , Claudia Saffirio Espinoza , René Alvarez Ramírez , Sebastián Galleguillos Castillo , Ramón Monsalve Benavides , Manuel Saldívar Auger , Raúl Amar Mancilla , Sandra García García, René Manuel Moraga Mamani , Rubén Sandoval Osorio , Marcela Ascencio Mansilla , Gabriel Girardi Lavín , Cristina Moreira Barros , Cristhian Sanhueza Dueñas , Gustavo Auth Stewart , Pepe González Gatica , Félix Muñoz González , Francesca Santana Castillo, Juan Baltolu Rasera , Nino González Torres , Rodrigo Naranjo Ortiz , Jaime Santana Tirachini , Alejandro Barrera Moreno , Boris Hernando Pérez , Marcela Norambuena Farías, Iván Sauerbaum Muñoz , Frank Barros Montero , Ramón Hertz Cádiz , Carmen Núñez Arancibia , Daniel Schilling Rodríguez , Marcelo Berger Fett , Bernardo Hirsch Goldschmidt , Tomás Nuyado Ancapichún , Emilia Sepúlveda Orbenes , Alejandra Bernales Maldonado , Alejandro Hoffmann Opazo , María José Olivera De La Fuente , Erika Sepúlveda Soto , Alexis Bianchi Retamales , Karim Ibáñez Cotroneo , Diego Orsini Pascal , Maite Silber Romo , Gabriel Boric Font , Gabriel Ilabaca Cerda , Marcos Ossandón Irarrázabal , Ximena Soto Mardones , Raúl Brito Hasbún , Jorge Jackson Drago , Giorgio Pardo Sáinz , Luis Tohá González , Jaime Calisto Águila , Miguel Ángel Jarpa Wevar , Carlos Abel Parra Sauterel , Andrea Torrealba Alvarado , Sebastián Cariola Oliva , Karol Jiles Moreno , Pamela Paulsen Kehr , Diego Torres Jeldes , Víctor Carter Fernández , Álvaro Jürgensen Rundshagen , Harry Pérez Arriagada , José Trisotti Martínez , Renzo Castillo Muñoz , Natalia Keitel Bianchi , Sebastián Pérez Lahsen , Leopoldo Troncoso Hellman , Virginia Celis Araya , Ricardo Kort Garriga , Issa Pérez Olea , Joanna Undurraga Gazitúa , Francisco Cicardini Milla , Daniella Kuschel Silva , Carlos Pérez Salinas , Catalina Urrutia Bonilla , Ignacio Cid Versalovic , Sofía Labbé Martínez , Cristian Prieto Lorca , Pablo Urrutia Soto , Osvaldo Coloma Álamos, Juan Antonio Labra Sepúlveda , Amaro Rathgeb Schifferli , Jorge Velásquez Núñez , Esteban Crispi Serrano , Miguel Lavín León , Joaquín Rentería Moller , Rolando Venegas Cárdenas , Mario Cruz-Coke Carvallo , Luciano Longton Herrera , Andrés Rey Martínez , Hugo Verdessi Belemmi , Daniel Cuevas Contreras , Nora Lorenzini Basso , Pablo Rocafull López , Luis Vidal Rojas , Pablo Díaz Díaz , Marcelo Luck Urban , Karin Rojas Valderrama , Camila Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Durán Espinoza , Jorge Marzán Pinto , Carolina Romero Sáez , Leonidas Walker Prieto , Matías Eguiguren Correa , Francisco Matta Aragay , Manuel Rosas Barrientos , Patricio Winter Etcheberry , Gonzalo Espinoza Sandoval , Fidel Mellado Pino , Cosme Rubio Escobar , Patricia Yeomans Araya , Gael Fernández Allende , Maya Mellado Suazo , Miguel Saavedra Chandía, Gastón.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda aprobado también en particular, con la misma votación, en los mismos términos aprobados por el Senado.

Despachado el proyecto.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 20 de mayo, 2021. Oficio en Sesión 33. Legislatura 369.

VALPARAÍSO, 20 de mayo de 2021.

Oficio N° 16.608

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

Tengo a honra comunicar a V.E. que la Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha aprobado, en los mismos términos en que lo hiciera ese H. Senado, el proyecto de ley que autoriza los procesos electorales de los Cuerpos de Bomberos, correspondiente al boletín No 13956-06.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 174/SEC/21, de 28 de abril de 2021.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

FRANCISCO UNDURRAGA GAZITÚA

Presidente (A) de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

3. Trámite Finalización: Senado

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 25 de mayo, 2021. Oficio

Valparaíso, 25 de mayo de 2021.

Nº 253/SEC/21

A SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, integrantes del Sistema Nacional de Bomberos, quedarán habilitados para realizar sus procesos eleccionarios en conformidad a las disposiciones de sus estatutos y reglamentos.

Las elecciones realizadas a partir de diciembre del 2020 por los Cuerpos de Bomberos, con observancia de las disposiciones de sus estatutos y reglamentos, tendrán pleno valor.”.

- - -

Hago presente a Su Excelencia que esta iniciativa de ley tuvo su origen en moción de los Honorables senadores señor Ricardo Lagos Weber, señora Ximena Rincón González, y señores Alfonso De Urresti Longton, Rodrigo Galilea Vial e Iván Moreira Barros.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

YASNA PROVOSTE CAMPILLAY

Presidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 21.345

Tipo Norma
:
Ley 21345
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1160903&t=0
Fecha Promulgación
:
03-06-2021
URL Corta
:
http://bcn.cl/2pvwt
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Título
:
AUTORIZA LOS PROCESOS ELECTORALES DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS
Fecha Publicación
:
10-06-2021

LEY NÚM. 21.345

AUTORIZA LOS PROCESOS ELECTORALES DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables senadores señor Ricardo Lagos Weber, señora Ximena Rincón González, y señores Alfonso De Urresti Longton, Rodrigo Galilea Vial e Iván Moreira Barros,

     

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, integrantes del Sistema Nacional de Bomberos, quedarán habilitados para realizar sus procesos eleccionarios en conformidad a las disposiciones de sus estatutos y reglamentos.

    Las elecciones realizadas a partir de diciembre del 2020 por los Cuerpos de Bomberos, con observancia de las disposiciones de sus estatutos y reglamentos, tendrán pleno valor.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 3 de junio de 2021.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Rodrigo Delgado Mocarquer, Ministro del Interior y Seguridad Pública.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Juan Francisco Galli Basili, Subsecretario del Interior.