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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.348

Faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Diego Ibáñez Cotroneo. Fecha 07 de abril, 2020. Moción Parlamentaria en Sesión 10. Legislatura 368.

Faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública

Boletín N° 13404-33

I.-FUNDAMENTOS DEL PROYECTO

La pandemia del COVID-19 que ha afectado al mundo durante los últimos meses ha puesto a prueba no solo a los sistemas de salud de distintos países, sino que también a una serie de dispositivos estatales y privados involucrados en el desenvolvimiento de la vida cotidiana de la ciudadanía, como lo son el abastecimiento, el transporte, la educación, por mencionar algunos. Ante esta situación, no resulta raro que la emergencia haga notorias diversas falencias presentes en nuestro modo de organizar la vida en sociedad y nos permita proponer soluciones.

Una de las principales recomendaciones de los expertos en salud para prevenir el contagio del COVID-19, comenzando por la Organización Mundial de la Salud, es el constante lavado de manos con agua y jabón, en un procedimiento que como mínimo debe tomar 20 segundos en los cuales se utiliza agua corriente tanto para un lavado inicial como para remover el jabón. Esta acción que puede parecer tan sencilla para la mayor parte de la población, especialmente en zonas urbanas, resulta un desafío en aquellos lugares donde el agua no es suficiente de forma regular.

La Organización Mundial de la Salud establece que, en condiciones normales, es decir sin tener en cuenta la situación de pandemia en la que nos encontramos u otras que presenten necesidades especiales para el consumo de agua, se alcanza un nivel de acceso óptimo al agua, cuando se dispone de 100 litros por persona al día, lo cual implica una muy baja preocupación por riesgos a la salud. Esto generalmente se alcanza al disponer de un suministro continuo, al interior de la vivienda y mediante múltiples llaves o grifos. Un acceso intermedio al agua corresponde a 50 litros por persona al día, lo cual trae consigo una baja preocupación por riesgos a la salud, y por su parte un acceso básico corresponde a 20 litros de agua al día por persona, lo cual levanta preocupaciones altas por riesgos a la salud.

En Chile, de acuerdo al Censo 2017, 383.204 viviendas no cuentan con agua potable, y en particular 47,2% de la población rural no cuenta con un abastecimiento formal de agua potable, siendo sus principales fuentes de abastecimiento pozos, aguas corrientes superficiales o camiones aljibes[1]. Muchas localidades en Chile se abastecen mediante Agua Potable Rural (APR), las cuales para 2018 lograron una cobertura del 53% atendiendo a 1.787.916 personas, sin embargo estas han presentado problemas de interrupciones en el suministro que han afectado a cerca de 350.000 personas[2].

Entre las zonas que se abastecen mediante camiones aljibe destaca el caso de Petorca, donde muchos disponen de una cuota de 50 litros por persona al día pero sin embargo, existen denuncias de que este suministro no ha sido continuo o en la cantidad indicada, incluso durante la emergencia del COVID-19 donde el agua es tan necesaria[3].

En contraste, tal como ha sido discutido en diversas instancias sobre la sequía que enfrenta nuestro país, existe una importante cantidad de agua que es extraída y captada para fines que no tienen la misma prioridad que el consumo humano. Tal como muestra la figura tomada del estudio “Radiografía del Agua”[4], el uso del agua para riego, que corresponde a un uso consuntivo, es el más extendido, superando ampliamente al agua potable y al saneamiento, tanto en derechos como en captaciones.

Si tan solo el 0,5% de las captaciones del sector agrícola, lo que equivaldría a cerca de 2 m3/s, se dispusieran para asegurar un consumo mínimo de 100 litros por persona al día, sería posible cubrir las necesidades de alrededor 1,7 millones de personas.

La situación anteriormente descrita, es especialmente preocupante, puesto que, es deber del Estado velar por el cumplimiento de obligaciones internacionales que constan en tratados internacionales que versan sobre derechos humanos, firmados y ratificados por Chile y que se encuentran vigentes. Es un deber estatal respetar y promover tales derechos según el inciso 2° del artículo 5° de la Constitución Política de la República. En este sentido, el derecho humano al agua consta en diversos instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículos 11 y 12), y según la Observación General N°3 y 15 del Comité del pacto, hay obligaciones básicas que se deben cumplir en esta materia que implican “garantizar a todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico. Un abastecimiento adecuado de agua salubre es necesario para evitar la muerte por deshidratación, para reducir el riesgo de las enfermedades relacionadas con el agua y para satisfacer las necesidades de consumo y cocina y las necesidades de higiene personal y doméstica”[5]. A su turno, el ejercicio del derecho al agua se relaciona con otros derechos fundamentales, tales como el derecho a la vida, integridad física y psíquica, la protección de la salud, entre otros. En este sentido, el Estado debe velar para que:” i) no exista interrupción o desconexión arbitraria o injustificada de los servicios o instalaciones de agua; ii) los aumentos desproporcionados o discriminatorios del precio del agua; y iii) la contaminación y disminución de los recursos de agua en detrimento de la salud humana”[6]. En consecuencia, el Estado debe establecer mecanismos de socorro de emergencia, de modo que, logre que la población afectada disfrute del derecho al agua en el nivel mínimo indispensable y que sea consecuente con la declaración constitucional de principios y garantías constitucionales que orientan la acción estatal hacia el bien común y el servicio a la persona humana.

Teniendo en cuenta entonces las facultades que otorga al Presidente de la República la declaratoria de estado de catástrofe, la necesidad de asegurar el consumo humano como uso prioritario del agua y que ante estados de catástrofe, como pueden ser los derivados de desastres naturales, del cambio climático, de la acción humana o el caso actual de una pandemia, el agua se vuelve aún más esencial para el adecuado desarrollo de la vida en las zonas afectadas, es que este proyecto de ley busca instar a la adopción de medidas excepcionales de emergencia, orientando legalmente las atribuciones del Presidente de la República en materia de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por calamidad pública, con el fin que las medidas administrativas del Presidente de la República garanticen en situaciones de pandemia, crisis sanitaria y desastres naturales, el acceso y disponibilidad en cantidades suficientes de agua a la población afectada.

II.-IDEA MATRIZ

El presente proyecto de ley tiene por objeto orientar legalmente las atribuciones del Presidente de la República en materia de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por calamidad pública, con el fin de garantizar en situaciones de pandemia, crisis sanitaria y desastres naturales, el acceso y disponibilidad en cantidades suficientes de agua a la población afectada.

III.-CONTENIDO DEL PROYECTO

El presente proyecto de ley, por medio de un artículo único, crea un nuevo cuerpo normativo en el que se dispone la obligación que tiene el Presidente de la República, durante los siete días corridos desde la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, de informar si hará uso de las facultades que le otorga el artículo 43 inciso tercero del la Constitución Política de la República y las medidas que adoptará, con el objeto de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.

Es sobre la base de estos antecedentes y fundamentos que venimos a proponer el siguiente:

PROYECTO DE LEY

ARTÍCULO ÚNICO: El Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que este le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria. Dentro de los siete días corridos siguientes a la entrada en vigencia del decreto que declara el estado de catástrofe el Presidente de la República deberá informar sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará.

DIEGO IBÁÑEZ COTRONEO

Diputado de la República

[1] “Pobres de Agua” Fundación Amulén. Disponible en: https://www.fundacionamulen.cl/impacto-5. Consultado el 31 de marzo de 2020
[2] Ibid
[3] “How do communities fight coronavirus when they don't have water?“ por Charis McGowan. Disponible en:https://www.aljazeera.com/indepth/features/communities-fight-coronavirus-don-water-200322225523769.html. Consultado el 31 de marzo de 2020
[4] Radiografía del agua. Brecha y riesgo hídrico en Chile. Fundación Chile 2018.
[5] Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales de la ONU (2002): Observación General Nº15 punto 2.
[6] Op.cit. punto 44.

1.2. Informe de Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación

Cámara de Diputados. Fecha 13 de mayo, 2020. Informe de Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación en Sesión 23. Legislatura 368.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE RECURSOS HÍDRICOS Y DESERTIFICACIÓN RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE FACULTA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A RESERVAR EL USO PRIORITARIO DEL AGUA AL CONSUMO HUMANO, EL SANEAMIENTO Y EL USO DOMÉSTICO DE SUBSISTENCIA, DURANTE LA VIGENCIA DE UN ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE POR CALAMIDAD PÚBLICA

BOLETÍN N° 13.404-33

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación pasa a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, de origen en una moción del diputado Diego Ibáñez Cotroneo, en primer trámite constitucional y primero reglamentario.

I. CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) Idea matriz o fundamental del proyecto de ley.

La idea matriz o fundamental del proyecto de ley es garantizar, en situaciones de pandemia, crisis sanitaria y desastres naturales, el acceso y disponibilidad, en cantidades suficientes, de agua a la población afectada, orientando legalmente las atribuciones del Presidente de la República en materia de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por Calamidad Pública en situaciones de pandemia, crisis sanitaria y desastres naturales.

2) Normas de quórum especial.

Su artículo único permanente, tiene el carácter de ley orgánica constitucional de conformidad de lo establecido por el artículo 44 de la Constitución Política de la República.

3) Normas que requieran trámite de Hacienda.

El proyecto de ley no contiene disposiciones que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.

4) Aprobación del proyecto de ley, en general.

El proyecto de ley fue aprobado en general por la unanimidad de los diputados presentes (9) diputada Camila Flores y diputados Sebastián Álvarez, Gabriel Ascencio, Pepe Auth, Fidel Espinoza, Renato Garín, Diego Ibáñez, Harry Jürgensen y Daniel Núñez.

5) Diputado informante.

Se designó Diputado informante al señor Renato Garín Gonzalez.

II. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS.

a) Antecedentes.

El autor de la moción, señala que la pandemia del COVID-19 que ha afectado al mundo durante los últimos meses ha puesto a prueba no solo a los sistemas de salud de distintos países, sino que también a una serie de dispositivos estatales y privados involucrados en el desenvolvimiento de la vida cotidiana de la ciudadanía, como lo son el abastecimiento, el transporte, la educación, por mencionar algunos. Ante esta situación, no resulta raro que la emergencia haga notorias diversas falencias presentes en nuestro modo de organizar la vida en sociedad y nos permita proponer soluciones.

Una de las principales recomendaciones de los expertos en salud para prevenir el contagio del COVID-19, comenzando por la Organización Mundial de la Salud, OMS, es el constante lavado de manos con agua y jabón, en un procedimiento que como mínimo debe tomar 20 segundos en los cuales se utiliza agua corriente tanto para un lavado inicial como para remover el jabón. Esta acción que puede parecer tan sencilla para la mayor parte de la población, especialmente en zonas urbanas, resulta un desafío en aquellos lugares donde el agua no es suficiente de forma regular.

La Organización Mundial de la Salud establece que, en condiciones normales se alcanza un nivel de acceso óptimo al agua, cuando se dispone de 100 litros por persona al día, lo cual implica una muy baja preocupación por riesgos a la salud. Esto generalmente se alcanza al disponer de un suministro continuo, al interior de la vivienda y mediante múltiples llaves o grifos. Un acceso intermedio al agua corresponde a 50 litros por persona al día, lo cual trae consigo una baja preocupación por riesgos a la salud, y por su parte un acceso básico corresponde a 20 litros de agua al día por persona, lo cual levanta preocupaciones altas por riesgos a la salud.

Agrega que, en Chile, de acuerdo al Censo 2017, 383.204 viviendas no cuentan con agua potable, y en particular 47,2% de la población rural no cuenta con un abastecimiento formal de agua potable, siendo sus principales fuentes de abastecimiento pozos, aguas corrientes superficiales o camiones aljibes [1]. Muchas localidades en Chile se abastecen mediante Agua Potable Rural (APR), las cuales para 2018 lograron una cobertura del 53% atendiendo a 1.787.916 personas, sin embargo, estas han presentado problemas de interrupciones en el suministro que han afectado a cerca de 350.000 personas [2].

Hace constar que, entre las zonas que se abastecen mediante camiones aljibe destaca el caso de Petorca, donde muchos disponen de una cuota de 50 litros por persona al día, pero, sin embargo, existen denuncias de que este suministro no ha sido continuo o en la cantidad indicada, incluso durante la emergencia del COVID-19 donde el agua es tan necesaria [3].

En contraste, tal como ha sido discutido en diversas instancias sobre la sequía que enfrenta nuestro país, existe una importante cantidad de agua que es extraída y captada para fines que no tienen la misma prioridad que el consumo humano. Tal como muestra la figura tomada del estudio “Radiografía del Agua” [4], el uso del agua para riego, que corresponde a un uso consuntivo, es el más extendido, superando ampliamente al agua potable y al saneamiento, tanto en derechos como en captaciones.

Hace presente que, si tan solo el 0,5% de las captaciones del sector agrícola, lo que equivaldría a cerca de 2 m3/s, se dispusieran para asegurar un consumo mínimo de 100 litros por persona al día, sería posible cubrir las necesidades de alrededor 1,7 millones de personas.

La situación anteriormente descrita, es especialmente preocupante, puesto que, es deber del Estado velar por el cumplimiento de obligaciones internacionales que constan en tratados internacionales que versan sobre derechos humanos, firmados y ratificados por Chile y que se encuentran vigentes. Es un deber estatal respetar y promover tales derechos según el inciso segundo del artículo 5° de la Constitución Política de la República.

En este sentido, el derecho humano al agua consta en diversos instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículos 11 y 12), y según la Observación General N°3 y 15 del Comité del pacto, hay obligaciones básicas que se deben cumplir en esta materia que implican “garantizar a todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico. Un abastecimiento adecuado de agua salubre es necesario para evitar la muerte por deshidratación, para reducir el riesgo de las enfermedades relacionadas con el agua y para satisfacer las necesidades de consumo y cocina y las necesidades de higiene personal y doméstica” [5].

Prosigue, señalando que, el ejercicio del derecho al agua se relaciona con otros derechos fundamentales, tales como el derecho a la vida, integridad física y psíquica, la protección de la salud, entre otros. En este sentido, el Estado debe velar para que:

”i) no exista interrupción o desconexión arbitraria o injustificada de los servicios o instalaciones de agua;

ii) los aumentos desproporcionados o discriminatorios del precio del agua; y

iii) la contaminación y disminución de los recursos de agua en detrimento de la salud humana” [6].

En consecuencia, el Estado debe establecer mecanismos de socorro de emergencia, de modo que, logre que la población afectada disfrute del derecho al agua en el nivel mínimo indispensable y que sea consecuente con la declaración constitucional de principios y garantías constitucionales que orientan la acción estatal hacia el bien común y el servicio a la persona humana.

Teniendo en cuenta, entonces, las facultades que otorga al Presidente de la República la declaratoria de estado de catástrofe, la necesidad de asegurar el consumo humano como uso prioritario del agua y que ante estados de catástrofe, como pueden ser los derivados de desastres naturales, del cambio climático, de la acción humana o el caso actual de una pandemia, el agua se vuelve aún más esencial para el adecuado desarrollo de la vida en las zonas afectadas, es que este proyecto de ley busca instar a la adopción de medidas excepcionales de emergencia, orientando legalmente las atribuciones del Presidente de la República en materia de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por calamidad pública, con el fin que las medidas administrativas del Presidente de la República garanticen en situaciones de pandemia, crisis sanitaria y desastres naturales, el acceso y disponibilidad en cantidades suficientes de agua a la población afectada.

- Normas legales o reglamentarias que se propone modificar.

El proyecto de ley no modifica ningún texto legal vigente.

III.- CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY.

El presente proyecto de ley, por medio de un artículo único, crea un nuevo cuerpo normativo en el que se dispone la obligación que tiene el Presidente de la República, durante los siete días corridos desde la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, de informar si hará uso de las facultades que le otorga el artículo 43 inciso tercero de la Constitución Política de la República y las medidas que adoptará, con el objeto de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.

IV.- DISCUSIÓN DEL PROYECTO DE LEY.

a) Discusión general.

El diputado señor Ibáñez [7], en su calidad de autor de la moción señaló que la presente iniciativa se fundamenta en la actual situación de pandemia en la cual nos encontramos.

En tal sentido, manifestó que el coronavirus vino a aumentar las falencias que hay en materia de gestión hídrica y de acceso al recurso. Además, hoy existe un deber de suficiencia por parte del Estado, en función de los principios constitucionales de servicialidad. O sea, de estar al servicio del bien común y, por cierto, de la persona.

Destacó que, conforme al Censo de 2017, existen alrededor de 380.000 hogares que carecen de agua potable, situación agravada por el último informe de la ONU, en materia de Derechos Humanos, que señala que el impedimento del derecho humano al agua implica el ejercicio de otros derechos.

Además, en atención a los diferentes pactos sociales, económicos y políticos ratificados por Chile, así como diferentes resoluciones de la OMS, que señalan que la cantidad de agua por persona no debe ser inferior a 100 litros, sumado a las recientes resoluciones sanitarias de ese mismo organismo mundial, en relación al Covid-19 y la necesidad de medidas preventivas como el constante lavado de manos, hacen muy necesario el acceso al recurso.

Sobre la iniciativa legal en informe, destacó que ella viene a entregar una orientación legal dentro del marco del ejercicio de las facultades que otorga el estado de excepción constitucional. En ese sentido, lo que se propone es que cuando se dicte el decreto de estado de catástrofe, una vez transcurridos 7 días corridos, se informe sobre el empleo de una facultad que se otorga como un sentido de orientación de este estado de excepción, que significa utilizar esas facultades para asegurar el uso prioritario del agua para el consumo humano, saneamiento y para el consumo doméstico, tanto en cantidad como en calidad. Ello, adecuado en función del contexto que motive tal declaratoria, en este caso en función de la pandemia, y que implique un consumo mayor de agua que el que regularmente se utiliza.

A ese respecto, puso como ejemplo el que en España hubo un aumento del 40% en el consumo de agua potable producto de la pandemia. Ahora, en Chile todavía no se realiza algún estudio en ese sentido, pero ya existe el antecedente que en la Región de Valparaíso hubo que recargar reservas de agua potable recientemente, debido a su disminución.

Por otro lado, argumentó que el reglamento sobre condiciones sanitarias para la provisión de agua potable mediante el uso de camiones aljibe establece 100 litros como base. Sin embargo, el mismo reglamento entrega la posibilidad a la autoridad de dictar una resolución de excepción a dicha regla general. Situación que sucedió en la Región de Valparaíso y que llevó incluso a la Defensora de la Niñez a presentar un recurso judicial para garantizar el consumo de agua potable.

En consecuencia, a su juicio, no se ha ejercido el uso necesario de estas facultades de excepción constitucional, que incorpore, por ejemplo, la disposición de la propiedad, para garantizar a las familias un mínimo caudal que les permita cumplir con sus requerimientos sanitarios.

Agregó que se trata de una disposición facultativa que se entrega al Presidente de la República, toda vez que el verbo rector que se utiliza en la iniciativa es “podrá”, porque si se utilizase un verbo imperativo el proyecto corre el riesgo de contener visos de inconstitucionalidad. Por lo tanto, lo que hace éste es entregar una orientación expresa en torno a asegurar el uso de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria. En este caso, el coronavirus.

A mayor abundamiento, si se hace la remisión constitucional al principio de servicialidad del Estado, al derecho fundamental a la vida y a la salud, sumado a los tratados internacionales incorporados a nuestro ordenamiento jurídico, en virtud del artículo 5° de la Constitución Política, a su juicio, se hace absolutamente necesario el uso de una facultad de disposición de la propiedad por parte del Gobierno, lo cual amerita un reforzamiento de parte de esta Comisión.

Para concluir, puso énfasis en que la potestad que se entrega es facultativa, porque, obviamente, implica un gasto público, pero que cumple con el principio que este Congreso debe buscar, en un contexto de pandemia, para orientar legalmente la acción del Ejecutivo en materia de garantizar el derecho humano al agua.

El Director General de Aguas, señor Oscar Cristi [8], valoró el uso del agua para el consumo humano, pero destacó que ahora ha tomado especial realce el uso sanitario de este recurso, dada la pandemia que nos encontramos padeciendo. Ello va en la línea de los objetivos de desarrollo sustentable y, como Dirección, se hacen parte también.

Explicó que el Presidente de la República ya se encuentra facultado constitucionalmente para establecer limitaciones al derecho de propiedad durante una declaración de estado de catástrofe. En este caso, de derechos de agua para un fin específico. Sin embargo, entiende que la moción pone énfasis en que sería deseable que, en el ejercicio de estas atribuciones, el Presidente tuviera especial consideración de la importancia del agua en la salud de la personas.

Por otro lado, sugirió consultar si la iniciativa es o no de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, ya que el mismo autor de la moción, con mucho cuidado, incorporó la palabra “podrá”, pero posteriormente se establecen exigencias de informar.

La diputada señora Camila Flores hizo presente que comparte distrito con el autor de la moción, por lo tanto, conoce perfectamente la dramática realidad que viven algunas localidades que no tienen agua y dependen de los camiones aljibe. En tal sentido, adhiere plenamente el espíritu de la iniciativa.

El diputado señor Ibáñez puntualizó que el proyecto establece un plazo de 7 días, mientras que el inciso segundo del artículo 41 de la Constitución no entrega ningún plazo al Presidente de la República para informar. Sólo señala que “estará obligado a informar”. Más aún, lo que el proyecto hace es establecer un objetivo en particular, relativo a asegurar el uso de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia.

En tal sentido, ello implica que, bajo un estado de excepción constitucional, dentro de 7 días, el Presidente de la República debiese dar a conocer al Congreso respecto del derecho humano al agua, sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará, toda vez que dicho estado de excepción es una facultad discrecional y extraordinaria. Por esa razón, se establece un plazo acotado, para que la autoridad se pronuncie sobre lo que hay detrás y que motiva la resolución de resguardo del uso de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico, en cantidad y calidad.

Por eso es importante el efecto jurídico que tiene sobre el ejercicio de la excepción constitucional, particularmente en un país con 380.000 hogares abastecidos con camiones aljibes y que carecen de acceso directo al agua, fundamentalmente entre las regiones de Coquimbo y de O’Higgins, sumado a una crisis climática. Y por qué también se incorpora que la entrega del recurso debe ser de calidad, porque las estadísticas también muestran aumento de enfermedades intestinales en las localidades carentes de agua.

El señor Ramón Quiroz, geólogo y magister en recursos hídricos y medio ambiente [9], hizo presente que de manera ad honrorem apoya la gestión de las APR en Cabildo y Petorca para enfrentar la crisis hídrica, a la que ahora se suma la crisis sanitaria por el Covid.19.

A modo de contexto hidrográfico de la zona de Petorca, manifestó que esa cuenca mide cerca del 25% del tamaño de la cuenca del río Aconcagua, y en su parte alta no llegan a la zona de glaciares, por lo que no gozan de los aportes de los deshielos durante la primavera o verano. Al igual que todo el centro del país, están afectados por una grave crisis hídrica.

Agregó que, la central de registro Alicahue, que ha operado por más de 60 años, dio cuenta para el año 2019 de 57,2mm de precipitación. Anteriormente, el registro de año más seco era el de 1968, con 70,5mm, y durante el presente año los reportes de la Dirección General de Aguas informan que fluye, a la misma época del año, menos agua que el año anterior, por lo que el escenario se viene cada vez peor para la provincia. Esta situación, a su vez, afecta los pozos desde los cuales se obtiene agua. Al efecto, el pozo que alimenta el APR Hierro Viejo está seco, y el pozo Asentamiento Paihuen va en un profundo declive.

Vistos esos antecedentes, manifestó, la oferta disponible es significativamente menor a la demanda hídrica que existe en la cuenca, en una distancia cercana a las diez veces, y ello explica que el año 2019 la Dirección General de Aguas haya prohibido nuevas extracciones de agua en la zona.

Abocándose a los comités de agua potable rural de la zona, refirió que existen 21 APR en la cuenca de Petorca, 15 en La Ligua, y abastecen a una población rural de 22.270 personas.

Sin embargo, dichas APR se enfrentan a problemas tales como que algunas no cuentan con derechos de agua constituidos, a la sobreexplotación de las cuencas en zonas con pozos secos o niveles de agua a la baja -lo que las hace depender de camiones aljibes-, y a la extracción ilegal de agua. Sobre los casos de extracción ilegal, dio cuenta de algunos procesos en que se cursaron multas por tales infracciones.

Con todo, uno de los aspectos más significativo era el relativo a la insuficiente cantidad de agua suministrada por los camiones aljibes. A vía ejemplar, refirió que el APR San José recibe 20.000 litros de agua para abastecer a su comunidad de más de 800 habitantes, distribuida en 180 medidores, pero la Gobernación Provincial y el Municipio contemplan 50 litros por persona. En tal sentido, a cada domicilio llegan aproximadamente 20 litros por persona -al considerar las perdidas por filtraciones o conexiones ilegales a la red de distribución-, y con esa cantidad diaria las personas deben decidir si acaso se duchan, cocinan o lavan su ropa. Pero, sobre todo, con esa cantidad de agua deben enfrentar el Covid-19.

Unido al problema de la poca cantidad de agua, existe un cuestionamiento a su calidad. Ello, pues análisis dan cuenta de la presencia de un alto contenido de nitrato en las aguas subterráneas -causado por contaminación agrícola o humana-, y un alto contenido de coliformes totales en el agua de los camiones aljibes.

Era por todo lo anterior que consideró que se debe garantizar el agua para consumo humano, aún más en estado de catástrofe, cuestión que hasta el momento no se ha cumplido. En tal sentido, hizo presente que el Estado tiene la titularidad de derechos de agua en gran parte de las cuencas del país, y para el caso de La Ligua y Petorca podría otorgar derechos de agua a las APR, disponiendo un área de protección superior a 200 metros a la redonda -considerando la hidrogeología del lugar-, que permita mantener un nivel piezométrico estable y la calidad del agua sin contaminantes agrícolas o fecales.

El diputado Ibáñez consultó cuanta es la gente afectada por la cantidad de agua con que se abastecen las APR. Asimismo, si a propósito de tal situación se han sostenido reuniones con el Municipio o la Gobernación sobre la materia.

Por su parte, la diputada Camila Flores estimó que cabía analizar la decisión de la autoridad en cuanto a no aumentar la cantidad de agua que se entrega a las comunidades, pues cabe entender que no se está entregando la cantidad de agua que resulta necesaria para atender las diversas necesidades de las personas. En tal sentido, consideró pertinente solicitar de las autoridades una respuesta clara sobre si el motivo para no incrementar la cantidad de agua a la población responde a razones presupuestarias, o a otro tipo de razones. Sobre todo, porque inicialmente se había informado que el gobierno regional había comprometido 100 litros de agua por persona, y posteriormente disminuyó esa cifra a la mitad, sin explicitar mayormente las razones para ese cambio.

Sobre las consultas efectuadas, Ramón Quiroz manifestó que en diciembre del año pasado sostuvieron reuniones con la Gobernación Provincial y la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH), a la cual posteriormente se agregó el Municipio, en tanto la DOH tiene varios pozos en La Ligua, y se solicitó en esa oportunidad la asignación de 2 litros por segundo a favor de los APR, para generar 150 litros adicionales al día. Se hicieron los presupuestos respectivos, la Gobernación comprometió gestiones ante el Gobierno Regional, pero no han tenido respuesta sobre el tema.

En cuanto a la disminución de 100 a 50 litros por persona, señaló que el procedimiento de asignación se inicia con una consulta de la gobernación al municipio sobre cuantos usuarios tiene cada APR, y es el municipio el que entrega la información. Sin embargo, todo indica que esa información no se condice con la realidad, pues dadas las cifras informadas, tendrían que vivir en promedio dos personas por hogar para hacer calzar la cantidad de litros de agua, cuando en realidad viven cinco o más personas por vivienda.

A su vez, Oscar Cristi, Director General de Aguas, ratificó que las cifras reportadas este año dan cuenta que la sequía es peor que el año 2019. Asimismo, dio cuenta que ese Servicio terminó un trabajo de contabilización de la cuenca, lo que permite una mejor visión sobre el estado de sobreexplotación. Al respecto, recordó que en enero de 2018 entró en vigencia la obligación de medición de las extracciones en cada pozo, programa que empezó en Petorca como zona prioritaria. Dicha información la han compartido con las comunidades, a fin de reducir las extracciones.

Finalmente, señaló que no podía explayarse sobre el cambio de criterio relativo a no entregar los 100 litros de agua inicialmente comprometidos, disminuyendo a la mitad esa cantidad, pues esa decisión era ajena al Servicio y al ministerio de Obras Públicas, pues era una cuestión de competencia del ministerio del Interior y Seguridad Pública. En todo caso, estimó que esa decisión no correspondía a razones de disponibilidad de agua, sino probablemente a razones presupuestarias.

En segundo lugar, expuso Patricia Muñoz, defensora de la Niñez, quien manifestó que el proyecto, enmarcado en el contexto de la pandemia Covid-19, aborda la situación de muchos niños, niñas y adolescentes (NNA) de la provincia de Petorca que viven una crítica situación de sequía, aun antes de la pandemia. Según datos del censo del año 2017, cerca de 800 NNA viven en esa zona, y por los antecedentes que han recabado, se encuentran en un contexto de afectación directa de su integridad física y síquica, lo que unido a decisiones estatales que les privan del acceso al recurso hídrico, los hace vivir en un contexto de discriminación.

Por ello, cualquier iniciativa que permita concretar el que cada NNA tenga acceso a este recurso debía ser apoyada.

A modo de contexto normativo, refirió que el acceso al agua en cantidad y calidad suficiente está contemplado como derecho humano fundamental en tanto integra los derechos económicos, sociales y culturales, en términos tales que dicho acceso debe ser a un recurso salubre, accesible, asequible y aceptable.

Era bajo ese contexto que la Defensoría interpuso una acción de protección en contra del ministerio de Salud y la Secretaría Regional Ministerial de Salud en contra de la resolución N°458, que sin fundamento alguno dejó sin efecto la resolución N°456, ambas de 2020, que disponía 100 litros de agua a favor de cada persona en dicha zona. Dicha acción se encuentra pendiente de respuesta de las entidades recurridas, a las que se concedió mayor plazo para informar.

Lo anterior, pues los criterios de acceso al recurso no se cumplen en la zona de Petorca no solo en relación con los NNA, sino de toda la población del lugar, lo que importa, a su vez, un incumplimiento del Pacto de Derechos Civiles y Políticos ratificado por el país el año 1969. Definiciones similares han sido adoptadas por la Asamblea de las Naciones Unidas y por el Consejo de Derechos Humanos.

A su vez, cabía contextualizar esta situación en la pandemia Covid-19, situación que agudiza la afectación de los NNA de Petorca, en tanto no acceden a un recurso necesario para enfrentar la pandemia, según han informado las autoridades sanitarias, en cuestiones tan básicas como el lavado de manos. El no poder realizar esas actividades tan básicas dan cuenta de que esa población vive en una situación de discriminación.

Por todo lo anterior, estimó que el tiempo apremia, así como urge las medidas que se adopten sean las que efectivamente permitan dotar a los que viven en esa zona, de a lo menos 100 litros por persona para consumo diario, pues si esas medidas no se adoptas, la situación de vida e integridad física y síquica de quienes viven ahí es de un permanente estado de discriminación.

Terminadas las exposiciones, y antes de la votación general, la diputada Flores consultó a la Secretaría sobre la constitucionalidad del proyecto de ley, en tanto podía abocarse a materias de exclusiva iniciativa presidencial. En igual sentido, Oscar Cristi, Director General de Aguas recordó que en sesión anterior había planteado el punto sobre la constitucionalidad de obligar al Presidente de la República a informar sobre las medidas adoptadas en función de esta normativa, en tanto estimó que la legislación vigente ya le permite hacer lo que se propone. Lo anterior, sin perjuicio de estimar útil explicitar u orientar lo que ya puede hacer.

Por su parte, el diputado Auth manifestó dudas si el proyecto innovaba en la materia, o abordaba una materia que ya estaba contemplada en la regulación de los estados de excepción constitucional. Sin embargo, estimó que lo más relevante o incidente del proyecto, es la obligación del Presidente de la República de informar sobre el empleo de esta facultad, cuestión que le parecía necesaria dadas las condiciones actuales.

Sobre el particular, el diputado Ascencio (presidente) manifestó que la Sala de la Corporación ya declaró la admisibilidad del proyecto de ley. En tal sentido, a la Comisión sólo le correspondía abocarse a su conveniencia o si acaso abordaba materias que ya estaban reguladas en la normativa de los estados de excepción constitucional.

Finalmente, el diputado Ibáñez manifestó que la situación que se vive en Petorca se vive en diversos grados en las regiones de Coquimbo y O’Higgins, que padecen las bajas en los niveles de sus caudales. A su vez, refirió que en virtud del principio de servicialidad del Estado, la normativa internacional y la regulación de los estados de excepción constitucional, se debe centrar la acción estatal en función del objetivo por el cual se declara un estado de excepción.

En tal sentido, este proyecto da una orientación legal, y por ello dispone que el Presidente de la República “podrá” y no “deberá” hacer lo que el proyecto dispone, pues de lo contrario sería de iniciativa presidencial, y la razón por la cual el proyecto es importante es para permitir el rol fiscalizador del Congreso Nacional, en tanto es lo único que pueden hacer los congresistas a nivel legislativo.

b) Votación en general y particular.

Sometido el proyecto a votación general fue aprobado por unanimidad, por nueve votos. Votaron la diputada Camila Flores y los diputados Sebastián Álvarez, Ascencio, Auth, Espinoza, Garín, Ibáñez, Jürgensen y Núñez.

Seguidamente, el diputado Ibañez, formuló indicación para agregar el siguiente artículo transitorio:

“Artículo transitorio.- Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, el plazo de siete días establecidos en el artículo único se contará desde la publicación de esta ley.”

Fundamentó la indicación en que es necesario aplicar esta normativa a la situación vigente en estos momentos.

Sometida a votación, el artículo con la indicación fue aprobado por unanimidad, por los mismos parlamentarios que participaron en la votación anterior.

V. ARTICULOS E INDICACIONES RECHAZADAS.

No hay.

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Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el diputado Informante, la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación recomienda aprobar el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- El Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que este le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria. Dentro de los siete días corridos siguientes a la entrada en vigencia del decreto que declara el estado de catástrofe el Presidente de la República deberá informar sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará.

Artículo transitorio.- Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, el plazo de siete días establecidos en el artículo único se contará desde la publicación de esta ley.”

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Se designó Diputado Informante al señor Renato Garín González.

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Tratado y acordado, según consta en las actas de las sesiones de fecha 6 y 13 de mayo de 20202, con la asistencia de la diputada Camila Flores Oporto, y de los diputados señores Sebastián Álvarez Ramírez, Gabriel Ascencio Mansilla (Presidente), Pepe Auth Stewart, Fidel Espinoza Sandoval, Renato Garín González, Diego Ibáñez Cotroneo, Harry Jürgensen Rundshagen, Nicolás Noman Garrido, y Daniel Nuñez Arancibia.

Además, asistió el diputado Félix González Gatica.

Sala de la Comisión, a 13 de mayo de 2020.

MARIA TERESA CALDERON ROJAS

Abogada Secretaria de la Comisión

[1] “Pobres de Agua” Fundación Amulén. Disponible en: https://www.fundacionamulen.cl/impacto-5. Consultado el 31 de marzo de 2020
[2] Ibid
[3] “How do communities fight coronavirus when they don't have water?“ por Charis McGowan. Disponible en:https://www.aljazeera.com/indepth/features/communities-fight-coronavirus-don-water-200322225523769.html. Consultado el 31 de marzo de 2020
[4] Radiografía del agua. Brecha y riesgo hídrico en Chile. Fundación Chile 2018.
[5] Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales de la ONU (2002): Observación General Nº15 punto 2.
[6] Op.cit. punto 44.
[7] Sesión 55ª celebrada el 6 de mayo de 2020.
[8] Ibídem
[9] Sesión 56 celebrada el 13 de mayo de 2020.

1.3. Discusión en Sala

Fecha 20 de mayo, 2020. Diario de Sesión en Sesión 24. Legislatura 368. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

RESERVA DE USO PRIORITARIO DEL AGUA PARA CONSUMO HUMANO, SANEAMIENTO Y USO DOMÉSTICO DE SUBSISTENCIA DURANTE VIGENCIA DE ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE POR CALAMIDAD PÚBLICA (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 13404-33)

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.

Por acuerdo de los Comités Parlamentarios se otorgarán tres minutos base por bancada para el uso de la palabra, más treinta minutos distribuidos de forma proporcional.

Diputado informante de la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación es el señor Harry Jürgensen .

Antecedentes:

-Moción, sesión 10ª de la presente legislatura, en martes 7 de abril de 2020. Documentos de la Cuenta N° 14.

-Informe de la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación, sesión 23ª de la presente legislatura, en martes 19 de mayo de 2020. Documentos de la Cuenta N° 11.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor JÜRGENSEN (de pie).-

Señor Presidente, honorable Cámara, en mi calidad de diputado informante de la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en moción del diputado Diego Ibáñez Cotroneo , que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.

La idea matriz o fundamental del proyecto es garantizar en situaciones de pandemia, crisis sanitaria y desastres naturales el acceso y disponibilidad de agua en cantidades suficientes a la población afectada, orientando legalmente las atribuciones del Presidente de la República en materia de estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública en situaciones de pandemia, crisis sanitaria y desastres naturales.

Antecedentes y fundamentos

La iniciativa legal se fundamenta, entre otras razones, en que una de las principales recomendaciones de los expertos en salud para prevenir el contagio de la covid-19, comenzando por la Organización Mundial de la Salud, es el constante lavado de manos con agua y jabón, procedimiento que como mínimo debe tomar veinte segundos y en el que se utiliza agua corriente tanto para el lavado inicial como para remover el jabón. Esta acción que puede parecer tan sencilla para la mayor parte de la población, especialmente en zonas urbanas, resulta un desafío en aquellos lugares donde el agua no es suficiente de forma regular.

La Organización Mundial de la Salud establece que en condiciones normales se alcanza un nivel de acceso óptimo al agua cuando se dispone de cien litros de agua por persona al día, lo cual implica una muy baja preocupación por riesgos a la salud. Esto generalmente se alcanza al disponer de un suministro continuo al interior de la vivienda, mediante múltiples llaves o grifos. Un acceso intermedio al agua corresponde a cincuenta litros por persona al día, y un acceso básico corresponde a veinte litros al día por persona, lo cual levanta preocupaciones altas por riesgos a la salud.

En Chile, de acuerdo con el Censo de 2017, 383.204 viviendas no cuentan con agua potable; en particular, el 47,2 por ciento de la población rural no cuenta con un abastecimiento formal de agua potable, por lo que sus principales fuentes de abastecimiento son pozos, aguas corrientes superficiales o camiones aljibe. Muchas localidades de nuestro país se abastecen mediante el sistema de agua potable rural (APR), el que para 2018 logró una cobertura del 53 por ciento y atiende a 1.787.916 personas. Sin embargo, este sistema ha presentado problemas de interrupciones en el suministro, que han afectado a cerca de 350.000 personas.

Entre las zonas que se abastecen mediante camiones aljibe destaca el caso de Petorca, donde muchos disponen de una cuota de cincuenta litros de agua por persona al día. Sin embargo, existen denuncias de que este suministro no ha sido continuo o de que no llega en la cantidad indicada, incluso durante la emergencia de la covid-19 en la que el agua es tan necesaria.

El derecho humano al agua consta en diversos instrumentos internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales -artículos 11 y 12-. Según los números 3 y 15 de la Observación General del Comité del pacto, hay obligaciones básicas que se deben cumplir en esta materia, que implican “garantizar a todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico.” En este sentido, el Estado debe velar para que:

“i) no exista interrupción o desconexión arbitraria o injustificada de los servicios o instalaciones de agua; ii) los aumentos desproporcionados o discriminatorios del precio del agua, y iii) la contaminación y disminución de los recursos de agua en detrimento de la salud humana.”.

Durante la discusión de la iniciativa en informe se contó con la participación del director general de Aguas, quien valoró el uso del agua para el consumo humano y destacó que ahora ha tomado especial realce el uso sanitario de este recurso, dada la pandemia que nos encontramos padeciendo, lo que va en la línea de los objetivos de desarrollo sustentable, de lo cual, como Dirección, también se hacen parte.

Asimismo, se escuchó a la defensora de los Derechos de la Niñez, quien, entre otras materias, hizo presente que, según datos del Censo de 2017, cerca de ochocientos niños, niñas y adolescentes viven en la provincia de Petorca, quienes, según los antecedentes que se han recabado, se encuentran en un contexto de afectación directa de su integridad física y psíquica, lo que, unido a decisiones estatales que les privan del acceso al recurso hídrico, los hace vivir en un contexto de discriminación. Por ello, cualquier iniciativa que permita concretar que cada niño, niña y adolescente tenga acceso a este recurso debería ser apoyada.

También se recibió al geólogo y magíster en recursos hídricos y medioambiente señor Ramón Quiroz , quien puso énfasis en que uno de los aspectos más significativos era el relativo a la insuficiente cantidad de agua suministrada por los camiones aljibe. Destacó que asesora en forma ad honoren a los APR en Cabildo y Petorca para enfrentar la crisis hídrica, a la que ahora se suma la crisis sanitaria por la covid-19.

El señor Quiroz ejemplificó la situación de la zona, señalando que el APR San José recibe 20.000 litros de agua para abastecer a su comunidad de más de ochocientos habitantes, distribuida en ciento ochenta medidores, pero la gobernación provincial y el municipio contemplan cincuenta litros de agua por persona. Sin embargo, a cada domicilio llegan aproximadamente veinte litros de agua por persona -al considerar las pérdidas por filtraciones o conexiones ilegales a la red de distribución-. Con esa cantidad de agua diaria las personas deben decidir si se duchan, si cocinan o si lavan su ropa. Pero, sobre todo, con esa cantidad de agua deben enfrentar la covid-19.

Unido al problema de la poca cantidad de agua existe un cuestionamiento a su calidad. Diversos análisis dan cuenta de la presencia de un alto contenido de nitrato en las aguas subterráneas -causado por contaminación agrícola o humana- y de un alto contenido de coliformes en el agua de camiones aljibe.

Contenido del proyecto de ley

La idea matriz de la iniciativa se consagra en un artículo único que faculta al Presidente de la República para que durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública pueda utilizar las facultades que este le confiere con el objetivo de asegurar el uso prioritario del agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria, debiendo informar dentro de los siete días corridos siguientes a la entrada en vigencia del decreto que declara el estado de catástrofe sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará.

Por último, durante la discusión del proyecto se aprobó una indicación para agregar un artículo transitorio que establece: “Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública a propósito de la pandemia de covid-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que este sea prorrogado, el plazo de siete días establecidos en el artículo único se contará desde la fecha de publicación de esta ley.”.

Constancias reglamentarias

El artículo único permanente del proyecto tiene el carácter de ley orgánica constitucional, de conformidad con lo establecido por el artículo 44 de la Constitución Política de la República.

El proyecto no contiene disposiciones que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.

En definitiva, la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación aprobó, en general y en particular, el proyecto de ley por la unanimidad de los diputados presentes, señora Camila Flores y señores Sebastián Álvarez , Gabriel Ascencio , Pepe Auth , Fidel Espinoza , Renato Garín , Diego Ibáñez , Harry Jürgensen y Daniel Núñez , y solicita a esta honorable Sala la aprobación de esta iniciativa.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Bernardo Berger .

El señor BERGER (vía telemática).-

Señor Presidente, es una realidad ineludible que en la prevención del contagio por covid-19 el recurso hídrico es realmente esencial, el cual si bien en las zonas urbanas resulta ser un recurso cotidiano, en los sectores rurales resulta ser un desafío, ya que el agua escasea.

Por lo tanto, me parece que esta iniciativa es muy oportuna, por lo que creo importante darle una tramitación rápida, porque sabemos que, de acuerdo con los datos del censo del 2017, el 47,2 por ciento de la población rural no cuenta con abastecimiento formal de agua potable.

También, estamos conscientes de que, a pesar de la prolongada sequía que enfrentamos, existe una importante cantidad de agua que es extraída y captada para fines que no tienen como prioridad el consumo humano, como es el caso del agua para riego.

Ahora bien, si bien es urgente regular los derechos de aprovechamiento de aguas con el objeto de dar prioridad al consumo humano, también es cierto que no hemos realizado todas las acciones necesarias para optimizar el uso del recurso hídrico. Por ejemplo, no estamos aprovechando las aguas lluvia ni captamos el agua que se pierde en el mar, que podría ser utilizada para el riego.

No debemos olvidar que la agricultura y la horticultura también son esenciales para la alimentación y la vida humana, pero -lo reitero- nada hemos hecho para aprovechar el agua que se pierde en el mar, que podría ser empleada para regar sin tener que echar mano al agua potable.

Si bien la mayor cantidad de derechos de aprovechamiento de aguas se concentran en la agricultura, no es menos cierto que el volumen de agua que se pierde y termina en el mar sin ser aprovechado es muy significativo.

Hoy, somos muy pobres en infraestructura de almacenamiento hídrico y tenemos un retraso tecnológico de cuarenta o cincuenta años en comparación con los países desarrollados. Eso provoca que el 84 por ciento del agua a nivel nacional corra por los ríos sin ser acumulada, vertiéndose en el mar sin uso, situación que es compleja.

Finalmente, quiero señalar que la falta de agua afecta no solo al consumo humano, sino también a la actividad biológica, social y económica de nuestro país. Por esa razón, resulta oportuno destacar y hacer hincapié en que es imprescindible que comencemos a trabajar para adquirir la infraestructura necesaria para acumular agua, como los embalses, y recuperar las capacidades…

El señor PAULSEN (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Gabriel Ascencio .

El señor ASCENCIO (vía telemática).-

Señor Presidente, todos en Chile estamos conscientes del grave problema que tenemos en relación con el uso del agua y del déficit que hay del recurso hídrico. Por eso, agradezco al diputado Diego Ibáñez , el autor de este proyecto.

El diputado Ibáñez presentó una iniciativa que puede parecer muy simple, pero que en verdad es un gran llamado de atención para nosotros, a fin de que en el marco del tratamiento de las materias relacionadas con la pandemia que nos afecta, volvamos a discutir respecto del problema que significa la escasez de agua potable. Si bien en estos momentos es necesario hacer uso de una cantidad importante de agua para llevar a cabo acciones sanitarias tan simples como el lavado de manos, para evitar el contagio de la enfermedad pandémica que enfrentamos, miles de personas en nuestro país no disponen de ese recurso.

Este proyecto plantea un grave problema que debemos resolver: la falta de acceso al agua que afecta a muchas familias en medio de la crisis sanitaria provocada por esta pandemia.

La llegada de esta pandemia ha hecho más evidente el problema de desigualdad que tenemos, el cual se ve agravado por la prolongada sequía que afecta al país.

Una de las manifestaciones de esa desigualdad es que mientras algunos tienen acceso sostenido al agua para el riego de sus plantaciones e, incluso, para uso recreativo, a pocos kilómetros de ellos se encuentran ciudades o pueblos rurales que no alcanzan a cumplir con el mínimo de abastecimiento de este elemento para su población: 100 litros de agua diarios por persona, como recomienda la OMS, cuyos habitantes ven, además, cómo sus ríos, pozos y napas se secan tanto por efecto de la sequía como de los aprovechamientos ilegales.

En la Región de Valparaíso ha habido una gran discusión sobre el volumen diario de agua para consumo por persona. Primero, el seremi de Salud de Valparaíso firmó una resolución que establecía que a contar de esa fecha el volumen diario de agua para consumo por persona no podía ser inferior a 100 litros. No obstante, con posterioridad una nueva resolución de ese organismo dejó sin efecto la anterior, estableciéndose que dicho volumen no podría ser inferior a 50 litros de agua por persona. Ni el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que es el que reparte el agua, ni el Ministerio de Obras Públicas han podido resolver ese problema.

¿Cómo podemos exigir a las personas el lavado frecuente de manos o un lavado constante de ropa si el agua de que disponen apenas les alcanza para su consumo, para bañarse y cocinar?

Es imposible hacer esa recomendación a la población rural si primero no aseguramos su acceso al agua. Por eso, creemos que el proyecto en discusión es un gran llamado de atención y que debería producir un cambio.

En consecuencia, queremos que el Estado asegure, como mínimo, el acceso al agua para el consumo humano durante una emergencia, como la que hoy enfrentamos a raíz de la covid-19.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado René Alinco .

El señor ALINCO (vía telemática).-

Señor Presidente, esta es una iniciativa muy importante, pero la historia muestra que hubo varios proyectos de ley que proponían, derechamente, la nacionalización del agua.

En períodos anteriores se han presentado proyectos de este tipo pero, lamentablemente, la Cámara de Diputados ha mirado para el lado y, literalmente, nos hemos lavado las manos.

Saludo a los gestores de este proyecto y espero, primero, que sea aprobado por unanimidad -no tengo la menor duda al respecto-, porque la emergencia sanitaria actual nos obliga a ello. Pero también hay que recalcar que desde hace muchos años hay sectores de nuestro país que están viviendo una situación de emergencia debido a la falta de agua.

Cuanto tratamos este tema volvemos siempre a hablar de lo mismo: de la situación que afecta a Petorca y a La Ligua.

Simplemente, espero que este proyecto se haga carne y sea real, que no se transforme en letra muerta, tal como ha ocurrido con otras iniciativas legales. Asimismo, espero que con esto se toquen los intereses de los exministros que son dueños del agua, como Pérez Yoma , o de exparlamentarios que en Petorca y La Ligua son dueños de derechos de aprovechamiento por miles y miles de litros de agua, como el exdiputado Cerda , porque en este tema hay intereses creados, políticos y económicos.

Este proyecto es un buen inicio, de modo que hago un llamado para que la Cámara de Diputados lo apruebe por unanimidad y para que el Senado agilice el trámite de esta iniciativa.

Hoy, los niños de Petorca y de La Ligua, así como de otras localidades de nuestro país, necesitan agua para vivir, a lo que en estos momentos se agregan otras necesidades provocadas por la crisis sanitaria: necesitan agua para salvar sus vidas.

Reitero que espero que la Cámara de Diputados apruebe por unanimidad este proyecto y que no aparezca algún parlamentario o parlamentaria que presente una indicación un poco rara para atrasar la aprobación de esta iniciativa, la cual, sin lugar a dudas, nosotros, desde la Patagonia, estamos llanos a aprobar.

Finalmente, insisto en mi llamado al Senado para que también apruebe este proyecto en forma expedita.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, la diputada Camila Vallejo .

La señorita VALLEJO (doña Camila ) [vía telemática].-

Señor Presidente, sin lugar a dudas, la crisis hídrica es una preocupación que se arrastra desde hace muchos años y décadas, no solo en nuestro país, sino también en el mundo. Las comunidades de distintas zonas rurales lo vienen planteando ya desde hace años. En 2017 el censo establecía que había 383.204 viviendas que no contaban con agua potable; al día de hoy, la situación es muchísimo más crítica.

En momentos en que el Senado rechazó, lamentablemente, por problemas de quorum y por votos en contra de senadores de derecha, la reforma constitucional que buscaba consagrar el agua como un bien de uso público, la fundación Amulén publicaba un estudio respecto de la crisis hídrica y su relación con la vulnerabilidad, el cual reveló que en comunas rurales de las regiones de Coquimbo y Valparaíso se presenta no solo un alta carencia de agua potable, sino también una vulnerabilidad mayor al 80 por ciento, lo que significa que, hasta ahora, las comunidades más pobres y vulnerables son las que se ven más impactadas por la falta de acceso al agua potable.

Con la crisis sanitaria esa cruda realidad se ve aún más agudizada, porque cuando te dicen que no solo no tienes agua para cocinar, para beber y ni siquiera para lavarte las manos y así poder prevenir el contagio de covid-19, la angustia y la desesperación de las comunidades pasa a ser mayor.

Era urgente que este proyecto de ley, que saludo y valoro, de iniciativa del diputado Ibáñez , se pusiera en tabla, y espero que lo votemos favorablemente, pues creemos que es urgente y de responsabilidad absoluta el que el Congreso Nacional dé una señal clara y establezca que el agua se utilizará prioritariamente para el consumo humano.

Es necesario que vayamos en ayuda de esas comunidades. En la provincia de Petorca y en las regiones de Coquimbo y Valparaíso -como mencioné-, y en tantas otras zonas, no tienen ni una sola gota de agua para consumo humano, porque todo se está acumulando en manos de intereses privados, de empresarios.

Por lo expuesto, nuestra bancada llama a aprobar este proyecto de ley.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Diego Ibáñez .

El señor IBÁÑEZ (vía telemática).-

Señor Presidente, Rayén vive en La Higuera, en la provincia de Petorca, y cada vez que prende la tele, en las mañanas, ve cifras que hablan, por ejemplo, de 3.500 contagios diarios y de decenas de muertos. Pero de la llave de su casa no sale agua suficiente para calmar su angustia. Es una niña que merece todo el amor, cuidado y respeto, pero no tiene agua suficiente para tomar, para ducharse, para lavarse las manos.

Creo que la pandemia pone a prueba nuestros valores como sociedad.

Es cierto que la agroexportación ha dado trabajo, lo que para muchos ha sido motivo de orgullo y expresión de chilenidad; con su responsabilidad social empresarial, ha construido escuelas, ha ofrecido becas, han sacado a familias adelante. Pero esos son derechos mínimos que no debiesen depender de la caridad personal de algunos empresarios, porque la contracara es el acaparamiento de la tierra, del agua, el despojo de la agricultura familiar campesina y el mero recuerdo de lo que antes era un río, en el que ya no suena nada.

Cuando Rayén no tiene agua para luchar contra la pandemia, me pongo en el lugar de Jazmín, su mamá. Si tu hijo no tiene agua para tirar la cadena, hay suficientes razones para salir a la calle, hay suficientes razones, incluso, para morir por agua, si es necesario, porque se trata de tu hijo y porque de la pura desesperación no se vive.

Hoy tenemos la oportunidad de reconciliarnos con mucha gente, pero para eso se necesita hacer política pública pensando con el corazón, no en el acaparamiento. La gente sabe que pese a la peor sequía en la historia de la república, solo el 10 por ciento se destina al consumo humano y que el resto se está transformando, particularmente en la provincia de Petorca, en cítricos o paltas de exportación, y eso, más que sequía, es saqueo.

Si hoy aprobamos este proyecto, el Presidente Piñera tendrá siete días para dar cuenta de las medias para priorizar el consumo humano en los meses que nos quedan de pandemia.

Es algo de sentido común, y no por darle en el gusto ideológico a una minoría poderosa podemos permitirnos no aprobar este proyecto.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Pido a los diputados que están conectados por vía telemática que apaguen su video cuando no estén en pantalla, para evitar problemas. Tiene la palabra, vía telemática, la diputada Cristina Girardi .

La señora GIRARDI (doña Cristina) [vía telemática].-

Señor Presidente, felicito a Diego Ibáñez por este proyecto.

Quiero informar que esta misma disposición, la que otorga al Presidente de la República las facultades para priorizar el agua para el uso humano, forma parte de un proyecto de ley que se encuentra en el Senado desde hace ocho años. Lo tramitamos y aprobamos en la Cámara de Diputados cuando era Presidenta de la Comisión de Recursos Hídricos la actual senadora Adriana Muñoz .

Es exactamente el mismo proyecto, que lleva ocho años en el Senado y todavía no se ha aprobado. Me parece impresionante que esta misma disposición haya estado tanto tiempo a la espera y que hoy tengamos que pasar por una pandemia para volver a plantear el problema.

El agua es un derecho humano -ya lo es-, pues así está consagrado en tratados suscritos por Chile, pero nuestro país, una vez más, vulnera la norma y no hace respetar este derecho.

El 88 por ciento del agua dulce del país es utilizada por la actividad agrícola, en tanto que solo el 6 por ciento se destina al consumo humano. La actividad agrícola se “come” el recurso hídrico. Pero de ese 88 por ciento, el 75 por ciento pertenece a grandes sociedades, como las de los palteros, las de los grandes exportadores, y no se está usando en la pequeña agricultura y el consumo interno.

Llamo a aprobar este proyecto, ojalá por unanimidad, como pidió el diputado Alinco , al igual que otros proyectos que están a la espera, relativos al agua como derecho humano, como el que reforma el Código de Aguas. Esperamos que se tramiten rápidamente, y no solo durante la pandemia, sino permanentemente.

El agua, como un derecho humano, es para vivir, y no para hacerse rico; es para vivir…

El señor PAULSEN (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señora diputada.

Tiene la palabra, por vía telemática, hasta por dos minutos y siete segundos, la diputada Emilia Nuyado .

La señora NUYADO (doña Emilia) [vía telemática].-

Señor Presidente, este proyecto, que es muy importante y de gran envergadura, fue presentado por el diputado Diego Ibáñez , con quien concordamos plenamente en esta materia.

En esta crisis sanitaria, se le debe garantizar a cada una de las familias el derecho al agua, porque, lamentablemente, todavía no hemos logrado que el agua sea nacionalizada, no obstante que ese debiera ser el gran acuerdo unánime de los diversos conglomerados políticos del país.

Esta moción parlamentaria debería haber sido un proyecto de ley del Ejecutivo, para garantizar el uso del agua a las familias, ya que hay muchas, especialmente en la ruralidad, que hasta el día de hoy deben esperar que los camiones aljibe les entreguen este vital elemento, pero también porque hay muchas familias que viven en la urbanidad, en campamentos, que no tienen el agua garantizada, sobre todo en esta situación de crisis.

Para ellos es mucho más difícil y complejo enfrentar la actual pandemia, por lo que, obviamente, sienten que el gobierno, el Presidente de la República, los ha dejado solos. En el mismo sentido hay un reclamo constante en contra del Congreso Nacional.

Por lo tanto, considero que esta iniciativa debería aprobarse por unanimidad y pronto, para que se ponga rápidamente en ejecución y se les pueda garantizar el agua a aquellos comités de vivienda de los campamentos que no cuentan con este elemento, y a muchas familias que les han cortado el suministro por no pago, lo que a su vez se debe a las altas tarifas que cobran las empresas sanitarias, que están abusando, como siempre lo han hecho.

Esta injusticia no puede continuar y, en este contexto, este proyecto viene a entregar algo de dignidad.

Esperamos seguir avanzado en beneficio de cada una de las familias que tanto lo requieren.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, hasta por cuatro minutos y diez segundos, el diputado Sebastián Álvarez .

El señor ÁLVAREZ (don Sebastián) [vía telemática].-

Señor Presidente, no estamos para la pequeñez política; estamos para la unidad, para aplicar el sentido común.

La discusión en torno a los recursos hídricos lleva muchos años en nuestro país. Sabemos que en un estado de excepción constitucional el Presidente de la República tiene la facultad de priorizar el uso del recurso hídrico para el consumo humano, para el uso de las familias. La facultad está. Sin embargo, este proyecto de ley, presentado a la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación por el diputado Ibáñez , es un aporte, contribuye, por cuanto establece el deber de informar del Presidente de la República sobre las medidas que se están adoptando para asegurar el abastecimiento. ¡Entendámoslo así: lo que redunda, no daña!

Por lo tanto, votaremos favorablemente el proyecto de ley, entendiendo que si bien la facultad existe, el redundar en este caso viene a sumar.

No estamos para la discusión chica ni para seguir un dogma ideológico que muchas veces nos limita; estamos para la grandeza, sobre todo en tiempos en que se ponen a prueba valores humanos como la solidaridad.

Por lo mismo, hago un llamado al Congreso Nacional a dejar atrás la pequeñez política, a dejar atrás discusiones o manifestaciones como las que han aparecido en las redes sociales, criticando todas y cada una de las medidas que el gobierno ha implementado.

Hemos visto cómo algunos partidos políticos han actuado con pequeñez, de mala manera, llamando a protestar, a marchar, a manifestarse de manera violenta…

El señor NÚÑEZ (don Daniel).-

Señor Presidente, la intervención del diputado Álvarez no tiene ninguna relación con el proyecto de ley.

Solicito que la Mesa le haga un llamado de atención, porque la discusión es otra.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Diputado Núñez , por favor. Está interviniendo el diputado Álvarez .

Después usted podrá hacer un punto de Reglamento.

Continúa con el uso de la palabra, diputado Sebastián Álvarez .

El señor ÁLVAREZ (don Sebastián) [vía telemática].-

Es importante dejar en claro que estamos en tiempos de unidad, donde debemos aplicar el sentido común para sacar adelante las distintas iniciativas que tienen que ver con la covid-19, que es en lo que estamos trabajando.

El señor NÚÑEZ (don Daniel).-

Señor Presidente, pido que ordene la discusión, porque el debate es otro. Si vamos a empezar a atacar a los partidos políticos y a las posturas que tenemos, entonces…

El señor PAULSEN (Presidente).-

Diputado Núñez , por favor, le reitero que está interviniendo el diputado Álvarez .

Continúe, diputado Álvarez .

El señor ÁLVAREZ (don Sebastián) [vía telemática].-

Por eso es importante que hoy aprobemos el proyecto de ley, porque da un sentido de unidad y de humanidad a todo el Congreso Nacional.

Por lo tanto, quiero dejar en claro que vamos a apoyar la iniciativa, porque apunta a una medida importante.

Todos conocemos el problema de los recursos hídricos en nuestro país, en cuya solución tenemos que avanzar.

Hoy la discusión dice relación con un proyecto de ley que busca garantizar que el Presidente de la República informe cuáles son las medidas que se están adoptando para asegurar el abastecimiento de agua. Muchas de ellas ya están en curso y el Presidente dará cuenta de ellas. Ahora, de acuerdo con la información que entregan las distintas intendencias, el Presidente deberá priorizar el uso del agua para el consumo humano.

Por último, quiero agradecer a la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación por votar de manera transversal a favor el proyecto en estudio, iniciado en moción. Espero que ese sentido de unidad prevalezca en el Congreso Nacional en estos tiempos. ¡Ojalá estemos a la altura de las circunstancias!

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado José Pérez .

El señor PÉREZ (don José) [vía telemática].-

Señor Presidente, el tema que estamos discutiendo en estos momentos es de vital importancia.

El agua es un bien nacional de uso público. El agua es vida; sin agua, no hay vida. Eso ha quedado claramente establecido.

La Mesa Nacional del Agua, que preside el ministro de Obras Públicas, Alfredo Moreno , está trabajando en un informe que debe presentar al Ejecutivo, dentro de las próximas semanas, que aborda el tema que estamos analizando, cual es que las personas tengan la posibilidad de contar con agua potable, tanto en el área rural como urbana, porque hay algunos campamentos urbanos en los que la gente no tiene agua ni siquiera para lavarse la cara y tienen que salir a buscarla en bidones.

En esta pandemia, en la que se recomienda lavarse las manos continuamente con agua y jabón, si la gente no tiene agua ni siquiera para lavarse la cara, con suerte podrá acatar las recomendaciones de la autoridad sanitaria.

Si hiciéramos las inversiones que corresponden, podríamos tener una red de embalses de pequeño o mediano tamaño en nuestro país para retener y acumular las aguas lluvia que hoy se pierden en el mar. Ese es uno de los temas que está planteando la Mesa Nacional del Agua. Si retuviéramos una parte de las aguas lluvia que hoy se pierden, podríamos satisfacer las necesidades del consumo humano del país. ¡Qué importante sería!

Se avanza en la zona norte del país, donde las lluvias son escasas, en la instalación de equipos desalinizadores que están dando buen resultado. Se tendrán que instalar todos los que sean necesarios.

Nos interesa abordar las necesidades de agua que hoy tiene la gente, tanto en el mundo rural como urbano, porque el agua es fundamental para la salud. Luego se podrá destinar agua para el uso agrícola, para la producción de frutas y verduras, y después para el consumo de los animales, y en último término para el uso industrial, el que ocupa una cantidad muy importante de agua. Perfectamente bien las empresas podrían desalinizar agua de mar para el uso industrial o hacer pozos profundos.

El Estado tiene la obligación de abordar este tema trascendente y fundamental: lograr que toda la gente cuente con agua potable en sus domicilios, y de no ser posible utilizar camiones aljibe en los campamentos.

En cuanto a los camiones aljibe, su uso es tremendamente relevante. Para contratar camiones aljibe las gobernaciones y las intendencias deben llamar a licitación para que no se produzcan negocios poco transparentes, de los que ya ha tomado razón la Contraloría General de la República. Espero que los fiscales hagan su trabajo y señalen aquellas regiones donde se han producido irregularidades en la contratación de camiones aljibe.

El tema del agua es fundamental, así que espero que hoy aprobemos en forma unánime este proyecto de ley.

Por otra parte, no solo hay que retener las aguas lluvia, también debemos ver preocuparnos de encontrar bolsones de agua subterránea, que se pueden utilizar en momentos de tanta escasez hídrica a nivel nacional y mundial, a raíz del cambio climático.

Aprovechemos nuestros recursos, hagamos buen uso de ellos. De esa manera podremos satisfacer las necesidades de nuestra población.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra, hasta por dos minutos y cinco segundos, el diputado Jaime Tohá .

El señor TOHÁ (vía telemática).-

Señor Presidente, algunos autores que se han dedicado a analizar el tema de las pandemias señalan que estas catástrofes no hacen más que adelantar acontecimientos que igualmente se habrían producido, pero en un tiempo mayor.

Todos hubiéramos deseado que, declarado el estado de catástrofe y de acuerdo con las potestades constitucionales del Presidente de la República, el uso prioritario del agua para el consumo humano hubiera sido una de las primeras medidas anunciadas.

El diputado Álvarez dijo que esta decisión ya está tomada. Si es así, nadie la conoce. Por lo tanto, este proyecto se hace absolutamente indispensable para que el Presidente de la República no solo tenga la potestad, sino también la obligación legal de señalar si va a hacer uso o no, y de qué forma, de esta potestad constitucional.

Espero que esta discusión, a propósito de la noble iniciativa del diputado Ibáñez , sea el anticipo de una disposición permanente que recoja la nueva Constitución, no solo en estado de catástrofe, sino también en estado de normalidad…

El señor PAULSEN (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra, por vía telemática, el diputado Ramón Galleguillos .

El señor GALLEGUILLOS (vía telemática).-

Señor Presidente, la pandemia por la covid-19 que ha afectado al mundo durante los últimos meses ha puesto a prueba no solo los sistemas de salud de distintos países, sino también una serie de dispositivos estatales y privados involucrados en el desenvolvimiento de la vida cotidiana de la ciudadanía.

La Organización Mundial de la Salud establece que, en condiciones normales, se alcanza un nivel de acceso óptimo al agua cuando se dispone de cien litros por persona al día, pero en Chile, de acuerdo al Censo 2017, el 47,2 por ciento de la población rural no cuenta con abastecimiento formal de agua, siendo la principal fuente de suministro los pozos, las aguas corrientes superficiales y los camiones aljibe.

En Chile, muchas localidades se abastecen mediante agua potable rural. En 2018, los APR lograron cubrir las necesidades de un 53 por ciento de la población, atendiendo a 1.787.916 personas. Sin embargo, los APR han presentado interrupciones en el suministro, lo que afecta a cerca de 355.000 personas.

Desde hace un tiempo se ha hablado de emergencia climática, de que vivimos una época de sequía a nivel nacional. Hoy, con la pandemia, esto cobra mayor relevancia. Muchas personas no tienen abastecimiento hídrico, y si lo tienen, no es en la cantidad y calidad que necesitan. Es más, estos recursos tan apreciados y escasos son extraídos y captados con fines que no tienen la misma prioridad que el consumo humano, como por ejemplo la agricultura, la industria, la minería y otros.

En la actualidad somos testigos no solo de una crisis sanitaria, sino de una pandemia social que afecta a millones de ciudadanos. Además, un porcentaje altísimo de nuestra sociedad se establece en viviendas informales, en sectores rurales y en zonas extremas, como ocurre en la Región de Tarapacá, que represento. Son personas que se encuentran alejadas de la ciudad y de la comodidad de contar con un servicio tan básico y esencial como el agua.

Lamentablemente, el abastecimiento íntegro se ve impedido -reitero- en razón de que se priorizan otras áreas de la comunidad. Si tan solo el 5 por ciento del agua que se destina a plantaciones del sector agrícola se dispusiera para asegurar un consumo mínimo de cien litros por persona al día, sería posible cubrir las necesidades de alrededor de 1.700.000 personas.

La situación antes descrita es esencialmente preocupante, puesto que es deber del Estado velar por el cumplimiento de obligaciones que constan en tratados internacionales que versan sobre derechos humanos, firmados y ratificados por Chile y que se encuentran totalmente vigentes.

Por lo tanto, es la oportunidad de reservar el uso prioritario del agua para el consumo humano.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra, por vía telemática, el diputado Matías Walker .

El señor WALKER (vía telemática).-

Señor Presidente, agradezco a la diputada Cristina Girardi el hecho de que recordara que hace ocho años despachamos desde la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación un proyecto, que ahora se encuentra radicado en el Senado, el cual prioriza el agua para consumo humano en situación de escasez hídrica o bajo declaración de zona de catástrofe. Lamentablemente, en los últimos diez años esa situación ha sido recurrente en la Región de Coquimbo, donde las personas que viven en localidades rurales deben sobrevivir con cincuenta litros diarios de agua. Hemos planteado al subsecretario del interior, señor Juan Francisco Galli , que podamos revertir esa situación al menos durante la declaración de estado de catástrofe por covid-19.

Agradezco al diputado Ibáñez por presentar este proyecto. Algunos han señalado que la Cámara de Diputados estaba en deuda en esta materia. Ello no es así. Lamentablemente, el que está en deuda es el Senado.

Como algunos tienen mala memoria, se hace necesario señalar que en 2013 despachamos la reforma al Código de Aguas de la Presidenta Michelle Bachelet , donde no solo se estableció la priorización del agua para el consumo humano, saneamiento y producción de alimentos, sino que también se instauraron derechos temporales a través de concesiones que fortalecían que el agua fuera considerada un bien nacional de uso público, señalando causales de caducidad y de extensión de derechos por no aprovechamiento y especulación.

Vamos a aprobar este proyecto, pues en el contexto de la covid-19 viene a fortalecer lo que ya aprobamos como Cámara de Diputados hace tres y ocho años, respectivamente.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda .

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señor Presidente, este proyecto de ley es muy importante para quienes representamos zonas rurales.

Agradezco al autor de la iniciativa, el diputado Ibáñez , quien agilizó la tramitación del proyecto. Doy fe de ello, pues participé en las sesiones de la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación cuando se examinó la iniciativa.

Nos parece importante entregar esta facultad al Presidente de la República en determinadas circunstancias, ya sea en tiempos de pandemia, de crisis sanitaria o de desastres naturales. En el actual contexto, esa facultad resulta imprescindible, pero también lo es en tiempos normales. No es posible que las familias vivan o sobrevivan con cantidades ínfimas de agua.

Para quienes no lo sepan, existen muchas comunas que, en términos totales, viven gracias al agua potable rural. Conozco muy bien esta situación en la Región de O’Higgins, donde muchas zonas no tienen suficiente agua por las complicaciones de la sequía y porque existe una mala distribución del recurso.

Espero que a partir de lo que hoy está ocurriendo con esta pandemia entendamos la prioridad absoluta que tiene una familia a la hora de distribuir este elemento tan básico. Por eso, concuerdo en que no deben existir mayores modificaciones al proyecto y espero que el mismo sea despachado hoy.

Deseo añadir que existe un proyecto que modifica el Código de Aguas, que se encuentra radicado en el Senado desde hace mucho tiempo. Por eso se hace aún más necesario que aceleremos el despacho de esta moción parlamentaria.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Daniel Núñez .

El señor NÚÑEZ (don Daniel).-

Señor Presidente, la problemática del agua se ha debatido decenas de veces en la Cámara de Diputados y no hemos arribado a ninguna solución.

Valoro este proyecto de ley presentado por el diputado Ibáñez , porque refuerza facultades que si bien están contendidas en el decreto de estado de excepción constitucional de catástrofe, en la práctica no están siendo cabalmente utilizadas por la autoridad.

Tenemos problemas con el agua en el pueblo de La Higuera; tenemos problemas muy sensibles en el mundo rural en el sector Pan de Azúcar, en la Región de Coquimbo, y tenemos una realidad nueva, cual es que este problema se trasladó desde las zonas rurales a la urbana, agudizado por la pandemia.

El punto es muy concreto: hoy se requiere llevar agua a las tomas y campamentos de Chile para que la gente pueda beber agua y subsistir, y para cumplir con el proceso de lavado de manos y otros solicitados por la autoridad de salud.

Valoro este proyecto de ley, porque permitirá que la autoridad actúe en forma más activa e inmediata. Además, me permite reiterar el llamado que he hecho muchas veces en mi región, para que la Onemi reponga camiones aljibe y apoye, con entrega directa de agua, a los campamentos y a las tomas que hoy, sin agua, corren mucho riesgo, porque pueden ser foco de contagio de coronavirus, como ha ocurrido en la Región de Antofagasta, según nos han informado.

Sin embargo, no puedo callar frente a algo que he escuché recién de un parlamentario, cual es el llamado a la unidad que hizo un diputado. El diputado Sebastián Álvarez hizo un llamado a la unidad cuando dijo que el mundo político tiene que actuar unido frente a la crisis que estamos viviendo, pero resulta que a mí me parece profundamente ofensivo ese llamado a la unidad cuando en estos mismos instantes el Tribunal Constitucional está votando la destitución del diputado Hugo Gutiérrez , quien no está presente hoy en la Sala porque está en cuarentena en la comuna de Iquique, pero lo están destituyendo por secretaría.

Esto pone en evidencia el carácter autoritario de la Constitución de 1980, pero también la actitud canallesca -repito: canallesca- de los diputados y diputadas de la derecha que presentaron la solicitud de destitución. Como a Hugo Gutiérrez no le pueden ganar en las elecciones, lo quieren sacar por secretaría, y eso hay que denunciarlo aquí y en todas partes de Chile.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Nuevamente, vamos a intentar dar la palabra, vía telemática, al diputado Ramón Barros .

Diputado Barros , tiene usted la palabra.

-El diputado Ramón Barros no puede hacer uso de la palabra por problemas técnicos.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, la diputada Carolina Marzán .

La señora MARZÁN (doña Carolina) [vía telemática].-

Señor Presidente, saludo a todos quienes están en la Sala y de manera telemática.

Felicito a los autores de esta iniciativa, pero me viene la reflexión de que, ojalá, proyectos como este no existieran, sobre la base de que cuestiones tan elementales, como el uso prioritario del agua para consumo humano, debiesen estar fuera de toda discusión.

Lo más triste y lamentable es cómo aquellos liderazgos que posicionan esta necesidad son atacados, silenciados y amenazados. Mujeres de mi distrito -y no me voy a cansar de decirlo- son amenazadas por defender el agua, por defender un derecho básico. A ellas, por nacer en un lugar con sequía, donde existe sobreexplotación del recurso por parte de privados, el consumo del agua libre les es vedado. Ese tratamiento es vejatorio y lesivo de derechos, y a nadie parece importarle.

Se intenta fiscalizar y se busca denunciar, pero pareciera que la fuerza del modelo se superpone y personas de nuestro país y de mi distrito, en particular, deben elegir, como lo he dicho tantas veces, entre lavarse las manos o beber un vaso de agua, lo cual también consigna el informe.

Hay ejercicios aritméticos que son simples y que dan cuenta de la diferencia entre los derechos de privados y la provisión de agua para consumo humano, y de cómo un porcentaje mínimo de estos derechos podría proveer a una comunidad completa. La lógica detrás de esto es perversa y la crisis sanitaria ha dejado en evidencia mucho más que síntomas como la fiebre y los problemas para respirar, porque además ha mostrado las heridas de la desigualdad, la injusticia y la indignidad.

Incluso, la comunidad que se ha manifestado a favor de la defensa del agua ha sido tratada de terrorista, como si fuera una especie de organización paralela que busca la desestabilización del Estado. ¡No! Eso no es lo que quieren. Las personas quieren la dignidad de no tener que elegir entre su sed o su sanidad, entre beber o lavarse las manos. Con una ligereza única se dice que nos lavemos las manos para evitar contagio de covid-19, sabiendo que hay gente que recibe agua por cuotas, por debajo del estándar establecido por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

El agua constitucionalmente es considerada bien nacional de uso público, pero se establece propiedad sobre derechos concedidos sobre ella, lo que implica que no existe una regulación que permita la orientación de su uso en interés público, porque no hay una priorización de la relación del agua con la subsistencia humana. Entonces, de ese modo, no estamos considerando el agua como un elemento…

El señor PAULSEN (Presidente).-

Ha terminado su tiempo, señora diputada. Tiene la palabra el diputado Raúl Saldívar .

El señor SALDÍVAR.-

Señor Presidente, una de las tantas caras de la desigualdad en Chile es el acceso al agua potable, paradójico para un país que por años se jactó de éxitos macroeconómicos y de su participación en organismos internacionales. Mientras damos cátedra de democracia a otros países, en el nuestro casi cuatrocientas mil viviendas aún no cuentan con agua potable, lo que afecta principalmente a la población rural, donde más del 40 por ciento no tiene acceso al agua potable.

Resulta muy difícil discutir un proyecto de ley que trata sobre el acceso al agua potable sin hacer mención a los miles de chilenos y chilenas que se han visto afectados por los efectos de la sequía y a tantos otros que han tenido un limitado acceso al agua potable o ningún acceso. Hoy más que nunca resulta indispensable el acceso a este elemento por los efectos de la actual pandemia.

Según el Centro de Estudios Avanzados en Zonas Áridas (Ceaza), durante 2019 llovió seis veces menos que en un año normal y los pronósticos para este año no son para nada alentadores. Además, la necesidad de garantizar el acceso al agua se ejemplifica en que más del 60 por ciento de los conflictos ambientales que tiene en conocimiento el Instituto Nacional de Derechos Humanos guarda relación precisamente con el agua, que incluye, por supuesto, el acceso al agua potable, como, por ejemplo, ocurre en una localidad al interior de la comuna de La Higuera, al norte de la Región de Coquimbo, que se ha visto tremendamente afectada y carenciada de agua, como tantas otras.

Aquí hemos escuchado a muchos tribunos hablar, con verdadera elocuencia, sobre la importancia del agua, pero yo quiero invitarles a que si efectivamente tenemos sumo interés en dar al agua la importancia que tiene y convertirla realmente en un derecho humano fundamental, tomemos un acuerdo transversal y de una vez por todas…

El señor PAULSEN (Presidente).-

Ha terminado su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag .

El señor SABAG.-

Señor Presidente, como representante de la Región de Ñuble, voy a votar a favor este proyecto que establece la obligación del Presidente de la República de informar, dentro de los siete días siguientes a la declaración de un estado de catástrofe, las medidas que va a adoptar para garantizar, en situaciones de pandemia, de crisis sanitaria, de desastres naturales, el acceso y disponibilidad de agua a la población afectada, en cantidades suficientes.

Esto debiera ser en todo momento. Por eso que hace ocho años, con la diputada Alejandra Sepúlveda y el diputado José Pérez Arriagada , presentamos un proyecto de ley para garantizar el consumo humano como prioridad en el uso del agua. Ese proyecto está en el Senado y espero que pronto sea ley de la república.

También cabe señalar que este es un derecho humano fundamental. Lamentablemente, hoy en los sectores rurales solo cerca del 50 por ciento de las familias tiene acceso al agua. Todavía está pendiente el reglamento de la ley de servicios sanitarios, que aprobamos en la Comisión de Agricultura hace dos años. Eso también dificulta poder tener mayor disponibilidad de agua. Hoy todavía estamos con camiones aljibe en Portezuelo, en las distintas comunas de Ñuble y en todo el país, incluso en temporada de invierno.

De manera que este proyecto lo vamos a aprobar, porque es un proyecto muy sencillo, que establece la obligación del Presidente de tomar todas las medidas para combatir, en este caso, este virus.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Tomás Hirsch .

El señor HIRSCH.-

Señor Presidente, en 2010, Naciones Unidas estableció que el agua es un derecho humano fundamental, y la autoridad sanitaria ha sido majadera en decir que el lavado de manos es la principal medida para evitar el coronavirus. Al final, lamentablemente, el que se ha lavado las manos con el problema del agua potable ha sido el gobierno, porque en nuestro país tenemos cerca de 1 millón de personas que no accede a este servicio o lo hace en condiciones absolutamente deficientes.

En estado de catástrofe, el Presidente dispone de las facultades para intervenir el derecho de propiedad, y, por lo mismo, extraña mucho que no la haya aplicado a prácticamente ningún bien o a ningún servicio de primera necesidad. Pero en el caso del agua estamos hablando de algo muy especial, pues se trata de un derecho humano que es fundamental para la vida, sin el cual es muy difícil superar la situación en que estamos, más aún cuando todos sabemos que la higiene personal es fundamental, clave para evitar el contagio.

Espero que todos apoyen este proyecto y que a nadie se le ocurra invocar ahora cosas como el derecho de propiedad, por ejemplo. De lo que se trata es de salvar la vida de las personas, de asegurar que las personas puedan lavarse las manos con agua potable, que puedan disponer de este elemento, y no hay ningún derecho -de propiedad o de otro tipo- que esté por sobre esto, y eso es fundamental.

A poco tiempo de iniciarse la pandemia en Chile, el Instituto Nacional de Derechos Humanos hizo un llamado, diciéndole a las autoridades que debían asegurar este elemento vital para el consumo de todas las personas, para resguardar la salud de los grupos especialmente vulnerables, como son los niños, las niñas, los adultos mayores y las personas en situación de pobreza que habitan en campamentos o que están en situaciones de complejidad para su vida habitual.

Es inmoral e indigno que en nuestro país, en una misma localidad, se estén utilizando miles de litros de agua para el riego de paltas, mientras que las personas tienen que conformarse con recibir agua de camiones aljibe.

Espero que todas y todos los diputados aprobemos, por unanimidad, el proyecto. Sin duda, debemos avanzar en el sentido de anular este Código de Aguas, que es único en el mundo, que la entrega a privados a perpetuidad.

Por ahora, aprobemos por unanimidad este proyecto de ley.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra, hasta por dos minutos, la diputada Camila Flores .

La señora FLORES (doña Camila) [vía telemática].-

Señor Presidente, primero, valoro este proyecto. Sin lugar a dudas, respecto del agua, la prioridad tiene que ser el consumo humano.

Yo represento un distrito donde, desgraciadamente, muchas familias no tienen un recurso que es vital, el agua, en tiempos normales; imagínense lo que ocurre ahora, a propósito de esta pandemia: existe la necesidad urgente de tener agua. Ellos abren la llave y no tienen agua. Si no es por un camión aljibe, que les entrega una cantidad de litros diarios, no tendrían cómo sobrevivir, porque el agua es vital, no solo a propósito de su uso cotidiano o doméstico, sino también para enfrentar esta pandemia. Por eso, valoro esta iniciativa, que fue aprobada de manera unánime en la Comisión de Recursos Hídricos. Por lo tanto, espero que hoy contemos con el apoyo transversal de todos los parlamentarios.

El agua es un recurso vital, pero desgraciadamente vemos cómo muchas familias no cuentan con él o muchas veces tienen que elegir qué hacer o qué no hacer para tener agua suficiente y así no les falte para otras necesidades esenciales.

Por eso, junto con valorar este proyecto, también quiero hacer un humilde llamado al gobierno para que destine todos los recursos necesarios, todos los recursos que sean suficientes, para comprar toda el agua que las familias necesitan. Desgraciadamente, tenemos familias que viven con 50 litros de agua diarios, y eso no es vivir; claramente, es una cantidad insuficiente. Por eso, espero que el Ministerio del Interior haga un esfuerzo importante y significativo en materia económica, para comprar el agua que sea necesaria y llegar a todas las familias que, desgraciadamente, hoy, en pleno siglo XXI, siguen recibiendo agua de un camión aljibe y no a través del sistema de agua potable de sus casas.

Desgraciadamente, en una era en que avanza la tecnología y una serie de materias, seguimos viendo cómo, desgraciadamente, las familias chilenas necesitan…

El señor PAULSEN (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señora diputada. Tiene la palabra, hasta por dos minutos, el diputado Francisco Eguiguren .

El señor EGUIGUREN (vía telemática).-

Señor Presidente, este es un buen proyecto y debemos apoyarlo no solamente por la necesidad, sino porque, a mi juicio, es de justicia social y de ética abordarlo, sobre después de haber recorrido la Región de Coquimbo y estar presente en lugares como La Higuera, al interior de Punitaqui, en Combarbalá, en sectores rurales, donde vimos el drama del agua. Es una verdadera humillación, es refregar la pobreza en la cara de las personas. En verdad, cuando uno está con ellos, se estremece.

Sepa usted, Presidente, que hoy se distribuyen 50 litros de agua por persona a la semana en los sectores rurales de nuestro país que no tienen agua potable, cantidad que ocupan para el consumo humano y también para sus propios animales, que se mueren, producto de la sequía, además de lavar los platos, la loza, en fin, para todas las necesidades de la familia.

Esto no debiera suceder en un país como Chile, en que nos sentimos al borde del desarrollo. Este es un verdadero puñete en la cara para todos los que creemos que estamos en un país listo para mirar al mundo de igual a igual.

Hoy legislamos en estado de emergencia, pero, vista esta realidad, tenemos que hacer cosas concretas para adelante, para que esto no vuelva a ser tema de discusión nunca más. El agua no puede ser tema de discusión en un parlamento ni en un país como Chile, que se precia de ser desarrollado.

Por eso, es importante no solo aumentar la cantidad de viajes de los camiones aljibe, que entregan agua una vez a la semana o, incluso, una vez cada diez días, sino que también es necesario generar, con urgencia, una red de pozos de emergencia, además de un programa de red de represas donde sea posible acumular agua para abastecer a todas esas localidades. Debemos generar plantas desalinizadoras y usar…

El señor PAULSEN (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra, hasta por cuatro minutos, el diputado Celso Morales .

El señor MORALES.-

Señor Presidente, sin lugar a dudas, el proyecto va en el sentido correcto de abordar las exigencias de la población respecto del problema de la escasez hídrica que azota a gran parte del país.

En mi caso, el problema de escasez está directamente relacionado con el mundo rural, al que represento, de la zona del Maule, en la provincia de Curicó, y todo el secano costero de la provincia de Talca.

Sin embargo, hoy no solo se trata de la escasez hídrica, sino también de los problemas que provoca la pandemia, dificultades que se van agudizando y que siempre tienen un factor común: la gente del mundo rural, la gente que vive retirada de las zonas urbanas y que sufre carencia absoluta de agua, como sucede en la comuna de Vichuquén, pues en varios sectores no tienen agua y viven una situación bastante crítica.

Entonces, este proyecto de ley, que faculta al Presidente de la República para reservar el uso prioritario del agua para el consumo humano, me parece que va en el sentido correcto de dar tranquilidad a toda la población que está sufriendo esta situación de falta de agua. Por lo menos en nuestra zona ya veníamos arrastrando este problema desde hace un par de años, que hoy se ha agudizado, porque sigue agravándose la escasez hídrica, de manera que esto daría tranquilidad si la escasez continúa, para que esto sea prioridad y el Estado, el Presidente de la República, tenga la facultad de reservar el uso prioritario del agua para el consumo humano.

También es importante, sin perjuicio de la facultad que esta iniciativa entrega al Presidente de la República, que el Estado, el gobierno y especialmente los gobiernos regionales destinen recursos de emergencia ahora, en este momento, para los sectores rurales, pues algunos de ellos no tienen APR y necesitan de manera urgente contar con un pozo, y otros tienen APR, pero sus pozos están con bajo nivel de agua. Ello provoca una situación de preocupación relevante.

Reitero: si bien debemos entregar al Presidente de la República la facultad de asegurar el uso prioritario del agua para los fines señalados, también deberíamos insistir e, incluso, hacer perentorio que los gobiernos regionales, la Subdere o el MOP puedan entregar recursos para que mediante los APR las comunidades del mundo rural puedan tener la tranquilidad de que tendrán asegurado el sistema de agua potable a lo menos para el consumo. En el mundo rural no solo están luchando con el tema de la pandemia, sino que también están sufriendo por la escasez de agua, por lo que necesitamos de manera urgente darle solución a aquello.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Nicolás Noman .

El señor NOMAN (vía telemática).-

Señor Presidente, represento a la Región de Atacama, en la que históricamente hemos sufrido por años por la escasez hídrica debido a nuestra situación geográfica y a otras circunstancias.

Hoy estamos legislando sobre este proyecto de ley, que analizamos en la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación y que va de la mano con algo que hemos planteado desde el primer día como parlamentarios: la necesidad de mejorar la institucionalidad del agua en nuestro país.

Hoy estamos en esta crisis de la pandemia del coronavirus, pero no hay que olvidar que la crisis del agua que ya tenemos, de acuerdo con los antecedentes entregados por la Dirección General de Aguas, la Superintendencia de Servicios Sanitarios y el resto de los organismos vinculados con el agua, se debe a que estamos viviendo la mayor escasez hídrica en nuestro país. Este fenómeno ocurrió durante los años 2015, 2016, 2017, 2018 y para qué decir el año pasado. Por lo que hemos visto, este año también tendremos escasez hídrica, y lo más probable es que en los próximos años vamos a tener mayores complejidades debido a la falta de agua. Esa será la nueva pandemia que tendremos en los próximos años: la escasez hídrica.

Por lo tanto, valoro el esfuerzo que ha hecho el gobierno a través de la constitución de la Mesa Nacional del Agua, la que ha ido avanzando -si bien con suspensiones producto del coronavirus, por lo que no se ha podido reunir con la frecuencia que se quisiera- y en la que se ha ido escuchando a distintos expertos en la materia. Esta mesa ha sido liderada con gran fuerza por el ministro de Obras Públicas, don Alfredo Moreno , con quien hemos conversado sobre el tema en distintas oportunidades.

Lo más importante es que este proyecto sirva para evitar los populismos y las políticas sin sentido y mejorar nuestra institucionalidad del agua.

Uno de los principales proyectos que se han aprobado a nivel mundial tiene que ver precisamente con reformar la institucionalidad del agua. Hay que ver lo que están haciendo otros países para dar certeza y seguridad jurídica en este ámbito, y para entregar mayor cantidad de tecnología para garantizar tanto el agua potable para el consumo humano, que es nuestro principal objetivo, como también para desarrollar la actividad productiva, por ejemplo, la del mundo de la agricultura y otras, que se deben regularizar y que necesitan el agua.

Por este motivo votaré a favor el proyecto, sin perjuicio de que la tarea que está pendiente, que nos debe convocar a todos y que lidera el gobierno a través del Ministerio de Obras Públicas, es avanzar en la Mesa Nacional del Agua, dejando de lado los populismos e intereses personales, para generar una política institucional del recurso hídrico para los próximos veinte, treinta o cincuenta años. Si tenemos que hacerlo a través de un nuevo ministerio o subsecretaría del agua, que pueda agrupar a todos los servicios públicos que tenemos en Chile, que son sobre cincuenta, vinculados con el tema del agua, y avanzar en dar mayor tecnología y certeza jurídica al uso del recurso, obtendremos un nuevo proyecto.

Por ello, invito a todos a aprobar el proyecto y a apoyar, cuando nos toque el momento, así como lo haremos hoy con esta iniciativa, la Mesa Nacional del Agua, liderada por el ministro de Obras Públicas, Alfredo Moreno , porque en su minuto nos tocará legislar sobre esta materia y tendremos que hacerlo de la manera más seria y responsable.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, con la salvedad de su artículo permanente, por tratar materias propias de ley orgánica constitucional. En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados Raúl Leiva , Gastón Saavedra y Alexis Sepúlveda .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 135 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 1 abstención.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Eguiguren Correa , Francisco Melero Abaroa , Patricio Saavedra Chandía , Gastón Alessandri Vergara , Jorge Espinoza Sandoval , Fidel Mellado Pino , Cosme Sabag Villalobos , Jorge Álvarez Ramírez , Sebastián Fernández Allende , Maya Mellado Suazo , Miguel Sabat Fernández , Marcela Álvarez Vera , Jenny Flores García, Iván Mirosevic Verdugo , Vlado Saffirio Espinoza , René AlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo Flores Oporto , Camila Molina Magofke , Andrés Saldívar Auger , Raúl Amar Mancilla , Sandra Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Monsalve Benavides , Manuel Sanhueza Dueñas , Gustavo Ascencio Mansilla , Gabriel Gahona Salazar , Sergio Moreira Barros , Cristhian Santana Castillo , Juan Auth Stewart , Pepe Galleguillos Castillo , Ramón Mulet Martínez , Jaime Santana Tirachini , Alejandro Baltolu Rasera, Nino García García, René Manuel Muñoz González , Francesca Santibáñez Novoa , Marisela Barrera Moreno , Boris Garín González , Renato Naranjo Ortiz , Jaime Sauerbaum Muñoz , Frank Barros Montero , Ramón González Gatica , Félix Noman Garrido , Nicolás Schalper Sepúlveda , Diego Bellolio Avaria , Jaime González Torres , Rodrigo Norambuena Farías, Iván Schilling Rodríguez , Marcelo Berger Fett , Bernardo Hernando Pérez , Marcela Núñez Arancibia , Daniel Sepúlveda Orbenes , Alejandra Bernales Maldonado , Alejandro Hirsch Goldschmidt , Tomás Núñez Urrutia , Paulina Sepúlveda Soto , Alexis Bobadilla Muñoz , Sergio Ibáñez Cotroneo , Diego Nuyado Ancapichún , Emilia Silber Romo , Gabriel Boric Font , Gabriel Ilabaca Cerda , Marcos Olivera De La Fuente , Erika Soto Ferrada , Leonardo Brito Hasbún , Jorge Jackson Drago , Giorgio Ortiz Novoa, José Miguel Soto Mardones , Raúl Calisto Águila , Miguel Ángel Jarpa Wevar , Carlos Abel Ossandón Irarrázabal , Ximena Teillier Del Valle , Guillermo Cariola Oliva , Karol Jiles Moreno , Pamela Pardo Sáinz , Luis Tohá González , Jaime Carter Fernández , Álvaro Jiménez Fuentes , Tucapel Parra Sauterel , Andrea Torrealba Alvarado , Sebastián Carvajal Ambiado , Loreto Jürgensen Rundshagen , Harry Paulsen Kehr , Diego Torres Jeldes , Víctor Castillo Muñoz , Natalia Kast Sommerhoff , Pablo Pérez Arriagada , José Trisotti Martínez , Renzo Castro Bascuñán , José Miguel Keitel Bianchi , Sebastián Pérez Lahsen , Leopoldo Undurraga Gazitúa , Francisco Castro González, Juan Luis Kort Garriga , Issa Pérez Olea , Joanna Urruticoechea Ríos , Cristóbal Celis Araya , Ricardo Kuschel Silva , Carlos Pérez Salinas , Catalina Vallejo Dowling , Camila Celis Montt , Andrés Labra Sepúlveda , Amaro Prieto Lorca , Pablo Van Rysselberghe Herrera , Enrique Cicardini Milla , Daniella Lavín León , Joaquín Ramírez Diez , Guillermo Velásquez Núñez , Esteban Cid Versalovic , Sofía Leiva Carvajal , Raúl Rathgeb Schifferli , Jorge Venegas Cárdenas , Mario Coloma Álamos, Juan Antonio Longton Herrera , Andrés Rentería Moller , Rolando Verdessi Belemmi , Daniel Crispi Serrano , Miguel Lorenzini Basso , Pablo Rey Martínez, Hugo Vidal Rojas , Pablo CruzCoke Carvallo , Luciano Luck Urban , Karin Rocafull López , Luis Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Del Real Mihovilovic , Catalina Macaya Danús , Javier Rojas Valderrama , Camila Walker Prieto , Matías Desbordes Jiménez , Mario Marzán Pinto , Carolina Romero Sáez , Leonidas Yeomans Araya , Gael Díaz Díaz , Marcelo Matta Aragay , Manuel Rosas Barrientos, Patricio

-Se abstuvo el diputado señor:

Urrutia Bonilla, Ignacio

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde votar en general el artículo único permanente del proyecto, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 89 diputadas y diputados en ejercicio.

En votación.

Hemos tenido algunos inconvenientes con la votación de algunos parlamentarios.

Por lo tanto, voy a repetir la votación.

Les recuerdo que corresponde votar en general el artículo único permanente del proyecto, para cuya aprobación se requiere el voto favorable de 89 diputadas y diputados en ejercicio. En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de la diputada Karol Cariola y de los diputados Raúl Leiva , Diego Ibáñez , Vlado Mirosevic , Jorge Rathgeb , Fernando Meza , Nicolás Noman y José Miguel Castro .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 138 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Espinoza Sandoval , Fidel Mellado Pino , Cosme Sabag Villalobos , Jorge Alessandri Vergara , Jorge Fernández Allende , Maya Mellado Suazo , Miguel Sabat Fernández , Marcela Álvarez Ramírez , Sebastián Flores García, Iván Meza Moncada , Fernando Saffirio Espinoza , René Álvarez Vera , Jenny Flores Oporto , Camila Mirosevic Verdugo , Vlado Saldívar Auger , Raúl AlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Molina Magofke , Andrés Sanhueza Dueñas , Gustavo Amar Mancilla , Sandra Gahona Salazar , SergioMonsalve Benavides ManuelSantana Castillo , Juan Ascencio Mansilla , Gabriel Galleguillos Castillo , Ramón Moreira Barros , Cristhian Santana Tirachini , Alejandro Auth Stewart, Pepe García García, René Manuel Mulet Martínez , Jaime Santibáñez Novoa , Marisela Baltolu Rasera , Nino Garín González , Renato Muñoz González , Francesca Sauerbaum Muñoz , Frank Barrera Moreno , Boris González Gatica , Félix Naranjo Ortiz , Jaime Schalper Sepúlveda , Diego Barros Montero , Ramón González Torres , Rodrigo Noman Garrido , Nicolás Schilling Rodríguez , Marcelo Bellolio Avaria , Jaime Gutiérrez Gálvez , Hugo Norambuena Farías , Iván Sepúlveda Orbenes , Alejandra Berger Fett , Bernardo Hernando Pérez , Marcela Núñez Arancibia , Daniel Sepúlveda Soto , Alexis Bernales Maldonado , Alejandro Hirsch Goldschmidt , Tomás Nuyado Ancapichún , Emilia Silber Romo , Gabriel Bobadilla Muñoz , Sergio Ibáñez Cotroneo , Diego Olivera De La Fuente , Erika Soto Mardones , Raúl Boric Font , Gabriel Ilabaca Cerda , Marcos Ortiz Novoa, José Miguel Teillier Del Valle , Guillermo Brito Hasbún , Jorge Jackson Drago , Giorgio Ossandón Irarrázabal , Ximena Tohá González , Jaime Calisto Águila , Miguel Ángel Jarpa Wevar , Carlos Abel Pardo Sáinz , Luis Torrealba Alvarado , Sebastián Cariola Oliva , Karol Jiles Moreno , Pamela Parra Sauterel , Andrea Torres Jeldes , Víctor Carter Fernández , Álvaro Jiménez Fuentes , Tucapel Paulsen Kehr , Diego Trisotti Martínez , Renzo Carvajal Ambiado , Loreto Jürgensen Rundshagen , Harry Pérez Arriagada , José Troncoso Hellman , Virginia Castillo Muñoz , Natalia Kast Sommerhoff , Pablo Pérez Lahsen , Leopoldo Undurraga Gazitúa , Francisco Castro Bascuñán, José Miguel Keitel Bianchi , Sebastián Pérez Olea , Joanna Urruticoechea Ríos , Cristóbal Castro González, Juan Luis Kort Garriga , Issa Pérez Salinas , Catalina Vallejo Dowling , Camila Celis Araya , Ricardo Kuschel Silva , Carlos Prieto Lorca , Pablo Van Rysselberghe Herrera , Enrique Celis Montt , Andrés Labra Sepúlveda , Amaro Ramírez Diez , Guillermo Velásquez Núñez , Esteban Cicardini Milla , Daniella Lavín León , Joaquín Rathgeb Schifferli , Jorge Velásquez Seguel , Pedro Cid Versalovic , Sofía Leiva Carvajal , Raúl Rentería Moller , Rolando Venegas Cárdenas , Mario Coloma Álamos, Juan Antonio Longton Herrera , Andrés Rey Martínez , Hugo Verdessi Belemmi , Daniel Crispi Serrano , Miguel Lorenzini Basso , Pablo Rocafull López , Luis Vidal Rojas , Pablo CruzCoke Carvallo , Luciano Luck Urban , Karin Rojas Valderrama , Camila Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Del Real Mihovilovic , Catalina Macaya Danús , Javier Romero Sáez , Leonidas Walker Prieto , Matías Desbordes Jiménez , Mario Marzán Pinto , Carolina Rosas Barrientos , Patricio Winter Etcheberry , Gonzalo Díaz Díaz , Marcelo Matta Aragay , Manuel Saavedra Chandía , Gastón Yeomans Araya , Gael Eguiguren Correa , Francisco Melero Abaroa, Patricio

-Se abstuvieron los diputados señores:

Soto Ferrada, Leonardo Urrutia Bonilla, Ignacio

El señor PAULSEN (Presidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda aprobado también en particular, con la misma votación, dejándose constancia de haberse alcanzado el quorum constitucional requerido.

Despachado el proyecto al Senado.

-o-

El señor MEZA (vía telemática).-

Señor Presidente, en las dos votaciones anteriores voté a favor, pero no se registraron mis votos.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Diputado Meza , dejaremos constancia en el acta de sus votos a favor.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 20 de mayo, 2020. Oficio en Sesión 26. Legislatura 368.

VALPARAÍSO, 20 de mayo de 2020

Oficio N° 15.543

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

Con motivo de la moción, informe, y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha aprobado el proyecto de ley que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, correspondiente al boletín Nos 13.404-33, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- El Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que éste le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria. Dentro de los siete días corridos siguientes a la entrada en vigencia del decreto que declara el estado de catástrofe, el Presidente de la República deberá informar sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará.

Artículo transitorio.- Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, el plazo de siete días establecidos en el artículo único se contará desde la publicación de esta ley.”.

*****

Hago presente a V.E. que el artículo único del proyecto de ley fue aprobado, en general y en particular, por 138 votos a favor, de un total de 155 diputados en ejercicio, dándose cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

Dios guarde a V.E.

DIEGO PAULSEN KEHR

Presidente de la Cámara de Diputados

LUIS ROJAS GALLARDO

Secretario General (S) de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión Especial sobre Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía del Senado

Senado. Fecha 02 de julio, 2020. Informe de Comisión Especial sobre Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía del Senado en Sesión 47. Legislatura 368.

?INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL SOBRE RECURSOS HÍDRICOS, DESERTIFICACIÓN Y SEQUÍA recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.

BOLETÍN N° 13.404-33

____________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión Especial sobre Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía tiene el honor de informar acerca del proyecto de ley individualizado en el epígrafe, iniciado en Moción del Honorable Diputado señor Diego Ibáñez Cotroneo.

A las sesiones en que la Comisión consideró esta iniciativa de ley asistieron, además de sus miembros, el Honorable Diputado señor Diego Ibáñez Cotroneo y el Honorable Senador señor Alejandro Navarro.

Asimismo, concurrieron, especialmente invitados, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el Ministro, señor Claudio Alvarado, y el abogado de la Dirección Jurídica, señor Máximo Pávez.

Del Ministerio de Obras Públicas: el Director General de Aguas, señor Óscar Cristi.

Del Ministerio del Interior, el Jefe de la Unidad de Gestión, Riesgo y Emergencia de la Subsecretaría del Interior, señor Cristián Barra.

Asimismo, asistieron:

De la Biblioteca del Congreso Nacional, el analista de Recursos Naturales, Ciencia y Tecnología, señor Eduardo Baeza.

De la oficina de la Senadora señora Provoste, el asesor, señor Rodrigo Vega.

De la oficina de la Senadora señora Allende, el asesor, señor Alejandro Sánchez.

De la oficina de la Senadora señora Ebensperger, el asesor, señor Patricio Cuevas.

De la oficina de la Senadora señora Muñoz, el asesor, señor Luis Díaz.

De la oficina del Senador señor Castro, el asesor, señor Leonardo Contreras.

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Asimismo, cabe señalar que, por tratarse de un proyecto de artículo único, en conformidad con lo prescrito en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, vuestra Comisión os propone discutirlo en general y en particular a la vez.

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OBJETIVOS DEL PROYECTO

La iniciativa de ley tiene por objeto orientar legalmente las atribuciones del Presidente de la República en materia de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por calamidad pública, con el fin de garantizar en situaciones de pandemia, crisis sanitaria y desastres naturales, el acceso y disponibilidad en cantidades suficientes de agua a la población afectada.

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NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL

Su artículo único permanente y su artículo transitorio, tienen el carácter de ley orgánica constitucional, de conformidad a lo establecido por los artículos 44 y 66, inciso segundo, de la Constitución Política de la República, por regular materias de estados de excepción.

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ANTECEDENTES

Para el estudio de esta iniciativa de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes antecedentes:

ANTECEDENTES JURÍDICOS

1.- Artículo 44 de la Constitución Política de la República.

2.- Ley N° 18.415, Ley Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción.

3.- Ley 16.282, Fija disposiciones para casos de sismos o catástrofes, establece normas para la reconstrucción de la zona afectada por el sismo de 28 de marzo de 1965 y modifica la ley N° 16.250.

3.- Decreto supremo N° 104, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de 18 de marzo de 2020, que declara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile.

ANTECEDENTES DE HECHO

El autor de la moción señala que la pandemia del COVID-19 que ha afectado al mundo durante los últimos meses, ha puesto a prueba no solo a los sistemas de salud de distintos países, sino que también a una serie de dispositivos estatales y privados involucrados en el desenvolvimiento de la vida cotidiana de la ciudadanía, como lo son el abastecimiento, el transporte y la educación, por mencionar algunos. Añade que ante esta situación, no resulta raro que la emergencia haga notorias diversas falencias presentes en nuestro modo de organizar la vida en sociedad y nos permita proponer soluciones.

Agrega que una de las principales recomendaciones de los expertos en salud para prevenir el contagio del COVID-19, comenzando por la Organización Mundial de la Salud, es el constante lavado de manos con agua y jabón, en un procedimiento que como mínimo debe tomar veinte segundos en los cuales se utiliza agua corriente tanto para un lavado inicial como para remover el jabón. Indica que esta acción, que puede parecer tan sencilla para la mayor parte de la población, especialmente en zonas urbanas, resulta un desafío en aquellos lugares donde el agua no es suficiente de forma regular.

Precisa el autor que la Organización Mundial de la Salud establece que, en condiciones normales, es decir sin tener en cuenta la situación de pandemia en la que nos encontramos u otras que presenten necesidades especiales para el consumo de agua, se alcanza un nivel de acceso óptimo al agua, cuando se dispone de 100 litros por persona al día, lo cual implica una muy baja preocupación por riesgos a la salud. Añade que esto generalmente se alcanza al disponer de un suministro continuo, al interior de la vivienda y mediante múltiples llaves o grifos. Un acceso intermedio al agua corresponde a 50 litros por persona al día, lo cual trae consigo una baja preocupación por riesgos a la salud, y por su parte un acceso básico corresponde a 20 litros de agua al día por persona, lo cual levanta preocupaciones altas por riesgos a la salud.

Hace presente que, en Chile, de acuerdo al Censo 2017, 383.204 viviendas no cuentan con agua potable y, en particular, el 47,2% de la población rural no cuenta con un abastecimiento formal de agua potable, siendo sus principales fuentes de abastecimiento pozos, aguas corrientes superficiales o camiones aljibes. Añade que muchas localidades en Chile se abastecen mediante Agua Potable Rural (APR), las cuales para 2018 lograron una cobertura del 53%, atendiendo a 1.787.916 personas, sin embargo estas han presentado problemas de interrupciones en el suministro que han afectado a cerca de 350.000 personas. Entre las zonas que se abastecen mediante camiones aljibe destaca el caso de Petorca, donde muchos disponen de una cuota de 50 litros por persona al día. Sin embargo, advierte que existen denuncias de que este suministro no ha sido continuo o en la cantidad indicada, incluso durante la emergencia del COVID-19 donde el agua es tan necesaria.

En contraste, expresa que tal como ha sido discutido en diversas instancias sobre la sequía que enfrenta nuestro país, existe una importante cantidad de agua que es extraída y captada para fines que no tienen la misma prioridad que el consumo humano. Tal como muestra la figura tomada del estudio “Radiografía del Agua”, el uso del agua para riego, que corresponde a un uso consuntivo, es el más extendido, superando ampliamente al agua potable y al saneamiento, tanto en derechos como en captaciones.

Agrega que si tan solo el 0,5% de las captaciones del sector agrícola, lo que equivaldría a cerca de 2 m3/s, se dispusieran para asegurar un consumo mínimo de 100 litros por persona al día, sería posible cubrir las necesidades de alrededor 1,7 millones de personas.

Advierte que la situación anteriormente descrita, es especialmente preocupante, puesto que, es deber del Estado velar por el cumplimiento de obligaciones internacionales que constan en tratados internacionales que versan sobre derechos humanos, firmados y ratificados por Chile y que se encuentran vigentes. Enfatiza que es un deber estatal respetar y promover tales derechos según el inciso 2° del artículo 5° de la Constitución Política de la República. En este sentido, el derecho humano al agua consta en diversos instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículos 11 y 12), y según la Observación General N°3 y 15 del Comité del pacto, hay obligaciones básicas que se deben cumplir en esta materia que implican “garantizar a todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico. Un abastecimiento adecuado de agua salubre es necesario para evitar la muerte por deshidratación, para reducir el riesgo de las enfermedades relacionadas con el agua y para satisfacer las necesidades de consumo y cocina y las necesidades de higiene personal y doméstica”. A su turno, el ejercicio del derecho al agua se relaciona con otros derechos fundamentales, tales como el derecho a la vida, integridad física y psíquica, la protección de la salud, entre otros. En este sentido, el Estado debe velar para que:” i) no exista interrupción o desconexión arbitraria o injustificada de los servicios o instalaciones de agua; ii) los aumentos desproporcionados o discriminatorios del precio del agua; y iii) la contaminación y disminución de los recursos de agua en detrimento de la salud humana”. Añade que, en consecuencia, el Estado debe establecer mecanismos de socorro de emergencia, de modo que, logre que la población afectada disfrute del derecho al agua en el nivel mínimo indispensable y que sea consecuente con la declaración constitucional de principios y garantías constitucionales que orientan la acción estatal hacia el bien común y el servicio a la persona humana.

A continuación, hace presente que, teniendo en cuenta entonces las facultades que otorga al Presidente de la República la declaratoria de estado de catástrofe, la necesidad de asegurar el consumo humano como uso prioritario del agua y que ante estados de catástrofe, como pueden ser los derivados de desastres naturales, del cambio climático, de la acción humana o el caso actual de una pandemia, el agua se vuelve aún más esencial para el adecuado desarrollo de la vida en las zonas afectadas, es que este proyecto de ley busca instar a la adopción de medidas excepcionales de emergencia, orientando legalmente las atribuciones del Presidente de la República en materia de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por calamidad pública, con el fin que las medidas administrativas del Presidente de la República garanticen en situaciones de pandemia, crisis sanitaria y desastres naturales, el acceso y disponibilidad en cantidades suficientes de agua a la población afectada.

Seguidamente, destaca que la idea matriz del proyecto de ley tiene por objeto orientar legalmente las atribuciones del Presidente de la República en materia de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por calamidad pública, con el fin de garantizar en situaciones de pandemia, crisis sanitaria y desastres naturales, el acceso y disponibilidad en cantidades suficientes de agua a la población afectada.

Por último, señala que el presente proyecto de ley, por medio de un artículo único, crea un nuevo cuerpo normativo en el que se dispone la obligación que tiene el Presidente de la República, durante los siete días corridos desde la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, de informar si hará uso de las facultades que le otorga el artículo 43 inciso tercero de la Constitución Política de la República y las medidas que adoptará, con el objeto de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.

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DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

El texto del proyecto de ley en informe es el siguiente:

“Artículo único.- El Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que éste le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria. Dentro de los siete días corridos siguientes a la entrada en vigencia del decreto que declara el estado de catástrofe, el Presidente de la República deberá informar sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará.

Artículo transitorio.- Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, el plazo de siete días establecidos en el artículo único se contará desde la publicación de esta ley.”.

Al inicio de la discusión, el Director General de Aguas, señor Óscar Cristi, manifestó entender el problema de sequía agravado en situaciones de catástrofe, aunque hizo presente que el Código de Aguas contempla ciertas acciones para afrontar la emergencia.

Aclaró que la potestad de asegurar el consumo humano de agua potable en circunstancias excepcionales, como la actual pandemia, ya existe en el ordenamiento jurídico. No obstante, declaró que, si el espíritu es precisar dicha facultad, debiera acompañarse de un mecanismo concreto que permita diseñar una gestión adecuada de los recursos hídricos para satisfacer el consumo humano, de lo contrario, será solo una declaración de principios.

Sin perjuicio de lo anterior, planteó dudas sobre la constitucionalidad de la norma propuesta por el presente proyecto de ley, por cuanto, a su juicio, sería una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, asunto que ya fue advertido en la discusión sostenida en la Cámara de Diputados. Por otra parte, afirmó que la Carta Fundamental considera la obligación de informar de las medidas adoptadas en un período de calamidad pública, estimando que fijar un plazo para cumplir con dicha exigencia requeriría una reforma constitucional y no mediante una modificación legal como pretende la iniciativa en debate. Por último, consideró relevante que esta fuera compatible con otros cuerpos legales, en particular, con la Constitución Política y la ley N° 18.415, orgánica constitucional de los Estados de Excepción.

Enseguida, el Honorable Diputado señor Ibáñez, autor de la Moción, expuso que la iniciativa aborda una materia ya regulada en la Constitución Política, incorporando una orientación legal a un objetivo determinado no explicitado en la declaratoria de estado de catástrofe, cual es la de asegurar el uso prioritario de agua en cantidad y calidad necesaria para el consumo humano, saneamiento y uso doméstico.

Aseguró que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró en marzo pasado que el agua es urgente y necesaria para combatir la pandemia. En tal sentido, continuó, la iniciativa propone una nueva obligación de carácter facultativo al Presidente de la República, discrecionalidad representada por la voz “podrá”, que permite salvar el problema de constitucionalidad advertido por el representante del Ejecutivo.

Agregó que el proyecto de ley fija un plazo de siete días corridos, contado desde la declaración de estado de calamidad pública, a la obligación constitucional de informar las medidas adoptadas durante el período de excepción. Por su parte, acotó, el artículo transitorio aclara que el plazo se contaría desde el momento que se publique la ley, si ya existiere un estado de excepción constitucional, como es el caso.

La iniciativa de ley, justificó, responde al principio de “servicialidad” reconocido en la Constitución Política, donde el Estado está al servicio del bien común y la persona humana, permitiendo al Congreso Nacional fiscalizar las medidas adoptadas en un estado de excepción constitucional en relación con el derecho humano al agua, incorporado a la Carta Fundamental por medio de su artículo 5°, que reconoce tal jerarquía a los tratados internacionales que Chile ha suscrito en la materia.

Luego, la Honorable Senadora señora Allende se mostró de acuerdo con el proyecto de ley, pese a considerar que no reviste mayor innovación, pues el ordenamiento jurídico ya contempla las facultades contenidas en la iniciativa. Asimismo, estuvo de acuerdo en que el problema de constitucionalidad fue soslayado por la Moción al considerar el carácter facultativo de la obligación mediante el uso de la voz “podrá”.

No obstante lo señalado, aclaró que el motivo de su apoyo a la idea de legislar se vincula con la necesidad de seguir presionando a la autoridad central para que en medio de una catástrofe como la actual, las más de cuatrocientas mil familias que no cuentan con acceso al agua potable sean abastecidas con el mínimo necesario para su consumo y uso doméstico. Recordó que en una sesión celebrada dos semanas atrás, sobre la crisis hídrica en la zona central, un representante del Ministerio del Interior y de Seguridad Pública reconoció la falta de recursos públicos para cubrir dicha necesidad. Declaró no entender cómo se concilia el llamado de las autoridades sanitarias a intensificar las medidas de higiene para combatir la pandemia, entre ellas el lavado continuo de manos, si una parte de la población no tiene garantizado el acceso al agua potable.

Hizo presente que numerosas veces ha advertido en la Comisión al Ministerio de Obras Públicas de la profunda crisis de sequía que afecta al Valle de Aconcagua. Sin embargo, criticó que, a más de un mes de la declaración de distintas autoridades locales y regionales solicitando la entrega de una cantidad mínima de agua potable por familia en dicha zona, la medida aún no se lleva a efecto. Insistió en que la escasez hídrica al interior de la región de Valparaíso es extremadamente crítica, ocasionando serios problemas de abastecimiento para las familias y de presión para los sistemas de agua potable rural. Incluso, apuntó, algunos municipios se han quejado porque han debido destinar recursos locales para garantizar el acceso al agua.

Puntualizó que las intervenciones de los cauces debieran ser más efectivas en orden a garantizar el consumo humano como primerísima medida, puesto que, a su juicio, no existe claridad sobre la estrategia para una política sobre el uso más eficiente del recurso hídrico.

A continuación, la Honorable Senadora señora Ebensperger, expresó que el proyecto de ley faculta al Presidente de la República durante la vigencia de un estado de excepción constitucional a utilizar las potestades que el mismo estado excepcional ya le concede, con la finalidad de asegurar el uso prioritario de agua para el consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, en la cantidad y calidad adecuadas al contexto de la calamidad que hubiere motivado la declaratoria.

Basado en lo anterior, sostuvo que el artículo 43 de la Constitución Política ya considera dicha atribución, misma razón por la que estimó que esta parte de la Moción sería admisible. No obstante, llamó la atención sobre el carácter de declaratoria de principios que pareciere representar la norma y la posible necesidad de complementarla con mecanismos específicos que permitan cumplir con tal declaración, materia que consideró sería de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, motivo por el que consultó al señor Director General de Aguas si el Ejecutivo se allanaba a ello.

Sobre la parte de la Moción que establece la obligación del Presidente de la República de informar dentro de los siete días siguientes a la declaratoria del estado de catástrofe de las medidas adoptadas respecto a esta atribución, opinó que sería inconstitucional e inadmisible, dado que si bien la Carta Magna establece la obligación de informar al Congreso Nacional las medidas adoptadas durante un estado excepcional, se está creando, aunque sea de manera facultativa, una nueva obligación de informar en una plazo determinado. Con todo, se mostró disponible para avanzar en la aprobación de la primera parte del proyecto de ley.

Por su parte, el Honorable Senador señor Castro, declaró ser favorable a cualquier iniciativa que apunte a que el consumo humano de agua potable sea prioritario, independiente de que la facultad ya esté recogida en la Constitución Política. Sin embargo, manifestó su preocupación por la falta de inversión pública, pues estimó que ese es el problema que afecta a nuestro país, no la falta de agua para el consumo humano, entendiendo que existe una realidad diferente en las distintas zonas del país.

Agregó que, a la falta de inversión pública, se suma el aprovechamiento de ciertos sectores productivos, como la minería y la gran agricultura, materias en las cuales el Ejecutivo no utiliza las atribuciones actuales para enfrentar el problema. Insistió en que el consumo humano de agua potable debiese ser siempre prioritario y también el riego, la cual es una preocupación constante en la región agrícola que representa.

Por último, señaló que si hubiese algún matiz de inconstitucionalidad esperaría que el Ejecutivo tomare la iniciativa como propia, a fin de dar impulso al presente proyecto de ley.

A continuación, la Honorable Senadora señora Provoste valoró la iniciativa. Destacó que ella fue apoyada unánimemente en la Cámara de Diputados. En su opinión, la Moción refuerza la facultad contemplada en el ordenamiento jurídico en materia de declaratoria de estado de catástrofe, que otorga la atribución al Presidente de la República para restringir, disponer requisiciones de bienes, limitar el ejercicio del derecho de propiedad y adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias.

Consideró, además, que es concordante con la discusión que se dio en el proyecto de ley sobre el nuevo Código de Aguas, pues se fortalece la idea de los usos prioritarios del agua: consumo humano, saneamiento y uso doméstico para la subsistencia, particularmente en la situación de pandemia actual.

Comentó, igualmente, que durante la discusión de la presente iniciativa en la Cámara de Diputados se consideró admisible el proyecto, coincidente con el criterio sostenido durante años por el Congreso Nacional en materia presupuestaria sobre la obligación de informar del Ejecutivo, sin que haya sido considerada una materia de iniciativa exclusiva.

Por otro lado, concordó con la Honorable Senadora Ebensperger, en cuanto a que se debiera complementar la declaratoria con acciones concretas, asunto que requiere del concurso del Ejecutivo.

Consultada la Secretaría de la Comisión sobre la admisibilidad del presente proyecto de ley, expuso que la iniciativa no innova en la obligación del Presidente de la República, que establece la Constitución Política, de informar al Parlamento las medidas adoptadas en estado de catástrofe. Sin embargo, señaló que, en su opinión, el plazo que obliga a informar dentro de siete días corridos sería inadmisible, por cuanto infringiría el artículo 65, N° 2, al determinar funciones o atribuciones al Presidente de la República.

El Honorable Diputado señor Ibáñez observó que, según su parecer, no debiera confundirse la fijación de un plazo con la creación de una nueva facultad del Presidente de la República. Además, estimó que, si el constituyente no estableció un término para la obligación de informar, el legislador común se encuentra mandatado para hacerlo, pues se trataría solo de una adecuación legislativa.

Luego, el señor Director General de Aguas, señor Cristi, manifestó que la iniciativa crea formalmente una nueva facultad porque el uso del verbo rector “podrá” solo determina el carácter facultativo del ejercicio de la atribución, justamente porque se crea puede o no ejercerse, en consecuencia, estimó inconstitucional la Moción porque la creación de una facultad es una atribución que corresponde exclusivamente al Ejecutivo.

Sin perjuicio de lo anterior, en caso de acordarse una redacción que salve los aspectos de constitucionalidad que se han hecho presentes, se mostró dispuesto a trabajar en alguna fórmula que genere consecuencias prácticas en el objetivo buscado por la iniciativa, puesto a que, de acuerdo a lo expresado por el Honorable Senador Castro, la sola modificación legal no causará impacto sin inversión en infraestructura.

A su vez, la Honorable Senadora señora Provoste propuso someter a votación general el presente proyecto de ley y formar un grupo de trabajo con el autor de la Moción y representantes de la Comisión y del Ejecutivo, a fin de sugerir un nuevo texto.

Sobre lo anterior, la Honorable Senadora señora Allende se mostró dispuesta a intentar lograr un acuerdo para considerar una facultad que no quede al arbitrio de la autoridad de turno, pues manifestó su interés en otorgar una señal de que exista información sobre las medidas adoptadas en una catástrofe en relación a garantizar el agua para el consumo humano.

Por último, la Honorable Senadora señora Ebensperger reiteró su apoyo a la primera parte de la Moción. No obstante, anunció su abstención, debido a que consideró que la iniciativa es inadmisible porque crea una nueva facultad, siendo una atribución exclusiva del Presidente de la República.

Puesto en votación en general, fue aprobado por 3 votos a favor y 1 abstención. Votaron favorablemente las Honorables Senadoras señoras Allende y Provoste y el Honorable Senador señor Castro. Se abstuvo, la Honorable Senadora señora Ebensperger.

En la siguiente sesión en que la Comisión trató el asunto, el Director General de Aguas, señor Oscar Cristi, reiteró lo planteado durante la discusión general, en cuanto a que en la Cámara de Diputados ya habían hecho presente que la iniciativa requería patrocinio del Ejecutivo.

Por otro lado, manifestó dudas sobre el efecto práctico del proyecto de ley y la brevedad del plazo para informar el que, además, se establece por una sola vez, cuando lo relevante, estimó, es que la información respecto de las medidas adoptadas durante una emergencia fuera entregada periódicamente. Asimismo, observó que tampoco se especifica qué se entenderá por asegurar agua en cantidad y calidad para el consumo humano, advirtiendo que en ciertas catástrofes el cumplimiento de dicho objetivo podría resultar más complejo si el hecho causante del desastre daña la infraestructura básica nacional, impidiendo distribuir agua potable.

Por último, planteó que actualmente las atribuciones para enfrentar emergencias que ocasionen dificultades de abastecimiento de agua para el consumo humano se encuentran radicadas en el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, cuyo presupuesto contempla programas especiales, y en el propio actuar de la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI), organismo dependiente de dicha Cartera de Estado.

Enseguida, el Jefe de la Unidad de Gestión, Riesgo y Emergencia, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, señor Cristian Barra, expuso que la distribución de agua para el consumo humano durante una emergencia se ha tornado cada vez más compleja en términos administrativos, motivo por el que consideró relevante reflexionar si el problema que pretende solucionar la iniciativa en debate se aborda de manera correcta.

Explicó que en ciertos sectores del país la entrega de agua, generalmente por medio de camiones aljibes, se ha extendido por más de seis años, razón por la que resulta difícil argumentar que se trata de una situación de emergencia, pues el déficit hídrico en ciertas comunas es permanente. Agregó que la cantidad de agua distribuida en períodos de emergencia se ha mantenido, no obstante la inversión anual se redujo el 2019 en nueve mil millones de pesos, hecho que se explica por las mejoras introducidas en los procesos de licitación, principalmente en aquellos en los que participaba solo un proveedor, el que se adjudicaba el contrato a un precio superior al promedio.

Acotó que actualmente se abastece de agua por circunstancias de emergencia desde las regiones de Coquimbo a Los Lagos, distribuyéndose regionalmente el gasto total en un 14% para Coquimbo, un 6% para Valparaíso, un 11% para el Maule, un 18% para el Ñuble y Bío Bío y un 24% para la Araucanía, siendo el motivo del mayor gasto en regiones sin crisis hídrica la falta de inversión en infraestructura adecuada para acceder al agua potable. Declaró que también representa una dificultad en estos casos que el presupuesto se destina principalmente a organizaciones y municipios, obstaculizando la entrega individual del recurso hídrico. Igualmente afirmó que la situación depende de cada región, ya que en algunas se destinan recursos suficientes para la compra de camiones aljibes y el agua la aporta el municipio, en tanto en otras también se suministran los fondos para la adquisición de agua. Por lo anterior, señaló que en situaciones de emergencia hídrica no solo actúa el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, sino también los gobiernos regionales y las municipalidades.

Agregó que el procedimiento para acceder a los recursos destinados a emergencia también es engorroso, pues se debe acreditar que los beneficiarios son damnificados de algún tipo catástrofe – incendio, terremoto, sequía, pandemia –, hecho que certifica la ONEMI, con cuyos datos recién la Subsecretaría de Interior solicita fondos a la Dirección de Presupuestos, la cual luego transfiere a los gobiernos regionales los recursos y estos a las oficinas regionales de emergencia, completando el proceso un período de siete a ocho meses. Estimó que tal demora también contribuyó a la concentración de las licitaciones en un solo proveedor que luego subcontrataba el servicio, encareciendo el costo de la prestación.

Comentó que, para solucionar tales inconvenientes, se creó un índice per cápita y se incorporó una glosa presupuestaria para adelantar hasta el 50% de los recursos solicitados trimestralmente, logrando anticipar el pago a los proveedores, resultado que abrió la posibilidad a pequeños emprendedores locales de participar de las licitaciones con un precio más ajustado al promedio.

Finalmente, precisó que el motivo de fijar en cincuenta litros de agua por persona la ayuda en caso de emergencia se debe a que se trata de una cantidad idéntica fijada para todas las regiones beneficiadas, de allí que la solución sea complementar en cada caso particular con otras medidas, como ha sido, por ejemplo, la adquisición de los diecinueve camiones aljibes para las comunas afectadas por la sequía en la región de Valparaíso.

Posteriormente, la Honorable Senadora señora Allende observó que al problema de sequía se suma el de gestión del recurso hídrico, dada la superposición de funciones de organismos públicos facultados para enfrentar una emergencia de dicha naturaleza, como lo ha expuesto recientemente el representante del Ejecutivo. Sostuvo, además, que resulta contradictorio que el mayor gasto para este ítem se destine a regiones sin escasez hídrica, e insistió en que los cincuenta litros por persona es una cantidad insuficiente e incongruente con las medidas adoptadas para combatir la pandemia por Covid-19.

Por su parte, la Honorable Senadora señora Provoste, consultó si se ha adoptado durante este período de catástrofe por calamidad pública alguna medida administrativa especial reflejada en algún acto administrativo orientada a garantizar el acceso al agua en todas las comunidades, como, por ejemplo, la entrega de alcohol en gel.

Luego, la Honorable Senadora señora Ebensperger opinó que resulta insólito esperar a que la emergencia se presente para actuar, en vez de prevenir hechos que pudieran evitar una catástrofe o minimizar sus efectos. Tal vez, sugirió, se debiera incluir una glosa presupuestaria que autorizara al Ejecutivo a usar recursos en ciertas circunstancias que hacen previsible la ocurrencia de una emergencia.

Seguidamente, el Honorable Senador señor Castro, recordó que el servicio de distribución de agua en caso de emergencia se implementó luego del terremoto del año 2010. Señaló ser crítico del servicio, dado que, en regiones como el Maule, Ñuble, Bío Bío y la Araucanía, el problema es la falta de inversión pública en infraestructura hidráulica y el incremento de segundas viviendas en sectores rurales. Precisó que la solución debe ser integral, pues resulta ilógico que una familia reciba agua potable por medio de un camión aljibe si frente a su casa existe una cañería de distribución.

Luego, el Honorable Senador señor Navarro consignó que no importa el régimen hídrico, pues de las cincuenta y cuatro comunas que conforman las regiones de Ñuble y Bío Bío, cuarenta y nueve tienen problemas de acceso al agua potable, razón que justifica la necesidad de una política integral. Añadió que hasta el año pasado se distribuían sesenta y cuatro millones de litros mensuales de agua potable y que, actualmente, se investiga por la Contraloría General de la República la falta de reporte de la entrega de dicho recurso.

Seguidamente, el Director General de Aguas, señor Cristi, hizo presente que el proyecto de ley que impulsa un nuevo Código de Aguas contempla dos instrumentos que pudieran resultar útiles en períodos de emergencia: la disposición que potencia la facultad de la DGA para constituir reservas de agua potable para consumo humano y los planes de cuencas hidrográficas.

A continuación, el Jefe de División de Relaciones Políticas e Institucionales, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Máximo Pávez, manifestó que existe voluntad de alcanzar un acuerdo. Sin embargo, solicitó un plazo a la Comisión para trabajar con dicho objetivo.

La Honorable Senadora señor Allende dejó constancia que hubo una reunión para intentar lograr un consenso, oportunidad en la cual el Ejecutivo no presentó ninguna propuesta.

En la siguiente sesión en que la Comisión abordó el asunto, el Ministro Secretario General de la Presidencia, señor Claudio Alvarado, expuso que parte de lo que propone la iniciativa en estudio se contempla en el proyecto de ley que reforma el Código de Aguas. Así, reseñó, el artículo 5° bis de dicha iniciativa establece que las aguas cumplen diversas funciones, tales como la subsistencia que garantiza el uso para el consumo humano y el saneamiento, la de preservación ecosistémica o las productivas, agregando que siempre prevalecerá el uso para el consumo humano de subsistencia y saneamiento, tanto en el otorgamiento como en la limitación del ejercicio de los derechos de aprovechamiento.

Respecto al presente proyecto de ley, consideró más preciso referirse a la declaratoria de zona de catástrofe estipulada en la ley N° 16.282, que fija disposiciones para casos de sismos o catástrofes, en vez de aludir al estado de excepción constitucional de catástrofe, ya que aquella dice relación con emergencias como sequía y otras que puedan motivar conflictos respecto del uso del agua y otorga mayores facultades para solucionar la emergencia, en cambio los estados de excepción constitucional suelen ser más limitados por su naturaleza y su propósito específico.

Aseguró que tanto la Constitución Política como la ley N° 16.282 establecen herramientas para solucionar el problema que busca resolver la iniciativa de ley. Así, tales normativas permiten acceder y utilizar recursos excepcionales para establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad.

Por otro lado, estimó inconveniente forzar el ejercicio de la facultad de informar estableciendo un plazo perentorio de siete días, puesto que la ley orgánica constitucional de Estados de Excepción Constitucional y la ley N° 16.282 establecen el deber del Presidente de la República de informar al Congreso Nacional sobre todas las medidas adoptadas en el ejercicio de las facultades que se le confieren durante los períodos excepcionales.

Por último, consideró que la Moción otorga nuevas facultades al Ejecutivo. Por tanto, se trataría de una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República. Agregó que la sequía se ha vuelto un problema permanente y requiere una mirada integral para su solución que considere superar los obstáculos manifestados por los parlamentarios durante el presente debate, como son la eliminación de la burocracia administrativa para enfrentar emergencias hídricas y el incremento de la inversión pública en infraestructura de distribución de agua potable.

Enseguida, la Honorable Senadora señora Allende indicó que el objetivo del presente proyecto de ley es abordado por la iniciativa que pretende reformar el Código de Aguas. Sin embargo, relevó la función parlamentaria de impulsar iniciativas que subsanen vacíos legales, pues la legislación actual no garantiza adecuadamente el derecho al acceso al agua para el consumo humano. Recordó que la reforma constitucional para establecer dicho derecho como un derecho humano, tal cual lo reconocen las convenciones internacionales suscritas por Chile, fue rechazada en el Senado. Por otro lado, el proyecto de ley en debate refuerza la obligación del Presidente de la República de informar al Congreso Nacional las medidas adoptadas al respecto, extendiendo dicha comunicación a las comunidades.

A su vez, la Honorable Senadora señora Ebensperger comentó que la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado discute actualmente un proyecto de ley que establece el Sistema Nacional de Emergencia y Protección Civil y crea la Agencia Nacional de Protección Civil, reemplazando a la ONEMI, el cual contempla la facultad del Presidente de la República para decretar un estado de emergencia preventivo. Por otra parte, insistió en su postura relativa al carácter inadmisible de la segunda parte del artículo único y del artículo transitorio de la iniciativa, por tratarse de materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

A su turno, el Jefe de la Unidad de Gestión, Riesgo y Emergencia, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, señor Barra, expresó que un antecedente a la facultad de decretar un estado de emergencia preventivo puede ser el que dictó la ex Presidenta Bachelet, a fin de enfrentar incendios forestales, el que sigue vigente hasta hoy, debido a que resultaba imposible combatir los siniestros porque los recursos extraordinarios para la contratación de brigadistas forestales solo se autorizaban una vez que se producía un incendio.

Luego, el Honorable Senador señor Navarro estimó que si el gobierno quiere evitar un conflicto de poderes entre el Ejecutivo y el Legislativo debe enfrentar las cuestiones de admisibilidad en la Cámara de Origen, pues el presente proyecto de ley fue declarado admisible y aprobado por más de ciento treinta votos a favor en la Cámara de Diputados.

Por su parte, la Honorable Senadora señora Provoste valoró la sinceridad del planteamiento del señor Ministro Secretario General de la Presidencia y si bien reconoció que la presente iniciativa de ley no es innovadora e incluye asuntos que están siendo incorporados en la reforma al Código de Aguas, su aprobación representará una clara señal de que el Presidente de la República debe ejercer la facultad de garantizar el uso prioritario del agua para el consumo humano, el saneamiento, el uso doméstico y de subsistencia, en un estado de catástrofe.

El señor Ministro Secretario General de la Presidencia estimó que la discusión de la admisibilidad de un proyecto de ley no se debe eludir en ninguna instancia, porque finalmente representará una dificultad mayor para todos los sectores políticos. Del mismo modo, solicitó a la Comisión un breve plazo para revisar el planteamiento del Ejecutivo, petición con la que estuvieron de acuerdo sus integrantes.

En la siguiente sesión en que la Comisión discutió el asunto, el Ministro señor Alvarado, mantuvo su opinión en cuanto a que la facultad que otorga el proyecto de ley al Presidente de la República con el propósito de privilegiar en situaciones de excepción la utilización del agua para el consumo humano ya se encuentra contemplada en el ordenamiento jurídico vigente, como también la de informar al Congreso Nacional las medidas adoptadas.

Sostuvo que la prioridad del uso del agua para el consumo humano nunca ha estado en duda para ningún gobierno y una segunda regulación podría generar problemas interpretativos o de aplicación de las normas vigentes, razones por la que el Ejecutivo no es partidario de la Moción.

A continuación, la Honorable Senadora señora Ebensperger solicitó la votación separada de la primera parte del artículo único, por cuanto estimó que la segunda parte y el artículo transitorio crean nuevas facultades, al fijar plazos para informar, por tanto, son inadmisibles, al ser una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República. Al respecto, dejó constancia que ese era el motivo por el cual votaría en contra algunas partes del proyecto.

Sin perjuicio de la votación separada, la Honorable Senadora señora Provoste estuvo en desacuerdo con el fundamento sostenido por la Honorable Senadora que la antecedió en el uso de la palabra para justificar su solicitud, porque, a su juicio, el agua para el consumo humano es un derecho humano, conforme al artículo 5 de la Constitución Política, materia que autoriza la iniciativa parlamentaria, tal como lo consideró en su oportunidad la Cámara de Diputados. Por lo demás, puntualizó, la obligación de informar es similar a la considerada habitualmente en la Ley de Presupuestos del Sector Público, sin que se haya cuestionado alguna vez su admisibilidad. Por otro lado, manifestó la necesidad de acelerar la tramitación de la reforma al Código de Aguas.

A su vez, la Honorable Senadora señora Muñoz concordó en que las facultades propuestas por la iniciativa debieran estar incorporadas en el Código de Aguas. No obstante, hizo presente que la tramitación de la iniciativa antes referida se ha prolongado por más de ocho años, por lo que consideró necesario contar prontamente con un instrumento legal aplicable a una emergencia.

Finalmente, el Honorable Senador señor Insulza también consideró que es una facultad que debiera reconocer el Código de Aguas. No obstante, hizo presente que el impulso de esta iniciativa es una muestra de que la escasez hídrica es un asunto de suma urgencia.

En votación particular la iniciativa. Se votó, en primer lugar, la primera parte del artículo único del siguiente tenor:

“El Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que éste le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.”.

Puesto en votación la primera parte del artículo único fue aprobada por la unanimidad de sus miembros presentes (4x0), Honorables Senadoras señoras Ebensperger, Muñoz y Provoste y Honorable Senador señor Insulza.

Luego, se votó la segunda parte del artículo único, cuyo texto es el siguiente:

“Dentro de los siete días corridos siguientes a la entrada en vigencia del decreto que declara el estado de catástrofe, el Presidente de la República deberá informar sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará.”.

En votación la segunda parte del artículo único, fue aprobada por 3 votos a favor y 1 en contra. Votaron a favor las Honorables Senadoras señoras Muñoz y Provoste y el Honorable Senador señor Insulza. En contra la Honorable Senadora señora Ebensperger.

Finalmente, se procedió a votar el artículo transitorio, del siguiente tenor:

“Artículo transitorio.- Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, el plazo de siete días establecidos en el artículo único se contará desde la publicación de esta ley.”.

Puesto en votación el artículo transitorio, fue aprobada por 3 votos a favor y 1 en contra. Votaron a favor las Honorables Senadoras señoras Muñoz y Provoste y el Honorable Senador señor Insulza. En contra la Honorable Senadora señora Ebensperger.

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TEXTO DEL PROYECTO

A continuación, se transcribe el texto del proyecto despachado por la Honorable Cámara de Diputados, y que vuestra Comisión os propone aprobar en general y particular:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- El Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que éste le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria. Dentro de los siete días corridos siguientes a la entrada en vigencia del decreto que declara el estado de catástrofe, el Presidente de la República deberá informar sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará.

Artículo transitorio.- Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, el plazo de siete días establecidos en el artículo único se contará desde la publicación de esta ley.”.

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Acordado en sesiones celebradas los días 28 de mayo; 11, 18 y 25 de junio y 2 de julio de 2020, con asistencia de la Honorable Senadora señora Yasna Provoste Campillay (Presidenta) y de las Honorables Senadoras señoras Isabel Allende Bussi (Honorable Senador señor José Miguel Insulza), Luz Ebensperger Orrego y Adriana Muñoz D’ Albora, y Honorable Senador señor Juan Castro Prieto.

Sala de la Comisión, a 2 de julio de 2020.

Julio Cámara Oyarzo

Secretario

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL SOBRE RECURSOS HÍDRICOS, DESERTIFICACIÓN Y SEQUÍA recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.

(Boletín N° 13.404-33)

________________________________________________________________

I. OBJETIVOS DEL PROYECTO: orientar legalmente las atribuciones del Presidente de la República en materia de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por calamidad pública, con el fin de garantizar en situaciones de pandemia, crisis sanitaria y desastres naturales, el acceso y disponibilidad en cantidades suficientes de agua a la población afectada.

II. ACUERDOS: aprobado en general (3x1 abstención). En particular: la primera parte del artículo único (4x0); la segunda parte (3x1 abstención) y el artículo transitorio (3x1 abstención).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO: consta de un artículo permanente y una disposición transitoria.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: el artículo único permanente y su artículo transitorio, tienen el carácter de ley orgánica constitucional, de conformidad a lo establecido por los artículos 44 y 66, inciso segundo, de la Carta Fundamental, por regular materias de estados de excepción.

V. URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN E INICIATIVA: Cámara de Diputados. Moción del Honorable Diputado señor Diego Ibáñez Cotroneo.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII.APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: aprobado en general y particular por 138 votos a favor, ninguno en contra y dos abstenciones.

IX. INICIO DE TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 25 de mayo de 2020.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe. Pasa a la Sala.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: Ley N° 18.415, Orgánica Constitucional de Estados de Excepción.

Valparaíso, 2 de julio de 2020.

Julio Cámara Oyarzo

Secretario

2.2. Discusión en Sala

Fecha 07 de julio, 2020. Diario de Sesión en Sesión 47. Legislatura 368. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

PRIORIDAD DE USO DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO, SANEAMIENTO Y USO DOMÉSTICO DE SUBSISTENCIA DURANTE VIGENCIA DE ESTADO DE CATÁSTROFE POR CALAMIDAD PÚBLICA

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, con informe de la Comisión Especial sobre Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía.

--Los antecedentes sobre el proyecto (13.404-33) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite: sesión 26ª, en 25 de mayo de 2020 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Especial sobre Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía: sesión 47ª, en 7 de julio de 2020.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN (Secretario General).-

La iniciativa tiene por objeto orientar legalmente las atribuciones del Presidente de la República en materia de estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública con el fin de garantizar en situaciones de pandemia, crisis sanitaria y desastres naturales el acceso y disponibilidad de agua en cantidades suficientes a la población afectada.

La Comisión Especial sobre Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía hace presente que por tratarse de un proyecto de artículo único, en conformidad con lo prescrito en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, propone discutirlo en general y particular a la vez.

La referida Comisión aprobó en general el proyecto de ley por tres votos a favor, de los Senadores señoras Allende y Provoste y señor Castro, y una abstención de la Senadora señora Ebensperger. Y aprobó la iniciativa en particular en los mismos términos en que fue despachada por la Cámara de Diputados, con las votaciones que se registran en su informe.

Cabe señalar que el artículo único permanente y el artículo transitorio del proyecto revisten el carácter de normas orgánicas constitucionales, por lo que requieren 25 votos favorables para su aprobación.

El texto que se propone aprobar se consigna en las páginas 18 y 19 del informe de la Comisión Especial sobre Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía. Y los documentos y antecedentes se encuentran disponibles tanto en el SIL como en la plataforma de documentos de esta sesión, y también se han remitido a los correos electrónicos de los Comités que han comunicado dichos correos.

Por otra parte, hay una solicitud de votación separada presentada por la Senadora señora Ebensperger, según la cual pide pronunciarse de manera separada por la siguiente frase del artículo único, que viene después del punto seguido: "Dentro de los siete días corridos siguientes a la entrada en vigencia del decreto que declara el estado de catástrofe, el Presidente de la República deberá informar sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará".

Asimismo, solicita votar separadamente el artículo transitorio del proyecto.

Es todo, señora Presidenta.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

En discusión general y particular el proyecto

Voy a entregar la palabra a la Presidenta de la Comisión Especial sobre Recursos Hídricos, Senadora Yasna Provoste, para que rinda el informe correspondiente.

La señora PROVOSTE.-

Señora Presidenta , en mi calidad de Presidenta de la Comisión Especial sobre Recursos Hídricos , Desertificación y Sequía, tengo a bien informar acerca de este proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable Diputado don Diego Ibáñez Cotroneo .

Quiero hacer presente que a las sesiones en que la Comisión consideró esta iniciativa de ley asistieron el Ministro Secretario General de la Presidencia , don Claudio Alvarado ; el abogado de la Dirección Jurídica de dicha Cartera, don Máximo Pavez ; el Director General de Aguas , don Óscar Cristi , en representación del Ministerio de Obras Públicas; y el Jefe de la Unidad de Gestión, Riesgo y Emergencia de la Subsecretaría del Interior , don Cristián Barra , por parte del Ministerio del Interior.

El proyecto busca garantizar que en situaciones de pandemia, crisis sanitaria y desastres naturales la población afectada cuente con acceso y disponibilidad de agua en cantidades suficientes, estableciendo que durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública se pueda hacer uso de la facultad de uso prioritario.

En tal sentido, el Presidente de la República podrá utilizar las facultades que el proyecto le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario del agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.

La iniciativa, tal como lo dijo el Secretario de esta Corporación , fue aprobada en general por mayoría de votos. Y en la discusión en particular se accedió a la misma petición que ha formulado la Senadora Ebensperger a esta Sala, en términos de votar separadamente la frase final del artículo único del proyecto.

La opinión mayoritaria de la Comisión considera que esta es una iniciativa muy significativa, porque la pandemia que ha afectado al mundo durante los últimos meses ha puesto a prueba no solo los sistemas de salud de los distintos países, sino también una serie de dispositivos estatales y privados involucrados en el desenvolvimiento de la vida cotidiana de la ciudadanía, como el abastecimiento, el transporte, la educación, por mencionar algunos.

Queremos resaltar el rol que ha tenido el mocionante en este proyecto de ley, en el que ha puesto el foco en un elemento tan importante como es el acceso al agua potable.

Se trata de un proyecto de artículo único, en el que se establece que: "El Presidente de la República , durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que este le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.".

Hasta esa parte del referido artículo la Senadora Ebensperger, al igual como lo hicimos el resto de los miembros de la Comisión, concurrió también a la aprobación unánime. En seguida, Su Señoría pidió votación separada de la frase que viene a continuación, que reza: "Dentro de los siete días corridos siguientes a la entrada en vigencia del decreto que declara el estado de catástrofe, el Presidente de la República deberá informar sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará.".

Por último, el artículo transitorio de este proyecto de ley establece que: "Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que este sea prorrogado, el plazo de siete días establecidos en el artículo único se contará desde la publicación de esta ley.".

Es cuanto puedo informar a la Sala, señora Presidenta.

Esperamos que el apoyo que los parlamentarios y las parlamentarias entregaron durante la discusión de este proyecto en la Comisión Especial sobre Recursos Hídricos pueda ser ratificado también en la Sala.

He dicho.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Antes de continuar ofreciendo la palabra, el Senador Insulza ha pedido intervenir para un punto de reglamento.

Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor INSULZA.-

Señora Presidenta, es para evitar lo que ocurrió en el proyecto anterior.

Nunca se dijo que no habría tiempo para fundamentar el voto. Ocurre que se pidió que los Senadores que quisieran hacer aquello lo realizaran en el tiempo asignado a su respetivo Comité y no al momento de la votación.

El Senador Moreira me está diciendo que no, pero yo estaba ahí también.

Ahora, naturalmente, considero razonable que si algún Comité... ()... independiente, que ninguno estaba en la reunión, estima que su tiempo es escaso, se dijo también que la Presidenta les daría más minutos si ello se requería. Pero el acuerdo era que todos utilizaran el tiempo correspondiente a cada Comité para no demorar el despacho de las iniciativas en tabla.

falla de audio en transmisión telemática

No vamos a tratar los tres proyectos esta vez, sino uno y medio. Esa es la realidad. También creo que tenemos que darnos cuenta de que la gente mira estas sesiones, de modo que no se digan cosas que no son ciertas.

Eso es todo lo que quería aclarar.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Se han inscrito algunos Comités.

En el de la UDI se anotó la Senadora...

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora Ebensperger, señora Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

... Ebensperger.

Tiene la palabra Su Señoría, hasta por siete minutos.

La señora EBENSPERGER.-

Señora Presidenta , con el mayor de los respetos, creo que este es un proyecto bastante raro, porque la primera parte del artículo único faculta al Presidente de la República durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, como el que estamos viviendo, para utilizar las atribuciones que ya posee, o sea, lo faculta para que use sus atribuciones. Es raro, porque la facultad para que en un estado de catástrofe el Primer Mandatario asegure el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas forma parte de las atribuciones que este tiene.

Si bien me parece rara esa forma de legislar, facultar para que se utilice una atribución, en verdad, si se quiere insistir en ello a fin de mandar una señal, no tengo mayor problema. Sin embargo, se agrega a continuación, y por eso he pedido votación separada, una obligación nueva al Jefe de Estado : informar en los siete días siguientes a la declaratoria de un estado de catástrofe sobre el uso de esa facultad, las medidas que ha tomado. Y lo mismo se reitera en el artículo transitorio, llevándolo a la situación actual, es decir, que estos siete días, en el estado de excepción que estamos viviendo, se contarán desde la vigencia de la ley.

Como bien reconoce el propio texto del proyecto, se faculta al Presidente a utilizar las atribuciones que ya tiene en un estado excepcional. Pero esta facultad ya se encuentra regulada en el inciso tercero del artículo 43 de la Constitución Política, cuando establece que durante el estado de catástrofe el Presidente de la República podrá restringir las libertades de locomoción y de reunión y establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad, y, asimismo, podrá disponer incluso requisiciones de bienes.

Estas limitaciones al dominio regirán en la zona afectada: en todo el país si la declaración es respecto de todo el territorio nacional, o en cierta zona cuando el estado de emergencia o el estado de catástrofe se encuentre reducido a una región o a determinado sector.

Adicionalmente, debe recordarse que el régimen jurídico conserva su plena vigencia, por lo que las atribuciones y recursos dispuestos en los decretos de escasez hídrica siguen actualmente vigentes, así como todas las otras medidas para paliar la sequía.

Ahora bien, si argumentamos -así lo estimo- que la nueva obligación del Presidente de informar sobre el empleo de esta facultad debe cumplirla en el plazo de siete días, me parece que sería inadmisible, pues se trata de una atribución de iniciativa exclusiva del Ejecutivo , conforme lo dispone el artículo 65, número 2°, de la Constitución.

Las atribuciones especiales del Presidente de la República se encuentran en el artículo 32 de la Carta Fundamental, y en las demás disposiciones, las del Jefe de Defensa durante un estado de catástrofe se hallan consagradas en el artículo 7° de la ley N° 18.415, Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción.

En lo concerniente a la obligación de informar respecto del empleo de esta facultad, además de insistir en que es de iniciativa exclusiva del Ejecutivo, también es importante señalar que en el inciso segundo del artículo 41 de la Constitución Política se establece que el Presidente debe informar al Congreso Nacional de las medidas adoptadas en virtud del estado de catástrofe.

Entonces, ¿qué viene a hacer el proyecto que hoy día estamos analizando? Reiterar una facultad que el Presidente de la República tiene y establecer que la obligación de informar -la que ya se encuentra consagrada- la lleve a cabo en un plazo de siete días, lo que es inadmisible, porque se trata de una nueva obligación al Presidente.

Además, la norma carece de un sujeto pasivo: solo se consigna la obligación de informar, pero no se indica a quién.

Señora Presidenta , creo que esa norma es innecesaria. Si la mayoría -y yo no me voy a oponer a la primera parte- quiere insistir en una facultad que el Primer Mandatario ya tiene, lo acepto. Sin embargo, he pedido votación separada de la frase que establece que la obligación de informar sobre el empleo de esa facultad se deberá cumplir en el plazo de siete días. Creo que ello es inadmisible, de modo que voy a votar en contra tanto la segunda parte del artículo único, por innecesaria e inadmisible, como el artículo transitorio.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra la Senadora señora Allende, hasta por cinco minutos.

La señora ALLENDE.-

Señora Presidenta , según se ha dicho y tal como lo explicó la Presidenta de la Comisión Especial sobre Recursos Hídricos, es cierto, este proyecto entrega atribuciones que el Presidente de la República ya tiene; pero lo que se intenta acá es garantizar, en situaciones de pandemia, de crisis sanitaria o de desastres naturales, el acceso y la disponibilidad en cantidades suficientes de agua a la población afectada.

Evidentemente, el Primer Mandatario debe usar las facultades que el mismo estado de excepción constitucional le concede.

En verdad, nosotros aprobamos esta iniciativa porque siempre -y nunca está demás- este tipo de señales sirven para reforzar la necesidad de garantizar el consumo humano del agua.

Quiero manifestar una vez más mi dolor, señora Presidenta, por cuanto en enero intentamos que se aprobara una reforma constitucional y no logramos los suficientes votos, a pesar de tener una amplia mayoría -porque doce Senadores se opusieron-, para establecer con rango constitucional el agua como un derecho humano y que es deber del Estado garantizarla.

A mí francamente hasta el día de hoy me ha costado mucho entender esa oposición.

Entonces, lo único que hace este tipo de proyectos es dar una señal y reforzar la idea de que en un estado de pandemia, en que hay una crisis sanitaria y donde se requiere un constante lavado de manos, la gente debe tener disponibilidad de agua.

Pero no basta solamente para el consumo humano: también estamos pensando en el saneamiento, hoy más que nunca necesario, y en el uso doméstico como forma de subsistencia.

Esas son las realidades en nuestro mundo rural.

En tal sentido, lo que nosotros pretendemos es reforzar algo que efectivamente existe, porque sabemos que el Presidente de la República ya tiene esas atribuciones.

Ahora bien, en cuanto a la parte que a la Senadora Ebensperger le parece inadecuada, innecesaria o incluso -como ella dice- inadmisible, en verdad, no tiene nada de malo que un Presidente pueda informarles a las comunidades las medidas que se están tomando.

Y puedo señalar un caso concreto.

En la Comisión se escuchó al encargado de la Unidad de Gestión, Riesgo y Emergencia dentro del Ministerio del Interior, señor Cristián Barra , quien nos dio una verdadera lección acerca de las enormes dificultades que a veces existen, por temas burocráticos, para abastecer de agua potable a través de camiones aljibe a la población rural que no tiene acceso a ella.

Nosotros mismos llegamos a la conclusión -este es un asunto que vamos a ver en la siguiente sesión de la Comisión Especial sobre Recursos Hídricos- de que esa facultad no debería estar radicada ahí, sino probablemente en la Onemi, modernizada y actualizada, que puede tener mucha más relación con situaciones de emergencia y disponer de un sistema más expedito y rápido que el de la Unidad de Gestión, Riesgo y Emergencia del Ministerio del Interior.

Ese es un tema que no hemos solucionado como sociedad y es una demostración de que estamos lejos todavía de garantizar ese derecho aun en una situación de pandemia.

Asimismo, debo manifestar que hace un tiempo nosotros mismos presentamos, con amplio apoyo de muchos Senadores, un proyecto de acuerdo para enfatizar una vez más lo que dice la OMS: que deberían entregarse 100 litros de agua por persona y no 50.

Sin embargo, el Seremi de Valparaíso ordenó entregar los 100 litros y a la semana siguiente tuvo que retirar la resolución, lo que resulta bastante dramático para los sectores rurales, que son abastecidos a través de camiones aljibe, porque si consideramos todas las medidas de saneamiento que deben cumplir, obviamente no dan abasto en las actuales condiciones.

Hoy día me pueden decir que no tenemos una situación tan dramática. ¡Sí! Pero, por favor, no nos equivoquemos.

Las últimas lluvias, más allá de las terribles inundaciones ocurridas en campamentos y en nuestras poblaciones vulnerables, realmente son muy bienvenidas en la medida que hemos tenido un ciclo de diez años de sequía. Prácticamente todas las comunas de la Región de Valparaíso se hallan con escasez hídrica, y hemos conocido casos dramáticos.

Por lo tanto, la lluvia de estos últimos días ha sido la mejor bendición para nuestra población rural, para su subsistencia, para su economía doméstica y para poder incluso abastecerse de mejor manera.

Pero -insisto- no nos equivoquemos con eso.

Está pendiente en nuestro país cómo garantizamos el agua para el consumo humano, con mayor razón en un contexto de pandemia en que hay una exigencia sanitaria, donde el abastecimiento a través de los camiones aljibe es insuficiente y donde no hemos logrado, de acuerdo a los criterios de la OMS, asegurar el acceso a los 100 litros.

A nosotros nos duele que eso todavía no esté garantizado.

El agua es un derecho humano. Así lo establecen a lo menos dos convenciones de las Naciones Unidas que nosotros hemos firmado, y, por lo tanto, estamos más que obligados a asegurar aquello. Sin embargo, estamos fallos.

Ahora, cómo se hace para que el Presidente de la República informe, podrá verse con detalle más adelante, ¡okay!, pero considero que nunca está de más que se dé a conocer sobre el particular a las comunidades. ¿Por qué? Porque siempre tenemos...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Dele un minuto más, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Está activado su micrófono.

La señora ALLENDE.-

... la pasividad de nuestro pueblo -y con esto termino, señora Presidenta-, que nunca conoce los fundamentos que se han tenido en cuenta para tomar ciertas medidas.

Yo me quedo con eso.

Me voy a pronunciar a favor, porque creo que este proyecto es una señal más, pues lo que sí nos importa -y lo vamos a seguir diciendo- es que en Chile existe una mala gestión de un recurso muy escaso.

Este problema de gestión ha significado acaparamiento, concentraciones y la existencia de sectores completos de la población que no pueden acceder al agua potable: ¡al recurso agua, que es la vida!

Por consiguiente, espero que sigamos dando los pasos necesarios, como la modificación del Código de Aguas y otros más, para permitirle a la población acceder al agua.

Por supuesto, apoyo esta iniciativa.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra, hasta por siete minutos, la Senadora Provoste.

La señora PROVOSTE.-

Señora Presidenta , el agua es esencial para la vida y la subsistencia, tal como señaló la Senadora Isabel Allende , y todas las personas debiesen disponer de un abastecimiento satisfactorio, esto es, suficiente, seguro y accesible.

Así lo declara la Organización Mundial de la Salud.

La mejora del acceso al agua para el consumo humano puede proporcionar beneficios muy significativos para la salud en general, particularmente en esta época de pandemia.

Quiero llamar la atención acerca de la situación que hoy día viven los campamentos y la vulnerabilidad a que se exponen diariamente las familias que allí habitan.

Según un informe oficial de la Oficina Nacional de Emergencia, las familias de campamentos presentan un gran riesgo de vulnerabilidad sanitaria producido por las condiciones de hacinamiento, por la falta de acceso a los servicios básicos, lo que los convierte en espacios sensibles ante la crisis sanitaria que enfrentamos en estos tiempos a raíz del COVID.

El agua es un factor clave en la crisis actual que vivimos.

Sin embargo, el 22 por ciento de las viviendas en los diversos campamentos de Chile no cuenta con sistemas de agua potable -información oficial del Ministerio de la Vivienda-, por lo que aquella debe ser acarreada hasta sus hogares, haciendo casi imposible la mantención de las medidas de confinamiento.

Ante las condiciones anteriormente expuestas se hace necesario que una iniciativa como esta, que ha sido planteada a través de una moción, tenga un espacio y una acogida importante en este Parlamento.

Yo felicito al Diputado Diego Ibáñez por la presentación de esta moción, pues claramente, teniendo en cuenta las facultades que otorga al Presidente de la República la declaratoria de estado de catástrofe, la necesidad de asegurar el consumo de agua para uso prioritario en estados de excepción derivados de desastres naturales, del cambio climático, de la acción humana o, en el caso actual, de una pandemia sanitaria se vuelve aún más esencial para el adecuado desarrollo de la vida en las zonas afectadas.

Por eso esta iniciativa busca instar a la adopción de medidas excepcionales de emergencia, orientando legalmente las atribuciones del Presidente de la República en materia de estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.

¿Qué dijo el Ministro Secretario General de la Presidencia cuando concurrió a la Comisión Especial sobre Recursos Hídricos para referirse a esta materia? Él señaló que este proyecto no agrega más de lo que hoy día ya existe.

Y quiero insistir en esto: "No agrega más de lo que hoy día existe".

Efectivamente, este proyecto se inserta dentro del marco de las facultades que el Presidente de la República tiene. Y lo que hace el Parlamento al relevar el rol de ejercer estas facultades y al establecer un plazo de siete días es lo que habitualmente plantea en distintas iniciativas, particularmente en la Ley de Presupuestos, donde solicita información.

Esto no es nada más ni nada menos que información.

Por eso nos parece muy relevante que este Parlamento acoja no solo la moción que ha presentado el Diputado Ibáñez , sino también el sustento de la iniciativa a partir de lo que la propia Organización Mundial de la Salud establece: que en condiciones normales, es decir, sin tener en cuenta la pandemia en que nos encontramos u otra situación que presente necesidades especiales, se hace indispensable disponer de al menos 100 litros de agua por persona al día, que es lo que ha señalado la Senadora Allende desde hace ya largo rato.

Por ello, durante la discusión de este proyecto de ley invitamos al señor Cristián Barra , con el objeto de conocer la existencia de medidas adicionales para la disposición y la entrega de agua a través de camiones aljibe en distintas comunidades, al igual como lo hacen otros países en zonas que subsisten con el reparto de camiones de agua y donde también se ha procedido a la entrega de alcohol gel a las familias, por cuanto una de las estrategias que Chile y el resto de los países del mundo han abordado tiene que ver con el lavado frecuente de manos.

Y, por lo tanto, el que hoy día no se disponga de agua potable es una preocupación que debiera conmover a todo el Parlamento e impulsarlo a apoyar una iniciativa que rápidamente se convierta en ley.

Quiero insistir en que el Ejecutivo planteó que este proyecto no agregaba nada nuevo y, es más, que se alineaba con la discusión que hoy se está dando respecto del nuevo Código de Aguas.

Aprovecho esta intervención también, Presidenta , para solicitar una mayor celeridad en esa tramitación.

Y, dado que todo está alineado, esperamos que los votos en el día de hoy estén alineados con el propósito de salvaguardar la vida de las personas, reconociendo que el agua cumple una función fundamental para la subsistencia.

Por eso, vamos a votar a favor de este proyecto, tanto en su artículo único como en su artículo transitorio.

He dicho.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senadora Provoste.

Solicito el acuerdo de la Sala para prorrogar por una hora la sesión, a fin de poder concluir la tramitación de este proyecto.

¿Les parece?

Acordado.

Senador Chahuán, tiene la palabra.

El señor CHAHUÁN.-

Señora Presidenta , Honorable Sala, por supuesto que yo soy partidario de avanzar en esta dirección.

Fui coautor del proyecto de reforma constitucional que establecía que el agua efectivamente era un bien nacional de uso público, como también fui autor de la reforma constitucional tendiente a establecer usos preferentes respecto del agua, privilegiándose, obviamente, el agua para consumo humano y para obras de saneamiento.

En ese mismo sentido, soy partidario de regular este bien nacional de uso público que les pertenece a todos los chilenos.

Deseo recordar, además, que en la votación de aquella reforma constitucional, consecuentemente, yo me pronuncié apoyando el proyecto del cual era coautor. Lamentablemente, no nos alcanzaron los votos para generar esa reforma.

Y ahora mantengo tal cual la voluntad de ese proyecto, para los efectos de establecer, en los casos que se señala, que dicho bien se debe destinar a usos prioritarios.

Por tanto, votaré favorablemente esta iniciativa de ley, señora Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Chahuán.

Tiene la palabra el Senador Sandoval, hasta por tres minutos.

El señor SANDOVAL.-

Muchas gracias.

Sin duda, hemos analizado y presentado en diferentes ocasiones diversas mociones sobre esta materia. Yo también fui autor de una reforma constitucional para consagrar el derecho de acceso al agua, particularmente porque en el país hay aún miles de hogares que no tienen este elemento tan vital y tan fundamental. Y ello se hace más necesario todavía en una condición de pandemia sanitaria, o incluso más allá: en cualquier condición.

Creo que no contar con agua, con pandemia o sin pandemia, adquiere el mismo dramatismo, la misma prioridad y la misma urgencia. Y es una pena, porque siempre estamos hablando de esta situación. Una Senadora señalaba que tenemos una mala gestión del agua. Llevamos décadas, ¡décadas!, con este problema y no hemos sido capaces de enfrentarlo. Ha habido numerosas secuencias de gobiernos que no han sido capaces de resolver un tema de esta naturaleza.

Por eso, estimo que también debemos autoasumir esa responsabilidad, porque estamos permanentemente denunciando estas cosas.

Tenemos que ver, mucho más profundamente, cómo en definitiva hacemos que esos miles y miles de chilenos que hoy día no cuentan con un suministro eficiente de un elemento tan básico como el agua...(falla de audio en transmisión telemática)... hay que resolverlo, hay que impulsar las acciones pertinentes. Algunas involucran recursos. Uno se acuerda de proyectos muy antiguos relacionados con canales de solidaridad para llevar agua desde el sur hacia el norte, en fin.

Pienso que este, evidentemente, es un problema que requiere ser resuelto.

Hago mención aquí solamente a dos temas que pudieran acontecer.

El artículo 43 de la Constitución Política señala que en condiciones de esta naturaleza, de catástrofe, el Presidente de la República puede disponer la requisición de bienes, establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad. Es decir, hay una facultad del Presidente frente a estos hechos. No obstante, me da la impresión de que esto va un poco más allá en el sentido de que se pone énfasis en el tema y se fijan ciertos márgenes. Así que yo voy a votar absolutamente a favor, pero me queda la misma duda que planteó la Senadora Luz Ebensperger respecto de la fijación del plazo. Porque el artículo 41 de la Constitución señala que el Presidente de la República , en condiciones de estado de catástrofe, tiene la obligación de informar al Congreso Nacional sobre las medidas tomadas en ese marco.

Por lo tanto, en esa materia en particular me parece inoficioso aquello, más aún el plazo de siete días, los que, más encima, son corridos. Creo que es una exageración...(falla de audio en transmisión telemática)... es distinto.

Salvo ese tema en especial, voy a aprobar el proyecto que se ha sometido a la consideración de este Senado.

Muchas gracias.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Sandoval.

Tiene la palabra el Senador Rabindranath Quinteros, hasta por cinco minutos.

¿Está conectado?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí, señora Presidenta . Está con audio.

El señor QUINTEROS.-

Presidenta, estos proyectos relacionados con el agua los hemos venido discutiendo en los últimos meses a raíz, seguramente, de la falta de precipitaciones que teníamos en el área centro-sur del país. Y como en ningún otro periodo, nos hemos abocado a este tema.

Hay un sinnúmero de proyectos vinculados al agua, de la más diversa naturaleza: desalinización, humedales, glaciares y otros. Pero a mí me interesa sobremanera la iniciativa que promueve el acceso al agua potable en general, pues es muy importante, como acá se ha dicho, para las sociedades humanas, sobre todo para la salud de los individuos, y a su vez está relacionado con el contexto medioambiental.

Lo más relevante de un proyecto sobre el agua es que promueva una cultura saludable hacia la comunidad. Recuerdo que hablábamos, con motivo de otra iniciativa, de la instalación de bebederos en el espacio público; de la provisión de agua como un servicio primordial en los negocios que expendan alimentos; de reponer una prestación que se perdió en las últimas décadas por diversos motivos, especialmente por el imperativo de que todo hay que pagarlo.

La empresa sanitaria que entrega agua en bebederos a las personas en plazas y paseos que se encuentran dentro de su área de concesión repone un sentido de comunidad, que tanta falta hace en la actualidad. Lo mismo sucede en los lugares de trabajo y en las escuelas, que deben entregar una provisión de agua suficiente a trabajadores y estudiantes en espacios adecuados y accesibles para todos.

Hoy, por supuesto, estos temas están mediados por la pandemia, y por eso que este proyecto se presenta en el momento actual. Pero esperamos que más temprano que tarde se instale una verdadera nueva normalidad y que las personas vuelvan a los espacios públicos. Y habrá que estar preparados para garantizar el acceso al agua potable con las medidas sanitarias necesarias en este nuevo contexto.

Ahora bien, parece increíble que recién en la tercera década del siglo XXI el Senado chileno esté promoviendo un proyecto de acceso al agua para toda la población. Esto es lo que mejor refleja lo que ha significado la privatización del agua, en que el servicio se entrega solo a quienes pueden pagarlo.

Por eso, Presidenta, estoy absolutamente de acuerdo con la reforma constitucional. El agua debe ser un bien nacional de uso público.

He dicho.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Quinteros.

Tiene la palabra el Senador Carlos Bianchi.

Está sin audio.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Se lo vamos a activar, señora Presidenta .

Al parecer, tiene apagado el micrófono.

El señor BIANCHI.-

Ahí está prendido.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Ahí sí.

El señor BIANCHI.-

Bien.

Gracias, señora Presidenta ; gracias, señor Secretario .

Este es de aquellos proyectos en los que nadie puede inhabilitarse; sería muy extraño que alguien lo votara en contra, pues tiene que ver con derechos humanos.

Hace muchos años presenté una propuesta legislativa en esta misma línea, para permitir que el agua se reserve para el consumo humano ¡siempre! y evitar que haya cortes del suministro como los que hemos visto en cada una de nuestras regiones cuando existe algún incumplimiento en el pago, fundamentalmente. Y esto se ha dado en hogares con adultos mayores, donde hay niños, etcétera. Por eso, siempre hemos intentado avanzar en esta materia.

A mí me hizo mucho sentido la intervención que realizó la Senadora Provoste; me ahorra bastante de lo que quería comentar.

Sí quiero señalar, Presidenta , que hay personas a las que les puede agradar la idea de que este Congreso casi no exista, de que el Presidente pueda gobernar por decreto. Porque, siendo nosotros colegisladores, efectivamente hay iniciativas que poseen un sentido humano, más allá de la discusión respecto de su admisibilidad. Y uno esperaría que el propio Presidente de la República , en conjunto con el Congreso, estuviera dispuesto a legislar en esas materias.

Lo planteo, porque hoy día hemos conocido el veto que el Gobierno, y el Presidente en particular, ha anunciado con respecto al proyecto -fuimos varios los coautores- que apuntaba a evitar los cortes de servicios básicos de agua, luz y gas, sin el debido interés y los riesgos propios de una negociación. El Gobierno se negó a recoger esta propuesta que fue aprobada tanto en la Cámara como en el Senado.

La verdad es que cuesta entender una situación de esta magnitud.

El agua es un derecho humano, tal como lo han señalado muchas señoras Senadoras y muchos señores Senadores. A mí también me costó entender cómo, cuando quisimos garantizar este derecho humano en la Constitución, se perdiera esa posibilidad por 12 votos. Pero lo curioso es que en la Carta Fundamental, Presidenta , se encuentra garantizado el derecho para quienes tienen títulos de propiedad sobre las aguas y para el desarrollo de la actividad de la minería.

Fíjese que ahora que queremos avanzar en el derecho humano de garantizar a todo evento que los recursos que están en las AFP les pertenezcan a los ahorrantes, también existe toda una discusión en la que el Gobierno claramente se encuentra del lado de la defensa de la industria de las AFP.

Yo voy a votar favorablemente este proyecto.

En cuanto a lo que señala la Senadora Ebensperger, lo tomo como información. No veo dónde pueda estar la inadmisibilidad, porque, sinceramente, aquello se relaciona más con información. Claro, pedirle al Presidente que informe dentro de siete días puede no agradar. Pero el que nosotros tengamos la posibilidad de requerir esa información creo que en nada daña ni afecta una iniciativa en esta línea.

Yo voy a votar a favor de la iniciativa completa, pues considero que es una de las maneras de garantizar, en una eventualidad como la que estamos experimentando, que el ser humano tenga siempre el derecho y el acceso al agua para su consumo.

Gracias, Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Bianchi.

Tiene la palabra el Senador Durana, por cuatro minutos.

El señor DURANA.-

Gracias, Presidenta .

Este proyecto de ley tiene un objetivo humano: establecer expresamente la facultad del Presidente de la República de reservar el uso prioritario del agua para el consumo humano en un estado de excepción constitucional de catástrofe.

Sobre el fondo de la iniciativa, es necesario considerar la serie de cambios en la vida cotidiana de las personas que ocasiona la pandemia del COVID-19, que no sabemos cuándo terminará. Lo más probable es que efectivamente se produzca un cambio muy especial en los hábitos de cuidado que se deben adoptar para evitar su propagación. Por lo tanto, quizás en el futuro deberemos seguir aislados, con distanciamiento social y realizando un lavado constante de manos, lo que va a significar un mayor uso de agua.

En este estado de excepción constitucional, el proyecto ratifica una facultad que posee el Presidente de la República y constituye un elemento para poder enfrentar estos momentos difíciles, en especial cuando los periodos de excepción constitucional se originan por crisis sanitarias como la que hoy vivimos, más aún en zonas extremas o aisladas, en donde son permanentes los efectos de la sequía. Esta propuesta legislativa finalmente ratifica y apoya los lineamientos fundamentales que existen dentro de las políticas de emergencia.

No estoy de acuerdo, Presidenta, con que junto a esta facultad queramos modificar las disposiciones y las responsabilidades que claramente posee un Presidente de la República. No creo que, dentro de lo que significa la reserva del uso de agua para los fines antes señalados, debamos fijar un plazo de siete días para que el Primer Mandatario informe sobre la facultad y las medidas que va a adoptar.

Cada situación de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública tiene su propia dinámica, su propia particularidad, por lo que la fijación de un plazo obviamente constituye un elemento distorsionador de los objetivos que esta norma persigue, e implica obviamente interferir en el desarrollo de las políticas y acciones en curso que son llevadas a cabo por el Poder Ejecutivo .

Independiente del Gobierno al que le toque enfrentar este tipo de situaciones, creo que obviamente debemos ser respetuosos de la separación de los Poderes del Estado, siempre pensando en que cada uno de nosotros trabajamos por el bienestar público.

Gracias, Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Durana.

Tiene la palabra el Senador Latorre.

El señor LATORRE.-

Gracias, Presidenta.

Primero, quiero felicitar al Diputado Diego Ibáñez , compañero del Frente Amplio, representante del Distrito N° 6, de la Región de Valparaíso, por presentar esta iniciativa, que es muy sentida. Existe mucha empatía por parte de las comunidades de la Región de Valparaíso, que ha sufrido históricamente escasez hídrica producto de un modelo de despojo, de privatización. Los movimientos sociales dicen: "No es solo sequía, es también saqueo", del recurso hídrico por parte de algunos particulares en las comunidades, en Petorca, en La Ligua, en Cabildo, en Putaendo, en Panquehue, en Marga Marga. Bueno, y esto se extiende también a otras zonas urbanas; por ejemplo, a los campamentos en Valparaíso y Viña del Mar.

Se estima... (falla de audio en transmisión telemática)... conservadora en Chile da cuenta de que habría cerca de 300 mil hogares en nuestro país sin acceso al agua potable y saneamiento como debe ser.

Naciones Unidas señala que las personas tendríamos que contar con 100 litros por persona al día para garantizar el derecho humano al agua. Sin embargo, en nuestro país ese derecho humano no se encuentra garantizado en la Constitución, aunque sí está garantizada la privatización del agua y todo este mercado de los derechos de aprovechamiento de agua.

Por otra parte, claramente este es un proyecto de ley que viene a enfatizar una atribución que el Presidente de la República posee. Más aún, en un estado de excepción de catástrofe puede hacer uso de algo que ya existe, incluso, en el Código de Aguas de la dictadura, del año 1981, que es la expropiación, por ejemplo; o en el Código Sanitario, que permite limitar la propiedad privada. Tiene amplias facultades, no solo para sacar a las Fuerzas Armadas a la calle, sino también para garantizar servicios básicos como es el agua potable, como es la alimentación a los hogares.

Yo voto a favor de este proyecto, Presidenta. Lo celebro, y espero que cuente con una amplia aprobación en el Senado.

Gracias.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra el Senador Lagos Weber.

El señor LAGOS.-

Señora Presidenta, seré bien breve.

Voy a apoyar este proyecto porque, básicamente, dice que estamos preocupados por el tema del agua como Parlamento, como Senadores, porque desde el punto de vista de su contenido reafirma lo que pensamos muchos, pero no le impone ninguna obligación nueva al Gobierno ni al Ejecutivo . Este ya tiene las facultades propias de un estado de catástrofe, y lo que se propone es que cuando vaya a adoptar medidas ante un estado de catástrofe, considere preocuparse por el suministro de agua, pues se dice: "se podrá". O sea, no le impone nada; da una señal.

Y en la segunda frase, que es la ha generado cierto escozor en algunos colegas, tampoco se delega nada, porque la verdad es que señala que tendrá que informar las medidas que adopte o adoptará. Bueno, y si no ha adoptado ninguna no tendrá que informar nada en siete días. Y si después de siete días surgen circunstancias que le hacen adoptarlas, lo hará.

Entonces, la verdad es que el proyecto es una buena salida desde el punto de vista de manifestar que estamos preocupados del tema en el Parlamento y que ante la eventualidad de que en algún estado de excepción por catástrofe adopte alguna medida tendrá que informarla respecto del agua. Pero si no la adopta, no va a informar.

No agrega mucho. Y creo que eso fue lo que dijo la autoridad, según me pareció entender de la Senadora informante, la Senadora Provoste.

En consecuencia, aprobémoslo con un poco de ganas, yo diría que en el sentido de que estamos preocupándonos de un tema que es real: en la Quinta Región esto es un drama, no es un cuento, no es un tema político. Bueno, ¡es un tema político, ciertamente! Pero lo que quiero decir es que esta es una realidad. Entonces, cualquier señal que demos nosotros será importante, entendiendo que esto no cambia nada de fondo. Es lo que yo pienso tras leer el artículo único, que tiene un párrafo y dos frases.

Así que yo lo voy a aprobar. Pero aprobémoslo con algo de entusiasmo, porque preocuparnos de un tema coyuntural es importante e incluso le podría servir al Gobierno en el sentido de decir: "Mire, tengo una preocupación", en vez de generar un debate sobre esto.

Gracias, señora Presidenta.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Lagos .

Señor Secretario , ¿hay alguien más inscrito?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

No, señora Presidenta , no hay más inscritos.

El Senador Navarro parece que quiere hacer uso de la palabra.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Senador Navarro.

El señor NAVARRO.-

Gracias, Presidenta .

Yo quiero mi 10 por ciento. En eso estamos.

En el 2002, en el Alto Biobío, en la represa Pangue , su gerente general se negaba a soltar agua porque decía que no estaba dispuesto a botar dólares, a botar plata. Y cuando lo hacía el agua inundaba la comuna de Hualqui, porque soltaba una enorme cantidad de metros cúbicos que provocaban un efecto aguas abajo. Mientras en los fundos el Huachi y el Barco los desplazados pehuenches, desde la cota 600 a la cota 900, no tenían agua. Una cultura ancestral pehuenche desplazada por -comillas- "el desarrollo" no tenía agua y no la tiene a la fecha.

Por tanto, el derecho al uso prioritario del agua no puede ser solo en estado de catástrofe, sino que siempre: siempre la vida es más importante y siempre deberán ser prioritarios el uso y el consumo de agua para la subsistencia de los hombres y las mujeres.

Creo que este es un proyecto que en la Nueva Constitución, mediante el proceso constituyente, va a incorporar una facultad a los gobernadores electos democráticamente para que puedan decretar estado de catástrofe en sus regiones e informarlo al Presidente de la República después de 24 horas. Esa fue la lección que sacamos en la Región del Biobío el 27 de febrero del 2010. Y para eso un proyecto de ley mío, que está desde el 2010 en el Senado sin ser discutido, faculta a los intendentes actuales y a los futuros gobernadores a decretar estos estados de prioridad, porque las regiones deben tener autonomía.

Yo voy a votar a favor. El agua es prioritaria. Ojalá que pudiéramos haber ido al fondo respecto de devolver el agua al Estado de Chile, de sacarla de las manos privadas, pero a ese proyecto de ley le faltó quorum, Presidenta . Hay conflictos de interés en esa iniciativa que se rechazó, lamentablemente...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Dele un minuto, señor Secretario .

El señor NAVARRO.-

El agua debe ser prioritaria siempre, Presidenta , y espero que en la Nueva Constitución este principio quede consagrado como también esta facultad presidencial y también la facultad de los futuros gobernadores para que las regiones puedan tomar decisiones en el uso prioritario del agua para el consumo humano.

He dicho, Presidenta .

Voto a favor.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Navarro.

Senador Alejandro Guillier, tiene la palabra.

El señor GUILLIER.-

Muy breve, Presidenta , muchas gracias.

En realidad, parece obvio que el Presidente de la República , en determinadas circunstancias de catástrofe, pueda disponer. Pero no está tan claro que la ley sea suficientemente taxativa, porque el propio Presidente ha dicho que en caso de que los miembros de una familia, que están obligados a guardar cuarentena en su casa, salgan los pueden tomar presos y cobrarles multas millonarias, por lo menos en el papel -es lo que aprobamos en el Congreso-; sin embargo, podrían estar obligados a estar dentro de la casa y cortarles los servicios básicos, quedando encerrados sin agua, sin luz, sin gas e incluso sin internet.

¿Y por qué razón? Porque el Gobierno veta el proyecto que propusimos y que aprobamos en el Congreso en el sentido de congelar el corte de los servicios básicos, porque atentaría contra los intereses legítimos de las empresas, que podrían ir a la justicia.

Bueno, está claro que el asunto no está resuelto y nosotros queremos garantizar que el Presidente tenga las facultades para asegurar en situaciones de catástrofe que ninguna familia chilena va a estar en cuarentena sin agua.

Eso es todo.

Muchas gracias, Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Guillier.

Pide la palabra el Senador Pérez.

Quedan algunos minutos todavía a la bancada UDI, Senador.

Unos dos minutos.

El señor PÉREZ VARELA.-

Gracias, Presidenta.

Creo que las palabras del Senador Ricardo Lagos fueron claras: aprobemos este proyecto para que la opinión pública pueda decir que estamos preocupados.

Estos temas no se resuelven así, Presidenta , sino verdaderamente con una política nacional del agua que permita generar inversión, solucionar los problemas de infraestructura. Y, por lo tanto, modificar una ley, darle una atribución más o menos al Presidente de la República no va a resolver los temas de la infraestructura, de falta de agua para las personas que la tienen que recibir por camiones aljibes. Podemos cambiar todas las leyes y la gente va a seguir recibiendo el agua por camiones aljibes, lo que es verdaderamente indigno para el siglo XXI.

Por lo tanto, lo que tiene que hacer el Estado es inversión en infraestructura para llevar el agua hacia las personas.

Y quiero decirle al Senador Guillier que el acuerdo que el Gobierno tomó con las empresas concesionarias, cuyos contratos los firmaron Ministros de los gobiernos de la Concertación, es que para que estos se cumplan es absolutamente indispensable llegar a acuerdos a fin de que esas empresas los acepten, se tornen obligatorios y no le corten el agua absolutamente a nadie, como a nadie le han cortado el agua durante esta pandemia, esta catástrofe.

Así que yo por lo menos, Presidenta , quiero decir que el Congreso, el Senado de la República, no solamente tiene que votar para decirle al país: "estamos preocupados", sino que verdaderamente debiéramos pensar en que los gobiernos cumplan con lo que se han comprometido.

La Presidenta Bachelet , en el primer discurso a la nación de su segundo período, dijo que era absolutamente indispensable para la zona centro-sur, en la cual está la región que yo represento, la construcción de más de veinte embalses pequeños y medianos. ¡Eso no se ha hecho!

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Dele un minuto, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Ahí está activo su micrófono.

El señor PÉREZ VARELA.-

Mientras eso no se haga, Presidenta , no vamos a tener ninguna solución. Y este es un Gobierno que ha sido proactivo en este tema. Por ejemplo, mediante los distintos APR los ayuda a financiar durante la pandemia todo lo que es la administración del agua potable rural y ha mantenido la inversión muy fuertemente, en plena pandemia, de los programas de agua potable rural.

Por lo tanto, ese es el camino y no votar proyectos para decirle a la gente que estamos preocupados.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Víctor Pérez.

¿Hay alguien más inscrito, señor Secretario ?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

No, señora Presidenta .

Solamente la Senadora señora Ebensperger, quien había indicado que quería clarificar algo respecto de su votación separada.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien.

Senadora Ebensperger, tiene la palabra.

La señora EBENSPERGER.-

Gracias, Presidenta .

En aras del tiempo, yo en el fondo había pedido tres votaciones, pero creo que la segunda parte del artículo único y el artículo transitorio se pueden votar separadamente en una sola votación, porque ambas tienen el mismo sentido: establecer el plazo de los siete días del Presidente para entregar la facultad. Y ese es el tema con el que yo, particularmente, no estoy de acuerdo por encontrarlo inadmisible.

Gracias, señora Presidenta.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien, buena proposición.

Entonces, señor Secretario, damos por cerrado el debate.

En votación.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, señora Presidenta .

Conforme a la precisión que ha hecho la Senadora señora Ebensperger, correspondería en consecuencia efectuar dos votaciones: una primera en general, donde se darían por aprobadas en general y en particular todas aquellas normas que no fueron objeto de solicitud de votación separada, es decir, se tendrían por aprobadas en general y particular, si es que se alcanza el quorum especial, solo la primera parte del artículo único hasta la expresión "declaratoria".

Y, luego, correspondería la votación separada para aprobar en particular la segunda parte del artículo único y el artículo transitorio.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Señor Secretario , el Senador Chahuán está pidiendo la palabra por reglamento.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Le vamos a activar el audio.

Ahí está.

El señor CHAHUÁN.-

Gracias, Secretario .

Señora Presidenta, por un tema de economía procesal, quiero pedir, si es posible, votar en general y separadamente de inmediato, para los efectos de agilizar la votación. Si no, vamos a tener que pasar dos veces.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Dos veces, sí.

El señor CHAHUÁN.-

Se lo recomiendo, para generar economía procesal y poder...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Veamos cómo podemos operar.

Gracias, Senador.

Muy bien.

Señor Secretario, tiene la palabra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Respecto de la solicitud que plantea el Senador señor Chahuán, en ese sentido se perdería el carácter de votación separada conforme al Reglamento. Es decir, hay que efectuar dos votaciones: una en general y otra en particular respecto a lo que corresponde a la votación separada.

Entonces, hay que hacer dos votaciones.

Con esa precisión, efectuamos las consultas de la opción de voto.

--(Durante la votación).

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor Girardi, ¿cómo vota?

Senadora señora Goic, ¿cómo vota?

El Senador Girardi.

El señor GIRARDI.-

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senadora señora Goic, ¿cómo vota?

Senador señor Guillier, ¿cómo vota?

El señor GUILLIER.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Harboe, ¿cómo vota?

El señor HARBOE.-

Considerando que es una facultad existente, a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

A favor.

Senador señor Huenchumilla, ¿cómo vota?

Senador señor Insulza, ¿cómo vota?

El señor INSULZA.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Kast, ¿cómo vota?

Senador señor Lagos, ¿cómo vota?

El señor LAGOS.-

A favor de las facultades.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Latorre, ¿cómo vota?

El señor LATORRE.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Letelier, ¿cómo vota?

Senador señor Montes, ¿cómo vota?

Senador señor Moreira, ¿cómo vota?

Senador señor Moreira, ¿cómo vota?

El señor MOREIRA.-

¡Aló! ¡Sí!

Señora Presidenta , voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Montes?

El señor MONTES.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Navarro, ¿cómo vota?

¿Senador señor Navarro?

El señor NAVARRO.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?

Senador señor Pérez, ¿cómo vota?

El señor PÉREZ VARELA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Pizarro, ¿cómo vota?

El señor PIZARRO.-

Señora Presidenta , entiendo que no se puede argumentar, ¿no es así? Pero quisiera decir algo, ya que es una cuestión...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

¡Como somos compañeros de región, le voy a dar la palabra para que fundamente...!

El señor PIZARRO.-

¡Si no quiero hacer uso de privilegios...!

Yo entiendo que es más bien una declaración de intenciones. La verdad, siendo bien prácticos, el proyecto no aporta mucho al tema de fondo que se ha estado discutiendo en las intervenciones de los colegas. Pero es una señal y habrá que votarlo en términos positivos.

Lo que sí, señora Presidenta , quisiera hacer una sugerencia. Entiendo que el Ejecutivo había quedado de presentar indicaciones para tratar de aterrizar el proyecto, concretarlo un poco más. Si lo aprobamos en general y particular, no tendremos la posibilidad de que vuelva a Comisión.

Quiero hacer la consulta en medio de la votación, no tuve oportunidad antes, en cuanto a si hay intención de concretarlo, profundizarlo un poco más para que vuelva a Comisión. Deberíamos aprobar solamente esta primera parte y la segunda dejarla para la Comisión, si es que hay ánimo.

Yo voto a favor.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Pizarro. Está autorizada la tramitación en general y en particular. Estamos en eso.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Pizarro vota a favor.

¿Senador señor Prohens?

El señor PROHENS.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Prohens vota a favor.

Senadora señora Provoste, ¿cómo vota?

La señora PROVOSTE.-

Señora Presidenta, voto a favor.

Además quiero señalar que tuvimos toda la disposición para que el Ejecutivo pudiese presentar indicaciones a este proyecto durante más de tres semanas. La Dirección General de Aguas pidió tiempo y no llegó con ninguna indicación, como tampoco, posteriormente, el Ministerio Secretaria General de la Presidencia.

Creo que en esto no hay voluntad de avanzar en que el agua sea reconocida como un derecho humano esencial y en que las tareas de saneamiento, subsistencia estén garantizadas.

Yo voto con entusiasmo a favor de este proyecto de ley en general y en particular.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Pugh, ¿cómo vota?

El señor PUGH.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Quintana, ¿cómo vota?

Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?

El señor QUINTEROS.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor el Senador señor Quinteros.

Senadora señora Rincón, ¿cómo vota?

La señora RINCÓN.-

Voto a favor, señora Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senador señor Sandoval, ¿cómo vota?

El señor SANDOVAL.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Soria, ¿cómo vota?

El señor SORIA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senadora señora Van Rysselberghe, ¿cómo vota?

Senadora señora Von Baer, ¿cómo vota?

La señora VON BAER.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Allamand, ¿cómo vota?

Senadora señora Allende, ¿cómo vota?

La señora ALLENDE.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?

La señora ARAVENA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Araya, ¿cómo vota?

Senador señor Bianchi, ¿cómo vota?

El señor BIANCHI.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Castro, ¿cómo vota?

El señor CASTRO.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Chahuán, ¿cómo vota?

El señor CHAHUÁN.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Coloma, ¿cómo vota?

El señor COLOMA.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor De Urresti, ¿cómo vota?

El señor DE URRESTI.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Durana, ¿cómo vota?

El señor DURANA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senadora señora Ebensperger, ¿cómo vota?

La señora EBENSPERGER.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Elizalde, ¿cómo vota?

El señor ELIZALDE.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Galilea, ¿cómo vota?

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor García Ruminot, ¿cómo vota?

Bien.

Voy a consultar por los votos de las señoras y los señores Senadores que no estaban presentes en la primera consulta y que ahora se han incorporado.

Senadora señora Goic, ¿cómo vota?

La señora GOIC.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Huenchumilla, ¿cómo vota?

Senador señor Kast, ¿cómo vota?

El señor KAST.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Letelier, ¿cómo vota?

Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?

La señora ÓRDENES.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Quintana, ¿cómo vota?

Senadora señora Van Rysselberghe, ¿cómo vota?

Senador señor Allamand, ¿cómo vota?

Senador señor Araya, ¿cómo vota?

El señor ARAYA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Galilea, ¿cómo vota?

Senador señor García Ruminot, ¿cómo vota?

Señora Presidenta , Senadora Muñoz, ¿cómo vota?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador presente aún no haya emitido su voto?

Se ha incorporado el Senador señor Quintana.

Senador señor Quintana, ¿cómo vota?

El señor QUINTANA.-

Voto a favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Ahora se ha incorporado el Senador señor Letelier.

Senador señor Letelier, ¿cómo vota?

El señor LETELIER.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador presente aún no ha emitido su voto?

Señora Presidenta , correspondería dar por cerrada la votación, para hacer el cómputo.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (37 votos a favor).

Votaron por la afirmativa, las señoras Allende, Aravena, Ebensperger, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón y Von Baer y los señores Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Insulza, Kast, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Pérez Varela, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Corresponde ahora efectuar la votación separada que se ha solicitado, correspondiente a la parte final del artículo único, que señala: "Dentro de los siete días corridos siguientes a la entrada en vigencia del decreto que declara el estado de catástrofe, el Presidente de la República deberá informar sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará.", y al artículo transitorio en su integridad.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

En votación.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Voy a proceder a efectuar la consulta, señora Presidenta .

Senador señor Girardi, ¿cómo vota?

Senadora señora Goic, ¿cómo vota?

Senador señor Guillier, ¿cómo vota?

El señor GUILLIER.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

A favor.

Senador señor Harboe, ¿cómo vota?

Senador señor Huenchumilla, ¿cómo vota?

Senador señor Insulza, ¿cómo vota?

Senador señor Kast, ¿cómo vota?

Senador señor Lagos, ¿cómo vota?

Senador señor Latorre, ¿cómo vota?

El señor LATORRE.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El señor INSULZA.-

Yo voto a favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Senador señor Insulza?

El señor INSULZA.-

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias. Consignado a favor.

Senador señor Letelier, ¿cómo vota?

Senador señor Montes, ¿cómo vota?

El señor MONTES.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senador señor Moreira?

¿Senador señor Navarro?

El señor NAVARRO.-

A favor, señor Secretario , señora Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

¿Senadora señora Órdenes?

La señora ÓRDENES.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Ossandón no está.

Senador señor Pérez, ¿cómo vota?

Senador señor Pizarro, ¿cómo vota?

El señor PIZARRO.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Prohens, ¿cómo vota?

El señor PROHENS.-

Me abstengo, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Se abstiene.

Senadora señora Provoste, ¿cómo vota?

La señora PROVOSTE.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

A favor.

Senador señor Pugh, ¿cómo vota?

El señor PUGH.-

En contra, señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota en contra.

Senador señor Quintana, ¿cómo vota?

El señor QUINTANA.-

Voto a favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?

El señor QUINTEROS.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senadora señora Rincón, ¿cómo vota?

La señora RINCÓN.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senador señor Sandoval, ¿cómo vota?

El señor SANDOVAL.-

En contra, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota en contra.

Senador señor Soria, ¿cómo vota?

El señor SORIA.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senadora señora Van Rysselberghe, ¿cómo vota?

Senadora señora Von Baer, ¿cómo vota?

La señora VON BAER.-

En contra, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota en contra.

Senador señor Allamand, ¿cómo vota?

Senadora señora Allende, ¿cómo vota?

La señora ALLENDE.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?

La señora ARAVENA.-

En contra, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota en contra.

Senador señor Araya, ¿cómo vota?

El señor ARAYA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senador señor Bianchi, ¿cómo vota?

El señor BIANCHI.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senador señor Castro, ¿cómo vota?

El señor CASTRO.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senador señor Chahuán, ¿cómo vota?

El señor CHAHUÁN.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senador señor Coloma, ¿cómo vota?

El señor COLOMA.-

En contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador Coloma vota en contra.

Senador señor De Urresti, ¿cómo vota?

El señor DE URRESTI.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senador señor Durana, ¿cómo vota?

El señor DURANA.-

En contra, señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota en contra.

Senadora señora Ebensperger, ¿cómo vota?

La señora EBENSPERGER.-

En contra, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota en contra.

Senador señor Elizalde, ¿cómo vota?

El señor ELIZALDE.-

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senador señor Galilea, ¿cómo vota?

El señor GALILEA.-

En contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota en contra.

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

En contra, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor García Ruminot, ¿cómo vota?

Bien.

Vamos a efectuar la segunda consulta. Se han incorporado a la sesión algunas señoras y señores Senadores que aún no han votado.

¿Senador señor Girardi?

¿Senadora señora Goic?

La señora GOIC.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

¿Senador señor Harboe?

¿Senador señor Huenchumilla?

El Senador Kast se está incorporando.

Senador señor Kast, ¿cómo vota?

El señor KAST.-

En contra, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota en contra.

Senador señor Lagos, ¿cómo vota?

Senador señor Letelier, ¿cómo vota?

El señor LETELIER.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Moreira, ¿cómo vota?

El señor MOREIRA.-

Señora Presidenta , no voy a fundamentar; solo quiero relevar una situación antes de votar.

En este minuto varias señoras y señores Senadores están en la Comisión de Trabajo y ahora se van a conectar a esta sesión para poder votar. Una de ellas es la Senadora Van Rysselberghe, quien en este momento está tratando de conectarse.

Con respecto a este proyecto, voto en contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador Moreira vota en contra.

Señora Presidenta , Senadora Muñoz, ¿cómo vota?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador presente en la sesión aún no ha emitido su voto?

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador presente en la sesión aún no ha emitido su voto?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Terminada la votación.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

En consecuencia, procederemos al cómputo de los votos.

--Por no alcanzar el quorum requerido, se rechazan la parte final del artículo único y el artículo transitorio del proyecto (22 votos a favor, 11 en contra y 1 abstención).

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, De Urresti, Elizalde, Guillier, Insulza, Latorre, Letelier, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros y Soria.

Votaron por la negativa las señoras Aravena, Ebensperger y Von Baer y los señores Coloma, Durana, Galilea, García-Huidobro, Kast, Moreira, Pugh y Sandoval.

Se abstuvo el señor Prohens.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

De esta manera, concluye la votación separada que solicitó la Senadora Ebensperger respecto del párrafo final del artículo único y del artículo transitorio. Al no alcanzarse el quorum exigido de 25 votos, se rechazan dichas normas.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Despachado el proyecto.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 07 de julio, 2020. Oficio en Sesión 39. Legislatura 368.

Valparaíso, 7 de julio de 2020.

Nº 249/SEC/20

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, correspondiente al Boletín N° 13.404-33, con las siguientes enmiendas:

Artículo único

Ha eliminado su segunda oración, que señala: “Dentro de los siete días corridos siguientes a la entrada en vigencia del decreto que declara el estado de catástrofe, el Presidente de la República deberá informar sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará.”.

Artículo transitorio

Lo ha suprimido.

- - - -

Hago presente a Vuestra Excelencia que el artículo único del texto despachado por el Senado (primera oración del artículo único del texto aprobado por la Cámara de Diputados) fue aprobado, tanto en general cuanto en particular, con el voto favorable de 37 senadores, de un total de 43 en ejercicio, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

- - - -

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 15.543, de 20 de mayo de 2020.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ADRIANA MUÑOZ D´ALBORA

Presidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 21 de julio, 2020. Diario de Sesión en Sesión 44. Legislatura 368. Discusión única. Se rechazan modificaciones.

RESERVA DE USO PRIORITARIO DEL AGUA PARA CONSUMO HUMANO, SANEAMIENTO Y USO DOMÉSTICO DE SUBSISTENCIA DURANTE VIGENCIA DE ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE POR CALAMIDAD PÚBLICA (TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 13404-33) [INTEGRACIÓN DE COMISIÓN MIXTA]

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Corresponde tratar las modificaciones introducidas por el Senado, recaídas en el proyecto de ley, originado en moción, que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.

Por acuerdo de los Comités Parlamentarios, para la discusión del proyecto se otorgarán tres minutos base por bancada, más treinta minutos distribuidos proporcionalmente.

Antecedentes:

-Modificaciones del Senado, sesión 39ª de la presente legislatura, en miércoles 8 de julio de 2020. Documentos de la Cuenta N° 2.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

En discusión las modificaciones del Senado. Tiene la palabra el diputado don Diego Ibáñez Cotroneo .

El señor IBÁÑEZ (vía telemática).-

Señor Presidente, este proyecto fue presentado con la urgencia que amerita el tratamiento de la pandemia.

Sabemos que en Chile hay al menos 380.000 familias que, lamentablemente, hoy se abastecen mediante camiones aljibe o que dependen de un sistema de agua potable rural.

El problema que trajo la pandemia fue que dichas familias no contaban con las garantías para cumplir con las medidas preventivas. De allí nace la urgencia de que el Presidente de la República, mediante las facultades que le otorga el estado de excepción constitucional, priorice el agua para consumo humano, saneamiento y uso doméstico.

También sabemos que hay muchas zonas, particularmente de las regiones de Coquimbo, de Valparaíso y de O’Higgins, incluso de la Región Metropolitana, que, lamentablemente, no tienen acceso a este bien, con lo cual están más expuestas y tienen más probabilidades de contagio.

Señor Presidente, quiero referirme a lo que ha sucedido hace unas horas. La Corte de Apelaciones de Valparaíso le ha dado la razón a la defensora de la Niñez en relación con un recurso de protección que se interpuso en favor de los niños y niñas de Petorca, Cabildo , Chincolco , La Ligua, de la provincia de Petorca en general, que, lamentablemente, hoy no cuentan con el mínimo necesario, que, según la Organización Mundial de la Salud, es de cien litros de agua por persona para consumo humano, saneamiento y uso doméstico.

Como señalé, hace un par de horas la Corte de Apelaciones de Valparaíso le ha dado la razón a la Defensoría de la Niñez y ha recomendado que la seremi de Salud, a propósito de la sequía en la provincia de Petorca, haga llegar, de una u otra manera, cien litros de agua diarios por persona.

Este proyecto justamente trata sobre eso. Para los diputados y diputadas que nos escuchan, es una iniciativa cuyo objetivo es dar una orientación legal a las facultades del Presidente de la República para garantizar el agua no solo en cantidad, sino en calidad.

Recordemos que muchas veces el agua que llega a las comunidades mediante camiones aljibe no viene con resolución sanitaria. Se trata de un problema que ya muchos sabemos que ocurre en la práctica.

Como señalé, este proyecto tiene como objetivo dar una orientación legal al uso de estas facultades, pero además, y esto es lo importante, señala, en su texto original, que una vez promulgada la ley en proyecto, al término de siete días, el Presidente tendrá la obligación de informar las medidas concretas que se van a tomar en el cumplimiento del objetivo de que se use prioritariamente el agua para consumo humano, saneamiento y uso doméstico.

Como todos sabemos, el texto de la iniciativa fue aprobado por la Cámara en forma unánime, pero al llegar al Senado sufrió algunas modificaciones.

En primer lugar, no obliga al Presidente a que, durante los primeros siete días de promulgada la ley, dé cuenta de las medidas concretas para asegurar el suministro del agua entre las comunidades que lo requieran, y en segundo lugar, fue eliminada una disposición transitoria que hacía aplicable esta norma al estado actual de excepción constitucional por pandemia.

Entonces, quedamos con una norma que básicamente es inútil para abordar el objetivo que es, en plena pandemia, dar garantías a las comunidades de que el Estado va a llegar y les va a garantizar el agua para que puedan pasar excepcionalmente la pandemia.

Sabemos que este es un problema estructural, que tiene que ver con el Código de Aguas, pero en este caso no estamos regulando eso; estamos regulando la emergencia.

Lamentablemente, el Senado ha quitado el plazo de siete días en que el Presidente de la República debía pronunciarse sobre las medidas que adoptará luego de publicada esta norma. Además, no hace aplicable este proyecto para el actual estado de excepción constitucional. Por lo tanto, la iniciativa queda un poco inútil.

Por eso, llamo a los parlamentarios a que, así como la Cámara se pronunció de forma transversal a favor de este proyecto en su primer trámite constitucional, llevemos esta iniciativa a una comisión mixta para llegar a un acuerdo con las senadoras y los senadores. Solamente faltaron dos votos en el Senado para aprobar esa parte del proyecto, que es fundamental y que es lo que le da utilidad.

Por eso, la invitación que hago es a rechazar las modificaciones del Senado y así empujar la creación de una comisión mixta para llegar a un mejor acuerdo.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra, vía telemática, la diputada Carolina Marzán .

La señora MARZÁN (doña Carolina) [vía telemática].-

Señora Presidenta, el año pasado muchos habitantes de la provincia de Petorca salieron a las calles para manifestarse ante la gravedad de los efectos de la falta de agua, en el contexto de un 75 por ciento de descenso en las precipitaciones y del acaparamiento del agua por parte de las grandes industrias.

Lo que obtuvieron fue que los hechos se calificaron de agresividad, de terrorismo, de vandalismo, y se les trató de subversivos, sin siquiera aludir al tema de fondo: la desesperación por la falta de agua.

Según la Organización Mundial de la Salud, la cantidad de agua que se provee y que se usa en las viviendas es un aspecto importante a considerar por los servicios de abastecimiento de agua domiciliaria, pues influye en la higiene y, por tanto, en la salud pública. Bajo este aspecto, el agua debe ser siempre concebida como un elemento de uso prioritario para el consumo humano en toda la amplitud de su concepción, sobre todo ante la especial y excepcional situación que estamos viviendo en nuestro país y en el mundo, puesto que el derecho al agua va de la mano de manera estrecha con la higiene y con la salud pública. El bienestar de la comunidad debe ser siempre el foco.

Hace una semana presentamos un proyecto de resolución que llamamos “de política integral del agua”, pues urgen modificaciones profundas al sistema y estructura del agua en el Chile de hoy, desde cómo es concebida, su priorización, hasta la institucionalidad a cargo, con facultades robustas y una legislación que no exista solamente desde lo nominal.

El aumento de las precipitaciones ha venido en ayuda de las zonas de sequía; pero ¿de qué forma gestionamos el recurso y qué medidas tomamos sobre él?

De este modo, siento que las modificaciones presentadas por el Senado dejan una normativa solamente declarativa, sin una obligación tangible respecto de la necesidad de las comunidades, que requieren soluciones concretas e inmediatas, sin perjuicio de la gestión a largo plazo a través de una política integral que desde ya deberíamos empezar a discutir.

Es crucial que se mantengan los plazos establecidos en el proyecto original, tanto en el artículo único como en el transitorio, con el objeto de entregar respuestas a quienes viven los embates de la falta de agua.

La crisis sanitaria ha dejado en evidencia muchos más síntomas que la fiebre y los problemas respiratorios en las personas: ha mostrado las heridas de la desigualdad, de la injusticia y de la indignidad, ya que incluso la comunidad que se ha manifestado en favor del agua para las personas ha sido tratada de terrorista, como dije anteriormente, como si fuese una especie de organización paralela que busca la desestabilización del Estado. No, las personas hoy quieren la dignidad de no tener que elegir entre beber o lavarse las manos.

He dicho.

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el diputado Frank Sauerbaum Muñoz .

El señor SAUERBAUM.-

Señora Presidenta, este proyecto viene a poner en evidencia un problema que tenemos en el país hace larga data, desde que la sequía y el cambio climático se han hecho presentes.

Pero también hablemos del tema de fondo. Hoy tenemos un uso del agua conocido por todos: nuestros agricultores ocupan el 75 por ciento de agua para riego, para la generación de alimentos; el 11 por ciento se ocupa en la industria, gran parte en la industria minera, y solamente el 5 por ciento del agua disponible en Chile se usa para consumo humano. Esas son las cifras reales, queramos o no; esas son las cifras que tenemos respecto de la utilización del agua disponible en Chile.

¿Y cuál es el problema? El problema de fondo es que efectivamente el cambio climático se ha hecho presente -la sequía es evidente-, pero no hemos hecho nada para terminar definitivamente con ese problema.

En Chile, en promedio, nos demoramos más de diez años en construir un solo embalse; uno. Hoy en el país tenemos una política de embalses que considera 26 nuevos embalses. Muchos de ellos tienen doble propósito. Algunos son para generación de electricidad, para riego y también para consumo humano. En el caso de la Región de Ñuble tenemos tres proyectos diseñados: el embalse Punilla , el embalse Zapallar y el embalse Chillán . Este último es de una importancia tremenda para el desarrollo de nuestra Región de Ñuble, considerando que la comuna de Chillán y la de Chillán Viejo crecen explosivamente, por lo que necesitan la provisión de agua, que hace falta cada día más. Lamentablemente, esos proyectos todavía están en la etapa de estudio de ingeniería, y falta terminarlos para poder financiarlos en los próximos años.

Como digo, en promedio nos demoramos diez años en construir un solo embalse. Por lo tanto, la política de embalses en Chile tiene que ser una prioridad en la política de Estado.

También se pueden adoptar otras medidas. Por ejemplo, el tratamiento de las aguas servidas en Chile todavía está en discusión. ¿De quiénes son las aguas servidas? ¿De quiénes son las aguas residuales de los usos industriales? Hoy existe un tema legal que no se ha resuelto. En Chile debemos tener claridad sobre la utilización de esa agua, que nos ayudaría a disminuir el consumo del agua potable para riego. Es decir, se podría utilizar doblemente un agua que hoy está disponible.

También tenemos una larga costa de 5.000 kilómetros donde hay muy pocas plantas desalinizadoras; solo las hay en el norte, la mayoría de las cuales está instalada por la industria minera. Sin duda, en nuestro secano costero y en gran parte de nuestro país existe la posibilidad de desalinizar agua y de ponerla a disposición de nuestros agricultores, de modo de disminuir el uso del agua potable sobre todo en los sectores rurales.

Otra alternativa es el agua lluvia. Como hemos tenido la fortuna de tener lluvias, ¿qué se hace con esa agua lluvia? Nada. Hoy simplemente el agua corre. El 80 por ciento del agua de los ríos en Chile va a caer directamente al mar sin ser aprovechada. Por lo tanto, debemos tener la capacidad de inyectar agua a las napas subterráneas y, de esa manera, aprovechar este elemento cada día más escaso.

También tratemos un tema que es bastante incómodo políticamente: es evidente que hay un negocio enorme en materia de camiones aljibe. Hoy, la provisión de agua en Chile se transformó en un tremendo negocio para algunos sectores. Hace un tiempo fue denunciado un operador socialista que mantiene a lo largo del país la provisión de gran cantidad de agua potable para los sectores rurales, y nada se ha hecho respecto de eso. Nadie le pone el cascabel al gato. Pareciera que hay intereses creados que hoy hacen intocables a algunas personas.

La provisión de agua a través de camiones aljibe es cada día menos deseable y es menos gravosa para el Estado. Debe ser menos gravosa para el Estado, para dar una solución definitiva.

La Dirección de Obras Hidráulicas ha cambiado sus criterios, por lo que hoy cada proyecto de agua potable rural que se implementa en los sectores apartados rurales es de agua potable, no es de agua bebestible como se hacía algunos años atrás. Hace algunos años, en los campos, nuestra gente tomaba agua bebestible. Esa gente terminó con cáncer y terminó tomando agua con metales. Hoy, afortunadamente, este gobierno le ha puesto el cascabel al gato y ha subido los estándares a todos los proyectos de agua potable.

¿Son proyectos más caros? Efectivamente, pero son proyectos definitivos, que están pensados para los próximos 30 y 40 años.

Por último, quiero decir que esta iniciativa deja claro que el uso prioritario del agua debe ser para consumo humano. No hay duda de que eso debe ser así, pero también hay que ser claro en señalar que se trata de un porcentaje muy inferior respecto de otros usos. El uso mayoritario lo tiene nuestra gente, nuestros agricultores, quienes hoy generan el alimento en Chile.

El gran desafío que tenemos no dice relación con la forma en que se reparte el agua, sino cómo generamos más instancias para tener más agua.

En el campo nos da risa al ver cómo se discute la reforma al Código de Aguas, para repartirse lo poco que hay, en circunstancias de que lo que hay que tratar de hacer es que crezca la torta, es decir, la disponibilidad de agua que hoy existe, para así dar tranquilidad de su provisión no solo para el consumo humano, sino también para la agricultura y las actividades industriales.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Daniel Verdessi .

El señor VERDESSI.-

Señor Presidente, naturalmente que el agua tiene una enorme relación con la calidad de la vida humana, cuya evolución, para ser incorporada a las prácticas cotidianas, también es un proceso cultural, así como ocurre con otras actividades, como el abastecimiento, el transporte y la educación.

En epidemiología, cuando se detectan, por ejemplo, focos de enfermedades entéricas, nos encontramos con que los focos de hepatitis o de enteropatía habitualmente están relacionados con la forma en que se utiliza el agua. Entonces, es evidente que el uso del agua para consumo humano forma parte inextricable de la calidad de la salud humana.

En el objetivo que nos mueve, que es prevenir el contagio de la covid-19, la Organización Mundial de la Salud señala que es preferible el lavado de manos con agua y jabón por sobre el uso del alcohol gel. Algunas familias se asustan porque no pueden comprar alcohol gel, pero el agua y el jabón lo reemplaza. También, se dan instrucciones en cuanto a los segundos que hay que lavarse las manos para que el lavado sea efectivo: veinte segundos.

¿Pueden los habitantes de lugares como Petorca lavarse las manos durante veinte segundos si el agua les llega en camiones aljibe? Evidentemente que esa acción sencilla, cotidiana para los habitantes de las ciudades, donde a veces ni siquiera se cuida el agua, es un lujo para ciudadanos tan ciudadanos como nosotros, pero que no tienen el mismo acceso a ese recurso.

Creo que en la situación de pandemia en que estamos se hace necesario relevar que se debiera disponer de 100 litros de agua por persona como mínimo, para mejorar la calidad de vida de las personas y evitar enfermedades de común ocurrencia.

Al respecto, quiero dar a conocer que cuando me dedicaba a la epidemiología, especialidad que está hoy tan de moda, teníamos un mapa en el que marcábamos con alfileres rojos los lugares en los que encontrábamos, por ejemplo, focos de hepatitis. Lo mención porque el factor común en todos esos sectores eran problemas de disposición de agua, así como de contaminación de agua y de aguas servidas, entre otros.

Este proyecto de ley, que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua para el consumo humano, apunta en la dirección correcta, porque se trata de un recurso vital para la calidad de vida de las personas, cuya priorización debe incorporarse en el proceso de mejora continua de nuestra sociedad.

Por las razones señaladas, esta iniciativa debe ser aprobada, pues forma parte del proceso de desarrollo de nuestro país.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Jaime Tohá .

El señor TOHÁ (vía telemática).-

Señor Presidente, resulta un poco paradójico que a estas alturas en nuestro país todavía estemos discutiendo si el uso de agua para el consumo humano es una prioridad, no solo en estado de excepción, sino en forma permanente. En todo caso, es una materia que será despejada con la reforma de la Constitución Política que esperamos se lleve a cabo luego de que se apruebe el plebiscito.

En lo concreto, me han surgido dudas, de carácter interpretativo, respecto de lo que despachó la Cámara y las enmiendas que hizo el Senado a este proyecto, puesto que, a mi juicio, se trata de dos interpretaciones distintas.

En el proyecto que nosotros despachamos, establecimos un plazo de siete días corridos para que el Presidente de la República informe sobre las medidas que adoptará. La pregunta que me hago es qué pasa si no informa dentro de ese plazo. Se podría entender que la obligación queda extinguida, pero si hubiera una emergencia quince o veinte días después de los siete días, el Presidente de la República ya no tendría esta facultad, y yo entiendo que lo que el Senado hizo al eliminar esa frase fue para justamente evitar eso. Sería importante dilucidar aquello en una comisión mixta.

En consecuencia, votaré en contra las modificaciones del Senado, con el objeto de que sea una comisión mixta la que establezca que esa facultad presidencial estará disponible mientras dure el estado de emergencia, y no tan solo durante siete días.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, la diputada Camila Vallejo Dowling .

La señorita VALLEJO (doña Camila ) [vía telemática].-

Señor Presidente, sin lugar a dudas, una de las cosas fundamentales para garantizar el derecho a la vida de las personas es el acceso al agua, el derecho al consumo humano del agua. Sin agua no hay posibilidad de que exista la humanidad y que esta pueda sobrevivir. Lamentablemente, este derecho no está garantizado en nuestra Constitución Política. No tenemos garantizado plenamente el derecho a la vida ni el derecho al acceso al agua.

En general, el agua en nuestro país está privatizada. Hemos sido noticia mundial por esa razón, situación que es lamentable y que nos llena de vergüenza. La falta de garantía de acceso al agua es un problema que se ve agudizado en este contexto de crisis sanitaria mundial debido a la pandemia por covid-19.

La mayoría hemos tomado consciencia de que una de las recomendaciones sanitarias básicas para enfrentar la pandemia por covid-19 es el lavado de manos, la higiene permanente, el lavado y la higienización de los alimentos y todo lo que tiene que ver con la prevención.

Sin embargo, este consejo de autocuidado, que está de acuerdo con las recomendaciones sanitarias en Chile y a nivel internacional de la OMS, para muchos es imposible cumplir porque no tienen acceso al agua potable.

Tenemos crisis hídrica no solo en regiones, en sectores rurales, sino también en la Región Metropolitana, lo que se manifiesta en problemas de acceso al agua a causa de, entre otras cosas, la sobreexplotación de la industria minera y los proyectos hidroeléctricos, como el de Alto Maipo, en la comuna de San José de Maipo.

Por lo tanto, se trata de un problema que aqueja a miles de compatriotas, lo que da más sentido a la necesidad de tramitar con urgencia este proyecto, que pusimos en discusión en la Cámara de Diputados a través de una moción destinada a garantizar, como primera prioridad, el acceso al agua para el consumo humano. Sin embargo, como dijo el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, estamos discutiendo las modificaciones del Senado respecto de esta moción que prontamente debemos hacer ley de la república, modificaciones que se relacionan con la obligación del Presidente de informar.

El Senado, al eliminar en el artículo único la obligación del Presidente de informar sobre el empleo de la facultad que le otorga la ley y suprimir el plazo de siete días que tenía para hacerlo, debilita el espíritu del proyecto, que es monitorear el cumplimiento de esta norma y su fiscalización por parte del Congreso Nacional u otras instituciones del Estado.

Nosotros, como bancada, obviamente, no estamos de acuerdo con las modificaciones que nos propone el Senado, pero sí con la propuesta original que tramitó y aprobó la Cámara de Diputadas y Diputados.

En consecuencia, respecto de las modificaciones del Senado, vamos a emitir un voto de rechazo.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda .

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señor Presidente, venía muy entusiasmada a revisar las modificaciones que nos propone el Senado, pero, al igual que el diputado Tohá y la diputada Vallejo , lamento los cambios realizados por los senadores, porque hacen que la propuesta de la Cámara de Diputados pierda toda fuerza.

Lo digo porque considero que lo importante es cómo el Presidente de la República, ante las complicaciones que puedan surgir durante la pandemia, en crisis sanitaria, en desastres naturales, toma el liderazgo y usa una facultad que le permite adoptar medidas en un plazo específico, lo cual debe ser fiscalizado por esta Cámara, porque si bien la facultad existe, no siempre se aplica.

Entonces, no nos hace sentido que el Senado haya eliminado ese plazo para que se plantee cómo se va a utilizar esta facultad. Eso era lo imperativo de la moción.

Me parece que la eliminación de su segunda oración del artículo único, que señala que, dentro del plazo de siete días corridos, siguientes a la entrada en vigencia del decreto que declara el estado de excepción constitucional de catástrofe, el Presidente deberá informar sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará, le quitó toda validez al proyecto.

Por lo tanto, es necesario que se voten en contra las modificaciones del Senado, para que se cree una comisión mixta que nos permita arreglar el proyecto.

Finalmente, quiero agradecer a la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación -ya tuve que defender dos proyectos en esa comisión y a los diputados de las distintas bancadas, de distintas corrientes políticas, porque entienden muy bien el problema y porque lograron despachar estos proyectos, los vinculados con los problemas de crisis hídrica, en tiempo récord. Debe tenerse presente que casi el 80 por ciento corresponde a mociones parlamentarias que apuntan a modificar el Código de Aguas.

Invito a los colegas a votar en contra estas modificaciones, con la finalidad de, como dije, crear una comisión mixta en la que podamos explicarles a los senadores y a las senadoras la importancia del plazo de siete días que se incluía en nuestra propuesta.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Catalina Pérez .

La señorita PÉREZ (doña Catalina) .-

Señor Presidente, nos encontramos en medio de una crisis sanitaria en que la medida más esencial para evitar el contagio, junto con el distanciamiento social, es el lavado de manos constante. Esta acción, que parece básica y fácil de seguir, es imposible para miles de personas en nuestro país, ya que sencillamente no tienen acceso al agua, producto de la absoluta desregulación del mercado de ese elemento, que ha favorecido su uso industrial y no el doméstico.

A eso debemos sumar el hecho de que nos encontramos en un estado de excepción constitucional, en los cuales se autoriza al Presidente de la República a restringir de forma excepcional determinados derechos, atendida la causa que origina esta declaración. En este caso, el de pandemia por covid-19, se han restringido los derechos de libre circulación y de propiedad.

A ese respecto, quiero ser muy clara: si el Presidente quisiera, podría asegurar, sin necesidad de este proyecto, el acceso al agua a toda o a gran parte de la población. No se le está dando ninguna facultad que no tenga ya, pero lamentablemente sabemos que dar garantías mínimas a las personas no ha sido prioridad de este gobierno.

Esa es la causa por la cual el proyecto apunta a que el Presidente de la República use efectivamente sus facultades, las que ya tiene en virtud del estado de excepción constitucional, para asegurar el uso prioritario del agua para el consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, en la cantidad y en la calidad adecuadas, para el contexto en el que nos encontramos.

La importancia y la novedad del proyecto, dado que las facultades ya las tiene, están en la forma en que esto se pretende garantizar. Pero como al parecer no estamos de acuerdo con el Senado, cercenaron esa parte del proyecto, haciendo que en la práctica quede como letra muerta, porque se mandata al Presidente a asegurar en un tiempo determinado el uso prioritario del agua, pero él está librado a su propia voluntad de cumplir, al no existir ninguna rendición de cuentas del uso de esas facultades.

En mi región son miles las familias que no tienen acceso continuo al agua potable. Según cifras de la Fundación Amulén, las zonas rurales de la Región de Antofagasta tienen continuidad de servicios por APR en un porcentaje que llega al 57,1 por ciento, muy por debajo del 80 por ciento, que es el promedio nacional.

A eso hay que sumar que las personas no tienen acceso al servicio de agua potable domiciliaria en los campamentos o en los mismos sectores rurales. De hecho, pagan más por el agua, ya que su abastecimiento, a través de la compra de bidones, tiene un valor promedio de 150 pesos el litro, versus los 0,36 pesos por litro de agua en tuberías suministradas por las empresas sanitarias.

No vamos a permitir que el proyecto sea letra muerta. Por eso, llamo a rechazar las modificaciones del Senado, porque no queremos que esta moción quede bajo el escritorio del Presidente, como la gran mayoría de los proyectos de resolución que se han presentado desde el inicio de esta pandemia, en los que todas las bancadas han pedido que se tomen medidas legislativas y se apliquen ciertas políticas públicas, ante las que, lamentablemente, ha hecho oídos sordos.

La gente necesita acceso al agua ahora y el gobierno se niega a usar sus facultades. Por eso, espero que sea el Congreso Nacional el que haga realidad este derecho, que ayudará a miles de familias en el país.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Cristina Girardi .

La señora GIRARDI (doña Cristina).-

Señor Presidente, solo quiero comentar que no se entiende a qué apunta el Senado.

Los senadores tienen que declarar sus conflictos de intereses, porque este proyecto establece lo mismo que plantea el proyecto que modifica el Código de Aguas, uno que presentamos hace muchos años, pero que el Senado todavía tiene parado. Entonces, surge la pregunta de por qué el Senado no quiere tocar los derechos de aguas.

Es claro que, enfrentados a una pandemia como la que nos afecta, es absolutamente necesario darle prioridad al consumo domiciliario del agua. Siempre es necesario, pero lo es más en tiempos de pandemia.

No se entiende cuál es el conflicto de intereses que tienen los senadores a propósito de los derechos de aguas, así que pido que los declaren, señor Presidente.

Ojalá que presentemos un proyecto para obligar a aquellos parlamentarios a declarar este tipo de conflictos antes de votar, porque es claro que los hay en esta materia.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Pedro Velásquez .

El señor VELÁSQUEZ (don Pedro).-

Señor Presidente, sobre este proyecto, iniciado en una moción del diputado Ibáñez , iniciativa que hoy regresa a la Cámara de Diputados con las modificaciones propuestas por el Senado, me llama profundamente la atención un asunto ideológico respecto del tema del agua.

Tal como se ha dicho, son muy pocos los países -solo aquellos gobernados por dictaduras aquellos en los que el agua pertenece a los privados y no es considerada un bien de todos los ciudadanos.

En momentos en que Chile se prepara para un referéndum sobre una nueva Constitución -algo que a muchos les molesta-, hago presente que aquí no se trata solo del modelo económico, sino de que el agua no es considerada como un bien nacional que pertenece a todos los chilenos.

Por lo tanto, existe un sesgo ideológico profundo en virtud del cual no se pretende llevar a cabo modificaciones en algo que, a pesar de ser tan simple, es muy importante, sobre todo en momentos de catástrofe como el que vivimos. Es en momentos como este cuando el Presidente de la República -independiente de quien sea debe disponer de las medidas necesarias para resguardar el uso del agua ante cualquier situación que se genere.

El estallido social que ha habido en nuestro país no solo se refiere al retiro del 10 por ciento de los fondos de las AFP ni a un modelo económico excluyente; no solo se refiere a que no se resguardan los derechos esenciales de las personas, como el derecho a la educación o a la salud, que han sido entregados al sector privado, sino que, entre otros elementos, está vinculado con el tema del agua.

Hoy, la población de nuestro país tiene cada vez mayor educación y mayor conocimiento de lo bueno o malo del sistema que nos rige. Por ello, me extraña y me preocupa esta complicidad del Senado en orden a dejar prácticamente igual la legislación, casi en las mismas condiciones que aquellas en que se encuentra hoy, en circunstancias de que el objetivo primordial de esta moción era entregar facultades al Presidente de la República para disponer del agua como un elemento esencial para el consumo humano, por sobre los intereses de los particulares.

Por consiguiente, les pido a todos ir por el camino correcto para que el día de mañana las tensiones se reduzcan y se generen los cambios necesarios, aunque, por cierto, respetando los derechos de aquellos que hoy tienen derechos de agua. Hoy, a través de este proyecto, estamos entregando una facultad al Presidente de la República.

Por las razones expuestas, votaré en contra las modificaciones del Senado, a fin de que en comisión mixta se logre una solución intermedia. Ninguno de los presentes podemos privar al Presidente de la República de facultades que ejerce en otros ámbitos. En este caso, se busca resguardar un derecho esencial: el derecho al agua para cada uno de los hombres y cada una de las mujeres de esta tierra.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Florcita Alarcón .

El señor ALARCÓN (vía telemática).-

Señor Presidente, después de escuchar todas las intervenciones pronunciadas en relación con los proyectos anteriores, referidos a mujeres, niños y adolescentes, queda en evidencia la tremenda mala voluntad del Ejecutivo. Una persona que, curiosamente, tenía aspiraciones de quedar en la historia.

Tenemos ahora el tema del agua, la cual está privatizada.

Vemos demasiadas dificultades del ser humano para vivir; el ser humano tiene una enorme potencialidad, es casi un Dios encadenado, quien en estas pésimas condiciones no puede evolucionar. Morirá sin espíritu, encadenado y con pena.

Si en las autoridades existiera alguna leve influencia de un Dios bondadoso, podrían reconocer la enorme potencialidad del ser humano, que es algo que no ven.

Lo que sí vimos en votaciones anteriores fue a trece parlamentarios del oficialismo votando en contra de su gobierno. Ahí también aparece la creencia en un Dios bondadoso, y ese acto no fue político.

Bienvenidos, quiero mucho a mis amigos evangélicos.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre las modificaciones del Senado en los siguientes términos:

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde votar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en moción, que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.

Hago presente a la Sala que las modificaciones suprimen la segunda oración del artículo único permanente y el artículo transitorio aprobados por la Cámara de Diputados.

En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados Pedro Álvarez-Salamanca , Carlos Kuschel , Florcita Alarcón y Gabriel Boric .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 74 votos; por la negativa, 74 votos. Hubo 3 abstenciones y 1 inhabilitación.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Rechazadas.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Alessandri Vergara , Jorge Eguiguren Correa , Francisco Melero Abaroa , Patricio Ramírez Diez , Guillermo Alinco Bustos , René Espinoza Sandoval , Fidel Mellado Suazo , Miguel Rathgeb Schifferli , Jorge Álvarez Ramírez , Sebastián Flores Oporto , Camila Meza Moncada , Fernando Rentería Moller , Rolando Álvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo Fuenzalida Cobo , Juan Molina Magofke , Andrés Rey Martínez, Hugo Amar Mancilla , Sandra Gahona Salazar , Sergio Monsalve Benavides , Manuel Romero Sáez , Leonidas Baltolu Rasera , Nino Galleguillos Castillo , Ramón Morales Muñoz , Celso Sabat Fernández , Marcela Barros Montero , Ramón García García, René Manuel Mulet Martínez , Jaime Sanhueza Dueñas , Gustavo Bellolio Avaria , Jaime Garín González , Renato Muñoz González , Francesca Santana Tirachini , Alejandro Berger Fett , Bernardo Hernández Hernández , Javier Noman Garrido , Nicolás Sauerbaum Muñoz , Frank Bobadilla Muñoz , Sergio Jürgensen Rundshagen , Harry Norambuena Farías , Iván Schalper Sepúlveda , Diego Calisto Águila , Miguel Ángel Kast Sommerhoff , Pablo Núñez Urrutia , Paulina Torrealba Alvarado , Sebastián Carter Fernández , Álvaro Keitel Bianchi , Sebastián Ortiz Novoa, José Miguel Trisotti Martínez , Renzo Castro Bascuñán , José Miguel Kort Garriga, Issa Pardo Sáinz , Luis Troncoso Hellman , Virginia Cid Versalovic , Sofía Kuschel Silva , Carlos Paulsen Kehr , Diego Undurraga Gazitúa , Francisco Coloma Álamos, Antonio, Juan Lavín León , Joaquín Pérez Arriagada , José Urrutia Bonilla , Ignacio Cruz-Coke Carvallo , Luciano Leuquén Uribe , Aracely Pérez Lahsen , Leopoldo Urrutia Soto , Osvaldo Del Real Mihovilovic , Catalina Longton Herrera , Andrés Pérez Olea , Joanna Urruticoechea Ríos , Cristóbal Desbordes Jiménez , Mario Luck Urban , Karin Prieto Lorca , Pablo Van Rysselberghe Herrera , Enrique Durán Salinas , Eduardo Macaya Danús, Javier

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Flores García, Iván Mellado Pino , Cosme Schilling Rodríguez , Marcelo Álvarez Vera , Jenny Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Mirosevic Verdugo , Vlado Sepúlveda Orbenes , Alejandra Ascencio Mansilla , Gabriel Girardi Lavín , Cristina Mix Jiménez , Claudia Sepúlveda Soto , Alexis Auth Stewart , Pepe González Gatica , Félix Naranjo Ortiz , Jaime Silber Romo , Gabriel Barrera Moreno , Boris González Torres , Rodrigo Núñez Arancibia , Daniel Soto Ferrada , Leonardo Bernales Maldonado , Alejandro Gutiérrez Gálvez , Hugo Nuyado Ancapichún , Emilia Soto Mardones , Raúl Bianchi Retamales , Karim Hernando Pérez , Marcela Orsini Pascal , Maite Teillier Del Valle, Guillermo Boric Font , Gabriel Hertz Cádiz , Carmen Parra Sauterel , Andrea Tohá González , Jaime Brito Hasbún , Jorge Hirsch Goldschmidt , Tomás Pérez Salinas , Catalina Torres Jeldes , Víctor Cariola Oliva , Karol Ibáñez Cotroneo , Diego Rocafull López , Luis Vallejo Dowling , Camila Carvajal Ambiado , Loreto Ilabaca Cerda , Marcos Rojas Valderrama , Camila Velásquez Núñez , Esteban Castillo Muñoz , Natalia Jackson Drago , Giorgio Rosas Barrientos , Patricio Velásquez Seguel , Pedro Castro González, Juan Luis Jarpa Wevar , Carlos Abel , Saavedra Chandía , Gastón Venegas Cárdenas , Mario Celis Araya , Ricardo Jiles Moreno , Pamela Sabag Villalobos , Jorge Verdessi Belemmi , Daniel Cicardini Milla , Daniella Jiménez Fuentes , Tucapel Saffirio Espinoza , René Vidal Rojas , Pablo Crispi Serrano , Miguel Labra Sepúlveda , Amaro Saldívar Auger , Raúl Walker Prieto , Matías Díaz Díaz , Marcelo Leiva Carvajal , Raúl Santana Castillo, Juan Winter Etcheberry , Gonzalo Durán Espinoza , Jorge Marzán Pinto , Carolina Santibáñez Novoa , Marisela Yeomans Araya , Gael Fernández Allende, Maya Matta Aragay, Manuel

-Se abstuvieron los diputados señores:

Lorenzini Basso , Pablo Olivera De La Fuente , Erika, Von Mühlenbrock Zamora, Gastón

-Se inhabilitó la diputada señora:

Ossandón Irarrázabal, Ximena

El señor PAULSEN (Presidente).-

Propongo integrar la Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias suscitadas entre ambas ramas del Congreso Nacional durante la tramitación del proyecto de ley, iniciado en moción, que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, con los siguientes señores diputados: Harry Jürgensen , Nicolás Noman , Fidel Espinoza , Daniel Verdessi y Renato Garín .

¿Habría acuerdo? No hay acuerdo. En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados Pedro Álvarez-Salamanca , Carlos Kuschel y René Alinco .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 124 votos; por la negativa, 23 votos. Hubo 3 abstenciones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Fernández Allende , Maya Matta Aragay , Manuel Saldívar Auger , Raúl Alessandri Vergara , Jorge Flores García, Iván Melero Abaroa , Patricio Sanhueza Dueñas , Gustavo Alinco Bustos , René Fuenzalida Cobo , Juan Mellado Pino , Cosme Santana Castillo, Juan Álvarez Ramírez , Sebastián Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Mellado Suazo , Miguel Santana Tirachini , Alejandro Álvarez Vera , Jenny Gahona Salazar , Sergio Molina Magofke , Andrés Santibáñez Novoa , Marisela Álvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo Galleguillos Castillo , Ramón Monsalve Benavides , Manuel Sauerbaum Muñoz , Frank Amar Mancilla , Sandra García García, René Manuel Muñoz González , Francesca Schalper Sepúlveda , Diego Auth Stewart , Pepe Garín González , Renato Naranjo Ortiz , Jaime Schilling Rodríguez , Marcelo Baltolu Rasera , Nino Girardi Lavín , Cristina Norambuena Farías , Iván Sepúlveda Orbenes , Alejandra Barrera Moreno , Boris González Gatica , Félix Núñez Arancibia , Daniel Sepúlveda Soto , Alexis Barros Montero , Ramón González Torres , Rodrigo Núñez Urrutia , Paulina Silber Romo , Gabriel Bellolio Avaria , Jaime Gutiérrez Gálvez , Hugo Nuyado Ancapichún , Emilia Soto Ferrada , Leonardo Berger Fett , Bernardo Hernández Hernández , Javier Olivera De La Fuente , Erika Soto Mardones , Raúl Bernales Maldonado , Alejandro Hernando Pérez , Marcela Ortiz Novoa, José Miguel Teillier Del Valle, Guillermo Bianchi Retamales , Karim Hertz Cádiz , Carmen Ossandón Irarrázabal , Ximena Tohá González , Jaime Bobadilla Muñoz , Sergio Hirsch Goldschmidt , Tomás Pardo Sáinz , Luis Torrealba Alvarado , Sebastián Calisto Águila , Miguel Ángel Ilabaca Cerda , Marcos Parra Sauterel , Andrea Torres Jeldes , Víctor Cariola Oliva , Karol Jarpa Wevar , Carlos Abel Paulsen Kehr , Diego Trisotti Martínez , Renzo Carter Fernández , Álvaro Jiles Moreno , Pamela Pérez Arriagada , José Troncoso Hellman , Virginia Carvajal Ambiado , Loreto Jiménez Fuentes , Tucapel Pérez Lahsen , Leopoldo Undurraga Gazitúa , Francisco Castro Bascuñán, José Miguel Keitel Bianchi , Sebastián Pérez Olea , Joanna Urrutia Bonilla , Ignacio Castro González, Juan Luis Kort Garriga , Issa Ramírez Diez , Guillermo Urrutia Soto , Osvaldo Celis Araya , Ricardo Kuschel Silva , Carlos Rathgeb Schifferli , Jorge Urruticoechea Ríos , Cristóbal Cicardini Milla , Daniella Labra Sepúlveda , Amaro Rentería Moller , Rolando Vallejo Dowling , Camila Cid Versalovic , Sofía Lavín León , Joaquín Rey Martínez, Hugo Van Rysselberghe Herrera , Enrique Coloma Álamos, Juan Antonio Leiva Carvajal , Raúl Rocafull López , Luis Velásquez Núñez , Esteban Cruz-Coke Carvallo , Luciano Leuquén Uribe , Aracely Romero Sáez , Leonidas Velásquez Seguel , Pedro Del Real Mihovilovic , Catalina Longton Herrera , Andrés Saavedra Chandía , Gastón Venegas Cárdenas , Mario Desbordes Jiménez , Mario Luck Urban , Karin Sabag Villalobos , Jorge Verdessi Belemmi , Daniel Durán Espinoza , Jorge Macaya Danús , Javier Sabat Fernández , Marcela Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Espinoza Sandoval , Fidel Marzán Pinto , Carolina Saffirio Espinoza, René Walker Prieto, Matías

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Ascencio Mansilla , Gabriel Durán Salinas , Eduardo Kast Sommerhoff , Pablo Prieto Lorca , Pablo Boric Font , Gabriel Eguiguren Correa , Francisco , Mirosevic Verdugo , Vlado , Rojas Valderrama , Camila Brito Hasbún , Jorge Flores Oporto , Camila Mix Jiménez , Claudia Rosas Barrientos , Patricio Castillo Muñoz , Natalia Ibáñez Cotroneo , Diego Noman Garrido , Nicolás Vidal Rojas , Pablo Crispi Serrano , Miguel Jackson Drago , Giorgio Orsini Pascal , Maite Yeomans Araya , Gael Díaz Díaz , Marcelo Jürgensen Rundshagen , Harry Pérez Salinas , Catalina .

-Se abstuvieron los diputados señores:

Lorenzini Basso , Pablo , Mulet Martínez , Jaime , Winter Etcheberry, Gonzalo

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Rechazo de Modificaciones. Fecha 21 de julio, 2020. Oficio en Sesión 52. Legislatura 368.

VALPARAÍSO, 21 de julio de 2020

Oficio Nº 15.692

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión celebrada el día de hoy, rechazó las enmiendas introducidas por ese H. Senado al proyecto de ley que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, correspondiente al boletín N° 13.404-33.

En razón de lo anterior, acordó que los diputados que se indican a continuación concurran a la formación de la Comisión Mixta que establece el artículo 71 de la Constitución Política:

- don Fidel Espinoza Sandoval

- don Renato Garín González

- don Harry Jürgensen Rundshagen

- don Nicolás Noman Garrido

- don Daniel Verdessi Belemmi

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 249/SEC/20, de 7 de julio de 2020.

Devuelvo la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a V.E.

DIEGO PAULSEN KEHR

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Trámite Comisión Mixta: Cámara de Diputados-Senado

4.1. Informe Comisión Mixta

Fecha 03 de agosto, 2020. Informe Comisión Mixta en Sesión 52. Legislatura 368.

?INFORME DE LA COMISIÓN MIXTA, recaído en el proyecto de ley que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el consumo doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción Constitucional de catástrofe por calamidad pública.

BOLETÍN Nº 13.404-33.

________________________________________

HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS,

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión Mixta, constituida en conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de la República, tiene el honor de proponeros la forma y el modo de resolver las divergencias suscitadas entre el Honorable Senado y la Honorable Cámara de Diputados, durante la tramitación del proyecto de ley que se individualiza en el rubro, iniciado en moción del Honorable Diputado señor Diego Ibáñez Cotroneo.

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En sesión de 21 de julio de 2020 el Senado tomó conocimiento del Oficio N° 15.692 de la Honorable Cámara de Diputados, comunicando el rechazo de las enmiendas introducidas por el Senado en el segundo trámite constitucional al proyecto de ley que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, correspondiente al Boletín N° 13.404-33.

En el mismo documento, la Honorable Cámara designó a los Honorables Diputados señores Fidel Espinoza Sandoval, Renato Garín González, Harry Jürgensen Rundshagen, Nicolás Noman Garrido y Daniel Verdessi Belemmi para que integran la respectiva Comisión Mixta.

Por su parte, el Senado en sesión de 22 de julio de 2020, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de su Reglamento, designó como miembros de la Comisión Mixta a los integrantes de la Comisión Especial de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía, Honorables Senadores señoras Isabel Allende Bussi, Luz Ebensperger Orrego, Adriana Muñoz D’Albora, Yasna Provoste Campillay, y señor Juan Castro Prieto.

Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente que con fecha 21 de julio de 2020 la Honorable Cámara de Diputados informó que el Honorable Diputado señor Osvaldo Urrutia Soto reemplazó en forma permanente en esta Comisión Mixta al Honorable Diputado señor Nicolás Noman Garrido, a contar de ese mismo fecha. A su vez, con fecha 29 de julio de 2020, el Honorable Diputado señor Daniel Verdessi Belemmi, en la calidad de Jefe de su Bancada y con la debida autorización, autorizó que lo reemplazo la Honorable Diputada señora Joanna Pérez Olea.

Citada la Comisión Mixta por orden de la señora Presidenta del Senado, esta se constituyó el día 29 de julio de 2020, con la asistencia de sus miembros Honorable Senadoras señoras Yasna Provoste, Isabel Allende y Luz Ebensperger, y los Honorables Diputados señora Joanna Pérez y señores Fidel Espinoza, Renato Garín y Harry Jürgensen.

Luego de constituirse, la Comisión Mixta eligió como su Presidenta, por la unanimidad de sus miembros presentes, a la Honorable Senadora señora Provoste y de inmediato se abocó al cumplimiento de su cometido.

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Durante la discusión de este proyecto de ley vuestra Comisión Mixta contó con la colaboración y participación de:

La Dirección General de Aguas, el Subdirector, señor Juan José Crocco.

El Ministerio del Interior y Seguridad Pública, el Jefe de la Unidad de Gestión, Riesgo y Emergencia de la Subsecretaría del Interior, señor Cristián Barra.

El Ministerio de Obras Públicas: el asesor Legislativo del Ministerio, señor Francisco Ribbeck.

También estuvieron presentes los siguientes asesores parlamentarios:

De la oficina de la Senadora señora Provoste, el señor Rodrigo Vega.

De la oficina de la Senadora señora Allende, el señor Alejandro Sánchez.

De la oficina del Senador señor Castro, los señores Oscar Fernández, Leonardo Contreras y Daniel Quiroga.

De la oficina del Diputado señor Garín: el señor Renato Castro.

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NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL

Hacemos presente que el artículo único y la disposición transitoria del proyecto de ley en informe, tienen el carácter de norma orgánica constitucional, de conformidad a lo establecido por el artículo 44 de la Constitución Política de la República, y requieren para su aprobación de los cuatro séptimos de los Senadores en ejercicio, de conformidad con el inciso segundo del artículo 66 de la Carta Fundamental.

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DESCRIPCIÓN DE LAS NORMAS EN CONTROVERSIA Y ACUERDOS DE LA COMISIÓN MIXTA

La controversia se ha originado por el rechazo de la Honorable Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional, a las enmiendas propuestas por el Honorable Senado, en calidad de Cámara Revisora, a este proyecto de ley.

A continuación, se efectúa una relación de las diferencias suscitadas entre ambas Corporaciones durante la tramitación del proyecto de ley, así como de los acuerdos adoptados al respecto.

ARTÍCULO ÚNICO

El texto aprobado en el primer trámite constitucional por la Honorable Cámara de Diputados dispone lo siguiente:

“Artículo único. - El Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que éste le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria. Dentro de los siete días corridos siguientes a la entrada en vigencia del decreto que declara el estado de catástrofe, el Presidente de la República deberá informar sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará.

En el segundo trámite constitucional, el Senado suprimió la segunda oración de dicho precepto, que aparece subrayada precedentemente, y que se transcribe para mejor comprensión: “Dentro de los siete días corridos siguientes a la entrada en vigencia del decreto que declara el estado de catástrofe, el Presidente de la República deberá informar sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará.”

En el tercer trámite constitucional, la Honorable Cámara de Diputados rechazó la enmienda aprobada por el Senado.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

En el primer trámite constitucional, la Honorable Cámara de Diputados aprobó el siguiente texto:

Artículo transitorio. - Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, el plazo de siete días establecidos en el artículo único se contará desde la publicación de esta ley.”.

En el segundo trámite constitucional, el Honorable Senado suprimió la disposición transitoria.

La Honorable Cámara de Diputados, en el tercer trámite constitucional, rechazó la supresión del Senado.

De acuerdo con lo anterior, la competencia de la Comisión Mixta recae en la segunda frase del artículo único y la Disposición Transitoria.

Previo al pronunciamiento sobre los asuntos controvertidos, la Comisión Mixta abrió un debate sobre los mismos.

El Honorable Diputado señor Garín observó que la primera de las normas en controversia, esto es, la segunda oración del artículo único del proyecto, fue suprimida en el Senado por no tener los votos suficientes para su aprobación al tratarse de una norma de quórum especial.

Además, dada que las posturas de ambas Corporaciones son aparentemente irreconciliables, se hace difícil encontrar un punto medio que permita llegar a una solución en esta Comisión Mixta. Por ello, consultó al Ejecutivo si está en condiciones de formular una propuesta que entregue una solución a este debate y que solucione los problemas de admisibilidad y de quórum que se han presentado durante el debate tanto en la Honorable Cámara de Diputados como en el Senado, que apunte a un equilibrio para llegar a un acuerdo entre ambas Corporaciones. Lo anterior, en razón de que el problema al que se refiere la iniciativa, requiere de una solución urgente.

A continuación, la Honorable Senadora señora Allende concordó con el Honorable Diputado señor Garín en el sentido de que los textos sugeridos por ambas Corporaciones representan opciones, por de pronto, irreconciliables. Sobre el particular, apuntó que durante el debate de la Comisión Especial sobre Recursos Hídricos del Senado se consultó en reiteradas oportunidades al Ejecutivo sobre la presentación de una indicación, lo que motivó, incluso, a postergar la votación de esta iniciativa en tres oportunidades sin obtener respuesta del Gobierno; la consulta a este último se basa en que si bien cuenta con facultades para asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto, es importante que lo haga dentro de un plazo determinado para que las comunidades y las autoridades locales cuenten con la información necesaria sobre la entrega de recursos hídricos.

De acuerdo con lo anterior, dijo que en los tiempos especiales que vive el mundo por los efectos del COVID-19, es de suma importancia que los lugares más afectados accedan al agua potable para llevar adelante la medida sanitaria preventiva que más se ha señalado, como es el lavado de manos frecuente por un período no inferior a 30 segundos. Por eso es importante que exista la obligación de informar de las medidas dentro de determinado plazo, puesto que, de otra forma, los alcaldes no tienen noticia de la implementación de las mismas. Afirmó que ha tenido que interceder ante los Ministerios sectoriales para que se comuniquen con los municipios de las comunas más afectadas de su circunscripción, como son, entre otras, Cabildo, La Ligua y Petorca.

Hizo presente que hay que considerar, además, el reciente (julio de 2020) fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso sobre una acción de protección que presentó la Defensoría de la Niñez, que revirtió y anuló por arbitraria una resolución de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Valparaíso, que dejaba sin efecto la decisión de asegurar la entrega de 100 litros de agua para consumo diario personal en la zona de Petorca, cumpliendo con lo que establece la Organización Mundial de la Salud como el mínimo para poder vivir.

A todo lo anterior, hay que agregar, según dijo, la dificultad para contar con “camiones aljibes”, que está regulada por una serie de normas y trámites burocráticas que constituyen otra barrera de acceso para los sectores donde no hay agua potable.

Finalmente, propuso, como alternativa, sustituir la expresión “siete días” del inciso primero del artículo único por “catorce días”, para que el Ejecutivo tenga más tiempo para informar, que es lo más relevante de este proyecto. En su opinión, sólo la publicidad y transparencia en la adopción de políticas públicas ayudarán a tener una ciudadanía más informada y una democracia más fuerte y legitimada por los ciudadanos.

Luego, la Honorable Senadora señora Ebensperger hizo presente que en el debate en la Sala votó en contra de esta iniciativa, en especial en lo que se refiere a la frase final del inciso primero del artículo único y de la Disposición transitoria, porque ambas normas, en su opinión, son inadmisibles por tratarse de materias propias de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República. Aún más, y según los argumentos de la Honorable Senadora señora Allende, la facultad ya existe para que el Gobierno adopte las medidas necesarias en un estado de excepción constitucional, las que están contenidas en la Constitución Política (artículos 39 y siguientes) y el Ley N° 18.415, Orgánica Constitucional de los Estaos de Excepción. Por lo que, más allá del número de días que se establezcan en una ley, sigue siendo de iniciativa exclusiva del Ejecutivo por referirse a sus facultades, en este caso fijándole un plazo para ejercerlas.

De acuerdo con lo señalado, salvo que el Gobierno presente una sugerencia que se haga cargo de lo que se ha debatido, mantendrá su voto en contra.

El señor Cristian Barra, Jefe de la Unidad de Gestión, Riesgo y Emergencia de la Subsecretaría del Interior, agradeció la invitación de esta Comisión Mixta, toda vez que, hasta ahora, no había tenido la oportunidad de conocer este proyecto de ley pues no había sido convocado ni en la Honorable Cámara de Diputados, ni en el Senado.

Sobre la iniciativa, apuntó que el artículo único, en su primera parte que está reconocido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y que es variable en su cantidad dependiendo de la emergencia y del territorio en el cual es necesaria la distribución de recursos hídricos, por lo que no siempre será una cantidad fija por persona. Las emergencias presentan etapas diferentes y se enfrenta a necesidades diversas. Sobre este aspecto, se comprometió a enviar a esta instancia legislativa una serie de documentos y gráficos que complementan lo afirmado.

Hizo presente que, si bien el Ejecutivo ya cuenta con las facultades constitucionales y legales para adoptar las medidas pertinentes en los casos de estados de excepción, el proyecto parece apuntar a que exista una medida especial que fije un plazo para que se informe de la aplicación de medidas. En razón de lo anterior, y como modo de cooperar en la resolución de la controversia entre ambas Cámaras, ofreció formular una sugerencia por parte del Ejecutivo para ser conocida en una próxima sesión.

El señor Juan Crocco, Subdirector de la Dirección General de Aguas, señaló que su planteamiento no ha variado de lo que manifestó cuando fue convocado a este debate por la Comisión Especial de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía del Senado, en el sentido de que la norma que propone la iniciativa legal se refiere a una potestad que ya existe y que, además, presenta una dificultad adicional al fijar un plazo para que se informe de las medidas. Al respecto, precisó que establecer un plazo en una emergencia es complejo, toda vez que en dichos estados existe una alta dependencia de la contingencia, porque se trata, precisamente, de una excepción al estado normal de las cosas. La casuística de una crisis, añadió, presenta numerosas variables que dificultan establecer parámetros objetivos que sean exigibles por medio de una ley; en caso contrario, se rigidizan procedimiento que de por sí son complejos.

Declaró que, en su opinión, fijar un plazo para el ejercicio de una facultad del Gobierno se trata de materias que son de la iniciativa exclusiva del Ejecutivo.

Sin perjuicio de lo expuesto, estimó que es importante transmitir los mensajes a los ciudadanos de forma clara y precisa para que estén atentos a la aplicación de las medidas, particularmente en lo que se refiere a la entrega y distribución de recursos hídricos para consumo humano prioritario en un estado de emergencia, suprimiendo, tal como se ha planteado, la idea de “subsistencia”, con el objeto de no generar problemas de caudal en futuras crisis.

La Honorable Senadora señora Allende valoró que, por primera vez durante toda la tramitación de este proyecto de ley, el Ejecutivo muestre disposición para formular una propuesta que permita ayudar en la pronta tramitación de esta iniciativa.

Pero dijo no estar de acuerdo con lo expresado por el Subdirector de la Dirección General de Aguas, en el sentido de que habría que suprimir la palabra “susbsistencia” con el objeto de evitar problemas futuros en el manejo de caudales. Recordó que esta idea (la “susbsistencia”) ya fue recogida en el debate sobre el proyecto de ley que modifica el Código de Aguas. Además, la cantidad de litros necesarios es imperiosa en momentos como los que actualmente vive el país.

Recalcó que la iniciativa en informe sólo persigue explicitar la entrega oportuna de información respecto de las medidas que se adoptarán en los estados de excepción constitucional en lo que se refiere a la distribución y entrega de recursos hídricos, con el objeto de que las comunidades sepan a qué atenerse.

La Honorable Senadora señora Ebensperger precisó que, más allá del debate que puede suscitar la inclusión del concepto “subsistencia”, esa parte del inciso primero del artículo único ya está aprobada, por lo que el debate de esta Comisión Mixta tiene que ceñirse para los cuales está convocada.

El Honorable Diputado señor Garín afirmó que la Comisión Mixta no puede extender sus competencias más allá de lo que prescribe la Constitución, la Ley Orgánica del Congreso Nacional y los Reglamentos de ambas Cámaras, por lo que hay que ceñirse a ello, y, tal como dice la Honorable Senadora señora Ebensperger, el concepto de “subsistencia” está aprobado y no forma parte de la controversia.

Luego, añadió que, de todas formas, es importante que se considere a las comunidades en este debate, toda vez que, en su distrito, así como en otras localidades del país, existen ciudadanos que no pueden acceder a recursos hídricos para satisfacer sus necesidades básicas.

En relación con lo afirmado por el Jefe de la Unidad de Gestión, Riesgo y Emergencia de la Subsecretaría del Interior, de que no había sido convocado a ninguna de las sesiones en que se debatió esta iniciativa, la Honorable Senadora señora Provoste leyó el Informe de la Comisión Especial de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía del Senado, que da cuenta de la asistencia del señor Barra a una o màs de las sesiones en que esa Comisión discutió este asunto.

Cristian Barra, Jefe de la Unidad de Gestión, Riesgo y Emergencia de la Subsecretaría del Interior, señaló que efectivamente participó en una sesión en la Honorable Cámara de Diputados.

En lo que dice relación con el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, precisó que éste sólo se refiere a la falta de fundamentos de la resolución de la Secretaría Regional Ministerial de Valparaíso, más no al fondo de la misma.

Reafirmó el compromiso del Ejecutivo para formular una propuesta para que sea debatida en la póxima sesión.

En relación con el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, la Honorable Senadora señora Allende dijo que la resolución en comento fue dejada sin efecto por arbitraria, precisamente porque carecía de fundamentos, lo que tiene relación, cual lo señaló antes, con la importancia de la obligación de informar.

La Honorable Senadora señora Provoste dijo que es importante que, dados los nuevos antecedentes que existen, especialmente en lo que se refiere al fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, el Ejecutivo considere una nueva propuesta para que, como órgano colegislador, se anticipe a los hechos.

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En la sesión siguiente, Cristian Barra, Jefe de la Unidad de Gestión, Riesgo y Emergencia de la Subsecretaría del Interior, señaló que el Ejectivo mantendrá su postura en cuanto a validar la legislación vigente, tal como se hizo presente durante la discusión de esta iniciativa en la Comisión Especial de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía del Senado. Por esa razón, el Ejecutivo no presentará propuesta alguna.

La Honorable Senadora señora Allende manifestó su sorpresa por la inacción del Gobierno en esta materia, más aún considerando las numerosas prórrogas que le ha concedido el Parlamento para que actúe en la materia en tanto órgano colegislador. Reiteró que si bien las facultades del Presidente de la República existen, sólo se está pidiendo que informe a las comunidades de las medidas dentro de un determinado plazo, con el objeto de que éstas estén preparadas para su aplicación, cuestión que considera de gran relevancia.

La Honorable Senadora señora Ebensperger reiteró que el Gobierno ya cuenta con las facultades de acción y, además, tiene la obligación de informar. En su opinión, imponer un plazo para que el Ejecutivo informe de las medidas es inadmisible, toda vez que se refiere a materias propias de la iniciativa del Presidente de la República, según lo prevé el número 2° del inciso cuarto del artículo 65 de la Constitución Política de la República.

A continuación, y como forma y modo de resolver las controversias originadas entre ambas Cámaras, precedentemente explicadas, la Honorable Senadora señora Provoste efectuó la siguiente propuesta:

Artículo único

Agregar el siguiente inciso segundo al artículo único:

“El Presidente de la República comunicará detalladamente las medidas adoptadas sobre el empleo de las facultades señaladas en la presente ley, al momento de entregar al Congreso Nacional la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo 41 de la Constitución Política de la República.”

Disposición transitoria

Considerar el siguiente precepto:

“Artículo transitorio. - Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo único deberá ser entregada al Congreso Nacional en un plazo de 15 días desde la publicación de la presente ley.”.

La Honorable Senadora señora Ebensperger solicitó votación separada de ambas propuestas, de lo que da cuenta lo que se señala a continuación:

Uno) Puesto en votación la proposición de incorporar un inciso segundo al artículo único, transcrito precedentemente, fue aprobada por seis votos contra dos. Por la afirmativa se pronunciaron los Honorables Senadores señoras Allende y Provoste y señores Castro y Navarro; y Honorables Diputados señora Pérez y señor Garín. Votaron en contra la Honorable Senadora señora Ebensperger y el Honorable Diputado señor Jürgensen.

Dos) En votación la propuesta de incorporar la disposición transitoria antes transcrita, esta fue aprobada con la misma votación, es decir, seis votos a favor, de los Honorables Senadores señoras Allende y Provoste y señores Castro y Navarro; y Honorables Diputados señora Pérez y señor Garín, y dos votos en contra de la Honorable Senadora señora Ebensperger y del Honorable Diputado señor Jürgensen.

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PROPOSICIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA

En mérito de lo expuesto y de los acuerdos adoptados, vuestra Comisión Mixta, propone, como forma y modo de resolver las diferencias suscitadas entre ambas ramas del Congreso Nacional durante la tramitación del proyecto de ley en informe, lo siguiente:

ARTÍCULO ÚNICO

Agregar el siguiente inciso segundo:

“El Presidente de la República comunicará detalladamente las medidas adoptadas sobre el empleo de las facultades señaladas en la presente ley, al momento de entregar al Congreso Nacional la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo 41 de la Constitución Política de la República.”

(Mayoría de votos. 6x2).

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Considerar la siguiente:

“Artículo transitorio. - Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo único deberá ser entregada al Congreso Nacional en un plazo de 15 días desde la publicación de la presente ley.”.

(Mayoría de votos. 6x2).

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TEXTO DEL PROYECTO DE LEY DE APROBARSE LA PROPOSICIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA

A título meramente informativo, se inserta el texto final del proyecto de ley que quedaría en caso de aprobarse la proposición de la Comisión Mixta:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único. - El Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que éste le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.

El Presidente de la República comunicará detalladamente las medidas adoptadas sobre el empleo de las facultades señaladas en la presente ley, al momento de entregar al Congreso Nacional la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo 41 de la Constitución Política de la República.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Artículo transitorio. - Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo único deberá ser entregada al Congreso Nacional en un plazo de 15 días desde la publicación de la presente ley.”.

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Tratado y acordado en sesiones celebradas los días 29 de julio y 3 de agosto de 2020, con la asistencia de las Honorables Senadoras señoras Yasna Provoste Campillay (Presidenta), Isabel Allende Bussi y Luz Ebensperger Orrego, y señores Alejandro Navarro Brain y Juan Castro Prieto, y Honorables Diputados señora Joanna Pérez, y señores Fidel Espinoza Sandoval, Renato Garín González, Harry Jürgensen Rundshagen.

Sala de la Comisión Mixta, a 3 de agosto de 2020.

FRANCISCO JAVIER VIVES DIBARRART

Secretario de la Comisión

Secretario (A) de la Comisión Mixta

4.2. Discusión en Sala

Fecha 11 de agosto, 2020. Diario de Sesión en Sesión 55. Legislatura 368. Discusión Informe Comisión Mixta. Se aprueba.

RESERVA DE USO PRIORITARIO DEL AGUA PARA CONSUMO HUMANO, SANEAMIENTO Y USO DOMÉSTICO DE SUBSISTENCIA DURANTE VIGENCIA DE ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE POR CALAMIDAD PÚBLICA (PROPOSICIONES DE LA COMISIÓN MIXTA. BOLETÍN Nº 13404-33)

El señor FLORES, don Iván (Presidente accidental).-

Corresponde tratar el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción, que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.

De conformidad con los acuerdos de los Comités Parlamentarios, para la discusión de este proyecto se otorgarán cinco minutos base a las bancadas que tengan dos o más Comités, y tres minutos al resto, más cuarenta minutos distribuidos proporcionalmente.

Antecedentes:

-Informe de la comisión Mixta, sesión 52ª de la presente legislatura, en miércoles 5 de agosto de 2020. Documentos de la Cuenta N° 3.

El señor FLORES, don Iván (Presidente accidental).-

En discusión las proposiciones de la Comisión Mixta.

Tiene la palabra, por vía telemática, el diputado Diego Ibáñez .

El señor IBÁÑEZ (vía telemática).-

Señor Presidente, fue un largo camino, pues esta iniciativa pasó por todas las comisiones y hubo algunas contradicciones entre ambas cámaras, que fueron resueltas de la manera que pasaré a señalar.

Este proyecto consta de un artículo único, que establece que el Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que este le otorga, con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.

Eso ya estaba contemplado en la Constitución y en las leyes orgánicas que regulan la facultad de excepción constitucional. Lo que buscaba la iniciativa era imponer un plazo de siete días para que el Primer Mandatario diera cuenta de todas las medidas concretas que se iban a adoptar para que la gente tuviera garantizados cien litros de agua al día, como lo establecen las medidas de la OMS.

Todos quienes representamos distritos con zonas rurales sabemos que, como regla general, la gente no cuenta con agua para el consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico. De hecho, en zonas donde hay alta concentración de propiedad de derechos de agua, como ocurre en lugares donde se encuentra instalada la gran agroindustria, se generan desigualdades territoriales que tienen como consecuencia un padecimiento del derecho humano de contar con agua, particularmente en quienes se abastecen mediante camiones aljibe o APR. Muchos de ellos no cuentan con los derechos de agua y con la infraestructura necesaria para dar dignidad a la entrega de ese servicio a sus propias comunidades. Es un problema que existe y que, incluso, en pandemia se ha profundizado, dada la sequía y la crisis climática que vivimos.

Ahora, la idea era justamente dar un plazo mucho más corto para que el Presidente se pronunciara sobre el empleo de esa facultad y pudiéramos ir en ayuda directa de esas familias. Aquí no se trata de que no haya agua o que la gente que habita el territorio sea mayor que el agua disponible. ¡No! Hoy, el 2 por ciento del agua se ocupa para consumo humano y el resto para procesos industriales, sea en la minería, en la agroindustria o en otro tipo de sistema productivo.

En consecuencia, creo que estamos ante un problema muy grave que se viene arrastrando desde hace décadas y cuya responsabilidad no es exclusivamente de este gobierno. Sabemos que la Concertación administró este problema con bajo éxito y este gobierno también. Con todo, el problema responde a una carencia mucho más estructural, la que esperamos resolver en el proceso constituyente. En el fondo, este proyecto solo apunta a dar seguridad hídrica a las familias en tiempos de pandemia.

La Comisión Mixta finalmente determinó que el Presidente de la República tendrá un plazo de 15 días, una vez promulgada la ley, para anunciar cuáles serán las medidas concretas para que la gente reciba cien litros de agua por día. ¿Qué quiere decir esto? Que si hoy aprobamos el proyecto y mañana es ley de la república, el Presidente tendrá 15 días para pronunciarse y comunicar al Congreso Nacional, de forma detallada, sobre los mecanismos que va a utilizar, sea de distribución de recursos o de uso de fondos públicos, para satisfacer las medidas que, lamentablemente, no cuentan con cobertura financiera desde el gobierno. Sabemos que se discutió bastante el tema presupuestario, en particular cuáles iban a ser las medidas que se focalizarían para las comunidades.

La idea es que toda información sea comunicada por el Presidente en forma detallada y que, en definitiva, esta Corporación, como ente fiscalizador, tenga mayores herramientas para hacer su trabajo, cual es hacer cumplir la ley. No olvidemos que la Corte de Apelaciones de Valparaíso falló en favor de la Defensoría de la Niñez, en el sentido de que es obligatorio para el Estado otorgar cien litros de agua por persona, cosa que hoy no ocurre. La pregunta que todo el mundo se hace es por qué no se ocupan todas las facultades del estado de excepción constitucional.

Repito: una vez aprobado este proyecto, el Presidente tendrá 15 días para emitir un comunicado. De esa manera, nosotros podremos fiscalizar de mejor forma esas materias.

Esperamos que esta iniciativa se apruebe de forma transversal. Este proyecto no tiene color político en particular. Todos los diputados de Chile Vamos y de la oposición que viven en zonas rurales conocen muy bien los problemas de falta de cobertura hídrica, lo cual implica un dolor muy grande para muchas familias.

Por lo tanto, invito a todos los diputados y diputadas a aprobar el proyecto, a respaldar el resultado a que arribó la Comisión Mixta y, en definitiva, a poner en el centro el cuidado de las personas.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Frank Sauerbaum .

El señor SAUERBAUM.-

Señor Presidente, el diputado que me antecedió en el uso de la palabra dijo una verdad innegable: en Chile hoy vivimos una situación de pobreza rural bastante dramática. El ciento por ciento de la cobertura de agua potable existe solo en sectores urbanos. Chile es el único país de Latinoamérica que tiene ciento por ciento de cobertura de agua en sectores urbanos. Distinta es la realidad que vivimos en los sectores rurales apartados.

Digamos las cosas como son: el 75 por ciento del agua en Chile es utilizada por nuestros agricultores para generar alimentos, el 12 por ciento es ocupada por la industria y la minería, y solo el 5 por ciento se destina a consumo humano.

Evidentemente, el consumo humano es una prioridad para todos -no hay distingo en esta materia-. Así lo garantiza el Código de Aguas en sus artículos 5° y 6°, en los que se dice claramente que, en la eventualidad de que sea necesario, los derechos de aprovechamiento pueden ser tomados por el Estado con el objeto de trasladarlos para el consumo humano en donde más se requieran. Pero también digamos una verdad: el sector rural hoy ha visto cómo han proliferado los camiones aljibe y las ayudas económicas de los municipios, y se han transformado en un negocio que realmente es vergonzoso.

Hoy nosotros tenemos una realidad que es dolorosa, porque la pobreza en los sectores rurales de la Región de Ñuble se vive de una manera distinta. Efectivamente, en el campo tenemos algo para comer: una chacra con unas verduras, un pollito y un chanchito, que se pueden comer; pero no hay cosas que son naturales y normales para el sector urbano, como por ejemplo el agua potable, los caminos, los alcantarillados, la electricidad, etcétera.

Por lo tanto, este proyecto señala algo que nosotros ya sabemos: que el agua hoy es fundamental y clave para desarrollar los distintos sectores y también para el natural desarrollo de la vida humana.

En distintos lugares de nuestra Región de Ñuble hemos avanzado. Por ejemplo, en los sectores de Agua Buena, de Milahue, en Bulnes; de Huacamalá, en Quillón; de Monte Atravesado, en San Nicolás; de Huacalemu, en Portezuelo; de Chorrillos, en Cobquecura; de Capilla Cox, en Chillán; de General Cruz, en Pemuco; de Paso Hondo, en Ránquil; de Estación Magdalena, en Coelemu, etcétera. Una serie de proyectos de agua potable que se han aprobado en los últimos tres años han ido terminando con la distribución de agua potable en camiones aljibe.

Pero también hagámonos cargo del problema de fondo, que es cómo distribuimos la escasa agua que tenemos.

Hoy tenemos que generar nuevas fuentes de agua. En Chile tenemos una política de embalses, con veintiséis embalses proyectados. La Región de Ñuble tiene tres embalses proyectados, que son los embalses Punilla , Zapallar y Chillán, que, por lo demás, están diseñados no solo para el riego, sino también para el consumo humano. Las comunas de Chillán y Chillán Viejo crecen cada día más y necesitan agua. Por tanto, esos embalses tienen que ser multipropósito.

Aparte de los embalses, hoy tenemos la posibilidad de utilizar nuevas tecnologías, que no se han utilizado nunca en Chile. La desalinización de agua se utiliza muy poco, considerando que tenemos alrededor de 5.000 kilómetros de costa; tampoco se utiliza la inyección de agua en napas subterráneas; hoy recién, en forma incipiente, se está recolectando aguas servidas para poder ser reutilizadas. Tenemos que generar nuevas fuentes de agua y no solo hablar y discutir respecto de cómo distribuimos la poca agua que hoy tenemos en Chile.

Lamentablemente, el 80 por ciento del agua de los ríos cae directamente al mar sin ser aprovechada, sin producir ningún beneficio para el consumo humano, ni para el riego ni para las actividades productivas.

Seguramente, esta es la decisión política más importante y trascendente para los próximos años. No puede ser que en Chile sigamos demorándonos más de diez años en hacer un solo embalse. Por lo tanto, hoy es hora de terminar con esta situación, de producir nuevas fuentes de agua y, de esa manera, hacer que en otros sectores rurales y más apartados tengan este líquido elemento para su desarrollo y la mejora en su calidad de vida.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag .

El señor SABAG (vía telemática).-

Señor Presidente, respaldo este proyecto de ley, del diputado Diego Ibáñez , iniciativa respecto de la cual hoy conocemos las proposiciones de la Comisión Mixta.

Todos sabemos que la Organización Mundial de la Salud considera que, en condiciones normales, se requieren cien litros de agua al día por persona, para asegurar condiciones sanitarias mínimas. Sin embargo, se ha señalado que los llamados al lavado frecuente y prolongado de manos pueden elevar ese requerimiento y que hay que tener eso en cuenta en la actual emergencia sanitaria por la covid-19.

Si bien en algunas localidades se suple el abastecimiento mediante camiones aljibe, no cabe duda de que el tema de la calidad del agua también es preocupante.

De acuerdo con las estadísticas, el 47 por ciento de la población rural no cuenta con abastecimiento formal de agua potable, por lo que se ha recurrido a los camiones aljibe y a las redes de agua potable rural, que tienen una cobertura levemente superior al 50 por ciento de los hogares rurales. De manera que esta iniciativa, que pretende garantizar que, por lo menos, se entreguen cien litros de agua al día por persona en los sectores rurales, y que ello sea garantizado por el Estado, es tremendamente relevante. Esperamos que se pueda cumplir en la práctica.

También quiero relevar la importancia que tiene que en esta época de sequía podamos aprovechar nuestros recursos hídricos. Entre las regiones de Atacama y Biobío se vierten al mar más de 55.000 millones de metros cúbicos de agua al año. Si lográramos aprovechar solo un quinto de esa agua, podríamos no solo duplicar nuestra superficie de riego, sino también asegurar un abastecimiento de agua potable de calidad y con dignidad a todos los sectores rurales y a todas las personas. De manera que tenemos un gran desafío por delante.

Vamos a respaldar este proyecto, porque la prioridad es el consumo humano, como lo hemos dicho en distintas iniciativas legales que hemos presentado y que hoy están en el Senado. Ya que no hay consenso en todo, esperamos que, por lo menos, se pueda avanzar en establecer que la prioridad es el consumo humano ante cualquier circunstancia.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Marisela Santibáñez .

La señorita SANTIBÁÑEZ (doña Marisela) .-

Señor Presidente, a nivel mundial, la pandemia de la covid-19 ha afectado el funcionamiento de la actividad comercial y productiva, y, a su vez, el abastecimiento de elementos básicos, como el alimento, el agua, la electricidad, entre otros. Eso lo tenemos muy claro.

Una de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para prevenir contagios de coronavirus es el constante lavado de manos con agua y jabón, lo que resulta problemático en sectores urbanos con acceso discontinuo al agua potable. Lo digo, porque esta es una situación que afecta no solo a las localidades alejadas que, producto de su geografía, están con problemas de agua; esta es una situación que afecta a vecinos y vecinas de la Región Metropolitana. Aunque muchos aquí dicen que Santiago no es Chile, en el distrito N° 14, que represento junto con el diputado Leonardo Soto y varios diputados más del hemiciclo, vemos afectada a la gente por esta escasez, y no solo en situación de pandemia.

En término generales, dicha situación tiene un origen antropocéntrico, ya que el agua está concentrada por las grandes empresas de nuestro país. El consumo humano representa el 3 por ciento -aquí también han dicho el 4 por ciento-, mientras que la industria, la agroindustria y la minería concentran el 97 por ciento.

Este proyecto, que pasó a Comisión Mixta, establece un plazo de quince días, contados desde la publicación de la ley, para que el Presidente informe al Congreso Nacional, con lo que se vuelve al espíritu original de esta futura ley. Recordemos que el Senado había hecho un cambio.

En el contexto de la pandemia, en donde el acceso al agua es esencial para prevenir los contagios, resulta necesario que el Estado disponga de recursos hídricos para garantizar el acceso al agua de la población que actualmente no tiene acceso, ya que si antes de la pandemia era esencial para el desarrollo de la vida de las personas, actualmente resulta crítico que los hogares y comunas no cuenten con acceso al agua potable. Por consiguiente, es necesario que tengan acceso al agua para evitar la propagación del coronavirus.

Por eso, la bancada del Partido Comunista votará a favor este proyecto.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Érika Olivera .

La señora OLIVERA (doña Érika).-

Señor Presidente, pareciera que la problemática actual relacionada con el uso y el consumo del agua, aquella que precisamente aborda este proyecto, es un asunto ajeno a las realidades que viven las ciudades y, por tanto, de las comunas urbanas que varios de nosotros representamos en esta Cámara. Pero no es así, primero, porque el problema del agua, especialmente de su escasez, es global y primordial para la vida, y segundo, porque a pesar de que se avance año a año en urbanizar y equipar con servicios de agua potable y alcantarillado a la población, siempre quedan sectores de la población que deben valerse de los más rudimentarios métodos para lograr el consumo diario del recurso.

En mi distrito, mayoritariamente urbano, vivimos esa realidad. Es cuestión de apreciar aquellas poblaciones, principalmente campamentos, donde no existen redes de agua potable ni alcantarillado, donde el principal método para obtener agua son los camiones aljibe llevados por las municipalidades respectivas o por sus propios medios y con sus recursos.

Es una situación de precariedad que no solo viven muchas familias en la Región Metropolitana, sino también en todo el país. Y la verdad es que además se han visto fuertemente afectadas por la pandemia que estamos viviendo, donde una simple operación o medida de higiene recomendada, como el lavado de manos, resulta muy complicada de hacer cuando no se tiene acceso al agua mediante el simple abrir de una llave.

Por eso cobra relevancia que este proyecto busque orientar las atribuciones del Presidente de la República en materia de estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, con el fin de garantizar en situaciones de pandemia, crisis sanitaria y desastres naturales el acceso y disponibilidad del agua en cantidades suficientes para la población afectada. Dado el contexto actual, creemos que es totalmente posible tomar medidas, especialmente administrativas, de aplicación directa que permitan mantener la regularidad de la disponibilidad

del recurso hídrico, especialmente aquel recurso dispuesto para el consumo y uso humano.

Afortunadamente, este año, tan complejo desde el punto de vista de la salud pública, no se ha visto más afectado por la sostenida sequía que hemos vivido durante los últimos años. Hemos tenido un año en que los índices de lluvia han aportado algún grado de tranquilidad a los agricultores, especialmente a los más pequeños. Pero no por eso debemos olvidar que el agua, como recurso vital, debe ser bien empleada y administrada, privilegiando su uso, especialmente y en primer lugar, para el consumo de la población.

Espero que este año, en que hemos tenido una pausa en la sequía que arrastrábamos por años, nos permita tomar las medidas necesarias para que a cada una de las familias chilenas no les falte nunca y bajo ningún contexto este preciado e indispensable recurso vital.

He dicho.

El señor FLORES (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Pepe Auth .

El señor AUTH.-

Señor Presidente, el agua es uno de los principales factores explicativos del desarrollo de la humanidad a lo largo de su historia. Las civilizaciones más importantes del mundo se han construido, justamente, en torno al agua. Y la ausencia o presencia del agua ha sido un factor explicativo de la ausencia o presencia de civilizaciones.

Y en los tiempos presentes, cambio climático mediante, sequías prolongadas, el agua se ha convertido, probablemente, en el bien más preciado de los países. Probablemente, uno de los factores principales de buena parte de los conflictos sociales en los territorios, se dan en torno al agua. Muchos historiadores y proyectistas del futuro dicen que las próximas guerras se desarrollarán por la disputa de ese bien tan preciado. Y Chile tiene recursos millonarios en materia de agua.

Por lo dicho, el agua ha de ser, necesariamente, una política de Estado, que implica estimular su uso eficiente, y aunque ha habido avances, hay un retardo estructural en materia de canalización y tecnificación del riego, pues lo que se usa efectivamente, lo que llega a las raíces de las plantas y árboles que crecen en la tierra y luego se utilizan para consumo humano, es una proporción muy pequeña; el resto se pierde por evaporación. Esto tiene que ver, por supuesto, con el proceso de tecnificación, que es indispensable y en el que hay que continuar trabajando durante los años que vienen.

Varios diputados hablaban de la necesidad de continuar la política de embalses, y yo enfatizaría particularmente de microembalses. Está el tema de la priorización y, por supuesto, el conflicto entre la industria, la agricultura y el agua para consumo humano, donde tiene que haber una decisión nítida, notoria y definitiva en el sentido de que la prioridad es el consumo humano.

Tiene que haber una política de Estado en materia de desarrollo de mecanismos alternativos para la obtención de agua, y yo diría que, a estas alturas, deberíamos tener un plan regulador que determine dónde vamos a instalar plantas desaladoras, tanto desde el Estado como a través de licitaciones de privados, pero no solo donde el privado las necesite, sino donde la población las necesite. Hay ciudades del norte de Chile que perfectamente podrían ser abastecidas mediante plantas desaladoras, cuyo costo ha ido disminuyendo crecientemente por razones tecnológicas.

Para qué hablar de la educación respecto del consumo del agua.

Abogo por que este invierno excepcional en materia de lluvia no nos lleve a aflojar en esta política de Estado. Me preocupa, porque, efectivamente, he visto una ralentización de las medidas, porque siempre el corto plazo se impone sobre el largo plazo y los embalses demoran veinte años en fructificar, lo mismo que las políticas de infraestructura de riego. Todo es lento, pero, en verdad, el futuro se define hoy.

En la Comisión de Recursos Hídricos voté a favor la iniciativa interesante del diputado Diego Ibáñez , porque no innovaba en materia de las atribuciones presidenciales, pero le planteaba la exigencia de informar sobre el empleo de su facultad y las medidas que adoptará. Y la claridad planteada por el diputado Ibáñez terminó bastante diluida en la Comisión Mixta.

Por supuesto, vamos a aprobar la iniciativa, pero con la insatisfacción de que no haya llegado a término la obligación que le planteó este Parlamento al Presidente de la República, en cuanto a poner en ejecución la atribución que le entrega la Constitución Política en los estados de excepción; es decir, de desarrollar y emplear la facultad que le otorga el estado de excepción para tomar las medidas necesarias que aseguren la provisión del agua, elemento indispensable, dramáticamente indispensable, en condiciones de pandemia.

Vamos a concurrir con nuestro voto favorable, pero, repito, con la insatisfacción de que ha sido deslavado el propósito noble planteado por el diputado Diego Ibáñez , de Convergencia Social, quien, dicho sea de paso, acaba de perder la conducción del partido.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda Orbenes .

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señor Presidente, para nosotros, como regionalistas, este es un tema de primera prioridad, fundamentalmente lo relacionado con la modificación al Código de Aguas, cuya tramitación desarrollamos en la legislatura pasada en las comisiones de Agricultura y de Recursos Hídricos, y ahora estamos esperando que llegue del Senado desde hace ya bastante tiempo.

Además, lamentamos que el gobierno no le haya puesto discusión inmediata o cierto grado de urgencia a su tramitación, porque si hay algo que hay que modificar en profundidad en tiempos de sequía, y más aún en tiempos de pandemia, es ese Código tan importante.

Por eso, así como lo hicimos en la oportunidad anterior, felicitamos al diputado Ibáñez . Pero nos preocupa cómo se redujo esta iniciativa, que para nosotros es muy importante y es de una lógica pura. ¿Quién podría negarse a colocar como prioridad el uso del agua para consumo humano, y a que la Presidenta o el Presidente de la República hagan uso de esta facultad? Y lo digo en femenino y en masculino porque uno esperaba que esta disposición no estuviera contenida en un artículo transitorio, sino en uno permanente; sin embargo, fue reducida en la Comisión Mixta, y fundamentalmente por senadores, a la pandemia por la covid19 y no fue establecida de manera permanente y estable en el Código.

También hubo un cambio en la cantidad de días en que el Presidente de la República deberá informar al Congreso Nacional sobre el uso de esta facultad. La Comisión Mixta estableció un plazo de 15 días.

Aprobaremos esta propuesta, pero esperamos que se entienda la importancia que hoy tiene el agua y modificar el Código de Aguas.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Marcos Ilabaca .

El señor ILABACA.-

Señor Presidente, creo que todo el Congreso Nacional está conteste en que el agua para el consumo humano debe ser la prioridad número uno, dado que su escasez golpea con fuerza a muchas comunas del país.

La Región de Los Ríos, que es una de las zonas que recibe grandes volúmenes de lluvia y que tiene grandes niveles de agua, tiene serios problemas de disponibilidad de agua para el consumo humano, por lo que muchos municipios deben invertir grandes cantidades de recursos para entregar este vital elemento a diferentes lugares y sectores.

Por lo mismo, es fundamental discutir con un sentido más profundo un tema tan delicado como el que hoy varios diputados, entre ellos el diputado Ibáñez , han puesto sobre la mesa.

El agua es el elemento esencial de la vida, pero lamentablemente -aquí tengo que hacer una crítica al proyecto estamos entregando una facultad a un Presidente que siempre ha tenido facultades en épocas de excepción constitucional, pero lamentablemente este gobierno y este Presidente no harán nada.

Votaré a favor este proyecto porque creo que tiene un sentido loable, pero lo cierto es que solo le decimos al Presidente: “Señor Presidente, cada vez que exista un estado de excepción constitucional, usted podrá utilizar las facultades que le otorga esta Constitución para asegurar el uso prioritario del agua”. ¡Esto debería ser permanente! El Estado debería asegurar a todos los chilenos el uso permanente del agua para ese fin. El Estado no debería permitir el uso de agua potable, sobre todo en aquellas zonas donde tenemos graves problemas en su abastecimiento, para otros fines.

Pondré un ejemplo. En el sector Los Molinos, al norte de la localidad de Niebla, en la comuna de Valdivia, se encuentra el mayor APR de la Región de Los Ríos. Entre los socios de ese APR se encuentran empresas pesqueras, y el mayor nivel de consumo de agua en ese APR lo tienen esas empresas. En consecuencia, dicho APR hoy está buscando la manera de ampliar sus redes y encontrar nuevos lugares desde donde obtener agua porque tiene escasez.

¿Cómo no van a tener escasez para consumo humano, que es el objetivo del APR, si el agua se está ocupando para otros fines? ¿Cómo no van a tener problemas si se están interviniendo los cursos de agua en la comuna de Valdivia, cuestión que va a impedir que localidades importantes como Niebla y Los Molinos tengan agua para lo que es fundamental: el consumo humano?

Creo que la discusión de este tema hoy nos da la oportunidad de discutir algo que es esencial para el país: no podemos seguir destinando el agua a otras actividades que no sean el consumo humano. Se deben buscar alternativas y se deben hacer inversiones para que las actividades económicas que usan excesivamente el agua busquen otros métodos para generar aquello para lo cual utilizan el agua.

Necesitamos disponer de agua para consumo humano, para realizar las obras de saneamiento, para el uso doméstico y para la subsistencia. Es allí donde deberíamos colocar todos nuestros esfuerzos. Lamento que a través de este proyecto solo entreguemos una facultad al Presidente de la República, quien, insisto, dudo que la utilice hoy.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado René Alinco .

El señor ALINCO (vía telemática).-

Señor Presidente, el acceso al agua es un derecho. Parece mentira, pero en Chile se privilegia el uso del agua potable, del agua dulce, para las grandes corporaciones mineras y para la gran agricultura, pero se deja al ser humano sin agua, como a los niños de Petorca, de La Ligua y de otros lugares.

Por lo tanto, apruebo todo proyecto que signifique privilegiar el uso del agua para los seres humanos. Bienvenido sea.

Pero esto es más de algo hecho “a la chilena”. Cómo dice el dicho: en la construcción todo lo arreglamos con un alambre y un alicate. El problema de fondo es otro. Tenemos tres proyectos de ley -si es que no hay másen la Cámara de Diputados que están durmiendo, que están congelados o se están ahogando en las oficinas de nuestro Congreso Nacional, que proponen la nacionalización del agua y que el agua sea un bien de uso público. ¿Por qué esos proyectos no se discuten, no se promueven y no se votan? Porque hay intereses creados. Y mientras no desenmascaremos a los políticos, senadores, diputados y dirigentes de partidos políticos que están en el negocio del agua o que son accionistas de las empresas sanitarias, nunca podremos recuperar el agua para todos los chilenos.

A eso los invito. Invito a los jefes de las bancadas e invito al Presidente y a la Mesa de la Cámara de Diputados a considerar los tres proyectos para declarar el agua un bien de uso público y para nacionalizar el agua. Ese es el problema de fondo.

Y en vez de que el señor Pérez Yoma siembre sus paltos, debemos privilegiar que los niños de Petorca y de La Ligua tengan agua para beber y tengan un buen crecimiento.

Creo que este proyecto corresponde, es bueno y hay que aprobarlo, pero el problema de fondo es otro: mientras no terminemos con los intereses creados de la clase política que está en el negocio del agua, nunca el acceso al agua será un derecho legítimo para todos los chilenos y chilenas.

Reitero que tenemos tres proyectos en la Cámara de Diputados, que llevan años aquí -

¡años!-, para nacionalizar el agua. Hago el llamado porque depende de nosotros y de que los Comités exijan que se discutan esos proyectos. De otra manera siempre se usará el agua para otros fines y no para los niños, no para los seres humanos.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado José Pérez .

El señor PÉREZ (don José) [vía telemática].-

Señor Presiente, quiero saludar a todos los colegas y personal administrativo de la Cámara de Diputados.

No entiendo bien este proyecto de ley que dice que “se faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia del estado de excepción”. ¿Por qué se propone reservar ese uso prioritario durante la vigencia del estado de excepción? ¡Debiera hacerse siempre!

El agua es un derecho humano indiscutible, no solo durante el tiempo en que dure la pandemia; es un derecho humano que debe estar vigente siempre. Me parece que hay una mala redacción, porque parece que no se han dado cuenta de que es fundamental entregar agua a la gente en todos los sectores urbanos y rurales.

El agua, sin duda, es un bien de uso público. Debemos avanzar en la instalación de agua potable rural (APR) donde sea necesario, especialmente en el mundo rural, donde la gente bebe aguas contaminadas cuando no cuenta con APR. Debemos pedírselo a las empresas sanitarias, que cobran carísimo por entregar este servicio, tanto por el consumo, como por el uso de alcantarillado y por el tratamiento de aguas servidas, en circunstancias de que muchas veces no se lleva a cabo. Estamos pagando por un servicio que no se presta adecuadamente.

Una vez tratadas las aguas, deben servir nuevamente para la agricultura o para otros fines. La idea es que en momentos de escasez como los que vivimos en los últimos años, se use bien el agua.

Felizmente, hemos tenido lluvias que han permitido mejorar los cauces a lo largo del país.

Ojalá sigamos con lluvias de esta naturaleza en los próximos años.

Las empresas sanitarias ponen mucha dificultad para la extensión de las redes que hay en las ciudades. Tenemos varias. Es el caso de Nacimiento, donde hay gente que vive dentro de la ciudad, pero la empresa, para no hacer inversiones, no realiza la extensión de la red, pese a que van a ser clientes y que la gente les estará pagando por un servicio que se debe prestar en buenas condiciones.

¿Cuántos fiscalizadores hay a lo largo del país para controlar lo que hace o no hace la empresa sanitaria? Estas ¿tratan adecuadamente las aguas? ¿Están cobrando por lo que realmente están entregando? ¿Están prestando un servicio en buenas condiciones? Determinarlo es fundamental. Una buena inversión debe considerar la contratación de fiscalizadores para asegurar el cumplimiento de estas empresas.

¿Qué debemos hacer para asegurar el agua? El agua es vida. Nosotros, felizmente, tenemos costa a lo largo del país, por lo que podemos desalinizar las aguas donde sea conveniente y necesario. Pero más que eso, cuando caen las aguas por las lluvias, debemos ser capaces de retenerlas para que no se vayan directo al mar.

Por tal motivo, he planteado cientos de veces en el Parlamento, así como en los ministerios respectivos, la necesidad de que construyamos una red de embalses a nivel nacional, para conservar las aguas lluvia, para que no se vayan directo al mar, y así las podamos utilizar para el consumo humano y para todos los demás fines que se estime conveniente. No obstante, el consumo humano del agua debe ser siempre prioritario, pero para asegurarlo se requiere invertir en APR, que son y seguirán siendo fundamentales.

Este es un proyecto que no admite ninguna discusión, de manera que debemos aprobar el informe de la Comisión Mixta, porque el agua es vida, y donde no hay agua, no hay vida.

Aprovechemos esta oportunidad para reafirmar, una vez más, todo lo que se puede hacer en cuanto a inversiones se refiere, por muy difícil que sea la situación económica en el país. Podemos conseguir créditos en el extranjero para construir una red de embalses que impida que el agua escurra directamente al mar. Eso nos permitiría contar con agua dulce cuando la necesitemos.

Podríamos autoabastecernos sin problemas si hiciéramos una inversión como la que hemos planteado tantas veces, que va en directo beneficio de Chile y de su gente. Esas son las inversiones que hay que hacer ahora para contener las aguas lluvia.

Los radicales vamos a aprobar con mucho entusiasmo el informe de la Comisión Mixta sobre este proyecto, pero creo que está mal redactado. El Estado siempre debe estar preocupado de un tema tan vital como este: que llegue agua a la gente y a las ciudades.

En muchos lugares de la Región del Biobío los camiones aljibe llegan a una cuadra de la plaza, porque la gente no tiene agua potable.

Sigamos preocupados de este tema, porque es vital contar con agua limpia para conservar en buenas condiciones la salud de nuestro pueblo.

He dicho.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre el informe de la Comisión Mixta en los siguientes términos:

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde votar el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción, que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.

En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados Pedro Pablo Álvarez Salamanca , Tomás Fuentes , Florcita Alarcón y Manuel Matta .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 141 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 3 abstenciones y 2 inhabilitaciones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Fernández Allende, Maya , Matta Aragay , Manuel , Saavedra Chandía , Gastón , Alinco Bustos , René , Flores García, Iván , Mellado Pino , Cosme , Sabag Villalobos , Jorge , Álvarez Ramírez , Sebastián , Flores Oporto , Camila , Mellado Suazo , Miguel , Saffirio Espinoza , René , Álvarez Vera , Jenny , Fuentes Barros , Tomás Andrés , Meza Moncada , Fernando , Saldívar Auger, Raúl , Álvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo , Fuenzalida Cobo, Juan , Mix Jiménez , Claudia , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Amar Mancilla , Sandra , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Monsalve Benavides , Manuel , Santana Castillo, Juan , Ascencio Mansilla , Gabriel , Gahona Salazar , Sergio , Morales Muñoz , Celso , Santana Tirachini , Alejandro , Auth Stewart , Pepe , Galleguillos Castillo , Ramón , Morán Bahamondes , Camilo , Santibáñez Novoa , Marisela , Baltolu Rasera, Nino , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Sauerbaum Muñoz , Frank , Barrera Moreno , Boris , Garín González , Renato , Mulet Martínez , Jaime , Schalper Sepúlveda , Diego , Barros Montero , Ramón , Girardi Lavín , Cristina , Muñoz González , Francesca , Schilling Rodríguez , Marcelo , Berger Fett , Bernardo , González Gatica , Félix , Naranjo Ortiz , Jaime , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bernales Maldonado , Alejandro , González Torres , Rodrigo , Noman Garrido , Nicolás , Sepúlveda Soto , Alexis , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hernández Hernández , Javier , Norambuena Farías, Iván , Silber Romo , Gabriel , Boric Font , Gabriel , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Arancibia , Daniel , Soto Ferrada , Leonardo , Brito Hasbún , Jorge , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Núñez Urrutia , Paulina , Soto Mardones, Raúl , Calisto Águila , Miguel Ángel , Hoffmann Opazo , María José , Nuyado Ancapichún , Emilia , Teillier Del Valle, Guillermo , Cariola Oliva , Karol , Ibáñez Cotroneo , Diego , Olivera De La Fuente , Erika , Tohá González , Jaime , Carter Fernández , Álvaro , Ilabaca Cerda , Marcos, Orsini Pascal , Maite , Torrealba Alvarado , Sebastián , Carvajal Ambiado , Loreto , Jackson Drago , Giorgio , Ortiz Novoa, José Miguel, Torres Jeldes , Víctor , Castillo Muñoz , Natalia , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Pardo Sáinz , Luis , Trisotti Martínez , Renzo , Castro Bascuñán , José Miguel , Jiles Moreno , Pamela , Parra Sauterel , Andrea , Troncoso Hellman , Virginia , Celis Araya , Ricardo , Jiménez Fuentes , Tucapel , Pérez Arriagada , José , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Montt , Andrés , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urrutia Soto , Osvaldo , Cicardini Milla , Daniella , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Olea , Joanna , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cid Versalovic , Sofía , Keitel Bianchi , Sebastián , Pérez Salinas , Catalina , Vallejo Dowling , Camila , Coloma Álamos, Juan Antonio , Kuschel Silva , Carlos , Prieto Lorca , Pablo , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Crispi Serrano , Miguel , Labra Sepúlveda , Amaro , Ramírez Diez , Guillermo , Velásquez Núñez , Esteban , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Lavín León , Joaquín , Rathgeb Schifferli , Jorge , Venegas Cárdenas , Mario , Cuevas Contreras, Nora , Leiva Carvajal, Raúl , Rentería Moller , Rolando , Verdessi Belemmi , Daniel , Del Real Mihovilovic , Catalina , Leuquén Uribe , Aracely , Rey Martínez, Hugo , Vidal Rojas , Pablo , Díaz Díaz , Marcelo , Longton Herrera , Andrés , Rocafull López , Luis , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Durán Espinoza , Jorge , Lorenzini Basso , Pablo , Rojas Valderrama , Camila , Walker Prieto , Matías , Durán Salinas , Eduardo , Luck Urban , Karin , Romero Sáez , Leonidas , Winter Etcheberry , Gonzalo , Eguiguren Correa , Francisco , Marzán Pinto , Carolina , Rosas Barrientos , Patricio , Yeomans Araya , Gael , Espinoza Sandoval, Fidel.

-Votó por la negativa el diputado señor:

Kort Garriga, Issa

-Se abstuvieron los diputados señores:

Alessandri Vergara , Jorge , Macaya Danús , Javier , Urrutia Bonilla, Ignacio.

-Se inhabilitaron los diputados señores:

Ossandón Irarrázabal, Ximena Paulsen Kehr, Diego.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Despachado el proyecto.

4.3. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación Informe Comisión Mixta. Fecha 11 de agosto, 2020. Oficio en Sesión 65. Legislatura 368.

VALPARAÍSO, 11 de agosto de 2020

Oficio Nº 15.778

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

Tengo a honra comunicar a V.E. que la Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha dado su aprobación a la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitación del proyecto de ley que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, correspondiente al boletín N° 13.404-33.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a V.E.

DIEGO PAULSEN KEHR

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4.4. Discusión en Sala

Fecha 30 de marzo, 2021. Diario de Sesión en Sesión 6. Legislatura 369. Discusión Informe Comisión Mixta. Se aprueba.

PRIORIDAD DE USO DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO, SANEAMIENTO Y USO DOMÉSTICO DE SUBSISTENCIA DURANTE VIGENCIA DE ESTADO DE CATÁSTROFE POR CALAMIDAD PÚBLICA. INFORME DE COMISIÓN MIXTA

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Conforme a lo resuelto por los Comités, corresponde discutir, en Fácil Despacho, el informe de la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas durante la tramitación del proyecto de ley que faculta al Presidente de la República para reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.

--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletín 13.404-33) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Le ofrezco la palabra a la Secretaría, para que haga la relación del proyecto.

Luego se la entregaré a la Senadora Muñoz, Presidenta de la Comisión de Recursos Hídricos .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, señora Presidenta .

Las divergencias suscitadas entre ambas Cámaras derivan del rechazo, por parte de la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional, de las dos enmiendas efectuadas por el Senado, consistentes, por una parte, en la eliminación de la segunda oración del artículo único relativa al plazo de 7 días en que el Presidente de la República debería informar sobre el empleo de la facultad para asegurar el uso prioritario de agua durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública y las medidas adoptadas al efecto, y por la otra, en la supresión del artículo transitorio que contabiliza dicho plazo, respecto del actual estado de excepción constitucional, desde la publicación de esta ley.

La Comisión Mixta, como forma de resolver las divergencias entre ambas Cámaras, propone lo siguiente.

Primero, en el artículo único del proyecto, agregar un inciso segundo al tenor del cual el Presidente de la República comunicará detalladamente las medidas adoptadas sobre el empleo de las facultades señaladas en la presente ley, al momento de entregar al Congreso Nacional la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo 41 de la Constitución Política de la República.

Segundo, considerar un artículo transitorio conforme al cual, durante la vigencia del presente estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública debido a la pandemia del COVID-19 y el tiempo en que este sea prorrogado, la información a que se refiere el inciso segundo, previamente incorporado, deberá ser entregada al Congreso Nacional en un plazo de 15 días desde la publicación de la presente ley.

La Comisión acordó la mencionada proposición con las votaciones que se consignan en su informe.

Asimismo, hace presente que el artículo único y la disposición transitoria del proyecto tienen el carácter de normas orgánicas constitucionales, por lo que requieren de 25 votos favorables para su aprobación.

En el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición figuran, en la cuarta y quinta columnas, respectivamente, la proposición de la Comisión Mixta y el texto del proyecto que quedaría de aprobarse la referida propuesta de la Comisión.

Los documentos están a disposición de Sus Señorías, se hallan disponibles también en la plataforma de esta sesión telemática, y fueron remitidos a los correos de todas las señoras y señores Senadores.

Tal como se indicó en los acuerdos de Comités, el proyecto está en Fácil Despacho, lo que, de acuerdo a las normas del Reglamento, significa que luego del informe se puede usar de la palabra por diez minutos por quienes estén a favor del proyecto y por diez minutos por quienes estén en contra, para luego proceder a la votación.

Es todo, señora Presidenta.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchas gracias al señor Secretario .

Le ofrezco la palabra a la Presidenta de la Comisión de Recursos Hídricos, Senadora Adriana Muñoz.

La señora MUÑOZ.-

Gracias, señora Presidenta .

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política, se conformó una Comisión Mixta con el objeto de resolver las diferencias entre la Cámara de Diputados y el Senado con respecto al proyecto de ley que faculta al Presidente de la República para reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.

La Comisión Mixta realizó dos sesiones y contó con la colaboración y participación de funcionarios de la Dirección General de Aguas, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y del Ministerio de Obras Públicas, como también de los asesores de las señoras y los señores parlamentarios.

Es importante consignar que tanto el artículo único como la disposición transitoria del proyecto tienen carácter orgánico constitucional, en conformidad a lo contemplado en el artículo 44 de la Ley Suprema.

En relación con las discrepancias, la disposición permanente aprobada por la Cámara de Diputados señalaba que "El Presidente de la República , durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que éste le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.".

Una oración final agregaba: "Dentro de los siete días corridos siguientes a la entrada en vigencia del decreto que declara el estado de catástrofe, el Presidente de la República deberá informar sobre el empleo de esta facultad y las medidas que adoptará."

En el segundo trámite constitucional, el Senado suprimió dicha oración final, cuestión que la Cámara de Diputados, en el tercer trámite, rechazó.

Asimismo, en el primer trámite constitucional, la Cámara de Diputados aprobó una disposición transitoria del siguiente tenor: "Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, el plazo de siete días establecidos en el artículo único se contará desde la publicación de esta ley.".

Como puede advertirse, la norma tiene como objeto señalar la forma en que el citado plazo se computaría tratándose del estado de catástrofe vigente vinculado a la pandemia COVID-19.

En el segundo trámite constitucional, el Senado suprimió esta disposición transitoria como consecuencia de eliminar el plazo previsto en el artículo permanente. La Cámara de Diputados rechazó también dicha supresión.

La controversia apunta, entonces, señora Presidenta , a la conveniencia o no de establecer un plazo al Presidente de la República para informar acerca de la utilización de sus facultades referidas al agua para sus usos prioritarios, en el marco de un estado de catástrofe y las medidas que se adoptarán en función de ellas, incluyendo una solución transitoria para la situación actual.

Durante el debate se advirtió la dificultad de arribar a una postura común, atendido que las posiciones resultaban difíciles de conciliar y que se trataba de una norma de quorum orgánico constitucional.

Algunos miembros de la Comisión Mixta expresaron que los preceptos que se introducen, además de ser a su juicio inadmisibles, no modificaban las atribuciones del Presidente de la República, siendo innecesarios.

Otros integrantes, por su parte, consignaron que se trata de fijar un plazo concordante con la relevancia y urgencia de la materia, al tiempo de permitir la información a la ciudadanía.

Si bien inicialmente el Ejecutivo se manifestó disponible para sugerir algún texto que superara la discrepancia, posteriormente lo desechó, reiterando la decisión ya expresada durante el trámite legislativo en torno a mantener la legislación vigente sin necesidad de cambios.

Para resolver las diferencias, en el seno de la Comisión se propuso agregar, a la disposición permanente, un inciso segundo del siguiente tenor: "El Presidente de la República comunicará detalladamente las medidas adoptadas sobre el empleo de las facultades señaladas en la presente ley, al momento de entregar al Congreso Nacional la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo 41 de la Constitución Política de la República.".

Asimismo, se planteó reemplazar la disposición transitoria por la siguiente: "Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo único deberá ser entregada al Congreso Nacional en un plazo de 15 días desde la publicación de la presente ley.".

Ambas propuestas se votaron separadamente, resultando aprobadas por la misma votación, vale decir, 6 votos a favor y 2 en contra, constituyendo, en consecuencia, la proposición de la Comisión Mixta, la cual ya fue aprobada por la Cámara de Diputados.

Es cuanto puedo informar, señora Presidenta.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchas gracias a la Senadora Adriana Muñoz.

Se ofrece la palabra.

La tiene la Senadora Isabel Allende.

La señora ALLENDE.-

Gracias, Presidenta.

La verdad es que tanto el Secretario de la Corporación como la Presidenta de la Comisión de Recursos Hídricos han dado un informe bastante detallado de lo que se terminó por resolver en la Comisión Mixta.

Centrándome en el sentido del proyecto, lo principal de su idea matriz es garantizar el acceso y disponibilidad suficiente de agua a la población afectada en situaciones de pandemia, crisis sanitaria o desastres naturales. En estas materias el Presidente ya tiene atribuciones que son conocidas. Lo que aquí importa, entonces, es que, por un lado, haga uso de tales facultades, y por el otro, informe detalladamente acerca de las medidas que haya tomado al respecto.

Lo anterior resulta extremadamente importante, porque la población afectada necesita conocer -lo que normalmente no ocurre- cuáles han sido las gestiones que hace un gobierno para garantizar el acceso al agua, sobre todo en situaciones de calamidad o, como la que estamos viviendo, de pandemia.

Ahora bien, como aquí se ha informado, finalmente se aprobó que el Presidente haga uso de sus facultades y que cuente con 15 días hábiles para informarle al Congreso después de publicada la ley.

¿Por qué es importante esto? Porque nosotros necesitamos, en nuestro rol de legisladores, tratar y apoyar proyectos de ley que de alguna manera, junto a la ciudadanía, nos hagan más conscientes de la falta de una legislación interna que asegure que el derecho al agua es un derecho humano que está garantizado. Esto, lamentablemente, todavía está al debe, no ocurre, no tiene rango constitucional. En el Código de Aguas solamente se habla de un bien nacional de uso público, pero sin garantizar su acceso a la población como un derecho.

Es más, como recordará la Sala, yo presenté una reforma constitucional y fue rechazada, a pesar de tener los 24 votos de los Senadores de Oposición. Bastaron 12 votos de la Derecha para que ella se rechazara, por un tema quorum.

Es lamentable tener que recalcar que en nuestro país ni siquiera a nivel de rango constitucional está garantizado el acceso al agua.

Más aún, esta moción originaria del Diputado Diego Ibáñez , que parece tan sencilla, tiene relevancia, porque acabamos de ver la semana pasada un fallo de la Corte Suprema, nada menos y nada más, en el que rectifica un fallo anterior de la Corte de Apelaciones y donde efectivamente dice que se deben garantizar 100 litros de agua por persona a raíz de la pandemia.

Esto es muy relevante, Presidenta , porque nosotros habíamos valorado en la Región de Valparaíso el decreto que estableció que debían darse 100 litros y no 50, pero duró una semana: ¡una semana bastó para que el Seremi lo dejara sin efecto y lo anulara!

Por lo tanto, este fallo de la Corte está obligando a entregar esa cantidad de agua en las comunas de Petorca, La Ligua y Cabildo , que han sufrido extremadamente con la escasez hídrica. Tenemos poblaciones rurales, locales que no acceden al agua y que hoy día son abastecidas, en plena pandemia, por camiones aljibes. No son las únicas comunas donde ocurre esto, pero quizás en las que más se grafica -por eso se presentó este recurso- es, precisamente, en las de la provincia de Petorca, donde se ha agudizado en extremo esta situación.

Es más doloroso aún, porque esas poblaciones no acceden al uso del agua, pero están rodeadas de plantaciones, de monocultivos, de paltos, que, como todos sabemos, tienen un uso bastante intensivo del agua.

Entonces, es importante recalcar que con esto lo que queremos es garantizar -y debiera existir coherencia en nuestra legislación- que la población tenga acceso al agua. Y se tienen que usar todos los mecanismos e instrumentos que permita la legislación actual para que la población acceda a este recurso, particularmente en una situación de pandemia.

Les decimos a las ciudadanas y los ciudadanos de nuestro país: "lávense frecuentemente las manos", y resulta que los estamos abasteciendo a través de camiones aljibes.

Quiero recordar que en la Comisión se recibió al en ese momento encargado del Ministerio del Interior -digo "en ese momento" porque después pasó, como ya se sabe, a la zona de La Araucanía y ahora creo ha vuelto de nuevo al Ministerio del Interior, pero de asesor-, Cristián Barra , y nos hizo ver que había bastantes problemas con el abastecimiento por la vía de los camiones aljibes: un tema de gestión, de trazabilidad de los camiones y una serie de otros inconvenientes, como falta de recursos. Yo considero altamente inadmisible que, en pleno siglo XXI, y en pandemia, no tengamos garantizado esto.

En concreto, aquí se dice que el Presidente podrá usar estas facultades. Encontramos extraordinariamente relevante que tenga que informar, pero yo espero que este país dé un paso más y garantice el acceso al agua -al agua con calidad, al agua potable- a la población, que es un derecho humano. Así está reconocido en tratados internacionales y así lo ha establecido también la OMS: que en una situación de pandemia deberían ser 100 litros y no, por cierto, los 50 litros que entrega nuestro país.

Por eso, Presidenta, en nombre de la bancada, puedo decir que vamos a votar a favor de este acuerdo de la Comisión Mixta, porque el sentido de este proyecto es tomar conciencia, una vez más, de la necesidad del uso prioritario del consumo humano del agua, que debiera estar garantizado.

He dicho.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias.

Recordemos que esta materia es de Fácil Despacho, por lo que, de acuerdo al Reglamento, hay diez minutos para hablar a favor.

Nos ha solicitado también la palabra en la Sala el Senador Juan Ignacio Latorre. Y, telemáticamente, el Senador Alfonso de Urresti.

Y en los diez minutos hacemos maravillas...

El señor GIRARDI.-

Y yo.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Y el Senador Guido Girardi.

La señora MUÑOZ.-

¿Puede abrir la votación, Presidenta?

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

¿Les parece que abramos la votación, respetando los tiempos?

Así se acuerda.

En votación.

--(Durante la votación).

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Senador Latorre, tiene la palabra.

El señor LATORRE.-

Gracias, Presidenta.

Muy brevemente, quiero respaldar este proyecto de ley. Cabe recordar que hace un año, al comienzo de la pandemia, en abril del 2020, fuimos a la Contraloría y enviamos una serie de oficios para pedir que se revirtiera una resolución que se había tomado en la Región de Valparaíso, donde, justamente, a los habitantes, ciudadanos y ciudadanas de la provincia de Petorca se les bajaba a 50 litros la cantidad de agua suficiente por persona y por día. Todo esto, en contexto de pandemia.

Y lo que nosotros justificábamos, fundamentábamos es que, en contexto de pandemia y dado este estado de excepción constitucional que se ha ido prorrogando -la última vez por varios meses más-, el Presidente de la República tiene facultades para limitar la propiedad privada, para priorizar, por ejemplo, el consumo humano, justamente donde una de las señales es el lavado de manos de la ciudadanía. La propia comunidad internacional, desde la Organización Mundial de la Salud, desde las Naciones Unidas, reconoce el derecho humano al agua como la base de los demás derechos humanos, y establece, como mínimo, 100 litros por persona.

El Instituto Nacional de Derechos Humanos presentó un recurso de protección, fue rechazado en una primera instancia en la Corte de Apelaciones de Valparaíso, pero la Corte Suprema lo acaba de acoger. Y lo que se les pide a las autoridades del Ejecutivo es que implementen este recurso de protección: 100 litros por persona para la provincia de Petorca.

Bueno, este proyecto de ley va en esa dirección. Se trata de que en estado de pandemia, en estado constitucional de catástrofe, el Presidente de la República use sus atribuciones, que limite, si es necesario, la propiedad privada, y que priorice el consumo humano.

Este, sin duda, va a ser un debate del proceso constituyente, donde debemos recuperar democráticamente el agua como derecho humano, como bien común, y no como una mercancía.

Voto a favor, Presidenta .

Muchas gracias.

La señora PROVOSTE.-

Muchas gracias al Senador Latorre.

Le ofrezco la palabra al Senador De Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Presidenta, brevemente, porque tenemos que cumplir el plazo que acordamos de Fácil Despacho.

Lo importante es que estamos en trámite de Comisión Mixta, reforzando una facultad que tiene el Presidente , especialmente para el estado de excepción. Entonces, esta norma es de toda lógica, y por eso invito a los colegas a aprobarla, porque permite, precisamente, utilizar esta facultad y establecer un plazo para informar. Esos son elementos básicos.

Estimados colegas, tenemos una discusión de fondo en la Comisión de Constitución sobre el Código de Aguas; estamos debatiendo aspectos importantes que se van a ver en el proceso constituyente; viene la Subsecretaría del Agua; hay una serie de elementos que son relevantes. Pero creo que esto es lo mínimo que se puede estar aprobando, respaldando, para tener desde el Ejecutivo un instrumento eficaz, que permita enfrentar la escasez hídrica durante el estado de excepción. Y también, teniendo la natural transparencia e información al Congreso y a los órganos correspondientes, para que la comunidad sepa cómo se está utilizando.

Por eso, voto a favor, y espero que despachemos el proyecto lo antes posible.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias, Senador De Urresti.

En el tiempo restante, de acuerdo al Reglamento, le ofrecemos la palabra al Senador Guido Girardi.

El señor GIRARDI.-

Gracias, Presidenta .

El problema es que el estado de excepción, el momento de excepción es permanente en Chile. Chile vive un problema dramático de escasez de agua; hay 500 mil compatriotas que no tienen acceso al agua, y creo que este problema no se resuelve con pistolas de agua.

Yo voy a votar a favor de este proyecto porque va en el sentido correcto, pero quiero señalar que, lamentablemente, para nuestros colegas del Oficialismo el agua no es un derecho humano, no es un bien público, y votaron todos en contra de la reforma constitucional para reestablecerles a los chilenos el agua que les fue conculcada en la Constitución del 80. Porque, hasta ahí, como en todas partes del mundo, era un bien nacional de uso público.

Lo más dramático es que todos los países del planeta tienen el agua como bien nacional de uso público, porque sin agua no se puede vivir. Cada chileno o chilena necesita, como mínimo, 100 litros de agua para tomar, para su agua negra, para su agua sanitaria, para lavar, para el aseo, para la ducha, y por lo tanto, esto tiene que ser un derecho humano. Y Chile está al debe.

Pero, además, tenemos que implementar con urgencia tecnologías de agua, para que nunca más se riegue o se use agua potable para lavar un auto, sino que tengamos tratamiento a las aguas grises, tratamiento a las aguas negras. Y Chile requiere tener una potente política de preservación de glaciares, que estamos haciendo, con la Presidenta del Senado y el Senador Álvaro Elizalde , para que nuestro país reserve y preserve el agua, que es la vida hacia el futuro.

Así que yo espero, Presidenta , que esto cambie en la Convención Constitucional, pero le quiero pedir al próximo Presidente de la Comisión de Constitución que ponga en tabla el proyecto de reforma constitucional, para que nuevamente se vote; para que quede un precedente, que ayude a la Convención Constitucional, de que, como en todas partes del mundo, el agua tiene que ser un derecho humano y tiene que ser un bien público. Hay que devolverles a los chilenos el agua que les robaron en 1980.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias.

Quiero recordar a los presentes que esta es una norma de ley orgánica constitucional y que solo se refiere al proceso de estado de excepción constitucional de catástrofe.

En el tiempo restante, ha solicitado la palabra el Senador Francisco Chahuán.

Le he pedido al Senador Galilea que nos indique si él va a hablar en el tiempo de los diez minutos a favor, porque es más restringido, o de los diez minutos en contra. Le he preguntado por el chat, por si lo puede revisar.

Le ofrezco la palabra al Senador Francisco Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señora Presidenta , Honorable Sala, yo soy coautor de uno de estos proyectos, del que dice relación con la necesidad de salvaguardar el derecho al agua, los usos preferentes. Y presentamos un proyecto de ley idéntico al que hoy día se está votando, que lamentablemente fue rechazado por esta Sala en su oportunidad, y que buscaba, justamente, que el agua tuviese un uso preferente para el consumo humano en saneamiento y las obras de subsistencia.

Claramente, esta es una materia necesaria, urgente.

En ese contexto, por supuesto, yo voy a apoyar con toda la fuerza este proyecto, considerando, además, que nuestra Región es la más afectada por el cambio climático. Esta no debe ser una materia de carácter excepcional; esta debiera ser la norma general. Así lo establecimos en el proyecto de ley que nosotros presentamos, y yo insisto en que hay que avanzar en esa dirección.

Cabe recordar que, cuando se votó la reforma constitucional, el único voto a favor de Chile Vamos fue el de este Senador.

Yo mantengo coherencia respecto de lo mismo: voto favorablemente. Y espero que esto pueda ser tratado a nivel constitucional.

Así lo planteo, siempre y en todo momento, no solamente en épocas de excepción.

He dicho, Presidenta .

¡Voto por el agua!

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchas gracias al Senador Francisco Chahuán.

Quiero reiterar que esto tiene un período bien acotado, que es solo respecto de la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.

Le ofrezco la palabra al Senador Rodrigo Galilea.

¿Le pueden liberar el micrófono al Senador Galilea?

Ahí está.

El señor GALILEA.-

Gracias, Presidenta .

A propósito de este proyecto, yo quiero hacer algunas aclaraciones, porque en el tema del agua se dicen muchas cosas extremadamente inexactas.

En primer lugar, el agua en Chile es un bien nacional de uso público hoy; era un bien nacional de uso público en 1980; y también lo era en 1900. Siempre ha sido así. Lo dice el Código de Aguas expresamente. Y en eso yo creo que no existe ninguna disputa en este país, de ningún partido político, de ningún sector político.

¿Por qué se ha producido a veces el rechazo de estas reformas constitucionales a que se hace mención? Es porque muchas veces se presenta el proyecto con la primera frase "El agua es un bien nacional de uso público, el agua es un derecho humano", cosa en la que estamos todos de acuerdo, pero empiezan a ponerle apellidos: primer apellido, segundo apellido, tercer apellido y cuarto apellido, y es ahí donde se producen las disputas sobre cómo legislar bien estas cosas.

Si simplemente se presentara un proyecto de reforma constitucional que dijera: "El agua es un bien nacional de uso público, es un derecho humano primordial", tendría la unanimidad de los votos de este Senado. Pero siempre existe la tentación, a propósito de una declaración en la que estamos todos de acuerdo, de ponerle algunos otros aspectos que no van al caso.

Ahora, tenemos una muy buena noticia. El día de hoy terminamos de votar en la Comisión de Constitución todas las normas que habían sido sometidas a nuestro conocimiento en la modificación del Código de Aguas. Puedo decir que logramos llegar a acuerdo en prácticamente todo; y vamos a hacer una revisión para ver si ese "prácticamente" se borra, y se convierte en "todo".

Quiero decir algunas cosas.

Ustedes saben que la ley manda, prohíbe o permite. Lamentablemente, este proyecto ni manda ni prohíbe ni permite. Es un proyecto muy especial, pero que va en una orientación que yo creo que se justifica para los momentos de emergencia que estamos viviendo.

Hoy la ley le otorga a la Dirección de Obras Hidráulicas y a la DGA todas las atribuciones para las emergencias agrícolas, ¡todas! Alguien se refirió al caso de Petorca. En el valle de Petorca, en los últimos dos años, se han hecho pozos suficientes para darles agua a los 14 APR, que son los principales del valle de Petorca, en la proporción de más de 100 litros por segundo. ¿En qué ha fallado el Estado? (Porque esta es una falla del Estado, no de las paltas, como algunos insisten majaderamente). En que no ha sido capaz de interconectar esos pozos para que lleguen bien a todos los APR. Las paltas no son culpables de que esté lloviendo la décima parte en los últimos diez años en el valle de Petorca, ¡para nada! De hecho, tengo entendido que se han sacado la mitad de los paltos que existían en ese valle. Pero acá ha habido una increíble, digamos, poca capacidad del Estado de resolver un problema cuya posibilidad de resolver tenía en sus manos.

Yo me alegro de que la Corte Suprema haya fijado este criterio de los cien litros por día. Eso es lo que efectivamente una persona necesita, y lo apoyo fundamentalmente. Pero, por favor, nunca más les echemos la culpa a los paltos, a las naranjas, a las manzanas, o a los duraznos, porque eso distorsiona todo. Acá el problema habitual es que simplemente el Estado es incapaz de hacer los pozos profundos que tiene que hacer, y de interconectarlos en la manera en que los debe interconectar, o desalar en las partes que tenga que desalar para llevar, como corresponde, el agua a las poblaciones.

Hay mucho menos agua. Y, por lo tanto, tenemos que ser mucho más eficientes. Y el Estado debe cumplir mucho mejor su rol en esto.

Yo voy a apoyar este proyecto de ley, porque va bien orientado, pero llamo a no confundir las cosas en esta discusión.

Muchas gracias.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias.

Ofrezco la palabra por si alguna señora Senadora o algún señor Senador quiere hablar en contra en los diez minutos que establece el Reglamento para ello.

Muy bien.

Señor Secretario , le pido que tome la votación a quienes se encuentran participando telemáticamente en esta sesión.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, Presidenta .

La votación está abierta en la Sala.

Vamos a consultar a las señoras y los señores Senadores que se encuentran participando de manera remota o telemática. Corresponde en esta sesión iniciar la consulta de opción de voto con el Senador señor Araya.

Senador señor Araya, ¿cómo vota?

El señor ARAYA.-

Voto a favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Carvajal, ¿cómo vota?

La señora CARVAJAL.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Castro, ¿cómo vota?

El señor CASTRO.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

Tengo registrado que votan a favor el Senador señor De Urresti y también el Senador señor Galilea.

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

Senador señor Guillier, ¿cómo vota?

El señor GUILLIER.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).- Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Huenchumilla, ¿cómo vota?

El señor HUENCHUMILLA.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Insulza, ¿cómo vota?

El señor INSULZA.-

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Lagos, ¿cómo vota?

El señor LAGOS.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Montes, ¿cómo vota?

El señor MONTES.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?

La señora ÓRDENES.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Sabat, ¿cómo vota?

La señora SABAT.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Soria, ¿cómo vota?

El señor SORIA.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

¿El Senador Quintana?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?

La señora ARAVENA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Allende, ¿cómo vota?

La señora ALLENDE.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

¿Senador señor Quintana?

El señor QUINTANA.-

Quiero fundamentar.

¿Dos minutos? ¿Se puede o no?

Gracias, Presidenta .

Voy a votar a favor.

Sin embargo, no quería dejar pasar algo que le escuché hace algunos minutos al Senador Galilea, quien señaló que esto está declarado en el Código de Aguas. Efectivamente, todos sabemos que es así, pero debiéramos tener claro que hay una normativa que está por sobre el Código de Aguas, que es la Constitución.

Lo que intentamos hacer el 7 de enero del 2020 -gracias a una decisión de los Comités, bien razonada, unánime- fue justamente establecer en la Carta Fundamental que el agua es un derechos humano, un bien de uso público.

Efectivamente hoy día eso está declarado en el Código de Aguas, pero cualquier particular podría recurrir ante la justicia, por el derecho de propiedad que está extraordinariamente bien consagrado y amarrado en la Constitución, y termina quedando en letra muerta lo que dispone dicho Código.

Quiero recordarles, por si alguien no se acuerda, que en la votación del 7 de enero del 2020, cuando nos pronunciamos en la Sala por la reforma constitucional, se obtuvieron 24 votos a favor de establecer el agua como derecho humano y solo 12 votos en contra ¿Qué pasó? Que 12 votos fueron más que 24. ¡Eso pasa en Chile!

Creo que eso ayudó a visibilizar un poco la necesidad, entre otras cosas, de cambiar la Constitución, a fin de resolver este tema de una buena manera.

Lo otro que no me cuadra del planteamiento del Senador Galilea es lo relativo a los 100 litros por segundo para cada persona. No sé, francamente, si en Chile estemos en condiciones de garantizar -escuchen bien- ¡100 litros por segundo para cada persona!, cuando un modesto comité de agua potable de La Araucanía, para abastecer a cuatrocientas personas, anda rogando si algún particular puede ceder los derechos de 10 litros por segundo, ¡de 10 litros por segundo!

Ese es uno de los grandes problemas, y todavía persiste precisamente por haber mantenido esta indefinición el pasado 7 de enero del 2020.

Con todo, Presidenta , voto a favor.

Gracias.

El señor OSSANDÓN.-

¿ Presidenta ?

El señor LETELIER.-

Estamos en Fácil Despacho.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

¿Algún señor Senador o alguna señora Senadora no ha emitido su voto?

Quiero recordar que este es un proyecto de Fácil Despacho, aunque pareciera ser que todo es difícil.

Para ser ecuánime, le ofrezco la palabra al Senador Ossandón.

El señor OSSANDÓN.-

Presidenta, la verdad es que la demagogia sobrepasa cualquier estándar.

Está equivocado el Senador: ¿100 litros por segundo? Con esa cantidad le damos agua a Santiago completo. ¡Por favor!

Aquí nadie está en contra. Yo quiero ser superclaro: estoy absolutamente de acuerdo con lo que plantea este proyecto, y creo que debe estar consignado en la Constitución, no en el Código, el hecho de que el agua es un bien nacional de uso público.

Personalmente, yo fui uno de los que votaron en contra de la reforma constitucional, porque creo que un proyecto que busca introducir una modificación a la Carta, cuando se va a hacer una nueva Constitución, es más algo de marketing que de esencia.

Claramente, en Chile la primera prioridad del agua debe centrarse en el consumo humano; segundo, en el ámbito alimentario -acuérdense que el 80 por ciento de las aguas en nuestro país se usa para la agricultura; no es que alguien la guarde en la casa-, y tercero, en la necesidad ojalá de tener un Ministerio, una Subsecretaría u otra entidad que se preocupe de aprovechar el 70 por ciento de las aguas que se van al mar. Agua tenemos; el problema es que no hemos invertido para aprovecharlas bien.

Entonces, pido que no quede la sensación de que aquí están los malos contra los buenos.

Yo sí estoy a favor de esto, pero el proyecto que se votó en su minuto no correspondía, porque para eso se escribirá una nueva Constitución.

¡Ojo con eso!

El agua bien utilizada, con tecnología, alcanza para todos, y estamos todos de acuerdo en que el consumo humano es lo más importante.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchísimas gracias.

Terminada la votación.

El señor QUINTANA.-

Esperemos una nueva Constitución en todos los temas.

--Se aprueba el informe de la Comisión Mixta (33 votos a favor).

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Carvajal, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Rincón, Sabat y Von Baer y los señores Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, De Urresti, Elizalde, Galilea, Girardi, Guillier, Huenchumilla, Insulza, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Navarro, Ossandón, Pizarro, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Dejo constancia de que se ha alcanzado el quorum de ley orgánica constitucional.

Queda despachado el proyecto.

Pasamos ahora al primer punto del Orden del Día.

4.5. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación Informe Comisión Mixta. Fecha 30 de marzo, 2021. Oficio en Sesión 11. Legislatura 369.

Valparaíso, 30 de marzo de 2021.

Nº159/SEC/21

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación a la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas con ocasión de la tramitación del proyecto de ley que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, correspondiente al Boletín N° 13.404-33.

Hago presente a Vuestra Excelencia que dicha proposición, en lo que respecta al artículo único y al artículo transitorio que contiene, fue aprobada con el voto favorable de 33 senadores, de un total de 43 en ejercicio, dándose cumplimiento de esta forma a lo preceptuado en el inciso segundo del artículo 66 de la Carta Fundamental.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 15.778, de 11 de agosto de 2020.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

YASNA PROVOSTE CAMPILLAY Presidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

5. Trámite Tribunal Constitucional

5.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio de Ley Consulta Facultad de Veto. Fecha 31 de marzo, 2021. Oficio

VALPARAÍSO, 31 de marzo de 2021.

Oficio Nº 16.425

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, correspondiente al boletín N° 13.404-33.

Sin embargo, teniendo presente que el proyecto contiene normas propias de ley orgánica constitucional, ha de ser enviado al Tribunal Constitucional, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 93 de la Carta Fundamental, en relación con el número 1º de ese mismo precepto.

En razón de lo anterior, la Cámara de Diputados, por ser cámara de origen, precisa saber previamente si V.E. hará uso de la facultad que le confiere el artículo 73 de la Constitución Política de la República.

En el evento de que V.E. aprobare sin observaciones el texto que más adelante se transcribe, le solicito comunicarlo a esta Corporación, devolviendo el presente oficio.

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- El Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que éste le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.

El Presidente de la República comunicará detalladamente las medidas adoptadas sobre el empleo de las facultades señaladas en la presente ley, al momento de entregar al Congreso Nacional la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo 41 de la Constitución Política de la República.

Artículo transitorio.- Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo único deberá ser entregada al Congreso Nacional en el plazo de quince días desde la publicación de la presente ley.”.

*****

Dios guarde a V.E.

DIEGO PAULSEN KEHR

Presidente de la Cámara de Diputados

LUIS ROJAS GALLARDO

Secretario General (S) de la Cámara de Diputados

5.2. Oficio al Tribunal Constitucional

Oficio de examen de Constitucionalidad. Fecha 20 de abril, 2021. Oficio

VALPARAÍSO, 20 de abril de 2021

Oficio N° 16.480

A S.E. LA PRESIDENTA DEL EXCMO. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Tengo a honra transcribir a V.E. el proyecto de ley que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, correspondiente al boletín N° 13.404-33.

La Cámara de Diputados consultó a S.E. el Presidente de la República, mediante oficio N° 16.425, 31 de marzo de 2021, si haría uso de la facultad que le confiere el artículo 73 de la Constitución Política de la República.

De conformidad con lo estatuido en el inciso segundo del artículo 93 de la Constitución Política de la República, informo a V.E. que el proyecto quedó totalmente tramitado por el Congreso Nacional el día de hoy, al darse cuenta del oficio N° 067-369, de 19 de abril de 2021, cuya copia se adjunta, mediante el cual S.E. el Presidente de la República manifiesta a esta Corporación que ha resuelto no hacer uso de la facultad que le confiere el inciso primero del artículo 73 de la Carta Fundamental.

En virtud de lo dispuesto en el N° 1° del inciso primero del artículo 93 de la Constitución Política de la República, corresponde a ese Excmo. Tribunal ejercer el control de constitucionalidad respecto de los artículos único y transitorio del proyecto de ley.

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- El Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que éste le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.

El Presidente de la República comunicará detalladamente las medidas adoptadas sobre el empleo de las facultades señaladas en la presente ley, al momento de entregar al Congreso Nacional la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo 41 de la Constitución Política de la República.

Artículo transitorio.- Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo único deberá ser entregada al Congreso Nacional en el plazo de quince días desde la publicación de la presente ley.”.

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Para los fines a que haya lugar, me permito poner en conocimiento de V.E. lo siguiente:

La Cámara de Diputados, en primer trámite constitucional, aprobó, en general y en particular, el artículo único del proyecto de ley con el voto a favor de 138 diputados y el artículo transitorio de la iniciativa con el voto favorable de 135 diputados; en ambos casos respecto de un total de 155 en ejercicio.

El Senado, en segundo trámite constitucional, aprobó el artículo único del proyecto de ley, tanto en general como en particular, con el voto favorable de 37 senadores de un total 43 en ejercicio.

La Cámara de Diputados aprobó la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver las divergencias suscitadas con ocasión de la tramitación del proyecto de ley, en lo que respecta a los artículos único y transitorio, con el voto a favor de 141 diputados, de un total de 155 en ejercicio.

El Senado, por su parte, aprobó dicha proposición, en lo que respecta al artículo único y al artículo transitorio que contiene, con el voto favorable de 33 senadores, de un total de 43 en ejercicio,

Se dio cumplimiento de esta forma, en todos los casos anteriores, a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política de la República.

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Por último, me permito informar a V.E. que no se acompañan actas, por no haberse suscitado cuestión de constitucionalidad.

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Dios guarde a V.E.

DIEGO PAULSEN KEHR

Presidente de la Cámara de Diputados

LUIS ROJAS GALLARDO

Secretario General (S) de la Cámara de Diputados

5.3. Oficio del Tribunal Constitucional

Sentencia del Tribunal Constitucional. Fecha 27 de mayo, 2021. Oficio en Sesión 40. Legislatura 369.

REPÚBLICA DE CHILE

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

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Sentencia

Rol 10.762-21 CPR

[27 de mayo de 2021]

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CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY QUE FACULTA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A RESERVAR EL USO PRIORITARIO DEL AGUA AL CONSUMO HUMANO, EL SANEAMIENTO Y EL USO DOMÉSTICO DE SUBSISTENCIA, DURANTE LA VIGENCIA DE UN ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE POR CALAMIDAD PÚBLICA, CORRESPONDIENTE AL BOLETÍN N° 13.404-33

VISTOS Y CONSIDERANDO:

I. PROYECTO DE LEY REMITIDO PARA SU CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD

PRIMERO: Que, por oficio Nº 16.480, de 20 de abril de 2021 -ingresado a esta Magistratura en igual fecha-, la H. Cámara de Diputadas y Diputados de la República ha remitido copia autenticada del Proyecto de Ley que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, correspondiente al Boletín N° 13.404-33, con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto de la totalidad del proyecto;

SEGUNDO: Que, el Nº 1º del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional “[e]jercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes orgánicas constitucionales y de las normas de un tratado que versen sobre materias propias de estas últimas, antes de su promulgación;”.

TERCERO: Que, de acuerdo al precepto invocado en el considerando anterior, corresponde a esta Magistratura pronunciarse sobre las normas del proyecto de ley remitido que estén comprendidas dentro de las materias que el Constituyente ha reservado a una ley orgánica constitucional.

II. NORMAS DEL PROYECTO DE LEY SOMETIDAS A CONTROL PREVENTIVO DE CONSTITUCIONALIDAD

CUARTO: Que, las disposiciones del proyecto de ley remitido que han sido sometidas a control de constitucionalidad, corresponden a las que se indican a continuación:

“Artículo único.- El Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que éste le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.

El Presidente de la República comunicará detalladamente las medidas adoptadas sobre el empleo de las facultades señaladas en la presente ley, al momento de entregar al Congreso Nacional la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo 41 de la Constitución Política de la República

Artículo transitorio.- Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo único deberá ser entregada al Congreso Nacional en el plazo de quince días desde la publicación de la presente ley.”

III. NORMA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA QUE ESTABLECE EL ÁMBITO DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL RELACIONADA CON EL CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY REMITIDO QUINTO: Que el artículo 44 de la Constitución Política dispone que:

“Una ley orgánica constitucional regulará los estados de excepción, así como su declaración y la aplicación de las medidas legales y administrativas que procediera adoptar bajo aquéllos. Dicha ley contemplará lo estrictamente necesario para el pronto restablecimiento de la normalidad constitucional y no podrá afectar las competencias y el funcionamiento de los órganos constitucionales ni los derechos e inmunidades de sus respectivos titulares. Las medidas que se adopten durante los estados de excepción no podrán, bajo ninguna circunstancia, prolongarse más allá de la vigencia de los mismos.”;

IV. NORMAS DEL PROYECTO DE LEY REMITIDO QUE REVISTEN NATURALEZA DE LEYES ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES

SEXTO: Que, de acuerdo a lo expuesto en el considerando segundo, corresponde a este Tribunal pronunciarse sobre las normas consultadas del proyecto de ley remitido y que están comprendidas dentro de las materias que la Constitución ha reservado a una ley orgánica constitucional. En dicha naturaleza jurídica se encuentran los artículos único y transitorio del proyecto de ley;

SÉPTIMO: Que el artículo único del proyecto de ley en examen establece que el Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que éste le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.

Seguidamente, el inciso segundo de dicha disposición, prescribe que el Presidente de la República comunicará detalladamente al Congreso Nacional las medidas adoptadas sobre el empleo de las facultades señaladas en el proyecto de ley, al momento de entregar la información referida en el artículo 41, inciso segundo, de la Constitución Política de la República.

A su vez, la disposición transitoria del proyecto de ley en análisis fija el plazo en que han de ser comunicadas al Congreso Nacional equivalentes medidas adoptadas por el Presidente de la República durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, declarado por Decreto Supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, a propósito de la pandemia de Covid-19, como así también respecto del tiempo en que sea prorrogado.

OCTAVO: Que, al tenor de lo reglamentado resulta claro que las normas en comento inciden en el ámbito que la Constitución ha reservado a la ley orgánica constitucional prevista en su artículo 44, en cuanto ambas disposiciones guardan relación con el ejercicio y facultades del Presidente de la República en el marco de estados de excepción constitucional, consagrando un criterio normativo para su ejercicio, y reglando la obligación y oportunidad de comunicación de aquellas al Congreso Nacional.

En consecuencia, reglando el ejercicio y facultades del Presidente de la República en estado de excepción constitucional, tal como se ha razonado por esta Magistratura en STC Roles N°s 29, c. 8°; 89, c. 5°, y recientemente en STC Rol N° 7183, c. 48°, las disposiciones en examen revisten carácter de normativa orgánica constitucional.

En igual sentido cabe pronunciarse a propósito del examen del artículo transitorio del proyecto de ley remitido, en cuanto el mismo constituye un complemento indispensable para el objeto de reglamentación de su artículo único, abarcando cuestiones de forzosa regulación para su correcta aplicación.

V. NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES DEL PROYECTO DE LEY REMITIDO, QUE EL TRIBUNAL DECLARARÁ CONFORMES CON LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

NOVENO: Que, los artículos único y transitorio del proyecto de ley remitido, son conformes con la Constitución Política.

VI. CUMPLIMIENTO DE LOS QUÓRUM DE APROBACIÓN DE LAS NORMAS DEL PROYECTO DE LEY EN EXAMEN

DÉCIMO: Que, de los antecedentes tenidos a la vista, consta que las normas sobre las cuales este Tribunal emite pronunciamiento, fueron aprobadas, en ambas Cámaras del Congreso Nacional, con las mayorías requeridas por el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política.

Y TENIENDO PRESENTE, además, lo dispuesto en los artículos 93, inciso primero, y 44 de la Constitución Política de la República y lo prescrito en los artículos 48 a 51 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura,

SE DECLARA:

QUE LOS ARTÍCULOS ÚNICO Y TRANSITORIO DEL PROYECTO DE LEY REMITIDO, QUE FACULTA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A RESERVAR EL USO PRIORITARIO DEL AGUA AL CONSUMO HUMANO, EL SANEAMIENTO Y EL USO DOMÉSTICO DE SUBSISTENCIA, DURANTE LA VIGENCIA DE UN ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE POR CALAMIDAD PÚBLICA, CORRESPONDIENTE AL BOLETÍN N° 13.404-33, SON CONFORMES CON LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA.

DISIDENCIAS

Acordada la sentencia con el voto en contra de la Presidenta Ministra señora MARÍA LUISA BRAHM BARRIL (Presidenta), y los Ministros señores IVÁN ARÓSTICA MALDONADO, CRISTIÁN LETELIER AGUILAR y MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, quienes estuvieron por declarar la inconstitucionalidad de los artículos único y transitorio del Proyecto de Ley, en virtud de las consideraciones siguientes:

1°. La regulación de los estados de excepción, a partir de la Constitución de 1980 (Sesiones 361ª a 364ª, 367ª y 371ª de la Comisión de Estudio de la Nueva Constitución), buscó dotar a dicha preceptiva de una estructura sistemática y completa, con el objeto de no recaer en las deficiencias advertidas tanto durante el siglo XIX -que intentó corregir la reforma de 24 de octubre de 1874- como durante la vigencia de la Carta Fundamental de 1925 donde se dictaron diversas leyes creando nuevos estados de excepción, a pesar de la garantía contemplada en su artículo 44 N° 13, en cuanto a que “ninguna ley podrá dictarse para suspender o restringir las libertades o derechos que la Constitución asegura”;

2°. Por ello, el artículo 39 dispone que el ejercicio de los derechos y garantías que la Constitución asegura a todas las personas sólo puede ser afectado bajo las situaciones de excepción taxativamente señaladas en la norma (guerra externa o interna, conmoción interior, emergencia y calamidad pública) y nada más que cuando afecten gravemente el normal desenvolvimiento de las instituciones del Estado. Y luego regula los supuestos que permiten declararlos, el procedimiento respectivo y su duración (artículos 40, 41 y 42), así como también precisa los derechos que son susceptibles de ser suspendidos o restringidos en cada caso (artículo 43).

3°. Que, la regulación inicial de los estados de excepción constitucional, en la actual Carta Fundamental, ha sido objeto de dos reformas sustantivas, mediante la Ley N° 18.825, en 1989, y la Ley N° 20.050, en 2005. A propósito de esta última, consta en sus antecedentes la intervención del entonces Ministro del Interior, quien expuso que “(…) las propuestas presentadas en materia de estados de excepción constitucional buscan dos objetivos fundamentales, que consisten, el primero, en contar siempre con el acuerdo del Congreso Nacional para imponerlos, y el segundo, en restringir en la menor medida posible las garantías individuales durante la vigencia de dichos estados, en armonía con los compromisos internacionales que el Estado de Chile ha contraído en materia de protección de los derechos humanos” (Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en mociones de los HH. Senadores señores Chadwick, Díez, Larraín y Romero, y de los HH. Senadores señores Bitar, Hamilton, Silva y Viera-Gallo, con las que inician sendos proyectos que introducen diversas reformas a la Carta Fundamental, 6 de noviembre de 2001, p. 334, Boletines N° 2.526-07 y 2.534-07).

4°. Más específicamente, en relación con el estado de catástrofe, previsto en el artículo 41 de la Constitución, lo declara el Presidente de la República, en caso de calamidad pública, determinando la zona afectada e informando al Congreso Nacional de las medidas adoptadas, el cual puede dejarlo sin efecto transcurridos ciento ochenta días desde su declaración, si las razones que la motivaron han cesado en forma absoluta. Con todo, el Presidente de la República sólo puede declarar el estado de catástrofe por un período superior a un año con acuerdo del Congreso Nacional.

Declarado el estado de catástrofe, las zonas respectivas quedarán bajo la dependencia inmediata del Jefe de la Defensa Nacional que designe el Presidente de la República quien asume la dirección y supervigilancia de su jurisdicción con las atribuciones y deberes que la ley señale. Por su parte, el artículo 43 inciso tercero agrega que “[p]or la declaración del estado de catástrofe, el Presidente de la República podrá restringir las libertades de locomoción y de reunión. Podrá, asimismo, disponer requisiciones de bienes, establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad y adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad en la zona afectada”.

5°. Ahora bien, el proyecto de ley que examinamos autoriza, en el inciso primero del artículo único, al Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, para utilizar las facultades que éste le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.

6°. Siendo así, estuvimos por declarar su inconstitucionalidad, desde que no aparece norma habilitante, en la regulación constitucional del estado de catástrofe, para el objetivo que ahora prevé el legislador, sin que tampoco pueda encuadrarse la competencia nueva que se confiere al Presidente de la República dentro de los términos referidos en el artículo 43, inciso tercero, de la Carta Fundamental.

7°. Tampoco alcanza lo previsto en su artículo 44 para suplir esa deficiencia, puesto que allí se dispone que una ley orgánica constitucional regulará los estados de excepción, así como su declaración y la aplicación de las medidas legales y administrativas que procediera adoptar bajo aquéllos. Dicha ley contemplará lo estrictamente necesario para el pronto restablecimiento de la normalidad constitucional, lo que tampoco posibilita adoptar la disposición cuestionada.

8°. En todo caso, los reparos de inconstitucionalidad se mantienen, aún admitiendo que el proyecto de ley se base en el inciso tercero del artículo 43 de la Carta Fundamental, en cuanto éste permite a la autoridad “establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad” y “adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias”.

Ello, por cuanto el ya referido artículo 44 siguiente, en su inciso primero, dispone que la ley orgánica constitucional “regulará”, a este respecto, “la aplicación de las medidas legales y administrativas que procediera adoptar”. Lo que no cumple el proyecto de ley examinado, puesto que su texto -amplísimo- no hace más que otorgar al Jefe de Estado un poder incircunscripto, sin reglar, con especificidad y determinación suficientes, los casos y situaciones que harían procedente imponer tales limitaciones al ejercicio del derecho de dominio o tomar esas medidas extraordinarias de carácter administrativo (STC roles N°s 325, c. 40°, 370 c. 20°, 388, c. 17°, 1153, c. 16°, 2684, c. 27°).

Es así que el Tribunal Constitucional debe controlar las determinaciones que en tal sentido efectúe el legislador, a objeto que la ley no se reduzca solo a reproducir alguna de las causales legitimadoras que permiten limitar el ejercicio del derecho de propiedad, ni crea cumplir su cometido usando meras disposiciones abiertas o enunciados globales. Habida cuenta que tal falta de especificidad menoscaba la “seguridad”, constitucionalmente reclamada, al impedir individualizar con precisión qué casos quedan alcanzados por esa causal de limitación (Eduardo Soto Kloss: “Derecho Administrativo. Bases Fundamentales”, 1996, tomo 2°, pp. 91-95).

Por otra parte, cabe reparar que, de traducirse el ejercicio de las potestades que confiere el presente proyecto de ley en limitaciones el dominio, su texto tampoco contempla las correspondientes indemnizaciones a que éstas pudieran dar lugar, como requiere el artículo 45, inciso segundo, de la Constitución Política, y regulan los artículos 17 al 21 de la Ley N° 18.415, orgánica constitucional de los Estados de Excepción;

9°. Lo anterior conlleva, naturalmente, la declaración de inconstitucionalidad consecuencial tanto del inciso segundo del artículo único como del artículo transitorio del proyecto de ley examinado.

Acordada la declaración de Ley Orgánica Constitucional del artículo transitorio del Proyecto de Ley con el voto en contra de los Ministros señores IVÁN ARÓSTICA MALDONADO, CRISTIÁN LETELIER AGUILAR y JOSÉ IGNACIO VÁSQUEZ MÁRQUEZ, en virtud de las consideraciones siguientes:

1°. Que el artículo transitorio del proyecto de ley sometido a control preventivo de constitucionalidad fija un plazo para que el Presidente de la República informe detalladamente al Congreso Nacional de las medidas adoptadas durante el estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad a propósito de la pandemia de COVID-19.

2°. Que, a juicio de estos Ministros disidentes, no resulta acertado considerar como propio de ley orgánica constitucional la disposición del artículo transitorio del proyecto de ley remitido, en virtud del artículo 44 de la Carta Fundamental.

Desde su lectura no es posible concluir su vinculación estricta con el ejercicio y facultades del Presidente de la República en un estado de excepción constitucional en los términos exigidos por la Constitución, sino que únicamente con una obligación de información al Congreso Nacional, en un plazo determinado, sobre medidas administrativas adoptadas en tal contexto, no constituyendo tampoco un complemento indispensable de su reglamentación.

PREVENCIÓN

El Ministro señor RODRIGO PICA FLORES previene que concurre a la presente sentencia, estando por la declaración de constitucionalidad de todo el texto del proyecto de ley en base a las siguientes consideraciones:

1°. Que el artículo 43 de la Constitución Política dispone, en lo pertinente, que “Por la declaración del estado de catástrofe, el Presidente de la República podrá restringir las libertades de locomoción y de reunión. Podrá, asimismo, disponer requisiciones de bienes, establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad y adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad en la zona afectada”, habilitando a establecer medidas administrativas particulares de afectación del derecho de propiedad en el marco de los poderes de excepción, agregándose adicionalmente, y como una potestad diferente, el “adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad”, entendiendo por “extraordinarias” lo que se caracteriza como extra ordinem, es decir aquello que este fuera del ordenamiento.

2°. Debe tenerse presente que el derecho de aprovechamiento de aguas a que se refiere el proyecto en examen es una materia cubierta por la garantía constitucional del derecho de propiedad al señalar el numeral 24° del artículo 19 de la Constitución que “Los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos”. Adicionalmente debe recordarse que el mismo numeral del artículo 19 incluye en la garantía constitucional del derecho de propiedad, a partir de sus incisos primero y tercero, no solo los atributos del dominio sino también el bien objeto del mismo. Siendo ello así, es evidente que con las solas potestades de excepción del artículo 43 de la Constitución el uso y destino de las aguas puede ser afectado por la autoridad administrativa durante estado de catástrofe, al estar englobado dentro de la garantía del derecho de propiedad que se declara expresamente afectable. Sin perjuicio de ello, cabe señalar que entonces, si los derechos constituidos sobre las aguas están amparados por la garantía constitucional del derecho de propiedad, los límites de la misma también se predican respecto de ellos.

3°. Así, examinadas las atribuciones constitucionales de estado de excepción y su objeto, se colige que el proyecto sometido a control lo que viene a hacer es básicamente regular a nivel de ley y concretizar aún más una atribución pre existente y englobada dentro del estatuto constitucional de estados de excepción, de afectación del derecho de propiedad.

4°. Es así que, entonces, las normas establecidas en el proyecto de ley sometido a examen serían parte de la materia reservada a una ley orgánica constitucional por el artículo 44 de la Constitución, norma que en su inciso primero dispone que “Una ley orgánica constitucional regulará los estados de excepción, así como su declaración y la aplicación de las medidas legales y administrativas que procediera adoptar bajo aquéllos. Dicha ley contemplará lo estrictamente necesario para el pronto restablecimiento de la normalidad constitucional y no podrá afectar las competencias y el funcionamiento de los órganos constitucionales ni los derechos e inmunidades de sus respectivos titulares”.

5°. Así, el proyecto no hace más que regular “la aplicación de las medidas legales y administrativas que procediera adoptar” bajo aquéllos un estado de excepción, respecto de un derecho expresamente afectable como es el de propiedad sobre derechos de aguas, en lo relativo al uso. Adicionalmente, tales normas referidas a atribuciones de excepción no deben ser confundidas con las atribuciones de carácter permanente que se contienen para la autoridad administrativa en los artículos 129 bis y ss. y 299 y ss. del Código de Aguas en materia de conservación y calidad de las aguas.

6°. A mayor abundamiento, cabe mencionar que, en perspectiva de derecho internacional de los derechos humanos, la gran reforma constitucional de la Ley N° 20.050 vino a adecuar las normas de estados de excepción a los estándares internacionales, recogidos en los llamados PRINCIPIOS DE SIRACUSA SOBRE LAS DISPOSICIONES DE LIMITACIÓN Y DEROGACIÓN DEL PACTO INTERNACIONAL DEDERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS, adoptados por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU en su 41º Período de sesiones, en el marco de la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y que se refieren a los estándares internacionalmente tolerables en materia de limitaciones a derechos por estados de excepción. Ello no puede ser preterido, pues en su texto actual la Constitución garantiza, en normas autoejecutables, la temporalidad de las medidas de estados de excepción, la reclamación judicial de las mismas cuando afecten derechos fundamentales y el principio de indemnización de requisiciones y afectaciones del derecho de propiedad, todo ello en los artículos 44 y 45 del texto constitucional actualmente vigente.

7°. En tal sentido, el proyecto se refiere explícitamente al estado de excepción constitucional de catástrofe, por lo cual es un error conceptual y un argumento contra constitutionem el sostener que da pie a afectaciones de derechos permanentes.

8°. Que, en cuanto a la relevancia del acceso al agua como vector de ejercicio de las potestades a que se refiere el proyecto de ley, como se señalara en la disidencia de la sentencia Rol N° 8484 de esta Magistratura, el agua potable y alcantarillado son indispensables para la vida y la salud de las personas y, en consecuencia, fundamentales para preservar la dignidad de todos los sujetos pertenecientes al género humano. En tal sentido, aun cuando el derecho al agua no es reconocido como un derecho humano independiente y expreso en nuestro ordenamiento jurídico, es necesario señalar sí comprende obligaciones específicas del Estado que garanticen a todas las personas el acceso a una cantidad suficiente de agua potable para el uso personal y doméstico, así como el acceso a servicios de saneamiento adecuados, en el marco de la satisfacción de derechos como los de la vida y la protección de la salud, para lo cual resulta esencial que se asegure un suministro y servicio que satisfaga estándares de calidad y continuidad que serán precisados por la Ley. No es posible asegurar el derecho a la vida ni menos un conjunto de condiciones mínimas para la protección de la salud si las personas no tienen asegurado de manera universal el acceso al agua necesaria para consumo e higiene personal, lo cual además implica que dicha agua sea potable y vaya además asociada al acceso a alcantarillado.

9°. Cabe hacer presente, que el concepto de “cantidad básica de agua requerida para satisfacer las necesidades humanas fundamentales” fue un asunto que se discutió originalmente en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el agua, celebrada en Mar del Plata, en 1977. Oportunidad en la cual se afirmó que todos los pueblos, cualesquiera sea su etapa de desarrollo y sus condiciones económicas y sociales, tienen derecho a agua potable en cantidad y calidad acorde con sus necesidades básicas. De este modo, en adelante, diversos planes de acción han reconocido el derecho al agua potable y el saneamiento como un derecho humano, de lo cual deriva que el Estado tiene un rol que a lo menos es de garante primario en el acceso a los servicios y también en sus condiciones mínimas de continuidad y calidad. Así, por ejemplo, en noviembre de 2002, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales aprobó su Observación general Nº 15, sobre el derecho al agua, definido como el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico. A su vez, el Comité destacó que el derecho al agua se encuentra asociado con otros bienes jurídicos, como son el derecho a la salud, a una vivienda y a una alimentación adecuada. (En este sentido ver Observación general Nº 15 (2002) sobre el derecho al agua, párr. 3).

10°. Que, en este mismo orden, el reconocimiento del derecho al agua y del acceso a servicios de alcantarillado, como bienes jurídicos con características de “fundamentales” para la sociedad, ha sido reconocido en múltiples tratados que versan sobre Derechos Humanos, como parte del derecho a un nivel de vida adecuado y del derecho a la salud. A modo de ejemplo, en el artículo 14 Nº 2, letra h), de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (vigente en Chile desde el año 1989), se reconoce el derecho a “Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abastecimiento de agua (…)” (lo destacado es nuestro). Lo mismo ocurre en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (vigente en Chile desde el año 2008), pues en su artículo 28 obliga al Estado a “Asegurar el acceso en condiciones de igualdad de las personas con discapacidad a servicios de agua potable (…)”. En tal orden, el abastecimiento de agua potable deja de ser una obra de beneficencia para el Estado o un mero acto potestativo de libertad de empresa para los prestadores, y pasa a convertirse en un derecho, que, más allá de su regulación específica y sectorial en la ley, tiene un claro sustento constitucional y de derecho internacional de derechos humanos, niveles en los cuales la protección del ser humano es el elemento central.

11°. A nivel global, la Asamblea General de la ONU que, en su Resolución A/RES/68/157 del 18 de diciembre de 2013, se expresó “profundamente preocupada por el hecho de que aproximadamente 768 millones de personas sigan sin tener acceso a mejores fuentes de agua y de que ma?s de 2.500 millones de personas no tengan acceso a mejores servicios de saneamiento”, señalando expresamente “la responsabilidad de los Estados de garantizar la promoción y protección de todos los derechos humanos, que son universales, indivisibles, interdependientes y esta?n relacionados entre si?, y que deben tratarse de forma global y de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y con la misma atención”, explicitando que “el derecho humano al agua potable y el saneamiento se deriva del derecho a un nivel de vida adecuado y esta? indisolublemente asociado al derecho al ma?s alto nivel posible de salud fi?sica y mental, asi? como al derecho a la vida y la dignidad humana”, concluyendo que tal derecho “es un componente esencial para el pleno disfrute de la vida y de la realización de todos los derechos humanos”.

12°. Asimismo, cabe hacer presente que en reciente sentencia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha declarado expresamente “El derecho al agua se encuentra protegido por el artículo 26 de la Convención Americana. Ello se desprende de las normas de la Carta de la OEA, en tanto las mismas permiten derivar derechos de los que, a su vez, se desprende el derecho al agua. Al respecto, baste señalar que entre aquellos se encuentran el derecho a un medio ambiente sano y el derecho a la alimentación adecuada, cuya inclusión en el citado artículo 26 ya ha quedado establecida en esta Sentencia, como asimismo el derecho a la salud, del que también este Tribunal ya ha indicado que está incluido en la norma.

13°. El derecho al agua puede vincularse con otros derechos, inclusive el derecho a participar en la vida cultural (…)” (caso Comunidades Indígenas miembros de la Asociación Ihaka honhat (nuestra tierra) vs. Argentina. Sentencia de 6 de febrero de 2020, párrs. 222, 231 a 242).

14°. Que, en este sentido, y dentro de las dimensiones del uso del agua que son relevantes para la presente sentencia, es posible reconocer que, el derecho al agua y alcantarillado, se incluyen de forma implícita, o como elementos asociados, en otros derechos y libertades -lo que significa, entre otras consecuencias, la existencia de políticas de acceso y promoción, además de la protección contra cortes arbitrarios o ilegales de los recursos hídricos, en el marco de la garantía de prestaciones mínimas– que comprendan el acceso a una cantidad mínima de agua potable para mantener la vida y salud de las personas.

15°. Así, el derecho al agua y alcantarillado, al tratarse de derechos de tal amplitud y significancia por sí mismo y con efecto en otros derechos de igual relevancia, resulta imposible admitir que su goce y ejercicio sea interrumpido, salvo por motivos de real fuerza mayor que además la propia ley reconozca como imposibles de resistir o mitigar; de lo que se sigue que el suministro de agua y el acceso a alcantarillado deben ser continuos y suficientes, en los términos indicados precedentemente. De tal forma, si los servicios son prestados por privados, tanto su relación con el Estado como la prestación del servicio mismo deben ser moldeadas y configuradas en términos de acceso a un derecho con los caracteres expuestos, tendiendo a asegurar la continuidad del servicio y los estándares de calidad del mismo.

16°. Es en tal contexto que el derecho de acceso al agua ha sido recientemente reconocido por la Tercera Sala de la Corte Suprema, en sentencias Roles N°s. 72.198-2020 y 131.140-2021, dictadas en sede de protección, fijando como estándar que la misma sea potable y determinando 100 litros por persona diarios como en mínimo necesario, fundamentando la sentencia en diversas fuentes de derecho internacional y señalando expresamente que “Toda persona, por su dignidad de tal, tiene el derecho humano de acceso al agua potable, en condiciones de igualdad y no discriminación; derecho que posee, como correlato, el deber del Estado de garantizar el acceso en las mencionadas condiciones”, el cual se ve reforzado respecto de personas y comunidades en situación de vulnerabilidad y agravado por las circunstancias de la pandemia que actualmente vivimos, agregando que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de Naciones Unidas, mediante su Observación General 15, ha señalado que los Estados tienen el deber de satisfacer la obligación de protección, de establecer garantías destinadas a impedir que terceros menoscaben o pongan en peligro el disfrute del derecho al agua, definido como el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para uso personal y doméstico, sin considerar su destinación para la agricultura y el pastoreo, que se comprende en el derecho a una alimentación adecuada. Se tiene presente además que la Organización Mundial de la Salud ha entregado como directrices para proteger el derecho al agua su disponibilidad, calidad, accesibilidad y derecho a obtener información cabal y completa sobre el uso del agua en la comunidad, concluyendo que toda persona, por su dignidad de tal, tiene el derecho humano de acceso al agua potable en condiciones de igualdad y no discriminación, derecho subjetivo que reconoce como correlato que es el Estado quien tiene el deber de garantizarlo.

17°. No debe preterirse tampoco que en Chile, durante la segunda mitad del siglo XX seguía siendo un grave problema estructural la falta de acceso al agua potable y al saneamiento por un relevante porcentaje de la población, lo que significaba una “contribución a la morbilidad y desnutrición de la población” (Hantke-Domas, M., Jouravlev A., “Lineamientos de política pública para el sector de agua potable y saneamiento”, Comisión Económica para América Latina y el Caribe, 2011. Documento extraído de https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/3863/S2011000_es.pdf)), lo cual repercutía en el surgimiento de enfermedades como el tifus, paratifus, hepatitis, cólera, entre otras, que se traducían en mayores costos de cuidados médicos, pérdidas de días laborales e incluso muertes prematuras (Op., Cit). De esta forma, el bien jurídico “agua”, que ha de ser “potable”, se torna esencial para la vida de las personas, pues con su acceso se logra un estándar sanitario superior, mejorando las condiciones de vida de los sujetos y, en concordancia con el Estatuto Constitucional, se resguarda la integridad física de aquellos que habitan en el territorio chileno.

18°. Tales consideraciones hacen recordar el rol del Estado respecto de los derechos fundamentales: respeto y promoción, el cual se ha visto acentuado en el marco de la pandemia de Covid 19, marco en el cual el acceso a condiciones de autocuidado basadas en la higiene continua pasa a ser esencial, debiendo por tanto el Estado asumir de manera ineludible y reforzada el preexistente rol de garante de acceso al agua potable para las personas, en tanto exigencia de la dignidad intrínseca del ser humano y de la satisfacción de derechos explicitados por la Constitución.

19°. Cabe concluir entonces que el proyecto se ajusta plenamente a la Constitución y se constata que mediante el mismo el Estado Chileno se refiere a sus obligaciones relacionadas con el uso preferente del agua para consumo del ser humano, mas solamente bajo una situación tan extraordinaria y grave como lo es un estado de excepción constitucional.

Redactaron la sentencia las señoras y los señores Ministros que la suscriben.

Comuníquese a la H. Cámara de Diputadas y Diputados, regístrese y archívese.

Rol N° 10.762-21-CPR.

Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidenta, Ministra señora MARÍA LUISA BRAHM BARRIL, por sus Ministros señores IVÁN ARÓSTICA MALDONADO, GONZALO GARCÍA PINO, JUAN JOSÉ ROMERO GUZMÁN, CRISTIÁN LETELIER AGUILAR, NELSON POZO SILVA, JOSÉ IGNACIO VÁSQUEZ MÁRQUEZ, la Ministra señora MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ y RODRIGO PICA FLORES.

Firma la señora Presidenta del Tribunal, y se certifica que los señores Ministros concurren al acuerdo y fallo, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país.

Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza.

6. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

6.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 01 de junio, 2021. Oficio

VALPARAÍSO, 1 de junio de 2021

Oficio N° 16.631

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra poner en conocimiento de V.E. que la Cámara de Diputados, por oficio Nº 16.480, de 20 de abril de 2021, remitió al Excmo. Tribunal Constitucional el proyecto de ley que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, correspondiente al boletín N° 13.404-33, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 93, N° 1, de la Constitución Política de la República, con el fin de someter a control preventivo de constitucionalidad los artículos único y transitorio del proyecto de ley.

En virtud de lo anterior, el Excmo. Tribunal Constitucional, mediante correo electrónico, ha remitido el oficio N° 100-2021, de 27 de mayo de 2021, con la sentencia recaída en la materia, y ha resuelto que los artículos único y transitorio del proyecto de ley remitido, que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, correspondiente al boletín N° 13.404-33, son conformes con la Constitución Política.

Por tanto, y habiéndose dado cumplimiento al control de constitucionalidad establecido en el artículo 93, Nº 1, de la Constitución Política de la República, corresponde a V.E. promulgar el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- El Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que éste le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.

El Presidente de la República comunicará detalladamente las medidas adoptadas sobre el empleo de las facultades señaladas en la presente ley, al momento de entregar al Congreso Nacional la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo 41 de la Constitución Política de la República.

Artículo transitorio.- Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo único deberá ser entregada al Congreso Nacional en el plazo de quince días desde la publicación de la presente ley.”.

*****

Hago presente a V.E. que esta iniciativa de ley tuvo su origen en una moción del diputado Diego Ibáñez Cotroneo.

Adjunto a V.E. copia de la sentencia respectiva.

Dios guarde a V.E.

FRANCISCO UNDURRAGA GAZITÚA

Presidente (A) de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

7. Publicación de Ley en Diario Oficial

7.1. Ley Nº 21.348

Tipo Norma
:
Ley 21348
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1161585&t=0
Fecha Promulgación
:
09-06-2021
URL Corta
:
http://bcn.cl/2q0n4
Organismo
:
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Título
:
FACULTA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PARA ASEGURAR EL USO PRIORITARIO DEL AGUA PARA EL CONSUMO HUMANO, EL SANEAMIENTO Y EL USO DOMÉSTICO DE SUBSISTENCIA, DURANTE LA VIGENCIA DE UN ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE POR CALAMIDAD PÚBLICA
Fecha Publicación
:
17-06-2021

LEY NÚM. 21.348

FACULTA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PARA ASEGURAR EL USO PRIORITARIO DEL AGUA PARA EL CONSUMO HUMANO, EL SANEAMIENTO Y EL USO DOMÉSTICO DE SUBSISTENCIA, DURANTE LA VIGENCIA DE UN ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE POR CALAMIDAD PÚBLICA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en moción del diputado Diego Ibáñez Cotroneo

     

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- El Presidente de la República, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, podrá utilizar las facultades que éste le otorga con el objetivo de asegurar el uso prioritario de agua para consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia en cantidad y calidad adecuadas al contexto de calamidad pública que hubiese motivado la declaratoria.

    El Presidente de la República comunicará detalladamente las medidas adoptadas sobre el empleo de las facultades señaladas en la presente ley, al momento de entregar al Congreso Nacional la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo 41 de la Constitución Política de la República.

    Artículo transitorio.- Durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a propósito de la pandemia de COVID-19, declarado por el decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, y el tiempo en que éste sea prorrogado, la información a la que se refiere el inciso segundo del artículo único deberá ser entregada al Congreso Nacional en el plazo de quince días desde la publicación de la presente ley.".

    Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1 del artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 9 de junio de 2021.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Obras Públicas.- Rodrigo Delgado Mocarquer, Ministro del Interior y Seguridad Pública.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Cristóbal Leturia Infante, Subsecretario de Obras Públicas.

     

    Tribunal Constitucional

    Proyecto de ley que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, correspondiente al Boletín N° 13.404-33

    La Secretaria del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que la H. Cámara de Diputadas y Diputados envió el proyecto de ley enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de constitucionalidad respecto de la totalidad del proyecto, y por sentencia de 27 de mayo de 2021, en los autos Rol 10762-21-CPR.

     

    Se declara:

     

    Que los artículos único y transitorio del proyecto de ley remitido, que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, correspondiente al Boletín Nº 13.404-33, son conformes con la Constitución Política.

     

    Santiago, 27 de mayo de 2021.- María Angélica Barriga Meza, Secretaria.