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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.377

AUMENTA SANCIONES POR EL USO DE CELULARES O DE PANTALLAS DE TELEVISIÓN DURANTE LA CONDUCCIÓN DE UN VEHÍCULO MOTORIZADO.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Sebastián Álvarez Ramírez, Leopoldo Pérez Lahsen, Cristián Monckeberg Bruner, Paulina Núñez Urrutia, José Miguel Castro Bascuñán, Luis Rocafull López, Juan Luis Castro González, Javier Hernández Hernández, Cristián Campos Jara, Manuel Rojas Molina, Felipe Letelier Norambuena, Marco Antonio Núñez Lozano, Iván Moreira Barros, Issa Kort Garriga, Gonzalo Uriarte Herrera, Juan Lobos Krause, Carlos Montes Cisternas, Enrique Van Rysselberghe Herrera, Nino Baltolu Rasera, Carlos Recondo Lavanderos, Ignacio Urrutia Bonilla, Giovanni Oscar Calderón Bassi, Loreto Carvajal Ambiado, Ximena Ossandón Irarrázabal, María Angélica Cristi Marfil, Roberto Poblete Zapata, Gastón Von Muhlenbrock Zamora, Francisco Eguiguren Correa, Pedro Alvarez-Salamanca Ramírez, Gustavo Hasbún Selume, Sofía Cid Versalovic, Marcela Sabat Fernández, Christian Urízar Muñoz, Sergio Bobadilla Muñoz, Iván Norambuena Farías, Raúl Saldívar Auger, Alberto Robles Pantoja y Patricio Alejandro Hales Dib. Fecha 06 de diciembre, 2010. Moción Parlamentaria en Sesión 108. Legislatura 358.

Aumenta sanciones por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado Boletín N° 7341-15

Ya es de ordinaria frecuencia observar los efectos adversos en la seguridad del tránsito público tienen los aparatos telefónicos y otros similares que son utilizados por los conductores al mando de un vehículo. El número de accidentes ocasionados por esta conducta amerita revisar la sanción actualmente establecida, que corresponde a una infracción grave, esto es, una multa de hasta 3 UTM.

Manifiestamente, esta sanción no resulta disuasiva para los conductores, puesto que cotidianamente se observa la transgresión a la respectiva prohibición. Por tal motivo, se propone elevar esta infracción al carácter de gravísima, lo que da lugar a una multa de hasta 5 UTM.

Adicionalmente, además del uso del celular, se ha observado que no pocos conductores mientras conducen , tienen acceso a pantallas de televisión o de video, lo que no es otra cosa que un mayor peligro de colisión al distraerse el conductor y dejar de estar atento a las condiciones del tránsito. Esta despreocupación se encuentra en la base de la mayoría de los accidentes protagonizados por vehículos motorizados.

En consecuencia, venimos en proponer el siguiente Proyecto de ley:

Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N218.290:,

a) Agrégase al artículo 199 el siguiente N93):

"3.- Conducir haciendo uso de un teléfono celular u otro aparato de telecomunicaciones, salvo que tal uso se efectúe por medio de un sistema de "manos libres", cuyas características serán determinadas por reglamento; como asimismo mantener dentro del vehículo, durante la conducción, pantallas de televisión o artefactos similares, que puedan ser vistos desde el asiento del conductor.", y

b) Derógase el N° 32 del artículo 200.

1.2. Moción Parlamentaria

Moción de Sebastián Álvarez Ramírez, Leopoldo Pérez Lahsen, Cristián Monckeberg Bruner, Paulina Núñez Urrutia, José Miguel Castro Bascuñán, Luis Rocafull López, Juan Luis Castro González, Javier Hernández Hernández, Cristián Campos Jara, Manuel Rojas Molina, Felipe Letelier Norambuena, Marco Antonio Núñez Lozano, Iván Moreira Barros, Issa Kort Garriga, Gonzalo Uriarte Herrera, Juan Lobos Krause, Carlos Montes Cisternas, Enrique Van Rysselberghe Herrera, Nino Baltolu Rasera, Carlos Recondo Lavanderos, Ignacio Urrutia Bonilla, Giovanni Oscar Calderón Bassi, Loreto Carvajal Ambiado, Ximena Ossandón Irarrázabal, María Angélica Cristi Marfil, Roberto Poblete Zapata, Gastón Von Muhlenbrock Zamora, Francisco Eguiguren Correa, Pedro Alvarez-Salamanca Ramírez, Gustavo Hasbún Selume, Sofía Cid Versalovic, Marcela Sabat Fernández, Christian Urízar Muñoz, Sergio Bobadilla Muñoz, Iván Norambuena Farías, Raúl Saldívar Auger, Alberto Robles Pantoja y Patricio Alejandro Hales Dib. Fecha 06 de junio, 2012. Moción Parlamentaria en Sesión 38. Legislatura 360.

Modifica la ley N° 18.290, Ley de Tránsito, estableciendo como infracción gravísima el uso del celular al conducir Boletín N° 8341-15

La seguridad en todos los ámbitos de la vida constituye uno de los elementos más importantes, que evidentemente debe ser promovido por las autoridades y también, por cierto, por las propias personas incorporando en su conducta elementos que apunten a hacer más seguros sus actos con la finalidad de no provocar daño o injuria en la personas o propiedad de otro como también en la propia.

Bajo esta perspectiva, la inclusión de normas legales tendientes a renovar los estándares de seguridad en el tránsito constituyen preceptos dinámicos que van renovándose constantemente en atención a que el concepto de seguridad, constituye un aspecto de la vida diaria que va modificándose, en el sentido que el desarrollo va imponiendo a las personas la necesidad de incluir a diario más sistemas que prevengan la ocurrencia de siniestros.

Que, a través de diversos medios de comunicación se han publicado estudios que indican que los hábitos de los chilenos en el manejo reflejan una actitud perniciosa para la vida e integridad física de las personas, en el evento que ciertas actitudes temerarias son potencialmente atentatorias contra estos valores, los que por ser reconocidos constitucionalmente, merecen de las mayores medidas tendientes a su protección.

En lo concreto existe una escasa cultura del manejo, situación que evidentemente constituye un peligro para la sociedad y no tan sólo para los directamente involucrados. Es así como el exceso de velocidad en las vías, o trasgredir las señales del tránsito, o la conducción en estado de ebriedad, constituye sin lugar a dudas conductas que deben ser erradicadas de nuestra sociedad.

Específicamente, el presente proyecto de ley viene precisamente en establecer como infracción grave el uso del celular mientras se conduce. En efecto, de acuerdo a estudios publicados recientemente esta nefasta práctica constituye la tercera causal de accidentes de tránsito, razón por la cual urge una legislación exigente que sancione con más fuerza estas prácticas.

Como todos sabemos desde que existe el teléfono móvil se nos ha facilitado el día a día en muchos aspectos, sobre todo cuando salimos de nuestros hogares, ya que muchas veces es indispensable poder comunicarnos con nuestros pares a distancia, pero no vemos el real riesgo que esto nos puede traer al hacerlo mientras conducimos.

Estudios recientes demuestran que nuestra capacidad de concentración al conducir un automóvil disminuye notoriamente cuando utilizamos nuestro teléfono móvil, ya sea celular o manos libre, aumentando entre 5 y 10 veces el riesgo a sufrir algún accidente, esta es una de las causas más reconocidas e importantes de distracción al volante.

La mayoría de las personas cuando les suena su teléfono móvil al momento de ir conduciendo un automóvil, les viene la curiosidad de saber quien se quiere comunicar con uno, por lo que contesta y no sabe que en ese momento es donde nuestros sentidos no están 100% enfocados en la conducción, no percibiendo el 50% de las señales y disminuyendo la distancia de seguridad, esta situación se puede comparar con la de ir en estado de ebriedad, ya que está demostrado que hablar por el celular interfiere en la conducción como un gramo de alcohol por litro de sangre. Las encuestas muestran que más de un 80% acepta que ha hablado por el celular mientras conducía un automóvil, esto es realmente aterrador, pues más del 80% de los accidentes se producen por falta de atención.

Actualmente, en nuestra legislación el uso del celular constituye una infracción grave, incluso con posibilidad de descuento en la medida que la multa se pague dentro de los 5 primeros días de cursada la multa.

Es así como los firmantes del presente instrumento legislativo proponemos que dicha infracción se eleve a la categoría de gravísima, atendida que día a día el uso del celular, no sólo se circunscribe al mero hecho de hablar, sino que también a otras aplicaciones como chatear, navegar por internet, redactar y/o responder correos electrónicos, etc.

Abrigamos que esta normativa tenga una buena recepción entre los automovilistas y que posibilite un cambio en nuestros hábitos de manejo.

PROYECTO DE LEY

Artículo Único: Incorpórese un nuevo numeral 3 en el artículo 199 de la ley 18.290 sobre tránsito en el siguiente sentido:

“Utilizar el teléfono celular mientras se conduce”

1.3. Moción Parlamentaria

Moción de Sebastián Álvarez Ramírez, Leopoldo Pérez Lahsen, Cristián Monckeberg Bruner, Paulina Núñez Urrutia, José Miguel Castro Bascuñán, Luis Rocafull López, Juan Luis Castro González, Javier Hernández Hernández, Cristián Campos Jara, Manuel Rojas Molina, Felipe Letelier Norambuena, Marco Antonio Núñez Lozano, Iván Moreira Barros, Issa Kort Garriga, Gonzalo Uriarte Herrera, Juan Lobos Krause, Carlos Montes Cisternas, Enrique Van Rysselberghe Herrera, Nino Baltolu Rasera, Carlos Recondo Lavanderos, Ignacio Urrutia Bonilla, Giovanni Oscar Calderón Bassi, Loreto Carvajal Ambiado, Ximena Ossandón Irarrázabal, María Angélica Cristi Marfil, Roberto Poblete Zapata, Gastón Von Muhlenbrock Zamora, Francisco Eguiguren Correa, Pedro Alvarez-Salamanca Ramírez, Gustavo Hasbún Selume, Sofía Cid Versalovic, Marcela Sabat Fernández, Christian Urízar Muñoz, Sergio Bobadilla Muñoz, Iván Norambuena Farías, Raúl Saldívar Auger, Alberto Robles Pantoja y Patricio Alejandro Hales Dib. Fecha 13 de enero, 2015. Moción Parlamentaria en Sesión 113. Legislatura 362.

Modifica la ley N°18.290, de Tránsito, sancionando el uso de dispositivos de telecomunicaciones, en cualquiera de sus funcionalidades, durante la conducción de un vehículo Boletín N°9846-15

Fundamentos:

1.- A nivel mundial, la última década ha estado marcada, indudablemente, por el avance e incremento de la tecnología al alcance de la mano del ciudadano común. Es así como hemos sido testigos de los múltiples usos que hoy en día están asociados al teléfono celular, lo cual se complementa con la masificación en el acceso a Internet, dando a las personas la posibilidad de estar conectados prácticamente en cualquier lugar.

2.- Este significativo avance nos ha deportado un sinnúmero de beneficios en nuestra vida diaria, pudiendo ahora resolver situaciones al instante, intercambiar información de manera inminente y mantener comunicación con otro punto del planeta mientras nos desplazamos a otro punto, etc.

3.- Sin embargo, el uso indiscriminado de esta nueva tecnología nos ha traído consecuencias indeseadas, ya que el empleo de un aparato celular nos demanda atención intelectual y física, ya sea con el fin de desbloquear su pantalla, leer mensajes y responderlos, etc. Además, muchos jóvenes utilizan la cámara fotográfica y comparten sus fotos en las redes sociales, cualquiera sea la actividad que se encuentren realizando en ese momento, actividades que por lo demás son desatendidas por quien utiliza un teléfono celular.

4.- Es así que, en el caso de la conducción de vehículos, el teléfono celular se nos presenta como un elemento altamente distractor para quien maneja. Como ya sabemos, no son pocos los accidentes de tránsito provocados precisamente por el actuar negligente de uno de los conductores, al hacer uso de su teléfono celular estando al volante. Esto sin duda ya había sido advertido por nuestra legislación, sancionando dicho actuar, en el artículo 200 de la ley del tránsito, como una “infracción grave”, dejando como única excepción el hecho de usar el celular a través del sistema de “manos libres”.

5.- Dicha norma sin embargo, fue dictada en un contexto donde los aparatos celulares solamente eran utilizados para hacer y recibir llamadas o bien para enviar o recibir mensajes de texto. Aún era impensado acceder a la tecnología con la que se cuenta hoy, donde se puede interactuar en redes sociales, compartir fotografías, realizar video-llamadas, etc. Estás nuevas modalidades de empleo, a nuestro juicio, actúan como un elemento distractor superior al hecho de realizar simplemente una llamada, toda vez que el conductor que hace uso del chat, comparte una foto o realiza un post en redes sociales mientras maneja, debe invertir su atención de manera física e intelectual a su celular, desatendiendo totalmente las condiciones de tránsito y elevando altamente el riesgo de provocar un accidente de tránsito.

6.- Hablando de cifras, el 83,3% de los conductores chilenos escribe o responde mails cuando conduce. El 68% reconoce que responde o hace llamadas por teléfono celular. A mayor abundamiento, el 77% revisa twitter, 61,8% revisa WhatsApp y nada menos que el 55% consulta internet[1].

7.- Complementando el punto anterior, según datos de CONASET (Corporación Nacional de Seguridad de Tránsito, dependiente del Ministerio de Transportes), en los últimos años, Chile detenta la triste cifra de aproximadamente 18 mil personas fallecidas y que más de 77 mil resultaron con lesiones de diversa consideración, producto de accidentes de tránsito, lo cual posiciona a nuestro país con una de las tasas más altas de víctimas de accidentes de tránsito.

8.- Como ya señalamos, el uso del teléfono celular ya se encuentra regulado y sancionado por nuestra ley del tránsito. Sin embargo, las cifras nos dan cuenta que, de igual forma, nuestros conductores infringen la norma. Lo anterior sumado a las nuevas formas de hacer uso de un aparato celular, nos motiva a reformular esta parte de la legislación, incorporando de manera explícita los distintos usos que hacen distraer la atención de los conductores, elevando la sanción actual. Ello, con la finalidad de disuadir coercitivamente el uso del teléfono celular y prevenir así, eventuales accidentes del tránsito, disminuyendo la tasa de víctimas, las cuales muchas veces son inocentes.

Por estos motivos, tengo el honor de someter al conocimiento de la Honorable Cámara de Diputados el siguiente

PROYECTO DE LEY

Artículo Único:

Modifíquese el artículo 200 de la Ley del Tránsito N° 18.290 en el siguiente sentido:

1.- Reemplazase el numeral 32 del artículo 200 de la ley del tránsito, por el siguiente:

32) Conducir haciendo uso de un teléfono celular, ya sea a través de llamadas, mensajes de textos, chats, tomar fotografías o cualquier modalidad de empleo que no permita al conductor estar atento a las condiciones del tránsito del momento, salvo que tal uso se efectúe por medio de un sistema de manos libres, cuyas características serán determinadas por el reglamento. Asimismo, incurrirá en infracción quien conduzca utilizando cualquier otro aparato de telecomunicaciones”.

2.- Agréguese el siguiente inciso final al artículo 200 de la ley del tránsito:

“En caso de infracción al numeral 32, si ésta fuere cometida por un conductor haciendo uso de su teléfono celular para chatear, tomar fotografías, o cualquier modalidad que le ocupe una o ambas manos y su atención visual a las condiciones del tránsito del momento, se le aplicará la pena correspondiente a una infracción gravísima”.

FELIPE LETELIER NORAMBUENA

Diputado de la República.

[1] Datos según investigación realizada por el “Automóvil club de Chile” luego de encuestar a más de 700 personas en distintas comunas del Gran Santiago año 2013.

1.4. Moción Parlamentaria

Moción de Sebastián Álvarez Ramírez, Leopoldo Pérez Lahsen, Cristián Monckeberg Bruner, Paulina Núñez Urrutia, José Miguel Castro Bascuñán, Luis Rocafull López, Juan Luis Castro González, Javier Hernández Hernández, Cristián Campos Jara, Manuel Rojas Molina, Felipe Letelier Norambuena, Marco Antonio Núñez Lozano, Iván Moreira Barros, Issa Kort Garriga, Gonzalo Uriarte Herrera, Juan Lobos Krause, Carlos Montes Cisternas, Enrique Van Rysselberghe Herrera, Nino Baltolu Rasera, Carlos Recondo Lavanderos, Ignacio Urrutia Bonilla, Giovanni Oscar Calderón Bassi, Loreto Carvajal Ambiado, Ximena Ossandón Irarrázabal, María Angélica Cristi Marfil, Roberto Poblete Zapata, Gastón Von Muhlenbrock Zamora, Francisco Eguiguren Correa, Pedro Alvarez-Salamanca Ramírez, Gustavo Hasbún Selume, Sofía Cid Versalovic, Marcela Sabat Fernández, Christian Urízar Muñoz, Sergio Bobadilla Muñoz, Iván Norambuena Farías, Raúl Saldívar Auger, Alberto Robles Pantoja y Patricio Alejandro Hales Dib. Fecha 05 de septiembre, 2018. Moción Parlamentaria en Sesión 68. Legislatura 366.

Modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, para aumentar la sanción a quienes hacen uso de un teléfono celular mientras conducen un vehículo Boletín N°12066-15

Antecedentes

1. La elevada cifra de multas cursadas por conducir manipulando el celular aumenta cada día más y ello, es precisamente porque no se ha logrado tomar consciencia de la irresponsabilidad que acarrea realizar este tipo de actos.

2. Esta situación se ha ejemplificado de la siguiente manera: una persona estando completamente consiente jamás buscaría lastimar a otro, por lo mismo, tampoco se pondría una venda en los ojos para manejar, esto es lo que sucede cuando uno toma el celular mientras conduce. La fracción de segundos en que se produce un accidente es mínima, el impacto y consecuente resultado puede llegar a ser fatal.

3. Expertos afirman que en el año 2011, antes de que se popularizaran los conocidos smartphones, un 57% de los conductores utilizaba el celular sin manos libres. Pero en el 2016, esta cifra aumentó a un 82% y hoy de acuerdo a lo informado por la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET), 8 de cada 10 conductores siempre están manipulando el teléfono mientras conducen, lo reconocen ellos, no es por observación, es su auto diagnóstico.

4. Además, la misma CONASET ha señalado que "a nivel nacional, en los últimos siete años se ha duplicado la cantidad de siniestros viales por la causa “No estar atento a las condiciones del tránsito”, por lo que la manipulación del celular es considerado actualmente como una de las imprudencias más graves al volante..." la misma comisión informó lo señalado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) indicando que, "manipular un teléfono inteligente es similar a conducir en estado de ebriedad, recreando conductas parecidas, como por ejemplo la pérdida de reflejos al volante. Chatear al conducir es similar a manejar tras haber bebido 4 cervezas"[1]

5. El siguiente cuadro comparativo, fue elaborado por CONASET a través de los datos entregados por Carabineros de Chile, en el cuál se observa un aumento constante de los siniestros, producto de manejar no estando atento a las condiciones de tránsito.

6. En derecho comparado, se ha endurecido la legislación incorporando sanciones en contra de quienes sean sorprendidos usando uno de estos aparatos, precisamente por el alto impacto que esto puede provocar en peatones, así es el caso de Estados Unidos, país que endureció las penas. Igual situación se produjo en el país vecino de Argentina, el que se suma a otros que han tomado el mismo rumbo.7. Finalmente, la manera de contribuir a mejorar esta mala práctica por parte de los automovilistas, es equiparando esta situación a la de conducir sin haber obtenido licencia de tránsito o tan grave como pasarse una señal Pare o no detenerse frente a una luz roja, de no ser así, los gráficos seguirán en constante crecimiento y tendremos un número mayor de personas fallecidas por actos irresponsables que se podrían haber evitado.

Idea matriz

El siguiente proyecto de ley, tiene por objeto agravar el hecho de conducir manipulando un aparato celular, con la finalidad de lograr concientizar a los conductores respecto al impacto que produce perder de vista las condiciones de transito por una milésima de segundos y las fatales consecuencias que puede acarrear. Por esta situación, venimos en proponer que esta conducta sea sanciona con una multa gravísima equiparando este hecho al de no detenerse en luz roja o pasarse una señal Pare.

PROYECTO DE LEY

ARTÍCULO ÚNICO: Modificase la Ley 18.290 de Transito en el siguiente sentido:

1. Elimínase el numeral 32 del art. 200.-

2. Agrégase un nuevo numeral 5 al art. 199, en el siguiente sentido:

"Conducir haciendo uso o manipulando el teléfono celular u otro aparato de telecomunicaciones, salvo que se este utilizando el sistema de manos libres"

JOSÉ MIGUEL CASTRO BASCUÑÁN

H. DIPUTADO DE LA REPÚBLICA

[1] Disponible https://www.conaset.cl/si-manejas-no-chatees/

1.5. Informe de Comisión de Obras Públicas

Cámara de Diputados. Fecha 09 de noviembre, 2018. Informe de Comisión de Obras Públicas en Sesión 100. Legislatura 366.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES RECAÍDO EN LOS PROYECTOS QUE MODIFICAN LA LEY N° 18.290, DE TRÁNSITO, AUMENTANDO LA SANCIÓN POR EL USO DE CELULARES O PANTALLAS DE TELEVISIÓN DURANTE LA CONDUCCIÓN DE UN VEHÍCULO MOTORIZADO. BOLETINES Nºs 7341-15; 8341-15; 9846-15, y 12066-15.

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones pasa a informar sobre los proyectos de ley referidos en el epígrafe, en primer trámite constitucional y reglamentario, sin urgencia, originados en las mociones que a continuación se enuncian:

1.- De los exdiputados Gonzalo Uriarte Herrera, Cristián Monckeberg Bruner, Carlos Montes Cisternas, Giovanni Calderón Bassi, Patricio Hales Dib, Juan Lobos Krause, Iván Moreira Barros y Carlos Recondo Lavanderos; y de los diputados Pedro Pablo Alvarez-Salamanca Ramírez y Nino Baltolu Rasera, que aumenta sanciones por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado, Boletín N° 7341-15.

2.- De los exdiputados Gustavo Hasbún, María Angélica Cristi Marfil, Issa Kort Garriga, Manuel Rojas Molina; y los diputados Sergio Bobadilla Muñoz, Enrique Van Rysselberghe Herrera, Iván Norambuena Farías, Javier Hernández Hernández, Ignacio Urrutia Bonilla y Gastón Von Mühlenbrock Zamora, que modifica la ley N°18.290, de Tránsito, estableciendo como infracción gravísima el uso del celular al conducir, Boletín N° 8341-15.

3.- De los exdiputados Felipe Letelier Norambuena, Cristián Campos Jara, Christian Urízar Muñoz, Felipe Letelier Norambuena, Marco Antonio Núñez Lozano, Roberto Poblete Zapata, Alberto Robles Pantoja; y de los diputados Luis Rocafull López, Raúl Saldívar Auger, Juan Luis Castro González y Loreto Carvajal Ambiado, que modifica la ley N°18.290, de Tránsito, sancionando el uso de dispositivos de telecomunicaciones, en cualquiera de sus funcionalidades, durante la conducción de un vehículo, Boletín N° 9846-15.

4.- De los diputados José Miguel Castro Bascuñán, Sebastián Álvarez Ramírez, Sergio Bobadilla Muñoz, Sofía Cid Versalovic, Francisco Eguiguren Correa, Paulina Núñez Urrutia, Ximena Ossandón Irarrázabal, Leopoldo Pérez Lahsen, Marcela Sabat Fernández y Ignacio Urrutia Bonilla, que modifica la ley N°18.290, de Tránsito, para aumentar la sanción a quienes hacen uso de un teléfono celular mientras conducen un vehículo, Boletín N° 12066-15.

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Cabe hacer presente que en virtud de lo dispuesto en el artículo 17A de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, por Oficio N°14.311, de 23 de octubre de 2018, la Sala acordó que las mociones sean refundidas y tramitadas en conjunto.

I.- CONSTANCIAS PREVIAS.

1.- IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DE LOS PROYECTOS.

Sancionar como infracción gravísima -1,5 a 3 UTM y suspensión de licencia- el hecho de conducir vehículos haciendo uso o manipulando dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio electrónico, aplicación o sistema de comunicación o de entretenimiento móvil, salvo aquellos dispositivos de manos libres y de georreferenciación, fijos o de manos libres, cuyo uso no distraiga la conducción, conforme las características que determine el reglamento.

2.- NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.

No hay.

3.- TRÁMITE DE HACIENDA.

No existen normas en esta situación.

4.- LOS PROYECTOS FUERON APROBADOS, EN GENERAL, POR UNANIMIDAD.

VOTARON A FAVOR LAS DIPUTADAS SEÑORAS JENNY ALVAREZ Y XIMENA OSSANDÓN, Y LOS DIPUTADOS SEÑORES RENÉ ALINCO, KARIM BIANCHI, RENÉ MANUEL GARCÍA, FÉLIX GONZÁLEZ, JAVIER HERNÁNDEZ, MARCOS ILABACA, JAIME MULET, IVÁN NORAMBUENA, LEOPOLDO PÉREZ Y JORGE SABAG.

5.- SE DESIGNÓ DIPUTADO INFORMANTE AL SEÑOR RENÉ MANUEL GARCÍA.

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La Comisión contó con la asistencia y colaboración de la señora Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, doña Gloria Hutt y del señor Juan Carlos González, Asesor Jurídico del Ministerio.

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II. ANTECEDENTES.

I.- MOCIÓN DE LOS EXDIPUTADOS GONZALO URIARTE HERRERA, CRISTIÁN MONCKEBERG BRUNER, CARLOS MONTES CISTERNAS, GIOVANNI CALDERÓN BASSI, PATRICIO HALES DIB, JUAN LOBOS KRAUSE, IVÁN MOREIRA BARROS Y CARLOS RECONDO LAVANDEROS; Y DE LOS DIPUTADOS PEDRO PABLO ALVAREZ-SALAMANCA RAMÍREZ Y NINO BALTOLU RASERA, QUE AUMENTA SANCIONES POR EL USO DE CELULARES O DE PANTALLAS DE TELEVISIÓN DURANTE LA CONDUCCIÓN DE UN VEHÍCULO MOTORIZADO, BOLETÍN N° 7341-15.

Señalan los patrocinantes de la iniciativa, que ya es de ordinaria frecuencia observar los efectos adversos en la seguridad del tránsito público tienen los aparatos telefónicos y otros similares que son utilizados por los conductores al mando de un vehículo. El número de accidentes ocasionados por esta conducta amerita revisar la sanción actualmente establecida, que corresponde a una infracción grave, esto es, una multa de hasta 3 UTM.

Manifiestamente, esta sanción no resulta disuasiva para los conductores, puesto que cotidianamente se observa la transgresión a la respectiva prohibición. Por tal motivo, proponen elevar esta infracción al carácter de gravísima, lo que da lugar a una multa de hasta 5 UTM.

Adicionalmente, además del uso del celular, se ha observado que no pocos conductores mientras conducen, tienen acceso a pantallas de televisión o de video, lo que no es otra cosa que un mayor peligro de colisión al distraerse el conductor y dejar de estar atento a las condiciones del tránsito. Esta despreocupación se encuentra en la base de la mayoría de los accidentes protagonizados por vehículos motorizados.

En consecuencia, venimos en proponer el siguiente

PROYECTO DE LEY:

Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N°18.290:

Agrégase al artículo 199 el siguiente N°3:

"3.- Conducir haciendo uso de un teléfono celular u otro aparato de telecomunicaciones, salvo que tal uso se efectúe por medio de un sistema de "manos libres", cuyas características serán determinadas por reglamento; como asimismo mantener dentro del vehículo, durante la conducción, pantallas de televisión o artefactos similares, que puedan ser vistos desde el asiento del conductor.", y

Derógase el N° 32 del artículo 200.

II.- MOCIÓN DE LOS EXDIPUTADOS GUSTAVO HASBÚN, MARÍA ANGÉLICA CRISTI MARFIL, ISSA KORT GARRIGA, MANUEL ROJAS MOLINA; Y LOS DIPUTADOS SERGIO BOBADILLA MUÑOZ, ENRIQUE VAN RYSSELBERGHE HERRERA, IVÁN NORAMBUENA FARÍAS, JAVIER HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, IGNACIO URRUTIA BONILLA Y GASTÓN VON MÜHLENBROCK ZAMORA, QUE MODIFICA LA LEY N°18.290, DE TRÁNSITO, ESTABLECIENDO COMO INFRACCIÓN GRAVÍSIMA EL USO DEL CELULAR AL CONDUCIR, BOLETÍN N° 8341-15.

Señalan los mocionantes que la seguridad en todos los ámbitos de la vida constituye uno de los elementos más importantes, que evidentemente debe ser promovido por las autoridades y también, por cierto, por las propias personas incorporando en su conducta elementos que apunten a hacer más seguros sus actos con la finalidad de no provocar daño o injuria en la personas o propiedad de otro como también en la propia.

Bajo esta perspectiva, la inclusión de normas legales tendientes a renovar los estándares de seguridad en el tránsito constituyen preceptos dinámicos que van renovándose constantemente en atención a que el concepto de seguridad, constituye un aspecto de la vida diaria que va modificándose, en el sentido que el desarrollo va imponiendo a las personas la necesidad de incluir a diario más sistemas que prevengan la ocurrencia de siniestros.

Que, a través de diversos medios de comunicación se han publicado estudios que indican que los hábitos de los chilenos en el manejo reflejan una actitud perniciosa para la vida e integridad física de las personas, en el evento que ciertas actitudes temerarias son potencialmente atentatorias contra estos valores, los que por ser reconocidos constitucionalmente, merecen de las mayores medidas tendientes a su protección.

En lo concreto existe una escasa cultura del manejo, situación que evidentemente constituye un peligro para la sociedad y no tan sólo para los directamente involucrados. Es así como el exceso de velocidad en las vías, o trasgredir las señales del tránsito, o la conducción en estado de ebriedad, constituye sin lugar a dudas conductas que deben ser erradicadas de nuestra sociedad.

Específicamente, el presente proyecto de ley viene precisamente en establecer como infracción grave el uso del celular mientras se conduce. En efecto, de acuerdo a estudios publicados recientemente esta nefasta práctica constituye la tercera causal de accidentes de tránsito, razón por la cual urge una legislación exigente que sancione con más fuerza estas prácticas.

Como todos sabemos desde que existe el teléfono móvil se ha facilitado el día a día en muchos aspectos, sobre todo cuando se sale del hogar, ya que muchas veces es indispensable poder comunicarse con los pares a distancia, pero no se ve el real riesgo que esto puede traer al hacerlo mientras se conduce.

Estudios recientes demuestran que la capacidad de concentración al conducir un automóvil disminuye notoriamente cuando se utiliza el teléfono móvil, ya sea celular o manos libre, aumentando entre 5 y 10 veces el riesgo a sufrir algún accidente, esta es una de las causas más reconocidas e importantes de distracción al volante.

La mayoría de las personas cuando les suena su teléfono móvil al momento de ir conduciendo un automóvil, les viene la curiosidad de saber quién se quiere comunicar con él, por lo que contesta y no sabe que en ese momento es donde los sentidos no están 100% enfocados en la conducción, no percibiendo el 50% de las señales y disminuyendo la distancia de seguridad, esta situación se puede comparar con la de ir en estado de ebriedad, ya que está demostrado que hablar por el celular interfiere en la conducción como un gramo de alcohol por litro de sangre. Las encuestas muestran que más de un 80% acepta que ha hablado por el celular mientras conducía un automóvil, esto es realmente aterrador, pues más del 80% de los accidentes se producen por falta de atención.

Actualmente, en la legislación el uso del celular constituye una infracción grave, incluso con posibilidad de descuento en la medida que la multa se pague dentro de los 5 primeros días de cursada la multa.

Es así como los firmantes del presente instrumento legislativo proponen que dicha infracción se eleve a la categoría de gravísima, atendida que día a día el uso del celular, no sólo se circunscribe al mero hecho de hablar, sino que también a otras aplicaciones como chatear, navegar por internet, redactar y/o responder correos electrónicos, etc.

Se desea que esta normativa tenga una buena recepción entre los automovilistas y que posibilite un cambio en los hábitos de manejo.

PROYECTO DE LEY

Artículo Único: Incorpórese un nuevo numeral 3 en el artículo 199 de la ley N° 18.290, sobre tránsito, en el siguiente sentido:

“Utilizar el teléfono celular mientras se conduce”

III.- MOCIÓN DE LOS EXDIPUTADOS FELIPE LETELIER NORAMBUENA, CRISTIÁN CAMPOS JARA, CHRISTIAN URÍZAR MUÑOZ, FELIPE LETELIER NORAMBUENA, MARCO ANTONIO NÚÑEZ LOZANO, ROBERTO POBLETE ZAPATA, ALBERTO ROBLES PANTOJA; Y DE LOS DIPUTADOS LUIS ROCAFULL LÓPEZ, RAÚL SALDÍVAR AUGER, JUAN LUIS CASTRO GONZÁLEZ Y LORETO CARVAJAL AMBIADO, QUE MODIFICA LA LEY N°18.290, DE TRÁNSITO, SANCIONANDO EL USO DE DISPOSITIVOS DE TELECOMUNICACIONES, EN CUALQUIERA DE SUS FUNCIONALIDADES, DURANTE LA CONDUCCIÓN DE UN VEHÍCULO, BOLETÍN N° 9846-15.

Fundamentan sus patrocinantes:

1.- A nivel mundial, la última década ha estado marcada, indudablemente, por el avance e incremento de la tecnología al alcance de la mano del ciudadano común. Es así como han sido testigos de los múltiples usos que hoy en día están asociados al teléfono celular, lo cual se complementa con la masificación en el acceso a Internet, dando a las personas la posibilidad de estar conectados prácticamente en cualquier lugar.

2.- Este significativo avance ha dado un sinnúmero de beneficios en la vida diaria, pudiendo ahora resolver situaciones al instante, intercambiar información de manera inminente y mantener comunicación con otro punto del planeta mientras se desplazan a otro punto, etc.

3.- Sin embargo, el uso indiscriminado de esta nueva tecnología ha traído consecuencias indeseadas, ya que el empleo de un aparato celular demanda atención intelectual y física, ya sea con el fin de desbloquear su pantalla, leer mensajes y responderlos, etc. Además, muchos jóvenes utilizan la cámara fotográfica y comparten sus fotos en las redes sociales, cualquiera sea la actividad que se encuentren realizando en ese momento, actividades que por lo demás son desatendidas por quien utiliza un teléfono celular.

4.- Es así que, en el caso de la conducción de vehículos, el teléfono celular se presenta como un elemento altamente distractor para quien maneja. Como ya se sabe, no son pocos los accidentes de tránsito provocados precisamente por el actuar negligente de uno de los conductores, al hacer uso de su teléfono celular estando al volante. Esto sin duda ya había sido advertido por nuestra legislación, sancionando dicho actuar, en el artículo 200 de la ley del tránsito, como una “infracción grave”, dejando como única excepción el hecho de usar el celular a través del sistema de “manos libres”.

5.- Dicha norma, sin embargo, fue dictada en un contexto donde los aparatos celulares solamente eran utilizados para hacer y recibir llamadas o bien para enviar o recibir mensajes de texto. Aún era impensado acceder a la tecnología con la que se cuenta hoy, donde se puede interactuar en redes sociales, compartir fotografías, realizar video-llamadas, etc. Estas nuevas modalidades de empleo, a juicio de los mocionantes, actúan como un elemento distractor superior al hecho de realizar simplemente una llamada, toda vez que el conductor que hace uso del chat, comparte una foto o realiza un post en redes sociales mientras maneja, debe invertir su atención de manera física e intelectual a su celular, desatendiendo totalmente las condiciones de tránsito y elevando altamente el riesgo de provocar un accidente de tránsito.

6.- En cuanto cifras, el 83,3% de los conductores chilenos escribe o responde mails cuando conduce. El 68% reconoce que responde o hace llamadas por teléfono celular. A mayor abundamiento, el 77% revisa twitter, 61,8% revisa WhatsApp y nada menos que el 55% consulta internet[1].

7.- Complementan el punto anterior: según datos de CONASET (Corporación Nacional de Seguridad de Tránsito, dependiente del Ministerio de Transportes), en los últimos años, Chile detenta la triste cifra de aproximadamente 18 mil personas fallecidas y que más de 77 mil resultaron con lesiones de diversa consideración, producto de accidentes de tránsito, lo cual posiciona al país con una de las tasas más altas de víctimas de accidentes de tránsito.

8.- El uso del teléfono celular ya se encuentra regulado y sancionado por la ley del tránsito. Sin embargo, las cifras dan cuenta que, de igual forma, los conductores infringen la norma. Lo anterior sumado a las nuevas formas de hacer uso de un aparato celular, les motiva a reformular esta parte de la legislación, incorporando de manera explícita los distintos usos que hacen distraer la atención de los conductores, elevando la sanción actual. Ello, con la finalidad de disuadir coercitivamente el uso del teléfono celular y prevenir así, eventuales accidentes del tránsito, disminuyendo la tasa de víctimas, las cuales muchas veces son inocentes.

Por estos motivos, tienen el honor de someter al conocimiento de la Honorable Cámara de Diputados el siguiente

PROYECTO DE LEY

“Artículo Único: Modifíquese el artículo 200 de la Ley del Tránsito N° 18.290 en el siguiente sentido:

1.- Reemplázase el numeral 32 del artículo 200 de la ley del tránsito, por el siguiente:

32) Conducir haciendo uso de un teléfono celular, ya sea a través de llamadas, mensajes de textos, chats, tomar fotografías o cualquier modalidad de empleo que no permita al conductor estar atento a las condiciones del tránsito del momento, salvo que tal uso se efectúe por medio de un sistema de manos libres, cuyas características serán determinadas por el reglamento. Asimismo, incurrirá en infracción quien conduzca utilizando cualquier otro aparato de telecomunicaciones”.

2.- Agréguese el siguiente inciso final al artículo 200 de la ley del tránsito:

“En caso de infracción al numeral 32, si ésta fuere cometida por un conductor haciendo uso de su teléfono celular para chatear, tomar fotografías, o cualquier modalidad que le ocupe una o ambas manos y su atención visual a las condiciones del tránsito del momento, se le aplicará la pena correspondiente a una infracción gravísima”.

IV.- MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS JOSÉ MIGUEL CASTRO BASCUÑÁN, SEBASTIÁN ÁLVAREZ RAMÍREZ, SERGIO BOBADILLA MUÑOZ, SOFÍA CID VERSALOVIC, FRANCISCO EGUIGUREN CORREA, PAULINA NÚÑEZ URRUTIA, XIMENA OSSANDÓN IRARRÁZABAL, LEOPOLDO PÉREZ LAHSEN, MARCELA SABAT FERNÁNDEZ Y IGNACIO URRUTIA BONILLA, QUE MODIFICA LA LEY N°18.290, DE TRÁNSITO, PARA AUMENTAR LA SANCIÓN A QUIENES HACEN USO DE UN TELÉFONO CELULAR MIENTRAS CONDUCEN UN VEHÍCULO, BOLETÍN N° 12066-15.

Fundamentan sus autores:

1. La elevada cifra de multas cursadas por conducir manipulando el celular aumenta cada día más y ello, es precisamente porque no se ha logrado tomar consciencia de la irresponsabilidad que acarrea realizar este tipo de actos.

2. Esta situación se ha ejemplificado de la siguiente manera: una persona estando completamente consiente jamás buscaría lastimar a otro, por lo mismo, tampoco se pondría una venda en los ojos para manejar, esto es lo que sucede cuando se toma el celular mientras conduce. La fracción de segundos en que se produce un accidente es mínima, el impacto y consecuente resultado puede llegar a ser fatal.

3. Expertos afirman que en el año 2011, antes de que se popularizaran los conocidos smartphones, un 57% de los conductores utilizaba el celular sin manos libres. Pero en el 2016, esta cifra aumentó a un 82% y hoy de acuerdo a lo informado por la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET), 8 de cada 10 conductores siempre están manipulando el teléfono mientras conducen, lo reconocen ellos, no es por observación, es su auto diagnóstico.

4. Además, la misma CONASET ha señalado que "a nivel nacional, en los últimos siete años se ha duplicado la cantidad de siniestros viales por la causa “No estar atento a las condiciones del tránsito”, por lo que la manipulación del celular es considerado actualmente como una de las imprudencias más graves al volante..." la misma comisión informó lo señalado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) indicando que, "manipular un teléfono inteligente es similar a conducir en estado de ebriedad, recreando conductas parecidas, como por ejemplo la pérdida de reflejos al volante. Chatear al conducir es similar a manejar tras haber bebido 4 cervezas"[2]

5. El siguiente cuadro comparativo, fue elaborado por CONASET a través de los datos entregados por Carabineros de Chile, en el cual se observa un aumento constante de los siniestros, producto de manejar no estando atento a las condiciones de tránsito.

Cuadro: Siniestros, fallecidos y lesionados causados por la conducción no atenta a los condiciones de tránsito del momento:

6. En derecho comparado, se ha endurecido la legislación incorporando sanciones en contra de quienes sean sorprendidos usando uno de estos aparatos, precisamente por el alto impacto que esto puede provocar en peatones, así es el caso de Estados Unidos, país que endureció las penas. Igual situación se produjo en el país vecino de Argentina, el que se suma a otros que han tomado el mismo rumbo.

7. Finalmente, la manera de contribuir a mejorar esta mala práctica por parte de los automovilistas, es equiparando esta situación a la de conducir sin haber obtenido licencia de tránsito o tan grave como pasarse una señal Pare o no detenerse frente a una luz roja; de no ser así, los gráficos seguirán en constante crecimiento y se tendrá un número mayor de personas fallecidas por actos irresponsables que se podrían haber evitado.

Idea matriz

El siguiente proyecto de ley, tiene por objeto agravar el hecho de conducir manipulando un aparato celular, con la finalidad de lograr concientizar a los conductores respecto al impacto que produce perder de vista las condiciones de transito por una milésima de segundos y las fatales consecuencias que puede acarrear. Por esta situación, venimos en proponer que esta conducta sea sanciona con una multa gravísima equiparando este hecho al de no detenerse en luz roja o pasarse una señal Pare.

PROYECTO DE LEY

“ARTÍCULO ÚNICO: Modifícase la Ley 18.290 de Tránsito en el siguiente sentido:

1. Elimínase el numeral 32 del art. 200.-

2. Agrégase un nuevo numeral 5 al art. 199, en el siguiente sentido:

"Conducir haciendo uso o manipulando el teléfono celular u otro aparato de telecomunicaciones, salvo que se esté utilizando el sistema de manos libres.".

III.- DISCUSIÓN DE LOS PROYECTOS.

A) DISCUSIÓN GENERAL.

Teniendo en vista las consideraciones y argumentos contenidos en las mociones boletines números 7341-15, 8341-15, 9846-15 y 12066-15 (refundidas), los señores Diputados fueron de parecer de aprobar la idea de legislar sobre la materia. Se estimó que es urgente la necesidad de aumentar la sanción a quienes conduzcan haciendo uso de dispositivos móviles de telecomunicaciones que distraiga su atención en la ruta.

Señalan que es de ordinaria ocurrencia observar los efectos adversos en la seguridad del tránsito cuando se utilizan aparatos telefónicos y otros similares por los conductores al mando de un vehículo. El número de accidentes ocasionados por esta conducta amerita revisar la sanción actualmente establecida, que corresponde a una infracción grave, esto es, una multa de hasta 3 UTM.

Manifiestan que esta sanción no resulta disuasiva para los conductores, puesto que cotidianamente se observa la transgresión a la respectiva prohibición. Por tal motivo, proponen elevar esta infracción al carácter de gravísima, lo que da lugar a una multa de hasta 3 UTM y suspensión de licencia.

Indican que además del uso del celular se ha observado que no pocos conductores mientras conducen, tienen acceso a pantallas de televisión o de video, lo que no es otra cosa que un mayor peligro de colisión al distraerse y dejar de estar atento a las condiciones del tránsito. Esta despreocupación se encuentra en la base de la mayoría de los accidentes protagonizados por vehículos motorizados.

Señalan que la seguridad en todos los ámbitos de la vida constituye uno de los elementos más importantes, que evidentemente debe ser promovido por las autoridades, y también por cierto, por las propias personas incorporando en su conducta elementos que apunten a hacer más seguros sus actos con la finalidad de no provocar daño o injuria en la personas o propiedad de otro, como también en la propia.

Agregan que bajo esta perspectiva, la inclusión de normas legales tendientes a renovar los estándares de seguridad en el tránsito constituyen preceptos dinámicos que van renovándose constantemente en atención a que el concepto de seguridad constituye un aspecto de la vida diaria que va modificándose, en el sentido que el desarrollo va imponiendo a las personas la necesidad de incluir a diario más sistemas que prevengan la ocurrencia de siniestros.

Explican que a través de diversos medios de comunicación se han publicado estudios que indican que los hábitos de los chilenos en el manejo reflejan una actitud perniciosa para la vida e integridad física de las personas, en el evento que ciertas actitudes temerarias son potencialmente atentatorias contra estos valores, los que por ser reconocidos constitucionalmente, merecen de las mayores medidas tendientes a su protección.

Existe una escasa cultura del manejo, situación que evidentemente constituye un peligro para la sociedad y no tan solo para los directamente involucrados. Es así como el exceso de velocidad en las vías, o trasgredir las señales del tránsito, o la conducción en estado de ebriedad, constituye sin lugar a dudas conductas que deben ser erradicadas de nuestra sociedad.

Enfatizan que de acuerdo a estudios publicados recientemente, esta nefasta práctica constituye la tercera causal de accidentes de tránsito, razón por la cual urge una legislación exigente que sancione con más fuerza estas prácticas. Estudios recientes demuestran que la capacidad de concentración al conducir un automóvil disminuye notoriamente cuando se utiliza el teléfono móvil, no solo para hablar sino para chatear, navegar por internet, redactar y/o responder correos electrónicos, etc., aumentando entre 5 y 10 veces el riesgo a sufrir algún accidente; esta es una de las causas más reconocidas e importantes de distracción al volante.

Precisan que se hace evidente que el uso indiscriminado de esta nueva tecnología ha traído consecuencias indeseadas, ya que el empleo de un aparato celular demanda atención intelectual y física, ya sea con el fin de desbloquear su pantalla, leer mensajes y responderlos, etc. Además, muchos jóvenes utilizan la cámara fotográfica y comparten sus fotos en las redes sociales, cualquiera sea la actividad que se encuentren realizando en ese momento, actividades que por lo demás son desatendidas por quien utiliza un teléfono celular. En cuanto cifras, el 83,3% de los conductores chilenos escribe o responde mails cuando conduce. El 68% reconoce que responde o hace llamadas por teléfono celular. A mayor abundamiento, el 77% revisa twitter, 61,8% revisa WhatsApp y nada menos que el 55% consulta internet[3].

Complementan el punto anterior: según datos de CONASET (Corporación Nacional de Seguridad de Tránsito, dependiente del Ministerio de Transportes), en los últimos años, Chile detenta la triste cifra de aproximadamente 18 mil personas fallecidas y que más de 77 mil resultaron con lesiones de diversa consideración, producto de accidentes de tránsito, lo cual posiciona al país con una de las tasas más altas de víctimas de accidentes de tránsito.

La misma CONASET ha señalado que "a nivel nacional, en los últimos siete años se ha duplicado la cantidad de siniestros viales por la causa “No estar atento a las condiciones del tránsito”, por lo que la manipulación del celular es considerado actualmente como una de las imprudencias más graves al volante..." la misma comisión informó lo señalado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) indicando que, "manipular un teléfono inteligente es similar a conducir en estado de ebriedad, recreando conductas parecidas, como por ejemplo la pérdida de reflejos al volante. Chatear al conducir es similar a manejar tras haber bebido 4 cervezas"[4]

Agregan que en derecho comparado se ha endurecido la legislación incorporando sanciones en contra de quienes sean sorprendidos usando uno de estos aparatos, precisamente por el alto impacto que esto puede provocar en los peatones. Estados Unidos y Argentina han endurecido las penas, y se suman a otros que han tomado el mismo rumbo.

Concluyen indicando que la manera de contribuir a mejorar esta mala práctica por parte de los automovilistas, es equiparando esta situación a la de conducir sin haber obtenido licencia de tránsito o tan grave como pasarse una señal Pare o no detenerse frente a una luz roja; de no ser así, los gráficos seguirán en constante crecimiento y se tendrá un número mayor de personas fallecidas por actos irresponsables que se podrían haber evitado.

Puesta en votación general la idea de legislar sobre la materia de que tratan las mociones, se APRUEBA por unanimidad.

VOTARON A FAVOR LAS DIPUTADAS SEÑORAS JENNY ALVAREZ Y XIMENA OSSANDÓN, Y LOS DIPUTADOS SEÑORES RENÉ ALINCO, KARIM BIANCHI, RENÉ MANUEL GARCÍA, FÉLIX GONZÁLEZ, JAVIER HERNÁNDEZ, MARCOS ILABACA, JAIME MULET, IVÁN NORAMBUENA, LEOPOLDO PÉREZ Y JORGE SABAG.

B) DISCUSIÓN PARTICULAR.

La totalidad de los artículos de las mociones refundidas, fueron objeto de una indicación sustitutiva de las diputadas señoras Jenny Alvarez y Ximena Ossandón, y de los diputados señores René Alinco, Karim Bianchi, René Manuel García, Félix González, Jaime Mulet, Marcos Ilabaca, Javier Hernández, Iván Norambuena y Jorge Sabag, para introducir las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia y Derechos humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.290, de Tránsito:

- En su artículo 199:

a.- Agrégase el siguiente número 5, nuevo:

“5.- Conducir vehículos haciendo uso o manipulando dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio electrónico, aplicación o sistema de comunicación o de entretenimiento móvil, salvo aquellos dispositivos de manos libres y de georreferenciación, fijos o de manos libres, cuyo uso no distraiga la conducción, conforme las características que determine el reglamento.”.

b.- Elimínase el número 32 de su artículo 200.”.

La indicación fue aprobada por asentimiento unánime.

VOTARON A FAVOR LAS DIPUTADAS SEÑORAS JENNY ALVAREZ Y XIMENA OSSANDÓN, Y LOS DIPUTADOS SEÑORES RENÉ ALINCO, KARIM BIANCHI, RENÉ MANUEL GARCÍA, FÉLIX GONZÁLEZ, JAVIER HERNÁNDEZ, MARCOS ILABACA, JAIME MULET, IVÁN NORAMBUENA, LEOPOLDO PÉREZ Y JORGE SABAG.

***********

C) ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.

Los artículos de las mociones refundidas fueron rechazados y su texto se transcribe a continuación:

I.- Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N°18.290:

Agrégase al artículo 199 el siguiente N°3:

"3.- Conducir haciendo uso de un teléfono celular u otro aparato de telecomunicaciones, salvo que tal uso se efectúe por medio de un sistema de "manos libres", cuyas características serán determinadas por reglamento; como asimismo mantener dentro del vehículo, durante la conducción, pantallas de televisión o artefactos similares, que puedan ser vistos desde el asiento del conductor.", y

Derógase el N° 32 del artículo 200.

II.- Artículo Único: Incorpórese un nuevo numeral 3 en el artículo 199 de la ley N° 18.290, sobre tránsito, en el siguiente sentido:

“Utilizar el teléfono celular mientras se conduce”

III.- Artículo Único: Modifíquese el artículo 200 de la Ley del Tránsito N° 18.290 en el siguiente sentido:

1.- Reemplázase el numeral 32 del artículo 200 de la ley del tránsito, por el siguiente:

32) Conducir haciendo uso de un teléfono celular, ya sea a través de llamadas, mensajes de textos, chats, tomar fotografías o cualquier modalidad de empleo que no permita al conductor estar atento a las condiciones del tránsito del momento, salvo que tal uso se efectúe por medio de un sistema de manos libres, cuyas características serán determinadas por el reglamento. Asimismo, incurrirá en infracción quien conduzca utilizando cualquier otro aparato de telecomunicaciones”.

2.- Agréguese el siguiente inciso final al artículo 200 de la ley del tránsito:

“En caso de infracción al numeral 32, si ésta fuere cometida por un conductor haciendo uso de su teléfono celular para chatear, tomar fotografías, o cualquier modalidad que le ocupe una o ambas manos y su atención visual a las condiciones del tránsito del momento, se le aplicará la pena correspondiente a una infracción gravísima”.

IV.- ARTÍCULO ÚNICO: Modifícase la Ley 18.290 de Tránsito en el siguiente sentido:

1. Elimínase el numeral 32 del art. 200.-

2. Agrégase un nuevo numeral 5 al art. 199, en el siguiente sentido:

"Conducir haciendo uso o manipulando el teléfono celular u otro aparato de telecomunicaciones, salvo que se esté utilizando el sistema de manos libres.".

D) INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.

No hubo.

**********

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, y por las otras consideraciones que en su oportunidad dará a conocer el señor Diputado Informante, la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, recomienda aprobar el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia y Derechos humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.290, de Tránsito:

- En su artículo 199:

a.- Agrégase el siguiente número 5, nuevo:

“5.- Conducir vehículos haciendo uso o manipulando dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio electrónico, aplicación o sistema de comunicación o de entretenimiento móvil, salvo aquellos dispositivos de manos libres y de georreferenciación, fijos o de manos libres, cuyo uso no distraiga la conducción, conforme las características que determine el reglamento.”.

b.- Elimínase el número 32 de su artículo 200.”.

SALA DE LA COMISIÓN, a 9 de noviembre de 2018.

Tratado y acordado en sesión de fecha 6 de noviembre de 2018, con asistencia de las diputadas señoras Jenny Álvarez y Ximena Ossandón, y los diputados señores René Alinco, Karim Bianchi, René Manuel García, Félix González, Javier Hernández, Marcos Ilabaca, Jaime Mulet, Iván Norambuena, Leopoldo Pérez y Jorge Sabag.

ROBERTO FUENTES INNOCENTI

Secretario de la Comisión

[1] Datos según investigación realizada por el “Automóvil club de Chile” luego de encuestar a más de 700 personas en distintas comunas del Gran Santiago año 2013.
[2] Disponible https://www.conaset.cl/si-manejas-no-chatees/
[3] Datos según investigación realizada por el “Automóvil club de Chile” luego de encuestar a más de 700 personas en distintas comunas del Gran Santiago año 2013.
[4] Disponible https://www.conaset.cl/si-manejas-no-chatees/

1.6. Discusión en Sala

Fecha 13 de marzo, 2019. Diario de Sesión en Sesión 2. Legislatura 367. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

AUMENTO DE SANCIONES POR USO DE CELULARES O PANTALLAS DE TELEVISIÓN DURANTE CONDUCCIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETINES NOS 7341-15, 8341-15, 9846-15 Y 12066-15)

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en mociones refundidas, que aumenta sanciones por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de vehículos motorizados.

Diputado informante de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones es el señor René Manuel García .

Antecedentes:

-Mociones:

-Boletín N° 7341-15, sesión 108ª de la legislatura 358ª, en lunes 6 de diciembre de 2010. Documentos de la Cuenta N° 8.

-Boletín N° 8341-15, sesión 38ª de la legislatura 360ª, en miércoles 6 de junio de 2012. Documentos de la Cuenta N° 9.

-Boletín N° 9846-15, sesión 113ª de la legislatura 362ª, en martes 13 de enero de 2015. Documentos de la Cuenta N° 32.

-Boletín N° 12066-15, sesión 68ª de la legislatura 366ª, en miércoles 5 de septiembre de 2018. Documentos de la Cuenta N° 1.

-Informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, sesión 100ª de la legislatura 366ª, en miércoles 14 de noviembre de 2018. Documentos de la Cuenta N° 4.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor GARCÍA, don René Manuel (de pie).-

Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, paso a informar el proyecto que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, para aumentar las sanciones por el uso de celulares o pantallas de televisión durante la conducción de vehículos motorizados, que corresponde a los boletines Nos 7341-15, 8341-15, 9846-15 y 12066-15, iniciativa que se encuentra cumpliendo su primer trámite constitucional y reglamentario, sin urgencia, y que tiene su origen en las mociones que a continuación se enuncian:

1.- Del entonces diputado Gonzalo Uriarte y adherentes, que aumenta sanciones por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado (boletín Nº 7341-15).

2.- Del entonces diputado Gustavo Hasbún y adherentes, que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, estableciendo como infracción gravísima el uso del celular al conducir (boletín Nº 8341-15).

3.- Del entonces diputado Felipe Letelier y adherentes, que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, para sancionar el uso de dispositivos de telecomunicaciones, en cualquiera de sus funcionalidades, durante la conducción de un vehículo motorizado (boletín Nº 9846-15).

4.- Del diputado José Miguel Castro y adherentes, que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, para aumentar la sanción a quienes hagan uso de un teléfono celular mientras conducen un vehículo (boletín Nº 12066-15).

Cabe hacer presente que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 A de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, el 23 de octubre de 2018 la Sala acordó que dichas mociones fueran refundidas y tramitadas en conjunto.

Idea matriz o fundamental del proyecto

La idea matriz o fundamental del proyecto es sancionar como infracción gravísima -1,5 a 3 UTM de multa y suspensión de licenciael conducir vehículos haciendo uso o manipulando dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio electrónico, aplicación o sistema de comunicación o de entretenimiento móvil, salvo aquellos dispositivos de manos libres y de georreferenciación, fijos o de manos libres, cuyo uso no distraiga la conducción, conforme las características que determine el reglamento.

Normas de carácter orgánico constitucional o de quorum calificado

La iniciativa no contiene normas de carácter orgánico constitucional o de quorum calificado.

Trámite de Hacienda

El proyecto no contiene normas que requieran ser conocidas por la Comisión de Hacienda. Los proyectos refundidos fueron aprobados en general por unanimidad. Votaron a favor las diputadas señoras Jenny Álvarez y Ximena Ossandón y los diputados señores René Alinco , Karim Bianchi, René Manuel García , Félix González , Javier Hernández , Marcos Ilabaca , Jaime Mulet , Iván Norambuena , Leopoldo Pérez y Jorge Sabag .

La Comisión estimó que es urgente aumentar la sanción a quienes conduzcan haciendo uso de dispositivos móviles de telecomunicaciones que distraen su atención en la ruta.

Es de ordinaria ocurrencia observar los efectos adversos en la seguridad del tránsito cuando conductores utilizan aparatos telefónicos, y otros similares. El número de accidentes ocasionados por esta conducta amerita revisar la sanción vigente, que corresponde a la de una infracción grave, esto es, multa de hasta 3 UTM.

Se consideró que esta sanción no resulta disuasiva para los conductores, puesto que cotidianamente se observa la transgresión a la respectiva prohibición. Por tal motivo, proponemos elevar la calificación de esta infracción a la de gravísima, con lo cual se sancionaría con una multa de hasta 3 UTM y la suspensión de la licencia de conducir.

No se trata solo del uso del celular, pues, según se ha observado, no pocos conductores acceden a pantallas de televisión o de video mientras conducen, lo que genera mayor peligro de colisión, a causa de la distracción, dado que dejan de estar atentos a las condiciones de tránsito. Esta despreocupación se encuentra en la base de la mayoría de los accidentes protagonizados por vehículos motorizados.

Desde esta perspectiva, la inclusión de normas legales tendientes a renovar los estándares de seguridad en el tránsito constituyen preceptos dinámicos que van renovándose constantemente en atención a que el concepto de seguridad constituye un aspecto de la vida diaria que va modificándose, en el sentido de que el desarrollo va imponiendo a las personas la necesidad de incluir a diario más sistemas que prevengan la ocurrencia de siniestros.

Se explicó que estudios recientes demuestran que la capacidad de concentración al conducir un automóvil disminuye notoriamente cuando se utiliza el teléfono móvil, no solo para hablar, sino para chatear, navegar por internet, redactar y/o responder correos electrónicos, aumentando entre cinco y diez veces el riesgo a sufrir algún accidente. Esta es una de las causas más reconocidas e importantes de distracción al volante.

En cuanto a cifras, 83,3 por ciento de los conductores chilenos escribe o responde mails cuando conduce, y 68 por ciento reconoce que responde o hace llamadas por teléfono celular. A mayor abundamiento, 77 por ciento revisa Twitter , 61,8 por ciento revisa WhatsApp, y nada menos que 55 por ciento consulta internet.

Según datos de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset), dependiente del Ministerio de Transportes, en los últimos años Chile detenta la triste cifra de aproximadamente 18.000 personas fallecidas y más de 77.000 con lesiones de diversa consideración producto de accidentes de tránsito, lo cual posiciona al país con una de las tasas más altas de víctimas de accidentes de tránsito.

La misma Conaset ha señalado que, a nivel nacional, en los últimos siete años se ha duplicado la cantidad de siniestros viales por la causa “No estar atento a las condiciones del tránsito”, por lo que la manipulación del celular es considerada actualmente como una de las imprudencias más graves al volante. La misma comisión informó lo señalado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), indicando que “manipular un teléfono inteligente es similar a conducir en estado de ebriedad, recreando conductas parecidas, como la pérdida de reflejos al volante. Chatear al conducir es similar a manejar tras haber bebido 4 cervezas.”.

La totalidad de los artículos de las mociones refundidas fueron objeto de una indicación sustitutiva de las diputadas señoras Jenny Alvarez y Ximena Ossandón , y de los diputados señores René Alinco , Karim Bianchi, René Manuel García , Félix González , Jaime Mulet , Marcos Ilabaca , Javier Hernández , Iván Norambuena y Jorge Sabag , para introducir las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia y Derechos humanos, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.290, de Tránsito:

-En su artículo 199:

a.- Para agregar el siguiente número 5, nuevo:

“5.- Conducir vehículos haciendo uso o manipulando dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio electrónico, aplicación o sistema de comunicación o de entretenimiento móvil, salvo aquellos dispositivos de manos libres y de georreferenciación, fijos o de manos libres, cuyo uso no distraiga la conducción, conforme las características que determine el reglamento.”.

b.- Para eliminar el número 32 de su artículo 200.

La indicación fue aprobada por asentimiento unánime.

Votaron a favor las diputadas señoras Jenny Álvarez y Ximena Ossandón , y los diputados señores René Alinco , Karim Bianchi, René Manuel García , Félix González , Javier Hernández , Marcos Ilabaca , Jaime Mulet , Iván Norambuena , Leopoldo Pérez y Jorge Sabag .

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado José Miguel Castro .

El señor CASTRO (don José Miguel).-

Señor Presidente, en primer lugar, agradezco el tremendo apoyo que esta iniciativa recibió en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, a través de los diputados Marcos Ilabaca , Jenny Álvarez , Ximena Ossandón , Leopoldo Pérez y René Manuel García . Asimismo, agradezco a todos aquellos que creyeron en este proyecto de ley, porque es realmente indispensable legislar sobre esta materia.

Hoy hablaré, con mucho respeto, en nombre de todas las víctimas de este tipo de accidentes. Son muchas las familias que, producto del uso irresponsable de celulares, han perdido a uno de sus miembros. El teléfono celular nos ayuda en la vida diaria, pero utilizado irresponsablemente -chatear mientras se conduce puede provocar la muerte. Seamos sinceros: todos chateamos.

Estoy completamente seguro de que ninguno de los presentes buscaría, mientras maneja algún vehículo, lastimar a otra persona. Al respecto, los invito a analizar lo siguiente: si nos tapáramos los ojos un par de segundos cuando vamos manejando, sin duda nos distraeríamos y podríamos causar un accidente. Lo mismo sucede, durante dos o tres segundos, cuando manipulamos un celular para chatear.

La Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset) y Carabineros de Chile informaron que desde 2011 hasta la fecha cerca de 91.000 personas han resultado lesionadas por conductores distraídos y, de estas, 716 personas perdieron la vida. ¡Más de 700 personas han muerto por culpa de conductores imprudentes! ¡De eso estamos hablando!

La ONG No Chat a Bordo -felicito su trabajo-, en un estudio realizado en Santiago, determinó que de un universo de 5.000 vehículos, el 35 por ciento de los conductores manipula un celular mientras conduce. Ello demuestra que debemos abordar esta nueva conducta distractora de forma urgente, y de manera complementaria con una educación sobre seguridad vial y convivencia en el espacio público.

Por todo lo expuesto, es necesario que todos los diputados presentes voten a favor este proyecto para detener esta gran cantidad de muertes.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Patricio Rosas .

El señor ROSAS.-

Señor Presidente, quiero reflexionar sobre el proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que aumenta las sanciones por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado.

El diputado José Miguel Castro recién mencionó la gran cantidad de personas que ha muerto a consecuencia de esta “distracción”. En un segundo, un vehículo que transita a 50 kilómetros por hora avanza cerca de quince metros. Lo señalo, porque cada vez que alguien consulta un chat mientras conduce, pierde la atención durante dos segundos, es decir, avanza treinta metros a ciegas, lo cual es un tremendo riesgo.

Hoy vivimos en una sociedad en la que los celulares y las pantallas están presentes en gran parte de las actividades de la vida. Por ello es tan importante regular esta situación.

En Gran Bretaña se realizaron estudios que señalan que el 9 por ciento de las personas sufre estrés y angustia solo por el hecho de apagar el celular. ¡Repito: 9 por ciento!

Además, otros estudios de Gran Bretaña señalan que el 40 por ciento de las personas -en general, se da más en hombres que en mujeres sufre estrés por estar lejos de su celular.

Esta nueva enfermedad, denominada nomofobia, consiste en un miedo irracional a estar lejos del celular. La nomofobia simboliza lo que está ocurriendo con el uso indiscriminado de pantallas en los vehículos y en múltiples actividades de la vida diaria. El problema es que en nuestro país, la utilización de celulares durante la conducción ha causado la muerte de más de 700 personas.

Vivimos en un país en el que cada vez existen más vehículos circulando y más celulares disponibles. Por ello, claramente es muy importante que legislemos sobre esta situación.

Entre las principales causales de muerte por accidentes de tránsito están las imprudencias de los conductores y dentro de ellas hay que considerar la adicción a estar hipercomunicado. Lamentablemente, las cifras demuestran lo grave de la situación.

Esta es una enfermedad del siglo XXI. Utilizar el teléfono celular mientras una persona maneja es más peligroso que conducir en estado de ebriedad, pues incrementa 23 veces el riesgo de provocar un siniestro. La Organización Mundial de la Salud se ha hecho eco de esta realidad dada la ingente cantidad de personas que utiliza teléfonos móviles en el mundo. Además, el más mínimo aumento en la incidencia en el uso de tantos dispositivos que emiten radiación electromagnética incrementa la posibilidad de producir daño colateral en la salud. Así, 700 personas se ven afectadas cada año por dicha situación.

Como Congreso Nacional debemos regular esta situación, así como lo hicimos cuando bajamos la velocidad máxima desde 60 a 50 kilómetros por hora para disminuir los efectos de un eventual choque, en especial por el daño que ocasiona a terceros.

Celebro que esta moción, en la que se han refundido varios proyectos presentados en distintas administraciones, se haya puesto en discusión.

Por eso, apoyo esta moción, que no solo endurece las sanciones, sino que también cambia y sensibiliza a la población acerca de la dependencia creciente del teléfono celular, materia que se encuentra bastante estudiada a nivel mundial.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Pedro Velásquez .

El señor VELÁSQUEZ.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a los integrantes de la Mesa y a cada uno de los parlamentarios y parlamentarias presentes en este hemiciclo.

Adhiero a la invitación formulada por el Frente Amplio a los miembros de las comunidades de San Pedro de Atacama que en el último tiempo -y ayer manifestaron su preocupación por la falta de políticas reales y efectivas del Estado en el ámbito del turismo y en aquellas situaciones más complejas en que resultan afectados por eventos de la naturaleza, por lo que también saludo su presencia en esta Sala.

El uso de teléfonos celulares, pantallas de televisión y otros elementos que hoy es posible ver de manera permanente en los automóviles, constituye, sin lugar a dudas, un factor de riesgo inminente y, tal vez, sea uno de las causas más preponderantes en los accidentes de tránsito y, por cierto, en las muertes que en ellos se ocasionan.

Usar el teléfono celular mientras se transita por la calle es peligroso, ya sea que se maneje un automóvil, una motocicleta, una bicicleta o se circule como peatón.

Utilizar un teléfono móvil mientras se está en la calle conduciendo o caminando supone un riesgo para la salud, ya que ocasiona distracciones y aumenta la posibilidad de sufrir un accidente vial.

Hablar o enviar mensajes de texto mientras se maneja ocasiona que el conductor desvíe la mirada de la carretera, quite las manos del volante o manubrio y aparte la atención de la vía y del acto de conducir.

De esa forma, explica la Organización Mundial de la Salud, las distracciones pueden aumentar el tiempo de reacción para frenar, responder a señales de tránsito -como semáforos-, dificultar la mantención de distancia con otros autos y, en general, conservar la atención en el camino.

La información recopilada por la OMS y la evidencia recogida en algunos países permite sostener que el uso del celular al volante es un problema creciente. El análisis de los efectos provocados por la distracción del conductor por el uso del teléfono celular muestra que el riesgo de sufrir accidentes viales es cuatro veces mayor en comparación con aquellos conductores que no utilizan aparatos electrónicos mientras conducen.

En el caso de los peatones, tema que también es interesante tomar en cuenta, el uso del celular supone un riesgo para la seguridad, por ejemplo, en el cruce de calles. Estudios realizados en ambientes de realidad virtual han mostrado que usar teléfonos móviles eleva la distracción de los peatones a un nivel que los pone en riesgo, dificulta el cruce de las calles y hace que se camine más lentamente cuando se atiende una llamada, incluso, más que cuando se escucha música.

Por lo tanto, se hace necesario prevenir este tipo de accidentes. Es lo que estamos discutiendo acá.

Por eso, agradecemos a los autores de esta iniciativa, que, estamos seguros, se transformará en ley con la aprobación unánime de los diputados y diputadas que se encuentran en la Sala.

Desde mi punto de vista, resulta dramático constatar que existen vehículos que ya vienen con aparatos de televisión instalados en su interior, con la finalidad de que los niños vean programas mientras el automovilista conduce, lo que también puede generar una serie de accidentes por la desviación de la vista del conductor hacia la pantalla de televisión u otros dispositivos que se utilizan en los distintos automóviles.

El uso del celular al volante es un problema creciente que está ocurriendo prácticamente en todo el mundo. Nuestro país no es la excepción. Lo que hoy legislamos coincide con lo que se está haciendo prácticamente en todo el mundo. La idea de fondo es dejar de utilizar el teléfono celular mientras se conduce un vehículo. Le pedimos a los chilenos y chilenas que cuiden su vida de manera que la responsabilidad y concentración se enfoquen en el manejo de nuestros vehículos para, de esa forma, evitar accidentes que llenan de dolor a las familias chilenas y, por cierto, a toda la comunidad.

Señor Presidente, por su intermedio felicito a los autores de esta iniciativa. En nombre de la bancada regionalista, anuncio que votaremos favorablemente el proyecto de ley. Por cierto, haciendo un mea culpa, seré uno de los primeros en cumplir lo que establece.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Gastón von Mühlenbrock .

El señor VON MÜHLENBROCK.-

Señor Presidente, el tránsito vehicular representa una actividad en constante evolución. Cada año, el parque automotor chileno avanza a pasos agigantados, no solo en Santiago, sino también en todo el país.

No obstante lo anterior, el conductor chileno todavía exhibe graves falencias al conducir, entre las cuales destacan la falta de concentración, el estrés, el cansancio, la agresividad, entre otras graves causas generadoras de lamentables accidentes de tránsito.

Si a lo anterior sumamos el incremento de mecanismos tecnológicos, factores distractores por excelencia, sin duda, se generan condiciones para la ocurrencia de tales accidentes. Esta situación debe ser revertida, lo cual podemos hacer a través de una concientización de las personas, desde la más temprana infancia, en torno a la generación de una cultura de respeto al volante, a las normas del tránsito y a las personas, sean estas conductores o peatones.

Lo anterior escapa a los márgenes de un proyecto de ley como este, pero claramente, como autor de uno de los proyectos que se debaten en esta ocasión, pienso que todos los autores de estas mociones apuntamos a que prevalezca el respeto, la conciencia en torno a valorar nuestra vida y la de los demás, a respetar los espacios ajenos y comunes, y a promover un mejor trato entre los conciudadanos.

Como se indica en la iniciativa, las tecnologías son claros elementos distractores en la conducción. El uso de WhatsApp -ahora es utilizado como herramienta de trabajo y de otras funcionalidades que entregan los celulares representan aspectos de nuestra vida que requieren suma precaución y, en este sentido, no deben ser utilizados mientras se maneja.

Qué duda cabe de que dicha actitud es asimilable a la conducción en estado de ebriedad y, por ello, no debemos tolerarla, sino elevar los estándares de exigencia en lo que se refiere a seguridad en el tránsito. En otras palabras, si usa celular, no maneje; si maneja, no use celular. Miles de potenciales víctimas se lo van a agradecer.

Ese es finalmente el espíritu de estos proyectos, iniciativas transversales que, por lo mismo, deben ser apoyadas por la mayoría de los diputados en la Sala.

Llamo a mis colegas parlamentarios a votar a favor la iniciativa. Espero que el Senado también adhiera al esfuerzo que hace esta Cámara en torno a la pronta sanción de este importante proyecto de ley.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag .

El señor SABAG.-

Señor Presidente, valoro este proyecto, porque por una distracción de fracción de segundos se puede provocar un grave accidente, que puede significar la vida de una o varias personas, o lesiones graves o gravísimas, como de hecho han ocurrido.

Precisamente, las organizaciones ciudadanas que agrupan a personas víctimas de accidentes concurrieron a la Comisión de Transportes de esta Cámara, donde relevaron la importancia que tiene mejorar nuestra legislación y hacernos cargo de esta nueva realidad.

En Chile, cada año ingresan más de cuatrocientos mil autos nuevos a las carreteras y hay más de veintitrés millones de celulares para diecisiete millones de chilenos, de manera que es un tema ciudadano actual.

Esta propuesta apunta básicamente a elevar el grado de sanción por conducir mientras se utilizan celulares, pantallas de televisión, juegos o cualquier dispositivo que pueda distraer al conductor. Se propone calificar esa conducta como una infracción gravísima, es decir, equiparar esa falta con pasar por alto un disco pare o una luz roja, o conducir sin licencia. Esa es la única manera de detener el alza permanente de los accidentes por esa causa en las carreteras.

Como es evidente, se mantiene exceptuado el uso de aparatos que puedan controlarse con la voz y los sistemas de manos libres, porque hay oportunidades en que es necesario su empleo y se trata de fomentar su uso en condiciones de responsabilidad.

Ciertamente, este proyecto de ley genera un incentivo para producir tecnologías más seguras para el uso de los celulares cuando se está conduciendo, por lo que contribuirá a aquello.

La iniciativa no contiene normas de quorum calificado y fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, dada la transversalidad de la preocupación y de las mociones presentadas por distintos parlamentarios.

Junto con lamentar que la falta de responsabilidad de las personas obligue a elevar la rigurosidad de las sanciones, es necesario recalcar la urgencia de realizar campañas de educación vial más efectivas que las que se han hecho hasta ahora, así como de establecer una política nacional que ayude a enfatizar, en cada oportunidad, la gravitación que puede tener una distracción de fracción de segundo en los accidentes viales.

Es importante que se entienda que el conductor afecta a mucha gente: a su familia, a quienes dependen de él, y a las otras personas que, pudiendo actuar con todas las precauciones necesarias, involuntariamente se ven involucradas en accidentes fatales, como ocurrió con las personas que asistieron a la Comisión de Transportes, quienes quedaron en situación de invalidez, sin tener ninguna responsabilidad, simplemente porque un conductor distraído las atropelló.

Hay que poner el acento en la responsabilidad y en el concepto de que todos, querámoslo o no, formamos parte de una misma comunidad, y es nuestro deber proteger y respetar la vida e integridad de todas las personas.

Por eso, vamos a votar a favor esta iniciativa.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Ximena Ossandón .

La señora OSSANDÓN (doña Ximena).-

Señor Presidente, todos estamos de acuerdo con este proyecto ley, que va a tener una gran resonancia social, para bien o para mal, porque no todos van a estar contentos.

Pero, haciendo un mea culpa, ¿quién no ha chateado o wasapeado mientras maneja?, ¿quién no ha hecho uso del teléfono celular porque pareciera que, si no contestamos en ese minuto o no nos enteramos de la última noticia que está sucediendo, el mundo se viene abajo?

Pero el hecho de que sea una práctica habitual de cada uno de nosotros -especialmente mía no significa que sea correcta; no tiene ninguna justificación.

La práctica del uso de teléfonos inteligentes se fue masificando rápidamente, y hoy es casi una necesidad imperiosa. Incluso, nos hemos llegado a preguntar qué hacíamos antes cuando no teníamos un teléfono inteligente. Yo me lo he preguntado varias veces, porque hoy en día, a través del teléfono, hacemos muchas cosas que antes teníamos que hacer físicamente. ¿Cómo lo hacíamos antes para que nuestro tiempo cundiera? Son preguntas que me hago, porque, a pesar de que tengo toda esta tecnología a mi disposición, el tiempo me sigue faltando.

Lo que está claro es que, con el uso de celulares durante la conducción de un vehículo, nuestra vida se pone en peligro, y lo más injusto, como han dicho mis colegas, es que la vida de los demás también se pone en peligro. Es decir, no solo afecto mi vida, sino también a la familia de otra persona que tal vez no conozco.

Los especialistas dicen que se triplica el peligro de sufrir un accidente al leer o al contestar un mensaje. La situación es complicada, porque hoy la comunicación mediante los teléfonos inteligentes está en nuestras vidas e incluso afecta, para bien o para mal, las relaciones intrafamiliares. Si uno va a un restorán, verá que en las mesas todos están chateando; no están conversando. En la familia de uno pasa lo mismo. Hay que llegar a prácticas como la de disponer un lugar en el que se deban dejar los celulares para que la conversación familiar se pueda producir. A todos les pasa. Pero esa es materia de otro proyecto.

Lamentablemente, hemos tenido que llegar a discutir este tipo de proyectos y a establecer este tipo de reglamentación. Siempre pensamos que a nosotros no nos va a pasar, pero las cosas nos duelen y las entendemos cuando nos pasan por primera vez. Ojalá nunca nos pasen, porque las consecuencias pueden ser fatales y la vida es lo único que no se puede recuperar.

Espero que nos hagamos cargo de este grave problema. Probablemente vamos a recibir muchas críticas. Se los digo de antemano, porque ya nos quieren matar a todos quienes integramos la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones por haber aprobado el proyecto para bajar la velocidad máxima de circulación en zonas urbanas de 60 a 50 kilómetros por hora. Me quería matar mi familia y todos alrededor. Pero con el tiempo se terminará demostrando que establecer medidas de convivencia vial bien hechas entre la persona que va en bicicleta y la que va en automóvil era necesario para salvar vidas. La experiencia internacional ha demostrado que con ello se mejora, al menos, en 30 por ciento. Así que prepárense para las críticas.

Sin embargo, nuestra mayor responsabilidad radica en que a través de estos proyectos podemos salvar muchas vidas y no poner en riesgo la nuestra, ni la de nuestros familiares ni la de personas que tal vez no conocemos, cuya estructura familiar puede cambiar fuertemente como consecuencia de un accidente con resultado fatal.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Osvaldo Urrutia .

El señor URRUTIA (don Osvaldo).-

Señor Presidente, este proyecto de ley, que se encuentra en primer trámite constitucional y que deriva de cuatro iniciativas parlamentarias hoy refundidas, todas tendientes a aumentar la sanción para aquellos irresponsables que conducen un vehículo motorizado mientras hacen uso de dispositivos móviles, viene a hacerse cargo de una sentida demanda sobre un problema real y concreto que desde hace mucho tiempo afecta a nuestra sociedad: la poca conciencia con que algunos individuos que conducen un vehículo motorizado actúan en su vida cotidiana.

Lamentablemente, esa imprudencia es generadora de múltiples accidentes de tránsito que en muchos casos traen como consecuencia la muerte de personas absolutamente inocentes. Lo anterior, más aún producido en un contexto despojado de toda prudencia, se torna intolerable, lo que hace un imperativo categórico -sobre todo tomando en consideración que esa mala práctica es la tercera causa de accidentes de tránsito en el país que, por un lado, se sancione con más rigidez a quienes cometan esos actos irreflexivos, y, por otro, se busque evitar que la cifra de siniestros por ese motivo siga aumentando.

Para todos es evidente que el uso de un aparato móvil, ya sea para hablar, navegar por internet, chatear, sacar fotos o las famosas selfies, es altamente peligroso, ya que basta un segundo de distracción para generar accidentes con consecuencias catastróficas. Lo anterior se suma a que está comprobado que las acciones descritas anteriormente aumentan entre cinco a diez veces la posibilidad de sufrir algún tipo de accidente.

Lo más preocupante, según la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito, es que ocho de cada diez conductores en nuestro país -escuchen bien: el 80 por ciento de los conductores en nuestro país manipulan siempre el teléfono celular mientras están conduciendo un vehículo, cifra alarmante que hay que eliminar o reducir en forma drástica para que podamos convivir en una sociedad más segura desde el punto de vista vial.

Por su parte, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha señalado que manipular un teléfono inteligente es similar a conducir en estado de ebriedad, pues recrea conductas parecidas, como la pérdida de reflejos al volante. Asimismo, chatear al conducir es similar a manejar tras haber bebido “cuatro cervezas”. Este último dato nos da una aproximación de lo que ocurre realmente cuando estos aparatos son usados de manera imprudente e irreflexiva.

Por ello, considero un tremendo avance aumentar las sanciones ya establecidas, y adecuar nuestra legislación a los problemas que hoy existen en todo lo relativo a la convivencia vial.

En Chile, desafortunadamente, no existe cultura del buen manejo y de la conducción responsable, lo cual implica, por cierto, dar cumplimiento a todas las normas de tránsito existentes. En este sentido, nuestro sistema se vuelve poco amigable y peligroso para todos quienes circulan en auto o a pie. En esta materia debemos poner hincapié como Estado. Por ello, a través de este tipo de iniciativas y en conjunto con otras, debemos promover políticas y campañas publicitarias que tiendan a concientizar a la población sobre los riesgos asociados al uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado, pues, como dije, ello puede terminar en consecuencias fatales para nuestros ciudadanos.

Por lo anteriormente expuesto, votaré a favor este proyecto.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Fidel Espinoza .

El señor ESPINOZA.-

Señor Presidente, varias han sido las iniciativas de ley que en este Parlamento se han discutido en función de proteger a los ciudadanos.

Recuerdo con mucha firmeza que hace algunos años, incluso antes de la discusión de la “ley Emilia”, conocimos casos de conductores que por haber manejado en estado de ebriedad y haber provocado la muerte de una persona -incluso, por no haber prestado auxilio o ayuda a la víctima y haber arrancado del lugar de los hechos-, como ocurrió en algunos casos en Puerto Montt y en Puerto Varas, recibieron condenas prácticamente irrisorias, lo que constituía un segundo drama para los familiares que perdieron a sus seres queridos en el accidente.

Tuvimos largas discusiones en este Parlamento para aumentar las penas para los conductores que provocan accidentes de tránsito por haber bebido alcohol, o que provocan la muerte o resultados evidentemente catastróficos a personas, como son las lesiones de gravedad.

Con posterioridad ha habido otras iniciativas sobre la materia. La diputada Ximena Ossandón mencionó una respecto de la cual todavía tengo mis reparos -lo digo muy honestamente-, como fue la que redujo la velocidad máxima de circulación en zonas urbanas de 60 a 50 kilómetros por hora. Como dijo ella muy bien, hemos recibido muchas críticas por esa normativa, porque se tornó en una ley que ha permitido más que nada que se cursen más partes en todas las comunas de Chile que soluciones efectivas para disminuir la cantidad de accidentes.

No obstante dicha ley -sin perjuicio de que en lo personal a lo mejor me arrepiento de haber votado a favor la reducción de velocidad máxima de circulación en zonas urbanas de 60 a 50 kilómetros por hora, porque, desde mi punto de vista, ello no ha generado elementos estadísticos que permitan decir cuánto se han reducido las tasas de accidentabilidad en Chile-, sí creo que la situación que aborda el presente proyecto es muy trascendente, porque las estadísticas son tremendamente claras: más del 83 por ciento de las personas encuestadas reconoce que escribe o responde mails cuando conduce. ¡Más del 83 por ciento!

Además, el 77 por ciento reconoce que revisa su Twitter y el 62 por ciento reconoce que chatea por WhatsApp cuando conduce.

Debo reconocer que, lamentablemente, a mí y a muchos de los que están de aquí nos pasa. Hablamos de otros, pero también nosotros lo hacemos. Es una mala conducta, ya que se ha intensificado demasiado la tasa de accidentabilidad.

Las estadísticas son bastante claras y decidoras. Se sostiene, con bastante convicción, que por la utilización de la tecnología, solo entre 2011 y 2016 los porcentajes de accidentes de tránsito tuvieron alzas tremendamente grandes, superiores al 60 por ciento.

Ese es un problema que tenemos como país, porque, como alguien planteó, todo el mundo tiene celulares, de manera que su uso es masivo, pero cuando se utilizan mientras se conduce un vehículo se transforman en un peligro si no se va atento a las condiciones del tránsito. Ha habido accidentes hasta en los peajes cuando alguien conduce y chatea a la vez. Eso ocurre día a día.

La diputada Ossandón dijo que nos van a criticar por este proyecto. Creo que bien criticados estamos por la iniciativa en virtud de la cual se modificó la Ley de Tránsito para reducir el límite de velocidad máxima de circulación en las zonas urbanas de 60 a 50 kilómetros por hora; pero por este proyecto nadie nos podrá criticar, porque cualquier persona puede ser una víctima, como un ciclista, un peatón o una familia que va en otro vehículo, debido al uso indiscriminado del celular o de algún aparato tecnológico durante la conducción.

El proyecto deja claramente establecido que la utilización de otros elementos permite hablar por teléfono celular mientras se conduce, como sistema de manos libres, pero tenemos la mala costumbre de no usarlo. Nuestra cultura ha sido pésima en eso, y me incluyo; nos cuesta enormemente. Por eso, desde el Ministerio de Transportes y desde los organismos pertinentes debemos incentivar todas las políticas tendientes a cambiar la cultura de nuestro país en esta materia. Cuando compramos un celular a todos nos dan un auricular que incluye el sistema de manos libres, pero no lo usamos.

Dijeron que son cuatro iniciativas refundidas en este proyecto, y me parece que es una excelente idea. Quizá no le gustará a unos pocos; pero la gran mayoría de la población, diputada Ossandón , va a valorar esta iniciativa, porque, repito, cualquiera de los que estamos aquí, incluso nuestras familias, cualquier ciudadano, en el día a día puede ser víctima de un accidente porque alguien va conduciendo y chateando al mismo tiempo, o leyendo los tuits o la prensa.

En consecuencia, reitero que el proyecto es valorable, y quiero destacar a los parlamentarios que lo presentaron.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Javier Hernández .

El señor HERNÁNDEZ.-

Señor Presidente, antes de justificar mi apoyo al proyecto que sometemos a votación, es importante mencionar que fue refundido con otras tres mociones, lo que demuestra la preocupación por cómo el uso de celulares durante la conducción de vehículos motorizados se ha transformado en un problema de mayor envergadura que necesariamente debe ser regulado por nuestra legislación, con el objeto de desincentivar las malas prácticas que distraen al conductor y, de esa forma, disminuir el número de accidentes de tránsito a causa de un manejo irresponsable.

Con la consolidación de la globalización, los teléfonos celulares se han transformado en la principal herramienta de comunicación entre las personas, ya que permiten realizar llamadas de voz y también facilitan el acceso a nuestros correos electrónicos, redes sociales, periódicos, entre otras plataformas virtuales.

Sin duda alguna, lo anterior representa un beneficio que nos mantiene informados y conectados en un mundo cada vez más globalizado. Sin embargo, debemos reconocer que también se ha generado un nivel de hiperconectividad preocupante, ya que en muchas ocasiones impide la conexión social, incluso durante la ejecución de tareas que requieren de la total atención de aquellas personas que las realizan, como la conducción de un vehículo motorizado.

De acuerdo con un estudio realizado por una importante empresa de comunicaciones, Chile es el país que tiene los mayores índices de conectividad a nivel latinoamericano. Eso parece coincidir con la realidad que se percibe en este aspecto y que alude a que la conducción de un vehículo mientras se hace uso de dispositivos de telefonía móvil se ha hecho cada vez más frecuente entre los chilenos.

Esta situación es a lo menos alarmante, considerando que conducir haciendo uso de celulares se asimila a conducir bajo los efectos del alcohol. Por lo tanto, resulta evidente que el estado de alerta y los niveles de atención se ven reducidos, generando un riesgo para la integridad física del conductor y de las demás personas que se movilizan por las calles u otros móviles.

Si bien el escenario ideal es crear una conciencia vial que contribuya a la conducción responsable, lo cierto es que dicha conciencia aún es un desafío que implica erradicar en las personas el hábito de usar celulares y otros medios electrónicos durante la conducción de un vehículo, entendiendo que, bajo esta última circunstancia, los dispositivos señalados anteriormente son distractores que pueden poner en peligro su propia vida.

Dentro de ese mismo contexto, también es importante realizar campañas educativas para difundir los riesgos asociados al uso del celular durante la conducción de un vehículo y, de esa manera, contribuir a la formación de una verdadera conciencia vial entre las personas.

Mientras logramos ese objetivo, parece lógico aplicar medidas coercitivas que desincentiven el uso de celulares o pantallas de televisión durante la conducción, tal como lo establece el proyecto en discusión, que aumenta la sanción de esta conducta de grave a gravísima.

En definitiva, esta iniciativa es razonable en el corto plazo, pero debe ser complementada con medidas que promuevan una mayor conciencia y responsabilidad vial, con efectos a mediano y largo plazo.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Marcos Ilabaca .

El señor ILABACA.-

Señor Presidente, lo primero que quiero preguntar es si tenemos quorum para sesionar. Hace más de 30 minutos hay menos de 41 diputados en la Sala.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Señor diputado, es primera vez que lo dice. Ya empezaron a sonar los timbres, pero es bueno señalar, porque la sesión se está televisando, que algunos estamos en la Sala desde el primer minuto del inicio de la sesión y estaremos hasta el final, y escuchamos todo, especialmente los antiguos. Además, hay dos comisiones funcionando simultáneamente con la Sala, con el visto bueno de esta, por lo cual hay 26 diputados dispensados de asistir a esta sesión.

Clarifico lo anterior, porque la imagen que puede dar es la de una tropa de flojos, y no es así. Los parlamentarios somos gente seria.

El señor ILABACA.-

Está muy bien, señor Presidente: 26 diputados, y son 155.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Puede hacer uso de su tiempo, colega.

El señor ILABACA.-

Señor Presidente, las tres principales razones de accidentes del tránsito están dadas principalmente por el exceso de velocidad, el manejo en estado de ebriedad y por no estar atento a las condiciones del tránsito.

De acuerdo con datos de la Conaset, no estar atento a las condiciones del tránsito provocó, en 2017, 25.046 accidentes, en los que 123 personas fallecieron y hubo 14.590 lesionados; el exceso de velocidad generó 1.179 accidentes del tránsito y el manejo bajo los efectos del alcohol provocó 6.981 accidentes del tránsito.

Por lo tanto, en la actualidad, la principal causa de accidentabilidad en el manejo de vehículos motorizados corresponde claramente al hecho de no encontrarse atentos a las condiciones del tránsito.

Cuando inicié mi trabajo parlamentario, este fue uno de los temas que más me preocupó, por lo cual pensé en presentar un proyecto de ley al respecto. Sin embargo, al revisar las actas de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, a la cual pertenezco, constaté que había cuatro proyectos de ley idénticos, presentados por distintas bancadas, iniciativas que habían quedado olvidadas y no se les estaba dando tramitación alguna.

El último de esos proyectos fue presentado el año pasado por el diputado José Miguel Castro , de Renovación Nacional, lo que da cuenta de la falta de trabajo coordinado en este tema.

Por lo tanto, en vez de presentar una iniciativa, conversé con el diputado Castro y le sugerí que trabajemos juntos respecto de este problema, que año a año provoca miles de accidentes y miles de fallecidos. Así logramos refundir los cuatro proyectos de ley, gracias a que tanto la comisión como la Sala accedieron a ello.

Decidimos trabajar esta iniciativa, porque este es uno de los problemas más graves, recurrentes y comunes en el proceso de conducción de vehículos.

Se usa el celular mientras se maneja un vehículo, no solo para conversaciones, sino para múltiples funciones. Al respecto, como saben, a diario en cada una de nuestras calles y carreteras vemos cómo un alto porcentaje de conductores -ya se ha dado a conocer la estadística hace de esta práctica algo habitual, no solo en las paradas de semáforo en luz roja. En ese sentido, muchos dirán que aprovechan ese momento para ver el celular; pero lo cierto es que he visto a personas que conducen su vehículo a más de 120 kilómetros por hora en las carreteras de nuestro país y, al mismo tiempo, chatean o conversan por el celular.

Esa conducta no solo es negligente, sino cuasidelictual, porque perder la visual y la concentración al conducir para mirar un chat o un tuit, hacer una video llamada, etcétera, significa claramente asumir una actitud de accidente.

Recuerdo que al comienzo de esta legislatura denuncié a la seremi de Gobierno de la Región de Los Ríos, quien, en su afán por promover las “grandes acciones” que está desarrollando este gobierno, mandó un mensaje a la ciudadanía en el que hablaba respecto del desarrollo y el despliegue territorial en que estaba empeñado el gobierno del Presidente Piñera y de cómo se hacía presente en cada uno de los territorios de la región. Pero lo hizo a través de su celular, y parece que olvidó que en ese momento iba manejando un vehículo a más de 100 kilómetros por hora para trasladarse entre Futrono y Paillaco .

Ese tipo de acciones son las que hemos normalizado. Respecto de ese caso, el intendente dijo que la acción no era un delito, que no era una falta, que no era una infracción. Si seguimos normalizando este tipo de acciones, claramente no le podremos exigir a la ciudadanía un cambio de actitud.

Por lo tanto, considero fundamental proceder al cambio que hemos planteado al interior de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones y erradicar la cultura del manejo descuidado.

En esta ocasión, en que estamos tratando un problema importantísimo, razón de muchos accidentes de tránsito, me hubiera encantado haber tenido un marco más amplio de diputados, y también haber contado con la presencia de la ministra de Transportes y Telecomunicaciones y del director ejecutivo de la Conaset, porque esta norma en particular, de la cual todos estamos contestes que va a producir una disminución en la accidentabilidad en nuestras carreteras, debería ser el fin que busquen alcanzar tanto la Conaset como el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Lamentablemente, no contamos con ellos.

Es importante no solo aumentar las sanciones, como estamos haciendo, al trasformar esta falta en una infracción gravísima, similar a no respetar una luz roja o un disco pare; además hace falta algo que he señalado varias veces en la comisión: necesitamos más educación, fomentar e invertir en la educación de nuestros niños respecto de este tipo de materias. En tanto sigamos pensando que vamos a resolver este tipo de problemas solo con medidas de carácter punitivo, estaremos perdidos, pues, tal como señalaron varios diputados, muchos desarrollamos este tipo de conductas, lo que evidencia que nuestra cultura tiene graves problemas.

Ahora bien, ese cambio cultural requiere necesariamente, insisto, más educación. Si no se destinan más recursos para alcanzar ese fin, esto que estamos proponiendo no funcionará mucho.

Puse mucho ahínco para que este proyecto estuviera luego en tabla, pero requiere la urgencia del Ejecutivo. Se lo he dicho a la señora ministra y lo he conversado con el ministro secretario general de la Presidencia, porque es fundamental que este tipo de iniciativas, que durante años han presentado diferentes parlamentarios, no queden olvidadas como muchas otras.

No quiero que este problema, que está provocando tal cantidad de accidentes, tal cantidad de fallecidos y tal cantidad de accidentados, quede dormido en el Congreso. Por lo tanto, invito a todos los parlamentarios a votarlo a favor, porque será importante para la seguridad vial del país.

Asimismo, invito al Ejecutivo a que lleve adelante dos acciones que son fundamentales en relación con esta iniciativa: una es que se preocupe de la educación vial y ponga acento en esa materia, y la otra es que le ponga urgencia a este proyecto. Chile se lo agradecerá.

He dicho.

-Aplausos.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Leopoldo Pérez .

El señor PÉREZ (don Leopoldo).-

Señor Presidente, quienes me han antecedido en el uso de la palabra apuntan, de una u otra forma, a lo esencial de este proyecto de ley.

Para la mayoría de los parlamentarios que conducimos vehículos puede ser bastante incómodo y lamentable tener que legislar para subir las penalidades, a fin de enfrentar un problema que se produce por la carencia de un principio que debiera ser parte de nuestra cultura: el respeto a la vida, el respeto a los demás; el respeto de quienes manejan vehículos motorizados, que deberían contar con ciertas cualidades que los hagan conducir en condiciones que eviten, hasta donde sea posible, la ocurrencia de accidentes.

Las estadísticas, que ya fueron dadas a conocer profusamente en el transcurso de la discusión, son bastante graves. Además, van en aumento. Se ha generado gran cantidad de fallecidos y heridos de distinta consideración, situaciones lamentables que tienen como causa principal el manejo descuidado.

El desarrollo tecnológico ha conseguido avances importantísimos, que tienen por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, no empeorarla. A consecuencia de esos avances tecnológicos, hoy prácticamente todos estos aparatos de comunicación vienen con un dispositivo de manos libres o de uno que permite hablar a través del sistema de audio del vehículo, aparentemente con la finalidad de minimizar las posibilidades de sufrir un accidente como consecuencia del manejo descuidado. Sin embargo, considero que su uso tampoco debiera permitirse, salvo que se trate de una emergencia.

Digo que es lamentable que tengamos que legislar sobre este tipo de cosas, porque, como dije, esto debería ser parte de nuestra cultura.

Aquí se habló de la educación, pero esto va más allá de la educación, pues el otorgamiento de licencias de conducir, de cualquier clase, debiera ser mucho más riguroso.

Tal como dijo el diputado Ilabaca , hay muchos proyectos archivados en la comisión que se refieren al establecimiento de requisitos para otorgar la licencia de conducir. Me imagino que la presión ciudadana ha sido muy grande para que distintos gobiernos no hayan impulsado un cambio cultural, a través de las exigencias para el otorgamiento de la licencia de conducir, como sucede en los países desarrollados.

Ahora bien, no se trata de copiar todo lo que hacen los países desarrollados; basta con tomar conciencia como país y como sociedad de que manejar hoy es muy distinto a hacerlo hace 30, 40 o 50 años.

Por lo tanto, invito a la Sala a apoyar este proyecto y, desde ya, anuncio el voto favorable de la bancada de Renovación Nacional.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Marisela Santibáñez .

La señorita SANTIBÁÑEZ (doña Marisela) .-

Señor Presidente, no me parece que legislar sobre este tema sea una pérdida de tiempo ni tampoco lo sea el aumentar las sanciones, y por eso votaré a favor esta iniciativa.

En este mismo ámbito, anuncio la presentación de un proyecto de ley para sancionar con más rigor el consumo de cigarrillos durante la conducción de un vehículo motorizado. En los 4,1 segundos que se tarda en encender un cigarro, a una velocidad de 100 kilómetros por hora un vehículo recorre aproximadamente 113 metros y eso, en una carretera, es más que suficiente para salirse de la ruta y provocar un accidente, situación que no se ha tomado en cuenta.

Por lo tanto, cuando se habla de la necesidad de educar a los niños, considero que no tiene nada que ver con la conducción de un vehículo porque recién a los 18 años se puede conducir un automóvil.

Me parece que estamos ante un proyecto que debemos votar favorablemente de manera transversal, para penalizar y quitar la licencia de conducir a quien conduzca de manera descuidada. Esta sería la forma más efectiva de evitar futuros accidentes.

Tal como se lamentó la muerte de la pequeña Emilia debido al consumo de alcohol de un conductor, ella también se pudo haber producido por la distracción que provoca el uso de un teléfono celular o el consumo de un cigarrillo.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Florcita Alarcón .

El señor ALARCÓN.-

Señor Presidente, después de escuchar todos los comentarios, desde el punto de vista de la sanción, quiero consultar desde el punto de vista de los derechos del conductor.

¿Está convenientemente explicitado en el proyecto de ley el derecho del conductor a detener su vehículo a la orilla del camino para hacer uso de su celular? ¿Es posible que un policía, bajo su interpretación, pudiere sancionar al conductor por el uso de su teléfono celular mientras el vehículo permanece detenido?

Esta pregunta se la hice al diputado informante del proyecto de ley, don René Manuel García , quien me dijo que mejor expusiera en la Sala la consulta.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado René Manuel García .

El señor GARCÍA (don René Manuel).-

Señor Presidente, como diputado informante, por su intermedio, quiero contestar su pregunta a mi colega y querido amigo Florcita Alarcón .

¿Una persona que se estaciona a la orilla del camino para hablar por teléfono o para ver un aparato electrónico puede ser sancionada?

No, esa persona no tiene ninguna sanción porque no va conduciendo un vehículo, que está estacionado en la berma o en un lugar permitido. Allí no tendría ningún problema para usar su teléfono celular o cualquier otro aparato electrónico. Solo se sanciona a la persona que hace uso del celular o de pantallas de televisión mientras conduce un vehículo motorizado.

Entonces, a pesar de estar sentado frente al volante si el vehículo está detenido, no habría ningún problema.

El proyecto de ley dice que solamente se sanciona a quien durante la conducción de un vehículo motorizado hace uso de celulares o de pantallas de televisión.

Aclarado este punto, la verdad es que cuando analizo este tipo de proyectos no puedo menos que señalar que me parece patético que se legisle sobre lo mismo otra vez, por una razón muy simple: ¿cómo se da cuenta la gente de que la ley dice claramente que no se puede hablar por teléfono cuando se conduce un vehículo?

Esto demuestra que al chileno lo único que le interesa es si le afecta el bolsillo o si le quitan la licencia de conducir; lo demás no le interesa. Si puede pagar la multa por hablar por teléfono mientras conduce, la pagará y seguirá hablando por teléfono. Ahora, la sanción pasa de grave a gravísima y, por lo tanto, se le podrá quitar la licencia de conducir a quien no cumpla la ley y conduzca mientras utiliza esos aparatos.

La pregunta que uno se debe hacer es si al chileno le falta educación o cada vez requiere leyes más drásticas que restrinjan más la libertad de las personas. Si el chileno tuviera conciencia, si las personas que manejan vehículos motorizados cumplieran la ley, no habría absolutamente ningún problema; pero al ver este tipo de situaciones, uno entiende la necesidad de educar desde los colegios.

Antes, cuando uno conducía el vehículo bajaba la ventanilla y tiraba los papeles a la calle; hoy, si uno viaja con sus hijos o sus nietos, eso no lo puede hacer porque los niños actuales tienen conciencia de la ecología y de la necesidad de cuidar el medio ambiente.

Lamentablemente, el proyecto que discutimos es necesario y por eso surge de cuatro mociones que ingresaron a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones para su estudio.

Nuestra obligación es velar por la seguridad de las personas que cumplen las normas, no de aquellas personas inconscientes. Debemos velar por la seguridad de los peatones que cruzan confiados el paso de cebra y de los conductores que cumplen todas las normas y no hablan por celular. Ahora, también considero una falta de respeto que los peatones crucen el paso de cebra lentamente mientras hablan por celular, porque muchas veces lo hacen para molestar y crean un verdadero taco. Claramente, lo hacen para entorpecer el tránsito, por lo que considero que todo lo relacionado con el tránsito debiera ser enseñado desde los colegios.

Indudablemente, vamos a votar favorablemente este proyecto de ley, que, por lo menos, ayudará a salvar las vidas de las personas que son respetuosas al conducir y va a castigar a quienes no actúan de esa manera.

Señor Presidente, se acuerda usted que, cuando salió la “ley Emilia”, muchos comenzaron a tomar taxis cuando bebían alcohol, pero hoy la situación se ha relajado y de nuevo no se respeta; entonces, una vez que se promulgue la correspondiente ley, ¿cuántas personas seguirán conduciendo su vehículo mientras hablan por teléfono?

El llamado es a hacer una campaña que acabe con esta conducta de una vez por todas. Carabineros debiera cursar las multas, pues, desgraciadamente, el chileno entiende a golpes y no con buenas palabras.

Por lo tanto, por el bien de todos y de cada una de las personas que realmente respetan la ley, que quieren conservar sus vidas y por muchos inocentes que, desgraciadamente, han muerto en este país por culpa de conductores imprudentes, ya sea por hablar por teléfono o por estado de ebriedad, la bancada de Renovación Nacional votará a favor del proyecto de ley, y esperamos que sea en esta sesión, para no dilatar más su aprobación, porque es un proyecto largamente esperado por todas las personas.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Hugo Gutiérrez .

El señor GUTIÉRREZ.-

Señor Presidente, creo que la pregunta que hizo el diputado Florcita Alarcón es bastante pertinente, pero creo que el diputado René Manuel García respondió erradamente, porque cuando una persona conduce un vehículo bajo los efectos del alcohol, aun cuando se detenga en la berma, igual es sancionado por conducir en estado de ebriedad o por manejo bajo la influencia del alcohol.

Si una persona, para consultar sus redes móviles, eventualmente se detiene en la berma y empieza a chatear, ¿debería ser sancionada? El numeral que se agrega a la norma se refiere a conducir haciendo uso o manipulando dispositivos de telefonía móvil y, por tanto, ella debería ser sancionada aun cuando detenga su vehículo a un costado de la berma, porque está manejando.

El sentido obvio de esta norma se refiere al vehículo que está en movimiento y, por supuesto, el conductor no puede hacer uso o manipular dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio electrónico, pero no se explicita en el proyecto si esa prohibición también afecta a quienes detienen su vehículo para utilizarlos. Se sanciona ejercer esas acciones al conducir vehículos. Si estoy manejando, pese a que pare en la berma y consulte el celular, sigo siendo conductor y, en consecuencia, igual debería ser sancionado.

Es obvio que nos estamos pronunciando respecto de la sanción a la conducción del vehículo en movimiento y no al vehículo detenido para que el conductor consulte sus redes sociales. Por lo tanto, hay que explicitar el particular, porque, de lo contrario, se va a aplicar la misma regla que opera para sancionar a los que conducen bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad.

Si el conductor que va manejando por un camino se detiene a consultar su dispositivo electrónico, debería ser sancionado. No hay razón para discurrir una diferencia entre el conductor que va en su vehículo en movimiento y el conductor que detiene su vehículo para consultar las redes sociales.

En consecuencia, y para que quede claro en la historia fidedigna del establecimiento de la ley, en ambos casos, de acuerdo a esta normativa en proyecto, la persona debería ser sancionada, a menos que agreguemos, mediante una indicación, que se pueden consultar las redes sociales cuando el vehículo no se encuentra en movimiento.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Marcelo Díaz .

El señor DÍAZ.-

Señor Presidente, trataré de ser breve.

Voy a votar a favor este proyecto de ley, porque creo que hay leyes que tienen sentido en sí mismas. Más allá de si el juicio ciudadano es crítico o no, aquí hay un propósito esencial, que es salvar vidas.

En su momento, cuando se aprobó la ley de tolerancia cero, también hubo muchas críticas. Lo mismo ocurrió con otras normas, porque, claro, restringen derechos que sentimos que son adquiridos y que, por tanto, nos pertenecen de manera inmutable y perenne. Sin embargo, los efectos de esas leyes han sido más bien positivos y creo que esta ley en proyecto también puede tener un efecto positivo.

Quiero sumarme a algo que dijo mi colega el diputado Patricio Rosas : que esto es apenas la punta del iceberg de un problema más de fondo que tenemos como sociedad y que tiene que ver con la nomofobia, es decir, con la adicción al celular, con la adicción a las redes sociales.

Hace algunos días -no hace mucho tiempo, sino la semana pasada-, un psicólogo me contó que cuando se empezaron a investigar las adicciones, en general, se descubrió que provenían efectivamente de la ingesta de algún producto, de alguna sustancia como el alcohol, el tabaco, la cocaína, la heroína, etcétera. Todas son sustancias que ingresan desde el exterior al organismo humano. Cuando empezaron a aparecer otro tipo de adicciones, por ejemplo, la adicción al juego o ludopatía, se investigó qué ocurría en esos casos. ¿Por qué se generaba adicción en ese caso si no había una sustancia que ingresaba al organismo? Este psicólogo me dijo que se había logrado constatar que el cuerpo generaba cierta sustancia que provocaba esa adicción. El parkour o el escalamiento de montañas -estoy poniendo los mismos ejemplos que me dio el psicólogo generan adrenalina y endorfina.

Hay distintos tipos de adicciones. Esta, que involucra los teléfonos celulares, la vemos poco, porque quizás el impacto patrimonial es menor.

Por ejemplo, en Europa, la familia puede pedir que se prohíba el acceso de un familiar que sufre de ludopatía a cualquiera de los casinos de la Unión Europea. La idea es proteger a la familia del impacto que la ludopatía puede generar en el patrimonio familiar y en la vida familiar. Pero respecto de esto se habla poco y se hace poco, a pesar de que está repercutiendo severamente en nuestras relaciones humanas, sociales, con graves impactos familiares, personales y sociales también, porque es muy usual.

Antes, uno se subía al metro y, en general, la gente iba mirando hacia el horizonte, o leía un libro o un diario. Hoy es el teléfono. Hay gente que sube y baja escaleras mirando el teléfono. Hay gente que va a almorzar o a comer y está comunicándose por teléfono. Y esto no es solo una cosa de respeto, de protocolo, sino que tiene que ver con una disociación entre el mundo real y el mundo virtual. La nomofobia tiene que ver con eso: con la ansiedad que produce no tener el teléfono a la mano.

Señor Presidente, también nos pasa a nosotros en la Sala y en las comisiones. A veces ocurre que, en las comisiones -no digo que sea la excepción-, mientras un invitado está exponiendo, de trece diputados, cinco, seis u ocho están mirando el celular. Este es un problema nacional; es un problema de la salud pública del que debemos hacernos cargo.

Claro, como dije, esta es la punta del iceberg, porque aquí lo que está en juego es la integridad física o la vida de las personas, y es bueno legislar en tal sentido, pero quizás sería positivo hacer una reflexión más de fondo.

Algún diputado que me antecedió en el uso de la palabra dijo que somos el país número uno de América Latina en materia de conectividad. Si no me equivoco, hay más tarjetas de crédito y más celulares que habitantes en Chile, lo cual da cuenta, de cierta manera, de la profundidad, de la penetración de la tecnología, la que es tremendamente virtuosa, pero que tiene también estos otros componentes.

Hace algunos días legislamos sobre el ciber acoso, sobre el bullying, lo que también tiene que ver con las redes sociales, con la emergencia de nuevas herramientas, pero también está asociado a la adicción al celular.

Conozco muchos casos de familias que se han fracturado, ya no por los viejos conflictos que sucedían en las familias, sino como consecuencia de la adicción al celular, que hace que la gente esté más pendiente de lo que ocurre en el mundo externo, a través de ese aparato, que de la realidad que tiene enfrente.

El efecto -así lo describen muchos especialistas es el abandono de las preocupaciones, de las ocupaciones, de los afectos y, por lo tanto, se devasta la construcción del tejido social, que es fundamental para que los países y las sociedades funcionen.

Voy a votar a favor, pero con este llamado de atención que me hizo presente en su intervención el diputado Patricio Rosas , como buen médico que es, porque creo que es un tema del que, insisto, nos hemos ocupado poco, pero que está detrás de esto.

Todos sabemos qué implica mirar o contestar el teléfono mientras voy manejando, incluso con manos libres. No nos hagamos los lesos: con manos libres uno igual mira el teléfono para ver quien llama o si contesta o no. No es automático; también distrae la atención.

Por ello, me parece bien esta señal, pero mientras no resolvamos el problema de fondo, que es que las personas volvamos a entender que estos aparatos vienen a mejorar nuestra calidad de vida y no a reemplazar nuestras relaciones sociales y humanas, este problema va a perseverar, porque hay una adicción como la del tabaco. La gente no va a dejar de fumar porque dictemos leyes, pero se produce un impacto: prácticamente, la gente no fuma en sus casas. Incluso, acepto la prohibición de no fumar en las plazas del alcalde Lavín. Acepto cualquier cosa que dé la señal de que no está permitido, es decir, de que la conducta no es ilegal, pero no queremos que se propague o extienda.

Yo soy fumador culposo -lamentablemente, volví a fumar, pero estuve ocho años sin hacerlo y, por ejemplo, hoy me cuesta más botar una colilla al suelo, como siempre lo hacía. Esas son señales que van dando las leyes y la sociedad.

En consecuencia, esta es una señal que tiene que ver con salvar vidas y proteger la integridad física de las personas. Pero el problema de fondo es la adicción al celular, que nos está consumiendo como muchas veces lo hacen otras drogas, de las que sí nos ocupamos.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Para hacer una aclaración, tiene la palabra el diputado informante, René Manuel García .

El señor GARCÍA.-

Señor Presidente, el diputado Hugo Gutiérrez dijo que me equivoqué, y no es así. Cuando una persona va manejando en estado de ebriedad y estaciona el vehículo en la berma o donde sea, se le puede cursar una multa porque se presume que tiene la posibilidad de reiniciar su viaje y seguir manejando. Según el diputado Gutiérrez , Chile sería el único país del mundo en que se castigará a quien respeta la ley. Sin embargo, estamos discutiendo un proyecto de ley que establece que quien va manejando no puede hablar por teléfono ni utilizar aparatos electrónicos. Si un señor estaciona tranquilamente en la berma o en un estacionamiento para hacer, por ejemplo, una llamada telefónica o ver en su televisor un partido de fútbol del Colo-Colo con otro equipo, y le sacan un parte cuando hace andar su vehículo, claramente es una contradicción. En este caso, ese señor ha respetado la ley a cabalidad, porque detuvo su vehículo para hablar por teléfono.

En el otro caso de la conducción en estado de ebriedad, por seguridad de la ciudadanía, se saca el parte, porque se presume que la persona tiene la posibilidad de volver a hacer andar el vehículo y conducir.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Diego Schalper .

El señor SCHALPER.-

Señor Presidente, por su intermedio me quiero hacer cargo de la legítima duda del diputado Gutiérrez , en tres sentidos.

Primero, cuando se interpreta una norma, se aplican los artículos 19 y siguientes del Código Civil. El artículo 20 señala: “Las palabras de la ley se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas palabras.” Obviamente, el sentido natural y obvio de la expresión “conducir” habla de movilizar. Si cupiere alguna duda -así lo indica la doctrina-, habría que apelar al Diccionario de la lengua española, de la Real Academia Española, el cual señala que la expresión “conducir” habla de “transportar a alguien o algo de una parte a otra”. O sea, queda clarísimo que el verbo “conducir” dice relación con mover.

Por lo tanto, para la tranquilidad del diputado Hugo Gutiérrez , el hecho de que esa persona esté detenida no dice relación con el verbo rector. Si quedara alguna duda sobre la causa de la norma, el verbo rector, o sea, por qué se atribuye una sanción a conducir usando redes sociales, debo señalar que obviamente el motivo de la sanción es desatender el tránsito; en cambio, en el caso del estado de ebriedad el motivo de la sanción tiene que ver con ponerse a manejar en estado de intemperancia, una cosa muy distinta al manejo de redes sociales, que tiene que ver con la circunstancia de desatención.

Para tranquilidad del diputado Gutiérrez , y sin ánimo de sobreabundar, el Reglamento General de Circulación de España usa la expresión “conducir”. La legislación alemana también emplea la expresión “conducir” para este mismo caso. Por lo tanto, si hubiese alguna duda de interpretación, por último, nos podemos acoger a lo que establece el derecho comparado.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Bellolio .

El señor BELLOLIO.-

Señor Presidente, no soy un experto jurista ni nada por el estilo, pero de las palabras del diputado Hugo Gutiérrez se desprende un hecho cierto: el conductor no deja de serlo por el hecho de que el auto esté detenido. Si estoy en un taco o una luz roja, ¿ese instante de detención me permitiría ocupar o manipular el teléfono celular? La respuesta es no. Es más, el hecho de que una persona se estacione en la berma es distinto a que lo haga en un lugar delimitado para estacionamiento.

Se entiende que la lógica de la multa es que la persona que va conduciendo, es decir, que va en movimiento, usa el teléfono y, por lo tanto, comete la infracción que se quiere punir. Pero –insisto ¿es sancionable el hecho de que la persona que está en un taco o en una luz roja saque el teléfono para mirar el WhatsApp, a pesar de lo común que es esa conducta? La respuesta es sí, porque la persona está detrás del volante en un momento en el cual no está detenida, que no significa un potencial riesgo para las demás personas.

Por supuesto que en la berma es distinto, aun cuando esta no se debe usar para cualquier cosa. La lógica de usar o detenerse en la berma tiene que ver con una situación de urgencia, y se podría argumentar que esa urgencia significa enviar un mensaje o hablar por teléfono. Vale la pena hacer y conversar bien la distinción que se ha hecho.

Hoy, el tipo que sanciona con una multa de 3 UTM señala que la persona va conduciendo y no es distinto a lo que hoy se propone. Con la aplicación de sentido común, las multas se sacan cuando las personas están desplazándose en sus vehículos y no cuando están estacionadas con el teléfono en la mano.

Por supuesto, votaré a favor el proyecto. Me parece interesante hacer esa distinción en esta Sala, toda vez que el espíritu de la ley tiene que ver con la persona que está conduciendo, y si está detenida en un lugar donde no entorpece o no ofrece un riesgo para el resto de las personas, evidentemente eso no es sancionable.

Insisto: el punto que señaló el diputado Gutiérrez me parece perfectamente atingente, porque hoy se sanciona a la persona que está en estado de ebriedad estacionada en una berma, pues aún así comete la falta. Entonces, se podría entender de forma equívoca que aquel que se encuentra estacionado en una estación de servicio wasapeando también podría cometer la falta. Obviamente, ese no es el interés de este proyecto ni tampoco de la sanción que hoy existe, porque nunca se ha aplicado así. Entonces, hay un espacio de sentido común.

Ahora, quiero hacer referencia a algo que manifestó el diputado Marcelo Díaz . Él tiene razón en que hemos cambiado la forma de comunicarnos y que muchas veces la adicción a la tecnología nos hace alejarnos de las personas en el sentido estricto de la palabra. Sin embargo, este tema no puede ser tomado con una especie de nostalgia, en que todo tiempo pasado fue mejor y que eran mejores las sociedades cuando las personas solo veían el horizonte o leían el diario o libros mientras estaban en los paraderos de micros o del metro. Hoy, muchas personas leemos libros en el celular y, como dijo un ministro, escuchamos audiolibros -yo escucho novelas en el audiolibro-. Obviamente, estar con el teléfono en la mano no necesariamente es sinónimo de no estar haciendo nada.

Un último punto relevante -sé que no se refería a eso el diputado Marcelo Díaz es que no es absoluta la disociación entre la realidad en que hoy nos encontramos y la realidad virtual a través del teléfono; si fuera absoluta, el cyber bullying no podría ser penado, porque significaría que lo que subo a las redes sociales no tendría un daño en la realidad, debido a que se trataría de realidades completamente ajenas, y no lo son. De hecho, muchas veces el daño que se produce, a través de las redes sociales, en esa abstracción de la realidad puede ser mucho más grande que el daño que se produce físicamente en un encuentro.

Entonces, tiene razón el diputado Marcelo Díaz en que hay una abstracción y en que debemos tener cuidado con la adicción a la misma, entendida como los cambios físicos y psicológicos que se producen en las personas por no estar en contacto con algo, especialmente para los menores de edad, pues muchos de los juegos de hoy se crearon precisamente para que se genere adicción, debido a la secreción de las dopaminas. En el menor que juega al Fortnite o al juego que sea se genera una adicción importante. El padre que le corta el juego a su hijo verá de forma inmediata qué pasa: peleas, llanto, agresividad, etcétera.

Efectivamente, como todas las cosas que hemos inventado, la tecnología tiene usos que pueden ser muy positivos y usos que pueden ser muy negativos. La pregunta es: ¿Serán distintos nuestros hijos y los hijos de nuestros hijos, en un mundo completamente tecnologizado, frente a la respuesta de la comunicación y frente a la respuesta de la relación? Más que responder esta pregunta, creo que la duda que surge es qué es estrictamente humano. Por supuesto que el contacto, la relación y la comunicación son cuestiones esencialmente humanas, y la tecnología simplemente nos ayuda a realizarlas.

El control no puede ser en esta lógica medio nostálgica; más bien hay que incorporarlo dentro de nuestras vidas.

Ese es el único punto que quería hacer respecto de ese pensamiento más general.

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Hugo Gutiérrez .

El señor GUTIÉRREZ.-

Señor Presidente, creo que debemos volver a la pregunta pertinente que hizo el diputado Florcita Alarcón . ¿Qué ocurre si suena el celular mientras voy manejando, y me detengo abruptamente para contestar la llamada? De acuerdo con lo sostenido por algunos diputados, si detengo abruptamente el vehículo, sin importar si voy por una calle estrecha, puedo contestar la llamada, pues al no estar en movimiento el vehículo dejo de ser conductor.

Lo que tiene que quedar claro, para la historia fidedigna de la ley, es que no se puede usar ningún dispositivo mientras uno tiene la calidad de conductor, ya sea que el vehículo esté en movimiento o que uno lo detenga para contestar la llamada telefónica, como en el ejemplo que he dado, porque de otra forma causaremos más accidentes que los que queremos prevenir. Lo que queremos prevenir es que el conductor consulte las redes sociales o use la telefonía móvil mientras va manejando su vehículo. De lo contrario, podría entenderse que uno podría detener el vehículo dentro de un túnel para contestar el celular, sin importar la consecuencia que traiga consigo ese hecho.

Alguien dijo que es obvio que uno es conductor solo mientras el vehículo está en movimiento. Eso no es así. Uno es conductor mientras esté frente al volante. La calidad de conductor no se pierde por detener el vehículo. De lo contrario, estaríamos autorizando que el conductor se detenga dentro de un túnel para atender una llamada, como en el ejemplo burdo que di, pues, como algunos sostienen, en ese caso ya no habría conducción.

Para la historia fidedigna de la ley, hay que dejar en claro que uno es conductor mientras está frente al volante, ya sea que el vehículo se esté desplazando o que uno lo detenga por un instante siquiera. De otra forma, nos encontraremos con serios problemas de interpretación de la norma.

Solo quería aclarar y contribuir a lo que planteó el diputado Alarcón .

He dicho.

El señor ORTIZ (Presidente accidental).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que aumenta sanciones por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado.

Hago presente que este proyecto contiene disposiciones de ley simple o común. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 122 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Eguiguren Correa , Francisco , Mellado Suazo , Miguel , Saldívar Auger, Raúl Alessandri Vergara, Jorge , Espinoza Sandoval , Fidel , Meza Moncada , Fernando , Sanhueza Dueñas , Gustavo Alinco Bustos , René , Flores García, Iván , Mix Jiménez , Claudia , Santana Castillo, Juan Álvarez Ramírez , Sebastián , Fuenzalida Cobo, Juan , Molina Magofke , Andrés , Santibáñez Novoa , Marisela , Álvarez Vera , Jenny , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Morales Muñoz , Celso , Sauerbaum Muñoz , Frank , Álvarez-Salamanca , Ramírez , Pedro Pablo , Gahona Salazar , Sergio , Moreira Barros , Cristhian , Schalper Sepúlveda , Diego , Amar Mancilla , Sandra , Galleguillos Castillo , Naranjo Ortiz , Jaime , Schilling Rodríguez , Ramón Marcelo , Ascencio Mansilla , Gabriel , García García, René Manuel , Noman Garrido , Nicolás , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Auth Stewart , Pepe , Garín González , Renato , Norambuena Farías, Iván , Sepúlveda Soto , Alexis , Baltolu Rasera, Nino , Girardi Lavín , Cristina , Núñez Arancibia , Daniel , Silber Romo , Gabriel , Barrera Moreno , Boris , Gutiérrez Gálvez, Hugo , Núñez Urrutia , Paulina , Soto Ferrada , Leonardo , Barros Montero , Ramón , Hernández Hernández , Javier , Olivera De La Fuente , Erika , Soto Mardones, Raúl , Bellolio Avaria , Jaime , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Orsini Pascal , Maite , Teillier Del Valle, Guillermo , Berger Fett , Bernardo , Ibáñez Cotroneo , Diego , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Tohá González , Jaime , Bernales Maldonado , Alejandro , Ilabaca Cerda , Marcos, Pardo Sáinz , Luis , Torrealba Alvarado , Sebastián , Bobadilla Muñoz , Sergio , Jackson Drago , Giorgio , Parra Sauterel , Andrea , Trisotti Martínez , Renzo , Boric Font , Gabriel , Jiles Moreno , Pamela , Pérez Arriagada , José , Undurraga Gazitúa , Francisco , Brito Hasbún , Jorge , Jiménez Fuentes , Tucapel , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urrutia Bonilla , Ignacio , Calisto Águila , Miguel , Ángel , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Salinas , Catalina , Urrutia Soto , Osvaldo , Carter Fernández , Álvaro , Keitel Bianchi , Sebastián , Prieto Lorca , Pablo , Vallejo Dowling , Camila , Castro Bascuñán , José , Miguel , Kuschel Silva , Carlos , Ramírez Diez , Guillermo , Van Rysselberghe , Herrera , Enrique , Castro González, Juan , Luis , Labra Sepúlveda , Amaro , Rathgeb Schifferli , Jorge , Velásquez Núñez , Esteban , Celis Araya , Ricardo , Lavín León , Joaquín , Rentería Moller , Rolando , Velásquez Seguel , Pedro , Celis Montt , Andrés , Leiva Carvajal , Raúl, Rey Martínez, Hugo , Venegas Cárdenas , Mario , Cicardini Milla , Daniella , Leuquén Uribe , Aracely , Rocafull López , Luis , Verdessi Belemmi , Daniel , Coloma Álamos, Juan , Antonio , Lorenzini Basso , Pablo , Romero Sáez , Leonidas , Vidal Rojas , Pablo , Crispi Serrano , Miguel , Luck Urban , Karin , Rosas Barrientos , Patricio , Von Mühlenbrock , Zamora , Gastón , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Macaya Danús , Javier , Saavedra Chandía , Gastón , Walker Prieto , Matías , Desbordes Jiménez , Mario , Matta Aragay , Manuel , Sabag Villalobos , Jorge , Winter Etcheberry , Gonzalo , Díaz Díaz , Marcelo , Melero Abaroa , Patricio , Saffirio Espinoza , René , Yeomans Araya , Gael , Durán Espinoza , Jorge , Mellado Pino , Cosme .

-Se abstuvieron los diputados señores:

Bianchi Retamales , Karim , Troncoso Hellman, Virginia

El señor VENEGAS (Vicepresidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda aprobado también en particular, con la misma votación.

1.7. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 13 de marzo, 2019. Oficio en Sesión 2. Legislatura 367.

VALPARAÍSO, 13 de marzo de 2019

Oficio Nº 14.549

AA S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo de las mociones, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha aprobado el proyecto de ley que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, aumentando la sanción por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado, correspondiente a los boletines Nos 7.341-15, 8.341-15, 9.846-15 y 12.066-15, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Modifícase la ley N° 18.290, de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, de la siguiente forma:

1. Agrégase el siguiente número 5 en su artículo 199:

“5.- Conducir vehículos haciendo uso o manipulando dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio electrónico, aplicación o sistema de comunicación o de entretenimiento móvil, salvo aquellos dispositivos de manos libres y de georreferenciación, fijos o de manos libres, cuyo uso no distraiga la conducción, conforme con las características que determine el reglamento.”.

2. Suprímese el número 32 del artículo 200.”.

Dios guarde a V.E.

JAIME MULET MARTÍNEZ

Presidente en ejercicio de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Transportes

Senado. Fecha 26 de agosto, 2019. Informe de Comisión de Transportes en Sesión 44. Legislatura 367.

?INFORME DE LA COMISION DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, aumentando la sanción por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado. BOLETINES Nos 7.341-15, 8.341-15, 9.846-15 y 12.066-15, refundidos

_______________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Transportes y Telecomunicaciones tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado en las siguientes Mociones refundidas:

1.- De los Honorables Diputados señores Pedro Pablo Álvarez-Salamanca y Nino Baltolu, y de los ex Diputados señores Giovanni Calderón, Patricio Hales, Juan Lobos, Cristián Monckeberg, Carlos Montes, Iván Moreira, Carlos Recondo y Gonzalo Uriarte, que aumenta sanciones por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado (Boletín N° 7.341-15).

2.- De los Honorables Diputados señores Sergio Bobadilla, Javier Hernández, Iván Norambuena, Ignacio Urrutia, Enrique Van Rysselberghe y Gastón Von Mühlenbrock, y de los ex Diputados señora María Angélica Cristi y señores Gustavo Hasbún, Issa Kort y Manuel Rojas, que modifica la ley N°18.290, de Tránsito, estableciendo como infracción gravísima el uso del celular al conducir (Boletín N° 8.341-15).

3.- De los Honorables Diputados señora Loreto Carvajal y señores Juan Luis Castro, Luis Rocafull y Raúl Saldívar, y de los ex Diputados señores Cristián Campos, Felipe Letelier, Marco Antonio Núñez, Roberto Poblete, Alberto Robles y Christian Urízar, que modifica la ley N°18.290, de Tránsito, sancionando el uso de dispositivos de telecomunicaciones, en cualquiera de sus funcionalidades, durante la conducción de un vehículo (Boletín N° 9.846-15).

4.- De los Honorables Diputados señoras Sofía Cid, Paulina Núñez, Ximena Ossandón y Marcela Sabat, y señores Sebastián Álvarez, Sergio Bobadilla, José Miguel Castro, Francisco Eguiguren, Leopoldo Pérez e Ignacio Urrutia, que modifica la ley N°18.290, de Tránsito, para aumentar la sanción a quienes hacen uso de un teléfono celular mientras conducen un vehículo (Boletín N° 12.066-15).

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Hacemos presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único y, acordó, unánimemente, proponer el Excelentísimo señor Presidente que en la Sala sea considerado del mismo modo.

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Asimismo, se deja constancia que a una de las sesiones en las que la iniciativa en examen fue discutida asistió, además de los miembros de la Comisión, el Honorable Senador señor Francisco Huenchumilla.

Durante el análisis de este proyecto, vuestra Comisión contó con la participación de la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt; del Subsecretario de Transportes, señor José Luis Domínguez; del Jefe de Gabinete de la Ministra, señor Juan Carlos González; de la Asesora Legislativa del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, señora Josefina Hubner y de la Jefa del Observatorio de Datos de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET), señora Carla Medina.

A su vez, concurrieron especialmente invitados a exponer sus puntos de vista, las siguientes entidades:

- De la Fundación Emilia Silva Figueroa: la Presidenta, señora Carolina Figueroa; la Secretaria Ejecutiva, señora Andrea Schifferly y la Coordinadora de Educación, señora Geraldine Sandoval.

- Del Consejo de la Sociedad Civil (COSOC): la Vicepresidenta, señora Claudia Rodríguez y la Directora Ejecutiva de la Fundación Conciencia Vial, señora Karina Muñoz.

- Del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local: el Presidente, señor Andrés Celedón y la Asesora, señora Lorena Escobar.

De igual modo, concurrió en calidad de oyente, el Presidente del Movimiento Contra el Exceso de Velocidad Letal (MEL), señor Axel Rimbaud.

Además, asistieron los Asesores del Honorable Senador señor Chahuán, señor Marcelo Sanhueza; del Honorable Senador señor García Huidobro, señor Cristián Rivas; del Comité Demócrata Cristiano, señora Javiera Cabezas; del Comité de Renovación Nacional e Independientes, señor Octavio Tapia; de la Biblioteca del Congreso Nacional, señor Nicolás García; de la Fundación Jaime Guzmán, señor Matías Quijada y de la Segpres, señor Víctor Inostroza.

OBJETIVOS DEL PROYECTO

Sancionar como infracción gravísima la conducta consistente en la conducción de vehículos manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en el mismo, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento.

ANTECEDENTES

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

1. Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.290, de Tránsito.

Artículos 199 y 200 N° 32.

II. ANTECEDENTES DE HECHO

Los Honorables Diputados y ex Diputados autores de las Mociones que dan origen a la presente iniciativa, destacan que ya es de ordinaria frecuencia observar los efectos adversos que, en términos de seguridad vial, genera el empleo de aparatos telefónicos y otros similares por parte de los conductores al mando de un vehículo. En efecto, agregan, el número de accidentes ocasionados por esta conducta, en su opinión, amerita revisar la sanción actualmente establecida al efecto, la que configura una infracción grave, contravención que es castigada mediante una multa de hasta 1,5 UTM.

Manifiestamente, añaden, dicha sanción no resulta disuasiva para los conductores, puesto que, cotidianamente, se observa la transgresión a la respectiva prohibición. Por tal motivo, proponen elevar esta infracción al carácter de gravísima, lo que da lugar a una multa de hasta 3 UTM.

Adicionalmente, concluyen, además del uso del celular, se ha verificado que no pocos conductores, mientras manejan el respectivo vehículo, tienen acceso a pantallas de televisión o de video, lo que no es otra cosa, a juicio de los autores, que un factor de mayor distracción, en tanto aquéllos, eventualmente, dejan de estar atentos a las condiciones del tránsito. Ello, resaltan, se encuentra en la base de la mayoría de los accidentes protagonizados por vehículos motorizados.

III. OTROS ANTECEDENTES

Se consigna que la Comisión, durante el debate del proyecto de ley en examen, tuvo oportunamente a la vista los siguientes informes elaborados por la ONG No Chat, cuyo tenor se pasa a transcribir literalmente.

I. Primer Informe. Riesgo de siniestro asociado a conducción no atenta observada en esquinas con alta siniestralidad vial del Gran Santiago (marzo de 2017)

El mercado de la telefonía celular ha revolucionado el desarrollo e innovación tecnológica mundial. El celular se ha convertido en una herramienta útil para la vida de los seres humanos en sus actividades profesionales y personales, convirtiéndonos en una sociedad “conectada 24/7”, justificándola por el ritmo de vida que se lleva en la actualidad. Chile cuenta con 26.288.275 de celulares, según cifras del INE 2015 y de ellos 61 % son teléfonos inteligentes.

Por su parte, la primera causa de accidentes de tránsito en Chile es la distracción, aumentando 4 veces la probabilidad de ocasionar un siniestro vial. Las distracciones auditivas, físicas, cognitivas y visuales durante la conducción se traducen en el desvío de la atención a todas aquellas actividades que requieren de una conducción segura.

Según el "Anuario Estadístico de Tránsito" de Carabineros de Chile, durante 2015 fueron 22.221 los accidentes provocados por conductores "distraídos", muy superior a los 5.180 accidentes atribuibles al alcohol. Hablar o manipular el celular mientras se conduce es tan peligroso como manejar bajo la influencia del alcohol. Al respecto, el uso del teléfono incrementa el riesgo de accidente en los mismos niveles que conducir con una tasa de alcoholemia de 1,0 g/l.

En el 2011, la Organización Mundial de la Salud (OMS) difundió un estudio denominado “Teléfonos Móviles, un problema creciente en la distracción de los conductores”, que determinó que la distracción que genera un celular es peor que los efectos que provoca manejar con o por encima del límite permitido de alcohol en la sangre. Por otro lado, datos entregados por el Perfil del Conductor del Gran Santiago, luego de encuestar a más de 700 personas en distintas comunas de la capital el año 2013, arrojaron que el 83,3% de los conductores chilenos escribe o responde mails cuando conduce, el 68% reconoce que responde o hace llamadas por teléfono celular, el 77% revisa Twitter, el 61,8% revisa WhatsApp y el 55% consulta Internet.

En la actualidad, la legislación chilena sólo prohíbe hablar por celular al conducir, siendo considerada una falta grave, salvo si se utiliza manos libres o bluetooth. El año 2015 ONG No Chat, logró que un grupo de Diputados presentaran una Moción legislativa que modifica la Ley N° 18.290 de Tránsito, sancionando el uso de los dispositivos de telecomunicaciones en cualquiera de sus funcionalidades durante la conducción de un vehículo. Legislar sobre la prohibición de manipular el celular al conducir es prioritario en nuestro país, pero debe ser complementaria con una educación sobre la seguridad vial y convivencia en el espacio público.

En Chile la educación vial no es un contenido insertado en el sistema escolar y son pocas las instituciones educacionales, como colegios, que implementan este tipo de programas en la malla curricular. Para que esta política pública trascienda los distintos gobiernos deben generarse campañas de impacto que aborden las diferentes causales de siniestros viales en nuestro país, complementarias a la ley y a los programas educativos.

El mercado de telefonía celular en Chile, según estadísticas del año 2015, alcanza a más de 26 millones de celulares y está presente en la rutina diaria del ser humano, como: comer, caminar y hasta en la conducción. El usuario continuará adaptando sus necesidades a estas nuevas tecnologías, pero debe ser educado sobre el buen uso de ellas y el riesgo que ocasiona la distracción al ir manipulando estos dispositivos móviles al trasladarse.

Ante esto cabe preguntar, ¿existe riesgo de ocasionar un siniestro vial que se asocie a la conducción no atenta o distraída?

Objetivo General

Determinar el riesgo de siniestro de tránsito asociado a la conducción no atenta en esquinas de alta siniestralidad vial del Gran Santiago.

Metodología

Estudio observacional de enfoque cuantitativo y diseño transversal analítico. La unidad de análisis correspondió a seis intersecciones con alta siniestralidad vial, a partir de información estadística aportada por la Comisión Nacional de Seguridad del Tránsito (CONASET) (Anexo 1) en base a las 20 intersecciones del Gran Santiago con mayor número de siniestros de tránsito del año 2015 (Tabla 1).

Tabla 1. Intersecciones seleccionadas del Gran Santiago

Intersecciones seleccionadas

Américo Vespucio / Gran Avenida Ejército Libertador / Gabriela Poniente

Américo Vespucio / Santa Rosa Libertador Bernardo O'Higgins / Manuel Rodríguez

Américo Vespucio / Pajaritos Concha y Toro / Ernesto Alvear

Mediante la técnica de observación in situ, por parte de un grupo de observadores (4 observadores más 1 coordinador) ubicados estratégicamente en cada intersección seleccionada, se recopilaron datos respecto de las siguientes variables relacionadas a la conducción no atenta, específicamente al uso y manipulación del celular (Tabla 2).

Tabla 2. Variables de estudio

Para establecer la técnica de observación, se realizó un piloto en la intersección de Avenida Providencia con Manuel Montt. De acuerdo a esto, los límites de observación fueron 9 vehículos situados entre las 3 primeras filas y columnas de la intersección observada (Figura 1). Se excluyeron de la observación: Buses Transantiago, Buses interurbanos, camiones tamaño grande, motos, bicicletas y ambulancias.

Figura 1. Esquema de Observación de las Intersecciones seleccionadas.

El levantamiento de los datos se realizó entre el 21 y el 30 de noviembre del 2016, en jornada de mañana (8:00 -10:00 horas) y jornada tarde (17:30-19:30 horas), en las intersecciones seleccionadas cuando los automóviles se encontraban detenidos durante la luz roja del semáforo. Las observaciones se realizaron durante 24 horas en total (Anexo 2).

Modelo de aproximación, regresión de Poisson.

Tal como se mencionó en los objetivos, se requiere determinar la variación en el número de siniestros que son provocados por la conducción no atenta. En este sentido, la variable dependiente corresponde a un conteo o recuento del número de accidentes provocados por la conducción distraída de los conductores en un intervalo de tiempo acotado de dos horas. De este modo, la variable respuesta es discreta y no negativa, condiciones que permiten asociarla a la distribución de Poisson. Para el modelamiento de la variable respuesta, se utilizará la regresión de Poisson, que permite determinar las condiciones específicas de las observaciones en términos del riesgo o tasa de incidencia de los sucesos que son susceptibles de contabilizarse en cada unidad de tiempo (Cameron y Trivedi, 1998; Winkelmann, 2000).

Resultados

En las 6 intersecciones seleccionadas en el estudio, fueron observados 5180 automóviles y los resultados fueron los siguientes:

La media anual de siniestros de tránsitos en las intersecciones estudiadas durante el año 2015 fue de 39 (DS 21.7) La media de siniestros de estas esquinas en el año 2015, según horario de estudio, fue, en jornada mañana 4,3 (DS 2.43) y en jornada tarde 5 (DS 4.04).

Tasa de siniestralidad por jornada

Uno de los propósitos del estudio fue determinar la tasa de siniestralidad por conducción no atenta en ambas jornadas (T.S.J), a partir del cuociente entre el número de siniestros que tienen por causal la distracción (N.S.J) y el número total de siniestros producidos en la jornada (N.S.T).

De este modo, durante la mañana la tasa de siniestralidad promedio debido a conducción no atenta es de 25,69%. Mientras que, en la jornada de la tarde, esta alcanzó al 37,03%, siendo esta diferencia significativa (p – valor < 0,05). Como consecuencia, durante la tarde se producen más accidentes, aumentando la probabilidad en 11,34%.

Estimaciones del modelo de regresión.

Por su parte, las estimaciones obtenidas a través del modelo de regresión de Poisson, dan cuenta del aumento en la probabilidad de sufrir un accidente. De este modo, los conductores, quienes transitan por las calles y avenidas con alta siniestralidad, pueden aumentar en hasta 3% la probabilidad de sufrir un accidente si ellos chatean por el celular (p – valor <0,000). Mientras que, si lo utilizan como una fuente de distracción, el porcentaje aumenta en 4% (p – valor < 0,000), es decir, un punto porcentual más que en chatear. Finalmente, respecto de quienes hablan por celular, la probabilidad aumenta en 14% (p – valor < 0,000)

La media de flujo vehicular durante la observación, indica que las intersecciones estudiadas son similares, siendo levemente superior en jornada tarde (Tabla 2).

Tabla 2. Media de flujo vehicular día.

Durante el período de estudio se observó que un 35 % de los automovilistas utilizaban el celular en algunas de las 3 variables observadas (Total día 2,2 % habla, 10,8% chatea y 22,4% distractor).

Al analizar las variables según jornada, la conducta chatear es similar en ambas jornadas, la conducta hablar se duplica en jornada tarde, y el portacelular es ocho veces mayor en la jornada tarde (Tabla 3).

Tabla 3. Uso y Manipulación del celular según jornada

Según la media de las variables estudiadas, según jornada, la conducta que más se realiza al conducir, es ir manipulando un distractor en el panel o vidrio delantero del automóvil (porta celular), seguido de la conducta chatear y hablar. La conducta hablar se duplica en jornada tarde (Tabla 4).

Tabla 4. Media de las variables estudiadas (Hablar – Chatear – Porta celular), según jornada

La tasa media de siniestralidad vial por conducción no atenta es de un 26% en la mañana y alcanza un 37 % (p= 0.006, 90%IC) en jornada tarde (Tabla N°5).

Tabla 5. Tasas medias de siniestralidad por conducción no atenta, según jornada

Según la regresión de Poisson, definido como el modelo de distribución en situaciones de conteo, que se utilizó de manera complementaria a nuestro estudio para presentar mejor determinadas relaciones entre las variables y proyectar el IRR, señaló que:

El riesgo de ocasionar un siniestro vial por ir chateando es de un 10 % de riesgo en jornada mañana. Este riesgo aumenta en un 10% (p = 0.000) si se realiza durante la tarde (Tabla 6).

Tabla 6. Riesgo de siniestralidad vial por conducción no atenta asociado al uso y manipulación del celular (chatear)

El riesgo de ocasionar un siniestro vial por ir manipulando un elemento distractor (porta celular) es de un 4% en jornada de mañana. Este riesgo aumenta a un 20% (p=0.000) en caso de que se manipule el celular en jornada tarde (Tabla N°7).

Tabla 7. Riesgo de siniestralidad vial por conducción no atenta asociado al uso y manipulación del celular (porta celular u otro)

El riesgo de ocasionar un siniestro vial por ir hablando, sin manos libre en jornada mañana, es de un 14 %. Este riesgo aumenta al 20% (p = 0.000) si se realiza durante la tarde (Tabla N°8).

Tabla 8. Riesgo de siniestralidad vial por conducción no atenta asociado al uso y manipulación del celular hablar por celular (sin manos libres)

Discusión

El uso y manipulación del celular durante la conducción es una de las distracciones más comunes que va en aumento y origina un gran número de siniestros viales. Las investigaciones en esta área han aumentado notablemente en la última década en países desarrollados que incluso han legislado sobre el tema. La manipulación del celular es considerada una conducta peligrosa, aún más peligrosa que el hablar por el dispositivo durante la conducción. La probabilidad de un siniestro vial se incrementa en 23.24 veces cuando se chatea, en 5.93 veces cuando se disca un número telefónico en el celular y 1.04 veces cuando se habla por éste al conducir, comparado con la conducción sin uso y manipulación del dispositivo. Esto se ha asociado, probablemente, a que el chatear o discar un número telefónico en el celular requiere observación frecuente y por un tiempo mayor, pues dejar de mirar hacia el volante por más de 3 segundos aumenta las probabilidades de un siniestro vial.

En esta investigación la prevalencia de uso y manipulación del celular (hablar, chatear y presencia de un distractor) en las intersecciones con alta siniestralidad vial de Santiago de Chile fue de 35%. Esto difiere de la prevalencia encontrada en Inglaterra para uso y manipulación del celular durante la conducción que alcanzó un 2,2%. Esto demuestra que en Chile se debe abordar esta nueva conducta distractora de manera urgente e integral por todos los agentes del Estado.

La prevalencia observada ante el uso y manipulación de celular en la variable “chatear” durante la conducción es de 10,8 %. Esto es cercano a la prevalencia encontrada por Bernstein en Pensilvania y por Wilkinson en Texas, en el año 2015, alcanzando un 17.5% y un 18.7%, respectivamente. Según un estudio realizado en Inglaterra por Sulmman en el año 2012, la proporción de conductas distractoras (uso y manipulación del celular, fumar, comer, beber, conversar con pasajeros entre otras) fue de un 14,4% en 7.168 conductores observados.

Esta prevalencia es menor a la encontrada por Bernstein en Pensilvania el año 2015, que fue de un 5,5%, siendo nuestro resultado esperado, debido a la legislación existente en Chile, que permite hablar con manos libres al conducir. La prevalencia de uso de un distractor porta celular en jornada mañana fue de un 3,2 % y en la tarde alcanzó un 21,8%, siendo ocho veces mayor durante la jornada tarde. No se cuentan con estudios que evalúen el uso de este tipo de dispositivos, pero esto se podría deber a que hay factores sociales que se presentan en la tarde.

El riesgo de ocasionar un siniestro vial si se manipula el celular al conducir (chatear) en nuestro estudio es de 10% en jornada mañana y este riesgo se ve aumentado durante la jornada tarde alcanzando a un 20%. En el año 2010, Cheung encontró que el riesgo de desviación lateral manipulando el celular al conducir se incrementa en un 280%, además el chatear dificulta el mantener una posición estable en línea recta durante la conducción, enlenteciendo el tiempo de reacción. El riesgo asociado a la manipulación del celular durante la conducción es 5 veces mayor que el conducir bajo las influencias del alcohol.

El riesgo de ocasionar un siniestro vial por el uso de un distractor (porta celular) manipulando el celular, en jornada mañana, fue de un 4% y 20% en jornada tarde. No existe aún evidencia científica para contrastar este hallazgo. Sin embargo, este distractor ha ido en aumento, siendo incorporado en el mercado diferentes diseños de porta celulares que se adhieren inclusive al volante, transformándose en un factor importante al conducir en condiciones desatentas.

El riesgo de ocasionar un siniestro vial hablando por celular (sin manos libres) en jornada mañana fue de un 14% y 20% en jornada tarde. El hablar por celular, aumenta el riesgo de siniestralidad en 4 veces. En el año 2013, Asbridge reportó en EEUU que la probabilidad de ocasionar un siniestro vial se incrementa un 70% al hablar por celular.

El hablar por celular ocasiona una serie de efectos en la conducción, por ejemplo, demora en la respuesta de reacción, detenerse a tiempo en luz amarilla, entre otros.

Según el Modelo HMC (Human Machine System) realizado por Oviedo & Calis, muestra en la letra (a), todos aquellos factores que están presentes en la conducción cuando se manipula el celular. La sección(b) muestra el comportamiento del conductor ante el uso y manipulación del celular al conducir. Tal modelo gráfica todos los factores que participan en el ambiente vial y que, al alterar alguno de ellos, el riesgo de ocasionar un siniestro cuando se conduce en condiciones no atentas es más factible que ocurra.

Conclusiones y Recomendaciones

Se puede concluir del estudio “Riesgo de siniestro asociado a conducción no atenta observada en esquinas con alta siniestralidad vial del Gran Santiago”, realizado durante noviembre 2016 por la ONG No Chat que:

- Estudio pionero, con enfoque en salud pública y seguridad vial, que entrega datos claros y objetivos de la situación de uso y manipulación del celular en las intersecciones con mayor siniestralidad del Gran Santiago.

- Durante el período de estudio se observó que un 35% de los automovilistas utilizaban el celular en algunas de las 3 variables observadas (total día: 2,2 % hablar, 10,8% chatear y 22,4% manipulación de elemento distractor).

- De acuerdo a las variables, según jornada, la conducta chatear es similar en ambas jornadas, la conducta hablar se duplica en jornada tarde y el manipular un distractor porta celular es ocho veces mayor en la jornada tarde.

- La tasa media de siniestralidad vial por conducción no atenta es de un 26% en la mañana y alcanza un 37 % (p= 0.006, 90%IC) en jornada tarde.

- El riesgo de ocasionar un siniestro vial por ir hablando sin manos libres, en jornada mañana es de un es de un 14 %. Este riesgo aumenta al 20% (p = 0.000) si se realiza durante la tarde.

- El riesgo de ocasionar un siniestro vial por ir chateando es de un 10 % de riesgo en jornada mañana Este riesgo aumenta en un 10% (p = 0.000) si se realiza durante la tarde.

- El riesgo de ocasionar un siniestro vial por ir manipulando un elemento distractor (porta celular) es de una 4% en jornada de mañana. Este riesgo aumenta a un 20% (p=0.000) si porta un distractor manipulando el celular en jornada tarde.

- La conducción no atenta durante la jornada tarde, aumenta el riesgo de ocasionar un siniestro vial.

Los diferentes agentes del Estado, deben promover, desde sus diferentes convicciones y responsabilidades, el fortalecimiento y el desarrollo de políticas públicas orientadas a los intereses y necesidades de los ciudadanos utilizando datos claros y objetivos. La ley por sí sola no sirve, si no va acompañada de la incorporación curricular de programas de educación cívica que contemplen temas de seguridad y convivencia vial.

Faltan estudios que midan, jerarquicen y categoricen las acciones distractoras viales en Chile, determinando las principales causantes de los siniestros viales en nuestro país. Los instrumentos de recolección de datos utilizados por Carabineros de Chile, no detallan claramente las diferentes causas de la distracción al conducir, y lo clasifican, como un todo, en “conducción no atenta a las condiciones del tránsito”. Como ONG proponemos trabajar en generar nuevos instrumentos de recolección de datos, específicos, reales y actuales. Paralelamente realizar una siguiente investigación donde se incluyan variables como edad, género, uso del cinturón, rol de copiloto, SRI, relacionado al uso y manipulación de celular.

Anexos

II. Segundo Informe. Conductas distraídas del peatón observadas en esquinas con mayor concentración peatonal por grupo socioeconómico del Gran Santiago

Contexto

Anualmente se producen cerca de 1,24 millones de defunciones por accidentes de tránsito en todo el mundo, constituyendo la octava causa de muerte a nivel mundial y la principal entre jóvenes de 15 a 29 años de edad. Del total de defunciones en este contexto, más de 270.000 son peatones. Esto constituye el 22% de todas las muertes en la vía pública.

Los peatones son los integrantes más vulnerables o frágiles del espectro vial, ya que no tienen ninguna protección corporal. La imagen de transeúntes distraídos caminando por la calle y enviando mensajes de texto o conversando a través el teléfono móvil se ha convertido en un reflejo natural de la era en que vivimos.

Debido a la falta de atención de los peatones y la tendencia a favorecer el transporte motorizado en las ciudades, los peatones corren el riesgo de ser atropellados y fallecer. Todos somos peatones en algún momento en las vías, por lo tanto, las lesiones y muertes de peatones constituyen una preocupación mundial.

Según Mohamed Zaki, investigador del Departamento de Ingeniería Civil de la Universidad de Columbia Británica, en Vancouver, el uso de los teléfonos celulares altera drásticamente el equilibrio, la coordinación y el movimiento de un peatón, además de ser más propensos a chocar con objetos o a tropezar con obstáculos.

De acuerdo a cifras entregadas por CONASET, durante el año 2016 se registraron en el país 91.711 siniestros de tránsito, dejando como consecuencia 1.675 fallecidos y 63.563 lesionados (8.830 graves,4.344 menos graves y 50.389 leves). En estos siniestros participaron 10.675 peatones, falleciendo un total de 603 y quedando lesionados 8.965 (2.193 graves, 749 menos graves y 6.023 leves). La imprudencia del peatón fue la principal causa de fallecidos (60,4%) en Chile el año 2016.

Según la Dirección General de Tráfico (DGT) española, en el 98% de los casos en el que un peatón es responsable de siniestro por distracción, el despiste está relacionado con el uso de un celular. Por otro lado, en Estados Unidos hubo más de 11.000 lesiones entre 2000 y 2011 por accidentes que implicaban el uso de teléfonos móviles, según el Consejo de Seguridad Nacional (NSC). Un ejemplo de ello es Honolulu, la capital y urbe más grande del Estado de Hawai, que cuenta con una "Ley del Caminante Distraído", la que establece que ningún peatón deba cruzar la calle o la carretera mientras esté mirando un dispositivo electrónico móvil.

Hay otros países que decidieron ser más flexibles y tomar medidas que pretenden evitar accidentes sin restringir a los adictos del celular. España, Argentina, China, Alemania y Australia se encuentran entre los visionarios que escogieron implementar señales de advertencia, semáforos especiales o incluso calles especiales antes que aplicar multas.

La importancia del problema ha motivado a la Organización de Naciones Unidas a dedicar la 2a Semana Mundial para la Seguridad Vial, en 2013, a la seguridad de los peatones, especialmente a la promoción de la seguridad de los mismos en todo el mundo, como tema central.

Un estudio realizado, en septiembre de 2015, por Georesearch, en el cual se generó un índice compuesto de tres variables claves: presencia de comercio y servicios, cantidad de empleados, y concentración de viajes, permitió identificar intersecciones atractivas producto del flujo de personas que confluyen en ellas, rompiendo mitos respecto a que el grupo ABC1 y C2 se concentran exclusivamente en el cono nor-oriente de Santiago.

En Chile, se habla realmente muy poco del peligro que suponen los peatones distraídos y el riesgo al que se exponen, por ello, cabe preguntarse ¿cuáles son las conductas distraídas e imprudentes que se observan en las esquinas con alta concentración de flujos en el Gran Santiago?

Objetivo General

Observar las conductas del peatón al cruzar una esquina con alto flujo peatonal del Gran Santiago.

Objetivos Específicos

- Determinar la proporción de peatones que cruza las esquinas observadas, según jornada.

- Determinar género y grupo etario del peatón que cruza la esquina.

- Identificar conductas no atentas del peatón al cruzar (usa audífonos, chatea, habla por celular, otros).

- Identificar conductas imprudentes del peatón al cruzar (vgr. no respetar la luz roja).

Metodología

Estudio descriptivo transversal con enfoque cuantitativo. La unidad de análisis correspondió al peatón que cruza la calle en esquinas con alto flujo peatonal. (Tabla 1)

Tabla 1. Intersecciones seleccionadas del Gran Santiago, según concentración peatonal y nivel socioeconómico

Mediante la técnica de observación in situ, por parte de un grupo de observadores, ubicados estratégicamente en cada intersección seleccionada, se recopilaron datos respecto de las siguientes variables relacionadas al peatón, específicamente conductas distraídas e imprudentes. (Tabla 2).

Para establecer la técnica de observación, se realizó un piloto en la intersección de Avenida Providencia con Manuel Montt, previo al levantamiento de datos. De acuerdo a esto, los límites de observación fueron los 3 peatones que cruzan de ida y los que cruzan en roja la calle. (Figura 1)

Figura 1. Esquema de Observación de las Intersecciones seleccionadas

El levantamiento de los datos se realizó en enero y marzo del 2018, en jornada de mañana (8:00 - 10:00 horas) y jornada tarde (17:30-19:30 horas), en las intersecciones seleccionadas. Los datos se registraron a partir de la observación de peatones cruzando las intersecciones estudiadas (Tabla 2) durante la luz verde del semáforo (conductas distractoras) y de peatones cruzando estas intersecciones durante la luz roja del semáforo (conducta imprudente).

Consideraciones éticas: el estudio fue evaluado y aprobado por el comité de ética de la ONG de desarrollo No Chat.

Resultados

Se observaron 6.477 peatones en dos periodos (enero - marzo 2018) en las 6 intersecciones seleccionadas, según concentración de flujos por grupos socioeconómicos, utilizando intersecciones con mayor concentración de flujos por grupo socioeconómico, realizado por Georesearch en el 2015 (Tabla 1).

Peatones según jornada:

En la esquina de Consistorial con Las Parcelas (C3-D) se observó el mayor número de peatones que cruza la esquina (19,9%). En esta esquina se observa que en horario pm se duplica la cantidad de peatones que cruza (13,29%), en comparación a jornada mañana (6,61%). De esta misma manera, la esquina El Rosal con la Farfana (ABC1-C2) presenta una proporción de patones que oscila entre 5,53% en jornada am y 9,83% en jornada tarde.

Peatón según género y grupo etario:

De los peatones observados el 52,91% correspondieron a hombres y el 47,09% mujeres.

Gráfico 2. Peatón según género

Según la distribución de los peatones por rango etario, el mayor porcentaje, 58,55%, corresponde a adultos, seguidos de un 28,78% correspondiente a jóvenes, un 9,63% a adultos mayores y un 3,04% a niños.

Las esquinas que concentran la mayor proporción de peatones adultos son: Tobalaba con Encomenderos (75,27%), Américo Vespucio con Froilán Roa (70,04%) y Alameda con Santa Rosa (60,48%).

Conductas distractoras

Conductas: (audífonos, chatear, hablar por celular)

En relación a las conductas no atentas observadas en los peatones al cruzar las distintas esquinas, el 27,28% cruza con audífonos, el 5,45% manipula el celular, el 2,87% lo hace hablando y el 1,2% mirando diarios o revistas. Mientras que el 65,57% de los peatones, cruza sin ningún elemento distractor. El 36,8% de los peatones observados cruza la esquina portando o usando elementos distractores.

El 30,43% de los que cruzan con audífonos son hombres y el 23,74% mujeres. De los peatones que cruzan chateando, 3,31% son mujeres y 2,48% son hombres. De los peatones que cruzan hablando por celular 5,69% son hombres y 5,18% mujeres. Los porcentajes de peatones que cruzan con luz roja son similares en ambos sexos (Tabla 3).

Tabla 3. Conductas distractoras según género

El 41,85% de los peatones que cruzan con audífonos son jóvenes, seguido por los adultos con un 24,95%. Respecto de los peatones que cruzan chateando, el 9,66% son jóvenes y los adultos 4,46%. El 3,3% de los peatones que cruzan hablando por celular son jóvenes. De los peatones que cruzan con luz roja, un 32,09% son adultos, llamando la atención que un 30,46% son niños.

Tabla 4: conductas distractoras según grupo etario

El cruzar la calle con audífonos durante jornada mañana se verifica en un 30,87%, porcentaje que disminuye en jornada tarde.

Por su parte, en lo relativo a la conducta de cruzar chateando, hablando o mirando diarios o revistas, se observa un porcentaje similar en ambas jornadas.

Conductas distractoras e imprudentes en las esquinas

Alameda con Santa Rosa tiene la mayor cantidad de peatones cruzando con audífonos (45,22%), seguida de la esquina de Tobalaba con Encomenderos (45,11%), Américo Vespucio con Froilán Roa (27,56%), Rosal con la Farfana 20,95% y por último Consistorial con Las Parcelas, 14, 95% durante jornada mañana. Sólo Pajaritos con 5 de abril tiene una mayor proporción de peatones cruzando con audífonos en jornada tarde, en comparación con jornada mañana (37,52 % versus 30,6%).

En las siguientes esquinas se observó una mayor proporción de peatones que cruzan chateando en jornada tarde: Santa Rosa con Alameda, Pajaritos con 5 de abril y Consistorial con Las Parcelas (11,62%, 8,03% y 3,37% respectivamente). La esquina de Tobalaba con Encomenderos mantiene la conducta en proporción similar en ambas jornadas (5,33% mañana y 5,3% tarde). La Farfana con el Rosal, es la esquina donde se observa menor proporción de peatones chateando en ambas jornadas (1,4% y 2,04%)

En Alameda con Santa Rosa, el 6,06% de los peatones cruza hablando por celular sin manos libres en jornada tarde, seguido por Tobalaba con Encomenderos con un 4,45%.

En la esquina de La Farfana con El Rosal, un 7,26% de los peatones cruza mirando diarios, revistas o similares en jornada mañana, y un 4,08% lo realiza en jornada tarde. En el resto de las esquinas se observa un menor porcentaje de esta conducta.

Las esquinas donde se observó un mayor número de peatones cruzando con luz roja, fueron La Farfana con el Rosal (77,09% jornada mañana y 61,85% jornada tarde), Tobalaba con Encomendero (52,89% jornada mañana y 54,24% jornada tarde). Avenida Pajaritos con 5 de abril (38,06% jornada mañana y 34,43% jornada tarde) y Av. Américo Vespucio con Froilán Roa (13,03% jornada mañana y 15,97% jornada tarde). Por otro lado, se observó una menor proporción de peatones cruzando en luz roja Consistorial con Las Parcelas (9,81% jornada mañana y 6,16% jornada tarde) y Santa Rosa con Alameda (6,53% jornada mañana y 1,52% jornada tarde).

Discusión

Investigadores del Estado de Ohio, encontraron, en el período 2004–2010, que el número de peatones fallecidos que utilizaban dispositivos móviles aumentó desde 1% a 3,6%

Los investigadores de Ohio, usando datos del NEISS (National Electronic Injury Surveillance System), descubrieron que en el año 2010 más de 1.500 peatones fueron tratados por daños e injurias relacionados al uso de dispositivos móviles al caminar. Estos datos representan el doble de la situación que ocurría en el año 2005.

En el 2012, un grupo de investigadores de la Universidad de Washington observaron 20 esquinas en Seattle, encontrando que un tercio de los peatones estaban involucrados en conductas distractoras, tal como enviar mails, hablar por celular o escuchar música.

Profesionales del área de salud pública de la Universidad de Georgia, utilizaron la misma metodología que en Ohio en el año 2013 y encontraron que la mitad de los peatones observados realizaban algún tipo de conducta distractora mientras cruzaban la calle. De esa mitad, un tercio lo hacía hablando con otras personas, un 26% usando audífonos, 15% chateando y 13% hablando por celular. Un 6% de los peatones era un “Multi distractor”, es decir, realizaba varias conductas simultáneas.

En ambos estudios, Washington y Georgia, los investigadores observaron que quienes iban distraídos demoraban entre 1 a 2 segundos más en cruzar la calle y lo hacían de manera insegura: Ignorando la luz del semáforo y no mirando para ambos lados al cruzar.

Un sociólogo de la William Paterson University, observó 5 esquinas de alto flujo en el centro de New York, encontrando que más del 25% de los peatones cruzaba en luz verde, pero de manera distraída (con celular o audífonos) además el 50% de los peatones cruzaba en luz roja y de manera distraída. Un 29,41% de los peatones observados de las diferentes esquinas cruza con luz roja en nuestro estudio.

Un estudio realizado por la Universidad de Queensland en Australia, observó a 26 personas sanas que hicieron caminar en tres escenarios: caminaban normalmente, caminar mientras leían un texto en el celular y caminar mientras chateaban. Observaron que los peatones caminaban más lentos cuando llevaban el celular en sus manos, específicamente cuando chateaban no pudiendo caminar en línea recta.

Los jóvenes que usan dispositivos móviles al caminar, tienen el mayor riesgo de lesiones y muertes. En efecto, según Safe Kids Worldwide, el 40% de los adolescentes entre 13 y 18 años, se golpean fuertemente con autos, bicicletas o motocicletas mientras caminan. Además, observaron a 34.000 estudiantes de nivel básico y medio en la inmediatez del colegio, de los cuales, un 39% estaba distraído, ya que se encontraba chateando al cruzar y un 20% lo hacía hablando por celular. Se expresa que el 80% de los adolescentes considera que ellos no son el grupo de edad de mayor riesgo, sin embargo, la proporción de lesiones peatonales por distracción ocurre un 50% en personas jóvenes y un 20 % en personas adultas.

El uso de los dispositivos móviles impacta negativamente en la vida diaria de las personas al movilizarse por la ciudad. Los dispositivos móviles requieren usar la mayoría de los sentidos del ser humano que permite estar conectados con el entorno en lo: visual - cognitivo - manual - auditivo. Por otro lado, la frecuencia con la que los individuos “Multi-Task” actúan, hace que aumente el riesgo de fallecer o quedar lesionado al transitar por las vías.

En el siguiente modelo conceptual visual y cognitivo, se explican los efectos en el ámbito visual, aural, manual y cognitivo que ocurren en las personas al usar dispositivos móviles al caminar, andar en bicicleta o manejar.

No existe ninguna medida aislada que permita por sí sola, disminuir el riesgo de distracción en los peatones que caminan usando los dispositivos móviles. Los peatones son el grupo más vulnerable dentro de un ecosistema vial, siendo el más susceptible de ser víctima de un siniestro vial. Entre las medidas de protección se identifica: la limitación de la velocidad de los vehículos; la separación de los peatones del resto del tráfico por aceras y pasos de peatones; el aumento de la visibilidad de los peatones, y el comportamiento responsable de todos los usuarios de las vías de tránsito; la promulgación de leyes apropiadas en relación con esas medidas; la mejora de su observancia y los enlaces con otros medios de transporte, pueden salvar vidas.

Garantizando la seguridad de los peatones se deben fomentar los desplazamientos a pie dentro de la ciudad que, a su vez, mejorarán la salud de una comunidad.

Conclusiones y Recomendaciones

Se puede concluir del estudio “Conductas distraídas del peatón observadas en esquinas con mayor concentración peatonal por grupo socioeconómico del Gran Santiago”, realizado durante enero - marzo 2018 por la ONG No Chat que:

- Estudio realizado en 6 esquinas del Gran Santiago.

- De los peatones observados, el 52,91% correspondió a hombres y el 47,09% mujeres.

- La distribución de los peatones por rango etario: el mayor porcentaje, 58,55%, corresponde a adultos, seguidos de un 28,78% correspondiente a jóvenes, un 9,63% a adultos mayores y un 3,04% a niños.

- Las conductas no atentas observadas en los peatones al cruzar las distintas esquinas: el 27,28% cruza con audífonos, el 5,45% manipular el celular, 2,87% hablando y 1,2% mirando diarios o revistas.

- El 36,8% de los peatones observados cruza la esquina portando o usando elementos distractores.

- El 30,43% de los que cruzan con audífonos son hombres y el 23,74% mujeres.

- De los peatones que cruzan chateando, un 3,31% son mujeres y un 2,48% son hombres.

- De los peatones que cruzan hablando por celular, un 5,69% son hombres y un 5,18% mujeres.

- Los porcentajes son similares en ambos sexos, en lo referente a peatones que cruzan con luz roja.

- Alameda con Santa Rosa tiene la mayor cantidad de peatones cruzando con audífonos (45,22%), seguida de la esquina de Tobalaba con Encomenderos (45,11%).

- En las siguientes esquinas se observó una mayor proporción de peatones que cruzan chateando en jornada tarde: Santa Rosa con Alameda, Pajaritos con 5 de abril y Consistorial con Las Parcelas (11,62%, 8,03% y 3,37%, respectivamente).

- En Alameda con Santa Rosa el 6,06% de los peatones cruza hablando por celular sin manos libres en jornada tarde, seguido por Tobalaba con Encomenderos con un 4,45%.

En la esquina de La Farfana con El Rosal, un 7,26% de los peatones cruza mirando diarios, revistas o similares en jornada mañana y un 4,08% lo realiza en jornada tarde.

Las esquinas donde se observó un mayor número de peatones cruzando con luz roja, fueron La Farfana con el Rosal (77,09% jornada mañana y 61,85% jornada tarde) y Tobalaba con Encomendero (52,89% jornada mañana y 54,24% jornada tarde).

La categorización socioeconómica de las intersecciones por concentración de flujo utilizadas, no evidencia uso de los aparatos móviles por grupo, considerando el porte y el uso de los dispositivos transversales.

Peatones que cruzan con luz roja se concentraron en intersección categorizada por grupo socioeconómico ABC1-C2.

ESTRUCTURA DEL PROYECTO

El proyecto de ley en estudio está estructurado sobre la base de un artículo único que cuenta con dos numerales, los que modifican la Ley de Tránsito en los siguientes términos:

- Número 1: consagra, como infracción gravísima, la conducción de vehículos manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en el mismo, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento.

Para tal efecto, se incorpora un número 5, nuevo, al artículo 199 del aludido cuerpo legal.

- Número 2: suprime el número 32 del artículo 200 de la ley en comento, con la finalidad de eliminar la sanción previamente contemplada allí, de tenor similar a la nueva infracción gravísima incorporada por el proyecto, a fin de dar coherencia a la iniciativa en examen.

DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

En discusión, en general y en particular a la vez, la iniciativa en referencia, el Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Chahuán, otorgó el uso de la palabra a la Fundación Emilia, a fin de que iniciara el debate del particular, por medio de la presentación de sus planteamientos al respecto.

Exposición de la Fundación Emilia

La Presidenta de la Fundación Emilia Silva Figueroa, señora Carolina Figueroa, inició su presentación resaltando que en los últimos diez años se ha observado un aumento del número de fallecidos y de siniestros viales ocasionados por la conducción no atenta a las condiciones de tránsito.

En efecto, señaló que el punto incluso se comenzó a advertir antes del año 2006, época a partir de la cual se incrementó la concurrencia de este tipo de episodios, lo que da cuenta de la necesidad de legislar sobre estas materias, desde hace más de una década.

A su turno, precisó que, si bien la conducción desatenta en este ámbito no sólo se produce por el empleo de celulares, ello constituye un aspecto relevante, que debe abordarse por la legislación.

Graficó lo previamente expresado mediante la siguiente lámina.

En seguida, explicó que, de acuerdo a cifras oficiales de Carabineros de Chile, la conducta en comento se alza como la primera causa de siniestros viales en nuestro país, alcanzando, en el período que va entre los años 2002 a 2018, la considerable cifra de ciento noventa y seis mil novecientos sesenta y cuatro accidentes como consecuencia de ella.

Posteriormente, y en términos de legislación comparada, destacó que, en el año 2017, en España, se realizó un estudio sobre los hábitos de los conductores, analizando la evolución del comportamiento de estos últimos al volante, como también el grado de percepción de los mismos sobre seguridad vial, conducta y apreciación del peligro.

Tal estudio, arrojó que el 25% de aquéllos habla por teléfono sin manos libres, el mismo porcentaje lee o envía mensajes de texto o WhatsApp, un 35% manipula el navegador y un 59% lo hace respecto de otros dispositivos multimediales.

En ese sentido, resaltó los altos porcentajes que presenta el particular, lo que, probablemente, se puede agravar, al menos en nuestro país, con la aprobación del proyecto que regula las empresas de aplicaciones de transportes (Boletín N° 11.934-15), toda vez que los dispositivos móviles son fundamentales para que los conductores operen en estos ambientes digitales, de ahí la importancia de que en tal iniciativa, al igual que en la que se encuentra en debate, se adopten las medidas pertinentes que permitan evitar el sostenido aumento de la siniestralidad vial.

Sin perjuicio de lo previamente explicado, observó que se requiere analizar alguna especie de metodología de control que permita a la autoridad valerse de medios de prueba para sancionar a los hechores por estas contravenciones, a fin de que las infracciones efectivamente sirvan como un disuasivo.

Por consiguiente, agregó, se debe avanzar tanto en la tipificación de la falta, como también en formas de fiscalización eficientes, que permitan acreditar fehacientemente el hecho sancionado.

Al respecto, destacó que, en el caso español, el Fiscal de Seguridad Vial, señor Bartolomé Vargas, ha enviado a los persecutores públicos y policías de tráfico las pautas para que, en la investigación de accidentes en los que se sospeche que ha intervenido la distracción por uso del móvil, se pueda solicitar autorización judicial para acceder a las comunicaciones del dispositivo, precisamente a efectos probatorios, con el fin de determinar si el conductor se encontraba o no empleando el celular u otro dispositivo multimedia similar.

Lo anterior, añadió, justamente por los problemas de fiscalización que se presentan sobre el particular, la cual depende, fundamentalmente, de un policía de camino que sorprenda al conductor

A su turno, resaltó que en España las sanciones sobre el punto se incrementaron en 2002, volviéndose a aumentar el año 2015, castigándose las acciones en comento con tres puntos en las licencias de conducir, cantidad que se alzó a seis con la última modificación realizada el año en curso.

De igual modo, expresó que el Director General de Tráfico Español, Pere Navarro, ante la imposibilidad de los radares de las carreteras de detectar las imágenes necesarias que permitieran acreditar el cometimiento de la infracción en cuestión, desplegó drones para tal finalidad, a los cuales se han sumado esfuerzos desarrollados incluso mediante helicópteros.

Todo lo anterior, prosiguió, da cuenta de las acciones que se han desarrollado para abordar un fenómeno en aumento y que ha costado muchas vidas.

Por su parte, agregó, en el caso francés, se ha detectado que uno de cada tres conductores reconoce que maneja hablando por celular (estudio 2016), lo que ha llevado a que en el año 2018 se haya establecido la prohibición del uso del móvil en vehículos, incluso cuando éste se encuentre detenido, a lo que ha sido aparejado, de igual forma, un aumento en la multa procedente hasta la cantidad de ciento treinta y cinco euros y una pérdida de tres puntos de la licencia de conducir por tres años.

En esa línea, destacó que, en la actualidad, en la discusión legislativa sobre el particular, se está examinando la posibilidad de incrementar todavía más las sanciones, así como las mejoras necesarias de la fiscalización de estas conductas.

En tal sentido, explicó que las medidas consagradas por el caso francés pretenden hacer frente al grave escenario que atraviesa dicho país en estas materias, en donde se ha advertido que el 46% de los conductores manejan con el teléfono al volante.

Por otra parte, y mediante la exhibición de la lámina que a continuación se presenta, explicó cuánto repercute la conducción distraída en este ámbito, en términos de la reacción del chofer.

Finalmente, concluyó su intervención señalando que espera que el proyecto en examen se apruebe, teniendo en claro que, de por sí, la sola tipificación de una nueva infracción no generará un cambio en el comportamiento de los conductores, por lo que se requiere, además, de un aumento de la fiscalización y de mejores métodos probatorios que permitan acreditar el hecho contravencional, a fin de que se apliquen las sanciones respectivas.

Luego de la presentación antes descrita, los Honorables señores Senadores realizaron las siguientes consultas y observaciones.

El Honorable Senador señor Coloma, preguntó si existen diferencias, respecto del rendimiento del conductor en su manejo, si manipula directamente un aparato móvil o lo realiza a través de un sistema de manos libres.

La Presidenta de la Fundación Emilia Silva Figueroa, señora Carolina Figueroa, respondió que, efectivamente, existen estudios que dan cuenta que, incluso si se opera un dispositivo de manera remota por más de un minuto, de igual modo disminuye la percepción de las señales de tránsito y demás aspectos relacionados, reducción que puede alcanzar incluso un 50%.

De ahí, añadió, que en casos como el de Francia se haya prohibido el empleo de los móviles incluso encontrándose el vehículo estacionado, sin perjuicio de advertir que en dicho ordenamiento se han adoptado medidas de esa severidad producto de la considerable gravedad que esta problemática ha alcanzado en tal país, en donde se ha verificado un incremento sustancial en el número de siniestros viales.

Por tal razón, prosiguió, es que estima que España constituye un buen modelo en este contexto, ya que los avances se han realizado mediante mejoras probatorias para acreditar y sancionar estas conductas, mediante la colaboración con las compañías de telecomunicaciones, permitiendo verificar si el conductor registraba o no tráfico de datos al momento de ocurrir el accidente.

El Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Chahuán, preguntó acerca del origen de los estudios sobre el punto.

La Presidenta de la Fundación Emilia Silva Figueroa, señora Carolina Figueroa, respondió que muchos análisis de estos tópicos se desarrollan a partir de un reporte del 2017 del Departamento de Transporte de Estados Unidos[1], en donde se desarrolló el primer examen que permitió establecer, efectivamente, cuántos siniestros viales estaban relacionados con los móviles y su relación con la conducción desatenta a las condiciones del tránsito.

Exposición del Consejo Consultivo de la Sociedad Civil de la Subsecretaría de Telecomunicaciones

La Vicepresidenta del Consejo Consultivo de la Sociedad Civil de la Subsecretaría de Telecomunicaciones y Directora de la ONG NO CHAT, señora Claudia Rodríguez, inició su presentación destacando que, en el año 2015, la organización que dirige impulsó, junto con otras entidades, la presentación de una Moción que tipificara la infracción en cuestión, lo que finalmente fue plasmado en el Boletín Legislativo N° 12.066-15[2] (proyecto que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, para aumentar la sanción a quienes hacen uso de un teléfono celular mientras conducen un vehículo), el que contó con un apoyo transversal, siendo suscrito por diez Honorables Diputados, de distintas posiciones políticas.

Ello, resaltó, a fin de visibilizar y resaltar el gran riesgo asociado, en materia de seguridad vial, a la conducción distraída, producto del uso o manipulación de dispositivos electrónicos o digitales.

En seguida, subrayó que, en nuestro país, de acuerdo a antecedentes oficiales del Instituto Nacional de Estadísticas (recopilados en la Encuesta Anual de Vehículos en Circulación desarrollada por este organismo), hay alrededor de 5.498.895 vehículos (5.382.604 motorizados y 116.291 no motorizados).

A tal escenario, agregó, se suma la existencia de 29.904.887 celulares (26.676.143 personales y 3.228.744 de empresas), cifra que, progresivamente, ha ido al alza, siendo líderes, en este ámbito, no sólo entre los países del Conosur, sino también a nivel mundial.

Luego, indicó que, en dicho contexto, se verifica que la principal causa de siniestros viales se ocasiona por la conducción no atenta a las condiciones del tránsito.

Así, añadió, en el 2018, 1.507 personas resultaron muertas por accidentes viales, a una tasa de 5 fallecidos diarios en las rutas.

A continuación, explicó que, del total de accidentes registrados el año recién pasado, la mayor cifra de ellos (41.432), se debió a la imprudencia del conductor, la cual, a su vez, se generó, en una gran proporción, por un manejo no atento a las condiciones viales (24.631).

Lo anterior, lo graficó mediante las siguientes dos láminas.

Posteriormente, observó que la situación en comento, lamentablemente, ha experimentado un considerable aumento en el último decenio. Ello, sin perjuicio de que en los últimos años se haya mantenido en cifras similares a años anteriores, pero que todavía constituyen un universo significativamente alto para el caso de nuestro país.

Del mismo modo, resaltó que, si bien las cifras de lesionados por esta causa han disminuido en los últimos dos años, no se ha tratado de una reducción importante.

Por el contrario, prosiguió, lo que sí debe preocupar es el incremento del número de fallecidos en este contexto, registrándose, sólo en el año 2018, 150 fallecidos por la conducción desatenta.

A su turno, resaltó que la ONG que encabeza desarrolló, en el año 2017, un estudio referente a la distracción del conductor y el riesgo asociado a tal conducta, en términos de siniestralidad vial.

Aquél, prosiguió, se llevó a cabo en las cinco esquinas con mayor siniestralidad vial declarada por fuentes oficiales de Carabineros de Chile.

Así, agregó, se observó a un total de 5.180 automovilistas, durante tres días a la semana, en jornadas de mañana y tarde. Lo anterior, a fin de determinar cuántas de las personas, mientras conducían, chateaban, hablaban por celular sin un sistema de “manos libres” o manipulaban su móvil en el portacelular, habiéndose verificado que este último elemento constituía el artefacto más distractivo.

Ello, precisó, sin perjuicio de que todas las acciones en comento, de por sí, generan un riesgo de accidentabilidad en todas sus variables.

Sin perjuicio de lo señalado, subrayó que la conducción no atenta aumenta en las jornada de la tarde, incrementándose, además, los peligros de siniestralidad.

Posteriormente, y respondiendo a la interrogante respecto de ¿qué pasa cuando la distracción está presente en los diferentes modos de transporte en el mismo espacio vial?, señaló que los índices de accidentabilidad aumentan, siendo los peatones los sujetos que experimentan los mayores daños en caso de que el siniestro ocurra, en tanto ser la población vial más vulnerable en términos de movilidad.

A continuación, expresó que, el 13 de marzo del año en curso, la Honorable Cámara de Diputados, por 122 votos a favor y dos abstenciones, aprobó el proyecto de ley en estudio, el cual tipifica como infracción no sólo al uso o manipulación de móviles celulares, sino que también de otros dispositivos de telecomunicaciones (como por ejemplo, tablets).

Lo anterior, resulta una medida de gran importancia, especialmente en la actualidad, producto del gran número de viajes que se realiza por medio de la operación de aplicaciones de transporte.

Luego, a través de la siguiente lámina, hizo referencia a legislación comparada sobre el punto.

Por último, finalizó su exposición señalando que, además de la introducción de una legislación de mayor rigurosidad, se deben incrementar los estándares de fiscalización del particular, sumado al despliegue de difusión de campañas de educación vial sobre el punto.

Por tales razones, solicitó que la Comisión avance con la tramitación legislativa de la iniciativa, aprobando a la misma, en tanto, reiteró, la conducción distraída constituye la principal causa de siniestralidad vial en nuestro país.

Posterior a la presentación antes descrita, el Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Chahuán, felicitó, tanto a la señora Figueroa, como a la señora Rodríguez, por sus acciones en este ámbito, las que han permitido visibilizar con mayor vigor la problemática en comento.

El Subsecretario de Transportes, señor José Luis Domínguez, por su parte, resaltó que, lamentablemente, Chile ocupó, durante algún tiempo, el primer lugar entre los países de la OCDE en cuanto a fallecidos per cápita producto de accidentes de tránsito, lo que resulta una estadística ciertamente inquietante a su parecer.

Muestra de ello, agregó, es que el pasado fin de semana (viernes 12 de julio de 2019 en adelante) se registraron treinta y siete fallecidos por siniestros viales, habiéndose registrado el año 2018, en la misma fecha, sólo veintidós. Asimismo, destacó que un tercio de las personas que padecieron un accidente que les costó la vida, eran peatones.

En consecuencia, expresó que se deben llevar a cabo los esfuerzos institucionales necesarios para impedir la progresiva alza de este tipo de acontecimientos, desplegándose las medidas para que, por el contrario, tales episodios disminuyan significativamente.

El Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Chahuán, preguntó al Subsecretario de Transportes si, como Ejecutivo, se encuentran de acuerdo con el texto despachado por la Honorable Cámara de Diputados, en el primer trámite constitucional de la iniciativa.

El Subsecretario de Transportes, señor José Luis Domínguez, respondió afirmativamente, sin perjuicio de la necesidad de revisar algunos aspectos de la redacción referentes al empleo de sistemas de manos libres, los que, muchas veces, al igual que los mecanismos de georreferenciación, vienen incorporados de fábrica en los vehículos.

El Honorable Senador señor Pizarro, consultó acerca de las principales causas registradas en los accidentes del pasado fin de semana señalados por el señor Domínguez.

El Subsecretario de Transportes, señor José Luis Domínguez, indicó que, de acuerdo a cifras entregadas por Carabineros de Chile, la conducción no atenta a las condiciones del tránsito constituye un porcentaje relevante, así como también el manejo en estado de ebriedad. Sobre este último aspecto, precisó que, si bien con la publicación de la denominada “Ley Emilia” se redujo esta problemática, la misma nuevamente se ha acrecentado en la actualidad.

Luego, detalló las causas de los accidentes fatales en cuestión, las que se ordenan, de forma decreciente, del siguiente modo:

1° Velocidad no razonable ni prudente.

2° Peatón cruza camino o carreteras sin adoptar precauciones para ello.

3° Conducir en estado de ebriedad.

4° Inobservancia de la luz roja.

5° Peatón cruza calzada fuera del pase peatonal.

6° Causa basal en estudio.

7° Conducción no atenta a las condiciones del tránsito.

Sin perjuicio de lo anterior, resaltó que tales causas sólo son las que produjeron un desenlace mortal, advirtiéndose que la ubicada en el séptimo lugar sólo originó una persona fallecida.

No obstante lo expresado, destacó que la conducción distraída sí se alza como la primera causa de siniestros viales en general.

El Honorable Senador señor Pizarro, reparó que en el debate sobre el proyecto de ley que crea un Centro Automatizado de Infracciones de Tránsito (Boletín N° 9.252-15), se señaló que el mayor porcentaje de accidentes ocurría por exceso de velocidad, mientras que algo similar se dijo al momento de debatir la iniciativa que dispuso la reducción del límite máximo de velocidad en las urbes, por lo que subrayó que en estas materias no se pueden siempre utilizar los mismos argumentos, en tanto las razones que se esgrimen deben diferenciarse en términos de seguridad e impacto vial, para que las medidas adoptadas finalmente resulten congruentes con la realidad y la problemática que se pretende combatir.

Por último, sugirió revisar, en este contexto, los dispositivos de fábrica incorporados en los automóviles actualmente.

El Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Chahuán, en la misma línea, recomendó contemplar una reducción que permita el empleo de artefactos que puedan ser operados remotamente, o por medio de sistemas de “manos libres”.

Exposición de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito

La Jefa del Observatorio de Datos de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito, señora Carla Medina, inició su presentación indicando que, de acuerdo a cifras registradas por Carabineros de Chile, en los últimos diez años se ha registrado un alza del número de fallecidos por siniestros viales, resultando en un promedio anual de 1.576 decesos por esta causa.

Sin perjuicio de lo anterior, precisó que las muertes en este contexto se computan cuando ocurren luego de transcurridas 24 horas del accidente (en otros ordenamientos, explicó, dicho cómputo se extiende hasta 30 días después de sucedido el siniestro).

Luego, observó que, si bien la conducta que origina el mayor número de fallecidos es la velocidad imprudente y la pérdida de control del vehículo (385 muertes en 2018), si se desagregan las causas de aquélla, se verifica que la acción que desemboca en el número más altos de siniestros es la conducción no atenta a las condiciones del tránsito (24.631 en 2018, generando un desenlace fatal en 150 casos y un total de 13.970 lesionados).

En efecto, señaló que Carabineros de Chile desglosa a la imprudencia del conductor en 56 causas distintas, en las cuales, justamente, se encuentra la conducción no atenta a las condiciones de tránsito, producto de la manipulación de móviles y dispositivos similares.

Tal conducta, reiteró, ha incrementado el número de siniestros, lesionados y fallecidos.

Lo anterior, añadió, sin dejar de precisar que la imprudencia, como causa macro, no es la que causa un mayor número de fallecidos, sino de siniestros viales.

Posteriormente, advirtió que si bien en los últimos años se han mantenido relativamente constantes los números de siniestros por conducción distraída, se ha incrementado el número de fatalidades con ocasión de la misma.

A su turno, expresó, que, de acuerdo a un estudio elaborado por CONASET el año 2017 (en este punto destacó que, a nivel internacional, se discute la metodología apropiada para recabar esta información, siendo un buen camino para ello el registro de tráfico de datos del dispositivo en concreto) referente a las principales distracciones de los conductores chilenos, se verificó que un 11,1% de ellos revisa el celular, un 4,9% habla por celular, mientras que el 3,9% manipula la radio del vehículo y un 2,8% escucha música a alto volumen.

A su turno, afirmó que, de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (en adelante, OMS) (2015), varios estudios demuestran que la distracción causada por hablar en teléfonos móviles puede afectar el rendimiento de la conducción de varias maneras: tiempos de reacción más prolongados, distancias de seguimiento más cortas, entre otras. La manipulación manual del teléfono móvil, agregó, también reduce el rendimiento de la conducción, particularmente en los conductores jóvenes. Además, el riesgo de un siniestro de tránsito aumenta cuatro veces cuando se habla con este aparato móvil.

Asimismo, en conformidad a dichos análisis, las alteraciones en el comportamiento del conductor producidas por el uso del teléfono celular son tan profundas como las ligadas a la conducción bajo los efectos del alcohol (OMS, 2011).

De igual modo, destacó que, según el Informe sobre la situación mundial de la seguridad vial, publicado por la OMS en el año 2018, el uso de teléfonos mientras se conduce (ya sea usando las manos o con manos libres) incrementa la probabilidad de estar involucrado en un siniestro por un factor de cuatro, mientras que “textear” incrementa el riesgo de siniestros en alrededor de 23 veces. Asimismo, los tiempos de reacción del conductor también han sido comprobados que son un 50% más lentos con uso de teléfono que sin éste.

En la misma línea, el Reporte Anual de Seguridad Vial, de 2018, de la International Traffic Safety Data and Analysis Group, sostiene que muchos países mencionan un marcado incremento en el número de siniestros debido al uso de teléfonos móviles u otros aparatos digitales durante la conducción. La evidencia empírica es dispersa en ausencia de data estandarizada para monitorear el impacto de la distracción al volante. La información disponible apoya la visión, sin embargo, que la conducción no atenta está convirtiéndose en un riesgo de seguridad vial mayor, que requiere de una respuesta más sistemática.

Por último, destacó que, dentro de los Objetivos Globales de rendimiento voluntario para riesgos de seguridad vial, acordados por Naciones Unidas en el año 2017, se contempla que, al año 2030, todos los países cuenten con legislación que restrinja o prohíba el uso de teléfonos móviles durante la conducción. Lo anterior, precisamente por el alza de esta problemática a nivel global.

Concluida la exposición antes descrita, el Honorable Senador señor García Huidobro, preguntó la relación entre el incremento de las cifras de siniestralidad de los últimos diez años, con el aumento del parque automotriz en el mismo período.

La Jefa del Observatorio de Datos de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito, señora Carla Medina, respondió que, tanto a la luz del alza poblacional y del parque automotriz, la tasa de accidentabilidad ha disminuido.

El Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Chahuán, expresó que, en dicho cálculo, además, habría que considerar el explosivo incremento del número de teléfonos móviles en tal período.

El Honorable Senador señor Letelier, sostuvo que, además de la sanción en análisis, se deben incorporar otras medidas que permitan generar un cambio conductual en este contexto.

En seguida, estimó conveniente que se examine la tecnología disponible que permita bloquear a los celulares mientras el vehículo se encuentre en movimiento.

Posteriormente, recomendó examinar el alcance de la palabra “manipulación” en la iniciativa, afirmando que sería conveniente, para la consagración de la infracción, ligar dicha idea con las acciones concretas realizadas en móviles u otros dispositivos similares.

El Jefe de Gabinete de la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señor Juan Carlos González, indicó que el proyecto debe contemplar una redacción lo suficientemente flexible que permita una interpretación progresiva, coherente con los avances tecnológicos que se vayan suscitando.

El Presidente del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, señor Hugo Celedón, expresó que, en su opinión, el elemento central de la contravención en examen, es el uso o manipulación de elementos de comunicación, siendo el ejemplo más claro de ello, el empleo del celular. En tal sentido, explicó que, en la legislación española, precisamente, se alude a los “medios de comunicación”.

Luego, recomendó que la utilización de dispositivos, durante la conducción, sólo pueda ser válida si se realiza de manera remota o a través de un sistema de “manos libres”. Ello, agregó, a fin de que no se generen problemas con los vehículos que ya cuentan con esa tecnología.

A su turno, manifestó que, a su parecer, también se debería distinguir si el móvil se encuentra en circulación, o detenido.

Por último, señaló que, independientemente de la redacción que se adopte, la gran dificultad en este ámbito es de carácter probatorio.

El Honorable Senador señor Pizarro, por su parte, consultó al señor Celedón acerca de la interpretación que se ha otorgado al punto por parte de la judicatura.

Posteriormente, señaló que se debe abordar adecuadamente el tema referente a los dispositivos que vienen incorporados, de fábrica, en los vehículos, a fin de que no se proscriba su uso, como tampoco, eventualmente, se eleven los costos de los mismos producto de regulaciones que no sean razonables.

A continuación, aseveró que la manipulación de los artefactos en comento resulta riesgosa incluso cuando el móvil se encuentra detenido, y, por cierto, cuando el mismo se encuentra en circulación.

Lo anterior, añadió, en tanto, de posibilitarse el uso de los dispositivos en cuestión encontrándose el vehículo en detención, se fomentará que las personas detengan los móviles en cualquier lugar, a fin de emplear los aparatos.

En seguida, manifestó su respaldo respecto del verbo rector contemplado en el texto despachado por la Honorable Cámara de Diputados, en tanto entender que la redacción precisa de buen modo las acciones a castigar.

Por último, expresó que, con ocasión del establecimiento de este tipo de sanciones, se deben, además, ejecutar campañas de pedagogía y educación vial, ya que, a su juicio, la reducción de las cifras de siniestralidad que se han observado en los últimos años, si bien no son significativas, pero en todo caso menores, se debe, en parte, a las campañas desplegadas por CONASET, las que suelen ser impactantes, precisamente por el mensaje que se pretende comunicar.

El Honorable Senador señor Letelier, reparó en que el proyecto contempla a la conducción distraída como una infracción gravísima, por lo que sugirió revisar si la consagración de esta acción, bajo tal naturaleza, conduce a que, en los hechos, la misma no se aplique.

El Presidente del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, señor Hugo Celedón, indicó que él se desempeña en la comuna de Gorbea, en la Región de La Araucanía, y, ante casos como los descritos, en muchas ocasiones, en vez de aplicar la multa correspondiente, requiere a la persona que adquiera un dispositivo de manos libres, con el objetivo de realizar una labor socializadora sobre el particular, la que presenta una acogida bastante favorable por parte de la población.

Posteriormente, señaló que debe tenerse en consideración que una infracción gravísima apareja la suspensión de la licencia de conducir por un plazo de 5 a 45 días, por lo que se debe analizar el alcance que se le brindará a los verbos rectores que configurarán la contravención.

Finalmente, precisó que, por ejemplo, en el ordenamiento español o estadounidense, se diferencia, para efectos sancionatorios, si la falta es cometida por un conductor de transporte público, de carga o profesional, en tanto ellos, por la naturaleza de sus labores, deben emplear una diligencia aún mayor que los demás al momento de conducir.

El Honorable Senador señor Letelier, a su vez, concordó que, tratándose de los referidos conductores, la sanción que se aplique sea una infracción gravísima.

Así, calificó de indignante la manipulación de dispositivos por parte de aquéllos en medio de sus tareas.

Sin perjuicio de lo anterior, estimó que no le resulta del todo coherente que una falta de la misma entidad sea procedente para el resto de los conductores, en tanto no estar seguro que una medida así ayudará a cambiar el comportamiento de los mismos, debiendo, en consecuencia, analizarse el punto.

Por otra parte, estimó que el empleo del verbo “utilización”, en su opinión, permite facilitar la acreditación de la conducta sancionada.

El Presidente del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, señor Hugo Celedón, afirmó que se debe dejar claramente explicitado que los dispositivos que se empleen en los vehículos deberán sincronizarse con los mismos, a fin de que puedan ser operados con un sistema de “manos libres”, sin que sea necesaria su manipulación.

No obstante lo señalado, afirmó que lo más eficaz siempre, en estos casos, es prevenir a las personas de los riesgos que involucran conductas de esta naturaleza, por lo que recomendó el despliegue de planes de educación al respecto, por parte de la autoridad correspondiente.

El Honorable Senador señor Pizarro, indicó que los conductores profesionales, sea que manejen transportes de carga o de pasajeros, se encuentran sometidos, muchas veces, a una lógica de competencia o comercial, que los orienta a cumplir determinados tiempos y horarios, por lo que debe abrirse algún tipo de espacio para que la infracción en comento no se configure, si estos últimos, por razones calificadas, se ven en la necesidad de acudir a los dispositivos, sin que ello suponga poner en riesgo al vehículo, atendida la tecnología con la que actualmente cuenta el transporte.

El Presidente del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, señor Hugo Celedón, expresó que, efectivamente, se recomienda considerar situaciones de excepción en este contexto, siendo ello observable en ordenamientos comparados.

El Honorable Senador señor García Huidobro, resaltó que la mayoría de los vehículos nuevos cuenta con sistemas de manos libres, que permiten sincronizar a éstos con los dispositivos con los que el conductor o los pasajeros cuentan.

Por consiguiente, sugirió que, en vez de sancionar o prohibir el uso de tal tecnología, se eduque a la población en su empleo.

Asimismo, recomendó revisar una redacción precisa del tipo infraccional en debate, y, especialmente, el tipo de sanción que se establecerá.

La Vicepresidenta del Consejo Consultivo de la Sociedad Civil de la Subsecretaría de Telecomunicaciones y Directora de la ONG NO CHAT, señora Claudia Rodríguez, por su parte, mencionó que, hace cinco años, fue víctima de un siniestro vial.

Dicho accidente, agregó, se produjo por la negligencia de un conductor distraído, quien, manejando a exceso de velocidad, la impactó por el lado posterior de su vehículo, lo que le produjo lesiones que repercuten en su integridad hasta el día de hoy.

Así, a partir de tal episodio y, además, en su calidad de matrona, entiende que el valor de la vida se encuentra en primer lugar.

Lamentablemente, añadió, y producto de un marco regulatorio poco preciso y actualizado, que dificulta la acreditación de estas infracciones, el hechor de tal ilícito todavía se encuentra circulando.

Sin perjuicio de lo sostenido, subrayó que, además de contemplar al particular como una infracción gravísima, para superar las problemáticas del mismo, asimismo, se requiere contar con campañas de fiscalización y de educación vial.

Ello, en consideración de que el progresivo incremento en el número de celulares en el país, refuerza la necesidad de avanzar en estas materias.

Por último, explicó que el alcance del verbo “manipular”, dice relación con portar un dispositivo y, efectivamente, emplearlo con las propias manos.

El Honorable Senador señor Letelier, sugirió, a efectos de establecer una redacción al proyecto de ley en estudio, analizar los alcances interpretativos de las expresiones “manipular” y “usar” en este contexto.

Por último, recomendó analizar fórmulas institucionales que permitan facilitar la prueba de las infracciones en comento.

El Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Chahuán, señaló que se deben examinar los puntos hechos presente por quien le antecedió en el uso de la palabra, además de la sanción (gravísima o grave) a aplicar.

Se hace presente que, luego, se recomendó la siguiente redacción para el particular:

“Conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, excepto si la acción se realiza a través de un dispositivo de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento.”.

Frente a tal proposición, el Honorable Senador señor Letelier, expresó que se debe evitar que la misma pueda interpretarse de un modo tal que, en virtud de ella, se prohíba el uso de aparatos incorporados en el vehículo.

Por consiguiente, recomendó mejorar la antedicha redacción, circunscribiendo el alcance del texto a la proscripción del empleo de dispositivos que distraigan la conducción.

La Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt, en línea con lo sostenido por quien le antecedió en el uso de la palabra, señaló que el objetivo de la iniciativa es prohibir sólo aquellos elementos distractivos de la conducción, y no, por el contrario, el uso de los artefactos que colaboran en ella.

Sin perjuicio de lo anterior, sostuvo que plasmar dicha idea en un texto concreto no resulta algo sencillo, en tanto ser complejo abordar, de manera idónea en una redacción, al particular, justamente por la significativa evolución tecnológica que experimenta, que puede significar que, al poco tiempo, la legislación se transforme en normativa anacrónica.

En consecuencia, sugirió que sea en el reglamento al que se remite el proyecto el cuerpo en donde se detallen los aspectos más específicos de esta materia.

El Honorable Senador señor Letelier, no obstante concordar con la última proposición expresada por la señora Ministra, dejó constancia, para efectos de la historia de la ley, que lo que se pretende sancionar mediante el proyecto en estudio, es la manipulación, mientras se conduce, de dispositivos tales como teléfonos móviles, pantallas de entretenimiento, tablets, entre otros de similar naturaleza. No obstante lo anterior, prosiguió, tales aparatos podrán ser usados si ellos se sincronizan con el vehículo, permitiendo su uso mediante un sistema de “manos libres”.

De igual forma, y con la misma finalidad, consignó que lo señalado no significa proscribir el uso de los dispositivos incorporados, de fábrica, en el vehículo.

Así, resumió, se trata de sancionar la manipulación de artefactos que, en virtud de su naturaleza distractiva, generan un considerable riesgo en la conducción.

La Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt, precisó que pueden existir, teóricamente, casos en los cuales los aparatos incorporados en el vehículo, de igual forma, sean distractivos para el conductor.

El Honorable Senador señor Letelier, indicó que ello debiese ser corroborado por las certificaciones y homologaciones que realiza el aparato estatal al momento de autorizar el ingreso del vehículo de que se trate.

La Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt, en tal sentido, expresó que tales controles se realizar de manera rigurosa por parte de la Secretaría de Estado que encabeza.

El Honorable Senador señor Letelier, en consecuencia, a la luz de lo señalado por quien le antecedió en el uso de la palabra, indicó que, por tal razón, la sanción debe orientarse a la manipulación de dispositivos externos al vehículo, cuando ellos no son operados de forma remota o en modalidad de “manos libres”.

En consecuencia, sugirió acotar la redacción de la contravención en examen en esos términos.

La Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt, expresó que, precisamente, en línea con lo señalado previamente por el Honorable Senador señor Letelier, ello se ejemplifica del mejor modo con la manipulación que las personas hacen del celular mientras conducen, el cual, en este contexto, constituye el principal problema.

El Honorable Senador señor García Huidobro, por su parte, sugirió revisar si se castigará con una sanción de la misma entidad la manipulación de los artefactos en comento mientras se encuentra detenido el vehículo.

La Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt, señaló que, a su juicio, la manipulación de los dispositivos en un signo pare o en una luz roja, asimismo, generan una distracción significativa para el conductor, por lo que igualmente existe un riesgo considerable en ello, en tanto se interfiere con la seguridad con la que debe actuar aquél.

Por consiguiente, si se desea operar el artefacto, agregó, lo que procede es que se estacione el vehículo en un lugar habilitado, para que luego, con el motor apagado, se proceda a efectuar tal conducta.

El Honorable Senador señor Letelier, consultó acerca del alcance del término “conducir”.

La Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt, respondió señalando que tal concepto alude a operar un vehículo con el motor prendido.

El Honorable Senador señor García Huidobro, resaltó que, en algunos vehículos más nuevos, al momento de su detención, por ejemplo, en un semáforo, su motor se apaga.

El Honorable Senador señor Letelier, observó que, sin perjuicio de la veracidad de lo afirmado por quien le antecedió en el uso de la palabra, lo cierto es que la idea de “conducir”, a su juicio, además se relaciona con haber iniciado el contacto del vehículo, y estar controlando al mismo.

La Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt, explicó que los puntos concretos del particular serán especificados, para estos efectos, en el reglamento respectivo.

El Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Chahuán, por otra parte, consultó luego si resultaría pertinente incorporar, en la redacción del tipo infraccional en examen, un resultado concreto (por ejemplo, que la manipulación del dispositivo genere una distracción significativa en el conductor) para la configuración de la contravención.

Al respecto, se sostuvo que, en materia infraccional, la vinculación de la conducta con la generación de un resultado determinado, complejiza su acreditación y aplicación efectiva, ya que no sólo se debe probar la conducta basal, sino que, además, que ella causalmente generó un efecto específico.

Por consiguiente, se recomendó no incluir un elemento de dicha naturaleza ya que, precisamente por el riesgo que involucra la manipulación en cuestión, el peligro abstracto generado por la conducta basta para que proceda la sanción.

Lo anterior, sin perjuicio de las valoraciones concretas que realice el juez de la instancia al momento de conocer del caso de que se trate.

El Honorable Senador señor García Huidobro, consultó en qué pie quedarían los dispositivos de georreferenciación en el esquema propuesto por el proyecto.

La Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt, respondió sosteniendo que, por cierto, se podrán emplear aplicaciones tales como Waze (la que incluso viene incorporada en el software de ciertos vehículos), siempre que su manipulación, para la fijación de la ruta y del viaje a realizar, se realice de manera previa al inicio de la conducción.

El Honorable Senador señor Letelier, en el mismo sentido, consignó, para efectos de la historia de la ley, que, justamente por el caso previamente examinado, es que cobra importancia el hecho de que tales dispositivos, aún cuando no se encuentren incorporados al vehículo, puedan ser válidamente operados de forma remota en este contexto, sin que ello configure la infracción en estudio.

Posteriormente, se hizo presente que los dispositivos de georreferenciación no son siempre posibles de operar de manera remota, por lo que, más que aludir directamente a ellos, se debe establecer que los mismos podrán ser utilizados mediante un sistema de manos libres.

Por consiguiente, y a la luz de los planteamientos vertidos en el debate, se sugirió la siguiente redacción del nuevo número 5 que se propone incorporar al artículo 199 de la Ley de Tránsito, contemplado por el número 1 del artículo único del proyecto de ley en análisis.

“5.- Conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en el mismo, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento.”.

El Presidente de la Comisión, Honorable Senador señor Chahuán, concordó con la proposición previamente descrita, por lo que sugirió acogerla, preservando, en el resto del artículo único de la iniciativa en estudio, el texto despachado por la Honorable Cámara de Diputados en el primer trámite constitucional del proyecto.

En consecuencia, sometió a votación la iniciativa en tales términos.

VOTACIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

En votación, en general y en particular a la vez, el proyecto de ley en examen, la Comisión, por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables Senadores señores Chahuán (Presidente), García Huidobro y Letelier, lo aprobó con modificaciones, sustituyendo el nuevo número 5 que se propone incorporar al artículo 199 de la Ley de Tránsito, contemplado por el número 1 del artículo único del proyecto de ley, por el texto previamente reseñado.

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MODIFICACIONES

En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, vuestra Comisión de Transportes y Telecomunicaciones tiene el honor de proponeros las siguientes modificaciones al proyecto de ley aprobado por la Honorable Cámara de Diputados:

ARTÍCULO ÚNICO

Número 1

--- Sustituirlo por el siguiente:

“1. Agrégase el siguiente número 5 en su artículo 199:

5.- Conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en el mismo, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento.”.

(Aprobada, 3x0).

En consecuencia, vuestra Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, os recomienda que aprobéis, en general y en particular el proyecto de ley en informe, cuyo tenor es el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Modifícase la ley N° 18.290, de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, de la siguiente forma:

1. Agrégase el siguiente número 5 en su artículo 199:

5.- Conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en el mismo, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento.”.

2. Suprímese el número 32 del artículo 200.”.

Acordado en sesiones celebradas los días 17 de julio de 2019, con asistencia de los Honorables Senadores señores Francisco Chahuán Chahuán (Presidente), Juan Antonio Coloma Correa (Alejandro García Huidobro Sanfuentes) y Jorge Pizarro Soto; 24 de julio de 2019, con asistencia de los Honorables Senadores señores Francisco Chahuán Chahuán (Presidente), Alejandro García Huidobro Sanfuentes, Juan Pablo Letelier Morel, Jorge Pizarro Soto y Jorge Soria Quiroga, y 21 de agosto de 2019, con asistencia de los Honorables Senadores señores Francisco Chahuán Chahuán (Presidente), Alejandro García Huidobro Sanfuentes y Juan Pablo Letelier Morel.

Sala de la Comisión, a 26 de agosto de 2019.

ANA MARÍA JARAMILLO FUENZALIDA

Abogada Secretaria de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE MODIFICA LA LEY N° 18.290, DE TRÁNSITO, AUMENTANDO LA SANCIÓN POR EL USO DE CELULARES O DE PANTALLAS DE TELEVISIÓN DURANTE LA CONDUCCIÓN DE UN VEHÍCULO MOTORIZADO. BOLETINES NOS 7.341-15, 8.341-15, 9.846-15 Y 12.066-15, REFUNDIDOS

I. OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: sancionar como infracción gravísima la conducta consistente en la conducción de vehículos manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en el mismo, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento.

II.ACUERDOS: aprobado en general y en particular (3x0).

III.ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: el proyecto de ley en estudio está estructurado sobre la base de un artículo único, el que cuenta con dos numerales, los que modifican los artículos 199 y 200 de la Ley de Tránsito.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no presenta.

V.URGENCIA: no presenta.

VI.ORIGEN E INICIATIVA: Honorable Cámara de Diputados. Mociones de los Honorables Diputados señores Pedro Pablo Álvarez-Salamanca y Nino Baltolu, y de los ex Diputados señores Giovanni Calderón, Patricio Hales, Juan Lobos, Cristián Monckeberg, Carlos Montes, Iván Moreira, Carlos Recondo y Gonzalo Uriarte (Boletín N° 7.341-15); de los Honorables Diputados señores Sergio Bobadilla, Javier Hernández, Iván Norambuena, Ignacio Urrutia, Enrique Van Rysselberghe y Gastón Von Mühlenbrock, y de los ex Diputados señora María Angélica Cristi y señores Gustavo Hasbún, Issa Kort y Manuel Rojas (Boletín N° 8.341-15); de los Honorables Diputados señora Loreto Carvajal y señores Juan Luis Castro, Luis Rocafull y Raúl Saldívar, y de los ex Diputados señores Cristián Campos, Felipe Letelier, Marco Antonio Núñez, Roberto Poblete, Alberto Robles y Christian Urízar (Boletín N° 9.846-15), y de los Honorables Diputados señoras Sofía Cid, Paulina Núñez, Ximena Ossandón y Marcela Sabat, y señores Sebastián Álvarez, Sergio Bobadilla, José Miguel Castro, Francisco Eguiguren, Leopoldo Pérez e Ignacio Urrutia (Boletín N° 12.066-15).

VII.TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo trámite.

VIII.APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: en la sesión ordinaria 2ª, de fecha 13 de marzo de 2019, la iniciativa fue aprobada en general y en particular por 122 votos a favor, ninguno en contra, dos abstenciones y siete pareos.

IX.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: el proyecto ingresó a la Corporación con fecha 13 de marzo de 2019, dándose cuenta en la sesión ordinaria 2ª, de la misma data, pasando a la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.

X.TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, aprobado en general y en particular.

XI.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

- Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.290, de Tránsito. Artículos 199 y 200 N° 32.

Valparaíso, a 26 de agosto de 2019.

ANA MARÍA JARAMILLO FUENZALIDA

Abogada Secretaria de la Comisión

[1] El informe en cuestión se denomina “Distracted Driving in Fatal Crashes 2017” el que se encuentra a disposición de los Honorables señores Senadores en la Secretaría de la Comisión.
[2] Se hace presente que dicha iniciativa junto con las demás que componen el proyecto de ley en estudio fueron refundidas por la Sala de la Honorable Cámara de Diputados en sesión 91ª ordinaria de fecha 23 de octubre de 2018.

2.2. Discusión en Sala

Fecha 08 de septiembre, 2021. Diario de Sesión en Sesión 75. Legislatura 369. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

AUMENTO DE SANCIÓN POR USO DE CELULARES O PANTALLAS DE TELEVISIÓN DURANTE CONDUCCIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

A continuación, señora Presidenta , corresponde tratar el segundo punto de la tabla, que se refiere al proyecto que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, aumentando la sanción por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado, con informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.

--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletines 7.341-15, 8.341-15, 9.846-15 y 12.066-15, refundidos) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

El principal objetivo de este proyecto es sancionar como infracción gravísima la conducta consistente en la conducción de vehículos manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital que no venga incorporado de fábrica en el mismo, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento.

La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones discutió esta iniciativa en general y en particular por tratarse de un proyecto de artículo único, y acordó unánimemente proponer a la señora Presidenta que en la Sala sea considerada del mismo modo.

Aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Chahuán, García-Huidobro y Letelier; aprobó el proyecto en particular, con modificaciones, por la misma unanimidad precedentemente consignada.

El texto que se propone aprobar se transcribe en la página 63 del informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.

La señora RINCÓN (Presidenta).-

Le daremos la palabra al Presidente de la Comisión.

Que el Senador Francisco Chahuán o algún miembro haga el informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.

Tiene la palabra la Senadora Ximena Órdenes.

La señora ÓRDENES.-

Muchas gracias, Presidenta .

En mi calidad de Presidenta de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, pasaré a continuación a informar los principales fundamentos en los que descansa la iniciativa en examen, indicando asimismo los ejes centrales en los que se basó la discusión en general y en particular del proyecto en la referida instancia.

En primer lugar, se debe señalar que la iniciativa refunde cuatro mociones.

El objetivo del proyecto es sancionar, como infracción gravísima, la conducta consistente en conducir vehículos manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico digital, que no venga incorporado de fábrica en el mismo, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determina el reglamento.

La Comisión discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único.

Durante la discusión de la iniciativa se contó con la presencia de la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, señora Gloria Hutt ; del Subsecretario de Transportes , señor José Luis Domínguez ; del Jefe de Gabinete de la Ministra , señor Juan Carlos González ; de la asesora legislativa del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, señora Josefina Hübner , y de la Jefa del Observatorio de Datos de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset), señora Carla Medina .

A su vez, concurrieron a exponer sus puntos de vista las siguientes entidades.

De la Fundación Emilia, su Presidenta , señora Carolina Figueroa ; la Secretaria Ejecutiva , señora Andrea Schifferly , y la Coordinadora de Educación, señora Geraldine Sandoval .

Del Consejo de la Sociedad Civil, su Vicepresidenta, señora Claudia Rodríguez , y la Directora Ejecutiva de la Fundación Conciencia Vial , señora Karina Muñoz .

Del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, su Presidente , señor Andrés Celedón , y la asesora señora Lorena Escobar .

El proyecto en estudio está estructurado sobre la base de un artículo único que cuenta con dos numerales, los que modifican la Ley de Tránsito en los siguientes términos:

1.- Consagra, como infracción gravísima, la conducción de vehículos manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en el mismo, excepto, como lo mencioné, si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento. Para tal efecto, se incorpora un número 5, nuevo, al artículo 199 del aludido cuerpo legal.

2.- Suprime el número 32 del artículo 200 de la ley en comento, con la finalidad de eliminar la sanción previamente contemplada allí, de tenor similar a la nueva infracción gravísima incorporada por el proyecto, a fin de dar coherencia a la iniciativa en examen.

A la luz de los planteamientos vertidos en el debate, se sugirió la siguiente redacción del nuevo número 5, que se propone incorporar al artículo 199 de la Ley de Tránsito, contemplado por el número 1 del artículo único de la iniciativa en análisis. El texto que se propone es el siguiente: "Conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en el mismo, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento.".

En votación en general y particular a la vez del proyecto en examen, la Comisión, por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables Senadores señores Chahuán , García-Huidobro y Letelier , lo aprobó con modificaciones, sustituyendo el nuevo número 5 que se propone incorporar al artículo 199 de la Ley de Tránsito, contemplado por el número 1 del artículo único del proyecto de ley, por el texto previamente reseñado.

Señora Presidenta , tal como se ha dicho, la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones aprobó en general y particular la iniciativa.

En consecuencia, por todos estos antecedentes, la Comisión recomienda aprobar el proyecto de ley.

Es todo cuanto puedo informar.

Muchas gracias, señora Presidenta .

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

Gracias, Senadora Ximena Órdenes.

Están inscritos el Senador Alvarado y el Senador Chahuán.

El señor ALVARADO.-

No, Presidenta .

La señora MUÑOZ.-

¿Puede abrir la votación, Presidenta?

La señora RINCÓN (Presidenta).-

Queremos informar los problemas de transmisión que han manifestado los Senadores Montes y Moreira.

En este minuto uno de los cableoperadores está con dificultades de difusión en las ciudades de Santiago y Antofagasta, VTR concretamente, pero ya hemos comunicado a la empresa respectiva estos problemas, pues tenemos imagen sin audio. Debería haber una respuesta en los próximos minutos.

TV Senado está llegando correctamente hasta el centro de distribución de nuestra señal TVN, al igual que las plataformas digitales www.tvsenado.cl y el canal YouTube.

La transmisión del canal del Senado se ha mantenido estable y no se han reportado inconvenientes durante el desarrollo de la presente sesión y las anteriores.

Tiene la palabra el Senador Francisco Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señora Presidenta , este proyecto de ley se tramitó durante el tiempo que me tocó ejercer como Presidente de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones.

Como se ha señalado, la iniciativa logró fusionar cuatro iniciativas presentadas por un número importante de Diputadas y Diputados, más allá de las mociones que fueron ingresadas en el Senado sobre la misma materia.

Durante la tramitación de esta propuesta de ley concurrió a nuestra Comisión el Senador Francisco Huenchumilla y no solamente estuvo presente la Ministra , sino también el Subsecretario de Transportes , la Conaset y la sociedad civil.

Y eso es muy importante recalcarlo, porque este proyecto surgió desde la misma sociedad civil, específicamente de organizaciones como la Fundación Emilia Silva Figueroa, representada por su Presidenta , Carolina Figueroa (madre de Emilia); por su Secretaria Ejecutiva , Andrea Schifferly , y la Coordinadora de Educación, Geraldine Sandoval .

Asimismo, asistieron representantes del Consejo de la Sociedad Civil (Cosoc), del Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, y, en carácter de oyente, el Presidente del Movimiento Contra el Exceso de Velocidad Letal, señor Axel Rimbaud.

Es común ver y observar en el día de hoy a conductores de vehículos motorizados, usando y empleando aparatos telefónicos u otros similares, algo que, en virtud del análisis detallado y en opinión de los expertos, genera un mayor riesgo de siniestralidad vial, tal como se ha visto en pruebas hechas en algunas zonas del país.

Del mismo modo, la sanción actual para esta conducta es una multa de hasta 1,5 UTM, pero no es capaz de ser disuasiva para los conductores. Por eso la idea es elevar esta práctica a una infracción gravísima con una multa de hasta 3 unidades tributarias mensuales.

Además del uso del celular, se ha verificado que no pocos conductores, mientras manejan el respectivo vehículo, tienen acceso a pantallas de televisión o de video, lo que a juicio de los autores no es otra cosa que un factor de distracción, ya que eventualmente dejan de estar atentos a las condiciones del tránsito.

Insisto en que para este proyecto de ley tomamos en cuenta el riesgo asociado a la conducción no atenta, observado en esquinas de alta siniestralidad vial en la Región Metropolitana, con pruebas que se hicieron en determinadas zonas.

Del mismo modo, se utilizaron distintas metodologías y también hubo opiniones expertas.

También se consideró un segundo informe sobre conductas distraídas del peatón, observadas en esquinas con mayor concentración peatonal, realizado en varios grupos económicos del Gran Santiago.

Con todo, se logró demostrar que el uso de aparatos de telefonía efectivamente afecta la seguridad vial y, en ese contexto, se intenta generar una señal política potente en el sentido de que se requiere urgentemente una modificación a este respecto.

En cuanto a la estructura del proyecto, como Sus Señorías saben, consagra en el número 1, como infracción gravísima, la conducción de vehículos manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital.

Esto fue particularmente discutido en la Comisión, dado que no se quería circunscribir tan solo al chateo que hace una persona que porta un teléfono celular, sino también a otros artefactos electrónicos o digitales.

Del mismo modo, se estableció en el número 2 la eliminación de la sanción que estaba contemplada ahí para reemplazarla por una nueva, que es gravísima, incorporándola al proyecto con el objeto de darle coherencia al texto en cuestión.

Por tanto, yo diría que este proyecto va en la dirección correcta.

Nosotros lo aprobamos con mucha fuerza y esperamos que tenga el apoyo unánime de esta Sala del Senado.

He dicho, señora Presidenta.

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Chahuán.

Está inscrito a continuación el Senador Letelier.

La señora MUÑOZ.-

¿Puede abrir la votación, Presidenta?

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

¿Le parece a la Sala abrir la votación?

Okay

En votación.

--(Durante la votación).

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

Tiene la palabra el Senador Juan Pablo Letelier.

El señor LETELIER.-

Muchas gracias, Presidenta .

Quiero partir mis palabras agradeciéndoles muy sinceramente al Consejo de la Sociedad Civil de la Subsecretaría de Transportes; a la ONG No Chat, en la persona de Claudia Rodríguez , así como a su Vicepresidenta y Secretario ; a los representantes de diversos grupos ciudadanos de ciclistas, de feministas, del Automóvil Club, todas agrupaciones muy grandes.

Sin duda, insisto, la ONG No Chat, junto con el Cosoc, jugaron un papel fundamental en levantar una demanda.

En nuestro país, durante mucho tiempo la principal causa de accidentes era otra, pero en forma creciente la cantidad de estos ha aumentado y ha tenido efectos por las distracciones que ha generado la irrupción en nuestras vidas de los celulares, de aparatos digitales que han cambiado la vida de muchas personas, no solamente trayéndoles grandes beneficios, sino también generando dependencias que, como sabemos, son nocivas.

Uno de los problemas que provocan estos aparatos y otros similares es que los conductores y las conductoras se distraen y provocan situaciones de mayor accidentabilidad por la distracción, por la manipulación de estos dispositivos.

Evidentemente lo que se plantea, por una parte, a raíz de las víctimas y las consecuencias que dejan estos accidentes, es que haya mayores sanciones. Pero para imponer más sanciones es necesario tipificar la conducta.

Es evidente que en la tipificación de la conducta se demoró el debate, porque no se trata solamente -y este es el verbo rector- de manipular dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico, digital que no venga incorporado al vehículo, dado que muchos vehículos tienen incorporados el manos libres o mecanismos para prender o apagar una radio.

Lo que queremos, eso sí, es establecer una tipificación para que aquella persona que conduzca manipulando un dispositivo de telefonía móvil -como ha dicho nuestra Presidenta de la Comisión , la Senadora Órdenes- pueda ser sancionado.

Yo creo que este es un avance tremendamente importante.

Habrá un reglamento para precisar algunos elementos de la modificación al numeral 5 del artículo 199. A la vez, se establece el régimen de sanciones por la gravedad que tiene esta situación.

Presidenta, esto que es un proyecto simple puede salvar vidas, puede evitar accidentes, puede permitir que la convivencia en las vías de transportes se haga de otra manera.

Cuando uno maneja un vehículo tiene el deber de concentrarse en lo que está haciendo.

Es cierto que muchos -y no me excluyo- hemos cometido el error de contestar un teléfono cuando vamos manejando o de mirar el dispositivo para ver el mapa que nos conduce a algún lugar.

Lo que necesitamos entender es que esa manipulación pone en riesgo no solamente la vida de quienes van en el auto, sino, por sobre todo, a los otros que nos rodean: a los ciclistas, a los peatones y a personas que van en otros vehículos.

El manejo distraído es crecientemente la causal de accidentes que más daño está generando.

Esta ley que viene de la sociedad civil yo la aplaudo y, por cierto, la respaldamos.

Y quiero insistir en mi reconocimiento y agradecimiento a los dirigentes y dirigentas que fueron parte de todo este esfuerzo, porque, en verdad, si no hubiese sido por una sociedad civil muy muy activa, esto habría sido muy difícil.

Por eso, quiero nuevamente agradecer en especial a dos de las personas que han estado siempre con nosotros empujando esta iniciativa: Claudia Rodríguez , de la Organización No Chat, y Carolina Oyarzún , entre otras que estuvieron empujando permanentemente esta iniciativa, que hoy espero la votemos a favor en forma mayoritaria para hacer realidad una nueva ley que defienda la convivencia en las vías y que defienda la vida en nuestro país.

He dicho.

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Letelier.

Como estamos tomando la votación, le vamos a dar la palabra a la Senadora Órdenes y luego al Senador Insulza, para fundamentar sus votos.

Tiene la palabra la Senadora Ximena Órdenes.

La señora ÓRDENES.-

Muchas gracias, Presidenta .

Como bien lo señalaba el Senador Letelier, esta iniciativa surge de la sociedad civil, y al respecto me gustaría decir lo siguiente.

El uso intensivo de la telefonía celular en Chile da cuenta, en la actualidad, de alrededor de 26 millones de celulares, donde el 61 por ciento corresponde a teléfonos inteligentes.

Esta forma de conectividad digital tiene innumerables beneficios en términos de comunicación y de acceso a la información en tiempo real. Sin embargo, el uso irresponsable muestra la otra cara de la moneda: conductores distraídos que ocasionan anualmente más de 22 mil accidentes de tránsito, cuatro veces más que la cantidad de accidentes que se generan a causa del alcohol.

En la última década, en promedio fallecen anualmente 1.576 personas en accidentes de tránsito, donde el 13 por ciento de los casos obedece a conducir no atento a las condiciones del tránsito, siendo la tercera causa de muerte.

Ya en el año 2011 la Organización Mundial de la Salud advirtió este problema en el estudio "Teléfonos Móviles: un Problema Creciente en la Distracción de los Conductores", el cual concluyó que el número de accidentes generados por el uso de celulares en los vehículos es peor que el de los efectos de manejar por encima del límite permitido de alcohol en la sangre.

Este proyecto de ley viene en parte a mitigar, a través del control reactivo, este problema.

Sin duda, tenemos todavía que avanzar en materia de seguridad vial en pos de una mayor prevención en este tipo de conductas al manejar, porque efectivamente este proyecto nos va a permitir salvar vidas, evitando un incremento, como se ha observado, en el número de accidentes de tránsito.

Creemos que el proyecto es un aporte significativo para mejorar la convivencia vial.

Por eso, Presidenta , voto a favor.

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

Gracias, Senadora Órdenes.

Tiene la palabra el Senador José Miguel Insulza, para fundar su voto.

El señor INSULZA.-

Muchas gracias, Presidenta .

Yo creo que este debiera ser un día de gran alegría, ciertamente, porque estamos aprobando un proyecto de ley muy fundamental.

A veces olvidamos que en Chile todos los años muere bastante más gente en accidentes de tránsito que en homicidios. Estamos muy preocupados de crímenes, homicidios, etcétera, pero muchas más personas fallecen a causa de conductores borrachos, como la pequeña Emilia Silva Figueroa -recuerdo a sus padres, que hoy deben estar mirando esta sesión-, o también por el uso completamente irresponsable de aparatos mientras un conductor va manejando.

Hace unos diez días yo venía rumbo al Congreso, bajando por la ruta hacia Valparaíso -estaba a unos 2 kilómetros- y vi un auto oscilando por la calle. Y detrás del volante -no diré "al volante", ¡no!- iba una señora escribiendo en su teléfono sin ni siquiera un dedo puesto sobre el volante. Eso ocurre todos los días. Y vemos estos accidentes a cada rato.

Esta ley se ha demorado, Presidenta . Y por eso digo: deberíamos estar alegres, pero a mí no me causa alegría. Se ha demorado, ¿qué? ¿Más de diez años?

Esto empezó el año 2014, precisamente muy poco después de dictada la Ley Emilia, que atacaba otro problema: el manejo en estado de ebriedad. Llevaba 1,9 gramos de alcohol el señor que chocó el auto de esos padres y mató a la niña. Y esta iniciativa quería atacar inmediatamente el otro problema, el del manejo descuidado por uso de aparatos, etcétera, y se demoró. Yo no sé cuándo empezó, pero aparecen patrocinando los primeros proyectos algunos Diputados que se fueron el año 2015 de la Cámara, del Congreso. No sé cuántos años lleva ya.

Entonces, es triste que estas leyes demoren tanto, Presidenta , porque probablemente las vamos a aprobar por unanimidad. ¿Quién no va a aprobar por unanimidad una ley que sanciona a una persona por manejar su vehículo haciendo cualquier cosa mientras el auto va por la calle? Pero nos hemos demorado muchos años en esto, cuestión que lamento bastante. Hubiera querido que esta ley saliera pronto.

Felicito a la Senadora Órdenes; al Senador Chahuán , quien la tramitó en su momento, y al Senador Letelier, quien me puso en antecedentes para pedir que se colocara en tabla esta iniciativa de ley, que quedó ubicada por ahí por el punto veintiséis.

Así que voto a favor. Me gusta mucho que haya salido este proyecto, pero no sé cuánta gente podría haberse salvado de accidentes graves si la ley se hubiera publicado por lo menos un año después de que se empezó a tramitar.

Voto a favor, Presidenta .

Gracias.

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

Senadora Provoste, tiene usted la palabra.

La señora PROVOSTE.-

Muchas gracias, Presidenta.

Yo también quiero sumarme al reconocimiento que ha hecho el Senador José Miguel Insulza a las y los distintos mocionantes de este proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que aumenta la sanción por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado.

Quiero, además, a través de la Senadora Ximena Órdenes, reconocer y valorar el trabajo de la Comisión de Transportes y de las organizaciones de la sociedad civil que han participado. Y saludo, por su intermedio, Presidenta , a la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, quien se encuentra presente en esta discusión.

La distracción al conducir aumenta muy significativamente la probabilidad de ocasionar un siniestro vial. Las distracciones auditivas, físicas, cognitivas, visuales, durante la conducción, se traducen en el desvío de la atención de todas aquellas actividades requeridas para una conducción segura. De hecho, mirando el propio anuario de estadísticas de tránsito de Carabineros de Chile durante el tiempo en que fueron presentadas estas mociones, comprueba que allí figuran más de 22 mil accidentes provocados por una conducción distraída, incluso muy por sobre los accidentes atribuibles al consumo de alcohol.

La propia Organización Mundial de la Salud ha difundido un estudio denominado "Teléfonos Móviles, un problema creciente en la distracción de los conductores", que determina que la distracción que genera un celular es hoy día peor que los efectos que provoca manejar bajo los efectos del alcohol.

Esta iniciativa también permite acoger un llamado desesperado de muchas personas que se desplazan en vehículos motorizados menores o en bicicleta. De manera que este proyecto, aprobado unánimemente en la Comisión de Transportes, posibilita avanzar en la dirección de garantizar condiciones bastante más seguras.

La estructura de esta normativa, sobre la base de un artículo único, hace mucho más rápida su tramitación en el Parlamento.

Además, mociones de este tipo nos incentivan a poner atención en otros elementos que nos parecen muy importantes de revisar, relacionados con los estándares de seguridad que vienen incorporados en los vehículos que ingresan a nuestro país. Lo digo porque esta iniciativa hace una distinción con respecto a aquellos que traen incorporados de fábrica el dispositivo de manos libres,

Sin embargo, ello nos abre al debate -aprovechando que está la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones- lo que recientemente hemos visto a propósito de modelos básicos de vehículos que se comercializan en Chile y que en otros países, particularmente en Europa, llegan con condiciones de mayor seguridad para el conductor y los pasajeros. Creo que eso hace necesario poner atención en cómo subir los estándares de los vehículos que arriban a nuestro país, así como respecto de aquellos que garantizan una conducción mucho más segura por traer incorporado de fábrica dispositivos de telecomunicaciones y manos libres.

Me parece que este avance en la tipificación de una conducción segura de vehículos también tiene que venir aparejado de mayores recursos para la fiscalización y para que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones avance en el desafío de garantizar una conducción segura, no solo para aquellos que están en las vías, sino también para quienes transitan por ellas dentro de vehículos que, curiosamente, en Chile se comercializan con un menor estándar de seguridad que en otros países.

Voto a favor de la iniciativa, y valoro los aportes que se han hecho desde la sociedad civil para contribuir, con su conocimiento y su experiencia, a expectativas de mayor seguridad para todos y todas.

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

Gracias, Senadora Provoste.

¿Alguien más?

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

¿Senadora Allende?

La señora RINCÓN (Presidenta).-

Tiene la palabra la Senadora Allende.

La señora ALLENDE.-

Gracias, Presidenta.

Según cifras de Carabineros, existe un promedio de 1.576 fallecidos anuales por accidentes viales, y del 2009 al 2018 más de 15 mil personas perdieron la vida por estas situaciones. Por eso tenemos que hacernos cargo de las distintas razones.

Yo recuerdo muy bien cuando se inició la tramitación de la Ley Emilia, a raíz de ese trágico accidente. Cómo no recordar el empeño que le puso la madre de Emilia, Carolina Figueroa , para impulsar esa importante legislación, porque también una de las causas de estos accidentes era, obviamente, la bebida o el exceso de alcohol, que evidentemente produce que la persona tenga menos reacciones, o reacciones más tardías, y que, efectivamente, la constituye en un peligro, fuera de todo lo que dramáticamente ha ocasionado, como el caso de la pequeña Emilia y otros.

Celebro que haya habido una alta participación ciudadana, y felicito a la Comisión de Transportes, a su Presidenta , y a todos quienes han intervenido. También saludo a la Ministra del ramo.

Quiero decir que considero sumamente importante que avancemos en legislar en esta materia, porque claramente ya no tenemos que lamentar accidentes solo por la ingesta de bebidas alcohólicas -aunque yo creo que ayudó mucho lo que logramos legislar y los accidentes por esta causa han disminuido bastante- y por la imprudencia y el exceso de velocidad, sino también, desde hace unos años a esta parte, a raíz de la aparición de los teléfonos inteligentes, por el uso continuo del celular mientras se está manejando, lo que obviamente, como aquí sabemos, es una de las causas que distraen al conductor y, por tanto, de los accidentes.

La OMS, como acá se ha señalado, ha realizado estudios que permiten fundamentar la distracción que significa el empleo ya sea del teléfono u otro dispositivo. Por eso los vehículos tienen que traer incorporado un sistema de manos libres que impida que el conductor esté usando sus manos y se distraiga al momento de manejar.

Por eso considero tan importante el avance que se está logrando.

Ahora, hay que ser bien precisos en lo que vamos a entender por esta falta y las sanciones que va a acarrear. En tal sentido, es relevante que las multas suban (lo hacen de 1,5 a 3 UTM) y que la sanción más grave sea la suspensión de la licencia. Si la falta es gravísima, se le va a suspender la licencia al conductor de cinco a cuarenta y cinco días, y si reincide, la pena incluso puede llegar a ser de cuarenta y cinco a noventa días.

Ahora, quizás aquí -y está la Ministra - también habría que hacer claridad en cuanto a que, si esto no va acompañado de una campaña de mayor concientización, por supuesto que no se producirá el efecto buscado. Y por eso es tan importante que haya una campaña, desplegada con estas cifras, que conozca la ciudadanía, como ocurrió con la Ley Emilia, que sirvió para tomar mucha conciencia. Aquí pido lo mismo, en función de que no todo el mundo está consciente hoy día de lo que significa el uso masivo del teléfono mientras se está conduciendo.

Considero importante también que la Ministra nos diga cómo va a proceder reglamentariamente para lograr una mayor fiscalización, porque tampoco queremos que quede como letra muerta. Pienso que esto ha tenido una amplia participación ciudadana, pues son muchos los que están conscientes de la peligrosidad, de la incidencia en los accidentes, y del costo que tiene en vidas humanas y bienes materiales, por lo cual deseamos que no se siga profundizando.

Por eso, Presidenta, voto a favor, pero le pido a la Ministra que tome conciencia de la necesidad de realizar una gran campaña, por un lado, y de una indispensable fiscalización, para que efectivamente se cumpla con el objetivo, por el otro.

Voto que sí, Presidenta.

Muchas gracias.

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

¿Senador Castro?

El señor CASTRO.-

Voto a favor, Secretario .

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

¿Senador De Urresti?

El señor DE URRESTI.-

A favor, Secretario .

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

¿Senador García-Huidobro?

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

En primer lugar, quiero valorar el hecho de que se esté aprobando, ojalá por unanimidad, este proyecto, señora Presidenta . Lo digo porque creo que las explicaciones de la Presidenta de la Comisión , Ximena Órdenes , y también del Senador Chahuán fueron bastante claras en cuanto al ajuste que se hizo en dicho organismo.

Efectivamente, en la actualidad uno de los problemas más complejos es la distracción al manejar. Hoy día, todos tenemos este aparatito (el Senador muestra su celular), que a algunos nos acompaña casi todo el día y a muchos inclusive de noche. Es parte de la vida del ser humano. Parece que es la mejor compañía que ahora tenemos en nuestras vidas. La tecnología que hoy día estamos usando sirve sin duda para muchas cosas, pero, cuando se está conduciendo, cuando se habla de manipulación, es justamente cuando el vehículo está en movimiento y se hace uso del celular. Es bien importante señalarlo.

El Waze, por ejemplo, que sirve para obtener una ubicación y que emplean muchas personas en las ciudades o en cualquier lugar del país para ir a alguna parte, es, obviamente, un instrumento muy valioso. Lo que impide este proyecto es que se manipule el aparato cuando está en movimiento el vehículo, no cuando está paralizado, de tal manera que se utilice como corresponde, y se use también en el vehículo cuando este no tenga la posibilidad de "manos libres", utilizando el "manos libres" del propio instrumento. Obviamente, habrá que adaptarse y a muchos vehículos será necesario ponerles esta función para que la persona no esté manipulando el aparato cuando esté atenta a las instrucciones, en este caso del Waze o de cualquier llamado, para que quede con "manos libres".

En ese sentido, es importante señalarle a la Ministra -a quien saludo, aprovechando que está presente- que el reglamento que existirá debe estipular claramente, para que no haya errores en la interpretación el día de mañana, lo que puede ser un futuro parte por conducir en forma distraída. Carabineros me contaban que los choques por alcance que hay en general, en las autopistas en que hay tacos -no sé si se han dado cuenta- es porque todo el mundo empieza a ver qué es lo que está pasando más adelante. Y muchos de esos tacos, de esos choques pequeños o más grandes, son justamente por la manipulación de estar viendo qué está pasando hacia adelante.

Me parece correcta la señal que se está dando, aunque coincido con la Senadora Isabel Allende en que esto hay que divulgarlo, hay que explicitarlo lo mejor posible, con el fin de que sea respetado. Creo que estamos avanzando, y felicito a todos quienes participaron -a Carolina, de la Ley Emilia- y a todos quienes trabajaron para ajustar este proyecto, que espero que pase a cumplir su otro trámite en la Cámara y sea ley de la república lo antes posible.

Muchas gracias, señora Presidenta .

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

¿Senador Huenchumilla?

El señor HUENCHUMILLA.-

Voto a favor.

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

¿Senador Kast?

El señor KAST.-

A favor.

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

¿Senador Montes?

El señor MONTES.-

Yo voto a favor, haciendo míos todos los argumentos que han planteado la Senadora Allende y otros colegas. A mí me va a costar mucho cumplir esta ley, pero creo que es una manera de autoexigirse obligaciones y ponerse límites.

Quiero felicitar a Carolina Oyarzún , quien la verdad es que ha mostrado gran energía, junto a un equipo, para jugarse por que esto se transforme en una normativa que permita disminuir los accidentes.

Voto a favor.

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

Gracias, señor Senador.

¿Senador Iván Moreira?

¿Senador Moreira?

¿Senador Navarro?

El señor NAVARRO.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

Gracias.

La Senadora Órdenes y el Senador Pugh ya votaron.

¿Senador Sandoval?

¿Senador Soria?

El señor SORIA.-

... Secretario.

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

Senador Soria, ¿puede repetir, por favor? No se le escuchó bien.

El señor SORIA.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

Muchas gracias.

¿Senador Sandoval?

El señor SANDOVAL.-

Voté electrónicamente, Secretario , pero lo repito: voto a favor.

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

Gracias.

¿Senadora Van Rysselberghe?

¿Senadora Van Rysselberghe?

¿Alguna Senadora o algún Senador no ha emitido su voto?

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (30 votos a favor), y queda despachado en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Carvajal, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Alvarado, Castro, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García-Huidobro, Girardi, Huenchumilla, Insulza, Kast, Latorre, Letelier, Montes, Navarro, Ossandón, Pugh, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

No sé si la Ministra quiere hacer uso de la palabra.

La señora HUTT ( Ministra de Transportes y Telecomunicaciones).-

Muchas gracias, Presidenta , y por su intermedio saludo a los señores Senadores y a los equipos técnicos que asisten a esta sesión.

Solamente quisiera reforzar gran parte de lo que se ha manifestado acá y dar algunas cifras que son importantes respecto al riesgo que implica la manipulación de teléfonos celulares en la conducción.

Hay mediciones que señalan que se multiplica por cuatro la probabilidad de un siniestro vial cuando se manipula un teléfono, solamente manipulándolo, contestándolo por ejemplo, o haciendo alguna maniobra simple. Pero, si uno escribe en él mientras maneja, la probabilidad de un accidente, de distintas magnitudes, se multiplica por veintitrés.

Tal como aquí se manifestó, estamos frente a un fenómeno más nuevo. Y nos parece que, dado que cualquier siniestro que resulte de esta manipulación de teléfonos celulares es producto de una decisión consciente del conductor, es importante que las penas sean fuertes. Se pueden originar graves consecuencias, tanto para las personas que van dentro del vehículo como para aquellas que no están en él, y creemos que castigar esta acción con una sanción gravísima manda el mensaje adecuado respecto al nivel de riesgo que se genera.

Recojo, por supuesto, todas las observaciones que se han hecho sobre la necesidad de incorporar en la difusión y en las campañas preventivas el no uso de los celulares en la conducción. Es algo que ya hemos hecho y que seguiremos, por supuesto, acentuando.

Quiero agradecer el trabajo de las organizaciones sociales y del Cosoc de la Subsecretaría de Transportes. Es un grupo muy activo, tienen distintos ejes de trabajo. Este es uno; hay otro grupo de proyectos que también está en el Parlamento, que tiene todo el respaldo y que estamos trabajando en conjunto. Entre ellos está el Centro Automatizado de Tratamiento de Infracciones, que también apunta a reducir víctimas de siniestros viales por exceso de velocidad.

Quiero agradecer la votación y, como digo, comprometer al Ministerio en esta tarea tan importante. Hoy en la mañana, justamente, hicimos una presentación sobre los riesgos en la conducción en los grupos de menor edad, de quince a veintinueve años, que son, además, los usuarios más frecuentes e intensivos de las tecnologías en la conducción.

El año pasado registramos 415 fallecidos en ese rango de edad, entre quince y veintinueve años; participaron en 32 mil siniestros viales y quedaron 14 mil personas con secuelas. Gran parte de estos siniestros se explican por exceso de velocidad y por distracción en la conducción.

Así que nos parece que este proyecto va en la dirección que el país necesita para proteger vidas, y particularmente vidas de las personas más jóvenes, que son las que están iniciando su tarea de conducción y respecto de las cuales debemos tener más precauciones.

Actualmente una persona entre quince y veintinueve años tiene el doble de probabilidades de fallecer en un siniestro vial que el promedio de los conductores, así que es una tarea en la cual estamos enfocados con mucha fuerza y este proyecto ayuda muchísimo en esa dirección.

Muchas gracias.

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

Gracias, señora Ministra , por sus palabras.

Vamos a dar paso a la hora de Incidentes.

Disculpe, Senador Montes , usted estaba pidiendo la palabra; perdone por no haberlo visto.

El señor MONTES.-

No, era solo para decirle, Presidenta , que la transmisión en televisión se arregló gracias a su eficaz gestión y ya está funcionando. ¡Yo creo que le tuvieron miedo a Moreira...! Pero, de todas maneras, esto funcionó bastante rápido.

Quería informarle eso.

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

Muchas gracias.

Vamos a agradecer, entonces, a VTR que haya reaccionado rápidamente a los reclamos de ustedes.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 08 de septiembre, 2021. Oficio en Sesión 78. Legislatura 369.

Valparaíso, 8 de septiembre de 2021.

Nº 411/SEC/21

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, aumentando la sanción por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado, correspondiente a los Boletines Nos 7.341-15, 8.341-15, 9.846-15 y 12.066-15, refundidos, con la siguiente enmienda:

ARTÍCULO ÚNICO

Número 1

Lo ha sustituido por el siguiente:

“1. Agrégase el siguiente número 5 en su artículo 199:

“5.- Conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en el mismo, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento.”.”.

- - -

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 14.549, de 13 de marzo de 2019.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ

Presidenta del Senado

JULIO CÁMARA OYARZO

Secretario General (S)del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 22 de septiembre, 2021. Diario de Sesión en Sesión 80. Legislatura 369. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

AUMENTO DE SANCIONES POR USO DE CELULARES O PANTALLAS DE TELEVISIÓN DURANTE CONDUCCIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS (TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETINES NOS 7341-15, 8341-15, 9846-15 Y 12066-15, REFUNDIDOS)

El señor UNDURRAGA (Presidente en ejercicio).-

En el Orden del Día, corresponde pronunciarse sobre las enmiendas del Senado recaídas en el proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, aumentando la sanción por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado (boletines N° 7341-15, 8341-15, 9846-15 y 12066-15).

Antecedentes:

-Modificaciones del Senado, sesión 78ª de la presente legislatura, en jueves 9 de septiembre de 2021. Documentos de la Cuenta N° 4.

El señor UNDURRAGA (Presidente en ejercicio).-

Para la discusión de este proyecto se otorgarán tres minutos a cada diputada y diputado que se inscriba para hacer uso de la palabra.

Ofrezco la palabra.

Tiene la palabra el diputado Marcos Ilabaca .

El señor ILABACA.-

Señor Presidente, este fue un proyecto que trabajamos muy fuertemente en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de esta Cámara.

Este es un texto antiguo, que fue refundido y en conjunto con el diputado Juan Luis Castro dimos una gran pelea para sacarlo rápidamente. Hoy avanza. Este sería el último trámite constitucional para que este proyecto tan importante se convierta en ley.

En la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones señalamos que el alto número de accidentes de tránsito, con el costo que eso implica, es generalmente provocado como consecuencia de la falta de cuidado de los propios conductores. No estar atento a las condiciones del tránsito es algo que se ha hecho usual. Ello se debe generalmente al uso de un aparato que si bien ha llegado a facilitar la vida de todos, claramente ha implicado ser un elemento distractor a la hora de conducir vehículos.

La cantidad de personas que día a día utilizan celular, conduciendo de manera irresponsable, es cada vez mayor. Basta ver lo que ocurre en las carreteras en las que a cada uno de nosotros nos toca transitar. Allí se puede apreciar a conductores que manejan a alta velocidad y chateando en el celular. Ni siquiera se utiliza como medio de georreferenciación a través de Waze, sino que, claramente, las personas lo usan para chatear. Lo mismo sucede cuando uno se detiene en un semáforo en rojo. Los conductores quedan pegados en el semáforo en rojo; hay vehículos que avanzan, pero uno de ellos sigue chateando, utilizando su dispositivo móvil.

Creo que el texto aprobado por la Cámara de Diputados era mucho más amplio que el propuesto por el Senado, porque nuestro proyecto solo permitía la utilización de dispositivos de manos libres y de georreferenciación fijos en el vehículo. En cambio, el texto del Senado dice relación con elementos electrónicos, excepto todos aquellos que vienen incorporados en el sistema del vehículo.

Si bien la norma presentada por nosotros era mucho mejor, es necesario ponerle coto a un elemento que está provocando graves accidentes de tránsito. No más uso del chat mientras uno conduce; no más poner en peligro la vida y la seguridad de todos los ciudadanos.

Por una conducción tranquila, voy a aprobar este proyecto de ley.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Raúl Saldívar .

El señor SALDÍVAR.-

Señor Presidente, la vida moderna nos impulsa cada vez más a la ubicuidad. Eso se ve favorecido con el desarrollo de la tecnología. Esto tiene especial relevancia con el uso del teléfono inteligente, pues si bien hace unos pocos años esos artefactos solo se utilizaban para hacer y recibir llamadas, hoy son plataformas que nos mantienen conectados prácticamente a todo.

Parafraseando al filósofo Gaston Bachelard , esta misma luz proyecta una gran sombra que incluye, en el caso que nos convoca, no poner la atención necesaria al presente y al lugar en el que nos encontramos físicamente, algo que en el caso de la conducción de vehículos puede resultar fatal.

Para muchos se ha convertido en imposible no estar disponibles todo el tiempo. Digo esto pues si bien comparto la premisa de aumentar las sanciones a conducir utilizando el teléfono celular, considero que la medida debe ir acompañada de campañas publicitarias que apunten a respetar los tiempos de quienes conducen, lo que incluye a toda la población. Señalo esto ya que además del uso de dispositivos, lo que también genera distracciones son las discusiones que se producen al interior del vehículo, o el envío de textos o llamadas a quienes va conduciendo, lo que muchas veces apremia a quien los recibe.

Este es un proyecto que busca hacerse cargo de una realidad que ha ido incrementándose y que ha concitado interés en el Parlamento. Cuando se discutió este proyecto en primer trámite constitucional, las cifras eran decidoras: 83,3 por ciento de los conductores utilizaba su dispositivo móvil, escribía textos o revisaba el celular, mostrando una actitud de irresponsabilidad.

Si miramos el panorama global, la tendencia apunta a contar con automóviles autónomos, pues, como señala el Parlamento Europeo, más del 90 por ciento de los accidentes se debe a errores humanos. Esto además cobra más sentido con lo señalado por la Organización Mundial de la Salud, organismo que indicó que conducir utilizando un smartphone es equivalente a conducir en estado de ebriedad.

Estoy de acuerdo en sancionar esta conducta y que se considere como una infracción gravísima; no obstante, en la redacción del texto aprobado por el Senado se indica que no se considerarán dispositivos que no vengan incorporados en el vehículo si es que este es utilizado con sistema de manos libres. En este sentido, se debe apuntar a evitar toda distracción al momento de la conducción y no ir generando incentivos para que los automóviles cuenten con distractores incorporados.

Por eso, apoyaré este proyecto de ley que hoy discutimos.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Bernardo Berger .

El señor BERGER.-

Señor Presidente, de acuerdo a las estadísticas de la Conaset, durante 2020 se registraron 64.707 siniestros de tránsito en Chile y 1.485 personas perdieron la vida. De esas cifras, casi 20.000 accidentes tuvieron como causa principal el uso del teléfono mientras se conducía.

Lamentablemente, estas cifras difícilmente han podido ser disminuidas, ya que es un hecho cierto que la sanción contemplada en la actual legislación no ha sido un factor disuasivo para los conductores, puesto que cotidianamente se observa la transgresión a la respectiva prohibición.

Considerando lo anterior, elevar la sanción de grave a gravísima, con una multa de hasta 3 unidades tributarias mensuales, claramente puede ser un factor que haga terminar definitivamente con el uso del celular mientras se conduce.

Por otro lado, creo importante reconsiderar en el texto de este proyecto un aspecto que se comentó en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, de fecha 9 de noviembre de 2018, y que aludía a prohibir cualquier otro instrumento digital de entretención que pudiese provocar distracción al conductor, como lo son las pantallas de televisión o de video, ya que también son un factor importante de distracción y, últimamente, su uso ha ido en aumento, sobre todo cuando se transportan niños en el vehículo.

Considerando lo expuesto, creo que el texto del proyecto sugerido por el Senado resulta ser idóneo, ya que las pantallas de televisión o de video quedan incluidas dentro de una terminología bastante más amplia y no taxativa al incorporar la frase: “o cualquier otro artefacto electrónico o digital”.

Atendido el hecho de que los accidentes automovilísticos provocados por estos elementos distractores se incrementan día a día también producto del aumento vertiginosos de las redes sociales, espero que le demos una tramitación más expedita a este proyecto de ley que ya lleva once años de tramitación, desde su ingreso en diciembre de 2010.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Patricio Rosas .

El señor ROSAS.-

Señor Presidente, este proyecto, que aumenta la sanción de grave a gravísima para las personas que conducen vehículos motorizados usando celulares o cualquier artefacto electrónico o digital, muestra cómo el progreso de nuestro planeta y nuestro país ha ido generando también un aumento de los accidentes producto de la irresponsabilidad.

Por lo tanto, es muy positivo que se aumenten las penas y que se tome esta causal de accidentes que actualmente corresponde a un tercio de los accidentes automovilísticos: el uso distractivo de la telefonía mientras se conduce.

Cabe mencionar que una de las funciones superiores del cerebro humano es la atención, la discriminación y los reflejos necesarios para actuar en un segundo cuando se está frente al volante. A modo de ilustración, hay que considerar que dejar la atención al manejar por un segundo, a una velocidad de 50 kilómetros por hora, significa 17 metros de avance del vehículo. Eso plantea que en ese segundo, en que el vehículo avanza 17 metros, el conductor que está mirando su celular puede ocasionar un accidente: atropellar a alguien o chocar a otro vehículo.

Cuando no se entiende por qué legislamos sobre esta materia, que pudiera parecer no muy importante en comparación con todos los problemas que vivimos como país, debemos considerar que son importantes los veinte mil accidentes que se generan al año producto de esta falta de atención durante ese segundo en que el vehículo avanza 17 metros si es conducido a una velocidad de 50 kilómetros por hora.

Por ello, voy a votar a favor este proyecto, porque va en la dirección correcta de proteger a la ciudadanía, de encauzar la forma de conducir responsable y de disminuir el uso de la telefonía y los artefactos electrónicos o digitales mientras se conduce.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Presidente en ejercicio).-

Tiene la palabra el diputado Gustavo Sanhueza .

El señor SANHUEZA.-

Señor Presidente, encuentro que este no es un buen proyecto, porque el aumento de una sanción por sí misma no implica evitar que la gente utilice el aparato telefónico en el proceso de conducción. A diario nos toca ver ese problema en diferentes partes, en las carreteras y las ciudades. Nosotros mismos debemos hacer un mea culpa:

¿cuántos de nosotros ocupamos los aparatos telefónicos mientras conducimos? Esa es una realidad; es algo que está normalizado hoy en nuestro país.

Sin embargo, voy a votar favorablemente este proyecto, porque creo que es una oportunidad para que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones haga una efectiva difusión de los graves riesgos que implica una conducción no atenta a las condiciones de tránsito, producto de la utilización de un aparato electrónico, ya sea teléfono o pantalla.

Hoy, esos aparatos se utilizan masivamente. Entonces, lo que debemos hacer es educar a los actuales conductores y también a las generaciones que vienen, porque el avance tecnológico es una realidad que ya está instalada y seguramente el día de mañana será mucho mayor. Por ello, debemos tomar precauciones con la necesaria antelación.

Según todos los estudios de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset), está comprobado que el riesgo aumenta hasta cuatro veces la probabilidad de tener un accidente por no conducir atento a las condiciones de tránsito, producto de la utilización de uno de esos instrumentos electrónicos.

Ahora, si bien esta futura ley por sí misma no va a evitar que la gente utilice esos aparatos, creo que representa una oportunidad. Por eso, una vez que se apruebe este proyecto de ley, oficiaré a la ministra de Transportes y Telecomunicaciones para que lo utilice como un instrumento de difusión para la educación de todos nosotros como conductores. De esa manera podría tener un efecto en la ciudadanía, ya que publicar solamente una ley que aumenta la sanción no es un elemento que inhiba la acción. Debemos propiciar que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones se comprometa a una difusión masiva, a través de redes sociales, de medios de comunicación y de nosotros mismos, para educar en la no utilización de esos elementos mientras se conduce.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el diputado José Miguel Castro .

El señor CASTRO (don José Miguel).-

Señora Presidenta, primero que todo, creo que debemos agradecer a las personas que impulsaron este proyecto. Nosotros lo hicimos con mucho cariño, pensando en la cantidad de muertes, accidentes y siniestros que podemos prevenir. En ese sentido, debo agradecer especialmente al diputado Marcos Ilabaca , quien, sin duda, fue un gran impulsor de este proyecto; a la diputada Ximena Ossandón , porque me ayudó a impulsar esta iniciativa en el Senado y en esta Corporación, y también a los representantes de la sociedad civil, quienes estuvieron siempre presentes. Por ejemplo, Claudia Rodriguez , de la ONG No Chat, con quien estuvimos siempre en contacto y trabajando juntos para impulsar este proyecto.

Hasta el día de ayer estuvimos intentando que se pusiera en tabla, de manera que fuera despachado lo antes posible, porque sabemos que, aunque no lo pudimos tener convertido en ley para las Fiestas Patrias, será muy útil antes de las fiestas de fin de año, porque se ha demostrado que la principal causa de un siniestro es no conducir atento a las condiciones del momento. Por ejemplo, eso se produce por chatear. Como dijo un colega, todos debemos hacer un mea culpa, pues todos hemos ocupado u ocupamos de vez en cuando el celular al momento de conducir. Esa conducta repetitiva, automática y mecánica es la que hay que erradicar. Si no somos capaces de erradicarla, estaremos incitando a producir un siniestro o algún accidente. Aumenta veintisiete veces la probabilidad de conducción distraída y tres veces la posibilidad de atropellar a un peatón, lo que quintuplica la probabilidad de participar en un siniestro vial.

Esa es la importancia de este proyecto. Por haber sido uno de los autores, voy a apoyarlo y a votarlo a favor.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag .

El señor SABAG.-

Señora Presidenta, valoro esta moción, que se inició en diciembre del año 2010, producto de la fusión de varios proyectos. En su esencia, este proyecto incorporaba a la norma de la Ley del Tránsito referente a las infracciones o contravenciones menos graves la conducta de “conducir vehículos haciendo uso o manipulando dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio electrónico, aplicación o sistema de comunicación o de entretenimiento móvil, salvo aquellos dispositivos de manos libres y de georreferenciación, fijos o de manos libres, cuyo uso no distraiga la conducción, conforme las características que determine el reglamento.”.

Son muchos los accidentes, incluso con resultado de muerte, que se han producido precisamente por la conducción manipulando o utilizando celulares o equipos de video. Esto ha atentado contra la seguridad del tránsito y ha provocado la muerte de muchas personas. De hecho, se han formado distintas organizaciones que han acudido a la Comisión de Obras Públicas, que promueven la seguridad del tránsito. Como mencionó el diputado José Miguel Castro , muchas organizaciones han estado en la comisión, muchas de ellas motivadas por la pérdida de un ser querido.

De manera que hoy nos hacemos cargo de esta situación que ha afectado y que puede seguir afectando a miles de chilenos y de chilenas.

El Senado adoptó una redacción alternativa y más breve, que en esencia mantiene el mismo sentido del texto original. Hay que destacar que en la versión del Senado se incorpora como eximente de la transgresión a la ley que el aparato haya sido incorporado junto con la fabricación del vehículo, lo que en un tiempo más puede traducirse en que esta norma pierda todo sentido.

Desde este punto de vista, es esencial hacer una modificación para asegurar que se cumpla el propósito del proyecto, que apunta a garantizar que la conducción se haga en condiciones óptimas de concentración. Esto es tremendamente relevante y lo vamos a apoyar, puesto que debe ser parte de la cultura de las personas que conducen, de manera de evitar que se produzcan este tipo de accidentes que han costado la vida a tantas personas.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Vlado Mirosevic .

El señor MIROSEVIC (vía telemática).-

Señora Presidenta, estamos discutiendo un proyecto que estoy seguro de que hace muchísimo sentido en todas las regiones que están representadas en este Congreso y, en específico, en la Región de Arica y Parinacota -que represento-, que ha visto en el último tiempo una cantidad increíble de accidentes de tránsito producto, por una parte, del aumento del parque automotor que, durante la pandemia y según los datos oficiales de Tránsito, aumentó en 10 por ciento en una región en donde ya teníamos un parque bastante abultado debido a los vehículos que se adquieren en la zona franca. En ella tenemos una posibilidad bastante más accesible que el resto del país para comprar un auto. Incluso, las cifras oficiales muestran que en Arica, por cada hogar, tenemos cerca de 2,5 vehículos en promedio. Es decir, estamos hablando de un parque automotor ya muy crecido y que durante la pandemia continuó creciendo.

Lo que hemos visto últimamente en las calles de Arica es una tremenda irresponsabilidad al volante. Por eso, es bueno que hoy estemos sesionando y legislando en el Congreso para que se sancione más duramente a aquellos que, por ejemplo, están más preocupados del teléfono que de manejar. Si bien ya existía una sanción, en este caso hay que aumentarla, porque tenemos que mandar una señal clarísima: cuando se maneja, se maneja. No se puede estar preocupado de algún otro dispositivo tecnológico, porque eso no solo pone la propia vida en juego, en riesgo, sino también la de terceros que no tienen ninguna responsabilidad y que son completamente inocentes.

Realmente, es impresionante ver en los últimos meses en Arica, y después del término de las cuarentenas -la de Arica fue una región que particularmente tuvo cuarentenas muy prolongadas-, cuando salimos nuevamente a las calles, un incremento de los choques y de los atropellos, algunos con víctimas fatales y otros con daños significativos. Pero, lamentablemente, se está transformando en algo común por la irresponsabilidad de conductores.

Por lo tanto, si los conductores irresponsables no quieren tomar conciencia, desde el Congreso estaremos para legislar con mayor dureza para sancionarlos.

Así que votaré a favor este proyecto.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el diputado Leonidas Romero .

El señor ROMERO.-

Señora Presidenta, me alegra ser partícipe de este proyecto, que obviamente voy a votar a favor. Pero es extraña la situación. La modernidad y la tecnología nos han hecho a los seres humanos, en particular a los que conducimos, irresponsables. Atentamos contra nuestra propia vida y atentamos contra la de terceros. Pero qué bueno que he escuchado a un par de colegas decir que en esto nos incluimos, porque los chilenos están cansados de que aprobemos proyectos, demos consejos o sugiramos cosas, pero, al igual que el padre Gatica , no practiquemos lo que predicamos. Creo que es bueno y necesario que se legisle sobre este tema.

También escuché a un colega que dijo que no estaba de acuerdo con que se aumentaran las penas económicas, pero, desgraciadamente, a los seres humanos nos afecta más el bolsillo que el corazón o la conciencia cuando ocurren accidentes, por ejemplo, los de tránsito.

Asimismo -por qué no decirlo también, señora Presidenta-, hoy los conductores somos irresponsables -es cierto-, pero también hay peatones que cruzan las calles sin fijarse si el semáforo está en verde o en rojo, porque van preocupados de su celular o van escuchando música. Hago un llamado a toda la comunidad, a todos los chilenos, a que nos preocupemos y nos ocupemos de nuestra seguridad.

Hagamos un compromiso. Hoy voy a hacer el compromiso de tratar de no contestar el teléfono cuando me llaman o de no llamar cuando conduzco. Me encanta conducir y debo reconocer también que hasta este minuto he sido irresponsable, porque en muchas oportunidades he respondido el teléfono o yo he llamado. Practiquemos lo que predicamos.

Me alegra que estemos legislando para modificar la ley Nº 18.290, Ley de Tránsito, aumentando la sanción por el uso de celulares o pantalla de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado. Me parece excelente y no me cabe duda de que la iniciativa se va a aprobar, ojalá de forma unánime. Espero que tomen conciencia todos los conductores y que mañana, cuando nos sancionen con un parte, no acudamos a algún amigo para que nos rebajen la multa o para que la dejen sin efecto. Asumamos esta gran responsabilidad.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el diputado Ignacio Urrutia .

El señor URRUTIA (don Ignacio).-

Señor Presidente, valoro la intención de los señores diputados respecto de este proyecto de ley, pero hay que reconocer que esto es letra muerta, porque en la legislación actual, en la ley vigente, está prohibido hablar por celular mientras se conduce, salvo que sea a través del sistema manos libres; pero todos lo hacen igual, porque nadie fiscaliza.

En la misma ley hay una serie prohibiciones que nadie fiscaliza, y existe un conjunto de elementos que obligatoriamente se deben llevar en el auto, y que tampoco nadie fiscaliza. Lo único que se fiscaliza en las carreteras, en las rutas e, incluso, en las ciudades es la velocidad de conducción. Eso es todo lo que se fiscaliza, absolutamente nada más. Entonces, no sacamos nada con seguir aumentando las sanciones si no hay fiscalización.

Por otra parte, tal como lo dijo el diputado Sanhueza , se requiere que la educación respecto de esta materia sea más fuerte; pero seguir aumentando y aumentando las sanciones respecto de medidas que nadie fiscaliza no tiene absolutamente ningún sentido.

Por lo tanto, el foco tiene que estar puesto principalmente en la educación y en la fiscalización, porque si no se logran ambas cosas no sacamos nada con seguir aumentando las sanciones. No obstante, lo que he planteado en ningún caso significa que vaya a votar en contra las modificaciones introducidas por el Senado.

Por otro lado, cuando uno conduce por las distintas rutas con doble pista puede observar que casi todos los conductores conducen por la pista izquierda, en circunstancias de que en la legislación vigente en materia de tránsito eso está total y absolutamente prohibido; se debe conducir por la derecha. No sé por qué a los chilenos les gusta tanto la izquierda, cuando es cien veces mejor la derecha, pero no hay conciencia y nadie fiscaliza. ¡Nadie! Si tal como se sacan partes en las rutas por conducir a exceso de velocidad se sacaran partes por conducir por la izquierda, sin lugar a dudas las carreteras serían mucho más ordenadas, pero eso no se fiscaliza. Lamentablemente, solo se fiscaliza la velocidad, nada más.

En consecuencia, no estoy en contra de las modificaciones incorporadas por el Senado respecto de esta iniciativa, que propone el aumento de sanciones por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado, pero creo que nada va a cambiar si no se fiscaliza como corresponde.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el diputado Leonardo Soto .

El señor SOTO (don Leonardo).-

Señora Presidenta, quise intervenir en la discusión de este proyecto de ley, que aumenta la sanción por el uso de celulares o pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado, porque en verdad el manejo irresponsable o desatento frente a las condiciones de tránsito del momento es una de las principales causas de muerte en Chile. Diariamente mueren cinco personas en accidentes de tránsito y decenas de miles quedan con lesiones de algún grado producto de ellos. Son los propios conductores quienes provocan accidentes por no estar atentos a las condiciones de tránsito del momento.

Uno de los aspectos que más distrae a un conductor es el uso de dispositivos de telefonía móvil o de artefactos electrónicos o digitales, cuya utilización evidentemente lo distraen y que en muchas ocasiones es la causa basal de los accidentes de tránsito.

Lo que hace este proyecto es tipificar como infracción gravísima la conducción de un vehículo motorizado manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital que no venga incorporado de fábrica en el vehículo, con excepción de si la acción se realiza a través de un sistema manos libres, de conformidad con las especificaciones que determinará el respectivo reglamento.

Evidentemente, votaré a favor las enmiendas incorporadas por el Senado, porque la futura ley protege la vida de las personas, pero voy a plantear algunas dudas respecto de la redacción del nuevo número 5 que se propone incorporar al artículo 199 de la Ley de Tránsito, contemplado por el número 1 del artículo único de este proyecto.

Hay que legislar bien, con claridad. El nuevo número 5 ya señalado que se propone incorporar dice: “5.- Conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, (…)”. No obstante, cabe preguntarse qué pasa cuando un conductor llega hasta una esquina, se detiene en una luz roja; es decir, no está conduciendo el vehículo, sino que está detenido en la calle y, como es un hábito tan arraigado, comienza, por ejemplo, a revisar los correos electrónicos en su celular. ¿Está conduciendo el vehículo mientras no se está desplazando? Esa es una pregunta muy válida.

Igualmente, esta norma no hace una diferenciación respecto de si el chofer que manipula un dispositivo de telefonía móvil es un conductor de un vehículo particular o un chofer profesional del transporte público de pasajeros, caso en el que dicha infracción debería tener una connotación y una responsabilidad mayor y quizás una sanción mayor.

También se plantea que no se establecerán sanciones cuando los dispositivos electrónicos con los cuales interactúa el chofer vienen incorporados de fábrica en el mismo vehículo.

¿Qué pasa, entonces con los GPS móviles que se instalan en el tablero del vehículo? ¿Qué pasa con la aplicación Waze , que muchos utilizan, sobre todo los taxistas o conductores de Uber, entre otros? Tampoco queda muy claro cómo se procederá al respecto.

Lo anterior quedará entregado a un reglamento del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; es decir, no quedará establecido en la ley, lo que de algún modo da poca transparencia y claridad a la norma. Por eso, pido que se corrijan esos problemas.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra la diputada Ximena Ossandón .

La señora OSSANDÓN (doña Ximena).-

Señora Presidenta, primero que todo, al igual que los demás diputados, también quiero reconocer que, en lo personal, muchas veces he caído en esta falta. Efectivamente, de alguna forma, tenemos cierta conciencia de que eso aumenta la ocurrencia de accidentes de tránsito, porque existe una distracción. Eso es muy cierto.

Hay que reconocer también que tener un dispositivo, cualquiera que este sea, o una pantalla en el auto significa mucha distracción al momento de conducir. Es una distracción entretenida, por decirlo así: algo que nos llama profundamente la atención. Así, muchas veces nos concentramos en un mensaje que tal vez tanto estábamos esperando o que leemos solo por mera curiosidad. Es un factor muy importante reconocer que hoy, como lo han planteado en sus intervenciones el diputado Vlado Mirosevic y otros diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, muchos accidentes de tránsito tienen relación con esas distracciones. Un segundo de distracción o un pequeño pestañeo nos puede cambiar la vida o, incluso, nos la puede quitar.

Existen estudios concretos sobre esta materia, en los que se señala que cuando uno está manipulando, por ejemplo, un celular al momento de manejar, se multiplica por cuatro la posibilidad de sufrir un siniestro. ¡Esa posibilidad se incrementa cuatro veces! Es una cifra realmente altísima.

Si bien, como dijo el diputado Ignacio Urrutia , vamos subiendo y subiendo las sanciones, al final las personas lo hacen de igual forma si no hay fiscalización. Por eso, este proyecto, de alguna forma, trata de crear conciencia.

Este es un llamado a todas las personas, entre las que me incluyo, a usar la tecnología de buena forma. No se trata de dejar de hablar por teléfono, porque se puede hacer a través del sistema manos libres, sino de usar la tecnología de buena forma. La idea es que no se manipulen dispositivos, cualquiera que este sea, mientras se conduce.

Quiero agradecer al diputado José Miguel Castro por invitarme a firmar como coautora de este proyecto.

Tuvimos un fin de semana en que hubo muchos accidentes y no sabemos cuántos de ellos tuvieron relación con esto. Siempre se le echa la culpa al consumo del alcohol durante la celebración de las fiestas, aunque probablemente también existe una incidencia importante de esto en la cantidad de muertes que tuvimos el pasado fin de semana.

Finalmente, quiero señalar que un mensaje enviado a la hora y en el lugar incorrecto podría afectar gravemente no solo la vida de quienes estamos conduciendo, sino también la de la persona que está a nuestro lado o la de un tercero. De eso tenemos que tomar conciencia. Debemos siempre tener claro que la vida es lo único irrecuperable y que no existe ningún mensaje o ninguna respuesta que no pueda esperar frente a algo tan valioso que podríamos perder.

He dicho.

La señora FERNÁNDEZ, doña Maya (Presidenta accidental).-

No hay más diputados inscritos.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre las modificaciones del Senado en los siguientes términos:

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Para referirse a un punto de Reglamento, tiene la palabra el diputado Raúl Leiva .

El señor LEIVA.-

Señor Presidente, quiero hacer presente que en el proyecto de ley que votaremos a continuación, que modifica la ley N° 18.290, la referencia en el comparado al texto legal vigente es al decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007; sin embargo, el texto legal vigente refundido es de octubre de 2009.

Por consiguiente, la modificación que aquí se señala al artículo 199 es al artículo 197, para que lo tengan presente, se pueda corregir al momento votar y salga todo bien.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario General.

El señor LANDEROS (Secretario).-

Honorable Cámara, la Secretaría va a revisar la referencia, porque entendemos que se refiere a las faltas gravísimas, como lo expresa el texto del proyecto.

El señor UNDURRAGA (Presidente en ejercicio).-

Corresponde votar las modificaciones incorporadas por el Senado en el proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que modifica la ley N° 18.290, del Tránsito, aumentando la sanción por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 130 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones. Hubo 1 inhabilitación.

El señor UNDURRAGA (Presidente en ejercicio).-

Aprobadas.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Flores Oporto , Camila , Monsalve Benavides , Manuel , Saldívar Auger, Raúl , Alinco Bustos , René , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Moraga Mamani , Rubén , Sandoval Osorio , Marcela , Álvarez Ramírez , Sebastián , Gahona Salazar , Sergio , Morales Muñoz , Celso , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Álvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo , Galleguillos Castillo , Ramón , Morán Bahamondes , Camilo , Santana Castillo, Juan , Ascencio Mansilla , Gabriel , García García, René Manuel , Moreira Barros , Cristhian , Santana Tirachini , Alejandro , Auth Stewart , Pepe , González Gatica , Félix , Muñoz González , Francesca , Sauerbaum Muñoz , Frank , Baltolu Rasera, Nino , González Torres , Rodrigo , Naranjo Ortiz , Jaime , Schilling Rodríguez , Marcelo , Barrera Moreno , Boris , Hernández Hernández , Javier , Noman Garrido , Nicolás , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Barros Montero , Ramón , Hernando Pérez , Marcela , Núñez Arancibia , Daniel , Sepúlveda Soto , Alexis , Berger Fett , Bernardo , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Nuyado Ancapichún , Emilia , Soto Ferrada , Leonardo , Bernales Maldonado , Alejandro , Hoffmann Opazo , María José , Olivera De La Fuente , Erika , Soto Mardones, Raúl , Bianchi Retamales , Karim , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Teillier Del Valle, Guillermo , Boric Font , Gabriel , Ilabaca Cerda , Marcos, Ortiz Novoa, José Miguel , Tohá González , Jaime , Brito Hasbún , Jorge , Jackson Drago , Giorgio , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Torrealba Alvarado , Sebastián , Calisto Águila , Miguel Ángel , Jiles Moreno , Pamela , Pardo Sáinz , Luis , Torres Jeldes , Víctor , Carter Fernández , Álvaro , Jiménez Fuentes , Tucapel , Parra Sauterel , Andrea , Trisotti Martínez , Renzo , Castillo Muñoz , Natalia , Keitel Bianchi , Sebastián , Paulsen Kehr , Diego , Troncoso Hellman , Virginia , Castro Bascuñán, José Miguel , Kuschel Silva , Carlos , Pérez Arriagada , José , Undurraga Gazitúa , Francisco , Celis Araya , Ricardo , Labbé Martínez , Cristian , Pérez Lahsen , Leopoldo , Urrutia Bonilla , Ignacio , Celis Montt , Andrés , Labra Sepúlveda , Amaro , Pérez Olea , Joanna , Urrutia Soto , Osvaldo , Cicardini Milla , Daniella , Lavín León , Joaquín , Pérez Salinas , Catalina , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cid Versalovic , Sofía , Leiva Carvajal , Raúl , Prieto Lorca , Pablo , Vallejo Dowling , Camila , Coloma Álamos, Juan Antonio , Leuquén Uribe , Aracely , Ramírez Diez , Guillermo , Van Rysselberghe Herrera , Enrique , Crispi Serrano , Miguel , Longton Herrera , Andrés , Rathgeb Schifferli , Jorge , Velásquez Núñez , Esteban , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Lorenzini Basso , Pablo , Rentería Moller , Rolando , Velásquez Seguel , Pedro , Cuevas Contreras, Nora , Luck Urban , Karin , Rocafull López , Luis , Venegas Cárdenas , Mario , Del Real Mihovilovic , Catalina , Macaya Danús , Javier , Rojas Valderrama , Camila , Verdessi Belemmi , Daniel , Díaz Díaz , Marcelo , Marzán Pinto , Carolina , Romero Sáez , Leonidas , Vidal Rojas , Pablo , Durán Espinoza , Jorge , Matta Aragay , Manuel , Rosas Barrientos , Patricio , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Durán Salinas , Eduardo , Mellado Pino , Cosme , Rubio Escobar , Patricia , Walker Prieto , Matías , Eguiguren Correa , Francisco , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sabag Villalobos , Jorge , Winter Etcheberry , Gonzalo , Fernández Allende , Maya, Mix Jiménez , Claudia , Saffirio Espinoza , René , Yeomans Araya , Gael , Flores García, Iván , Molina Magofke, Andrés.

-Votó por la negativa el diputado señor:

Masferrer Vidal, Juan Manuel.

-Se inhabilitó el diputado señor:

Silber Romo, Gabriel.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Despachado el proyecto.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 22 de septiembre, 2021. Oficio en Sesión 77. Legislatura 369.

VALPARAÍSO, 22 de septiembre de 2021

Oficio N° 16.920

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha aprobado la enmienda propuesta por ese H. Senado al proyecto de ley que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, aumentando la sanción por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado, correspondiente a los boletines Nos 7.341-15, 8.341-15, 9.846-15 y 12.066-15, refundidos.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 411/SEC/21, de 8 de septiembre de 2021.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

FRANCISCO UNDURRAGA GAZITÚA

Presidente (A) de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 22 de septiembre, 2021. Oficio

VALPARAÍSO, 22 de septiembre de 2021

Oficio Nº 16.921

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, con el objeto de aumentar la sanción por el uso de celulares o de pantallas de televisión durante la conducción de un vehículo motorizado, correspondiente a los boletines Nos 7.341-15, 8.341-15, 9.846-15 y 12.066-15, refundidos, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 18.290, de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia:

1. Agrégase el siguiente número 5 en su artículo 199:

“5.- Conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en él, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento.”.

2. Suprímese el número 32 del artículo 200.”.

*****

Hago presente a V.E. que esta iniciativa de ley tuvo su origen en mociones refundidas; la primera, correspondiente al boletín N° 7.341-15, del exdiputado Gonzalo Uriarte Herrera; de los diputados Pedro Pablo Alvarez-Salamanca Ramírez y Nino Baltolu Rasera; y de los exdiputados Giovanni Calderón Bassi, Patricio Hales Dib, Juan Lobos Krause, Cristián Monckeberg Bruner, Carlos Montes Cisternas, Iván Moreira Barros y Carlos Recondo Lavanderos; la segunda, correspondiente al boletín N° 8.341-15, del exdiputado Gustavo Hasbún Selume; de los diputados Sergio Bobadilla Muñoz, Javier Hernández Hernández, Iván Norambuena Farías, Ignacio Urrutia Bonilla, Enrique Van Rysselberghe Herrera y Gastón Von Mühlenbrock Zamora; de la exdiputada María Angélica Cristi Marfil; y de los exdiputados Issa Kort Garriga y Manuel Rojas Molina; la tercera, correspondiente al boletín N° 9.846-15, del exdiputado Felipe Letelier Norambuena; de los diputados Juan Luis Castro González, Luis Rocafull López y Raúl Saldívar Auger; de la exdiputada Loreto Carvajal Ambiado; y de los exdiputados Cristián Campos Jara, Marco Antonio Núñez Lozano, Roberto Poblete Zapata, Alberto Robles Pantoja y Christian Urízar Muñoz; y, la última, correspondiente al boletín N° 12.066-15, de las diputadas y los diputados José Miguel Castro Bascuñán, Sebastián Alvarez Ramírez, Sergio Bobadilla Muñoz, Sofía Cid Versalovic, Francisco Eguiguren Correa, Paulina Núñez Urrutia, Ximena Ossandón Irarrázabal, Leopoldo Pérez Lahsen e Ignacio Urrutia Bonilla; y de la exdiputada Marcela Sabat Fernández.

Dios guarde a V.E.

FRANCISCO UNDURRAGA GAZITÚA

Presidente (A) de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 21.377

Tipo Norma
:
Ley 21377
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1166274&t=0
Fecha Promulgación
:
01-10-2021
URL Corta
:
http://bcn.cl/2rzzo
Organismo
:
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Título
:
MODIFICA LA LEY Nº 18.290, DE TRÁNSITO, CON EL OBJETO DE AUMENTAR LA SANCIÓN POR EL USO DE DISPOSITIVOS DE TELEFONÍA MÓVIL O CUALQUIER OTRO ARTEFACTO ELECTRÓNICO O DIGITAL DURANTE LA CONDUCCIÓN DE UN VEHÍCULO MOTORIZADO
Fecha Publicación
:
12-10-2021

LEY NÚM. 21.377

     

MODIFICA LA LEY Nº 18.290, DE TRÁNSITO, CON EL OBJETO DE AUMENTAR LA SANCIÓN POR EL USO DE DISPOSITIVOS DE TELEFONÍA MÓVIL O CUALQUIER OTRO ARTEFACTO ELECTRÓNICO O DIGITAL DURANTE LA CONDUCCIÓN DE UN VEHÍCULO MOTORIZADO

     

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en las siguientes mociones refundidas: la primera, correspondiente al boletín Nº 7.341-15, del exdiputado Gonzalo Uriarte Herrera; de los diputados Pedro Pablo Álvarez-Salamanca Ramírez y Nino Baltolu Rasera; y de los exdiputados Giovanni Calderón Bassi, Patricio Hales Dib, Juan Lobos Krause, Cristián Monckeberg Bruner, Carlos Montes Cisternas, Iván Moreira Barros y Carlos Recondo Lavanderos; la segunda, correspondiente al boletín Nº 8.341-15, del exdiputado Gustavo Hasbún Selume; de los diputados Sergio Bobadilla Muñoz, Javier Hernández Hernández, Iván Norambuena Farías, Ignacio Urrutia Bonilla, Enrique Van Rysselberghe Herrera y Gastón Von Mühlenbrock Zamora; de la exdiputada María Angélica Cristi Marfil; y de los exdiputados Issa Kort Garriga y Manuel Rojas Molina; la tercera, correspondiente al boletín Nº 9.846-15, del exdiputado Felipe Letelier Norambuena; de los diputados Juan Luis Castro González, Luis Rocafull López y Raúl Saldívar Auger; de la exdiputada Loreto Carvajal Ambiado; y de los exdiputados Cristián Campos Jara, Marco Antonio Núñez Lozano, Roberto Poblete Zapata, Alberto Robles Pantoja y Christian Urízar Muñoz; y, la última, correspondiente al boletín Nº 12.066-15, de las diputadas y los diputados José Miguel Castro Bascuñán, Sebastián Álvarez Ramírez, Sergio Bobadilla Muñoz, Sofía Cid Versalovic, Francisco Eguiguren Correa, Paulina Núñez Urrutia, Ximena Ossandón Irarrázabal, Leopoldo Pérez Lahsen e Ignacio Urrutia Bonilla; y de la exdiputada Marcela Sabat Fernández,

     

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.290, de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia:

     

    1. Agrégase el siguiente número 5 en su artículo 199:

     

    "5.- Conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en él, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento.".

     

    2. Suprímese el número 32 del artículo 200.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 1 de octubre de 2021.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.- Hernán Larraín Fernández, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., José Luis Domínguez Covarrubias, Subsecretario de Transportes.