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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.382

Suprime el rango etario para ejercer el permiso laboral establecido en el artículo 66 bis del Código del Trabajo.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Adriana Muñoz D' Albora, Carolina Goic Boroevic, José Miguel Durana Semir, Juan Pablo Letelier Morel y Andrés Allamand Zavala. Fecha 12 de diciembre, 2018. Moción Parlamentaria en Sesión 77. Legislatura 366.

Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señoras Goic y Muñoz, y señores Allamand, Durana y Letelier, que suprime el rango etario para ejercer el permiso laboral establecido en el artículo 66 bis del Código del Trabajo. Boletín Nº 12.302-13

La Ley N° 20.769, publicada el 20 de septiembre de 2014, incorporó al Código del Trabajo un artículo 66 bis nuevo, otorgando un permiso a las trabajadoras y trabajadores para efectuarse exámenes de mamografía y de próstata, respectivamente, pudiendo incluir otras prestaciones de medicina preventiva, dentro de la jornada laboral, considerando como trabajado, para todos los efectos legales, el tiempo en el que las y los trabajadores y trabajadoras se realicen el o los exámenes.

De acuerdo al inciso primero de dicho artículo, los titulares de dicho derecho son las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad, y los trabajadores mayores de cincuenta, cuyos contratos de trabajo sean por un plazo superior a treinta días. Dicho rango etario fue establecido en consideración a la edad a partir de la cual las guías clínicas del Ministerio de Salud recomiendan realizar los exámenes de mamografía y de próstata, y de acuerdo al rango de edad de mayor prevalencia de las enfermedades de cáncer de mamas y cáncer a la próstata.

No obstante lo anterior, durante la discusión legislativa de la iniciativa legal que dio origen a la mencionada ley, se incorporó la posibilidad de que el permiso laboral se realizara no sólo para los exámenes antedichos, sino también a exámenes de medicina preventiva en general, incluyendo a modo ejemplar el examen de papanicolau. A pesar de dicha modificación, el rango etario de los titulares del derecho a permiso laboral no fue modificado, quedando restringido su ejercicio para las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad y trabajadores mayores de cincuenta, en consideración a las características epidemiológicas de cáncer de mama y a la próstata.

El permiso laboral creado mediante la Ley N° 20.769 fue instituido con el fin de facilitar y promover la realización de exámenes de medicina preventiva, acordes a las políticas públicas del Ministerio de Salud sobre prevención de enfermedades de mayor prevalencia en nuestro país. Al respecto, el Régimen General de Garantías en Salud es el sistema que garantiza a todas las personas la realización de exámenes médicos preventivos, los que se enmarcan dentro de un plan de evaluación periódica de salud y cuyo objetivo es pesquisar de manera temprana enfermedades prevenibles o controlables.

Los exámenes de medicina preventiva rigen para todo el ciclo de vida de las personas y para la población en edad de trabajar, esto es, de 15 años y más, existe el siguiente calendario, según grupo etario:

De acuerdo a las tablas anteriormente expuestas, el Régimen General de Garantías en Salud contempla exámenes de medicina preventiva para personas de rangos etarios inferiores al establecido en el artículo 66 bis del Código del Trabajo. De esta manera, el permiso laboral establecido en dicha norma excluye la posibilidad de realización de exámenes de medicina preventiva durante la jornada laboral a trabajadores y trabajadoras menores de cincuenta y cuarenta años respectivamente, limitando de esta manera el ejercicio de dicho derecho para la prevención de condiciones de salud tales como la dislipidemia, tuberculosis o sífilis, entre otras.

Por otro lado, respecto del examen de mamografía, aquél es el examen ms costo efectivo para detectar el cáncer de mamas en etapas tempranas. El tamizaje mamario disminuye la tasa de mortalidad por cáncer de mama. De acuerdo al estudio "Resultados del tratamiento del cáncer de mama, Programa Nacional de Cáncer del Adulto (Santiago de Chile, 2017), ha quedado demostrado que "la detección precoz implica una sobrevida de este cáncer de un 93,3%, lo que se presenta con resultados similares en un estudio publicado de 125 mujeres en etapas precoces con cáncer de mama, tratadas en el Hospital Clínico de la Universidad Católica con cirugía conservadora +RT, que describe una sobrevida de 96,5%" .

A pesar de los auspiciosos resultados de la detección precoz en la sobrevida del cáncer de mama, nuestro sistema de salud sólo garantiza el examen de mamografía a mujeres entre 50 y 59 años, en circunstancias en que la recomendación internacional actual de screening de cáncer de mamas es el uso de mamografía en mujeres entre 50 a 74 años de edad, mientras que respecto de mujeres que tengan antecedentes familiares de personas que han padecido cáncer de mamas, se recomienda la realización periódica de la mamografía incluso antes de los 40 años. Respecto de aquel rango etario, se hace cada vez más necesaria la promoción de la realización del examen de mamografía, ya que se ha detectado un aumento progresivo en la incidencia de cáncer de mamas en mujeres menores de dicha edad.

Además, nuestro país presenta brechas de cobertura en el examen de mamografía. "La cobertura al año 2013 de examen mamográfico anual fue aproximadamente 45% a nivel nacional para el grupo objetivo y 60% bianual en el mismo grupo. La cobertura bianual del examen es mayor en mujeres afiliadas a ISAPRE que a FONASA (80% y 64%, respectivamente) y mayor en los mayores quintiles de ingreso" . De acuerdo a dichos datos, es necesario formular políticas públicas que mejoren la cobertura de mamografía en grupos de menores acceso.

De esta manera, es necesario que nuestro estatuto laboral promueva la realización de exámenes preventivos, sobretodo en enfermedades con altos índices de mortalidad como lo es el cáncer de mamas. El permiso laboral creado por medio de la Ley N° 20.769 constituye una herramienta que posibilita la realización de dichos exámenes durante la jornada laboral de trabajadores y trabajadoras, sin embargo, es restringida en cuanto a sus titulares, debido a la restricción etaria que ella establece.

En consideración a lo anteriormente expuesto, y con el objeto de suprimir el rango etario establecido en el artículo 66 bis del Código del Trabajo, venimos a proponer el siguiente:

PROYECTO DE LEY

Artículo único.- Reemplázase, en el inciso primero del artículo 66 bis del Código del Trabajo, la frase "Las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad y los trabajadores mayores de cincuenta", por la frase "Las trabajadoras y los trabajadores".

1.2. Informe de Comisión de Trabajo

Senado. Fecha 20 de diciembre, 2018. Informe de Comisión de Trabajo en Sesión 83. Legislatura 366.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de la Senadora Goic, de la Senadora Muñoz y de los Senadores Allamand, Durana y Letelier, que suprime el rango etario para ejercer el permiso laboral establecido en el artículo 66 bis del Código del Trabajo BOLETIN Nº 12.302-13

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HONORABLE SENADO:

La Comisión de Trabajo y Previsión Social informa acerca del proyecto de ley de la referencia, iniciado en moción de la Senadora Carolina Goic Boroevic, de la Senadora Adriana Muñoz D’Albora y de los Senadores Andrés Allamand Zavala, José Durana Semir y Juan Pablo Letelier Morel.

Se hace presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único, y acordó, unánimemente, proponer al Excelentísimo señor Presidente que en la Sala sea considerado del mismo modo.

OBJETIVOS DEL PROYECTO

Modificar el artículo 66 bis del Código del Trabajo, para extender a trabajadoras y trabajadores sin distingo de edad, el permiso anual, por medio día, que actualmente tienen las trabajadoras mayores de 40 años y los trabajadores mayores de 50 años, para someterse a exámenes de medicina preventiva, de mamografía y de próstata.

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A la sesión en que la Comisión estudió esta iniciativa de ley asistieron, además de sus miembros, la abogada asesora de la Biblioteca del Congreso Nacional, señora Paola Álvarez; la asesora y el coordinador legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la señora Florencia Frontaura y el señor Francisco Del Río; el asesor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, señor Cristián Daly; el asesor de la Fundación Jaime Guzmán, señor Matías Quijada. Asesores Parlamentarios: del Senador Durana, el señor César Quiroga. De la Senadora Goic, el señor Aldo Rojas. Del Senador Letelier, la señora Elvira Oyanguren y del Senador Moreira, el señor Raúl Araneda.

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ANTECEDENTES

Para el debido estudio de esta iniciativa legal, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

El artículo 66 bis del Código del Trabajo.

La ley N°19.966, que establece un Régimen de Garantías en Salud.

II.- ANTECEDENTES DE HECHO

La moción que da origen a este proyecto de ley, entre sus fundamentos, explica que la ley N°20.769, publicada el 20 de septiembre de 2014, incorporó al Código del Trabajo un artículo 66 bis nuevo, otorgando un permiso a las trabajadoras y trabajadores para efectuarse exámenes de mamografía y de próstata, respectivamente, pudiendo incluir otras prestaciones de medicina preventiva, dentro de la jornada laboral, considerando como trabajado, para todos los efectos legales, el tiempo en el que las y los trabajadores y trabajadoras se realicen el o los exámenes.

De acuerdo al inciso primero de dicho artículo, los titulares de dicho derecho son las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad, y los trabajadores mayores de cincuenta, cuyos contratos de trabajo sean por un plazo superior a treinta días. Dicho rango etario fue establecido en consideración a la edad a partir de la cual las guías clínicas del Ministerio de Salud recomiendan realizar los exámenes de mamografía y de próstata, y de acuerdo al rango de edad de mayor prevalencia de las enfermedades de cáncer de mamas y cáncer a la próstata.

Durante la discusión legislativa de la iniciativa legal que dio origen a la mencionada ley, se incorporó la posibilidad de que el permiso laboral se realizara no sólo para los exámenes antedichos, sino también a exámenes de medicina preventiva en general, incluyendo a modo ejemplar el examen de Papanicolau. A pesar de dicha modificación, el rango etario de los titulares del derecho a permiso laboral no fue modificado, quedando restringido su ejercicio para las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad y trabajadores mayores de cincuenta, en consideración a las características epidemiológicas de cáncer de mama y a la próstata.

Se agrega en la fundamentación de la iniciativa legal, que el Régimen General de Garantías en Salud es el sistema que garantiza a todas las personas la realización de exámenes médicos preventivos, los que se enmarcan dentro de un plan de evaluación periódica de salud y cuyo objetivo es pesquisar de manera temprana enfermedades prevenibles o controlables.

Por ello, los exámenes de medicina preventiva rigen para todo el ciclo de vida de las personas y para la población en edad de trabajar, esto es, de 15 años y más, existe el siguiente calendario, según grupo etario:

La moción alerta que Chile presenta brechas de cobertura en el examen de mamografía, por lo que es necesario que nuestro estatuto laboral promueva la realización de exámenes preventivos, sobre todo en enfermedades con altos índices de mortalidad como lo es el cáncer de mamas.

Finalmente, se destaca que el permiso laboral creado por medio de la ley N°20.769 constituye una herramienta que posibilita la realización de dichos exámenes durante la jornada laboral de trabajadores y trabajadoras, sin embargo, es restringida en cuanto a sus titulares, debido a la restricción etaria que ella establece.

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DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

El proyecto de ley en informe se compone de un artículo único que propone modificar el inciso primero del artículo 66 bis del Código del Trabajo, de manera que todas las trabajadoras y todos los trabajadores puedan ejercer su derecho a medio día de permiso, una vez al año durante la vigencia de la relación laboral, para someterse a los exámenes de mamografía y próstata, respectivamente, pudiendo incluir otras prestaciones de medicina preventiva, tales como el examen de Papanicolau, en las instituciones de salud públicas o privadas que correspondan.

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SESIÓN CELEBRADA EL 19 DE DICIEMBRE DE 2018

La Senadora señora Goic recordó que el artículo 66 bis del Código del Trabajo fue introducido por la ley N°20.769, publicada el año 2014, originada en dos mociones, la primera iniciada el año 2011 por las Diputadas señoras Cristina Girardi Lavín, María José Hoffmann Opazo, Andrea Molina Oliva, Adriana Muñoz D´Albora, Denise Pascal Allende, Karla Rubilar Barahona, Marcela Sabat Fernández, Ximena Vidal Lázaro y Mónica Zalaquett Said y por el Diputado señor Osvaldo Andrade Lara (Boletín N°7.990-13); y la segunda iniciada el año 2012 por las Diputadas señoras Carolina Goic Boroevic, Adriana Muñoz D´Albora y Claudia Nogueira Fernández y por el Diputado señor Ramón Barros Montero (Boletín N°8.372-13).

Su finalidad fue impulsar en el ámbito laboral la prevención del cáncer de mama y de las enfermedades asociadas a la próstata, por la vía del establecimiento de un permiso de medio día respecto de las trabajadoras mayores de 40 años y de los trabajadores mayores de 50 años, para que puedan someterse, una vez al año, a los correspondientes exámenes, incluyendo además otras prestaciones de medicina preventiva, dando aviso de ello al empleador con una semana de antelación.

Resaltó que la instauración de un permiso para que el trabajador o trabajadora pueda someterse a tales exámenes constituyó un paso importante para la prevención de enfermedades en la población.

Agregó que, con el transcurso del tiempo, la diferenciación de edades entre los trabajadores no tiene fundamento alguno, porque exámenes como el Papanicolau, exámenes de sangre y otros, tanto las mujeres como los hombres se los realizan a edades más tempranas.

Con la supresión del rango etario en el artículo 66 bis, indicó que se quiere perseverar en la instauración de una cultura del examen preventivo en todas las trabajadoras y trabajadores del país y, por consiguiente, el permiso laboral contribuirá a ello.

El Senador señor Letelier recordó que en la Ley de Medicina Preventiva y su reglamento se establecía que los imponentes de las distintas cajas de previsión, servicio de salud y otros tenían derecho a que se les practicara gratuitamente un examen de salud, que incluía una serie de examinaciones y recuentos, que se detallaban en el reglamento de dicha ley.

Añadió que, en la actualidad, el Régimen General de Garantías en Salud está obligado a entregar, a todo aquel beneficiario de FONASA o de ISAPRES que lo solicite, exámenes de medicina preventiva, que se enmarcan dentro de un plan de evaluación periódica de salud y cuyo objetivo es pesquisar de manera temprana enfermedades prevenibles o controlables. Dichos exámenes son de carácter gratuito y voluntario, tanto para el cotizante como para sus cargas.

El coordinador legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señor Francisco del Río, enfatizó que en el artículo 66 bis se consagra un permiso para que el trabajador se realice los exámenes de salud correspondientes, derecho que el empleador está obligado a reconocer.

En cuanto al detalle de los diferentes exámenes que se incluyen bajo la denominación de medicina preventiva, se encuentran en la normativa general de salud.

-Puesto en votación en general y en particular el proyecto de ley, fue aprobado por la unanimidad de los integrantes de la Comisión, Senadoras señoras Goic y Muñoz y Senadores señores Allamand, Durana y Letelier.

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TEXTO DEL PROYECTO

En conformidad con los acuerdos adoptados, la Comisión de Trabajo y Previsión Social propone aprobar el proyecto de ley en informe en los siguientes términos:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Reemplázase, en el inciso primero del artículo 66 bis del Código del Trabajo, la frase "Las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad y los trabajadores mayores de cincuenta", por la siguiente: "Las trabajadoras y los trabajadores".”.

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Acordado en sesión celebrada el día 19 de diciembre de 2018, con asistencia de la Senadora señora Carolina Goic Boroevic (Presidenta), de la Senadora señora Adriana Muñoz D’Albora y de los Senadores señores Andrés Allamand Zavala, José Durana Semir y Juan Pablo Letelier Morel.

Sala de la Comisión, a 20 de diciembre de 2018.

PILAR SILVA GARCÍA DE CORTÁZAR

Secretaria de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

____________________________________________________________

PRIMER INFORME DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, ACERCA DEL PROYECTO DE LEY EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, INICIADO EN MOCIÓN DE LA SENADORA GOIC, DE LA SENADORA MUÑOZ Y DE LOS SENADORES ALLAMAND, DURANA Y LETELIER, QUE SUPRIME EL RANGO ETARIO PARA EJERCER EL PERMISO LABORAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 66 BIS DEL CÓDIGO DEL TRABAJO

BOLETIN Nº12.302-13

I. PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Modificar el artículo 66 bis del Código del Trabajo, para extender a trabajadoras y trabajadores sin distingo de edad, el permiso anual, por medio día, que actualmente tienen las trabajadoras mayores de 40 años y los trabajadores mayores de 50 años, para someterse a exámenes de medicina preventiva, de mamografía y de próstata.

II.ACUERDOS: aprobado en general y en particular por la unanimidad de los integrantes de la Comisión (Senadoras Goic y Muñoz y Senadores Allamand, Durana y Letelier).

III.ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no hay.

V.URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN INICIATIVA: Senado. Moción de la Senadora Carolina Goic Boroevic, de la Senadora Adriana Muñoz D’Albora y de los Senadores Andrés Allamand Zavala, José Durana Semir y Juan Pablo Letelier Morel.

VII.TRÁMITE CONSTITUCIONAL: primero.

VIII.APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS:

IX.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 12 de diciembre de 2018.

X.TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: El artículo 66 bis del Código del Trabajo.

La ley N°19.966, que establece un Régimen de Garantías en Salud.

_____________________________________________________________

Valparaíso, 20 de diciembre de 2018.

PILAR SILVA GARCÍA DE CORTÁZAR

Secretaria de la Comisión

Mauricio Fuentes Díaz

Abogado ayudante

1.3. Discusión en Sala

Fecha 04 de junio, 2019. Diario de Sesión en Sesión 21. Legislatura 367. Discusión General y Particular . Se aprueba en general y particular.

SUPRESIÓN DE RANGO ETARIO RELATIVO A EJERCICIO DE PERMISO LABORAL PARA REALIZACIÓN DE EXÁMENES DE MEDICINA PREVENTIVA

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

Proyecto de ley, iniciado en moción de las Senadoras señoras Goic y Muñoz y de los Senadores señores Allamand, Durana y Letelier, en primer trámite constitucional, que suprime el rango etario para ejercer el permiso laboral establecido en el artículo 66 bis del Código del Trabajo, con informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

--Los antecedentes sobre el proyecto (12.302-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En primer trámite: sesión 77ª, en 12 de diciembre de 2018 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Trabajo y Previsión Social: sesión 83ª, en 2 de enero de 2019.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El objetivo de la iniciativa es modificar el artículo 66 bis del Código del Trabajo para extender a trabajadoras y trabajadores, sin distingo de edad, el permiso anual, por medio día, que actualmente tienen las trabajadoras mayores de 40 años y los trabajadores mayores de 50 para someterse a exámenes de medicina preventiva, de mamografía y de próstata.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social discutió este proyecto en general y en particular, por tratarse de aquellos de artículo único, y lo aprobó por la unanimidad de sus miembros, Senadoras señoras Goic y Muñoz y Senadores señores Allamand, Durana y Letelier.

El texto que se propone aprobar se consigna en la página 5 del informe de la Comisión y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Le ofrezco la palabra a la Senadora Carolina Goic para que informe la iniciativa.

La señora GOIC.-

Muchas gracias, señor Presidente.

Es un proyecto muy simple, pero que produce un impacto relevante. Cuando hablamos de la detección precoz del cáncer, es fundamental el llegar a tiempo, pues un cáncer detectado en sus etapas iniciales habitualmente tiene posibilidades de tratamiento exitoso, no así cuando lo encontramos en etapas tardías.

Esta modificación, o perfeccionamiento, diría más bien yo, de la ley surge en la Cámara de Diputados, cuando un grupo de colegas quisimos sumarnos a la campaña de detección precoz del cáncer de mama y dijimos que no era excusa que las mujeres no tuvieran tiempo para ir a hacerse la mamografía. Eso es lo habitual, sobre todo tratándose de ellas: postergar el cuidado de la propia salud en función de otros compromisos y otras preocupaciones.

Fue así como creamos un permiso de medio día al año, inicialmente pensado para que las mujeres se hicieran la mamografía. Sin embargo, no se trataba solo de las mujeres y del cáncer de mama, pues a la par teníamos el cáncer de próstata y el examen para su detección, en el caso de los hombres. Sabemos que ahí hay un asesino silencioso y una enfermedad de la que no se habla mucho. Justamente el lunes, junto con el Senador Ossandón, lanzamos un libro del doctor Balbontín que da cuenta de cómo tenemos que avanzar en sensibilizar al respecto. Entonces dijimos: cáncer, cáncer de próstata, cáncer de mamas, pero también exámenes para prevenir otros males.

Al final, se trata de un permiso laboral de medio día al año, que no se les puede negar ni a trabajadores ni a trabajadoras, con el objeto de que se realicen exámenes de carácter preventivo. Contempla también los tiempos de traslado y lo que a veces sucede en localidades más aisladas. Pongo el ejemplo de Porvenir, cuyas habitantes deben cruzar en barcaza hasta Punta Arenas para ir al hospital y hacerse la mamografía. Por lo mismo, considera una extensión que puede abarcar incluso un día completo, en caso de ser necesario por motivos geográficos, de traslado o de disposición del equipamiento.

No obstante, el permiso quedó sujeto a determinado rango de edad: mujeres mayores de 40 años y hombres mayores de 50, en consonancia con las recomendaciones que indicaban cuándo deben efectuarse las mamografías y el examen de próstata, según se trate de mujeres u hombres, respectivamente, para la detección y prevención del cáncer.

La verdad es que eso es algo que no tiene mucho sentido hoy día. Lamentablemente, en la actualidad mujeres cada vez más jóvenes enfrentan un diagnóstico de cáncer de mama. Y cuando hablamos de ir cambiando el eje hacia una detección precoz, hacia una mirada más preventiva de la salud, estamos refiriéndonos a que ojalá este permiso sea parte de lo que hagan las empresas con sus trabajadores lo antes posible, sin distinción de edad.

Justamente eso es lo que pretendemos lograr ahora: eliminar el rango etario, para que el permiso de medio día al año sea para todos los trabajadores y todas las trabajadoras e incentive, de alguna manera, una mayor preocupación por la salud.

Lo que uno busca, en realidad, es que se genere una asociación virtuosa: que las empresas se preocupen de que todas sus trabajadoras se realicen periódicamente la mamografía; lo mismo sus trabajadores con respecto al examen de próstata (para eso justamente se da el permiso); que haya preocupación en aquellos casos en que se requiere copago y este sea aportado por el empleador. ¡Detectar antes un cáncer nos conviene a todos! Incluso son menos días de licencia si uno lo ve desde los fríos números. Pero, lo más importante, ¡lo más importante!, y a lo que apunta este proyecto, es salvar vidas.

En resumen, estamos frente a una modificación simple, que fortalece un permiso que hoy día ya existe, pero que también permite difundirlo -yo, señor Presidente , invito a todos los colegas a difundirlo en sus regiones, en sus comunas, porque muchas veces esta posibilidad se desconoce-, y que busca complementar los esfuerzos que estamos desplegando en materia de fortalecimiento de la salud pública, de la Ley Nacional del Cáncer y de cómo nos hacemos cargo de la que, a poco andar, será la principal causa de muerte en nuestro país.

Por eso, en representación de la Comisión de Trabajo, los invitamos a respaldar el proyecto para que sea ley de la república lo antes posible.

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El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Me ha solicitado la palabra la Senadora señora Allende.

Tiene la palabra.

La señora ALLENDE.-

Pedí intervenir por otro tema, señor Presidente .

Quiero solicitar que el informe de la Comisión de Economía, que aún no logramos tener, se haga público. Me parece importante que se suba la información para que podamos tener acceso a él, ya que la iniciativa sobre proinversión debe pasar después a la Comisión de Medio Ambiente, donde tenemos 30 días.

El informe todavía no es público y por eso pido que se libere, a fin de que todos podamos contar con él. Lo considero razonable y solicito el asentimiento de la Sala en ese sentido.

Me había inscrito con ese fin, señor Presidente.

El señor LETELIER.-

Es un tema reglamentario.

La señora ALLENDE.-

Exactamente: es un tema reglamentario en que a veces sí y a veces no. Nosotros, en la Comisión de Recursos Hídricos, decidimos que el informe se hiciera público antes de que llegara a Agricultura. Por eso digo que depende de la voluntad de la Comisión. No hay una norma tan precisa en esta materia y pido que se acepte mi petición.

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

¿Habría acuerdo para acceder a lo solicitado por la Senadora Allende en términos de que el informe de la Comisión de Economía se haga público?

¿Estaría de acuerdo su Presidente?

El señor DURANA.-

Sí.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Acordado, entonces.

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El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

Volviendo a la discusión del proyecto sobre permiso laboral, me han solicitado abrir la votación.

¿Habría acuerdo?

El señor COLOMA.-

¡Escuchemos un poco! ¡No tanto vértigo, señor Presidente ! ¡Todo se está viendo a votación abierta ahora!

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Durana.

El señor DURANA.-

Señor Presidente , deseo solicitar a la Sala que respalde la moción presentada por todos los miembros de la Comisión de Trabajo, la cual, en caso de ser aprobada, permitirá que todos los trabajadores de nuestro país tengan derecho a obtener los permisos necesarios para la realización de los exámenes médicos preventivos señalados en el artículo 66 bis del Código del Trabajo, tales como exámenes de mamografía, de próstata y papanicolau, entre otros.

La salud preventiva constituye una responsabilidad y una herramienta esencial de política pública y su acceso constituye un derecho que debe ser allanado para todos los chilenos, sin excepción, cualquiera que sea su edad y su género.

Este proyecto de ley amplía el permiso contemplado en el artículo 66 bis del Código Laboral para todos los trabajadores. Y ello, sin duda, tendrá un impacto muy positivo en su calidad de vida y en la economía de nuestro país. No hay mejor prevención que tener personas en etapa activa sanas y que se hagan los controles médicos preventivos correspondientes.

De la misma forma, la salud preventiva no solo implica un ahorro para el trabajador y su familia, sino que también significa una optimización de recursos para el Estado.

Por eso, manifiesto mi aprobación al proyecto de ley y solicito a la Sala respaldar la propuesta que ha hecho la Comisión de Trabajo.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

A continuación, tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.-

Señor Presidente , no sé si se puede abrir la votación.

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

Ya lo solicitamos y no hubo acuerdo.

El señor ELIZALDE.-

Le pido que consulte nuevamente a la Sala.

El señor LETELIER.-

Señor Presidente , estimados colegas, esta es una iniciativa simple, relacionada con la medicina preventiva. Y sus normas se aplicarán no solo a los trabajadores con contratos de trabajo indefinidos, sino también para aquellos con contrato a plazo fijo o por obra o faena de más de 30 días.

Es muy importante entender que es un derecho laboral pedir permiso para efectuarse exámenes no solo -lo subrayo- de próstata, mamografía o papanicolau, sino cualquier tipo de examen preventivo.

Esto significa un cambio de mentalidad en nuestro país. Algunos empresarios lo comprenden; a otros quizás les costará más entenderlo, pero que esté en su interés el facilitar que todos sus trabajadores se realicen exámenes preventivos permitirá que, como país, nos ahorremos muchos recursos tanto en licencias como en acciones curativas posteriores.

Y ello, a través de algo muy sencillo: eliminar el rango de edad de 40 años para ejercer el derecho. Esperamos, señor Presidente , que con esto no solo se salven vidas, sino que también mejore la calidad de vida de los trabajadores y las trabajadoras a lo largo de toda su vida laboral.

Este es un proyecto muy vinculado a la seguridad social, a los derechos de los trabajadores.

Y, en cuanto al debate sobre si el tiempo del permiso será pagado o no, si será rentado o no, la respuesta queda muy clara en el texto: es un derecho que se ejerce y, por lo tanto, las horas de ausencia serán pagadas.

He dicho.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Me han solicitado la apertura de la votación.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

En votación el proyecto.

--(Durante la votación).

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Provoste.

La señora PROVOSTE.-

Señor Presidente, siempre es un buen momento para reflexionar en torno a la importancia que tienen las acciones preventivas y de promoción en materia de salud.

Hace ya largo tiempo este Parlamento aprobó una iniciativa que garantiza un permiso laboral para poder realizarse exámenes preventivos, particularmente mamografías, de próstata y el papanicolau.

Hace poco rato, antes de entrar a la Sala, tenía un diálogo muy interesante con trabajadoras de jardines vía transferencia de fondos. Algunas de ellas me comentaban que este derecho, cuyo umbral de 40 años ahora se modifica, muchas veces solo se conseguía a partir de la presión al empleador.

Al respecto, quiero señalar, con bastante claridad, que todos los trabajadores y trabajadoras (incluidas las trabajadoras de los jardines infantiles vía transferencia de fondos; incluidas las trabajadoras y los trabajadores con contrato por obra o faena; incluidos los empleados de la Administración Pública; incluidos los trabajadores con contratos regidos por el Código del Trabajo) tienen este derecho. ¡Todos y todas! Por lo tanto, se ejerce por el solo ministerio de la ley. Lo único que debe hacer cada trabajador o trabajadora es dar aviso a su empleador con una semana de anticipación a la realización de los exámenes. Esto no se modifica en este proyecto. Y la ley agrega que "asimismo, deberán presentar al empleador con posterioridad a éstos, los comprobantes suficientes que acrediten que se los realizaron en la fecha estipulada".

¡Qué importante es que las personas se realicen exámenes preventivos! Si uno mira los elementos base para el descenso en la mortalidad, verá que este se debe a muchos factores, y que uno de ellos es la adhesión y el compromiso de hombres y mujeres para efectuarse exámenes preventivos, entre ellos el papanicolau y mamografías, permitiendo así una detección precoz y un tratamiento oportuno.

Este proyecto de ley, además, apunta a mejorar la salud de nuestros trabajadores y trabajadoras, objetivo que claramente no se logra sin un acceso oportuno a los permisos que garanticen la realización de exámenes preventivos. Tampoco mejoramos la salud si sistemáticamente aumentamos la cantidad de alumnos por niveles de salas cunas generando problemas de deterioro físico. Cuando escuchamos "Los niños primeros en la fila", podemos decir que es un eslogan carente de sentido en la educación preescolar. Porque lo que hoy hace el Gobierno es aumentar la cantidad de alumnos, disminuir los adultos responsables en los distintos niveles -sala cuna, medio menor, medio mayor-, afectando la salud de quienes laboran en esa área, que son mayoritariamente mujeres.

Por lo tanto, si hoy queremos hacer una discusión pensando en mejorar la salud de las trabajadoras, también tenemos que ser capaces de actuar con coherencia, con consistencia, en los coeficientes técnicos que afectan a la calidad de la educación preescolar, pero también a la salud de las trabajadoras.

Votaré a favor para que se elimine el requisito de los 40 años, a fin de que todo trabajador y trabajadora tenga garantizado el permiso para realizarse exámenes preventivos.

He dicho.

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

A continuación, tiene la palabra el Senador señor Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , Honorable Sala, este proyecto de ley da cuenta de una realidad del país.

Chile está envejeciendo. En el 2060 será el sexto país del mundo con mayores expectativas de vida. Y, por tanto, las enfermedades crónicas no transmisibles se van a transformar en verdaderas pandemias.

Las políticas de salud del Gobierno del Presidente Piñera están enfocadas a enfrentar no solo de manera reactiva lo que dice relación con las patologías, para lo cual se considera una inversión en salud de envergadura; porque, sin lugar a dudas, el envejecimiento de la población, que conlleva particularmente enfermedades crónicas no transmisibles (hipertensión arterial, infarto cardiovascular, infarto cerebrovascular, entre otras), vinculadas a las conductas sedentarias de los chilenos y a otros temas que dicen relación con la obesidad, especialmente la infantil, hacen necesario disponer de una política de salud preventiva.

Nosotros estamos hablando, incluso, de que debe existir un GES preventivo, capaz de abordar con capacidad las políticas públicas, en términos de ir en apoyo de los grupos de riesgo. Ello, en definitiva, a fin de hacer posible que el sistema público de salud pueda, por una parte, ahorrar recursos, y, por otra, atender a tiempo a la población que presente grados de vulnerabilidad, ya sea por sus conductas de sedentarismo, de mala alimentación o por tener cierta propensión a enfermedades.

Por eso es tan relevante poder cumplir, efectivamente, con el permiso laboral establecido en el artículo 66 bis del Código del Trabajo, eliminando el rango etario.

Hoy día, una mujer que quiera realizarse una mamografía puede pedir medio día para tal efecto. Lo que nosotros queremos, en virtud de este proyecto de ley es, justamente, eliminar el rango etario que se exige para ello a fin de generar una cultura de medicina preventiva, que tanta falta hace en nuestro país.

Por tanto, esta iniciativa dice relación con un cambio de envergadura en las políticas públicas de salud. Y nosotros aspiramos a que, más allá de este permiso laboral, podamos tener -insisto- un GES preventivo que se haga cargo de prospectar políticas de salud destinadas, particularmente, a la población con grados de vulnerabilidad o de prevalencia de ciertas patologías.

En consecuencia, esta iniciativa va en la dirección correcta y tenemos que apoyarla.

Por supuesto, felicito a los autores del proyecto, porque, a mi juicio, apunta a una realidad hacia la cual deben avanzar las políticas públicas de salud.

He dicho.

El señor DE URRESTI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor García-Huidobro.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

Señor Presidente , en primer lugar, deseo valorar el hecho de estar ocupados en la prevención. Creo que si hay algo en que nuestro país está en deuda es, justamente, en trabajar fuertemente en la prevención de salud.

Quiero consultar a la Senadora Rincón -por su intermedio, señor Presidente - acerca de cómo opera esto de los permisos en el caso de los empleados públicos, porque aquí estamos haciendo una modificación al Código del Trabajo. Dejo la pregunta para que Su Señoría me pueda responder, pues, sin duda, es muy importante que haya claridad al respecto.

En segundo lugar, esto debemos pensarlo más allá del tema del examen de Papanicolau o de detección del cáncer mamario, y abarcar también el examen de próstata. Porque yo no entiendo que un joven de 18 o 20 años vaya a hacerse un examen de próstata. Seamos francos, este se realiza después de los 40 o 50 años.

Por lo tanto, me parece que esta materia se debe mirar desde un punto de vista distinto. Por ejemplo, en cuanto a lo dental, ¿cuántos trabajadores, hoy día, se preocupan de ver si necesitan algún tratamiento? En consecuencia, esto hay que considerarlo desde una perspectiva bastante más amplia que la de las situaciones preventivas que abarcan tanto a varones como a mujeres.

En ese sentido, señor Presidente, estimo importante señalar que esto debe ser algo efectivo, por lo que tiene que quedar constancia de alguna manera de que los trabajadores fueron a realizarse determinado examen y no a hacer otra cosa. Porque se puede prestar también para abusos, y a lo mejor no van a un examen preventivo de salud, sino a otra actividad.

Entonces, creo que este tema debiera abordarse del todo y en forma real, para que no estemos legislando como si nos hiciéramos trampa en el solitario, en el sentido de que se otorguen permisos que el día de mañana puedan utilizarse para otros fines.

En todo caso, voy a votar a favor.

He dicho.

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

La última inscrita es la Senadora señora Rincón, cuyo aporte es importante ya que ha liderado esta discusión. Asimismo, podrá dar respuesta en lo que corresponda a la consulta del Senador señor García-Huidobro.

Tiene la palabra, Su Señoría.

La señora RINCÓN.-

Señor Presidente , voy despejar una duda respecto de los funcionarios públicos.

De acuerdo con el Estatuto Administrativo, los funcionarios públicos tienen derecho a solicitar seis días de permiso al año, que pueden fraccionar por día y no necesariamente tomarlos todos juntos, los cuales pueden ser destinados para este u otros trámites, sin tener que expresar causa. Por lo tanto, estaría absolutamente salvado el tema respecto de aquellos.

En cuanto al segundo punto que planteó el Senador Alejandro García-Huidobro , creo que en la iniciativa originada en moción resulta claro que el ánimo no solo es eliminar el guarismo de la edad, en hombres y mujeres, sino también que puedan usar el permiso por medio día para realizarse los exámenes que requieran, los cuales, obviamente, deben ir en la línea preventiva.

Cuando uno mira el calendario de medicina preventiva del Ministerio de Salud, se encuentra con que los exámenes que se consignan no solo buscan la detección del cáncer cervicouterino, de mama o, en el caso de los hombres, de próstata, sino también de la dislipidemia, referente al colesterol; de la tuberculosis; de la sífilis; de la diabetes, que es un problema de salud importante en nuestra población, y, obviamente, de otras enfermedades.

Por otro lado, cuando uno observa el calendario, señor Presidente , se da cuenta de que estos permisos para efectuarse exámenes de salud no solo deben aplicarse a los trabajadores mayores de 40 años de edad, en el caso de las mujeres, y de 50, en el caso de los hombres. En el Ministerio de Salud informan que tales exámenes se deben hacer desde los 15 años en adelante -15, 24, 25, 40, en fin-, dependiendo de lo que se vaya a medir.

Sin lugar a dudas, prevenir es mucho mucho más barato, desde el punto de vista de la salud de la población y de la productividad de un país. Y, obviamente, para las familias representa un menor costo que abordar una enfermedad ya desatada.

En ese sentido, es fundamental hacernos cargo de lo que propone esta iniciativa, y felicito nuevamente a los mocionantes.

Sin embargo, esto abre la discusión hacia otros temas necesarios de abordar. Por ejemplo, cuando un trabajador en nuestro país tiene una enfermedad, entra en la lógica de las listas de espera. Cerca del 80 por ciento de los trabajadores en Chile están adscritos al seguro de salud público y tienen que quedar en una lista de espera sin saber cuándo van a ser atendidos.

Entonces, desde el punto de vista de la pertinencia, de la calidad de vida y de la recuperación de la salud, eso es un problema. Porque cuando a ese trabajador o trabajadora se le llama para atender su dolencia o enfermedad, muchas veces, por no decirlo todas, tiene que repetir los exámenes. Eso significa un costo para el Fisco y el país, y una complicación para él y su familia.

Pero no solo implica eso, señor Presidente , porque, cuando un trabajador o trabajadora tiene una enfermedad que, además, lo invalida temporalmente, hace uso del subsidio de incapacidad laboral, con justa razón, y ello representa otro costo para el sistema de salud y para el trabajador y la empresa.

Por lo tanto, bienvenida sea no solo la posibilidad de hacerse exámenes (con el resguardo, como ha señalado el Senador García-Huidobro -por su intermedio, señor Presidente -, de contar con la constancia de que se hizo), sino también de que la atención sea oportuna, para que -como dice el dicho- "el remedio no sea más caro que la enfermedad".

Creo que podemos ahondar en estas discusiones; perfeccionar la legislación. Pero, sin lugar a dudas, esta norma tiene que ser aprobada porque al menos permite tender a la igualación entre los trabajadores públicos, que sí tienen estos permisos, y los del sector privado.

Así que voto, muy contenta y convencida, a favor de este proyecto iniciado en moción.

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

No hay más oradores inscritos.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o señor Senador no ha emitido su voto?

El señor DE URRESTI ( Vicepresidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general la iniciativa (19 votos a favor) y, por no haberse formulado indicaciones, queda aprobada también en particular.

Votaron las señoras Allende, Goic, Provoste y Rincón y los señores Castro, Chahuán, Coloma, De Urresti, Durana, Elizalde, Galilea, García-Huidobro, Guillier, Huenchumilla, Lagos, Latorre, Letelier, Ossandón y Sandoval.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 04 de junio, 2019. Oficio en Sesión 34. Legislatura 367.

Valparaíso, 4 de junio de 2019.

Nº 106/SEC/19

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la moción, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín número 12.302-13:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Reemplázase, en el inciso primero del artículo 66 bis del Código del Trabajo, la frase inicial “Las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad y los trabajadores mayores de cincuenta”, por la siguiente: “Las trabajadoras y los trabajadores”.”.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ALFONSO DE URRESTI LONGTON

Vicepresidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Trabajo

Cámara de Diputados. Fecha 20 de septiembre, 2021. Informe de Comisión de Trabajo en Sesión 80. Legislatura 369.

?BOLETIN N° 12.302-13-1 (S)

INFORME DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRAMITE CONSTITUCIONAL, INICIADO EN MOCION DE LA SENADORAS SEÑORAS GOIC, DOÑA CAROLINA Y MUÑOZ, DOÑA ADRIANA, DE LOS SENADORES SEÑORES DURANA Y LETELIER Y DEL EX SENADOR SEÑOR ALLAMAND, QUE SUPRIME EL RANGO ETARIO PARA EJERCER EL PERMISO LABORAL ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 66 DEL CODIGO DEL TRABAJO.

_____________________________________________________________

HONORABLE CÁMARA:

Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informar, en primer trámite reglamentario, sobre el proyecto de ley del epígrafe, en segundo trámite constitucional, iniciado en moción de las Senadoras señoras Goic, doña Carolina, y Muñoz, doña Adriana, de los Senadores señores Durana y Letelier y del ex Senador señor Allamand, contenido en el Boletín N° 12.302-13-1 (S), sin urgencia.

A la sesión en que se analizó esta iniciativa asistieron, además de las y los integrantes de la Comisión, la senadora señora Goic, doña Carolina; el Subsecretario del Trabajo, señor Fernando Arab Verdugo, y el coordinador Legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señor Francisco del Río Correa.

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1.- Origen y urgencia.

La iniciativa tuvo su origen, como se ha dicho precedentemente, en moción de las Senadoras señoras Goic y Muñoz, de los Senadores señores Durana y Letelier y del ex Senador señor Allamand, contenido en el Boletín N° 12.302-13-1 (S), sin urgencia.

2.- Discusión general.

El proyecto fue aprobado, en general y particular por 8 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.

(Votaron a favor las Diputadas señoras Sandoval, doña Marcela y Yeomans, doña Gael, y los Diputados señores Barros; Eguiguren; Jiménez; Labbé; Saavedra y Silber).

3.- Disposiciones calificadas como normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado.

A juicio de vuestra Comisión, no existen en el proyecto aprobado normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales o que deban ser aprobadas con quórum calificado.

4.- Diputado Informante.

La Comisión designó a la señorita Yeomans, doña Gael, en tal calidad.

II.- ANTECEDENTES GENERALES.

La moción que da origen a este proyecto de ley, entre sus fundamentos, explica que la ley N°20.769, publicada el 20 de septiembre de 2014, incorporó al Código del Trabajo un artículo 66 bis nuevo, otorgando un permiso a las trabajadoras y trabajadores para efectuarse exámenes de mamografía y de próstata, respectivamente, pudiendo incluir otras prestaciones de medicina preventiva, dentro de la jornada laboral, considerando como trabajado, para todos los efectos legales, el tiempo en el que las y los trabajadores y trabajadoras se realicen el o los exámenes.

De acuerdo al inciso primero de dicho artículo, los titulares de dicho derecho son las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad, y los trabajadores mayores de cincuenta, cuyos contratos de trabajo sean por un plazo superior a treinta días. Dicho rango etario fue establecido en consideración a la edad a partir de la cual las guías clínicas del Ministerio de Salud recomiendan realizar los exámenes de mamografía y de próstata, y de acuerdo al rango de edad de mayor prevalencia de las enfermedades de cáncer de mamas y cáncer a la próstata.

Durante la discusión legislativa de la iniciativa legal que dio origen a la mencionada ley, se incorporó la posibilidad de que el permiso laboral se realizara no sólo para los exámenes antedichos, sino también a exámenes de medicina preventiva en general, incluyendo a modo ejemplar el examen de Papanicolau. A pesar de dicha modificación, el rango etario de los titulares del derecho a permiso laboral no fue modificado, quedando restringido su ejercicio para las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad y trabajadores mayores de cincuenta, en consideración a las características epidemiológicas de cáncer de mama y a la próstata.

Se agrega en la fundamentación de la iniciativa legal, que el Régimen General de Garantías en Salud es el sistema que garantiza a todas las personas la realización de exámenes médicos preventivos, los que se enmarcan dentro de un plan de evaluación periódica de salud y cuyo objetivo es pesquisar de manera temprana enfermedades prevenibles o controlables.

La moción alerta que Chile presenta brechas de cobertura en el examen de mamografía, por lo que es necesario que nuestro estatuto laboral promueva la realización de exámenes preventivos, sobre todo en enfermedades con altos índices de mortalidad como lo es el cáncer de mamas.

Finalmente, se destaca que el permiso laboral creado por medio de la ley N°20.769 constituye una herramienta que posibilita la realización de dichos exámenes durante la jornada laboral de trabajadores y trabajadoras, sin embargo, es restringida en cuanto a sus titulares, debido a la restricción etaria que ella establece.

III.- CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY APROBADO POR EL SENADO.

El proyecto de ley en informe modifica, mediante un artículo único, el artículo 66 bis del Código del Trabajo, para extender a trabajadoras y trabajadores sin distingo de edad, el permiso anual, por medio día, que actualmente tienen las trabajadoras mayores de 40 años y los trabajadores mayores de 50 años, para someterse a exámenes de medicina preventiva, de mamografía y de próstata.

IV.- SÍNTESIS DEL DEBATE HABIDO DURANTE LA DISCUSIÓN GENERAL

El proyecto en informe inició su tramitación en la Comisón en su sesión del día 20 de septiembre del año en curso, con la presencia, en forma telemática, de la senadora señora Carolina Goic Boroevic, y del Cordinador Legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señor Francisco del Río Correa.

En la ocasión, la senadora señora Goic, doña Carolina, recordó, en primer término, que, en el año 2014, se incorporó al Código del Trabajo un artículo 66 bis nuevo con el objeto de otorgar un permiso a las trabajadoras mayores de 40 años y los trabajadores mayores de 50 años, para efectuarse exámenes de medicina preventiva dentro de la jornada laboral.

De igual modo, explicó que el permiso laboral que se pretende modificar excluye de este beneficio a las y los trabajadores menores de las edades señaladas. Así, estos solo pueden realizar sus exámenes de medicina preventiva fuera de la jornada laboral, por tanto, la norma vigente limita el ejercicio de dicho derecho.

En este contexto, la senadora señora Goic señaló que la iniciativa, que se encuentra en su segundo trámite constitucional, avanza eliminando la condicionante de edad y lo deja abierto para todos los trabajadores, en consideración a la importancia de la realización de exámenes en todas las edades para la temprana prevención de enfermedades.

Para finalizar, la senadora hizo presente que el mes de octubre es el de la prevención precoz del cáncer de mamas, por ende, urge una rápida tramitación del proyecto a fin de que todas las mujeres puedan realizar sus respectivos exámenes.

Por su parte, el diputado señor Barros manifestó su impresión favorable al proyecto, pues, la supresión de las edades señaladas en el artículo 66 bis, permitiría que más personas puedan acceder a la medicina preventiva.

A su vez, el señor Del Rio informó que el Ejecutivo brindó su apoyo al proyecto durante su tramite en el Senado dado que se trata de una modificación necesaria en consideración al actual artículo 66 bis, para que así los trabajadores tengan un mayor acceso a exámenes de medicina preventiva.

Del mismo modo, las señoras y señores Diputados presentes en esta instancia legislativa manifestaron su opinión favorable al proyecto, razón por la cual acordaron someterlo a votación general y particular a la vez, sin mayor debate, dada la pertinencia de su contenido.

-- Sometido a votación en general y particular a la vez, el proyecto, fue aprobado por 8 a favor, ninguno en contra y ninguna abstención

(Votaron a favor las diputadas señoras Sandoval, doña Marcela y Yeomans, doña Gael, y los diputados señores Barros, don Ramón; Eguiguren, don Francisco; Jiménez, don Tucapel; Labbé, don Cristián; Saavedra, don Gastón y Silber, don Gabriel.)

V.- ARTÍCULOS DEL PROYECTO QUE EL SENADO CALIFICÓ COMO NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.

A juicio del H. Senado, no existen en el proyecto normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales o que deban ser aprobadas por quórum calificado, criterio que la Comisión compartió.

VI.- ARTÍCULOS DEL PROYECTO DESPACHADO POR LA COMISIÓN QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.

A juicio de la Comisión, su artículo único aprobado no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda por no incidir en materias presupuestarias o financieras del Estado.

VII.- ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.

No existen normas en tal situación.

VIII.- ADICIONES Y ENMIENDAS INTRODUCIDAS POR LA COMISION.

La Comisión aprobó en los mismos términos el texto del proyecto aprobado por el H. Senado.

IX.- TEXTO DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISION.

Como consecuencia de todo lo expuesto y por las consideraciones que dará a conocer oportunamente el señor diputado informante, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social recomienda la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Reemplázase, en el inciso primero del artículo 66 bis del Código del Trabajo, la frase "Las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad y los trabajadores mayores de cincuenta", por la siguiente: "Las trabajadoras y los trabajadores".”.

*************************

SE DESIGNÓ COMO INFORMANTE A LA DIPUTADA SEÑORITA YEOMANS, DOÑA GAEL.

SALA DE LA COMISIÓN, a 20 de septiembre de 2021.

Acordado en sesión de fecha 20 de septiembre del año en curso, bajo la Presidencia del diputado señor Silber, don Gabriel, y con la asistencia de las Diputadas señoras Sandoval, doña Marcela, y Yeomans, doña Gael, y de los diputados señores Barros, don Ramón; Eguiguren, don Francisco; JIménez, don Tucapel; Labbé, don Cristián; Saavedra, don Gastón, y Sauerbaum, don Frank.

Pedro N. Muga Ramírez

Abogado, Secretario de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 29 de septiembre, 2021. Diario de Sesión en Sesión 84. Legislatura 369. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

SUPRESIÓN DE RANGO ETARIO RELATIVO A EJERCICIO DE PERMISO LABORAL PARA REALIZACIÓN DE EXÁMENES DE MEDICINA PREVENTIVA (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 12302-13)

El señor DÍAZ (Presidente accidental).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que suprime el rango etario para ejercer el permiso laboral establecido en el artículo 66 bis del Código del Trabajo (boletín N° 12302-13).

Para la discusión de este proyecto se otorgarán cinco minutos a cada diputada y diputado que se inscriba para hacer uso de la palabra.

Diputada informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es la señorita Gael Yeomans .

Antecedentes:

Proyecto del Senado, sesión 34ª de la legislatura 367ª, en miércoles 5 de junio de 2019.

Documentos de la Cuenta N° 2.

-Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, sesión 80ª de la presente legislatura, en miércoles 22 de septiembre de 2021. Documentos de la Cuenta N° 5.

El señor DÍAZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada informante.

La señorita YEOMANS, doña Gael (de pie).-

Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, paso a informar el proyecto de ley, en segundo tramite constitucional, iniciado en moción de la senadoras señoras Goic, doña Carolina , y Muñoz , doña Adriana ; de los senadores señores Durana y Letelier y del entonces senador señor Allamand , que suprime el rango etario para ejercer el permiso laboral establecido en el artículo 66 bis del Código del Trabajo, contenido en el boletín N° 12302-13, sin urgencia.

A la sesión en que se analizó esta iniciativa asistieron, además de las y los integrantes de la comisión, la senadora señora Goic, doña Carolina ; el subsecretario del Trabajo, señor Fernando Arab Verdugo , y el coordinador legislativo del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señor Francisco del Río Correa .

La moción que da origen a este proyecto de ley, entre sus fundamentos, explica que la ley N° 20.769, publicada el 20 de septiembre de 2014, incorporó al Código del Trabajo un artículo 66 bis nuevo, con el objeto de otorgar un permiso a las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad y a los trabajadores mayores de cincuenta años de edad para efectuarse exámenes de mamografía y de próstata, respectivamente, pudiendo incluir otras prestaciones de medicina preventiva, dentro de la jornada laboral, considerando como trabajado, para todos los efectos legales, el tiempo en el que las trabajadoras y los trabajadores se realicen el o los exámenes.

Se agrega en la fundamentación de la iniciativa legal que el régimen general de garantías en salud es el sistema que garantiza a todas las personas la realización de exámenes médicos preventivos, los que se enmarcan dentro de un plan de evaluación periódica de salud, cuyo objetivo es pesquisar de manera temprana enfermedades prevenibles o controlables.

Se destaca que el permiso laboral creado por medio de la ley N° 20.769 constituye una herramienta que posibilita la realización de dichos exámenes durante la jornada laboral de trabajadores y trabajadoras, pero es restringida en cuanto a sus titulares, debido a la restricción etaria que ella establece.

Durante su discusión general y particular, en la cual participó la senadora doña Carolina Goic , las señoras y señores diputados presentes en esta instancia legislativa manifestaron su opinión favorable al proyecto, dada la pertinencia de su contenido, y dieron su aprobación por ocho votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.

Votaron a favor las diputadas señoras Sandoval , doña Marcela , y quien habla, Gael Yeomans , y los diputados señores Barros, don Ramón ; Eguiguren, don Francisco ; Jiménez, don Tucapel ; Labbé, don Cristián ; Saavedra, don Gastón , y Silber, don Gabriel .

Finalmente, hago presente a mis colegas que la comisión compartió el criterio del honorable Senado en cuanto a que no existen en el proyecto normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales o que deban ser aprobadas por quorum calificado, criterio que la comisión compartió.

Asimismo, a juicio de ella, su artículo único aprobado no requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda, por no incidir en materias presupuestarias o financieras del Estado.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho

El señor DÍAZ (Presidente accidental).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado Iván Flores .

El señor FLORES (don Iván).-

Señor Presidente, este proyecto me parece no solo importante, sino además tremendamente oportuno, ahora que, como según creo, estamos en tierra derecha para ir sacando a la comunidad del encierro, del retraso en las prestaciones médicas, de la acumulación en las listas de espera y de las complicaciones que se han producido en el ámbito laboral.

Por esa razón, este proyecto, iniciado en una moción y que ya sorteó su primera barrera, elimina el requisito de edad para obtener permiso laboral con el objetivo que señala, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 66 bis, que las trabajadoras mayores de 40 años de edad y los trabajadores mayores de 50 años de edad podrán tener hasta medio día de permiso, una vez al año, para someterse a exámenes preventivos de rutina como son la mamografía, el examen de próstata u otras prestaciones preventivas, como el Papanicolaou, por ejemplo, y que incluye en este tiempo, obligatorio para el empleador, el lapso suficiente para realizar los traslados hacia y desde la institución médica a partir del lugar donde estas personas trabajan. Además, considera el tiempo suficiente ante cualquier evento en relación con el período que se requiera para someterse a dichos exámenes preventivos.

Esta iniciativa elimina el requisito de edad señalado y dispone que son titulares de ese derecho todas las trabajadoras y todos los trabajadores de Chile, a fin de aumentar la posibilidad de que se realicen esos exámenes preventivos para extender su cobertura a una mayor cantidad de personas.

En resumen, de aprobarse este proyecto, ya no correría el requisito de tener que ser mayores de 50 años de edad, en el caso de los hombres, y mayores de 40 años de edad, en el caso de las mujeres, para poder ejercer ese derecho, sino que este se aplicaría a todo trabajador que esté prestando un servicio personal, sea en instituciones públicas o en empresas privadas, para que dispongan del tiempo suficiente para someterse a esos exámenes preventivos.

Por tanto, hay que aprobar esta iniciativa, a fin de que se establezca la modificación propuesta en el Código del Trabajo.

He dicho.

El señor DÍAZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Andrés Longton .

El señor LONGTON.-

Señor Presidente, pedí hacer uso de la palabra para hacer una acotación respecto de las prestaciones médicas que se incluyen en esta ampliación del rango de edad de los trabajadores beneficiarios, esto es, del hecho de no dejar el ejercicio de este derecho condicionado a rango etario alguno; es decir, la eliminación de los rangos de más de 40 años de edad, en el caso de las mujeres, y de más de 50 años de edad, en el caso de los hombres.

Cómo la norma señala, exámenes de mamografía, próstata y Papanicolaou, entre otros, se podría entender que se realizan después de aquella edad que se pretende eliminar como requisito.

Por ello, entendiendo que en nuestro país el acceso a la salud pública es muy dificultoso y que los tiempos de espera son muy grandes, las facilidades que debe otorgar el empleador son mayores.

En consecuencia, espero que esta modificación se entienda en el sentido de que son todos los exámenes preventivos, y no solo los que se señalan en el texto del artículo 66 bis, independientemente de que diga “tales como”, porque se está eliminando la edad como requisito, la que estaba relacionada con exámenes que generalmente se realizan después de los 40 o de los 50 años de edad.

En consecuencia, espero que los empleadores den las facilidades y que los trabajadores se puedan realizar todos los exámenes de medicina preventiva, con independencia de los ejemplos que da el artículo 66 bis.

He dicho.

El señor DÍAZ (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag .

El señor SABAG.-

Señor Presidente, intervendré de manera muy breve para respaldar este proyecto, que amplía el que nos tocó votar varios años atrás, que permite a los trabajadores realizarse los exámenes de mamografía y de próstata para detectar anomalías, las que si se tratan tempranamente pueden salvar miles de vidas. No obstante, el permiso laboral que aprobamos se quedó con las edades límite de 40 años de edad para las mujeres y de 50 años de edad para los varones, algo que hoy no tiene sentido.

Debe entenderse que tanto si se trata de un empleador del sector público como de un empleador del sector privado, resulta de especial interés para la empresa que los trabajadores puedan detectar tempranamente y de manera preventiva cualquier enfermedad que pudiera ocasionar problemas mayores con un tratamiento tardío.

Al margen de las consideraciones de orden económico, este proyecto tiene un sentido humanitario, ya que otorga prioridad a la salud de los trabajadores y las trabajadoras por encima de sus responsabilidades laborales, lo que claramente influye en tener un mejor ambiente de trabajo y un mayor compromiso con sus empleadores.

Por las razones señaladas, votaré a favor este proyecto.

He dicho.

El señor DÍAZ (Presidente accidental).-

Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor PAULSEN (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que suprime el rango etario para ejercer el permiso laboral establecido en el artículo 66 bis del Código del Trabajo.

Cabe hacer presente a la Sala que el proyecto trata materias de ley simple o común.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 125 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Fuentes Barros , Tomás Andrés , Mix Jiménez , Claudia , Saavedra Chandía , Gastón , Alessandri Vergara , Jorge , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Molina Magofke , Andrés , Sabag Villalobos , Jorge , Alinco Bustos , René , Galleguillos Castillo , Ramón , Monsalve Benavides , Manuel , Saffirio Espinoza , René , Álvarez Ramírez , Sebastián , García García, René Manuel , Moraga Mamani , Rubén , Saldívar Auger, Raúl , Álvarez Vera , Jenny , Girardi Lavín , Cristina , Morales Muñoz , Celso , Sandoval Osorio , Marcela , Álvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo , González Gatica , Félix , Morán Bahamondes , Camilo , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Auth Stewart , Pepe , González Torres , Rodrigo , Moreira Barros , Cristhian , Santana Tirachini , Alejandro , Baltolu Rasera, Nino , Hernando Pérez , Marcela , Mulet Martínez , Jaime , Santibáñez Novoa , Marisela , Barrera Moreno , Boris , Hertz Cádiz , Carmen , Muñoz González , Francesca , Sauerbaum Muñoz , Frank , Barros Montero , Ramón , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Naranjo Ortiz , Jaime , Schilling Rodríguez , Marcelo , Berger Fett , Bernardo , Ibáñez Cotroneo , Diego , Núñez Arancibia , Daniel , Sepúlveda Orbenes , Alejandra , Bernales Maldonado , Alejandro , Ilabaca Cerda , Marcos, Nuyado Ancapichún , Emilia , Sepúlveda Soto , Alexis , Bianchi Retamales , Karim , Jackson Drago , Giorgio , Olivera De La Fuente , Erika , Silber Romo , Gabriel , Boric Font , Gabriel , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Orsini Pascal , Maite , Soto Ferrada , Leonardo , Brito Hasbún , Jorge , Jiles Moreno , Pamela , Ortiz Novoa, José Miguel , Soto Mardones, Raúl , Cariola Oliva , Karol , Jiménez Fuentes , Tucapel , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Teillier Del Valle , Guillermo , Castillo Muñoz , Natalia , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pardo Sáinz , Luis , Tohá González , Jaime , Castro Bascuñán , José Miguel , Keitel Bianchi , Sebastián , Parra Sauterel , Andrea , Torrealba Alvarado , Sebastián , Celis Montt , Andrés , Kuschel Silva , Carlos , Paulsen Kehr , Diego , Trisotti Martínez , Renzo , Cicardini Milla , Daniella , Labbé Martínez , Cristian , Pérez Arriagada , José , Troncoso Hellman , Virginia , Crispi Serrano , Miguel , Labra Sepúlveda , Amaro , Pérez Lahsen , Leopoldo , Undurraga Gazitúa , Francisco , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Lavín León , Joaquín , Pérez Olea , Joanna , Urrutia Bonilla , Ignacio , Cuevas Contreras, Nora , Leiva Carvajal , Raúl , Pérez Salinas , Catalina , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Del Real Mihovilovic , Catalina , Longton Herrera , Andrés , Prieto Lorca , Pablo , Vallejo Dowling , Camila , Díaz Díaz , Marcelo , Lorenzini Basso , Pablo , Ramírez Diez , Guillermo , Velásquez Núñez , Esteban , Durán Espinoza , Jorge , Luck Urban , Karin , Rathgeb Schifferli , Jorge , Venegas Cárdenas , Mario , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Rocafull López , Luis , Vidal Rojas , Pablo , Eguiguren Correa , Francisco , Matta Aragay , Manuel , Rojas Valderrama , Camila , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Espinoza Sandoval , Fidel , Mellado Pino , Cosme , Romero Sáez , Leonidas , Walker Prieto , Matías , Fernández Allende, Maya , Mellado Suazo , Miguel , Rosas Barrientos , Patricio , Winter Etcheberry , Gonzalo , Flores García, Iván , Mirosevic Verdugo , Vlado , Rubio Escobar , Patricia , Yeomans Araya , Gael , Flores Oporto, Camila.

El señor PAULSEN (Presidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda además aprobado en particular, con la misma votación, en los términos aprobados por el Senado.

Despachado el proyecto.

Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 29 de septiembre, 2021. Oficio en Sesión 82. Legislatura 369.

VALPARAÍSO, 29 de septiembre de 2021

Oficio N° 16.946

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha aprobado, en los mismos términos en que lo hiciera ese H. Senado, el proyecto de ley que suprime el rango etario para ejercer el permiso laboral establecido en el artículo 66 bis del Código del Trabajo, correspondiente al boletín Nº 12302-13.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 106/SEC/19, de 4 de junio de 2019.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

DIEGO PAULSEN KEHR

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

3. Trámite Finalización: Senado

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 29 de septiembre, 2021. Oficio

Valparaíso, 29 de septiembre de 2021.

Nº 476/SEC/21

A Su Excelencia el Presidente de la República

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Reemplázase, en el inciso primero del artículo 66 bis del Código del Trabajo, la frase inicial “Las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad y los trabajadores mayores de cincuenta”, por la siguiente: “Las trabajadoras y los trabajadores”.”.

- - -

Hago presente a Su Excelencia que esta iniciativa de ley tuvo su origen en Moción de los Honorables senadores señoras Carolina Goic Boroevic y Adriana Muñoz D´Albora y señores José Miguel Durana Semir y Juan Pablo Letelier Morel, y del exsenador señor Andrés Allamand Zavala.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ

Presidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 21.382

Tipo Norma
:
Ley 21382
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1166845&t=0
Fecha Promulgación
:
12-10-2021
URL Corta
:
http://bcn.cl/2s7ns
Organismo
:
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Título
:
SUPRIME EL RANGO ETARIO PARA EJERCER EL PERMISO LABORAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 66 BIS DEL CÓDIGO DEL TRABAJO
Fecha Publicación
:
21-10-2021

LEY NÚM. 21.382

SUPRIME EL RANGO ETARIO PARA EJERCER EL PERMISO LABORAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 66 BIS DEL CÓDIGO DEL TRABAJO

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables senadores señoras Carolina Goic Boroevic y Adriana Muñoz D'Albora y señores José Miguel Durana Semir y Juan Pablo Letelier Morel, y del exsenador señor Andrés Allamand Zavala,

     

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Reemplázase, en el inciso primero del artículo 66 bis del Código del Trabajo, la frase inicial "Las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad y los trabajadores mayores de cincuenta", por la siguiente: "Las trabajadoras y los trabajadores".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 12 de octubre de 2021.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Patricio Melero Abaroa, Ministro del Trabajo y Previsión Social.

    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Fernando Arab Verdugo, Subsecretario del Trabajo.