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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.502

prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Juan Luis Castro González, Felipe Kast Sommerhoff, Javier Macaya Danús, Ximena Ordenes Neira y Francisco Chahuán Chahuán. Fecha 28 de junio, 2022. Moción Parlamentaria en Sesión 29. Legislatura 370.

Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señora Órdenes y señores Castro González, Chahuán, Kast y Macaya, que prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público. Boletín N° 15.118-11

ANTECEDENTES

En octubre de 2020, se publica la ley n° 21.274 que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público, la cual contiene un artículo único el que indica en lo sustancial, que:

1. En lapso de 2 años contado desde la publicación de esta ley, los médicos cirujanos que hayan obtenido su especialidad en Chile o en el extranjero y aquellos que se refiere el inciso segundo del artículo 2 bis de la ley n° 20.261, quedarán habilitados para ejercer su especialidad en el sector público de salud en todo el territorio nacional, aun cuando no hubieren obtenido la certificación de su respectiva especialidad o subespecialidad de conformidad con las normas establecidas en el número 13 del artículo 4o del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Salud, promulgado el año 2005 y publicado el año 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469, siempre que hubieren presentado su solicitud de certificación a alguna de las entidades certificadoras autorizadas por el Ministerio de Salud, durante la vigencia de esta ley o bien la hubiesen presentado con anterioridad y se encontrare en trámite.

2. Por su parte los médicos que hubiesen obtenidos su especialidad médica en el extranjero, al igual que su título profesional, se encontrarán eximidos por el plazo de 2 años, desde la publicación de la ley, de aprobar el EUNACOM, para ingresar a los cargos o empleos de médico cirujano en los Servicios de Salud, en la Subsecretaría de Salud Pública, en las Secretarias Regionales Ministeriales de Salud, en los establecimientos de carácter experimental y en los establecimientos de atención primaria de salud municipal.

3. Seguidamente, señala que, en el plazo de dos años contados desde la publicación de la presente ley, para continuar el ejercicio de la profesión de médico cirujano y su especialidad, deberán haber obtenido la certificación de su especialidad o subespecialidad.

Esta ley nace de la necesidad de enfrentar el contexto de la pandemia del COVID-19 que hasta el momento de la presentación de la moción reportaba más de 18.700 muertos en al menos 186 países del mundo. A su vez, durante el mismo periodo el ex Ministro de Salud Jaime Mañalich había señalado que en el país faltaban más de 20 mil médicos, pronosticando al 2030 un déficit de 7200 médicos en solo el sistema público.[1] Por ello los parlamentarios mocionantes solicitaron la suspensión por un periodo de 2 años, a partir de la publicación de la ley, de los artículo primero y segundo de la ley n° 20.261 que crea el examen único nacional de conocimientos de medicina, incorpora cargos que indica al sistema de alta dirección pública y modifica la ley n° 19.664.

Es importante mencionar que dichos artículos señalan como requisito para el ingreso a los cargos o empleos de médico cirujano en los Servicios de Salud, establecimientos de carácter experimental y los establecimientos de atención primaria de salud municipal, rendir un examen único nacional de conocimientos de medicina. A su tumo, los médicos cirujanos deberán haber obtenido la puntuación mínima respecto del examen para postular a programas de perfeccionamiento, postítulo y postgrado conducentes a la obtención de un grado académico y de especializaciones o subespecializaciones financiados por el Estado.

ANALISIS DE LA FALTA DE ESPECIALISTAS

El 04 de mayo de 2021, la comisión de salud en conjunto con la comisión de desafíos del futuro del Senado analizaron la falta de especialistas en el sistema de salud chileno.

En dicha oportunidad, el ex subsecretario de Redes Asistenciales, Alberto Dougnac, señaló importantes datos para tener en consideración:

1. De acuerdo con el Registro Nacional de Prestadores existen 56 mil médicos, lo que arroja una tasa de 2,95 médicos por cada 10 mil habitantes.

2. En los Hospitales públicos hay 18 mil médicos y 9 mil cuentan con alguna especialidad, encontrándose la mayoría de ellos, devolviendo sus becas.

3. Que existen 3 programas para la formación de especialistas, lo que equivale a 1200 cupos anuales, con una inversión estimada de 120 mil millones de pesos. Estos programas corresponden a aquellos médicos que se van destinados a alguna localidad, como los Médicos Generales de Zona; los médicos generales que trabajan en atención primaria de salud y los recién egresados.

4. En el año 2021 se abrieron 800 plazas para cursar cirugía general, pediatría y psiquiatría, llenándose 559 cupos, 70 más que en el 2020. En atención primaria se abrieron 469 cupos para medicina interna, familiar, ginecología y psiquiatría, pero que en no pudieron completarse adecuadamente producto de la pandemia.

5. Según lo señalado por los directores de hospitales, la falta principal estaría en medicina interna. Se requieren 130 médicos para completar dicha necesidad. [2]

En el mismo orden de ideas, un análisis combinado entre la información de la Superintendencia de Salud, INE y Equifax, detectó que el personal de la salud asciende a un total 478.13 personas, de los cuales el 34% son técnicos o auxiliares de enfermería, 9.63% médicos, 9.35% enfermeras, 7.87% nutricionistas, 5.73% kinesiólogos y 4.46% dentistas. El casi 30% restante se divide entre matronas, tecnólogos médicos, terapeutas ocupacionales y otras especialidades. En cuanto a la ubicación del personal de salud, el 43% del total vive en la Región metropolitana, a diferencia de lo que sucede en la Región de Aysén quien posee la menor presencia de especialistas, con solo un 0.48% es decir 2.279 personas en comparación a los casi 200 mil que viven en la capital. [3]

Producto de que aun nos encontramos ante una falta importante de especialistas, y que la solución a esta problemática requiere de una reforma profunda en materia de salud, principalmente de carácter estructural, actualmente, los pacientes no pueden seguir esperando.

Son más 2 millones de personas que esperan por una consulta médica y 334 mil por una cirugía, cifra que reveló investigación de BioBio Chile.[4] Es decir, 1 de cada 10 chilenos está en una lista de espera de salud.

De acuerdo al grafico anterior de la investigación realizada por BioBio Chile, la mayor parte de las personas se encuentra esperando ima consulta de especialistas, siendo las más esperadas oftalmología y otorrinolaringología.

En consecuencia y de acuerdo a los antecedentes anteriormente expuestos es que vengo en presentar el siguiente proyecto de ley:

PROYECTO DE LEY

ARTICULO UNICO: Modifíquese la ley N° 21.274 que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público de la siguiente manera:

1. En el inciso primero del artículo único reemplácese la frase: "dos años" por "cuatro años".

2. En el inciso segundo del artículo único reemplácese la frase: "dos años" por "cuatro años”.

3. En el inciso tercero del artículo único reemplácese la frase: “dos años” por “cuatro años”.

[1] https://www.eldinamo.com/nacional/2019/ll/14/meclicos-extranjeros-eunacom-deficit-salud/
[2] https://www.senado.cl/noticias/salud/falta-de-cupos-para-subespecialistas-serian-el-gran-problema-de-la- salud
[3] Estudio Equifax. Perfil del personal de la Salud: Cómo son los héroes de la pandemia que se preparan para una segunda ola. https://media.elmostrador.cl/2021/01/20210104-EFX-Perfil-del-personal-de-la-salud-en- Chile.pdf
[4] https://www.biobiochile.cl/especial/bbcl-investiga/noticias/reportaies/2021/12/03/morir-en-la-fila-oendeudarse-para-vivir-l-de-cada-10-chilenos-esta-en-una-lista-espera-desalud.shtml#:~:text=Las%20listas%20de%20espera%20de.sencillamente%20morir%20en%20la%20fila

1.2. Informe de Comisión de Salud

Senado. Fecha 25 de agosto, 2022. Informe de Comisión de Salud en Sesión 49. Legislatura 370.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público.

BOLETÍN Nº 15.118-11

Objetivo / Constancias / Normas de Quórum Especial (no tiene) / Consulta Excma. Corte Suprema (no hubo) / Propuesta de Cambio de Nombre del Proyecto /Asistencia / Antecedentes de Hecho / Aspectos Centrales del Debate / Discusión en General y en Particular / Votación en General y en Particular / Texto / Acordado / Resumen Ejecutivo.

HONORABLE SENADO:

La Comisión de Salud tiene el honor de informar el proyecto de ley de la referencia, iniciado en moción de los Honorables Senadores señora Órdenes y señores Castro González, Chahuán, Kast y Macaya.

Se hace presente que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, por tratarse de una iniciativa de artículo único, la Comisión la discutió en general y en particular. Se deja constancia, asimismo, que la propuesta legal resultó aprobada por la unanimidad de sus integrantes presentes (4x0).

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OBJETIVO DEL PROYECTO

El proyecto aprobado por la Comisión de Salud, tiene como objetivo prorrogar el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público. A su vez, propone regular el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N°4 del 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por Covid-19.

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CONSTANCIAS

- Normas de quórum especial: No tiene.

- Consulta a la Excma. Corte Suprema: No hubo.

- Proposición de cambio de nombre del proyecto: Si hubo.

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PROPUESTA DE CAMBIO DE NOMBRE DEL PROYECTO

El título inicial del proyecto de ley era: “Proyecto de ley que prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público.”.

Durante la discusión en particular, el Ejecutivo presentó la indicación N°1, que agrega a continuación de la palabra “público”, la siguiente frase:

“, y que regula el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N°4 del 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por covid-19”.

La Comisión, teniendo en consideración que el Ejecutivo presentó otra indicación que regula dicha materia, acordó, por unanimidad, aprobar el cambio de nombre, quedando del siguiente modo:

“Proyecto de ley que prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público, y que regula el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N°4 del 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por covid-19.”.

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ASISTENCIA

- Senadores y Diputados no integrantes de la Comisión: la Honorable Senadora señora Ximena Órdenes.

- Representantes del Ejecutivo e invitados: El Superintendente de Salud, señor Víctor Torres; el Subsecretario de Redes Asistenciales, señor Fernando Araos; el Presidente del Colegio Médico de Chile, señor Patricio Meza; el Presidente de la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas, señor Gilberto González; el Presidente de la Academia Chilena de Medicina, señor Emilio Roessler; la Presidenta de la Asociación de Sociedades Científicas Médicas de Chile, señora Carmen Gloria Aylwin; el Presidente de la Asociación de Facultades de Medicina de Chile, señor Antonio Orellana; el Presidente del Colegio Médico de Valparaíso, señor Ignacio de la Torre; la Intendenta de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, señora Sandra Armijo; el Asesor del Ministerio de Salud, señor Jaime Junyent.

- Otros: de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, el Jefe de Gabinete señor Daniel Jiménez y las asesoras señoras Camila Rebolledo y Javiera Vela; de la Superintendente de Salud, la asesora, señora Natalia Castillo y la Jefa de Comunicaciones, señora Ximena Gutiérrez; de la Biblioteca del Congreso Nacional, el investigador señor Eduardo Goldstein; de la oficina del Honorable Senador señor Chahuán, los asesores, señores Cristian Carvajal, Nicolás Cerda y Marcelo Sanhueza; de la oficina del Honorable Senador señor Castro González, la asesora, señora Teresita Fabres; de la oficina del Honorable Senador señor Macaya, los asesores, señora Teresita Santa Cruz y señor Carlos Oyarzún; de la oficina de la Honorable Senadora señora Ordenes, los asesores, señores Juan Calderón y Francisco Rodríguez; de la oficina del Honorable Senador señor Saavedra, el asesor, señor Luis Batallé; de la oficina del Honorable Senador señor Bianchi, el asesor, señor Eduardo Sepúlveda; de la oficina del Comité de Renovación Nacional, el asesor, señor Octavio Tapia.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se ha tenido en consideración la moción de los Honorables Senadores señora Órdenes y señores Castro González, Chahuán, Kast y Macaya.

Los autores de la iniciativa recuerdan que en octubre de 2020, se publicó la ley N° 21.274 que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público, cuyo artículo señala que los médicos cirujanos que hayan obtenido su especialidad en Chile o en el extranjero y aquellos a que se refiere el inciso segundo del artículo 2 bis de la ley N° 20.261, quedarán habilitados para ejercer su especialidad en el sector público de salud en todo el territorio nacional, por el plazo de dos años, aun cuando no hubieren obtenido la certificación de su respectiva especialidad o subespecialidad de conformidad con las normas establecidas en el decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Salud, promulgado el año 2005 y publicado el año 2006, siempre que hubieren presentado su solicitud de certificación a alguna de las entidades certificadoras autorizadas por el Ministerio de Salud, durante la vigencia de esta ley o bien la hubiesen presentado con anterioridad y se encontrare en trámite.

A su vez, exime de aprobar el examen único nacional de conocimientos de medicina (EUNACOM), por el plazo de dos años a los médicos que hubiesen obtenidos su especialidad en el extranjero, al igual que su título profesional, para ingresar a los cargos o empleos de médico cirujano en los Servicios de Salud.

En el plazo de dos años establecidos, desde la publicación de la ley, los médicos deberán obtener la certificación de su especialidad o subespecialidad, para continuar el ejercicio de la profesión.

Añaden que la ley señalada nace de la necesidad de enfrentar el contexto de la pandemia del Covid-19 que, hasta el momento de la presentación de la moción, reportaba más de 18.700 muertos en al menos 186 países del mundo.

El plazo de dos años desde la publicación de la mencionada ley, vence en el mes de octubre del presente año.

Por otra parte, advierten los autores sobre la falta de especialistas en el sistema de salud chileno. De acuerdo con el Registro Nacional de Prestadores existen 56 mil médicos, lo que arroja una tasa de 2,95 médicos por cada 10 mil habitantes. En los Hospitales públicos hay 18 mil médicos y 9 mil cuentan con alguna especialidad, encontrándose la mayoría de ellos, devolviendo sus becas.

Afirman que aún nos encontramos ante una falta importante de especialistas, y que la solución a esta problemática requiere de una reforma profunda en materia de salud, principalmente de carácter estructural. Actualmente hay más 2 millones de personas que esperan por una consulta médica y 334 mil por una cirugía, cifra que reveló la investigación de Biobío Chile.

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ASPECTOS CENTRALES DEL DEBATE

El estudio de la iniciativa se enfocó en la necesidad de ampliar el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos, para ejercer sus especialidades en el sector público de salud. A su vez, se debatió acerca de la necesidad de regular el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N°4 del 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por Covid-19.

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DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR[1]

A.- Debate en la Comisión.

Al iniciar el estudio de la iniciativa de ley, la Comisión consideró la opinión de diversos organismos vinculados a la materia.

El Presidente de la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas (CONACEM), señor Gilberto González compartió el diagnóstico de una excesiva, prolongada e injusta lista de espera para la atención en salud del sistema público, tanto en consultas como en cirugía.

En relación al proyecto de ley, manifestó los siguientes reparos:

En primer lugar, observó que se está prorrogando una situación que, al aprobarse la ley N° 21.274, se definió como excepcional.

La evidencia muestra que la ley mencionada, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público, no ha tenido impacto alguno en la solución del problema que la motivó.

Basó su afirmación en el registro especial que estableció la ley, que es el Registro Nacional de Prestadores de Salud, en el que se registran los médicos que se acogieron a la ley N° 21.274, en el que figuran sólo ocho personas inscritas.

En segundo lugar, manifestó que esta habilitación administrativa para ejercer como especialista con los conocimientos, competencias y habilidades demostrables para ello, se está perpetuando. Consideró que se trata de un retroceso grave de los estándares de calidad de la atención sanitaria, que se ha construido progresivamente con mucho esfuerzo.

Este proyecto resulta inequitativo y va en contra de los usuarios del sistema público, implicando para ellos una atención de profesionales en carácter de especialistas, pero que no han demostrado tal calidad y expone a los pacientes a eventuales riesgos.

Añadió que en la medida que se perpetúe esta práctica, se generará un detrimento progresivo del trabajo médico, al no incentivarse la contratación de especialistas debidamente certificados.

Indicó que CONACEM es la primera y más antigua agencia certificadora de especialistas médicos, con 38 años de trabajo, dentro de los cuales se han certificado más de 16.000 profesionales. Actualmente están certificando entre 700 y 800 médicos anuales.

Los requisitos, el proceso y tiempo actual para obtener la certificación de CONACEM, dan cuenta que se trata de un sistema confiable e idóneo para contribuir a disminuir las brechas de especialistas médicos del país.

Observó con preocupación la prórroga que propone el proyecto en discusión, entre otros aspectos, porque debilita la fe pública en la legislación, tal como ocurre con la obligatoriedad de recertificación que, siendo excepcional, ya ha registrado tres prórrogas.

Consideró que la solución para el problema que se plantea no es la omisión de exigir la certificación, sino que implica mejorar incentivos para la formación y trabajo de los especialistas.

Informó que en la Corporación han reforzado el trabajo de certificación y estimó que la brecha ha disminuido.

Consideró que se puede innovar en mejorar la gestión de salud pública, a través de alianzas estratégicas entre el Ministerio de Salud y organizaciones de la sociedad civil competentes, como son las sociedades científicas y las universidades, estableciendo protocolos modernos.

El Subsecretario de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud, señor Fernando Araos manifestó que la iniciativa aborda un tema importante y es fundamental contar con los especialistas para atender las necesidades de la población, que ha sido golpeada por la pandemia de Covid-19.

El incremento de camas de adultos, las personas desplazadas, las listas de espera por atención en consultas de especialistas y la atención quirúrgica, son parte de las necesidades urgentes que se deben resolver.

Respecto al proyecto de ley, manifestó que lo están analizando, sin perjuicio de destacar que para el Ministerio de Salud es muy importante contar con las certificaciones de calidad y de competencia de los especialistas, para lo cual existe la agencia de certificación.

El Presidente del Colegio Médico de Chile (COLMED), señor Patricio Meza, sostuvo que la gran preocupación que tiene el sector médico, es el serio problema de brechas y deudas con la gran cantidad de personas que no tienen atención, para resolver aquello, tienen distintas propuestas. Sin embargo, estimó que la alternativa formulada en el proyecto de ley de prolongar por dos años la autorización del ejercicio médico a colegas sin aprobar el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (EUNACOM) y sin tener el certificado de CONACEM, no resulta ser la más adecuada.

Recordó que la finalidad del sistema de certificación de la especialidad de los prestadores individuales de salud, es garantizar la calidad de los servicios de salud con un sello distintivo, para que los profesionales que poseen las competencias necesarias, puedan otorgar prestaciones especializadas.

Recordó que, durante la discusión de la ley vigente, la Senadora señora Ebensperger, consideró necesario aprobar el proyecto considerando el escenario de la pandemia, sin embargo, aclaró que, una vez terminado el plazo de vigencia de la ley, el médico no puede seguir trabajando mientras no se certifique.

Advirtió que no hay ningún sistema de fiscalización del cumplimiento de los objetivos positivos que se buscaban a través de la implementación de la ley. No se conoce la cantidad de médicos que están trabajando con esa modalidad.

Como lo señaló el señor González actualmente hay 8 inscritos en la Superintendencia de Salud, añadió que extraoficialmente saben que podría haber hasta 200 médicos en esa situación. Recordó que también se les exigía a los contratantes enviar el registro de las personas trabajando con esta modalidad a la Superintendencia de Salud, situación que tampoco se ha cumplido.

Por otra parte, estimo que se deben hacer cargo de las brechas que existen en el sistema de salud y para ello llamó a trabajar en conjunto con la autoridad sanitaria, el Congreso Nacional, las sociedades científicas, CONACEM, Colegio Médico y Ministerio de Salud.

Como propuestas generales mencionó mantener y fortalecer los procesos de certificación y el EUNACOM como único mecanismo de revalidación de títulos obtenidos en el extranjero.

A su vez, llamó a diseñar estrategias para abordar de forma sistémica el problema de las listas de espera.

Por último, implementar acciones para promover las especialidades médicas y resolver en forma mancomunada las carencias en materia de infraestructura, insumos y recursos humanos de los establecimientos de salud.

El Honorable Senador señor Chahuán manifestó que el problema no es solo de recursos, sino que también de especialistas y de administración de la red.

El señor Patricio Meza reiteró que interesa saber el número de colegas que están trabajando sin EUNACOM y manifestó que, como comunidad médica, les interesa ayudar a capacitar a los colegas para que aprueben el examen y puedan ofrecer sus servicios a toda la comunidad en los distintos niveles de atención en el país.

En la medida de que se trabaje en conjunto en materia de presupuesto y de campos clínicos, junto a la Asociación de Facultades de Medicina de Chile (ASOFAMECH), están dispuestos a aumentar la formación de pre y post grado.

Asimismo, se deben mejorar las condiciones de trabajo en la salud pública, los incentivos para seguir vinculados a la red pública, hay falta de equipamiento, falta de infraestructura, de pabellones, de exámenes complejos, de presupuesto y a lo anterior, se agrega la agresión que está sufriendo últimamente el personal de salud, poniendo en riesgo su integridad física y mental.

Consideró fundamental potenciar el trabajo en la atención primaria y aumentar la resolutividad de esta. Actualmente han visto que muchos colegas que no han aprobado el EUNACOM, su desempeño se ha traducido en que ha aumentado el número de interconsultas a nivel secundario de patologías que deberían ser resueltas a nivel de atención primaria.

Sostuvo que si los servicios de salud entregan todos los cargos disponibles que tienen, COLMED fomentará y promoverá la ocupación de esos cargos, para mejorar las brechas en la atentación de salud.

El Honorable Senador señor Castro manifestó que no tienen dudas sobre la necesidad de contar con médicos certificados en el país, sin embargo, actualmente la preocupación está en la forma de solucionar el déficit de especialistas, que trae como consecuencia una grave lista de espera para acceder a médicos especialistas y a operaciones quirúrgicas.

Recordó que la Ministra de Salud señaló que actualmente hay tres millones de personas en lista de espera.

En la región de O´Higgins hay ciento veinte mil personas en lista de espera, de las cuales cien mil son atenciones que requieren especialistas.

Requirió saber, buscando el equilibrio entre una buena certificación y una buena práctica médica, qué se ha hecho en estos dos años por parte de las entidades para solucionar los problemas que se han presentado. Qué acciones se han realizado para contar con los especialistas necesarios.

Recordó que el Subsecretario de Salud Pública informó que en septiembre es probable que no se pueda levantar la alerta sanitaria. En este contexto de alta demanda, la consulta es cómo subsisten los hospitales sin estos especialistas en los próximos dos años.

Además, informó que le ha planteado a la Ministra de Salud que en todas las reformas que se presenten en el próximo año, se proponga un cambio al mecanismo de trabajo médico, no pueden trabajar por micro jornadas de once horas a la semana, porque los médicos son escasos en el sistema público, no así en las clínicas.

Las especialidades no pueden estar capturadas por algunos y no estar al servicio de la mayoría, concluyó.

El Honorable Senador señor Kast consideró que es un patrimonio para Chile contar con una certificación y ningún senador ha puesto en duda aquello. En el país la profesión de médico sigue contando con mucho prestigio y se debe cuidar.

Manifestó su preocupación por las cifras actuales, producto de la pandemia, de listas de espera, de cantidad de intervenciones de salud que no se han realizado.

Precisó que el objetivo de este proyecto de ley le parece correcto, porque se deben descomprimir muchas de las intervenciones que no se lograron realizar como consecuencia del colapso hospitalario que provocó la pandemia.

Afirmó que la alianza público-privada es fundamental, pensar que esta situación solo se podrá solucionar con el Estado, es un error. Sí se debe solucionar con financiamiento estatal, que es distinto a que el servicio sea estatal. Se debiera avanzar para que el sector privado pueda cumplir un rol similar al que tuvo en el momento álgido de la pandemia de Covid-19, ofreciendo una cobertura que el país no tenía desde el sector público.

Coincidió en que no se debe sacrificar la calidad, pero también hay que hacerse cargo del déficit histórico de médicos especialistas en diversos sectores del país.

El Honorable Senador señor Chahuán solicitó los recursos necesarios, pensando en la ley de presupuestos, para la formación de especialistas. Comentó que las universidades están dispuestas a avanzar en la formación de médicos.

Agregó que otro problema que se da con los médicos generales de zona que hacen el trabajo, pero cuando se quieren quedar trabajando en las respectivas regiones, no hay cupos ni financiamiento para mantenerlos.

El Honorable Senador señor Kast solicitó al Ministerio de Salud información sobre el funcionamiento del sistema de becas de especialidades médicas, quién toma las decisiones y el presupuesto asociado a ello.

La Honorable Senadora señora Órdenes recordó que este proyecto de ley nace a partir de los desafíos que evidenció la pandemia por Covid-19 y que tensionó todos los sistemas de salud, pero claramente, también uno de los argumentos es que a la fecha existen 32.915 casos activos de Covid-19. Esta situación de contagio es la misma que justificó esta iniciativa en su primera versión.

Argumentó que la prensa del mes de junio, ya informaba del colapso en las urgencias de los establecimientos asistenciales. A su vez, están los desafíos de las listas de espera que han llegado a un número significativo y requiere de medidas que van más allá del proyecto de ley en estudio.

Solicitó al Ministerio de Salud ratificar la información sobre la tabla de brechas de especialidades de horas por semana. Por otro lado, la densidad de médicos por 10.000 habitantes y por región. También requirió información acerca del número que anualmente se forma en Chile.

El señor Patricio Meza comentó con optimismo que tienen la mismas preocupaciones y prioridades, estimó que las listas de esperas es un tema más global que debe ser abordado en su conjunto y propuso continuar con la conversación y abordar todos los temas que se han planteado, con el objeto de resolver en forma digna los problemas de salud de la población.

Como Colegio Médico, esa es la prioridad e invitó a buscar otra instancia que les permita hacerse cargo como país de las listas de espera.

El Honorable Senador señor Chahuán precisó que la idea es trabajar en ambos temas en paralelo, uno, es analizar propuestas para mejorar este proyecto de ley. El segundo tema, es conformar una mesa desde la Comisión de Salud, que se haga cargo del tema de formación de especialistas, pensando en la discusión de la Ley de Presupuestos.

El señor Gilberto González coincidió con el señor Meza, e indicó que el ánimo que los guía es de colaboración, con la finalidad de encontrar entre todos soluciones efectivas para el problema que se ha mencionado.

Respondiendo al Senador señor Castro, respecto a la colaboración de CONACEM, a pesar de la pandemia, comentó que hubo un cambio radical en la metodología de trabajo, de lo presencial transitaron a lo telemático y están abocados a disminuir los tiempos de certificación.

Comentó que internacionalmente, en Europa o en el norte de América, un proceso de certificación de especialista no toma menos de un año, ese es el horizonte en el que se está trabajando, acortar el tiempo entre nueve meses y un año. Son conscientes de que anteriormente se había excedido mucho ese tiempo, pero en la actualidad han disminuido.

A continuación, el Presidente de la Academia Chilena de Medicina, señor Emilio Roessler manifestó que nadie puede ignorar las listas de espera y no desear una solución.

Aclaró que certificar a médicos que los habilite para ejercer especialidades no es algo en beneficio de los médicos, sino que de la comunidad. Lo que se acredita es que un determinado médico tiene las condiciones mínimas para ejercer y otorga una atención segura, porque cumple con los estándares mínimos para esa especialidad.

Se debe buscar una solución a las listas de espera, sin deteriorar la calidad de la atención médica, subrayó.

Recalcó que prorrogar la exención de dar el examen para ejercer una especialidad, ante un número tan grande de escuelas de medicina, de calidades diferentes y ante escuelas de medicina extranjeras, de las cuales no se conoce su calidad, no es una solución. El examen estandariza conocimientos mínimos que deben tener los médicos para ejercer la profesión.

Por otro lado, señaló que, al analizar las grandes causas de mortalidad en Chile, que son el cáncer y los accidentes cardiovasculares, no se pueden solucionar con médicos generales sin el EUNACOM, se requiere tener conocimientos mínimos para solucionar estos problemas.

En seguida, propuso algunas soluciones alternativas a la idea de eximirse del examen y de la certificación:

Lo primero que proponen, como Academia de Medicina, es simplificar el examen para este período de emergencia, donde hay dos millones de personas en lista de espera. La propuesta consiste en hacer un examen solamente con casos clínicos, por ejemplo, una diabetes típica, hipertensión típica, pero nada de ciencias básicas de bioquímica o fisiología compleja.

En segundo lugar, como forma de solucionar el problema, se podría continuar con los operativos de salud que el Ministerio ha creado. Comentó que participó en un operativo para solucionar la lista de espera de dermatología, con buenos resultados. Funcionaban los fines de semana, con el aval de las facultades de medicina, para que asistieran los becados a solucionar los problemas dermatológicos: Contemplaba dos regiones con el mayor número de listas de espera: La Araucanía y Santiago.

Por otra parte, la telemedicina, es útil y sirve para acortar las listas de espera.

Añadió que las listas de espera requieren una solución urgente, las personas no pueden continuar esperando durante dos años para solucionar problemas graves, pero ello no se puede resolver bajando la calidad de los médicos.

El Honorable Senador señor Chahuán indicó que las propuestas señaladas han sido largamente formuladas a los distintos gobiernos. En relación a la propuesta de un examen simple, coincidió que consultarle a un subespecialista sobre materias relacionadas con ciencias básicas, representa una dificultad, porque hace mucho tiempo que hicieron los estudios de esas materias.

La Presidenta de la Asociación de Sociedades Científicas Médicas de Chile (ASOCIMED), señora Carmen Gloria Aylwin señaló que tiene entendido que a los especialistas en este momento no se les está exigiendo el EUNACOM, sino que hacen directamente el examen en CONACEM, eso ya es así.

Sostuvo que probablemente es lógico que siga así y le parece adecuado, porque cuando se es especialista, las cosas básicas se van olvidando y eso no significa ser peor médico.

Informó que ASOCIMED reúne a las distintas sociedades científicas del país comprendiendo desde la sociedad de medicina familiar, cuyos médicos se desempeñan en la atención primaria de salud, y las sociedades científicas tanto especialidades y subespecialidades médicas y quirúrgicas, cuyos especialistas se desempeñan en la atención secundaria y terciaria de salud.

Con ellos, tienen una visión amplia de lo que sucede en las diferentes etapas de la atención de salud.

En las Sociedades Científicas, academia, universidades, Colegio Médico, por muchos años han aunado esfuerzos para que en el país se efectúen diversos procesos que permitieran asegurar competencias de médicos cirujanos, a través del examen de EUNACOM y las competencias de especialistas y subespecialistas, a través del CONACEM, con el único propósito de establecer estándares mínimos de calidad en la atención de los pacientes, que constituye la principal preocupación.

Añadió que los avances constantes en medicina y la necesidad del desarrollo de los profesionales, requiere de estos procesos, que permite un sistema de salud que brinde a toda persona en el país, calidad en la atención profesional.

Reconoció el problema de las listas de espera por atención de especialidad y su crecimiento en forma significativa con la pandemia.

Afirmó que la solución para ello es multifactorial, requiere del esfuerzo de todos. El problema de déficit de especialistas no es el único, también hay problemas de gestión, subutilización de los recursos por falta de personal del equipo de salud no médico, sumado a que el sistema público de salud no ofrece todos los cargos que se requieren. La principal queja de muchos especialistas es que no están los cargos disponibles.

Se debe fortalecer la atención primaria, para evitar derivaciones innecesarias que aumentan las listas de espera y retardan la atención de los pacientes que realmente lo requieren.

Indicó que hay falta de acceso a exámenes e imágenes simples que evitarían derivación, falta de medicamentos que podrían señalarse a los diferentes programas de salud en la Atención Primaria de Salud (APS), pero su indicación está definida por protocolos en las prestaciones del nivel secundario y a veces, terciario de salud.

Comentó que hay estadísticas que indican, por ejemplo, que entre 6% a 2% de pacientes en lista de espera por consultas de especialidades como dermatología y otorrinolaringología, se habrían podido solucionar en APS, si se contara con el arsenal terapéutico que es simple para indicar.

En relación a las listas de espera quirúrgicas, consultó a los distintos especialistas de esta rama de la medicina, los que señalan que el principal problema es de gestión, la baja utilización de pabellón, frecuente suspensión de cirugías por falta del personal no médico de salud, entre otros factores.

Mencionó un informe de la Comisión Nacional de Productividad del año 2020, que está centrado en el uso eficiente de quirófanos y gestión de la lista de espera No GES, donde se constata que, en promedio, la tasa de utilización de los quirófanos efectivo en horario institucional, es de 53%, lo que representa una utilización promedio de 4,8 horas de las nueve horas diarias disponibles y la realización de un rango entre 1,9 y 4,2 cirugías diarias por quirófano.

Con relación a los tiempos de espera, este informe constata diferencias importantes entre establecimientos hospitalarios, que se explican por aspectos asociados a la gestión, tanto por causa de los criterios, como por el proceso en el que se llevan a cabo.

Por su parte, las especialidades médicas, pueden apoyarse con una buena implementación de telemedicina. En algún momento, se habló del hospital digital, pero posteriormente, no se concretó, lo que habría sido un importante apoyo para disminuir listas de espera.

Actualmente, como ASOCIMED estiman que no hay justificación para que la población sea atendida por profesionales médicos que no hayan rendido exámenes que demuestren estándares mínimos de calidad.

Los exámenes están disponibles, las entidades que los efectúan han realizado todos los esfuerzos y ajustes que permiten rendirlos en forma oportuna, a pesar de la alta demanda. Hace un par de meses atrás, más de 4.000 médicos rindieron el EUNACOM.

También están todas las instancias en el país para perfeccionar conocimientos, así lo saben médicos que han debido rendir hasta por quinta vez los exámenes para aprobar con el mínimo de exigencia, que es el 50% el examen de EUNACOM.

Consultó si se puede permitir que una atención de salud se haga por un profesional que tal vez no alcanza ni el 20% del rendimiento en un examen. ¿Cómo se va a saber si no se evalúa?

De la misma forma no se puede asegurar que un médico posee las competencias necesarias para otorgar prestaciones especializadas.

Las consecuencias de un diagnóstico equivocado o de una indicación médica inadecuada pueden ser gravísimas.

Finalmente recalcó que las sociedades científicas no están de acuerdo en que se permita ejercer en el país a profesionales médicos que no hayan demostrado su calidad en los procesos de EUNACOM y certificación de especialistas ante CONACEM. No exigir los exámenes implicaría un gran retroceso, que pone en riesgo la salud de la población más vulnerable, que es la que se atiende en el sistema público de salud y aumenta aún más la inequidad que existe entre la salud pública y la privada.

El Presidente de la Asociación de Facultades de Medicina de Chile (ASOFAMECH), señor Antonio Orellana señaló que la Asociación que representa reúne a 21 facultades de diversas universidades del país.

Comentó que ven con preocupación que una ley que en su momento tuvo un carácter transitorio, siga el camino hacia lo permanente.

La ley que se intenta prorrogar, lleva dos años de vigencia, periodo en el cual no se ha constatado la disminución del problema de falta de especialistas y de las listas de espera, que fundamentaron la aprobación de la ley. Más de doscientos médicos han utilizado esta norma y menos de la mitad han rendido el examen en CONACEM, tomando en cuenta que este organismo ha agilizado notoriamente su tramitación.

Agregó que tanto ASOFAMECH como ASOCIMED, así como el Colegio Médico y la Academia de Medicina, en conjunto con el Ministerio de Salud, han realizado los operativos antes mencionados, que están orientados a la disminución de las listas de espera, por consiguiente, estiman que la problemática requiere voluntad política, que es llamar al Congreso Nacional a iniciar un cambio estructural profundo en salud.

Sostuvo que han aumentado los hospitales, están bien equipados, sin embargo, sigue existiendo una subutilización de ellos.

Actualmente no hay hospitales públicos cuyos pabellones estén trabajando después de las 14:00 horas.

Por otra parte, el Ministerio de Salud ha realizado grandes esfuerzos para que se formen especialistas, las universidades han aumentado el número de cupos para formar especialistas, pero no hay cargos disponibles en la red y se debe trabajar en la creación de nuevos cargos para hacer dos turnos en los hospitales, para que pueda funcionar durante todo el día.

Faltan incentivos para atraer a profesionales a la atención primaria de salud, en este momento los profesionales que realmente se quedan son muy pocos.

Destacó que la ASOFAMECH desde su declaración fundacional se orienta hacia el cuidado y desarrollo de la calidad de la educación médica, en base a esto, no se puede apoyar un proyecto como el que se está analizando, porque atenta a la calidad de la atención de la población y adhirió a lo expuesto por los médicos Emilio Roessler y Carmen Gloria Aylwin.

Por último, manifestó que es fundamental tener un cuerpo médico acreditado, porque es una obligación esencial entregar calidad en la atención de los ciudadanos. La prolongación por dos años más de la habilitación que permite el ejercicio de la profesión sin rendir exámenes de certificación, no ayuda a mantener la calidad.

El Honorable Senador señor Chahuán manifestó que hay un acuerdo transversal de los Senadores de la Comisión de Salud en la necesidad de que el Ejecutivo realice una propuesta respecto a esta materia.

El Honorable Senador señor Castro analizó los antecedentes que fundan este proyecto de ley. Se observa que, de los 500.000 funcionarios de la salud en el país, el 9% son médicos y que la distribución de este personal de salud es tan asimétrica que actualmente la diferencia entre la permanencia del personal de salud entre Santiago y Aysén es de 100 veces. Hay 200.000 funcionarios de la salud en Santiago y 2.000 en la región de Aysén.

Teniendo en consideración ese escenario, consultó al Ministerio de Salud la acción que va a realizar en octubre de este año, plazo en el que vence la habilitación a los médicos establecido por ley. Comentó que, llegada esa fecha, habrá un conjunto de hospitales y centros de salud que pierden su acreditación de manera automática, porque va a existir el vacío de tener profesionales que ingresaron por la ley N° 21.274 y no tienen como volver a hacer su examen de certificación en los plazos previstos, lo que obliga a la Superintendencia de Salud a mirar cada establecimiento y podrá retirar la acreditación de centros prestadores porque no cuentan con especialistas.

Si al mismo tiempo se plantea el objetivo de reducir las listas de espera, impulsando programas con médicos especialistas, ¿Cuál es la acción que se va a realizar en octubre de este año con los especialistas que ya ingresaron al sistema público?

Todos entienden que hay un problema del mercado laboral, de 56.000 médicos que hay en el país, no más de un tercio están en el sistema público.

Manifestó su acuerdo con una solución intermedia que compatibilice calidad estandarizada a través de un examen específico y acotado, sin embargo, el problema que el proyecto intenta resolver es un escenario que se dará en 60 días más.

El Honorable Senador señor Macaya comentó que el Ejecutivo tiene un rol importante, se debería aplicar un examen excepcional, de urgencia, cuyo costo debiera ser asumido por el Estado y desde ese punto de vista es pertinente oír la opinión del Ejecutivo.

El señor Emilio Roessler precisó que se trata de dos temas diferentes, por una parte, indicó que no se opone a que médicos que actualmente ejercen bajo la modalidad que permitió la ley, continúen haciéndolo, el problema es seguir abriendo la ventana a nuevas personas, porque preconfiguraría que el camino para ejercer la medicina en el país se realice sin necesidad de rendir las pruebas de EUNACOM y de CONACEM, convirtiéndose en permanente lo que se planteó como transitorio.

Observó que la redacción del proyecto de ley, sugiere que continúe abierta la posibilidad para que ingresen nuevos médicos al sistema, sin rendir los exámenes.

La señora Carmen Gloria Aylwin agregó que no es una cantidad importante de médicos los que ingresaron al amparo de la ley N° 21.274. Además, recordó que debían inscribirse, dentro del plazo establecido, para rendir el examen, sin embargo, una muy baja cantidad de ellos lo hizo. Es decir, tampoco se cumple con las exigencias establecidas.

Propuso que a aquellos médicos que están trabajando sin rendir el examen, se les otorgue un nuevo plazo, dentro del cual tengan su examen rendido, para que permanezcan trabajando.

Respecto a los incentivos a los médicos para permanecer en la atención púbica, coincidió que son escasos, pero no se refiere solo a los incentivos económicos, sino también al requerimiento humano y técnico necesarios para el desarrollo de una especialidad. Se puede enviar a un especialista a Aysén, pero de no contar con los recursos para trabajar, al poco tiempo abandonará la zona.

Agregó que se está invirtiendo en comprar salud al sistema privado, en lugar de invertir y fortalecer la salud pública, donde hay excelentes especialistas.

El Presidente del Colegio Médico de la Región de Valparaíso, señor Ignacio de la Torre señaló que, desde su perspectiva, el verdadero objetivo detrás de la iniciativa en estudio, es reducir las listas de espera y aliviar el sufrimiento de las personas.

Pero señaló que la prolongación de esta ley no garantiza que ese sufrimiento se reduzca. Informó que le correspondió liderar un proceso de reducción de listas de espera en el gobierno anterior y se pudo realizar porque la iniciativa partió en el Ejecutivo, respaldada ampliamente con recursos.

Uno de los elementos que extrañan en la actualidad es la existencia de plazas para que médicos sean contratados no por la vía del subtitulo 22 de los honorarios, sino para estar en la planta de los hospitales.

Recordó que una Comisión de Productividad presentó un informe hace tres años, que proponía recomendaciones para aumentar la eficiencia en el quirófano, que son totalmente aplicables. Dentro de las propuestas se indica que se debe aumentar la dotación de los trabajadores de la salud, para que los quirófanos y los policlínicos de especialidad puedan trabajar hasta las 20:00 horas. Estimó que esa idea no ha sido impulsada con la fuerza que se requiere.

El Honorable Senador señor Chahuán señaló que durante la administración anterior y la actual, no se ha visto capacidad para impulsar un cambio de esa naturaleza.

Se presenta un problema de cupos para médicos generales de zona que tienen la intención de quedarse en las respectivas regiones, pero no hay cargos disponibles.

Como es un tema de iniciativa del Presidente de la República, porque requiere gasto fiscal, es indispensable que el Ejecutivo formule un planteamiento para solucionar estos temas.

El Honorable Senador señor Castro comentó que el informe de productividad quirúrgica, que elaboró la Comisión Nacional para la Productividad, constató que de las 9 horas que debiera funcionar un pabellón quirúrgico, funciona 4,8 horas, en promedio.

Solicitó al Ministerio de Salud que informe sobre el escenario actual de ocupación quirúrgica. Esto es clave para determinar la suficiencia o no de especialistas, porque puede ocurrir que hay pabellones inactivos, están los médicos o, al contrario, que no se cuente con suficiente equipo médico y existan pabellones disponibles.

La Honorable Senadora señora Órdenes adelantó que habrá un problema en octubre por esta suerte de inactividad, falta muy poco para que comience el mes de octubre y no habrá especialistas en diversas regiones, como la Región de Aysén, a la que representa.

Recalcó que existe un déficit en el sector público de especialistas y con menor presencia en regiones. Consultó al Ejecutivo cuál es su estrategia para abordar esta situación, que no es el proyecto en sí mismo.

Señaló que la aplicación de la ley N° 21.274, no ha sido negativa, no se conocen casos que den cuenta que el ejercicio de la profesión médica estuvo mal ejecutado por los médicos habilitados. El objetivo es prorrogar un tiempo más esa posibilidad para evitar que salgan los especialistas del sistema público en octubre de este año.

Afirmó que la idea no es prorrogar esta norma eternamente pero no ha existido otra propuesta para enfrentar el problema.

La señora Carmen Gloria Aylwin reiteró que, para evitar esta situación, se debiera permitir a los médicos que actualmente están trabajando en los servicios públicos, tengan una prórroga para continuar trabajando y establecer un plazo para rendir los exámenes.

Planteó que su objetivo no es defender los exámenes sino la calidad de la salud que se le ofrece a la población.

El asesor legislativo del Ministerio de Salud, señor Jaime Junyent coincidió que hay un tema de fondo y otro de corto plazo, que pretende abordar el proyecto de ley en discusión, sobre el cual el Ministerio de Salud está pensando en diversas alternativas.

Hay una discusión entre la habilitación versus la calificación. La opinión de la mayoría es que las habilitaciones extraordinarias para ejercer la profesión en el ámbito sanitario, debieran ser excepcionales y no la regla.

En concreto, afirmó que están estudiando la posibilidad de dar un nuevo plazo, una alternativa es asociar la prórroga con la alerta sanitaria y otra es establecer que a todo evento habrá un sistema de transición, una vez vencido el plazo de la ley vigente.

Por último, se comprometió a enviar a la brevedad una propuesta desde el Ministerio de Salud, para avanzar en este proyecto de ley.

A continuación, el Subsecretario de Redes Asistenciales, señor Fernando Araos adelantó que presentarán indicaciones en las que han trabajado en conjunto con los Senadores y el Colegio Médico.

Estimó que hay aproximadamente 51 médicos especialistas en la red pública de salud, utilizando la ley vigente.

Sin embargo, hay más de 200 médicos ejerciendo la atención primaria de salud con el EUNACOM no aprobado, pero que están haciendo uso de la facultad que da la alerta sanitaria para ejercer la profesión.

Esta iniciativa legal da la oportunidad de hacerse cargo de este tema, porque para redes asistenciales es evidente que de un día para otro no se pueden sacar del sistema a 250 médicos que actualmente atienden pacientes.

Recalcó que es muy importante para el Ministerio de Salud la certificación de los médicos extranjeros y asegurar la calidad en la atención de los pacientes.

Por ello, han trabajado con distintos actores y han llegado al acuerdo de prorrogar la vigencia de la ley por un año, con el objetivo de hacer un trabajo con las distintas unidades certificadoras de especialidad y dar la posibilidad para que estos médicos terminen su proceso de validación durante este tiempo.

Por tanto, el proyecto de ley que dice “cuatro años”, diría “tres años”, dado que es una habilitación extraordinaria, temporal.

Por otra parte, el objetivo es que este proyecto de ley, además, otorgue una salida a los médicos que están ejerciendo en el sector público sin tener el EUNACOM validado. Recordó que hay más de 200 médicos que terminada la alerta sanitaria tendrán dificultades para continuar ejerciendo.

Estimó que este proyecto de ley también debiera hacerse cargo de esa realidad, por ello, una vez terminada la alerta sanitaria, se contempla el plazo de un año para este grupo de médicos, para que continúen ejerciendo en el sector público, con el compromiso de inscribirse para rendir las pruebas de validación.

Hizo hincapié en la importancia de esta propuesta porque da una salida a una situación extraordinaria que se dio durante la pandemia y, a su vez, se mantiene el estándar de certificación, tanto con los médicos nacionales como extranjeros.

El Honorable Senador señor Macaya recordó que el gremio médico propuso una solución intermedia de realizar una prueba rápida, consultó si el Ejecutivo analizó esa posibilidad.

El Honorable Senador señor Chahuán comentó que el problema es que la situación hay que resolverla antes de octubre y la elaboración de una prueba de esas características, no se puede hacer en un mes.

Lo conversado con el Colegio Médico fue la posibilidad de que la prórroga sea acotada para los médicos que están actualmente en el sistema por la habilitación de la ley N° 21.274 y establecer un incentivo para la prueba, entendiendo que esta sería la última ampliación del plazo.

La Honorable Senadora señora Órdenes consultó lo nuevo de la propuesta, añadió que está de acuerdo con acotar los plazos. Le preocupa que no exista apertura para nuevos especialistas, es decir, son los que ya están en el sistema público ejerciendo.

El Subsecretario de Redes Asistenciales aclaró que un tema es el plazo, que sería la prórroga de la ley vigente por un año, a contar del 2 de octubre y el segundo tema, es que la prórroga es para los médicos que ya están haciendo uso de la aplicación de la ley N° 21.274.

Por otra parte, se incorpora una salida para los médicos que están actualmente desempeñando funciones, que no son especialistas y están ejerciendo por la apertura que dio la alerta sanitaria, que los autoriza a ejercer sin aprobación del EUNACOM.

Aclaró que, para estos casos, también se otorga el plazo de un año, una vez terminada la alerta sanitaria, para regularizar la situación respecto del EUNACOM. Para agilizar la realización de los exámenes, señaló que están disponibles para conversar con las distintas entidades acreditadoras, con el objetivo de potenciar que el examen sea más expedito y con prioridad para estos médicos que se desempeñan en la red de atención pública.

B.-Votación en general.

- Puesto en votación el proyecto de ley, en general, fue aprobado por la unanimidad de los integrantes presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Castro González, Chahuán, Kast y Macaya.

C.- Votación en Particular.

A continuación, el Ejecutivo presentó las siguientes indicaciones al proyecto de ley:

NOMBRE DEL PROYECTO DE LEY

El título del proyecto de ley es:

“Proyecto de ley que prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público.”.

La indicación N°1 del Ejecutivo, agrega a continuación de la palabra “público”, la siguiente frase:

“, y que regula el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N°4 del 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por covid-19”.

- Puesta en votación la indicación N° 1, resultó aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Castro González, Chahuán, Kast y Macaya.

ARTÍCULO ÚNICO

El artículo único del proyecto de ley, es del siguiente tenor:

“Artículo único: Modifíquese la ley N° 21.274 que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público de la siguiente manera:

1. En el inciso primero del artículo único reemplácese la frase: "dos años" por "cuatro años".

2. En el inciso segundo del artículo único reemplácese la frase: "dos años" por "cuatro años”.

3. En el inciso tercero del artículo único reemplácese la frase: “dos años” por “cuatro años”.

La indicación N°2 del Ejecutivo, reemplaza en sus numerales 1, 2 y 3 la voz “cuatro” por “tres”.

El Honorable Senador señor Chahuán observó que se extiende por un solo año, lo cual está en sintonía con lo conversado previamente.

- Puesta en votación la indicación N° 2, resultó aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Castro González, Chahuán, Kast y Macaya.

La indicación N°3 del Ejecutivo, incorpora a continuación del numeral 3, el siguiente numeral 4, nuevo:

“4. Agrégase el siguiente inciso final, nuevo:

“Sólo podrán acogerse a esta habilitación temporal los médicos cirujanos cuya contratación hubiera sido informada a la Superintendencia antes del 10 de abril de 2023.”.”.

- Puesta en votación la indicación N° 3, resultó aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Castro González, Chahuán, Kast y Macaya.

La indicación N°4 del Ejecutivo, incorpora a continuación del numeral 4, el siguiente numeral 5, nuevo:

“5. Agregáse, a continuación del artículo único de la ley N°21.274 que pasa a ser el 1, el siguiente artículo 2, nuevo:

“Artículo 2.- Aquellas personas que han sido contratadas para ejercer una determinada profesión en virtud del Decreto N°4 del 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), podrán seguir ejerciendo en base a dicha autorización hasta por el plazo de un año contado desde el término del estado de Alerta Sanitaria. En todo caso, esta autorización caducará de pleno derecho si en los seis meses siguientes al término de la vigencia de dicho estado de Alerta Sanitaria, las personas que gozaren de esa habilitación temporal no se inscribieren para rendir el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (EUNACOM), en los casos que corresponda. Para efectos de acreditar lo anterior, dentro del plazo señalado, el interesado o la interesada deberá presentar ante la entidad contratante el respectivo certificado de inscripción.”.”.

El Honorable Senador señor Macaya manifestó que la redacción se ajusta a lo que señaló el Ejecutivo respecto a este tema, sin embargo, espera que sea una sugerencia que pueda hacer la Comisión de manera unánime, porque no se acogió la idea que propuso la Academia Chilena de Medicina, de establecer un mecanismo de evaluación rápida, que no debería ser tan complejo.

Indicó comprender que hay un tema financiero en la idea de habilitar una fecha adicional para rendir los exámenes, pero hacerlo, permitiría solucionar el problema de la acreditación, dar certeza de la calidad de los médicos y disminuir la carencia de especialistas que existe en el país.

Solicitó al Ejecutivo que este mecanismo de prueba rápida pueda ser considerado y resuelto prontamente.

El Honorable Senador señor Kast señaló que una de las cosas positivas que tienen el sistema de salud chileno, es que los médicos tienen un prestigio elevado, producto de alto estándar de calidad exigida.

En seguida, consultó lo que sucede si el médico se inscribe y no rinde el examen respectivo o lo rinde y no lo aprueba. Porque se podría pensar que basta cumplir con el requisito de inscribirse para rendir el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina, para seguir ejerciendo la profesión.

Solicitó aclarar ese punto, para que sea consistente con lo anterior, aun cuando sea redundante. Aclaró que no basta la sola inscripción para seguir ejerciendo una vez vencidos los plazos establecidos en la ley, dado que, si no aprueba el examen respectivo, una vez vencido el plazo, no podrá continuar ejerciendo el trabajo.

- Puesta en votación la indicación N° 4, resultó aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores Castro González, Chahuán, Kast y Macaya.

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TEXTO DEL PROYECTO

En mérito de los acuerdos precedentemente expuestos, la Comisión de Salud tiene el honor de proponer a la Sala la aprobación, en general y en particular, del siguiente proyecto de ley:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único: Modifíquese la ley N° 21.274 que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público de la siguiente manera:

1. En el inciso primero del artículo único reemplácese la frase: "dos años" por "tres años".

2. En el inciso segundo del artículo único reemplácese la frase: "dos años" por "tres años”.

3. En el inciso tercero del artículo único reemplácese la frase: “dos años” por “tres años”.

4. Agrégase el siguiente inciso final, nuevo:

“Sólo podrán acogerse a esta habilitación temporal los médicos cirujanos cuya contratación hubiera sido informada a la Superintendencia antes del 10 de abril de 2023.”.

5. Agregáse, a continuación del artículo único, que pasa a ser el 1, el siguiente artículo 2, nuevo:

“Artículo 2.- Aquellas personas que han sido contratadas para ejercer una determinada profesión en virtud del Decreto N°4 del 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), podrán seguir ejerciendo en base a dicha autorización hasta por el plazo de un año contado desde el término del estado de Alerta Sanitaria. En todo caso, esta autorización caducará de pleno derecho si en los seis meses siguientes al término de la vigencia de dicho estado de Alerta Sanitaria, las personas que gozaren de esa habilitación temporal no se inscribieren para rendir el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (EUNACOM), en los casos que corresponda. Para efectos de acreditar lo anterior, dentro del plazo señalado, el interesado o la interesada deberá presentar ante la entidad contratante el respectivo certificado de inscripción.”.”.

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ACORDADO

Acordado en sesiones celebradas los días 13 de julio de 2022, con asistencia de los Honorables Senadores señores Francisco Chahuán Chahuán (Presidente), Juan Luis Castro González; Felipe Kast Sommerhoff, y Javier Macaya Danús; 2 de agosto de 2022, con asistencia de los Honorables Senadores señores Francisco Chahuán Chahuán (Presidente), Karim Bianchi Retamales (Iván Flores García), Juan Luis Castro González, y Javier Macaya Danús; 16 de agosto de 2022, con asistencia de los Honorables Senadores señores Francisco Chahuán Chahuán (Presidente), Juan Luis Castro González; Felipe Kast Sommerhoff, y Javier Macaya Danús, y 17 de agosto de 2022, con asistencia de los Honorables Senadores señores Francisco Chahuán Chahuán (Presidente), Juan Luis Castro González; Felipe Kast Sommerhoff, y Javier Macaya Danús.

Sala de la Comisión, a 25 de agosto de 2022.

JUAN PABLO LIBUY GARCIA

Abogado Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

PROYECTO DE LEY, EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE PRORROGA EL PLAZO ESTABLECIDO EN LA LEY N° 21.274, QUE HABILITA TEMPORALMENTE A LOS MÉDICOS CIRUJANOS QUE INDICA, PARA EJERCER SUS ESPECIALIDADES EN EL SECTOR PÚBLICO.

(BOLETÍN Nº 15.118-11)

_____________________________________________________________

I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: prorrogar el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público. A su vez, propone regular el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N°4 del 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por Covid-19.

II. ACUERDOS: aprobado en general y en particular por unanimidad (4x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V. URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN E INICIATIVA: Senado. Moción de los Honorables Senadores señora Órdenes y señores Castro González, Chahuán, Kast y Macaya.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: primero.

VIII. INICIO DE LA TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 22 de junio de 2022.

IX. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

X. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

- Constitución Política de la República, artículo 19, N° 9.

- Ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público.

- Ley N° 20.261, que crea examen único nacional de conocimientos de medicina, incorpora cargos que indica al sistema de alta dirección pública y modifica la ley Nº 19.664.

- Decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Salud, promulgado el año 2005, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 Y N° 18.469

- Decreto N°4 de 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por Covid-19.

Valparaíso, a 25 de agosto de 2022.

JUAN PABLO LIBUY GARCIA

Abogado Secretario de la Comisión

[1] A continuación figura el link de las sesiones transmitida por TV Senado que la Comisión dedicó al estudio del proyecto los días 13 de julio 2 16 y 17 de agosto de 2022: https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/salud/comision-de-salud/2022-07-12/155732.html https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/salud/comision-de-salud/2022-08-01/151958.html https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/salud/comision-de-salud/2022-08-16/081202.html https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/salud/comision-de-salud/2022-08-16/173621.html

1.3. Discusión en Sala

Fecha 06 de septiembre, 2022. Diario de Sesión en Sesión 51. Legislatura 370. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

PRÓRROGA DE PLAZO A MÉDICOS CIRUJANOS PARA EJERCICIO DE ESPECIALIDAD EN SECTOR PÚBLICO SIN CERTIFICACIÓN CORRESPONDIENTE

La señora EBENSPERGER ( Vicepresidenta ).-

Pasamos a la siguiente iniciativa, que tiene "discusión inmediata".

Luego de la relación del Secretario, vamos a pedir la unanimidad de la Sala.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La señora Presidenta pone en discusión el proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señora Órdenes y señores Castro González, Chahuán, Kast y Macaya, en primer trámite constitucional, que prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público, iniciativa que corresponde al boletín N° 15.118-11.

El Ejecutivo hizo presente la urgencia para su despacho calificándola de "discusión inmediata".

--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletín 15.118-11) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El objetivo principal de este proyecto es prorrogar el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público. A su vez, propone regular el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por COVID-19.

La Comisión de Salud hace presente que, por tratarse de un proyecto de artículo único, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, discutió la iniciativa en general y en particular y propone a la Sala que sea considerada del mismo modo.

La referida Comisión deja constancia, además, de que aprobó la iniciativa en general por la unanimidad de sus integrantes presentes, Honorables Senadores señores Castro González, Chahuán, Kast y Macaya. En particular la aprobó en los términos y con las votaciones unánimes que se consignan en el informe.

Asimismo, de conformidad con las modificaciones introducidas al texto del proyecto, la Comisión acordó proponer el reemplazo de la denominación administrativa de la iniciativa, por la siguiente: "Proyecto de ley que prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público, y que regula el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N°4, del 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por COVID-19".

El texto que se propone aprobar se transcribe en la página 25 del informe de la Comisión de Salud y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.

Es todo, señora Presidenta.

La señora EBENSPERGER ( Vicepresidenta ).-

Gracias, Secretario .

El Senador Castro va a informar por la Comisión.

El señor CASTRO (don Juan Luis).-

Presidenta, no está en este minuto el Presidente de la Comisión , pero sí puedo trasmitirle a la Sala que en esta materia ha habido total acuerdo y unanimidad en la Comisión de Salud y con el Ejecutivo . ¿Para qué? Para que la ley que el 2020, en plena pandemia, permitió justamente que los profesionales médicos continuaran trabajando y fortaleciendo el sistema público de salud siga aplicándose más allá de que se prorrogue o no la alerta sanitaria el próximo 30 de septiembre. No sabemos si ello va a ocurrir; es todavía un hecho que no se conoce.

Nos pareció prudente prorrogar la habilitación de los profesionales médicos, para que, en el caso de que la alerta sanitaria no fuera renovada, no tuvieran que salir del sistema público. Hablo de médicos que ya trabajan ahí, que están reforzando la atención. Con ello se da estabilidad y garantía de que contaremos con esos médicos por lo menos un año más, a contar del próximo 30 de septiembre, dentro de los hospitales y consultorios. Así, no habrá un déficit, un vacío de profesionales, cuestión que a todos nos preocupa y que no debiera suceder ahora en este mes.

Ese es el sentido de urgencia de este proyecto, que se hizo de común acuerdo con todos los Senadores de la Comisión de Salud y también con el Ejecutivo , que comprendió que la iniciativa -cuya autora es la Senadora Ximena Órdenes , a quien acompañamos varios parlamentarios- es más que prudente y razonable para el momento epidemiológico que estamos viviendo.

Eso es, Presidenta .

La señora EBENSPERGER ( Vicepresidenta ).-

Gracias, Senador.

Solicito, entonces, la unanimidad de la Sala para aprobar en general y particular la presente iniciativa.

--Por unanimidad, se aprueba en general y en particular el proyecto y queda despachado en este trámite.

La señora EBENSPERGER (Vicepresidenta).- El proyecto se despacha a la Cámara.

Disculpe, Senador Insulza, tiene la palabra.

El señor INSULZA.-

He pedido la palabra, Presidenta , para decir que, sin perjuicio de aprobar el proyecto, con este ya van tres años en que permitimos la habilitación temporal a estos profesionales de la salud que están sirviendo en nuestro país.

Probablemente, haya más prorrogas y, al final, tendremos que decidir qué hacemos con ellos. Supongo que no les vamos a decir a profesionales que llevan trabajando para nosotros tres o cuatro años que ahora van a tener que rendir un examen.

Hago presente esta preocupación al aprobar la iniciativa, ya que esta no puede ser una conducta permanente, porque podría perjudicar a profesionales serios que están trabajando en Chile perfectamente bien. El hecho de que de pronto les digamos: "Miren, ahora van a tener que rendir sus exámenes para que pueda seguir trabajando", provocaría más de alguna dificultad.

No obstante, aprobamos el proyecto, Presidenta .

La señora ALLENDE.-

Estamos de acuerdo.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 06 de septiembre, 2022. Oficio en Sesión 71. Legislatura 370.

Valparaíso, 6 de septiembre de 2022.

Nº 425/SEC/22

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la Moción, informes y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley que prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público, y que regula el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por Covid-19, correspondiente al Boletín N° 15.118-11:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Modifícase la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público, de la siguiente manera:

1) En el artículo único:

a) Reemplázase, en su inciso primero, la expresión “dos años” por “tres años”.

b) Sustitúyense, en su inciso segundo, las palabras “dos años” por “tres años”.

c) Reemplázase, en su inciso tercero, la expresión “dos años” por “tres años”.

d) Agrégase el siguiente inciso final:

“Sólo podrán acogerse a esta habilitación temporal los médicos cirujanos cuya contratación hubiera sido informada a la Superintendencia antes del 10 de abril de 2023.”.

2) Incorpórase, a continuación del artículo único, que pasa a ser artículo 1, el siguiente artículo 2:

“Artículo 2.- Aquellas personas que han sido contratadas para ejercer una determinada profesión en virtud del decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), podrán seguir ejerciendo en base a dicha autorización hasta por el plazo de un año contado desde el término del estado de Alerta Sanitaria. En todo caso, esta autorización caducará de pleno derecho si en los seis meses siguientes al término de la vigencia de dicho estado de Alerta Sanitaria, las personas que gozaren de esa habilitación temporal no se inscribieren para rendir el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (EUNACOM), en los casos que corresponda. Para efectos de acreditar lo anterior, dentro del plazo señalado, el interesado o la interesada deberá presentar ante la entidad contratante el respectivo certificado de inscripción.”.”.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

LUZ EBENSPERGER ORREGO

Vicepresidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Salud

Cámara de Diputados. Fecha 27 de septiembre, 2022. Informe de Comisión de Salud en Sesión 80. Legislatura 370.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE PRORROGA EL PLAZO ESTABLECIDO EN LA LEY N° 21.274, QUE HABILITA TEMPORALMENTE A LOS MÉDICOS CIRUJANOS QUE INDICA, PARA EJERCER SUS ESPECIALIDADES EN EL SECTOR PÚBLICO, Y QUE REGULA EL TÉRMINO DE LA HABILITACIÓN TEMPORAL A PROFESIONALES DE LA SALUD OTORGADA POR EL DECRETO N° 4, DE 2020, DEL MINISTERIO DE SALUD, SOBRE ALERTA SANITARIA POR COVID-19. BOLETÍNES N° 15.118-11 (S).-________________________________________________________________________

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Salud viene en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en moción de los senadores Juan Luis Castro, Francisco Chahuán, Felipe Kast, Javier Macaya y Ximena Órdenes.

CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) La idea matriz o fundamental del proyecto, de acuerdo a lo establecido por el Senado como cámara de origen, es prorrogar el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público. A su vez, propone regular el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N°4 del 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por Covid-19.

2) Normas de carácter orgánico constitucional.

No hay.

3) Normas de quórum calificado.

No hay.

4) Normas que requieren trámite de Hacienda.

No hay.

5) El proyecto fue aprobado, en general, por la unanimidad de los diputados presentes (11 a favor).

Votaron a favor los diputados y diputadas Astudillo, Bravo, Cariola, Cordero, Gazmuri, Lagomarsino, Lilayu, Molina, Palma, Romero y Rosas.

6) Diputada informante: señora Helia Molina Milman.

I.- RESUMEN DE LOS FUNDAMENTOS DE LA MOCIÓN.

En la exposición de motivos de la moción original, se destaca que recuerda que en octubre de 2020, se publicó la ley N° 21.274 que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público, cuyo artículo señala que los médicos cirujanos que hayan obtenido su especialidad en Chile o en el extranjero y aquellos a que se refiere el inciso segundo del artículo 2 bis de la ley N° 20.261, quedarán habilitados para ejercer su especialidad en el sector público de salud en todo el territorio nacional, por el plazo de dos años, aun cuando no hubieren obtenido la certificación de su respectiva especialidad o subespecialidad de conformidad con las normas establecidas en el decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Salud, de 2005, siempre que hubieren presentado su solicitud de certificación a alguna de las entidades certificadoras autorizadas por el Ministerio de Salud, durante la vigencia de esa ley o bien la hubiesen presentado con anterioridad y se encontrare en trámite.

A su vez, exime de aprobar el examen único nacional de conocimientos de medicina (Eunacom), por el plazo de dos años a los médicos que hubiesen obtenidos su especialidad en el extranjero, al igual que su título profesional, para ingresar a los cargos o empleos de médico cirujano en los Servicios de Salud. En el plazo de dos años establecidos, desde la publicación de la ley, los médicos deben obtener la certificación de su especialidad o subespecialidad, para continuar el ejercicio de la profesión.

Dicha ley nace de la necesidad de enfrentar el contexto de la pandemia del Covid-19 que, hasta el momento de la presentación de la moción, reportaba más de 18.700 muertos en al menos 186 países del mundo.

El plazo de dos años desde la publicación de la mencionada ley, vence en el mes de octubre de este año (2022).

Por otra parte, se advierte por los autores la falta de especialistas en el sistema de salud chileno. De acuerdo con el Registro Nacional de Prestadores existen 56.000 médicos, lo que arroja una tasa de 2,95 médicos por cada 10 mil habitantes. En los hospitales públicos hay 18.000 y 9.000 cuentan con alguna especialidad, encontrándose la mayoría de ellos, devolviendo sus becas.

Ante dicha falta importante de especialistas, para cuya solución se requiere de una reforma profunda en materia de salud, principalmente de carácter estructural, se hace necesario buscar una alternativa viable y posible. Actualmente hay más de dos millones de personas que esperan por una consulta médica y trescientas treinta y cuatro mil por una cirugía, cifra que reveló la investigación de Biobío Chile.

III. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN, Y ACUERDOS ADOPTADOS.

A)Discusión general.

•Intervenciones en el seno de la Comisión.

El Superintendente de Salud, señor Víctor Torres Jeldes en términos generales, manifestó que este proyecto fue liderado por la Subsecretaría de Redes Asistenciales, donde también tuvo participación la Superintendencia de Salud, quienes sostuvieron un acuerdo con los senadores para presentar una serie de indicaciones que permitían hacerse cargo de algunos elementos que se vieron en el debate, fundamentalmente para ordenar en una sola ley, las autorizaciones que en la actualidad se están otorgando para el ejercicio de la profesión a aquellos médicos que no tienen validación por la vía de Eunacom y, por otro lado, a los médicos que producto de la ley N°21.274 tuvieron dos años para poder ejercer sus funciones sin contar con la validación de sus especialidades en el sector público.

Se propuso aunar en un solo cuerpo legal ambas normativas y generar una extensión en el tiempo convenida por un año y medio, pero teniendo en consideración, además, la calidad de la atención y la certificación de la misma. Recordó que existe la garantía de calidad que se encuentra establecida en el GES y, en consecuencia, asociada a aquellos médicos que están incorporados en el registro de prestadores individuales que, por lo demás, deben tener su certificación al día.

La Intendenta de Prestadores de Salud, señora Carmen Monsalve expuso en base a una presentación[1] que dejó a disposición de la Comisión.

Señaló que el proyecto de ley hace alusión a la modificación de la inscripción de especialidades médicas obtenidas en el extranjero, no certificadas en Chile, y a la extensión de la inscripción temporal establecida en decreto de alerta sanitaria de profesionales que no cuentan con título habilitante en Chile.

Explicó que la iniciativa viene a extender en un año, es decir, de dos a tres años lo dispuesto en la ley N° 21.274, en relación con el periodo de inscripción transitoria de los médicos especialistas reconocidos a través del registro de la Superintendencia de Salud.

A su vez, la Superintendencia de Salud deberá implementar un registro público especial, en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de la Superintendencia de Salud, para los médicos que resulten transitoriamente habilitados para ejercer su profesión y especialidad en Chile de conformidad a esta ley, siendo obligación de la entidad contratante informar tal contratación a la Superintendencia, mediante oficio que deberá enviar dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la suscripción del contrato. Por su parte, el Ministerio de Salud deberá dictar las normas que permitirán la aplicación de esta ley.

En cuanto a los requisitos contemplados en la ley N°21.274, informó que recién en septiembre de 2021 se establecieron las normas técnicas operativas.

Por su parte, hizo alusión a los requisitos generales que deberían cumplir los médicos cirujanos:

a) Presentación de solicitud de certificación a alguna de las entidades certificadoras autorizadas por el Ministerio de Salud, desde el 10 de octubre de 2020; o bien, que se haya presentado la solicitud antes del 10 de octubre de 2020, y esta se encuentre en trámite.

b) Haber obtenido su especialidad en centros de formación universitaria chilenos o extranjeros, y

c) No haber reprobado los exámenes en procesos de calificación anteriores, rendidos ante la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidad Médicas (Conacem) y/o ante las demás entidades certificadoras que correspondan, respecto de la misma especialidad o subespecialidad a que refiera la solicitud.

En el mismo sentido, aclaró que la ley N° 21.274, habilitó temporalmente a los médicos cirujanos que indica para ejercer sus especialidades en el sector público, lo cual permite la habilitación de especialistas con títulos en Chile y en el extranjero para ejercer en el sector público, siempre que hayan presentado su solicitud ante la entidad certificadora (CONACEM). Lo anterior, implica que quedan eximidos por dos años de aprobar Eunacom, es decir, hasta octubre de 2022 y, podrán ser inscritos en el Registro Especial de la Superintendencia de Salud. No obstante, se exige no haber reprobado exámenes anteriores de la especialidad en Conacem.

A mayor abundamiento, indicó que la Circular I.P. N°55 de 18 de noviembre de 2021 dictó el procedimiento para la inscripción de profesionales con especialidad obtenida en el extranjero

En cuanto a las principales causales de rechazo de las inscripciones, mencionó las siguientes:

1. Persona ya certificó su especialidad en Conacem, por lo cual no es necesario usar este proceso transitorio.

2. Falta de contrato o resolución.

3. La persona no está en proceso de certificación en Conacem.

4. Reprobó examen en Conacem.

Manifestó que de las 52 inscripciones realizadas bajo la ley N°21.274, un total de 12 profesionales ya certificaron su especialidad en Conacem.

En cuanto al numeral 2 del proyecto de ley, declaró que tiene por objeto ampliar la inscripción temporal de los profesionales de la salud que se beneficiaron por el decreto N°4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria, el cual tiene una vigencia hasta el 30 de septiembre de 2022.

Asimismo, recalcó que dicha autorización caducará de pleno derecho si en los seis meses siguientes al término de la vigencia de dicho estado de alerta sanitaria, las personas que gozaren de esa habilitación temporal no se inscriben para rendir el Eunacom.

Por último, hizo presente que la norma actual no contempla como requisito para la inscripción, que la persona se encuentre actualmente en proceso en Eunacom, precisando que en julio de 2022 se efectuó un cruce de datos con dicha entidad determinándose que sólo el 26% de los inscritos en ese momento por el decreto de alerta sanitaria estaba en proceso de rendición del examen.

El Subsecretario de Redes Asistenciales, señor Fernando Araos expuso en base a una presentación[2] que dejó a disposición de la Comisión.

Manifestó que, en términos generales, el proyecto original busca prorrogar el plazo establecido en la ley N°21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos -aun cuando no hubieren obtenido la certificación respectiva o no hubiesen rendido el Eunacom, según el caso- para ejercer sus especialidades en el sector público hasta el 10 de octubre de 2022.

Comentó que la iniciativa original propone extender este plazo en dos años más, esto es, hasta el 10 de octubre de 2024, y con ello, dar continuidad a la labor de estos profesionales, previendo un éxodo masivo de especialistas del sistema público, en particular en condiciones de una larga lista de espera quirúrgica.

Explicó que el Ejecutivo determinó en el Senado que este proyecto, tal como está planteado debe ser perfeccionado para cumplir con el objetivo propuesto, toda vez que la mayoría de los profesionales habilitados para ejercer como médicos en el servicio público lo están en virtud de la habilitación especial del Decreto Supremo N°4 del 2020 y no de la habilitación legal de la ley N°21.274.

Con todo, el DS N° 4 expiraría el 30 de septiembre (si bien se prorrogó hasta el 31 de diciembre), lo que urge a la red asistencial es dar una solución de continuidad temporal a estas personas para que puedan seguir ejerciendo sus labores mientras se diseña un mecanismo intermedio de acreditación y normalización de la situación.

De acuerdo a información del Registro de Prestadores de la Superintendencia de Salud y de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, la ley N°21.274 habilita a 51 cirujanos especialistas y el D.S N°4 a más de 250 médicos.

Informó que el Ministerio de Salud opina que ambas son normativas complementarias ya que la ley posibilita el ejercicio en el sistema público de salud de médicos especialistas que se encuentren en proceso de certificación de su especialidad o subespecialidad, mientras que el decreto N°4 posibilita la contratación de médicos cirujanos (médicos generales) titulados en el extranjero cuyo título no haya sido revalidado en el país.

Por lo anterior, las indicaciones presentadas en el Senado son el sustento de la iniciativa que se analiza en este trámite constitucional: destaca la disminución del plazo de la habilitación legal de la ley N°21.274 desde 4 años (contados de octubre del 2020) a tres años, esto es, hasta octubre del 2023.

A su vez, argumentó que se estableció que sólo podrán acogerse a esta habilitación temporal los médicos cirujanos cuya contratación hubiera sido informada a la Superintendencia antes del 10 de abril de 2023.

Ambas indicaciones tuvieron como objetivo dar certeza del fin de esta habilitación extraordinaria y, de la misma manera, mantener los estándares de publicidad de quienes se acogen a esa modalidad. Se mantiene la exigencia para que solo puedan acogerse a esta ley quienes no han reprobado los exámenes en procesos de calificación anteriores rendidos ante la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas.

Aclaró que, una vez terminada la alerta sanitaria, el proyecto de ley otorga un año de plazo para seguir ejerciendo en el sistema público, además, genera una obligación para que dentro de los seis primeros meses estén inscritos en el Eunacom para poder rendirlo.

Finalmente, argumentó que este proyecto debe ser complementado con modificaciones a la normativa de habilitación especial y otras acciones de la administración, temas que escapan de este proyecto de ley.

El Presidente de la Corporación Nacional Autónoma de Certificación y Especialidades Médicas (Conacem), señor Gilberto González.

Sostuvo que están muy preocupados por la gran brecha de especialistas que existe en Chile, lo cual explica la larga, prolongada e injusta lista de espera que existe en la atención pública de salud. En ese sentido, comentó que están llanos a ofrecer toda su colaboración en la búsqueda de soluciones efectivas para resolver la problemática.

En cuanto al proyecto de ley, opinó que la iniciativa prorroga una disposición que originalmente se consideró como transitoria o excepcional, es decir, estaría de algún modo perpetuando la condición para profesionales de la salud que eventualmente no tienen los conocimientos y estándares necesarios para asegurar una atención adecuada.

Asimismo, hizo presente que el proyecto de ley estaría beneficiando a un número muy reducido de profesionales.

Por último, mencionó que aspiran a que el proyecto en discusión sea la prórroga final en esta materia y se restringa solamente a los profesionales actualmente vigentes.

Finalmente, afirmó que Chile merece tener una ley de especialidades médicas.

La Presidenta de la Asociación de Sociedades Científicas Médicas de Chile (Asocimed), señora Carmen Gloria Aylwin manifestó que es fundamental que todos los médicos que ejercen en el país demuestren un estándar mínimos de calidad y, por ello, estimó prudente fomentar los procesos de evaluación para cumplir con dicha meta.

Esbozó que no existe justificación para que los médicos omitan someterse a los exámenes, teniendo en consideración que están dadas todas las condiciones para ello, toda vez que prácticamente son aprobados cerca del 97% de los médicos formados en el país y el 50% de los médicos extranjeros.

Asimismo, estimó preocupante que los médicos beneficiados por la ley no se estén inscribiendo para rendir los exámenes, estando casi al término de la vigencia. Afirmó que no se puede estirar este beneficio, porque los médicos no sienten la necesidad de certificarse si no se les obliga.

En cuanto a la falta de especialistas, comentó que desde la sociedad científica se ha informado que no hay cargos suficientes en los hospitales, haciendo hincapié en existen problemas de gestión y de estructura que de alguna manera impactan en esta problemática.

Por último, estimó importante fortalecer la atención primaria porque muchas veces se derivan pacientes que no debiesen ser atendidos por los especialistas.

El Presidente de la Asociación de Facultades de Medicina de Chile (Asofamech), señor Antonio Orellana comentó que no pueden estar de acuerdo en que existan médicos generales y especialistas sin que deban pasar por un proceso de acreditación para definir sus competencias y conocimientos básicos, teniendo en consideración que atienden a los ciudadanos en los diferentes territorios de Chile.

Acotó que es importante que la ley sea claramente acotada, es decir, una vez transcurrido el plazo de un año de terminada la alerta sanitaria se termine con todos los médicos que se encuentran en dichas condiciones, acreditados por el Conacem.

El Presidente del Colegio Médico, señor Patricio Meza comentó que están analizando en conjunto con el diputado Lagomarsino de qué forma solucionar la problemática de las listas de espera, tanto quirúrgicas como médicas.

•Votación en general del proyecto.

La Comisión, compartiendo los objetivos y fundamentos tenidos en consideración en la moción, y luego de recibir la opinión del Ejecutivo, y de los demás expositores, que permitió a sus miembros formarse una idea de la iniciativa legal sometida a su conocimiento, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por unanimidad de los diputados presentes (11 votos a favor).

Votaron a favor los diputados y diputadas Astudillo, Bravo, Cariola, Cordero, Gazmuri, Lagomarsino, Lilayu, Molina, Palma, Romero y Rosas.

* * * * * * * * * * * *

B)Discusión particular.

Artículo único.-

El texto propuesto por el Senado es del siguiente tenor:

“Artículo único.- Modifícase la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público, de la siguiente manera:

1) En el artículo único:

a) Reemplázase, en su inciso primero, la expresión “dos años” por “tres años”.

b) Sustitúyense, en su inciso segundo, las palabras “dos años” por “tres años”.

c) Reemplázase, en su inciso tercero, la expresión “dos años” por “tres años”.

d) Agrégase el siguiente inciso final:

“Sólo podrán acogerse a esta habilitación temporal los médicos cirujanos cuya contratación hubiera sido informada a la Superintendencia antes del 10 de abril de 2023.”.

2) Incorpórase, a continuación del artículo único, que pasa a ser artículo 1, el siguiente artículo 2:

“Artículo 2.- Aquellas personas que han sido contratadas para ejercer una determinada profesión en virtud del decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), podrán seguir ejerciendo en base a dicha autorización hasta por el plazo de un año contado desde el término del estado de Alerta Sanitaria. En todo caso, esta autorización caducará de pleno derecho si en los seis meses siguientes al término de la vigencia de dicho estado de Alerta Sanitaria, las personas que gozaren de esa habilitación temporal no se inscribieren para rendir el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (EUNACOM), en los casos que corresponda. Para efectos de acreditar lo anterior, dentro del plazo señalado, el interesado o la interesada deberá presentar ante la entidad contratante el respectivo certificado de inscripción.”.

El texto completo fue sometido a votación, sin indicaciones, resultando aprobado por unanimidad (10 votos a favor). Votaron a favor los diputados y diputadas Astudillo, Bravo, Cariola, Cordero, Gazmuri, Lagomarsino, Lilayu, Molina, Palma y Romero.

IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.

Artículos rechazados.

No hay.

Indicaciones rechazadas.

No hay.

VI. MENCIÓN DE ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN LA DISCUSIÓN PARTICULAR.

No hay.

VII. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.

“Artículo único.- Modifícase la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público, de la siguiente manera:

1) En el artículo único:

a) Reemplázase, en su inciso primero, la expresión “dos años” por “tres años”.

b) Sustitúyense, en su inciso segundo, las palabras “dos años” por “tres años”.

c) Reemplázase, en su inciso tercero, la expresión “dos años” por “tres años”.

d) Agrégase el siguiente inciso final:

“Sólo podrán acogerse a esta habilitación temporal los médicos cirujanos cuya contratación hubiera sido informada a la Superintendencia antes del 10 de abril de 2023.”.

2) Incorpórase, a continuación del artículo único, que pasa a ser artículo 1, el siguiente artículo 2:

“Artículo 2.- Aquellas personas que han sido contratadas para ejercer una determinada profesión en virtud del decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), podrán seguir ejerciendo en base a dicha autorización hasta por el plazo de un año contado desde el término del estado de Alerta Sanitaria. En todo caso, esta autorización caducará de pleno derecho si en los seis meses siguientes al término de la vigencia de dicho estado de Alerta Sanitaria, las personas que gozaren de esa habilitación temporal no se inscribieren para rendir el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (EUNACOM), en los casos que corresponda. Para efectos de acreditar lo anterior, dentro del plazo señalado, el interesado o la interesada deberá presentar ante la entidad contratante el respectivo certificado de inscripción.”.”.

* * * *

Se designó Diputada Informante a la señora Helia Molina Milman.

* * * *

Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones 33 y 34, ambas de 27 de septiembre de 2022, con la asistencia de las diputadas y diputados Danisa Astudillo Peiretti, Marta Bravo Salinas, Karol Cariola Oliva, María Luisa Cordero Velásquez, Ana María Gazmuri Vieira, Tomás Lagomarsino Guzmán (Presidente), Daniel Lilayu Vivanco, Helia Molina Milman, Hernan Palma Pérez, Agustín Romero Leiva y Patricio Rosas Barrientos.

Sala de la Comisión, a 27 de septiembre de 2022.-

ANA MARIA SKOKNIC DEFILIPPIS

Abogado Secretaria de Comisiones

[1]https://www.camara.cl/legislacion/comisiones/documentos.aspx?prmID=3311 (Sesión 33)
[2] https://www.camara.cl/legislacion/comisiones/documentos.aspx?prmID=3311 (Sesión 33)

2.2. Discusión en Sala

Fecha 04 de octubre, 2022. Diario de Sesión en Sesión 81. Legislatura 370. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

PRÓRROGA DE PLAZO A MÉDICOS CIRUJANOS HABILITADOS TEMPORALMENTE PARA EJERCICIO DE ESPECIALIDAD EN SECTOR PÚBLICO Y REGULACIÓN DE TÉRMINO DE HABILITACIÓN TEMPORAL OTORGADA A PROFESIONALES DE LA SALUD VÍA DECRETO N° 4, DE 2020 (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN Nº 15118-11)

El señor SOTO, don Raúl (Presidente).-

En el Orden del Día, corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica para ejercer sus especialidades en el sector público, y que regula el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por covid-19, correspondiente al boletín Nº 15118-11.

Para la discusión de este proyecto se otorgarán tres minutos a cada diputada y diputado que se inscriba para hacer uso de la palabra.

Diputada informante de la Comisión de Salud es la señora Helia Molina .

Antecedentes:

-Proyecto del Senado, sesión 71ª de la presente legislatura, en miércoles 7 de septiembre de 2022. Documentos de la Cuenta N° 11.

-Informe de la Comisión de Salud, sesión 80ª de la presente legislatura, en lunes 3 de octubre de 2022. Documentos de la Cuenta N° 16.

El señor SOTO, don Raúl (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada informante.

La señora MOLINA, doña Helia (de pie).-

Señor Presidente, honorable Cámara, la Comisión de Salud viene en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley que prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica para ejercer sus especialidades en el sector público, y que regula el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por covid-19, iniciado en moción de los senadores Juan Luis Castro , Francisco Chahuán , Felipe Kast , Javier Macaya y Ximena Órdenes .

La idea matriz o fundamental del proyecto, de acuerdo con lo dispuesto por el Senado como cámara de origen, es prorrogar el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica para ejercer sus especialidades en el sector público.

A su vez, propone regular el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por covid-19.

Resumen de los fundamentos de la moción

En la exposición de motivos de la moción original se destaca que en octubre de 2020 se publicó la ley N° 21.274, que Habilita Temporalmente a los Médicos Cirujanos que Indica para Ejercer sus Especialidades en el Sector Público, cuyo artículo único señala que los médicos cirujanos que hayan obtenido su especialidad en Chile o en el extranjero y aquellos a que se refiere el inciso segundo del artículo 2 bis de la ley N° 20.261 quedarán habilitados para ejercer su especialidad en el sector público de salud en todo el territorio nacional, por el plazo de dos años, aun cuando no hubieren obtenido la certificación de su respectiva especialidad o subespecialidad de conformidad con las normas establecidas en el decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Salud, de 2005, siempre que hubieren presentado su solicitud de certificación a alguna de las entidades certificadoras autorizadas por el Ministerio de Salud durante la vigencia de esa ley o bien la hubiesen presentado con anterioridad y se encontrare en trámite.

A su vez, exime de aprobar el examen único nacional de conocimientos de medicina (Eunacom), por el plazo de dos años, a los médicos que hubiesen obtenido su especialidad en el extranjero, al igual que su título profesional, para ingresar a los cargos o empleos de médico cirujano en los servicios de salud.

En el plazo de dos años, desde la publicación de la ley, los médicos deberán obtener la certificación de su especialidad o subespecialidad para continuar el ejercicio de la profesión.

Dicha ley nace de la necesidad de enfrentar el contexto de la pandemia del covid-19, que hasta el momento de la presentación de la moción reportaba más de 18.700 muertos en al menos 186 países del mundo.

El plazo de dos años desde la publicación de la mencionada ley vence en octubre de este año (2022).

Por otra parte, se advierte por los autores la falta de especialistas en el sistema de salud chileno. De acuerdo con el Registro Nacional de Prestadores, existen 56.000 médicos, lo que arroja una tasa de 2,95 médicos por cada 10.000 habitantes. En los hospitales públicos hay 18.000, y 9.000 cuentan con alguna especialidad, encontrándose la mayoría de ellos devolviendo sus becas.

Ante dicha falta importante de especialistas, para cuya solución se requiere de una reforma profunda en materia de salud, principalmente de carácter estructural, se hace necesario buscar una alternativa viable y posible.

Actualmente hay más de dos millones de personas que esperan por una consulta médica y 334.000 por una cirugía, cifra que reveló la investigación de Biobío Chile.

Personas escuchadas en la comisión

La comisión recibió al superintendente de Salud, señor Víctor Torres Jeldes ; a la intendenta de Prestadores de Salud, señora Carmen Monsalve ; al subsecretario de Redes Asistenciales, señor Fernando Araos ; al presidente de la Corporación Nacional Autónoma de Certificación y Especialidades Médicas (Conacem), señor Gilberto González ; a la presidenta de la Asociación de Sociedades Científicas Médicas de Chile (Asocimed), señora Carmen Gloria Aylwin ; al presidente de la Asociación de Facultades de Medicina de Chile (Asofamech), señor Antonio Orellana , y al presidente del Colegio Médico, señor Patricio Meza .

Votación en general del proyecto

La comisión, compartiendo los objetivos y fundamentos tenidos en consideración en la moción, y luego de recibir la opinión del Ejecutivo y de los demás expositores, lo que permitió a sus miembros formarse una idea de la iniciativa legal sometida a su conocimiento, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de los once diputados presentes.

Votaron a favor los diputados y diputadas Astudillo , doña Danisa ; Bravo , doña Marta ; Cariola , doña Karol ; Cordero , doña María Luisa ; Gazmuri , doña Ana María ; Lagomarsino, don Tomás ; Lilayu, don Daniel ; Molina , doña Helia ; Palma, don Hernán ; Romero, don Agustín , y Rosas, don Patricio .

Cabe hacer presente que el texto completo fue sometido a votación sin indicaciones, resultando aprobado por unanimidad por 10 votos a favor, en los mismos términos propuestos por el Senado. No hubo artículos ni indicaciones rechazadas por la comisión.

Votaron a favor los diputados y diputadas Astudillo , doña Danisa ; Bravo , doña Marta ; Cariola , doña Karol ; Cordero , doña María Luisa ; Gazmuri , doña Ana María ; Lagomarsino, don Tomás ; Lilayu, don Daniel ; Molina , doña Helia ; Palma, don Hernán , y Romero, don Agustín .

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor SOTO, don Raúl (Presidente).-

En discusión el proyecto. En primer lugar, tiene la palabra el diputado Andrés Celis .

El señor CELIS.-

Señor Presidente, uno de los múltiples problemas que tenemos en materia de salud en nuestro país es el de la falta de especialistas y las llamadas “listas de espera”.

En efecto, de acuerdo con el Registro Nacional de Prestadores, hay 56.000 médicos en nuestro país, lo que arroja una tasa promedio de 2,95 médicos por cada 10.000 habitantes.

Asimismo, en la actualidad hay más de dos millones de personas que esperan por una consulta médica y 334.000 esperan por una cirugía. Esa es la situación actual, de la cual debemos hacernos cargo.

El proyecto de ley que hoy estudiamos busca prorrogar el plazo que habilita temporalmente a los médicos cirujanos para ejercer sus especialidades en el sector público. A su vez, propone regular el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por covid-19.

Si bien esta ley no resuelve el problema de fondo, lo cierto es que, a mi entender, constituye una medida concreta para afrontar la situación actual, permitiendo que los cirujanos puedan seguir ejerciendo sus funciones por un tiempo.

Sin perjuicio de aquello, esta situación no debe prolongarse indefinidamente, pues creo que no debe pasarse por alto la necesidad de contar con un cuerpo médico acreditado, ya que una de nuestras obligaciones esenciales es entregar calidad en la atención a los ciudadanos y ciudadanas.

Finalmente, no puedo dejar de mencionar que comparto absolutamente la necesidad de una reforma estructural a la salud de nuestro país, que abarque las diversas problemáticas que se arrastran desde hace años, como las listas de espera, la falta de funcionarios y funcionarias, la falta de especialistas, la falta de infraestructura hospitalaria, la capacitación a funcionarios y funcionarias, y la construcción de nuevos centros de salud, entre otros.

En mi calidad de diputado por el distrito 7 y miembro de la Comisión de Salud, tengo una visión muy crítica del sistema en general, pues estoy cierto de que el acceso a la salud es un derecho que debe resguardarse con especial énfasis y que los chilenos y chilenas ya no pueden seguir esperando.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Marta Bravo .

La señora BRAVO (doña Marta).-

Señor Presidente, durante la discusión que dio origen a este proyecto de ley se planteó la disyuntiva acerca de los riesgos que implica, por un lado, suspender el principal mecanismo de acreditación de conocimientos médicos del país, y, por otro, contar con la cantidad suficiente de profesionales para atender en la red asistencial, la que se encontraba sumamente presionada producto de la pandemia.

Es por ello que se optó por este mecanismo, con plazos acotados y con la implementación de un registro oficial llevado por la Superintendencia de Salud.

Hoy, producto de la pandemia, el principal desafío que enfrenta la red asistencial es el considerable aumento en las listas de espera.

Respecto de las prestaciones GES, 67.417 personas se encuentran en lista de espera, con un promedio de 157,3 días de espera. Respecto de las prestaciones no GES, 1.764.937 personas se encuentran en lista de espera, con un tiempo promedio de 478 días.

Este proyecto de ley busca mantener la continuidad de la atención en la red, además de establecer los incentivos necesarios para la certificación de estos profesionales.

Lo que encuentro importante es que la discusión de este proyecto de ley abrió un debate de más largo plazo, que debe tenerse presente al momento de buscar fórmulas para solucionar la brecha de especialistas en el país, y que dice relación con la implementación de mecanismos de acreditación más eficientes y con menores tiempos de espera, con la finalidad de garantizar tanto la oportunidad como la calidad de las atenciones de salud.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Patricio Rosas .

El señor ROSAS.-

Señor Presidente, una de las enseñanzas que nos dejó la pandemia es que nadie sobra dentro la red asistencial; siempre se necesitan más recursos para enfrentar cualquier crisis y, sobre todo, el recurso clínico médico, que todavía es bastante escaso, porque la cantidad de médicos por habitantes es muy baja en nuestro país, como decía el diputado Celis .

Por eso es muy importante que, tras la crisis de la pandemia que vivimos, tengamos conciencia del problema que se produjo pospandemia, como es el aumento de las listas de espera.

En lo formal, por supuesto, que los médicos que ejercen en Chile tienen que haber aprobado el Eunacom, pero también tenemos que hacernos cargo de la coyuntura que se produjo por la pandemia, y por ello es necesario flexibilizar para que tanto los médicos especialistas como los médicos generales extranjeros que están en Chile y que todavía no han completado el Eunacom tengan dos años de prórroga para hacerlo.

Esto va a beneficiar a gran cantidad de los 345 municipios del país, porque gran parte de la atención primaria municipal la realizan colegas extranjeros.

Obviamente, vamos a apoyar este proyecto, porque es necesario para enfrentar tanto las listas de espera, que aumentaron tras la pandemia, como también para apoyar a los municipios que tienen problemas en la entrega de sus servicios de atención primaria de salud.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Sara Concha .

La señorita CONCHA (doña Sara) .-

Señor Presidente, nadie podría poner en duda que la pandemia marcó un período negativo en nuestro país, del que recién, incluso, nos estamos sacudiendo.

Los contagios, la enfermedad de las personas cercanas, los fallecidos y la consecuente recesión económica produjeron un colapso que marcará un antes y un después en la historia reciente de nuestro país. Sin desconocer aquello, también podemos extraer ciertas lecciones positivas y, tal como se dice popularmente, aprender de los golpes que, tantas veces y sin pedirlo, nos da la vida.

La situación sanitaria que generó el coronavirus en Chile puso a prueba la red asistencial de salud de manera inédita, y, sumando y restando, podemos decir que esta reaccionó bien.

El primer punto que se debe rescatar es cómo la red de salud se unificó entre prestadores privados y hospitales públicos, para dar respuesta a la demanda por atención. Luego de eso, esa misma red coordinada de salud atendió miles o, quizás, millones de consultas, realizó hospitalizaciones de pacientes críticos e, incluso, realizó el traslado de enfermos a lo largo de todo Chile. Asimismo, proveyó la vacuna que permitió, recién hace algunos días, levantar el uso de mascarillas y otras restricciones sanitarias.

Un aspecto importante en la reacción de la red asistencial fue, sin duda, la incorporación de cientos de profesionales a la red de salud de manera exponencial, ya que los cuidados que se requerían eran masivos. En ese contexto, la ley Nº 21.274 permitió una relevante medida, como fue la habilitación transitoria para médicos generales extranjeros y para médicos especialistas, con el objeto de que se desempeñaran en la red sin haber cumplido aún todos los requisitos administrativos de validación de sus aptitudes.

Hoy, si bien sabemos que la pandemia ha aminorado, la red de salud debe seguir solventando los efectos de las enfermedades respiratorias, adaptando sus mecanismos de trabajo y enfrentando nuevos desafíos, como las abultadas listas de espera.

Por lo anterior, esta iniciativa, que prorroga por un año más la habilitación transitoria de este personal sanitario y regula el término de las contrataciones exponenciales, debe ser aprobada en esta Sala.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Ana María Gazmuri .

La señora GAZMURI (doña Ana María).-

Señor Presidente, revisamos este proyecto que viene en segundo trámite constitucional de la Comisión de Salud, de la que soy integrante, y coincidimos de forma unánime en que es un proyecto que debe aprobarse, considerando la gran lista de pacientes del sector público que espera ser atendida por médicos especialistas.

Antes de la pandemia ya existía un déficit importante de médicos especialistas, en particular en sectores rurales y en la salud primaria, y estos fueron los antecedentes que tuvieron a la vista los mocionantes del proyecto para aumentar el plazo de dos a tres años para que los médicos cirujanos a quienes se les permitió ejercer sin haber rendido el examen único de conocimiento de medicina pudieran atender la gran demanda que existe hasta hoy en nuestro país.

La pandemia del covid-19 ha decantado, pero la necesidad de contar con médicos especialistas aún es latente y, por lo mismo, se buscó esta alternativa, que permite que todos quienes estén ejerciendo actualmente en el sector público sin contar con la acreditación necesaria puedan tener más tiempo para ponerse al día con los requisitos que exige la ley y, por otro lado, los servicios de salud no se paralicen por dicha razón.

El proyecto es enfático en señalar que solo podrán acogerse a esta habilitación temporal los médicos cirujanos cuya contratación hubiese sido informada a la Superintendencia de Salud antes del 10 de abril de 2023.

Por tanto, invitamos a todos los y las médicos a gestionar con antelación su acreditación y evitar la discontinuación de los servicios de especialidades médicas, tan requeridas en nuestros establecimientos de salud pública.

La iniciativa establece que el personal de salud que fue contratado en virtud de la alerta sanitaria por el covid-19 podrá seguir ejerciendo en base a dicha autorización, hasta por el plazo de un año, contado desde el término del estado de alerta sanitaria. Dicha autorización caducará si dichas personas, luego de seis meses de terminada la alerta sanitaria, no se inscriben para rendir el Eunacom.

Por todo lo dicho, llamo a mis colegas diputadas y diputados a aprobar el presente proyecto, que avanza en la línea de defender el derecho a la salud e impedir los efectos perniciosos que el actual sistema tiene en los usuarios de menores recursos, como las enormes listas de espera que siguen afectando a los ciudadanos y que ningún gobierno ha sido capaz de solucionar a lo largo de todos estos años.

El proyecto otorga una respuesta concreta al déficit de especialistas que existe en nuestro país; no obstante, la solución a esta problemática requiere de una reforma profunda en materia de salud, de carácter estructural, que genere incentivos para que los futuros profesionales opten por desempeñarse en el sistema público, contando con las herramientas necesarias para dar una atención de calidad sin miramientos en las capacidades económicas de los pacientes.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Daniel Lilayu .

El señor LILAYU.-

Señor Presidente, producto de la pandemia del covid-19, sin duda, el principal desafío sanitario que enfrenta la red asistencial es el aumento considerable de las listas de espera y cómo podemos reducirlas en el más breve plazo.

La Subsecretaría de Redes Asistenciales nos informó que en las prestaciones GES hay 67.417 personas en listas de espera, con un promedio de espera de cinco meses. Y respecto a las prestaciones no GES hay 1.764.937 personas, con un tiempo de espera de un año y cuatro meses.

Estas cifras dan cuenta de la necesidad imperiosa de contar con una red asistencial fortalecida, no solo en infraestructura, sino que también con profesionales capaces de operarla y brindar estas prestaciones.

Sin embargo, esto no debe hacernos descuidar la calidad de la atención, por lo que son necesarios los mecanismos de certificación de conocimientos por entidades de alto nivel reconocidas en el país.

El proyecto de ley que hoy discutimos, que es producto del trabajo de los integrantes de la Comisión de Salud del Senado y del Ejecutivo, busca resguardar este equilibrio, ampliando el plazo de la ley Nº 21.274 por un año más de lo que originalmente estaba presupuestado.

Además, se establece un mecanismo de transición para quienes se encuentren contratados en virtud del decreto de alerta sanitaria y que se hayan acogido a esta ley. Así se logrará mantener la continuidad de la atención de la red y establecer los incentivos necesarios para la certificación de estos profesionales.

Hay que recordar que la ley Nº 21.274 fue dictada con la finalidad de resolver el déficit de especialistas durante los períodos más complejos de la pandemia. Hemos optado por este mecanismo, pues tiene plazos acotados y considera la implementación de un registro oficial llevado por la Superintendencia de Salud.

Debemos seguir trabajando en buscar fórmulas para reducir la brecha de especialistas en el país, a través de la implementación de mecanismos de acreditación más eficientes, y lograr un menor tiempo de espera, para garantizar tanto la oportunidad como la calidad de la atención de salud.

Por nuestros pacientes, anuncio mi voto a favor.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Agustín Romero .

El señor ROMERO (don Agustín).-

Señor Presidente, en octubre de 2020 se publicó la ley N° 21.274, que señala que los médicos cirujanos que hayan obtenido su especialidad en Chile o en el extranjero, y aquellos a los que se refiere el artículo 2 bis de la ley N° 20.261, quedarán habilitados para ejercer su especialidad en el sector público de la salud en todo el territorio nacional por el plazo de dos años, aun cuando no hubieran tenido la certificación de su respectiva especialidad o subespecialidad, de conformidad con las normas establecidas en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, siempre que hubieran presentado solicitud de certificación en alguna de las entidades certificadoras autorizadas por el Ministerio de Salud.

Ahora bien, esa ley eximió de aprobar el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (Eunacom) por el plazo de dos años a los médicos que hubieren obtenido su especialidad en el extranjero, al igual que su título profesional, para ingresar a cargos y obtener empleo de médico cirujano en los servicios de salud, lo que se justificaba, básicamente, por la necesidad de enfrentar el contexto de la pandemia. La habilitación se extendió por un plazo de dos años, el que vence este mes.

Existe una evidente necesidad de especialistas. Según el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud, existen 56.000 médicos en Chile; por lo tanto, hay 2,95 médicos por cada 10.000 habitantes. Actualmente, hay más de 2 millones de personas que esperan por una consulta médica y 334.000 personas que esperan por una cirugía.

No se debe dejar de tomar en cuenta que de los 500.000 funcionarios de la salud en el país, solo un 9 por ciento son médicos y que la distribución de ese pequeño porcentaje es asimétrica en nuestro territorio. Así, en Santiago hay cien veces más médicos que en la Región de Aysén, esto es, doscientos mil y dos mil, respectivamente.

Realidades como la que acabo de señalar inciden directamente en la existencia de abultadas listas de espera. Además, la constante obstrucción del Colegio Médico y otras organizaciones gremiales a iniciativas que hacen frente a la falta de cobertura han dificultado enormemente la búsqueda de una solución a este problema.

Durante la discusión de este proyecto presenté una indicación para extender el plazo por un año más, teniendo en cuenta que existen todavía largas listas de espera. Además, observo falta de estrategia y medidas para solucionar las listas de espera.

En todo caso, me parece que es un buen proyecto. Por un tema de consenso, de no querer retrasar la tramitación de la iniciativa, y dado lo inminente del vencimiento del plazo, retiré dicha indicación. Sin embargo, hay que tomar medidas más profundas en esta materia.

Anuncio mi voto favorable al proyecto.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Lee.

El señor LEE .-

Señor Presidente, sin duda, este proyecto de ley tiene un sentido: dotar de más especialistas a Chile. No obstante, es bueno hacer algunas consideraciones.

Primero, esto se inició por una crisis sanitaria que, indudablemente, requirió de la presencia de más médicos en el sector público. Si bien la crisis está terminando, ha dejado secuelas importantes. La focalización en resolver el problema del SARS-CoV-2 indudablemente acrecentó el número de listas de espera, que también requieren de especialistas.

El tema es por qué limitar esto al sector público. ¿Por qué se le dice a la gente que se atiende en los hospitales que determinado profesional es especialista, pero, curiosamente, ese mismo profesional deja de ser especialista una vez que sale del recinto hospitalario? Creo que acá hay un tema de discriminación muy importante, porque, finalmente, nadie garantiza al paciente que quien lo atiende es de verdad un especialista. Las especialidades médicas no se obtienen por secretaría ni a través de proyectos de ley, sino después de un largo y duro proceso de formación médica. Por lo tanto, lo que uno echa de menos son estrategias para la formación de nuevos y mejores especialistas médicos.

No me cabe duda de que finalizado este plazo de dos o tres años -ojalá ello no ocurra-, vamos a tener el mismo problema, por lo que no me extrañaría que en tres años más estemos pidiendo una nueva prórroga.

Por lo tanto, más allá de este proyecto de ley, me gustaría que el Ministerio de Salud dé a conocer las estrategias para formar más y mejores especialistas, y también las estrategias para distribuirlos a lo largo del país. No puede ser que algunas especialidades médicas estén concentradas no solo en el sector privado, sino, además, en las comunas más ricas de Chile.

¿Cómo no va a ser posible idear una estrategia para que eso se pueda revertir?

Votaré a favor este proyecto, pero con las consideraciones que acabo de mencionar.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor SOTO, don Raúl (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica para ejercer sus especialidades en el sector público, y que regula el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por covid-19.

Hago presente a la Sala que el proyecto trata materias propias de ley simple o común. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 144 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor SOTO, don Raúl (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Acevedo Sáez , María Candelaria Cordero Velásquez , María Luisa Martínez Ramírez , Cristóbal Raphael Mora , Marcia Aedo Jeldres , Eric Cornejo Lagos , Eduardo Marzán Pinto , Carolina Rathgeb Schifferli , Jorge Ahumada Palma , Yovana Cuello Peña y Lillo , Luis Alberto Matheson Villán , Christian Rey Martínez , Hugo Alessandri Vergara , Jorge De la Carrera Correa , Gonzalo Medina Vásquez , Karen Riquelme Aliaga , Marcela Alinco Bustos , René De Rementería Venegas , Tomás Mellado Pino , Cosme Rivas Sánchez , Gaspar Araya Guerrero , Jaime Del Real Mihovilovic , Catalina Mellado Suazo, Miguel Rojas Valderrama , Camila Araya Lerdo de Tejada, Cristián Delgado Riquelme , Viviana Melo Contreras , Daniel Romero Leiva , Agustín Arce Castro , Mónica Durán Espinoza , Jorge Meza Pereira , José Carlos Romero Sáez , Leonidas Arroyo Muñoz , Roberto Durán Salinas , Eduardo Mirosevic Verdugo , Vlado Rosas Barrientos , Patricio Astudillo Peiretti , Danisa Fries Monleón , Lorena Mix Jiménez , Claudia Sáez Quiroz , Jaime Barchiesi Chávez , Chiara Fuenzalida Cobo , Juan Molina Milman , Helia Saffirio Espinoza , Jorge Barrera Moreno , Boris Gazmuri Vieira, Ana María Morales Alvarado , Javiera Sagardia Cabezas , Clara Barría Angulo , Héctor Giordano Salazar , Andrés Morales Maldonado , Carla Sánchez Ossa , Luis Becker Alvear, Miguel Ángel González Gatica , Félix Moreira Barros , Cristhian Santana Castillo, Juan Bello Campos , María Francisca González Olea , Marta Moreno Bascur , Benjamín Santibáñez Novoa , Marisela Beltrán Silva, Juan Carlos González Villarroel , Mauro Mulet Martínez , Jaime Sauerbaum Muñoz , Frank Berger Fett , Bernardo Guzmán Zepeda , Jorge Muñoz González , Francesca Schalper Sepúlveda , Diego Bernales Maldonado , Alejandro Hertz Cádiz , Carmen Musante Müller , Camila Schneider Videla , Emilia Bianchi Chelech , Carlos Hirsch Goldschmidt , Tomás Naranjo Ortiz , Jaime Schubert Rubio , Stephan Bobadilla Muñoz , Sergio Ibáñez Cotroneo , Diego Naveillan Arriagada , Gloria Serrano Salazar , Daniela Bórquez Montecinos , Fernando Ilabaca Cerda , Marcos Nuyado Ancapichún , Emilia Soto Ferrada , Leonardo Bravo Castro, Ana María Irarrázaval Rossel , Juan Ñanco Vásquez , Ericka Sulantay Olivares, Marco Antonio Bugueño Sotelo , Félix Jiles Moreno , Pamela Olivera De La Fuente , Erika Tapia Ramos , Cristián Bulnes Núñez , Mercedes Jouannet Valderrama , Andrés Orsini Pascal , Maite Teao Drago , Hotuiti Calisto Águila , Miguel Ángel Jürgensen Rundshagen , Harry Ossandón Irarrázabal , Ximena Tello Rojas , Carolina Camaño Cárdenas , Felipe Kaiser Barents-Von Hohenhagen , Johannes Oyarzo Figueroa , Rubén Darío Trisotti Martínez , Renzo Cariola Oliva , Karol Labra Besserer , Paula Palma Pérez , Hernán Ulloa Aguilera , Héctor Carter Fernández , Álvaro Lagomarsino Guzmán , Tomás Pérez Cartes , Marlene Undurraga Gazitúa, Francisco Castillo Rojas, Nathalie Lavín León , Joaquín Pérez Olea , Joanna Undurraga Vicuña , Alberto Castro Bascuñán, José Miguel Leal Bizama , Henry Pérez Salinas , Catalina Urruticoechea Ríos , Cristóbal Celis Montt , Andrés Lee Flores , Enrique Pino Fuentes , Víctor Alejandro Veloso Ávila , Consuelo Cicardini Milla , Daniella Leiva Carvajal , Raúl Pizarro Sierra , Lorena Venegas Salazar , Nelson Cid Versalovic , Sofía Lilayu Vivanco , Daniel Placencia Cabello , Alejandra Videla Castillo , Sebastián Cifuentes Lillo , Ricardo Longton Herrera , Andrés Pulgar Castillo , Francisco Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Coloma Álamos, Juan Antonio Malla Valenzuela , Luis Ramírez Diez , Guillermo Winter Etcheberry , Gonzalo Concha Smith , Sara Manouchehri Lobos , Daniel Ramírez Pascal , Matías Yeomans Araya, Gael

El señor SOTO, don Raúl (Presidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda aprobado también en particular, con la misma votación. Despachado el proyecto.

2.3. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 04 de octubre, 2022. Oficio en Sesión 62. Legislatura 370.

VALPARAÍSO, 4 de octubre de 2022

Oficio N° 17.761

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha aprobado, en los mismos términos en que lo hiciera ese H. Senado, el proyecto de ley que prorroga el plazo establecido en la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público, y que regula el término de la habilitación temporal a profesionales de la salud otorgada por el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, sobre alerta sanitaria por Covid-19, correspondiente al boletín N° 15.118-11.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 425/SEC/22, de 6 de septiembre de 2022.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

RAÚL SOTO MARDONES

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

3. Trámite Finalización: Senado

3.1. Oficio de Cámara Revisora al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 04 de octubre, 2022. Oficio

Valparaíso, 4 de octubre de 2022.

Nº 461/SEC/22

A Su Excelencia el Presidente de la República

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Modifícase la ley N° 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público, de la siguiente manera:

1) En el artículo único:

a) Sustitúyese, en su inciso primero, la denominación “Artículo único” por “Artículo 1”.

b) Reemplázase, en su inciso primero, la expresión “dos años” por “tres años”.

c) Sustitúyense, en su inciso segundo, las palabras “dos años” por “tres años”.

d) Reemplázase, en su inciso tercero, la expresión “dos años” por “tres años”.

e) Agrégase el siguiente inciso final:

“Sólo podrán acogerse a esta habilitación temporal los médicos cirujanos cuya contratación hubiera sido informada a la Superintendencia antes del 10 de abril de 2023.”.

2) Incorpórase, a continuación del artículo único, que pasó a ser artículo 1, el siguiente artículo 2:

“Artículo 2.- Aquellas personas que han sido contratadas para ejercer una determinada profesión en virtud del decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), podrán seguir ejerciendo en base a dicha autorización hasta por el plazo de un año contado desde el término del estado de Alerta Sanitaria. En todo caso, esta autorización caducará de pleno derecho si en los seis meses siguientes al término de la vigencia de dicho estado de Alerta Sanitaria, las personas que gozaren de esa habilitación temporal no se inscribieren para rendir el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (EUNACOM), en los casos que corresponda. Para efectos de acreditar lo anterior, dentro del plazo señalado, el interesado o la interesada deberá presentar ante la entidad contratante el respectivo certificado de inscripción.”.”.

- - -

Hago presente a Su Excelencia que esta iniciativa de ley tuvo su origen en Moción de la Honorable senadora señora Ximena Órdenes Neira y de los Honorables senadores señores Juan Castro González, Francisco Chahuán Chahuán, Felipe Kast Sommerhoff y Javier Macaya Danus.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ÁLVARO ELIZALDE SOTO

Presidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 21.502

Tipo Norma
:
Ley 21502
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1182603&t=0
Fecha Promulgación
:
06-10-2022
URL Corta
:
http://bcn.cl/37wc1
Organismo
:
MINISTERIO DE SALUD
Título
:
PRORROGA HABILITACIÓN TEMPORAL CONSAGRADA EN LA LEY Nº 21.274
Fecha Publicación
:
11-10-2022

LEY NÚM. 21.502

PRORROGA HABILITACIÓN TEMPORAL CONSAGRADA EN LA LEY Nº 21.274

   

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley iniciado en moción de la Honorable senadora señora Ximena Órdenes Neira y de los Honorables senadores señores Juan Castro González, Francisco Chahuán Chahuán, Felipe Kast Sommerhoff y Javier Macaya Danús,

   

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Modifícase la ley Nº 21.274, que habilita temporalmente a los médicos cirujanos que indica, para ejercer sus especialidades en el sector público, de la siguiente manera:

   

    1) En el artículo único:

   

    a) Sustitúyese, en su inciso primero, la denominación "Artículo único" por "Artículo 1".

    b) Reemplázase, en su inciso primero, la expresión "dos años" por "tres años".

    c) Sustitúyense, en su inciso segundo, las palabras "dos años" por "tres años".

    d) Reemplázase, en su inciso tercero, la expresión "dos años" por "tres años".

    e) Agrégase el siguiente inciso final:

   

    "Sólo podrán acogerse a esta habilitación temporal los médicos cirujanos cuya contratación hubiera sido informada a la Superintendencia antes del 10 de abril de 2023.".

   

    2) Incorpórase, a continuación del artículo único, que pasó a ser artículo 1, el siguiente artículo 2:

    "Artículo 2.- Aquellas personas que han sido contratadas para ejercer una determinada profesión en virtud del decreto Nº 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), podrán seguir ejerciendo en base a dicha autorización hasta por el plazo de un año contado desde el término del estado de Alerta Sanitaria. En todo caso, esta autorización caducará de pleno derecho si en los seis meses siguientes al término de la vigencia de dicho estado de Alerta Sanitaria, las personas que gozaren de esa habilitación temporal no se inscribieren para rendir el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (EUNACOM), en los casos que corresponda. Para efectos de acreditar lo anterior, dentro del plazo señalado, el interesado o la interesada deberá presentar ante la entidad contratante el respectivo certificado de inscripción.".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 6 de octubre de 2022.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Ximena Aguilera Sanhueza, Ministra de Salud.

    Transcribo para su conocimiento la ley N° 21.502, del 6 octubre de 2022.- Por orden de la Subsecretaria de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Yasmina Viera Bernal, Jefe de la División Jurídica, Ministerio de Salud.