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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.504

Proyecto de ley que prohíbe informar las deudas contraídas para financiar atenciones de salud.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Guido Girardi Lavín, Carolina Goic Boroevic, Jaime Quintana Leal y Rabindranath Quinteros Lara. Fecha 28 de abril, 2021. Moción Parlamentaria en Sesión 23. Legislatura 369.

Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señor Girardi, señora Goic, y señores Quintana y Quinteros, que prohíbe informar las deudas contraídas para financiar atenciones de salud. Boletín N° 14.211-11

CONSIDERANDO:

En Chile, el derecho a la salud se ha convertido en motivo de una preocupación ciudadana creciente y sostenida. En el centro de la discusión se encuentran las obligaciones que tiene el Estado en su protección y garantía frente a las progresivas expectativas de las personas por acceder a mayores y mejores prestaciones en este ámbito.

Así, por ejemplo, a propósito del derecho a la salud, la encuesta de opinión publicada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos de 2015 señala que el 65,7% de los encuestados considera que es de cargo del Estado la garantía y protección del derecho a la salud; el 30,8% piensa que es una responsabilidad compartida por igual entre el Estado y la persona, y 3,2% piensa que es una responsabilidad que recae principalmente en la persona. En la misma encuesta, el 82,3% de los consultados opina que obtener una atención en salud de calidad depende de cuánto se puede pagar, y en cuanto a la pregunta sobre los derechos menos protegidos, para el 43% sería el de una jubilación digna; para el 31% el derecho a la salud. En el mismo sentido, la encuesta CEP de noviembre de 2015 señala que entre las principales preocupaciones de los encuestados se encuentran la delincuencia (58%), la salud (44%) y a educación (33%).

Chile ha suscrito y ratificado diversos tratados internacionales respecto de esta materia, entre ellos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Este tratado recoge el derecho a la salud y lo hace del siguiente modo: "Los Estados Parte en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental"[1]. Junto con el texto del PIDESC, se puede considerar la forma como el Comité sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU (el Comité DESC) ha interpretado el artículo 12 del pacto.

Si bien las observaciones generales del Comité DESC no obligan jurídicamente a los Estados miembros del PIDESC, ellas tienen importancia en tanto se trata de un organismo técnico de expertos que elabora interpretaciones que pueden ser útiles para los Estados y los organismos internacionales a la hora de enfrentar el contenido del PIDESC. De hecho, la literatura internacional sobre derechos humanos les atribuye importancia a estas observaciones generales, pues las estudia y comenta. Independientemente de ello, lo que sí es muy relevante es que el Tribunal Constitucional chileno ha aludido y recogido observaciones generales del Comité DESC en materia de derecho a la salud:

"Desde luego el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, cuyo Comité está encargado de presentar informes periódicos sobre el estado de cumplimiento de los diferentes derechos consagrados en el Pacto. Este Comité del mencionado Pacto 'interpreta el derecho a la salud como un derecho de contenido complejo que engloba no sólo el derecho a una asistencia sanitaria oportuna y adecuada, sino que también se extiende a los determinantes básicos de la salud, tales como el acceso al agua potable y al saneamiento, la vivienda adecuada, etc."[2]

Por su parte, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, suscrito por Chile, recoge el derecho a la salud en el artículo 5, letra e), Nº iv: "En conformidad con las obligaciones fundamentales estipuladas en el artículo 2 de la presente Convención, los Estados partes se comprometen a prohibir y eliminar la discriminación racial en todas sus formas y a garantizar el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley, sin distinción de raza, color y origen nacional o étnico, particularmente en el goce de los derechos siguientes: e) Los derechos económicos, sociales y culturales, en particular: iv) El derecho a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales;"[3]

Al igual que todos los derechos humanos, el derecho a la salud impone tres tipos o niveles de obligaciones a los Estados Parte: la obligación de respetar, proteger y cumplir[4]. A su vez, la obligación de cumplir comprende la obligación de facilitar, proporcionar y promover. La obligación de respetar exige que los Estados se abstengan de injerir directa o indirectamente en el disfrute del derecho a la salud. La obligación de proteger requiere que los Estados adopten medidas para impedir que terceros interfieran en la aplicación de las garantías prevista en el artículo 12 del PIDESC. Por último, la obligación de cumplir requiere que los Estados adopten medidas apropiadas de carácter legislativo, administrativo, presupuestario, judicial o de otra índole para dar plena efectividad al derecho a la salud. Observación General Nº 14, parágrafo 33.

En tanto, existe en Chile un sistema fragmentado e inequitativo de salud, en el que conviven un fondo público que da cobertura al 80% de la población (Fondo Nacional de Salud, FONASA) con múltiples seguros privados (instituciones privadas de salud previsional, ISAPRES) para el 18% de la población.

El sector salud se ha constituido en uno de los elementos esenciales del estallido social en Chile iniciado el año 2019, lo que es una clara señal de expectativas no resueltas[5]. Se mantienen fundadas críticas de diversos sectores y el claro descontento de la población, relacionado sobre todo con la persistencia de inequidades en salud, las dificultades para acceder a medicamentos y la atención en problemas de salud no priorizados en el plan de garantías explícitas y en la no resolución de aspectos pendientes en el aseguramiento privado, entre otros.

Respecto al sistema de salud publico/privado existen diversas diferencias. Entre ellas, las áreas analizadas son esencialmente la calidad, eficiencia de costos y selección de pacientes. Una de las características diferenciadoras es el sistema de pago; el sector privado funciona con el mecanismo fee-for-service mientras que el público lo hace sobre presupuestos históricos, esto genera en los prestadores privados una menor restricción por volumen y por el contario un incentivo hacia este.

Otra diferencia es en el uso que puede hacer un hospital de las utilidades, el sector público está obligado a reinvertir los excedentes (en particular en los presupuestos de los hospitales públicos sucede que cuando la administración da cuenta de la existencia de estos excedentes tiende a gastarlos todos en un último periodo previo a la renovación existiendo un desbalance temporal de recursos dentro de un mismo año) mientras que el sector privado se apropia de estos y distribuye hacia los propietarios, esto genera evidentemente incentivos distintos a la hora de generar ganancias de eficiencia que reduzcan costos por la distinta motivación por apropiarse de esos excedentes.

El mercado de provisión de atenciones en salud es de carácter mixto y este rasgo provoca una estructura con subsistemas que actúan casi de forma paralela. En cuanto al mercado privado, está compuesto en su mayoría por prestadores con fines de lucro, dentro de estos están centros médicos, clínicas, clínicas especializadas y consultas privadas. El subsistema público está compuesto por los servicios de salud que administran la red asistencial local y los consultorios de administración municipal que proveen de atención primaria a las comunidades.

Los prestadores públicos en general proveen de atención a la mayoría de la población nacional (casi un 80% de la población está adscrita al seguro público) mientras que los privados abastecen de servicios tanto a afiliados a las ISAPRES y a FONASA en la modalidad libre atención (a la cual pueden acceder en teoría todos los cotizantes y sus cargas de FONASA pero que en su mayoría es utilizada por los grupos C y D que cuentan con más de 5 millones de personas). La red pública de atención, además, se extiende en general dentro de todo el territorio nacional mientras que los prestadores privados están concentrados principalmente en áreas urbanas y aun más, los prestadores institucionales tienden a ubicarse solo en grandes ciudades.

Pese a los avances indiscutibles en los indicadores sanitarios básicos, la sociedad chilena no ha logrado hasta hoy configurar una fórmula de atención médica a las personas que sea equitativa y satisfaga las apremiantes necesidades cotidianas que tiene su población, especialmente la económicamente más desvalida, incluidos ciertamente los más ancianos.[6]

Lo cierto es que un gran porcentaje de la población no está en condiciones de asumir los costos de la atención de salud, situación que los Estados deben considerar necesaria y prioritariamente al organizar sus sistemas sanitarios y de atención médica. Los ciudadanos no se sienten adecuadamente protegidos por el sistema de salud y tienen miedo a enfermar. A veces se olvida que el común de las personas juzga las bondades de un sistema de salud, no por sus excelentes indicadores sanitarios, sino por su experiencia cotidiana cuando requiere atención médica. Por ello, parte de la población esta dispuesta a endeudarse para acceder a atención de salud, a costa de lo que sea, por obtener una resolución a su problema. Seguido a ello, las familias y los pacientes se enfrentan a deudas enormes que deben pagar ante la prestación recibida, que incluso, han tenido que vender bienes para cumplir con sus obligaciones. Sin embargo, muchas veces el pago de estas deudas se hace imposibles de pagar y por tanto sus informes comerciales se ven "manchados" por estas deudas, dificultando el acceso a nuevos créditos o entidades bancarias e incluso a la postulación de nuevos trabajos, llevando a las personas a un camino sin salida. Lamentablemente el acceso a la salud no es un derecho resguardado por el Estado como debería ser, cargando los pacientes con la necesidad de asistir a la salud privada para obtener respuestas o para no morir, endeudándose a niveles estratosféricos, que termina socavando a las familias, con deudas que les impiden seguir sin la angustia de perderlo todo, por solo querer vivir[7] .

Por consiguiente, de acuerdo a los argumentos anteriormente expuestos, vengo en presentar el siguiente:

PROYECTO DE LEY

ARTÍCULO ÚNICO. - Modificase la ley n o 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud de la siguiente manera:

Intercálase en el inciso segundo del artículo 17 a continuación del último punto y coma (;) antecedido por la frase: "tampoco las deudas contraídas con instituciones de educación superior de conformidad a las leyes números 18.591 y 19.287, ni aquellas adquiridas con bancos o instituciones financieras de conformidad a la ley no 20.027, o en el marco de las líneas de financiamiento a estudiantes para cursar estudios en educación superior, administradas por la Corporación de Fomento de la Producción, ni alguna deuda contraída con la finalidad de recibir para sí o para terceros un servicio educacional formal en cualquiera de sus niveles" la siguiente nueva frase: ";tampoco las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria o de emergencia sean estas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones."

ARTÍCULO TRANSITORIO. - Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia a partir de los ciento ochenta días posteriores a la publicación de la misma. Los responsables de los registros o bancos de datos personales que almacenan y comunican información sobre las obligaciones a que se refiere el artículo anterior deberán eliminar todos los datos relacionados con éstas, en el plazo señalado anteriormente.

[1] Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales. Adoptado y abierto a la firma ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI) de 16 de diciembre de 1966. Entrada en vigor: 3 de enero de 1976 de conformidad con el artículo 27. Artículo 12.1.
[2] Tribunal Constitucional Rol Nº 1710-10 IN 6 de agosto de 2010 Co Centésimo decimotercero.
[3] Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial Adoptada y abierta a la firma y ratificación por la Asamblea General en su resolución 2106 A (XX) de 21 de diciembre de 1965. Entrada en vigor: 4 de enero de 1969 de conformidad con el artículo 19.
[4] Estudios constitucionales El Derecho a la Salud Rodolfo Figueroa UDP 2013 Chile
[5] Artaza Barrios O Méndez CA. Crisis social y política en Chile: la demanda por acceso y cobertura universal de salud. Rev Panam Salud Publica. 2020;44.: e1 6.https://doi.org/10.26633/RPSP.2020.16
[6] El Sistema de Salud de Chile: una tarea pendiente Alejandro Goic. Rev. méd. Chile vol. 143 no.6 Santiago jun. 2015
[7] Análisis Critico del sistema de Salud Chileno. La Puja Distributiva y sus Consecuencias. Pablo Buris Nicolas Bustamante Juan Pablo Rojas 2014.

1.2. Informe de Comisión de Salud

Senado. Fecha 05 de enero, 2022. Informe de Comisión de Salud en Sesión 115. Legislatura 369.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que prohíbe informar las deudas contraídas para financiar atenciones de salud.

BOLETÍN Nº 14.211-11.

HONORABLE SENADO:

La Comisión de Salud tiene el honor de informar acerca del proyecto de la referencia, iniciado en moción de los Honorables Senadores señores señor Girardi, señora Goic, y señores Quintana y Quinteros.

El proyecto en informe no requiere un quórum especial para ser aprobado y no se relaciona con la organización o las atribuciones de los tribunales de justicia.

Se hace presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento del Senado, la Comisión discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único.

A las sesiones en que la Comisión consideró este asunto asistieron también las siguientes personas:

El Asesor del Ministerio de Salud, abogado señor Jaime González.

El Asesor de la Senadora Carolina Goic, señor Gerardo Bascuñán.

El Asesor del Senador Rabindranath Quinteros, señor Jaime Junyent.

La Asesora del Comité PPD, señora Victoria Fullerton.

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OBJETIVO FUNDAMENTAL Y ESTRUCTURA DEL PROYECTO

Al tenor de la moción que le da origen, esta iniciativa de ley tiene por objetivo modificar la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud.

El proyecto está conformado por un artículo único y un artículo transitorio.

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ANTECEDENTES DE DERECHO

El proyecto en informe se vincula con los siguientes cuerpos normativos:

- Artículo 19 numeral 9 de la Constitución Política de la República.

- Artículo 17 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Los autores de la iniciativa señalan que en nuestro país el derecho a la salud se ha convertido en motivo de una preocupación ciudadana creciente y sostenida.

Recuerdan que Chile tiene un sistema fragmentado e inequitativo de salud, en el que convive un fondo público que da cobertura al 80% de la población (Fondo Nacional de Salud, FONASA) con múltiples seguros privados (instituciones privadas de salud previsional, ISAPRES) para el 18% de la población.

Se mantienen fundadas críticas de diversos sectores y el descontento de la población, relacionado sobre todo con la persistencia de inequidades en salud, las dificultades para acceder a medicamentos y la atención en problemas de salud no priorizados en el plan de garantías explícitas y en la no resolución de aspectos pendientes en el aseguramiento privado, entre otros.

Agregan que respecto al sistema de salud publico/privado existen diversas diferencias. Entre ellas, las áreas analizadas son esencialmente la calidad, eficiencia de costos y selección de pacientes.

El mercado de provisión de atenciones en salud es de carácter mixto y este rasgo provoca una estructura con subsistemas que actúan casi de forma paralela. El mercado privado, está compuesto en su mayoría por prestadores con fines de lucro, dentro de estos están centros médicos, clínicas, clínicas especializadas y consultas privadas. El subsistema público está compuesto por los servicios de salud que administran la red asistencial local y los consultorios de administración municipal que proveen de atención primaria a las comunidades.

Indican que, pese a los avances indiscutibles en los indicadores sanitarios básicos, la sociedad chilena no ha logrado hasta hoy configurar una fórmula de atención médica a las personas que sea equitativa y satisfaga las apremiantes necesidades cotidianas que tiene su población, especialmente la económicamente más desvalida, incluidos los más ancianos.[1]

Manifiestan que un gran porcentaje de la población no está en condiciones de asumir los costos de la atención de salud, situación que los Estados deben considerar necesaria y prioritariamente al organizar sus sistemas sanitarios y de atención médica.

Con ello, los ciudadanos no se sienten adecuadamente protegidos por el sistema de salud y tienen miedo a enfermar.

Parte de la población está dispuesta a endeudarse para acceder a atención de salud. Los autores advierten que entre otras dificultades del sistema de salud, se encuentra las abultadas deudas que adquieren los pacientes y su familia en sus tratamientos, las que terminan redundando, muchas veces, ante la imposibilidad de pagarlas, en la afectación al acceso a nuevos créditos en el sistema financiero e incluso para la postulación a nuevos trabajos.

Por último, sostienen que lamentablemente el acceso a la salud no es un derecho resguardado por el Estado como debería ser, cargando los pacientes con la necesidad de asistir a la salud privada para obtener respuestas, con el consiguiente endeudamiento.

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DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

El proyecto de ley en estudio, es del siguiente tenor:

“Artículo único. - Modificase la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud de la siguiente manera:

Intercálase en el inciso segundo del artículo 17 a continuación del último punto y coma (;) antecedido por la frase: "tampoco las deudas contraídas con instituciones de educación superior de conformidad a las leyes números 18.591 y 19.287, ni aquellas adquiridas con bancos o instituciones financieras de conformidad a la ley N° 20.027, o en el marco de las líneas de financiamiento a estudiantes para cursar estudios en educación superior, administradas por la Corporación de Fomento de la Producción, ni alguna deuda contraída con la finalidad de recibir para sí o para terceros un servicio educacional formal en cualquiera de sus niveles" la siguiente nueva frase: ";tampoco las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria o de emergencia sean estas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones.".

Artículo transitorio. - Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia a partir de los ciento ochenta días posteriores a la publicación de la misma. Los responsables de los registros o bancos de datos personales que almacenan y comunican información sobre las obligaciones a que se refiere el artículo anterior deberán eliminar todos los datos relacionados con éstas, en el plazo señalado anteriormente.”.

En efecto, el artículo 17 de ese cuerpo legal señala lo siguiente:

“Artículo 17.- Los responsables de los registros o bancos de datos personales sólo podrán comunicar información que verse sobre obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial, cuando éstas consten en letras de cambio y pagarés protestados; cheques protestados por falta de fondos, por haber sido girados contra cuenta corriente cerrada o por otra causa; como asimismo el incumplimiento de obligaciones derivadas de mutuos hipotecarios y de préstamos o créditos de bancos, sociedades financieras, administradoras de mutuos hipotecarios, cooperativas de ahorros y créditos, organismos públicos y empresas del Estado sometidas a la legislación común, y de sociedades administradoras de créditos otorgados para compras en casas comerciales. Se exceptúa la información relacionada con los créditos concedidos por el Instituto Nacional de Desarrollo Agropecuario a sus usuarios, y la información relacionada con obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial en cuanto hayan sido repactadas, renegociadas o novadas, o éstas se encuentren con alguna modalidad pendiente.

También podrán comunicarse aquellas otras obligaciones de dinero que determine el Presidente de la República mediante decreto supremo, las que deberán estar sustentadas en instrumentos de pago o de crédito válidamente emitidos, en los cuales conste el consentimiento expreso del deudor u obligado al pago y su fecha de vencimiento. No podrá comunicarse la información relacionada con las deudas contraídas con empresas públicas o privadas que proporcionen servicios de electricidad, agua, teléfono y gas; tampoco las deudas contraídas con instituciones de educación superior de conformidad a las leyes números 18.591 y 19.287, ni aquellas adquiridas con bancos o instituciones financieras de conformidad a la ley Nº 20.027, o en el marco de las líneas de financiamiento a estudiantes para cursar estudios en educación superior, administradas por la Corporación de Fomento de la Producción, ni alguna deuda contraída con la finalidad de recibir para sí o para terceros un servicio educacional formal en cualquiera de sus niveles; tampoco podrán comunicarse las deudas contraídas con concesionarios de autopistas por el uso de su infraestructura.”.

Al iniciar el debate, el Honorable Senador señor Quinteros propuso incorporar en el artículo único del proyecto de ley, la palabra “hospitalaria”, antecedida de una coma, entre la palabra “ambulatoria” y la frase “o de emergencia”.

El asesor legislativo del Ministerio de Salud, señor Jaime González señaló que, en opinión del Ejecutivo, esta es una iniciativa que hace justicia a una práctica, donde algunos establecimientos y prestadores de salud no informaban al boletín comercial de deudas que pudieran tener algunos pacientes en la medida que había una revisión por parte de la Superintendencia de Salud en el marco de la revisión de una prestación o garantía GES.

Añadió que como se propone la redacción de la norma, resulta adecuada, la que se gatilla cuando se requiere una prestación de salud inesperada, no programada, y que necesita una pronta resolución.

El Honorable Senador señor Girardi informó que la iniciativa nació de las situaciones que decenas de personas les informan a diario y corresponden, en su mayoría, a casos dramáticos.

Manifestó que en Chile nadie puede solventar una atención de salud, se sabe que los planes de ISAPRES son insuficientes y quienes tienen cobertura FONASA, a veces no pueden tener sus prestaciones en el sistema institucional porque no consiguen hora y están obligados a recurrir al sistema privado, de lo contrario, están condenados a morir.

Como consecuencia de lo anterior, dado que la cobertura es muy baja, muchas veces quedan con deudas enormes. Lo más inaceptable es que, a parte de las deudas generadas en atención de salud, que no debieran existir, es la falta de un sistema de protección real a las personas, a su dignidad y al aspecto más esencial que es la vida y la salud.

Por ello, los autores de esta moción, presentaron este proyecto de ley que busca resolver una situación dramática, injusta, dolorosa, pero que, además, destruye a las personas, porque tener una deuda en salud y pasar a DICOM es inhabilitarlos civilmente para cualquier actividad, préstamo o trabajo.

La Comisión procedió a aprobar el proyecto en general y en particular, con la incorporación de la palabra “hospitalaria” propuesta por el Senador señor Quinteros, asimismo, se realizaron ajustes de forma, y propone al Senado obrar de igual modo.

- Sometido a votación en general y en particular, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Goic y señores Chahuán, Girardi y Quinteros.

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TEXTO DEL PROYECTO APROBADO

Se consigna a continuación el texto del proyecto, cuya aprobación en general y en particular propone la Comisión:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único. - Modificase la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud de la siguiente manera:

Intercálase en el inciso segundo del artículo 17 a continuación del último punto y coma (;) antecedido por la frase: "tampoco las deudas contraídas con instituciones de educación superior de conformidad a las leyes números 18.591 y 19.287, ni aquellas adquiridas con bancos o instituciones financieras de conformidad a la ley N° 20.027, o en el marco de las líneas de financiamiento a estudiantes para cursar estudios en educación superior, administradas por la Corporación de Fomento de la Producción, ni alguna deuda contraída con la finalidad de recibir para sí o para terceros un servicio educacional formal en cualquiera de sus niveles" la siguiente nueva frase: "ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia sean estas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones;".

Artículo transitorio.- Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia a partir de los ciento ochenta días posteriores a la publicación de la misma. Los responsables de los registros o bancos de datos personales que almacenan y comunican información sobre las obligaciones a que se refiere el artículo anterior deberán eliminar todos los datos relacionados con éstas, en el plazo señalado anteriormente.”.

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Acordado en sesión de fecha 5 de enero de 2022, con asistencia de los Honorables Senadores señora Goic y señores Chahuán, Girardi y Quinteros.

Valparaíso, 5 de enero de 2022.

JUAN PABLO LIBUY GARCIA

Abogado Secretario (S) de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE PROHÍBE INFORMAR LAS DEUDAS CONTRAÍDAS PARA FINANCIAR ATENCIONES DE SALUD

BOLETÍN Nº 14.211-11

I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: esta iniciativa de ley tiene por objetivo modificar la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud.

II ACUERDOS: aprobado en general y en particular (Unanimidad 4x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: un artículo único y un artículo transitorio.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V. URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN e INICIATIVA: moción de los Honorables Senadores señores señor Girardi, señora Goic, y señores Quintana y Quinteros.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: primer trámite.

VIII. INICIO DE LA TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 28 de abril de2021.

XI. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe; se propone a la Sala la aprobación en general y en particular.

X. NORMAS QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

- Artículo 19 numeral 9 de la Constitución Política de la República.

- Artículo 17 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada.

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Valparaíso, 05 de enero de 2022.

JUAN PABLO LIBUY GARCIA

Abogado Secretario (S) de la Comisión

[1] El Sistema de Salud de Chile: una tarea pendiente Alejandro Goic. Rev. méd. Chile vol. 143 no.6 Santiago jun. 2015

1.3. Discusión en Sala

Fecha 22 de marzo, 2022. Diario de Sesión en Sesión 3. Legislatura 370. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

PROHIBICIÓN DE INFORMAR DEUDAS CONTRAÍDAS PARA FINANCIAR ATENCIONES DE SALUD

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, señor Presidente .

El señor Presidente pone en discusión el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción del Honorable Senador señor Quintana y los ex Senadores señora Goic y señores Girardi y Quinteros, que prohíbe informar las deudas contraídas para financiar atenciones de salud, con informe de la Comisión de Salud.

--A la tramitación legislativa de este oficio (boletín 14.211-11) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Esta iniciativa legal, al tenor de la moción que le dio origen, tiene por objetivo modificar la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el fin de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud.

La Comisión de Salud hace presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento del Senado, la discutió en general y en particular, por tratarse de aquellas de artículo único, y propone a la Sala obrar de igual modo.

Asimismo, deja constancia de que aprobó en general y en particular el proyecto, con la enmienda y ajustes formales que consigna en su informe, por la unanimidad de sus entonces miembros presentes, Honorable Senador señor Chahuán y ex Senadores señora Goic y señores Girardi y Quinteros.

El texto que se propone aprobar se transcribe en las páginas 6 y 7 del informe de la Comisión de Salud y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.

Es todo, señor Presidente.

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Se ofrece la palabra sobre este proyecto.

La tiene el Senador Macaya.

El señor MACAYA.-

Gracias, Presidente.

Esta nos parece una iniciativa muy muy relevante y, obviamente, digna de aprobarse. La protección de los datos personales es uno de los elementos que más actualización requiere en nuestra legislación. Evidentemente se han configurado abusos en contra de personas por situaciones de salud, que es un derecho que tiene consagración constitucional en nuestro ordenamiento jurídico.

Por lo tanto, uno tiene que ponerse al día en esta materia, por lo que toda norma que promueva un avance en la protección de la vida privada es bien valorada, especialmente tratándose de un ámbito tan delicado y sensible como es el de las atenciones de salud.

En muchos casos, dada la urgencia de estas prestaciones, tenemos una legislación que se ha ido poniendo al día, que es -valga la redundancia- la Ley de Urgencia. Con frecuencia los pacientes tienen que incurrir en deudas para costear tales atenciones, las que, al incorporarse a los boletines comerciales o bancos de datos, pueden traducirse en impedimentos para el acceso a otras prestaciones de salud o eventualmente en la imposibilidad de acceder a créditos para otras finalidades.

La discusión del proyecto en la Comisión de Salud del Senado fue bien consensuada. Y quiero valorar el trabajo que hizo la Comisión que terminó su mandato el 11 de marzo recién pasado, lo mismo que el del Ministerio, cuyo representante destacó en su oportunidad la importancia que tiene esta iniciativa, especialmente en aquellos casos en que los pacientes contraen deudas para financiar prestaciones que se encuentran en revisión por parte de la Superintendencia de Salud respecto de la cobertura por el sistema de Garantías Explícitas en Salud.

Hay que destacar también cómo la jurisprudencia administrativa de la misma Superintendencia ha ido avanzando en proteger de los abusos que muchas veces sufren los pacientes, particularmente del sector privado, pero también de los sistemas públicos.

Sin embargo, creo que hay que hacer la prevención de que la amplitud del proyecto eventualmente podría dar lugar a algunos abusos por parte de los deudores, en particular en el caso de atenciones que no sean necesariamente de urgencia y en materias que no necesariamente tengan que ver con una prestación de salud orientada a mejorar la salud -valga la redundancia- de los pacientes. Estoy pensando en las cirugías estéticas, que no tienen por finalidad la salud de los pacientes.

Por lo tanto, hay que hacer algunas precisiones, ya que el proyecto se refiere -y probablemente es necesario establecer una definición conceptual un poquito más específica- a todas las atenciones de salud, sean hospitalarias, ambulatorias o de urgencia. Creemos que el foco tiene que estar puesto más bien en las urgencias, así como en exámenes, consultas y procedimientos. Por eso es que de la revisión del proyecto inmediatamente se me vienen a la mente aquellas cirugías que no tienen que ver con un mejoramiento de la condición de salud de los pacientes, como las cirugías estéticas.

En consecuencia, nosotros estamos por aprobar este proyecto. Nos parece importante, entendiendo que según su tramitación le corresponde volver a la Comisión de Salud y escuchar ahí al Ejecutivo para que se le puedan presentar indicaciones que acoten o expliciten de mejor manera su articulado y el derecho que se está configurando.

En consideración a todos estos argumentos, Presidenta, la bancada de Senadores de la UDI va a aprobar en general la iniciativa, entendiendo que se abrirá un plazo para formularle indicaciones.

He dicho.

La señora EBENSPERGER ( Vicepresidenta ).-

Gracias, Senador.

Tiene la palabra el Senador Flores.

El señor FLORES.-

Muchas gracias, señora Presidenta.

El problema que aborda el proyecto, sin ninguna duda, y que queda despejado a la primera lectura, es una prestación de salud imperfecta que obliga al endeudamiento frecuente, sin que la persona pueda tener un debido respaldo financiero propio.

Pero aquí se trata, señora Presidenta , estimados colegas -por su intermedio-, de defender la vida y, por cierto, la vida propia, de tal manera que el proyecto, apuntando directamente a una situación que nos duele y nos afecta a todos, requiere ser aprobado con celeridad para que, en definitiva, se convierta en una realidad, tal como ya lo es la prohibición de informar sobre deudas para estudiar y mejorar en la vida, necesidad que las familias tampoco tienen cubierta.

Así las cosas, Presidenta , modificar la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, con el objeto de prohibir que se informe acerca de las deudas contraídas para financiar servicios o acciones de salud, es hoy día una realidad que debemos apoyar. No puede ser que una persona que busca empleo o necesita acceder a un crédito se vea impedida de aquello porque intentó salvar la vida propia, la de un ser querido o la de un cercano. No puede ser que el esfuerzo por asegurar la prestación de un servicio que nuestro Estado aún no está en condiciones de resolver -espero que esta situación se remedie- finalmente termine negándole la posibilidad de acceder a otros beneficios o servicios que la persona necesita.

Así es que invito a aprobar el proyecto, que ojalá concluya en una solución que beneficie a miles de hombres y mujeres que están sufriendo este problema.

Gracias, Presidenta .

La señora EBENSPERGER ( Vicepresidenta ).-

A usted, Senador.

Tiene la palabra el Senador José Miguel Durana.

El señor DURANA.-

Gracias, Presidenta .

Este proyecto, que busca modificar la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, es muy loable porque tiene como objeto fundamental prohibir que se informe acerca de las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud. Lo que se pretende, finalmente, es limitar la publicación de las deudas contraídas por prestaciones de salud, desde aquellas originadas en una simple consulta hasta las que pueden derivar de prestaciones de gran complejidad.

La idea de legislar en la materia es atendible, dado que las personas deben tener la oportunidad de realizar sus actividades económicas normales sin verse limitadas por los efectos económicos de alguna enfermedad grave que hayan padecido.

En muchos casos, considerando la necesidad urgente de ciertas prestaciones, los pacientes deben incurrir en importantes deudas para poder costearlas, las que, al incorporarse en boletines comerciales o bancos de datos, finalmente se traducen en impedimentos para el acceso a otras prestaciones de salud o a nuevos créditos con otras finalidades.

Lo que no es prudente, en mi opinión, es incluir en esta normativa todas las deudas contraídas por cualquier tipo de prestaciones de salud, puesto que ello generaría que las entidades privadas vieran en serio riesgo el cobro de sus servicios, lo que conllevaría, para una gran parte de la población, un acceso mucho más dificultoso al sector privado de salud.

Sin embargo, consideramos que la amplitud del proyecto puede dar lugar a abusos por parte de deudores en caso de atenciones que no sean de urgencia, dado que su texto se refiere a todas las prestaciones de salud, sean hospitalarias, ambulatorias o de urgencia, así como a exámenes, consultas y procedimientos.

Es por ello que el ámbito de aplicación de la ley debería restringirse, a mi juicio, a épocas de pandemia o de emergencia sanitaria, o bien a operaciones de emergencia o de alto costo, sin aumentar, en ningún caso, el riesgo de incobrabilidad de este tipo de deudas.

Voto a favor, en el entendido de que en la discusión particular trataremos de generar un proyecto que verdaderamente ayude a aquellas personas que de un día para otro tienen una emergencia o pueden verse expuestas a alguna enfermedad catastrófica, de tal manera de colaborar y finalmente lograr que todas estas personas reciban una buena atención de salud.

He dicho, Presidenta .

La señora EBENSPERGER ( Vicepresidenta ).-

Gracias, Senador.

Les recuerdo a los Honorables Senadores y Senadoras que el proyecto que estamos analizando es de artículo único y que, por lo tanto, lo estamos discutiendo en general y en particular.

Tiene la palabra, a continuación, el Senador Bianchi.

El señor BIANCHI .-

Muchas gracias, Presidenta .

Iniciativas como esta son las que tienen sentido. En este caso, se trata de un proyecto simple, de artículo único, pero de gran relevancia para muchas familias.

Yo aún recuerdo que hace un tiempo para meter a un enfermo a una urgencia se pedía un cheque en garantía. Había que llamar a alguien para que lo trajera y, mientras tanto, el enfermo quedaba esperando afuera.

El proyecto va en la línea de no informar las deudas por atenciones de salud al sistema financiero.

Un enfermo coronario, por ejemplo, sale del pabellón para luego caer al Dicom. Le seguimos generando problemas. Y es aquí cuando uno tiene que ver el sentido de lo que es realmente la salud, cuál es su valor; no el valor económico que uno pasa por la caja de la clínica o de un hospital, sino el valor de la vida. Cuando uno lleva a un familiar, por ejemplo, a una hija o un hijo, no se preocupa de cuál es el valor de la atención, sino del valor de la vida.

Como Diputado , me tocó recibir en mi oficina a personas a quienes se les habían embargado los bienes por el pecado de enfermarse, por ejemplo, de un cáncer, o recibir constantemente invitaciones a beneficios o completadas para poder someterse a una cirugía.

Esa es la salud como un bien de consumo.

Yo soy de las personas que creen que las crisis no llevan a un avance o, al menos, a alcanzar un sentido de realidad.

Por ejemplo, hablo de la pandemia. La crisis sanitaria develó sin maquillaje nuestro sistema de salud: sin especialistas, colapsado, sin instalaciones mínimas que garanticen la dignidad, con sus trabajadores haciendo un sobreesfuerzo para atender. Ya no se podía ocultar el verdadero sistema de salud que tenemos.

Y luego un estallido, donde las cosas importantes eran justamente la salud, las pensiones, la vivienda, la educación, que mantenían un factor en común: ir a un banco a pedir un crédito para obtener derechos que se han transformado en un bien de consumo, no temas como el bicameralismo asimétrico, el presidencialismo atenuado y tantos etcéteras que vemos hoy día en los matinales.

El mensaje era claro: derechos sociales como el derecho a una salud digna.

Y la salud no puede seguir siendo un privilegio o una condena de por vida para un enfermo que puede perder sus bienes, porque enfermarse no es un delito ni la salud tampoco puede ser un privilegio. La salud pública hoy día termina siendo para muchas personas una condena, y las isapres, en su relación de mayor utilidad-menor prestación, son un privilegio de muy pocos.

¡Ojo! Las isapres en pandemia se enriquecieron mucho, porque no cubrieron las prestaciones que habitualmente entregaban y, por tanto, dejaron de atender a muchas personas. Sin embargo, siguieron subiendo las primas.

No podemos seguir en este camino de que las personas, por un temor económico, eviten tratar sus enfermedades o, por ejemplo, dejen de estudiar porque eso representa una condena a años de crédito.

Tenemos que hacer todos los esfuerzos posibles, sin escatimar recursos, para una salud digna. Para eso no hay excusas como ocurrió, por ejemplo, con la iniciativa de ley sobre espectro autista, donde se puso en duda el financiamiento.

¡Esto es inaceptable e inhumano!

Si bien este proyecto no elimina listas de espera ni transforma la salud en un derecho y no en un bien de consumo, al menos deja que, de una u otra manera, a alguien que lo está pasando mal no le sigamos jodiendo más la vida.

Yo apoyo este proyecto.

Pero hay que tener cuidado: se van a generar otras herramientas para perseguir a las personas que tengan alguna deuda o para traducirlo en mayores costos de salud.

Voy a aprobar esta iniciativa, pero quiero hacer hincapié en que es imprescindible toda la fiscalización necesaria para que no se le busque alguna salida que termine perpetuando un sistema igualmente abusivo.

Gracias, Presidente .

El señor ELIZALDE (Presidente).-

A usted, Senador Bianchi.

Tiene la palabra el Senador Francisco Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , Honorable Sala, efectivamente este es un proyecto muy sentido por la comunidad, debido a que las prestaciones de salud, muchas veces por su alto costo, terminan por inhabilitar civilmente para cualquier actividad, préstamo o trabajo a aquellas personas que entran a Dicom cuando contraen una deuda para poder salvar su vida.

La salud es un derecho por el cual nosotros hemos luchado en los tribunales de justicia. Yo he presentado una centena de recursos de protección y todos los hemos ganado cuando el Estado no ha dispuesto los tratamientos médicos. Logramos sentencias, tanto de las Cortes de Apelaciones como de la Corte Suprema, asegurando el derecho a la salud de personas que no tienen los recursos para poder endeudarse.

Es por eso que, independientemente de su consagración, por de pronto Renovación Nacional y el Senador que habla somos partidarios de este derecho social en el proceso convencional constituyente, y lo estamos apoyando con mucha fuerza. Así lo demostraremos en nuestras votaciones que se verán en los próximos días en la Convención Constitucional.

Queremos decir, además, que hemos logrado ganar más de una centena de fallos que van justamente en esa dirección.

Esto deja también una situación bastante crítica a aquellas personas que contraen estas deudas y no logran finalmente optar a que el sistema público de salud cubra tratamientos de alto costo.

Y lo mismo ocurre con las enfermedades raras o infrecuentes. Me tocó dar una lucha antes de ser parlamentario como abogado ad honorem de la Agrupación de Enfermos Terminales y Catastróficos de Chile, la Agrupación de Padres de Niños con Fibrosis Quística y la Agrupación de Padres de Niños con Enfermedades Lisosomales, donde dimos una lucha muy importante para asegurar el derecho a la salud de muchas personas que no tenían acceso a ella.

En esos términos, establecer además una sanción adicional consistente en inhabilitar civilmente a esas personas para cualquier actividad, préstamo o trabajo, mediante la información de esas deudas a Dicom, me parece que claramente es un contrasentido.

Es por eso que este proyecto lo aprobamos en la Comisión y lo apoyaremos con fuerza.

Y, ciertamente, esta es también una señal de esperanza para muchos chilenos que lamentablemente siguen, a pesar de todo el esfuerzo que ha hecho el Estado en enfermedades de alto costo (la Ley Ricarte Soto), financiando el costo de sus enfermedades con lotas o con bingos.

Por eso es tan importante entender que, cuando hay endeudamientos personales que afectan a las familias chilenas, estos no deben ser informados a Dicom.

Por supuesto, yo voto favorablemente.

Y también es preciso manifestar acá que el Estado de Chile tiene una deuda pendiente con el derecho a la salud.

Como les digo, nosotros logramos ganar todos y cada uno de los recursos de protección que hemos presentado en los tribunales de justicia. Le ganamos a una isapre esos recursos en el caso de enfermos lisosomales y también en el de enfermedades raras o infrecuentes o de fibrosis quística.

Es por eso que nosotros hacemos un llamado de atención en el sentido de que el Estado debe pagar esa deuda pendiente con los enfermos de nuestro país.

Y yo espero que una de las prioridades legislativas -si es que finalmente me toca, yo voy a seguir integrando la Comisión de Salud del Senado para pedírselo a las autoridades de este Gobierno- sea un proyecto que estuvo en tramitación durante el segundo Gobierno de la Presidenta Bachelet , y luego en el segundo Gobierno del Presidente Piñera, para darles un estatus a las enfermedades raras o infrecuentes, asegurar los recursos necesarios, más allá de los instrumentos que se han generado, y proporcionarles también las coberturas necesarias.

Y, por supuesto, nos jugaremos para que ello ocurra y ese proyecto nuevamente se ponga en tabla, a pesar de que los Ministros de Hacienda, tanto de la entonces Presidenta Bachelet como también del segundo Gobierno del Presidente Piñera, se negaban a entregar los recursos necesarios para cubrir esos derechos.

En consecuencia, velaremos por que esos proyectos sean puestos en tabla y en discusión y finalmente haya dignidad para los enfermos de nuestro país.

He dicho.

¿Es posible abrir la votación?

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Se ha pedido abrir la votación.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

En votación.

Tiene la palabra el Senador Castro.

(Durante la votación).

El señor CASTRO (don Juan Luis).-

Gracias, Presidente.

Cuando en Chile hay más de cuatro millones y medio de personas que viven con niveles de sobreendeudamiento, es decir, destinan más del 70 por ciento de sus ingresos a pagar deudas, de las cuales la mitad corresponde a gastos en salud o acceso a medicamentos, estamos en un grave problema.

A primera vista alguien podría pensar que este proyecto va focalizado a los usuarios de las isapres. ¡No! Piensen ustedes que hay más de cinco millones de chilenos en los grupos C y D de Fonasa, es decir, gente que para una atención simple va a un Cesfam, pero para un parto, para una operación de hernia o de vesícula van a una clínica. ¡Y son Fonasa! Y esa gente, que no entra por Ley de Urgencia, tiene que ingresar por la vía del endeudamiento para pagar el sistema de atención de esa prestación.

En ese sentido, hoy día claramente no hay privacidad suficiente para las deudas contraídas desde los créditos Corfo, retail, desde el sistema bancario ni del incluso para otras deudas como es el caso de los catastróficos que vienen de hospitalizaciones anteriores o de aquellos endeudados con hospitales, porque en los hospitales también hay pensionados que ejecutan cobros a esas personas.

Si la mirada del prestador, que en Chile es mixto, público o privado, para atender personas es de seguro público o privado, tiene que haber disposición a evitar esta discriminación o descreme producto simplemente del endeudamiento que arrastra una persona que se va a internar en un centro de salud.

En ese sentido, la ley N° 19.628, que es la que se modifica con este proyecto de ley, va en el sentido correcto. Es decir, el objeto concreto: prohibir informar deudas de salud a Dicom, cuentas impagas como consecuencia de una atención de salud de urgencia, de cualquier naturaleza, para que no sean publicadas, toda vez que son datos protegidos.

En ese aspecto, la deuda pendiente, desde la época del entonces Presidente Lagos, es hacer una reforma a la salud.

La última fue el año 2002: pasó por el Congreso, creó hospitales autogestionados, definió una nueva autoridad sanitaria, creó el régimen GES (o AUGE) de prestaciones. Pero han pasado veinte años, y hoy día claramente tenemos una dificultad real para lograr mejorar la gestión hospitalaria; un endeudamiento que es creciente; un público que, si no está condenado a esperar en un hospital, va a un recinto privado a buscar una internación o a un médico particular comprando un bono. Y eso genera la espiral del endeudamiento sistemático.

Por eso, creo que este proyecto va en el sentido correcto, debiera contar con una amplia mayoría -nosotros desde el Partido Socialista lo vamos a apoyar- y habrá que hacer todas las definiciones con las nuevas autoridades, que ojalá vengan pronto al Congreso, especialmente al Senado, a conversar cuál es el cambio sustantivo de la reforma a la salud.

Vienen del período anterior reformas al Fonasa y a las isapres, que no han dado a luz. Por distintos motivos, el Senado no pudo ver un texto definitorio sobre los cambios en Fonasa e isapres.

Creo que esta es la oportunidad.

Este proyecto abre un camino que -digámoslo, Presidente - está superjudicializado. ¡Muy judicializado! Pregunten en todas las cortes los problemas que hay en esta materia. ¡Y son enormes!

Entonces, este es un paso correcto; lo apoyamos. Y ojalá contemos con la visión de la nueva autoridad sobre cómo recorremos la reforma a la salud, que es la que va a cambiar el orden general del sistema.

Muchísimas gracias, Presidente.

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Tiene la palabra la Senadora Órdenes.

La señora ÓRDENES.-

Gracias, Presidente.

Valoro esta moción del Senador Quintana y de los entonces Senadores Girardi y Quinteros y Senadora Goic.

Creo que lo importante acá, como decía el Senador Castro, es que se abre una puerta, porque, a pesar de los avances en los indicadores sanitarios básicos, la sociedad chilena no ha logrado hasta hoy configurar una fórmula de atención médica a las personas, que sea equitativa y que satisfaga las apremiantes necesidades cotidianas que tiene la población.

Yo diría que una de las principales fuentes de inseguridad de chilenos y chilenas es enfrentarse a una enfermedad, precisamente por los costos que tiene.

Pero el gran desafío que tenemos, sin duda, es avanzar hacia una reforma, una nueva estructura en salud.

Hoy día, como ustedes saben, los prestadores públicos proveen la atención a la mayoría de la población (casi un 80 por ciento), mientras que los privados abastecen de servicios, tanto a afiliados a las isapres como a Fonasa en la modalidad libre atención, al resto de las personas.

Entonces, tenemos un desafío acá: si vamos a entender la salud como un derecho fundamental o no.

Por eso me parece que este proyecto es un buen paso.

Quiero valorar esta iniciativa que prohíbe informar las deudas contraídas orientadas a financiar atenciones de salud, que conocemos como el "Dicom de la salud", porque sabemos que la población está dispuesta a endeudarse para acceder a una atención, a costa de lo que sea. Y estoy segura de que cada uno de nosotros tendrá alguna experiencia cercana en esa línea.

Cuando se busca obtener solución a un problema importante, como es salvarle la vida a un familiar, claramente no se mide la magnitud de una deuda. Sin embargo, muchas veces el pago de ella se hace imposible; por lo que los informes comerciales de los sostenedores de ella se ven manchados, lo que dificulta el acceso a nuevos créditos, a entidades bancarias, incluso la postulación a trabajos.

Entonces, a mí me parece que es un proyecto -yo diría- redondito, de artículo único, y que debe permitir abrir la puerta a una discusión a la que espero el nuevo Gobierno le dé la prioridad que requiere: una reforma sustantiva al sistema de salud en Chile.

Muchas gracias, Presidente .

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Gracias, Senadora Órdenes.

Tiene la palabra el Senador Edwards.

El señor EDWARDS.-

Gracias, Presidente.

Comparto la necesidad imperiosa de hacer una reforma a la salud. Es interesante constatar que el gasto en salud pública ha ido creciendo en los últimos años, y hoy día el gasto mensual por persona en la salud pública es prácticamente igual que en la salud privada.

Entonces, la pregunta que uno se hace es por qué tenemos tal diferencia en calidad de la salud en la atención privada y en la atención pública.

Debemos hacer una reforma profunda a la salud, pero que respete el derecho de la persona a elegir qué salud quiere para su familia y para ella misma con recursos del Estado, si es que no puede pagarlos. De esa manera, quienes entreguen malos servicios, sean públicos o privados, no van a poder seguir operando, mientras que seguirán funcionando y agrandándose quienes entregan buena calidad, independiente si son públicos o privados.

Por lo tanto, ¿reforma a la salud? ¡Sí! Pero reforma entendiendo que el derecho a la salud es de la persona y no del oferente; eso es muy importante considerarlo. ¡El derecho a la salud es de la persona y no del oferente!

Y si hoy día tenemos una salud pública de muy mala calidad, cuyo gasto por persona por mes es el mismo que en la salud privada, dejemos que las personas se atiendan donde más les convenga y donde se les otorgue un servicio con el cual puedan satisfacer su derecho a la salud.

Independiente de la reforma que se requiere -y espero que la Convención Constituyente, que hoy día está funcionando, respete el derecho a la salud de las personas, no del oferente, y no nos obligue a atendernos con determinado prestador, incluso cuando está entregando mala salud y existen los recursos suficientes-, resulta completamente triste constatar hoy día que muchas veces, más que el temor de la enfermedad misma, lo que agobia a la familia son los altísimos costos de las diferentes prestaciones médicas, al margen de dónde se atiendan, especialmente cuando en Chile tenemos una población con una mediana de sueldo de alrededor de 450 mil pesos y una media de alrededor de 630 mil pesos, que claramente no permite optar a un buen servicio de salud para poder atenderse y mejorarse.

Por lo tanto, resulta contraproducente que una persona, por una urgencia o necesidad, se endeude para resguardar su salud y termine al final del día impedida de acceder a nuevas opciones crediticias, porque se toman ciertas acciones en contra de ella.

En simple, lo que hace esta iniciativa es evitar cerrarles las puertas a los chilenos y chilenas que, habiendo superado una situación delicada, requieren recuperar sus emprendimientos, refinanciar sus pymes, ordenar sus deudas o costear otro tipo de gastos necesarios para su día a día.

Por eso, me parece de toda lógica que aprobemos este proyecto por unanimidad.

Anuncio mi voto favorable.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (40 votos a favor, 1 abstención y 1 pareo), y queda despachado en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Campillai, Carvajal, Ebensperger, Gatica, Núñez, Órdenes, Pascual, Provoste, Rincón y Sepúlveda y los señores Bianchi, Castro (don Juan Luis), Chahuán, Coloma, Cruz-Coke, De Urresti, Durana, Edwards, Elizalde, Espinoza, Gahona, Galilea, Huenchumilla, Insulza, Kast, Keitel, Latorre, Macaya, Moreira, Núñez, Ossandón, Prohens, Quintana, Saavedra, Sandoval, Soria, Van Rysselberghe, Velásquez y Walker.

Se abstuvo el señor Kuschel.

No votó, por estar pareado, el señor Araya.

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Se deja constancia de la intención de voto favorable del Senador señor Kusanovic.

En consecuencia, queda aprobado en general y particular este proyecto, y se despacha a la Cámara de Diputados para su segundo trámite.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 22 de marzo, 2022. Oficio en Sesión 5. Legislatura 370.

Valparaíso, 22 de marzo de 2022.

Nº 138/SEC/22

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABÑE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la moción, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley que prohíbe informar las deudas contraídas para financiar atenciones de salud, correspondiente al Boletín N° 14.211-11:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Intercálase, en el inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud, a continuación de la expresión “en cualquiera de sus niveles;”, lo siguiente: “ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia sean éstas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones;”.

Artículo transitorio.- La presente ley entrará en vigencia a partir de los ciento ochenta días posteriores a la publicación de la misma. Los responsables de los registros o bancos de datos personales que almacenan y comunican información sobre las obligaciones a que se refiere el artículo anterior deberán eliminar todos los datos relacionados con éstas, en el plazo señalado anteriormente.”.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ÁLVARO ELIZALDE SOTO

Presidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Salud

Cámara de Diputados. Fecha 19 de julio, 2022. Informe de Comisión de Salud en Sesión 53. Legislatura 370.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE INFORMAR LAS DEUDAS CONTRAÍDAS PARA FINANCIAR ATENCIONES DE SALUD.

BOLETÍNES N° 14.211-11 (S).-

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Salud viene en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en moción del senador Jaime Quintana, y de los ex senadores Guido Girardi, Carolina Goic y Rabindranath Quinteros.

CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) La idea matriz o fundamental del proyecto, de acuerdo a lo establecido por el Senado como cámara de origen, es modificar la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud.

2) Normas de carácter orgánico constitucional.

No hay.

3) Normas de quórum calificado.

No hay.

4) Normas que requieren trámite de Hacienda.

No hay.

5) El proyecto fue aprobado, en general, por la unanimidad de los diputados presentes (11 a favor).

Votaron a favor los diputados y diputadas Aedo, Astudillo, Bravo, Cariola, Cordero, Gazmuri, Lagomarsino, Lilayu, Palma, Romero y Rosas.

6) Diputada informante: señora Ana María Gazmuri Vieira.

I.- RESUMEN DE LOS FUNDAMENTOS DE LA MOCIÓN.

En la exposición de motivos de la moción original, se destaca que en el país el derecho a la salud se ha convertido en motivo de preocupación ciudadana creciente y sostenida.

Se hace presente que existe un sistema fragmentado e inequitativo de salud, en el que convive un fondo público que da cobertura al 80% de la población (Fondo Nacional de Salud –Fonasa-) con múltiples seguros privados o instituciones privadas de salud previsional (Isapres) para el 18% de la población.

Ambos sistemas han sido objeto de críticas. Hay descontento de la población, que está relacionado sobre todo con la persistencia de inequidades en salud, las dificultades para acceder a medicamentos y la atención en problemas de salud no priorizados en el plan de garantías explícitas y en la no resolución de aspectos pendientes en el aseguramiento privado, entre otros.

Agregan que respecto al sistema de salud público/privado existen diferencias. Entre ellas, las áreas analizadas son esencialmente la calidad, eficiencia de costos y selección de pacientes. El mercado de provisión de atenciones en salud es de carácter mixto, lo que provoca una estructura con subsistemas que actúan casi de forma paralela. El mercado privado, está compuesto en su mayoría por prestadores con fines de lucro, como centros médicos, clínicas, clínicas especializadas y consultas privadas. El subsistema público está compuesto por los servicios de salud que administran la red asistencial local y los consultorios de administración municipal que proveen de atención primaria a las comunidades.

A juicio de los autores, pese a los avances indiscutibles en los indicadores sanitarios básicos, la sociedad chilena no ha logrado hasta hoy configurar una fórmula de atención médica que sea equitativa y satisfaga las apremiantes necesidades cotidianas que tiene su población, especialmente la más desvalida desde un punto de vista económico, incluidos los más ancianos.

Se manifiesta que gran porcentaje de la población no está en condiciones de asumir los costos de la atención de salud, situación necesaria y prioritaria que los Estados deben considerar al organizar sus sistemas sanitarios y de atención médica. En la actualidad, los ciudadanos no se sienten adecuadamente protegidos por el sistema de salud y tienen miedo a enfermar.

Parte de la población está dispuesta a endeudarse para acceder a atención de salud. Los autores advierten que entre otras dificultades del sistema de salud, se encuentran las abultadas deudas que adquieren los pacientes y su familia en sus tratamientos, las que terminan redundando, muchas veces, ante la imposibilidad de pagarlas, en la afectación al acceso a nuevos créditos en el sistema financiero e incluso para la postulación a nuevos trabajos.

Por último, sostienen que lamentablemente el acceso a la salud no es un derecho resguardado por el Estado como debería ser, cargando los pacientes con la necesidad de asistir a la salud privada para obtener respuestas, con el consiguiente endeudamiento.

III. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN, Y ACUERDOS ADOPTADOS.

A)Discusión general.

•Intervenciones en el seno de la Comisión.

El Ejecutivo, a través de su asesor legislativo, el abogado Jaime Junyent, manifestó que si bien esta iniciativa legal es sencilla en sí misma, es de mucha importancia para un sector de la población. Hizo presente que en Chile se ha avanzado mucho en cultura financiera en temas de salud, pero que aún existen temáticas respecto de las cuales se debe avanzar, como en lo referente a la confidencialidad y reserva de datos sensibles.

Al respecto, indicó que cuando se permite que se informe a un boletín comercial sobre una deuda originada en una prestación de salud, de alguna manera se está entregando una información que atañe a la intimidad de las personas. Además, se genera un círculo vicioso, toda vez que una persona debe endeudarse para mantener su salud, sin embargo, se le hace difícil acceder a un crédito por esa misma circunstancia. En consecuencia, a las personas que han pasado por un problema de salud catastrófico desde el punto de vista financiero, se les adiciona la dificultad de acceder a un crédito, generándose otro problema más.

* * * * * * * * * * * *

•Votación en general del proyecto.

La Comisión, compartiendo los objetivos y fundamentos tenidos en consideración en la moción, y luego de recibir la opinión del Ejecutivo, que permitió a sus miembros formarse una idea de la iniciativa legal sometida a su conocimiento, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por unanimidad de los diputados presentes (11 votos a favor).

Votaron a favor los diputados y diputadas Aedo, Astudillo, Bravo, Cariola, Cordero, Gazmuri, Lagomarsino, Lilayu, Palma, Romero y Rosas.

* * * * * * * * * * * *

B)Discusión particular.

Artículo único.-

El texto propuesto por el Senado es del siguiente tenor:

“Artículo único.- Intercálase, en el inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud, a continuación de la expresión “en cualquiera de sus niveles;”, lo siguiente:

“ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia sean estas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones;”.

----- Se presentaron dos indicaciones:

1) De la diputada Cariola, para agregar, al final del párrafo que se incorpora mediante el artículo único, la frase “u otras relacionadas,”.

La diputada Cariola explicó que la indicación viene a ampliar el alcance del proyecto de ley, evitando dejar fuera alguna de las múltiples hipótesis existentes.

Se aprobó por unanimidad (10 votos a favor). Votaron a favor los diputados y diputadas Aedo, Astudillo, Bravo, Cariola, Gazmuri, Lagomarsino, Lilayu, Palma, Romero y Rosas.

2) Del diputado Romero para agregar en el artículo único luego del punto final, que pasa a ser punto seguido la siguiente expresión:

“Se excluirá de la prohibición de informar deudas, las contraídas a título de cirugías plásticas con fines de embellecimiento u otras prestaciones con el mismo fin. No se considerarán bajo este concepto aquellas destinadas a corregir malformaciones o deformaciones sufridas por la criatura durante el embarazo o el nacimiento, ni las que tengan como objetivo reparar deformaciones sufridas en un accidente, ni la que tenga una finalidad estrictamente curativa o reparadora.”

El diputado Romero manifestó que la norma debe entenderse circunscrita a la situación o drama que vive una familia o persona que tiene una deuda que ha contraído por una atención de salud, pero no a aquellas que dicen relación con cirugías de embellecimiento o estéticas; estas últimas, no debiesen considerarse dentro del proyecto de ley.

El diputado Rosas recordó que la historia de la cirugía de varices que inicialmente también se planteó como una cirugía estética , en la actualidad, claramente no se le considera como tal, sino que es de carácter necesario. Entonces, opinó, la medicina y las tendencias y avances van cambiando en el tiempo.

Por su parte, comentó que existen muchas personas que se realizan cirugías estéticas porque tienen múltiples problemas de salud mental, en consecuencia, acotó que la indicación del diputado Romero no está en línea con el espíritu del proyecto.

La diputada Bravo manifestó que se inclina por un proyecto de ley que abarque más una generalidad que una excepción, teniendo en consideración el móvil subjetivo de las cirugías estéticas.

La diputada Gazmuri se refirió a la situación que afecta a las personas con guatita de delantal, señalando que sería más favorable una iniciativa más amplia que restrictiva.

El asesor del Ministerio de Salud, señor Jaime Junyent, respecto de las legítimas aprensiones planteadas por los parlamentarios, indicó que la indicación del diputado Romero se encuentra en línea con el artículo 190 N°1 del DFL N°1, de Salud, de 2005. Agregó que el Ministerio de Salud ha sido muy enfático en señalar que no constituyen cirugías de embellecimiento, por ejemplo, la reconstrucción mamaria de una mujer que ha sido víctima de cáncer y las cirugías faciales por accidentes de tránsito, en consecuencia, esto ya existiría en la legislación vigente.

Puesta en votación, fue rechazada (2 votos a favor y 8 en contra). Votaron a favor los diputados Aedo y Romero. Por la negativa, las diputadas y diputados Astudillo, Bravo, Cariola, Gazmuri, Lagomarsino, Lilayu, Palma y Rosas.

Artículo transitorio.-

El texto propuesto por el Senado es del siguiente tenor:

“Artículo transitorio.- La presente ley entrará en vigencia a partir de los ciento ochenta días posteriores a la publicación de la misma. Los responsables de los registros o bancos de datos personales que almacenan y comunican información sobre las obligaciones a que se refiere el artículo anterior deberán eliminar todos los datos relacionados con éstas, en el plazo señalado anteriormente.”.

----- Se presentó una indicación, de los diputados y diputadas Astudillo, Bravo, Cariola, Gazmuri, Lagomarsino, Lilayu, Palma y Rosas, para sustituir en el artículo transitorio la frase “el artículo anterior” por la frase “esta ley”.

Sometida a votación la indicación, en conjunto con el artículo propuesto por el Senado, se aprobó por unanimidad (10 votos a favor). Votaron a favor los diputados y diputadas Aedo, Astudillo, Bravo, Cariola, Gazmuri, Lagomarsino, Lilayu, Palma, Romero y Rosas.

IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.

Artículos rechazados.

No hay.

Indicaciones rechazadas.

- Del diputado Romero para agregar en el artículo único luego del punto final, que pasa a ser punto seguido la siguiente expresión:

“Se excluirá de la prohibición de informar deudas, las contraídas a título de cirugías plásticas con fines de embellecimiento u otras prestaciones con el mismo fin. No se considerarán bajo este concepto aquellas destinadas a corregir malformaciones o deformaciones sufridas por la criatura durante el embarazo o el nacimiento, ni las que tengan como objetivo reparar deformaciones sufridas en un accidente, ni la que tenga una finalidad estrictamente curativa o reparadora.”

VI. MENCIÓN DE ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN LA DISCUSIÓN PARTICULAR.

Artículo único.

Se agregó, al final del párrafo que se incorpora mediante el artículo único, la frase “, u otras relacionadas”, y se reemplazó la letra “u” antes de la palabra “operaciones” por una coma.

Artículo transitorio.-

- Se sustituyó la frase “el artículo anterior” por la frase “esta ley”.

VII. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.

“Artículo único.- Intercálase, en el inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud, a continuación de la expresión “en cualquiera de sus niveles;”, lo siguiente:

“ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia sean estas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías, operaciones, u otras relacionadas;”.

Artículo transitorio.- La presente ley entrará en vigencia a partir de los ciento ochenta días posteriores a la publicación de la misma. Los responsables de los registros o bancos de datos personales que almacenan y comunican información sobre las obligaciones a que se refiere esta ley deberán eliminar todos los datos relacionados con éstas, en el plazo señalado anteriormente.”.

* * * *

Se designó Diputada Informante a la señora Ana María Gazmuri Vieira.

* * * *

Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de 14 de junio, y 5 y 19 de julio de 2022, con la asistencia de las diputadas y diputados Eric Aedo Jeldres, Danisa Astudillo Peiretti, Marta Bravo Salinas, Karol Cariola Oliva, Andres Celis Montt, María Luisa Cordero Velásquez, Ana María Gazmuri Vieira, Tomás Lagomarsino Guzmán (Presidente), Daniel Lilayu Vivanco, Helia Molina Milman, Hernan Palma Pérez, Agustín Romero Leiva y Patricio Rosas Barrientos.

Sala de la Comisión, a 19 de julio de 2022.-

ANA MARÍA SKOKNIC DEFILPPIS

Abogado Secretaria de Comisiones

2.2. Discusión en Sala

Fecha 02 de agosto, 2022. Diario de Sesión en Sesión 54. Legislatura 370. Discusión General. Se aprueba en general.

PROHIBICIÓN DE INFORMAR SOBRE DEUDAS CONTRAÍDAS PARA FINANCIAMIENTO DE ATENCIONES DE SALUD (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN 14211-11)

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

En segundo lugar, corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que prohíbe informar las deudas contraídas para financiar atenciones de salud, correspondiente al boletín N° 14211-11.

Para la discusión de este proyecto se otorgarán cinco minutos a cada diputada y diputado que se inscriba para hacer uso de la palabra.

Diputada informante de la Comisión de Salud es la señora Ana María Gazmuri .

Antecedentes:

-Proyecto del Senado, sesión 5ª de la presente legislatura, en miércoles 23 de marzo de 2022. Documentos de la Cuenta N° 4.

-Informe de la Comisión de Salud, sesión 53ª de la presente legislatura, en lunes 1 de agosto de 2022. Documentos de la Cuenta N° 5.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

En reemplazo de la señora Ana María Gazmuri rendirá el informe el diputado Hernán Palma .

El señor PALMA (de pie).-

Señor Presidente, en representación de la Comisión de Salud, vengo en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley que prohíbe informar las deudas contraídas para financiar atenciones de salud, iniciado en moción del senador Jaime Quintana y de los entonces senadores Guido Girardi , Carolina Goic y Rabindranath Quinteros .

La idea matriz o fundamental del proyecto es modificar la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud.

Fundamentos de la moción

En la exposición de motivos de la moción original se destaca que en el país el derecho a la salud constituye una preocupación ciudadana creciente y sostenida.

Se hace presente que existe un sistema fragmentado e inequitativo de salud, en el que convive un fondo público que da cobertura al 80 por ciento de la población (Fondo Nacional de Salud) con múltiples seguros privados o instituciones privadas de salud previsional (isapres) que entregan cobertura al 18 por ciento de la población.

Ambos sistemas han sido objeto de críticas. Hay descontento en la población, el que se relaciona sobre todo con la persistencia de inequidades en salud, dificultades para acceder a medicamentos y a atención de problemas de salud no priorizados en el plan de garantías explícitas, así como la no resolución de aspectos pendientes en el aseguramiento privado, entre otros.

Se agrega que respecto al sistema de salud público privado existen diferencias. Las áreas analizadas son esencialmente la calidad, la eficiencia de costos y la selección de pacientes.

El mercado de provisión de atenciones en salud es de carácter mixto, lo que da pie a una estructura con subsistemas que actúan casi en forma paralela. El mercado privado está integrado, en su mayoría, por prestadores con fines de lucro, como centros médicos, clínicas, clínicas especializadas y consultas privadas. El subsistema público está integrado por los servicios de salud, que administran la red asistencial local, y los consultorios de administración municipal, que proveen de atención primaria a las comunidades.

A juicio de los autores, pese a los avances indiscutibles en los indicadores sanitarios básicos, la sociedad chilena no ha logrado hasta hoy configurar una fórmula de atención médica que sea equitativa y satisfaga las apremiantes necesidades cotidianas de la población, especialmente la más desvalida desde el punto de vista económico, incluidos los más ancianos.

Se manifiesta que un gran porcentaje de la población no está en condiciones de asumir los costos de la atención de salud, situación necesaria y prioritaria que los Estados deben considerar al organizar sus sistemas sanitarios y de atención médica. En la actualidad, los ciudadanos no se sienten adecuadamente protegidos por el sistema de salud y tienen miedo a enfermar.

Parte de la población está dispuesta a endeudarse para acceder a atención de salud. Los autores advierten que, entre otras dificultades del sistema de salud, se encuentran las abultadas deudas que adquieren los pacientes y sus familias por tratamientos, las que terminan redundando, por la imposibilidad de pagarlas, en la afectación del acceso a nuevos créditos en el sistema financiero, e, incluso, a la postulación a nuevos trabajos.

Por último, sostienen que, lamentablemente, el acceso a la salud no es un derecho resguardado por el Estado, como debiera ser, cargando los pacientes con la necesidad de asistir a la salud privada para obtener respuestas, con el consiguiente endeudamiento.

En la discusión general, el representante del Ejecutivo manifestó que, si bien esta iniciativa legal es sencilla en sí misma, es de mucha importancia para un sector de la población. Hizo presente que en Chile se ha avanzado mucho en cultura financiera en temas de salud, pero que aún existen temáticas respecto de las cuales se debe avanzar, como en lo referente a la confidencialidad y reserva de datos sensibles.

Al respecto, indicó que cuando se permite que se informe a un boletín comercial sobre una deuda originada en una prestación de salud, de alguna manera se está entregando una información que atañe a la intimidad de las personas. Además, se genera un círculo vicioso, toda vez que una persona debe endeudarse para mantener su salud; sin embargo, se le hace difícil acceder a un crédito por esa misma circunstancia.

En consecuencia, a las personas que han pasado por un problema de salud catastrófico desde el punto de vista financiero se les adiciona la dificultad de acceder a un crédito, generándose otro problema más.

Votación en general del proyecto

La comisión, compartiendo los objetivos y fundamentos tenidos en consideración en la moción y luego de recibir la opinión del Ejecutivo, que permitió a sus miembros formarse una idea de la iniciativa legal sometida a su conocimiento, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de los diputados presentes (11 votos a favor).

Votaron a favor las diputadas y diputados Eric Aedo , Danisa Astudillo , Marta Bravo , Karol Cariola , María Luisa Cordero, Ana María Gazmuri , Tomás Lagomarsino , Daniel Lilayu , Hernán Palma , Agustín Romero y Patricio Rosas .

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra el diputado Cristhian Moreira .

El señor MOREIRA.-

Señor Presidente, el objetivo de este proyecto es modificar la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud.

La protección de datos personales es uno de los elementos que más actualización requiere en nuestra legislación. En consecuencia, toda norma que promueva el avance en la protección de la vida privada es bien valorada, especialmente tratándose de una materia tan delicada como lo son las atenciones de salud.

En muchos casos, dada la urgencia de estas prestaciones, los pacientes deben incurrir en importantes deudas para costearlas, las que al incorporarse en boletines comerciales o bancos de datos pueden traducirse en impedimentos para el acceso a otras prestaciones de salud o a nuevos créditos para otras finalidades.

La discusión de este proyecto fue consensuada con el Ejecutivo, tanto en la Comisión de Salud del Senado como también en la Cámara de Diputados.

El representante del Ministerio de Salud destacó la importancia de este proyecto, especialmente en aquellos casos en que los pacientes contraen deudas para financiar prestaciones que se encuentran en revisión por parte de la Superintendencia de Salud respecto de su cobertura por el sistema de Garantías Explícitas en Salud (GES). Además, se hace referencia a aquellas personas que han pasado por un problema de salud catastrófico desde el punto de vista financiero. La existencia de ese tipo de información genera a esas personas un problema adicional, pues la misma termina dificultando su acceso al crédito.

Valoro este proyecto. Ustedes saben muy bien que cuando una persona tiene una enfermedad grave, el costo es muy elevado. En Chile no se asegura la salud, como debe ser, aunque ello esté escrito en la Constitución. Hay que ir a la realidad: nuestro sistema no se preocupa de las personas, lo que estaría vulnerando sus derechos humanos.

Desgraciadamente, esto es sinónimo de pobreza, más allá de lo que puede sufrir una familia cuando tiene un ser querido enfermo.

Por eso, valoro este proyecto, por lo que, obviamente, lo aprobaré.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Patricio Rosas .

El señor ROSAS.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a las y los colegas diputados.

El proyecto que analizamos es de toda justicia, pues valora los principios que tienen que ver con un mercado justo. Las personas que ingresan al Dicom, lamentablemente, por causa de una deuda sanitaria a causa de una enfermedad, no deberían estar ahí, dado que la enfermedad es algo que ellos no han podido evitar. En la mayoría de los casos en que las personas se endeudan para cubrir una enfermedad, se trata de enfermedades nuevas, catastróficas o que van más allá de las coberturas que tienen sus seguros. Esa es una gran limitación que todavía tenemos en nuestro país, porque tenemos este sistema doblemente segmentado, en que Fonasa tiene cerca de quince millones de chilenas y chilenos, que captan cerca de 8.000 millones de dólares en cuanto a los costos, y, por otro lado, las isapres tienen cerca del 18 por ciento de la población, que captan 2.000 millones de dólares, lo que significa que estas tienen cuatro veces más recursos por inscrito; no obstante, así y todo, ninguno de los dos sistemas es capaz de generar una solución en que no tengan que pagar los usuarios, los afiliados o los beneficiarios. ¿Por qué? Porque hay una disimetría, puesto que en uno de los sectores, en donde hay más ganancias o lucro, se produce la salida de esos recursos hacia los dueños de las aseguradoras o isapres.

Por eso, tenemos un mercado muy asimétrico, que además tiene el sistema de integración vertical que hemos denunciado, en que hay participación de las isapres con las clínicas y los laboratorios, en donde finalmente hay una situación anormal. Por esa razón, hoy necesitamos en lo pequeño, particularmente en este proyecto, eliminar de Dicom a las personas que hayan contraído deudas producto de la obligación que han tenido de financiar ciertas patologías, procedimientos, exámenes o cirugías de alto costo no contempladas en sus sistemas de salud, pero también tenemos que avanzar hacia un mercado justo. Digo “un mercado justo”, porque esa es una de las cosas que siempre hemos pregonado desde la socialdemocracia y también desde la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE): que los mercados deben ser justos y que también debe haber un mercado justo dentro de la salud.

Lo digo con toda claridad: la atención pública y privada tienen que coexistir, pero en una forma justa, con valores justos y adecuados, como se planteó durante la pandemia, en que se colocaron los valores que se llaman Grupos Relacionados al Diagnóstico (GRD), que son valores promedio. Con eso se transaron todos los productos y servicios dentro de la red integrada. A eso me refiero con un “mercado justo”, donde haya precios justos, precios conocidos y transparentes.

Vamos a votar a favor este proyecto, porque obviamente viene a dar seguridad y justicia en un mercado que, lamentablemente, no ha sido justo, y quita de encima esta especie de condena a los afiliados y usuarios que han tenido que endeudarse para cubrir una enfermedad de alto costo que no está financiada por ninguno de los sistemas o que tiene fármacos experimentales o tratamientos experimentales que aún no están en las carteras de servicios de sus entidades prestadoras.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Marta Bravo .

La señora BRAVO (doña Marta).-

Señor Presidente, creemos que este proyecto es favorable y necesario, dado que muchas veces los pacientes, por la urgencia de las prestaciones y los tratamientos, deben incurrir en grandes gastos, que luego se traducen en importantes deudas, para tratar adecuadamente y a tiempo sus problemas de salud.

Luego, muchos de estos pacientes se ven en la imposibilidad de pagar dichas deudas, lo que se suma a la dificultad, al ser estas incorporadas al boletín comercial, para acceder a nuevas prestaciones, a créditos o, incluso, a nuevos trabajos que les permitan costear parte de sus deudas.

Creemos que nadie debiese estar impedido o limitado, y menos inhabilitado civilmente, para realizar sus actividades económicas normales, por los efectos económicos de tratar alguna grave enfermedad que haya padecido.

Finalmente, consideramos que la protección de datos personales requiere siempre actualización, sobre todo ante materias tan sensibles como la atención de salud.

Por eso, votaremos a favor esta iniciativa. He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado señor Henry Leal .

El señor LEAL.-

Señor Presidente, el derecho a la vida y el derecho a la salud son de los derechos más esenciales del ser humano. Por lo tanto, siempre deben ser resguardados por el legislador y por todos.

En ese sentido, este proyecto de ley nos convoca, lo compartimos y lo vamos a votar a favor, porque hace sentido, puesto que beneficia a los ciudadanos que lo están pasando mal o que lo han pasado muy mal, a los cuales el sistema muchas veces no los ha acompañado y más encima hoy la sociedad los sanciona o castiga.

Hoy, las deudas por educación no se informan al boletín comercial, y tampoco las deudas por servicios básicos. Sin embargo, las deudas por salud, que es un tema tan sensible, sí se informan al boletín comercial.

Hoy, los ciudadanos muchas veces no recurren al sistema público, a los hospitales o a los consultorios, porque no tienen una atención de salud oportuna o a tiempo, y muchas veces se ven forzados con sus familias a recurrir al sistema privado. Cuando está en riesgo la salud o la integridad física, la familia y el paciente están dispuestos a todo, a endeudarse y a buscar atención oportuna, porque la vida es lo más importante. Muchas veces eso trae consigo grandes deudas en materia de salud.

Además, a veces esas familias y esos pacientes quieren pagar y hacen un esfuerzo después de ser atendidos. Sin embargo, las deudas ya han sido informadas al boletín comercial, lo que les impide ir a un banco o a alguna institución financiera a pedir dinero para pagar o saldar su deuda de salud. Ese es un círculo vicioso que muchas veces lleva a las familias a la destrucción, a endeudarse, a vender lo que no tienen y a deshacerse de sus bienes materiales para cubrir necesidades fundamentales.

Sin embargo, hay algo que echo de menos en este proyecto de ley, cual es que aquí el Estado no existe. Simplemente, aquí las personas quedas solas, porque el Estado no se hace cargo y el privado debe asumir el costo. ¿Y cuál es el temor que tenemos de eso? Que el sistema privado, cuando no sabe si le van a pagar o no, aumenta el riego y sube el valor de las atenciones. A mi juicio, ese es el incentivo perverso.

A pesar de eso, yo me inclino por votar a favor este proyecto de ley, porque va a beneficiar a muchas personas que lo están pasando pésimo, cuyas deudas no se justifica que estén informadas en el boletín comercial. ¿Qué decir de las enfermedades catastróficas? Significan sumas de dinero impagables. Al menos, este proyecto va a dar un respiro a los deudores, porque esas deudas no serán informadas al boletín comercial o Dicom . Por consiguiente, podrán seguir haciendo su vida con cierta normalidad en el futuro.

Por eso, vamos a concurrir con nuestro voto favorable a este proyecto que va a beneficiar a tantas personas en nuestro país.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Hernán Palma .

El señor PALMA.-

Señor Presidente, la salud es un derecho universal. Bajo la perspectiva de los derechos humanos, no podemos entender de otra manera el concepto de salud que hoy día nos convoca. La salud es un derecho esencial sostenido en todas las latitudes.

Durante décadas hemos asistido a un modelo que en materia de accesibilidad sanitaria discrimina a las personas de acuerdo con su estándar socioeconómico. Expresiones como “usuarios”, “pacientes” y hasta “clientes” se han instalado en el inconsciente colectivo de la población, y sabemos que el lenguaje construye realidades. No es posible seguir concibiendo un modelo en que el dinero esté por encima de la vida humana y la calidad de la misma.

Como en toda situación de crisis, la pandemia ha puesto en evidencia lo bueno y lo malo de las personas. Sin duda, este ejercicio de empatía colectiva en el seno de la Cámara de Diputadas y Diputados es una señal adecuada y precisa de acuerdo con los tiempos que corren, avanzando resueltamente hacia un sistema de salud universal, sin discriminaciones.

Es tiempo de terminar con la época de las rifas, de los bingos, de los empréstitos, de las prendas y hasta de “la Tía Rica”, porque comienzan a soplar vientos en otra dirección, ya que la salud empieza a dar señales de humanización.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Christian Matheson .

El señor MATHESON.-

Señor Presidente, este proyecto presenta una situación compleja si se mira desde el punto de vista de la información con que las instituciones financieras calculan los riesgos de los clientes y las tasas de interés a aplicar en posibles créditos. Sin embargo, estamos enfrentados a una situación especial: producto de una enfermedad catastrófica, de una larga enfermedad o de una intervención quirúrgica compleja, las personas pueden ver perjudicado su acceso a un crédito, sin que esto se condiga con su comportamiento crediticio o hechos dentro de su esfera de responsabilidad.

Más aún, podría sostenerse que esa información solo se podría prestar para discriminar por condición de salud, lo que es contrario al artículo 19 de la Constitución Política de la República.

Por otra parte, el endeudamiento por razones de salud constituye uno de los grandes males que pueden aquejar a la familia, al constituirse en un gasto inevitable y con características muchas veces devastadoras. Claro ejemplo de ello es el hecho de que muchas personas que cotizan en Fonasa tienen que acudir, en situaciones apremiantes, a la salud privada, con el endeudamiento que eso puede significar, ya que no pueden someterse a largas esperas en la salud pública.

Por lo expuesto, considero que se debe aprobar este proyecto, porque es inhumano aumentar la angustia de las personas que se ven enfrentadas a endeudamientos por problemas de salud que, como dije antes, son inevitables.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

No hay más inscritos para intervenir. Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor SOTO, don Raúl (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que prohíbe informar las deudas contraídas para financiar atenciones de salud.

Hago presente a la Sala que el proyecto de ley trata materias de ley simple o común. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 142 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor SOTO, don Raúl (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Acevedo Sáez , María Candelaria , Concha Smith, Sara , Marzán Pinto , Carolina , Rey Martínez, Hugo , Aedo Jeldres , Eric , Cordero Velásquez , María Luisa , Matheson Villán , Christian , Riquelme Aliaga , Marcela , Ahumada Palma , Yovana , Cornejo Lagos , Eduardo , Medina Vásquez , Karen , Rivas Sánchez , Gaspar , Alessandri Vergara , Jorge , Cuello Peña Y Lillo , Luis Alberto , Mellado Pino , Cosme , Rojas Valderrama , Camila , Alinco Bustos , René , De La Carrera Correa , Gonzalo , Mellado Suazo , Miguel , Romero Leiva , Agustín , Araya Guerrero , Jaime , De Rementería Venegas , Tomás , Melo Contreras , Daniel , Romero Sáez , Leonidas , Araya Lerdo De Tejada , Cristián , Del Real Mihovilovic , Catalina , Mirosevic Verdugo , Vlado , Romero Talguia , Natalia , Arce Castro , Mónica , Delgado Riquelme , Viviana , Mix Jiménez , Claudia , Rosas Barrientos , Patricio , Arroyo Muñoz , Roberto , Donoso Castro , Felipe , Molina Milman , Helia , Sáez Quiroz , Jaime , Astudillo Peiretti , Danisa , Durán Salinas , Eduardo , Morales Alvarado , Javiera , Saffirio Espinoza , Jorge , Barchiesi Chávez , Chiara , Flores Oporto , Camila , Morales Maldonado , Carla , Sagardia Cabezas , Clara, Barrera Moreno , Boris , Fries Monleón , Lorena , Moreira Barros , Cristhian , Sánchez Ossa , Luis , Barría Angulo , Héctor , Fuenzalida Cobo, Juan , Moreno Bascur , Benjamín , Santana Castillo, Juan , Becker Alvear , Miguel Ángel , Giordano Salazar , Andrés , Mulet Martínez , Jaime , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bello Campos, María Francisca , González Gatica , Félix , Muñoz González , Francesca , Schneider Videla , Emilia , Beltrán Silva , Juan Carlos , González Olea , Marta , Naranjo Ortiz , Jaime , Schubert Rubio , Stephan , Benavente Vergara , Gustavo , González Villarroel , Mauro , Nuyado Ancapichún , Emilia , Sepúlveda Soto , Alexis , Berger Fett , Bernardo , Guzmán Zepeda , Jorge , Ñanco Vásquez , Ericka , Serrano Salazar , Daniela , Bernales Maldonado , Alejandro , Hertz Cádiz , Carmen , Ojeda Rebolledo , Mauricio , Soto Ferrada , Leonardo , Bianchi Chelech , Carlos , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Olivera De La Fuente , Erika , Soto Mardones, Raúl , Bobadilla Muñoz , Sergio , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Sulantay Olivares, Marco Antonio , Bórquez Montecinos , Fernando , Ilabaca Cerda , Marcos, Ossandón Irarrázabal , Ximena , Tapia Ramos , Cristián , Bravo Castro , Ana María , Irarrázaval Rossel, Juan , Oyarzo Figueroa , Rubén Darío , Teao Drago , Hotuiti , Bravo Salinas , Marta , Jiles Moreno , Pamela , Palma Pérez , Hernán , Tello Rojas , Carolina , Brito Hasbún , Jorge , Jouannet Valderrama , Andrés , Pérez Cartes , Marlene , Trisotti Martínez , Renzo , Bugueño Sotelo , Félix , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pérez Olea , Joanna , Ulloa Aguilera , Héctor , Calisto Águila , Miguel Ángel , Labbé Martínez , Cristian , Pérez Salinas , Catalina , Undurraga Gazitúa , Francisco , Camaño Cárdenas , Felipe , Labra Besserer , Paula, Pino Fuentes , Víctor Alejandro , Undurraga Vicuña , Alberto , Carter Fernández , Álvaro , Lavín León , Joaquín , Pizarro Sierra , Lorena , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Castillo Rojas , Nathalie , Leal Bizama , Henry , Placencia Cabello , Alejandra , Venegas Salazar , Nelson , Castro Bascuñán , José Miguel, Lee Flores , Enrique , Pulgar Castillo , Francisco , Videla Castillo , Sebastián , Celis Montt , Andrés , Leiva Carvajal, Raúl , Ramírez Diez , Guillermo , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Cicardini Milla , Daniella , Lilayu Vivanco , Daniel , Ramírez Pascal , Matías , Weisse Novoa , Flor , Cid Versalovic , Sofía , Longton Herrera , Andrés , Raphael Mora , Marcia , Winter Etcheberry , Gonzalo , Cifuentes Lillo , Ricardo , Manouchehri Lobos , Daniel , Rathgeb Schifferli , Jorge , Yeomans Araya , Gael , Coloma Álamos, Juan Antonio , Martínez Ramírez, Cristóbal

El señor SOTO, don Raúl (Presidente).-

Por haber sido objeto de indicaciones, el proyecto vuelve a la Comisión de Salud para su discusión particular.

2.3. Segundo Informe de Comisión de Salud

Cámara de Diputados. Fecha 09 de agosto, 2022. Informe de Comisión de Salud en Sesión 62. Legislatura 370.

?SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE PROHÍBE INFORMAR LAS DEUDAS CONTRAÍDAS PARA FINANCIAR ATENCIONES DE SALUD.

Boletín N° 14.211-11(S)-2°

________________________________________________________________________

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Salud viene en informar, en segundo trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de la referencia, iniciado en moción del senador Jaime Quintana, y de los ex senadores Guido Girardi, Carolina Goic y Rabindranath Quinteros.

*********

La Cámara de Diputados y Diputadas, en su sesión ordinaria celebrada el 2 de agosto de 2022, aprobó en general el proyecto de ley de la referencia.

De acuerdo a lo preceptuado en el artículo 130 del Reglamento, el proyecto de ley con las indicaciones cursadas durante su tramitación, fue remitido a esta Comisión para segundo informe reglamentario.

A continuación, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Reglamento de la Corporación, se procederá a dejar constancia de lo obrado por la Comisión, según lo ordena dicha disposición reglamentaria.

*********

I.- ARTÍCULOS QUE NO HAN SIDO OBJETO DE INDICACIONES NI DE MODIFICACIONES EN ESTE SEGUNDO TRÁMITE REGLAMENTARIO.

El artículo transitorio no fue objeto de indicaciones ni de modificaciones en este segundo trámite.

Sin embargo, cabe hacer presente que dicho artículo fue modificado en su primer trámite reglamentario, en relación con el texto propuesto por el Senado.

II.- ARTÍCULOS QUE DEBEN DARSE POR APROBADOS REGLAMENTARIAMENTE, CON INDICACIÓN DE AQUELLOS QUE CONTIENEN NORMAS QUE REQUIEREN QUÓRUM ESPECIAL.

No hay.

III.- DE LOS ARTÍCULOS QUE EL SENADO HA CALIFICADO COMO NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO Y LA DE AQUELLOS A LOS CUALES LA COMISIÓN OTORGUE IGUAL CARÁCTER.

No hay.

IV.- ARTÍCULOS SUPRIMIDOS.

No hay.

V.-INDICACIONES RECHAZADAS.

Al artículo único

1) Del diputado Kaiser, al artículo único, para reemplazar la frase: “ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia sean éstas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones;”, por la siguiente:

“ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria sean éstas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones, cuando sean relativas a enfermedades catastróficas o de atención de urgencia;”.

Se rechazó por mayoría de votos (1 a favor y 11 en contra). Votaron en contra los diputados y diputadas Astudillo, Bravo, Acevedo, Celis, Cordero, Gazmuri, Lagomarsino, Lilayu, Molina, Palma y Rosas. Votó a favor el diputado Romero.

2) Del diputado Romero, para agregar en el artículo único luego del punto final, que pasa a ser punto y seguido, la siguiente oración:

“Se excluirá de la prohibición de informar deudas, las contraídas a título de cirugías plásticas con fines de embellecimiento u otras prestaciones con el mismo fin. No se considerarán bajo este concepto aquellas destinadas a corregir malformaciones o deformaciones sufridas por la criatura durante el embarazo o el nacimiento, ni las que tengan como objetivo reparar deformaciones sufridas en un accidente, ni la que tenga una finalidad estrictamente curativa o reparadora.”.

Se rechazó por mayoría de votos (4 a favor, 6 en contra y 2 abstenciones). Votaron a favor los diputados y diputadas Cordero, Lagomarsino, Lilayu y Romero. Votaron en contra los diputados y diputadas Astudillo, Acevedo, Celis, Gazmuri, Molina y Rosas. Se abstuvieron los diputados Bravo y Palma.

VI.- ARTÍCULOS MODIFICADOS.

El artículo único fue modificado atendido que se aprobó la siguiente indicación:

----- De la diputada Gazmuri, para reemplazar el artículo único por el siguiente:

“Intercálase, en el inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud, a continuación de la expresión “en cualquiera de sus niveles;”, lo siguiente:

“ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, sean instituciones financieras, casas comerciales u otras similares, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia, sean estas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones;”.

Se aprobó por mayoría de votos (11 a favor y 1 en contra). Votaron a favor los diputados y diputadas Astudillo, Bravo, Acevedo, Celis, Cordero, Gazmuri, Lagomarsino, Lilayu, Molina, Palma y Rosas. Votó en contra el diputado Romero.

VII.- ARTÍCULOS NUEVOS INTRODUCIDOS.

No hay.

VIII.- ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.

Ninguna disposición se encuentra en esta situación.

IX.- MODIFICACIONES INTRODUCIDAS AL TEXTO APROBADO POR EL SENADO.

En el artículo único del Senado.

- Se intercaló, entre el vocablo “relacionadas” y la frase “en el marco de”, la siguiente oración: “sean instituciones financieras, casas comerciales, u otras similares,”.

El artículo transitorio.

- Se sustituyó la frase “el artículo anterior” por la frase “esta ley”.

X.- TEXTO DEL PROYECTO TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.

“Artículo único.- Intercálase, en el inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud, a continuación de la expresión “en cualquiera de sus niveles;”, lo siguiente:

“ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, sean instituciones financieras, casas comerciales u otras similares, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia sean estas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones;”.

Artículo transitorio.- La presente ley entrará en vigencia a partir de los ciento ochenta días posteriores a la publicación de la misma. Los responsables de los registros o bancos de datos personales que almacenan y comunican información sobre las obligaciones a que se refiere esta ley deberán eliminar todos los datos relacionados con éstas, en el plazo señalado anteriormente.”.

* * * * * * * *

Se designó Diputado Informante a la señora Ana María Gazmuri Vieira.

* * * * * * * *

Tratado y acordado según consta en el acta correspondiente a la sesión de 9 de agosto de 2022, con la asistencia de los diputados y diputadas Danisa Astudillo Peiretti, Marta Bravo Salinas, Maria Candelaria Acevedo Sáez (en reemplazo de Karol Cariola Oliva), Andrés Celis Montt, María Luisa Cordero Velásquez, Ana María Gazmuri Vieira, Tomás Lagomarsino Guzmán (Presidente), Daniel Lilayu Vivanco, Helia Molina Milman, Hernan Palma Pérez, Agustín Romero Leiva y Patricio Rosas Barrientos.

Sala de la Comisión, a 9 de agosto de 2022.

ANA MARÍA SKOKNIC DEFILIPPIS

Abogado Secretaría de Comisiones

2.4. Discusión en Sala

Fecha 06 de septiembre, 2022. Diario de Sesión en Sesión 70. Legislatura 370. Discusión Particular. Se aprueba en particular con modificaciones.

PROHIBICIÓN DE INFORMAR SOBRE DEUDAS CONTRAÍDAS PARA FINANCIAMIENTO DE ATENCIONES DE SALUD (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN Nº 14211-11)

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

En el Orden del Día, corresponde tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional y segundo reglamentario, iniciado en moción, que prohíbe informar sobre deudas contraídas para financiar atenciones de salud, correspondiente al boletín Nº 14211-11.

Para la discusión de este proyecto se otorgarán tres minutos a cada diputado o diputada que se inscriba para hacer uso de la palabra.

Diputada informante de la Comisión de Salud es la señora Ana María Gazmuri .

Antecedentes:

-Segundo informe de la Comisión de Salud, sesión 62ª de la presente legislatura, en miércoles 17 de agosto de 2022.Documentos de la Cuenta N° 10.

-El primer informe de la Comisión de Salud se rindió en la sesión 54ª de la presente legislatura, en martes 2 de agosto de 2022.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada informante.

La señora GAZMURI, doña Ana María (de pie).-

Señor Presidente, honorable Cámara: La Comisión de Salud viene en informar, en segundo trámite constitucional y segundo reglamentario, el proyecto de la referencia, iniciado en moción del senador Jaime Quintana y de los entonces senadores Guido Girardi y Rabindranath Quinteros , y de la entonces senadora Carolina Goic .

La Cámara de Diputadas y Diputados, en sesión ordinaria celebrada el 2 de agosto de 2022, aprobó en general el proyecto de ley.

De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 130 del Reglamento, el proyecto de ley, con las indicaciones cursadas durante su tramitación, fue remitido a esta comisión para un segundo informe reglamentario.

A continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Reglamento de la Corporación, se procederá a dejar constancia de lo obrado por la comisión, según lo ordena dicha disposición reglamentaria.

I. Artículos que no han sido objeto de indicaciones ni de modificaciones en segundo trámite reglamentario

El artículo transitorio no fue objeto de indicaciones ni de modificaciones en este segundo trámite. Sin embargo, cabe hacer presente que dicho artículo fue modificado en primer trámite reglamentario en relación con el texto propuesto por el Senado.

II. Artículos que deben darse por aprobados reglamentariamente, con indicación de aquellos que contienen normas que requieren quorum especial

No hay.

III. De los artículos que el Senado ha calificado como normas de carácter orgánico constitucional o de quorum calificado, y de aquellos a los cuales la comisión otorgue igual carácter

No hay.

IV. Artículos suprimidos

No hay.

V. Indicaciones rechazadas

Al artículo único.

1) Del diputado Kaiser , al artículo único, para reemplazar la frase: “ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia, sean estas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones;”, por la siguiente: “ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria, sean estas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones, cuando sean relativas a enfermedades catastróficas o de atención de urgencia;”.

Se rechazó por mayoría de votos (1 a favor y 11 en contra).

Votaron en contra los diputados y diputadas Astudillo , Bravo , Acevedo , Celis , Cordero , Gazmuri , Lagomarsino , Lilayu , Molina , Palma y Rosas. Votó a favor el diputado Agustín Romero .

2) Del diputado Agustín Romero , para agregar en el artículo único, luego del punto final, que pasa a ser punto y seguido, la siguiente oración:

“Se excluirán de la prohibición de informar deudas las contraídas a título de cirugías plásticas con fines de embellecimiento u otras prestaciones con el mismo fin. No se considerarán bajo ese concepto aquellas destinadas a corregir malformaciones o deformaciones sufridas por la criatura durante el embarazo o el nacimiento, ni las que tengan por objeto reparar deformaciones sufridas en un accidente, ni las que tengan una finalidad estrictamente curativa o reparadora.

Se rechazó por mayoría de votos (4 a favor, 6 en contra y 2 abstenciones). Votaron a favor los siguientes diputados y diputada: María Luisa Cordero , Tomás Lagomarsino , Daniel Lilayu y Agustín Romero . Votaron en contra los siguientes diputados y diputadas: Danisa Astudillo , María Candelaria Acevedo , Andrés Celis, Ana María Gazmuri , Helia Molina y Patricio Rosas . Se abstuvieron la diputada Marta Bravo y el diputado Hernán Palma .

VI. Artículos modificados

El artículo único fue modificado atendido que se aprobó una indicación de la diputada Ana María Gazmuri , para reemplazar el artículo único por el siguiente:

“Intercálase, en el inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud, a continuación de la expresión “en cualquiera de sus niveles;”, lo siguiente: “ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, sean instituciones financieras, casas comerciales u otras similares, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia, sean estas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones;”.

Se aprobó por mayoría de votos (11 a favor y 1 en contra). Votaron a favor los siguientes diputados y diputadas: Danisa Astudillo , Marta Bravo , María Candelaria Acevedo , Andrés Celis , María Luisa Cordero, Ana María Gazmuri , Tomás Lagomarsino , Daniel Lilayu , Helia Molina , Hernán Palma y Patricio Rosas . Votó en contra el diputado Agustín Romero .

VII. Artículos nuevos introducidos

No hay.

VIII. Artículos que deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda

Ninguna disposición se encuentra en esta situación.

IX. Modificaciones introducidas al texto aprobado por el Senado

En el artículo único del Senado se intercaló, entre el vocablo “relacionadas” y la frase “en el marco de”, la siguiente oración: “sean instituciones financieras, casas comerciales u otras similares,”.

En el artículo transitorio se sustituyó la frase “el artículo anterior” por la frase “esta ley”.

X. Texto del proyecto tal como quedaría en virtud de los acuerdos adoptados por la comisión

“Artículo único.- Intercálase, en el inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud, a continuación de la expresión “en cualquiera de sus niveles;”, lo siguiente:

“ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, sean instituciones financieras, casas comerciales u otras similares, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia, sean estas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones;”.

Artículo transitorio.- La presente ley entrará en vigencia a partir de los ciento ochenta días posteriores a la publicación de la misma. Los responsables de los registros o bancos de datos personales que almacenan y comunican información sobre las obligaciones a que se refiere esta ley deberán eliminar todos los datos relacionados con éstas, en el plazo señalado anteriormente.”.

Tratado y acordado según consta en el acta correspondiente a la sesión de 9 de agosto de 2022, con la asistencia de los siguientes diputados y diputadas: Danisa Astudillo , Marta Bravo , María Candelaria Acevedo (en reemplazo de la diputada Karol Cariola) , Andrés Celis , María Luisa Cordero, Ana María Gazmuri , Tomás Lagomarsino (presidente), Daniel Lilayu , Helia Molina , Hernán Palma , Agustín Romero y Patricio Rosas .

Es cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado Johannes Kaiser .

El señor KAISER.-

Señor Presidente, este proyecto de ley, nuevamente con las mejores intenciones, va a generar los peores resultados. Por lo demás, está mal redactado, porque, por ejemplo, no exceptúa de la obligación de informar sobre sus deudas al Estado, que es el más grande deudor respecto de los prestadores de salud, tanto públicos como privados.

Es decir, este artículo, así como está redactado, le permite al Estado ocultar sus deudas con el sistema público y privado de salud. Por lo tanto, cuando menos requiere una indicación en la materia.

Damas y caballeros, no voy a entrar al fondo de lo que significa andar ocultando deudas en un país donde la gente tiende a sobreendeudarse, pero cuando menos se podría pedir que a la hora de redactar este tipo de proyectos de ley se consideren todas las aristas y las consecuencias que pueden tener iniciativas que van en dirección de ocultar información al público.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada María Luisa Cordero .

La señora CORDERO (doña María Luisa).-

Señor Presidente, voy a decir una cosa que a lo mejor no es simpática. Yo he estudiado una característica del pueblo chileno, que es el ladinismo, y este proyecto de ley me lleva hacia ese camino. No es bonito tener vidas ocultas.

Quiero contar una anécdota que me pasó a los siete años en Puerto Montt, en la cocina de la casa que arrendábamos, porque a mi papá no le daba para comprarse una casa, puesto que era un inmigrante español pobretón. Él nos dijo a los tres hermanos que la verdadera libertad empezaba en el bolsillo. Yo, que era la más preguntona, le consulté: “Papá, ¿qué significa eso?”. Él me respondió: “Significa que tú, cuando no tienes deudas, eres absolutamente libre. Si estás en un trabajo donde tu patrón te insulta y tú tienes ganas de irte, si no tienes deudas, te puedes ir”.

Entonces, creo que aquí en Chile se ha instalado como parte del ladinismo andar ocultando las deudas. Creo que es bueno no tener deudas verdaderas, pero autoengañarse con que desde el Congreso apoyamos conductas oscuras no me parece.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Ana María Gazmuri .

La señora GAZMURI (doña Ana María).-

Señor Presidente, parto mi intervención indicando que la necesidad de aprobar este proyecto es una clara muestra de lo que ha sucedido hasta hoy con nuestro derecho fundamental a la salud, donde el libre mercado ha calado tan hondo que ya no importan los derechos de las y los pacientes, sino que solo el bienestar de las instituciones de salud privadas, que están acostumbradas a lucrar con los derechos sociales. Eso no lo permitiremos más.

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, del cual Chile es parte, señala como deber estatal “La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad.”, garantizando el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.

Hoy, luego de la votación del domingo, en que ganó la opción de mantener vigente la Constitución del 80, cuando aún no tenemos certeza de cuándo tendremos cambios que nos garanticen un acceso igualitario a la salud, son más necesarias que nunca iniciativas de este tipo, a fin de disputar a todos quienes ven este derecho social como una fuente de ingreso desmesurada y que las prestaciones de salud dependen de la capacidad económica de quienes la requieran.

El rol del Congreso Nacional en esto es determinante. No nos restaremos de los procesos que vengan a fin de lograr dignidad para las personas.

El proyecto que hoy discutimos viene a su segundo trámite constitucional desde el Senado. Además, fue aprobado en general por esta misma Sala en agosto recién pasado. Tal como dice su título, tiene por objeto prohibir que las instituciones de salud informen las deudas contraídas para financiar atenciones médicas, sobre todo considerando que, como fundamentaron los autores de la moción, las deudas de los informes comerciales generan importantes dificultades a las personas que se ven obligadas a financiar necesidades básicas mediante el crédito, lo que finalmente se transforma en un círculo vicioso.

Por ello, es importante que se adopten todas las herramientas para que esto no siga sucediendo, más aún cuando las prestaciones que provocaron las deudas fueron de salud; vale decir, un derecho que el propio Estado está obligado a garantizar a sus ciudadanos y cuyo acceso en Chile está mermado por un sistema abismalmente injusto, como ya hemos señalado.

En este segundo trámite reglamentario, luego de la aprobación en general del proyecto, pudimos ingresar una indicación que fue aprobada en la Comisión de Salud, de la cual soy integrante permanente, en el sentido de prohibir la información de deudas contraídas en atenciones de salud, no solo con prestadores de salud, sino también con empresas que otorguen créditos, sean instituciones financieras, casas comerciales u otras similares, dado que existen muchas personas que solicitan un crédito de libre disposición precisamente para cubrir este tipo de deudas. Así podrán regularizar su situación financiera, sin que ello afecte su perfil crediticio y bancario.

Por lo tanto, por todo lo dicho, invito a mis colegas parlamentarias y parlamentarios a aprobar el proyecto con las modificaciones planteadas en la Comisión de Salud y así velar, desde ya, por el acceso universal a la salud como un derecho social fundamental.

He dicho.

-Aplausos.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Andrés Celis .

El señor CELIS.-

Señor Presidente, todos sabemos que la salud constituye un derecho que debe garantizar el Estado y que de dicho derecho emana una serie de otros derechos esenciales para el desarrollo de todo ser humano. Por eso, apoyo plenamente la propuesta de ley en análisis, en cuanto a prohibir que se informe sobre deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud.

Se trata de una propuesta positiva y razonable, a la luz de la situación actual de miles de familias que llevan años de incertidumbre económica y que hacen grandes esfuerzos por subsistir.

Estoy cierto de que el sistema de salud requiere cambios sustantivos y estructurales, y también tengo la certeza de que esta propuesta apunta en el sentido correcto, sobre todo si se tiene presente que, en muchas ocasiones, el acceso a la salud, sin exclusión ni discriminación alguna, no es un derecho que esté resguardado por el Estado, como debería ser.

Por lo mismo, considero que la propuesta en análisis es una cuestión de sentido común. En ese sentido, durante el debate nos pareció, a primera vista, que legislar sobre esto era algo absolutamente sencillo y lógico; sin embargo, en el contexto actual del país y, en especial, en el marco de la crisis económica que vivimos, se trata de un proyecto de ley que amerita ser analizado y valorado en su justa dimensión. No es novedad que en Chile existe un sistema de salud absolutamente fragmentado y segmentado. Casi 80 por ciento de las personas está en Fonasa y 20 por ciento en isapres.

La mayoría de los chilenos está en Fonasa, fondo que se organiza a través de una modalidad solidaria y de seguridad social.

Ahora bien, independientemente del sistema que tenga el cotizante y más allá de las críticas que puedan realizarse a las estructuras del mismo, es innegable que el costo de las prestaciones de salud ha aumentado considerablemente en los últimos años, lo que se ha hecho más patente y evidente desde el inicio de la pandemia.

Los chilenos y las chilenas han debido realizar grandes esfuerzos para pagar las prestaciones de salud que requieren, sin considerar la cantidad de compatriotas que, lisa y llanamente, dejaron de asistir a sus controles médicos.

Dado el actual escenario, lo mínimo es que cuando alguien se vaya a atender por algo que realmente requiere…

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Ha terminado su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Enrique Lee .

El señor LEE .-

Señor Presidente, antes que todo, quiero llamar a la prudencia, porque sería muy contradictorio que el Estado informara o, incluso, persiguiera el pago forzoso de deudas de salud, en circunstancias que está llamado a garantizar distintas prestaciones en este ámbito.

Pero ojo con prohibir informar las deudas en el sistema salud privado, toda vez que es muy importante que también funcione el sistema privado de prestaciones de salud, cosa que no va a ocurrir si no tiene el debido pago. Algunas personas parecen no comprender que en la salud privada hay una inversión de por medio: hay pago de arriendos, pagos a profesionales, a funcionarios, a secretarias; compras de insumos, medicamentos, etcétera, y resulta que, si no hay pagos, el sistema quiebra, y si quiebra, nos quedamos sin un elemento importante dentro de nuestro sistema de salud, que es el área de prestaciones privadas. Por lo tanto, no me parece adecuada esta prohibición de informar.

Ahora, de modo tangencial, quiero referirme al punto -también se mencionó de que la excepción sería informar sobre prestaciones de cirugías plásticas estéticas. Lo planteo para dejar instalado el punto de que la diferencia, el límite entre cirugía reparadora estética y cirugía reparadora reconstructiva es muy tenue, al extremo de que los mismos especialistas hemos sido incapaces de distinguir.

Por lo tanto, no es tan fácil instalar la excepción de una medida u otra.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Tomás Lagomarsino .

El señor LAGOMARSINO.-

Señor Presidente, tal como se ha dicho en este hemiciclo, este proyecto viene a subsanar un problema que tenemos en nuestro sistema de salud, que es el fondo al que apunta esta iniciativa: el tremendo gasto de bolsillo que tienen los usuarios y las usuarias del sistema.

¿Qué es el gasto de bolsillo? Es aquello que las personas tienen que financiar con recursos propios, fuera de la cotización obligatoria que hacen para salud; es decir, lo que gastan las personas que tienen que atenderse de forma particular directa, sea por atención médica, exámenes, procedimientos, diagnósticos médicos y terapéuticos; sea por haber tenido que financiar una intervención quirúrgica o para pagar el copago de un bono, sea este de Fonasa o isapre, o para financiar medicamentos que no cubre una atención de salud.

El gasto de bolsillo es tremendo en nuestro país; de hecho, somos el país de la OCDE que tiene más gasto de bolsillo.

El tema es que no hemos sabido abordar esta situación de forma adecuada, pudiendo haberlo hecho por la vía de garantizar más prestaciones a través de la seguridad social que tenemos -nos guste o noo regulando los mercados en salud, que son altamente inelásticos, toda vez que las personas no necesariamente, a mayor precio, consumen menos, porque, entendiendo que la salud es un derecho y una necesidad, no pueden prescindir de estas prestaciones.

El problema es que el gasto de bolsillo nos ha llevado a sobreendeudarnos en salud.

Me gustaría no estar discutiendo este proyecto -a mi juicio, es un parche a los problemas que tenemos en nuestro sistema de salud-, pero considerando que después de muchos años y de muchas comisiones asesoras presidenciales aún no hemos podido avanzar en una respuesta adecuada, coherente y concreta a la ciudadanía para mejorar nuestro sistema de salud, no me queda más que aprobarlo, entendiendo, a mi pesar, que es un proyecto parche a las necesidades y problemas de nuestro sistema de salud, que como Parlamento y junto al Ejecutivo no hemos sabido solucionar en todos estos años.

Anuncio mi voto favorable, a mi pesar, porque es un proyecto parche, pero es lo que tenemos hoy.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Fernando Bórquez .

El señor BÓRQUEZ.-

Señor Presidente, los mecanismos dispuestos por nuestro ordenamiento jurídico para asegurar el acceso a la salud y los derechos de los pacientes son fundamentales en una sociedad que aspira a la dignidad y al bienestar de todos los ciudadanos.

Sin duda, cualquier medida destinada a fortalecer la legislación protectora de las personas en materia de salud constituye un avance que debemos reconocer y valorar, especialmente si consideramos los beneficios que las medidas dispuestas para tal efecto traen a la ciudadanía.

Dicho eso, y con el fin de mejorar la calidad de vida de las personas, el proceso de elaboración de la ley debe avanzar en la línea de eliminar todos aquellos aspectos que limiten el acceso de las personas a la salud, entre ellos la información relativa a las deudas contraídas para financiar consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones.

En muchas ocasiones, las personas deben someterse a costosos tratamientos médicos, esenciales para la recuperación de su salud, y se ven enfrentadas a serias dificultades para lograr una atención oportuna por no contar con los recursos suficientes, quedándoles como única opción el endeudarse para acceder a determinadas prestaciones. Esta es una realidad común a muchos chilenos y chilenas, principalmente de los sectores de menores ingresos.

La gran mayoría de los ciudadanos presenta dificultades en el sistema de salud, debiendo soportar, además, que sus deudas sean informadas en registros y boletines comerciales, lo que les disminuye sus posibilidades para acceder a otras prestaciones de salud o a posteriores fuentes de financiamiento, principalmente créditos solicitados para cubrir otras necesidades. Sin duda, el historial de deudas de salud no puede ser una limitación para las personas, por lo que es de toda justicia que este no aparezca en registros ni boletines comerciales.

Este proyecto modifica la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, con el fin de que las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas no puedan comunicarse, de modo de proteger la privacidad de datos de carácter personal, y de asegurar que este tipo de deudas no sea un impedimento para que las personas sigan accediendo a otros tratamientos médicos o a otras oportunidades de financiamiento. La idea es que no sean castigadas por tener deudas que han sido contraídas para asegurar su bienestar en un ámbito tan importante y esencial para el ser humano como es la salud, pues de esta depende el normal desarrollo de la vida…

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra la diputada Ximena Ossandón .

La señora OSSANDÓN (doña Ximena).-

Señor Presidente, qué bueno volver a hablar de cosas que a la gente le importan.

Las deudas enferman, y sabemos que muchas veces son ineludibles. Por distintos motivos en la vida de las familias, estas deben contraer deudas para costear, por ejemplo, una educación adecuada o una vivienda donde se pueda de verdad crear un hogar. Pero también, muchas veces, lamentablemente, las deudas son parte de nuestra cultura; el endeudamiento es parte de nuestra cultura. Es cosa de ver cómo uno recibe quinientas llamadas al día en las que ofrecen dinero, a distintas tasas, de forma inmediata.

También existe esa búsqueda de la felicidad mal entendida, en la que se cree que por tener más cosas materiales seremos más felices en este mundo. Sin embargo, las deudas deben ser pagadas, y el que no puede pagarlas pasa a vivir en un infierno que al final lo termina enfermando.

En este caso, hay un pequeño detalle que es distinto respecto de otros temas que hemos tratado, porque cuando un hijo o una hija se enferma, hay familias que buscan lugares donde ven mejores posibilidades para pasar el chaparrón o más posibilidades para salvar a ese hijo o hija, y están dispuestas a endeudarse para ello. Es lo que uno escucha todo el tiempo de muchas familias: “Estoy dispuesto a hacer cualquier cosa con tal de que mi pareja -o mi hijo se salve”.

Sí excluiría de la prohibición de informar deudas -un diputado que me antecedió en el uso de la palabra ya lo dijo las contraídas por intervenciones quirúrgicas con fines de embellecimiento, porque en esos casos se trata de una decisión muy particular y que no fue forzada.

También cabe señalar que el sistema privado de salud todo el tiempo está subiendo los costos de los planes. Siempre hay una excusa para ello: antes, si la persona era mujer, subían los costos para ella -hoy estos se han igualado un poco-; hoy suben cuando la persona pasa a ser adulto mayor; si la persona fue un día a consultar a un médico por alguna enfermedad, esta es considerada una preexistencia. Todo va cambiando en nuestros planes de salud.

Creo que la salud y las deudas son una mala mezcla, pero el origen de las deudas por salud no es buscado; simplemente llega. Uno no quiere perder la salud; uno puede jugar a veces con ella, pero siempre la quiere conservar. Por eso, la deuda por salud es distinta.

Lamento que este proyecto no se haga cargo de que las deudas por salud se terminen pagando, tal vez, con algún sistema distinto o una modalidad distinta.

No obstante, hay que entender que el origen de una deuda por salud es muy diferente al de una deuda que contrae una persona que quiere tener un viaje en familia -lo que es muy respetable-. Pero la salud muchas veces cambia la vida de toda una familia…

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Ha concluido su tiempo, señora diputada. Tiene la palabra la diputada Helia Molina .

La señora MOLINA (doña Helia).-

Señor Presidente, estoy feliz y muy de acuerdo con lo que ha dicho la gran mayoría de mis colegas, lo que me llena de satisfacción.

Sabemos que la salud chilena es mixta, pública y privada, y lo que pretende esta moción es resguardar la privacidad e intimidad de quienes se endeudan por razones de salud, evitando que dichas deudas contraídas con prestadores de salud, públicos o privados, sean informadas a instituciones financieras, casas comerciales u otras similares.

¿Para qué se busca esto? Para que los pacientes y sus familias no pasen a Dicom o queden inhabilitados civil y comercialmente para acceder a créditos o financiamientos adicionales que pueden necesitar frente a otros problemas de salud u otras instancias de la vida cotidiana.

Como parlamentarios debemos resguardar la vida privada de las personas, especialmente en lo relativo a sus deudas por razones hospitalarias, sabiendo que muchos quedan con deudas enormes por dicho motivo, lo que -como bien dijo un colegaes una carga que no solo afecta la vida, sino que también daña la salud; es una agravante de la salud.

Como doctora, y siempre comprometida con la salud pública, sé que mientras la salud dependa aún, lamentablemente, del gasto de bolsillo, tendrá consecuencias en los pacientes, y que mientras no contemos con un sistema de salud que se haga cargo de los altos costos, tendremos que seguir buscando alternativas para beneficiar a las personas y para que enfermarse no se convierta además en una carga financiera.

¿Esta iniciativa es una ley parche? Lo es, pero la votaré a favor.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Marta Bravo .

La señora BRAVO (doña Marta).-

Señor Presidente, este proyecto contiene un artículo único que pretende modificar la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, con el fin de incorporar dentro de los datos que no puedan ser comunicados por su responsable las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y con empresas relacionadas, dentro del contexto de una atención de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia, sean estas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones.

Sin duda alguna, la protección de los datos personales es uno de los elementos que requiere de más actualización en la legislación nacional. Por lo mismo, debemos apoyar las iniciativas que promuevan el avance en la protección de la vida privada, especialmente tratándose de un tema tan delicado como la atención de salud de las personas.

Anuncio mi voto a favor de este proyecto.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Hernán Palma .

El señor PALMA.-

Señor Presidente, si hay un ámbito de la vida cotidiana en que se manifiesta con fuerza la deshumanización de la sociedad es el de la salud.

La pandemia comprometió severamente el mercado laboral y sus efectos se marcaron en la economía familiar, pero también en la salud emocional de las personas.

El Dicom registra a millones de personas “fichadas”. No me parece que estar en ese espacio implique una suerte de suciedad vital, como se ha intentado señalar en la Cámara.

¿Por qué se endeuda la gente? Por desesperación. ¿Alguien sabe lo que pasa cuándo un hijo, una hija u otro ser querido se encuentra enfermo y no están los recursos? La gente es capaz, puesto que la demanda es inelástica, de endeudarse hasta las últimas consecuencias e hipotecarlo todo. La falta de recursos en la pandemia se ha hecho mucho más manifiesta.

Una razón importante para endeudarse es evitar la lista de espera, la que en el ámbito de las cirugías supera los seiscientos días, y, en el ámbito de las especialidades médicas, los quinientos días. Por lo tanto, la gente se endeuda por un tema humano.

Se ha mencionado también lo estético. ¿Acaso operarse una nariz distorsionada o un delantal abdominal no afecta la esfera emocional? Efectivamente es así. De modo que lo estético es algo cuestionable.

¿Vale preguntarse por qué unos seres humanos tienen acceso a tantos privilegios y la gran mayoría no? Porque estamos en una sociedad desproporcionadamente desigual, en la que no existe la equidad y en la que la calidad de vida de una persona depende de su poder adquisitivo. Aspiramos a una accesibilidad universal, a un sistema universal de salud, en el que, de una vez por todas, se despejen las diferencias.

Quiero comentar una breve anécdota. Un joven entra a una clínica privada con un dedo colgando, cortado por una sierra, y sangrante. El administrativo le dice: “Disculpe, señor, si no resuelve su deuda, no lo podemos atender”. “¿Y qué hago con mi dedo?”, pregunta el joven. La respuesta que le dio fue: “No sé. Vaya a un servicio público”.

El ejemplo que he compartido, por grotesco que resulte, es una constante que se repite y que demuestra la asimetría que existe en el acceso a la salud.

En consecuencia, ¿a qué aspiramos? A humanizar la salud, es decir, a que no haya nadie por encima de otra persona y que ningún valor esté por encima del ser humano.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Christian Matheson .

El señor MATHESON.-

Señor Presidente, el endeudamiento por razones de salud constituye uno de los grandes males que aqueja a algunas familias chilenas, por cuanto se trata de un problema que es inevitable y devastador.

Mucha gente que se atiende en Fonasa acude, en situaciones apremiantes, a la salud privada, ya que no puede esperar a ser atendida por la deficiente salud pública.

Sin embargo, evitar este tipo de situaciones no pasa por ocultar las deudas, sino por mejorar el sistema de salud pública.

Por eso, hago un llamado no solo al gobierno, sino también a muchos funcionarios de la salud a ponerse las pilas. ¿Por qué? Porque, como dice un gran amigo médico que fue candidato a diputado: “Tengo muchos colegas que son flojos y que trabajan en el sistema público a base de mínimos, no de acuerdo con lo que realmente podrían aportar”.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Daniel Lilayu .

El señor LILAYU.-

Señor Presidente, no iba a hacer uso de la palabra, pero quiero hablar como médico, no como parlamentario.

En el trabajo de cualquier médico o profesional de la salud no existe mayor frustración que cuando nuestros pacientes nos dicen que no pudieron comprarse un medicamento o que no pudieron practicarse los exámenes que uno les solicita. Muchas veces no se pueden operar porque no cuentan con los recursos para hacerlo. Incluso, no tienen plata para tomar una micro para acudir al hospital.

Este proyecto solo trata de igualar la cancha social. El derecho humano esencial de cualquier persona, de cualquier chileno, es tener acceso a la salud y a la protección de su vida.

Por las razones señaladas, por supuesto votaré a favor esta iniciativa.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Karol Cariola .

La señorita CARIOLA (doña Karol) .-

Señor Presidente, este proyecto de ley es un avance importante en la defensa del derecho a la salud, tal como lo han dicho quienes me antecedieron en el uso de la palabra.

El objetivo básico de la iniciativa es impedir los efectos perniciosos que el actual sistema tiene para los usuarios de menores recursos.

Tal como señalan los senadores autores del proyecto, a los que agradecemos su presentación, las deudas de los informes comerciales generan importantes dificultades en las personas, que se ven obligadas a financiar necesidades básicas mediante el crédito, lo que finalmente se transforma en un círculo vicioso.

Se deben adoptar todas las herramientas necesarias para que ello no siga sucediendo, más aún cuando las prestaciones que provocaron las deudas son de salud, que es un derecho que el Estado está obligado a garantizar a sus ciudadanos, cuyo acceso en Chile está mermado por un sistema injusto, en el que el mercado privado, compuesto en su mayoría por prestadores con fines de lucro, tiene condiciones de competencia especialmente ventajosas frente al sistema público, que hoy atiende al 80 por ciento de la población.

El propio Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, del cual Chile es parte, señala como deber estatal la creación de condiciones que aseguren toda asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad, y garantizar el derecho de todas las personas al disfrute más alto de la posibilidad de tener salud física y mental.

Lamentablemente, en Chile la salud sigue siendo un negocio, no un derecho. Lo que está garantizado es el acceso, no el derecho integral a la atención de salud física y mental.

Por lo tanto, el endeudamiento económico no puede ser una razón que ponga dificultades a las personas para además tener acceso a otros derechos y a otros servicios.

Si bien este proyecto no viene a resolver el problema de fondo, sí se hace cargo de un problema concreto que viven cientos de chilenos y chilenas que se endeudan para poder tener acceso a una prestación de salud, cuestión que no debiera suceder por el origen de lo que esto significa.

La salud es y debe ser un desafío nacional y un derecho para todas las personas del pueblo de Chile, no puede ser un privilegio solo para algunas, dependiendo de su capacidad económica. En ningún caso, el endeudamiento, cuando es informado, debe ser una razón para privarlas del acceso a otras prestaciones.

Por eso, hago un llamado a aprobar este proyecto de ley, porque aunque si bien no es una solución de fondo, constituye un avance en la dirección correcta respecto de la salud como un derecho fundamental.

He dicho.

-Aplausos.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Emilia Nuyado .

La señorita NUYADO (doña Emilia) .-

Señor Presidente, en esta materia sin duda hoy estamos en una situación difícil, tal como lo hemos escuchado de distintas familias que nos han señalado las dificultades que tienen para acceder a la salud pública. En muchos casos, debido a las demoras de atención a causa de las listas de espera, que impiden que muchas personas puedan ser atendidas a tiempo, tienen que endeudarse en la salud privada.

Por otra parte, en diversos análisis que se han hecho sobre este problema, mucha gente nos ha señalado que en la salud pública hay doctores que no atienden a los pacientes como corresponde, pero cuando recurren por atención a la salud privada terminan, en muchos casos, siendo atendidos por esos mismos médicos, pero en mejores condiciones. Lamentablemente, esas injusticias ocurren, de manera que para la gente es muy importante que el Estado garantice la salud.

Mediante los diversos proyectos en materia de salud que hemos tramitado en el Congreso no hemos tenido la capacidad de discutir en profundidad respecto de cómo se debe avanzar en el establecimiento de los derechos que permitan garantizar la salud a todas las familias que no tienen recursos para pagar.

Sin embargo, en este mismo Congreso, sobre todo por quienes han legislado históricamente respecto de esta materia, no se ha negado a que la salud continúe siendo privada, en circunstancias de que tenemos a un porcentaje mayoritario de personas que no pueden acceder y no tienen la posibilidad de endeudarse.

Por eso este proyecto es muy importante, porque permitirá a las familias acceder a la salud incluso cuando su situación sea muy compleja.

También es importante el debate inconcluso del proceso constituyente, que permitía y garantizaba la salud para las chilenas y los chilenos, para todas las personas que vienen de sectores apartados y que tienen dificultades para acceder a una salud digna que les permita extender su vida. Muchos pacientes han muerto esperando las horas para su atención, las que les son asignadas cuando muchos de ellos ya están sepultados. Lamentablemente, esa es la realidad que se vive.

Por eso es tan importante avanzar en procesos en que el Estado garantice la salud. Por eso es tan necesario seguir avanzando en los procesos que han quedado inconclusos, respecto de los cuales la ciudadanía también se pronunció.

Este Congreso tiene una responsabilidad frente a esta materia. Por eso, todos debiésemos votar a favor este gran proyecto.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Cristhian Moreira .

El señor MOREIRA.-

Señor Presidente, creo que estamos juzgando mucho a los funcionarios de la salud, pero nos olvidamos de que durante la pandemia han sido nuestros héroes. Se trata de profesionales y de funcionarios que han trabajado por los chilenos de forma sacrificada, arriesgando muchas veces su vida. Creo que es bueno recordar eso, porque por unas pocas manzanas podridas se dice que la cosa anda mal.

También hay una responsabilidad de quienes están detrás de la salud en nuestro país. Desgraciadamente, durante todo el tiempo, los distintos gobiernos siempre hablan de la salud, que, si bien de alguna manera ha mejorado con la infraestructura, desgraciadamente no da el servicio que podría dar y tampoco ha sido la gran prioridad de los distintos gobiernos que ha habido.

Creo que la salud es fundamental para poder desarrollarse y salir adelante. Sin embargo, hoy, lamentablemente, la salud destruye a la persona, y cuando no se tiene la posibilidad de atenderla dentro del sistema público, hay que irse al sistema privado, donde por desgracia ya no hay bondad, no hay amor, puesto que lo primero que le piden a uno en una clínica es un informe comercial y firmar altiro un pagaré. Creo que eso tiene que cambiar.

Cuando hablemos de salud, hablemos de verdad: mejoremos la infraestructura y también los ingresos del personal de la salud. Creo que eso es fundamental.

Todos aspiramos a tener una buena salud pública para ayudar a nuestra gente. Pero hoy da angustia cuando una persona tiene que ir a un centro asistencial público, porque la van a poner en una lista de espera bastante larga, y muchas veces para hacerse un simple examen, el cual, gracias a Dios, nosotros tenemos la posibilidad de hacérnoslo el mismo día que vamos al médico.

Creo que el proyecto va en la línea correcta, y, obviamente, lo vamos a apoyar.

He dicho.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

No hay más inscritos. Cerrado el debate.

Antes de continuar la sesión, insisto a sus señorías en el uso correcto de las mascarillas.

Estamos abriendo los espacios. No quiero llamarlos al orden, pero tenemos que cumplir con las condiciones establecidas en los acuerdos de los Comités.

Por favor, les pido comprensión y cooperación al respecto.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Corresponde votar en particular el proyecto de ley, iniciado en moción, que prohíbe informar las deudas contraídas para financiar atenciones de salud.

Se ha renovado una indicación del diputado señor Kaiser para reemplazar, en el artículo único del proyecto, la frase “ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia sean éstas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones;”, por la siguiente: “ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria sean éstas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones, cuando sean relativas a enfermedades catastróficas o de atención de urgencia;”.

Corresponde votar en particular el artículo único del proyecto con la indicación del diputado Kaiser .

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 68 votos. Hubo 5 abstenciones.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Rechazado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Ahumada Palma , Yovana , Flores Oporto , Camila , Mellado Suazo , Miguel , Romero Leiva , Agustín , Arroyo Muñoz , Roberto , González Villarroel , Mauro , Meza Pereira , José Carlos , Romero Sáez , Leonidas , Benavente Vergara , Gustavo , Guzmán Zepeda , Jorge , Moreira Barros , Cristhian , Rosas Barrientos , Patricio , Bórquez Montecinos , Fernando , Irarrázaval Rossel, Juan , Moreno Bascur , Benjamín , Saffirio Espinoza , Jorge , Bravo Salinas , Marta , Jouannet Valderrama , Andrés , Muñoz González , Francesca , Sánchez Ossa , Luis , Carter Fernández , Álvaro , Jürgensen Rundshagen , Harry , Ojeda Rebolledo , Mauricio , Sauerbaum Muñoz , Frank , Castro Bascuñán , José Miguel , Kaiser Barents-Von Hohenhagen , Johannes , Olivera De La Fuente , Erika , Schalper Sepúlveda , Diego , Cid Versalovic , Sofía , Labbé Martínez , Cristian , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Schubert Rubio , Stephan , Concha Smith, Sara , Labra Besserer , Paula , Oyarzo Figueroa , Rubén Darío , Teao Drago , Hotuiti , Cornejo Lagos , Eduardo , Leal Bizama , Henry , Pérez Cartes , Marlene , Trisotti Martínez , Renzo , De La Carrera Correa , Gonzalo , Lee Flores, Enrique , Pulgar Castillo, Francisco , Ulloa Aguilera , Héctor , Del Real Mihovilovic , Catalina , Lilayu Vivanco , Daniel , Ramírez Diez , Guillermo , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Donoso Castro , Felipe , Martínez Ramírez , Cristóbal , Raphael Mora , Marcia , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Durán Espinoza , Jorge , Matheson Villán , Christian , Rivas Sánchez , Gaspar , Weisse Novoa , Flor , Durán Salinas , Eduardo.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Acevedo Sáez , María Candelaria , Cifuentes Lillo , Ricardo , Mellado Pino , Cosme , Rojas Valderrama , Camila , Araya Guerrero , Jaime , Cordero Velásquez , María Luisa , Melo Contreras , Daniel , Romero Talguia , Natalia , Astudillo Peiretti , Danisa , Cuello Peña Y Lillo , Luis Alberto , Molina Milman , Helia , Sáez Quiroz , Jaime , Barrera Moreno , Boris , De Rementería Venegas , Tomás , Morales Alvarado , Javiera , Sagardia Cabezas, Clara , Barría Angulo , Héctor , Delgado Riquelme , Viviana , Morales Maldonado , Carla , Santana Castillo, Juan , Becker Alvear, Miguel Ángel , Fries Monleón , Lorena , Musante Müller , Camila , Santibáñez Novoa , Marisela , Bello Campos, María Francisca , Gazmuri Vieira , Ana María , Naranjo Ortiz , Jaime , Schneider Videla , Emilia , Beltrán Silva , Juan Carlos , Giordano Salazar , Andrés , Nuyado Ancapichún , Emilia , Sepúlveda Soto , Alexis , Bernales Maldonado , Alejandro , González Gatica , Félix , Ñanco Vásquez , Ericka , Serrano Salazar , Daniela , Bianchi Chelech , Carlos , González Olea , Marta , Orsini Pascal , Maite , Tapia Ramos , Cristián , Bravo Castro , Ana María , Hertz Cádiz , Carmen , Palma Pérez , Hernán , Tello Rojas , Carolina , Brito Hasbún , Jorge , Ibáñez Cotroneo , Diego , Pérez Salinas , Catalina , Undurraga Vicuña , Alberto , Bulnes Núñez , Mercedes , Ilabaca Cerda , Marcos, Pizarro Sierra , Lorena , Veloso Ávila, Consuelo , Camaño Cárdenas , Felipe , Jiles Moreno , Pamela , Placencia Cabello , Alejandra , Venegas Salazar , Nelson , Cariola Oliva , Karol , Longton Herrera , Andrés , Rathgeb Schifferli , Jorge , Videla Castillo , Sebastián , Castillo Rojas , Nathalie , Malla Valenzuela , Luis, Rey Martínez, Hugo , Winter Etcheberry , Gonzalo , Cicardini Milla , Daniella , Manouchehri Lobos , Daniel , Riquelme Aliaga , Marcela , Yeomans Araya, Gael.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Alinco Bustos , René , Calisto Águila , Miguel Ángel , Medina Vásquez , Karen, Pino Fuentes , Víctor Alejandro , Bugueño Sotelo , Félix.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Corresponde votar en particular el artículo único del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Salud en su segundo informe.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 108 votos; por la negativa, 19 votos. Hubo 4 abstenciones.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Acevedo Sáez , María Candelaria , Cifuentes Lillo , Ricardo , Matheson Villán , Christian , Rathgeb Schifferli , Jorge , Ahumada Palma , Yovana , Concha Smith, Sara , Medina Vásquez , Karen , Rey Martínez, Hugo , Alinco Bustos , René , Cordero Velásquez , María Luisa , Mellado Pino , Cosme , Riquelme Aliaga , Marcela , Araya Guerrero , Jaime , Cornejo Lagos , Eduardo , Mellado Suazo , Miguel , Rivas Sánchez , Gaspar , Arroyo Muñoz , Roberto , Cuello Peña Y Lillo , Luis Alberto , Melo Contreras , Daniel , Rojas Valderrama , Camila , Astudillo Peiretti , Danisa , De Rementería Venegas , Tomás , Molina Milman , Helia , Romero Talguia , Natalia , Barrera Moreno , Boris , Delgado Riquelme , Viviana , Morales Alvarado , Javiera , Rosas Barrientos , Patricio , Barría Angulo , Héctor , Durán Espinoza , Jorge , Morales Maldonado , Carla , Sáez Quiroz , Jaime , Becker Alvear, Miguel Ángel , Durán Salinas , Eduardo , Moreira Barros , Cristhian , Saffirio Espinoza , Jorge , Bello Campos, María Francisca , Flores Oporto , Camila , Muñoz González , Francesca , Sagardia Cabezas, Clara , Beltrán Silva , Juan Carlos , Fries Monleón , Lorena , Musante Müller , Camila , Santana Castillo, Juan , Benavente Vergara , Gustavo , Gazmuri Vieira , Ana María , Naranjo Ortiz , Jaime , Santibáñez Novoa , Marisela , Bernales Maldonado , Alejandro , Giordano Salazar , Andrés , Nuyado Ancapichún , Emilia , Sauerbaum Muñoz , Frank , Bianchi Chelech , Carlos , González Gatica , Félix , Ñanco Vásquez , Ericka , Schneider Videla , Emilia , Bórquez Montecinos , Fernando , González Olea , Marta , Olivera De La Fuente , Erika , Sepúlveda Soto , Alexis , Bravo Castro , Ana María , González Villarroel , Mauro , Orsini Pascal , Maite , Serrano Salazar , Daniela , Bravo Salinas , Marta , Guzmán Zepeda , Jorge , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Tapia Ramos , Cristián , Brito Hasbún , Jorge , Hertz Cádiz , Carmen , Oyarzo Figueroa , Rubén Darío , Teao Drago , Hotuiti , Bugueño Sotelo , Félix , Ibáñez Cotroneo , Diego , Palma Pérez , Hernán , Tello Rojas , Carolina , Bulnes Núñez , Mercedes , Ilabaca Cerda , Marcos, Pérez Cartes , Marlene , Ulloa Aguilera , Héctor , Calisto Águila , Miguel Ángel , Jiles Moreno , Pamela , Pérez Olea , Joanna , Undurraga Vicuña , Alberto , Camaño Cárdenas , Felipe , Jouannet Valderrama , Andrés , Pérez Salinas , Catalina , Veloso Ávila, Consuelo , Cariola Oliva , Karol , Leal Bizama , Henry, Pino Fuentes , Víctor Alejandro , Venegas Salazar, Nelson , Castillo Rojas , Nathalie , Lilayu Vivanco , Daniel , Pizarro Sierra , Lorena , Videla Castillo , Sebastián , Castro Bascuñán , José Miguel , Longton Herrera , Andrés , Placencia Cabello , Alejandra , Weisse Novoa , Flor , Cicardini Milla , Daniella , Malla Valenzuela, Luis , Pulgar Castillo, Francisco , Winter Etcheberry , Gonzalo , Cid Versalovic , Sofía , Manouchehri Lobos , Daniel , Raphael Mora , Marcia , Yeomans Araya , Gael.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Carter Fernández , Álvaro , Kaiser Barents-Von Hohenhagen , Johannes , Ojeda Rebolledo , Mauricio , Schubert Rubio , Stephan , De La Carrera Correa , Gonzalo , Labbé Martínez , Cristian , Ramírez Diez , Guillermo , Trisotti Martínez , Renzo , Donoso Castro , Felipe , Martínez Ramírez , Cristóbal , Romero Leiva , Agustín , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Irarrázaval Rossel, Juan , Meza Pereira , José Carlos , Romero Sáez , Leonidas , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Jürgensen Rundshagen , Harry , Moreno Bascur , Benjamín , Sánchez Ossa , Luis.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Del Real Mihovilovic , Catalina , Labra Besserer , Paula , Lee Flores, Enrique , Schalper Sepúlveda , Diego.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Se ha renovado una indicación del diputado Agustín Romero , para agregar, en el artículo único, luego del punto final, que pasa a ser punto y seguido, la siguiente oración: “Se excluirá de la prohibición de informar deudas, las contraídas a título de cirugías plásticas con fines de embellecimiento u otras prestaciones con el mismo fin. No se considerarán bajo este concepto aquellas destinadas a corregir malformaciones o deformaciones sufridas por la criatura durante el embarazo o el nacimiento, ni las que tengan como objetivo reparar deformaciones sufridas en un accidente, ni la que tenga una finalidad estrictamente curativa o reparadora.”.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 60 votos; por la negativa, 57 votos. Hubo 13 abstenciones.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

Rechazada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Ahumada Palma , Yovana , Donoso Castro , Felipe , Matheson Villán , Christian , Rathgeb Schifferli , Jorge , Becker Alvear , Miguel Ángel , Durán Espinoza , Jorge , Medina Vásquez , Karen , Rey Martínez, Hugo , Beltrán Silva , Juan Carlos , Durán Salinas , Eduardo , Mellado Suazo , Miguel , Rivas Sánchez , Gaspar , Benavente Vergara , Gustavo , Flores Oporto , Camila , Meza Pereira , José Carlos , Romero Leiva , Agustín , Bórquez Montecinos , Fernando , González Villarroel , Mauro , Morales Maldonado , Carla , Romero Sáez , Leonidas , Camaño Cárdenas , Felipe , Guzmán Zepeda , Jorge , Moreira Barros , Cristhian , Sánchez Ossa , Luis , Carter Fernández , Álvaro , Irarrázaval Rossel, Juan , Moreno Bascur , Benjamín , Sauerbaum Muñoz , Frank , Castro Bascuñán , José Miguel , Jürgensen Rundshagen , Harry , Muñoz González , Francesca , Schalper Sepúlveda , Diego , Cid Versalovic , Sofía , Kaiser Barents-Von Hohenhagen , Johannes , Ojeda Rebolledo , Mauricio , Schubert Rubio , Stephan , Cifuentes Lillo , Ricardo , Labbé Martínez , Cristian , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Teao Drago , Hotuiti , Concha Smith, Sara , Labra Besserer , Paula , Oyarzo Figueroa , Rubén Darío , Ulloa Aguilera , Héctor , Cordero Velásquez , María Luisa , Leal Bizama , Henry, Pino Fuentes , Víctor Alejandro , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cornejo Lagos , Eduardo , Lilayu Vivanco , Daniel , Pulgar Castillo, Francisco , Videla Castillo , Sebastián , De La Carrera Correa , Gonzalo , Longton Herrera , Andrés , Ramírez Diez , Guillermo , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Del Real Mihovilovic , Catalina , Martínez Ramírez , Cristóbal , Raphael Mora , Marcia , Weisse Novoa , Flor.

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Acevedo Sáez , María Candelaria , De Rementería Venegas , Tomás , Melo Contreras , Daniel , Saffirio Espinoza , Jorge , Araya Guerrero , Jaime , Delgado Riquelme , Viviana , Molina Milman , Helia , Sagardia Cabezas, Clara , Arroyo Muñoz , Roberto , Fries Monleón , Lorena , Musante Müller , Camila , Santana Castillo, Juan , Astudillo Peiretti , Danisa , Gazmuri Vieira , Ana María , Naranjo Ortiz , Jaime , Santibáñez Novoa , Marisela , Barrera Moreno , Boris , Giordano Salazar , Andrés , Nuyado Ancapichún , Emilia , Schneider Videla , Emilia , Barría Angulo , Héctor , González Gatica , Félix , Ñanco Vásquez , Ericka , Serrano Salazar , Daniela , Bello Campos, María Francisca , Hertz Cádiz , Carmen , Palma Pérez , Hernán , Tapia Ramos , Cristián , Bianchi Chelech , Carlos , Ibáñez Cotroneo , Diego , Pérez Salinas , Catalina , Tello Rojas , Carolina , Bravo Castro, Ana María , Ilabaca Cerda , Marcos, Pizarro Sierra , Lorena , Trisotti Martínez , Renzo , Bugueño Sotelo , Félix , Jiles Moreno , Pamela , Placencia Cabello , Alejandra , Undurraga Vicuña , Alberto , Bulnes Núñez , Mercedes , Jouannet Valderrama , Andrés , Riquelme Aliaga , Marcela , Veloso Ávila, Consuelo , Calisto Águila , Miguel Ángel , Malla Valenzuela , Luis , Rojas Valderrama , Camila , Venegas Salazar , Nelson , Cariola Oliva , Karol , Manouchehri Lobos , Daniel , Rosas Barrientos , Patricio , Winter Etcheberry , Gonzalo , Castillo Rojas, Nathalie , Mellado Pino , Cosme , Sáez Quiroz , Jaime , Yeomans Araya , Gael , Cicardini Milla , Daniella.

-Se abstuvieron los diputados señores:

Alinco Bustos , René , González Olea , Marta , Olivera De La Fuente , Erika , Pérez Olea , Joanna , Bernales Maldonado , Alejandro, Lee Flores , Enrique , Orsini Pascal , Maite , Romero Talguia , Natalia , Bravo Salinas , Marta , Morales Alvarado , Javiera , Pérez Cartes , Marlene , Sepúlveda Soto , Alexis , Brito Hasbún , Jorge.

El señor SEPÚLVEDA (Vicepresidente).-

En virtud de la aprobación del artículo único y según lo dispuesto en el artículo 131 del Reglamento de la Corporación, el artículo transitorio se da por aprobado ipso iure, por no haber sido objeto de indicaciones en la discusión del primer informe ni de modificaciones en el segundo.

Se despacha el proyecto a tercer trámite constitucional.

2.5. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 06 de septiembre, 2022. Oficio en Sesión 51. Legislatura 370.

VALPARAÍSO, 6 de septiembre de 2022

Oficio Nº 17.719

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha dado su aprobación al proyecto de ley de ese H. Senado que prohíbe informar las deudas contraídas para financiar atenciones de salud, correspondiente al boletín N° 14.211-11, con las siguientes enmiendas:

Artículo único

Ha incorporado a continuación de la expresión “y empresas relacionadas,” la siguiente frase: “sean instituciones financieras, casas comerciales u otras similares,”.

Artículo transitorio

Ha sustituido, la expresión “el artículo anterior” por “esta ley”.

*****

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 138/SEC/19, de 22 de marzo de 2022.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a V.E.

RAÚL SOTO MARDONES

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

3. Tercer Trámite Constitucional: Senado

3.1. Discusión en Sala

Fecha 05 de octubre, 2022. Diario de Sesión en Sesión 63. Legislatura 370. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

PROHIBICIÓN DE INFORMAR DEUDAS CONTRAÍDAS PARA FINANCIAR ATENCIONES DE SALUD

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

La señora Presidenta pone en discusión el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que prohíbe informar las deudas contraídas para financiar atenciones de salud, correspondiente al boletín N° 14.211-11.

El Ejecutivo hizo presente la urgencia para su despacho, calificándola de "suma".

--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletín 14.211-11) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

Este proyecto de ley inició su tramitación en el Senado, el cual aprobó un texto compuesto de un artículo único y una disposición transitoria que modifica la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud.

Para ello, el artículo único incorpora en el inciso segundo del artículo 17 de la mencionada ley, entre las informaciones que los responsables de los registros o bancos de datos personales no pueden comunicar, la siguiente: "ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia sean éstas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones;".

La norma transitoria, en tanto, define la vigencia de la iniciativa.

A su respecto, la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, efectuó una modificación en el artículo único, incorporando en el citado texto que contiene, a continuación de la expresión "y empresas relacionadas," la siguiente frase: "sean instituciones financieras, casas comerciales u otras similares,".

Asimismo, la Cámara revisora introdujo en el artículo transitorio una enmienda de carácter meramente formal.

El Senado debe pronunciarse respecto a las enmiendas efectuadas por la Cámara de Diputados.

En el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición, se transcriben el texto aprobado por la Cámara de origen y las modificaciones introducidas por la Cámara revisora.

Eso es todo, señora Presidenta.

La señora EBENSPERGER ( Vicepresidenta ).-

Gracias, Secretario .

Tiene la palabra el Presidente de la Comisión para dar el informe respectivo.

El señor CHAHUÁN.-

Señora Presidenta , Honorable Sala, en mi calidad de Presidente de la Comisión de Salud de la Corporación, paso a informar el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, iniciado en moción de diversos señores Senadores (boletín N° 14.211-11), que prohíbe informar deudas contraídas para financiar atenciones de salud.

Este proyecto fue aprobado en el Senado con fecha 22 de marzo del presente año, con el siguiente texto:

"Artículo único.- Intercálase, en el inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud, a continuación de la expresión `en cualquiera de sus niveles;', lo siguiente: `ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia sean éstas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones;'.

"Artículo transitorio.- La presente ley entrará en vigencia a partir de los ciento ochenta días posteriores a la publicación de la misma. Los responsables de los registros o bancos de datos personales que almacenan y comunican información sobre las obligaciones a que se refiere el artículo anterior deberán eliminar todos los datos relacionados con éstas, en el plazo señalado anteriormente.".

La Cámara de Diputados introdujo dos enmiendas muy simples que no afectan mayormente el contenido del proyecto y que han motivado este tercer trámite, y son las siguientes.

En su artículo único, ha incorporado, a continuación de la expresión "y empresas relacionadas," la siguiente frase: "sean instituciones financieras, casas comerciales u otras similares,".

Y en su artículo transitorio ha sustituido la expresión "el artículo anterior" por "esta ley".

Considerando que son modificaciones meramente formales que no alteran el espíritu y la finalidad del proyecto, estimamos que deben aprobarse mediante voto favorable.

He dicho, señora Presidenta.

La señora EBENSPERGER ( Vicepresidenta ).-

Gracias, Senador.

Señora Ministra , no sé si quiere hacer uso de la palabra en este proyecto, o al final; como usted estime.

La señora AGUILERA ( Ministra de Salud ).-

Al final; al final.

La señora EBENSPERGER ( Vicepresidenta ).-

Al final, entonces.

Se abre la votación.

(Durante la votación).

Pido que toquen los timbres, por favor, para que los señores Senadores concurran a votar.

Estamos votando, entonces, solamente

las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados.

Tiene la palabra el Senador Coloma.

El señor COLOMA.-

Presidenta , a veces uno tiene que adoptar posiciones ingratas en la vida por tratar de ser coherente. A mí me tocó la vez anterior, y parece que tendré que serlo en una segunda oportunidad.

Hace menos de veinticuatro horas, ¡ayer!, este Parlamento votó, casi por unanimidad, un proyecto de ley exactamente contrario al que estamos votando ahora -¡exactamente contrario!-, donde se establece que es obligatoria la información de las transacciones cinco años para atrás. Yo traté de explicar esto: ¡cinco años para atrás toda transacción; toda información de salud, de pensiones, de créditos, de gasto, todo pasa a ser obligatoriamente parte de las finanzas abiertas!

Y este proyecto, que salió antes, está diciendo que hay información que no se puede dar.

Entonces, yo le quiero preguntar, Presidenta, cómo coexisten estas dos iniciativas de ley, que son exactamente inversas.

No entiendo la forma de hacer las cosas. ¡Para qué aprobamos la de ayer, entonces!

No sé si me explico bien.

La señora EBENSPERGER ( Vicepresidenta ).-

Absolutamente; yo lo entiendo.

El señor COLOMA.-

Ayer dijimos que toda la información era pública cinco años para atrás: ¿Esta información? Esta información; ¿La de deuda? La de deuda; ¿La de acreencia? La de acreencia. ¡Toda es pública!

¡Y ahora este proyecto de ley dice que no se puede informar!

Presidenta, me declaro en estado -no sé cuál es la categoría- ¿de estupefacción? No sé cómo puedo definirlo. No sé cómo votar este proyecto, porque uno trata de ser coherente; y no puedo votar dos cosas contradictorias en veinticuatro horas a lo menos. Porque, por último, alguien podrá decir que se le olvidó, ¡pero esto fue hace veinticuatro horas!

No sé si alguien me puede dar una explicación con respecto a qué significa esto: que se apruebe esta iniciativa de ley y que se haya aprobado la de ayer.

Gracias, Presidenta .

El señor MOREIRA.-

¡La Mesa!

El señor CÁMARA ( Secretario General subrogante ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

La señora EBENSPERGER ( Vicepresidenta ).-

Cerrada la votación.

--Se aprueban las enmiendas efectuadas por la Cámara de Diputadas y Diputados (18 votos a favor, 4 en contra, 1 abstención y 2 pareos), y el proyecto queda despachado en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Aravena, Carvajal, Gatica, Pascual, Provoste y Sepúlveda y los señores Bianchi, Castro Prieto, Chahuán, Elizalde, Flores, Insulza, Keitel, Latorre, Ossandón, Quintana, Soria y Walker.

Votaron por la negativa la señora Ebensperger y los Señores Coloma, Sandoval y Sanhueza.

Se abstuvo el señor Durana.

No votaron, por estar pareados, los señores De Urresti y Pugh.

La señora EBENSPERGER (Vicepresidenta).-

Aprobadas las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados.

¿El proyecto vuelve a la Cámara, no?

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Así es.

La señora EBENSPERGER (Vicepresidenta).-

Para que sea despachado.

El señor ELIZALDE ( Presidente ).-

Sí; se envía un oficio a la Cámara de Diputados para que esta, a su vez, oficie al Ejecutivo .

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 05 de octubre, 2022. Oficio en Sesión 84. Legislatura 370.

Valparaíso, 5 de octubre de 2022.

Nº 466/SEC/22

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado las enmiendas introducidas por esa Honorable Cámara al proyecto de ley que prohíbe informar las deudas contraídas para financiar atenciones de salud, correspondiente al Boletín N° 14.211-11.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 17.719, de 6 de septiembre de 2022.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ÁLVARO ELIZALDE SOTO

Presidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

4. Trámite Finalización: Senado

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 05 de octubre, 2022. Oficio

Valparaíso, 5 de octubre de 2022.

Nº 467/SEC/22

A SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Intercálase, en el inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud, a continuación de la expresión “en cualquiera de sus niveles;”, lo siguiente: “ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, sean instituciones financieras, casas comerciales u otras similares, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia sean éstas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones;”.

Artículo transitorio.- La presente ley entrará en vigencia a partir de los ciento ochenta días posteriores a la publicación de la misma. Los responsables de los registros o bancos de datos personales que almacenan y comunican información sobre las obligaciones a que se refiere esta ley deberán eliminar todos los datos relacionados con éstas, en el plazo señalado anteriormente.”.

- - -

Hago presente a Su Excelencia que esta iniciativa de ley tuvo su origen en Moción del Honorable senador señor Jaime Quintana Leal, y de los exsenadores señor Guido Girardi Lavín, señora Carolina Goic Boroevic y señor Rabindranath Quinteros Lara.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ÁLVARO ELIZALDE SOTO

Presidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 21.504

Tipo Norma
:
Ley 21504
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1184083&t=0
Fecha Promulgación
:
04-11-2022
URL Corta
:
http://bcn.cl/39iv7
Organismo
:
MINISTERIO DE SALUD
Título
:
ESTABLECE PROHIBICIÓN DE INFORMAR DEUDAS CONTRAÍDAS PARA FINANCIAR SERVICIOS Y ACCIONES DE SALUD EN LA LEY Nº 19.628
Fecha Publicación
:
10-11-2022

LEY NÚM. 21.504

ESTABLECE PROHIBICIÓN DE INFORMAR DEUDAS CONTRAÍDAS PARA FINANCIAR SERVICIOS Y ACCIONES DE SALUD EN LA LEY Nº 19.628

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley iniciado en moción del Honorable senador señor Jaime Quintana Leal, y de los exsenadores señor Guido Girardi Lavín, señora Carolina Goic Boroevic y señor Rabindranath Quinteros Lara,

     

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Intercálase, en el inciso segundo del artículo 17 de la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar servicios y acciones de salud, a continuación de la expresión "en cualquiera de sus niveles;", lo siguiente: "ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, sean instituciones financieras, casas comerciales u otras similares, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia sean éstas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones;".

    Artículo transitorio.- La presente ley entrará en vigencia a partir de los ciento ochenta días posteriores a la publicación de la misma. Los responsables de los registros o bancos de datos personales que almacenan y comunican información sobre las obligaciones a que se refiere esta ley deberán eliminar todos los datos relacionados con éstas, en el plazo señalado anteriormente.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 4 de noviembre de 2022.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Ximena Aguilera Sanhueza, Ministra de Salud.

    Transcribo para su conocimiento la ley Nº 21.504 del 4 noviembre de 2022.- Por orden de la Subsecretaria de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Yasmina Viera Bernal, Jefa de la División Jurídica, Ministerio de Salud.