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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.571

Modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 12 de diciembre, 2022. Mensaje en Sesión 105. Legislatura 370.

MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL PARA SANCIONAR LA CONSPIRACIÓN DE HOMICIDIO CALIFICADO POR PREMIO O PROMESA REMUNERATORIA O CUALQUIER OTRO MEDIO QUE IMPLIQUE ÁNIMO DE LUCRO.

Santiago, 12 de diciembre de 2022.

MENSAJE Nº 237-370/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS

Honorable Cámara de Diputadas y Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que incorpora una pena para la conspiración de homicidio calificado por premio o promesa remuneratoria u otro medio que implique ánimo de lucro (sicariato).

I.ANTECEDENTES

Durante los últimos años, nuestro país, de conformidad con las estadísticas de la Subsecretaría de la Prevención del Delito, enfrenta un incipiente y preocupante cambio de las características de la criminalidad violenta en el país. Así, prácticas criminógenas que antes eran más bien aisladas, como la extorsión, el secuestro o el sicariato han aumentado en nuestro medio.

La gravedad del problema ha motivado una serie de mociones parlamentarias para aumentar las penas del delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro (sicariato), o bien para anticipar la punición a la sola oferta o proposición de comisión de dicho ilícito.

Así, pueden contarse los siguientes proyectos de ley: Boletín 15.159-07 del Diputado Sr. Gaspar Rivas Sánchez, Boletín 6.977-07 del Honorable Senador Sr. Chahuán; Boletín N°13.741-07 de los Honorables Senadores Sra. Aravena y Sres. Chahuán y Pugh; Boletín 15.208-07 de los Honorables Diputados Sras. Barchiesi y Naveillán y Sres. De la Carrera, Irarrázaval, Jürgensen y Kaiser y Boletín N°13.994-07 de los Honorables Diputados Sr. Gonzalo Fuenzalida y Sras. Francesca Muñoz y Erika Olivera, que tipifican el delito de sicariato; y el Boletín 13.577-07 de los Honorables Diputados Sres. Calisto, Castro, Desbordes, Fuenzalida, Galleguillos, Leiva y Sras. Núñez, Parra, Santibáñez y Vallejo, que modifica el Código Penal y otros cuerpos legales para crear el tipo especial de sicariato y regular a su respecto la procedencia de la libertad condicional y de las penas sustitutivas.

En ese contexto y, en el marco de una serie de iniciativas legislativas del Ejecutivo dirigidas a combatir el crimen organizado, se propone incorporar la punición de la conspiración del sicariato con el objeto desincentivar la comisión de este delito.

Lo anterior como una manera de ampliar la persecución de quienes participan en la eventual comisión de este delito, al volver punibles comportamientos anteriores a la perpetración del ilícito, generando un mayor efecto disuasorio a través de la amenaza de un castigo.

En ese sentido, es relevante tener en consideración que la tipificación de actos preparatorios cobra sentido únicamente cuando se trata de ámbitos delictivos especialmente graves y de una peligrosidad concreta del acto que se castiga[1].

De ahí que, se haya optado por acotar el castigo exclusivamente a la conspiración y solo del delito de homicidio calificado por premio o promesa remuneratoria. Se trata de casos en que ya existe un acuerdo concreto y serio entre dos personas para quitar una vida a cambio de una contraprestación, conducta que sin duda ya representa un peligro concreto para dicho bien jurídico.

Como explican los profesores Matus y Ramírez, la sanción de la conspiración para cometer un delito tiene sentido en casos de particular peligrosidad debido a que representan un acuerdo entre dos o más personas para la comisión de un delito, y “la decisión grupal tiene más probabilidades de realizarse y profundizarse que la individual”[2]. A esa consideración debe agregarse la de que, en casos de sicariato, para uno de los conspiradores existe un incentivo económico en juego, cuestión especialmente desdeñosa que el ordenamiento jurídico no puede tolerar, debiendo extender su ámbito de aplicación a actos anteriores a la propia perpetración para evitar que tengan lugar estos hechos tan graves.

II.FUNDAMENTOS

El tipo penal de sicariato está regulado en el artículo 391 N°1, circunstancia segunda del Código Penal, como homicidio calificado por premio o promesa remuneratoria, o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro.

Tiene aparejado una de las penas más altas de nuestro ordenamiento jurídico penal, a saber, la de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo. Y, a su respecto, no procede pena sustitutiva alguna, por lo que la condena será siempre de cárcel efectiva[3].

Sin embargo, dado lo preocupante de la violencia y del aumento del fenómeno delictivo ya descrito, se hace necesario acudir a técnicas de tipificación de carácter excepcional. Una de ellas es la de sancionar, de forma autónoma, actos preparatorios, como ocurre con hechos de especial gravedad, por ejemplo: en la conspiración o financiamiento del terrorismo, en el porte de instrumentos para cometer delitos de robo, etc.

En particular, se propone sancionar la conspiración del homicidio calificado por premio o promesa remuneratoria. Hay conspiración cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un crimen o simple delito. Lo relevante es que exista un acuerdo serio de cometer el crimen o simple delito en cuestión, así como sobre sus principales circunstancias[4]. En virtud del artículo 8° del Código Penal, la conspiración para cometer un delito es por regla general atípica, salvo que la ley disponga lo contrario, de modo que la conspiración sólo es penalmente relevante cuando el ordenamiento jurídico la haga expresamente punible.

Con la modificación que se propone, podrá castigarse con la misma pena tanto a quien de manera seria propone la comisión de un homicidio a cambio de un pago o beneficio, como a quien acepta, también de manera seria, dicho encargo, cuando existiere un acuerdo entre ambos.

Así, será destinatario de la norma penal quien realice un traspaso de dinero u otro bien avaluable en dinero para que se cometa un homicidio, así como quien recibe dicho beneficio. Del mismo modo, será responsable por este delito quien comprometa un beneficio a cambio de la realización del ilícito, así como quien acepta dicho encargo, siempre que pudiere comprobarse el acuerdo económico o lucrativo con sus principales detalles: monto o naturaleza del beneficio, víctima del homicidio acordado, fecha o plazo de su comisión.

De esta manera, ante la comprobación de que existe un acuerdo para la comisión de un sicariato, el sistema penal podrá intervenir antes de que la muerte se consume o de que el delito comience a ser ejecutado.

La propuesta tiene como referencias, por una parte, ordenamientos jurídico penales extranjeros que sancionan actos preparatorios de sicariato y, por otra, los anteproyectos de Código Penal chilenos que castigan la conspiración del homicidio calificado.

En efecto, la pena que se propone es similar a la de aquellos Estados del contexto latinoamericano que reprimen penalmente este delito: en Ecuador la persona que publique u oferte un sicariato es sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años[5], mientras que en Perú la pena por dicho delito es de entre cinco y ocho años[6].

Esta propuesta es coherente, aunque de manera más acotada, con lo contemplado en los anteproyectos de Código Penal chileno de los años 2015 (art. 222) y 2018 (art. 235), que sancionan la conspiración para perpetrar el delito de homicidio. A su vez, de manera similar, el artículo 235 del Anteproyecto de Código Penal de 2018 prescribe la punición de la conspiración para perpetrar los delitos de asesinato (homicidio doloso), homicidio por arrebato, femicidio y homicidio por odio.

En esta propuesta, la pena es la de presidio menor en su grado máximo, es decir, de entre tres años y un día y cinco años. Se trata de una pena alta para un acto preparatorio que no es otra cosa que un delito de peligro, pues no existe aún lesión a la vida en su calidad de bien jurídico protegido.

No debe perderse de vista, en todo caso, que de conformidad con las reglas generales, si el delito de homicidio calificado se consuma o comienza su ejecución, se impondrá la pena señalada en el artículo 391 N°1, esto es, la pena contemplada para el delito de homicidio calificado en general no pudiendo imponerse de manera conjunta las penas por la conspiración y por el homicidio propiamente dicho.

III.CONTENIDO DE LA PROPUESTA

La propuesta que a continuación se presenta busca incorporar un artículo 391 bis, nuevo, en el Código Penal, que sancione con la pena de presidio menor en su grado máximo a quien conspirare para cometer sicariato, esto es, homicidio calificado por premio o promesa remuneratoria o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro, delito contemplado en el artículo 391 N°1, circunstancia segunda, del Código Penal.

En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo Único.- Incorpórase el siguiente artículo 391 bis, nuevo, en el Código Penal:

“ART. 391 bis.- El que conspirare para cometer el delito de homicidio calificado previsto en los términos del artículo 391 N°1, circunstancia segunda, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo.”.”.

VER INFORME FINANCIERO

[1] En ese sentido Alonso Rimo Alberto (2017) “¿Impunidad general de los actos preparatorios? La expansión de los delitos de preparación” p. 56.
[2] Matus J.P. y Ramírez M.C. (2021) “Derecho Penal. Parte General” Editorial Tirant Lo Blanch p. 475.
[3] Artículo 1° inciso 2° de la Ley 18.216.
[4] Matus J.P. y Ramírez M.C. ob. cit. pp. 476 ss.
[5] Artículo 143 inciso final del Código Orgánico Integral Penal de Ecuador.
[6] Artículo 108-D del Código Penal de Perú.

1.2. Informe de Comisión de Constitución

Cámara de Diputados. Fecha 15 de marzo, 2023. Informe de Comisión de Constitución en Sesión 5. Legislatura 371.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN, JUSTICIA Y REGLAMENTO RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL PARA SANCIONAR LA CONSPIRACIÓN PARA COMETER EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO POR PREMIO, PROMESA REMUNERATORIA O ÁNIMO DE LUCRO.

BOLETÍN N° 15.559-07-01

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento viene en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado mensaje de S.E. el Presidente de la República, con urgencia suma.

CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) La idea matriz o fundamental del proyecto consiste en modificar el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro.

2) Normas de quórum especial

No hay.

3) Requiere trámite de Hacienda.

No requiere.

4) Aprobación en general.

Sometido a votación general el proyecto de ley que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, boletín N°15559-07, es aprobado por la unanimidad. Otorgaron su voto favorable los diputados (as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión), Jorge Alessandri, Gustavo Benavente, Miguel Ángel Calisto, Marcos Ilabaca, Pamela Jiles, Raúl Leiva, Luis Sánchez, Diego Schalper, Leonardo Soto y Gonzalo Winter (11-0-0).

6) Se designó Diputado Informante al señor Miguel Ángel Calisto.

*************

I.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO DE LEY

Al respecto el mensaje señala lo siguiente:

ANTECEDENTES

Durante los últimos años, nuestro país, de conformidad con las estadísticas de la Subsecretaría de la Prevención del Delito, enfrenta un incipiente y preocupante cambio de las características de la criminalidad violenta en el país. Así, prácticas criminógenas que antes eran más bien aisladas, como la extorsión, el secuestro o el sicariato han aumentado en nuestro medio.

La gravedad del problema ha motivado una serie de mociones parlamentarias para aumentar las penas del delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro (sicariato), o bien para anticipar la punición a la sola oferta o proposición de comisión de dicho ilícito.

Así, pueden contarse los siguientes proyectos de ley: Boletín 15.159-07 del Diputado Sr. Gaspar Rivas Sánchez, Boletín 6.977-07 del Honorable Senador Sr. Chahuán; Boletín N°13.741-07 de los Honorables Senadores Sra. Aravena y Sres. Chahuán y Pugh; Boletín 15.208-07 de los Honorables Diputados Sras. Barchiesi y Naveillán y Sres. De la Carrera, Irarrázaval, Jürgensen y Kaiser y Boletín N°13.994-07 de los Honorables Diputados Sr. Gonzalo Fuenzalida y Sras. Francesca Muñoz y Erika Olivera, que tipifican el delito de sicariato; y el Boletín 13.577-07 de los Honorables Diputados Sres. Calisto, Castro, Desbordes, Fuenzalida, Galleguillos, Leiva y Sras. Núñez, Parra, Santibáñez y Vallejo, que modifica el Código Penal y otros cuerpos legales para crear el tipo especial de sicariato y regular a su respecto la procedencia de la libertad condicional y de las penas sustitutivas.

En ese contexto y, en el marco de una serie de iniciativas legislativas del Ejecutivo dirigidas a combatir el crimen organizado, se propone incorporar la punición de la conspiración del sicariato con el objeto desincentivar la comisión de este delito.

Lo anterior como una manera de ampliar la persecución de quienes participan en la eventual comisión de este delito, al volver punibles comportamientos anteriores a la perpetración del ilícito, generando un mayor efecto disuasorio a través de la amenaza de un castigo.

En ese sentido, es relevante tener en consideración que la tipificación de actos preparatorios cobra sentido únicamente cuando se trata de ámbitos delictivos especialmente graves y de una peligrosidad concreta del acto que se castiga.

De ahí que, se haya optado por acotar el castigo exclusivamente a la conspiración y solo del delito de homicidio calificado por premio o promesa remuneratoria. Se trata de casos en que ya existe un acuerdo concreto y serio entre dos personas para quitar una vida a cambio de una contraprestación, conducta que sin duda ya representa un peligro concreto para dicho bien jurídico.

Como explican los profesores Matus y Ramírez, la sanción de la conspiración para cometer un delito tiene sentido en casos de particular peligrosidad debido a que representan un acuerdo entre dos o más personas para la comisión de un delito, y “la decisión grupal tiene más probabilidades de realizarse y profundizarse que la individual” . A esa consideración debe agregarse la de que, en casos de sicariato, para uno de los conspiradores existe un incentivo económico en juego, cuestión especialmente desdeñosa que el ordenamiento jurídico no puede tolerar, debiendo extender su ámbito de aplicación a actos anteriores a la propia perpetración para evitar que tengan lugar estos hechos tan graves.

FUNDAMENTOS

El tipo penal de sicariato está regulado en el artículo 391 N°1, circunstancia segunda del Código Penal, como homicidio calificado por premio o promesa remuneratoria, o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro.

Tiene aparejado una de las penas más altas de nuestro ordenamiento jurídico penal, a saber, la de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo. Y, a su respecto, no procede pena sustitutiva alguna, por lo que la condena será siempre de cárcel efectiva .

Sin embargo, dado lo preocupante de la violencia y del aumento del fenómeno delictivo ya descrito, se hace necesario acudir a técnicas de tipificación de carácter excepcional. Una de ellas es la de sancionar, de forma autónoma, actos preparatorios, como ocurre con hechos de especial gravedad, por ejemplo: en la conspiración o financiamiento del terrorismo, en el porte de instrumentos para cometer delitos de robo, etc.

En particular, se propone sancionar la conspiración del homicidio calificado por premio o promesa remuneratoria. Hay conspiración cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un crimen o simple delito. Lo relevante es que exista un acuerdo serio de cometer el crimen o simple delito en cuestión, así como sobre sus principales circunstancias . En virtud del artículo 8° del Código Penal, la conspiración para cometer un delito es por regla general atípica, salvo que la ley disponga lo contrario, de modo que la conspiración sólo es penalmente relevante cuando el ordenamiento jurídico la haga expresamente punible.

Con la modificación que se propone, podrá castigarse con la misma pena tanto a quien de manera seria propone la comisión de un homicidio a cambio de un pago o beneficio, como a quien acepta, también de manera seria, dicho encargo, cuando existiere un acuerdo entre ambos.

Así, será destinatario de la norma penal quien realice un traspaso de dinero u otro bien avaluable en dinero para que se cometa un homicidio, así como quien recibe dicho beneficio. Del mismo modo, será responsable por este delito quien comprometa un beneficio a cambio de la realización del ilícito, así como quien acepta dicho encargo, siempre que pudiere comprobarse el acuerdo económico o lucrativo con sus principales detalles: monto o naturaleza del beneficio, víctima del homicidio acordado, fecha o plazo de su comisión.

De esta manera, ante la comprobación de que existe un acuerdo para la comisión de un sicariato, el sistema penal podrá intervenir antes de que la muerte se consume o de que el delito comience a ser ejecutado.

La propuesta tiene como referencias, por una parte, ordenamientos jurídico penales extranjeros que sancionan actos preparatorios de sicariato y, por otra, los anteproyectos de Código Penal chilenos que castigan la conspiración del homicidio calificado.

En efecto, la pena que se propone es similar a la de aquellos Estados del contexto latinoamericano que reprimen penalmente este delito: en Ecuador la persona que publique u oferte un sicariato es sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años , mientras que en Perú la pena por dicho delito es de entre cinco y ocho años .

Esta propuesta es coherente, aunque de manera más acotada, con lo contemplado en los anteproyectos de Código Penal chileno de los años 2015 (art. 222) y 2018 (art. 235), que sancionan la conspiración para perpetrar el delito de homicidio. A su vez, de manera similar, el artículo 235 del Anteproyecto de Código Penal de 2018 prescribe la punición de la conspiración para perpetrar los delitos de asesinato (homicidio doloso), homicidio por arrebato, femicidio y homicidio por odio.

En esta propuesta, la pena es la de presidio menor en su grado máximo, es decir, de entre tres años y un día y cinco años. Se trata de una pena alta para un acto preparatorio que no es otra cosa que un delito de peligro, pues no existe aún lesión a la vida en su calidad de bien jurídico protegido.

No debe perderse de vista, en todo caso, que de conformidad con las reglas generales, si el delito de homicidio calificado se consuma o comienza su ejecución, se impondrá la pena señalada en el artículo 391 N°1, esto es, la pena contemplada para el delito de homicidio calificado en general no pudiendo imponerse de manera conjunta las penas por la conspiración y por el homicidio propiamente dicho.

CONTENIDO DE LA PROPUESTA

La propuesta que a continuación se presenta busca incorporar un artículo 391 bis, nuevo, en el Código Penal, que sancione con la pena de presidio menor en su grado máximo a quien conspirare para cometer sicariato, esto es, homicidio calificado por premio o promesa remuneratoria o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro, delito contemplado en el artículo 391 N°1, circunstancia segunda, del Código Penal.

En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo Único.- Incorpórase el siguiente artículo 391 bis, nuevo, en el Código Penal:

“ART. 391 bis.- El que conspirare para cometer el delito de homicidio calificado previsto en los términos del artículo 391 N°1, circunstancia segunda, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo.”.”.

III.- DISCUSIÓN GENERAL Y PARTICULAR DEL PROYECTO.

Sesión N° 78 de 8 de marzo de 2023.

La señorita Presidenta, diputada Karol Cariola, da inicio al orden del día, y refiere que corresponde continuar con la discusión en general y votación en general de los siguientes proyectos, todos iniciados en mensaje, en primer trámite reglamentario y con urgencia simple:

1. Proyecto de ley que modifica el Código Penal para agravar la pena del delito de secuestro en el caso que indica. Boletín N°15558-07.

2. Proyecto de ley que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro. Boletín N°15559-07.

3. Proyecto de ley que modifica la ley N°17.798, sobre control de armas, para aumentar la pena del delito de porte de armas en lugares altamente concurridos. Boletín N°15560-07.

4. Proyecto de ley que refuerza las competencias de Gendarmería de Chile y crea un delito general de extorsión. Boletín N°15561-07.

Recuerda que existe un acuerdo vigente de tramitar los cuatro proyectos de ley de forma conjunta, mas no fusionados, de forma tal que hoy corresponde proceder a la votación en general de los mismos, pero antes otorga la palabra al señor Subsecretario de Prevención del Delito, para luego abrir una ronda de intervenciones de las y los parlamentarios, sin antes recordar las reglas de intervenciones que prescribe el reglamento de la Corporación en su artículo 279.

El señor Eduardo Vergara Bolbarán (Subsecretario de Prevención del Delito) en primer lugar, procedió a reiterar las excusas de la Ministra del Interior y Seguridad Pública. En materia legislativa, refiere que los boletines en discusión recogen propuestas presentadas por diputados miembros de la Comisión de Constitución, agravando las penalidades o modificando los delitos base.

Destaca que los proyectos van acompañados de acciones operativas implementadas por el Gobierno, por lo que por sí solo no son un fin en sí mismo, sino que son acciones legislativas que buscan adelantarse a los nuevos fenómenos delictivos, para que nuestro ordenamiento jurídico nos permita prevenir o abordar estos fenómenos de la mejor forma.

Considerando que el detalle de los proyectos ya fue entregado en la sesión pasada por dos ministras, queda a disposición de los miembros de la Comisión para consultas.

Consultado el señor abogado Secretario de la Comisión, por la Presidenta, sobre como proseguir en la sesión, les recuerda que el acuerdo vigente en tramitar los proyectos de forma conjunta y, en la presente sesión, cerrar el debate en general para proceder a las votaciones. Considerando aquello, recomienda dar un espacio a los miembros de la comisión para resolver inquietudes y luego pasar a votación.

La diputada señorita Cariola (Presidenta) agradece la presencia del Subsecretario de Prevención del Delito, y refiere que existen varios proyectos de ley en materia de seguridad, como defensoría de las víctimas, y que van en la línea de resolver o contribuir a la entrega de mayor seguridad a las personas.

Entiende que el debate de estos boletines tiene que ver con delimitar y perfeccionar ciertos delitos, como también tipificar nuevos delitos que se están cometiendo en nuestro país, y quiere saber sobre la connotación de los delitos, especialmente del sicariato, el que califica como un delito de exportación y que cree que no se ha masificado tanto en Chile.

En materia de ley de armas, también solicita datos respecto del armamento ilegal en Chile y del ingreso irregular de las mismas, conocer sus vías y la forma en que opera este tráfico de armamento.

En la misma forma, sobre armamento en lugares altamente concurridos, le parece bien elevar los criterios, pero tiene dudas sobre el concepto y definición de “altamente concurrido”, lo que no está en el proyecto de forma detallada, lo que cree que es conflictivo desde la judicialización, porque es interpretable y cree mejor buscar un concepto específico.

Por último, sobre sicariato, entiende que lo que el proyecto hace es sancionar penalmente la concertación o el acuerdo de cometer el delito, antes de que ocurra, pero tiene dudas sobre que pruebas se pueden utilizar en un juicio para probar aquello y si se ha conversado con el Ministerio Público sobre las herramientas de investigación, como también si se considera una sanción del nuevo delito en su etapa de frustrado. Todo lo anterior, por la preocupación de que este delito sea mal utilizado.

El señor Eduardo Vergara Bolbarán (Subsecretario de Prevención del Delito), sobre la consulta de la Presidenta, hay que abordar los delitos emergentes en Chile, y que son aquellos de sicariato, secuestro, robo violento de vehículo, la trata de personas, todos con la particularidad de que sus aumentos no se ven impactados por la pandemia, es decir, el confinamiento no tuvo efecto en su baja.

No se gobierna solo con acciones, sino que también con señales. Cuando el Gobierno logra anticiparse a los delitos emergentes, también se hace enviando señales legislativas para dar certeza de que las herramientas están disponibles.

El diputado señor Soto manifiesta que está de acuerdo con la votación de los 4 proyectos en conjunto.

Además, sobre el proyecto de sicariato, consulta sobre la penalidad, porque en el proyecto es de 3 a 5 años, pero qué sucede con el homicidio calificado cuando tiene la calidad de frustrado, es decir, cuando el asesinato no se ha consumado.

Por regla general, los delitos frustrados tienen una pena de un grado menor al delito consumado. En el caso de homicidio calificado es de presidio mayor en su grado máximo a perpetuo, es decir, su grado de frustrado parte desde los 15 años hacia arriba. En el delito propuesto, se concertación de homicidio o sicariato, en su grado de frustrado, parte de los 10 años hacia arriba.

Luego, el delito de conspiración (que es muy similar al sicariato en su etapa de planificación), tiene una pena fija de 3 a 5 años.

Considerando todo lo anterior, solicita que le explique el Ejecutivo como conviven estos distintos delitos y sus penalidades.

El diputado señor Sánchez está de acuerdo con la observación realizada por el diputado Soto al proyecto que toca el sicariato o conspiración para cometer el delito de homicidio calificado, ya que es complejo y se provocará una confusión con los otros tipos penales mencionados.

El diputado señor Benavente centra su exposición en el proyecto de sicariato, porque quedan muchas dudas, a pesar de entender el propósito atendible de crearlo como un delito especial, y no una calificante del homicidio (que es como esta hoy). La pena propuesta es inferior a la del homicidio calificado, porque se pone en el caso de que no se llegase a cometer el homicidio, pero no esta tan claro, y aun así podemos llegar a un supuesto donde se le aplique la pena menor, por la especialidad del delito propuesto.

Así las cosas, se pregunta si es posible cometer homicidio calificado y que, aun así, en virtud del numeral 2° del artículo 361 del Código Penal, el juez aplique la pena menor del nuevo tipo penal que se presenta, por especialidad y el principio pro reo.

La señal es confusa y merece una doble revisión. Una cosa es la conspiración del sicariato y que no llegue a producirse el homicidio, supuesto donde la norma propuesta esta bien, pero si se comete el homicidio, entonces hay que aclarar que este nuevo delito no se aplica, y que se aplica la pena del homicidio calificado.

El diputado señor Leiva respecto al proyecto de sicariato, genera dudas sobre la delimitación del delito. La doctrina aun no es conteste entre coautoría y complicidad. Uno podría entender que la primera es una forma de delito en donde el mismo tipo es llevado a cabo por varias personas, y uno podría entender que en sicariato participan más de una persona (al menos, quien da la orden y quien la ejecuta).

Siendo así, encuentra razonable la postura del diputado Benavente, porque no es fácil su aplicación. Podríamos aplicar una sanción más benevolente a la que ya considera el delito de homicidio calificado por su agravante de sicariato.

El señor Vergara, señala que en materia de sicariato, y sobre la coordinación con el Ministerio Público y los elementos probatorios, son transferencias electrónicas y el actuar de bandas organizadas, junto con toda la evidencia que ayude a verificar la planificación y participación en la misma. En el debate público y en el propio Congreso Nacional hay una experiencia en cuanto a las modificaciones realizadas a la ley 20.000 relativa a elementos indiciarios y su evolución, desde donde se pueda aprender.

Sobre la etapa frustración, cree que no estamos hablando de un delito con un fin en sí mismo, porque de aquella planificación muchas veces se comenten otros delitos, por lo que va, a modo de ejemplo, desde el robo de un teléfono celular para obtener información de la persona, hasta el asesinato.

En cuanto a las diferencias entre conspiración y homicidio frustrado, preguntado por el diputado Soto, aclara que, en situación de concurso de penas, se aplica la más alta.

El diputado señor Ilabaca valora el avance en estos proyectos, porque se entrega mejores herramientas al Estado para garantizar mejores niveles de seguridad pública. Con todo, tiene algunas observaciones.

En primer lugar, en el comparado del boletín N° 15.559-07, en la causal segunda del artículo 391, ya que no incorpora el texto actualizado por la ley N° 20.483, y la causal completa indica “y por cualquier otro medio que implique el delito”. De ahí, observa que se está acotando la figura del 391 bis sólo cuando hay ánimo de lucro, y olvida los supuestos donde no hay promesa remuneratoria, como podría ser un favor sexual.

En segundo lugar, considera excesivo acotar la causal a la conspiración, e invita a pensar también en la ampliación a la acción de alevosía y otros.

VOTACIÓN GENERAL

En votación general el Proyecto de ley que modifica el Código Penal para agravar la pena del delito de secuestro en el caso que indica. Boletín N°15.558-07, es aprobado por unanimidad. Otorgaron su voto favorable los diputados(as) señores (as) Karol Cariola (Presidenta de la Comisión), Jorge Alessandri, Gustavo Benavente, Miguel Ángel Calisto, Marcos Ilabaca, Pamela Jiles, Raúl Leiva, Luis Sánchez, Diego Schalper, Leonardo Soto y Gonzalo Winter (11-0-0).

Sesión N° 81 de 15 de marzo de 2023.

PROYECTO DE LEY:

Artículo único

“Artículo Único.- Incorpórase el siguiente artículo 391 bis, nuevo, en el Código Penal:

“ART. 391 bis.- El que conspirare para cometer el delito de homicidio calificado previsto en los términos del artículo 391 N°1, circunstancia segunda, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo.”.”

Se presentaron las siguientes indicaciones:

- Indicación de los (las) señores (as) Raúl Leiva, Marcos Ilabaca, Leonardo Soto y Karol Cariola para sustituir el artículo único del proyecto por el siguiente:

“Artículo Único.- Incorporase las siguientes modificaciones en el Título VIII del Código Penal:

1) En el artículo 391 Nº1, circunstancia segunda para sustituir la expresión “o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro”, por la siguiente frase: “o por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero.”.

2) Para agregar un nuevo artículo 391 bis, nuevo, en el Código Penal:

“ART. 391 bis.- El que conspirare para cometer el delito de homicidio calificado previsto en los términos del artículo 391 N°1, circunstancia segunda, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo.”.”.

- Indicación de los diputados señores Andrés Longton, Jorge Alessandri, Diego Schalper, Gustavo Benavente y Leonardo Soto para sustituir el artículo único del proyecto, por uno nuevo, del siguiente tenor:

“Artículo único: Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Penal:

1. Suprímase la circunstancia segunda del numeral primero del artículo 391.

2. Introdúcese un nuevo artículo 391 bis del siguiente tenor:

ART. 391 BIS.- El que matare a otro por premio o promesa remuneratoria, será sancionado con la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo. En este caso, el delito se denominará sicariato.

Si el responsable fuere reincidente en los términos de las circunstancias agravantes de los numerales 15 y 16 del artículo 12, el juez podrá considerar suficiente fundamento esta circunstancia para la imposición del presidio perpetuo.

3. Introdúcese un nuevo artículo 391 ter del siguiente tenor:

ART. 391 TER.- El que conspirare para cometer el delito de sicariato previsto en los términos del artículo 391 bis, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo.”.

- Indicación del diputado señor Luis Sánchez, al artículo único del proyecto de ley que agrega un artículo 391 bis nuevo en el Código Penal:

Agrégase un inciso segundo del siguiente tenor:

“Si la conducta descrita en el inciso precedente se cometiere en contra de un fiscal del Ministerio Público, de un juez de garantía o de un juez de tribunal oral en lo penal, de un miembro de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones o de Gendarmería de Chile, se aumentará la pena en un grado.”.

La indicación es retirada por su autor, y presentará nueva redacción, según se informa más adelante.

El diputado señor Ilabaca señala que la indicación de su coautoría busca, por una parte, ampliar la circunstancia segunda del numeral 1 del artículo 391 del Código Penal, puesto que, en su configuración actual queda fuera cualquier otro tipo de provecho propio o de un tercero; por ejemplo, queda fuera si la promesa remuneratoria comprende algún tipo de prestación sexual.

El diputado señor Longton estima que la indicación presentada por los señores Leiva, Ilabaca, Leonardo Soto y Cariola recoge elementos planteados en la de su coautoría, en el sentido de recoger el sicariato como figura autónoma para evitar problemas que se han suscitado en la jurisprudencia.

Por técnica legislativa, señala que retiraría la suya, sin embargo, no es posible reglamentariamente por no encontrarse presentes todos los autores de la misma.

La diputada señorita Cariola expresa compartir los argumentos de la indicación que propone ampliar la circunstancia segunda del numeral 1 del artículo 391 del Código Penal. Pide suscribirla. Se deja constancia de ello.

Sometida a votación la indicación de los señores Longton, Alessandri, Schalper, Benavente y Leonardo Soto es rechazada por la unanimidad de los presentes, diputados (as) señores (as) Raúl Leiva (Presidente de la Comisión); Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Karol Cariola; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Andrés Longton; Luis Sánchez; Diego Schalper; Leonardo Soto, y Javiera Morales (por el señor Winter). (0-11-0).

Puesto en votación el artículo único, con la indicación de los (as) señores (as) Leiva e Ilabaca, Leonardo Soto y Cariola, es aprobada por la unanimidad de los presentes, diputados (as) señores (as) Raúl Leiva (Presidente de la Comisión); Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Karol Cariola; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Andrés Longton; Luis Sánchez; Diego Schalper; Leonardo Soto, y Javiera Morales (por el señor Winter). (11-0-0).

El diputado señor Sánchez manifiesta que no se ha aclarado completamente el deslinde o borde entre el delito de conspiración para cometer sicariato y el delito de homicidio calificado en grado de tentado, pues tendrían penas radicalmente distintas: la primera, de tres años y un día, y la segunda (figura ya existente), con una pena mínima de diez años y un día.

Por las dificultades probatorias, la Fiscalía prefiere perseguir delitos en grado de consumado, por lo que, probablemente, terminará aplicándose solamente la figura nueva.

Sin perjuicio de lo anterior, la indicación de su autoría busca hacer presente la mayor gravedad cuando este tipo de delitos se produce en contra de personas que detentan determinados cargos, porque representan la institucionalidad y defensa del ordenamiento y la seguridad.

Subraya que no se afecta la proporcionalidad de las penas para cada uno de los casos considerando la pena -más bien baja- que se propone en este nuevo tipo penal. Al efecto, en caso de conspiración para cometer sicariato en contra de un fiscal del Ministerio Público, de un juez de garantía o de un juez de tribunal oral en lo penal, de un miembro de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones o de Gendarmería de Chile, se aumentará la pena en un grado; y haciendo presente que la figura de homicidio calificado en caso tentado tendría una pena aún mayor, la propuesta constituiría una pena intermedia.

El señor Humud (asesor del Ministerio del Interior y Seguridad Pública) expresa que el Gobierno valora la intención de la indicación dado que el Fiscal Nacional expresó su preocupación ante esta Comisión por el alto número de amenazas que están recibiendo y el aumento en Latinoamérica de sicariato de fiscales.

Sin perjuicio de lo anterior, la indicación debe perfeccionarse en tres puntos: primero, incluir a los defensores penales públicos como sujetos de protección; segundo, eliminar a los jueces de garantía para lograr armonía con el resto de los delitos, y tercero, agregar la expresión “en razón del ejercicio de sus funciones” siguiendo la nomenclatura utilizada por el Código Penal.

Finalmente, sostiene que respecto de la conspiración (acto preparatorio) la pena propuesta sería excesiva, ya que sería la misma del delito de violación de persona mayor de 14 años.

El diputado señor Ilabaca valora positivamente la indicación y propone que se solucionen los problemas técnicos presentando una redacción de reemplazo.

El señor Gajardo (Subsecretario de Justicia) considera necesario efectuar dos precisiones más a la indicación: primero, no solo incorporar la expresión “con ocasión de la función pública” sino también “por haber prestado esa función”, es decir, incluir a exfuncionarios; segundo, referirse a “funcionarios” de Carabineros y no “miembros”.

El diputado señor Leiva (Presidente de la Comisión) observa que se debieran incorporar los ministros de Corte.

Luego de un período de debate, se presenta una nueva redacción de consenso, suscrita como indicación por los (las) señores (as) Luis Sánchez, Pamela Jiles, Marcos Ilabaca, Andrés Longton, Karol Cariola, Leonardo Soto y Diego Schalper, al artículo único del proyecto de ley que agrega un artículo 391 bis nuevo en el Código Penal:

Agrégase un inciso segundo del siguiente tenor:

“Si la conducta descrita en el inciso precedente se cometiere en contra de un juez con competencia en lo penal, fiscal del Ministerio Público, defensor penal público, funcionario de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile o de Gendarmería de Chile, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo.”.

El diputado señor Longton pregunta si las Fuerzas Armadas se debieran incorporar porque en la actualidad están cumpliendo labores de orden público.

Sobre el punto, el diputado señor Ilabaca señala que la discusión se enmarca en aquellos funcionarios que están llevando a cabo procesos de persecución penal y no labores de orden público.

El diputado señor Sánchez explica que en este caso la materia se relaciona con el crimen organizado, es una figura especial. Para el caso de los uniformados se requiere una norma distinta.

En otro orden de ideas, el diputado señor Rivas expresa ser autor de otro proyecto de ley de sicariato, y pregunta la voluntad para plantear su fusión.

El diputado Señor Leiva (Presidente de la Comisión) precisa que proyecto de ley es un mensaje presidencial, con urgencia, que regula el sicariato, y habría que revisar si recoge la idea matriz del proyecto que se menciona.

En votación, la indicación que agrega un inciso segundo al 391 bis es aprobada por la unanimidad de los presentes, diputados (as) señores (as) Raúl Leiva (Presidente de la Comisión); Miguel Ángel Calisto; Karol Cariola; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Andrés Longton; Luis Sánchez; Diego Schalper, y Leonardo Soto. (9-0-0).

Despachado el proyecto de ley.

Se designa diputado informante al señor Miguel Ángel Calisto.

IV.- DOCUMENTOS SOLICITADOS, PERSONAS ESCUCHADAS POR LA COMISIÓN.

Se recibió al señor Subsecretario de Prevención del Delito, don Eduardo Vergara Bolbarán; al señor Subsecretario de Justicia, don Jaime Gajardo Falcón; a la Jefa de la División Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, señora María Ester Torres Hidalgo, y el asesor legislativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, señor José Tomás Humud Respaldiza.

V.- ARTÍCULOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.

De conformidad a lo establecido en el Nº 4 artículo 302 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia que el proyecto no requiere ser conocido por la Comisión de hacienda.

VI.- ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES.

Indicación rechazada:

- Indicación de los diputados señores Andrés Longton, Jorge Alessandri, Diego Schalper, Gustavo Benavente y Leonardo Soto para sustituir el artículo único del proyecto, por uno nuevo, del siguiente tenor:

“Artículo único: Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Penal:

1. Suprímase la circunstancia segunda del numeral primero del artículo 391.

2. Introdúcese un nuevo artículo 391 bis del siguiente tenor:

ART. 391 BIS.- El que matare a otro por premio o promesa remuneratoria, será sancionado con la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo. En este caso, el delito se denominará sicariato.

Si el responsable fuere reincidente en los términos de las circunstancias agravantes de los numerales 15 y 16 del artículo 12, el juez podrá considerar suficiente fundamento esta circunstancia para la imposición del presidio perpetuo.

3. Introdúcese un nuevo artículo 391 ter del siguiente tenor:

ART. 391 TER.- El que conspirare para cometer el delito de sicariato previsto en los términos del artículo 391 bis, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo.”.

VII.- TEXTO DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN.

Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el señor Diputado Informante, esta Comisión recomienda aprobar el siguiente:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Incorporase las siguientes modificaciones en el Título Octavo del Código Penal:

1) En el artículo 391 Nº1, circunstancia segunda para sustituir la expresión “o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro”, por la siguiente frase: “o por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero.”.

2) Para agregar un artículo 391 bis, nuevo:

“ART. 391 bis.- El que conspirare para cometer el delito de homicidio calificado previsto en los términos del artículo 391 N°1, circunstancia segunda, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo.

Si la conducta descrita en el inciso precedente se cometiere en contra de un juez con competencia en lo penal, fiscal del Ministerio Público, defensor penal público, funcionario de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile o de Gendarmería de Chile, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo.”.”.

*******************

Tratado y acordado en sesiones de 8 y 15 de marzo de 2023, con la asistencia de los (as) diputados (as) señores Raúl Leiva Carvajal (Presidente de la Comisión); Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Karol Cariola; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Hugo Rey (por el señor Longton); Catalina Pérez; Luis Sánchez; Diego Schalper; Leonardo Soto; Gonzalo Winter; Javiera Morales (por el señor Winter), y Gaspar Rivas.

Sala de la Comisión, a 15 de marzo de 2023.

PATRICIO VELASQUEZ WEISSE

Abogado Secretario de la Comisión

1.3. Discusión en Sala

Fecha 28 de marzo, 2023. Diario de Sesión en Sesión 10. Legislatura 371. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

MODIFICACIÓN DE CÓDIGO PENAL PARA SANCIONAR CONSPIRACIÓN PARA COMETER DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO POR PREMIO, PROMESA REMUNERATORIA O ÁNIMO DE LUCRO (PRIMER TRÁMITE LEGISLATIVO. BOLETÍN N° 15559-07)

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en mensaje, que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, correspondiente al boletín N° 15559-07.

Para la discusión de este proyecto, se otorgará un minuto y treinta segundos base, más sesenta minutos distribuidos proporcionalmente entre las bancadas.

Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento es el señor Miguel Ángel Calisto .

Antecedentes:

-Mensaje, sesión 105ª de la legislatura 370ª, en lunes 12 de diciembre de 2022. Documentos de la Cuenta N° 4.

-Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, sesión 5ª de la presente legislatura, en lunes 20 de marzo de 2023. Documentos de la Cuenta N° 12.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor CALISTO (de pie).-

Señor Presidente, en representación de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, paso a informar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y reglamentario, iniciado en mensaje, que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro.

La idea matriz o fundamental del proyecto consiste en modificar el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, establecido en su artículo 391, numeral 1°, circunstancia segunda.

Durante la discusión del proyecto, se recibió al subsecretario de Prevención del Delito, señor Eduardo Vergara Bolbarán ; al subsecretario de Justicia, señor Jaime Gajardo Falcón ; a la jefa de la División Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, señora María Ester Torres Hidalgo, y al asesor legislativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, señor José Tomás Humud Respaldiza .

El proyecto de ley consiste en un artículo único, que incorpora dos modificaciones en el Título Octavo del Código Penal.

Por la primera, se modifica el artículo 391, el cual sanciona como homicidio calificado al que mate a otro y no esté comprendido en los artículos 390, 390 bis y 390 ter, que sancionan los delitos de parricidio y femicidio. Se trata de un homicidio calificado por algunas de las circunstancias que indica.

Así, en este caso, se modifica el numeral 1° de este artículo 391, circunstancia segunda, que contempla el homicidio por encargo, para sustituir la expresión “o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro” por la siguiente frase: “o por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero.”. De esta manera, se amplía el ámbito de aplicación de esta circunstancia segunda, la cual implica una sanción más severa, de manera que no será solo aplicable cuando el homicidio ha sido cometido por premio o promesa remuneratoria, sino también cuando el beneficio es económico o de otra naturaleza no económica, en provecho no solo del que comete el homicidio, sino también de un tercero.

De esa manera, se perfecciona la tipificación abarcando otras posibilidades de incentivo para cometer un homicidio por encargo. Esta modificación fue introducida en nuestra comisión.

Además, se agrega un nuevo artículo, el 391 bis, el cual sanciona especialmente la conspiración para cometer el delito de homicidio por la ya mencionada circunstancia segunda, que consiste, según la norma actualmente vigente, cuando se actúa: “Por premio o promesa remuneratoria, o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro.”. Cabe tener presente que la conspiración es un acto preparatorio para cometer un delito.

El artículo 8 del Código Penal establece que: “La conspiración y proposición para cometer un crimen o un simple delito, sólo son punibles en los casos en que la ley las pena especialmente.”. Además, el mismo artículo señala que: “La conspiración existe cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución del crimen o simple delito.”.

Este nuevo artículo, el 391 bis, sanciona especialmente al que conspirare para cometer el delito de homicidio calificado previsto en los términos del artículo 391, numeral 1°, circunstancia segunda, el que será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo. Esto implica sancionar la conspiración para cometer un homicidio por encargo. Además, el inciso segundo se preocupa de sancionar con mayor rigor cuando la conspiración para cometer un homicidio por encargo, con recompensa económica o de otra naturaleza, se dirige a determinadas víctimas.

En efecto, si la conducta descrita de conspiración se cometiere en contra de un juez con competencia en lo penal, de un fiscal del Ministerio Público, de un defensor penal público, o de un funcionario de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile o de Gendarmería de Chile, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo.

Habiendo aprobado la comisión este proyecto, solicito que la Sala proceda en igual sentido.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra la diputada Catalina del Real.

La señora DEL REAL ( doña Catalina).-

Señor Presidente, hoy Chile está de luto. Nuestro país se desmorona y se vuelve irreconocible. Atrás quedaron los niños en las plazas, jóvenes en bicicleta y personas paseando al atardecer. Hoy eso es imposible; la violencia y la delincuencia se han tomado nuestras calles, y la droga, nuestras plazas.

Me pregunto: ¿qué pasa con estos derechos humanos fundamentales tan básicos como vivir en paz y sin miedo? ¿Qué pasa con los derechos humanos de quienes nos defienden, quienes no saben si después de un procedimiento policial terminarán muertos o siendo dados de baja?

Claramente, nuestro país tiene un problema grave. La ideología comunista y de extrema izquierda impuso el concepto al revés. No se están protegiendo los derechos humanos, sino los derechos de quienes cometen actos inhumanos.

Es inhumano matar a sangre fría a una madre, dejando huérfanos a sus dos hijos: sargento Rita Olivares , que descanse en paz. Es inhumano quemar vivos a unos ancianos: matrimonio Luchsinger-Mackay, que descanse en paz. Es inhumano atropellar a una persona con alevosía, dejando a una familia sin un padre, sin un marido y sin un hijo: cabo primero Álex Salazar , que descanse en paz.

Es un acto inhumano incendiar, de manera premeditada, pueblos enteros de nuestro sur, dejando 24 fallecidos, miles de familias sin hogar y cientos de animales muertos. Es inhumano aterrorizar, acribillar, coludirse para hacer daño. Es inhumano el sicariato, el crimen organizado y el narcotráfico.

Cuando la extrema izquierda empiece a entender la diferencia entre derechos humanos y actos inhumanos, comenzaremos a entendernos y podremos erradicar este karma en nuestro país. Cuando exista la legítima defensa, cuando las Fuerzas de Orden y Seguridad tengan las atribuciones que requieren, cuando exista la defensoría de las víctimas y, sobre todo, cuando el Presidente y su gobierno superen los complejos de jóvenes combatientes, en ese momento tendremos, por fin, una luz de esperanza para nuestro país.

He dicho.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Guillermo Ramírez .

El señor RAMÍREZ (don Guillermo).-

Señor Presidente, imagino que en este momento en el gobierno se están haciendo la siguiente pregunta: ¿por qué, con todo lo que estamos haciendo, no logramos controlar el orden público y por qué, a pesar de que hemos dicho muchas veces que estamos del lado de Carabineros y de las víctimas, la gente todavía nos reprueba en materia de orden público? Es una pregunta que, si se hace con honestidad, merece la pena ser contestada.

Hoy, aquí, frente a las autoridades de gobierno a cargo de la seguridad, quiero intentar responderla.

Parto por la conclusión. No baja la delincuencia y la gente los sigue reprobando porque no les creen. La gente cree que la postura que están tomando en esta materia es una impostura. No les cree por tres razones principales. Primero, porque hay una contradicción entre lo que dicen y por lo que han hecho en el pasado y por lo que hacen en el presente. Todos quienes forman este gabinete, que antes formaron parte de esta Cámara de Diputados, rechazaron los proyectos en materia de seguridad. Veneraban al “perro Matapacos”.

Durante este gobierno indultaron delincuentes, incluyendo uno que intentó matar a una policía.

La semana pasada estaban defendiendo los indultos en el Tribunal Constitucional.

Eso los chilenos lo rechazan: que no se condiga lo que dicen con lo que hacen.

La segunda razón es porque los chilenos perciben los llamados al diálogo y a los acuerdos como una forma de dilatar estos temas.

Este gobierno, en materia de orden público, no tiene oposición. Cuando nosotros éramos gobierno, sí la teníamos: ustedes. Pero -reitero- ustedes no tienen oposición y, por lo tanto, cualquier intento de creación de mesa es para dilatar, para aguar proyectos que son necesarios para el control del orden público.

Tercera razón: rascan donde no pica. El gobierno ha puesto urgencia a dieciséis proyectos. Ninguno de ellos va directamente en apoyo a Carabineros, para que cuando el funcionario saque el arma, haya una presunción legal de que lo hizo correctamente y que, por tanto, no tendrá que ser formalizado o investigado. Mientras eso no ocurra, no habrá verdadera protección, y el gobierno debe entenderlo.

El gobierno tiene que legislar donde le duela y pedir perdón por sus acciones presentes y pasadas; de lo contrario, no habrá solución.

He dicho.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada María Candelaria Acevedo .

La señora ACEVEDO (doña María Candelaria).-

Señor Presidente, el proyecto de ley que hoy estamos discutiendo trata sobre un flagelo que ha impactado al país en los últimos años, asociado, lamentablemente, al aumento de la criminalidad en sus formas violentas.

Este tipo de hechos, vinculado a que alguien participa en bandas criminales para cometer delitos por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, no es más que una clara demostración de la forma de mercantilización de la vida humana impuesta por el capitalismo, de la precariedad en la subsistencia de alguien que se preste para este tipo de intercambio, así como de la utilización por las bandas criminales de las necesidades económicas de las personas en situación de vulnerabilidad.

De ninguna forma se trata de justificar a quienes cometen este tipo de crímenes tan violentos, sino de poner énfasis en que en la actualidad existen condiciones sociales que permiten que estos delitos ocurran.

A principios de este año, la Corte de Apelaciones de Concepción confirmó la sentencia de una persona acusada de cometer este crimen de que se trata en la comuna de Hualqui, por lo que ya está presente en el distrito N° 20, que represento.

Por eso, llamo a aprobar este proyecto de ley para que el Estado castigue a quienes cometan estos delitos y, además, se establezca una pena mayor cuando ello se haga en contra de un funcionario público, como el texto propuesto lo indica.

He dicho.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Luis Sánchez .

El señor SÁNCHEZ.-

Señor Presidente, quiero partir reiterando algo. No sirve de nada que discutamos sobre estos proyectos de ley si no avanzamos en lo importante.

Hay que modernizar y mejorar las armas de fuego disponibles para Carabineros, regular claramente las reglas de enfrentamiento con delincuentes de tal forma que se garantice la seguridad de todos los chilenos y la de los mismos carabineros, y dar señales claras de que el respaldo a nuestras policías es total, sin peros ni excepciones.

También hay que construir más cárceles, como dijo el diputado Jouannet . En eso el colega tiene toda la razón, y espero que el gobierno avance en esa dirección.

Este proyecto viene a crear un nuevo delito: el de conspiración para cometer sicariato, con una pena que iría entre los 3 años y 1 día y los 5 años.

Hoy, nuestro Código Penal ya contempla en su artículo 391 el homicidio calificado por premio o promesa remuneratoria -entiéndase sicariato-, y establece como regla general que todos los delitos pueden cometerse en grado de tentado, frustrado y consumado. ¿Por qué les cuento esto? Porque hoy por hoy el homicidio calificado en su grado de tentado tiene una pena que va desde los 10 años y 1 día. Entonces, ¿qué pasa? Que, probablemente, ambas normas van a entrar en conflicto.

La línea entre la conspiración para cometer sicariato y un sicariato frustrado es muy delgada, y esto puede generar problemas. Se lo dijimos al gobierno en la comisión, pero no logramos llegar a un acuerdo en este tema. Por tanto, espero que, aprobándose esta iniciativa, en el Senado eso se logre corregir.

Sí pudimos agregar una indicación a la iniciativa, en que logramos el acuerdo del Ejecutivo. Y ahí quiero agradecer la ayuda del subsecretario de Justicia para, de cierta forma, subir al Ministerio del Interior a este acuerdo a efectos de establecer una figura agravada en caso de que se comenta este delito respecto de jueces, fiscales, defensores, carabineros, efectivos de la PDI o gendarmes, no porque sean personas más importantes, sino porque su cargo es de especial relevancia. Tenemos que protegerlos -lo hemos señalado- y es una garantía para la democracia.

He dicho.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Guzmán .

El señor GUZMÁN.-

Señor Presidente, hace algunos años habría sido impensado hablar en nuestro país de sicariato, de alza de los secuestros y de masificación del crimen organizado. Lamentablemente, esa realidad llegó. Al respecto, sobra decir que desde Evópoli votaremos a favor de este proyecto, en la línea del compromiso permanente que tenemos con el orden y la seguridad como una condición mínima para que las personas puedan disfrutar de su libertad. Porque cuando la delincuencia avanza, es la libertad de las personas la que se pierde, la libertad de emprender, de avanzar y de crecer.

Pero no me quiero detener en eso. Quiero hacer un llamado a los colegas aquí presentes a que cambiemos esta actitud de reacción por una de prevención. No puede ser que ocurra una tragedia como el fallecimiento de la sargento Rita Olivares para que recién ahí pongamos urgencia a la tramitación de la agenda de seguridad. No puede ser que sigamos sacando leyes con nombres de quienes no pudimos salvar o proteger: el sargento Retamal , el cabo Nain y, ahora, la sargento Olivares. ¡Hasta cuándo somos un país con leyes con nombres de víctimas!

Afuera de este edificio la gente está sufriendo: en lugar de ser los delincuentes quienes viven tras las rejas, son los vecinos quienes se ven obligados a esconderse en sus casas, que se han convertido en verdaderas cárceles para gente inocente.

Ya llevamos mucho tiempo recriminándonos. Celebro que hoy la izquierda en el gobierno decida apoyar las iniciativas de seguridad. Celebro que el gobierno se haya visto obligado a modificar su discurso público y que sus legisladores hoy aprueben todos los proyectos que en la administración pasada rechazaron.

Hoy, la ciudadanía nos exige un mínimo: que dejemos de abordar la crisis de seguridad desde la óptica del gobierno y la oposición y comencemos a enfrentarla desde una sola visión de Estado, en que la única oposición, el único adversario de esta Sala y del país sean la delincuencia, el narcotráfico, el crimen organizado y el terrorismo. Nuestros enemigos nunca más pueden ser las Fuerzas de Orden y Seguridad. A Carabineros se les respalda, y a nuestras policías se les apoya.

Por supuesto, también legislaremos para perfeccionar los procedimientos de aquellos, para velar por el pleno respeto a los derechos humanos en sus actuaciones, para mejorar sus protocolos, pero nunca más para validar un discurso refundacional que los terminó transformando en enemigos, validó la violencia y nos dejó a merced de la delincuencia.

Señora ministra -lo señalo por intermedio del señor Presidente-, si la intención del gobierno es verdaderamente hacerse cargo de la delincuencia, aquí tiene los votos de esta oposición.

He dicho.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Héctor Barría .

El señor BARRÍA.-

Señor Presidente, como dice un destacado animador y periodista: “todo hacía presagiar lo que estamos viviendo hoy día”. En vez de preocuparnos de atender la esencia de cada norma en materia de seguridad y temas relacionados, como lo que hoy estamos votando, el sicariato, comienza la teoría del empate, de la revancha.

Sin duda, el gobierno anterior cometió errores, la oposición también y los gobiernos de los cuales uno se siente cerca también, pero tenemos que comenzar a trabajar ya. Para eso nos juntamos hoy de manera extraordinaria, dejando de lado los compromisos con nuestros distritos.

Aprobemos y avancemos. Creo que eso es lo que nos pide la comunidad. No sé si la comunidad pensará que antes no se compraban furgones policiales o que había más o menos cárceles. Démosle a esta materia la seriedad que merece. Ese debe ser el sentido de encontrarnos hoy, y el de avanzar más que nunca en la materia.

Sin duda, hay debate para rato, pero usemos nuestras redes sociales, los programas de radio y tantos otros espacios en que podemos intervenir. Tratemos de sacar el mejor provecho el día de hoy y, reitero, apoyemos las normativas propuestas.

¡Qué bueno que estemos todos de acuerdo! Pero seguir dándonos gustitos para grabar buenos videos de TikTok, etcétera, no corresponde. Estamos en el Parlamento y la comunidad nos demanda salir con buenas noticias.

He dicho.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Gaspar Rivas .

El señor RIVAS.-

Señor Presidente, en relación con este proyecto de sicariato, el Ejecutivo me había prometido que iba a fusionarse con un proyecto que presenté el año pasado. La verdad es que me encontré con la desagradable sorpresa de que no era así, pero qué se le va a hacer.

El cambio de posición que tiene el oficialismo actual se debe exclusivamente a que, como un boxeador que está contra las cuerdas y ya no da más, tuvo que ponerse malo. Hoy día van a apoyar proyectos en los cuales sinceramente no creen, y lo van a hacer con los dientes apretados y de la boca para afuera, porque no creen en ellos.

Por el contrario, ellos creen en el ACAB, en el 1312, en el “perro Matapacos”, que casualmente hoy día se transformó simplemente en un perro, mientras que hace tres años le rendían pleitesía, tanto que consideraban digno cambiar la estatua del general Baquedano por la del “perro Matapacos” en la plaza Baquedano .

Después de escuchar algunas de las intervenciones de quienes me precedieron, he llegado a la conclusión de que, como decía una diputada del Partido Comunista, si esto es culpa del capitalismo, me imagino entonces que en un sistema comunista no hay sicariato, porque no hay transacción de bienes. Por lo tanto, la solución sería implantar un sistema comunista en nuestro país. De esa manera, derogaríamos totalmente la existencia del sicariato.

Al margen del sicariato y de todos los proyectos que vamos a aprobar hoy y mañana, quiero repetir lo que en la mañana dije en un matinal de televisión: esto se arregla sencillamente imitando a un presidente de Centroamérica, el Presidente Nayib Bukele , y terminando, de una vez por todas, con el famoso show de los derechos humanos de los delincuentes. Los derechos humanos son para los humanos derechos.

He dicho.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Araya .

El señor ARAYA (don Jaime).-

Señor Presidente, me es imposible no recordar a un querido profesor de la universidad, quien siempre nos decía que para hacer una adecuada interpretación de la norma había que recurrir frecuentemente a la historia de la ley. Si uno piensa en los estudiantes que en el futuro van a recurrir a la historia del presente proyecto de ley y de los dos anteriores, la verdad es que se van a encontrar simplemente con consignas y monsergas para denostar al actual gobierno.

La responsabilidad de los diputados y de las diputadas es legislar con responsabilidad, más allá de las convicciones políticas que cada uno tenga. Me parece que es grave que vayan quedando consignadas en la historia de la ley las injusticias que se han dicho respecto del gobierno, que han sido extremadamente duras. Realmente uno siente que a ratos están ametrallando al gobierno y no trabajando por la seguridad.

Sinceramente, hago un llamado a que pensemos en lo que estamos haciendo, porque la figura del sicariato no era conocida en nuestro país. Tenemos que legislar con responsabilidad y dejar en los fundamentos de la ley, que se consignan precisamente en su historia, las razones por las cuales se están haciendo estas modificaciones, porque, tal como lo señalaba el diputado Sánchez , en la ley en proyecto hay definiciones que son muy finas y que se van a prestar para interpretaciones. Esto requiere que los parlamentarios y las parlamentarias dejemos establecidas las razones por las cuales se está legislando en esta materia tan sensible.

En la Región de Antofagasta este tema no existía, pero se ha instalado con mucha fuerza. Lamentablemente, el fin de semana anterior vimos por redes sociales lo que se llama auténticamente un ejercicio de sicariato, que, reitero, está creciendo en el norte del país. A raíz de lo anterior, ingresamos un proyecto de ley junto con la bancada del PPD, que espero el señor ministro pueda considerar. Se trata del proyecto boletín N° 15744-07, que elimina el régimen de atenuantes para el delito de sicariato.

Pensamos en eliminar el régimen de atenuantes para que no se pueda aplicar la irreprochable conducta anterior, que permite bajar las penas; además, para que no se pueda aplicar la colaboración sustancial ni la reparación celosa que puede estimar cualquier tribunal, por una razón muy sencilla: están reclutando jóvenes que pueden tener irreprochable conducta anterior, a quienes les pueden financiar una reparación celosa al mal causado y a los que pueden inducir para que eventualmente colaboren con la investigación y, de esa manera, bajar las penas.

Por lo tanto, nos parece que dada la gravedad del desarrollo de este delito, particularmente en el norte del país, es del todo razonable evaluar cómo cortamos la cadena de reclutamiento que tienen los que están detrás de este delito para, de una vez por todas, erradicarlo de nuestro país.

Nos parece que esto, que a algunos les resultaba una exageración hace solo un par de meses, es una triste realidad que avanza lenta y silenciosamente en la macrozona norte. En esto quiero hacer un llamado muy sentido a la Cámara de Diputados: mientras los políticos peleaban, esto empezó a avanzar en nuestro país; mientras quienes estamos en la Cámara estamos peleando, este tipo de delito sigue avanzando silenciosamente; mientras peleamos de uno y otro lado -en esto hago una autocrítica por la dureza y rudeza que uno a veces tiene con la oposición-, las bandas criminales se siguen organizando para ganar espacio.

Este delito es el más siniestro de todos, porque están reclutando a jóvenes para que se metan en esta cadena criminal, y le están quitando valor a lo más esencial que articula la vida en sociedad: el respeto a la vida. El bien jurídico que está en juego es la vida, es lo central, es lo que nos tiene sentados en esta Sala. En ese sentido, hacer en este debate recriminaciones y un ametrallamiento al gobierno es del todo inconducente.

Llamo, sin duda, a aprobar como se han hecho todos estos proyectos de ley, pero por su intermedio, señor Presidente, le solicito al señor ministro de Justicia y Derechos Humanos que pueda evaluar cómo endurecemos el régimen para perseguir esto. No podemos permitir que el sicariato se normalice en nuestro país, como se ha ido normalizando otro tipo de delitos.

He dicho.

-Aplausos.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Marcos Ilabaca .

El señor ILABACA.-

Señor Presidente, claramente los fenómenos delictuales en los últimos cuatro años han ido mutando. La delincuencia que conocemos hoy no es la misma delincuencia que conocíamos hace cuatro años, y eso ha implicado necesariamente modificar nuestra legislación penal y la legislación respecto de la persecución. En eso consisten un poco los cuatro proyectos que el Ejecutivo ha presentado en estos últimos días, a los que, desde la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, les dimos rápida tramitación, lo cual nos permite hoy estar discutiendo.

Pero no puedo dejar de lado el sentimiento permanente de un panfleteo contumaz por parte de algunos actores de este hemiciclo. ¡Estemos a la altura de los desafíos que Chile hoy implica y que los vecinos nos plantean! Claramente, lo que pasó hace cuatro años no es lo mismo que sucede hoy día.

Este proyecto de ley se hace cargo de un fenómeno delictivo que ha ingresado con mucha fuerza en nuestro país. Por eso, estamos legislando para establecer el sicariato como una figura penal. Es más, en la comisión, a través de una indicación que invitamos a suscribir a varios parlamentarios, ampliamos la causal segunda del artículo 391, en su N° 1, porque antiguamente se entendía solamente que cometía este tipo de delito aquella persona que actuaba guiada por premio o promesa remuneratoria, o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro, pero quedaban varias figuras fuera. Allí establecimos que podía ser cualquier tipo de beneficio que vaya en provecho propio o de un tercero.

Asimismo, destaco la generación del nuevo artículo 391 bis, que establece una figura agravada cuando el ilícito se comete respecto de todos aquellos que llevan adelante la persecución penal. La establecimos de manera transversal al interior de la comisión.

Creo que cuando vivimos la peor crisis de seguridad en nuestro país, no podemos estar para panfleteos. Hoy día tenemos que ser serios y enfrentar con dureza al crimen organizado, que nos está ganando la batalla afuera.

He dicho.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Álvaro Carter .

El señor CARTER.-

Señor Presidente, de acuerdo con los datos de la Policía de Investigaciones, los homicidios aumentaron un 32 por ciento en un año. En la mayoría de los casos se utilizaron armas de fuego, lo que para los investigadores tiene directa relación con los enfrentamientos entre bandas delictuales rivales.

Frente a esta nueva realidad, el gobierno declara muy decididamente que los delitos están contenidos. La situación es sorprendente si consideramos que no hace mucho Chile destacaba por ser uno de los países más seguros en Latinoamérica. Sin embargo, al detectar la operación de peligrosas organizaciones criminales en territorio nacional, como los carteles de Sinaloa, Jalisco Nueva Generación o el Tren de Aragua, se volvió evidente que nuestro país comenzaba a enfrentar una seria crisis de seguridad nacional.

Una vez más, frente a esta nueva realidad, el gobierno -el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, la Subsecretaría de Prevención del Delito- dice que los delitos están contenidos.

El año 2015 marcaría un antes y un después en la historia policial chilena, pues ese año ocurrió el primer homicidio perpetrado por sicarios colombianos en nuestro país. De acuerdo a lo señalado por el diario La Tercera, una banda narco pagó 600.000 pesos por el asesinato de un menor, quien falleció luego de recibir tres disparos. ¿El motivo? Intimidar a la banda de la cual la víctima formaba parte.

¿Recuerdan que no hace mucho, integrantes del gobierno actual -entonces no eran gobierno y estaban sentados en este hemiciclo- votaron en contra de todas las medidas para combatir la delincuencia?

Es evidente que el alza en el número de homicidios está relacionada directamente con la operación de organizaciones complejas y altamente violentas que, a través de la comisión de estos delitos, buscan enviar señales claras de ajuste de cuentas o de dominio territorial. ¿Cuál ha sido la respuesta del gobierno? Está todo contenido.

El año pasado fue un período cargado de ajustes de cuentas en Latinoamérica, de asesinatos de fiscales dedicados a la persecución del narcotráfico, entre ellos Édgar Escobar , Federico Estrella , su antecesor; la fiscal Luz Marina Delgado, el abogado asistente Jefferson Mendoza , Marcelo Pecci y Karen Almendares .

Si bien en Chile no se ha llegado a esos niveles, las encuestas realizadas en junio de 2022 por la Asociación Internacional de Fiscales -IAP- revelaron que el 35 por ciento de estos ha sido víctima de amenazas.

Por lo mismo, creo que hay que avanzar en este proyecto, porque debemos entregar confianza a nuestras policías, debemos entregar confianza a la ciudadanía y debemos entregar confianza a los fiscales.

Ministros, por intermedio del señor Presidente, la delincuencia, los grupos organizados, el narcotráfico y el sicariato están descontrolados, por lo que es importante avanzar y no solo quedarse en las críticas, como lo han hecho en las últimas dos semanas.

He dicho.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Marcela Riquelme .

La señora RIQUELME (doña Marcela).-

Señor Presidente, por su intermedio, saludo nuevamente a la ministradel Interior y Seguridad Pública y al ministro de Justicia y Derechos Humanos.

No puedo olvidar que durante la mitad de mi vida -25 años- he sido abogada. Me puse a revisar normas a propósito de la consagración de este delito. Rescato el inciso segundo del artículo 391 bis del proyecto, referido al sicariato cometido en contra de algún fiscal, policía o gendarme. Luego de analizar la figura, llego a la conclusión de que ese no es realmente un sicariato, porque esa figura sigue siendo regulada por la circunstancia segunda del N° 1 del artículo 391 del Código Penal.

El proyecto se refiere a conspiración. Quienes han estudiado derecho o han formado parte de la Cámara de Diputados en otros períodos, saben muy bien que, en el iter criminis, es una etapa menor del delito frustrado o tentativo. Pero ¿sabe qué? Esto me aburrió. ¿Sabe por qué? Porque aquí somos la absoluta inconsecuencia.

Aquí se está diciendo que el Presidente da volteretas, que el Frente Amplio da volteretas. Quienes lo dicen recurren al único argumento que tienen: que el año pasado o antepasado, o quién sabe cuándo, el FA votó de determinada manera. Sin embargo, la semana antepasada la derecha rechazó la reforma tributaria. ¿Qué tiene que ver eso? Antes de que comiencen a aletear, quiero decir que esperamos esa misma convicción para que aprueben el proyecto de ley que crea el Ministerio de Seguridad Pública; esperamos la misma convicción y los mismos gritos desenfadados de apoyo al proyecto de ley que modifica la ley sobre control de armas; esperamos la misma convicción para reformar Carabineros de Chile, con el propósito de que haya carabineros en la frontera y carabineros comunitarios.

¿Escucharon al general Yáñez? Dijo que nunca se había invertido tanto en Carabineros. A Carabineros de Chile le interesa la protección, el casco. Esta semana le pregunté al general Jiménez sobre ese tema. Me respondió que había cascos y chalecos antibalas para todos los funcionarios.

Además, ¿saben qué? El inciso segundo del artículo 391 bis también protege a los carabineros, a los policías que son amenazados, o a aquellos que puedan ser objeto de sicariato.

Esperamos la misma convicción para que apoyen el estatuto de las víctimas. Sin embargo y tal como señaló el diputado Jaime Araya , la política criminal de crear y aumentar delitos solo establece un pésimo precedente para las futuras generaciones. Espero que esto lo tomemos con mucha seriedad y asumamos la responsabilidad de lo que estamos creando.

Ministra -por intermedio del señor Presidente-, tenga la tranquilidad y la convicción de que nosotros apoyaremos al gobierno, pero -repito- también queremos que la derecha, con la misma convicción que ha mostrado respecto de otros proyectos, apoye el estatuto de las víctimas, apoye la reforma a Carabineros de Chile, apoye leyes reales de reinserción social y apoye la creación del Ministerio de Seguridad Pública. Hoy, el proyecto que mejora la persecución del narcotráfico y el crimen organizado está en el Tribunal Constitucional. ¿Y me hablan de consecuencia, de voltereta? Voltereta es decir que se quieren más recursos y no aprobar la reforma tributaria.

He dicho.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Diego Schalper .

El señor SCHALPER.-

Señor Presidente, por su intermedio saludo a la ministra Tohá y al ministro Cordero.

Para ser franco, debo decir que para mí no es fácil hablar de sicariato, porque el primer caso de sicariato en Chile -posiblemente los colegas no lo recuerdan- afectó a un muchacho que se llamaba Diego Schmidt Hebbel . Él pertenecía a un grupo muy cercano. Por ello, vaya a él mi homenaje profundo. Hoy, lamentablemente, el sicariato se ha transformado en una realidad cada vez más común que nos obliga a legislar la materia.

¿Qué ha pasado en Chile que crímenes que conocíamos como propios de otras latitudes se han transformado en algo normal en nuestro país? Ha habido una reacción tardía. Efectivamente, debimos reaccionar antes.

Aprovechando que está el profesor Cordero -por su intermedio, señor Presidente, me dirijo a él como profesor-, le quiero decir que por Dios que necesitamos cambiar el código procesal penal para hacer menos garantista el sistema y este tipo de situaciones no encuentren impunidad en los distintos juzgados del país.

Señor Presidente, el diputado Jaime Araya nos habló de recriminaciones. En cierta medida le encuentro razón. Si seguimos en la lógica de las recriminaciones, es poco lo que avanzaremos, pero por Dios que cuesta. Hace no muchos años había computadores Mac de última generación con el logo del “perro Matapacos” pegado en la carcasa; nos hablaban de que en el metro Baquedano había un centro de torturas y de que había que refundar Carabineros de Chile. De hecho, todavía sigue siendo difícil poner discusión inmediata al proyecto de ley Retamal, todo lo cual nos habla de que ese aprendizaje no ha sido lo suficientemente profundo.

Está bien, dejemos a un lado las recriminaciones, pero le pido al oficialismo que en esto se saque las anteojeras y entienda que poner protección a nuestros carabineros hoy es una prioridad nacional.

Cierro con lo siguiente.

Por su intermedio, señor Presidente, le digo a la ministra Tohá que esta es la mesa de seguridad. Mire la facilidad con la que hemos sacado adelante los proyectos de ley. Bastaba con que usted los presentara y pusiera a su sector en la disyuntiva de votarlos a favor o en contra para que los terminara votando a favor. Posiblemente, en la mesa de seguridad habríamos pasado semanas metidos en disquisiciones relacionadas con la coma y el detalle; en cambio, en estas sesiones, no nos hemos demorado nada en avanzar en la tramitación de los proyectos.

Ministra, confiemos más en este Congreso Nacional; presente proyectos. Como se dijo hace poco, no tendrá nuestra oposición. Enfrente será distinto.

Repito: cada vez que se trate de defender a las víctimas inocentes, siempre podrá contar con la oposición.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Daniela Serrano .

La señora SERRANO (doña Daniela).-

Señor Presidente, partiré haciendo hincapié en que me referiré al proyecto de ley; sin embargo, creo que es necesario despejar ciertas dudas, porque muchos y muchas acá intentan hacernos retroceder, incluso hablando de nuestro sector como si fueran los propietarios de la seguridad pública, como si nosotros y nosotras no pudiéramos hablar de seguridad pública, entendiendo la labor que cumplimos dentro de este Parlamento y del gobierno.

Intentan hacer creer que tienen el patrimonio de la seguridad pública, pero esto es un tema de país, un tema de Estado, el mismo que quienes se sientan enfrente muchas veces intentan debilitar.

También toman partes de nuestras consignas y demandas. Hablábamos de refundación, de una reforma a Carabineros de Chile, de modernización e, incluso, de ajuste institucional. No nos desdecimos de aquello, porque no estábamos equivocados. Cuando hablábamos de fortalecer esa institución, de hacerle ajustes, era para hacernos cargo de estos proyectos de ley.

Entonces, que nos intenten decir que hoy no estamos gobernando es creer que vamos a caer en esa caricatura en que hablan de los perros y de los símbolos. Pero ellos tampoco se hicieron cargo de la crisis institucional que tenía este país.

Entonces, hablar de Carabineros y de que necesitamos proyectos en materia de seguridad es, justamente, hacernos cargo de lo que hoy necesita la ciudadanía.

Cabe recordar por qué estamos sentados aquí. Porque necesitamos legislar sobre penas que requieren ser agravadas dentro de nuestro marco normativo, porque existen homicidios por un beneficio económico. Aquí he escuchado claramente, con mucha detención, a muchos diputados que dicen que este tipo de delitos ha ido mutando.

Creo que esas son las señales que necesita el país. Si nosotros nos sentamos aquí para conversar con toda la oposición, es para hacernos cargo de un tema país.

No nos intenten hacer creer que hoy nosotros no estamos gobernando. Tenemos todas las capacidades y todo nuestro ímpetu para hacer frente a los temas país.

En consecuencia, llamo a la oposición a reconsiderar su actitud, para no hacernos retroceder.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Leonardo Soto .

El señor SOTO (don Leonardo).

– Señor Presidente, por supuesto que vamos a aprobar este tercer o cuarto proyecto de ley que ha presentado el gobierno a la Sala, después de una tramitación en comisión, que busca enfrentar un fenómeno de delincuencia novedoso y el auge que este ha tenido en el último tiempo. Es un proyecto que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro.

Cuando hay un homicidio donde a alguien se le promete un premio si asesina, es lo que se denomina vulgarmente sicariato. Este es un delito que no es nuevo en Chile y su penalización tampoco.

Como señaló el diputado Diego Schalper , es muy conocido el caso de la Quintrala, que ocurrió hace más de una década. Una chilena, María del Pilar Pérez, contrató a un sicario para que asesinara a dos personas. Un tercero se vio involucrado y finalmente también fue víctima. La pena que le asignaron fue de cuarenta años de cárcel sin beneficio, la pena más alta de Chile para el delito de homicidio calificado: presido perpetuo calificado.

Lo que vamos a hacer es llenar un forado que tiene esta ley, porque si en las escuchas al crimen organizado las policías logran grabar que una persona está contratando a otra para que cometa un homicidio de este tipo, la grabación en sí misma no es constitutiva de delito, porque nada se ha movido para producir el asesinato; la ejecución del delito no ha comenzado.

Sin embargo, lo que ahora vamos a hacer es castigar la conspiración para cometer el sicariato. Es decir, habrá una pena de cárcel de hasta cinco años por el solo hecho de hablar y ponerse de acuerdo para la comisión del delito. Creo que se está resolviendo un problema muy importante.

Lamentablemente, este debate no es el que quiere la gente. Aquí muchos cuestionan la supuesta inconsecuencia del Presidente de la República por cambiar de opinión. Yo creo que es muy bueno que el Presidente sea pragmático y cambie de opinión. Me parece muy malo que ustedes sigan siempre defendiendo a las AFP, a los más ricos y a los evasores de impuestos, porque se niegan a la reforma tributaria…

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado. Tiene la palabra el diputado Luis Malla .

El señor MALLA.-

Señor Presidente, creo que para todas y todos, como sociedad, es grave y preocupante llegar al punto de que se desvalorice de tal forma la vida que haya personas dispuestas a matar a otros o a otras por unos pocos pesos; que ven la vida como si fuera un objeto, como si fuera un auto. Lo hemos visto por años en Arica, donde pagan hasta cien lucas para que se roben autos por encargo. Pero hablar de un auto es muy distinto que hablar de la vida de una persona. Cuando la vida está en juego, tenemos que ser mil veces más duros para poner límites.

No podemos permitir que la vida de un padre, de una madre, de un hermano o de cualquier persona cueste unos pocos pesos. Si hay gente con la mentalidad tan perversa y macabra de pagar para que maten a una persona, tiene que estar en la cárcel, tiene que secarse en la cárcel. Y si hay otras personas dispuestas a cumplir esos trabajos criminales e inhumanos, también deben estar en la cárcel, donde pertenecen.

Este proyecto actualiza la legislación chilena para combatir el sicariato en Chile.

Colegas, aprobemos esta iniciativa. No dejemos que los asesinatos se vuelvan un negocio común.

Yo estoy por aprobar este proyecto.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Johannes Kaiser .

El señor KAISER.-

Señor Presidente, habiendo presentado también un proyecto en la misma línea, voy a respaldar este proyecto de ley, aunque creo que, en comparación con el que yo había presentado, tiene un defecto. Ese defecto es la pena. Creo que la pena es demasiado baja.

El hecho de conspirar y contratar a una persona para cometer un homicidio por un pago, en cualquiera de sus formas, es un tipo de delito que requiere -creo yo- una sanción mucho más elevada que aquella que le están asignando en este caso. Creo que estamos al nivel de la “ley Emilia” ; o sea, estamos sancionando el sicariato o el intento de sicariato, la contratación de un asesino, con penas bastante menores. Yo me pregunto qué tipo de señal estamos despachando con esto.

La semana pasada aquí en el Congreso Nacional, con mi oposición y la de varios parlamentarios, pasaron el proyecto de ley respecto de los narcos, que, entre otras cosas, reducía la pena para la asociación ilícita. Me decían que dicha reducción era porque los jueces no estaban aplicando la norma y que, entonces, iba a ser más fácil aplicar la norma. En vez de corregir a los jueces, corregimos la norma hacia abajo.

¿Qué tipo de señal estamos despachando al mundo del hampa, al mundo de la criminalidad, cuando sancionamos este tipo de conductas con tres o cuatro años de cárcel? En Estados Unidos una conducta como esta es altiro una pena que va de veinte años a de por vida.

Por lo visto, nosotros nos podemos dar el lujo de ser tercermundistas en materia de nuestras sanciones penales. Podemos ser mucho más generosos que países del primer mundo con nuestros criminales.

¿Por qué? Porque este es un tema ideológico; muchas veces lo han llamado populismo penal. Resulta que las penas duras reducen el delito, y más que las penas duras por supuesto que la persecución constante, pero las penas duras sí reducen el delito. La pena de muerte en Nueva York, junto con la persecución constante, redujo la comisión de homicidios en esa ciudad. En Singapur, las penas durísimas han hecho que el crimen sea un fenómeno prácticamente desconocido.

Pero nosotros en Chile nos las damos de generosos con los criminales, con los mafiosos, mientras somos especialmente duros, por ejemplo, con un evasor de impuestos, que recibe la misma condena que un homicida. ¡Ahí vemos dónde están las prioridades!

Por eso enfrente hablan tanto de la reforma tributaria. Parece que es el tipo de crimen que más los impacta, probablemente, porque los impacta en el bolsillo.

Entonces, damas y caballeros, aquí tenemos que reconsiderar también este tipo de normas. Yo voy a respaldarla, porque creo que peor es nada, pero tenemos que mandar una señal potente. Tenemos que crear la capacidad carcelaria para alejar de la sociedad a los elementos que la amenazan, por un muy largo tiempo si es necesario. No creo que estas penas sean realmente un elemento disuasivo para aquellos que se involucran en este tipo de crimen. Creo que son demasiado bajas, casi tan bajas como conducir bajo la influencia del alcohol y tener un accidente con resultado fatal.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Marta González .

La señora GONZÁLEZ (doña Marta).-

Señor Presidente, solo quiero sumarme a la solicitud de que no hagamos de esta discusión una caricatura. No pongamos en esta discusión blancos y negros, porque lo que debemos hacer es robustecer las instituciones y resguardar a las personas y a los funcionarios.

Todas las instituciones son corrompibles, pero cuando no tenemos mecanismos claros y eficientes que puedan detener la corrupción dentro de las instituciones, eso también les hace mal a las instituciones. Cuando no tenemos mecanismos claros para sacar a malos elementos dentro de las instituciones, también hacemos daño a las instituciones.

Por eso, la reforma de Carabineros hace bien y protege a los carabineros. Por eso, tener mecanismos eficientes para sacar los malos elementos también le hace bien a Carabineros. Porque hay personas que han sufrido apremios ilegítimos y abuso de poder. Incluso, tuvimos aberraciones en el proceso del estallido social, pues hubo acusaciones de mutilaciones y violaciones dentro de las cárceles. Eso no lo podemos olvidar. También le hace mal a la institución tener carabineros que se desvíen de la norma y de los protocolos.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Juan Fuenzalida .

El señor FUENZALIDA.-

Señor Presidente, hoy, que estamos discutiendo este proyecto de ley tan anhelado, no sé si sentir alegría o frustración, porque desde hace un año que muchos, en forma transversal, identificamos este problema. Hicimos el diagnóstico y le dijimos a la entonces ministra del Interior que teníamos un problema, porque el sicariato es un fenómeno propio del crimen organizado. Si está presente el sicariato es porque esa forma de crimen está ingresando al país. Así, nos hemos ido dando cuenta de que aparecieron los del Tren de Aragua, los del Cartel del Golfo o los del Cartel Jalisco Nueva Generación. Podemos nombrar a varios. Pero recién después de un año estamos discutiendo este proyecto, en circunstancias de que muchos parlamentarios habían presentado mociones al respecto.

Doy algunos datos de la causa. En 2018 los homicidios eran 540 al año, con una tasa de detención del 47,5 por ciento. En 2019 la tasa de detención fue de 47,3 por ciento. En 2022 -no voy a mencionar los años 2020 y 2021 porque estábamos en pandemia- hubo 832 homicidios y 231 detenidos, lo que equivale al 27,7 por ciento. Es decir, desconocemos a los autores. Por lo tanto, siempre fue urgente tratar este tema.

Ahora, no sacamos nada con sancionar el sicariato si no dotamos a nuestras policías de las facultades necesarias para perseguir este tipo de delitos. Por eso estamos apoyando la “ley Nain-Retamal”, porque necesitamos que nuestros carabineros tengan facultades, puedan cumplir su rol y puedan garantizar el orden público y el Estado de derecho.

Espero que el Presidente Boric , quien dijo que iba a empezar a participar en los procedimientos policiales, ponga urgencia mañana al proyecto de “ley Nain-Retamal”. No podemos seguir persiguiendo a nuestros carabineros por cumplir la ley y por cumplir su función.

Voy a aprobar este proyecto, pero también pido urgencia para el proyecto de “ley NainRetamal”.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Miguel Mellado .

El señor MELLADO (don Miguel).-

Señor Presidente, quiero recordar a la Sala por qué estamos aquí. Estamos aquí debido a que se suspendió la semana distrital porque murió la sargento segundo Rita Olivares . Por eso estamos aquí. Estamos aquí porque dijimos que le íbamos a dar más herramientas y mayores facultades a Carabineros de Chile. Pero lo que hasta el momento hemos aprobado en ese sentido es cero. ¡Cero!

Los proyectos de ley que discutimos hoy en la mañana no tenían nada que ver con dar mayores atribuciones y respaldo a Carabineros de Chile. Uno de ellos tenía por objeto reducir de 15 días a 48 horas el tiempo de duración del secuestro. En él no se dan atribuciones a Carabineros. También hoy en la mañana se discutió otro proyecto que aumenta las penas, como si fuera un listado de supermercado, por el delito de porte de armas. ¿En qué ayuda eso a Carabineros? Cero.

Escuchaba a Francisco Huenchumilla , un senador de gobierno, en la mañana en el canal 24 Horas, quien decía: “Estamos legislando. Son proyectitos pequeños -decía-, con cambios de un artículo. Un picoteo entre proyectos menores. No veo nada significativo”. ¡Y qué razón tiene! Un artículo, dos artículos, pero ¿cuál es la profundidad de esto? Eso pasa porque todavía están en el pasado.

¿Y cómo recibieron al Presidente Boric hoy en el funeral de la sargento de Carabineros? Le dijeron lo que muchos que hoy están en el Congreso le decían a Carabineros hace tres años: “¡Asesino!, ¡asesino!”. A Boric le dijeron “asesino, asesino” hoy en el funeral. Ahora están cosechando lo que sembraron durante diez años y en el estallido delincuencial.

¿Y qué dijo Boric? Léanlo, aparece en el diario La Tercera: “Vale la pena reflexionar respecto a nuestras actuaciones en el pasado, en donde siempre creo que vale la pena reconsiderar y actuar de acuerdo al contexto que estamos viviendo en Chile”. Escuche la izquierda, por favor.

Que no se diga que estamos atacando. Es el propio Presidente el que se compró una cama elástica para darse vuelta en La Moneda. Vayan a La Moneda y dense vuelta también, porque eso es lo que tienen que hacer. Si no se da urgencia al proyecto de “ley Retamal”, no va a servir de nada el haber suspendido la semana distrital.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Marisela Santibáñez .

La señora SANTIBÁÑEZ (doña Marisela).-

Señor Presidente, por su intermedio, quiero decir al señor Benavente -quien no se encuentra presente en la Sala- que los indultos les tocaron a todos los gobiernos. El hombre que asesinó a la sargento segundo fue un indultado por Sebastián Piñera . Tenemos que decirlo en pro de la verdad.

Por otro lado, la diputada -lo digo con el máximo respeto y por su intermedio, señor Presidente- Catalina del Real dice que nosotros, la gente de izquierda, no sabemos distinguir entre derechos humanos y actos inhumanos. Una mañana como hoy, un 28 de marzo, a propósito de secuestros, homicidios, sicariatos y raptos, que es lo que nos convoca, Santiago Nattino , Manuel Guerrero y José Manuel Parada sufrieron todo lo que estoy mencionando en este momento. Es en honor a ellos que voy a decir estas palabras. Esto de la seguridad nos convoca a todos, el sicariato también. Modificar el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer un delito de sicariato es fundamental. Lo sabemos; hemos importado delitos que en Chile no se veían. Será labor de todos nosotros abordar esa situación.

Este proyecto incorpora al Código Penal un tipo adicional para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado “por premio o promesa remuneratoria” “o por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero”. Eso es el sicariato. Bien lo dijo el diputado Leonardo Soto : la pena aumenta a diez años si la conducta es cometida contra un funcionario de Carabineros de Chile.

Si hay algo que sabemos es que los derechos humanos son de todos los seres que habitan este país y el mundo entero. No es solo de algunos. No me lo digan ahora, porque lo creemos firmemente. Cuando hablamos de actos inhumanos o de derechos humanos, somos los que mejor lo sabemos.

El presente proyecto está dentro de las acciones legislativas que el país necesita. El gobierno del Presidente Gabriel Boric ha dado importantes pasos en ese sentido. No es menor lo que decía la diputada Karol Cariola : en 4,4 por ciento se aumentó el presupuesto para 2023 en materia de orden y seguridad pública. El gobierno está respondiendo con acciones concretas como la renovación de la dotación de vehículos de Carabineros y un sinfín de cosas más. Podría dar las razones punto a punto: más de 5.000 carabineros; 1.000 vehículos policiales en distintas zonas calientes en el país; 1.218 personas detenidas, de las cuales el 75 por ciento fue puesto a disposición de tribunales; 64 armas incautadas y mucho más. Tenemos los datos concretos.

Invito a la Sala a trabajar en pro de la seguridad y no seguir con rencillas de si uno dijo algo o no lo dijo.

Los proyectos que ustedes están poniendo en tabla los estamos discutiendo. Son proyectos que se mejoraron; otros, incluso, no se mejoraron, sino que se unieron. En este hemiciclo vamos a estar dando la discusión como corresponde a la altura de nuestros cargos y no diciendo si a este lo indultó uno o lo indultó otro.

Para eso hay que cambiar la Constitución.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Andrés Jouannet .

El señor JOUANNET.-

Señor Presidente, hoy hemos tenido un debate exprés, marmicoc: todo concentrado. Eso es bueno, porque estamos hablando de seguridad. Ojalá podamos seguir y seguir hablando de seguridad, porque ese es el gran tema de este país.

Este gobierno no va a ser medido por otra cosa, si no es capaz de resolver el gran drama de la seguridad. Ahora estamos legislando por un problema que es nuevo.

Al respecto, el jefe del Departamento OS9 de Carabineros, coronel Juan González Albornoz , dijo: “esto lo hemos detectado en casos donde los participantes son extranjeros, lo que se asemeja a las modalidades delictivas usadas en otros países -importación de modalidades delictivas-.”. Eso es algo objetivo, pese a que, como señaló el diputado Schalper , el sicariato en Chile partió en otro momento.

Dicho eso, hoy el sicariato está legislado, tiene pena. Sin embargo, este proyecto busca contribuir en erradicar esta amenaza incipiente recogiendo también las inquietudes que el propio Parlamento tuvo a la vista durante su estudio.

El delito de sicariato existe como una especie de delito de homicidio calificado y tiene una pena que es de las más altas. Pero lo que propone ahora el Ejecutivo es subir la pena, crear un nuevo tipo penal: la conspiración del sicariato. Eso es lo que estamos discutiendo.

La conspiración está definida en el artículo 8 del Código Penal como la concertación de dos o más personas para ejecutar un delito. Por regla general, la conspiración para cometer un delito no es punible por encontrarse aún lejos de la lesión efectiva del bien jurídico. Solo se castiga en casos excepcionales, como delitos terroristas o de la Ley de Seguridad del Estado.

Fundamentalmente, esta propuesta se hace cargo de la nueva realidad que señaló el coronel Juan González Albornoz sobre una situación a la que no estábamos acostumbrados. Lo importante en esto es que el mismo coronel González señala que hoy tenemos un descontrol y que en muchos casos -se ha dicho permanentemente- el delito viene de afuera.

O sea, como estamos importando modalidades delictivas, a lo que debemos poner atención -lo señalo a la ministra del Interior, porque en las próximas semanas discutiremos lo relativo a cómo resguardamos las fronteras- es a que en Chile entra y sale quien quiere, por tanto, quienes vienen a ejecutar el sicariato pueden entrar y salir de este país cuando quieran y nunca serán encontrados. Ese es el tema de fondo.

Ahora, ¿esto ayuda? Sin lugar a dudas, ayuda a que podamos avanzar en una agenda de seguridad, como se ha hecho hoy día. Hoy hemos avanzado sustancialmente, y esperamos que mañana sea igual. Para eso, menos comisiones; sí hay que crear y pensar, pero fundamentalmente avanzar en temas de seguridad.

Sin embargo, con todo lo que hemos dicho hoy, insisto en el tema de la cárcel. Ya lo hemos conversado con el ministro de Justicia, quien se ha comprometido a crear un equipo para ver la materia. Naturalmente, esperamos avanzar en eso.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Renzo Trisotti .

El señor TRISOTTI.-

Señorita Presidenta, hace unos años, desde este mismo estrado levantamos la voz frente a la crisis migratoria, de delincuencia y de ingreso de bandas criminales que comenzaron a proliferar en la Región de Tarapacá, y no fuimos escuchados.

Advertimos del ingreso clandestino de extranjeros que venían derechamente a delinquir, pero no lo creyeron.

Cuando empezaron a aparecer el gota a gota, los motochorros y, lamentablemente, el sicariato se generó una movilización, y desde el desconocimiento muchos nos tildaron a los iquiqueños de xenófobos, de magnificar esto. Pero esa violencia y esa gravedad tuvieron que avanzar hacia el resto del país, llegando prácticamente a todo Chile, para que hubiera una reacción.

La realidad es que hoy en Chile se mata por encargo. Hoy en el norte se conspira para asesinar: ya tenemos una banda condenada en Alto Hospicio. La gravedad y la velocidad con que ha escalado este delito requiere acciones concretas y medidas urgentes para poder evitarlo, y este proyecto va directamente en ese sentido. Pero, además, necesitamos un plan especial contra la delincuencia, contra estas bandas organizadas, centralizado principalmente en el norte y dotar de mejores herramientas a nuestras policías para que puedan realizar la inteligencia que permita desbaratar todas estas redes que actualmente operan en nuestro país.

Espero que el cambio evidenciado en muchos sea real y permanente, no una consecuencia en respuesta a la crisis que enfrentamos, y que se mantenga también cuando sean oposición, porque se necesitan políticas de Estado, pero construidas con aprendizaje y mea culpa de muchos que romantizaron, validaron e hicieron oídos sordos frente a esta evidencia que hoy nos tiene sumidos en esta grave crisis.

Sin hacer una caricatura, sino más bien una reflexión final, ojalá que la voltereta final que hemos evidenciado sea la última y se crea fidedignamente que el orden, la responsabilidad, el respeto y el apoyo a las fuerzas policiales, que nos entregan tranquilidad, pero también libertad, sea siempre y no cuando convenga.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Frank Sauerbaum .

El señor SAUERBAUM.-

Señorita Presidenta, sin duda, este proyecto de ley es muy importante.

Mañana esperamos votar definitivamente el proyecto de “ley Nain-Retamal”, que protegerá de verdad, con elementos importantísimos a nuestros carabineros.

En él se establece una sanción penal drástica y objetiva para el delito de homicidio, de maltrato de obra y de lesiones cometidos contra funcionarios de las policías y de Gendarmería.

También, se amplía el catálogo de medios armados de actuación y defensa de Carabineros y la Policía de Investigaciones.

Asimismo, dispone que el que cometa delitos contra la vida o integridad física de personal policial o de Gendarmería se entenderá que es un peligro para la sociedad, para que no pueda acogerse a beneficios penitenciarios.

Ahora bien, el proyecto en discusión tiene que ver con el sicariato, figura delictiva que consiste en matar a una persona requiriendo la participación de un tercero o sicario, quien comete el hecho mediante una remuneración.

Esta iniciativa del gobierno busca además establecer una sanción expresa a la conspiración para cometer sicariato. La conspiración es un acto preparatorio o previo del delito por el cual se idea o planifica este, pero sin realizar un principio de ejecución que permita señalar que ha intentado cometerlo de manera efectiva.

Hoy, la conspiración solo se sanciona penalmente cuando la ley lo señala de manera expresa. Existen muy pocos casos de sanción expresa a la conspiración para cometer un delito, pudiendo señalarse el caso de la conspiración para cometer delitos que la ley sanciona como terroristas. Esto es así debido a que la conspiración ocurre más bien en el plano de las ideas, sin que haya una conducta material, por lo que la pena que recae sobre la conspiración es una anticipación importante de la sanción penal.

El principal argumento que se ha esgrimido para sostener esta iniciativa es la formación de un verdadero mercado de servicios de sicariato. Lamentablemente, hoy en Chile se mata por unas pocas lucas y existen personas que ofrecen dicho servicio incluso en redes sociales, pareciendo ser fácil el acceso a él.

Por lo mismo, estableciéndose esta sanción a la conspiración se permitirá la intervención de policías y del Ministerio Público en este mercado de servicios de sicariato sin esperar la concreción de estos hechos.

Este es uno de los siete proyectos que vamos a votar esta semana. Esperamos que mañana la iniciativa de “ley Nain-Retamal” pueda dar tranquilidad también a nuestros carabineros y demás fuerza policial para poder entregar un mejor servicio a los que ellas aman, que son los compatriotas chilenos.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro.

Hago presente a la Sala que el proyecto trata materias propias de ley simple o común. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 145 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa:

Acevedo Sáez , María Candelaria Cordero Velásquez , Mar-ía Luisa Martínez Ramírez , Cristóbal Rey Martínez , Hugo Aedo Jeldres , Eric Cornejo Lagos , Eduardo Marzán Pinto , Caro-lina Riquelme Aliaga , Marcela Ahumada Palma , Yovana Cuello Peña y Lillo , Luis Alberto Matheson Villán , Christian Rivas Sánchez , Gaspar Alessandri Vergara , Jorge De la Carrera Correa , Gonzalo Medina Vásquez , Karen Rojas Valderrama , Camila Alinco Bustos , René De Rementería Venegas , Tomás Mellado Pino , Cosme Romero Leiva , Agustín Araya Guerrero , Jaime Del Real Mihovilovic , Catalina Mellado Suazo , Miguel Romero Sáez , Leonidas Araya Lerdo de Tejada, Cristián Delgado Riquelme , Viviana Melo Contreras , Daniel Romero Talguia , Natalia Arce Castro , Mónica Donoso Castro , Felipe Mirosevic Verdugo , Vlado Sáez Quiroz , Jaime Arroyo Muñoz , Roberto Durán Espinoza , Jorge Mix Jiménez , Claudia Saffirio Espinoza , Jorge Astudillo Peiretti , Danisa Durán Salinas , Eduardo Molina Milman , Helia Sagardia Cabezas , Clara Barchiesi Chávez , Chiara Fries Monleón , Lorena Morales Alvarado , Javiera Sánchez Ossa , Luis Barrera Moreno , Boris Fuenzalida Cobo , Juan Morales Maldonado , Carla Santana Castillo , Juan Barría Angulo , Héctor Gazmuri Vieira, Ana María Moreira Barros , Cristhian Santibáñez Novoa , Marisela Becker Alvear , Miguel Ángel Giordano Salazar , Andrés Moreno Bascur , Benjamín Sauerbaum Muñoz, Frank Bello Campos, María Francisca González Gatica , Félix Mulet Martínez , Jaime Schalper Sepúlveda , Diego Beltrán Silva , Juan Carlos González Olea , Marta Muñoz González , Francesca Schneider Videla , Emilia Benavente Vergara , Gustavo González Villarroel , Mauro Musante Müller , Camila Schubert Rubio , Stephan Berger Fett , Bernardo Guzmán Zepeda , Jorge Naranjo Ortiz , Jaime Sepúlveda Soto , Alexis Bernales Maldonado , Alejandro Ibáñez Cotroneo , Diego Naveillan Arriagada , Gloria Serrano Salazar , Daniela Bobadilla Muñoz , Sergio Ilabaca Cerda , Marcos Nuyado Ancapichún , Emilia Soto Ferrada , Leonardo Bórquez Montecinos , Fernando Irarrázaval Rossel , Juan Ñanco Vásquez , Ericka Soto Mardones , Raúl Bravo Castro, Ana María Jiles Moreno , Pamela Ojeda Rebolledo , Mauricio Sulantay Olivares, Marco Antonio Bravo Salinas , Marta Jouannet Valderrama , Andrés Olivera De La Fuente , Erika Tapia Ramos , Cristián Brito Hasbún , Jorge Jürgensen Rundshagen , Harry Orsini Pascal , Maite Teao Drago , Hotuiti Bugueño Sotelo , Félix Kaiser Barents-Von Hohenhagen , Johannes Ossandón Irarrázabal , Ximena Tello Rojas , Carolina Bulnes Núñez , Mer-cedes Labbé Martínez , Cristian Oyarzo Figueroa , Rubén Darío Trisotti Martínez , Renzo Calisto Águila , Miguel Ángel Labra Besserer , Paula Palma Pérez , Hernán Ulloa Aguilera , Héctor Camaño Cárdenas , Felipe Lagomarsino Guzmán , Tomás Pérez Olea , Joanna Undurraga Gazitúa , Francisco Cariola Oliva , Karol Lavín León , Joaquín Pérez Salinas , Catalina Undurraga Vicuña , Alberto Carter Fernández , Álvaro Leal Bizama , Henry Pino Fuentes , Víctor Alejandro Urruticoechea Ríos , Cristóbal Castro Bascuñán, José Miguel Lee Flores , Enrique Placencia Cabello , Alejandra Venegas Salazar , Nelson Celis Montt , Andrés Leiva Carvajal , Raúl Pulgar Castillo, Francisco Videla Castillo , Sebastián Cicardini Milla , Daniella Lilayu Vivanco , Daniel Ramírez Diez , Guillermo Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Cid Versalovic , Sofía Longton Herrera , Andrés Ramírez Pascal , Matías Weisse Novoa , Flor Cifuentes Lillo, Ricardo Malla Valenzuela , Luis Raphael Mora , Marcia Winter Etcheberry , Gonzalo Coloma Álamos, Juan Antonio Manouchehri Lobos , Daniel Rathgeb Schifferli , Jorge Yeomans Araya , Gael Concha Smith, Sara

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Se despacha el proyecto al Senado.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 28 de marzo, 2023. Oficio en Sesión 6. Legislatura 371.

VALPARAÍSO, 28 de marzo de 2023

Oficio N°18.199

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo del mensaje, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha aprobado el proyecto de ley que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, correspondiente al boletín N° 15.559-07, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en el Código Penal:

1. En el artículo 391 Nº1, circunstancia segunda, sustitúyese la frase “o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro”, por la siguiente: “o por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero”.

2. Agrégase el siguiente artículo 391 bis:

“Artículo 391 bis.- El que conspire para cometer el delito de homicidio calificado previsto en los términos del artículo 391 N°1, circunstancia segunda, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo.

Si la conducta descrita en el inciso precedente se comete en contra de un juez con competencia en lo penal, de un fiscal del Ministerio Público, de un defensor penal público, de un funcionario de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile o de Gendarmería de Chile, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo.”.”.

*****

Dios guarde a V.E.

VLADO MIROSEVIC VERDUGO

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Seguridad Ciudadana

Senado. Fecha 29 de marzo, 2023. Informe de Comisión de Seguridad Ciudadana en Sesión 6. Legislatura 371.

?CERTIFICADO

Certifico que con fecha 29 de marzo de 2023, la Comisión de Seguridad Pública sesionó para tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro (Boletín Nº 15.559-07), iniciado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República, señor Gabriel Boric Font, con urgencia calificada de “suma”.

Se hace presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único, y acordó, unánimemente, proponer que en la Sala sea considerado del mismo modo.

- - -

En esta sesión participaron, también, presencialmente o por vía remota, la Ministra del Interior y Seguridad Pública, señora Carolina Tohá; el, Subsecretario del Interior, señor Manuel Monsalve; el Subsecretario de Prevención del Delito, señor Eduardo Vergara; el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, señor Luis Cordero y el Director Nacional del Servicio de Migraciones, señor Luis Eduardo Thayer. Otros Asistentes: del Ministerio del Interior y Seguridad Pública: el asesor señor Tomás Humud; el Jefe de asesores de la Subsecretaría de Prevención del Delito, señor Rodrigo Muñoz. Del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: el asesor señor Mario Araya. Del Ministerio Público: el Director de la Unidad de Crimen Organizado y Drogas, señor Ignacio Castillo; la Subdirectora de la misma Unidad, señora Lorena Rebolledo; la abogada asesora, señora Tania Gajardo. De la Biblioteca del Congreso Nacional: el Analista, señor Guillermo Fernández. Los asesores parlamentarios: del Senador Felipe Kast, los señores José Manuel Astorga y Oscar Morales; del Senador Manuel José Ossandon, el señor Ronald Vonderwerth; del Senador José Miguel Insulza, la señora Javiera Gómez; del Senador Iván Flores, la señora Carolina Allende; del Senador Alejandro Kusanovic, señor Tomás Matheson; del Senador Kenneth Pugh, señor Pascal de Smet; de la Senadora María José Gatica, los asesores señora Rosario Pérez y los señores Alex Valderrama, Felipe Pereira y Henry Azurmendi, el asesor de la Senadora Yasna Provoste, señor Rodrigo Vega.

- - -

OBJETIVO DEL PROYECTO

Esta iniciativa busca sancionar con la pena de presidio menor en su grado máximo a quien conspire para cometer sicariato, esto es, homicidio calificado por premio o promesa remuneratoria o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro, delito contemplado en el artículo 391 N°1, circunstancia segunda, del Código Penal.

- - -

VOTACIÓN EN GENERAL

- Puesto en votación en general, el proyecto fue aprobado por la unanimidad de los integrantes de la Comisión, Senadora señora Gatica y Senadores señores Flores, Kast, Pugh y Saavedra.

VOTACIÓN EN PARTICULAR

Indicación N° 1)

La indicación N°1), del Honorable Senador señor Pugh, para agregar un inciso final al artículo 391 bis, nuevo, que el numeral 2) del artículo único del texto aprobado en primer trámite constitucional propone agregar al Código Penal, que establezca que la sola presentación de la oferta seria o la publicidad del sicariato serán sancionadas con presidio mayor en sus grados medio a máximo.

Sometida a votación, la indicación fue rechazada, por 2 votos a favor, de los Honorables Senadores señora Gatica y señor Pugh, y 3 votos en contra, de los Honorables Senadores señores Flores, Kast y Saavedra.

Indicación N° 2)

La indicación N°2), del Honorable Senador señor Pugh, para hacer aplicable la pena dispuesta en el artículo 391 bis, nuevo, que el numeral 2) del artículo único del texto aprobado en primer trámite constitucional propone agregar al Código Penal, a la persona que, en forma directa o indirecta, actuare como intermediario para el encargo, promesa, acuerdo u orden, o que participe en los actos de preparación, organización y planificación del ilícito a que se refiere el inciso anterior, aun cuando su perpetración se consume en territorio de otro Estado.

Sometida a votación, la indicación fue rechazada, por 2 votos a favor, de los Honorables Senadores señora Gatica y señor Pugh, y 3 votos en contra, de los Honorables Senadores señores Flores, Kast y Saavedra.

Indicación N° 3)

La indicación N° 3), del Honorable Senador señor Pugh, para agregar un artículo 400 bis, nuevo, al Código Penal, con el propósito de establecer que si los hechos a los que se refieren los artículos contenidos en el párrafo tercero del título octavo del libro II del Código Penal se ejecutaren por encargo, premio o promesa remuneratoria, o cualquier otro beneficio, para sí o para un tercero, la pena señalada para el delito se aumentará en un grado.

Asimismo, la enmienda propuesta dispone que la misma agravante se aplicará a la persona que, en forma directa o indirecta, encarga, acuerda, ordena o actúa como intermediario para la perpetración del ilícito.

Sometida a votación, la indicación fue aprobada por 3 votos a favor, de los Honorables Senadores señora Gatica y Senadores señores Flores y Pugh, y 2 votos en contra, de los Honorables Senadores señores Kast y Saavedra.

MODIFICACIÓN

De conformidad con los acuerdos adoptados, la Comisión de Seguridad Pública tiene el honor de proponer aprobar el proyecto de ley despachado por la Honorable Cámara de Diputados, con la siguiente modificación:

-Incorporar el siguiente artículo 400 bis, nuevo, al Código Penal:

“Artículo 400 bis. Si los hechos a los que se refieren los artículos anteriores de este párrafo se ejecutaren por encargo, premio o promesa remuneratoria, o cualquier otro beneficio, para sí o para un tercero, la pena señalada para el delito se aumentará en un grado.

Asimismo, se impondrá la misma agravante a la persona que, en forma directa o indirecta, encarga acuerda u ordena, o actúa como intermediario para la perpetración del ilícito.”.

- - -

TEXTO DEL PROYECTO

En conformidad con los acuerdos adoptados, la Comisión de Seguridad Pública tiene el honor proponer a la Sala la aprobación, en general y en particular, del siguiente proyecto de ley:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Incorporase las siguientes modificaciones en el Código Penal:

1) En el artículo 391 Nº 1, circunstancia segunda sustitúyese la frase “o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro”, por la siguiente: “o por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero.”.

2) Agrégase el siguiente artículo 391 bis:

“ART. 391 bis.- El que conspire para cometer el delito de homicidio calificado previsto en los términos del artículo 391 N° 1, circunstancia segunda, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo.

Si la conducta descrita en el inciso precedente se comete en contra de un juez con competencia en lo penal, fiscal del Ministerio Público, de un defensor penal público, de un funcionario de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile o de Gendarmería de Chile, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo.”.”.

3) Agrégase el siguiente artículo 400 bis:

“Artículo 400 bis.- Si los hechos a los que se refieren los artículos anteriores de este párrafo se ejecutaren por encargo, premio o promesa remuneratoria, o cualquier otro beneficio, para sí o para un tercero, la pena señalada para el delito se aumentará en un grado.

Asimismo, se impondrá la misma agravante a la persona que, en forma directa o indirecta, encarga acuerda u ordena, o actúa como intermediario para la perpetración del ilícito.”.

Valparaíso, 29 de marzo de 2023.

Julián Saona Zabaleta

Abogado Secretario de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 30 de marzo, 2023. Diario de Sesión en Sesión 7. Legislatura 371. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

SANCIÓN DE CONSPIRACIÓN PARA LA COMISIÓN DEL DELITO DE SICARIATO

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El señor Presidente pone en discusión el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, iniciativa correspondiente al boletín N° 15.559-07.

El Ejecutivo hizo presente la urgencia para su despacho calificándola de "suma".

--A la tramitación legislativa de este proyecto (15.559-07) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El objetivo de este proyecto es sancionar con la pena de presidio menor en su grado máximo a quien conspire para cometer sicariato, esto es, homicidio calificado por premio o promesa remuneratoria o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro, delito contemplado en el artículo 391, N° 1, circunstancia segunda del Código Penal.

La Comisión de Seguridad Pública hace presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, por tratarse de una iniciativa de artículo único, la discutió en general y en particular, y acordó proponer unánimemente que en la Sala sea considerada del mismo modo.

Asimismo, deja constancia de que la iniciativa de ley resultó aprobada en general por la unanimidad de sus integrantes, Honorables Senadores señora Gatica y señores Flores, Kast, Pugh y Saavedra; y que en particular la aprobó con la enmienda y las votaciones que se consignan en el respectivo certificado.

El texto que se propone aprobar se transcribe en las páginas 4 y 5 del certificado de la Comisión de Seguridad Pública y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.

Cabe hacer presente que el Honorable Senador señor Latorre ha solicitado votación separada del número 3), nuevo, del artículo único de la iniciativa, mediante el cual se incorpora en el Código Penal un artículo 400 bis, norma que figura en la página 3 del comparado que está a disposición de Sus Señorías.

En consecuencia, respecto de este proyecto se deben realizar dos votaciones.

El señor COLOMA (Presidente).-

Tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Senador Kast, para rendir el informe correspondiente.

El señor KAST.-

Gracias, Presidente.

¿Ahora tengo que hablar de Gendarmería, o no...?

(Risas).

¡No, no!

Vamos con el sicariato.

Respecto de esta iniciativa, no voy a partir desde el inicio, pues ya hice una vasta introducción; solo quiero concluir diciendo que se generó un debate sobre si es que se debía incorporar el hecho de que aquellos que hicieran un llamado o convocatoria a este tipo de actividades también debiesen tener la misma penalidad. Finalmente, esa opción se rechazó 3 votos contra 2, básicamente porque se consideró que la palabra "conspiración" ya incluía todo lo anterior.

Únicamente deseo clarificarles a los colegas que en la Comisión estuvo presente ese debate.

Como les señalé, sí pienso que se trata de un proyecto muy relevante; creo que ordena nuestro Código Penal en materia de sicariato, y además permite hacerse cargo de todas las cadenas que hay en medio, porque efectivamente podemos tener a alguien que ordene un sicariato contratando a otra persona para que lo encargue.

Entonces, acá hay varios anillos de posibilidades de conversación, y finalmente el texto quedó regulado de buena manera, porque incluye todo ello.

Insisto: este es un fenómeno que desgraciadamente en Chile ha venido ocurriendo con más frecuencia, si bien no a la escala que vemos en otros países del continente; pero si no nos adelantamos, si no legislamos con claridad y fuerza en este ámbito, ciertamente estaremos al debe.

Este proyecto se aprobó unánimemente en la Comisión, excepto algunas indicaciones que fueron objeto de votación separada; y, por lo mismo, invito a Sus Señorías a votarlo a favor.

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias, Senador Kast.

Conforme a la petición del Senador Latorre, vamos a hacer lo siguiente: abriremos la votación en general y particular de todos los artículos respecto de los cuales no se pidió votación separada; una vez realizado aquello, nos abocaremos a la norma que el Senador Latorre pidió votar separadamente.

Señalo esto para hacer más fácil el procedimiento.

¿Queda claro?

El señor OSSANDÓN.-

¡Y ofrecerá la palabra también!

El señor COLOMA (Presidente).-

Así es.

Tiene la palabra la Senadora Núñez, por hasta tres minutos, tal cual habíamos acordado.

La señora NÚÑEZ.-

Muchas gracias, señor Presidente .

Hace dos días, a sangre fría, en pleno centro de la comuna de Antofagasta un extranjero asesinó a otro. La víctima: un joven que recibió impactos de bala en el tórax y que falleció frente a un grupo de personas que estaban a su alrededor.

Obviamente, quien cometió el delito salió caminando y hasta el día de hoy no se sabe de su paradero.

Se trata de un delito importado que no se veía en nuestras calles y que, si no lo frenamos ahora y no endurecemos nuestra legislación, lamentablemente no solo se empezará a normalizar, sino que quedará en la impunidad total, con lo que se quebrantará el orden social.

El proyecto que nos convoca, en el marco de seis iniciativas que hemos estado discutiendo en el Senado, cinco de las cuales se han visto hoy en esta Sala, busca sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro; es decir, esta modificación plantea castigar con la misma pena tanto a quien de manera seria propone la comisión de un homicidio a cambio de un pago o beneficio como a quien acepta también de manera seria dicho encargo.

La pena que se establece a este tipo penal especial de sicariato iría de tres años y un día a cinco años, una pena alta para un acto preparatorio que no es otra cosa que un delito de peligro, pues no existe aún lesión a la vida en su calidad de bien jurídico protegido.

Hoy ese bien jurídico protegido, lamentablemente, se está desprotegiendo, porque mediante encargo y por cifras bajísimas alguien está disponible a quitarle la vida a otra persona.

En ese mismo espacio, señor Presidente , en el centro de nuestra comuna de Antofagasta el año pasado la delincuencia aumentó en 172 por ciento. A diciembre de 2022 se registraron 842 homicidios; solamente considerando este tipo de delito, el aumento es de 43 por ciento en relación con el año 2021: es decir, tenemos a 922 personas asesinadas.

Señor Presidente , lamento que hoy no votáramos al menos en general el proyecto de ley conocido como "Nain-Retamal", porque evidentemente es una señal errada hacia la ciudadanía que no hayamos sido capaces como Senado de hacer aquello.

Obviamente, el Ejecutivo como colegislador tiene todo el derecho a ingresar indicaciones, y es razonable que nos tomemos el tiempo prudente para discutirlas a fin de que salga un buen proyecto; pero la señal de no haberlo votado en general acá demuestra que la reflexión que hace unos días realizó el Presidente queda en su mente y en su corazón, pero no se traduce en ordenar a sus parlamentarios en el Senado.

Lamento profundamente aquello, y quería manifestarlo.

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor COLOMA (Presidente).-

A usted, Senadora.

Tal como lo indicamos hace un momento, procederemos a abrir la votación.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

En votación.

(Durante la votación).

El señor COLOMA (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador Espinoza.

El señor ESPINOZA.-

Muchas gracias, Presidente.

Lamento que sigamos en la misma tónica. Creo que fuimos bastante claros al inicio de las intervenciones del día de hoy, en el sentido de que ese proyecto debe ser revisado con mayor acuciosidad, pues presenta modificaciones en doce de sus artículos. Por lo tanto, esto de la señal que plantea la Senadora que me antecedió en la palabra no es más que una pretensión de sacar un mezquino provecho político de una situación puntual, en circunstancias de que en un par de horas vamos a tener aprobados cinco proyectos de ley.

La Cámara de Diputados, como dijo el ex Presidente Elizalde, tuvo esa iniciativa un año, ¡y quieren que nosotros la despachemos en cinco horas...!

Me parece de mala fe ese tipo de actuaciones en esta materia, sobre todo cuando proviene de una Senadora que no acostumbra a realizar acciones de esa naturaleza.

Con respecto al proyecto que ahora nos ocupa, me parece un acierto absolutamente positivo para el país el que hoy día se legisle a fin de sancionar y tipificar como delito bastante grave la conspiración para el sicariato. Si bien lo planteado por la Senadora es efectivo, porque se trata de un delito que viene desde fuera y que ha impactado con mucha fuerza en el último tiempo, ya que por irrisorias y preocupantes cifras de dinero se persigue provocar la muerte de una persona, consideramos muy trascendental que desde ese punto de vista haya sanciones más efectivas, sanciones que definitivamente vayan más allá de lo que hoy día se establece.

En la actualidad, el sicariato tiene sanciones bastante altas, incluso algunas llegan a la cadena perpetua. Eso hay que dejarlo claro. Lo que está agregándose en esta iniciativa es la conspiración para cometer el delito.

Este tema me recuerda un hecho muy doloroso que vivimos en nuestra Región de Los Lagos y que causó conmoción a nivel nacional: la muerte de una profesional, de una contadora en Puerto Varas, caso respecto del cual toda la comunidad tiene plena claridad acerca de cómo ocurrió y en que hubo una mala investigación judicial para dar con los responsables directos. Se llegó solamente al último eslabón de la cadena, una persona que hoy día se halla cumpliendo condena; pero todo el país sabe lo que sucedió en ese cruel asesinato de una mujer y madre de Puerto Varas, quien murió en circunstancias probablemente enmarcadas dentro de lo que es un sicariato y que, de haber existido esta normativa, se habría contado con mecanismos de investigación más profundos.

Valoro enormemente -y con esto termino, Presidente- el que aquí se sancione también de manera drástica a quienes conspiran para cometer este tipo de acto tan deleznable en nuestra sociedad.

Por lo tanto, mi voto es a favor.

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias, Senador Espinoza.

La Senadora Núñez me ha pedido hacer uso de su derecho a réplica.

Le voy a dar la palabra para tal efecto después de terminada la votación, porque eso es lo que corresponde conforme al Reglamento.

Senador Chahuán, tiene la palabra.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , Honorable Sala, el proyecto de ley para el cual se nos ha convocado en esta oportunidad sanciona la conspiración para cometer el delito de sicariato como una figura penal independiente, conforme lo autoriza el artículo 8 del Código Penal, quedando como un delito de peligro abstracto.

Quiero decir que en el año 2010, y existiendo señales incipientes de que podrían cometerse delitos de sicariato en el país, al igual que en otras naciones del continente, presenté la primera moción que buscaba sancionar el sicariato, que ya lleva trece años esperando para ser tramitada en la Comisión de Constitución del Senado. Básicamente a lo que aspiraba ese proyecto, al igual que este, era a incorporar un artículo 391 bis al Código Penal, del siguiente tenor:

"Constituye delito de sicariato el homicidio que se cometa por precio, promesa remuneratoria, dádiva, o cualquier otra compensación de significación económica, o para obtener en forma directa un beneficio económico para sí o para terceros.

"Este delito será penado con presidio perpetuo, la que se impondrá al autor intelectual del hecho o contratante, cómplice y encubridor, sin perjuicio de las otras penas que correspondiere aplicar de acuerdo a las normas de este Código".

Si bien la pena que se contempla en esta moción es muy elevada, la establecimos para que se discutiera prontamente en la Comisión pertinente; pero lamentablemente no fue así, y desde entonces se ha archivado en dos oportunidades -logramos su desarchivo, pero no hubo posibilidad de que en dicha instancia se pudiera tramitar esta iniciativa; por eso valoro el que hoy día tengamos una Comisión de Seguridad que ciertamente pueda discutir este tipo de proyectos de manera independiente- por no tener movimiento legislativo, conforme lo dispone el artículo 36 bis del Reglamento de la Corporación, y en dos ocasiones he debido solicitar su desarchivo para mantenerla vigente.

En esa oportunidad estimamos que la conspiración, como parte del desarrollo del delito, sería discutida en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

Y el tiempo nos dio la razón -¡el tiempo nos dio la razón: trece años después!-, ya que hace aproximadamente tres años, en la comuna de Concón, a la que represento en este Hemiciclo, se cometió un sicariato que causó conmoción nacional, asesinándose al empresario inmobiliario Alejandro Correa , y hace cerca de un año se impuso condena con altas penas al autor intelectual, al autor material y a dos cómplices de este delito.

Finalmente, el proyecto ha quedado con la pena de presidio menor en su grado máximo, cuando se actúe por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de terceros.

Asimismo, en caso de que este delito se cometiere en contra de un juez con competencia en lo penal; de un fiscal del Ministerio Público, de un defensor penal público; de un funcionario de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile o de Gendarmería de Chile, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo... (se desactiva el micrófono por haberse agotado el tiempo).

El señor COLOMA (Presidente).-

Puede continuar, Senador, por un minuto más.

El señor CHAHUÁN.-

... a presidio mayor en su grado mínimo.

Por último, se aprobó una indicación que incorpora un artículo 400 bis, el cual sanciona con la pena aumentada en un grado al delito de lesiones que se cometa por encargo, premio o promesa remuneratoria, o cualquier otro beneficio, para sí o para un tercero.

Consideramos importante aprobar este delito de sicariato que se incorpora a nuestra legislación penal, a fin de no terminar como otros países latinoamericanos, en donde se ofrece incluso por internet llevar a cabo acciones de sicariato, con sus tarifas, lo que constituye una conducta realmente deleznable.

También quiero adherirme a las palabras expresadas por la Senadora Paulina Núñez . Claramente acá teníamos la oportunidad de dar una señal potente, no votando en particular el proyecto conocido como "Ley Nain-Retamal" si requería mayor estudio, pero sí pronunciándonos en general.

Pensamos que hoy habríamos concretado una señal política potente en el combate a la delincuencia... (se desactiva el micrófono por haberse agotado el tiempo).

El señor COLOMA (Presidente).-

Gracias, Senador.

Tiene la palabra el Senador Latorre.

El señor LATORRE.-

Gracias, Presidente.

Entiendo que ahora solo se trata de argumentar respecto de este proyecto. Yo voy a votar favorablemente todas las normas en que no hubo diferencias.

Al respecto, básicamente hablando de nuevo sobre datos levantados, estos dan cuenta de que entre el 2018 y el 2022 se han registrado cuarenta y dos homicidios en contextos de encargo o sicariato, de los cuales el 60 por ciento ocurrieron en la Región Metropolitana, y el 74 por ciento de ellos fue cometido con un arma de fuego. O sea, en pocos años ha habido un aumento muy significativo de homicidios por sicariato, delito al que no estábamos acostumbrados en nuestro país, que no teníamos el hábito de ver en forma tan cotidiana como lamentablemente sucede en otros países.

El delito de sicariato ya existe en nuestro ordenamiento jurídico, Sin embargo, requiere mejoras, y este proyecto viene a contribuir en tal sentido, dado que no aumenta penas, sino que crea un nuevo delito: la conspiración de sicariato. Con esta propuesta, cuando dos o más personas se pongan de acuerdo para que una de ellas mate a un tercero a cambio de una remuneración o contraprestación, serán castigadas por este delito, independiente de si el asesinato finalmente se consumó.

Presidente, entiendo que después voy a tener la oportunidad de referirme a la votación separada, porque ahora solo estamos en la fundamentación sobre lo que no hay diferencias en este proyecto.

¿Es así, Presidente?

El señor COLOMA (Presidente).-

Exactamente, Senador.

El señor LATORRE.-

Entonces, quedo hasta aquí.

Voto a favor, Presidente .

Gracias.

El señor COLOMA (Presidente).-

A usted, Senador.

Tiene la palabra el Senador Pugh.

El señor PUGH.-

Muchas gracias, señor Presidente.

Si esta normativa debiera tener un nombre, tal como lo hemos hecho en ocasiones anteriores, yo la denominaría "Ley Alejandro Correa ".

¿Quién era Alejandro Correa ?

Un vecino nuestro, de nuestro barrio en Concón, a quien conocíamos, que el 10 de mayo del 2020 tuvo una discusión con una persona que estaba haciendo un loteo brujo, un loteo ilegal en un terreno de su propiedad, a la cual denunció -tuvo la capacidad de denunciar el ilícito que estaba ocurriendo-, y cuatro días después lo asesinaron en la puerta de su casa.

Ese fue un asesinato por encargo.

Ese es el sicariato, lo que nos afecta y nos golpea incluso con nuestros vecinos.

Yo rindo, pues, un homenaje a la familia de Alejandro Correa , a la que le ha tocado vivir esta situación y que ha debido hacer la imposible para dar con aquellos que mataron a su padre, a su esposo, a una persona que tenía todo nuestro respeto.

¿Por qué es importante entonces destacar este hecho, señor Presidente ? Porque la verdad es que si uno analiza la cantidad de armas que hay en Chile, constatará que sigue siendo la misma; lo que pasa es que los delincuentes están usando las armas de forma violenta para enfrentar a las Policías, y les disparan incluso hasta en los vehículos en el momento en que se están bajando. Es el caso de la hoy suboficial mayor Rita Olivares , cuya familia nos estuvo visitando.

Yo quiero decir con esto, señor Presidente , que el delito y el crimen organizado han cambiado completamente, y que se están cometiendo acciones que no veíamos antes. Por eso es tan importante regularlo y tener no solo la tipificación, sino también las penas correctas. Pero con esta iniciativa se agregan -y aquí viene la parte que también es importante en el trabajo de las Comisiones- las lesiones por encargo: no solamente se incluye a todos aquellos que participen para asesinar una persona, como en el sicariato, sino también a aquellos que se organicen para afectar con lesiones a personas.

Es mucho más amplio el criterio, y por eso espero que el Ministerio Público tenga las herramientas para perseguir a estas personas. No podemos permitir que los delincuentes fijen sus normas, ni siquiera con este sistema de lesiones por encargo.

No queremos que más personas, como Alejandro Correa , sean asesinadas en la puerta de su casa, como tampoco que sean golpeadas o vejadas para que el crimen organizado pueda imponer su orden.

Es el orden del Estado, es el Estado de derecho el que debe primar. Para eso es necesario empoderar a nuestras Policías, facultar al Ministerio Público para perseguir como corresponde, y que esa persecución penal sea efectiva. También es necesario que las personas denuncien. Sin la denuncia efectiva, incluso de lesiones por terceros, no se puede actuar; hoy la ley las va a proteger.

Por eso voto a favor, señor Presidente.

He dicho.

Muchas gracias.

El señor COLOMA (Presidente).-

A usted, Senador.

Senadora Pascual, tiene la palabra.

La señora PASCUAL.-

Gracias, Presidente.

Yo quiero manifestar nuestro voto a favor.

Creo que el mensaje del Gobierno es claro para poder actualizar nuestra legislación a fenómenos delictivos que lamentablemente no comenzaron el año 2022.

Solo quiero comentar que yo fui concejala de la comuna de Santiago a partir del año 2008, y el delito de extorsión, el matonaje y también las situaciones de lesiones o de encargos que hoy día estamos colocando bajo el rótulo de sicariato, ya se daban en ese tiempo. Por lo tanto, tenemos fenómenos complejos que han estado pasando en nuestro país y respecto de los cuales no se han tomado a tiempo, o, mejor dicho, con mayor antelación los resguardos necesarios.

Me parece importante desde esta perspectiva lo que se plantea en el mensaje, en materia de poder sancionar no solo el hecho propiamente tal cuando se consuma, sino también la conspiración para el sicariato. Yo creo que desde esa perspectiva es importante que pueda darse este proyecto de ley.

Por lo mismo, solo quiero plantear la inquietud en términos del 400 bis -entiendo que está pedida la votación por separado-, con relación a que habría sido importante que fuera incluida la conspiración para generar esas lesiones, que es lo que se quiere penar y que acaba de explicar el Senador Pugh. Sin embargo, según su redacción se incluye solo si es que ya se han cometido; no está el tema de la conspiración.

Creo que, desde esa perspectiva, se podría haber reforzado aún más la idea matriz del proyecto si la redacción hubiera sido de otra forma.

Gracias.

El señor COLOMA (Presidente).-

A usted, Senadora.

Tiene la palabra el Senador Quintana.

El señor QUINTANA.-

Gracias, señor Presidente.

Bueno, como se sabe, la regla general en materia criminal es que se penan, se condenan, se sancionan los hechos consumados, ya ocurridos.

Yo creo que aquí hay una variación bien interesante en este sicariato, ya que en realidad no estamos legislando sobre este, porque el sicariato existe hoy día en Chile, claro, bajo la figura o bajo el nombre de un homicidio calificado con una promesa remuneratoria; eso es lo que conocemos como el sicariato. Y entiendo que aquí lo que se hace es sancionar el acto preparatorio, es decir, el que un grupo de personas conspire, independiente de si finalmente ese hecho llega a perpetrarse o no.

Creo que eso es lo relevante de esta discusión.

Ahora, esto es nuevo en Chile; hay que decirlo.

Yo creo que en los últimos cuatro o cinco años hemos visto con mayor presencia hechos como estos homicidios calificados con promesa remuneratoria o sicariatos; pero en el fondo esto es parte de los servicios criminales que se prestan.

Es crudo decirlo así, pero finalmente es como la trata de personas; como el tráfico de armas, la extorsión, el tráfico de drogas. Es parte de todos los servicios que se ofrecen en las redes criminales, uno de los cuales es el sicariato.

Creo que es interesante lo que aquí se ha planteado por parte del Ejecutivo, en cuanto a ponerle atención, a buscar sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio con premio o promesa remunerativa.

Esto no va a ser fácil de probar; y, por lo tanto, todo esto nos plantea o nos lleva al mismo camino.

Esto es una discusión larga, y cuando se tiene la posibilidad de hacer un debate más ponderado se puede decir. En esto naturalmente las Policías cumplen un rol fundamental. Por eso, cuando se plantea su fortalecimiento no se trata solo de que el Gobierno sea categórico en su respaldo -como lo han hecho explícitamente la Ministra Tohá y el Presidente de la República en estos días con mucha claridad-, sino de que exista el equipamiento, pero también la formación, la capacitación. Yo lo decía recién a propósito de otro proyecto.

En cuanto al tema de las prácticas de tiro -lo he señalado en varios lados, lo he publicado-, quiero señalar algo que, en rigor, más allá de lo que nos pueda decir el alto mando de todas las Policías, hoy día es bien transversal.

Ministra , Ministros, yo no sé si las municiones en Chile son muy caras o no, pero lo cierto es que si ustedes le preguntan a cualquier policía en Chile sobre las prácticas de tiro les va a decir: "¿Sabe qué? Mi práctica de tiro fue de veinte tiros una vez al año, o a lo más dos". Esto es para el tipo de armas que tenemos en la calle, para el tipo de delincuentes que hoy día están operando.

Entonces, las prácticas de tiro, como la capacitación, deben ser temas fundamentales en la idea de fortalecer nuestras Policías.

Por eso, aquí necesitamos abrir una discusión de una reforma... (se desactiva el micrófono por haberse agotado el tiempo).

El señor COLOMA (Presidente).-

Un minuto más.

El señor QUINTANA.-

Un minuto solamente.

Entonces, yo creo que todos los caminos conducen a Roma y todos los caminos conducen a la necesidad de fortalecer nuestras Policías.

Yo pongo el ejemplo de la práctica de tiro -no es el único-, en que requerimos actualizar a nuestras Policías a la realidad criminal de hoy, no a lo que teníamos diez años atrás.

Entonces, creo que este proyecto puede ayudar, en cuanto a la conspiración, a la concertación, no al hecho materializado propiamente tal. Pero, insisto, esto puede ser complejo desde el punto de vista probatorio.

Y lo último es que también me sumo a lo que planteó el Senador Latorre recién, de la votación separada del 400 bis, porque se establece una agravante para la muerte de autoridades, por ejemplo, que ya está en el Código Penal.

Creo que esa redundancia no tiene ningún sentido, y por eso hay que votarla aparte.

Voto a favor.

El señor COLOMA (Presidente).-

Senadora señora Carvajal, tiene la palabra.

La señora CARVAJAL.-

Gracias, Presidente.

Bueno, sin ánimo de redundar, quiero señalar que aquí hay un ordenamiento jurídico que establece o le da un carácter punitivo a una acción que penalmente no estaba consignada de esta manera en el Código Penal.

Por tanto, hoy día se genera, a propósito y con distancia -no sé si tanta, pero con independencia del resultado- el penalizar la conducta, y en este caso la conspiración, suponiendo aquello que hay dos personas que se reúnen, que definen una estrategia y que generan acciones concretas tendientes a buscar finalmente el resultado de causar un homicidio.

La conspiración va en ese sentido, y creo que eso es lo innovador en este proyecto de ley. Es decir, independientemente del resultado, lo que se va a penalizar es justamente la conducta y, más allá de los efectos, las acciones que se generan, entendiendo -vuelvo a reiterarlo- que sea compartida la pena; porque, además, se da el efecto de que la pena va a ser igual tanto para el que propone la acción como para quien está de acuerdo con la acción.

Eso me parece muy relevante, sobre todo al generar lo que aquí se ha señalado: que tengamos delitos que, si anteriormente no estaban consignados en nuestro ordenamiento jurídico penal, hoy día sí lo van a estar.

Sin ir más lejos, dentro de lo que va del año 2018 al 2022, según los datos del Centro para de Prevención de Homicidios y Delitos Violentos, ya por el delito de sicariato se ha sentenciado a cuarenta y dos personas. Creo que allí hay un elemento que obviamente nos obliga como Parlamento, y particularmente como Senado, a ponernos en la condición de actualizar nuestra legislación, a propósito de lo que está ocurriendo en la sociedad.

A mí me parece que esto merece especial atención, que va en el sentido correcto y que genera, como ya se dijo, una tipificación distinta a la que había, y eso, obviamente, hace que nosotros tengamos como bancada también una opinión unánime en el sentido de aprobar este proyecto.

Por tanto, Presidente , anuncio mi voto a favor.

Y, como ya he dicho, esta nueva figura penal, que tiene una consistencia distinta y respecto de la cual obviamente hoy día existe la posibilidad de que sea expresamente punible, por supuesto que la apoyo, y votaré a favor.

El señor COLOMA (Presidente).-

Gracias, Senadora.

Senadora Allende.

La señora ALLENDE.-

Gracias, Presidente.

Por cierto, esta ha sido una larga jornada, donde hemos estado trabajando diversos temas, lo que a mí me reafirma más que nunca la necesidad de reflexionar un poco y de revisar esos temas con más cuidado.

Sin embargo, creo que es bien interesante lo que se ha dicho aquí. Pero quiero partir por reiterar algo que también ha sido mencionado en la Sala.

Yo entiendo que lo de crear el Centro Nacional de Prevención de Homicidios y Delitos Violentos fue iniciativa de la Subsecretaría de Prevención del Delito, y aquí nos está acompañando el Subsecretario. Eso nos ha permitido tener cierta información y revisar las carpetas investigativas entre los años 2018 y 2022. Reitero: nos permite tener información, seguir una investigación y ver la forma en que se han cometido estos homicidios, dentro de los cuales, por cierto, tenemos la figura del sicariato, que ya existía en términos de homicidio violento. Pero ahora esto nos va a permitir tener una mirada más específica, que creo que hacía mucha falta.

Obviamente, llaman la atención las cifras que se nos entregan: entre el 2018 y el 2022 se han registrado cuarenta y dos homicidios en el contexto de encargo o sicariato, y el 60 por ciento de ellos ha ocurrido en la Región Metropolitana.

Por lo tanto, con este proyecto queremos buscar la manera de recoger la inquietud creciente que ha empezado a tener la ciudadanía, o que tenemos todos, a raíz de que ha habido casos muy violentos, muy bullados, que han salido en forma bastante masiva en algunos medios, como fue el que recordaba hace unos instantes el Senador Pugh, el caso de Alejandro Correa, ocurrido en agosto del 2020. Porque evidentemente que es violento que en la puerta de la casa se cometa un homicidio por encargo.

Ahora, lo importante aquí es que nosotros queremos sancionar entonces la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado, como se ha dicho, con una promesa remuneratoria o ánimo de lucro.

Ciertamente es interesante lo que se está haciendo porque se pone en un cierto nivel algo que normalmente nunca se hace, que es la concertación entre dos personas para poder planificar este homicidio calificado.

Yo creo que esto da para pensar y que es cierto que será una tremenda tarea para el Ministerio Público poder comprobar que efectivamente dos personas -como dice la norma, de manera seria; no imagino de qué otra forma podría ser si no es seria- se pusieron de acuerdo para planificar o hacer posible lo que se pretende, que es cometer un homicidio con una suerte de compensación, de recompensa.

Por lo tanto, me parece interesante lo que está ocurriendo en ese sentido y que vale la pena aprobar el proyecto. Por cierto que yo lo aprobaré. Pero lamento, una vez más, decir... ().

se desactiva el micrófono por haberse agotado el tiempo

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias, Senadora.

No hay más inscritos.

Le ofrezco la palabra...

La señora ALLENDE.-

Presidente, estaba terminando...

El señor COLOMA (Presidente).- Perdón.

La señora ALLENDE.-

... y pensaba que iba a tener la amabilidad de darme los treinta segundos para poder concluir.

El señor COLOMA (Presidente).-

De todas maneras, Senadora. Es que no la alcancé a escuchar.

La señora ALLENDE.-

Está bien.Queda excusado, Presidente. Pero es lamentable que sea así el sistema, porque de repente se interrumpe, y es bastante poco grato.

Decía que, evidentemente, todos lamentamos lo que ocurrió con esa persona. Reitero: fue un caso muy bullado y muy lamentable, por cierto, para esa familia, y sucedió en Concón, en nuestra región.

Pero aquí en lo que tenemos que seguir trabajando nosotros es, por supuesto, en la forma de prevenir e ir erradicando este tipo de homicidios violentos y, en particular, estos sicariatos. Porque además se trata de algo que ha llamado mucho la atención y ha generado bastante más temor en la población, porque pareciera que eso se está dando de una manera mucho más masiva de lo que ocurre. Y la verdad es que no es así, pero produce harto temor porque tiene esa connotación: la de ser un encargo a un tercero... ().

se desactiva el micrófono por haberse agotado el tiempo

El señor COLOMA ( Presidente ).-

¿Le doy treinta segundos más?

(La Senadora asiente con su cabeza).

El señor DURANA .-

¡Eran solo dos minutos, Presidente!

El señor COLOMA (Presidente).-

Tiene treinta segundos, Senadora.

La señora ALLENDE.-

Por eso mismo, Presidente, tenemos que hacernos cargo de las inquietudes. Y no solo eso, porque entiendo que también hay fiscales amenazados y que ese es un problema del que nos corresponde hacernos cargo.

Por eso decía que todo esto motiva a reflexiones, a que no debemos legislar rápidamente, sino de manera muy eficiente, contando con todos los elementos posibles.

Ahora, si esta propuesta significa una mayor protección también para aquellos que están en la obligación de investigar, ¡en hora buena!

Por todas estas razones, Presidente , voy a aprobar este proyecto.

He dicho.

El señor COLOMA (Presidente).-

Gracias, Senadora.

No hay más inscritos.

Le ofrezco la palabra a la Ministra Carolina Tohá...

La señora NÚÑEZ.-

¿Y yo, Presidente?

El señor COLOMA (Presidente).-

Senadora, vamos a votar, y antes de la segunda votación le voy a ofrecer la palabra, como corresponde al Reglamento. Lo tengo subrayado aquí.

El señor NÚÑEZ.-

¡Ah, ya!

El señor COLOMA (Presidente).-

Señora Ministra.

La señora TOHÁ (Ministra del Interior y Seguridad Pública).-

Gracias, Presidente.

Me ha pedido ser breve, y voy a hacer el mayor esfuerzo.

Quiero primero señalar que este proyecto, a diferencia del anterior, corresponde a un mensaje del Ejecutivo, y el foco de este mensaje es en el entendido de que el sicariato -es decir, el homicidio que se comete por premio o recompensa- está hoy día sancionado.

Lo que hacemos acá es sancionar en sí misma la conspiración, o sea, el acuerdo en virtud del cual una persona le ofrece a otra algún tipo de premio o recompensa por cometer el homicidio. Esto significa que podemos sancionar el hecho antes de que se cometa el primer acto material, que tiene por objeto concretar ese asesinato.

En general, la conspiración para cometer delitos se supone que se puede sancionar en sí misma, pero en la práctica, si no hay actos materiales que vayan avanzando en la comisión del delito no se considera ni siquiera producida la conspiración. En este caso, por el hecho de que establecemos como un delito independiente la conspiración para cometer sicariato, el haber acordado un precio a cambio de este servicio ya constituye en sí mismo un delito.

En la Cámara hubo un debate -aquí no lo he visto, pero anticipo que puede producirse- en el sentido de que como en los hechos el homicidio frustrado o la tentativa de homicidio tenía una pena más alta que esta conspiración, a ellos les preocupaba que en el fondo esto pudiera significar que íbamos a bajar la penas, porque se iba a considerar conspiración lo que era ya una tentativa. Bueno, ese riesgo no existe, porque habiendo ya hechos materiales, que son los que constituyen la tentativa, la evaluación de los tribunales es aplicar siempre la pena más alta, la que sanciona el tipo de acción que ya se cometió; en este caso, avanzar en la comisión del delito.

Lo que buscamos con esto es adelantarnos y, en el fondo, atacar directamente este verdadero mercado de servicios de asesinatos, que se encuentra incipientemente aún, pero ya estamos viendo muchos síntomas de su existencia en Chile, para perseguirlo en sí mismo.

Es cierto lo que se ha dicho aquí: que esto no es fácil de investigar. Sin embargo, les recuerdo que se trata de algo que está ligado a otras legislaciones que hemos aprobado en paralelo, como son la Ley de Narcotráfico y la Ley contra el Crimen Organizado, donde hemos establecido nuevas modalidades intrusivas de investigación y donde hemos desarrollado más los agentes encubiertos, las escuchas telefónicas y el tráfico de llamadas. Eso nos va a dar más herramientas para identificar este tipo de dinámicas, que efectivamente son más difíciles de probar porque suceden en el seno de un acuerdo entre dos personas y no hay todavía actos materiales.

Sobre la indicación, quisiéramos decir que hubiera sido interesante que ella sancionara la conspiración para solicitar lesiones por precio o recompensa. Pero no está formulada así, sino que apunta al hecho de ofrecer premio o recompensa por producir lesiones a un tercero, y eso en nuestra legislación ya está sancionado, porque en general cualquier delito que se comete por precio, recompensa o promesa tiene una agravante. Entonces, lo que hace esta indicación en la práctica es subir levemente la escala de las penas a las que se somete a la persona. Pero la verdad es que cuando uno compara esto con otro tipo de delitos que se pueden hacer por premio o recompensa, observa que va a quedar una situación distinta respecto de las lesiones, que no sé si los autores de la indicación estudiaron, pero que claramente no es parte de la reflexión que se ha dado acá.

No se instala con la indicación una nueva modalidad de delito o una nueva agravante. Lo que se hace es que respecto de las lesiones se pone una pena superior.

Nosotros quisiéramos decir desde el Ejecutivo que, cuando leímos esta indicación, en un primer momento pensamos que se trataba de sancionar la conspiración para pagar por causar lesiones. No era así y tal como está planteado hoy día nos parece que es redundante, la legislación ya lo tiene previsto. Esto, en general, está sancionado respecto de cualquier delito cuando se comete a cambio de algún tipo de recompensa.

Por esa razón, no respaldamos ni patrocinamos la indicación.

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias, Ministra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

El señor COLOMA (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto, con excepción de la norma para la que se solicitó votación separada (40 votos a favor y 1 pareo).

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Campillai, Carvajal, Ebensperger, Gatica, Núñez, Órdenes, Pascual, Provoste, Rincón y Sepúlveda y los señores Castro González, Castro Prieto, Chahuán, Coloma, Cruz-Coke, De Urresti, Durana, Edwards, Flores, Galilea, García, Huenchumilla, Insulza, Kast, Kuschel, Lagos, Latorre, Moreira, Núñez, Ossandón, Pugh, Quintana, Saavedra, Sandoval, Sanhueza, Soria, Van Rysselberghe y Walker.

No votó, por estar pareado, el señor Elizalde.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

En la Mesa se encuentran registrados los siguientes pareos: del Senador señor Prohens con el Senador señor Araya; del Senador señor Gahona con el Senador señor Bianchi, y del Senador señor Macaya con el Senador señor Elizalde.

El señor COLOMA (Presidente).-

Aprobados, entonces, todos los artículos menos lo que vamos a votar separadamente.

Conforme al Reglamento, le ofrezco la palabra por dos minutos a la Senadora Núñez.

La señora NÚÑEZ.-

Muchas gracias, señor Presidente .

Ejerzo mi derecho a réplica a propósito de la intervención del Senador Fidel Espinoza, quien cuestionó mis argumentos cuando mencionaba que me parecía un error no haber votado hoy en general la Ley Nain-Retamal.

Lo hago porque creo que eso atenta contra la democracia y es una falta de respeto para quienes hemos sido elegidos democráticamente. Pienso que si empezamos a cuestionar los argumentos de uno u otro lado difícilmente vamos a poder, como representantes a la ciudadanía, pedirles a los chilenos y chilenas que actúen de otra manera, si no damos el ejemplo. En consecuencia, reitero mis dichos; tenemos todo el derecho a expresar una opinión. Y yo al menos -él lo mencionó- no soy de las que actúa por mezquindad política; trato siempre de ser lo más objetiva posible y he dado muestras claras de que, incluso frente a los propios, cuando algo no me parece lo digo, en este mismo hemiciclo y con este mismo micrófono.

Por eso, Presidente, quiero reiterar que es un error no haber votado hoy día. Tengo mis argumentos muy de fondo y creo que, además, el error viene precisamente de quienes no han sido capaces de ponerse de acuerdo respecto de este proyecto.

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias, Senadora.

Vamos, entonces, a la votación separada que solicitó el Senador Latorre.

Antes de votar, le doy la palabra al Senador Latorre para que explique el fundamento de su petición.

El señor LATORRE.-

Gracias, Presidente.

En la Comisión de Seguridad del Senado se aprobó una indicación para incluir un nuevo artículo 400 bis que aumenta en un grado la pena de los delitos de lesiones cuando se cometieren por encargo, premio o promesa remuneratoria o cualquier otro beneficio para sí o para un tercero. Adicionalmente, impone la misma agravante a quien de forma directa o indirecta encarga, acuerda u ordena o actúa como intermediario para la perpetración del ilícito.

Esta adición fue aprobada en la Comisión en contra de la sugerencia tanto del Ejecutivo como del Ministerio Público y es problemática por varias razones.

El artículo 12, número 2°, del Código Penal ya contempla la agravante de premio o promesa remuneratoria para todos los delitos. No tiene sentido hacer diferencia para las lesiones y no para otros ilícitos.

La enumeración de conductas a las que se aplica la agravante (encargar, acordar, ordenar, intermediar) son formas distintas de participación penal que tienen ya una regulación clara, diferenciada y asentada en la parte general del Código Penal. Carece de sentido hacer esa enumeración en este tipo penal nuevo.

Y en la Comisión no se presentaron datos que avalen la necesidad político criminal de aumentar las penas de los delitos de lesiones por encargo. La indicación que se adhirió escapa de la idea matriz del proyecto, que buscaba sancionar solo la conspiración para el sicariato y no modificar la regulación del delito de lesiones.

Por esta razón, se pide en Sala volver a analizar eso que se discutió en su momento en la Comisión y que se aprobó por votación dividida: 3 a favor, 2 en contra.

Mi recomendación a la Sala es votar en contra.

Gracias, Presidente .

El señor COLOMA (Presidente).-

Entonces, vamos a votar. Los que están de acuerdo con el Senador Latorre votan en contra.

El señor OSSANDÓN.-

Exacto.

El señor COLOMA ( Presidente ).-

Los que estén de acuerdo con el texto que hoy día está propuesto por la Comisión votan a favor.

¿Está claro?

La señora RINCÓN.-

Sí.

El señor MOREIRA.-

Sí.

La señora RINCÓN.-

Que expliquen o defiendan la indicación.

El señor COLOMA ( Presidente ).-

Los que están a favor del texto votan "sí", los que estén a favor de lo que dice el Senador Latorre votan "no".

A ver, hay un problema reglamentario antes.

Tiene la palabra el Senador Pugh y después, el Senador Galilea.

El señor PUGH.-

Muchas gracias, Presidente.

Yo creo que es muy importante explicar qué es lo que se está votando, porque básicamente lo que tiene considerado nuestro ordenamiento jurídico actual es el beneficio económico, y aquí lo que se dice es "cualquier otro beneficio", no necesariamente económico.

Se trata de cualquier beneficio, "para sí o para un tercero"; eso es lo que se está agregando, lo nuevo, lo distinto.

Gracias, Presidente .

El señor WALKER.-

Muy bien.

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias, Senador.

Senador Galilea, ¿quedó satisfecho? ¿No?

El señor GALILEA.-

Es que, Presidente , entendiendo lo que acaba de señalar el Senador Pugh, dado que la indicación del Senador Latorre había sido respaldada por el Ejecutivo y por el Ministerio Público, me hubiera gustado una explicación mayor de esto por parte del Ejecutivo. Pero si eso queda resuelto por lo que acaba de señalar el Senador Pugh, que se amplía la figura a cualquier otro tipo de recompensa más allá de dinero, está bien, pero no sé si el Ejecutivo quería...

La señora RINCÓN.-

Está clarísimo.

El señor COLOMA ( Presidente ).-

El Ejecutivo algo dijo cuando hizo la intervención general.

El señor MOREIRA.-

¡Está ocupado el Ejecutivo ...!

El señor COLOMA ( Presidente ).-

Pero es claro: los que están de acuerdo con el texto que viene de la Comisión votan a favor, y los que no lo están, en contra.

Esta es la última votación y es preciso que tengamos claro el panorama.

Senadora Pascual.

La señora EBENSPERGER.-

Abra la votación, Presidente.

La señora PASCUAL.-

Presidente, solo para aclarar.

Yo puedo entender la intencionalidad de ampliar el beneficio del encargo de la generación de lesiones, que no es de carácter económico, sino que puede ser de otro tipo.

Pero me pareció, y por eso pido que el Ejecutivo nos pudiera aclarar el punto, que en la explicación de la Ministra cuando interviene recientemente plantea que, primero, ya estaría contenida la norma. Yo entendí que claramente dijo eso, otra cosa es que no se esté de acuerdo. A su vez, se afirmó que no se estaría apelando en esta norma a la conspiración para generar lesiones graves.

Eso es lo que yo entendí de la explicación del Ejecutivo , solo por eso pido si acaso el Ejecutivo nos puede volver a señalar cuál es la diferencia de opinión con la indicación para poder mejor resolver la votación, Presidente .

El señor COLOMA (Presidente).-

A ver, vamos a abrir el debate, está bien.

Le voy a ofrecer la palabra al Ejecutivo y después, a alguien que pueda tener una visión distinta.

Ministra .

La señora TOHÁ ( Ministra del Interior y Seguridad Pública ).-

De la manera que está redactada la disposición es como una agravante. Es decir, cuando se comete el delito por un precio o una recompensa tiene una pena más alta; eso es como lo que hay hoy día, la agravante ya existe.

En la propuesta del Ejecutivo respecto a la conspiración para cometer sicariato no es una agravante, porque eso ya existe, sino que se establece como un delito separado el conspirar para cometer sicariato.

Entonces, yo llego a acuerdo... No, no voy a ocupar ese ejemplo, porque después va a salir en la prensa... Alguien llega a acuerdo con un tercero para cometer un asesinato a cambio de un premio o una recompensa: en el momento en que llegaron a acuerdo ya cometieron un delito.

En la formulación de la indicación que se refiere a lesiones no está planteado así. Se señala que la pena es más alta por el hecho de que es por una recompensa. Eso ya existe en la legislación. Si uno quisiera hacer una innovación, tendría que ponerlo no como una agravante, sino que como un nuevo delito, como hicimos nosotros en el caso del sicariato.

¿Se entiende?

La señora CARVAJAL.-

Sí.

La señora TOHÁ ( Ministra del Interior y Seguridad Pública ).-

Dicen "sí", pero sus caras dicen "no".

El señor COLOMA (Presidente).-

No lo entiendo mucho.

Efectivamente, las agravantes se compensan, tienen otros efectos, por eso que no capto bien...

La señora TOHÁ ( Ministra del Interior y Seguridad Pública ).-

La agravante va ligada a la comisión del delito. O sea, si este no se comete no hay agravante. En cambio, la conspiración en sí misma es un delito, aunque en definitiva no se concreten el homicidio ni las lesiones.

El señor COLOMA (Presidente).-

Está bien, es opinable.

Senador García.

El señor GARCÍA.-

Gracias, Presidente.

El Senador Pugh explicó en su intervención que lo que se agrega es que se trate de un premio o promesa remuneratoria o "cualquier otro beneficio". Ese sería un primer agregado. Y un segundo agregado es que este beneficio sea "para sí o para un tercero", lo que hoy no existe.

Esa fue la justificación que nos dio el Senador Pugh, quien integró la Comisión de Seguridad, y yo le encuentro bastante sentido, por lo que me inclino a votar favorablemente la norma.

Gracias, Presidente .

El señor COLOMA (Presidente).-

Los puntos de vista están claros.

Ahora, esto se determinará mediante la votación.

En votación.

(Luego de unos instantes).

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

El señor COLOMA (Presidente).-

Terminada la votación.

-- Se aprueba el número 3), nuevo, que agrega un artículo 400 bis en el Código Penal (19 votos a favor y 16 en contra), y el proyecto queda despachado en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Ebensperger, Rincón y Sepúlveda y los señores Castro Prieto, Chahuán, Coloma, Durana, Flores, Galilea, García, Kast, Kuschel, Moreira, Ossandón, Pugh, Sandoval, Sanhueza, Van Rysselberghe y Walker.

Votaron por la negativa las señoras Allende, Campillai, Carvajal, Órdenes, Pascual y Provoste y los señores Castro González, De Urresti, Huenchumilla, Insulza, Lagos, Latorre, Núñez, Quintana, Saavedra y Soria.

El señor COLOMA ( Presidente ).-

Por tanto, aprobada la modificación para la cual se solicitó votación separada, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados para su tercer trámite constitucional.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 30 de marzo, 2023. Oficio en Sesión 12. Legislatura 371.

Valparaíso, 30 de marzo de 2023.

Nº 179/SEC/23

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, correspondiente al Boletín N° 15.559-07, con la siguiente enmienda:

ARTÍCULO ÚNICO

°°°°

Ha agregado el siguiente número 3, nuevo:

“3. Incorpórase el siguiente artículo 400 bis:

“Artículo 400 bis.- Si los hechos a los que se refieren los artículos anteriores de este Párrafo se ejecutaren por encargo, premio o promesa remuneratoria, o cualquier otro beneficio, para sí o para un tercero, la pena señalada para el delito se aumentará en un grado.

Asimismo, se impondrá la misma agravante a la persona que, en forma directa o indirecta, encarga, acuerda u ordena, o actúa como intermediario para la perpetración del ilícito.”.”.

°°°°

- - -

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 18.199, de 28 de marzo de 2023.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JUAN ANTONIO COLOMA CORREA

Presidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 04 de abril, 2023. Diario de Sesión en Sesión 13. Legislatura 371. Discusión única. Se rechazan modificaciones.

MODIFICACIÓN DE CÓDIGO PENAL PARA SANCIONAR CONSPIRACIÓN PARA COMETER DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO POR PREMIO, PROMESA REMUNERATORIA O ÁNIMO DE LUCRO (TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 15559-07)

La señorita MIX, doña Claudia (Presidenta accidental).-

Corresponde tratar las modificaciones del Senado recaídas en proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, correspondiente al boletín N° 15559-07.

Para la discusión de este proyecto se otorgarán tres minutos a cada diputada y diputado que esté inscrito para hacer uso de la palabra.

Antecedentes:

-Modificaciones del Senado, sesión 12ª de la presente legislatura, en lunes 3 de abril de 2023. Documentos de la Cuenta N° 14.

La señorita MIX, doña Claudia (Presidenta accidental).-

En discusión las modificaciones del Senado.

Tiene la palabra la diputada Marta Bravo .

La señora BRAVO (doña Marta).-

Señora Presidenta, durante el último tiempo el nivel de la delincuencia en nuestro país ha evidenciado varios cambios. Las prácticas delictivas se han profesionalizado a tal punto que las organizaciones criminales manejan los sicariatos, incluso a través de redes virtuales. Digo esto, porque en el momento en que se organiza el sicariato es cuando debe poner sus ojos nuestro ordenamiento jurídico, pues solo así es posible evitar que el hecho se llegue a concretar.

Por eso la relevancia de este proyecto, que busca castigar al que conspira para cometer un delito calificado por premio o promesa remuneratoria.

Es indudable que esta medida tendrá efectos disuasorios, y se justifica que se castiguen los actos preparatorios teniendo en cuenta la peligrosidad del acto que se castiga.

Por ello me merece correcta y necesaria la modificación introducida por el Senado, pues permite castigar con mayor fuerza a quienes ejecutan este delito por encargo, promesa remuneratoria o cualquier otro beneficio, así como a quienes encarguen o actúen como intermediarios en la perpetración del delito.

Espero que todos los colegas apoyemos esta iniciativa, puesto que estamos al debe con la ciudadanía en materia de seguridad y es nuestra responsabilidad sacar adelante los proyectos que logren devolver tranquilidad a las familias de nuestro país.

He dicho.

La señorita MIX, doña Claudia (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el diputado Marcos Ilabaca .

El señor ILABACA.-

Señorita Presidenta, hay proyectos del Senado que vienen correctamente adecuados y los vamos a apoyar. Pero cuando desde el Partido Republicano nos solicitaron poder votar las tres iniciativas en conjunto, hice un punto y lo conversé con el diputado Sánchez y otros colegas que están aquí presentes. Además, a diferencia de lo que acaba de señalar la diputada Bravo , en este proyecto en particular el Senado se equivocó rotundamente.

El Senado comete un error técnico, un error legislativo grave, porque incorpora un artículo, el 400 bis, que en su inciso segundo señala: “Asimismo, se impondrá la misma agravante a la persona que, en forma directa o indirecta, encarga, acuerda u ordena, o actúa como intermediario para la perpetración del ilícito.”.

¿Qué hace el Senado? Se pasa el artículo 63 del Código Penal, que ordena expresamente cómo se castiga o se sanciona un delito, porque ante una misma figura no se puede tener el tipo penal y una agravante a la vez. Lo que estamos haciendo aquí es sancionar con una figura de autoría y le estamos aplicando, por la misma acción, una agravante. Eso es una abierta infracción al artículo 63, y cualquier abogado entenderá claramente lo que está sucediendo acá.

Por lo tanto, respecto del numeral agregado por el Senado, creo necesario que el inciso segundo del artículo 400 bis que incorpora termine en una comisión mixta, razón por la cual pido a la Sala su rechazo para forzar la mejora del texto, que claramente tiene graves deficiencias técnicas.

He dicho.

La señorita MIX, doña Claudia (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el diputado Andrés Longton .

El señor LONGTON.-

Señorita Presidenta, no puedo sino concordar con el diputado Ilabaca . Creo que este proyecto salió bien de la Cámara de Diputados, donde se aprobó unánimemente, pero en el Senado se le incorporaron reglas que distorsionan el cómo están tratadas las figuras penales en el Código Penal, lo que en la práctica representará problemas de interpretación para los jueces.

Intentaré explicarlo en simple. El Senado establece como agravante una conducta que está tipificada en nuestro Código Penal específicamente para la calidad de autor. El artículo 15 de dicho cuerpo normativo dice: “Se consideran autores: (…)”. “2.° Los que fuerzan o inducen directamente a otro a ejecutarlo”, y en el Senado lo introducen como agravante. No puede ser autor y agravante la misma conducta.

Por otro lado, conforme al artículo 12, número 2°, del Código Penal ya es una agravante lo que está establecido en el artículo 400 bis, inciso primero. Entonces, no se puede poner una agravante por sobre otra agravante, porque es exactamente lo mismo.

Por tanto, esto puede ser peligroso y ofrecer problemas interpretativos por la incoherencia en relación con las normas que son angulares y fundamentales en el derecho penal.

Sé que es difícil de comprender, ya que es algo muy técnico, pero esto va a producir problemas, porque las figuras ya existen en calidad de autores y ya existen en calidad de agravadas en el caso del número 2° del artículo 12, que es el que establece las circunstancias agravantes en el Código Penal chileno.

En consecuencia, lo razonable es rechazar esta parte del texto del Senado para irnos a comisión mixta. La solución será muy simple: dejarla tal como salió de la Cámara de Diputados.

Lo que hace este proyecto es sancionar la conspiración, que no tenía una sanción penal en nuestro país. La conspiración es la idea, el pensar, el crear la situación, el acto preparatorio previo para poder cometer el delito de sicariato.

Pero, además -esa indicación se incorporó en nuestra Comisión de Constitución-, en una indicación de los diputados Ilabaca y Leiva , que nosotros también suscribimos, se incorpora una remuneración distinta a una remuneración en dinero. Esto es muy importante por las nuevas modalidades de sicariato que estamos viendo en nuestro país.

Este proyecto es importante. La conspiración no estaba sancionada -a propósito de los delitos terroristas se sanciona y ahora eso se incorpora, porque está siendo cada vez más común que en nuestro país se conspire para cometer sicariato.

Por lo tanto, vamos a rechazar el artículo incorporado por el Senado para ir a comisión mixta.

He dicho.

La señorita MIX, doña Claudia (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra, hasta por tres minutos, la diputada Érika Olivera .

La señora OLIVERA (doña Érika).-

Señorita Presidenta, no cabe duda de que la delincuencia en nuestro país lamentablemente ha mutado a otras formas de delinquir que antes no conocíamos, o bien eran realmente poco frecuentes. Por lo general, se caracterizan por formas más sofisticadas de engaño, como también por formas más violentas de arrebatar los bienes de las personas, dejando como consecuencia homicidios, lesiones, violencia en general.

Aun cuando las policías de nuestro país se preparan y se capacitan con regularidad para adecuarse a los nuevos métodos para delinquir, lo cierto es que la delincuencia avanza mucho más rápido que los esfuerzos que como Estado podamos realizar en cuanto a perfeccionar nuestras leyes, dotar a nuestros carabineros y personal de la PDI de técnicas de investigación, persecución del delito, etcétera.

Todo lo anterior significa que también se hace indispensable hacer avances legislativos, particularmente observar, analizar y proponer una legislación más severa respecto de los fenómenos delictivos más frecuentes dentro del territorio nacional. En ese sentido, la propuesta que hoy se discute se hace cargo de uno de los delitos que han tenido un importante aumento en los últimos años y que inciden directamente en la percepción que la ciudadanía tiene respecto de la delincuencia instalada en sus barrios.

El sicariato hoy en día es una realidad en nuestro país, y sobre todo en algunos sectores o barrios de especial vulnerabilidad. Esto amerita que establezcamos un tratamiento penal más riguroso, como lo contempla este proyecto, pero también actualizar las políticas de prevención y la seguridad directamente. De nada sirve aumentar las penas o que se castiguen puntualmente determinadas conductas si no existen medios eficientes para su persecución. Sin esas medidas, probablemente las formas de delinquir en Chile se diversificarán aún más, sin tener una respuesta definitiva como Estado.

Espero que con este proyecto podamos comenzar a entregar esa respuesta y, a la vez, cortemos de raíz estas recientes formas de delinquir, las que, lamentablemente, nos estamos acostumbrando a ver y conocer en el día a día.

He dicho.

La señorita MIX, doña Claudia (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra, hasta por tres minutos, el diputado Gastón von Mühlenbrock .

El señor VON MÜHLENBROCK.-

Señorita Presidenta, las organizaciones criminales se han masificado en nuestro país. Durante los últimos años se han constituido en verdaderas empresas de criminalidad, pues cuentan con diferentes rubros delictivos que enriquecen económicamente a la organización, o bien logran obtener otro tipo de beneficios. Así, las mismas redes de narcotráfico cuentan con células destinadas a la extorsión, al tráfico de personas, al robo con violencia, a los secuestros y al sicariato.

Al respecto, es indispensable que el sicariato sea castigado en sus fases preliminares. Ello permitirá evitar que el hecho delictivo se llegue a producir y pretende desplegar un efecto disuasivo de la conducta.

Pero ¿qué está pasando en nuestro país? Hace años veíamos en las películas de mafiosos la contratación de sicarios. Lamentablemente, ya no necesitamos ver películas para eso; basta salir a la calle o ver nuestros noticiarios. ¡Qué lamentable! ¡Qué triste!

Nuestro ordenamiento jurídico y nuestras policías deben contar con disposiciones y herramientas suficientes para desbaratar las diversas aristas que conforman las organizaciones criminales, y este proyecto en particular es necesario para atacar a los sicarios.

Por ello, voy a apoyar nuevamente esta iniciativa, pues hoy, más que nunca, debemos fortalecer nuestra legislación para evitar que las organizaciones criminales sigan robusteciéndose a costa de la paz y tranquilidad de la ciudadanía.

Llegó la hora de la verdad. ¿Estamos a favor de los sicarios o estamos a favor de las víctimas? No hay punto intermedio.

He dicho.

La señorita MIX, doña Claudia (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el diputado Miguel Mellado .

El señor MELLADO (don Miguel).-

Señorita Presidenta, este es uno de los crímenes donde se necesita aumentar mucho más las penas, porque lo que ganan los sicarios no lo pagan con los años de cárcel que reciben actualmente. “Satanás”, sicario del Tren de Aragua, con prontuario homicida en otros países, asesinó a tiros a un ciudadano venezolano en pleno desierto, grabó la escena, porque mantener un registro sirve para intimidar en el futuro a miembros de otras pandillas.

Una vez cometido el hecho, “Satanás” trató de huir de Chile antes de ser detenido. La escena parece sacada de una película de Netflix, pero ocurrió cerca de Alto Hospicio en marzo pasado, y ayuda a entender cómo han mutado los crímenes por encargo en el país. Eso no lo escribí yo; lo leí en un diario de circulación nacional en julio del año pasado. El periodista decía muy claramente: “Estamos siendo testigos de escenas que antes solo veíamos en películas y que hoy son una realidad que necesitamos combatir”.

En mayo de 2020, el cuerpo de Helena Bustos fue encontrado a orillas del río Calle Calle, en Valdivia, con 21 puñaladas en el cuerpo. Un amigo de 19 años habría sido uno de los responsables de su muerte luego de haber recibido una promesa de pago de 7 millones de pesos para materializar el crimen encargado por dos mujeres que tenían antecedentes por narcotráfico y con quienes ella había tenido una discusión. Las autoras intelectuales del crimen habían puesto como única condición ver cómo le quitaban la vida a Helena.

El mismo año, en Concón, el empresario Alejandro Correa fue víctima de un homicidio por encargo en la puerta de su casa. El móvil, un terreno; la promesa eran 5 millones de pesos.

El año pasado, Carabineros ya advertía sobre la evolución del sicariato en Chile, con modalidades importadas. Antes estos delitos casi no existían en nuestro país y los pocos que habían estaban relacionados, generalmente, con disputas económicas y de herencia; los casos eran tan extraños que Chile se estremeció cuando supimos de las fechorías de la denominada “Quintrala”, caso del cual muchos se acordarán, aunque quizás algunos en esta Sala no habían nacido.

Según datos de Paz Ciudadana, entre 2014 y 2020, los homicidios subieron un 70 por ciento. Hace seis o siete años, generalmente, había un imputado conocido; hoy solo cuatro de cada diez homicidios tienen un imputado identificable. Jorge Abate , jefe de la Brigada de Homicidios Sur, dijo que, si bien hace tiempo que existe este delito en Chile, hoy los casos están relacionados al crimen organizado y a sujetos de nacionalidad extranjera, aunque poco a poco se suman bandas chilenas al uso de este detestable recurso criminal.

Cifras precisas no hay, pero casos existen y no podemos esperar convertirnos en un far west para comenzar la labor de combate contra el delito. ¡Basta! Hay que poner atajo hoy mismo a este delito y no convertirnos en una zona de recreo del Tren de Aragua o de carteles que, según ya sabemos, han inmigrado a nuestro país, que, dicho sea de paso, necesita urgente una ley de inmigración que permita regular la situación y evitar estas visitas no deseables.

Le pido al gobierno menos palabras y más acciones.

He dicho.

La señorita MIX, doña Claudia (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el diputado Henry Leal .

El señor LEAL.-

Señorita Presidenta, en el último año se han cometido cerca de mil homicidios en nuestro país, la media antes era de cuatrocientos, aproximadamente, y de ellos en el 90 por ciento de los casos había un autor conocido.

Ayer, en la sesión de la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados, fue invitado el fiscal nacional, señor Ángel Valencia , quien nos indicó que el 40 por ciento de los homicidios hoy en Chile no tiene autor conocido, no se sabe quién es y, evidentemente, eso está vinculado estrechamente con el crimen organizado, el narcotráfico y, principalmente, ligado a bandas que han llegado desde el exterior.

Esa realidad es preocupante y este proyecto de ley, a mi juicio, se hace cargo de parte de ese problema, porque no solo sanciona el homicidio, sino que sanciona la conspiración, es decir, cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un crimen o un simple delito. Para su tipificación no es necesario que se concrete el homicidio; bastará la conspiración, el concierto, el ponerse de acuerdo, por lo cual el proyecto va en la dirección correcta.

Nosotros, con mucho gusto, vamos a apoyar este proyecto, aunque, por supuesto, con las reservas que han expuesto los diputados Ilabaca y Longton , que tienen razón en sus argumentos. Esperamos que se rechace esa indicación para que el proyecto vaya a comisión mixta. En lo sustancial, el proyecto está bien orientado porque el sicariato es un crimen detestable, una práctica que existe ahora en Chile y que principalmente fue introducida, como dije, por bandas extranjeras, a las que tenemos que combatir con fuerza, porque están operando principalmente en la zona norte, pero que también ya están llegando a la zona central y sur del país.

Hace algunos meses, en la comuna de Temuco, en el sector de Pedro de Valdivia, tres personas fueron asesinadas por encapuchados y nunca se supo la verdad. Eso es sicariato y debemos enfrentarlo como país.

Por eso, con mucho gusto vamos a respaldar este proyecto con nuestro voto, pero con la reserva de la norma que introdujo el Senado, que deberá ser rechazada, para que vaya a comisión mixta y sea perfeccionado.

He dicho.

La señorita MIX, doña Claudia (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el diputado Leonardo Soto .

El señor SOTO (don Leonardo).-

Señorita Presidenta, este proyecto vuelve en tercer trámite desde el Senado y nosotros tenemos que pronunciarnos sobre las modificaciones que hizo la comisión respectiva del Senado. La verdad es que lo que devolvió el Senado a la Cámara de Diputados es una verdadera aberración, y lo digo con todas sus letras: ¡es una aberración! Es una propuesta inaceptable, que se aleja del sentido común.

El homicidio está penalizado, qué duda cabe, pero hay homicidios que tienen características especiales, por la forma de cometerse, por lo que reciben una sanción adicional a cualquier homicidio. Son homicidios con calificantes, como, por ejemplo, el homicidio cometido utilizando un veneno, el cual se proporciona a la víctima sin que ella se dé cuenta. Por lo tanto, el homicidio que se comete por veneno recibe una sanción mayor que el que se comete por otros medios.

Nosotros aprobaremos la conspiración para cometer sicariato, que es un tipo de homicidio que también tiene una calificación especial con penas más altas, porque lo realizan personas a las que se les promete una remuneración, un premio, un incentivo a cambio de que asesinen a alguien.

El proyecto de ley que aprobamos fue devuelto por el Senado con una agravante que aumenta la pena aún más, pero por la misma circunstancia que define el delito, es decir, dice el Senado que la conspiración para cometer delito de sicariato va a ser agravado cuando se comete a través de un sicario. Eso carece de una lógica elemental; es como decir que el homicidio cometido por veneno, que tiene una pena altísima, va a ser agravado con una pena superior cuando se comete por veneno.

Este error bastante claro -lo han reconocido las bancadas de oposición y del oficialismo tiene que ser rechazado. Eso no significa que no estemos de acuerdo con el objetivo de este proyecto, que es penalizar o restringir la posibilidad de que el sicariato se instale en Chile. En eso todos estamos de acuerdo, pero la manera de hacerlo no es la correcta. El Senado nos devuelve prácticamente un ladrillo, que no tiene ningún sentido usar.

Tal como lo han dicho varios diputados que me han precedido en el uso de la palabra, vamos a rechazar esta norma para que sea reparada, corregida, enmendada en la comisión mixta respectiva. Es frecuente que en el Congreso Nacional se cometan errores de tipo que producen más problemas que soluciones. Esto lo haría inaplicable, y por eso vamos a corregir este punto, como muchos otros casos en los que el Senado nos entrega modificaciones totalmente inaceptables.

He dicho.

La señorita MIX, doña Claudia (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra el diputado Hotuiti Teao .

El señor TEAO.-

Señorita Presidenta, colegas, iorana.

Estamos tratando un tema muy importante: la modificación del Código Penal para castigar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por recompensa, promesa de remuneración o ánimo de lucro, conocido como sicariato.

En una sociedad en que la protección de la vida es primordial, es esencial que contemos con normas y reglamentos para disuadir y castigar a quienes utilicen dinero, promesas u otros incentivos para alentar a quitar la vida de chilenos y chilenas. Esta propuesta de enmienda es una medida necesaria para garantizar que este tipo de actividades sean castigadas con todo el peso de la ley.

Es importante reconocer que este tipo de delitos suele estar motivado por la codicia y la promesa de beneficios económicos, ajustes de cuentas, etcétera.

También es importante reconocer que este tipo de delitos no puede quedar impune. Es nuestra responsabilidad garantizar que quienes participen en este tipo de actividades sean llevados ante la justicia y respondan por sus actos.

Esta modificación al Código Penal es una respuesta directa a este tipo de delitos y envía un mensaje firme respecto de que no se tolerarán estas actividades. Además, es una forma de garantizar que quienes cometan este tipo de delitos rindan cuentas y que sus actos tengan graves consecuencias.

Asimismo, debemos reconocer que esta enmienda no trata solo de castigar a quienes cometan estos delitos, sino también de proteger las vidas de inocentes. Debemos oponernos a este tipo de actividades delictivas; no debemos normalizar o acostumbrarnos al sicariato, y debemos asegurarnos de que quienes lo cometan sean castigados como corresponde. Todos tenemos la responsabilidad de hacer lo posible para proteger a nuestras comunidades de este tipo de delitos y garantizar que quienes los cometan rindan cuentas.

Los insto a que apoyen esta enmienda y que nos ayuden a proteger nuestras comunidades y las vidas de personas inocentes.

Necesitamos mano dura contra el crimen organizado.

Iorana e maururu.

He dicho.

La señorita MIX, doña Claudia (Presidenta accidental).-

Tiene la palabra, hasta por tres minutos, el diputado Jaime Naranjo .

El señor NARANJO.-

Señorita Presidenta, comparto plenamente lo que han dicho mis compañeros de partido Marcos Ilabaca y Leonardo Soto . También valoro que hoy haya una condena unánime a todo este tipo de actos, como el homicidio, el secuestro, el sicariato.

Pero, fíjese, Presidenta, que los países cosechan lo que siembran. Me hubiese gustado que en el pasado, cuando los equipos de inteligencia de la CNI y de la DINA establecieron una pedagogía de secuestros, de homicidios, se hubiese condenado con energía ese tipo de prácticas.

Cuando los países no enfrentan la cultura de la muerte, cuando se pierde el respeto por la vida, comienzan a vivir lo que estamos viviendo hoy. Si ayer se hubiesen condenado los secuestros, los homicidios y la desaparición de personas por encargo de organismos de seguridad que sirvieron de escuela para lo que hoy vivimos, por cierto que esto no lo estaríamos viviendo. Lo que hoy vivimos es lo que sembramos ayer.

Valoro que aquellos que en el pasado guardaron silencio mientras en nuestro país se secuestraba y había homicidios hoy al fin descubran que se trataba de delitos extraordinariamente graves.

Hay que ser coherentes cuando en los países se instala la cultura de la muerte. Lo dijimos y lo advertimos en la época de la dictadura militar; lo dijeron las iglesias y las instituciones de derechos humanos: cuando se permite la cultura de la muerte, no hay que escandalizarse si luego las generaciones futuras cosechan lo que se siembra.

Lo que hoy estamos cosechando como sociedad y como país fue no haber sido enérgicos en condenar los secuestros y los homicidios que hubo en el pasado.

Por eso, al igual que ayer, hoy condenamos ese tipo de acciones delictuales.

He dicho.

-Manifestaciones en la Sala.

La señorita MIX , doña Claudia (Presidenta accidental).-

Silencio, por favor.

Lo llamo al orden, diputado Guzmán . Yo no le he faltado el respeto. El diputado Naranjo tiene todo el derecho de decir lo que estime conveniente en los tres minutos que se le asignan para intervenir.

Diputado Leal , no voy a aceptar el negacionismo en esta Sala. Lo siento mucho. Tiene la palabra, hasta por tres minutos, el diputado Ricardo Cifuentes .

El señor CIFUENTES.-

Señorita Presidenta, sin duda estamos frente a un flagelo que nos agobia y que tiene múltiples dimensiones. Aquí se han expuesto algunas.

Efectivamente, este tipo de acciones tienen raigambre histórica, como se ha dicho. No puedo dejar de aprobar lo que ha dicho nuestro colega que me antecedió en el uso de la palabra, pues hay raíces históricas.

No basta con legislar. Este es un buen proyecto que va en la línea de lo razonable, pero, desgraciadamente, estamos atrasados. Vamos a aprobar la iniciativa, porque va en la línea de lo que tenemos que hacer, pero, como dije, estamos atrasados.

Además, hay diferencias con el Senado. No basta con aumentar las penas: hay que hacerlo bien, pero dentro de un sistema. Estamos legislando aisladamente, lo cual constituye una falencia grave.

Tenemos que construir un sistema de certezas y de seguridad para Chile. No basta con una legislación que aumenta penas. Probablemente, los delincuentes no están preocupados de cuántos años van a tener que pasar en la cárcel por delinquir. Se trata de fortalecer nuestras policías. Hemos hecho esfuerzos en la ley de presupuestos para este año; hay recursos para eso, pero estamos atrasados. Por ejemplo, hemos demandado la instalación del OS7 de Carabineros en Ovalle, donde el sicariato y los secuestros también han aumentado fuertemente, pero no ha habido una implementación al respecto.

Al aprobar la ley de presupuestos para 2023, el ministro de Hacienda y el gobierno se comprometieron a hacer una gran reforma a la fiscalía para fortalecerla. Hay muchas causas que están en fiscalía que no tienen prioridad por falta de personal.

Entonces, no ganamos mucho solo aplicando nuevas penas. El Estado debe reconocer que tenemos debilidades muy significativas. Lo de Carabineros y la Policía de Investigaciones en la Región de Coquimbo es claramente una demostración de que estamos llegando tarde.

Vamos en el sentido correcto, tenemos que hacer las cosas bien, vamos a aprobar este proyecto, pero le pedimos al gobierno que acelere las medidas que aprobamos el año pasado y que todavía no se implementan.

He dicho.

La señorita MIX, doña Claudia (Presidenta accidental).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre la modificación del Senado en los siguientes términos:

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Corresponde votar la modificación incorporada por el Senado al proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 5 votos; por la negativa, 131 votos. Hubo 6 abstenciones.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Rechazada.

-Votaron por la afirmativa:

Arce Castro , Mónica , Delgado Riquelme , Viviana , Malla Valenzuela , Luis , Mulet Martínez , Jaime , Bugueño Sotelo , Félix 

-Votaron por la negativa:

Acevedo Sáez , María Candelaria , Coloma Álamos, Juan Antonio , Martínez Ramírez , Cristóbal , Rivas Sánchez , Gaspar , Aedo Jeldres, Eric , Cordero Velásquez , María Luisa , Marzán Pinto , Carolina , Rojas Valderrama , Camila , Ahumada Palma , Yovana , Cornejo Lagos , Eduardo , Matheson Villán , Christian , Romero Leiva , Agustín , Alessandri Vergara , Jorge , Cuello Peña y Lillo , Luis Alberto , Medina Vásquez , Karen , Romero Sáez , Leonidas , Alinco Bustos , René , De la Carrera Correa , Gonzalo , Mellado Suazo , Miguel , Romero Talguia , Natalia , Araya Guerrero , Jaime , De Rementería , Venegas , Tomás , Meza Pereira , José Carlos , Rosas Barrientos , Patricio , Araya Lerdo de, Del Real Mihovilovic ,, Mirosevic Verdugo , Vlado , Sáez Quiroz , Jaime , Tejada , Cristián Catalina , Arroyo Muñoz , Roberto , Donoso Castro , Felipe , Mix Jiménez , Claudia , Saffirio Espinoza , Jorge , Astudillo Peiretti , Danisa , Durán Espinoza , Jorge , Molina Milman , Helia , Sagardia Cabezas, Clara , Barchiesi Chávez , Chiara , Durán Salinas , Eduardo , Morales Maldonado , Carla , Sánchez Ossa , Luis , Barrera Moreno , Boris , Fries Monleón , Lorena , Moreira Barros , Cristhian , Santana Castillo, Juan , Barría Angulo , Héctor , Fuenzalida Cobo, Juan , Moreno Bascur , Benjamín , Sauerbaum Muñoz , Frank , Becker Alvear , Miguel Ángel , Gazmuri Vieira, Ana María , Muñoz González , Francesca , Schneider Videla , Emilia , Bello Campos, María Francisca , Giordano Salazar , Andrés , Musante Müller , Camila , Schubert Rubio , Stephan , Beltrán Silva , Juan Carlos , González Gatica , Félix , Naranjo Ortiz , Jaime , Serrano Salazar , Daniela , Benavente Vergara , Gustavo , González Olea , Marta , Naveillan Arriagada , Gloria, Soto Ferrada , Leonardo , Berger Fett , Bernardo , González Villarroel , Mauro , Nuyado Ancapichún , Emilia , Soto Mardones, Raúl , Bernales Maldonado , Alejandro , Guzmán Zepeda , Jorge , Ñanco Vásquez , Ericka , Sulantay Olivares, Marco Antonio , Bianchi Chelech , Carlos , Hertz Cádiz , Carmen , Ojeda Rebolledo , Mauricio , Tapia Ramos , Cristián , Bobadilla Muñoz , Sergio , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Orsini Pascal , Maite , Teao Drago , Hotuiti , Bórquez Montecinos , Fernando , Ibáñez Cotroneo , Diego , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Tello Rojas , Carolina , Bravo Castro, Ana María , Ilabaca Cerda , Marcos, Oyarzo Figueroa , Rubén Darío , Trisotti Martínez , Renzo , Brito Hasbún , Jorge , Irarrázaval Rossel, Juan , Palma Pérez , Hernán , Ulloa Aguilera , Héctor , Bulnes Núñez , Mercedes , Jiles Moreno , Pamela , Pérez Cartes , Marlene , Undurraga Gazitúa , Francisco , Calisto Águila , Miguel Ángel , Jouannet Valderrama , Andrés , Pérez Olea , Joanna , Undurraga Vicuña , Alberto , Camaño Cárdenas , Felipe , Jürgensen Rundshagen , Harry , Pérez Salinas , Catalina , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cariola Oliva , Karol , Kaiser Barents-Von , Hohenhagen , Johannes , Placencia Cabello , Alejandra , Venegas Salazar , Nelson , Carter Fernández , Álvaro , Labra Besserer , Paula , Pulgar Castillo, Francisco , Videla Castillo , Sebastián , Castillo Rojas , Nathalie , Lavín León , Joaquín , Ramírez Diez , Guillermo , Von Mühlenbrock , Zamora , Gastón , Castro Bascuñán , José Miguel , Leal Bizama , Henry , Raphael Mora , Marcia , Weisse Novoa , Flor , Cicardini Milla , Daniella , Leiva Carvajal, Raúl , Rathgeb Schifferli , Jorge , Winter Etcheberry , Gonzalo , Cid Versalovic , Sofía , Lilayu Vivanco , Daniel , Rey Martínez, Hugo , Yeomans Araya , Gael , Cifuentes Lillo , Ricardo , Longton Herrera , Andrés , Riquelme Aliaga , Marcela 

-Se abstuvieron:

Bravo Salinas, Marta, Lee Flores , Enrique , Mellado Pino , Cosme , Sepúlveda Soto , Alexis , Lagomarsino Guzmán , Tomás , Manouchehri Lobos , Daniel 

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

En consecuencia, el proyecto pasa a comisión mixta. Propongo integrar la Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias surgidas entre ambas ramas del Congreso Nacional durante la tramitación del proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, correspondiente al boletín N° 15559-07, con los siguientes diputados y diputadas: Miguel Ángel Calisto , Andrés Longton , Gustavo Benavente , Lorena Fries y Karol Cariola .

¿Habría acuerdo? No hay acuerdo. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 116 votos; por la negativa, 15 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa:

Acevedo Sáez , María Candelaria , Cicardini Milla , Daniella , Lavín León , Joaquín , Placencia Cabello , Alejandra , Aedo Jeldres, Eric , Cid Versalovic , Sofía , Leal Bizama , Henry , Pulgar Castillo, Francisco , Ahumada Palma , Yovana , Cifuentes Lillo , Ricardo , Lee Flores, Enrique , Ramírez Diez , Guillermo , Alessandri Vergara , Jorge , Coloma Álamos, Juan Antonio , Lilayu Vivanco , Daniel , Raphael Mora , Marcia , Araya Guerrero , Jaime , Cordero Velásquez , María Luisa , Longton Herrera , Andrés , Rey Martínez, Hugo , Arce Castro , Mónica , Cornejo Lagos , Eduardo , Malla Valenzuela , Luis , Riquelme Aliaga , Marcela , Arroyo Muñoz , Roberto , Cuello Peña y Lillo , Luis Alberto , Manouchehri Lobos , Daniel , Rivas Sánchez , Gaspar , Astudillo Peiretti , Danisa , De Rementería Venegas , Tomás , Martínez Ramírez , Cristóbal , Rojas Valderrama , Camila , Barrera Moreno , Boris , Del Real Mihovilovic , Catalina , Marzán Pinto , Carolina , Romero Sáez , Leonidas , Barría Angulo , Héctor , Delgado Riquelme , Viviana , Matheson Villán , Christian , Rosas Barrientos , Patricio , Becker Alvear , Miguel Ángel , Donoso Castro , Felipe , Medina Vásquez , Karen , Sáez Quiroz , Jaime , Bello Campos, María Francisca , Durán Espinoza , Jorge , Mellado Pino , Cosme , Saffirio Espinoza , Jorge , Beltrán Silva , Juan Carlos , Durán Salinas , Eduardo , Mellado Suazo , Miguel , Santana Castillo, Juan , Benavente Vergara , Gustavo , Fries Monleón , Lorena , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sauerbaum Muñoz , Frank , Berger Fett , Bernardo , Fuenzalida Cobo , Juan, Mix Jiménez , Claudia , Schneider Videla , Emilia , Bernales Maldonado , Alejandro , Gazmuri Vieira, Ana María , Molina Milman , Helia , Serrano Salazar , Daniela , Bianchi Chelech , Carlos , Giordano Salazar , Andrés , Morales Maldonado , Carla , Soto Mardones, Raúl , Bobadilla Muñoz , Sergio , González Gatica , Felix , Moreira Barros , Cristhian , Sulantay Olivares, Marco Antonio , Bórquez Montecinos , Fernando , González Olea , Marta , Muñoz González , Francesca , Tapia Ramos , Cristián , Bravo Salinas , Marta , González Villarroel , Mauro , Musante Müller , Camila , Teao Drago , Hotuiti , Brito Hasbún , Jorge , Guzmán Zepeda , Jorge , Naranjo Ortiz , Jaime , Tello Rojas , Carolina , Bugueño Sotelo , Félix , Hertz Cádiz , Carmen , Nuyado Ancapichún , Emilia , Trisotti Martínez , Renzo , Bulnes Núñez , Mercedes , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Ñanco Vásquez , Ericka , Undurraga Gazitúa , Francisco , Calisto Águila , Miguel Ángel , Ibáñez Cotroneo , Diego , Orsini Pascal , Maite , Undurraga Vicuña , Alberto , Camaño Cárdenas , Felipe , Ilabaca Cerda , Marcos, Ossandón Irarrázabal , Ximena , Videla Castillo , Sebastián , Cariola Oliva , Karol , Jiles Moreno , Pamela , Palma Pérez , Hernán , Von Mühlenbrock , Zamora , Gastón , Carter Fernández , Álvaro , Jouannet Valderrama , Andrés , Pérez Cartes , Marlene , Weisse Novoa , Flor , Castillo Rojas , Nathalie , Labra Besserer , Paula , Pérez Olea , Joanna , Winter Etcheberry , Gonzalo , Castro Bascuñán , José Miguel , Lagomarsino Guzmán , Tomás , Pérez Salinas , Catalina , Yeomans Araya, Gael

-Votaron por la negativa:

Araya Lerdo de Tejada , Cristián , Jürgensen Rundshagen , Harry , Naveillan Arriagada , Gloria, Sánchez Ossa , Luis , Barchiesi Chávez , Chiara , Kaiser Barents-Von , Hohenhagen , Johannes , Ojeda Rebolledo , Mauricio , Schubert Rubio , Stephan , De la Carrera Correa , Gonzalo , Meza Pereira , José Carlos , Rathgeb Schifferli , Jorge , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Irarrázaval Rossel, Juan , Moreno Bascur , Benjamín , Romero Leiva , Agustín 

-Se abstuvieron:

Alinco Bustos , René , Oyarzo Figueroa , Rubén Darío 

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Rechazo de Modificaciones. Fecha 04 de abril, 2023. Oficio en Sesión 8. Legislatura 371.

VALPARAÍSO, 4 de abril de 2023

Oficio Nº18.231

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión del día de hoy, rechazó la enmienda propuesta por ese H. Senado al proyecto de ley que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, correspondiente al boletín N°15.559-07.

En razón de lo anterior, esta Corporación acordó que los diputados que se indican a continuación concurran a la formación de la Comisión Mixta que establece el artículo 71 de la Constitución Política de la República:

- Miguel Ángel Calisto Águila

- Andrés Longton Herrera

- Gustavo Benavente Vergara

- Lorena Fries Monleón

- Karol Cariola Oliva

Dios guarde a V.E.

VLADO MIROSEVIC VERDUGO

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Trámite Comisión Mixta: Cámara de Diputados-Senado

4.1. Informe Comisión Mixta

Fecha 11 de abril, 2023. Informe Comisión Mixta en Sesión 18. Legislatura 371.

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INFORME DE LA COMISIÓN MIXTA encargada de proponer la forma y modo de resolver las divergencias producidas entre el Senado y la Cámara de Diputados, respecto del proyecto de ley que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro.

BOLETÍN Nº 15.559-07.

Constancias / Normas de Quórum Especial / Consulta Excma. Corte Suprema / Asistencia / Descripción de la controversia / Acuerdos de la Comisión Mixta / Proposición / Texto / Acordado.

HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS,

HONORABLE SENADO:

La Comisión Mixta, constituida de conformidad a lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de la República, tiene el honor de proponer la forma y modo de resolver las divergencias surgidas entre la Cámara de Diputados y el Senado durante la tramitación del proyecto de ley de la referencia, originado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República don Gabriel Boric Font, con urgencia calificada de “suma”.

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La Cámara de Diputados, Cámara de origen, en sesión celebrada el 4 de abril de 2023, mediante oficio N° 18.231, designó como miembros de la Comisión Mixta a las Honorables Diputadas señoras Lorena Fries Monleón y Karol Cariola Oliva, y a los Honorables Diputados señores Miguel Ángel Calisto Águila, Andrés Longton Herrera y Gustavo Benavente Vergara.

A su vez, el Senado, Cámara revisora, en sesión celebrada el 5 de abril de 2023, mediante oficio Nº 184/SEC/23, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento, designó como integrantes de la Comisión Mixta a los miembros de la Comisión de Seguridad Pública, Honorables Senadores señores Iván Flores García, José Miguel Insulza Salinas, Felipe Kast Sommerhoff, Alejandro Kusanovic Glusevic y Manuel José Ossandón Irarrázabal.

Previa citación del señor Presidente del Senado, la Comisión Mixta se constituyó el día 11 de abril de 2023, con la asistencia de sus miembros, Honorables Senadores señores José Miguel Insulza Salinas, Felipe Kast Sommerhoff, Alejandro Kusanovic Glusevic y Manuel José Ossandón Irarrázabal y Honorables Diputadas señoras Lorena Fries Monleón y Karol Cariola Oliva, y Honorables Diputados señores Miguel Ángel Calisto Águila, Andrés Longton Herrera y Gustavo Benavente Vergara. En dicha oportunidad, eligió por unanimidad como Presidente al Honorable Senador señor Felipe Kast Sommerhoff. Seguidamente, se abocó al cumplimiento de su cometido.

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CONSTANCIAS

- Normas de quórum especial: No tiene.

- Consulta a la Excma. Corte Suprema: No hubo.

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ASISTENCIA

- Representantes del Ejecutivo e invitados:

- Del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, la Ministra señora Carolina Tohá, y los asesores señores Cristóbal Valenzuela y Tomás Humud.

- Otros

Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, la asesora señora Rosario Figueroa.

Los asesores parlamentarios señores José Manuel Astorga (H.S. Kast) y Ronald Von Der Weth (H.S. Ossandón).

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DESCRIPCIÓN DE LA CONTROVERSIA

La Cámara de Diputados, en primer trámite constitucional, aprobó el proyecto de ley que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro (Boletín N° 15.559-07).

El Senado, en segundo trámite constitucional, introdujo un nuevo numeral 3, para incorporar un artículo 400 bis al Código Penal.

A continuación, se efectúa una relación de las diferencias suscitadas entre ambas Corporaciones durante la tramitación de la iniciativa, así como de los acuerdos adoptados a su respecto.

Numeral 3), nuevo.-

La Cámara de Diputados, en primer trámite constitucional, aprobó el proyecto de artículo único con 2 numerales. El primero, modifica el artículo 391, número 1°, circunstancia segunda, del Código Penal. El segundo agrega un nuevo artículo 391 bis al mismo Código.

El Senado, en segundo trámite constitucional, agregó un numeral 3, nuevo, para incorporar un artículo 400 bis al Código Penal, cuyo tenor literal es el siguiente:

“3) Agrégase el siguiente artículo 400 bis:

“Artículo 400 bis.- Si los hechos a los que se refieren los artículos anteriores de este párrafo se ejecutaren por encargo, premio o promesa remuneratoria, o cualquier otro beneficio, para sí o para un tercero, la pena señalada para el delito se aumentará en un grado.

Asimismo, se impondrá la misma agravante a la persona que, en forma directa o indirecta, encarga, acuerda u ordena, o actúa como intermediario para la perpetración del ilícito.”.

La Cámara de Diputados, en tercer trámite, rechazó esta enmienda.

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ACUERDOS DE LA COMISIÓN MIXTA

A continuación, se efectúa una relación de los acuerdos adoptados por la Comisión Mixta respecto de la diferencia suscitada entre ambas Corporaciones.

El Presidente de la Comisión Mixta, Honorable Senador señor Kast, señaló que la Comisión fue convocada para resolver y proponer una forma de resolución de las discrepancias surgidas durante la tramitación del proyecto de ley que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, y concedió la palabra para proponer soluciones.

La Ministra del Interior y Seguridad Pública, señora Carolina Tohá, recordó que el Ejecutivo manifestó tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados su objeción con la propuesta del Senado porque ella se refiere a una materia distinta de la planteada en el mensaje que dio origen a esta iniciativa. Precisó que el sicariato u homicidio por encargo a cambio de algún tipo de recompensa ha estado previsto y penado en nuestro sistema desde hace mucho tiempo. Enfatizó que lo que el presente proyecto agrega a estas normas es complementarlas estableciendo -como nuevo delito en sí mismo- la figura consistente en la conspiración para cometer sicariato.

En este sentido, recordó que -desde una perspectiva general- en nuestro ordenamiento todos los delitos son agravados cuando se cometen por un premio o recompensa, incluidas las lesiones, el secuestro, el homicidio, etc. Y este proyecto no innova en esta materia.

Advirtió que lo que sí significaría una innovación respecto del proyecto original, sería incluir como nuevo delito la conspiración para cometer lesiones por premio o promesa. Sin embargo, enfatizó, la redacción aprobada por el Senado en el Segundo Trámite Constitucional para el nuevo número 3 del proyecto no consigue este propósito.

El Honorable Senador señor Insulza señaló que la Cámara de Diputados tiene razón en haber rechazado la enmienda incorporada por el Senado, toda vez que la conducta descrita ya se encuentra penada en nuestro ordenamiento jurídico. En este sentido, se manifestó de acuerdo con el rechazo planteado por la Cámara de origen.

El Honorable Senador señor Kast recogió lo señalado y reiteró que el sicariato ya se encuentra penado en nuestro sistema, y lo que hace el presente proyecto es sancionar independientemente la conspiración para cometerlo, más allá de que, en definitiva, el homicidio ocurra o no. Por esta consideración, propuso a la Comisión acoger la propuesta de la Cámara de Diputados.

La Comisión Mixta, como forma y modo de resolver la discrepancia producida entre ambas Cámaras, acordó acoger la resolución de la Cámara de Diputados y rechazar el numeral 3 nuevo, propuesto por el Senado.

- Este acuerdo fue adoptado por la unanimidad de los miembros de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señores José Miguel Insulza Salinas, Felipe Kast Sommerhoff, Alejandro Kusanovic Glusevic y Manuel José Ossandón Irarrázabal y Honorables Diputadas señoras Lorena Fries Monleón y Karol Cariola Oliva, y Honorables Diputados señores Miguel Ángel Calisto Águila, Andrés Longton Herrera y Gustavo Benavente Vergara. (Unanimidad, 9x0)

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PROPOSICIÓN

En mérito de los acuerdos adoptados, la Comisión Mixta tiene el honor de proponer, como forma y modo de resolver las divergencias suscitadas entre ambas Cámaras del Congreso Nacional, acoger el rechazo de la Cámara de Diputados al numeral 3 nuevo, incorporado por el Senado.

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TEXTO DEL PROYECTO

A título meramente ilustrativo, de ser aprobada la proposición de la Comisión Mixta, el texto de la iniciativa legal quedaría como sigue:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en el Código Penal:

1. En el artículo 391 Nº1, circunstancia segunda, sustitúyese la frase “o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro”, por la siguiente: “o por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero”.

2. Agrégase el siguiente artículo 391 bis:

“Artículo 391 bis.- El que conspire para cometer el delito de homicidio calificado previsto en los términos del artículo 391 N° 1°, circunstancia segunda, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo.

Si la conducta descrita en el inciso precedente se comete en contra de un juez con competencia en lo penal, de un fiscal del Ministerio Público, de un defensor penal público, de un funcionario de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile o de Gendarmería de Chile, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo.”.”.

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ACORDADO

Acordado en sesión celebrada el día 11 de abril de 2023, con asistencia de los Honorables Senadores Honorables Senadores señores José Miguel Insulza Salinas, Felipe Kast Sommerhoff, Alejandro Kusanovic Glusevic y Manuel José Ossandón Irarrázabal y Honorables Diputadas señoras Lorena Fries Monleón y Karol Cariola Oliva, y Honorables Diputados señores Miguel Ángel Calisto Águila, Andrés Longton Herrera y Gustavo Benavente Vergara.

Sala de la Comisión Mixta, a 11 de abril de 2023.

JULIÁN SAONA ZABALETA

Secretario de la Comisión

4.2. Discusión en Sala

Fecha 18 de abril, 2023. Diario de Sesión en Sesión 21. Legislatura 371. Discusión Informe Comisión Mixta. Se aprueba.

MODIFICACIÓN DE CÓDIGO PENAL PARA SANCIONAR CONSPIRACIÓN PARA COMETER DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO POR PREMIO, PROMESA REMUNERATORIA O ÁNIMO DE LUCRO (PROPOSICIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA. BOLETÍN N° 15559-07)

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Corresponde tratar el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro (boletín 15559-07).

Por acuerdo de los Comités Parlamentarios, para la discusión de este informe se otorgarán hasta tres minutos por bancada.

Antecedentes:

-Informe de la Comisión Mixta, sesión 18ª de la presente legislatura, en miércoles 12 de abril de 2023. Documentos de la Cuenta N° 14.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Saludamos a la ministra del Interior y Seguridad Pública, señora Carolina Tohá , quien nos acompañará en esta sesión especial.

En discusión la proposición de la Comisión Mixta.

Tiene la palabra, hasta por un minuto y treinta segundos, el diputado Andrés Longton .

El señor LONGTON.-

Señor Presidente, seré muy breve.

La verdad es que nunca me había tocado participar en una Comisión Mixta en la que resolviéramos tan rápidamente nuestras diferencias. La sesión no duró más de cinco minutos. Incluso, estaba presente la ministra del Interior y Seguridad Pública.

Claramente fue un error del Senado incorporar una norma en que confundía la calidad de autores y los expresaba como agravantes. Expresaba una agravante respecto de una agravante que ya existía; es decir, claramente había una técnica equivocada respecto de cómo está contemplada la estructura de nuestro Código Penal.

Por lo tanto, el proyecto queda muy claro. Se sanciona penalmente la conspiración, que no estaba sancionada en nuestra legislación, para cometer este delito tan terrible que cada vez se realiza con mayor frecuencia en nuestro país. La conspiración es un elemento vital para poder detener a aquellos que planean matar por recompensa.

Además, el elemento adicional que agregamos en la Comisión de Constitución, mediante una indicación de los diputados Ilabaca y Leiva , que suscribimos, fue incorporar otros elementos distintos a la promesa remuneratoria, pues no necesariamente el pago por la comisión del homicidio puede ser a través de dinero; puede ser a través de otros elementos que es necesario relevar.

Así que el proyecto quedó redondo, y esperamos que se apruebe por amplia mayoría.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Fernando Bórquez .

El señor BÓRQUEZ.-

Señor Presidente, estimada ministra, este 2023 se cumplirán tres años desde el crudo homicidio de Alejandro Correa , quien fue vilmente asesinado la mañana del 18 de mayo de 2020 en el antejardín de su casa, ubicada a menos de veinte kilómetros del Congreso Nacional. Víctor Gutiérrez fue el sicario contratado para perpetrar ese horrible crimen, y fue condenado a veinte años de cárcel por su actuar inhumano. También fue condenada la persona que ordenó el asesinato y los cómplices que facilitaron que se efectuaran los disparos con resultado de muerte. La familia de Alejandro agradece que se haya hecho justicia y que se haya logrado condenar correctamente a los responsables.

Sin embargo, este y muchos otros casos pudieron ser evitados. Eso es lo que pretende este proyecto de ley: evitar que los sicariatos se lleguen a concretar. Esta iniciativa busca condenar a quienes planifiquen un asesinato perpetrado por un sicario, para evitar la muerte de personas inocentes, para evitar casos como el de Alejandro. Por eso es importante.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Marcos Ilabaca .

El señor ILABACA.-

Señor Presidente, claramente el sicariato es una figura que ha estado ingresando de manera nueva en nuestro país. Hoy, el encargo para generar ese ilícito es cada vez más frecuente.

Por eso, en la Comisión de Constitución, la que algunos piensan que dilata y demora proyectos, se trabajó de manera transversal para avanzar en esta iniciativa, mirándola desde una perspectiva jurídica. Allí logramos detectar una serie de incongruencias en el proyecto que llegó. Una de las disposiciones que incorporamos fue la que amplía la circunstancia segunda del artículo 391 del Código Penal, en virtud de la cual se establecía la pena de presidio perpetuo si la comisión del homicidio calificado se producía “por premio o promesa remuneratoria, o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro.”. Junto con la comisión señalamos que era necesario ampliar esta causal, estableciendo que podía ser también “por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero.”. Ello, porque creíamos que no todo asesinato bajo estas características se daba por algún beneficio que implique ánimo de lucro. Dicha modificación fue acogida de manera general.

Asimismo, en la discusión del proyecto en la Sala, en tercer trámite, con otros parlamentarios -entre ellos el diputado Longton - logramos detectar un error que venía desde el Senado, el cual promovimos que se rechazara. Se trata del artículo 400 bis incorporado por el Senado, que establecía una figura agravada respecto de una conducta que de por sí es delito; es decir, el Senado le aplicaba a esa figura una agravante. Ello claramente atenta contra normas básicas del Código Penal y por eso la rechazamos.

Finalmente, en la Comisión Mixta, el Senado se dio cuenta del error y se eliminó dicho artículo. Por lo tanto, creo que hoy esta propuesta está absolutamente cuadrada para ser despachada a ley.

Por ello, pido a la Sala que apruebe el informe de la Comisión Mixta, toda vez que es necesario atender de manera cierta una figura delictual que día a día está generando más homicidios en nuestro país, por la vía de sancionar la figura de sicariato y a aquellos que confluyen a constituir este tipo de acciones ilícitas.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Rathgeb .

El señor RATHGEB.-

Señor Presidente, efectivamente este informe de la Comisión Mixta debe ser aprobado, por cuanto la norma que fue rechazada por la Cámara de Diputados, que había sido incluida por el Senado, contenía serios errores, particularmente porque ya está considerada dentro de la normativa contenida en el mismo proyecto de ley.

El artículo 400 bis que había incorporado el Senado y que fue rechazado por la Cámara se refiere a un sinnúmero de otros delitos. Dice: “Si los hechos a los que se refieren los artículos anteriores de este párrafo se ejecutaren por encargo, premio o promesa remuneratoria (…)”, lo cual -reitero- ya está considerado dentro del proyecto que había aprobado la Cámara. Esos otros delitos dicen relación con lesiones, VIF, infanticidios, auxilios al suicidio, homicidios en riñas o peleas. En consecuencia, dicho artículo 400 bis generaba una confusión.

Por eso, como señalaron quienes me han antecedido, la Comisión Mixta rápidamente se dio cuenta de que había sido un error del Senado incluir esa norma, por lo que primó la decisión de la Cámara de Diputados en su momento de rechazarla.

Así que hay que aprobar el informe de la Comisión Mixta, a fin de que el proyecto quede coherente y sea ley de la república lo antes posible.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra la ministra del Interior y Seguridad Pública, señora Carolina Tohá .

La señora TOHÁ, doña Carolina (ministra del Interior y Seguridad Pública).-

Señor Presidente, solo para reiterar lo que se ha dicho aquí respecto de la sesión de la Comisión Mixta, en la cual participó el Ejecutivo. En dicha instancia fuimos partidarios de la decisión que allí se tomó por unanimidad.

Efectivamente, la figura que se agregó a este proyecto en el Senado es innecesaria, porque cualquier delito que se cometa por premio o recompensa tiene una agravante por esa razón. Por tanto, no es necesario hacer una norma particular para el delito de lesiones.

Ojalá que la votación unánime que tuvimos en la Comisión Mixta se replique en esta Sala, a fin de que este proyecto sea despachado rápidamente.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Luis Sánchez .

El señor SÁNCHEZ.-

Señor Presidente, este es un proyecto de ley que me tocó seguir en la Comisión de Constitución.

Aquí hay varios puntos relevantes. En primer lugar, en lo que respecta al informe de la Comisión Mixta, efectivamente viene bien, porque el problema que tenía este proyecto de ley, una vez que volvió del Senado -razón por la cual fue rechazado y enviado a la Comisión Mixta-, es la redundancia en la indicación que se había incorporado y aprobado en el Senado, toda vez que establecía una agravante para una conducta que, a mi juicio, es la misma conducta del tipo penal. En consecuencia, era un absurdo; era bastante redundante. Por lo tanto, hizo bien la Comisión Mixta en eliminar esa norma.

Adicional a eso, yendo a los elementos aprobados en el primer trámite, creo que es positivo en este proyecto de ley el hecho de que se establece una agravante cuando la conducta de conspiración para cometer sicariato se cometa en contra de determinadas personas con determinados cargos, pero mantenemos nuestra inquietud por el conflicto que este tipo penal podría llegar a tener con el sicariato en su grado de tentativa, que ya existe, que ya está en nuestro Código Penal y que podría entrar en colisión con esta idea de conspiración para cometerlo.

Eso es algo que nos preocupa y que quiero señalar para la historia de la ley.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Andrés Jouannet .

El señor JOUANNET.-

Señor Presidente, tal como ya se ha señalado, este proyecto efectivamente fue mejorado en la Comisión Mixta, que se reunió para resolver las discrepancias surgidas durante la tramitación de esta iniciativa, que tiene por objeto modificar el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro.

La ministra del Interior y Seguridad Pública argumentó que la figura del sicariato ya está penada en el sistema jurídico y que el proyecto se enfoca en sancionar la conspiración para cometerlo como un nuevo delito en sí mismo.

En definitiva, el sicariato ya se encuentra penado en nuestro sistema y lo que hace el presente proyecto es sancionar independientemente la conspiración para cometerlo, más allá de que el homicidio ocurra o no. Es por eso que el rechazo de la Cámara de Diputados a la modificación que introdujo el Senado es absolutamente plausible, de manera que se celebra el que hayamos efectuado dicha corrección.

Quiero hacer un alcance a propósito de lo que está ocurriendo en el caso del juicio de Héctor Llaitul, que nos compete mucho en La Araucanía, porque en nuestra región se manda a matar, hay sicariato. Se trata de un sicariato más escondido, pero se perpetra ese delito para una serie de circunstancias.

Hoy estamos en una situación en que hay una jueza que no está entregando protección a los testigos. La ley N° 18.314, sobre conductas terroristas, porque estamos hablando de terrorismo en La Araucanía, lo cual es reconocido por organismos internacionales, que nos ubican en el lugar diecisiete de los países con mayor terrorismo, a dos puestos de Colombia, señala en su artículo 15 que se tiene el deber de entregar los antecedentes a los testigos y darles protección.

Como Estado tenemos el deber de proteger a los testigos y a las víctimas, pero en el caso que menciono eso no está ocurriendo, lo que va a llevar a que la gente tenga miedo por el sicariato, ya que después se mandará a alguien a amedrentar, a amenazar e, incluso, a matar, como ha ocurrido en La Araucanía. Por ejemplo, recientemente en Collipulli hubo un caso de tortura, a raíz del cual todavía hay una persona desaparecida.

Por lo tanto, debemos afinar muy bien este tipo de proyectos, porque si no finalmente los jueces determinarán otras cuestiones que no estaban en el espíritu de la ley, lo que puede llevar a conculcar los derechos de las personas de bien y puede terminar favoreciendo las conductas terroristas, como es el caso que he citado.

En consecuencia, este proyecto ayuda mucho a La Araucanía en la lucha que tenemos contra el terrorismo, contra la violencia y en favor de lograr la tan anhelada paz para la región.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Cristián Araya .

El señor ARAYA (don Cristián).-

Señor Presidente, les dijimos que buscar explicaciones sociológicas a la delincuencia era una mala idea; les dijimos que denigrar a las policías era una mala idea; les dijimos que legitimar la violencia en turistas era una mala idea y les dijimos que tolerar la migración ilegal era una mala idea. Pero ahora les decimos que este proyecto es una buena idea.

Votaremos a favor.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Francisco Pulgar .

El señor PULGAR.-

Señor Presidente, si bien voy a votar a favor este proyecto, claramente me generan preocupación los planes estratégicos que se puedan estar creando desde el gobierno respecto de esta materia, porque quienes venimos del sistema penal sabemos que este tipo de medidas tienen poco y nada de efectividad.

¿A qué voy con esto? Quiero hacer un poco de memoria. Escuchamos a muchos gobernantes anteriores ir a buscar a Estados Unidos de América el Plan Tolerancia Cero para terminar con la delincuencia, pero eso nunca pasó. También fueron a Canadá, con el objeto de traer nuevas estrategias de la Policía Montada, y tampoco pasó nada. Hace poco fueron a México a buscar nuevas experiencias sobre esta materia, donde para el combate al crimen organizado se utilizan camionetas, munición 7.62 y ametralladoras.

Entonces, más allá de las mesas de trabajo de carácter político, me preocupa que no haya mesas técnico-profesionales. O sea, ¿en qué momentos separamos un poco la paja del trigo y damos una cierta seriedad a este trabajo?

Vuelvo a insistir, ministra -por su intermedio, señor Presidente-, en que me preocupa sobre todo lo que está ocurriendo en la Región del Maule, donde el crimen organizado está retraído de manera silenciosa, pero está desplegado.

Quien no entiende cómo funciona el comportamiento criminológico claramente va a poner más policías, va a subir las banderas tricolor, va a dar cánticos por aquí y por allá y va a sacar sus réditos políticos, pero así no se combate el crimen organizado.

He mandado recomendaciones de carácter técnico al Ministerio del Interior para que sean consideradas, pero vuelvo a insistir en que echo de menos mesas de trabajo más técnicas que políticas, puesto que permitirán dar un poco de tranquilidad a aquella ciudadanía que en las tardes no sale de sus casas. Las plazas ya están vacías a tempranas horas. No se puede ir a un concierto a disfrutar de una fiesta porque tenemos miedo a que una bala loca pueda impactar a algún inocente.

Atiendo y respeto todas las medidas que vayan en pro de las instituciones, pero también necesitamos tener una estrategia que vaya a neutralizar el crimen organizado sin politizar a las policías.

Finalmente, quiero destacar el trabajo del general Ricardo Yáñez , quien, más allá del gobierno de turno, siempre ha tenido una conducta dual, pero me preocupa la conducta de algunos funcionarios policiales que han tomado ideologías políticas, lo que se nota de manera marcada sobre todo en las regiones.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Marta Bravo .

La señora BRAVO (doña Marta).-

Señor Presidente, este proyecto busca modificar nuestra legislación penal con el objeto de que sea posible sancionar una conducta preliminar a lo que hoy se considera un delito, como es la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o con ánimo de lucro.

Valoro que estemos discutiendo este proyecto, pues su enfoque está destinado a atacar una situación previa a que ocurra el evento de sicariato.

Me parece responsable que aprobemos proyectos cuyo objeto sea evitar que se produzcan tragedias, de modo que espero que lo que propone esta iniciativa pueda tener un efecto disuasivo. La crisis de seguridad debe ser abordada de diferentes maneras, y creo que sancionar la conducta previa al sicariato mismo otorga mayores herramientas para que el Ministerio Público pueda investigar a las organizaciones criminales dedicadas a efectuar este tipo de conductas.

Voy a votar a favor este proyecto, pues hoy más que nunca reafirmo mi compromiso de trabajar en beneficio de la seguridad de los chilenos.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Mauricio Ojeda .

El señor OJEDA.-

Señor Presidente, la verdad es que este proyecto es una buena idea y las buenas ideas siempre hay que apoyarlas, más aún cuando tenemos procesos como los que se están viviendo actualmente.

Esperemos que no tengamos que usar esta medida, y me refiero al juicio oral que se está llevando adelante en contra de Héctor Llaitul, líder de la organización terrorista CAM, donde la jueza acaba de solicitar que se haga entrega de las identidades de los testigos protegidos que inculparon a una persona que le ha hecho daño por veinticinco años a la Región de La Araucanía y al sur de Chile. Eso es casi una verdadera sentencia de muerte, aunque espero que no sea así.

Espero no tener que ocupar esta ley para aquellas personas que fueron valientes en denunciar los actos atroces cometidos por Héctor Llaitul .

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

No hay más inscritos para intervenir. Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre la proposición de la Comisión Mixta en los siguientes términos:

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Corresponde votar la proposición de la Comisión Mixta recaída en el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 133 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa:

Acevedo Sáez , María Candelaria Cornejo Lagos , Eduardo Matheson Villán , Christian Rivas Sánchez , Gaspar Aedo Jeldres , Eric Cuello Peña y Lillo , Luis Alberto Medina Vásquez , Karen Rojas Valderrama , Camila Ahumada Palma , Yovana De la Carrera Correa , Gonzalo Mellado Pino , Cosme Romero Leiva , Agustín Alessandri Vergara , Jorge De Rementería Venegas , Tomás Mellado Suazo , Miguel Romero Sáez , Leonidas Alinco Bustos , René Del Real Mihovilovic , Catalina Melo Contreras , Daniel Romero Talguia , Natalia Araya Guerrero , Jaime Delgado Riquelme , Viviana Meza Pereira , José Carlos Sáez Quiroz , Jaime Araya Lerdo de Tejada, Cristián Donoso Castro , Felipe Mirosevic Verdugo , Vlado Saffirio Espinoza , Jorge Arce Castro , Mónica Durán Espinoza , Jorge Mix Jiménez , Claudia Sagardia Cabezas , Clara Arroyo Muñoz , Roberto Durán Salinas , Eduardo Molina Milman , Helia Sánchez Ossa , Luis Astudillo Peiretti , Danisa Fries Monleón , Lorena Morales Alvarado , Javiera Santana Castillo , Juan Barchiesi Chávez , Chiara Fuenzalida Cobo , Juan Morales Maldonado , Carla Santibáñez Novoa , Marisela Barrera Moreno , Boris Giordano Salazar , Andrés Moreira Barros , Cristhian Sauerbaum Muñoz , Frank Barría Angulo , Héctor González Gatica , Félix Moreno Bascur , Benjamín Schalper Sepúlveda , Diego Becker Alvear , Miguel Ángel González Olea , Marta Mulet Martínez , Jaime Schneider Videla , Emilia Bello Campos , María Francisca Guzmán Zepeda , Jorge Muñoz González , Francesca Schubert Rubio , Stephan Beltrán Silva, Juan Carlos Hertz Cádiz , Carmen Naranjo Ortiz , Jaime Sepúlveda Soto , Alexis Benavente Vergara , Gustavo Hirsch Goldschmidt , Tomás Nuyado Ancapichún , Emilia Serrano Salazar , Daniela Berger Fett , Bernardo Ibáñez Cotroneo , Diego Ñanco Vásquez , Ericka Soto Ferrada , Leonardo Bernales Maldonado , Alejandro Ilabaca Cerda , Marcos Ojeda Rebolledo , Mauricio Soto Mardones , Raúl Bianchi Chelech , Carlos Irarrázaval Rossel , Juan Olivera De La Fuente , Erika Sulantay Olivares, Marco Antonio Bobadilla Muñoz , Sergio Jiles Moreno , Pamela Ossandón Irarrázabal , Ximena Tapia Ramos , Cristián Bórquez Montecinos , Fernando Jouannet Valderrama , Andrés Oyarzo Figueroa , Rubén Darío Teao Drago , Hotuiti Bravo Castro , Ana María Jürgensen Rundshagen , Harry Palma Pérez , Hernán Tello Rojas , Carolina Bravo Salinas , Marta Labbé Martínez , Cristian Pérez Olea , Joanna Trisotti Martínez , Renzo Brito Hasbún , Jorge Lagomarsino Guzmán , Tomás Pérez Salinas , Catalina Ulloa Aguilera , Héctor Bugueño Sotelo , Félix Leal Bizama , Henry Pizarro Sierra , Lorena Undurraga Gazitúa , Francisco Camaño Cárdenas , Felipe Lee Flores , Enrique Placencia Cabello , Alejandra Undurraga Vicuña , Alberto Cariola Oliva , Karol Lilayu Vivanco , Daniel Pulgar Castillo , Francisco Urruticoechea Ríos , Cristóbal Carter Fernández , Álvaro Longton Herrera , Andrés Ramírez Diez , Guillermo Veloso Ávila , Consuelo Celis Montt , Andrés Malla Valenzuela , Luis Raphael Mora , Marcia Venegas Salazar , Nelson Cicardini Milla , Daniella Manouchehri Lobos , Daniel Rathgeb Schifferli , Jorge Videla Castillo , Sebastián Cifuentes Lillo , Ricardo Martínez Ramírez , Cristóbal Rey Martínez, Hugo Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Coloma Álamos, Juan Antonio Marzán Pinto , Carolina Riquelme Aliaga , Marcela Weisse Novoa , Flor Cordero Velásquez, María Luisa

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Despachado el proyecto al Senado.

4.3. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación Informe Comisión Mixta. Fecha 18 de abril, 2023. Oficio en Sesión 14. Legislatura 371.

VALPARAÍSO, 18 de abril de 2023

Oficio N°18.301

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Tengo a honra comunicar a V.E. que la Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha dado su aprobación a la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver la divergencia suscitada con ocasión de la tramitación del proyecto de ley que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, correspondiente al boletín N°15.559-07.

Acompaño los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

VLADO MIROSEVIC VERDUGO

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4.4. Discusión en Sala

Fecha 19 de abril, 2023. Diario de Sesión en Sesión 14. Legislatura 371. Discusión Informe Comisión Mixta. Se aprueba.

SANCIÓN DE CONSPIRACIÓN PARA LA COMISIÓN DEL DELITO DE SICARIATO. INFORME DE COMISIÓN MIXTA

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, señor Presidente .

El señor Presidente pone en discusión, en tabla de Fácil Despacho, el informe de la Comisión Mixta, constituida de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de la República, a fin de proponer la forma y modo de resolver la divergencia suscitada entre la Cámara de Diputados y el Senado durante la tramitación del proyecto de ley que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, correspondiente al boletín N° 15.559-07.

El Ejecutivo hizo presente la urgencia para su despacho calificándola de "suma".

--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletín 15.559-07) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Este proyecto de ley inició su tramitación en la Cámara de Diputados, la que aprobó un texto de artículo único, que mediante dos numerales introduce modificaciones al Código Penal. El primero modifica el artículo 391, número 1, "circunstancia segunda", para reemplazar la mención "o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro", por otra que alude al "beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero".

El segundo numeral agrega un nuevo artículo 391 bis al mismo Código, con el objeto de sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro.

Posteriormente, el Senado, en segundo trámite constitucional, introdujo una enmienda al proyecto consistente en agregar un numeral 3), nuevo, para incorporar un artículo 400 bis al Código Penal, cuyo tenor dispone:

"Si los hechos a los que se refieren los artículos anteriores de este párrafo se ejecutaren por encargo, premio o promesa remuneratoria, o cualquier otro beneficio, para sí o para un tercero, la pena señalada para el delito se aumentará en un grado.

"Asimismo, se impondrá la misma agravante a la persona que, en forma directa o indirecta, encarga, acuerda u ordena, o actúa como intermediario para la perpetración del ilícito".

Dicha modificación, en el tercer trámite constitucional, fue rechazada por la Cámara de origen, dando lugar a la formación de una Comisión Mixta que, como forma de resolver la discrepancia producida entre ambas Cámaras, acordó acoger la resolución de la Cámara de Diputados y rechazar el numeral 3), nuevo, incorporado por el Senado.

Este acuerdo fue adoptado en la referida instancia por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables Senadores señores Insulza, Kast, Kusanovic y Ossandón y Honorables Diputados señoras Cariola y Fries y señores Benavente, Calisto y Longton.

Finalmente, cabe señalar que, en la sesión del día de ayer, la Cámara de Diputados, esto es, la Cámara de origen, aprobó la proposición formulada por la Comisión Mixta.

Corresponde, por tanto, que el Senado se pronuncie respecto de la propuesta efectuada por la referida Comisión.

En el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición se transcriben el texto aprobado en la Cámara de Diputados en primer trámite constitucional; la modificación introducida por el Senado en el segundo trámite, que fuera rechazada por la Cámara de origen en el tercer trámite, y el acuerdo adoptado por la Comisión Mixta como forma y modo de resolver esta divergencia.

Es todo, señor Presidente.

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias, señor Secretario.

Les recuerdo que ayer acordamos simplemente votar.

Le pediría, sí, al Senador Insulza, de la Comisión de Seguridad, que nos hiciera un pequeño resumen respecto de este tema, que se resolvió por unanimidad en la Mixta.

Entiendo que había solo una materia pendiente, y eso fue lo que se habría resuelto.

El señor INSULZA.-

Gracias.

Yo supongo que la presentación debe versar estrictamente sobre el tema de la Comisión Mixta; por lo tanto, me voy a remitir a ella.

La verdad es que la Cámara de Diputados había rechazado, en tercer trámite, un texto que decía relación con una indicación presentada en el Senado, la cual buscaba aumentar en un grado la pena de los delitos de lesiones cuando se cometieren por encargo, premio, promesa remunerada o cualquier otro beneficio, e imponía la misma agravante a quienes acuerden directa o indirectamente la perpetración de este delito; o sea, a los que conspiren para ello.

Pero el problema de este proyecto, como desgraciadamente está ocurriendo bastante en las iniciativas relacionadas con seguridad pública, es que incorpora elementos que ya existen en la legislación. O sea, los temas a los cuales se refiere esta indicación -que, repito, se presentó en mi Comisión y fue aprobada en ella- ya están perfectamente cubiertos en el Código Penal y en normas específicas, y de manera más eficiente.

Por esas razones, la Cámara de Diputados, con una inusitada mayoría -cerca de 140 votos-, suprimió esa disposición. Y la Comisión Mixta se demoró de diez a quince minutos en aprobar el acuerdo de la Cámara. Reitero que lo acordado por el Senado puede referirse a temas muy válidos y serios, pero ya están en la ley. Esa es la razón por la cual fue tan breve la sesión de la Comisión Mixta.

En consecuencia, recomendamos aprobar lo resuelto por la Cámara de Diputados.

Muchas gracias, Presidente .

El señor COLOMA (Presidente).-

A usted, Senador.

En votación, entonces, el informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto de ley que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, más conocido como "sicariato".

(Pausa).

Faltan algunas votaciones, parece.

(Luego de unos instantes).

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

El señor COLOMA (Presidente).-

Vienen arribando algunos Senadores.

(Pausa).

El señor SANHUEZA.-

Falta el Senador Durana.

El señor COLOMA (Presidente).-

Cerrada la votación.

--Se aprueba el informe de la Comisión Mixta (35 votos a favor), y queda despachado el proyecto.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Campillai, Carvajal, Ebensperger, Gatica, Órdenes, Pascual y Rincón y los señores Araya, Castro González, Chahuán, Coloma, De Urresti, Edwards, Elizalde, Espinoza, Galilea, García, Huenchumilla, Insulza, Keitel, Kusanovic, Kuschel, Moreira, Núñez, Prohens, Pugh, Quintana, Sandoval, Sanhueza, Soria, Van Rysselberghe, Velásquez y Walker.

El señor COLOMA ( Presidente ).-

Se deja constancia de la intención de voto favorable del Senador señor Ossandón.

Quiero destacar que este proyecto está entre los treinta y uno que acordamos discutir de manera privilegiada en materia de seguridad.

4.5. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación Informe Comisión Mixta. Fecha 19 de abril, 2023. Oficio en Sesión 23. Legislatura 371.

Valparaíso, 19 de abril de 2023.

Nº 208/SEC/23

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación a la proposición formulada por la Comisión Mixta constituida para resolver la divergencia suscitada con ocasión de la tramitación del proyecto de ley que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, correspondiente al Boletín N° 15.559-07.

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 18.301, de 18 de abril de 2023.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Su Excelencia.

JUAN ANTONIO COLOMA CORREA

Presidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

5. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

5.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 24 de abril, 2023. Oficio

VALPARAÍSO, 24 de abril de 2023

Oficio N°18.138

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, correspondiente al boletín N°15.559-07, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en el Código Penal:

1. En el artículo 391 Nº1, circunstancia segunda, sustitúyese la frase “o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro”, por la siguiente: “o por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero”.

2. Agrégase el siguiente artículo 391 bis:

“Artículo 391 bis.- El que conspire para cometer el delito de homicidio calificado previsto en los términos del artículo 391 N°1°, circunstancia segunda, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo.

Si la conducta descrita en el inciso precedente se comete en contra de un juez con competencia en lo penal, de un fiscal del Ministerio Público, de un defensor penal público, de un funcionario de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile o de Gendarmería de Chile, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo.”.”.

Dios guarde a V.E.

VLADO MIROSEVIC VERDUGO

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

6. Publicación de Ley en Diario Oficial

6.1. Ley Nº 21.571

Tipo Norma
:
Ley 21571
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1191985&t=0
Fecha Promulgación
:
27-04-2023
URL Corta
:
http://bcn.cl/3d1z6
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Título
:
MODIFICA EL CÓDIGO PENAL PARA SANCIONAR LA CONSPIRACIÓN PARA COMETER EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO POR PREMIO, PROMESA REMUNERATORIA O ÁNIMO DE LUCRO
Fecha Publicación
:
11-05-2023

LEY NÚM. 21.571

     

MODIFICA EL CÓDIGO PENAL PARA SANCIONAR LA CONSPIRACIÓN PARA COMETER EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO POR PREMIO, PROMESA REMUNERATORIA O ÁNIMO DE LUCRO

     

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

     

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en el Código Penal:

     

    1. En el artículo 391 Nº 1, circunstancia segunda, sustitúyese la frase "o por cualquier otro medio que implique ánimo de lucro", por la siguiente: "o por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero".

    2. Agrégase el siguiente artículo 391 bis:

     

    "Artículo 391 bis.- El que conspire para cometer el delito de homicidio calificado previsto en los términos del artículo 391 N° 1°, circunstancia segunda, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo.

    Si la conducta descrita en el inciso precedente se comete en contra de un juez con competencia en lo penal, de un fiscal del Ministerio Público, de un defensor penal público, de un funcionario de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile o de Gendarmería de Chile, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo.".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 27 de abril de 2023.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Carolina Tohá Morales, Ministra del Interior  y Seguridad Pública.-  Luis Cordero Vega, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Manuel Zacarías Monsalve Benavides, Subsecretario del Interior.