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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.581

Exime del impuesto al valor agregado a los servicios sanitarios rurales a que se refiere la ley N° 20.998

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 09 de mayo, 2023. Mensaje en Sesión 28. Legislatura 371.

MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE EXIME DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO A LOS SERVICIOS SANITARIOS RURALES A QUE SE REFIERE LA LEY N° 20.998.

SANTIAGO, 09 de mayo de 2023.

MENSAJE Nº 048-371/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS.

Honorable Cámara de Diputadas y Diputados:

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que exime del impuesto al valor agregado a los servicios sanitarios rurales a que se refiere la ley N° 20.998.

I. ANTECEDENTES

Desde hace sesenta años las zonas rurales de Chile se han abastecido de agua potable a través del Plan Básico de Saneamiento Rural. Hoy, ese programa sigue vigente con más de dos mil sistemas de agua potable rural (APR). Estos sistemas son administrados, mantenidos y operados por la propia comunidad, la que se organiza, por lo general, a través de Comités o Cooperativas, con asesoría y asistencia del Estado.

En cuanto a su tratamiento tributario, los APR han estado expuestos a cambios legislativos que han generado incertezas sobre su tratamiento tributario.

En efecto, originalmente estas organizaciones se encontraban exentas de impuesto al valor agregado (IVA) según las disposiciones de la ley N° 18.893 sobre Organizaciones comunitarias territoriales y funcionales.

Sin embargo, con ocasión de la dictación de la ley N° 19.418, que Establece normas sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, estas organizaciones quedaron exentas de todo tipo de contribuciones, impuestos y derechos fiscales o municipales, con excepción del impuesto a las ventas y servicios.

Sin perjuicio de la derogación de la exención dispuesta por la ley N° 18.893, por medio de interpretaciones administrativas del Servicio de Impuestos Internos se estableció que estas organizaciones no debían recargar el IVA respecto de la distribución realizada a sus miembros siempre que el comité distribuyera el agua potable a precio de costo, pues se entendía que el comité actuaba como “consumidor final”. Es decir, en la medida en que la distribución se efectuara a los socios y a costo, la operación no estaría afecta a impuestos. En la misma situación se encontrarían, por tanto, las cooperativas de agua potable rural.

En el contexto de nuevas consultas administrativas realizadas durante el año 2016, existió un cambio de criterio, señalando que el suministro de agua potable hecha por un Comité de Agua Potable Rural constituido como una organización comunitaria funcional, que adquiere o capta agua para distribuirla a sus asociados o terceros, se encontrará gravada con IVA. Sin embargo, por factores como la falta de conocimiento del nuevo criterio o su incorrecta comunicación, los APR siguieron aplicando distintos criterios en materia de IVA.

La entrada en vigencia de la ley Nº 21.420 del año 2022, que reduce o elimina exenciones tributarias que indica, develó la necesidad de impulsar un cambio normativo para establecer un régimen diferenciado respecto de las actividades de los Comité de APR.

II. FUNDAMENTOS

Los servicios sanitarios rurales son de vital importancia para la vida cotidiana de las personas que habitan en zonas del país donde el acceso a agua potable está asegurado por la labor de Servicios Sanitarios Rurales las que, además, corresponden a entidades sin fines de lucro. Estas organizaciones no solo realizan el servicio de suministro de servicios sanitarios a hogares, sino también a organizaciones municipales, colegios y servicios de urgencia, como el cuerpo de bomberos.

Conscientes de la importante labor que cumplen los APR en Chile, consideramos necesario otorgar claridad en el tratamiento tributario aplicable a la prestación de este tipo de servicios, para que puedan seguir operando a lo largo del país.

Con esta finalidad, durante los meses de enero y febrero del presente año se realizó un trabajo conjunto entre los operadores de servicios de APR, el Ministerio de Obras Públicas y el Ministerio de Hacienda, mediante el que se discutieron las principales problemáticas tributarias que tienen los operadores de APR en la actualidad, muchas de las cuales vienen a ser solucionadas a través del presente proyecto de ley.

Fruto de este trabajo se llega al convencimiento de que las operaciones realizadas por los APR deben quedar exentas de IVA. En este sentido, el presente proyecto establece una exención de dicho impuesto, bajo las condiciones que indica, para las organizaciones que prestan servicios sanitarios rurales, de modo que parte o todas sus operaciones se encuentren exentas de dicho impuesto.

III. CONTENIDO DEL PROYECTO

El presente proyecto de ley contiene un único artículo permanente que incorpora un nuevo artículo 64 bis a la ley Nº 20.998 del año 2017 que Regula los Servicios Sanitarios Rurales, el cual viene a establecer un tratamiento tributario especial para los servicios prestados por APR, sobre la base de los siguientes pilares:

a) Se regula que los servicios prestados por operadores de APR a sus asociados, cooperados o socios no se encontrarán gravados con IVA, siempre que el prestador se encuentre incorporado en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales;

b) Se establece que tampoco se encontrarán gravados con IVA los servicios prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que sean prestados para garantizar la continuidad del servicio y,

c) Se establecen expresamente exenciones de IVA en beneficio del Cuerpo de Bomberos o sus compañías y de establecimientos educacionales municipales.

Finalmente, el presente proyecto de ley contempla dos artículos transitorios que regulan su entrada en vigencia, y la interacción del artículo único de esta ley con el artículo segundo transitorio de la ley N° 20.998.

En consecuencia, tengo el honor de someter a vuestra consideración, el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo Único.- Incorpórase, a continuación del artículo 64, el siguiente artículo 64 bis, nuevo, a la ley Nº 20.998 que Regula los Servicios Sanitarios Rurales:

“Artículo 64 bis.- Sin perjuicio de lo establecido en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo primero del decreto ley N° 825, de 1974, para los efectos de la presente ley, se considerará que los servicios sanitarios rurales que los operadores presten a sus asociados, cooperados o socios, no se encontrarán gravados con Impuesto al Valor Agregado. Para estos efectos, los nuevos operadores deberán encontrarse inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales al último día del mes anterior en que comience a prestar los servicios señalados. A aquellos operadores que ya se encontraren prestando dichos servicios se les aplicará este tratamiento tributario desde el mes siguiente a aquél en que se incorporen al Registro.

Tampoco se encontrarán gravados con Impuesto al Valor Agregado los servicios sanitarios rurales prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que estos respondan exclusivamente a garantizar la continuidad del servicio, en los términos de la letra b) del artículo 40 de esta ley.

Sin perjuicio de lo anterior, se encontrarán exentas de Impuesto al Valor Agregado las prestaciones de servicios sanitarios rurales o la venta de agua potable, al Cuerpo de Bomberos o sus Compañías, a los establecimientos educacionales municipales de educación prebásica, básica y media, reconocidos por el Ministerio de Educación, y a los bienes raíces municipales.

Durante el mes de enero de cada año, el Ministerio deberá informar al Servicio de Impuestos Internos el listado de operadores incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales, inscritos al 31 de diciembre del año anterior.

Las operaciones realizadas por los operadores de servicios sanitarios rurales distintas a las señaladas en el presente artículo se regirán por las reglas generales del Impuesto al Valor Agregado, atendiendo a su naturaleza.”.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo primero transitorio.- Las modificaciones establecidas por esta ley entrarán en vigencia a contar del 1° de enero de 2023.

Artículo segundo transitorio.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 64 bis de la ley N° 20.998, incorporado por el artículo único de esta ley, mientras esté pendiente el plazo establecido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio de la ley referida, no será exigible que los operadores deban estar inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales.

Asimismo, lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 64 bis de la ley N° 20.998, incorporado por el artículo único de esta ley, será aplicable después de transcurrido el plazo contenido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio de dicha ley.”.

Dios guarde a V.E.

GABRIEL BORIC FONT

Presidente de la República

MARIO MARCEL CULLELL

Ministro de Hacienda

JESSICA LÓPEZ SAFFIE

Ministra de Obras Públicas

Ver Informe Financiero

1.2. Informe de Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 18 de mayo, 2023. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 35. Legislatura 371.

?INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE EXIME DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO A LOS SERVICIOS SANITARIOS RURALES A QUE SE REFIERE LA LEY N° 20.998 Boletín N° 15901-05

_______________________________________________________________________________

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Hacienda pasa a informar, en su condición de Comisión Técnica, en primer trámite constitucional y reglamentario, el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, originado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República, don Gabriel Boric Font, con urgencia calificada de “Suma”.

Asiste en representación del Ejecutivo, el Ministro de Hacienda, señor Mario Marcel Cullell junto con el coordinador de Política Tributaria del Ministerio de Hacienda, señor Diego Riquelme Ruiz y la Subdirectora de Servicios Sanitarios Rurales del MOP, señora Denisse Charpentier Castro.

I.-CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS

1.- Idea matriz o fundamental del proyecto:

Dar certeza en el tratamiento tributario que corresponde a los sistemas de agua potable rural -APR-, mediante la exención del IVA a las operaciones realizadas por éstos, a fin de que puedan seguir operando en el país.

2.- Aprobación en general del proyecto

Fue aprobado por unanimidad de sus trece miembros presentes, diputados Barrera, Cid, Cifuentes, Mellado, Naranjo, Ramírez, Rojas, Romero, Sáez, Sepúlveda, Soto, Von Mühlenbrock, Yeomans.

3- Normas que deben aprobarse con quórum especial:

No tiene.

4-Disposiciones o indicaciones rechazadas:

No hubo.

5- Indicaciones declaradas inadmisibles:

No hubo.

6.- Diputado informante:

El señor Gastón Von Mühlenbrock Zamora.

II.- ANTECEDENTES CONTENIDOS EN EL MENSAJE

Consigna el Mensaje que desde hace sesenta años las zonas rurales de Chile se han abastecido de agua potable a través del Plan Básico de Saneamiento Rural. Hoy, ese programa sigue vigente con más de dos mil sistemas de agua potable rural (APR). Estos sistemas son administrados, mantenidos y operados por la propia comunidad, la que se organiza, por lo general, a través de Comités o Cooperativas, con asesoría y asistencia del Estado.

En cuanto a su tratamiento tributario, los APR han estado expuestos a cambios legislativos que han generado incertezas sobre su tratamiento tributario.

En efecto, originalmente estas organizaciones se encontraban exentas de impuesto al valor agregado (IVA) según las disposiciones de la ley N° 18.893 sobre Organizaciones comunitarias territoriales y funcionales.

Sin embargo, con ocasión de la dictación de la ley N° 19.418, que Establece normas sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, estas organizaciones quedaron exentas de todo tipo de contribuciones, impuestos y derechos fiscales o municipales, con excepción del impuesto a las ventas y servicios.

Sin perjuicio de la derogación de la exención dispuesta por la ley N° 18.893, por medio de interpretaciones administrativas del Servicio de Impuestos Internos se estableció que estas organizaciones no debían recargar el IVA respecto de la distribución realizada a sus miembros siempre que el comité distribuyera el agua potable a precio de costo, pues se entendía que el comité actuaba como “consumidor final”. Es decir, en la medida en que la distribución se efectuara a los socios y a costo, la operación no estaría afecta a impuestos. En la misma situación se encontrarían, por tanto, las cooperativas de agua potable rural.

En el contexto de nuevas consultas administrativas realizadas durante el año 2016, existió un cambio de criterio, señalando que el suministro de agua potable hecha por un Comité de Agua Potable Rural constituido como una organización comunitaria funcional, que adquiere o capta agua para distribuirla a sus asociados o terceros, se encontrará gravada con IVA. Sin embargo, por factores como la falta de conocimiento del nuevo criterio o su incorrecta comunicación, los APR siguieron aplicando distintos criterios en materia de IVA.

La entrada en vigencia de la ley Nº 21.420 del año 2022, que reduce o elimina exenciones tributarias que indica, develó la necesidad de impulsar un cambio normativo para establecer un régimen diferenciado respecto de las actividades de los Comité de APR.

Esta iniciativa se fundamenta en que los servicios sanitarios rurales son de vital importancia para la vida cotidiana de las personas que habitan en zonas del país donde el acceso a agua potable está asegurado por la labor de Servicios Sanitarios Rurales las que, además, corresponden a entidades sin fines de lucro. Estas organizaciones no solo realizan el servicio de suministro de servicios sanitarios a hogares, sino también a organizaciones municipales, colegios y servicios de urgencia, como el cuerpo de bomberos.

Conscientes de la importante labor que cumplen los APR en Chile, el Ejecutivo considera necesario otorgar claridad en el tratamiento tributario aplicable a la prestación de este tipo de servicios, para que puedan seguir operando a lo largo del país.

Con esta finalidad, durante los meses de enero y febrero del presente año se realizó un trabajo conjunto entre los operadores de servicios de APR, el Ministerio de Obras Públicas y el Ministerio de Hacienda, mediante el que se discutieron las principales problemáticas tributarias que tienen los operadores de APR en la actualidad, muchas de las cuales vienen a ser solucionadas a través del presente proyecto de ley.

Fruto de este trabajo se llega al convencimiento de que las operaciones realizadas por los APR deben quedar exentas de IVA. En este sentido, el presente proyecto establece una exención de dicho impuesto, bajo las condiciones que indica, para las organizaciones que prestan servicios sanitarios rurales, de modo que parte o todas sus operaciones se encuentren exentas de dicho impuesto.

III.-CONTENIDO DE LA INICIATIVA:

El presente proyecto de ley contiene un único artículo permanente, que establece un tratamiento tributario especial para los servicios prestados por APR, sobre la base de los siguientes pilares:

a)Se regula que los servicios prestados por operadores de APR a sus asociados, cooperados o socios no se encontrarán gravados con IVA, siempre que el prestador se encuentre incorporado en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales

b)Se establece que tampoco se encontrarán gravados con IVA los servicios prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que sean prestados para garantizar la continuidad del servicio

c)Se establecen expresamente exenciones de IVA en beneficio del Cuerpo de Bomberos o sus compañías y de establecimientos educacionales municipales.

Finalmente, el proyecto contempla dos artículos transitorios que regulan su entrada en vigencia, y la interacción del artículo único de esta ley con el artículo segundo transitorio de la ley N° 20.998 [1] .

IV.- INCIDENCIA EN MATERIA FINANCIERA O PRESUPUESTARIA DEL ESTADO

El informe financiero N°86, de 08 de mayo de 2023 elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda y que acompaña al Mensaje a su ingreso, indica que este tiene efecto en los ingresos fiscales, por cuanto disminuye la recaudación de IVA. Utilizando registros administrativos del Servicio de Impuestos Internos para el año 2022, se estima que la base imponible que dejará de estar gravada con IVA es de $54.087 millones de 2022 al año, constituyendo la menor recaudación a 19% de dicho monto. Lo anterior corresponde a menores ingresos fiscales por $11.021 millones (en pesos del año 2023) al año.

V- AUDIENCIAS RECIBIDAS Y ACUERDOS ADOPTADOS

El Ministro de Hacienda, señor Mario Marcel se refirió en primer lugar a la regulación de los APR:

Los comités de agua potable rural (APR) se encuentran regidos por la Ley 19.418. El artículo 29 de esta ley establece el régimen tributario de estas organizaciones señalando que están exentas de todo tipo de contribuciones, impuestos y derechos fiscales o municipales, con excepción del impuesto sobre las ventas y servicios (IVA).

La ley Nº 21.420 no alteró esta legislación siendo irrelevante para los comités de APR.

Desde la vigencia de la Ley Nº19.419 estas organizaciones no están liberadas de IVA (como si ocurría con la legislación anterior), por ello, desde un punto de vista normativo los servicios realizados por los APR se encontraban gravados con IVA sea respecto de servicios realizados a sus asociados o a terceros.

En esta misma situación se encontrarían las cooperativas que realizan la misma labor.

El SII de la época (1996) realizó una interpretación errada de la normativa señalando que los APR no pagarían IVA en la medida que el comité realizará la distribución de agua a costo (oficio N°1529 y N°2413 de1996, reiterado en el oficio N°2631 de 1997).

La instrucción anterior fue errónea pues lleva al absurdo que cualquier venta sujeta a IVA dejaría de estarlo sólo por no generar una “utilidad” rompiendo la lógica del impuesto que grava una venta o servicio no la rentabilidad.

El año 2016 el SII rectifica el criterio, realizando una interpretación armónica entre todas las normativas señalando expresamente que “… el suministro de agua potable hecha por un Comité de Agua Potable Rural constituido como una organización comunitaria funcional, que adquiere o capta agua, para distribuirla a sus asociados o terceros, se encontrará gravada con el Impuesto a la Ventas y Servicios”. (oficio N°2898 de 2016, reiterado en el oficio N°3758 de 2021).

Contenido del proyecto:

El proyecto de ley contiene un único artículo que incorpora un nuevo artículo 64 bis a la Ley Nº 20.998, en base a los siguientes pilares:

1.Se establece que los servicios prestados por operadores de APR a sus asociados, cooperados o socios no se encontrarán gravados con IVA, siempre que el prestador se encuentre incorporado en el registro de operadores de servicios sanitarios rurales establecido en la ley Nº 20.998;

2.Se establece que tampoco se encontrarán gravados con IVA los servicios prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que los mismos sean prestados para garantizar la continuidad del servicio.

3.Se establecen expresamente exenciones de IVA en beneficio del Cuerpo de Bomberos o sus compañías, de establecimientos educacionales municipales y de bienes raíces municipales.

4.La norma tendrá una norma especial de vigencia a partir de enero de 2023.

El diputado Cifuentes preguntó a qué refiere la exención que aplica a los Cuerpos de Bomberos y sus compañías.

El diputado Naranjo agradeció y valoró el compromiso del gobierno con esta materia. En la misma línea, preguntó por los beneficios a cuerpos de bomberos, establecimientos educacionales municipales y de bienes raíces municipales.

El diputado Camaño se refirió a la preocupación del cobro de IVA a los APR y agradeció el proyecto del gobierno de eximirlas de este impuesto. A su vez, sostuvo que muchas APR surgen de una necesidad de suministrar y administrar el agua, siendo esta medida, una medida que impacta fuertemente en la vida de las personas de zonas rurales y viene dar certeza jurídica ante un problema tributario.

El diputado Barría señaló que las pocas rentabilidades que tienen las APR van asociadas a mejorar y mantener la red, por lo que es un paso importante el eximirlas del pago de IVA. Preguntó si este proyecto aplica para aquellas comunas que se administran completamente por un APR.

El diputado Sáez valoró el cumplimiento de los compromisos, cuestión que honra la confianza pública. Hizo manifiesto que en zonas rurales existen escuelas sin agua, lo mismo ocurre con postas y retenes de carabineros, etc.; cuestión que deriva de la estructura de los APR, los que no tienen “clientes” sino “socios”, por lo que las personas jurídicas de derecho público como Carabineros, la posta, etc., no pueden convertirse en socios de los APR-

El diputado Romero preguntó cómo se armoniza la entrada en vigencia retroactiva de la ley, con los procedimientos administrativos y sancionatorios que pudieron iniciarse durante este período de discusión prelegislativa y legislativa.

El diputado Ramírez señaló que el proyecto es valioso, las APR tienen una función social innegable. Preguntó por posibles problemas de distorsionas que puedan generarse a raíz de la exención del IVA y la forma de solucionar estos problemas.

La diputada Rojas solicitó remitir información sobre los APR a nivel nacional.

El diputado Sepúlveda se refirió al fin social de las APR y el financiamiento de estos sistemas. Señaló que este proyecto es una buena noticia para el mundo rural.

El Coordinador de Política Tributaria del Ministerio de Hacienda, señor Diego Riquelme, señaló que cuando las APR suministran agua a Bomberos o Municipalidades, lo que hay en términos estrictos es una venta. En este sentido, y como Bomberos no pueden ser socios de la APR, era necesario establecer una excepción expresa para que estas operaciones de suministro no queden gravadas con IVA. Esto, por cuanto las exenciones en materia tributaria son estrictas y se interpretan de forma restrictiva.

En cuanto a la situación de las comunas que son suministradas completamente por APR, no tendrán inconveniente con la aplicación de esta ley, en la medida que la organización esté inscrita en el registro.

En relación a la retroactividad de la entrada en vigencia, explicó que se instruyó que no se iniciaran procedimientos de fiscalización mientras duraba el procedimiento prelegislativo. Asimismo, se instruyó a los APR, a que emitieran boletas exentas, para no tener que rectificar el pago de impuestos.

Finalmente, respecto a la consulta del diputado Ramírez, cuando el contribuyente de un servicio no es contribuyente de IVA, todo IVA es costo, por lo que debe revisarse si se genera un problema grave de caja y si se justifica seguir haciendo modificaciones respecto a IVA y servicios.

VI.- VOTACIÓN

Proyecto de ley:

Artículo único: Incorpórase, a continuación del artículo 64, el siguiente artículo 64 bis, nuevo, a la ley N° 20.998 que Regula los Servicios Sanitarios Rurales.

“Artículo 64 bis.- Sin perjuicio de lo establecido en la Ley Sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo primero del decreto ley N° 825, de 1974, para los efectos de la presente ley, se considerará que los servicios sanitarios rurales que los operadores presten a sus asociados, cooperados o socios, no se encontrarán gravados con Impuesto al Valor Agregado. Para estos efectos, los nuevos operadores deberán encontrarse inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales al último día del mes anterior en que comience a prestar los servicios señalados. A aquellos operadores que ya se encontraren prestando dichos servicios se les aplicará este tratamiento tributario desde el mes siguiente a aquél en que se incorporen al Registro.

Tampoco se encontrará gravados con Impuesto al Valor Agregado los servicios sanitarios rurales prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que estos responsan exclusivamente a garantizar la continuidad del servicio, en los términos de la letra b) del artículo 40 de esta ley.

Sin perjuicio de lo anterior, se encontrarán exentas de Impuesto al Valor Agregado las prestaciones de servicios sanitarios rurales o la venta de agua potable, al Cuerpo de Bomberos o sus compañías, a los establecimientos educacionales municipales de educación prebásica, básica y media, reconocidos por el Ministerio de Educación, y a los bienes raíces municipales.

Durante el mes de enero de cada año, el Ministerio deberá informar al Servicio de Impuestos Internos el listado de operadores incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales, inscritos al 31 de diciembre del año anterior.

Las operaciones realizadas por los operadores de servicios sanitarios rurales distintas a las señaladas en el presente artículo se regirán por las reglas generales del Impuesto al Valor Agregado, atendiendo a su naturaleza.

Disposiciones transitorias:

Artículo primero transitorio.- Las modificaciones establecidas por esta ley entrarán en vigencia a contar del 1° de enero de 2023.

Artículo segundo transitorio.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 64 bis de la ley N° 20.998, incorporado por el artículo único de esta ley, mientras esté pendiente el plazo establecido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio de la ley referida, no será exigible que los operadores deban estar inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales.

Asimismo, lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 64 bis de la ley N° 20.998, incorporado por el artículo único de esta ley, será aplicable después de transcurrido el plazo contenido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio de dicha ley.

Puesto en votación general y particular a su vez, el proyecto fue aprobado por unanimidad de sus trece miembros presentes. Votaron a favor los diputados Barrera, Cid, Cifuentes, Mellado, Naranjo, Ramírez, Rojas, Romero, Sáez, Sepúlveda, Soto, Von Mühlenbrock y Yeomans.

Tratado y acordado en la sesión especial celebrada el 17 de mayo del año en curso, con la asistencia presencial o remota, de los diputados señores Boris Barrera Moreno, Ricardo Cifuentes Lillo, Miguel Mellado Suazo, Jaime Naranjo Ortiz, Guillermo Ramírez Diez, Agustín Romero Leiva, Jaime Sáez Quiroz, Alexis Sepúlveda Soto, Raúl Soto Mardones, Gastón Von Mühlenbrock Zamora y señoras, Sofía Cid Versalovic, Camila Rojas Valderrama y Gael Yeomans Araya (Presidente).

Asimismo, asistieron, el diputado Héctor Barría Angulo y el diputado Felipe Camaño Cárdenas.

Sala de la Comisión, a 18 de mayo de 2023

JUAN PABLO GALLEGUILLOS JARA

Abogado Secretario Jefe de Comisiones

[1] Artículo segundo .- Los comités y cooperativas de agua potable rural que se encuentren prestando servicios a la entrada en vigencia de esta ley se entenderán titulares de sus respectivas licencias por el solo ministerio de la ley. Sin embargo dentro de los dos años siguientes a la entrada en vigencia del reglamento de esta ley los comités y cooperativas de agua potable rural existentes deberán solicitar su inscripción en el registro de operadores de servicios sanitarios rurales para lo cual deberán acreditar la vigencia de su personalidad jurídica y la efectividad de estar prestando el servicio. Además deberán especificar el área que sirven. En caso de que los comités o cooperativas que se encuentren operando a la fecha de entrada en vigencia de esta ley no hayan ingresado al registro de operadores de servicios sanitarios rurales en el plazo señalado en el inciso precedente la Subdirección podrá incorporarlos dentro del plazo de los dos años siguientes al 20 de noviembre de 2022 siempre que acrediten los requisitos establecidos en el inciso anterior. La Subdirección notificará esta actuación a los comités y cooperativas quienes tendrán un plazo de treinta días para reclamar su disconformidad respecto a su incorporación al registro de operadores en cuyo caso no se entenderán registrados. Transcurrido dicho plazo sin formular reclamo se entenderá que aceptan su incorporación al registro. Lo anterior no obstará a que sean los propios comités o cooperativas quienes soliciten su inscripción en cuyo caso la Subdirección podrá brindar asistencia y acompañamiento en este proceso en cuanto sea necesario. Cumplido el plazo adicional establecido los efectos de sus licencias quedarán suspendidos hasta que se haga efectivo su registro. Efectuada la inscripción en el registro el Ministerio formalizará conjuntamente la licencia de distribución de agua potable y la de recolección de aguas servidas. Sin perjuicio de lo anterior la operación de la etapa de recolección será exigible sólo una vez que esté aprobada la puesta en operación de las redes por la Subdirección. El Ministro de Obras Públicas otorgará el reconocimiento de las licencias conforme a lo dispuesto en los incisos precedentes mediante decreto del Ministerio de Obras Públicas expedido bajo la fórmula "por orden del Presidente de la República" el que se publicará en el sitio electrónico del Ministerio y se notificará a las partes interesadas mediante correo electrónico a la dirección informada por el operador. Dentro del plazo indicado en el inciso segundo no podrán otorgarse concesiones de servicios sanitarios regulados por el decreto con fuerza de ley Nº 382 del Ministerio de Obras Públicas promulgado el año 1988 y publicado el año 1989 en las áreas que estén siendo servidas por comités o cooperativas al momento de entrada en vigencia de esta ley. Las actuaciones y resoluciones que se requiera notificar a los comités y cooperativas para efectos de esta ley se entenderán realizadas al correo electrónico que informen para efectos de su incorporación al registro de operadores mientras no sea aplicable lo señalado en el inciso primero del artículo 46 de la ley N° 19.880. Los comités y cooperativas que hayan ingresado al registro de operadores tendrán preferencia para acceder al régimen de inversión pública y subsidios señalados en la presente ley.

1.3. Discusión en Sala

Fecha 30 de mayo, 2023. Diario de Sesión en Sesión 36. Legislatura 371. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

EXENCIÓN DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO A OPERACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS RURALES (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 15901-05)

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que exime del impuesto al valor agregado a los servicios sanitarios rurales a que se refiere la ley N° 20.998 (boletín N° 15901-05).

Para la discusión de este proyecto se otorgarán tres minutos a cada diputada y diputado que se inscriba para hacer uso de la palabra.

Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor Gastón von Mühlenbrock .

Antecedentes:

-Mensaje, sesión 28ª de la presente legislatura, en miércoles 10 de mayo de 2023. Documentos de la Cuenta N° 2.

-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 35ª de la presente legislatura, en lunes 29 de mayo de 2023. Documentos de la Cuenta N° 15.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor VON MÜHLENBROCK (de pie).-

Señor Presidente, honorable Sala, en nombre de la Comisión de Hacienda en calidad de comisión técnica, paso a informar sobre el proyecto de ley, iniciado en mensaje de su excelencia el Presidente de la República, que exime del impuesto al valor agregado a los servicios sanitarios rurales a que se refiere la ley N° 20.998.

Asistió a presentar el proyecto en representación del Ejecutivo, el ministro de Hacienda, señor Mario Marcel Cullell , junto con el coordinador de Política Tributaria del Ministerio de Hacienda, señor Diego Riquelme Ruiz , y la subdirectora de Servicios Sanitarios Rurales del MOP, señora Denisse Charpentier Castro .

La idea matriz de la iniciativa consiste en dar certeza en el tratamiento tributario que corresponde a los sistemas de agua potable rural (APR), mediante la exención del IVA a las operaciones realizadas por estos, a fin de que puedan seguir operando en el país.

La entrada en vigencia de la ley Nº 21.420, de 2022, que reduce o elimina exenciones tributarias que indica, develó la necesidad de impulsar un cambio normativo para establecer un régimen diferenciado respecto de las actividades de los comités de APR.

Por lo anterior, el presente proyecto reconoce la vital importancia que tienen los servicios sanitarios rurales para la vida cotidiana de las personas que habitan en zonas del país donde el acceso a agua potable está asegurado por la labor que estos cumplen. Estas organizaciones no solo realizan el servicio de suministro de servicios sanitarios a hogares, sino también a organizaciones municipales, colegios y servicios de urgencia, como el Cuerpo de Bomberos de Chile.

Conscientes de la importante labor que cumplen los APR en Chile, el Ejecutivo consideró necesario otorgar claridad en el tratamiento tributario aplicable a la prestación de este tipo de servicios, para que puedan seguir operando a lo largo del país. Con esta finalidad, durante los meses de enero y febrero del presente año se realizó un trabajo conjunto entre los operadores de servicios de APR, el Ministerio de Obras Públicas y el Ministerio de Hacienda, mediante el cual se discutieron las principales problemáticas tributarias que tienen los operadores de APR en la actualidad, muchas de las cuales vienen a ser solucionadas a través del presente proyecto de ley.

En lo relativo a su incidencia presupuestaria, el informe financiero de la Dirección de Presupuestos señala que el presente mensaje tiene efecto en los ingresos fiscales, por cuanto disminuye la recaudación de IVA. Utilizando registros administrativos del Servicio de Impuestos Internos para 2022, se estima que la base imponible que dejará de estar gravada con IVA es de 54.087 millones de pesos de 2022 al año, constituyendo la menor recaudación a 19 por ciento de dicho monto. Lo anterior corresponde a menores ingresos fiscales por 11.021 millones (en pesos de 2023) al año.

Los integrantes de la comisión se mostraron muy de acuerdo con los fundamentos de la iniciativa, como también respecto de los mecanismos dispuestos para alcanzar el objetivo propuesto.

Por esta razón, el proyecto fue aprobado íntegramente, en los términos propuestos por el Ejecutivo, en general y en particular, en un solo acto, por la unanimidad de los trece miembros de la Comisión de Hacienda: diputadas Cid, Rojas y Yeomans (Presidenta), y diputados Barrera, Cifuentes , Mellado, don Miguel ; Naranjo , Ramírez, don Guillermo ; Romero, don Agustín ; Sáez , Sepúlveda , Soto, don Raúl , y este diputado informante, Gastón von Mühlenbrock .

En consideración a todo lo anterior, la Comisión de Hacienda recomienda a la Sala aprobar la presente iniciativa de ley en los términos señalados.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

En discusión el proyecto de ley. Tiene la palabra el diputado Frank Sauerbaum .

El señor SAUERBAUM.-

Señor Presidente, la idea matriz de este proyecto tiene relación con dar certeza en el tratamiento tributario que corresponde a los sistemas de agua potable rural, mediante la exención del IVA a las operaciones realizadas por estos, a fin de que puedan seguir operando en el país.

La ley N° 21.420, que eliminó la exención de IVA a los servicios, provocó que quedaran gravadas con IVA las cooperativas de APR. Esto se debe a que las cooperativas, por regla general, están afectas al IVA, y al eliminarse la exención a los servicios, terminaron siendo afectadas con este impuesto.

Este problema fue reportado por las cooperativas a fines del año pasado, por lo que el Ejecutivo se comprometió a resolver el problema antes de enero. Afortunadamente, después de varios meses, ha llegado el proyecto que considera la exención de IVA para los servicios sanitarios rurales que realicen los operadores, asociados, cooperados y socios, otros operadores o asociaciones de operadores, en tanto sea para garantizar la continuidad del servicio; los cuerpos de bomberos o sus compañías, establecimientos de educación municipal y bienes raíces municipales.

Para estar exentos, los APR deben estar inscritos en el Registro de Operadores de Servicios Sanitarios Rurales el mes anterior al inicio de la entrega de su servicio. En enero de cada año, el Ministerio de Obras Públicas informará al Servicio de Impuestos Internos respecto de los APR incorporados en el registro al 31 de diciembre del año anterior.

Los cambios anteriormente mencionados tienen vigencia desde enero del 2023; o sea, tienen efecto retroactivo.

El plazo para estar exento de IVA sin incorporarse al registro es hasta noviembre del 2024.

El proyecto fue aprobado en la Comisión de Hacienda por unanimidad y, básicamente, su idea matriz es dar certeza en el tratamiento tributario que corresponde a los sistemas de agua potable rural.

En Ñuble tenemos una gran cantidad de proyectos de agua potable, que crece todos los días para dar satisfacción a cientos de vecinos.

Esta iniciativa es muy relevante para nosotros, porque permitirá disminuir los costos del acceso al agua y ayudará a mejorar la calidad de vida de los sectores rurales de nuestra Región de Ñuble y de todo el país.

En consecuencia, anuncio que la votaremos a favor.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Felipe Camaño .

El señor CAMAÑO.-

Señor Presidente, con toda justicia, siempre creímos que había que eliminar el cobro del IVA a las APR. El año pasado, a través de la bancada del campo y las tradiciones, 59 diputados firmantes enviamos una carta al Ejecutivo para solicitar que se eliminara este impuesto, en el entendido de que las APR, con mucho esfuerzo, se agrupan por necesidad, se formalizan para poder postular y esperan años por una solución que les otorgue la dignidad de acceder al agua potable, un bien esencial que está presente en los centros poblados, pero aún ausente en lugares más apartados.

Constituye una injusticia tremenda cobrarles este impuesto, porque incrementa en 19 por ciento el valor del agua para personas que necesitan este recurso vital para consumirlo.

Es ingrata la realidad que viven nuestras cooperativas, y para qué decir quienes las administran. Por eso, creemos que hay que hacer justicia con ellos.

Desde ya, agradecemos el compromiso que asumió el Ejecutivo para dar respuesta a esta necesidad que uno ve presente en los sectores rurales a lo largo y ancho de nuestro país. Creo que hoy estamos cumpliendo con ellos.

Quiero pedir el apoyo trasversal de todos los parlamentarios y parlamentarias en el Congreso Nacional, precisamente para llegar con buenas noticias a todas estas cooperativas que hoy esperan este anuncio con muchas ansias, a fin de seguir con estos proyectos que vienen a garantizar y entregar una mayor dignidad a toda nuestra gente.

He dicho.

-Aplausos.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Naranjo .

El señor NARANJO.-

Señor Presidente, creo que el gobierno, una vez más, cumple con los compromisos que contrae. El año pasado, desde la Comisión de Hacienda y junto con otros parlamentarios, hicimos ver al Ejecutivo la necesidad de eximir del pago del IVA a los APR, instituciones que tienen más de sesenta años en el país.

Hay alrededor de 2.000 APR a lo largo y ancho de nuestra patria, que están constituidos a través de comités o cooperativas. Por tanto, parecía del todo razonable impulsar esta iniciativa, pues, como muy bien se ha dicho aquí, el IVA encarece el costo del acceso al agua potable en los sectores rurales de nuestro país.

Creo que es una enorme iniciativa la que vamos a aprobar hoy y, por cierto, en las comunidades rurales, en las comunas y provincias rurales será muy bienvenida la exención del pago del IVA por parte de los APR.

Sin embargo, no solo se propone eximir del pago del IVA a estas instituciones, los APR, sino además se incluyó a los cuerpos de bomberos y sus compañías, y a los establecimientos educacionales municipales. Con la ampliación de este beneficio a este otro tipo de instituciones, por cierto, también se hace justicia.

Por eso, los integrantes de la bancada del Partido Socialista, quienes éramos partidarios desde un inicio de eximir del pago del IVA a los APR, expresamos nuestra satisfacción y alegría. Particularmente, hacemos un reconocimiento al gobierno, al ministro de Hacienda y a la ministra de Obras Públicas, pues se comprometieron a sacar adelante esta iniciativa que hoy, y no tengo ninguna duda de que será votada a favor por la inmensa mayoría de los parlamentarios presentes en la Sala.

La bancada del Partido Socialista no solo quiere expresar su satisfacción, sino también quiere señalar que, desde nuestros distintos territorios, impulsamos esta iniciativa.

Por ello, hoy vemos con muy buenos ojos que el compromiso del gobierno se cumple, de manera que apoyaremos el proyecto con nuestro voto a favor.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Camila Rojas .

La señora ROJAS (doña Camila).-

Señor Presidente, por mucho tiempo se ha generado una falsa dicotomía entre el cuidado del medio ambiente del planeta y el bienestar de las personas, su trabajo y su vida. Esta dicotomía no existe, porque la crisis medioambiental precisamente afecta la vida de las personas y, normalmente, de los más pobres.

Hoy estamos hablando del agua, que desde hace diez años enfrenta una de las peores crisis medioambientales: la sequía. Se trata de algo tan básico, tan humano y tan necesario como el agua para beber, para cocinar y para el cuidado de la higiene.

Gracias a la labor de los APR, que proveen de agua potable y saneamiento, sobreviven miles de familias a nivel nacional y regional.

En nuestra provincia, la de San Antonio, son más de 1.400 familias las que no solo beben agua, sino se asean, asean sus casas, se alimentan, alimentan a sus animales e, incluso, en algunos casos, tienen la posibilidad de cultivar pequeñas huertas gracias a la encomiable labor de los APR.

Los APR cumplen un rol fundamental ahí donde las grandes empresas sanitarias simplemente no llegan, lo que resulta paradójico, porque no se trata de organizaciones con grandes recursos ni mucho menos; poco tienen que ver con el mercado y el poder del dinero. Son cooperativas, asociaciones sin fines de lucro que venden agua a precio de costo y cuyo interés no es otro que apoyar a las comunidades de las cuales son parte.

La sequía que aqueja a nuestro país lleva más de una década, y como Estado estamos al debe, ya que no hemos sabido dar suficientes respuestas para enfrentar la crisis, y menos para detenerla o revertirla.

En ese sentido, me parece que excluir del pago del IVA a los APR es un paso mínimo para apoyar su labor, pero fundamentalmente para apoyar a las comunidades, a las familias trabajadoras rurales, y a los niños y niñas que crecen en esas familias. Es nuestro deber ponernos de su lado.

Por eso, apoyo con mucha fuerza este proyecto, que excluye del pago del IVA a los APR, que cumplen una función social clave en nuestras comunidades.

Especialmente envío mi saludo y reconocimiento a los APR de la Región de Valparaíso, las que día a día cumplen una importante labor.

Pido a esta Sala que apoyemos de manera unánime este importante proyecto de ley.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Guzmán .

El señor GUZMÁN.-

Señor Presidente, a nivel mundial, Chile se posiciona en el puesto 38 del listado que califica el agua potable, entre 180 países del mundo. Somos el país mejor ubicado en Latinoamérica y el único de la región en donde se recomienda beber agua directamente de la llave. Eso no es menor; no podemos obviarlo.

En nuestro país se garantiza el agua potable a localidades rurales, como las muchas que hay en la Región del Maule, mediante la participación de la propia comunidad que se organiza para administrar el servicio.

Hoy existen casi 2.000 APR a lo largo de todo el país, los cuales abastecen a más del 99 por ciento de la población de zonas rurales concentradas. Hablamos de casi dos millones de habitantes que se benefician mediante este sistema.

Según reportes recientes, la Región del Maule tiene 292 sistemas de agua potable rural, siendo la región con más servicios del país y la comuna de San Clemente la con mayor cantidad de APR, con 26 de estos.

Este es un servicio vital para nuestras comunidades, porque asegura vida, porque cada vez que llegamos con agua potable a una familia es un triunfo para la región y para el país, es una nueva familia que cuenta con un suministro básico y vital al alcance de su llave.

El Estado debe apoyar, reforzar y garantizar este tipo de iniciativas. Por eso resulta inexplicable que, a pesar de que originalmente no se les cobraba IVA, hoy las prestaciones de los APR sí estén gravadas con este impuesto.

Hoy, cuando vemos una sociedad cada vez más atomizada, debemos votar a favor de esta iniciativa y de cada iniciativa que busque reforzar los lazos de cooperación, participación organizada y autogestión de las necesidades de aquella.

Desde Evópoli , y como representante del Maule, votaré a favor por las familias rurales de mi región y por la mejor calidad de vida de todos sus habitantes.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Marta Bravo .

La señora BRAVO (doña Marta).-

Señorita Presidenta, este proyecto busca dar certeza a la situación de los APR en cuanto al pago del IVA, estableciendo la exención de este impuesto a fin de que puedan seguir teniendo funcionamiento en nuestro país.

Estas organizaciones tienen la misión de canalizar los principales intereses de las comunidades rurales, que sufren por la falta de agua potable. Sus dirigentes se han sacrificado por años exigiendo un mayor compromiso de las autoridades políticas y celeridad en la tramitación de los proyectos en la materia.

El agua y los sistemas de saneamiento son indispensables para el desarrollo socioeconómico, la energía, la producción de alimentos y, por supuesto, la supervivencia de todo ser humano.

El agua potable es el primer elemento que salva vidas. Esto cobra especial relevancia en un contexto de crisis hídrica como el que enfrentamos hoy, que ha implicado que muchos sectores queden sin suministro del vital elemento, debiendo recurrir a los APR para obtener este recurso tan básico.

Dicho eso, no me parece correcto que los servicios sanitarios rurales paguen el referido impuesto, por lo que votaré a favor de esta iniciativa, que exime del IVA a los APR, y sobre todo en la región más rural del país, como es la que represento, la Región de Ñuble.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Nathalie Castillo .

La señora CASTILLO (doña Nathalie).-

Señorita Presidenta, quiero comenzar destacando la voluntad que ha tenido el gobierno para escuchar siempre las diversas demandas de las dirigentas y los dirigentes de los APR que hemos expuesto de manera constante en la Comisión de Recursos Hídricos, a las que, de una u otra forma, se ha dado respuesta en el marco de un trabajo conjunto, lo cual se agradece.

Cabe recordar que, en mayo pasado, tras reunirnos con las dirigencias de los APR de diversos sectores y localidades del país -también de nuestra Región de Coquimbo-, solicitamos al Ejecutivo la posibilidad de prorrogar la implementación de la ley N° 20.998 para que revise los requisitos que aquellos deben cumplir.

Así, por especial encargo del Presidente de la República, del Ministerio de Obras Públicas, se realizó un proceso participativo con dirigencias de diversas agrupaciones que solicitaban con urgencia dicha prórroga para comenzar a regular los servicios sanitarios rurales, lo que efectivamente se logró, aplazándose la implementación hasta julio de este año. Lo señalo porque es un punto importante en la discusión de este proyecto.

En cuanto al tema que nos convoca, esto es, la exención del IVA, durante los meses de enero y febrero levantamos esta alerta, que viene de los propios territorios, de los propios comités, y recibimos -lo valoramos mucho- el anuncio de Hacienda y también de Obras Públicas de tramitar un mensaje que dé tranquilidad y un respiro a quienes llevan el agua a nuestras comunidades. Por tanto, aquí hay un cumplimiento claro, efectivo.

Este proyecto tuvo una instancia prelegislativa, en la que las organizaciones solicitaron que la propuesta tuviera un carácter retroactivo, que la exención tributaria se aplicara a la prestación de los servicios entre operadores, que se incorporara entre los beneficiarios a los establecimientos municipales de educación y de salud, así como también a socios bomberos y bomberas, y que se distinguiera entre socios y usuarios, aplicando la exención solo a los socios, para así incentivar la participación en la gestión y administración de los servicios sanitarios rurales.

Pero lo más importante aquí es señalar que estas organizaciones comunitarias no tienen fines de lucro y, por tanto, los eventuales saldos a favor son destinados al objeto social de estas, como mejoras en los equipamientos, remuneraciones del personal -sabemos que es muy difícil su situación-, pago de los insumos y otros.

Para quienes representamos a las regiones rurales, este proyecto nos afecta de manera directa. Por eso -lo señalo por intermedio del señor Presidente a los ministros presentes-, toda iniciativa regulada y relacionada con los APR la vamos a aprobar mientras sea fruto de un trabajo conjunto con los comités. Sin embargo, ministra, estaremos muy pendientes de que Obras Públicas pueda reevaluar un nuevo plazo para la implementación de la Ley que Regula los Servicios Sanitarios Rurales, para que de esa manera todos los operadores y operadoras puedan ser parte y gozar esta exención del IVA.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Cristián Tapia .

El señor TAPIA.-

Señorita Presidenta, me alegra mucho que hoy nos encontremos discutiendo este proyecto, pero, más que eso, aquí estamos poniendo énfasis en la importancia del mundo rural.

Qué bueno es escuchar de todos los sectores políticos que estos son los proyectos importantes para nuestra gente, porque la exención del pago del IVA al mundo rural, que tiene la posibilidad de contar con su APR y llegar con agua potable a cada uno de sus vecinos, es una lucha que han dado por muchos años.

Además, no es fácil poder administrar un APR, pues los dirigentes tienen que estar a diario buscando diferentes alternativas para dar cumplimiento y regularizar muchas situaciones.

Cuando hablamos de sectores rurales, hablamos de sectores aislados y de que para sus habitantes eso no solo significa el pago por consumo de agua potable a un alto costo, sino también traslados para comprar mercadería, que los colegios estén alejados, es decir, hay una serie de problemas a los que se enfrentan en el día a día.

Y para Atacama, región que represento, que tiene una gran cantidad de sectores rurales que cuentan con APR, la verdad es que esto causará un impacto bastante positivo.

Por lo demás, agradezco al gobierno por el compromiso de tener en consideración a los sectores más alejados, lo que, sin lugar a dudas, implica un apoyo tremendo para la calidad de vida que tienen las personas que los habitan.

Quienes vivimos en los sectores urbanos tal vez contamos con las mejores comodidades, quizás tenemos una calidad de vida mucho mejor, y esa es la realidad que les podemos dar a nuestras familias y a nuestros hijos.

Ahora bien, hablar de que no existirá este costo del 19 por ciento por pago del IVA significará un tremendo alivio para los bolsillos de las personas.

Ayer discutimos el ingreso mínimo, y no me cabe duda de que muchos de aquellos que en estos momentos pagan un APR también reciben ese salario.

Como bancada del PPD e Independientes siempre votaremos a favor estos proyectos que van en pos de nuestra gente, de quienes más lo necesitan, de aquellos que están más complicados con los caminos en sus territorios, porque cada vez que llueve, se cortan, dejándolos sin acceso a los diversos sectores rurales.

Pero también debemos recordar que muchos de esos sectores todavía son abastecidos por camiones aljibe. En ese sentido, debemos seguir proyectando y mejorando la calidad de vida, especialmente de esa gente que con tanto sacrificio trata de sacar adelante a su familia.

Así, con mucho gusto votaremos favorablemente esta iniciativa. La votación de hoy será histórica, porque no me cabe duda de que todos los sectores políticos aprobaremos este proyecto.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Víctor Pino .

El señor PINO.-

Señorita Presidenta, por su intermedio, saludo a la ministra que hoy nos acompaña.

Como muchos colegas ya han señalado, este es un día especial para todas las comunidades que tienen servicios sanitarios rurales, conocidos también como APR.

Un dato estadístico no menor es que en la Región de Coquimbo, a la que represento, de las quince comunas que posee, doce están catalogadas como rurales, las cuales abarcan el 83,1 por ciento del territorio regional.

Esta noticia de poder aliviar del pago del IVA a los servicios sanitarios rurales ha sido muy bien recibida por las comunidades en la Región de Coquimbo, y me imagino que en la mayoría del país.

Lo que sí quiero compartir con la ministra es una carta que recibimos varios diputados de parte de la Asociación Nacional de APR, en la cual se señala lo siguiente: “El acuerdo con el actual Presidente de la República y el acuerdo verbal logrado para la primera y segunda prórroga de la ley Nº 20.998 con senadores y diputados, fue permitir la instalación de una mesa única nacional para la discusión y modificación de esta ley, su reglamento y manuales.

Esto no se está cumpliendo y, muy por el contrario, se ha estado intentado aplicar la ley en forma impositiva, sin conversación, sin respetar los procesos organizativos tan urgentes, tan necesarios, para enfrentar la nueva realidad que se quiere imponer.”.

Más adelante la carta señala: “Los dirigentes de sistemas de agua potable rural hemos hecho un enorme esfuerzo de participación para organizarnos en uniones comunales, asociaciones provinciales, regionales y nacionales y así poder ser un aporte al diálogo y a la búsqueda de soluciones acordes a nuestra realidad rural.”.

Luego, en la carta señalan once puntos donde indican que es necesaria la participación del Ministerio de Obras Públicas, específicamente de la Dirección de Obras Hidráulicas y de la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales, así como también de las autoridades de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

Esta carta se nos envió a más de treinta diputados y fue dirigida, en primera instancia, a las autoridades de la Dirección de Obras Hidráulicas, la Superintendencia y la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales, para su conocimiento.

Ojalá podamos avanzar para que la ley Nº 20.998 pueda dar soluciones reales al mundo rural y, sobre todo, en la implementación de los servicios sanitarios rurales, que tan bien le hacen a nuestro país.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Ha solicitado la palabra la ministra de Obras Públicas, señora Jessica López , a quien le damos la bienvenida. Tiene la palabra, señora ministra.

La señora LÓPEZ, doña Jessica (ministra de Obras Públicas).-

Señorita Presidenta, agradezco a todas las diputadas y los diputados que han intervenido, pues sus observaciones me permiten hacer una intervención más corta de lo presupuestado.

Quiero agradecer la celeridad con que la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados tramitó este proyecto de ley.

Este es un proyecto que fue comprometido por el gobierno, a inicios de este año, con las comunidades de servicios sanitarios rurales, y hoy está en la Cámara en su último trámite legislativo.

Todos han relevado la importancia del proyecto, en términos de la cantidad de organizaciones involucradas. Nosotros tenemos registradas 2.368 APR, que abastecen de agua potable a más de 2 millones de personas que viven en las zonas rurales.

Adicionalmente, quiero comentar que a partir de la ley Nº 20.998 se producen cambios muy importantes en el Ministerio de Obras Públicas propiamente tal, pues a través de su Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales va a asumir la relación completa con los servicios sanitarios rurales, no solo en el ámbito de las inversiones, que es lo que ha hecho durante muchas décadas, sino también a través de la asistencia técnica, la capacitación y el apoyo, en general, a los servicios sanitarios rurales, los cuales son una estructura social extremadamente relevante para los servicios sanitarios en Chile.

El presupuesto que el Ministerio de Obras Públicas tiene destinado este año a la inversión en servicios sanitarios rurales asciende a 288.000 millones de pesos, la cifra más alta de los últimos diez años, lo cual refleja un esfuerzo y un compromiso total con los servicios sanitarios rurales, porque entendemos el aporte que ellos hacen para que Chile pueda avanzar decididamente en cumplir con el derecho humano de acceso al agua y al saneamiento en todo su territorio y para todos sus habitantes.

También se mencionó que el proyecto beneficia no solo a los socios de los servicios sanitarios rurales, sino a las compañías de bomberos, a los establecimientos educacionales y a los bienes raíces municipales a lo largo de todo Chile.

Acojo lo que indicó el diputado Pino . Nosotros también hemos recibido comunicaciones de la Asociación Nacional de APR Chile. Hemos comprometido con ellos un diálogo tendiente a revisar la ley y su reglamento; hemos estado en el proceso para organizar esas mesas y queremos reunirnos con el máximo de dirigentes de los APR a lo largo de todo Chile. Reitero: son 2.368 organizaciones, cada una con distintas realidades geográficas y distintas necesidades.

La ley y el reglamento establecen un conjunto de cumplimientos que debemos alcanzar. Por lo tanto, estamos trabajando en fortalecer el Ministerio de Obras Públicas para hacerse cargo de estas nuevas tareas, sin perjuicio de lo cual estamos en proceso de estructurar un mecanismo ordenado para iniciar este diálogo con los dirigentes de APR de todo Chile. Así que acogemos el planteamiento del diputado Pino .

Por último, agradezco a la Mesa por el tiempo otorgado y a todos por el trámite de este proyecto de ley.

Muchas gracias.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Miguel Mellado .

El señor MELLADO (don Miguel).-

Señorita Presidenta, aquí tengo la convocatoria de APR´S Chile que dice: “Una voz por el derecho al agua comunitaria y por la ley que nos represente. Nos movilizamos a Santiago el 6 de junio, 12 horas, Palacio de La Moneda. Dirigentes unidos necesitamos ser escuchados y considerados. Ley 20.998, no somos empresas”.

Este tema va creciendo, porque los sistemas de APR son administrados, mantenidos y operados por la propia comunidad organizada en comités y en cooperativas, que reciben asesorías y asistencia del Estado. Además, para el funcionamiento del servicio se debe aplicar una tarifa por los consumos de agua potable que garantice esa sustentabilidad.

La descentralización en la provisión de agua potable es necesaria para permitir su acceso a los lugares más recónditos de nuestro país. Es un elemento crucial para la vida rural y se hace necesaria su protección legal.

La ley Nº 21.420, que elimina la exención del impuesto al valor agregado a los servicios, cometió un error con las cooperativas de APR, generándoles graves consecuencias. Estas cooperativas, que por regla general están sujetas al IVA, se han visto afectadas por la eliminación de la exención a los servicios, lo que se ha aprovechado para que queden gravadas con este impuesto.

Este problema fue advertido el año pasado por las cooperativas afectadas y por parlamentarios de distintos sectores políticos, razón por la cual el Ejecutivo se comprometió a presentar este proyecto antes de finalizar el mes de enero. Lamentablemente, el plazo no se cumplió; tardó un poco más, pero llegó. En el intertanto, las cooperativas de APR quedaron en la más absoluta incertidumbre.

En cuanto al contenido del proyecto, no puedo estar más a favor, salvo en la discriminación arbitraria que se produce al entregar un tratamiento diferenciado e injustificado a las escuelas públicas en comparación con las escuelas privadas o subvencionadas. Mientras las primeras quedan exentas de IVA, de por sí, al operar con APR, no ocurre lo mismo con las otras. Espero que este punto sea abordado y resuelto en el Senado.

Obviamente, este proyecto considera la exención del IVA para los servicios sanitarios rurales que los operadores presten a sus asociados, cooperados y socios. También las prestaciones de servicios sanitarios rurales o la venta de agua potable a los cuerpos de bomberos o sus compañías, a los establecimientos de educación municipal y a los bienes raíces municipales se encontrarán exentas del pago del IVA. Por eso, creo que las escuelas privadas rurales también debieran tener el mismo tratamiento para que no haya una dualidad en esta materia.

Espero que en el Senado también se arregle este punto.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Daniel Lilayu .

El señor LILAYU.-

Señorita Presidenta, el agua, sin duda, es uno de los principales recursos para el desarrollo de la vida de las personas. En sectores rurales, como en cientos de localidades de mi distrito, son los servicios de agua potable rural los encargados de abastecer de agua potable a las localidades rurales, contribuyendo al desarrollo económico y a la integración social del país.

Se entiende por servicio sanitario rural el que consiste en la provisión de agua potable y/o saneamiento sin fines de lucro, conforme a lo dispuesto en la ley N° 20.998, con el debido aporte de inversión y capacitación del Estado.

Durante los últimos años, los servicios de APR han estado expuestos a modificaciones legislativas que han generado incerteza respecto de su tratamiento tributario, principalmente, porque muchas veces las políticas públicas se elaboran desde un escritorio y no desde el territorio, conociendo las diversas realidades que existen.

Este proyecto de ley establece que los servicios de APR estarán exentos de IVA, lo que me parece que va en la dirección correcta, dada la gran importancia que tienen los servicios sanitarios rurales en las zonas del país en que el acceso al agua potable es más restringido para el suministro a hogares, colegios, municipios, servicios de urgencia, entre otros. Por eso, resulta necesario entregar certezas en materia de tratamiento tributario.

Por su intermedio, señorita Presidenta, quiero decir a la señora ministra que en la región que represento también existe una creciente sequía. Por eso, es necesario mencionar que hay comunidades rurales de la región que represento que llevan años esperando este vital elemento. Claramente, es inaceptable que haya chilenos de primera y de segunda clases.

Por supuesto que votaré favorablemente el proyecto.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Ericka Ñanco .

La señorita ÑANCO (doña Ericka) .-

Señorita Presidenta, en primer lugar, quiero saludar a todos los compatriotas que hoy se abastecen de agua potable rural a través de servicios de APR, en especial a mis vecinas y vecinos de La Araucanía.

También quiero aprovechar esta instancia para saludar tanto a la ministra de Obras Públicas como al ministro de Hacienda, quienes hoy cumplen esta anhelada promesa a los comités que se organizan en torno del agua potable rural.

Colegas, como bien ustedes saben, el agua es un elemento vital para vivir. Desde 2010, el agua es considerada como un derecho humano universal, según la Asamblea General de las Naciones Unidas.

El agua es necesaria y primordial. Lamentablemente, producto de la sequía y, por qué no decirlo, también debido al saqueo realizado por algunas grandes corporaciones, cada vez es un bien más escaso y más difícil de conseguir, lo cual es altamente preocupante, considerando la situación de emergencia climática que vive todo el mundo y, por supuesto, nuestro país.

La reducción de impuestos a quienes más lo necesitan para suplir las necesidades básicas es, sin duda, una medida que nos permite avanzar en más justicia social. Sí es importante reducir los impuestos para facilitar la vida de quienes más lo necesitan, a diferencia de lo que creen los colegas de la extrema derecha, que reducen los impuestos a sus amigos millonarios, quienes les financian sus campañas y piensan que en función de la libertad, supuestamente, tendremos una sociedad mejor.

En estricto rigor, esta no es una rebaja de impuestos, sino una adecuación de la norma firmada por el entonces Presidente Sebastián Piñera , que agregaba el IVA a los servicios. Lo que busca esta iniciativa es que esta norma no se aplique a los APR, por ser empresas sociales de vital importancia en cuanto a funcionamiento.

Por todos aquellos proyectos de agua potable rural que llevan diez, quince y hasta veinte años esperando, aprobaré este proyecto de ley, dado que valoro y apoyo este avance. Estaré siempre disponible para apoyar las medidas que vayan en beneficio de quienes más lo necesitan, en particular de aquellos sectores rurales que hoy se ven beneficiados con este proyecto de ley.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Ricardo Cifuentes .

El señor CIFUENTES.-

Señorita Presidenta, por su intermedio saludo a la ministra de Obras Públicas.

Si bien este proyecto es muy importante, ha sido concebido para resolver un error. Dentro del proyecto de reforma que buscaba el financiamiento de la pensión garantizada universal (PGU) en 2019, se incorporó el IVA a los servicios, entre ellos, a los servicios de agua potable rural. Por tanto, lo que hacemos es resolver un problema que se generó hace un par de años. Corregir ese problema es de lo más justo.

Quiero hacer una reflexión sobre el sistema de agua potable rural en Chile.

Si bien hace algunos años se legisló sobre la materia, todavía existen temas pendientes que debemos ser capaces de resolver. Me quiero sumar a la solicitud del diputado Víctor Pino respecto de la Asociación de Agua Potable Rural de Chile, que exige y pide una mayor participación y conversaciones con el Ministerio de Obras Públicas.

Por su intermedio, señorita Presidenta, quiero pedir a la señora ministra, que se encuentra presente, que asumamos el tema de los sistemas de agua potable o sistemas de servicios de saneamiento rural, como se denominan hoy, de manera integral. Al ya complejo tema del agua potable debemos agregar los alcantarillados rurales, que en muchas zonas funcionan de manera realmente caótica. Además, tenemos problemas de inexistencia de sistemas de alcantarillado rural; otros, que se han construido en el último tiempo, tienen dificultades de operación, llegando a niveles críticos desde el punto de vista sanitario. Lo que sucede es que el sistema en general carece de organización. Son los vecinos y vecinas, que no tienen conocimientos técnicos, y los municipios, a través de pequeñas subvenciones, los que deben hacerse cargo de los problemas. Tal como señala la Asociación de Agua Potable Rural de Chile, son muchos los temas pendientes. Coincidimos con su preocupación.

Por otra parte, existe un sistema de distribución de agua por camiones aljibe, los que hoy llegan a muchos sectores rurales, incluso donde los sistemas de agua potable son deficientes. También debemos hacernos cargo de eso.

Creo que vamos en la línea correcta. Estamos corrigiendo un error y espero que asumamos el gran desafío de mejorar el sistema de agua potable rural en Chile.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Carolina Marzán .

La señora MARZÁN (doña Carolina).-

Señorita Presidenta, por su intermedio saludo a la ministra de Obras Públicas, señora Jessica López .

La Región de Valparaíso está integrada por más de 250 sistemas comunitarios de agua potable rural, que abastecen a más de 180.000 personas en todo el territorio. Si bien el proyecto establece la exención del pago de IVA, el cual votaré favorablemente y sin indicaciones, para no retrasar su tramitación, señala requisitos impositivos para acceder a esa prerrogativa, como, por ejemplo, ser parte del Registro de Operadores de Servicios Sanitarios Rurales y la garantía de continuidad de ese servicio. Como me han manifestado desde la Asociación de Agua Potable Rural de Chile -también lo han señalado otros colegas-, esos requisitos no han sido del todo dialogados ni informados, a fin de tener una buena tramitación del proyecto.

Los APR difundieron esto en redes sociales y han manifestado su inquietud. Como diputada, lo hice saber a la ministra, a quien agradezco su recepción a esta demanda tan importante.

Confío en el diálogo; confío en las buenas escuchas y en las buenas decisiones que se tomen de la mano armónica de las comunidades. Vuelvo a agradecer a la señora ministra por su recepción.

Por supuesto que votaré favorablemente el proyecto.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Agustín Romero .

El señor ROMERO (don Agustín).-

Señorita Presidenta, las organizaciones de servicios sanitarios rurales son vitales para la vida cotidiana de muchas personas que habitan distintas zonas del país donde no llegan las inversiones sanitarias privadas. En esos casos el Estado debe fomentar el acceso al agua potable, asegurando su labor a este tipo de cuerpos intermedios, que no solo suministran servicios sanitarios a hogares, sino también a organizaciones municipales, colegios, servicios de urgencia, incluso a Bomberos.

Me alegro de que estemos dando cumplimiento al rol subsidiario del Estado. En cumplimiento del principio de subsidiariedad, consagrado en nuestra Constitución Política de la República, es fundamental garantizar el pleno cumplimiento de los objetivos de estas organizaciones. Por ello, resulta fundamental consagrar la exención del IVA a los servicios sanitarios rurales.

Este proyecto introduce un solo artículo a la ley que regula los servicios sanitarios rurales y establece un tratamiento tributario especial para los servicios prestados por los comités de agua potable rural o APR.

Bajo este nuevo marco normativo, los servicios sanitarios prestados por los operadores a sus asociados, cooperados o socios estarán exentos de IVA. Sin embargo, para que esta exención se aplique, los nuevos operadores deberán estar inscritos o incorporados en el Registro de Operadores de Servicios Sanitarios Rurales al último día del mes anterior en que comiencen a prestar los servicios indicados.

A los operadores que ya se encuentren prestando dichos servicios se les aplicará esta exención tributaria desde el mes siguiente a aquel en que se incorporen al registro. Adicionalmente, los servicios sanitarios rurales prestados entre operadores o asociaciones de operadores también estarán exentos de IVA, siempre y cuando esos servicios garanticen la continuidad del servicio.

Esta nueva legislación también establece que estarán exentas de IVA las prestaciones de servicios sanitarios rurales o la venta de agua potable realizada a Bomberos o sus compañías. De la misma forma, los establecimientos educacionales municipales de educación prebásica, básica y media reconocidos por el Ministerio de Educación, así como los bienes raíces municipales, también disfrutarán de esta exención.

Sin embargo, hacemos un llamado al gobierno para que atienda las demandas de la mesa de trabajo con los APR, los cuales reclaman que se sigue haciendo todo a puertas cerradas.

No obstante lo anterior, debido a la labor crucial que realizan los APR en Chile, esta nueva normativa otorga claridad en el tratamiento tributario aplicado a la prestación de este tipo de servicios.

La exención del IVA es un paso importante para garantizar que estas organizaciones puedan seguir operando a lo largo del país.

Como garantía de la subsidiariedad del Estado, los republicanos vamos a votar a favor. He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Marcia Raphael .

La señora RAPHAEL (doña Marcia).-

Señorita Presidenta, después de discutir tantas alzas en tributos e intentos de subida de impuestos, enorgullece discutir iniciativas como esta, que van en el sentido contrario, para hacer más fácil la vida de miles de familias.

Los APR cumplen una función social en Chile, especialmente en Aysén, contribuyendo profundamente al desarrollo económico y a la integración social del mundo rural. Se estima que casi dos millones de personas se abastecen de agua potable en los 1.962 servicios de agua potable rural constituidos a nivel nacional.

En la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, los usuarios de los APR son 19.700, lo que representa una enorme contribución para nuestros habitantes y sus familias, principalmente en las comunas de Puerto Aysén y Cisnes, al norte de nuestra región.

En nuestra región son cientos los APR que, por falta de apoyo y de presupuesto, no han logrado su objetivo. Hemos esperado años para contar con este servicio, en circunstancias de que nuestra región tiene un 85 por ciento de ruralidad, por lo que los APR son totalmente necesarios.

Ministra -por su intermedio, Presidenta-, esperamos que podamos contar con un mayor presupuesto para el 2024.

Es de sentido común que organizaciones que hacen un enorme aporte a la población rural y que cumplen una función esencial, como lo es dotar de agua potable a las familias rurales, puedan quedar fuera del IVA a los servicios, más aún cuando son entidades sin fines de lucro.

Esperamos que esta iniciativa sea ley lo antes posible, para no se siga incidiendo negativamente en los APR a través de esta injusta decisión de cobrarles el impuesto al valor agregado a organizaciones que hacen una enorme contribución a la ruralidad de Chile.

Por supuesto que votaré a favor esta iniciativa.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Fernando Bórquez .

El señor BÓRQUEZ.-

Señorita Presidenta, por su intermedio, saludo a la ministra de Obras Públicas y al ministro de Hacienda.

Desde que asumí como parlamentario, junto con otros colegas hemos enviado diferentes proyectos para que no se les cobre el IVA a los APR, lo cual a todos los sectores políticos parece de toda lógica.

Estas son instituciones que entregan una gran ayuda a toda la comunidad, partiendo por sus dirigentes, que en forma voluntaria se esfuerzan día a día para mantener a sus vecinos con este recurso vital.

¿Se pueden imaginar el rol fundamental que tienen estos APR en nuestra gran isla de Chiloé, donde los privados no llegan y el rol comunitario y la ayuda social que los vecinos brindan son fundamentales para que nuestra vida como chilotes se haga posible?

Estimada ministra -por su intermedio, Presidenta-, valoro que hoy también no se cobre IVA por las prestaciones de servicios sanitarios rurales o la venta de agua potable a los bienes raíces municipales, a los colegios rurales y a los servicios de urgencia, como la distinguida institución de Bomberos.

Desde el punto de vista del centralismo, todos creen que en Chiloé hay abundancia de agua, pero hoy tenemos problemas, especialmente por sacar indiscriminadamente nuestra turba desde las turberas. Por eso muchos sectores hoy no tienen el vital elemento. Por consiguiente, tenemos que protegerlos y apoyarlos fuertemente.

Agradezco especialmente a la Asociación Nacional de Agua Potable Rural. Ellos están organizados y también en Chiloé necesitan una voz potente, para que se les escuche.

En este punto quiero nombrar al dirigente Jonathan Farah , quien me pidió decirle a la ministra que la exención del IVA para los comités de agua potable rural acarrea inmediatamente un alivio para las personas a quienes estos comités les suministran el agua potable. Por ello, el monto final del pago del consumo básico no será incrementado, resultando una ayuda directa para los vecinos.

Por otra parte, la exigencia por parte del Ministerio de Obras Públicas para dejar exentos del pago de IVA a los comités de agua potable rural no debe estar vinculada al registro de operadores como condición para ello.

Desde Chiloé apoyamos fuertemente la exención del pago de IVA para los APR. He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Joanna Pérez .

La señora PÉREZ (doña Joanna).-

Señorita Presidenta, saludo al ministro de Hacienda y a la ministra de Obras Públicas.

Valoro este proyecto de ley. Creo que es importante que el gobierno y, principalmente, el Estado se hagan cargo de algo tan básico como es el agua. Hemos dicho que es un derecho humano acceder a ella y también hemos reconocido que hay una debilidad en cuanto a la gobernanza. Por eso se hizo un proyecto de ley.

Aprovecho de hacerle una petición a la ministra de Obras Públicas, en atención a lo que recientemente hemos vivido en Los Ángeles, donde los dirigentes de un comité y los beneficiarios estaban discutiendo. Incluso, un usuario intentó amedrentar con una pala. En Arauco, con una motosierra se amedrentó a otros beneficiarios con la directiva.

Por tanto, vamos a apoyar este proyecto en materia tributaria. Creo que en el de 2016 venía una interpretación, un cambio de criterio.

Hoy esta iniciativa se hace cargo de algo tan necesario en materia de agua, especialmente porque está dirigida a los territorios, porque hablamos de la ruralidad y del problema que les genera el hecho de no tener agua, y porque necesitan un proyecto estándar MOP, que se puede demorar cinco o diez años. Tenemos que hacernos cargo de eso.

Le pido a la ministra que también revise los nuevos departamentos de los servicios en materia de agua potable, la nueva institucionalidad, ya que hoy ni siquiera tienen un abogado en la Región del Biobío para poder querellarse por los abusos con estos comités de agua potable rural. Creo que es una situación que hay que analizar, porque se trata de una nueva institucionalidad a la cual le faltan recursos y también le falta personal.

Por lo tanto, desde el punto de vista tributario, en cuanto a las mejoras para que no paguen impuestos los APR, las cooperativas y otros, bienvenidos sea el proyecto, pero aún estamos al debe con la gobernanza y con la institucionalidad que regula y que se hace cargo.

En la Región del Biobío, desde nuestros espacios, hemos invitado, junto a los consejeros regionales, para que hagan una gobernanza y apoyen los recursos. Pero el Ministerio de Economía también tiene un rol que cumplir aquí, de apoyar la creación de estos APR y que se vayan a cooperativa, que tiene un régimen distinto, y que podamos hacernos cargo de los problemas de la ruralidad. Eso también habla de dignidad humana y de hacernos cargo de los problemas de los territorios, de esa inequidad territorial que estamos abordando desde la ley y desde la descentralización.

Por eso, en algo tan básico, hago un llamado al gobierno y a varios ministerios, como Obras Públicas, Economía y Hacienda, a mejorar las condiciones del sistema de APR y la institucionalidad que lo regula.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Presidenta).-

Tiene la palabra el diputado Alberto Undurraga .

El señor UNDURRAGA (don Alberto).-

Señorita Presidenta, por su intermedio, saludo a la ministra de Obras Públicas y al ministro de Hacienda.

Los sistemas de agua potable rural son sumamente importantes en Chile y debemos apoyarlos. De acuerdo con cifras oficiales, los sistemas de APR son 2.368 y abastecen de agua potable a más de dos millones de personas.

Por eso, votaremos a favor de la exención del IVA para los APR y así corregir el error de la reforma tributaria que se aprobó durante la legislatura pasada para financiar la PGU.

Quiero destacar tres hitos importantes en la historia de los sistemas de APR. El primero, es que fueron creados en 1964, a través del Programa de Saneamiento Rural, durante el gobierno del Presidente Eduardo Frei Montalva . Ahí empieza la historia de los APR en el país. El segundo hito es que el 6 de febrero de 2017, durante el segundo gobierno de la Presidenta Bachelet , se promulgó la ley de APR. Desde el MOP, y junto a varias organizaciones, trabajamos intensamente en ella. El proyecto había sido presentado en 2008, proyecto que estuvo detenido hasta que retomamos su tramitación. El tercer hito es que, a finales del año pasado, diversos dirigentes de APR, tanto de Colina, como de Lampa, Batuco , Tiltil , El Noviciado, en Pudahuel, y de otros lugares del país, nos solicitaron de manera urgente que no se cobrara el IVA, como consecuencia de este cambio en la ley que financiaba la PGU.

Por eso, valoro que el gobierno haya recogido nuestro planteamiento de eximir del pago de IVA a los APR, y espero que el proyecto se apruebe de manera unánime.

Con todo, entrego una tarea por resolver y una reflexión final: la tarea es recoger las críticas que puedan tener las distintas organizaciones para facilitar la implementación de esta futura ley, para facilitar la inscripción en los registros, cuestión que la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales del MOP puede resolver.

Y una reflexión final, que no tiene que ver propiamente con los APR, sino más bien con el tema tributario: si vamos a aprobar una ley que exime del pago de IVA a los APR, podríamos tener presente que otras actividades económicas también podrían ser eximidas del pago de IVA, por distintas razones.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada María Francisca Bello .

La señorita BELLO (doña María Francisca) .- Señorita Presidenta, los comités y las cooperativas de agua potable rural, conocidos como APR, son el último bastión de agua pública que queda en Chile, que proveen de agua potable y saneamiento a los territorios aislados de la urbanización en todo nuestro país, están pasando por momentos complejos, como consecuencia de la crisis hídrica que enfrentamos y de los muchos años de precariedad en que han estado cumpliendo sus funciones.

En esta última década han sido fortalecidas las normativas y la institucionalidad que amparan a los APR, y aunque han sido un avance -sabemos que resta mucho camino por recorrer y muchas discusiones por dar y como diputada seguiré comprometida en apoyar esos avances-, los reiterados cambios en las leyes han provocado ciertas confusiones que es necesario revisar y resolver.

Y este proyecto -agradezco al Ejecutivo, particularmente a la señora ministra, por presentarlo- viene a entregar algunas certezas a través de un tratamiento tributario especial para las organizaciones que proveen de servicios sanitarios rurales, lo que es un gran reconocimiento a una labor fundamental para consagrar el derecho humano al agua, cuestión vital para nuestra existencia. Cabe destacar, además, que estas son organizaciones sin fines de lucro.

Por eso, votaré a favor de este proyecto, y hago un llamado a todos a apoyar esta exención del IVA.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Marcos Ilabaca .

El señor ILABACA.-

Señorita Presidenta, mucha gente, sobre todo de las regiones más grandes, no conoce ni sabe cómo funcionan los comités de agua potable rural. Me imagino que para la gente de Santiago hablar de APR es hablar de un tema lejano. Sin embargo, para quienes representamos a regiones -en mi caso, a la Región de Los Ríos, la más bella de Chile-, el tema lo vivimos a diario. En Los Ríos existen 189 APR y cada día se constituyen más. ¿Y quiénes conforman los APR? Los conforman un conjunto de vecinos, que viven en la ruralidad y que no tienen factibilidad sanitaria. Estos vecinos se organizan, eligen un presidente y un directorio para formular, después de mucho trabajo, proyectos para entregar agua potable a vecinos que necesitan de este vital elemento.

Pero el proceso de modificación normativa, durante el último período, ha generado cierto nivel de incertidumbre, y uno de los temas que genera incertidumbre dice relación con el pago del IVA.

A propósito, quiero felicitar al Ministerio de Obras Públicas, al ministro de Hacienda y, particularmente, al Presidente Gabriel Boric por hacerse cargo de una de las necesidades que no estaba siendo cubierta por la actual legislación, porque las cosas, cuando se hacen bien, se deben reconocer. Y en esta materia, que creo que va a tener el apoyo transversal de este Congreso, vamos a reconocer que estamos entregando una tremenda herramienta para esos dirigentes vecinales, que asumen el rol de entregarles agua potable rural a sus vecinos.

Como dije, la Región de Los Ríos es una de las más lindas de Chile, pero, además, es una de las más lluviosas; sin embargo, vivimos con escasez hídrica, por lo que cuesta encontrar cursos de agua que entreguen soluciones de agua a los vecinos. Por lo tanto, tenemos que apoyar la entrega de más herramientas para que los APR funcionen correctamente.

No puedo terminar mis palabras sin plantear algo que ya conversé con la ministra y que esperamos solucionar. A los vecinos del sector La Aguada, de la comuna de Corral, como consecuencia de obras de mejoramiento de un camino que está desarrollando una empresa privada, les contaminaron el APR. ¿Y qué le pasa a una comunidad rural cuando le contaminan sus cañerías? No tienen agua para la subsistencia. Más de cuatrocientas familias del sector La Aguada, de la comuna de Corral, hoy viven sin agua porque una empresa privada, que está desarrollando un trabajo para Vialidad, las ha contaminado. Espero, ministra, que encontremos pronto solución para los vecinos de Corral, que hoy lamentan no tenerla. He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Camila Flores .

La señora FLORES (doña Camila).-

Señorita Presidenta, este proyecto es de toda justicia, toda vez que viene a salvar un grave error que trajo la reforma que gravó con el IVA a una serie de servicios. En su oportunidad, esa reforma la voté en contra, porque creo que el camino no es ponerles más impuestos a los chilenos, que ya pagan muchísimos, sino que, por el contrario, el camino es la rebaja impositiva en distintos aspectos, y este, en particular, es de toda justicia.

En la ocasión, muchos dirigentes de los distintos sistemas sanitarios rurales -conocidos como APR- tomaron contacto conmigo porque vieron con escozor esta situación. ¡Cómo no hacerlo!

Este proyecto tiene carácter retroactivo; es decir, comienza a regir desde enero de 2023, lo que es sumamente importante, porque los va a eximir del pago desde ese mes y no desde que la ley entre en vigencia.

Los sistemas sanitarios rurales hacen un gran esfuerzo por funcionar, muchas veces con infraestructura hídrica muy antigua. Particularmente en la Región de Valparaíso tenemos APR que nunca han recibido inversión pública, del Estado, lo que ha significado que en muchos de ellos los propios vecinos, los particulares, tengan que estar haciendo mejoras de manera permanente, ya sea para cambiar una bomba, para reparar filtraciones o para canalizar y llegar a más vecinos y a más viviendas con ese sistema que es fundamental.

Efectivamente, muchas personas que viven en la ciudad, cuando abren la llave en su casa y sale agua, no saben el drama que tienen que vivir muchas localidades, sobre todo rurales, que no tienen esa facilidad y que deben acceder a sistemas sanitarios rurales.

Agradezco su labor a todos los dirigentes de los APR. También gracias a ellos está saliendo este proyecto, pues fueron ellos quienes levantaron la voz frente a esta situación. Les agradezco el tremendo esfuerzo y el gran trabajo que realizan día a día para que este vital elemento que es el agua llegue a las casas de cientos de miles de familias de la Región de Valparaíso.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Chiara Barchiesi .

La señorita BARCHIESI (doña Chiara) .-

Señora Presidenta, para ninguno de nosotros es un misterio que nuestro país sufre una grave crisis hídrica. Como parlamentarios nos toca estar constantemente cerca de esta problemática, sobre todo a quienes representamos a los sectores rurales, cuyos habitantes son los que se ven más afectados con esta devastadora situación.

Lo que vemos en cifras, en decretos de emergencia hídrica o en proyectos de ley, miles de familias lo sufren día a día por el profundo impacto que les significa. Y es que la sequía no es solo pérdida de agua, que es el elemento vital de la vida; también es pérdida de oportunidades y es poner en riesgo la posibilidad de vivir mejor.

En las zonas rurales de nuestro país, donde la agricultura y la ganadería son fuentes de sustento, la escasez hídrica golpea fuertemente. Es por ello que la labor que cumplen los servicios sanitarios rurales es de suma relevancia. Garantizar y contribuir a que las comunidades rurales tengan acceso al agua potable debería ser siempre una preocupación principal en este Congreso Nacional, una prioridad de la cual nunca deberíamos descansar, sobre todo teniendo conocimiento de la grave situación y de lo difícil que ha sido para los servicios sanitarios rurales adaptarse a las nuevas normativas, entre ellas la reforma al Código de Aguas.

En ese sentido, es crucial avanzar en todas y cada una de las medidas fiscales que alivien la carga financiera de quienes más sufren con la sequía. Es razonable y hasta lógico que estos servicios no se vean sometidos a cargas impositivas que los ahoguen aún más, cuando lo que necesitan es un respiro económico que les permita, por ejemplo, invertir en tecnologías y recursos para enfrentar la escasez.

La falta de agua no solo afecta la producción agrícola, sino también la salud y el bienestar de las personas. Debemos trabajar juntos para garantizar que cada persona tenga acceso a estos derechos fundamentales.

Apoyaremos este proyecto de ley, porque los servicios sanitarios rurales no merecen que el Estado les haga aún más difícil su situación a través del pago de IVA o de algún otro impuesto. No obstante, señora Presidenta, solicito que recabe el acuerdo de la Sala para votar por separado la segunda parte del inciso primero del artículo 64 bis, entendiendo que, lamentablemente, este proyecto de ley no pasó por la Comisión de Recursos Hídricos. La idea es que esta normativa no sea letra muerta. Hay muchos servicios sanitarios rurales que han tenido problemas con las tramitaciones. Hace algunos días estuve reunida con canalistas en el valle del Aconcagua, que están complicados con las reinscripciones de los derechos. Necesitamos no vincular aquello tan forzosamente a los plazos.

Así que insisto, señora Presidenta, en solicitar que recabe la unanimidad de la Sala para votar por separado la segunda parte del inciso primero del artículo 64 bis.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Héctor Ulloa .

El señor ULLOA.-

Señora Presidenta, por su intermedio saludo a la ministra de Obras Públicas y la felicito por su gestión en tan poco tiempo. Asimismo, comunico que ella me acaba de dar la buena noticia de que va a estar en la provincia de Chiloé el día 15 del próximo mes. Es muy importante que ella se reúna con la asociación de APR de la provincia de Chiloé y trate esta materia in situ con los dirigentes fundamentalmente, quienes hacen, día a día, una tremenda contribución.

También felicito a los dirigentes de los APR de todo el país, sobre todo a los de las provincias de Chiloé y de Llanquihue, a las que represento, por cuanto han asumido un rol muy importante en esta materia.

Sin duda, es una responsabilidad social como país que el acceso al agua llegue a cada rincón habitado de nuestro país y sobre todo a nuestros sectores rurales. En estos últimos, entidades sin fines de lucro, que no tienen otra finalidad que administrar y distribuir el agua a precio justo y a precio de costo, se organizan, entre los propios vecinos, para dotar a su sector de este bien tan necesario.

La adquisición de agua en campos y sectores no urbanizados sin duda suele ser compleja, señora ministra -por su intermedio, señora Presidenta-, sobre todo en el verano, cuando muchas familias, al no contar con la administración del recurso a través de cooperativas, deben buscar agua en vertientes o pozos.

Hablamos de un bien y de un trabajo en común sin fines de lucro. Por ello es indispensable considerar -de ahí la bondad de este proyecto- la exención del IVA a las operaciones de los APR, para que sigan funcionando y se mantenga un cobro normado, cuyos valores terminan siendo asumidos por los consumidores finales.

Sin duda, felicito esta iniciativa. Por su intermedio, señora Presidenta, invito a la ministra de Obras Públicas a Chiloé, aunque sé que viajará el 15 de julio a reunirse con las organizaciones de APR de dicha provincia.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Héctor Barría

El señor BARRÍA.-

Señora Presidenta, por su intermedio saludo al ministro de Hacienda y a la ministra de Obras Públicas.

Primero que todo, quiero destacar que de manera tan rápida se haya corregido una anomalía. Sería fácil echarle la culpa al gobierno de esto, pero recordemos que la medida de estar los APR afectos al IVA viene desde hace bastante tiempo. Por diversos motivos, por interpretaciones incorrectas, aquello no se había corregido. Sin embargo, ahora las familias del campo, de los sectores rurales, pueden estar un poco más tranquilas.

La verdad es que en el mundo rural, al cual represento en la provincia de Osorno y en la provincia de Llanquihue de nuestra Región de Los Lagos, hay diversas dificultades: caminos que mejorar, conectividad, internet, telefonía y el agua, que también está escaseando. Cuando se sobrevuela en avión por dichas provincias, sin duda se ve un valle verde, una cordillera nevada y una cordillera de la Costa bañada por el inmenso océano Pacífico, pero hay problemas serios de agua. Por lo tanto, este tipo de medidas, que busca facilitar la vida en comunidad, es muy importante.

Cabe recordar que los sistemas de agua potable rural responden a una lógica comunitaria, que nos encantaría que se pudiera replicar en otras formas de vida y en otras actividades económicas o sociales. La comunidad se organiza y se organizó hace bastantes años, cuando no existían tantos fondos como ahora, para sacar adelante proyectos de agua potable rural. Veinte o treinta años atrás, el financiamiento con suerte alcanzaba para una motobomba y una torre. Las familias tenían que ser capaces de cavar las zanjas y comprar los tubos para llevar el agua potable rural a sus propios hogares.

Hoy existe un nuevo desafío: avanzar con más fuerza para que las familias no tengan que migrar a la ciudad y para que no tengan que lotear y vender sus terrenos. Sin embargo, para que puedan residir en sus campos, en los sectores rurales, deben contar con el agua.

Ahora bien, este proyecto, que busca dejar exentos de IVA a los APR, es una buena señal. Ya las familias lo están pasando mal, entre otras cosas debido a la inflación, pero si a eso se suma el 19 por ciento del IVA, se generarían más estragos para las comunas que se administran completamente por un APR, sobre todo para los dirigentes, quienes tendrían que recorrer casa por casa para llevar una boleta que tendría un aumento considerable. Eso terminaría por romper el tejido social de los APR.

Los APR son organizaciones comunitarias que necesitan apoyo, de modo que celebro esta medida que impulsamos junto con la bancada del campo y otros actores. Felicitaciones a los APR...

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Ha concluido su tiempo, diputado. Tiene la palabra el diputado Jorge Saffirio .

El señor SAFFIRIO.-

Señorita Presidenta, durante los últimos sesenta años las zonas rurales han sido abastecidas de agua potable a través del Plan Básico de Saneamiento Rural, que sigue en funcionamiento con más de 2.000 sistemas de agua potable rural o APR. Estos sistemas son gestionados por la comunidad misma, generalmente a través de comités o cooperativas con la asistencia del Estado.

Sin embargo, ha habido cambios legislativos que han generado incertidumbre en cuanto al tratamiento tributario de los APR. Inicialmente, estas organizaciones estaban exentas del impuesto al valor agregado (IVA), según la ley N° 18.893. Luego, con la ley N° 19.418, se eximió a estas organizaciones de todo tipo de contribuciones, impuestos y derechos fiscales o municipales, excepto del impuesto a las ventas y servicios.

A través de interpretaciones administrativas, se estableció que si los comités distribuían agua potable a precio costo no debían recargar el IVA, ya que eran considerados como consumidores finales. Sin embargo, el 2016 se cambió el criterio y se determinó que la distribución de agua potable por parte de los comités estaría gravada de IVA.

La entrada en vigencia de la ley N° 21.420 reveló la necesidad de establecer un régimen tributario diferenciado para los comités de APR. Debido a la importancia de los servicios sanitarios rurales y su condición de entidades sin fines de lucro, se considera necesario otorgar claridad en el tratamiento tributario aplicable a estos servicios.

En consecuencia, se realizó un trabajo conjunto entre los operadores de los APR, el Ministerio de Obras Públicas y el Ministerio de Hacienda para abordar los problemas tributarios actuales y se llegó a la conclusión de que las operaciones de los APR deben estar exentas de IVA.

El proyecto de ley propuesto establece esta exención, sujeta a ciertas condiciones para las organizaciones que prestan servicios sanitarios rurales, con el objetivo de garantizar su continuidad en todo el país.

Es por ello y porque favorece a más de dos millones de personas que votaré a favor esta iniciativa.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Raúl Leiva .

El señor LEIVA.-

Señorita Presidenta, este proyecto de ley se hace cargo de una realidad muy sentida en los sectores rurales de todo el país, particularmente en las provincias de Talagante y Melipilla . El gran esfuerzo que despliegan los comités de agua potable rural para entregar un servicio de calidad a sus socios y cooperados es fundamental. Además, la naturaleza jurídica y la forma de organización de los comités va muy de la mano con el trabajo colectivo que se desarrollan en sectores rurales.

Este proyecto de ley, que exime del pago del IVA a sus socios y cooperados, es fundamental, porque se hace cargo de una realidad compleja: el costo de este tipo de servicio.

La exención del pago de IVA no solo a sus socios y cooperados, sino también a los servicios municipales que se encuentren en el territorio, es fundamental.

Por eso vamos a apoyar este proyecto de ley, porque apunta en el sentido correcto.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Consuelo Veloso .

La señorita VELOSO (doña Consuelo) .-

Señorita Presidenta, en primer lugar, agradezco al Presidente de la República, Gabriel Boric ; a la ministra Jessica López y al ministro Mario Marcel por acoger la petición que 56 diputados y diputadas de la bancada del campo de esta Cámara les hicimos llegar, para solicitarles la exención del IVA a los APR.

El 3 de enero, el diputado Felipe Camaño , presidente de dicha bancada; quien habla, en mi calidad de vicepresidenta de esa instancia, y otros colegas presentamos un proyecto de resolución que solicitaba al Presidente de la República eximir a los servicios sanitarios rurales del IVA. Estas son entidades sin fines de lucro que prestan servicios a vecinos, pero también a postas rurales, Bomberos, Carabineros, colegios y organizaciones municipales. En Chile, hoy existen 1.897 APR que abastecen a casi dos millones de personas.

Quiero dejar en claro, por cierto -siempre hay que tener buena memoria-, que la idea de gravar a los APR vino desde el gobierno del entonces Presidente Sebastián Piñera . No fue advertido por sus ministros de Agricultura, primero, Antonio Walker , actual presidente de la Sociedad Nacional de Agricultura, y después, María Emilia Undurraga , de quienes uno esperaba también que por mayor conocimiento en ese rol social pudieran hacerlo mejor.

El servicio que entregan los APR a la comunidad de manera voluntaria y con escasos recursos requiere, sin duda, de un tratamiento tributario especial, junto con garantizar el derecho humano al agua en un contexto de crisis climática que nos ha llevado a que cada vez haya menos agua, además de personas inescrupulosas que la roban. Estamos hablando de sectores que muchas veces están plenamente empobrecidos y con acceso intermitente al agua para consumir, para regar, para asearse, para existir. En paralelo, han dado peleas durante muchos años, por décadas, para tener derecho al alcantarillado. Se trata de cosas que nos parecen muy básicas, pero que en los campos no tienen ese carácter.

Hoy, el único requisito es la inscripción en el Registro de Operadores de Servicios Sanitarios Rurales, lo que sin duda servirá para la posterior formulación de políticas públicas que tiendan a favorecer a los APR y a la pequeña agricultura. No me cabe duda de eso, por lo menos en lo que resta de este gobierno.

Curiosamente, los caballitos de batalla de la derecha los pretenden construir siempre mediante mentiras. Incluso, la Sociedad Nacional de Agricultura, en la época del proceso constituyente, les metió miedo directamente a los pequeños agricultores, a los que se señaló que con la nueva Constitución les iban a robar el agua, que la mayoría no tiene o que tiene en muy poca proporción, y que les iban a robar sus casas y sus campos.

A diferencia de lo que fue el gobierno del Presidente Sebastián Piñera, aquí hay un gobierno que se pone la camiseta con la vida rural, con los pequeños agricultores, con las mujeres rurales, también con el combate a la crisis climática, porque hay que asegurar que podamos subsistir el día de mañana; si no, nada de lo que tengamos va a servir de algo.

Finalmente, junto con agradecer mucho el que este sea un gobierno de hechos, no de palabras, les quiero decir, desde ya, que desde la bancada del campo y las tradiciones, integrada por parlamentarios de todos los sectores políticos, vamos a pelear por el aumento de presupuesto en la cartera de Agricultura.

He dicho.

-Aplausos.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Juan Antonio Coloma .

El señor COLOMA.-

Señorita Presidenta, que se elimine el IVA al agua potable rural es una gran noticia, pero la letra chica de este proyecto es grosera. Permítame que se lo diga: prácticamente ningún APR podrá acceder a la rebaja del IVA. A los APR se les está exigiendo, en virtud de lo que establece el artículo 64 bis de este proyecto, que estén inscritos en el Registro de Operadores de Servicios Sanitarios Rurales.

En Chile hay más de 2.000 APR, pero hay menos de cien inscritos en dicho registro. ¿Por qué hay menos de cien inscritos? Porque la ley que regula los servicios sanitarios rurales les da plazo para inscribirse hasta noviembre del 2024. ¿Qué quiere hacer el gobierno en esta materia? Obligarlos a inscribirse antes de tiempo.

Por lo tanto, de los más de 2.000 APR, solo los inscritos podrán acceder a la rebaja del IVA. ¿Cuántos son? Menos del 5 por ciento. O sea, esta es la típica vendida de humo. Algunos van a salir a decir: “rebajamos el IVA a los APR”, pero todos sabemos que no va a pasar nada, porque lo que está en el artículo 64 bis es una forma de presionar a los APR a inscribirse antes de tiempo, pese a que la propia ley les autoriza a inscribirse hasta noviembre del próximo año.

Por lo tanto, ¿de qué me están hablando? ¿Qué cuesta decir: “Se rebaja el IVA a los APR”, y punto final? Entonces, nos van a obligar a aprobar el proyecto de ley hoy, porque de lo contrario se rechazará la idea de legislar y esta iniciativa no se podrá seguir tramitando.

Tendremos que ir al Senado a pelearla, porque le quiero decir a la ministra, por su intermedio, señorita Presidenta, que cuando se tramitó la ley de servicios sanitarios rurales se adquirió el compromiso en la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de reunirse con los APR para ver precisamente este tema.

Entonces, fondeado, escondido, tapado con una buena noticia, lo que nos están diciendo es que están obligados a inscribirse. ¿Para qué? Para que sus asociados presionen a los dirigentes a inscribirse incluso antes del tiempo legal. Me parece que, si hubiésemos llegado hasta la primera mitad del 2024, este proyecto no solo habría sido aprobado -hoy será aprobado-, sino que habría podido ser despachado, ojalá, esta misma semana. Pero, acuérdense: la rebaja del IVA no llegará al agua potable rural por la letra chica.

Por lo tanto, no nos saquemos la suerte entre gitanos. Lo que quieren hacer aquí es presionar a los APR, y, honestamente, así como está la iniciativa, creo que no pasará en el Senado. En esta cámara pasó solo por Hacienda, pues no la alcanzamos a ver en Agricultura, ya que nos baipasearon. Pero, de nuevo, en el Senado no pasará.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Francisco Pulgar .

El señor PULGAR.-

Señorita Presidenta, por su intermedio, saludo al ministro de Hacienda y a la ministra de Obras Públicas.

La estamos esperando en el Maule, ministra, para que conozca la realidad. Y lo mismo respecto de todos los oficios que hemos enviado respecto de la región.

Sé que hay ciertos grupos que la pueden llenar de café, galletas, etcétera, pero la realidad del Maule es otra, ministra. A veces es bueno sacarse la venda de los ojos.

Claramente, la necesidad de agua en los campos es una realidad que se palpa, sobre todo para aquellos que conocemos la región y la recorremos de cordillera a costa, ensuciándonos los zapatos para conocer la realidad de los campos.

En esta materia hay una situación sobre la asignación de recursos para proyectos de estudio. Porque aquí se roba, colegas, y siempre ha sido así respecto de las APR: se asignan millones de pesos para tales estudios, los cuales quedan hasta la mitad, y quien paga al final nuevamente es el Estado de Chile. ¡Sinvergüenzas! Hacen tremendos negocios con las APR abusando de la asignación de recursos.

Y qué decir del reparto de agua a través de los camiones aljibe. Otro negocio, colegas; porque la política es un negocio. ¿Es así o no? Algunos se ríen, pero ¿cuántos accionistas de grandes empresas hay acá?

Algunos me dan risa: los veo y agachan la cabeza como el avestruz para meterla en un hoyo, porque así financian sus campañas políticas. Les duele que un parlamentario independiente les diga las cosas en su cara. Pero esa la realidad de la Región del Maule.

Además, respecto del precio justo del agua es claro que este proyecto traerá cierto alivio, aunque a algunos no les guste o les incomode.

Finalmente, hay APR que hoy se están utilizando para regar incluso plantaciones de guindos o de cerezos, como dicen algunos. ¡Así de descarados! ¿Por qué? Porque este país ha llenado de leyes, de normas, pero nadie fiscaliza. En esta materia los discursos son grandilocuentes.

Hago un llamado a todos aquellos colegas que se disfrazan -perdón, se visten- de huaso para las fechas de fiestas tradicionales a que defendamos esas tradiciones, como, por ejemplo, el rodeo, la talabartería, etcétera. Pero no puede ser y es indignante que algunos que se dicen defensores de las tradiciones sigan defendiendo el robo descarado de agua, y sobre todo de los recursos de las chilenas y los chilenos.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

El ministro de Hacienda, señor Mario Marcel , ha solicitado hacer uso de la palabra.

Tiene la palabra, señor ministro.

El señor MARCEL (ministro de Hacienda).-

Señorita Presidenta, quiero aclarar un punto que surgió en la discusión y que fue planteado por el diputado Coloma sobre la obligación de inscribir los sistemas de agua potable rural para acceder a los beneficios.

Al respecto, quiero señalar que el artículo segundo transitorio de este proyecto dice expresamente lo siguiente: “Para efectos de lo dispuesto en el artículo 64 bis de la ley N° 20.998, incorporado por el artículo único de esta ley, mientras esté pendiente el plazo establecido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio de la ley referida, no será exigible que los operadores deban estar inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales.”.

Por lo tanto, rogaría que, previo a las intervenciones, se leyeran en su integridad los proyectos de ley.

He dicho.

La señora PÉREZ, doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Henry Leal .

El señor LEAL.-

Señorita Presidenta, celebro que se rebaje el pago del IVA a los sistemas de agua potable rural. Es más, fui autor de un proyecto de resolución que se presentó y se votó acá, porque es absolutamente injustificado que a la gente del mundo rural -son más de trescientos los APR que funcionan en mi Región de La Araucanía- se le cobre el IVA por la aplicación de una ley aprobada por una amplia mayoría de este Congreso, pero la cual es injusta, pues no supo distinguir.

Asimismo, me parece bien que tampoco se cobre el IVA a los bomberos y a los establecimientos educacionales. Se trata de una buena idea, y la respaldamos con mucha fuerza.

Por otra parte, me contacté con Yorki Riquelme , presidenta de los APR de Chile, que agrupa a más de mil APR, quien me manifestó que no han sido escuchados en este proyecto de ley y está preocupada, porque pese a lo que el ministro leyó, la verdad es que la propuesta sí exige estar acreditado en el registro de operadores de agua potable para acceder al beneficio. Así lo exige la ley; está clarísimo. La norma transitoria es para la entrada en vigencia.

Por lo tanto, mi preocupación -en esto represento a los APR de mi región- es que este beneficio sea para todos, inscritos y no inscritos en los registros de APR, que no sea solo para algunos, que no se desinforme, porque no me parece justo que a un beneficio loable solo puedan acceder quienes están acreditados en el citado registro. El beneficio tiene que ser para las personas, para los que pagan el agua, no para el APR.

Por consiguiente, pido al gobierno que eso se rectifique y se aclare la futura ley a fin de que no se preste para interpretaciones inadecuadas.

Si es necesario, iremos al Senado en el segundo trámite constitucional, para que quede meridianamente claro que la rebaja del pago del IVA a los sistemas de agua potable rural es para todos, inscritos y no inscritos en el registro de operadores. Eso es lo que tiene que decir la ley, y no cuesta nada reservarla.

Ministro -por su intermedio, Presidenta-, no saca nada con esa risita burlesca, que no acepto. El ministro se viene a reír acá cuando uno manifiesta estas cosas. ¡Eso no corresponde a un ministro de Estado! ¡No corresponde a un ministro de Estado venir a burlarse!

Escuche lo que estamos transmitiendo acá. Sea responsable, legisle para los APR, para todos, para los inscritos y los no inscritos. Eso se lo voy a decir aquí y en cualquier parte.

Cuando las cosas están bien, están bien; pero cuando están mal, colegas, ¿por qué no lo podemos decir con respeto?

(Manifestaciones en la Sala)

¡Que el ministro escuche! ¡Que el ministro escuche! Aquí estamos defendiendo los APR de Chile para que no se les cobre el IVA, pero a todos: inscritos y no inscritos. Aunque a ustedes no les guste, es lo que estamos representando, y esperamos que la ley en proyecto lo resuelva.

Por último, un recado a la ministra de Obras Públicas: en La Araucanía no se está gastando el presupuesto. Hay 350.000 millones, y no los están ejecutando. Ojo con eso.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Diputado Leal , antes de dar la palabra a la ministra, me gustaría representarle que, con su alocución, usted ha incurrido en una falta al orden. Según el artículo 90, número 5, que dice: “Falta al respeto debido a la Cámara, a los diputados o a los ministros con acciones o palabras descomedidas, o con imputaciones a cualquier persona o funcionario dentro o fuera de la Cámara, atribuyéndole intenciones o sentimientos opuestos a sus deberes.”. Ese es el caso de su intervención. Por tanto, lo llamo al orden, señor diputado.

Para plantear un punto de Reglamento, tiene la palabra el diputado Jorge Guzmán .

El señor GUZMÁN.-

Señorita Presidenta, solo quiero decir que, así como se llama el orden a ciertos diputados, se debería hacer lo mismo con aquellos que en sus intervenciones no han dicho absolutamente nada del proyecto, e incluso han señalado que el agua de los APR se dedicaría el riego. ¡Es agua potable rural para el consumo humano!

Entonces, centrémonos en el proyecto. Y así como se le llamó la atención a un parlamentario, eso también se debe hacer con aquellos que han hablado barbaridades respecto a este proyecto.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Diputado, lo tendremos en consideración.

Tiene la palabra el diputado Juan Antonio Coloma .

¿Es para referirse a un punto de Reglamento?

El señor COLOMA.-

Señorita Presidenta, solo quiero hacer una pequeña aclaración acerca de algo que acaba de responder el ministro.

El ministro leyó el artículo segundo transitorio, que dice: “… mientras esté pendiente el plazo establecido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio…”

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Diputado, ese no es un punto de Reglamento.

Por favor, ¿me podría señalar cuál es el artículo del Reglamento que está citando?

Entonces, no es un punto de Reglamento, sino parte del debate. Además, usted ya hizo uso de la palabra.

El señor COLOMA.-

El 95 y siguientes.

Lo que pasa es que el ministro hizo una…

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Muchas gracias, diputado.

Esto no es un diálogo. Usted ya intervino. Además, lo que acaba de plantear no es un punto de Reglamento.

Tiene la palabra el diputado Juan Carlos Beltrán .

El señor BELTRÁN.-

Señorita Presidenta, por su intermedio, saludo a mis colegas parlamentarios, a la señora ministra de Obras Públicas y al señor ministro de Hacienda.

Soy una persona de terreno; por eso, constantemente me estoy entrevistando con los vecinos y dirigentes sociales, y este caso no es la excepción.

El mundo rural necesita la colaboración del Estado para que las personas que allí residen vivan con algo de dignidad. En ese sentido, junto con recorrer y conocer en persona la experiencia de las comunidades respecto del agua potable rural, en las últimas semanas he recibido una serie de planteamientos de parte de la Asociación Nacional de APR, encabezada por una vecina de Padre Las Casas, Región de La Araucanía, la señora Yorki Riquelme Maliqueo . Ella, junto a la señora Lorena Arroyo , de la comunidad de Curileo, Vilcún , me señalaron algunos aspectos relativos a esta ley, por lo que, con respeto, pido que se aborden con urgencia, ya que esta situación afecta y, por supuesto, beneficia a cientos de miles de personas que forman parte del mundo rural. Es muy importante escucharlos y compartir sus inquietudes.

El agua potable es vida, no solo para las personas de la ciudad, sino también, y sobre todo, para quienes habitan en sectores rurales, personas muy sacrificadas y que tienen muy clara esta situación.

En este caso, es propicio, desde este hemiciclo, agradecer y valorar el trabajo de los cerca de 400 dirigentes de los comités de agua potable rural de la Región de La Araucanía, entre ellos, los más de 55 comités de agua potable rural de la provincia de Malleco, personas sinceras, respetuosas y muy trabajadoras.

¡Cómo no valorar el sacrificio de los dirigentes rurales! Hoy más que nunca se valora, porque nadie quiere asumir un cargo como dirigente, por todo lo que ocurre en nuestro país. ¡Cómo no valorar a los dirigentes de comunas tan extensas y distantes como Lonquimay, Lumaco , Melipeuco , Curacautín y Victoria, entre otras!

Eximir del pago del IVA a los comités es una señal real y concreta de apoyo a las personas del sector rural que más lo necesitan.

Por supuesto, votaré a favor de eximir del IVA a los servicios sanitarios rurales, pues es lo mínimo que debemos hacer.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Carolina Tello .

La señorita TELLO (doña Carolina) .-

Señorita Presidenta, hoy, en nuestra Región de Coquimbo, especialmente en los valles que la componen, los APR constituyen, sin duda, un elemento vital dentro de la estructura que permite el desarrollo y el sustento del mundo rural. Hablamos fácilmente de más de 150.000 beneficiarias y beneficiarios en toda nuestra región, para quienes los servicios sanitarios rurales no son un lujo o una opción, sino la única forma de acceder a un bien tan esencial y necesario como es el agua potable.

Este proyecto de ley, que tiene por objetivo la exención del pago de IVA a las operaciones realizadas por parte de los APR, es de toda justicia social y, además, es totalmente coherente con la situación actual y con la forma en que estos servicios sanitarios se conforman y operan.

Entendemos que la lógica del cambio de la normativa en 2016 obedecía a ejercer el cobro del IVA para quienes no eran miembros de los APR y utilizaban sus servicios; sin embargo, en la práctica, pudimos ver que esto solo generó confusión y cobros no pertinentes, los que perjudicaban a algunas vecinas y vecinos.

Gracias a este proyecto podremos dar una buena noticia a las y los vecinos que forman parte del mundo rural y semirrural de nuestra Región de Coquimbo y de todo el país, al entregar certeza y claridad sobre la forma en que se deben ejercer los cobros, y evitando una incertidumbre que no ayuda a quienes las crisis y la sequía golpean siempre de forma mucho más dura.

Esperamos seguir avanzando en el fortalecimiento de los APR, ya que esta orgánica es esencial para la supervivencia del mundo rural de nuestro país.

Quiero agradecer a los ministros presentes y al gobierno del Presidente Gabriel Boric, que escuchó las necesidades -como aquí varios y varias han mencionado- de las personas del mundo rural, lo que nos permite avanzar con esta buena noticia.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Alejandro Bernales .

El señor BERNALES.-

Señora Presidenta, primero que todo, saludo a los ministros presentes.

Este es un gran proyecto presentado por el gobierno, que se aprobará gracias al esfuerzo de cientos de dirigentes que han trabajado durante años por los APR en nuestras regiones.

Me parece que corresponde realizar un sentido homenaje a cientos de personas del mundo rural que se sacan la mugre por conformar estos APR, organizarse y llevar el agua a sus comunidades.

Cabe destacar que hay muchos APR de sectores rurales que están cerca de grandes ciudades, que sufren escasez hídrica, por lo que requieren camiones aljibe y extender las redes para que accedan más personas.

Este proyecto de ley es virtuoso, ya que da un incentivo a los APR y corrige un error de interpretación del Servicio de Impuestos Internos, de 1996, que los hace afectos al cobro del IVA. De aprobarse la norma, los prestadores de los APR y sus asociados, cooperados y socios no se encontrarán gravados por el IVA, lo que es una excelente noticia.

Además, este proyecto incorpora el beneficio de exención del IVA, en el caso del agua potable rural, a los cuerpos de bomberos, a los establecimientos educacionales municipales y a los bienes raíces municipales.

Así, este proyecto ha ido más allá de los APR, como lo habíamos pedido desde la bancada del campo, porque estamos preocupados del sector rural, que considera también a entidades que cumplen servicios tan nobles, como los bomberos.

Reitero que esta es una buena noticia. Espero que hoy todos aprobemos este proyecto y no ocurra lo que sucedió ayer, en que algunos rechazaron el aumento del monto del sueldo mínimo. Los proyectos que benefician a la gente deben alinearnos para votarlos a favor.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Natalia Romero .

La señora ROMERO (doña Natalia).-

Señorita Presidenta, saludo a la ministra y al ministro que se encuentran con nosotros.

Hoy, efectivamente, aprobaremos este proyecto muy necesario, que exime del pago de IVA a quienes hoy trabajan en los APR, a los vecinos que se agrupan y realizan un trabajo colaborativo en el sector rural.

Quiero destacar el trabajo de Juan Zamorano , del sector de La Gonzalina, en Rancagua, para sacar adelante su APR. Si bien somos una comuna urbana, también tenemos bastante ruralidad.

Es de esperar que, así como hoy aprobaremos este proyecto, desde los gobiernos locales se puedan dar mayores facilidades para agilizar los trabajos y cubrir las distintas necesidades que tienen los APR a nivel nacional.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Andrés Jouannet .

El señor JOUANNET.-

Señorita Presidenta, saludo al ministro y a la ministra presentes.

Quiero señalar un dato para los que vienen descubriendo que no todo partió ahora. En América hay solo tres países que tienen agua potable, o sea, tres países donde uno puede abrir la llave y tomar agua: Estados Unidos, Canadá y Chile. ¡Sí, Chile! La sorpresa es Chile. Son los únicos tres países donde se puede tomar agua potable.

Ahora, la mayoría del agua, como se ha dicho aquí, la consume la agricultura. Tenemos un déficit en el sector rural, porque, según la encuesta Casen de 2017, que es la última más seria que se hizo, el 99 por ciento de los sectores urbanos tiene agua potable y el 80,8 por ciento de los sectores rurales; es decir, hay un déficit en el ámbito rural.

Quiero citar un documento de las Naciones Unidas llamado Escasez Hídrica en Chile: Desafíos Pendientes, de febrero de 2021, en que se mencionan otros problemas, que aprovecho de señalar. Uno de ellos es la pérdida de agua. Chile, dentro de los países de la OCDE, es uno de los que pierden más agua.

Las ciudades chilenas muestran una pérdida de agua mayor que otras ciudades similares del mundo. Santiago tiene una tasa de pérdida de agua de 30 por ciento, mientras que Hong Kong registra 18 por ciento; Milán , 9,6 por ciento, y Paris, 7,7 por ciento, según la OCDE en 2018.

Este es un problema a considerar, porque la mayor cantidad del agua potable llega a las ciudades.

En este proyecto, que naturalmente apoyamos, hay que tratar de sacar la idea, la respuesta fuera de la caja. He planteado a la ministra que volvamos a retomar un proyecto que se elaboró durante el gobierno de la entonces Presidenta Bachelet , que buscaba poner paneles fotovoltaicos a los sistemas de agua potable rural. Si usted pone paneles fotovoltaicos a los sistemas de agua potable rural, como ocurre en la Región de La Araucanía, no se va a requerir de ese impuesto, porque no será necesario pagarlo. El agua potable en los sectores rurales cuesta por la electricidad. Lo que se paga ahí fundamentalmente es la electricidad; los químicos corresponden a un gasto bastante menor.

Pido al gobierno que volvamos al proyecto fotovoltaico y elaboremos un estudio para que los sistemas de agua potable rural no paguen. Hoy tenemos mejores sistemas. Eso se llama sacar las ideas fuera de la caja.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Mulet .

El señor MULET.-

Señora Presidenta, sin duda, vamos a apoyar y aprobar este proyecto de ley que establece con claridad la exención al impuesto al valor agregado a los servicios sanitarios rurales.

Quiero señalar, a propósito de los desafíos que hay en materia de servicios sanitarios rurales, las dificultades que día a día enfrentan los APR de distintos lugares, particularmente los de la Región de Atacama.

He visto cómo desde los gobiernos regionales se está fortaleciendo la ayuda directa. Como el esfuerzo que hace la Dirección de Obras Hidráulicas no es suficiente, los gobiernos regionales están colocando importantes recursos para avanzar en proyectos, a través de convenios de programación, a fin de llegar a sectores donde no hay alcantarillado y tratamiento de aguas servidas.

Da la impresión de que la evolución que ha habido en esta materia en el país -algunos diputados lo señalaban recién con claridad- pone a Chile en un lugar importante y demuestra el esfuerzo que se ha hecho durante décadas para tener agua potable en las casas, no solo en lugares urbanos, sino también en rurales; sin embargo, ese esfuerzo ha ido aletargándose, por lo que creo que hace falta un mayor esfuerzo en esta materia.

El proyecto que hoy debatimos es un paso importante, porque libera del pago del IVA a los APR, pero hay que seguir trabajando para llegar con mayor rapidez a las localidades que no cuentan con agua potable e ir abordando con mayor rapidez la instalación de sistemas de alcantarillado y tratamiento de aguas servidas, ya que se avanza de manera muy lenta en ello. No obstante lo anterior, con entusiasmo vamos a aprobar este proyecto de ley, porque libera de un impuesto que grava mucho a los APR, lo que acarrea las dificultades económicas que aquí se han señalado.

Por esa razón, vamos a aprobar este proyecto de ley.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Mauricio Ojeda .

El señor OJEDA.-

Señora Presidenta, saludo a la ministra de Obras Públicas.

Karen Riquelme , una dirigenta de APR Chile, hizo llegar a los parlamentarios un documento que describe lo que hoy se está discutiendo. Por tal motivo, señalo al gobierno, a la ministra y a todos los parlamentarios que si vamos a despachar una ley, pido que sea buena. Siempre las cosas son perfectibles. No nos quedemos pegados en una discusión sobre cuestiones de gobierno y oposición.

Me gustaría dar lectura a este documento que representa a la gente que está dirigiendo APR Chile.

Dice: “La gestión y administración del Agua Potable Rural está en manos de dirigentes ad honorem en organizaciones sociales sin fines de lucro, supliendo un rol que le corresponde al Estado. Cerca de un 11 por ciento de personas en el país se abastece de Agua Potable Rural, más de 2.000.000 de chilenos. El 70 por ciento de estas personas que se abastecen con esta agua están bajo la línea de la pobreza y muchos cubren su consumo de agua con el Subsidio de Agua Potable.

Hace más de una década que la crítica situación hídrica ha motivado que cientos de APR sean abastecidos por camiones aljibes o muchos de nuestros APR se vean obligados a comprar el agua en el mundo privado.

El futuro de nuestras comunidades se ve muy incierto por la dificultad para la renovación de directivas. Nadie quiere asumir ante tanta presión, exigencias e incertidumbre en la administración de nuestros sistemas.”.

Lo que alega la dirigencia de APR Chile es que no se le tomó en cuenta en la toma de decisiones y quiere ser escuchada.

Por eso, planteo, nuevamente, que si vamos a elaborar una ley que es tremendamente positiva, hagámoslo bien, y no nos quedemos pegados en estas cuestiones que tienen que ver con ideologías políticas o sobre quién tiene la mejor idea.

Estamos siempre disponibles para conversar. Espero que el gobierno también pueda tomar estas ideas para beneficiar a todos, estén o no inscritos.

Es de toda justicia que los APR puedan rebajar el IVA.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la ministra de Obras Públicas, Jessica López .

La señora LÓPEZ, doña Jessica (ministra de Obras Públicas).-

Señora Presidenta, este ministerio se ha reunido con APR Chile, así como con muchas otras organizaciones de servicios sanitarios rurales que existen a lo largo de todo el país. Nos comprometimos con ellas a establecer mesas de trabajo para revisar la ley N° 20.998, que rige los servicios sanitarios rurales, y, también, los reglamentos y normas que han surgido a partir de ella.

Una de las cosas más significativas de esa ley es que traspasa desde las empresas sanitarias al Ministerio de Obras Públicas todo lo relacionado no solo con la inversión de infraestructura de los servicios sanitarios rurales, sino también la asistencia técnica, la capacitación y todas las actividades de desarrollo comunitario, tarificación, revisión de la calidad, cantidad y continuidad del agua potable que se provee a las personas y asesorías en mecanismos de tarificación del agua. Vale decir, el Ministerio de Obras Públicas, a partir de la aplicación de esta ley, asume la gestión completa de los servicios sanitarios rurales, el apoyo completo y la asesoría a lo largo de todo Chile.

Un elemento bien importante tiene que ver con tener un registro de los servicios sanitarios rurales adscritos al sistema. La ley N° 20.998 establece la conformación de un registro. Es una base de datos mínima que debemos tener para conocer los servicios sanitarios rurales, sus dirigentes, los territorios operacionales, los arranques, en fin, un conjunto de información que es indispensable para prestar una mejor asesoría y definir de mejor manera las inversiones que en ellos se hacen. Todas son inversiones con recursos públicos.

Por lo tanto, este es un registro que ya está establecido en la ley; es meramente un instrumento ordenador y de información esencial para el ministerio.

Diputado Juan Antonio Coloma -por su intermedio, Presidenta-, para inscribirse en el registro -usted estaba preocupado de este tema- se requiere presentar un certificado de vigencia del APR como persona jurídica -es un trámite bien simple-, un certificado de vigencia de quiénes conforman el directorio, que también está en el Servicio de Registro Civil e Identificación, y un plano del territorio, que elabora la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales. Con eso se produce la inscripción. El sentido de la inscripción es lo que mencioné recién, cual es tener un registro ordenado y estructurado de toda la información de cada uno de los servicios sanitarios rurales que han recibido y van a seguir recibiendo inversión pública.

Por lo tanto, a nosotros nos parece que contar con ese registro es una de las medidas importantes. No tiene nada de complicado. Estamos en el proceso de inscripción. Por lo tanto, no creemos que inscribirse en el registro sea una restricción para acogerse a la exención del IVA, para entregar un beneficio tributario a un ente que está debidamente registrado e identificado.

Así que yo no tendría ningún reparo con respecto al registro, porque el trámite que se debe realizar es bastante simple.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Emilia Nuyado .

La señorita NUYADO (doña Emilia) .-

Señorita Presidenta, los dirigentes de los diversos comités de APR de la Región de Los Lagos y de todo Chile planteaban con mucha fuerza ser escuchados por esta medida legislativa. Por eso, valoro mucho la presentación que han hecho la señora ministra de Obras Públicas, el señor ministro de Hacienda y, en general, el gobierno del Presidente Gabriel Boric, porque ha quedado demostrado que escucharon a los dirigentes. En los meses de enero, febrero y marzo, cuando muchos de ellos se movilizaron, era incierto que se respondiera de esta manera. Considero que las dos instituciones del Estado aquí representadas fueron mucho más allá de eximir del IVA. Lo que acaba de informar la señora ministra es lo que esperaban los comités de APR: contar con asistencia técnica para tener un agua de calidad, que deberá ser entregada a sus cooperados, a la comunidad en general, a los municipios, a los establecimientos educacionales y también a Bomberos.

Sin duda, aparte de aquello, se requiere mayor inversión. Es importante que los altos costos que muchas veces les ha tocado asumir a ellos también sean considerados en estas inversiones. Por eso, considero que para aquellos que han transitado durante muchos años este camino, que les ha costado contar con este recurso disponible, el cual muchas veces no se consigue a través del Ministerio de Obras Públicas, es importante que hoy sean considerados en las inversiones que ha planteado la señora ministra. Además, es un doble avance, porque no solo van a estar exentos del IVA, sino que también van a contar con inversiones, las cuales todavía requieren muchos APR.

Como señaló un diputado que me antecedió en el uso de la palabra, es importante avanzar en las regiones del sur y del norte con los proyectos fotovoltaicos, que van a disminuir el costo del gasto mensual que tienen las familias. Muchas veces para las familias de los sectores rurales es difícil pagar aquel recurso.

Por tal razón, con mucha convicción apoyaremos este proyecto por las dirigentas y los dirigentes de los APR, y porque hay un compromiso del gobierno del Presidente Gabriel Boric.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Hugo Rey .

El señor REY .-

Señorita Presidenta, los APR son los encargados de llevar agua potable a los rincones del mundo rural y hacer justicia con esas familias, a las que generalmente al Estado le cuesta llegar. Pero eso se hace a través de un grupo de hombres y mujeres aprovecho en este acto de reconocer su importante labor-. Desde hace sesenta años, las zonas rurales de Chile han sido abastecidas de agua potable a través del Plan Básico de Saneamiento Rural. Este programa sigue vigente y cuenta con más de dos mil sistemas de agua potable rural (APR).

Es importante reconocer que la esencia de estas organizaciones, que tienen una función social, es brindar servicios a las familias, principalmente agrícolas campesinas.

El proyecto reconoce a otras instituciones su función social, ya que se encontrarán exentas de impuesto al valor agregado las prestaciones de servicios sanitarios rurales o la venta de agua potable al Cuerpo de Bomberos o sus compañías, a los establecimientos educacionales municipales de educación prebásica, básica y media reconocidos por el Ministerio de Educación, y a los bienes raíces municipales, lo que permitirá reducir costos por este concepto.

Además, se podría avanzar en bajar el resto de los costos, sobre todo de los APR en sectores rurales, donde todos los días hacen malabarismo para llegar a final de mes. Como se señaló recientemente, se podría avanzar en mejorar el tema de la energía con energía solar, que es muy importante, así como también en consolidar núcleos de APR, porque los costos de contratación de personal son parte de los altos costos fijos que tienen. Principalmente, hablo de los pequeños APR en los sectores rurales, puesto que en las localidades se producen grandes problemas para mantener los APR funcionando como corresponde.

Señora ministra, respecto de la asistencia técnica, los funcionarios del Ministerio de Obras Públicas (MOP) no dan abasto para desarrollar toda la demanda que existe desde el punto de vista técnico. Espero -aprovecho que está el ministro de Hacienda a su lado- que el gobierno, entre las decenas de miles de funcionarios públicos que contrató, haya contratado al personal que realmente se necesita en el servicio público, como, por ejemplo, en el Ministerio de Obras Públicas (MOP), así como también los fiscalizadores del Ministerio de Transportes, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) y de tantos otros servicios que necesitan fiscalización para el buen cumplimiento de su labor, porque, lamentablemente, la gente se ve afectada por un mal servicio.

Como diputado he tenido la oportunidad de conocer y compartir experiencias y sueños con muchos comités de APR de la región; son más de doscientos cincuenta en la Región del Maule. Como alcalde me tocó apoyarlos y levantarlos cuando estaban en situaciones críticas. Por eso, me he comprometido a votar a favor esta iniciativa, y así lo haré.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra la diputada Flor Weisse .

La señora WEISSE (doña Flor).-

Señorita Presidenta, quiero ratificar mi apoyo a este proyecto, porque me parece que es importante y necesario. Estuvimos con la ministra en la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación durante su tramitación.

Ministra, quiero hacer un punto en relación con otra área, que es el trabajo y el apoyo hacia los dirigentes que están administrando estas instancias, en este caso, para generar este servicio tan importante en las comunidades rurales.

Si hay un distrito rural que requiere este tipo de organizaciones e instituciones es el mío, en las provincias de Arauco y de Biobío, y en la comuna de Lota.

Ministra, usted dijo que se había reunido con varios dirigentes de los comités de agua potable rural. En mi región están organizándose y, seguramente, van a sostener una reunión con usted.

Me parece que es muy importante que la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales, del Ministerio de Obras Públicas, tenga una gestión de mucho mayor acompañamiento y asesoría técnica, como aquí se ha dicho, pero desde el punto de vista administrativo, porque son grandes recursos en la suma -no en lo individual-, y también asesoría financiera. ¿Por qué lo digo? Porque se trata de una cantidad importante o significativa de recursos. No en todos los APR, pero hay uno en particular, por ejemplo, el APR de Santa Fe, de la comuna de Los Ángeles, donde hoy -no sé si está enterada o si lo ha visto en redes sociales- se produjo un episodio gravísimo de agresión y violencia entre los propios dirigentes, producto de que había que dilucidar un problema de los dirigentes antiguos versus los nuevos. En fin, es algo que desde el punto de vista administrativo no está claro, pero lo concreto es que se llegó a una agresión -están los videos-. Una de las personas se cayó a una zanja y se juntaron varias personas alrededor.

Por lo tanto, los dirigentes de la región están organizándose para ver cómo ellos pueden quedar con mayor protección -hoy están vulnerables no solo respecto de esto, sino también respecto de otro tipo de acciones que les puedan ocurrir en el cumplimiento de su gestión-, pero que también tengan más información, que pueda ser transmitida a las bases desde lo financiero -insisto-, porque, como son recursos cuantiosos, se generan tensiones, que a veces se alargan en el tiempo y no se resuelven oportunamente, para no llegar a los hechos que hemos debido lamentar en el APR de Santa Fe, comuna de Los Ángeles, y que no quisiéramos que ocurrieran en otras comunas.

Por eso, es muy importante que el acompañamiento y la asesoría directa -a lo menos en el inicio de esta nueva normativa- sean mucho más cercanos, y que los profesionales de su cartera, ministra, estén ahí, tomando la temperatura de cómo están las relaciones al interior de los comités, de cómo está el clima social, para que no se repita ese tipo de hechos.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Leonardo Soto .

El señor SOTO (don Leonardo).-

Señorita Presidenta, por supuesto que aprobaremos esta ley que exime del pago de IVA a los servicios sanitarios rurales. Estamos hablando de los APR o cooperativas de agua potable rural que, en el campo chileno y a lo largo de todo el país, surten de agua potable a cerca de dos millones de personas.

Acompañé a organizaciones de APR de la zona de Melipilla, de Champa, de Hospital y de otros lugares, a gestionar con el director nacional del Servicio de Impuestos Internos un dictamen que aclaraba este punto sobre la no aplicación de IVA a los servicios de agua potable que prestan los APR. Pero el problema de fondo se soluciona con esta ley, y esta ley establece claramente que se considera que los servicios sanitarios rurales que los operadores presten a sus asociados, cooperados o socios no se encontrarán gravados con impuesto al valor agregado, porque cumplen una función como organización comunitaria, una función que es pública, de la que debería hacerse cargo el Estado y llevar agua potable a todos los residentes del mundo rural. Sin embargo, lo hacen sus propias organizaciones comunitarias, por lo que no parecía justo que, además, fueran gravadas con el IVA. Por eso, aprobaremos este proyecto de ley.

Además, se agrega que se encontrarán exentas de IVA las prestaciones de servicios sanitarios rurales o la venta de agua potable que se haga a cuerpos de bomberos o sus compañías -se entiende que se trata de compañías de bomberos rurales-, a los establecimientos educacionales municipales que sean reconocidos por el Ministerio de Salud y a los bienes raíces municipales, todos del mundo rural.

Con esto se reconoce el tremendo trabajo que hacen los APR y las cooperativas para llevar este vital elemento, sobre todo en momentos de una sequía devastadora en todo el país, logrando mantener los flujos y la provisión de agua a todas las localidades rurales.

También me gusta este proyecto -se lo digo a nuestro ministro de Hacienda- porque termina con el dogma de que no se pueden ser eximidas del IVA algunas actividades que son importantes para el país, porque hoy lo estamos haciendo con los APR. A propósito, me gustaría que evaluáramos esta posibilidad, por ejemplo, para la energía eléctrica proveniente de una fuente sustentable. Necesitamos energía eléctrica que no dañe nuestro medio ambiente, que no contamine, y no parece razonable que no tengan un reconocimiento.

Por último, me quiero hacer cargo de una fake news que circula en los sectores de la derecha. Prestigiosos diputados, como los señores Leal y Coloma , cometen un error al andar diciendo que este proyecto de ley es una farsa. La verdad es que incurren en un error, y digo error porque no puedo creer que haya mala fe, solo que trataremos de aprobar algún curso de mayor comprensión lectora que les permita darse cuenta de que no es necesario estar inscrito en el registro de APR para ser beneficiado. Esta ley rige desde el 1 de enero de 2023 en adelante y para todas los APR, estén inscritos o no.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Rathgeb .

El señor RATHGEB.-

Señorita Presidenta, está claro que esta iniciativa va en el sentido correcto, porque alienta a que la gente que habita localidades rurales siga viviendo y trabajando en ellas, por cuanto disminuye el costo final para el consumidor del agua potable, a pesar de que algunos APR abastecen sectores urbanos. En definitiva, va en el sentido correcto, porque alienta a que las personas sigan viviendo en los sectores rurales.

Es importante señalar que, respecto de la incidencia en materia financiera o presupuestaria del Estado, el informe indica menores ingresos fiscales por 11.021 millones de pesos, una importante cantidad de recursos que el Estado deja de percibir. Aquí hay una menor recaudación, que, como ya señalé, va en el sentido correcto de incentivar a que las personas sigan viviendo en los sectores rurales donde siempre han vivido.

Cuando existe la misma razón, debe existir la misma disposición. Hay otros impuestos que desincentivan que la gente siga en los sectores rurales, como el impuesto territorial y el impuesto a la renta, particularmente la renta presunta. Cuando el avalúo de los predios rurales se aumenta en forma exagerada, golpea fuertemente en el impuesto territorial, en las contribuciones, y en la renta presunta, lo que conlleva a que muchas personas estén subdividiendo sus predios para destinarlos a parcelas de agrado, disminuyendo así la superficie cultivable de nuestro país.

Por lo tanto, como aquí existe la misma razón para rebajar impuestos al sector rural, para incentivar a su gente a quedarse a vivir y trabajar en él, aprovecho de hacer un llamado para que también se analice la rebaja del avalúo de los predios rurales, que ha golpeado fuertemente las contribuciones y la renta presunta de muchos de nuestros agricultores, lo que está llevando a que muchos terrenos agrícolas se estén transformando en habitacionales ante la obligación que tienen nuestros agricultores de subdividirlos.

Votaremos favorablemente esta iniciativa, tal como lo haremos el día de mañana cuando votemos una iniciativa que disminuya el avalúo fiscal de los terrenos rurales, a fin de permitir que los agricultores sigan cultivando sus tierras para llevar los alimentos a la mesa de todos los chilenos.

He dicho.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Tiene la palabra el diputado Nelson Venegas .

El señor VENEGAS.-

Señorita Presidenta, lamentablemente, el mundo rural ha sido desoído por décadas. Por eso, hace un tiempo formamos la bancada del campo y las tradiciones, que trata de abordar las distintas dificultades que se ven en el mundo rural, como son la locomoción, el transporte, la conexión, etcétera. Pero uno de los problemas más graves que existen es precisamente el relacionado con el acceso al agua potable rural. El 11 por ciento de los chilenos se abastece por el sistema de agua potable rural, y el 70 por ciento de estas personas está bajo la línea de la pobreza. Es una organización importante.

Hace un tiempo se formó APR Chile, una institución que trata de consolidar ese trabajo en términos dirigenciales, con una estructura que se fortalece cada día más. Y han tenido que entrar en la discusión, por ejemplo, del proyecto que establecía la ley de saneamiento, cuya tramitación demoró once años, y ahora un reglamento, cuya discusión lleva más de dos años. Es decir, la desidia que ha existido históricamente respecto de esta materia deja de manifiesto que, en términos concretos, el Estado de Chile no escucha como corresponde al mundo rural. Por si fuera poco, ese reglamento carece de disposiciones que, eventualmente, pudieran solucionar los temas relacionados con el agua potable rural. Es más, ha tenido que prorrogarse por un tiempo, y de repente sale una ley respecto de la captación, que les impone el IVA.

Entonces, ahora se les dará esta solución que, por supuesto, debe ser apoyada, pero hay algo que debe ser considerado, estimado Presidente: estas organizaciones deben ser escuchadas, deben pasar por las respectivas comisiones.

El ideal hubiera sido que este proyecto, además de pasar por la Comisión de Hacienda, también hubiese pasado por la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación, que es donde se solucionan los temas que dicen relación con el agua. También me hubiera gustado que se escuchara como corresponde a APR Chile, institución que debemos empoderar, porque cada uno de sus dirigentes tiene que pasar por muchas dificultades y sufrir costos personales; muchas veces, sus razones no son entendidas, siendo incluso criticadas por los propios beneficiarios de los APR. Hoy, todo lo que tiene que ver con los costos en la gestión, con su traslado y con su vida es bastante dificultoso.

Por lo tanto, evidentemente, este proyecto debe ser aprobado. Junto con eso, quiero enviar una señal al Ejecutivo, en el sentido de que tratemos de generar normas y conductas que empoderen y den la relevancia que merecen a estas organizaciones tan importantes para el sector rural de Chile como son los APR.

He dicho.

El señor MIROSEVIC (Presidente).-

Cerrado el debate.

Ha concluido el tiempo del Orden del Día.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que exime del impuesto al valor agregado a los servicios sanitarios rurales a que se refiere la ley N° 20.998.

Cabe hacer presente que el proyecto trata materias propias de ley simple o común. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 143 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).- Aprobado.

-Votaron por la afirmativa:

Acevedo Sáez , María Candelaria Cornejo Lagos , Eduardo Manouchehri Lobos , Daniel Rivas Sánchez, Gaspar Aedo Jeldres, Eric Cuello Peña y Lillo , Luis Alberto Martínez Ramírez , Cristóbal Rojas Valderrama, Camila Alessandri Vergara , Jorge De la Carrera Correa , Gonzalo Marzán Pinto , Carolina Romero Leiva, Agustín Alinco Bustos, René De Rementería Venegas , Tomás Matheson Villán , Christian Romero Talguia, Natalia Araya Guerrero, Jaime Del Real Mihovilovic , Catalina Medina Vásquez , Karen Rosas Barrientos, Patricio Araya Lerdo de Tejada , Cristián Delgado Riquelme , Viviana Mellado Pino , Cosme Sáez Quiroz, Jaime Arce Castro , Mónica Donoso Castro , Felipe Mellado Suazo , Miguel Saffirio Espinoza, Jorge Barchiesi Chávez , Chiara Durán Espinoza , Jorge Meza Pereira , José Carlos Sagardia Cabezas, Clara Barrera Moreno, Boris Durán Salinas , Eduardo Mix Jiménez , Claudia Sánchez Ossa, Luis Barría Angulo, Héctor Flores Oporto , Camila Molina Milman , Helia Santana Castillo, Juan Becker Alvear, Miguel Ángel Fries Monleón , Lorena Morales Alvarado , Javiera Santibáñez Novoa, Marisela Bello Campos , María Francisca Fuenzalida Cobo , Juan Morales Maldonado , Carla Sauerbaum Muñoz, Frank Beltrán Silva, Juan Carlos Gazmuri Vieira, Ana María Moreno Bascur , Benjamín Schalper Sepúlveda, Diego Benavente Vergara , Gustavo Giordano Salazar , Andrés Mulet Martínez , Jaime Schneider Videla, Emilia Berger Fett , Bernardo González Gatica , Félix Muñoz González , Francesca Schubert Rubio, Stephan Bernales Maldonado , Alejandro González Olea , Marta Naranjo Ortiz , Jaime Sepúlveda Soto, Alexis Bobadilla Muñoz , Sergio González Villarroel , Mauro Naveillan Arriagada , Gloria Serrano Salazar, Daniela Bórquez Montecinos , Fernando Guzmán Zepeda , Jorge Nuyado Ancapichún , Emilia Soto Ferrada, Leonardo Bravo Castro, Ana María Hertz Cádiz , Carmen Ñanco Vásquez , Ericka Soto Mardones, Raúl Bravo Salinas, Marta Hirsch Goldschmidt , Tomás Ojeda Rebolledo , Mauricio Sulantay Olivares, Marco Antonio Brito Hasbún , Jorge Ibáñez Cotroneo , Diego Olivera de la Fuente, Erika Tapia Ramos, Cristián Bugueño Sotelo , Félix Ilabaca Cerda , Marcos Orsini Pascal , Maite Teao Drago, Hotuiti Bulnes Núñez , Mercedes Irarrázaval Rossel , Juan Ossandón Irarrázabal , Ximena Tello Rojas, Carolina Calisto Águila, Miguel Ángel Jiles Moreno , Pamela Oyarzo Figueroa , Rubén Darío Trisotti Martínez, Renzo Camaño Cárdenas , Felipe Jouannet Valderrama , Andrés Palma Pérez , Hernán Ulloa Aguilera, Héctor Cariola Oliva , Karol Jürgensen Rundshagen , Harry Pérez Cartes , Marlene Undurraga Gazitúa, Francisco Carter Fernández , Álvaro Labbé Martínez , Cristian Pérez Olea , Joanna Undurraga Vicuña, Alberto Castillo Rojas, Nathalie Labra Besserer , Paula Pérez Salinas , Catalina Urruticoechea Ríos, Cristóbal Castro Bascuñán, José Miguel Lagomarsino Guzmán , Tomás Pino Fuentes , Víctor Alejandro Veloso Ávila, Consuelo Celis Montt , Andrés Lavín León , Joaquín Pizarro Sierra , Lorena Venegas Salazar, Nelson Cicardini Milla , Daniella Leal Bizama , Henry Placencia Cabello , Alejandra Videla Castillo, Sebastián Cid Versalovic , Sofía Lee Flores , Enrique Pulgar Castillo , Francisco Von Mühlenbrock Zamora, Gastón Cifuentes Lillo, Ricardo Leiva Carvajal , Raúl Raphael Mora , Marcia Weisse Novoa, Flor Coloma Álamos, Juan Antonio Lilayu Vivanco , Daniel Rathgeb Schifferli , Jorge Winter Etcheberry, Gonzalo Concha Smith, Sara Longton Herrera , Andrés Rey Martínez, Hugo Yeomans Araya, Gael Cordero Velásquez, María Luisa Malla Valenzuela, Luis Riquelme Aliaga, Marcela

La señorita PÉREZ , doña Catalina (Vicepresidenta).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda aprobado también en particular, con la misma votación. Se despacha el proyecto al Senado.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 30 de mayo, 2023. Oficio en Sesión 24. Legislatura 371.

? VALPARAÍSO, 30 de mayo de 2023

Oficio Nº18.407

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo del mensaje, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha aprobado el proyecto de ley que exime del impuesto al valor agregado a los servicios sanitarios rurales a que se refiere la ley N°20.998, correspondiente al boletín N°15.901-05, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo Único.- Modifícase la ley Nº20.998, que Regula los Servicios Sanitarios Rurales, de la siguiente forma:

1. Incorpórase en el título V, a continuación del artículo 64, el siguiente artículo 64 bis:

“Artículo 64 bis.- Sin perjuicio de lo establecido en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo primero del decreto ley N°825, de 1974, para los efectos de la presente esta ley, se considerará que los servicios sanitarios rurales que los operadores presten a sus asociados, cooperados o socios, no se encontrarán gravados con el Impuesto al Valor Agregado. Para estos efectos, los nuevos operadores deberán encontrarse inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales al último día del mes anterior a que comiencen a prestar tales servicios. A aquellos operadores que ya se encuentren prestando dichos servicios se les aplicará este tratamiento tributario desde el mes siguiente a aquél en que se incorporen al Registro.

Tampoco se encontrarán gravados con Impuesto al Valor Agregado los servicios sanitarios rurales prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que estos respondan exclusivamente a garantizar la continuidad del servicio, en los términos de la letra b) del artículo 40.

Sin perjuicio de lo anterior, se encontrarán exentas de Impuesto al Valor Agregado las prestaciones de servicios sanitarios rurales o la venta de agua potable a los Cuerpos de Bomberos o sus Compañías, a los establecimientos educacionales municipales de educación prebásica, básica y media, reconocidos por el Ministerio de Educación, y a los bienes raíces municipales.

Durante el mes de enero de cada año, el Ministerio deberá informar al Servicio de Impuestos Internos la nómina de operadores incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales, inscritos al 31 de diciembre del año anterior.

Las operaciones realizadas por los operadores de servicios sanitarios rurales distintas a las señaladas en este artículo se regirán por las reglas generales del Impuesto al Valor Agregado, atendiendo a su naturaleza.”.

2. Agréganse a continuación del artículo vigésimo primero transitorio, los siguientes artículos:

“Artículo vigésimo segundo.- El artículo 64 bis entrará en vigencia el 1 de enero de 2023.

Artículo vigésimo tercero.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 64 bis, mientras esté pendiente el plazo establecido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio no será exigible que los operadores deban estar inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales.

Asimismo, lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 64 bis será aplicable después de transcurrido el plazo contenido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio.”.”.

*****

Dios guarde a V.E.

VLADO MIROSEVIC VERDUGO

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Hacienda

Senado. Fecha 06 de junio, 2023. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 27. Legislatura 371.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que exime del impuesto al valor agregado a los servicios sanitarios rurales a que se refiere la ley N° 20.998. BOLETÍN Nº 15.901-05

____________________________________

Objetivo(s) / Constancias / Normas de Quórum Especial (no tiene) / Consulta Excma. Corte Suprema (no hubo) / Asistencia / Antecedentes de Hecho / Aspectos Centrales del Debate / Discusión en General y en Particular / Votación en General y en Particular / Informe Financiero / Texto / Acordado / Resumen Ejecutivo.

HONORABLE SENADO:

La Comisión de Hacienda tiene el honor de informar el proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite constitucional, originado en Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, señor Gabriel Boric Font, con urgencia calificada de “suma”.

- - -

Se hace presente que, por tratarse de un proyecto de artículo único, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, la Comisión discutió la iniciativa en general y particular a la vez, resultando aprobada por la unanimidad de sus integrantes (5x0).

- - -

OBJETIVOS DEL PROYECTO

El objetivo principal de esta iniciativa es incorporar un nuevo artículo 64 bis a la ley N° 20.998, que regula los Servicios Sanitarios Rurales, para establecer una exención del impuesto al valor agregado para las organizaciones que prestan servicios sanitarios rurales, bajo ciertas condiciones que se indican, de modo que parte o todas sus operaciones se encuentren exentas de dicho impuesto.

- - -

CONSTANCIAS

- Normas de quórum especial: No tiene.

- Consulta a la Excma. Corte Suprema: No hubo.

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ASISTENCIA

- Representantes del Ejecutivo e invitados:

Del Ministerio de Hacienda, la Subsecretaria de Hacienda, señora Heidi Berner; el Coordinador Tributario, señor Diego Riquelme, y la Coordinadora Legislativa, señora Consuelo Fernández.

Del Ministerio de Obras Públicas, la Ministra, señora Jessica López; el Jefe de Gabinete, señor Cristián Rojas: la Directora Nacional de Obras Hidráulicas, señora María Loreto Mery; la Subdirectora de Servicios Sanitarios Rurales, señora Denisse Charpentier, y los asesores, señores Carlos Estévez y Stefano Salgado.

De la Asociación Nacional de APR´s Chile, la Presidenta, señora Yorqui Riquelme, y el Coordinador Nacional, señor Rufino Hevia.

De la Asociación Gremial de Servicios Agua Potable Rural (AGRESAP y FENAPRU Chile), el Presidente, señor José Miguel Rivera.

De la Asociación de APR de la Región Metropolitana, la Presidenta, señora Carolina Carrasco; la Directora, señora Ana Gutiérrez y el Tesorero, señor Patricio Riquelme.

De la Unión Comunal de APR de Salamanca, el Presidente, señor Juan Argandoña; la Secretaria, señora Milca Ulloa, y el Tesorero, señor Nimer Hammad.

De la Asociación Gremial del Limarí, el Tesorero y Presidente APR Chalinga, señor Hugo Pinto.

- Otros:

El asesor del Honorable Senador Castro Prieto, señor Daniel Quiroga.

Las asesoras del Honorable Senador Coloma, señoras Bárbara Bayolo y Carolina Infante.

El asesor del Honorable Senador García, señor José Miguel Rey.

El asesor del Honorable Senador Lagos, señor Reinaldo Monardes.

Los asesores del Honorable Senador Núñez, señores Elías Mella y Manuel Torres.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se ha tenido en consideración el Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, señor Gabriel Boric Font.

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ASPECTOS CENTRALES DEL DEBATE

El proyecto de ley consta de un artículo único permanente con dos numerales. El primero de ellos incorpora un nuevo artículo 64 bis a la ley N° 20.998, que regula los Servicios Sanitarios Rurales, para establecer una exención del impuesto al valor agregado para las organizaciones que prestan servicios sanitarios rurales, bajo ciertas condiciones que se indican, de modo que parte o todas sus operaciones se encuentren exentas de dicho impuesto. El segundo incorpora a la mencionada ley 20.998 dos disposiciones transitorias.

Durante la discusión de la iniciativa legal los miembros de la comisión plantearon su preocupación por el escaso número de APR inscritos en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales, debido a la dificultad para cumplir con algunas exigencias requeridas para la inscripción, la cual mediante esta iniciativa legal se incorpora como requisito para que los operadores de servicios sanitarios rurales puedan optar a la exención del impuesto al valor agregado, todo lo cual podría generar dificultades y costos que la mayoría de los APR no estarían en condiciones de asumir.

Asimismo, se planteó la necesidad de reactivar y fortalecer la mesa trabajo que dirige el Ministerio de Obras Públicas junto a los APR, la cual no ha tenido la continuidad requerida.

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DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR[1]

A.- Presentación del proyecto de ley por parte del Ejecutivo.

En sesión de 31 de mayo de 2023, la Comisión escuchó a la Subsecretaria de Hacienda, señora Heidi Berner, quien efectuó una presentación, en formato ppt, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY QUE EXIME DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO A LOS SERVICIOS SANITARIOS RURALES A QUE SE REFIERE LA LEY Nº 20.998.

Regulación de los APR –

Antecedentes

- Los comités de agua potable rural (APR) se encuentran regidos por la Ley Nº19.418. El artículo 29 de esta ley establece el régimen tributario de estas organizaciones señalando que están exentas de todo tipo de contribuciones, impuestos y derechos fiscales o municipales, con excepción del impuesto sobre las ventas y servicios (IVA).

- Desde la vigencia de la Ley Nº19.418 estas organizaciones no están liberadas de IVA (como si ocurría con la legislación anterior), por ello, desde un punto de vista normativo los servicios realizados por los APR se encontraban gravados con IVA sea respecto de servicios realizados a sus asociados o a terceros.

- La ley Nº21.420 no alteró esta legislación siendo irrelevante para los comités de APR, no obstante, si dio cuenta de una serie de confusiones e interpretaciones.

- En la misma situación se encontrarían las cooperativas que realizan la misma labor.

- El SII de la época (1996) realizó una interpretación errada de la normativa señalando que los APR no pagarían IVA en la medida que el comité realizara la distribución de agua a costo (oficio Nº1529 y Nº2413 de1996, reiterado en el oficio Nº2631 de 1997).

- La instrucción anterior fue errónea, pues lleva al absurdo que cualquier venta sujeta a IVA dejaría de estarlo sólo por no generar una “utilidad” rompiendo la lógica del impuesto que grava una venta o servicio y no la rentabilidad del mismo.

- El año 2016 el SII rectifica el criterio, realizando una interpretación armónica entre todas las normativas señalando expresamente que “… el suministro de agua potable hecha por un Comité de Agua Potable Rural constituido como una organización comunitaria funcional, que adquiere o capta agua, para distribuirla a sus asociados o terceros, se encontrará gravada con el Impuesto a la Ventas y Servicios”.

(oficio Nº2898 de 2016, reiterado en el oficio Nº3758 de 2021).

Contenido del Proyecto

El proyecto de ley contiene un único artículo que incorpora un nuevo artículo 64 bis a la Ley Nº 20.998 sobre servicios sanitarios rurales, en base a los siguientes pilares:

1. Los servicios prestados por operadores de APR a sus asociados, cooperados o socios no se encontrarán gravados con IVA, siempre que el prestador se encuentre incorporado en el registro de operadores de servicios sanitarios rurales establecido en la ley Nº 20.998;

2. Tampoco se encontrarán gravados con IVA los servicios prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que los mismos sean prestados para garantizar la continuidad del servicio.

3. Se establecen expresamente exenciones de IVA por el servicio o venta de agua al Cuerpo de Bomberos o sus compañías, de establecimientos educacionales municipales y de bienes raíces municipales.

4. La ley tiene una norma especial de vigencia a partir de enero de 2023 para evitar cualquier fiscalización por la situación antes descrita.

B.-Debate suscitado en la Comisión.

El Honorable Senador señor Coloma destacó la importancia del proyecto en cuanto busca eximir del pago de IVA a los servicios sanitarios rurales a los que se refiere la ley N° 20.998. Sin embargo, hizo presente que distintos APR, principalmente de APR’S Chile, han señalado que si bien coinciden en el mérito del proyecto, éste en la práctica obliga a los más de 2.700 operadores a inscribirse en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales y a la fecha se han inscrito solo 57, lo que revela la existencia de una dificultad que, de acuerdo a lo señalado por los APR, está dada por la exigencia de profesionales contables de manera permanente dentro de las organizaciones, lo que torna inviable para aquellos APR más pequeños cumplir con la ley.

Agregó que lo que APR’S Chile plantea es que la inscripción no sea un requisito y además solicita ser escuchada por la Comisión. Al respecto expresó que, si bien este proyecto de ley es muy relevante, al hacer exigible la ley N° 20.998 se producirá un problema de funcionamiento para estas organizaciones.

Asimismo, hizo referencia a la existencia de una mesa integrada por el Ministerio de Obras Públicas en la que participó el ex Ministro de esa cartera, instancia que no prosperó, sin perjuicio de que la actual Ministra de Obras Públicas estaría en la línea de retomar esa mesa de trabajo.

Subrayó que a través de este proyecto de ley se resuelve una dificultad, pero se estaría creando otro problema para los APR de zonas rurales de Chile que representan a millones de personas que requieren de ese sistema para obtener agua.

El Honorable Senador señor Núñez destacó que la exención de IVA para los servicios sanitarios rurales es un tema muy sentido por estas organizaciones, tanto APR’S Chile como FENAPRU, que fueron las organizaciones a nivel nacional que plantearon el problema.

Precisó que si bien el problema se produce por la interpretación hecha por del Servicio de Impuestos Internos en virtud de la cual no se hacía cobro de IVA, posteriormente esta interpretación varió e hizo necesario legislar al respecto, por lo que esta iniciativa de ley es una adecuación muy específica respecto de ese punto y por lo tanto es un cambio mínimo de la ley.

Agregó que, entendiendo la inquietud del Senador Coloma, debiera hacerse una revisión más rigurosa respecto de lo que ha conllevado la aplicación de la nueva ley de servicios sanitarios rurales, considerando que todo aquello relacionado con el Registro, la emisión de boletas electrónicas, el término de las cooperativas y otras exigencias que se han planteado, son materia de dicha ley.

Sugirió convocar a la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía o a la Comisión de Obras Públicas a una sesión conjunta para escuchar a los APR y en esa instancia citar a la Subdirección de Servicios Sanitarios del Ministerio de Obras Públicas y discutir si existe un problema mayor y evaluar posibles nuevas modificaciones a la ley.

El Honorable Senador señor Saavedra observó que el proyecto busca resolver un problema acuciante para las organizaciones del mundo rural cuando se transforman en deudores de IVA, lo que puede conllevar a la interrupción de un servicio clave, toda vez que se ha comprobado que el agua potable mejora la calidad de vida y ayuda en la superación de la pobreza.

El Honorable Senador señor García señaló que esto tiene historia, por cuanto los servicios de agua potable rural estuvieron afectos a IVA en un momento, luego quedaron exentos, después vino la ley del IVA para los servicios, para el financiamiento de la PGU, razón por la cual el Servicio de Impuestos Internos cambió su resolución y estableció que los APR deben pagar IVA, lo que provocó un movimiento nacional de los APR que fue resuelto en la Comisión junto a los Ministros de Hacienda y Obras Públicas y al Director del Servicio de Impuestos Internos, quienes se comprometieron a cambiar la resolución del Servicio de Impuestos Internos y mantener la exención hasta por lo menos el mes de noviembre de 2024, mientras se tramita esta ley.

Manifestó que es cierto que el Ejecutivo está cumpliendo al tramitar la ley antes de noviembre, para dar la tranquilidad y la seguridad de que quedan exentos, pero esa tranquilidad es relativa, porque van a quedar exentos aquellos que formen parte del Registro de operadores de servicios sanitarios rurales y los que no formen parte del registro no van a quedar exentos y eso originará una dificultad enorme.

Hizo presente que de acuerdo a un informe acompañado por APR’S Chile, su presidenta, señora Yorki Riquelme, señala que hay 2.340 APR en el país y de ellos solo 57 están inscritos. Por ejemplo, en la Región de Arica y Parinacota 6, en Antofagasta 8, en la Región Metropolitana 34, en la Región de los Ríos 3, en Aysén 1 y en Magallanes 3.

Observó que hay regiones completas como el Maule, la Araucanía, Ñuble, Coquimbo, etc., que no tienen ningún APR inscrito. Es por ello que, si bien es positivo contar con un proyecto de ley que los exima del pago de IVA, si ello no va acompañado de la revisión de las exigencias para pertenecer al Registro se debieran dar las facilidades para que todos se inscriban.

Puso de relieve la importancia de poder contar con la presencia de la señora Ministra de Obras Públicas y también de la Subdirectora de Servicios Sanitarios Rurales, señora Denisse Charpentier, durante la discusión de la iniciativa.

El Honorable Senador señor Lagos observó que el beneficio del no cobro del IVA estaría sujeto a la inscripción y las cifras muestran que se otorgará un beneficio que no le llegará a la gran mayoría, por lo que preguntó si desde este proyecto de ley se podría solucionar ese problema, toda vez que dicha inquietud escaparía a las ideas matrices de la iniciativa que se discute.

Manifestó que el valor agregado que se puede obtener a raíz de la discusión de este proyecto es el grado de compromiso del Ejecutivo en cuanto a la forma en que se abordará el desafío de que la inscripción en el Registro se materialice realmente, por cuanto de aprobarse esta ley serán muy pocos los beneficiarios.

La señora Subsecretaria explicó que, si bien el proyecto de ley es simple, ello no significa que no se exija cumplir ciertos requisitos. Agregó que la urgencia de tramitar esta iniciativa está dada por la entrada en vigencia de la ley que obliga al pago de IVA a los servicios, por lo que el Servicio de Impuestos Internos tiene el problema por cuanto hay servicios que deben quedar expresamente señalados dentro de aquellos a los cuales no se les va a cobrar IVA.

Expresó comprender la inquietud planteada respecto del Registro como parte de los requisitos para poder optar a la exención del pago de IVA. Por otro lado, observó que existe un problema en el Registro propiamente tal, porque no tiene la cobertura que debiera tener hoy en día.

Indicó que la situación descrita ha ocurrido en muchos casos y desde esa perspectiva mencionó que cuando se tramitó el proyecto de ley de inclusión laboral, el registro nacional de discapacidad tenía muchas menos personas en el registro que las que debería tener, y es por ello que se incorporan normas transitorias.

Acotó que en este proyecto de ley también hay disposiciones transitorias, una de las cuales establece un plazo hasta noviembre de 2024 para poder estar en el Registro y en el intertanto, es decir, desde enero de 2023, no se pagaría IVA, de modo que hay tiempo para establecer el compromiso que señaló el Senador Lagos y para ello se podría conversar con la señora Ministra de Obras Públicas, establecer algún tipo de protocolo y revisar cómo opera el Registro, para evaluar si requiere o no ajustes para que, a noviembre de 2024 todos los APR puedan ingresar a este, pero eso es independiente de la idea matriz de esta iniciativa, que es exceptuar del pago de IVA a los servicios de APR.

Los miembros de la Comisión concordaron en la conveniencia de recibir a los APR para escucharlos y además oir al Ejecutivo en relación con la situación que se ha planteado respecto del Registro de operadores de servicios sanitarios rurales. Consideraron indispensable contar con la presencia de la Subdirectora de Servicios Sanitarios Rurales, señora Denisse Charpentier, porque habrá que asumir compromisos en cuanto a cómo se va a facilitar la inscripción en el Registro.

El Honorable Senador señor Lagos hizo hincapié en que precisamente el objetivo de reunirse con los dirigentes y con el Ejecutivo es que se establezca un grado de compromiso respecto de las etapas que vendrán después.

El Honorable Senador señor Núñez recalcó que resulta muy importante tener claridad que no por presentar indicaciones en este proyecto de ley se va a cumplir su objetivo, porque en ese caso el proyecto iría a tercer trámite constitucional, se va a retrasar y no podrá entregar la certeza que se quiere dar a los APR de que no se les cobrará IVA y que no tendrán conflictos con el Servicio de Impuestos Internos.

Puso de relieve que el problema no es solo el Registro, sino que tiene que ver con cómo se está implementando la nueva ley de servicios sanitarios rurales, que trae varios cambios, y que en el caso de los APR de menor tamaño es más complejo, toda vez que la nueva ley pone mayores exigencias de modo que quien tiene más desarrollo organizacional tiene más capacidades para cumplir; en cambio, mientras más pequeño es el APR y se encuentra más aislado, le cuesta más.

Hizo presente que, en su oportunidad se discutió mucho sobre la boleta electrónica para un APR que no tiene señal de internet, de modo que el problema puede ser incluso más grande de lo que se está vislumbrando hoy en día y no solamente en cuanto al Registro, sino que podrían existir otras complejidades.

Preguntó a la señora Subsecretaria si la explicación que se da respecto del proyecto de ley en discusión tendría que ver con el cobro de IVA a los servicios sanitarios o más bien tendría relación con la interpretación de la normativa legal previa que hizo el Servicio de Impuestos Internos, que a juicio del Ejecutivo estaría errada.

La señora Subsecretaria respondió que lo que ocurre es que el artículo 29 de la ley N° 19.418 señala que el régimen tributario para estas organizaciones es que están exentas de todo tipo de contribuciones, impuestos y derechos fiscales o municipales, con excepción del pago de IVA.

Añadió que luego, en la ley N° 21.420 no se altera la legislación anterior, por lo tanto se entiende que deben pagar IVA, de tal manera que lo que hizo el Servicio de Impuestos Internos el año 2016 y que luego rectifica el año 2021 se basa en una normativa que está vigente, de modo que si el SII tiene que salir a fiscalizar el pago de IVA debe exigírselo a los APR, como se le exige a todos los contribuyentes legalmente obligados a pagarlo.

El Honorable Senador señor Núñez señaló que cuando tuvo la reunión con los APR en la región de Coquimbo junto a los Senadores Walker y Gahona, se partía de la base de que el problema lo generó la ley N° 21.420.

La señora Subsecretaria agregó que en esa normativa no se hace una diferencia respecto de la ley vigente para los APR, razón por la cual se establece el compromiso del Ejecutivo a través de este proyecto de artículo único.

El Honorable Senador señor Lagos preguntó cómo, si los APR no están inscritos, podrían quedar exentos del pago de IVA en virtud de este proyecto de ley.

El Honorable Senador señor García observó que cuando se generó esta urgencia a raíz de la ley sobre cobro de IVA a los servicios, el SII dictó una resolución señalando que se mantenía la exención hasta noviembre de 2023. Al respecto consultó si esa resolución se encuentra disponible.

El coordinador tributario del Ministerio de Hacienda, señor Diego Riquelme, señaló que existe una resolución del Servicios de Impuestos Internos pero que no es propiamente una extensión de una exención porque no podría serlo.

Precisó que lo que se hizo fue dictar una resolución que extendió el plazo hasta noviembre de 2024 respecto de la obligación de emitir boletas electrónicas, toda vez que la mayoría de los APR emiten todavía boletas en papel y se hizo una extensión de aplicación general para todos los contribuyentes de la obligación operar con boleta electrónica hasta noviembre de 2024. Esto fue una forma de decir, en definitiva, que siguieran operando igual.

Indicó que, adicionalmente, se conversó con los comités de APR y se les señaló expresamente que siguieran emitiendo sus documentos exentos de IVA y se conversó con la totalidad de las direcciones regionales del Servicio de Impuestos Internos para que no se iniciara ningún proceso de fiscalización mientras estuviera pendiente el proyecto de ley.

Hizo presente que este conjunto de medidas responde a lo que se pudo hacer, por cuanto no podía emitirse una resolución que extendiera una exención que no existe y se buscó de esta manera dar tranquilidad a los comités de APR ante una situación contingente. El Honorable Senador señor NúñezEn cuanto al inciso tercero del artículo 64 bis del proyecto, que señala que se encontrarán exentas de IVA las prestaciones de servicios sanitarios rurales o la venta de agua potable a los Cuerpos de Bomberos o sus Compañías, a los establecimientos educacionales municipales de educación prebásica, básica y media, hizo presente que sería importante incorporar a los servicios locales de educación

El señor Riquelme acotó que la última inquietud planteada por el Senador Núñez, referida a los servicios locales de educación, podría resolverse vía circular.

Asimismo, explicó que la razón del por qué hay un periodo en el que no se exige el Registro es que la propia ley de servicios sanitarios rurales da este espacio de cumplimiento, toda vez que el artículo segundo transitorio de la ley N° 20.998 estableció que a aquellos APR que a la fecha de vigencia de la ley estuvieran operando se les entendía otorgada por el solo ministerio de la ley una licencia de funcionamiento, pero sin perjuicio de ello tenían dos años para inscribirse en el Registro.

El inciso segundo del artículo segundo transitorio señala que aun así, no habiéndose inscrito había un plazo de dos años adicionales, que es aquel que vence en noviembre de 2024, para que el organismo público realizara la inscripción para permitir que se incorporen al sistema.

Puntualizó que como existe en la ley base esta norma transitoria el Ejecutivo no podía exigir la inscripción inmediata en el Registro y por eso lo que hace la disposición transitoria del proyecto de ley en discusión es señalar que mientras ese plazo esté vigente no se puede exigir la inscripción en el Registro.

En razón de lo anterior, en el periodo que va hasta noviembre de 2024 la totalidad de los APR que funcionan en el país van a estar exentos de IVA respecto de las operaciones contenidas en el proyecto de ley, no así de aquellas que no se encuentran contenidas en la iniciativa, como es el caso en que se prestan servicios a privados que no son miembros del comité de APR.

En sesión de 5 de junio de 2023, la Comisión procedió a escuchar a la Presidenta de la Asociación Nacional de APR´s Chile, señora Yorqui Riquelme, quien efectuó una presentación en base a la siguiente minuta:

“Estimados Senadores y Senadoras.

Saludarlos y agradecer la posibilidad que nos dan para poder expresar nuestras aprehensiones sobre la exención de cobro de IVA a los Comités y Cooperativas de Agua Potable Rural, con la condicionante impositiva, “siempre que el prestador se encuentre inscrito en el Registro de Operadores”.

Presentarme, mi nombre es Yorki Riquelme Maliqueo, Dirigente de la Región de la Araucanía y Presidenta Nacional de APR´s CHILE , representando a más de mil asociados en organizaciones de Comités y Cooperativas de Agua Potable Rural del país, agrupadas en nuestra organización, encontrándose otras en trámite de formación, tanto de nivel regional, provincial y comunal, ello como consecuencia de la gran incertidumbre que significaría la aplicación de la Ley N° 20.998, donde nuestros asociados tienen la fe y esperanza de lograr por nuestro intermedio, un apoyo integral y representativo a su favor.

Expresar que estamos totalmente de acuerdo con la exención del IVA, es algo que se aplicaba, que teníamos ganado como un derecho, sea cual sea el mecanismo utilizado para su aplicación, pero ahora NO podemos aceptar la imposición utilizada por los Ministerios de Hacienda y Obras Públicas, donde se contempla que, para gozar del beneficio, debe existir la inscripción previa en el registro de operadores, lo cual constituye un acto arbitrario y discriminatorio con el mundo rural.

La exención del Impuesto al Valor Agregado -IVA- es sólo una hebra ilustrativa de la gran madeja de problemas e incertidumbres que acarrea la aplicación de la Ley 20.998. Esta exención queda condicionada a incorporarnos a los Registros de Operadores, lo que significa que se implementará esta ley, sin sus modificaciones, acarreando la dificultad que NO todos los comités y cooperativas, están en condiciones de cumplir con las exigencias y requerimientos que esta Ley Reglamento y Manuales, nos impone.

Además, la institucionalidad tampoco podría cumplir su cometido, debido a que no cuenta con los profesionales en número suficiente para asesorar y garantizar los más de 2.700 sistemas a lo largo del país, lo cual aparece evidenciado en los siguiente información que, estipula que al 12 de Abril del 2023 solo existen 57 APR´s inscritos en el registro de operadores, equivalentes al 2.1%, lo cual acredita con creces que no existe interés alguno en la aludida inscripción, resultando contraproducente que se use esta ley como medida de presión para obligar a los diferentes APR a inscribirse en dichos Registros.

La Ministra de Obras Públicas, precisó ante la Cámara de Diputados que, inscribirse en el Registro de Operadores era un trámite simple, debiéndose llenar un Formulario que acreditará la Personalidad Jurídica, lo cual se podía realizar a través de Internet, obviando deliberadamente que no todos los dirigentes manejan los sistemas informáticos, desconociéndose los inconvenientes que se tienen en las comunicaciones rurales, con incidencia a la conectividad satelital, lo cual imposibilita ser partícipe de reuniones virtuales, situación que es conocida por las diversas autoridades del país.

Resulta totalmente contradictorio lo estipulado tanto en la ley como en el reglamento, en relación al registro de operadores, donde por normativa independiente se estipula la exigencia de un Certificado, el cual debe ser otorgado por las Subdirecciones Regionales, que acredita haber verificado en terreno el adecuado funcionamiento y condiciones generales del servicio.

En virtud de lo anterior, nos preguntamos

¿Cuántas APR´s de las 2.700 del país ESTAN en condiciones de Infraestructura adecuada, derechos de agua en cantidad, continuidad y calidad? Cuantos cuentan con oficina y personal idóneo y suficiente para cumplir su rol.

¿Está la DOH en capacidad de responder cuantos aprs del país, cumplen los requisitos para recibir el CERTIFICADO que le acredita tener las condiciones de operatividad?

Uno de los requisitos establecidos es un “Plano del territorio o área atendida, con indicación de las coordenadas tomadas conforme al sistema de medición que determinará la Subdirección”.

Volvemos a preguntar.

¿Cuáles son los márgenes del territorio operativo, quien lo decide, todas las APR´s del país saben cuál es su límite, este territorio conversa con los planes de desarrollo territorial, es consultado con los municipios, es consensuado con los dirigentes, NO todas las aprs tienen planos de sus territorios operativos, las que no los tienen cuantas son y quién pagara el valor de este levantamiento topográfico.

Y respecto de la calidad, ¿cuán protegida esta mi fuente de agua?

Quiero señalar un caso que está ocurriendo ahora, el APR la Aguada de la Comuna de Corral, Región de Los Ríos lleva más de un mes con graves problemas de abastecimiento, hecho que ha sido publicitado por diferentes medios de comunicación, en donde una empresa que está construyendo un camino, contaminó su fuente de agua que es una vertiente.

¿Quién responde con la CELERIDAD necesaria que amerita la continuidad del suministro de agua potable, para las APRs que son y serán víctimas de estos hechos?

¿Puede un APR llegar y registrarse sin tener garantías de cumplir con lo que la ley exige?

Es evidente que la Ley 20.998 tal como esta no interpreta a las APR´s, no reconoce lo que somos, no garantiza condiciones para lo que exige, no garantiza que se pueda cumplir con el efectivo Derecho Humano al Agua Potable y Saneamiento Rural.

Necesitamos una ley, pero una ley que nos traiga derechos, una ley que potencie nuestras comunidades, una ley que cuide lo que somos, una ley que proteja la organización comunitaria, una ley que nos ayude a defender y cuidar la tierra, el agua, la naturaleza y la vida.

APR´s CHILE, mañana va al Palacio de La Moneda a entregar una carta al Presidente del País, con movilización de dirigentes de diferentes regiones, donde se reclama el cumplimiento del compromiso contraído de revisión y modificación de la Ley 20.998.

LA EXENCIÓN DEL IVA, DEBE SER SIN CONDICIONES.”.

Enseguida, la Comisión escuchó al Presidente de la Asociación Gremial de Servicios de Agua Potable Rural, señor José Miguel Rivera, quien efectuó una presentación, en formato ppt, del siguiente tenor:

DIFICULTADES QUE AFECTAN A LOS COMITÉS Y COOPERATIVAS DE AGUA POTABLE RURAL “SSR”

La entrada en vigencia de la ley Nº21.420 del año 2022, que reduce o elimina exenciones tributarias que indica, develó la necesidad de impulsar un cambio normativo para establecer un régimen diferenciado respecto de las actividades de los Comités de APR.

En cuanto a su tratamiento tributario, los APR han estado expuestos a cambios legislativos que han generado incertezas sobre su tratamiento tributario.

- En efecto, originalmente los Comité y Cooperativas se encontraban exentos de impuesto al valor agregado (IVA) según las disposiciones de la ley N°18.893 sobre Organizaciones comunitarias territoriales y funcionales.

- También, se han visto obligados a cumplir con las normas de la Modernización tributaria (Implementación de boleta electrónica, facturas electrónicas, certificado digital, etc.)

- Y se han visto afectados por las distintas interpretaciones administrativas del Servicio de Impuestos Internos en cada región.

TENEMOS UN CASO PUNTUAL

Debido a la falta de Legislación y dejando al criterio de los fiscalizadores de turno la interpretación de Resoluciones; un Comité de Agua Potable Rural sufrió Orden de Embargo por parte de la Contraloría General de la República por cobro de Impuestos del SII.

PROPUESTA AGRESAP

“Artículo 64 bis Sin perjuicio de lo establecido en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo primero del decreto ley N 825 de 1974 para los efectos de la presente ley, se considerará que los operadores, Servicios Sanitarios Rurales o licenciatarios, que operen un servicio sanitario rural, no se encontrarán gravados con Impuesto al Valor Agregado ni con Impuesto a la Renta, para todos los servicios que presten a sus asociados, cooperados o socios.

Tampoco se encontrarán gravados con Impuesto al Valor Agregado ni Impuesto a la Renta los servicios sanitarios rurales prestados entre operadores o asociaciones de operadores, y SANITARIAS siempre que estos respondan exclusivamente a garantizar la continuidad del servicio, en los términos de la letra b) del artículo 40 de esta ley.

- ELIMINAR EL REQUISITO DEL REGISTRO DE OPERADORES PARA SER EXENTO DEL PAGO IVA E IMPUESTO A LA RENTA

- NUESTRA ASOCIACIÓN GREMIAL DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE RURAL DE LA VI REGIÓN, SOCIA Y FUNDADORA DE FENAPRU CHILE NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LA POSICIÓN DE APR CHILE

- ESTAMOS TRABAJANDO CON LA SUBDIRECCIÓN NACIONAL Y REGIONAL PARA MEJORAR Y CAMBIAR LOS ARTÍCULOS DE LA LEY 20.998 LO QUE NOS PERJUDICA.

Enseguida, la Comisión escuchó a la Asociación de APR de la Región Metropolitana, cuya Presidenta, señora Carolina Carrasco, manifestó su agradecimiento por la conversación sostenida junto al Director del Servicio de Impuestos Internos, al Honorable Diputado señor Soto y al Coordinador Tributario del Ministerio de Hacienda, señor Riquelme, todos quienes comprendieron la necesidad de los APR de quedar exentos de IVA, lo que hoy es motivo de alegría atendida la tramitación de este proyecto de ley, con lo cual se cumple el compromiso adquirido de poder concretar la exención antes del mes de noviembre del presente año.

Expresó que incorporarse al Registro de operadores no representa un problema y los asociados han tratado de dar cumplimiento al requisito entendiendo que el plazo vence en el mes de noviembre de 2024, destacando el permanente apoyo de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) y de la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales con quienes se ha hecho un trabajo conjunto.

Puso de relieve que la asociación que representa se formó al amparo de la ley N° 20.998, de modo de darle participación a la Provincia de Melipilla en todo lo que les sea incumbente como servicio sanitario rural y aseveró que una forma de transparentar el servicio es incorporarse en el Registro de operadores, gestión que han realizado al igual que los APR más pequeños.

Puntualizó que la inscripción se realiza a través de un acto administrativo de la DOH, de modo que no debiera infundirse temor al respecto atendido que esto se encuentra regulado en la ley.

Añadió que, además, se han inscrito para integrar los consejos consultivos de manera de poder participar en espacios de toma de decisiones como un acto de responsabilidad y con la convicción de que la transparencia y la honestidad de dirigentes que trabajan ad honorem por sus comunidades rurales debe verse reflejada en una buena y eficiente administración.

Señaló que su organización representa al 50% de los APR de la Región Metropolitana y se encuentran conformes con esta iniciativa legal y acotó que no asistirán el día de mañana a la Moneda a entregar la carta que firmarán algunos APR toda vez que desde un comienzo han participado en la mesa de trabajo junto a APR’S Chile cuya representación no es nacional, por cuanto es solamente el nombre que aparece en el certificado obtenido en la comuna de Padre las Casas, siendo la FENAPRU la entidad con representación nacional vigente pero cuyo directorio no se encuentra vigente por cuanto quienes lo integraron no han entregado el registro de socios ni las actas para poder inscribirse y darle la legitimidad necesaria a un directorio actualizado, lo que se espera ocurra prontamente.

Reiteró su conformidad con la incorporación del artículo 64 bis esperando que la iniciativa sea aprobada lo antes posible, atendido el beneficio que significa para todos los vecinos de su comunidad rural y para la trasparencia de la gestión de los comités de la Provincial de Melipilla y a nivel nacional también.

Por último, hizo presente que es en la mesa de trabajo donde se debe seguir participando para lograr las modificaciones normativas para hacer más eficiente la aplicación de la ley y llegar a todos los comités de todos los tamaños.

Luego, la Comisión escuchó a la Secretaria de la Asociación de APR de Salamanca, señora Milca Ulloa, quien aclaró en primer término que son una unión comunal de APR de la comuna de Salamanca, ubicada en la provincia de Choapa de la Región de Coquimbo. En lo que concierne al tratamiento del IVA, agradeció la apertura que ha existido sobre la necesidad que tenían las distintas asociaciones, en orden a poder legislar y formalizar la exención del pago de este impuesto y de esta forma hacerse cargo de una realidad muy importante para el sector que representa, el cual se hace cargo de la gestión comunitaria del recurso hídrico.

Puso de relieve que en la actualidad si algún APR vecino tiene problemas de abastecimiento de agua, como asociación se ven imposibilitados de socorrerlo, pues no pueden realizar una venta de agua, cuestión que ahora sí podrán hacer, encontrándose exenta dicha venta del pago de IVA. Agregó que también quedan exentas de este impuesto las prestaciones de servicios sanitarios rurales o la venta de agua potable a los Cuerpos de Bomberos o sus Compañías, a los establecimientos educacionales municipales y a los bienes raíces municipales. Resaltó que lo anterior recoge el diagnóstico de lo que se ha ido debatiendo en las mesas de trabajo integrada por varios dirigentes de asociaciones de APR.

Aclaró que aquellos dichos referentes a que la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales o el Ministerio de Obras Públicas estarían cerrados a la posibilidad de dialogar con los afectados resultan absolutamente contrarios a la verdad, pues le consta que ha existido una activa participación de los distintos actores involucrados.

A continuación, señaló que la Federación Nacional de Agua Potable Rural (FENAPRU) es la única organización que representa a muchos APR a lo largo de Chile, además de estar constituida legalmente, a diferencia de la Asociación Nacional de APR´s Chile, la que agrupa solamente a un sector. Acotó que la asociación que ella representa, si bien sólo abarca la comuna de Salamanca, también trabaja de manera coordinada en cuestiones de su provincia.

Solicitó a los señores Senadores concretar la aprobación del presente proyecto de ley, pues de dicha manera podrán estar al resguardo de una normativa y no a los vaivenes o diferencias de criterios que en el futuro puedan adoptar distintas administraciones.

En lo que respecta a la obligación de estar inscritos en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales, manifestó que no tienen inconveniente en aquello, considerando que existe una regulación que les permite trabajar de una manera más ordenada dentro de cada uno de los comités.

Advirtió que en el escenario actual un bien tan importante como el agua es un bien transable que debe ser resguardado entre las comunidades y la mejor forma de hacerlo es mediante los comités de agua potable, que han dado muestras de ser la alternativa más óptima en la gestión comunitaria de dicho recurso hídrico. Apuntó que para cumplir con lo anterior se hace necesario que los comités cuenten con un orden administrativo, contable y operacional, sumado a un marco regulatorio establecido.

Sostuvo que no se puede seguir trabajando de la misma manera que se hacía hace 40 años atrás, siendo necesario adecuarse a los nuevos tiempos. En ese sentido, reconoció los problemas de conectividad o de acceso a internet que pueden existir en el área rural. Con todo, subrayó que de todas formas están haciendo un esfuerzo para poder dar cumplimiento a la normativa legal.

Agregó que actualmente se encuentran en una mesa de trabajo con la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales, la cual no se ha limitado a revisar el punto que aborda el proyecto de ley, sino que otras problemáticas del sector.

En lo que respecta a temas hacendarios, señaló que el presupuesto de la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales no puede seguir presentándose en una forma tan desmejorada en relación a la Dirección de Obras Hidráulicas. Pidió revisar el presupuesto anual de estos organismos, particularmente de la referida Subdirección, para que de esta manera se logre atender de mejor manera las necesidades de los distintos proyectos en ejecución o aquellos que se encuentran detenidos.

Resaltó una vez más estar de acuerdo con la exención del pago del IVA y los requisitos que se han considerado para tal efecto. Sin perjuicio de lo anterior, reconoció que le hubiese gustado agregar una disposición adicional, referente a los comités de agua potable que se abastecen de sanitarias, ya que existen problemas sin resolver en esta temática considerando el elevado costo para dichos comités.

Finalmente, resaltó el trabajo que se ha estado haciendo desde la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales, el que, si bien ha sido algo lento, se encuentra bien encaminado.

Enseguida, la Comisión escuchó al Tesorero de la Asociación Gremial del Limarí y Presidente de APR Chalinga, señor Hugo Pinto, quien efectuó una presentación en base a la siguiente minuta:

“Buenas tardes

Mi nombre es Hugo Pinto Zepeda – Presidente APR Chalinga – Tesorero de la Asociación del Limarí – región de Coquimbo

Hoy vengo en representación de 77 APR de un total de 95 Provincia Limarí - tenemos el 81% en nuestra Organización.

Nosotros no queremos que sea un requisito estar inscritos en el Registro de Operadores para estar exentos del Impuesto a las Ventas y Servicios.

La inscripción en el registro de Operadores tiene varias consecuencias, por lo tanto, es una tarea que requiere de tiempo, recursos y capacitación.

Me refiero a tiempo con lo siguiente:

LEY NÚM. 21.520, SEGUNDA LEY CORTA – promulgada 05 de diciembre 2022

En el artículo segundo transitorio:

"En caso de que los comités o cooperativas que se encuentren operando a la fecha de entrada en vigencia de esta ley no hayan ingresado al registro de operadores de servicios sanitarios rurales en el plazo señalado.

La Subdirección podrá incorporarlos dentro del plazo de los dos años siguientes al 20 de noviembre de 2022, siempre que acrediten los requisitos establecidos.

1. Se faculta a la Subdirección para hacer esta tarea, quien notificará

2. Nos darán plazo de treinta días para aceptar o no esta incorporación.

• La subdirección ya tiene un mandato legal a través de esta ley 21.520, hasta el año 2024

• ¿Debemos entonces esperar hasta el 2024 para quedar exentos del pago de IVA?

1) LEY 20.998, Artículo segundo TRANSITORIO. –

Los comités y cooperativas de agua potable rural que se encuentren prestando servicios a la entrada en vigencia de esta ley se entenderán titulares de sus respectivas licencias, por el solo ministerio de la ley.

• Somos reconocidos como operadores de nuestros sistemas de APR

• A la vez, los Comité y Cooperativas podemos ser sujetos de la exención del IVA, Ya que no cambia lo esencial que es el reconocimiento para la operación que ya tenemos los comités de APR por la ley.

Me refiero a recursos y capacitación por lo siguiente

2) REGLAMENTO ARTÍCULO 8.-

Antecedentes especiales para la inscripción en el Registro de Operadores. Los operadores, que, a la entrada en vigencia de la ley, estén prestando el servicio sanitario rural deberán proporcionar a la Subdirección Regional respectiva la siguiente información para incorporarse al Registro:

1. Certificado de vigencia de la personalidad jurídica

2. Copia de la iniciación de actividades otorgada por el SII

3. Copia actualizada del registro de usuarios, indicar socios y no socios

4. Número de arranques de agua potable y uniones domiciliarias de aguas servidas existentes.

5. PIDE Certificado emitido por la Subdirección que acredite que la Subdirección Regional se constituyó en el lugar y verificó el funcionamiento y condiciones generales del servicio.

• tarea que la subdirección deberá desarrollar en terreno

• En Provincia del Limarí – no tienen unidad técnica de apoyo – por lo tanto, no tienen personal contratado.

6. hacer un Plano del territorio o área atendida, con indicación de las coordenadas tomadas conforme al sistema de medición que determinará la Subdirección

Como No han existido visitas para este tema

• ¿Cómo se determina el Área operacional?

- Deberá venir un trabajo en conjunto DOH – cada sistema de APR

- Quien paga el valor este Trabajo – que serán gastos fuera de los costos operacionales del APR – que hoy no está contemplado

3) otros antecedentes

La inscripción en el registro de Operadores de alguna manera dará el pie a la aplicación de la ley 20.998, que se supone está en revisión, pero sin la conformación oficial de una mesa representativa a nivel nacional.

Debería Definir:

a. Al menos 3 a 4 participantes por región

b. Con representación comprobada

c. Que recoja la diversidad entre sistemas de APR

d. Con Mecanismos de resolución de conflictos

e. Especificación de temas a resolver en la Ley y Reglamento

f. Revisión de Manuales

• Hoy existen reuniones con algunas organizaciones y la DOH, sin resultados, algo que nos sorprende y preocupa.

• Como punto final, quisiera destacar que la inmensa mayoría de los APRs son menores, alrededor de 1.600 APR a nivel nacional que corresponden al 70% de los sistemas.

• Por lo tanto, solicitamos Aprobar la exención del IVA sin condiciones, para no generar un impacto no deseado que pudiese afectar el funcionamiento de los sistemas de APR.

4) PROYECTO LEY – IVA – modificaciones, propuestas

“Artículo 64 bis. - Sin perjuicio de lo establecido en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo primero del decreto ley N°825, de 1974, para los efectos de la presente esta ley, se considerará que los servicios sanitarios rurales que los operadores Comité o Cooperativa de agua potable rural presten a sus asociados, cooperados o socios, no se encontrarán gravados con el Impuesto al Valor Agregado.

Para estos efectos, los nuevos operadores deberán encontrarse inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales al último día del mes anterior a que comiencen a prestar tales servicios. A aquellos operadores que ya se encuentren prestando dichos servicios se les aplicará este tratamiento tributario desde el mes siguiente a aquél en que se incorporen al Registro.

Tampoco se encontrarán gravados con Impuesto al Valor Agregado los servicios sanitarios rurales prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que estos respondan exclusivamente a garantizar la continuidad del servicio, en los términos de la letra b) del artículo 40.

Sin perjuicio de lo anterior, se encontrarán exentas de Impuesto al Valor Agregado las prestaciones de servicios sanitarios rurales o la venta de agua potable a los Cuerpos de Bomberos o sus Compañías, carabineros, establecimientos educacionales municipales de educación prebásica, básica y media, reconocidos por el Ministerio de Educación, a los bienes raíces municipales, y otros organismos públicos establecidos bajo la jurisdicción o área operacional del servicio sanitario Comité o Cooperativa de agua potable rural.

• Existen otros organismos públicos en las localidades

• El APR – Internados - jardines infantiles - Juntas de vecinos – clubes deportivos – clubes de adulto mayor – etc.…

Durante el mes de enero de cada año, el Ministerio deberá informar al Servicio de Impuestos Internos la nómina de operadores incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales, inscritos al 31 de diciembre del año anterior.

Las operaciones realizadas por los operadores de servicios sanitarios rurales distintas a las señaladas en este artículo se regirán por las reglas generales del Impuesto al Valor Agregado, atendiendo a su naturaleza.”.

• nosotros utilizamos el término USUARIOS - no hay vinculo – no están inscritos en el registro de Socios – esto se mantiene, está bien

“Artículo vigésimo segundo. - El artículo 64 bis entrará en vigencia el 1 de enero de 2023. Retroactivo eso está bien

Artículo vigésimo tercero. - Para efectos de lo dispuesto en el artículo 64 bis, mientras esté pendiente el plazo establecido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio no será exigible que los operadores deban estar inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales.

Asimismo, lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 64 bis será aplicable después de transcurrido el plazo contenido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio.”.”.”.

El Honorable Senador señor Lagos preguntó a la señora Ministra de Obras Públicas por la mesa técnica constituida para la implementación de la ley N° 20.998, toda vez que, al parecer, esa instancia no ha tenido la fuerza que requirió en su oportunidad.

El Honorable Senador señor Coloma manifestó comprender el objetivo final de esta iniciativa, que es que a los APR no se les cobre IVA, pero a partir de lo planteado por los dirigentes preguntó si efectivamente de 2.700 APR solo hay 57 inscritos en el Registro de operadores.

Asimismo, se refirió a las dificultades para inscribirse en el Registro y obtener el certificado toda vez que, más allá del problema de conectividad, se requiere de una serie de estudios y requisitos que no todos están en condiciones de cumplir, por lo que preguntó si podría obviarse la inscripción de modo de generar una especie de inscripción automática.

Adicionalmente, preguntó cuál es el efecto de mantenerse inscrito en el Registro, toda vez que algunos APR han planteado que no solo se requiere que estén inscritos, sino que eso los obliga a mantener un cierto estándar de estudios y de profesionales que torna muy difícil para los APR más chicos prestar el servicio a un precio razonable y provocaría que una buena ley tenga poca aplicación.

La señora Ministra de Obras Públicas explicó que luego de escuchar las opiniones de los representantes de los APR se debe señalar que se está llevando a cabo una revisión de la ley. Al respecto señaló que existe una comisión de trabajo revisando la ley cuya labor debe mantenerse y fortalecerse.

Puso de relieve que, efectivamente, esta ley debe dar cuenta de la realidad de los APR en Chile, cuyo número es del orden de los 2.300 si se considera a aquellos que trabajan con el MOP y corresponden a organizaciones comunitarias en las cuales el Estado ha invertido y dispuesto recursos públicos y que, en caso de emergencias, acude con apoyo.

Agregó que alrededor de un tercio de las organizaciones que proveen de agua no trabajan con el MOP y han sido generadas a través del trabajo de municipalidades o de la SUBDERE, las cuales no han recibido recursos del MOP pero son igualmente importantes para cumplir con el servicio sanitario de agua y saneamiento.

Resaltó que la mesa de trabajo conformada cuenta con una alta representatividad de APR a lo largo de todo Chile, que viven realidades muy distintas considerando además que más del 70%de los APR son organizaciones con una estructura de hasta 300 arranques, lo que significa que se les dificulta asumir mayores costos.

Explicó que la existencia del Registro en la ley tiene por objeto contar con un registro apropiado de aquellas organizaciones de agua potable y servicios sanitarios rurales que han recibido y seguirán recibiendo recursos del Estado para sus inversiones, de manera que sean capaces de entregar un servicio de agua potable con calidad, con continuidad y en la cantidad necesaria para poder decir que en Chile se cumple con el derecho humano al agua.

Refirió que el Registro de operadores es un registro administrativo que necesita el MOP de modo de contar con un buen catastro que permita hacer seguimiento tanto de las inversiones, como de las estructuras tarifarias, de los ingresos y también de los representantes y dirigentes de estos organismos. Debido a lo anterior es que para inscribirse en el Registro se requiere de un certificado de vigencia de la personalidad jurídica de la organización y de quienes conforman su directorio y un certificado de la visita en terreno que hace la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales.

Dio cuenta de que, si bien el trabajo de la Subdirección está atrasado, esta unidad está siendo reforzada en función de lo que la misma ley establece, que es aumentar su dotación para realizar la asesoría técnica y administrativa de los servicios sanitarios rurales inscritos y también el plano del área de servicio que es una labor que el MOP ya está contratando y por lo tanto será de cargo del Ministerio.

Hizo hincapié en la necesidad del Registro para un ordenamiento básico de cuáles son las organizaciones existentes, para saber qué lugares atienden, de qué provisión de servicios son responsables, dónde el Estado pone sus recursos, qué tarifas cobran y cuál es la calidad del servicio que prestan. Observó que se debe mejorar en esta materia y se irá demandando un nivel mayor de exigencia a cada servicio sanitario rural a medida que se vaya evolucionando, entendiendo que la gran mayoría son pequeños y por lo tanto el camino que tienen que hacer es más largo, pero de todas formas se va a respetar ese camino.

Respecto de esta iniciativa en particular señaló que existe acuerdo en eximir del pago de IVA en forma retroactiva a partir del 1 de enero de 2023 a los servicios de agua potable que los APR prestan a sus socios (no a los usuarios que no son socios quienes siempre han pagado IVA), a los cuerpos de bomberos, a los establecimientos educacionales y también la compraventa que se hace entre los mismos APR.

Adicionalmente, indicó que la exigencia del registro se hará efectiva a partir de noviembre de 2024, por lo tanto, aprobar esta ley va a significar entregar el beneficio a los APR que hoy en día operan con el MOP, existiendo un tiempo largo para inscribirse y, si no se inscriben, la ley establece que la Subdirección va a inscribir de oficio.

Aclaró que el punto es incorporar a las organizaciones prestadoras de servicios de agua potable rural que no trabajan con el MOP, además de asegurar que aquellas organizaciones privadas que compran y venden agua con fines de lucro no se encuentren exentas del pago de IVA ni estén siendo beneficiadas con inversión del Estado.

El Honorable Senador señor Lagos puso de relieve que, de acuerdo a lo señalado por la señora Ministra, la Subdirección va a inscribir de oficio a los APR, en la medida que se venza el plazo, por cuanto ya los conoce, de modo que se otorga un plazo extenso para que los APR encuentren una solución frente a las dificultades para poder inscribirse, con el apoyo del Ministerio.

El Honorable Senador señor Coloma preguntó por qué no se incluye esa forma de redacción en el proyecto, atendido que si los APR no se incorporan en el Registro dentro de plazo serán inscritos de oficio, lo que no tendrá costo para el APR.

Consideró positivo dejar claro ese punto porque despejaría una parte importante del problema, no obstante lo cual cabría despejar la consulta respecto de aquellos APR que ya se encuentran inscritos y que deben mantenerse en el Registro.

La señora Subsecretaria de Hacienda señaló que durante la sesión se han mencionado varias leyes y al respecto precisó que la ley N° 18.943 efectivamente eximía del pago de IVA a los APR, pero con posterioridad, se dictó la ley N° 19.418, y esa es la ley que actualmente se encuentra vigente en relación a los APR, a los que grava con IVA, de modo que el compromiso adquirido por el Ejecutivo fue que antes de noviembre de 2023 se propondría una modificación legal a la ley N° 20.998, de Servicios Sanitarios Rurales, en la cual se eximiría del pago de IVA a todos los operadores.

Consideró importante entregar la certeza de que los APR no van a pagar IVA partir del mes de enero de 2023 y agregó que todos los otros temas que se han levantado por parte de los dirigentes, en relación con otros ámbitos de la ley, no son parte de la idea matriz de esta iniciativa, que tiene que ver con la exención de IVA para corregir una ley anterior y vigente que es la ley N° 19.418.

Agregó que si bien puede haber otros temas necesarios de perfeccionamiento de la ley N° 20.998, el camino adecuado es que a través de la mesa se recojan todos aquellos ámbitos que requieren de perfeccionamiento y si algunos son de materia legal serán traídos para su discusión cuando corresponda, pero hoy día lo urgente es entregar certeza jurídica respecto del pago del IVA.

El Honorable Senador señor Núñez observó que se ha ido clarificando el marco del contenido de la ley, que había generado muchas dudas inicialmente. Añadió que el ideal para los APR no es llegar a noviembre de 2024 sin que estén inscritos, toda vez que al decir que se les va a inscribir de oficio se genera igualmente un periodo de incertidumbre, atendido que no se trata de un proceso automático.

Estimó razonable el planteamiento de algunos APR en cuanto a que hacer el plano del territorio no es fácil y si lo va a hacer la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales es un gran avance, pero tampoco será fácil que la Subdirección llegue a todas las localidades, sobre todo tratándose de APR ubicados en sectores muy apartados.

En razón de lo anterior solicitó al Ejecutivo hacer el esfuerzo de una mayor coordinación, sea a través de las SEREMIAS o de lo equipos regionales del Ministerio, para que no ocurra que un APR, teniendo la voluntad de inscribirse no pueda acogerse a esa coordinación, toda vez que para las comunidades rurales es muy difícil conseguir que un profesional haga un levantamiento de planos, por ejemplo, de modo que consideró importante recoger esa inquietud.

La señora Ministra refirió que son alrededor de 2.300 organizaciones distribuidas a lo largo de todo el país, de modo que va a tomar tiempo hacer el levantamiento y para ello se está consiguiendo apoyo de consultorías pero a través de esto se obtendrá información valiosa para la gestión de los servicios sanitarios rurales a lo largo de todo Chile, de manera que se debe asegurar que nadie quede excluido.

El Honorable Senador señor Coloma replicó que si no está señalado en la ley podría incorporarse en la norma la actuación de oficio de la Subdirección, toda vez que la inscripción es un requisito para el APR y no se señala que si no lo hace el APR la Subdirección podrá proceder.

El señor Riquelme explicó que la facultad de la Subdirección existe en la ley N° 20.998. Al respecto, el inciso segundo del artículo segundo transitorio que señala que “En caso de que los comités o cooperativas que se encuentren operando a la fecha de entrada en vigencia de esta ley no hayan ingresado al registro de operadores de servicios sanitarios rurales en el plazo señalado en el inciso precedente, la Subdirección podrá incorporarlos dentro del plazo de los dos años siguientes al 20 de noviembre de 2022…”.

Continuó señalando que, en razón de lo anterior, no se estima necesario incluir en este proyecto de ley que, en la medida que los APR no se hayan inscrito, la Subdirección estará facultada para inscribirlos.

El Honorable Senador señor Coloma observó que una cosa es la facultad y otra es el actuar de oficio y agregó que el actuar de oficio implica que la Subdirección se hará cargo de la inscripción.

El Honorable Senador señor Lagos preguntó si el actuar de oficio de la Subdirección significa que es obligatorio.

El Honorable Senador señor Coloma reiteró su consulta acerca del costo para los APR que ya se encuentran inscritos.

El Honorable Senador señor Lagos observó que, si bien no tiene un costo financiero, podría igualmente tener un costo de operación o logística que implique dificultades para llevar a la práctica la mantención del registro.

La Subdirectora de Servicios Sanitarios Rurales, señora Charpentier, respondió que el principal costo que se ha generado luego de la aprobación de la ley corta en diciembre del año pasado es que ha habido confusión respecto del cambio en los requisitos, toda vez que se aprobó en esa ley corta un procedimiento simplificado con los requisitos que mencionó la señora ministra precedentemente.

En lo que respecta al plano operacional, acotó que hasta el año pasado existían convenios vigentes con las empresas sanitarias en materia de asesoría y asistencia en la ejecución de los programas y dentro de esos convenios se incluyó la elaboración de esos planos, encontrándose hoy en día la Subdirección en un proceso de revisión de esos 2.000 planos.

Añadió que se ha ido avanzando y hoy se cuenta con 167 carpetas completas que se están revisando, más alrededor de 700 planos en distintas regiones que también se están revisando, de modo que el proceso es lento, pero se ha ido avanzando y no significa ningún costo para los comités, toda vez que los planos están siendo revisados por la Subdirección.

Refirió que los 177 que entraron en operación desde el año 2023 hasta ahora, y que no estaban dentro de los convenios que se contrataron en su momento con las sanitarias se están licitando, de modo que la idea es que de aquí a fin de año el 100%de los comités cuenten con sus planos. Hizo presente que los certificados de vigencia son obtenidos directamente por la Subdirección en el Registro Civil de manera de no generar ningún gasto a ningún comité.

Puntualizó que la ley señala que la Subdirección debe elaborar un informe técnico que es importante porque ahí se establecen las condiciones de prestación del servicio.

Añadió que hoy se cuenta con sistemas que, dada la escasez hídrica, no tienen la capacidad de prestar un servicio de continuidad por lo tanto en ese informe técnico queda registrado que ese comité no puede prestar un servicio 24/7 o que tiene problemas de nitrato o de fuente y que requiere una inversión, de modo que si alguien lo va a fiscalizar después no le haga exigibles esas condiciones de servicio.

Destacó que lo anterior queda registrado en el informe y eso después se plasma en la licencia, la cual además establece como área exclusiva el territorio operacional para ese comité o cooperativa, de modo que ningún otro operador puede solicitar una licencia o una concesión dentro de ese territorio operacional de tal manera que protege y define los límites del lugar donde presta el servicio cada comité y cooperativa.

En razón de lo anterior resulta importante para la Subdirección contar con ese instrumento e información y se está trabajando con todos los recursos con que se cuenta para avanzar en ello.

El Honorable Senador señor Lagos expresó tener claridad en cuanto a que se está trabajando para estos efectos y se ha fijado un plazo razonable, teniendo presente, además, que el objetivo del proyecto de ley que se discute es la exención de IVA. No obstante, puntualizó, se quisiera tener la convicción de que la ley que se apruebe va a llegar a un destino más allá de los 57 APR actualmente inscritos

El Honorable Senador señor Coloma pidió al Ejecutivo revisar la forma de redacción de la norma, de tal manera que quede claro el rol de la autoridad respecto de la automaticidad de la inscripción en caso de que así sea y dejar claro que esto no va a tener un costo adicional para los APR.

EL Honorable Senador señor Lagos preguntó al Senador Coloma si el objetivo es modificar el texto legal o dejar plasmada su inquietud en la historia de la ley, considerando el objetivo de esta sesión, las explicaciones entregadas por el Ejecutivo y los planteamientos de los APR.

Expresó que el planteamiento del Senador Coloma debiera quedar registrado para la historia fidedigna de la ley, lo que será garantía suficiente, a su entender, para efectos de lo que vendrá ahora y que dice relación con la reactivación de la mesa de trabajo mencionada por la señora Ministra de Obras Públicas.

El Honorable Senador señor Núñez manifestó que es complejo intentar cambiar en el marco de este proyecto de ley algo que se encuentra en el debate de la ley de servicios sanitarios rurales, y lo que debiera ocurrir es fortalecer la mesa de trabajo del MOP con todos los APR y a partir de ahí poder resolver las inquietudes, toda vez que el problema que se plantea es de procedimiento y de aplicación más que de cambio de la normativa.

Estimó que el inciso segundo del artículo segundo transitorio de la ley N° 20.998 al que hizo referencia el señor Riquelme es claro y faculta a la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales sin perjuicio de que pueda debatirse respecto de la gestión, pero consideró que no hay un mayor cuestionamiento acerca de la facultad que le otorga la ley para inscribir de oficio a un APR.

Al respecto, hizo presente que la idea es que la inscripción se lleve a cabo antes y disminuir la incertidumbre de modo de no tener que dejar transcurrir el plazo para que opere la Subdirección, porque ahí sí se podría producir una congestión de una cantidad importante de APR que hiciera que este proceso fuera muy lento, de tal manera que sugirió que la acción de oficio de la Subdirección sea la excepción y que ahora se pudiera trabajar para avanzar en este proceso, teniendo en cuenta que la confección de los planos puede representar el mayor obstáculo que se tenga, de modo que ahí se debiera estar más atento en agilizar ese proceso.

El Honorable Senador señor García refirió que su interpretación de este proyecto de ley es que esta normativa exime por ley de IVA a los comités de agua potable rural y eso es indispensable, porque mediante esta iniciativa se da tranquilidad y seguridad a los comités de agua potable rural y por ello llamó a los dirigentes a tener comprensión porque probablemente lo que hubiesen querido es que simultáneamente se hicieran algunas modificaciones a la ley que regula a los servicios sanitarios rurales y que son aspiraciones muy sentidas que se vienen planteando desde hace mucho tiempo.

Consideró necesario aprobar esta iniciativa y se sumó a las voces que piden que la mesa de trabajo se reactive y funcione teniendo en cuenta que la Subdirección constituye un nexo importante para ir resolviendo los problemas, lograr acuerdos y se lleve tranquilidad a un grupo de organizaciones que son vitales para el funcionamiento.

El Honorable Senador señor Saavedra planteó que el objetivo principal de este proyecto es la exención del pago de IVA para los APR y para que ello opere se debe estar inscrito en el Registro, pero agregó que ha quedado establecido que esto se hace en virtud de otra ley y que sus artículos transitorios dan cuenta de esta situación, por lo tanto, en coherencia con lo que ha manifestado el Senador Coloma, en el artículo 64 bis propuesto podría agregarse la referencia al inciso segundo del artículo segundo transitorio de la ley 20.998, de tal manera que no haya dudas en lo sucesivo de que el trabajo que hará el MOP con los APR se llevará a cabo con recursos públicos.

El Honorable Senador señor Lagos replicó que el proyecto en discusión lo que hace es eximir del pago de IVA y en ese sentido expresó que su preocupación acerca de agregar la referencia que sugiere el Senador Saavedra es la capacidad del Ejecutivo para hacerlo ahora y que ello no derive en un tercer trámite constitucional del proyecto.

La señora Subsecretaria se refirió al artículo vigésimo tercero transitorio que se propone mediante este proyecto de ley, el cual dispone que “Para efectos de lo dispuesto en el artículo 64 bis, mientras esté pendiente el plazo establecido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio no será exigible que los operadores deban estar inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales.”, de modo que la idea matriz es entregar certeza de que no se les va a cobrar IVA puesto que hoy lo que está vigente es la ley N° 19.418, donde se señala que los APR no están exentos de IVA.

Reiteró que el artículo transitorio señala que mientras no esté vigente el Registro de operadores habrá exención del pago de IVA por lo tanto se está dando certeza.

El Honorable Senador señor Coloma replicó que la ley N° 20.998 es la que se está modificando, pero luego está la ley N° 21.520, que es la ley corta que modificó la ley N° 20.998.

La señora Charpentier precisó que la ley corta es la N° 21.520, que modificó, a fines del año pasado, la ley N° 20.998 y respecto de la cual hizo referencia porque simplifica los requisitos de inscripción en el Registro y extiende el plazo de inscripción para los operadores hasta noviembre de 2024.

La señora subsecretaria hizo presente que la ley N° 21.520 modifica la ley N° 20.998, de modo que cuando se pide el compendio de todas las modificaciones, en la práctica ya se encuentra incorporada la ley N° 20.998.

El Honorable Senador señor Coloma señaló que esto no se entiende si no es con la ley N° 21.520, toda vez que las inquietudes que plantearon algunos APR tienen que ver con que muchos de los requisitos se simplificaron con esa ley, de modo que hay que entenderla en esa lógica.

El señor Riquelme precisó que la ley N° 21.520 simplifica los requisitos del Registro y no tiene implicancias respecto de este proyecto de ley, que se refiere a una exención de IVA. Por su parte, el Registro se encuentra establecido en la ley N° 20.998, de manera que la ley N° 21.520 modificó la ley N° 20.998 de modo que esta última contiene las modificaciones de la ley N° 21.520 y por lo tanto no es necesaria la referencia legal.

El Honorable Senador señor Coloma expresó su intención de aprobar la iniciativa en el entendido, en primer término, de que el plazo para la inscripción se extenderá hasta noviembre de 2024.

En seguida, el Ejecutivo ha planteado que respecto de los eventuales costos que supondría la inscripción estos no serían tales y que, en subsidio, será la autoridad la que de oficio efectúe la inscripción, lo que no tendría costo.

Por último, que en cuanto al funcionamiento en régimen no habrá un mayor costo para los APR porque no habría una exigencia práctica de cumplir con un número determinado de profesionales y de expertos, lo que fue parte de las inquietudes planteadas por los APR junto con la solicitud de que la mesa trabaje eficientemente en función de resolver las inquietudes formuladas con una perspectiva de largo plazo.

El Honorable Senador señor García aseveró que la actual exención del IVA para los comités de agua potable rural está amparada en una resolución del SII, la cual podría sufrir el día de mañana un revés y dejar a los comités de agua potable rural en una situación muy difícil que nadie quiere y que por eso se presentó este proyecto de ley, para establecer por ley la exención del impuesto al valor agregado de los ingresos que reciben por agua potable los comités, lo que es fundamental.

Puso de relieve que es vital resolver un problema de años, razón por la cual hizo presente su intención de votar a favor de esta iniciativa reiterando la petición de que la mesa de trabajo con los dirigentes de los APR sea exitosa.

El Honorable Senador señor Lagos manifestó su intención de votar favorablemente el proyecto de ley, haciendo suyas las palabras de los Senadores García y Coloma, atendido que la iniciativa tiene un fin muy específico y acotado que viene a hacerse cargo de una resolución del SII y no de una norma legal propiamente tal.

Expresó estar confiado en que, en esta oportunidad, la mesa que dirige el Ministerio de Obras Públicas lleve a cabo una tarea que permita llevarle seguridad a los más de 2.000 APR de Chile.

C.- Votación en general y en particular.

La iniciativa consta de un artículo único con dos numerales que modifica la ley Nº 20.998, que regula los Servicios Sanitarios Rurales, que dispone textualmente:

“Artículo Único.- Modifícase la ley Nº20.998, que Regula los Servicios Sanitarios Rurales, de la siguiente forma:

1. Incorpórase en el título V, a continuación del artículo 64, el siguiente artículo 64 bis:

“Artículo 64 bis.- Sin perjuicio de lo establecido en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo primero del decreto ley N°825, de 1974, para los efectos de la presente ley, se considerará que los servicios sanitarios rurales que los operadores presten a sus asociados, cooperados o socios, no se encontrarán gravados con el Impuesto al Valor Agregado. Para estos efectos, los nuevos operadores deberán encontrarse inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales al último día del mes anterior a que comiencen a prestar tales servicios. A aquellos operadores que ya se encuentren prestando dichos servicios se les aplicará este tratamiento tributario desde el mes siguiente a aquél en que se incorporen al Registro.

Tampoco se encontrarán gravados con Impuesto al Valor Agregado los servicios sanitarios rurales prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que estos respondan exclusivamente a garantizar la continuidad del servicio, en los términos de la letra b) del artículo 40.

Sin perjuicio de lo anterior, se encontrarán exentas de Impuesto al Valor Agregado las prestaciones de servicios sanitarios rurales o la venta de agua potable a los Cuerpos de Bomberos o sus Compañías, a los establecimientos educacionales municipales de educación prebásica, básica y media, reconocidos por el Ministerio de Educación, y a los bienes raíces municipales.

Durante el mes de enero de cada año, el Ministerio deberá informar al Servicio de Impuestos Internos la nómina de operadores incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales, inscritos al 31 de diciembre del año anterior.

Las operaciones realizadas por los operadores de servicios sanitarios rurales distintas a las señaladas en este artículo se regirán por las reglas generales del Impuesto al Valor Agregado, atendiendo a su naturaleza.”.

2. Agréganse a continuación del artículo vigésimo primero transitorio, los siguientes artículos:

“Artículo vigésimo segundo.- El artículo 64 bis entrará en vigencia el 1 de enero de 2023.

Artículo vigésimo tercero.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 64 bis, mientras esté pendiente el plazo establecido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio no será exigible que los operadores deban estar inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales.

Asimismo, lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 64 bis será aplicable después de transcurrido el plazo contenido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio.”.”.

--Puesto en votación el proyecto de ley, fue aprobado, en general y en particular, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Coloma, García, Lagos, Núñez y Saavedra, en los mismos términos en que fue despachado por la Cámara de Diputados.

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INFORME FINANCIERO

El Informe Financiero N° 88, de 8 de mayo de 2023, elaborado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, señala de modo textual lo siguiente:

“I. Antecedentes

El presente mensaje incorpora un nuevo artículo a la ley que regula los servicios sanitarios rurales (ley N°20.998), para aclarar el tratamiento tributario de los servicios prestados por los Sistemas de Agua Potable Rural (APR).

Específicamente, define expresamente que los servicios prestados por operadores APR a sus asociados, cooperados o socios no se encontrarán gravados con IVA, siempre que el prestador se encuentre incorporado en el registro de operadores de servicios sanitarios rurales. Además, se establece que tampoco se encontrarán gravados con IVA los servicios prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que los mismos sean prestados para garantizar la continuidad del servicio.

De manera complementaria, se establecen expresamente exenciones de IVA en beneficio del Cuerpo de Bomberos o sus compañías y de establecimientos educacionales municipales.

Finalmente, en sus artículos transitorios se indica que lo dispuesto en el proyecto de ley entrará en vigencia el 1o de enero de 2023 y que, mientras esté pendiente el plazo establecido en la ley N°20.998 respecto de la inscripción de los operadores en el registro de operadores de servicios sanitarios rurales, no les será exigible estar registrados para estar exentos de IVA.

II. Efecto del proyecto de ley sobre el Presupuesto Fiscal

El presente mensaje tiene efecto en los ingresos fiscales, por cuanto disminuye la recaudación de IVA. Utilizando registros administrativos del Servicio de Impuestos Internos para el año 2022, se estima que la base imponible que dejará de estar gravada con IVA es de $54.087 millones de 2022 al año, constituyendo la menor recaudación a un 19% de dicho monto. Lo anterior corresponde a menores ingresos fiscales por $11.021 millones (en pesos del año 2023) al año.

III. Fuentes de Información

- Mensaje de S.E. el Presidente de la República con el que inicia un Proyecto de Acuerdo que aclara el tratamiento tributario aplicable a los servicios sanitarios rurales a que se refiere la ley N°20.998, en relación con el impuesto al valor agregado.

- Coordinación Tributaria, Ministerio de Hacienda. Minuta de estimación menor recaudación fiscal. 5 de mayo de 2023.”.

Se deja constancia del precedente informe financiero en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17, inciso segundo, de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

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TEXTO DEL PROYECTO

A continuación, se transcribe literalmente el texto del proyecto de ley despachado por la Cámara de Diputados, que la Comisión de Hacienda propone aprobar en general y en particular:

PROYECTO DE LEY

“Artículo Único.- Modifícase la ley Nº20.998, que Regula los Servicios Sanitarios Rurales, de la siguiente forma:

1. Incorpórase en el título V, a continuación del artículo 64, el siguiente artículo 64 bis:

“Artículo 64 bis.- Sin perjuicio de lo establecido en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo primero del decreto ley N°825, de 1974, para los efectos de la presente ley, se considerará que los servicios sanitarios rurales que los operadores presten a sus asociados, cooperados o socios, no se encontrarán gravados con el Impuesto al Valor Agregado. Para estos efectos, los nuevos operadores deberán encontrarse inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales al último día del mes anterior a que comiencen a prestar tales servicios. A aquellos operadores que ya se encuentren prestando dichos servicios se les aplicará este tratamiento tributario desde el mes siguiente a aquél en que se incorporen al Registro.

Tampoco se encontrarán gravados con Impuesto al Valor Agregado los servicios sanitarios rurales prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que estos respondan exclusivamente a garantizar la continuidad del servicio, en los términos de la letra b) del artículo 40.

Sin perjuicio de lo anterior, se encontrarán exentas de Impuesto al Valor Agregado las prestaciones de servicios sanitarios rurales o la venta de agua potable a los Cuerpos de Bomberos o sus Compañías, a los establecimientos educacionales municipales de educación prebásica, básica y media, reconocidos por el Ministerio de Educación, y a los bienes raíces municipales.

Durante el mes de enero de cada año, el Ministerio deberá informar al Servicio de Impuestos Internos la nómina de operadores incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales, inscritos al 31 de diciembre del año anterior.

Las operaciones realizadas por los operadores de servicios sanitarios rurales distintas a las señaladas en este artículo se regirán por las reglas generales del Impuesto al Valor Agregado, atendiendo a su naturaleza.”.

2. Agréganse a continuación del artículo vigésimo primero transitorio, los siguientes artículos:

“Artículo vigésimo segundo.- El artículo 64 bis entrará en vigencia el 1 de enero de 2023.

Artículo vigésimo tercero.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 64 bis, mientras esté pendiente el plazo establecido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio no será exigible que los operadores deban estar inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales.

Asimismo, lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 64 bis será aplicable después de transcurrido el plazo contenido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio.”.”.

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ACORDADO

Acordado en sesiones celebradas los días 31 de mayo de 2023, con asistencia de los Honorables Senadores señores Juan Antonio Coloma Correa, José García Ruminot, Ricardo Lagos Weber (Presidente), Daniel Núñez Arancibia y Gastón Saavedra Chandía, y 5 de junio de 2023, con asistencia de los Honorables Senadores señores Juan Antonio Coloma Correa, José García Ruminot, Ricardo Lagos Weber (Presidente), Daniel Núñez Arancibia y Gastón Saavedra Chandía.

Sala de la Comisión, a 6 de junio de 2023.

MARÍA SOLEDAD ARAVENA

Secretaria de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE EXIME DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO A LOS SERVICIOS SANITARIOS RURALES A QUE SE REFIERE LA LEY N° 20.998. (BOLETÍN Nº 15.901-05).

_________________________________________________________

I. OBJETIVO(S) DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: incorporar un nuevo artículo 64 bis a la ley N° 20.998, que regula los Servicios Sanitarios Rurales, para establecer una exención del impuesto al valor agregado para las organizaciones que prestan servicios sanitarios rurales, bajo ciertas condiciones que se indican, de modo que parte o todas sus operaciones se encuentren exentas de dicho impuesto.

II. ACUERDOS: aprobado en general y en particular por unanimidad (5x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único permanente con dos numerales.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V. URGENCIA: “suma”.

VI. ORIGEN INICIATIVA: Cámara de Diputados. Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, señor Gabriel Boric Font.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: en sesión de 30 de mayo de 2023, en general por 143 votos a favor.

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 30 de mayo de 2023.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: informe de la Comisión de Hacienda.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

- Ley N° 20.998, que Regula los Servicios Sanitarios Rurales.

Valparaíso, 6 de junio de 2023.

MARÍA SOLEDAD ARAVENA

Secretaria de la Comisión

[1] A continuación figura el link de cada una de las sesiones transmitidas por TV Senado que la Comisión dedicó al estudio del proyecto: 31 de mayo de 2023: https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/hacienda/comision-de-hacienda/2023-05-31/075450.html. 5 de junio de 2023: https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/hacienda/comision-de-hacienda/2023-06-05/090821.html

2.2. Discusión en Sala

Fecha 07 de junio, 2023. Diario de Sesión en Sesión 28. Legislatura 371. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

EXENCIÓN DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO PARA SISTEMAS DE AGUA POTABLE RURAL (APR)

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El señor Presidente pone en discusión el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que exime del impuesto al valor agregado a los servicios sanitarios rurales a que se refiere la ley N° 20.998, iniciativa que corresponde al boletín N° 15.901-05.

El Ejecutivo hizo presente la urgencia para su despacho calificándola de "discusión inmediata".

--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletín 15.901-05) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Esta iniciativa legal tiene por objeto incorporar un nuevo artículo 64 bis a la ley N° 20.998, que regula los servicios sanitarios rurales, para establecer una exención al impuesto al valor agregado para las organizaciones que prestan servicios sanitarios rurales bajo ciertas condiciones que se indican, de modo que parte o todas sus operaciones se encuentren exentas de dicho impuesto.

La Comisión de Hacienda hace presente que, por tratarse de un proyecto de artículo único, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, discutió la iniciativa en general y en particular a la vez, y propone a la Sala considerarla del mismo modo.

La referida Comisión deja constancia, además, de que aprobó el proyecto de ley en general y en particular por la unanimidad de sus miembros, Honorables Senadores señores Coloma, García, Lagos, Núñez y Saavedra, en los mismos términos en que fuera despachado por la Honorable Cámara de Diputados.

Por otra parte, consigna el informe financiero considerado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17, inciso segundo, de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.

El texto que se propone aprobar se transcribe en las páginas 37 y 38 del informe de la Comisión de Hacienda y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.

Es todo, señor Presidente.

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias.

Tiene la palabra el Senador Lagos, para rendir el informe.

El señor LAGOS.-

Gracias, señor Presidente.

La Comisión de Hacienda tiene el honor de informar el proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite constitucional, originado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República.

Por tratarse de un proyecto de artículo único, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento, la Comisión lo discutió en general y en particular a la vez, resultando aprobado, como ya lo informó el señor Secretario , por la unanimidad de sus integrantes.

Contiene un artículo único permanente, el cual incorpora un nuevo artículo a la ley N° 20.998, que regula los servicios sanitarios rurales, aclarando o haciendo el esfuerzo por aclarar el tratamiento tributario de los servicios prestados por los APR en base a los siguientes conceptos.

Primero, se dispone que los servicios prestados por operadores de APR a sus asociados, cooperados o socios no se encontrarán gravados con IVA. Este es el objetivo principal del proyecto: eximir del pago del IVA a los APR, con la condición de que el prestador siempre se encuentre incorporado en el registro de operadores de servicios sanitarios rurales establecido en la ley N° 20.998, que, como señalé, es la que regula los servicios sanitarios rurales y que data del año 2017.

Segundo, se preceptúa que tampoco se encontrarán gravados con IVA los servicios prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que estos sean prestados para garantizar la continuidad del servicio.

Y por último, relacionado con la exención del IVA, se establece expresamente la exención de este impuesto en beneficio de los Cuerpos de Bomberos o sus compañías, de establecimientos educacionales municipales y de bienes raíces municipales.

Asimismo, se contemplan disposiciones transitorias importantes que ojalá se puedan recoger.

Se señala que, mientras esté pendiente el plazo establecido en la ley que regula los servicios sanitarios (vence en noviembre del 2024), no será exigible que los operadores deban estar inscritos o incorporados en el registro de operadores de servicios rurales sanitarios. Y que, a partir de la dictación de la ley, todos los comités de APR, sin ninguna excepción, van a acceder a la exención del IVA en los términos indicados en ella.

Además, el proyecto incluye otro artículo transitorio que dispone que esta ley entrará en vigencia el 1° de enero del 2023, esto es, con efecto retroactivo.

En castellano: se exime del pago de IVA a los servicios sanitarios rurales (APR); la ley permanente señala que, para recibir este beneficio, habrá que estar inscrito en el registro; con todo, se precisa que dicha inscripción no será exigible hasta que se cumpla el plazo, en noviembre de 2024, y además, si ustedes quieren, se aclara definitivamente que desde el 1° de enero de este año -o sea, desde hace varios meses- se entiende vigente la ley.

Eso fue lo que se sometió a votación y se aprobó.

No obstante, la discusión de este proyecto no se agota ahí, por cuanto hay un tema que recibió mucha atención y es el siguiente. El registro, que está abierto, de aproximadamente dos mil cuatrocientos APR, hoy día tiene inscritos a menos de sesenta. Claramente, hay un déficit o un número muy bajo.

En consecuencia, si no tuviéramos los artículos transitorios, que dan plazo hasta noviembre del 2024, estaríamos hablando de un beneficio para sesenta o los que se inscriban hasta el día en cuestión. O sea, sería casi letra muerta. Por eso se establece una transición, una gradualidad y el efecto retroactivo.

Tuvimos la oportunidad de recibir en audiencia a diferentes organizaciones nacionales de APR, de distintas partes del territorio, que compartieron sus pareceres. Recibimos a la Asociación Nacional de APR Chile; a la Asociación Gremial de Servicios de Agua Potable Rural; a la Asociación de APR de la Región Metropolitana, que veo que nos acompañan aquí, arriba: su presidenta, señora Carolina Carrasco ; su directora, señora Ana Gutiérrez , y el tesorero, señor Patricio Riquelme . Ellos expresaron sus opiniones sobre el proyecto y, si bien todos estuvieron de acuerdo en que había que aprobarlo, enfatizaron la necesidad de introducirle mejoras.

¿Qué ocurrió? Que los miembros de la Comisión de Hacienda, que no somos los mismos que los de la Comisión de Agricultura o la de Recursos Hídricos, nos enteramos de que hay otra Comisión, establecida al alero del Ministerio de Obras Públicas, para ver cómo mejorar el indicador, muy pobre, del registro, para hacerse beneficiario de -valga la redundancia- los beneficios que otorga la ley. Para tal efecto, se invitó y se citó a la titular de dicha Cartera, porque a nuestro juicio aquello no estaba operando como debiera y había que imprimirle un mayor compromiso.

Esta fue una discusión compleja, que escapa de las ideas matrices del proyecto en cuanto a haber introducido una modificación en esta materia. Pero existe el compromiso, asumido por el Ejecutivo a través de la Subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner , que nos acompañó en la Comisión, también con presencia de representantes de los servicios sanitarios rurales -estaban la presidenta y la directora de una asociación-, de contar con un informe periódico sobre la marcha de este asunto.

Hago esta aclaración, señor Presidente , porque la verdad es que el beneficio, siendo justo, correcto y bien diseñado, tal como están las circunstancias hoy día, les llegaría a pocos.

Dicho lo anterior, ese fue el compromiso que asumimos tras un intenso debate.

Por lo tanto, quiero recomendar a la Sala acoger el proyecto, que fue visto por la Comisión de Hacienda en dos sesiones, con sendas audiencias, resultando aprobado por unanimidad.

Es cuanto puedo informar, señor Presidente.

Muchas gracias.

El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-

A usted, señor Senador.

Ya que la Subsecretaria de Hacienda los acompañó en la Comisión, quiero solicitar autorización para que pueda ingresar a la Sala.

Acordado.

Le ofrezco la palabra al Senador don Daniel Núñez.

El señor NÚÑEZ.-

Gracias, Presidente.

La verdad es que resulta muy importante aprobar el proyecto de ley sometido a nuestra consideración.

Hay que tener presente que este problema del cobro de IVA a los usuarios de agua potable rural afecta a aproximadamente dos mil trescientos APR en todo Chile. Estamos hablando de más de tres millones de personas que dependen de un servicio vital para la vida, el cual debiese ser considerado un derecho humano y, por lo tanto, tener un resguardo constitucional mucho más relevante, como es el acceso al agua, especialmente en zonas rurales donde, obviamente, no existen empresas sanitarias.

A nosotros nos parece, Presidente , que, de no aprobarse esta medida, se corre el riesgo incluso de una emergencia sanitaria de mayor envergadura. Si bien el Servicio de Impuestos Internos ha podido dilatar el cobro del IVA, en rigor, ¡en rigor!, ahí hay una situación legal que requiere una solución definitiva. La que el Gobierno comprometió fue llevar a cabo esta modificación legal para establecer, en forma tajante, clara y nítida, que no habría cobro de IVA cuando el servicio fuera prestado por APR. Y el Gobierno -hay que decirlo- ¡cumplió!: cumplió el compromiso que tomó con los APR. Y ahora lo que corresponde es que también lo haga el Parlamento.

Este proyecto de ley está en segundo trámite; eso quiere decir que la Cámara ya le dio su visto bueno y que, si ahora es aprobado por el Senado, será despachado para convertirse en ley.

Se generó una polémica -ya la describió el Senador Lagos Weber- respecto a que uno de los requisitos para que los APR pudieran recibir el beneficio de no pagar IVA era encontrarse inscrito en el registro.

El registro, por supuesto, es una exigencia nueva, que está en la ley de servicios sanitarios rurales, que cuando discutimos y aprobamos, después de diez años, siempre se consideró un avance. Ha habido que ir perfeccionándola, afinándola, pero quiero decir que es una ley discutida, consensuada, que establece un plazo bastante razonable. El plazo para que entre en vigencia el registro es noviembre del 2024; por tanto, hay tiempo para que los APR puedan realizar la inscripción.

De todas maneras, uno podría preguntarse qué pasa si un servicio de agua potable rural, por cualquier motivo, no se alcanza a inscribir. En tal caso, la ley estipula que la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales puede inscribir de oficio un APR. Es decir, tampoco quedaría excluido del beneficio.

También es muy importante destacar, Presidente , que hay un requisito -tal vez el más complejo- consistente en entregar un plano del territorio o el área atendida. La Subdirección se comprometió a contratar las consultorías para, con cargo al Ministerio de Obras Públicas, realizar ese gasto, que es el más relevante y que para muchos APR pequeños puede resultar restrictivo.

Así que nos parece que están dadas todas las condiciones para que opere el beneficio, para que sea realidad el no pago del IVA, para que no tengamos ningún conflicto, por lo que vamos a apoyar la iniciativa, Presidente.

El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-

Muchas gracias, señor Senador.

Ofrezco la palabra al Senador Juan Antonio Coloma.

El señor COLOMA.-

Muchas gracias, Presidente.

Yo creo que este es un proyecto muy importante para millones de chilenos. Esa es la lógica y la dimensión que hay que plantear. Hay millones de chilenos que viven básicamente de los APR. Quizás la Región del Maule es la más masiva, pero en todas las regiones, desde la Segunda o la Tercera hasta la Novena o la Décima Región -en la nomenclatura antigua que todavía uno sigue usando-, es muy recurrente la necesidad de tener agua potable rural y los APR han sido una solución muy relevante.

Probablemente el mundo más citadino no comprende la realidad de subsistencia, de salud y de índole cultural también, porque se genera la necesidad de apoyarse para obtener un beneficio tan clave como es el agua potable, que de otra forma habría sido imposible de entregar.

Estos han sido largos procesos. Hemos dictado varias leyes, cuya tramitación no ha sido fácil, para dar un ordenamiento e incorporar dentro de las preocupaciones del Estado la colaboración con esta política pública que, de otra manera, ¡nos tendría viviendo en el siglo XIX! A esta altura es muy difícil entender que haya lugares que todavía no cuenten con acceso al agua potable rural.

Entonces, ¿dónde está el punto de fondo? Que a raíz de una ley aprobada a inicios del año pasado se produjo una interpretación de Impuestos Internos que señalaba que, a partir de su calidad de servicio, debía cobrase IVA a los APR, que no estaban sujetos a esa exigencia. Y eso ¡obviamente! generó una inquietud masiva en todos los APR, pues se les agregaría -además, no hay cómo descontarlo- un cargo de 19 por ciento a todos sus usuarios. Y para cualquiera que le dijeran de pronto: "Sube el agua en 19 por ciento" por una interpretación de Impuestos Internos, aquello representaría un problema bien dramático.

El asunto lo planteamos en la Comisión de Hacienda transversalmente, lo señalaron también los Diputados, lo que generó una gran polémica, y finalmente se llegó a un acuerdo.

Y este proyecto resuelve el tema de la manera indicada, dando un plazo y posibilitando la inscripción de oficio, sin mayor costo para los usuarios, que era el gran temor que tenían, porque también al ente público le interesa saber dónde están los APR a efectos de brindar ayuda.

Esta fue una larga discusión, porque cuando recibimos a los APR había muchos que al principio estaban en contra, pero a partir de, no sé si de la negociación, pero sí de las explicaciones que dio la Subsecretaria -que está aquí presente-, más la participación de Obras Públicas, se llegó a un acuerdo razonable y positivo.

Por tanto, la aprobación de esta iniciativa es decisiva.

De no mediar esta norma, todas las cuentas subirían un 19 por ciento, y eso sería un drama para el mundo rural.

Por eso, aprobamos este proyecto.

El señor HUENCHUMILLA ( Vicepresidente ).-

Muchas gracias, señor Senador.

Tiene la palabra el Senador Matías Walker.

El señor WALKER.-

Muchas gracias, Presidente.

En las distintas reuniones que hemos sostenido con los nuevos servicios sanitarios rurales, a los cuales estamos acostumbrados a seguir llamando "APR", se han planteado distintas observaciones y cuestionamientos a cómo quedó finalmente la ley que crea los servicios sanitarios rurales. Y hay quejas bastante generalizadas sobre que hubo poca consulta a los dirigentes de los APR en ese momento y que aquellos que intervinieron en el proceso no necesariamente eran representativos.

Desde luego, había inquietud por las propias particularidades del mundo rural, pues la brecha digital a superar para cumplir con la obligación de la factura electrónica es grande, porque no en todas las localidades rurales existe acceso a internet.

Entonces, claro, cuando se dicta una ley parece lógico exigirles a todos factura electrónica.

Recuerdo que sostuvimos un encuentro junto al Senador Gahona y al Senador Núñez con la Asociación de Servicios Sanitarios Rurales de Limarí, donde nos plantearon el tema.

En un momento hubo una adecuación al respecto, donde nos ayudó mucho el Ministerio de Hacienda.

Y ahora se presenta este proyecto, que es fundamental, que permite, en definitiva, que los servicios que presten los operadores de APR a sus asociados, cooperados o socios no se encuentren gravados con el IVA. Para estos efectos, los nuevos operadores deberán encontrarse inscritos o incorporados en el Registro de Operadores de Servicios Sanitarios Rurales al último día del mes anterior a que comiencen a prestar tales servicios.

Este requisito fue bastante cuestionado por los dirigentes de los servicios sanitarios rurales. Por ejemplo, concurrió a la Comisión don Hugo Pinto , que es de la Asociación Gremial del Limarí, además de tesorero y presidente del APR de Chalinga , en la comuna de Ovalle.

No queda tan claro, y a lo mejor la Subsecretaria... (se desactiva el micrófono por haberse agotado el tiempo).

Presidente, ¿me da un minuto para hacer una pregunta?

El señor COLOMA ( Presidente ).-

Yo fui muy cuidadoso al hacer uso de la palabra. ¡Incluso me restringí...!

Veinte segundos le voy a dar.

El señor WALKER (Presidente).-

Veinte segundos, está bien.

Me interesa formular una pregunta.

Como varios dirigentes de los APR plantearon la inquietud y la observación de que ellos no están de acuerdo con la exigencia de encontrarse inscritos en el registro para los efectos de estar exentos del pago del IVA, sería interesante que la Subsecretaria pudiera explicar el punto.

Eso. Nada más.

Muchas gracias.

El señor COLOMA (Presidente).-

A usted, Senador.

Tiene la palabra el Senador García.

El señor GARCÍA.-

Muchas gracias, Presidente.

Este proyecto, que exime del pago del IVA a los comités de agua potable rural, debe ser aprobado pues es muy necesario.

Permítanme, brevemente, hacer historia sobre cómo se desarrolla la situación.

Los comités de agua potable rural se comienzan a regir por la ley N° 18.893. Esta normativa es del año 1989, y los deja exentos del pago del IVA.

En el año 2011 se dicta la ley N° 19.418, que deja gravado con el IVA a los comités de agua potable rural.

Luego, una interpretación del año 2016 del Servicio de Impuestos Internos los exime de este impuesto.

A comienzos de este año, hay un cambio de criterio por parte del Servicio de Impuestos Internos y los vuelve a gravar con el IVA.

Lo anterior despertó naturalmente la inquietud de los dirigentes de los APR de todo el país. Nosotros tuvimos oportunidad de recibirlos en la Comisión de Hacienda, y se logró que el Servicio de Impuestos Internos mantuviera la exención que venía desde el año 2016. Sin embargo, es una exención jurídicamente muy débil, sin fundamento legal.

Y el fundamento legal para la exención lo entrega el presente proyecto de ley y por eso considero tan tan importante aprobarlo.

Si queremos que los APR estén exentos del Impuesto al Valor Agregado por los servicios que prestan, es momento de acompañarlos aprobando esta iniciativa.

Es cierto lo que ha señalado recién el Senador Matías Walker: sigue la inquietud entre los dirigentes de los comités de agua potable rural, particularmente por la obligación de inscribirse en el registro, porque para inscribirse deben cumplir con una serie de exigencias, exigencias que muchos de ellos probablemente no están en condiciones inmediatas de cumplir, y por eso se dio este año de plazo.

Se ha instalado una mesa de trabajo en el Ministerio de Obras Públicas con la Subdirección de Agua Potable Rural y nosotros esperamos que sea exitosa, y que allí se solucionen los problemas y se despejen todas las dudas que legítimamente manifiestan los dirigentes de los comités de agua potable rural.

Voto a favor, señor Presidente, y llamo a la Sala también a pronunciarse favorablemente por una iniciativa que es muy muy importante para el buen funcionamiento de los comités de agua potable rural.

Muchas gracias.

El señor COLOMA (Presidente).-

A usted, Senador.

El señor OSSANDÓN.-

¿Puede abrir la votación?

El señor COLOMA ( Presidente ).-

Se ha sugerido abrir la votación.

¿Si les parece?

Acordado.

En votación.

(Durante la votación).

Tiene la palabra la Senadora Allende.

La señora ALLENDE.-

Presidente , en primer lugar, saludo a los representantes de la Asociación Gremial APR, a la presidenta de la provincia de Melipilla ; además, a la presidenta , Carolina Carrasco ; al tesorero, Patricio Riquelme , y a la directora de la Región Metropolitana , Ana María Gutiérrez .

Han estado toda la tarde acompañándonos, lo que me alegra mucho, pues conozco sus preocupaciones y el trabajo que han realizado.

Quiero partir reiterando algo que a veces se resalta poco.

Este modelo bastante original que tenemos en los sectores rurales, donde no está la presencia de los servicios sanitarios ni necesariamente garantizada el agua potable en cantidad, calidad o continuidad, ha sido la respuesta que nos hemos sabido dar.

Y una vez más hago un reconocimiento a las dirigentas, a los dirigentes y a todos los que, voluntariamente y desde hace sesenta años, siguen trabajando para entregar agua potable.

Hicimos una ley que resultó compleja en sus exigencias, porque con ella les estamos pidiendo a los sistemas de agua potable rural, más conocidos como "APR", dar un servicio de calidad y con continuidad, más otras solicitudes.

A raíz de muchas conversaciones desarrolladas en la Comisión de Recursos Hídricos con el Gobierno, se acordó presentar una ley corta para recoger algunas demandas, y esta es muy fundamental. Porque cobrarles el IVA a los APR sería nada menos que encarecer su servicio en 19 por ciento. Y ese cobro no lo tenían, sino que emanó de una interpretación del Servicio de Impuestos Internos y creo que no corresponde.

Ahora, efectivamente, hay un plazo bastante prudente para el registro, el cual mantiene un nivel muy bajo. Y para estos efectos la mesa constituida por el Ministerio de Obras Públicas resulta muy fundamental.

En esta mesa tenemos que trabajar y conversar mucho con nuestros dirigentes de los APR porque hay otras inquietudes que no se tratan en este proyecto puntual, aunque muy relevante, como las relacionadas con la hora punta, con la interconexión, con la penetración de los servicios sanitarios, donde de alguna manera los favorece el artículo 52 bis. Son preocupaciones para las que le hemos pedido a la Subdirección de Recursos Hidráulicos que avance de la mano con quienes encabezan los APR.

Por lo tanto, vamos a votar a favor porque es extremadamente relevante que se deje sin cobro del IVA y que la medida tenga aplicación inmediata para todos los APR, sin las condicionantes que establecía la ley, que era un asunto más complejo, relativas a las tres causales que por tiempo no voy a explicar.

Presidente , voto a favor.

Y quiero terminar reconociendo a los dirigentes APR, quienes han estado presentes y han desarrollado un estupendo trabajo, merced al cual vamos a tener una aprobación unánime para eximir a los APR del pago del IVA.

He dicho.

El señor COLOMA (Presidente).-

Gracias, Senadora.

Tiene la palabra el Senador Espinoza.

El señor ESPINOZA.-

Muchas gracias, Presidente.

No podría sustraerme a la posibilidad de intervenir en este proyecto por cuanto quiero mediante él rendir un homenaje a un gran dirigente que lamentablemente falleció hace poco, don Javier Aguas , de Osorno, con quien comenzamos a trabajar esta temática el año pasado junto a la Delegada de la Provincia de Osorno , señora Claudia Pailalef , y a decenas de dirigentes. Y así también lo hicieron dirigentes de todo el país en sus respectivas regiones, como aquí se ha manifestado.

Consideramos de enorme relevancia destacar que el proyecto hace justicia, porque ¿qué sería de nuestro país sin los APR repartidos en todo Chile? En nuestra región tenemos APR de dos mil arranques domiciliarios que hoy día ya están con la fuerte necesidad de ampliarse.

Y algunos APR que partieron con quinientos arranques domiciliarios hoy día reúnen a más de mil doscientas familias que necesitan agua potable.

Entonces, el primer llamado es a seguir luchando desde el Gobierno de turno para que tengamos más APR en Chile, y menos camiones aljibes. Porque si algunos se han hecho millonario, han sido los dueños de los camiones aljibes en todo el país.

Más agua para el consumo humano y menos para los proyectos comerciales desarrollados con dineros del Estado, de todos los chilenos, porque en muchos lugares pasa que comienzan a venderle más a la industria y dejan desprovistas a las personas, como nos ocurre en Puerto Montt, en Panitao, en particular, donde las empresas locales se han llevado toda el agua de los APR y no han podido extender el servicio.

El presente proyecto es muy importante porque exime del IVA a los APR y también les impone exigencias, como estar inscritos o incorporados en el Registro de Operadores de Servicios Sanitarios Rurales con un plazo tremendamente prudente, y esperamos que este mismo Congreso no tenga que estar ampliándolo en el futuro, porque la idea es que todos los APR se adscriban en las fechas aquí estipuladas.

Considero que es una iniciativa tremendamente relevante, y quiero felicitar a todos los dirigentes de los APR de la Región de Los Lagos, que represento con orgullo en esta Sala, porque jugaron un rol gravitante para hacer extensiva la necesidad del presente proyecto de ley.

Y qué bueno que el Gobierno, en particular a través del Ministerio de Hacienda, se haya abierto a satisfacer esta enorme necesidad, porque, repito, el rol que cumplen los APR en nuestro país resulta fundamental para el desarrollo del día a día de nuestras familias en los sectores rurales.

Tenemos que seguir avanzando en otras materias relacionadas con los APR, donde estamos analizando otra iniciativa legal que, por tiempo, no podremos explicar. Voto a favor de este proyecto que exime del IVA a todos los APR de nuestro país.

He dicho, Presidente .

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias, Senador.

Tiene la palabra el Senador De Urresti.

El señor DE URRESTI.-

Gracias, Presidente.

Me sumo a los saludos a los dirigentes que están en las tribunas, que nos han acompañado en distintas instancias y en diversas actividades en la Comisión de Obras Públicas para seguir avanzando en el mundo de los APR.

Esta norma específica exime del pago de IVA a los APR y en buena hora se reaccionó ante una situación que comenzó a alarmar.

Yo quiero en eso felicitar que el Ejecutivo, porque la norma tenía que venir desde el propio Gobierno, haya recogido y entendido que no puede gravar estas transacciones con IVA.

Sin perjuicio de que no me cabe duda de que vamos a votar a favor, la Comisión de Hacienda así lo ha solicitado y ustedes han participado, debemos seguir trabajando en materias propias de la Dirección de Obras Hidráulicas. Principalmente al establecer aquellas condiciones, que no sea necesario estar en el Registro de Operadores de Servicios Sanitarios Rurales y seguir implementando a lo largo de las regiones de todo Chile los servicios sanitarios rurales dentro de las instancias que la propia ley mandató para contar con una institucionalidad clara y precisa.

Les pediría a los colegas de atrás si pueden hablar un poquito más bajo.

El señor COLOMA (Presidente).-

¡Pido, por favor, silencio en la retaguardia...!

El señor DE URRESTI.-

En esa misma línea, considero relevante que nos anticipemos a otro tipo de situaciones. Vamos a tener emergencias hídricas, sin lugar a dudas, aunque ya las tenemos, y el Presidente de la Comisión de Obras Públicas, Senador Gahona, hoy día reiteraba una citación al Ministro de Desarrollo Social , Giorgio Jackson , para analizar las nuevas resoluciones que se han adoptado y que están ralentizando la inversión, especialmente en conservación, en diseño. Ahí tenemos un inconveniente.

Si somos coherentes con la preocupación transversal que hay en relación a los APR debemos analizar todas las normas, ya que no puede ser que el Ministerio de Desarrollo Social esté retardando obras fundamentales en distintos APR.

La semana pasada estuve recorriendo APR en la Región de Los Ríos y nos explicaban la misma situación: el asunto comienza a volverse lento, y no solo en una región, sino que en todo Chile. Ahí debemos poner el acento.

Yo voy a votar, obviamente, a favor del proyecto de ley, y es bueno entender y valorar que aquí estamos frente a dirigentes que ponen su tiempo, su dedicación, para sacar adelante APR que cada vez necesitan más tecnificación, necesitan contadores, requieren una serie de operadores que significan un costo. Por lo mismo, tenemos que dar una señal y creo que esta ley va en esa línea.

Voto a favor y felicito no solo a los dirigentes de APR que están hoy día en las tribunas, sino que a todos aquellos que a lo largo de todo Chile desarrollan un hermoso y valioso trabajo para la comunidad.

Voto a favor.

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias.

Tiene la palabra la Senadora Sepúlveda.

La señora SEPÚLVEDA.-

Muchas gracias, Presidente.

Saludo a los dirigentes, y también a la Ministra y a la Subsecretaria.

Hace mucho tiempo que dejamos de hablar solo de pobreza por ingreso, porque también existe una pobreza multidimensional, en términos de los accesos a la educación, a la salud, al trabajo, a la vivienda. La Subsecretaria conoce bien estos términos y qué significan las cifras, porque ella precisamente estuvo en varias Comisiones relatando sobre la materia cuando era Subsecretaria de Evaluación Social.

Y cuando nosotros comparábamos la pobreza multidimensional entre lo urbano y lo rural veíamos una diferencia abismante, y que no hemos logrado superar. Es cierto que ha habido una mejora, pero no hemos conseguido alcanzar ciertos niveles.

Yo espero que ahora que está en el Ministerio de Hacienda podamos incorporar recursos a los sectores rurales, que tanto lo necesitan.

Vamos al proyecto.

Le quiero decir al Presidente del Senado que él tiene la mayor cantidad de agua potable rural: trescientos treinta; de los cuales no todos son MOP, algunos son de otras instituciones, pero la Región de O'Higgins reúne la mayor cantidad de personas que utilizan el agua potable rural, porque son alrededor del 35 por ciento, con doscientos veinte APR.

Entonces, este proyecto es muy importante. Aplicarles el IVA era una gran injusticia y una complicación tremenda para los servicios de agua potable rural.

A mi juicio, es bueno revisar esta materia, además de aprobar el proyecto sobre exención del IVA a los servicios sanitarios, porque estamos entregando recursos al Estado cuando este debe otorgarlos a los APR. Creo que era absolutamente distinto, porque si no hay sistemas de agua potable rural, no tenemos vivienda. No existe política de vivienda si no contamos con la capacidad de tener factibilidad de agua.

¿Y existen complicaciones en los registros? ¡Sin duda! O sea, que hoy día nos hablen de "sesenta inscritos" de una cantidad enorme de APR, bueno, es porque hay complicaciones en el registro; pero también tenemos otras dificultades, como la fiscalización a través de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, cuestión de deberemos resolver en Obras Públicas.

Por eso, Presidente, pensando en este 35 por ciento de habitantes de la Región de O'Higgins, por cierto que vamos a votar favorablemente este proyecto, que se estaba pidiendo desde hace ya bastante tiempo.

Muchas gracias.

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias, Senadora.

Queda claro, entonces, que los dos teníamos la razón: ¡cada uno desde su perspectiva...!

Senador Moreira, tiene la palabra.

El señor MOREIRA.-

¡Me gustó! Me gustó la frase: "Más APR, menos camiones aljibes".

¡Me gustó!

¡Estoy con el compañero Espinoza...!

El mundo del campo es un universo lleno de necesidades muchas veces ignoradas por la sociedad chilena, mayoritariamente urbana. El chileno medio habitante de ciudades y megaurbes, como Santiago, ha ido perdiendo el contacto con el campo, y en muchos casos idealiza el significado de la vida rural.

En el campo las necesidades son múltiples, a veces hasta cuestiones básicas como la conectividad escasean o simplemente no existen. En este mundo de postas rurales, de horarios de atención inciertos, donde la señal del celular es irregular, donde el internet es muchas veces escaso, contar con electricidad y agua potable ha significado un esfuerzo gigantesco.

Los servicios de agua potable rural cumplen una función trascendental para proveer de un servicio esencial para la vida de nuestros campos, en especial en este nuevo siglo, de escasez hídrica, de cambio climático acelerado y sequía permanente.

No siempre es fácil lograr que el agua llegue a las casas de los pueblos alejados. Así ocurre en mi Región de Los Lagos, en Chiloé, tanto en el continente como en las islas, donde el Estado no llega. Y las personas organizadas han logrado construir sistemas de purificación que aseguran agua de calidad a un precio asequible.

La ley aseguró hace años que los APR no pagarían IVA por su propia naturaleza: son corporaciones sin fines de lucro que prestan servicios a sus asociados, y, por lo mismo, se hallan exentos de este gravamen. Una mala interpretación de la normativa por parte del Servicio de Impuestos Internos generó una confusión, la cual llevó a que diferentes APR, ante el mismo caso, decidieran, correcta o incorrectamente, aplicar o no el IVA.

Por tal motivo, este proyecto viene a aclarar lo que debiera ser obvio: que las corporaciones en tanto presten servicios a sus socios no están afectas al IVA.

Es bueno esclarecer: es relevante que los APR, tan necesarios para el mundo rural de Los Lagos y, en general, de todas las regiones de nuestro país, tengan certezas; pero no sería necesario este proyecto si los servicios públicos hicieran su pega de manera correcta e interpretaran las cosas debidamente.

Yo apruebo esta iniciativa.

Reitero mis felicitaciones a los dirigentes a lo largo de todo Chile, que han colaborado para que tres millones de chilenos tengan facilidades para contar con agua.

Termino con la frase que señalé al inicio de mi intervención: agua es dignidad; queremos menos camiones aljibes, más APR.

El señor COLOMA (Presidente).-

¡Eso!

¡Muchas gracias!

Tiene la palabra el Senador Saavedra.

El señor SAAVEDRA.-

Muy amable, Presidente .

Estamos muy efusivos, pero espero que mantengamos lo que decimos cuando debamos enfrentar al zar del agua, en fin, a todos aquellos que tienen los suculentos contratos de lo peor que ocurre en el mundo rural: el transporte de agua a través de camiones aljibes, porque eso es seguir transportando pobreza.

Entonces, este proyecto es un salto cualitativo, y, por tanto, al eximir del pago del IVA a estos 2.300 operadores que componen la red amplia de APR (unos financiados vía presupuesto del MOP; otros a través de los municipios, o de los gobiernos regionales, etcétera) el Estado se está haciendo presente en la contribución para dotar de este vital elemento a nuestros conciudadanos en el mundo rural.

Son más de dos o tres millones de persona. Habría que hacer un cálculo exacto; pero es mucha la cantidad de familias que acceden al agua potable para poder vivir.

Este producto es para el consumo humano y no para que se rentabilice la inversión: es para que haya rentabilidad social pura y neta.

Por tanto, en la medida en que se fortalecen los APR, estaremos colaborando a mejorar la operación, a mejorar todo lo relacionado con la distribución y, por consiguiente, la calidad del servicio.

Aquí existen brechas, y, en consecuencia, tenemos desafíos: el desafío del fortalecimiento organizacional, el desafío de entregarles elementos de buena gestión financiera, de buena gestión en distribución de todo lo que tiene que ver con la mantención de los sistemas para evitar pérdidas. Porque, ¡claro!, todo esto está inmerso dentro de la crisis hídrica. Las napas que se pinchan, los pozos profundos (cada día más profundos) son cuestiones que también nos deben hacer pensar con respecto a la sustentabilidad, en cuanto a cómo, en plena crisis hídrica, somos capaces de darle sostenibilidad y sustentabilidad a un sistema que evidentemente humaniza la vida en el mundo rural, pero por sobre todas las cosas que trae bienestar y superación de la pobreza.

Votaremos a favor de esta iniciativa, porque -reitero- favorece el mejoramiento de un sistema comunitario y permite, por tanto, la superación y la mejor calidad de vida de los habitantes del mundo rural.

He dicho.

Muchas gracias.

El señor COLOMA (Presidente).-

A usted, Senador.

Tiene la palabra el Senador Gahona.

El señor GAHONA.-

Gracias, Presidente.

Durante los últimos años (cinco, ocho años) los sistemas de APR, como los conocemos normalmente, han estado con dificultades y afectos a un montón de modificaciones legislativas que han dificultado su funcionamiento, que han generado incertezas especialmente respecto de su tratamiento tributario, más allá de esta nueva ley de servicios sanitarios rurales, la cual obliga a una serie de asuntos y cuestiones que van a ser difíciles de cumplir; pero entendemos que, con la prórroga, se podrán ir implementando adecuadamente.

En principio -y retomando el tema tributario-, la ley Nº 18.893 establecía que las organizaciones comunitarias se encontraban exentas del IVA; pero esta normativa fue derogada.

Posteriormente, se dictó la ley N° 19.418, en la que se determinó que las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias estarían exentas de todo tipo de contribuciones, impuestos, derechos fiscales o municipales, salvo del IVA.

A pesar de eso, el Servicio de Impuestos Internos, a través de interpretaciones administrativas, estableció que si el comité distribuye el agua potable a los socios a precio de costo, no debía recargar el IVA respecto de esta distribución, porque se entendía que estaba actuando como consumidor final. ¡Puros tecnicismos!

Sin embargo, hubo un cambio de criterio en el año 2016, a partir del cual el Servicio de Impuestos Internos nuevamente señaló que sí se debía gravar con IVA el suministro de agua potable realizado por un comité de agua potable rural constituido como una organización comunitaria funcional, que adquiere o capta agua para distribuirla a sus asociados o a terceros.

Decía que "el suministro de agua potable hecha por un Comité de Agua Potable Rural constituido como una organización comunitaria funcional, que adquiere o capta agua, para distribuirla a sus asociados o terceros, se encontrará gravada con el Impuesto a la Ventas y Servicios".

Eso señaló el Servicio de Impuestos Internos el 2016.

Debido a tanta modificación se generó una serie de incertezas. Algunos APR entendían que no se debía cobrar el IVA; otros, sí. Y la normativa que establecía este impuesto a los servicios, dictada hace poco tiempo, más confusión provocó, y muchos pensaron que sí debían gravarse con el IVA.

Por eso surge este proyecto de ley, a partir de las organizaciones sociales, de los APR, para precisamente evitar este gravamen.

Dada la gran importancia que tienen los servicios sanitarios rurales en las zonas del país en que el acceso al agua potable es más restringido, por ejemplo, en la Región de Coquimbo, los cuales incluso abastecen a colegios, a municipios, a servicios de urgencias, entre otros, resulta muy necesario entregar certezas sobre el tratamiento tributario de ellos. Y este proyecto de ley establece claramente que los APR o servicios sanitarios rurales, como les queramos llamar, estarán exentos del IVA.

Este es uno de los elementos que debemos resolver para los APR; hay muchísimos más que todavía faltan por abordar.

Por ello, en este proyecto al menos yo voto a favor.

Gracias, Presidente .

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias.

Senadora Rincón, tiene la palabra.

La señora RINCÓN.-

Gracias, Presidente.

Hemos estado escuchando con atención todo el debate.

El Maule, sin lugar a dudas, es muy muy relevante en materia de agua potable rural y su consumo.

La Asociación Nacional de APR Chile nos escribió a varios de nosotros y nos hizo una serie de planteamientos. Hemos estado conversando con la Subsecretaria sobre ellos. En resumen, se señala que con esta normativa los comités y cooperativas de agua potable rural van a quedar exentos de pago del impuesto al valor agregado; que el proyecto sobre exención de cobro del IVA tiene que ser modificado de acuerdo a la ley N° 20.998; que todas las APR se van a acoger a esta ley, o deberían hacerlo, por el solo hecho de existir y no porque estén en el registro, cuestión que tiene su lógica, y entiendo que la Subsecretaria nos va a detallar más la importancia de esto; que todos serán socios de sus APR o cooperativas y se hará la diferencia entre socio natural y socio jurídico, y no por los metros cúbicos de agua que consuman. Creo que este tema tiene que estar puesto encima de la mesa de trabajo que se va a constituir.

Asimismo, plantean que los socios jurídicos públicos (como escuelas y postas rurales) y privados cumplan exigencias que la ley determine, y que la exención de pago de IVA contemple todas las etapas indicadas en el artículo 7° de la ley N° 20.998: producción de agua potable; distribución de agua potable; recolección de aguas servidas, y tratamiento y disposición final de aguas servidas.

Hago esta relación, porque ellos nos dicen, Presidente -y lo tienen que haber visto con usted también-, que son cuestiones que no se resuelven adecuadamente en esta normativa.

Como esa mesa va a existir, me parece que es el espacio natural y obvio para que esto se discuta, más aún cuando la ley está prorrogada, y considero relevante que se entienda que de repente las resoluciones del Servicio de Impuestos Internos nos complican la vida, sobre todo en este ámbito.

Hablé sobre el punto con la Subsecretaria -y termino con esto, Presidente -; durante el Gobierno del Presidente Piñera conversamos sobre esta materia. Le planteamos esto al Director del Servicio de Impuestos Internos , le dijimos que les estaban complicando la vida a los APR y a sus cooperados con el IVA, por una resolución: ¡no lograron entender la lógica!

Pienso que hoy día se da un paso importante con esta iniciativa; pero el problema no se resuelve definitivamente.

Espero que en la mesa que se forme con el Ministerio de Obras Públicas -y que participe Hacienda, porque es relevante lo que diga el Servicio de Impuestos Internos- esto se aborde.

El agua es fundamental, y en la ruralidad es esencial para hombres y mujeres, no solo para la producción de alimentos, sino también para la vida.

Gracias, Presidente .

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias, Senadora.

Senador Sanhueza, tiene la palabra.

El señor SANHUEZA.-

Gracias, Presidente.

Me toca representar a la región donde nací, la Región de Ñuble, vecina de su región, Presidente , que también presenta muchas de las necesidades que aquí se plantean.

Indudablemente, Ñuble es una región nueva, que está naciendo, pero que tiene una serie de insuficiencias producto en gran parte de haber estado postergada por muchos años en la toma de decisiones para una cuestión tan importante en la vida de las personas como el agua potable.

Para los que vivimos en la ciudad es algo sencillo y simple como abrir la llave, ya que nacimos y fuimos criados con un elemento que estaba siempre ahí; pero cuando uno recorre los caminos, en mi caso, de la Región de Ñuble, los cuales en su gran mayoría no están pavimentados, sale la otra necesidad, la de poder contar con una cosa tan esencial como el agua. Y ahí uno reconoce el trabajo de tantos dirigentes sociales, cuando uno conversa con ellos y se da cuenta de que tienen años tratando de sacar adelante el ansiado proyecto para tener agua potable.

A eso se suman los requerimientos actuales de APR que ya llevan una cantidad de años significativa y que han quedado chicos para poder entregarles agua a todas las solicitudes que tienen.

Entonces, cuando se trata de una región pobre como la de Ñuble, con gran cantidad de adultos mayores (a nivel nacional somos la segunda región en ruralidad y la segunda con mayor número de adultos mayores; pero también somos una región que está bajo la media nacional en el nivel de ingresos), cuando tenemos zonas con bajo nivel de ingresos es absolutamente necesario ir con ayudas de parte del Estado, en este caso, con esta exención al cobro del IVA. Porque este impuesto lo terminan pagando los usuarios finales, y en la Región de Ñuble, principalmente nuestros pequeños agricultores, la gente que hace patria en cada uno de esos predios, que normalmente solo practican una agricultura de subsistencia.

Por eso, tal cual dijeron quienes me antecedieron, como el Senador García Ruminot , al referirse a la historia de cómo se había llegado a esta situación finalmente y a lo precario de que esta materia hubiera estado solo en una resolución del Servicio de Impuestos Internos, es tan relevante que podamos apoyar este proyecto, para darles certeza principalmente a los pequeños agricultores, que están haciendo patria en cada uno de nuestros campos.

Por ello voy a votar a favor, Presidente .

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias, Senador.

Tiene la palabra la Senadora Gatica.

La señora GATICA.-

Gracias, Presidente.

Voy a votar a favor de este proyecto, que exime del impuesto al valor agregado a los servicios sanitarios rurales de nuestro país.

Quiero darle las gracias al Ejecutivo en esta oportunidad, porque el 22 de diciembre de 2022, es decir, el año pasado, presentamos un proyecto de acuerdo que hacía precisamente esto: colocar sobre la mesa del Gobierno la situación que estaban viviendo los APR y la posibilidad de que no fueran contemplados con este impuesto.

Hoy día estamos votando a favor de esta iniciativa. Es un gran alivio para todas las personas que hoy día forman parte de los comités de agua potable rural. Porque no es fácil administrar un proyecto de esta envergadura; no es fácil tener conocimientos técnicos, administrativos y de toda índole para que algo tan trascendente como llegar a los domicilios rurales con este beneficio, el agua potable, se haga con un servicio de calidad y óptimo.

Falta todavía avanzar con la modificación de la ley actual del Ministerio de Obras Públicas, en que lamentablemente surge cierto amarre para los APR tener que inscribirse en el registro de operadores, lo cual los obliga a hacerse cargo, por ejemplo, de administrar las redes de alcantarillados, considerando que hoy en día las personas que viven en los sectores rurales no tienen redes de alcantarillado, y para los APR va a ser muy difícil poder contar con recursos para hacerse cargo de aquello. Es lógico; es un tema que todavía debemos resolver, y por lo menos desde la Comisión de Obras Públicas ya lo estamos viendo.

Falta todavía recibir una respuesta desde el Ministerio de Obras Públicas con relación a este instructivo que emitieron en marzo de este año, que específicamente obliga, en los proyectos de conservación para los comités de agua potable rural, a contar, previo a su ejecución, con la aprobación técnica del Ministerio de Desarrollo Social.

¿Qué significa esto concretamente? Que, por ejemplo, los proyectos de conservación, para los comités de agua potable rural se van a tener que extender tres o cuatro meses más para poder partir con su ejecución. Es decir, aumentamos la burocracia administrativa del servicio público, en vez de hacer todo lo contrario: disminuir esta burocracia para poder sacar adelante iniciativas de construcción que son tan importantes como la mantención y conservación de los proyectos de agua potable rural.

Obviamente, vamos a seguir trabajando con nuestros comités de agua potable rural, y esta es una buena noticia para ellos, porque se trata de una demanda que llevaban levantando desde hace bastante tiempo. Y yo por lo menos estoy orgullosa de que el Ejecutivo nos haya escuchado en esta petición, que es tan justa.

Gracias, Presidente .

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias, Senadora.

Tiene la palabra el Senador Quintana.

El señor QUINTANA.-

Gracias, señor Presidente.

Bueno, también quiero sumarme a las expresiones que se han vertido acá respecto de esta materia. Creo que es un paso significativo el que estamos dando con la eliminación del IVA de los gastos que todos los APR de Chile deben sumar a su planilla mensual, a la planificación presupuestaria que hacen, cuando hay que comprar una tubería, un motor, cualquier tipo de instrumento, cloro, alcohol, en fin, todos los productos que requieren. Porque no parece justo que se les grave con este impuesto, además, ya que todavía quedan muchas etapas en el camino.

La Presidenta de APR Chile , de la Región de La Araucanía, Yorki Riquelme , nos señaló que en estos días se llegó un acuerdo con el Ministerio de Obras Públicas, pero que quedan pendientes algunos aspectos todavía muy importantes, y entiendo que hay un compromiso del Gobierno del Presidente Boric de modificar la ley N° 20.998 en lo que dice relación con contratos y reglamentos.

Entonces, nosotros tenemos que prepararnos por etapas; y qué bien que estén las Ministras acá, especialmente la Ministra del Medio Ambiente , porque la dimensión ambiental parece no estar presente en esta discusión, y yo considero que es fundamental.

Aquí conversamos tiempo atrás con un funcionario de la DOH, don Rodrigo Saavedra , quien nos acompaña, respecto de la necesidad de que los embalses también dejen volumen para los APR, para combatir los incendios forestales, entre otras cosas. Es fundamental normar eso.

Pero, además, debemos preocuparnos de la autonomía de los sistemas de APR y sus cooperativas, por cuanto desaparecen las asesorías técnicas de las empresas sanitarias.

Por lo tanto, hay que favorecer el proceso de autonomía en la administración de los comités, cuyo número es gigantesco. Entiendo que la Región de La Araucanía tiene más de 260 APR, es decir, más del 10 por ciento de los 2.300 que existen en todo Chile, siendo más de dos millones y medio de personas las que viven bajo esta modalidad. Por eso es tan relevante el paso que estamos dando hoy.

El Seremi de Obras Públicas de La Araucanía, Patricio Poza , decía hace pocos días en la prensa que en el segundo semestre de este año se estarán licitando la ejecución de diez sistemas de APR, de veintiún diseños, y treinta contratos pasarían a evaluación del Mideso.

Entonces, esto se está moviendo.

Por consiguiente, debemos prepararnos para las etapas que vienen, sobre todo en materia ambiental. Voy a insistir en lo que tiene que ver con la sustentabilidad de este recurso y con el saneamiento de las aguas, temas que no han estado en esta discusión.

Creo que es fundamental ver cómo damos ese siguiente paso, porque va a significar muchos recursos, por lo que habrá que apoyar este proceso de autonomía.

Saludo a todos los dirigentes, nacionales y de distintas regiones del país, que se encuentran presentes en las tribunas. Por supuesto, también a la Directora Nacional de la Dirección de Obras Hidráulicas, María Loreto Mery .

Y, por cierto, voto favorablemente este proyecto.

Muchas gracias.

El señor COLOMA (Presidente).-

A usted, Senador.

Senador Chahuán, tiene la palabra.

El señor CHAHUÁN.-

Señor Presidente , Honorable Sala, por supuesto que vamos a aprobar este proyecto con mucho entusiasmo, porque esta materia había sido justamente una de las dudas que quedaron con el cambio legislativo. Eximir del impuesto al valor agregado a los servicios sanitarios rurales nos parece del todo necesario y urgente.

Sí quisiera hacerle una consulta -por su intermedio, Presidente - a la Subsecretaria. Y dice relación particularmente con aquellas empresas sanitarias que están suministrando agua a los APR, hoy día servicios sanitarios rurales.

¿Qué ocurre? Que, efectivamente, con el avance de la desertificación y la sequía, por ejemplo, Esval , la empresa sanitaria de nuestra región, está ofreciendo conectar a los servicios sanitarios rurales.

Y, en ese contexto, tal como decían los Senadores Espinoza y Moreira , hay que terminar con lo que se ha convertido en un verdadero negocio del agua efectuado por medio de camiones aljibes, otra ofensiva con la que hay que acabar, porque, ciertamente, se deben tener soluciones permanentes para problemas permanentes. Y hasta ahora se ha ido consolidando una situación anómala con los camiones aljibes: más de 400 mil chilenos están recibiendo agua por esta vía, debido al avance de la desertificación y la sequía.

Pues bien, lo que ocurre en algunas zonas es que empresas sanitarias están suministrando agua, conexión a los servicios sanitarios rurales. ¿Qué va a pasar con aquello? ¿El suministro de agua de las empresas sanitarias a esos servicios va a tener o no cobro de IVA? Finalmente, ¿qué pasa con ese IVA -si se llegara a pagar- para los servicios sanitarios rurales?

Quiero poner el tema en discusión, porque es una materia que a lo mejor no se ha visualizado y que está ocurriendo en distintas zonas. Para asegurar el suministro, frente a la ausencia de fuentes acuíferas que permitan administrar estos servicios sanitarios rurales, lo que básicamente está sucediendo es que las empresas sanitarias los están empezando a conectar.

Eso ha generado una serie de interrogantes. Por ejemplo, desde un principio las propias directivas de los servicios sanitarios rurales han sido reacias, porque dicen que no quieren perder su administración... (se desactiva el micrófono por haberse agotado el tiempo).

El señor COLOMA (Presidente).-

Estamos siendo exigentes en los tiempos con todos.

El señor CHAHUÁN.-

Con esto termino.

Quieren saber qué va a pasar con esa administración.

El señor COLOMA (Presidente).-

Gracias, Senador.

Tiene la palabra el Senador Flores.

El señor FLORES.-

Muchas gracias, Presidente.

Quiero saludar a la Ministra del Medio Ambiente y a la Subsecretaria de Hacienda, que nos acompañan esta tarde.

El objeto de este debate es de verdad relevante, y no solamente para el mundo rural, disperso, sino también para las pequeñas localidades que se han ido consolidando y, de alguna manera, urbanizando.

Recuerdo perfectamente que a principio de los noventa recibimos un Chile en donde la dotación de energía eléctrica era de verdad un sueño. El 96 por ciento de las familias que vivían en el campo no tenían luz eléctrica, y trasladaban una batería de auto cargada, que les duraba dos días, para encender la tele, que veían en comunidad, entre los vecinos. Los que contaban con más plata tenían dos baterías.

Luego, el gran desafío fue empezar a dotarlos de agua potable, que era un sueño todavía mayor. Y la verdad es que las primeras captaciones de aguas superficiales que se hicieron y las redes que las trasladaban eran tremendamente rústicas.

Hoy día la situación comienza a cambiar. No obstante, seguimos teniendo una serie de dificultades, originadas por el cambio climático y porque la obsolescencia de materiales y tecnologías también nos coloca en precario.

Entonces, existen algunos problemas que se nos atraviesan en el camino. Por ejemplo -la colega Gatica ya lo señaló-, la dificultad adicional, que la verdad es un disparo a los pies, de contar con una segunda evaluación para obtener la RS cuando entra al Sistema Nacional de Inversiones , que lo único que logrará será retrasar y hacer mucho más compleja la conservación.

¡Y eso ya costó!, porque hace un par de años el Ministerio de Hacienda había señalado que las conservaciones eran gastos, y el esfuerzo del Gobierno de turno -estoy hablando del Gobierno pasado- era la inversión. Inversión son los proyectos nuevos y gastos son las conservaciones. Y, en realidad, lo que necesitábamos era actualizar los proyectos antiguos, cambiar las bombas, los filtros, la tecnología, mejorar las redes, y no había plata para eso.

Bueno, la verdad es que hoy día -y quiero decirlo, tal como se lo señalamos al Ministro de Obras Públicas en su momento- los servicios sanitarios rurales no son factibles. A duras penas los APR sobreviven, y mucho menos les vamos a cargar una mochila de tener que hacer saneamiento sanitario de aguas servidas cuando no están preparados.

¡Peor todavía! Y lo discutimos en la Comisión de Salud, y fue un acuerdo unánime: ¡no existe norma chilena que le permita a la autoridad sanitaria formular, diseñar, construir, fiscalizar, recibir y controlar las plantas de tratamiento sanitario!

Y así tenemos una colección de plantas de tratamiento donde cada ingeniero colocó su creatividad, cada municipio mandó a construir confiando... (se desactiva el micrófono por haberse agotado el tiempo).

¡Un minuto!

El señor COLOMA (Presidente).-

Hemos sido parejos con los tiempos.

Le vamos a dar veinte segundos. Eso es lo más que le podemos ofrecer.

El señor SANDOVAL .-

Sea riguroso, Presidente ; no está siendo riguroso.

(Se vuelve a activar el micrófono por indicación de la Mesa).

El señor FLORES.-

En la rigurosidad, veinte segundos.

Reitero: no tenemos norma chilena. Por lo tanto, digámoslo de una vez, la exigencia a los servicios sanitarios rurales que hemos venido postergando ¡no es factible mientras no tengamos las condiciones para ello!

Por otro lado, duele saber que el Ministerio de Obras Públicas está con dificultades para gastarse el presupuesto. Duele cuando no hay plata para resolver las necesidades; pero duele mucho más cuando, habiendo plata, esta no se gasta.

Mientras, seguimos teniendo dificultades en la respuesta, y debemos resolverlo.

En este caso, les pido a las Ministras presentes, tal como se lo hicimos saber a la Ministra de Obras Públicas y a la Directora de la DOH, que tengan ojo con lo que está pasando en regiones.

Lo que ocurre en Los Ríos, particularmente en Corral, de verdad, nos da vergüenza: proyectos recién construidos que están fallando, en Coñaripe, Curriñe , Chabranco...

El señor SANDOVAL .-

¡Ya, pues!

Sea riguroso.

El señor FLORES .-

¡Todavía tengo once segundos!

Y esto es la realidad.

Por lo tanto, esta exención del IVA me parece que es una obligación ética de... (se desactiva el micrófono por haberse agotado el tiempo).

El señor COLOMA (Presidente).-

¡Fueron veinte segundos largos!

El señor MOREIRA.-

¡Es para todos igual!

El señor COLOMA (Presidente).-

Finalmente, tiene la palabra el Senador Galilea.

El señor GALILEA.-

Presidente, muchas gracias.

El Senador García Ruminot ya explicó en detalle y con toda claridad por qué este proyecto era absolutamente necesario en relación con el tema del IVA.

¿Por qué? Porque lo que estuvo exento durante muchos años dejó de estarlo y sobrevivía básicamente por circulares de Impuestos Internos, pero que no tenían sustento legal. Y, por lo tanto, la ley en proyecto viene a darle peso, contundencia jurídica a la exención legal de la venta de agua por parte de los APR.

Pero yo me quería detener y, simplemente, darle un mensaje a la Subsecretaria en el sentido de que lo que me preocupa es que este tema necesariamente nos lleva a la ley Nº 20.998 y su modificación, que cambia completamente el estatus, el estatuto, la manera de funcionar, incluso la fiscalización en algunos años más, de los APR.

Yo he recibido muchos llamados de pequeños APR de la Región del Maule en los que se quejan de que no tienen los suficientes talleres y preparación para ponerse los pantalones largos, por así decirlo, en lo que la ley Nº 20.998 exige.

Muchas veces -me dicen- se encuentran con que simplemente personal de la DOH les señalan: "Si no están preparados, los van a censurar y les van a quitar el APR". Pero esa no es la manera. Aquí hay que hacer un acompañamiento muy continuo, muy profundo y muy cercano, sobre todo a los APR más pequeños. Lo que les estamos pidiendo no es algo fácil de hacer, en su orgánica, en su funcionamiento, en las responsabilidades que tienen. Y, por lo tanto, los talleres, el personal de la DOH deben ser robustecidos absolutamente para que esto llegue a buen puerto. Si no lo hacemos así, Subsecretaria, simplemente vamos a aprobar sucesivas leyes que prorroguen una y otra vez la entrada en vigencia plena de la ley Nº 20.998.

Queremos avanzar para allá. Pero si no hacemos bien este acompañamiento, particularmente a los más pequeños, recuerde usted que cada año en que esto esté a punto de vencer se nos va a pedir una prórroga, y vamos así a postergar indefinidamente la entrada en vigencia de lo que queríamos para mejorar la juridicidad, los estatutos y las herramientas de estos pequeños comités o cooperativas de agua potable rural.

Ese es mi mensaje, Subsecretaria. Ojalá pueda transmitir esto a la DOH, pues resulta absolutamente imprescindible para llegar a buen puerto con la ley Nº 20.998.

Muchas gracias.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

El señor COLOMA (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (33 votos a favor).

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Ebensperger, Gatica, Núñez, Órdenes, Pascual, Rincón y Sepúlveda y los señores Chahuán, Coloma, Cruz-Coke, De Urresti, Edwards, Flores, Gahona, Galilea, García, Keitel, Kusanovic, Kuschel, Lagos, Latorre, Moreira, Núñez, Ossandón, Pugh, Quintana, Saavedra, Sandoval, Sanhueza, Soria, Velásquez y Walker.

El señor COLOMA (Presidente).-

Aprobado, por tanto, un proyecto muy importante para Chile y para el mundo rural.

(Aplausos en la Sala y en tribunas).

Y esto vuelve a la Cámara de Diputados.

Senador Espinoza.

El señor ESPINOZA.-

Presidente , ¿puede consignar mi voto afirmativo, por favor?

El señor COLOMA (Presidente).-

Se deja constancia de la intención de voto a favor del Senador Espinoza.

)------------(

El señor COLOMA (Presidente).-

¿También, Senador Flores?

El señor FLORES.-

No, punto de reglamento, Presidente.

El señor MOREIRA.-

¡Yo también pedí un punto de reglamento!

El señor COLOMA (Presidente).-

Tiene la palabra, Senador Flores.

El señor FLORES.-

Déjeme encontrar el reglamento. Deme un segundo, no más, Presidente. Que no reclame el Senador Moreira, por favor.

El señor MOREIRA.-

Yo también tengo un punto de reglamento.

)------------(

El señor COLOMA (Presidente).-

Antes del reglamento, Senador, para que lo pueda buscar, le vamos a dar los mismos tres minutos, porque no tengo mucho espacio, a la Subsecretaria, que también quería hacer un comentario respecto del tema y responder algunas preguntas.

Lo más breve que pueda, por favor.

El señor GAHONA.-

¡Y SBAP!

El señor SANHUEZA.-

¡Tenemos que ver SBAP!

El señor GALILEA.-

Pero abra la votación altiro.

El señor COLOMA ( Presidente ).-

Después SBAP. Vence la urgencia, tenemos que verlo, así que no se pongan nerviosos.

La señora BERNER ( Subsecretaria de Hacienda ).-

Presidente , por su intermedio, me gustaría señalar, muy brevemente, lo siguiente.

La ley que hoy día rige, y que es la razón por la que estamos acá, respecto del IVA, es la Nº 19.418, que dispone expresamente que los APR no están exentos de IVA. Lo digo para que no nos confundamos en relación con la ley Nº 21.420, que no alteró ese aspecto.

Sin embargo, existe un problema, el que estamos resolviendo, ya que fue un compromiso del Gobierno. Dijimos que lo íbamos a solucionar antes de noviembre de 2023: nos encontramos en junio y lo estamos resolviendo.

Por lo tanto, este proyecto da certeza a los APR en cuanto a que están exentos de IVA para los servicios prestados a sus asociados, cooperados o socios; eso hay que dejarlo bien claro. También se encuentran exentos de IVA cuando los servicios se entregan a los cuerpos de bomberos, a los establecimientos educacionales municipales y a los bienes raíces de los municipios. Creo que también es importante destacar eso. Del mismo modo, están exentos de IVA cuando se trata de servicios prestados entre operadoras o entre APR. A propósito de la consulta del Senador Chahuán, es distinto: Esval sí paga IVA. Donde no se paga IVA es entre APR.

Respecto del registro que aquí se ha mencionado, efectivamente, en el proyecto se señala que los APR tienen que ser parte del registro, porque ello se encuentra consignado en la ley Nº 20.998. Pero el plazo para inscribirse en ese registro es noviembre de 2024.

Lo importante es que en la ley Nº 21.520, de diciembre de 2022 -una "ley corta" que se aprobó en esa fecha-, que probablemente no sea del conocimiento de todos los APR, se establecieron requisitos simplificados para pertenecer al registro, que son tres: el certificado de vigencia de la personalidad jurídica, el listado de socios y usuarios y el plano de área de servicio.

De esos tres requisitos, lo que ha señalado el Ministerio de Obras Públicas es que va a obtener los certificados de vigencia de manera digital, sin costo para los APR, y que va a asumir la función de apoyarlos en el área para levantar los planos. Quiero dejar bien claro esto. Por tanto, no va a implicar un costo adicional para los APR ser parte del registro... (se desactiva el micrófono por haberse agotado el tiempo).

Solo un segundo más, por favor.

El senador COLOMA (Presidente).-

Está prendido el micrófono, Subsecretaria.

La señora BERNER (Subsecretaria de Hacienda).-

Y todos los otros temas que aquí se han levantado van a ser tratados en una mesa con el Ministerio de Obras Públicas.

Pero ser parte del registro es importante, porque les permite tener su área de exclusividad totalmente marcada y, adicionalmente, podrán fijar la dimensión del agua, razón por la cual, si alguna vez fallan, no les van a poder aplicar las multas, por tratarse de aspectos externos al operador.

Con eso cierro.

Muchas gracias, Presidente, y a todas las Senadoras y los Senadores por la aprobación de este proyecto.

El señor COLOMA ( Presidente ).-

Muchas gracias, Subsecretaria.

El proyecto vuelve a la Cámara de Diputados, pero, para que quede claro, al haberse aprobado en los mismos términos, de la Cámara va al Ejecutivo para que sea promulgada la ley.

(Aplausos en la Sala y en tribunas).

Es una buena noticia para Chile y el mundo rural.

2.3. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 07 de junio, 2023. Oficio en Sesión 43. Legislatura 371.

Valparaíso, 7 de junio de 2023.

Nº 267/SEC/23

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que exime del impuesto al valor agregado a los servicios sanitarios rurales a que se refiere la ley N° 20.998, correspondiente al Boletín Nº 15.901-05.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 18.407, de 30 de mayo de 2023.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JUAN ANTONIO COLOMA CORREA

Presidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara Revisora al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 12 de junio, 2023. Oficio

VALPARAÍSO, 12 de junio de 2023

Oficio N° 18.462

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, que exime del impuesto al valor agregado a los servicios sanitarios rurales a que se refiere la ley N°20.998, correspondiente al boletín N° 15.901-05:

PROYECTO DE LEY

“Artículo Único.- Modifícase la ley Nº20.998, que Regula los Servicios Sanitarios Rurales, de la siguiente forma:

1. Incorpórase en el título V, a continuación del artículo 64, el siguiente artículo 64 bis:

“Artículo 64 bis.- Sin perjuicio de lo establecido en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo primero del decreto ley N°825, de 1974, para los efectos de esta ley, se considerará que los servicios sanitarios rurales que los operadores presten a sus asociados, cooperados o socios, no se encontrarán gravados con el Impuesto al Valor Agregado. Para estos efectos, los nuevos operadores deberán encontrarse inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales al último día del mes anterior a que comiencen a prestar tales servicios. A aquellos operadores que ya se encuentren prestando dichos servicios se les aplicará este tratamiento tributario desde el mes siguiente a aquél en que se incorporen al Registro.

Tampoco se encontrarán gravados con Impuesto al Valor Agregado los servicios sanitarios rurales prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que éstos respondan exclusivamente a garantizar la continuidad del servicio, en los términos de la letra b) del artículo 40.

Sin perjuicio de lo anterior, se encontrarán exentas de Impuesto al Valor Agregado las prestaciones de servicios sanitarios rurales o la venta de agua potable a los Cuerpos de Bomberos o sus Compañías, a los establecimientos educacionales municipales de educación prebásica, básica y media, reconocidos por el Ministerio de Educación, y a los bienes raíces municipales.

Durante el mes de enero de cada año, el Ministerio deberá informar al Servicio de Impuestos Internos la nómina de operadores incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales, inscritos al 31 de diciembre del año anterior.

Las operaciones realizadas por los operadores de servicios sanitarios rurales distintas a las señaladas en este artículo se regirán por las reglas generales del Impuesto al Valor Agregado, atendiendo a su naturaleza.”.

2. Agréganse a continuación del artículo vigésimo primero transitorio, los siguientes artículos:

“Artículo vigésimo segundo.- El artículo 64 bis entrará en vigencia el 1 de enero de 2023.

Artículo vigésimo tercero.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 64 bis, mientras esté pendiente el plazo establecido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio no será exigible que los operadores deban estar inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales.

Asimismo, lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 64 bis será aplicable después de transcurrido el plazo contenido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio.”.”.

*****

Dios guarde a V.E.

VLADO MIROSEVIC VERDUGO

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 21.581

Tipo Norma
:
Ley 21581
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1194223&t=0
Fecha Promulgación
:
04-07-2023
URL Corta
:
http://bcn.cl/3e6a6
Organismo
:
MINISTERIO DE HACIENDA
Título
:
EXIME DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO A LOS SERVICIOS SANITARIOS RURALES A QUE SE REFIERE LA LEY N° 20.998
Fecha Publicación
:
17-07-2023

LEY NÚM. 21.581

     

EXIME DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO A LOS SERVICIOS SANITARIOS RURALES A QUE SE REFIERE LA LEY N° 20.998

     

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

     

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Modifícase la ley Nº 20.998, que Regula los Servicios Sanitarios Rurales, de la siguiente forma:

     

    1. Incorpórase en el título V, a continuación del artículo 64, el siguiente artículo 64 bis:

     

    "Artículo 64 bis.- Sin perjuicio de lo establecido en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo primero del decreto ley N° 825, de 1974, para los efectos de esta ley, se considerará que los servicios sanitarios rurales que los operadores presten a sus asociados, cooperados o socios, no se encontrarán gravados con el Impuesto al Valor Agregado. Para estos efectos, los nuevos operadores deberán encontrarse inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales al último día del mes anterior a que comiencen a prestar tales servicios. A aquellos operadores que ya se encuentren prestando dichos servicios se les aplicará este tratamiento tributario desde el mes siguiente a aquel en que se incorporen al Registro.

    Tampoco se encontrarán gravados con Impuesto al Valor Agregado los servicios sanitarios rurales prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que éstos respondan exclusivamente a garantizar la continuidad del servicio, en los términos de la letra b) del artículo 40.

    Sin perjuicio de lo anterior, se encontrarán exentas de Impuesto al Valor Agregado las prestaciones de servicios sanitarios rurales o la venta de agua potable a los Cuerpos de Bomberos o sus Compañías, a los establecimientos educacionales municipales de educación prebásica, básica y media, reconocidos por el Ministerio de Educación, y a los bienes raíces municipales.

    Durante el mes de enero de cada año, el Ministerio deberá informar al Servicio de Impuestos Internos la nómina de operadores incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales, inscritos al 31 de diciembre del año anterior.

    Las operaciones realizadas por los operadores de servicios sanitarios rurales distintas a las señaladas en este artículo se regirán por las reglas generales del Impuesto al Valor Agregado, atendiendo a su naturaleza.".

     

    2. Agréganse a continuación del artículo vigésimo primero transitorio, los siguientes artículos:

     

    "Artículo vigésimo segundo.- El artículo 64 bis entrará en vigencia el 1 de enero de 2023.

     

    Artículo vigésimo tercero.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 64 bis, mientras esté pendiente el plazo establecido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio no será exigible que los operadores deban estar inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales.

    Asimismo, lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 64 bis será aplicable después de transcurrido el plazo contenido en el inciso segundo del artículo segundo transitorio.".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 4 de julio de 2023.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda.- Jessica López Saffie, Ministra de Obras Públicas.

    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Heidi Berner Herrera, Subsecretaria de Hacienda.