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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.585

Establece el día 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Cristhian Moreira Barros, Pablo Prieto Lorca, Marisela Santibáñez Novoa, Sebastián Keitel Bianchi, Andrés Celis Montt y Rolando Rentería Moller. Fecha 16 de mayo, 2018. Moción Parlamentaria en Sesión 23. Legislatura 366.

Proyecto de Ley

Establece el día 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur Boletín N°11742-29

VISTOS:

Lo dispuesto en los artículos 63 y 65 de la Constitución Política de la República; lo prevenido por la Ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.

CONSIDERANDO:

1° Que, concepto[1] del deporte modernamente ha adquirido un nuevo enfoque: sirve al cuerpo y a la mente, hay una valoración práctica y profesional, se ha venido a constituir un modo de ser.

dentro de la historia del deporte[2] una parte importante la ha tenido el Deporte amateur, podemos indicar que todos los deportes existentes han nacido de forma amateur, donde las ganas por vencer en un encuentro, alcanzar una medalla o ser el mejor, significan más que adquirir suntuosas sumas de dinero como ha sucedido con muchos deportes.

2° Que, es difícil imaginar una fecha de inicio para el deporte amateur. Debido a que coincide con que el amateurismo nació desde que un par de personas corrieron para ver quién era el mejor, lo que sin duda se produjo desde las primeras civilizaciones.

Sin embargo podemos coincidir que fue a finales del siglo XIX, algunos deportes empiezan a profesionalizarse, ya elaborando reglamentos, unificando criterios y provocando cada vez más la atención de empresarios que empezaron a ver el deporte como un negocio, debido a las personas que mueve.

El deporte amateur era practicado en Universidades privadas en Inglaterra, Estados Unidos, donde hombres de clase media y alta practicaban estos deportes como deportista amateur.

4° Que, debido a un cambio en las leyes del trabajo en Reino Unido, dejando medio día libre para los trabajadores, fue posible que las clases más pobres empezaran a practicar deporte de forma amateur, en un principio.

5° Que, en Chile, existen connotados deportistas de gran nivel profesional. Ahora bien, existe una situación especial respecto de quienes, en opinión del ciudadano común, es realmente un deportista profesional y uno amateur.

Para la comunidad, el deportista profesional es aquel que representa al país en destacados encuentros internacionales, el que figura en los medios de comunicación por sus méritos y sus resultados. Sin embargo, la “clasificación” de deportista profesional va más allá que estos ejemplos.

6) Que, el artículo 1° del Estatuto de los Deportistas Profesionales y Trabajadores que desempeñan Actividades Conexas[3], norma que data de 1970, concibe a los primeros como aquellas personas que practican de forma competitiva y habitual una especialidad deportiva, basándose en sus aptitudes físicas e intelectuales, a la vez que recibiendo a cambio una remuneración, o recompensa en dinero u otro medio.

Por otra parte, el artículo 5° precisa que el acuerdo celebrado entre un club o empresario, con un deportista profesional, corresponde a un contrato de trabajo, debiéndose regir por las disposiciones del Código del Trabajo y sus leyes complementarias.

En la misma línea, el artículo 7° aclara que los pagos en dinero que reciban las personas citadas en los artículos 1° y 2°, pueden considerar también bonificaciones especiales de carácter permanente, no imponibles, complementarias al sueldo.

En definitiva, queda de manifiesto que la actividad del Deportista Profesional se encuentra debidamente regulada, mucho más allá del ejercicio del deporte amateur.

7) Que, como es de público conocimiento, existe el día del Deporte Para el Desarrollo y La Paz que se conmemora cada 6 de abril, sin embargo, no es menos cierto que siendo una fecha en que se festeja la actividad deportiva en términos generales, no hace del todo honor a aquellas personas que practican el deporte Amateur que enaltecen y promueven en sus diferentes disciplinas deportivas a Chile.

POR LO TANTO,

El Diputado que suscribe viene a someter a la consideración de este Honorable Congreso Nacional el siguiente:

PROYECTO DE LEY

Artículo Único: Establéazcase el 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur.

Sebastián Keitel Bianchi

Diputado

[1] Desarrollo del Deporte Amateur. https://historiauniversaluniviasec.wordpress.com/2012/05/29/desarrollo-del-deporte-amateur/
[2] Historia del Deporte Amateur. Disponible. http://historiadeldeporte.net/historia-del-deporte-amateur/
[3] DFL 1 29-JUL-1970 Estatuto de Los Deportistas Profesionales y Trabajadores que Desempeñan Actividades Conexas. Disponible: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=3376

1.2. Informe de Comisión de Deportes

Cámara de Diputados. Fecha 05 de marzo, 2019. Informe de Comisión de Deportes en Sesión 6. Legislatura 367.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE DEPORTES Y RECREACIÓN RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE EL DIA 9 DE MAYO DE CADA AÑO COMO EL DIA NACIONAL DEL DEPORTISTA AMATEUR. BOLETÍN N°11.742-29

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Deportes y Recreación viene en informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en moción de los diputados Sebastián Keitel, Andrés Celis, Christian Moreira, Pablo Prieto, Rolando Rentería y Marisela Santibáñez, sin urgencia.

Por tratarse de un proyecto puesto en Tabla de Fácil Despacho y debido a su obviedad, y teniendo a la vista tanto los antecedentes del mismo como lo aportado en el debate por los diputados, en especial por el diputado señor Sebastián Keitel Bianchi, la Comisión omitió el trámite de audiencias públicas contemplado en el artículo 213 del reglamento.

I.CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS

1.- IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES.

La idea central de esta iniciativa es establecer el día 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur, como un reconocimiento público a una práctica que ha sido la forma de inicio de todos los deportes profesionales que hoy se practican en el mundo, y que nacieron como una práctica en el tiempo de ocio, para una satisfacción personal o un forma de integración a la vida social, a la promoción de la salud y de la educación.

2.- NORMAS DE CARÁCTER ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.

No hay normas con ese carácter.

3.- NORMAS QUE REQUIEREN TRÁMITE DE HACIENDA.

No contiene disposiciones que requieran ser conocidas por la Comisión de Hacienda.

4.- ANTECEDENTES

La moción señala que el deporte modernamente ha adquirido un nuevo enfoque: sirve al cuerpo y a la mente, hay una valoración práctica y profesional, que ha venido a constituir un modo de ser. Sin embargo, es difícil imaginar una fecha de inicio para el deporte amateur, pero es posible coincidir que fue a finales del siglo XIX, cuando algunos deportes empiezan a profesionalizarse, elaborando reglamentos, unificando criterios y provocando cada vez más la atención de empresarios que empezaron a ver el deporte como un negocio.

El deporte amateur era practicado en universidades privadas en Inglaterra y Estados Unidos, donde hombres de clase media y alta practicaban estos deportes como deportistas amateur. Debido a cambios en las leyes del trabajo en Reino Unido, se dejó medio día libre para los trabajadores, lo que hizo posible que las clases más pobres empezaran a practicar deporte de forma amateur.

El deporte amateur[1] es el practicado sin ánimo de lucro, por eso a los que lo practican se les llama también aficionados, porque no utilizan la actividad deportiva como un medio de ganarse la vida.

Las federaciones deportivas reconocen la categoría de amateur para diferenciarla de las competiciones en las que sólo juegan profesionales. A esta categoría de amateur pertenecen la mayoría de las actividades deportivas que se realizan con regularidad, y a sus organizaciones se las reconoce oficialmente como entidades deportivas, lo cual implica una serie de ventajas entre las que destaca el seguro deportivo, que cubre cualquier accidente que pueda afectar al deportista mientras ejercita su actividad.

Dentro de la historia del deporte una parte muy importante la ha tenido el deporte amateur, que con el correr del tiempo ha permitido la profesionalización de esta actividad tan importante para la comunidad.

El término Amateur[2], para referirnos al deporte de esta categoría es un préstamo lingüístico tomado del francés. Este se utiliza para referirse a un aficionado en cualquier área del conocimiento a la actividad en sí.

También se le dice amateur a la persona que está iniciando a hacer algo, como por ejemplo en las películas se les llama así a los personajes iniciales que no tienen mucho conocimiento sobre lo que va a hacer. El termino no guarda ninguna relación con el nivel de capacitación que puedes tener, sino la motivación por el cual se realiza.

Para la comunidad, el deportista profesional es aquel que representa al país en destacados encuentros internacionales, el que figura en los medios de comunicación por sus méritos y sus resultados.

Agregan los autores del proyecto de ley que el artículo 1° del Estatuto de los Deportistas Profesionales y Trabajadores que desempeñan Actividades Conexas[3] -norma que data de 1970-, concibe a los primeros como aquellas personas que practican de forma competitiva y habitual una especialidad deportiva, basándose en sus aptitudes físicas e intelectuales, a la vez que recibiendo a cambio una remuneración, o recompensa en dinero u otro medio, lo que es corroborado por los artículos 5° y 7° del mismo cuerpo legal.

En Chile existe el día del Deporte Para el Desarrollo y La Paz que se conmemora cada 6 de abril, sin embargo, no es menos cierto que siendo una fecha en que se festeja la actividad deportiva en términos generales, no hace del todo honor a aquellas personas que practican el deporte amateur que enaltecen y promueven en sus diferentes disciplinas deportivas a Chile.

Concepto de Deporte amateur en la legislación extranjera[4]

El deporte amateur es aquel que se realiza en el tiempo de ocio, individualmente o en grupo, por satisfacción personal o por relaciones sociales de carácter esporádico. Su diferencia con el que se practica a nivel profesional radica en que este último conlleva una serie de prestaciones y obligaciones distintas del deporte amateur, tales como la existencia de un contrato de trabajo, además de tratarse de una actividad remunerada.

Introducción

De acuerdo con lo establecido en la Encuesta Nacional de Actividad Física y Deporte en Población de 18 Años y más, 8 de cada 10 personas no realiza actividad física ni deportiva en Chile[5]. No obstante, los niveles de inactividad física han disminuido desde el año 2006, de 87,2% de inactivos a 81,3%, que es la cifra aproximada actual.

La encuesta refleja también que la práctica de un deporte o actividad física, como trotar, nadar, andar en bicicleta o ir al gimnasio, es mayor en los segmentos etarios más jóvenes, alcanzando un 19% en el rango que va entre los 18 y 29 años y, a un 17, 8%, entre los de 30 y 39 años y; los hombres son los que destinan mayor cantidad de tiempo a la práctica de actividad física. [6]

El deporte amateur o aficionado es aquel que se realiza en el tiempo de ocio, individualmente o en grupo, por satisfacción personal o por relaciones sociales de carácter esporádico[7]. Su diferencia con el que se practica a nivel profesional, radica en las recompensas que cada grupo recibe. En general, los atletas aficionados no reciben un pago por sus actuaciones atléticas, mientras los deportistas profesionales perciben salarios anuales más incentivos vinculados al desempeño individual y de equipo[8] [9].

También a nivel profesional, el deporte conlleva una serie de prestaciones y obligaciones distintas del deporte amateur. Esto dice relación con la existencia de un contrato de trabajo y seguros que cubran la inversión de la sociedad deportiva en caso de lesión por parte del atleta[10] .

En atención a esto, en el documento se presenta la normativa existente en Brasil, Canadá, Colombia, Paraguay, Perú y Estados Unidos, seguidas de algunas conclusiones. Previamente, se hace una breve descripción de la práctica del deporte amateur en Chile y, finalmente, el objetivo y modalidades deportivas consideradas por la política nacional en el marco de la Ley del Deporte N° 19.712.

I.El deporte amateur en nuestro país

En este apartado se proporcionan antecedentes históricos del deporte amateur, y al mismo tiempo, se revisa la Ley del Deporte para observar si se hace o no referencia al deporte amateur.

1.Orígenes del deporte amateur

En Chile, el origen de la práctica de deportes en su manifestación moderna, se remonta a la segunda mitad del siglo XIX, en el que la incorporación del deporte en las clases altas fue un medio de distinción social y de reafirmación de una identidad europeizada; mientras que, en los estratos medios y bajos, significó un espectáculo o instancia de esparcimiento.

Los primeros registros de la práctica deportiva se encuentran en ciudades como Valparaíso y Viña del Mar, siendo las primeras disciplinas las carreras a la inglesa y el cricket. A fines del siglo XIX, se incorporaron otros deportes, tales como el fútbol, el tenis y el atletismo. Hubo una preeminencia de la idea de amateurismo como finalidad exclusiva de la competición deportiva. Del mismo modo, esta tendencia dio lugar a la conformación de exclusivos clubes y círculos sociales dedicados a la práctica de aquellos deportes.[11]

Las clases populares se sumaron a este proceso, y las primeras competiciones que enfrentaron a equipos de la elite local con inmigrantes europeos en ciudades portuarias, concitaron una expectación entre estos estratos. En los años posteriores, se produjo la masificación del deporte como práctica. Así, a fines del siglo XIX y comienzos del XX surgen los primeros clubes deportivos de origen popular y al interior de las nacientes clases medias.[12]

A partir de la década de 1920, se produjo un avance en materia de desarrollo del deporte nacional. “Las disciplinas que concitaban mayor interés social comenzaron a tener un proceso de profesionalización, dejando de lado el espíritu amateur. En el caso del fútbol, se constituyeron los primeros clubes profesionales, y a comienzos de la década de los treinta, se desarrolló la primera competición de carácter oficial”[13]. Esto también se dio con otras manifestaciones deportivas, tales como, el boxeo, el tenis o el ciclismo.

Con la profesionalización se “consolida la representación social del deporte como un espectáculo de masas, y destinado principalmente a la afición de sectores medios y populares”. No significó la desaparición de la práctica deportiva amateur, ya que ésta se mantuvo a través de diferentes formas de asociacionismo deportivo, tanto en aquellas de carácter exclusivo propias de la elite, como también en diversos clubes situados en el mundo popular y en los sectores medios. Sin embargo, “ambos niveles -el profesional y el amateur- parecen no haber logrado configurar desde entonces mayores lazos institucionales que permitieran la detección y proyección de talentos deportivos hacia niveles competitivos más avanzados”.[14]

Respecto de la labor del Estado, desde principios del siglo XX aparecen enfoques que consideraban al deporte como un medio al servicio de otros fines, tales como, otorgar instancias de esparcimiento a la población. Sólo a partir de la década de los sesenta, el tema comenzó a ser concebido como componente del desarrollo social.

Actualmente, la importancia del deporte y de la actividad física para la calidad de vida y el desarrollo humano de los países, se plasmó en la promulgación de la Ley del deporte y en la definición de una Política Nacional de Deportes y Actividad Física. Esto ha conllevado, asimismo, el incremento sustancial de la inversión pública destinada al área deportiva, la que se ha materializado en el desarrollo de diversos programas y proyectos, ejecutados tanto desde el nivel central de la administración del Estado, como por entidades de nivel local, como Municipios y organizaciones sociales.[15]

2.Ley del Deporte

De acuerdo a la Ley del Deporte, Nº 19.712 del 2001, es “deber del Estado de Chile crear las condiciones necesarias para el ejercicio, fomento, protección y desarrollo de las actividades físicas y deportivas, estableciendo para tal efecto una política nacional del deporte orientada a la consecución de tales objetivos”.[16]

La política considerará planes y programas para las siguientes modalidades: formación del deporte, el deporte Recreativo, de Competición, y de Alto Rendimiento y Proyección Internacional. No existe hoy referencia expresa actualmente en nuestra legislación al deporte amateur.

La formación del deporte dice relación con la “enseñanza y aprendizaje a cargo de profesionales o técnicos especializados vinculados a la actividad física-deportiva, cuyo objetivo es el desarrollo en las personas de aptitudes, habilidades y destrezas necesarias para la práctica de los distintos deportes”.[17]

Respecto del deporte de recreación, la normativa lo define como “las actividades físicas efectuadas en el tiempo libre, con exigencias al alcance de toda persona, de acuerdo a su estado físico y a su edad, y practicadas según reglas de las especialidades deportivas o establecidas de común acuerdo por los participantes, con el fin de propender a mejorar la calidad de vida y la salud de la población, así como fomentar la convivencia familiar y social”.[18]

Por su parte, el deporte de competición apunta a “las prácticas sistemáticas de especialidades deportivas, sujetas a normas y con programación y calendarios de competencias y eventos[19]”, mientras que el de alto rendimiento y proyección internacional, es aquel que implica una práctica sistemática y de alta exigencia en la respectiva especialidad deportiva[20].

La legislación también contempla el deporte adaptado para las personas en situación de discapacidad, como aquella modalidad deportiva que se adecua a este grupo de personas.[21] Cuando éste se desarrolla y practica de forma sistemática, con alta exigencia y bajo el amparo del Comité Paralímpico, se denomina deporte paralímpico.

II.Legislación extranjera

A continuación, se presenta la legislación en Brasil, Canadá, Colombia, Paraguay, Perú y Estados Unidos.

1.Brasil

La Constitución brasilera señala que es deber del Estado fomentar las prácticas deportivas formales y no formales, con un tratamiento diferenciado para el deporte profesional y no profesional.[22]

Por su parte, la Ley 9.615, Ley Pelé, de 1998, la cual establece normas para diversos asuntos referentes a la conducción del deporte en Brasil, señala que éste puede ser reconocido en cualquier de sus manifestaciones. Este puede ser educacional, de participación y de rendimiento. Si bien, la legislación brasileña no habla expresamente de deporte amateur, si se refiere al deporte de participación, el que de acuerdo al concepto dado en la ley apuntaría a lo mismo.

El deporte de participación, es aquel que se practica con el objeto de contribuir a la integración de los practicantes a la plenitud de la vida social, a la promoción de la salud y educación y preservación del medio ambiente.[23]

Por su parte, el de rendimiento, dice relación con aquel que se realiza siguiendo las reglas de la práctica deportiva nacional e internacional, y tiene como objetivo obtener resultados, e integrar personas y comunidades del país y a éstas con las de otras naciones.[24] El deporte de rendimiento puede ser practicado de modo profesional y no profesional. Este último se caracteriza por la libertad de práctica e inexistencia de contrato de trabajo, aunque se permite la posibilidad de recibir patrocinio o incentivos materiales.[25]

2.Canadá

La Ley sobre Actividad Física y Deporte o Physical Activity and Sport Act de 2003, tiene por objeto incentivar, promover y desarrollar la actividad física y el deporte en Canadá.[26]

En su reglamento, se define al deporte amateur como cualquier actividad dedicada exclusivamente a la recreación, el acondicionamiento físico o el placer y no como medio de subsistencia.[27]

3.Colombia

La Ley N° 181 de 1995 contempla disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la Educación Física; al mismo tiempo, crea el Sistema Nacional del Deporte, e instituye distintas formas en las que se desarrolla el deporte, tales como, el deporte formativo, el deporte social comunitario, el deporte universitario, el deporte asociado, el deporte competitivo, el deporte de alto rendimiento, el deporte aficionado, y el deporte profesional.

El deporte aficionado es aquel que no admite pago o indemnización alguna a los jugadores o competidores, salvo el monto de los gastos efectivos ocasionados durante el ejercicio de la actividad deportiva correspondiente.[28]

4.Paraguay

La Constitución paraguaya, consagra la promoción de los deportes, especialmente los de carácter no profesional que estimulen la educación física y la participación nacional en competencias internacionales.[29]

Por su parte, la Ley N° 2874/2006 del Deporte, clasifica el deporte en tres categorías: deporte educacional, de participación y de rendimiento, siendo este último, el que interesa respecto a lo investigado.

El deporte de rendimiento, es aquel que se practica con el fin de “obtener resultados competitivos e integrar personas y comunidades del país, y a éste con otras naciones”.[30] A su vez, se organiza y practica de modo profesional y no profesional. La práctica no profesional, comprende los deportes semiprofesionales que incluye a los atletas cuya remuneración no sea derivada de un contrato de trabajo y a los amateur, que se caracterizan por “la libertad de práctica e inexistencia de cualquier forma de remuneración”.[31]

5.Perú

La Ley N° 29.544 que modifica la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte N° 28.036[32], reconoce que el deporte se desarrolla a través de tres áreas de acción: el deporte para todos, el deporte estudiantil y el deporte de afiliados.

El deporte para todos, “es de carácter promocional, participativo, preventivo para la salud y recreativo. Se desarrolla en cualquier ámbito el país, tal como en las municipalidades, los centros laborales, comunidades campesinas y comunidades nativas”. [33]

Por su parte, el estudiantil, es de carácter formativo y competitivo. A través de éste se desarrolla las aptitudes y habilidades deportivas del educando, y se practica en los centros educativos, universidades, institutos superiores y escuelas militares y policiales.[34]

En tanto, el deporte de afiliados, tiene carácter competitivo y busca el alto rendimiento en las diferentes disciplinas deportivas, a través de las organizaciones deportivas inscritas en los registros públicos, en el Registro Nacional del Deporte, RENADE, y en el organismo base que le corresponde[35].

6.Estados Unidos

Los conceptos de deportista y competencia atlética amateur están definidos en el capítulo 2205 del US Code referente al Comité Olímpico. Así, la sección 220501 define un deportista amateur como un atleta que cumple con los estándares de elegibilidad establecidos por el organismo rector nacional o la organización de deportes paralímpicos para el deporte en el que compite el atleta.[36]

En la misma sección se consignan otros conceptos, tales como:

•competencia atlética amateur, descrita como un concurso, juego, encuentro, partido, torneo, regata u otro evento en el que compitan atletas aficionados.

•Organización deportiva amateur, significa una corporación, asociación u otro grupo sin fines de lucro organizado que patrocina u organiza una competencia atlética amateur.

•competencia atlética internacional amateur, aquella en que hay uno o más atletas que representan a los Estados Unidos, individualmente o en equipo, y uno o más atletas que representan a un país extranjero.

Asimismo, en el capítulo 178 sobre Protección de los Deportes Profesionales y Amateur del US Code, se describe el término de organización deportiva amateur, como aquella persona o entidad gubernamental que auspicia, organiza, agenda o conduce un juego competitivo en el cual uno o más atletas participan o una liga o asociación de personas o entidades gubernamentales.[37]

Conclusiones

Algunas de las legislaciones como Brasil, Colombia, Paraguay y Perú distinguen varios tipos de deporte.

Colombia, Paraguay hacen referencia expresa al deporte amateur aunque con enfoques distintos, ya que mientras en el primero se trata de un deporte aficionado, en el segundo, es un deporte de rendimiento no profesional, pero en ambos casos no recibe remuneración.

En la misma línea, la legislación canadiense, también considera al deporte amateur como cualquier actividad dedicada exclusivamente a la recreación y no como medio de subsistencia.

En Brasil, aun cuando la normativa no hace una referencia expresa al deporte amateur, el deporte de rendimiento tiene algunas similitudes con el deporte de rendimiento en Paraguay, ya que si bien puede ser practicado de modo profesional y no profesional, se caracteriza por la libertad de práctica e inexistencia de contrato de trabajo. No obstante, el deporte de participación también iría en la línea del deporte amateur.

5.- DISCUSION EN GENERAL Y EN PARTICULAR

El artículo único del proyecto de ley establece el día 9 de mayo de cada año como el Día Nacional el Deportista Amateur.

La diputada señorita Santibáñez pidió fijar un plazo para formular indicaciones al proyecto en comento, con el objeto de establecer algunos beneficios en favor de los deportistas aficionados, más allá de dedicar solamente un día a homenajear su actividad.

El diputado señor Ilabaca (presidente) compartió el fondo de lo planteado por la diputada Santibáñez, pero dudó de que tales indicaciones vayan a ser concordantes con la idea matriz de esta iniciativa. Además, tratándose un proyecto de fácil despacho, lo que corresponde es votarlo en general y en particular.

La diputada señora Olivera se manifestó partidaria de aprobar el proyecto en su forma original, pues sería complicado establecer beneficios previsionales o de otro tipo, ya que se debe considerar deportista amateur a toda persona que practique deporte tres veces por semana. En tal sentido, recuerda que el proyecto de su autoría, que la Comisión acordó votar la semana entrante, define lo que debe entenderse por deportistas de proyección internacional, seleccionados de alto nivel y deportistas de alto rendimiento, con el objeto de poder establecer más adelante algunos beneficios y políticas públicas en su favor, quedando a partir de ello definido por defecto el concepto de deportista amateur, respecto del cual podría estudiarse también a futuro la posibilidad de establecer ciertas políticas y beneficios .

Puesto en votación, en general y en particular, en la sesión 36ª, de 8 de enero de 2019, fue aprobado por unanimidad. Votaron las diputadas señoras Maya Fernández y Erika Olivera y Marisela Santibáñez, y los diputados señores Florcita Alarcón, Ricardo Celis, Andrés Celis, Marcos Ilabaca (Presidente de la Comisión) y Jaime Mulet. (8-0-0).

Por las razones señaladas y por los demás argumentos que expondrá oportunamente el señor diputado Informante, esta Comisión recomienda a la Sala aprobar el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.-Establézcase el día 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur.".

6.- ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES.

No hubo.

7.- DIPUTADO INFORMANTE.

Se designó diputado informante al señor Sebastián Keitel Bianchi.

Tratado y acordado en sesión de fecha 8 de enero de 2019, con la asistencia de las señoras Maya Fernández y de las diputadas señoras Maya Fernández, Erika Olivera y Marisela Santibáñez, y de los diputados señores Florcita Alarcón, Ricardo Celis, Andrés Celis, Sebastián Keitel, Marcos Ilabaca (Presidente de la Comisión) y, Jaime Mulet.

Sala de la Comisión, a 5 de marzo de 2019.

HERNAN ALMENDRAS CARRASCO

Abogado Secretario de la Comisión

[1] http://www.deporteregional.com/noticia8050623657deporte-amateur--vs--deporte-profesional.html
[2] https://historiadeldeporte.net/historia-del-deporte-amateur/
[3] DFL 1 29 de julio de 1970 Estatuto de Los Deportistas Profesionales y Trabajadores que Desempeñan Actividades Conexas. Disponible: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=3376
[4] Este trabajo es de autoría de la señora Marcela Cáceres Lara investigadora de Políticas Sociales del Departamento de Asesoría Técnica Parlamentaria de la Biblioteca del Congreso Nacional.
[5] Ministerio del Deporte. Encuesta Nacional de Actividad Física y Deporte en Población de 18 Años y Más. Disponible en: http://www.mindep.cl/encuesta-actividad-fisica-y-deporte-2018/
[6] Ibíd.
[7] Rodríguez Plácido. Economía del Deporte. Estudios de Economía Aplicada. Vol. 30-2 2012. Disponible en: https://www.redalyc.org/pdf/301/30124481001.pdf
[8] No obstante la Asociación de Gimnasia y la Asociación de Patinaje Artístico de los Estados Unidos permiten que los atletas miembros patrocinen productos comerciales siempre y cuando el dinero ganado sea puesto en fideicomiso.
[9] US Legal. Amateur vs professional athletes. Disponible en: https://education.uslegal.com/amateur-athletics/amateur-vs-professional-athletes/
[10] Sportshealth. Deporte profesional vs aficionado. Disponible en: http://www.sportsandhealth.com.pa/deportes/deporte-profesional-vs-aficionado/
[11] Sandoval Pablo y García Iñigo. Cultura deportiva en Chile: desarrollo histórico institucionalidad actual e implicancias para la política pública. Polis Revista Latinoamericana Volumen 13 Nº 39 2014. Disponible en: https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-65682014000300020
[12] Ibíd.
[13] Ibíd.
[14] Ibíd.
[15] Ibíd.
[16] Ley del Deporte Nª Nº 19.712. Artículo 2. Disponible en: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=181636#amateur0
[17] Ibíd. Artículo 5.
[18] Ibíd. Artículo 6.
[19] Ibíd. Artículo 7.
[20] Ibíd. Artículo 8.
[21] Ibíd. Artículo 2 bis.
[22] World Intellectual Property Organization. Constitución Política de 1988 de la República Federativa de Brasil. Artículo 217. Disponible: https://www.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/es/br/br117es.pdf
[23] Senado Federal. Legislacao Deportiva. Lei N° 9.615. Artículo 3. Disponible en: https://www2.senado.leg.br/bdsf/bitstream/handle/id/496482/Legislacao_Desportiva_4_Edicao.pdf?sequence=1
[24] Ibíd.
[25] Ibíd.
[26] Government of Canada. Physical Activity And Sport Act SC 2003. Disponible en: https://laws-lois.justice.gc.ca/eng/acts/P-13.4/page-1.html#h-1
[27] Fitness and Amateur Sport Regulations C.R.C. c. 868 de la Physical Activity And Sport Act. Disponible en: https://laws-lois.justice.gc.ca/eng/regulations/C.R.C._c._868/page-1.html
[28] Ley 181 de 1995 Artículo 16. Disponible en: https://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-85919_archivo_pdf.pdf
[29] Biblioteca Archivo Central del Congreso de la Nación. Constitución República de Paraguay. Artículo 84. Disponible en: http://www.bacn.gov.py/CONSTITUCION_ORIGINAL_FIRMADA.pdf
[30] Secretaría Nacional de Deporte. Ley n° 2874/2006 del Deporte. Artículo 2. Disponible en: http://www.snd.gov.py/application/files/2214/5337/7127/Ley_del_Deporte_2874-06.pdf
[31] Ibíd.
[32] Congreso de la República de Perú. Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte Nª 28.036. Disponible en: http://www4.congreso.gob.pe/comisiones/2005/juventud/Ley_promocion_%20y_desarrollo_del_deporte.pdf
[33] Ibíd. Artículo 34.
[34] Ibíd. Artículo 35.
[35] Ley 29.544 que modifica artículos de la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte Nª 28.036. Artículo 36. Disponible en: http://sistemas.ipd.gob.pe:8190/secgral/Resoluciones/Archivo/ley/ley_29544.pdf
[36] US House of Representatives. 36 U.S. Code § 220501. Short title and definitions. Disponible en: http://uscode.house.gov/view.xhtml?path=/prelim@title36/subtitle2/partB/chapter2205&edition=prelim
[37] US Code. Sección 3701. Disponible en: http://uscode.house.gov/view.xhtml?path=/prelim@title28/part6/chapter178&edition=prelim

1.3. Discusión en Sala

Fecha 12 de septiembre, 2019. Diario de Sesión en Sesión 75. Legislatura 367. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

ESTABLECIMIENTO DEL 9 DE MAYO COMO DÍA NACIONAL DEL DEPORTISTA AMATEUR (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 11742-29)

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

En la tabla de Fácil Despacho, corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que establece el 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur.

De conformidad con los acuerdos adoptados por los Comités Parlamentarios para la discusión de este proyecto, se otorgarán cinco minutos al diputado informante, luego cinco minutos para hablar a favor y otros cinco minutos para intervenir en contra. Si no hubiere diputados para hablar en contra de la iniciativa, se sumarán esos cinco minutos a quienes deseen hablar a favor. En todo caso, los discursos no podrán superar los dos minutos y treinta segundos si el tiempo fuera distribuido.

Diputado informante de la Comisión de Deportes y Recreación es el señor Sebastián Keitel .

Antecedentes:

-Moción, sesión 23ª de la legislatura 366ª, en miércoles 26 de mayo de 2018. Documentos de la Cuenta N° 8.

-Informe de la Comisión de Deportes y Recreación, sesión 6ª de la presente legislatura, en miércoles 20 de marzo de 2019. Documentos de la Cuenta N° 10.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor KEITEL (de pie).-

Señor Presidente, en representación de la Comisión de Deportes y Recreación, paso a informar, en primer trámite constitucional y reglamentario, sobre el proyecto de ley que establece el 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur, iniciado en una moción de los diputados Andrés Celis , Cristhian Moreira , Pablo Prieto , Rolando Rentería , Marisela Santibáñez y de quien informa, Sebastián Keitel .

La idea central de esta iniciativa es establecer el 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur como un reconocimiento público a una práctica que ha sido la forma de inicio de todos los deportes profesionales que hoy se practican en el mundo y que nacieron como una práctica en el tiempo de ocio para una satisfacción personal o una forma de integración a la vida social, a la promoción de la salud y a la educación.

Los autores de la iniciativa señalan que, modernamente, el deporte ha adquirido un nuevo enfoque, por cuanto sirve al cuerpo y a la mente, y que se ha producido una valoración práctica y profesional que ha venido a constituir un modo de ser.

Sus inicios se remontan a fines del siglo XIX, cuando algunos deportes empiezan a profesionalizarse, elaborando reglamentos, unificando criterios y provocando cada vez más la atención de empresarios que empezaron a ver el deporte como un negocio.

El término “amateur” es un préstamo lingüístico tomado del francés, que se utiliza para referirse a un aficionado en cualquier área del conocimiento o actividad. También se le dice “amateur” a la persona que está iniciando algo; no guarda ninguna relación con el nivel de capacitación, sino con la motivación con que se realiza. Para la comunidad el deportista profesional es aquel que representa al país en destacados encuentros internacionales, el que figura en los medios de comunicación por sus méritos y sus resultados.

En el derecho comparado, el deporte amateur es aquel que se realiza en el tiempo de ocio, individualmente o en grupo, por satisfacción personal o por relaciones sociales de carácter esporádico. Su diferencia con el que se practica a nivel profesional radica en que este último conlleva una serie de prestaciones y obligaciones distintas del deporte amateur, tales como la existencia de un contrato de trabajo, además de tratarse de una actividad remunerada.

En Chile, el artículo 1º del Estatuto de los Deportistas Profesionales y Trabajadores que Desempeñan Actividades Conexas -norma que data de 1970- concibe a los deportistas profesionales como aquellas personas que practican de forma competitiva y habitual una especialidad deportiva basándose en sus aptitudes físicas e intelectuales, a la vez que reciben a cambio una remuneración o recompensa en dinero u otro medio, lo que es corroborado por los artículos 5° y 7° del mismo cuerpo legal. Además, existe el Día Internacional del Deporte para el Desarrollo y la Paz, que se conmemora cada 6 de abril; sin embargo, no es menos cierto que, siendo una fecha en que se festeja la actividad deportiva en términos generales, no hace del todo honor a aquellas personas que practican el deporte amateur, que enaltecen y promueven a Chile en sus diferentes disciplinas deportivas.

A partir de 1920, se produjo un avance en materia de desarrollo del deporte nacional. Las disciplinas que concitaban mayor interés social comenzaron a tener un proceso de profesionalización, dejando a un lado el espíritu amateur. En el caso del fútbol, se constituyeron los primeros clubes profesionales y a comienzos de la década de los 30 se desarrolló la primera competición de carácter oficial. Esto también se dio en otras manifestaciones deportivas, tales como el boxeo, el tenis y el ciclismo.

Respecto de la labor del Estado, desde principios del siglo XX aparecen enfoques que consideraban al deporte como un medio al servicio de otros fines, tales como otorgar instancias de esparcimiento a la población. Solo a partir de la década de los 70 el tema comenzó a ser concebido como componente del desarrollo social.

Actualmente, la importancia del deporte y de la actividad física para la calidad de vida y el desarrollo humano de los países se plasmó en la promulgación de la Ley del Deporte y en la definición de la Política Nacional de Actividad Física y Deporte. Asimismo, esto ha conllevado el incremento sustancial de la inversión pública destinada al área deportiva, lo que se ha materializado en el desarrollo de diversos programas y proyectos ejecutados, tanto desde el nivel central de la administración del Estado como por entidades de nivel local, como municipios y organizaciones sociales.

De acuerdo con el artículo 2° de la ley Nº 19.712, de 2001, del Deporte, “Es deber del Estado crear las condiciones necesarias para el ejercicio, fomento, protección y desarrollo de las actividades físicas y deportivas, estableciendo al efecto una política nacional del deporte orientada a la consecución de tales objetivos.”.

Según el artículo 4°, “La política nacional del deporte considerará planes y programas para las siguientes modalidades, tanto en su versión convencional como adaptado:

a)Formación para el Deporte;

b)Deporte Recreativo;

c)Deporte de Competición, y

d)Deporte de Alto Rendimiento y Proyección Internacional.”.

Actualmente, en nuestra legislación no existe referencia expresa al deporte amateur.

Respecto del deporte recreativo, la normativa lo define como “las actividades físicas efectuadas en el tiempo libre, con exigencias al alcance de toda persona, de acuerdo a su estado físico y a su edad, y practicadas según reglas de las especialidades deportivas o establecidas de común acuerdo por los participantes, con el fin de propender a mejorar la calidad de vida y la salud de la población, así como a fomentar la convivencia familiar y social.

De acuerdo con los resultados obtenidos de la Encuesta Nacional de Actividad Física y Deporte en Población de 18 años y más, realizada en 2018 en Chile, ocho de cada diez personas no realizan actividades físicas ni deportivas en Chile. No obstante, los niveles de inactividad física han disminuido desde 2006 de 87,2 por ciento de inactivos a 81,3 por ciento, que es la cifra aproximada actual.

La encuesta también refleja que la práctica de un deporte o actividad física, como trotar, nadar, andar en bicicleta o ir al gimnasio, es mayor en los segmentos etarios más jóvenes: 19 por ciento en el rango de entre 18 a 29 años, y 17,8 por ciento en el de entre 30 a 39 años. Los hombres son los que destinan mayor cantidad de tiempo a la práctica deportiva en el país.

Por las razones expresadas, la comisión aprobó por unanimidad este proyecto y abriga el anhelo de que la Sala lo apruebe en los mismos términos.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

En discusión el proyecto.

Dado que hay cuatro parlamentarios inscritos para hablar a favor del proyecto, los discursos no podrán exceder los dos minutos y medio cada uno.

Tiene la palabra el diputado Jaime Naranjo .

El señor NARANJO.-

Señor Presidente, si bien voy a apoyar esta iniciativa, pues me parece bien impulsarla, creo que muchas veces nos quedamos en los títulos y en el establecimiento de días, pero no se genera nada complementario a ello. Evidentemente, si bien es una señal positiva reconocer a todas las personas que practican deporte amateur, no vemos que las autoridades y el Ministerio del Deporte impulsen una política en beneficio del deporte amateur.

Ojalá que este proyecto sirva de estímulo para que el Ministerio del Deporte impulse con fuerza una política en favor del deportista amateur. Porque, además, damos señales contradictorias: estamos eliminando la asignatura de Educación Física, la cual puede servir como estímulo e incentivo para que los alumnos posteriormente desarrollen un deporte amateur.

Tenemos el serio problema, como muy bien se señaló en el informe, de que de cada diez personas, ocho no practican deporte. También tenemos el problema de la obesidad. En fin, hay un conjunto de acciones que es necesario impulsar para que el deporte amateur no solo sea reconocido mediante el establecimiento de un día, como lo propone el proyecto, sino que también vaya acompañado de otro tipo de acciones en su favor.

Hace algún tiempo esta Sala aprobó un proyecto de resolución mediante el cual se solicitaba la creación de un seguro de accidentes en favor del deporte amateur, de manera que aquellas personas que practicaran un deporte amateur estuvieran aseguradas ante la eventualidad de que les ocurriera algún accidente menor. Hoy, si ese accidente ocurre, los deportistas tienen que financiar de su propio bolsillo el tratamiento ante cualquier lesión sufrida. Perfectamente se podría impulsar desde el Ministerio del Deporte -lo he conversado en más de una ocasión con la ministra del Deporte- la creación de un seguro para el deportista amateur. De esa forma podremos hacer realidad y carne que estamos a favor del deporte amateur.

Espero que no nos quedemos solo en establecer un día, sino que impulsemos políticas públicas en favor del deporte amateur.

He dicho.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Rolando Rentería Moller .

El señor RENTERÍA.-

Señor Presidente, esperamos que el establecimiento de este día incentive a todos los municipios y especialmente al gobierno a desarrollar actividades en todo Chile, de modo que mejoren las condiciones de vida que tenemos como chilenos.

El proyecto de ley que establece el día 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur nos parece una iniciativa positiva, que no solo reconoce a clubes que desarrollan distintas disciplinas deportivas de forma no profesional, sino que también valora a quienes desarrollan deporte en forma anónima y a las personas que colaboran en su organización.

Sabemos que Chile cuenta con grandes deportistas a nivel profesional. Sin embargo, se hace necesario reconocer a todo aquel que hace deporte y seguir incentivando al que practica alguna actividad física.

El deporte tiene un rol fundamental en toda sociedad. El hábito de practicarlo, teniendo una vida ligada a él, trae como consecuencia solucionar tantos problemas que hoy en día nos aquejan. Es de público conocimiento que ciencias como la criminología, la psiquiatría y la medicina aconsejan llevar una vida sana ligada al deporte, lo cual resulta de toda lógica, ya que practicar deporte contribuye objetivamente a prevenir y disminuir delitos en menores, adolescentes y adultos, ayuda en la prevención y rehabilitación del consumo de droga y alcohol, y ayuda a las personas en su felicidad y a rendir mejor en sus trabajos, por nombrar algunos entre tantos otros beneficios.

El deporte amateur necesita mayor infraestructura y lugares donde practicarlo. Si bien en los últimos años se han incrementado lugares públicos para realizar deportes, tales como parques y canchas, todavía siguen faltando recursos y eficiencia en el manejo de los mismos, y políticas públicas e incentivos para mejorar nuestro deporte amateur.

Quiero mencionar un hecho que ocurre en varias comunas de nuestro país: en horario diurno se mantienen cerradas las puertas de los estadios y gimnasios durante la semana, lo que impide a las personas hacer deporte.

Quiero destacar a todos los clubes y deportistas amateur de la Región del Maule, que represento, deportistas que han mejorado la calidad de vida de nuestra región.

He dicho.

-Manifestaciones en la Sala.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Pido orden en la Sala.

Por un punto de Reglamento, tiene la palabra el diputado Ricardo Celis Araya .

El señor CELIS (don Ricardo).-

Señor Presidente, no me parece correcto que libros que son de los diputados sean tomados de la mesa donde fueron dispuestos y repartidos en forma arbitraria.

-Manifestaciones en la Sala.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Señores diputados, yo entiendo la necesidad de hacer un punto en un sentido u otro, pero les ruego que evitemos manifestaciones en la Sala. Estamos en la discusión de un proyecto que, me imagino, interesa a todos. Tiene la palabra el diputado Sebastián Keitel .

El señor KEITEL.-

Señor Presidente, quiero partir explicando que, según mi punto de vista, existen dos tipos de deportistas amateur: por una parte, están los competitivos, y por otra, los del área recreativa. Quiero enfocar mi intervención en el deportista amateur competitivo.

Todos conocen a deportistas como Felipe Peñaloza , Marco Grimalt , Tomás González , Kristel Kobrich y María Fernanda Valdés , entre otros; todos ellos medallistas panamericanos que nos hicieron vibrar con sus logros; todos ellos esforzados y dedicados en sus disciplinas, y todos ellos deportistas amateur. No me malentiendan. No son amateur porque lleven poco tiempo compitiendo, porque sean jóvenes o porque no sean destacados. Son amateur porque, a pesar de que en algunos casos logran tener algún contrato publicitario y consiguen recibir recursos, ello no los hace ser parte del mundo de los deportistas profesionales. Sin embargo, su dedicación, esfuerzo y perseverancia en lo que hacen día a día es realmente muy profesional, desde que entran hasta que salen de sus recintos deportivos...

-Manifestaciones en la Sala.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Pido silencio a la Sala. Está interviniendo el diputado Keitel .

(Manifestaciones en la Sala)

Diputado Jackson , diputada Rojas , diputado García , está interviniendo el diputado Sebastián Keitel . Los llamo al orden. Les ruego tomar asiento, por favor.

Para no tener que tomar otras medidas, les pido que cuando esté interviniendo un parlamentario le den el tiempo y la libertad de hacerlo.

Continúa con el uso de la palabra el diputado Sebastián Keitel .

El señor KEITEL.-

Señor Presidente, lamento mucho que se generen este tipo de actitudes al interior de la Sala, especialmente cuando se trata de proyectos que para muchos son muy poco importantes, como este, relativo al deporte. Ayer los veía a todos aplaudiendo muy animadamente.

Esta es la lamentable realidad de nuestro país: la gran mayoría de los deportistas chilenos no tienen contrato de trabajo, pago de cotizaciones y un seguro de salud.

En mis más de veinte años de carrera nunca tuve un contrato. Conviví, al igual que muchos, con la informalidad que nuestra pasión nos impone.

Esta realidad es invisible para muchos, tal como la constancia, la dedicación y el trabajo diario que realizan nuestros deportistas. Son pocos o a veces nulos los reconocimientos para los deportistas no solo en Chile, sino también a nivel mundial.

En Chile tenemos el día del deporte, donde se reconocen las bondades de la actividad física, pero no tenemos una fecha para recordar y distinguir a nuestros deportistas.

Hace dos semanas…

Señor Presidente, ¿me puede conceder un poco más de tiempo?

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Nosotros no suspendimos el tiempo.

Con la venia de la Sala, le damos un minuto.

Puede continuar por un minuto, diputado.

El señor KEITEL.-

Hace dos semanas y ayer homenajeamos en la Cámara de Diputados a los deportistas que compitieron en los Juegos Panamericanos y en los Juegos Parapanamericanos, respectivamente. Todos celebramos sus logros como si fueran nuestros, aplaudimos a rabiar sus hazañas, y nos enorgulleció ver nuestra bandera flameando en el podio.

Por eso, me pregunto por qué no les hacemos un reconocimiento cada año, sin importar si hay un mundial o si se llevan a cabo los Panamericanos o los Juegos Olímpicos. Establezcamos un reconocimiento, para que los deportistas tengamos nuestro propio día, y que este sea el 9 de mayo de cada año.

Al igual como tenemos efemérides de diversa índole, me parece necesario resaltar este día para nuestros deportistas. No podemos olvidarnos de los grandes exponentes nacionales que dedican su vida a llevar a Chile a lo más alto.

Por eso, invito a la Sala a votar a favor este proyecto, en especial por todos los deportistas amateurs del país.

He dicho.

-Aplausos.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Érika Olivera .

La señora OLIVERA (doña Érika).-

Señor Presidente, la verdad es que cuando hablamos de deporte en nuestro país, mis colegas me preguntan qué es el deporte amateur. Yo creo que hoy en Chile todo el deporte, excepto el fútbol, el tenis y el básquetbol, es considerado deporte amateur. ¿Por qué? Simplemente por lo que relataba el diputado Keitel . En Chile, los deportistas no son reconocidos como profesionales, no cuentan con contrato de trabajo ni con previsión de salud.

Por lo tanto, mientras se mantengan en esa línea, vamos a seguir considerando al deporte como una actividad amateur, a pesar de que muchos ya son profesionales en el área.

Solo me resta decir que apoyamos este proyecto. La verdad es que es superimportante dar estas señales, aunque algunos en este hemiciclo no entiendan la importancia y el sentido del deporte en la vida de las personas, o lo que significa para los deportistas ser reconocidos.

Acabamos de ver acá cómo se armó un show. Es lamentable, cuando algunos parlamentarios estamos intentando dar a entender qué significa el deporte, no tener la atención de todos como sucede con otros proyectos.

Simplemente quiero llamar a la Cámara a apoyar el deporte, a apoyar el día 9 de mayo, como dice el proyecto, y considerarlo como el Día Nacional del Deportista Amateur.

He dicho.

-Aplausos.

El señor AUTH (Vicepresidente).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

La señora CARVAJAL, doña M.a Loreto (Vicepresidenta).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que establece el día 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur.

Hago presente a la Sala que el proyecto trata materias propias de ley simple o común. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 125 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Durán Espinoza , Jorge Macaya Danús , Javier Rojas Valderrama , Camila Alessandri Vergara , Jorge Durán Salinas , Eduardo Marzán Pinto , Carolina Romero Sáez , Leonidas Alinco Bustos , René Fernández Allende , Maya Matta Aragay , Manuel Saavedra Chandía , Gastón Álvarez Ramírez , Sebastián Flores García, Iván Melero Abaroa , Patricio Sabat Fernández , Marcela Álvarez Vera , Jenny Flores Oporto , Camila Mellado Suazo , Miguel Saffirio Espinoza , René Alvarez-Salamanca Ramírez , Pedro Pablo Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Meza Moncada , Fernando Santana Castillo, Juan Amar Mancilla , Sandra Galleguillos Castillo , Ramón Mirosevic Verdugo , Vlado Santana Tirachini , Alejandro Ascencio Mansilla , Gabriel García García, René Manuel Mix Jiménez , Claudia Santibáñez Novoa , Marisela Auth Stewart , Pepe Garín González , Renato Molina Magofke , Andrés Sauerbaum Muñoz , Frank Baltolu Rasera , Nino González Gatica , Félix Monsalve Benavides , Manuel Schalper Sepúlveda , Diego Barrera Moreno , Boris González Torres , Rodrigo Morales Muñoz , Celso Schilling Rodríguez , Marcelo Barros Montero , Ramón Hernández Hernán-dez , Javier Moreira Barros , Cristhian Sepúlveda Orbenes , Alejandra Bellolio Avaria , Jaime Hernando Pérez , Marcela Muñoz González , Francesca Sepúlveda Soto , Alexis Berger Fett , Bernardo Hertz Cádiz , Carmen Naranjo Ortiz , Jaime Silber Romo , Gabriel Bernales Maldonado , Alejandro Hirsch Goldschmidt , Tomás Noman Garrido , Nicolás Soto Mardones , Raúl Bobadilla Muñoz , Sergio Hoffmann Opazo , María José Norambuena Farías, Iván Teillier Del Valle, Guillermo Boric Font , Gabriel Ibáñez Cotroneo , Diego Núñez Arancibia , Daniel Tohá González , Jaime Calisto Águila , Miguel Ángel Jackson Drago , Giorgio Núñez Urrutia , Paulina Torrealba Alvarado , Sebastián Cariola Oliva , Karol Jarpa Wevar , Carlos Abel Nuyado Anca-pichún , Emilia Torres Jeldes , Víctor Carter Fernández , Álvaro Jiles Moreno , Pamela Olivera De La Fuente , Erika Trisotti Martínez , Renzo Carvajal Ambiado , Loreto Jürgensen Rundshagen , Harry Ortiz Novoa, José Miguel Troncoso Hellman , Virginia Castillo Muñoz , Natalia Kast Sommerhoff , Pablo Ossandón Irarrázabal , Ximena Undurraga Gazitúa , Francisco Castro Bascuñán, José Miguel Keitel Bianchi , Sebastián Parra Sauterel , Andrea Urrutia Soto , Osvaldo Castro González, Juan Luis Kort Garriga , Issa Pérez Arriagada , José Urruticoechea Ríos , Cristóbal Celis Araya , Ricardo Kuschel Silva , Carlos Pérez Lahsen , Leopoldo Vallejo Dowling , Camila Cicardini Milla , Daniella Labra Sepúlveda , Amaro Pérez Salinas , Catalina Van Rysselberghe Herrera , Enrique Coloma Álamos, Juan Antonio Lavín León , Joaquín Ramírez Diez , Guillermo Venegas Cárdenas , Mario Crispi Serrano , Miguel Leiva Carvajal , Raúl Rathgeb Schifferli , Jorge Verdessi Belemmi , Daniel Cruz-Coke Carvallo , Luciano Leuquén Uribe , Aracely Rentería Moller , Rolando Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Del Real Mihovilovic , Catalina Longton Herrera , Andrés Rey Martínez, Hugo Walker Prieto , Matías Desbordes Jiménez , Mario Luck Urban , Karin Rocafull López , Luis Winter Etcheberry , Gonzalo Díaz Díaz, Marcelo

El señor FLORES, don Iván (Presidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda aprobado también en particular.

Despachado el proyecto al Senado.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 12 de septiembre, 2019. Oficio en Sesión 49. Legislatura 367.

VALPARAÍSO, 12 de septiembre de 2019

Oficio Nº 15.004

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Tengo a honra comunicar a V.E que, con motivo de la moción, informe y demás antecedentes que se adjuntan, la Cámara de Diputados ha aprobado el proyecto de ley que establece el día 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur, correspondiente al boletín N° 11.742-29, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Establécese el 9 de mayo de cada año como el “Día Nacional del Deportista Amateur”.”.

*****

Dios guarde a V.E.

IVÁN FLORES GARCÍA

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Cultura

Senado. Fecha 09 de junio, 2023. Informe de Comisión de Cultura en Sesión 29. Legislatura 371.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE CULTURA, PATRIMONIO, ARTES, DEPORTES Y RECREACIÓN recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece el día 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur

BOLETÍN N° 11.742-29

Objetivo / Constancias / Normas de Quórum Especial (no tiene) / Consulta Excma. Corte Suprema (no hubo) / Asistencia / Antecedentes de Hecho / Aspectos Centrales del Debate / Discusión en General y en Particular / Votación en General y en Particular / Texto / Acordado / Resumen Ejecutivo

HONORABLE SENADO:

La Comisión de Cultura, Patrimonio, Artes, Deportes y Recreación tiene el honor de informar el proyecto de ley de la referencia, iniciado en moción del exdiputado y actual Honorable Senador señor Keitel; los Honorables Diputados señora Santibáñez, y señores Celis y Moreira; y los exdiputados señores Prieto y Rentería.

Se hace presente que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, por tratarse de una iniciativa de artículo único, la Comisión la discutió en general y en particular y acordó, unánimemente, proponer a la Sala que sea considerada del mismo modo. Se deja constancia, asimismo, de que la propuesta legal resultó aprobada por la unanimidad de sus integrantes presentes (4x0).

- - -

OBJETIVO DEL PROYECTO

Declarar el 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur.

- - -

CONSTANCIAS

- Normas de quórum especial: No tiene.

- Consulta a la Excma. Corte Suprema: No hubo.

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ASISTENCIA

- Representantes del Ejecutivo e invitados: el abogado de la División Jurídica del Ministerio del Deporte, señor Hugo Castelli.

- Otros:

De la Biblioteca del Congreso Nacional, la Asesora Técnica, señora Marcela Cáceres.

Asesores parlamentarios: del Honorable Senador señor De Urresti, señora Fernanda Valencia; del Honorable Senador señor Keitel, señora Camila Muñoz; y del Honorable Senador señor Lagos, señora Valeska Ponce.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se ha tenido en consideración la moción del exdiputado y actual Honorable Senador señor Keitel; los Honorables Diputados señora Santibáñez, y señores Celis y Moreira; y los exdiputados señores Prieto y Rentería.

- - -

ASPECTOS CENTRALES DEL DEBATE

El estudio de la iniciativa se enfocó en la importancia de la actividad deportiva amateur para el desarrollo de las diferentes disciplinas que se practican en el país.

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DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR[1]

A.- Debate en la Comisión

El Honorable Senador señor Keitel -uno de los autores de la iniciativa- señaló que cada 6 de abril se celebra el Día Internacional del Deporte para el Desarrollo y la Paz, y en ese contexto, se realizan algunas actividades por parte del Instituto Nacional de Deportes de Chile (IND) y el Ministerio del ramo. Sin embargo, consignó que no existe una fecha en que se reconozca a los deportistas amateur de Chile, que son aquellos que no reciben una remuneración por practicar sus respectivas disciplinas y que constituyen el 95% del total de los deportistas nacionales.

A su juicio, resulta importante conmemorar el aporte que realizan estas personas, algunas de las cuales incluso representan al país en competencias internacionales. En ese sentido, lamentó que los deportistas aficionados sean reconocidos únicamente cuando ganan medallas y que, por el contrario, sean criticados cuando no obtienen los resultados esperados.

En lo tocante a la fecha propuesta, puntualizó que se intentó buscar alguna que no estuviera relacionada con la celebración de otro acontecimiento o actividad.

A su turno, el Honorable Senador señor Lagos anunció su respaldo a la iniciativa e hizo un llamado a relevar esta conmemoración, impulsando actividades afines, tal como ocurre con otras celebraciones, como el Día Mundial del Océano, que fue establecido en virtud de la ley N° 21.022.

Por su parte, el Honorable Senador señor De Urresti coincidió con quien le antecedió en el uso de la palabra, manifestando que las ceremonias que acompañan estas fechas permiten difundir entre la ciudadanía la relevancia de ciertas materias. Dado que los parlamentarios no poseen atribuciones para disponer que el Ministerio del Deporte ejecute acciones en esa línea, indicó que cobran importancia las gestiones que esta Comisión pueda realizar ante la Cartera del ramo para impulsar actividades, y también la capacidad de la sociedad civil para organizar eventos.

B.-Votación en general y en particular

- Puesto en votación el proyecto de ley, en general y en particular, fue aprobado por la unanimidad de los integrantes presentes de la Comisión, Honorables Senadores señores De Urresti, Galilea, Keitel y Lagos.

- - -

TEXTO DEL PROYECTO

A continuación, y de conformidad al acuerdo transcrito, la Comisión de Cultura, Patrimonio, Artes, Deportes y Recreación propone aprobar, en general y en particular, en los mismos términos, el texto del proyecto de ley despachado por la Cámara de Diputados, que es del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Establécese el 9 de mayo de cada año como el “Día Nacional del Deportista Amateur”.”.

- - -

ACORDADO

Tratado y acordado en sesión celebrada el día 7 de junio de 2023, con la asistencia de los Honorables Senadores señores Alfonso De Urresti Longton (Presidente), Rodrigo Galilea Vial, Sebastián Keitel Bianchi y Ricardo Lagos Weber.

Sala de la Comisión, a 9 de junio de 2023.

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE CULTURA, PATRIMONIO, ARTES, DEPORTES Y RECREACIÓN RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE ESTABLECE EL DÍA 9 DE MAYO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DEL DEPORTISTA AMATEUR (BOLETÍN N° 11.742-29)

I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Declarar el 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur.

II. ACUERDOS: Aprobado en general y en particular por unanimidad (4x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: Consta de un artículo único.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: No tiene.

V. URGENCIA: No tiene.

VI. ORIGEN E INICIATIVA: Cámara de Diputados. Moción del exdiputado y actual Honorable Senador señor Keitel; los Honorables Diputados señora Santibáñez, y señores Celis y Moreira; y los exdiputados señores Prieto y Rentería.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: Segundo.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: Aprobación en general y en particular, a la vez, por unanimidad (125x0).

IX. INICIO DE LA TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 24 de septiembre de 2019.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: Primer informe, en general y en particular.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: No hay.

Valparaíso, a 9 de junio de 2023.

[1] A continuación figura el link de la sesión transmitida por TV Senado que la Comisión dedicó al estudio del proyecto el día 7 de junio de 2023: https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/cultura-patrimonio-artes-deporte-y-recreacion/comision-de-cultura-patrimonio-artes-deportes-y/2023-06-06/145259.html

2.2. Discusión en Sala

Fecha 14 de junio, 2023. Diario de Sesión en Sesión 30. Legislatura 371. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

ESTABLECIMIENTO DE 9 DE MAYO COMO DÍA NACIONAL DEL DEPORTISTA AMATEUR

La señora EBENSPERGER ( Presidenta accidental ).-

Señor Secretario , pasamos al tercer proyecto del Orden del Día.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, señora Presidenta .

La señora Presidenta pone en discusión el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece el 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur, iniciativa correspondiente al boletín N° 11.742-29.

--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletín 11.742-29) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Este proyecto de ley, tal como su denominación lo indica, tiene por objeto declarar el 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur.

La Comisión de Cultura, Patrimonio, Artes, Deportes y Recreación hace presente que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, discutió este proyecto de ley en general y en particular, por tratarse de una iniciativa de artículo único, y acordó unánimemente proponer a la Sala que sea considerado del mismo modo.

La referida Comisión deja constancia además de que aprobó en general y en particular la iniciativa de ley por la unanimidad de sus integrantes presentes, Honorables Senadores señores De Urresti, Galilea, Keitel y Lagos, en los mismos términos en que fuera despachada por la Cámara de Diputados.

El texto que se propone aprobar se transcribe en la página 4 del informe de la Comisión de Cultura, Patrimonio, Artes, Deportes y Recreación que Sus Señorías tienen a su disposición.

Es todo, señora Presidenta.

La señora EBENSPERGER ( Presidenta accidental ).-

Gracias, señor Secretario .

Tiene la palabra el Senador De Urresti para rendir el informe de la Comisión.

El señor DE URRESTI.-

Gracias, Presidenta.

Este es un proyecto que se inició en una moción del ex Diputado y actual Senador señor Keitel , de los Diputados señora Santibáñez y señores Celis y Moreira y de los ex Diputados señores Prieto y Rentería .

El estudio de la iniciativa se enfocó en la importancia de la actividad deportiva amateur para el desarrollo de las diferentes disciplinas que se practican en el país y para la vida en sociedad. En este sentido, el Senador Keitel -reitero: uno de los autores de la iniciativa- señaló que cada 6 de abril se celebra el Día Internacional del Deporte para el Desarrollo y la Paz, y, en ese contexto, se realizan algunas actividades por parte del Instituto Nacional de Deportes y del Ministerio del ramo. Sin embargo, consignó que no existía una fecha en que se reconociera a los deportistas amateur o aficionados en nuestro país, que son precisamente aquellos que no reciben una remuneración por practicar sus respectivas disciplinas y que constituyen el 95 por ciento del total de los deportistas nacionales.

En lo tocante a la fecha, puntualizó que se intentó buscar alguna que no estuviera relacionada con la celebración de otro acontecimiento y se consignó, precisamente, la que aquí se propone: el 9 de mayo de cada año.

En tal sentido, existió consenso unánime en la Comisión de que resulta importante conmemorar el aporte que realizan estas personas, algunas de las cuales incluso representan al país en competencias internacionales.

De la misma manera, se relevó el hecho de que esta conmemoración, como sucede con otros casos, permitirá, sin lugar a duda, impulsar actividades afines y difundir entre la ciudadanía la relevancia de ciertas materias, ya sea a través de la Cartera del ramo o de la sociedad civil, según corresponda.

Por eso, la Comisión ha resuelto de manera unánime apoyar esta iniciativa y someterla a consideración de la Sala.

He dicho, señora Presidenta.

El señor MOREIRA.-

¡Qué rapidez!

La señora EBENSPERGER (Presidenta accidental).-

Muchas gracias, Senador De Urresti, por el informe de la Comisión.

Tiene la palabra el Senador José Miguel Durana.

El señor DURANA.-

Gracias, Presidenta .

El resaltar el deporte amateur es un deber que tenemos como legisladores, dados sus efectos positivos en la salud de la población, sobre todo en regiones, donde la práctica deportiva con carácter profesional solo está reducida al fútbol.

La falta de actividad física de nuestra población es un problema que debe abordarse a través de una política pública coherente.

Los resultados de la Encuesta Nacional de Hábitos de Actividad Física y Deporte en la población de más de dieciocho años de edad, emanada del Ministerio del Deporte, nos muestran que el 66,2 por ciento de la población nos declaramos inactivos, frente a un 15,1 que practica deportes con mediana regularidad y a solo un 18,7 por ciento que manifiesta practicar deporte de manera activa. En resumen, siete de cada diez chilenos no realiza actividad deportiva desde hace más de dos años.

Estas cifras son aún más preocupantes si se analizan los efectos que tiene el hecho de que solo uno de cada diez niños, niñas y jóvenes de entre cinco y diecisiete años logra alcanzar las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud en cuanto a la regularidad de la práctica deportiva.

La misma Organización Mundial de la Salud ha observado que la inactividad física es el cuarto factor de riesgo en la mortalidad mundial y es el gran causante de cáncer de mama (21 por ciento), de colon (25 por ciento), de diabetes (27 por ciento) y de cardiopatías (30 por ciento), entre otras patologías.

Creo que es sumamente importante generar las condiciones que permitan no solo conmemorar el Día Nacional del Deporte Amateur, sino además propiciar alternativas frente a situaciones que se dan en la Región Metropolitana cuando hay mala calidad del aire, en que solamente se recomienda no suspender las clases de educación física, sino hacerlas dentro de los recintos, de tal manera de no quedar expuestos a una mala calidad del aire.

Es mucho lo que tenemos que trabajar. Por eso, ojalá que este proyecto, más que un reconocimiento, más que una conmemoración, termine generando una política pública que sea integral, que fomente con recursos la práctica del deporte, en especial en las regiones del país.

Voto a favor, Presidenta .

La señora EBENSPERGER ( Presidenta accidental ).-

Gracias, Senador.

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La señora EBENSPERGER ( Presidenta accidental ).-

Aprovechamos de saludar a quienes nos acompañan en las tribunas: pertenecen al Centro de Desarrollo Social Las Golondrinas, de la Portada de San Bernardo, y fueron invitadas por el Senador Karim Bianchi.

¡Muy bienvenidas!

(Aplausos en la Sala y en tribunas).

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La señora EBENSPERGER ( Presidenta accidental ).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

En votación.

El señor DURANA.-

¡Oh, que estamos rápidos hoy día!

El señor MOREIRA.-

Sería bueno que le avisaran a la Comisión de Hacienda.

La señora EBENSPERGER ( Presidenta accidental ).-

Ya le fueron a avisar, Senador.

(Pausa).

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

La señora EBENSPERGER ( Presidenta accidental ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (34 votos a favor) y queda despachado en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Campillai, Carvajal, Ebensperger, Gatica, Órdenes, Pascual, Provoste, Rincón, Sepúlveda y Vodanovic y los señores Araya, Bianchi, Castro González, Castro Prieto, Chahuán, Coloma, Cruz-Coke, De Urresti, Flores, Gahona, Galilea, Kusanovic, Kuschel, Latorre, Macaya, Moreira, Ossandón, Pugh, Saavedra, Sanhueza, Soria, Van Rysselberghe, Velásquez y Walker.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Se registra en la Mesa el pareo de la Senadora señora Núñez con el Senador señor Quintana.

El señor LAGOS.-

Agregue mi voto, por favor. Estaba en la Comisión de Hacienda.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Se agrega la intención de voto a favor del Senador señor Lagos.

La señora EBENSPERGER ( Presidenta accidental ).-

Ha quedado aprobado el proyecto en los mismos términos en que lo aprobó la Cámara de Diputados y se despachará el oficio correspondiente.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 14 de junio, 2023. Oficio en Sesión 47. Legislatura 371.

Valparaíso, 14 de junio de 2023.

Nº 288/SEC/23

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que establece el día 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur, correspondiente al Boletín Nº 11.742-29.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 15.004, de 12 de septiembre de 2019.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

LUZ EBENSPERGER ORREGO

Presidenta (A) del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 19 de junio, 2023. Oficio

VALPARAÍSO, 19 de junio de 2023

Oficio Nº18.482

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley que Establece el día 9 de mayo de cada año como el Día Nacional del Deportista Amateur, correspondiente al boletín N°11.742-29, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Establécese el 9 de mayo de cada año como el “Día Nacional del Deportista Amateur”.”.

*****

Hago presente a V.E. que esta iniciativa de ley tuvo origen en una moción de los exdiputados Sebastián Keitel Bianchi, Pablo Prieto Lorca y Rolando Rentería Möller, de los diputados Andrés Celis Montt, Cristhian Moreira Barros y de la diputada Marisela Santibáñez Novoa.

*****

Dios guarde a V.E.

VLADO MIROSEVIC VERDUGO

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 21.585

Tipo Norma
:
Ley 21585
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1195267&t=0
Fecha Promulgación
:
12-07-2023
URL Corta
:
http://bcn.cl/3epy5
Organismo
:
MINISTERIO DEL DEPORTE
Título
:
ESTABLECE EL DÍA 9 DE MAYO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DEL DEPORTISTA AMATEUR
Fecha Publicación
:
23-08-2023

LEY NÚM. 21.585

ESTABLECE EL DÍA 9 DE MAYO DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DEL DEPORTISTA AMATEUR

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley iniciado en moción de los exdiputados Sebastián Keitel Bianchi, Pablo Prieto Lorca y Rolando Rentería Möller, de los diputados Andrés Celis Montt, Cristhian Moreira Barros y de la diputada Marisela Santibáñez Novoa,

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Establécese el 9 de mayo de cada año como el "Día Nacional del Deportista Amateur".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 12 de julio de 2023.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Jaime Pizarro Herrera, Ministro del Deporte.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Antonia Illanes Riquelme, Subsecretaria del Deporte.