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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.654

Modifica la Carta Fundamental, en materia de prórrogas sucesivas del estado de excepción constitucional de emergencia, en las condiciones que indica

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Juan Antonio Coloma Correa, Matías Walker Prieto, José García Ruminot, Álvaro Elizalde Soto y Ricardo Lagos Weber. Fecha 30 de enero, 2023. Moción Parlamentaria en Sesión 115. Legislatura 370.

Proyecto de reforma constitucional, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señores Elizalde, Coloma, García, Lagos y Walker, que modifica la Carta Fundamental, en materia de prórrogas sucesivas del estado de excepción constitucional de emergencia, en las condiciones que indica. Boletín N° 15.709-07

La Constitución Política regula los estados de excepción constitucional en los artículos 39 y siguientes, los que afectan los derechos y garantías constitucionales en determinadas circunstancias, tales como guerra externa o interna, conmoción interior, emergencia y calamidad pública.

Si bien, desde la recuperación de la democracia no ha sido común el uso de los estados de excepción constitucional, la situación en determinadas zonas del país ha requerido en el último tiempo de sucesivas prórrogas del Estado de Emergencia, como una forma de garantizar la seguridad de las personas.

Prórrogas por plazos más amplios permiten un despliegue más estable de las capacidades del Estado y una planificación estratégica con mayor capacidad de anticipación, teniendo siempre como objetivo central la protección de las personas.

En todo caso, una herramienta de esta naturaleza requiere siempre del control democrático. Por ello, las sucesivas prórrogas requieren de un pronunciamiento de ambas cámaras del Congreso Nacional.

El presente proyecto de reforma constitucional establece que a contar de la sexta prórroga sucesiva del Estado Excepción Constitucional de Emergencia, el plazo de la misma sea más extenso, debiendo, en todo caso, el Presidente de la República informar quincenalmente y por escrito, al Congreso Nacional, de las medidas adoptadas.

Asimismo, una vez autorizada la prórroga por un plazo más extenso, el Congreso Nacional podrá, por la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio, revocar el acuerdo. En este caso la solicitud de revocación deberá ser pedida por la cuarta parte de los diputados o senadores en ejercicio. De esta forma se mantiene el control democrático respecto de una herramienta que, pese a su utilización prolongada en el tiempo, siempre debe tener un carácter excepcional y, por tanto, debe estar sometida permanentemente a la fiscalización del Senado y de la Cámara. ?

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

Artículo único.- Incorpóranse en el artículo 42 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, los siguientes incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo, nuevos:

“Sin perjuicio de lo anterior, a contar de la sexta prórroga sucesiva, el Presidente de la República podrá prorrogarlo por períodos de treinta días, para lo cual requerirá siempre del acuerdo del Congreso Nacional en los términos del inciso primero.

Una vez decretada la prórroga en la forma prevista en el inciso precedente, la información a que alude el inciso tercero será evacuada cada quince días mediante un informe escrito dirigido a ambas Cámaras.

Con todo, una vez autorizada la prórroga en los términos del inciso cuarto, el Congreso Nacional podrá, por la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio, revocar el acuerdo.

En el caso del inciso anterior, la solicitud de revocación deberá ser pedida por la cuarta parte de los diputados o senadores en ejercicio.”.

Artículo transitorio. - Si al publicarse la presente reforma constitucional se encontrare vigente la prórroga de un estado de excepción constitucional de emergencia, que hubiere sido ya prorrogado en más de seis oportunidades, se entenderá que dicha prórroga regirá por treinta días.”.”.

1.2. Discusión en Sala

Fecha 30 de enero, 2023. Diario de Sesión en Sesión 115. Legislatura 370. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

La unanimidad de la Sala acuerda omitir el trámite de primer informe de la Comisión de Constitución Legislación Justicia y Reglamento en virtud de lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 36 del Reglamento del Senado.

AUMENTO DE DURACIÓN A TREINTA DÍAS DE ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE EMERGENCIA A CONTAR DE SEXTA PRÓRROGA SUCESIVA

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Conforme al acuerdo unánime adoptado por la Sala, el señor Presidente pone en discusión el proyecto de reforma constitucional, iniciado en moción de los Honorables Senadores señores Elizalde, Coloma, García, Lagos y Walker, que modifica la Carta Fundamental en materia de prórrogas sucesivas del estado de excepción constitucional de emergencia, en las condiciones que indica.

--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletín 15.709-07) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

El señor GUZMÁN ( Secretario general ).-

La iniciativa establece que a contar de la sexta prórroga sucesiva del estado de excepción constitucional de emergencia, el plazo de la misma sea más extenso, debiendo, en todo caso, el Presidente de la República informar quincenalmente y por escrito al Congreso Nacional sobre las medidas adoptadas.

Para aprobar la presente reforma constitucional, cuyo texto voy a leer a continuación, se requiere del voto favorable de los cuatro séptimos de las señoras y los señores Senadores en ejercicio, que el día de hoy significa contar con 27 votos a favor.

El texto que se propone aprobar señala:

"Artículo único.- Incorpóranse en el artículo 42 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, los siguientes incisos cuarto, quinto y sexto, nuevos:

"Sin perjuicio de lo anterior, a contar de la sexta prórroga sucesiva, el Presidente de la República podrá prorrogarlo por períodos de treinta días, para lo cual requerirá siempre del acuerdo del Congreso Nacional en los términos del inciso primero.

"Una vez decretada la prórroga en la forma prevista en el inciso precedente, la información a que alude el inciso tercero será evacuada cada quince días mediante un informe escrito dirigido a ambas Cámaras.

"Con todo, una vez autorizada la prórroga en los términos del inciso cuarto, el Congreso Nacional podrá, por la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio, revocar el acuerdo.

"En el caso del inciso anterior, la solicitud de revocación deberá ser pedida por la cuarta parte de los diputados y senadores en ejercicio".

Y además contempla un artículo transitorio del siguiente tenor:

"Artículo transitorio.- Si al publicarse la presente reforma constitucional se encontrare vigente la prórroga de un estado de excepción constitucional de emergencia, que hubiere sido ya prorrogado en más de seis oportunidades, se entenderá que dicha prórroga regirá por treinta días".

Como se mencionó con anterioridad, para la aprobación de la presente reforma constitucional se requiere de 27 votos favorables de las señoras Senadoras y los señores Senadores en ejercicio.

Es todo, señor Presidente.

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Vamos a abrir la votación y a proceder a tocar los timbres para el aviso correspondiente.

Senador García, ¿sobre este punto?

Tiene la palabra.

El señor GARCÍA .-

Muchas gracias.

Señor Presidente , Honorable Sala, muy breve.

La necesidad de un proyecto de esta naturaleza radica -y la señora Ministra de Defensa lo puede señalar con más propiedad que yo- en que nuestras Fuerzas Armadas necesitan planificar sus acciones en los territorios respectivos.

Por lo tanto, contar con un horizonte de tiempo que les permita asegurar su presencia en las respectivas zonas, junto con todo el material rodante y los equipos requeridos, exige que haya la planificación a que hacía referencia. De ahí que considere bueno disponer de este período más largo de treinta días, pero siempre informando al Congreso Nacional cada quince días.

Por eso, pido a la Sala su votación afirmativa para que podamos aprobar la iniciativa.

Gracias, Presidente .

El señor ELIZALDE (Presidente).-

En votación.

(Durante la votación).

El señor GUZMÁN ( Secretario general ).-

Se encuentra abierta la votación.

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Le ofrezco la palabra al Senador Matías Walker.

El señor WALKER.-

Presidente , tal como lo indicamos, el proyecto que hemos repuesto de manera transversal solo contiene una modificación respecto del informe de la Comisión Mixta, la cual fue sugerida por el Senador José García Ruminot y dice relación con que las prórrogas sucesivas tengan lugar por treinta días.

De ese modo, se permite que las Fuerzas Armadas realicen una planificación adecuada en aquellas regiones y provincias donde el Presidente de la República disponga la aplicación del estado de excepción constitucional y, al mismo tiempo, posibilita el control por parte de los poderes democráticos, en este caso del Congreso Nacional, que deberá autorizar esa prórroga por treinta días. Con ello se evita un despliegue de recursos humanos y materiales por parte del Ejecutivo al no tener que pedir la renovación del estado de excepción cada quince días, lo que resulta absolutamente estéril e innecesario cuando ya se ha producido la sexta prórroga.

Con la iniciativa estamos demostrando que la seguridad y el orden público no pueden ser temas de gobierno y oposición, de izquierdas y derechas, sino que deben ser temas país, sobre todo frente a lo que está ocurriendo en la macrozona sur. Pero también existe la posibilidad de que esto se aplique en la macrozona norte.

Asimismo, la iniciativa está relacionada con el proyecto de infraestructura crítica que logramos despachar por unanimidad la semana pasada, que no solamente permite el resguardo por parte de las Fuerzas Armadas de la infraestructura relacionada con servicios básicos para la población, sino también con su despliegue en las áreas fronterizas.

Aquello se enmarca dentro del acuerdo de seguridad que suscribimos con el Gobierno. Y en tal sentido quisiera pedir el apoyo del Ejecutivo -y aprovecho de saludar a la Ministra de Defensa, a la Subsecretaria de la Segprés y al Subsecretario del Interior- para el proyecto que hemos presentado junto a la Senadora Ximena Rincón y otros colegas y que permite la presencia permanente de las Fuerzas Armadas para el resguardo de las fronteras del país.

Nos parece que todos estos proyectos apuntan en la misma dirección, que es priorizar la seguridad mediante el aporte que pueden hacer las Fuerzas Armadas, liberando a Carabineros de Chile para que se concentre en sus facultades de prevención del delito.

Así que con mucho gusto, Presidente , hemos repuesto este proyecto, y esperamos que la Cámara de Diputados lo apruebe esta vez. No son tiempos para darse gustitos políticos en materia de seguridad, por más diferencias que se puedan tener con el Gobierno. Yo creo que debemos actuar con altura de miras y entender que la seguridad ciudadana es una tarea de todos. Y la reposición de este proyecto de reforma constitucional, apoyado de manera transversal, así lo ratifica, y espero que podamos aprobarlo por unanimidad.

Gracias, Presidente .

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador Francisco Chahuán.

Estamos en votación.

Terminada la votación vamos a abrir los puntos de reglamento.

Tiene la palabra el Senador Chahuán y después el Senador Kusanovic.

Cerrada la votación, le daremos la palabra a la Senadora Provoste.

Senador Chahuán.

El señor CHAHUÁN.-

Presidente , pienso que sería útil que cuando se pusiera en tabla y en votación un proyecto, se miraran también las iniciativas presentadas con anterioridad.

El proyecto boletín N° 14.765-07, ingresado el 22 de diciembre del 2021, es idéntico -¡exactamente idéntico, mismo plazo!- y también fue firmado transversalmente por distintos Senadores.

Entonces, ojalá esa moción fuera recogida, simplemente para los efectos del acta. Incluso hay un proyecto que fue presentado antes que el de la Cámara de Diputados, justamente para hacerse cargo de esta situación.

Por lo tanto, para los efectos del acta, le pido que quede contemplado que el proyecto de ley N° 14.765-07, del 22 de diciembre del 2021, fue presentado cuando estábamos frente a la misma situación que hoy día estamos viviendo.

Eso es, señor Presidente.

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Así constará en el Diario de Sesiones.

Tiene la palabra el Senador Alejandro Kusanovic.

El señor KUSANOVIC.-

Gracias, Presidente.

Señoras Ministras, señor Subsecretario , la verdad es que Chile ya no aguanta más; La Araucanía no aguanta más con lo que está pasando.

Acá distintos gobiernos, por temor, no han hecho nada, y otros, por convicciones no hacen nada. Y eso es gravísimo, porque al final seguimos en lo mismo: comisiones, mesas de trabajo, leyes, estudios.

¡Si esto no requiere más de eso!

En Chile, cada vez que una institución no funciona, creamos otra que tampoco va a funcionar, porque este es un tema de convicción.

Aquí hay que aniquilar la voluntad de lucha de los delincuentes y de los terroristas.

Mientras no queramos hacer eso y no usemos todos los instrumentos que tenemos, con convicción y con apoyo real, no vamos a terminar nunca con el problema de la delincuencia, no vamos a terminar nunca con el problema del terrorismo en La Araucanía, porque no queremos y no tenemos la convicción de que hay que hacerlo.

Este es un desafío que debemos abordar todos juntos y cambiar, porque a la larga se está destruyendo la democracia.

Mientras no creamos que la violencia y la delincuencia van a terminar destruyendo la democracia, que es el mejor sistema de gobierno que conocemos hasta hoy en día, no las vamos a parar.

A cuatro kilómetros de Temuco, la capital de la región, hay una comunidad que no tiene alcantarillado ni agua potable.

Entonces, ese tipo de cosas también hay que solucionarlas, porque son parte del problema. Pero no es posible que en Chile, con la cantidad de crecimiento que registró en los últimos cuarenta años, no hayamos sido capaces de solucionar dificultades como estas.

En algo nos perdimos.

Pero no podemos tolerar la delincuencia ni el terrorismo, porque van a destruir la democracia en Chile.

Gracias.

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Estamos en condiciones de cerrar la votación.

Senador Kusanovic, vamos a cerrar la votación. Usted no ha votado.

El señor CHAHUÁN.-

¡ Presidente !

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Vamos a dar por cerrada la votación y le vamos a dar la palabra a...

La señora PROVOSTE.-

¿Me permite, Presidente?

El señor ELIZALDE (Presidente).-

¿Sobre el proyecto?

Senadora Provoste, tiene la palabra.

La señora PROVOSTE.-

Presidente, yo lo que quiero hacer es un punto de reglamento.

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Entonces, vamos a dar por cerrada la votación.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

El señor ELIZALDE (Presidente).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (30 votos a favor y 1 en contra), dejándose constancia de que se cumple con el quorum constitucional exigido, y queda despachado en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Carvajal, Órdenes, Pascual, Provoste, Rincón y Sepúlveda y los señores Castro González, Chahuán, Coloma, Durana, Edwards, Elizalde, Flores, Gahona, García, Insulza, Kast, Keitel, Kusanovic, Kuschel, Lagos, Moreira, Núñez, Ossandón, Saavedra, Sandoval, Soria, Van Rysselberghe y Walker.

Votó por la negativa el señor Cruz-Coke.

El señor ELIZALDE (Presidente).-

En consecuencia, se aprueba la iniciativa y se despacha a la Cámara.

1.3. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 30 de enero, 2023. Oficio en Sesión 128. Legislatura 370.

Valparaíso, 30 de enero de 2023.

Nº 77/SEC/23

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la moción y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación al proyecto de reforma constitucional que modifica la Carta Fundamental, en materia de prórrogas sucesivas del estado de excepción constitucional de emergencia, en las condiciones que indica, correspondiente al Boletín N° 15.709-07:

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Incorpóranse en el artículo 42 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fija el decreto N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, los siguientes incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo, nuevos:

“Sin perjuicio de lo anterior, a contar de la sexta prórroga sucesiva, el Presidente de la República podrá prorrogarlo por períodos de treinta días, para lo cual requerirá siempre del acuerdo del Congreso Nacional, en los términos del inciso primero.

Una vez decretada la prórroga en la forma prevista en el inciso precedente, la información a que alude el inciso tercero será evacuada cada quince días, mediante un informe escrito dirigido a ambas Cámaras.

Con todo, una vez autorizada la prórroga en los términos del inciso cuarto, el Congreso Nacional podrá, por la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio, revocar el acuerdo.

En el caso del inciso anterior, la solicitud de revocación deberá ser pedida por la cuarta parte de los diputados o senadores en ejercicio.”.

Artículo transitorio.- Si al publicarse la presente reforma constitucional se encontrare vigente la prórroga de un estado de excepción constitucional de emergencia, que hubiere sido ya prorrogado en más de seis oportunidades, se entenderá que dicha prórroga regirá por treinta días.”.

- - -

Hago presente a Su Excelencia que el proyecto de reforma constitucional fue aprobado, en general y en particular, con el voto favorable de 30 senadores de un total de 48 en ejercicio, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 127 de la Constitución Política de la República.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ÁLVARO ELIZALDE SOTO

Presidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Constitución

Cámara de Diputados. Fecha 19 de diciembre, 2023. Informe de Comisión de Constitución en Sesión 124. Legislatura 371.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN, JUSTICIA Y REGLAMENTO, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA LA CARTA FUNDAMENTAL, EN MATERIA DE PRÓRROGAS SUCESIVAS DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE EMERGENCIA, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA. BOLETIN N° 15.709-07 (S)

__________________________________________________________________

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento viene en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, iniciado en Moción de los senadores señores Juan Antonio Coloma; José García; Ricardo Lagos, y Matías Walker. Además el ex senador señor Álvaro Elizalde. |

CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1)La idea matriz o fundamental del proyecto, consiste en modificar el régimen de prórrogas sucesivas del estado de emergencia que regula el artículo 42 de la Carta Fundamental, de manera que a contar de la sexta prórroga sucesiva, el Presidente de la República podrá prorrogarlo por períodos de treinta días, en las condiciones que el proyecto indica.

2)Normas de quórum especial.

De conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 127 de la Constitución Política de la República, el proyecto requiere en cada Cámara, la aprobación de las 4/7 partes de los diputados y senadores en ejercicio.

3)Normas que requieren trámite de Hacienda.

El proyecto no requiere trámite de Hacienda.

4)Aprobación en general del proyecto.

Sometido a votación general el proyecto de reforma constitución, en segundo trámite constitucional, que “Modifica la Carta Fundamental, en materia de prórrogas sucesivas del estado de excepción constitucional de emergencia, en las condiciones que indica”, boletín N° 15.709-07 (S), es aprobado por mayoría de votos. Votan a Favor los (la) diputados (a) señores (a) Raúl Leiva (Presidente de la Comisión); Miguel Ángel Calisto; Camila Flores, y Marcos Ilabaca. Votan en contra las diputadas señoras Pamela Jiles y Maite Orsini. (4-2-0).

5)Se designó Diputado Informante al señor Leonardo Soto

I.- FUNDAMENTOS DEL PROYECTO.

Se transcriben los argumentos entregados por los autores (as) de la moción:

“La Constitución Política regula los estados de excepción constitucional en los artículos 39 y siguientes, los que afectan los derechos y garantías constitucionales en determinadas circunstancias, tales como guerra externa o interna, conmoción interior, emergencia y calamidad pública.

Si bien, desde la recuperación de la democracia no ha sido común el uso de los estados de excepción constitucional, la situación en determinadas zonas del país ha requerido en el último tiempo de sucesivas prórrogas del Estado de Emergencia, como una forma de garantizar la seguridad de las personas.

Prórrogas por plazos más amplios permiten un despliegue más estable de las capacidades del Estado y una planificación estratégica con mayor capacidad de anticipación, teniendo siempre como objetivo central la protección de las personas.

En todo caso, una herramienta de esta naturaleza requiere siempre del control democrático. Por ello, las sucesivas prórrogas requieren de un pronunciamiento de ambas cámaras del Congreso Nacional.

El presente proyecto de reforma constitucional establece que a contar de la sexta prórroga sucesiva del Estado Excepción Constitucional de Emergencia, el plazo de la misma sea más extenso, debiendo, en todo caso, el Presidente de la República informar quincenalmente y por escrito, al Congreso Nacional, de las medidas adoptadas.

Asimismo, una vez autorizada la prórroga por un plazo más extenso, el Congreso Nacional podrá, por la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio, revocar el acuerdo. En este caso la solicitud de revocación deberá ser pedida por la cuarta parte de los diputados o senadores en ejercicio. De esta forma se mantiene el control democrático respecto de una herramienta que, pese a su utilización prolongada en el tiempo, siempre debe tener un carácter excepcional y, por tanto, debe estar sometida permanentemente a la fiscalización del Senado y de la Cámara.

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

Artículo único.- Incorpóranse en el artículo 42 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido en el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, los siguientes incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo, nuevos:

“Sin perjuicio de lo anterior, a contar de la sexta prórroga sucesiva, el Presidente de la República podrá prorrogarlo por períodos de treinta días, para lo cual requerirá siempre del acuerdo del Congreso Nacional en los términos del inciso primero.

Una vez decretada la prórroga en la forma prevista en el inciso precedente, la información a que alude el inciso tercero será evacuada cada quince días mediante un informe escrito dirigido a ambas Cámaras.

Con todo, una vez autorizada la prórroga en los términos del inciso cuarto, el Congreso Nacional podrá, por la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio, revocar el acuerdo.

En el caso del inciso anterior, la solicitud de revocación deberá ser pedida por la cuarta parte de los diputados o senadores en ejercicio.”.

Artículo transitorio. - Si al publicarse la presente reforma constitucional se encontrare vigente la prórroga de un estado de excepción constitucional de emergencia, que hubiere sido ya prorrogado en más de seis oportunidades, se entenderá que dicha prórroga regirá por treinta días.”.”.

II. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.

El proyecto consta de un artículo único y un artículo transitorio.

El artículo único, incorpora en el artículo 42 de la Constitución Política de la República, los incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo, nuevos.

El nuevo inciso cuarto establece que a contar de la sexta prórroga sucesiva, el Presidente de la República podrá prorrogar el estado de emergencia por períodos de treinta días, para lo cual requerirá siempre del acuerdo del Congreso Nacional, en los términos del inciso primero del mismo artículo 42.

El nuevo inciso quinto, dispone que una vez sea decretada la prórroga por treinta días, la información a que alude el inciso tercero (sobre las medidas adoptadas en virtud del estado de excepción) será evacuada cada quince días, mediante un informe escrito dirigido a ambas Cámaras.

El nuevo inciso sexto, prescribe que una vez autorizada la prórroga de treinta días, el Congreso Nacional podrá, por la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio, revocar el acuerdo. Por su parte el nuevo inciso séptimo, dispone que la solicitud de revocación deberá ser pedida por la cuarta parte de los diputados o senadores en ejercicio.

El artículo transitorio, establece que si al publicarse la presente reforma constitucional se encontrare vigente la prórroga de un estado de excepción constitucional de emergencia, que hubiere sido ya prorrogado en más de seis oportunidades, se entenderá que dicha prórroga regirá por treinta días.

III. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN GENERAL Y PARTICULAR

Sesión N° 155 de 19 de diciembre de 2023.

El proyecto fue tratado en tabla de fácil despacho.

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Incorpóranse en el artículo 42 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fija el decreto N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, los siguientes incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo, nuevos:

“Sin perjuicio de lo anterior, a contar de la sexta prórroga sucesiva, el Presidente de la República podrá prorrogarlo por períodos de treinta días, para lo cual requerirá siempre del acuerdo del Congreso Nacional, en los términos del inciso primero.

Una vez decretada la prórroga en la forma prevista en el inciso precedente, la información a que alude el inciso tercero será evacuada cada quince días, mediante un informe escrito dirigido a ambas Cámaras.

Con todo, una vez autorizada la prórroga en los términos del inciso cuarto, el Congreso Nacional podrá, por la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio, revocar el acuerdo.

En el caso del inciso anterior, la solicitud de revocación deberá ser pedida por la cuarta parte de los diputados o senadores en ejercicio.”.

Artículo transitorio.- Si al publicarse la presente reforma constitucional se encontrare vigente la prórroga de un estado de excepción constitucional de emergencia, que hubiere sido ya prorrogado en más de seis oportunidades, se entenderá que dicha prórroga regirá por treinta días.”.

VOTACIÓN GENERAL Y PARTICULAR

Sometido a votación general y particular, el proyecto de reforma constitucional, en segundo trámite constitucional, que “Modifica la Carta Fundamental, en materia de prórrogas sucesivas del estado de excepción constitucional de emergencia, en las condiciones que indica”, boletín N° 15.70907 (S), es aprobado por mayoría de votos. Votan a Favor los (la) diputados (a) señores (a) Raúl Leiva (Presidente de la Comisión); Miguel Ángel Calisto; Camila Flores, y Marcos Ilabaca. Votan en contra las diputadas señoras Pamela Jiles y Maite Orsini. (4-2-0).

Fundamento del voto:

La diputada señora Jiles argumenta que los estados de excepción constitucional debieran cumplir con su carácter excepcional; es un error grave perpetuar esta fórmula que, a su juicio, convierte al Estado en un Estado policial contraviniendo el sentido de la institución.

En el mismo sentido, la diputada señora Orsini adhiere a lo planteado, y fundamenta que los estados de excepción constitucional tienen carácter excepcional, debiendo establecerse por máximo 15 días. Afirma que las Fuerzas Armadas no son las instituciones idóneas para hacerse cargo del orden público; no tienen las facultades ni las capacidades de entrenamiento. Lo que correspondería es fortalecer las policías.

Se despacha el proyecto de reforma constitucional.

Se designa diputado informante al diputado señor Leonardo Soto.

IV.PERSONAS U AUTORIDADES RECIBIDAS POR LA COMISIÓN. No hubo.

V.ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS O DECLARADAS INADMISIBLES POR LA COMISIÓN.

No hubo.

VI.- ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN LA DISCUSIÓN PARTICULAR.

No hubo.

Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el señor diputado informante, esta Comisión recomienda aprobar el proyecto en los mismos términos que el H. Senado, de conformidad al siguiente texto:

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL

“Artículo único.- Incorpóranse en el artículo 42 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fija el decreto N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, los siguientes incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo, nuevos:

“Sin perjuicio de lo anterior, a contar de la sexta prórroga sucesiva, el Presidente de la República podrá prorrogarlo por períodos de treinta días, para lo cual requerirá siempre del acuerdo del Congreso Nacional, en los términos del inciso primero.

Una vez decretada la prórroga en la forma prevista en el inciso precedente, la información a que alude el inciso tercero será evacuada cada quince días, mediante un informe escrito dirigido a ambas Cámaras.

Con todo, una vez autorizada la prórroga en los términos del inciso cuarto, el Congreso Nacional podrá, por la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio, revocar el acuerdo.

En el caso del inciso anterior, la solicitud de revocación deberá ser pedida por la cuarta parte de los diputados o senadores en ejercicio.”.

Artículo transitorio.- Si al publicarse la presente reforma constitucional se encontrare vigente la prórroga de un estado de excepción constitucional de emergencia, que hubiere sido ya prorrogado en más de seis oportunidades, se entenderá que dicha prórroga regirá por treinta días.”.

**********

Tratado y acordado en sesión de 19 de diciembre de 2023, con la asistencia de los (as) diputados(as) señores (as) Raúl Leiva (Presidente de la Comisión); Jorge Alessandri; Gustavo Benavente; Miguel Ángel Calisto; Karol Cariola; Camila Flores; Marcos Ilabaca; Pamela Jiles; Andrés Longton; Maite Orsini; Luis Sánchez; Leonardo Soto, y Gonzalo Winter. Además asistió el diputado señor Víctor Pino.

Sala de la Comisión, a 19 de diciembre de 2023.

PATRICIO VELÁSQUEZ WEISSE

Abogado Secretario de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Discusión General. Fecha 10 de enero, 2024. Oficio en Sesión 129. Legislatura 371.

AUMENTO DE DURACIÓN A TREINTA DÍAS DE ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE EMERGENCIA A CONTAR DE SEXTA PRÓRROGA SUCESIVA (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 15709-07)

El señor CIFUENTES (Presidente).-

En el Orden del Día, corresponde tratar el proyecto de reforma constitucional, iniciado en moción, que modifica la Carta Fundamental en materia de prórrogas sucesivas del estado de excepción constitucional de emergencia en las condiciones que indica, correspondiente al boletín N° 15709-07.

Para la discusión de este proyecto se otorgarán tres minutos a cada diputada y diputado que se inscriba para hacer uso de la palabra.

Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento es el señor Leonardo Soto.

Antecedentes:

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado informante.

El señor SOTO, don Leonardo (de pie).-

Señor Presidente, honorable Cámara, en nombre de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, paso a informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, sobre el proyecto de reforma constitucional que modifica la Carta Fundamental, en materia de prórrogas sucesivas del estado de excepción constitucional de emergencia, en las condiciones que indica. El proyecto se originó en moción de los senadores Juan Antonio Coloma, José García, Ricardo Lagos y Matías Walker, y del entonces senador Álvaro Elizalde.

La idea matriz o fundamental del proyecto de reforma constitucional consiste en modificar el régimen de prórrogas sucesivas del estado de emergencia que regula el artículo 42 de la Carta Fundamental, de manera que, a contar de la sexta prórroga sucesiva, el Presidente de la República pueda prorrogarlo por períodos de 30 días, en las condiciones que el proyecto indica.

Los autores de la moción explican que la Constitución Política de la República regula los estados de excepción constitucional en los artículos 39 y siguientes, los que afectan los derechos y garantías constitucionales en determinadas circunstancias, tales como guerra externa o interna, conmoción interior, emergencia y calamidad pública.

Agregan que, si bien desde la recuperación de la democracia no ha sido común el uso de los estados de excepción constitucional, la situación en determinadas zonas del país ha requerido en el último tiempo de sucesivas prórrogas del estado de emergencia, como una forma de garantizar de mejor manera la seguridad de las personas.

Consideran que prórrogas por plazos más amplios permiten un despliegue más estable de las capacidades del Estado y una planificación estratégica con mayor capacidad de anticipación, siempre con el objetivo central de la protección de las personas. No obstante, hacen hincapié que el proyecto contempla el debido control democrático, por ello, las sucesivas prórrogas requieren de un pronunciamiento de ambas Cámaras del Congreso Nacional.

El proyecto consta de un artículo único y de un artículo transitorio. El artículo único incorpora en el artículo 42 de la Constitución Política de la República los incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo, nuevos.

El nuevo inciso cuarto establece que, a contar de la sexta prórroga sucesiva, el Presidente de la República podrá prorrogar el estado de emergencia por períodos de 30 días, para lo cual requerirá siempre del acuerdo del Congreso Nacional, en los términos establecidos en el inciso primero del mismo artículo 42.

El nuevo inciso quinto, por su parte, dispone que una vez que sea decretada la prórroga por 30 días la información a que alude el inciso tercero, sobre las medidas adoptadas en virtud del estado de excepción, será evacuada cada 15 días mediante un informe escrito dirigido a ambas Cámaras.

El nuevo inciso sexto, por otro lado, prescribe que una vez autorizada la prórroga de 30 días el Congreso Nacional podrá, por la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio, revocar el acuerdo.

Por su parte, el nuevo inciso séptimo dispone que la solicitud de revocación deberá ser pedida por la cuarta parte de los diputados o senadores en ejercicio.

Finalmente, el artículo transitorio establece que si al publicarse la presente reforma constitucional se encontrare vigente la prórroga de un estado de excepción constitucional de emergencia, que hubiere sido ya prorrogado en más de seis oportunidades, se entenderá que dicha prórroga regirá por 30 días.

Habiendo sido aprobado este proyecto en los mismos términos que el Senado, por la comisión que represento, igualmente solicito su aprobación por esta honorable Sala.

Es todo cuanto puedo informar

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

En discusión el proyecto de reforma constitucional.

Tiene la palabra el diputado Miguel Mellado.

El señor MELLADO (don Miguel).-

Señor Presidente, estimados parlamentarios, vamos a apoyar este proyecto, aunque es un déjà vu de lo que vivimos hace un año, tal vez un poquito más, con la ministra del Interior y Seguridad Pública, quien en esa oportunidad se encontraba presente en la Sala. Lo señalo porque esperaba que en esta ocasión hubiera habido alguien del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

Acuérdense de que en esa sesión se trataron dos proyectos: el primero, referido a la extensión del plazo de los estados de excepción y, el segundo, en materia de infraestructura crítica.

En el momento de hablar, la ministra Tohá nos retó y se le rechazó su proyecto, así fue de claro. Después intervino la ministra Maya Fernández, que suavizó sus palabras y aprobamos el segundo proyecto. Lo digo para ser claro respecto de por qué estamos hablando de esto, porque la verdad es que este es el único gobierno que lleva casi cuarenta renovaciones de los estados de excepción constitucional de emergencia. Al principio, no lo quería y en la campaña se dijo que no iba a haber estado de excepción.

Bueno, la realidad es otra en La Araucanía, es muy distinta. Allí el terrorismo campea y sigue campeando: siguen asesinando personas y siguen quemando predios para sacar a los agricultores de sus campos, siguen teniendo tomados predios, como en Coi-Coi, donde se enfrentan con el Ejército, el cual se va después de ese lugar en vez de enfrentarlos y terminar con esos terroristas.

Bueno, necesitamos que la programación de los jefes de la defensa sea por más tiempo. Creo que treinta días todavía es poco después de la sexta renovación del estado de excepción constitucional, pero está bien, porque treinta días es mejor que quince días para la ministra del Interior, que no se encuentra hoy presente, que ya debe estar un poco cansada de venir cada quince días a decirnos por qué razón no se incrementa con más fuerza el estado de excepción en La Araucanía, porque en la provincia de Arauco esa medida está funcionando mejor que en la Región de La Araucanía.

Por lo tanto, hay que mirar qué es lo que está faltando en La Araucanía para terminar con estas hordas terroristas que acechan a nuestra región. Les quiero decir, a los parlamentarios que no creen lo que allí está sucediendo, que los maquinistas de los trenes para efectuar sus labores tienen que utilizar cascos, chalecos antibalas y tiene que enviar una máquina delante de la suya para saber si hay o no un atentado en las vías férreas. Eso no es normal. No es normal tampoco que los agricultores tengan que cosechar con la presencia de carabineros para resguardar el alimento de Chile; eso tampoco es normal.

La normalidad en nuestra Región de La Araucanía tiene que recuperarse rápidamente, pero la única forma de que ocurra de esa forma es terminando con los terroristas. ¡Otra forma no hay, no hay! No se puede conversar con ellos, como quiere la directora del INDH. Con la metralleta sobre la mesa no se conversa con los terroristas.

En consecuencia, es importante ampliar el plazo de las prórrogas sucesivas del estado constitucional de emergencia, pero también es muy importante que pongan ojo por qué no está funcionando ciento por ciento del estado de excepción en La Araucanía.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Mauricio Ojeda.

El señor OJEDA.-

Señor Presidente, efectivamente, creo que es una buena medida extender el plazo de prórroga del estado de excepción constitucional, y también coincido en que treinta días quizá es poco tiempo, pero aquello será algo que se deberá ir evaluando.

Lo que quiero hacer, a propósito del estado de excepción, es manifestar que en este Congreso Nacional, lamentablemente, se ha naturalizado hablar del problema del terrorismo, de muertes, asesinatos, de quemas de casas, etcétera. Se ha naturalizado completamente, de manera que quiero hacer un llamado de atención, por su intermedio, señor Presidente, a todos los colegas, a que tengamos mucha cautela y, atención y que observemos, por ejemplo, lo que está sucediendo hoy en Ecuador.

Cuando ayer reflexioné respecto de lo que está sucediendo en ese país, sobre cómo los militares tuvieron que salir a la calle para enfrentar a los narcotraficantes, que también fueron declarados terroristas, y por eso lo menciono en el contexto de esta discusión, me preguntaba si en Chile podríamos realmente llegar a ponernos todos de acuerdo en este hemiciclo para enfrentar con fuerza y con dureza, sin tibieza ni titubeos por cuestiones ideológicas, a los terroristas, a los narcos, a los delincuentes.

Creo que es una pregunta que debemos hacernos todos, porque tal vez no estamos lejos, si las cosas siguen como están hoy, de enfrentar una situación como la que tuvo que vivir, lamentablemente, el pueblo ecuatoriano, donde la presencia militar es la única salida. Desde el propio Ejército ecuatoriano, así como las autoridades de todos los sectores políticos de aquel país, señalaron que no se transa con terroristas, que se les debe enfrentar y no dejarse amedrentar.

Creo que esa es la lección que los parlamentarios que estamos acá tenemos hoy que llevarnos a la casa, con el objeto de pensar en los chilenos, y no en que nuestra ideología deba ser mucho más fuerte. Debemos pensar en lo que puede llegar a suceder en nuestro país.

Voy a apoyar la ampliación del estado de excepción constitucional a treinta días, pero quiero dejar de manifiesto que considero que es un plazo corto. No obstante, más allá de los tiempos, deseo resaltar y recalcar que son más importantes los resultados para evitar lo que, por ejemplo, hoy se vive en Ecuador. En La Araucanía y en el sur de Chile llevamos décadas enfrentando lo mismo y este Congreso Nacional y los gobiernos, literalmente, han naturalizado la violencia, y eso no puede ser.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Diego Schalper.

El señor SCHALPER.-

Señor Presidente, es imposible no abordar un tema que, en el fondo, tiene que ver con la presencia estable en una zona del país de grupos terroristas amparados en el robo de madera, amparados en el narcotráfico, sin por lo menos dedicar un minuto a lo que está ocurriendo en la hermana república del Ecuador. Quiero confidenciarle que ayer tuvo la oportunidad de hablar con un excanciller de Ecuador, quien me dijo una frase…

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Por favor, diputado, le ruego que se atenga al debate del proyecto.

El señor SCHALPER.-

Señor Presidente, me va a perdonar, y se lo digo con el mayor de los respetos, en el país se ha incubado…

El señor CIFUENTES (Presidente).-

No corresponde y usted sabe que tenemos un proyecto de resolución sobre esa materia.

El señor SCHALPER.-

Señor Presidente, no voy a hablar del proyecto de resolución, estoy hablando de cómo abordar y apoyar al gobierno del cual usted hoy forma parte tácitamente en una propuesta que no está haciendo prórrogas sucesivas. Si me permite apoyar a su gobierno y hablar…

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Lo llamo al orden, diputado. Articulo 91, número 1 de nuestro Reglamento.

El señor SCHALPER.- Señor Presidente, ya sabemos de sobra de su incapacidad de aceptar opiniones distintas, pero por favor, me permite seguir con mi discusión.

(Hablan varios diputados a la vez)

Señor Presidente, ¿me permite continuar?

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Estamos debatiendo un proyecto de reforma constitucional, diputado.

El señor SCHALPER.-

Señor Presidente, estoy claro y voy a tratar de fundamentar basándome en una experiencia…

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Aténgase a la cuestión.

El señor SCHALPER.-

Bueno, ya que el Presidente pretende disponer lo que yo digo, voy a tratar de mantenerme dentro de los márgenes que él quiere.

Para intentar apoyar al gobierno en un proyecto que lo que busca es facilitar la presencia estable de nuestras Fuerzas Armadas en una zona del país para combatir algo que hasta hace poco era difícilmente calificable por este Congreso Nacional como lo que es: una célula terrorista radicada en la macrozona sur del país.

Hace un año el gobierno intentó esto mismo y no contó con nuestro apoyo, ¿saben por qué?, porque todavía no estábamos tan claros si el gobierno del Presidente Boric tenía la convicción de lo que ahí había era efectivamente un esfuerzo de gente que provoca terror a los demás.

Señor Presidente, les recuerdo que cuando partimos el gobierno decía que esto era militarizar el Wallmapu, decía que lo que había era básicamente un conflicto que tenía raíces distintas a lo que es.

Por lo tanto, como oposición vamos a apoyar al gobierno en este desafío y lo hacemos con la convicción de que ellos han alcanzado una maduración distinta en esta materia.

Por lo mismo, Presidente, no le quepa ninguna duda que vamos a apoyar esto y, aunque a usted no le parezca, me parece que lo hacemos también inspirados en lo que está ocurriendo hoy en Ecuador, porque cuando se permite que esto se asile de manera estable en un país, podemos terminar como Ecuador.

Este Congreso Nacional quizá prefiere hacer oídos sordos o actuar con letanía y letargo y ahí usted, Presidente, tendrá que responder ante la historia. Pero permítame decirle que otros creemos que tenemos la responsabilidad de poner eso arriba de la mesa, poner todas las herramientas disponibles y hacer todo lo que está a nuestro alcance para combatir el terrorismo, el narcotráfico y el crimen organizado, como lo hicimos con la Ley Naín-Retamal, a pesar del gobierno del Presidente Boric.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Juan Carlos Beltrán.

El señor BELTRÁN.-

Señor Presidente, muchas gracias.

Saludo a todos mis colegas y, por supuesto, a los funcionarios de la Corporación.

Permanente hemos renovado los estados de excepción en la Región de La Araucanía y quienes salimos y recorrimos el terreno, específicamente en la comuna de Collipulli, lo reitero en este hemiciclo, como el alcalde Manuel Macaya, sus concejales, sus dirigentes sociales, nos sentimos totalmente abandonados por el gobierno en cuanto a seguridad. Por eso, insisto en que se entreguen todas las facultades, tanto a Carabineros como al Ejército.

Hoy, hay muchos casos que no se saben o no salen a la luz pública, pero hay atentados permanentemente y prácticamente todos los días.

Así, ayer robaron un vehículo del Departamento de Salud de Purén. Ayer atacan y roban un vehículo en la comuna de Collipulli. Ayer se roban otro vehículo entre Curacautín y Victoria. Es decir, no hay tranquilidad para los habitantes.

Por eso, creo que es muy importante lo que se ha señalado respecto de que el jefe de zona regional del Ejército pueda estar como mínimo durante un año en la región.

Planteo esto porque conoce, recorre y puede contactarse con las distintas autoridades y, además, sabe los caminos. Esa es la manera para enfrentar objetivamente al narcotráfico, a los delincuentes. Lo que más pide la gente es que se entreguen las facultades a Carabineros.

Quiero agradecer en este minuto a Carabineros de Chile, al Ejército, a la PDI, porque sé que hacen esfuerzos humanos para tratar de dar la mayor seguridad y tranquilidad a nuestra gente.

Voy a votar a favor, porque creo que es importante dar esa facultad y esa posibilidad.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Carlos Bianchi.

El señor BIANCHI.-

Señor Presidente, parto por señalar que de excepción constitucional el actual estado de emergencia no tiene absolutamente nada.

Esta moción que estamos viendo hoy es la declaración legislativa de una realidad de regulación de los estados de excepción que está siendo utilizada para un fin distinto al que fue originalmente creado y, por lejos, muy alejado a su fin.

Además, quiero transparentar esta discusión, porque lo que estamos discutiendo tiene que ver con febrero, donde no legislamos. Por lo tanto, lo que hoy día estamos viendo es para no asistir en febrero a la discusión de otro estado de excepción.

Para combatir el estado de inseguridad nacional necesitamos de una nueva herramienta constitucional, no un estado excepcional alargado, que es lo que tenemos hoy día. Hoy vivimos otra realidad, la inseguridad está instalada en todo el país y como Congreso Nacional debemos obligarnos a crear una herramienta constitucional absolutamente distinta, nueva.

El fundamento de Estado moderno es precisamente garantizar el derecho y la seguridad interna; en términos sencillos, que una familia pueda transitar libremente a la hora que sea, en el lugar que sea.

Ese Estado de derecho ya no existe en muchas comunas, en muchas regiones de nuestro país. Es evidente que el estado de emergencia no da el ancho en el sur y tampoco en el norte. Si hubiese sido eficiente el plazo de 15 días, no se extendería por más de 36 veces. Si hubiese sido eficaz la excepción, no se hubiese extendido por más de un año y medio.

Como Congreso Nacional debemos tomar el desafío y crear una nueva institucionalidad. Se hace absolutamente urgente y necesaria una nueva herramienta que permita al país completo, y no a determinadas zonas, tener la protección de la fuerza.

Espero que a la vuelta, en marzo, podamos entregar efectivamente una reforma que responda a esta realidad que tenemos como país. Sin ir más lejos, lo que está ocurriendo en otros lugares del mundo debería obligarnos y llamarnos a tener instrumentos que respondan a la nueva realidad que tenemos como Estado.

Voy a votar favorablemente.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Gloria Naveillan.

La señora NAVEILLAN (doña Gloria).-

Señor Presidente, la verdad es que, seamos sinceros, esto es básicamente para que en febrero no veamos interrumpido el receso legislativo. No es para otra cosa.

Un estado de no excepción, porque nada de excepcional tiene un estado que se alarga por la cantidad de tiempo que lo llevamos renovando, cada 15 días religiosamente en esta Sala y en el Senado; un estado de excepción que se supone que existe para que durante el período que dura se puedan tomar las medidas necesarias para terminar con el problema, cosa que claramente no ha pasado.

Un gobierno que viene cada 15 días a pedirnos la renovación argumentando que han hecho un montón de cosas, que hay avances, que hay menos violencia, que hay menos atentados, que las cifras para arriba y las cifras para abajo, cifras van y cifras vienen, pero lo que vive la gente en la macrozona sur es lo mismo de siempre: la misma costumbre de tener atentados, siempre; la misma costumbre de no saber por dónde circular sin que vayan a quemarle el vehículo, siempre; las mismas noticias de crónica roja, siempre, que además hoy se han extendido al país completo.

Entonces, la verdad es que creo que cada vez es más necesario que el gobierno venga cada 15 días a darnos una explicación. Porque si nosotros le damos manga ancha al gobierno, como para que la renovación del estado de excepción sea en un período más largo, bueno, van a llegar con las mismas cifras con que nos embolinan en la perdiz cada 15 días, pero esta vez va a ser cada más tiempo. Esa es la única diferencia.

No, Presidente, no voy a aprobar esto, por ningún motivo. Creo que el gobierno tiene que dar más explicaciones de las que está dando, tiene que demostrar más eficacia que la que está demostrando. No basta con que se detengan un par de terroristas al mes, no basta con eso. Porque si eso bastara, esto ya estaría solucionado y no tendríamos que estar con estado de excepción. Lo que se necesita es eficiencia y esa eficiencia no ha estado.

Por lo tanto, si tenemos que venir en febrero, qué pena, tendremos que venir en febrero. Si tenemos que hacer la maquinaria que se hizo el año pasado para no tener que venir en febrero, bueno, yo me imagino que la Secretaría tendrá que ver la solución.

Pero yo no estoy dispuesta a darle manga ancha al gobierno para que nos siga teniendo en este estado de no excepción, ineficaz, ineficiente, y que al final del día no le soluciona los problemas a la gente.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Félix González.

El señor GONZÁLEZ (don Félix).-

Señor Presidente, he escuchado con mucha atención los argumentos que aquí se han vertido y la verdad es que este proyecto no tiene que ver con la esencia del estado de excepción, las características del estado de excepción, las medidas que se puedan tomar, sino que solamente sobre el plazo para que el gobierno, cualquiera que sea, no solamente este gobierno –se trata de una reforma permanente-, tenga el respaldo del Congreso Nacional para tomar medidas que son excepcionales. Son excepcionales, y están en la Constitución, porque restringen libertades de las personas, restringen derechos de las personas.

Esto no es algo inocuo y no es una medida normal de seguridad interior, sino que una medida excepcional. Lo que pasa es que hemos estado casi 4 años con estado de excepción permanente en La Araucanía, y eso no corresponde a la naturaleza de un estado de excepción. No es normal que esta medida, que la derecha ha pedido persistentemente adoptar en la macrozona sur, se haya convertido en un estado de excepción que dure 4 años. Entonces, tenemos que reflexionar.

¿Qué estamos haciendo? Estamos reformando la Constitución en una materia delicada, donde hay un control del Congreso Nacional al Poder Ejecutivo, en un país donde la Constitución le entrega al Presidente de la República tremendos poderes, incluso colegislativos. Este es un país presidencialista y este proyecto está profundizando ese presidencialismo. Va en el sentido contrario al control constitucional o al control del Parlamento hacia otro poder del Estado.

Por eso, me preocupa que esto se vea como una especie de medida para la seguridad, una medida que va a beneficiar, en términos fácticos, una mejor seguridad. Lo que hace esta medida es quitarle poder al Congreso Nacional frente a cualquier Presidente en el futuro. Lo otro que hace es que nos hace trabajar menos. Lo digo para quienes puedan estar preocupados de si tienen que venir o no al Parlamento en febrero.

No veo que esta sea una buena reforma constitucional, porque perfectamente el Congreso Nacional puede sesionar cada 15 días, si es necesario imponer una excepción a los derechos fundamentales de la ciudadanía. Si la ciudadanía tiene que incomodarse, el Congreso también tiene que incomodarse y venir cada 15 días a hacer el trabajo de controlar lo que hace este gobierno o cualquier otro gobierno en el futuro.

Voy a votar en contra el proyecto, señor Presidente.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Leonardo Soto.

El señor SOTO (don Leonardo).-

Señor Presidente, la bancada del Partido Socialista va a apoyar esta reforma constitucional que permite que la evaluación y las prórrogas del estado de excepción constitucional de emergencia se efectúen no cada 15 días, sino cada 30 días. Ello tiene mucho sentido, porque lo han pedido los militares y los cuerpos policiales que están en La Araucanía.

Quince días es un tiempo muy corto de renovación. Además, siempre existe la posibilidad de que el estado de excepción no se renueve. Un tiempo tan acotado tampoco permite que todas las personas que se deben trasladar a la zona para cumplir labores se planifiquen estratégicamente. Al mismo tiempo, la situación produce mucha incertidumbre a las jefaturas que están allá. Desde la misma Araucanía han pedido que exista mayor continuidad en el caso de las personas que están cumpliendo objetivos policiales y militares en la zona.

Entiendo el debate que se produce entre oficialismo y oposición. Desde la oposición cuestionan que los estados de excepción constitucional de emergencia en la macrozona sur continúen y se transformen en algo permanente. Dicen, y con razón, que las situaciones de excepción se están manteniendo como normales, lo cual, evidentemente, no puede ser normalizado, sino que revisado. Ellos ven, por supuesto, el vaso medio vacío. Algunos mencionan los incidentes policiales que han ocurrido en el último tiempo. Con todo, está de más decir que desde la misma zona de La Araucanía se nos pide que se mantenga el estado de excepción constitucional, porque a sus habitantes les da mayor seguridad. Ciertamente, son medidas poco habituales, pero la situación que se vive también es poco habitual. La respuesta no es poner término al estado de excepción constitucional, sino que mejorarlo.

Por eso, valoro enormemente intervenciones como la del diputado Mellado y otros más, que hacen aportes sobre cómo mejorar esto, pero no entiendo a algunos de la oposición que simplemente ponen acento en los delitos que se cometen y no en los aciertos.

Ayer, por ejemplo, un equipo técnico formado por la PDI, la Fiscalía y la Armada, logró detener a parte de la cúpula de un grupo armado que operaba en la zona sur, grupo que mantenía antecedentes por asociación ilícita, robo de madera y tráfico de armas. Esos son golpes que se deben anotar a favor de este estado de excepción, que le da más tranquilidad a la gente.

Tampoco entiendo, por su intermedio señor Presidente, la postura de parlamentarios como la diputada Gloria Naveillan, que permanentemente vota en contra de la prórroga del estado de excepción constitucional. Ahora dice que también va a votar en contra esta iniciativa. No comprendo, porque ella es de la zona sur. Si le fuera bien a su postura, se acabaría la presencia militar y de la policía especializada.

Eso no lo puedo comprender, señor Presidente.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Rathgeb.

El señor RATHGEB.-

Señor Presidente, lamento que en una situación de esta naturaleza no haya nadie del gobierno presente. Siempre que se ha pedido la presencia de algún ministro de Estado y no viene, concurre un subsecretario. Siempre este parlamentario ha pedido que se autorice la presencia de un subsecretario en la Sala. Por eso, lamento que el mismo no se encuentre presente, porque habría pedido autorizar su presencia en la sesión.

Ya se ha señalado en esta Sala que el estado de excepción no ha sido la solución ni en la zona sur ni en la zona norte. El gobierno no ha entregado mayores facultades a las policías y a las Fuerzas Armadas para avanzar en este tema. Cuando se ha pedido prórroga he preguntado varias veces cuál va a ser el plan de salida respecto de este tema, porque no podemos tener un estado de excepción eterno, independientemente de que se prorrogue cada 15, 30, 60 o 90 días. Tenemos que buscar el plan de salida adecuado.

Con una mayor o menor periodicidad, en algún momento reparamos sobre la prórroga, porque no puede ser que cada 15 días las Fuerzas Armadas estén en una situación de inseguridad respecto de si se va a mantener o no el estado de excepción constitucional. Creemos que ello es apropiado. Sin embargo, no es el momento adecuado para tener esta discusión, Estamos a punto de entrar en receso Parlamentario y se va a entender que aprobaremos el proyecto exclusivamente para no tener que venir en febrero, a pesar de que esto fue solicitado con mucha antelación, pero no se le dio la tramitación apropiada.

Reitero, el estado de excepción no es la solución. El gobierno tiene que buscar otra opción, un plan de salida. Siempre estaré dispuesto a colaborar en todo lo que significa buscar una mejor opción, para abordar la problemática que se vive en la Región de La Araucanía, donde no vivimos ni dormimos tranquilos.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Bernardo Berger.

El señor BERGER.-

Señor Presidente, honorable Cámara, tan solo 66 días después de iniciar su mandato, el Presidente Gabriel Boric se encontró superado por la situación de terrorismo y por las duras realidades que contrastan con el voluntarismo, llevándolo a declarar el primer estado de excepción constitucional el lunes 16 de mayo de 2022.

A pesar de que las Fuerzas Armadas no son organismos ideales para asumir las responsabilidades estatales en el mantenimiento del orden público, han estado activas continuamente hasta el presente, abarcando casi la totalidad del período presidencial del Presidente Boric. Ese despliegue se ha dado tanto en la macrozona sur, enfrentando un terrorismo constante, como en la macrozona norte, frente a una inmigración clandestina que el gobierno no ha logrado controlar adecuadamente.

Señor Presidente, este proyecto responde adecuadamente a la realidad que enfrenta el país, proponiendo extender el período de estado de excepción a 30 días. Además, ese plazo permitirá al Ejército planificar sus operaciones de manera más eficiente y ordenada.

El proyecto también mantiene la obligación de informar cada quince días a este Congreso, el que tendrá la facultad de revocar la prórroga si se justifica. De esta manera, se respetan los principios democráticos de un Estado de derecho.

Es momento de dejar a un lado ideologías que están desconectadas de la realidad nacional y priorizar la seguridad de los chilenos.

Por estas razones, apoyo la presente reforma constitucional.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Christian Matheson.

El señor MATHESON.-

Señor Presidente, voy a apoyar este proyecto, aunque tengo mis dudas acerca del inciso donde se estipula que la revocación del estado de excepción constitucional puede ser pedida por la cuarta parte de los diputados o senadores en ejercicio. Pienso que eso debería requerir un mayor quorum.

Por otra parte, quiero decir que, después de cuarenta prórrogas de este estado de excepción constitucional, se hace evidente algo que podría parecer de Perogrullo, pero que es una realidad: si se sigue haciendo lo mismo, tendremos los mismos resultados.

Este dicho claramente representa cómo el gobierno ha enfrentado el problema que tenemos en la macrozona sur y en la zona norte del país. El gobierno ha tenido, desde sus comienzos, una actitud blandengue para enfrentar lo que ocurre en esas zonas, donde la población sufre día a día atentados y actos delictuales y de terrorismo.

Se requiere otra actitud por parte del Ejecutivo para que podamos llevar tranquilidad a los conciudadanos de esas zonas. De lo contrario, estaremos renovando eternamente estos estados de excepción constitucional, sin obtener resultados concretos y definitivos.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

No hay más diputados inscritos en la discusión de este proyecto.

Cerrado el debate.

LA VERSIÓN OFICIAL DE ESTA DISCUSIÓN EN SALA NO SE ENCUENTRA DISPONIBLE AL MOMENTO DE LA PUBLICACIÓN DE ESTA HISTORIA DE LEY POR LO QUE SE HA INSERTADO UNA VERSIÓN PRELIMINAR DE MANERA PROVISORIA LA QUE SERÁ REEMPLAZADA POR LA VERSIÓN OFICIAL TAN PRONTO EL DOCUMENTO SE ENCUENTRE DISPONIBLE.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 10 de enero, 2024. Oficio en Sesión 93. Legislatura 371.

VALPARAÍSO, 10 de enero de 2024

Oficio N° 19.171

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, aprobó, en los mismos términos en que lo hiciera ese H. Senado, el proyecto de reforma constitucional que modifica la Carta Fundamental, en materia de prórrogas sucesivas del estado de excepción constitucional de emergencia, en las condiciones que indica, correspondiente al boletín N° 15.709-07.

Hago presente a V.E. que el proyecto de reforma constitucional fue aprobado, en general y en particular, con el voto favorable de 95 diputadas y diputados, respecto de un total de 154 en ejercicio, dándose de esta manera cumplimiento a lo prescrito en el artículo 127, inciso segundo, de la Constitución Política de la República.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 77/SEC/23, de 30 de enero de 2023.

Acompaño los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

RICARDO CIFUENTES LILLO

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

3. Trámite Finalización: Senado

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 10 de enero, 2024. Oficio

Valparaíso, 10 de enero de 2024.

Nº 37/SEC/24

A Su Excelencia el Presidente de la República

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

“Artículo único.- Incorpóranse en el artículo 42 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fija el decreto N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, los siguientes incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo, nuevos:

“Sin perjuicio de lo anterior, a contar de la sexta prórroga sucesiva, el Presidente de la República podrá prorrogarlo por períodos de treinta días, para lo cual requerirá siempre del acuerdo del Congreso Nacional, en los términos del inciso primero.

Una vez decretada la prórroga en la forma prevista en el inciso precedente, la información a que alude el inciso tercero será evacuada cada quince días, mediante un informe escrito dirigido a ambas Cámaras.

Con todo, una vez autorizada la prórroga en los términos del inciso cuarto, el Congreso Nacional podrá, por la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio, revocar el acuerdo.

En el caso del inciso anterior, la solicitud de revocación deberá ser pedida por la cuarta parte de los diputados o senadores en ejercicio.”.

Artículo transitorio.- Si al publicarse la presente reforma constitucional se encontrare vigente la prórroga de un estado de excepción constitucional de emergencia, que hubiere sido ya prorrogado en más de seis oportunidades, se entenderá que dicha prórroga regirá por treinta días.”.

- - -

Hago presente a Su Excelencia que esta iniciativa de reforma constitucional tuvo su origen en Moción de los Honorables Senadores señores Juan Antonio Coloma Correa, José García Ruminot, Ricardo Lagos Weber y Matías Walker Prieto, y del exsenador señor Álvaro Elizalde Soto.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JUAN ANTONIO COLOMA CORREA

Presidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 21.654

Tipo Norma
:
Ley 21654
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1200388&t=0
Fecha Promulgación
:
16-01-2024
URL Corta
:
http://bcn.cl/3hn1v
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Título
:
MODIFICA LA CARTA FUNDAMENTAL EN MATERIA DE PRÓRROGAS SUCESIVAS DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE EMERGENCIA, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA
Fecha Publicación
:
19-01-2024

LEY NÚM. 21.654

MODIFICA LA CARTA FUNDAMENTAL EN MATERIA DE PRÓRROGAS SUCESIVAS DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE EMERGENCIA, EN LAS CONDICIONES QUE INDICA

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa de reforma constitucional que tuvo su origen en Moción de los Honorables Senadores señores Juan Antonio Coloma Correa, José García Ruminot, Ricardo Lagos Weber y Matías Walker Prieto, y del exsenador señor Álvaro Elizalde Soto,

    PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL:

    "Artículo único.- Incorpóranse en el artículo 42 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fija el decreto Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, los siguientes incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo, nuevos:

    "Sin perjuicio de lo anterior, a contar de la sexta prórroga sucesiva, el Presidente de la República podrá prorrogarlo por períodos de treinta días, para lo cual requerirá siempre del acuerdo del Congreso Nacional, en los términos del inciso primero.

    Una vez decretada la prórroga en la forma prevista en el inciso precedente, la información a que alude el inciso tercero será evacuada cada quince días, mediante un informe escrito dirigido a ambas Cámaras.

    Con todo, una vez autorizada la prórroga en los términos del inciso cuarto, el Congreso Nacional podrá, por la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio, revocar el acuerdo.

    En el caso del inciso anterior, la solicitud de revocación deberá ser pedida por la cuarta parte de los diputados o senadores en ejercicio.".

    Artículo transitorio.-  Si al publicarse la presente reforma constitucional se encontrare vigente la prórroga de un estado de excepción constitucional de emergencia, que hubiere sido ya prorrogado en más de seis oportunidades, se entenderá que dicha prórroga regirá por treinta días.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 16 de enero de 2024.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Carolina Tohá Morales, Ministra del Interior y Seguridad Pública.- Maya Fernández Allende, Ministra de Defensa Nacional.- Álvaro Elizalde Soto, Ministro Secretario General de la Presidencia.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Manuel Monsalve Benavides, Subsecretario del Interior.