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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.661

Modifica la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales, y la ley N° 18.744, que crea la Universidad del Bío-Bío, para autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 25 de septiembre, 2023. Mensaje en Sesión 82. Legislatura 371.

MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 21.094, SOBRE UNIVERSIDADES ESTATALES, Y LA LEY N° 18.744, QUE CREA LA UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO, PARA AUTORIZAR LA BIRREGIONALIDAD DE LAS UNIVERSIDADES DEL ESTADO.

Santiago, 25 de septiembre de 2023.

MENSAJE Nº 166-371/

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS

Honorable Cámara de Diputadas y Diputados:

En uso de mis facultades constitucionales, vengo en proponer un proyecto de ley que tiene por objeto modificar la ley N°21.094, sobre Universidades Estatales, y la ley N°18.744, que crea la Universidad del Bío-Bío, para autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado.

I. ANTECEDENTES

En nuestro país existen, actualmente, 18 universidades estatales, a saber: la Universidad de Tarapacá, Universidad Arturo Prat, Universidad de Antofagasta, Universidad de Atacama, Universidad de La Serena, Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, Universidad de Valparaíso, Universidad de Santiago de Chile, Universidad Tecnológica Metropolitana, Universidad de Chile, Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, Universidad de O’Higgins, Universidad de Talca, Universidad del Bío-Bío, Universidad de La Frontera, Universidad de Los Lagos, Universidad de Aysén y la Universidad de Magallanes.

Dichas instituciones de educación superior tienen su domicilio en 14 regiones del país, conforme a lo dispuesto en las leyes que las crean y en sus estatutos orgánicos.

Por su parte, la ley N°21.094 constituye el marco jurídico general de las Universidades Estatales, encargándose de regular la naturaleza, la organización y el funcionamiento de aquellas, permitiendo el fortalecimiento de sus estándares de calidad académica y gestión institucional, y asentando su contribución de forma permanente en el desarrollo integral del país, de conformidad a la especificidad de la misión, de las funciones y de los principios que fundamentan y dirigen el quehacer de estas instituciones de educación superior.

En particular, el inciso segundo del artículo 1 del mencionado cuerpo normativo dispone que las Universidades del Estado “Tendrán su domicilio en la región que señalen sus estatutos”. A continuación, el inciso final del mismo artículo agrega que “Los estatutos de cada universidad podrán establecer un ámbito territorial preferente de su quehacer institucional, en razón de su domicilio principal y la misión específica de estas instituciones”. Por su parte, los artículos 14 letra c), 21 y 25 letra d) de la referida ley, contienen referencias al gobierno regional y al tribunal electoral regional del domicilio de las instituciones de educación superior, para efectos de la integración y nombramiento del Consejo Superior, y la elección del Rector.

Ahora bien, mediante la ley N°21.033, la cual entró en vigencia el 5 de septiembre de 2018, se creó la región de Ñuble, fijando su capital regional en la ciudad de Chillán. Esta modificación a la división política-administrativa del país implica que, dada la reciente creación de la región, no existe una universidad del Estado que tenga domicilio dentro de sus límites. En este sentido, es necesario tener presente que la región de Ñuble fue creada a partir de las 21 comunas que componían la antigua provincia de Ñuble, ubicada entonces en la Región del Biobío.

En relación con lo anterior, la Universidad del Bío-Bío, creada por la ley N°18.744, es una institución de educación superior del Estado, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Conforme al artículo 1° del citado cuerpo legal “sus estatutos fijarán su domicilio el que, en todo caso, deberá estar dentro de la Octava Región”.

Sin perjuicio de lo anterior, esta universidad cuenta con sedes tanto en la ciudad de Concepción como en la ciudad de Chillán, la cual tiene sus orígenes en la sede Ñuble de la Universidad de Chile, inaugurada en 1966, la que luego pasó a ser el Instituto Profesional de Chillán a través del decreto con fuerza de ley N°15, de 1981, del Ministerio de Educación Pública y que, finalmente, fue fusionado con la Universidad del Bío-Bío mediante la ya mencionada ley N°18.744.

En este contexto, considerando el extenso vínculo entre la Universidad del Bío-Bío y la Región de Ñuble, y el interés de dicha casa de estudios en contar con domicilio en ambas regiones para atender los requerimientos regionales, surge la necesidad de modificar las leyes N°21.094 y N°18.744, para permitir que la Universidad del Bío-Bío tenga domicilio en ambas regiones.

II. OBJETIVO DEL PROYECTO

El objetivo principal del presente proyecto de ley es fortalecer la educación superior pública en la región de Ñuble, permitiendo que la Universidad del Bío-Bío cuente con domicilio en ambas regiones, contribuyendo al fortalecimiento de la educación pública, de la democracia, del desarrollo regional, sustentable e integral del país, y al progreso de la sociedad.

Asimismo, permitirá que aquellas regiones en las cuales no exista una universidad del Estado domiciliada en sus límites administrativos puedan contar con una universidad birregional, siempre que se trate de regiones contiguas y no haya otra universidad cuyo ámbito territorial preferente esté radicado en ella. Con lo anterior, se busca promover y fortalecer la educación pública universitaria, reconociendo el aporte que las universidades del Estado realizan a las regiones de nuestro país y a la construcción de ciudadanía, potenciando la colaboración entre las instituciones del Estado.

III. CONTENIDO

El presente proyecto de ley modifica las leyes N°21.094, sobre Universidades Estatales y N°18.744, que crea la Universidad del Bío-Bío, a objeto de autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado.

La ley N°21.094, es modificada en sus artículos 1, 14, 21 y 25.

Por una parte, la modificación de las disposiciones contenidas en el artículo 1 de la ley N°21.094, busca que las universidades del Estado puedan tener domicilio en dos regiones, siempre que se trate de regiones contiguas, en las cuales no exista otra universidad regional ya radicada, y que sus estatutos y la ley que las creó así lo dispongan expresamente.

Por otra, las modificaciones a los artículos 14, 21 y 25, permiten la participación de personas con reconocido vínculo profesional en ambas regiones en el máximo órgano colegiado, así como también armoniza las disposiciones relativas a la elección del rector para efectos de dar cuenta de la birregionalidad.

Luego, la ley N°18.744 es modificada en su artículo 1° para permitir que la Universidad del Bío-Bío, actualmente domiciliada en la región del Biobío pero fuertemente vinculada con la región de Ñuble por su histórica sede en la ciudad de Chillán, adquiera carácter birregional, al poder fijar su domicilio en ambas regiones.

Lo anterior permitirá que la región de Ñuble cuente con una Universidad del Estado, fortaleciendo la educación pública en las regiones del país, contribuyendo a satisfacer las necesidades e intereses generales de la sociedad y colaborando, como parte integrante del Estado, en todas aquellas políticas, planes y programas que propendan al desarrollo cultural, social, territorial, artístico, científico, tecnológico, económico y sustentable del país, a nivel nacional y regional.

En mérito de lo anteriormente expuesto, someto a vuestra consideración el siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1°.- Modifícase la ley N°21.094, sobre Universidades Estatales, en el siguiente sentido:

1) Modifícase el artículo 1 de la siguiente forma:

a) Reemplázase, en el inciso segundo, la frase “Tendrán su domicilio en la región que señalen sus estatutos”, por la oración “Tendrán su o sus domicilios en la o las regiones que señalen sus estatutos”.

b) Agrégase, el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando el actual inciso tercero a ser cuarto:

“El domicilio de su sede central corresponderá a aquel donde se ubican los órganos superiores del Gobierno Universitario.”.

c) Reemplázase el inciso final por el siguiente:

“Los estatutos de cada universidad podrán establecer un ámbito territorial preferente de su quehacer institucional, en razón de su domicilio y la misión específica de estas instituciones. Las universidades estatales podrán extender su ámbito territorial a dos regiones, adquiriendo el carácter de birregionales, siempre que se trate de regiones contiguas y que no haya otra universidad estatal domiciliada en dicha región, en conformidad con lo que señalen los planes de desarrollo institucional respectivos.”.

2) Reemplázase el literal c) del artículo 14, por el siguiente:

“c) Una persona titulada o licenciada de la institución de destacada trayectoria y de un reconocido vínculo profesional con la o las regiones en que la universidad tiene su domicilio, nombrada por el Consejo Universitario a partir de una terna propuesta por el Gobierno Regional de la región donde se ubica la sede central. Para el caso en que la universidad tenga carácter birregional, la terna deberá incorporar, al menos, una persona que, cumpliendo con los demás requisitos legales, tenga reconocido vínculo profesional con la región en que no se ubica la sede central de la universidad.”.

3) Reemplázase, en el inciso segundo del artículo 21, la palabra “respectivo” por la frase “de la región donde se ubica la sede central de la Universidad”.

4) Reemplázase el literal d) del artículo 25, por el siguiente:

“d) Nombrar a la persona titulada o licenciada de la institución que debe integrar el Consejo Superior, a partir de una terna propuesta por el Gobierno Regional de la región donde se ubica la sede central.”.

Artículo 2°.- Reemplázase, en el inciso primero del artículo 1° de la ley N° 18.744, la frase “Sus estatutos fijarán su domicilio el que, en todo caso, deberá estar dentro de la Octava Región”, por la oración “Sus estatutos fijarán los domicilios de sus respectivas sedes, las que deberán estar dentro de la Región del Biobío y en alguna región contigua, atendiendo al carácter birregional de la Universidad, de conformidad a lo señalado en el artículo 1 de la ley N° 21.094”.”.

Dios guarde a V.E.,

GABRIEL BORIC FONT

Presidente de la República

NICOLÁS CATALDO ASTORGA

Ministro de Educación

VER INFORME FINANCIERO

1.2. Informe de Comisión de Educación

Cámara de Diputados. Fecha 24 de octubre, 2023. Informe de Comisión de Educación en Sesión 98. Legislatura 371.

INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 21.094, SOBRE UNIVERSIDADES ESTATALES, Y LA LEY N° 18.744, QUE CREA LA UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO, PARA AUTORIZAR LA BIRREGIONALIDAD DE LAS UNIVERSIDADES DEL ESTADO. Boletín N° 16302-04

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Educación pasa a informar, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, originado en un mensaje de S.E. el Presidente de la República.

Para el despacho de esta iniciativa el Jefe del Estado ha hecho presente la urgencia, la que ha calificado de simple para todos sus trámites constitucionales, por lo que esta Corporación cuenta con un término de treinta días corridos para afinar su tramitación, plazo que vence el día 26 de octubre por haberse dado cuenta de la urgencia en la Sala, el 26 de septiembre recién pasado.

Durante el análisis del proyecto, la Comisión contó con la colaboración y asistencia de los señores Víctor Orellana Calderón, Subsecretario de Educación Superior; Óscar Crisóstomo Llanos, Gobernador Regional de Ñuble; Benito Umaña Hermosilla, Rector de la Universidad del Bío-Bío; Mauricio Sánchez Gómez, Director General de Comunicación Estratégica de la misma casa de estudios; Osvaldo Corrales Jorquera, Presidente del Consorcio de Universidades del Estado de Chile; Luis Moreno Osorio, Presidente de la Asociación de Funcionarios Académicos de la Universidad del Bío-Bío, sede Chillán y Pablo Sandoval Sepúlveda, jefe de asesores de la Subsecretaría de Educación Superior, y de las señoras Carla Bustos Novoa, Presidenta de la Asociación de Funcionarios no Académicos de la Universidad del Bío-Bío; Julia Fawaz Yissi, María Angélica Caro Gutiérrez y Romina Bazaes Muñoz, Prorrectora, Vicerrectora de Investigación y Postgrados y Secretaria General, respectivamente, de la Universidad del Bío-Bío e Irune Martínez Rebolledo, asesora legislativa de la Subsecretaria de Educación Superior.

I.- IDEAS MATRICES O FUNDAMENTALES.

La idea central de esta iniciativa se orienta a autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado siempre que se trate de regiones contiguas y donde no exista una universidad del Estado domiciliada en sus límites administrativos. Asimismo, se modifica la ley N° 18.744 permitiendo que la Universidad del Bío-Bío fije en sus estatutos los domicilios de sus sedes, los que deberán estar dentro de la región del Biobío y en alguna región contigua atendiendo al carácter birregional de la universidad.

II.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS.

Para efecto de lo establecido en los números 2, 3, 4, 5 y 7 del artículo 302 del Reglamento de la Corporación, la Comisión dejó constancia de lo siguiente:

1. Normas de quórum especial.

Ninguna de sus disposiciones tiene rango propio de ley orgánica constitucional o de quórum calificado.

2. Normas que requieran trámite de Hacienda.

Ninguno de sus artículos requiere ser conocido por la Comisión de Hacienda.

3. Aprobación del proyecto, en general.

La iniciativa fue aprobada en general por unanimidad, con los votos de los(as) diputados(as) Mónica Arce Castro, Eduardo Cornejo Lagos, Helia Molina Milman, Alejandra Placencia Cabello, Marcia Raphael Mora, Hugo Rey Martínez, Gaspar Rivas Sánchez, Juan Santana Castillo, Emilia Schneider Videla y Daniela Serrano Salazar.

4. Artículos e indicaciones rechazadas.

No hubo.

5.- Diputado informante.

Se designó al diputado señor Sergio Bobadilla Muñoz.

III.- ANTECEDENTES.

El mensaje señala que en el país existen 18 universidades estatales, las que tienen su domicilio en 14 regiones del país, conforme a lo dispuesto en las leyes que las crean y en sus estatutos orgánicos.

Por otra parte, explica que la ley N°21.094 constituye el marco jurídico general de las universidades estatales, disponiendo el inciso segundo del artículo 1 que éstas “Tendrán su domicilio en la región que señalen sus estatutos” agregando el inciso final que “Los estatutos de cada universidad podrán establecer un ámbito territorial preferente de su quehacer institucional, en razón de su domicilio principal y la misión específica de estas instituciones”. Agrega que los artículos 14 letra c), 21 y 25 letra d) contienen referencias al gobierno regional y al tribunal electoral regional del domicilio de las instituciones de educación superior, para efectos de la integración y nombramiento del Consejo Superior, y la elección del rector.

Indica que mediante la ley N°21.033, que entró en vigencia en el año 2018, se creó la región de Ñuble, fijando su capital regional en la ciudad de Chillán. Esta modificación a la división política-administrativa del país implica que, dada la reciente creación de la región, no existe una universidad del Estado que tenga domicilio dentro de sus límites. Se aclara que, es necesario tener presente que la región de Ñuble fue creada a partir de las 21 comunas que componían la antigua provincia de Ñuble, ubicada entonces en la región del Biobío.

En relación con lo anterior, señala que la Universidad del Bío-Bío, creada por la ley N°18.744, que dispone en su artículo 1 que sus estatutos fijarán su domicilio el que, en todo caso, deberá estar dentro de la Octava Región, cuenta con sedes tanto en la ciudad de Concepción como en Chillán, la cual tiene sus orígenes en la sede Ñuble de la Universidad de Chile, inaugurada en el año 1966, que luego pasó a ser el Instituto Profesional de Chillán y fusionado finalmente con la Universidad del Bío-Bío mediante la ya mencionada ley N°18.744.

En este contexto, señala que considerando el extenso vínculo entre la Universidad del Bío-Bío y la región de Ñuble, y el interés de dicha casa de estudios de contar con domicilio en ambas regiones para atender los requerimientos regionales, surge la necesidad de modificar las leyes N°21.094 y N°18.744, para permitir que la Universidad del Bío-Bío tenga domicilio en ambas regiones.

IV.- ESTRUCTURA DEL PROYECTO

Esta iniciativa consta de dos artículos permanentes.

El artículo 1 modifica mediante cuatro numerales la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales.

El numeral 1 modifica el artículo 1 permitiendo que las universidades del Estado puedan tener domicilio en la o las regiones que señalen sus estatutos, siempre que se trate de regiones contiguas, en las cuales no exista otra universidad regional ya radicada en conformidad con lo que señalen los planes de desarrollo institucional respectivos.

El numeral 2 modifica el artículo 14 disponiendo que, en el caso de universidades birregionales, integre la terna para el Consejo Superior al menos, una persona que, cumpliendo con los demás requisitos legales, tenga reconocido vínculo profesional con la región en que no se ubica la sede central de la universidad.

Los numerales 3 y 4 que modifican los artículos 21 y 25, respectivamente, armoniza las disposiciones relativas a la elección del rector para efectos de dar cuenta de la birregionalidad.

El artículo 2 modifica el artículo 1 de la ley N° 18.744, que crea la Universidad del Bío-Bío, para permitir que la esta universidad, actualmente domiciliada en la región del Biobío adquiera carácter birregional, al permitirle fijar los domicilios de sus respectivas sedes, que deberán estar dentro de la región del Biobío y en alguna región contigua.

V.- SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN Y ACUERDOS ADOPTADOS.

a) Discusión general

Durante la discusión general, se recibieron las siguientes opiniones:

1. Víctor Orellana Calderón,[1] Subsecretario de Educación Superior.

Explicó que esta iniciativa había surgido de una inquietud de la Universidad del Bío-Bío, que guardaba relación con su reconocimiento como una institución de educación superior de carácter birregional; situación que además se enmarcaba dentro de un temática mayor como era la forma en que se vinculaban las universidades públicas con las diversas regiones, a propósito del proceso de descentralización efectiva por el que atravesaba el país.

Asimismo, indicó que el proyecto atendía a un momento de surgimiento de distintas políticas de desarrollo territorial, que en regiones requería del fortalecimiento de capacidades técnicas, académicas, intelectuales y científicas; cuyo proceso estaba íntimamente ligado al crecimiento y a la proyección de las universidades públicas. En ese contexto, puntualizó que este mensaje apuntaba a generar una articulación entre el proceso de descentralización efectiva, las regiones y las universidades.

En esa línea, explicó que esta iniciativa buscaba promover y fortalecer la educación pública universitaria, reconociendo el aporte que las universidades del Estado realizaban a las distintas regiones de nuestro país, así como a la construcción de ciudadanía, potenciando la colaboración entre las diversas instituciones públicas.

Sin embargo, comentó que actualmente, al crearse una región nueva, no existía la posibilidad de que las sedes de las universidades estatales ya instaladas en el territorio sean consideradas “regionales”, debido a que la ley N°21.094 sólo admitía un domicilio por institución superior. Por eso, detalló que la modificación que se proponía buscaba permitir que las universidades públicas tuvieran su domicilio en dos regiones contiguas sólo si no existía otra institución de educación superior estatal en la zona.

En igual sentido, puntualizó que la referida propuesta posibilitaría, entre otras cosas, que los fondos de que disponían las autoridades regionales para el fomento de los territorios pudieran ser destinados al fortalecimiento de la investigación y a la vinculación de dicha universidad con el desarrollo local y nacional.

En cuanto al contexto histórico, esbozó que la sede Chillán de la Universidad del Bío-Bío no siempre fue parte de la institución puesto que antes formaba parte de la Universidad de Chile. En esa línea, expuso que dicha casa de estudios había surgido a consecuencia de un amplio movimiento ciudadano destinado a evitar que los jóvenes de la zona tuvieran que emigrar a Santiago para continuar con su educación superior, lo cual generó un fuerte arraigo e identificación de la comunidad local de Ñuble con el plantel.

Señaló que, raíz del proceso de regionalización que vivió nuestro país, en el año 1988 se produjo la fusión de la Universidad de Bío-Bío –con sede en Concepción- y el Instituto Profesional de Chillán, cuya unión dio origen a la Universidad del Bío-Bío, sin embargo, recalcó que dicha casa de estudios siempre mantuvo un pleno compromiso con las comunidades locales de los territorios que hoy formaban parte tanto de la región de Ñuble como del Bío-Bío, constituyéndose en los hechos en una institución de carácter birregional.

No obstante, indicó que esta particularidad histórica no tenía un sustento legal y que, en razón de ello, la universidad solicitó el reconocimiento del carácter birregional en sus estatutos; pero dicha petición no pudo ser acogida debido a los impedimentos normativos que establecía la ley N°21.094.

Hizo hincapié que la sede Chillán actualmente representaba la mayor capacidad de atención en materia de educación superior de la región de Ñuble, puesto que en sus instalaciones se dictaban las carreras de fonoaudiología, ingeniería en alimentos, nutrición y dietética, ingeniería en recursos naturales, química y farmacia, bachillerato en ciencias y, para el año 2024, medicina.

Asimismo, expuso que, a partir del año 2007, se habían matriculado 87.246 estudiantes en la sede Chillán, titulándose 14.648 personas a la fecha, incluyendo pregrado, postgrado y postítulo.

Por lo anterior, explicó que el proyecto de ley buscaba posibilitar que aquellas regiones en las cuales no existía una universidad estatal domiciliada en sus límites administrativos, pudieran contar con una institución de educación superior de carácter birregional, siempre que se tratara de regiones contiguas y que no existiera otra universidad estatal cuyo ámbito territorial preferente estuviera radicado en ella.

Puntualizó que se apuntaba a fortalecer la educación superior pública en la región de Ñuble permitiendo que la Universidad del Bío-Bío contara con domicilio tanto en la región del Biobío como en la de Ñuble y aseveró que el proyecto permitiría la existencia de una universidad tutora para el proceso de creación del Centro de Formación Técnica Estatal de la región de Ñuble.

Detalló que el contenido del proyecto se estructuraba de la siguiente forma:

1.- Modificación del artículo 1° de la ley N°21.094, sobre universidades estatales: con el propósito de permitir que las universidades estatales pudieran tener su domicilio en dos regiones, adquiriendo el carácter de instituciones birregionales, siempre que se tratare de regiones contiguas, en las cuales no existiera otra universidad estatal radicada dentro de sus límites administrativos y que, además, sus estatutos así lo hayan dispuesto expresamente.

Asimismo, explicó que dicha modificación buscaba establecer que el domicilio de la sede central de las universidades estatales correspondiera a aquel en donde se ubicaran los órganos superiores del gobierno universitario.

2.- Modificaciones a los artículos 14, 21 y 25 de la ley N°21.094, para permitir que, respecto a las universidades birregionales, existiera la participación de personas con reconocido vínculo profesional con ambas regiones en el máximo órgano colegiado, así como también armonizar las disposiciones relativas a la elección del rector o rectora del respectivo plantel.

3.- Modificación al artículo 1° de la ley N°18.744, que crea la Universidad del Bío-Bío, con el objeto de permitir que la Universidad del Bío-Bío, actualmente domiciliada en la región del Biobío, pero fuertemente vinculada con la región de Ñuble por su histórica sede en la ciudad de Chillán, adquiriera el carácter birregional, al facultársele para fijar su domicilio en ambos territorios.

Finalmente, recalcó que esta iniciativa buscaba potenciar los procesos de descentralización efectiva a través del fortalecimiento técnico, profesional y académico de sus habitantes, así como robustecer la colaboración de las universidades estatales con los respectivos gobiernos regionales.

2. Benito Umaña Hermosilla[2], Rector de la Universidad del Bío-Bío.

Señaló que históricamente y en los hechos la Universidad del Bío-Bío era una casa de estudio de tipo birregional por lo que el proyecto solo reconocía dentro de un marco legal una situación que en la práctica venía ocurriendo desde hacía muchos años. En ese sentido, manifestó que esta institución de educación superior poseía una rica historia de arraigo e identificación con las regiones de Ñuble y Biobío en iguales términos.

Por su parte y, a modo de contexto, puntualizó que los orígenes de la referida casa de estudio se remontaban a la creación de la Universidad Técnica del Estado, en la ciudad de Concepción, el 9 de abril de 1947. Posteriormente, el 11 de abril del año 1966, se fundó la sede Ñuble de la Universidad de Chile; entidad que había surgido previamente a través de la Escuela Normal de Chillán, fruto de un amplio movimiento ciudadano destinado a evitar que los jóvenes de la zona tuvieran que emigrar a Santiago para continuar con su enseñanza superior, y que contó con el respaldo económico de toda la comunidad local, quienes aportaron el 1% de sus ingresos en pos de la concreción de dicho anhelo; a lo cual se sumó la donación de los terrenos en donde se ubicaba actualmente el Campus Fernando May de la Universidad del Bío-Bío.

Detalló que, más adelante, en el año 1981, el sistema universitario chileno experimentó un cambio radical que derivó en que la sede Ñuble de la Universidad de Chile se convirtiera en el Instituto Profesional de Chillán (IPROCH), y que, a su vez, la Universidad Técnica del Estado (UTE) emplazada en Concepción, se transformara en la Universidad de Bío-Bío. Incorporando la primera de dichas instituciones a las antiguas instalaciones de la Escuela Normal de Chillán donde ahora se encontraba el Campus La Castilla.

Complementó, comentando que posteriormente, en el año 1988, se produjo la fusión de la Universidad de Bío-Bío y del Instituto Profesional de Chillán, dando origen a la Universidad del Bío-Bío, uniendo a dos instituciones que asumieron el desafío de caminar juntas y construir una historia en común en pos del desarrollo profesional de los habitantes de Ñuble y del Biobío.

Más tarde, indicó que con la entrada en vigencia de la ley N° 21.033, que creó la región de Ñuble, en el año 2018, la Universidad del Bío-Bío asumió el desafío y la obligación de desarrollarse en dos regiones, convirtiéndose en un esfuerzo exitoso de construir una identidad común, un sentido de unidad institucional con pleno respeto de las particularidades de las comunidades que integraban dichos territorios.

Por otro lado, comentó que la referida casa de estudio contaba con 6 facultades, 36 carreras de pregrado, 7 carreras en jornada vespertina, con cerca de 13.000 estudiantes, y con 2.015 títulos profesionales entregados al año 2022 –muchos de los cuales correspondían a la primera generación de profesionales de sus familias-.

En el mismo tenor, expuso a modo de dato importante, que la totalidad de las nuevas carreras que estaba implementando la institución, lo eran respecto de la sede ubicada en la región de Ñuble, tales como: química y farmacia –iniciada este año 2023, con 63 ingresos y conformada en más de un 90% por estudiantes de la zona-, pedagogía en educación especial –iniciada igualmente en 2023- y la creación de la carrera medicina, cuyo comienzo de clases esta pronosticado para el año 2024.

Detalló que la casa de estudios contaba con 5 años de acreditación en todas sus áreas, con 8 doctorados -6 de ellos acreditados y 2 en proceso- y 17 programas de magister. A su vez, esbozó que la institución al año 2022, había entregado 131 grados de doctor o magister, desarrollando 627 publicaciones y presentando 168 proyectos. Al mismo tiempo, anunció que la universidad incorporaría en el año 2024 dos nuevos doctorados siendo especialmente importante el de inteligencia artificial que trabajaban en conjunto con las universidades de Concepción, Santa María sede Concepción y Católica de la Santísima Concepción.

En esa línea, insistió en que la Universidad del Bío-Bío, en la práctica, funcionaba ya como una institución de educación superior birregional, puesto que en su sede Concepción contaba con 6.157 matrículas de pregrado, 184 de postgrado y 74 de diplomados y postítulos, así como con 1.213 títulos y grados otorgados en el año 2022. En tanto, en la sede Chillán, disponía de 4.539 matrículas en pregrado, 181 de postgrado y 163 de diplomados y postítulos y con 1.150 títulos y grados entregados en 2022. Añadió que de lo expuesto, se desprendía que más de 40% de la matrícula correspondía a la nueva región de Ñuble.

Puntualizó que, a nivel nacional, la Universidad del Bío-Bío era la segunda casa de estudios con el mayor porcentaje de académicos con postgrados, cifra que alcanzaba a 93% de los docentes. En esa línea, precisó que la sede Chillán contaba con 230 académicos, 275 administrativos y con 4 Centros de Investigación y Transferencia Tecnológica; en tanto, detalló que la sede Concepción disponía de 307 docentes, 462 funcionarios administrativos y de 6 Centros de Investigación y Transferencia Tecnológica.

Asimismo, comentó que la institución contaba con una superficie birregional de 94.007 metros cuadrados construidos y con 149.398 metros de áreas verdes y de esparcimiento. Al mismo tiempo, agregó que la sede Chillán disponía de 337.457 metros cuadrados de superficie total, con 35.686 metros cuadrados construidos y 82.121 de áreas verdes y de esparcimiento; en tanto, la sede Concepción disponía de 245.962 metros cuadrados de superficie total, 58.321 construidos y 67.277 de áreas verdes y esparcimiento.

En cuanto a los desafíos de la universidad, contó que se estaba desarrollando un proyecto estratégico para potenciar un polo de la salud en la región de Ñuble, la cual incluía los siguientes pilares:

1.- Creación de nuevas carreras en el área de salud, por ejemplo, medicina;

2.- Centro Epidemiológico Regional;

3.- Centro de Simulación Clínica;

4.- Centro de Atención Integral Comunitaria en Salud (CIACS); y

5.- Especialidades médicas.

Dicho proyecto indicó, en lo que respecta a la carrera de medicina, tendría una inversión total de $17.160.067.195 de pesos; con un aporte del Gobierno Regional de Ñuble de $12.677.974.869.

En tanto, expuso que en la región del Biobío, la universidad estaba impulsando un proyecto estratégico para el desarrollo de un parque urbano de la institución, el cual tendría un aporte del Gobierno Regional equivalente a $13.982.000.000, siendo su propósito apuntar al fortalecimiento de las ciencias y la tecnología, así como potenciar la extensión y vinculación con el medio.

Asimismo, detalló que la casa de estudios estaba trabajando en la construcción de un planetario para la región del Biobío -el primero fuera de la región Metropolitana-, que contaría con un aporte del Gobierno Regional equivalente a $6.311.466.000 y que, además, tendría una superficie aproximada de 1.705,65 metros cuadrados.

Finalmente, hizo hincapié que, a lo largo de estos años, la comunidad universitaria de la referida casa de estudios, había incorporado su condición de birregionalidad en su desarrollo y crecimiento, aprovechando la riqueza cultural e intelectual para aplicarla en su quehacer académico y en la vinculación con los territorios. Agregó que la universidad era reconocida como un actor relevante y protagonista del desarrollo y proyección de las regiones de Ñuble y Biobío, no obstante, advirtió que la actual ley N° 21.094, en lo que respecta a los estatutos, solo consideraba el domicilio en una sola región, lo cual excluía toda opción de que se asignara un carácter birregional a la universidad; por ello, recalcó que esta iniciativa modificaba el texto normativo permitiendo la posibilidad de que las instituciones de educación superior estatales pudieran tener su domicilio en más de una región.

3. Julia Fawaz Yissi, Prorrectora de la Universidad del Bío-Bío.

Complementó argumentando que este proyecto obedecía a una larga demanda de la comunidad estudiantil de las regiones de Ñuble y Biobío en torno a formalizar el trabajo académico, de investigación y de extensión que realizaba la universidad en ambos territorios, a fin de definirla como una institución de educación superior pública, estatal y birregional.

Asimismo, aseveró que, a la referida casa de estudios, le interesaba profundamente avanzar en los compromisos con las comunidades, además de la proyección y crecimiento de ambos territorios. En esa línea, comentó que la universidad aportaba tanto a la estrategia de desarrollo regional de Ñuble como de Biobío.

Por último, recordó que la institución desde sus inicios, siempre tuvo una plena conexión con las comunas que actualmente pertenecían a la región de Ñuble, al igual como acontecía con la región del Biobío, lo que, además, se acrecentaba con la cercanía geográfica de ambos territorios, siendo la referida casa de estudios en los hechos una universidad de carácter birregional. Por ello, enfatizó que esta iniciativa solo buscaba dar un marco legal a una situación que en la práctica ya ocurría.

La diputada Molina valoró la intención que subyacía a la presentación de este proyecto debido a que contribuiría a corregir la notable inequidad territorial en materia de educación superior existente en Chile. Asimismo, opinó que, la inclusión de la posibilidad de que existieran universidades con un carácter birregional permitiría aumentar la cantidad de profesionales disponibles en todas las regiones en sus diversas áreas, como, por ejemplo, en el ámbito de la salud. Asimismo, expuso que la presencia de la Universidad del Bío-Bío en la región de Ñuble contribuiría enormemente al desarrollo local, al ámbito cultural y a la vinculación con el medio.

El diputado Schubert opinó que la presencia y consolidación de la Universidad del Bío-Bío como institución birregional en las regiones Ñuble y Biobío contribuiría al desarrollo técnico, académico y profesional de los jóvenes de ambos territorios. En ese sentido, indicó que en principio entendía que el proyecto se adecuaba correctamente a la política pública de una universidad por región, no obstante, manifestó sus dudas con la forma de descentralización que integraba la referida propuesta, puesto que la marca Universidad del Bío-Bío, en cuanto a su nombre, seguía siendo una casa de estudios más representativa de la región del Biobío que de la de Ñuble, lo que podría afectar el sentido de identidad de dicho plantel educacional con la comunidad local de esta última región.

Por otra parte, preguntó si esta iniciativa irrogaba gasto público y si implicaba algún cambio adicional al nombre de la universidad y a la modificación de sus estatutos para incorporarla como institución birregional.

Finalmente, consultó si no resultaría más adecuado en vez de establecer una universidad birregional, dividir las sedes de Chillán y Concepción, a fin de que se crearan dos instituciones de educación superior representativas de cada región.

El señor Orellana aclaró que este proyecto no irrogaba gasto público y señaló que implicaba múltiples ventajas de naturaleza institucional que iban más allá de los aspectos simbólicos, siendo una de las principales las relacionadas a la postulación al Fondo Regional Para la Productividad y el Desarrollo respecto de la sede de Chillán; ello en atención a que dichos montos estarían destinados al desarrollo de las capacidades científicas, las cuales eran ejecutadas por los gobiernos regionales de forma conjunta con las universidades públicas que tenían su domicilio dentro de su territorio. Asimismo, puntualizó que esta propuesta contribuiría a entrelazar de mejor forma los proyectos institucionales de las universidades con las estrategias regionales de desarrollo.

Hizo presente que esta iniciativa también tenía un gran componente simbólico, puesto que entregaba un reconocimiento legal al carácter birregional de la Universidad del Bío-Bío, situación que en la práctica ya ocurría hacía muchos años, pero que ahora habilitaría la posibilidad de que la institución desarrollara trabajos con el Gobierno Regional del Ñuble, al igual como actualmente lo realizaba con las autoridades de la región del Biobío.

Por otra parte, estimó inadecuada la división de las sedes de Chillán y Concepción en dos universidades estatales distintas desde el punto de vista administrativo, institucional y presupuestario, en razón a que irrogaría un nuevo gasto para el Estado; implicaría una digresión histórica y tradicional de la mixtura cultural que poseía la referida casa de estudios y afectaría el equilibrio financiero de ambos planteles al reducir su matrícula.

El señor Umaña manifestó que las universidades estatales contribuían al fortalecimiento de las regiones debido a que generaban polos de desarrollo de aprendizaje para las comunidades. En ese contexto, aseveró que no era prudente dividir la universidad en dos planteles puesto que afectaría la riquísima mixtura cultural que tenía la casa de estudios en ambos territorios, a los procesos de acreditación, al financiamiento institucional al reducir la matrícula de los alumnos y al trabajo en materia de publicaciones e investigación que se desarrollaba tanto en la sede de Chillán como en la de Concepción.

Por otro lado, reiteró que esta iniciativa obedecía a la necesidad de que se incorporara en la ley N°21.094 la posibilidad de que las universidades pudieran tener dos domicilios en regiones que sean contiguas, siempre que no tuvieran otra universidad estatal dentro de sus límites administrativos. Agregó, que ello tomaba mucha relevancia para la Universidad del Bío-Bío debido a que en la práctica ya poseía un carácter birregional en su actividad académica, de extensión, investigación y vinculación con el medio, pero sin que existiera un reconocimiento legal.

Por último, aseveró que la autorización del carácter birregional de la Universidad del Bío-Bío correspondía a una demanda ciudadana tanto de la región de Ñuble como del Biobío, que derivaba del vínculo histórico y geográfico que históricamente había existido entre ambos territorios.

La diputada Bravo explicó que la Universidad del Bio-Bío históricamente ha tenido un gran arraigo con el territorio que forma parte de la región de Ñuble, siendo muy destacado el polo de desarrollo en materia de salud que impulsaba desde hacía años el proyecto educativo de la referida casa de estudios. Asimismo, indicó que la presencia y consolidación de la Universidad del Bío-Bío como institución birregional, contribuía a que los jóvenes de la región de Ñuble tuvieran la posibilidad estudiar cerca de sus hogares en una universidad pública de excelencia académica.

La diputada Concha consideró importante para la región de Ñuble que la Universidad del Bío-Bío fuera reconocida como una institución de carácter birregional, puesto que la vinculación e identificación de dicha casa de estudios con la comunidad local era muy fuerte. Asimismo, enfatizó que el carácter birregional contribuía al desarrollo profesional, técnico y académico de los habitantes de la región de Ñuble, a la vez que permitía que los jóvenes de la zona no tuvieran que emigrar a otras regiones para continuar sus estudios superiores.

El diputado Sauerbaum señaló que este proyecto era muy significativo para la región de Ñuble, en razón a que la Universidad del Bío-Bío históricamente siempre había estado estrechamente vinculada al devenir de la zona, así como al desarrollo académico, científico, productivo, social y cultural de la comunidad local.

Asimismo, destacó el inconmensurable aporte que significaría la creación de la carrera de medicina en la sede de Ñuble, así como el fortalecimiento del polo de desarrollo en materia de salud, que contribuiría a la formación y disponibilidad de nuevos profesionales para la zona, así como en el mejoramiento de los procesos de investigación e innovación.

La diputada Schneider opinó que esta propuesta permitía abrir una serie de posibilidades para la Universidad del Bío-Bío, así como para el resto de las instituciones de educación superior estatales en torno al fortalecimiento de la enseñanza pública, de la vinculación con el medio y del sentido de pertenecía local con los territorios. Al mismo tiempo, precisó que dicha modificación permitiría a las universidades poseer un carácter birregional, a fin de aprovechar adecuadamente los fondos de inversión que contemplaban los gobiernos regionales en esta materia. Asimismo, sostuvo que el proyecto contribuiría a la colaboración y complementación entre los diversos territorios y, en particular, entre las regiones de Ñuble y Biobío, así como al fortalecimiento de las capacidades técnicas, profesionales y académicas de los jóvenes de la zona.

La diputada Placencia valoró la idea que subyacía a la presentación de esta iniciativa e hizo presente que revestía una gran importancia para el desarrollo y crecimiento de la región de Ñuble, en especial, en cuanto a la forma en que era concebida la universidad estatal al servicio del desarrollo nacional; la tradición histórica que tenía la sede Chillán de la Universidad del Bío-Bío respecto a la comunidad local; su formación académica de alto nivel; la investigación avanzada que se realizaba al interior de sus centros, su vinculación con el medio y sus actividades de extensión, todo lo cual potenciaba la relevancia de la enseñanza pública y de la función que le cabía al Estado en torno garantizar el derecho a la educación con una visión estratégica de país.

Del mismo modo, manifestó que este proyecto permitía resaltar la necesidad de avanzar en la política pública de creación de centros de formación técnica estatal en todas las regiones del país, a fin de que el Estado asumiera un rol relevante en la formación técnico-profesional de los jóvenes, con una mirada integral de la educación.

La diputada Serrano opinó que esta iniciativa permitía reconocer la deuda histórica existente en torno a la fragmentación de las universidades estatales en nuestro país puesto que al posibilitar el surgimiento de universidades birregionales se estaría ampliando la red de instituciones de enseñanza superior disponibles lo que desde el punto de vista de la oferta pública educativa contribuía a que los jóvenes de regiones no tuvieran que emigrar de sus hogares para continuar con sus estudios. A su vez, indicó que esta situación implicaba un desafío mayor en cuanto a la coordinación y complementación que debía existir entre los diversos planteles estatales a nivel nacional.

Asimismo, valoró que esta propuesta recogiera una demanda democrática de la comunidad educativa de la zona en torno a la necesidad de modificar la ley N°21.094, a fin de que esta permitiera reformar los estatutos de las instituciones de educación superior estatales y, en particular, de la Universidad del Bío-Bío, para que pudiera reflejar dentro de un marco legal el carácter birregional que históricamente siempre ha tenido.

El diputado Santana manifestó que este proyecto permitía poner en relieve la importancia que tenían las universidades estatales para el desarrollo y crecimiento de las regiones, ya sea desde el punto de vista académico, técnico, profesional, investigativo, científico, cultural, social y productivo, así como también en su vinculación con el medio, en sus actividades de extensión y en su rol público.

En la misma línea, expuso que el reconocimiento de la Universidad del Bío-Bío como institución de educación superior de la región de Ñuble, permitiría fortalecer un polo desarrollo científico y académico en dicho territorio lo que a su vez contribuiría a reducir los altos índices de desempleo que existían en esa zona.

Finalmente, hizo presente la conveniencia de que esta iniciativa fuera acompañada con una modificación al sistema de financiamiento de la educación superior que permitiera la estabilidad económica y presupuestaria de las universidades estatales en el desempeño de su labor así como en su rol público y social con las comunidades locales y con el desarrollo regional.

4. Osvaldo Corrales Jorquera, Presidente del Consorcio de Universidades del Estado de Chile.

Hizo presente que el Consorcio de Universidades del Estado de Chile apoyaba esta iniciativa, puesto que permitía conciliar adecuadamente dos grandes propósitos públicos, por una parte, la legítima aspiración que tenían muchas regiones del país de contar con oferta universitaria estatal dentro de sus territorios y, por la otra, la generación de un proyecto de educación superior sostenible y estable en el tiempo; esto último debido a que la referida casa de estudios históricamente siempre había mantenido una fuerte presencia tanto en la región del Biobío como en la de Ñuble.

En esa línea, explicó que esta Universidad tenía gran arraigo en los habitantes de la región de Ñuble, siendo reconocida como la institución de educación superior estatal por antonomasia de dicho territorio, lo que, además, se conjugaba con la legítima aspiración de la población de contar con una universidad pública dentro de sus límites. Por lo anterior, consideró que autorizar el carácter birregional de la Universidad del Bío-Bío, para que fuera la institución de educación superior estatal de ambos territorios, permitiría satisfacer adecuadamente la legítima aspiración de los habitantes de la región de Ñuble, sin debilitar la calidad ni la naturaleza de los servicios educativos que prestaba actualmente esta casa de estudios.

En ese sentido, advirtió que dividir la actual Universidad del Bío-Bío en dos instituciones podría debilitar la tradición, historia, identidad y financiamiento que actualmente tenía, así como aumentar exponencialmente los costos operacionales y de transacción para ambos planteles educativos, debido principalmente, a la instalación y puesta en marcha de un nuevo aparataje administrativo.

Finalmente, valoró que el proyecto precaviera la posibilidad de que surgieran nuevas divisiones político-administrativas en nuestro país, puesto que permitía la opción de que existieran más universidades con carácter birregional, siempre que se tratara de regiones contiguas y que no existiera otra institución de enseñanza superior estatal con un ámbito territorial preferente dentro de sus límites. Asimismo, señaló que dicha medida contribuiría a mantener la consolidación, la trayectoria, la identidad y el aparataje logístico que ya poseían determinados planteles educacionales con algunas entidades locales, así como también el buen uso de los recursos públicos.

5. Óscar Crisóstomo Llanos, Gobernador Regional de Ñuble.

Sostuvo que la comunidad local apoyaba esta iniciativa puesto que constituía un avance en cuanto a la disponibilidad de oferta pública en materia de enseñanza superior para la región, aun cuando una gran parte de los habitantes mantenía las expectativas de recuperar la historia y tradición de lo que significó la creación de la Universidad de Chile sede Chillán –antecesora de la Universidad del Bío-Bío en la zona- en el año 1966, fruto de una masiva demanda ciudadana liderada por diversas organizaciones sociales y por los vecinos de la zona.

En el mismo sentido, detalló que la región de Ñuble actualmente no contaba con ninguna institución de enseñanza superior estatal con domicilio preferente dentro de su territorio; razón por la cual de aprobarse este proyecto la Universidad del Bío-Bío pasaría a constituirse en el primer plantel de la región. En esa línea, agregó que el gobierno regional estaba trabajando con las autoridades de la referida casa de estudios con el propósito de colocar el énfasis en la formación; en el aumento de la oferta pública en pregrado; en el fortalecimiento y desarrollo de un polo en el ámbito de la salud para la zona, en especial, con la incorporación de las carreras de química y farmacia y medicina, así como también en la investigación científica. Añadió que este impulso, en términos estimativos, transformaría a la sede de Chillán en la principal cabecera de matrícula de dicha universidad en el año 2024.

Finalmente, enfatizó la necesidad de avanzar en la creación de un centro de formación técnica estatal de Ñuble puesto que contribuiría al desarrollo profesional, técnico y laboral de los jóvenes de la zona y significaría un verdadero aliciente para aquellos territorios de la región que se encontraban más alejados de los grandes centros urbanos.

La señora Irune Martínez Rebolledo, asesora legislativa de la Subsecretaria de Educación Superior, aseveró que el Ejecutivo estaba comprometido en avanzar en el estudio del análisis técnico que permitiera la creación de un futuro centro de formación técnica estatal en la región de Ñuble y enfatizó que, para tales efectos, era crucial que se aprobara este proyecto debido a que la instalación de dicha institución, requería del concurso previo de una universidad pública tutora que tuviera su asiento dentro de los límites administrativos de la región.

6. Luis Moreno Osorio[3] Presidente de la Asociación de Funcionarios Académicos de la Universidad del Bío-Bío, Chillán.

Explicó que en el año 2018 se promulgó la ley N°21.094 que incentivó a las universidades estatales chilenas a redactar sus propios estatutos. A ello, también se sumó el hecho de que a partir del año 2014 las asociaciones de funcionarios académicos y no académicos de la Universidad del Bío-Bío participaban directamente en la gobernanza de la casa de estudios, con derecho a voz y voto en los consejos académicos y en la junta directiva de la institución.

En ese contexto, detalló que, en el año 2018, los funcionarios de la universidad constituyeron una comisión especial para la definición del procedimiento de elaboración de los nuevos estatutos de la Universidad del Bío-Bío, instancia en la cual participaron 12 personas que establecieron un mecanismo de redacción a partir de una ruta de trabajo que contemplaba a todos quienes conformaban la casa de estudio de forma equitativa, debido a que su integración estaba compuesta por 5 académicos, 3 funcionarios y 4 estudiantes que representaban en partes iguales a las sedes de Concepción y de Chillán.

Posteriormente esbozó que, a consecuencia de dicho trabajo, se había establecido un reglamento de redacción de la propuesta de modificación de los estatutos, así como la creación de la instancia encargada de elaborar el respectivo documento.

Comentó que la comisión redactora de los estatutos de la Universidad quedó conformada por 12 personas representantes de los distintos estamentos de la institución de forma equitativa, en relación a su función y sede de origen, a saber, un representante del Consejo Académico; el Coordinador General de la Universidad; un representante de la Asociación de Funcionarios Académicos de la sede Concepción; un representante de la Asociación de Funcionarios Académicos de la sede Chillán; un representante de la Asociación de Funcionarios no Académicos de la sede Concepción; un representante de la Asociación de Funcionarios no Académicos de la sede Chillán; un representante único de los funcionarios no académicos de la sede Concepción; un representante único de los funcionarios no académicos de la sede Chillán; un representante de la Federación de Estudiantes de la sede Concepción; un representante de la Federación de Estudiantes de la sede Chillán; un representante único de los estudiantes de postgrado sede Concepción y un representante único de los estudiantes de postgrado sede Chillán.

En el mismo sentido, detalló que el proceso de elaboración y redacción de los nuevos estatutos de la universidad constó de las siguientes etapas:

1.- Comisión metodológica;

2.- Comisión redactora;

3.- Levantamiento de materias estatutarias, que consistió en encuestas a las respectivas asambleas, las cuales posteriormente se materializaron en diversos acuerdos sobre el particular;

4.- Redacción de los estatutos;

5.- Entrega de documento al Rector de la Universidad;

6.- Socialización y difusión;

7.- Plebiscito para aprobar los estatutos;

8.- Presentación del documento al Consejo Académico y a la Junta Directiva, y

9.- Entrega del documento al Ministerio de Educación.

Puntualizó que, en el marco de dicho proceso, se sometió a votación por parte de la comunidad educativa los siguientes 4 aspectos que consideraba el referido estatuto:

1.- El contenido del párrafo segundo del título II, sobre Consejo Superior;

2.- El contenido del párrafo tercero del título II, sobre el Rector o Rectora;

3.- El contenido del párrafo segundo del título II, sobre Consejo Universitario y

4.- El contenido de las demás disposiciones de la propuesta de modificación a los estatutos de la universidad.

En este último punto, señaló que se incorporaba el carácter birregional de la Universidad del Bío-Bío con el objeto de consolidar la presencia, tradición e identidad de la casa de estudios, tanto en la región del Biobío como en Ñuble. Por ello, manifestó su conformidad con esta iniciativa, puesto que posibilitaría la concreción de un viejo anhelo de toda la comunidad estudiantil en torno a reconocer en la ley el vínculo histórico y cultural que mantenía dicho plantel educativo con ambos territorios.

7. Carla Bustos Novoa, Presidenta de la Asociación de Funcionarios no Académicos de la Universidad del Bío-Bío.

Puntualizó que el proceso de elaboración de los estatutos había contado con una alta participación democrática de todos los estamentos de la Universidad; por ello, recalcó que el contenido de dicho documento constituía un fiel reflejo del quehacer institucional.

En ese contexto, aseveró que la incorporación del carácter birregional de la Universidad del Bío-Bío en los estatutos, representaba un viejo anhelo de la comunidad educativa en torno a reconocer el vínculo histórico y pertinencia territorial que poseía la institución tanto en las regiones del Biobío como en la de Ñuble.

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Cerrado el debate, la Comisión procedió a aprobar la iniciativa en general por unanimidad con los votos de los(as) diputados(as) Mónica Arce, Eduardo Cornejo, Helia Molina, Alejandra Placencia, Marcia Raphael, Hugo Rey, Gaspar Rivas, Juan Santana, Emilia Schneider y Daniela Serrano (10-0-0).

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b) Discusión particular

La Comisión acordó por unanimidad proceder a la votación particular en un solo acto y sin discusión.

Artículo 1

Modifica la ley N°21.094, sobre Universidades Estatales, mediante los siguientes cuatro numerales:

Numeral 1

Modifica el artículo 1 mediante los siguientes tres literales:

Letra a)

Sustituye en el inciso segundo, la frase “Tendrán su domicilio en la región que señalen sus estatutos” por “Tendrán su o sus domicilios en la o las regiones que señalen sus estatutos”.

Letra b)

Incorpora un inciso tercero disponiendo que el domicilio de su sede central corresponderá a aquel donde se ubican los órganos superiores del gobierno universitario.

Letra c)

Reemplaza el inciso final por uno nuevo que señala que los estatutos de cada universidad podrán establecer un ámbito territorial preferente de su quehacer institucional, en razón de su domicilio y la misión específica de estas instituciones. Agrega que las universidades estatales podrán extender su ámbito territorial a dos regiones, adquiriendo el carácter de birregionales, siempre que se trate de regiones contiguas y que no haya otra universidad estatal domiciliada en dicha región.

Numeral 2

Sustituye el literal c) del artículo 14 prescribiendo que integrará el Consejo Superior una persona titulada o licenciada de la institución de destacada trayectoria y de un reconocido vínculo profesional con la o las regiones en que la universidad tiene su domicilio, nombrada por el Consejo Universitario a partir de una terna propuesta por el gobierno regional de la región donde se ubica la sede central. Dispone que para el caso en que la universidad tenga carácter birregional, la terna deberá incorporar, al menos, una persona que, cumpliendo con los demás requisitos legales, tenga reconocido vínculo profesional con la región en que no se ubica la sede central de la universidad.

Numeral 3

Reemplaza en el inciso segundo del artículo 21, la palabra “respectivo” por “de la región donde se ubica la sede central de la Universidad” en alusión al Tribunal Electoral Regional.

Numeral 4

Sustituye el literal d) del artículo 25 referente a las funciones del Consejo Universitario prescribiendo que debe nombrar al titulado o licenciado de la institución que debe integrar el Consejo Superior, a partir de una terna propuesta por el gobierno regional de la región donde se ubica la sede central.

Artículo 2

Reemplaza en el inciso primero del artículo 1 de la ley N° 18.744, la frase “Sus estatutos fijarán su domicilio el que, en todo caso, deberá estar dentro de la Octava Región” por “Sus estatutos fijarán los domicilios de sus respectivas sedes, las que deberán estar dentro de la región del Biobío y en alguna región contigua, atendiendo al carácter birregional de la Universidad, de conformidad a lo señalado en el artículo 1 de la ley N° 21.094.”.

Puesto en votación conjunta el articulado del proyecto de ley, sin debate, resultó aprobado por unanimidad con los votos de los(as) diputados(as) Mónica Arce, Eduardo Cornejo, Helia Molina, Alejandra Placencia, Marcia Raphael, Hugo Rey, Gaspar Rivas, Juan Santana, Emilia Schneider y Daniela Serrano (10-0-0).

VI.- TEXTO DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN.

Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el Diputado Informante, la Comisión de Educación recomienda a la Sala aprobar el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1.- Modifícase la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales, de la siguiente forma:

1. En el artículo 1, en el siguiente sentido:

a) Reemplázase en el inciso segundo la frase “Tendrán su domicilio en la región que señalen sus estatutos” por “Tendrán su o sus domicilios en la o las regiones que señalen sus estatutos”.

b) Agrégase el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando el actual tercero a ser inciso cuarto:

“El domicilio de su sede central corresponderá a aquel donde se ubican los órganos superiores del gobierno universitario.”.

c) Sustitúyese su inciso final por el siguiente:

“Los estatutos de cada universidad podrán establecer un ámbito territorial preferente de su quehacer institucional, en razón de su domicilio y la misión específica de estas instituciones. Las universidades estatales podrán extender su ámbito territorial a dos regiones, adquiriendo el carácter de birregionales, siempre que se trate de regiones contiguas y que no haya otra universidad estatal domiciliada en dicha región, en conformidad con lo que señalen los planes de desarrollo institucional respectivos.”.

2. En el artículo 14, reemplázase su literal c) por el siguiente:

“c) Una persona titulada o licenciada de la institución de destacada trayectoria y de un reconocido vínculo profesional con la o las regiones en que la universidad tiene su domicilio, nombrada por el Consejo Universitario a partir de una terna propuesta por el gobierno regional de la región donde se ubica la sede central. Para el caso en que la universidad tenga carácter birregional, la terna deberá incorporar, al menos, una persona que, cumpliendo con los demás requisitos legales, tenga reconocido vínculo profesional con la región en que no se ubica la sede central de la universidad.”.

3. En el artículo 21, sustitúyese en el inciso segundo la palabra “respectivo” por la frase “de la región donde se ubica la sede central de la universidad”.

4. En el artículo 25, reemplázase el literal d) por el siguiente:

“d) Nombrar a la persona titulada o licenciada de la institución que debe integrar el Consejo Superior, a partir de una terna propuesta por el gobierno regional de la región donde se ubica la sede central.”.

Artículo 2.- Reemplázase en el inciso primero del artículo 1° de la ley N° 18.744, sobre Creación, integración y autorización de universidades que indica, el párrafo “Sus estatutos fijarán su domicilio el que, en todo caso, deberá estar dentro de la Octava Región” por la oración “Sus estatutos fijarán los domicilios de sus respectivas sedes, las que deberán estar dentro de la región del Biobío y en alguna región contigua, atendiendo al carácter birregional de la universidad, de conformidad a lo señalado en el artículo 1 de la ley N° 21.094”.”.

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Tratado y acordado en sesiones de fechas 10, 17 y 24 de octubre del año en curso, con la asistencia de los diputados(as) Mónica Arce Castro, Héctor Barría Angulo, Sergio Bobadilla Muñoz, Eduardo Cornejo Lagos, Helia Molina Milman, Alejandra Placencia Cabello, Marcia Raphael Mora, Hugo Rey Martínez, Gaspar Rivas Sánchez (Presidente), Juan Santana Castillo, Emilia Schneider Videla, Stephan Schubert Rubio y Daniela Serrano Salazar.

Asimismo, estuvieron presentes el diputado Juan Carlos Beltrán Silva (en reemplazo del diputado Hugo Rey Martínez) y la diputada Marta Bravo Salinas (en reemplazo del diputado Sergio Bobadilla Muñoz).

De igual forma, concurrieron las diputadas Marta Bravo Salinas, Sofía Cid Versalovic, Sara Concha Smith y Camila Rojas Valderrama y los diputados Fernando Bórquez Montecinos, Cristian Labbé Martínez, Rubén Darío Oyarzo Figueroa, Hernán Palma Pérez y Frank Sauerbaum Muñoz.

Sala de la Comisión, a 24 de octubre de 2023.

CLAUDIA RODRÍGUEZ ANDRADE

Abogada Secretaria de la Comisión

[1] Acompañó su presentación de un documento que se encuentra disponible en el siguiente sitio electrónico: https://www.camara.cl/verDoc.aspx?prmID=291254&prmTipo=DOCUMENTO_COMISION
[2] Acompañó su presentación de un documento que se encuentra disponible en el siguiente sitio electrónico: https://www.camara.cl/verDoc.aspx?prmID=291240&prmTipo=DOCUMENTO_COMISION
[3] Acompañó su presentación de un documento que se encuentra disponible en el siguiente sitio electrónico: https://www.camara.cl/verDoc.aspx?prmID=293307&prmTipo=DOCUMENTO_COMISION

1.3. Discusión en Sala

Fecha 12 de diciembre, 2023. Diario de Sesión en Sesión 115. Legislatura 371. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

AUTORIZACIÓN DE BIRREGIONALIDAD DE UNIVERSIDADES DEL ESTADO (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 16302-04)

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales, y la ley N° 18.744, que crea la Universidad del Bío-Bío, para autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado, correspondiente al boletín N° 16302-04.

Para la discusión de este proyecto se otorgarán tres minutos a cada diputada y diputado que se inscriba para hacer uso de la palabra.

Diputada informante de la Comisión de Educación es la señora Marta Bravo .

Antecedentes:

-Mensaje, sesión 82ª de la presente legislatura, en martes 26 de septiembre de 2023.

Documentos de la Cuenta N° 1.

-Informe de la Comisión de Educación, sesión 98ª de la presente legislatura, en lunes 6 de noviembre de 2023. Documentos de la Cuenta N° 14.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada informante.

La señora BRAVO, doña Marta (de pie).-

Señor Presidente, en representación de la Comisión de Educación, me corresponde informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales, y la ley N° 18.744, que crea la Universidad del Bío-Bío, para autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado.

1. Ideas matrices o fundamentales

La idea central consiste en autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado, siempre que se trate de regiones contiguas y donde no exista una universidad del Estado domiciliada en sus límites administrativos.

Asimismo, se modifica la ley N° 18.744, permitiendo que la Universidad del Bío-Bío fije en sus estatutos los domicilios de sus sedes, los que deberán estar dentro de la Región del Biobío y en alguna región contigua, atendiendo el carácter birregional de la universidad.

2. Constancias reglamentarias

Puesto en votación general, la idea de legislar fue aprobada por unanimidad por las diputadas y los diputados Mónica Arce , Eduardo Cornejo , Helia Molina , Alejandra Placencia , Marcia Raphael, Hugo Rey , Gaspar Rivas , Juan Santana , Emilia Schneider y Daniela Serrano .

3. Antecedentes

El mensaje señala que en el país existen 18 universidades estatales, las que tienen su domicilio en 14 regiones del país, conforme a lo dispuesto en las leyes que las crean y en sus estatutos orgánicos.

Se explica que la ley N° 21.094 constituye el marco jurídico general de las universidades estatales, disponiendo que estas “Tendrán su domicilio en la región que señalen sus estatutos”, agregando que “Los estatutos de cada universidad podrán establecer un ámbito territorial preferente de su quehacer institucional, en razón de su domicilio principal y la misión específica de estas instituciones”.

Por otra parte, la iniciativa indica que mediante la ley N° 21.033, que entró en vigencia en 2018, se creó la Región de Ñuble, fijando su capital regional en la ciudad de Chillán. Esta modificación a la división político-administrativa del país implica que, dada la reciente creación de la región, no existe una universidad del Estado que tenga domicilio dentro de sus límites.

En relación con lo anterior, señala que la Universidad del Bío-Bío, creada por la ley N° 18.744, que dispone en su artículo 1 que sus estatutos fijarán su domicilio, el que deberá estar dentro de la Octava Región, cuenta con sedes tanto en la ciudad de Concepción como en la de Chillán, la cual tiene sus orígenes en la sede Ñuble de la Universidad de Chile, inaugurada en 1966, que luego pasó a ser el Instituto Profesional de Chillán, y fue fusionado finalmente con la Universidad del Bío-Bío mediante la ley N° 18.744.

En este contexto, indica que, considerando el extenso vínculo entre la Universidad del Bío-Bío y la Región de Ñuble, y el interés de dicha casa de estudios de contar con domicilio en ambas regiones para atender los requerimientos regionales, surge la necesidad de modificar las leyes N° 21.094 y N° 18.744, para permitir que la Universidad del Bío-Bío tenga domicilio en ambas regiones.

4. Estructura del proyecto

Esta iniciativa consta de dos artículos permanentes.

El artículo 1 modifica, mediante cuatro numerales, la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales.

El numeral 1 modifica el artículo 1, permitiendo que las universidades del Estado puedan tener su domicilio en la o en las regiones que señalen sus estatutos, siempre que se trate de regiones contiguas en las cuales no exista otra universidad regional ya radicada.

El numeral 2 modifica el artículo 14 disponiendo que, en el caso de universidades birregionales, integre la terna para el Consejo Superior, al menos, una persona que, cumpliendo con los demás requisitos legales, tenga reconocido vínculo profesional con la región en que no se ubica la sede central de la universidad.

Los numerales 3 y 4, que modifican los artículos 21 y 25, respectivamente, armonizan las disposiciones relativas a la elección del rector para efectos de dar cuenta de la birregionalidad.

El artículo 2 modifica el artículo 1 de la ley N° 18.744, que crea la Universidad del Bío-Bío, para permitir que esta universidad, actualmente domiciliada en la Región del Biobío, adquiera carácter birregional, al permitirle fijar los domicilios de sus respectivas sedes, que deberán estar dentro de la Región del Biobío y en alguna región contigua.

Síntesis de la discusión en la comisión y acuerdos adoptados

Durante la discusión general se explicó que esta iniciativa había surgido de una inquietud de la Universidad del Bío-Bío relacionada con el reconocimiento de su carácter birregional, situación que además se enmarca dentro de una temática mayor, como era la forma en que se vinculaban las universidades públicas con las diversas regiones a propósito del proceso de descentralización efectiva por el que atravesaba el país.

Asimismo, se indicó que el proyecto atendía a un momento de surgimiento de distintas políticas de desarrollo territorial, que en regiones requerían el fortalecimiento de capacidades técnicas, académicas, intelectuales y científicas, cuyo proceso estaba íntimamente ligado al crecimiento y a la proyección de las universidades públicas. En ese contexto, se puntualizó que este mensaje apuntaba a generar una articulación entre el proceso de descentralización efectiva, las regiones y las universidades.

En esa línea, se explicó que se buscaba promover y fortalecer la educación pública universitaria, reconociendo el aporte que las universidades del Estado realizaban a las distintas regiones de nuestro país, así como a la construcción de ciudadanía, potenciando la colaboración entre las diversas instituciones públicas. Sin embargo, se hizo presente que actualmente, al crearse una nueva región, no existía la posibilidad de que las sedes de las universidades estatales ya instaladas en el territorio fueran consideradas regionales, debido a que la ley N° 21.094 solo admitía un domicilio por institución superior. Por eso, la modificación proponía permitir que las universidades públicas tuvieran su domicilio en dos regiones contiguas solo si no existía otra institución de educación superior estatal en la zona.

En igual sentido, se puntualizó que la referida propuesta posibilitaría, entre otras cosas, que los fondos de que disponían las autoridades regionales para el fomento de los territorios pudieran ser destinados al fortalecimiento de la investigación y a la vinculación de dicha universidad con el desarrollo local y nacional.

Asimismo, se precisó que históricamente y en los hechos la Universidad del Bío-Bío era una casa de estudios de tipo birregional, por lo que el proyecto solo reconocía dentro de un marco legal una situación que, en la práctica, venía ocurriendo desde hacía muchos años. En ese sentido, se aseveró que esta institución de educación superior poseía una rica historia de arraigo e identificación con las regiones de Ñuble y del Biobío en iguales términos.

Posteriormente, la comisión procedió a aprobar en particular la iniciativa por unanimidad en los mismos términos propuestos en el mensaje.

Por los argumentos y las razones señalados, la comisión recomienda a la Sala aprobar el proyecto de ley en informe.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra la diputada Nathalie Castillo .

La señorita CASTILLO (doña Nathalie) .-

Señor Presidente, esta iniciativa dice relación con el marco jurídico general de las universidades estatales, que regula la naturaleza, la organización y el funcionamiento de las mismas.

Cuando se estableció la ley que regula las universidades no existía la Región de Ñuble, que fue creada en 2017, por lo que no contempló la existencia de una universidad del Estado dentro de ese territorio.

Este proyecto permitirá que las universidades del Estado tengan domicilios en dos regiones; es decir, a propósito de la situación de la Región de Ñuble, dará cabida a que existan universidades birregionales ubicadas en dos regiones contiguas cuando no exista una universidad regional previamente en una de ellas. Ello facilitará que exista una sinergia en relación con la educación superior. En ese sentido, la Universidad del Bío-Bío tendrá el carácter de birregional.

No obstante, quiero ir al fondo, que tiene que ver con el objetivo del proyecto de ley, que es fortalecer la educación superior pública, con un carácter democrático, con pertinencia al desarrollo regional, sustentable e integrada al país y al progreso de la sociedad. Este proyecto pone en valor el aporte que las universidades del Estado realizan en todo nuestro territorio a través de la investigación, la extensión, la vinculación con el medio y otras tantas dimensiones, atendiendo a las particularidades sociales y a la construcción de una ciudadanía, potenciando la colaboración entre las instituciones. Pero creo que también es necesario que se avance en la destinación de mayores aportes fiscales directos a las universidades del Estado. Hoy, mientras discutimos este proyecto de ley sobre universidades birregionales, es necesario señalar que, en la Universidad de La Serena, los funcionarios y las funcionarias de la Facultad de Ingeniería (FIULS) se encuentran en estado de alerta por despidos arbitrarios y por situaciones económicas complejas y de gestión que les han llegado de manera muy directa y que evidentemente van generando una precarización. Por ejemplo, no se está respetando el fondo de la triestamentalidad, que es una de las tantas demandas que realizamos quienes fuimos dirigentas universitarias en su momento.

Por lo tanto, si el Estado de Chile quiere generar una educación superior pública, bajo las características que sean, con instituciones birregionales o con una nueva institución de educación pública superior, tiene que existir un compromiso efectivo en materia de financiamiento, en este caso, un aporte fiscal directo, para mantener el trabajo y la tranquilidad de sus trabajadores y trabajadoras, pero también para todo lo que es la comunidad universitaria.

Vamos a apoyar este proyecto.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Daniel Lilayu .

El señor LILAYU.-

Señor Presidente, en primer lugar, nos parece relevante mencionar que la idea matriz del presente proyecto tuvo su origen en la Universidad del Bío-Bío, específicamente en la instancia de discusión de la reforma del estatuto, en la que participaron todos los actores vinculados con la universidad y también muy activamente nuestra diputada Marta Bravo , a quien felicito por su iniciativa.

El anhelo por adquirir la categoría de universidad birregional surge a raíz del proceso de descentralización política y administrativa del Estado, el cual dio origen a nuevas regiones, entre ellas, la de Ñuble. Esta situación de alguna manera la vivimos cuando la Región de Los Lagos se dividió dando origen a la Región de Los Ríos, donde tenemos la potente Universidad Austral, que tiene sedes en Valdivia, Osorno y Puerto Montt.

Quiero aprovechar de alertar y solicitar al Ministerio de Educación o a la autoridad pertinente todo el apoyo para la Universidad Austral de Valdivia, que está pasando por un grave problema financiero, con riesgo real de cierre de sedes. Los problemas administrativos se superan, lo que es importante para el desarrollo de estas casas de estudio. Pero lo que sí falta, y espero que todas las universidades de regiones puedan hacer causa común, es formar más profesionales, más especialistas, porque faltan y carecemos de ellos en regiones. Tenemos un déficit muy grande de oncólogos, geriatras, etcétera, especialidades que demoran más años de formación profesional. Este paso también debe darse en regiones.

Como una forma de fomentar el desarrollo educativo de las regiones, de cuidar nuestra cultura e identidad local y de mantener a nuestros talentos en sus lugares de origen, sugiero dar este paso, fortaleciendo a las universidades regionales.

Reitero el llamado al gobierno a prestar toda la ayuda posible a la Universidad Austral de Valdivia, pues está pasando por una compleja situación económica que puede llevarla a cerrar algunas sedes. Dicha universidad es muy importante para nuestra región, por lo que merece nuestra preocupación.

Claramente anuncio mi voto a favor de este proyecto.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Felipe Camaño .

El señor CAMAÑO.-

Señor Presidente, este es un proyecto muy importante para los estudiantes de la Región de Ñuble, porque permitirá que la Universidad del Bio-Bío sea reconocida como una universidad birregional y que pueda desplegarse de mejor manera en nuestra región, una con los peores índices educacionales del país, una que muchas veces hay que abandonar para lograr seguir estudios superiores.

La Universidad del Bío-Bío existe desde el 11 de abril de 1966, cuando se fundó la sede Ñuble de la Universidad de Chile. Gracias a un amplio movimiento ciudadano, que buscaba evitar que los jóvenes de la zona tuvieran que emigrar a Santiago para continuar con su enseñanza superior, y que contó con el respaldo económico de toda la comunidad local de la época, esta institución pudo desarrollarse y consolidarse como uno de los faros más importantes de nuestra región.

Sumado a ello, hoy se anuncia en Ñuble la creación de la carrera de medicina, que permitirá desarrollar un polo de salud que ayude a la falta de especialistas y a la reducción de todos nuestros problemas de salud, los cuales son demasiados.

Agradezco al gobierno que se estén impulsando proyectos como este, porque, a más de cincuenta años de la instalación de la universidad en nuestra región, los jóvenes aún carecen de ofertas educativas.

Por eso pedimos al gobierno que, así como lo hizo con esta iniciativa, también impulse el proyecto que busca crear un centro de formación técnica estatal, el cual yo mismo presenté hace un año y que la Subsecretaría se ha comprometido a impulsar.

Las oportunidades no sobran, pero cuando se abren hay que celebrarlas. Por lo mismo, voy a votar a favor este proyecto, pero espero que sigan existiendo oportunidades para las regiones más postergadas de Chile.

Desde la Cámara de Diputadas y Diputados, quiero aprovechar de agradecer a la familia May Colvin , porque creyeron en una universidad para nuestra exprovincia. Fueron personas visionarias y cedieron un terreno, que permitió que se concretara la universidad que hoy queremos que pase a ser birregional.

¿Por qué no soñar en grande y dar una respuesta al sueño del exalcalde de la comuna de Coihueco señor Fernando May ? Hace un tiempo, él nos comentó que el sueño de su familia es que una universidad en Ñuble sea una realidad. ¿Por qué no cambiar el nombre de la Universidad del Bío-Bío y otorgarle una identidad a Ñuble con una universidad que lleve su nombre?

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Sara Concha .

La señora CONCHA (doña Sara).-

Señor Presidente, la educación pública vive una de las crisis más grandes en nuestro país, por lo que se hace muy importante que avancemos en aportar en materia de educación superior en la Región de Ñuble, ya que contar con una universidad con un sello birregional, como la Universidad del Bío-Bío, nos ayudará a potenciar nuestra identidad y a resguardar el talento joven, pues no tendrían que emigrar a otras regiones para concretar sus estudios superiores.

La Universidad del Bío-Bío desarrolla la carrera de medicina, generando importantes oportunidades de contar con profesionales que aporten a la región. Sin ir más lejos, parte de mis estudios los desarrollé en la Universidad del Bío-Bío, por lo que sé que es muy importante para los jóvenes de nuestra región y para la Región de Ñuble.

La aprobación de este proyecto de ley es un paso trascendental para el avance de la educación superior en la Región de Ñuble.

Es un hecho que la autorización de la birregionalidad para las universidades estatales abrirá una puerta a una nueva era de oportunidades educativas, fortalecerá el acceso local a una enseñanza de calidad y generará un impacto transformador en el desarrollo académico y profesional de nuestra región. Esta medida no solo consolidará la identidad y el progreso educativo en Ñuble, sino que también fomentará el arraigo de los estudiantes y potenciará el desarrollo social y económico de nuestra comunidad.

La birregionalidad es una llave que nos permitirá impulsar el conocimiento, la investigación y la innovación, dado que establecerá bases sólidas para un futuro próspero y lleno de oportunidades en la educación superior de nuestra región.

Agradezco el trabajo realizado desde la Universidad del Bío-Bío, pues nos permitió llevar a cabo y discutir este proyecto de ley, que nos abre esta puerta.

Asimismo, agradezco las gestiones del gobierno regional por hacer posible que hoy podamos votar este proyecto de ley, el cual va a favorecer enormemente a la Región de Ñuble y significará un importante aporte para la comunidad y las futuras generaciones.

Por lo anterior, anuncio mi voto favorable a este proyecto de ley.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Daniela Serrano .

La señora SERRANO (doña Daniela).-

Señor Presidente, qué duda cabe de que, a nivel regional, la educación superior es una de las claves para fomentar la descentralización, el desarrollo local, un sistema de desarrollo distinto, la generación de empleos y una mayor adhesión y coherencia social al proyecto que hoy necesitamos formar como país.

Cuando tramitamos este proyecto, que se aprobó unánimemente en la comisión, la idea era hacer una modificación a la ley y darle sentido a la histórica Universidad del Bío-Bío.

Si revisamos la historia de esta casa de estudios, evidenciaremos que esta no es la creación de una nueva universidad, sino una fusión entre una sede de la Universidad de Chile y una de la antigua Universidad Técnica del Estado, que tiene una apropiación cultural e identitaria, pues fue formada por los mismos trabajadores y trabajadoras que buscaban crear una universidad dentro de Chillán.

En ese sentido, es necesaria la modificación a estas leyes. Sin embargo, me quiero remitir a lo que ha significado la fundación de distintas universidades y casas de estudios, porque tiene que ver con este proyecto.

El diputado Camaño hizo un recorrido histórico sobre la trayectoria de esta universidad desde hace cincuenta años, cuando el Estado era responsable de la creación de las universidades, cuando el Estado era responsable de promover a sus universidades.

¿Por qué digo esto? En estos tiempos, cuando algunos y algunas hablan de crisis de la educación pública, el remedio no puede ser peor que la enfermedad.

Estamos ad portas del plebiscito del 17 de diciembre, y un articulado de la propuesta constitucional señala: “En cualquier caso, la ley podrá entregar financiamiento”. El verbo rector es “podrá”, es decir, podrá o no podrá. Claramente, estamos hablando de que no estamos fortaleciendo la educación pública.

Si hoy vamos a preocuparnos de la educación pública de nuestro país, de las universidades regionales, no demos un voto a favor a un remedio que puede ser peor para la enfermedad de la educación pública de nuestro país.

Vamos a estar a favor de esta iniciativa, porque siempre estamos con la educación pública.

He dicho.

-Aplausos.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra la diputada Marta Bravo .

La señora BRAVO (doña Marta).-

Señor Presidente, este proyecto constituye un cambio tremendamente importante que beneficiará a los habitantes de mi Región de Ñuble, que, por el hecho de ser la más pobre del país, requiere este tipo de iniciativas y mayor inyección de recursos para mejorar la calidad de vida de sus habitantes.

Uno de los ámbitos más importantes, sin duda, es la educación, pues es una herramienta que permite lograr el desarrollo, algo fundamental para que Ñuble surja y crezca.

El carácter de birregionalidad dará a la Universidad del Bío-Bío la capacidad de obtener mayor financiamiento por medio de concursos y fondos regionales, lo que también servirá para hacer posible la creación de centros de formación técnica y desarrollar la educación en Ñuble. Asimismo, generará un gran polo de salud, que es el que tiene proyectado la Universidad del Bío-Bío en mi región con la creación de la primera escuela de medicina, entre otras robustas acciones que se han realizado en materia de salud.

Voy a votar a favor esta iniciativa, y espero que sigamos discutiendo proyectos que permitan alcanzar el desarrollo de las regiones.

He dicho.

-Aplausos.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Tiene la palabra el diputado Frank Sauerbaum .

El señor SAUERBAUM.-

Señor Presidente, la ley N° 21.033, que entró en vigencia en 2018, creó nuestra Región de Ñuble y fijó su capital en la ciudad de Chillán.

Esa modificación a la división político-administrativa del país implica que, dada la reciente creación de nuestra región, hoy no existe una universidad del Estado que tenga domicilio dentro de los límites de Ñuble.

También aclaramos que es necesario tener presente que dicha región fue creada a partir de las 21 comunas que componían la antigua provincia de Ñuble, ubicada en la Región del Biobío, por lo que era parte de esta.

En relación con lo anterior, la Universidad del Bío-Bío, que fue creada por la ley N° 18.744, cuyo artículo 1 dispone: “Sus estatutos fijarán su domicilio el que, en todo caso, deberá estar ubicado dentro de la Octava Región”, cuenta con sedes tanto en Concepción como en Chillán, la cual tiene sus orígenes en la sede de Ñuble de la Universidad de Chile, inaugurada en 1966, que luego pasó a ser el Instituto Profesional de Chillán, y que finalmente fue fusionado con la Universidad del Bío-Bío mediante la citada ley.

En ese contexto, dados el extenso vínculo entre la Universidad del Bío-Bío y la Región de Ñuble y el interés de dicha casa de estudios de contar con domicilios en ambas regiones para atender los requerimientos regionales, surgió la necesidad de modificar las leyes Nos 21.094 y 18.744 para permitir, en definitiva, que la referida universidad tuviera domicilio en ambas regiones.

La idea central de este proyecto se orienta a autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado, siempre que se trate de regiones continuas y donde no exista una universidad estatal domiciliada en sus límites administrativos. Así, se modifica la ley N° 18.744 para permitir que la Universidad del Bío-Bío fije en sus estatutos los domicilios de sus sedes, las que deberán estar dentro de la Región del Biobío y en alguna región contigua, atendiendo al carácter birregional de esa casa de estudios.

Para nosotros es tremendamente relevante contar con una universidad del Estado en la Región de Ñuble. Tenemos un sueño, que es ir creciendo allá con más estudiantes universitarios que no tengan que viajar a otras regiones para poder formarse, como debimos hacerlo muchos de nosotros.

Hoy, la creación de una escuela de medicina en la universidad es un gran sueño de mi Región de Ñuble. Además, esperamos seguir creciendo en materia de carreras y en servicios adecuados para Ñuble, que sigue siendo una de las regiones más pobres del país, pero que tiene en su gente su mayor tesoro y valía.

Votaremos a favor este proyecto.

He dicho.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

No hay más inscritos. Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales, y la ley N° 18.744, que crea la Universidad del Bío-Bío, para autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado.

Cabe hacer presente que el proyecto trata materias propias de ley simple o común. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 133 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 1 abstención.

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa:

Acevedo Sáez , María Candelaria , Cifuentes Lillo , Ricardo , Malla Valenzuela , Luis , Ramírez Pascal , Matías , Aedo Jeldres , Eric , Concha Smith, Sara , Manouchehri Lobos , Daniel , Rathgeb Schifferli , Jorge , Ahumada Palma , Yovana , Cuello Peña y Lillo , Luis Alberto , Martínez Ramírez , Cristóbal , Rey Martínez, Hugo , Alessandri Vergara , Jorge , De la Carrera Correa , Gonzalo , Marzán Pinto , Carolina , Riquelme Aliaga , Marcela , Alinco Bustos , René , Del Real Mihovilovic , Catalina , Medina Vásquez , Karen , Rivas Sánchez , Gaspar , Araya Guerrero , Jaime , Delgado Riquelme , Viviana , Mellado Pino , Cosme , Rojas Valderrama , Camila , Araya Lerdo de Tejada, Cristián , Donoso Castro , Felipe , Mellado Suazo , Miguel , Romero Leiva , Agustín , Arce Castro , Mónica , Durán Espinoza , Jorge , Melo Contreras , Daniel , Romero Talguia , Natalia , Arroyo Muñoz , Roberto , Durán Salinas , Eduardo , Meza Pereira , José Carlos , Rosas Barrientos , Patricio , Astudillo Peiretti , Danisa , Flores Oporto , Camila , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sáez Quiroz , Jaime , Barchiesi Chávez , Chiara , Fries Monleón , Lorena , Mix Jiménez , Claudia , Saffirio Espinoza , Jorge , Barrera Moreno , Boris , Fuenzalida Cobo, Juan , Morales Alvarado , Javiera , Sagardía Cabezas, Clara , Barría Angulo , Héctor , Gazmuri Vieira , Ana María , Morales Maldonado , Carla , Sánchez Ossa , Luis , Becker Alvear , Miguel Ángel , González Gatica , Félix , Moreira Barros , Cristhian , Santibáñez Novoa , Marisela , Bello Campos , María Francisca , González Olea , Marta , Moreno Bascur , Benjamín , Sauerbaum Muñoz , Frank , Beltrán Silva , Juan Carlos , González Villarroel , Mauro , Mulet Martínez , Jaime , Schalper Sepúlveda , Diego , Benavente Vergara , Gustavo , Guzmán Zepeda , Jorge , Muñoz González , Francesca , Schneider Videla , Emilia , Berger Fett , Bernardo , Hertz Cádiz , Carmen , Musante Müller , Camila , Sepúlveda Soto , Alexis , Bernales Maldonado , Alejandro , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Naranjo Ortiz , Jaime , Serrano Salazar , Daniela , Bianchi Chelech , Carlos , Ibáñez Cotroneo , Diego , Naveillan Arriagada , Gloria, Soto Ferrada , Leonardo , Bobadilla Muñoz , Sergio , Ilabaca Cerda , Marcos , Nuyado Ancapichún , Emilia , Tapia Ramos , Cristián , Bórquez Montecinos , Fernando , Irarrázaval Rossel, Juan , Ñanco Vásquez , Ericka , Tello Rojas , Carolina , Bravo Castro, Ana María , Jiles Moreno , Pamela , Olivera De La Fuente , Erika , Trisotti Martínez , Renzo , Bravo Salinas , Marta , Jouannet Valderrama , Andrés , Orsini Pascal , Maite , Ulloa Aguilera , Héctor , Brito Hasbún , Jorge , Jürgensen Rundshagen , Harry , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Undurraga Gazitúa , Francisco , Calisto Águila , Miguel Ángel , Kaiser Barents-Von Hohenhagen , Johannes , Oyarzo Figueroa , Rubén Darío , Undurraga Vicuña , Alberto , Camaño Cárdenas , Felipe , Labbé Martínez , Cristian , Palma Pérez , Hernán , Urruticoechea Ríos , Cristóbal , Cariola Oliva , Karol , Lagomarsino Guzmán , Tomás , Pérez Cartes , Marlene , Veloso Ávila , Consuelo , Carter Fernández , Álvaro , Lavín León , Joaquín , Pérez Olea , Joanna , Venegas Salazar , Nelson , Castillo Rojas , Nathalie, Lee Flores , Enrique , Pérez Salinas , Catalina , Videla Castillo , Sebastián , Castro Bascuñán , José Miguel , Leiva Carvajal, Raúl , Pizarro Sierra , Lorena , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Celis Montt , Andrés , Lilayu Vivanco , Daniel , Placencia Cabello , Alejandra , Weisse Novoa , Flor , Cicardini Milla , Daniella , Longton Herrera , Andrés , Pulgar Castillo , Francisco , Yeomans Araya , Gael , Cid Versalovic , Sofía ,

El señor CIFUENTES (Presidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda aprobado también en particular, con la misma votación.

Despachado el proyecto al Senado.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 12 de diciembre, 2023. Oficio en Sesión 85. Legislatura 371.

VALPARAÍSO, 12 de diciembre de 2023

Oficio Nº 19.035

AA S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo del mensaje, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha aprobado el siguiente proyecto de ley, que modifica la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales, y la ley N° 18.744, que crea la Universidad del Bío-Bío, para autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado, correspondiente al boletín N° 16.302-04:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales:

1. En el artículo 1:

a) Reemplázase en el inciso segundo su oración final por la siguiente: “Tendrán su o sus domicilios en la o las regiones que señalen sus estatutos.”.

b) Incorpórase el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando el actual inciso tercero a ser cuarto:

“El domicilio de su sede central corresponderá a aquel donde se ubican los órganos superiores del gobierno universitario.”.

c) Sustitúyese el inciso final por el siguiente:

“Los estatutos de cada universidad podrán establecer un ámbito territorial preferente de su quehacer institucional, en razón de su domicilio y la misión específica de estas instituciones. Las universidades estatales podrán extender su ámbito territorial a dos regiones y adquirir el carácter de birregionales, siempre que se trate de regiones contiguas y que no haya otra universidad estatal domiciliada en dicha región, en conformidad con lo que señalen los planes de desarrollo institucional respectivos.”.

2. Reemplázase el literal c) del inciso primero del artículo 14 por el siguiente:

“c) Una persona titulada o licenciada de la institución de destacada trayectoria y de un reconocido vínculo profesional con la o las regiones en que la universidad tiene su domicilio, nombrada por el Consejo Universitario a partir de una terna propuesta por el Gobierno Regional de la región donde se ubica la sede central. Para el caso en que la universidad tenga carácter birregional, la terna deberá incorporar, al menos, una persona que junto con cumplir con los demás requisitos legales, tenga reconocido vínculo profesional con la región en que no se ubica la sede central de la universidad.”.

3. Reemplázase en el inciso segundo del artículo 21 el vocablo “respectivo” por la siguiente frase: “de la región donde se ubica la sede central de la Universidad”.

4. Reemplázase el literal d) del artículo 25 por el siguiente:

“d) Nombrar a la persona titulada o licenciada de la institución que debe integrar el Consejo Superior, a partir de una terna propuesta por el Gobierno Regional de la región donde se ubica la sede central.”.

Artículo 2.- Reemplázase en el inciso primero del artículo 1° de la ley N° 18.744, sobre creación, integración y autorización de universidades que indica, su oración final por la siguiente: “Sus estatutos fijarán los domicilios de sus respectivas sedes, las que deberán estar dentro de la región del Biobío y en alguna región contigua, atendiendo al carácter birregional de la universidad, de conformidad con lo señalado en el artículo 1 de la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales.”.”.

*****

Dios guarde a V.E.

RICARDO CIFUENTES LILLO

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKIĆ

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Educación

Senado. Fecha 24 de enero, 2024. Informe de Comisión de Educación en Sesión 98. Legislatura 371.

INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales, y la ley N° 18.744, que crea la Universidad del Bío-Bío, para autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado. BOLETÍN N° 16.302-04

Objetivo / Constancias / Normas de Quórum Especial (no tiene) / Consulta Excma. Corte Suprema (no hubo) / Asistencia / Antecedentes de Hecho / Aspectos Centrales del Debate / Discusión en General / Votación en General / Texto / Acordado / Resumen Ejecutivo

HONORABLE SENADO:

La Comisión de Educación tiene el honor de informar el proyecto de ley de la referencia, iniciado en mensaje de Su Excelencia el Presidente

Se hace presente que la Sala autorizó a la Comisión a discutir la iniciativa en general y en particular en el trámite de primer informe, procedimiento que esta Comisión propone que se siga, igualmente, durante la discusión de este proyecto de ley en Sala.

Asimismo, se deja constancia que el proyecto de ley resultó aprobado por la unanimidad de sus integrantes, en general y en particular (5x0).

- - -

OBJETIVO DEL PROYECTO

Autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado siempre que se trate de regiones contiguas y donde no exista una universidad del Estado domiciliada dentro de sus límites administrativos. Asimismo, se modifica la ley N° 18.744 permitiendo que la Universidad del Bío-Bío adquiera el carácter de birregional.

- - -

CONSTANCIAS

- Normas de quórum especial: No tiene.

- Consulta a la Excma. Corte Suprema: No hubo.

ASISTENCIA

- Representantes del Ejecutivo e invitados:

Del Ministerio de Educación: el Ministro, señor Nicolás Cataldo y el Subsecretario de Educación Superior, señor Víctor Orellana.

Del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: la Asesora, señora Sofía Fuentes.

De la Universidad del Bío-Bío: el Rector, señor Benito Umaña; la Prorrectora, señora Julia Fawaz; la Secretaria General, señora Romina Bazaes; el Director General de Comunicación Estratégica, señor Mauricio Sánchez; el Director de Aseguramiento de la Calidad, señor Pedro Campos; la periodista, señora Mariana Gutiérrez; la relacionadora pública, señora Fabiola Tapia; la Vicerrectora de Investigación y Postgrado, María Angélica Caro; la Presidenta Honorable Junta Directiva UBB, señora Maureen Trebilcock; la Directora General de Planificación y Estudios, señora Carolina Leyton; el Presidente de la Asociación de Académicos Concepción, señor Juan Carlos Parra; el Presidente de la Asociación de Académicos Chillán, señor Luis Moreno; la Presidenta de la Asociación de Funcionarios No Académicos Concepción, señora Olga Ortiz y la Presidenta de la Asociación de Funcionarios No Académicos Chillán, señora Carla Bustos.

- Otros:

Equipos parlamentarios: Del Honorable Senador señor García: el asesor, señor Juan Carlos Gazmuri. Del Honorable Senador señor Espinoza: la asesora, señora Zaida Lara. De la Honorable Senadora señora Provoste: los asesores, señores Rodrigo Vega, Enrique Soler y la periodista, señora Gabriela Donoso. De la Honorable Senadora señora Aravena: el asesor, señor Gerónimo Matheson.

De Ideas Republicanas: la asesora, señora Fernanda Álvarez.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Para el debido estudio de este proyecto de ley, se ha tenido en consideración el mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República señor Gabriel Borc Font.

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ASPECTOS CENTRALES DEL DEBATE

La discusión se enfocó en el estrecho vínculo, de carácter histórico y territorial, existente entre la región del Bío-Bío y la región de Ñuble, que originó la necesidad por parte de la comunidad, de permitir que la Universidad del Bío-Bío -actualmente domiciliada en esa región- adquiera carácter birregional, para poder fijar su domicilio en ambas regiones.

En ese sentido, se relevó el constante desarrollo que ha tenido la Universidad del Bío-Bío y la importancia de que la región de Ñuble cuente con una casa de estudios estatal en su territorio, lo que posibilitaría el acceso a fondos y programas de fomento propios de dicha región y el impulso a la docencia, la investigación y la extensión.

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DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR[1]

A.- Presentación del proyecto de ley por parte del Ejecutivo, exposiciones de los invitados y debate preliminar en la Comisión.

A) El Subsecretario de Educación Superior, señor Víctor Orellana, comenzó su exposición[2] informando que Su Excelencia el Presidente de la República durante la última semana del año 2023, firmó los estatutos de las universidades del Estado, los cuales se encuentran en trámite ante la Contraloría General de la República. A partir de ello, comentó que la Universidad del Bío-Bío efectuó una solicitud al gobierno, para que se considere que dicha casa de estudios tiene el carácter de birregional, ya que, por su historia, resulta de la fusión de dos sedes regionales de las dos universidades públicas que Chile tenía con anterioridad a 1981, la Universidad Técnica del Estado y la Universidad de Chile.

De esta manera, afirmó que la Universidad del Bío-Bío es depositaria de estas dos tradiciones culturales, por lo que su comunidad -en una discusión muy participativa- elaboró su propuesta estatutaria consagrando el carácter birreregional y reconociendo el enraizamiento que tiene tanto en la región del Bío-Bío como en la de Ñuble.

Subrayó que la construcción de universidades regionales es un proceso de suma complejidad y requiere reconocer aquellas experiencias que han resultado exitosas y se han vinculado con las necesidades territoriales y con su historia. Consideró poco adecuado que, en el caso de la recientemente creada región de Ñuble, el Estado tuviese que implementar un nuevo proyecto universitario cuando ya tiene allí una universidad funcionando.

Como puntos relevantes del proyecto de ley, destacó los siguientes:

1. Promover y fortalecer la educación pública universitaria, reconociendo el aporte que las universidades del Estado realizan a las regiones de nuestro país y a la construcción de ciudadanía, potenciando la colaboración entre las instituciones del Estado.

2. Actualmente, al crearse una región nueva, no hay posibilidad de que las sedes de universidades estatales ya instaladas en el territorio sean consideradas “regionales”, porque la ley 21.094, sobre universidades estatales, admite sólo un domicilio por institución.[3]

3. La modificación que se propone permitirá a las universidades tener domicilio en dos regiones contiguas y sólo si no existiera otra universidad estatal en la zona.

4. Esto permitirá, entre otras cosas, que fondos de los cuales disponen las autoridades regionales para el fomento de la región, como son los dispuestos por los gobiernos regionales, puedan ser destinados al fortalecimiento de la investigación y vinculación de la universidad con el desarrollo regional y del país.

Enseguida, fundamentó la necesidad de una universidad estatal en la región de Ñuble, refiriéndose a los siguientes aspectos:

1. La región de Ñuble fue creada con posterioridad a la publicación de la ley antes citada, razón por la cual no fue contemplada para el establecimiento de una universidad estatal en ella.

2. Requerimos avanzar en el establecimiento de una universidad estatal en la región, que fomente el pensamiento crítico, la docencia, investigación y extensión, atendiendo a las particularidades de su territorio. Es, además, una demanda de la comunidad de la región de Ñuble.

3. La modificación legal que se propone permite el reconocimiento de la Universidad del Bío-Bío como universidad birregional, con presencia en Ñuble y con posibilidad de acceder a fondos y programas de fomento propios de dicha región.

4. Asimismo, permitirá que exista una universidad tutora para el proceso de creación del Centro de Formación Técnica Estatal de la región de Ñuble.

Dentro de los antecedentes relativos a la educación superior en la región de Ñuble, mencionó los siguientes datos:

1. 55,4% de la matrícula de la región de Ñuble está en universidades, correspondiente a 12.729 estudiantes.

2. La Universidad del Bío-Bío cuenta con el mayor número de matriculadas y matriculados, alcanzando 4.966 estudiantes en 2023. En la última década han cerrado varias universidades con sede en Chillán, incluyendo la Universidad Bolivariana y la de Aconcagua.

3. Un 60,8% de las y los estudiantes de la región egresados de Educación Media en 2022, se mantuvieron en la región para cursar educación superior.

4. Respecto al destino de las y los estudiantes que emigran de la región para estudiar en la Educación Superior, 66,86% se matriculan en programas dictados en la región del Bio-Bío.

5. De las y los que egresados de Educación Media en otras regiones y que llegan a estudiar a la región del Ñuble, 31,3% viene de la región del Maule y 21,05% de la región del Bio-Bío.

En lo que refiere a la historia de la Sede Chillán de la Universidad del Bío-Bío, citó los siguientes hitos:

1. La Universidad del Bío-Bío posee la Sede de Chillán, con historia y relevancia en la región de Ñuble. Esta sede es parte constitutiva de la historia de la Universidad, siendo parte de ella desde el año 1988, cuando se realiza la fusión de la Universidad de Bío-Bío y el Instituto Profesional de Chillán, que dio origen a la que es hoy la Universidad del Bío-Bío.

2. Por esa historia, la Universidad solicitó el reconocimiento del carácter birregional en sus estatutos, pero ello no pudo ser acogido debido a impedimentos normativos.

3. La Sede de Chillán actualmente dicta las carreras de Fonoaudiología, Ingeniería en Alimentos, Nutrición y Dietética, Ingeniería en Recursos Naturales, Química y Farmacia, Bachillerato en Ciencias, y ha abierto para la admisión 2024 la carrera de Medicina.

4. Desde el 2007, se han matriculado 87.246 estudiantes en la Sede Chillán, titulándose 14.648 estudiantes a la fecha, incluyendo pregrado, postgrado y postítulo.

Como objetivo del proyecto de ley en informe, el Subsecretario de Educación Superior, señor Orellana, señaló que persigue permitir que aquellas regiones en las cuales no exista una universidad estatal domiciliada en sus límites administrativos puedan contar con una, siempre que se trate de regiones contiguas y no haya otra universidad estatal cuyo ámbito territorial preferente esté radicado en ella. Junto con ello, relevó que se busca fortalecer la educación superior pública en la región de Ñuble, permitiendo que la Universidad del Bío-Bío cuente con domicilio en ambas regiones.

Finalmente, en cuanto al contenido del proyecto de ley, indicó los siguientes:

1. Modificación al artículo 1° de la ley N°21.094, sobre universidades estatales:

a) Permitir que las universidades del Estado puedan tener domicilio en dos regiones, adquiriendo el carácter de birregionales, siempre que se trate de regiones contiguas, en las cuales no exista otra universidad estatal ya radicada, y que sus estatutos así lo dispongan expresamente.

b) Establecer que el domicilio de la sede central de las universidades estatales corresponderá a aquel donde se ubican los órganos superiores del Gobierno Universitario.

2. Modificaciones a los artículos 14, 21 y 25 de la ley N° 21.094: Permitir que, respecto a las universidades birregionales, exista participación de personas con reconocido vínculo profesional con ambas regiones en el máximo órgano colegiado, así como también armonizar las disposiciones relativas a la elección del rector o rectora.

3. Modificación al artículo 1° de la ley N° 18.744, que crea la Universidad del Bío-Bío: Permitir que la Universidad del Bío-Bío, actualmente domiciliada en la región del Biobío, pero fuertemente vinculada con la región de Ñuble por su histórica sede en la ciudad de Chillán, adquiera carácter birregional, al poder fijar su domicilio en ambas regiones.

Para finalizar, instó a la Comisión a darle celeridad al proyecto de ley, puesto que -según sostuvo- se espera la pronta entrada en vigencia de los estatutos de las universidades del Estado.

B) El rector de la Universidad del Bío-Bío señor Benito Umaña, por medio de una presentación[4], argumentó que el proyecto de ley persigue constatar una realidad de una universidad que es y siempre ha sido birregional.

En lo que refiere a la historia de la Universidad del Bío-Bío, comentó lo señalado en la siguiente lámina:

En cuanto a la acreditación de la Universidad del Bío-Bío, mencionó los siguientes datos:

Para resaltar el crecimiento de la Universidad, se refirió a los proyectos que se indican en las láminas que siguen. En la primera, indicó que implica la creación de la carrera de Química y Farmacia, lo que aporta a que los jóvenes no deban emigrar a otras regiones para estudiar. En ese sentido, también resaltó que el 63% de los estudiantes de medicina de la Universidad, son de la región de Ñuble, siendo 4 de ellos puntajes máximos nacionales. En cuanto a la segunda lámina, que describe el proyecto en la región del Bío-Bío, especificó que lo que busca, es abrir la universidad hacia la comunidad.

También se refirió al proyecto desarrollado en la región del Bío-Bío, que busca instalar el primer planetario fuera de la Región Metropolitana, cuyo apoyo monetario del GORE se indica a continuación.

Para finalizar, destacó los aspectos señalados en la siguiente gráfica:

A continuación, complementando la intervención anterior, la Prorrectora de la Universidad del Bío-Bío, señora Julia Fawaz, expresó que dicha casa de estudios ha jugado un rol central en la región, instalando capacidades a partir de la educación pública. Asimismo, subrayó que la ciudad de Chillán siente una gran cercanía con la Universidad, por lo que el interés de la comunidad por tener una universidad estatal en la región de Ñuble -a su juicio- se satisface con la tradición y trayectoria que tiene la Universidad del Bío-Bío.

Una vez finalizada la presentación, los integrantes de la Comisión formularon sus consultas y planteamientos.

El Honorable Senador señor Sanhueza, expresó que la Universidad del Bío-Bío es parte de las 21 comunas de la región y ha demostrado su desarrollo con sentido de realidad.

Por otra parte, explicó que dos diputados de su sector votaran en contra y se abstuvieran de aprobar este proyecto de ley en la Cámara de Diputados, fue por el hecho de que vieron con preocupación que se abriese la puerta para seguir creando nuevas universidades en regiones. Sin embargo, hizo hincapié que este proyecto es acotado, ya que se circunscribe a regiones contiguas donde no exista otra universidad estatal.

De esta manera, celebró la iniciativa, señalando que podrá permitir que se suscriban convenios y la gestión con los gobiernos regionales, para la obtención de recursos e inversión en el desarrollo de la Universidad.

La Honorable Senadora señora Provoste hizo presente que para el funcionamiento de un CFT estatal, se requiere que exista una universidad tutora estatal que tenga asiento en la región, por lo que Ñuble hoy en día estaría impedida de tenerlo.

Luego, consultó al Rector de la Universidad del Bío-Bío, cuál es la situación financiera de la universidad, específicamente en cuanto a los pasivos. Del mismo modo, preguntó al señor Subsecretario de Educación Superior, cuáles son los planes para la instalación del CFT estatal de la región de Ñuble.

En tanto, la Honorable Senadora señora Aravena, valoró este proyecto de ley y acotó que tiene una finalidad muy precisa. Además, destacó la creciente oferta programática de la Universidad del Bío-Bío, ya que permite que los estudiantes de la región no se desplacen a otras y puedan desarrollarse en ella, atendiendo a las distintas realidades de nuestro país. Por último, valoró la inversión que se ha efectuado, la cual mira al mediano y largo plazo.

El Honorable Senador señor Espinoza, felicitó la iniciativa y las alianzas creadas entre los gobiernos regionales y la Universidad del Bío-Bío. Destacó la alta presencia de alumnos locales de dicha universidad y el fuerte sentido regional de la iniciativa.

Para responder a la consulta de la Honorable Senadora señora Provoste, el Rector de la Universidad del Bío Bío señaló que se han implementado medidas, debido a que los recursos son acotados. Los principios que destacó fueron los siguientes:

- Los gastos permanentes se financian con ingresos permanentes.

- Limitar el endeudamiento privilegiando las inversiones de mediano y largo plazo.

- Mantener salud financiera en la institución.

En tal contexto, señaló que la deuda de la universidad es muy baja. Añadió que los medios de comunicación, durante el desarrollo del periodo de matrículas de este año, publicaron que esta casa de estudios tenía una deuda de $11.800 millones. Explicó que dicha deuda, dada la legislación vigente en materia presupuestaria antes del año 2020, obligaba a las universidades a endeudarse solo por el período presidencial, por lo que, a partir de la ley de presupuestos de ese año, las casas de estudio pudieron hacerlo a 20 años.

Comentó que la deuda de la Universidad del Bío-Bío -con la autorización de la Contraloría Regional del Bío-Bío y del Ministerio de Hacienda- pudo ser restructurada y transformarse en una deuda de largo plazo.

Adicionó que el año 2023, como rectoría, aplicaron una serie de medidas proactivas de ajuste presupuestario asociadas al control de honorarios y carga financiera. Por lo anterior, y dada la constante inversión mediante los gobiernos regionales, señaló que el patrimonio de la universidad aumentará en cerca de $40.000 millones.

En la misma argumental, se expresó el Ministro de Educación señor Nicolás Cataldo, enfatizando que este proyecto de ley presenta una alta transversalidad, puesto que viene a hacerse cargo de una demanda de la región de Ñuble. Asimismo, instó a la Comisión para que la iniciativa se vote en general y en particular a la vez, y así agilizar su tramitación.

De esta manera, la unanimidad de los integrantes de la Comisión -Honorables Senadores señoras Aravena y Provoste, y señores Espinoza, García y Sanhueza- acordó votar en general y en particular a la vez, en este trámite reglamentario, el proyecto de ley en informe, mediante la respectiva solicitud a la Sala.

B.-Votación en general y fundamento de voto

- Puesto en votación el proyecto de ley, en general y en particular, fue aprobado por la unanimidad de los integrantes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Aravena y Provoste, y señores Espinoza, García y Sanhueza.

El Honorable Senador señor García, al fundamentar su voto favorable, hizo presente que, si bien el proyecto de ley es loable, se limita solo a comunas contiguas. De esta manera, instó a estudiar la posibilidad de ampliar los términos en que se plantea la presencia de las universidades a nivel nacional, a objeto que estas puedan tener sedes en distintas regiones.

Por su parte, el Subsecretario de Educación Superior señor Orellana, aclaró que el proyecto no limita a que las universidades puedan tener sedes en distintas regiones, sino más bien, previene que, por modificaciones en la división político-administrativa del país, una nueva región carezca de una universidad estatal en su territorio. Puntualizó que las universidades del Estado tienen un vínculo permanente con sus regiones y son el medio por el cual se desarrollan las políticas públicas en las mismas.

Finalmente, en cuanto a lo consultado por la Honorable Senadora señora Provoste, informó que se está haciendo un estudio de prefactibilidad para la instalación de un CFT estatal en la región de Ñuble. Dicho análisis se centra en qué es lo que necesita la región y dónde, para prevenir dificultades operativas o desajustes entre estructura productiva y oferta académica. Agregó que, en el año 2023, se introdujo una modificación en la ley de reajuste que va a permitir que los gobiernos regionales apoyen en inversión en infraestructura a los CFT.

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TEXTO DEL PROYECTO

De conformidad al acuerdo que se ha transcrito, la Comisión de Educación propone aprobar en general y en particular el texto del proyecto despachado por la Honorable Cámara de Diputados, que se transcribe a continuación:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales:

1. En el artículo 1:

a) Reemplázase en el inciso segundo su oración final por la siguiente: “Tendrán su o sus domicilios en la o las regiones que señalen sus estatutos.”.

b) Incorpórase el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando el actual inciso tercero a ser cuarto:

“El domicilio de su sede central corresponderá a aquel donde se ubican los órganos superiores del gobierno universitario.”.

c) Sustitúyese el inciso final por el siguiente:

“Los estatutos de cada universidad podrán establecer un ámbito territorial preferente de su quehacer institucional, en razón de su domicilio y la misión específica de estas instituciones. Las universidades estatales podrán extender su ámbito territorial a dos regiones y adquirir el carácter de birregionales, siempre que se trate de regiones contiguas y que no haya otra universidad estatal domiciliada en dicha región, en conformidad con lo que señalen los planes de desarrollo institucional respectivos.”.

2. Reemplázase el literal c) del inciso primero del artículo 14 por el siguiente:

“c) Una persona titulada o licenciada de la institución de destacada trayectoria y de un reconocido vínculo profesional con la o las regiones en que la universidad tiene su domicilio, nombrada por el Consejo Universitario a partir de una terna propuesta por el Gobierno Regional de la región donde se ubica la sede central. Para el caso en que la universidad tenga carácter birregional, la terna deberá incorporar, al menos, una persona que junto con cumplir con los demás requisitos legales, tenga reconocido vínculo profesional con la región en que no se ubica la sede central de la universidad.”.

3. Reemplázase en el inciso segundo del artículo 21 el vocablo “respectivo” por la siguiente frase: “de la región donde se ubica la sede central de la Universidad”.

4. Reemplázase el literal d) del artículo 25 por el siguiente:

“d) Nombrar a la persona titulada o licenciada de la institución que debe integrar el Consejo Superior, a partir de una terna propuesta por el Gobierno Regional de la región donde se ubica la sede central.”.

Artículo 2.- Reemplázase en el inciso primero del artículo 1° de la ley N° 18.744, sobre creación, integración y autorización de universidades que indica, su oración final por la siguiente: “Sus estatutos fijarán los domicilios de sus respectivas sedes, las que deberán estar dentro de la región del Biobío y en alguna región contigua, atendiendo al carácter birregional de la universidad, de conformidad con lo señalado en el artículo 1 de la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales.”.”.

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ACORDADO

Tratado y acordado en sesión celebrada el día 22 de enero de 2024, con la asistencia de los Honorables Senadores señores José García Ruminot (Presidente), Carmen Gloria Aravena Acuña, Fidel Espinoza Sandoval, Yasna Provoste Campillay y Gustavo Sanhueza Dueñas.

Sala de la Comisión, a 24 de enero de 2024.

FRANCISCO JAVIER VIVES DIBARRART

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE MODIFICA LA LEY N° 21.094, SOBRE UNIVERSIDADES ESTATALES, Y LA LEY N° 18.744, QUE CREA LA UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO, PARA AUTORIZAR LA BIRREGIONALIDAD DE LAS UNIVERSIDADES DEL ESTADO. (BOLETÍN N° 16.302-04)

I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado siempre que se trate de regiones contiguas y donde no exista una universidad del Estado domiciliada dentro de sus límites administrativos. Asimismo, se modifica la ley N° 18.744 permitiendo que la Universidad del Bío-Bío adquiera el carácter de birregional.

II. ACUERDOS: Aprobado en general y en particular por unanimidad (5x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: Consta de 2 artículos permanentes.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: No tiene.

V. URGENCIA: Simple.

VI. ORIGEN E INICIATIVA: Cámara de Diputados. Mensaje de S.E. el Presidente de la República, señor Gabriel Boric F.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: Segundo.

VIII. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: aprobado en general y en particular, a la vez, por 133 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

IX. INICIO DE LA TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 13 de diciembre de 2023.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: Primer informe, en general y en particular.

XI. NORMATIVA QUE SE MODIFICA O QUE SE RELACIONA CON LA MATERIA:

- Ley N° 18.744 Creación, integración y autorización de universidades que indica.

- Ley N° 21.094 Sobre universidades estatales.

Valparaíso, a 24 de enero de 2024.

FRANCISCO JAVIER VIVES DIBARRART

Secretario de la Comisión

[1] A continuación figura el link de la sesión transmitida por TV Senado que la Comisión dedicó al estudio del proyecto: - Sesión de 22 de enero de 2024: https://tv.senado.cl/tvsenado/comisiones/permanentes/educacion/comision-de-educacion/2024-01-22/103637.html
[2] La presentación del Ejecutivo se puede descargar desde el siguiente link: https://www.senado.cl/appsenado/index.php?mo=tramitacion&ac=getDocto&iddocto=18724&tipodoc=docto_comision
[3] El inciso segundo de su artículo 1 dispone que “estas instituciones universitarias son organismos autónomos dotados de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio que forman parte de la Administración del Estado y se relacionan con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación. Tendrán su domicilio en la región que señalen sus estatutos.” y su inciso final agrega que “los estatutos de cada universidad podrán establecer un ámbito territorial preferente de su quehacer institucional en razón de su domicilio principal y la misión específica de estas instituciones.”.
[4] La presentación del expositor se puede descargar desde el siguiente link: https://www.senado.cl/appsenado/index.php?mo=tramitacion&ac=getDocto&iddocto=18726&tipodoc=docto_comision

2.2. Discusión en Sala

Fecha 06 de marzo, 2024. Diario de Sesión en Sesión 103. Legislatura 371. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

AUTORIZACIÓN DE BIRREGIONALIDAD PARA UNIVERSIDADES ESTATALES

La señora SILVA (Secretaria General subrogante).-

El Presidente pone en discusión el último punto del Orden del Día, que corresponde al proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 21.094, sobre universidades estatales, y la ley N° 18.744, que crea la Universidad del Biobío, para autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado.

El Ejecutivo hizo presente la urgencia para su despacho y la calificó de "suma".

--A la tramitación legislativa del proyecto (boletín 16.302-04) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

La señora SILVA (Secretaria General subrogante).-

El objetivo de este proyecto de ley es autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado, siempre que se trate de regiones contiguas y no exista una universidad del Estado domiciliada dentro de sus límites administrativos.

Asimismo, se modifica la ley N° 18.744, permitiendo que la Universidad del Biobío adquiera el carácter de birregional.

La Comisión de Educación hace presente que la Sala del Senado autorizó a dicha instancia para discutir la iniciativa en general y en particular en el trámite del primer informe, procedimiento que propone que se siga igualmente durante su discusión en la Sala.

En seguida, deja constancia, además, de que aprobó la iniciativa en general y en particular por la unanimidad de sus integrantes, Senadoras señoras Aravena y Provoste y Senadores señores Espinoza, García y Sanhueza, en los mismos términos en que fuera despachada por la Honorable Cámara de Diputados.

El texto que se propone aprobar se transcribe en las páginas 15 y siguientes del informe de la Comisión de Educación y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.

Nada más, Presidente.

El señor COLOMA (Presidente).-

Muchas gracias, Secretaria.

Para rendir el informe de la Comisión, ofrezco la palabra al Senador García.

El señor GARCÍA.-

Muchas gracias, Presidente.

En mi calidad de Presidente de la Comisión de Educación , informo el proyecto de ley, iniciado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República , el cual fue discutido en general y en particular en el trámite del primer informe.

Se trata de un proyecto que modifica la ley N° 21.094, sobre universidades estatales, y la ley N° 18.744, que crea la Universidad del Biobío, para, como se ha señalado, autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado.

Para la discusión de esta iniciativa, la Comisión contó con la concurrencia del Ministro de Educación , don Nicolás Cataldo , y del Subsecretario de Educación Superior , señor Víctor Orellana .

Asimismo, recibió en audiencia a los representantes de la Universidad del Biobío, encabezados por su rector, don Benito Umaña ; la prorrectora, señora Julia Fawaz ; la presidenta de la Junta Directiva de dicha casa de estudios, señora Maureen Trebilcock . Y a los representantes de los trabajadores: el presidente de la Asociación de Académicos Concepción, señor Juan Carlos Parra ; el presidente de la Asociación de Académicos Chillán, señor Luis Moreno ; la presidenta de la Asociación de Funcionarios No Académicos Concepción, señora Olga Ortiz , y la presidenta de la Asociación de Funcionarios No Académicos Chillán, señora Carla Bustos .

El objetivo del proyecto es autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado, siempre que se trate de regiones contiguas y no exista una universidad del Estado domiciliada dentro de sus límites administrativos. Asimismo, se modifica la ley N° 18.744, permitiendo que la Universidad del Biobío adquiera el carácter de birregional.

La discusión se enfocó en el estrecho vínculo de carácter histórico y territorial existente entre la Región del Biobío y la Región de Ñuble, que originó la necesidad por parte de la comunidad de permitir que la Universidad del Biobío, actualmente domiciliada en esa región, adquiera carácter birregional, para poder fijar su domicilio en ambas regiones.

En tal sentido, se relevó el constante desarrollo que ha tenido la Universidad del Biobío y la importancia de que la Región de Ñuble cuente con una casa de estudios estatal en su territorio, lo que posibilitaría el acceso a fondos y programas de fomento propios de dicha región, así como el impulso de la docencia, la investigación y la extensión.

Cabe destacar, como lo señalaron los representantes del Ejecutivo , que la Universidad del Biobío elaboró una propuesta estatutaria, consagrando el carácter birregional y reconociendo el enraizamiento que tiene tanto en la Región del Biobío como en la Región de Ñuble.

Se busca promover y fortalecer la educación pública universitaria reconociendo el aporte de las universidades del Estado.

Se tuvo en consideración que actualmente, al crearse una región nueva -en este caso, la Región de Ñuble-, no hay posibilidad de que las sedes de universidades estatales ya instaladas en el territorio sean consideradas regionales, porque la ley N° 21.094, sobre universidades estatales, admite solo un domicilio por institución.

En particular, la Comisión tuvo presente la necesidad de una universidad estatal en la Región de Ñuble, por las siguientes consideraciones:

1.- La Región de Ñuble fue creada con posterioridad a la publicación de la ley antes citada, razón por la cual no fue contemplada para el establecimiento de una universidad estatal en ella.

2.- Es necesario avanzar en el desarrollo de una universidad estatal en la región que fomente el pensamiento crítico, la docencia, la investigación y la extensión, que atienda las particularidades de su territorio. Esto ha sido una demanda de la comunidad de la Región de Ñuble.

3.- La modificación legal permite que la Universidad del Biobío adquiera el carácter de birregional, con presencia en Ñuble y con posibilidad de acceder a fondos y programas de fomento propios de dicha región.

Asimismo, permitirá que exista una universidad tutora para el proceso de creación del centro de formación técnica estatal de la Región de Ñuble.

Señor Presidente , por las consideraciones que he señalado, la Comisión votó el proyecto en general y en particular, el cual fue aprobado por unanimidad. Y sugiere que la Sala proceda en la misma forma.

Es todo cuanto tengo que informar.

Muchas gracias.

El señor COLOMA (Presidente).-

A usted, Senador.

Solicito la autorización de la Sala para que en un rato más pase a reemplazarme en la testera el Senador Gahona.

Y adicionalmente quiero pedir abrir la votación.

¿Les parece?

Ambos temas.

El señor WALKER.-

¡Sí! Abramos la votación.

(El señor Presidente hace sonar la campanilla en señal de acuerdo).

El señor COLOMA (Presidente).-

En votación.

(Durante la votación).

Senador Sanhueza, tiene la palabra.

El señor SANHUEZA.-

Gracias, Presidente.

Para la región que represento, este proyecto de ley es muy especial.

Tal vez no sea la única pero sí una importante razón para que la antigua provincia de Ñuble se transformara en región fue el arraigo y la identidad, características de una zona que son entregadas por sus habitantes, pero también por su particular geografía e historia.

Dentro de esa historia está presente la Universidad del Biobío, institución de educación superior del Estado, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

La Universidad cuenta con sede en las ciudades de Chillán y Concepción, pero cabe destacar que, como tal, tiene sus orígenes en la sede de Ñuble, donde el año 1966 se inauguró la Universidad de Chile, la que luego pasó a ser el Instituto Profesional de Chillán a través del decreto con fuerza de ley N° 15, del año 1981, del Ministerio de Educación Pública, el cual finalmente fue fusionado con la Universidad del Biobío mediante la ley N° 18.744.

El año 2018, específicamente el 5 de septiembre, mediante la ley N° 21.033, se creó la Región de Ñuble, fijando su capital regional en la ciudad de Chillán. Dada esta modificación a la división político-administrativa de nuestro país, se entendió que la nueva región no contaba con una universidad del Estado que tuviera su domicilio dentro de los nuevos límites regionales.

Dicho lo anterior, y considerando el vínculo que en los hechos existe entre la Universidad del Biobío y la Región de Ñuble, es importante que dicha casa de estudios pueda contar con domicilio en ambas regiones.

La modificación que proponemos, y que fue estudiada en la Comisión de Educación (a la que agradezco su apoyo unánime: escuchamos a su rector, el señor Benito Umaña ; a la prorrectora, señora Julia Fawaz ; a la secretaria general, señora Romina Bazaes ; al presidente de la Asociación de Académicos Chillán , señor Luis Moreno , entre otros integrantes) va a permitir a las universidades tener domicilio en dos regiones contiguas, siempre que no exista otra universidad estatal en la zona. Lo recalco, porque en la Cámara de Diputados surgieron dudas para aprobar este proyecto por el hecho de que se vio con preocupación que se abriese la puerta para seguir creando nuevas universidades en regiones.

Sin embargo, hago hincapié en que la iniciativa es acotada, ya que se circunscribe a que siempre se trate de regiones contiguas donde no exista otra universidad estatal.

También va a permitir que fondos, de los cuales disponen las autoridades regionales para el fomento de la región, como son los dispuestos por los gobiernos regionales, puedan ser destinados al fortalecimiento de la investigación y la vinculación de la universidad con el desarrollo regional y nacional.

Celebro que esto suceda, porque justamente este año la Universidad del Biobío en Chillan está recibiendo a la primera generación de estudiantes de la carrera de Medicina que comenzara su formación académica en nuestra región, siendo la única casa de estudios en Ñuble que imparte este programa.

Anuncio mi voto a favor.

Solo quiero insistir en lo positivo de este proyecto de ley, que traerá importantes beneficios a la Región de Ñuble. La casa de estudios permitirá seguir formando generaciones tras generaciones, con mallas innovadoras, actualizadas acorde a los tiempos, de manera de lograr retener el talento de Ñuble en Ñuble, y que futuros profesionales de todo el país vean en mi región un hogar acogedor, que los recibe en su etapa de estudios y también en su posterior desarrollo profesional y personal.

Gracias, Presidente .

(Conforme a un acuerdo anterior de la Sala, pasa a dirigir la sesión, en calidad de Presidente accidental, el Senador Sergio Gahona).

El señor GAHONA ( Presidente accidental ).-

Gracias, Senador Sanhueza.

Tiene la palabra el Senador José Miguel Insulza.

El señor INSULZA.-

Por lo que veo de este proyecto -¡por lo que veo de este proyecto!-, no tiene problema alguno con la región a la cual yo pertenezco.

Como ustedes saben, después de la creación de la Región de Arica y Parinacota, la sede central de la Universidad de Tarapacá quedó en la capital: Arica. Felizmente existe la Universidad Arturo Prat, que también es pública. Por lo tanto, la condición de que no debe haber otra no crea problemas.

Pero estas cosas deberían consultarse un poco. Yo estoy absolutamente seguro de que este tema ni siquiera fue conversado con gente de la Universidad de Tarapacá para preguntar qué opinaba de la birregionalidad que se estaba planteando. La Universidad de Tarapacá tiene una sede propia también en Iquique, y no creo que haya mayores intenciones de crear algo nuevo allá.

Repito: lo que permite salvar cualquier obstáculo es que también está la Universidad Arturo Prat, que reúne el otro requisito.

Pero quiero insistir en que el proyecto está orientado a la Universidad del Biobío, y me parece que debió haber sido tratado como tal. No veo por qué se legisla nacionalmente si es un tema que le interesa solamente a esa universidad. Además, ¿por qué se hace esto sin consultar con las demás universidades y con las autoridades de las regiones que pueden tener alguna opinión al respecto?

En todo caso, no me voy a oponer, Presidente, porque no me parece pertinente. Pero creo necesario dejar constancia de mi sorpresa de que aparezca este proyecto, del cual yo no tenía la menor idea y respecto del cual estoy seguro de que nadie de mi región fue consultado.

Muchas gracias, Presidente .

El señor GAHONA ( Presidente accidental ).-

Muchas gracias, Senador Insulza.

Tiene la palabra el Senador Gastón Saavedra.

El señor SAAVEDRA.-

Gracias, Presidente.

Cuando se crea la Región de Ñuble, el 5 de septiembre de 2018, se constituye con veintiuna comunas que pertenecían a la provincia del mismo nombre; pero esta separación no es solo de carácter administrativo y territorial, sino que también debe pensarse cómo se potencia la nueva región, cómo se construye un espacio para el pensamiento, el desarrollo del libre pensamiento y, al mismo tiempo, la construcción de espacios para que haya capital humano propio, para que -y esto hay que pensarlo en un tiempo más- seguramente exista como tal la autonomía de esta universidad.

Evidentemente, esto le hará bien a Ñuble y le hará bien a la universidad, pero es claro que no solo se trata de una cuestión administrativa o algo establecido por una ley, sino que es necesario, como decía el Senador Insulza, revisar lo que pasa en el resto del país. ¿Por qué no? Así se podría dotar a todas nuestras regiones de casas de estudios superiores públicas, del Estado, que permitan contribuir al desarrollo, al desarrollo social, a contar con este factor de movilidad social en los territorios, en las regiones.

Reitero: no es solamente una cuestión administrativa, territorial o financiera, sino también de contar con casas de estudios que permitan implementar la inteligencia e irse incorporando a un nuevo modelo de desarrollo, una nueva forma de crecimiento que permita el fortalecimiento de las democracias regionales y así seguir dando pasos a ese proceso que vive el país.

Por lo tanto, en buena hora se toma esta decisión. Y es de esperar que esta casa de estudios, que nace como la Universidad Técnica del Estado -así se llamó hasta el año 1973, pasadito- y que hoy es la Universidad del Biobío, una entidad prestigiosa y con gente de esfuerzo, siga contribuyendo al desarrollo tanto de la Región del Biobío como de la Región de Ñuble.

Es buena la separación. Es bueno, por lo tanto, que dicha entidad cuente con directorio propio, con rector propio y que tenga una identidad y la pertenencia que se requiere a la hora de llevar a cabo la gobernanza al interior del territorio.

Votaré a favor.

Muchas gracias.

He dicho.

El señor GAHONA ( Presidente accidental ).-

Muchas gracias, Senador Saavedra.

Me ha pedido la palabra el Senador García.

El señor GARCÍA.-

Muchas gracias, Presidente.

Seré muy breve.

A raíz de las intervenciones del Senador Insulza y del Senador Gastón Saavedra, me parece importante aclarar lo siguiente, porque las mismas consultas o las mismas dudas que ellos han planteado las hicimos en el seno de la Comisión de Educación.

¿Cuál fue la respuesta del Subsecretario de Educación Superior? Que el proyecto está referido únicamente al domicilio, porque la ley de universidades estatales estableció que los centros universitarios podían circunscribirse y tener domicilio en una sola región.

Sin embargo, es perfectamente posible, y de hecho así ocurre, que las universidades estatales tengan sedes en otras regiones. Hay varios ejemplos. Recién el Senador Galilea me decía que la Universidad de Talca, que es la universidad estatal de la Región del Maule, tiene una sede en la Región de O'Higgins. Entonces, ello se permite, y tiene relación con una situación estrictamente legal respecto de donde establecen sus domicilios.

Yo estoy de acuerdo en que quizás tenemos que revisar la ley de universidades estatales y a lo mejor permitir que las propias universidades fijen en sus estatutos sus domicilios, y no solo uno, sino más de uno, pero yo creo que eso es una discusión ya mayor, más general, más global, y de momento tenemos la urgencia de resolver este problema que se ha presentado con la Universidad del Biobío como consecuencia de la creación de la Región de Ñuble.

Gracias, Presidente .

El señor GAHONA ( Presidente accidental ).-

Muchas gracias, Senador García, por su aclaración.

Ha pedido la palabra la Senadora Loreto Carvajal.

La señora CARVAJAL.-

Gracias, señor Presidente.

La verdad es que, como Senadora de la Región de Ñuble, estoy conteste con este importante proyecto.

Como decía el Senador Sanhueza , hubo un ánimo, una condición ciudadana que permitió establecer por ley una nueva región en Chile, llamada "Región de Ñuble", la cual fue promulgada por la Presidenta Bachelet en el año 2017.

Eso conlleva hacer adecuaciones administrativas, por cierto, pero también tiene un objetivo académico. Y aquí quiero conectar aquello con la importancia que tienen los territorios y cómo nuestra legislación ha debido avanzar hacia aquello en los últimos años.

Ese es el punto central de este proyecto, que tiene una connotación académica, que no pasa solamente por una realidad administrativa distinta que, como bien decía el Senador que me antecedió, hace posible que las regiones tengan campus, que son agregados de las casas principales de estudio de mucho prestigio. Dicho sea de paso, tenemos también en la Región de Ñuble a la Universidad de Concepción (sede Chillán); el campus Chillán de la Universidad del Biobío; también la Universidad Católica de la Santísima Concepción; los institutos Inacap, Virginio Gómez y otros.

Es decir, hoy existe una adecuación administrativa que efectivamente los estándares y la normativa de la ley que creó las universidades estatales no hacían posible, porque no existía la posibilidad de tener una región (comillas) autónoma. Esa adecuación es fundamental, porque, por un lado, ¿qué es lo que queremos nosotros cuando entendemos que debe haber una universidad que recoja no solo el elemento territorial, sino las vocaciones que dan vida y sustentan a una región? No es lo mismo entender el contexto de la Región del Biobío con la Región de Ñuble. Por ende, hoy esa autonomía permite, desde un punto de vista lógico, financiero, de administración de sus propios recursos, la creación de nuevas carreras, entendiendo que los diagnósticos, como se señalaba hoy día, hacen entendible que exista una sintonía con la realidad regional.

Eso no es menor, y valoro que hoy día se haya dado pie a la carrera de Medicina en la Universidad del Biobío, como también antes a la carrera de Enfermería y otras.

Entonces, creo que esta adecuación administrativa es sumamente importante, que tiene un efecto territorial que cala en lo más profundo y que hace posible que sea absolutamente atendible que una universidad genere nuevas carreras que hagan fuerza con la realidad local, de acuerdo con la ley. Además, era el compromiso que nosotros, si ustedes no lo recuerdan, incorporamos en la Ley de Presupuestos, pues esto también requiere una autonomía financiera que no puede estar ajena a la ley.

Por lo tanto, es muy importante entender que este proyecto tiene un componente local que nosotros valoramos, que le da mucho valor, sobre todo académico, a la región, en que hoy día necesitamos hacer frente a muchas necesidades que no solo pasan por tener casas de estudio o un instituto profesional, o reforzar los liceos agrícolas, como el liceo de Cato, por ejemplo. Lo digo porque desde el punto de vista administrativo nosotros tenemos una carencia, y aprovecho de hacer el link con los servicios de la Región de Ñuble que aún no están totalmente instalados.

Por consiguiente, entiendo que aquello colabora, sin duda, a que esa

potencia que queremos lograr en una región, que dé cabida, genere y respalde los talentos locales, tenga un espacio en la academia, y que hoy día por supuesto que se genera con este proyecto.

Yo, como Senadora de Ñuble, quiero agradecer el profundo respaldo que tuvo en la Cámara de Diputados, donde no hubo ningún voto en contra, al igual que en la Comisión de Educación de nuestro Senado.

Por tanto, mi llamado es a aprobar, ojalá por unanimidad, este proyecto, que va en directo beneficio de los ñublesinos y ñublesinas.

He dicho, señor Presidente.

Gracias.

El señor GAHONA (Presidente accidental).-

A usted, Senadora Loreto Carvajal.

No hay más inscritos.

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (27 votos a favor y 1 en contra), y queda despachado en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Carvajal, Ebensperger, Gatica, Órdenes, Pascual, Provoste y Rincón y los señores Coloma, Cruz-Coke, De Urresti, Edwards, Espinoza, Gahona, Galilea, García, Insulza, Kusanovic, Lagos, Latorre, Macaya, Núñez, Pugh, Saavedra, Sanhueza y Walker.

Votó por la negativa el señor Kuschel.

El señor GAHONA (Presidente accidental).-

Se agrega la intención de voto favorable de los Senadores Moreira y Quintana.

Despachado el proyecto.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 06 de marzo, 2024. Oficio en Sesión 1. Legislatura 372.

Valparaíso, 6 de marzo de 2024.

Nº 112/SEC/24

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que modifica la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales, y la ley N° 18.744, que crea la Universidad del Bío-Bío, para autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado, correspondiente al Boletín N° 16.302-04.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 19.035, de 12 de diciembre de 2023.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

SERGIO GAHONA SALAZAR

Presidente (A) del Senado

PILAR SILVA GARCÍA DE CORTÁZAR

Secretaria General (S) del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 11 de marzo, 2024. Oficio

VALPARAÍSO, 11 de marzo de 2024

Oficio Nº 19.254

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley que modifica la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales, y la ley N° 18.744, que crea la Universidad del Bío-Bío, para autorizar la birregionalidad de las universidades del Estado, correspondiente al boletín N° 16.302-04, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales:

1. En el artículo 1:

a) Reemplázase en el inciso segundo su oración final por la siguiente: “Tendrán su o sus domicilios en la o las regiones que señalen sus estatutos.”.

b) Incorpórase el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando el actual inciso tercero a ser cuarto:

“El domicilio de su sede central corresponderá a aquel donde se ubican los órganos superiores del gobierno universitario.”.

c) Sustitúyese el inciso final por el siguiente:

“Los estatutos de cada universidad podrán establecer un ámbito territorial preferente de su quehacer institucional, en razón de su domicilio y la misión específica de estas instituciones. Las universidades estatales podrán extender su ámbito territorial a dos regiones y adquirir el carácter de birregionales, siempre que se trate de regiones contiguas y que no haya otra universidad estatal domiciliada en dicha región, en conformidad con lo que señalen los planes de desarrollo institucional respectivos.”.

2. Reemplázase el literal c) del inciso primero del artículo 14 por el siguiente:

“c) Una persona titulada o licenciada de la institución de destacada trayectoria y de un reconocido vínculo profesional con la o las regiones en que la universidad tiene su domicilio, nombrada por el Consejo Universitario a partir de una terna propuesta por el Gobierno Regional de la región donde se ubica la sede central. Para el caso en que la universidad tenga carácter birregional, la terna deberá incorporar, al menos, una persona que junto con cumplir con los demás requisitos legales, tenga reconocido vínculo profesional con la región en que no se ubica la sede central de la universidad.”.

3. Reemplázase en el inciso segundo del artículo 21 el vocablo “respectivo” por la siguiente frase: “de la región donde se ubica la sede central de la Universidad”.

4. Reemplázase el literal d) del artículo 25 por el siguiente:

“d) Nombrar a la persona titulada o licenciada de la institución que debe integrar el Consejo Superior, a partir de una terna propuesta por el Gobierno Regional de la región donde se ubica la sede central.”.

Artículo 2.- Reemplázase en el inciso primero del artículo 1° de la ley N° 18.744, sobre creación, integración y autorización de universidades que indica, su oración final por la siguiente: “Sus estatutos fijarán los domicilios de sus respectivas sedes, las que deberán estar dentro de la región del Biobío y en alguna región contigua, atendiendo al carácter birregional de la universidad, de conformidad con lo señalado en el artículo 1 de la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales.”.”.

*****

Dios guarde a V.E.

RICARDO CIFUENTES LILLO

Presidente de la Cámara de Diputados

LUIS ROJAS GALLARDO

Secretario General (A) de la Cámara de Diputados

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 21.661

Tipo Norma
:
Ley 21661
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1202952&t=0
Fecha Promulgación
:
19-04-2024
URL Corta
:
http://bcn.cl/3jbp5
Organismo
:
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Título
:
MODIFICA LA LEY N° 21.094 Y LA LEY N° 18.744, PARA AUTORIZAR LA BIRREGIONALIDAD DE LAS UNIVERSIDADES DEL ESTADO
Fecha Publicación
:
26-04-2024

LEY NÚM. 21.661

   

MODIFICA LA LEY N° 21.094 Y LA LEY N° 18.744, PARA AUTORIZAR LA BIRREGIONALIDAD DE LAS UNIVERSIDADES DEL ESTADO

   

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

   

    Proyecto de ley:

    "Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales:

   

    1. En el artículo 1:

   

    a) Reemplázase en el inciso segundo su oración final por la siguiente: "Tendrán su o sus domicilios en la o las regiones que señalen sus estatutos.".

    b) Incorpórase el siguiente inciso tercero, nuevo, pasando el actual inciso tercero a ser cuarto:

   

    "El domicilio de su sede central corresponderá a aquel donde se ubican los órganos superiores del gobierno universitario.".

   

    c) Sustitúyese el inciso final por el siguiente:

   

    "Los estatutos de cada universidad podrán establecer un ámbito territorial preferente de su quehacer institucional, en razón de su domicilio y la misión específica de estas instituciones. Las universidades estatales podrán extender su ámbito territorial a dos regiones y adquirir el carácter de birregionales, siempre que se trate de regiones contiguas y que no haya otra universidad estatal domiciliada en dicha región, en conformidad con lo que señalen los planes de desarrollo institucional respectivos.".

   

    2. Reemplázase el literal c) del inciso primero del artículo 14 por el siguiente:

   

    "c) Una persona titulada o licenciada de la institución de destacada trayectoria y de un reconocido vínculo profesional con la o las regiones en que la universidad tiene su domicilio, nombrada por el Consejo Universitario a partir de una terna propuesta por el Gobierno Regional de la región donde se ubica la sede central. Para el caso en que la universidad tenga carácter birregional, la terna deberá incorporar, al menos, una persona que junto con cumplir con los demás requisitos legales, tenga reconocido vínculo profesional con la región en que no se ubica la sede central de la universidad.".

   

    3. Reemplázase en el inciso segundo del artículo 21 el vocablo "respectivo" por la siguiente frase: "de la región donde se ubica la sede central de la Universidad".

    4. Reemplázase el literal d) del artículo 25 por el siguiente:

   

    "d) Nombrar a la persona titulada o licenciada de la institución que debe integrar el Consejo Superior, a partir de una terna propuesta por el Gobierno Regional de la región donde se ubica la sede central.".

    Artículo 2.- Reemplázase en el inciso primero del artículo 1° de la ley N° 18.744, sobre creación, integración y autorización de universidades que indica, su oración final por la siguiente: "Sus estatutos fijarán los domicilios de sus respectivas sedes, las que deberán estar dentro de la Región del Biobío y en alguna región contigua, atendiendo al carácter birregional de la universidad, de conformidad con lo señalado en el artículo 1 de la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales.".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

   

    Santiago, 19 de abril de 2024.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Nicolás Cataldo Astorga, Ministro de Educación.

    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Alejandra Arratia Martínez, Subsecretaria de Educación.