Usted está en:

Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 16.908

AUTORIZA AL SERVICIO NACIONAL DE SALUD PARA TRANSFERIR LOS TERRENOS QUE SEÑALA

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Duberildo Jaque Araneda. Fecha 16 de noviembre, 1965. Moción Parlamentaria en Sesión 17. Legislatura Extraordinaria periodo 1965 -1966.

38.-MOCIÓN DEL SEÑOR JAQUE.

Honorable Cámara:

Con motivo del sismo del 6 de mayo de 1S50 que afectó gravemente a la ciudad de Concepción, fue necesario atender a numerosas familias que perdieron sus viviendas, mediante su ubicación en poblaciones de emergencia que se levantaron en terrenos pertenecientes a distintos organismos estatales.

Como los ocupantes de esas viviendas han efectuado diversas mejoras en las propiedades que ocupan y se encuentran abocados a una permanente incertidumbre respecto al dominio de los mismos, recientemente se dictó la Ley 16.322, de 15 de septiembre de 1965, para regularizar esta situación toda vez que se trata de personas de modestos recursos que resultaron damnificadas por las razones anteriormente expuestas.

Sin embargo, la citada ley no contempló el caso de algunas poblaciones que se encuentran en situación similar y que por una lamentable omisión quedaron al margen de sus disposiciones.

El objeto de este proyecto no es otro, entonces, que el de hacerles justicia y resolver su problema social, otorgándoles también el medio legal para que puedan ser propietarios de esas viviendas mediante la aplicación de los preceptos de la referida ley.

En mérito de los fundamentos expuestos vengo en presentar el siguiente

Proyecto de ley:

Artículo 1°.- El Servicio Nacional de Salud deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad en los cuales se construyó la población "21 de Mayo", ubicada entre las calles Briceño, Jorge Montt, Almirante Rivero y Rosamel del Solar, de la ciudad de Concepción.

Artículo 2°.- El Servicio de Seguro Social deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad en los cuales se construyen las viviendas que forman las poblaciones "21 de Mayo" y "Alemana", ubicados entre O'Higgins-Galvarino-Angamos y Portales de Chiguayante.

Artículo 3°.- La Empresa de los Ferrocarriles del Estado deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos y viviendas ubicados en el sector de la Estación Perales, de la comuna de Talcahuano y los terrenos y viviendas construidas por esa Empresa, en calle A. Prat, en la ciudad de Concepción.

Artículo 4°.- Las condiciones y modalidades de pago o transferencia a título gratuito, según el caso, serán las establecidas en el artículo 4° de la Ley 16.322, de 15 de septiembre de 1965.

(Fdo.) : Duberildo Jaque Araneda."

1.2. Informe Comisión Legislativa

Cámara de Diputados. Fecha 30 de agosto, 1966. Informe Comisión Legislativa en Sesión 39. Legislatura Ordinaria año 1966.

?57.-INFORME DE LA COMISION ESPECIAL DE LA VIVIENDA.

"Honorable Cámara:

La Comisión Especial de la Vivienda pasa a informar el proyecto, de origen en una moción del señor Jaque, por el cual se dispone que el Servicio Nacional de Salud, el Servicio de Seguro Social y la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, deberán transferir a sus actuales ocupantes, determinados terrenos y viviendas ubicados en las ciudades de Concepción, Chiguayante y de Talcahuano.

Existen en las ciudades mencionadas numerosas poblaciones que se formaron a raíz de los sismos de mayo de 1960, pues, debido a que muchas familias quedaron con sus hogares destruidos, hubo de instalarlas provisoriamente en viviendas de emergencia, construidas algunas con los recursos extraordinarios que autoriza invertir en estos casos la Constitución Política del Estado, y en terrenos de propiedad de organismos semifiscales o de empresas del Estado. Desde aquel año y hasta la fecha, ¡os pobladores han constituido en esos lugares su hogar, han efectuado mejoras en las viviendas y, especialmente, han manifestado permanentemente su deseo a las autoridades administrativas y políticas, de continuar asentados en esas poblaciones, y su inquietud ante la incierta situación jurídica en que se encuentran, pues no son dueños, en la mayoría de los casos, ni del terreno ni de la vivienda que ocupan.

Ahora bien, con fecha 8 de octubre de 1965 se publicó la ley Nº16.322, que tuvo por objeto autorizar la transferencia de numerosos terrenos ubicados en la ciudad de Concepción y de los materiales fiscales con que se construyeron las viviendas de varias poblaciones, con lo cual se dio sólo solución parcial al agudo problema social creado a los numerosos pobladores de la zona de Concepción, pues se omitió incluir en sus beneficios a varios grupos de poblaciones que se encuentran en similar situación jurídica respecto de los terrenos y de las viviendas. Con esta finalidad, se ha presentado el proyecto en informe, que, según se dijo en la Comisión, sólo tiende a regularizar y armonizar el estatuto jurídico de las poblaciones de esa zona, para lo cual impone a los Servicios administrativos señalados la obligación de transferir los terrenos y viviendas que no fueron incluidos en los beneficios de la ley Nº 16.322, en las mismas condiciones y con las mismas franquicias que dicha ley contempla. Estas poblaciones se encuentran enumeradas en los artículos 1º y 2º del proyecto, y son las siguientes: "21 de mayo" de propiedad del Servicio Nacional de Salud, ubicada en la ciudad de Concepción, respecto de la cual se ordena la transferencia de los terrenos en que se construyó dicha población; y "21 de Mayo" y "Alemana, de propiedad del Servicio de Seguro Social, ubicadas en la localidad de Chiguayante. Respecto de estos inmuebles, se manifestó en la Comisión que los servicios indicados estarían llanos a efectuar las transferencias en las condiciones que se pasan a señalar. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3º, que hace aplicables a estas transferencias las modalidades consultadas en el artículo 4° de la ley Nº 16.322, pueden resumirse estas franquicias o modalidades en la siguiente forma:

a) la transferencia será gratuita;

b) sólo procederá cuando estos inmuebles no estén destinados al uso público, según los planos reguladores de estas ciudades;

c) el precio de venta será igual al valor del avalúo fiscal de ellos;

d) el precio se pagará en un plazo máximo de 10 años, con un interés no superior al 5% anual por el saldo;

e) no pagarán los impuestos establecidos en la Ley sobre Impuestos de Herencias, Asignaciones y Donaciones;

f) no estarán afectas al trámite de la insinuación, y

g) pagarán sólo el 50% de los derechos notariales.

Por el artículo 4º, introducido por la Comisión, se impone a los pobladores la obligación de realizar las obras de urbanización que sean menester, las cuales, según se expresó, se encuentran en muchos casos, comenzadas, o en vías de terminarse.

Finalmente, debe expresarse que la Comisión rechazó el artículo 3º del proyecto original, por cuanto se refería a un grupo de terrenos y viviendas de propiedad de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, ubicados en Talcahuano, respecto de los cuales no se tenía la conformidad de ese organismo sobre su transferencia gratuita.

En mérito de las razones expuestas, la Comisión acordó recomendar la aprobación en informe, redactado en los siguientes términos:

Proyecto de ley:

"Artículo 1°.- El Servicio Nacional de Salud deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad en los cuales se construyó la población "21 de Mayo", ubicada entre las calles Briceño, Jorge Montt, Almirante Rivero y Rosamel del Solar, de la ciudad de Concepción.

Artículo 2°.- El Servicio de Seguro Social deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad en los cuales se construyen las viviendas que forman las poblaciones "21 de Mayo" y "Alemana", ubicados entre O'Higgins, Galvarino, Angamos y Portales, de Chiguayante.

Artículo 3°.- Las condiciones y modalidades de pago o transferencia a título gratuito, según el caso, serán las establecidas en el artículo 4º de la ley Nº 16.322, de 15 de septiembre de 1965.

Artículo 4°.- Los compradores o donatarios tendrán que efectuar las obras de urbanización que corresponda en las poblaciones señaladas en esta ley".

Sala de la Comisión, a 29 de agosto de 1966.

Aprobado en sesión de fecha 24 del presente, con asistencia de la señorita La-coste (Presidenta), señorita Paluz, señoras Allende y Aguilera, y señores González Maertens, Jaque, Martínez Camps, Millas y Mosquera.

Se designó Diputado Informante al Honorable señor Jaque.

(Fdo.) : Fernando Porga Santelices, Secretario".

1.3. Discusión en Sala

Fecha 07 de septiembre, 1966. Diario de Sesión en Sesión 45. Legislatura Ordinaria año 1966. Discusión General y Particular . Se aprueba en general y particular con modificaciones.

TRANSFERENCIA A LOS ACTUALES OCUPANTES, DE TERRENOS DE DIVERSAS POBLACIONES DE LA CIUDAD DE CONCEPCION.

El señor ISLA ( Presidente en ejercicio).-

En conformidad con el acuerdo de la Corporación, corresponde tratar sin debate los proyectos que figuran en la Tabla de Fácil Despacho.

En votación el proyecto de ley que figura en el primer lugar de la Tabla de Fácil Despacho, que ordena transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de diversas poblaciones de la ciudad de Concepción.

El proyecto está impreso en el boletín Nº 10.598.

Si le parece a la Cámara, se aprobará en general el proyecto.

El señor MOSQUERA.-

No, señor Presidente.

El señor ISLA ( Presidente en ejercicio).-

No hay acuerdo.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 44 votos; por la negativa, 1 voto.

El señor ISLA ( Presidente en ejercicio).-

Aprobado en general el proyecto.

Se va a dar lectura a una indicación.

El señor CAÑAS ( Secretario).-

Los señores Astorga y Muga formulan indicación para agregar, al artículo lº, el siguiente inciso segundo:

"Igualmente, dicho Servicio transferirá a sus actuales ocupantes las viviendas que posee en la ciudad de Arica".

El señor ISLA ( Presidente en ejercicio).-

En votación el artículo 1° con la indicación leída.

Si le parece a la Cámara, se aprobará el artículo con la indicación.

Aprobado.

Se va a leer otra indicación.

El señor CAÑAS ( Secretario).-

El señor Torres ha presentado indicación para agregar otro inciso al artículo lº, que diga:

"Además el Servicio Nacional de Salud deberá vender a sus actuales ocupantes las viviendas de su propiedad ubicadas en la Población El Santo de la ciudad de La Serena".

El señor ISLA ( Presidente en ejercicio).-

En votación la indicación leída.

Si le parece a la Cámara, se aprobará la indicación.

Aprobada.

Los artículos 2º, 3º y 4º quedan aprobados reglamentariamente, por no haber sido objeto de indicaciones.

Se va a dar lectura a las indicaciones que crean artículos nuevos.

El señor CAÑAS ( Secretario).-

Los señores Jaque, Montes y Silva Ulloa, han formulado indicación para agregar a continuación del 3º, el siguiente artículo nuevo:

"La Empresa de los Ferrocarriles del

Estado deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos y viviendas ubicadas en el sector sur de la estación Perales, de la comuna de Talcahuano, y los terrenos y viviendas construidas por esa Empresa en calle Avenida Prat, en la ciudad de Concepción".

El señor ISLA ( Presidente en ejercicio).-

En votación el artículo nuevo.

-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 20 votos; por la negativa, 29 votos.

El señor ISLA ( Presidente en ejercicio).-

Rechazada la indicación.

El señor CAÑAS ( Secretario).-

Los señores Torres y Luis Aguilera formulan indicación para agregar el siguiente artículo nuevo:

"Facúltase al Presidente de la República para fijar, dentro de 180 días contados de la promulgación de la presente ley, las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 153 de 7 de julio de 1932, para ceder los sitios a sus actuales ocupantes y que hayan levantado mejoras o viviendas dentro de las 60 hectáreas de terreno fiscal en la Población de Tierras Blancas, ubicada en la comuna de Coquimbo".

El señor ISLA ( Presidente en ejercicio).-

En votación el artículo nuevo.

Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.

Acordado.

El señor CAÑAS ( Secretario).-

La señora Lazo y los señores Melo, Jaque, Alfredo Lorca, Luis Aguilera, Palestro y Phillips, formulan indicación para agregar un artículo que diga:

"Condónanse las deudas por pavimentación de calzadas que hayan contraído con la Dirección de Pavimentación Urbana los pobladores de las calles Onofre Rojas y Avenida La Paz, que forman parte del camino de uso público al Cementerio de Coronel.

"La condonación a que se refiere este artículo comprenderá los intereses penales, sanciones y multas en que puedan haber incurrido los citados pobladores".

El señor ISLA ( Presidente en ejercicio).-

En votación la indicación.

Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.

Acordado.

Terminada la votación del proyecto.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 13 de septiembre, 1966. Oficio en Sesión 70. Legislatura Ordinaria año 1966.

?8.- PROYECTO DE LEY DE LA CAMARA DE DIPUTADOS QUE DISPONE QUE EL SERVICIO NACIONAL DE SALUD DEBERA TRANSFERIR A SUS ACTUALES OCU-PANTES LOS TERRENOS Y VIVIENDAS QUE INDICA.

Santiago, 7 de septiembre de 1966.

Con motivo de la moción, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1°.- El Servicio Nacional de Salud deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad en los cuales se construyó la población "21 de Mayo", ubicada entre las calles Briceño, Jorge Montt, Almirante Rivero y Rosamel del Solar, de la ciudad de Concepción.

Igualmente dicho Servicio transferirá a sus actuales ocupantes las viviendas que posee en la ciudad de Arica.

Además, el Servicio Nacional de Salud deberá vender a sus actuales ocupantes las viviendas de su propiedad ubicadas en la Población El Santo de la ciudad de La Serena.

Artículo 2°.- El Servicio de Seguro Social deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad en los cuales se construyen las viviendas que forman las poblaciones "21 de Mayo" y "Alemana", ubicadas entre O'Higgins, Galvarino, Angamos y Portales, de Chigua-yante.

Artículo 3°.- Las condiciones y modalidades de pago o transferencia a título gratuito, según el caso, serán las establecidas en el artículo 4º de la ley Nº 16.322, de 15 de septiembre de 1965.

Artículo 4°.- Los compradores o donatarios tendrán que efectuar las obras de urbanización que correspondan en las poblaciones señaladas en esta ley.

Artículo 5°.- Facúltase al Presidente de la República para aplicar dentro de 180 días contados desde la promulgación de la presente ley, las disposiciones contenidas en el Decreto Ley N° 153, de 7 de julio de 1932, para ceder los sitios a sus actuales ocupantes y que hayan levantado mejoras o viviendas dentro de las 60 hectáreas de terreno fiscal en la Población de "Tierras Blancas", ubicada en la comuna de Coquimbo.

Artículo 6°.- Condónanse las deudas por pavimentación de calzadas que hayan contraído con la Dirección de Pavimentación Urbana los pobladores de las calles Onofre Rojas y Avenida La Paz, que forman parte del camino de uso público al cementerio de Coronel.

La condonación a que se refiere este artículo comprenderá los intereses penales, sanciones y multas en que puedan haber incurrido los citados pobladores.".

Dios guarde a V. E.

(Fdo.) : José Manuel Isla Hevia.- Eduardo Cañas Ibáñez.

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe Comisión Legislativa

Senado. Fecha 12 de septiembre, 1967. Informe Comisión Legislativa en Sesión 47. Legislatura Ordinaria año 1967.

?5.- INFORME DE LA COMISION DE OBRAS PUBLICAS RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS QUE DISPONE QUE EL SERVICIO NACIONAL DE SALUD DEBERA TRANSFERIR A SUS ACTUALES OCUPANTES LOS TERRENOS Y VIVIENDAS QUE INDICA.

Honorable Senado:

Vuestra Comisión de Obras Públicas ha -estudiado el proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados que dispone que el Servicio Nacional de Salud y el Servicio de Seguro Social deberán transferir a sus actuales ocupantes los: ten-anos y viviendas que indica.

El artículo 1° establece que el Servicio Nacional de Salud deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad en los cuales se construyó la Población "21 de Mayo", de Concepción; así como también las viviendas que posee en la ciudad de Arica y en la Población "El Santo", de La Serena.

El artículo 2° impone igual obligación al Servicio de Seguro Social, respecto de los terrenos de su propiedad en los que fueron construidas las Poblaciones "21 de Mayo" y "Alemana", de Chiguayante.

El artículo 3" estatuye que las condiciones y modalidades de la transferencia serán las establecidas en el artículo 4° de la ley N° 16.322.

El mencionado precepto señala las siguientes normas: a) La venta se realizará siempre que los terrenos no estén destinados a uso público, según los respectivos planos reguladores; b) El precio de venta será el avalúo fiscal, que deberá ser cancelado en un plazo no mayor de diez años y con un interés no superior al 5% anual; c) En casos calificados, tratándose de personas de escasos recursos, y previo informe favorable de la Dirección General de Asistencia Social, los Servicios propietarios podrán efectuar dichas transferencias a título gratuito. En este caso, éstas estarán exentas de los gravámenes establecidos en la Ley sobre Impuesto de Herencia, Asignaciones y Donaciones; pagarán sólo el 50% de los derechos notariales y no estarán afectas al trámite de la insinuación.

El artículo 4° dispone que será de cargo de los compradores o donatarios, según el caso, realizar las obras de urbanización correspondientes.

El artículo 5° faculta al Presidente de la República para, aplicar dentro del plazo de 180 días, contado desde la publicación de la presente ley, las disposiciones del Decreto-Ley N9 153, de 7 de julio de 1932, para ceder a sus actuales ocupantes los sitios en que hayan levantado mejoras o viviendas, dentro de las 60 hectáreas de terreno fiscal que forman la Población- de "Tierras Blancas", en la comuna de Coquimbo.

El artículo 6° condona las deudas por concepto de pavimentación de calzadas que hayan contraído con la Dirección de Pavimentación Urbana los pobladores de las calles Onofre Rojas y Avenida La. Paz, de Coronel. Esta condonación incluye intereses penales, sanciones y multas en que puedan haber incurrido los deudores.

Consultado el Servicio de Seguro Social acerca del artículo 2°, manifestó, por intermedio de su Directora, señorita Mercedes Ezquerra, que en líneas generales no se oponía a la disposición, aun cuando ésta le merecía ciertas observaciones, especialmente en cuanto al procedimiento contemplado.

En particular, hizo presente que no era partidaria de que la transferencia se hiciera directamente por el Servicio a su cargo, pues expresó que éste no disponía, debido a la propia naturaleza de sus funciones, de la organización administrativa necesaria para el cobro periódico de las deudas que los adquirentes deberían pagar al cancelar las cuotas a plazo. Por ello, sugirió que se -estableciera que el Servicio de Seguro Social transferiría los inmuebles a la Corporación de la Vivienda, la que, a su vez, los entregaría a los ocupantes. Finalmente, señaló que este procedimiento era especialmente recomendable en este caso específico, pues en el año 1964 la CORV1 expropió 10.000 m2. de terrenos en que se encuentran ubicadas las poblaciones a que se refiere el artículo, de tal modo que lo más lógico sería que esta Institución se hiciera dueña del resto.

Vuestra Comisión coincidió plenamente con la iniciativa en informe, debido a que la mayoría de las poblaciones a que se refiere el proyecto surgieron como consecuencia de los sismos de mayo de 1960 y se encuentran ocupadas por personas que en aquella ocasión perdieron sus viviendas, sin que hasta el presente hayan podido regularizar su situación habitacional.

Igualmente, tuvo en consideración lo expresado por la Directora del Servicio de Seguro Social. Sin embargo, y no obstante estar de acuerdo con muchos de los planteamientos formulados por la mencionada funcionaría, acordó aprobar el proyecto sin enmiendas, en atención a que cualquiera alteración provocaría un tercer trámite y, por ende, retardaría el despacho del proyecto.

En mérito a lo expuesto, vuestra Comisión de Obras Públicas tiene el honor de proponeros, por unanimidad, que aprobéis el proyecto en informe en los mismos términos en que lo ha hecho la H. Cámara de Diputados.

Sala de la Comisión, a 8 de septiembre de 1967.

Acordado en sesión del día de ayer, con asistencia de sus miembros Honorables Senadores señores Von Mühlenbrock (Presidente), Aguirre Doolan, Contreras Tapia y Fuentealba.

(Fdo.) : Iván Auger Labarca, Secretario.

2.2. Discusión en Sala

Fecha 13 de septiembre, 1967. Diario de Sesión en Sesión 48. Legislatura Ordinaria año 1967. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

TRANSFERENCIA DE TERRENOS Y VIVIENDAS DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD A SUS OCUPANTES.

El señor FIGUEROA ( Secretario).-

Informe de la Comisión de Obras Públicas, suscrito por los Honorables señores Von Mühlenbrock (presidente), Aguirre Doolan, Contreras Tapia y Fuentealba, recaído en el proyecto de la Cámara, en virtud del cual se dispone que el Servicio Nacional de Salud deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos y viviendas que indica.

La Comisión recomienda aprobar el proyecto en los mismos términos en que lo hizo la Cámara.

-El proyecto figura en los Anexos de la sesión 70ª, en 13 de septiembre de 1966, documento Nº 8, y el informe, en los de la sesión 47ª, en 12 de septiembre de 1967, documento Nº 5.

-Se aprueba en general y particular el proyecto.

2.3. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 14 de septiembre, 1967. Oficio en Sesión 52. Legislatura Ordinaria año 1967.

?2.-OFICIO DEL SENADO

"Nº 3145.- Santiago, 13 de septiembre de 1967.

El Senado ha tenido a bien prestar su aprobación, en los mismos términos en que lo ha hecho esa H. Cámara, al proyecto de ley que dispone que el Servicio Nacional de Salud deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos y viviendas que señala.

Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 890, de fecha 7 de septiembre de 1966.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V. E. (Fdo.): Salvador Allende Gossens.- Pelagio Figueroa Toro".

3. Trámite Veto Presidencial

3.1. Oficio del Ejecutivo a Cámara de Origen

Oficio Observaciones Del Ejecutivo. Fecha 24 de octubre, 1967. Oficio en Sesión 10. Legislatura Extraordinaria periodo 1967 -1968.

5.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

"Santiago, 20 de octubre de 1967.

Por oficio N° 2.084, remitido al Ejecutivo con fecha 21 de septiembre último, V- E. ha tenido a bien comunicarme la aprobación prestada por el Congreso Nacional a un proyecto de ley que dispone la transferencia de diversos inmuebles del Servicio Nacional de Salud y del Servicio de Seguro Social y que también se refiere a otras materias.

En uso de las facultades que me otorga el artículo 53 de la Constitución Política del Estado vengo en observar en su totalidad el referido proyecto de ley, en razón de los fundamentos que a continuación señalo:

Artículo 1°.- Las viviendas de propiedad del Servicio Nacional de Salud, ubicadas en la Población "El Salto", de la ciudad de La Serena, se adquirieron con el único objeto de dar habitación a los funcionarios del Hospital de esa ciudad, mediante un módico arriendo, y si no se otorga esta facilidad resulta muy difícil contar con el personal que se necesita para la mejor atención del Hospital, dada la escasez y alto costo de los arriendos en la ciudad de La Serena.

Por esta consideración es absolutamente inconveniente disponer la transferencia de esas viviendas a sus actuales ocupantes, ya que el Servicio se vería nueva-mente abocado a la dificultad que sólo pudo superarse mediante la compra de las viviendas que pose en la Población "El Salto".

La disposición relativa a la transferencia de los terrenos del mismo Servicio en los cuales se construyó la Población "21 de Mayo", de Concepción, es igualmente in-conveniente, ya que esas viviendas se levantaron con ocasión de los sismos del año 1960, para cumplir finalidades de carácter transitorias, sin que su urbanización se ajustara a las disposiciones le-gales vigentes. Además, dichos terrenos están destinados para el plan regulador de la ciudad a áreas verdes, en atención a su inmediata vecindad con el cementerio.

Artículo 2°.- Los terrenos a que se refiere esta disposición no son de propiedad del Servicio de Seguro Social, ya que fueron expropiados por la Corporación de la Vivienda en el año 1965. Actualmente dicha corporación está construyendo en el terreno un conjunto habitacional, y la transferencia que dispone el artículo sólo entorpecería dicha construcción, aparte de que no hay razón alguna que justifique una asignación de viviendas por un sistema diferente al que debe emplearse según las reglas generales que originan la asignación y transferencia de las viviendas que construye la Corporación.

Artícido 3°.- Esta disposición carece de sentido al eliminarse los artículos 1° y 2° del proyecto.

Artícido 4°.- Por la razón expuesta en el párrafo anterior, la disposición del artículo 3° del proyecto debe ser suprimida.

Artícido 5°.- Los terrenos en que se encuentra la Población "Tierras Blancas", de Coquimbo, no pertenecen en la actualidad al Fisco, por cuyo motivo no son aplicables las disposiciones contenidas en el decreto ley N° 153, del año 1932. Los terrenos de esa población son actualmente de propiedad de la Corporación de Servicios Habitacionales, y su transferencia gratuita y en forma indiscriminada a los actuales ocupantes va en perjuicio de los propios pobladores, ya que se trata de

una población que tiene graves problemas de urbanización, por lo cual, el otorga-miento de títulos debe ir unido a una urbanización mínima, en cuyos trabajos y financiamientos deben participar y contribuir los propios ocupantes.

Por otra parte, la Corporación de Servicios Habitacionales, otorgará títulos de dominio en dicha población, de acuerdo a las normas legales que la rigen, tan pronto como ello sea técnica, económica y socialmente posible.

Artículo 6°.- Esta disposición significa un injustificado y grave desembolso por la Dirección de Pavimentación Urbana que, en definitiva, grava la comuna de Coronel, que cuenta con limitados recursos y saldos en contra.

Además, la inconveniencia de las disposiciones es manifiesta si se considera que la deuda asciende a E° 85.691,58, suma que debe ser cancelada entre 66 vecinos dentro del plazo de 10 años, a partir de 1965, lo que significa un aporte bastante reducido por cada uno de ellos-

Por todos los fundamentos ya expuestos, me permito devolver a V. E. el referido proyecto de ley, haciéndole presente que lo desapruebo en todas sus partes-

El texto del proyecto aprobado por el Congreso, que el Ejecutivo ha observado en su totalidad, es el siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1°.- El Servicio Nacional de Salud deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad, en los cuales se construyó la población "21 de Mayo", ubicada entre las calles Briceño, Jorge Montt, Almirante Rivero y Rosamel del Solar, de la ciudad de Concepción.

Igualmente dicho Servicio transferirá a sus actuales ocupantes las viviendas que posee en la ciudad de Arica.

Además, el Servicio Nacional de Salud deberá vender a sus actuales ocupantes las viviendas de su propiedad ubicadas en la Población El Santo, de la ciudad de La Serena.

Artículo 2°.- El Servicio de Seguro Social deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad, en los cuales construyen las viviendas que forman las poblaciones "21 de Mayo" y "Alemana", ubicados entre* O'Higgins, Galvarino, Angamos y Portales, de Chiguayante.

Artículo 3°.- Las condiciones y modalidades de pago o transferencia a título gratuito, según el caso, serán las establecidas en el artículo 4° de la ley N° 16.322, de 15 de septiembre cte 1965.

Artículo 4°.- Los compradores o donatarios tendrán que efectuar las obras de urbanización que correspondan en las poblaciones señaladas en esta ley.

Articulo 5°.- Facúltase al Presidente de la República para aplicar, dentro de 180 días, contados desde la promulgación de la presente ley, las disposiciones contenidas en el decreto ley N° 153, de 7 de julio de 1932, para ceder los sitios a sus actuales ocupantes, y que hayan levantado mejoras o viviendas dentro de las 60 hectáreas de terreno fiscal en la Población de "Tierras Blancas", ubicada en la comuna de Coquimbo.

Artículo 6°.- Condónanse las deudas por pavimentación de calzadas que hayan contraído con la Dirección de Pavimentación Urbana los pobladores de las calles Onofre Rojas y Avenida La Paz, que forman parte del camino de uso público al cementerio de Coronel.

La condonación a que se refiere este artículo comprenderá los intereses penales, sanciones y multas en que puedan haber incurrido los citados pobladores-

(Fdo.) : Eduardo Freí Montalva. - Juan Hamilton Depassíer".

3.2. Discusión en Sala

Fecha 14 de mayo, 1968. Diario de Sesión en Sesión 58. Legislatura Extraordinaria periodo 1967 -1968. Discusión Observaciones Presidente de la República. Pendiente.

TRANSFERENCIA DE TERRENOS DE VARIAS POBLACIONES DE CONCEPCION, CHIGUAYANTE, TALCAHUANO Y OTRAS CIUDADES, A SUS OCUPANTES. OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO

El señor STARK ( Vicepresidente).-

Corresponde tratar las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto que ordena transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de diversas poblaciones de las ciudades de Concepción, Chiguayante y Talcahuano.

El Ejecutivo ha vetado en su totalidad el proyecto.

El texto del proyecto aprobado par el Congreso, impreso en el boletín N° 10.598-O, es el siguiente:

"Artículo 1°.- El Servicio Nacional de Salud deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad en los cuales se construyó la población "21 de Mayo", ubicada entre las calles Briceño, Jorge Montt, Almirante Rivero y Rosamel del Solar, de la ciudad de Concepción.

Igualmente dicho Servicio transferirá a sus actuales ocupantes las viviendas que posee en la ciudad de Arica.

Además, el Servicio Nacional de Salud deberá vender a sus actuales ocupantes las viviendas de su propiedad ubicadas en la Población El Santo en la ciudad de La Serena.

Artículo 2°.- El Servicio de Seguro Social deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad en los cuales se construyen las viviendas que forman las poblaciones "21 de Mayo" y "Alemana", ubicados entre O'Higgins, Galvarino, Angamos y Portales, de Chiguayante.

Artículo 3°.- Las condiciones y modalidades de pago o transferencia a título gratuito, según el caso, serán las establecidas en el artículo 4° de la ley N° 16. 322, de 15 de septiembre de 1965.

Artículo 4°.- Los compradores o donatarios tendrán que efectuar las obras de urbanización que correspondan en las poblaciones señaladas en esta ley.

Artículo 5°.- Facúltase al Presidente de la República para aplicar dentro de 180 días contados desde la promulgación de la presente ley, las disposiciones contenidas en el decretoley N° 153, de 7 de julio de 1932, para ceder los sitios a sus actuales ocupantes y que hayan levantado mejoras o viviendas dentro de las 60 hectáreas de terreno fiscal en la población de "Tierras Blancas", ubicada en la comuna de Coquimbo.

Artículo 6°.- Condónanse las deudas por pavimentación de calzadas que hayan contraído con la Dirección de Pavimentación Urbana los pobladores de las calles Onofre Rojas y Avenida La Paz, que forman parte del camino de uso público al cementerio de Coronel.

La condonación a que se refiere este artículo comprenderá los intereses penales, sanciones y multas en que puedan haber incurrido los citados pobladores. "

El señor STARK ( Vicepresidente).-

En discusión el veto, que consiste en el rechazo total del proyecto.

El señor MUGA.-

Pido la palabra, señor Presidente.

El señor JAQUE.-

Pido la palabra.

El señor STARK ( Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Muga; a continuación, el señor Jaque.

El señor MUGA.-

Señor Presidente, votaré en contra del veto del Ejecutivo, porque no me parece justo, especialmente en cuanto se refiere a la disposición que ordena traspasar a sus actuales ocupantes las viviendas que el Servicio Nacional de Salud posee en la ciudad de Arica, fruto ella de una indicación mía.

Desde hace mucho tiempo, los funcionarios del Servicio Nacional de Salud de Arica están pidiendo que las casas en las cuales viven les sean traspasadas en propiedad, porque debido a la difícil situación en materia de construcciones de viviendas que hay en Arica, les ha sido imposible a esos funcionarios adquirir alguna.. Por lo tanto, es justo que estas viviendas, en las cuales han hecho reparaciones, incurriendo en gastos, les sean traspasadas por el Servicio Nacional de Salud.

Esto no es ninguna novedad, porque hay antecedentes de que otros Servicios han transferido a sus funcionarios las habitaciones en que viven. En Arica, no se trata de más de siete u ocho viviendas, que podrían ser muy fácilmente transferidas a esos empleados.

Por lo tanto, voy a votar por el rechazo del veto del Ejecutivo, ya que, cuando presenté mi indicación, lo hice basándome en las más estricta justicia.

Nada más.

El señor JAQUE.-

Pido la palabra.

El señor STARK ( Vicepresidente).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor JAQUE.-

Señor Presidente, nos parece bastante injustificado el fundamento que ha dado el Presidente de la República al rechazo del proyecto de ley en debate, que fue aprobado por unanimidad por esta Corporación y por el Senado.

Deseo recordar que, a raíz de los terremotos de los años 1954 y 1960, en Concepción se levantaron diversas poblaciones en terrenos municipales, del Servicio Nacional de Salud e, incluso, de particulares, con cargo al 2% constitucional. La verdad es que desde la fecha de ocupación, hay una situación sui generis, toda vez que los terrenos o son del Servicio Nacional de Salud, o son de las Municipalidades, o son de la Corporación de la Vivienda...

Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor STARK ( Vicepresidente).-

¡Señor Pereira! ¡ Señora Dip!

El señor JAQUE.-

... o son del Servicio de Seguro Social. Y, por otro lado, las construcciones son fiscales, ya que se han construido con cargo al aporte extraordinario que, para esta finalidad, autoriza la Constitución Política del Estado.

Con este objeto, para solucionar esta situación, se dictó la ley N° 16.322, de 15 de septiembre de 1965, que establece una especie de estatuto; mejor diría, las condiciones en que deben ser vendidas esas poblaciones o esos terrenos a sus actuales ocupantes.

Entiendo que el proyecto de ley en debate no tiene otro objeto que complementar las disposiciones de la ley a que he hecho referencia, que tuvo su origen en una promoción del Diputado que habla. En efecto, por una omisión, no se incluyeron algunas poblaciones que estaban en idénticas condiciones, como son la población "21 de Mayo" de Concepción, y las poblaciones "21 de Mayo" y "Alemana", de Chiguayante, incurriéndose con ello, evidentemente, en una injusticia.

Por lo demás, decía que los fundamentos del Ejecutivo no me parecen justificados, ni fundados; porque, al referirse a algunas poblaciones, por ejemplo, a la "21 de Mayo", dice que ella se levantó "para cumplir finalidades de carácter transitorias". La verdad es que si bien, primitivamente, ése fue el objetivo, con el tiempo, ellas se han transformado en poblaciones estables que tienden a satisfacer una necesidad de carácter permanente, como es la de orden habitacional. Entonces, es lógico darles a esos habitantes la oportunidad de hacerse propietarios de esas viviendas y terrenos.

Respecto de las poblaciones "21 de Mayo" y "Alemana", de Chiguayante, el Ejecutivo dice, entre otros fundamentos, "no hay razón alguna que justifique una asignación de viviendas por un sistema diferente al que debe emplearse según las reglas generales que originan la asignación y transferencia de las viviendas que construye la Corporación". Nos parece rara esta afirmación, toda vez que bajo el actual Presidente se dictó la ley N° 16. 322, que establece un estatuto para solucionar el problema relativo a estas viviendas. Y es lógico que donde existe la misma razón, exista la misma disposición. Y éste es el caso concreto.

Por eso, los Diputados de estos bancos rechazaremos el veto del Ejecutivo e insistiremos, en seguida, para que este proyecto de ley sea una realidad y puedan satisfacerse con ello, los anhelos de muchos pobladores de Concepción, que. están esperando la solución de su problema.

El señor AGUILERA.-

Pido la palabra.

El señor STARK ( Vicepresidente).

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor AGUILERA.-

Señor Presidente, esta tarde parece que ha estado un poco afortunado el Diputado señor Muga, por cuanto ha estado rechazando los vetos del Ejecutivo. Y con toda razón, porque en este caso, la mayoría de las poblaciones de Arica de que se trata se han construido en terrenos fiscales, con mucho esfuerzo y mucho sacrificio de sus vecinos, circunstancia que debe tomar en cuenta el Gobierno para regularizar sus títulos de dominio, que deben ser totalmente gratuitos. Así lo señalan los habitantes de la población "21 de Mayo". Por eso, me alegro de de que el Diputado de la Democracia Cristiana, haya anunciado los votos favorables de la representación de su Partido a este proyecto de ley, rechazando las observaciones del Ejecutivo.

En el artículo 5° de este proyecto, se faculta al Presidente de la República para ceder, dentro del plazo de 180 días, los terrenos en que se encuentra la población "Tierras Blancas", de la comuna de Coquimbo, que son terrenos fiscales que fueron comprados con fondos del Servicio de Asistencia Social del Ministerio del Interior, en 12 millones de pesos. En ellos, por lo menos se han levantado unas mil viviendas por los mismo pobladores, con todo esfuerzo y sacrificio, sin ayuda del Estado.

Bueno. Si no se les ha dado ayuda del Estado, es justo que, por lo menos, les transfieran gratuitamente los terrenos, dándoles sus títulos de dominio, ya que al Estado, el hacer fiscales estos terrenos le significó la suma de sólo 12 millones de pesos.

Indudablemente, el Presidente de la República no ha sido bien informado, porque estos terrenos son fiscales y en ellos, en la población "Tierras Blancas", se han levantado las viviendas hace 3 ó 4 años. Además, los pobladores han contribuido al hermoseamiento del lugar.

Aunque el Gobierno ha anunciado en repetidas oportunidades que allí se esta levantando un barrio industrial, ello se esta haciendo, pero a paso de tortuga, sin que avance su construcción.

Por este proyecto se trata de concederles o regularizarles su dominio a sus ocupantes, y se habla de aplicar en este caso las disposiciones del decreto ley N° 153, de 7 de julio de 1932, en el que se expresa que a todo chileno que haya levantado una vivienda en terreno fiscal en las provincias de Tarapacá, Antofagasta y Coquimbo, el Gobierno le otorgará título de dominio.

En esta situación, anunciamos que los Diputados socialistas rechazaremos las observaciones del Ejecutivo, e insistiremos en la aprobación, por unanimidad, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado de la República, del proyecto del Congreso. Y esperamos que ocurra igual que con el anterior, y repito otra vez que el Diputado señor Muga siga afortunado y ojalá continúe rechazando vetos en lo sucesivo.

El señor MONTES.

Pido la palabra, señor Presidente.

El señor STARK ( Vicepresidente).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor MONTES.

Señor Presidente, trataré de ser lo más grave posible, con el objeto de despachar también este veto con la máxima rapidez.

Hago mías las observaciones que el señor Jaque formuló respecto a la población "21 de Mayo", de Concepción. Efectiva

mente, las observaciones que el Ejecutivo hace presente a la Cámara para concluir que es inconveniente la aprobación de este artículo 1°, realmente no son concluyentes, ni tienen una base sólida. En 1960 se construyó la población. Según el Ejecutivo, "esas viviendas se levantaron... para cumplir finalidades de carácter transitorios, sin que su urbanización se ajustara a las disposiciones legales vigentes. "La verdad es que, desde esa época hasta la fecha, esta población, indudablemente, ha sido mejorada por sus actuales ocupantes y tiene los elementos mínimos de urbanización como para que, ampliándolos, pueda, evidentemente, realizarse allí la radicación definitiva de esas familias.

Por otra parte, el argumento de que la zona de la ciudad de Concepción donde se construyó esa población, estaría destinada a áreas verdes, no resiste el menor análisis, si consideramos que, en la práctica, Concepción constituye un área verde por sí misma, porque es una ciudad situada junto a un río, muy cerca del mar y rodeada de grandes bosques de pinos y de montañas. Por lo tanto, cualquier argumentación relacionada con esta población y, concretamente, la relativa a la necesidad de establecer determinado tipo de áreas verdes, no tiene justificación. Por el contrarío, la justificación máxima reside en que estos pobladores dispongan del terreno, con el objeto de que en definitiva, las viviendas que ocupan pasen a su poder y puedan ser realmente mejoradas, con la dedicación que la gente del pueblo tiene respecto de la vivienda que le pertenece.

Por eso, esta disposición debiera ser rechazada por la Cámara.

Compartimos los argumentos del señor Jaque en relación con las poblaciones "21 de Mayo" y "Alemana", también de Chiguayante, por lo cual no abundaremos en otras consideraciones acerca del problema.

El artículo 6° del proyecto dice: "Condónanse las deudas por pavimentación de calzadas que hayan contraído con la Dirección de Pavimentación Urbana los pobladores de las calles Onofre Rojas y Avenida La Paz, que forman parte del camino de uso público al cementerio de Coronel. "

En la fundamentación del veto, en la cual quiero poner el acento, el Ejecutivo expresa que "esta disposición significa un injustificado y grave desembolso por la Dirección de Pavimentación Urbana que, en definitiva, grava la comuna de Coronel... "Luego, formula otras observaciones, expresando que el monto de la deuda asciende a 85 millones de pesos y que ésta debe ser pagada "entre 66 vecinos dentro del plazo de 10 años. "

Efectivamente, creemos que esta disposición no debería ser vetada, porque se encuentra dentro de los límites del artículo 31 de la ley N° 16. 742, de febrero de este año. Dicho artículo, propuesto por el propio Ejecutivo, autoriza "al Director de Pavimentación Urbana para condonar, total o parcialmente, las cuentas de la presente ley" precisamente el caso que nos ocupa cuyas cuentas trimestrales o semestrales sean inferiores a un 30 avo del sueldo vital mensual, escala a) del departamento de Santiago. "

La verdad es que esta deuda cruza muy levemente el límite establecido por esa disposición legal, aprobada por unanimidad en la Honorable Cámara; pero es evidente que se encuentra plenamente dentro de su espíritu.

Teniendo en cuenta, sobre todo, que los moradores de esta parte de la ciudad de Coronel son gente realmente modesta, de escasísimos recursos y que la deuda no es mucha, y ella se encuentra, repito, dentro de los márgenes de la disposición legal propuesta por el Ejecutivo, creemos que la Cámara haría bien en entregar a esos habitantes de una comuna obrera, como es Coronel, la posibilidad de esta condonación, con el objeto de satisfacer sus demandas y necesidades, que vienen planteando desde hace muy largo tiempo.

Por estas razones, solicitamos a la Cámara el rechazo del veto del Ejecutivo y, en consecuencia, anunciamos nuestros votos en ese sentido.

El señor PALESTRO.-

¿Cuánto tiempo queda del Orden del Día?

El señor PONTIGO.-

¿Cuánto tiempo queda?

El señor KAEMPFE ( Secretario).-

Treinta y cuatro minutos.

El señor PONTIGO.-

Pido la palabra.

El señor STARK ( Vicepresidente).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor PONTIGO.-

Señor Presidente, de la lectura de la fundamentación de las observaciones del Ejecutivo a este proyecto, así como del examen que se ha hecho, que, sobre cada una de sus disposiciones, se desprende que este proyecto está destinado exclusivamente a favorecer a sectores extraordinariamente modestos de nuestra población; y es lamentable que el Ejecutivo envíe observaciones de esta naturaleza para impedir que estos sectores de pobladores puedan ser favorecidos por un proyecto tan interesante e importante como el que estamos considerando en este momento.

¿Qué ocurre, señor Presidente? Que cada uno de estos artículos constituye una vieja y larga lucha de los pobladores por mejorar sus viviendas, obtener títulos de dominio, etcétera; y esta lucha, expresada en reuniones y más reuniones, entrevistas y peticiones, logra al fin transformarse en una iniciativa parlamentaria. Esta iniciativa parlamentaria, manifestada en una moción, va a las Comisiones; allí se discute, se examina y se aprueba; llega a la Sala y, después de un nuevo examen, se aprueba igualmente. Pasa al Senado; vuelven a reunirse las Comisiones para examinar la iniciativa de los señores Diputados; la encuentran buena y la aprueban. En seguida, la larga espera para que en la Sala le toque el turno al proyecto. Así pasan meses y meses y años hasta que, al final, después de una fatigosa y larga tramitación, se aprueba la iniciativa legal por ambas ramas del Congreso, como ha ocurrido con el proyecto que estamos examinando ahora.

¿Y qué ocurre, señor Presidente? Que, después de este largo esfuerzo, el Ejecutivo veta la iniciativa parlamentaria, con lo cual anula lo que constituye una vieja esperanza de muchos años de lucha de los trabajadores, de los centros de madres, de las juntas de vecinos; en fin, anula todo esto de una plumada y dice "no" a cualquier iniciativa que va en beneficio de las masas populares.

Como lo ha dicho el compañero Jorge Montes, los Diputados comunistas votaremos en contra del veto del Ejecutivo, el que, más bien, nos parece la consecuencia de una mala información de funcionarios subalternos, quienes, por otra parte, no han tenido la suficiente sensibilidad para comprender el sentido de cada una de estas iniciativas, que constituyen, como he puntualizado, una vieja aspiración de los pobladores. Por ejemplo, en el artículo 1°, se plantea el problema de la población "El Santo" de la ciudad de La Serena, de propiedad del Servicio Nacional de Salud. El Ejecutivo dice que no otorgará títulos definitivos de propiedad a sus actuales ocupantes, a los funcionarios del Servicio Nacional de Salud que viven allí, porque las casas están destinadas a los en actividad. Pero, ¿qué ocurre? Que estos funcionarios del Servicio Nacional de Salud, después de haber trabajado toda una vida en esa institución, ya que cumplieron 20, 25 ó 30 años de servicios, van a ser echados de esas casas. Ese va a ser el pago, aparte de las exiguas jubilaciones que les están concediendo en este instante. Lo acertado sería que el Ejecutivo accediera a esta petición, que hemos acogido los Diputados representantes de la provincia de Coquimbo en la Cámara, y construyera más casas para los funcionarios del Servicio Nacional de Salud, a fin de satisfacer esa vieja y larga aspiración.

En el artículo 5° se plantea, del mismo modo, el problema de la población "Tierras Blancas", en la comuna de Coquimbo. ¿Qué dice el Ejecutivo? Que se trata de una población que tiene graves problemas de urbanización y que "su transferencia gratuita y en forma indiscriminada a los actuales ocupantes va en perjuicio de los propios pobladores", porque "el otorgamiento de títulos debe ir unido a una urbanización mínima, en cuyos trabajos y financiamientos deben participar y contribuir los propios ocupantes. "

Esta es la expresión más viva de la falta de conocimiento del problema por parte de los funcionarios que elaboraron esta observación del Ejecutivo, porque esa población tiene más de 10 años de existencia. La gente llegó a vivir a un arenal, al cual ha transformado poco menos que en una ciudad. Allí, con el esfuerzo de los pobladores, se han construido calles, veredas; hay agua potable, locomoción, alumbrado público y están luchando por la luz eléctrica domiciliaria; en fin, el esfuerzo de los pobladores ha sido extraordinario.

No comprendo cómo el Ejecutivo puede dar estos argumentos para negarse a acceder a una iniciativa parlamentaria que no ha hecho otra cosa que acoger una vieja aspiración de la junta de vecinos de la población "Tierras Blancas".

Por estas razones, votaremos en contra de las observaciones del Ejecutivo.

Nada más.

El señor PALESTRO.-

Pido la palabra.

El señor STARK ( Vicepresidente).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor PALESTRO.-

Señor Presidente, he solicitado la palabra más que nada para ratificar lo expresado por el colega Luis Aguilera, con respecto a la votación de los Diputados de estos bancos por la insistencia de la Cámara en la aprobación del proyecto primitivo, que ha sido vetado por el Presidente de la República.

Al igual que otros colegas, creo que los considerandos en que se fundan los vetos del Ejecutivo constituyen precisamente la justificación de nuestro rechazo, especialmente de aquel que se refiere al artículo 1°, relativo a la transferencia de las viviendas de la población "El Santo" de la ciudad de La Serena, de propiedad del Servicio Nacional de Salud.

Las razones que invoca el Ejecutivo justifican plenamente el rechazo de estas observaciones, porque no es la primera vez que la Cámara aprueba una disposición de este tipo. Me acuerdo de que, incluso con los votos de los parlamentarios democratacristianos, aprobamos un proyecto, que es ley, muy similar a éste, relacionado con algunos habitantes de unas casas construidas también para el personal del Servicio Nacional de Salud, en el Sanatorio "El Peral"; y la verdad es que, dada la justicia de la iniciativa, todos los sectores, sin excepción, dimos nuestro visto bueno para que esta aspiración de esos funcionarios pudiera ser llevada a la realidad.

Tal como lo ha expresado el colega Pontigo, no es justo que este personal, que está ocupando casas del Servicio Nacional de Salud, tenga que dejar obligadamente las viviendas cuando, por haber cumplido el tiempo que le corresponde trabajar en el Servicio, debe jubilar; con esto, el daño para el funcionario y su familia es doble.

Los parlamentarios de estos bancos no sólo hemos querido solucionar este problema a través de la iniciativa en debate. En efecto, junto con el señor Ruiz-Esquide, elaboramos un proyecto, en el que se unieron nuestras ideas, para que las industrias particulares puedan entregar a sus trabajadores las casas que han construido para que ellos vivan. Queremos que no se vea más el espectáculo denigrante y deprimente de que, después de treinta o treinta y cinco años de trabajo en una industria, el trabajador, ya viejo y sin posibilidades de acceso a otras fuentes de trabajo, tenga más encima que quedar en la calle, porque la casa en que vivía pertenece a la industria en la que prestaba sus servicios. Esa es una injusticia, como también lo es la fundamentación del veto al artículo 1°, respecto de la gente que está viviendo en la población "El Santo".

El Ejecutivo ha vetado también, en este proyecto, la condonación de pequeñas sumas de dinero para algunos habitantes de la comuna de Coronel. No es la primera vez que estamos en desacuerdo con observaciones de esta naturaleza. Si hay algo digno de considerar, es una petición de un pueblo minero, uno de los más pobres de Chile, como que se encuentra en uno de los sectores más modestos, del país.

Este veto recae sobre el artículo 6°, por el cual se condonan las deudas por pavimentación de calzadas que tienen con la Dirección de Pavimentación Urbana "los pobladores de las calles Onofre Rojas y Avenida La Paz, que forman parte del camino de uso público al cementerio de Coronel. " Creo que, con esto, de ninguna manera se desfinanciará la Dirección de Pavimentación Urbana. Por lo demás, sabemos cómo esta Dirección está invirtiendo los dineros. He pedido a la Contraloría General una investigación sobre la distribución de esos dineros, porque hay comunas en las que, por años y años, no se ha invertido ni una sola chaucha, como es el caso de algunas comunas del tercer distrito, en las que, sin embargo, puntualmente todos los años, están recolectando miles y miles de escudos que no sabemos donde están.

Además, señor Presidente, hay una razón que nos mueve a los socialistas y que también deberían tener presente los Diputados democratacristianos, ya que el señor Muga ha expresado su rechazo al veto del Ejecutivo a este proyecto. Me refiero al hecho de que en las tribunas de la Cámara se encuentra un grupo de distinguidas funcionarias de Correos y Telégrafos que llevaron a cabo una esforzada y heroica huelga de hambre en los jardines del Congreso. Creo que, como un homenaje a este conjunto de damas, que representan lo mejor de la mujer chilena, no tan sólo la hermosura, sino la calidad humana, deberíamos por unanimidad rechazar el veto del Ejecutivo.

Nada más.

El señor LAEMMERMANN.-

¡Votemos!

El señor STARK ( Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Guajardo, don Ernesto.

El señor GUAJARDO (don Ernesto).-

Señor Presidente, seré muy breve, en homenaje al tiempo. Nosotros, los socialistas populares, vamos a rechazar el veto del Presidente de la República, porque no contiene ninguna solución a los problemas de los pobladores de Concepción, Chiguayante y Talcahuano. Aquí, una vez más, queda demostrado que el Ejecutivo, precisamente, es el mayor obstáculo a una acción positiva del Congreso Nacional.

Y digo esto, porque a través de esta disposición legal se entregaban al Supremo Gobierno las herramientas necesarias para actuar en beneficio de centenares de pobladores de los citados lugares.

Los socialistas populares, consecuentes con nuestra tradicional norma de conducta, vamos a rechazar el veto del Presidente de la República, porque en esta forma queremos demostrar una vez más que estamos junto a los modestos pobladores que, realizando grandes esfuerzos económicos, han levantado sus viviendas y a quienes hoy el Gobierno quiere quitarles el derecho a tener un sitio y una casa donde vivir.

Nada más.

El señor TUMA.-

¡Votemos, señor Presidente!

El señor STARK ( Vicepresidente).-

Puede usar de la palabra el señor Valdés, don Manuel.

El señor VALDES (don Manuel).-

Señor Presidente, nos parece de estricta justicia que rechacemos el veto al proyecto que ordena transferir a sus actuales ocupantes las poblaciones que se mencionan en dicha iniciativa y otras que se encuentran en idénticas circunstancias en las diversas provincias del país, especialmente en las afectadas por los sismos de mayo de 1960. En éstas, pese al largo tiempo transcurrido, sus pobladores no han podido convertirse en propietarios y se encuentran en una situación incierta, temerosos de que cualquier día se les despoje de sus viviendas.

Esto podría explicarse si los pobladores hubieran dejado las viviendas tal como se las entregaron, si no les hubiesen hecho mejoras, ni las hubieran pintado, arreglado o reparado, ni les hubiesen agregado dependencias. Pero estas poblaciones, que originalmente fueron de emergencia, constituyen hoy verdaderas viviendas definitivas que sirven para albergar grupos familiares que están instalados y han construido allí sus hogares desde hace tiempo.

Es por eso que creemos de absoluta justicia que de una vez por todas se normalice esta situación incierta, esta anomalía que afecta a los pobladores, sino a diversos organismos, como el Servicio Nacional de Salud y el Servicio de Seguro Social. Porque en terrenos abandonados del Servicio Nacional de Salud de Chiguayante, por ejemplo, potreros para cuatro, cinco ó seis vacas, hoy se levantan poblaciones que son un modelo de viviendas provisionales. Sus pobladores han invertido en ellas ingentes cantidades de dinero y las han remodelado, de modo que constituyen una expresión del esfuerzo, del trabajo y, sobre todo, del deseo de estos ciudadanos de tener su casa propia.

Además, debemos hacer presente que muchas poblaciones construidas por el Servicio Nacional de Salud, especialmente en la ciudad de Chiguayante, cuentan con todos los elementos de urbanización necesarios. Sin embargo, sus ocupantes no han podido regularizar sus títulos. La ley N° 16. 322 ordena el traspaso de estas viviendas a sus actuales ocupantes; pero, por faltarles medio metro o un metro para completar la cabida que exigen las ordenanzas municipales, los pobladores aun no han podido regularizar su situación.

En otra de estas disposiciones...

El señor VIDELA .-

¿Me permite, señor Diputado? Don Raúl Fuentes le solicita una interrupción.

El señor VALDES (don Manuel).-

Con mucho gusto.

El señor TUMA.-

¿Por qué no se vota luego, antes de que pase la hora?

Con la venia del señor Valdés, don Manuel, tiene la palabra Su Señoría.

3.3. Discusión en Sala

Fecha 15 de mayo, 1968. Diario de Sesión en Sesión 59. Legislatura Extraordinaria periodo 1967 -1968. Discusión Observaciones Presidente de la República.

TRANSFERENCIA DE TERRENOS DE VARIAS POBLACIONES DE CONCEPCION, CHIGUAYANTE, TALCAHUANO Y OTRAS CIUDADES A SUS OCUPANTES. OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

En el Orden del Día, corresponde continuar la discusión acerca de las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto que ordena transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de diversas poblaciones de las ciudades de Concepción, Chiguayante y Talcahuano.

Las observaciones están impresas en el boletín 10.598-O.

El señor PALESTRO.-

Está agotado el debate, señor Presidente.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Estaba con el uso de la palabra el Diputado señor Mosquera.

Puede continuar Su Señoría.

El señor MOSQUERA.-

Señor Presidente, creo que es importante, antes de votar, dejar bien en claro que es prácticamente imposible hacer entrega de títulos de dominio a estas personas de la población "21 de Mayo", de Concepción, específicamente, que queda frente al Cementerio General de dicha ciudad, ya que esos terrenos estaban destinados, por la Municipalidad y por el plano regulador, a áreas verdes. Además, es imposible hacerlo dado que en ese sector hay viviendas que en algunos casos sólo llegan a 8 ó 10 metros cuadrados, en donde la población no alcanza a ser una manzana y en ella viven 60 familias.

También es prácticamente imposible entregar la población de emergencia construida por la Fundación de Viviendas en el año 1960, en Chiguayante, porque en 4 piezas viven 4 familias, o sea, una familia por cada pieza, y las piezas son de dos y medio metros. Las viviendas tampoco tienen patio; de modo que prácticamente es imposible entregar una pieza a cada familia. Por esa razón, y no por otra señor Presidente, es prácticamente imposible hacer esto. De allí mi oposición como Diputado por esa provincia y porque conozco el problema de los pobladores.

Sin embargo, en lo que se refiere a estas dos poblaciones, el actual Gobierno ha comprado terrenos para erradicar familias, y los propios pobladores están levantando 2.500 viviendas bajo el sistema de autoconstrucción, en terrenos que quedan cerca de las ciudades de Concepción y Talcahuano en lugares totalmente urbanizados y con sitios de 10 metros de frente por 20 metros de fondo.

Señor Presidente, es imposible aceptar este proyecto, cuando los pobladores, sin necesidad de leyes especiales, en el caso de Chiguayante y erradicando parte de las familias, perfectamente pueden quedarse en sus poblaciones, ya que éstas se pueden entregar. Para el caso de Chiguayante yo estoy de acuerdo, siempre que se erradique el 60% de las familias para dejar una familia por cada 4 piezas.

Por último, quiero rechazar categóricamente los cargos que el Diputado señor Duberildo Jaque me ha hecho...

El señor JAQUE.-

¿Qué pasa conmigo?

El señor MOSQUERA.-

... frente a los pobladores de mi provincia. Mi oposición se debe exclusivamente a esto y nada más que a esto.

Por otra parte, las personas que pretenden que hacer labor social significa entregar este tipo de cosas, como lo ha hecho el señor Jaque quien, siendo un hombre de Derecho, sabe que esto no se puede realizar, porque la ley no lo permite, saben que es prácticamente imposible aplicar esto; sin embargo, está dispuesto a sacar una ley que no se puede poner en práctica.

Por eso, señor Presidente, nada más que por ello, la solución tiene que venir de otra manera, y este Diputado la está buscando al tratar de que la Corporación de Mejoramiento Urbano compre terrenos y la Corporación de Servicios Habitacionales construya por autoconstrucción, que es el sistema empleado en mi provincia para erradicar las poblaciones marginales.

El último artículo vetado se refiere a una población de mejoreros de Coronel, donde se ha pavimentado la calle de acceso al Cementerio.

Gracias al SenadorTomás Pablo, estos compañeros pudieron obtener sus títulos de dominio y la erradicación de este tipo de viviendas. Por esa razón, cuando todos los pobladores de Chile reclaman que el Estado les entregue aportes para construir por sus propias manos las veredas y soleras para urbanizar sus poblaciones, es injusto entregar títulos de dominio gratuitos, sin pagar derechos, a ciertos pobladores, si al resto, que está haciendo su esfuerzo y poniendo dinero de su bolsillo, se le trata en otras condiciones. Creo que no se puede llegar a este tipo de cosas, porque se está mintiendo y engañando a la gente y no acepto que a los pobladores y a los pobres se les engañe con este tipo de proyectos. Esa es la razón por la que me opongo terminantemente y pido a mi partido que rechace esto, por ser imposible de aplicar el día de mañana.

El señor GUAJARDO (don Ernesto).-

¿Cuál es la solución?

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

En la discusión de este proyecto estaban inscritos hasta este momento los señores Arturo Valdés, Luis Aguilera y Alberto Jerez.

Tiene la palabra el señor Arturo Valdés, en su segundo discurso.

El señor VALDES (don Arturo).-

Señor Presidente, como se expresa claramente en los argumentos del veto, estos terrenos citados en el artículo 5º, que ocupa la

Población "Tierras Blancas" de Coquimbo, no son fiscales, sino que son propiedad de la Corporación de Servicios Habitacionales. Por lo tanto, no se les puede aplicar el decreto con fuerza de ley Nº 153, de 1932.

El colega Zepeda expresó que el mayor interés de un poblador es el título de dominio y que este veto significaba liquidar la posibilidad de obtenerlo. Estoy de acuerdo con él en que los pobladores quieren el título de su propiedad, pero no puedo concordar en que este proyecto signifique que van a carecer de él. Va a postergar la entrega del título, a fin de realizar una urbanización racional de la Población "Tierras Blancas", como quieren muchos pobladores.

Se decía aquí por el colega Aguilera, si , mal no recuerdo, que el terreno de esta población, que contiene dos mil sitios, costó doce millones de pesos que se pagaron a la Compañía Italiana de Colonización. Pues bien, puedo decir a la Honorable Cámara que se están haciendo transacciones por valor de seis o siete millones de pesos por un solo sitio, que debía costar, en promedio, seis mil pesos.

Se está estafando a muchos pobladores. Hay pobladores que, valiéndose de cuñas políticas y compadrazgos, han acumulado dos, tres y hasta seis sitios, como consta en los registros de Servicios Habitacionales de La Serena.

Eso estamos combatiendo y eso es lo que se combate con este veto del Ejecutivo para permitir que esos pobladores vivan ordenadamente en su vida colectiva. Sé que esto hiere intereses, pero me parece que si estamos dispuestos a darles a los habitantes de esta futura ciudad que va a ser Tierras Blancas, por el esfuerzo de sus pobladores, la posibilidad de una vida organizada, con las comodidades de una ciudad, creo que es preciso aprobar el veto. Por lo demás, estas leyes que establecen regalos a veces no producen el efecto deseado, y muchas veces resulta que con la sana intención dé hacer un bien, se está haciendo un mal. Hace dos años, en 1966, contribuí con mi voto y el señor Aguilera también estuvo de acuerdo a aprobar una ley que favorecía a la población "Antena", de La Serena. Y hoy día hay pobladores que están pidiendo que se derogue esa ley, porque han perdido más que lo que ganaron.

Por eso, pido a los colegas, en especial a los del Partido Demócrata Cristiano, que contribuyan a aprobar este veto, que va en provecho de los pobladores de Tierras Blancas, en la comuna dé Coquimbo, provincia del mismo nombre.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Tiene la palabra el señor DiputadoLuis Aguilera, en su segundo discurso.

El señor AGUILERA.-

Señor Presidente, en la discusión de este proyecto de la tarde de ayer, escuchamos algo positivo en algunas voces de la Democracia Cristiana, pero esta tarde hemos escuchado sorprendidos a los señores Mosquera y Valdés Phillips. A mi juicio, el señor Valdés...

Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

¿Me permite, señor Aguilera? La Mesa no puede permitir que Su Señoría califique a sus colegas.

El señor AGUILERA.-

El jamás ha planteado sus puntos de vista con altura de miras que sea consecuente con la solución de los problemas.

Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor AGUILERA.-

Si el señor Presidente cree que la palabra "empleada" no cabe en la discusión, puede retirarla de la versión. De todas maneras, tenemos un concepto claro sobre el particular.

Con referencia al proyecto de ley en discusión, quiero recordar a la Cámara que no hace más de diez minutos se aprobó, por unanimidad, un proyecto de ley patrocinado por el Gobierno, por el cual se autoriza a la CORVI para entregar títulos de dominio a los habitantes de una población de San Carlos. ¿Y qué dice en su artículo 1º? Expresa: "Autorízase a la Corporación de la Vivienda para transferir al Fisco, a título gratuito, el dominio del terreno ocupado por la población de emergencia denominada "Navotavo", ubicada en la ciudad de San Carlos, comuna y departamento del mismo nombre, provincia de Ñuble. " Y esto lo votaron favorablemente los señores Mosquera y Valdés.

Además, este proyecto de ley que beneficia a varias poblaciones de Concepción y de Coronel, fue patrocinado por el señor Melo, no lo recuerdo bien, y también por un Diputado por Concepción de la Democracia Cristiana. Esto fue aprobado, señores Diputados, por la unanimidad de la Cámara y por el Senado. Por eso, nos extraña que ahora se esté negando este derecho a unos pobladores de Tierras Blancas, de Coquimbo. Estos pobladores construyeron sus casas hace más o menos seis años, sin ayuda del Gobierno. Sin embargo, el Gobierno del señor Alessandri, que siempre se ha calificado como reaccionario, 'les compró a esta gente, en 12.000.000 de pesos, 60 hectáreas de terreno.

El señor VALDES (don Arturo).-

A doscientos pesos el metro.

El señor AGUILERA.-

¿Qué significa esto? Que la aprobación del veto anunciada en la intervención del señor Valdés a ésta gente...

Hablan varios señores Diputados.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Señor Palestro, ruego a Su Señoría guardar la debida compostura...

Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Señores Valdés, don Arturo, y Palestro, llamo al orden a Sus Señorías.

Puede continuar el señor Aguilera.

El señor AGUILERA.-

Señor Presidente, el anuncio de la aprobación del veto hecho por el Diputado señor Valdés, don Arturo, privará a por lo menos 3. 000 pobladores de ser dueños de la tierra solamente, porque su "sombra" la han hecho ellos y lo han hecho sin costo para ningún organismo estatal. Parece que el Presidente de la República está mal informado sobre el particular, porque en el veto dice: "Los terrenos en que se encuentra la población "Tierras Blancas", de Coquimbo, no pertenecen en la actualidad al Fisco, por cuyo motivo no son aplicables las disposiciones contenidas en el decreto ley Nº 153, del año 1932. "

Si la Corporación de Servicios Habitacionales es del Fisco, es un organismo estatal. Cuando se creó el Ministerio de la Vivienda, esta Corporación quedó bajo tutela de dicho Ministerio. El proyecto anterior, justamente, en su artículo 1º autoriza a la Corporación de Servicios Habitacionales para ceder incluso casas a título gratuito. En éste proyecto se trata solamente de los terrenos.

Señor Presidente, lamento que no esté presente el colega señor Torres, porque él, en una gran concentración realizada en Coquimbo, ofreció a los pobladores los votos favorables de los colegas democratacristianos para rechazar el vetó y darles los títulos de dominio.

Por eso, me extraña que el Diputado señor Valdés no comparta la idea de su colega Torres, el cual, indudablemente, ahora rechazaría el veto, tal como se lo prometió a los pobladores de Coquimbo.

Además, el Gobierno tiene la facultad permanente de aplicar las disposiciones del decreto con fuerza de ley Nº 153, del año 1932, donde se dice, como repetí ayer, que "a todos los chilenos que hayan levantado sus obras en terrenos fiscales, el Gobierno tiene la obligación de entregarles el título de dominio gratuito. "

En estas condiciones están los pobladores de la población "Tierras Blancas". Ellos levantaron sus casas con mucho sacrificio. Entonces, desde luego, el Gobierno tiene que otorgarles los títulos de dominio. ¿Acaso el Ministerio de la Vivienda va a quebrar por ceder estos 12 millones de pesos? Por lo demás, como lo dijo el Diputado señor Zepeda ayer en la tarde, estos 12 millones de pesos fueron dados por el Ministerio del Interior de los fondos de asistencia social, y estos terrenos se compraron a la CITAL, una compañía italiana.

Por eso, los socialistas vamos a rechazar el veto del Ejecutivo, insistiendo en el proyecto del congreso a fin de que se den los títulos de dominio a esta gente, en premio por el trabajo de largos años de levantar sus casas, con tanto sacrificio.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Tiene la palabra el Diputadodon Alberto Jerez.

El señor JEREZ.

Señor Presidente...

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

¿Me permite, don Alberto Jerez? A pedido del señor Duberildo Jaque debo advertir que algunos señores Diputados se han inscrito para hacer uso de la palabra, a continuación de Su Señoría. En este caso se encuentran los señores Juan Acevedo, Duberildo Jaque y Clemente Fuentealba, hasta este momento.

Tiene la palabra el señor Jerez.

El señor JEREZ.

Es muy breve lo que voy a decir, señor Presidente.

En la oportunidad en que el colega Jaque presentó este proyecto, me comprometí con los interesados a prestarle mi colaboración. Y lo voy a hacer, rechazando el veto, naturalmente, porque creo que es un proyecto que no perjudica a nadie. Pero a la vez y que me perdone el señor Jaque pienso que este proyecto no va a solucionar, ni para bien ni para mal, la situación de estos compañeros pobladores. Esta no es, por consiguiente, una solución en definitiva. Esta gente no va a tener una situación menos expuesta si acaso continúa en la posición en que se encuentra, aunque no puede estar en una situación más precaria que la que están ahora.

Yo, en el ejercicio de mi función parlamentaría, en el período pasado he patrocinado indicaciones similares a las que contiene este proyecto, y no me considero con autoridad moral para tener una posición un día y otra posición distinta en otra ocasión, salvo que fuera con el fin de respaldar al Gobierno, en virtud de orden del partido, que nos hiciera recapacitar acerca de nuestra posición.

Este es un problema que podría dar margen a un debate muy importante. Por eso, he escuchado con atención las expresiones del colega Mosquera. Y considero que él puede tener mucha razón en sus planteamientos, y que lo que él propone puede ser mucho más provechoso para esta gente; pero he dado mi palabra de apoyar esta iniciativa, y así lo haré.

Creo, sí, que, en definitiva, esto va a significar nada más que un paliativo, una solución transitoria, en lugar de una solución permanente, que consistirá en darles una propiedad humana y digna a estos trabajadores, como ellos se lo merecen.

Nada más.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Tiene la palabra don Juan Acevedo.

El señor ACEVEDO.-

Me ha pedido una interrupción el colega Montes.

Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

¡Señor Pontigo! ¡Señor Valdés!

Ruego a Sus Señorías mantener el diálogo cordial que corresponde.

Con la venia del señor Acevedo, puede usar de la palabra el señor Montes.

El señor MONTES.-

Señor Presidente, en la sesión anterior en que se trató este mismo proyecto de ley, tuvimos oportunidad de participar en su discusión. Y estábamos escuchando las opiniones del señor Mario Mosquera cuando llegó la hora de término del tiempo y no fue posible votar este proyecto.

En el día de hoy, hemos seguido escuchando lo que pretende ser una argumentación en favor del veto, en el sentido de que, en el fondo, favorecería a los pobladores, según el señor Mosquera, que se aprobara este veto y no se les diera a ellos la posibilidad de obtener su título de dominio.

Nosotros, los Diputados comunistas, por el contrario, creemos que este proyecto satisface las necesidades de los pobladores.

En el caso de la población "21 de Mayo", de Concepción, el señor Mosquera ha expresado que ésta es casi una manzana, y que en ella están ubicadas alrededor de 60 familias, algunas de las cuales ocupan sitios muy pequeños. Nosotros pensamos que la solución del problema consiste en crear, en dar curso a una reglamentación que resuelva realmente el problema habitacional de estos pobladores. Si las 60 familias que allí viven no logran obtener un sitio decente, de una extensión adecuada para continuar desarrollando la construcción de su vivienda, perfectamente pueden ser erradicadas y ubicadas en otro lugar. Pero, ¿por qué negarles la posibilidad, ya que están allí y tienen las condiciones, de que el terreno sobre el que han construido sus viviendas sean suyos? Nosotros no nos explicamos esta oposición toda vez que el propio Gobierno, por intermedio de la Corporación de Servicios Habitacionales, a través de la denominada "operación sitio", en la misma capital de la República ha ubicado como promedio a 70 familias por manzana. Si en la población 21 de Mayo, en una manzana hay 60 familias, no me explico cuál es el problema para que, con una adecuada distribución de esos terrenos, estos mismos pobladores que allí han construido sus viviendas, puedan obtener un pedazo de sitio que realmente corresponda a sus necesidades. Si la política habitacional del Gobierno aplica una medida que, en metros cuadrados, corresponde o correspondería a lo que se estima como vivienda mínima, no nos explicamos por qué si ello es vá lido en Santiago no puede serlo en Concepción. Y si es válido en otras provincias u otras regiones del país, ¿por qué no en esta población "21 de Mayo"? Se expresa también, en el veto que este terreno donde fueron construidas estas viviendas está destinado a área verde. Pero los que conocen Concepción se dan cuenta de que allí el drama y el problema habitacional es de tal naturaleza, que en una ciudad como Concepción, que, como dije ayer, está junto al río más grande de Chile y muy cerca del mar, rodeada de montañas cubiertas de bosques de pinos, no se justifica eliminar la posibilidad de ubicar a familias que están viviendo durante tantos años en esa población ¡ porque se va a establecer un área verde! Nosotros estamos absolutamente convencidos de que no. Y no podemos entender la argumentación del Diputado señor Mosquera de que el veto del Ejecutivo favorece a los pobladores, cuando sabemos que esta gente, que está viviendo allí desde hace muchos años, está tratando de que sea posible que los terrenos donde han construido sus viviendas sean de su propiedad.

Esta iniciativa, que ha acogido, entre otros, el Diputado señor Jaque, nosotros la apoyamos. Y no comprendemos tampoco por qué razón, cuando se discutió este proyecto de ley en la Comisión Especial...

El señor MILLAS.

Permanente.

El señor MONTES.-

... es Comisión Permanente, me dice el Diputado Millas de la Vivienda de la Cámara, el señor Mosquera, que es miembro de esa Comisión...

El señor MOSQUERA.-

No soy miembro.

El señor MONTES.-

... que no es miembro de ella, asistió a sus deliberaciones cuando se trató este proyecto y estuvo de acuerdo con este proyecto y lo defendió. Pero, hoy día, aquí, en la Cámara, manifiesta una posición totalmente contraria...

Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor MONTES.-

Yo no sé, señor Presidente, si por un exceso de oficialismo, que podríamos comprender, o si porque, en el transcurso de estos años, el señor Mosquera, de obrero de la usina de Huachipato ha pasado a ser un próspero accionista de una próspera empresa de buses...

El señor MOSQUERA.-

¡Está falseando los hechos!

Un señor DIPUTADO.-

¡Trabajaba!

El señor MONTES.-

... ha modificado su opinión respecto de los problemas de la gente modesta.

Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor MONTES.-

No podemos comprender, señor Presidente, un cambio de actitud de esta naturaleza...

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Señor Mosquera, Su Señoría puede tener tiempo para rebatir posteriormente.

El señor MONTES.-

Creemos, evidentemente, que la autoridad, que vela, por una adecuada reglamentación del problema habitacional, al ser aprobada esta disposición legal, arbitrará las medidas para evitar los problemas de hacinamiento, con el fin de que haya una distribución proporcional apropiada de los pobladores que viven en la "21 de Mayo" de la ciudad de Concepción, o para erradicar a aquellos que no logren cabida en esta población.

Nosotros estamos en favor del rechazo del veto del Ejecutivo en esta materia, por las razones que señalamos ayer y que hemos reiterado en esta oportunidad.

Yo quiero referirme al artículo 69 de esta iniciativa, que se refiere a una condonación de deudas por pavimentación de calzadas de algunos pobladores de la ciudad de Coronel.

El señor Mosquera argumenta en contra de estos pobladores, diciendo que significaría poco menos que una monstruosidad el hecho de que se condonara esta deuda...

El señor GARAY.-

¡Lógico! ¡Condonar a todos!

Un señor DIPUTADO.-

¿Por qué tiene que ser sólo a Coronel?

El señor MONTES.-

... y que el Parlamento no podrá operar sobre esta base. Le voy a decir por qué señor Diputado. Toda su argumentación no es otra cosa que una argumentación precipitada. Porque a fines del año pasado, la Cámara de Diputados y el Senado de la República aprobaron una disposición legal en los mismos términos de la que estamos debatiendo en este instante, que condonaba las deudas por pavimentación de calzadas de los pobladores de Coronel.. Es ley de la República...

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

¿Me permite, señor Montes? Ha terminado el tiempo del primer discurso del señor Acevedo. Puede continuar su interrupción, con la venia del señor Acevedo, en su segundo discurso.

El señor MONTES.-

De manera que esta disposición contenida en el artículo 6º es ley de la República. La iniciativa del Diputado señor Galvarino Melo, en nombre de los Diputados comunistas, al presentar esta indicación, que fue aprobada y es hoy día ley, hace, por cierto, inoficioso, en primer término, las palabras del señor Mosquera en contra de esta reivindicación, ya lograda y obtenida por los pobladores de Coronel; de manera que hay que tomar en cuenta, por cierto, que al ser ella ley, es absolutamente inútil que aprobemos este proyecto que estamos discutiendo.

Es lo que quería decir, señor Presidente.

- O -

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Si le parece a la Sala, el proyecto que estamos discutiendo se votará al término del Orden del Día, cualquiera que sea el número de oradores inscritos.

Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor ACEVEDO.-

¡Clausuremos el debate!

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Acordado.

Tiene la palabra, en el tiempo de su segundo discurso, el señor Duberildo Jaque.

El señor JAQUE.-

Señor Presidente, en la sesión de ayer intervine para explicar las razones por las cuales los Diputados radicales votaremos en contra de este veto del Ejecutivo. Era mi ánimo no intervenir en la sesión de hoy día para facilitar, incluso, el despacho de este proyecto. Pero, como he sido aludido por el señor Mosquera, me veo obligado a contestar el ataque gratuito que él ha hecho a mi persona. La verdad es que el señor Mosquera ha querido en esta oportunidad, como en tantas otras, ser más papista que el Papa.

Desde luego, él está en desacuerdo con la mayoría de sus propios colegas democratacristianos, toda vez que en el día de ayer escuchamos a los colegas señores Muga y Valdés, don Manuel, apoyar decididamente el contenido humano y social de este proyecto. En el día de hoy, hemos oído también al señor Jerez expresarse en términos similares, actitud que, desde luego, los Diputados radicales aplaudimos, porque, naturalmente, sus puntos de vista concuerdan con los nuestros.

Decía que el señor Mosquera ha querido ser más papista que el Papa, porque estos problemas se arrastran desde los sismos de los años 1954 y 1960, que afectaron a la zona sur del país, especialmente a la provincia de Concepción, y crearon una situación irregular. Con cargo al llamado "2% constitucional", se levantaron muchas poblaciones, en terrenos que son o de la ex Beneficencia Pública, o del Servicio de Seguro Social, o de las municipalidades. A pesar del tiempo transcurrido y de la dictación de la ley Nº 16. 322, publicada en el "Diario Oficial" el 8 de octubre de 1965, no se ha podido solucionar esta situación.

Quería señalar este hecho, porque con motivo de la moción que dio origen a la ley Nº 16. 322, presentada en el período pasado por el Diputado que habla, se incluyeron algunas indicaciones que favorecían a otros sectores políticos. Ellos, y no yo, solicitaron la inclusión del proyecto en la convocatoria del año 1965. Así lo hizo el señor Frei, y luego se dictó la ley que acabo de señalar, con el objeto de regularizar la situación sui géneris de estas poblaciones.

En esa ley se estableció el estatuto por el cual debía solucionarse este problema. En efecto, su artículo 4º dispone que las ventas se realizarán siempre que los terrenos no estén destinados a uso público, según los respectivos planos reguladores; que el precio de venta será el avalúo fiscal, que deberá ser pagado en un plazo no mayor de diez años y con un interés no superior al 5% anual; que, en casos calificados, tratándose de personas de escasos recursos, y previo informe favorable de la Dirección General de Asistencia Social, los Servicios propietarios podrán efectuar dichas transferencias a título gratuito.

Ahora, ¿cuál es el objetivo del proyecto en debate en este momento? No tiene otro que complementar las disposiciones de la ley Nº 16. 322, toda vez que, por una omisión, se excluyeron, en esa oportunidad, las poblaciones "21 de Mayo", de Concepción, y "Alemana", de Chiguayante; de tal manera que, como lo expresaba ayer en esta Sala, donde existe la misma razón naturalmente, debe existir la misma disposición.

En consecuencia, el ataque del señor Mosquera no va dirigido a mi persona, sino al propio señor Frei, quien patrocinó la dictación de la ley mencionada, al incluir el proyecto respectivo en la convocatoria de la legislatura extraordinaria de 1965.

Por otra parte, no es la primera vez que él "próspero empresario", como se le ha dicho, hace algunos momentos en esta Sala, está divorciado del resto de sus colegas de la Democracia Cristiana, toda vez que este proyecto fue despachado por unanimidad por esta Honorable Corporación. Creo que, en esa oportunidad, el señor Mosquera no estaba presente, y si lo estaba, no habló para negar su asentimiento. v Concuerdo también con las expresiones de nuestro colega señor Jerez, quien, en primer término, se refirió al contenido humano y social de este proyecto y luego señaló que era probable que esta iniciativa no fuera perfecta, que no contuviera todas las disposiciones necesarias y adecuadas para solucionar este problema. Todo dependerá del interés que pongan los organismos del Estado para entregar los títulos de dominio, de acuerdo con estas disposiciones. Ahora, si el señor Mosquera o cualquier otro parlamentario puede patrocinar otras iniciativas en mejores condiciones, nosotros, naturalmente, les prestaremos nuestro apoyo.

En consecuencia, los Diputados radicales, reiterando nuestro criterio manifestado ayer, votaremos en contra del veto del Ejecutivo.

He concedido una interrupción al señor Clavel, señor Presidente.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Con la venia del señor Jaque, tiene la palabra El señor CLAVEL.-

El señor CLAVEL.-

Señor Presidente, el Ejecutivo ha vetado en su totalidad el proyecto en discusión.

Se ha hecho presente que este proyecto no resuelve en forma definitiva el problema qué, actualmente, tienen los habitantes de algunas poblaciones del país. Creo que los autores de esta iniciativa no han pretendido darle una solución definitiva, sino buscar una posible solución a través de un proyecto de esta naturaleza.

Pero el Ejecutivo, al observar el proyecto en su totalidad, echó todos los artículos en un solo saco; y, en consecuencia, tenemos que pronunciarnos sobre el veto en una sola votación, ya que él no admite división de votación por artículo.

En el día de ayer escuchamos al señor Muga, Diputado por Tarapacá, dar las razones por las cuales votará en contra del veto del Ejecutivo, porque él, como parlamentario del norte, conoce el problema de los actuales ocupantes de las viviendas del Servicio Nacional de Salud en Arica, quienes viven en la población desde su fundación, ocurrida hace muchos años.

Todos saben que, en el régimen pasado, se dictó una ley que obligó a las Cajas de Previsión a traspasar a los ocupantes de esa época, las habitaciones en que ellos vivían, previo el cumplimiento de algunos requisitos; fue así como los institutos de previsión traspasaron todas las casas y departamentos que tenían en arriendo. No veo por qué, en este caso, se quiere hacer un distingo, al no aceptar que los actuales ocupantes de estas viviendas del Servicio Nacional de Salud, que viven muchos años en la ciudad de Arica, tengan el mismo tratamiento. Esta es una razón más en apoyo de mi actitud.

Por todas las razones que se han dado, más las que he señalado, votaremos en contra del veto del Ejecutivo.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Resta medio minuto del segundo discurso del señor Jaque.

El señor JAQUE.-

He terminado.

El señor FUENTEALBA.-

Pido la palabra

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor FUENTEALBA.-

Señor Presidente, quiero referirme a este veto en lo que respecta a la población "Tierras Blancas" de Coquimbo, porque sobre la población "El Santo" se dijo que ha sido construida por el Servicio Nacional de Salud para el personal de empleados del Hospital de La Serena; de tal manera que me extraña que el Ejecutivo observe ahora la transferencia de estas viviendas, cuando, efectivamente, ellas han sido destinadas para este personal. Pero, en lo que respecta 'a la Población "Tierras Blancas", es necesario hacer algunas observaciones.

Los terrenos de esta población fueron adquiridos en el año 1963, con fondos del Ministerio del Interior; de tal manera que la transferencia...

El señor VALDES (don Arturo).-

¡Totalmente erróneo! Esas son historias. Eso no está de acuerdo con lo que los colegas dijeron allá.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Señor Valdés, don Arturo, ruego a Su Señoría no interrumpir al orador.

Puede continuar Su Señoría.

El señor FUENTEALBA.-

Si el señor Valdés quiere una interrupción, se la concedo con todo agrado...

Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Señor Fuentealba, ruego a Su Señoría cooperar con la Mesa y seguir haciendo uso de la palabra.

Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

¡Ruego a Sus Señorías evitar los diálogos!

El señor FUENTEALBA.-

La población "Tierras Blancas" fue construida como ninguna otra, porque los planos se confeccionaron con el propósito de que ella fuera trazada de acuerdo con las técnicas modernas de urbanización. Hay calles anchas y amplias, por las cuales, indudablemente, pueden circular los vehículos sin ningún impedimento. Es cierto que carece de obras de urbanización; pero, ¿qué se adelanta con impedir él otorgamiento de títulos a sus actuales ocupantes, cuando las obras de urbanización no se construirán tan pronto?

Ya tenemos la experiencia de lo sucedido, en otras poblaciones, en que la gente se traslada a otras ciudades, sin que los ocupantes puedan obtener sus títulos de dominio, a pesar de que han levantado sus casas y, han gastado sus recursos para tener un techo bajo el cual vivir; y cuando ellos se trasladan, no tienen ni siquiera el derecho de vender estas habitaciones, porque no poseen el título definitivo de dominio.

Por otra parte, acaba de dictarse la ley Nº 16. 741, que fija normas para el otorgamiento de títulos definitivos de dominio en las poblaciones en situación irregular. Si este proyecto se convirtiera en ley, ¿qué ganaríamos? Desde luego, tiempo, porque para que la otra ley pueda tener efecto se necesita que se dicte el reglamento correspondiente.

A mí me parece que los títulos de dominio de estos sitios deben ser otorgados a los esforzados vecinos que levantaron sus casas; porque, si bien es cierto que la CORVI adquirió los terrenos, no lo es menos que lo hizo para realizar las obras de urbanización, no para otra cosa. De tal manera que nosotros vamos a votar en contra de este veto, como lo ha anunciado el Diputado señor Jaque, por las razones que hemos expuesto.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

¿Terminó Su Señoría?

El señor FUENTEALBA.-

Sí, señor Presidente.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Tiene la palabra el señor Mariano RuizEsquide.

El señor RUIZESQUIDE.-

Señor Presidente, frente a un problema de esta naturaleza, como decía el señor Jerez con toda razón, no puede existir una orden de partido.

Yo deseo señalar que con el Diputado señor Aguilera hicimos lo indispensable para que este proyecto se incluyera en la Tabla general, a fin de que fuera tratado en las sesiones ordinarias.

Cuando este proyecto se discutió en la Cámara, yo sostuve, a petición expresa de los regidores de la Municipalidad de Concepción, que la disposición relativa a la Población "21 de Mayo" debía rechazarse, porque se hallaba en un terreno destinado a áreas verdes, lo que no es del caso discutir ahora, ya que existe un plano regulador y no se puede pasar por encima de él, si queremos lograr el desarrollo armónico de la ciudad. La misma razón vale para las poblaciones de la ciudad de Chiguayante.

Me alegro mucho de la aclaración que hizo ayer el Diputado señor Montes acerca del artículo que condona las deudas por pavimentación de calzadas, porque respecto de esta disposición tengo un compromiso con el Diputado señor Melo de votarla favorablemente. Así lo he manifestado y estoy en condiciones de mantener mi palabra en ese mismo sentido; de modo que no voy a insistir más latamente sobre esto. Pero quiero señalar que las razones que dio el señor Mosquera no obedecen a un capricho, sino que al propósito de resolver un problema que ojalá pudiésemos solucionar, lo que no se consigue rechazando el veto, ya que el proyecto agrava una situación de absoluto desorden y desorganización que impera en las ciudades de Concepción y Chiguayante. Sin embargo, en relación con este mismo artículo, voy a decir dos palabras acerca de las expresiones vertidas por los colegas señores Montes y Jaque.

Con extraordinaria frecuencia, el señor Montes y los Diputados comunistas aluden a los parlamentarios democratacristianos y, en especial, al Diputado señor Mosquera, en un lenguaje que no corresponde al respeto que nos debemos en la Cámara, ni al trato que nosotros les dispensamos a Sus Señorías, ni a la realidad de los hechos, Se refieren en términos peyorativos al señor Mosquera para señalar su condición de ex obrero de la CAP y decir que habría abandonado a sus compañeros de trabajo y que ahora estaría transformado en un individuo que lucraría en este régimen que ellos tanto denigran.

En primer lugar, para afirmar, como lo plantea el Diputado señor Montes, que el señor Mosquera estaría coludido con una próspera empresa de locomoción colectiva, me parece indispensable, si se quiere ser veraz y hombre de bien, tener los datos para probarlo. Si eso no es así, no se puede aseverar un hecho de esa naturaleza, pues significa insultar gratuitamente a un colega parlamentario.

Igualmente, si nosotros siguiéramos por ese camino, tendríamos, tal vez, muchas cosas que decir de ellos; pero no me parece que podamos adoptar una posición en este sentido, basándonos sólo en rumores. ¡ Cuántas veces se nos ha venido a contar que los Diputados del Partido Comunista de la provincia de Concepción han lucrado con fondos sindicales! ¿Significa que eso voy a sostenerlo aquí, cuando lo primero que he dicho, a pesar de nuestras diferencias personales y políticas, es que tengo fe en que ellos son hombres honrados? Esa misma actitud quisiéramos ver de parte de ellos mientras no prueben esos hechos y las afirmaciones que hacen.

Se sumó a estas expresiones el señor laque cuyo conocimiento de los Diputados de la Democracia Cristiana es bastante elemental y cuyos antecedentes, si bien corresponden a una persona honrada y honesta como somos todos nosotros, no le dan derecho, por pertenecer a un partido que no tiene autoridad política...

El señor ACUÑA.-

¿Cómo es eso?

El señor RUIZESQUIDE.-

... para venir a criticar y a tratar de inescrupulosos a los democratacristianos. Si es lamentable una actitud de esa naturaleza en el Partido Comunista, debe decir, con la más absoluta tranquilidad, que es realmente jocoso que la venga a plantear un Diputado del Partido Radical.

Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor RUIZESQUIDE.-

Quisiera que los términos en que nos referimos a otros colegas fueran los que corresponden para mantener la elevación del debate. Si, lamentablemente, los Diputados tienen otra idea de lo que estamos haciendo los parlamentarios de la Democracia Cristiana, que lo prueben. Y si no lo pueden hacer, que se abstengan de hacer esas afirmaciones.

Los señores Montes y Jaque no pueden referirse con esas palabras a ningún Diputado de la zona y cualesquiera que sean las diferencias que nos separen, tendré que defenderlo, porque lo que se dice de cualquier democratacristiano alcanza también a mi persona.

Eso es lo que quería señalar, señor Presidente, y ojalá pudiéramos encauzar el debate en otro sentido.

El señor MOSQUERA.-

Pido la palabra.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Tiene la palabra, en su segundo discurso, el señor Mosquera.

El señor MOSQUERA.-

En primer lugar, quiero decir al señor Aguilera que lamento que esta vez él me haya atacado, puesto que tuve la deferencia de incluir una indicación que beneficia a su provincia en el proyecto del cual soy autor, conjuntamente con el colega señor RuizEsquide. Por lo tanto, no se justifican sus cargos.

El señor AGUILERA.-

¡Ese es otro proyecto!

El señor MOSQUERA.-

En segundo lugar, sostengo que este proyecto presentado por el señor Jaque es imposible de aplicar por la Municipalidad de Concepción, porque tendría que modificarse la ley del Plano Regulador interprovincial y comunal. Tendrían que modificarse los decretos con fuerza de ley de los años 1953 y 1959, si no me equivoco, según los cuales, toda propiedad debe tener un mínimo de 160 metros cuadrados, y ninguna de estas viviendas tiene esa superficie.

Por esa razón es lamentable que se insista en esto, a sabiendas de que es imposible, y reitero que ello prácticamente constituye una burla para los pobladores. Además, nunca he dicho que con el rechazo de este proyecto se van a beneficiar. He señalado que estoy en contra, porque no sería posible aplicarlo, si se convirtiera en ley. ¡Eso lo sostengo categóricamente!

En el caso de Chiguayante, quiero manifestar que los pobladores están en conversaciones con la Corporación de Servicios Habitacionales de Concepción para erradicar a los que sobran en esa población, y entregar las casas definitivas de ella a los actuales ocupantes que queden. Pero esto no es posible hacerlo en la población "21 de Mayo", de Concepción. El señor Jaque tiene la responsabilidad mayor en lo ocurrido, puesto que, con ocasión de los sismos del año 1960, él dirigió un movimiento, que lo encuentro totalmente sano, la "Operación Techo", para que se construyera esa población. El Senador señor Humberto Enríquez lo secundó en esa campaña, y el Club de Leones contribuyó a que se levantara otra parte de la población. Pero pasaron varios años de Gobierno y, a pesar de que fue parlamentario oficialista en la Administración del señor Alessandri, no se dio solución al problema del que hoy día está preocupado.

Por esa razón, no me alcanzan los cargos que me ha hecho en el sentido de que no entiendo el problema. Lo comprendo bastante bien por eso opino.

Quiero manifestar también que, en el caso de Coronel, le encuentro razón al señor Montes, porque no es posible cobrarles esas deudas a dichas personas, pues no tienen título de dominio en este instante.

En consecuencia, si fuera posible, rechazaría el veto al artículo 6º; pero repito que sería imposible aplicarles; esta ley a las poblaciones de Concepción.

Lamento que los señores Montes y Jaque, para desprestigiarme, hayan recurrido a los últimos recursos que pueda usar un ser humano. Para aclarar estas imputaciones, solicito que se recabe el asentimiento de la Sala para oficiar al Ministerio que corresponda, a fin de que envíe a esta Corporación los nombres de las personas que componen la sociedad o empresa de buses que se ha mencionado aquí. Y si se comprobara que este Diputado tiene una sola acción, se la regalaría al señor Montes o al señor Jaque. Creo que sería un premio por sus expresiones falsas en esta Sala.

El señor GODOY URRUTIA.-

¡Muy generoso!

El señor MOSQUERA.-

Es una cosa inconcebible que personas cultas empleen estos métodos para enlodar a un hombre que no llegó al Parlamento gracias al hecho de haber ocupado una Intendencia, ni aprovechándose del reparto de artículos de primera necesidad durante los sismos del año 1960, como otros, sino que por su actuación como dirigente sindical y regidor de la comuna de Concepción. Por eso fui elegido Diputado y mañana seguiré siéndolo, para defender a los pobres de mi provincia. Y le voy a demostrar al señor Jaque que los pobres no me repudiarán en las próximas elecciones. Por el contrario, tendré el respaldo popular de los pobladores, de los trabajadores y de los pobres de mi provincia.

Tengo solvencia moral para decirlo. Desde que fui elegido, he estado en contacto con los pobres y preocupado de sus problemas, no como Sus Señorías, que son "dirigentes consulares", porque jamás visitan las poblaciones de los humildes. Rechazo categóricamente sus afirmaciones.

Concretamente, solicito que se envíe un oficio al Ministro del ramo para que la Subsecretaría de Transportes informe quiénes son los dueños de esa sociedad.

Nada más.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Si le parece a la Sala se enviará el oficio solicitado por el señor Mosquera.

Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor TUMA.-

¿De qué empresa se trata?

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

No hay acuerdo.

Tiene la palabra el señor Pontigo.

El señor PONTIGO.-

Señor Presidente, la verdad es que no deseaba intervenir hoy en el debate sobre estas observaciones del Ejecutivo.

El señor VALDES (don Arturo).-

¡Muy buena su decisión...!

Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

¿Me permite, señor Pontigo?

Se manifiesta a la Mesa que se ha retirado la oposición para enviar el oficio solicitado por el señor Mosquera.

Si le parece a la Sala, se enviará el oficio.

Acordado.

Puede continuar el señor Pontigo.

El señor PONTIGO.-

La verdad es que no pensaba hablar en esta sesión sobre las observaciones que están en debate, pero, después de haber escuchado los argumentos del Diputado señor Arturo Valdés me siento obligado a intervenir una vez más.

El señor Valdés, desde ayer, ha estado batallando en contra de los pobladores de "Tierras Blancas", tratando de conseguir la aprobación del veto del Ejecutivo.

El señor VALDES (don Arturo).-

En favor de los pobladores.

El señor PONTIGO.-

Ha dicho que este proyecto adolece de algunos defectos. Entre ellos, según él, el de que esos terrenos no sean fiscales, sino de la Corporación de Servicios Habitacionales, lo que haría inaplicable ese artículo en el caso de esa población.

Si él cree que tiene la razón y está interesado en ayudar a los vecinos de la población "Tierras Blancas", perfectamente pudo, porque tiempo había de más para acercarse al Ejecutivo y pedirle que enviara un oficio...

El señor VALENZUELA VALDERRAMA don Héctor ( Presidente).-

¿Me permite, señor Diputado?

Ha terminado el tiempo del Orden del Día.

En conformidad con el acuerdo adoptado por la Sala, corresponde votar este proyecto.

Como el proyecto ha sido objetado en su totalidad, corresponde una sola votación para aprobar o rechazar la observación del Gobierno en relación con los seis artículos del proyecto.

El señor VALDES (don Arturo).-

¿No se pueden votar por separado?

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

No, señor Diputado.

En votación.

Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 23 votos; por la negativa, 43 votos.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Rechazada la observación del Ejecutivo.

En votación la insistencia en el criterio de la Cámara.

Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 44 votos; por la negativa, 14 votos.

El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor ( Presidente).-

Habiéndose reunido los dos tercios, la Cámara acuerda insistir.

Terminada la discusión de las observaciones del Ejecutivo.

3.4. Oficio del Ejecutivo a Cámara de Origen

Oficio Observaciones Del Ejecutivo. Fecha 04 de junio, 1968. Oficio en Sesión 1. Legislatura Ordinaria año 1968.

1.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE ORDENA LA TRANSFERENCIA DE TERRENOS DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD A OCUPANTES DE SITIOS DE DIVERSAS POBLACIONES DE CONCEPCION, CHIGUAYANTE Y TALCAHUANO.

La Cámara de Diputados ha tenido a bien rechazar la observación formulada por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que ordena transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de diversas poblaciones de las ciudades de Concepción, Chiguayante y Talcahuano, y ha insistido en la aprobación del texto primitivo.

Lo que tengo a honra decir a V. E.

Acompaño los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V. E. Héctor Valenzuela Valderrama. Amoldo Kaempfe Bordalí.

Texto de las observaciones del Ejecutivo.

Por oficio Nº 2084, remitido al Ejecutivo con fecha 21 de septiembre último, V. E. ha tenido a bien comunicarme la aprobación prestada por el Congreso Nacional a un proyecto de ley que dispone la transferencia de diversos inmuebles del Servicio Nacional de Salud y del Servicio de Seguro Social y que también se refiere a otras materias.

En uso de las facultades que me otorga el artículo 53 de la Constitución Política del Estado vengo en observar en su totalidad el referido proyecto de ley, en razón de los fundamentos que a continuación señalo:

Artículo lºLas viviendas de propiedad del Servicio Nacional de Salud, ubicadas en la Población "El Salto" de la ciudad de La Serena, se adquirieron con el único objeto de dar habitación a los funcionarios del Hospital de esa ciudad mediante un módico arriendo y si no se otorga esta facilidad resulta muy difícil contar con el personal que se necesita para la mejor atención del Hospital dada la escasez y alto costo de los arriendos en la ciudad de La Serena.

Por esta consideración es absolutamente inconveniente disponer la transferencia de esas viviendas a sus actuales ocupantes, ya que el Servicio se vería nuevamente abocado a la dificultad que sólo pudo superarse mediante la compra de las viviendas que posee en la Población "El Salto".

La disposición relativa a la transferencia de los terrenos del mismo Servicio en los cuales se construyó la Población "21 de Mayo", de Concepción, es igualmente inconveniente ya que esas viviendas se levantaron con ocasión de los sismos del año 1960, para cumplir finalidades de carácter transitorias, sin que su urbanización se ajustara a las disposiciones legales vigentes. Además, dichos terrenos están destinados por el plan regulador de la ciudad a áreas verdes en atención a su inmediata vecindad con el cementerio.

Artículo 2ºLos terrenos a que se refiere esta disposición no son de propiedad del Servicio de Seguro Social, ya que fueron expropiados por la Corporación de la Vivienda en el año 1965. Actualmente dicha corporación está construyendo en el terreno un conjunto habitacional y la transferencia que dispone el artículo sólo entorpecería dicha construcción aparte de que no hay razón alguna que justifique una asignación de vivienda por un sistema diferente al que debe emplearse según las reglas generales que originan la asignación y transferencia de las viviendas que construye la Corporación.

Artículo 3ºEsta disposición carece de sentido al eliminarse los artículos lº y 2º del proyecto.

Artículo 4°Por la razón expuesta en el párrafo anterior, la disposición del artículo 3º del proyecto debe ser suprimida.

Artículo 5°Los terrenos en que se encuentra la Población "Tierras Blancas", de Coquimbo, no pertenecen en la actualidad al Fisco por cuyo motivo no son aplicables las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 153, del año 1932. Los terrenos de esa población son actualmente de propiedad de ¡a Corporación de Servicios Habitacionales y su transferencia gratuita y en forma indiscriminada a los actuales ocupantes va en perjuicio de los propios pobladores, ya que se trata de una población que tiene graves problemas de urbanización, por lo cual, el otorgamiento de títulos debe ir unido a una urbanización mínima, en cuyos trabajos y financiamientos deben participar y contribuir los propios ocupantes.

Por otra parte la Corporación de Servicios Habitacionales, otorgará títulos de dominio en dicha población de acuerdo a las normas legales que la rigen, tan pronto como ello sea técnica, económica y socialmente posible.

Artículo 6°Esta disposición significa un injustificado y grave desembolso por la Dirección de Pavimentación Urbana que en definitiva grava la Comuna de Coronel que cuenta con limitados recursos y saldos en contra.

Además, la inconveniencia de las disposiciones, es manifiesta si se considera que la deuda asciende a Eº 85.691,58, suma que debe ser cancelada entre 66 vecinos dentro del plazo de 10 años a partir de 1965, lo que significa un aporte bastante reducido por cada uno de ellos.

Por todos los fundamentos ya expuestos me permito devolver a V. E. el referido proyecto de ley haciéndole presente que lo desapruebo en todas sus partes.

3.5. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Rechazo Observaciones. Fecha 04 de junio, 1968. Oficio en Sesión 1. Legislatura Ordinaria año 1968.

?1.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE ORDENA LA TRANSFERENCIA DE TERRENOS DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD A OCUPANTES DE SITIOS DE DIVERSAS POBLACIONES DE CONCEPCION, CHIGUAYANTE Y TALCAHUANO.

La Cámara de Diputados ha tenido a bien rechazar la observación formulada por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que ordena transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de diversas poblaciones de las ciudades de Concepción, Chiguayante y Talcahuano, y ha insistido en la aprobación del texto primitivo.

Lo que tengo a honra decir a V. E.

Acompaño los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V. E. Héctor Valenzuela Valderrama. Amoldo Kaempfe Bordalí.

Texto de las observaciones del Ejecutivo.

Por oficio Nº 2084, remitido al Ejecutivo con fecha 21 de septiembre último, V. E. ha tenido a bien comunicarme la aprobación prestada por el Congreso Nacional a un proyecto de ley que dispone la transferencia de diversos inmuebles del Servicio Nacional de Salud y del Servicio de Seguro Social y que también se refiere a otras materias.

En uso de las facultades que me otorga el artículo 53 de la Constitución Política del Estado vengo en observar en su totalidad el referido proyecto de ley, en razón de los fundamentos que a continuación señalo:

Artículo 1º.- Las viviendas de propiedad del Servicio Nacional de Salud, ubicadas en la Población "El Salto" de la ciudad de La Serena, se adquirieron con el único objeto de dar habitación a los funcionarios del Hospital de esa ciudad mediante un módico arriendo y si no se otorga esta facilidad resulta muy difícil contar con el personal que se necesita para la mejor atención del Hospital dada la escasez y alto costo de los arriendos en la ciudad de La Serena.

Por esta consideración es absolutamente inconveniente disponer la transferencia de esas viviendas a sus actuales ocupantes, ya que el Servicio se vería nuevamente abocado a la dificultad que sólo pudo superarse mediante la compra de las viviendas que posee en la Población "El Salto".

La disposición relativa a la transferencia de los terrenos del mismo Servicio en los cuales se construyó la Población "21 de Mayo", de Concepción, es igualmente inconveniente ya que esas viviendas se levantaron con ocasión de los sismos del año 1960, para cumplir finalidades de carácter transitorias, sin que su urbanización se ajustara a las disposiciones legales vigentes. Además, dichos terrenos están destinados por el plan regulador de la ciudad a áreas verdes en atención a su inmediata vecindad con el cementerio.

Artículo 2º.- Los terrenos a que se refiere esta disposición no son de propiedad del Servicio de Seguro Social, ya que fueron expropiados por la Corporación de la Vivienda en el año 1965. Actualmente dicha corporación está construyendo en el terreno un conjunto habitacional y la transferencia que dispone el artículo sólo entorpecería dicha construcción aparte de que no hay razón alguna que justifique una asignación de vivienda por un sistema diferente al que debe emplearse según las reglas generales que originan la asignación y transferencia de las viviendas que construye la Corporación.

Artículo 3º.- Esta disposición carece de sentido al eliminarse los artículos 1º y 2º del proyecto.

Artículo 4°.- Por la razón expuesta en el párrafo anterior, la disposición del artículo 3º del proyecto debe ser suprimida.

Artículo 5°.- Los terrenos en que se encuentra la Población "Tierras Blancas", de Coquimbo, no pertenecen en la actualidad al Fisco por cuyo motivo no son aplicables las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 153, del año 1932. Los terrenos de esa población son actualmente de propiedad de ¡a Corporación de Servicios Habitacionales y su transferencia gratuita y en forma indiscriminada a los actuales ocupantes va en perjuicio de los propios pobladores, ya que se trata de una población que tiene graves problemas de urbanización, por lo cual, el otorgamiento de títulos debe ir unido a una urbanización mínima, en cuyos trabajos y financiamientos deben participar y contribuir los propios ocupantes.

Por otra parte la Corporación de Servicios Habitacionales, otorgará títulos de dominio en dicha población de acuerdo a las normas legales que la rigen, tan pronto como ello sea técnica, económica y socialmente posible.

Artículo 6°.- Esta disposición significa un injustificado y grave desembolso por la Dirección de Pavimentación Urbana que en definitiva grava la Comuna de Coronel que cuenta con limitados recursos y saldos en contra.

Además, la inconveniencia de las disposiciones, es manifiesta si se considera que la deuda asciende a Eº 85.691,58, suma que debe ser cancelada entre 66 vecinos dentro del plazo de 10 años a partir de 1965, lo que significa un aporte bastante reducido por cada uno de ellos.

Por todos los fundamentos ya expuestos me permito devolver a V. E. el referido proyecto de ley haciéndole presente que lo desapruebo en todas sus partes.

3.6. Informe Comisión Legislativa

Senado. Fecha 10 de julio, 1968. Informe Comisión Legislativa en Sesión 23. Legislatura Ordinaria año 1968.

?2.- INFORME DE LA COMISION DE OBRAS PÚBLICAS RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, AL PROYECTO DE LEY QUE ORDENA TRANSFERIR A SUS ACTUALES OCUPANTES LOS TERRENOS DE DIVERSAS POBLACIONES DE LAS CIUDADES DE CONCEPCION, CHIGUAYANTE Y CONCEPCION.

Honorable Senado:

Vuestra Comisión de Obras Públicas ha estudiado las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley despachado por el Congreso Nacional que ordena transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de diversas poblaciones.

A la sesión en que se consideró esta materia asistieron, además de los miembros de vuestra Comisión, la Directora del Servicio de Seguro Social, señorita Mercedes Ezquerra y el Fiscal del Servicio Nacional de Salud, señor José Pablo Vergara.

Las observaciones del Ejecutivo proponen la supresión de la totalidad del articulado del proyecto.

El artículo 1º dispone que el Servicio Nacional de Salud deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos en los cuales se encuentra construida la Población "21 de Mayo" de Concepción; las viviendas que posee en la ciudad de Arica, y las de la Población "El Santo" de La Serena.

El Fiscal del Servicio Nacional de Salud expresó que la observación se fundamenta en que los terrenos de la Población "21 de Mayo" están destinados por el plano regulador a áreas verdes debido a su inmediata vecindad con el cementerio y en que, además, no poseen una adecuada urbanización dado el carácter transitorio con que fue levantada la Población.

Respecto a la Población "El Santo" señaló que el artículo 4º de la ley Nº 16.702 ya contiene normas sobre transferencia a sus ocupantes de las viviendas que la componen.

Por último, dijo que el traspaso indiscriminado de todas las viviendas de propiedad del Servicio en Arica a sus actuales ocupantes produciría a éste profundos trastornos, pues se le obligaba a transferir incluso la casa del Director del Hospital, y viviendas que se encontraban arrendadas por personas que no tenían ninguna relación con el Servicio Nacional de Salud.

La Honorable Cámara de Diputados rechazó la observación e insistió en la aprobación del texto primitivo.

Vuestra Comisión, con la oposición del Honorable Senador señor Chadwick, aprobó la observación.

El artículo 2º estatuye que el Servicio de Seguro Social deberá transferir a sus ocupantes los terrenos en que se hallan construidas las Poblaciones "21 de Mayo" y "Alemania" de Chiguayante.

La observación se fundamenta en que dichos terrenos no son de propiedad del Servicio de Seguro Social sino de la Corporación de la Vivienda, entidad que los expropió en 1965 y que actualmente construye en ellos un grupo habitacional cuyas viviendas serán transferidas de acuerdo, con las normas generales. En consecuencia, la aprobación del artículo no produciría efecto alguno.

La Honorable Cámara de Diputados la rechazó e insistió en la aprobación del texto primitivo.

Vuestra Comisión, con la oposición del Honorable Senador señor Chadwick, aprobó la observación.

Con la misma votación, y como consecuencia de los acuerdos anteriores, aprobó las que suprimen los artículo, 3º y 4º, que regulan las transferencias ordenadas por los dos primeros artículos. Este acuerdo se fundamentó, además, en que los preceptos establecen un régimen de excepción en favor de las personas beneficiadas, ya que según ellos deberían pagar las viviendas en un plazo de diez años, con un pequeño interés y sin reajuste.

El artículo 19 faculta al Presidente de la República para ceder a sus ocupantes, dentro de las sesenta hectáreas de terreno fiscal en la Población "Tierras Blancas" de Coquimbo, los sitios en que hayan levantado mejoras o viviendas, aplicando las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 153, de 1932.

La observación hace presente que el precepto es inaplicable por cuanto tales terrenos no pertenecen al Fisco sino a la Corporación de Servicios Habitacionales. Agrega, además, que presentan graves problemas de urbanización y que la citada Corporación procederá a otorgar títulos de dominio tan pronto como sea técnica, económica y socialmente posible.

La Honorable Cámara rechazó la observación e insistió en la aprobación del artículo.

Vuestra Comisión, con la oposición del Honorable Senador señor Chadwick, la aprobó.

Finalmente, el artículo 6º condona las deudas, intereses, sanciones y multas, que por concepto de pavimentación de calzadas hayan contraído con la Dirección de Pavimentación Urbana pobladores de diversas calles de la ciudad de Coronel.

El Ejecutivo fundamenta su observación en que la condonación causaría un grave desembolso a dicha Dirección y a la Municipalidad de Coronel y en que no tiene justificación alguna pues la deuda total asciende a poco más de Eº 85.000 que deben ser cancelados por 66 vecinos en el plazo de 10 años.

La Honorable Cámara de Diputados rechazó la observación e insistió en la aprobación del texto primitivo.

Vuestra Comisión, con la oposición del Honorable Senador señor Chadwick, la aprobó.

En mérito a lo expuesto, vuestra Comisión de Obras Públicas, por mayoría de votos, tiene el honor de proponeros que aprobéis las observaciones en informe.

Sala de la Comisión, a 3 de julio de 1968.

Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de sus miembros Honorables Senadores señores Curti (Presidente), Chadwick y González Madariaga.

(Fdo.): Iván Auger Labarca, Secretario.

3.7. Discusión en Sala

Fecha 16 de julio, 1968. Diario de Sesión en Sesión 24. Legislatura Ordinaria año 1968. Discusión Observaciones Presidente de la República. Se rechazan observaciones.

TRANSFERENCIA A SUS OCUPANTES DE TERRENOS DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD. VETO.

El señor EGAS ( Prosecretario).-

Corresponde ocuparse en la observación del Presidente de la República al proyecto de ley que ordena transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de diversas poblaciones de las ciudades de Concepción, Chiguayante y Talcahuano.

El Ejecutivo rechaza la totalidad del proyecto. La Cámara de Diputados no aceptó la observación e insistió en el texto primitivo. La Comisión de Obras Públicas propone aprobar el veto.

-Los antecedentes sobre esté proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 70ª, en 13 de septiembre de 1966. Observaciones en segundo trámite, sesión 1ª, en 4 de junio de 1968.

Informes de Comisión:

Obras Públicas, sesión 47ª, en 12 de septiembre de 1967. Obras Públicas (veto), sesión 23ª, en 10 de julio de 1968.

Discusión:

Sesión 48ª, en 13 de septiembre de 1967- (Se aprueba en segundo trámite).

El señor SEPULVEDA (Presidente accidental).- En discusión general y particular las observaciones. Ofrezco la palabra.

El señor AGUIRRE DOOLAN.-

He tomado conocimiento de que la Comisión de Obras Públicas, por mayoría de votos, aprobó el veto del Ejecutivo. Con posterioridad, conversé con algunos de los miembros de ella que concurrieron a aceptar el veto. Me manifestaron que, en virtud de los nuevos antecedentes recibidos, son partidarios de rechazar el veto e insistir en el proyecto primitivo.

Por lo expuesto, ruego al Senado aceptar el criterio de la Cámara.

El señor SEPULVEDA ( Presidente accidental).-

Ofrezco la palabra.

El señor PABLO.-

Tengo entendido que el veto fue aceptado por unanimidad.

El señor AGUIRRE DOOLAN.-

No, señor Senador. Fue aprobado por dos votos contra uno.

El señor SEPULVEDA ( Presidente accidental).-

La Cámara rechazó las observaciones del Ejecutivo e insistió. Por su parte, el informe de la Comisión de Obras Públicas recomienda, por mayoría de votos, aceptarlas, criterio que se ha rectificado en los términos expuestos por el Honorable señor Aguirre Doolan.

El señor AGUIRRE DOOLAN.-

He dado una información a la Sala, y si el Honorable señor Reyes desea alguna explicación, se la repetiré con todo agradó, pues en todas estas materias actuamos de buena fe.

Hace algunos instantes, dije que la Cámara rechazó la observación del Ejecutivo e insistió.

El veto en discusión fue estudiado por la Comisión de Obras Públicas y allí se aprobó por mayoría, no por unanimidad. Posteriormente, algunos miembros de la Comisión que fueron partidarios de aceptar el veto recibieron nuevos antecedentes y, modificando su decisión anterior, están ahora de acuerdo con el criterio de seguir el mismo temperamento de la Cámara.

En consecuencia, ruego a los señores Senadores rechazar el veto.

El señor GONZALEZ MADARIAGA.-

Señor Presidente, esta iniciativa de ley estuvo desde sus orígenes mal fundada, por cuanto se refiere a dos organismos públicos: el Servicio Nacional de Salud y el Servicio de Seguro Social, y autoriza a este último para transferir a los actuales ocupantes terrenos de su propiedad; pero el propietario real, como en el caso de Talcahuano, es la Corporación de la Vivienda.

He escuchado con mucha atención al Honorable Senador por Concepción, porque esta iniciativa puede servir para que el Ejecutivo, si no encuentra mediante ella una solución al caso social que nos ocupa, envíe un proyecto distinto.

El señor PABLO.-

Deseo que estas observaciones se despachen en la forma propuesta por la Comisión.

Estimamos satisfactoria esta iniciativa para la zona de Chiguayante, sobre todo para las poblaciones "21 de Mayo" y "Alemana", de esa localidad, que han sufrido desde hace mucho tiempo los problemas que ahora se resuelven.

Esperamos, por lo tanto, que el Senado se pronuncie en los términos señalados.

El señor SEPULVEDA ( Presidente accidental).-

Ofrezco la palabra.

Ofrezco la palabra.

Cerrado el debate.

En votación.

El señor EGAS ( Prosecretario).-

¿Se aprueba o no la observación del Ejecutivo?

-(Durante la votación).

El señor PABLO.-

Voto por el informe de la Comisión.

¿Se está votando el artículo 1º señor Presidente?

El señor SEPULVEDA ( Presidente accidental).-

Señor Senador, las observaciones inciden en la totalidad del proyecto; por lo tanto, se vota su texto completo.

El señor PABLO.-

Yo rechazo las observaciones del Ejecutivo.

El señor SEPULVEDA ( Presidente accidental).-

Se tomará de nuevo la votación.

El señor AGUIRRE DOOLAN.-

Se han retirado algunos colegas, señor Presidente. No puede tomar de nuevo la votación, pues cuando ésta se inició, el Honorable señor Teitelboim votó contra el criterio del Ejecutivo.

El señor NOEMI.-

Pero lo podemos llamar.

El señor SEPULVEDA ( Presidente accidental).-

Ruego al Honorable señor Pablo explicar claramente cuál es su votación.

El señor PABLO.-

Soy partidario del criterio de la Cámara y creí que la Comisión había sido del mismo parecer. Yo rechazo las observaciones del Ejecutivo.

El señor SEPULVEDA ( Presidente accidental).-

Cambió su votación el señor Senador.

El señor AGUIRRE DOOLAN.-

Estamos de acuerdo.

El señor BARROS.-

Todo el mundo está de acuerdo.

El señor SEPULVEDA ( Presidente accidental).-

Si le parece a la Sala, se rechazará el veto del Ejecutivo y se insistirá, tal como lo hizo la Cámara.

Acordado.

3.8. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Rechazo Observaciones. Fecha 23 de julio, 1968. Oficio en Sesión 16. Legislatura Ordinaria año 1968.

5.-OFICIO DEL SENADO

"Nº 4456. Santiago, 17 de julio de 1968.

El Senado ha tenido a bien rechazar la observación formulada por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que ordena transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de diversas poblaciones de las ciudades de Concepción, Chiguayante y Talcahuano, y ha insistido en la aprobación del texto primitivo.

Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 2.618, de fecha 15 de mayo de 1968.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V. E.(Fdo.) : Salvador Allende Gossens.Daniel Egas Matamala."

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 16.908

Tipo Norma
:
Ley 16908
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=28698&t=0
Fecha Promulgación
:
14-08-1968
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cwzi
Organismo
:
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Título
:
AUTORIZA AL SERVICIO NACIONAL DE SALUD PARATRANSFERIR LOS TERRENOS QUE SEÑALA
Fecha Publicación
:
06-09-1968

   AUTORIZA AL SERVICIO NACIONAL DE SALUD PARA TRANSFERIR LOS TERRENOS QUE SEÑALA

   Por cuanto el H. Congreso Nacional ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

   Proyecto de ley:

   Artículo 1°.- El Servicio Nacional de Salud deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad en los cuales se construyó la Población "21 de Mayo" ubicada entre las calles Briceño, Jorge Montt, Almirante Rivero y Rosamel del Solar, de la ciudad de Concepción.

   Igualmente dicho Servicio transferirá a sus actuales ocupantes las viviendas que posee en la ciudad de Arica.

   Además, el Servicio Nacional de Salud deberá vender a sus actuales ocupantes las viviendas de su propiedad ubicadas en la Población El Santo de la ciudad de La Serena.

   Artículo 2°.- El Servicio de Seguro Social deberá transferir a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad en los cuales se construyen las viviendas que forman las poblaciones "21 Mayo" y "Alemana", ubicados entre O'Higgins, Galvarino, Angamos y Portales, de Chiguayante.

   Artículo 3°.- Las condiciones y modalidades de pago o transferencia a título gratuito, según el caso, serán las establecidas en el artículo 4° de la ley N° 16.322, de 15 de Septiembre de 1965.

   Artículo 4°.- Los compradores o donatarios tendrán que efectuar las obras de urbanización que correspondan en las poblaciones señaladas en esta ley.

   Artículo 5°.- Facúltase al Presidente de la República para aplicar dentro de 180 días contados desde la promulgación de la presente ley, las disposiciones contenidas en el decreto ley N° 153, de 7 de Julio de 1932, para ceder los sitios a sus actuales ocupantes y que hayan levantado mejoras o viviendas dentro de las 60 hectáreas de terreno fiscal en la Población de "Tierras Blancas", ubicada en la comuna de Coquimbo.

   Artículo 6°.- Condónanse las deudas por pavimentación de calzadas que hayan contraído con la Dirección de Pavimentación Urbana los pobladores de las calles Onofre Rojas y Avenida La Paz, que forman parte del camino de uso público al Cementerio de Coronel.

   La condonación a que se refiere este artículo comprenderá los intereses penales, sanciones y multas en que puedan haber incurrido los citados pobladores.

   Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.

   Santiago, a catorce de Agosto de mil novecientos sesenta y ocho.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Ramón Valdivieso Delaunay.- Edmundo Pérez Z.- Sergio Ossa P.- Eduardo León.

   Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Patricio Silva Garín, Subsecretario de Salud Pública.