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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 19.751

CONCEDE, POR GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA AL SACERDOTE MANUEL BAHL SACK.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Juan Carlos Latorre Carmona, Alberto Eugenio Cardemil Herrera, Luis Valentin Ferrada Valenzuela, Alejandro García-Huidobro Sanfuentes, Sergio Ojeda Uribe, Sergio Morales Morales y Juan Pablo Letelier Morel. Fecha 18 de marzo, 1997. Moción Parlamentaria en Sesión 53. Legislatura 334.

MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES GARCÍA-HUIDOBRO, FERRADA, JUAN PABLO LETELIER, OJEDA, CARDEMIL, MORALES Y LATORRE.

CONCEDE, POR GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA AL SACERDOTE MANUEL BAHL SACK.

BOLETÍN Nº 1995-17

“Tengo el honor de presentar a la consideración de esta honorable Corporación un proyecto de ley, que tiene por objeto conceder la nacionalidad chilena, por especial gracia, al sacerdote de la Congregación del Verbo Divino, padre Manuel Bahl Sack, como un reconocimiento a la valiosa, fructífera y enriquecedora obra que durante varias décadas ha realizado en beneficio de los más pobres y marginados.

La nacionalización por gracia es un beneficio del más alto honor que el país puede otorgar a un extranjero, y cuando esta facultad eminentemente discrecional se ha ejercido en no más de cincuenta oportunidades, lo ha sido para honrar a personas que se han distinguido notablemente por haber prestado relevantes servicios a la nación o a la humanidad.

El padre Manuel nace a la vida religiosa el 21 de septiembre de 1957, donde acude al Seminario en Buenos Aires, Argentina.

Desde entonces, inicia su vasta labor como sacerdote. Por orden expresa de su Congregación, Verbo Divino, es trasladado a nuestro país, llegando a Chile el 28 de diciembre de 1958, para ofrecer sus servicios en el Liceo Alemán de Santiago; sin embargo, el padre Manuel no aceptaba esa destinación, porque deseaba trabajar en las poblaciones marginales. En efecto, el padre Manuel había tomado el camino del servicio comunitario cuando recién cursaba el tercer año de filosofía en el Seminario.

Su Congregación, entonces, decide enviarlo al Sur de Chile, donde trabajó muy de cerca con las juventudes obreras católicas de la ciudad de Osorno. En esa zona de nuestro país, permaneció cinco años, siendo párroco de la Parroquia El Carmen de Osorno y posteriormente el párroco de Puyehue.

Durante su apostolado, debe abandonar por un año a su comunidad para realizar un viaje a Europa, con el objeto de perfeccionar sus conocimientos. Al volver a Chile traía consigo una serie de experiencias que quería compartir con su gente del sur, pero se encontraba con una gran sorpresa, lo habían trasladado a la ciudad de Rancagua. Sería el 20 de septiembre de 1968 la fecha en que comenzaba a asumir funciones en la parroquia San José Obrero de La Granja. Al principio, esta idea no lo entusiasmó, ya que no sabía en ese momento todo lo que habría de hacer. En efecto, las personas de su nueva comunidad vivían en condiciones precarias, no tenían luminarias y sus calles polvorientas causaban muchas molestias, procurarles una mejor calidad de vida fue un desafío que se impuso cuando llegó a la ciudad.

Debía empezar de cero en el tema de la urbanización y evangelización.

Los comienzos no fueron fáciles, sus primeras misas sólo congregaron una veintena de personas. Pero no obstante ser el primer año de fracasos, comprendió que debía acercarse de otro modo a la gente, no ya desde un plano solamente sacerdotal, sino que debía explorar el ámbito de las relaciones personales y ofrecerles un trato amistoso; fue así como se preocupó de entablar amistad con la gente sencilla y los marginados. Sería este nuevo trato espiritual con los más pobres el que le preparaba el terreno para comenzar su trabajo.

La primera obra de urbanización fue colocación de soleras, después vinieron las veredas, rebajar calles, rellenar otras y construirlas donde sólo había polvo. Fue el padre Manuel quien realizó los trabajos de urbanización con sus propias manos; en un principio debió trabajar solo porque nadie creía que las locas ideas de este sacerdote pudieran concretarse. Así, la primera vez que salió del templo con pala en mano fue para preparar el terreno para las soleras, para después lanzarse al cometido de levantar luminarias, cumpliendo tales desafíos con éxito. Asimismo, con el objeto de asegurarle vivienda a la gente más necesitada de su comunidad se abocó a la compra de sitios, y con los títulos de propiedad en mano, comenzó la construcción de algunas villas, proceso que aún no ha culminado en su totalidad. No sólo la comunidad donde había llegado a ejercer su misión evangelizadora se encontraba en condiciones precarias, sino que también el templo que lo recibía, el cual no tenía cielo y el piso de él como los de las oficinas eran de tierra, por lo que también fue tarea prioritaria su mejoramiento.

También es importante destacar la gran labor en favor de los jóvenes, con gran preocupación se dedicó a la rehabilitación de éstos en los flagelos de la drogadicción y alcoholismo.

A los 67 años de edad, el padre Manuel ha recibido su traslado a Santiago al Seminario de la Congregación, y el balance después de veintiocho años de servicio en la ciudad, no puede ser más que elogioso: ha sido el formador de diversas comunidades religiosas: Dinstrans, Rancagua, Centenario, Santa Julia, Siete Puentes y Lo Conty, fueron dotadas de algún lugar donde los católicos pudieran reunirse.

Con su partida deja una huella imposible de borrar para los rancagüinos, porque además de haber atendido espiritualmente a muchas generaciones, de amar profundamente a su prójimo, dejando de lado diferencias religiosas, políticas y sociales, de acercarse con afecto a los más pobres y marginados, se preocupa de urbanizar parte importante de la comuna.

Por tanto, en mérito de las consideraciones anteriores, solicito se sirva aprobar el proyecto de ley propuesto, cuyo artículo es el siguiente:

Artículo 1º: Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia al padre Manuel Bahl Sack.”

1.2. Informe de Comisión de Derechos Humanos

Cámara de Diputados. Fecha 20 de agosto, 1997. Informe de Comisión de Derechos Humanos en Sesión 39. Legislatura 335.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA, SOBRE EL PROYECTO DE LEY QUE CONCEDE, POR GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA AL SACERDOTE MANUEL BAHL SACK

BOLETÍN Nº 1995-17

"HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía informa, en primer trámite constitucional y reglamentario, el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, iniciado en moción de los señores Alejandro García-Huidobro, Luis Valentín Ferrada, Juan Pablo Letelier, Sergio Ojeda, Alberto Cardemil, Sergio Morales y Juan Carlos Latorre.

En el transcurso del debate de esta iniciativa legal, uno de sus autores, el señor García-Huidobro, reafirmó los conceptos vertidos en la moción, que justifican el beneficio que en ella se propone.

Idea matriz del proyecto

La idea de legislar y sus fundamentos, están suficientemente expuestos en la moción, en la cual se indican los antecedentes de la obra social y del ejemplo de vida del Padre Manuel Bahl Sack, a quien, por sus notables servicios a la comunidad en que le ha tocado desempeñarse, se propone concederle por ley el beneficio de la nacionalidad chilena.

Antecedentes generales

Nuestra Constitución Política permite adquirir por ley la nacionalidad chilena, por especial gracia. Esta especial gracia de la nacionalidad se reserva a aquellas personas que hayan brindado importantes servicios a Chile o a la Humanidad. Como se trata de un honor, no se exige al beneficiario renunciar a su nacionalidad anterior.

A partir de un acuerdo adoptado en su sesión de 06 de agosto de 1997, esta Comisión, acordó los criterios básicos que se deben tener en consideración para aprobar proyectos de ley que propongan el otorgamiento de la nacionalidad chilena por especial gracia. Un estudio histórico de todas la leyes que han concedido este beneficio a extranjeros, desde los inicios de nuestra vida independiente hasta nuestros días, elaborado por el Secretario de la Comisión, en que se mencionaban cada uno de los casos, con sus antecedentes biográficos, tiempo de permanencia en el país, servicios prestados a la nación durante su residencia en Chile, y edad en que se había obtenido la nacionalización por ley, permitió fijar los criterios que el legislador debiera tener en consideración al conceder tan alto honor a un extranjero.

A juicio de esta Comisión, es necesario tener presente que los servicios prestados a la nación sean notables; que se hayan brindado por un tiempo prolongado; que se considere la edad del beneficiario, ya que éste es un reconocimiento a una persona que ha hecho toda una vida en Chile y que se siente chileno; que sea un líder en su comunidad y que ésta lo reconozca como tal, y que se trate de una persona que no utilice este beneficio con un fin ajeno al que se le concedió, que no se preste, por ejemplo para una situación comercial transitoria, que no comercialice esta concesión.

Además de estos referentes, la Comisión exige y exigirá a los autores de estos proyectos, que acompañen antecedentes escritos y documentos fundantes de su iniciativa legal y especialmente los datos de identificación del beneficiario, para evitar errores y falta de seriedad en estas iniciativas.

Antecedentes que fundamentan este proyecto

El Padre Manuel Bahl Sack nació en Argentina el 27 de junio de 1931. Tiene a la sazón 66 años. El 21 de septiembre de 1957, ingresa al Seminario de Buenos Aires de la Congregación del Verbo Divino. Por decisión de su Congregación es enviado a Chile el 28 de diciembre de 1958 para trabajar en el Liceo Alemán de Santiago. Pero su vocación de servicio y apostolado religioso lo inclina al trabajo comunitario. Por eso su orden religiosa decide enviarlo al sur de Chile, donde trabaja con las juventudes obreras católicas de la ciudad de Osorno, como párroco de la Iglesia El Carmen de esa ciudad, durante cinco años. Después de una breve ausencia de Chile, es trasladado a la ciudad de Rancagua, por el año 1968, fecha en que asume funciones en la Parroquia San José Obrero de la Granja. Allí se encuentra con una comunidad que vivía en muy precarias condiciones. Debía empezar de cero en el tema de la urbanización y evangelización. Los comienzos no fueron fáciles; apenas asistían veinte personas a sus misas, en un principio. Pero su tarea de acercamiento a la gente no desmayó, y paulatinamente fue ganándose a los pobladores para su causa religiosa y social. Comenzó por conseguir la colocación de soleras en las calles; más tarde vinieron las veredas, el relleno de hoyos, etc. en todo lo que aportó su propio trabajo manual. La primera vez que salió del templo con pala en mano fue para preparar el terreno en la instalación de soleras. Este gesto le granjeó rápidamente el cariño de sus feligreses.

Con el objeto de asegurarle vivienda a la gente más necesitada de su comunidad, se abocó a la compra de sitios y con los títulos de propiedad en mano, comenzó la construcción de algunas villas, proceso que, aunque no está terminado, recibió el germen de su iniciativa creadora.

Pero su labor no se detuvo allí; con gran preocupación se dedicó a la rehabilitación de los jóvenes que eran presa de los flagelos de la drogadicción y el alcoholismo, creando centros especializados para este efecto.

Después de 39 años de permanecer en Chile, el balance de su obra es elogioso. Ha sido formador de diversas comunidades religiosas, en Dinstrans, Rancagua, Centenario, Santa Julia, Siete Puentes y Lo Conty.

La Comisión ha recibido el testimonio escrito de representantes de la comunidad de Manzanar de la Parroquia San José Obrero, de Rancagua, y de pobladores, colegios y juntas de vecinos de ese sector, firmado por numerosas personas, en el que se deja constancia de los hechos que acreditan la labor y los méritos que constituyen el fundamento del honor que se concede al Padre Bahl Sack, al darle la nacionalidad chilena por especial gracia.

En consideración a todo lo expuesto, la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, acordó por unanimidad recomendar a la honorable Cámara la aprobación del siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo único: Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al Padre Manuel Bahl Sack"

-o-

Se designó Diputado Informante al honorable señor Alejandro García Huidobro Sanfuentes.

-o-

Acordado en sesión de fecha 20 de agosto de 1997, con asistencia de los señores Diputados miembros de la Comisión don Erick Villegas González (Presidente), Gabriel Ascencio Mansilla, Sergio Ojeda Uribe y Martita Wörner Tapia.

Sala de la Comisión, a 20 de agosto de 1997.

(Fdo.): JOSÉ VICENCIO FRÍAS, Secretario de la Comisión."

1.3. Discusión en Sala

Fecha 12 de mayo, 1998. Diario de Sesión en Sesión 19. Legislatura 337. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

CONCESIÓN DE NACIONALIDAD CHILENA A SACERDOTE MANUEL BAHL SACK. Primer trámite constitucional.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

En Fácil Despacho, corresponde ocuparse, en primer trámite constitucional, del proyecto de ley que concede, por gracia, la nacionalidad chilena al sacerdote don Manuel Bahl Sack.

Diputado informante de la Comisión de Derechos Humanos , Nacionalidad y Ciudadanía es el señor Alejandro García-Huidobro.

Antecedentes:

-Moción, boletín Nº 1995-17, sesión 53ª, en 18 de marzo de 1997. Documentos de la Cuenta Nº 5.

-Informe de la Comisión de Derechos Humanos, sesión 39ª, en 8 de septiembre de 1997. Documentos de la Cuenta Nº 11.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Diputado señor Alejandro García-Huidobro.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO .-

Señor Presidente , la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía informa, en su primer trámite constitucional y reglamentario, este proyecto de ley, iniciado en moción de los ex Diputados señores Luis Valentín Ferrada , Sergio Morales y Juan Carlos Latorre , y de los actuales Diputados señores Juan Pablo Letelier , Sergio Ojeda , Alberto Cardemil y de quien habla.

En el transcurso del debate en Comisión, he reafirmado los conceptos vertidos en la moción, en la cual, además, están suficientemente expuestos los antecedentes acerca de la obra social, el ejemplo de vida y los notables servicios prestados por el padre Manuel Bahl a las comunidades en las que le ha tocado desempeñarse, que justifican la idea de legislar y sus fundamentos y el beneficio que se propone concederle.

Nuestra Constitución Política permite conceder por ley la nacionalidad chilena, por especial gracia. Esta posibilidad se reserva a aquellas personas que hayan brindado importantes servicios a Chile o a la humanidad. Como se trata de un honor, no se exige al beneficiario renunciar a su nacionalidad anterior.

A partir de un acuerdo adoptado en la sesión del 6 de agosto de 1997, la Comisión acordó los criterios básicos que se deben tener presente para aprobar proyectos de ley que propongan el otorgamiento de la nacionalidad chilena por especial gracia.

Un estudio histórico de todas las leyes que han concedido este beneficio a extranjeros, desde los inicios de nuestra vida independiente hasta ahora, en que se mencionaban cada uno de los casos con sus antecedentes biográficos, tiempo de permanencia en el país, servicios prestados a la Nación durante su residencia en Chile y la edad en que se había obtenido la nacionalización por ley, permitió fijar los criterios que el legislador debe tener en consideración al conceder tan alto merecimiento a un extranjero.

A juicio de la Comisión, es necesario tener presente lo siguiente: los servicios prestados a la nación deben ser notables y brindados por un tiempo prolongado; la edad del beneficiario, ya que éste es un reconocimiento a una persona que ha hecho toda una vida en Chile y que se siente chileno; que sea un líder en su comunidad y que ésta lo reconozca como tal; debe tratarse de una persona que no utilice este beneficio con un fin ajeno al considerado para otorgarlo; que no se preste, por ejemplo, para una situación comercial transitoria, que no comercialice esta concesión, etcétera.

Además de estos referentes, la Comisión exige y exigirá a los autores de proyectos de esta naturaleza, que acompañen antecedentes escritos y documentos fundantes de su iniciativa, especialmente, los datos de identificación del beneficiario, para evitar errores y falta de seriedad en estos proyectos, como ocurrió en una oportunidad anterior.

Antecedentes que fundamentan el proyecto.

El Padre Manuel Bahl Sack nació en Argentina el 27 de junio de 1931. El 21 de septiembre de 1957 ingresó al Seminario de la Congregación del Verbo Divino, de Buenos Aires.

Por decisión de su congregación es enviado a Chile el 28 de diciembre de 1958 para trabajar en el Liceo Alemán de Santiago . Pero su vocación de servicio y apostolado religioso lo inclinaron al trabajo comunitario. Por ello, la orden decide enviarlo al sur de Chile, donde trabajó durante cinco años con las juventudes obreras católicas de la ciudad de Osorno y como párroco de la iglesia El Carmen.

Después de una breve ausencia de Chile, es trasladado a la ciudad de Rancagua en 1968. Allí asume funciones en la parroquia San José Obrero de La Granja, donde se encuentra con una comunidad que vivía en muy precarias condiciones. Debió empezar de cero en el tema de la urbanización y de la evangelización.

Los comienzos para este hombre no fueron fáciles. Apenas asistían veinte personas a sus misas, pero su tarea de acercamiento a la gente no desmayó y paulatinamente fue ganándose a los pobladores para su causa religiosa y para su importante causa social. Comenzó por conseguir la colocación de soleras en las calles; más tarde, vinieron las veredas, el relleno de los hoyos, etcétera, obras en las cuales siempre aportó su propio trabajo manual. La primera vez que salió del templo con pala en la mano fue para preparar el terreno en la instalación de las soleras, hecho que le granjeó rápidamente el cariño de los rancagüinos.

Con el objeto de asegurar viviendas a la gente más necesitada de su comunidad, se abocó a la compra de sitios; con los títulos de propiedad en mano, comenzó la construcción de algunas villas.

Pero su labor no se detuvo allí. Con gran preocupación se dedicó, en forma pionera en Rancagua, a la rehabilitación de los jóvenes presa de los flagelos de la drogadicción y del alcoholismo, creando centros de especialización para estos efectos.

Después de 39 años de permanecer en Chile, el balance de su obra es elogioso. Ha sido formador de diversas comunidades religiosas en las poblaciones Dinstrans , Rancagua , Centenario, Santa Julia , Siete Puentes y Lo Conty , entre otras.

La Comisión ha recibido el testimonio escrito de representantes de la comunidad del sector de Manzanar de la parroquia San José Obrero, y de pobladores, colegios y juntas de vecinos, firmados por numerosas personas, que dejan constancia de los hechos que acreditan su labor y los méritos que constituyen el fundamento del honor de que se conceda al padre Manuel Bahl Sack la nacionalidad chilena, por especial gracia.

En consideración a lo anteriormente expuesto, la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía acordó, por unanimidad, recomendar a esta honorable Cámara la aprobación del siguiente proyecto de ley:

“Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al padre Manuel Bahl Sack .”

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Diputado señor Aníbal Pérez.

El señor PÉREZ ( don Aníbal) .-

Señor Presidente , quiero entregar un testimonio personal y como parlamentario por Rancagua acerca de lo necesario, oportuno y justo que es otorgar la nacionalidad, por gracia, al padre Manuel Bahl.

Quizás la obra de este sacerdote es desconocida por muchos y no tiene la trascendencia pública de otras personalidades a quienes la Cámara ha otorgado la nacionalidad. Sin embargo, quiero decir que la obra del padre Manuel Bahl está impregnada de humildad, humanidad, caridad y solidaridad, y ha sido reconocida por toda la comunidad rancagüina y por todos los estratos sociales con los que ha trabajado, en especial por los sectores más pobres de Rancagua. Junto a otras personas compró terrenos, para aquellos que carecían de vivienda, formó comités de allegados y obtuvo casas para esa gente. Para atender a los jóvenes y evitar que caigan en la droga -o para aquellos que han caído en ella-, ha formado centros de rehabilitación en Rancagua, con el fin de prevenir y combatir este flagelo que afecta a la juventud.

En 1995, la municipalidad de Rancagua le otorgó una medalla por servicios distinguidos prestados a la comunidad.

Es decir, estamos frente a una persona que ha entregado gran parte de su vida al trabajo comunitario; que ha solidarizado especialmente con los jóvenes de Rancagua que están sufriendo el flagelo de la drogadicción.

Como dije con anterioridad, me parece justo y necesario reconocer a una persona que desde hace veinte años ha entregado todo su esfuerzo y ha encabezado muchos movimientos para mejorar las condiciones de vida de la gente más pobre de Rancagua.

Por eso, la bancada del Partido por la Democracia apoyará el proyecto.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Diputado señor Sergio Ojeda.

El señor OJEDA .-

Señor Presidente , anuncio los votos favorables de la bancada democratacristiana al proyecto que concede, por gracia, la nacionalidad chilena al sacerdote Manuel Bahl Sack.

Lo hago en virtud de los antecedentes acompañados a la Comisión, por la gran relevancia de la obra social que este sacerdote ha realizado en diferentes partes del país, incluso en mi distrito, en la ciudad de Osorno, donde realizó una labor pastoral y social trascendente.

En virtud de lo dispuesto en el Nº 5º del artículo 10 de la Constitución Política, se otorga nacionalidad, por especial gracia, a todos aquellos que hubieren prestado grandes servicios o aportes a la Patria o a la humanidad, constituyéndose en una de las pocas materias en que los diputados podemos presentar proyectos de ley ante la Cámara. Por su parte, el Nº 5) del artículo 60 señala que son materias de ley las que regulan honores públicos a los grandes servidores.

Este sacerdote, como muchas otras personas en los períodos legislativos transcurridos desde 1990, ha cumplido los requisitos necesarios para recibir este beneficio.

En nombre de la Comisión de Derechos Humanos, de la cual soy Presidente , y como elemento pedagógico, didáctico e informativo, quiero señalar que en la sesión del 6 de agosto de 1997 se establecieron los criterios básicos, que no son absolutos y pueden ser modificados o adaptados, para aprobar los proyectos que propongan el otorgamiento de la nacionalidad chilena por especial gracia.

Informo a la Sala que sostuve una conversación con el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Senado para que dichos criterios sean uniformes.

Ellos son:

1. Que los posibles beneficiados hayan prestado servicios o entregado beneficios notables al país;

2. Que dichos servicios se hayan brindado por un tiempo prolongado;

3. Que se considere la edad, ya que, en general, es un reconocimiento a una persona que ha consagrado toda su vida al país, que se siente chileno, pero que no adopta la nacionalidad chilena porque, para hacerlo, debe renunciar a su nacionalidad de origen;

4. Que sea un líder en su comunidad y que ésta lo reconozca como tal, y

5. Que se trate de personas que no utilicen este beneficio con un fin ajeno al considerado para su otorgamiento; que no se preste, por ejemplo, para una situación comercial transitoria o que se comercialice esta concesión.

Para postular a este beneficio se deberán acompañar todos los antecedentes que justifiquen el otorgamiento de la nacionalidad chilena por gracia. Además, la Comisión deberá oficiar al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior para recabar todos los antecedentes referidos a la individualización de la persona beneficiada y su permanencia en el país.

De esta manera, los distinguidos colegas toman conocimiento de las condiciones y requisitos para tramitar un proyecto de esta naturaleza que, sin duda, es de trascendencia para quienes merecen el beneficio, como es el caso del padre Manuel Bahl Sack, que tal como las demás personas beneficiadas, a través de su trayectoria, ha reunido los requisitos suficientes para ser acreedor a la concesión de la nacionalidad chilena, por gracia, sin renunciar a la de origen.

Por las consideraciones expuestas, mi bancada votará a favor el proyecto.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Están inscritos dos señores diputados más para hacer uso de la palabra. El Reglamento establece que en la tabla de Fácil Despacho deberá darse la palabra por cinco minutos para apoyar el proyecto y por otros cinco para impugnarlo.

Solicito el acuerdo de la Sala para que puedan hacer uso de la palabra hasta por tres minutos los señores diputados inscritos.

Acordado.

Tiene la palabra el Diputado señor Juan Pablo Letelier.

El señor LETELIER (don Juan Pablo).-

Señor Presidente , quiero sumarme al reconocimiento al padre Manuel , quien, en los últimos 30 años, ha realizado una labor espectacular en Rancagua.

Se trata de un amigo de la nación argentina que ha dedicado lo mejor de su vida a trabajar por los pobres y los necesitados en diversas comunidades de la Sexta Región, tanto en Rancagua -en especial, en el último tiempo, en la parroquia San José Obrero, de La Granja- como en diferentes poblaciones de gran proyección en nuestra región, y también en la comuna vecina de El Olivar, en los sectores de Gultro y Lo Conty. Su participación en comunidades religiosas como Distrans, Centenario, Santa Julia y Siete Puentes permite decir, con claridad, que se está frente a un hombre excepcional, que ha aportado al desarrollo del país y promovido aquellos valores que debemos saber defender; o sea, es un hombre que merece el reconocimiento que le brindan la Cámara de Diputados y el Senado al otorgarle la nacionalidad chilena.

Ya en fecha reciente fue destacado por la municipalidad de Rancagua, donde se le distinguió con la medalla al mérito Santa Cruz de Triana.

Pero más importante que lo que nosotros o el municipio de Rancagua podamos hacer es lo que hay detrás de este documento que tengo en mis manos, en el cual aparecen miles de firmas de familias humildes, de trabajadores, de pobladores, de personas cuyos números de cédula de identidad van desde los 4 millones hasta los 15 millones, lo que demuestra que hablamos de una persona que ha transmitido a generaciones su trabajo valórico, práctico, en la construcción de infraestructura y, sobre todo, que ha entregado esperanza durante tres décadas a familias de gran esfuerzo.

Muchos de quienes conocemos al padre Manuel en la Sexta Región podemos decir que da mucho gusto ver a un sacerdote que toma sus votos y adquiere un compromiso con los pobres en forma integral, que está con ellos en las buenas y en las malas, que va al terreno, trabaja, vibra y sufre con ellos.

Por lo anterior, deseo expresar mi reconocimiento personal al padre Manuel y expresar que la bancada socialista votará a favor el proyecto.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Diputado señor Salvador Urrutia.

El señor URRUTIA.-

Señor Presidente , nos sumamos absolutamente al proyecto que reconoce el trabajo maravilloso que ha hecho el padre Manuel Bahl Sack en Chile.

En cierta forma, también debemos agradecer al pueblo argentino, que lo formó y con el cual vivió hasta los 27 años, porque permitió formarse a un hombre de profundas virtudes morales, que vino a trabajar en un país hermano. Ello habla muy bien de cómo debe ser la integración: no sólo a través de valores económicos, sino también espirituales.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

En votación el proyecto.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 59 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Aprobado.

Queda despachado el proyecto.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:

Álvarez, Alessandri, Bertolino, Bustos (don Manuel), Bustos (don Juan), Caminondo, Caraball ( doña Eliana), Ceroni, Cornejo (don Patricio), Delmastro, Elgueta, Encina, Errázuriz, Espina, Fossa, Galilea (don Pablo), Galilea (don José Antonio), García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, Gutiérrez, Guzmán (doña María Pía), Hales, Hernández, Huenchumilla, Ibáñez, Jaramillo, Jocelyn-Holt, Letelier ( don Juan Pablo), Lorenzini, Martínez ( don Rosauro), Martínez (don Gutenberg), Masferrer, Mesías, Molina, Monge, Montes, Mora, Núñez, Ojeda, Olivares, Orpis, Ortiz, Ovalle (doña María Victoria), Pérez ( don Aníbal), Pollarolo ( doña Fanny), Prochelle (doña Marina), Prokurica, Riveros, Rojas, Sciaraffia ( doña Antonella), Silva, Soto ( doña Laura), Ulloa, Urrutia, Valenzuela, Van Rysselberghe, Venegas y Villouta.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 12 de mayo, 1998. Oficio en Sesión 15. Legislatura 337.

VALPARAISO,12 de mayo de 1998.

Oficio Nº1.949

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo de la Moción, Informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al Padre Manuel Bahl Sack.".

Dios guarde a V.E.

GUTENBERG MARTINEZ OCAMICA

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Derechos Humanos

Senado. Fecha 10 de junio, 1998. Informe de Comisión de Derechos Humanos en Sesión 8. Legislatura 338.

?INFORME DE LA COMISION DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD Y CIUDADANIA, RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE CONCEDEN RESPECTIVAMENTE, POR ESPECIAL GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA A LOS SACERDOTES MANUEL BAHL SACK, FRANCISCO JAVIER BRAUN HECHT Y ARMANDO BRIDAROLI PULINO.

BOLETINES NºS1995-17, 1855-17 Y 1988-17.

________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía tiene el honor de informaros los proyectos de la referencia, iniciados en moción de diversos señores parlamentarios.

En efecto, el proyecto de ley que concede, por gracia, la nacionalidad chilena al sacerdote Manuel Bahl Sack, boletín Nº 1995-17, tuvo su origen en moción de los HH. Diputados, a la fecha de su presentación, señores Alejandro García Huidobro, Luis Valentín Ferrada, Juan Pablo Letelier, Sergio Ojeda, Alberto Cardemil, Sergio Morales y Juan Carlos Latorre.

Durante su tramitación en la Cámara de Diputados fue incluido en la Convocatoria a Legislatura Extraordinaria por S. E. el Presidente de la República y aprobado por la unanimidad de los HH. señores Diputados.

Entre los antecedentes del beneficiario se consigna que el padre Bahl nació en Argentina el 27 de junio de 1931, ingresando en 1957 al Seminario de la Congregación del Verbo Divino.

En 1958 arribó al Liceo Alemán de Santiago, pero al poco tiempo fue trasladado a Osorno, como párroco de la iglesia de dicha ciudad, cargo que sirvió por el lapso de 5 años.

Tras un período de ausencia del país, en 1968 fue enviado a la ciudad de Rancagua, iniciando en la Parroquia San José Obrero de la Granja su labor comunitaria en el campo de la urbanización, abocándose a la construcción de soleras, veredas y villas.

Por otra parte, se dedicó a la rehabilitación de jóvenes víctimas de la drogadicción y el alcoholismo, creando centros especializados al efecto. Asimismo, formó comunidades religiosas en Dinstrans, Rancagua, Centenario y Santa Julia, entre otras.

En apoyo a los antecedentes suministrados por los autores de la moción, se adjuntan diversos testimonios de pobladores, colegios y juntas de vecinos de la comunidad de Manzanar.

Finalmente, se consigna como principal fundamento de la moción, el reconocimiento a la valiosa, fructífera y enriquecedora obra que durante varias décadas ha realizado el padre Bahl en beneficio de los más pobres y marginados. Merecimientos que, conforme a los autores de la iniciativa, lo hacen acreedor al más alto honor que el país puede entregar a un extranjero: la nacionalidad por especial gracia.

En segundo lugar, el proyecto de ley individualizado con el Nº de boletín 1855-17, tiene por objeto conceder la nacionalidad por gracia al reverendo padre Francisco Javier Braun Hecht.

La iniciativa en informe tuvo su origen en moción de los HH. Diputados, a la fecha de su presentación, señores Harry Jürgensen, Claudio Alvarado, Pedro Pablo Alvarez-Salamanca, Gabriel Ascencio, Sergio Elgueta, Maximiano Errázuriz, Sergio Ojeda, Víctor Reyes, Carlos Valcarce y Erick Villegas.

Entre los antecedentes del beneficiario se señala que el sacerdote Braun Hecht nació el 9 de marzo de 1921 en el pueblo de Fronan, Alemania.

Desde muy pequeño sintió la vocación del sacerdocio y a la edad de 10 años entró al Seminario Menor de la Congregación del Verbo Divino, donde realizó sus estudios secundarios.

En 1939 tomó el hábito de la Congregación del Verbo Divino, en el Seminario Mayor de San Agustín, y en 1941 los votos religiosos, adquiriendo el carácter de miembro pleno de la misma congregación.

En 1941, durante la Segunda Guerra Mundial, fue llamado al servicio militar, donde ocupó los cargos de enfermero y más tarde de suboficial de sanidad, sirviendo durante dos años en el frente ruso y dos años en Italia. Como reconocimiento a sus servicios, fue condecorado con la “Cruz de Hierro”. En 1945 fue enviado a Viena, luego de haber sido seriamente herido.

El 24 de septiembre de 1949 fue ordenado sacerdote.

En 1951 viajó a Sudamérica y por 3 años fue Vicario Cooperador de una parroquia en Buenos Aires, Argentina.

En 1954 llegó a Chile como Párroco de la Parroquia de San Mateo en Osorno, cargo que ocupó hasta el año 1960, cuando asumió el cargo de párroco de Fresia, localidad en la cual han transcurrido los últimos 36 años de su vida.

Dentro de las labores más destacadas del sacerdote Braun Hecht, pueden señalarse la reconstrucción de su iglesia, destruida por el terremoto de 1960, así como la de otras capillas. Labor que concretó gracias a su esfuerzo personal y a la cooperación que consiguió tanto en Alemania como entre los miembros de la comunidad, logrando además, hasta la fecha, la construcción de 13 nuevas capillas rurales.

También ha colaborado con el Colegio de Religiosas, con los Hogares del Verbo Divino para niños de situación irregular, con Centros de Rehabilitación para Alcohólicos y en forma especial, con el Hogar de Ancianos de Fresia.

El año 1985, cuando celebraba sus 25 años como Párroco, fue distinguido por la I. Municipalidad como Hijo Ilustre de Fresia. En esa misma fecha se inauguró su gran obra, el Hogar de Ancianos “San Francisco Javier”, del cual es su Presidente. Este proyecto fue fruto de su gran dedicación y se pudo llevar a cabo, gracias a la cooperación que obtuvo en su país natal.

Los antecedentes precitados -que fueron expuestos por el H. Diputado señor Asencio ante vuestra Comisión, durante el período legislativo anterior- constituyen el fundamento que impulsó a los autores de la moción a sustentarla, y a solicitar la concesión por ley de la nacionalidad chilena por especial gracia al padre Braun Hecht.

Finalmente, el tercero de los proyectos de ley en informe es aquel que concede la nacionalidad por gracia al sacerdote Armando Bridaroli Pulino, boletín Nº 1988-17.

Esta iniciativa legal tuvo su origen en moción de los HH. Diputados, a la fecha de su presentación, señoras María Angélica Cristi y Evelyn Matthei y señores Alejandro García Huidobro, Alfonso Vargas, Andrés Chadwick, Alberto Cardemil, Aníbal Pérez y Juan Pablo Letelier.

Se reseñan las actividades del padre Bridaroli señalando sobre el particular que nació hace 78 años en Turín, Italia, optando prontamente por atender a su vocación religiosa e ingresando, a los 16 años, a la Congregación de San José, ordenándose sacerdote el año 1947.

Después de 25 años de sacerdocio en su país natal, -período en el cual realizó una profusa labor dedicada a niños y jóvenes huérfanos y abandonados-, llegó a Chile en enero de 1973.

Tras algún tiempo en Valparaíso fue destinado a Requínoa, Provincia de Rancagua, lugar donde se desempeñó como Rector del Colegio San José, dedicado a la educación de niños y jóvenes de escasos recursos.

En su tarea apostólica y social obtuvo el reconocimiento de la comunidad, el que se patentizó en un galvano recordatorio otorgado por la I. Municipalidad de Requínoa.

En 1986 asumió como párroco de la Parroquia Nuestra Señora del Carmen de la comuna de La Reina, donde también fue reconocido por su silenciosa labor, por la municipalidad respectiva.

En razón de lo anterior y al cumplir el padre Bridaroli -el año 1997- cincuenta años de sacerdocio, los autores de la moción han querido conferirle el más alto honor que la patria otorga a sus más preclaros servidores que no han nacido a su amparo: la nacionalidad por gracia.

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Antes de pronunciarse en particular respecto de cada una de las iniciativas en estudio, cabe tener presente que vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía ha venido abocándose con especial preocupación, desde que se constituyera el 11 de marzo pasado, al estudio en profundidad del recto sentido y alcance que corresponde asignar a las disposiciones constitucionales relativas al otorgamiento de especial gracia de nacionalización por ley.

En primer término se han analizado las disposiciones legales pertinentes, a saber:

-El artículo 10 Nº 5 de la Constitución Política de la República preceptúa que son chilenos: “5.º Los que obtuviesen especial gracia de nacionalización por ley”.

-El inciso final del artículo 10, a su vez, agrega: “La ley reglamentará los procedimientos de opción por la nacionalidad chilena; de otorgamiento, negativa y cancelación de las cartas de nacionalización, y la formación de un registro de todos estos actos.”. Cabe señalar que, no obstante lo anterior, esta ley aún no ha sido dictada.

El sentido de la norma constitucional es meridianamente claro a juicio de vuestra Comisión. Después de indicar en sus tres primeros números quienes son chilenos por nacimiento, el constituyente en el Nº 4 establece la norma respecto de quienes adquieran la nacionalidad, cumpliendo determinados requisitos y previa solicitud formulada por parte del interesado, quien deberá renunciar expresamente a su nacionalidad anterior.

El citado artículo 10 Nº 4 de la Constitución Política de la República y el artículo 2º, del decreto supremo Nº 5.142 del Ministerio del Interior, de 29 de octubre de 1960, constituyen la regulación de la norma general para adquirir la nacionalidad chilena por parte de un extranjero.

El Nº 5 del artículo 10 de la Carta Fundamental, contempla la norma de excepción respecto de adquisición de nacionalidad por un extranjero. En efecto, en la especie la nacionalidad no se solicita sino que se otorga por el ministerio de la ley a extranjeros preclaros, que la obtuvieren por especial gracia.

Se trata, a no dudarlo, de una modalidad “especial”, muy singular o particular y distinta ciertamente de la común o general recién relacionada.

Esta Comisión desea haceros presente la tradición sobre el particular, la que pone de manifiesto que en el pasado éste ha sido el criterio con que se ha aplicado la institución de la nacionalidad por especial gracia. Bástenos tan solo mencionar los nombres de don José Joaquín de Mora (1829), don Andrés Bello (1832), don Claudio Gay (1841), don Ignacio Domeyko (1848), don Lorenzo Sazié (1855), don Gabriel Ocampo (1858), don Juan Noé Crevani (1948), el padre Gustavo Le Paige (1972), don Pascual Gambino (1985), don Renzo Pecchenino (1987), don Baldo Santi (1994), don Anacleto Angelini (1994) y don Claudio Di Girólamo (1997), entre otros, para comprobar que en la mente del legislador han estado presentes el honor, los altos servicios prestados al país en el campo del derecho, de las ciencias, las artes, la literatura, la cultura, la actividad empresarial, religiosa y otros valores de la misma naturaleza, como elemento determinante de decisiones legislativas que han sido siempre excepcionales, especiales y de singular jerarquía.

Debe sin embargo indicarse que en 1866, mediante una sola ley, se otorgó esta calidad a 22 personalidades diferentes. Al respecto, consultadas las actas de las sesiones del Senado correspondientes a la época, no ha sido posible encontrar el fundamento para su aprobación.

Es útil finalmente en este orden de informaciones, que el H. Senado tenga presente que desde el inicio de estas disposiciones en 1822, se han dictado 58 leyes de nacionalización por especial gracia, hasta octubre de 1997, y que, a partir de 1992, el honor ha sido otorgado en 19 ocasiones, distinguiendo, en 15 casos a religiosos, en 2 a empresarios y en otras 2 a personalidades del mundo de la cultura.

Vuestra Comisión debe haceros presente también, que la preocupación de sus miembros actuales fue compartida por quienes la conformaron hasta marzo de 1998. Así se explica que se cometiera por ellos a su ex Presidente, el ex Senador don Ricardo Martin para realizar un estudio sobre el particular, quien, en cumplimiento de ese cometido hizo entrega de un pormenorizado informe en el que expresa que la nacionalidad por gracia es un honor que sólo debe otorgarse a sobresalientes y notables extranjeros que, sin renunciar a su nacionalidad natural, se hacen dignos de la nacionalidad chilena por excepcionales servicios al país.

Conceptos semejantes se contienen en la moción presentada en septiembre de 1997, por el H. Senador señor José Ruiz de Giorgio con la que inicia un proyecto de ley sobre obtención de especial gracia de nacionalización. En este proyecto, a las palabras ya reproducidas, se agrega textualmente: “Esta distinción podrá otorgarse a aquellos que residiendo en Chile se hayan destacado, durante a lo menos veinte años, por aportar al mejoramiento de la calidad de vida de los más necesitados y a aquellas que han tenido una labor meritoria en el desarrollo de las ciencias, las artes, la educación y la salud.”.

En otro orden de ideas, cabe señalar que las diferencias contempladas en los Nos º4 y 5 del artículo 10 de la Carta Fundamental, carta de nacionalización y nacionalización por especial gracia, respectivamente, son varias.

En el caso general, debe concederse el beneficio que se solicitó y se requiere la previa renuncia a la nacionalidad de origen antes de la concesión de aquél. Es decir, el individuo como norma general no puede tener dos nacionalidades. Tal acto se materializa en un decreto supremo. Hay, en consecuencia, un acto administrativo de concesión.

En el caso excepcional, estamos frente a una situación especial en que es el Estado de Chile, mediante una ley, es decir, un acto de imperio, quien otorga algo que constituye un honor por “especial gracia”, cual es, dar la calidad de chileno a quien, sin pedirlo, le es reconocida aquella condición, como consecuencia, sin duda, del reconocimiento de méritos, servicios excepcionales o conductas destacadas que hacen honor al otorgamiento de tal distinción.

Aquí no hay un particular que lo solicite, no existe el reconocimiento de un derecho que el sistema jurídico estatuye, no se requiere por tanto, presentación de antecedentes, ni curriculum informativos de ninguna especie que el particular deba presentar. Lejos de eso, ha de tratarse de una iniciativa que sólo puede tener origen en quienes constitucionalmente pueden tener la condición de colegisladores para iniciar un proyecto de ley, esto es: el ejecutivo mediante un mensaje, o uno o más parlamentarios, diputados o senadores, mediante una moción.

Vuestra Comisión coincidió respecto a la utilidad de precisar la alta inconveniencia para el fin querido de admitir presentaciones o acompañamientos de información por parte de quien podría suponerse como beneficiario del honor de que se trata ya que, repetimos, no hay en el caso ni un beneficio ni un derecho que requiera de solicitud.

Se estima necesario aclarar esto, porque se ha podido observar el acompañamiento tanto a la Comisión como a sus miembros individualmente considerados, o a los integrantes del Senado, de cúmulos de antecedentes para demostrar que se cumple con una calidad que no necesita ser probada por parte del supuesto favorecido con la eventual ley.

En suma, existe coincidencia entre los miembros de la Comisión en precisar que: las calidades que justifican la dictación de la ley de que se trata sólo deben y pueden ser expuestas y acreditadas por parte de quien inicia el proyecto de ley respectivo, como antecedentes justificatorios del mismo.

Lo demás, como en los hechos analizados ha podido comprobarse más de una vez, simplemente es distorsionar el sentido del constituyente, y practicar un “lobby” que aparece absolutamente fuera de contexto.

A las precedentes consideraciones debe agregarse, reiterando lo que esta Comisión ya os ha informado, que la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, en Acta de la 95º Sesión Ordinaria, de la 335 Legislatura Ordinaria, estimó que para conceder la nacionalidad por ley de especial gracia, los señores Diputados debieran respetar factores tales como: "haber prestado servicios o haber entregado beneficios notables al país"; "que estos servicios notables se hayan brindado por un tiempo prolongado"; "que se considere la edad, ya que en general es un reconocimiento a una persona que ha hecho toda una vida en Chile, que se siente chileno y que no opta a la nacionalidad chilena porque tiene que renunciar a su nacionalidad de origen"; "que sea un líder en su comunidad y que ésta lo reconozca como tal", y "que se trate de personas que no utilicen ese beneficio con un fin ajeno al que se le concedió”.

Del análisis de lo citado precedentemente, se puede apreciar que existe un notable grado de coincidencia en la interpretación de las normas que se están indicando.

Muchas de estas consideraciones se han traducido en el boletín Nº 1885-17, informado por esta Comisión y que figura el Orden del Día del H. Senado, que recae en el proyecto de ley que otorga la nacionalidad al ciudadano boliviano don Hugo Saucedo Vaca.

Con todo, teniendo presente el ingreso de tres nuevos proyectos de ley, aprobados en primer trámite constitucional por la H. Cámara de Diputados, que otorgan este honor a personalidades del mundo religioso, a saber, Manuel Bahl Sack, Francisco Javier Braun Hecht y Armando Bridaroli Pulino y que dan origen al proyecto en informe, vuestra Comisión se ha abocado a un nuevo, detenido y profundo estudio de cada caso, para concluir que, sin perjuicio de reconocer que hay conductas normales de desempeño eficiente y, por razones obvias, de generosidad hacia la colectividad respectiva y hacia la sociedad, no se dan en ninguno de estos casos esas características que materializan una acción notable por parte de personalidades que justifican el honor que una decisión de esta índole lleva implícita como ha quedado demostrado.

La afirmación precedente, que en momento alguno puede implicar una calificación de demérito para las personas de que se trata, sino que simplemente de una ubicación distinta en la realidad del análisis, nos ha llevado a recomendar al H. Senado el rechazo de todos estos proyectos, como única manera de buscar un camino en que tal vez, por la vía de la Comisión Mixta u otro que se estime pertinente, pudiera encontrarse solución al problema que significa la necesidad, a nuestro juicio inevitable, de centrar esta materia dentro del contexto de la interpretación adecuada de la norma constitucional del artículo 10 Nº 5 de la Constitución Política de la República.

En consecuencia, vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía -luego de someter los asuntos a votaciones secretas de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 31 y 159 del Reglamento de la Corporación- tiene el honor de proponeros, por la unanimidad de sus miembros, el rechazo de los tres proyectos de ley de la H. Cámara de Diputados que conceden por especial gracia la nacionalidad chilena a los sacerdotes individualizados en la referencia.

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Acordado en sesiones celebradas los días 3 y 10 de junio de 1998, con asistencia de sus miembros HH. Senadores señores Enrique Silva Cimma (Presidente), Jorge Lavandero Illanes, Beltrán Urenda Zegers, Mario Ríos Santander y José Antonio Viera-Gallo Quesney.

Sala de la Comisión, a 10 de junio de 1998.

XIMENA BELMAR STEGMANN

Secretario de la Comisión

2.2. Discusión en Sala

Fecha 19 de agosto, 1998. Diario de Sesión en Sesión 24. Legislatura 338. Discusión General. Pendiente.

Concede, por gracia, la nacionalidad chilena al sacerdote Manuel Bahl Sack.

Ha llegado a la Mesa un oficio del Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, Honorable señor Silva Cimma, en el que pide recabar el parecer de la Sala a fin de que seis proyectos que otorgan la nacionalidad chilena por gracia vuelvan a dicho organismo técnico, que -entiendo- está realizando un trabajo más acucioso en esta materia con su homólogo de la Cámara de Diputados.

¿Habría acuerdo para acceder a lo solicitado?

Acordado.

2.3. Nuevo Primer Informe de Comisión de Derechos Humanos

Senado. Fecha 27 de julio, 2001. Informe de Comisión de Derechos Humanos en Sesión 16. Legislatura 344.

?NUEVO INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE CONCEDE, POR ESPECIAL GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA AL SACERDOTE MANUEL BAHL SACK.

BOLETÍN Nº 1995-17.

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía tiene el honor de informaros el proyecto de la referencia, que concede, por gracia, la nacionalidad chilena al sacerdote Manuel Bahl Sack.

La iniciativa en informe tuvo su origen en una moción de los ex Diputados señores Luis Valentín Ferrada Valenzuela, Sergio Morales Morales y Juan Carlos Latorre Carmona y de los HH. Diputados señores Alberto Cardemil Herrera, Alejandro García Huidobro Sanfuentes, Juan Pablo Letelier Morel y Sergio Ojeda Uribe.

Durante su tramitación en la Cámara de Diputados fue incluido en la Convocatoria a Legislatura Extraordinaria por S.E. el Presidente de la República y aprobado por la unanimidad de los HH. señores Diputados.

Se dio cuenta de la iniciativa en sesión de Sala del H. Senado, con fecha 13 de mayo de 1998, disponiéndose su estudio por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.

El 14 de julio de 1998, fue informado negativamente por la Comisión a su cargo. Con posterioridad, a solicitud del Presidente de la época, H. Senador señor Enrique Silva Cimma, y producto de conversaciones celebradas con su homónimo de la H. Cámara de Diputados, de las que se dará cuenta en la parte pertinente del presente informe, se accedió a que dicho organismo técnico estudiara la materia y emitiera un nuevo pronunciamiento.

ANTECEDENTES

1.- Legales. Cabe señalar que la nacionalidad por honor se encuentra consagrada en nuestro ordenamiento constitucional en el artículo 10, Nº 5, de la Carta Fundamental, que dispone que son chilenos, entre otros, “los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley”.

Esta forma excepcional de nacionalización se diferencia de la ordinaria, -consistente en obtener la carta pertinente en conformidad a la ley, de acuerdo a lo dispuesto en el Nº 4, del mencionado artículo 10, de la Constitución Política- en aspectos bastante relevantes, entre los que cabe destacar los siguientes:

a) no requiere de solicitud previa;

b) no es necesario acreditar cumplimiento de requisitos determinados;

c) no exige la renuncia expresa a la nacionalidad anterior;

d) debe ser otorgada directamente por ley y,

e) quienes obtienen la nacionalidad por este medio no quedan sujetos a la limitación establecida en el párrafo segundo del Nº 4, del artículo 10, de la Ley Fundamental, que establece que los nacionalizados por tal procedimiento, “tendrán opción a cargos públicos de elección popular, sólo después de cinco años de estar en posesión de sus cartas de nacionalización”.

2.- Personales. La Moción que da origen al proyecto en informe efectúa una relación de la obra social y del ejemplo de vida del Sacerdote Manuel Bahl Sack, destacando los siguientes aspectos:

Nació en Argentina el 27 de junio de 1931, ingresando en 1957 al Seminario de la Congregación del Verbo Divino.

En 1958 es enviado por su Congregación a colaborar en el Liceo Alemán de Santiago, pero su vocación de servicio y apostolado religioso lo inclina al trabajo comunitario por ello su orden religiosa lo envía al sur de Chile, donde trabaja con las juventudes obreras de la ciudad de Osorno, como párroco de la Iglesia del Carmen, cargo en el que sirvió por el lapso de 5 años.

Tras un período de ausencia del país, en 1968 fue enviado a la ciudad de Rancagua, donde inició, en la Parroquia San José Obrero de la Granja, su labor con la comunidad que vivía en precarias condiciones. Debió comenzar desde cero en el tema de la evangelización y la urbanización. Al principio, no fue fácil; sus primeras misas sólo congregaban una veintena de personas. Pero no se detuvo y comprendió que debía acercarse de otro modo a la comunidad. No sólo en un plano sacerdotal sino con un trato amistoso, comenzando una nueva relación. Paulatinamente fue creando lazos más fuertes con los pobladores lo que le permitía participar activamente en la urbanización y construcción de las poblaciones.

Por otra parte, con preocupación se dedicó a la rehabilitación de jóvenes víctimas de la drogadicción y el alcoholismo, creando centros especializados para ello.

Después de treinta y nueve años de permanecer en Chile, el balance de su obra es elogioso. Ha sido formador de diversas comunidades religiosas en Dinstrans, Rancagua, Centenario y Santa Julia, entre otras.

Asimismo, en apoyo a los antecedentes suministrados por los autores de la moción, se adjuntan diversos testimonios de pobladores, colegios y juntas de vecinos de la comunidad de Manzanar que dan testimonio de sus notables servicios prestados a la comunidad.

Finalmente, consigna el proyecto, el Padre Manuel ha recibido su traslado a Santiago, al Seminario de la Congregación y su partida deja una huella imborrable de reconocimiento a la valiosa y enriquecedora obra que durante varias décadas ha prestado a generaciones en beneficio de los más pobres y marginados. Dejando de lado diferencias religiosas, políticas y sociales, fundamentan para los autores de la iniciativa el honor de concederle la nacionalidad por especial gracia.

DISCUSIÓN GENERAL Y PARTICULAR

Vuestra Comisión, teniendo presente que la iniciativa consta de un artículo único así como lo prescrito por el artículo 127 del Reglamento del Senado, acordó proponer su discusión en general y particular a la vez.

Cabe recordar que vuestra Comisión, con fecha 3 de julio de 1998, informó la presente iniciativa y recomendó su rechazo. Fundó su parecer, entre otros considerandos, en la necesidad de cautelar el propósito del constituyente al establecer esta institución especialísima, cual es, honrar excepcionalmente a extranjeros notables y destacados cuya actuación justifique dicha distinción, permitiéndoles acceder a la nacionalidad chilena sin renunciar a su nacionalidad de origen.

En la referida ocasión, se hizo presente que tal rechazo en ningún caso implicaba el descrédito o menoscabo a la labor efectuada por el Padre Bahl, cuyas abnegadas acciones, por el contrario, provocaban la admiración de la Comisión y comprometían la gratitud de la comunidad nacional, pero que, no obstante, no reunían el carácter de excepcionalidad y trascendencia propio de esta modalidad de nacionalización.

Sin perjuicio de lo anterior, y considerando que la iniciativa en estudio se origina en una moción de diputados y se inscribe en el marco de diversos rechazos de la misma índole, se llevó a efecto una reunión entre los Presidentes de ambas Corporaciones y los correspondientes a las Comisiones respectivas de la época de los acontecimientos, donde se acordó formar una comisión especial compuesta por igual número de senadores y diputados.

Esta Comisión, tras debatir la materia, convino en formular algunas pautas comunes para el otorgamiento de la nacionalidad por especial gracia, las que serían de general aplicación en lo sucesivo. Adicionalmente se acordó reconsiderar, entre otros, el proyecto en informe.

En mérito a lo anterior, vuestra Comisión solicitó a la Sala del Senado la remisión de los antecedentes referidos al proyecto, con el fin de elaborar un nuevo informe.

Asimismo, procedió a elaborar pautas básicas que justifiquen conceder la nacionalidad por especial gracia, a fin de uniformar los criterios aplicables en la materia por ambas Corporaciones, las que se mencionan a continuación:

1.- La nacionalidad por gracia constituye el más alto honor que se puede conferir a un extranjero en nuestro país, en consecuencia, sólo se deberá conceder a personas notables y destacadas, que trasciendan el término regular en el estado de actividad que les es propio.

2.- Para otorgar esta distinción especialísima deberá considerarse la existencia de una vinculación real del beneficiario con la comunidad nacional.

3.- Asimismo, será necesario que la actividad ejercida por el extranjero que se desea honrar se traduzca en un beneficio efectivo y relevante para el país, en el ámbito específico de que se trate y constituya un servicio destacado a la República.

4.- Las actividades del beneficiario deberán haber alcanzado relevancia nacional independientemente de que hayan tenido lugar en una zona determinada del territorio nacional o se hayan circunscrito a un sector específico de actividad. Resulta útil al efecto recoger el concepto procesal de hecho público y notorio, que es aquél que por evidente, patente, sabido y palmario, no es necesario acreditar.

5.- A los proyectos, deberán acompañarse antecedentes escritos y documentos fundantes de la concesión de nacionalidad, pudiendo, por ejemplo, oficiarse al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior con el propósito de obtener las referencias que se estimen conducentes, relativas a la individualización de la persona y su permanencia en nuestro país. Asimismo, puede estimarse como un antecedente valioso para apreciar el grado de reconocimiento comunitario, haber obtenido otros galardones que premien la labor efectuada en el ámbito respectivo.

6.- Finalmente, debe quedar asentado que el constituyente dispone que este honor se confiera por ley y, en consecuencia, las calidades que justifiquen la dictación de la misma deberán ser expuestas y acreditadas por parte de quien inicie el proyecto de ley respectivo. De esta forma se pretende evitar que se distorsionen los fines del constituyente y que la obtención de la nacionalidad chilena, por especial gracia, pueda dar lugar a prácticas de “lobby” del todo ajenas a tan alta institución.

Por tanto, la Comisión, tras un nuevo estudio, considerando las pautas formuladas al respecto y los demás antecedentes expuestos sobre la vida y obra del Sacerdote Manuel Bahl Sack coincidió en manifestar su consentimiento en el otorgamiento de este alto honor.

En consecuencia, vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía -luego de someter el asunto a votación secreta de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 31 y 159 del Reglamento de la Corporación- tiene el honor de proponeros, por la unanimidad de sus miembros presentes, que aprobéis, de conformidad a lo preceptuado por el artículo 127 del Reglamento del Senado, en general y particular a la vez, el proyecto de ley de la H. Cámara de Diputados, en los mismos términos que viene formulado, a saber:

“PROYECTO DE LEY

Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al Padre Manuel Bahl Sack.”.

Acordado en sesión celebrada el día 18 de julio de 2001, con asistencia de los HH. Senadores señores Gabriel Valdés Subercaseaux (Presidente), Enrique Silva Cimma, José Antonio Viera-Gallo Quesney, y Beltrán Urenda Zegers.

Sala de la Comisión, a 27 de julio de 2001.

XIMENA BELMAR STEGMANN

Secretario

RESEÑA.

I. BOLETÍN: Nº 1.995-17.

II. MATERIA: Proyecto de ley que concede la nacionalidad chilena por especial gracia al Sacerdote Manuel Bahl Sack.

III. ORIGEN: Moción de los ex parlamentarios señores Luis Valentín Ferrada Valenzuela, Sergio Morales Morales y Juan Carlos Latorre Carmona y de los HH. Diputados señores Alberto Cardemil Herrera, Alejandro García Huidobro Sanfuentes, Juan Pablo Letelier Morel y Sergio Ojeda Uribe.

IV. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: Segundo trámite.

V. APROBACIÓN POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS: Unánime

VI. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 13 de mayo de 1998.

VII. TRÁMITE REGLAMENTARIO: Nuevo Informe.

VIII. URGENCIA: No tiene

IX. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: Artículo 10, Nº 5, de la Constitución Política de la República.

X. ESTRUCTURA DEL PROYECTO PROPUESTO: Artículo único.

XI. PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: Conceder, la nacionalidad chilena por especial gracia al Sacerdote Manuel Bahl Sack.

XII. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: No tiene.

XIII. ACUERDOS: Aprobado en general y en particular, por unanimidad (4x0)

XIMENA BELMAR STEGMANN

Secretario

2.4. Discusión en Sala

Fecha 01 de agosto, 2001. Diario de Sesión en Sesión 17. Legislatura 344. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

CONCEDE, POR GRACIA, LA NACIONALIDAD CHILENA AL SACERDOTE MANUEL BAHL SACK. SESIÓN SECRETA.

--Se constituye la Sala en sesión secreta a las 16:28 y adopta resolución, en primer lugar, sobre las solicitudes de concesión de nacionalidad chilena, por especial gracia, a la señora Karolina Mayer Holfbeck y a los señores Francisco Javier Braun Hecht, Manuel Bahl Sack y Ricardo Sammon O’Brian, y en segundo lugar, sobre las rehabilitaciones de ciudadanía de las señoras Magdalena Dariela Hidalgo Niño, Roxana del Carmen Gallardo Concha y María Carolina Rudolph Villarroel.

--Se reanudó la sesión pública a las 17:34.

2.5. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 01 de agosto, 2001. Oficio en Sesión 23. Legislatura 344.

Valparaíso, 1º de Agosto de 2.001.

Nº 18.643

A S. E. El Presidente de la H. Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa H. Cámara, el proyecto de ley que concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena al sacerdote Manuel Bahl Sack, correspondiente al boletín Nº 1.995-17.

Lo que comunico a Vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 1.949, de 12 de Mayo de 1.998.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ANDRES ZALDIVAR LARRAIN

Presidente del Senado

CARLOS HOFFMANN CONTRERAS

Secretario del Senado

3. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 07 de agosto, 2001. Oficio

VALPARAISO, 7 de agosto de 2001

Oficio Nº 3461

A S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E., que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al Padre Manuel Bahl Sack.".

Dios guarde a V.E.

LUIS PARETO GONZALEZ

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario de la Cámara de Diputados

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 19.751

Tipo Norma
:
Ley 19751
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=188964&t=0
Fecha Promulgación
:
16-08-2001
URL Corta
:
http://bcn.cl/29lcf
Organismo
:
MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
Título
:
CONCEDE LA NACIONALIDAD CHILENA, POR ESPECIAL GRACIA,AL PADRE MANUEL BAHL SACK
Fecha Publicación
:
29-08-2001

CONCEDE LA NACIONALIDAD CHILENA, POR ESPECIAL GRACIA, AL PADRE MANUEL BAHL SACK

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de Ley:

    "Artículo único.- Concédese la nacionalidad chilena, por especial gracia, al Padre Manuel Bahl Sack.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 16 de agosto de 2001.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Jorge Correa Sutil, Subsecretario del Interior.