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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.273

Modifica la ley N°19.253, que Establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Jorge Sabag Villalobos, Ramón Farías Ponce, Marcos Espinosa Monardes, Luis Lemus Aracena, Claudio Arriagada Macaya, Roberto Poblete Zapata, Maya Fernández Allende, Cristina Girardi Lavín, Víctor Torres Jeldes, Karol Cariola Oliva, Raúl Saldívar Auger, Daniella Cicardini Milla, Cristián Campos Jara, Daniel Melo Contreras, José Pérez Arriagada, Yasna Provoste Campillay y Sergio Ojeda Uribe. Fecha 11 de abril, 2017. Moción Parlamentaria en Sesión 12. Legislatura 365.

Modifica la ley N°19.253, que Establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile

Boletín N°11188-17

ANTECEDENTES HISTORICOS:

1. El término “chango” aparece documentado por primera vez a mediados del siglo XVII para denominar a toda la población que ocupaba el litoral costero entre Copiapó y Coquimbo. Con el paso del tiempo, el apelativo se amplió también a los pueblos pescadores que habitaban más al norte hasta el sur del Perú, conocidos hasta entonces como camanchacas, proanches o uros, todas denominaciones que parecían hacer referencia a un grupo étnico en particular de pueblos pescadores.

2. El pueblo de los Changos fue pescador y nómada. Se dedicaban a la extracción de moluscos y peces y, a la cacería de lobos marinos. Sus herramientas eran arpones y anzuelos. Utilizaban balsas, confeccionadas con el cuero de los lobos marinos y cocidos con fibras vegetales. La singular estructura de los botes consistía en dos odres de forma cilíndrica inflados y unidos entre sí por medio de sogas. Al centro dejaban un espacio que les permitía poner una tabla sobre la que iban los Chonos de rodillas. Este pueblo nómade fabricaba sus casas con la misma piel de lobo que sus barcazas, siendo exclusivamente un toldo o carpa de cuero que armaban y desarmaban cuando consideraban que debían dejar el lugar donde estaban.

3. A la llegada de los españoles, en 1536, un grupo de Changos habitaba en la costa de Valparaíso. Más al norte los conquistadores conocieron a Carande (cara grande), jefe de la tribu de Changos que habitaba esa zona costera, rebautizándolo como Papudo. Aquel poblado es conocido hasta el día de hoy con ese nombre, avistado por primera vez por las fuerzas marítimas que prestaban apoyo a Diego de Almagro en 1536.

4. La investigación etnohistórica y arqueológica revela la presencia en el litoral de agrupaciones étnicas conocidas en Chile como Changos, coetáneos al período de la cultura Diaguita. Los Changos fueron descritos, por diversos viajeros durante los siglos XVIII y XIX; pero poco sabemos de su origen, lengua y organización social. Tal presencia changa es con asiduidad descubierta con el alumbramiento de yacimientos líticos, piedras horadadas y cementerios que se han encontrado en Tongoy, Guanaqueros y Puerto Aldea.

5. Desde los inicios de la presencia colonial, diversos autores se refirieron a los habitantes de Cobija denotando la riqueza de los recursos marinos de esta ensenada. En términos generales, los pescadores que vivían a lo largo de la costa del norte grande de Chile llamaron la atención de los europeos fundamentalmente en tres aspectos: su condición de vida; su movilidad y el aprovechamiento integral del lobo marino, para la construcción de balsas, viviendas, vestimenta, recipientes, cordelería y alimentos. Estas poblaciones habían logrado una buena adaptación a este ambiente que incluía el mar, requeríos, playas e islas y la zona de la Cordillera de la Costa que les proporcionaba otro tipo de recursos, vegetales y animales, como el guanaco. Además, pudieron disponer de ciertos excedentes - productos del mar secos y/o salados, conchas y guano - susceptibles de intercambiarse con recursos y bienes de tierras altas.

6. Durante el siglo XVI, la población indígena presente en Cobija fue denominada bajo los siguientes términos: Camanchacas, urus, pro - anches y changos. La única referencia de uros en Cobija, está señalada por Pedro Sande en 1581 “En la ensenada de Atacama, ques donde está el puerto , hay cuatrocientos indios pescadores uros, que no son bautizados ni reducidos ni sirven a nadie, aunque a los caciques de Atacama dan pescado en señal de reconocimiento. Es gente muy bruta, no siembran ni cojen y susténtanse de solo pescado”.

7. En cuanto al término Camanchaca, una de las primeras menciones parece ser la de Francis Drake en 1578, al referirse a los habitantes de la costa al norte de Copiapó.) Mucho más específica es la Información de Juan de Segura en 1591, aludiendo a camanchacas de Cobija. Esta denominación siguió en uso hasta mediados del siglo XVII, para nombrar la población de este lugar. Quizá si el único relato temprano que intenta caracterizar físicamente a los camanchaca, situándolos en el primer repartimiento de Chile, Copiapó y que de paso, refiere alguna de sus costumbres, es el de Lizárraga, a fines del siglo XVI: en este trecho de tierra hay algunas caletillas con poca agua salobre, donde se han recogido y huido algunos indios pescadores, pobres y casi desnudos; los vestidos son de pieles de lobos marinos y en muchas partes de esta costa beben sangre de estos lobos a falta de agua; no alcanzan un grano de maíz y no lo tienen; su comida solo es pescado y marisco. Llaman a estos indios camanchacas, porque los rostros y cueros de sus cuerpos se les han vuelto como una costra colorada, durísimo; dicen les proviene de la sangre que beben de los lobos marinos, y por ese color son conocidísimos. Por su parte Bittmann sugiere que es probable que los pescadores del norte de Chile en la época colonial temprana, hayan comprendido diferentes etnias cuya área de distribución en algunos casos o, por lo menos, en el de los "camanchacas", comprendiera hasta el litoral del sur del Perú. Estas etnias incluirán a camanchacas, pro-anches y changos, ya que ellos aparecen diferenciados en distintas fuentes; "pro-anches" y "camanchacas" registrados en los libros parroquiales de Cobija y la presencia de "camanchacas ", diferenciados sobre la base de un criterio lingüístico en Chulín, Perú.

8. Esta misma investigadora consigna un dato aislado y novedoso al mismo tiempo, respecto de los "camanchaca", apelativo dado a ciertos indígenas de la costa meridional del Perú de acuerdo a un documento de la Colección "Egerton 1816" (Museo Británico, Londres, fol.223) que contiene datos acerca de un relato proporcionado al Capitán Francisco de Cadres, por un indio nombrado Chepo, de 115 o 120 años de edad, en el que narra viajes marítimos realizados por los indígenas desde los puertos de Arica e Ylo, respectivamente. Según la declaración de Chepo, llegaron después de dos meses de viaje a una isla desértica llamada Coatu y, posteriormente, a dos islas llamadas, la una Qüen, la otra Acabana. Estas islas eran gobernadas por jefes; allí había llamas y venados y los habitantes vestían ropas de algodón y lana. En dichas islas adoraban a un ídolo de oro al que le hacían ofrendas de este mismo metal, piedras azules, rojas y blancas y finos textiles de lana y algodón de todos los colores. Consultado sobre el idioma de los moradores de estas islas, Chepo contesto que "entendían la lengua de D. Sebastián Camanchac". Señalo además, que los indígenas habían realizado dichos viajes en balsas de madera. Aunque tan sólo se refiere a un caso, la nota es de interés, ya que indica que don Sebastián Camanchac y presumiblemente los demás "camanchacas " que estaban en el sur del Perú eran considerados "forasteros" o, por lo menos, se distinguían como grupo lingüístico de los demás indios de aquella parte del litoral. Bittmann no conoce la fecha del documento citado, pero supone -creemos que acertadamente- que dataría del siglo XVI, siglo de documentadas exploraciones de sajones a las costas del Pacífico sur.

9. De naturaleza diferente y aunque brevísima, la información que ofrece Santa Cruz Pachakuti es tremendamente significativa, cuando cualifica a los camanchas pescadores de Atacama como "grandes hechiceros". Los ibéricos, no sólo estigmatizaron a los indios cazadores recolectores considerándolos "salvajes", sino también quisieron hacer notar que a ello se sumaba el ser "idólatras".

10. María Rostworowski ha observado una relación longitudinal entre valles de la costa sur andina, que Galdós ha constatado entre los puertos prehispánicos de Arica, Ite, Ilo y Chule, a cuya población los cronistas y visitadores llaman "yungas pescadores" y que serían los camanchacas mencionados por Lizárraga, quienes como etnia, figuran en documentación del siglo XVII (1639) en el Archivo Departamental de Arequipa.

11. Es también a mediados del siglo XVII que se utiliza el término de pro- anches para población del sector de la costa aledaña de Morro Moreno y de Caldera, más al sur. Este apelativo sólo aparece en esta centuria e identifica a los pro- anches como originarios de Copiapó y Morro Moreno, aunque inscritos en partidas de bautismo y matrimonio de Cobija. En esta misma época, se empieza a usar la denominación de changos que a partir de 1665 es la única que permanece vigente hasta el siglo XIX, para identificar a las poblaciones de Cobija y de Copiapó. Para Bittmann "Changos" o "chiangos" también es un nombre utilizado para designar desde por lo menos mediados del siglo XVII, a grupos de pescadores recolectores y cazadores costeros, habitantes de la franja del Pacífico entre aproximadamente los 17º Lat. S. (sur del Perú) y los 30º Lat. S. (Tongoy en la costa chilena). Casassas especula que el término pro-anche es una deformación del vocablo quechua purum -auca o poro - auca y que podría haberse aplicado a camanchacas no sometidos; la argumentación es débil aunque sugerente.

12. En el Libro de Varias Ojas de la Parroquia de Chiu - Chiu, aparecen nombres propios de los proanches, que no se repiten para otras poblaciones y que desaparecen de los registros parroquiales a partir del siglo XVIII. Según Bittman los apelativos Alaguana Jaguaña, Chacaguaina, Anchuño; Calpiche (Chalpiche), Cancota, Coimas, Cherepe, Chamalco, Chiquin,Lacmor, Laicor, Maqueta, Quilama, Sacaya (Sajaya, Sacalla), son nombres que con la excepción de "Cacaia" y "Jaguaña", eran propios de la población del litoral designada "proanche " en el sentido de que estos nominativos no aparecen en las inscripciones referentes a personas del interior de la región atacameña, ni se encuentran asociados a los demás pobladores de la costa.

13. Se señalan además matrimonios entre pro - anches y camanchacas, lo que al menos, implica su coexistencia y diferenciación. La mayoría de las menciones a pro -anches en el LVO, se centran entre los años 1646 y 1662 y generalmente se denota que proceden de la jurisdicción de Chile y más específicamente de Morro Moreno y Copiapó.

14. Por lo señalado, una primera aproximación, podría hacer pensar que se trata de grupos étnicos distintos; no obstantes, la complejidad que encierran alguno de estos vocablos - como el de uro por ejemplo- y la poca precisión de las fuentes obligan a una saludable cautela. Estamos frente a conceptos que pueden comprender actividades diferentes, procedencias u orígenes, niveles sociales, entre otras posibilidades. En este sentido es sugerente la observación de Bibar en 1558 que señala que; los que matan lobos no matan otros peces como habemos dicho y los que matan toninas es en ejercicio. Así que cada género de pescador mata el género de pescado a que se aficiona y no otro.

15. Aunque la observación es general para la costa comprendida entre Arica y Coquimbo, sabemos que las denominaciones de camanchacas y changos, fueron usadas con la misma extensión. Por otra parte, el término uro, tiene una serie de connotaciones, entre otras, de personas que no se dedican a la agricultura, sino más bien a la recolección, la pesca, la caza y eventualmente el pastoreo y por añadidura son percibidos como "pobres".

16. Bien podría tratarse, de que estas denominaciones no designen etnias distintas, sino grupos con actividades económicas especializadas y de otro lado, similares, como en este caso las propias de una economía marítima. John Murra señaló hace 40 años, que se necesitaba más investigación para determinar hasta qué punto "uru", se refería a un grupo étnico o a un estrato ocupacional bajo o más probablemente a ambos. A pesar de las nuevas investigaciones sobre este grupo, todavía el problema no está resuelto. Hacemos notar que prácticamente en todas las descripciones sobre los uru , está siempre presente la idea de lo no domesticado en toda su extensión.

17. Según Espinoza Soriano, la documentación del siglo XVI y primera parte del XVII, demostraría que la lengua puquina se extendía por el altiplano peruano-boliviano, más al sur del departamento del Cuzco, Arequipa, Moquegua y el Norte de Tarapacá incluyendo a Atacama. La tesis de que la lengua de los uros era el puquina(75) es una proposición bien documentada, pero aún parcial.

18. En cuanto a la lengua o las lenguas que se hablaban en Cobija, documentos del siglo XVII son claros en denotar que "hablan diferente lengua y tan rudas que no hay, quien los entienda, si bien hablan la española". A mediados de este siglo, relatando su experiencia evangelizadora, el cura de Atacama, escribe que desarrolla sus prédicas en Cobija "en la lengua materna de los indios camanchacas" a quienes alude como "los del mar que son camanchacas Pescadores y de diferente nación que estos atacamas" (...)enseñando e industriando a los indios de este su beneficio de atacama la baja y camanchas y changos habitadores en estos puertos de mar por que más de veinte y un años que aquí les administra

19. Desde luego, el párrafo es muy sugerente. No sólo usa el término camanchacas sino también changos, distingo que también es claro en otro documento de la época. En lo que concierne al área de distribución de los changos, existe una referencia a los "indios camanchacas y changos, pescadores y no pescadores, que de mi encomienda estuvieron en Cobija y costa de Atacama...". Dichos indígenas habían huido de su encomendero de acuerdo a un documento otorgado en la ciudad de La Serena en 1659 y que se refiere a la encomienda de Fernando de Aguirre Riberos. Pero, en opinión de María Rostworowski, el nombre camanchacas, prácticamente es sinónimo de pescadores y recurre a Cuneo Vidal que señala que camanchaco, camanchango o chango eran voces para designar a los mismos grupos de pescadores; la palabra chango habría derivado de las primeras, aseveración esta última que nos parece acertada y que podemos refrendar, teniendo en consideración el documento que hemos citado en líneas precedentes.

20. Concordando con Murra, Martínez sugiere la posibilidad de que los conceptos con los que se identifican a los grupos costeros podrían estar encubriendo categorías sociales, religiosas o especializaciones productivas y no necesariamente identidades étnicas distintas.

21. Otro problema que no escapa a los investigadores y que está presente a partir de los documentos del siglo XVI, es la aparente relación de subordinación que tienen los pescadores frente a los señores de Atacama y que ya Pedro Sande notara cuando relataba que los indios "pescadores uros "(...) á los caciques de Atacama dan pescado en señal de reconocimiento". En este contexto recordemos que Polo de Ondegardo en 1571, señalaba las dificultades que surgían en el Collao, al tratar de encomendar los indios de los valles costeros, porque pertenecía a cabeceras que estaban en la altiplanicie.

22. Sin duda que la problemática reseñada respecto de los grupos indígenas asentados en la costa, nos deja muchas más preguntas que respuestas. Hablar aquí de una identidad cultural sólo nos puede remitir por el momento, a la configuración común del compartir prácticas en torno a ciertas actividades económicas relacionadas fundamentalmente con los recursos marinos y a retazos de una historia precolombina aún no bien delineada.

23. La gente que a principios del siglo XX es reconocida como chango, pertenece a un conjunto de familias de pescadores que habitan el litoral chileno, en asentamientos precarios y transitorios, de acuerdo a la percepción de Latcham, quien relata que construyen sus casas con lo que encuentran en las caletas: Aun hoy en día, en los lugares más apartadas, hacen la misma cosa, usando además cuando los pueden conseguir, hojas de lata secadas de los tarros parafineros; sacos viejos, lonas, etc. Cuando la vecindad de algún puerto lo permite, a veces procuran algunas planchas de fierro galvanizado, o tablas, por la mayor parte sacadas de los cajones usados para la trasportación de mercaderías. El ajuar de estos ranchitos es de lo más escaso primitivo. Duermen en cueros tendidos en el suelo, no usan almohadas, o cuando más un trozo de madera. Sus ollas son de barro, de fabricación tosca, pero de varias formas. Una concha de mejillón les sirve de cuchara, i a veces también de cuchillo. Unos sacos de cuero, colgados de los postes de los ranchos sirven para guardar su comida.

24. Hoy no existen descendientes reconocidos de los grupos changos, dado el profundo mestizaje que ha ocurrido en los últimos siglos. No obstante, su modo de vida sigue siendo practicado por pescadores, algueros y orilleros desde Chañaral a Cobija, quienes mantienen mucho de la tecnología, la economía y el patrón de asentamiento de estas antiguas poblaciones del desierto costero.

FUNDAMENTOS DEL PROYECTO:

1. En la actualidad, la calificación de la calidad de indígena, se logra, según nuestra legislación, justamente atendiendo a señas de identidad, al saberse y decirse indígena, como bien señala el artículo segundo de la ley indígena Nº 19.253, que expresamente señala que “Se considerarán indígenas para los efectos de esta ley, las personas de nacionalidad chilena que se encuentren en los siguientes casos: c) Los que mantengan rasgos culturales de alguna etnia indígena, entendiéndose por tales la práctica de formas de vida, costumbres o religión de estas etnias de un modo habitual o cuyo cónyuge sea indígena. En estos casos, será necesario, además, que se autoidentifiquen como indígenas”.

2. Que de igual forma que a los changos, la etnia diaguita, la cual fue ninguneada como un pueblo extinto, sabemos que su dignidad fue restablecida, reconociéndosele su calidad originaria por ley. Así, se señalaba que la etnia diaguita estaba extinta. Así lo hablaba la academia. Pero olvidaban dos importantes conceptos de la antropología. La reetnificación y la etnogénesis.

3. La Reetnificación es un proceso de recomposición cultural, mediante el cual los individuos pertenecientes a un grupo étnico, asocian valores y significados a prácticas culturales nuevas o preexistentes.

4. El concepto de etnogénesis ha sido tradicionalmente utilizado para dar cuenta del proceso histórico de la configuración de colectividades étnicas, como resultado de migraciones, invasiones, conquistas o fusiones. En otras oportunidades se ha recurrido a él para designar al surgimiento de nuevas comunidades que se designan a sí mismas en términos étnicos, para diferenciarse de otras sociedades o culturas que perciben como distintas a su autodefinición social. En algunos casos, estos procesos de estructuración étnica son resultados de migraciones interestatales cuya consecuencia es el desarrollo de una colectividad diferenciada en el seno de una sociedad mayoritaria, de la cual se distingue por razones lingüísticas, culturales o religiosas. Con frecuencia, dentro de la actual literatura europea, se ha recurrido al término para calificar el auge de los nacionalismos diferenciales dentro de estados multiétnicos. El tema no es nuevo para la reflexión antropológica, pero existe un reciente e interesante ensayo de Antonio Pérez (2001) que intenta abordarlo de manera comparativa. Este autor acuña incluso una tipología inicial, en la que distingue, entre otras, a las etnias reconstruidas, es decir a aquellas que perdieran hace poco sus bases culturales identitarias pero que mantienen una continuidad territorial, parental o histórica, y a las etnias resucitadas, cuya relación con el pasado proviene en parte de la memoria y en parte de la literatura existente sobre el grupo.

5. En este proceso, se ha logrado la dictación de la Ley Nº 20.117, que integra a la etnia diaguita al artículo 1º de la Ley Indígena.

6. Así, considerando lo señalado sobre el pueblo Diaguita, existen diversos testimonios que señalan la pervivencia de formas de vida y de patrones culturales que testimonian la supervivencia del pueblo Chango.

7. Es así que hoy los changos están integrados a las grandes ciudades, unos viven en los puertos y muchos permanecen fieles a su balneario, como es Tongoy, Guanaqueros y en la llamada Playa Changa de Coquimbo, en Chañaral, Obispito y Carrizalillo más al Norte. En el pasado creyeron conveniente adoptar los apellidos de los encomenderos y hoy abundan los Mirandas, Zuletas, Cisterna y Álvarez, en Tongoy, media población se apellidaba Zambra y otros apellidos más. Los que han conservado sus patrones culturales ligados a la pesca y al manejo de los recursos hidrobiológicos.

8. En la página web de TURISTEL, se señala: “Recorriendo las costas del norte, y en particular la costa al norte de Huasco, aparece una tribu digna de destacar: los huireros, nómades, pieles gruesas y de colores alucinantes, aguerridos desafían el mar y los vientos costeros recogiendo lentamente kilos de huiros para ser vendidos. Pasan semanas e incluso meses viviendo al borde del mar, instalados en medio de extensas playas y rodeados de bidones de agua, perros, plásticos y niños felices que sonríen y disfrutan cada momento de la libertad que da el vivir en la playa: a pata pelada y en polera junto a su perro preferido. De alguna manera somos testigos de tradiciones que están muy cerca de nuestros antepasados, de culturas y formas de vida que no vemos o no rescatamos como un claro vínculo con los primeros habitantes. Un viaje por la costa de Huasco puede ser mucho más que disfrutar de sus excelentes playas o del esporádico milagro del desierto florido, también puede ser una forma de vivir hoy nuestro pasado indígena”.

9. Señalar que existen estudios establecen que los Changos, por su parte, presentarían a su vez rasgos culturales de los pueblos de tradición Chinchorro, existentes en esta zona durante el período arcaico, entre 8.000 y 4.000 años atrás. Este conjunto de evidencia sugiere una ocupación continua de la costa por cerca de 8.000 años, y una posible vinculación genética entre todas estas etnias. Finalmente, estaría contribuyendo de manera posterior al pool genético de caleta Paposo la etnia Aymara, con quienes los Changos mantuvieron cierto vínculo cultural entre los siglos XVII y XVIII.

10. De esta forma señalamos que la etnia changa no se ha extinguido, sigue viva, pero sin la dignidad que merece.

11. Por todo lo señalado, es nuestro deber el darle reconocimiento y dignidad al pueblo Chango, así que nuestra legislación sobre los pueblos originarios (ley Nº 19.253), la que señala que “El Estado reconoce que los indígenas de Chile son los descendientes de las agrupaciones humanas que existen en el territorio nacional desde tiempos precolombinos, que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias...”, no deje dudas sobre el reconocimiento de esta etnia.

12. Esto, debido a que con sola esta definición de indígenas que da el legislador, deberíamos entender que es posible, el reconocimiento de la etnia de los changos, pues cada uno de los elementos que conforman el ser indígena está presente, siendo tal vez, el de la pureza genética, el único, que pueda cuestionarse, aunque dicha objeción ha de ser relativizada por la noción esencialmente cultural del modelo nacional de reconocimiento y calificación de los pueblos originarios y de sus integrantes. No obstante, los estudios genéticos nos apoyan, como vimos.

13. Así, lo que queremos mediante este proyecto de ley es dar la posibilidad cierta del desarrollo de una cultura, que en pequeños nichos ha luchado por pervivir en el tiempo. Es por ello que proponemos modificar el Artículo Primero de ley Indígena, para incorporar, junto a las etnias mapuche, aymara, rapa nui, atacameña, quechua, diaguita y colla; junto a las menguadas comunidades kawashkar y yagán de los canales australes, a los changos, como un acto de reconocimiento, de dignificación y sobre todo de promoción para su desarrollo futuro y consolidación.

Por tanto, vengo en proponer el siguiente

PROYECTO DE LEY

Artículo único.- Agrégase en el inciso segundo del artículo 1º de la ley Nº 19.253 sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, reemplazando por una coma (,) la conjunción "y" que antecede al vocablo "diaguita", e insertando después de esta la expresión "y Chango".

1.2. Moción Parlamentaria

Moción de Jorge Sabag Villalobos, Ramón Farías Ponce, Marcos Espinosa Monardes, Luis Lemus Aracena, Claudio Arriagada Macaya, Roberto Poblete Zapata, Maya Fernández Allende, Cristina Girardi Lavín, Víctor Torres Jeldes, Karol Cariola Oliva, Raúl Saldívar Auger, Daniella Cicardini Milla, Cristián Campos Jara, Daniel Melo Contreras, José Pérez Arriagada, Yasna Provoste Campillay y Sergio Ojeda Uribe. Fecha 01 de agosto, 2017. Moción Parlamentaria en Sesión 52. Legislatura 365.

Modifica la ley N°19.253, que Establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para otorgar al pueblo chango el reconocimiento como etnia indígena de Chile

Boletín N°11335-17

Vistos:

Lo dispuesto en los Artículos 63° y 65° de la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y en el Reglamento de la H. Cámara de Diputados.

Considerando:

1.- La Constitución Política de la República en su artículo 1° incisos 1° y 3° señala: “Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos.” [1]

2.- De acuerdo a la premisa anterior entendemos que aún cuando todos quienes nacemos en el territorio chileno somos iguales por esencia, el Estado debe ser garante de todos aquellos grupos que tienen una identidad propia y que participan activamente en la formación y desarrollo de nuestra sociedad. Dentro de estos grupos intermedios podríamos incluir a quienes pertenecen a un pueblo indígena o etnia, a falta de un reconocimiento explícito de los pueblos originarios por parte del Estado de Chile en nuestra carta fundamental.

3.- La incorporación implícita de los pueblos indígenas dentro de los grupos intermedios que señala la Constitución y que son parte del desarrollo de la sociedad, se apoya en la idea de que éstos grupos, o la mayoría de ellos, mantienen sus costumbres, creencias y estructura de organización o rangos, las cuales deben ser reconocidas y garantizadas por el Estado de Chile.

4.- Ello dice relación asimismo con la plena vigencia del Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, ratificado por Chile en el año 2008, instrumento que reconoce derechos a los pueblos indígenas sobre sus tierras y territorios, además de establecer mecanismos de participación política (consulta indígena), y reconocer el derecho que les asiste a ejercer un control progresivo sobre los programas de salud y educación dirigidos a ellos, entre otras cosas. [2]

5.- Por su parte el artículo 1° de la Ley 19.253 sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas y que crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Conadi, señala que “El Estado reconoce que los indígenas de Chile son los descendientes de las agrupaciones humanas que existen en el territorio nacional desde tiempos precolombinos, que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias siendo para ellos la tierra el fundamento principal de su existencia y cultura”. [3]

6.- No obstante lo anterior, la defensa de derechos y fomento se da en la medida que los pueblos que mantengan sus costumbres y creencias ancestrales, se encuentren reconocidos por el Estado de acuerdo a lo que señala la misma ley 19.253.

7.- Actualmente existen nueve pueblos indígenas reconocidos oficialmente por el Estado. Según el

 censo de 2002, el 4,58% de la población chilena, es decir, 692.192 personas de 14 años o más, se declaró indígena y perteneciente a uno de los ocho grupos étnicos reconocidos en la legislación de entonces. En mayo de 2008, se añadió la comunidad diaguita, la cual se contabilizará en el censo recientemente practicado, del año 2017. 

8.- La idea del presente proyecto es precisamente incorporar a la ley y dar reconocimiento oficial en nuestro Estado a un pueblo que desde tiempos precolombinos se ha mantenido presente en la historia y desarrollo de nuestro país como nación independiente y multicultural. Nos referimos al pueblo chango.

9.- La costa de lo que actualmente es la Región de Antofagasta, y en particular de la comuna de Taltal, han estado habitadas por comunidades de cazadores-recolectores-pescadores desde hace por lo menos 12.000 años atrás. A lo largo de estos milenios, las comunidades humanas fueron forjando un modo de vida y un conjunto de instrumentos, prácticas y saberes adaptados a las especificidades del territorio costero del norte de Chile, a lo que sumaron el intercambio de productos, conocimientos y parejas con grupos costeros de más al norte y de más al sur, así como con grupos interiores. A contar del siglo XVI a estas poblaciones costeras se les conoció por diversos nombres -entre ellos changos, proanches, camanchacas o camanchangos- siendo el nombre genérico de chango el que se ha mantenido hasta la actualidad. [4]

10.- Durante el período colonial, y con especial fuerza a contar del siglo XVIII, los changos que habitaban estas costas sufrieron importantes procesos de mestizaje con españoles, franceses, criollos e indígenas venidos desde el interior y desde la Región de Atacama, principalmente. [5]

No obstante estos procesos, los modos de vida vinculados al conocimiento y explotación del mar, mantuvieron importantes elementos de continuidad desde la prehistoria y a lo largo de los siglos de la época colonial y republicana.

11.- Ejemplo de lo anterior son las formas de usos del espacio de orilleros y pescadores que viven parte o todo el año en las denominadas “changuerías” a lo largo del litoral. De hecho a lo largo de la línea costera nos encontramos con asentamientos humanos permanentes como Paposo, Taltal, caleta Cifuncho y un conjunto de pequeñas ensenadas y puntas aisladas como La Colorada, Bandurrias, Punta Negra y El Blanco, todas de la comuna de Taltal, entre otras, que albergan una población flotante a lo largo del año, constituidos por conjuntos de “rucos” utilizados como emplazamientos estratégicos de producción de los pescadores artesanales”. [6]

La tecnología y los instrumentos usados por los actuales orilleros y pescadores costeros son también sin duda una herencia que viene desde la época precolombina y que demuestran esta continuidad. Por ejemplo, el uso de instrumentos tales como chopes, pesas, anzuelos, chunguillos, redes y ganchos pulperos, tienen una antigüedad en la zona de Taltal de más de 8.000 años y continúan siendo usados hasta la actualidad.

12.- A los ejemplos anteriores podemos agregar actividades muy relevantes, como es la caza de la albacora en balsas y utilizando arpones, actividad que ya era frecuente hacia unos 7500 años atrás y que se mantuvo a lo largo de toda la prehistoria y hasta nuestros días como una fuente de recursos y de prestigio para los cazadores del mar. [7] [8]

La importancia de esta actividad en el pasado prehispánico queda bien documentada por medio de las célebres pinturas rupestres de El Médano, las cuales datan de varios miles de años y documentan diversas actividades de caza en alta mar a partir de balsas de cuero de lobo. [9] [10]

13.- Ahora, dado el avance de la modernidad y las transformaciones en las tradiciones ancestrales, los modos de vida característicos de la costa arreica desde la época prehispánica y que se mantienen hasta la actualidad, amenazan con perderse para siempre. Ya se ha perdido la lengua originaria y muchos rasgos de la cultura ancestral de los changos. De ahí la importancia de realizar las acciones necesarias para que no se pierda lo que aún queda de esta rica historia cultural y de este conocimiento ancestral sobre las formas de habitar y adaptarse al territorio costero arreico. [11]

14.- En este sentido en la actualidad se está ejecutando en la comuna de Taltal el proyecto “Educación infantil para la valorización de la historia e identidad de los changos en la comuna de Taltal”, el cual es fruto de un convenio entre la I. Municipalidad de Taltal y la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Chile. Dicho proyecto busca fortalecer los vínculos entre las familias que actualmente habitan la comuna de Taltal con el pasado chango de la zona a partir de reconocer la continuidad de las antiguas prácticas sociales y saberes reconstruidos a partir de vestigios arqueológicos.

15.- Por tanto, y en mérito de lo expuesto los diputados que suscriben, vienen en someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de ley.

PROYECTO DE LEY

Artículo único: Modifíquese el artículo 1° de la Ley Nº 19.253 sobre protección, fomento y desarrollo de los Pueblos Indígenas, reemplazando el término “y” a continuación del término “collas” por una coma (,) e incorporando entre los términos “diaguita” y “del norte del país” la frase “y al pueblo chango”.

El inciso quedaría como sigue:

“El Estado reconoce como principales etnias indígenas de Chile a: la Mapuche, Aimara, Rapa Nui o Pascuenses, la de las comunidades Atacameñas, Quechuas, Collas, Diaguita y al pueblo Chango del norte del país, las comunidades Kawashkar o Alacalufe y Yámana o Yagán de los canales australes. El Estado valora su existencia por ser parte esencial de las raíces de la Nación chilena, así como su integridad y desarrollo, de acuerdo a sus costumbres y valores”.

Marcos Espinosa Monardes

H. Diputado de la República

[1] Constitución Política de la República artículo 1°.
[2] Pueblos Indígenas y Constitución. Departamento de Estudios Extensión y Publicaciones. BCN 2016 file:///C:/Documents%20and%20Settings/Bancada.PR.03/Mis%20documentos/Downloads/FINAL%20-%20Pueblos%20ind%C3%ADgenas%20y%20Constituci%C3%B3n.pdf
[3] Ley 19.253 sobre protección fomento y desarrollo de los indígenas y creación de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena. Disponibles en: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=30620
[4] Salazar S Diego. Identidad y Cultura de los Chagos en la costa de Taltal. Deparatamento de Antropología U. de Chile.
[5] Bitmann B. 1979. Cobija y sus alrededores en la época colonial (1600-1750). Actas del VII Congreso de Arqueología de Chile pp. 327-64 Vol. II. Editorial Kultrún Santiago Chile. Ob cit en Salazar S Diego. Identidad y Cultura de los Chagos en la costa de Taltal.
[6] Ruco o Vivienda.
[7] Olguín L.; D. Salazar y D. Jackson 2014. Tempranas evidencias de navegación y caza de especies oceánicas en la costa pacífica de Sudamérica (Taltal 7.000 años cal. a.p.). Chungara 46 (2): 177- 192. Ob cit en Salazar S Diego. Identidad y Cultura de los Chagos en la costa de Taltal.
[8] Contreras R. 2010. Recolección y pesca: pasado y presente en la costa de Taltal. Taltalia 3: 57-86. Ob cit en Salazar S Diego. Identidad y Cultura de los Chagos en la costa de Taltal.
[9] Berenguer J. 2009 Las pinturas de El Médano Norte de Chile: 25 años después de Mostny y Niemeyer. Boletín del Museo Chileno de Arte Precolombino Vol. 14 (2): 57-95. Ob cit en Salazar S Diego. Identidad y Cultura de los Chagos en la costa de Taltal.
[10] A unos 75 km al norte de Taltal la quebrada de El Médano contiene uno de los yacimientos de arte rupestre más notables del Pacífico sudamericano. El sitio presenta más de mil imágenes pintadas en rojo donde se reconocen siluetas de cetáceos como el calderón negro el cachalote y la ballena lobos de mar peces espada peces martillo rayas tortugas y otras criaturas del mar. Las más complejas son las escenas de individuos a bordo de diminutas balsas de cuero de lobo marino tirando con sus cuerdas de arpones clavados en el lomo de enormes cetáceos. http://chileprecolombino.cl/arte/arte-rupestre/las-pictografias-de-el-medano/
[11] Ob cit Salazar S Diego. Identidad y Cultura de los Chagos en la costa de Taltal.

1.3. Informe de Comisión de Derechos Humanos

Cámara de Diputados. Fecha 20 de septiembre, 2017. Informe de Comisión de Derechos Humanos en Sesión 73. Legislatura 365.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y PUEBLOS ORIGINARIOS RECAÍDO EN LOS PROYECTOS DE LEY QUE MODIFICAN LA LEY N° 19.253, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS INDÍGENAS, Y CREA LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA, PARA OTORGAR AL PUEBLO CHANGO EL RECONOCIMIENTO COMO ETNIA INDÍGENA DE CHILE". BOLETÍNES N°s. 11.188-17 y 11.335-17.

HONORABLE CÁMARA:

LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y PUEBLOS ORIGINARIOS viene en informar en primer trámite constitucional y reglamentario los proyectos de ley del epígrafe, de origen en Mociones de los Diputados Karol Cariola Oliva, Daniella Cicardini Milla, Cristina Girardi Lavín, Luis Lemus Aracena, Daniel Melo Contreras, Sergio Ojeda Uribe, Roberto Poblete Zapata, Jorge Sabag Villalobos y Raúl Saldívar Auger (Boletín N° 11.188-17) y de los diputados Claudio Arriagada Macaya, Cristián Campos Jara, Marcos Espinosa Monardes, Ramón Farías Ponce, Maya Fernández Allende, José Pérez Arriagada, Yasna Provoste Campillay y Víctor Torres Jeldes (Boletín N° 11.335-17).

I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS

1) La Idea matriz de los proyectos

Ambos proyectos de ley buscan el reconocimiento del pueblo chango como etnia indígena de Chile y para ello proponen modificar la ley N° 19.253 que establece normas para la protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

2) Normas de quórum especial

Los artículos únicos de los proyectos no contienen normas que la Constitución declara como de quórum o de rango orgánico constitucional.

3) Trámite de Hacienda

Este proyecto de ley no contiene normas que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda.

4) Votación en general y en particular

Puestos en votación general y particular ambos proyectos se aprobaron por unanimidad.

Votaron los diputados Jaime Bellolio, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Diego Paulsen, Roberto Poblete, Jorge Sabag, Raúl Saldívar y Sergio Ojeda (8x0x0).

5) Artículos e indicaciones rechazados por la comisión.

No hubo artículos o indicaciones en tal calidad.

5) Diputado informante

Se designó diputado informante al señor Raúl Saldivar Auger

II.- ANTECEDENTES GENERALES.

CONTENIDO DE LOS PROYECTOS [1]

Ambas mociones constan de un artículo único por el cual se modifica el inciso segundo del artículo 1° de la ley 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Conadi, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile.

Boletín N° 11.188-17

ANTECEDENTES

En la actualidad, la calificación de la calidad de indígena, se logra, según nuestra legislación, justamente atendiendo a señas de identidad, al saberse y decirse indígena, como bien señala el artículo segundo de la ley indígena Nº 19.253, que expresamente señala que “Se considerarán indígenas para los efectos de esta ley, las personas de nacionalidad chilena que se encuentren en los siguientes casos: c) Los que mantengan rasgos culturales de alguna etnia indígena, entendiéndose por tales la práctica de formas de vida, costumbres o religión de estas etnias de un modo habitual o cuyo cónyuge sea indígena. En estos casos, será necesario, además, que se autoidentifiquen como indígenas”.

De igual forma que a los changos, la etnia diaguita, sabemos que fue ninguneada por la academia como un pueblo extinto y que su dignidad fue restablecida, reconociéndosele su calidad originaria por ley. Pero olvidaban dos importantes conceptos de la antropología: la reetnificación y la etnogénesis. La Reetnificación es un proceso de recomposición cultural, mediante el cual los individuos pertenecientes a un grupo étnico, asocian valores y significados a prácticas culturales nuevas o preexistentes.

El concepto de etnogénesis ha sido tradicionalmente utilizado para dar cuenta del proceso histórico de la configuración de colectividades étnicas, como resultado de migraciones, invasiones, conquistas o fusiones. En otras oportunidades se ha recurrido a él para señalar al surgimiento de nuevas comunidades que se designan a sí mismas en términos étnicos, para diferenciarse de otras sociedades o culturas que perciben como distintas a su autodefinición social. En algunos casos, estos procesos de estructuración étnica son resultados de migraciones interestatales cuya consecuencia es el desarrollo de una colectividad diferenciada en el seno de una sociedad mayoritaria, de la cual se distingue por razones lingüísticas, culturales o religiosas. Con frecuencia, dentro de la actual literatura europea, se ha recurrido al término para calificar el auge de los nacionalismos diferenciales dentro de estados multiétnicos. El tema no es nuevo para la reflexión antropológica, pero existe un reciente e interesante ensayo de Antonio Pérez (2001) que intenta abordarlo de manera comparativa. Este autor acuña incluso una tipología inicial, en la que distingue, entre otras, a las etnias reconstruidas, es decir a aquellas que perdieran hace poco sus bases culturales identitarias pero que mantienen una continuidad territorial, parental o histórica, y a las etnias resucitadas, cuya relación con el pasado proviene en parte de la memoria y en parte de la literatura existente sobre el grupo.

En este proceso, se ha logrado la dictación de la ley Nº 20.117, que integra a la etnia diaguita al artículo 1º de la Ley Indígena.

Así, considerando lo señalado sobre el pueblo diaguita, existen diversos testimonios que señalan la pervivencia de formas de vida y de patrones culturales que testimonian la supervivencia del pueblo chango.

Es así que hoy los changos están integrados a las grandes ciudades, unos viven en los puertos y muchos permanecen fieles a su balneario, como son Tongoy, Guanaqueros y la llamada Playa Changa de Coquimbo en Chañaral, y el Obispito y Carrizalillo más al norte. En el pasado creyeron conveniente adoptar los apellidos de los encomenderos y hoy abundan los Mirandas, Zuletas, Cisterna y Álvarez; en Tongoy, media población se apellidaba Zambra. En suma, han conservado sus patrones culturales ligados a la pesca y al manejo de los recursos hidrobiológicos.

En la página web de Turistel, se señala: “Recorriendo las costas del norte, y en particular la costa al norte de Huasco, aparece una tribu digna de destacar: los huireros, nómades, pieles gruesas y de colores alucinantes, aguerridos desafían el mar y los vientos costeros recogiendo lentamente kilos de huiros para ser vendidos. Pasan semanas e incluso meses viviendo al borde del mar, instalados en medio de extensas playas y rodeados de bidones de agua, perros, plásticos y niños felices que sonríen y disfrutan cada momento de la libertad que da el vivir en la playa, a pata pelada y en polera junto a su perro preferido. De alguna manera somos testigos de tradiciones que están muy cerca de nuestros antepasados, de culturas y formas de vida que no vemos o no rescatamos como un claro vínculo con los primeros habitantes. Un viaje por la costa de Huasco puede ser mucho más que disfrutar de sus excelentes playas o del esporádico milagro del desierto florido, también puede ser una forma de vivir hoy nuestro pasado indígena”.

Existen estudios que demuestran que los changos, por su parte, presentarían a su vez rasgos culturales de los pueblos de tradición chinchorro, existentes en esta zona durante el período arcaico, entre 8.000 y 4.000 años atrás. Este conjunto de evidencias sugiere una ocupación continua de la costa por cerca de 8.000 años, y una posible vinculación genética entre todas estas etnias. Finalmente, estaría contribuyendo de manera posterior al pool genético de caleta Paposo la etnia Aymara, con quienes los changos mantuvieron cierto vínculo cultural entre los siglos XVII y XVIII.

De esta forma constatamos que la etnia changa no se ha extinguido, sigue viva, pero sin la dignidad que merece. Por todo lo señalado, es nuestro deber el darle reconocimiento y dignidad al pueblo chango. Así, nuestra legislación sobre los pueblos originarios (ley Nº 19.253), dispone que “El Estado reconoce que los indígenas de Chile son los descendientes de las agrupaciones humanas que existen en el territorio nacional desde tiempos precolombinos, que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias...”, lo que no deja dudas sobre el reconocimiento de esta etnia.

Con sola esta definición de indígenas que da el legislador, deberíamos entender que es posible el reconocimiento de la etnia de los changos, pues cada uno de los elementos que conforman el ser indígena está presente, siendo tal vez, el de la pureza genética, el único que pueda cuestionarse, aunque dicha objeción ha de ser relativizada por la noción esencialmente cultural del modelo nacional de reconocimiento y calificación de los pueblos originarios y de sus integrantes. No obstante, los estudios genéticos nos apoyan, como vimos anteriormente.

De tal forma que lo que pretendemos mediante este proyecto de ley es reconocer la posibilidad cierta del desarrollo de una cultura, que en pequeños nichos ha luchado por pervivir en el tiempo. Por ello proponemos modificar el artículo 1° de ley Indígena, para incorporar a los changos junto a las etnias mapuche, aymara, rapa nui, atacameña, quechua, diaguita y colla, ya las menguadas comunidades kawashkar y yagán de los canales australes, como un acto de reconocimiento, de dignificación y sobre todo de promoción para su desarrollo futuro y consolidación.

BOLETÍN Nº 11.335-17

ANTECEDENTES

Señalan los autores de la moción que “todos quienes nacemos en el territorio chileno somos iguales por esencia, pero el Estado debe ser garante aquellos grupos que tienen identidad propia y participan activamente en la formación y desarrollo de nuestra sociedad. Dentro de los grupos intermedios se incluye a quienes pertenecen a un pueblo indígena o etnia, a falta de un reconocimiento explícito de los pueblos originarios por parte del Estado de Chile en nuestra Carta Fundamental.

La incorporación implícita de los pueblos indígenas dentro de los grupos intermedios que señala la Constitución y que son parte del desarrollo de la sociedad, se apoya en la idea de que éstos grupos, o la mayoría de ellos, mantienen sus costumbres, creencias y estructura de organización o rangos, las cuales deben ser reconocidas y garantizadas por el Estado de Chile.

Ello dice relación asimismo con la plena vigencia del Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, ratificado por Chile en el año 2008, instrumento que reconoce derechos a los pueblos indígenas sobre sus tierras y territorios, además de establecer mecanismos de participación política (consulta indígena), y reconocer el derecho que les asiste a ejercer un control progresivo sobre los programas de salud y educación dirigidos a ellos, entre otras cosas.

Por su parte el artículo 1° de la Ley N° 19.253, sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas y que crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Conadi, señala que “El Estado reconoce que los indígenas de Chile son los descendientes de las agrupaciones humanas que existen en el territorio nacional desde tiempos precolombinos, que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias siendo para ellos la tierra el fundamento principal de su existencia y cultura”.

No obstante lo anterior, la defensa de derechos y fomento se da en la medida que los pueblos que mantengan sus costumbres y creencias ancestrales, se encuentren reconocidos por el Estado de acuerdo a lo que señala la misma ley N° 19.253. Actualmente existen nueve pueblos indígenas reconocidos oficialmente por el Estado. En mayo de 2008, se añadió la comunidad diaguita, la cual se contabilizará en el censo recientemente practicado, del año 2017.

La idea del presente proyecto es precisamente incorporar a la ley y dar reconocimiento oficial en nuestro Estado a un pueblo que desde tiempos precolombinos se ha mantenido presente en la historia y desarrollo de nuestro país como nación independiente y multicultural, como es el caso del pueblo chango.

La costa de lo que actualmente es la Región de Antofagasta, y en particular de la comuna de Taltal, han estado habitadas por comunidades de cazadores-recolectores-pescadores desde hace por lo menos 12.000 años atrás. A lo largo de estos milenios, las comunidades humanas fueron forjando un modo de vida y un conjunto de instrumentos, prácticas y saberes adaptados a las especificidades del territorio costero del norte de Chile, a lo que sumaron el intercambio de productos, conocimientos y parejas con grupos costeros de más al norte y de más al sur, así como con grupos interiores.

A contar del siglo XVI a estas poblaciones costeras se les conoció por diversos nombres -entre ellos changos, proanches, camanchacas o camanchangos- siendo el nombre genérico de chango el que se ha mantenido hasta la actualidad. Durante el período colonial, y con especial fuerza a contar del siglo XVIII, los changos que habitaban estas costas sufrieron importantes procesos de mestizaje con españoles, franceses, criollos e indígenas venidos desde el interior y desde la Región de Atacama, principalmente.

No obstante estos procesos, los modos de vida vinculados al conocimiento y explotación del mar, mantuvieron importantes elementos de continuidad desde la prehistoria y a lo largo de los siglos de la época colonial y republicana.

Ejemplo de lo anterior son las formas de usos del espacio de orilleros y pescadores que viven parte o todo el año en las denominadas “changuerías” a lo largo del litoral. De hecho a lo largo de la línea costera nos encontramos con asentamientos humanos permanentes como Paposo, Taltal, caleta Cifuncho y un conjunto de pequeñas ensenadas y puntas aisladas como La Colorada, Bandurrias, Punta Negra y El Blanco, todas de la comuna de Taltal, entre otras, que albergan una población flotante a lo largo del año, constituidos por conjuntos de “rucos” utilizados como emplazamientos estratégicos de producción de los pescadores artesanales”.

La tecnología y los instrumentos usados por los actuales orilleros y pescadores costeros son también sin duda una herencia que viene desde la época precolombina y que demuestran esta continuidad. Por ejemplo, el uso de instrumentos tales como chopes, pesas, anzuelos, chunguillos, redes y ganchos pulperos, tienen una antigüedad en la zona de Taltal de más de 8.000 años y continúan siendo usados hasta la actualidad; podemos agregar actividades muy relevantes, como es la caza de la albacora en balsas y utilizando arpones, actividad que ya era frecuente hacia unos 7500 años atrás y que se mantuvo a lo largo de toda la prehistoria y hasta nuestros días como una fuente de recursos y de prestigio para los cazadores del mar.

La importancia de esta actividad en el pasado prehispánico queda bien documentada por medio de las célebres pinturas rupestres de El Médano, las cuales datan de varios miles de años y documentan diversas actividades de caza en alta mar a partir de balsas de cuero de lobo.

Ahora, dado el avance de la modernidad y las transformaciones en las tradiciones ancestrales, los modos de vida característicos de la costa arreica desde la época prehispánica y que se mantienen hasta la actualidad, amenazan con perderse para siempre.

Ya se ha perdido la lengua originaria y muchos rasgos de la cultura ancestral de los changos. De ahí la importancia de realizar las acciones necesarias para que no se pierda lo que aún queda de esta rica historia cultural y de este conocimiento ancestral sobre las formas de habitar y adaptarse al territorio costero arreico. En este sentido en la actualidad se está ejecutando en la comuna de Taltal el proyecto “Educación infantil para la valorización de la historia e identidad de los changos en la comuna de Taltal”, el cual es fruto de un convenio entre la municipalidad de Taltal y la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Chile. Dicho proyecto busca fortalecer los vínculos entre las familias que actualmente habitan la comuna de Taltal con el pasado chango de la zona a partir de reconocer la continuidad de las antiguas prácticas sociales y saberes reconstruidos a partir de vestigios arqueológicos.

El asesor de la BCN, señor Matías Meza-Lopehendía, señaló que los proyectos de ley proponen modificar el artículo 1° de la ley de desarrollo indígena que establece en su ámbito de aplicación una lista de carácter no taxativo de las etnias. Ello fue ratificado cuando se legisló la idea para incorporar la etnia diaguita, donde se consideró especialmente la letra c) del artículo 2°de esta ley, para establecer como criterio de identificación a cada uno de los miembros pertenecientes a estas etnias, el mantener rasgos culturales de alguna etnia indígena.

Advirtió que cada vez que la ley usa el vocablo etnia, la ley lo ocupa en un sentido abierto y no se refiere a las etnias mencionadas en el artículo 1°, de manera que puede sostenerse que el proyecto no significa un cambio sustantivo más allá de lo que significa el reconocimiento.

El diputado Jaime Bellolio consultó si existen antecedentes para sostener que a personas pertenecientes a la etnia chango se les hubiere reconocido su calidad de indígenas.

El señor Meza–Lopehendía señaló no tener conocimiento de ello, sin embargo sugirió que Conadi debería tenerla.

La Comisión estuvo de acuerdo en considerar que esta iniciativa legal, que ha tenido un amplio espectro de patrocinantes, recoge una antigua aspiración de la etnia chango, que aspira a tener un reconocimiento legal como ha acontecido con otros pueblos.

Asimismo, la Comisión consideró la necesidad de votar ambos proyectos y posteriormente solicitar a los diputados patrocinantes y por tanto a la Sala que den su consentimiento a refundirlos en un solo texto final, toda vez que se encuentran primer trámite constitucional y primero reglamentario, comparten la misma idea matriz o fundamental, sus consideraciones o fundamentos son complementarias y tienen un artículo único.

IV.- DISCUSIÓN Y VOTACIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

Votación

1.- Proyecto que “Establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para otorgar al pueblo chango el reconocimiento como etnia indígena de Chile". Boletín N° 11.335-17

“Artículo único: Modifíquese el artículo 1° de la Ley Nº 19.253 sobre protección, fomento y desarrollo de los Pueblos Indígenas, reemplazando el término “y” a continuación del término “collas” por una coma (,) e incorporando entre los términos “diaguita” y “del norte del país” la frase “y al pueblo chango”.

2.- Proyecto de ley que “modifica la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Conadi Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile”. Boletín N° 11.188-17.

“Artículo único.- Agregase en el inciso segundo del artículo 1º de la ley Nº 19.253 sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, reemplazando por una coma (,) la conjunción "y" que antecede al vocablo "diaguita", e insertando después de esta la expresión "y Chango".

Puestos en votación los dos proyectos de ley, fueron aprobados en general y en particular, por la unanimidad de los diputados presentes.

Votaron los diputados Jaime Bellolio, Tucapel Jiménez, Felipe Letelier, Diego Paulsen, Roberto Poblete, Jorge Sabag, Raúl Saldívar y Sergio Ojeda (8x0x0).

V.- ACUERDO DE LA SALA DE LA CORPORACIÓN

En sesión celebrada el 13 de septiembre de 2017, la Cámara de Diputados accedió a la solicitud de la comisión en orden a refundir ambos proyectos de ley.

Por las razones señaladas, y por las que expondrá oportunamente el diputado informante, la Comisión recomienda a la Sala aprobar el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único. Modifíquese el artículo 1° de la Ley Nº 19.253 sobre protección, fomento y desarrollo de los Pueblos Indígenas, reemplazando el término “y” a continuación del término “collas” por una coma (,) e incorporando entre los términos “diaguita” y “del norte del país” la frase “y al pueblo chango”.

****************

Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones celebradas los días 23 de agosto y 6 de septiembre de 2017, con la asistencia de los diputados señores Jaime Bellolio, Hugo Gutiérrez, Tucapel Jiménez, Felipe Kast, Felipe Letelier, Sergio Ojeda (Presidente), Diego Paulsen, Roberto Poblete, Jorge Sabag, René Saffirio y Raúl Saldívar.

Sala de la Comisión, a 20 de septiembre de 2017.

HERNAN ALMENDRAS CARRASCO

Abogado Secretario de la Comisión

[1] El contenido de los proyectos y específicamente los antecedentes de hecho que se consignan en esta parte del informe han sido extraídos en su totalidad de las mociones correspondientes. Las modificaciones de carácter gramatical o formal que haya hecho la Secretaría de la Comisión se dan en cumplimiento de la facultad que el Reglamento de la Corporación otorga en su artículo 15 al presidente de la misma.

1.4. Discusión en Sala

Fecha 25 de octubre, 2017. Diario de Sesión en Sesión 83. Legislatura 365. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

RECONOCIMIENTO DE PUEBLO CHANGO COMO ETNIA INDÍGENA DE CHILE (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETINES NOS 11188-17 Y 11335-17)

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que modifica la ley N° 19.253, que Establece Normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y Crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile.

Este proyecto se tratará conforme a las reglas de la Tabla de Fácil Despacho.

Diputada informante de la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios es la señorita Daniella Cicardini .

Antecedentes:

-Mociones:

-Boletín N° 11188-17, sesión 12ª de la presente legislatura, en 11 de abril 2017. Documentos de la Cuenta N° 10, y

-Boletín N° 11335-17, sesión 52ª de la presente legislatura, en 1 de agosto de 2017. Documentos de la Cuenta N° 9.

-Informe de la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios, sesión 73ª de la presente legislatura, en 3 de octubre de 2017. Documentos de la Cuenta N° 5.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Cito a reunión de Comités sin suspensión de la sesión.

Tiene la palabra la diputada informante.

La señorita CICARDINI , doña Daniella (de pie).- }

Señor Presidente, en representación de la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en mociones refundidas, que modifica la ley N° 19.253, que Establece Normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para otorgar al pueblo chango el reconocimiento como etnia indígena de Chile.

Las iniciativas refundidas, por acuerdo de la Sala, que dieron lugar al proyecto en informe, tienen su origen en mociones de las diputadas Karol Cariola , Daniella Cicardini , Cristina Girardi , Maya Fernández y Yasna Provoste , y de los diputados Claudio Arriagada , Cristián Campos , Marcos Espinosa , Ramón Farías , Luis Lemus , Daniel Melo , Sergio Ojeda , Roberto Poblete , Jorge Sabag , José Pérez , Raúl Saldívar y Víctor Torres .

Los proyectos de ley originales constan de un artículo único y en ambos se propone modificar el inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 19.253, que Establece Normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile.

La calificación de la calidad de indígena se logra, según nuestra legislación, precisamente atendiendo a señas de identidad, al saberse y decirse indígena, como bien señala el artículo segundo de la ley indígena N° 19.253, que expresamente dispone lo siguiente: “Se considerarán indígenas para los efectos de esta ley las personas de nacionalidad chilena que se encuentren en los siguientes casos:

c) Los que mantengan rasgos culturales de alguna etnia indígena, entendiéndose por tales la práctica de formas de vida, costumbres o religión de estas etnias de un modo habitual o cuyo cónyuge sea indígena. En estos casos, será necesario, además, que se auto identifiquen como indígenas.”.

De la misma forma como ocurrió con los changos, sabemos que la etnia diaguita fue ninguneada por la academia como un pueblo extinto, y que su dignidad fue restablecida al serle reconocida su calidad originaria por ley. En este proceso se logró la dictación de la ley N° 20.117, que integra a la etnia diaguita al artículo 1° de la denominada ley indígena.

Así, considerando lo señalado sobre el pueblo diaguita, existen diversos testimonios que señalan la pervivencia de formas de vida y de patrones culturales que testimonian la supervivencia del pueblo chango. Es así que hoy los changos están integrados a las grandes ciudades; unos viven en los puertos y muchos permanecen fieles a su balneario, como son los de Tongoy, Guanaqueros y la llamada Playa Changa de Coquimbo, o en localidades como Chañaral de Aceituno, Obispito , Carrizalillo , entre otras, en la Región de Atacama. En suma, han conservado sus patrones culturales ligados a la pesca y al manejo de los recursos hidrobiológicos.

Existen estudios que demuestran que los changos presentarían a su vez rasgos culturales de los pueblos de tradición chinchorro, existentes en esta zona durante el período arcaico, entre 8.000 y 4.000 años atrás. Este conjunto de evidencias sugiere una ocupación continua de la costa por cerca de 8.000 años, y una posible vinculación genética entre todas estas etnias.

La costa de lo que actualmente son las regiones de Antofagasta y de Atacama ha estado habitada por comunidades de cazadores-recolectores-pescadores desde hace por lo menos 12.000 años. A lo largo de estos milenios las comunidades humanas fueron forjando un modo de vida y un conjunto de instrumentos, prácticas y saberes adaptados a las especificidades del territorio costero del norte de Chile, a lo que sumaron el intercambio de productos, conocimientos y parejas con grupos costeros de más al norte y de más al sur, así como con grupos interiores.

Durante el periodo colonial, y con especial fuerza a contar del siglo XVIII, los changos que habitaban estas costas sufrieron importantes procesos de mestizaje con españoles, franceses, criollos e indígenas venidos desde el interior y desde la Región de Atacama principalmente.

No obstante estos procesos, los modos de vida vinculados al conocimiento y explotación del mar mantuvieron importantes elementos de continuidad desde la prehistoria y a lo largo de los siglos de las épocas colonial y republicana.

Ejemplos de lo anterior son las formas de uso del espacio de orilleros y pescadores que viven parte o todo el año en las denominadas “changuerías” a lo largo del litoral. De hecho, a lo largo de la línea costera nos encontramos con asentamientos humanos permanentes, como Paposo, Taltal y caleta Cifuncho , y con un conjunto de pequeñas ensenadas y puntas aisladas, como La Colorada, Bandurrias , Punta Negra y El Blanco, todas de la comuna de Taltal, que albergan una población flotante durante el año. Dichos asentamientos están constituidos por conjuntos de “rucos” utilizados como emplazamientos estratégicos de producción de los pescadores artesanales.

Ahora, dado el avance de la modernidad y las transformaciones en las tradiciones ancestrales, los modos de vida característicos de la costa arreica desde la época prehispánica y que se mantienen hasta la actualidad se ven amenazados con perderse para siempre. Ya se ha perdido la lengua originaria y muchos rasgos de la cultura ancestral de los changos. De ahí la importancia de realizar las acciones necesarias para que no se pierda lo que aún queda de esta rica historia cultural y de este conocimiento ancestral sobre las formas de habitar y adaptarse al territorio costero arreico.

Actualmente, en el Museo Arqueológico de La Serena se encuentra una balsa de cuero de lobo marino construida en 1965, en la hoy tan conocida Caleta Chañaral de Aceituno, de la Región de Atacama. Esa balsa fue construida por uno de los últimos hombres que conocían la técnica con la que el llamado “pueblo chango” fabricaba esas embarcaciones; eran los ancestrales “pescadores de la niebla”, que utilizaron esas embarcaciones en sus recorridos por las costas de nuestro norte. Ese hombre se llamaba Roberto Álvarez , también conocido como el Chango Robe, quien falleció en 1987. Fue el último chango constructor de balsas. Hoy sus familiares lo recuerdan con orgullo en la Caleta Chañaral de Aceituno.

En la actualidad, ellos y muchos otros hombres y familias de mar, por toda la costa de Atacama y también por las de las regiones de Antofagasta y de Coquimbo, tienen el sueño no solo de mantener vivo el legado de don Roberto , sino también de que no se pierda el legado de todo un pueblo, y el sueño de volver a poner en alto y por fin en el lugar que se merecen las tradiciones, los elementos culturales y las costumbres del pueblo chango, con el cual se sienten plenamente identificados.

Asimismo, quieren que se reconozca su poco valorado aporte no solo en la dominación del mar y en las técnicas de la pesca, sino también en aspectos como el arte rupestre y las técnicas mortuorias. Como todos saben, los changos fueron un pueblo nómada, pescador, recolector, mariscador y cazador de lobos marinos. El primer registro de ellos con la denominación específica de “changos” data de mediados del siglo XVII, y hacía referencia a la población que ocupaba el litoral costero entre Copiapó y Coquimbo . Posteriormente, la denominación se amplió para incluir a distintos grupos indígenas que habitaron entre esa zona y el sur de Perú.

Es a ese pueblo al que buscan reconocer y rescatar los proyectos de ley refundidos.

El actual gobierno está haciendo un esfuerzo por establecer una nueva relación con nuestros pueblos originarios a través de una serie de proyectos que crean una nueva institucionalidad indígena; no obstante, nosotros también creemos que esa nueva relación se debe sustentar en el reconocimiento de las características propias y particulares de cada pueblo.

De esta forma, constatamos que la etnia changa no se ha extinguido; sigue viva, pero sin la dignidad que merece.

Nuestra legislación sobre los pueblos originarios, contenida en la ley N° 19.253, dispone que el Estado reconoce que los indígenas de Chile son los descendientes de las agrupaciones humanas que existen en el territorio nacional desde tiempos precolombinos, los que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias. Lo que allí se establece no deja dudas sobre el reconocimiento de esta etnia.

En consideración a ellos trabajamos en esta propuesta, la que elaboramos junto a quienes hoy se sienten plenamente representantes y herederos de los changos. En ese sentido, con el temor de olvidarme de muchos nombres, aprovecho de agradecer a dirigentes y representantes changos, como las señoras Elena Marín y Patricia Cortés , y el señor Héctor Alfaro , representantes de agrupaciones changas de la localidad de Totoral y de las comunas de Caldera y Chañaral, respectivamente.

Asimismo, quiero destacar el aporte del señor Patricio Segovia y, en especial, del director del museo regional de Atacama, doctor en historia y destacado académico señor Guillermo Cortés Lutz , quienes ayudaron a enriquecer este proyecto.

Por otro lado, aprovecho de destacar el trabajo documental que está realizando el señor Carlos Cortés , presente en las tribunas de la Cámara de Diputados, quien desde hace dos años se encuentra trabajando con el señor Felipe Rivera , bisnieto del señor Roberto Álvarez , cuya familia constituyó la agrupación Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo.

En definitiva, esta iniciativa responde a un largo anhelo de pescadores artesanales y de varias agrupaciones que tienen en común un lazo ancestral, el cual, pese a la evolución tecnológica, une a esa actividad con la tradición pesquera changa. Me refiero a hombres como don Héctor Alfaro , representante de la Agrupación Changa de Chañaral, quien en una oportunidad me señaló lo siguiente: “La tradición del hombre de mar chango no se ha perdido, está vigente y latente en las costas de Chile. Hoy en día también encontramos a compañeros nuestros que tiran un par de troncos al mar para llevar la red hacia adentro con una persona nadando; todavía se mantienen esas tradiciones”. Subrayo especialmente el sentido de pertenencia e identificación, por ser en este caso muy relevante.

De esta manera, lo que se pretende mediante este proyecto de ley es reconocer la posibilidad cierta del desarrollo de una cultura que ha luchado, en pequeños nichos, por pervivir en el tiempo.

Por ello, se propone modificar el artículo 1° de la ley indígena, con el objeto de incorporar a los changos a las etnias existentes en el país: mapuche, aimara, rapa nui, atacameña, quechua, diaguita y colla, y a las menguadas comunidades kawashkar y yagán, de los canales australes, como un acto de reconocimiento, de dignificación y, sobre todo, de promoción para su desarrollo futuro y consolidación.

Asimismo, en el fundamento de los proyectos refundidos se señala que todos quienes nacemos en el territorio chileno somos iguales por esencia, pero que el Estado debe ser garante de aquellos grupos que tienen identidad propia y participan activamente en la formación y desarrollo de nuestra sociedad. Dentro de los grupos intermedios se incluye a quienes pertenecen a un pueblo indígena o etnia, a falta de un reconocimiento explícito de los pueblos originarios por parte del Estado en nuestra Carta Fundamental.

La incorporación implícita de los pueblos indígenas dentro de los grupos intermedios que señala la Constitución Política, que son parte del desarrollo de la sociedad, se apoya en la idea de que estos grupos, o la mayoría de ellos, mantienen sus costumbres, creencias y estructura de organización o rangos, las que deben ser reconocidas y garantizadas por el Estado de Chile.

Del mismo modo, ello dice relación con la plena vigencia del Convenio N° 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas en Países Independientes de la OIT, ratificado por Chile en 2008, instrumento que reconoce derechos a los pueblos indígenas sobre sus tierras y territorios, además del establecimiento de mecanismos de participación política y el reconocimiento del derecho que les asiste a ejercer un control progresivo sobre los programas de salud y educación dirigidos a ellos, entre otras cosas.

La defensa de derechos y fomento se da en la medida en que los pueblos que mantengan sus costumbres y creencias ancestrales se encuentren reconocidos por el Estado, de acuerdo con lo que establece la ley N° 19.253.

Actualmente, existen nueve pueblos indígenas reconocidos por el Estado. La idea básica contenida en las iniciativas refundidas es la incorporación en esa ley del reconocimiento oficial de nuestro Estado a un pueblo que desde tiempos precolombinos se ha mantenido presente en la historia y desarrollo de nuestro país como nación independiente y multicultural: el pueblo chango.

Este es el acto de reconocimiento que, estoy segura, merecen como acto de justicia, dignificación y, sobre todo, de promoción para su desarrollo futuro y consolidación.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

-Aplausos.

El señor JARAMILLO (Vicepresidente).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra la diputada Yasna Provoste .

La señora PROVOSTE (doña Yasna).-

Señor Presidente, tal como lo mencionó la diputada informante, señorita Daniella Cicardini , quiero saludar, de manera muy especial, a quienes han contribuido a resguardar una cultura maravillosa, como lo es el pueblo chango.

Algunos de ellos han tenido la posibilidad de llegar hasta este hemiciclo, mientras que otros siguen la transmisión del canal de televisión de la Cámara desde sus diferentes caletas. Saludo de manera muy especial a la señora Esmeralda , quien hoy nos acompaña en las tribunas.

También quiero saludar a quien ha sido fuerte impulsor de la agrupación Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo, señor Felipe Rivera.

El Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, en su documento denominado Sistematización Encuentro Nacional de Consulta Previa a los Pueblos Indígenas para la Creación de la Nueva Institucionalidad Cultural, en mayo de 2015, daba cuenta, en las páginas 15 y 16, sobre el proceso que se debe efectuar en el país para el reconocimiento del pueblo chango. Lo señalo porque nos asiste la firme convicción de que en nuestro país somos capaces de apoyar los procesos de resignificación histórica, así como de avanzar en el reconocimiento que tiene el pueblo chango en nuestra historia.

Desde los inicios de la presencia colonial, diversos autores se han referido a los habitantes de Cobija y han destacado los recursos marinos de esa ensenada. En términos generales, los pescadores que vivían a lo largo de la costa del Norte Grande de Chile llamaron la atención de quienes llegaban a nuestros territorios, por aspectos como su condición de vida, a la que aluden los epítetos mencionados por parte de la diputada informante; su movilidad y el aprovechamiento integral del lobo marino para la construcción de balsas, viviendas, vestimentas, recipientes y alimentos.

Esas poblaciones habían logrado una buena adaptación a este ambiente, que incluía el mar, roqueríos, playas e islas, y la zona de la cordillera de la Costa, que les proporcionaba otro tipo de recursos vegetales y animales, como el guanaco.

Pudieron disponer de ciertos excedentes -productos del mar secos y/o salados, conchas y guano susceptibles de ser intercambiados con recursos y bienes de tierras altas.

Quizá el único relato temprano que intenta caracterizar físicamente a los changos, también denominados “camanchacas”, situándolos en el primer repartimiento de Chile, en Copiapó, y que de paso refiere algunas de sus costumbres, es el de fray Reginaldo de Lizárraga, a fines del siglo XVI. El autor señala: “en este trecho de tierra hay algunas caletillas con poca agua salobre, donde se han recogido y huido algunos indios pescadores, pobres y casi desnudos; los vestidos son de pieles de lobos marinos y en muchas partes desta costa beben sangre destos lobos a falta de agua; no alcanzan un grano de maíz y no lo tienen; su comida solo es pescado y marisco. Llaman a estos indios camanchacas, porque los rostros y cueros de sus cuerpos se les han vuelto como una costra colorada, durísimo; dicen les proviene de la sangre que beben de los lobos marinos, y por ese color son conocidísimos.”.

Esas mismas tradiciones, que ya a fines del siglo XVI algunos de los que llegaban a estos territorios describían como característica de quienes habitaron las costas de nuestro país, hoy superviven en nuevas generaciones; una supervivencia del pueblo chango que, a partir de los testimonios, señala que han procurado mantener viva la identidad y la memoria de las formas de vida y los patrones culturales que testimonian la supervivencia de ese pueblo hasta nuestros días; ellos han conservado sus patrones culturales ligados a la pesca y al manejo de los recursos hidrobiológicos.

Señor Presidente, en homenaje a los hombres de ayer y de hoy, a los changos inmortales, apoyaremos con decisión este proyecto, destinado a obtener el reconocimiento al pueblo chango en nuestra legislación.

He dicho.

El señor JARAMILLO (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Marcos Espinosa .

El señor ESPINOSA (don Marcos).-

Señor Presidente, estoy muy contento de que estemos discutiendo este proyecto de ley, pues hace justicia al reconocimiento a un pueblo que normalmente aparece como olvidado a la hora de revisar las culturas indígenas de nuestro país.

En crónicas como las de Jerónimo de Vivar, escritas en el siglo XVI, se hace mención de los changos y de su cultura, describiéndolos como un pueblo costero de cazadores y recolectores que tenían una particularidad bastante especial respecto del resto de los habitantes del territorio nacional en esa época: el manejo de sus famosas balsas de cuero inflado de lobo marino, cuya descripción rigurosa está detallada en las mencionadas crónicas de Vivar. Él también los caracterizaba como avezados y diestros navegantes que pescaban a más de cien o ciento cincuenta metros de la costa.

La modificación que estamos promoviendo junto con otros parlamentarios al artículo 1 de la ley N° 19.253, en lo relativo a la protección, fomento y desarrollo de los indígenas, tiene por objeto incorporar a los changos entre los pueblos indígenas de nuestro país.

Por cientos de años, nuestras tradiciones, historia, cultura e idiosincrasia han estado marcadas por la presencia de costumbres ancestrales que definen lo que somos hoy día como pueblo y como nación.

La influencia del pueblo chango en el norte del país no es la excepción, pues desde tiempos precolombinos la costa de lo que actualmente es la región de Antofagasta, en particular la comuna de Taltal, ha estado habitada por comunidades de cazadores, recolectores, pescadores y mariscadores que se han mantenido presentes en la historia y en el desarrollo de la zona hasta nuestros días, por lo que deben ser considerados dentro del concepto de nación independiente y multicultural que nos identifica.

Existen registros históricos de la presencia de la cultura changa en caletas como Cifuncho y Paposo, y en el puerto de Taltal.

Según la tesis del académico Diego Salazar , del Departamento de Antropología de la Universidad de Chile, a lo largo de más de 12.000 años las comunidades humanas de changos fueron forjando un modo de vida y un conjunto de instrumentos, prácticas y saberes adaptados a las especificidades del territorio costero del norte de Chile, a los que sumaron el intercambio de productos y conocimientos con grupos costeros de más al norte y de más al sur, así como también con grupos interiores.

A contar del siglo XVI, a esas poblaciones costeras se les conoció por diversos nombres, tal como mencionó la colega Yasna Provoste .

Durante el período colonial, y con especial fuerza a contar del siglo XVIII, los changos que habitaban esas costas sufrieron importantes procesos de mestizaje con españoles, franceses, criollos e indígenas venidos desde el interior y desde la región de Atacama, principalmente. No obstante estos procesos, los modos de vida vinculados al conocimiento y explotación y exploración del mar mantuvieron importantes elementos de continuidad desde la prehistoria a lo largo de los siglos de la época colonial y republicana.

Ejemplo de lo anterior son las formas de uso del espacio de orilleros y pescadores que viven parte o todo el año en las denominadas “changuerías” a lo largo del litoral, además de la caza de albacoras en balsas y utilizando arpones.

Dado el avance de la modernidad y las transformaciones en las tradiciones ancestrales, los modos de vida característicos de la costa arreica, desde la época prehispánica y que se mantienen hasta la actualidad, amenazan con perderse para siempre. Ya se han perdido la lengua originaria y muchos rasgos de la cultura ancestral de los changos.

La iniciativa que discutimos hoy viene a reforzar todos los esfuerzos que se están llevando a cabo en ese sentido, por lo que esperamos contar con el apoyo transversal de la Corporación, para que esta iniciativa avance en su tramitación legislativa y se transforme luego en ley de la república.

He dicho.

El señor JARAMILLO (Vicepresidente).-

Hago presente a la Sala que en cumplimiento del acuerdo de los Comités adoptados ayer, hemos tratado este proyecto como si fuera de fácil despacho.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en mociones refundidas, que modifica la ley N° 19.253, que Establece Normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y Crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile.

Hago presente a la Sala que su artículo único trata materias propias de ley simple o común.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 91 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Aguiló Melo, Sergio ; Alvarado Ramírez , Miguel Ángel ; Álvarez Vera, Jenny ; Álvarez Salamanca Ramírez , Pedro Pablo ; Andrade Lara, Osvaldo ; Arriagada Macaya, Claudio ; Auth Stewart, Pepe ; Bellolio Avaria, Jaime ; Berger Fett, Bernardo ; Boric Font, Gabriel ; Campos Jara, Cristián ; Carmona Soto , Lautaro ; Castro González, Juan Luis ; Chahin Valenzuela, Fuad ; Chávez Velásquez, Marcelo ; Cicardini Milla, Daniella ; Coloma Alamos, Juan Antonio ; De Mussy Hiriart, Felipe ; Espinosa Monardes, Marcos ; Espinoza Sandoval, Fidel ; Farcas Guendelman, Daniel ; Farías Ponce, Ramón ; Fernández Allende, Maya ; Flores García, Iván ; Fuentes Castillo, Iván ; Gahona Salazar, Sergio ; González Torres, Rodrigo ; Gutiérrez Gálvez, Hugo ; Hernando Pérez, Marcela ; Hoffmann Opazo , María José ; Jackson Drago, Giorgio ; Jaramillo Becker, Enrique ; Jarpa Wevar, Carlos Abel ; Jiménez Fuentes, Tucapel ; Kast Sommerhoff, Felipe ; Kort Garriga, Issa ; Lavín León, Joaquín ; León Ramírez, Roberto ; Letelier Norambuena, Felipe ; Lorenzini Basso, Pablo ; Macaya Danús, Javier ; Melero Abaroa, Patricio ; Melo Contreras, Daniel ; Mirosevic Verdugo, Vlado ; Molina Oliva, Andrea ; Monckeberg Bruner, Cristián ; Monckeberg Díaz, Nicolás ; Morales Muñoz, Celso ; Morano Cornejo, Juan Enrique ; Nogueira Fernández, Claudia ; Núñez Lozano, Marco Antonio ; Núñez Urrutia , Paulina ; Ojeda Uribe, Sergio ; Ortiz Novoa, José Miguel ; Paulsen Kehr, Diego ; Pérez Arriagada, José ; Pérez Lahsen, Leopoldo ; Pilowsky Greene, Jaime ; Poblete Zapata, Roberto ; Provoste Campillay, Yasna ; Rathgeb Schifferli, Jorge ; Rincón González, Ricardo ; Robles Pantoja, Alberto ; Rocafull López, Luis ; Sabag Villalobos, Jorge ; Sabat Fernández, Marcela ; Saffirio Espinoza, René ; Saldívar Auger, Raúl ; Sandoval Plaza, David ; Santana Tirachini, Alejandro ; Schilling Rodríguez, Marcelo ; Sepúlveda Orbenes, Alejandra ; Silber Romo, Gabriel ; Silva Méndez, Ernesto ; Soto Ferrada, Leonardo ; Squella Ovalle, Arturo ; Tarud Daccarett, Jorge ; Teillier Del Valle, Guillermo ; Torres Jeldes, Víctor ; Trisotti Martínez, Renzo ; Turres Figueroa , Marisol ; Ulloa Aguillón, Jorge ; Urízar Muñoz, Christian ; Urrutia Soto, Osvaldo ; Vallejo Dowling, Camila ; Vallespín López, Patricio ; Van Rysselberghe Herrera, Enrique ; Venegas Cárdenas, Mario ; Verdugo Soto, Germán ; Walker Prieto, Matías ; Ward Edwards, Felipe .

El señor ESPINOZA, don Fidel (Presidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular.

Despachado el proyecto al Senado.

1.5. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 25 de octubre, 2017. Oficio en Sesión 60. Legislatura 365.

VALPARAÍSO, 25 de octubre de 2017

Oficio Nº 13.586

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo de las mociones, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha aprobado el proyecto de ley que modifica la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile, correspondiente a los boletines Nos 11.188-17 y 11.335-17, refundidos, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el inciso segundo del artículo 1 de la ley Nº 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena:

1. Reemplázase la conjunción “y”, que sucede al vocablo “Collas”, por una coma.

2. Incorpórase, entre la palabra “Diaguita” y la expresión “del norte del país”, la frase “y al pueblo Chango”.”.

*****

Dios guarde a V.E.

FIDEL ESPINOZA SANDOVAL

Presidente de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Primer Informe de Comisión de Derechos Humanos

Senado. Fecha 12 de diciembre, 2018. Informe de Comisión de Derechos Humanos en Sesión 77. Legislatura 366.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA recaído en el proyecto de ley que modifica la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo Chango como etnia indígena de Chile.

BOLETINES Nºs 11.188-17 y 11.335-17, REFUNDIDOS

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la referencia, en segundo trámite constitucional, iniciado en las siguientes Mociones:

1.- Boletín N° 11.188-17 de los Honorables Diputados señoras Karol Cariola Oliva, Daniella Cicardini Milla y Cristina Girardi Lavín, y señores Jorge Sabag Villalobos y Raúl Saldívar Auger, y de los ex Diputados señores Luis Lemus Aracena, Daniel Melo Contreras, Sergio Ojeda Uribe y Roberto Poblete Zapata.

2.- Boletín N° 11.335-17 de los Honorables Diputados señora Maya Fernández Allende y señores José Pérez Arriagada y Víctor Torres Jeldes; de la actual Senadora señora Yasna Provoste Campilla, y de los ex Diputados señores Claudio Arriagada Macaya, Cristián Campos Jara, Marcos Espinosa Monardes y Ramón Farías Ponce.

Se dio cuenta del proyecto en análisis en la Sala del Honorable Senado, el 7 de noviembre de 2017, disponiéndose su estudio por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.

Se hace presente que, no obstante que el proyecto de ley es de artículo único, vuestra Comisión os propone discutirlo sólo en general, con el objeto de perfeccionar y enriquecer la iniciativa con ocasión del segundo informe.

A las sesiones en que la Comisión analizó este proyecto de ley asistió, además de sus miembros, el Honorable Senador señor José Miguel Insulza, y los Honorables Diputados señora Daniella Cicardini y señor Nino Baltolu.

Asimismo, concurrieron:

Por el Ministerio de Desarrollo Social: el Ministro, señor Alfredo Moreno; el Jefe de la Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas, señor Andrés Cortés; el Abogado, señor Hans Weber, y la Coordinadora Legislativa, señora Andrea Martínez.

Por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el Asesor, señor Fredy Vásquez.

Por la Agrupación Cultural Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo: el Presidente, señor Felipe Rivera Marín; el Buzo mariscador y recolector de orilla chango, señor Víctor Marín y el Documentalista, señor Fabián Vallejos.

Por el Instituto Nacional de Derechos Humanos: el Consejero, señor José Aylwin y la Asesora Legislativa, señora Tania Rojas.

Por la Biblioteca del Congreso Nacional, el Analista, señor Matías Meza-Lopehandía.

Por la Fundación Chile Mejor, el señor Javier Carvallo.

Por el Honorable Senador señor Latorre: la Jefa de Prensa, señora María José Tapia, y los Asesores, señora Hiam Ayllach y señor Leonardo Rissetti.

Por la Bancada PS, el Periodista, señor Ricardo Miranda.

Por el Comité PPD, el Periodista, señor Gabriel Muñoz.

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OBJETIVO DEL PROYECTO

El proyecto busca el reconocimiento del Pueblo Chango como etnia indígena de Chile. Para ello, propone incorporarlo dentro del artículo 1° de la ley N° 19.253 que establece normas para la protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

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ANTECEDENTES

Para el debido estudio de esta iniciativa de ley, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

I. ANTECEDENTES JURÍDICOS

1.- La Constitución Política de la República en especial sus artículos 1°, 5° y 19 numeral 2°.

2.- La ley N° 19.253 que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

3.- La ley N° 20.117 que reconoce la existencia y atributos de la Etnia Diaguita y la calidad de indígena diaguita.

4.- El Convenio N° 169 de la OIT, promulgado por el decreto N° 236, de Relaciones Exteriores, de 2008, publicado en el Diario Oficial el 14 de octubre de 2008.

5.- La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948.

6.- La Convención Americana Sobre Derechos Humanos, denominada "Pacto de San José de Costa Rica"; promulgada por el decreto supremo Nº 873, de Relaciones Exteriores, de 1990, publicado en el Diario Oficial de 5 de enero de 1991.

7.- El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966, promulgado por el decreto supremo Nº 778, de Relaciones Exteriores, de 1976, publicado en el Diario Oficial de 29 de abril de 1989.

8.- El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado por la Asamblea General de la ONU, en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966; promulgado por el decreto supremo Nº 326, de Relaciones Exteriores, de 1989, publicado en el Diario Oficial de 27 de mayo de 1989.

II. ANTECEDENTES DE HECHO

II.1.- La Mociones que dan origen al presente proyecto de ley señalan, en términos generales, lo siguiente:

a) El Boletín N° 11.188-17, da cuenta que el término “Chango” aparece documentado por primera vez a mediados del siglo XVII para denominar a toda la población que ocupaba el litoral costero entre Copiapó y Coquimbo. Con el paso del tiempo, el apelativo se amplió también a los pueblos pescadores que habitaban más al norte hasta el sur del Perú, conocidos hasta entonces como camanchacas, proanches o uros, denominaciones que parecían hacer referencia a un grupo étnico en particular de pueblos pescadores.

Señala que el Pueblo de los Changos fue pescador y nómada. Se dedicaban a la extracción de moluscos y peces y a la cacería de lobos marinos. Sus herramientas eran los arpones y los anzuelos. Además, utilizaban balsas confeccionadas con el cuero de los lobos marinos y cocidos con fibras vegetales. Destaca la singular estructura de sus botes, que consistía en dos odres de forma cilíndrica inflados y unidos entre sí por medio de sogas. Al centro, dejaban un espacio que les permitía poner una tabla sobre la que iban de rodillas.

Comenta que este pueblo nómade fabricaba sus casas con la misma piel de lobo que sus barcazas, siendo exclusivamente un toldo o carpa de cuero que armaban y desarmaban cuando consideraban que debían dejar el lugar donde estaban.

A la llegada de los españoles, en 1536, relata que un grupo de Changos habitaban en la costa de Valparaíso y que más al norte los conquistadores conocieron a Carande (cara grande), jefe de la tribu de Changos que habitaba esa zona costera, rebautizándolo como Papudo. Refiere que este poblado es conocido hasta el día de hoy con ese nombre, avistado por primera vez por las fuerzas marítimas que prestaban apoyo a don Diego de Almagro en 1536.

Pone de relieve que la investigación etnohistórica y arqueológica revelan la presencia en el litoral de agrupaciones étnicas conocidas en Chile como Changos, coetáneos al período de la cultura Diaguita. Al efecto, da cuenta que los Changos fueron descritos por diversos viajeros durante los siglos XVIII y XIX.

En esta misma época, señala que también se empieza a usar la denominación de Changos, a partir de 1665, para identificar a las poblaciones de Cobija y de Copiapó. Para la arqueóloga Bente Bittmann "Changos" o "Chiangos" corresponde al nombre utilizado para designar desde mediados del siglo XVII a los grupos de pescadores, recolectores y cazadores costeros, que habitaban la franja del Pacífico entre el sur del Perú y Tongoy en la costa chilena.

Previene que aunque la observación es general para la costa comprendida entre Arica y Coquimbo, se sabe que las denominaciones de Camanchacas y Changos fueron usadas con la misma extensión.

Por otra parte, indica que el término uro, tiene una serie de connotaciones, entre otras, identificar a las personas que no se dedican a la agricultura, sino más bien a la recolección, la pesca, la caza y eventualmente el pastoreo y que por añadidura son percibidos como "pobres".

Sin duda, hace notar que la problemática de los grupos indígenas asentados en la costa de Chile deja más preguntas que respuestas. Por eso, acota que hablar de una identidad cultural sólo puede llevarlos a la configuración común del compartir prácticas en torno a ciertas actividades económicas relacionadas fundamentalmente con los recursos marinos y a retazos de una historia precolombina aún no bien delineada.

Precisa que las personas que a principios del siglo XX son reconocidas como Chango pertenecen a un conjunto de familias de pescadores que habitan el litoral chileno, en asentamientos precarios y transitorios, de acuerdo a la percepción de Ricardo Latcham, quien relata que construyen sus casas con lo que encuentran en las caletas.

Refiere que hoy no existen descendientes reconocidos de los grupos Changos, dado el profundo mestizaje que ha ocurrido en los últimos siglos. No obstante, da cuenta que su modo de vida sigue siendo practicado por los pescadores, algueros y orilleros desde Chañaral a Cobija, al mantener la tecnología, la economía y el patrón de asentamiento de estas antiguas poblaciones del desierto costero.

Resalta que el tema no es nuevo para la reflexión antropológica, puesto que existe un reciente e interesante ensayo del señor Antonio Pérez (2001), que acuña incluso una tipología inicial, en la que distingue, entre otras, a las etnias reconstruidas, es decir, a aquellas que perdieron hace poco sus bases culturales identitarias pero que mantienen una continuidad territorial, parental o histórica, y a las etnias resucitadas, cuya relación con el pasado proviene en parte de la memoria y en parte de la literatura existente sobre el grupo.

En virtud de este proceso, apunta, se ha logrado la ley Nº 20.117, que integra a la etnia Diaguita en el artículo 1º de la ley N° 19.253. Al efecto, da cuenta que, en relación con el Pueblo Diaguita, existen diversos testimonios que señalan la pervivencia de formas de vida y de patrones culturales que testimonian la supervivencia del Pueblo Chango.

Hoy, refiere los Changos están integrados a las grandes ciudades, unos viven en los puertos y varios permanecen fieles a sus caletas, como Tongoy; Guanaqueros; la Playa Changa de Coquimbo; Obispito en Chañaral, y Carrizalillo más al Norte.

Además, señala que existen diversos estudios que establecen que los Changos presentarían a su vez rasgos culturales de los pueblos de tradición Chinchorro, existentes en esta zona durante el período arcaico, entre 8.000 y 4.000 años atrás. Esta evidencia sugiere una ocupación continua de la costa por cerca de 8.000 años, y una posible vinculación genética entre todas estas etnias.

De esta forma, destaca que la etnia Changa no se ha extinguido, por lo que merece su reconocimiento. Esto, debido a que la etnia de los Changos mantiene los elementos que conforman el ser indígena, siendo tal vez, el de la pureza genética el único que pueda cuestionarse, aunque dicha objeción ha de ser relativizada por la noción esencialmente cultural del modelo nacional de reconocimiento y calificación de los pueblos originarios y de sus integrantes.

b) Por su parte, el Boletín N° 11.335-17, resalta que la incorporación implícita de los pueblos indígenas dentro de los grupos intermedios que reconoce y ampara la Constitución Política de la República se apoya en la idea de que éstos mantienen sus costumbres, creencias y estructura de organización o rasgos, los cuales deben ser reconocidos y garantizados por el Estado de Chile.

Ello, dice relación con la plena vigencia del Convenio 169 de la OIT, ratificado por Chile en el año 2008, instrumento que reconoce derechos a los pueblos indígenas sobre sus tierras y territorios, además de establecer mecanismos de participación política, como la consulta indígena, y de reconocer el derecho que les asiste a ejercer un control progresivo sobre los programas de salud y educación dirigidos a ellos, entre otras cosas.

En seguida, trae a colación el artículo 1° de la ley N° 19.253 que dispone “El Estado reconoce que los indígenas de Chile son los descendientes de las agrupaciones humanas que existen en el territorio nacional desde tiempos precolombinos, que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias siendo para ellos la tierra el fundamento principal de su existencia y cultura”.

No obstante lo anterior, precisa que la defensa de los derechos de los pueblos indígenas se da en la medida de que éstos mantengan sus costumbres y creencias ancestrales. Actualmente, da cuenta existen nueve pueblos indígenas reconocidos oficialmente por el Estado.

Asimismo, comenta que según el CENSO de 2002 el 4,58% de la población chilena, es decir, 692.192 personas mayores de 14 años se declararon como indígenas que pertenecen a uno de los ocho grupos étnicos reconocidos en la legislación en esa época. En mayo de 2008, añadió, se incorporó a la comunidad Diaguita dentro de este grupo, que fue contabilizaba en el CENSO de 2017.

En seguida, resalta que el objeto del presente proyecto consiste en dar reconocimiento oficial al Pueblo Chango mediante su incorporación en la ley, puesto que desde tiempos precolombinos se ha mantenido presente en la historia y desarrollo del país como una nación independiente y multicultural.

Indica que la costa de la Región de Antofagasta y, en particular, la comuna de Taltal ha estado habitada por comunidades de cazadores, recolectores y pescadores desde hace 12.000 años. Estas comunidades forjaron un modo de vida y un conjunto de instrumentos, prácticas y saberes adaptados a las especificidades del territorio costero del norte de Chile, a lo que sumaron el intercambio de productos y conocimientos con otros grupos costeros. A contar del siglo XVI, reseña, a estas poblaciones costeras se les conoció por diversos nombres -Changos, Proanches, Camanchacas o Camanchangos- siendo el nombre genérico de “Chango” el que se ha mantenido hasta la actualidad.

Durante el período colonial, relata que los Changos que habitaban estas costas sufrieron importantes procesos de mestizaje con los españoles, franceses, criollos e indígenas venidos desde el interior y desde la Región de Atacama, principalmente. Acota que no obstante estos procesos su modo de vida vinculado al conocimiento y a la explotación del mar mantuvo importantes elementos de continuidad desde la prehistoria hasta la época colonial y republicana.

Ejemplo de lo anterior, son las formas de uso del espacio de orilleros y de los pescadores que viven en las denominadas “Changuerías” a lo largo del litoral. Así, a lo largo de la línea costera, se encuentran asentamientos humanos permanentes como Paposo, Taltal, caleta Cifuncho y un conjunto de pequeñas ensenadas y puntas aisladas como La Colorada, Bandurrias, Punta Negra y El Blanco, todas de la comuna de Taltal, que albergan una población flotante constituidos por conjuntos de “rucos” utilizados como emplazamientos estratégicos de producción de los pescadores artesanales.

Informa que la tecnología y los instrumentos usados por los actuales orilleros y pescadores costeros son parte de la herencia que viene desde la época precolombina y que demuestra esta continuidad. Por ejemplo, detalla que el uso de instrumentos tales como chopes, pesas, anzuelos, chunguillos, redes y ganchos pulperos tiene una antigüedad de más de 8.000 años en la zona de Taltal y que continúan siendo usados hasta hoy.

A lo anterior, suma actividades como la caza de la albacora en balsas utilizando arpones, actividad que ya era frecuente hacia unos 7.500 años atrás y que se mantuvo a lo largo de toda la prehistoria y hasta nuestros días, como una fuente de recursos y de prestigio para los cazadores del mar.

Subraya que la importancia de esta actividad en el pasado prehispánico queda bien documentada en las célebres pinturas rupestres de El Médano, las cuales datan de varios miles de años y documentan diversas actividades de caza en alta mar, a partir de balsas de cuero de lobo.

Comenta que dado el avance de la modernidad y las transformaciones en las tradiciones ancestrales los modos de vida característicos de la costa arreica desde la época prehispánica y que se mantienen hasta la actualidad, amenazan con desaparecer para siempre. Al efecto, refiere que ya se ha perdido la lengua originaria y muchos rasgos de la cultura ancestral de los Changos. De ahí, resalta, la importancia de realizar las acciones necesarias para que no se pierda lo que aún queda de esta rica historia cultural y de este conocimiento ancestral sobre las formas de habitar y adaptarse al territorio costero arreico.

En este sentido, destaca que en la actualidad se está ejecutando en la comuna de Taltal el proyecto “Educación infantil para la valorización de la historia e identidad de los Changos en la comuna de Taltal”, el cual es fruto de un convenio entre la Ilustre Municipalidad de Taltal y la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Chile. Dicho proyecto, busca fortalecer los vínculos entre las familias que actualmente habitan esa comuna con el pasado Chango de la zona, y reconocer la continuidad de las antiguas prácticas sociales y saberes reconstruidos a partir de vestigios arqueológicos.

Por todo lo anterior, ambas mociones consideran fundamental reconocer al Pueblo Chango dentro de los pueblos indígenas que reconoce la ley N° 19.253.

II.2.- Por Oficio N° 13.586, de 25 de octubre de 2017, la Honorable Cámara de Diputados, comunica que ha prestado su aprobación al proyecto de ley en estudio, el cual consta de un artículo único, que reconoce al Pueblo Chango como etnia indígena de Chile y como tal la incorpora dentro de la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

Esta iniciativa fue informada en la Honorable Cámara de Diputados sólo por la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios y aprobada por la Sala de esa Corporación por 91 votos a favor, ningún voto en contra y ninguna abstención.

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DISCUSIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

El texto del proyecto de ley en informe es el siguiente:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena:

1. Reemplázase la conjunción “y”, que sucede al vocablo “Collas”, por una coma.

2. Incorpórase, entre la palabra “Diaguita” y la expresión “del norte del país”, la frase “y al pueblo Chango”.”.

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Cabe hacer presente, que la Comisión acordó iniciar una ronda de audiencia y, al efecto, concurrieron especialmente invitados a exponer sus puntos de vistas las siguientes entidades y especialistas en la materia, representados de la manera que en cada caso se indica:

El Ministro de Desarrollo Social, señor Alfredo Moreno.

El Analista, señor Matías Meza-Lopehandía de la Biblioteca del Congreso Nacional.

El Presidente de la Agrupación Cultural Chango Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo, señor Felipe Rivera.

El Jefe de la Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas del Ministerio de Desarrollo Social, señor Andrés Cortés.

Al iniciar el estudio de este proyecto de ley, en sesión de 19 de junio de 2018, la Comisión recibió audiencia al Analista de la Biblioteca del Congreso Nacional, señor Matías Meza-Lopehandía, quien informó que los Changos han sido presentados como un pueblo extinto según la disciplina antropológica tradicional, que se les conoce como un grupo heterogéneo vinculado a prácticas comunes en el borde costero. Apuntó que a mediados del siglo XIX se cambió el paradigma respecto de este pueblo, sin embargo, lamentó que no se tengan estudios sobre sus descendientes. En todo caso, señaló que existe evidencia de continuidad entre los pueblos precolombinos y los habitantes actuales del norte del país.

Indicó que de acuerdo a las leyes N°s 19.253 y 20.249 se puede determinar tres elementos objetivos para saber cuándo se está ante un pueblo indígena, a saber:

1.- Descendencia de los pueblos indígenas precolombinos.

2.- Continuidad cultural que debe reflejarse en la mantención de prácticas precolombinas.

3.- Identidad con la tierra o con el territorio que habitan. Al efecto, detalló que el Convenio 169 de la OIT establece la obligación de proteger el territorio o hábitat que usan.

Además, dio cuenta que existe un cuarto elemento que se consagra en el artículo 1° del Convenio 169 de la OIT, que se refiere a la autoidentificación, lo que implica que el propio pueblo desee ser considerado como pueblo indígena.

En cuanto a la necesidad de realizar una consulta previa de conformidad al Convenio 169 de la OIT, informó que deben consultarse todas las medidas administrativas o legislativas que pudieren afectar a los pueblos indígenas. Informó que según el Diccionario de la Real Academia de la Legua Española la palabra “afectación” tiene una carga negativa, pero que también puede tratarse de un efecto neutral.

Por ello, se preguntó qué sucede con las medidas favorables. Al respecto, trajo a colación al artículo 4° número 2 del Convenio 169 de la OIT que dice que las medidas especiales no deberán ser contrarias a los deseos expresados libremente por los pueblos interesados. De esta manera, consignó que se debe tener claro que esta facultad no se puede ejercer en contra de la voluntad libre de los pueblos indígenas, pero advirtió que ello no necesariamente significa la realización de un proceso de consulta. Al efecto, señaló que la Académica Raquel Yrigoyen ha interpretado que esta norma implica permitir la libre expresión de la voluntad del pueblo concebido y no buscar su voluntad.

Con todo, resaltó que el Congreso Nacional tiene la obligación de consultar las medidas que pudieren afectar a un pueblo indígena, no obstante, él es soberano para determinar cómo ejecutará esa consulta.

A continuación, la Comisión recibió al Ministro de Desarrollo Social, señor Alfredo Moreno, quien informó que en el 2017 se presentaron dos mociones a la Cámara de Diputados para incluir al Pueblo Chango dentro del artículo 1°, inciso segundo de la ley N° 19.253 que establece normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, los que posteriormente fueron refundidos por la Sala de dicha Corporación por perseguir el mismo objetivo.

Indicó que si bien los proyectos fueron aprobados en forma unánime tanto en la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios como en la Sala de la Cámara de Diputados, no se consultó previamente la opinión del Ministerio de Desarrollo Social. Al efecto, dio cuenta que en el informe de la referida iniciativa sólo consta la opinión del Analista de la Biblioteca del Congreso Nacional.

Además, puso de relieve que la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena tampoco fue citada para pronunciarse respecto de este proyecto de ley y refirió que actualmente dicha entidad está estudiando la posibilidad de incluir en el artículo 1° de la ley N° 19.253 al pueblo Mapuches Huilliches que ocupan un territorio particular, y que jamás en su Consejo se ha planteado la iniciativa de incluir al Pueblo Chango.

Asimismo, refirió que en la prensa nacional se difundió que el ex Ministro de Desarrollo Social se reunió con los integrantes del Pueblo Chango en Punta Choros y que en esa oportunidad se comprometió a iniciar un estudio antropológico para analizar las características de este pueblo. Sin embargo, hizo notar a Sus Señorías que en el Ministerio no existen indicios de que se haya iniciado dicho estudio.

Por otro lado, expresó que para el Ejecutivo la enumeración del inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 19.253 no es taxativa. De hecho, apuntó, en el 2006 se agregó a los Diaguitas.

Posteriormente, consideró que la inclusión de un pueblo en la ley N° 19.253 genera un sinnúmero de consecuencias prácticas, como el reconocimiento legal de un pueblo, el desarrollo de su cultura y el acceso a planes y políticas estatales diseñadas especialmente para los pueblos indígenas. Por ello, estimó que estos proyectos podrían tener algún impacto financiero para el Estado al incorporar a un nuevo grupo dentro de estos beneficios, que hoy no están cubiertos.

Por último, planteó a Sus Señorías realizar un estudio de carácter antropológico para determinar si se dan las condiciones para agregar al Pueblo Chango dentro de las etnias indígenas reconocidas por Chile. Ello, apuntó, les permitiría pronunciarse con mayores fundamentos respecto de estos proyectos de ley.

A continuación, la Comisión recibió en audiencia al Presidente de la Agrupación Cultural Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo, señor Felipe Rivera, quien señaló que proviene del norte, de la caleta Chañaral de Aceituno, lugar amado y generoso que ha posibilitado la vida de sus familias y descendencia. Comentó que viven del mar y que sus hermanos, tíos y primos son buzos mariscadores, pescadores o recolectores de orilla, y que sus tías son recolectoras de algas y cocineras. Agregó que sus abuelos fueron buzos con escafandras y pescadores de espineles; sus bisabuelos pescadores, constructores de balsas de cuero de lobo, y sus ancestros eran cazadores-recolectores nómades.

De su historia más reciente, expresó, saben que provienen de un tronco familiar común, compuesto por don Roberto Álvarez, llamado el chango Robe, y por doña Juana Hidalgo, quienes desde el año 1912, fundaron y vivieron permanentemente en la caleta Chañaral de Aceituno, y en sus alrededores, transitando entre Chungungo, en la Región de Coquimbo, hasta el Sarco, en la Región de Atacama. Señaló que sus abuelos vivieron toda su vida de lo que el mar les entregó, y de lo que les proporcionaban los caprinos.

Asimismo, comentó que dejaron una holgada descendencia que se dedicó a mariscar, pescar, recolectar, construir balsas, cazar lobos y a la crianza de caprinos. De esta descendencia, sostuvo, está él y su tío Víctor Marín, presente en la sesión, que es buzo mariscador, pescador y recolector de orilla, quien compartió, vivió y adquirió un vasto conocimiento en las técnicas de navegación tradicional, la pesca artesanal y en la sobrevivencia en la costa.

Resaltó que mientras habitaban la caleta Chañaral de Aceituno vivían del mar y del intercambio, y relató que el chango Robe y su esposa, recibieron centenares de amigos, conocidos, transeúntes, historiadores, arqueólogos, entre otros, personajes de importancia histórica. Uno de ellos, fue el connotado arqueólogo Hans Niemeyer, con quien tuvo una relación de amistad y que fue testigo de la construcción de la última de balsa de cuero de lobo de que se tenga registro. Acotó, esta balsa fue construida en 1967 y luego donada al Museo Arqueológico de La Serena, donde se encuentra hasta el día de hoy. Destacó que el encuentro entre el chango Robe y Niemeyer significó contar con un notable argumento material que da cuenta de un proceso de revitalización del Pueblo Chango.

Agregó, otro estudioso que llegó hasta la caleta fue el historiador Roberto Páez, quien en 1985 entrevistó a don Roberto Álvarez, en ese entonces de setenta y tres años de edad. En esa ocasión, Páez hizo un registro testimonial de la forma de vida del conocido constructor de balsas, que se basaba en la pesca de la jerguilla con red de enmalle, en la recolección de mariscos de peña, en los viajes a Isla Chañaral a pasar temporadas con el ganado caprino, en el intercambio de pescados y mariscos con los “Huascoaltinos” por productos del valle. También, realizó una revisión de las relaciones que existían entre los distintos pescadores de las diversas caletas. En particular, consignó que registró cómo se transmitían sus conocimientos y saberes en la emblemática técnica de construcción de balsas de cuero de lobo en Chungungo, Punta Choros y Caleta Chañaral.

Posteriormente, dio cuenta que en el año 1986 el historiador Jorge Zúñiga, publicó un artículo titulado “Evolución de los géneros de vida de un sector costero del semiárido”, el cual hace una revisión a través de fuentes primarias y secundarias sobre el proceso de poblamiento desde la caleta Chañaral de Aceituno hasta Chungungo, sectores transitados y habitados por las sociedades cazadoras-recolectoras, donde abundan los recursos hasta el día de hoy. En este trabajo, informó que este historiador evidencia que entre las caletas de Chungungo hasta Chañaral se utilizaba la pesca con majadas, que se reconoce como la última fase aculturativa de los Changos, que se configuró posteriormente al mestizaje.

Apuntó que todos estos acontecimientos fueron observados por algunos de los miembros de sus familias, que tuvieron la oportunidad de educarse, uno de ellos fue el señor Oriel Álvarez, hijo menor de Roberto Álvarez, quien en el año 2003 publicó el libro “El último constructor de balsas de cuero de lobo”, obra de transcendental importancia, ya que desde el método biográfico aborda las distintas formas de vida que el chango Robe tuvo y heredó a sus hijos, documentado desde la estrechez familiar y desde la emocionalidad que implica llevar el legado de un notable pescador, artesano y ser humano.

Paralelamente, refirió otros profesionales tomaron conocimiento de la existencia de esta particular caleta de pescadores y de su genuina historia. Al efecto, expresó que en el año 2008 la antropóloga Astrid Mandel publicó su investigación “Los Changos de Caleta Chañaral de Aceituno: dimensiones de una categoría histórica”, trabajo que muestra los procesos de etnogenésis en desarrollo, los cuales corresponden al resurgimiento y a la revitalización de la identidad changa en caleta Chañaral de Aceituno, particularmente de la familia Álvarez–Hidalgo, clan fundador de esta caleta.

En el año 2009, comentó que el profesional audiovisual Rodrigo Terreros realizó el documental “El Ocaso de un Legado”, en el cual analiza el ejercicio y esfuerzo que realizó el señor Gustavo Álvarez, hijo del chango Robe, para replicar la técnica de construcción de balsas de cuero de lobo. Destacó que este registro fue la base para que en el año 2012 Rodrigo Terreros y Jorge Arévalo realizarán otro documental llamado “Navegantes del Desierto”, donde recorren distintas caletas desde Arica a Chañaral de Aceituno, mostrando las diversas expresiones del ser Chango en la actualidad pasando por la pesca, la caza, la construcción de balsas, la recolección, las comidas y el auto reconocimiento.

Durante el año 2014, reseñó, la familia Álvarez-Hidalgo participó activamente como Pueblo Chango en la “Consulta Indígena para la creación del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio”, la cual finalizó en el año 2015 con el acuerdo de que el Estado se comprometía a impulsar el reconocimiento de las culturas preexistentes, como por ejemplo la del Pueblo Chango. Desde ese momento, reseñó, el Pueblo Chango comenzó su proceso de organización y de participación en distintas instancias convocadas por el Estado y por los pueblos hermanos.

Por ello, dio cuenta que en el mes de mayo de 2015 se constituyó la “Agrupación Cultural Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo” en caleta Chañaral de Aceituno, integrada por cincuenta y cuatro socios, con personalidad jurídica vigente. Señaló que esta organización comenzó las gestiones para el reconocimiento de su pueblo, y para revitalizar y revalorizar su cultura a través de diversas iniciativas, proyectos y actividades para visibilizar el legado de sus ancestros.

Así, destacó que desde el año 2016 el Pueblo Chango de Caleta Chañaral de Aceituno ha participado en distintos seminarios, simposios, congresos a nivel nacional e internacional, llevando la voz invisibilizada por la historia oficial a las comunidades Aymaras, Licanantay, Diaguita, Colla y Mapuche en las comunas de Calama, Alto del Carmen, Coquimbo, La Serena, Caldera, Santiago y Concepción, instancias de diálogo fraternos donde los pueblos originarios conocen la historia y vida de su pueblo postergado, levantando actas y comunicados pidiendo su reconocimiento como tal.

Indicó que uno de los actos simbólicos de significativa relevancia para su pueblo fue el reconocimiento a las hermanas Estermila y Juana Álvarez Hidalgo, como mujeres de pueblos originarios, por parte del entonces Consejo Nacional de la Cultura y las Artes en el marco de la consulta indígena en el mes de octubre del 2016. En ese mismo mes, informó que este Consejo anunció quienes habían sido reconocidos como Tesoros Humanos Vivos en Chile, y que en esa oportunidad el entonces Ministro de Cultura mencionó a diez colectivos destacados en la preservación de técnicas y saberes patrimoniales, además de diecisiete cultores individuales destacados a nivel nacional, entre los cuales se encontraron tres personas, a saber: Enzo Páez, Georgina Sánchez y Gustavo Álvarez. Éste último, es uno de los hijos del Chango Robe, quien fue reconocido por sus conocimientos en la técnica de construcción de balsas.

De esta manera, consignó que se van sumando distintas iniciativas para la revitalización cultural del Pueblo Chango, y trajo a colación el caso de la señora Estermila Álvarez Hidalgo, que en el año 2016 formó parte del “Recetario de los Pueblo Originarios”, como conocedora de saber culinario con su emblemática preparación tradicional del “charquicán de toyo”, que también hacía su madre y que hoy ha aparecido en diversos libros de gastronomía tradicional.

Esto, se suma a otras instancias de participación, como la del año 2017 en que el Pueblo Chango participa activamente en la consulta del Ministerio de Salud para crear un reglamento que otorga atención de salud con pertinencia cultural a los pueblos originarios de Chile, donde el Estado una vez más se comprometió con avanzar en su reconocimiento con un acta de acuerdo al finalizar el proceso.

En lo personal, resaltó que siempre admiró la condición cultural en la que le había tocado nacer. Por ello, expresó que los libros que escribió su tío Oriel Álvarez sobre las labores de los buzos mariscadores, especialmente de sus tíos Jaime, Víctor, Sergio, Bartolomé y Roberto, más las historias que le contó el Chango Robe fueron el impulso necesario que lo motivaron para acercarse a la historia de los pueblos costeros. Señaló que gracias el esfuerzo de su padre, también pescador, pudo estudiar sociología, herramienta a través de la cual se acercó a su pueblo desde la mirada de la investigación-acción.

Es por ello que en el año 2017, junto a un grupo de colegas, editó el libro “Entre la tradición y Devenir: Mar, trabajo y memoria social de Caleta Chañaral de Aceituno”, financiado por el ex Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, patrocinado por el Museo Regional de Atacama, en colaboración con el Grupo de Investigación de la Pesca Artesanal, en el cual abordan el patrimonio cultural inmaterial de la caleta Chañaral de Aceituno, incorporando las transformaciones socio-históricas del trabajo y de la vida social, así como también de la importancia del saber culinario en la configuración identitaria, recopilando también expresiones del género lírico, como la poesía de sus habitantes.

Refirió que ese mismo año, también se dedicaron a estudiar su saber culinario, postulando al concurso “El Menú de Chile” del ex Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, con el menú llamado “El Causeo Chango”, elaborado por su agrupación, el cual fue incluido en un libro de recopilación de recetas de tradicionales, dirigida por la antropóloga Sonia Montecino.

Actualmente, comentó se encuentran realizando un proyecto de revitalización de su patrimonio cultural material, auto educándose sobre su importancia, levantando información de los sitios arqueológicos, algunos lamentablemente devastados por la acción humana, por el atropello y el desconocimiento colectivo de que allí vivieron y viven los Changos y su descendencia.

Hoy, dio cuenta que se están gestando otros procesos de organización en Torres del Inca, Caldera, Totoral, Chañaral de Aceituno y Punta de Choros, organización que parte por el auto reconocimiento como un gesto de mirarse en el espejo de la historia.

Finalmente, resaltó que en la Cámara de Diputados se dio un paso significativo para este relato de postergación histórica, que no puede quedar en el camino, ya que la sociedad debe devolver al Pueblo Chango su dignidad, porque por siglos han sido olvidados por la historia, que oficialmente los calificó de extintos, los discriminó por sus olores a pescados y a mariscos, y por andar semi desnudos en los litorales del norte de Chile, siendo que se trataba de miles de pescadores que realizaban la titánica tarea de proveer alimento a sus familias y a la sociedad, pero sin la dignidad y el respeto que se merece cualquier ser humano de esta tierra.

A continuación, el Honorable Senador señor Navarro señaló que en el año 2007 presentó una moción con el mismo objetivo, identificada bajo el Boletín N° 4.941-06, radicada en la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado, actualmente archivada, por lo que desde ya anunció su voto a favor para la aprobación de estos proyectos de ley, y agregó que el Estado tiene una deuda con el Pueblo Chango.

Luego, indicó que estaría dispuesto a esperar un plazo razonable, no superior a sesenta días, para que el Ministerio de Desarrollo Social evacúe el informe sobre la factibilidad de incorporar al Pueblo Chango en la ley N° 19.253, para evitar que estos proyectos también queden en el olvido y que puedan ser archivados en virtud de dicho argumento.

El Honorable Senador señor Latorre resaltó que Chile tiene el desafío de asumir efectivamente su carácter de país multicultural y pluricultural, y terminar con la visión de un Estado homogeneizador que no considera a sus pueblos indígenas o que simplemente los declara extintos, como ha ocurrido con el Pueblo Chango.

Enfatizó que debe existir una mayor apertura hacia la multiculturalidad, a pesar de la presión que ejercen algunos sectores para prescindir de los pueblos indígenas y pasarlos por alto, como sucede con los Diaguitas y los Atacameños. Hoy, resaltó, rige en Chile el Convenio 169 de la OIT que con su proceso de consulta indígena busca revalidar a los pueblos indígenas.

Por todo lo anterior, anunció su voto a favor de estas iniciativas.

La Honorable Senadora señor Muñoz D´Albora, estimó que existen tres grandes temas que como Comisión deben revisar, a saber:

1.- Determinar si existen los argumentos para el reconocimiento legal del Pueblo Chango. Sobre el particular, señaló que, en su opinión, los antecedentes expuestos por el señor Felipe Rivera son suficientes para aprobar su incorporación en la ley N° 19.253.

2.- En relación con las observaciones formuladas por el señor Ministro de Desarrollo Social, precisar en qué se traduce el posible impacto presupuestario que pudieren generar estos proyectos de ley.

2.- Decidir sobre la procedencia de la consulta indígena de acuerdo al Convenio 169 de la OIT.

En seguida, dio cuenta que participó en el Acuerdo de Punta de Choros en el mes de enero de este año, en que se asumió el compromiso de analizar las condiciones particulares e identitarias para dar un reconocimiento legal al Pueblo Chango, y pidió al señor Ministro de Desarrollo Social que entregue su informe en el más breve plazo y que incluya en él un análisis sobre los posibles impactos financieros que pudiesen generar estos proyectos de ley.

El señor Ministro de Desarrollo Social hizo presente a Sus Señorías que no tiene claridad respecto del tiempo que se requiere para evacuar este tipo de informes. Con todo, señaló que para reconocer al Pueblo Chango deben saber quiénes son sus integrantes y si el Consejo de Pueblos los reconoce, ya que de ser incorporados en la ley N° 19.253 tendrían derecho a participar en este Consejo. Además, necesitan conocer el territorio que abarcan y verificar si las características de ese pueblo se mantienen desde la época precolombina hasta nuestros días.

Hoy, informó, están dedicados a estudiar la factibilidad del reconocimiento legal del pueblo Huilliche, quienes desean ser considerados como un grupo distinto al pueblo Mapuche.

En cuanto al impacto económico que pudiere generar su reconocimiento como pueblo indígena, indicó que sus consejeros tendrían derecho a remuneración y que tendrían acceso a una serie de subsidios estatales que se entregan para que los pueblos puedan mantener su cultura. Destacó que todos estos beneficios se entregan por ley e involucran una serie de costos para el Estado asociados a la calidad de indígena.

En todo caso, señaló que en caso de comprobarse que el Pueblo Chango persiste y que no está extinto, todos estos gastos pasarían a ser algo secundario, porque lo importante es determinar si existe continuidad entre su patrimonio ancestral precolombino y su cultura actual, y configurar sus integrantes y territorio, por lo que estimó que el estudio antropológico que deben realizar resultaría fundamental.

El Honorable Senador señor Navarro recordó que el Pueblo Diaguita también fue considerado extinto y que hubo una reconstitución de su cultura e identidad a través de una etnogénesis, por la cual manifestaron su deseo de ser considerados como pueblo indígena. Resaltó que se necesita mayor información y que el Estado invierta más en investigar sobre la historia de nuestros orígenes, puesto que se requiere rescatar la cultura de los pueblos originarios de Chile, por lo que consideró que están ante una gran oportunidad y valoró que el Ministerio de Desarrollo Social se haga cargo del estudio antropológico del Pueblo Chango, pero insistió en la necesidad de acotar los tiempos para la confección de este informe.

La Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora destacó la labor realizada por el señor Felipe Rivera al liderar el proceso de rescate identitario, fundado en el orgullo y en la dignidad de representar a un pueblo por tantos años postergado por el Estado, y pidió seguir el ejemplo del caso del reconocimiento legal del Pueblo Diaguita.

Por su parte, el Asesor de la Biblioteca del Congreso Nacional, en relación con la consulta indígena, puso de relieve que el artículo 4° del Convenio 169 de la OIT establece que las medidas especiales en favor de un pueblo no deberán ser contrarias a los deseos expresados libremente por el pueblo interesado, por lo que esta Comisión debe asegurar que su reconocimiento legal no sea contrario a sus deseos y garantizar las vías para que se expresen, lo que no necesariamente debe ser a través de un plebiscito, puesto que pueden buscarse otras fórmulas para que manifiesten su voluntad.

La Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora consideró que la manifestación de voluntad del Pueblo Chango a favor de estas iniciativas se podría entender expresada a través de la opinión favorable que han manifestado en esta sesión los representantes la Agrupación Cultural Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo.

El señor Felipe Rivera pidió a Sus Señorías no esperar otros diez años para volver a tratar esta iniciativa y lamentó que no exista claridad respecto de quiénes son y dónde están, a pesar de que hay antecedentes de pescadores precolombinos desde Arica a Valparaíso.

Con todo, resaltó que los estudios antropológicos se han centrado entre las caletas Chungungo y Chañaral de Aceituno, por lo que instó a los miembros de la Comisión a focalizarse en este sector.

Posteriormente, con fecha 21 de agosto de 2018, esta Comisión envió al Ministerio de Desarrollo Social el Oficio N° DH/85/18 para que informe sobre el estado de avance del estudio antropológico sobre el Pueblo Chango, que se comprometió a realizar.

En sesión de 10 de diciembre de 2018, la Comisión recibió en audiencia al Jefe de la Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas del Ministerio de Desarrollo Social, señor Andrés Cortés, quien se refirió a la respuesta evacuada por el señor Ministro de Desarrollo Social respecto del Oficio enviado por esta Comisión, que consta en el Ordinario N° 4398 de 6 de diciembre de 2018.

Al efecto, dio cuenta que inmediatamente después de la sesión en que esta Comisión analizó el presente proyecto de ley el Ministerio de Desarrollo Social se abocó a la revisión de los antecedentes e información sobre el Pueblo Chango.

En primer lugar, informó que se contactaron con el dirigente señor Felipe Rivera y que coordinaron dos reuniones en terreno: una, en Punta de Choros de la Comuna La Higuera, Región de Coquimbo y, otra, en Caleta Chañaral de Aceituno de la Comuna de Freirina de la Región de Atacama.

En segundo lugar, señaló que realizaron una primera revisión bibliográfica acerca de los antecedentes existentes sobre el Pueblo Chango.

De lo anterior, comentó que detectaron la necesidad de levantar mayor información en terreno con las personas descendientes del Pueblo Chango, así como con las organizaciones vinculadas a ellos. Asimismo, indicó que están solicitando a todas las Secretarías Regionales Ministeriales recabar la mayor cantidad de antecedentes territoriales sobre el Pueblo Chango para diseñar la segunda etapa que desarrollará el Ministerio de Desarrollo Social.

En seguida, dio cuenta que esta segunda etapa se basará en un Estudio de Línea de Base sobre el Pueblo Chango, que comprenderá las siguientes acciones:

1.- Generar un levantamiento de información bibliográfica más amplio, con la revisión de los materiales publicados por las distintas universidades;

2.- Entrevistar a los actores relevantes en la materia;

3.- Realizar una serie de talleres de levantamiento de información con diferentes actores territoriales en las Regiones de Valparaíso, Coquimbo, Atacama y Antofagasta;

4.- Indagar sobre los procesos socio, históricos y culturales, y sobre su relación con otros pueblos existentes. Para ello, apuntó que se gestionarán reuniones dirigidas con personas, organizaciones e instituciones ligadas a la temática indígena, y

5.- Sistematizar toda la información recopilada.

En seguida, hizo notar a Sus Señorías que el tiempo estimado para la realización de este estudio involucra un período de, a lo menos, doce meses. Resaltó que todo el material resultante será remitido a esta Comisión, para que sea considerado en la tramitación de este proyecto de ley.

A continuación, la Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora propuso a Sus Señorías aprobar el presente proyecto de ley sólo en general, a pesar de tratarse de un texto con artículo único, para así dar un tiempo prudente al Ejecutivo para que termine el Estudio de Línea de Base sobre el Pueblo Chango. Ello, teniendo en consideración que ya han transcurrido más de cinco meses desde que el Ministerio de Desarrollo Social se comprometió a realizar el referido estudio. Además, resaltó que ello permitirá a Sus Señorías perfeccionar y enriquecer la iniciativa con ocasión del segundo informe.

- En votación el proyecto de ley, en general, fue aprobado por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señora Muñoz D´Albora y señores Durana y Latorre.

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TEXTO DEL PROYECTO

A continuación, se transcribe literalmente el texto del proyecto despachado por la Honorable Cámara de Diputados, y que esta Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía tiene el honor de proponeros aprobar sólo en general:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena:

1. Reemplázase la conjunción “y”, que sucede al vocablo “Collas”, por una coma.

2. Incorpórase, entre la palabra “Diaguita” y la expresión “del norte del país”, la frase “y al pueblo Chango”.”.

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Acordado en las sesiones celebradas los días 19 de junio y 10 de diciembre de 2018, con asistencia de los Honorables Senadores señora Adriana Muñoz D´Albora (Presidenta), señores José Miguel Durana Semir (que reemplazó a la Honorable Senadora señora Van Rysserlberghe), Felipe Kast Sommerhoff, Juan Ignacio Latorre Riveros y Alejandro Navarro Brain.

Sala de la Comisión, a 12 de diciembre de 2018.

XIMENA BELMAR STEGMANN

Secretario

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA, QUE MODIFICA LA LEY N° 19.253, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS INDÍGENAS, Y CREA LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA, PARA RECONOCER AL PUEBLO CHANGO COMO ETNIA INDÍGENA DE CHILE

BOLETINES Nº S 11.188-17 Y 11.335-17, REFUNDIDOS

I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: el proyecto busca el reconocimiento del Pueblo Chango como etnia indígena de Chile. Para ello, propone incorporarlo dentro del artículo 1° de la ley N° 19.253 que establece normas para la protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

II. ACUERDOS: aprobado en general (3x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA MOCIÓN: consta de un artículo único.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V. URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN INICIATIVA: Cámara de Diputados. Mociones:

a) El Boletín N° 11.188-17 de los Honorables Diputados señoras Karol Cariola Oliva, Daniella Cicardini Milla y Cristina Girardi Lavín, y señores Jorge Sabag Villalobos y Raúl Saldívar Auger, y de los ex Diputados señores Luis Lemus Aracena, Daniel Melo Contreras, Sergio Ojeda Uribe y Roberto Poblete Zapata.

b) El Boletín N° 11.335-17 de los Honorables Diputados señora Maya Fernández Allende y señores José Pérez Arriagada y Víctor Torres Jeldes; de la actual Senadora señora Yasna Provoste Campilla, y de los ex Diputados señores Claudio Arriagada Macaya, Cristián Campos Jara, Marcos Espinosa Monardes y Ramón Farías Ponce.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII. APROBACIÓN EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS: aprobado en general por 91 votos a favor, ningún voto en contra y ninguna abstención.

IX. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: el 7 de noviembre de 2017.

X. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, sólo en general.

XI. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1.- La Constitución Política de la República en especial sus artículos 1°, 5° y 19 numeral 2°.

2.- La ley N° 19.253 que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

3.- La ley N° 20.117 que reconoce la existencia y atributos de la Etnia Diaguita y la calidad de indígena diaguita.

4.- El Convenio N° 169 de la OIT, promulgado por el decreto N° 236, de Relaciones Exteriores, de 2008, publicado en el Diario Oficial el 14 de octubre de 2008.

5.- La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948.

6.- La Convención Americana Sobre Derechos Humanos, denominada "Pacto de San José de Costa Rica"; promulgada por el decreto supremo Nº 873, de Relaciones Exteriores, de 1990, publicado en el Diario Oficial de 5 de enero de 1991.

7.- El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966, promulgado por el decreto supremo Nº 778, de Relaciones Exteriores, de 1976, publicado en el Diario Oficial de 29 de abril de 1989.

8.- El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado por la Asamblea General de la ONU, en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966; promulgado por el decreto supremo Nº 326, de Relaciones Exteriores, de 1989, publicado en el Diario Oficial de 27 de mayo de 1989.

Valparaíso, a 12 de diciembre de 2018.

XIMENA BELMAR STEGMANN

Secretario

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2.2. Discusión en Sala

Fecha 23 de enero, 2019. Diario de Sesión en Sesión 91. Legislatura 366. Discusión General. Se aprueba en general.

RECONOCIMIENTO DE PUEBLO CHANGO COMO ETNIA INDIGENA DE CHILE

El señor MONTES ( Presidente ).-

Conforme a lo recién resuelto, entramos a analizar el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la Corporación Nacional Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile, con informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.

--Los antecedentes sobre el proyecto (11.188-17 y 11.335-17, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite: sesión 60ª, en 7 de noviembre de 2017 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía: sesión 77ª, en 12 de diciembre de 2018.

El señor MONTES (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

El objetivo principal de la iniciativa es reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile. Para ello, propone incorporarlo dentro del artículo 1° de la ley N° 19.253, que establece normas para la protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía hace presente que, no obstante tratarse de un proyecto de artículo único, propone discutirlo solo en general, con el objeto de perfeccionarlo y enriquecerlo con ocasión del segundo informe.

El referido órgano técnico aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señora Muñoz y señores Durana y Latorre.

El texto que se propone aprobar en general se transcribe en la página 21 del primer informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.

El señor MONTES (Presidente).-

En votación general el proyecto.

--(Durante la votación).

El señor MONTES ( Presidente ).-

Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz, para que rinda el informe de la Comisión.

La señora MUÑOZ .-

Señor Presidente , la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía viene en presentar, para su discusión general, el proyecto de ley que busca reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile. Para ello, se propone incorporarlo en el artículo 1° de la ley N° 19.253, que establece normas para la protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

Al respecto, la Comisión acordó realizar una ronda de audiencias, en las que recibió al Ministro de Desarrollo Social , señor Alfredo Moreno ; al Presidente de la Agrupación Cultural Chango Descendientes del Ultimo Constructor de Balsas de Cuero de Lobo , señor Felipe Rivera ; al Jefe de la Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas del Ministerio de Desarrollo Social , señor Andrés Cortés , y al Analista de la Biblioteca del Congreso Nacional señor Matías Meza-Lopehandía .

En las dos sesiones que dedicó al estudio de esta iniciativa, se pudo constatar que el chango es un pueblo que vive del mar, que se dedica a la pesca, a mariscar y a la recolección de orilla, y que no se trata de un pueblo extinto, pues se lo reconoce como un grupo heterogéneo vinculado a prácticas comunes en el borde costero, que desciende de los pueblos indígenas precolombinos y que tiene una continuidad cultural hasta nuestros días, lo que se refleja en la mantención de prácticas precolombinas.

En efecto, los descendientes del pueblo chango están asentados principalmente en la caleta Chañaral de Aceituno y en sus alrededores, transitando entre Chungungo y Los Vilos, en la Región de Coquimbo, hasta el Sarco, en la Región de Atacama.

Existen diversos estudios, libros y registros audiovisuales que demuestran la subsistencia de este pueblo hasta nuestros días, entre los cuales cabe mencionar el del arqueólogo Hans Niemeyer, el del historiador Roberto Páez , el del historiador Jorge Zúñiga , el de la antropóloga Astrid Mandel , y el del profesional audiovisual Rodrigo Terreros .

Es preciso mencionar también que el pueblo chango participó en la "Consulta Indígena para la creación del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio", así como en la consulta del Ministerio de Salud para crear un reglamento que otorgara atención de salud, con pertinencia cultural, a los pueblos originarios de Chile.

Desde ese momento, el pueblo chango comenzó su proceso de organización y de participación en distintas instancias convocadas por el Estado y por los otros pueblos indígenas, el que culminó con la constitución de la "Agrupación Cultural Changos Descendientes del Ultimo Constructor de Balsas de Cuero de Lobo" en caleta Chañaral de Aceituno, integrada por cincuenta y cuatro socios, con personalidad jurídica vigente, que comenzó las gestiones para el reconocimiento de su pueblo y para revitalizar y revalorizar su cultura a través de diversas iniciativas, proyectos y actividades tendientes a visibilizar el legado de sus ancestros.

Es dable señalar que la Comisión solo aprobó en general el proyecto de ley, a pesar de tratarse de un texto de artículo único, con el fin de dar un tiempo prudente al Ejecutivo para terminar el Estudio de Línea de Base sobre el Pueblo Chango que está ejecutando.

Me han informado, señor Presidente, que ya se trasladó a la zona una delegación de profesionales del Ministerio de Desarrollo Social y que esta ya ha efectuado entrevistas, encuestas y ha estado trabajando en terreno con las comunidades del pueblo chango.

Por esa razón, la solicitud de la Senadora Van Rysselberghe, a mi juicio, no impide que aprobemos en general este proyecto, que lleva mucho tiempo en el Parlamento.

Además, el Ministerio de Desarrollo Social -reitero- ya está trabajando en esta materia y, por cierto, todo el estudio que levante en la zona va a ser parte de la etapa del debate en particular, al que nos vamos a abocar en la Comisión una vez que la Sala apruebe en general el proyecto.

He dicho.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.

El señor QUINTEROS.-

Señor Presidente , el artículo 1º de la ley Nº 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la CONADI, parte reconociendo que "los indígenas de Chile son los descendientes de las agrupaciones humanas que existen en el territorio nacional desde tiempos precolombinos, que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias".

En su versión original, la ley reconoce "como principales etnias indígenas de Chile a: la Mapuche, Aimara , Rapa Nui o Pascuenses , la de las comunidades Atacameñas, Quechuas y Collas del norte del país, las comunidades Kawashkar o Alacalufe y Yámana o Yagán de los canales australes". En virtud de la ley Nº 20.117, a estos ocho pueblos se les sumó el pueblo diaguita.

Enseguida, la ley agrega que "Es deber de la sociedad en general y del Estado en particular, a través de sus instituciones respetar, proteger y promover el desarrollo de los indígenas, sus culturas, familias y comunidades, adoptando las medidas adecuadas para tales fines".

Es decir, la ley promueve el respeto, protección y desarrollo de todos los indígenas, aunque reconoce, para ciertos efectos, a los que considera pueblos principales.

Este reconocimiento de tan solo nueve pueblos principales tiene su fundamento, en primer lugar, en la realidad social existente en la década de 1990, pero también responde a los avances de los estudios etnográficos a esa época y a la actitud o predisposición de las personas en ese momento histórico.

Sobre los changos, los investigadores concluyen mayoritariamente que, más que una etnia, corresponden a diversos pueblos de pescadores habitantes de las costas del norte de Chile. De hecho, hay registros de su existencia en diferentes caletas, incluso hasta la primera mitad del siglo XX.

Sin embargo, este proyecto de ley no puede pretender zanjar una discusión científica acerca de si el pueblo chango existe o no o si se encuentra extinto. Lo que corresponde es posibilitar el desarrollo de esa cultura, que se esfuerza por sobrevivir y conservar su identidad, a pesar de la presión por ser asimilados o derechamente extinguidos.

Todo esto que señalo no es solo teoría para mí.

Como taltalino, fui testigo, en mis primeros años de vida, de manifestaciones de aquella cultura que se resistía a morir, expresada en prácticas de pescadores de orilla; pero, sobre todo, de la recurrente discusión acerca de si se era o no descendiente de changos. Hasta el día de hoy, cada vez que vuelvo a mi ciudad, en distintos círculos asoma ese mismo debate, que antaño podía considerarse estéril, pero que hoy, paradójicamente, cobra más sentido de la mano de fenómenos como la globalización.

Algunos serán cautos frente al riesgo de que, detrás de esta iniciativa, solo exista el interés de acceder a determinados beneficios estatales. Yo puedo dar fe de que muchos habitantes de Taltal se han definido como changos desde bastante antes de que existiera la CONADI.

Es cierto también que, de ser aprobada esta iniciativa de ley, se generarán nuevos problemas por resolver dentro de la institucionalidad indígena, que está en proceso de discusión en este mismo Senado, con motivo de la distribución de los miembros del Consejo Nacional de Pueblos Indígenas.

Pero todas esas materias, señor Presidente , deberán ser resueltas en su mérito y en su oportunidad. Lo que no puede ocurrir es que, como ha sucedido muchas veces en nuestra historia, pongamos un manto de silencio, desconocimiento y olvido sobre los pueblos originarios, que han estado presentes y seguirán presentes a lo largo de nuestro territorio.

Voto a favor.

El señor BIANCHI (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ ( Secretario General ).-

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (19 votos a favor, uno en contra y 9 abstenciones) y se fija plazo para presentar indicaciones hasta el 18 de marzo.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Araya, Bianchi, Chahuán, De Urresti, Elizalde, Girardi, Guillier, Huenchumilla, Insulza, Latorre, Montes, Pizarro y Quinteros.

Votó por la negativa la señora Ebensperger.

Se abstuvieron las señoras Aravena y Van Rysselberghe y los señores Allamand, Durana, García-Huidobro, Ossandón, Pérez Varela, Pugh y Sandoval.

El señor BIANCHI ( Vicepresidente ).-

Además, se deja constancia de la intención de voto afirmativo del Senador señor Soria.

2.3. Boletín de Indicaciones

Fecha 18 de marzo, 2019. Boletín de Indicaciones

BOLETINES Nºs 11.188-17 y 11.335-17 refundidos

INDICACIONES

18.03.19

INDICACIONES FORMULADAS DURANTE LA DISCUSIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS INDÍGENAS, Y CREA LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA, PARA RECONOCER AL PUEBLO CHANGO COMO ETNIA INDÍGENA DE CHILE.

ARTÍCULO ÚNICO

1.- Del Honorable Senador señor Durana, para reemplazarlo por el siguiente:

“Artículo único.- Agrégase en el inciso segundo de la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, a continuación de la expresión “canales australes.” la siguiente oración: “Asimismo, el Estado de Chile reconoce la existencia de rasgos culturales comunes en las diferentes etnias que habitaron en el territorio costero del Norte de Chile, bajo la denominación de changos u otras.”.”.

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2.4. Boletín de Indicaciones

Fecha 30 de abril, 2019. Boletín de Indicaciones

BOLETINES Nºs 11.188-17 y 11.335-17 refundidos

INDICACIONES II

30.04.19

INDICACIONES FORMULADAS DURANTE LA DISCUSIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS INDÍGENAS, Y CREA LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA, PARA RECONOCER AL PUEBLO CHANGO COMO ETNIA INDÍGENA DE CHILE.

ARTÍCULO ÚNICO

1.- Del Honorable Senador señor Durana, para reemplazar al artículo 1 de la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, por el siguiente:

“Artículo 1.- El Estado reconoce que los indígenas de Chile con los descendientes de las agrupaciones humanas que existen en el territorio nacional desde tiempos precolombinos, que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias siendo para ellos la tierra el fundamento principal de su existencia y cultura.

El Estado reconoce como principales etnias indígenas de Chile a: la Mapuche, Aimara, Rapa Nui o Pascuenses, la de las comunidades Atacameñas, Quechuas, Collas y Diaguita del norte del país, las comunidades Kawashkar o Alacalufe y Yámana o Yagán de los canales australes.

Asimismo, el Estado de Chile reconoce la existencia de rasgos culturales comunes en las diferentes etnias que habitaron en el territorio costero del Norte de Chile, bajo la denominación de changos u otras.

El Estado valora su existencia por ser esencial de las raíces de la Nación chilena, así como su integridad y desarrollo, de acuerdo a sus costumbres y valores.

Es deber de la sociedad en general y del Estado en particular, a través de sus instituciones respetar, proteger y promover el desarrollo de los indígenas, sus culturas, familias y comunidades, adoptando las medidas adecuadas para tales fines y proteger las tierras indígenas, velar por su adecuada explotación, por su equilibrio ecológico y propender a su ampliación.”.

2.- Del Honorable Senador señor Durana, para reemplazar al artículo único por el siguiente:

“Artículo único.- Agrégase en el inciso segundo de la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, a continuación de la expresión “canales australes.” la siguiente oración: “Asimismo, el Estado de Chile reconoce la existencia de rasgos culturales comunes en las diferentes etnias que habitaron en el territorio costero del Norte de Chile, bajo la denominación de changos u otras.”.”.

3.- De la Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora, para introducir las siguientes modificaciones en el inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 19.253:

a) Reemplázase la conjunción “y”, que sucede al vocablo “Collas”, por una coma.

b) Incorpórase, entre la palabra “Diaguita” y la expresión “del norte del país”, la frase “y al pueblo Chango”.”.

4.- De la Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora y señores Latorre y Navarro, para agregar un numeral nuevo al artículo único, del siguiente tenor:

“….- Modifíquese el artículo 12° de la siguiente forma:

a) Incorpórese, en la letra e) del número 1°, entre las expresiones “Regiones” y VIII”, lo siguiente: “II, III, IV, V,”.

b) Incorpórese, en el numeral 2° del artículo 12°, a continuación de la (,) que sucede a la palabra “collas”, la expresión “diaguitas, changos”.

5.- De la Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora y señores Latorre y Navarro, para agregar un numeral nuevo al artículo único, del siguiente tenor:

“….- Agréguese, en el inciso primero del artículo 26°, entre la palabra “territoriales” y la preposición “en”, la frase: “porción de mar o borde costero”.

6.- De la Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora y señores Latorre y Navarro, para agregar un numeral nuevo al artículo único, del siguiente tenor:

“…- Reemplácese, en la letra d) del inciso primero del artículo 41°, el guarismo “Ocho” por “Diez”.

7.- De la Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora y señores Latorre y Navarro, para agregar un numeral nuevo al artículo único, del siguiente tenor:

“….- Intercálese, en la letra d) del inciso primero del artículo 41°, a continuación de la expresión “rapa nui”, la frase “, un chango, un diaguita”.”.

8.- De la Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora y señores Latorre y Navarro, para agregar un numeral nuevo al artículo único, con el siguiente texto:

“….- Agréguese, en el inicio primero del artículo 64°, entre la palabra “acequias” y la conjunción “y”, la expresión: “, pozos de agua dulce”.

9.- De la Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora y señores Latorre y Navarro, para agregar un numeral nuevo al artículo único, con el siguiente texto:

“….- Incorpórese, en el Párrafo 2° del Título VIII el siguiente artículo 65 bis, nuevo:

“Artículo 65 bis. Son changos las comunidades costeras ubicadas principalmente desde la I a la V Región.

Se deberá proteger especialmente el hábitat de este pueblo originario, constituido por el borde costero, playas, islas y roqueríos, como asimismo la biodiversidad y ecosistemas marinos que garantizan su desarrollo y supervivencia.”.”.

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2.5. Segundo Informe de Comisión de Derechos Humanos

Senado. Fecha 27 de enero, 2020. Informe de Comisión de Derechos Humanos en Sesión 103. Legislatura 367.

?SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al Pueblo Chango como etnia indígena de Chile

BOLETÍN Nº 11.188-17 y 11.335-17, refundidos.

____________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía tiene el honor de presentaros su segundo informe respecto del proyecto de ley de la referencia, iniciado en iniciado en las siguientes mociones:

1.- Boletín N°11.188-17 de los Honorables Diputados señoras Karol Cariola Oliva, Daniella Cicardini Milla y Cristina Girardi Lavín, y señores Jorge Sabag Villalobos y Raúl Saldívar Auger, y de los ex Diputados señores Luis Lemus Aracena, Daniel Melo Contreras, Sergio Ojeda Uribe y Roberto Poblete Zapata.

2.- Boletín N°11.335-17 de los Honorables Diputados señora Maya Fernández Allende y señores José Pérez Arriagada y Víctor Torres Jeldes; de la actual Senadora señora Yasna Provoste Campilla, y de los ex Diputados señores Claudio Arriagada Macaya, Cristián Campos Jara, Marcos Espinosa Monardes y Ramón Farías Ponce.

Cabe hacer presente, que por acuerdo adoptado por la Sala de esta Corporación se concedieron tres plazos de indicaciones, en virtud de los cuales se elaboraron dos boletines de indicaciones, a saber: el boletín I de 18 de marzo de 2019 y el boletín II de 30 de abril de 2019. Las indicaciones se ordenaron correlativamente de acuerdo a su orden de enumeración siguiendo el articulado del proyecto. Es dable consignar que la Comisión se pronunció respecto del boletín II de 30 de abril de 2019.

A las sesiones en que la Comisión consideró esta iniciativa de ley asistieron, además, de sus miembros el Honorable Senador señor Rabindranath Quinteros y la Honorable Diputada señora Daniella Cicardini.

Asimismo, concurrieron:

Por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, de la Unidad de Asuntos Indígenas: el Jefe de la Unidad, señor Gonzalo Arenas y el Abogado señor Hans Weber.

Por la Secretaría General de la Presidencia, los Asesores señora Trinidad Sáinz y señor Reiter Schalchly.

Por la Agrupación Social y Cultural Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo, Caleta Chañaral de Aceituno, Región de Atacama: el señor Felipe Rivera Marín; las señoras Ada Marín Álvarez, Jessica Avalos y Lucía Ossandón, y el Biólogo Marino y Documentalista, señor Carlos Cortés Riquelme.

Por la Agrupación Changos Vergara de Punta de Choros, Región de Coquimbo, la señora Yamilet Céspedes Vergara y el señor Osciel Vergara Rojas.

Por el Consejo Chango de Los Vilos, los delegados señores Raúl Silva y Luis Ortiz y señora Cecilia Contreras.

Por el Consejo de Pescadores Artesanales Changos de Los Vilos, el Presidente, señor Fernando Tirado.

Por la Agrupación Changos Camanchacos, sector Salitre, a la señora Brenda Gutiérrez.

Por la Agrupación Changos Vinao Loreto, al señor Yonathan Castillo.

Por Arista Social, las Antropólogas señoras América Valenzuela y Marcela Romo.

Por la Fundación Chile Mejor, la Asesora María Loreto Guzmán.

Por el Centro Democracia y Comunidad, el Asesor Legislativo señor Francisco Urrea.

Por la Biblioteca del Congreso Nacional, el Analista señor Matías Meza- Lopehandía.

Por el Honorable Senador señor Kast, el Asesor señor Javier de Iruarrizaga, y la Periodista Paula Campos.

Por el Honorable Senador señor Latorre, la Asesoras señoras Javiera Tapia y Javiera Contreras y el señor Mario Pino.

Por el Honorable Senador señor Navarro, los Asesores, señora Marcial Muñoz y señores Roberto Santa Cruz, Manuel Nova, Sergio Martínez, y Rodrigo Pinto.

Por el Honorable Senador señor Moreira, el Asesor señor Raúl Araneda.

Por la Honorable Senadora señora Provoste, la Periodista señora Gabriela Donoso.

Por la Honorable Diputada señora Santibáñez, el Asesor señor Cristian Díaz.

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Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 124 del Reglamento del Senado, cabe dejar constancia de lo siguiente:

1.- Artículos del proyecto que no han sido objeto de indicaciones ni de modificaciones: ninguno.

2.- Indicaciones aprobadas sin modificaciones: N°s 4, 5 y 8.

3.- Indicaciones aprobadas con modificaciones: N°s 3 y 9.

4.- Indicaciones rechazadas: ninguna.

5.- Indicaciones retiradas: N°s 1, 2, 6 y 7.

6.- Indicaciones declaradas inadmisibles: ninguna.

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DISCUSIÓN EN PARTICULAR

Antes de iniciar el estudio de las indicaciones formuladas al presente proyecto de ley, la Comisión recibió en audiencia a las siguientes personas y entidades, representados de la manera que en cada caso se indica:

- En representación de la Agrupación Changos Camanchacos, sector Salitre, a la señora Brenda Gutiérrez.

- Por la Agrupación Changos Vinao Loreto, al señor Yonathan Castillo.

- Al Analista de la Biblioteca del Congreso Nacional, señor Matías Meza.

- Al Jefe de Asuntos Indígenas del Ministerio de Desarrollo Social, señor Gonzalo Arenas.

- Por la Agrupación Social y Cultural Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo de Caleta Chañaral de Aceituno, al señor Felipe Rivera y a la señora Lucía Ossandón.

- En representación del Consejo de Pescadores Artesanales Changos de Los Vilos, al señor Fernando Tirado.

A continuación, se presenta una síntesis de los puntos relevantes considerados por los invitados, así como la opinión de los integrantes de la Comisión a su respecto.

En sesión 22 de julio de 2019, la Comisión recibió, en representación de la Agrupación Changos Camanchacos, sector Salitre, a la señora Brenda Gutiérrez, quien señaló que pertenece a la localidad de Paposo, pequeño y antiguo poblado de la costa atacameña y que valora que por primera vez se esté analizando su reconocimiento como pueblo ancestral, lo que permitirá borrar siglos de despojo, abusos y discriminación, que les obligaron a ocultar sus orígenes.

Hoy, resaltó, asisten a esta sesión para desmentir que su pueblo ha desparecido y para expresar que no desean seguir ocultando a sus antepasados y que se sienten orgullosos de ser pueblos indígenas. Comentó que habitan la costa del desierto y que han podido superar las dificultades gracias a los conocimientos que les transmitieron sus antepasados.

Destacó que forman parte de una generación que ha comprendido lo valioso que es reconocer sus raíces y que está dispuesta a transmitir los saberes que les han permitido habitar el territorio al que pertenecen. Señaló que está decidida a devolver el reconocimiento y dignidad que por tanto tiempo se les ha negado y, en este sentido, resaltó que le preocupa revalorizar sus orígenes indígenas.

A continuación, intervino, en representación de la Agrupación Changos Vinao Loreto, al señor Yonathan Castillo, quien informó que forman parte de las comunidades que habitan en la costa en los sectores de Taltal y Paposo, que son descendientes del Pueblo Chango y como tal les interesa recuperar el vínculo con sus ancestros, ya que parte de su identidad ha estado escondida por años, aunque sus costumbres se han transmitido por generaciones desde niños en sus juegos y en la conexión que tienen con el mar, que les ha permitido aprender a cuidar y a extraer recursos para su subsistencia. Dio cuenta que han aprendido de sus ancestros las técnicas de pesca, la recolección del huiro, la caza de ballenas y la extracción de mariscos, así como también la crianza de ganado caprino y la minería. Contó que desde niños sus padres les relataron cómo vivían sus ancestros y cómo practicaban las actividades de subsistencia antes mencionadas. No quieren perder sus tradiciones que aún siguen practicando en su condición de hombres de mar y del desierto. Agregó que saben aprovechar la camanchaca para proveerse de agua por medio una técnica ancestral y resaltó que conocen la flora y fauna del sector que habitan desde hace 12.000 años, como consta en las pinturas rupestres que existen en la zona. Refirió que hasta hoy día los Changos siguen viviendo en rucos en toda la zona de Salitre, Paposo, la Playita y Fino.

Por lo anterior, pidió al Estado de Chile que les reconozca su condición de pueblo originario, reconocimiento que tiene un significativo valor para ellos y sus comunidades, porque les devolverá su dignidad y el orgullo de descender de sus padres y abuelos, quienes lamentablemente vivieron años de discriminación por descender de un grupo de indígenas.

Hoy, comentó que no quieren volver a ser negados y piden ser reconocidos para fortalecer su identidad de pueblo indígena que ha habitado por siglos la costa de Taltal y Paposo.

En seguida, el Honorable Senador señor Navarro mencionó el proyecto de ley de su autoría que persigue el mismo objetivo que esta iniciativa, pero lamentó que fuera archivado por la Sala de la Corporación, y que no pueda ser refundido por encontrarse en distinto trámite legislativo. No obstante, advirtió que planteará como indicaciones sus disposiciones al presente proyecto de ley. Luego, refirió que durante la discusión en general de este proyecto de ley el ex Ministro de Desarrollo Social y Familia, comprometió un estudio de bases sobre el Pueblo Chango, que hasta la fecha no ha sido informado a esta Comisión.

En seguida, preguntó sobre la procedencia de la consulta indígena respecto de este proyecto de ley.

El Analista de la Biblioteca del Congreso Nacional, seño Matías Meza, señaló que el Congreso Nacional no tiene un procedimiento, ni una práctica sobre la consulta indígena en el caso de proyectos de ley que se inician por una moción parlamentaria. Aunque reconoció que sí se han definido ciertos criterios sobre la procedencia de la consulta indígena que después ha implementado el Ejecutivo, como sucedió en el proyecto de ley que crea el Ministerio de las Culturas y las Artes, cuyo anteproyecto fue consultado.

Luego, indicó que si bien existe el antecedente de la iniciativa que incorporó al Pueblo Diaguita dentro de las etnias que reconoce la ley N° 19.253, este caso es anterior a la aprobación del Convenio 169 que introduce la obligación de consultar a los pueblos indígenas, por lo que no puede aplicarse al caso en estudio.

No obstante, dio cuenta que recientemente se aprobó la ley N°21.151 que da reconocimiento al Pueblo Afrodescendiente, la cual no fue sometida a un procedimiento de consulta indígena, en el entendido de que se trataba da una medida puramente favorable para dicho pueblo tribal. Ello, apuntó, es válido si existen los canales para que los pueblos involucrados puedan oponerse. Lo anterior, implica que, en el proyecto de ley en estudio, los Changos al expresar su voluntad de ser reconocidos se entiende que consienten en esta iniciativa.

La Honorable Senadora señora Provoste reparó que ha detectado que la consulta indígena se ha utilizado como una fórmula para dilatar la tramitación de algunos proyectos de ley emblemáticos, como éste y la reforma al Código de Aguas, mientras que existen un sinnúmero de iniciativas de proyectos de inversión en el ámbito minero que se han aprobado sin consulta indígena.

En seguida, la Comisión dio la palabra al Jefe de Asuntos Indígenas del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, señor Gonzalo Arenas, quien informó que se inició el estudio de bases del Pueblo Chango, ejecutado por la empresa Arista Social. Agregó que ya entregaron el primer informe sobre sus características organizacionales, geográficas, etnológicas, entre otras, teniendo como base un sinnúmero de entrevistas en terreno y diversos talleres participativos. En caso de que se detecten sectores no considerados, pidió a Sus Señorías informárselos para incluirlos en este estudio. Detalló que el informe final debería estar terminado a fines del mes de septiembre.

En cuanto a la consulta a los pueblos indígenas, hizo notar que se trata de un derecho de los pueblos originarios que surge después de un largo proceso de encuentros, que choca con la neutralidad occidental. Acotó que este derecho está interiorizado en las comunidades indígenas y como tal no se puede omitir su realización. Consideró que establecer una excepción de consulta respecto de las medidas puramente favorables para los pueblos indígenas podría ser perjudicial para estos pueblos, porque se podría generar una práctica de no consulta o de una consulta con estándares más bajos. Además, expresó que hoy día nadie está habilitado para definir si una medida favorable o no para los pueblos indígenas, y como tal estaría exenta de ser consultada.

Con respecto a las indicaciones formuladas al presente proyecto de ley, consideró que varias de ellas requieren de consulta indígena. En particular, la número 4, que modifica el artículo 12 de la ley N° 19.253 sobre los territorios indígenas; la número 5, que cambia la definición de las áreas de desarrollo indígena; las número 6 y 7, que modifican la integración del Consejo Nacional de Desarrollo Indígena, puesto que existen otros pueblos reconocidos en esta ley que no tienen representación en dicho Consejo, como los Coyas, Diaguitas y Kaweskar; la número 8, que modifica el estatuto del agua de los pueblos indígenas, en especial de los Aymaras y Atacameños, y la número 9 que amplía el concepto de usos territoriales.

El Honorable Senador señor Kast consultó por el tiempo estimado para la aprobación del proyecto de ley que crea los Consejos de Pueblos Indígenas, porque consideró que su consulta podría ser la solución para la aplicación del Convenio 169 en el caso de las mociones parlamentarias que afecten a los pueblos indígenas.

El Honorable Senador señor Navarro previno que pronto llegará el momento en que Chile deba rendir cuenta ante las Naciones Unidas sobre la implementación del Convenio 169 de la OIT y como tal propuso hacer presente a la Mesa del Senado respecto de la necesidad de establecer un procedimiento para la consulta indígena a los pueblos indígenas en el caso de las mociones parlamentarias, y no seguir retrasando el debate de los proyectos de ley que se refieran a los Pueblos Indígenas. Con todo, observó que la consulta del Ejecutivo ha tenido serios cuestionamientos.

La Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora planteó, como alternativa, estudiar cuál ha sido la línea de la implementación del Convenio 169 por los distintos Estados Latinoamericanos y conocer los criterios que han fijado los organismos pertinentes internacionales sobre la materia.

Se hizo presente que la Mesa del Senado está trabajando en un reglamento de consulta, y que la Cámara de Diputados ya tiene un proyecto de reglamento aprobado por la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios.

En seguida, el Honorable Senador señor Navarro pidió a Sus Señorías seguir con la tramitación de este proyecto de ley y advirtió que Chile es uno de los pocos países de América Latina que no ha dado un reconocimiento constitucional a sus pueblos indígenas.

Posteriormente, la Honorable Diputada señora Cicardini preguntó al Ejecutivo en qué consiste el estudio de bases que se está realizando sobre el Pueblo Chango. En particular, cuáles son sus objetivos y por qué no se aprovechó la ocasión para realizar una consulta indígena de este proyecto de ley. Resaltó que las comunidades claman por ser reconocidas, lo que se ha constatado en diversos estudios y reparó el tiempo que se han tardado en la tramitación de este proyecto de ley, siendo que ya se aprobó el reconocimiento a los afrodescendientes.

La Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora informó al Ejecutivo que en el estudio de bases que están realizando no se ha considerado a los Changos de Caleta Chañaral de Aceituno.

Con posterioridad, en sesión de 12 de agosto de 2019, la Comisión recibió al Dirigente de la Agrupación Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo de Caleta Chañaral de Aceituno de la Región de Atacama, señor Felipe Rivera, quien señaló que en esta oportunidad no enunciará el historial de argumentos que dan cuenta del por qué deben ser reconocidos como Pueblo Indígena de Chile, ya que Sus Señorías conocen su condición y realidad histórica, que al parecer no comprende el Ejecutivo, en particular el ex Ministro de Desarrollo Social y Familia, señor Alfredo Moreno, quien dentro de sus condiciones para avanzar en la discusión de esta iniciativa encomendó realizar un estudio del cual ya se pueden considerar sus resultados preliminares para ilustrar las condiciones objetivas en que se encuentran las comunidades changas, su identidad, sus organizaciones, sus expectativas y sus fuentes de trabajo que hoy cada vez son más vulnerables ante los cambios que ha experimentado el planeta por un sistema de vida insostenible.

Hoy, informó, han venido a defender y a aclarar la intencionalidad de las indicaciones presentadas a este proyecto de ley, las que han sido trabajadas con sus organizaciones. Sin embargo, expresó que por las objeciones y cuestionamientos por parte del Ejecutivo a las mismas creen que quizás no han sido interpretadas en el sentido buscado. En efecto, destacó que han revisado experiencias de otros procesos de reconocimiento, de los cuales han aprendido los errores históricos que no quieren volver a cometer, como ocurrió en el caso del reconocimiento del Pueblo Diaguita, que se trató de un reconocimiento sin derechos, lo que implica sólo un reconocimiento de papel, que no les garantiza el respeto de su integridad, en los términos del artículo 2° del Convenio 169 de la OIT.

Por ello, planteó la necesidad de conquistar un reconocimiento con derechos territoriales, con representación y visibilidad en las distintas instancias donde se definen las políticas que afectan a su gente y a su descendencia. En este contexto, enfatizó que ese el sentido de las indicaciones que presentó la Honorable Senadora señora Adriana Muñoz D´Albora.

En particular, indicó que se propone modificar al artículo 12, que establece cuáles son las tierras indígenas. Al respecto, puso de relieve que el Ejecutivo consideró que esta indicación requeriría de un proceso de consulta indígena, puesto que no sería una medida favorable para los otros pueblos indígenas. Al respecto, se preguntó por qué algunos pueblos tendrían más derechos que otros. Sobre este punto, observó que el mismo Convenio 169 de la OIT mandata a los gobiernos en su artículo 2° a “incluir medidas: que aseguren a los miembros de dichos pueblos gozar, en pie de igualdad, de los derechos y oportunidades que la legislación nacional otorga a los demás miembros de la población”. Expresó que cualquier diferencia implicaría un acto de discriminación contra el Pueblo Chango, y como tal no puede ser que las tierras que habitan, desde Paposo en la Región de Antofagasta hasta la Región de Valparaíso no sean consideradas como “tierras indígenas”, ya que se estaría desconociendo que esas regiones, donde han subsistido hasta el día hoy, son parte esencial para la permanencia, protección y conservación de su identidad social, costumbres y tradiciones.

Por otro lado, detalló que se propone la modificación del artículo 26° sobre las áreas de desarrollo indígena. Al respecto, aclaró que no se está cambiando el concepto de “área de desarrollo indígena”, como lo indicó el Ejecutivo en la sesión anterior, puesto que la idea es complementar y darle un sentido integral a lo que hoy el Estado entiende por dichas “áreas”, ya que al reconocer al Pueblo Chango, se deben también reconocer las “áreas” donde se desenvuelve, que son principalmente las “porciones de mar o borde costero”, que no se incluyen en la letra e) del citado artículo 26.

Este caso, apuntó, tampoco se trataría de una medida desfavorable para los otros Pueblos Indígenas, porque al considerar otros elementos de la naturaleza como “áreas de desarrollo indígena”, le otorgaría mayores posibilidades de uso a otros elementos de la naturaleza que permiten la conservación de sus modos de vida, como las “porciones de mar y borde costero”. Sobre este punto, complementó que hoy el Pueblo Chango está participando en el diseño de un proyecto FAO titulado “Fortalecimiento de la gestión y la gobernanza para la conservación y uso sostenible de la biodiversidad de importancia mundial en los ecosistemas marinos costeros en Chile”, que busca crear un modelo de gestión de las áreas de importancia ecológica mundial, y que en el día de mañana cuando el Estado de Chile rinda examen ante los países desarrollados debe dar cuenta no sólo sobre cómo está administrando estas áreas, sino de cómo los Pueblos Originarios están siendo parte del diseño del modelo de gestión de éstas áreas prioritarias para la conservación de los ecosistemas a nivel mundial.

Por ello, consideró que hoy tienen la oportunidad de actualizar la legislación que atañe a los Pueblos Indígenas en esta materia con la inclusión del concepto de “porción de mar y borde costero” en el artículo 26 de la ley N° 19.253, lo que les permitiría asumir parte de los desafíos que se requieren para la conservación de los ecosistemas marinos, a fin de afrontar el cambio climático que ha provocado una alta variabilidad de los recursos pesqueros con los cuales subsisten.

Con respecto a la indicación que modifica el artículo 41 de la ley N° 19.253, sobre la representación en el Consejo de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, señaló que tampoco es una medida desfavorable la incorporación de un representante del Pueblo Chango y de un Diaguita, puesto que no supone la pérdida de derechos de los pueblos que no están representados, ni de los pueblos que si tienen representación en dicho Consejo. En su opinión le otorgaría la condición que mandata el artículo 2° del Convenio 169 de la OIT que consagra la necesidad de “incluir medidas que aseguren a los miembros de dichos pueblos gozar, en pie de igualdad, de los derechos y oportunidades…”.

También, se refirió a la indicación que propone modificar el artículo 64 de la ley N° 19.253, que consagra un sistema de protección para las aguas de las comunidades Aimaras y Atacameñas, que desde su perspectiva en ningún caso se pretende afectar su estatuto de protección, sino que de proteger también sus pozos de agua dulce que han posibilitado la vida en sus caletas, y que hoy han sido usurpados por quienes han allegado a los lugares que habitan, usando y usufructuando de este bien comunitario que requiere de resguardo. No obstante lo anterior, se mostró abierto a replantear esta indicación en pos del resguardo de los pozos de agua dulce para uso y consumo de su gente, sin afectar los estatutos vigentes de protección de aguas de otros pueblos.

En seguida, se refirió a la indicación que propone modificar al artículo 65 de la ley N° 19.253, que promueve la implementación de programas especiales para recuperar y repoblar sectores abandonados de las etnias Aymaras y Atacameñas. Al respecto, previno que los resultados del estudio encargado por el Ejecutivo darán certezas objetivas de la ubicación del Pueblo Chango. Sin embargo, puso de relieve que estos resultados se limitarán a las Regiones de Antofagasta, Atacama, Coquimbo y Valparaíso, por la delimitación que se impuso el mismo Ejecutivo, lo cual responderá a un sector significativo de permanencia del Pueblo Chango, pero que es altamente probablemente que se encuentre más expresiones del Pueblo Chango en las Regiones Tarapacá y Arica y Parinacota, por lo que pidió a Sus Señorías aprobar esta indicación para no cerrar el espacio en el cual habitan los descendientes del Pueblo Chango.

Luego, señaló a Sus Señorías que se encuentran en un momento histórico, donde el Estado debe estar a la altura de otorgarle derechos al Pueblo Chango, ya que por la misma carencia de éstos se posibilitó su atropello, discriminación y exclusión de los procesos de desarrollo que vivieron otros pueblos originarios del territorio nacional. Manifestó su preocupación por la posible reducción de este proceso de reconocimiento a una serie de consultas previas, porque se dilatará aún más su reconocimiento, que partió hace más de diez años atrás. Además, hizo notar que las consultas que ha tratado de realizar el Ejecutivo para recabar la voluntad y el consentimiento de los Pueblos Indígenas han carecido de toda legitimidad, generando un ambiente de hostilidad y desconfianza entre los Pueblos hacia el Estado, que no contribuyen al desarrollo armónico y respetuoso que se merecen.

Finalmente, trajo a colación los planteamientos que formuló en la sesión anterior la Honorable Senadora señora Provoste sobre la ambigüedad por parte del Estado para determinar qué materias necesitan de consulta indígena, como se ha constatado en la instalación de ciertos proyectos mineros, en los proyectos de las empresas aéreo generadoras o en la construcción de mega puertos mineros, los que nunca han sido consultados a las comunidades indígenas.

En seguida, el Honorable Senador señor Moreira puso de relieve que existen dos o tres pueblos indígenas que no han sido reconocidos, ni incorporados en la Ley Indígena, como los Huilliches, los Changos y los Selknam, y no sabe cuál es la razón de ello.

La Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora dio cuenta que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia se comprometió a realizar un estudio para conocer la huella de los Changos, que habitan principalmente las Regiones de Coquimbo y de Atacama. En el caso de la IV Región, comentó que los Changos tienen una identidad propia bajo el alero de la familia Vergara, conocidos como los hacedores de balsas de cuero de lobos.

El señor Felipe Rivera señaló que este estudio se ha centrado en las Regiones de Antofagasta, Atacama, Coquimbo y Valparaíso.

A continuación, el Abogado de la Unidad de Asuntos Indígenas del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, señor Hans Weber, confirmó que se encargó estudio antropológico sobre el Pueblo Chango de carácter demográfico que determinará las personas descendientes de este pueblo y los gastos que significarán para el Estado su inclusión en la Ley Indígena, que debería estar terminado en el mes de septiembre.

El Honorable Senador señor Navarro resaltó la importancia de reconocer a estos pueblos que en su mayoría han sido desconocidos o extinguidos, como ocurrió en La Araucanía y en Tierra del Fuego. En el caso de los Changos, valoró que este pueblo haya sobrevivido y como tal espera que ello se refleje en el informe que encargó el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Expresó que los pueblos originarios estaban antes de la formación del Estado de Chile y que la mayoría de los chilenos provienen de familias migrantes, por lo que con mayor razón deben ser reconocidos en su calidad de primeros habitantes del país. Luego, preguntó al señor Felipe Rivera si han sido contactados por las personas que están ejecutando este estudio.

El señor Felipe Rivera respondió afirmativamente y acotó que principalmente participaron en los trabajos de terreno. Después, consultó a Sus Señorías si aprobarán las indicaciones números 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.

La Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora indicó que antes de pronunciarse deben esperar los resultados del estudio que encargó el Gobierno. Con todo, señaló que el Ejecutivo hizo notar la necesidad de someter a un proceso de consulta indígena las indicaciones formuladas a este proyecto de ley.

El Encargado de Asuntos Indígenas del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, señor Hans Weber, informó que respecto al Pueblo Diaguita, éste fue incorporado en la Ley Indígena en virtud de una moción parlamentaria antes de que se aprobara la Convención 169 de la OIT, por lo que no se aplicó la consulta indígena a esta iniciativa. Además, indicó que todo lo que refiere al uso de las porciones de agua y mar de las comunidades indígenas está regulado en la ley N° 20.249 sobre el espacio marino costero de los Pueblos Originarios, conocida como la Ley Lafkenche. No obstante lo anterior, se mostró dispuesto a trabajar en la búsqueda de soluciones para el reconocimiento del Pueblo Chango.

El Honorable Senador señor Navarro comentó que el Pueblo Diaguita está reconocido en la ley N° 19.253, pero no se ha determinado su territorio y tampoco se le permitió integrar el Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

Antes de terminar, el representante del Pueblo Chango, señor Oxiel Vergara, informó que vive en Punta de Choro, que forma parte de la familia Vergara y que sigue la tradición de sus ancestros de ser pescador y buzo mariscador, y que también cultiva el ganado caprino. Dio cuenta que la etnia Changa no se ha extinguido, y que se trata de varias familias que les interesa mantener sus costumbres y tradiciones en el arte de pesca y de la cocina, y que se sentirían muy orgullosos que el Estado los reconozca como pueblo indígena de Chile.

En sesión de 14 de octubre de 2019, la Comisión recibió al Jefe de la Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, señor Gonzalo Arenas, quien hizo presente que el pasado 27 de septiembre la Consultora Arista terminó el informe sobre el Pueblo Chango, pero advirtió que se trata de la primera versión, la que fue complementada con la versión del 9 de octubre. Relató que ahora están en un proceso de observaciones que finalizará el próximo 27 de octubre, por lo que aún el estudio no está completo. En lo medular, adelantó que se ha concluido que efectivamente existe una identidad Changa, pero que falta un elemento fundamental para su reconocimiento en la ley N° 19.253, cual es la existencia de una lengua propia. En el caso del Pueblo Diaguita, detalló que además fue reconocido por la Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato con los Pueblos Indígenas de 2003.

Con todo, consideró que el listado de pueblos indígenas contenido en la citada ley no es taxativo, porque existen identidades culturales que no pueden ser negadas, aunque indicó que este proyecto de ley busca reconocerlos expresamente en la ley.

Por lo anterior, pidió a Sus Señorías el plazo de un mes para comparecer ante esta Comisión a dar cuenta del informe final sobre el estudio antropológico del Pueblo Chango.

El Honorable Senador señor Navarro expresó que los autores de las iniciativas que dieron origen al presente proyecto de ley Honorable Senadora señora Provoste y la Honorable Diputada señora Cicardini, le han manifestado su gran interés por aprobar este proyecto cuanto antes. Sin perjuicio de lo anterior, indicó que esperarán el tiempo solicitado por el Ejecutivo para presentar el informe del Pueblo Chango y luego votar las indicaciones formuladas a este proyecto de ley.

Con posterioridad en sesión de 20 de enero de 2020, la Comisión recibió al Presidente Agrupación de Changos de Caleta Chañaral Aceituno, señor Felipe Rivera, quien señaló tener esperanza en transitar por un camino que permita dejar atrás derechos postergados para una gran cantidad comunidades, caletas y familias. Asimismo, llamó la atención acerca de la postergación histórica e invisibilización de los pueblos costeros y la discriminación de que han sido objeto por no tener una lengua.

En seguida, se refirió al proceso de organización del Pueblo Chango en las distintas latitudes del norte de Chile. Al respecto, indicó que la memoria viva de un pueblo es el eje constituyente en la construcción de su identidad.

Por otra parte, acotó que en la actualidad existen una serie de regulaciones que afectan al pueblo chango como, por ejemplo, la especulación inmobiliaria. Sobre este punto, advirtió que no se han realizado las correspondientes consultas mandatadas por el Convenio N°169 de la OIT.

La Honorable Senadora señora Provoste subrayó que esta discusión se produce en un momento importante para la vida política nacional, al estar determinándose los escaños reservados para pueblos originarios en una futura Asamblea Constituyente. Por lo anterior, resaltó la urgencia de definir a la brevedad el reconocimiento del Pueblo Chango.

El Honorable Senador señor Moreira manifestó sus reparos respecto de la política indígena del Gobierno. Al efecto, indicó que en la actualidad nueve son las etnias que cuentan con reconocimiento en nuestro país, pero que la política del Ejecutivo en esta materia no puede centrase sólo en ellas. En efecto, lamentó que el Pueblo Huilliche aún no pueda lograr dicho reconocimiento, y reparó que hoy es considerado como parte de etnia Mapuche, y no como un pueblo distinto.

De acuerdo a lo señalado, consideró que, al momento de lograrse el reconocimiento del Pueblo Chango, se abrirá la puerta para que otras etnias logren el mismo objetivo.

Luego, el Jefe de la Unidad de Asuntos Indígenas del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, señor Gonzalo Arenas, presentó el informe elaborado por la consultora Arista Social que encargó el Ejecutivo mediante licitación ID 7118441-45-LE18 “Estudio de Caracterización Antropológica del Pueblo Chango en las Regiones de Antofagasta, Atacama, Coquimbo y Valparaíso”, estudio respecto del cual se había comprometido el señor Ministro al iniciar el estudio de este proyecto de ley.

Al respecto, dio cuenta que si bien se reconoce la existencia del Pueblo Chango en el norte del país, según las fuentes históricas, y se constata la existencia de una comunidad que se identifica como sus herederos, ello no basta para dar por zanjado la inclusión de este Pueblo en la ley N°19.253, ya que el propio estudio no es concluyente al recomendar la realización de nuevas investigaciones más particulares, que acrediten su calidad de indígenas, de acuerdo a los criterios que establece la citada ley.

Además, expresó que existe otro proyecto de ley radicado en la Cámara de Diputados que busca el reconocimiento del Pueblo Selknam, y que también existe la intención de incluir en la Ley Indígena al Pueblo Huilliche.

En relación con las indicaciones presentadas al presente proyecto de ley, señaló que se debe evitar la afectación a otros pueblos originarios, como el Pueblo Mapuche, el cual ha indicado que el reconocimiento de otros Pueblos podría debilitar su posición dentro del espectro nacional de las comunidades indígenas. Con todo, hizo notar a Sus Señorías que el Ejecutivo entiende que cualquier modificación a la ley N°19.253 requiere de un procedimiento de consulta indígena.

A continuación, el Presidente del Consejo de Pescadores Artesanales Changos de Los Vilos, señor Fernando Tirado, comentó que ha llegado el momento de reconocer la existencia del Pueblo Chango, en sintonía con lo recomendado por el Informe elaborado por la Consultora Arista Social. Dio cuenta que los Changos son un pueblo de pescadores, cuyos ancestros se remontan a la época precolombina y que han conservado sus manifestaciones ancestrales, a pesar de la invisibilización del Estado hacia su cultura.

En seguida, el representante de la Agrupación Social y Cultural Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo de Caleta Chañaral de Aceituno, señor Felipe Rivera, dio cuenta que el Estado en diversas actuaciones ha requerido la intervención del Pueblo Chango, como ocurrió en la consulta del proyecto de ley que creó el Ministerio de las Culturas y las Artes, y en la implementación del sistema de atención de salud con pertinencia indígena. Asimismo, detalló que los Pueblos Indígenas los han invitado a participar en diversos congresos los años 2017, 2018 y 2019, lo que acredita que también cuentan con el reconocimiento del resto de las comunidades indígenas.

La representante de la Agrupación Social y Cultural Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo de Caleta Chañaral de Aceituno, señora Lucía Ossandón, expresó que en todo el territorio costero, que va desde la Región de Antofagasta a la de Valparaíso existen osamentas de sus ancestros y destacó que es bisnieta de la Changa Juana Vergara, que se preocupó de conservar y transmitir su cultura, que se dedica a la pesca artesanal, a la recolección de algas y al ganado caprino.

El Honorable Senador señor Quinteros hizo presente que es de toda justicia reconocer al Pueblo Chango que habitan en el territorio costero de nuestro país, desde antes de la llegada de los españoles, que se dedica desde sus ancestros principalmente a la pesca y a la crianza de caprinos. En general, apuntó, es común en el Pueblo Chango los apellidos Vergara, Gutiérrez y Álvarez, porque descienden de un tronco común. Enfatizó que se trata de una comunidad que logró sobrevivir, a pesar de la indiferencia del Estado. Finalmente, destacó su condición étnica de excelente dentadura, por la alimentación rica en calcio que consumen.

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Cabe hacer presente, que durante la tramitación de este proyecto de ley se entregaron a la Comisión los siguientes documentos sobre la pertinencia del reconocimiento del Pueblo Chango en la ley N° 19.253, a saber:

1.- Informe final elaborado por la consultora Arista Social, de octubre de 2019, “Estudio de caracterización en las Regiones de Antofagasta, Atacama, Coquimbo y Valparaíso”, encargado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia en Licitación ID 711841-45-LE18.

2.- Estudio Antecedentes para el Reconocimiento Legal del Pueblo Chango, Serie de Policy Papers N° 6, de 2019, de los autores Luis Campo; Raúl Molina y Astrid Mandel.

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A continuación, se efectúa una transcripción de las indicaciones presentadas al texto aprobado en general por el Honorable Senado, así como los acuerdos adoptados sobre las mismas.

ARTÍCULO ÚNICO

El artículo único del proyecto de ley en estudio, aprobado en general por el Senado, modifica, mediante dos numerales, el inciso segundo del artículo 1° de la ley Nº 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, a saber:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el inciso segundo del artículo 1 de la ley Nº 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena:

1. Reemplázase la conjunción “y”, que sucede al vocablo “Collas”, por una coma.

2. Incorpórase, entre la palabra “Diaguita” y la expresión “del norte del país”, la frase “y al pueblo Chango”.”.

La indicación número 1, del Honorable Senador señor Durana, propone reemplazar al artículo 1 de la ley N°19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, por el siguiente:

“Artículo 1.- El Estado reconoce que los indígenas de Chile con los descendientes de las agrupaciones humanas que existen en el territorio nacional desde tiempos precolombinos, que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias siendo para ellos la tierra el fundamento principal de su existencia y cultura.

El Estado reconoce como principales etnias indígenas de Chile a: la Mapuche, Aimara, Rapa Nui o Pascuenses, la de las comunidades Atacameñas, Quechuas, Collas y Diaguita del norte del país, las comunidades Kawashkar o Alacalufe y Yámana o Yagán de los canales australes.

Asimismo, el Estado de Chile reconoce la existencia de rasgos culturales comunes en las diferentes etnias que habitaron en el territorio costero del Norte de Chile, bajo la denominación de changos u otras.

El Estado valora su existencia por ser esencial de las raíces de la Nación chilena, así como su integridad y desarrollo, de acuerdo a sus costumbres y valores.

Es deber de la sociedad en general y del Estado en particular, a través de sus instituciones respetar, proteger y promover el desarrollo de los indígenas, sus culturas, familias y comunidades, adoptando las medidas adecuadas para tales fines y proteger las tierras indígenas, velar por su adecuada explotación, por su equilibrio ecológico y propender a su ampliación.”.

La indicación número 2, del Honorable Senador señor Durana, lo reemplaza por el siguiente:

“Artículo único.- Agrégase en el inciso segundo de la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, a continuación de la expresión “canales australes.” la siguiente oración: “Asimismo, el Estado de Chile reconoce la existencia de rasgos culturales comunes en las diferentes etnias que habitaron en el territorio costero del Norte de Chile, bajo la denominación de changos u otras.”.”.

- Las indicaciones números 1 y 2 fue retiradas por el Honorable Senador señor Durana.

La indicación número 3, de la Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora, introduce las siguientes modificaciones en el inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 19.253:

a) Reemplázase la conjunción “y”, que sucede al vocablo “Collas”, por una coma.

b) Incorpórase, entre la palabra “Diaguita” y la expresión “del norte del país”, la frase “y al pueblo Chango”.”.

La Comisión tuvo presente que el tenor de las indicaciones es prácticamente igual al texto aprobado en general por el Senado. Asimismo, compartió que la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo, en su artículo 1° se refiere a las “etnias indígenas” y no a los “pueblos”, por lo que acordó no innovar sobre la materia y suprimir dicha expresión.

- En atención a lo anterior, la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Muñoz D´Albora y Provoste y señor Navarro, aprobó con modificaciones la indicación número 3.

La indicación número 4, de la Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora y señores Latorre y Navarro, propone agregar un numeral nuevo al artículo único, del siguiente tenor:

“….- Modifíquese el artículo 12° de la siguiente forma:

a) Incorpórese, en la letra e) del número 1°, entre las expresiones “Regiones” y VIII”, lo siguiente: “II, III, IV, V,”.

b) Incorpórese, en el numeral 2° del artículo 12°, a continuación de la (,) que sucede a la palabra “collas”, la expresión “diaguitas, changos”.

El artículo 12 de la ley N° 19.253 establece los territorios que se reconocen como tierras indígenas, como a continuación se transcribe:

“Artículo 12.- Son tierras indígenas:

1° Aquellas que las personas o comunidades indígenas actualmente ocupan en propiedad o posesión provenientes de los siguientes títulos:

a) Títulos de comisario de acuerdo a la ley de 10 de junio de 1823.

b) Títulos de merced de conformidad a las leyes de 4 de diciembre de 1866; de 4 de agosto de 1874, y de 20 de enero de 1883.

c) Cesiones gratuitas de dominio efectuadas conforme a la ley N° 4.169, de 1927; ley N° 4.802, de 1930; decreto supremo N° 4.111, de 1931; ley N° 14.511, de 1961, y ley N° 17.729, de 1972, y sus modificaciones posteriores.

d) Otras formas que el Estado ha usado para ceder, regularizar, entregar o asignar tierras a indígenas, tales como, la ley N° 16.436, de 1966; decreto ley N° 1.939, de 1977, y decreto ley N° 2.695, de 1979, y

e) Aquellas que los beneficiarios indígenas de las leyes N° 15.020, de 1962, y N° 16.640, de 1967, ubicadas en las Regiones VIII, IX y X, inscriban en el Registro de Tierras Indígenas, y que constituyan agrupaciones indígenas homogéneas lo que será calificado por la Corporación.

2° Aquellas que históricamente han ocupado y poseen las personas o comunidades mapuches, aimaras, rapa nui o pascuenses, atacameñas, quechuas, collas, kawashkar y yámana, siempre que sus derechos sean inscritos en el Registro de Tierras Indígenas que crea esta ley, a solicitud de las respectivas comunidades o indígenas titulares de la propiedad.

3° Aquellas que, proviniendo de los títulos y modos referidos en los números precedentes, se declaren a futuro pertenecientes en propiedad a personas o comunidades indígenas por los Tribunales de Justicia.

4° Aquellas que indígenas o sus comunidades reciban a título gratuito del Estado. La propiedad de las tierras indígenas a que se refiere este artículo, tendrá como titulares a las personas naturales indígenas o a la comunidad indígena definida por esta ley.

La propiedad de las tierras indígenas a que se refiere este artículo, tendrá como titulares a las personas naturales indígenas o a la comunidad indígena definida por esta ley.

Las tierras indígenas estarán exentas del pago de contribuciones territoriales.”.

- La indicación número 4, fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Muñoz D´Albora y Provoste y señor Navarro.

La indicación número 5, de la Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora y señores Latorre y Navarro, agrega un numeral nuevo al artículo único, del siguiente tenor:

“….- Agréguese, en el inciso primero del artículo 26°, entre la palabra “territoriales” y la preposición “en”, la frase: “porción de mar o borde costero”.

El artículo 26 de la ley N° 19.253 se refiere a las áreas de desarrollo indígena. Su texto es el que sigue:

“Artículo 26.- El Ministerio de Planificación y Cooperación, a propuesta de la Corporación, podrá establecer áreas de desarrollo indígena que serán espacios territoriales en que los organismos de la administración del Estado focalizarán su acción en beneficio del desarrollo armónico de los indígenas y sus comunidades. Para su establecimiento deberán concurrir los siguientes criterios:

a) Espacios territoriales en que han vivido ancestralmente las etnias indígenas;

b) Alta densidad de población indígena;

c) Existencia de tierras de comunidades o individuos indígenas;

d) Homogeneidad ecológica, y

e) Dependencia de recursos naturales para el equilibrio de esos territorios, tales como manejo de cuencas, ríos, riberas, flora y fauna.”.

- La indicación número 5 fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Muñoz D´Albora y Provoste y señor Navarro.

La indicación número 6, de la Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora y señores Latorre y Navarro, agrega un numeral nuevo al artículo único, del siguiente tenor:

“…- Reemplácese, en la letra d) del inciso primero del artículo 41°, el guarismo “Ocho” por “Diez”.

Por su parte, la indicación número 7, de la Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora y señores Latorre y Navarro, agrega un numeral nuevo al artículo único, del siguiente tenor:

“….- Intercálese, en la letra d) del inciso primero del artículo 41°, a continuación de la expresión “rapa nui”, la frase “, un chango, un diaguita”.”.

El artículo 41 de la ley N° 19.253 regula la integración del Consejo Nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena. Su texto es el que sigue:

“Artículo 41.- La dirección superior de la Corporación estará a cargo de un Consejo Nacional integrado por los siguientes miembros:

a) El Director Nacional de la Corporación, nombrado por el Presidente de la República, quien lo presidirá;

b) Los Subsecretarios o su representante, especialmente nombrados para el efecto, de cada uno de los siguientes Ministerios: Secretaría General de Gobierno, de Planificación y Cooperación, de Agricultura, de Educación y de Bienes Nacionales;

c) Tres consejeros designados por el Presidente de la República;

d) Ocho representantes indígenas: cuatro mapuches, un aimara, un atacameño, un rapa nui y uno con domicilio en un área urbana del territorio nacional. Estos serán designados, a propuesta de las Comunidades y Asociaciones Indígenas, por el Presidente de la República, conforme al reglamento que se dicte al efecto.

Los consejeros a que se refieren las letras a), b) y c) se mantendrán en sus cargos mientras cuenten con la confianza de la autoridad que los designó y, los de la letra d), durarán cuatro años a contar de la fecha de publicación del decreto de nombramiento, pudiendo ser reelegidos.

El Fiscal de la Corporación actuará como Secretario y Ministro de Fe.”.

- Las indicaciones números 6 y 7 fueron aprobadas por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Muñoz D´Albora y Provoste y señor Navarro.

Con posterioridad, la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, reabrió debate respecto de estas indicaciones, por cuanto corresponden a una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, al tener incidencia presupuestaria, de conformidad con el artículo 65, inciso tercero de la Constitución Política de la República.

- En atención a lo anterior, los Honorables Senadores señora Muñoz D´Albora y señores Latorre y Navarro retiraron las indicaciones números 6 y 7.

La indicación número 8, de la Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora y señores Latorre y Navarro, agrega un numeral nuevo al artículo único, con el siguiente texto:

“….- Agréguese, en el inicio primero del artículo 64°, entre la palabra “acequias” y la conjunción “y”, la expresión: “, pozos de agua dulce”.

El artículo 64 de la ley N° 19.253 consagra un sistema de protección especial para las aguas de las Comunidades Aimaras y Atacameñas. Su texto es el que sigue:

“Artículo 64.- Se deberá proteger especialmente las aguas de las comunidades Aimaras y Atacameñas. Serán considerados bienes de propiedad y uso de la Comunidad Indígena establecida por esta ley, las aguas que se encuentren en los terrenos de la comunidad, tales como los ríos, canales, acequias y vertientes, sin perjuicio de los derechos que terceros hayan inscrito de conformidad al Código General de Aguas.

No se otorgarán nuevos derechos de agua sobre lagos, charcos, vertientes, ríos y otros acuíferos que surten a las aguas de propiedad de varias Comunidades Indígenas establecidas por esta ley sin garantizar, en forma previa, el normal abastecimiento de agua a las comunidades afectadas.”.

- La indicación número 8 fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables Senadores señoras Muñoz D´Albora y Provoste y señor Navarro.

La indicación número 9, de la Honorable Senadora señora Muñoz D´Albora y señores Latorre y Navarro, agrega un numeral nuevo al artículo único, con el siguiente texto:

“….- Incorpórese, en el Párrafo 2° del Título VIII el siguiente artículo 65 bis, nuevo:

“Artículo 65 bis. Son changos las comunidades costeras ubicadas principalmente desde la I a la V Región.

Se deberá proteger especialmente el hábitat de este pueblo originario, constituido por el borde costero, playas, islas y roqueríos, como asimismo la biodiversidad y ecosistemas marinos que garantizan su desarrollo y supervivencia.”.”.

El Honorable Senador señor Navarro hizo notar que en el inciso segundo del artículo propuesto se utiliza la expresión “Se deberá proteger”, lo que podría implicar el establecimiento de una nueva función para el Estado, por lo que sugirió reemplazarla por “Se procurará proteger”. De esta manera, apuntó, se evita entrometerse en materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

Por su parte, la Honorable Senadora señora Provoste, hizo presente que la indicación número 4, letra a), aprobada en los párrafos anteriores, incorpora las regiones II, III, IV y V al reconocimiento de tierras indígenas; sin embargo, la indicación en estudio hace referencia a la I región, por tal motivo, propuso suprimir dicha referencia de manera de hacerla concordante con lo aprobado por esta Comisión.

- La indicación número 9 fue aprobada con las modificaciones propuestas por la unanimidad de los miembros presentes, Honorables Senadores señora Muñoz D´Albora y señores Latorre y Navarro.

A continuación, la Honorable Senadora señora Provoste valoró los esfuerzos realizados por el Pueblo Chango para lograr su reconocimiento estatal, puesto que tras siglos de invisibilización logró mantener sus prácticas en la pesca artesanal y en la construcción de balsas de cuero de lobo. Por ello, enfatizó que con esta iniciativa se busca hacer justicia con este Pueblo.

El Honorable Senador señor Navarro señaló que está claro que la enumeración que hace el artículo 1° de la ley N° 19.253 de las etnias indígenas no es taxativo, ya que el legislador utiliza la expresión “principales etnias indígenas de Chile” y porque en el 2006 se incorporó a los Diaguita. Por ello, expresó, es el momento de incorporar los Changos en las mismas condiciones que el resto de las etnias reconocidas.

- - -

MODIFICACIONES

En conformidad a los acuerdos adoptados, vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía tiene el honor de proponeros las siguientes modificaciones al proyecto de ley aprobado en general por el Honorable Senado:

Artículo único

Inciso primero

Reemplazar, en su encabezamiento, la frase “en el inciso segundo del artículo 1 de la” por la expresión “a la”.

(Unanimidad, 3x0, artículo 121 Reglamento de la Corporación).

Número 1

Intercalar, a continuación de la palabra “Reemplázase” la siguiente frase “,en el inciso segundo del artículo 1°,”.

(Unanimidad, 3x0, artículo 121 Reglamento de la Corporación).

Número 2

Agregar, a continuación de la palabra “Incorpórase” la siguiente frase “en el inciso segundo del artículo 1°,” y sustitúyase la expresión “y al pueblo”, por “y”.

(Unanimidad, 3x0, indicación número 3, y artículo 121 Reglamento de la Corporación).

° ° °

Consultar, a continuación del número 2, los siguientes números 3, 4, 5 y 6, nuevos:

Número 3

“3. Modifícase el artículo 12 de la siguiente forma:

a) Incorpórese, en la letra e) del número 1°, entre las expresiones “Regiones” y VIII”, lo siguiente: “II, III, IV, V,”.

(Unanimidad 3x0, indicación número 4)

b) Intercálese, en el numeral 2° del artículo 12, a continuación de la (,) que sucede a la palabra “collas”, la expresión “diaguitas, changos”.”.

(Unanimidad 3x0, indicación número 4)

Número 4

“4. Agrégase, en el inciso primero del artículo 26, entre la palabra “territoriales” y la preposición “en”, la frase: “, porción de mar o borde costero”.”.

(Unanimidad 3x0, indicación número 5)

Número 5

“5 Intercálase, en el inicio primero del artículo 64, entre la palabra “acequias” y la conjunción “y”, la expresión: “, pozos de agua dulce”.”.

(Unanimidad 3x0, indicación número 8)

Número 6

6. Incorpórase, en el Párrafo 2° del Título VIII el siguiente artículo 65 bis, nuevo:

“Artículo 65 bis. Son changos las comunidades costeras ubicadas principalmente desde la II a la V Región.

Se procurará proteger especialmente el hábitat de este pueblo originario, constituido por el borde costero, playas, islas y roqueríos, como asimismo la biodiversidad y ecosistemas marinos que garantizan su desarrollo y supervivencia.”.”.

(Unanimidad 3x0, indicación número 9 y artículo 121 Reglamento de la Corporación)

° ° °

- - -

TEXTO DEL PROYECTO

En virtud de las modificaciones anteriores, el proyecto de ley queda como sigue:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarroll0o Indígena:

1. Reemplázase, en el inciso segundo del artículo 1°, la conjunción “y”, que sucede al vocablo “Collas”, por una coma.

2. Incorpórase, en el inciso segundo del artículo 1°, entre la palabra “Diaguita” y la expresión “del norte del país”, la frase “y Chango”.

3. Modifícase el artículo 12 de la siguiente forma:

a) Incorpórese, en la letra e) del número 1°, entre las expresiones “Regiones” y “VIII”, lo siguiente: “II, III, IV, V,”.

b) Intercálese, en el numeral 2°, a continuación de la (,) que sucede a la palabra “collas”, la expresión “diaguitas, changos,”.

4. Agrégase, en el inciso primero del artículo 26, entre la palabra “territoriales” y la preposición “en”, la frase: “, porción de mar o borde costero”.

5 Intercaláse, en el inicio primero del artículo 64, entre la palabra “acequias” y la conjunción “y”, la expresión: “, pozos de agua dulce”.

6. Incorpórase, en el Párrafo 2° del Título VIII el siguiente artículo 65 bis, nuevo:

“Artículo 65 bis. Son changos las comunidades costeras ubicadas principalmente desde la II a la V Región.

Se procurará proteger especialmente el hábitat de este pueblo originario, constituido por el borde costero, playas, islas y roqueríos, como asimismo la biodiversidad y ecosistemas marinos que garantizan su desarrollo y supervivencia.”.”.

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Acordado en sesiones celebradas los días 22 de julio; 12 de agosto y 14 de octubre de 2019, y 20 y 22 de enero de 2020, con asistencia de los Honorables Senadores señor Alejandro Navarro Brain (Presidente), señora Adriana Muñoz D´Albora (Rabindranath Quinteros Lara), señores Felipe Kast Sommerhoff, Juan Ignacio Latorre Riveros (Yasna Provoste Campillay) e Iván Moreira Barros.

Sala de la Comisión, a 27 de enero de 2020.

XIMENA BELMAR STEGMANN

Secretario

RESUMEN EJECUTIVO

SEGUNDO INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA ACERCA DEL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS INDÍGENAS, Y CREA LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA, PARA RECONOCER AL PUEBLO CHANGO COMO ETNIA INDÍGENA DE CHILE

BOLETÍN Nº 11.188-17 Y 11.335-17, REFUNDIDOS

I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: el proyecto busca el reconocimiento del Pueblo Chango como etnia indígena de Chile. Para ello, propone modificar la ley N° 19.253 que establece normas para la protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

II. ACUERDOS: Indicaciones:

Números

1 y 2 retiradas.

3 aprobada con modificaciones 3x0.

4 y 5 aprobadas 3x0.

6 y 7 retiradas.

8 aprobada 3x0.

9 aprobada con modificaciones 3x0.

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único que contiene seis numerales que modifican la ley N° 19.253.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V. URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN INICIATIVA: Cámara de Diputados. en iniciado en las siguientes mociones:

1.- Boletín N° 11.188-17 de los Honorables Diputados señoras Karol Cariola Oliva, Daniella Cicardini Milla y Cristina Girardi Lavín, y señores Jorge Sabag Villalobos y Raúl Saldívar Auger, y de los ex Diputados señores Luis Lemus Aracena, Daniel Melo Contreras, Sergio Ojeda Uribe y Roberto Poblete Zapata.

2.- Boletín N° 11.335-17 de los Honorables Diputados señora Maya Fernández Allende y señores José Pérez Arriagada y Víctor Torres Jeldes; de la actual Senadora señora Yasna Provoste Campilla, y de los ex Diputados señores Claudio Arriagada Macaya, Cristián Campos Jara, Marcos Espinosa Monardes y Ramón Farías Ponce.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: segundo.

VIII. INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: el 7 de noviembre de 2017.

IX. TRÁMITE REGLAMENTARIO: segundo informe.

X. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

1.- La Constitución Política de la República en especial sus artículos 1°, 5° y 19 numeral 2°.

2.- La ley N° 19.253 que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

3.- La ley N° 20.117 que reconoce la existencia y atributos de la Etnia Diaguita y la calidad de indígena diaguita.

4.- El Convenio N° 169 de la OIT, promulgado por el decreto N° 236, de Relaciones Exteriores, de 2008, publicado en el Diario Oficial el 14 de octubre de 2008.

5.- La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948.

6.- La Convención Americana Sobre Derechos Humanos, denominada "Pacto de San José de Costa Rica"; promulgada por el decreto supremo Nº 873, de Relaciones Exteriores, de 1990, publicado en el Diario Oficial de 5 de enero de 1991.

7.- El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966, promulgado por el decreto supremo Nº 778, de Relaciones Exteriores, de 1976, publicado en el Diario Oficial de 29 de abril de 1989.

8.- El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado por la Asamblea General de la ONU, en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966; promulgado por el decreto supremo Nº 326, de Relaciones Exteriores, de 1989, publicado en el Diario Oficial de 27 de mayo de 1989.

Valparaíso, a 27 de enero 2020.

XIMENA BELMAR STEGMANN

Secretario

2.6. Discusión en Sala

Fecha 24 de junio, 2020. Diario de Sesión en Sesión 44. Legislatura 368. Discusión Particular. Pendiente.

RECONOCIMIENTO DE PUEBLO CHANGO COMO ETNIA INDÍGENA DE CHILE

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Conforme a los acuerdos de Comités, corresponde tratar el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile, con segundo informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.

--Los antecedentes sobre el proyecto (11.188-17 y 11.335-17, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite: sesión 60ª, en 7 de noviembre de 2017 (se da cuenta).

Informes de Comisión:

Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía: sesión 77ª, en 12 de diciembre de 2018.

Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía (segundo): sesión 103ª, en 29 de enero de 2020.

Discusión:

Sesión 91ª, en 23 de enero de 2019 (se aprueba en general).

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Esta iniciativa fue aprobada en general en sesión de 23 de enero de 2019.

En su segundo informe, la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que no hay artículos que no hayan sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.

La mencionada Comisión efectuó diversas enmiendas al texto aprobado en general, todas las cuales fueron acordadas por unanimidad. Cabe recordar que estas enmiendas unánimes deben ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición de la Comisión a su respecto o existieren indicaciones renovadas.

Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado que transcribe el texto aprobado en general, las enmiendas realizadas por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía y el texto como quedaría de aprobarse dichas modificaciones.

Es todo, señora Presidenta.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, señor Secretario .

El Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Senador Latorre, efectuará el informe correspondiente.

Antes de ello, tiene la palabra el Senador Kast.

El señor KAST.-

Señora Presidenta, lo que pasa es que el Senador Galilea está pidiendo la palabra.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

¿Sobre el acuerdo de Comités?

Senador Galilea, tiene la palabra.

El señor GALILEA.-

Señora Presidenta, quería informar que respecto a este...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

No se le escucha.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Está sin señal, me indican de Informática.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Así es.

Senador García, usted también está pidiendo la palabra.

Puede intervenir, Senador.

El señor GARCÍA .-

Señora Presidenta , dado que el Senador Galilea tiene dificultades en su comunicación, quería señalar que en nombre del Comité de Renovación Nacional pedimos segunda discusión para el proyecto que le otorga reconocimiento en la Ley Indígena a los changos.

Yo por lo menos creo, y así se lo señalé al Senador Galilea en su calidad de jefe de la bancada de Senadores de RN , que además este no es un proyecto de Fácil Despacho, porque contiene varias materias que debemos analizar. Entre ellas, el hecho de que esta es una moción parlamentaria y no se ha efectuado -tengo dudas de si debe realizarse o no- la consulta obligatoria a que hace referencia el Convenio 169 de la OIT, que precisamente exige consultar a los pueblos originarios cuando hay alguna materia legislativa que les afecta, que es el caso.

Por lo tanto, quiero pedir, en nombre del Comité de RN, dado que no lo puede hacer nuestro jefe de Comité , el Senador Galilea, que tengamos una segunda discusión.

Pero, además, me atrevería a agregar que los Comités revisaran su acuerdo, porque yo creo esta no es una materia de Fácil Despacho.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Por cierto, cada Comité puede solicitar la segunda discusión, pero esto no obsta a que se haga esta primera discusión en la Sala, porque este proyecto lleva como seis años en el Senado.

Senadora Provoste, tiene la palabra.

La señora PROVOSTE.-

Señora Presidenta , pido que en esta materia la Secretaría informe, porque creo que existe una equivocación.

Este proyecto ya tuvo una segunda discusión. La iniciativa ya se había llevado a la Sala y fue precisamente la bancada de la UDI la que solicitó segunda discusión. Entonces, pareciera que se ponen de acuerdo y ahora lo pide el Comité de Renovación Nacional. Pero la bancada de la UDI ya había solicitado segunda discusión. Esto fue a segunda discusión. Es más, el Ejecutivo comprometió estudios. Y, por lo tanto, estuvieron presentes además todas las organizaciones que han participado en este proceso.

Entonces, pido a la Secretaría que pudiera despejar la duda que tiene hoy día Renovación Nacional. En nuestra opinión, equivocadamente, o a lo mejor por olvido, no recuerdan que este proyecto ya tuvo segunda discusión. Estamos, a propósito de eso, en la segunda discusión.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Pido, por favor, que apaguen los micrófonos quienes no están interviniendo.

Señor Secretario, tiene la palabra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Señora Presidenta , vamos a verificar lo que plantea la Senadora señora Provoste.

La señora PROVOSTE.-

Señora Presidenta , esto es solo para refrescar la memoria. Esto mismo se vio con las comunidades afrodescendientes y se aprobó esa parte. El proyecto en análisis fue a segunda discusión. Hubo un largo trabajo. El propio Ministerio de Desarrollo Social contrató una consultoría. Es cosa de leer el informe que está a disposición de todos los señores y las señoras Senadoras en esta ocasión.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Vamos a esperar la respuesta del señor Secretario, para que nos refresque la memoria.

Sin embargo, debo señalar que en la reunión de Comités tuvimos la posibilidad de plantear este tema; por algo en forma unánime acordamos colocar este proyecto en la tabla de Fácil Despacho.

El Senador Kast propone, por interno, que al menos se entregue el informe.

No sé si habría acuerdo para ello.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

De acuerdo con el registro de tramitación, este proyecto proviene efectivamente de la Cámara de Diputados; ingresó al Senado en el 2017, y pasó a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.

Tiene un primer informe de la referida Comisión de diciembre del 2018. La iniciativa se aprobó en general en enero del 2019. Luego se registran una serie de solicitudes de ampliación de plazo para presentar indicaciones que se acordaron, y hay un segundo informe de la Comisión de enero del 2020.

En consecuencia, no hay registro de que esta iniciativa pasara por la Sala y se hubiera pedido segunda discusión en dicha instancia.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

¿Podría aclarar lo último, señor Secretario ?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí, señora Presidenta .

No hay registro de que el proyecto haya pasado por la Sala y se hubiera solicitado segunda discusión.

Por consiguiente, como esta es la primera vez que está en la Sala y lo solicita un Comité, procedería la segunda discusión, sin perjuicio de que se realice la primera, como usted ha planteado, y se informe el proyecto y puedan intervenir los Comités en los tiempos que se acordaron.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

En enero del 2020 se vio el proyecto; estuvo en la Sala.

El señor GUZMÁN (Secretario General).-

No. Hay un segundo informe de enero del 2020: de la Comisión, no en la Sala.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

¿La Sala nunca definió fechas ni plazos para presentar indicaciones?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

No. El proyecto no se ha visto en Sala.

Entró en tabla en enero del 2020.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien.

Entonces, podemos escuchar el informe y llevar a cabo la discusión general, y luego, por cierto, pasar al segundo informe.

Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.

Debe activar su micrófono.

No tiene audio.

El señor QUINTEROS.-

Ahora sí.

Señora Presidenta, este proyecto ya lo vimos en Sala. Y hubo intervenciones sobre el particular.

No sé si me escucha.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Sí, señor Senador.

El señor QUINTEROS.-

Decía, señora Presidenta, que este proyecto ya se vio en Sala.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Yo también tengo la noción de que se vio en Sala.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Lo vamos a verificar nuevamente, señora Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Los Senadores Pizarro y Elizalde me están pidiendo la palabra. Y también la Senadora Provoste, por segunda vez.

Puede intervenir, Senador señor Pizarro

El señor PIZARRO.-

¿Señora Presidenta ?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Sí, se le escucha.

El señor PIZARRO.-

¿Tengo la palabra?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Sí, señor Senador.

El señor PIZARRO.-

¿Se escucha?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Sí.

El señor PIZARRO.-

Señora Presidenta, este proyecto se aprobó el 23 de enero del 2019.

El señor QUINTEROS.-

Exacto.

El señor PIZARRO.-

Se aprobó en general por 19 votos a favor, 1 en contra y 9 abstenciones. Esta iniciativa consta de un artículo único, y en la nueva propuesta viene con modificaciones, pues se introdujeron varias indicaciones.

Esta materia se conversó en su oportunidad, y se dieron los argumentos del caso. De manera que el proyecto está en segundo informe, y ahora correspondería votarlo en particular, porque -reitero- fue objeto de diversas enmiendas.

Tal como dijo la Senadora Provoste, se solicitaron varios estudios; se coordinó el trabajo con el Gobierno; participaron en la Comisión distintos representantes de organizaciones del pueblo chango, que existe. Es cosa de que Sus Señorías vayan al norte chico y podrán ver que en todas las caletas popularmente a las personas se les dice "changos", a quienes han vivido en esos sectores toda la vida. Desde niño sé que existe ese pueblo como tal, y hay toda una tradición al respecto.

Ahora, en cuanto a las inquietudes planteadas por el Senador García, entiendo que justamente aplicando el Convenio 169 de la OIT es que se está posibilitando el reconocimiento de este pueblo. Ello no es ninguna novedad, porque se acaba de informar en la Cuenta de la aprobación del proyecto que incorpora al pueblo selk'nam entre las principales etnias indígenas reconocidas por el Estado. Y aunque casi no existan descendientes o vestigio de este pueblo, se hace un reconocimiento a una cultura muy importante en el sur de nuestro país.

Entonces, a mí me parece que deberíamos discutir esta iniciativa y votarla.

No sé si hay segundo informe; pero la idea que tenemos es que el proyecto se pueda aprobar. Si un Comité completo pide segunda discusión y otros colegas solicitan que por lo menos iniciemos la discusión, bueno, entreguemos los antecedentes pertinentes. Después se podrá pedir, en una segunda oportunidad, más tiempo para recabar la información que falte.

Sé que es difícil en estos tiempos de trabajo a distancia disponer de todos los antecedentes. Pero este proyecto iba a ser visto ayer, y se corrió para hoy. No obstante, siempre puede pedirse un poco más de tiempo.

Sin embargo, también hay que tratar de cumplir con los acuerdos que vamos adoptando.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Tiene la palabra el Senador Víctor Pérez.

El señor PÉREZ VARELA.-

Señora Presidenta , ¿me escucha?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Sí, señor Senador.

El señor PÉREZ VARELA.-

Señora Presidenta , solo para rectificar el comentario de la Senadora Provoste en el sentido de que la UDI había pedido segunda discusión. Porque eso no es efectivo. Lo que hizo ayer el Comité de la Unión Demócrata Independiente fue solicitar 24 horas para recabar algunas consultas en la bancada, y hoy día el proyecto se puso en la tabla. Jamás hemos solicitado ni en Sala ni en reunión de Comités segunda discusión.

Entonces, que no se nos atribuya un hecho del cual jamás hemos participado.

Nosotros no pedimos eso. Sin embargo, si un Comité solicita segunda discusión, creo que está en su derecho y debiéramos actuar reglamentariamente, esto es, que se rinda el informe de la Comisión de Derechos Humanos y que se proceda a la discusión y votación en una próxima sesión.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Entonces, por qué no procedemos con el informe de la Comisión y hacemos el debate pertinente. Y posteriormente haríamos la segunda discusión, tal como se ha solicitado.

Hoy es el Día Nacional de los Pueblos Indígenas, y sería un poco un desprecio hacia ellos no querer tramitar esta iniciativa.

Además, el proyecto fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Derechos humanos. Así que, atendiendo la solicitud de un Comité, que se entregue el informe, conozcamos el proyecto, debatámoslo, y luego se envía a segunda discusión.

El Senador Pizarro pidió la palabra.

No tiene micrófono.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador Letelier también la está solicitando.

El señor PIZARRO.-

Señora Presidenta , desde el punto de vista procedimental, lo que está pidiendo el Comité de Renovación, como se hace en todos los proyectos, es que se converse, se discuta y cuando llegue el momento de votar se lleva adelante lo tocante a la segunda discusión.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Sí.

El señor PIZARRO.-

Y la votación queda para la próxima sesión.

No es que vaya a la Comisión para un nuevo informe: la votación queda para la tabla...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

A segundo informe.

El señor PIZARRO.-

... de la sesión siguiente.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Eso es lo que estamos proponiendo: va a segundo informe.

El señor PIZARRO.-

Es que cuando usted habla de "segundo informe" uno piensa que el proyecto va nuevamente a la Comisión.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

No.

El señor PIZARRO.-

Y no tiene que ir a la Comisión.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

¡No!

El señor PIZARRO.-

Se hace la votación en la sesión siguiente.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

En la próxima sesión. Eso es lo que ha pedido el Comité de Renovación Nacional.

El señor PIZARRO.-

Eso.

Es que le había entendido...

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Es difícil entenderse.

Le pido al Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Senador señor Latorre, que proceda con el informe.

El señor LATORRE.-

Señora Presidenta , ¿usted se refiere a leer el informe?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Sí.

El senador LATORRE.-

El problema es que no lo tengo aquí a mano, señora Presidenta , porque hubo una dificultad para acceder a él. No alcancé a ver este...(falla de audio en transmisión telemática)... mío, como Presidente de la Comisión .

Entonces, tengo ese contratiempo para informar.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

¿No puede hacer que le envíen el informe?

El señor LATORRE.-

Sí.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Mientras tanto,...

El señor LATORRE.-

Ahora sí, señora Presidenta .

Excúseme, pues estaba tratando justamente de conseguirlo, y ahora me llegó.

Esta iniciativa es fruto de dos proyectos de ley refundidos que buscan el reconocimiento del pueblo chango como etnia indígena de Chile. Y para ello proponen modificar la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

El proyecto consta de un artículo único que...(falla de audio en transmisión telemática)... que modifican la ley N° 19.253.

A las sesiones en que la Comisión consideró esta iniciativa de ley asistieron, además de sus miembros, el Senador Quinteros y la Diputada Cicardini.

Asimismo, concurrieron a exponer: por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, el Jefe de la Unidad de Asuntos Indígenas, señor Gonzalo Arenas , y el abogado señor Hans Weber ; por la Secretaría General de la Presidencia, la asesora señora Trinidad Sáinz ; por la Agrupación Social y Cultural Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo, Caleta Chañaral de Aceituno , Región de Atacama, el señor Felipe Rivera ; las señoras Ada Marín , Jessica Ávalos y Lucía Ossandón , y el biólogo marino y documentalista señor Carlos Cortés .

También participaron un conjunto de organizaciones: Consejo Chango de Los Vilos; Consejo de Pescadores Artesanales Changos de Los Vilos; Agrupación Changos Camanchacos, sector Salitre, con la señora Brenda Gutiérrez ; Agrupación Changos Vinao Loreto ; Fundación Chile Mejor .

Además, hubo un informe elaborado por la Biblioteca del Congreso Nacional.

Esta iniciativa avanza en la calificación de la calidad indígena. Según nuestra legislación, ello se logra atendiendo a señas de identidad, al saber si decirse indígena, como bien señala el artículo 2° de la ley N° 19.253, que expresamente dispone: "Se considerarán indígenas para los efectos de esta ley, las personas de nacionalidad chilena que se encuentren en los siguientes casos:

"c) Los que mantengan rasgos culturales de alguna etnia indígena, entendiéndose por tales la práctica de formas de vida, costumbres o religión de estas etnias de un modo habitual o cuyo cónyuge sea indígena. En estos casos será necesario, además, que se autoidentifiquen como indígenas.".

La Comisión conoció el proyecto en particular, aprobándose las modificaciones realizadas. Se presentaron diversas indicaciones: las números 1 y 2 fueron retiradas; la número 3 fue aprobada con modificaciones; las números 4 y 5 se aprobaron por tres votos a favor; las números 6 y 7 se retiraron; la número 8 se aprobó por tres votos a favor, y la número 9 fue aprobada con modificaciones.

Es todo cuanto puedo informar, señora Presidenta.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muchas gracias, Senador Latorre.

Entonces, conforme a lo acordado, se ofrecerá la palabra por tres minutos a cada Comité.

¿Hay inscritos, señor Secretario ?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Rincón está pidiendo la palabra, y previamente la había solicitado el Senador señor Letelier.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Tiene la palabra la Senadora señora Rincón.

La señora RINCÓN.-

Señora Presidenta , quiero informar que en mi bancada van a hablar el Senador Pizarro cuatro minutos y la Senadora Provoste tres.

Señalé aquello en el chat.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

La Senadora Provoste cuatro minutos y el Senador Pizarro tres.

¿El Senador Letelier había pedido la palabra?

La señora RINCÓN.-

Al revés, señora Presidenta : cuatro minutos el Senador Pizarro y tres la Senadora Provoste.

¡Ah, no! ¡El Senador Pizarro quiere que hable tres minutos la Senadora Provoste...!

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Respecto de este proyecto se había acordado conceder el uso de la palabra hasta por tres minutos a cada Comité.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Por Comité.

El Comité DC tiene tres minutos; al igual que el Comité PS.

Ese fue el acuerdo de esta mañana.

Entonces, hay que tomar la decisión.

Tiene la palabra la Senadora señora Rincón, quien estuvo en la reunión de Comités.

No tiene micrófono.

La señora RINCÓN.-

La Senadora Provoste...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

No tiene audio la Senadora.

La señora RINCÓN.-

Señora Presidenta , la Senadora Provoste hablará en representación de nuestro Comité.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien.

Ojalá que los Comités se inscriban a través del chat con el Secretario.

Tiene la palabra la Senadora señora Provoste.

La señora PROVOSTE.-

¿Ahí?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Ahí se escucha.

La señora PROVOSTE.-

Señora Presidenta , quiero partir lamentando la decisión que ha tomado la bancada de Renovación Nacional de dilatar nuevamente el despacho de una iniciativa tan importante para el pueblo chango.

Asimismo, deseo agradecer al Senador Jorge Pizarro , quien nos ha posibilitado que hablemos como parte de las mocionantes de este proyecto de ley.

En tal sentido, quiero valorar y reconocer a los Diputados y a las Diputadas que hace ya bastantes años iniciamos este largo camino para el reconocimiento del pueblo chango dentro de la Ley Indígena. Un saludo a quienes presentaron la primera moción, las Diputadas Carol Kariola , Daniella Cicardini , Cristina Girardi ; a los Diputados, Jorge Sabag y Raúl Zaldívar , y a los entonces Diputados Luis Lemus , Daniel Melo , Sergio Ojeda y Roberto Poblete . Y también a los autores de la segunda moción, que presentamos (cuando era Diputada ) junto con los Diputados Víctor Torres y José Pérez ; la Diputada Maya Fernández , y los entonces Diputados Claudio Arriagada , Cristián Campos , Marcos Espinosa y Ramón Farías , entre otros.

Solo quiero recordar, para volver a...(falla de audio en transmisión telemática)... insistir en que la Secretaría pueda aclarar definitivamente esto, porque ya sería la tercera vez que este proyecto viene a la Sala, y, por lo tanto, no se entiende por qué existe esta falta de apoyo al reconocimiento de un pueblo que ha jugado un rol tan importante a lo largo de la costa norte de nuestro país.

Sobre el particular, deseo señalar -y está en el informe al cual tenemos acceso cada uno de nosotros- que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia dio a conocer el estudio de las bases sobre el pueblo chango. Ellos fueron parte de este propósito. Lo ejecutó la empresa Arista Social. Y entregaron ya un primer documento sobre las características organizacionales, geográficas, etnológicas, entre otras, teniendo como base un sinnúmero de entrevistas en terreno, talleres participativos con las comunidades, en fin.

Basta recorrer la costa de nuestro país para ver en los rostros de tantos y de tantas cómo se mantiene viva esa cultura. Acá quiero hacer un reconocimiento muy especial a la Agrupación Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo de Caleta Chañaral de Aceituno, de la Región de Atacama; a la Agrupación Changos Vergara de Punta de Choros, Región de Coquimbo, y también a las organizaciones del pueblo chango de las localidades de Paposo y de Taltal. Creo que el esfuerzo que ha permitido incorporar a tantos antropólogos, sociólogos en este proceso también da cuenta del reconocimiento que hoy día se hace respecto del pueblo chango y que requiere definitivamente el apoyo del Parlamento en un día tan emblemático.

En tal sentido, solicito que se reconsidere la decisión de un Comité en particular a fin de poder votar ahora este reconocimiento con el propósito de que...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Puede continuar, Su Señoría.

La señora PROVOSTE.-

... se abra espacio a la conservación de modos de vida que hoy se expresan en aquellos hombres y mujeres que están en el borde costero. Tal como lo han reconocido organizaciones internacionales como la FAO, el pueblo chango ha llevado a cabo una acción muy importante con relación al fortalecimiento de la gestión y gobernanza para la conservación y uso sostenible de la biodiversidad, y en cuanto a la relevancia mundial de los ecosistemas marinos costeros.

Hoy más que nunca nos parece urgente que podamos apoyar decididamente con nuestro voto para que el mundo chango sea reconocido en la Ley Indígena y, como pueblo, pueda gozar de la autodeterminación.

He dicho.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senadora Provoste.

Tiene la palabra el Senador Quinteros, de la bancada socialista.

El señor QUINTEROS.-

Gracias, Presidenta.

¡Qué coincidencia: hoy es el Día Nacional de los Pueblos Originarios y tenemos la posibilidad de aprobar un proyecto que viene a recoger una demanda histórica del pueblo chango, entregándole un reconocimiento legal!

Este pueblo habitaba las costas del norte de nuestro país y sus descendientes, a través de los siglos, fueron asimilándose a las culturas que llegaron, junto con la explotación de las riquezas mineras de esas tierras y la fundación de nuevos centros poblados.

Quienes hayan recorrido las playas, el litoral del centro-norte del país, habrán podido observar los enormes conchales y depósitos culturales que hasta nuestros días todavía permanecen, más allá de la línea de alta marea, como testigos de la actividad humana que hubo en esos lugares.

Sin embargo, pequeñas comunidades conservaron las prácticas de sus ancestros en las labores de pesca y crianza de ganado caprino. Fui testigo de algunas manifestaciones de su cultura que quedaban en Taltal, Paposo, y que aún se mantienen en algunas caletas del norte. Ellas conforman hoy la memoria viva de un pueblo.

Es destacable que este proyecto haya acogido también la idea de proteger especialmente el hábitat de esta etnia, constituido por el borde costero, las playas, islas y roqueríos, como asimismo la biodiversidad y ecosistemas marinos, lo que permitirá garantizar el desarrollo y supervivencia de su cultura.

Por cierto, como lo señalé en la aprobación de la idea de legislar el 19 de enero del año 2019, este reconocimiento al pueblo chango deberá dar lugar a ajustes en la nueva institucionalidad indígena que está en discusión, que incluye un Ministerio y un Consejo de Pueblos Indígenas, proyectos que se encuentran pendientes y que, lamentablemente, no han contado con el impulso de este Gobierno.

Pero lo que no puede ocurrir es que no nos hagamos cargo de la deuda que tiene nuestro país con los pueblos originarios y no asumamos como un deber la preservación de sus culturas, imponiéndose el silencio, el desconocimiento y el olvido.

Por eso, votaré a favor de este proyecto, señora Presidenta.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Quinteros.

Tiene la palabra el Senador Navarro.

Senador Navarro...

¿Está conectado?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí, él figura conectado, pero al parecer no tiene activados su audio ni su pantalla.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Bueno, está inscrito también el Senador Guillier.

Tiene la palabra.

El señor GUILLIER.-

Muchas gracias, Presidenta .

Yo quiero destacar que el mayor contingente de población chango en Chile está en la Región de Antofagasta. Por eso en la definición de "pueblo chango" se reconoce, sobre todo, a los que están agrupados en caletas de pescadores que van desde el sur de Tocopilla hasta la Quinta Región.

En los testimonios de muchos de los que vinieron, como la señora Brenda Gutiérrez , precisamente de la localidad de Paposo, cerca de Taltal, se hizo presente que han vivido por décadas en determinados territorios muy acotados; que han desarrollado un modo de vida, una cultura y una identidad incluso por siglos, dicen ellos, y la verdad es que hay antecedentes de aquello, sobre todo, en el sector de Taltal y Paposo, donde son especialmente numerosos. Pero también las caletas de pescadores en el norte tienen particularidades que son claramente identificatorias de un modo de vida.

Y lo que están pidiendo, al ser reconocidos, es que haya una política del Ministerio de Planificación y Cooperación para proteger el hábitat en que viven: los bordes costeros, playas, islas, roqueríos, la biodiversidad y los ecosistemas marinos.

Quiero destacar, además, que el proyecto de ley está bien hecho, porque pone condiciones. No es que cada uno se va a declarar chango; están establecidos los criterios, donde debe determinarse en qué espacios territoriales se ha vivido, la densidad de población, la existencia de tierras comunitarias, que se dé una homogeneidad ecológica, que haya una efectiva dependencia de recursos naturales en el sector, en el que es necesario mantener los equilibrios, por su sensibilidad.

Por lo tanto, no es una improvisación. Se trata de permitir a estos pueblos, que viven en su mayoría en condiciones bastante precarias, alcanzar mejores estándares de vida. Por eso lo están pidiendo. Y, además, porque han reivindicado su identidad indígena, como lo están haciendo cada vez más chilenos que quieren reconocer sus raíces, que por distintas circunstancias mantuvieron ocultas o no revindicaron.

Por eso, no es un proyecto cualquiera; es un proyecto sumamente importante. Está bien definido el entorno geográfico, para que no se preocupen aquellos que creen que esto podría afectar proyectos de inversión. Esto tiene que ver con proteger los lugares donde ellos han vivido.

Por lo anterior, pido que la próxima semana se vote; que vaya a la segunda discusión -están en su derecho quienes lo piden, y tendrán sus razones; respeto eso-, pero que no sea una manera de patear el proyecto hasta el infinito, porque no sería justo con esa gente que confió en este Congreso y que vino aquí a dar testimonio, con hartas dificultades por lo demás.

Muchas gracias, Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muchas gracias, Senador Guillier.

¿Hay alguien más inscrito?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

No hay más inscritos, señora Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Bueno, entonces, el proyecto pasará a segunda discusión, como fue solicitado por el Comité de Renovación Nacional.

--El proyecto queda para segunda discusión.

2.7. Discusión en Sala

Fecha 25 de junio, 2020. Diario de Sesión en Sesión 45. Legislatura 368. Discusión Particular. Aprobado con modificaciones.

RECONOCIMIENTO DE PUEBLO CHANGO COMO ETNIA INDÍGENA DE CHILE

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile, con segundo informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.

--Los antecedentes sobre el proyecto (11.188-17 y 11.335-17, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite: sesión 60ª, en 7 de noviembre de 2017 (se da cuenta).

Informes de Comisión:

Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía: sesión 77ª, en 12 de diciembre de 2018.

Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía (segundo): sesión 103ª, en 29 de enero de 2020.

Discusión:

Sesiones 91ª, en 23 de enero de 2019 (se aprueba en general); 44ª, en 24 de junio de 2020 (queda para segunda discusión en particular).

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Cabe hacer presente que la Sala del Senado inició el estudio particular de esta iniciativa en su sesión de 24 de junio en curso, oportunidad en la que fue solicitada la segunda discusión a su respecto.

La Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía dejó constancia, para los efectos reglamentarios, de que no hay artículos que no hayan sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.

Por otra parte, el mencionado organismo efectuó diversas enmiendas al texto aprobado en general, todas las cuales fueron aprobadas por unanimidad. Dichas enmiendas unánimes deben ser votadas sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición de la Comisión o existieren indicaciones renovadas.

Sus Señorías tienen a su disposición un boletín comparado que transcribe el texto aprobado en general, las enmiendas realizadas por la Comisión de Derechos Humanos y el texto como quedaría de aprobarse dichas modificaciones.

Por acuerdo de Comités, correspondería abrir la votación, sin perjuicio de lo cual, tal como se indicó al inicio de la sesión, se solicitó una votación separada, entendemos que respecto del numeral 4 del artículo único, que Sus Señorías pueden ver en la página 5 del comparado, el cual agrega, en el inciso primero del artículo 26 de la ley, entre la palabra "territoriales" y la preposición "en", la frase ", porción de mar o borde costero".

Entendemos también que esta solicitud de votación separada ha sido formulada por el Senador señor Moreira.

En tal sentido, señora Presidenta , y conforme al acuerdo de Comités, correspondería proceder a la votación de todas las demás normas del artículo único y posteriormente votar el numeral 4.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Ha pedido la palabra, por reglamento, el Senador Chahuán, y también el señor Ministro Alvarado.

Senador Chahuán.

El señor CHAHÚAN.-

Presidenta, simplemente deseo solicitar que, si es posible, se efectúe una sola votación, tanto para las demás normas como para aquella que se ha solicitado votación separada, a fin de proceder en términos más económicos. De lo contrario, se va a tener que consultar dos veces a todos y cada uno de los parlamentarios.

Lo sugiero para evitar situaciones como las que han ocurrido en otras oportunidades y para poder despachar lo más prontamente el proyecto, que es de fácil despacho. Podemos tener diferencias de criterio en un tema, pero se puede consignar inmediatamente la votación separada, si es posible.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Usted propone que todos los artículos para los cuales no se ha solicitado votación separada sean aprobados por unanimidad, sin votación nominal.

El señor CHAHÚAN.-

Así es, Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Y que respecto de la norma para la que sí se ha solicitado votación separada se entregue la palabra para fundar el voto.

El señor CHAHUÁN.-

Exactamente.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

¿Habría acuerdo para acoger la propuesta del Senador Chahuán?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Algunos Senadores no están dando el acuerdo, señora Presidenta .

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

La Senadora Von Baer no da el acuerdo.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Tampoco el Senador Moreira ni el Senador García.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien.

¡No era de tan fácil despacho...!

El Ministro Alvarado ha pedido la palabra.

El señor ALVARADO ( Ministro Secretario General de la Presidencia ).-

Gracias, señora Presidenta .

Por su intermedio, saludo a todas las señoras Senadoras y señores Senadores presentes en esta sesión.

He pedido la palabra para plantear el punto de vista que tiene el Ejecutivo en relación con la iniciativa que se está viendo el día de hoy. Básicamente, quisiéramos hacer presentes algunos temas que nos preocupan en cuanto a su tramitación.

Nosotros tenemos la convicción de que un proyecto de estas características necesariamente requiere consultas, de acuerdo al Convenio 169 de la OIT.

Quiero recordar, señora Presidenta , que la adopción de dicho instrumento por parte de Chile tomó muchos años de discusión. El Convenio, que data de 1989, fue sometido al Congreso chileno en 1990 y fue ratificado por nuestro país recién el año 2008, entrando en vigencia el 15 de septiembre de 2009.

Hago mención a la historia de la aprobación de este Convenio y la reconstituyo, porque nos impone ciertas obligaciones como país.

De hecho, como Gobierno, todos los años estamos obligados a entregar un informe a la Organización Internacional del Trabajo sobre el grado de cumplimiento y aplicación del Convenio 169 de la OIT en nuestro país.

Dicho esto, el principal incumplimiento al Convenio 169 dice relación con que no se ha cumplido la obligación establecida en el artículo 6, que establece que toda medida legislativa o administrativa que sea susceptible de afectar directamente a los pueblos indígenas debe ser consultada con las instituciones representativas de dichos pueblos. Esta situación, obviamente, no acontece en la tramitación legislativa de este proyecto.

Al respecto quiero recordar a la Comisión que el Tribunal Constitucional señaló en su sentencia ROL 309-2000 que la norma del Convenio 169 sobre consulta indígena es autoejecutable o de aplicación directa y que, además, este tipo de consulta tiene una diferencia esencial con los procedimientos de consulta o participación dispuestos en general en nuestra legislación.

Además, el Tribunal Constitucional ha señalado que este artículo del Convenio implica una modificación a la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, estableciendo un nuevo paso o requisito en el proceso de tramitación legislativa.

En base a estos argumentos, señora Presidenta , creemos que existe consenso, incluso a nivel internacional, acerca de que la práctica legislativa de invitar a personas a exponer a las Comisiones del Congreso no cumple con los requisitos de consulta del Convenio 169 de la OIT que, a nuestro juicio, debería desarrollarse en la tramitación de este proyecto. Tal es así que el mismo Tribunal Constitucional, en sentencia ROL 2387, del año 2013, ha expresado la necesidad de que no se dilate por parte del Congreso el regular apropiadamente este procedimiento de consulta en el trabajo legislativo.

En el año 2013 se realizó un intento con la creación de una Comisión Bilateral de Cumplimiento del Convenio 169, pero por distintas razones esta no ha podido ejercer su labor.

Por todo lo anterior, como Gobierno estamos convencidos de que no se puede aprobar una iniciativa de ley de este tipo sin contar con los requisitos de consulta indígena y de que esta tampoco se puede cumplir de cualquier forma, pues el Convenio es muy claro al establecer los estándares y condiciones con los cuales se deben dar estos procesos de consulta: uno, mediante procedimientos apropiados; dos, a través de sus instituciones representativas; tres, bajo el principio de la buena fe; cuatro, de manera apropiada a las circunstancias de cada pueblo, y cinco, con la finalidad de llegar a un acuerdo.

Además, es necesario destacar que la propia OIT ha señalado expresamente que los obligados a implementar la consulta indígena no son únicamente los Poderes Ejecutivos, sino también los Poderes legislativos, y que estos no pueden excusarse de realizarla argumentando que solo el Gobierno puede hacerlo.

Para la OIT los Congresos no pueden desligarse de las obligaciones internacionales por problemas de derecho interno. Además, hay un hecho relevante a considerar: las materias que afectan directamente a los pueblos indígenas, aunque sean favorables a ellos, como en este caso, se deben consultar, pues es necesario que sean los mismos pueblos indígenas los que determinen si las normas les favorecen o no.

Para finalizar quiero hacer presente también que este proyecto de ley modifica nada menos que un artículo fundamental de la ley N° 19.253, más conocida como la "Ley Indígena", al incluir el reconocimiento de un pueblo nuevo en su artículo 1°, como es el caso de los changos.

Pero esta iniciativa no solo hace eso, señora Presidenta , también amplía el concepto de tierras indígenas y modifica las características de las áreas de desarrollo indígena, extendiéndolas a porciones de mar o borde costero.

Además, incluye normas que afectan también al pueblo diaguita cuyos representantes ni siquiera han asistido a las sesiones de las Comisiones que han estudiado este proyecto de ley.

Por otra parte, durante su tramitación, el Gobierno ha señalado, cada vez que lo han invitado a participar de la discusión, que esta iniciativa requiere ser consultada bajo los estándares del Convenio 169 de la OIT.

Por todo lo anterior, señora Presidenta , Honorable Senado, quisiéramos ver la opción o la posibilidad de que esta iniciativa sea devuelta a la Comisión de Constitución u otra que el Senado determine, con el propósito de poder garantizar el cumplimiento de las normas del Convenio 169. No hacerlo nos parece que sería pasar a llevar una norma a la cual hemos adherido como país oportunamente y, en definitiva, nos permitiría hacer las cosas dentro del marco de la legislación nacional-internacional que hoy día nos rige.

He dicho.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, señor Ministro .

Quiero señalarle que todo este tema lo tuvo muy presente la Comisión de Derechos Humanos en el debate del proyecto. Y tuvimos a la vista que para el reconocimiento legal de un pueblo indígena no se requiere, necesariamente, de un proceso de consulta previa en el sentido estipulado en el Convenio 169 de la OIT. Y hay un conjunto de argumentos que se entregaron en la Comisión. Aquí no hubo un trabajo poco riguroso. Por cierto que tuvimos a la vista la prevención que usted hace.

Ahora, podemos perfectamente, viéndolo, conocer el texto sobre el cual nosotros resolvimos en la Comisión que no es necesaria la consulta previa para dar curso a su tramitación.

La Senadora Provoste me pidió la palabra.

¿Sobre reglamento?

La señora PROVOSTE.-

Presidenta, sobre lo que ha planteado el Ministro Secretario General de la Presidencia.

Le estoy enviando, además, en este momento, una carta que suscribe un conjunto de organizaciones. Esto también para la tranquilidad que debiera tener el Ministro.

Esta carta de apoyo al pueblo chango la suscriben la Asociación Consejo Indígena Migrante, la comunidad Pukul de la arena, la agrupación cultural diaguita Qullu-Anta de Andacollo, el Movimiento ciudadano por Calama, la Asociación de Agricultores y Regantes de Chunchuri, comunidades collas, diaguitas, mapuche y atacameñas que han estado desarrollando diversas actividades.

Yo quisiera llamar la atención respecto de la intervención del Ministro Claudio Alvarado . No es nueva. El Gobierno ya ha intentado, por distintas vías, dilatar esto a través del proceso de consulta indígena. Si esto fuera una norma que rige para todo el Estado, me pregunto yo por qué en procesos de participación ciudadana, por ejemplo, QB2 (Quebrada Blanca, segunda fase), el Gobierno restringió la participación de las comunidades indígenas que participan en el ADI del sector de Pica, y por qué durante la tramitación del TPP, que afortunadamente no se ha llevado a la Sala, nunca ha planteado el Gobierno la necesaria consulta indígena. Entonces, pareciera que ahora, a propósito del reconocimiento de la valoración que el Estado debe hacer de un pueblo que tiene larga data en nuestro país, anterior a la llegada de los españoles, se pusieran todo tipo de obstáculos.

Y lo hemos visto en la tramitación propia de este proyecto de ley. Primero se pidieron segundos informes y luego segunda discusión. Y lo que hoy día llama aún más la atención es que el Gobierno vuelva sobre el tema de una consulta indígena que, tal como lo han señalado las propias organizaciones y, además, abogados y abogadas que han trabajado por largo tiempo en las comunidades indígenas cada vez que queremos avanzar en un reconocimiento, por cierto, no se requiere.

Pero dado que el Gobierno, a través del Ministro Secretario General de la Presidencia muestra su preocupación respecto a otras etnias, quiero decir con toda claridad que en esto existe una solidaridad entre todas las comunidades.

Tanto es así que le acabo de hacer llegar por escrito el apoyo que dan distintas organizaciones al reconocimiento del pueblo chango. Y nos parece que el Estado...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senadora Provoste .

Hay un documento, que yo tengo acá a mano -no lo voy a leer para no dilatar más la sesión-, que contiene los argumentos que la Comisión tuvo a la vista para decir que no era necesaria, en este caso, una consulta previa. Hay tres o cuatro argumentos que se los puedo hacer llegar al Gobierno.

En base a eso actuó la Comisión, y los pueblos changos participaron permanentemente en muchas de sus audiencias. Así que estuvo siempre presente la representación de estos pueblos de distintos lugares del país, porque no solo están radicados en la zona norte.

En consecuencia, voy a dar curso a la tramitación del proyecto, señor Secretario , y vamos a pronunciarnos, en primer lugar, ya que no hubo acuerdo para aprobarlo por unanimidad, de acuerdo a la lista de Senadoras y Senadores que usted vaya mencionando.

En votación.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, Señora Presidenta .

Solamente una precisión: este es un proyecto que ya está... (falla de audio en transmisión telemática)... se van a someter a votación todas las normas que corresponden a las enmiendas unánimes. Después se va a proceder a la votación separada que se ha solicitado, que es la del número 4 del artículo único.

Vamos a consultar.

--(Durante la votación).

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

¿Esta votación es en general, señor Secretario?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

No. Este proyecto...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

¿O era votación separada?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí.

Se van a votar todas las enmiendas unánimes por una parte, y el numeral 4, para el cual se pidió votación separada, y que incide en el artículo 26.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor García Ruminot, ¿cómo vota?

El señor GARCÍA .-

Señora Presidenta , señor Secretario , me voy a abstener en esta iniciativa por las siguientes razones.

En primer lugar, porque tal como lo ha dicho el Ministro Claudio Alvarado , la consulta indígena en una materia como esta es insoslayable. Y, además, es la confirmación de nuestro apego al Convenio 169.

Por esa misma razón, creo que no podemos dejar de no cumplir esa normativa. Pero además, señora Presidenta , porque no se escuchó al Consejo Nacional de la Conadi, al cual a lo menos se le debió haber pedido la opinión, ni a los gobiernos regionales de la Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta Regiones.

Esta es una materia importantísima para nuestro país, importantísima para las regiones donde mayoritariamente hay personas que se identifican con la etnia chango. Y, por lo tanto, uno habría esperado una mucho mayor participación de aquellas en la tramitación de este proyecto de ley.

Además, creo que esta iniciativa, luego de que fue analizada, tratada por la Comisión de Derechos Humanos, tendría que haber sido vista por la Comisión de Gobierno. O sea, era lo obvio. Incluso así ha ocurrido con otros reconocimientos que se han hecho a culturas y pueblos originarios, pero no en este caso.

Asimismo, me hizo mucho sentido algo que dijo el Senador Juan Pablo Letelier la semana pasada, precisamente, a raíz de la discusión de este proyecto de ley: cuál es la normativa que tiene el Senado, cuál es la normativa que tiene el Congreso para el reconocimiento de nuestros pueblos originarios. Y no solo no la tenemos, sino que finalmente lo hacemos sin la debida participación, sin escuchar a todos los actores y sin tampoco tener a la vista cuáles son las consecuencias que este proyecto puede traer.

Por esas razones, señora Presidenta , me abstengo.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor García se abstiene.

Senador señor Girardi, ¿cómo vota?

El señor GIRARDI.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Girardi vota a favor.

Senadora señora Goic, ¿cómo vota?

El Senador señor Guillier está pareado con el Senador señor Ossandón.

Senador señor Harboe, ¿cómo vota?

El señor HARBOE.-

... señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Perdón. Ahora sí: ¿cómo vota?

El señor HARBOE.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Harboe vota a favor.

Senador señor Huenchumilla, ¿cómo vota?

El señor HUENCHUMILLA.-

Quiero decir algo, señora Presidenta , sobre este tema.

Mire, el Convenio 169 es una ley de la república vigente en Chile y, por lo tanto, no tiene doble lectura: siempre tiene que aplicarse. Es una cuestión de principios y es una cuestión constitucional y legal.

En ese sentido, ha habido una discusión de si la palabra "gobierno" implica tanto al Poder Ejecutivo como al Poder Legislativo. Y ello quedó resuelto por un informe que hizo el relator de las Naciones Unidas, don James Anaya, en el sentido de que el Poder Legislativo, en aquellas materias que le competen, debe estar sujeto a un proceso de consulta. Y eso fue ratificado también por el Tribunal Constitucional.

Entonces, tenemos acá una cuestión que no hemos cumplido, como Senado y como Cámara, como Parlamento, pero lo más complicado es que ambas autoridades señalaron que se entiende tácitamente modificada la Ley Orgánica Constitucional del Congreso mediante la incorporación de este nuevo trámite. Y si eso no se hace, se produce una nulidad de derecho público. Esa es la situación.

Ahora bien, en este caso del reconocimiento de un pueblo, la verdad de las cosas es que la materia es discutible, por cuanto la ley, el Convenio en este caso, habla de una medida legislativa que pueda afectar a los pueblos indígenas.

Y en la sociología moderna, el reconocimiento parte de la base de que no hay una cuestión del Estado o de raza, que son temas superados, sino que hoy día se habla de la autoafirmación, la autoidentidad. Y, en consecuencia, yo tiendo a ser partidario de que en materia de autoafirmación, de autoreconocimiento no sería necesaria la consulta.

Por eso, señora Presidenta , yo acabo de mandar una carta a usted y al Presidente de la Cámara , pidiendo que el Congreso Nacional, conjunta o separadamente, establezcan el proceso de consulta porque es una exigencia en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, en virtud de los antecedentes señalados.

Por lo tanto, voy a votar favorablemente el reconocimiento, porque a mí me parece que en este caso puede hacerse, pero dificulto que en el resto de las materias, cuando se modifica la Ley Indígena, simplemente podamos saltarnos un proceso de consulta, en circunstancias de que eso, a mi juicio, no tiene nada que ver...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Dele un minuto, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí. Le vamos a activar el audio.

El señor HUENCHUMILLA.-

Como decía, señora Presidenta , voy a votar favorablemente el reconocimiento; porque, a mi juicio, eso no necesitaría el trámite de la consulta en virtud de los argumentos que señalé. Pero me parece que el resto de las modificaciones a la Ley Indígena, por afectar al conjunto de pueblos indígenas de todo Chile, conforme a nuestra Ley Orgánica Constitucional y nuestro ordenamiento, sí requiere ese procedimiento de consulta indígena.

Eso es, señora Presidenta.

Gracias.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, señor Senador.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿El Senador señor Huenchumilla vota a favor?

El señor HUENCHUMILLA.-

A favor del reconocimiento del pueblo chango, no así de las otras materias que modifican la Ley Indígena.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senador señor Insulza, ¿cómo vota?

El señor INSULZA.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Insulza vota a favor.

Senador señor Kast, ¿cómo vota?

Senador señor Lagos, ¿cómo vota?

El señor KAST.-

Señora Presidenta.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra, Senador Kast.

El señor KAST.-

Antes de votar, le informo que había pedido la palabra el Ministro , el Senador Juan Pablo Letelier, el Senador Pizarro. No sé por qué no se las dieron, señora Presidenta . Estaban ahí en el chat. No sé si están viendo el chat.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Estábamos en votación. Cuando se inicia la votación di la palabra para punto de reglamento, pero ahora estamos en votación.

El señor KAST.-

Ellos la solicitaron antes de la votación, señora Presidenta.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Bueno, estamos en votación, Senador Kast.

El señor KAST.-

Bien.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor Kast, ¿cómo vota?

El señor KAST.-

Creo que aquí -lo dije en su minuto en la Comisión-, desgraciadamente, estamos saltándonos las normas institucionales una vez más, en esta ocasión no son nacionales, sino internacionales, al pasar por encima del Convenio 169.

La verdad es que me parece lamentable que un instrumento que hemos venido construyendo, que claramente ha sido respetado en diversos gobiernos, en esta oportunidad no se cumpla.

Por lo tanto, me voy a abstener.

Estimo que lo propuesto no es la forma correcta de hacer esto, y quiero dejarlo de manifiesto con mi abstención.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Kast se abstiene.

Senador señor Lagos, ¿cómo vota?

Senador señor Latorre, ¿cómo vota?

El señor LATORRE.-

Quiero fundamentar brevemente el voto, Presidenta .

En lo relativo a la consulta, debo señalar que el pueblo chango tiene autoconciencia de ser indígena, pese a que el Estado, a raíz de una mala política pública, lo declaró extinto en el siglo XIX y desde entonces no hizo un seguimiento a su descendencia, razón por la cual este reconocimiento viene a entenderse como una medida que los favorece. Por eso apoyo esta iniciativa.

En ese sentido la consulta previa no es necesaria. Pero sí lo es cuando hay medidas administrativas, legislativas o de política pública que los puede afectar negativamente; por ejemplo, con los tratados de libre comercio.

En todo caso, Chile ha ratificado muchos tratados de libre comercio y jamás ha generado por eso una consulta indígena basada en el Convenio 169 de la OIT. Nunca se les ha preguntado a los pueblos indígenas sobre ese tipo de medidas, a pesar de que sí hay una presunción de que pueden afectarlos negativamente en su desarrollo, en los recursos que hay en los territorios en que desenvuelven su vida.

Entonces, creo que acá hay más bien una justificación por resguardar posibles proyectos de inversión, sobre todo, en el borde costero, donde habitan los pueblos changos, desde la zona norte del país hasta la Región de Valparaíso, que podrían efectivamente ver afectado su desarrollo integral de manera negativa. Ahí sí sería aplicable una consulta, como lo estipula el Convenio 169 de la OIT.

En algún momento se escucharon voces por parte de personeros de este Gobierno en el sentido de querer terminar con dicho Convenio; de no renovarlo, en el fondo. Pero ahora los vemos muy preocupados por su aplicación, cuando en algún minuto ningunearon ese instrumento.

Al margen de esa polémica, yo voto a favor de esta iniciativa, Presidenta.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Latorre vota a favor.

Senador señor Letelier, ¿cómo vota?

El señor LETELIER.-

Gracias, señor Secretario , señora Presidenta .

Yo no tengo la menor duda de que parte de este proyecto requiere consulta, más allá de lo relativo al reconocimiento. La vez pasada planteé que nosotros no tenemos una metodología para abordar este tema. Es algo más que un simple reconocimiento; se trata de precisar qué entendemos por "pueblo originario".

Algunos hablan de los selk'nam en el sur como si fueran distintos de los onas. Es una cosa bien peculiar. También hablan de los mapuches, pero después se los va segregando en los huilliches o en los pehuenches, y podemos entrar en esa definición. Hoy se trata del pueblo chango.

Un tema es el reconocimiento, respecto de lo cual deberíamos tener una metodología seria, y otro distinto son las demás materias contenidas en el proyecto, a través de las cuales se establecen territorios indígenas reconocidos por ley en las Regiones Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta, además de definir otros criterios sobre recursos hídricos, lo que me parece bien. Yo puedo estar de acuerdo con eso, pero debemos coincidir en que esos temas van mucho más allá.

Yo pedí la palabra antes de que comenzara la votación, señora Presidenta -entiendo que este sistema telemático es bien complejo, porque no siempre nos vemos entre todos-, precisamente para solicitar que el Presidente de la Comisión informe por qué se rechazó el proceso de consulta en esas otras materias. Creo que son bastante trascendentes como para que por medio de una simple ley se declaren tierras indígenas en diferentes regiones del país. Hasta ahora la ley ha reconocido tierras solamente en tres regiones del sur. Uno necesita saber cuáles son esos parámetros.

Es un precedente muy serio, porque significa una responsabilidad del Estado con esas tierras. Y existen limitaciones respecto de ellas. Por ende, yo pediría que durante la votación se precisara qué cosas están excluidas de un proceso de consulta.

Yo comparto la opinión del Senador de la Novena Región que me antecedió en la palabra, Francisco Huenchumilla , quien dijo claramente que una cosa es el reconocimiento y otra distinta es lo relativo a las demás materias que aborda la iniciativa.

En verdad, me habría gustado escuchar al Presidente de la Comisión referirse a esos aspectos antes de que nos sometieran a este tipo de votación forzosa, porque creo que se contraviene el Convenio 169.

Para quienes fuimos grandes promotores de este instrumento, para lograr que se aprobara en el Senado,...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Dele un minuto más, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Ahí está con micrófono.

El señor LETELIER.-

Solo pido las razones, porque el Convenio está para que efectivamente se respete; no es una traba. Ello tiene que ver con el proceso de dignificación y reconocimiento de nuestra sociedad en este debate.

Por eso quiero reiterar mi juicio: una cosa es el reconocimiento, pero otra distinta son todas las demás modificaciones del proyecto, las que sin duda requieren consulta, de acuerdo al Convenio 169, Presidenta.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Letelier.

El tema es que ya fue pedida la segunda discusión y esta iniciativa viene del año 2017.

El Presidente de la Comisión , el Senador Latorre, entregó una opinión sobre los elementos que tuvimos a la vista en la Comisión de Derechos Humanos para no considerar la consulta previa, y en esa línea intervino el Senador Huenchumilla .

Acá no ha habido una irresponsabilidad de parte de la Comisión al no considerar tales elementos. ¡Se consideraron!

Pero ahora corresponde la votación, pues ya hicimos la segunda discusión.

La semana pasada tuvimos el tiempo suficiente para analizar esta materia. Hoy día no corresponde venir con otros argumentos.

Los fundamentos los entregaron recién el Senador Latorre y el Senador Huenchumilla. Eso es lo que la Comisión tuvo a la vista para tomar su decisión.

Señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, señora Presidenta .

En definitiva, ¿cómo vota el Senador señor Letelier?

El señor LETELIER.-

En lo relativo al reconocimiento, voy a votar a favor.

En cuanto al resto, tengo la convicción de que estamos violando una obligación constitucional al no respetar el Convenio 169, pues se están reconociendo tierras indígenas sin haber hecho la consulta respectiva.

Me parece, más allá de la opinión legítima del Senador Latorre -puede tenerla, aunque creo que está equivocado-, que se debería haber hecho un segundo informe sobre esta materia, Presidenta , y separar el proyecto.

Sobre el reconocimiento, votaré a favor; pero el resto pienso que no corresponde.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien.

Gracias, Senador.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

El Senador señor Montes, ¿cómo vota?

El Senador señor Moreira, ¿cómo vota?

El señor MOREIRA.-

Quiero decir un par de cosas, pero antes deseo hacer una pregunta, para hacerla más cortita.

Señora Presidenta o señor Secretario , cuando se haga la votación separada, ¿tendré derecho a fundamentar el voto?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Sí.

El señor MOREIRA.-

Ya. Entonces, voy a obviar parte de lo iba a decir.

En un principio yo pensaba votar a favor de los pueblos changos, pero, debido a comentarios y a los informes que he recibido, en esta materia me voy a abstener.

Después daré las razones, porque aquí se están confundiendo las cosas.

Con la Ley Lafkenche se ha generado un problema muy serio en mi región, y aquí pasa algo similar. Una cosa es reconocer la identidad de un pueblo y otra muy distinta, recibir los beneficios que otorga dicha normativa, a partir de lo cual hemos tenido problemas en la región, que ya justificaré.

Termino refiriéndome a otra cosa.

Sé que muchas veces se pide la palabra y no se da. Entiendo que no es por capricho, que en ocasiones no se ve la solicitud en la pantalla. Existen dificultades con esta modalidad telemática. Por eso hoy día, pese a que no obtuve el apoyo necesario, planteé en Comités la necesidad de funcionar telemática y presencialmente. Si hubiese un grupo de doce o catorce Senadores en la Sala, podríamos solucionar este tipo de problemas.

La razón que me dieron, con la cual no estoy de acuerdo aunque la respeto, es que, como hay cuarentena en Valparaíso, no podemos funcionar presencialmente. Sin embargo, los Diputados sí lo hacen. Pero ese es el motivo.

Vamos a seguir teniendo este tipo de problemas porque no hay nadie que pueda hacer alguna pregunta en la Sala.

En lo que respecta a este proyecto, por lo que se ha señalado y las dudas que se han generado, en esta primera votación me abstengo.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Moreira se abstiene.

Senador señor Navarro, ¿cómo vota?

El señor NAVARRO.-

Voy a fundamentar el voto, señor Secretario , señora Presidenta .

La Ley Lafkenche es una de las pocas normas de reconocimiento de derechos ancestrales de los pueblos originarios que hemos aprobado. Fue producto de la gran organización de los lafkenches de la Región del Biobío, de la provincia de Arauco, que les permitió acceder a la costa ancestral del pueblo mapuche. Ha sido una ley muchas veces mal interpretada y que ha causado temores indebidos. Sus disposiciones no se contravienen en nada con los derechos de los pescadores, sino que se complementan.

Creo que ha sido una de las extraordinarias iniciativas que hemos aprobado en pos de reconocer la presencia ancestral de los pueblos originarios en Chile. ¡No llegaron primero los españoles! Aquí estaban los mapuches, y eran propietarios de todas las tierras, las cuales hoy día están en manos del Estado de Chile.

En segundo lugar, quiero comentarles que, junto con la Subsecretaria de Derechos Humanos, estuvimos en Ginebra, sede de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, con motivo de la cuenta del EPU (Examen Periódico Universal) que debe rendir Chile.

En esa ocasión, como Presidente de la Comisión de Derechos Humanos , tuve que exponer, y señalé que no existe un procedimiento respecto de las audiencias que establece el Convenio 169 para el reconocimiento de los pueblos originarios. El Congreso no ha determinado tal procedimiento, siendo que la jurisprudencia señala que proyecto a proyecto se deben hacer audiencias ciudadanas para recoger la voz de las comunidades.

La primera iniciativa de reconocimiento del pueblo chango, de mi autoría, fue ingresada al Senado de la República el 28 de marzo de 2007. Luego vinieron los proyectos de la Cámara de Diputados, entre ellos, el de la Senadora Provoste, que hoy día estamos votando y que fue mejorado en esta Corporación.

Durante su tramitación escuchamos a decenas de organizaciones, y también al Ministro de Desarrollo Social , en ese entonces Alfredo Moreno , quien nos pidió un plazo de un año para realizar un estudio antropológico. Pasó el año; el estudio se hizo, y se ha seguido un largo procedimiento de audiencias con las comunidades, con las autoridades.

Creo que el Gobierno tiene temores, y me gustaría que el Ministro Claudio Alvarado explicara de manera más detallada el porqué de esta oposición, que no ha sido de él. Desde el inicio el Ministro Alfredo Moreno se oponía, y creo que la Derecha tiene un recelo permanente a los derechos de los pueblos originarios.

Voy a votar a favor este proyecto. Espero que se convierta en ley.

Tenemos que ponernos al día. El Estado de Chile está al debe en materia de reconocimiento de derechos universales para los pueblos originarios. Y este es un pequeño avance, no es grande, ¡un pequeño avance de reconocimiento!

Voto a favor, señora Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Navarro vota a favor.

Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?

La señora ÓRDENES.-

Señora Presidenta , solo quiero plantear un par de opiniones.

Me parece que la Ley Indígena, que creó la Conadi en su tiempo, por la historia que ya tiene, requiere una revisión. Además, cuando fue elaborada, no recogió todas las visiones e identidades.

En Chile hay diversidad de pueblos indígenas. Algunos de ellos reclaman un reconocimiento, como es el caso del pueblo chango. Por esa razón votaré a favor de este proyecto.

Asimismo, quiero dejar planteada una inquietud.

Yo vengo de una región donde las agrupaciones y asociaciones de comunidades se entienden bajo el paragua de la etnia mapuche, tal como está definido en la ley. Se les identifica parcialmente, pero muchos pueblos quieren reconocimiento territorial, reconocimiento de su autonomía y de sus particularidades. Por eso hago esta reflexión.

En este caso, ya se abrió un debate en la Comisión.

Como no estamos votando por separado todavía, voto a favor del reconocimiento del pueblo chango.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

La Senadora señora Órdenes vota a favor.

El Senador señor Ossandón está pareado.

Senador señor Pérez, ¿cómo vota?

El señor PÉREZ VARELA.-

Me abstengo, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Pérez se abstiene.

Senador señor Pizarro, ¿cómo vota?

El señor PIZARRO.-

Votaré a favor, señora Presidenta .

Creo que a veces dejamos de lado el sentido común cuando nos enredamos en cosas que francamente no corresponden.

Me parece que el reconocimiento del pueblo chango es algo de sentido común para quienes vivimos y sabemos del sentimiento y la existencia de este pueblo. Eso es así. Cualquiera que haya tenido una relación con las regiones del centro-norte del país; que haya estado en sus costas, en sus caletas, y haya conocido sus tradiciones, las familias, las personas, los colores, las formas de vida sabe que el pueblo chango existe.

Realmente uno no logra entender que algunos no comprendan que aquí estamos haciendo un reconocimiento a la existencia de una etnia que hoy día, con los avances que hemos experimentado en otras materias de la sociedad, por sí misma quiere que se reconozca su existencia. Y eso, sin duda, es un elemento sumamente positivo.

La argumentación que han dado aquí los colegas en el sentido de que la consulta no es necesaria me parece adecuad, pues justamente es un reconocimiento positivo de un pueblo que sabemos que existe, y sin conflictos con otros. Yo no veo que haya conflicto entre los pueblos diaguita y chango: conviven en la misma área, pero eran pueblos distintos, con culturas distintas, con lugares de asentamiento distintos.

Tampoco veo que se vaya a producir un conflicto, como dicen algunos, por reconocer que han estado radicados en determinados lugares del borde costero.

Ahí es donde viene la gran duda: saber si la postura del Gobierno, que ahora se ha explicitado, tiene que ver con el posible efecto de esta iniciativa en las políticas de uso del borde costero, porque ahora en cada proyecto estará la obligación de consultar a los changos respecto de qué hacemos con ese borde costero, cosa que hoy día no ocurre. Ahí tenemos dirigentes de pescadores del sector artesanal. Algunos son descendientes de changos, otros no. Pero es distinta la situación al reconocer la existencia de un pueblo que ha estado asentado ahí, como se ha dicho, desde hace cientos de años.

Entonces, señora Presidenta, creo que este es un debate un poco hipócrita, por decirlo de alguna manera, porque ahora se pide la consulta que establece el Convenio 169, en circunstancias de que en otros proyectos no se ha hecho. Se soslaya y se aduce lo que algunos colegas han dicho...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Dele un minuto, señor Secretario .

Está sin audio.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí.

El señor PIZARRO.-

Termino, señora Presidenta, diciendo que me parece que es un acto de justicia y de sentido común el reconocimiento al pueblo chango.

Yo voto muy convencido de lo que estamos haciendo.

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Pizarro vota a favor.

Senador señor Prohens, ¿cómo vota?

El señor PROHENS.-

Gracias, Secretario .

Señora Presidenta, yo voto a favor porque, tal como lo dijo el Senador Pizarro, en las regiones del norte -al menos la Tercera y la Cuarta- estamos conscientes de esta cultura presente por años y que ha estado rezagada.

Conversando con ellos desde hace mucho tiempo, nos han dicho: "Nosotros no estamos detrás de lo típico que se ha visto, de tierra ni nada, sino que queremos que se nos reconozca la cultura; que se nos reconozcan nuestros ancestros, y de esa manera poder vivir y educar a nuestros hijos en lo que fueron nuestros antepasados".

Con ese argumento, señora Presidenta, voto a favor de este proyecto.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Prohens vota a favor.

Senadora señora Provoste, ¿cómo vota?

La señora PROVOSTE.-

Señora Presidenta , no tenía audio.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra, Senadora.

La señora PROVOSTE.-

Señora Presidenta , voy a votar a favor de este proyecto de ley. Nos parece que reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile viene a visibilizar a un pueblo existente en nuestro territorio mucho antes de la conformación del Estado de Chile.

Hoy se comienza a transitar por un camino sin retorno por la justa valoración de la cultura changa al reconocer el esfuerzo de tantos y tantas que a lo largo del litoral han mantenido las tradiciones heredadas, por ejemplo, con el último constructor de balsas de cuero, como lo vemos en la caleta Chañaral de Aceituno, comuna de Freirina, en la Región de Atacama.

Basta mirar, como lo decía el Senador Jorge Pizarro , los rostros de hombres y mujeres que a lo largo de las costas del norte de Chile se han mantenido por todos estos años valorando una cultura ancestral. En la Región de Atacama lo vemos desde Las Lisas, ubicada en la costa norte de Caldera, con más de 140 petroglifos que dan cuenta de esta riqueza pasada y existente del pueblo chango, que se expresa en la costa en Pajonales, caleta Angosta , Los Pozos, Los Bronces , Chañaral de Aceituno , entre otros lugares.

Este Gobierno, además de las últimas acciones que hemos visto en torno a dilatar la tramitación de este proyecto, ha hecho cosas que han sido valiosas y que es necesario resaltar. Por ejemplo, el estudio de caracterización antropológica del pueblo chango, que hace un reconocimiento implícito de lo que hoy representa para el Estado de Chile este pueblo.

Me llama la atención, señora Presidenta , que cuando a este Senado le tocó votar una iniciativa muy similar hace algunos meses, referida al pueblo afrodescendiente, no hicieron ninguna mención al Convenio Nº 169. Pareciera que aquí, como se cruza con algunos intereses económicos, quieren poner todo tipo de obstáculos.

Quiero agradecer a todos y todas quienes durante esta larga tramitación que hemos tenido en el Parlamento han participado, han contribuido, han mejorado este proyecto de ley.

Y, por cierto, voto con mucha convicción a favor del reconocimiento del pueblo chango.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Provoste vota a favor.

Senador señor Pugh, ¿cómo vota?

El señor PUGH.-

Pido la palabra, señora Presidenta.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra, Senador Pugh.

El señor PUGH.-

Señora Presidenta , hacer un reconocimiento a un pueblo originario es algo relevante. Por eso valoro -por su intermedio, señora Presidenta - la iniciativa que ha tenido la Senadora Órdenes en el sentido de poner en contexto un tema cultural marítimo de su región.

Los changos son navegantes nómades de la bruma. Están presentes en múltiples expresiones. De hecho, historiadores de don Pedro de Valdivia reconocen, en 1553, la presencia característica de ellos. Es más, el primer navegante que dio la vuelta al mundo y sobrevivió -no es Magallanes, de quien vamos a celebrar los quinientos años-, sir Francis Drake , se encuentra con ellos en 1579 y destaca esas embarcaciones con cuero de lobos, lo que los hacía ser algo bien especial. El pueblo chango es heredero quizás de una innovación en la época, pues esas embarcaciones de cueros de lobo inflados -que los caracterizaba- son el equivalente a los botes zódiac de hoy en día.

Por lo tanto, también hay un aporte desde esa perspectiva, que espero esté en los estudios que se están desarrollando, para poder caracterizarlos como debe ser.

Son navegantes que llegaron -se estima- hasta Valparaíso , en donde existe la presencia de ellos. Valparaíso es el punto de encuentro entre los mapuches que llegaron más al norte, los picunches, y estos navegantes nómades del norte, los changos. Su presencia existe, y por eso Valparaíso tiene dos nombres: uno dado por los mapuches y otro, por los changos. Es algo no menor, y es importante reconocerlo.

Sin embargo, y me adhiero a lo que Senadores y Senadoras han dicho anteriormente, no debemos confundir este reconocimiento con algunos aspectos que son propios de la Ley Indígena.

Por eso, si bien estamos votando en general, tenemos que ser muy cuidadosos respecto de cómo esto queda articulado después.

Debemos ser capaces de reconocer nuestra identidad marítima. Chile es un país marítimo. De hecho, los primeros asentamientos fueron marítimos; por ejemplo, los anzuelos encontrados en Chile tienen más de 9 mil años. Y eso habla muy bien de nuestros pescadores artesanales, porque también el pueblo chango es el originario de estos.

En tal sentido, teniendo la convicción de que Chile es un país marítimo, de que debemos proteger nuestra identidad, de que eso le da mucho valor, y tratándose, además, de un relato internacional contado en los mejores libros de historia del mundo, creo conveniente que este reconocimiento exista.

Sin embargo, para la historia de la ley, hago la advertencia de que tenemos que revisar muy bien de qué forma la Ley Indígena lo va a considerar.

Por lo expuesto, señora Presidenta, voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Pugh vota a favor.

Senador señor Quintana, ¿cómo vota?

Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?

El señor QUINTEROS.-

Voto a favor, señora Presidenta.

Comparto absolutamente lo dicho por la Senadora Provoste en relación con el Convenio Nº 169 de la OIT, porque cuando se aprobó la ley N° 21.151, de reconocimiento al pueblo afrodescendiente, nadie dijo nada acerca de la consulta indígena. Y esta no se efectúa porque, en el entendido de que esto le hace bien a ese pueblo, no habría necesidad. Así se encuentra establecido.

En consecuencia, voto a favor. Y les rindo homenaje a todas las agrupaciones de changos, sobre todo de la caleta de Paposo.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Quinteros vota a favor.

Senadora señora Rincón, ¿cómo vota?

La señora RINCÓN.-

Ahí sí.

Tenía problemas de audio.

Señora Presidenta , yo voto a favor.

Me da mucha pena que haya algunos que traten de instalar permanentemente que otros actúan fuera de la ley, saltándose y vulnerando las normas establecidas.

De verdad, me impacta la superioridad que tratan de imponer algunos.

Ya lo han dicho mis colegas, los que siguieron la discusión del proyecto en la Comisión -me leí los informes-, que los propios miembros originarios de este pueblo han pedido este reconocimiento. Y extraña que se exijan ciertos estándares para una cosa y no para otra.

Por lo tanto, señora Presidenta , pido que nos cuidemos más entre nosotros, porque aquellos que hacen estas críticas no se dan cuenta de que la ciudadanía no distingue y nos mete a todos en el mismo saco.

Yo voto convencida a favor, señora Presidenta.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

La Senadora señora Rincón vota a favor.

Senador señor Sandoval, ¿cómo vota?

El señor SANDOVAL.-

Señora Presidenta, por el reconocimiento del pueblo chango, yo voto absolutamente a favor.

En cuanto al reconocimiento de nuestras culturas ancestrales, hoy día hay nueve pueblos reconocidos en nuestro país. En ese contexto, por cierto, me parece absolutamente válido el reconocimiento a este pueblo, con toda su cultura costera, que ha dejado mucha impronta a lo largo del litoral norteño. Así que me parece absolutamente válido este hecho. Y como bien señalaba el Senador Francisco Huenchumilla , respecto al reconocimiento no hay ningún inconveniente.

En lo personal, voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Sandoval vota a favor.

Senador señor Soria, ¿cómo vota?

El señor SORIA.-

Voto a favor, señora Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Soria vota a favor.

Senadora señora Van Rysselberghe, ¿cómo vota?

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

Me abstengo, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Van Rysselberghe se abstiene.

Senadora señora Von Baer, ¿cómo vota?

La señora VON BAER.-

Voy a hacer uso de la palabra.

Creo que el proyecto pone nuevamente sobre la mesa una falta que tenemos en el Senado, en el Congreso. En su minuto se estuvo trabajando en una comisión bicameral para establecer un mecanismo de consulta en el caso de leyes que pudiesen afectar a los pueblos originarios. Y esta afectación puede ser positiva o negativa. No somos nosotros quienes podemos determinar si ella resulta positiva o negativa. Son los propios pueblos originarios los que tendrán que establecer si están a favor o en contra, si la afectación es positiva o negativa.

Pero lo que está claro, señora Presidenta, es que estamos en falta y que, como Congreso Nacional, no hemos establecido un mecanismo. Por lo tanto, nos encontraremos con este tipo de situaciones probablemente de manera bastante repetitiva.

Especialmente en la parte que modifica la Ley Indígena esto afecta a otros pueblos originarios. En consecuencia, debe existir un proceso de consulta. Acá no se puede decir que se consultó a los representantes del pueblo chango, porque no hay que consultarles únicamente a ellos, sino también a los demás pueblos originarios. Y hay un mecanismo en cuanto a cómo se hace la consulta. No se trata solo de una sesión en la Comisión. Si lo establecemos de esa manera, puede ser así, pero la verdad es que el proceso de consulta es mucho más complejo que solo eso.

Por otro lado, pienso que nosotros vamos a empezar a generar un problema dentro de nuestra Ley Indígena. Porque, por una parte, estamos reconociendo a ciertos pueblos. Pero no sé cuál es el efecto que eso genera, por ejemplo, sobre los fondos a los cuales las distintas comunidades de los otros pueblos reconocidos pueden acceder. No sé si tienen acceso todos los pueblos reconocidos. Y cuando los reconocemos, ¿aumentamos o no aumentamos los fondos? Me parece que ahí empezaremos a generar una tensión que no estamos viendo. Por lo menos yo no sé cómo está resuelto eso en este proyecto de ley. Los demás pueblos originarios que hoy están reconocidos pueden acceder a estos fondos. ¿Y los nuevos que estamos reconociendo también pueden acceder a ellos? ¿Siguen siendo los mismos fondos y, por lo tanto, la misma cantidad debe ser repartida entre más pueblos originarios, o hay que aumentar los recursos?

Esa es una pregunta que nos tenemos que hacer.

Y termino con lo que decía el Senador Letelier. No tenemos un mecanismo. De esta manera, cada vez habrá más pueblos originarios reconocidos, porque reconocerlos es fácil, pero no contamos con un mecanismo que haga que esto sea coherente, y que lo sea también con el resto de la Ley Indígena.

La Ley Indígena tiene una historia. Por alguna razón se reconocieron esos pueblos y no otros en su minuto.

Entonces, acá debemos hacer una reflexión mucho más profunda y con una coherencia mucho más clara.

En tal sentido, me abstengo.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Von Baer se abstiene.

Señora Presidenta , el Senador señor Quintana manifestó que no se le activó el micrófono. Si usted lo autoriza, le tomaremos la votación ahora.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor Quintana, ¿cómo vota?

El señor QUINTANA.-

Muchas gracias, señor Secretario .

Señora Presidenta, la verdad es que llama mucho la atención ver hoy una defensa cerrada de algunos sectores de Chile Vamos respecto del Convenio N° 169.

Lo señalo porque nada se dijo cuando había que votar iniciativas referidas a la biodiversidad, a los temas forestales, por ejemplo. Ahí claramente no existió el Convenio N° 169. Como saben, este es un estatuto de rango internacional de derechos humanos. Por lo tanto, hace bien la Comisión de Derechos Humanos en pronunciarse.

El punto está en que, en mi opinión, no solo la Comisión de Derechos Humanos debió haberse pronunciado respecto a la materia.

No me gusta la manera como estamos abordando esta discusión.

El propio Senador Huenchumilla señalaba que esta era una materia interpretable. Yo también tengo dudas en cuanto a si acá cabía o no una consulta respecto del Convenio N° 169.

Seguramente muchos recordarán que hace tres años terminó la consulta, en el Gobierno de la Presidenta Bachelet , para el pueblo mapuche, un pueblo de 1.437.000 habitantes, según la encuesta Casen 2017. Casi un 9 por ciento de la población no tiene reconocimiento constitucional; no tiene.

Aquí estamos hablando efectivamente de incorporar en la Ley Indígena. Pero siempre se ha entendido que estas materias requieren consulta.

En este mismo Parlamento, en el Senado particularmente, en los años 90 y 2000, en seis oportunidades, muchos señores Senadores que hoy traen a colación el Convenio N° 169, rechazaron la existencia del pueblo mapuche en la Constitución.

Entonces, me parece que esta discusión se está haciendo un tanto a la ligera con un tema que es demasiado sensible.

No me cabe ninguna duda de que este proyecto favorecerá al pueblo chango, y no tengo ninguna duda de su existencia. Y hay que buscar cómo se reconocen y se le otorgan beneficios de carácter económico.

Insisto en que este reconocimiento lo va a favorecer, y por eso votaré a favor. Pero también se puede terminar perjudicando eventualmente a otros pueblos indígenas, porque los recursos del país no son infinitos.

Lo que no me cuadra es que una semana antes le estemos prorrogando las facultades y el tiempo al Consejo Nacional de la Conadi. Este es parte de la institucionalidad que el Congreso ha creado, y debió haber sido consultado, al menos en subsidio.

Si no se optó por una consulta indígena -también recojo lo que varios han planteado transversalmente en el sentido de que hay que impulsar, porque tenemos facultades, la consulta como Congreso-, por lo menos se le debió haber consultado a la institucionalidad que creamos, que ni siquiera es el Gobierno, es un consejo representante de casi todos los pueblos existentes. Probablemente, habríamos llegado a la misma conclusión, de que aquí hay una cultura, una idiosincrasia, en fin.

Se ha hablado del pueblo afrodescendiente. Este pueblo, como su nombre lo indica -lo saben muy bien los Senadores Insulza y Durana , que lucharon mucho por el tema de los afrodescendientes en su oportunidad-, es otra cultura. Ellos no son un pueblo ancestral chileno. Hay una diferencia no menor.

Por eso aquí quienes tenían las facultades...

Se me acabó el tiempo.

Voto a favor, señora Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Quintana vota a favor.

Señora Presidenta , los Senadores señores Allamand y Chahuán están solicitando adelantar su votación, con la prevención de que pierden el derecho a fundamentar el voto.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor Allamand, ¿cómo vota?

¿Puede activar el audio desde allá?

El señor ALLAMAND.-

Abstención.

Muchas gracias.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Allamand se abstiene.

Senador señor Chahuán, ¿cómo vota?

El señor CHAHUÁN.-

A favor, señora Presidenta .

Con esto se incorpora el décimo pueblo originario de nuestro país.

Por supuesto que vamos a votar favorablemente.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senadora señora Allende, ¿cómo vota?

La señora ALLENDE.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?

La señora ARAVENA.-

Ahora sí.

Gracias, Secretario .

Quiero argumentar brevemente mi voto.

He escuchado atentamente las intervenciones.

En primer término, el tema de los afrodescendientes fue una situación totalmente distinta.

Nosotros venimos de una región donde tenemos casi 2.500 comunidades indígenas. Y, escuchando con detención y respetando todo el trabajo que hizo la Comisión, me preocupa que no se hubiera hecho consulta a la institucionalidad vigente, que es la Conadi, respecto a dos puntos. Primero, en cuanto a si efectivamente era necesaria la consulta indígena. Y segundo, sobre las implicancias político-administrativas respecto de bordes costeros, acceso a tierras, a agua y a muchos recursos que, como bien dijo el Senador Quintana, son escasos. Ciertamente, cualquier proyecto de este tipo implicará efectos en regiones como la Segunda, la Tercera, la Cuarta y la Quinta, donde cohabitan otros pueblos indígenas.

Por otro lado, también estaba el Consejo de la Conadi, al cual se le consultó hace pocos días, por ejemplo, respecto a una iniciativa que presentamos junto con el Senador Quintana sobre algo tan simple como la ampliación de las directivas de asociaciones indígenas, dado que existe una institucionalidad vigente.

Entonces, a mí me preocupa una cuestión tan importante. Sin duda, no hay nadie en este grupo que no considere que el pueblo chango deba ser reconocido. Pero me inquietan la forma y los procedimientos: por ejemplo, no haber pasado por otras Comisiones; no haber trabajado en conjunto con la institucionalidad pública y con las autoridades elegidas democráticamente a nivel nacional y que representan a los pueblos indígenas hoy día.

Queriendo mucho a los pueblos indígenas y habiendo trabajado con ellos, por un tema procedimental del Congreso, voy a abstenerme en esta votación.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Aravena se abstiene.

Senador señor Araya, ¿cómo vota?

El señor ARAYA.-

Señor Secretario , voy a votar a favor de esta iniciativa.

El pueblo chango es de origen ancestral en nuestro país y positivamente se conocieron en la Región de Antofagasta, donde aún quedan algunos descendientes en la caleta Paposo.

Considero necesario hacer este reconocimiento.

También me llama mucho la atención que hoy se esté cuestionando que no se haya realizado consulta indígena cuando justamente lo que se está haciendo ahora con esto es otorgar un beneficio para el pueblo chango al reconocerlo como pueblo originario.

En ningún caso puede constituir un perjuicio. Y mucho menos tendría que serlo para el resto de los pueblos originarios reconocidos en nuestro país.

Por esa razón, no creo en el argumento que han utilizado algunos colegas, en el sentido de que esto pueda significar un perjuicio para las demás comunidades indígenas de Chile.

Asimismo, llama mucho la atención que se esté haciendo hincapié en la necesidad de la consulta indígena, porque, como muy bien lo señalaron algunos Senadores, más bien parece que se quiere limitar el reconocimiento al pueblo chango a fin de poder determinar con mayor claridad el uso del territorio marítimo. Desde el momento en que exista reconocimiento claramente en aquellos caladeros históricos,...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Dele un minuto, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Ahí tiene audio.

El señor ARAYA.-

Decía, señora Presidenta , que en aquellos lugares donde existen caladeros históricos probablemente si se pretenden desarrollar algunos proyectos en el borde costero, como la construcción de desaladoras, se necesitará consultarles a los pueblos originarios, en este caso al pueblo chango, que estará reconocido.

A mí me gustaría ver la misma fuerza que muestra el Ejecutivo para exigir la consulta indígena para hacer que se respeten los derechos de los pueblos indígenas en aquellos lugares donde se están desarrollando algunos proyectos mineros, donde ni siquiera se les toma la consulta.

Dicho eso, voto a favor de esta iniciativa.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senador Araya.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Araya vota a favor.

Senador señor Bianchi, ¿cómo vota?

El señor BIANCHI.-

Voto a favor, señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Castro, ¿cómo vota?

El señor CASTRO.-

Secretario, Presidenta, creo que ninguna sociedad se va a negar a reconocer a los pueblos ancestrales. Todos debemos sentirnos orgullosos y felices de las raíces que tenemos.

Yo me doy cuenta, de acuerdo al desarrollo de la discusión, que hay señores Senadores que dan una argumentación relacionada con los beneficios que podrían tener estos pueblos.

Creo que ahí es donde uno necesita tener más información, saber qué pasa con las universidades y los estudios que han realizado sobre todo acerca de nuestros pueblos originarios: cómo se insertan, cómo somos capaces de entender que, por todo lo que significan las raíces de un pueblo como el chango, también deben contar con beneficios. Obviamente, sus alcances no deben perjudicar el desarrollo y el crecimiento de nuestro país.

Me parecieron muy buenas las intervenciones de los Senadores Huenchumilla y Letelier, en el sentido de que algo falta para completar el reconocimiento total a un pueblo como el chango.

Yo voto a favor, Presidenta, y espero que se trabaje para que este pueblo tenga un real reconocimiento y que como país seamos capaces también de darle el lugar que se merece.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Castro vota a favor.

Senador señor Coloma, ¿cómo vota?

El señor COLOMA.-

Pido la palabra, señora Presidenta.

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra, señor Senador.

El señor COLOMA.-

Señora Presidenta , en este debate uno ha oído consignas y conceptos. De las primeras no me voy a hacer cargo. En verdad, aburre a veces que, a propósito de la argumentación de un proyecto de ley y de determinada posición, algunos simplemente la descalifiquen buscando algún tipo de efectos o de deseos inconfesados. En realidad, creo que eso agota.

Afortunadamente, han sido las menos; a mi juicio, la mayoría de las intervenciones han tenido como eje un concepto. Y, desde mi perspectiva, quiero hacerme cargo de esos conceptos.

Efectivamente, el asunto medular aquí es si este tipo de planteamientos debe o no pasar por la consulta a los pueblos originarios.

¿Cuál es la norma exacta del artículo 6 del Convenio 169?

"1. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán (es imperativo):

"a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente;".

Aquí está la expresión clave. Y como bien lo planteó el Senador Huenchumilla, el eje de la gran discusión es qué significa "afectarles directamente".

Algunos razonan, y el Senador Huenchumilla entre ellos, que afectarles tiene un sentido de menoscabo, de perjudicial, y al no serlo, desde su perspectiva, no se aplicaría... (falla de audio en transmisión telemática).

Yo revisé lo que quiere decir la palabra "afectar".

Desde un punto de vista jurídico, "afectar" es un verbo transitivo que significa "producir cierto efecto sobre algo o alguien". Esa es la primera explicación de qué es afectación. Después viene la idea de eventualmente producir daño.

El diccionario de la RAE contiene exactamente doce acepciones distintas para la palabra "afectar": la primera señala: "Poner demasiado estudio o cuidado en las palabras"; la segunda: "Fingir"; la tercera: "Dicho de una cosa: Hacer impresión en alguien". Ninguna de ellas tiene que ver con esto. Pero la cuarta es "Atañer o incumbir a alguien", y solo después viene la de "Menoscabar".

Entonces, creo que si uno es literal -y estamos en el Parlamento-, tenemos que tratar de buscar el sentido de la palabra "afectación".

¿Será simplemente lo que uno cree que es bueno o malo? ¿O afectación tendrá que ver con una cosa más general, como plantea su significado jurídico "tener efecto sobre algo o alguien", o como señala la RAE "atañer o incumbir a alguien"?

Ese es el tema de fondo.

Si uno decide de repente -por eso, señora Presidenta , no comparto que uno no reflexione respecto de los efectos que tienen algunas decisiones- y dice simplemente "No, porque esto yo creo que no les afecta", se está colocando en la posición de los consultados. Y por algo la expresión o el concepto "afectarles directamente" debe entenderse de la manera en que se detalla en los diccionarios y cómo se comprende la palabra en su exacto mérito.

Por lo tanto, suscribo absolutamente la argumentación del Senador Huenchumilla, pero difiero en el último considerando...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Dele un minuto, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Le vamos a activar el micrófono.

El señor COLOMA.-

Gracias.

La afectación, señora Presidenta , no tiene necesariamente un efecto negativo. La afectación es general: "Producir cierto efecto sobre algo o alguien".

¿Alguien duda de que eso sea lo que está ocurriendo ahora?

El otro significado es "incumbir (es la palabra exacta) a alguien".

¿Incumbe? Obvio.

Ese es el razonamiento que a uno le hace pensar que el procedimiento no fue el adecuado, que se debió haber consultado.

En función de eso, obviamente yo me abstengo.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Coloma se abstiene.

Senador señor De Urresti, ¿cómo vota?

El señor DE URRESTI.-

Señor Secretario , voy a fundamentar el voto brevemente.

Nosotros escuchamos siempre -y es algo recurrente- que la Derecha en este país pone objeciones, pone límites, pone permanentemente elementos para no avanzar en el reconocimiento de nuestros pueblos originarios, en el reconocimiento de la identidad, de vernos, de proyectarnos como una nación de naciones, con distintos pueblos, con distintos integrantes: una plurinacionalidad.

Que no les quepan dudas de que este mismo debate se dará seguramente en la Asamblea Constituyente, donde confluyan y se reconozcan en nuestro país a los distintos pueblos originarios que lo componen de manera ancestral, de manera histórica a lo largo de la diversidad de nuestro territorio.

Es lo mismo que ha ocurrido con distintas instancias donde hemos discutido este asunto. Avanzamos con el reconocimiento de los afrodescendientes y hoy día estamos haciendo lo propio respecto de los changos. Creo que el debate es mucho más amplio.

Sí recojo el concepto de debatir esto con una visión mucho más grande, una visión de país, de entender a todos nuestros pueblos originarios. Sin embargo, esta iniciativa claramente constituye un avance.

En la historia quedará la forma de abordarlo, pues siempre se ven algunas suspicacias.

Me parece muy bien que se reivindique el Convenio 169, que a mi juicio está naturalizado en nuestro país. Pero también reclamémoslo para todos los proyectos: para las salmoneras que se están instalando en el sur; para el represamiento de ríos o de lugares sagrados, donde hay comunidades y pueblos originarios.

Yo voy a votar a favor, señora Presidenta .

Creo que hay que dar señales concretas y también valorar esa rica cultura. Los parlamentarios especialmente de la zona norte indican que en las caletas, en el sector costero existe esa cultura, pero también proyectado a las ciudades, donde el mundo de los changos claramente constituye una identidad.

También hay que reivindicar lo que se hizo con los lafquenches, un pueblo que estaba invisibilizado en muchos aspectos y al que se le dio reconocimiento y se avanzó en su identidad.

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor De Urresti vota a favor.

Senador señor Durana, ¿cómo vota?

El señor DURANA.-

Voy a justificar mi voto, señor Secretario .

En verdad, me interpretan mucho las expresiones emitidas por el Senador Juan Antonio Coloma en cuanto al análisis respecto de la consulta de los pueblos originarios, fundamentalmente en aquello que tiene que ver con el concepto de "afectar".

En general, con el Senador Insulza promovimos el reconocimiento al pueblo tribal afrodescendiente, con la diferencia de que aquello no afectaba a ningún pueblo originario, porque finalmente a estos lo único que les interesaba era ser reconocidos por su cultura, para el desarrollo integral del pueblo, pero sin afectar a otro pueblo originario.

En este caso en particular, nadie puede negar su voto a lo que significa el reconocimiento de un pueblo originario; pero al menos yo espero que se hagan las consultas que sean necesarias.

En mi Región hay pueblo aimara, hay pueblo quechua; por lo tanto -y no sobre la base de un protocolo-, hay que conocer de verdad la opinión que tienen esos pueblos, porque -tal como lo han dicho transversalmente muchos parlamentarios- los recursos son finitos y hay algunos pueblos a los que les molesta cuando se trata de incorporar o tener que distribuir los recursos que, obviamente, siempre van a ser escasos frente a las mayores necesidades.

Uno se va a abrir a ello siempre y cuando también podamos cumplir con la normativa vigente, porque si vamos a reconocer a los pueblos originarios, no es posible entender que, después de reconocidos, no seamos capaces ni siquiera de hacer una consulta para conocer debidamente su opinión.

Me abstengo, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Durana se abstiene.

Senadora señora Ebensperger, ¿cómo vota?

La señora EBENSPERGER.-

Voy a fundamentar mi voto.

Señora Presidenta , me parece que aquí no está en juego el que creamos que el pueblo chango se debe o no reconocer como una etnia indígena. Efectivamente, ellos existen y debieran ser reconocidos.

El problema estriba en cómo se tramitó este proyecto. Acá debía haber consulta indígena. El Convenio 169 hoy día, para todos los efectos legales, forma parte de nuestra legislación, y cuando exige la consulta a los pueblos originarios habla de "afectar". Y ese "afectar" no necesariamente es positivo o negativo, porque el legislador no puso aquello: solo estableció el concepto "afectar".

Efectivamente, un reconocimiento va a afectar positivamente a los pueblos changos, pero también puede que otros pueblos se sientan afectados negativamente, como consta en la página 14 del informe de la Comisión, donde se plantea que algún dirigente del pueblo mapuche habría señalado que el reconocimiento de otros pueblos podría debilitar su posición dentro del espectro nacional de las comunidades indígenas.

Es decir, hay otros pueblos originarios que sí se verían afectados con esta normativa, y por eso no puede evitarse la consulta indígena, por mucho que queramos que el pueblo chango tenga este reconocimiento, que es merecido. Pero ello hagámoslo bien; no nos saltemos instancias que nuestra propia ley establece.

Se emplaza a que digamos por qué algunos aprobamos el reconocimiento a los afrodescendientes y hoy día podríamos votar en forma distinta acá. Con respecto al pueblo afrodescendiente lo único que se hizo fue un reconocimiento legal en una ley propia. Acá se busca reconocer al pueblo chango como una etnia indígena en la ley N° 19.253, cuya modificación requiere consulta indígena.

Por intermedio de la Mesa, quiero decirle al Senador De Urresti que si poner límites es respetar la ley, entonces sí, siempre, al menos yo, pondré ese límite a todo aquello que no esté de acuerdo con la ley o con nuestra Constitución.

Me abstengo, señora Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Gracias, Senadora.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Ebensperger se abstiene.

Senador señor Elizalde, ¿cómo vota?

El señor ELIZALDE.-

Señora Presidenta , voy a votar a favor del reconocimiento del pueblo chango, pues, a propósito de los planteamientos que se han hecho respecto de los procesos de consulta, me parece que el reconocimiento de un pueblo permite precisamente facilitar procesos de consulta posteriores. Así que no dudo de la importancia que tiene este proyecto de ley, que cuenta con mi respaldo.

Sí creo que hay que hacerse cargo de la reflexión de fondo, y ahí comparto lo planteado por los Senadores señores Huenchumilla , Letelier y Quintana , y, por tanto, me llama la atención la vehemencia con que el Ministro Alvarado , de quien tengo en términos personales la mejor opinión, representando al Gobierno, ha hecho la defensa del proceso de consulta indígena. Porque todos sabemos que el Ejecutivo en general no ha sido muy sensible respecto de este tipo de procedimientos.

Creo que se tiene que efectuar una reflexión bien de fondo. Se debe regular el proceso de consulta sobre las medidas legislativas en cuanto a los proyectos de ley que no tienen origen en el Ejecutivo , es decir, que no se inician en un mensaje, sino en una moción. Porque el Convenio 169 hace presente la obligación de los Gobiernos de consultar a los pueblos interesados mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se provean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.

O sea, toda medida legislativa, independientemente del origen del proyecto de ley, si va a tener un impacto, si va a afectar directamente a uno o a varios pueblos indígenas, a mi entender requiere la realización del proceso de consulta.

Aquello está pendiente, porque nosotros no hemos regulado los procesos de consulta acerca de las mociones. Esta es una obligación que le corresponde al Gobierno, de acuerdo al Convenio 169, el cual sí lo ha regulado respecto de aquellas iniciativas que tienen origen en mensaje presidencial o en medidas administrativas del Ejecutivo.

Pues bien, debería regularse acerca de las mociones.

Y ahí comparto un punto que planteó el Senador Coloma relacionado con cómo debe entenderse el concepto "afectar", porque si entendemos "afectar" solo como aquello que perjudica, a mi juicio reforzamos una lógica paternalista, donde el Estado decide lo que perjudica o lo que beneficia a los pueblos. Y quienes son llamados a determinar si algo los perjudica o los beneficia, si comparten o no esta decisión legislativa o administrativa del Estado son los propios pueblos. De lo contrario, sería una lógica completamente paternalista de parte de aquel.

La consulta es precisamente para saber cuál es la opinión de los pueblos, y nadie puede reemplazar la voz de los pueblos a través del proceso de consulta.

Doy un ejemplo: un proyecto de ley que fomente el día de mañana la inversión para la generación eléctrica en todo Chile y que afecta zonas con población indígena. Alguien podrá decir: "Pero si esto los beneficia, porque va a traer progreso, desarrollo y va a generar empleo". Sin embargo, los pueblos legítimamente pueden manifestar: "Sabe qué, a mí me perjudica porque atenta contra mi forma de vida, atenta contra mi cultura". Y es una opinión legítima que debe ser escuchada.

Por tanto, señora Presidenta,...

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Dele un minuto, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Le voy a activar el audio.

El señor ELIZALDE.-

(Falla de audio en transmisión telemática)... clara y nítida respecto de los procesos de consulta en cuanto a las mociones, porque, en caso contrario, creo que no estamos cumpliendo a cabalidad lo que establece el Convenio 169.

Valoro lo planteado por el Ministro Alvarado . ¿En qué sentido? En que me gustaría ver esa actitud permanentemente de parte del Gobierno; que no sea solo la suspicacia, como aquí se ha planteado, o el impacto que este reconocimiento pueda tener en las zonas costeras la verdadera motivación del Gobierno para plantear este punto.

Me gustaría verlo como una actitud permanente.

Y considero imprescindible que nosotros erradiquemos la lógica paternalista que caracteriza al Estado de Chile. Los pueblos deben ser consultados, los pueblos deben ser escuchados. Finalmente, son ellos los que tienen que dar su opinión. Ni el Estado, ni el Congreso Nacional ni el Presidente de la República ni autoridad alguna pueden reemplazar su voz y menos decidir a priori si una determinada resolución de carácter legislativo o administrativo los va a perjudicar o los va a beneficiar.

Como creo que el reconocimiento es algo distinto...

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Dele un segundo para que termine, señor Secretario.

El señor ELIZALDE.-

... (falla de audio en transmisión telemática)... voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Elizalde vota a favor.

Senador señor Galilea, ¿cómo vota?

El señor GALILEA.-

Voy a fundamentar mi voto, señora Presidenta .

La señora MUÑOZ (Presidenta).-

Tiene la palabra, señor Senador.

El señor GALILEA.-

Señora Presidenta , la discusión que se ha dado acerca de la pertinencia o no de la consulta a mí me parece sumamente interesante, como también me parecen muy interesantes otros aspectos que a mi juicio deben ser evaluados en esta materia.

En primer lugar, quiero hacerme cargo de algo que preguntaron varios señores Senadores: por qué no se hizo una consulta cuando declaramos el reconocimiento de los pueblos afroamericanos hace pocos meses atrás y por qué tampoco se hizo la consulta cuando fueron incorporados los diaguitas a la Ley Indígena.

Y la razón por la cual eso fue así es que los afrodescendientes no son un pueblo indígena en Chile y, por lo tanto, no están sujetos al Convenio 169 de la OIT.

Ahora, con respecto a los diaguitas, que también fueron mencionados, su incorporación se hizo antes de que nosotros firmáramos y ratificásemos el Convenio 169 de la OIT, por lo que en ese momento no estábamos sujetos a él.

En consecuencia, no hay inconsistencia alguna en ese aspecto.

En cuanto al razonamiento de la consulta, yo comparto el raciocinio que hizo el Senador Coloma y que fue refrendado por el Senador Elizalde: afectar no es necesariamente perjudicar. Afectar es afectar: de alguna manera, toqué algo que le importa o le interesa a una determinada comunidad.

En ese sentido, lo mejor es ejemplificar, porque hoy día muchos dicen: "No, el reconocimiento no afecta a nadie. Es simplemente un reconocimiento". Pero si el día de mañana la comunidad promaucae, que muchos estiman que es un tipo distinto de mapuche que estaba en la Región del Maule, o las agrupaciones pehuenches, huilliches o todas aquellas que de alguna manera forman parte del colectivo mapuche, quisieran obtener autonomía y pedir una existencia propia, yo me atrevería a decir que probablemente los dirigentes de la etnia mapuche querrían participar y opinar con respecto a una iniciativa como esa.

Por lo tanto, creo que la palabra "afectación" tiene un sentido mucho más amplio del que algunos quieren ver.

Por último, opino que es importante darle una vuelta a cuáles son los criterios objetivos y de fondo que, como Senado y como Congreso Nacional, vamos a establecer para reconocer una etnia en Chile.

Y esta es una cosa de la mayor importancia, porque de acuerdo a lo que establece la propia Ley Indígena, la ley N° 19.253...

Le pido un minuto más, Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Dele el minuto, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Okay.

El señor GALILEA.-

Gracias.

Decía que de acuerdo a lo que establece nuestra propia Ley Indígena, para constituir una etnia puede haber elementos subjetivos y objetivos.

Entre los subjetivos está el hecho de saber que una persona tiene un ancestro de determinada etnia y, por tanto, se siente parte de los changos, los mapuches, los onas, los yaganes, los aimaras o el pueblo que ustedes quieran.

Pero también pide la ley chilena ciertos elementos objetivos, como, por ejemplo, mantener un nivel de manifestaciones étnicas y culturales propias, que hacen a un pueblo indígena completamente distintivo.

Fíjense que yo me leí -sé que puedo parecer injusto- todo el informe de la empresa Arista Social y no me queda tan claro que esos requisitos -los objetivos, no los subjetivos- estén presentes en este caso.

Para no alargarme más, Presidenta , y dicho lo anterior, en esta ocasión me abstengo.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Galilea se abstiene.

Vamos a consultar a las señoras Senadoras y los señores Senadores que aún no han emitido su voto.

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

Me abstengo, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Se abstiene.

Senadora señora Goic, ¿cómo vota?

El Senador señor Guillier se encuentra pareado.

Senador señor Lagos, ¿cómo vota?

El señor LAGOS.-

A favor del reconocimiento del pueblo chango, con todas las prevenciones que ya señalaron los Senadores Letelier, Huenchumilla y Quintana.

Gracias.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

A usted, señor Senador.

Vota a favor.

Senador señor Montes, ¿cómo vota?

El señor MONTES.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Señora Presidenta , Senadora Adriana Muñoz, ¿cómo vota?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Voto a favor, señor Secretario .

Y quiero despejar del debate que la tramitación de un proyecto tan importante como este haya sido a la ligera.

Esta iniciativa ingresó el año 2017 al Senado. Hace tres años está en debate y se encuentra en segunda discusión.

Entonces, si los colegas tienen una gran preocupación por el tema de la consulta previa, para apegarse a la Convención, quiero decirles que tuvieron realmente mucho tiempo para intervenir en esa materia.

La Comisión tuvo a la vista argumentos sólidos que nos parecieron -esta interpretación puede ser distinta a la de otras Senadoras y otros Senadores- muy serios en lo que respecta a las materias que nosotros estudiamos.

Entonces, quiero despejar esto de la poca seriedad, de la ligereza, porque aquí todos somos responsables del debate y de la tramitación de los proyectos. Y el que nos ocupa lleva ya muchísimo tiempo y no nos habíamos pronunciado a su respecto.

Por lo tanto, señor Secretario , yo me alegro de darles esta noticia a los pueblos changos, que hasta ahora estaban invisibilizados como pueblo indígena en nuestra legislación.

Quiero recordar que nosotros recibimos en la Comisión a la Agrupación de Changos Camanchacos del sector Salitre; la Agrupación Changos Vinao Loreto; la Agrupación Social y Cultural de los Changos Descendientes del Último Constructor de Balsas de Cuero de Lobo de la Caleta Chañaral de Aceituno; al Consejo de Pescadores Artesanales Changos de Los Vilos.

Tuvimos muchísimas intervenciones en la Comisión, se escuchó a los pueblos involucrados, los cuales sienten que la afectación es positiva, que a ellos les sirve, que esta futura ley es un bien para ellos.

En consecuencia, con mucha alegría y mucho cariño hacia los pueblos changos, que hoy día están expectantes de la resolución de este debate, voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La señora Presidenta vota a favor.

Si lo estima pertinente, señora Presidenta, puede dar por concluida la votación.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Terminada la votación.

--Se aprueban las modificaciones introducidas por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía al artículo único del proyecto, con excepción del numeral 4 (27 votos a favor, 13 abstenciones y 1 pareo).

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, De Urresti, Elizalde, Girardi, Harboe, Huenchumilla, Insulza, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Navarro, Pizarro, Prohens, Pugh, Quintana, Quinteros, Sandoval y Soria.

Se abstuvieron las señoras Aravena, Ebensperger, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Coloma, Durana, Galilea, García, García-Huidobro, Kast, Moreira y Pérez Varela.

No votó, por estar pareado, el señor Guillier.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Correspondería ahora pasar a la votación separada que se ha solicitado.

A partir de este momento, va a dirigir la sesión el Vicepresidente, Senador señor Rabindranath Quinteros.

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Antes que nada, pido el acuerdo de la Sala para prorrogar la sesión a fin de realizar la votación que queda pendiente de este proyecto.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

Señor Secretario, pongamos en votación, entonces, la norma pertinente.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La votación separada que se ha solicitado recae en el numeral 4 del artículo único, que incide en el artículo 26 de la ley vigente.

El numeral 4 lo que hace es agregar, en el inciso primero del artículo 26, entre la palabra "territoriales" y la preposición "en", la frase: ", porción de mar o borde costero", proposición que se encuentra en la página 5 del boletín comparado que está disposición de Sus Señorías.

¿Se escuchó bien, señor Presidente?

El señor QUINTEROS ( Vicepresidente ).-

No, señor Secretario .

Repita, por favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Bien, señor Presidente .

Corresponde ahora iniciar la votación separada que se ha solicitado, que dice relación con el numeral 4 del artículo único, norma que se encuentra en la página 5 del boletín comparado.

Dicho numeral incorpora, en el inciso primero del artículo 26 de la ley N° 19.253, entre la palabra "territoriales" y la preposición "en", la frase: ", porción de mar o borde costero", que es lo que habría votar conforme a la solicitud planteada por el Senador señor Moreira .

El señor QUINTEROS ( Vicepresidente ).-

Habría que aclarar primero la petición que se ha formulado. No sé si el Presidente de la Comisión podría explicar el concepto involucrado en ella. Tengo entendido que esto obedece a una indicación.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Así es, señor Presidente . Se introdujo por indicación.

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Que lo explique, entonces, el Presidente de la Comisión.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Es el Senador señor Latorre.

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, señor Senador.

El señor LATORRE.-

Lo que pasa es que yo tengo una minuta elaborada por la Secretaría de la Comisión de Derechos Humanos sobre el segundo informe. Pero creo que lo que corresponde más bien es que el Senador Moreira justifique por qué pidió la votación separada.

Nosotros la discusión ya la dimos, y presenté esta minuta sobre el segundo informe. No sé, señor Presidente , si quiere que la vuelva a leer.

El señor QUINTEROS ( Vicepresidente ).-

No. La idea es aclarar la petición de votación separada. Nada más.

El señor LATORRE.-

Claro, pero quien la ha solicitado es el Senador Moreira.

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Muy bien.

No sé si el Senador Moreira puede hacer uso de la palabra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Le vamos a activar el micrófono.

El señor MOREIRA.-

Encantado, señor Presidente.

Pero primero quiero decir brevemente que no puede ser que la Izquierda y la Oposición siempre manifiesten que nosotros los descalificamos a ellos. Sin embargo, cada vez que votamos algunos temas en que no estamos de acuerdo o tenemos miradas distintas, no solamente descalifican, sino que prejuzgan; nos dicen a todos nosotros: "¡Ah, que la Derecha; que los intereses de la Derecha!", como si estuviésemos en contra de la comunidad indígena, etcétera, etcétera.

¡Entonces, tengamos cuidado con lo que se dice, pues! ¡El mismo respeto que exigen ustedes, bueno, también otórguenselo a los demás!

Nosotros hemos solicitado votación separada para la norma que introduce una modificación al artículo 26, inciso primero, de la ley N° 19.253, en lo concerniente a áreas de desarrollo indígena.

El artículo 26, inciso primero, señala que "El Ministerio de Planificación y Cooperación, a propuesta de la Corporación, podrá establecer áreas de desarrollo indígena que serán espacios territoriales en que los organismos de la administración del Estado focalizarán su acción en beneficio del desarrollo armónico de los indígenas y sus comunidades", etcétera.

Nosotros hemos pedido votación separada respecto de la disposición que pretende modificar el artículo 26, inciso primero, de la Ley Indígena, toda vez que la propuesta que se hace generaría esencialmente una confusión entre las leyes N° 19.253, Ley Indígena, y N° 20.249, Ley Lafkenche , ya que el objeto de la generación de áreas de desarrollo indígena corresponde a la búsqueda de focalización de recursos públicos en beneficio del desarrollo armónico de los indígenas y sus comunidades. En cambio, el objeto de la ley N° 20.249 es resguardar el uso consuetudinario de los espacios costeros marinos de pueblos originarios, a fin de mantener las tradiciones y la utilización de los recursos naturales por parte de las comunidades vinculadas al borde costero.

En sí, cualquier pueblo indígena hoy en día puede solicitar un espacio costero marino (Ecmpo), por lo que incluir la norma del número 4, que se establece por indicación, lo único que hace es confundir dos instituciones enfocadas en los pueblos indígenas que persiguen fines distintos. Así, se pretende organizar a las comunidades para focalizar recursos públicos en ellas. Y, por el otro lado, la Ley Lafkenche busca el resguardo de los usos consuetudinarios que se realicen en porciones de mar o terrenos de playa.

La indicación mezcla -y con esto termino, Presidente - temas diferentes, que pueden ser complicados para la aplicación de las ADI y el uso de la Ley Lafkenche. Esencialmente, se abre la generación de Áreas de Desarrollo Indígena que no tienen estimación territorial, lo que puede afectar a las porciones de mar, y, por ende, a futuras concesiones marítimas y materias que son de focalización de recursos públicos en el campo marítimo que actualmente la institucionalidad no está en pie de asumir.

Por eso, se debe rechazar el artículo en los términos propuestos.

En Los Lagos y en otras regiones del país tenemos muchas complicaciones con la Ley Lafkenche.

Con todo, sí podemos concluir que esta legislación debe ser analizada y evaluada, porque los tiempos son distintos. Aquí nadie está en contra de que el pueblo chango tenga, de alguna manera, la posibilidad de ser reconocido. Pero estamos confundiendo dos cosas y eso es peligroso.

Algunos votaron a favor del reconocimiento del pueblo chango; otros nos abstuvimos, porque tenemos dudas, pero esta separación de la votación tiene razones basadas en la ley, porque la modificación puede ser muy peligrosa para el futuro.

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Muy bien.

Gracias, Senador.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Señor Presidente , el Senador señor Insulza y el Senador señor Huenchumilla están solicitando la palabra, entiendo que por reglamento.

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Primero, el Senador Insulza, y luego, el Senador Huenchumilla.

El señor INSULZA.-

(Falla de audio en transmisión telemática).

El texto, que no se ha leído -hubiera preferido que leyeran uno primero y después el corregido- no tiene que ver con el pueblo chango, sino con tierras marítimas de todo el país. Es lo que entiendo. Y eso es lo que se está modificando.

Si fuera así, yo pediría que lo presentaran en otro proyecto, francamente. No creo que, a cuento de un reconocimiento, podamos hacer un cambio general de esta magnitud en la ley. Lo digo sinceramente.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Si quiere, señor Presidente , doy lectura...

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador Huenchumilla.

El señor HUENCHUMILLA.-

Un minuto solamente, Presidente, si me permite.

Estuve revisando en detalle esto para ver qué problemas presentaba. Y solamente, para contribuir al debate, quiero hacer tres aportes que pueden aclarar algo que es complejo en sus distintos aspectos.

El Senador Moreira se refirió al artículo 26, donde la Ley Indígena trata lo relacionado con las Áreas de Desarrollo Indígena. Esto no produce ningún efecto jurídico que a uno le permita decir que se afecta la Ley de Pesca, o la Ley del Borde Costero, o la Ley Lafkenche.

Las Áreas de Desarrollo Indígena son simplemente aquellas en las cuales el Estado puede generar políticas sociales, ayudar a la gente. Entonces, cuando se coloca en el texto "porción de mar o borde costero", significa que en ese sector el Estado puede generar políticas públicas. Nada más que eso: ayudar.

Esas son las Áreas de Desarrollo Indígena, que hoy día se establecen en tierra, por supuesto, en beneficio de las comunidades. Pero en este caso, como se está reconociendo a un pueblo costero, lo lógico es que tales políticas públicas puedan realizarse en el borde costero. Punto. No tiene ningún efecto perverso o del cual alguien pudiera preocuparse. ¡No! Simplemente se trata de generar políticas públicas en beneficio de ciertas comunidades.

Por lo tanto, yo no le veo problemas a esa disposición.

En cuanto al artículo 12, cuando se definen las tierras indígenas, se incorporan las Regiones Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta. Este artículo 12, en su número 1°, letra e), se refiere a agrupaciones indígenas que, de alguna manera, fueron afectadas por las leyes de la reforma agraria. Menciona la ley N° 15.020, del tiempo de Alessandri, y la ley N° 16.640, de la época del Presidente Frei Montalva .

Entonces, yo no sé si en la Segunda, Tercera, Cuarta o Quinta Región -probablemente en la Quinta- existen agrupaciones indígenas que se vieron afectadas por las leyes de la reforma agraria. Es una cuestión fáctica. Si existen, se afectan; si no, la norma no va a producir ningún problema. Creo que, cuando se dictó la Ley Indígena, no fueron colocadas porque se suponía que en ese sector no había agrupaciones afectadas por la reforma agraria. Hubieran recibido tierras de la reforma agraria.

Al que sí creo, Presidente , que habría que darle una vuelta es al artículo 65 bis, porque ahí sí que... (falla de audio en transmisión telemática)... la Ley Lafkenche.

Yo sugeriría que esto pasara a alguna Comisión. No sé a cuál. Puede ser la Comisión de Pesca. No sé cuál es la que tiene que ver con la Ley Lafkenche.

El señor QUINTEROS ( Vicepresidente ).-

¿Terminó, Senador?

El señor HUENCHUMILLA.-

No, Presidente .

Estaba diciendo que donde yo veo un problema es en el artículo 65 bis, al que sería bueno darle una vuelta, tal vez en la Comisión de Pesca -no sé cuál es la que tiene que ver con el borde costero-, para que se determine si colisiona o no con la Ley Lafkenche del borde costero.

Al resto del texto no le veo mayor problema para su aprobación, salvo que quedara pendiente el cumplimiento del Convenio, lo cual habría que subsanar de aquí en adelante. Pero, como digo, no le veo problemas jurídicos a los dos puntos anteriores; solamente al artículo 65 bis.

Gracias.

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Yo comparto absolutamente lo dicho por el Senador Huenchumilla.

La verdad de las cosas es que el problema de la Ley Lafkenche no solamente está en este proyecto, sino que se arrastra desde hace mucho tiempo, y no solamente en las comunidades; también en la pesca artesanal.

Señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias, Presidente .

El Senador señor Insulza solicitó la lectura del texto para tener mayor claridad.

Lo que corresponde, según el acuerdo de Comités, tal como se indicó, es abrir inmediatamente la votación, que es lo que se ha hecho, entiendo, al momento de empezar a tratar este tema.

Efectivamente... (falla de audio en transmisión telemática)... incide en el artículo 26 de la ley, contenido en el Párrafo 2°, "De las Áreas de Desarrollo Indígena".

Voy a leer el inciso primero del artículo 26 tal como se encuentra ahora, y después, con la modificación que se está votando.

Actualmente dice así: "El Ministerio de Planificación y Cooperación, a propuesta de la Corporación, podrá establecer áreas de desarrollo indígena que serán espacios territoriales en que los organismos de la administración del Estado focalizarán su acción en beneficio del desarrollo armónico de los indígenas y sus comunidades. Para su establecimiento deberán concurrir los siguientes criterios:", que se indican a continuación.

La modificación que se...

--(Falla general, de aproximadamente tres minutos, en transmisión telemática).

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

No voy a dar más la palabra.

Ya están pasando los minutos desde que prolongamos la sesión, así que...

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí.

El señor QUINTEROS ( Vicepresidente ).-

¿Está, Secretario ?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí, se acaba de recuperar la señal.

El señor QUINTEROS ( Vicepresidente ).-

Tome inmediatamente la votación del artículo respecto del cual se pidió votación separada, y punto.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Perfecto.

--(Durante la votación).

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

Senador señor García Ruminot, ¿cómo vota?

Ahí tiene audio.

El señor GARCÍA.-

Señor Presidente...

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

Ahora sí.

Voto en contra, Secretario .

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

El Senador García-Huidobro vota en contra del artículo.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí.

¿ Senador García Ruminot?

El señor GARCÍA .-

Señor Presidente , señor Secretario , voto en contra, porque esta es una materia que, como bien se ha dicho, se refiere a las áreas de desarrollo indígena (ADI). Sin embargo, al agregar porciones de agua, o caletas, o porciones de tierra, tal como ya se ha visto en otras oportunidades, vamos a tener conflictos con pescadores artesanales. Así nos ha ocurrido con la Ley Lafquenche y también con la ley que regulariza las caletas de pescadores.

Estamos actuando sobre un mismo territorio, que ya tiene legislación propia.

Esto ameritaba una discusión y un análisis mucho más amplios que, lamentablemente, no se han dado y donde no se ha escuchado a los distintos actores.

Por eso, Presidente , voto en contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor García Ruminot vota en contra.

Senador Girardi, ¿cómo vota?

El señor GIRARDI.-

Señor Presidente, yo voto a favor, justamente con el argumento contrario al que se ha planteado con anterioridad.

Efectivamente, nosotros tenemos una institucionalidad que norma este país. Tenemos Constitución y leyes, pero la Constitución y las leyes chilenas han sido absolutamente discriminadoras: han dejado fuera la realidad de los pueblos originarios.

No es casual que en la Constitución no haya un reconocimiento a la existencia de los pueblos originarios. Y es evidente que, cada vez que se trata de avanzar en normativas para defender o garantizar su existencia, como parte de los derechos humanos fundamentales de las etnias que habitaron en su origen el país -que son pueblos originarios que también tienen derechos, pues tienen una presencia ancestral anterior a la de quienes vinimos de otros rincones del planeta-, resulta necesario alterar un chasís institucional y normativo absolutamente obsoleto y absolutamente racista, en la medida en que, justamente, no ha incorporado las grandes demandas de los pueblos originarios.

Tal vez, uno de los mayores desafíos permanentes que tiene Chile es resolver una situación de derechos humanos. En Chile se violan los derechos humanos de los pueblos originarios. Es, quizás, uno de los mayores dramas que debemos enfrentar como sociedad y, lamentablemente, las respuestas que ha dado el Estado chileno, la política chilena, nuestro Congreso, resultan absolutamente insuficientes.

Me parece que debemos perseverar en ese sentido, donde tenemos una deuda gigantesca. Tal vez una de las mayores fracturas de inseguridad social que tendremos será esa.

Por lo tanto, si bien este es un proyecto, entre comillas, "menor", creo que hay que apoyarlo, justamente porque va en la dirección correcta. Pero debemos avanzar mucho más, pues considero que esa es una de las grandes deudas pendientes que tiene la política y la misma sociedad chilena para con los pueblos originarios.

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador Girardi vota a favor.

Senadora señora Goic, ¿cómo vota?

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Seguimos.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Guillier está pareado.

Senador señor Harboe, ¿cómo vota?

El señor HARBOE.-

¿Se escucha, señor Presidente?

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Sí.

El señor HARBOE.-

Ya.

Evidentemente, cuando uno piensa en la modificación de la norma de la que se está hablando, supone que la Comisión que analizó esta materia no es solo aquella que tuvo a su cargo la discusión sobre el reconocimiento del mencionado pueblo, por cuanto aquí se debiera haber pensado, más bien, en examinar la compatibilidad de la modificación de este artículo 26 y la del artículo 65 con la Ley Lafquenche, por el impacto que esto puede tener en las normativas relativas a la pesca artesanal y otras.

En consecuencia, creo que faltó una discusión más de fondo a este respecto, razón por la cual yo me voy a abstener en esta materia, porque desconozco las implicancias que pueda tener.

Solo leyendo el proyecto y yendo a los aspectos atinentes a, por ejemplo, el artículo 26, "áreas de desarrollo indígena", mi percepción es que podemos tener ahí un problema, puesto que, además, cuando un proyecto afecta a pueblos originarios... (falla de audio en transmisión telemática)... haber una consulta. Y la Real Academia de la Lengua Española, en el caso de la palabra "afectar", habla de un pacto. No dice si es positivo o negativo.

Entonces, es muy delicado. ¿Qué habría ocurrido, por ejemplo, si en este proyecto se hubiese presentado una indicación para excluir una parte de un área de desarrollo indígena? Probablemente, habría sido considerada inadmisible.

En consecuencia, mi percepción es que tenemos un problema de admisibilidad en esta modificación, en atención a que es parte de un proyecto distinto. Creo que debió haber sido materia de una ley especial.

Por eso, me voy a abstener, señor Presidente .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Harboe se abstiene.

Senador señor Huenchumilla, ¿cómo vota?

El señor HUENCHUMILLA.-

Señor Presidente , teniendo en consideración todo lo que he expuesto en esta sesión, voy a votar a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Huenchumilla vota a favor.

Senador señor Insulza, ¿cómo vota?

El señor INSULZA.-

Entiendo que estamos un poco cambiados en la votación. O sea, lo que estamos votando es si mantenemos el artículo como estaba originalmente en el artículo 26 o aceptamos la modificación que se le introduce.

Por lo tanto, no sé cómo se vota en este caso.

Creo que este tema, con la modificación de esta ley, afecta no solamente la situación del pueblo chango que hemos reconocido, sino la de todos los pueblos originarios de nuestro país, porque estamos cambiando una ley general a través de una iniciativa que reconoce al pueblo chango.

Estoy de acuerdo con el Senador Harboe. La única diferencia que tengo con él es que yo estoy más bien por votar en contra de este proyecto que de abstenerme, porque esto debiera ser discutido en el marco... (falla de audio en transmisión telemática).

Yo no sé por qué este tema que modifica una ley básica no fue discutido en la Comisión que correspondía, que probablemente es la de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y fue a parar a la Comisión de Derechos Humanos.

Por lo tanto, no puedo sino que votar en contra, señora Presidenta.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Insulza vota en contra.

Senador señor Kast, ¿cómo vota?

El señor KAST.-

Señora Presidenta , no quiero repetir los argumentos. Se ha dado un debate muy distinto... (falla de audio en transmisión telemática)...

Por lo tanto, creo que aquí hay dos frentes: uno, justamente el tema de no...(falla de audio en transmisión telemática)... las inadmisibilidades, creo que aquí también estamos entrando en área de materias exclusivas... (falla de audio en transmisión telemática).

Lo que más me preocupa es que efectivamente aquí, dejando de lado la votación inicial, se está pasando a llevar, creo yo, una institucionalidad, que como bien decía el Senador hace un minuto...(falla de audio en transmisión telemática)... más allá de las opiniones que hayan tenido en el pasado algunos y otros, es parte de la institucionalidad. Es algo que ya se ha ido asentando. Y por lo tanto, a mi juicio, hoy día ya nadie discute la importancia de respetarla.

Así que, obviamente, bajo esos argumentos, señora Presidenta y señor Secretario, voto en contra.

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Muy bien.

Secretario.

Secretario.

El señor LAGOS.-

Señor Presidente, mientras esperamos al Secretario yo le manifiesto que me voy a abstener en esta parte del proyecto.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Lo que pasa es que había un problema con el audio, señor Presidente .

El Senador señor Kast vota en contra.

¿Senador señor Lagos?

El señor LAGOS.-

Yo me abstengo.

Gracias.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Se abstiene.

¿Senador señor Latorre?

¿Senador señor Latorre?

El señor LATORRE.-

Sí, brevemente, para fundamentar el voto.

Yo estoy a favor. También lo estuve en la Comisión de Derechos Humanos.

Quiero hacer una breve reflexión sobre el tema del borde costero.

Por lo menos en las regiones del norte y hasta la Quinta Región son múltiples los...

El señor QUINTEROS ( Vicepresidente ).-

¿Usted venía después?

El señor LATORRE.-

¿Cómo?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Parece que tenía prendido el micrófono.

El señor LATORRE.-

¿Ahí se escucha bien?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Sí.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí.

El señor LATORRE.-

Sí.

Brevemente, para decir que voto a favor, tal como lo hice en la Comisión de Derechos Humanos. Yo creo que como país tenemos que proteger el borde costero. Y esto implica no solo proteger el territorio continental, sino también los usos ancestrales de este pueblo en el borde costero.

Así que voto a favor, señora Presidenta.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Latorre vota a favor.

Senador señor Letelier, ¿cómo vota?

El señor LETELIER.-

Señora Presidenta, la votación separada que estamos realizando, la verdad, es absolutamente razonable. El pensar lo contrario es no darle el tiempo para leer el texto.

Lo que se está haciendo es introducir algo que no altera las facultades del Ministerio... (falla del audio en transmisión telemática)..., porque lo que dice el artículo 26 es que el Mideplán o el Ministerio de Planificación y Cooperación -ahora tiene otro nombre-, a propuesta de la Corporación (la Conadi) podrá establecer áreas de desarrollo indígena en espacios territoriales -repito, "podrá"-, en que los organismos de administración focalizarán su acción.

El borde costero es un espacio territorial. Y hay muchos que pueden y deben argumentar que incluso el mar es un espacio territorial. Pero independiente de eso, se hace ese agregado.

Yo, personalmente, creo que este tipo de modificaciones deben ser consultadas, en particular las que dicen relación con otras normas. Pero esto es absolutamente inocuo (quiero plantearlo de esa forma). Este agregado en nada altera la facultad de Mideplán; en nada altera la facultad para desarrollar políticas públicas; no va a generar el conflicto que se dice; por cuanto, cuando uno sigue leyendo el artículo se afirma que "Para su establecimiento deberán concurrir los siguientes criterios". Y los criterios para definir esas políticas en nada se alteran.

Yo creo que reconocer a los pueblos originarios es un tremendo valor en nuestro país. Debemos tener un buen procedimiento para establecerlo con la seriedad, la altura y la dignidad que se merecen nuestros pueblos originarios.

Con esta modificación, digámoslo claramente, en nada se altera la ley, simplemente se incluye en ella algo que antes no estaba, que se encuentra en la Ley Lafkenche, donde es evidente que los espacios territoriales se pueden describir en subcategorías, como aquí, que no afectan la legislación.

Ahora bien, más allá de si debe haber consulta indígena para ciertas modificaciones, no cabe duda de que esto lo deberíamos votar a favor. Es un avance, una identificación de las realidades territoriales, en particular en el norte, donde por razones de territorio la gente vivía cerca del océano, porque tenían que abastecerse y ahí estaba buena parte de los alimentos.

Voto a favor, señora Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Letelier vota a favor.

Senador señor Montes, ¿cómo vota?

El señor MONTES.-

Señor Secretario , también voy a votar a favor.

Creo que en el resto del proceso legislativo será posible clarificar las eventuales colisiones con otras leyes, que se podrían haber visto ahora, pero me parece que esto es importante en el conjunto de la opción que se plantea.

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Montes vota a favor.

¿Senador señor Moreira?

El señor MOREIRA.-

Seré breve.

Ya fundamenté, de alguna manera.

Solamente quiero decir una cosa: nadie está en contra del reconocimiento de los pueblos indígenas. ¡Nadie! Lo que queremos es que las cosas se hagan como corresponden. E incorporar algunos aspectos de otra ley y confundir, ¡no es bueno! Porque aquí lo que se trató de hacer, por las personas que presentaron esta indicación, era más bien darles mayores beneficios. Es decir, meter una cuña donde no correspondía, porque de alguna manera colisionan dos proyectos de ley.

Dicho eso, voto en contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Moreira vota en contra.

Senador señor Navarro, ¿cómo vota?

Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?

La señora ÓRDENES.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Pérez, ¿cómo vota?

Senador señor Pizarro, ¿cómo vota?

El señor PIZARRO.-

¿Se puede ahora?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí.

El señor PIZARRO.-

Voy a votar a favor. Y quiero decir que, lamentablemente, muchos han equivocado totalmente el debate, porque pensaban que había que hacer la consulta por el 169 y este punto 4 del artículo único no tiene absolutamente nada que ver con eso. Se está hablando acá de algo lógico y natural: que el reconocimiento del pueblo chango implica que tendrán áreas de desarrollo donde pueden recibir apoyo del Estado, apoyo de programas.

Y es evidente que tiene que ser en el borde costero, o en el ámbito marítimo, si es ahí donde viven. O qué: ¿Los queremos meter al desierto o llevarlos a la montaña? Si es de la esencia que sea en el borde costero.

Entonces, yo no veo tanto susto o temor, tantos posibles conflictos potenciales, como dice el Senador Insulza, que esto va a afectar a todos los pueblos. No, esto no los va a afectar. Lo único que hará es reconocer a la gente que vive en el borde costero. Ahí es donde están los changos, ahí es donde han existido siempre.

Y nosotros aquí estamos con estas inquietudes.

Voto a favor, Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador Pizarro vota a favor.

Senador señor Prohens, ¿cómo vota?

El señor PROHENS.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador Prohens vota a favor.

Senadora señora Provoste, ¿cómo vota?

La señora PROVOSTE.-

Voto a favor, Presidenta . Además, como lo hemos señalado durante toda nuestra argumentación de apoyo al reconocimiento del pueblo chango, ellos son herederos de una cultura ancestral. Los pescadores y pescadoras artesanales así también lo demuestran, y es natural que también puedan tener acceso al cuidado del ecosistema marino.

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Provoste vota a favor.

Senador señor Pugh, ¿cómo vota?

El señor PUGH.-

En contra, señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador Pugh vota en contra.

Senador señor Quintana, ¿cómo vota?

El señor QUINTANA.-

Secretario, yo siento que aquí literalmente nos pasamos varios pueblos, porque una cosa es la discusión que tuvimos al comienzo, que tenía que ver con la identidad, con la cultura, con la territorialidad, con la cosmovisión, si se quiere, y ahí la mayoría estábamos de acuerdo.

Pero ahora nos pasamos a una dimensión relacionada con el desarrollo, con aspectos económicos, que son necesarios, y que hay que dar. Sin embargo, de pronto se nos olvida que la Ley Indígena se despachó el año 1993 -me pueden corregir-, y a las áreas de desarrollo del pueblo mapuche les ha tomado décadas ser implementadas. Por lo demás, todavía no lo están; no existen; en concreto no hay una política pública. Hay un área de desarrollo en el territorio de Lumaco, pero muy reciente; en Budi; en Saavedra, y en la zona de Lonquimay. Ercilla también tiene una muy pequeña, pero sin instrumentos especiales.

Entonces, creo que esto al menos ameritaba, como algunos lo plantearon transversalmente, algún informe de la Comisión de Pesca. Me hubiera gustado escuchar al nuevo Ministro de Desarrollo Social , al Director de la Conadi . E insisto en que en esta materia debió haber sido escuchado, si no se optó por la consulta, al menos al Consejo Nacional de la Conadi, porque está dentro de sus atribuciones. La Senadora Aravena impulsó una reforma, apoyada por el Congreso, justamente para prorrogar su mandato.

Yo por lo menos siento que no tengo todos los elementos, probablemente otros colegas sí, para tomar una decisión frente a esto. Lo menos que quisiera es perjudicar al pueblo chango, y por eso me voy a abstener.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Quintana se abstiene.

Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?

El señor QUINTEROS.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador Quinteros vota a favor.

Senadora señora Rincón, ¿cómo vota?

La señora RINCÓN.-

Voto a favor, señora Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Rincón vota a favor.

Senador señor Sandoval, ¿cómo vota?

El señor SANDOVAL.-

¿Ahí estamos, Secretario?

¿Me escucha?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí.

El señor SANDOVAL.-

Correcto.

En la primera parte, Presidenta , voté a favor del reconocimiento. Pero me da la impresión de que en el contenido y en el tenor de esta segunda parte hay modificaciones sustantivas que debieron hacerse por otra vía de análisis, de reflexión. Porque aquí estamos hablando incluso de lo que se pretende: "Se procurará proteger especialmente el hábitat" (...) "el borde costero, playas, islas y roqueríos, como asimismo la biodiversidad y ecosistemas marinos que garantizan su desarrollo y supervivencia".

Yo en lo personal, tal cual como dije, voté a favor del reconocimiento. Creo que esto amerita bastantes vueltas más de reflexión y análisis, así que en esta parte me voy a abstener, Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Sandoval se abstiene.

Senador señor Soria, ¿cómo vota?

El señor SORIA.-

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El Senador señor Soria vota a favor.

Senadora señora Van Rysselberghe, ¿cómo vota?

Senadora señora Von Baer, ¿cómo vota?

Ah, perdón, Senadora señora Van Rysselberghe.

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

Voto en contra, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora Van Rysselberghe vota en contra.

Senadora señora Von Baer, ¿cómo vota?

Ahí tiene audio.

Lo apagó.

La señora VON BAER.-

¿Ahí sí?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Ahí sí.

La señora VON BAER.-

Decía el Senador Huenchumilla, por su intermedio, Secretario , que si nosotros revisábamos esta ley, el reconocimiento del pueblo chango no necesitaba pasar por el 169; pero si se cambiaban otros aspectos de la Ley Indígena que tuvieran relación con otros pueblos originarios, a diferencia de lo que ocurrió con el reconocimiento que hiciéramos anteriormente, sí se tenía que pasar por una consulta indígena. Y lo que nosotros estamos haciendo acá es cambiar lo que se entiende por área de desarrollo indígena. Eso es lo que estamos haciendo.

Entonces, acá se critica por qué aquellos que en su minuto no defendieron el Convenio 169 ahora dicen que es tan relevante.

Yo puedo dar vuelta ese argumento y preguntar por qué aquellos que siempre han dicho que es tan importante preguntarles a los pueblos originarios hoy día no están dispuestos a hacerlo, pero sí a pasar por encima del Convenio 169 y a expresar lo que es correcto o incorrecto para los pueblos originarios.

Pongámonos de acuerdo.

Acá se está cambiando directamente la Ley Indígena, a través de una modificación de su artículo 26, de las áreas de desarrollo indígena. La pregunta es entonces: ¿Podemos nosotros cambiar el artículo 26 de la Ley Indígena sin pasar por una consulta? Yo creo que no. Podemos nosotros estar de acuerdo o en desacuerdo con el proceso del Convenio 169, pero es parte de la legislación de la república. Y aquellos que siempre lo han defendido, no entiendo por qué hoy no lo hacen.

Acá se está cambiando la Ley Indígena, y nosotros no tenemos derecho a modificarla sin pasar por una consulta. En esta parte de la votación es absolutamente claro. Acá no solo se está reconociendo un pueblo, sino que además se está cambiando una legislación que afecta directamente al pueblo mapuche. Lo afecta directamente. Y no se hizo consulta, agregando que esto era responsabilidad del Gobierno. No, es nuestra responsabilidad como Congreso. Nosotros no tenemos una forma de hacer la consulta tratándose de mociones. Ese es nuestro error, y nosotros hoy estamos legislando sin preguntarnos por un cambio propuesto a la Ley Indígena, en varios de sus artículos. Y considero que ese no es el camino correcto. Uno puede estar de acuerdo o en desacuerdo con el 169. Pero ese no es el punto.

Lo que no entiendo es cómo aquellos que dicen siempre defender lo que plantean los pueblos originarios, hoy...

Termino, señora Presidenta .

Yo entiendo que puede ser dudoso si solo tratándose del reconocimiento de un pueblo, como ocurrió en el caso de los afrodescendientes, se tiene que hacer una consulta. Pero me parece absolutamente obvio y evidente que, si se aprueba un cambio a la Ley Indígena o se afecta la Ley Lafkenche, sí corresponde hacer una consulta, y en este caso no se ha considerado realizarla.

Eso no es responsabilidad del Gobierno, es nuestra responsabilidad, como Congreso, como Senado, porque no hemos establecido un mecanismo para ello.

Adicionalmente, señora Presidenta , creo que el error también pasa por la Comisión por la que vio este proyecto. Si se hubiera tratado solo del reconocimiento, entonces habría estado bien que solo fuera a la Comisión de Derechos Humanos. Pero, como se trata de un cambio a la Ley Indígena, debió pasar también por la Comisión especialista en el tema, que es la de... (falla de audio en transmisión telemática).

Es un doble error nuestro: la iniciativa no pasó por la Comisión correcta, que era la de Gobierno, y aún no disponemos de un sistema para consultar en virtud del Convenio 169. ¡Doble error del Senado!

Voto en contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Von Baer vota en contra.

Senador señor Allamand, ¿cómo vota?

El señor ALLAMAND.-

En contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Allamand vota en contra.

Senadora señora Allende, ¿cómo vota?

La señora ALLENDE.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Allende vota a favor.

Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?

La señora ARAVENA.-

Señor Secretario , reitero mi preocupación por el procedimiento.

Comisión de Pesca: participé en ella durante dos años. Era evidente la vinculación de esta materia con dicho órgano. Lo mismo respecto de la Comisión de Gobierno.

¿Este es un proyecto importante? Absolutamente. Pero también lo es, como ocurre con casi todas las iniciativas de ley, que pase por todas las Comisiones que están vinculadas al tema.

En mi opinión, esto es preocupante. Podemos tener muy buenas intenciones, pero volvemos a dejar espacios abiertos que se vuelven tremendamente conflictivos, considerando que con estas modificaciones hay pueblos que serán afectados, más de un millón de habitantes del país.

Voto en contra, absolutamente.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora Aravena vota en contra.

Senador señor Araya, ¿cómo vota?

El señor ARAYA.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Araya vota a favor.

Senador señor Bianchi, ¿cómo vota?

Senador señor Castro, ¿cómo vota?

El señor CASTRO.-

En contra, señor Secretario, para que el proyecto se revise bien.

Creo y siento, de acuerdo a todas las intervenciones que ha habido, que algo falta por hacer.

Voto en contra, para que el texto se revise y así podamos aprobarlo en el futuro.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Castro vota en contra.

Senador señor Chahuán, ¿cómo vota?

El señor CHAHUÁN.-

En contra, señor Secretario , para que se pueda revisar la redacción del proyecto.

Claramente se están afectando varias temáticas, razón por la cual debieran ser materia de consulta.

Una cosa es el reconocimiento del pueblo chango, que voté favorablemente -con esto se completa el reconocimiento de diez pueblos originarios de nuestro país-, pero una cosa muy distinta es la revisión que debe hacerse de esta iniciativa.

Por eso, voto en contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Chahuán vota en contra.

Senador señor Coloma, ¿cómo vota?

El señor COLOMA.-

Señora Presidenta, voto en contra.

Creo que este proyecto no es inocuo. La Senadora Von Baer lo ha explicado bien: propone un cambio bien profundo y genera efectos en otros pueblos originarios.

Además de votar, quiero constatar un dato -en la democracia las mayorías son así-: aquí se fijó un precedente respecto de cuándo se aplica o no se aplica la consulta indígena, y se relativiza ese concepto.

Está bien. Es un dato. Después, cuando cualquiera argumente en uno u otro sentido, estará ese dato. Aquí se votó y se generó una mayoría respecto de que hay temas que no van a consulta indígena, porque algunos consideran que el concepto de afectación es A o B.

El segundo dato que constato y que me preocupa adicionalmente es esta especie de renuncia del Senado a arreglar problemas. Sabemos que hay un problema, pero, por esta especie, no sé, de vértigo, lo dejamos para arreglarlo después. ¡Cuándo! No se dice que estamos en la discusión en particular, que aquí se acaba la tramitación para nosotros. Tenemos dos opciones para volver a verlo: que en la Cámara sean ingeniosos, capten lo que se insinúa y corrijan, o que haya un veto.

Después no nos quejemos de que haya otras formas de solucionar los conflictos que aquí tuvimos en las manos para resolver.

Constato esos dos datos, que me preocupan. Pero está bien, así son las cosas.

Voto en contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Coloma vota en contra.

Senador señor De Urresti, ¿cómo vota?

Senador señor Durana, ¿cómo vota?

El señor DURANA.-

Voto en contra, señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Durana vota en contra.

Senadora señora Ebensperger, ¿cómo vota?

La señora EBENSPERGER.-

Señor Secretario , señora Presidenta , voto en contra, pues tengo problemas de fondo y de forma con esta iniciativa, particularmente porque, como acá se ha señalado, se están modificando materias que dicen relación con el área de desarrollo indígena, lo que sin duda afecta a los pueblos originarios. Y ello significa que debió haberse cumplido con el Convenio 169.

Voto en contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Ebensperger vota en contra.

Senador señor Elizalde, ¿cómo vota?

El señor ELIZALDE.-

Señor Secretario , he sido uno de los que han sostenido la importancia de la consulta indígena. El Convenio 169 se ratificó el año 2008, el 15 de septiembre, y entró en vigencia el 2009. Y estamos en el 2020.

Quiero precisar que esta no es una crítica ni a la Comisión de Derechos Humanos ni menos aún a la Presidenta del Senado , de quien tengo la mejor opinión.

El problema, simplemente, es que nosotros estamos en deuda, porque no hemos regulado los procesos de consulta respecto de las mociones parlamentarias, y debiéramos hacerlo. Es un desafío que tenemos pendiente. En absoluto es una crítica al trabajo que hizo la Comisión ni menos a la Presidenta del Senado .

Dicho lo anterior, creo que el artículo 26 de la Ley Indígena no tiene que ser consultado, por una razón muy simple. Les sugiero que lo lean. Dice: "El Ministerio de Planificación y Cooperación, a propuesta de la Corporación, podrá establecer áreas de desarrollo indígena que serán espacios territoriales en que los organismos de la administración del Estado focalizarán su acción en beneficio del desarrollo armónico de los indígenas y sus comunidades". Y después establece los requisitos.

Señala que el Ministerio de Planificación y Cooperación -se podría haber corregido, pues debería decir "Ministerio de Desarrollo Social"- "a propuesta de la Corporación, podrá establecer áreas de desarrollo indígena". ¿Dónde? En los "espacios territoriales".

Pues bien, el espacio territorial por definición comprende el mar territorial, que es el sector del océano en que el Estado ejerce plena soberanía. De igual forma, las aguas internas de su territorio.

Por tanto, lo que hace esta indicación es precisar una norma que, a mi entender, si se aplica correctamente, permite establecer áreas de desarrollo indígena en el mar territorial y, por cierto, en el borde costero.

Si estamos reconociendo al pueblo chango, es obvio que debe precisarse esta denominación y este lenguaje, que no altera lo que ya está regulado, porque el espacio territorial comprende el mar territorial. Como lo dijo muy bien el Senador Pizarro, es evidente que al pueblo chango no se le va a mandar a la montaña si se le quiere establecer un espacio de desarrollo indígena.

En consecuencia, me parece absurdo que se pretenda consultar una norma que precisa en el lenguaje algo que ya está vigente, porque el mar territorial -reitero- forma parte del espacio territorial.

En pantalla veo al Senador Pugh, quien ha hecho de su vida la defensa de la integridad territorial del país, que comprende el mar, pues los espacios territoriales comprenden el mar territorial.

A mi entender, esta modificación no altera lo que está actualmente vigente. Solo precisa en el lenguaje dónde se pueden constituir estas áreas de desarrollo indígena.

Por lo anterior, voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Elizalde vota a favor.

Senador señor Galilea, ¿cómo vota?

El señor GALILEA.-

¡Estoy empezando a considerar contratar de abogado personal al Senador Elizalde, Secretario ...!

Dicho eso, voto en contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Galilea vota en contra.

Voy a consultar a los Senadores que no me aparecen registrados con sus votos.

¿Senador señor Bianchi?

¿Senadora señora Goic?

¿Senador señor Pérez?

Por último, la señora Presidenta , Senadora Muñoz, ¿cómo vota?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Me faltó consultar al Senador señor De Urresti, pero no lo veo conectado.

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Está el Senador Navarro.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor Navarro, ¿cómo vota?

El señor NAVARRO.-

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador Navarro vota a favor.

Señora Presidenta , si lo estima pertinente, habiéndose hecho todas las consultas, puede dar por cerrada la votación, para hacer el cómputo.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Terminada la votación.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Resultado de la votación: por la afirmativa, 17 votos; por la negativa, 16; abstenciones, 4; pareos, 1.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Araya, Elizalde, Girardi, Huenchumilla, Latorre, Letelier, Montes, Navarro, Pizarro, Prohens, Quinteros y Soria.

Votaron por la negativa las señoras Aravena , Ebensperger , Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand , Castro , Chahuán , Coloma , Durana , Galilea , García , García-Huidobro , Insulza , Kast , Moreira y Pugh.

Se abstuvieron los señores Harboe , Lagos , Quintana y Sandoval .

No votó, por estar pareado, el señor Guillier.

Las abstenciones influyen en el resultado; por tanto, procede efectuar una nueva votación, para lo cual se les solicita a los señores Senadores que se abstuvieron que opten por una de las alternativas: a favor o en contra.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

En votación nuevamente el numeral 4 del artículo único.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

En contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor García Ruminot, ¿cómo vota?

El señor GARCÍA.-

Voto en contra, Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador García vota en contra.

Senador señor Girardi, ¿cómo vota?

El señor GIRARDI.-

A favor, Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador Girardi vota a favor.

Senadora señora Goic, ¿cómo vota?

El Senador señor Guillier está pareado.

Senador señor Harboe, ¿cómo vota?

Senador señor Huenchumilla, ¿cómo vota?

Senador señor Insulza, ¿cómo vota?

El señor INSULZA.-

En contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Insulza vota en contra.

Senador señor Kast, ¿cómo vota?

Senador señor Lagos, ¿cómo vota?

El señor LAGOS.-

Mantengo la abstención, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Lagos se abstiene.

Senador señor Latorre, ¿cómo vota?

El señor LATORRE.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Latorre vota a favor.

Senador señor Letelier, ¿cómo vota?

Senador señor Montes, ¿cómo vota?

El señor MONTES.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Montes vota a favor.

Senador señor Moreira, ¿cómo vota?

El señor MOREIRA.-

Solo quiero decir que el Senador Víctor Pérez se está tratando de comunicar porque se le cayó la señal.

Dicho eso, voto en contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Moreira vota en contra.

Senador señor Navarro, ¿cómo vota?

El señor NAVARRO.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?

La señora ÓRDENES.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Órdenes vota a favor.

El Senador señor Ossandón está pareado.

Senador señor Pérez, ¿cómo vota?

El señor PÉREZ VARELA.-

Voto en contra, señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Pérez vota en contra.

Senador señor Pizarro, ¿cómo vota?

El señor PIZARRO.-

Yo voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Pizarro vota a favor.

Senador señor Prohens, ¿cómo vota?

El señor PROHENS.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senadora señora Provoste, ¿cómo vota?

La señora PROVOSTE.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senador señor Pugh, ¿cómo vota?

El señor PUGH.-

Voto en contra, señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Pugh vota en contra.

Senador señor Quintana, ¿cómo vota?

El señor QUINTANA.-

Abstención.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Quintana se abstiene.

Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?

¿Senador señor Quinteros?

Senadora señora Rincón, ¿cómo vota?

La señora RINCÓN.-

A favor, señora Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Rincón vota a favor.

Senador señor Sandoval, ¿cómo vota?

El señor SANDOVAL.-

En contra, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador Sandoval vota en contra.

Senador señor Soria, ¿cómo vota?

Senadora señora Van Rysselberghe, ¿cómo vota?

La señora VAN RYSSELBERGHE.-

En contra, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora Van Rysselberghe vota en contra.

Senadora señora Von Baer, ¿cómo vota?

La señora VON BAER.-

Quiero fundamentar bien corto.

Pensar que el área de desarrollo indígena sea también el mar puede parecer solamente un cambio semántico. Pero eso no es algo que definimos nosotros; lo tienen que establecer los propios pueblos originarios. De eso se trata el Convenio 169.

Es difícil decir que se respeta ese Convenio y luego, al cambia la Ley Indígena, se evidencia que a algunos les parece que en este caso no es importante aplicarlo. Eso es algo que nosotros opinamos, pero no sabemos lo que piensan los pueblos originarios.

Entonces, o somos respetuosos o no somos respetuosos del 169.

Voto en contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La Senadora señora Von Baer vota en contra.

Senador señor Allamand, ¿cómo vota?

Senadora señora Allende, ¿cómo vota?

La señora ALLENDE.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?

La señora ARAVENA.-

En contra, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota en contra.

Senador señor Araya, ¿cómo vota?

Senador señor Bianchi, ¿cómo vota?

El señor BIANCHI.-

A favor, señora Presidenta .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senador señor Castro, ¿cómo vota?

El señor CASTRO.-

En contra, Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador Castro vota en contra.

Senador señor Chahuán, ¿cómo vota?

El señor CHAHUÁN.-

En contra, señora Presidenta.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Chahuán vota en contra.

Senador señor Coloma, ¿cómo vota?

El señor COLOMA.-

En contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota en contra.

Senador señor De Urresti, ¿cómo vota?

El señor DE URRESTI.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

A favor.

Senador señor Durana, ¿cómo vota?

El señor DURANA.-

En contra, señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

En contra.

Senadora señora Ebensperger, ¿cómo vota?

La señora EBENSPERGER.-

En contra, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

En contra.

Senador señor Elizalde, ¿cómo vota?

El señor ELIZALDE.-

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Elizalde vota a favor.

Senador señor Galilea, ¿cómo vota?

El señor GALILEA.-

En contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota en contra.

Vamos a consultar a los señores Senadores que aún no han emitido su voto.

Senador señor Allamand, ¿cómo vota?

El señor ALLAMAND.-

En contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota en contra.

Senador señor Araya, ¿cómo vota?

Senadora señora Goic, ¿cómo vota?

Senador señor Harboe, ¿cómo vota?

Senador señor Huenchumilla, ¿cómo vota?

Senador señor Kast, ¿cómo vota?

El señor KAST.-

En contra.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

En contra.

Senador señor Letelier, ¿cómo vota?

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Senador Letelier, tiene que votar.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Senador señor Letelier?

El señor LETELIER.-

Voto que sí.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

El Senador señor Letelier vota a favor.

Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?

El señor QUINTEROS.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vota a favor.

Senador señor Soria, ¿cómo vota?

El señor SORIA.-

(Falla de audio en transmisión telemática)... señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Cómo? ¿Vota a favor?

El señor SORIA.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Señora Presidenta , ¿cómo vota?

La señora MUÑOZ.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Ya se han hecho las consultas en dos oportunidades. No sé si hay alguien más pendiente.

Si lo estima pertinente, señora Presidenta, puede dar por cerrada la votación para efectuar el cómputo.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

¿Senadora Provoste? ¿No?

Entonces, se cierra la votación...

El señor QUINTEROS.-

¡No! No ha votado.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

¿No ha votado?

El señor QUINTEROS.-

No ha votado.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

¿Le da el micrófono, por favor, Secretario?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

La tengo registrada.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

¿Senadora Provoste?

Dele micrófono, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí.

La señora PROVOSTE.-

Me estaba hablando por interno el Senador Huenchumilla, quien no alcanzó a votar, para que por favor pudieran repetir su votación, porque él no ha votado.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien.

Consúltele al Senador Huenchumilla.

La señora PROVOSTE.-

Quería que me pudieran dar el micrófono para señalarlo.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Muy bien.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor Huenchumilla, ¿cómo vota?

No está.

Ya, señora Presidenta .

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

No habíamos cerrado la votación todavía, Senador Coloma.

No la habíamos cerrado.

Muy bien.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Se hizo la consulta.

La señora MUÑOZ ( Presidenta ).-

Terminada la votación.

--Se rechaza el numeral 4 del artículo único (18 votos en contra, 17 a favor, 2 abstenciones y 1 pareo).

Votaron por la negativa las señoras Aravena, Ebensperger, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Castro, Chahuán, Coloma, Durana, Galilea, García, García-Huidobro, Insulza, Kast, Moreira, Pérez Varela, Pugh y Sandoval.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Muñoz, Órdenes, Provoste y Rincón y los señores Bianchi, De Urresti, Elizalde, Girardi, Latorre, Letelier, Montes, Navarro, Pizarro, Prohens, Quinteros y Soria.

Se abstuvieron los señores Lagos y Quintana.

No votó, por estar pareado, el señor Guillier.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

En esta segunda votación se suman las abstenciones a la opción más votada, que es la negativa.

2.8. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 30 de junio, 2020. Oficio en Sesión 36. Legislatura 368.

Valparaíso, 30 de junio de 2020.

Nº 244/SEC/20

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley, de esa Honorable Cámara, que modifica la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile, correspondiente a los Boletines N°s 11.188-17 y 11.335-17, refundidos, con las siguientes enmiendas:

Artículo único

Encabezamiento

Ha reemplazado la frase “en el inciso segundo del artículo 1° de la”, por la expresión “en la”.

Número 1

Ha intercalado, a continuación de la palabra “Reemplázase”, la siguiente frase: “, en el inciso segundo del artículo 1°,”.

Número 2

- Ha agregado, a continuación de la palabra “Incorpórase”, la siguiente frase: “, en el inciso segundo del artículo 1°,”.

- Ha sustituido la frase “y al pueblo Chango”, por “y Chango”.

o o o o

Ha consultado, a continuación del número 2, los siguientes números 3, 4 y 5, nuevos:

“3. Modifícase el artículo 12 de la siguiente forma:

a) Incorpórase, en la letra e) del número 1°, entre las expresiones “Regiones” y “VIII”, lo siguiente: “II, III, IV, V,”.

b) Intercálase, en el numeral 2°, a continuación de la coma que sucede a la palabra “collas”, la expresión “diaguitas, changos,”.

4. Intercálase, en el inicio primero del artículo 64, entre la palabra “acequias” y la conjunción “y”, la expresión: “, pozos de agua dulce”.

5. Incorpórase, en el Párrafo 2° del Título VIII, el siguiente artículo 65 bis, nuevo:

“Artículo 65 bis. Son changos las comunidades costeras ubicadas principalmente desde la II a la V Región.

Se procurará proteger especialmente el hábitat de este pueblo originario, constituido por el borde costero, playas, islas y roqueríos, como asimismo la biodiversidad y ecosistemas marinos que garantizan su desarrollo y supervivencia.”.”.

o o o o

- - -

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 13.586, de 25 de octubre de 2017.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

ADRIANA MUÑOZ D´ALBORA

Presidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 08 de septiembre, 2020. Diario de Sesión en Sesión 69. Legislatura 368. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

RECONOCIMIENTO DE PUEBLO CHANGO COMO ETNIA INDÍGENA DE CHILE (TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETINES NOS 11188-17 Y 11335-17)

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

En el Orden del Día, corresponde tratar las modificaciones incorporadas por el Senado en el proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que modifica la ley N° 19.253, que Establece Normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile.

Por acuerdo de los Comités Parlamentarios, para la discusión de este proyecto se otorgarán cinco minutos base a las bancadas que tengan dos o más Comités, y tres minutos al resto de las bancadas.

Las bancadas deben hacer llegar a la Mesa los nombres de los diputados y diputadas que van a intervenir respecto de este proyecto de ley.

Antecedentes:

-Modificaciones del Senado, sesión 36ª de la presente legislatura, en jueves 2 de julio de 2020. Documentos de la Cuenta N° 18.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

En discusión las modificaciones del Senado.

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Ramón Galleguillos .

El señor GALLEGUILLOS (vía telemática).-

Señor Presidente, los changos o camanchangos, denominación aimara dada a los indígenas de la costa, adoptada por los españoles, son una etnia de pescadores nómades que habitaron el litoral del sur del Perú hasta las zonas costeras de Valparaíso. Se dedicaban a la extracción de moluscos, a la casería de peces y lobos marinos, además de guanacos, en menor medida, cuando permanecían en tierra.

Su particular forma de vida llamó la atención de los europeos que llegaron al territorio, por distintos aspectos. El primero de ellos fue lo primitivo de su cultura, pues bebían la sangre del animal cuando les faltaba el agua dulce. El segundo fue cómo ocupaban al lobo marino, ya que aprovechaban al animal en su totalidad: el cuero del animal era ocupado para la creación de balsas, viviendas, vestimenta; su carne, para la alimentación; los órganos y esqueleto, para la confección de herramientas, recipientes y cordonería.

Otro aspecto de los changos fue su forma de ser nómade.

Respecto de su organización social, se puede decir que los changos se agrupaban en familias pequeñas con asentamientos dispersos, y reconocían como su territorio un sector de la costa que contara con agua dulce para beber.

En cuanto a sus creencias religiosas, fueron bastante escasas, pero contaban con el culto de los muertos, debido a que enterraban a sus difuntos junto a herramientas y otros objetos personales.

Desde 1879 en adelante, el pueblo chango fue incorporado a la nación chilena. Aunque recibió cada vez más la atención de viajeros, naturalistas, arqueólogos y antropólogos, su condición de fragilidad y marginalidad social no se vio reflejada en la atención del Estado. Por el contrario, su invisibilidad fue haciéndose aún más completa, hasta ser considerado un pueblo extinto.

Es nuestro deber darle reconocimiento y dignidad al pueblo chango. Lamentablemente, hoy no existen descendientes reconocidos que puedan hacer perdurar su cultura, debido al profundo mestizaje y abandono en los últimos siglos. No obstante, algunas de sus prácticas pueden verse reflejadas en los pescadores, algueros y orilleros que dan vida a la zona costera del norte de nuestro país.

Incluso, en el censo de 2017, 4.727 personas se adscribieron como pertenecientes al pueblo chango. Por ende, es innegable la necesidad de considerarlos una etnia indígena de nuestro país. ¡En buena hora que ello ocurra!

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, la diputada Marcela Hernando .

La señora HERNANDO (doña Marcela) [vía telemática].-

Señor Presidente, felicito a los autores de estas dos iniciativas, que han sido refundidas y cuyo proyecto estamos tratando en tercer trámite constitucional, la mayoría de quienes ya no están en la Cámara de Diputados, porque se transformaron en senadores o porque no fueron electos, lo que da cuenta de lo tortuoso que resulta tramitar proyectos relacionados con temas culturales e históricos.

Para mí, la tramitación de esta iniciativa es tremendamente importante, porque en la Región de Antofagasta los changos fueron habitantes habituales y deambularon por toda la costa de la región. Especialmente en Taltal, se mantiene un museo donde es posible encontrar balsas, rescate que se ha hecho con mucho esfuerzo, porque al no estar reconocidos, al no contar con recursos ni poder acceder a una serie de proyectos, no ha sido posible hacer un mejor rescate. Por lo tanto, este proyecto de ley viene a reivindicar y a reparar la discriminación producida en contra de este pueblo.

Asimismo, es tremendamente injusto que todavía no se reconozcan otros pueblos y etnias de nuestro país. Hasta ahora, solamente nueve han sido las etnias reconocidas en la ley N° 19.253, la ley indígena.

Al incluir una más, no estamos haciendo una reparación completa de una serie de personas cuyas comunidades se extienden por el territorio de nuestro país, sobre todo del norte, donde hay presencia de otros grupos indígenas, por lo que sería importante que también tuvieran derecho a acceder a los beneficios que establece la ley indígena.

En ese contexto, junto con informar que votaremos a favor este proyecto, quiero enviar un cariñoso saludo a toda la Región de Antofagasta, a quienes son descendientes de changos, y a Taltal, en especial a su alcalde y al concejo, que se han mantenido muy informados y pendientes de la tramitación de esta iniciativa.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Informo a los diputados y diputadas del Frente Regionalista Verde Social que se inscriban directamente con el Secretario de la Corporación y/o con el Presidente, porque hoy no hay comunicación de la bancada a través del teléfono celular.

Para plantear un punto de Reglamento, tiene la palabra la diputada Claudia Mix .

La señora MIX (doña Claudia) .-

Señor Presidente, pido autorización para ceder los tres minutos de mi bancada al Comité Revolución Democrática.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Así se hará, señora diputada. Tiene la palabra la diputada Catalina Pérez .

La señorita PÉREZ (doña Catalina) .-

Señor Presidente, el sábado pasado se conmemoró el Día Internacional de la Mujer Indígena, fecha que busca atraer la atención hacia la historia y luchas que dan las mujeres de los pueblos indígenas por reivindicar y defender su cultura, sus costumbre ancestrales, su cosmovisión, su territorio, ante el paso incesante del extractivismo, del robo del agua, del abandono estatal y también del olvido.

A tres días de esta conmemoración, me alegra que tengamos la oportunidad en el Congreso Nacional de mitigar, por lo menos legislativamente, la gran injusticia que se ha cometido en contra el pueblo chango, un pueblo indígena que ha habitado desde hace por lo menos 200.000 años las costas de nuestro país, desde la Región de Antofagasta hasta la Región de Valparaíso.

A lo largo de estos milenios, las comunidades forjaron un modo de vida y un conjunto de instrumentos, prácticas y saberes relacionados con las particularidades del territorio costero, la vía del mar y la pesca, como una forma de vida.

Desde que llegamos al Congreso Nacional, hace dos años, he visto de cerca cómo las comunidades del pueblo chango en mi región han luchado por visibilizar la necesidad de un reconocimiento legal, pero también cómo han dado la pelea, especialmente en Paposo y Taltal , por mantener viva la cultura, tradiciones, los saberes de su pueblo, no solo para proteger su supervivencia, sino también para traspasarlos a sus hijos e hijas y darlos a conocer a la comunidad, como el tesoro vivo que es.

Todo eso ha sido hecho en contra de la brutal desidia del Estado, que no solamente abandona e ignora la destrucción de su territorio, sino que ha dilatado por lo menos diez años su reconocimiento legal, impidiendo con ello la aplicación de la ley indígena a su respecto y excluyéndolos de los debates públicos relacionados con el trato, la relación e interrelación entre Chile y las naciones originarias.

Sin embargo, el pueblo chango está más presente y vivo que nunca. En todo caso, no tienen para qué fiarse de mí en cuanto a lo que señalo; vean cómo ha avanzado esta ley, vean en el último censo de 2017 cuántas personas se autorreconocen como integrantes del pueblo chango, lean la carta del Consejo Nacional del Pueblo Chango, una organización que reúne a otras 33 agrupaciones más pequeñas, en las que se interpela a las diputadas y los diputados de esta Cámara y demanda, de una vez por todas, su reconocimiento legal.

Aprobemos este proyecto para que no tengan que pasar otros diez años para que, al fin, logremos empezar a curar esta herida. Pero seamos claros también: este es un primer paso.

Sabemos que el reconocimiento puede quedarse en la ley, porque sin un nuevo trato hacia todas las primeras naciones, este reconocimiento es puramente formal. Para que no solamente sea formal, es necesario hoy el reconocimiento efectivo de sus derechos en su territorio, la posibilidad de autodeterminación y, sobre todas las cosas, necesitan hablar con su propia voz, mediante la participación en el órgano constitucional que redacte la nueva Constitución .

Quedan cuarenta y siete días para el plebiscito y aún no contamos con escaños reservados para los pueblos originarios. Sé que hay muchos que se van a excusar diciendo que primero se debe hacer una consulta indígena, pero me parece que eso es solo con el propósito de dilatar el procedimiento. No quiero actuar de mala fe, pero es simplemente la constatación de lo que ocurre en los territorios.

En nuestras comunas del norte no se paraliza la industria minera, aunque la mitad de los contagios por covid-19 provengan de esta. No hay consulta indígena cuando aprueban proyectos de inversión que destruyen el borde costero de Mejillones y eliminan de raíz formas de economía local no solo del pueblo chango, sino de toda la comunidad; tampoco la hay cuando proyectos inmobiliarios se instalan en territorios del pueblo chango, menos cuando se deciden instalar relaves.

Se ha dicho hasta el cansancio que el artículo 4 del Convenio 169 establece que las medidas especiales en favor de un pueblo “no deberán ser contrarias a los deseos expresados libremente por los pueblos interesados”, lo cual no necesariamente debe ser mediante un plebiscito cuando existen otras maneras de manifestar su voluntad. Ya vieron desfilar agrupaciones del pueblo chango por las comisiones pidiendo reconocimiento.

Todos los diputados y diputadas deben tener en sus correos la carta del Consejo Nacional del Pueblo Chango, que les decía, incluso, que olviden la discusión sobre el artículo 26 con tal de que aprobemos el reconocimiento.

Aunque tengamos un precedente en el reconocimiento legal del pueblo tribal afrodescendiente chileno en este mismo período legislativo, sin consulta indígena, de todas formas a algunos no les va a bastar -espero equivocarme-, porque creo que, finalmente, lo que les incomoda es el empoderamiento de los territorios, de los pueblos indígenas, porque su organización puede asustar a quienes han detentado el poder por tanto tiempo; les incomoda que estén en el órgano constituyente, y preferirían que se quedaran en un museo, en un libro de historia o en un par de preguntas de la PSU.

Lo lamento, pero no puede ser así.

El pueblo chango, los camanchacos, los hombres y mujeres de la niebla, les han demostrado, contra todos los intentos de silenciarlos, que están presentes, que van a lograr que se apruebe la futura ley y que van a llegar a la constituyente, pese a que algunos de ustedes les quieran cerrar la puerta y a que el Congreso se las haya cerrado por diez años.

Al igual como hace un par de meses logramos avanzar con el pueblo selknam -espero que el Senado tramite rápidamente el respectivo proyecto para que ese pueblo también tenga reconocimiento legal-, espero que la Cámara se encuentre a la altura de este desafío y apruebe el reconocimiento en cuestión.

No le estamos haciendo ningún favor al pueblo chango, sino simplemente saldando una deuda histórica con ellos frente a la injusticia, al exterminio y al silencio que contrajo hace siglos el Estado de Chile.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Amaro Labra .

El señor LABRA.-

Señor Presidente, este proyecto, de artículo único, agrega al pueblo chango en el inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 19.253, sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas.

El Senado incluyó como tierras indígenas aquellas ubicadas en las regiones II, III, IV y V, que pertenezcan a los beneficiarios indígenas de la ley de Reforma Agraria.

Asimismo, incorporó como tierras indígenas aquellas ocupadas históricamente por diaguitas y changos.

Además, agregó entre las aguas protegidas por la ley indígena los pozos de agua dulce ubicados en terrenos diaguitas o changos.

Por último, añadió una definición de chango. Los definió como aquellas comunidades costeras ubicadas entre las regiones II y V.

Este proyecto es relevante, por cuanto avanza en una solución mínima en torno a uno de los problemas más profundos de nuestro país, como es la relación del Estado de Chile con sus primeras naciones, ya que, como es de público conocimiento, los pueblos originarios de este país han sido exterminados, torturados, privados de su tierra e invisibilizados, careciendo de todo reconocimiento político y derecho a la autodeterminación.

Por ello, creemos que la incorporación de pueblos invisibilizados, como los pueblos chango y diaguita, en la ley indígena y la integración de sus tierras y aguas al régimen de protección de la ley, sin duda es un paso importante en el reconocimiento a estos pueblos originarios como sujetos de derechos colectivos especiales. Sin embargo, ningún paso es suficiente si el país no se constituye como una nación y como un Estado, desde sus orígenes, con sus pueblos originarios o primeras naciones.

Por ello, es importante que la elaboración de una nueva Constitución cuente con escaños reservados para nuestros pueblos originarios o primeras naciones. El respectivo proyecto de reforma constitucional aún está en el Senado; por tanto, hago un llamado a tramitarlo con celeridad.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Daniella Cicardini .

La señorita CICARDINI (doña Daniella) .-

Señor Presidente, este no es cualquier día para cientos y cientos de familias que integran un mismo pueblo, que, bajando por las costas de caleta en caleta y navegando sobre las aguas desde el extremo norte de nuestro país hacia la Región de Atacama, hacia la Región de Coquimbo, se encuentran hoy reunidos con gran ansiedad, con mucha expectativa y, obviamente, también con mucha esperanza, muy atentos a lo que va a ser esta votación. Hablo del pueblo chango, los ancestrales pescadores del mar, los constructores de balsas de cuero de lobo de mar.

Para nosotros, y en especial para mí, como autora del proyecto, es una tremenda satisfacción llegar a este punto de su tramitación. Han pasado ya casi cuatro años desde la preparación y presentación de esta iniciativa, que se elaboró hablando con historiadores, con académicos; se hizo, además, sobre la base de un trabajo territorial, por el cual estuvimos en distintas caletas conversando con comunidades changas. Porque, obviamente, la idea era poder conocer sus sueños, sus anhelos, qué esperaban; cómo era esa cultura, esa idiosincrasia, ese legado, que finalmente hoy día está más vivo que nunca.

Pero para el pueblo chango no solo se trata de estos cuatro años, sino de mucho más. Esto significa el comienzo del cumplimiento de un anhelo histórico, de un derecho y de una meta de generaciones de integrantes del pueblo chango. Para ellos la elaboración y la aprobación de esta iniciativa significa mucho más que simplemente ser agregados en el listado de pueblos reconocidos en la ley indígena: significa dignidad; significa que el Estado reconoce lo que para ellos es evidente, cual es que no son un pueblo extinto, sino un pueblo que vive, que surca las aguas y las costas de nuestro mar día a día en busca del sustento, tal y como lo hicieron siglos antes sus antepasados; significa valorar como se merece el legado común de todo un pueblo, su identidad, sus costumbres, su aporte cultural y, de manera muy especial, sus técnicas de pesca, su arte rupestre, su idiosincrasia y sus tradiciones como hombres y mujeres de mar.

El que se apruebe hoy esta iniciativa también significa para ellos rendir un merecido homenaje a sus antepasados, e incluso a integrantes recientes de comunidades changas que anhelaron este momento, pero no pudieron vivir para verlo convertido en realidad. Y aquí me refiero a don Roberto Álvarez , el último chango constructor de balsas, quien falleció en 1987, pero el cual sigue siendo recordado con cariño y orgullo por los suyos, especialmente por su familia, allá en la caleta Chañaral de Aceituno, en la comuna de Freirina, Región de Atacama.

Señor Presidente, no puedo dejar de señalar la posibilidad de concretar este anhelo como parte de un contexto más amplio de la deuda del Estado de Chile con nuestros pueblos originarios, como parte de la necesidad de establecer un nuevo trato con y hacia los pueblos indígenas.

El no reconocimiento del pueblo chango ha sido parte de las injusticias que ha caracterizado la relación histórica del Estado con las culturas ancestrales. Porque no solo se comete genocidio o se extingue un pueblo con violencia física, con cacerías, con masacres horrorosas de genocidio directo, como cuando se pretendió hacer desaparecer al pueblo Selknam, o con la violencia y la represión que se han ejercido y se siguen ejerciendo en contra el pueblo mapuche.

El olvido, la invisibilización, la indiferencia, la discriminación, el menosprecio de su cultura, el declararlos extintos por secretaría, el pretender borrarlos por secretaría son también una forma de genocidio por parte del Estado, que es lo que en algún momento ocurrió con el pueblo diaguita, lo que afortunadamente fue corregido y que ahora espero corrijamos respecto de los integrantes del pueblo chango, porque ese es un error y una forma de discriminación.

Asimismo, espero que nuestro país, nuestro Estado, corrija la forma en la que se ha relacionado por siglos con nuestras culturas ancestrales y que ese nuevo trato quede consagrado en una nueva Constitución , para lo cual es fundamental que los pueblos originarios formen parte de la convención mixta constitucional o de la convención constitucional, según corresponda. Muchos creemos que se debe avanzar en el reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas y hacia un Chile plurinacional.

Les pido que comencemos ese camino haciendo justicia, hoy, al pueblo chango, aprobando esta iniciativa y reconociendo su aporte y algo evidente: que es un pueblo que existe, que está más vivo que nunca en las costas de nuestro país, en especial en la Región de Atacama.

He dicho.

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Cristina Girardi .

La señora GIRARDI (doña Cristina) [vía telemática].-

Señor Presidente, como dijo la diputada Marcela Hernando , este proyecto lleva muchos años esperando para ser aprobado.

Un paleontólogo muy famoso, llamado Michel Brunet , quien descubrió al ser humano más antiguo, en Chad, África , nos dice: Nous sommes tous des Africains, o sea, somos todos africanos.

Él nos invita a reconocer el origen de la gran familia humana y se pregunta qué hizo que los habitantes de África se trasladaran hacia estas tierras, hace cinco millones de años.

También se pregunta cómo eran, cómo vivían esas personas.

En algunos seres humanos ha habido interés por entender y conocer a nuestros antepasados, a la gran familia humana. Sin embargo, hay una parte bastante brutal del ser humano, que es su capacidad de negar a los africanos, esclavizando a los negros, a los pueblos originarios, sometidos y asesinados por nuestra cultura, por aquellos que a veces se enorgullecen de lo que ha hecho nuestra civilización, una civilización asesina, discriminatoria, ladrona. Eso es parte de la historia.

Chile se ha avergonzado de sus pueblos originarios, pero negarlos es negarnos a nosotros mismos. La gran tarea que tenemos es reconocerlos, y, en ese camino, brindar reconocimiento al pueblo chango es un primer, un pequeño, un milimétrico paso para llegar a la meta, que es pagar la enorme deuda que tenemos con esos pueblos como Estado.

Por cierto, el reconocimiento del pueblo chango no borrará todo lo que destruimos, todo lo que despojamos: cultura, tierra, identidad. Somos ladrones. El Estado de Chile es un Estado ladrón, un Estado genocida, un Estado que sigue matando y destruyendo a los pueblos indígenas, a los que no les hemos restituido aquello que les robamos, y los seguimos matando.

Casi parece hipócrita este reconocimiento al pueblo chango en un contexto tan brutal como el que todavía tenemos en la relación con nuestros pueblos originarios.

Me parece que este proyecto es un avance, un triste avance después de muchos años, porque la tarea que tenemos es enorme; es brutalmente enorme para, realmente,…

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Ha concluido su tiempo, señora diputada.

Tiene la palabra el diputado Esteban Velásquez .

El señor VELÁSQUEZ (don Esteban) [vía telemática].-

Señor Presidente, algunos antecedentes históricos:

El término “chango” hacía referencia a toda la población que ocupaba el litoral costero desde Valparaíso al norte, incluido el sur del Perú. Este pueblo, también conocido como camanchaca o urus, estaba conformado predominantemente por pescadores.

Es probable que parte de esa sociedad costera sea continuadora de los pescadores chinchorros asentados en las cercanías de Arica. También es posible que hayan adoptado algunos elementos culturales de los pueblos agroganaderos del Norte Grande, a través de las relaciones de intercambio, muy frecuentes en aquellos períodos, mientras que en épocas un tanto más lejanas es probable que hayan estado influidos por la cultura del Imperio inca.

Aquí nos damos cuenta de esta interrelación del mundo andino con este pueblo costero, principalmente arraigado en las regiones de Antofagasta y de Atacama, que no siempre ha sido considerado pueblo originario, pueblo indígena, tal como mencionó la diputada Cristina Girardi , por lo que ha sido muy avasallado.

Represento a la Región de Antofagasta, en tanto que el diputado Mulet representa a la Región de Atacama, por lo cual las veces que, como Federación Regionalista, hemos podido instalar proyectos, hemos intentado que haya un reconocimiento verdadero para nuestros pueblos.

En ese contexto, hemos planteado permanentemente el reconocimiento de la identidad indígena en la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios, para que quede plasmado, por ejemplo, en la cédula de identidad. ¿Por qué no? Esperamos que pronto comience a discutirse el proyecto que así lo establece, para que ojalá pronto sea ley de la república.

Entendemos que las regiones de Antofagasta y de Atacama han vivido un avasallamiento en materia de recursos naturales, en tanto que el pueblo chango ha sufrido la postergación que se ha mencionado reiteradamente en este debate. Hoy comenzamos a ver los primeros pasos en este camino hacia el reconocimiento, avanzando hacia un Chile un tanto más pluricultural y, por qué no, hacia un Chile plurinacional.

Tenemos la expectativa de que termine esta larga espera de lo que hasta ahora ha sido…

El señor GONZÁLEZ, don Rodrigo (Vicepresidente).-

Ha terminado su tiempo, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado René Alinco en tiempo que le ha cedido la bancada del Partido Comunista.

El señor ALINCO (vía telemática).-

Señor Presidente, agradezco a la bancada del Partido Comunista que me haya cedido estos minutos.

Simplemente quiero decir que este es un reconocimiento mínimo, por lo que espero que el proyecto se apruebe por unanimidad.

Hay muchas etnias, muchas comunidades indígenas que fueron exterminadas a través de nuestra historia, lo que no se debe solo a que a algunos no les gusta el color de nuestra piel, sino a la explotación de las riquezas de nuestro territorio, a intereses económicos.

Este proyecto de reconocimiento del pueblo chango, que es el antecesor de los pescadores artesanales de Chile, obedece a la necesidad de rescatar la cultura y preservar la existencia de un pueblo milenario.

En este contexto, cabe preguntarse qué pasa con el Convenio 169 de la OIT, como planteó una diputada, pues si bien fue ratificado hace algunos años por el Congreso Nacional, aún no se aplica en nuestro país, porque no tiene un reglamento que permita su funcionamiento.

Entonces, el desafío que tenemos como Cámara de Diputados es conseguir que se elabore ese reglamento. Nosotros ya ratificamos el convenio y nuestro reconocimiento a los pueblos indígenas, en sus diferentes aspectos, pero ese reconocimiento no tiene aplicación práctica. Lo mismo nos sucedió cuando se aprobó la ley de pesca: no se pudo aplicar en la práctica el Convenio 169 y todos los proyectos que involucran a los pueblos indígenas, porque no tiene un reglamento.

Anuncio mi voto a favor y espero que este…

El señor GONZÁLEZ (don Rodrigo) (Vicepresidente).-

Ha concluido su tiempo, señor diputado.

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre las modificaciones del Senado en los siguientes términos:

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Corresponde votar las modificaciones incorporadas por el Senado al proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que modifica la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo chango como etnia indígena de Chile, con la salvedad de la letra a) del nuevo numeral 3) y del nuevo numeral 5), ambos del artículo único, respecto de los cuales se han solicitado votaciones separadas.

En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados Guillermo Teillier , Gabriel Boric , Alejandro Bernales , Sebastián Torrealba , Maite Orsini , Pedro Pablo Álvarez-Salamanca , Eduardo Durán , Cosme Mellado , René Alinco y Luciano Cruz-Coke .

-Efectuada la votación en económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 135 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 11 abstenciones.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Fuenzalida Cobo , Juan Mix Jiménez , Claudia Saavedra Chandía , Gastón Alessandri Vergara , Jorge Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Molina Magofke , Andrés Sabag Villalobos , Jorge Alinco Bustos, René Gahona Salazar , Sergio Monsalve Benavides , Manuel Saffirio Espinoza , René Álvarez Ramírez , Sebastián Galleguillos Castillo , Ramón Morales Muñoz , Celso Saldívar Auger , Raúl Álvarez Vera , Jenny García García, René Manuel Morán Bahamondes , Camilo Sanhueza Dueñas , Gustavo AlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo Garín González , Renato Moreira Barros , Cristhian Santana Castillo, Juan Amar Mancilla , Sandra Girardi Lavín , Cristina Mulet Martínez , Jaime Santana Tirachini , Alejandro Ascencio Mansilla , Gabriel González Gatica , Félix Muñoz González , Francesca Santibáñez Novoa , Marisela Baltolu Rasera , Nino González Torres , Rodrigo Naranjo Ortiz , Jaime Sauerbaum Muñoz , Frank Barrera Moreno , Boris Gutiérrez Gálvez , Hugo Noman Garrido , Nicolás Schilling Rodríguez , Marcelo Berger Fett , Bernardo Hernández Hernández , Javier Norambuena Farías , Iván Sepúlveda Orbenes , Alejandra Bernales Maldonado , Alejandro Hernando Pérez , Marcela Núñez Arancibia , Daniel Sepúlveda Soto , Alexis Bianchi Retamales , Karim Hertz Cádiz , Carmen Núñez Urrutia , Paulina Silber Romo , Gabriel Bobadilla Muñoz , Sergio Hirsch Goldschmidt , Tomás Nuyado Ancapichún , Emilia Soto Ferrada , Leonardo Boric Font , Gabriel Ibáñez Cotroneo , Diego Olivera De La Fuente , Erika Soto Mardones , Raúl Brito Hasbún , Jorge Ilabaca Cerda , Marcos Orsini Pascal , Maite Teillier Del Valle, Guillermo Cariola Oliva , Karol Jackson Drago , Giorgio Ortiz Novoa, José Miguel Tohá González , Jaime Carter Fernández , Álvaro Jarpa Wevar , Carlos Abel Ossandón Irarrázabal , Ximena Torres Jeldes , Víctor Carvajal Ambiado , Loreto Jiles Moreno , Pamela Pardo Sáinz , Luis Trisotti Martínez , Renzo Castillo Muñoz , Natalia Jiménez Fuentes , Tucapel Parra Sauterel , Andrea Troncoso Hellman , Virginia Castro Bascuñán , José Miguel Kast Sommerhoff , Pablo Paulsen Kehr , Diego Undurraga Gazitúa , Francisco Castro González, Juan Luis Keitel Bianchi , Sebastián Pérez Arriagada , José Urrutia Soto , Osvaldo Celis Araya , Ricardo Kuschel Silva , Carlos Pérez Lahsen , Leopoldo Urruticoechea Ríos , Cristóbal Cicardini Milla , Daniella Labra Sepúlveda , Amaro Pérez Olea , Joanna Vallejo Dowling , Camila Cid Versalovic , Sofía Lavín León , Joaquín Pérez Salinas , Catalina Van Rysselberghe Herrera , Enrique Crispi Serrano , Miguel Leiva Carvajal , Raúl Prieto Lorca , Pablo Velásquez Núñez , Esteban Cuevas Contreras , Nora Leuquén Uribe , Aracely Ramírez Diez , Guillermo Venegas Cárdenas , Mario Díaz Díaz , Marcelo Longton Herrera , Andrés Rathgeb Schifferli , Jorge Verdessi Belemmi , Daniel Durán Espinoza , Jorge Lorenzini Basso , Pablo Rentería Moller , Rolando Vidal Rojas , Pablo Durán Salinas , Eduardo Luck Urban , Karin Rey Martínez , Hugo Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Espinoza Sandoval , Fidel Marzán Pinto , Carolina Rocafull López , Luis Walker Prieto , Matías Fernández Allende , Maya Matta Aragay , Manuel Rojas Valderrama , Camila Winter Etcheberry , Gonzalo Flores Oporto , Camila Mellado Pino , Cosme Romero Sáez , Leonidas Yeomans Araya , Gael Fuentes Barros , Tomás Andrés Mirosevic Verdugo , Vlado Rosas Barrientos, Patricio

-Votó por la negativa el diputado señor:

Mellado Suazo, Miguel

-Se abstuvieron los diputados señores:

Barros Montero , Ramón Del Real Mihovilovic , Catalina Kort Garriga , Issa Torrealba Alvarado , Sebastián Coloma Álamos, Juan Antonio Hoffmann Opazo , María José Macaya Danús , Javier Urrutia Bonilla , Ignacio CruzCoke Carvallo , Luciano Jürgensen Rundshagen , Harry Melero Abaroa, Patricio

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Corresponde votar la letra a) del nuevo numeral 3 del artículo único incorporado por el Senado, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Sebastián Torrealba .

En votación.

-De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados René Alinco , Esteban Velásquez , Tucapel Jiménez , Maite Orsini , Manuel Matta , Leonidas Romero , Pedro Pablo ÁlvarezSalamanca , Virginia Troncoso , Eduardo Durán y Diego Schalper .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 81 votos; por la negativa, 27 votos. Hubo 40 abstenciones.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Girardi Lavín , Cristina Mix Jiménez , Claudia Saldívar Auger , Raúl Alinco Bustos , René González Gatica , Félix Monsalve Benavides , Manuel Santana Castillo, Juan Álvarez Vera , Jenny González Torres , Rodrigo Mulet Martínez , Jaime Santibáñez Novoa , Marisela AlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo Gutiérrez Gálvez, Hugo Naranjo Ortiz , Jaime Schilling Rodríguez , Marcelo Ascencio Mansilla , Gabriel Hernando Pérez , Marcela Noman Garrido , Nicolás Sepúlveda Orbenes , Alejandra Barrera Moreno , Boris Hertz Cádiz , Carmen Norambuena Farías , Iván Sepúlveda Soto , Alexis Bernales Maldonado , Alejandro Hirsch Goldschmidt , Tomás Núñez Arancibia , Daniel Silber Romo , Gabriel Bianchi Retamales , Karim Ibáñez Cotroneo , Diego Nuyado Ancapichún , Emilia Soto Ferrada , Leonardo Boric Font , Gabriel Ilabaca Cerda , Marcos Orsini Pascal , Maite Soto Mardones , Raúl Brito Hasbún , Jorge Jackson Drago , Giorgio Ortiz Novoa, José Miguel Teillier Del Valle, Guillermo Cariola Oliva , Karol Jarpa Wevar , Carlos Abel Parra Sauterel , Andrea Tohá González , Jaime Carvajal Ambiado , Loreto Jiles Moreno , Pamela Pérez Arriagada, José Torres Jeldes , Víctor Castillo Muñoz , Natalia Jiménez Fuentes , Tucapel Pérez Olea , Joanna Vallejo Dowling , Camila Castro González , Juan Luis Labra Sepúlveda , Amaro Pérez Salinas , Catalina Velásquez Núñez , Esteban Celis Araya , Ricardo Leiva Carvajal , Raúl Rocafull López , Luis Venegas Cárdenas , Mario Cicardini Milla , Daniella Lorenzini Basso , Pablo Rojas Valderrama , Camila Verdessi Belemmi , Daniel Crispi Serrano , Miguel Marzán Pinto , Carolina Rosas Barrientos , Patricio Vidal Rojas , Pablo Díaz Díaz , Marcelo Matta Aragay , Manuel Saavedra Chandía , Gastón Walker Prieto , Matías Espinoza Sandoval , Fidel Mellado Pino , Cosme Sabag Villalobos , Jorge Winter Etcheberry , Gonzalo Fernández Allende , Maya Mirosevic Verdugo , Vlado Saffirio Espinoza , René Yeomans Araya , Gael Garín González, Renato

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Berger Fett , Bernardo Galleguillos Castillo , Ramón Morán Bahamondes , Camilo Romero Sáez , Leonidas CruzCoke Carvallo , Luciano García García, René Manuel Muñoz González , Francesca Santana Tirachini , Alejandro Del Real Mihovilovic , Catalina Jürgensen Rundshagen , Harry Pardo Sáinz , Luis Sauerbaum Muñoz , Frank Durán Espinoza , Jorge Kuschel Silva , Carlos Paulsen Kehr , Diego Schalper Sepúlveda , Diego Durán Salinas , Eduardo Leuquén Uribe , Aracely Pérez Lahsen , Leopoldo Torrealba Alvarado , Sebastián Flores Oporto , Camila Luck Urban , Karin Rathgeb Schifferli , Jorge Urruticoechea Ríos , Cristóbal Fuentes Barros , Tomás Andrés Mellado Suazo , Miguel Rey Martínez, Hugo

-Se abstuvieron los diputados señores:

Alessandri Vergara , Jorge Cuevas Contreras , Nora Longton Herrera , Andrés Ramírez Diez , Guillermo Álvarez Ramírez , Sebastián Fuenzalida Cobo , Juan Macaya Danús , Javier Rentería Moller , Rolando Amar Mancilla , Sandra Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Melero Abaroa , Patricio Sanhueza Dueñas , Gustavo Baltolu Rasera , Nino Gahona Salazar , Sergio Molina Magofke , Andrés Trisotti Martínez , Renzo Barros Montero , Ramón Hernández Hernández , Javier Morales Muñoz , Celso Troncoso Hellman , Virginia Bobadilla Muñoz , Sergio Hoffmann Opazo , María José Moreira Barros , Cristhian Undurraga Gazitúa , Francisco Carter Fernández , Álvaro Kast Sommerhoff , Pablo Núñez Urrutia , Paulina Urrutia Bonilla , Ignacio Castro Bascuñán, José Miguel Keitel Bianchi , Sebastián Olivera De La Fuente , Erika Urrutia Soto , Osvaldo Cid Versalovic , Sofía Kort Garriga , Issa Ossandón Irarrázabal , Ximena Van Rysselberghe Herrera , Enrique Coloma Álamos, Juan Antonio Lavín León , Joaquín Prieto Lorca , Pablo Von Mühlenbrock Zamora, Gastón

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Corresponde votar el nuevo numeral 5 del artículo único incorporado por el Senado, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Sebastián Torrealba .

En votación.

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, el señor Secretario tomó de viva voz, por el sistema telemático, las votaciones de los diputados René Alinco , Tucapel Jiménez , Fidel Espinoza , Karim Bianchi , Maite Orsini , Mario Venegas , Pedro Pablo ÁlvarezSalamanca , Francisco Eguiguren , Virginia Troncoso y Eduardo Durán .

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 82 votos; por la negativa, 28 votos. Hubo 39 abstenciones.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Girardi Lavín , Cristina Mix Jiménez , Claudia Saldívar Auger , Raúl Alinco Bustos , René González Gatica , Félix Monsalve Benavides , Manuel Santana Castillo, Juan Álvarez Vera , Jenny González Torres , Rodrigo Mulet Martínez , Jaime Santibáñez Novoa , Marisela AlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo Gutiérrez Gálvez, Hugo Naranjo Ortiz , Jaime Schilling Rodríguez , Marcelo Ascencio Mansilla , Gabriel Hernando Pérez , Marcela Noman Garrido , Nicolás Sepúlveda Orbenes , Alejandra Barrera Moreno , Boris Hertz Cádiz , Carmen Norambuena Farías , Iván Sepúlveda Soto , Alexis Bernales Maldonado , Alejandro Hirsch Goldschmidt , Tomás Núñez Arancibia , Daniel Silber Romo , Gabriel Bianchi Retamales , Karim Ibáñez Cotroneo , Diego Nuyado Ancapichún , Emilia Soto Ferrada , Leonardo Boric Font , Gabriel Ilabaca Cerda , Marcos Orsini Pascal , Maite Soto Mardones , Raúl Brito Hasbún , Jorge Jackson Drago , Giorgio Ortiz Novoa, José Miguel Teillier Del Valle, Guillermo Cariola Oliva , Karol Jarpa Wevar , Carlos Abel Parra Sauterel , Andrea Tohá González , Jaime Carvajal Ambiado , Loreto Jiles Moreno , Pamela Pérez Arriagada, José Torres Jeldes , Víctor Castillo Muñoz , Natalia Jiménez Fuentes , Tucapel Pérez Olea , Joanna Vallejo Dowling , Camila Castro González, Juan Luis Kort Garriga , Issa Pérez Salinas , Catalina Velásquez Núñez , Esteban Celis Araya , Ricardo Labra Sepúlveda , Amaro Rocafull López , Luis Venegas Cárdenas , Mario Cicardini Milla , Daniella Leiva Carvajal , Raúl Rojas Valderrama , Camila Verdessi Belemmi , Daniel Crispi Serrano , Miguel Lorenzini Basso , Pablo Rosas Barrientos , Patricio Vidal Rojas , Pablo Díaz Díaz , Marcelo Marzán Pinto , Carolina Saavedra Chandía , Gastón Walker Prieto , Matías Espinoza Sandoval , Fidel Matta Aragay , Manuel Sabag Villalobos , Jorge Winter Etcheberry , Gonzalo Fernández Allende , Maya Mellado Pino , Cosme Saffirio Espinoza , René Yeomans Araya , Gael Garín González , Renato Mirosevic Verdugo, Vlado

-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:

Berger Fett , Bernardo Galleguillos Castillo , Ramón Mellado Suazo , Miguel Rey Martínez, Hugo CruzCoke Carvallo , Luciano García García, René Manuel Molina Magofke , Andrés Romero Sáez , Leonidas Del Real Mihovilovic , Catalina Jürgensen Rundshagen , Harry Morán Bahamondes , Camilo Santana Tirachini , Alejandro Durán Salinas , Eduardo Kast Sommerhoff , Pablo Pardo Sáinz , Luis Sauerbaum Muñoz , Frank Eguiguren Correa , Francisco Kuschel Silva , Carlos Paulsen Kehr , Diego Schalper Sepúlveda , Diego Flores Oporto , Camila Leuquén Uribe , Aracely Pérez Lahsen , Leopoldo Torrealba Alvarado , Sebastián Fuentes Barros , Tomás Andrés Luck Urban , Karin Rathgeb Schifferli , Jorge Urruticoechea Ríos, Cristóbal

-Se abstuvieron los diputados señores:

Alessandri Vergara , Jorge Cuevas Contreras , Nora Macaya Danús , Javier Rentería Moller , Rolando Álvarez Ramírez , Sebastián Durán Espinoza , Jorge Melero Abaroa , Patricio Sanhueza Dueñas , Gustavo Amar Mancilla , Sandra Fuenzalida Cobo , Juan Morales Muñoz , Celso Trisotti Martínez , Renzo Baltolu Rasera , Nino Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Moreira Barros , Cristhian Troncoso Hellman , Virginia Barros Montero , Ramón Gahona Salazar , Sergio Muñoz González , Francesca Undurraga Gazitúa , Francisco Bobadilla Muñoz , Sergio Hernández Hernández , Javier Núñez Urrutia , Paulina Urrutia Bonilla , Ignacio Carter Fernández , Álvaro Hoffmann Opazo , María José Olivera De La Fuente , Erika Urrutia Soto , Osvaldo Castro Bascuñán, José Miguel Keitel Bianchi , Sebastián Ossandón Irarrázabal , Ximena Van Rysselberghe Herrera , Enrique Cid Versalovic , Sofía Lavín León , Joaquín Prieto Lorca , Pablo Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Coloma Álamos, Juan Antonio Longton Herrera , Andrés Ramírez Diez, Guillermo

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Despachado el proyecto.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 08 de septiembre, 2020. Oficio en Sesión 85. Legislatura 368.

VALPARAÍSO, 8 de septiembre de 2020

Oficio N° 15.858

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha aprobado las enmiendas propuestas por ese H. Senado al proyecto de ley que modifica la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo Chango como etnia indígena de Chile, correspondiente a los boletines Nos 11.188-17 y 11.335-17, refundidos.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 244/SEC/20, de 30 de junio de 2020.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

FRANCISCO UNDURRAGA GAZITÚA

Presidente (A) de la Cámara de Diputados

LUIS ROJAS GALLARDO

Secretario General (S) de la Cámara de Diputados

4. Trámite Finalización: Cámara de Diputados

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 08 de septiembre, 2020. Oficio

VALPARAÍSO, 8 de septiembre de 2020

Oficio N° 15.859

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley que modifica la ley N° 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para reconocer al pueblo Chango como etnia indígena de Chile, correspondiente a los boletines Nos 11.188-17 y 11.335-17, refundidos, del siguiente tenor:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena:

1. En el inciso segundo del artículo 1:

a) Reemplázase la conjunción “y”, que sucede al vocablo “Collas”, por una coma.

b) Incorpórase, entre la palabra “Diaguita” y la expresión “del norte del país”, los vocablos “y Chango”.

2. En el artículo 12:

a) Incorpórase en la letra e) del número 1°, entre la palabra “Regiones” y el número “VIII”, lo siguiente: “II, III, IV, V,”.

b) Incorpórase en el numeral 2°, a continuación de la coma que sucede a la palabra “collas”, la expresión “diaguitas, changos,”.

3. Intercálase en el inciso primero del artículo 64, entre la palabra “acequias” y la conjunción “y”, la expresión “, pozos de agua dulce”.

4. Incorpórase en el Párrafo 2° del Título VIII, el siguiente artículo 65 bis, nuevo:

“Artículo 65 bis.- Son changos las comunidades costeras ubicadas principalmente desde la II a la V Región.

Se procurará proteger especialmente el hábitat de este pueblo originario, constituido por el borde costero, playas, islas y roqueríos, como asimismo la biodiversidad y ecosistemas marinos que garantizan su desarrollo y supervivencia.”.”.

*****

Hago presente a V.E. que esta iniciativa de ley tuvo su origen en mociones, la primera, correspondiente al boletín N° 11.188-17, de las diputadas Daniella Cicardini Milla, Karol Cariola Oliva y Cristina Girardi Lavín, de los diputados Jorge Sabag Villalobos y Raúl Saldívar Auger, y de los exdiputados Luis Lemus Aracena, Daniel Melo Contreras, Sergio Ojeda Uribe y Roberto Poblete Zapata; y la segunda, correspondiente al boletín N° 11.335-17, del exdiputado Marcos Espinosa Monardes, de la diputada Maya Fernández Allende, de los diputados José Pérez Arriagada y Víctor Torres Jeldes, de los exdiputados Claudio Arriagada Macaya, Cristián Campos Jara y Ramón Farías Ponce, y de la exdiputada Yasna Provoste Campillay.

Dios guarde a V.E.

FRANCISCO UNDURRAGA GAZITÚA

Presidente (A) de la Cámara de Diputados

LUIS ROJAS GALLARDO

Secretario General (S) de la Cámara de Diputados

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 21.273

Tipo Norma
:
Ley 21273
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1150684&t=0
Fecha Promulgación
:
08-10-2020
URL Corta
:
http://bcn.cl/2lqqh
Organismo
:
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Título
:
MODIFICA LA LEY Nº 19.253, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS INDÍGENAS, Y CREA LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA, PARA RECONOCER AL PUEBLO CHANGO COMO ETNIA INDÍGENA DE CHILE, ENTRE OTRAS MATERIAS
Fecha Publicación
:
17-10-2020

LEY NÚM. 21.273

MODIFICA LA LEY Nº 19.253, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS INDÍGENAS, Y CREA LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA, PARA RECONOCER AL PUEBLO CHANGO COMO ETNIA INDÍGENA DE CHILE, ENTRE OTRAS MATERIAS

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en mociones, la primera, correspondiente al boletín Nº 11.188-17, de las diputadas Daniella Cicardini Milla, Karol Cariola Oliva y Cristina Girardi Lavín, de los diputados Jorge Sabag Villalobos y Raúl Saldívar Auger, y de los exdiputados Luis Lemus Aracena, Daniel Melo Contreras, Sergio Ojeda Uribe y Roberto Poblete Zapata; y la segunda, correspondiente al boletín Nº 11.335-17, del exdiputado Marcos Espinosa Monardes, de la diputada Maya Fernández Allende, de los diputados José Pérez Arriagada y Víctor Torres Jeldes, de los exdiputados Claudio Arriagada Macaya, Cristián Campos Jara y Ramón Farías Ponce, y de la exdiputada Yasna Provoste Campillay,

     

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena:

     

    1. En el inciso segundo del artículo 1:

     

    a) Reemplázase la conjunción "y", que sucede al vocablo "Collas", por una coma.

    b) Incorpórase, entre la palabra "Diaguita" y la expresión "del norte del país", los vocablos "y Chango".

     

    2. En el artículo 12:

     

    a) Incorpórase en la letra e) del número 1º, entre la palabra "Regiones" y el número "VIII", lo siguiente: "II, III, IV, V,".

    b) Incorpórase en el numeral 2º, a continuación de la coma que sucede a la palabra "collas", la expresión "diaguitas, changos,".

     

    3. Intercálase en el inciso primero del artículo 64, entre la palabra "acequias" y la conjunción "y", la expresión ", pozos de agua dulce".

    4. Incorpórase en el Párrafo 2º del Título VIII, el siguiente artículo 65 bis, nuevo:

     

    "Artículo 65 bis.- Son changos las comunidades costeras ubicadas principalmente desde la II a la V Región.

    Se procurará proteger especialmente el hábitat de este pueblo originario, constituido por el borde costero, playas, islas y roqueríos, como asimismo la biodiversidad y ecosistemas marinos que garantizan su desarrollo y supervivencia.".".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 8 de octubre de 2020.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Karla Rubilar Barahona, Ministra de Desarrollo Social y Familia.