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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.374

Modifica la ley Nº 20.712, sobre Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, en relación con el destino de los valores correspondientes a dineros de Fondos Mutuos o Fondos de Inversión no cobrados por los respectivos partícipes.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Juan Antonio Coloma Correa, Jorge Pizarro Soto, Carlos Montes Cisternas, José García Ruminot y Ricardo Lagos Weber. Fecha 22 de septiembre, 2020. Moción Parlamentaria en Sesión 91. Legislatura 368.

Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señores García, Coloma, Lagos, Montes y Pizarro, que modifica la ley Nº 20.712, sobre Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, en relación con el destino de los valores correspondientes a dineros de Fondos Mutuos o Fondos de Inversión no cobrados por los respectivos partícipes. Boletín N° 13.801-05

Antecedentes:

En enero de 2014 fue promulgada la Ley Nº20.712 sobre Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales que derogó la Ley Nº18.815 que regulaba los Fondos de Inversión. Todo esto con la finalidad de crear un Mercado de Capitales con una plataforma de infraestructura moderna y eficiente, que aporte al desarrollo y crecimiento de nuestro país.

Sin embargo, si bien, los objetivos que estableció dicha normativa son esenciales para crear un Mercado de Capitales eficientes, la derogación de la Ley Nº18.815, que regulaba los Fondos de Inversión, afectó una forma de financiamiento para Bomberos de Chile que contemplaba indirectamente aquella normativa. Donde existía la facultad de que aquellos Fondos Mutuos y Fondos de Inversión liquidados, ya sea por no cumplir con el mínimo de participes o patrimonio mínimo establecido, pudiesen pasar a dominio de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, esto en virtud de la aplicación que la norma derogada establecía en su artículo 1 inciso tercero “Los fondos de inversión y las sociedades que los administren serán fiscalizados por la Superintendencia de Valores y Seguros, en adelante la Superintendencia, y se regirán por las disposiciones que se establecen en esta ley y en su reglamento, por las normas legales y reglamentarias relativas a las sociedades anónimas abiertas, y por las que se establezcan, para cada fondo, en sus respectivos reglamentos internos”.

No obstante, la actual Ley Nº20.712 establece únicamente en su artículo 2 lo siguiente: “Los fondos y sus administradoras serán fiscalizados por la Superintendencia y se regirán por las disposiciones de esta ley, las del Reglamento y, en subsidio, por las que establezcan sus respectivos reglamentos internos”. Es decir, la nueva normativa, a diferencia de la anterior, no establece la aplicación supletoria de la Ley Nº18.046 Sobre Sociedades Anónimas y su Reglamento.

Por lo cual, la derogación de la aplicación subsidiaria de la Ley Nº18.046 Sobre Sociedades Anónimas por parte de la actual Ley Nº20.712 sobre Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, impide que los valores que no sean cobrados por los partícipes de los respectivos Fondos Mutuos o Fondos de Inversión puedan ser utilizados al servicio de las personas a través de la entrega de estos fondos a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, para que dicha entidad proceda a su vez a la posterior distribución a los 313 Cuerpos de Bomberos del país.

Producto de esto, la entonces Superintendencia de Valores y Seguros, actualmente Comisión para el Mercado Financiero, emitió en diversas oportunidades resoluciones en relación a fondos mutuos en proceso de liquidación donde determinó que, aquellos valores no cobrados por los partícipes de fondos mutuos en proceso de liquidación, debían entregarse a Bomberos de Chile.

Por lo tanto, este proyecto tiene como objeto fundamental enmendar la omisión en relación a que Bomberos de Chile pueda acceder a valores de relevancia, por lo que se pretende que todos aquellos valores correspondientes a dineros de Fondos Mutuos o Fondos de Inversión no cobrados por los respectivos participes, dentro del plazo de 5 años desde la resolución de la Comisión para el Mercado Financiero, deban ser entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, de conformidad a lo establecido en el artículo 18 de la Ley Nº18.046 y el artículo 45 letra c de su Reglamento.

Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del respectivo fondo deberá proceder a la realización de los activos del fondo, pagar las deudas del fondo si las hubiere y proceder a la distribución de los activos entre los partícipes. En el caso de existir dineros no cobrados por los partícipes, estos deberán mantenerse en depósitos a plazo reajustable durante el plazo de 5 años, los que una vez cumplidos deberán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile en caso de existir valores que no hayan sido cobrados por los partícipes de los respectivos fondos.

Asimismo, el presente proyecto establece que, todos aquellos Fondos Mutuos y Fondos de Inversión, que tengan dineros que no hayan sido cobrados por los respectivos participes dentro del plazo de 5 años desde la liquidación del respectivo fondo, deberán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile. La entrega de estos valores deberá efectuarse a partir del plazo de 1 año desde la publicación mediante 2 avisos en diarios de circulación nacional y uno posterior en el Diario Oficial, las que deberán ser efectuadas por las administradoras de aquellos fondos liquidados, debiendo señalar los respectivos fondos liquidados que cumplan con el plazo de 5 años de haber sido liquidados, a fin de que los respectivos participes puedan reclamar dichos valores antes de que sean entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile luego del plazo de 1 año de efectuada la última publicación en el Diario Oficial.

Por todo lo anterior, sometemos a este Senado el siguiente proyecto de ley:

PROYECTO DE LEY

Artículo único

Agréguese un nuevo artículo 26 bis en la Ley Nº20.712 sobre Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, cuyo tenor es el siguiente:

Los valores correspondientes a dineros de Fondos Mutuos o Fondos de Inversión no cobrados por los respectivos participes, dentro del plazo de 5 años desde la resolución de liquidación del fondo emitida por la Comisión para el Mercado Financiero, deberán ser entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, de conformidad a lo establecido en el artículo 18 de la Ley Nº18.046 y el artículo 45 letra c de su Reglamento. Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá mantener los valores no cobrados en depósitos a plazo reajustables durante el plazo de 5 años, debiendo entregar dichos dineros con sus acreencias a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

1.2. Informe de Comisión de Hacienda

Senado. Fecha 12 de marzo, 2021. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 1. Legislatura 369.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, en relación con el destino de los valores correspondientes a dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes.

BOLETÍN Nº 13.801-05

_________________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de informar el proyecto de ley de la referencia, en primer trámite constitucional, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señores Juan Antonio Coloma Correa; José García Ruminot; Ricardo Lagos Weber; Carlos Montes Cisternas y Jorge Pizarro Soto.

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Se hace presente que, por tratarse de un proyecto de artículo único, y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, se discutió la iniciativa en general y particular a la vez.

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Se hace presente, asimismo, que atendido el texto aprobado en particular para el proyecto la Comisión de Hacienda concordó en que la denominación conferida a la iniciativa debe sustituirse por la siguiente: “Proyecto de ley que modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, en relación con el destino de los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes.”.

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A una o más de las sesiones en que la Comisión estudió esta iniciativa de ley asistieron, además de sus miembros;

Del Ministerio de Hacienda, el Ministro, señor Rodrigo Cerda; el Subsecretario, señor Alejandro Weber, y el Coordinador Legislativo, señor José Riquelme.

De Bomberos de Chile, el Presidente de la Junta Nacional, señor Raúl Bustos; el Abogado, señor Manuel Acuña; el Coordinador de la Presidencia, señor Mauricio Nannig, y los abogados, señora Claudia González, y señores Fernando Recio y Cristián Fuentes.

La asesora del Honorable Senador García, señora Valentina Becerra.

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OBJETIVO DEL PROYECTO

Modificar la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, con la finalidad de que los valores correspondientes a dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la resolución de liquidación del fondo emitida por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), sean entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

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ANTECEDENTES

Para la cabal comprensión de esta iniciativa de ley, se ha tenido en consideración, entre otros, los siguientes:

A.- ANTECEDENTES JURÍDICOS

- Ley Nº 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales.

- Ley Nº 18.815 (derogada), que regula fondos de inversión; modifica decretos con fuerza de ley N°s 251 y 252, del Ministerio de Hacienda, de 1931 y1960, respectivamente, y la ley N° 18.045.

- Ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas.

B.- ANTECEDENTES DE HECHO

En la Moción sus autores expresan que la ley Nº 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, derogó el año 2014 la ley Nº 18.815, que regulaba los fondos de inversión. Todo esto con la finalidad de crear un mercado de capitales con una plataforma de infraestructura moderna y eficiente, que aportara al desarrollo y crecimiento de nuestro país.

Señalan que, sin embargo, si bien los objetivos que estableció dicha normativa son esenciales para crear un mercado de capitales eficiente, la derogación de la ley Nº 18.815, que regulaba los fondos de inversión, afectó una forma de financiamiento para Bomberos de Chile que contemplaba indirectamente aquella normativa, en que existía la facultad de que aquellos fondos mutuos y fondos de inversión liquidados, ya sea por no cumplir con el mínimo de participes o patrimonio mínimo establecido, pudiesen pasar a dominio de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, en virtud de la aplicación que la norma derogada establecía en su artículo 1, inciso tercero: “Los fondos de inversión y las sociedades que los administren serán fiscalizados por la Superintendencia de Valores y Seguros, en adelante la Superintendencia, y se regirán por las disposiciones que se establecen en esta ley y en su reglamento, por las normas legales y reglamentarias relativas a las sociedades anónimas abiertas, y por las que se establezcan, para cada fondo, en sus respectivos reglamentos internos.”.

Exponen que la actual ley Nº 20.712 establece en su artículo 2 únicamente lo siguiente: “Los fondos y sus administradoras serán fiscalizados por la Superintendencia y se regirán por las disposiciones de esta ley, las del Reglamento y, en subsidio, por las que establezcan sus respectivos reglamentos internos”. Es decir, la nueva normativa, a diferencia de la anterior, no establece la aplicación supletoria de la ley Nº 18.046 sobre sociedades anónimas, y su reglamento.

Precisan que la derogación de la aplicación subsidiaria de la ley Nº 18.046, sobre sociedades anónimas, por parte de la actual ley Nº 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, impide que los valores que no sean cobrados por los partícipes de los respectivos fondos mutuos o fondos de inversión puedan ser utilizados al servicio de las personas a través de la entrega de estos fondos a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, para que dicha entidad proceda a su vez a la posterior distribución a los 313 Cuerpos de Bomberos del país.

Producto de esto, la entonces Superintendencia de Valores y Seguros, actualmente Comisión para el Mercado Financiero, emitió en diversas oportunidades resoluciones en relación a fondos mutuos en proceso de liquidación donde determinó que aquellos valores no cobrados por los partícipes de fondos mutuos en proceso de liquidación debían entregarse a Bomberos de Chile.

Por lo tanto, ponen de relieve, el proyecto tiene como objeto fundamental enmendar la omisión en relación a que Bomberos de Chile pueda acceder a valores de relevancia, por lo que se pretende que todos aquellos valores correspondientes a dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la resolución de la Comisión para el Mercado Financiero, deban ser entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, de conformidad a lo establecido en el artículo 18 de la ley Nº 18.046 y en el artículo 45 letra c) de su reglamento.

Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del respectivo fondo deberá proceder a la realización de los activos del fondo, pagar las deudas del fondo si las hubiere y a la distribución de los activos entre los partícipes. En el caso de existir dineros no cobrados por los partícipes, estos deberán mantenerse en depósitos a plazo reajustables durante el plazo de 5 años, los que una vez cumplidos dicho plazo deberán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile en caso de que no hayan sido cobrados por los partícipes de los respectivos fondos.

Observan que el proyecto establece, asimismo, que todos aquellos fondos mutuos y fondos de inversión que tengan dineros que no hayan sido cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la liquidación del respectivo fondo, deberán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile. La entrega de estos valores deberá efectuarse a partir del plazo de 1 año desde la publicación, mediante dos avisos en diarios de circulación nacional, y uno posterior en el Diario Oficial, la que deberá ser efectuada por las administradoras, de aquellos fondos liquidados, avisos que deberán señalar los respectivos fondos liquidados que cumplan con el plazo de 5 años desde su liquidación, a fin de que los respectivos partícipes puedan reclamar dichos valores antes de que sean entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

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DISCUSIÓN EN GENERAL

Al darse inicio a la discusión de la iniciativa, en sesión de 13 de octubre de 2020, el Honorable Senador señor García manifestó que Bomberos es una institución cada vez más profesional y capacitada técnicamente, lo que nuevamente se ha comprobado con ocasión del choque múltiple registrado en el puente Traiguén, en la comuna de Victoria, hace pocos días.

Por lo mismo, observó, se hace indispensable asegurar los recursos necesarios para que puedan operar y, en este sentido, se requiere continuar con herramientas como la entrega de fondos que no han sido cobrados por herederos de participantes de fondos mutuos y fondos de inversión.

La Comisión escuchó al Presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos, quien señaló que pretenden acceder a los mismos fondos a los que acceden por liquidación de acciones de la ley N° 18.046. Acotó que anteriormente accedían a los fondos mutuos y fondos de inversión, pero que la ley que produjo la transformación y creación de la CMF los dejó sin esa figura, y sin recibir esos aportes.

Agregó que se requieren algunas especificaciones y cambios en el texto legal propuesto.

A continuación, la Comisión escuchó a los abogados señores Manuel Acuña y Cristián Fuentes, quienes acompañaron a la Junta Nacional de Bomberos de Chile, y efectuaron una exposición, en formato power point, del siguiente tenor:

Contexto de Fondos Liquidados

1.- Fondos Mutuos y Fondos de Inversión liquidados

La menor parte de los fondos son objeto de resolución por parte de la CMF

a) Fondos Mutuos y de Inversión (rescatables y no rescatables) desde el año 2014 al 2019:

b) Fondos Mutuos liquidados desde el 2009 al 2013:

2.- Valores recibidos por Bomberos de Chile por Fondos liquidados

a) Valores por Fondos Mutuos con resolución CMF

b) Valores por Fondos de Inversión Liquidados

3.- Valores recibidos por Bomberos de Chile por Fondos liquidados

Se destaca la respuesta enviada por Banchile Administradora General de Fondos S.A. que señala: “… en atención que la Ley N°20.712, no establece una regulación similar a la Ley N°18.046, no nos es posible entregar a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, los rescates provenientes de los valores no cobrados por los partícipes del Fondo Mutuo Twin Win USA, en caso que los hubiere.” Carta enviada con fecha 24 de enero de 2020.

La respuesta recibida, da cuenta de la necesidad una regulación específica en las situaciones antedichas, puesto que no existe una normativa en la Ley N° 20.712 que regule el destino de estos valores.

4.- Necesidad de aplicación supletoria de la Ley N°18.046 en esta materia

a) Oficio Ordinario N°22.697 de fecha 19 de octubre de 2015, en relación a fondos de inversión: “(…) 4.- En consecuencia, por lo antes expuesto, y en atención al tenor literal de la actual legislación aplicable a los fondos de inversión, que no hace referencia a la normativa de sociedades anónimas, se debe concluir que actualmente los artículos 18, 85 y 117 de la Ley N°18.046 de Sociedades Anónimas no tienen aplicación en los fondos de inversión fiscalizados por este Servicio. (…)”.

b) Oficio Ordinario N°21.481 de fecha 01 de septiembre de 2016 en relación a fondos mutuos: “(…) En tal sentido, la legislación vigente contenida en la Ley que regula la Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales, a diferencia de lo que establecía la Ley N°18.815 sobre Fondos de Inversión, no dispone la aplicación supletoria de las normas que rigen a las sociedades anónimas abiertas para dichos fondos, y por tanto, no resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°18.046 a los fondos de inversión, ni menos aún a los fondos mutuos, según se señaló por esta superintendencia en Oficio Ord. N°22.697 de 19 de octubre de 2015.”.

c) Oficio Ordinario 31.736 de fecha 14 de diciembre de 2016 sobre fondos de inversión en relación a repartos de capital y otros beneficios en efectivo, se pronuncia de manera similar al oficio anteriormente, pero agrega lo siguiente: “(…) Sobre si existe un plazo para que los aportes de los fondos reclamen los repartos de capital u otros beneficios que les corresponden o si existe un plazo para que los herederos o legatarios del aportante fallecido soliciten la inscripción a su nombre de las respectivas cuotas en el registro de aportantes, se informa que no existiendo norma especial que regule estas materias, deberá estarse a las normas generales aplicables a este tipo de situaciones, tanto respecto a los plazos como de los procedimientos a seguir.”.

Observaciones:

- Falta de norma específica en relación al destino de los fondos liquidados.

- Imposibilidad actual de aplicar supletoriamente la Ley N°18.046.

- Eventual aplicación de normas generales.

- Administradoras deben actuar con deber de cuidado de artículo 15 Ley N°20.712.

- Eventual existencia de cuotas no cobradas, repartos de capital y otros beneficios en efectivo.

5.- Disposición de administradoras en relación a Reglamentos Internos

a) Oficio Ordinario N° 21.481 de fecha 1 de septiembre de 2016 emitido por la CMF donde se señala que en el Reglamento Interno del Fondo de dicho caso lo siguiente: “los recursos que no hayan sido reclamados y retirados por los partícipes dentro de un plazo de 1 año, contado desde la fecha de publicación del tercer aviso que da cuenta de este hecho, pasarán a pertenecer a los Cuerpos de Bomberos de Chile, por lo que una vez transcurrido el plazo señalado, la Administradora pondrá dichos recursos a disposición de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos para su pago a los Cuerpos de Bomberos de Chile”.

Observaciones:

- Publicidad: 3 avisos.

- Plazo: 1 año desde último aviso.

- Entrega a la Junta Nacional para su pago a los Cuerpos de Bomberos de Chile.

Interpretación CMF:

- No es posible efectuar dicho procedimiento por no existir norma expresa.

- Administradora deberá mantener dichos fondos velando con el deber de cuidado del artículo 15 y siguientes de la Ley N° 20.712.

Sugerencias a la normativa propuesta

1.- Que los fondos a entregar provengan de una liquidación del mismo, no siendo únicamente procedente en el caso que exista una resolución de liquidación por parte de la CMF.

2.- Posibilidad que, dentro de los valores, se incluyan cuotas no cobradas por participes, repartos de capital, dividendos y otros beneficios en efectivo si los hubiere.

3.- Referencia al artículo 85 de la Ley N°18.046 en vez del artículo 18, toda vez que este último se refiere a un proceso más complejo relacionado al remate de accionistas fallecidos.

4.- Que la normativa pueda ser aplicable tanto a fondos liquidados posteriores a la entrada en vigencia a la ley, como también por fondos liquidados antes de la entrada en vigencia de la ley.

5.- Regulación del procedimiento señalado en la moción para la entrega de valores liquidados antes de la entrada en vigencia de la ley, es decir con efecto retroactivo.

6.- Que se disponga que los valores serán entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos de Chile.

Materias sugeridas a analizar:

I.- Posibilidad de contemplar la entrega de dividendos no cobrados del artículo 80 de la Ley N°20.712 y otros beneficios en efectivo.

II.- Recabar información sobre los valores que podrían entregarse por esta ley. (Oficios a CMF y Administradoras Generales de Fondos).

El Honorable Senador señor García señaló que debieran escuchar a la CMF y solicitar la información a la que se ha hecho referencia, además de analizar la posibilidad de extensión a otros fondos o dividendos no cobrados.

El Honorable Senador señor Lagos manifestó estar de acuerdo en la necesidad de escuchar a la CMF. Pidió que se detalle cuál es el monto de los fondos que se han percibido en el pasado.

El Honorable Senador señor Pizarro pidió que se explique con más detalle la necesidad de ampliar la glosa de operaciones de Bomberos que se incluye en la ley de presupuestos de cada año.

El señor Bustos indicó que en cada ley de presupuestos Bomberos recibe casi $47.000 millones, lo que se hace en una especie de convenio por cuatro años y que funcionaba con reajustes de 10%, pero en la última negociación bajó a un 5%, lo que no alcanza a cubrir la expansión del Cuerpo de Bomberos y las nuevas necesidades derivadas de incendios forestales y el estallido social del año 2019.

Agregó que la glosa de operaciones involucra $23.000 millones y se entrega directamente a cada Cuerpo de Bomberos. Estimó que para poder operar con normalidad se requeriría casi el doble de dicho monto. Observó que con ocasión de la pandemia se quiso recortar $4.700 millones, que finalmente se rebajaron sólo en la academia de bomberos por un monto menor y dado que no operaba con normalidad. Acotó que CONAF recibe $60.000 millones para combate de incendios forestales.

Reiteró que estos fondos antes se percibían, y lo que se agrega es lo relativo a acreencias bancarias provenientes de cuentas corrientes y otros, lo que podría generar recursos mucho más altos.

El señor Acuña puntualizó que el proyecto de ley recoge fondos que se encuentran abandonados.

El señor Fuentes señaló que existen resoluciones de la CMF del año 2014, las que dejaron de emitirse al cambiar la ley. Apuntó que la CMF ha dicho que al no existir norma los fondos no pueden pasar a Bomberos. Precisó que el proyecto de ley se enfoca en la liquidación del fondo, pero que además existen otros valores, como dividendos y reparto de capital que se pagan a los partícipes de los fondos y que en algunos casos no son cobrados, por lo que sería positivo incluirlos.

Expuso que $420 millones es la cifra que podría haber recibido Bomberos por 3 fondos, pero en el resto de los casos no tienen información, podría darse que la cifra sea 0, si todos cobran sus cuotas, y en otros tratarse de montos más altos.

El Honorable Senador señor Lagos manifestó que por operaciones se reciben $23.000 millones y se requieren al menos $52.000 millones, por lo que deberán discutir en profundidad esta materia en la Cuarta Subcomisión.

El señor Bustos indicó que el financiamiento de Bomberos lo vienen discutiendo desde que firmaron convenio con el ministro de Hacienda del anterior Gobierno; mencionó que efectivamente reciben fondos Gore para equipamiento y cuarteles, pero aclaró que la deficiencia que tienen se produce en operaciones.

Respecto de municipalidades señaló que hay realidades muy opuestas, algunas no entregan nada y otras, como Puerto Montt, han hecho grandes aportes, o Valparaíso que entregó la administración de los parquímetros.

Acotó que el otro gran ingreso viene por la ley N° 18.046, aproximadamente $5.000 millones que son distribuidos por la Junta Nacional.

Añadió que, para el año 2021, en la Partida del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Programa Bomberos de Chile, se encuentra la asignación 24.01.024 “Gastos de Operación de Cuerpo de Bomberos” por $24.841.657 miles.

Sometido a votación en general el proyecto, fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Coloma, García, Lagos, Montes y Pizarro.

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DISCUSIÓN EN PARTICULAR

El artículo único de la iniciativa en informe incorpora, en la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, un artículo 26 bis, nuevo, del siguiente tenor:

“Los valores correspondientes a dineros de Fondos Mutuos o Fondos de Inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la resolución de liquidación del fondo emitida por la Comisión para el Mercado Financiero, deberán ser entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, de conformidad a lo establecido en el artículo 18 de la Ley Nº18.046 y el artículo 45 letra c de su Reglamento. Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá mantener los valores no cobrados en depósitos a plazo reajustables durante el plazo de 5 años, debiendo entregar dichos dineros con sus acreencias a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.”.

En sesión de 9 de marzo de 2021, el Honorable Senador señor García planteó que ha preparado indicaciones que se hacen cargo de observaciones formuladas en la sesión anterior, las que quisiera dar a conocer para que sean votadas en una próxima sesión.

El Subsecretario de Hacienda, señor Weber, concordó con lo expresado e indicó que también podrían presentar indicaciones en el sentido de dar retroactividad y fijar elementos de publicidad del mecanismo.

Con fecha 10 de marzo se presentaron las siguientes indicaciones de los Honorables Senadores señores Coloma, García, Lagos, Montes y Pizarro:

1.- Para eliminar en la denominación asignada a la iniciativa la frase: “VALORES CORRESPONDIENTES A”.

2.- Para reemplazar el artículo 26 bis propuesto en el artículo único por el siguiente:

“Los dineros de Fondos Mutuos o Fondos de Inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la liquidación del fondo, deberán ser entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, de conformidad a lo establecido en el artículo 117 de la Ley Nº18.046 y el artículo 45 letra c) de su Reglamento, para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país. Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá, una vez transcurrido un año desde que los dineros no hubieren sido cobrados por los partícipes respectivos, mantener tales dineros en depósitos a plazo reajustables, debiendo entregar dichos dineros con sus respectivos reajustes e intereses, si los hubiere, a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile”.

º º º º

3.- Para incorporar un artículo transitorio del siguiente tenor:

“Sin perjuicio de lo indicado en el artículo 15 de la ley N° 20.712, los dineros correspondientes a dividendos, repartos de capital y todo otro beneficio en efectivo que no hayan sido cobrados por los respectivos partícipes de fondos mutuos o fondos de inversión liquidados hace más de 5 años desde la entrada en vigencia de esta ley, podrán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país.

Para tales efectos, la administradora procederá a notificar a los partícipes que no hubieren cobrado los mencionados beneficios en el plazo antes señalado, mediante una publicación que hará en un diario de circulación nacional y otra posterior en el Diario Oficial. Entre ambas publicaciones no mediará un plazo superior a 10 días. La publicación de dichos avisos deberá contener los datos necesarios para la correcta individualización de los partícipes y del fondo liquidado, debiendo establecer, además, la fecha de liquidación del fondo, a fin de que los respectivos titulares puedan reclamar los dineros no cobrados dentro del plazo de 1 año de efectuada la publicación en el Diario Oficial antes mencionada. Una vez cumplido dicho plazo los dineros deberán ser entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, con sus respectivas respectivos reajustes e intereses, si los hubiere.

Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá mantener los dineros no cobrados en depósitos a plazo reajustables durante el plazo que medie entre la primera de las publicaciones señaladas hasta la entrega de dichos valores a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.”.

º º º º

En sesión de 12 de marzo, el Honorable Senador señor García se refirió a las indicaciones presentadas al proyecto y que fueron puestas en conocimiento tanto del Ministerio de Hacienda como de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, señalando que éstas buscan simplificar la redacción del proyecto, utilizar términos de carácter técnico precisos y acordes con la legislación vigente.

Señaló que, respecto del artículo permanente, se busca establecer que los valores no cobrados de los fondos mutuos o fondos de inversión sean entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile y que ésta tenga la obligación de distribuirlo entre las compañías de bomberos del país, de acuerdo con criterios objetivos.

En cuanto al artículo transitorio, se busca que los fondos que a la fecha no han sido cobrados, operen de la misma manera, es decir, también sean entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

El Honorable Senador señor Lagos consultó si en la indicación formulada se plantea algún criterio respecto de la forma de hacer la distribución que se mandata.

El Honorable Senador señor García señaló que dependerá de los fondos que Bomberos de Chile reciba año a año, y también de los proyectos que cada compañía presente.

El Honorable Senador señor Pizarro consultó si existe una idea aproximada de cuántos fondos están acumulados.

El Honorable Senador señor García recordó que fue la información que se solicitó a la CMF, quienes respondieron que no contaban con los datos por no existir obligación legal de entregarlos de parte de los administradores de fondos.

El Honorable Senador señor Montes indicó que sería importante contar con la información de lo acumulado durante el año 2020 y durante el año 2019.

El Honorable Senador señor García observó que la Junta Nacional cuenta con una estimación que querían corroborar con la autoridad correspondiente.

El Honorable Senador señor Coloma apuntó que alguna repartición como Tesorería debería contar con la información de lo que ocurre año a año.

Puestas en votación las indicaciones fueron aprobadas por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señores Coloma, García, Lagos, Montes y Pizarro.

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TEXTO DEL PROYECTO

En mérito de los acuerdos precedentemente expuestos, vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de proponeros la aprobación en general y en particular del siguiente proyecto de ley:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Agrégase en la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, el siguiente artículo 26 bis:

“Artículo 26 bis.- Los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la liquidación del fondo, deberán ser entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, de conformidad a lo establecido en el artículo 117 de la ley Nº 18.046 y el artículo 45 letra c) de su Reglamento, para su posterior distribución a los cuerpos de bomberos del país. Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá, una vez transcurrido un año desde que los dineros no hubieren sido cobrados por los partícipes respectivos, mantenerlos en depósitos a plazo reajustables, debiendo entregar dichos dineros, con sus respectivos reajustes e intereses, si los hubiere, a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.”.

Artículo transitorio.- Sin perjuicio de lo indicado en el artículo 15 de la ley N° 20.712, los dineros correspondientes a dividendos, repartos de capital y todo otro beneficio en efectivo que no hayan sido cobrados por los respectivos partícipes de fondos mutuos o fondos de inversión liquidados hace más de 5 años desde la entrada en vigencia de esta ley, podrán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile para su posterior distribución a los cuerpos de bomberos del país.

Para tales efectos, la administradora procederá a notificar a los partícipes que no hubieren cobrado los mencionados beneficios en el plazo antes señalado, mediante una publicación que hará en un diario de circulación nacional y otra posterior en el Diario Oficial. Entre ambas publicaciones no mediará un plazo superior a 10 días. La publicación de dichos avisos deberá contener los datos necesarios para la correcta individualización de los partícipes y del fondo liquidado, debiendo establecer, además, la fecha de liquidación del fondo, a fin de que los respectivos titulares puedan reclamar los dineros no cobrados dentro del plazo de 1 año de efectuada la publicación antes mencionada en el Diario Oficial. Una vez cumplido dicho plazo los dineros deberán ser entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, con sus respectivos reajustes e intereses, si los hubiere.

Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá mantener los dineros no cobrados en depósitos a plazo reajustables durante el plazo que medie entre la primera de las publicaciones señaladas hasta la entrega de dichos valores a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.”.

- - -

Acordado en sesiones celebradas los días 13 de octubre de 2020 y 9 y 12 de marzo de 2021, con asistencia de los Honorables Senadores señores Jorge Pizarro Soto (Presidente), Juan Antonio Coloma Correa, José García Ruminot, Ricardo Lagos Escobar y Carlos Montes Cisternas.

A 12 de marzo de 2021.

*El presente informe se suscribe sólo por la secretaria de la Comisión en virtud del acuerdo de Comités de 15 de abril de 2020, que autoriza proceder de esta manera.

MARÍA SOLEDAD ARAVENA

Secretaria de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, en relación con el destino de los valores correspondientes a dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes

(BOLETÍN Nº 13.801-05)

I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: modificar la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, con la finalidad de que los valores correspondientes a dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la resolución de liquidación del fondo emitida por la Comisión para el Mercado Financiero, sean entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

II.ACUERDOS: aprobado en general y en particular por unanimidad (5x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: consta de un artículo único permanente y un artículo transitorio.

IV.NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no hay.

V.URGENCIA: no tiene.

VI.ORIGEN INICIATIVA: Moción de los Honorables Senadores señores Coloma, García, Lagos, Montes y Pizarro.

VIITRÁMITE CONSTITUCIONAL: primer trámite.

VIII.INICIO TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 22 de septiembre de 2020.

IX.TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe, en general y en particular.

XI.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

- Ley Nº 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales.

- Ley Nº 18.815 (derogada), que regula fondos de inversión; modifica decretos con fuerza de ley N°s 251 y 252, del Ministerio de Hacienda, de 1931 y1960, respectivamente, y la ley N° 18.045.

- Ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas.

Valparaíso, a 12 de marzo de 2021.

MARÍA SOLEDAD ARAVENA

Secretaria de la Comisión

1.3. Discusión en Sala

Fecha 01 de abril, 2021. Diario de Sesión en Sesión 9. Legislatura 369. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

ENTREGA DE FONDOS MUTUOS Y FONDOS DE INVERSIÓN NO COBRADOS A CUERPOS DE BOMBEROS DE CHILE

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Corresponde ocuparse en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de los Senadores señores Coloma, García, Lagos, Montes y Pizarro, que modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, en relación con el destino de los valores correspondientes a dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, con informe de la Comisión de Hacienda.

--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletín 13.801-05) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Esta iniciativa tiene por objeto modificar la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, con la finalidad de que los valores correspondientes a dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de cinco años desde la resolución de liquidación de fondos emitida por la Comisión para el Mercado Financiero, sean entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

La Comisión de Hacienda deja constancia de que, por tratarse de un proyecto de artículo único, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, lo discutió en general y en particular a la vez. La referida Comisión aprobó la iniciativa en general por la unanimidad de sus miembros, Senadores señores Coloma, García, Lagos, Montes y Pizarro; en particular, con la misma votación unánime, aprobó el proyecto con las modificaciones que se registran en su informe.

Asimismo, hace presente que, atendido el texto aprobado en particular para el proyecto, la Comisión de Hacienda concordó en que la denominación conferida a la iniciativa debe sustituirse por la siguiente: proyecto de ley que modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, en relación con el destino de los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes.

El texto que se propone aprobar se transcribe en la página 13 del informe de la Comisión de Hacienda y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición en la Sala y también en la plataforma de la sesión telemática o remota, y ha sido remitido a los correos de todas las señoras y los señores Senadores.

Es todo, señora Presidenta.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias.

En discusión general y particular el proyecto.

Le ofreceré la pablara al Senador Jorge Pizarro, primero; y después, al Senador José García Ruminot, quien ha sido, de acuerdo con lo que nos ha señalado el Senador Pizarro, un importante promotor de esta iniciativa junto con los Senadores Lagos, Montes y Coloma, que también han tenido una participación muy relevante.

Tiene la palabra el Senador Jorge Pizarro.

El señor PIZARRO.-

Señora Presidenta , solo para complementar la información que ha entregado el señor Secretario .

Efectivamente, esta es una moción parlamentaria, propuesta por el Senador José García Ruminot . En la Comisión de Hacienda nos planteó esta idea, que permite despejar algunas de las omisiones que se generaron en la discusión del proyecto del 2014, cuando fue promulgada la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, que derogó la ley N° 18.815, que regulaba dichos fondos de inversión; todo esto con la finalidad de crear un mercado de capitales con una plataforma de infraestructura moderna y eficiente, para aportar al desarrollo y el crecimiento de nuestro país.

El problema es que esa derogación afectó una forma de financiamiento para Bomberos de Chile, que estaba contemplada indirectamente en esa normativa. Lo que existía era la facultad de que aquellos fondos mutuos y fondos de inversión liquidados, por no cumplir el mínimo de partícipes o patrimonio mínimo establecido, pudieran pasar a dominio de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

A nosotros nos pareció no solo interesante la moción, sino que muy necesaria y muy atractiva. Por eso, entre todos decidimos patrocinarla y trabajarla en conjunto.

A las sesiones que celebramos se invitó al señor Ministro de Hacienda , Rodrigo Cerda ; al Subsecretario , Alejandro Weber ; al Coordinador Legislativo, José Riquelme ; al Presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile , Raúl Bustos ; al abogado Manuel Acuña ; al Coordinador de la Presidencia , Mauricio Nannig , y a los abogados Claudia González , Fernando Recio y Cristián Fuentes . También participó la asesora del Senador García, Valentina Becerra .

Más que entrar al contenido del proyecto, Presidenta , quiero decir que producto de los alcances o la información que se nos entregó, la consulta a la Comisión para el Mercado Financiero, se elaboró una nueva propuesta, también planteada por el Senador García, que implicó algunas indicaciones, que fueron a las que hizo referencia el señor Secretario .

Ojalá esta iniciativa se pudiera aprobar a la brevedad. Bomberos de Chile es una institución que está siempre necesitada de recursos. Estos fondos, para evitar cualquier malentendido, van a la Junta Nacional de Bomberos, pero son redistribuidos a las juntas que existen en todo el país.

Yo preferiría que el Senador García explicara el detalle del proyecto y la necesidad de legislar a la brevedad.

El llamado que hacemos a los colegas es a ojalá aprobar esta iniciativa lo más rápido posible.

He dicho.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias, señor Presidente del Parlatino.

Tiene la palabra el Senador José García Ruminot.

El señor GARCÍA .-

Señora Presidenta , Honorable Sala, en realidad, lo que hace este proyecto de ley es devolverle a Bomberos de Chile una fuente de financiamiento que antiguamente, hasta el año 2014, tenía. En tal sentido, estamos estableciendo que los dineros de fondos mutuos o de fondos de inversión no cobrados dentro del plazo de cinco años desde su liquidación deberán ser entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, la que estará obligada a distribuirlos entre las 313 compañías de Bomberos de nuestro país.

Esta iniciativa consta de un artículo permanente y de un artículo transitorio. El permanente dispone hacia adelante lo que ya he señalado, es decir, permitir que estos recursos sean entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile a fin de que esta los distribuya entre las 313 compañías de Bomberos del país.

El artículo transitorio se refiere al stock, es decir, a lo que hoy día está liquidado y que no ha sido cobrado por más de cinco años, porque lo más probable es que quienes eran sus propietarios no dejaron herederos, y, en consecuencia, no hay quién se haga cargo o quién reciba estos valores.

Como decía, esto tiene su historia. La promulgación en enero del año 2014 de la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, significó la derogación de la ley N° 18.815, que regulaba los fondos de inversión. Dicha normativa, en su artículo 1 señalaba que los fondos de inversión y sus sociedades administradoras se regían por la ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas abiertas, lo que permitía, bajo determinadas circunstancias, que los dineros y beneficios no reclamados por los partícipes de un fondo pasaran a pertenecer a Bomberos de Chile.

La Comisión de Hacienda, señora Presidenta , intentó conseguir información sobre cuánto se estimaba que podíamos aportar al financiamiento de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos y al de las compañías de Bomberos de todo el país. Sin embargo, nadie dispone de ese dato: no lo tiene el Ministerio de Hacienda; no lo tiene la Comisión para el Mercado Financiero, en fin. La única estimación que existe es la de Bomberos en función de la historia anterior al año 2014, en que más o menos recibían anualmente una cifra del orden de los 400 millones de pesos.

Esperamos que con este proyecto de ley podamos saber también, una vez que comience a regir, cuántos son los fondos que realmente pueden agregarse al financiamiento tan necesario de esta benemérita institución.

Pido que apoyemos esta iniciativa. Quiero agradecer el respaldo de todos los Senadores de la Comisión de Hacienda. Bomberos es la institución de mayor prestigio en nuestro país; es la institución más querida de Chile. El rol que cumplen es vital, porque muchas veces de su actuar oportuno dependen la vida de las personas y el salvataje de comunidades completas. Por eso creo que contribuir con una fuente más de financiamiento es una necesidad, más aún en estos tiempos de tanta emergencia e incertidumbre.

Por supuesto, voto a favor de esta iniciativa.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Muchas gracias.

Si les parece a las señoras Senadoras y a los señores Senadores, abriremos la votación.

El señor PUGH.-

¡Sí!

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

El proyecto lo votaremos en general y en particular.

¿Habría acuerdo para ello?

Así se acuerda.

En votación.

--(Durante la votación).

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Sé que los Senadores Lagos, Montes y Coloma, quienes están trabajando en la Comisión de Hacienda, son mocionantes y no han solicitado la palabra; sin embargo, se las ofrezco ahora por si alguno quiere intervenir.

Senador Moreira, tiene la palabra por hasta cinco minutos.

Está habilitado su micrófono.

Senador Moreira, tiene la palabra.

Senador Moreira, le pedimos que revise algún elemento técnico desde allá, porque su computador no tiene sonido; está habilitado su micrófono y vemos desde acá que está hablando, pero no lo escuchamos en la Sala.

¿Pueden habilitarle nuevamente el micrófono a Su Señoría, por favor?

Ahora, Senador Moreira.

Desde Informática nos dicen que está habilitado; tiene que activar su micrófono desde allá, Senador.

Mientras tanto, le ofrezco la palabra al Senador Ricardo Lagos, si quiere...

Su Señoría está en la Comisión de Hacienda trabajando en paralelo con la Sala.

Le pido a la Secretaría que proceda a tomar la votación a quienes están asistiendo a esta sesión en forma telemática.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Vamos a consultar por la opción de voto de los señores Senadores y de las señoras Senadoras que se encuentran participando de esta sesión en forma remota.

Senador señor Elizalde, ¿cómo vota?

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

Con todo gusto, voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Goic, ¿cómo vota?

La señora GOIC.-

A favor, en un justo reconocimiento, además, a la labor que realiza Bomberos.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Guillier, ¿cómo vota?

El señor GUILLIER.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Insulza, ¿cómo vota?

Senador señor Lagos, ¿cómo vota?

El señor LAGOS .-

Señor Secretario , ¿estamos votando el proyecto vinculado con Bomberos de Chile, que modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales? ¿Ese es?

Me encuentro en la Comisión Hacienda.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Así es, señor Senador.

En su momento le ofrecimos la palabra y señalamos también que usted se halla en la Comisión de Hacienda trabajando en forma paralela con la Sala.

El señor LAGOS.-

Sí.

Me voy a pronunciar favorablemente.

Entiendo que ya se hizo la relación de este proyecto. Básicamente lo que persigue -ciertamente, solo voy a fundamentar mi voto favorable- es otorgarle a Bomberos, mediante dineros que no sean cobrados de los fondos mutuos de inversiones, un mecanismo de financiamiento. Se trata de recursos que quedan -entre comillas - abandonados, y la idea es que el destino que tengan sea Bomberos de Chile.

Creo que esta iniciativa se explica por sí sola. Son recursos que -entre comillas- no dañan el erario: al contrario, son fondos que están empozados y la utilidad que se encontró al respecto es otorgarlos al Cuerpo de Bomberos de Chile.

Así que con mucho gusto voto a favor de este proyecto de ley.

Y vuelvo a la Comisión de Hacienda.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

El señor INSULZA.-

Yo pido votar también, Presidente , si me permite.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senador señor Insulza, ¿cómo vota?

El señor INSULZA.-

Voto a favor.

Gracias.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

El señor ELIZALDE.-

¿Me permite, Secretario?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

¿Senador señor Elizalde?

El señor ELIZALDE.-

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Allende, ¿cómo vota?

La señora ALLENDE.-

Voto a favor, con mucho gusto, Presidente.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?

La señora ARAVENA.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Latorre, ¿cómo vota?

El señor LATORRE.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Letelier, ¿cómo vota?

El señor LETELIER.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Montes, ¿cómo vota?

Senador señor Moreira, ¿cómo vota?

El señor MOREIRA.-

¿Me escucha?

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Sí.

El señor MOREIRA.-

Muchas gracias.

Lo que pasa es que estoy trabajando en tres computadores, porque en este minuto nos hallamos sesionando en tres Comisiones distintas. Esperamos que esté lista muy pronto la reforma constitucional que posterga las próximas elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes, en que solo faltan tres artículos por votar.

Ahora bien, en cuanto al proyecto que ahora estamos votando, creo que es muy justo y necesario; es una muy buena idea, porque va a permitir seguir ayudando a los bomberos, que tanto lo necesitan.

Por esa razón, señora Presidenta , voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchas gracias, Senador Moreira, a quien también le agradezco por el reporte que nos da respecto del trabajo que está realizando la Comisión de Constitución.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?

La señora ÓRDENES.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Ossandón, ¿cómo vota?

El señor OSSANDÓN.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Prohens, ¿cómo vota?

El señor PROHENS.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Quinteros, ¿cómo vota?

El señor QUINTEROS.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Sandoval, ¿cómo vota?

Senador señor Soria, ¿cómo vota?

El señor SORIA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senadora señora Van Rysselberghe, ¿cómo vota?

La señora VAN RYSSELBERGHE. -

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senadora señora Von Baer, ¿cómo vota?

La señora VON BAER.-

A favor, Secretario, y felicito a los mocionantes, especialmente al Senador García, quien -según entiendo- ha impulsado con mucha fuerza este proyecto.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Araya, ¿cómo vota?

Senadora señora Carvajal, ¿cómo vota?

La señora CARVAJAL.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Chahuán, ¿cómo vota?

Senador señor Chahuán, ¿cómo vota?

Tiene que activar su micrófono desde allá.

El señor CHAHUÁN.-

A favor, señor Secretario , con mucho orgullo por Bomberos de Chile.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

Senador señor Bianchi, ¿cómo vota?

El señor BIANCHI.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Montes, ¿cómo vota?

El señor MONTES.-

Voto a favor de este proyecto.

Valoro todo lo que se hizo para sacarlo adelante, pues es muy importante para fortalecer a Bomberos.

Es una gran iniciativa.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Tiene la palabra el Senador Kenneth Pugh para fundamentar el voto.

El señor PUGH.-

Señora Presidenta , felicito al Senador José García Ruminot y a quienes patrocinaron esta moción, pero también a la Mesa, por el acuerdo a que llegó en el sentido de haber puesto en discusión un proyecto relevante mientras estamos a la espera del despacho de Comisiones de iniciativas respecto de las cuales deberemos tomar importantes decisiones.

Bomberos hace una labor insustituible y no tiene recursos. Por eso esta vía de utilizar recursos que no tienen destino es lógica y habla bien de las políticas públicas, así como de este momento, en que estamos avanzando en votaciones relevantes.

Por eso voto a favor.

La señora PROVOSTE ( Presidenta ).-

Muchas gracias, Senador Kenneth Pugh.

Aprovecho de saludar también y de dar una cordial bienvenida a esta sesión al Ministro de Salud , señor Enrique Paris, quien se ha incorporado de manera telemática.

¡Bienvenido, Ministro!

Senador Pedro Araya, vamos a dejar consignada su intención de voto.

Mientras tanto, le ofrezco la palabra al Senador Pedro Araya.

Por favor, habiliten el micrófono de Su Señoría.

¿Senador Araya?

Terminada la votación.

--Se aprueba en general y en particular el proyecto (27 votos a favor).

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Carvajal, Goic, Muñoz, Órdenes, Provoste, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Bianchi, Chahuán, Elizalde, García, García-Huidobro, Guillier, Insulza, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Ossandón, Pizarro, Prohens, Pugh, Quinteros y Soria.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Están pareados los señores Kast y Huenchumilla y el señor Quintana y la señora Sabat.

Asimismo, tal como señaló, se consigna la intención de voto favorable del Senador señor Pedro Araya.

La señora PROVOSTE (Presidenta).-

Queda despachado en general y particular este proyecto de ley.

Pasamos al siguiente punto de la tabla de hoy.

1.4. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 01 de abril, 2021. Oficio en Sesión 13. Legislatura 369.

Valparaíso, 1 de abril de 2021.

Nº 173/SEC/21

A S.E. el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la moción, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley que modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, en relación con el destino de los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, correspondiente al Boletín Nº 13.801-05:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Agrégase en la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, el siguiente artículo 26 bis:

“Artículo 26 bis.- Los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la liquidación del fondo, deberán ser entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, de conformidad a lo establecido en el artículo 117 de la ley Nº 18.046 y el artículo 45, letra c), de su Reglamento, para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país. Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá, una vez transcurrido un año desde que los dineros no hubieren sido cobrados por los partícipes respectivos, mantenerlos en depósitos a plazo reajustables, debiendo entregar dichos dineros, con sus respectivos reajustes e intereses, si los hubiere, a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.”.

Artículo transitorio.- Sin perjuicio de lo indicado en el artículo 15 de la ley N° 20.712, los dineros correspondientes a dividendos, repartos de capital y todo otro beneficio en efectivo que no hayan sido cobrados por los respectivos partícipes de fondos mutuos o fondos de inversión liquidados hace más de 5 años desde la entrada en vigencia de esta ley, podrán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país.

Para tales efectos, la administradora procederá a notificar a los partícipes que no hubieren cobrado los mencionados beneficios en el plazo antes señalado, mediante una publicación que hará en un diario de circulación nacional y otra posterior en el Diario Oficial. Entre ambas publicaciones no mediará un plazo superior a 10 días. La publicación de dichos avisos deberá contener los datos necesarios para la correcta individualización de los partícipes y del fondo liquidado, debiendo establecer, además, la fecha de liquidación del fondo, a fin de que los respectivos titulares puedan reclamar los dineros no cobrados dentro del plazo de 1 año de efectuada la publicación antes mencionada en el Diario Oficial. Una vez cumplido dicho plazo los dineros deberán ser entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, con sus respectivos reajustes e intereses, si los hubiere.

Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá mantener los dineros no cobrados en depósitos a plazo reajustables durante el plazo que medie entre la primera de las publicaciones señaladas hasta la entrega de dichos valores a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.”.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

YASNA PROVOSTE CAMPILLAY

Presidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 01 de julio, 2021. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 54. Legislatura 369.

?INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 20.712, SOBRE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS DE TERCEROS Y CARTERAS INDIVIDUALES, EN RELACIÓN CON EL DESTINO DE LOS DINEROS DE FONDOS MUTUOS O FONDOS DE INVERSIÓN NO COBRADOS POR LOS RESPECTIVOS PARTÍCIPES

_____________________________________________________________________

Boletín N° 13.801-05(S)

HONORABLE CÁMARA

La Comisión de Hacienda pasa a informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, originado en Moción de los senadores señores Juan Antonio Coloma Correa, José García Ruminot, Ricardo Lagos Weber, Carlos Montes Cisternas y Jorge Pizarro Soto.

I.-CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS

1.- Idea matriz o fundamental del proyecto:

Otorgar al Cuerpo de Bomberos de Chile, un mecanismo de financiamiento, mediante norma expresa que permita destinarle los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados, luego de ser liquidados, con el objeto de contribuir por ese medio, con la indispensable función que desempeñan de ayuda a la comunidad en incendios y catástrofes.

2.- Aprobación en general del proyecto

Fue aprobado por la unanimidad de los doce diputados presentes, señora Sofía Cid, Javier Hernández, Giorgio Jackson, Pablo Lorenzini (Presidente), Cosme Mellado, José Miguel Ortiz, Leopoldo Pérez, Guillermo Ramírez, Alejandro Santana, Marcelo Schilling y Gastón Von Mühlenbrock.

3- Normas que deben aprobarse con quórum especial:

No hay

4-Disposiciones o indicaciones rechazadas.

No hubo

5- Indicaciones declaradas inadmisibles.

No hubo

6.- Diputado Informante: El señor Javier Hernández Hernández

II.- ANTECEDENTES GENERALES DE LA INCIATIVA

-La ley N° 20172 del año 2014, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, significó la derogación de la ley N° 18.815, que regulaba los fondos de inversión. Dicha normativa, en su artículo 1 señalaba que los fondos de inversión y sus sociedades administradoras se regían por la ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas abiertas, lo que permitía, bajo determinadas circunstancias, que los dineros y beneficios no reclamados por los partícipes de un fondo pasaran a pertenecer a Bomberos de Chile [1].

- Falta de norma específica en relación al destino de los fondos liquidados.

- Imposibilidad actual de aplicar supletoriamente la ley N°18.046, sobre Sociedades Anónimas.

- Eventual aplicación de normas generales.

- Administradoras deben actuar con deber de cuidado según lo dispone la ley N°20.712 [2] , Sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales y deroga los cuerpos legales que indica

- Eventual existencia de cuotas no cobradas, repartos de capital y otros beneficios en efectivo.

Interpretación de la Comisión Para el Mercado Financiero (CMF):

- No es posible efectuar dicho procedimiento por no existir norma expresa.

- Administradora deberá mantener dichos fondos velando con el deber de cuidado del artículo 15 y siguientes de la Ley N° 20.712.

III.-CONTENIDO DEL PROYECTO

Esta iniciativa consta de un artículo permanente y de un artículo transitorio.

Artículo único: Permite que esos recursos sean entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile a fin de que esta los distribuya entre las 313 compañías de Bomberos del país.

El artículo transitorio se refiere al stock, es decir, a lo que hoy día está liquidado y que no ha sido cobrado por más de cinco años, porque lo más probable es que quienes eran sus propietarios no dejaron herederos, y, en consecuencia, no hay quién se haga cargo o quién reciba estos valores.

III.- INCIDENCIA EN MATERIA FINANCIERA O PRESUPUESTARIA DEL ESTADO

No tiene

IV-SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN Y ACUERDOS ADOPTADOS

1.-AUDIENCIAS RECIBIDAS

El senador José García, autor de la iniciativa, expresó que su finalidad es otorgar una fuente de financiamiento a los Cuerpos de Bomberos de Chile. Recordó que hasta 2014, antes de la promulgación de la ley 20.712 que regula la administración de fondos de terceros y carteras individuales, los fondos mutuos y de inversiones que no se cobraban por los partícipes, bajo determinadas circunstancias, pasaban a pertenecer a los bomberos. Hasta dicha modificación, cerca de 400 millones de pesos fueron entregados a los bomberos por esta vía. Manifestó que hoy no resulta posible estimar el volumen de los recursos, en tanto no existe una obligación de informar los dineros que se encuentran en la situación prevista en la ley. Sin perjuicio de ello, dado el consistente aumento que han tenido estos vehículos de inversión, es esperable que constituyan una importante fuente de financiamiento para la imprescindible labor que llevan a cabo los bomberos del país.

El señor Francisco Larraín, Coordinador del Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, destacó que con las modificaciones introducidas a partir de la Ley 20.712 se han liquidado ciertos fondos, como consecuencia de la derogación de una serie de disipaciones legales que se produjeron en virtud de dicha ley.

Agregó, que la Comisión para el Mercado Financiero ha resuelto que, al no haber una norma expresa que regule el destino de los fondos no reclamados, y tratándose de materias ligadas al derecho de propiedad, tienen que aplicarse las normas generales, debiendo la administradora respectiva mantener dichos fondos, velando por el deber de cuidado que dispone la normativa. Por esa razón, bomberos no puede ser, actualmente, receptor de estos fondos. La moción viene a establecer esa norma expresa que resulta necesaria para tal efecto, por la que se dispone que los fondos mutuos o de inversión que no han sido cobrados después de 5 años de su liquidación, deben ser entregados a la Junta Nacional de Bomberos. Manifestó la posición favorable del Ejecutivo en torno al proyecto, en tanto soluciona un problema generado involuntariamente al legislar sobre la materia.

El Presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos Zavala coincidió con lo planteado anteriormente, en el sentido que esta moción resolverá una situación generada de forma involuntaria, pero que afectó negativamente a los bomberos de Chile, en tanto no han podido percibir recursos a partir de una fuente de financiamiento con la que anteriormente contaban.

A su término, los integrantes presentes efectuaron los siguientes comentarios.

El diputado Ortiz valoró la presentación de este proyecto de ley, en tanto representa un justo reconocimiento a la labor de los miles de bomberos del país, materializado en la recuperación de una fuente de financiamiento de los Cuerpos de Bomberos que nunca debió suspenderse.

El diputado Pérez pidió mayor claridad en torno al momento desde el cuál se comienza a contar el plazo de 5 años.

 

El diputado Hernández reconoció que los bomberos necesitan fortalecerse cada vez más, en tanto su nivel de especialización es también cada vez más profundo, lo que les ha permitido continuar dedicándose al combate de incendios, pero también colaborando en emergencias de distinta naturaleza.

El diputado Ramírez valoró la iniciativa, y destacó el importante rol que actualmente desempeñan también las voluntarias de los Cuerpos de Bomberos del país.

La diputada Cid coincidió con quien la antecedió en la palabra, agregando que a nivel regional la labor que desarrollan los Cuerpos de Bomberos resulta fundamental tanto en la prevención y combate de incendios, como en la respuesta a otro tipo de emergencias.

Dando respuesta a la consulta del diputado Pérez, el señor Larraín explicó que el plazo de 5 años que considera el proyecto de ley se cuenta desde la liquidación, proceso que, en términos generales, se inicia cuando el fondo deja de funcionar, y que consiste en la distribución de sus fondos.

Votación

Puesto en votación general y particular a la vez, el proyecto resultó aprobado por la unanimidad de los doce diputados presentes. Votaron a favor los diputados Cid, Hernández, Jackson, Lorenzini (Presidente), Mellado, Ortiz, Pérez, Ramírez, Santana, Schilling y Von Mühlenbrock.

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Por las razones señaladas y consideraciones que expondrá el señor Diputado Informante, la Comisión de Hacienda recomienda aprobar el siguiente

PROYECTO DE LEY

Artículo único.- Agrégase en la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, el siguiente artículo 26 bis:

“Artículo 26 bis.- Los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la liquidación del fondo, deberán ser entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, de conformidad a lo establecido en el artículo 117 de la ley Nº 18.046 y el artículo 45, letra c), de su Reglamento, para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país. Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá, una vez transcurrido un año desde que los dineros no hubieren sido cobrados por los partícipes respectivos, mantenerlos en depósitos a plazo reajustables, debiendo entregar dichos dineros, con sus respectivos reajustes e intereses, si los hubiere, a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile”.

Artículo transitorio.- Sin perjuicio de lo indicado en el artículo 15 de la ley N° 20.712, los dineros correspondientes a dividendos, repartos de capital y todo otro beneficio en efectivo que no hayan sido cobrados por los respectivos partícipes de fondos mutuos o fondos de inversión liquidados hace más de 5 años desde la entrada en vigencia de esta ley, podrán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país.

Para tales efectos, la administradora procederá a notificar a los partícipes que no hubieren cobrado los mencionados beneficios en el plazo antes señalado, mediante una publicación que hará en un diario de circulación nacional y otra posterior en el Diario Oficial. Entre ambas publicaciones no mediará un plazo superior a 10 días. La publicación de dichos avisos deberá contener los datos necesarios para la correcta individualización de los partícipes y del fondo liquidado, debiendo establecer, además, la fecha de liquidación del fondo, a fin de que los respectivos titulares puedan reclamar los dineros no cobrados dentro del plazo de 1 año de efectuada la publicación antes mencionada en el Diario Oficial. Una vez cumplido dicho plazo los dineros deberán ser entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, con sus respectivos reajustes e intereses, si los hubiere.

Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá mantener los dineros no cobrados en depósitos a plazo reajustables durante el plazo que medie entre la primera de las publicaciones señaladas hasta la entrega de dichos valores a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

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Tratado y acordado en la sesión celebrada el día 30 de junio del año en curso, con las asistencia presencial o remota, de los diputados (a) señores y señora Sofía Cid Versalovic, Javier Hernández Hernández, Giorgio Jackson Drago, Pablo Lorenzini Basso (Presidente), Cosme Mellado Pino, Manuel Monsalve Benavides, José Miguel Ortiz Novoa, Leopoldo Pérez Lahsen, Guillermo Ramírez Diez, Alejandro Santana Tirachini, Marcelo Schilling Rodríguez, y Gastón Von Mühlenbrock Zamora.

Sala de la Comisión, a 1 de julio de 2021.

[1 La única estimación que existe es la de Bomberos en función de la historia anterior al año 2014 en que más o menos recibían anualmente una cifra del orden de los 400 millones de pesos.
[2] Artículo 15 Deber de Cuidado: Responsabilidad de la administradora. La responsabilidad por la función de administración es indelegable sin perjuicio que las administradoras puedan conferir poderes especiales o celebrar contratos por servicios externos para la ejecución de determinados actos negocios o actividades necesarias para el cumplimiento del giro.

2.2. Informe de Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos

Cámara de Diputados. Fecha 12 de agosto, 2021. Informe de Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos en Sesión 68. Legislatura 369.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE EMERGENCIA, DESASTRES Y BOMBEROS RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 20.712, SOBRE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS DE TERCEROS Y CARTERAS INDIVIDUALES, EN RELACIÓN CON EL DESTINO DE LOS DINEROS DE FONDOS MUTUOS O FONDOS DE INVERSIÓN NO COBRADOS POR LOS RESPECTIVOS PARTÍCIPES

Boletín No 13.801-05 (S)

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos viene en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley individualizado en el epígrafe, originado en moción de los senadores señores Juan Antonio Coloma Correa, José García Ruminot, Ricardo Lagos Weber, Carlos Montes Cisternas y Jorge Pizarro Soto.

Durante el análisis de esta iniciativa legal la Comisión contó con la asistencia del senador, señor Ricardo Lagos Weber; del Coordinador de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, señor Francisco Larraín Stieb; del Coordinador Legislativo de dicha Cartera, señor José Riquelme González; del Presidente Nacional de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos Zavala, y del asesor jurídico de la Junta, señor Fernando Recio Palma.

I.- IDEA MATRIZ O FUNDAMENTAL DEL PROYECTO.

La idea matriz o fundamental del proyecto es otorgar al Cuerpo de Bomberos de Chile un mecanismo de financiamiento, mediante norma expresa que permita destinarle los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados, luego de ser liquidados, con el objeto de contribuir por ese medio con la indispensable función que desempeñan de ayuda a la comunidad en incendios y catástrofes.

II.- ANTECEDENTES.

Este proyecto comenzó su tramitación en el H. Senado mediante el ingreso de la moción ya individualiza, con fecha 22 de septiembre de 2020.

Durante su tramitación en la Comisión de Hacienda del H. Senado, dicha instancia parlamentaria emitió un informe, el cual dio cuenta de la discusión general y particular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento del Senado, aprobándose en la Sala el texto despachado en el primer trámite constitucional en la sesión 9ª/369, celebrada el día 1 de abril del año en curso.

Cabe hacer presente que el proyecto fue aprobado por unanimidad tanto en la Comisión de Hacienda como en la Sala.

Iniciando su segundo trámite constitucional, se dio cuenta del proyecto de ley, en los términos aprobados por el H. Senado, en la sesión 13ª/369, celebrada el día 5 de abril de 2021, ocasión en que dicha iniciativa fue destinada a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, para su tramitación e informe. Dicha instancia parlamentaria destinó una sesión para conocer el proyecto y recibir opiniones (sesión 279ª, de 30 de junio de 2021). De lo discutido en dicha sesión y las exposiciones de los invitados se dará cuenta en el acápite correspondiente.

La Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos, habiendo tomado conocimiento de que dicho proyecto estaba radicado en la Comisión de Hacienda, acordó mediante el oficio N° 34/2021 de 22 de junio de 2021 solicitar a la Sala su remisión, una vez despachado por dicha Comisión, con el objeto de proceder a su tramitación e informe, dado que se trataba de una materia plenamente correspondiente con su competencia.

La Sala de la Cámara de Diputados, en sesión 50ª/369 de 29 de junio de 2021 acordó acceder a la solicitud de esta Comisión, comunicándole dicha decisión a través del oficio N° 16.717 de la Secretaría General.

III.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 304 del Reglamento de la Corporación, en este informe se debe dejar constancia de lo siguiente:

1.- MINUTA DE LOS FUNDAMENTOS DEL PROYECTO.

De acuerdo a lo señalado en el informe de la Comisión de Hacienda del H. Senado, los fundamentos de la moción son los siguientes:

Los autores expresan que la ley Nº 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, derogó el año 2014 la ley Nº 18.815, que regulaba los fondos de inversión. Todo esto con la finalidad de crear un mercado de capitales con una plataforma de infraestructura moderna y eficiente, que aportara al desarrollo y crecimiento de nuestro país.

Señalan que, sin embargo, si bien los objetivos que estableció dicha normativa son esenciales para crear un mercado de capitales eficiente, la derogación de la ley Nº 18.815, que regulaba los fondos de inversión, afectó una forma de financiamiento para Bomberos de Chile que contemplaba indirectamente aquella normativa, en que existía la facultad de que aquellos fondos mutuos y fondos de inversión liquidados, ya sea por no cumplir con el mínimo de participes o patrimonio mínimo establecido, pudiesen pasar a dominio de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, en virtud de la aplicación que la norma derogada establecía en su artículo 1, inciso tercero: “Los fondos de inversión y las sociedades que los administren serán fiscalizados por la Superintendencia de Valores y Seguros, en adelante la Superintendencia, y se regirán por las disposiciones que se establecen en esta ley y en su reglamento, por las normas legales y reglamentarias relativas a las sociedades anónimas abiertas, y por las que se establezcan, para cada fondo, en sus respectivos reglamentos internos.”.

Exponen que la actual ley Nº 20.712 establece en su artículo 2 únicamente lo siguiente: “Los fondos y sus administradoras serán fiscalizados por la Superintendencia y se regirán por las disposiciones de esta ley, las del Reglamento y, en subsidio, por las que establezcan sus respectivos reglamentos internos”. Es decir, la nueva normativa, a diferencia de la anterior, no establece la aplicación supletoria de la ley Nº 18.046 sobre sociedades anónimas, y su reglamento.

Precisan que la derogación de la aplicación subsidiaria de la ley Nº 18.046, sobre sociedades anónimas, por parte de la actual ley Nº 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, impide que los valores que no sean cobrados por los partícipes de los respectivos fondos mutuos o fondos de inversión puedan ser utilizados al servicio de las personas a través de la entrega de estos fondos a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, para que dicha entidad proceda a su vez a la posterior distribución a los 313 Cuerpos de Bomberos del país.

Producto de esto, la entonces Superintendencia de Valores y Seguros, actualmente Comisión para el Mercado Financiero, emitió en diversas oportunidades resoluciones en relación a fondos mutuos en proceso de liquidación donde determinó que aquellos valores no cobrados por los partícipes de fondos mutuos en proceso de liquidación debían entregarse a Bomberos de Chile.

Por lo tanto, ponen de relieve, el proyecto tiene como objeto fundamental enmendar la omisión en relación a que Bomberos de Chile pueda acceder a valores de relevancia, por lo que se pretende que todos aquellos valores correspondientes a dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la resolución de la Comisión para el Mercado Financiero, deban ser entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, de conformidad a lo establecido en el artículo 18 de la ley Nº 18.046 y en el artículo 45 letra c) de su reglamento.

Para el cumplimiento de lo anterior, agregan los autores, la administradora del respectivo fondo deberá proceder a la realización de los activos del fondo, pagar las deudas del fondo si las hubiere y a la distribución de los activos entre los partícipes. En el caso de existir dineros no cobrados por los partícipes, estos deberán mantenerse en depósitos a plazo reajustables durante el plazo de 5 años, los que una vez cumplidos dicho plazo deberán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile en caso de que no hayan sido cobrados por los partícipes de los respectivos fondos.

Observan, finalmente, que el proyecto establece, asimismo, que todos aquellos fondos mutuos y fondos de inversión que tengan dineros que no hayan sido cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la liquidación del respectivo fondo, deberán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile. La entrega de estos valores deberá efectuarse a partir del plazo de 1 año desde la publicación, mediante dos avisos en diarios de circulación nacional, y uno posterior en el Diario Oficial, la que deberá ser efectuada por las administradoras, de aquellos fondos liquidados, avisos que deberán señalar los respectivos fondos liquidados que cumplan con el plazo de 5 años desde su liquidación, a fin de que los respectivos partícipes puedan reclamar dichos valores antes de que sean entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

2.- RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO EN EL H. SENADO.

El proyecto de ley, de acuerdo a los términos en que fue despachado por el H. Senado en su primer trámite constitucional, está compuesto por un artículo permanente y uno transitorio.

Su artículo permanente agrega una nueva disposición a la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, con la finalidad de que los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la liquidación del fondo, sean entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país.

Su artículo transitorio establece que los dineros correspondientes a dividendos, repartos de capital y todo otro beneficio en efectivo que no hayan sido cobrados por los respectivos partícipes de fondos mutuos o fondos de inversión liquidados hace más de 5 años desde la entrada en vigencia de esta ley, podrán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país, estableciendo un procedimiento para informar a los partícipes que no hubieren cobrado los mencionados beneficios en el plazo antes señalado.

3.- NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL.

El H. Senado estimó que el proyecto no contiene normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado, criterio que comparte esta Comisión.

4.- ARTÍCULOS QUE DEBAN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.

El proyecto fue aprobado en general y particular por la unanimidad de los doce diputados presentes en la Comisión de Hacienda, por tratarse de un proyecto de su competencia.

5.- ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN.

Se rechazó por mayoría de votos la siguiente indicación de la diputada Orsini, doña Maite:

Modifíquese el artículo único de la siguiente forma: para intercalar entre el sustantivo “país” y el punto seguido que antecede la preposición “Para”, lo siguiente: “dentro del mismo año calendario, asignado conforme a la misma prorrata empleada para la distribución de la subvención contemplada en la Ley de Presupuestos de la Nación e imputados exclusivamente a los gastos operacionales de los Cuerpos de Bomberos y equipamiento.”.

IV. DISCUSIÓN DEL PROYECTO.

1.- Discusión en la Comisión de Hacienda.

En primer lugar, se incluyen las opiniones vertidas por los invitados en las audiencias en la Comisión de Hacienda y la votación de la iniciativa.

El senador García, don José, autor de la iniciativa, expresó que su finalidad es otorgar una fuente de financiamiento a los Cuerpos de Bomberos de Chile. Recordó que hasta 2014, antes de la promulgación de la ley N° 20.712 que regula la administración de fondos de terceros y carteras individuales, los fondos mutuos y de inversiones que no se cobraban por los partícipes, bajo determinadas circunstancias, pasaban a pertenecer a los bomberos. Hasta dicha modificación, cerca de 400 millones de pesos fueron entregados a los bomberos por esta vía. Manifestó que hoy no resulta posible estimar el volumen de los recursos, en tanto no existe una obligación de informar los dineros que se encuentran en la situación prevista en la ley. Sin perjuicio de ello, dado el consistente aumento que han tenido estos vehículos de inversión, es esperable que constituyan una importante fuente de financiamiento para la imprescindible labor que llevan a cabo los bomberos del país.

El Coordinador del Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, señor Francisco Larraín, destacó que con las modificaciones introducidas a partir de la ley N° 20.712 se han liquidado ciertos fondos, como consecuencia de la derogación de una serie de disipaciones legales que se produjeron en virtud de dicha ley.

Agregó, que la Comisión para el Mercado Financiero ha resuelto que, al no haber una norma expresa que regule el destino de los fondos no reclamados, y tratándose de materias ligadas al derecho de propiedad, tienen que aplicarse las normas generales, debiendo la administradora respectiva mantener dichos fondos, velando por el deber de cuidado que dispone la normativa. Por esa razón, bomberos no puede ser, actualmente, receptor de estos fondos. La moción viene a establecer esa norma expresa que resulta necesaria para tal efecto, por la que se dispone que los fondos mutuos o de inversión que no han sido cobrados después de 5 años de su liquidación, deben ser entregados a la Junta Nacional de Bomberos. Manifestó la posición favorable del Ejecutivo en torno al proyecto, en tanto soluciona un problema generado involuntariamente al legislar sobre la materia.

El Presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos, coincidió con lo planteado anteriormente, en el sentido que esta moción resolverá una situación generada de forma involuntaria, pero que afectó negativamente a los bomberos de Chile, en tanto no han podido percibir recursos a partir de una fuente de financiamiento con la que anteriormente contaban.

A su término, los integrantes presentes efectuaron los siguientes comentarios.

El diputado Ortiz, don José Miguel valoró la presentación de este proyecto de ley, en tanto representa un justo reconocimiento a la labor de los miles de bomberos del país, materializado en la recuperación de una fuente de financiamiento de los Cuerpos de Bomberos que nunca debió suspenderse.

El diputado Pérez, don Leopoldo pidió mayor claridad en torno al momento desde el cuál se comienza a contar el plazo de 5 años.

El diputado Hernández, Don Javier reconoció que los bomberos necesitan fortalecerse cada vez más, en tanto su nivel de especialización es también cada vez más profundo, lo que les ha permitido continuar dedicándose al combate de incendios, pero también colaborando en emergencias de distinta naturaleza.

El diputado Ramírez, don Guillermo valoró la iniciativa, y destacó el importante rol que actualmente desempeñan también las voluntarias de los Cuerpos de Bomberos del país.

La diputada Cid, doña Sofía coincidió con quien la antecedió en la palabra, agregando que a nivel regional la labor que desarrollan los Cuerpos de Bomberos resulta fundamental tanto en la prevención y combate de incendios, como en la respuesta a otro tipo de emergencias.

Dando respuesta a la consulta del diputado señor Leopoldo Pérez, el señor Larraín explicó que el plazo de 5 años que considera el proyecto de ley se cuenta desde la liquidación, proceso que, en términos generales, se inicia cuando el fondo deja de funcionar, y que consiste en la distribución de sus fondos.

Puesto en votación general y particular a la vez, el proyecto resultó aprobado por la unanimidad de los doce diputados presentes. Votaron a favor la diputada señora Sofía Cid y los diputados señores Javier Hernández, Giorgio Jackson, Pablo Lorenzini (Presidente), Miguel Mellado, José Miguel Ortiz, Leopoldo Pérez, Guillermo Ramírez, Alejandro Santana, Marcelo Schilling y Gastón Von Mühlenbrock.

2.- Discusión en la Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos.

La diputada Orsini, doña Maite (Presidenta) señaló que el objetivo de la iniciativa dice relación con que los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, en el plazo de 5 años, una vez liquidados pasen a formar parte de los recursos con los cuales se financia Bomberos.

El Presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos, comentó que el proyecto nació a instancia de varios senadores y que en su elaboración participó el estudio jurídico encargado de llevar a cabo la implementación de la recepción de recursos o fondos para la institución. En ese sentido, se mostró muy contento y conforme con que se discuta y apruebe su contenido.

Aclaró que dichos fondos llegaban a Bomberos Chile y que la dictación de la ley Nº N° 20.712 del año 2014, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, significó la derogación de la ley N° 18.815, que regulaba los fondos de inversión. Dicha normativa, en su artículo 1° señalaba que los fondos de inversión y sus sociedades administradoras se regían por la ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas abiertas, lo que permitía, bajo determinadas circunstancias, que los dineros y beneficios no reclamados por los partícipes de un fondo pasaran a pertenecer a Bomberos de Chile. Es decir, la nueva ley omitió la señalada remisión que con esta iniciativa, en iguales términos, se pretende reponer.

Relató que en el año 2014, los fondos de inversión representaron aproximadamente 400 millones de pesos, que fueron puestos por la Junta Nacional a disposición de Bomberos de Chile a través de fondos de proyectos con el propósito de entregar solución a necesidades, especialmente de Cuerpos más pequeños. Dichos fondos de proyectos permiten maximizar y hacer más eficaz su utilización, afirmó.

En ese sentido, existe un acuerdo con la Asamblea General para la designación y distribución de esos fondos que, por regla general, beneficia a los Cuerpos más pequeños, permitiéndoles contar con un complemento a lo que se les asigna por la Ley de Presupuestos Fiscal, que tiene un déficit de casi un 30% para cubrir los gastos de operacionales de Bomberos. Enfatizó que estos fondos en ningún caso van a la Junta Nacional.

Instó a los miembros de la Comisión a apoyar la iniciativa en los mismos términos aprobados por el Senado.

El senador Lagos, don Ricardo hizo presente que se trata de un proyecto muy sencillo, impulsado especialmente por el senador García Ruminot, que repara una omisión legal, permitiendo que fondos que quedan empozados indefinidamente sean entregados a Bomberos de Chile.

La iniciativa en su primer trámite constitucional fue conocida por la Comisión de Hacienda, resultando aprobada tanto en general como en particular por la unanimidad de sus miembros, al igual como ocurrió en la Sala, por lo que invita a esta Comisión a replicar su aprobación.

El diputado Ortiz, don José Miguel expresó que el proyecto de ley si bien era inadmisible, no cupo duda a los integrantes de la Comisión de Hacienda del Senado sobre la legitimidad de su pretensión y solicitó el patrocinio al Ejecutivo para llevarlo adelante.

La moción busca que los 313 Cuerpos de Bomberos del país, vuelvan a contar con los fondos precisados en la iniciativa, tal como ocurrió en los gobiernos de los expresidentes Ricardo Lagos y Patricio Aylwin.

Por último, agradeció el apoyo y compromiso del Gobierno, la visión de los senadores mocionantes y a los integrantes de la Comisión de Hacienda del Senado.

A continuación, la diputada Orsini, doña Maite (Presidenta) presentó una indicación para intercalar en el artículo único del proyecto entre el sustantivo “país” y el punto seguido que antecede la preposición “Para”, lo siguiente: “dentro del mismo año calendario, asignado conforme a la misma prorrata empleada para la distribución de la subvención contemplada en la Ley de Presupuestos de la Nación e imputados exclusivamente a los gastos operacionales de los cuerpos de Bomberos y equipamiento.”.

Arguyó que la indicación de su autoría busca, por un lado, evitar la denominada “bicicleta” en el uso de los recursos precisando que deben entregarse y distribuirse en el mismo año calendario, a fin de evitar dilaciones, incluso de años, entre la recepción y la entrega de los mismos. Y, por otro lado, fija un destino exclusivo a dichos fondos, esto es, gastos operacionales y equipamiento de los Cuerpos de Bomberos, evitando otros como sería el pago de viáticos o viajes.

El diputado Norambuena, don Iván manifestó que de aprobarse la indicación implicaría que si se reciben los recursos en el mes de noviembre se dispondría solo de 30 días para entregarlos y distribuirlos, lo que catalogó como complejo. Asimismo, pidió a la diputada Orsini aclarar sus dichos sobre una “bicicleta”.

La diputada Orsini, doña Maite (Presidenta) respondió que tal como se ha expuesto en sesiones anteriores de esta Comisión, dicho término hace referencia al uso de dineros para pagar gastos de años anteriores.

El Presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos, aclaró que los fondos recibidos de la ley N° 18.046 se han repartido a todos los Cuerpos de Bomberos de Chile dentro de un año desde que son recepcionados. De hecho, han informado anualmente a esta instancia, en detalle, la forma en que se han distribuido esos recursos. De igual modo, han informado sobre el déficit que afecta a la institución cuyo origen también se ha aclarado pormenorizadamente en esta instancia y que esperan superar con recursos propios en el plazo máximo de dos años.

En cuanto a la distribución a prorrata de los recursos, expresó que no significa distribuirlos en un número exacto, porque hay Cuerpos pequeños que tienen mayores necesidades que cubrir, habiéndose decidido en Asamblea Nacional de los 313 Cuerpos de Bomberos representados por sus presidentes regionales que esos recursos se destinen a fondos de proyectos de inversión a los que postulan los Cuerpos de Bomberos, beneficiando de ese modo a los más pequeños.

El diputado Ortiz, don José Miguel señaló que la indicación demuestra no conocer internamente el Cuerpo de Bomberos y que de advertirse algo irregular, los presidentes de los 313 Cuerpos de Bomberos ya lo hubieran denunciado. Anunció su voto en contra de la indicación.

El diputado Álvarez, don Sebastián consultó el fundamento de la indicación.

La diputada Orsini, doña Maite (Presidenta) aclaró que han sido los presidentes del diversos Cuerpos de Bomberos quienes le han solicitado expresamente imputar dichos fondos al ítem de gastos operacionales; además, de que se distribuyan dentro del mismo año calendario a fin de evitar que se utilicen para cubrir, por ejemplo, algún déficit.

El Presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile señor Raúl Bustos enfatizó que suplementar la glosa de gastos operacionales implica “diluir en el agua” cualquier recurso que se destine al efecto. A su juicio, es obligación del Estado de Chile aumentar los recursos para la glosa de operaciones, manteniéndose actualmente conversaciones con el Ministerio de Hacienda sobre el punto.

Explicó que los recursos de la ley N°18.046 son para mejoramiento, reparación y mantenimiento de cuarteles, para la adquisición de materiales menores y pequeñas reparaciones directamente o en cofinanciamiento con otros recursos como los provenientes del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR).

La diputada Orsini, doña Maite (Presidenta) indicó que lo único que busca con esta indicación es que no sea la Junta Nacional, sino, los propios Cuerpos de Bomberos quienes decidan en qué se van a gastar los recursos, por ejemplo, material mayor, reparación de cuarteles o cualquier otro.

El Presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos, reiteró que son los propios Cuerpos de Bomberos quienes deciden a través de proyectos de inversión en que gastar los recursos con plena independencia de la Junta Nacional que no interfiere en dicha ejecución.

Aclaró que los gastos operacionales dicen relación con el funcionamiento diario de los cuarteles como es el pago de teléfono, personal rentado (cuartelero), combustible, entre otros. Éstos son financiados por la glosa de operaciones de la Ley de Presupuestos Fiscal cuyo monto asciende aproximadamente a 25 mil millones de pesos que se asignan directamente por el Estado a los 313 Cuerpos de Bomberos y que -como ya señaló- no son suficientes para cubrir la totalidad de los mismos.

Explicó que a diferencia de los recursos precedentes, los fondos de la ley N°18.046 que la moción busca restablecer persiguen precisamente financiar o cofinanciar proyectos de inversión menores o locales, que no están cubiertos por los gastos operacionales como es el mantenimiento o mejoramiento de las instalaciones y la adquisición de equipamiento.

Precisó, finalmente, que los recursos provenientes de la glosa de operaciones no pueden disponerse para comprar cascos, por ejemplo.

El diputado Álvarez, don Sebastián consultó cuál es el criterio de distribución y proporcionalidad de los recursos de la ley N°18.046 en comunas de regiones distintas a la Metropolitana, en atención al grado de centralización del país.

El Presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos, contestó que la glosa de operaciones de la Ley de Presupuestos Fiscal se distribuye directamente por el Estado a los Cuerpos de Bomberos de Chile en una proporción fijada por un estudio muy antiguo realizado por una universidad. En cambio, los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión corresponden a un acuerdo nacional en pos de los Cuerpos de Bomberos más pequeños para cofinanciar las necesidades de sus cuarteles y equipamiento. Se pone a disposición de cada región una porción de estos fondos en relación al tamaño de la misma y la cantidad de Cuerpos que mantenga, quienes a través de proyectos de inversión postulan según sus necesidades, lo que ha significado una distribución más efectiva y beneficiosa, y donde, por regla general, los Cuerpos grandes se abstienen de postular.

Afirmó que destinar esos recursos a gastos operacionales es inadecuado ya que éstos deben ser financiamos por el Estado y en ese sentido Bomberos no claudicará e insistirá hasta que se haga responsable del 100% de ellos. Catalogó como injusto que los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión se destinen, por ejemplo, a pagar un cuartelero, porque estos fondos son para que las compañías puedan adquirir o copagar equipamiento y reparaciones del cuartel.

El senador Lagos, don Ricardo expresó que utilizar los fondos del proyecto para suplementar los gastos operacionales no resolverá problemas de equipamiento general, no solo equipamiento mayor como podría ser adquirir un carro, sino también menor como cotonas o tiras. Señaló que la indicación no resuelve esa necesidad y coincidió que los gastos operacionales deben ser solventados por el Estado.

La diputada Orsini, doña Maite (Presidenta) manifestó que un punto común dice relación con que los recursos para gastos operacionales no son suficientes y que deben ser proveídos por el Estado, pero como los parlamentarios carecen de iniciativa legal al respecto, hoy tienen la posibilidad de complementarlos mediante este proyecto de ley. Propuso escuchar la opinión de otras autoridades de Bomberos en una próxima sesión.

El Presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos, señaló que en un Cuerpo de Bomberos compuesto por 5 compañías los gastos operacionales ascienden a alrededor de 150 millones de pesos, de los cuales 100 millones se reciben de parte del Fisco, porque no los cubre en su totalidad, lo que no significa que no corresponda a una obligación del Estado.

Precisó que para el caso de que se considere asignar los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión para gastos operacionales, no se debe olvidar que hay 313 Cuerpos de Bomberos con 1.200 compañías y, en consecuencia no son de la magnitud para cubrir gastos operacionales; a diferencia del gran impacto que sí generan en la compra de 10 cascos, por ejemplo. Manifestó advertir un cierto desconocimiento de cómo se financia Bomberos de Chile.

Se mostró contrario a la indicación y aseveró que mantener la redacción original del proyecto es mucho más efectivo, eficiente y beneficioso para los Cuerpos, especialmente para los pequeños.

El diputado Ortiz, don José Miguel llamó a considerar los siguientes puntos: a) Se desconoce el monto que podrían alcanzar los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión, b) Cada año se aumentan los recursos fiscales para Bomberos, c) La indicación en vez de ayudar podría perjudicar a Bomberos y d) La indicación se inmiscuye en el ámbito interno de la institución.

Realzó que es la Junta Nacional el órgano que reúne la voluntad de los 313 cuerpos de Bomberos y la que se ha relacionado a nombre de la institución con los diversos poderes del Estado.

El diputado Norambuena, don Iván señaló por un parte que, desde el origen de la Comisión de Bomberos se ha sido especialmente cuidadoso con el tratamiento que se ha otorgado a la institución; y por otra que, a su juicio, a esta instancia no le corresponde inmiscuirse en su administración. Se trata de una institución que es una de las más prestigiosas del país y que presta un servicio público voluntario, distinto sería el caso si sus autoridades fueran pagadas, afirmó.

A mayor abundamiento, comentó que hace muchos años y con el ánimo de respetar la estructura jerárquica de Bomberos de Chile se ha mantenido la tradición de tener contacto directo con la Junta, sin perjuicio, de que abrir la puerta a escuchar la opinión de otros Cuerpos podría dar paso a un montón de situaciones que a esta Comisión no le corresponde ni podría abordar.

El diputado Bobadilla, don Sergio lamentó que se rompan tradiciones e hizo presente que en el pasado siempre primaron los consensos. Es más, señaló que podría asegurar que todos los proyectos aprobados por esta Comisión han contado con la unanimidad de los votos.

El diputado Alarcón, don Florcita sugirió sustituir en la indicación la frase “año calendario” por otro período de tiempo que se determine.

El diputado Rathgeb, don Jorge expresó que no es adecuado fiscalizar a Bomberos por medio de una indicación, para ello existen otras instancias, aseguró.

Votaciones.

Sometida a votación la indicación resultó rechazada por mayoría de votos. Se pronunciaron por la afirmativa la diputada señora Maite Orsini y el diputado señor Florcita Alarcón. Votaron en contra los diputados señores Sebastián Álvarez, Iván Norambuena, José Miguel Ortiz y Jorge Rathgeb, y se abstuvo el diputado señor Sergio Bobadilla (2-4-1).

Puesto en votación el artículo único del proyecto resultó aprobado por unanimidad de votos de la diputada señora Maite Orsini y de los diputados señores Florcita Alarcón, Sebastián Álvarez, Sergio Bobadilla, Iván Norambuena, José Miguel Ortiz y Jorge Rathgeb (7-0-0).

Sometido a votación el artículo transitorio resultó aprobado por la unanimidad de los diputados presentes. Votaron a favor la diputada señora Maite Orsini y los diputados señores Florcita Alarcón, Sebastián Álvarez, Sergio Bobadilla, Iván Norambuena, José Miguel Ortiz y Jorge Rathgeb (7-0-0).

V. INDICACIONES DECLARADAS INADMISIBLES.

No hubo.

VI. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADOS POR LA COMISIÓN.

Se rechazó por mayoría de votos la siguiente indicación de la diputada Orsini, doña Maite:

Modifíquese el artículo único de la siguiente forma: para intercalar entre el sustantivo “país” y el punto seguido que antecede la preposición “Para”, lo siguiente: “dentro del mismo año calendario, asignado conforme a la misma prorrata empleada para la distribución de la subvención contemplada en la Ley de Presupuestos de la Nación e imputados exclusivamente a los gastos operacionales de los Cuerpos de Bomberos y equipamiento.”.

VII. ADICIONES Y ENMIENDAS AL TEXTO APROBADO POR EL H. SENADO.

El proyecto se aprobó en los mismos términos en que lo hiciera el Senado y la Comisión de Hacienda de esta Corporación, por lo tanto, de conformidad a lo establecido en el N° 7° del artículo 304 del Reglamento de la Corporación, la Comisión deja constancia de que no se introdujeron enmiendas al texto propuesto.

VII. DIPUTADO INFORMANTE.

Se designó diputado informante al señor Sebastián Álvarez Ramírez.

VIII. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY, EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS DE LA COMISIÓN.

Por las razones señaladas y por las que expondrá oportunamente el diputado informante, esta Comisión recomienda la aprobación, en los mismos términos que lo hiciera el Senado y la Comisión de Hacienda de esta Corporación, del siguiente

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Agrégase en la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, el siguiente artículo 26 bis:

“Artículo 26 bis.- Los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la liquidación del fondo, deberán ser entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, de conformidad a lo establecido en el artículo 117 de la ley Nº 18.046 y el artículo 45, letra c), de su Reglamento, para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país. Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá, una vez transcurrido un año desde que los dineros no hubieren sido cobrados por los partícipes respectivos, mantenerlos en depósitos a plazo reajustables, debiendo entregar dichos dineros, con sus respectivos reajustes e intereses, si los hubiere, a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.”.

Artículo transitorio.- Sin perjuicio de lo indicado en el artículo 15 de la ley N° 20.712, los dineros correspondientes a dividendos, repartos de capital y todo otro beneficio en efectivo que no hayan sido cobrados por los respectivos partícipes de fondos mutuos o fondos de inversión liquidados hace más de 5 años desde la entrada en vigencia de esta ley, podrán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país.

Para tales efectos, la administradora procederá a notificar a los partícipes que no hubieren cobrado los mencionados beneficios en el plazo antes señalado, mediante una publicación que hará en un diario de circulación nacional y otra posterior en el Diario Oficial. Entre ambas publicaciones no mediará un plazo superior a 10 días. La publicación de dichos avisos deberá contener los datos necesarios para la correcta individualización de los partícipes y del fondo liquidado, debiendo establecer, además, la fecha de liquidación del fondo, a fin de que los respectivos titulares puedan reclamar los dineros no cobrados dentro del plazo de 1 año de efectuada la publicación antes mencionada en el Diario Oficial. Una vez cumplido dicho plazo los dineros deberán ser entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, con sus respectivos reajustes e intereses, si los hubiere.

Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá mantener los dineros no cobrados en depósitos a plazo reajustables durante el plazo que medie entre la primera de las publicaciones señaladas hasta la entrega de dichos valores a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.”.

****************************************

Tratado y acordado, según consta en la acta correspondiente en sesión de fecha 10 de agosto de 2021, con la asistencia de las diputadas señoras Maite Orsini Pascal (Presidenta) y Carolina Marzán Pinto y de los diputados señores Florcita Alarcón Rojas, Sebastián Álvarez Ramírez, Sergio Bobadilla Muñoz, Ramón Galleguillos Castillo, Raúl Leiva Carvajal, Iván Norambuena Farías, José Miguel Ortiz Novoa y Jorge Rathgeb Schifferli.

Sala de la Comisión, a 12 de agosto de 2021.

MARÍA CRISTINA DÍAZ FUENZALIDA

Abogada Secretaria de la Comisión

2.3. Discusión en Sala

Fecha 02 de septiembre, 2021. Diario de Sesión en Sesión 74. Legislatura 369. Discusión General. Se aprueba en general y particular sin modificaciones.

ENTREGA A CUERPOS DE BOMBEROS DE CHILE DE DINEROS DE FONDOS MUTUOS Y FONDOS DE INVERSIÓN NO COBRADOS (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 13801-05)

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

En cuarto lugar, corresponde tratar, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, en relación con el destino de los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, correspondiente al boletín N° 13801-05, del Senado.

Para la discusión de este proyecto, se otorgarán cinco minutos a cada diputada y diputado que se inscriba para hacer uso de la palabra.

Diputados informantes de las comisiones de Hacienda y de Emergencia, Desastres y Bomberos son los señores Javier Hernández y Sebastián Álvarez , respectivamente.

Antecedentes:

-Proyecto del Senado, sesión 13ª de la presente legislatura, en lunes 5 de abril de 2021. Documentos de la Cuenta N° 2.

-Informe de la Comisión de Hacienda, sesión 54ª de la presente legislatura, en martes 6 de julio de 2021. Documentos de la Cuenta N° 11.

-Informe de la Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos, sesión 68ª de la presente legislatura, en martes 17 de agosto de 2021. Documentos de la Cuenta N° 18.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

En remplazo del diputado Javier Hernández , rendirá el informe de la Comisión de Hacienda el diputado Gastón von Mühlenbrock , a quien ofrezco la palabra.

El señor VON MÜHLENBROCK (de pie).-

Señor Presidente, estimados colegas, en representación de la Comisión de Hacienda, en su calidad de comisión técnica, paso a informar sobre el proyecto de ley, originado en una moción de los senadores señores Juan Antonio Coloma, José García, Ricardo Lagos , Carlos Montes y Jorge Pizarro , por el cual se modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, en relación con el destino de los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes.

Concurrió a la comisión a presentar el proyecto en representación de los mocionantes el senador José García Ruminot . La comisión escuchó también al coordinador del Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, señor Francisco Larraín , y al presidente de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos .

La idea fundamental de la iniciativa consiste en otorgar por ley al Cuerpo de Bomberos de Chile un mecanismo de financiamiento mediante norma expresa que permita destinarle los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por sus partícipes, luego de la liquidación del fondo abandonado, con el objeto de contribuir por ese medio con la indispensable función que desempeñan de ayuda a la comunidad en incendios y catástrofes.

En particular, el proyecto de ley restablece una disposición derogada en 2014, tras ser remplazada por la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, que permitía que los fondos mutuos y los fondos de inversión liquidados por no cumplir con el mínimo de partícipes o el patrimonio mínimo y cuyos montos no fueren reclamados por sus dueños en el plazo de cinco años, pudieren pasar a dominio de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

Los fundamentos de la iniciativa explican que la derogación de la aplicación subsidiaria de la ley N° 18.046, sobre Sociedades Anónimas, por parte de la actual ley sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales impide que los valores no cobrados por los partícipes de los respectivos fondos mutuos o fondos de inversión puedan ser utilizados por la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, para ser luego distribuidos a los 313 cuerpos de bomberos del país.

La propia Comisión para el Mercado Financiero se ha pronunciado sobre la imposibilidad de realizar esas transferencias, fundada en que no existe una norma expresa que las autorice. Para solucionar este vacío y reponer esta fuente de financiamiento para la institución bomberil, el proyecto de ley agrega en la referida ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, un artículo 26 bis, nuevo, para disponer que los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la liquidación del fondo, deberán ser entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

Para materializar esta transferencia, la iniciativa establece que la administradora del fondo deberá mantener los recursos en depósitos a plazo reajustables y entregarlos en el plazo de un año a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

Asimismo, para resolver la situación de los recursos que permanecen actualmente sin retirar, se dispone, mediante un artículo transitorio, que los dineros correspondientes a dividendos, repartos de capital y todo otro beneficio en efectivo que no hayan sido cobrados por los respectivos partícipes de fondos mutuos o fondos de inversión liquidados hace más de 5 años desde la entrada en vigencia de la ley en proyecto, podrán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

Para ello, la administradora notificará a los partícipes que no hubieren cobrado los beneficios, mediante una publicación en un diario de circulación nacional y otra posterior en el Diario Oficial, a fin de que los respectivos titulares puedan reclamar los dineros no cobrados.

El proyecto de ley no tiene incidencia presupuestaria, pues no afecta los ingresos ni los gastos del fisco. Tampoco se cuenta con una estimación de los montos actuales factibles de ser distribuidos, pues las administradoras no tienen obligación de informar o publicar la situación de los fondos liquidados.

Finalmente, y luego de que los integrantes de la comisión compartieran plenamente la justicia de esta iniciativa, el artículo único del proyecto, junto con su artículo transitorio, fue aprobado por la unanimidad de los doce diputados presentes.

Votaron a favor la diputada Sofía Cid y los diputados Giorgio Jackson , Cosme Mellado , Manuel Monsalve , José Miguel Ortiz , Leopoldo Pérez , Guillermo Ramírez , Alejandro Santana , Marcelo Schilling , Pablo Lorenzini (Presidente), Javier Hernández y quien informa, Gastón von Mühlenbrock .

En consecuencia, la Comisión de Hacienda recomienda a esta honorable Sala aprobar el proyecto de ley en los términos expuestos.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos.

El señor ÁLVAREZ, don Sebastián (de pie).-

Señor Presidente, honorable Cámara, en mi calidad de diputado informante de la Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos, paso a informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley que modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, en relación con el destino de los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, iniciado en moción de los senadores Juan Antonio Coloma Correa , José García Ruminot, Ricardo Lagos Weber , Carlos Montes Cisternas y Jorge Pizarro Soto .

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 222 del Reglamento de la Cámara de Diputadas y Diputados y lo resuelto por la Sala de esta Corporación el 29 de junio pasado, la Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos se pronunció sobre el texto aprobado por la Comisión de Hacienda, la que no introdujo adiciones ni enmiendas al texto aprobado por el Senado.

Durante el análisis de esta iniciativa legal, la Comisión contó con la asistencia del senador Ricardo Lagos Weber; del coordinador de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, Francisco Larraín Stieb ; del coordinador legislativo de dicha Cartera, José Riquelme González ; del presidente nacional de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, Raúl Bustos Zavala , y del asesor jurídico Fernando Recio Palma .

El proyecto de ley está compuesto por un artículo permanente y uno transitorio, y la idea matriz o fundamental es otorgar al Cuerpo de Bomberos de Chile un mecanismo de financiamiento, mediante norma expresa, que permita destinarle los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados, luego de ser liquidados, con el objeto de contribuir por ese medio con la indispensable función que desempeñan de ayuda a la comunidad en incendios y catástrofes.

Durante la discusión en particular, la diputada Maite Orsini señaló que el objetivo de la iniciativa dice relación con que los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, en el plazo de cinco años, una vez liquidados, pasen a formar parte de los recursos con los cuales se financia Bomberos.

Por su parte, el presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, Raúl Bustos , explicó que el proyecto nació a instancias de varios senadores y que en su elaboración participó el estudio jurídico encargado de llevar a cabo la implementación de la recepción de recursos o fondos para la institución. En ese sentido, se mostró muy contento y conforme con que se discuta y apruebe su contenido.

Aclaró que dichos fondos llegaban a Bomberos Chile y que la dictación de la ley N° 20.712, de 2014, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, significó la derogación de la ley N° 18.815, que regulaba los fondos de inversión. Dicha normativa, en su artículo 1°, señalaba que los fondos de inversión y sus sociedades administradoras se regían por la ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas abiertas, lo que permitía, bajo determinadas circunstancias, que los dineros y beneficios no reclamados por los partícipes de un fondo pasaran a pertenecer a Bomberos de Chile. Es decir, la nueva ley omitió la señalada remisión que con esta iniciativa, en iguales términos, se pretende reponer.

Indicó que, en 2014, los fondos de inversión representaron aproximadamente 400 millones de pesos, que fueron puestos por la Junta Nacional a disposición de Bomberos de Chile, a través de fondos de proyectos, con el propósito de entregar solución a necesidades, especialmente de cuerpos de bomberos más pequeños. Dichos fondos de proyectos permiten maximizar y hacer más eficaz su utilización.

En ese sentido, existe un acuerdo con la Asamblea General para la designación y distribución de esos fondos que, por regla general, beneficia a los cuerpos más pequeños, permitiéndoles contar con un complemento que se les asigna por la ley de presupuestos fiscal, que tiene un déficit de casi un 30 por ciento para cubrir los gastos operacionales de Bomberos. Enfatizó que estos fondos en ningún caso van a la Junta Nacional e instó a los miembros de la Comisión a apoyar la iniciativa en los mismos términos aprobados por el Senado.

El senador Ricardo Lagos hizo presente que se trata de un proyecto muy sencillo, impulsado especialmente por el senador José García Ruminot , que repara una omisión legal, permitiendo que fondos que quedan empozados indefinidamente sean entregados a Bomberos de Chile.

La iniciativa, en su primer trámite constitucional, fue conocida por la Comisión de Hacienda, resultando aprobada, tanto en general como en particular, por la unanimidad de sus miembros, al igual como ocurrió en la Sala, por lo que se invita a esta Comisión a replicar su aprobación.

El diputado José Miguel Ortiz expresó que la moción busca que los 313 cuerpos de bomberos del país vuelvan a contar con los fondos precisados en la iniciativa, tal como ocurrió en los gobiernos de los Presidentes Ricardo Lagos y Patricio Aylwin .

Una vez terminadas las exposiciones, la diputada Maite Orsini presentó una indicación para intercalar en el artículo único del proyecto, entre el sustantivo “país” y el punto seguido que antecede la preposición “Para”, lo siguiente: “dentro del mismo año calendario, asignado conforme a la misma prorrata empleada para la distribución de la subvención contemplada en la Ley de Presupuestos de la Nación e imputados exclusivamente a los gastos operacionales de los Cuerpos de Bomberos y equipamiento.”.

Arguyó que la indicación de su autoría busca, por un lado, evitar la denominada bicicleta en el uso de los recursos, precisando que deben entregarse y distribuirse en el mismo año calendario, a fin de evitar dilaciones, incluso de años, entre la recepción y la entrega de los mismos, y, por otro, fija un destino exclusivo a dichos fondos, esto es, gastos operacionales y equipamiento de los cuerpos de bomberos, evitando otros, como el pago de viáticos o viajes.

El presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos , aclaró que los fondos recibidos por la ley N° 18.046 se han repartido a todos los cuerpos de bomberos de Chile dentro de un año desde que son recepcionados. De hecho, han informado anualmente a esta instancia, en detalle, la forma en que se han distribuido esos recursos. De igual modo, han informado sobre el déficit que afecta a la institución, cuyo origen también se ha aclarado pormenorizadamente en esta instancia y que esperan superar con recursos propios, en el plazo máximo de dos años.

En cuanto a la distribución a prorrata de los recursos, expresó que no significa distribuirlos en un número exacto, porque hay cuerpos pequeños que tienen mayores necesidades que cubrir, habiéndose decidido en Asamblea Nacional de los 313 cuerpos de bomberos representados por sus presidentes regionales que esos recursos se destinen a fondos de proyectos de inversión a los que postulan los cuerpos de bomberos, beneficiando de ese modo a los más pequeños.

Consultada respecto del fundamento de su indicación, la diputada Maite Orsini indicó que han sido los presidentes del diversos cuerpos de bomberos quienes le han solicitado, expresamente, imputar dichos fondos al ítem de gastos operacionales y, además, que se distribuyan dentro del mismo año calendario, a fin de evitar que se utilicen para cubrir, por ejemplo, algún déficit.

El presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos , enfatizó que suplementar la glosa de gastos operacionales implica “diluir en el agua” cualquier recurso que se destine al efecto. A su juicio, es obligación del Estado de Chile aumentar los recursos para la glosa de operaciones, manteniéndose actualmente conversaciones con el Ministerio de Hacienda sobre el punto.

Explicó que los recursos de la ley N° 18.046 son para mejoramiento, reparación y mantenimiento de cuarteles, para la adquisición de materiales menores y pequeñas reparaciones directamente o en cofinanciamiento con otros recursos, como los provenientes del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR).

Luego de un debate acerca de la conveniencia de incorporar esta indicación al proyecto, fue sometida a votación y resultó rechazada por mayoría de votos. Se pronunciaron por la afirmativa la diputada Maite Orsini y el diputado Florcita Alarcón . Votaron en contra los diputados Sebastián Álvarez , Iván Norambuena , José Miguel Ortiz y Jorge Rathgeb , y se abstuvo el diputado Sergio Bobadilla .

Finalmente, puesto en votación el artículo único y la disposición transitoria del proyecto, resultaron aprobados por la unanimidad de votos de la diputada Maite Orsini y de los diputados Florcita Alarcón , Sebastián Álvarez , Sergio Bobadilla , Iván Norambuena , José Miguel Ortiz y Jorge Rathgeb .

Por las consideraciones expuestas, la Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos recomienda a esta Sala la aprobación en los mismos términos que lo hiciera el Senado y la Comisión de Hacienda de esta Corporación.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

En discusión el proyecto. Tiene la palabra la diputada Carolina Marzán .

La señora MARZÁN (doña Carolina).-

Señor Presidente, la encomiable labor que desempeña Bomberos en nuestro país requiere, sin lugar a dudas, un incentivo, fomento, protección y certeza en todo aquello que sostenga el funcionamiento de la institución.

El proyecto en debate viene a llenar un espacio que hoy no está regulado, lo cual implica que al no haber una norma expresa que regule el destino de los fondos mutuos o fondos de inversión no reclamados, se deben aplicar las normas generales, debiendo la administradora respectiva mantener dichos fondos de conformidad con el deber de cuidado que establecen la ley y los reglamentos. Ese simple ejercicio con fundamento en la ley es causa de que Bomberos no pueda ser receptor de los mencionados fondos.

Por ello, la presente iniciativa dispone de manera expresa que los fondos mutuos o de inversión que no han sido cobrados después de cinco años de su liquidación deben ser entregados a la Junta Nacional de Cuerpos Bomberos. Sin lugar a dudas, se trata de un ejercicio de justicia en beneficio directo de una de las instituciones más queridas, confiables y necesarias en nuestro país.

Hace un par de semanas me reuní con la directiva regional de Bomberos y con representantes de distintos cuerpos de la región. En dicha reunión quedó clara la necesidad permanente y oportuna de financiamiento, siempre considerando la urgencia y continuidad del servicio que deben prestar. Aquí no solo se trata de la disponibilidad de recursos, sino también de la capacidad de Bomberos para hacer sentir a los ciudadanos y las ciudadanas que, ante cualquier evento, se harán presentes para ayudar y brindar todo el profesionalismo y toda su preparación. Por ello, se hace necesario avanzar hacia el fortalecimiento de la institución.

El nivel de especialización de Bomberos es cada vez más profundo, lo cual les ha permitido dedicarse al combate de incendios, pero también a colaborar en emergencias de distinta naturaleza.

El proyecto en discusión representa un tremendo paso -frenado en su momento que enmienda el rumbo respecto del financiamiento para Bomberos de Chile, lo cual, sin duda, contribuye al reconocimiento de los voluntarios y a la justicia para la institución.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Maite Orsini .

La señorita ORSINI (doña Maite ) [vía telemática].-

Señor Presidente, Bomberos de Chile es una institución que, a pesar de ser crucial para el país, muy valorada y necesitada por toda la comunidad y todos los territorios, no cuenta con el apoyo que merece. Así de claro y así de triste.

Las bomberas y los bomberos de Chile, además de ponerse en riesgo constantemente para cuidar nuestros hogares y vidas, y de hacerlo desinteresadamente, deben salir de manera permanente, casco en mano, a pedir aportes en calles y en intersecciones donde hay semáforos.

Por eso, quiero saludar a los autores de la moción en proyecto, que establece un nuevo método de financiamiento, destinando a la institución el dinero de los fondos mutuos o de inversión que no han sido cobrados, pero, por sobre todo, quiero saludar a las bomberas y a los bomberos de Chile, cuyos esfuerzos no reconocidos son la razón por la que discutimos hoy el presente proyecto de ley.

La disonancia entre el valor de la institución y su falta de financiamiento tiene consecuencias brutales para las voluntarias y los voluntarios de la institución. En efecto, quienes sufren día a día las consecuencias de la falta de financiamiento son los mismos que intentan conseguir donaciones en las calles y arriesgan su vida en los llamados a combatir incendios; son ellas y ellos quienes, muchas veces, no cuentan con equipos de protección personal adecuados para proteger su vida, mientras salvan las nuestras; son ellas y ellos quienes, en ocasiones, no pueden poner sus máquinas en servicio, porque no tienen dinero para el combustible o para pagar el salario de sus cuarteleros, como, lamentablemente, ocurre hoy en el Cuerpo de Bomberos de Valdivia.

Una cosa es ser voluntario o voluntaria de una institución y representar altos valores de servicio público de manera desinteresada, pero otra muy distinta es salir a la calle a buscar recursos, a pedir plata a las mismas personas que protegen.

¡Cómo es posible que el Estado de Chile observe a bomberos y a bomberas exponerse al calor del verano y al frío del invierno no solo para proteger a la ciudadanía, sino también para llenar un tarro con monedas y, de esta forma, comprarse un uniforme, guantes o una radio para atender las emergencias!

En las grandes ciudades del país, como Santiago y Concepción, hay cuarteles que son modernos, carros de reciente fabricación y equipos de alta calidad: sin embargo, no nos dejemos engañar: dicho equipamiento proviene en gran parte del financiamiento privado que reciben los cuerpos de bomberos de esas ciudades y de la gestión de sus propias autoridades.

Los invito a visitar los cuerpos de bomberos de todo el país. Por ejemplo, el Cuerpo de Bomberos de Antilhue tiene un cuartel pequeño, un carro antiguo y dependencias que no entregan dignidad a sus miembros, quienes sacrifican su comodidad y ponen en peligro, incluso, su salud para servir a la comunidad.

En cada comuna de Chile, en cada rincón de nuestro país, hay un cuartel de Bomberos, pero en muy pocos hay carros americanos, de esos tremendos que se ven en las series de televisión. Por eso, espero que el destino de los montos obtenidos mediante la ley en proyecto sea el voluntariado, el cual se dedica a apagar los incendios que azotan en los momentos menos esperados. Le urge a Chile que así sea, porque le urge a Bomberos que así sea.

Señor Presidente, quiero dejar una última idea sobre la mesa.

La falta de financiamiento de la institución de Bomberos debe ser abordada mucho más temprano que tarde. Como país, hemos tenido la terrible tradición de mirar para otro lado cuando hay problemas y resolverlos solo cuando nos estallan en la cara. La urgencia con la que se debe abordar el asunto solo irá en aumento, así como también la temperatura del mundo y la cantidad de incendios como consecuencia del calentamiento global.

¡Hagámonos cargo del problema antes de que sea demasiado tarde!

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Iván Flores García .

El señor FLORES (don Iván).-

Señor Presidente, quienes estamos en el hemiciclo y las personas que nos escuchan o ven esta mañana, sabemos el bien que producen las bomberas y los bomberos de todos los cuerpos a lo largo y ancho de Chile, porque hacen una entrega gratuita y generosa en favor de la comunidad. Todos lo sabemos; a nadie le cabe duda.

Asimismo, todos sabemos que las bomberas y los bomberos no descansan después de la pega, como hacemos todos nosotros. Ellos siempre están disponibles. Lleguen a la hora que fuere a su hogar, si suena la sirena, corren a apoyar a quien no tiene ninguna posibilidad de resolver por sus propios medios una emergencia, ya sea un accidente carretero o químico, un incendio en la casa o tantos otros tipos de siniestros en los que los bomberos son los primeros en llegar, incluidos los incendios forestales.

Todo eso lo sabemos, señor Presidente, pero no todos conocen, valoran o aportan para resolver un problema que, estructuralmente, arrastra el Cuerpo de Bomberos de Chile. Me refiero a que, frente a la gratuidad que han decidido otorgar al costo de sus servicios -el valor de su servicio lo sabemos, pero el costo lo desconocemos-, el Estado de Chile se ha venido aprovechando de la generosidad de Bomberos y no retribuye su esfuerzo con el financiamiento adecuado.

¿Cuántas veces hemos visto a bomberos con un tarrito, una cajita o una lista, vendiendo rifas, pidiendo plata o entregando un sobre que después pasan a buscar? Muchas veces ese sobre se devuelve vacío o la gente ni siquiera les abre la puerta para entregar un aporte. Todos reclaman cuando los bomberos no llegan inmediatamente después de una llamada. La gente se desespera por el siniestro que puede estar ocurriendo en su casa, pero nadie dice nada cuando esos mismos bomberos tocan y tocan la puerta para recibir un par de pesos. Nadie aporta.

Es crítica la situación económica de Bomberos por la modalidad de financiamiento. Concuerdo con los colegas que me han antecedido en el uso de la palabra en que hay que buscar una forma distinta para financiar esta institución que resuelve lo que el Estado, en general, no es capaz de resolver.

Por otra parte, también es importante valorar el trabajo humano de las bomberas y los bomberos. ¿Cuántas veces los bomberos han debido pagar de su propio bolsillo aquello que las compañías aseguradoras no han querido cubrir por el alto riesgo que entraña su función?

¿Qué pasa con aquellos bomberos que tienen dificultades laborales y no cuentan con una pensión, a excepción de la pensión básica solidaria? Como los bomberos no perciben remuneraciones, el Estado debería estudiar el otorgamiento de una previsión o un seguro, o al menos financiar su actividad.

El proyecto en debate modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, para que aquellos fondos no cobrados vayan a alguna parte y no se los quede el Estado, para que pasado el plazo de cinco años contados desde la liquidación del fondo, vayan a los cuerpos de bomberos.

Este proyecto, iniciado en moción, busca que se entreguen todos esos dineros no cobrados que están en esos fondos de inversión a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, para su posterior distribución en los cuerpos de bomberos de todo el país.

Creo que no hay otro destino más justo para esos fondos empozados, que suman miles de millones de pesos y que no pueden ser utilizados en otras materias.

Es justo que los bomberos sean quienes reciban esos dineros correspondientes a dividendos, repartos de capital y todo otro beneficio que no se cobrare en fondos mutuos o fondos de inversión liquidados hace más de cinco años contados desde la entrada en vigencia de la ley en proyecto. Todo ello debería entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

Por esa razón, este proyecto, que surge del Congreso Nacional, debería aprobarse por unanimidad.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Karol Cariola .

La señorita CARIOLA (doña Karol ) [vía telemática].-

Señor Presidente, tal como lo han planteado mis colegas, en particular mi compañera y cofrade Maite Orsini , a quien no solo entrego todo el reconocimiento por toda la labor que ha cumplido como Presidenta de la Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos, sino también porque sus palabras reflejan, en gran medida, una situación que en Chile venimos viviendo hace muchos años y que tiene que ver con que cada vez que hablamos de Bomberos de Chile todos y todas están disponibles a reconocerla y a valorarla, porque es una de las instituciones más valoradas en Chile, a propósito de las distintas encuestas que se hacen; sin embargo, cuando se trata de su financiamiento, parece ser que hay muchos más dispuestos a mirar para el lado. No solo me refiero a la ciudadanía, porque efectivamente aquí hay una situación que se reflejó en las palabras del diputado Iván Flores, cuando él planteó que muchas veces los bomberos tiene que pasar por las casas para entregar sobres, solicitar recursos a través de los “tarreos” que se hacen en la calle o tomar distintas medidas para obtener recursos desde el punto de vista de la voluntariedad, buscando financistas o personas que tengan la disposición de entregar mes a mes un aporte, aunque sea mínimo, para poder financiar sus labores.

En verdad, el problema está ahí. No está en que las personas no entreguen los recursos cuando los bomberos golpean la puerta, sino en que el rol que juega Bomberos de Chile es fundamental para la seguridad pública de nuestro país, por ejemplo, ante una catástrofe o un accidente.

En las carreteras, ¿quiénes son los primeros en llegar cuando se produce un accidente?

¡Bomberos de Chile! Los bomberos llegan ante una situación de catástrofe no solo vinculada a un incendio en una casa, sino también a un incendio forestal o un accidente, así como también cuando se produce una catástrofe natural, como los terremotos, los maremotos, los derrumbes, etcétera. Ante distintas situaciones que hemos tenido que enfrentar en nuestro país, ¿quiénes están en primera línea jugando un rol? Bomberos de Chile.

Sabemos que su financiamiento es absolutamente insuficiente. Hace algunas semanas, tuve la posibilidad de reunirme con los bomberos de Huechuraba y Conchalí. Ellos son parte de una de las compañías que hoy tiene dentro de su rol acreditado estar en el Grupo Usar, que es un grupo de bomberos que se perfecciona y especializa, incluso con normas internacionales, para jugar roles concretos en los procedimientos de rescate. Incluso, ellos han viajado a otros países, como, por ejemplo, a Ecuador. Cuando en ese país ocurrió el terremoto, el Grupo Usar fue uno de los grupos de América Latina que se trasladó para jugar un rol en ese procedimiento. Sin embargo, el Grupo Usar no tiene financiamiento propio. La propia compañía, con todas sus dificultades económicas que tiene, debe actualizar sus trajes y tener todas las herramientas. Hay muchos bomberos y bomberas que tienen que comprarse sus propias herramientas de trabajo, porque la compañía no tiene los recursos suficientes para poder financiarlas. Muchas veces esas cosas no se saben.

Reconocemos a Bomberos de Chile, nos sacamos el sombrero y decimos: “Qué bien que lo hacen, qué bien que haya voluntarios y voluntarias que están dispuestos a dormir todos los días en una compañía y salir a trabajar al día siguiente a realizar sus esfuerzos cotidianos o a estudiar, como lo hacen muchos voluntarios y voluntarias que prácticamente viven en sus compañías o en sus bombas”.

Entonces, me parece de toda justicia esta medida que hoy estamos legislando, sobre todo porque este proyecto viene a enmendar la omisión que hubo en algún momento en la ley que establecía la destinación a Bomberos de Chile de aquellos fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados. Este proyecto de ley, que saludo, viene a enmendar lo que trajo como consecuencia la derogación de esa ley o la modificación que se hizo en algún momento, para que Bomberos de Chile pueda acceder a esos valores de relevancia, por lo que se pretende que todos aquellos valores correspondientes a dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes dentro del plazo de cinco años, contados desde la resolución de la Comisión para el Mercado Financiero, se destinen a Bomberos de Chile.

Hago el llamado a que ojalá también busquemos mecanismos y que en la ley de presupuestos podamos incorporar una glosa particular para el financiamiento del Grupo Usar, que hoy no tiene financiamiento específico.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Sebastián Álvarez .

El señor ÁLVAREZ (don Sebastián).-

Señor Presidente, estos son los proyectos que, en general, en forma transversal, nos dan mucha alegría. Felicito a los autores de esta iniciativa: los senadores Juan Antonio Coloma, José García Ruminot, Ricardo Lagos Weber , Carlos Montes y Jorge Pizarro .

Lo que hace este proyecto es justamente resolver una omisión que genera una situación injusta desde todo punto de vista, por haber omitido a aquellos que hoy en día son nuestros verdaderos héroes, porque están dando los principales combates en las ciudades y también en los sectores rurales.

Cuando hoy analizamos lo que pasa con los cuerpos de bomberos, debemos entender que, en la medida en que van creciendo las ciudades, se van modificando los planes reguladores y se van estableciendo, con mucha alegría, comités de vivienda que van extendiendo el radio urbano, se va generando una mayor demanda de requerimientos para Bomberos de Chile.

Eso significa que tenemos demandas en aumento. Lógicamente, eso requiere presupuestos permanentes que crezcan y aumenten, para sostener lo que ya existe, pero también para pensar en crecer. Porque el crecimiento de las ciudades también trae la solicitud de la ciudadanía, que muchas veces dice: “Por favor, pido que en mi sector haya un cuartel de bomberos, porque el cuartel que está más cerca de nuestro sector queda a más de 25 minutos”.

También vemos que hoy en el mundo rural -estoy hablando desde la visión de la Araucanía, con un porcentaje importante de su población en la ruralidad ha llegado a vivir más gente, más personas y más familias. Eso también va generando en muchas situaciones más necesidad de bomberos.

Entonces, queda claro que cada día necesitamos más a Bomberos de Chile, con mayor tecnología y mayores recursos. Muchas veces vemos a los bomberos haciendo, con mucho esfuerzo, el trabajo voluntario, pero, además, gestiones para rifas o bingos para tratar de mantener, de una u otra forma, sus gastos de operación y también sus gastos de inversión.

Por lo tanto, este es un proyecto justo y bueno, que le hace bien a nuestro país, porque finalmente se dará un uso concreto y real a los recursos que quedan ahí dando vueltas, para el mejoramiento de la seguridad de nuestro país.

Eso es relevante, porque además estamos enfrentando el cambio climático, el cual afecta directamente a los bomberos, porque es mayor la demanda: en los veranos hay más incendios forestales y en los inviernos hay más inundaciones. Asimismo, en las ciudades aumentan, producto del desplazamiento de las personas, los accidentes de tránsito, tal como lo señalaron algunos diputados. En los veranos también tienen que socorrer a las personas cuando se producen accidentes en nuestros lagos y ríos.

Al recorrer los cuerpos de bomberos de Villarrica, de Curarrehue, de Toltén, de Teodoro Schmidt , de Puerto Saavedra y de Cholchol, se puede apreciar, como han dicho muchos diputados en su intervención, que algunos lugares cuentan con recursos y una buena infraestructura; sin embargo, en los cuarteles más pequeños, a veces se ven muchas carencias, mucho riesgo para el voluntario y muchos trajes que ya no cuentan con ningún tipo de certificación ni garantía. Es entonces cuando los bomberos de Chile, nuestros héroes, se convierten doblemente en héroes porque, a pesar de no contar con la seguridad necesaria y la tecnología adecuada, siempre están presentes, dando la cara y haciendo frente.

Por eso, tenemos que continuar y seguir avanzando en esta línea de proyectos de ley, con el propósito de resguardar el funcionamiento de Bomberos, de mejorar su infraestructura y, también, desde la ley, desde el Estado de Chile, de mejorar y aumentar sus recursos para operación.

Ojalá que todos votemos unánime y transversalmente a favor el proyecto.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Ramón Barros Montero .

El señor BARROS (vía telemática).-

Señor Presidente, detrás de mí está la foto de don Raúl Bustos , presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile. Digo esto porque me encuentro en el cuartel de bomberos de la comuna de Chépica. ¿A qué se debe esta coincidencia? Ellos me han facilitado el cuartel -soy muy amigo de bomberos puesto que a un costado del mismo se desarrolla el proceso de vacunación covid-19 y hoy me toca la dosis de refuerzo. Miré usted, señor Presidente, la coincidencia.

Sin duda, tenemos que aprobar unánimemente este proyecto. Siempre he sido muy cercano a Bomberos. Agradezco a Horacio Piña , superintendente de Bomberos de Chépica, y a Juan Carlos Field , presidente regional de O’Higgins de Bomberos, con quienes estuvimos entregando carros el último fin de semana, en el sector de Angostura.

Cada vez se hace más necesario para ellos obtener los recursos que les permitan desarrollar todas sus actividades de manera digna, con el mejor estándar de calidad en cuanto a su seguridad personal y al material mayor. La labor de Bomberos, reconocida por todos los chilenos, es muy amplia. Hace algunas semanas estuvimos en la caleta de Bucalemu, oportunidad en la que había bomberos participando en la búsqueda de dos pescadores. Finalmente ambos fueron encontrados fallecidos; pero ahí estaba Bomberos. En los incendios forestales, Bomberos está permanentemente presente. Por eso, actualmente hay carros y material mayor con un fin específico para el control de incendios. Ni hablar de los rescates en las rutas y de la presencia de Bomberos en actitudes solidarias en favor de miles de causas.

Por eso, creo que es tan importante devolverles a Bomberos lo que establece el proyecto. Por su intermedio, felicito a sus autores. Ojalá que la iniciativa sea aprobada de forma unánime, porque si hay una institución respetada y querida transversalmente es justamente el Cuerpo de Bomberos. Veo en este hemiciclo a nuestra colega Maite Orsini , que también es voluntaria, así como muchos otros. Eso habla de la compenetración y transversalidad de la labor de Bomberos y de su acción voluntaria, reconocida por todo el Parlamento, lo que realmente nos enorgullece.

Por eso, espero que el proyecto sea aprobado unánimemente, como lo haré yo y cómo lo hará nuestra bancada.

Junto con eso, comparto una pequeña reflexión que hizo Juan Carlos Field , el presidente regional, el sábado recién pasado. Se entregaron 55 carros en nuestra región, pero un carro está siendo cuestionado por la Dirección de Presupuestos (Dipres).

Señor Presidente, por su intermedio, pido a la Dipres, tal como me comprometí con el presidente regional, que libere los recursos para completar la adquisición de ese carro, que está destinado a la comuna de Graneros. Lo anterior está inserto en la misma idea de dotar a Bomberos de todos los instrumentos y material mayor que requieren para seguir desempeñándose con la brillantez con que hacen su labor.

Agradezco a los autores del proyecto y llamo a votarlo a favor. Agradezco a los bomberos que me han facilitado su cuartel para poder estar presente en la sesión, mientras espero mi turno para vacunarme con la dosis de refuerzo, en una muestra de lo que es el servicio de Bomberos hacia la comunidad.

Que Dios los bendiga y que el proyecto sea aprobado unánimemente, para el bien de nuestros voluntarios y voluntarias de Bomberos de Chile.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Vayan nuestros saludos, cariños y respeto a los bomberos de su región, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Gastón von Mühlenbrock .

El señor VON MÜHLENBROCK.-

Señor Presidente, el proyecto de ley es extremadamente valioso, no solo para nosotros, como diputados, sino para toda la comunidad, especialmente para el Cuerpo de Bomberos de Chile.

Como miembro titular de la Comisión de Hacienda, quiero señalar que analizamos este proyecto en la comisión justamente el 30 de junio, cuando se estaban cumpliendo los 170 años del Cuerpo de Bomberos de Chile. Es bueno recordar que el primer cuerpo de bomberos de nuestro país nació en Valparaíso, en esta ciudad, en 1851, luego del tremendo y gran incendio que destruyó por completo la calle del Cabo. El 30 de junio de ese año, se cerraron las listas de incorporación para unirse a la Asociación contra Incendios de Valparaíso.

Por su parte, en la capital, que ya contaba con más de 115.000 habitantes, los servicios públicos seguían siendo básicos. Los incendios eran comunes y eran enfrentados por funcionarios municipales, serenos y policías, en conjunto con los mismos vecinos afectados, sin disponer de los implementos necesarios para combatir esas situaciones.

Es bueno recalcar parte de la historia de nuestro querido Cuerpo de Bomberos de Chile, porque este proyecto de ley, que espero aprobemos en forma unánime en este hemiciclo, viene a hacer justicia con esta institución que, como más de alguno de mis colegas lo ha expresado, no solo está presente en incendios, sino también en el rescate de personas en accidentes vehiculares. Ante cualquier tipo de problema que suceda en nuestra comunidad, está presente el Cuerpo de Bomberos de Chile.

No puedo dejar de mencionar -disculpen que hable en nombre propio la tremenda tragedia sucedida años atrás en Maihue, en la comuna de Futrono, en la Región de Los Ríos. En esa ocasión, lamentablemente, fallecieron 17 personas, que se hundieron con una barcaza. En ese momento me dirigí a prestar ayuda ante la tragedia que estaba ocurriendo, a fin de aportar a ese tremendo drama aunque fuese con un grano de arena. Lamentablemente, por situaciones que ocurren en nuestros caminos, me volqué y casi me maté a pocos kilómetros de llegar al lugar en el que estaba ocurriendo la tragedia. ¿Por qué saco esto a colación? Porque los bomberos fueron los primeros en llegar, y fueron también ellos los que me llevaron a un consultorio en Futrono, recinto del que con posterioridad fui trasladado al Hospital Base Valdivia. ¿Por qué lo menciono? Porque los bomberos no solo están presentes para combatir los incendios, sino que están disponibles para ayudar en todo tipo de rescates y de accidentes.

Cuando hablamos de recursos, debemos pensar en todos los elementos adicionales que habitualmente no están contemplados en los presupuestos de los cuerpos de bomberos. Es por eso que este proyecto tiene por objeto que los valores de fondos de inversión no cobrados por los partícipes durante un determinado período de tiempo sean traspasados al Cuerpo de Bomberos de Chile. En ese sentido, cabe mencionar que el presidente de la junta nacional de esa institución, señor Raúl Bustos Zavala , estuvo presente en la comisión, vía telemática, durante la tramitación de esta iniciativa.

En consecuencia, sin perjuicio de que con este proyecto estamos haciendo un justo reconocimiento a Bomberos de Chile, espero que en el proyecto de ley de presupuestos de este año podamos dar una mano a una institución que tanto nos prestigia.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag .

El señor SABAG.-

Señor Presidente, valoro este proyecto, porque propone que los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes dentro del plazo de cinco años desde la liquidación del fondo sean entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile. Ello contribuirá a que la noble labor que desempeña esa institución cuente con los recursos mínimos para operar.

Se trata de una iniciativa sumamente simple, que apunta a reponer una norma que existía hasta el 2014, la que permitía al Cuerpo de Bomberos de Chile contar con un mecanismo de financiamiento a través de los recursos depositados en fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados.

En 2014, se promulgó la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, que en su artículo 26 bis eliminó esa destinación de dineros no cobrados tras cinco años de hacerse la liquidación de los dineros invertidos en fondos mutuos o fondos de inversión, en circunstancias de que la relevancia de esa disposición había quedado claramente establecida al considerar que el último año de su aplicación generó recursos extraordinarios para el Cuerpo de Bomberos de Chile por cerca de 400 millones de pesos, los que fueron distribuidos, mediante concursos, a las diferentes compañías, lo que permitió resolver necesidades específicas que muchas veces debían esperar ser incorporadas en el presupuesto corriente para ser atendidas. Nunca estarán de más esos aportes.

Recuerdo haber estado con el presidente regional de Bomberos de la Región de Ñuble, señor Francisco Zapata , en reuniones con autoridades del Ministerio de Obras Públicas, puesto que Bomberos, a propósito de los accidentes en las carreteras, prestan servicios gratuitos a las concesionarias cuando hay una accidente, en circunstancias de que las propias concesionarias debieran tener su propio departamento de asistencia en ruta en caso de accidentes.

Sin embargo, Bomberos realiza dicha labor en beneficio de la gente en forma gratuita. Es por eso que solicitamos que se pudiera establecer dentro de la ley de concesiones que una parte del peaje también pudiera ir directamente a Bomberos, por todos esos servicios que prestan -lo reitero gratuitamente.

Por esta razón, siempre esos recursos se emplearán por parte de Bomberos para el servicio a la comunidad.

Esta iniciativa, ya aprobada por unanimidad en la Sala y en la Comisión de Hacienda del Senado, no resuelve el conjunto de las necesidades bomberiles, pero es una ayuda que se debe valorar, en particular porque permitirá beneficiar a cuarteles pequeños que no puedan acceder a otras formas de financiamiento.

Es bien conocida la situación de estrechez que afecta a muchas compañías y cuarteles de Bomberos a lo largo de nuestro país, por lo que todo lo que se pueda hacer para mejorar este escenario, aunque sea marginalmente, es una buena noticia.

El volumen de necesidades para esta organización de hombres y mujeres dedicados al servicio de las personas hace difícil que se puedan lograr soluciones permanentes y definitivas. Si bien el Estado hace un esfuerzo relevante, este es claramente insuficiente. Del mismo modo, el aporte que hace la comunidad es gravitante, pero no alcanza a cubrir todas las necesidades de la institución.

En la medida en que se puedan seguir destinando recursos que se encuentren libres, el estado del equipamiento de los bomberos podrá ir mejorando, así como su capacidad de servicio.

Valoramos este proyecto, ya que permitirá que los recursos señalados vayan a parar a muy buenas manos, a Bomberos de Chile, una de las instituciones más queridas de nuestro país y que, en diversos casos y en muchas comunas, se encuentra pobre, en situación difícil, de modo que con estos fondos se podrá ayudar a su buen desempeño, que realizan gratuitamente.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, en relación con el destino de los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes.

Cabe hacer presente que el proyecto trata materias de ley simple o común. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 103 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 1 abstención.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita , Fuenzalida Figueroa , Gonzalo , Mix Jiménez , Claudia , Sandoval Osorio , Marcela , Álvarez Ramírez , Sebastián , Gahona Salazar , Sergio , Moraga Mamani , Rubén , Sanhueza Dueñas , Gustavo , Álvarez-Salamanca , Ramírez , Pedro Pablo , Galleguillos Castillo , Ramón , Moreira Barros , Cristhian , Santana Castillo, Juan , Ascencio Mansilla , Gabriel , Girardi Lavín , Cristina , Mulet Martínez , Jaime , Santana Tirachini , Alejandro , Auth Stewart , Pepe , González Gatica , Félix , Muñoz González , Francesca , Schilling Rodríguez , Marcelo , Baltolu Rasera, Nino , González Torres , Rodrigo , Naranjo Ortiz , Jaime , Sepúlveda Soto , Alexis , Barrera Moreno , Boris , Hernando Pérez , Marcela , Norambuena Farías, Iván , Silber Romo , Gabriel , Barros Montero , Ramón , Hertz Cádiz , Carmen , Núñez Arancibia , Daniel , Soto Ferrada , Leonardo , Berger Fett , Bernardo , Ibáñez Cotroneo , Diego , Nuyado Ancapichún , Emilia , Soto Mardones, Raúl , Bianchi Retamales , Karim , Ilabaca Cerda , Marcos, Olivera De La Fuente , Erika , Teillier Del Valle, Guillermo , Boric Font , Gabriel , Jackson Drago , Giorgio , Ortiz Novoa, José Miguel , Tohá González , Jaime , Brito Hasbún , Jorge , Jarpa Wevar , Carlos Abel , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Torrealba Alvarado , Sebastián , Calisto Águila , Miguel Ángel , Jiles Moreno , Pamela , Pardo Sáinz , Luis , Torres Jeldes , Víctor , Cariola Oliva , Karol , Jiménez Fuentes , Tucapel , Parra Sauterel , Andrea , Troncoso Hellman , Virginia , Carter Fernández , Álvaro , Kast Sommerhoff , Pablo , Pérez Salinas , Catalina , Undurraga Gazitúa , Francisco , Castillo Muñoz , Natalia , Kuschel Silva , Carlos , Ramírez Diez , Guillermo , Urrutia Soto , Osvaldo , Cicardini Milla , Daniella , Labbé Martínez , Cristian , Rathgeb Schifferli , Jorge , Vallejo Dowling , Camila , Crispi Serrano , Miguel , Labra Sepúlveda , Amaro , Rentería Moller , Rolando , Van Rysselberghe , Herrera , Enrique , Cruz-Coke Carvallo , Luciano , Lavín León , Joaquín , Rey Martínez, Hugo , Velásquez Núñez , Esteban , Cuevas Contreras, Nora , Longton Herrera , Andrés , Rocafull López , Luis , Venegas Cárdenas , Mario , Díaz Díaz , Marcelo , Lorenzini Basso , Pablo , Rojas Valderrama , Camila , Vidal Rojas , Pablo , Durán Salinas , Eduardo , Marzán Pinto , Carolina , Romero Sáez , Leonidas , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Eguiguren Correa , Francisco , Masferrer Vidal, Juan Manuel , Rosas Barrientos , Patricio , Walker Prieto , Matías , Fernández Allende, Maya , Matta Aragay , Manuel , Rubio Escobar , Patricia , Winter Etcheberry , Gonzalo , Flores García, Iván , Mellado Suazo , Miguel , Sabag Villalobos , Jorge , Yeomans Araya , Gael , Fuenzalida Cobo , Juan , Mirosevic Verdugo , Vlado , Saldívar Auger, Raúl.

-Se abstuvo la diputada señora:

Amar Mancilla, Sandra.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda aprobado también en particular, en los mismos términos aprobados por el Senado, con la misma votación.

Despachado el proyecto.

2.4. Discusión en Sala

Discusión General. Fecha 02 de septiembre, 2021. Oficio en Sesión 74. Legislatura 369.

LA VERSIÓN OFICIAL DE ESTA DISCUSIÓN EN SALA NO SE ENCUENTRA DISPONIBLE AL MOMENTO DE LA PUBLICACIÓN DE ESTA HISTORIA DE LEY POR LO QUE SE HA INSERTADO UNA VERSIÓN PRELIMINAR DE MANERA PROVISORIA LA QUE SERÁ REEMPLAZADA POR LA VERSIÓN OFICIAL TAN PRONTO EL DOCUMENTO SE ENCUENTRE DISPONIBLE.

ENTREGA DE FONDOS MUTUOS Y FONDOS DE INVERSIÓN NO COBRADOS A CUERPOS DE BOMBEROS DE CHILE (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. Boletín N° 13801-05 (S))

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

En cuarto lugar, corresponde tratar, en segundo trámite constitucional, el proyecto de ley, originado en moción, que modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, en relación con el destino de los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, correspondiente al boletín N° 13801-05 (S).

Para la discusión de este proyecto se otorgarán cinco minutos a cada diputada y diputado que se inscriba para hacer uso de la palabra.

Diputados informantes de las comisiones de Hacienda y de Emergencia, Desastres y Bomberos son los señores Javier Hernández y Sebastián Álvarez, respectivamente.

Antecedentes:

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

En remplazo del diputado Javier Hernández, rinde el informe de la Comisión de Hacienda el diputado Gastón von Mühlenbrock.

Tiene la palabra, su señoría.

El señor VON MÜHLENBROCK (de pie).-

Señor Presidente, estimados colegas, en representación de la Comisión de Hacienda, en su calidad de comisión técnica, paso a informar sobre el proyecto de ley iniciado en moción de los senadores señores Juan Antonio Coloma, José García, Ricardo Lagos, Carlos Montes y Jorge Pizarro, por el cual se modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, en relación con el destino de los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes.

Concurrió a presentar el proyecto en representación de los mocionantes el senador José García Ruminot. La comisión escuchó también al coordinador del Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, señor Francisco Larraín, y al presidente de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos.

La idea fundamental de la iniciativa consiste en otorgar por ley al Cuerpo de Bomberos de Chile un mecanismo de financiamiento mediante la entrega de dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por sus partícipes, luego de la liquidación del fondo abandonado, con el objeto de contribuir por ese medio con la indispensable función que desempeñan de ayuda a la comunidad en incendios y catástrofes.

En particular, el proyecto de ley restablece una disposición derogada en 2014, tras ser reemplazada por la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, que permitía que los fondos mutuos y los fondos de inversión liquidados por no cumplir con el mínimo de partícipes o el patrimonio mínimo y cuyos montos no fueren reclamados por sus dueños en el plazo de cinco años, pudieren pasar a dominio de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

Los fundamentos de la iniciativa explican que, al derogar la aplicación subsidiaria de la ley N° 18.046, sobre Sociedades Anónimas, la actual ley sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales impide que los valores no cobrados por los partícipes puedan ser utilizados por la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, para ser luego distribuidos a los 313 cuerpos de bomberos del país.

La propia Comisión para el Mercado Financiero se ha pronunciado sobre la imposibilidad de realizar esas transferencias, fundada en que no existe una norma expresa que lo autorice. Para solucionar este vacío y reponer esta fuente de financiamiento para la institución bomberil, el proyecto de ley agrega en la referida ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, un artículo 26 bis, nuevo, para disponer que los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la liquidación del fondo, deberán ser entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

Para materializar esta transferencia, la iniciativa establece que la administradora del fondo deberá mantener los recursos en depósitos a plazo reajustables y entregarlos en el plazo de un año a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

Asimismo, para resolver la situación de los recursos que permanecen actualmente sin retirar, mediante un artículo transitorio se dispone que los dineros correspondientes a dividendos, repartos de capital y todo otro beneficio en efectivo que no hayan sido cobrados por los respectivos partícipes de fondos mutuos o fondos de inversión liquidados hace más de 5 años desde la entrada en vigencia de esta ley, podrán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

Para ello, la administradora notificará a los partícipes que no hubieren cobrado los beneficios mediante una publicación en un diario de circulación nacional y otra posterior en el Diario Oficial, a fin de que los titulares puedan reclamar los dineros no cobrados.

El proyecto de ley no tiene incidencia presupuestaria, pues no afecta los ingresos ni los gastos del fisco. Tampoco se cuenta con una estimación de los montos actuales factibles de ser distribuidos, pues las administradoras no tienen obligación de informar o publicar la situación de los fondos liquidados.

Finalmente, y luego de que los integrantes de la comisión compartieran plenamente la justicia de esta iniciativa, el artículo único del proyecto, junto con su artículo transitorio, resultó aprobado por la unanimidad de los doce diputados presentes.

Votaron a favor la diputada Cid, doña Sofía, y los diputados señores, Jackson, Mellado, don Cosme; Monsalve, Ortiz, Pérez, don Leopoldo; Ramírez, Santana, don Alejandro; Schilling, Lorenzini (Presidente), Javier Hernández y quien informa.

En consecuencia, la Comisión de Hacienda recomienda a esta honorable Sala aprobar el presente proyecto de ley en los términos expuestos.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos.

El señor ÁLVAREZ (de pie).-

Señor Presidente, honorable Cámara, en mi calidad de diputado informante de la Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos paso a informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de ley que modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, en relación con el destino de los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, originado en moción de los senadores Juan Antonio Coloma Correa, José García Ruminot, Ricardo Lagos Weber, Carlos Montes Cisternas y Jorge Pizarro Soto.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 222 del Reglamento de la Cámara de Diputadas y Diputados y lo resuelto por la Sala de esta Corporación, el 29 de junio pasado, la Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos se pronunció sobre el texto aprobado por la Comisión de Hacienda, la que no introdujo adiciones ni enmiendas al texto aprobado por el Senado.

Durante el análisis de esta iniciativa legal, la Comisión contó con la asistencia del senador Ricardo Lagos Weber; del coordinador de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda, Francisco Larraín Stieb; del coordinador legislativo de dicha Cartera, José Riquelme González; del presidente nacional de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, Raúl Bustos Zavala y del asesor jurídico, Fernando Recio Palma.

El proyecto de ley está compuesto por un artículo permanente y uno transitorio, y la idea matriz o fundamental es otorgar al Cuerpo de Bomberos de Chile un mecanismo de financiamiento, mediante norma expresa, que permita destinar los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados, luego de ser liquidados, con el objeto de contribuir por ese medio con la indispensable función que desempeñan de ayuda a la comunidad en incendios y catástrofes.

Durante la discusión de la iniciativa en particular, la diputada Maite Orsini señaló que el objetivo dice relación con que los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, en el plazo de cinco años, una vez liquidados, pasen a formar parte de los recursos con los cuales se financia bomberos.

Por su parte, el presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, Raúl Bustos, explicó que el proyecto nació a instancias de varios senadores y que en su elaboración participó el estudio jurídico encargado de llevar a cabo la implementación de la recepción de recursos o fondos para la institución. En ese sentido, se mostró muy contento y conforme con que se discuta y apruebe su contenido.

Aclaró que dichos fondos llegaban a Bomberos Chile y que la dictación de la ley N° 20.712, del año 2014, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, significó la derogación de la ley N° 18.815, que regulaba los fondos de inversión. Dicha normativa, en su artículo 1 señalaba que los fondos de inversión y sus sociedades administradoras se regían por la ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas abiertas, lo que permitía, bajo determinadas circunstancias, que los dineros y beneficios no reclamados por los partícipes de un fondo pasaran a pertenecer a Bomberos de Chile. Es decir, la nueva ley omitió la señalada remisión que con esta iniciativa, en iguales términos, se pretende reponer.

Indicó que, en 2014, los fondos de inversión representaron aproximadamente 400 millones de pesos, que fueron puestos por la junta nacional a disposición de Bomberos de Chile, a través de fondos de proyectos, con el propósito de entregar solución a necesidades, especialmente de cuerpos más pequeños. Dichos fondos de proyectos permiten maximizar y hacer más eficaz su utilización.

En ese sentido, existe un acuerdo con la asamblea general para la designación y distribución de esos fondos que, por regla general, beneficia a los cuerpos más pequeños, permitiéndoles contar con un complemento que se les asigna por la ley de Presupuestos fiscal, que tiene un déficit de casi un 30 por ciento para cubrir los gastos operacionales de bomberos. Enfatizó que estos fondos en ningún caso van a la junta nacional e instó a los miembros de la comisión a apoyar la iniciativa en los mismos términos aprobados por el Senado.

El senador Ricardo Lagos hizo presente de que se trata de un proyecto muy sencillo, impulsado especialmente por el senador José García Ruminot, que repara una omisión legal, permitiendo que fondos que quedan empozados indefinidamente sean entregados a Bomberos de Chile.

La iniciativa, en su primer trámite constitucional, fue conocida por la Comisión de Hacienda, resultando aprobada, tanto en general como en particular, por la unanimidad de sus miembros, al igual como ocurrió en la Sala, por lo que se invita a esta comisión a replicar su aprobación.

El diputado José Miguel Ortiz expresó que la moción busca que los 313 Cuerpos de Bomberos del país, vuelvan a contar con los fondos precisados en la iniciativa, tal como ocurrió en los gobiernos de los ex-Presidentes Ricardo Lagos y Patricio Aylwin.

Una vez terminadas las exposiciones, la diputada Maite Orsini presentó una indicación para intercalar en el artículo único del proyecto entre el sustantivo país y el punto seguido que antecede la preposición para, lo siguiente: “dentro del mismo año calendario, asignado conforme a la misma prorrata empleada para la distribución de la subvención contemplada en la Ley de Presupuestos de la Nación e imputados exclusivamente a los gastos operacionales de los cuerpos de Bomberos y equipamiento.”.

Arguyó que su indicación busca, por un lado, evitar la denominada bicicleta en el uso de los recursos, precisando que deben entregarse y distribuirse en el mismo año calendario, a fin de evitar dilaciones, incluso de años, entre la recepción y la entrega de los mismos. Y, por otro lado, fija un destino exclusivo a dichos fondos, esto es, gastos operacionales y equipamiento de los Cuerpos de Bomberos, evitando otros como sería el pago de viáticos o viajes.

El presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, Raúl Bustos, aclaró que los fondos recibidos por la ley N° 18.046, se han repartido a todos los Cuerpos de Bomberos de Chile dentro de un año desde que son recepcionados.

De hecho, han informado, anualmente a esta instancia, en detalle la forma en que se han distribuido esos recursos. De igual modo, han informado sobre el déficit que afecta a la institución, cuyo origen también se ha aclarado pormenorizadamente en esta instancia y que esperan superar con recursos propios, en el plazo máximo de dos años.

En cuanto a la distribución a prorrata de los recursos, expresó que no significa distribuirlos en un número exacto, porque hay cuerpos pequeños que tienen mayores necesidades que cubrir, habiéndose decidido en asamblea nacional de los 313 Cuerpos de Bomberos representados por sus presidentes regionales, que esos recursos se destinen a fondos de proyectos de inversión a los que postulan los Cuerpos de Bomberos, beneficiando de ese modo a los más pequeños.

Consultada respecto del fundamento de su indicación, la diputada Maite Orsini indicó que han sido los presidentes del diversos Cuerpos de Bomberos quienes le han solicitado, expresamente, imputar dichos fondos al ítem de gastos operacionales y, además, de que se distribuyan dentro del mismo año calendario, a fin de evitar que se utilicen para cubrir, por ejemplo, algún déficit.

El presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, Raúl Bustos, enfatizó que suplementar la glosa de gastos operacionales implica diluir en el agua cualquier recurso que se destine al efecto. A su juicio, es obligación del Estado de Chile aumentar los recursos para la glosa de operaciones, manteniéndose actualmente conversaciones con el Ministerio de Hacienda sobre el punto.

Explicó que los recursos de la ley N°18.046, son para mejoramiento, reparación y mantenimiento de cuarteles, para la adquisición de materiales menores y pequeñas reparaciones directamente o en cofinanciamiento con otros recursos como los provenientes del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR).

Luego de un debate acerca de la conveniencia de incorporar esta indicación al proyecto, fue sometida a votación y resultó rechazada por mayoría de votos. Se pronunciaron por la afirmativa la diputada Maite Orsini y el diputado Florcita Alarcón. Votaron en contra los diputados Sebastián Álvarez, Iván Norambuena, José Miguel Ortiz y Jorge Rathgeb, y se abstuvo el diputado Sergio Bobadilla.

Finalmente, puesto en votación el artículo único y la disposición transitoria del proyecto, resultaron aprobados por la unanimidad de votos de la diputada Maite Orsini y de los diputados Florcita Alarcón, Sebastián Álvarez, Sergio Bobadilla, Iván Norambuena, José Miguel Ortiz y Jorge Rathgeb.

Por las consideraciones expuestas, la Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos recomienda a esta Sala la aprobación en los mismos términos que lo hiciera el Senado y la Comisión de Hacienda de esta Corporación.

Es todo cuanto puedo informar.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

En discusión el proyecto.

Tiene la palabra la diputada Carolina Marzán.

La señora MARZÁN (doña Carolina).-

Señor Presidente, la labor encomiable que desempeña Bomberos en nuestro país requiere, sin lugar a dudas, un incentivo, fomento, protección y certeza en todo aquello que sostenga el funcionamiento de la institución.

El proyecto en debate viene a llenar un espacio que hoy no está regulado, lo cual implica que, al no haber una norma expresa que regule el destino de los fondos mutuos o fondos de inversión no reclamados, se deben aplicar las normas generales, debiendo la administradora respectiva mantener dichos fondos de conformidad con el deber de cuidado que establece la ley y los reglamentos. Este simple ejercicio con fundamento en la ley es causa de que Bomberos no pueda ser receptor de los mencionados fondos.

Por ello, la presente iniciativa dispone de manera expresa que los fondos mutuos o de inversión que no han sido cobrados después de cinco años de su liquidación deben ser entregados a la Junta Nacional de Bomberos. Sin lugar a dudas, se trata de un ejercicio de justicia en beneficio directo de una de las instituciones más queridas, confiables y necesarias en nuestro país.

Hace un par de semanas, estuve con la directiva regional de Bomberos y con representes de distintos cuerpos de la región. En dicha reunión, quedó clara la necesidad permanente y oportuna de financiamiento, siempre considerando la urgencia y continuidad del servicio que deben prestar, porque no solo se trata de la disponibilidad de recursos, sino, también, de la capacidad de Bomberos de hacer sentir a los ciudadanos y las ciudadanas seguros de que, ante cualquier evento, se harán presentes para ayudar y brindar todo el profesionalismo y toda la preparación que, de uno u otro modo, nos plantea la necesidad de avanzar hacia el fortalecimiento de la institución. El nivel de especialización de Bomberos es cada vez más profundo, lo cual les ha permitido dedicarse al combate de incendios, pero, también, colaborar en emergencias de distinta naturaleza.

El proyecto en discusión representa un tremendo paso -frenado en su momento- que enmienda el rumbo respecto del financiamiento para Bomberos de Chile, lo cual, sin duda, contribuye al reconocimiento de los voluntarios y a la justicia para la institución.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Maite Orsini.

La señorita ORSINI (doña Maite) [vía telemática].-

Señor Presidente, Bomberos de Chile es una institución que, a pesar de ser crucial para el país, muy valorada y necesitada por toda la comunidad y todos los territorios, no cuenta con el apoyo que merece. Así de claro y así de triste.

Las bomberas y los bomberos de Chile, además de ponerse en riesgo constantemente para cuidar nuestros hogares y vidas, y de hacerlo desinteresadamente, deben salir permanentemente casco en mano a pedir aportes en las calles y en las intersecciones donde hay semáforos del país.

Por eso, quiero saludar a los autores de la moción en proyecto que establece un nuevo método de financiamiento, destinando a la institución el dinero de los fondos mutuos o de inversión que no han sido cobrados, pero, sobre todo, quiero saludar a las bomberas y a los bomberos de Chile, cuyos esfuerzos no reconocidos son la razón por la que discutimos hoy el presente proyecto de ley.

La disonancia entre el valor de la institución y su falta de financiamiento tiene consecuencias brutales para las voluntarias y los voluntarios de la institución. En efecto, quienes sufren día a día las consecuencias de la falta de financiamiento son los mismos que intentan conseguir donaciones en las calles y que arriesgan sus vidas en los llamados; son ellas y ellos quienes, muchas veces, no cuentan con equipos de protección personal adecuados para proteger sus vidas, mientras salvan las nuestras; son ellas y ellos quienes, en ocasiones, no pueden poner sus máquinas en servicio, porque no tienen dinero para el combustible o para pagar el salario de sus cuarteleros, como lamentablemente ocurre hoy en el Cuerpo de Bomberos de Valdivia.

Una cosa es ser voluntario o voluntaria de una institución y representar altos valores de servicio público de manera desinteresada, pero otra muy distinta es salir a la calle a buscar recursos, a pedir plata a las mismas personas que protegen.

¡Cómo es posible que el Estado de Chile observe a bomberos y a bomberas exponerse al calor del verano y al frío del invierno no solo para proteger a la ciudadanía, sino, también, para llenar un tarro con monedas y, de esta forma, comprarse un uniforme, guantes o una radio para atender las emergencias!

En las grandes ciudades del país, como en Santiago y en Concepción, hay cuarteles que son modernos, carros de reciente fabricación y equipos de alta calidad, pero no nos dejemos engañar. Dicho equipamiento proviene en gran parte del financiamiento privado que reciben los cuerpos de Bomberos de esas ciudades y de la gestión de sus propias autoridades.

Los invito a visitar los cuerpos de Bomberos de todo el país. Por ejemplo, el Cuerpo de Bomberos de Antilhue tiene un cuartel pequeño, un carro antiguo y dependencias que no entregan dignidad a sus miembros, quienes sacrifican su comodidad y ponen en peligro incluso su salud para servir a la comunidad.

En cada comuna de Chile, en cada rincón de nuestro país hay un cuartel de Bomberos, pero en muy pocos hay carros americanos de esos tremendos que se ven en las series de televisión.

Por eso, espero que el destino de los montos obtenidos mediante la ley en proyecto sea el voluntariado, el cual se dedica a apagar los incendios que azotan en los momentos menos esperados. Le urge a Chile que así sea, porque le urge a Bomberos que así sea.

Señor Presidente, quiero dejar una última idea sobre la mesa. La falta de financiamiento de la institución de Bomberos debe ser abordada mucho más temprano que tarde. Como país, hemos tenido la terrible tradición de mirar para otro lado cuando hay problemas y resolverlos solo cuando nos estallan en la cara. La urgencia con la que se debe abordar el asunto solo irá en aumento, así como también la temperatura del mundo y la cantidad de incendios producto del calentamiento global.

¡Hagámonos cargo del problema antes de que sea demasiado tarde!

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Iván Flores García.

El señor FLORES (don Iván).-

Señor Presidente, creo que quienes estamos en el Hemiciclo y las personas que nos escuchan o ven esta mañana sabemos el bien que producen las bomberas y los bomberos de todos los cuerpos a lo largo y ancho de Chile, porque hacen una entrega gratuita y generosa a favor de la comunidad. ¡Todos lo sabemos! A nadie le cabe duda.

También, todos sabemos que las bomberas y los bomberos no descansan después de la pega como todos nosotros. Ellos están disponibles y lleguen a la hora que sea a su hogar, si suena la sirena, corren a apoyar a quien no tiene ninguna posibilidad de resolver por sus propios medios una emergencia, ya sea un accidente carretero o químico, un incendio en la casa o tantos otros tipos de siniestros en los que los Bomberos son los primeros en llegar, incluidos los incendios forestales.

Todo eso lo sabemos, señor Presidente, pero no todos conocen, valoran o aportan para resolver un problema que estructuralmente tiene el Cuerpo de Bomberos de Chile. Me refiero a que, frente a la gratuidad que han decidido otorgar al costo de sus servicios -el valor de su servicio lo sabemos, pero el costo lo desconocemos-, el Estado de Chile se ha venido aprovechando de la generosidad de los Bomberos y no retribuye de la misma manera, con el financiamiento adecuado.

Cuántas veces hemos visto a los bomberos con un tarrito, una cajita o una lista, vendiendo rifa, pidiendo plata o entregando un sobre que después pasan a buscar y, muchas veces, ese sobre está vacío o ni siquiera les abren la puerta.

Todos reclaman cuando Bomberos no llega inmediatamente después de que los llamaron, porque están desesperados por un siniestro en la casa, pero nadie dice nada cuando los Bomberos tocan y tocan la puerta para recibir un par de pesos, y nadie aporta.

Es crítica la situación económica de Bomberos por la modalidad de financiamiento y concuerdo con los colegas que me han antecedido en el uso de la palabra en que hay que buscar una forma distinta para financiar esta institución que resuelve lo que el Estado, en general, no es capaz de resolver.

Por otra parte, también es importante valorar el trabajo humano de las bomberas y los bomberos. Por ejemplo, cuántas veces las compañías aseguradoras han dejado a los bomberos pagando con sus propios medios lo que las aseguradoras no quieren pagar producto del alto riesgo de la función, o qué pasa con aquellos bomberos que tienen dificultades laborales y no cuentan con una pensión, a excepción de la pensión básica solidaria. Chile debería ver la previsión, el seguro, en fin, aparte de si no son remuneraciones, a lo menos, el financiamiento de su actividad.

El proyecto hoy en debate modifica la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, para que aquellos fondos no cobrados vayan a alguna parte y no se los quede el Estado, es para que justamente vayan al Cuerpo de Bomberos pasado el plazo de cinco años contados desde la liquidación del fondo.

Y este proyecto, que es una moción, busca que se entreguen todos esos dineros no cobrados que están en estos fondos de inversión a la Junta Nacional del Cuerpo de Bomberos de Chile, para su posterior distribución a los cuerpos de bomberos de todo el país.

Creo que no hay otro destino más justo para estos fondos empozados, que suman miles de millones de pesos, que no pueden ser utilizados en otras materias.

Es justo que los bomberos sean quienes reciban estos dineros correspondientes a dividendos, repartos de capital y todo otro beneficio que no se cobrare en fondos mutuos o fondos de inversión liquidados hace más de cinco años contados desde la entrada en vigencia de esta ley. Todo ello debería entregarse a la junta.

Por esa razón, este proyecto, que surge del Congreso Nacional, debería aprobarse por unanimidad.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Karol Cariola.

La señorita CARIOLA (doña Karol) [vía telemática].- Señor Presidente, tal como lo han planteado mis colegas, en particular mi compañera y cofrade Maite Orsini, a quien no solo entrego todo el reconocimiento por toda la labor que cumplió como presidenta de la Comisión de Bomberos, sino también porque sus palabras reflejan en gran medida una situación que en Chile, efectivamente, venimos viviendo hace muchos años, y tiene que ver con que cada vez que hablamos de Bomberos todos y todas están disponibles a reconocerlos, a valorarlos. Es una de las instituciones más valoradas en Chile, a propósito de las distintas encuestas que se hacen.

No obstante, cuando se trata de financiamiento, parece que hay muchos más dispuestos a mirar hacia el lado. No solo me refiero a la ciudadanía, porque efectivamente acá hay una situación reflejada por las palabras del diputado Flores, cuando él plantea que muchas veces Bomberos tiene que pasar por casas entregando sobres, solicitar recursos a través de los “tarreos” que se hacen en la calle o tomar distintas medidas para poder obtener recursos desde el punto de vista de la voluntariedad, buscando financistas, personas que tengan la disposición de, mes tras mes, entregar un aporte aunque sea mínimo, para poder financiar sus labores.

La verdad el problema está ahí. No está en que las personas no pongan los recursos cuando Bomberos golpea la puerta, sino en que el rol que juega Bomberos de Chile es fundamental para la seguridad pública de nuestro país ante una catástrofe, ante una situación, ante un accidente, por ejemplo.

En las carreteras, ¿quiénes acuden?, ¿quiénes son los primeros en llegar? Los Bomberos que llegan ante una situación de catástrofe no solo vinculada a un incendio, sino también a un incendio forestal, a un accidente, a una catástrofe natural, como los terremotos o los maremotos que hemos tenido en Chile, derrumbes, etcétera. Ante distintas situaciones que hemos tenido que enfrentar, ¿quiénes están en primera línea jugando un rol? Bomberos de Chile.

Sin embargo, sabemos que el financiamiento es absolutamente insuficiente. Hace algunas semanas, tuve la posibilidad de reunirme con los bomberos de Conchalí y Huechuraba. Ellos son parte de una de las compañías que hoy tiene dentro de su rol acreditado el hecho de pertenecer al Grupo Usar.

El Grupo Usar es un grupo de bomberos que se perfecciona y especializa incluso con normas internacionales para jugar roles concretos en los procedimientos de rescate. Ellos incluso han viajado a otros países, por ejemplo, cuando fue el terremoto en Ecuador. El Grupo Usar fue uno de los grupos de América Latina que se trasladó para poder jugar un rol en ese procedimiento.

Sin embargo, el Grupo Usar no tiene financiamiento propio. La propia compañía, con todas sus dificultades económicas, tiene problemas para poder actualizar sus trajes y tener todas las herramientas. Hay muchos bomberos y bomberas que tienen que comprarse sus propias herramientas de trabajo, porque la compañía no tiene los recursos suficientes para poder financiarlas, y muchas veces esas cosas no se saben.

Reconocemos a Bomberos, nos sacamos el sombrero y decimos: “Qué bien que lo hacen, qué bien que haya voluntarios y voluntarias que están dispuestos a dormir todos los días en una compañía y salir a trabajar al día siguiente a sus esfuerzos cotidianos o a estudiar, como lo hacen muchos y muchas voluntarios y voluntarias que prácticamente viven en sus compañías o en sus bombas”.

Entonces, esta medida que hoy estamos legislando me parece de toda justicia, sobre todo, porque además este proyecto viene a enmendar la omisión que hubo en algún momento en la ley que ya establecía la destinación a Bomberos de aquellos fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados.

Sin embargo, este proyecto de ley –que saludo- viene a enmendar lo que trajo como consecuencia la derogación de esa ley o la modificación que se hizo en algún momento, para que Bomberos de Chile pueda acceder a esos valores de relevancia, por lo que se pretende que todos aquellos valores correspondientes a dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes dentro del plazo de cinco años contados desde la resolución de la Comisión para el Mercado Financiero se destinen a Bomberos de Chile.

Hago el llamado a que ojalá también busquemos mecanismos y que en la ley de presupuestos podamos incorporar una glosa particular para el financiamiento de los grupos Usar, que hoy no tienen financiamiento específico.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Sebastián Álvarez.

El señor ÁLVAREZ (don Sebastián).-

Señor Presidente, estos son los proyectos que en general y de forma transversal nos dan mucha alegría. Felicito al origen de este proyecto, a los senadores Juan Antonio Coloma, José García Ruminot, Ricardo Lagos Weber, Carlos Montes y Jorge Pizarro.

Lo que hace este proyecto es justamente resolver una omisión que genera una situación, a toda vista, injusta por haber omitido a aquellos que hoy en día son nuestros verdaderos héroes, son quienes hoy en día están dando los principales combates en las ciudades y también en los sectores rurales.

Porque hoy, cuando analizamos lo que pasa con el Cuerpo de Bomberos, debemos entender que, en la medida en que van creciendo las ciudades, van modificando los planes reguladores, van estableciendo, con mucha alegría, comités de vivienda que van extendiendo el radio urbano, esto va generando una mayor demanda, de requerimientos, para Bomberos de Chile.

Eso significa que tenemos demandas en aumento. Lógicamente, eso requiere presupuestos permanentes, de crecimiento y aumento, para poder sostener lo que ya existe, pero también para poder pensar en crecer. Porque el crecimiento de las ciudades también trae la solicitud de la ciudadanía. Muchas veces dicen: “Por favor, que en mi sector haya un cuartel de bomberos, porque el cuartel que está cerca de nuestro sector queda a más de 25 minutos”.

Y también vemos cómo hoy en el mundo rural, y estoy hablando desde la visión de La Araucanía, con un porcentaje importante de su población en la ruralidad, ha llegado a vivir más gente, más personas, más familias. Eso también va generando muchas situaciones y más necesidad de bomberos.

Entonces, queda claro que cada día necesitamos más bomberos en Chile, con más tecnología y mayores recursos. Lamentablemente, ahí es cuando uno los ve muchas veces, con mucho esfuerzo, haciendo el trabajo voluntario, pero además gestión para rifas o bingos para tratar de mantener, de una u otra forma, sus gastos de operación y también sus gastos de inversión.

Por lo tanto, este es un proyecto justo y bueno, que le hace bien a nuestro país, porque finalmente es darle un uso concreto y real a unos recursos que quedan ahí dando vueltas, para el mejoramiento de la seguridad de nuestro país.

Eso es relevante, porque además estamos enfrentando el cambio climático, el cual afecta directamente a los bomberos, porque es mayor la demanda. En los veranos hay incendios forestales, en los inviernos inundaciones. También aumentan en las ciudades, producto del desplazamiento de las personas, los accidentes de tránsito –lo citaban algunos diputados-. En los veranos también tienen que socorrer cuando se producen accidentes en nuestros lagos y ríos.

Como han dicho muchos diputados en su intervención, al recorrer los cuerpos de Bomberos de Villarrica, de Curarrehue, de Toltén, de Teodoro Schmidt, de Puerto Saavedra y de Cholchol, se puede apreciar que algunos lugares cuentan con recursos y una buena infraestructura; sin embargo, en los cuarteles más pequeños, a veces, se ven muchas carencias, mucho riesgo para el voluntario y muchos trajes que ya no cuentan con ningún tipo de certificación ni garantía. Es entonces cuando los bomberos de Chile, nuestros héroes, se convierten doblemente en héroes porque, a pesar de no contar con la seguridad necesaria y la tecnología adecuada, siempre están presentes, dando la cara y haciendo frente cuando se los requiere.

Por consiguiente, tenemos que continuar y seguir avanzando en esta línea de proyectos de ley, con el propósito de resguardar el funcionamiento de nuestros bomberos, mejorar su infraestructura y, también, desde la ley, desde el Estado de Chile, mejorar y aumentar sus recursos de operación.

Ojalá que todos votemos unánime y transversalmente a favor el proyecto.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra, vía telemática, el diputado Ramón Barros Montero.

El señor BARROS (vía telemática).-

Señor Presidente, atrás mío está la foto de Raúl Bustos, presidente de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, pues me encuentro en el cuartel de Bomberos de la comuna de Chépica. ¿A qué se debe esta coincidencia? Soy muy amigo de los bomberos, por lo que ellos me han facilitado el cuartel, puesto que a un costado se desarrolla el proceso de vacunación covid-19 y hoy me toca la dosis de refuerzo. Miré usted, Presidente, la coincidencia.

Sin duda, tenemos que aprobar unánimemente el proyecto. Siempre he sido muy cercano a Bomberos. Aprovecho de agradecer a Horacio Piña, superintendente de Bomberos de Chépica, y a Juan Carlos Field, presidente regional de Bomberos, con quien estuvimos entregando carros el último fin de semana, en el sector de Angostura.

Cada vez se hace más necesario para ellos obtener mayores recursos, que les permitan desarrollar todas sus actividades de manera digna, con el mejor estándar de calidad en cuanto a su seguridad personal y al material mayor. La labor de Bomberos, reconocida por todos los chilenos, es muy amplia. Hace algunas semanas, estuvimos en la caleta de Bucalemu y, en esa oportunidad, había bomberos participando en el rescate de dos pescadores que, si bien se encontraron fallecidos, Bomberos estaba presente. En los incendios forestales, Bomberos está, permanentemente, presente. Por eso, actualmente, hay carros y material mayor para cada fin específico en el control de incendios. Ni hablar de los rescates en las rutas y de la presencia de Bomberos en actitudes solidarias a favor de miles de causas.

Por eso, creo que es tan importante devolverle a Bomberos lo que establece el proyecto. Por su intermedio, felicito a sus autores. Ojalá que la iniciativa sea aprobada de forma unánime, porque si hay una institución respetada y querida transversalmente, es justamente el Cuerpo de Bomberos. Veo en este hemiciclo a nuestra colega Maite Orsini, que también es voluntaria, así como muchos otros. Eso habla de la compenetración y transversalidad de la labor de Bomberos y de su acción voluntaria, reconocida por todo el Parlamento, lo que realmente nos enorgullece.

Por eso, espero que el proyecto sea aprobado unánimemente, como lo haré yo y cómo lo hará nuestra bancada.

Junto con eso, comparto una pequeña reflexión que hizo Juan Carlos Field, el presidente regional, el sábado recién pasado. Se entregaron 55 carros en nuestra región, pero un carro está siendo cuestionado por la Dirección de Presupuestos (Dipres). Señor Presidente, por su intermedio, le pido a la Dipres, tal como me comprometí con el presidente regional, que libere los recursos para completar la adquisición de ese carro, que está destinado a la comuna de Graneros. Lo anterior, inserto en la misma idea de dotar a Bomberos de todos los instrumentos y material mayor que requieren para seguir desempeñándose con la brillantez con que hacen su labor.

Agradezco a los autores, llamo a votar a favor y, por último, agradezco a quiénes me han facilitado su cuartel, para poder estar presente en la sesión, mientras espero mi turno para vacunarme con la dosis de refuerzo, en una muestra de lo que es el servicio de Bomberos hacia la comunidad.

Que Dios los bendiga y que el proyecto sea aprobado unánimemente, para el bien de nuestros voluntarios y voluntarias de Bomberos de Chile.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Gracias, diputado. Vayan nuestros saludos, cariños y respeto a los bomberos de su región.

Tiene la palabra el diputado Gastón von Mühlenbrock.

El señor VON MÜHLENBROCK.-

Señor Presidente, el proyecto de ley es extremadamente valioso, no solo para nosotros, como diputados, sino para toda la comunidad, especialmente para el Cuerpo de Bomberos de Chile.

Como miembro titular de la Comisión de Hacienda, le comento que analizamos el proyecto en la comisión, justamente, el 30 de junio, cuando se estaban cumpliendo los 170 años del Cuerpo de Bomberos de Chile.

Por eso, es bueno recordar que el primer cuerpo de Bomberos de nuestro país nace en Valparaíso, en esta ciudad, en 1851, luego del tremendo y gran incendio que destruyó por completo la calle del Cabo.

El 30 de junio de ese año, se cierran las listas de incorporación para unirse a la Asociación contra Incendios de Valparaíso.

Por su parte, en la capital, que ya contaba con más de 115.000 habitantes, los servicios públicos seguían siendo básicos, los incendios eran comunes y estos eran enfrentados por funcionarios municipales, serenos y policías, en conjunto con los mismos vecinos afectados, sin disponer de los implementos necesarios para combatir esas situaciones.

Es bueno recalcar parte de la historia de nuestro querido Cuerpo de Bomberos de Chile, porque el proyecto de ley que, espero aprobemos en forma unánime en este hemiciclo, viene a hacer justicia con esta institución que, como más de alguno de mis colegas lo ha expresado, no solo está presente en incendios, sino, también, en el rescate de personas en accidentes vehiculares. Ante cualquier tipo de problema que suceda en nuestra comunidad, está presente el Cuerpo de Bomberos de Chile.

No puedo dejar de mencionar, disculpe que hable en nombre propio, la tremenda tragedia sucedida, años atrás, en Maihue, en la comuna de Futrono, en la Región de Los Ríos. En esa ocasión, lamentablemente, fallecieron 17 personas, que se hundieron con aquella barcaza. Entonces, me dirigí a prestar ayuda ante la tragedia que estaba ocurriendo, a fin de aportar a ese tremendo drama, aunque fuese con un grano de arena. Lamentablemente, por situaciones que ocurren en nuestros caminos, me volqué y casi me maté a pocos kilómetros de llegar al lugar en dónde estaba ocurriendo la tragedia. ¿Por qué saco esto a colación? Porque los bomberos fueron los primeros en llegar y, tiempo después, ellos mismos me llevaron a un consultorio en Futrono, para, posteriormente, trasladarme al Hospital Base Valdivia.

Pero ¿por qué menciono esto? Porque los bomberos no solo están en los incendios; están en todo tipo de rescates, en todo tipo de accidentes. Entonces, cuando estamos hablando de recursos, tenemos que pensar en todas las cosas adicionales que no están, normalmente, en los presupuestos de los cuerpos de bomberos y que ocurren a menudo.

Por eso, este proyecto de ley tiene por objeto que aquellos valores de fondos de inversión, no cobrados por los partícipes durante un determinado periodo de tiempo, sean traspasados al Cuerpo de Bomberos de Chile.

Cabe señalar que estuvo presente, vía telemática, el presidente nacional de Bomberos de Chile, señor Raúl Bustos Zavala.

Estamos haciendo un justo reconocimiento y espero que en el Presupuesto podamos, también, darle una mano al Cuerpo de Bomberos de Chile, que nos prestigia.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag.

El señor SABAG.- Señor Presidente, valoro este proyecto que permite que los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión, no cobrados por los respectivos partícipes dentro del plazo de cinco años desde la liquidación del fondo, sean entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile. Con lo cual se contribuirá a que la noble labor que desempeña Bomberos de Chile cuente con los recursos mínimos para poder operar.

Se trata de una iniciativa sumamente simple, que apunta a reponer una norma que existía hasta el año 2014 y que permitía al Cuerpo de Bomberos de Chile contar con un mecanismo de financiamiento, a través de los recursos depositados en fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados.

El año 2014 se promulgó la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, que, a través del artículo 26 bis, eliminó esta destinación de los dineros no cobrados tras cinco años de hacerse la liquidación de los dineros invertidos en fondos mutuos o fondos de inversión.

La relevancia de esta disposición queda claramente establecida, a saber que el último año de su aplicación generó recursos extraordinarios para el Cuerpo de Bomberos de Chile por cerca de 400 millones de pesos, que, distribuidos mediante concursos de las diferentes compañías, permiten resolver necesidades específicas que muchas veces deben esperar a que el presupuesto corriente pueda hacer aportes puntuales para ser atendidas.

Nunca estarán de más estos aportes.

Recuerdo haber estado con el presidente regional de Bomberos de la Región de Ñuble, señor Francisco Zapata, en reuniones con autoridades del Ministerio de Obras Públicas, puesto que Bomberos, a propósito de los accidentes en las carreteras, prestan servicios gratuitos a las concesionarias cuando hay una accidente, en circunstancias de que las propias concesionarias debieran tener su propio departamento de asistencia en ruta en caso de accidente.

Sin embargo, Bomberos realiza dicha labor en beneficio de la gente, gratuitamente, y es por eso que, en ese entonces, solicitamos que se pudiera establecer dentro de la ley de concesiones que una parte del peaje también pudiera ir directamente a Bomberos, por todos estos servicios que prestan, repito, gratuitamente.

Por esta razón, siempre estos recursos se van a emplear por Bomberos, para el servicio a la comunidad.

Esta iniciativa, ya aprobada por unanimidad en la Sala y en la Comisión de Hacienda del Senado, no resuelve el conjunto de las necesidades bomberiles, pero es una ayuda valuable, en particular, cuando se logra beneficiar a cuarteles pequeños que no puedan acceder a otras formas de financiamiento.

Es bien conocida la situación de estrechez que afecta a muchas compañías y cuarteles a lo largo de nuestro país, por lo que todo lo que se pueda hacer para mejorar este escenario, aunque sea marginalmente, es una buena noticia.

El volumen de necesidades para esta organización de hombres y mujeres dedicados al servicio de las personas, hace difícil que se puedan lograr soluciones permanentes y definitivas. El Estado hace un esfuerzo relevante, pero es claramente insuficiente, del mismo modo que el aporte que hace la comunidad es gravitante, pero no alcanza a cubrir todas las necesidades.

En la medida en que se puedan seguir destinando recursos que se encuentren libres, el estado del equipamiento de los bomberos podrá ir mejorando, así como su capacidad de servicio.

Valoramos este proyecto, que va a ir a parar a muy buenas manos; a Bomberos de Chile, una de las instituciones más queridas por nuestro país y que se encuentra, en muchos casos, en muchas comunas, pobre, en situación difícil, de modo que con estos fondos se va a poder ayudar a su buen desempeño, que realizan gratuitamente.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Cerrado el debate.

2.5. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación sin Modificaciones . Fecha 02 de septiembre, 2021. Oficio en Sesión 74. Legislatura 369.

VALPARAÍSO, 2 de septiembre de 2021

Oficio N° 16.886

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha aprobado, en los mismos términos en que lo hiciera ese H. Senado, el proyecto de ley que modifica la ley N°20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, en relación con el destino de los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, correspondiente al boletín Nº 13801-05.

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 173/SEC/21, de 1 de abril de 2021.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

FRANCISCO UNDURRAGA GAZITÚA

Presidente (A) de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

3. Trámite Finalización: Senado

3.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 07 de septiembre, 2021. Oficio

?Valparaíso, 7 de septiembre de 2021.

Nº 407/SEC/21

A Su Excelencia el Presidente de la República

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Agrégase en la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, el siguiente artículo 26 bis:

“Artículo 26 bis.- Los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la liquidación del fondo, deberán ser entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, de conformidad a lo establecido en el artículo 117 de la ley Nº 18.046 y el artículo 45, letra c), de su Reglamento, para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país. Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá, una vez transcurrido 1 año desde que los dineros no hubieren sido cobrados por los partícipes respectivos, mantenerlos en depósitos a plazo reajustables, debiendo entregar dichos dineros, con sus respectivos reajustes e intereses, si los hubiere, a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.”.

Artículo transitorio.- Sin perjuicio de lo indicado en el artículo 15 de la ley N° 20.712, los dineros correspondientes a dividendos, repartos de capital y todo otro beneficio en efectivo que no hayan sido cobrados por los respectivos partícipes de fondos mutuos o fondos de inversión liquidados hace más de 5 años desde la entrada en vigencia de esta ley, podrán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país.

Para tales efectos, la administradora procederá a notificar a los partícipes que no hubieren cobrado los mencionados beneficios en el plazo antes señalado, mediante una publicación que hará en un diario de circulación nacional y otra posterior en el Diario Oficial. Entre ambas publicaciones no mediará un plazo superior a 10 días. La publicación de dichos avisos deberá contener los datos necesarios para la correcta individualización de los partícipes y del fondo liquidado, debiendo establecer, además, la fecha de liquidación del fondo, a fin de que los respectivos titulares puedan reclamar los dineros no cobrados dentro del plazo de 1 año de efectuada la publicación antes mencionada en el Diario Oficial. Una vez cumplido dicho plazo los dineros deberán ser entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, con sus respectivos reajustes e intereses, si los hubiere.

Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá mantener los dineros no cobrados en depósitos a plazo reajustables durante el plazo que medie entre la primera de las publicaciones señaladas hasta la entrega de dichos valores a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.”.

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Hago presente a Su Excelencia que esta iniciativa de ley tuvo su origen en Moción de los Honorables senadores señores José García Ruminot, Juan Antonio Coloma Correa, Ricardo Lagos Weber, Carlos Montes Cisternas y Jorge Pizarro Soto.

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Dios guarde a Vuestra Excelencia.

XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ

Presidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 21.374

Tipo Norma
:
Ley 21374
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1165603&t=0
Fecha Promulgación
:
21-09-2021
URL Corta
:
http://bcn.cl/2rq37
Organismo
:
MINISTERIO DE HACIENDA
Título
:
MODIFICA LA LEY N° 20.712, SOBRE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS DE TERCEROS Y CARTERAS INDIVIDUALES, EN RELACIÓN CON EL DESTINO DE DETERMINADOS DINEROS EN BENEFICIO DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS DE CHILE
Fecha Publicación
:
28-09-2021

LEY NÚM. 21.374

MODIFICA LA LEY N° 20.712, SOBRE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS DE TERCEROS Y CARTERAS INDIVIDUALES, EN RELACIÓN CON EL DESTINO DE DETERMINADOS DINEROS EN BENEFICIO DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS DE CHILE

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables senadores señores José García Ruminot, Juan Antonio Coloma Correa, Ricardo Lagos Weber, Carlos Montes Cisternas y Jorge Pizarro Soto,

     

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Agrégase en la ley N° 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, el siguiente artículo 26 bis:

     

    "Artículo 26 bis.- Los dineros de fondos mutuos o fondos de inversión no cobrados por los respectivos partícipes, dentro del plazo de 5 años desde la liquidación del fondo, deberán ser entregados por la respectiva administradora a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, de conformidad a lo establecido en el artículo 117 de la ley Nº 18.046 y el artículo 45, letra c), de su Reglamento, para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país. Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá, una vez transcurrido 1 año desde que los dineros no hubieren sido cobrados por los partícipes respectivos, mantenerlos en depósitos a plazo reajustables, debiendo entregar dichos dineros, con sus respectivos reajustes e intereses, si los hubiere, a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.".

    Artículo transitorio.- Sin perjuicio de lo indicado en el artículo 15 de la ley N° 20.712, los dineros correspondientes a dividendos, repartos de capital y todo otro beneficio en efectivo que no hayan sido cobrados por los respectivos partícipes de fondos mutuos o fondos de inversión liquidados hace más de 5 años desde la entrada en vigencia de esta ley, podrán entregarse a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile para su posterior distribución a los Cuerpos de Bomberos del país.

    Para tales efectos, la administradora procederá a notificar a los partícipes que no hubieren cobrado los mencionados beneficios en el plazo antes señalado, mediante una publicación que hará en un diario de circulación nacional y otra posterior en el Diario Oficial. Entre ambas publicaciones no mediará un plazo superior a 10 días. La publicación de dichos avisos deberá contener los datos necesarios para la correcta individualización de los partícipes y del fondo liquidado, debiendo establecer, además, la fecha de liquidación del fondo, a fin de que los respectivos titulares puedan reclamar los dineros no cobrados dentro del plazo de 1 año de efectuada la publicación antes mencionada en el Diario Oficial. Una vez cumplido dicho plazo los dineros deberán ser entregados a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, con sus respectivos reajustes e intereses, si los hubiere.

    Para el cumplimiento de lo anterior, la administradora del referido fondo deberá mantener los dineros no cobrados en depósitos a plazo reajustables durante el plazo que medie entre la primera de las publicaciones señaladas hasta la entrega de dichos valores a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 21 de septiembre de 2021.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Rodrigo Cerda Norambuena, Ministro de Hacienda.- Rodrigo Delgado Mocarquer, Ministro del Interior y Seguridad Pública.

    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Alejandro Weber Pérez, Subsecretario de Hacienda.