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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 21.372

Modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial en relación al acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Senado

1.1. Moción Parlamentaria

Moción de Marcela Sabat Fernández, Guido Girardi Lavín, Carolina Goic Boroevic, Ena Von Baer Jahn y Francisco Chahuán Chahuán. Fecha 29 de septiembre, 2020. Moción Parlamentaria en Sesión 96. Legislatura 368.

Proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables Senadores señoras Sabat, Goic y Von Baer, y señores Chahuán y Girardi, que modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial en relación al acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias. Boletín N° 13.812-11

FUNDAMENTOS

• El mensaje que dio origen a la ley N° 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud hizo presente que “Una de las críticas que más frecuentemente se formulan a los sistemas de salud, es la creciente deshumanización en las relaciones entre los actores de ellas y en el trato que reciben las personas atendidas” [1]. El espíritu detrás de la incorporación de dicho cuerpo legal a nuestro ordenamiento jurídico dice relación con entregar un servicio de calidad y respetuoso en todo momento de los derechos de los pacientes. En el año 2013, se dio a conocer los resultados de un interesante estudio, que realizó la Superintendencia de Salud, que busca definir de manera más tangible este concepto, analizando las principales ideas asociadas al concepto de trato digno y cuáles son los elementos relevantes para los usuarios en este ámbito. El resultado de este fue: El trato digno para los usuarios se puede evidenciar a través de cuatro conceptos importantes, lo emocional que se relaciona fundamentalmente con el ser tratado como persona (trato humano), la información durante la atención de salud, el derecho a contar con un médico comprometido/responsable y la atención oportuna. [2]

• El otorgamiento de un trato digno pediátrico con calidad debe contener aspectos específicos como: una visión holística de la humanidad en donde la atención de enfermería es dirigida a satisfacer las necesidades fundamentales de los pacientes, es reconocer al paciente como un ser humano que vive el cuidado y crece en el cuidado, respetar su individualidad dirigiéndose a ellos siempre por su nombre, explicarles en la medida de su capacidad cognoscitiva los cuidados a realizar, respetar su idiosincrasia y características propias de cada uno, conferir información completa, veraz, oportuna y entendida al paciente y familiares, interesarse en que su estancia hospitalaria sea agradable, es hacerlo sentir seguro en la atención que se le está otorgando. [3]

• Es del caso señalar que la reseñada normativa de la ley 20.584, se aplica a todos los prestadores de salud, sean estos públicos o privados. Lo anterior resulta lógico en tanto, cualquiera sea la naturaleza económica bajo la cual se entreguen los servicios, existe un componente humano importante que va de la mano para una mejor atención, y que dice relación con el acompañamiento que recibe quien hace uso de las perstaciones de salud.

• Por su parte, el artículo 6° de la ley Nº 20.584 en su inciso primero señala que “Toda persona tiene derecho a que los prestadores le faciliten la compañía de familiares y amigos cercanos durante su hospitalización y con ocasión de prestaciones ambulatorias, de acuerdo con la reglamentación interna de cada establecimiento, la que en ningún caso podrá restringir este derecho de la persona más allá de lo que requiera su beneficio clínico”. De esta manera, el derecho a que los usuarios tengan acceso a una compañía constante se encuentra reconocido, lo cual es relevante tener en consideración para los fines de la modificación normativa que se propone, toda vez que reconoce la necesidad de acompañantes, que, en el caso de los niños y niñas, especialmente lactantes se hace mucho más necesaria. Se trata de un derecho que no se puede restringir más allá de lo que sea clínicamente recomendable. En conclusión, la compañía es un derecho que el legislador ha considerado relevante para la vivencia de los pacientes, que encuentra su único límite en consideraciones clínicas.

• Por otra parte, el 13 de mayo de 1986, el Parlamento Europeo de Naciones estableció los "Derechos del Niño Hospitalizado", recomendaciones que fueron acogidas en la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 (Convención Internacional de los Derechos del Niño) y luego por la UNICEF. El Consejo Regional Santiago del Colegio Médico de Chile las asumiría en septiembre de 1992 con la "Declaración de Santiago de Chile" en el Seminario de Derechos del Niño Hospitalizado. Dentro de los derechos se encuentran: el Derecho a estar acompañado por sus padres o por las personas que los sustituyan durante su hospitalización; así como también el Derecho de contactar con sus padres en los momentos de tensión; y el Derecho a disponer de locales equipados según sus necesidades, entre otros.

• Según la experiencia clínica pediátrica, es reconocido el beneficio que tiene en la salud de un niño o niña, el acompañamiento de su madre, padre o de su familia. Así lo explican en el articulo “Participación de la madre y la familia en la atención del niño hospitalizado: Análisis histórico y visión de futuro”, sus autores, quienes señalan en su introducción “Se ha insistido que el mejor pediatra de un niño es su propia madre, sin embargo, es excluida cuando su hijo se hospitaliza. Desde 1925, inicialmente en Europa y luego en otros continentes, se han hecho esfuerzos para que la madre pueda acompañar a su hijo hospitalizado. Se ha observado efectos beneficiosos en la calidad de la atención médica, mantención del rol afectivo y estado nutricional, disminución de la infección nosocomial, mejoría de la reacción de duelo y menor costo por hospitalización y, aunque se han presentado dificultades, éstas son menores y solucionables, relacionadas con trastornos de la dinámica familiar, angustia y ansiedad materna, alteraciones de convivencia y comunicación.” [4]

En este mismo estudio, se concluye lo siguiente “La permanencia de la madre junto a su hijo hospitalizado permite, con dificultades solucionables, mejorar la eficiencia de un servicio clínico, traduciéndose en atenuar los trastornos psíquicos del niño, disminuir la desnutrición e infecciones intrahospitalarias, fomentar la lactancia, optimizar el recurso humano, acortar la hospitalización, mejorar rendimiento de cama hospitalaria y disminuir el costo de la hospitalización”

Así también, el estudio de las pediatras Alfaro y Atria [5] revela que el desarrollo socioemocional del niño permite un mayor grado de resiliencia frente al proceso de hospitalización y un mal ambiente hospitalario influye negativamente en este proceso; es por esto que se debe adecuar el ambiente hospitalario, haciéndolo más grato hacia el niño. Se encontró que los niños en un mal ambiente hospitalario presentan una probabilidad de 6.14 veces más alta de ser afectados emocionalmente en comparación con los que tienen buen ambiente hospitalario.

Por último, el estudio de Oliveira Pinheiro de Mel, Lopes Ferreira, Aparecida García de Lima, Falleiros de Mello [6], quienes luego de realizar un estudio en niños y niñas con cáncer hospitalizados y la participación de sus padres, concluyen lo siguiente: consideramos indispensable que los profesionales del área de la salud, con destaque para los de enfermería, reflexionen sobre sus acciones de cuidados orientadas a los padres de hijos con cáncer, reconociendo sus necesidades existenciales y objetivando auxiliarlos en su facticidad.

• Desde una perspectiva distinta en el ejercicio de este derecho, no se pueden dejar de lado las condiciones en las que se encuentran las personas que acompañan a los pacientes. En muchos casos, estas condiciones son totalmente atentatorias contra la dignidad de las personas. Mili, es el nombre con el que se identificó una mujer que describe su experiencia en los siguientes términos “la salud de nuestros hijos depende de nosotras las madres y, para eso, deben existir las condiciones para que estemos bien. En hospitalización de lactantes, sólo nos pasan una silla para estar junto a nuestros hijos” [7]. El testimonio descrito se replica en otros centros asistenciales, con un enfoque particular en madres de niños y niñas, cuya presencia es indispensable para la recuperación y bienestar de los pacientes de este rango etario. En el mismo sentido, Pricila Astudillo, madre de Mila, que lucha día a día por la salud de su hija, nos señala esto: ¿Sabes lo que siente una mamá, cuando la burocracia de este país, de la salud, de las reglas absurdas le impiden o le quitan minutos valiosos de estar con su bebé? Si una mamá tiene a su bebé en la UTI, UCI, hospitalizado, ya lo está pasando bastante mal, como para que los profesionales de la salud se lo hagan más difícil, no entreguen la información sobre los procedimientos, no expliquen qué es lo que le están haciendo a tu hija. Lo anterior deja en evidencia la carencia del sistema de salud con relación a brindar un adecuado trato al acompañante de los niños o niñas enfermos, así como también de infraestructura interna con la que deberían contar los establecimientos de salud.

• La presente iniciativa busca incorporar dos nuevos incisos al artículo 6°, norma en la que se regula el derecho a la compañía de los pacientes, estableciendo un estándar especial en relación al acompañamiento de infantes (quienes de conformidad al artículo 26 del Código Civil son quienes aun no cumplen los 7 años), disponiendo un mándato general en virtud del cual los centros hospitalarios deberán procurar condiciones dignas y un trato respetuoso a los acompañantes. Lo anterior tiene su base iusfundamental en el interés superior del niño, principio incorporado a la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, cuerpo normativo aprobado por nuestro país.

Por lo anterior, venimos en proponer el siguiente:

PROYECTO DE LEY

“Artículo único.- Incorpórense al artículo 6° de la ley N° 20.584, Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, los siguientes incisos segundo y tercero nuevos, pasando el actual inciso segundo cuarto o final:

“Tratándose del acompañamiento de infantes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, los reglamentos internos de los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de sus padres o de quien lo tenga a su cuidado, con la única excepción de que de ello se derive un peligro para el propio infante u otros pacientes.

Las personas que brinden acompañamiento a los pacientes durante su hospitalización o con ocasión de prestaciones ambulatorias deberán recibir un trato digno y respetuoso en todo momento, entendiéndose por tal, no sólo un buen trato verbal, e información, sino que también otorgar las condiciones para que ese acompañamiento sea adecuado para velar por la integridad física y psíquica del niño o niña, atendido el principio de interés superior del niño o niña.”

[1] PRESIDENCIA. Proyecto de ley que regula los derechos y deberes que las personas tienen en relación con acciones vinculadas a su atención de salud Mensaje N° 223-354 26 de julio 2006 p. 3 disponible en: https://www.camara.cl/verDoc.aspx?prmID=4583&prmTIPO=INICIATIVA [consultado el 17 de marzo 2020]
[2] http://www.supersalud.gob.cl/difusion/665/articles-9004_recurso_1.pdf
[3] Rodríguez RMS Velázquez QAG. Trato digno en los cuidados de enfermería al paciente pediátrico. Rev Mex Enf Cardiol. 2014;22(3):96-97
[4] FRANCISCO BARRERA Q. FRANCISCO MORAGA M. SONIA ESCOBAR M. ROSA ANTILEF H https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0370-41062007000100012
[5] Alfaro A Atria R. Factores ambientales y su incidencia en la experiencia emocional del niño Hospitalizado Santiago Chile. Revista Pediatría Electrónica 2009; 6 (1): 36-54
[6] https://www.scielo.br/pdf/rlae/v22n3/es_0104-1169-rlae-22-03-00432.pdf
[7] KESSRA Javiera. “Solo nos pasa una silla”: Madre relata las incómodas condiciones que viven mujeres que acompañan a sus hijos Biut de La Tercera disponible en: http://biut.latercera.com/maternidad/2019/10/madre-relata-las-incomodas-condiciones-que-viven-mujeres-que-acompanan-a-sus-hijos-hospitalizados/ [consultado el 17 de marzo 2020]

1.2. Informe de Comisión de Salud

Senado. Fecha 30 de enero, 2021. Informe de Comisión de Salud en Sesión 153. Legislatura 368.

?INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial en relación al acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias.

BOLETÍN Nº 13.812-11.

HONORABLE SENADO:

La Comisión de Salud tiene el honor de informar acerca del proyecto de la referencia, iniciado en moción de los Honorables Senadores señoras Marcela Sabat Fernández, Carolina Goic Boroevic y Ena Von Baer y señores Francisco Chahuán Chahuán y Guido Girardi Lavín.

El proyecto en informe no requiere un quórum especial para ser aprobado y no se relaciona con la organización o las atribuciones de los tribunales de justicia.

Se hace presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento del Senado, la Comisión discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un proyecto de artículo único.

A las sesiones en que la Comisión consideró este asunto asistieron, además de los miembros la Comisión, la Honorable Senadora señora Marcela Sabat Fernández y las siguientes personas:

El Director de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (CENABAST), señor Valentín Díaz.

El Director (S) del Instituto de Salud Pública de Chile, señor Heriberto García.

Los Asesores del Ministerio de Salud, Dres. Jorge Acosta y Enrique Accorsi, señora Valeria Díaz y señor Jaime González.

El Doctor en Psicología, señor Felipe Lecannelier.

La Directora de la Corporación ONCOMAMÁS, señora Beatriz Troncoso.

El Asesor de la Senadora Carolina Goic, señor Gerardo Bascuñán.

El Asesor de la Senadora Ena Von Baer, señor Benjamín Rug.

El Asesor del Senador Francisco Chahuán, señor Cristian Carvajal.

El Asesor del Senador Rabindranath Quinteros, señor Jaime Junyent.

La Asesora de la Senadora Marcela Sabat, señora Alexandra Maringuer.

La Asesora del Comité PPD, señora Victoria Fullerton.

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OBJETIVOS FUNDAMENTALES Y ESTRUCTURA DEL PROYECTO

Al tenor de la moción que le da origen, esta iniciativa de ley tiene por objetivo modificar la norma que regula el derecho a la compañía de los pacientes, estableciendo un estándar especial en el acompañamiento de infantes [1], disponiendo un mandato general en virtud del cual los centros hospitalarios deberán procurar condiciones dignas y un trato respetuoso a los acompañantes.

El proyecto está conformado por un artículo único.

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ANTECEDENTES DE DERECHO

El proyecto en informe se vincula con los siguientes cuerpos normativos:

- Ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

- Decreto N° 830, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 1990, que promulga la Convención sobre los Derechos del Niño.

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ANTECEDENTES DE HECHO

La iniciativa recuerda que el mensaje que dio origen a la ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, señalaba que una de las críticas más frecuentemente formuladas a los sistemas de salud es la creciente deshumanización de las relaciones entre los intervinientes y del trato que reciben las personas atendidas.

Plantean los autores de la moción que el otorgamiento de un trato pediátrico digno debe contener aspectos específicos, tales como: estar imbuido de una visión holística de la humanidad, en que la atención de enfermería está dirigida a satisfacer las necesidades fundamentales de los pacientes y a reconocerlo como un ser humano que vive del cuidado y crece en el cuidado; el respeto de su individualidad, manifestado en dirigirse a ellos siempre por su nombre; el deber de explicarles, en la medida de su capacidad cognoscitiva, los cuidados a realizar, de respetar su idiosincrasia y sus características propias; el deber de entregar al paciente y sus familiares información completa, veraz, oportuna y entendida; el deber de interesarse en que su estancia hospitalaria sea agradable, y el de hacerlo sentirse seguro en la atención que se le está otorgando.

Destacan que el artículo 6° de la ley Nº 20.584, en su inciso primero, señala que “Toda persona tiene derecho a que los prestadores le faciliten la compañía de familiares y amigos cercanos durante su hospitalización y con ocasión de prestaciones ambulatorias, de acuerdo con la reglamentación interna de cada establecimiento, la que en ningún caso podrá restringir este derecho de la persona más allá de lo que requiera su beneficio clínico”. El derecho a que los usuarios tengan acceso a una compañía constante se encuentra reconocido y es una necesidad que, en el caso de los niños y niñas, especialmente lactantes, se hace mucho más necesaria.

Por otra parte, recuerdan que el 13 de mayo de 1986, el Parlamento Europeo de Naciones estableció los "Derechos del Niño Hospitalizado", recomendaciones que fueron acogidas en la Asamblea General de las Naciones Unidas (Convención de los Derechos del Niño) y luego por la UNICEF. El Consejo Regional de Santiago del Colegio Médico de Chile las asumiría en septiembre de 1992, con la "Declaración de Santiago de Chile" formulada en el Seminario de Derechos del Niño Hospitalizado. Dentro de esos derechos se encuentran: el de estar acompañado, durante su hospitalización, por sus padres o por las personas que los sustituyan; el de tener contacto con sus padres en los momentos de tensión, y el de disponer de locales equipados según sus necesidades, entre otros.

Añade la moción que, según la experiencia clínica pediátrica, el beneficio que tiene en la salud de un niño o niña el acompañamiento de su madre, padre o alguien de su familia es ampliamente reconocido.

Diversos estudios dan cuenta de la importancia del acompañamiento de los niños en situaciones de hospitalización, concluyendo que la permanencia de la madre junto a su hijo hospitalizado permite mejorar la eficiencia del servicio clínico, que atenúa los trastornos psíquicos del niño, disminuye la desnutrición y las infecciones intrahospitalarias, fomenta la lactancia, optimiza el recurso humano, acorta la hospitalización, mejora el rendimiento de las camas hospitalarias y disminuye el costo de la hospitalización; aunque se puedan presentar dificultades, éstas son menores y solucionables, comparadas con trastornos de la dinámica familiar, angustia y ansiedad materna, alteraciones de convivencia y comunicación.

Por otra parte, los autores consideran que en el ejercicio de este derecho no se puede dejar de lado las condiciones en las que se encuentran las personas que acompañan a los pacientes. En muchos casos, esas condiciones son totalmente atentatorias contra la dignidad de las personas. En hospitalización de lactantes, sólo disponen de una silla para estar junto a los hijos. Queda en evidencia las carencias del sistema de salud, en cuanto a brindar un adecuado trato al acompañante de los niños o niñas enfermos, así como también en la disponibilidad de infraestructura con que deberían contar los establecimientos de salud.

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DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN GENERAL Y EN PARTICULAR

Al iniciar el debate, la Honorable Senadora señora Sabat comentó que este proyecto nace a solicitud de muchas madres, de diferentes regiones del país, que viven la angustia de no poder acompañar a sus hijos mientras están hospitalizados.

Lo anterior se ha avisto acrecentado por la aplicación de los protocolos en materia de Covid-19.

Informó que recientemente le informaron de un caso ocurrido en Chillán, donde un menor de 4 años hospitalizado se cayó de la cama en la noche, recién operado de apendicitis, perdió cuatro dientes y no le dieron explicaciones a los padres de lo sucedido ni les permiten quedarse a cuidarlo.

Comentó que el fundamento de este proyecto, si bien surge a raíz de la angustia expresada por los padres que no pueden acompañar a su hijo, radica en el interés superior del niño.

De entre diversos estudios realizados destacó uno del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), que da cuenta de que el proceso de recuperación de un niño hospitalizado después de una operación u otra intervención es mucho más exitoso si está acompañado de la madre o el padre.

Añadió que otro punto a considerar dice relación con el acompañamiento digno, de manera que una madre o padre no tengan que estar sentados en una silla por las noches, durante dos semanas, sin contar en el hospital con un baño ni condiciones básicas.

Precisó que el proyecto de ley establece que el acompañamiento no podrá ir en contra del derecho a la vida del niño o niña que está internado en un centro hospitalario, por lo tanto, lo esencial es la protección del menor.

El proyecto contenido en la moción establece condiciones para materializar un derecho humano básico, como es asegurar al niño o niña estar acompañado de la persona que lo cuida desde que nació. Muchas veces son lactantes de meses, que permanecen internados semanas y, en ocasiones, las madres no saben durante días cómo se encuentran.

La Honorable Senadora señora Goic respaldó el contenido y la urgencia que tiene en este período de pandemia garantizar el acompañamiento.

El asesor legislativo del Ministerio de Salud señor Jaime González declaró que el Ejecutivo está de acuerdo con esta iniciativa.

La Honorable Senadora señora Von Baer solicitó el compromiso del Ejecutivo, en el sentido de asegurar que las acciones que debe realizar el sistema de salud serán cumplidas, porque el proyecto no sólo persigue que las madres puedan acompañar a sus hijos, sino que dispone que las condiciones de ese acompañamiento sean dignas. Hay una acción que ejercer por parte del Ministerio de Salud.

El Doctor en Psicología, señor Felipe Lecannelier [2] se refirió a que el acompañamiento hospitalario debe ser respetuoso y humanizado. Explicó que al nacer sólo el 22% de nuestro cerebro está desarrollado; a los 3 años el niño ya ha desarrollado entre el 60% y el 80% del cerebro, y a los 4 años el 80% ya está desarrollado.

El 80% del cerebro del niño se desarrolla durante los primeros 4 a 5 años de vida. Para ese desarrollo el alimento fundamental de la arquitectura y funcionalidad del cerebro depende de cuánto los adultos lo miran, lo acarician, lo tocan, le hablan. Precisó que mientras más contacto hay, mejor se desarrolla el cerebro.

Expuso que hay un estudio que midió el tamaño del radio cerebral de niños de 3 años y lo comparó con el de niños de la misma edad que viven en residencias del Servicio Nacional de Menores; éstos presentaron un radio más pequeño, equivalente al de un niño de un año y cuatro meses.

Si una clínica con sección de neonatología no da lugar al acompañamiento familiar no satisface un requisito necesario. El acompañamiento familiar reduce el período de hospitalización y las probabilidades de readmisión del niño.

La gran conclusión es que mientras los padres están más tiempo cerca de los niños, mientras más contacto físico tienen con ellos, les hablan, acarician, en definitiva, mientras mayor presencia tengan, los resultados indican que se reduce el tiempo de hospitalización, las posibles complicaciones físicas secundarias, específicamente en lo atingente al desarrollo psicomotriz y al desarrollo socioemocional del niño y, si mejora la alimentación, el niño recupera más rápido el peso; también mejora el tono muscular y el neurodesarrollo general del niño.

Desde la ciencia no hay dudas, no hay investigaciones contradictorias, los beneficios para el niño son importantes.

Hace diez años un grupo de investigadores llevó a cabo un estudio que comparó la salud mental de niños chilenos de 1 a 5 años, con los niños de otros países. Arribaron a la conclusión de que hay una epidemia de salud mental en niños de ese tramo etario, y de infelicidad y ausencia de bienestar emocional. El estudio se realizó en 24 países y evaluó problemas de salud mental como depresión, agresión, problemas para dormir o concentrarse, entre otros. Los resultados de ese estudio muestran a Chile con la tasa más alta en todos los problemas de salud mental. Señaló que mientras más temprano empieza a desarrollarse uno de estos problemas más probabilidad hay que devenga en crónico y se agrave.

Analizando los datos se buscó una explicación a lo que sucede en Chile y se encontró un síndrome internalizante: el problema que tienen todos estos niños es que no pueden expresar lo que sienten, no pueden moverse, alegar, hacer pataletas, etc., es decir, se guardan todo el estrés, generando con ello angustia, ansiedad, miedo, depresión, insomnio, enfermedades psicosomáticas, ideaciones suicidas y apatía.

Si se revisa los estudios del resto del mundo se encuentra que la prevalencia de problemas internalizantes nunca supera el 2% a 5%, Chile exhibe entre 16% y 20%, es decir, cinco veces más problemas de este tipo, en niños de 1 a 5 años.

Por último, solicitó apoyo para impulsar un proyecto de ley que aborde esta epidemia de salud mental infantil.

El Honorable Senador señor Chahuán se manifestó de acuerdo en aprobar proyectos que apuntan a proteger la pequeña infancia y los niños, niñas y adolescentes, lo cual supone aprobar con celeridad la iniciativa en debate, para reforzar y poner de manifiesto su importancia.

El Honorable Senador señor Quinteros expresó que lo expuesto pone en evidencia la necesidad de mejorar y aumentar en Chile la cobertura en salud mental. Los datos entregados por el expositor son impresionantes y explican por qué urge legislar sobre la materia.

La Honorable Senadora señora Von Bear estimó que es relevante acompañar al niño hasta que sea adulto. Consultó si sería posible hacer un corte en la edad del niño, para saber a ciencia cierta hasta qué edad es indispensable el acompañamiento del padre o la madre, cuando está hospitalizado.

La Honorable Senadora señora Goic señaló que el proyecto está definido en términos demasiado gruesos, avanza estableciendo el principio y el derecho, pero necesita una bajada práctica. Para eso es importante el compromiso del Ministerio de Salud, para que una mamá que acompaña en la noche a su hijo pueda tener una cama o un espacio adecuado para descansar.

Lo importante es traducir las normas en cosas factibles de realizar, que expresen el alto estándar al que se aspira, pero que al mismo tiempo se trace un camino en que las prioridades están fijadas. Consultó qué condiciones se debería garantizar para la hospitalización de infantes, en la situación actual.

La Honorable Senadora señora Sabat señaló que si se quiere analizar el proyecto desde el punto de vista económico, cabe tener presente que el acompañamiento infantil reduce el tiempo de hospitalización, mejora la alimentación y la recuperación rápida del peso del niño, en definitiva, se ahorra costos a la salud pública.

Comentó que el proyecto establece el derecho al acompañamiento a niños hasta los 7 años de edad.

El señor Lecannelier, en respuesta a lo planteado por la Senadora señora Von Baer indicó que los estudios que revisó concluyen que los niños deben ser monitoreados por lo menos hasta los 15 años de edad.

En cuanto a la pregunta de la Senadora señora Goic manifestó debe existir presupuesto para un programa de intervención, desde el embarazo hasta los primeros 3 años, que demuestre empíricamente cómo la salud mental de los niños está mejorando.

En relación con el acompañamiento, la ley debe obligar a que todas las unidades de neonatología y pediatría tengan un modelo de acompañamiento, expresado en un manual confeccionado bajo criterios expertos, que haya sido probado y socializado, para que funcione. Si la ley no se convierte en acción concreta, no tiene sentido.

- Sometida a votación la idea de legislar, resultó aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señoras Goic y Von Baer y señores Chahuán, Girardi y Quinteros.

La Honorable Senadora señora Von Baer manifestó su voto favorable, pero solicitó que el Ministerio de Salud formule alguna proposición concreta respecto del proyecto, porque al no asociarlo a un posible presupuesto se despachará un excelente proyecto que no se traducirá en realidad.

La Directora de la Corporación ONCOMAMÁS, señora Beatriz Troncoso, manifestó que la entidad que representa trabaja en el acompañamiento desde el comienzo de la pandemia, a raíz de la separación entre niños y sus padres, que en el caso del cáncer afecta muy fuertemente, pues son niños que están días, semanas y meses en tratamiento, muchos de ellos pasan solos largas estadías en los hospitales y hay casos en que han fallecido solos en los hospitales.

Expresó que los niños son niños hasta los 15 años, según una definición de edad pediátrica del Ministerio de Salud, y estimó que debiera ser aún más tarde; la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda considerarlos como tales hasta los 19 años.

Que el corte se haga a los 7 años es un tanto discriminador, dado que los niños de 8 a 15 años también tienen necesidades de apego, sufren consecuencias emocionales a futuro por la separación, especialmente en casos traumáticos, como la hospitalización.

Comentó que actualmente hay niños con tratamientos psiquiátricos con antidepresivos e incluso con antipsicóticos, que son medicamentos muy fuertes, para poder sobrellevar la soledad y el tratamiento de cáncer.

Por intermediación de otras fundaciones se han enterado de otras patologías de largo tratamiento, en que pacientes y sus padres están pasando por lo mismo, en distintos hospitales. Las secuelas se manifiestan en niños que creen que han sido abandonados por sus padres.

El Ministerio de Salud tiene un protocolo que recomienda el acompañamiento, pero no es una exigencia, por lo tanto, cada hospital, según su capacidad, evalúa si los niños pueden ser acompañados.

Por otra parte, si hasta los 15 años el Ministerio de Salud define que los niños sean atendidos en las unidades pediátricas, no puede ser que los niños de 7 años estén acompañados y los otros no. Cada niño alcanza madurez a distinta edad, a lo cual ningún protocolo se puede ajustar.

Para el éxito de un tratamiento los papás son fundamentales, ellos son los únicos que saben cuándo le pasa algo al niño, dan la alerta a los médicos, saben cuándo tienen un color de piel extraño, ojos diferentes, esas cosas la saben los padres.

Se han detectado que hay secuelas cognitivas e incluso físicas, que se manifiestan hasta los 60 años de vida. Sugirió revisar el concepto de la edad para variados efectos sanitarios.

La Honorable Senadora señora Von Baer precisó que tiene la misma duda respecto de la edad, y considera que sin duda debe extenderse hasta los 15 años y podría evaluarse que fuera hasta los 18.

Estimó que, si por una parte la implementación de esta iniciativa puede irrogar gasto al Estado, por otra parte será un tremendo apoyo para el personal médico, porque si el padre o madre está presente, habrá ojos atentos a lo que le ocurre a los niños.

La Honorable Senadora señora Goic coincidió en que la cobertura del derecho debiera ser hasta los 18 años, que es la edad que fija la Convención sobre los Derechos del Niño. Con este proyecto se espera establecer un estándar especial en relación con el acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias.

Pero no puede ser sólo una declaración de intenciones, se ha solicitado al Ejecutivo, además de revisar la edad, asegurar la existencia de condiciones materiales, desde la silla o la cama para acompañar al hijo, el acompañamiento psicológico y demás aspectos a considerar para un acompañamiento digno.

El abogado asesor del Ministerio de Salud, señor Jaime González, señaló que para el Ejecutivo es fundamental que la edad quede establecida en 18 años y se comprometió trabajar en la preparación de indicaciones en tal sentido.

Durante la discusión la Honorable Senadora señora Sabat presentó una indicación que agrega un nuevo inciso tercero al artículo único del proyecto. El texto aprobado en general es el siguiente:

“Artículo único.- Incorpórense al artículo 6° de la ley N° 20.584, regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, los siguientes incisos segundo y tercero nuevos, pasando el actual inciso segundo (a ser) cuarto o final:

“Tratándose del acompañamiento de infantes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, los reglamentos internos de los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de sus padres o de quien lo tenga a su cuidado, con la única excepción de que de ello se derive un peligro para el propio infante u otros pacientes.

Las personas que brinden acompañamiento a los pacientes durante su hospitalización o con ocasión de prestaciones ambulatorias deberán recibir un trato digno y respetuoso en todo momento, entendiéndose por tal, no sólo un buen trato verbal, e información, sino que también otorgar las condiciones para que ese acompañamiento sea adecuado para velar por la integridad física y psíquica del niño o niña, atendido el principio de interés superior del niño o niña.”.”.

- La indicación de la Honorable Senadora señora Sabat, agrega un nuevo inciso tercero al artículo único, del siguiente tenor:

“Asimismo, tratándose del acompañamiento de mujeres en trabajo de parto, los reglamentos internos de los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de la persona que ella determine, con la única excepción de que de ello se derive un peligro para el propio infante o para la propia mujer.”.

El abogado señor Jaime González señaló no tener reparos al texto de la moción, sin embargo, recomendó eliminar de la indicación la remisión a los reglamentos y dejar expresamente consignada la idea en la ley, de manera que la modificación podría redactarse de la siguiente manera:

“Asimismo, tratándose del acompañamiento de mujeres en trabajo de parto, se permitirá en todo momento la compañía de la persona que ella determine, con la única excepción de que de ello se derive un peligro para el propio infante o para la propia mujer.”.

Añadió que los reglamentos internos no existen y que el Ministerio de Salud emite guías clínicas y normativas técnicas.

La Honorable Senadora señora Goic propuso reemplazar la frase que dice “la compañía de la persona” por “la compañía de la o las personas que ella determine”.

Por otra parte, la Comisión acordó eliminar en la frase final de la indicación, las palabras “propio” y “propia”, por innecesarias.

El asesor del Ministerio de Salud, doctor Jorge Acosta, comentó que desde el punto de médico es razonable limitar la compañía a una persona si se trata del trabajo de parto. Es entendible que la mujer que está dando a luz pueda ser acompañada por un familiar o por una persona significativa para ella, pero aumentar el número de personas, implica también aumentar el riesgo de infecciones intrahospitalarias y hace más difícil mantener los protocolos necesarios para el resguardo de la salud de la mujer y del niño.

La Honorable Senadora señora Goic sostuvo que puede ser la pareja o un hijo que quisiera estar con su madre. Señaló que le preocupa dejar en la ley una norma demasiado rígida.

El doctor Acosta insistió en que si el texto queda abierto a más de una persona, sin establecer un límite, podría suceder que intenten ingresar familias numerosas y muy cercanas, si lo faculta la ley; sostuvo que en una sala de parto hay un deber de proteger la salud de la madre y del recién nacido. Por otra parte, el parto es una atención especial en la cual tal vez no es muy recomendable que estén presentes los niños. Sugirió que si se opta para dar la facilidad para la asistencia de más de una persona se deje a criterio del director del establecimiento, en la medida que haya condiciones adecuadas.

El Honorable Senador señor Quinteros señaló estar de acuerdo con lo dicho por el doctor Acosta, debiera quedar estipulado la concurrencia de sólo una persona. El límite de acompañamiento en este tipo de procedimientos está dado por la correcta atención al paciente. Además, el director del establecimiento o el médico tratante tienen atribuciones para autorizar o no el ingreso de más personas, pero consideró adecuado dejarlo acotado a una.

El Honorable Senador señor Girardi indicó que se debe distinguir diferentes etapas, porque el trabajo de parto puede durar 12 a 14 horas en caso de una primeriza, proceso en el que la persona puede estar en su pieza o en una sala y sólo va a pasar a la sala de parto cuando haya una determinada dilatación.

Añadió que el parto normal no tiene ningún riesgo, incluso la matrona o el médico prácticamente son asistentes, intervienen mínimamente. Pero se debe distinguir la situación en que se requiere cirugía, que es otro escenario.

La Honorable Senadora señora Goic consideró que si se deja establecido “en la compañía de la persona que ella determine” y queda consignado en el informe que es el mínimo que se garantiza y se deja a la decisión del médico responsable autorizar a más personas, está de acuerdo. El objetivo es que no se entienda que sólo se permite una persona. Admitir a otras dependerá del espacio y de la situación médica. Consultó si correspondería establecer también este derecho en el trabajo de pre parto.

El Honorable Senador señor Girardi señaló que el trabajo de parto se inicia cuando la persona comienza con contracciones y eso puede durar horas, en términos generales, eso es trabajo de parto.

La Honorable Senadora señora Goic propuso la siguiente redacción:

“Asimismo, tratándose del acompañamiento de mujeres en trabajo de parto, los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de la persona que ella determine, con la única excepción de que de ello se derive un peligro para el infante o para la mujer.”.

Se deja constancia de que la cantidad de personas que puedan asistir no obsta a que el médico tratante resuelva de acuerdo con el resguardo de la salud, las particularidades del parto y las características físicas del establecimiento.

La Honorable Senadora señora Von Baer manifestó que continúa pendiente concretar la forma en que se va a materializar esta norma en los hospitales, porque es distinto que a una madre se le proporcione alguna facilidad para dormir al lado del niño que si lo tiene que hacer en una silla, por ejemplo.

El proyecto obliga a permitir el acompañamiento, pero no establece un estándar de lo que se debe brindar al padre o madre que acompaña al niño. Agregó que le habría gustado que el Ejecutivo adoptara una actitud más proactiva, en orden a establecer un estándar en los hospitales, especificando quién debe cumplirlo y cómo; porque una madre puede exigirlo, porque la ley le da el derecho, pero la forma en que se lleve a cabo puede ser muy precaria.

El Honorable Senador señor Girardi manifestó estar de acuerdo con lo planteado por la Senadora Von Baer, y agregó que el sistema público no tiene incluida esta dimensión. A futuro se deberá pensar en el desarrollo e implementación o construcción de hospitales y servicios públicos que se hagan cargo de esto.

Es cierto que habrá limitaciones de infraestructura, muchas veces las salas de maternidad son salas comunes, entonces, habrá que generar las condiciones para que este derecho se pueda viabilizar.

El Honorable Senador señor Chahuán manifestó compartir el diagnóstico de los Senadores señora Von Baer y señor Girardi, y coincidió en que se deberá buscar la fórmula para que el derecho que se está consagrando se transforme en una realidad.

La Honorable Senadora señora Goic anunció que pondría en votación la indicación, porque este proyecto está hace más de un mes en discusión, ha sido aprobada la idea de legislar y se ha solicitado al Ejecutivo adoptar un predicamento sobre lo señalado precedentemente por los integrantes de la Comisión.

Informó que se reunió con el Subsecretario de Redes Asistenciales, quien le planteó que se piensa hacer un catastro de la situación de los recintos asistenciales públicos en esta materia. Estimó que si se espera a que ese catastro se realice, en las actuales condiciones de la red pública este proyecto no se tramitaría. Recordó que la moción se encuentra en la primera etapa de tramitación y solicitó a los asesores del Ministerio de Salud que transmitan al Ejecutivo la necesidad de evaluar los recursos que implica implementar este proyecto de ley, para incorporarlos en la discusión presupuestaria.

Ya es un avance dejar consignado este principio y este derecho en la ley, así como la obligación de garantizar un estándar mínimo en los establecimientos de salud, que pueden hacer su propio plan para cumplir tales fines. Además, de esta manera se obliga a los establecimientos a poner atención en cosas que tienen que ver con humanizar la atención de salud. Es básico que un niño pueda estar con su madre o padre mientras está hospitalizado.

Por otra parte, propuso modificar el inciso segundo nuevo, para incorporar en él a las madres, porque son ellas las que más hacen por los hijos.

La Honorable Senadora señora Sabat agradeció a la Comisión la acogida brindada al proyecto y a las indicaciones, que tienen que ver con la forma en que el acompañamiento al menor ayuda a su recuperación.

Solicitó al Gobierno apoyar este esfuerzo, pues de lo contrario esta ley será letra muerta.

La Comisión acogió las proposiciones de enmienda formuladas durante el debate, así como las necesarias adecuaciones formales para la corrección del texto.

- Sometida a votación la indicación, con la redacción propuesta por la Senadora señora Goic, y la constancia arriba consignada, fueron aprobadas, con las modificaciones que figuran en el texto que se propone al final, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables Senadores señoras Goic y Von Baer y señores Chahuán, Girardi y Quinteros.

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TEXTO DEL PROYECTO APROBADO

Se consigna a continuación el texto del proyecto, cuya aprobación en general y en particular propone la Comisión:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Incorpórense al artículo 6° de la ley N° 20.584, regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto nuevos, pasando el actual inciso segundo a ser quinto:

“Tratándose del acompañamiento de infantes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, los reglamentos internos de los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de su padre, madre o de quien lo tenga a su cuidado, con la única excepción de que de ello se derive un peligro para el propio infante u otros pacientes.

Asimismo, tratándose del acompañamiento de mujeres en trabajo de parto, los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de la persona que ella determine, con la única excepción de que de ello se derive un peligro para el infante o para la mujer.

Las personas que brinden acompañamiento a los pacientes durante su hospitalización o con ocasión de prestaciones ambulatorias deberán recibir un trato digno y respetuoso en todo momento, entendiéndose por tal no sólo un buen trato verbal, e información, sino también el otorgamiento de condiciones para que ese acompañamiento sea adecuado para velar por la integridad física y psíquica del niño o niña, atendido el principio de interés superior del niño o niña.”.”.

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Acordado en sesiones de fechas 30 de noviembre, 07 de diciembre y 15 de diciembre de 2020, y 19 de enero de 2021, con asistencia de los Honorables Senadores señoras Carolina Goic Boroevic (Presidenta) y Ena Von Baer y señores Francisco Chahuán Chahuán, Guido Girardi Lavín y Rabindranath Quinteros Lara.

Valparaíso, 30 de enero de 2021.

FERNANDO SOFFIA CONTRERAS

Secretario de la Comisión

RESUMEN EJECUTIVO

INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE MODIFICA LA LEY N° 20.584, PARA ESTABLECER UN ESTÁNDAR ESPECIAL EN RELACIÓN AL ACOMPAÑAMIENTO DE INFANTES Y DISPONER UN MANDATO GENERAL DE TRATO DIGNO Y RESPETUOSO A QUIENES ACOMPAÑEN A PACIENTES HOSPITALIZADOS O SOMETIDOS A PRESTACIONES AMBULATORIAS.

BOLETÍN Nº 13.812-11

I. OBJETIVO DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISIÓN: esta iniciativa de ley tiene por objetivo modificar la norma que regula el derecho a la compañía de los pacientes, estableciendo un estándar especial en el acompañamiento de infantes, disponiendo un mandato general en virtud del cual los centros hospitalarios deberán procurar condiciones dignas y un trato respetuoso a los acompañantes.

II ACUERDOS: aprobado en general y en particular (Unanimidad 5x0).

III. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN: un artículo único.

IV. NORMAS DE QUÓRUM ESPECIAL: no tiene.

V. URGENCIA: no tiene.

VI. ORIGEN e INICIATIVA: moción de los Honorables Senadores señoras Marcela Sabat Fernández, Carolina Goic Boroevic y Ena Von Baer y señores Francisco Chahuán Chahuán y Guido Girardi Lavín.

VII. TRÁMITE CONSTITUCIONAL: primer trámite.

VIII. INICIO DE LA TRAMITACIÓN EN EL SENADO: 29 de septiembre de 2020.

IX. TRÁMITE REGLAMENTARIO: primer informe; se propone a la Sala la aprobación en general y en particular.

X. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

- Ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

- Decreto N° 830, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 1990, que promulga la Convención sobre los Derechos del Niño.

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Valparaíso, 30 de enero de 2021.

FERNANDO SOFFIA CONTRERAS

Secretario de la Comisión

[1] De conformidad con el artículo 26 del Código Civil infantes son quienes aún no cumplen los 7 años de edad punto que puede ser materia de revisión en una próxima instancia de la tramitación legislativa.
[2] La presentación se encuentra publicada en la página web del Senado www.senado.cl; ir a Trámite de proyectos Boletín N°13.812-11

1.3. Discusión en Sala

Discusión General. Fecha 09 de marzo, 2021. Oficio en Sesión 156. Legislatura 368.

LA VERSIÓN OFICIAL DE ESTA DISCUSIÓN EN SALA NO SE ENCUENTRA DISPONIBLE AL MOMENTO DE LA PUBLICACIÓN DE ESTA HISTORIA DE LEY POR LO QUE SE HA INSERTADO UNA VERSIÓN PRELIMINAR DE MANERA PROVISORIA LA QUE SERÁ REEMPLAZADA POR LA VERSIÓN OFICIAL TAN PRONTO EL DOCUMENTO SE ENCUENTRE DISPONIBLE.

REGULA UN TRATO DIGNO A ACOMPAÑANTES DE PACIENTES EN ATENCIONES DE SALUD

Por unanimidad se aprobó en general y en particular, el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial en relación al acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias (Boletín Nº 13.812-11).

El proyecto de ley, iniciado en Moción de los Senadores Marcela Sabat, Carolina Goic, Ena Von Baer, Francisco Chahuán y Guido Girardi, tiene por objeto profundizar el derecho que se ha reconocido a los pacientes en situación de hospitalización, concretamente en los casos de niños o niñas menores de 7 años (infantes), incorporando en la legislación, las recomendaciones de organismos internacionales relativos a la infancia, en las que ponen de manifiesto los efectos benignos en la pronta y mejor recuperación de los niños, cuando cuentan con un acompañamiento cercano de aquellos a cuyo cuidado se encuentran, conforme ha quedado demostrado por la experiencia clínica pediátrica; sin que se puede, además, dejar de lado la importancia de regular que se permita el ejercicio de este derecho, sino que ello debe poder ejercerse en condiciones físicas y de trato que se correspondiente con la dignidad que se merecen tanto pacientes como acompañantes.

Contenido del proyecto de ley:

- Dispone que, en caso de infantes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, todos los prestadores de acciones de salud deberán contemplar en los reglamentos internos de sus establecimientos, la obligación de permitir el acompañamiento, en todo momento, de su padre, madre o de quien lo tenga a su cuidado.

- Establece que, tratándose de mujeres en trabajo de parto, los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de la persona que ella determine.

- Sólo se podrá limitar el derecho de acompañamiento, en los dos casos anteriores, cuando ello pueda constituir un peligro para el infante o para la mujer.

- Regula no sólo el ejercicio del derecho al acompañamiento, sino que también el deber de los establecimientos de salud de otorgar a los acompañantes, en todo momento, un trato digno y respetuoso.

Intervinieron los Senadores Carolina Goic, Marcela Sabat y Alejandro Guillier.

En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.

1.4. Discusión en Sala

Fecha 09 de marzo, 2021. Diario de Sesión en Sesión 156. Legislatura 368. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

ESTÁNDAR ESPECIAL PARA ACOMPAÑAMIENTO DE INFANTES HOSPITALIZADOS O SOMETIDOS A PRESTACIONES AMBULATORIAS Y TRATO DIGNO Y RESPETUOSO PARA ACOMPAÑANTES

El señor QUINTEROS ( Vicepresidente ).-

Conforme a los Acuerdos de Comités, corresponde ahora tratar en Fácil Despacho el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, iniciado en moción de los Senadores señoras Sabat, Goic y Von Baer y señores Chahuán y Girardi, que modifica la ley N° 20.584 para establecer un estándar especial en relación con el acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañan a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, con informe de la Comisión de Salud.

--Los antecedentes sobre el proyecto (13.812-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley (moción de las Senadoras señoras Sabat, Goic y Von Baer y los Senadores señores Chahuán y Girardi):

En primer trámite: sesión 96ª, en 29 de septiembre de 2020 (se da cuenta).

Informe de Comisión:

Salud: sesión 153ª, en 2 de marzo de 2021.

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Conforme a los acuerdos, para el tratamiento de este proyecto solo se escuchará el informe del Presidente de la Comisión respectiva y se procederá a la votación.

Esta iniciativa tiene como objeto modificar la norma que regula el derecho a la compañía de los pacientes, estableciendo un estándar especial en el acompañamiento de infantes, disponiendo un mandato general en virtud del cual los centros hospitalarios deberán procurar condiciones dignas y un trato respetuoso a los acompañantes.

La Comisión de Salud deja constancia de que el proyecto en informe no requiere quorum especial para ser aprobado y no se relaciona con la organización o las atribuciones de los tribunales de justicia.

Asimismo, hace presente que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento del Senado, discutió en general y en particular esta iniciativa, por tratarse de un proyecto de artículo único.

El referido órgano técnico aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros, Senadores señoras Goic y Von Baer y señores Chahuán, Girardi y Quinteros. Con idéntica votación aprobó en particular la iniciativa, con las modificaciones que consigna en su informe.

El texto del proyecto de ley que se propone aprobar se transcribe en las páginas 16 y 17 del informe de la Comisión de Salud y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición en la Sala, y también se encuentra en la plataforma de esta sesión telemática o remota y ha sido remitido a los correos electrónicos de todas las señoras Senadoras y de todos los señores Senadores.

Es todo, señor Presidente.

El señor QUINTEROS ( Vicepresidente ).-

Gracias, Secretario .

Tiene la palabra la Presidenta de la Comisión de Salud , Senadora Goic; y después someteré a votación el proyecto.

La señora GOIC.-

Presidente , tal cual ha señalado en su relación el Secretario , esta iniciativa la encabeza la Senadora Marcela Sabat , a quien acompañamos con entusiasmo, por supuesto, las Senadoras de la Comisión de Salud, la señora Von Baer y yo, y los Senadores Francisco Chahuán y Guido Girardi , también integrantes de dicha instancia.

Se trata de una moción que tiene que ver con la ley que regula los derechos y deberes de los pacientes relacionados con acciones vinculadas a la atención de salud, que en su mensaje señalaba que una de las críticas más frecuentes que se formulan a los sistemas de salud es la creciente deshumanización de las relaciones entre intervinientes y del trato que reciben las personas atendidas.

Destaca además el fundamento de que en el artículo 6° de la ley 20.584, en su inciso primero, se establece que "Toda persona tiene derecho a que los prestadores le faciliten la compañía de familiares y amigos cercanos durante la hospitalización y con ocasión de prestaciones ambulatorias, de acuerdo con la reglamentación interna de cada establecimiento, la que en ningún caso podrá restringir este derecho de la persona más allá de lo que requiera su beneficio clínico.".

El derecho a que los usuarios tengan acceso a una compañía constante se encuentra por lo tanto reconocido y es una necesidad que, en el caso de los niños y niñas, especialmente cuando hablamos de lactantes, se hace mucho más forzosa.

Se indica, asimismo, que diversos estudios dan cuenta de la importancia del acompañamiento a niños y niñas en situaciones de hospitalización, concluyendo que la permanencia de la madre junto a su hijo o hija, y también del padre muchas veces, cuando está hospitalizado, permite mejorar la eficiencia del servicio clínico, atenuar los trastornos psicológicos que puedan darse, mejorar la nutrición, en fin, muchos aspectos que dicen relación con la mejor recuperación de los niños. Además, optimiza el rendimiento de las camas hospitalarias, disminuye los costos de hospitalización, en definitiva: ¡solamente tiene beneficios!

Por otra parte, también consideramos que en el ejercicio de este derecho no se pueden dejar de lado las condiciones en que se encuentran las personas que acompañan a los pacientes. En muchos casos, esas condiciones son totalmente atentatorias contra la dignidad de las personas. Por ejemplo, en hospitalizaciones de lactantes solo disponen de una silla para estar junto a sus hijos, con lo cual quedan en evidencia las carencias que existen hoy día, a pesar de que aplaudimos al personal de salud que trabaja a veces en situaciones bastante precarias en términos de infraestructura, y las que hay en cuanto a brindar un adecuado trato al acompañante de los niños y niñas que están enfermos, así como en la disponibilidad de infraestructura con la que se debería contar como condiciones mínimas en los establecimientos de salud.

Por eso el objetivo de este proyecto es modificar la norma que regula el derecho a la compañía de los pacientes, estableciendo un estándar especial en el acompañamiento de infantes, disponiendo un mandato general en virtud del cual los centros hospitalarios deberán procurar condiciones dignas y un trato respetuoso a los acompañantes.

Brevemente, Presidente, con respecto al contenido del proyecto se incorporan en el artículo 6° de la ley 20.584, que regula los deberes y derechos de los pacientes, los siguientes nuevos incisos:

"Tratándose del acompañamiento de infantes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, los reglamentos internos de los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de su padre, madre o de quien lo tenga a su cuidado, con la única excepción de que de ello se derive" -por supuesto- "un peligro para el propio infante u otros pacientes.

"Asimismo, tratándose del acompañamiento de mujeres en trabajo de parto," -esto fue incorporado en la discusión en particular- "los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de la persona que ella determine, con la única excepción de que de ello se derive" -nuevamente- "un peligro para el infante o para la mujer".

"Las personas que brinden acompañamiento a los pacientes durante su hospitalización o con ocasión de prestaciones ambulatorias deberán recibir un trato digno y respetuoso en todo momento, entendiéndose por tal no sólo un buen trato verbal, e información, sino también el otorgamiento de condiciones para que ese acompañamiento sea adecuado para velar por la integridad física y psíquica del niño o niña, atendido el principio de interés superior del niño o niña.".

Presidente, esta iniciativa fue aprobada por unanimidad en la Comisión tanto en general como en particular, donde incorporamos la situación de las mujeres en trabajo de parto.

Deseo destacar además que esta moción, como tantas otras que hemos discutido en la Comisión de Salud, surge de la ciudadanía. En tal sentido, saludo especialmente a Priscila Astudillo , del movimiento que puso sobre la mesa el tema y que de alguna manera representa a muchos papás y mamás que quieren tener las condiciones necesarias para acompañar a sus hijos.

Somos un país que nos podemos sentir orgullosos de que haya licencias especiales para el acompañamiento de niños cuando tienen cáncer; de contar con las licencias Sanna , que hoy día se extienden no solamente a los casos de trasplantes, sino incluso también a los de accidentes que puedan llevar a la situación lamentable de la muerte del menor.

Creo que esta iniciativa va en esa línea.

Termino señalando que existe el compromiso del Ministro de Salud para hacer un catastro con respecto a la situación de los establecimientos hospitalarios. Esto debe ser revisado además en las leyes de Presupuestos, en las discusiones que hagamos acerca de los recursos que se le asignan al sector para que este derecho efectivamente sea una garantía.

Pero avanzamos sustantivamente en establecer aquello en la ley sobre deberes y derechos de los pacientes.

Así que la recomendación al resto de los colegas es aprobar el proyecto, y ojalá que tenga una pronta discusión en su segundo trámite.

He dicho, Presidente .

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Gracias, Senadora.

Habíamos acordado en Comités que solamente iba a intervenir la Presidenta de la Comisión respectiva. Pero dado que la autora de este proyecto es la Senadora Marcela Sabat, le vamos a entregar un par de minutos.

Tiene la palabra, Senadora.

Dele micrófono, por favor.

Ahí está.

La señora SABAT.-

Ahí sí, Presidente .

Muchísimas gracias por estos minutos concedidos.

Primero que todo, quiero agradecer a la Presidenta de la Comisión de Salud, Carolina Goic, por hacerse parte de este proyecto junto a los demás integrantes, y también a usted, Presidente, pues considero importante reconocer cuando estas iniciativas son tratadas con celeridad.

Hoy día lo que estamos haciendo con este proyecto es responder a una petición que viene justamente de la ciudadanía, como lo señaló la Presidenta de la Comisión de Salud , principalmente de Priscila Astudillo, la líder que encabeza este movimiento de más de tres mil madres en todo Chile, a quienes les ha tocado pasar por un momento de verdad angustiante y muy cruel a veces.

Hoy estamos hablando de un proyecto mediante el cual se quiere legislar sobre dignidad, sobre humanidad, sobre sentido común, porque podemos celebrar muchas iniciativas y cuestiones que en la práctica están ocurriendo en el sistema de salud con esta crisis del COVID-19; pero lamentablemente cuando hablamos de algunas situaciones de sentido común nos complicamos, por cuanto el sentido común es el menos común de los sentidos en esta materia. Y quizás ahora, cuando nos referimos al COVID, podemos entender que esta pandemia ha traído aparejada restricciones propias del control del virus; sin embargo, una cosa muy distinta es pasar por encima de los derechos esenciales, como el que garantiza el acompañamiento digno de infantes y de lactantes hospitalizados por sus madres y por sus padres.

Y aquí buscamos principalmente que ese acompañamiento esté garantizado siempre. No puede ser que a una madre no le sea factible ver a su hijo o a su hija de tres meses más de una semana, o que no tenga información pertinente respecto de lo que está pasando con su niño o su niña que está en período de lactancia y no se le facilite ni siquiera un minuto para llevar a cabo esa lactancia materna.

Es un dolor terrible tener a un hijo o a una hija enferma, pero es más terrible cuando uno no puede acompañarlo en ese proceso; y lo que nosotros queremos garantizar por ley es que a nadie, a ninguna madre o a ningún padre, se le niegue la garantía de poder acompañar a su hijo a o su hija en pleno período de hospitalización.

Al mismo tiempo, en otra perspectiva de este proyecto, se busca que este acompañamiento sea digno, porque lamentablemente hoy día este derecho -y hablamos de un solo hospital que tiene las garantías para realizar este acompañamiento digno- ha sido una excepción.

Pero hay momentos o lugares en que a la madre no se le ha facilitado un baño, después de semanas de estar acompañando al hijo en el hospital; ni se le ha otorgado una condición mayor a la que brinda una silla de colegio, y debe estar durmiendo 24/7 o ciertas horas en esa silla, o permanecer sentada al lado de su hijo con esa incomodidad y lo que eso involucra.

Así que, como se ha establecido, hemos tenido conversaciones con el Ministro Paris . Y aquí quiero agradecer ese compromiso para que lo podamos llevar luego a la práctica, en una mesa técnica que justamente haga el catastro de los hospitales a nivel nacional al objeto de que en aquellos establecimientos en que no esté garantizada esa dignidad en el acompañamiento de alguna u otra forma se puedan incorporar los recursos necesarios para que eso ocurra realmente.

Entonces, sin más quiero agradecer la voluntad de quienes me acompañaron en este proyecto, por supuesto a la Presidenta de la Corporación , Senadora Muñoz , y solicitarle al pleno que, por favor, aprueben esta iniciativa para que así le demos una rápida tramitación también en la Cámara de Diputados, con el apoyo del Gobierno en esta materia planteando las urgencias respectivas.

Muchas gracias, Presidente .

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Gracias, Senadora.

Señor Secretario , entonces, procedemos a abrir la votación.

En votación.

--(Durante la votación).

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Está abierta la votación en la Sala, y vamos inmediatamente a consultar la opción de voto de las señoras Senadoras y de los señores Senadores que están siguiendo esta sesión de manera telemática.

Iniciamos hoy la consulta con la Senadora señora Órdenes.

Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?

Senador señor Quintana, ¿cómo vota?

Senadora señora Sabat, ¿cómo vota?

La señora SABAT.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senadora señora Allende, ¿cómo vota?

La señora ALLENDE.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senadora señora Aravena, ¿cómo vota?

La señora ARAVENA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Araya, ¿cómo vota?

El señor ARAYA.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Castro, ¿cómo vota?

El señor CASTRO.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor De Urresti, ¿cómo vota?

Senador señor García-Huidobro, ¿cómo vota?

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Guillier, ¿cómo vota?

El señor GUILLIER.-

Señor Secretario , solamente quiero hacer presente que me parece un muy buen proyecto, pero que de hecho persiste el problema de niños mayores de siete años y sobre todo de aquellos que tienen algún tipo de discapacidad.

Bueno, estamos tratando de sacar rápido este proyecto, y felicito a las autoras; pero igual quedan algunas interrogantes.

Voto a favor, por supuesto.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Kast, ¿cómo vota?

El señor KAST.-

A favor, Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Lagos, ¿cómo vota?

El señor LAGOS.-

A favor, con entusiasmo, señor Secretario.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Galilea, ¿cómo vota?

El señor GALILEA.-

A favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senador señor Montes, ¿cómo vota?

El señor MONTES.-

A favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

A favor.

Senadora señora Órdenes, ¿cómo vota?

La señora ÓRDENES.-

Voto a favor.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

Senador señor Soria, ¿cómo vota?

El señor SORIA.-

Voto a favor, señor Secretario .

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Gracias.

Vota a favor.

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador aún no ha emitido su voto?

El señor QUINTEROS ( Vicepresidente ).- Terminada la votación.

El señor SANDOVAL.-

¡Espere!

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Va a quedar consignada su intención de voto, Senador.

El señor SANDOVAL.-

Muchas gracias.

--Se aprueba en general y particular el proyecto (34 votos a favor), y queda despachado en este trámite.

Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Aravena, Carvajal, Ebensperger, Goic, Órdenes, Rincón, Sabat, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Alvarado, Araya, Bianchi, Castro, Chahuán, Coloma, Durana, Elizalde, Galilea, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Insulza, Kast, Lagos, Latorre, Letelier, Montes, Moreira, Ossandón, Pizarro, Pugh, Quinteros y Soria.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Se encuentran pareados los señores García Ruminot y Huenchumilla.

Asimismo, se deja constancia de la intención de voto favorable del Senador señor Sandoval.

El señor QUINTEROS (Vicepresidente).-

Entonces, queda aprobado el proyecto en el primer trámite y, por tanto, pasa a la Cámara de Diputados.

1.5. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 09 de marzo, 2021. Oficio en Sesión 144. Legislatura 368.

Valparaíso, 9 de marzo de 2021.

Nº 129/SEC/21

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la moción, informe y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley que modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial en relación al acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, correspondiente al Boletín Nº 13.812-11:

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Incorpórense en el artículo 6° de la ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto, nuevos, pasando el actual inciso segundo a ser inciso quinto:

“Tratándose del acompañamiento de infantes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, los reglamentos internos de los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de su padre, madre o de quien lo tenga a su cuidado, con la única excepción de que se derive de ello un peligro para el propio infante u otros pacientes.

Asimismo, tratándose del acompañamiento de mujeres en trabajo de parto, los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de la persona que ella determine, con la única excepción de que se derive de ello un peligro para el infante o para la mujer.

Las personas que brinden acompañamiento a los pacientes durante su hospitalización o con ocasión de prestaciones ambulatorias deberán recibir un trato digno y respetuoso en todo momento, entendiéndose por tal no sólo un buen trato verbal e información, sino también el otorgamiento de condiciones para que ese acompañamiento sea adecuado para velar por la integridad física y psíquica del niño o niña, atendido el principio de interés superior del niño o niña.”.”.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

RABINDRANATH QUINTEROS LARA

Vicepresidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

2. Segundo Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

2.1. Informe de Comisión de Salud

Cámara de Diputados. Fecha 09 de agosto, 2021. Informe de Comisión de Salud en Sesión 68. Legislatura 369.

INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 20.584, PARA ESTABLECER UN ESTÁNDAR ESPECIAL EN RELACIÓN AL ACOMPAÑAMIENTO DE INFANTES Y DISPONER UN MANDATO GENERAL DE TRATO DIGNO Y RESPETUOSO A QUIENES ACOMPAÑEN A PACIENTES HOSPITALIZADOS O SOMETIDOS A PRESTACIONES AMBULATORIAS.

BOLETÍNES N° 13.812-11 (S).-

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HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Salud viene en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto de la referencia, originado en moción de las senadoras y senadores Francisco Chahuán, Guido Girardi, Carolina Goic, Marcela Sabat y Ena Von Baer.

CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.

1) La idea matriz o fundamental del proyecto, de acuerdo a lo establecido por el Senado como cámara de origen, es modificar la norma que regula el derecho a la compañía de los pacientes, estableciendo un estándar especial en el acompañamiento de infantes, disponiendo un mandato general en virtud del cual los centros hospitalarios deberán procurar condiciones dignas y un trato respetuoso a los acompañantes.

2) Normas de carácter orgánico constitucional.

No hay.

3) Normas de quórum calificado.

No hay.

4) Normas que requieren trámite de Hacienda.

No hay.

5) El proyecto fue aprobado, en general, por la unanimidad de los diputados presentes (11 a favor).

Votaron a favor las diputadas y diputados José Miguel Castro, Juan Luís Castro, Karol Cariola, Ricardo Celis, Andrés Celis, Miguel Crispi, Sergio Gahona, Ximena Ossandón, Patricio Rosas, Gustavo Sanhueza y Víctor Torres.

6) Diputado informante: señor Sergio Gahona Salazar.

I.- RESUMEN DE LOS FUNDAMENTOS DE LA MOCIÓN.

En la exposición de motivos de la moción original, los patrocinantes destacan que una de las críticas más frecuentemente formuladas a los sistemas de salud es la creciente deshumanización de las relaciones entre los intervinientes y el trato que reciben las personas atendidas.

Plantean los autores de la moción que el otorgamiento de un trato pediátrico digno debe contener aspectos específicos, tales como: estar imbuido de una visión holística de la humanidad, en que la atención de enfermería está dirigida a satisfacer las necesidades fundamentales de los pacientes y a reconocerlo como un ser humano que vive del cuidado y crece en el cuidado; el respeto de su individualidad, manifestado en dirigirse a ellos siempre por su nombre; el deber de explicarles, en la medida de su capacidad cognoscitiva, los cuidados a realizar, de respetar su idiosincrasia y sus características propias; el deber de entregar al paciente y sus familiares información completa, veraz, oportuna y entendida; el deber de interesarse en que su estancia hospitalaria sea agradable, y el de hacerlo sentirse seguro en la atención que se le está otorgando.

Destacan que en el inciso primero artículo 6° de la ley Nº 20.584, sobre derechos y deberes de las personas en salud, se dispone que “Toda persona tiene derecho a que los prestadores le faciliten la compañía de familiares y amigos cercanos durante su hospitalización y con ocasión de prestaciones ambulatorias, de acuerdo con la reglamentación interna de cada establecimiento, la que en ningún caso podrá restringir este derecho de la persona más allá de lo que requiera su beneficio clínico”. El derecho a que los usuarios tengan acceso a una compañía constante se encuentra reconocido y es una necesidad que, en el caso de los niños y niñas, especialmente lactantes, se hace mucho más necesaria.

Por otra parte, recuerdan que el 13 de mayo de 1986, el Parlamento Europeo de Naciones estableció los "Derechos del Niño Hospitalizado", recomendaciones que fueron acogidas en la Asamblea General de las Naciones Unidas (Convención de los Derechos del Niño) y luego por la Unicef. El Consejo Regional de Santiago del Colegio Médico de Chile las asumiría en septiembre de 1992, con la "Declaración de Santiago de Chile" formulada en el Seminario de Derechos del Niño Hospitalizado. Dentro de esos derechos se encuentran: el de estar acompañado durante su hospitalización, por sus padres o por las personas que los sustituyan; el de tener contacto con sus padres en los momentos de tensión, y el de disponer de locales equipados según sus necesidades, entre otros.

Añade la moción que, según la experiencia clínica pediátrica, el beneficio que tiene en la salud de un niño o niña el acompañamiento de su madre, padre o alguien de su familia es ampliamente reconocido.

Diversos estudios dan cuenta de la importancia del acompañamiento de los niños en situaciones de hospitalización, concluyendo que la permanencia de la madre junto a su hijo hospitalizado permite mejorar la eficiencia del servicio clínico, que atenúa los trastornos psíquicos del niño, disminuye la desnutrición y las infecciones intrahospitalarias, fomenta la lactancia, optimiza el recurso humano, acorta la hospitalización, mejora el rendimiento de las camas hospitalarias y disminuye el costo de la hospitalización; aunque se puedan presentar dificultades, éstas son menores y solucionables, comparadas con trastornos de la dinámica familiar, angustia y ansiedad materna, alteraciones de convivencia y comunicación.

Por otra parte, los autores consideran que en el ejercicio de este derecho no se puede dejar de lado las condiciones en las que se encuentran las personas que acompañan a los pacientes. En muchos casos, esas condiciones son totalmente atentatorias contra la dignidad de las personas. En hospitalización de lactantes, sólo disponen de una silla para estar junto a los hijos. Queda en evidencia las carencias del sistema de salud, en cuanto a brindar un adecuado trato al acompañante de los niños o niñas enfermos, así como también en la disponibilidad de infraestructura con que deberían contar los establecimientos de salud.

III. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN, Y ACUERDOS ADOPTADOS.

A) Discusión general.

• Intervenciones en el seno de la Comisión.

En primer lugar, la representante de la organización Ley Mila Acompañamiento Digno, señora Priscila Astudillo Villagra, manifestó que su hija a los tres meses fue diagnosticada por una enfermedad crónica al hígado, la cual es degenerativa y, estarían a un mes de realizar un trasplante de órgano.

Comentó que su hija Mila ha pasado previamente por muchas hospitalizaciones a su corta edad, siendo la primera vez hospitalizada en abril de 2020, en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital San Borja, donde su madre tuvo que dejarla sin poder acompañarla, no teniendo noticias de su hija durante un plazo de 24 horas, teniendo en consideración que ella aún tomaba pecho.

Explicó que esa es la realidad en la mayoría de los hospitales públicos de Chile, mencionando que es importante respetar los protocolos de acompañamiento y derecho de los pacientes, pese a ello, pasaron por muchos procesos y circunstancias que no debió vivir una madre con su niña, precisando que es muy poco empático el trato en los hospitales públicos con los familiares de los niños hospitalizados. Agregó que muchas veces le negaron acompañarla cuando realmente si podía.

A mayor abundamiento, señaló que luego de la operación tampoco pudo estar acompañando a su hija, lo cual es muy doloroso para una madre, toda vez que se estarían vulnerando los derechos de los niños, quienes necesariamente deben estar con su mamá o papá.

Comentó que desde que empezaron el movimiento del “Acompañamiento Digno”, recibieron muchas denuncias y casos, entre ellas, el caso reciente de una madre que contó que su bebe nació prematuro y, sólo después de dos semanas pudo recién conocer al niño, siendo la visita una vez a la semana por treinta minutos.

Lo anterior ocurre no obstante que está comprobado que el apoyo materno, el acompañamiento y la contención de los padres es fundamental para la recuperación de estos niños.

Por último, contó que cuando logró quedarse en el centro asistencial, el acompañamiento no fue digno, ya que durmió en una silla no habilitada para estar tanto tiempo sentada, asimismo, no existían espacios para poder comer, descansar e incluso ir a ducharse, opinando que lo anterior no es un beneficio para los padres, sino más bien, un derecho, por lo que se necesita urgentemente cambiar dicha realidad.

La senadora Marcela Sabat, autora del proyecto, estimó importante priorizar esta clase de mociones que son netamente humanitarias y que dicen relación con derechos que debiesen encontrarte garantizados.

Explicó que los fundamentos principales de la iniciativa tienen que ver con el bienestar físico, psicológico y con el interés superior de los niños y niñas. Esbozó que varios de los estudios que han analizado dan cuenta que los niños al momento de estar hospitalizados requieren del apoyo y cuidado de sus madres o padres para poder recuperarse, lo que se encuentra corroborado por la Unicef.

Explicó que el proyecto tiene dos elementos básicos. Primero, garantizar el acompañamiento por uno de sus cuidadores al momento de estar hospitalizados y, segundo, que el acompañamiento sea considerado digno. Para esto último, deben existir condiciones mínimas, tales como, un baño habilitado, sillones más cómodos que una silla de colegio, una sala de estar para alimentarse, entre otros. Sostuvo que en Chile existen hospitales públicos que cuentan con esta infraestructura, pero no son la generalidad ya que por lo general los protocolos no se estarían cumpliendo.

Asimismo, informó que se pidió por los autores de la iniciativa, un catastro para que se pueda efectivamente categorizar los hospitales públicos, con el objeto de analizar cuáles son los centros asistenciales que requieren más recursos para poder entregar las condiciones que generen un acompañamiento digno.

Por último, consideró importante aumentar la edad a los 15 años, porque este problema no sólo afectaría a los niños menores de 7 años, ya que todos necesitan un adecuado acompañamiento y compañía de sus padres. A su vez, estimó importante permitir a los pacientes crónicos mayores de 15 años, que sigan siendo tratados como pacientes pediátricos.

Los diputados y diputadas integrantes de la Comisión, consideraron muy importante el tema en tramitación, ya que tienen conciencia de la situación que genera esta clase de problemas en la recuperación de los niños, más aún cuando el acompañamiento no es considerado del todo digno.

Se hizo hincapié en diferenciar dos temas que son distintos; por un lado, la infraestructura de los recintos asistenciales y, por otro, el buen trato, que se debe proporcionar por parte de los funcionarios de la salud.

Respecto a la situación Covid, se consideró importante unificar el protocolo respectivo para que exista una cierta armonía entre los hospitales públicos. A su vez, estimaron relevante el acompañamiento de los niños sin interferir el tratamiento médico, haciendo alusión a los derechos y deberes del paciente.

Se consultó al Ejecutivo si existe la disponibilidad para mejorar la infraestructura en los hospitales públicos, a fin de materializar en la práctica una ley de acompañamiento.

Por otro lado, manifestaron su coincidencia con el argumento de la senadora Sabat, en el sentido de estar en presencia de un proyecto humano, donde claramente es muy difícil no empatizar con estas situaciones y experiencias.

A su vez, se estimó prudente aumentar la edad que se propone en la iniciativa legal, con el objeto de contar con el apoyo emocional y acompañamientos necesarios cuando se está enfrentando una enfermedad, lo que no puede quedar a la buena voluntad del director de un centro hospitalario; al médico de turno, o a la buena disposición de un funcionario.

Asimismo, se hizo alusión a la ley que crea los bancos de leche materna, iniciativa que permite el acceso a la leche materna y acompañamiento por la vía de la habilitación de una infraestructura necesaria para lactantes, la cual no obstante estar vigente, no se ha materializado aún como política pública, porque requiere de recursos disponibles que hagan posible su implementación, al igual como lo requerirá el proyecto de ley en tramitación, para contar con un adecuado y digno acompañamiento.

Por otro lado, algunos miembros de la Comisión, esgrimieron que Chile hace mucho tiempo está trabajando en esta política de los hospitales amigos de la madre y el niño, por lo que hay bastante experiencia en la materia.

Asimismo, consideraron muy importante realizar una diferenciación en la categorización de los hospitales, como también, respecto a los niños hospitalizados en unidades UCI de las unidades pediátricas normales, pues los contextos son distintos, argumentándose que en muchas ocasiones no se estaría frente a una situación de peligro sino a una de funcionalidad.

Por otro lado, reflexionaron que cuando se hacen los estudios preinversionales y los diseños hospitalarios, ellos debieran contemplar estos espacios de acompañamiento.

A su vez, se sostuvo que los hospitales de alta complejidad tienen una deuda y obligación en torno a generar una instancia de acogida, teniendo en consideración la visión y misión que los inspiran, donde lo más probable es que esté incluido el buen trato de los pacientes y su entorno.

Se recalcó, por parte de los diputados, que es importante considerar y relevar los derechos de los niños y de sus familias en un momento donde el cuidado físico y emocional es central. El acompañamiento no puede ir vinculado con el nivel socioeconómico de los pacientes o con la buena voluntad de los funcionarios de salud, debe ser permanente y estar incorporado en la cultura y en la humanidad que se aplique al interior de los recintos asistenciales.

Consultado que, de aprobarse este proyecto de ley, cuál es el plazo contemplado para su reglamentación, el representante del Ministerio de Salud, manifestó que se realizó una encuesta a nivel ministerial, que contó con la participación de más de 2/3 de los hospitales susceptibles de ser evaluados, y se obtuvo datos interesantes, atendido que la mayor parte de los recintos hospitalarios (95%), declararon dentro de sus definiciones estratégicas estar alineados con el acompañamiento de los niños, niñas y adolescentes por parte del programa “Hospital Amigo”. De esta manera, se constata que siempre ha estado dentro de la estructura, organización y definición de la red de salud pública, el poder entregar dicho acompañamiento.

Reafirmó la idea que hay constatación que los niños que son acompañados por sus padres en el proceso de hospitalización, pueden resolver de mejor manera sus patologías agudas o crónicas; de lo contrario, solo agregan factores negativos adicionales, como el estrés infantil, todo lo cual hace mas difícil su recuperación.

Informó que en el levantamiento de datos que se realizó, se corroboró que el 30% o 40% de los hospitales tienen sala de espera para los padres; el 32% han adaptado su infraestructura y, el 28,6% no cuenta con algún tipo de espacio. En ese sentido, señaló que todavía existe mucho por progresar en la materia.

Mencionó que se ha avanzado, por parte del Ministerio, para dictar una norma técnica y evaluar las distintas situaciones que se viven en los diferentes hospitales públicos del país, pues no es lo mismo la atención ambulatoria, que la atención en un servicio de pediatría o de neonatología, donde influye también, la situación de lactancia atendido las edades.

En síntesis, aclaró que el reglamento debe ser adecuado dependiendo de los distintos contextos que existen en la atención de los niños, niñas y adolescentes (NNA).

A su juicio, se debiese incluir –mediante indicación-, la ampliación del concepto porque simplemente habla de acompañamiento de infantes (hasta los 7 años) lo cual es restrictivo. Es conveniente adaptarlo al concepto de NNA, y ampliar su aplicación hasta los 15 y 18 años, nomenclatura que permitiría un adecuado trato, tanto a niños como a padres.

Finalmente, señaló que es relevante el concepto que introduce esta ley, que faculta al Ministerio de Salud para determinar que exista una normativa técnica que permita que cada una de las realidades de los hospitales se pueda ir adaptando a las necesidades de cada padre y cada niño que necesita acompañamiento, para avanzar al verdadero trato digno.

La señora Priscila comentó que en su experiencia, casi el 70% del personal de salud que atendió a su hija Mila, desde el técnico en enfermería hasta la enfermera, tuvieron un trato poco afable, opinando que no es la única que ha sido tratada de esa forma porque existen muchos casos e historias similares. Hizo alusión a otras conductas que recibió, calificándolas como malos tratos. Asimismo, insistió en la necesidad de reforzar el acompañamiento en la UCI, toda vez que en las clínicas privadas –al parecer- se permite, pero lamentablemente en los hospitales públicos no, en general. En otros países existen experiencias similares en que se permite acompañar.

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• Votación en general del proyecto.

La Comisión, compartiendo los objetivos y fundamentos tenidos en consideración en la moción, y luego de recibir las opiniones, explicaciones y observaciones de las personas e instituciones individualizadas precedentemente, y del Ejecutivo, que permitieron a sus miembros formarse una idea de la iniciativa legal sometida a su conocimiento, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de los Diputados presentes (11 votos a favor).

Votaron a favor las diputadas y diputados José Miguel Castro, Juan Luís Castro, Karol Cariola, Ricardo Celis, Andrés Celis, Miguel Crispi, Sergio Gahona, Ximena Ossandón, Patricio Rosas, Gustavo Sanhueza y Víctor Torres.

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B) Discusión particular.

Artículo único.-

Esta disposición tiene por objeto modificar el artículo 6 de la ley Nº 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. [1]

El texto propuesto por el Senado es del siguiente tenor:

“Incorpórase los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto, nuevos, pasando el actual inciso segundo a ser inciso quinto:

“Tratándose del acompañamiento de infantes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, los reglamentos internos de los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de su padre, madre o de quien lo tenga a su cuidado, con la única excepción de que se derive de ello un peligro para el propio infante u otros pacientes.

Asimismo, tratándose del acompañamiento de mujeres en trabajo de parto, los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de la persona que ella determine, con la única excepción de que se derive de ello un peligro para el infante o para la mujer.

Las personas que brinden acompañamiento a los pacientes durante su hospitalización o con ocasión de prestaciones ambulatorias deberán recibir un trato digno y respetuoso en todo momento, entendiéndose por tal no sólo un buen trato verbal e información, sino también el otorgamiento de condiciones para que ese acompañamiento sea adecuado para velar por la integridad física y psíquica del niño o niña, atendido el principio de interés superior del niño o niña.”.

----- Se presentaron dos indicaciones.

1) Del diputado José Miguel Castro, para reemplazar el inciso segundo del artículo único, por el siguiente:

“Tratándose del acompañamiento de niños, niñas y adolescentes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, los reglamentos internos de los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de su padre, madre, de quien lo tenga a su cuidado, o persona significativa, con la única excepción de que se derive de ello un peligro para el propio niño, niña o adolescente, u otros pacientes.”.

Los diputados manifestaron su coincidencia con la indicación, no obstante lo cual tienen preocupación por la falta de pronunciamiento por parte del Ministerio de Salud, en relación con la infraestructura y las medidas que se adoptarán para su materialización, evitando de alguna manera contar con una ley que no se pueda implementar, como fue la legislación que determina la atención preferente de los adultos mayores.

La senadora Sabat comentó que en ningún caso se pretende “vender humo” con la iniciativa legal, pero tampoco se puede exigir a la Dirección de Presupuestos un informe detallado porque, en la actualidad, el catastro que existe desde el Gobierno no basta para determinar o conocer cuánto es lo que se necesita para cada uno de los hospitales. Recalcó que lo importante avanzar en términos de infraestructura pero, también, en la capacitación del personal.

Estimó importante evitar depender de la voluntad de los funcionarios de la salud que, en algunas oportunidades reúnen recursos para mejorar la atención de los recintos asistenciales, siendo dicha responsabilidad parte del Estado.

Se explicó que la indicación pretende incorporar a los niños, niñas y adolescentes, porque la intención es considerar y otorgar continuidad a todos los menores de 18 años, toda vez que en la práctica existe una diferenciación donde las unidades de pediatría contemplan pacientes solo hasta los 15 años.

Sobre el concepto de “persona significativa”, se manifestó que ese término se encuentra acuñado en la normativa del Servicio Nacional de Menores, para evitar dejar excluido a los niños, niñas y adolescentes pertenecientes al Sename.

Se agregó por los diputados integrantes de la Comisión que lo importante es entender que no necesariamente debe ser un familiar el que se encuentre facultado para acompañar al menor pues, en muchas oportunidades una persona que no es familiar, pero que posee lazos más potentes o cercanos con el paciente es quien acompaña al niño.

Se agregó que el concepto de “persona significativa” es el mismo que se utiliza en el parto y que involucra, a veces, a la abuela, a la mejor amiga, entre otras figuras que sean de confianza del paciente. En el caso de menores de edad, generalmente se utiliza el acompañamiento de los tutores.

Por otro lado, se hizo hincapié en que esta ley no puede depender solamente de un solo presupuesto, sino que debe estar ligado a la asignación permanente de un ítem que permita la mantención y reposición de las condiciones materiales.

Se aprobó por unanimidad (12 votos a favor). Votaron a favor las diputadas y diputados Boric, Cariola, José Miguel Castro, Juan Luis Castro, Crispi, Andrés Celis, Ricardo Celis, Gahona, Ossandón, Rosas, Sanhueza y Torres.

2) De los diputados Boric, Ricardo Celis, Andrés Celis, Juan Luis Castro, José Miguel Castro, Crispi, Gahona, Sanhueza, Ossandón, Rosas y Torres, para incorporar un inciso quinto al proyecto de ley, del siguiente tenor:

“Respecto del inciso anterior, el Ministerio de Salud dictará una norma técnica para la implementación de la ley en el plazo no superior a seis meses desde su publicación.”.

Se aprobó por unanimidad (11 votos a favor). Votaron a favor las diputadas y diputados Boric, José Miguel Castro, Juan Luis Castro, Crispi, Andrés Celis, Ricardo Celis, Gahona, Ossandón, Rosas, Sanhueza y Torres.

Sometido a votación, el resto del proyecto de ley, se aprobó por la misma votación anterior.

IV. ARTÍCULOS E INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.

Artículos rechazados.

No hay.

Indicaciones rechazadas.

No hay.

VI. MENCIÓN DE ADICIONES Y ENMIENDAS QUE LA COMISIÓN APROBÓ EN LA DISCUSIÓN PARTICULAR.

1) Se reemplaza el encabezado del proyecto de ley, por el siguiente:

“Artículo único.- Incorpóranse en el artículo 6° de la ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, los siguientes incisos segundo, tercero, cuarto y quinto, pasando el actual inciso segundo a ser inciso sexto:

2) Se reemplaza el inciso segundo que se propone incorporar mediante el artículo único, por el siguiente:

“Tratándose del acompañamiento de niños, niñas y adolescentes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, los reglamentos internos de los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de su padre, madre, de quien lo tenga a su cuidado, o persona significativa, con la única excepción de que se derive de ello un peligro para el propio niño, niña o adolescente, u otros pacientes

3) Se incorpora un inciso final en el artículo único (que pasa a ser quinto en la ley vigente), del siguiente tenor:

“Respecto del inciso anterior, el Ministerio de Salud dictará una norma técnica para la implementación de la ley en el plazo no superior a seis meses desde su publicación.”.

VII. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY TAL COMO QUEDARÍA EN VIRTUD DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA COMISIÓN.

“Artículo único.- Incorpóranse en el artículo 6° de la ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, los siguientes incisos segundo, tercero, cuarto y quinto, pasando el actual inciso segundo a ser inciso sexto:

“Tratándose del acompañamiento de niños, niñas y adolescentes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, los reglamentos internos de los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de su padre, madre, de quien lo tenga a su cuidado, o persona significativa, con la única excepción de que se derive de ello un peligro para el propio niño, niña o adolescente, u otros pacientes

Asimismo, tratándose del acompañamiento de mujeres en trabajo de parto, los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de la persona que ella determine, con la única excepción de que se derive de ello un peligro para el infante o para la mujer.

Las personas que brinden acompañamiento a los pacientes durante su hospitalización o con ocasión de prestaciones ambulatorias deberán recibir un trato digno y respetuoso en todo momento, entendiéndose por tal no sólo un buen trato verbal e información, sino también el otorgamiento de condiciones para que ese acompañamiento sea adecuado para velar por la integridad física y psíquica del niño o niña, atendido el principio de interés superior del niño o niña.

Respecto del inciso anterior, el Ministerio de Salud dictará una norma técnica para la implementación de la ley en el plazo no superior a seis meses desde su publicación.”.”.

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Se designó Diputado Informante al señor Sergio Gahona Salazar.

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Tratado y acordado, según consta en las actas correspondientes a las sesiones de 26 de julio y 9 de agosto de 2021, con la asistencia de las diputadas y diputados Gabriel Boric Font, Karol Cariola Oliva, Juan Luis Castro González, José Miguel Castro Bascuñán, Ricardo Celis Araya, Andrés Celis Montt, Miguel Crispi Serrano (Presidente), Sergio Gahona Salazar, Ximena Ossandón Irarrazabal, Patricio Rosas Barrientos, Gustavo Sanhueza Dueñas y Víctor Torres Jeldes.

Sala de la Comisión, a 9 de agosto de 2021.-

[1] Artículo 6º.- Toda persona tiene derecho a que los prestadores le faciliten la compañía de familiares y amigos cercanos durante su hospitalización y con ocasión de prestaciones ambulatorias de acuerdo con la reglamentación interna de cada establecimiento la que en ningún caso podrá restringir este derecho de la persona más allá de lo que requiera su beneficio clínico. Asimismo toda persona que lo solicite tiene derecho a recibir oportunamente y en conformidad a la ley consejería y asistencia religiosa o espiritual.

2.2. Discusión en Sala

Discusión General. Fecha 17 de agosto, 2021. Oficio en Sesión 68. Legislatura 369.

LA VERSIÓN OFICIAL DE ESTA DISCUSIÓN EN SALA NO SE ENCUENTRA DISPONIBLE AL MOMENTO DE LA PUBLICACIÓN DE ESTA HISTORIA DE LEY POR LO QUE SE HA INSERTADO UNA VERSIÓN PRELIMINAR DE MANERA PROVISORIA LA QUE SERÁ REEMPLAZADA POR LA VERSIÓN OFICIAL TAN PRONTO EL DOCUMENTO SE ENCUENTRE DISPONIBLE.

ESTABLECIMIENTO DE ESTÁNDAR ESPECIAL PARA ACOMPAÑAMIENTO DE INFANTES Y DE MANDATO GENERAL SOBRE TRATO DIGNO Y RESPETUOSO A ACOMPAÑANTES DE PACIENTES HOSPITALIZADOS O AMBULATORIOS (Segundo trámite constitucional. Boletín N° 13812-11)

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

En tercer lugar, corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial en relación al acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, correspondiente al boletín N° 13812-11 del Senado.

Para la discusión de este proyecto se otorgarán tres minutos a cada diputada o diputado que se inscriba para hacer uso de la palabra.

Diputado informante de la Comisión de Salud es el señor Sergio Gahona.

Antecedentes:

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Rinde el informe de la Comisión de Salud, el diputado señor Ricardo Celis, en remplazo del señor Gahona.

El señor CELIS (don Ricardo) [de pie].-

Señor Presidente, informe de la Comisión de Salud recaído en el proyecto de ley, que modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial en relación al acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias.

Honorable Cámara, la Comisión de Salud viene en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, el proyecto que modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial en relación al acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, originado en moción de las senadoras y de los senadores Francisco Chahuán, Guido Girardi, Carolina Goic, Marcela Sabat y Ena Von Baer.

La idea matriz o fundamental del proyecto es modificar la norma que regula el derecho a la compañía de los pacientes, estableciendo un estándar especial en el acompañamiento de infantes, disponiendo un mandato general en virtud del cual los centros hospitalarios deberán procurar condiciones dignas y un trato respetuoso a los acompañantes.

En la exposición de motivos de la moción, los patrocinantes destacan que una de las críticas más frecuentemente formuladas a los sistemas de salud es la creciente deshumanización de las relaciones entre los intervinientes y el trato que reciben las personas atendidas.

Plantean los autores de la moción que el otorgamiento de un trato pediátrico digno debe contener aspectos específicos, tales como estar imbuido de una visión holística de la humanidad, en que la atención de enfermería está dirigida a satisfacer las necesidades fundamentales de los pacientes y a reconocerlo como un ser humano que vive del cuidado y crece en el cuidado; el respeto de su individualidad, manifestado en dirigirse a ellos siempre por su nombre; el deber de explicarles, en la medida de su capacidad cognitiva, los cuidados a realizar; de respetar su idiosincrasia y sus características propias; el deber de entregar al paciente y sus familiares información completa, veraz, oportuna y comprensible; el deber de interesarse en que su estancia hospitalaria sea agradable, y el de hacerlo sentirse seguro en la atención que se le está otorgando.

Destacan que en, el inciso primero, artículo 6°, de la ley Nº 20.584, sobre derechos y deberes de las personas en salud, se dispone que “Toda persona tiene derecho a que los prestadores le faciliten la compañía de familiares y amigos cercanos durante su hospitalización y con ocasión de prestaciones ambulatorias, de acuerdo con la reglamentación interna de cada establecimiento, la que en ningún caso podrá restringir este derecho de la persona más allá de lo que requiera su beneficio clínico.”. El derecho de que los usuarios tengan acceso a una compañía constante se encuentra reconocido, y en el caso de los niños y niñas, especialmente los lactantes, es algo que en muchas ocasiones se hace necesario.

Por otra parte, recuerdan que en 1986, el Parlamento Europeo de Naciones estableció los Derechos del Niño Hospitalizado, recomendaciones que fueron acogidas en la Asamblea General de las Naciones Unidas (Convención Internacional de los Derechos del Niño) y luego por la Unicef.

El Consejo Regional de Santiago del Colegio Médico de Chile las asumiría en septiembre de 1992, con la Declaración de Santiago de Chile, formulada en el Seminario de Derechos del Niño Hospitalizado. Dentro de estos derechos se encuentran el de estar acompañado durante su hospitalización por sus padres o por las personas que los sustituyan, el de tener contacto con sus padres en los momentos de tensión y el de disponer de locales equipados según sus necesidades, entre otros.

Añade la moción que, según la experiencia clínica pediátrica, el beneficio que tiene en la salud de un niño o niña el acompañamiento de su madre, padre o alguien de su familia es ampliamente reconocido. Diversos estudios dan cuenta de la importancia del acompañamiento a los niños en situaciones de hospitalización, concluyendo que la permanencia de la madre junto a su hijo hospitalizado permite mejorar la eficiencia del servicio clínico, que atenúa los trastornos psicológicos o psíquicos del niño, disminuye la desnutrición y las infecciones intrahospitalarias, fomenta la lactancia, optimiza el recurso humano, acorta la hospitalización, mejora el rendimiento de las camas hospitalarias y disminuye el costo de la hospitalización. Aunque se puedan presentar dificultades, estas son menores y solucionables, comparadas con trastornos de la dinámica familiar, angustia y ansiedad materna, alteraciones de convivencia y comunicación.

Por otra parte, los autores consideran que en el ejercicio de este derecho no se pueden dejar de lado las condiciones en las que se encuentran las personas que acompañan a los pacientes. En muchos casos, esas condiciones son totalmente atentatorias contra la dignidad de las personas. En hospitalización de lactantes, solo disponen de una silla para estar junto a sus hijos. Queda en evidencia las carencias del sistema de salud, en cuanto a brindar un adecuado trato al acompañante de los niños o niñas enfermos, así como también en la disponibilidad de infraestructura con la que deberían contar los establecimientos de salud.

Discusión general

En la discusión general, propiamente tal, se escuchó a la representante de la organización Ley Mila o de Acompañamiento Digno, señora Priscila Astudillo Villagra, quien es una persona, entre muchas, que le tocó vivir una situación bastante difícil vinculada con este tema y que, a propósito de ello, ha creado dicha organización para ayudar a regular estos hechos y tender a una mayor empatía hacia quienes están en estas circunstancias. También se escuchó a la senadora Marcela Sabat, como una de las autoras del proyecto, quien expuso sobre el mismo, a la subsecretaria (S) de la Niñez del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, señora María Elena Arzola, y a representantes del Ministerio de Salud.

Los diputados y ls diputadas integrantes de la Comisión consideraron muy importante el tema en tramitación, ya que existe conciencia de la situación que genera esta clase de problemas en la recuperación de los niños, más aún cuando el acompañamiento no es considerado del todo digno.

Se hizo hincapié en diferenciar dos temas distintos; por un lado, la infraestructura de los recintos asistenciales y, por otro, el buen trato que se debe proporcionar por parte de los funcionarios de la salud.

Respecto de la situación covid-19, se consideró importante unificar el protocolo respectivo para que exista una cierta armonía entre los hospitales públicos. A su vez, estimaron relevante el acompañamiento de los niños y niñas sin interferir en el tratamiento médico, haciendo alusión a los derechos y deberes del paciente.

Se consultó al Ejecutivo si existe la disponibilidad para mejorar la infraestructura en los hospitales públicos, a fin de materializar en la práctica la ley de acompañamiento.

Por otro lado, manifestaron su coincidencia con el argumento de la senadora Marcela Sabat, en el sentido de estar en presencia de un proyecto humano, donde claramente es muy difícil no empatizar con estas situaciones y experiencias.

A su vez, se estimó prudente aumentar la edad que se propone en la iniciativa legal con el objeto de contar con el apoyo emocional y acompañamientos necesarios cuando se está enfrentando una enfermedad, lo que no puede quedar a la buena voluntad del director de un centro hospitalario, del médico de turno o de un funcionario.

Asimismo, se hizo alusión a la ley que crea los bancos de leche materna, iniciativa que permite el acceso a la leche materna y acompañamiento por la vía de la habilitación de una infraestructura necesaria para lactantes, la cual no obstante estar vigente, no se ha materializado aún como política pública, porque requiere de recursos disponibles que hagan posible su implementación, al igual como lo requerirá el proyecto de ley en tramitación, para contar con un adecuado y digno acompañamiento.

Algunos miembros de la Comisión esgrimieron que Chile hace mucho tiempo está trabajando en esta política de Hospital Amigo del Niño y de la Madre, por lo que hay bastante experiencia en la materia.

También se consideró muy importante realizar una diferenciación en la categorización de los hospitales, como también respecto de los niños hospitalizados en unidades UCI de las unidades pediátricas normales, pues los contextos son distintos, argumentándose que en muchas ocasiones no se estaría frente a una situación de peligro sino a una de funcionalidad.

Reflexionaron que cuando se hacen los estudios preinversionales y los diseños hospitalarios, ellos debieran contemplar estos espacios de acompañamiento. A su vez, se sostuvo que los hospitales de alta complejidad tienen una deuda y obligación en torno a generar una instancia de acogida, teniendo en consideración la visión y misión que los inspiran, donde lo más probable es que esté incluido el buen trato de los pacientes y su entorno.

Se recalcó, por parte de los diputados, que es importante considerar y relevar los derechos de los niños y de sus familias en un momento donde el cuidado físico y emocional es central. El acompañamiento no puede ir vinculado con el nivel socioeconómico de los pacientes o con la buena voluntad de los funcionarios de salud, sino que debe ser permanente y estar incorporado en la cultura y en la humanidad que se aplique al interior de los recintos asistenciales.

Votación en general del proyecto

La Comisión, luego de compartir los objetivos y fundamentos tenidos en consideración en la moción, recibió las opiniones, explicaciones y observaciones de las personas e instituciones, individualizadas precedentemente, y también del Ejecutivo, las cuales permitieron a sus miembros formarse una idea de la iniciativa legal, que sometida a su conocimiento, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de los diputados presentes. Votaron a favor las diputadas y diputados José Miguel Castro, Juan Luis Castro, Karol Cariola, Ricardo Celis, Andrés Celis, Miguel Crispi, Sergio Gahona, Ximena Ossandón, Patricio Rosas, Gustavo Sanhueza y Víctor Torres.

Es cuanto puedo informar, y los insto a aprobar este proyecto de ley.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

En discusión el proyecto de ley.

Tiene la palabra el diputado Matías Walker Prieto.

El señor WALKER.-

Señor Presidente, por su intermedio agradezco al diputado y doctor Ricardo Celis por su completo informe.

Por fin vamos a votar en la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados el proyecto de ley, que se conoce como ley Mila, el cual establece el derecho de todos los niños, niñas y adolescentes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias a ser acompañados en todo momento por su padre o madre, quien lo tenga a su cuidado, o persona significativa, con la única excepción que se derive de ello un peligro para el propio niño, niña o adolescente, u otros parientes. La obligación incorporada en la ley de Derechos y Deberes del Paciente es que los reglamentos internos de los establecimientos permitan esta compañía.

Todos quienes hemos vivido la dolorosa experiencia de tener hijos, hijas, niños o adolescentes, que han debido someterse a una operación o a un tratamiento oncológico conocemos la necesidad de que sean acompañados en todo momento por sus padres o por alguien cercano. En las necesidades más básicas, como la de orinar durante un tratamiento de quimioterapia, y también del apoyo afectivo, la contención psicológica que significa para niños, niñas y adolescentes que enfrentan un tratamiento oncológico, a veces tener que hacerlo solos y, particularmente, durante pandemia es muy complejo.

Por eso, la relevancia de la ley Mila, inspirada en una niña que enfrentó esta dificultad junto a sus padres, para que este derecho esté incorporado en la ley de Derechos y Deberes del Paciente.

Aprovechamos la discusión de la ley Mila para recordar que, en este momento, están protestando padres y madres de niños oncológicos junto a la senadora Carolina Goic para que se liberen 60.000 millones de pesos para tratamientos de alto costo que no están en el GES ni en la ley Ricarte Soto para pacientes con cáncer.

Espero que con la discusión de este significativo proyecto de ley el gobierno escuche a los pacientes y libere estos fondos. Por supuesto, aprobemos el proyecto de ley Mila.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Érika Olivera.

La señora OLIVERA (doña Érika).-

Señor Presidente, el proyecto en discusión me hizo recordar a Valentina Maureira, quien falleció un jueves 14 de mayo de 2015. Tuve la fortuna de conocerla y compartir con ella. Fui testigo de su lucha. Valentina no solo luchó contra la fibrosis quística, sino que desde su cama en el hospital me hablaba sobre las condiciones que sus padres, Jacqueline y Freddy, tenían que soportar para poder estar más cerca de ella.

Ellos viajaban a diario desde Melipilla hacia Santiago. Era triste muchas veces escuchar de Valentina aquellos relatos, sin embargo, en ellos había fuerza y muchos desafíos por delante. Uno de ellos, era que las familias contaran con espacios dignos y adecuados para acompañar a sus hijas o hijos hospitalizados.

Frente a situaciones como las que aborda este proyecto es triste imponer obligaciones legales cuando debería primar el sentido común. Entonces, la pregunta que me hago es qué tan desconectado se puede estar con el sufrimiento. Eso nos lleva a estar hoy legislando sobre el acompañamiento de infantes, y uno de los principios con los que naturalmente nacemos, la dignidad. De eso se trata, de fijar normas que regulen la relación de la medre, padre y seres queridos con el bebé, niño o niña que se encuentre hospitalizado; y, por supuesto, las condiciones mínimas para que esos parientes puedan contar con lo básico para acompañarlos. El derecho a que los usuarios tengan acceso a una compañía constante se encuentra reconocido y es una necesidad que -en caso de los niños y niñas, especialmente lactantes- se hace mucho más necesaria, pues ellos no dependen de sí mismos.

En mayo de 1986, el Parlamento Europeo de Naciones estableció los Derechos del Niño Hospitalizado, recomendaciones que fueron acogidas en la Asamblea General de las Naciones Unidas y luego por la Unicef. El Consejo Regional Santiago del Colegio Médico de Chile las asumiría en septiembre de 1992 con la Declaración de Santiago de Chile, formulada en el Seminario de Derechos del Niño Hospitalizado. Dentro de los derechos se encuentran: el Derecho a estar acompañado por sus padres o por las personas que los sustituyan durante su hospitalización; así como también el Derecho de contactar con sus padres en los momentos de tensión; y el Derecho a disponer de locales equipados según sus necesidades, entre otros.

Señor Presidente, llamo a votar este proyecto a favor para darle esa dignidad que todo niño, niña y persona que está hospitalizada, merece.

Muchas gracias.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el ministro de Salud, don Enrique Paris.

El señor PARIS (ministro de Salud) [vía telemática].-

Señor Presidente, por su intermedio, saludo a los diputados y diputadas presentes y conectados telemáticamente.

En primer lugar, quiero agradecer la posibilidad de hacer uso de la palabra y, sobre todo, destacar el excelente informe de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, que ha leído el diputado Celis. Creo que es un informe completísimo, muy bien elaborado, da gusto escuchar informes de este calibre; por lo que felicito al doctor Celis.

En segundo lugar, quiero recordar que los senadores señoras Von Baer, Sabat y Goic, y señores Girardi y Chahuán son los autores de este proyecto; y, también, recordar a la gestora social de este proyecto, la señora Priscila Astudillo -espero que esté escuchando o que se encuentre presente en la Sala-, gran impulsora de este proyecto. Asimismo, la señora Patricia Muñoz, defensora de la Niñez –no sé si está presente- que ha tenido un interés especial en esta iniciativa.

Antes de leer lo que tengo preparado, quisiera retomar algunos de los temas que nombró el diputado Celis. El que más me llama la atención -obviamente, que nos debe preocupar- es el tema de la deshumanización en la atención médica, pero no solo de la deshumanización de la atención médica, sino que, en general, la crítica social a la profesión médica de parte de los actores de la sociedad. Esto lo dijo el doctor Alejandro Goic Goic, hace muchos años en su libro El fin de la Medicina, donde justamente se destaca este problema de cómo la atención médica, en general, se ha ido deshumanizando.

Por lo tanto, tiene que haber un llamado de atención a las facultades de medicina y a las facultades de todas las áreas de ciencias de la salud, en el sentido de que se debe incorporar en la malla curricular de las escuelas que dan formación en salud, cursos potentes de ética, cursos potentes de humanización, cursos potentes de la idea de que debemos respetar al ser humano en toda su integridad y obviamente, con mayor razón, cuando está enfermo y, también, a los acompañantes de los enfermos.

En 1992, siendo presidente del Colegio Médico Regional de Santiago, doctor Ricardo Peña, a quien quiero recordar también, el Colegio Médico, con una visión de futuro, dio a conocer su postura sobre este tema que estamos tratando. De igual forma lo hizo la Organización de las Naciones Unidas. Por lo tanto, Chile se suma a lo que ya se estaba discutiendo hace mucho tiempo.

En la atención de infantes, niñas y niños es de suma importancia que no se sientan solos, con temor o incertidumbre. Por lo mismo es que, por medio de este proyecto de ley, se establecerá que todos los reglamentos internos de los establecimientos de salud deberán permitir que los infantes, niños, niñas y adolescentes sean acompañados por sus padres o por quienes los tengan a cargo. Junto con esto, se reconoce el derecho que tienen las mujeres, en trabajo de parto, a no estar solas en este trascendental momento.

Por lo anterior, es que este proyecto de ley otorga un marco que permite a los infantes, niños, niñas y adolescentes tratarse en un ambiente protegido para ellos, atendiendo al principio del interés superior de la niña o del niño. Esto, a través de garantizar un derecho que ya estaba consagrado en el artículo 6° de la ley N° 20.584, que establece el derecho a la compañía, a las atenciones ambulatorias y hospitalizaciones.

En este punto, quiero reforzar algo que dijo el diputado Celis, y que lo hemos conversado con varios parlamentarios, en el sentido de que en los proyectos de construcción de los nuevos hospitales tiene que existir este concepto, es decir, los nuevos hospitales deben ser construidos pensando en que los niños, niñas y adolescentes, y la mujer en trabajo de parto, tienen que estar acompañados.

Además, vamos a requerir fondos para que los hospitales antiguos tengan un proceso de adaptación, en el curso del tiempo –obviamente que esto no puede ser inmediato, pero también estamos preocupados por eso, porque lo hemos conversado-, para ampliar las salas y hacerlas acordes a esta ley que permite el acompañamiento. Desgraciadamente en el pasado esto no ocurrió.

El doctor Celis dijo algo muy importante: cuando el niño está acompañado, sobre todo, cuando el prematuro está acompañado, cuando la madre puede entrar a la sala de prematuros y hacerle cariño a un niño, crece más rápido, engorda más rápido, tiene menos infecciones y tiene menos problemas neurológicos. Por lo tanto, se sabe que el acompañamiento, en este caso, es fundamental no solo para sanar al niño más rápido, sino para que se recupere más rápido y tenga menos problemas de índole neurológico o psíquico.

De todas manera, no solo se garantiza la posibilidad de que sean acompañados, sino que se establece un estándar de dignidad y respeto a tales acompañantes, generando las condiciones básicas para su estadía y propiciando que se le entregue toda la información en forma entendible, comprensible a los padres, ya que, muchas veces, es el tema en el cual fallamos. Ustedes deben saber que la mayoría de los problemas médico-legales se relacionan justamente a una mala relación médico-paciente o a mala comprensión que tienen los padres o acompañantes cuando se les entrega información.

Respecto de las condiciones de los acompañantes, el Ministerio de Salud deberá en un plazo de ocho meses, desde la publicación de la ley, redactar la norma técnica referida a la implementación de tales condiciones para crear recintos hospitalarios.

En conclusión, como Ministerio de Salud y como ministro, recomendamos aprobar este proyecto de ley, pues garantiza que niños, niñas, adolescentes y mujeres, en trabajo de parto, puedan atenderse en compañía de personas de su confianza, los cuales tendrán las condiciones necesarias para su estadía y la información completa sobre el diagnóstico y el tratamiento de la persona a quien acompañan.

Señor Presidente, por su intermedio, llamo a aprobar este proyecto de ley, y agradezco, una vez más, al diputado Celis por su excelente informe de comisión.

Muchas gracias.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la ministra de Desarrollo Social y Familia, doña Karla Rubilar.

La señora RUBILAR, doña Karla (ministra de Desarrollo Social y Familia) [vía telemática].-

Señor Presidente, por su intermedio, saludar a todos los honorables diputados y diputadas de esta Corporación, en particular, a los miembros de la comisión y al diputado Celis, que acaba de informar.

En primer lugar, quiero dar las gracias y reconocer, partiendo por las senadoras y senadores, el trabajo realizado en la Comisión de Salud. Tal cual como lo decía nuestro ministro de Salud, don Enrique Paris, a quien aprovecho de saludar, han sido las senadoras Sabat, Goic y Von Baer, y senadores Girardi y Chahuán, quienes han tomado un liderazgo muy importante en esta materia.

En particular, debo agradecer a la presidenta de la comisión, senadora Carolina Goic, y a los demás integrantes de la comisión, primero por la celeridad que tuvieron para debatir un proyecto tan humano, tan necesario como lo es el acompañamiento a una hija o a un hijo que se encuentra hospitalizado.

Como dijo la senadora Sabat, a quien debo hacer un merecido reconocimiento por la gran labor que ha realizado en todo este proceso legislativo, junto a una gran mujer, Priscila Astudillo, madre de Mila, este proyecto nace a solicitud de muchas madres de diferentes regiones del país que han vivido la angustia de no poder acompañar a sus hijos mientras están hospitalizados, lo que se ha visto agravado por la aplicación de los protocolos en materia covid-19, que si bien han sido tremendamente necesarios, es muy compleja esta separación.

Es importante hacer estos reconocimientos, porque son proyectos, como la “ley Mila”, que al ser tratados con celeridad le dan respuesta a las madres y a las familias de que su esfuerzo y su trabajo vale la pena.

Hoy se vota uno de esos proyectos que nacen en la ciudadanía -esas leyes ciudadanas-, en este caso de madres y padres que, además de sentir el dolor de tener un hijo hospitalizado, al no poder acompañarlos muchas veces esos dolores angustiantes no son para sobrellevar lo que viven, sino pensando en lo que viene: que ese dolor no sea traspasable a otras familias y a otros niños y niñas.

Como Ministerio de Desarrollo Social y Familia debemos hacer todos los esfuerzos necesarios para que estas situaciones tan dolorosas y angustiantes sean vividas con menores trabas para el acompañamiento y con la mayor dignidad posible, pues estar acompañados por los seres queridos es un derecho básico y una garantía de cualquier niño y niña.

Por eso, agradecer también a los miembros de la comisión de la Cámara de Diputados, quienes entienden que este acompañamiento es indudablemente humanitario y, como dijo el ministro de Salud, doctor Paris, quien es pediatra, tremendamente beneficioso para los niños y niñas, pues produce efectos positivos para su salud.

Todos quienes somos madres y padres sabemos que mientras más tiempo pasamos cerca de nuestros hijos, mientras más demostraciones de cariño les damos, cuando más les hablamos y los acariciamos, mientras mayor presencia tengan de nosotros, mejor estarán. Así lo indican los resultados: mientras más presentes están los padres y madres se reducen los tiempos de hospitalización, se reducen las posibles complicaciones físicas secundarias, se fortalece el desarrollo integral de los niños -psicomotriz, psicoemocional, alimentario-; el niño se recupera más rápido cuando ha perdido peso, también mejora su tono muscular y mejora todo el neurodesarrollo general del niño.

Por lo tanto, con este proyecto de ley buscamos garantizar dos temas en particular: que el niño y la niña estén siempre acompañados y que las madres y padres puedan estar siempre, que no se le niegue a nadie la garantía de acompañar a sus hijos y a sus hijas. Vimos los beneficios con la “ley Sanna” en momentos tan difíciles y complejos, y ahora con la “ley Mila”.

Pero, además de garantizar el acompañamiento, como bien dijo el ministro, el apoyo del Ministerio de Salud es fundamental para que el acompañamiento se realice de la forma más digna posible. La realidad que han vivido muchas madres y padres al tener un hijo hospitalizado ha sido desgastante. Muchas deben dormir en una silla por días, semanas y hasta meses, sin relevo, sin descanso; muchas no han contado con un baño o con una ducha; muchas no tienen un lugar donde comer o, peor aún, tienen que dejar a sus niños llorando o comer lo más rápido posible.

Ahora bien, debemos reconocer el enorme esfuerzo de los funcionarios y funcionarias de salud, a los cuales les agradecemos, pero la verdad es que un padre y una madre son irreemplazables.

Por eso que también agradezco la labor en esta materia de la defensora de los Derechos de la Niñez, Patricia Muñoz, con quien hemos trabajado mancomunadamente junto con la subsecretaria de la Niñez, Blanquita Honorato.

Además, espero que hoy se apruebe por unanimidad este proyecto que busca consagrar un derecho, cual es que padres, madres u otra figura relevante puedan acompañar en condiciones dignas a los niños, niñas y adolescentes hospitalizados.

Por eso, agradezco a todos y cada uno de los parlamentarios comprometidos con esta materia y con que la niñez no sea invisible, sino que sea lo más visible posible.

Muchas gracias.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Sergio Gahona.

El señor GAHONA.-

Señor Presidente, el proyecto que hoy estamos discutiendo, al igual que el proyecto de “ley Dominga”, nace a partir del testimonio de personas que se han visto enfrentadas a la cara más ingrata y cruda de nuestro sistema de salud.

Es así como escuchamos relatos de situaciones realmente inaceptables, como la prohibición de que una madre acompañe a su hija lactante en su primera hospitalización, los obstáculos para que los padres puedan conocer y estar con su hijo prematuro, o que, en los pocos casos que se permite acompañar a un menor, se les haga dormir en una silla de colegio o, incluso, en el suelo. Los padres o cuidadores tampoco cuentan con lugares donde cambiarse de ropa, descansar o ducharse, lo que precariza aún más la situación que viven quienes acompañan a un menor hospitalizado.

El proyecto de ley establece ciertas restricciones para los casos de peligro de la salud de niños, niñas, adolescentes y otros pacientes, especialmente en esta situación de pandemia. Quiero dejar claro que ojalá esto no se emplee como excusa para impedir que los derechos de acompañamiento que establece esta iniciativa sean cumplidos cabalmente.

Si bien la ley de derechos y deberes de los pacientes hoy reconoce el derecho a toda persona hospitalizada a contar con el acompañamiento de su familia y amigos cercanos, nuestra legislación se queda bastante corta al momento de abordar la situación específica de niños, niñas y adolescentes, quienes por su edad requieren de estándares especiales de cuidado y atención. Diversos estudios han demostrado que la hospitalización genera en los niños altos niveles de estrés, producto de la adaptación a un nuevo entorno y la separación de sus padres y familias. En consecuencia, se ha comprobado que el tiempo de recuperación de los niños acompañados por sus padres es significativamente menor, al disminuir dichos niveles de temor y estrés. Esto demuestra que este proyecto es esencial en miras al interés superior de niños, niñas y adolescentes, procurándoles condiciones que propicien su pronta recuperación, con la mayor tranquilidad posible y el apoyo de sus cercanos.

Finalmente, nada de lo anterior logrará hacer una diferencia significativa si no contamos con una política de Estado en esta materia, que trascienda los gobiernos de turno, y que tenga como hoja de ruta velar por el máximo bienestar de niños, niñas y adolescentes hospitalizados y sus respectivos acompañantes.

Por ello, insto a todos los aquí presentes -diputados, diputadas y representantes del Ejecutivo- a que con el mismo espíritu de consenso con que se tramitó esta iniciativa mejoremos la infraestructura hospitalaria y el acceso a insumos y capacitación, y generemos todas las condiciones para que esta futura ley sea una realidad concreta y nuestro niños, niñas y adolescentes estén debidamente acompañados en toda hospitalización.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Patricia Rubio.

La señora RUBIO (doña Patricia).-

Señor Presidente, con el pasar de los años los especialistas en infancia y en pediatría nos han dado a conocer la importancia del apego desde los primeros instantes de vida de los niños y niñas.

La Sociedad Chilena de Pediatría señala que el apego es una urgencia ideológica innata tan importante para la supervivencia de la especie como la procreación o la alimentación.

Entonces, me pregunto ¿por qué los niños y niñas, que más apego necesitan, son impedidos de hacerlo por reglamento o protocolo de los hospitales o clínicas? ¿No son ellos acaso quienes mejor deben entender que este tipo de relación reforzada aporta significativamente al bienestar de la salud física y emocional de esos niños y niñas? No son tan solo ellos, sino también su entorno más próximo, como sus madres, padres o cuidadores.

Ha sido doloroso e indignante ver una fotografía denunciando que una madre debe permanecer apoyada en la cama de su hijo, apenas sentada en una silla, en deplorables condiciones, velando por el sueño de su hija o hijo. ¿Quién no se preocupa cuando un hijo se enferma? Me pongo en el lugar de esas madres que solo quieren acompañar y atender en los peores momentos a sus hijos. No estamos hablando de simples resfríos, sino de enfermedades que requieren largas estadías en los centros hospitalarios, donde la mayoría de las veces se trata de familias que provienen de regiones hasta la capital, porque es en Santiago donde están los especialistas; pero ahí entramos en otro tema, que es la falta de especialistas en regiones.

Me alegra enormemente que se esté abriendo una nueva puerta con mejores condiciones a estas madres y padres, donde podrán realizar un acompañamiento digno a sus hijos enfermos. Me alegra enormemente que sea el bien superior de los niños y niñas el que se imponga hoy en esta Sala. Mi voto será a favor, porque los niños y niñas chilenos no pueden seguir esperando bajo ningún aspecto y este es un gran paso a la dignidad de los derechos de los niños y niñas, sobre todo, los de regiones.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Patricio Rosas.

El señor ROSAS.-

Señor Presidente, el acompañamiento infantil especial, llamado ley Mila por la gestora social que llevó adelante esta causa, me refiero a Priscila Astudillo madre de Mila y que dio origen a esta iniciativa, creo que debe ser imitada por muchas mamás, por muchos pacientes y por muchas ciudadanas y ciudadanos que sienten que se debe cambiar en el servicio público alguna práctica. Y es verdad, para ser mejores necesitamos que, quienes ven el servicio público como los atiende, vayan aportando su opinión a través de ideas de proyectos y de ideas de mejoras, porque para ser un mejor país, también necesitamos siempre escuchar la participación de las personas en la realidad.

Por eso, quiero destacar que este proyecto tiene mucho de humanidad, tiene mucho de cercanía y es muy necesario ver la importancia que tiene el apego, el vínculo, en como aumenta la velocidad de recuperación de los niños, estando los padres acompañándolos en su trance en la hospitalización. A veces, prolongadas y, a veces, corta, pero es importante que estén.

Se dio un paso importante, hace varios años, con el Hospital Amigo, que es una estrategia que implementó las visitas prolongadas en los hospitales el que fue un cambio cultural. Este es otro cambio que se necesita hacer para la atención pediátrica hospitalaria, ya que necesitamos como país mejorar la calidad de atención de los pacientes en el sector pediátrico, porque va a garantizar la mantención del apego, la mejoría del vínculo y la velocidad de su recuperación.

Por eso, voy a apoyar, y espero que toda la Cámara apoye en forma unánime este proyecto, en su primer trámite y espero que, además, signifique, ya que tiene el respaldo del Ejecutivo, los recursos necesarios para que se programe mantener esto en el tiempo. Una de las críticas que tiene el Hospital Amigo y las visitas que se empezaron a realizar en esa época, es que con el tiempo los recursos para mantener el los sillones, las sillas, y el espacio adecuado para los acompañantes de los pacientes se fueron restringiendo, se fueron disminuyendo y desapareciendo.

Por eso, hoy queremos que se garanticen esos recursos para que sea una estrategia de política pública, que se prolongue en el tiempo y que no sea solo de unos pocos años en adelante.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Raúl Leiva.

El señor LEIVA.-

Señor Presidente, existen pocos proyectos de ley como este, que tal vez no son tan grandilocuentes o generen tanta reforma, pero, por Dios, que mejoran la calidad de vida de aquellas familias que padecen el sufrimiento de sus hijos o sus hijas.

El ser capaces de acompañarlos en un tratamiento complejo, no solo es parte de la recuperación, sino también es parte de la vida en familia. Lamentablemente, asistimos y hemos visto que han existido muchas oportunidades en donde niños o niñas se encuentran internados, hospitalizados en tratamiento complejos, sin la asistencia en el apoyo fundamental que tiene su padre o su madre.

Por eso, poder regular este acompañamiento digno, que le da dignidad, no solo a los momentos más complejos de una familia, como es el tener un niño enfermo o una niña enferma, sino que es dar la posibilidad a esa madre de vivir ese dolor junto a su hija, ser capaz de entregar ese apoyo fundamental que le entrega solo el cariño y el amor de una madre o de un padre, merece, justamente, la aprobación unánime de esta Sala.

El acompañar. Quienes tenemos niños o niñas, sabemos lo complejo que es asistir a algún procedimiento por simple que sea, pero aquellos padres o madres que se han desvivido por salvar la vida de un hijo o una hija en un recinto hospitalario, sin ninguna atención mínima, sin ninguna comodidad es algo que parte el alma.

Por eso, este tipo de proyectos de ley que mejoran las condiciones y la calidad de vida de muchas familias del país, merece atención y merece el apoyo.

Por lo tanto, de todas maneras, vamos a votar a favor este proyecto.

He dicho.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Marisela Santibáñez.

La señorita SANTIBÁÑEZ (doña Marisela).-

Señor Presidente, por su intermedio, quiero agradecer las palabras del diputado Raúl Leiva, que me antecedió en el uso de la palabra.

Curiosamente, restaurar el acompañamiento de niños, niñas y adolescentes durante la hospitalización, devolviendo la dignidad que merecen, facilita las condiciones para una pronta recuperación. Al mismo tiempo, requiere una autoridad sanitaria que aporte nuevos recursos para mejorar las condiciones e infraestructura de los recursos humanos, sobre los cuales se produce el acompañamiento en los establecimientos de salud.

Tengo una minuta y agradezco enormemente al equipo que la elabora, pero cuando uno tiene la experiencia, sé que hay diputados que dicen que acá se cuentan historias lindas y a veces historias tristes, pero cuando uno la conoce, uno puede dar su experiencia, sin querer emocionar a nadie. Simplemente decir que el citófono que tiene la UCI del hospital San Juan de Dios, en mi caso, debe ser el lugar en donde uno más ha llorado, aparte de llorar al lado de su hijo o de su hija, ese es el citófono en donde uno le suplica a las enfermeras, al jefe de la UCI que te deje entrar en los tiempos en que no se puede, porque están establecidos, porque son acotados, porque toda tu familia quiere entrar: quiere entrar la abuela, el abuelo, el hermano, el tío, el padre y la madre para estar ahí.

Señor Presidente, son las horas más terribles, son esas horas en que despertaste con tu hija, quien mejor para dar el medicamento a su hijo que la mamá o el papá, que lo convencen de que eso lo va a sanar, de que esos microbios que se metieron en su cuerpo, de que esa cosa extraña que la está consumiendo por dentro, se puede salvar, se pueda zafar con una palabra linda, contando una historia aquel niño o aquella niña.

En este caso, la niña que estuvo cuarenta días y no pudo zafar, no pudo salir de ahí, entró a ese hospital y esa fue su última morada, su última casa, su último lugar. Se la disfrazamos. Los padres y madres hacen eso en este país, le disfrazan ese lugar frío, con manitos que le mandan los compañeros, con dibujos que le mandan los primos, con todo lo que pueda significar un repunte en su enfermedad. Pero cuando eso no pasa, es que tenemos que legislar más allá de la razón.

Hace diez años, si esta ley hubiese estado en discusión, yo habría podido estar más minutos con mi hija y así muchas madres y padres del país.

Por lo tanto, es por ellos, es porque ese trato solo lo puede dar una madre y solo lo puede dar un padre, es que esta bancada va a aprobar este proyecto de ley sin querer emocionar a nadie, sino que simplemente trayendo la voz de los sin voz al Congreso Nacional.

He dicho.

-Aplausos.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Ximena Ossandón.

La señor OSSANDÓN (doña Ximena).-

Señor Presidente, en el fondo, el objetivo de este proyecto de ley es modificar la ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud. Y lo que hace es introducir una norma nueva que regula el derecho, como ya lo han dicho, a la compañía de los pacientes, estableciendo como un estándar distinto para todos los infantes, niños, niñas y aquellos adolescentes menores de 14 años de edad. Debemos entender que en medicina, a partir de los 15 años de edad, se consideran adultos.

Además, dispone un mandato, en general, en virtud del cual, los centros hospitalarios deben procurar las condiciones dignas y un trato respetuoso para los acompañantes. Toda persona tiene derecho a que los prestadores, en este caso, los hospitales, faciliten la compañía de familiares y amigos cercanos durante su hospitalización y también con ocasión de alguna prestación ambulatoria. Por supuesto, de acuerdo a la reglamentación interna y del padecimiento que sufra el paciente, pero en ningún caso se puede restringir el derecho de la persona más allá de lo que requiera su beneficio clínico.

De hecho, es un derecho que los usuarios tengan acceso a una compañía constante, necesidad que el presente proyecto reconoce.

Cabe señalar que, en el caso de los niños y las niñas, y especialmente los lactantes, se hace mucho más necesaria la compañía, sea de la madre, el padre, el cuidador o la persona significativa para el paciente.

Se discutió muchísimo sobre qué era el concepto de persona significativa y se circunscribe a los pacientes capaces de señalar quién es la persona que quieren que los acompañen.

Según los estudios, la permanencia de la madre junto a su hijo hospitalizado, como bien señaló la diputada Marisela Santibáñez, que me antecedió en el uso de la palabra, tiene grandes beneficios, entre otros, permite mejorar la eficiencia del servicio clínico, atenúa todos los trastornos psíquicos del niño, disminuye la desnutrición y las infecciones intrahospitalarias, fomenta la lactancia, optimiza el recurso humano, acorta la hospitalización, mejora el rendimiento de las camas hospitalarias y disminuye el costo de la hospitalización y, aunque pueden haber algunas dificultades, son menores y absolutamente solucionables.

En el fondo, tenemos que hacer realidad el hospital amigo, que se sienta.

Se agradece el apoyo del Ejecutivo.

Se necesitan más recursos.

Además, se agradece a los hospitales y centros de salud que han detectado esta necesidad y que se están haciendo cargo del tema.

He dicho.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Luis Rocafull.

El señor ROCAFULL.-

Señor Presidente, en primer lugar, quiero agradecer el testimonio de la diputada Marisela Santibáñez. Creo que encarna la desesperación de muchas madres, de muchas familias, de muchos padres que viven esos momentos de angustia tan terribles.

En el marco de la discusión del presente proyecto, no puedo dejar de mencionar dos casos emblemáticos, uno de ellos ocurrido en la Región de Arica y Parinacota, la cual represento.

En primer lugar, una menor de 16 internada por un problema psiquiátrico se quitó la vida. Había sido privada de ver a su madre por más de 20 días y, quizás, la desesperación de no tener a su madre, a sus padres, en un momento tan complicado, tan complejo, como el sufrir una enfermedad mental y no estar con los suyos, la pudo llevar a tomar esa decisión.

En segundo lugar, la madre de una menor de siete meses que estaba internada la encontró en un estado no muy adecuado, con algunas heridas por haber sido amarrada a la cuna y sucia con vómito, lo cual se pudo haber evitado si hubieran estado los padres o la madre.

Digámoslo, nosotros, los hombres, debemos asumir que cualquier criatura, cualquier niño o niña, en momentos tan complicados, sobre todo de enfermedad, obviamente quiere estar al lado de su mamá, ¡qué mejor medicamento que estar con su madre! Los niños o las niñas pueden quedar con secuelas por esta soledad, por este clima inhóspito, a pesar de que sé que muchas personas del hospital, funcionarios y funcionarias, hacen lo imposible por satisfacer los requerimientos del paciente. Hoy, la pandemia nos ha mostrado lo terrible que ha sido para muchos papás y muchas mamás.

Por lo tanto, por su intermedio, señor Presidente, quiero saludar y felicitar a los autores de la moción en proyecto.

También, es importante que el Ministerio de Salud y todos estemos de acuerdo, y que la iniciativa se apruebe por unanimidad.

Necesitamos humanizar, tener más empatía, unir las diferentes intenciones y, sobre todo, no cortar vínculos tan importantes, tan trascendentales para la crianza y la formación de cualquier niño.

Momentos tan complicados como una enfermedad es fundamental que los niños lo vivan al lado de su madre, lo cual mejorará su salud rápidamente, porque ayuda en todo sentido.

Señor Presidente, doy todo mi apoyo al proyecto y, ojalá, sea aprobado hoy por unanimidad.

He dicho.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Maite Orsini.

La señorita ORSINI (doña Maite).-

Señor Presidente, hace algunos días, nuevamente las madres de Chile vieron con horror lo que le ocurrió a una niña recién nacida en un hospital, en una escena que solo puede ser catalogada como tortura. Una pequeña de solo siete meses aparecía amarrada de brazos y piernas, en videos que se hicieron rápidamente virales por su brutalidad.

La historia que relató la madre de la pequeña es triste, duele, pero es necesario enterarnos de las vulneraciones a las que está sometida la temprana niñez en Chile y la hipocresía con la que se suele fomentar que las mujeres traigamos hijas e hijos a un mundo que no está preparado para recibirlos.

Si no, ¡cómo podemos entender que no se permita a una madre o padre visitar a su hija hospitalizada! ¡Cómo se pude entender que una niña quede afónica de tanto llorar en un hospital o que una menor de siete meses termine con llagas en sus manos por haber sido amarrada a su cuna!

Algo similar le pasó a Mila, el caso que llamó la atención sobre la necesidad de legislar sobre el particular, quien, solo unos meses después de nacer, tuvo que vivir un postoperatorio sin más compañía que una hora al día de su madre, ¡una hora al día!

Para Mila y muchas otras niñas y muchos otros niños recién nacidos, lo descrito tiene consecuencias terribles. Por ejemplo, se les corta la lactancia, con todas las consecuencias que ello tiene para su integridad, y se les corta el apego, pues las madres quedan del otro lado de la puerta del hospital, desconociendo totalmente las condiciones en que se encuentran sus hijos o hijas.

Cuando a la madre de Mila por fin se le permitió dormir con ella, tuvo que hacerlo en una silla de colegio, escuchando como lloraban muchos otros niños y muchas otras niñas y recién nacidos, justamente, reclamando por sus padres y madres.

Por todo esto el denominado proyecto de ley Mila, iniciado en moción de la senadora Marcela Sabat, es tan importante.

Hoy, cada hospital tiene un protocolo distinto que puede implicar situaciones como las que acabo de describir y no esto no puede seguir pasando de este modo.

Por eso, el proyecto busca homogenizar el trato a las y los acompañantes, así como garantizar el derecho a ser acompañado del o la menor.

Asimismo, en los casos de trabajo de parto, hay que garantizar que una persona acompañe a quien está dando a luz.

En ambos casos, el hospital tendrá que dar un trato digno a el o la acompañante.

Hay circunstancias en las que el contacto físico es difícil, pero el cuidado es, al mismo tiempo, indispensable para todos y todas y, principalmente, para los recién nacidos o nacidas.

Por eso, nos urge que este proyecto sea hoy aprobado y llegue a ser ley.

He dicho.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag.

El señor SABAG.-

Señor Presidente, el presente proyecto es una respuesta directa a los frecuentes reclamos que hacen las personas, tanto de los sistemas de salud pública como privados, por la deshumanización con la que son tratados los enfermos, las enfermas y sus familiares, especialmente cuando se trata de menores de edad.

La propuesta modifica la ley N° 20.584, relativa a los derechos y deberes de los pacientes, para establecer un estándar especial en relación con el acompañamiento de los niños y niñas que reciben atención médica, ya sea que estén hospitalizados o sometidos a tratamientos ambulatorios, además de establecer exigencias en el trato digno y respetuoso de los acompañantes, ya sean los padres o un adulto responsable, de brindar el apoyo emocional que el menor requiere.

Valoro las palabras del señor ministro de Salud, quien señaló que los nuevos hospitales están contemplando en su diseño el acompañamiento a los hijos y las hijas que se encuentren enfermos. Tal es el caso del hospital de Chillán en construcción, el que contempla un centro oncológico con un centro de hospedaje para los padres que deben viajar desde las comunas aledañas.

Valoramos el proyecto, porque es una iniciativa tremendamente humana, como señaló la diputada Marisela Santibáñez, el cual se basa en el reconocimiento de la importancia que tienen las demostraciones de afecto y cariño en el proceso de recuperación de la salud de los niños y niñas, y apunta a brindarles una atención integral que no se limite al tratamiento de los síntomas, sino que considere al paciente como una totalidad, en que la confianza y el apoyo se convierten en aspectos esenciales para su mejoría.

Por otro lado, el proyecto da cuenta de la situación de malos tratos que puedan afectar a los acompañantes, a los que habitualmente no se les informa en detalle sobre la evolución del paciente, sino que además se les trata como un estorbo al que apenas se le proporciona una silla para que acompañe al enfermo por horas, e incluso durante las noches.

Dentro de los derechos que se reconocen mediante esta propuesta se encuentra el derecho a la compañía, el derecho de contactar a sus familiares en los momentos que el tratamiento represente al menor una situación de tensión, y el derecho a disponer de los locales equipados según sus necesidades, recogiendo así la experiencia de otras naciones, principalmente de Europa, donde ya existe la legislación al respecto.

Vamos a aprobar, desde la bancada de la Democracia Cristiana, este proyecto, que es tremendamente humanizante y que tanto necesita hoy día nuestro sistema de salud.

He dicho.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda.

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señor Presidente, a uno le cuesta un poco entender tener que hacer estos proyectos de ley, porque debería ser de lógica, de criterio, de una cosa obvia, ¿no?, que cuando un niño o una niña, sobre todo si son pequeños, si es un niño chiquitito, lactante, esté acompañado de su madre. No es si se requiere, sino que siempre es necesario.

Y uno plantea por qué tenemos que hacer un proyecto de ley para que eso ocurra, cuando el criterio de lo que pasa en un hospital, en un centro de salud, debería ser precisamente para que se recupere mejor ese lactante o ese pequeño. Necesita tener al lado a su madre para los cuidados habituales, normales, pero también por una cosa afectiva, por una cosa necesaria. La recuperación de un niño o de una niña necesita el apego del padre o de la madre, de quien tenga esa cercanía más importante con ese menor.

Uno recuerda a muchas madres, y en forma personal también, cuando uno tuvo hijos pequeños y la lactancia se cortaba precisamente porque no teníamos la cercanía con ese hijo o esa hija, qué significa no poder amamantar a tu hijo, qué significa no entregarle la leche materna, que es la leche más importante, precisamente, para su recuperación, pero, además, el lazo afectivo, emocional que se produce con tu hijo o tu hija.

Por eso es tan importante esta ley, me imagino absolutamente necesaria. Pero además a mí me hubiese gustado más bien que fuera de criterio y de un realismo para que las cosas puedan funcionar.

Creo que es muy importante que se entienda este binomio, que no se puede separar, entre los hijos y los padres y madres que permita esta recuperación mucho más rápida.

Si se necesita hacer una ley, aquí estamos, vamos a aprobarla. Si se necesita hacer mandatos generales, especiales para un trato digno y respetuoso, los haremos.

Pero yo quiero recurrir también al criterio, a la capacidad de ponernos de acuerdo y de entender que los procesos de sanación tanto del cuerpo como del alma necesariamente necesitan este apego permanente.

Así que como Federación Regionalista, sin duda, nuestros diputados, y esta diputada, van a votar a favor.

He dicho.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Camila Vallejo.

La señorita VALLEJO (doña Camila).-

Señor Presidente, sin lugar a dudas este es un proyecto de los que uno podría catalogar como proyectos humanizantes del trato en materia de salud, y que es tan importante legislar en nuestro Congreso Nacional, pero, sobre todas las cosas, también de aquellos proyectos que no se sostienen solo con la voluntad del Congreso, sino que requieren el apoyo decidido en materia de recursos y de capacidades de implementación del Poder Ejecutivo y de los servicios de salud correspondientes, en este caso para el acompañamiento de niños y niñas, de lactantes por sus familiares.

Estos son procesos muy angustiantes para las familias, para los niños, niñas y adolescentes, para los lactantes y también para los padres y madres. Y sabemos que cuando se hospitaliza a niños, cuando están hospitalizados, obviamente la necesidad del acompañamiento no es solamente una necesidad de los padres y madres, sino también de esos menores, porque las intervenciones, el pasar días en los hospitales genera también un menoscabo, una angustia y además una necesidad de mantener mayor vínculo que en condiciones normales con aquellas personas que los cuidan y las cuidan.

Y entendemos perfectamente que a veces también es complejo para quienes trabajan en el sistema de salud atender esta realidad, porque las dinámicas son complejas, hay que atender a muchos pacientes, hay que correr de aquí para allá, porque las urgencias son las urgencias y porque las necesidades de los pacientes son múltiples, y a veces entendemos que tener a los familiares también ahí puede generar ciertas complicaciones.

Pero hay que verlo desde el punto de vista positivo: el acompañamiento es necesario para los procesos de atención y de recuperación de los pacientes. Por eso este proyecto es bueno. Evidentemente que nosotros lo vamos a respaldar, pensando principalmente en los niños y las niñas, pero requerimos, por sobre todas las cosas, que esta obligación, este mandato, que no es solamente el derecho de los padres y madres a acompañar, o de los mayores, sino que también es un mandato hacia el sistema de salud para generar las condiciones, sea debidamente respaldado e implementado y no quede como letra muerta, simplemente como una ley que abre un espacio, una voluntad o que demuestre una voluntad del Congreso a atender esta realidad, sino que realmente pueda significar cambios concretos y materiales en los procesos de atención y en los cambios que requieren recursos, que son las condiciones de infraestructura para que la atención sea digna, realmente suficiente para aquellas personas que son cuidadores y cuidadoras, en este caso padres y madres de niños, niñas y adolescentes hospitalizados.

Así, la bancada va a aprobar, por cierto, pero el llamado principal es al Ejecutivo.

He dicho.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Natalia Castillo.

La señora CASTILLO (doña Natalia).-

Señor Presidente, para quienes somos madres, o quienes son padres también, podemos entender lo que significa tener a un hijo enfermo.

Una vez mi hija, quien tiene cinco años, me propuso un proyecto de ley para prohibir que los niños se enfermen. Me encantaría poder tener las facultades para empujar esa iniciativa. No puedo. Pero sí podemos avanzar en otro tipo de iniciativas que puedan ayudar a contener una situación como esa. Y no importa el diagnóstico que tenga un hijo o una hija, puede ser una enfermedad transitoria, una neumonía estacionaria, puede ser un resfrío que se agrava o puede ser una enfermedad mucho más grave.

La angustia de los padres y las madres, y también la angustia de los niños de verse en un entorno clínico, que no muchas veces es lo más amigable, personas que están con sus rostros cubiertos, que cuesta muchas veces lograr generar esa complicidad y esa confianza para poder hacer los procedimientos médicos, es fundamental que estén tanto sus padres, su madre o su padre, o alguna figura significativa que tenga su cuidado, que pueda ayudar a contener esa circunstancia.

Hoy día esto lo tenemos que estar haciendo por ley. Eso ya es bastante sorprendente en una sociedad. Nosotros esperaríamos que estas cosas no las tuviéramos que legislar. Pero hay que hacerlo.

Hace poquitos días conocimos un video de una niña que estaba siendo contenida con maniobras que no estaban adecuadas ni ajustadas ni a su edad, ni tampoco a su nivel de angustia. Por eso creo que es necesario poder seguir avanzando en esta materia.

El hecho de que legislemos en esta materia es como un motivo de alegría, pero también es un motivo de enojo, no haber logrado construir una sociedad de cuidados, una sociedad en que nos tratemos bien los unos a los otros, especialmente, a los niños.

Estudios internacionales han constatado que el hecho de estar acompañados en una situación clínica, sentir el apoyo y el cariño de los padres y del entorno familiar, no solo entrega un ánimo más positivo al paciente, que en este caso es un niño o una niña, sino que, además, ayuda mucho en la recuperación. El proyecto de ley es una manera más de generar garantías para niños y niñas que necesitan protección, no solo de sus padres, sino también de un Estado que se ponga al servicio de sus necesidades. Por eso, apoyaremos la ley Mila.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Miguel Crispi.

El señor CRISPI.-

Señor Presidente, hoy veremos dos proyectos que no debieran ser ley, sino parte de la práctica común en relación con el momento que más determina la vida de una persona, que es tener guagua, parir, criar o perder un hijo a causa de muerte perinatal, un momento tan doloroso. Sin embargo, debido a esa carencia, tuvimos que legislar y en la Comisión de Salud nos pusimos en la tarea de hacer aquello, de dar una tramitación lo más rápida posible a este tipo de iniciativas.

Entendemos que hay algo que está ocurriendo, porque ambos proyectos provienen con una fuerza enorme desde la sociedad civil, de mamás que, a partir del dolor causado por situaciones muy difíciles, han generado una energía impresionante. Han puesto presión sobre la Cámara, para que legislemos con urgencia.

Es con urgencia porque, en medio de discusiones estructurales y transcendentales, como la Convención Constituyente o las elecciones presidenciales, hay cosas que podemos hacer hoy día y que no dependen de tantas cosas para ser resueltas; dependen solo de nuestra voluntad y, por supuesto, de la voluntad del Ejecutivo.

En particular, respecto del proyecto de ley, el derecho que tienen las familias, padres y madres, a acompañar a sus hijos e hijas, cuando estén en un recinto hospitalario o médico, es fundamental.

Como padre, no me puedo imaginar las circunstancias en que al momento de nacer mi hija, no hubiera podido acompañarla en cada instante, pero esa es la norma. En Chile, quien tiene los recursos, quien tiene las redes, podrá elegir un centro de salud que le garantice ciertas prestaciones, que le garantice cierto confort y el que no tenga esos medios, queda expuesto a la buena voluntad del médico tratante, de una enfermera o enfermero. Por lo tanto, este tipo de legislaciones que avanzan en los derechos de las personas y las familias, de todos los tipos de familia, son muy relevantes y hablan del Chile que se está construyendo.

¡Qué distinto habría sido si, en el pasado, la Cámara hubiese estado integrada por más mujeres! Probablemente, estas materias se habrían legislado mucho antes. Gracias a la presión ejercida por la sociedad civil, pero, también, a nuestras compañeras, diputadas y senadoras, es que estos temas se volvieron urgentes. Me parece que hoy avanzaremos aprobando ambos proyectos, lo que es una tremenda noticia para ambas comunidades de mujeres, tanto de la ley Dominga como de la ley Mila. Un saludo para ellas.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Hugo Rey.

El señor REY.-

Señor Presidente, el proyecto de ley, más conocido como ley Mila, establece un estándar especial en relación con el acompañamiento de infantes y dispone un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias.

Es importante destaca lo que señala, en el informe, la impulsora de la ley Mila, acompañamiento digno, la señora Priscila Astudillo, cuya hija fue diagnosticada a los tres meses de una enfermedad crónica degenerativa al hígado, y que está a un mes de recibir un trasplante de órganos.

La madre de Mila señaló que su hija ha sido hospitalizada previamente en muchas ocasiones, a pesar de su corta edad, siendo hospitalizada por primera vez, en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital San Borja, en abril de 2020. En esa ocasión, su madre tuvo que dejarla hospitalizada, sin poder acompañarla, sin tener noticias de su hija durante 24 horas, teniendo en consideración que aún tomaba pecho.

Explicó que esa es la realidad en la mayoría de los hospitales públicos. Asimismo, mencionó que pasaron por muchos procesos y circunstancias que no debiera vivir una madre con su niña, precisando que es muy poco empático el trato en los hospitales públicos hacia los familiares de los niños hospitalizados. Además, agregó que, muchas veces, le negaron acompañarla, incluso, cuando sí se podía.

Comentó, además, que desde que comenzaron el movimiento Acompañamiento Digno, ha recibido muchas denuncias, entre ellas, el caso reciente de una madre, cuyo bebe nació prematuro y a quien solo pudo conocer después de dos semanas, con visitas de 30 minutos una vez a la semana.

Lo anterior ocurre a pesar de que está comprobado de que el apoyo materno, el acompañamiento y la contención de los padres es fundamental para la recuperación de estos niños.

Por último, contó que cuando logró quedarse en el centro asistencial, el acompañamiento no fue digno, ya que durmió en una silla no habilitada para estar sentada durante tanto tiempo. Tampoco existían espacios para poder comer, descansar e, incluso, ducharse, opinando que lo anterior no es solo un beneficio para los padres, sino, también, un derecho, por lo que se necesita urgentemente cambiar esa realidad.

Ese tipo de dolores en padres y familiares, me lo han trasmitido muchas familias de mi distrito y cuando sus hijos son trasladados a otras regiones, el problema se agrava.

Por lo mismo y en apoyo de miles de niños que hoy o mañana necesitarán a sus padres y familiares cerca, votaré a favor.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Karol Cariola.

La señora CARIOLA (doña Karol).-

Señor Presidente, por su intermedio, saludo a todos los presentes, particularmente a las familias que han impulsado el proyecto de ley.

Tal como lo dijo mi compañera Marisela Santibáñez, hay que estar en los zapatos para saber lo que significa para un padre, una madre, una hermana, una abuela o una tía, tener un niño o niña de su familia enfermo o enferma, hospitalizado.

Uno piensa en los niños y niñas, y los imagina corriendo, felices, saltando y jugando. Eso es lo que uno esperaría de los niños y niñas de nuestro país, no que tengan que estar en un hospital, no que tengan que estar gran parte de su vida visitando un hospital cuando padecen enfermedades crónicas, cuando hay enfermedades graves.

Si bien sabemos que eso es tremendamente complejo, más complejo aún es cuando las instituciones se alejan de lo humano y dejan de entender que lo que ocurre en esa sala de hospital, en ese quirófano, en ese box, es algo que los niños nunca jamás olvidarán. ¡Qué cosa más humana poder entregarles a esos niños o niñas, la posibilidad de tener el acompañamiento que más cerca van a sentir!

Como dijo Marisela en su intervención, desde la experiencia que ella misma vivió, el poder entregarles la seguridad de que el medicamento que se les está dando, de que el tratamiento que se les está entregando les va a hacer bien, quitarles el miedo, darles seguridad. ¡Qué mejor que un padre o que una madre para poder entregarle herramientas y tranquilidad a ese niño o niña, que ya está viviendo el dolor, el flagelo y el tedio de una hospitalización!

Por eso, aprobamos el proyecto de ley en la Comisión de Salud. Estoy muy agradecida de los parlamentarios y parlamentarias que pusieron el proyecto en discusión, para canalizar lo que es una inquietud y, también, una necesidad.

Hablamos mucho de los niños y niñas y de cuánto nos preocupan, pero también es necesario que tomemos medidas, para que las instituciones de salud no queden al arbitrio de la buena voluntad del médico o de la enfermera de turno, sino que, efectivamente, el acompañamiento sea un derecho de los padres y de las madres, pero, sobre todo, de los niños y de las niñas.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Mulet.

El señor MULET.-

Señor Presidente, escuchando las intervenciones de los colegas qué duda cabe de que todos vamos a apoyar este proyecto de ley tan importante para el acompañamiento de los menores en situación de hospitalización.

A todos los padres nos puede haber tocado vivir experiencias duras y difíciles con nuestros hijos e hijas en situación de hospitalización y, sin lugar a dudas, la obligación que establece este proyecto de ley, esta moción parlamentaria, es fundamental, pues complementa las normas legales en esta materia y establece este derecho de acompañar, tan importante, precisamente, en momentos tan difíciles, donde fluyen también aquellos aspectos materiales y, muchas veces, aspectos espirituales, que tienen que ver con la relación entre un padre y un hijo, una madre y un hijo o hija, o un niño y su acompañante. Todo eso es muy relevante.

Solo quiero agregar algo que me toca ver siempre como parlamentario de Atacama, ya que esta misma situación, que mis colegas señalan con tanta claridad, incluso con experiencias personales, ocurre cuando uno no está en la ciudad o cerca de su residencia.

Muchos menores de Atacama son derivados a hospitalizaciones a la Región Metropolitana o a Antofagasta o a Valparaíso, a centros especializados, muchas veces, porque la Región de Atacama no tiene todas las especialidades médicas necesarias. Esto es muy común.

Esta situación en el acompañamiento, obviamente, se transforma en más dolorosa, no solo por el hecho del viaje y traslado, sino también por estar lejos, no solo aguardando afuera en una sala de espera, sino, a veces, por encontrarse a cientos, a miles de kilómetros de los seres queridos. De alguna manera, ese dolor y esa distancia hacen más difícil esta situación.

Ojalá, siempre esté presente ese aspecto, y lo quiero decir, porque veo ese sufrimiento, pues cuando hay distancia física, este proceso se hace mucho más duro y mucho más difícil.

Por esa gente, vamos a apoyar este proyecto de ley de acompañamiento, que es tan importante.

Por último, quiero agradecer a la gente que me llamó, que son muchas personas que están detrás de este proyecto de ley: padres, familiares, médicos, la doctora Marcela, en especial, por la preocupación que han tenido una y otra vez, para que esto se transforme en ley.

Conjuntamente, agradezco a los parlamentarios mocionantes, que hacen posible que esta iniciativa esté en tabla, en discusión.

No me cabe la menor duda de que los regionalistas verdes vamos a aprobar este proyecto de ley.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Ricardo Celis.

El señor CELIS (don Ricardo).-

Señor Presidente, este es un proyecto que alguien podría decir que es de sentido común, pero la verdad es que no es así.

Esta iniciativa tiene que ver con que los padres y las madres, cuando sus hijos han estado hospitalizados, se han encontrado con una frontera, un frontón, que no les ha permitido acompañar a sus hijos.

Esto no es en todos los hospitales de Chile. En muchos se han hecho esfuerzos importantes por abordar esta problemática, me refiero al sistema público y algunos del sistema privado, en donde existen fórmulas de acompañamiento.

Obviamente, el sistema de acompañamiento depende del lugar donde esto ocurra, es decir, un aislamiento o una UCI tienen condiciones distintas. Esto fue una discusión en la comisión, que parece relevante, pero, claramente, los sistemas hospitalarios y los sistemas sanitarios tienen que entregar todas las facilidades, para que las madres y los padres puedan acompañar a sus hijos, en una situación tan vulnerable como lo es estar hospitalizado debido a una enfermedad.

Acompañarlos en el posquirúrgico, acompañarlos en los procedimientos, acompañarlos en sus estadías largas, en sus enfermedades oncológicas, etcétera, es una cuestión de humanidad; es humanizar la acción médica, la acción sanitaria; es darle la humanidad máxima a una situación que involucra a todo el personal médico.

Lo anterior, aplica en muchos casos, pero también hay casos en que esto no ocurre, y que institucionalmente tampoco está establecido, por lo tanto, la ley apunta en el sentido correcto.

Por ello, hay que agradecer a las autores y a los autores de la iniciativa, porque justamente apuntan a cómo se pueden generar las mejores condiciones.

No obstante, tengo una preocupación, que manifestaré nuevamente, ya que es la misma que expuse en la comisión. ¿Cuáles van a ser las disposiciones, las acciones, que tomará el ministerio de Salud, cuando haga sus planes preinversionales, para contemplar y considerar que finalmente pueda haber acompañamiento de las madres o de los padres con sus hijos?

Lo mismo ocurre, por ejemplo, con el acompañamiento del parto; salas de parto atiborradas, estrechas, en donde lo ideal sería un acompañamiento en el preparto, pero no se puede hacer. ¿Por qué? Porque no existen las condiciones de infraestructura adecuadas.

Por lo tanto, aquí hay un tremendo desafío de país, para que esto no sea letra muerta, para que esto tenga vida, sea efectivo, permita que haya más dignidad, más humanidad, y posibilite que la acción médica sea más integral, más completa.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado José Miguel Castro.

El señor CASTRO (don José Miguel).-

Señor Presidente, más que intervenir con el discurso que tenía preparado, quiero darme un par de segundos para solicitar a nuestros colegas parlamentarios un gran aplauso para Araceli, para Max, de la “Ley Dominga” y, por supuesto, a Priscila Astudillo y a su hija Mila, de la “ley Mila”, que están presentes en la Sala.

Vaya para ellos un gran aplauso, porque ellos han empujado estas leyes.

-Aplausos.

Muchas gracias, porque quienes tenemos el regalo de ser padres o madres, o personas significativas, sí, personas significativas, como lo son los abuelos, las abuelas, las tías, sin duda no sabemos cómo manejar la situación, cuando vemos dolor en los niños.

Cuando vemos sufrir a un niño, qué no daríamos por evitarles cualquier dolor o sufrimiento. Sufrimos con sus caídas, con sus penas, o cuando los vemos sentirse mal a causa de una enfermedad.

En ese sentido, esta iniciativa, la “Ley Mila”, busca entregar un derecho básico que tienen los niños, que es el derecho al acompañamiento.

Hoy, lamentablemente, algunos establecimientos de salud mantienen una serie de restricciones, para que los padres, madres y personas significativas puedan acompañar a los niños, inclusive, limitando el tiempo o estableciendo una hora de visita al día.

¿Cómo le explicamos a una niña o a un niño que el protocolo de ese establecimiento no permite acompañarlos con lo que ellos necesitan o cómo nosotros queremos hacerlo? Esta situación crece en todo sentido y debe incluir empatía y humanidad.

Finalmente, quiero agradecer en una mención especial a la senadora Marcela Sabat, quien ha liderado con esta bandera de lucha y que ha sido la voz de tantos padres, madres y personas significativas.

Como integrante de la Comisión de Salud, he escuchado testimonios de padres que han sufrido esto con sus hijos.

Como papá, como persona que empatiza con el dolor ajeno, no puedo más que reiterar mi compromiso y mi voto a favor de esta iniciativa.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Cerrado el debate.

- o –

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Corresponde votar el proyecto de ley, iniciado en moción que modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial en relación al acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias.

Cabe hacer presente que el proyecto trata materias de ley simpe o común.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 137 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Aprobado.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda demás aprobado en particular con la misma votación.

Se despacha el proyecto a tercer trámite constitucional.

Ver votación de proyecto de ley en: https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/votaciones.aspx?prmID=14371&prmBOLETIN=13812-11

2.3. Discusión en Sala

Fecha 17 de agosto, 2021. Diario de Sesión en Sesión 68. Legislatura 369. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

ESTABLECIMIENTO DE ESTÁNDAR ESPECIAL PARA ACOMPAÑAMIENTO DE INFANTES Y DE MANDATO GENERAL SOBRE TRATO DIGNO Y RESPETUOSO A ACOMPAÑANTES DE PACIENTES HOSPITALIZADOS O AMBULATORIOS (SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 13812-11)

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 20.584 para establecer un estándar especial con relación al acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, correspondiente al boletín N° 13812-11, del Senado.

Para la discusión de este proyecto se otorgarán tres minutos a cada diputada y diputado que se inscriba para hacer uso de la palabra.

Diputado informante de la Comisión de Salud es el señor Sergio Gahona .

Antecedentes:

-Proyecto del Senado, sesión 144ª de la legislatura 368ª, en miércoles 10 de marzo de 2021. Documentos de la Cuenta N° 3.

-Informe de la Comisión de Salud. Documentos de la Cuenta N° 15 de este Boletín de sesiones.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Rinde el informe de la Comisión de Salud el diputado Ricardo Celis , en reemplazo del señor Gahona .

Tiene la palabra, su señoría.

El señor CELIS (don Ricardo) [de pie].-

Señor Presidente, honorable Cámara, la Comisión de Salud viene en informar, en segundo trámite constitucional y primero reglamentario, sobre el proyecto que modifica la ley N° 20.584 para establecer un estándar especial con relación al acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, iniciado en moción de las siguientes senadoras y de los siguientes senadores: Francisco Chahuán , Guido Girardi , Carolina Goic , Marcela Sabat y Ena von Baer.

La idea matriz o fundamental del proyecto es modificar la norma que regula el derecho a la compañía de los pacientes, estableciendo un estándar especial en el acompañamiento de infantes, disponiendo un mandato general en virtud del cual los centros hospitalarios deberán procurar condiciones dignas y un trato respetuoso a los acompañantes.

En la exposición de motivos de la moción los patrocinantes destacan que una de las críticas más frecuentemente formuladas a los sistemas de salud es la creciente deshumanización de las relaciones entre los intervinientes y el trato que reciben las personas atendidas.

Plantean los autores de la iniciativa que el otorgamiento de un trato pediátrico digno debe contener aspectos específicos, tales como estar imbuido de una visión holística de la humanidad, en que la atención de enfermería está dirigida a satisfacer las necesidades fundamentales del paciente y a reconocerlo como un ser humano que vive del cuidado y crece en el cuidado; el respeto de su individualidad, manifestado en dirigirse a ellos siempre por su nombre; el deber de explicarles, en la medida de su capacidad cognitiva, los cuidados a realizar; el deber de respetar su idiosincrasia y sus características propias; el deber de entregar al paciente y sus familiares información completa, veraz, oportuna, comprensible; el deber de interesarse en que su estancia hospitalaria sea agradable, y el de hacerlo sentirse seguro en la atención que se le está otorgando.

Destacan que en el inciso primero, artículo 6°, de la ley Nº 20.584, sobre derechos y deberes de las personas en salud, se dispone que “Toda persona tiene derecho a que los prestadores le faciliten la compañía de familiares y amigos cercanos durante su hospitalización y con ocasión de prestaciones ambulatorias, de acuerdo con la reglamentación interna de cada establecimiento, la que en ningún caso podrá restringir este derecho de la persona más allá de lo que requiera su beneficio clínico.”. El derecho de los usuarios a tener acceso a una compañía constante se encuentra reconocido, y es una necesidad que, en el caso de los niños y niñas, especialmente en los lactantes, se hace mucho mayor.

Por otra parte, recuerdan que, en 1986, el Parlamento Europeo de Naciones estableció los Derechos del Niño Hospitalizado, recomendaciones que fueron acogidas en la Asamblea General de las Naciones Unidas (Convención sobre los Derechos del Niño) y luego por la Unicef. El Consejo Regional de Santiago del Colegio Médico de Chile las asumiría en septiembre de 1992, con la Declaración de Santiago de Chile, formulada en el Seminario de Derechos del Niño Hospitalizado. Dentro de esos derechos se encuentran el de estar acompañado durante su hospitalización por sus padres o por las personas que los sustituyan, el de tener contacto con sus padres en los momentos de tensión y el de disponer de locales equipados según sus necesidades, entre otros.

Añade la moción que, según la experiencia clínica pediátrica, el beneficio que tiene en la salud de un niño o niña el acompañamiento de su madre, padre o alguien de su familia es ampliamente reconocido. Diversos estudios dan cuenta de la importancia del acompañamiento a los niños en situaciones de hospitalización, concluyendo que la permanencia de la madre junto a su hijo hospitalizado permite mejorar la eficiencia del servicio clínico, atenúa los trastornos psicológicos o psíquicos del niño, disminuye la desnutrición y las infecciones intrahospitalarias, fomenta la lactancia, optimiza el recurso humano, acorta la hospitalización, mejora el rendimiento de las camas hospitalarias y disminuye el costo de la hospitalización. Aunque se puedan presentar dificultades, estas son menores y solucionables, comparadas con trastornos de la dinámica familiar, angustia y ansiedad materna, alteraciones de convivencia y comunicación.

Por otro lado, los autores del proyecto consideran que en el ejercicio de este derecho no se pueden dejar de lado las condiciones en que se encuentran las personas que acompañan a los pacientes. En muchos casos, esas condiciones son totalmente atentatorias contra la dignidad de las personas. En hospitalización de lactantes, solo disponen de una silla para estar junto a sus hijos. Quedan en evidencia las carencias del sistema de salud en cuanto a brindar un adecuado trato al acompañante de los niños o niñas enfermos, así como también en la disponibilidad de infraestructura con la que deberían contar los establecimientos de salud.

Discusión general

En la discusión general propiamente tal se escuchó a la representante de la organización Ley Mila Acompañamiento Digno señora Priscila Astudillo Villagra , quien es una persona, entre muchas, a quien le tocó vivir una situación bastante difícil vinculada con este tema y que, a propósito de ello, ha creado dicha organización para ayudar a regular estos hechos y tender a una mayor empatía hacia quienes están en estas circunstancias. También se escuchó a la senadora Marcela Sabat , una de las autoras del proyecto, quien expuso sobre el mismo; a la subsecretaria (S) de la Niñez del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, señora María Elena Arzola , y a representantes del Ministerio de Salud.

Los diputados y las diputadas integrantes de la comisión consideraron muy importante el tema en tramitación, ya que existe conciencia de la situación que genera esta clase de problemas en la recuperación de los niños, más aún cuando el acompañamiento no es considerado del todo digno.

Se hizo hincapié en diferenciar dos temas -valga la redundancia- que son distintos; por un lado, la infraestructura de los recintos asistenciales, y, por otro, el buen trato que se debe proporcionar por parte de los funcionarios de la salud.

Respecto de la situación covid-19, se consideró importante unificar el protocolo respectivo para que exista una cierta armonía entre los hospitales públicos. A su vez, estimaron relevante el acompañamiento de los niños y niñas sin interferir en el tratamiento médico, haciendo alusión a los derechos y deberes del paciente.

Se consultó al Ejecutivo si existe la disponibilidad para mejorar la infraestructura en los hospitales públicos, a fin de materializar en la práctica una ley de acompañamiento.

Por otro lado, manifestaron su coincidencia con el argumento de la senadora Marcela Sabat , en el sentido de estar en presencia de un proyecto humano, donde claramente es muy difícil no empatizar con estas situaciones y experiencias.

A su vez, se estimó prudente aumentar la edad que se propone en la iniciativa legal, con el objeto de contar con el apoyo emocional y acompañamientos necesarios cuando se está enfrentando una enfermedad, lo que no puede quedar a la buena voluntad del director de un centro hospitalario o del médico de turno, o a la buena disposición de un funcionario.

Asimismo, se hizo alusión a la ley que crea los bancos de leche materna, iniciativa que permite el acceso a la leche materna y acompañamiento por la vía de la habilitación de una infraestructura necesaria para lactantes, norma que, no obstante estar vigente, no se ha materializado aún como política pública, porque requiere de recursos disponibles que hagan posible su implementación, al igual como lo requerirá el proyecto de ley en tramitación, para contar con un adecuado y digno acompañamiento.

Por otro lado, algunos miembros de la comisión esgrimieron que Chile hace mucho tiempo está trabajando en esta política de hospitales amigos de la madre y del niño, por lo que hay bastante experiencia en la materia.

También consideraron muy importante realizar una diferenciación en la categorización de los hospitales, como también respecto de los niños hospitalizados en unidades UCI de las unidades pediátricas normales, pues los contextos son distintos, argumentándose que en muchas ocasiones no se estaría frente a una situación de peligro, sino a una de funcionalidad.

Reflexionaron que cuando se hacen los estudios preinversionales y los diseños hospitalarios, ellos debieran contemplar estos espacios de acompañamiento.

A su vez, se sostuvo que los hospitales de alta complejidad tienen una deuda y obligación en torno a generar una instancia de acogida, teniendo en consideración la visión y misión que los inspiran, donde lo más probable es que esté incluido el buen trato de los pacientes y su entorno.

Se recalcó, por parte de los diputados, que es importante considerar y relevar los derechos de los niños y de sus familias en un momento donde el cuidado físico y emocional es central. El acompañamiento no puede ir vinculado con el nivel socioeconómico de los pacientes o con la buena voluntad de los funcionarios de salud, sino que debe ser permanente y estar incorporado en la cultura y en la humanidad que se aplique al interior de los recintos asistenciales.

Votación en general del proyecto

La comisión, luego de compartir los objetivos y fundamentos tenidos en consideración en la moción, y de recibir las opiniones, explicaciones y observaciones de las personas e instituciones individualizadas precedentemente, y también del Ejecutivo, las cuales permitieron a sus miembros formarse una idea de la iniciativa legal sometida a su conocimiento, procedió a dar su aprobación a la idea de legislar por la unanimidad de los diputados presentes (11 votos a favor).

Votaron a favor las siguientes diputadas y los siguientes diputados: José Miguel Castro , Juan Luis Castro , Karol Cariola , Ricardo Celis , Andrés Celis , Miguel Crispi , Sergio Gahona , Ximena Ossandón , Patricio Rosas , Gustavo Sanhueza y Víctor Torres .

Es cuanto puedo informar.

Finalmente, los insto a aprobar este proyecto de ley.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

En discusión el proyecto de ley. Tiene la palabra el diputado Matías Walker Prieto .

El señor WALKER.-

Señor Presidente, agradezco al diputado y doctor Ricardo Celis por su completo informe.

Por fin vamos a votar en la Sala de la Cámara de Diputados el proyecto de ley que conocemos como “ley Mila”, el cual establece el derecho de todos los niños, niñas y adolescentes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias a ser acompañados en todo momento por su padre o su madre, por quien lo tenga a su cuidado o por una persona significativa, con la única excepción de que se derive de ello un peligro para el propio niño, niña o adolescente u otros pacientes.

La obligación incorporada en la ley que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud indica que los reglamentos internos de los establecimientos permitirán esta compañía.

Todos quienes hemos vivido la dolorosa experiencia de ver a nuestros hijos someterse a una operación o a un tratamiento oncológico conocemos la necesidad de que estos sean acompañados en todo momento por sus padres o por alguien cercano a ellos. Esa compañía es importante ante necesidades básicas, como la de orinar durante un tratamiento de quimioterapia, pero sobre todo el apoyo afectivo y la contención psicológica son muy importantes para niños, niñas y adolescentes que enfrentan un tratamiento oncológico. Es muy complejo enfrentar esta situación en soledad y, particularmente, lo fue durante la pandemia.

La “ley Mila” está inspirada en una niña que enfrentó esta dificultad junto a sus padres. Por eso, queremos que este derecho esté incorporado en la ley que regula los derechos y deberes del paciente.

Aprovecho la discusión de la “ley Mila” para recordar que, en este momento, padres y madres de niños oncológicos están con la senadora Carolina Goic protestando para que se liberen 60.000 millones de pesos destinados a tratamientos de alto costo para pacientes con cáncer, pero que no están incluidos en el GES ni en la “ley Ricarte Soto”. Espero que el gobierno escuche a esos padres y madres y libere esos fondos.

Por supuesto, aprobaremos la denominada “ley Mila”.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Érika Olivera .

La señora OLIVERA (doña Érika).-

Señor Presidente, el proyecto en discusión me hizo recordar a Valentina Maureira , quien falleció un jueves 14 de mayo de 2015. Tuve la fortuna de conocerla y compartir con ella, y fui testigo de su lucha. Valentina no solo luchó contra la fibrosis quística, sino que, desde su cama en el hospital, me hablaba sobre las condiciones que sus padres -Jacqueline y Freddy- tenían que soportar para poder estar más cerca de ella.

Ellos viajaban a diario desde Melipilla hacia Santiago . Era muy triste escuchar de Valentina aquellos relatos; sin embargo, en ellos había fuerza y muchos desafíos por delante. Uno de ellos era que las familias contaran con espacios dignos y adecuados para acompañar a sus hijas o hijos hospitalizados.

Frente a situaciones como las que aborda este proyecto es triste imponer obligaciones legales cuando debería primar el sentido común. Entonces, la pregunta que me hago es: ¿qué tan desconectado se puede estar con el sufrimiento? Eso nos lleva a estar hoy legislando sobre el acompañamiento de infantes.

Uno de los principios con los que nacemos es la dignidad. Aquí se trata de fijar normas que regulen la relación de la madre, padre y seres queridos con el bebé, niño o niña que se encuentre hospitalizado, y, por supuesto, de establecer las condiciones mínimas para que sus parientes puedan contar con lo básico para acompañarlos. El derecho a que los usuarios tengan acceso a una compañía constante se encuentra reconocido y es una necesidad. En caso de los niños y niñas, especialmente lactantes, ello se hace mucho más necesario, pues ellos no dependen de sí mismos.

En mayo de 1986, el Parlamento Europeo estableció la Carta Europea de los Derechos de los Niños y las Niñas Hospitalizados, recomendaciones que fueron acogidas en la Asamblea General de las Naciones Unidas y, luego, por la Unicef. El Consejo Regional Santiago del Colegio Médico de Chile las asumiría en septiembre de 1992 con la Declaración de Santiago de Chile, formulada en el Seminario de Derechos del Niño Hospitalizado. Dentro de los derechos se encuentran el de estar acompañado por los padres o por las personas que los sustituyan durante su hospitalización; el derecho a contactar con los padres en los momentos de tensión, y el derecho a disponer de locales equipados según sus necesidades, entre otros.

Señor Presidente, llamo a votar favorablemente este proyecto, para dar la dignidad que merece a todo niño, niña y persona que está hospitalizada.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el ministro de Salud, don Enrique Paris .

El señor PARIS (ministro de Salud) [vía telemática].-

Señor Presidente, por su intermedio, saludo a los diputados y diputadas presentes y conectados telemáticamente.

En primer lugar, quiero agradecer la posibilidad de hacer uso de la palabra. Destaco el excelente informe emanado de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, leído por el diputado Ricardo Celis . Creo que es un informe completísimo, muy bien elaborado. Da gusto escuchar informes de ese calibre, por lo que reitero mis felicitaciones al doctor Ricardo Celis . En segundo lugar, quiero recordar que los autores de este proyecto son las senadoras señoras Von Baer , Sabat y Goic , y los senadores Girardi y Chahuán . También quiero recordar a la gestora social de la iniciativa, la señora Priscila Astudillo -espero que desde algún lugar esté observando esta sesión o se encuentre presente en las tribunas-, gran impulsora de este proyecto. Asimismo, destaco a la señora Patricia Muñoz , defensora de la Niñez -no sé si está presente-, quien ha tenido un interés especial en la iniciativa.

Antes de leer lo que tengo preparado quiero retomar algunos de los temas mencionados por el diputado Celis . El que más me llama la atención -obviamente, el mismo nos debe preocupar- es el de la deshumanización en la atención médica y, en general, la crítica social a la profesión médica por parte de los actores de la sociedad. Eso lo subrayó hace muchos años el doctor Alejandro Goic Goic en su libro El fin de la Medicina, donde justamente se destaca el problema de cómo la atención médica, en general, se ha ido deshumanizando.

Por lo tanto, debe haber un llamado de atención a las facultades de Medicina y a las facultades de todas las áreas de ciencias de la salud, en el sentido de que se debe incorporar en la malla curricular de las escuelas que dan formación en salud cursos potentes de ética, cursos potentes de humanización, cursos potentes que enseñen que debemos respetar al ser humano en toda su integridad, con mayor razón cuando está enfermo y, también, a los acompañantes de los enfermos.

En 1992, siendo presidente del Colegio Médico Regional Santiago el doctor Ricardo Peña , a quien quiero recordar, el Colegio Médico, con una visión de futuro, dio a conocer su postura sobre el tema que estamos tratando. De igual forma lo hizo la Organización de las Naciones Unidas. Por lo tanto, Chile se suma a lo que ya se estaba discutiendo hace mucho tiempo.

Cuando se atiende infantes, niñas y niños, es de suma importancia que no se sientan solos, con temor o incertidumbre. Por lo mismo es que, por medio de este proyecto de ley, se establecerá que todos los reglamentos internos de los establecimientos de salud deberán permitir que los infantes, niños, niñas y adolescentes sean acompañados por sus padres o por quienes los tengan a su cargo. Junto con esto, se reconoce el derecho de las mujeres a no estar solas durante el trascendental momento del trabajo de parto.

Por lo anterior, este proyecto de ley otorga un marco que permite a los infantes, niños, niñas y adolescentes, tratarse en un ambiente protegido para ellos, atendiendo el principio del interés superior de la niña o del niño, garantizando un derecho que ya estaba consagrado en el artículo 6° de la ley N° 20.584, que establece el derecho a la compañía de familiares y amigos cercanos durante la hospitalización y con ocasión de prestaciones ambulatorias.

En este punto, quiero reforzar algo que dijo el diputado Celis , materia que hemos conversado con varios parlamentarios: los nuevos hospitales deben ser construidos pensando en que los niños, niñas, adolescentes y mujeres en trabajo de parto deben estar acompañados. Vamos a requerir fondos, para que los hospitales antiguos tengan un proceso de adaptación para ampliar las salas, de modo que estén de acuerdo con lo que señala este proyecto de ley que permite el acompañamiento. Desgraciadamente, en el pasado esto no ocurrió. Obviamente, esto no puede ser inmediato; estamos preocupados por eso y por ello lo hemos conversado.

El doctor Celis dijo algo muy importante: cuando el niño está acompañado, sobre todo cuando el prematuro está acompañado; cuando la madre puede entrar a la sala de prematuros y hacerle cariño a un niño, crece más rápido, engorda más rápido, tiene menos infecciones y tiene menos problemas neurológicos. Por lo tanto, se sabe que el acompañamiento, en este caso, es fundamental, no solo para sanar al niño más rápido, sino para que se recupere más rápido y tenga menos problemas de índole neurológico o psíquico.

De todas maneras, no solo se garantiza la posibilidad de que sean acompañados, sino que se establece un estándar de dignidad y respeto a tales acompañantes, generando las condiciones básicas para su estadía y propiciando que se les entregue toda la información a los padres en forma comprensible, tema respecto del cual muchas veces fallamos. Ustedes deben saber que la mayoría de los problemas médico-legales se relacionan justamente con la mala relación médico paciente o la mala comprensión que tienen los padres o acompañantes cuando se les entrega información.

Respecto de las condiciones de los acompañantes, el Ministerio de Salud deberá, en un plazo de 8 meses, contados desde la publicación de la ley, redactar la norma técnica referida a la implementación de tales condiciones para crear recintos hospitalarios.

En conclusión, como Ministerio de Salud y como ministro, recomendamos aprobar este proyecto de ley, pues garantiza que niños, niñas, adolescentes y mujeres en trabajo de parto, puedan atenderse en compañía de personas de su confianza, las cuales tendrán las condiciones necesarias para cumplir su estadía, y la información completa sobre el diagnóstico y el tratamiento de la persona a quien acompañan.

Agradezco, una vez más, al diputado Celis por el excelente informe a que ha dado lectura.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la ministra de Desarrollo Social y Familia, doña Karla Rubilar .

La señora RUBILAR, doña Karla (ministra de Desarrollo Social y Familia) [vía telemática].-

Señor Presidente, por su intermedio, saludo a todos los honorables diputados y diputadas de esta Corporación, en particular a los miembros de la comisión y al diputado Celis , que acaba de informar el proyecto.

En primer lugar, quiero dar las gracias y reconocer, partiendo por las senadoras y senadores, el trabajo realizado en la Comisión de Salud. Tal como señaló nuestro ministro de Salud, don Enrique Paris , a quien aprovecho de saludar, han sido las senadoras Sabat , Goic y Von Baer , y los senadores Girardi y Chahuán quienes han tomado un liderazgo muy importante en esta materia.

En particular, debo agradecer a la presidenta de la Comisión de Salud del Senado, Carolina Goic , y a los demás integrantes de la comisión, primero, por la celeridad que tuvieron para debatir un proyecto tan humano y tan necesario como es el acompañamiento a una hija o a un hijo que se encuentra hospitalizado.

Como dijo la senadora Marcela Sabat , a quien debo hacer un merecido reconocimiento por la gran labor que ha realizado en todo este proceso legislativo, junto con Priscila Astudillo , una gran mujer y madre de Mila, este proyecto nace a solicitud de muchas madres de diferentes regiones del país que han vivido la angustia de no poder acompañar a sus hijos mientras están hospitalizados, lo que se ha visto agravado por la aplicación de los protocolos en materia de covid-19, los que, si bien han sido tremendamente necesarios, han producido una separación muy compleja.

Es importante hacer esos reconocimientos, porque proyectos como la futura “ley Mila”, al ser tratados con celeridad, dan a las madres y a las familias la respuesta de que su esfuerzo y su trabajo valen la pena.

Hoy se vota uno de esos proyectos que nacen de la ciudadanía, de esas leyes ciudadanas, en este caso de madres y padres que, además de sentir el dolor de tener un hijo hospitalizado, sienten el angustiante dolor de no poder acompañarlo. Este proyecto no ha sido pensado para que ellos puedan sobrellevar lo que han vivido, sino para lo que viene: que ese dolor no se traspase a otros niños y niñas, y a sus familias.

Como Ministerio de Desarrollo Social y Familia, debemos hacer todos los esfuerzos necesarios para que esas situaciones tan dolorosas y angustiantes sean vividas con menores trabas para el acompañamiento de la familia y con la mayor dignidad posible, pues el hecho de estar acompañados por los seres queridos es un derecho básico y una garantía de cualquier niño y niña.

Por eso, también agradezco a los miembros de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, quienes entienden que este acompañamiento es indudablemente humanitario y, como dijo el ministro de Salud, doctor Enrique Paris , quien es pediatra, tremendamente beneficioso para los niños y niñas, pues produce efectos positivos para su salud.

Todos quienes somos madres y padres sabemos que mientras más tiempo pasamos cerca de nuestros hijos, mientras más demostraciones de cariño les damos, cuando más les hablamos y los acariciamos, mientras mayor presencia tienen de nosotros, ellos mejor van a estar, y así lo indican los resultados: mientras más presentes están los padres y madres, se reducen los tiempos de hospitalización, se reducen las posibles complicaciones físicas secundarias, se fortalece el desarrollo integral de los niños -psicomotriz, psicoemocional y alimentario-, así como también se recuperan más rápido cuando han perdido peso y también mejora su tono muscular y todo su neurodesarrollo general.

Por lo tanto, con este proyecto de ley buscamos garantizar dos temas en particular: que los niños y niñas puedan estar siempre acompañados y que sus madres y padres puedan estar siempre con ellos, que a nadie se le niegue la garantía de acompañar a sus hijos o hijas. Vimos los beneficios de la “ley Sanna” en momentos tan difíciles y complejos, y ahora veremos los de la futura “ley Mila”.

Pero, además de garantizar el acompañamiento -como muy bien señaló el ministro, en este punto es fundamental el apoyo del Ministerio de Salud-, este se debe realizar en la forma más digna posible. La realidad que han vivido muchos padres y madres que han tenido un hijo hospitalizado es desgastante. Muchas madres deben dormir en una silla por días, semanas y hasta meses, sin relevo y sin descanso; muchas no cuentan con un baño o una ducha; muchas no tienen un lugar donde comer o, peor aún, tienen que dejar a sus niños llorando o comer lo más rápido posible.

Debemos reconocer el enorme esfuerzo de los funcionarios y funcionarias de salud, a los cuales les agradecemos su labor, pero la verdad es que un padre y una madre son irreemplazables.

También agradezco la labor en esta materia de la defensora de los Derechos de la Niñez, Patricia Muñoz , con quien hemos trabajado mancomunadamente junto con la subsecretaria de la Niñez, Blanquita Honorato .

Espero que hoy se apruebe por unanimidad este proyecto que busca consagrar un derecho, cual es permitir que los padres, las madres u otra figura relevante puedan acompañar en condiciones dignas a los niños, niñas y adolescentes hospitalizados.

Por eso, agradezco a todos y cada uno de los parlamentarios comprometidos con esta materia, con que la niñez no sea invisible, sino que sea lo más visible posible. Muchas gracias.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Sergio Gahona .

El señor GAHONA.-

Señor Presidente, el proyecto en discusión, al igual que el proyecto de “ley Dominga”, nace a partir del testimonio de personas que se han visto enfrentadas a la cara más ingrata y cruda de nuestro sistema de salud.

Es así como escuchamos relatos de situaciones realmente inaceptables: la prohibición de que una madre acompañe a su hija lactante en su primera hospitalización, los obstáculos para que los padres puedan conocer y estar con su hijo prematuro, o que se les haga dormir en una silla de colegio o, incluso, en el suelo en los pocos casos en que se permite acompañar a un menor. Los padres o cuidadores tampoco cuentan con lugares donde cambiarse de ropa, descansar o ducharse, lo que precariza aún más la situación que viven quienes acompañan a un menor hospitalizado.

El proyecto de ley establece ciertas restricciones en los casos de peligro de la salud de niños, niñas y adolescentes, y de algunos otros pacientes, especialmente en esta situación de pandemia. Quiero dejar claro que ojalá esto no se emplee como una excusa para impedir que los derechos de acompañamiento que establece esta futura ley sean cumplidos cabalmente.

Si bien la ley de derechos y deberes de los pacientes hoy reconoce el derecho a toda persona hospitalizada a contar con el acompañamiento de su familia y amigos cercanos, nuestra legislación se queda bastante corta al momento de abordar la situación específica de los niños, niñas y adolescentes, quienes, por su edad, requieren estándares especiales de cuidado y atención. Diversos estudios han demostrado que la hospitalización genera en los niños altos niveles de estrés, producto de la adaptación a un nuevo entorno y a la separación de sus padres y familias. En consecuencia, se ha comprobado que el tiempo de recuperación de los niños acompañados por sus padres es significativamente menor, al disminuir dichos niveles de temor y estrés. Eso demuestra que este proyecto es esencial en miras del interés superior de niños, niñas y adolescentes, procurándoles condiciones que propicien su pronta recuperación, con la mayor tranquilidad posible y el apoyo de sus cercanos.

Finalmente, nada de lo anterior logrará hacer una diferencia significativa si no contamos con una política de Estado en esta materia, que trascienda los gobiernos de turno y que tenga como hoja de ruta velar por el máximo bienestar de los niños, niñas y adolescentes hospitalizados y sus respectivos acompañantes.

Por ello, insto a todos los aquí presentes -diputados, diputadas y representantes del Ejecutivo- a que, con el mismo espíritu de consenso con que se tramitó esta iniciativa, mejoremos la infraestructura hospitalaria y el acceso a insumos y capacitación, de manera que generemos todas las condiciones para que esta futura ley sea una realidad concreta y nuestros niños, niñas y adolescentes estén debidamente acompañados en toda hospitalización.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Patricia Rubio .

La señora RUBIO (doña Patricia).-

Señor Presidente, con el pasar de los años, los especialistas en infancia y en pediatría nos han dado a conocer la importancia del apego desde los primeros instantes de la vida de los niños y niñas.

La Sociedad Chilena de Pediatría señala que el apego es una urgencia biológica innata tan importante para la supervivencia de la especie como la procreación o la alimentación.

Entonces, me pregunto por qué los niños y niñas, que más apego necesitan, son impedidos de llevarlo a cabo por reglamento o protocolo de los hospitales o clínicas. ¿Acaso los funcionarios de esas instituciones no son quienes mejor deben entender que este tipo de relación reforzada aporta significativamente al bienestar de la salud física y emocional de esos niños y niñas, y no solo de ellos, sino también de su entorno más próximo, como sus madres, padres o cuidadores?

Ha sido doloroso e indignante ver una fotografía denunciando que en un hospital una madre ha debido permanecer apoyada en la cama de su hijo o hija, apenas sentada en una silla, en deplorables condiciones, velando su sueño. ¿Quién no se preocupa cuando un hijo se enferma? Yo me pongo en el lugar de esas madres que solo quieren acompañar y atender a sus hijos en los peores momentos. No hablamos de simples resfríos, sino de enfermedades que requieren largas estadías en los centros hospitalarios. La mayoría de las veces se trata de familias que vienen desde regiones hasta la capital, porque en Santiago es donde están los especialistas. Ahí entramos en otro tema, que es la falta de especialistas, sobre todo en regiones.

Me alegra enormemente que se esté abriendo una nueva puerta a esos padres y madres, con mejores condiciones para realizar un acompañamiento digno a sus hijos enfermos. Me alegra enormemente que el bien superior de los niños y niñas sea el que se impone hoy en esta Sala. Mi voto será a favor, porque los niños y niñas chilenos no pueden seguir esperando en ningún aspecto, y este es un gran paso hacia la dignidad y los derechos de los niños y niñas, sobre todo de los de regiones.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Patricio Rosas .

El señor ROSAS.-

Señor Presidente, este proyecto sobre acompañamiento infantil especial, llamado “ley Mila”, por la gestora social que llevó adelante esta causa, Priscila Astudillo , madre de Mila y que dio origen a esta iniciativa, da cuenta de una práctica que creo que debe ser imitada por muchas mamás, por muchos pacientes y por muchas ciudadanas y muchos ciudadanos que sienten que en el servicio público debe cambiar alguna práctica. Y es verdad: para ser mejores necesitamos que quienes ven cómo los atiende el servicio público vayan aportando su opinión a través de ideas de proyectos, de ideas de mejoras. Porque para ser un mejor país también necesitamos siempre escuchar la participación de las personas en la realidad.

Por eso, quiero destacar que este proyecto tiene mucho de humanidad y mucho de cercanía. Es muy necesario que veamos la importancia que tiene el apego, el vínculo, y cómo aumenta la velocidad de recuperación de los niños cuando los padres están acompañándolos en su trance en la hospitalización, a veces prolongada, a veces corta; pero es importante que estén.

Se dio un paso importante hace varios años con el programa Hospital Amigo, una estrategia que implementó las visitas prolongadas en los hospitales y que constituyó un cambio cultural. El que plantea el presente proyecto es otro cambio que necesitamos que se haga para la atención pediátrica hospitalaria. Necesitamos como país mejorar la calidad de atención de los pacientes en el sector pediátrico, porque eso va a garantizar la mantención del apego, la mejoría del vínculo y la velocidad de su recuperación.

Por eso, voy a apoyar este proyecto -espero que toda la Cámara lo apoye en forma unánime-, en su primer trámite, y espero que, ya que tiene el respaldo del Ejecutivo, se le otorguen los recursos necesarios para que se programe mantener esta política en el tiempo. Una de las críticas que se hicieron al programa Hospital Amigo y a las visitas que se empezaron a realizar en esa época fue que con el tiempo los recursos para mantener los sillones, las sillas y el espacio adecuado para los acompañantes de los pacientes se fueron restringiendo, se fueron disminuyendo y fueron desapareciendo.

Por eso, hoy queremos que se garanticen los recursos para que sea una estrategia de política pública que se prolongue en el tiempo y que no sea solo de unos pocos años hacia adelante.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Raúl Leiva .

El señor LEIVA.-

Señor Presidente, existen pocos proyectos de ley como este, que tal vez no son tan grandilocuentes o no generan tanta reforma, pero ¡por Dios que mejoran la calidad de vida de aquellas familias que padecen el sufrimiento de sus hijos o sus hijas! El ser capaces de acompañarlos en un tratamiento complejo no solo es parte de la recuperación, sino también de la vida en familia.

Lamentablemente, hemos visto muchos casos de niños o niñas que se encuentran internados, hospitalizados, con tratamientos complejos, sin la asistencia y el apoyo fundamental de su padre o su madre. Por eso, poder regular este acompañamiento digno, que no solo da dignidad al momento más complejo de una familia, como es el tener un niño enfermo o una niña enferma, sino que da la posibilidad a esa madre de vivir ese dolor junto a su hija y ser capaz de entregarle ese apoyo fundamental que solo el cariño y el amor de una madre o de un padre puede otorgar, merece la aprobación unánime de esta Sala.

Quienes tenemos niños o niñas, sabemos lo complejo que es asistir a algún procedimiento por simple que sea, pero aquellos padres o madres que se han desvivido por salvar la vida de un hijo o una hija en un recinto hospitalario, sin ninguna atención mínima, sin ninguna comodidad, es algo que parte el alma.

Por eso, este tipo de proyectos de ley, que mejoran las condiciones y la calidad de vida de muchas familias del país, merece atención y merece el apoyo.

Por lo tanto, de todas maneras, vamos a votar a favor este proyecto.

He dicho.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Marisela Santibáñez .

La señorita SANTIBÁÑEZ (doña Marisela) .-

Señor Presidente, por su intermedio agradezco las palabras del diputado Raúl Leiva , quien me antecedió en el uso de la palabra.

Curiosamente, restaurar el acompañamiento de niños, niñas y adolescentes durante la hospitalización, devolviendo la dignidad que merecen, facilita las condiciones para una pronta recuperación. Al mismo tiempo, requiere una autoridad sanitaria que aporte nuevos recursos para mejorar las condiciones de infraestructura y los recursos humanos sobre la base de los cuales se produce el acompañamiento en los establecimientos de salud.

Tengo una minuta para intervenir y agradezco enormemente al equipo que la elaboró, pero cuando uno tiene la experiencia -sé que hay diputados que dicen que acá se cuentan historias lindas y a veces historias tristes-, puede darla a conocer, sin querer emocionar a nadie. Simplemente, quiero decir que el citófono que tiene la UCI del hospital San Juan de Dios, en mi caso, debe ser el lugar en donde uno más ha llorado. Aparte de llorar al lado de su hijo o de su hija, ese es el citófono en donde uno les suplica a las enfermeras o al jefe de la UCI que te dejen entrar en los tiempos en que no se puede, porque están establecidos y son acotados. Porque toda tu familia quiere entrar: quiere entrar la abuela, el abuelo, el hermano, el tío, el padre y la madre para estar ahí.

Señor Presidente, son las horas más terribles. Son esas horas en que despertaste con tu hija. ¿Quién mejor para dar el medicamento a su hijo que la mamá o el papá, que lo convencen de que eso lo va a sanar, de que se puede salvar de esos microbios que se metieron en su cuerpo, de que se puede zafar de esa cosa extraña que la está comiendo por dentro, con una palabra linda o contándole una historia?

En este caso, la niña que estuvo cuarenta días no pudo zafar, no pudo salir de ahí. Entró a ese hospital y esa fue su última morada, su última casa, su último lugar. Se la disfrazamos. Los padres y madres hacen eso en este país: le disfrazan ese lugar frío, con manitos que le mandan los compañeros, con dibujos que le mandan los primos, con todo lo que pueda significar un repunte ante su enfermedad. Pero cuando eso no pasa, es que tenemos que legislar más allá de la razón.

Hace diez años, si esta ley hubiese estado en discusión, yo habría podido estar más minutos con mi hija, y así muchas madres y muchos padres del país.

Es por ellos, es porque ese trato solo lo puede dar una madre y solo lo puede dar un padre, que esta bancada va a aprobar este proyecto de ley, sin querer emocionar a nadie, sino simplemente trayendo la voz de los sin voz al Congreso Nacional.

He dicho.

-Aplausos.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Ximena Ossandón .

La señora OSSANDÓN (doña Ximena).-

Señor Presidente, en el fondo, el objetivo de este proyecto de ley es modificar la ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud. Y lo que hace es introducir una norma nueva que regula el derecho a la compañía de los pacientes, estableciendo un estándar distinto para todos los infantes, niños, niñas y aquellos adolescentes menores de 14 años de edad. Debemos entender que en medicina a partir de los 15 años de edad se consideran adultos.

Además, la iniciativa dispone un mandato general en virtud del cual los centros hospitalarios deben procurar condiciones dignas y un trato respetuoso a los acompañantes. Toda persona tiene derecho a que los prestadores, en este caso, los hospitales, faciliten la compañía de familiares y amigos cercanos durante su hospitalización y también con ocasión de alguna prestación ambulatoria, por supuesto de acuerdo con la reglamentación interna y el padecimiento que sufra el paciente. Pero en ningún caso se puede restringir el derecho de la persona más allá de lo que requiera su beneficio clínico.

En efecto, es un derecho que los usuarios tengan acceso a una compañía constante, necesidad que el presente proyecto reconoce.

Cabe señalar que, en el caso de los niños y las niñas, y especialmente en el caso de los lactantes, se hace mucho más necesaria la compañía, sea de la madre, del padre, del cuidador o de una persona significativa para el paciente.

Se discutió muchísimo sobre el significado y alcance del concepto “persona significativa”, respecto del que se estableció que este se circunscribe a los pacientes capaces de señalar quién es la persona que quieren que los acompañe.

Según los estudios, la permanencia de la madre junto a su hijo hospitalizado, como bien lo señaló la diputada Marisela Santibáñez , tiene grandes beneficios. Entre otros, permite mejorar la eficiencia del servicio clínico, atenúa todos los trastornos psíquicos del niño, disminuye la desnutrición y las infecciones intrahospitalarias, fomenta la lactancia, optimiza el recurso humano, acorta la hospitalización, mejora el rendimiento de las camas hospitalarias y disminuye el costo de la hospitalización. Aunque puede haber algunas dificultades, estas son menores y absolutamente solucionables. En el fondo, tenemos que hacer realidad el hospital amigo; debemos logar que este se sienta.

Finalmente, agradezco el apoyo que el Ejecutivo brindó a este proyecto, pero se necesitan más recursos. Además, agradezco a los hospitales y a los centros de salud que han detectado esta necesidad y que se están haciendo cargo del problema.

He dicho.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Luis Rocafull .

El señor ROCAFULL.-

Señor Presidente, en primer lugar, quiero agradecer el testimonio de la diputada Marisela Santibáñez . Creo que lo que ella dio a conocer encarna la desesperación de muchas madres, de muchas familias, de muchos padres que viven esos momentos de angustia tan terribles.

En el marco de la discusión del presente proyecto, no puedo dejar de mencionar dos casos emblemáticos, uno de ellos ocurrido en la Región de Arica y Parinacota, a la que pertenece el distrito que represento.

El primer caso es el de una menor de dieciséis años de edad, quien fue internada por un problema psiquiátrico y se quitó la vida. Tal vez lo que la llevó a tomar esa decisión fue la desesperación de haber sido privada de ver a su madre por más de veinte días, de no poder estar con su madre, con su padre y con los suyos en un momento tan complicado y complejo como lo es el que afecta a una persona que es internada por padecer una enfermedad mental.

El segundo caso que quiero mencionar es el de una menor de siete meses de edad que estaba internada, a quien su madre la encontró en un estado no muy adecuado, con algunas heridas por haber sido amarrada a la cuna y sucia con vómito, lo cual se pudo haber evitado si hubieran estado los padres o la madre.

Digámoslo: nosotros los hombres debemos asumir que cualquier criatura, cualquier niño o niña, en momentos tan complicados, sobre todo de enfermedad, obviamente quiere estar al lado de su mamá. ¡Qué mejor medicamento que estar con su madre! Los niños y las niñas pueden quedar con secuelas por esta soledad, por este clima inhóspito, a pesar de que sé que muchas personas del hospital, funcionarios y funcionarias, hacen lo imposible por satisfacer los requerimientos del paciente. Hoy, la pandemia nos ha mostrado lo terrible que ha sido para muchos papás y muchas mamás tener a sus hijos internados en un establecimiento de salud.

Por lo tanto, felicito a los autores de este proyecto, el que esperamos que sea aprobado por unanimidad.

Necesitamos humanizar, tener más empatía, unir las diferentes intenciones y, sobre todo, no cortar vínculos tan importantes, tan trascendentales para la crianza y la formación de cualquier niño.

En momentos tan complicados como una enfermedad es fundamental que los niños estén al lado de su madre, lo cual mejorará su salud rápidamente, porque la compañía materna ayuda en todo sentido.

Por las razones señaladas, doy todo mi apoyo a esta iniciativa, la que, reitero, espero que sea aprobada por unanimidad.

He dicho.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Maite Orsini .

La señorita ORSINI (doña Maite) .-

Señor Presidente, hace algunos días, nuevamente las madres de Chile vieron con horror lo que le ocurrió a una niña recién nacida en un hospital, en una escena que solo puede ser catalogada como de tortura. Una pequeña de solo siete meses de edad aparecía en videos amarrada de brazos y piernas, videos que se hicieron rápidamente virales por su brutalidad.

La historia que relató la madre de la pequeña es triste, dolorosa, pero es necesario enterarnos de las vulneraciones a las que está sometida la temprana niñez en Chile y de la hipocresía con la que se suele fomentar que las mujeres traigamos hijas e hijos a un mundo que no está preparado para recibirlos. Si no, ¿cómo podemos entender que no se permita a una madre o a un padre visitar a su hija hospitalizada? ¿Cómo se pude entender que una niña quede afónica de tanto llorar en un hospital o que una menor de siete meses termine con llagas en sus manos por haber sido amarrada a su cuna?

Algo similar le pasó a Mila, el caso que llamó la atención sobre la necesidad de legislar sobre el particular, quien, solo unos meses después de nacer, tuvo que vivir un postoperatorio sin más compañía que la de su madre durante una hora al día, ¡una hora al día!

Para Mila y muchas otras niñas y muchos otros niños recién nacidos, lo descrito tiene consecuencias terribles. Por ejemplo, se les corta la lactancia, con todas las consecuencias que ello tiene para su integridad, y se les corta el apego, pues las madres quedan del otro lado de la puerta del hospital, desconociendo totalmente las condiciones en que se encuentran sus hijos o hijas.

Cuando a la madre de Mila por fin se le permitió dormir con ella, tuvo que hacerlo en una silla de colegio, escuchando cómo lloraban muchos otros niños y muchas otras niñas recién nacidos, los que estaban reclamando por sus padres y madres.

Por todo esto, el denominado proyecto de “ley Mila”, iniciado en moción de la senadora Marcela Sabat , es tan importante.

Cada hospital tiene hoy un protocolo distinto, que puede implicar situaciones como las que acabo de describir, situación que no puede seguir ocurriendo.

Por eso, el proyecto busca homogeneizar el trato a las y a los acompañantes, así como garantizar el derecho del menor o de la menor a ser acompañado.

Asimismo, en los casos de trabajo de parto, hay que garantizar que una persona acompañe a quien está dando a luz.

En ambos casos, el hospital tendrá que dar un trato digno al acompañante o a la acompañante.

Hay circunstancias en las que el contacto físico es difícil, pero el cuidado es, al mismo tiempo, indispensable para todos y todas, principalmente para los recién nacidos o nacidas.

Por eso, nos urge que este proyecto sea aprobado hoy y que llegue pronto a ser ley.

He dicho.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra el diputado Jorge Sabag .

El señor SABAG.-

Señor Presidente, el presente proyecto es una respuesta directa a los frecuentes reclamos que hacen las personas, de los sistemas de salud pública o privada, por la deshumanización con la que son tratados los enfermos, las enfermas y sus familiares, especialmente cuando se trata de menores de edad.

La propuesta modifica la ley N° 20.584, relativa a los derechos y deberes de los pacientes, para establecer un estándar especial en relación con el acompañamiento de los niños y niñas que reciben atención médica, ya sea que estén hospitalizados o sometidos a tratamientos ambulatorios, además de establecer exigencias en el trato digno y respetuoso de los acompañantes, ya sean los padres o un adulto responsable, y de brindar el apoyo emocional que el menor requiere.

Valoro las palabras del ministro de Salud, quien señaló que los nuevos hospitales están contemplando en su diseño el acompañamiento a los hijos y las hijas que se encuentren enfermos. Tal es el caso del hospital de Chillán, en construcción, el que contempla un centro oncológico con un centro de hospedaje para los padres que deben viajar desde las comunas aledañas.

Valoramos el proyecto, porque es una iniciativa tremendamente humana, como señaló la diputada Marisela Santibáñez , que se basa en el reconocimiento de la importancia que tienen las demostraciones de afecto y cariño en el proceso de recuperación de la salud de los niños y niñas, y apunta a brindarles una atención integral que no se limite al tratamiento de los síntomas, sino que considere al paciente como una totalidad, en que la confianza y el apoyo se convierten en aspectos esenciales para su mejoría.

Por otro lado, el proyecto da cuenta de la situación de malos tratos que puedan afectar a los acompañantes, a quienes habitualmente no solo no se les informa en detalle sobre la evolución del paciente, sino que además se les trata como un estorbo al que apenas se le proporciona una silla para que acompañe al enfermo por horas, e incluso durante las noches.

Dentro de los derechos que se reconocen mediante esta propuesta se encuentra el derecho a la compañía, el derecho del menor a contactar a sus familiares cuando el tratamiento le represente una situación de tensión, y el derecho a disponer de los locales equipados según sus necesidades, recogiendo así la experiencia de otras naciones, principalmente de Europa, donde ya existe la legislación correspondiente.

Desde la bancada de la Democracia Cristiana anuncio que aprobaremos este proyecto, que es tremendamente humanizante y que tanto necesita hoy día nuestro sistema de salud.

He dicho.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Alejandra Sepúlveda .

La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-

Señor Presidente, a uno le cuesta un poco entender que se tengan que hacer estos proyectos de ley, porque debería ser una cuestión de lógica, de criterio, algo obvio que un niño o una niña, sobre todo si se trata de un lactante, siempre debe estar acompañado por su madre y no solo si se requiere. Entonces, cuesta entender que tengamos que hacer un proyecto para que eso ocurra, cuando en un hospital, en un centro de salud debería primar precisamente esa lógica y ese criterio: para que ese lactante o ese niño se recupere mejor necesita tener al lado a su madre para que le den los cuidados habituales, normales, pero también por una cosa afectiva necesaria. Para recuperar su salud, un niño o una niña necesita el apego paterno, materno, con quien corresponda.

Recuerdo a muchas madres, y me incluyo en esto, cuya lactancia se cortó precisamente porque no teníamos cercanía con determinado hijo o hija. Ello significa no poder amamantar a tu hijo o hija, no entregarle la leche materna, que es la más importante, para su recuperación, pero además el lazo afectivo, emocional que se produce con él o ella. Por eso es tan importante y absolutamente necesaria esta iniciativa. Pero me hubiera gustado que esto fuera más bien de criterio y realismo para que las cosas puedan funcionar.

Es muy importante que se entienda este binomio, que no se puede separar, entre los hijos y los padres y madres, que permite una recuperación de la salud mucho más rápida en los menores de edad.

Si se necesita una ley, aquí estamos: aprobaremos el respectivo proyecto; si se necesitan mandatos generales especiales para un trato digno y respetuoso, los haremos. Sin embargo, quiero apelar al criterio, a la capacidad de ponernos de acuerdo y de entender que los procesos de sanación, tanto del cuerpo como del alma, obligatoriamente, necesitan este apego permanente.

En consecuencia, sin duda, la Federación Regionalista Verde Social votará a favor este proyecto.

He dicho.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Camila Vallejo .

La señorita VALLEJO (doña Camila) .-

Señor Presidente, sin lugar a dudas, uno podría catalogar este proyecto como uno de aquellos proyectos humanizantes del trato en materia de salud, el cual es muy importante tramitar en nuestro Congreso Nacional, pero, sobre todas las cosas, también como uno de aquellos proyectos que no se sostienen solo con la voluntad del Parlamento, sino que requieren el apoyo decidido en materia de recursos y de capacidades de implementación del Poder Ejecutivo y los servicios de salud correspondientes, en este caso, para el acompañamiento a niños y niñas, a lactantes, por parte de sus familiares.

Estos procesos son muy angustiantes para las familias: para los niños, niñas y adolescentes, para los lactantes y también para los padres y madres. Sabemos que cuando se hospitaliza a niños, obviamente la necesidad de acompañamiento no es solamente de los padres y madres, sino también de esos menores, porque las intervenciones, el pasar días en los hospitales les genera un menoscabo, una angustia y, además, una necesidad de mantener un mayor vínculo con aquellas personas que los cuidan en condiciones normales.

Entendemos perfectamente que a veces también es complejo para quienes trabajan en el sistema de salud atender esta realidad, porque las dinámicas son complejas, hay que ver a muchos pacientes, hay que correr de aquí para allá, porque las urgencias son las urgencias y porque las necesidades de los pacientes son múltiples, y a veces tener a los familiares ahí presentes puede generar ciertas complicaciones. Pero eso hay que verlo desde el punto de vista positivo: el acompañamiento es necesario para los procesos de atención y recuperación de los pacientes. Por eso este proyecto es bueno. Nosotros lo vamos a respaldar pensando principalmente en los niños y las niñas; pero requerimos, por sobre todas las cosas, que esta obligación, este mandato al sistema de salud para que genere las condiciones que se requieren -no solo se trata del derecho a acompañar de los padres y madres o de los mayores- sea debidamente respaldado e implementado y que no quede en letra muerta, simplemente como una ley que abre un espacio, una voluntad o que demuestre una voluntad del Congreso de atender esta realidad, sino que realmente pueda significar cambios concretos y materiales en los procesos de atención y en los cambios que requieren recursos, que son las condiciones de infraestructura, para que la atención sea digna, realmente suficiente para aquellas personas que son cuidadores y cuidadoras, en este caso padres y madres de niños, niñas y adolescentes hospitalizados.

Por lo tanto, la bancada del Partido Comunista aprobará el proyecto, pero el llamado principal es al Ejecutivo.

He dicho.

El señor MULET (Presidente accidental).-

Tiene la palabra la diputada Natalia Castillo .

La señora CASTILLO (doña Natalia).-

Señor Presidente, quienes somos madres, así como también quienes son padres, podemos entender lo que significa tener a un hijo enfermo.

Una vez, mi hija, quien tiene cinco años, me propuso un proyecto de ley para prohibir que los niños se enfermen. Me encantaría tener las facultades para empujar esa iniciativa, pero no puedo. Pero sí podemos avanzar en otro tipo de proyectos para ayudar a contener una situación como aquella. No importa el diagnóstico que tenga un hijo o una hija; puede ser una enfermedad transitoria, una neumonía estacionaria, un resfrío que se complica o una enfermedad mucho más grave. Genera angustia en los padres y las madres, y también en los niños al verse en un entorno clínico que no siempre es lo más amigable: personas que están con sus rostros cubiertos, a las que muchas veces les cuesta lograr generar esa complicidad y esa confianza con el paciente para poder hacer los procedimientos médicos. Por eso es fundamental para el menor que estén sus padres, su madre o su padre, o alguna figura significativa que tenga su cuidado, para que pueda ayudar a contener esa circunstancia.

Hoy día eso lo tenemos que hacer por ley, lo que ya es bastante sorprendente en una sociedad. Nosotros esperaríamos que estas cosas no las tuviéramos que legislar. Pero hay que hacerlo. Hace poquitos días conocimos un video de una niña que estaba siendo contenida con maniobras no adecuadas ni ajustadas a su edad ni tampoco a su nivel de angustia. Por eso creo que es necesario seguir avanzando en este tema.

El hecho de que estemos legislando en esta materia es un motivo de alegría, pero también es un motivo de enojo, porque no hemos logrado construir una sociedad de cuidados, una sociedad en que nos tratemos bien los unos a los otros, especialmente, a los niños.

Estudios internacionales constatan que el hecho de estar acompañados en una situación clínica, el sentir el apoyo y el cariño de los padres y del entorno familiar no solo genera un estado de ánimo más positivo en el paciente, en este caso, el de un niño o una niña, sino que, además, ayuda mucho en la recuperación.

Este proyecto de ley es una manera más de dar garantías a los niños y a las niñas que necesitan la protección y el cuidado no solo de sus padres, sino también que el Estado se ponga al servicio de sus necesidades.

Por eso, apoyaremos la futura “ley Mila”.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Miguel Crispi .

El señor CRISPI.-

Señor Presidente, hoy tenemos en tabla dos proyectos sobre situaciones que no debieran dar origen a una ley, sino ser la práctica común en relación con un momento tan determinante en la vida de una persona como es el nacimiento de un hijo, su cuidado, y uno tan doloroso como la muerte perinatal. Sin embargo, hemos tenido que legislar al respecto y en la Comisión de Salud nos impusimos la tarea de dar una tramitación lo más rápida posible a ambas iniciativas.

Algo está ocurriendo, porque ambos proyectos provienen de la sociedad civil y lo hacen con una fuerza enorme, a partir del dolor de madres que ha vivido situaciones muy difíciles, pero que han generado una energía impresionante que ha puesto presión sobre nosotros para que legislemos con urgencia.

En medio de discusiones estructurales y transcendentales, como la de la Convención Constituyente o las próximas elecciones presidenciales, hay cosas urgentes que podemos resolver hoy día y que dependen solo de nuestra voluntad y, por supuesto, de la voluntad del Ejecutivo. En particular, considero fundamental asegurar el derecho que tienen las familias, padres y madres, de acompañar a sus hijos e hijas en un recinto hospitalario.

Como padre, no me puedo imaginar que al momento de nacer mi hija no hubiese podido acompañarla en cada instante. En Chile, quien tiene los recursos puede elegir un centro de salud que le garantice ciertas prestaciones, que le garantice cierto confort y, lamentablemente, quien no tenga esos medios queda a merced de la buena voluntad del médico tratante, de una enfermera o un enfermero.

Por lo tanto, este tipo de leyes que avanzan en los derechos de las personas y de las familias, de todos los tipos de familia, son muy relevantes y hablan del Chile que se está construyendo.

¡Qué distinto sería todo si en el pasado la Cámara hubiese estado integrada por más mujeres! Probablemente, estas materias se habrían discutido y legislado con mucha anterioridad. Hoy, gracias a la presión ejercida de la sociedad civil, pero también de nuestras compañeras diputadas y senadoras, estos temas se volvieron urgentes. Me parece muy bien que hoy avancemos en la aprobación de ambos proyectos, lo que es una tremenda noticia para quienes han impulsado tanto la “ley Dominga” como la “ley Mila”. Un saludo para ellas.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Hugo Rey .

El señor REY.- Señor Presidente, este proyecto, más conocido como “ley Mila”, establece un estándar especial en relación con el acompañamiento de infantes y dispone un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias.

Quiero destacar lo que en el informe de la Comisión de Salud señala la representante de la organización Ley Mila Acompañamiento Digno, la señora Priscila Astudillo Villagra , quien manifestó que, a los tres meses, su hija fue diagnosticada de una enfermedad crónica al hígado, la cual es degenerativa, y que estaría a un mes de realizarse un trasplante de órgano.

Comentó que su hija previamente ha sido hospitalizada en muchas ocasiones, a pesar de su corta edad, siendo la primera vez en abril de 2020, en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital San Borja. En esa ocasión, no pudo acompañarla y no tuvo noticias de su hija durante 24 horas, a pesar de que aún tomaba pecho.

Explicó que esa es la realidad en la mayoría de los hospitales públicos. Asimismo, mencionó que pasaron por muchos procesos y circunstancias que no debiera vivir una madre con su hija, precisando que es muy poco empático el trato en los hospitales públicos hacia los familiares de los niños hospitalizados. Además, agregó que, muchas veces, le negaron que pudiera acompañarla, incluso, cuando sí se podía.

Agregó que luego de la operación tampoco pudo acompañar a su hija, lo cual es muy doloroso para una madre. Comentó que desde que comenzaron el movimiento Acompañamiento Digno han recibido muchas denuncias y han conocido muchos casos, entre ellos el caso reciente de una madre que contó que su bebé nació prematuro y a quien solo pudo conocer después de dos semanas. Las visitas eran una vez a la semana y por solo 30 minutos. Lo anterior ocurre a pesar de que está comprobado que el apoyo materno, el acompañamiento y la contención de los padres es fundamental para la recuperación de estos niños.

Por último, contó que cuando logró quedarse en el centro asistencial, el acompañamiento no fue digno, ya que durmió en una silla no habilitada para estar sentada durante tanto tiempo. Tampoco existían espacios para poder comer, descansar e, incluso, ducharse, opinando que lo anterior no es solo un beneficio para los padres, sino también un derecho, por lo que se necesita urgentemente cambiar esa realidad.

Ese tipo de dolores en padres y familiares me lo han trasmitido muchas familias de mi distrito y el problema se agrava si los hijos son trasladados a otras regiones.

En apoyo de los miles de niños que hoy y mañana necesitarán a sus padres y familiares cerca, votaré a favor.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la diputada Karol Cariola .

La señorita CARIOLA (doña Karol) .-

Señor Presidente, por su intermedio, primero quiero saludar a las familias que han impulsado este proyecto de ley.

Tal como lo dijo mi compañera Marisela Santibáñez , hay que estar en los zapatos de esa persona para saber lo que significa para un padre, una madre, una hermana, una abuela o una tía tener a un niño o niña de su familia enferma u hospitalizada.

Cuando uno piensa en los niños y las niñas, los imagina felices, corriendo, saltando y jugando. Eso es lo que uno espera que hagan los niños y niñas de nuestro país, y no que tengan que estar en un hospital, a veces gran parte de su vida, cuando padecen enfermedades crónicas o graves.

Si bien sabemos que esa situación es tremendamente compleja, más complejo aún es cuando las instituciones se alejan de lo humano y no entienden que lo que ocurre en esa sala de hospital, en ese quirófano o en ese box de atención es algo que los niños nunca más olvidarán. ¡Qué cosa más humana es poder entregarles a esos niños o niñas la posibilidad de estar acompañados!

Como dijo Marisela en su intervención, desde la experiencia que ella misma vivió, es muy importante para los niños el poder entregarles la seguridad de que el medicamento que se les está dando o el tratamiento que se les está realizando les van a hacer bien. ¡Qué mejor que un padre o una madre para quitarles el miedo, dar seguridad y tranquilidad a ese niño o niña que ya está viviendo el dolor y la preocupación que significa una hospitalización! Por eso aprobamos el proyecto de ley en la Comisión de Salud.

Estoy muy agradecida de los parlamentarios y parlamentarias que pusieron el proyecto en discusión, para canalizar lo que es una inquietud y, también, una necesidad.

Hablamos mucho de los niños y niñas y de cuánto nos preocupan, pero también es necesario que tomemos medidas, para que las instituciones de salud no queden al arbitrio de la buena voluntad del médico o de la enfermera de turno, sino que, efectivamente, el acompañamiento sea un derecho de los padres y de las madres, pero, sobre todo, de los niños y de las niñas.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Jaime Mulet .

El señor MULET.-

Señor Presidente, después de escuchar las intervenciones de los colegas, qué duda cabe de que todos vamos a apoyar este proyecto de ley tan importante para el acompañamiento de los menores en situación de hospitalización.

A todos los padres nos puede haber tocado vivir experiencias duras y difíciles con nuestros hijos e hijas en situación de hospitalización. Sin lugar a dudas, la obligación que establece este proyecto de ley, esta moción parlamentaria, es fundamental, pues complementa las normas legales en esta materia y establece el derecho de acompañamiento, tan importante en momentos tan difíciles, donde fluyen, también, aspectos materiales y, muchas veces, aspectos espirituales, que tienen que ver con la relación entre un padre y un hijo, una madre y un hijo o hija, o un niño y su acompañante. Todo eso es muy relevante.

Solo quiero agregar algo que ocurre cuando uno no está en la ciudad o cerca de su residencia -en mi caso, Atacama -, que es la misma situación que mis colegas señalan con tanta claridad, incluso aludiendo experiencias personales. Muchos menores de Atacama son derivados a la Región Metropolitana, a Antofagasta o a Valparaíso, a centros especializados para hospitalizarse. Ello ocurre porque la Región de Atacama no tiene todas las especialidades médicas necesarias. Eso es muy común. En esos casos, el acompañamiento se transforma en más doloroso, no solo por el viaje y el traslado del enfermo, sino porque los acompañantes, en ocasiones, deben aguardar en salas de espera, y, en otras, deben permanecer a cientos o miles de kilómetros de sus seres queridos. De alguna manera, ese dolor y esa distancia hacen más difícil la situación. Veo ese sufrimiento; cuando hay distancia física el proceso se hace mucho más duro y mucho más difícil.

Por esa gente, vamos a apoyar este proyecto de ley de acompañamiento, que es tan importante.

Por último, quiero agradecer a la gente que me llamó. Son muchas las personas que están detrás de este proyecto de ley: padres, familiares, médicos, como la doctora Andrea von Hoveling , que ha mostrado una especial preocupación para que esto se transforme en ley.

Agradezco a los parlamentarios mocionantes, que hacen posible que esta iniciativa se haya puesto en discusión.

No me cabe la menor duda de que los regionalistas verdes vamos a aprobar la iniciativa.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado Ricardo Celis .

El señor CELIS (don Ricardo).-

Señor Presidente, este es un proyecto que alguien podría decir que es de sentido común, pero la verdad es que no es así. Esta iniciativa tiene que ver con que los padres y las madres, cuando sus hijos han estado hospitalizados, se han encontrado con una frontera, con un frontón que no les ha permitido acompañar a sus hijos.

Esto no ocurre en todos los hospitales de Chile. En muchos se han hecho esfuerzos importantes por abordar esta problemática. Con esto me refiero tanto al sistema público como al privado en donde existen fórmulas de acompañamiento.

Obviamente, el sistema de acompañamiento depende del lugar donde esto ocurra. Un espacio de aislamiento o una UCI tienen condiciones distintas de acompañamiento. Esto dio lugar a una discusión relevante al interior de la comisión. Claramente, los sistemas hospitalarios y los sistemas sanitarios deben entregar todas las facilidades para que las madres y los padres acompañen a sus hijos en momentos de tanta vulnerabilidad como estar hospitalizado debido a una enfermedad.

Acompañar al enfermo en la etapa posquirúrgica, durante los procedimientos y en estadías largas; acompañarlo en el proceso de una enfermedad oncológica, etcétera, es una cuestión de humanidad; es humanizar la acción médica, la acción sanitaria; es darle humanidad máxima a una situación que involucra a todo el personal médico. Lo anterior aplica en muchos casos; pero también hay casos en que eso no ocurre, y que, institucionalmente, tampoco está establecido. Por lo tanto, la ley apunta en el sentido correcto.

Hay que agradecer a las autoras y a los autores de la iniciativa, porque el proyecto apunta, justamente, a cómo se pueden generar las mejores condiciones de acompañamiento.

No obstante, tengo una preocupación, que manifestaré nuevamente, ya que es la misma que expuse en la comisión. ¿Cuáles van a ser las disposiciones y acciones que tomará el Ministerio de Salud cuando haga sus planes preinversionales, a fin de contemplar que las madres o los padres puedan acompañar a sus hijos? Lo mismo ocurre con el acompañamiento en el parto. Las salas de parto pasan atiborradas y son estrechas. Lo ideal sería procurar acompañamiento durante el preparto, pero eso no se puede hacer. ¿Por qué? Porque no existen las condiciones de infraestructura adecuadas.

Por lo tanto, aquí hay un tremendo desafío de país, para que esto no sea letra muerta, para que esto tenga vida, sea efectivo y permita que haya más dignidad, más humanidad, y posibilite que la acción médica sea más integral y más completa.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el diputado José Miguel Castro .

El señor CASTRO (don José Miguel).-

Señor Presidente, más que abocarme al discurso que tenía preparado, quiero ocupar un par de segundos para solicitar a nuestros colegas parlamentarios un gran aplauso para Aracelly, para Max, de la “ley Dominga”, y, por supuesto, a Priscila Astudillo y a su hija Mila, de la “ley Mila”, que están presentes en la Sala. Vaya para ellos un gran aplauso, porque ellos han empujado estas iniciativas.

(Aplausos)

Muchas gracias.

Quienes somos padres o madres, o personas significativas -sí, personas significativas, como son los abuelos, las abuelas, las tías-, sin duda no sabemos cómo manejar el dolor de los niños. Cuando vemos sufrir a un niño, qué no daríamos por evitarles cualquier dolor o sufrimiento. Sufrimos con sus caídas, con sus penas o cuando los vemos sentirse mal a causa de una enfermedad.

En ese sentido, esta iniciativa, la “ley Mila”, busca entregar un derecho básico a los niños: el derecho al acompañamiento.

Hoy, lamentablemente, algunos establecimientos de salud mantienen una serie de restricciones para que padres, madres y personas significativas puedan acompañar a los niños, incluso, limitando el tiempo o estableciendo una hora de visita al día.

¿Cómo le explicamos a una niña o a un niño que el protocolo de ese establecimiento no permite acompañarlos, tal como quisiéramos hacerlo? Es necesario atender esa situación, y el cambio debe incluir empatía y humanidad.

Finalmente, quiero mencionar especialmente a la senadora Marcela Sabat , quien ha liderado esta bandera de lucha y ha sido la voz de tantos padres, madres y personas significativas.

Como integrante de la Comisión de Salud he escuchado testimonios de padres que han sufrido la situación que aquí abordamos. Por ello, como papá, como persona que empatiza con el dolor ajeno, no puedo más que reiterar mi compromiso y mi voto a favor de la iniciativa.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Cerrado el debate.

-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos:

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Por un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado José Miguel Castro .

El señor CASTRO (don José Miguel).-

Señor Presidente, respecto del próximo proyecto que deberemos votar, conocido como “ley Mila”, quisiera pedir a la Secretaría de nuestra Corporación que informe a la Secretaría del Senado respecto de un asunto de orden y de técnica legislativa.

El proyecto se mejoró, en el sentido de que cambió la expresión “infante” por una expresión -más completa, a mi juicio- que habla de “niño, niña o adolescente”, pues hemos incluido a los adolescentes.

Por lo tanto, para que se adapte el título a esa modificación, debería cambiarse e incluir la palabra “adolescentes”.

He dicho.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Señor diputado, haremos las gestiones correspondientes.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Corresponde votar el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial en relación al acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias.

Cabe hacer presente que el proyecto trata materias de ley simpe o común. En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 137 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:

Alarcón Rojas , Florcita Espinoza Sandoval , Fidel Mellado Suazo , Miguel Rubio Escobar , Patricia Alessandri Vergara , Jorge Fernández Allende , Maya Mirosevic Verdugo , Vlado Saavedra Chandía , Gastón Alinco Bustos , René Flores Oporto , Camila Mix Jiménez , Claudia Sabag Villalobos , Jorge Álvarez Ramírez , Sebastián Fuentes Barros , Tomás Andrés Molina Magofke , Andrés Saffirio Espinoza , René Álvarez Vera , Jenny Fuenzalida Figueroa , Gonzalo Monsalve Benavides , Manuel Saldívar Auger , Raúl ÁlvarezSalamanca Ramírez , Pedro Pablo Gahona Salazar , Sergio Moraga Mamani , Rubén Sandoval Osorio , Marcela Amar Mancilla , Sandra Galleguillos Castillo , Ramón Morales Muñoz , Celso Santana Castillo , Juan Ascencio Mansilla , Gabriel García García, René Manuel Morán Bahamondes , Camilo Santana Tirachini , Alejandro Auth Stewart , Pepe González Gatica , Félix Moreira Barros , Cristhian Santibáñez Novoa , Marisela Baltolu Rasera , Nino González Torres , Rodrigo Mulet Martínez , Jaime Sauerbaum Muñoz , Frank Barrera Moreno , Boris Hernández Hernández , Javier Muñoz González , Francesca Schilling Rodríguez , Marcelo Barros Montero , Ramón Hernando Pérez , Marcela Naranjo Ortiz , Jaime Sepúlveda Orbenes, Alejandra Berger Fett , Bernardo Hirsch Goldschmidt , Tomás Noman Garrido , Nicolás Sepúlveda Soto, Alexis Bianchi Retamales , Karim Ibáñez Cotroneo , Diego Norambuena Farías, Iván Silber Romo, Gabriel Bobadilla Muñoz , Sergio Ilabaca Cerda , Marcos Núñez Urrutia , Paulina Soto Ferrada, Leonardo Boric Font , Gabriel Jackson Drago , Giorgio Olivera De La Fuente , Erika Soto Mardones, Raúl Brito Hasbún , Jorge Jarpa Wevar , Carlos Abel Orsini Pascal , Maite Teillier Del Valle, Guillermo Calisto Águila, Miguel Ángel Jiles Moreno , Pamela Ortiz Novoa, José Miguel Tohá González, Jaime Cariola Oliva , Karol Jiménez Fuentes , Tucapel Ossandón Irarrázabal , Ximena Torrealba Alvarado , Sebastián Carter Fernández , Álvaro Jürgensen Rundshagen , Harry Pardo Sáinz, Luis Torres Jeldes , Víctor Castillo Muñoz , Natalia Kast Sommerhoff , Pablo Parra Sauterel , Andrea Trisotti Martínez , Renzo Castro Bascuñán , José Miguel Keitel Bianchi , Sebastián Paulsen Kehr , Diego Undurraga Gazitúa , Francisco Castro González, Juan Luis Kuschel Silva , Carlos Pérez Arriagada , José Urrutia Bonilla , Ignacio Celis Araya , Ricardo Labra Sepúlveda , Amaro Pérez Lahsen , Leopoldo Urrutia Soto , Osvaldo Celis Montt , Andrés Lavín León , Joaquín Pérez Olea , Joanna Urruticoechea Ríos , Cristóbal Cicardini Milla , Daniella Leiva Carvajal , Raúl Pérez Salinas , Catalina Vallejo Dowling , Camila Coloma Álamos, Juan Antonio Leuquén Uribe , Aracely Prieto Lorca , Pablo Van Rysselberghe Herrera , Enrique Crispi Serrano , Miguel Longton Herrera , Andrés Rathgeb Schifferli , Jorge Velásquez Núñez , Esteban CruzCoke Carvallo , Luciano Lorenzini Basso , Pablo Rentería Moller , Rolando Venegas Cárdenas , Mario Cuevas Contreras , Nora Luck Urban , Karin Rey Martínez , Hugo Vidal Rojas , Pablo Del Real Mihovilovic , Catalina Macaya Danús , Javier Rocafull López , Luis Von Mühlenbrock Zamora , Gastón Díaz Díaz , Marcelo Marzán Pinto , Carolina Rojas Valderrama , Camila Walker Prieto , Matías Durán Espinoza , Jorge Matta Aragay , Manuel Romero Sáez , Leonidas Winter Etcheberry , Gonzalo Durán Salinas , Eduardo Mellado Pino , Cosme Rosas Barrientos , Patricio Yeomans Araya , Gael Eguiguren Correa, Francisco.

El señor UNDURRAGA (Vicepresidente).-

Por no haber sido objeto de indicaciones, el proyecto queda demás aprobado en particular, con la misma votación. Despachado el proyecto al Senado.

2.4. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 17 de agosto, 2021. Oficio en Sesión 68. Legislatura 369.

VALPARAÍSO, 17 de agosto de 2021

Oficio 16.844

A S.E. LA PRESIDENTA DEL H. SENADO

La Cámara de Diputados, en sesión de esta fecha, ha dado su aprobación al proyecto de ley de ese H. Senado que modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial en relación al acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, correspondiente al boletín N° 13.812-11 (S) con las siguientes enmiendas:

Artículo único

Inciso segundo

Lo ha reemplazado por el siguiente:

“Tratándose del acompañamiento de niños, niñas y adolescentes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, los reglamentos internos de los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de su padre, madre, de quien lo tenga a su cuidado, o persona significativa, con la única excepción que de ello derive un peligro para el propio niño, niña o adolescente, u otros pacientes.”.

Disposición transitoria

Ha incorporado la siguiente disposición transitoria:

“Artículo transitorio.- El Ministerio de Salud dictará una norma técnica para la implementación de lo dispuesto en el inciso cuarto que se incorpora en el artículo 6° de la ley N° 20.584, dentro del plazo de seis meses contado desde la publicación de esta ley.”.”.

*****

Finalmente, en mérito de las modificaciones referidas, la Cámara de Diputados estimó pertinente proponer al H. Senado sustituir la denominación originalmente asignada al proyecto de ley, por la siguiente: “Proyecto de ley que modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial en relación al acompañamiento de niños, niñas y adolescentes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias.”.

*****

Lo que tengo a honra decir a V.E., en respuesta a vuestro oficio Nº 129/SEC/21, de 9 de marzo de 2021.

Acompaño la totalidad de los antecedentes.

Dios guarde a V.E.

FRANCISCO UNDURRAGA GAZITÚA

Presidente (A) de la Cámara de Diputados

MIGUEL LANDEROS PERKI?

Secretario General de la Cámara de Diputados

3. Tercer Trámite Constitucional: Senado

3.1. Discusión en Sala

Fecha 31 de agosto, 2021. Diario de Sesión en Sesión 71. Legislatura 369. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

ESTÁNDAR ESPECIAL PARA ACOMPAÑAMIENTO DE INFANTES HOSPITALIZADOS O SOMETIDOS A PRESTACIONES AMBULATORIAS Y TRATO DIGNO Y RESPETUOSO PARA ACOMPAÑANTES

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Conforme a lo acordado por la Sala, la señora Presidenta pone en discusión el proyecto, en tercer trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial con relación al acompañamiento de infantes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias.

El Ejecutivo hizo presente la urgencia para su despacho, calificándola de "suma".

--A la tramitación legislativa de este proyecto (boletín 13.812-11) se puede acceder a través del vínculo ubicado en la parte superior de su título.

El señor GUZMÁN ( Secretario General ).-

Este proyecto de ley inició su tramitación en el Senado, el cual despachó un artículo único mediante el cual introdujo nuevos incisos segundo, tercero y cuarto en el artículo 6º de la ley N° 20.584, con la finalidad de modificar la norma que regula el derecho a la compañía de los pacientes, estableciendo un estándar especial en el acompañamiento de infantes y disponiendo un mandato general en virtud del cual los centros hospitalarios deberán procurar condiciones dignas y un trato respetuoso a los acompañantes.

Con respecto a dicho texto, la Honorable Cámara de Diputados efectuó las siguientes enmiendas:

-Reemplazó el inciso segundo del señalado artículo 6º de dicha ley por otro que, a diferencia del texto despachado por el Senado, menciona a "niños, niñas o adolescentes", en lugar de referirse a "los infantes", así como también incluye entre los acompañantes a "persona significativa".

-Incorporó un artículo transitorio nuevo, conforme al cual el Ministerio de Salud dictará una norma técnica para la implementación de lo dispuesto en el inciso cuarto que se incorpora en el artículo 6º de la ley N° 20.584, dentro del plazo de seis meses contados desde la publicación de esta ley.

Finalmente, en mérito de las modificaciones referidas, la Cámara de Diputados estimó pertinente proponer al Senado sustituir la denominación originalmente asignada al proyecto de ley por la siguiente: "Proyecto de ley que modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial en relación al acompañamiento de niños, niñas y adolescentes, y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias".

El Senado debe pronunciarse respecto de las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados.

En el boletín comparado que sus Señorías tienen a su disposición se transcribe el texto aprobado por la Cámara de origen en el primer trámite constitucional, y las modificaciones efectuadas por la Cámara revisora durante el segundo trámite constitucional.

El documento se encuentra disponible tanto en la Sala como en la plataforma de esta sesión remota o telemática, y también fue remitido por correo electrónico a todas las señoras y los señores Senadores,

Es todo, señora Presidenta.

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

Gracias, Secretario .

Les recuerdo a Sus Señorías que estamos en Fácil Despacho.

Conforme al acuerdo de la Sala, para la discusión de las enmiendas de la Cámara de Diputados le ofreceremos la palabra al Presidente de la Comisión de Salud, Senador Rabindranath Quinteros.

Puede intervenir, señor Senador.

El señor QUINTEROS.-

Gracias, Presidenta.

Tal como ha indicado el señor Secretario , el objetivo del proyecto es modificar la norma que regula el derecho a la compañía de los pacientes, estableciendo un estándar especial en el acompañamiento de infantes.

La Cámara de Diputados extendió este derecho a niños, niñas y adolescentes, disponiendo un mandato general en virtud del cual los centros hospitalarios deberán procurar condiciones dignas y un trato respetuoso a los acompañantes.

Asimismo, la otra rama legislativa, en segundo trámite constitucional, introdujo las siguientes enmiendas, a las cuales adherimos.

Primero, se amplió la edad de los pacientes que tienen derecho a ser acompañados por sus padres, pues el texto despachado por el Senado se refería a "infantes", es decir, niños menores de siete años de edad. La Cámara de Diputados reemplazó dicho término por el de "niños, niñas y adolescentes".

Por lo tanto, se hace necesario, además, sustituir la denominación original asignada al proyecto de ley por el siguiente: "Proyecto de ley que modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial en relación al acompañamiento de niños, niñas y adolescentes, y disponer un mandato general de tratos digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias", tal como lo sugiere la Cámara de Diputados.

En segundo lugar, la Cámara Baja amplió a su vez las personas que pueden acompañar a los niños, niñas y adolescentes, ya que el texto aprobado por el Senado se refería a la compañía del "padre, madre o de quien lo tenga a su cuidado". La Cámara de Diputados agregó a la "persona significativa".

Por último, la Cámara de Diputados incorporó una disposición transitoria que encarga al Ministerio de Salud la dictación de una norma técnica para la implementación de lo dispuesto en el inciso cuarto, que se incorpora en el artículo 6º de la ley 20.584, sobre disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañan a pacientes, incluyendo el otorgamiento de condiciones para que ese acompañamiento sea adecuado, para velar por la integridad física y psíquica del niño o niña, atendido el principio de interés superior del niño o niña. La norma técnica deberá dictarse dentro del plazo de seis meses contados desde la publicación de esta ley.

Es necesario hacer presente que se deberá armonizar este inciso cuarto del artículo 6º con la modificación introducida por la Cámara de Diputados, en el sentido de incorporar la palabra "adolescentes" a continuación de "niño o niña".

Con estos alcances formales, solicito a la Sala que apruebe las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados con el objeto de dar pronto despacho a este proyecto, tal como lo han solicitado las organizaciones que lo han impulsado.

Eso es todo, Presidenta .

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

Gracias, Senador.

La Ministra Rubilar nos está pidiendo la palabra.

Puede hacer uso de ella, Ministra .

La señora RUBILAR ( Ministra de Desarrollo Social y Familia).-

Muchas gracias, Presidenta .

Por su intermedio, saludo a las Honorables Senadoras y Senadores y aprovecho también de felicitarla a usted como Presidenta del Senado. Le deseo el mayor de los éxitos en la noble tarea que va a comenzar.

Dicho eso, Presidenta, quiero agradecerle al Honorable Senado el estar discutiendo este proyecto de ley, un proyecto de ley ciudadano que nace, una vez más, de aquellos que han vivido procesos duros, pero que no hacen una lucha por sí mismos, sino que pensando en los demás.

En ese sentido, quiero agradecer a Priscila Astudillo Villagra , madre de Mila, por relevar la importancia de un proyecto tan trascendental como este.

Asimismo, por su intermedio, Presidenta, agradezco a la Senadora Carolina Goic y al resto de los integrantes de la Comisión de Salud.

La verdad es que ese trabajo, con la premura que correspondía, va a dar respuesta a una necesidad trascendental y humana de nuestro país, como es el acompañamiento de los niños, niñas y adolescentes.

No puedo sino agradecer especialmente a la Senadora Marcela Sabat , quien, sin duda alguna, ha hecho un esfuerzo trascendental por relevar la importancia de los niños, niñas y adolescentes de nuestro país.

También quiero agradecer a la Cámara de Diputados por la tramitación expedita y la aprobación transversal que ha prestado al proyecto. Los cambios que ha hecho dicha rama del Parlamento van en completa línea con lo que, a nuestro juicio, son los derechos de los niños en nuestro país.

Solamente quisiera agradecer, Presidenta, que ustedes estén teniendo en consideración no solamente la parte humana de un proyecto tan relevante como este, sino también la parte de salud, que es muy relevante.

En su intervención en la Cámara de Diputados, el doctor Paris dijo que los resultados avalan una iniciativa como esta: mientras más presentes están los padres y las madres, más se reducen los tiempos de hospitalización y las posibles complicaciones físicas secundarias; más se fortalece el desarrollo psicomotriz y el desarrollo psicoemocional de los niños y niñas; más se mejora su alimentación; el niño recupera más rápidamente su peso, mejora su tono muscular y, en general, todo su neurodesarrollo.

La verdad es que poder tener presentes a los padres y a las madres, entender la importancia de lo que significa recibir una caricia, una palabra de consuelo, en su momento, habla muy bien de este Congreso Nacional.

Agradezco, Presidenta , que se debata tan rápidamente este asunto, en un esfuerzo, como decía el Senador Rabindranath Quinteros , de poner a los niños en el centro, el cual, desde el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y la Subsecretaría de la Niñez, no podemos sino aplaudir.

Dicho eso, Presidenta , espero de verdad que hoy día les podamos dar una gran noticia a los padres y las madres, y en particular a los niños y niñas de Chile y su salud. Y esto no necesariamente lo digo como Ministra de Desarrollo Social y Familia , sino, con toda probabilidad, como médico.

Lo agradezco profundamente.

Muchísimas gracias.

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

A usted, Ministra .

Este es un proyecto de Fácil Despacho y tengo dos peticiones de palabra: la de la Senadora Goic y la de la Senadora Von Baer.

La tiene, en primer lugar, la Senadora Goic.

La señora GOIC.-

Gracias, Presidenta.

Quiero agradecer a todos los colegas y, en especial, a la Senadora Sabat, a quien pediría, Presidenta, que le pudiera dar también la palabra, excepcionalmente.

Creo que hemos demostrado que aquí se trabaja en conjunto en función de las necesidades de las personas, pero, sobre todo, para humanizar el trato en salud.

Están presentes en las tribunas no solo Mila y su familia, su mamá y su papá, sino también muchas representantes que lo que han hecho hoy día es traer este tema y unirnos a nosotros, en esta Sala, para decir "estos son los temas que queremos que la ciudadanía trabaje en conjunto", que son cosas básicas que uno se pregunta "por qué tenemos que ponerlas en una ley", cuando se habla de que el papá, la mamá o la persona significativa pueda tener la información necesaria, recibir un trato respetuoso, acompañar, generar a veces condiciones para situaciones tan simples como estar con un hijo, con una hija en la noche, tener una silla o una cama para eso, que durante un parto el padre o la persona significativa tenga condiciones para acompañar, cuestiones que parecen tan básicas.

Quiero destacar a los muchos establecimientos de salud que hoy día lo hacen, y que demuestran que esto no pasa, necesariamente, por los recursos, sino muchas veces por la humanidad, por la voluntad, por el buen trato. Eso comprueba que se puede.

Destaco también el compromiso del Ministro de Salud . A raíz de la discusión de este proyecto, se hizo un catastro de la situación en que se halla cada uno de los establecimientos. No todos respondieron, pero la mayoría sí, lo cual permite tener hoy día una base para decir "aquí debemos poner el acento no solo a lo que obliga esta ley, que mandata la existencia de un protocolo claro, conocido, con normas iguales para todos, sino también ver en dónde habrá que mejorar la infraestructura, dónde se necesita una sala adicional para que los papás o quienes acompañan a un niño tengan el espacio necesario".

Quiero destacar que aquí lo que hacemos es unirnos para humanizar el trato en salud, para demostrar que la salud no solamente es una dolencia, un dolor físico, sino que también tiene que ver con abordar el bienestar de manera más integral.

Subrayo, una vez más, el hecho de que familias que han vivido situaciones dolorosas tengan la generosidad de encabezar una cruzada, no por ellos, no por ellas, sino por otras personas, para que esas situaciones dolorosas no se repitan.

Termino, Presidenta , destacando que hoy día lo que hacemos con esto es contribuir a un país mejor, cumplir lo que la ciudadanía nos mandata, que es responder a las necesidades de las personas, pero, sobre todo, en materia de salud, humanizar el trato, demostrar que esto es posible y que podemos trabajar juntos y juntas en función de los temas que les interesan a las familias.

Así que, con mucho agrado, resalto la aprobación final de este proyecto.

Gracias, Presidenta .

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

A usted, Senadora Goic.

Aprovecho de saludar y de felicitar, a nombre de la Corporación, a la Senadora Sabat, por su maternidad; no lo habíamos hecho, así que todo nuestro cariño y afecto por la llegada de Gracia.

--(Aplausos en la Sala).

La señora RINCÓN (Presidenta).-

Y, si le parece a la Sala y a la Senadora Von Baer, le vamos a dar primero la palabra a la Senadora Sabat.

Puede intervenir, Senadora Sabat.

La señora SABAT.-

Muchas gracias, Presidenta .

Parto felicitando su nombramiento, y agradeciendo enormemente a todos quienes han sido parte de este proyecto: lógicamente, al Ministro de Salud , Enrique Paris ; a la Ministra Karla Rubilar , por el comprometido trabajo que hemos logrado en forma transversal. Y lo digo también porque aquí la Senadora Goic y el Senador Rabindranath Quinteros han sido muy importantes para avanzar en forma rápida, lo mismo que en la Cámara de Diputados. Hemos logrado que esa transversalidad ayude a tener un proyecto tramitado en forma expedita, y eso se agradece.

Lógicamente, centro mi agradecimiento en Priscila y en Mila, con quienes quizás comenzamos el sueño de este proyecto de ley, que también representa a muchas madres y muchos padres a quienes les ha tocado sufrir enormemente alrededor de todo Chile.

Tenemos casos en Santiago, pero también en Arica, en el sur, y nos siguen llegando todos los días, de cómo el sufrimiento de esos niños y niñas traspasa fronteras y logra que tantas madres y tantos padres se unan en torno a este objetivo, que viene de la ciudadanía, Presidenta , y que -tal vez esto es lo más honroso de este proyecto- ha logrado unir a una tribu enorme de madres y padres que lo han pasado muy mal, con experiencias que, lamentablemente, ocurren alrededor de todo Chile.

Queremos cambiar esa realidad, que el Gobierno se haga parte, y que este sea un proyecto transversal, con todos los colores políticos. Es muy bonito no solamente para la familia, sino para la ciudanía entera. Y que sea además rápido le da un plus mucho más generoso. Este proyecto lo que busca es garantizar que todos los niños y niñas hospitalizados tengan el acompañamiento de sus padres, de sus madres o de una persona significativa.

Fue, finalmente, una modificación que logramos entender entre todos en la Cámara de Diputados y que partió desde la organización civil, para que pudiera otorgarse no solo a infantes, sino también a menores de dieciocho años en el caso de que las enfermedades y las hospitalizaciones así lo permitieran, fuera de incluir a la persona significativa que ese niño, niña o adolescente hospitalizado tenga.

Son, como digo, modificaciones transversales que agradecemos y que, en el mismo contexto, pedimos aprobar en forma unánime.

Presidenta, tengo, como usted ha dicho -y agradezco la mención-, una guagüita: mi Gracia, de una semana, y no me puedo llegar a imaginar que voy a tener que hospitalizarla y no poder estar cerca de ella. Esto ocurre en todos los centros de salud de Chile; no hay uniformidad de protocolos al respecto, y no hay uniformidad en cuanto a que se pueda ejercer cierto acompañamiento en forma digna, además de que no sea, como muy bien aquí se ha dicho, en una silla de colegio, o que sea solamente por dos horas, o que la mamá o el papá no tenga un baño al cual acceder o a lo mejor dónde pedir agua. Lo que queremos es, justamente, que sea un acompañamiento digno, garantizado por igual en todos los centros de salud del país, de modo que en Arica no sea una hora o que en neonatología del hospital de Maipú tampoco sea una hora o simplemente no haya ninguna posibilidad de acceder.

Termino agradeciendo, nuevamente, a todos los que han sido parte de este proyecto. Ha sido una tramitación muy muy emocionante, por lo que ha significado para las mamás, para los papás en cuanto a que esta situación cambie lo antes posible. Lógicamente, ahora nos toca supervisar que el protocolo se ponga en práctica a la brevedad.

Así que muchas gracias de nuevo, Presidenta, a cada uno y cada una de ustedes. Y voto a favor, por cierto.

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

Gracias, Senadora Sabat.

Tiene la palabra la Senadora Von Baer.

La señora VON BAER.-

Gracias, Presidenta.

Primero quisiera agradecer a quienes nos acompañan hoy en las tribunas, Priscila y Mila , y a la Senadora Sabat, que fue la impulsora de este proyecto de ley y nos invitó a firmarlo. Y la verdad es que se hace cargo de una situación que viven muchas madres, muchos padres y, a veces, abuelos, tías, a lo largo de nuestro país, por no poder acompañar a los niños durante su hospitalización, situación que se ha agravado debido a la pandemia y que en varias oportunidades ha dejado a pequeños sin ningún tipo de acompañamiento.

Las circunstancias que uno vive a menudo -lo expresaban las Senadoras que hicieron uso de la palabra antes que yo- es que a veces aquello se da por falta de voluntad; en otras oportunidades se da permiso para este acompañamiento, pero en condiciones tremendamente precarias.

Uno podría decir "quizás este es un proyecto de ley pequeño, no tan relevante", pero, al final del día, son estas las cosas que pueden cambiar la vida de una persona, que pueden impactar positivamente en una situación que puede ser muy dolorosa.

El hecho de que nosotros transformemos en derecho una cuestión que parece como obvia, pero que no lo es -lo señalaba la Senadora Goic-, hace que de pronto parezca un poco contradictorio que debamos dictar una ley para tal efecto, pero, si no lo hemos logrado de otra manera, creo que es un buen camino que nos permite, tal vez, quebrar una forma de funcionar que nos ha deshumanizado.

Estimo que los cambios efectuados en la Cámara de Diputados van en la dirección correcta. Por ejemplo, el reemplazo de la palabra "infantes" por "niños, niñas y adolescentes". Obviamente, mientras los niños no son adultos necesitan acompañamiento. Lo mismo la introducción de la "persona significativa", porque efectivamente es posible que quien esté acompañando no sea ni la madre ni el padre.

Lo que hace este proyecto de ley, señora Presidenta , es obligar a los establecimientos de salud a tener un reglamento que permita, en todo momento, el acompañamiento de niños, niñas y adolescentes, con la única excepción de que la asistencia de la persona significativa, ya sea el padre, la madre u otra, genere un peligro para el propio infante. O sea, la excepción será que un niño no pueda ser acompañado. Y creo que eso es lo que finalmente tenemos que lograr: que sea una absoluta excepción que el niño no esté acompañado por alguien de su familia o por una persona significativa.

También me parece muy relevante que se genere el derecho de que las mujeres puedan estar acompañadas durante el trabajo de parto, algo que parece obvio, pero que no siempre es así, y que sea la mujer que está dando a luz quien defina a la persona que la pueda acompañar.

Luego, señora Presidenta, otra cosa muy importante es que quienes acompañen a un enfermo reciban un trato digno y respetuoso en todo momento, y que se les tengan que entregar las condiciones para que su acompañamiento se produzca en las condiciones deseadas.

Señora Presidenta , creo que este es un día en el que podemos estar contentos, porque entre todos, con un trabajo en equipo, en conjunto, estamos dando un paso muy relevante. Acá no solamente les estamos tendiendo una mano a las mamás, a los papás que pasan momentos de angustia, sino que también estamos permitiendo, a través de la humanización, mejorar la manera en que llegamos con la salud a las personas.

Así que estoy muy contenta de haber sido también autora de este proyecto de ley, invitada por la Senadora Sabat. Y con mucha alegría voto a favor.

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

Gracias, Senadora Von Baer.

Un minuto, Senador Girardi.

Entiendo que todos están de acuerdo y, por lo tanto, podría haber unanimidad, con la única precisión que ha hecho el Presidente de la Comisión , de hablar, en el inciso tercero, de "niño, niña o adolescente", cuestión que podríamos encargar a la Secretaría. Y en el inciso segundo habría que cambiar "infante" por "niño o niña".

Con eso estaríamos okay.

¿Le parece a la Sala?

Así se acuerda.

--Se aprueban las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados y Diputadas, en la forma descrita por la señora Presidenta, y el proyecto queda despachado en este trámite.

La señora RINCÓN ( Presidenta ).-

Gracias a todos y a todas.

--(Aplausos).

El señor GUZMÁN (Secretario General).-

En consecuencia, se faculta a la Secretaría para hacer ajustes formales en los términos que ha indicado la Presidenta, a fin de lograr la debida coherencia en el texto íntegro del proyecto.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 31 de agosto, 2021. Oficio en Sesión 72. Legislatura 369.

Valparaíso, 31 de agosto de 2021.

Nº 400/SEC/21

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado las enmiendas introducidas por esa Honorable Cámara al proyecto de ley que modifica la ley N° 20.584, para establecer un estándar especial en relación al acompañamiento de niños, niñas y adolescentes y disponer un mandato general de trato digno y respetuoso a quienes acompañen a pacientes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, correspondiente al Boletín Nº 13.812-11.

Lo que comunico a Su Excelencia en respuesta a su oficio Nº 16.844, de 17 de agosto de 2021.

Devuelvo los antecedentes respectivos.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

JORGE PIZARRO SOTO

Vicepresidente del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

4. Trámite Finalización: Senado

4.1. Oficio de Cámara de Origen al Ejecutivo

Oficio Ley a S. E. El Presidente de la República. Fecha 01 de septiembre, 2021. Oficio

Valparaíso, 1 de septiembre de 2021.

Nº 402/SEC/21

A SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

“Artículo único.- Incorpóranse en el artículo 6° de la ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto, nuevos, pasando el actual inciso segundo a ser inciso quinto:

“Tratándose del acompañamiento de niños, niñas y adolescentes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, los reglamentos internos de los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de su padre, madre, de quien lo tenga a su cuidado, o persona significativa, con la única excepción que de ello derive un peligro para el propio niño, niña o adolescente, u otros pacientes.

Asimismo, tratándose del acompañamiento de mujeres en trabajo de parto, los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de la persona que ella determine, con la única excepción de que se derive de ello un peligro para el niño o niña, o para la mujer.

Las personas que brinden acompañamiento a los pacientes durante su hospitalización o con ocasión de prestaciones ambulatorias deberán recibir un trato digno y respetuoso en todo momento, entendiéndose por tal no sólo un buen trato verbal e información, sino también el otorgamiento de condiciones para que ese acompañamiento sea adecuado para velar por la integridad física y psíquica del niño, niña o adolescente, atendido el principio de interés superior del niño, niña y adolescente.”.

Artículo transitorio.- El Ministerio de Salud dictará una norma técnica para la implementación de lo dispuesto en el inciso cuarto que se incorpora en el artículo 6° de la ley N° 20.584, dentro del plazo de seis meses contado desde la publicación de esta ley.”.

- - -

Hago presente a Su Excelencia que esta iniciativa de ley tuvo su origen en Moción de las Honorables senadoras señoras Marcela Sabat Fernández, Carolina Goic Boroevic y Ena Von Baer Jahn, y de los Honorables senadores señores Francisco Chahuán Chahuán y Guido Girardi Lavín.

- - -

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

XIMENA RINCÓN GONZÁLEZ

Presidenta del Senado

RAÚL GUZMÁN URIBE

Secretario General del Senado

5. Publicación de Ley en Diario Oficial

5.1. Ley Nº 21.372

Tipo Norma
:
Ley 21372
URL
:
https://www.bcn.cl/leychile/N?i=1166183&t=0
Fecha Promulgación
:
29-09-2021
URL Corta
:
http://bcn.cl/2rw6b
Organismo
:
MINISTERIO DE SALUD
Título
:
MODIFICA LA LEY Nº 20.584, ESTABLECIENDO MEDIDAS ESPECIALES EN RELACIÓN AL ACOMPAÑAMIENTO DE LOS PACIENTES QUE SE INDICAN
Fecha Publicación
:
07-10-2021

LEY NÚM. 21.372

     

MODIFICA LA LEY Nº 20.584, ESTABLECIENDO MEDIDAS ESPECIALES EN RELACIÓN AL ACOMPAÑAMIENTO DE LOS PACIENTES QUE SE INDICAN

     

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley iniciado en una moción de las Honorables senadoras señoras Marcela Sabat Fernández, Carolina Goic Boroevic y Ena Von Baer Jahn, y de los Honorables senadores señores Francisco Chahuán Chahuán y Guido Girardi Lavín,

     

    Proyecto de ley:

    "Artículo único.- Incorpóranse en el artículo 6º de la ley Nº 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto, nuevos, pasando el actual inciso segundo a ser inciso quinto:

     

    "Tratándose del acompañamiento de niños, niñas y adolescentes hospitalizados o sometidos a prestaciones ambulatorias, los reglamentos internos de los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de su padre, madre, de quien lo tenga a su cuidado, o persona significativa, con la única excepción que de ello derive un peligro para el propio niño, niña o adolescente, u otros pacientes.

    Asimismo, tratándose del acompañamiento de mujeres en trabajo de parto, los establecimientos permitirán en todo momento la compañía de la persona que ella determine, con la única excepción de que se derive de ello un peligro para el niño o niña, o para la mujer.

    Las personas que brinden acompañamiento a los pacientes durante su hospitalización o con ocasión de prestaciones ambulatorias deberán recibir un trato digno y respetuoso en todo momento, entendiéndose por tal no sólo un buen trato verbal e información, sino también el otorgamiento de condiciones para que ese acompañamiento sea adecuado para velar por la integridad física y psíquica del niño, niña o adolescente, atendido el principio de interés superior del niño, niña y adolescente.".

 

    Artículo transitorio.- El Ministerio de Salud dictará una norma técnica para la implementación de lo dispuesto en el inciso cuarto que se incorpora en el artículo 6º de la ley Nº 20.584, dentro del plazo de seis meses contado desde la publicación de esta ley.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

     

    Santiago, 29 de septiembre de 2021.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Enrique Paris Mancilla, Ministro de Salud.- Karla Rubilar Barahona, Ministra de Desarrollo Social y Familia.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Paula Daza Narbona, Subsecretaria de Salud Pública.