Se establece requisito de ser alfabeto para votar.




12-11-1842

En el gobierno de Joaquín Prieto Vial (1831-1841), se dicta una ley Suplementaria de elecciones que explicitaba la capacidad de leer y escribir que deben tener los electores para calificarse. Textualmente, señalaba que: “Ningún chileno podrá en lo sucesivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 8° de la Constitución, calificarse para entrar al ejercicio de la ciudadano elector con derecho de sufrajio, si no tiene la calidad de saber leer i escribir”. Con su dictación, se pretendía evitar posibles fraudes electorales.


Citas en orden de aparición:
-Ricardo Anguita, Leyes promulgadas en Chile: desde 1810 hasta el 1 de junio de 1913, Editorial Barcelona, Santiago, tomo I, p. 395.


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