Ley N°18.799, crea el sistema electoral binominal.




26-05-1989

En el último año del régimen militar de Augusto Pinochet Ugarte (1973-1990), se dicta la Ley N°18.799, que se tituló “modifica leyes orgánicas constitucionales números 18.603 y 18.700”. La relevancia de esta disposición –dictada el último año del régimen militar- radica en que estableció un sistema de elección parlamentaria y un mapa electoral, que persistió en el país por casi tres décadas. Esta ley se dictó tomando en consideración la transformación político-administrativa que implementó anteriormente el gobierno, que reemplazó las 25 provincias que existían antes de 1973, por 13 regiones (estas a su vez, quedaron compuestas por 51 provincias, pero con menos atribuciones). De acuerdo a esta ley, el país quedó dividido en 60 distritos de diputados (Artículo N°43 de la Constitución Política) y en 13 circunscripciones senatoriales (Artículo N°45 de la Constitución Política).

Sin embargo, la relevancia más fundamental consiste en la incorporación del artículo N°109 bis, que señala que: “En caso de elecciones de Parlamentarios, el Tribunal proclamará elegidos Senadores o Diputados a los dos candidatos de una misma lista, cuando ésta alcanzare el mayor número de sufragios y tuviere un total de votos que excediere el doble de los que alcanzare la lista o nómina que le siguiere en número de sufragios. Si alguna lista obtuviere los dos cargos, elegirá un cargo cada una de las listas o nóminas que obtengan las dos más altas mayorías de votos totales de lista o nómina, debiendo el Tribunal proclamar elegidos Senadores o Diputados a aquellos candidatos que, dentro de cada lista o nómina, hubieren obtenido las más altas mayorías.”.

De esta manera, se incorpora a la legislación electoral el denominado sistema binominal (elección de dos parlamentarios por distrito o circunscripción), modelo que rigió desde las elecciones parlamentarias desde 1990. Este sistema ha tenido posiciones tanto a favor como en contra, debido a que estableció una nueva forma de elegir a los parlamentarios, lo que ha transformado la noción de ciudadanía y de representatividad política en Chile.


Citas en orden de aparición:
-Modifica Leyes Orgánicas Constitucionales No. 18.603 y 18.700
-Patricio Navia y Priscilla Rojas, “Representación y tamaño de los distritos electorales en Chile, 1988-2004”, Documento de Trabajo ICSO, Número 1, año 1, julio 2005. En: http://www.icso.cl/images/Paperss/decimoseptimo.pdf
-Carlos Huneeus (compilador), La reforma al sistema binominal en Chile. Propuestas para el debate, Editorial Catalonia, Santiago, 2006


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