Ley N° 21.200, modifica el capítulo XV de la Constitución Política de la República




24-12-2019

Tras el estallido social del 18 de octubre de 2019, en la madrugada del día 15 del mes siguiente, distintas fuerzas políticas firmaron un Acuerdo por la Paz Social y Nueva Constitución, concretándose este Acuerdo en la publicación de la Ley N° 21.200, la cual establece la forma para la elaboración de una nueva Carta Fundamental. La Ley dispone la realización de un Plebiscito Nacional el día 26 de abril de 2020 para que la ciudadanía se pronuncie si aprueba o rechaza que se redacte una nueva Constitución y cuál debe ser el órgano encargado: un Convención Mixta Constitucional, integrada por 172 miembros, de los cuales 86 corresponden a ciudadanos electos popularmente y 86 parlamentarios, o una Convención Constitucional, compuesta por 155 miembros electos en su totalidad por sufragio popular. La ley señala que cualquiera sea el órgano por el que la ciudadanía opte, tendrá como única función la redacción del texto constitucional. Asimismo, la ley establece los requisitos e incompatibilidades para ser candidato/a para la Convención y fija en 2/3 el quorum para aprobar las normas constitucionales y el reglamento de votación de las mismas. El plazo para elaborar una propuesta de texto constitucional es de 9 meses, prorrogables por una única vez por 3 meses. La Convención debe comunicar su propuesta constitucional al Presidente de la República, quien el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la comunicación, deberá convocar a un Plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta. En caso de rechazo continuará vigente la actual Carta Fundamental.


Citas en orden de aparición:
-Ley N°21.200, del 24 de diciembre de 2019. Disponible en: https://www.leychile.cl/navegar?idNorma=1140340


Top