Ley N° 9.292, Establece el Sufragio Femenino para Elecciones Parlamentarias y Presidenciales



La Ley N°9.292, publicada el 14 de enero de 1949, se titula: “Modifica la Ley General sobre Inscripciones Electorales en su Texto Refundido en la forma en que señala”. La norma se dictó en el gobierno de Gabriel González Videla (1946-1952), y estableció el sufragio femenino para las elecciones presidenciales y parlamentarias.

El contexto histórico de esta Ley se explica por múltiples factores. Desde el siglo XIX, momentos como la inscripción de mujeres en los registros electorales (1875) –que no se pudo llevar a cabo en la práctica- y la aprobación de la Ley N°5.357 de sufragio femenino en las elecciones municipales (1934), son antecedentes relevantes a considerar. Sin embargo, desde las décadas de 1920 y 1930 fue la acción de las organizaciones feministas la que presionó con mayor fuerza al sistema político, con el objetivo de obtener el sufragio femenino universal, demandas inspiradas en el movimiento de sufragistas europeas y norteamericanas. Entre estas organizaciones se pueden señalar el Consejo Nacional de Mujeres (1919), el Partido Cívico Femenino (1922), la Unión Femenina de Chile de Valparaíso (1928), y la Asociación de Mujeres Universitarias (1931).

Hacia 1935 se conforma el Movimiento Pro-Emancipación de las Mujeres de Chile (MEMCH), el cual liderado por Elena Caffarena, Gabriela Mandujano, Felisa Vergara, y Marta Vergara, entre otras, impulsó una intensa campaña por derechos sociales y políticos igualitarios entre hombres y mujeres, aunque también concentrando sus esfuerzos en denunciar las deterioradas condiciones de las familias pobres urbanas, particularmente mujeres y niños. El MEMCH se vinculó políticamente al k, alianza política que llegó al gobierno en las elecciones presidenciales de 1938. Más tarde, hacia 1944, se realizó el Primer Congreso Nacional de Mujeres en Santiago que dio origen a la Federación Chilena de Instituciones Femeninas (FECHIF), que presidida por Amanda Labarca, se dedicó a sistematizar las demandas en contra de cualquier discriminación hacia la mujer, dirigiendo sus demandas al Congreso Nacional. Por otra parte, en esas décadas se desarrolló una activa campaña de difusión de prensa feminista y de folletos educativos, entre las que se destacan los periódicos Acción Femenina, publicado por el Partido Cívico Femenino, y La Mujer Nueva que editó el MEMCH, entre los años 1935 y 1941, produciendo un cambio en la opinión pública. En síntesis, en la dictación de Ley influyeron una serie de factores políticos, sociales y culturales.

En el texto de la Ley N°9.292, que incluye 85 artículos, se otorgó derecho a voto a la mujer en las elecciones parlamentarias y presidenciales, así como el derecho a ser elegidas en esos cargos. Ello se ve en el inciso 9 del artículo 14 de la ley, que señala que "El Registro Electoral, destinado para las elecciones de Presidente de la República y de Senadores y Diputados, se dividirá en "Registro Electoral de Varones" y "Registro Electoral de Mujeres", y estos Registros, complementados con el "Registro Municipal de Extranjeros", servirán para las elecciones de Municipales".


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