Ley N° 20.820, Crea el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género



La Ley N°20.820, publicada el 20 de marzo de 2015, se titula: “Crea el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, y Modifica Normas Legales que indica”. La norma se dictó en el gobierno de Michelle Bachelet Jeria (2014-2018), y estableció la creación de una institucionalidad con rango de ministerio, dedicada a garantizar los derechos de las mujeres y a promover políticas de equidad de género.

El contexto histórico de esta Ley, se inserta en una larga trayectoria de formación de una institucionalidad tendiente a la promoción de los derechos de las mujeres en Chile. Como señala el Mensaje Presidencial que dio inicio al Proyecto de Ley, “en el año 1969 durante el Gobierno del Presidente Frei Montalva se creó la Oficina Nacional de la Mujer de la Presidencia de la República, dependiente de la Secretaría General de Gobierno. Posteriormente, bajo el mandato del presidente Salvador Allende se creó la Secretaría Nacional de la Mujer. Posterior a dicho período, la referida Secretaría se mantuvo, con el carácter de unidad dependiente de la División de Organizaciones Civiles de la Secretaría General de Gobierno. En 1989 se incorporó a nuestro ordenamiento jurídico interno la “Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer”. De esta manera, y junto a la creación del Servicio Nacional de la Mujer (SERNAM) (Ley N° 19.023, 1991) se confirma un permanente esfuerzo del Estado chileno por dotar de una institucionalidad más sólida al respecto, llevado a cabo por gobiernos de distinta orientación política e ideológica.

Desde la década de 1990 las transformaciones sociales y políticas globales, hicieron más necesaria la demanda por mayor equidad e igualdad entre hombres y mujeres. En Chile, el año 2006 se eligió la primera Presidenta de Chile, Michelle Bachelet (2006-2010; 2014-2018), quién nombró eventualmente gabinetes (cuasi) paritarios y promovió políticas promujer. También, en otro sentido, irrumpió el movimiento social feminista en la esfera pública, pues como señala una autora ”entre 2012 y 2017 la cantidad de protesta feminista en promedio alcanzaba 19 eventos anuales en Chile” .

Debido a estos cambios y en el nivel institucional, la situación de dependencia administrativa del SERNAM respecto del Ministerio de Desarrollo Social, restringía la capacidad de actuación autónoma y las propias facultades del SERNAM, restándole capacidad de influir en el quehacer público, requisito esencial para realizar políticas de género de carácter transversal y permanente. Por ello entonces, se hizo imperiosa la necesidad de crear una estructura administrativa a nivel ministerial. En síntesis, en la dictación de esta Ley intervinieron una serie de factores institucionales, sociales y culturales.

El texto de la Ley N°20.820, que incluye dieciséis artículos permanentes más seis normas transitorias, divididos en cuatro títulos, contiene las principales objetivos, orientaciones y funciones del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.


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