Ley N° 21.216, Sobre Paridad de Género en la Convención Constitucional



La Ley N° 21.216, publicada el 24 de marzo de 2020, se titula: “Modifica la Carta Fundamental para permitir la conformación de pactos electorales de independientes y garantizar la paridad de género en las candidaturas y en la integración del Órgano Constituyente que se conforme para la creación de una Nueva Constitución Política de la República”. La norma se dictó en el gobierno de Sebastián Piñera Echenique (2018-2022).

El contexto histórico de esta Ley se enmarca en una larga trayectoria de formación de una institucionalidad tendiente a la equidad de género, por una parte, y la acción e influencia del movimiento feminista, por otra. Respecto a lo primero, un primer hito lo constituye la creación de la Oficina Nacional de la Mujer de la Presidencia de la República, organizada en 1969 bajo el gobierno de Eduardo Frei Montalva. Durante el gobierno del Presidente Allende, se creó la Secretaría Nacional de la Mujer en 1972 y con el advenimiento del régimen militar de Augusto Pinochet, surgió la Secretaria Nacional de la Mujer. A nivel internacional, en 1979 se firmó la "Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer", que diez años más tarde se incorporó a nuestro sistema jurídico estableciendo ciertas obligaciones para el Estado chileno. De esta manera, y junto a la creación del Servicio Nacional de la Mujer (SERNAM) (Ley N° 19.023, 1991) y del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género (Ley N°20.820, 2015), se confirma un esfuerzo transversal del Estado en esta materia.

Respecto al movimiento social feminista, desde los años 2010 sus acciones empujaron la reforma electoral que puso fin al sistema binominal que incluyó una cuota para la presentación de candidatas mujeres (Ley N°20.840, 2015). Más tarde, el movimiento de 2018 que fue denominado como una “revolución feminista”, puso en la esfera pública con mayor fuerza las demandas por mayor igualdad y justicia, generando a la larga un cambio social y político.

Desde el 18 de octubre de 2019, con el llamado «estallido social», se radicalizó la exigencia por una mayor igualdad de género en el futuro político del país. Más tarde, donde las demandas de las mujeres se hicieron presentes con meridiana claridad, más el “Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución”, se inició un nuevo proceso constituyente que se confirmó con el resultado del plebiscito del 25 de octubre de 2020.

El texto de la Ley N°20.820, que incluye un artículo único correspondiente a la disposición trigésimo novena en la Constitución Política, establece reglas especiales para la elección de representantes mujeres, en la eventualidad de la instalación de una Convención Mixta Constitucional o una Convención Constitucional.


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