Miguel María Guemes Fernández

Reseñas biográficas parlamentarias



Nació en Santiago en 1815.

Se casó y tuvo hijos.

Realizó sus estudios secundarios en el Instituto Nacional. El 4 de diciembre de 1838 se graduó de bachiller en Leyes por la Real Universidad de San Felipe. Entre el 25 de diciembre de 1838 y el 24 de diciembre de 1840 estudió en la Academia de Leyes y Practica Forense. Juró como abogado el 8 de enero de 1841.

Entre 1844 y 1846 fue profesor de Derecho Civil, Canónico y Leyes Patrias. En 1841 fue nombrado profesor de Derecho Romano en el Instituto Nacional, donde se mantuvo hasta 1854. A partir del 23 de abril de 1854 fue designado profesor de Práctica Forense en la Universidad de Chile y en 1856 de Derecho Canónico en el Instituto Nacional. En 1859 fue elegido miembro de la Facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad de Chile y luego miembro de la Faculta de Leyes y Ciencias Políticas de la misma casa de estudios. En 1864 fue elegido miembro de la Facultad de Teología y Ciencias Sagradas de la Universidad de Chile. También fue secretario general de la Universidad de Chile.

Ministro de la Corte Suprema nombrado el 29 de septiembre de 1864. Desempeñó la presidencia interina del máximo tribunal durante el gobierno de Manuel Francisco Montt Torres cuando este último recibió el nombramiento de representante de Chile en el Congreso Americano de Lima en 1865. Permaneció en dicho cargo hasta 1868.

Ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública entre el 9 de julio de 1862 hasta 28 de septiembre de 1864, bajo el gobierno de José Joaquín Pérez Mascayano. Durante la misma presidencia y por ser ministro de Corte fue nombrado Consejero de Estado cargo que desempeñó entre el 25 de septiembre de 1866 y los últimos días de julio de 1868.

Senador propietario período 1864 a 1873. Integró la Comisión Permanente de Negocios Eclesiásticos y la Comisión Conservadora para el receso 1865-1866 y 1866-1867. Falleció en 1868, sin haber terminado su periodo senatorial.

Tras su muerte en 1868, toda su fortuna fue loegada por testamento a instituciones de beneficencia.

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