José Manuel de Astorga Camus

Reseñas biográficas parlamentarias



Hijo de Miguel de Astorga Torres y Mariana Camus Andrade; nació en 1778. Se casó con su sobrina Carmen Zamudio Astorga.

Suscribió el Reglamento Constitucional Provisorio, sancionado en 26 de octubre de 1812.

Participó y firmó la Constitución Política de la República Chilena, jurada y promulgada el 25 de mayo de 1833.

Integró la Junta Suprema Delegada el 7 de septiembre de 1817, junto a Francisco Antonio Pérez Salas como presidente, y al interino Anselmo de la Cruz. Integró la Junta Suprema Delegada (Reintegro) el 30 de septiembre de 1817), junto a Francisco Antonio Pérez como presidente y el coronel de regreso, Luis De la Cruz Goyeneche. También integró la Junta Suprema Delegada (Turno) el 6 de diciembre de 1817, junto al Coronel Luis de la Cruz como presidente y Francisco Antonio Pérez.

Electo diputado suplente por Santiago en el Congreso General de la Nación del 10 de noviembre de 1824 al 11 de mayo de 1825.

Electo diputado en las Asambleas Provinciales de 1829, Asamblea Provincial de Santiago del 31 de mayo de 1829-(?)

Diputado suplente por Linares en el II Congreso Nacional Segundo Período Legislativo, 1° de agosto al 6 de noviembre de 1829. No tuvo ocasión de incorporarse.

Diputado propietario por Aconcagua en el III Congreso Nacional Tercer Período Legislativo, del 1° de junio de 1831 al 11 de marzo de 1834. Fue también electo diputado suplente por Chillán pero se incorporó en representación de Aconcagua, que lo había elegido propietario. Integró la Comisión Permanente de Gobierno y Relaciones Exteriores, y la de Hacienda, Comercio y Artes.

Diputado en las Asambleas Provinciales de 1831, Asamblea Provincial de Santiago, del 13 de marzo de 1831 a marzo de 1833. Fue vicepresidente de la Asamblea entre el 13 de mayo al 23 de junio de 1831.

Electo diputado propietario por San Felipe período 1834-1837. Asumió la vicepresidencia el 12 de agosto de 1836. Integró la Comisión Permanente de Negocios Eclesiásticos.

Reelecto diputado propietario por Los Andes, periodo 1837- 1840, integró la Comisión Eclesiástica.

El 19 de octubre de 1861 se dictó una ley que "le concede por gracia la cantidad de 800 pesos en dinero efectivo, por principal e intereses de un capital de 500 pesos que prestó al Supremo Gobierno en 1828".

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