José Agustín Cabezas

Reseñas biográficas parlamentarias



José Agustín Cabezas. No encontramos información sobre su filiación. El 24 de marzo de 1808 fue nombrado administrador de correos de la villa de San Ambrosio de Vallenar, por el gobernador Luis Muñoz de Guzmán.

El 1 de enero de 1813, en la sala del ayuntamiento de Vallenar, se procedió a elegir a los miembros del Cabildo local, en la ocasión fue elegido procurador general.

Fue partidario de la causa patriota. Instaurado el gobierno tras el triunfo en Chacabuco, en el mes de mayo de 1817 dirige una carta a Hilarión de la Quintana, Director Supremo Delegado, relatando los sufrimientos que padeció durante la Reconquista española: “La persecución que he sufrido por treinta meses, yo depuesto de mi empleo, desterrado al punto infeliz de Barraza, insultado por todos modos y reducidos casi a la mendicidad, porque privado de mi empleo y destrozados mis bienes fui recargado con la contribución de dos mil seiscientos pesos…”. Ese mes fue reintegrado a su cargo de administrador de correos.

En la “Gazeta Ministerial de Chile” de 9 de mayo de 1918 se señala que: “ha dado para el consumo de la tropa seis piezas de báfetas finas y dos de irlandas (ambos tipos de géneros)”.

Fue diputado por Vallenar, en la Asamblea Provincial de Coquimbo, entre el 26 de junio de 1825 y 12 de noviembre de 1826. Fue vicepresidente de la Asamblea, 12 de mayo de 1826. Junto con otros parlamentarios de dicha Asamblea, el 6 de octubre de ese año, firmaron una declaración de adhesión al del sistema federal.
Diputado por Huasco, en la Asamblea Provincial de Coquimbo, en 1831. Su suplente fue Antonio Cordovez. En esta calidad inicia las gestiones para obtener que Vallenar tenga el título de ciudad. Entre los antecedentes que proporciona a favor de su petición fueron: “Los considerables ingresos al erario nacional que reportaba la rica producción de plata, oro y cobre existente en Vallenar, el aumento de sus edificios y las construcciones de la Casa Consistorial, escuelas, cuartel de guarnición, cárcel, el magnifico templo y la radicación de 280 familias”. La ley respectiva fue promulgada el 24 de octubre de 1834.

En 1848 aparece el libro “Viaje a Jerusalén por un ciudadano de la América del Sur a fines del año 1845, publicado con otros curiosos apuntes por don José Agustín Cabezas”, del que no sabemos si fue autor.
No tenemos datos sobre la fecha de su fallecimiento.

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