Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I.- ASISTENCIA
- II.- APERTURA DE LA SESION.
- III.- TRAMITACION DE ACTAS.
- IV.- LECTURA DE LA CUENTA.
- LECTURA DE LA CUENTA
- INCONSTITUCIONALIDAD DE DIVERSOS PRECEPTOS DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA 1972. OFICIO.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Juan Patricio Jose Hamilton Depassier
- ACUERDOS DE COMITE.
- PRORROGA DE LA DISCUSION DE ASUNTOS DE GRACIA.
- PLAZO PARA EL DESPACHO DEL PROYECTO QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE INDIGENAS.
- PRESTAMOS DE AUXILIO PARA EMPLEADOS JUBILADOS. PREFERENCIA.
- V.- ORDEN DEL DIA.
- NORMAS PARA SOLUCIONAR CONFLICTO SUSCITADO EN LA UNIVERSIDAD DE CHILE.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ricardo Ferrando Keun
- INTERVENCIÓN : Rafael Agustin Gumucio Vives
- INTERVENCIÓN : Alberto Baltra Cortes
- INTERVENCIÓN : Pedro Ibanez Ojeda
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo Elorza
- INTERVENCIÓN : Jorge Antonio Montes Moraga
- INTERVENCIÓN : Osvaldo Opelio Olguin Zapata
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo Elorza
- ANTICIPO DE REAJUSTE A SECTOR PÚBLICO PARA 1972.
- AUMENTO DE PLANTA DE OFICIALES Y EMPLEADOS CIVII.ES DE LA FUERZA AEREA DE CHILE.
- PROPOSICIONES DE ARCHIVO
- EXIGENCIAS DE EDAD MAXIMA SEÑALADAS POR LEY DE LEGITIMACION ADOPTIVA.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Alberto Baltra Cortes
- AUTORIZACION A MUNICIPALIDAD DE YUMBEL PARA COBRAR PEAJE.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Luis Fernando Luengo Escalona
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo Elorza
- INTERVENCIÓN : Pedro Ibanez Ojeda
- INTERVENCIÓN : Alfredo Macario Lorca Valencia
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo Elorza
- FRANQUICIAS DE INTERNACION PARA BUS DESTINADO A UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE.
- CONDONACION DE CANTIDADES PERCIBIDAS EN EXCESO POR FUNCIONARIOS DEL INSTITUTO DE SEGUROS DEL ESTADO.
- IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE AUTOMOVII.ES EN BENEFICIO DE LA FEDERACION CHILENA DE AUTOMOVII.ISMO DEPORTIVO.
- OFICIALES DE LINEA DE LAS FUERZAS ARMADAS QUE PASARAN A LOS ESCALAFONES DE COMPLEMENTO.
- DENOMINACION DE PABLO NERUDA A LICEO DE HOMBRE N° 1 DE TEMUCO.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Ricardo Ferrando Keun
- INTERVENCIÓN : Alberto Baltra Cortes
- DESIGNACION DE GOBERNADOR SUPLENTE ANTE FONDO MONETARIO INTERNACIONAL Y BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO.
- MODIFICACION DE LEY ORGANICA DE LA CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES.
- SESION SECRETA.
- NORMAS PARA SOLUCIONAR CONFLICTO SUSCITADO EN LA UNIVERSIDAD DE CHILE.
- VI.- TIEMPO DE VOTACIONES.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- ANEXOS.
- 1.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN PRIMER TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE DISPONE QUE LA CAJA DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS INVERTIRA EN CAR EL APORTE DEL 8, 33% DE LOS EMPLEADORES.
- 2.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA LA LEY N° 15.266, EN LO RELATIVO AL ENVIO DE PERSONAS AL EXTRANJERO EN REPRESENTACION DEL PAIS.
- 3.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA LA LEY N° 7.821, SOBRE REMISION CONDICIONAL DE LA PENA.
- 4.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA EL D. F. L. N° 286, DE 1960, ORGANICO DEL SERVICIO MEDICO NACIONAL DE EMPLEADOS, A FIN DE QUE ESTE PUEDA DELEGAR LA ATENCION DE MEDICINA PREVENTIVA EN EL SERVICIO NACIONAL DE SALUD.
- 5.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE CIERTAS NORMAS EN FAVOR DE DETERMINADOS FUNCIONARIOS DE LA EMPRESA DE COMERCIO AGRICOLA.
- 6.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE OTORGA UN ANTICIPO DE REAJUSTE DE REMUNERACIONES A LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO PARA ENERO DE 1972.
- 7.- INFORME DE LA COMISION DE EDUCACION PÚBLICA, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MENSAJE DEL EJECUTIVO, QUE ESTABLECE NORMAS PARA LA SOLUCION DEL CONFLICTO SUSCITADO EN LA UNIVERSIDAD DE CHILE.
- 8.- INFORME DE LA COMISION DE DEFENSA NACIONAL RECAIDO EN EL MENSAJE DEL EJECUTIVO EN QUE PROPONE UN PROYECTO DE LEY QUE AUMENTA LA PLANTA DE OFICIALES Y EMPLEADOS CIVII.ES DE LA FUERZA AEREA DE CHILE.
- 9.- INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN EL MENSAJE DEL EJECUTIVO EN QUE PROPONE UN PROYECTO DE LEY QUE AUMENTA LA PLANTA DE OFICIALES Y EMPLEADOS CIVII.ES DE LA FUERZA AEREA DE CHILE.
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPUBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACION OFICIAL.
LEGISLATURA 314ª, EXTRAORDINARIA.
Sesión 48ª, en martes 11 de enero de 1972.
Ordinaria.
(De 16. 13 a 18. 30).
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES PATRICIO AYLWIN AZOCAR, PRESIDENTE; RICARDO FERRANDO KEUN, VICEPRESIDENTE, Y TOMAS REYES VICUÑA, PRESIDENTE ACCIDENTAL.
SECRETARIO, EL SEÑOR PELAGIO FIGUEROA TORO.
INDICE.
Versión taquigráfica.
I.- ASISTENCIA 2512
II.- APERTURA DE LA SESION 2512
III.- TRAMITACION DE ACTAS 2512
IV.- LECTURA DE LA CUENTA 2512
Inconstitucionalidad de diversos preceptos del proyecto de ley de presupuestos para 1972. Oficio 2516
Acuerdos de Comités 2516
Prórroga de la discusión de asuntos de gracia 2517
Plazo para el despacho del proyecto que establece normas sobre indígenas 2518
Préstamos de auxilio para empleados jubilados. Preferencia 2518
V.- ORDEN DEL DIA:
Proyecto de ley, en primer trámite, que establece normas para solucionar conflicto suscitado en la Universidad de Chile (se aprueba) 2518
Proyecto de ley, en segundo trámite, que otorga un anticipo de reajuste a sectores público y privado para 1972 (se aprueba) 2527
Proyecto de ley, en primer trámite, que aumenta la Planta de Oficiales y Empleados de la Fuerza Aérea de Chile, (se aprueba) 2527
Proposiciones de archivó (se aprueban) 2528
Proyecto de ley, en primer trámite, que establece exigencias de edad máxima señaladas por ley de legitimación adoptiva (se aprueba) 2528
Proyecto de ley, en segundo trámite, que autoriza a la Municipalidad de Yumbel para cobrar peaje (se aprueba) 2530
Proyecto de ley, en segundo trámite, que libera de derechos la internación de un bus destinado a la Universidad Austral de Chile (se aprueba) 2533
Proyecto de ley, en segundo trámite, que condona cantidades percibidas en exceso por funcionarios del Instituto de Seguros del Estado (se aprueba) 2533
Observaciones al proyecto que establece un impuesto a la transferencia de automóVII.es en beneficio de la Federación Chilena de AutomoVII.ismo Deportivo (quedan pendientes) 2534
Proyecto de ley, en tercer trámite, que fija el número de oficiales de línea de las Fuerzas Armadas que pasarán a los escalafones de complemento (se aprueba) 2534
Proyecto de ley, en primer trámite, que denomina Pablo Neruda al Liceo de Hombres N° 1, de Temuco (se aprueba) 2535
Designación de Gobernador Suplente ante Fondo Monetario Internacional y Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento (se aprueba) 2537
Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica la ley orgánica dela Caja de Previsión de Empleados Particulares (se aprueba)... 2537
Sesión secreta 2538
VI.- TIEMPO DE VOTACIONES:
Publicación de debate sobre proyecto que soluciona conflicto suscitado en la Universidad de Chile (se aprueba) 2538
Anexos.
DOCUMENTOS:
1.- Observaciones, en primer trámite, al proyecto que establece que la Caja de Empleados Públicos y Periodistas invertirá en certificados de ahorro del Banco Central de Chile, los fondos percibidos por concepto del aporte del 8,33% de los empleadores 2539
2.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica la ley N° 15.266, en lo relativo al envío de personas al extranjero en representación del país 2540
3.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica la ley N° 7.821, sobre remisión condicional de la pena 2540
4.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que modifica el D. F. L. N° 286 de 1960, orgánico del Servicio Médico Nacional de Empleados, con el objeto de que éste pueda delegar la atención de medicina preventiva en el Servicio Nacional de Salud 2541
5.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que establece ciertas normas a favor de determinados funcionarios de la Empresa de Comercio Agrícola 2541
6.- Informe de la Comisión de Gobierno, recaído en el proyecto que otorga un anticipo de reajuste de remuneraciones al sector público para enero de 1972 2542
7.- Informe de la Comisión de Educación Pública recaído en el proyecto que establece normas para la solución del conflicto suscitado en la Universidad de Chile 2546
8.- Informe de la Comisión de Defensa Nacional recaído en el proyecto que aumenta la Planta de Oficiales y Empleados de la Fuerza Aérea de Chile 2555
9.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto que aumenta la Planta de Oficiales y Empleados de la Fuerza Aérea de Chile 2590
VERSION TAQUIGRAFICA.
I.-ASISTENCIA
Asistieron los señores:
Acuña Rosas, AméricoAguirre Doolan, HumbertoAylwin Azócar, PatricioBaltra Cortés, AlbertoBulnes Sanfuentes, FranciscoCarmona Peralta, Juan de DiosContreras Tapia, VíctorChadwick Valdés, TomásFerrando Keun, RicardoFoncea Aedo, JoséFuentealba Moena, RenánGumucio Vives, Rafael AgustínHamilton Depassier, JuanIbáñez Ojeda, PedroLorca Valencia, AlfredoLuengo Escalona, Luis FernandoMiranda Ramírez, HugoMontes Moraga, JorgeMusalem Saffie, JoséNoemi Huerta, AlejandroOlguín Zapata, OsvaldoPablo Elorza, TomásPapic Ramos, LuisPrado Casas, BenjamínReyes Vicuña, TomásSilva Ulloa, RamónTarud Sivvady, Rafael, y
Teitelboim Volosky, Volodia.
Actuó de Secretario el señor Pelagio Figueroa Toro y de Prosecretario el señor Daniel Egas Matamala.
II.-APERTURA DE LA SESION.
Se abrió la sesión a las 16. 13, en presencia de 17 señores Senadores.
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III.-TRAMITACION DE ACTAS.
Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 45ª y 46ª, que no han sido observadas.
El acta de la sesión 47ª queda en Secretaria a disposición de los señores Senadores hasta la sesión próxima para su aprobación.
(Véanse en el Boletín las actas aprobadas).
IV.-LECTURA DE LA CUENTA.
El señor AYLWIN (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor PROSECRETARIO.- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes.
Dieciséis de Su Excelencia el Presidente de la República.
Con los tres primeros, incluye entre las materias en que puede ocuparse el Congreso Nacional durante la actual legislatura extraordinaria los siguientes proyectos de ley:
1) El que beneficia, por gracia, a doña Uberlinda del Carmen Torres viuda de Heresmann (Cámara de Diputados, segundo trámite).
2) El que beneficia, por gracia, a doña Silvia Aedo viuda de Pinochet (Senado, segundo trámite, pendiente en la Comisión de Asuntos de Gracia).
3) El que modifica el artículo 84 de la ley N° 17.272.
4) El que autoriza al Presidente de la República para destinar fondos a la adquisición del bien raíz en que nació Pablo Neruda (Senado, segundo trámite, pendiente en la Comisión de Educación Pública y en la de Hacienda, en su caso).
5) El que autoriza la erección de un monumento a la memoria de don Ambrosio O’Higgins, en la ciudad de Los Andes (Senado, segundo trámite, pendiente en la Comisión de Gobierno y en la de Hacienda, en su caso).
6) El que deroga las disposiciones legales que suprimen los derechos previsionales como sanción por delitos cometidos (Senado, primer trámite, pendiente en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento).
7) El que crea el Colegio de Agentes Comerciales (Cámara de Diputados, primer trámite).
Con los dos que siguen, retira de entre los asuntos en que puede ocuparse el Congreso Nacional durante la actual legislatura extraordinaria, los proyectos de ley que se indican:
1) El que establece que la Caja de Empleados Públicos y Periodistas otorgará un préstamo a los agentes postales subvencionados para enterar sus imposiciones (Senado, segundo trámite, pendiente en la Comisión de Trabajo y Previsión Social).
2) El que fija nuevos límites para el territorio jurisdiccional de la Municipalidad de Curicó (Senado, segundo trámite, pendiente en la Comisión de Gobierno).
Se manda archivarlos.
Con el sexto, hace presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que otorga un anticipo de reajuste al sector público para el mes de enero de 1972.
El señor AGUIRRE DOOLAN.- Propongo calificar de discusión inmediata la urgencia hecha presente por el Ejecutivo a esta iniciativa.
El señor AYLWIN (Presidente).- Si le parece a la Sala, se calificará de discusión inmediata la urgencia.
Acordado.
El señor PROSECRETARIO.- Con los dos siguientes retira y hace presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica la legislación que reprime el tráfico de estupefacientes.
Queda retirada la urgencia y la nueva se califica de simple.
Con el noveno, incluye entre las materias en que puede ocuparse el Congreso Nacional durante la actual legislatura extraordinaria y le concede el patrocinio necesario para tramitarlo, el proyecto de ley, iniciado en moción del Senador señor Sule, que autoriza la importación de diversos elementos donados a la Parroquia Nuestra Señora del Carmen de Chimbarongo, y los libera de derechos de internación.
Se manda agregarlo a sus antecedentes.
Con el décimo, formula observaciones al proyecto de ley que establece que la Caja de Empleados Públicos y Periodistas invertirá en certificados de ahorro del Banco Central de Chile, los fondos percibidos por concepto del aporte del 8, 33% de los empleadores (véase en los Anexos, documento 1).
Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Con los seis últimos, solicita el acuerdo constitucional necesario para conferir los siguientes ascensos en las Fuerzas Armadas:
1) A General de Aviación, el General de Brigada Aérea señor Jorge Gustavo Leigh Guzmán.
2) A General de Brigada, el Coronel señor Carlos Forestier Haensgen.
3) A Coronel, el Teniente Coronel señor Eugenio Rivera Desgroux.
4) A Coronel de Aviación, los Comandantes de Grupo señores:
Eduardo Enrique Fornet FernándezFernando Jorge Matthei Aubel, y
Freddy Enrique Ruiz Bunger
Pasan a la Comisión de Defensa Nacional.
Oficios.
Cinco de la Cámara de Diputados. Con el primero, comunica que ha declarado admisible la proposición de acusación constitucional deducida por diez señores Diputados en contra del señor Ministro del Interior, señor José Tohá González, y, en consecuencia, ha nombrado una Comisión integrada por los Diputados señores Fernando Maturana Erbetta, Rafael Señoret Lapsley y Alberto Zaldívar Larraín para que la formalicen y prosigan ante esta Corporación.
El señor AYLWIN (Presidente).- Si le parece a la Sala, el procedimiento en la acusación se iniciará el martes próximo.
Acordado.
El señor PROSECRETARIO.- Con los cuatro que siguen, comunica que ha tenido a bien prestar su aprobación a los proyectos de ley que se indican:
1) El que modifica la ley N° 15.266, en lo relativo al envío de personas al extranjero en representación del país (véase en los Anexos, documento 2).
Pasa a la Comisión de Relaciones Exteriores.
2) El que modifica la ley N° 7. 821, sobre remisión condicional de la pena (véase en los Anexos, documento 3).
Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
3) El que modifica el D. F. L. N° 286 de 1960, Orgánico del Servicio Médico Nacional de Empleados, con el objeto de que éste pueda delegar la atención de medicina preventiva en el Servicio Nacional de Salud (véase en los Anexos, documento 4).
Pasa a la Comisión de Salud Pública.
4) El que establece ciertas normas a favor de determinados funcionarios de la Empresa de Comercio Agrícola (véase en los Anexos, documento 5).
Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Cuatro del señor Presidente del Tribunal Constitucional.
Con el primero, remite copia de la presentación efectuada por Su Excelencia el Presidente de la República en relación con la constitucionalidad de diversas disposiciones del proyecto de ley que modifica las normas sobre arrendamiento de habitaciones y locales comerciales.
El señor AYLWIN (Presidente).- Sobre el particular, la Mesa informó a los Comités que solicitó al Tribunal Constitucional ampliación del plazo en atención a que éste vencía el domingo pasado, y que el Tribunal lo prorrogó hasta el jueves 13 del presente.
La Mesa pidió al Secretario de la Comisión que conoció de ese proyecto, señor Jorge Tapia, preparar un estudio sobre la materia; por lo tanto, solicita la autorización de la Sala para proporcionar al Tribunal Constitucional los antecedentes de hecho y de derecho que se estimen necesarios para que los considere al fallar la cuestión constitucional planteada por el Ejecutivo.
Si le parece a la Sala, así se acordará.
Acordado.
El señor PROSECRETARIO.- Con el segundo, comunica que ese Tribunal ha accedido a prorrogar hasta el jueves 13 del presente el plazo de que dispone el Senado para responder al requerimiento a que alude el párrafo anterior.
Se manda agregarlo a sus antecedentes.
Con el tercero, acompaña copia de una presentación de Su Excelencia el Presidente de la República relativa al requerimiento para que se declare la inconstitucionalidad de diversos preceptos del proyecto de ley de Presupuesto para 1972.
Con el último, transcribe la providencia recaída en el oficio que contiene las observaciones de esta Corporación al requerimiento de Su Excelencia el Presidente de la República para que se declare la inconstitucionalidad de diversas disposiciones del proyecto de ley de Presupuesto para 1972.
Se manda agregarlos a sus antecedentes.
Veinte, de los señores Presidentes de la Corte de Apelaciones de Iquique, Ministros de Educación Pública, de Justicia, de Obras Públicas y Transportes, de Tierras y Colonización, y de Salud Pública, y del señor Subsecretario del Interior, con los cuales dan respuesta a las peticiones que se indican, formuladas por los Honorables Senadores señores Acuña (1), Aguirre Doolan (2), Carmona (3), Contreras (4), Foncea (5), Fuentealba (6), Jerez (7), Lorca (8), Morales Adriasola (9), Ochagavía (10) y Valente (11):
1) Planta elevadora de agua en Puerto Varas.
2) Reparación de camino entre Lirquén y Concepción
3) Asignación de zona a obreros de obras públicas en Tarapacá y Antofagasta.
4) Detención de las personas que indica.
5) Construcción de puente en Talca.
Construcción de cuartel para Segunda Compañía de Bomberos de Talca. Cesión de predio a la Sociedad Colonias Escolares de Curicó.
6) Plaza de profesor en Escuela N° 111 de Biobío.
7) Construcción de Escuela N° 101 en Ñuble.
Agua potable en Penco. Locomoción colectiva entre Concepción y Penco.
8) Acuerdos de bloque austral de Cámaras de Comercio. Nombramiento de personal en Posta Puerto Guadal.
9) Construcción de puente en Río Mañihuales, Aisén.
10) Obras públicas en Aisén.
Desperfecto del telégrafo de Puerto Guadal.
Reparación de muelle de Ancud. Construcción de molo de atraque en Quellón.
11) Ubicación del Instituto Técnico Industrial de Recursos del Mar y Construcción Naval.
Transcripción de la resolución judicial que señala.
Quedan a disposición de los señores Senadores.
Uno del señor Contralor General de la República, con el que comunica que ha tomado razón del decreto de insistencia N° 486 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que designa Director de la Empresa Portuaria de Chile a don Luis Arcadio Enríquez Quinteros.
Queda a disposición de los señores Senadores.
Uno del señor Director del Registro Electoral, con el que remite copia de la resolución de esa Dirección que declara la existencia legal del Partido Izquierda Radical.
Se manda archivarlo.
Informes.
Uno de la Comisión de Gobierno, recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que otorga un anticipo de reajuste de remuneraciones al sector público para enero de 1972 (véase en los Anexos, documento 6).
Uno de la Comisión de Educación Pública, recaído en el proyecto de ley, iniciado en mensaje del Ejecutivo, que establece normas para la solución del conflicto suscitado en la Universidad de Chile (véase en los Anexos, documento 7).
Uno de la Comisión de Defensa Nacional y otro de la de Hacienda, recaídos en el proyecto de ley, iniciado en mensaje del Ejecutivo, que aumenta la Planta de Oficiales y Empleados de la Fuerza Aérea de Chile (véanse en los Anexos, documentos 8 y 9).
Quedan para tabla
Moción.
Una del Honorable Senador señor Ferrando, con la que inicia un proyecto de ley que beneficia, por gracia, a doña Adela González Torres.
Se manda comunicarla a Su Excelencia el Presidente de la República para los efectos del patrocinio constitucional necesario.
Cuentas de Tesorerías.
El señor Prosecretario y Tesorero del Senado presenta las Cuentas de Tesorería correspondientes al segundo semestre de 1971.
Pasa a la Comisión de Policía interior.
El señor HAMILTON.- Pido la palabra sobre la Cuenta.
El señor AYLWIN (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
INCONSTITUCIONALIDAD DE DIVERSOS PRECEPTOS DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA 1972. OFICIO.
El señor HAMILTON.-
Se ha dado cuenta de una comunicación enviada por el Presidente del Tribunal Constitucional en la cual acompaña una copia de la presentación del Presidente de la República relativa al requerimiento para que se declare la inconstitucionalidad de diversos preceptos del proyecto de ley de Presupuesto para 1972.
Nosotros hemos estimado que el plazo de las notificaciones hechas a esta Corporación debe computarse desde el momento en que se da cuenta a la Sala del oficio respectivo.
De este oficio se ha dado cuenta no pudo hacerse antes- después de vencido el plazo que ese mismo Tribunal dio al Senado para contestar a la presentación de inconstitucionalidad del Presidente de la República.
Por tal motivo, propongo oficiar al Tribunal Constitucional informándolo de la oportunidad en que esta Corporación tomó conocimiento de esa presentación.
En la contestación dada por el Senado se hizo referencia al documento respectivo, porque se recibió físicamente antes. En todo caso, puede oficiarse en nombre de Su Señoría dejándose constancia de que el Senado tomó conocimiento oficialmente de esa presentación sólo hoy día.
En nombre del Comité Demócrata Cristiano.
Si le parece a la Sala, se enviará el oficio solicitado por el señor Senador, en nombre del Comité Demócrata Cristiano.
Acordado.
ACUERDOS DE COMITE.
Se va a dar cuenta de los acuerdos de Comités.
En sesión celebrada hoy día, los Comités adoptaron los siguientes acuerdos:
1.- Modificar la tabla de la sesión ordinaria de hoy, alterando su orden e incluyendo nuevos asuntos. En consecuencia, ésta ha quedado como sigue:
1°.- Proyecto de ley sobre normas para solucionar el conflicto suscitado en la Universidad de Chile, con informe de la Comisión de Educación Pública.
2°.- Proyecto de ley que otorga un anticipo del reajuste para 1972, con informe de la Comisión de Hacienda.
3°.- Proyecto de ley que aumenta la Planta de Oficiales y Empleados de la Fuerza Aérea de Chile, con informe de las Comisiones de Hacienda y de Defensa Nacional.
4°.- Proposiciones de Archivo formuladas por diversas Comisiones.
5°.- Proyecto de ley que modifica la legislación sobre legitimación adoptiva.
A continuación, los asuntos que figuran en la tabla de hoy, en su orden, con excepción del que modifica diversas disposiciones del Código Penal y del que modifica los artículos 39, 56 y 72 de la Carta Fundamental.
6°.- Proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Yumbel para cobrar peaje, cuya urgencia vence el 21 de este mes, y
7°.- Asuntos de gracia.
Se acordó, asimismo, prorrogar el Orden del Día en una hora y destinar sus últimos 10 minutos al despacho de los asuntos de gracia.
2.- Proponer a la Sala el día martes próximo, 18 del actual, como fecha para iniciar el procedimiento en la acusación entablada contra el señor Ministro del Interior, don José Tohá.
3.- Dejar sin efecto la sesión ordinaria que debía celebrar el Senado en el día de mañana, miércoles 12 del actual.
4.- Facultar a la Mesa para que proporcione al Tribunal Constitucional todos los antecedentes de hecho y de derecho que estime necesarios, frente al requerimiento de Su Excelencia el Presidente de la República sobre posible inconstitucionalidad de determinadas disposiciones del proyecto de ley sobre modificación de la legislación de la ley de Arrendamiento.
5.- Autorizar a la Comisión de Agricultura y Colonización para que, en nombre de los Comités del Senado, solicite del Ejecutivo el retiro de las urgencias hechas presentes para los siguientes asuntos:
a) Proyecto de ley que establece normas sobre indígenas, y
b) Proyecto de ley que establece normas sobre administración y constitución de la propiedad y otorgamiento de título gratuito de dominio en terrenos fiscales.
6.- Tramitar a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento el proyecto de ley que establece normas sobre indígenas.
PRORROGA DE LA DISCUSION DE ASUNTOS DE GRACIA.
¿Me permite, señor Presidente?
Deseo saber si es posible que todas las pensiones de gracia se traten la próxima semana.
Hubo acuerdo de los Comités para despacharlas, como se acaba de dar cuenta, en los últimos diez minutos del Orden del Día de esta sesión.
Sé que hubo acuerdo de los Comités en tal sentido, pero pregunto si acaso un Senador puede oponerse.
Siendo acuerdo unánime de los Comités, no cabe oposición, señor Senador.
Ahora estamos despachando muchas pensiones de gracia, pero resulta que la unanimidad de los parlamentarios formulamos una petición en el sentido de incluir en la convocatoria un proyecto de pensión de gracia, la que aún no acoge el Ejecutivo. Por eso, quería proponer que todas ellas se trataran la semana venidera.
Según el artículo 20 del Reglamento, ningún Senador podrá oponerse a los acuerdos adoptados por la unanimidad de los Comités, y la oposición que se haga se tendrá por no formulada y no será admitida a debate.
Entonces, reglamentariamente no cabe acoger mi petición. En todo caso, yo simplemente preguntaba acerca de la posibilidad de tratar las pensiones de gracia en la próxima semana.
Según el Reglamento, no existe ninguna posibilidad de aceptar su proposición, señor Senador.
PLAZO PARA EL DESPACHO DEL PROYECTO QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE INDIGENAS.
Acabo de escuchar que los Comités acordaron tramitar a la Comisión de Constitución el proyecto que establecer normas sobre indígenas. Quisiera saber cuáles son los plazos especiales que están corriendo para despachar esta iniciativa, porque ignoro si realmente podremos...
Los Comités acordaron solicitar al Ejecutivo el retiro de la urgencia para el despacho de este proyecto, que vence el 21 de este mes, porque se le han formulado 197 indicaciones, y, según informó el señor Presidente de la Comisión de Agricultura, que estudia el proyecto, algunas materias planteadas, las relativas a las atribuciones que se entregan a los tribunales de justicia respecto de las antiguas funciones de los tribunales de indios, requerirían el informe especializado de la Comisión de Legislación. Entonces, pidió a los Comités, y éstos así lo resolvieron, que acordaran tramitar a dicha Comisión el proyecto, una vez informado por la Comisión de Agricultura, siempre que se produjera el retiro de la urgencia.
Así es, exactamente.
Así quedó claramente establecido. De otro modo, no sería posible, porque no habría físicamente plazo para despachar el proyecto.
PRESTAMOS DE AUXILIO PARA EMPLEADOS JUBILADOS. PREFERENCIA.
Quiero saber si es posible despachar en esta sesión un proyecto iniciado en mensaje del Ejecutivo y aprobado por unanimidad por la Cámara de Diputados. Es bastante simple: sólo tiene por objeto permitir a los empleados jubilados obtener préstamos de auxilio hasta de tres sueldos vitales y no limitados, como sucede hoy día, a un sueldo vital. Cabe hacer presente que los empleados en actividad pueden pedir préstamos de auxilio hasta de seis sueldos vitales.
Dicha iniciativa no tiene informe de Comisión.
Como la iniciativa a que se refiere Su Señoría no tiene informe y no figura en la tabla, se necesita acuerdo unánime de los Comités para incluirla en ella y tratarla en esta sesión.
V.-ORDEN DEL DIA.
NORMAS PARA SOLUCIONAR CONFLICTO SUSCITADO EN LA UNIVERSIDAD DE CHILE.
señor FIGUEROA (Secretario).-
En conformidad a los acuerdos adoptados por los Comités, corresponde tratar en primer lugar el proyecto, iniciado en mensaje del Ejecutivo, que establece normas para la solución del conflicto suscitado en la Universidad de Chile.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 46ª en 4 de enero de 1972.
Informe de Comisión:
Educación Pública, sesión 48ª, en 11 de enero de 1972.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión de Educación Pública, en informe suscrito por los Honorables señores Ferrando (Presidente), Baltra, Ibáñes y Pablo, recomienda a la Sala aprobar el proyecto en los términos que indica.
En discusión general.
Ofrezco la palabra.
El señor FERRANDO.-
La Comisión de Educación Pública se reunió para conocer este proyecto, iniciado en un mensaje del Presidente de la República, con el ánimo de resolver, mediante él, el conflicto suscitado en la Universidad de Chile, que se prolongó por un período bastante largo y que, se puede decir, ha conmovido a todos los elementos culturales del país.
Nosotros, que tuvimos la obligación do participar en la dictación del estatuto que reglamenta la vida de la Universidad de Chile, donde se establecen las distintas formas a través de las cuales deben operar las autoridades, las funciones que a cada una de ellas corresponden, el desarrollo de la vida universitaria y su nueva organización, a fin de ponerlo a tono con la época, creíamos posible que mediante el mecanismo directo consignado en ese estatuto podría encontrarse una solución al grave conflicto que afectaba a la vida del principal plantel universitario de la República: la Universidad de Chile.
Miramos el conflicto que ella ha vivido con verdadera inquietud y pesar, por ser la casa donde muchos de nosotros recibimos la cultura superior y el título profesional que nos ha permitido trabajar con su resguardo; por el cariño que nosotros le tenemos debido a que constituye una de las instituciones culturales más antiguas del país; por lo que representa en el concierto de la historia universitaria latinoamericana; en fin, por ser un plantel que, por múltiples razones, merece de parte de todos los Senadores, de todo chileno, una consideración muy particular y especial. Nos afligían, pues, el estado en que se encontraba, la desorganización interna con que se manejaba en el último tiempo, y, por último, la prácticamente casi irreductible posición de los elementos que representaban criterios en pugna, que impedía llegar a una solución en ese establecimiento de educación superior.
Con la voluntad y la participación de distintas personas se encontró finalmente una fórmula para llegar a la solución del conflicto que en el momento interrumpía la vida normal de la Universidad de Chile. Pero para llegar a tal solución era indispensable introducir algunas modificaciones transitorias, momentáneas, ad hoc para este caso, al Estatuto de la Universidad de Chile, recientemente promulgado. Con ese objeto el Presidente de la República envió este mensaje, que permitirá que en la segunda quincena del mes de abril de este año puedan realizarse en la Universidad de Chile, simultáneamente, elecciones pluripersonales, en el caso de los miembros del Consejo Normativo Superior, de autoridades unipersonales y un plebiscito de consulta que resuelva los problemas que más dificultades han provocado en la vida interna universitaria.
Se encuentra en poder de los señores Senadores el proyecto en debate, informado por la Comisión de Educación Pública, que celebró dos sesiones, con la asistencia de representantes de la Universidad de Chile, y, además de sus miembros, con la de otros señores Senadores, como los Honorables señores Osvaldo Olguín y Rafael Agustín Gumucio.
Me alegro de la solución a que se ha llegado. La sola presentación de este proyecto y su aprobación por la Comisión de Educación del Senado inmediatamente hizo desaparecer el ambiente anormal en que vivía la Universidad, produjo la entrega de las escuelas y creó la posibilidad de buscar algún acomodo para terminar el año lectivo de 1971.
Creo que el paso dado es interesante en ese sentido, y hacemos votos muy sinceros por que ojalá esta casa de estudios encuentre en su Estatuto el medio a través del cual pueda orientar su vida, su organización, sus atribuciones y administración, a fin de entregar cada día mejores frutos al país, que es el que, en definitiva, se mira en este plantel de educación superior, en el cual se encuentran fundadas y legítimas esperanzas de un porvenir mejor en cuanto a los técnicos, profesionales e investigadores que el país necesita y que la cultura del siglo veinte está requiriendo de toda comunidad organizada.
Es cuanto tenía que decir.
El señor GUMUCIO.-
Seré muy breve, porque hay interés en despachar prontamente esta iniciativa.
Como lo ha hecho presente el Honorable señor Ferrando, la verdad es que el conflicto universitario tenía una gravedad que trascendía en mucho de la propia Universidad, y sus consecuencias alcanzaban a todo el país. Por lo tanto, en el último tiempo existió preocupación verdadera en diversos círculos por buscar una solución al problema.
Quisiera destacar, en primer lugar, la actitud del Ejecutivo, representado por el Presidente de la República, que mantuvo durante todo el conflicto una posición inalterable en el sentido de no atropellar la autonomía universitaria. Su acción se limitó a buscar la manera de que se estableciera contacto entre las tendencias en lucha dentro de la Universidad, y fue así como se hizo posible que funcionara una Comisión que buscara solución al problema existente. En ella actuaron fundamentalmente profesores de la Universidad de Chile, entre quienes deseo destacar la actuación de los profesores señores Francisco Cumplido, Fernando Vargas, doctor Balladares y Astolfo Tapia. La verdad es que ellos, con su amplio espíritu de buscar una salida al conflicto pendiente, fueron el eje que permitió la posibilidad de un arreglo. Al mismo tiempo, actuaron algunos políticos, como el Honorable señor Olguín, el Diputado señor Leighton y el Senador que habla, con el propósito de colaborar a la solución de la crisis. Antes que yo interviniera en esa Comisión, el Honorable señor Jerez tuvo participación muy directa en la materia.
El resultado a que llegó esa Comisión no significó en absoluto el triunfo de una tendencia sobre otra. En ese aspecto, quisiera decir que algunas publicaciones de prensa no responden a la realidad. No se trata de quién ganó porque consiguió todo lo que pedía. La verdad es que hubo sacrificios mutuos en los puntos de vista, que se defendieron ardorosamente hasta el último momento. Por lo tanto, repito, la solución del conflicto no representa el triunfo de ninguna tendencia. Esto quiero dejarlo bien establecido, para evitar el aprovechamiento político que se suele hacer en estos casos, interpretando lo que ha sido una solución de buena fe y de alto nivel.
Como el Honorable señor Ferrando hizo presente, el proyecto pone término anticipadamente a las funciones del Rector, del Secretario General, del Consejo Normativo Superior y del Consejo Directivo; permite elegir órganos subrogantes, que son un Consejo Normativo Superior con la composición que esta iniciativa establece, un Rector subrogante, un Secretario General subrogante y un Comité Ejecutivo, que funcionará en las condiciones que establece el artículo 7°. O sea, se establecen una serie de organismos que subrogarán al Rector, al Secretario General y al Consejo Normativo Superior. Al mismo tiempo, se señalan las fechas de las elecciones, que se efectuarán en la segunda quincena de abril, y la realización de un plebiscito, el cual quiero dejar bien establecido tendrá por objeto dilucidar las materias contenidas en la auto-convocatoria provocada por 19.000 firmas y las otras cuestiones que estime conveniente plantear el tercio del Consejo Normativo Superior subrogante que se establecerá. Por lo tanto, la amplitud democrática que tendrá este plebiscito ha sido completamente garantizada en la solución del conflicto y en el proyecto que discutimos.
En la Comisión se introdujeron pequeñas enmiendas al proyecto, todas ellas con la aquiescencia unánime de los Senadores que la integraban; y no sólo de ellos, sino, que, indirectamente, también contaron con la aceptación de quienes habíamos intervenido en las conversaciones de compromiso y arreglo a que he hecho mención.
Hago votos por que el proyecto sea rápidamente tramitado, ya que el compromiso fue que se despachara totalmente en el mes de enero.
El señor BALTRA.-
Señor Presidente, también seré muy breve, por las razones que aquí se han expuesto.
Para nosotros ha sido muy satisfactorio que por fin se haya llegado a una fórmula de solución, que esperamos ha de permitir que nuestra principal casa do estudios normalice sus actividades de docencia, investigación y extensión.
Nuestra colectividad política, el Partido de Izquierda Radical, el 23 de noviembre de 1971 hizo una declaración sobre el problema universitario, que en su parte final decía:
Dada la gravedad que ha alcanzado el conflicto y los evidentes peligros generales que encierra es de la más absoluta o imperiosa urgencia buscar una solución. Las autoridades universitarias tienen que hacer un supremo esfuerzo para encontrar la solución que el país espera y que no puede resolver sólo el problema específico de hoy, que se relaciona con determinadas facultades, sino impedir también se reproduzcan en el futuro situaciones como la actual. El interés de nuestra Universidad se confunde con el de Chile y debe estar por encima de pasiones y diferencias políticas. La autoridad universitaria debe en breve plazo, en horas, explorar los caminos y elegir el más viable para restablecer la normalidad, que pensamos puede ser una consulta plebiscitaria que no se limite a resolver el problema contingente entre algunas facultades, sino que llegue a la solución de tipo genera) señalada más arriba.
Como señaló el Honorable señor Gumucio, se llegó a un acuerdo después que todos los sectores sacrificaron parte de sus aspiraciones, coincidiendo en el deseo de buscar una solución a la grave crisis suscitada en la Universidad de Chile. Y para nosotros es particularmente grato constatar que la solución a que se llegó coincide con nuestro planteamiento, ya que consigna una elección para determinar quiénes serán en el futuro las autoridades de nuestra casa superior de estudios, y una consulta plebiscitaria, en torno de las materias que el Consejo Normativo Superior determine.
Por eso, al igual como lo hicimos en la Comisión, ahora en la Sala contribuiremos con nuestros votos a aprobar este proyecto de ley.
El señor IBAÑEZ.-
Dentro del espíritu que se manifestó en la reunión de Comités, seré breve para dar a conocer el pensamiento de los Senadores del Partido Nacional, reiterando para tal efecto lo que ya expresé en la Comisión de Educación.
Para nosotros es motivo de gran satisfacción que se haya puesto término al conflicto que afectaba a la Universidad de Chile. Y es evidente que el proyecto que discutimos allana el camino para solucionar definitivamente la situación producida.
Pero, en toda forma, nos interesa destacar que la gravísima situación que se creó en la Universidad de Chile se originó por el propósito evidenciado por determinadas fuerzas políticas de sacar a esa casa de estudios de su quicio normal, para transformarla en un instrumento político. La instrumentación de la Universidad, para servir a determinados partidos, fue la causa de esta gravísima crisis.
Si bien el proyecto que debatimos, y al que damos nuestro apoyo, facilitará una solución del conflicto universitario, pensamos que no será posible que vuelvan a reinar una paz y una tranquilidad duraderas en la más importante universidad de nuestra patria, hasta tanto los partidos políticos que pretenden transformarla en instrumento para servir sus intereses políticos no depongan por completo esa actitud.
Junto, pues, con el despacho de este proyecto, hacemos votos por que se produzca un cambio sustancial de actitud de parte de quienes trataron de supeditar la libertad académica de la Universidad de Chile a fin de transformarla - como dije - en un instrumento al servicio de intereses partidistas.
Y deseo subrayar estas palabras, dejando testimonio de nuestro mejor homenaje a los alumnos, profesores y al personal de ese plantel de estudios superiores, que mediante su actitud firme y resuelta impidieron que se - consumaran presiones que de continuar habrían terminado por destruir la Universidad de Chile. Sostenemos, en consecuencia, que las personas que defendieron con tanta entereza los principios universitarios merecen en estos momentos unas palabras de público reconocimiento. Y los Senadores del Partido Nacional queremos dejar constancia de ello en los instantes en que este proyecto es aprobado.
Por último, me parece también de justicia hacer una referencia a la actuación del Presidente de la República para conciliar voluntades y poner término a esta grave situación.
Aun cuando se trataba de un conflicto universitario, y en atención a las normas de autonomía no correspondía al Gobierno una acción directa para solucionarlo, es evidente que procedía que el Presidente de la República, en cumplimiento de sus altas funciones y frente a la gravísima situación suscitada en esa universidad, ejerciera sus altas influencias para que esa crisis pudiera ser solucionada.
Estimamos, por tanto, que la actitud del Presidente Allende debe ser destacada; y, del mismo modo, formulamos votos por que esa actitud conciliatoria que él demostró, reconociendo la validez de los planteamientos de quienes protestaron por la forma como se trató de forzar la conducción de la Universidad de Chile, fuera extendida y aplicada en muchos otros campos de la vida nacional que requieren de la participación del Presidente de la República para poner término a conflictos que dañan gravemente a Chile y cuya solución puede depender, como en este caso, de la acción del Primer Mandatario.
Eso es cuanto quería decir.
El señor PABLO.-
Este proyecto de ley tiene por finalidad buscar una solución al problema suscitado en la Universidad de Chile.
Creemos que la elección de nuevas autoridades no será una solución definitiva si no va aparejada de una consulta plebiscitaria que permita una adecuada reforma del Estatuto Universitario. Sin embargo, abrigamos la esperanza de que para la consulta plebiscitaria se puedan estudiar innovaciones al estatuto, a su reglamentación, que impidan las querellas de poder de la Universidad en los términos que hemos presenciado, que posponen muchas veces el interés universitario en aras del control político de esa alta casa de estudios.
Aplaudo, también, que el señor Presidente de la República, respetando la autonomía universitaria, haya buscado la solución para llevar a un acuerdo a las partes. Lo único que lamento es que haya demorado tanto una intervención del Ejecutivo, no digo personal del Primer Mandatario. La Universidad de Chile depende del Ministerio de Educación Pública, y la verdad es que la ausencia del titular de esa Cartera en la búsqueda de una conciliación fue total y absoluta. Creo que con bastante antelación ese Secretario de Estado debió haber tenido la inquietud adecuada para encontrar la solución precisa.
No me referiré al proyecto en sí, que es producto de un acuerdo que ya fue destacado. Sin embargo, quiero llamar la atención del Senado sobre la redacción del artículo 1°, que a mi modo de ver no es satisfactoria. Dice: Los miembros del actual Consejo Normativo Superior de la Universidad de Chile, el Rector y el Secretario General de la misma Universidad, cesarán en sus funciones a contar de la fecha en que deban asumir tales funciones las autoridades que se elijan para reemplazarlas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2° de la presente ley, y cuya duración será la determinada por los artículos 16 y 20 del D. F. L. N° 1, publicado en el Diario Oficial de 8 de junio de 1971.
En verdad, la duración de las autoridades no es tal, sino que son los mandatos de las autoridades los que duran. El mandato puede terminar antes de la fecha que se señala, porque la muerte de una autoridad pone término al mandato de la misma; pero no podría estimarse que la duración de la autoridad será en los términos que el artículo señala.
Creo que toda la frase final está de más, porque, elegidas las nuevas autoridades, se rigen por el Estatuto Universitario, y, por lo tanto, el mandato de las mismas dura lo que dicho Estatuto consigna. Inclusive una ley posterior podría alterar la duración en los mismos términos en que se hace ahora.
Quiero, en nombre de los Senadores democrata cristianos, expresar mi adhesión al Frente Universitario, que en forma tan destacada participó en los hechos producidos en la Universidad.
Creemos que era de vital importancia una actitud enérgica en este conflicto de parte de quienes se sentían atropellados, pasándose por encima del Estatuto Universitario, y eran postergados en sus derechos y en la posibilidad de opinar, de acuerdo con las garantías que el Estatuto consagra.
El gobierno democrático es el gobierno de la mayoría, pero encuadrado en el respeto a la minoría. En este caso, la minoría tenía derecho a ser consultada si se suprimían facultades. Es evidente que habiendo sido consultada y habiéndose pronunciado negativamente en determinadas escuelas de la Universidad de Chile, se pasaba por encima de lo que el Estatuto Universitario indicaba.
Por eso, nosotros creemos que la actitud del Presidente de la República ha sido extremadamente importante, porque este conflicto, a pesar de estar encerrado entre las paredes de esa casa de estudios, trascendía el ámbito nacional, señalaba una conducta que tenía que provocar rebeldía también en otros sectores.
Termino solicitando que se vote separadamente el artículo 1°, hasta donde dice: de la presente ley, eliminándose la parte final por innecesaria y por estar mal redactada.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, los Senadores comunistas no teníamos intención de hablar. En todo caso, seré breve.
Nos parece que el proyecto de ley refleja el pensamiento de la comunidad universitaria, y esto, como ha sucedido en otras ocasiones, nos basta para darle nuestro asentimiento, sobre todo después de conocer el proceso que ha vivido la Universidad de Chile en el último tiempo.
Repito que no teníamos intenciones de referirnos a las causas que han motivado el envío de esta iniciativa de ley, pero sucede que algunos señores Senadores se han referido al conflicto universitario. Al respecto, debemos señalar que no encontramos razón a las expresiones de esos señores Senadores en cuanto a ese conflicto y a la actuación de determinadas fuerzas, que ellos han criticado.
En general, el proyecto coincide con el pensamiento de la Izquierda universitaria, con las proposiciones que formulara como medio de superación del problema que, hasta hace no mucho tiempo, parecía insoluble.
En alguna sesión del Senado hemos tenido oportunidad de intervenir acerca de las dificultades vividas por la Universidad de Chile. Hemos dicho que desde el momento en que se planteó en nuestros institutos superiores de educación - no sólo en la Universidad de Chile, sino en todas las universidades del país - el gran proceso de reforma universitaria, entró, por así decirlo, en crisis todo el sistema: crujieron las viejas concepciones y se establecieron determinados alineamientos de fuerzas políticas representativas de intereses, toda vez que la universidad es también un reflejo del proceso social que vive el país y, más aún, del de la humanidad. Las universidades no son entes alejados de lo que ocurre en el mundo. Por el contrario, conviven en él, están influidas por las grandes luchas que en estos instantes protagoniza nuestro pueblo y por lo que ocurre en otros países, lo que también incide en el desarrollo tanto académico como de todo otro orden en las universidades chilenas.
Pensamos que este proyecto de ley, si bien constituye un acuerdo o una fórmula para superar la gran crisis surgida en el último tiempo, no es una solución definitiva para todas las dificultades suscitadas en la Universidad. Probablemente algunas de ellas subsistirán y será necesario encararlas en el momento oportuno, actuando cada cual de acuerdo con sus posiciones y defendiendo sus propias ideas respecto de lo que considera que la universidad es y debe ser.
Además, quisiéramos formular una reflexión. Parece que para algunos Senadores la democracia se expresa a través de las mayorías, pero siempre que éstas concuerden con sus posiciones. Si la mayoría opina de manera distinta, entonces el proceso no es democrático.
Nos vemos obligados a plantear muy de paso estos asuntos, a los cuales no queríamos entrar, porque nos han obligado a ello las palabras que acabamos de escuchar.
En definitiva, los Senadores comunistas aprobaremos esta iniciativa. Nos parece que ella conduce a la superación de la crisis que vive la Universidad de Chile. Insisto en que no consideramos que ésta sea la solución integral y en que, evidentemente, continuarán suscitándose dificultades en el seno de la Universidad hasta que ésta alcance realmente las metas que se ha propuesto.
Estimamos que la Izquierda universitaria, al reflejar su pensamiento en este proyecto de ley, ha elegido un camino que hace por lo menos posible la superación del actual conflicto, a la vez que abre las perspectivas para resolver de manera adecuada los problemas que afecten a la Universidad de Chile.
Votamos favorablemente la iniciativa y, como lo han hecho otros señores Senadores, valoramos los esfuerzos que ha hecho la Izquierda universitaria por establecer una fórmula correcta para la solución del problema. Ella, con su firmeza en esta lucha, ha impedido que se desvirtúe el gran proceso de la reforma universitaria en nuestro país.
El señor OLGUIN.-
No me parece necesario hacer un análisis de las causas que motivaron el conflicto en la Universidad de Chile en el último tiempo. Aún más, creo que si entráramos a un análisis de esta naturaleza, sería muy probable que la discrepancia que existió en la Universidad durante tres o cuatro meses prolongara esta discusión más allá de lo conveniente.
Nosotros aceptamos participar en el estudio de la solución que este proyecto implica. Yo lo hice en compañía de mi camarada Bernardo Leighton por orden del Presidente nacional de mi partido, el Honorable señor Renán Fuentealba, en una comisión que estuvo compuesta por dirigentes políticos de la Unidad Popular y por académicos de los dos sectores en conflicto. Ya se ha mencionado en la Sala la composición de dicha comisión, que empezó a trabajar alrededor del 10 o 12 de diciembre recién pasado y que llegó a acuerdo satisfactorio para ambas partes el 3 de enero en curso.
Entramos primero a las conversaciones con el afán de no analizar el conflicto en sí mismo ni las causas que lo habían originado, sino más bien con la intención de buscar un acuerdo que solucionara la situación, en el entendido de que no había posibilidad de lograr unanimidad de criterios para tal efecto y de que la fórmula a que se llegara debía ser fruto de una resolución adoptada por mayoría de los dos sectores. Felizmente, parece ser que el acuerdo definitivo fue aceptado casi unánimemente por ambas partes.
Se llegó a esta solución, luego de interrumpirse las conversaciones antes de Navidad, gracias a una invitación directa del Presidente de la República a los miembros de la comisión para seguir dialogando y reuniéndonos. Como lo han hecho otros señores Senadores, destaco la actitud del Jefe del Estado, que no sólo fue respetuoso de la autonomía universitaria, sino que, con su invitación, facilitó el diálogo que, en definitiva, dentro del régimen democrático, es la única posibilidad real de salvar las dificultades y conflictos que se presentan entre diferentes sectores.
El proyecto de ley contiene una fórmula que pone término anticipado al mandato de las autoridades universitarias, que expira en algún tiempo más en tres años el del Rector y en un año y medio el del Consejo Normativo con la condición de que se efectúe un plebiscito simultáneamente con las respectivas elecciones, dentro de la segunda quincena de abril próximo, estableciendo un gobierno universitario subrogante, a contar de la promulgación de la ley, lo que seguramente se hará en enero en curso.
Igualmente, se establece que el Rector y el Secretario General conservarán la propiedad de sus cargos hasta que asuman las nuevas autoridades designadas en esta elección general, sin perjuicio de las subrogaciones que debían establecerse.
Se consignó, también, un calendario de trabajo para los próximos días. Se dijo, por ejemplo, que en los primeros lo días de enero deberán funcionar las comisiones universitarias que elaborarán el presupuesto del plantel, un proyecto sobre carrera funcionaría y la planificación del aumento de matrículas para el año en curso. Dichas comisiones deberán tener lisios sus informes el 15 del mes en curso. Luego, entre el 17 y el 22, los actuales miembros del Consejo Normativo Superior, con el Rector señor Boeninger y el Secretario General señor Bitrán, se reunirán para sancionar, con quórum de dos tercios según lo establece el proyecto y la solución a que hemos llegado, los acuerdos que adopten tales comisiones acerca de estas tres materias fundamentales.
Entonces, entrarán en receso estas dos autoridades universitarias y, una vez que se promulgue la ley, comenzará a funcionar el gobierno subrogante, que estará integrado por un Consejo de Administración compuesto por 14 académicos, seis estudiantes, dos no académicos y un representante del Presidente de la República, además del Rector. Se trata de un organismo paritario que, para evitar conflictos, deberá adoptar acuerdos por los dos tercios de sus miembros. Igualmente, se crea un Comité Ejecutivo, también paritario, compuesto por tres consejeros y el Rector.
Esta es, a grandes rasgos, la fórmula que ha permitido solucionar el conflicto, que se expresa en esta iniciativa de ley, que consta de siete artículos, aprobada en la Comisión con la participación de académicos y de dirigentes políticos representantes de ambos sectores.
En cuanto a la observación formulada por el Honorable señor Pablo respecto del artículo 1°, la verdad es que este precepto establece que el actual Consejo Normativo Superior y las autoridades unipersonales de la Universidad - el Rector y el Secretario General - cesarán en sus funciones a contar de la fecha en que asuman las autoridades que resulten elegidas en la segundo quincena de abril. La finalidad del último párrafo de este artículo consiste en aclarar que las autoridades que se elijan cumplirán mandatos por períodos completos, de acuerdo con el Estatuto Universitario vigente es decir, cuatro años el Rector y el Secretario General, y dos años el Consejo Normativo Superior, y no sólo hasta completar el tiempo que falta a las actuales autoridades universitarias. Son plazos completos nuevos. Si bien puede haber una mala redacción en esta parte, indudablemente que ésa es la idea fundamental.
Las disposiciones que siguen, como dije, se refieren al gobierno subrogante, a los trabajos que deberán realizarse, al plebiscito a que se llamará simultáneamente con la elección general de autoridades en la segunda quincena de abril, y al Comité Ejecutivo que se designará.
Este es, en síntesis, el contenido del proyecto.
Para nosotros, trabajar en esta tarea ha resultado extraordinariamente grato, porque la discusión se llevó en un terreno de racionalidad y de diálogo dentro de lo lógico y lo razonable. Esto era absolutamente necesario para solucionar el conflicto. De lo contrario, los diferentes sectores que lo protagonizaron habrían continuado por un camino en que los argumentos lógicos, el raciocinio y el diálogo, eran reemplazados por el insulto y la diatriba, que, indudablemente, no pueden ser la senda que debe seguir una universidad como la nuestra, que ha de buscar, de modo fundamental, la verdad, la justicia, la libertad y la democracia, a fin de que las diferentes opiniones, por discrepantes que sean, puedan expresarse dentro de ella.
Nos satisface la solución. No creemos que sea la varita mágica que vaya a solucionar todos los conflictos que hay en la Universidad; pero es un paso positivo, que ojalá sea seguido de otros, y que en definitiva da una pauta que es posible aplicar, no sólo en este conflicto universitario, sino en diferentes problemas que afectan al país, en los cuales, si se dejan un poco de lado la pasión y el fanatismo, es posible entrar en diálogo para resolverlos patrióticamente.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobaría en general el proyecto.
Aprobado.
Señor Presidente, había formulado indicación para votar separadamente el artículo 1°.
Ya está aprobado el proyecto; pero el Honorable señor Pablo había formulado indicación de la cual la Mesa iba a dar cuenta en estos momentos- para votar separadamente una frase del artículo 1°.
El señor PABLO.-
Se trata de lo siguiente: el Honorable señor Olguín acaba de dar una nueva interpretación al sentido de la frase final del artículo 1°. La verdad es que esa idea nunca estuvo en la mente de la Comisión. El artículo propuesto por el Ejecutivo venía redactado en los siguientes términos: No obstante lo previsto en los artículos 16 y 20 del D. F. L. N° 1, de 4 de junio de 1971, los miembros del actual Consejo Normativo Superior de la Universidad de Chile, el Rector y el Secretario General de la misma Universidad, cesarán en sus funciones a contar de la fecha en que deban asumir tales funciones las autoridades que se elijan para reemplazarlas con arreglo a las disposiciones de la presente ley. Es decir que la referencia al Estatuto de la Universidad se hacía respecto de la cesación del mandato de las actuales autoridades, lo que no nos pareció correcto. Estimamos que dicha referencia debía colocarse al final del artículo, de modo que indicara la duración del mandato de las nuevas autoridades. No tengo inconveniente en que se mantenga la frase, a condición de que la Mesa se encargue de mejorar su redacción, pues no son las autoridades las que duran, sino su mandato. No es más que una cuestión de redacción.
Si le parece a la Sala, la Mesa quedaría facultada para corregir la redacción y dejar en claro que el sentido de la disposición es que el mandato de las nuevas autoridades corresponde a todo el período legal que señalan los artículos 16 y 20 del D. F. L. N° 1, y no sólo al complemento de tiempo que falte cumplir a las autoridades actuales.
Acordado.
Terminada la discusión del proyecto.
ANTICIPO DE REAJUSTE A SECTOR PÚBLICO PARA 1972.
En conformidad al acuerdo de los Comités, corresponde tratar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, iniciado en mensaje del Ejecutivo, que autoriza al Presidente de la República para otorgar un anticipo de reajuste de remuneraciones a los sectores público y privado para enero de 1972.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 47ª, en 5 de enero de 1972.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 48ª, en 11 de enero de 1972.
La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Lorca (Presidente), Baltra, Bulnes Sanfuentes, Foncea y Montes, recomienda a la Sala aprobar el proyecto, con las modificaciones que indica.
Se aprueba el proyecto, en la forma propuesta por la Comisión.
AUMENTO DE PLANTA DE OFICIALES Y EMPLEADOS CIVII.ES DE LA FUERZA AEREA DE CHILE.
Corresponde ocuparse en el estudio de un proyecto de ley, propuesto en un mensaje del Ejecutivo, que aumenta la Planta de Oficiales y Empleados Civiles de la Fuerza Aérea de Chile.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 36ª, en 7 de diciembre de 1971.
Informes de Comisión:
Defensa, sesión 48ª, en 11 de enero de 1972.
Hacienda, sesión 48ª, en 11 de enero de 1972.
La Comisión de Defensa Nacional, en informe suscrito por los Honorables señores Carmona (Presidente), Aguirre Doolan, Foncea y Ochagavía, recomienda a la Sala aprobar el proyecto, con las enmiendas que señala.
Por su parte, la Comisión de Hacienda, en informe suscrito por los Honorables señores Silva Ulloa (Presidente accidental), Baltra, Ibáñez y Foncea, recomienda a la Sala aprobar el proyecto propuesto en el informe de la Comisión de Defensa, con una modificación.
Se aprueba el proyecto, en la forma propuesta por las Comisiones.
PROPOSICIONES DE ARCHIVO
Oficio de la Cámara de Diputados, en que solicita el acuerdo del Senado para enviar al Archivo varios proyectos de ley. Este asunto figura en el número 9 de la tabla de esta sesión.
El oficio figura en los Anexos de la sesión 36ª, en 7 de diciembre de 1971.
Se accede a lo solicitado.
Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, en que propone el archivo de los asuntos que indica, y que se enumeran en el decimocuarto lugar de la tabla de hoy.
El informe figura en los Anexos de la sesión 44ª, en 29 de diciembre de 1971.
Se aprueba.
Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, en que propone enviar al archivo las diversas consultas reseñadas en el número 15 de la tabla de hoy.
El informe figura en los Anexos de la sesión 44ª, de 29 de diciembre de 1971.
Se aprueba.
EXIGENCIAS DE EDAD MAXIMA SEÑALADAS POR LEY DE LEGITIMACION ADOPTIVA.
Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable señor Musalem, que establece que las exigencias de edad máxima establecidas por la ley N° 16.346, de legitimación adoptiva, no regirán durante un año. Esta iniciativa cuenta con un segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción del señor Musalem):
En primer trámite, sesión 39ª, en 24 de agosto de 1971.
Informes de Comisión:
Legislación, sesión 41ª, en 26 de agosto de 1971.
Legislación (segundo), sesión, en 28 de diciembre de 1971.
Discusión:
Sesiones 46ª, en 2 de septiembre de 1971 (se aprueba en general).
La Comisión deja constancia de que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones ninguno de los dos artículos de que consta el proyecto aprobado en el primer informe. Además, la Comisión propone, por unanimidad, agregar dos artículos nuevos, que figuran con los números 3 y 4, y que dicen:
Artículo 3°.- Suprímese en el artículo 203 del Código Civil la frase: salvo que alguno de los cónyuges tenga descendencia legítima de un matrimonio anterior.
Artículo 4°.- Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 20 de la ley N° 4. 808, sobre Registro Civil:
No obstante todo lo anterior, en las copias expedidas por los oficiales del Registro Civil relativas a partidas de nacimiento de hijos legitimados por el matrimonio posterior de sus padres, no se dejará constancia de las sub-inscripciones que acrediten su condición de legitimados sino que esas copias deberán ser iguales a las de los hijos legítimos concebidos en matrimonio.
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Se aprueba el proyecto en la forma propuesta por la Comisión.
El señor BALTRA.-
Señor Presidente, los artículos 3° y 4° corresponden a dos indicaciones del Senador que habla.
El artículo 3° tiene por objeto impedir que se continúe produciendo una situación que muchas veces da origen a conflictos bastante dramáticos: la de los hijos que son legitimados por matrimonio posterior de sus padres. En los respectivos certificados del Registro Civil, se deja constancia de ese hecho mediante un timbre, y en consecuencia, los niños o jóvenes que requieren de esos documentos, de acuerdo con las reglas que aún subsisten dentro de nuestra sociedad, se encuentran en una situación de inferioridad que muchas veces causa problemas sociales de bastante gravedad y alcance. Por esta razón, y en conformidad a la tendencia moderna de suprimir las diferencias entre hijos, se propuso la indicación que mencioné, que fue aprobada por unanimidad en la Comisión, en virtud de la cual los oficiales del Registro Civil deberán expedir los certificados correspondientes sin dejar constancia de que la persona de que se trate fue legitimada por matrimonio posterior de sus padres.
El artículo 4° se refiere a otra situación que, en el hecho, se produce con más frecuencia de lo que uno piensa.
El artículo 203 del Código Civil establece lo siguiente: En los casos del artículo 122, el matrimonio nulo sirve para legitimar a los hijos que hubiesen sido concebidos con anterioridad, salvo que alguno de los cónyuges tenga descendencia legítima de un matrimonio anterior. Esta norma hay que relacionarla con el artículo 122 del mismo Código, que expresa:
El matrimonio nulo, si ha sido celebrado ante oficial del Registro Civil., produce los mismos efectos civiles que el válido respecto del cónyuge que, de buena fe, y con justa causa de error, lo contrajo: pero dejará de producir efectos civiles desde que falte la buena fe por parte de ambos cónyuges.
Con todo, la nulidad declarada por incompetencia del funcionario, por no haberse celebrado el matrimonio ante el número de testigos requeridos por la ley o por inhabilidad de éstos, no afectará la legitimidad de los hijos concebidos durante el matrimonio, aunque no haya habido buena fe ni justa causa de error.
Pero de acuerdo con el artículo 203, se puede presentar y se presenta la siguiente situación: fallece la esposa de un matrimonio con hijos legítimos; el viudo tiene relaciones con otra mujer, concibe en ella un hijo y se casa con ella; el hijo es legitimado por matrimonio posterior de sus padres; y de este nuevo matrimonio nacen hijos, que son legítimos; si ese matrimonio se anula, de conformidad con el artículo 203 del Código Civil los hijos que fueron legitimados pasan a ser ilegítimos, porque había hijos legítimos de un matrimonio anterior. Y se produce el hecho aberrante de que hijos de un mismo padre y una misma madre sean, unos legítimos, y otros, ilegítimos. Esta situación es la que se trata de eliminar mediante la indicación del Senador que habla, convertida en artículo 4°, aprobado por unanimidad en la Comisión.
AUTORIZACION A MUNICIPALIDAD DE YUMBEL PARA COBRAR PEAJE.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Corresponde tratar un proyecto de ley de la Cámara de Diputados que autoriza a las Municipalidades de Yumbel, Perquenco y Malloa para cobrar y percibir peaje en las vías de acceso a los pueblos de Yumbel, Perquenco y Pelequén, respectivamente.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 42ª, en 22 de diciembre de 1971.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 47ª, en 5 de enero de 1972.
Hacienda, sesión 47ª, en 5 de enero de 1972.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Lorca (Presidente), Baltra y Foncea, recomienda a la Sala, salvo el voto contrario del Honorable señor Baltra, aprobar el proyecto en los mismos términos en que lo hizo la Cámara.
Por su parte, la Comisión de Hacienda, en informe suscrito por los Honorables señores Lorca (Presidente), Ibáñez y Silva Ulloa, recomienda a la Sala aprobar el proyecto sin modificaciones.
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor LUENGO.-
En esta iniciativa legal se está proponiendo la posibilidad de que algunas municipalidades puedan cobrar peaje. En ella se establece que lo podrá hacer la Municipalidad de Yumbel entre los días 18 y 23 de enero, y la de Perquenco, entre el 18 y el 23 de marzo de cada año. Entiendo que estas fechas corresponden a algunas fiestas de carácter religioso que se celebran en ciertas comunas del país, y durante las cuales hay una concurrencia más nutrida de vehículos, de medios de locomoción.
Aun cuando en este proyecto se limita el cobro del peaje a sólo muy pocos días del año en cada uno de los lugares que se señalan, creo que el Senado no debería aprobarlo.
El cobro de peaje tiene por objeto reunir fondos para mejorar los caminos. Entiendo que esto no debe ser cambiado de ninguna manera. Se trata de un sistema que, en general, los parlamentarios siempre hemos defendido, porque pensamos que es el único modo de tener un ingreso seguro destinado al mejoramiento de las vías de comunicación. Aun cuando en este proyecto se incluye una comuna de la zona que represento, quiero ser muy leal con el pensamiento que siempre he tenido en esta materia. Considero que crear la posibilidad de cobrar peaje, aun cuando sea por algunos días, en algunas comunas, puede traer aparejada una serie de leyes posteriores que empiecen a otorgar autorización a muchos otros municipios para que en determinados días del año cobren peaje dentro de su territorio jurisdiccional; y que, en definitiva, se desvirtúe totalmente la finalidad del sistema.
Por lo expuesto, voto en contra del proyecto.
El señor PABLO.-
La verdad es que no es efectiva la tesis que plantean los señores Senadores, en el sentido de que lo que se autoriza en la ley en debate es igual al peaje que se cobra en las carreteras. En realidad, se trata de un derecho extraordinario.
La iniciativa se presentó para favorecer a la Municipalidad de Yumbel, y su objetivo es el siguiente: con motivo de la festividad de San Sebastián del santo chico, como lo llaman allá que se celebra en marzo, hay una extraordinaria afluencia de vehículos en la comuna, deben hacerse estacionamientos adecuados y se produce un deterioro evidente de los caminos de tierra y de las calles no pavimentadas, lo que origina gastos bastante cuantiosos a dicha municipalidad. Entonces, lo que se pretende es exclusivamente encontrar una fuente de ingresos para reparar, precisamente, los daños que ocasiona esa extraordinaria afluencia de vehículos en comunas muy pequeñas y cuyas municipalidades tienen presupuestos sumamente reducidos. Es decir, se trata de que durante determinados días los vehículos paguen un derecho al entrar a las localidades que se mencionan, para solventar los gastos de reparación de los daños que ocasionen. Ahora, ese peaje podría haberse denominado, lisa y llanamente, derecho. Se fija en un porcentaje del que se cobra en determinados lugares con el propósito de hacerlo reajustable en los mismos términos en que se reajuste el de la carretera central, y para no crear un gravamen extraordinariamente grande, sino sujeto en gran medida al criterio del Ejecutivo.
Esa ha sido la intención, y no la de crear un peaje con carácter permanente, caso en el cual yo compartiría plenamente el criterio expuesto por el Honorable señor Luengo. Repito: se trata nada más que de un derecho transitorio, por tres o cuatro días, mientras dura la gran afluencia de público. De este modo, la municipalidad pretende obtener un mayor ingreso para realizar obras en la comuna. Por lo demás, creo que desde el punto de vista de la gente que allí acude, no existe mayor impedimento para pagar la cantidad que se propone.
En la práctica, se ha venido cobrando ese derecho. En muchas oportunidades, los diversos alcaldes de esas comunas lo han establecido, por la misma razón que señalé: por no contar con los recursos pertinentes. Ahora, tanto los alcaldes como la mayoría de los habitantes de esas localidades pretenden legalizar esta situación, y someterse al control que quiera realizar la Contraloría General de la República para la percepción de los ingresos correspondientes.
Por lo expuesto, el proyecto en debate no tiene el carácter que aquí se le atribuye en el sentido de que pretenda ampliar el derecho propuesto al tipo de peaje a que estamos acostumbrados, es decir, al que rige en las carreteras en forma permanente y cuya finalidad exclusiva es destinar los recursos que se produzcan al mejoramiento de los caminos. Su objetivo es aliviar la situación de determinadas municipalidades, que son pobres, y que ven agravado su desfinanciamiento por la gran afluencia de personas que se produce durante las festividades que se mencionan.
El señor IBAÑEZ.-
No hay duda de que las razones que acabamos de escuchar al Honorable señor Pablo son muy plausibles, pero, no obstante los buenos propósitos que inspiran la iniciativa, es evidente que ella sienta un precedente que más tarde puede inducir a otras corporaciones edilicias a invocar diversas razones para pedir también el establecimiento, por la vía legal, de tributos que no están dentro de nuestro régimen impositivo o de nuestro sistema para solventar los gastos de los diversos municipios del país.
A mi juicio, ante una situación como la que nos ha descrito el Honorable señor Pablo procedería una iniciativa diferente: pedir una subvención para la comuna beneficiada con el proyecto en debate, a fin de que pueda hacer frente a los gastos extraordinarios que le irroga la gran afluencia de público en determinadas ocasiones del año. De aprobarse el proyecto en discusión, el precedente que se sentaría nos llevaría a la conclusión recién señalada por el Honorable señor Luengo, a quien celebro su actitud de rechazar algo que no estima conveniente, a pesar de que favorece a una municipalidad de su agrupación electoral.
Por las razones señaladas, nosotros estaríamos dispuestos a considerar una disposición que ayudara a esa corporación edilicia, pero en ninguna forma al establecimiento de un régimen de peaje.
En consecuencia, votaré negativamente.
Lamento mucho discrepar de la unidad espiritual que se ha producido entre los Honorables señores Ibáñez y Luengo para oponerse al proyecto en debate, que es iniciativa del Honorable señor Pablo.
Las razones técnicas están a la vista.
Puede ser que muchas razones técnicas estén claras, a la vista.
¡No es como otros contubernios!
Señor Senador, estoy hablando con todo respeto y cariño.
La verdad es que los Senadores de Oposición veo que el Honorable señor Ibáñez ha olvidado que lo es tenemos muy pocas posibilidades de obtener subvenciones para municipalidades o para obras de adelanto. Entonces, es natural que quien legisla trate de crear fuentes de ingresos para diversas instituciones mediante algo tan concreto como es el peaje. Y le voy a decir, Honorable colega,...
¿Me permite una interrupción, señor Senador?
Esté en la Oposición o en el Gobierno, yo siempre mantengo mi criterio, tanto más cuanto que espero que en una fecha no lejana volveremos a ser Gobierno.
Por eso, quiero mantener estos principios, inalterablemente.
Yo digo, simplemente, que, por ser de Oposición, por lo general, cuesta mucho realizar obras para las provincias que uno representa. Entonces, es natural que el legislador trate de crear fuentes de ingresos para los municipios que pertenecen a su agrupación.
A lugares como Yumbel, donde se celebra todos los años la fiesta del santo cuyo nombre podrá recordar el Honorable señor Aguirre Doolan, del niño de Yumbel,...
San Sebastián, el 20 de enero.
... concurre mucha gente en autos y camiones, lo que permitiría obtener mayores ingresos a ese municipio. Por eso, quisiera que los señores Senadores comprendieran el espíritu del proyecto y trataran de colaborar con un Senador que, como el Honorable señor Pablo, siempre presta su apoyo a los proyectos de ley presentados por otros señores Senadores en beneficio del adelanto de las provincias que representan.
Por lo expuesto, creo que Sus Señorías podrán reconsiderar su punto de vista y aprobar el proyecto.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Tengo entendido que reglamentariamente podría pedir votación secreta.
Sí, señor Senador, se podría acordar por la mayoría de la Sala.
¿Por qué votación secreta? No cabe en este caso.
La puede pedir cualquier señor Senador.
Pero, ¿por qué motivo?
Si lo desea, puede solicitarla.
No hay necesidad de explicar los motivos.
En votación.
Resultado de la votación: 6 votos por la afirmativa, 6 por la negativa, 1 abstención y 3 pareos.
Debe repetirse.
En votación.
(Durante la votación).
El señor PABLO.-
Insisto en que el sentido de esta ley en proyecto no es el de alterar el sistema de peaje puesto en práctica en las carreteras del país, sino que, por lo contrario, como ya lo expresé, es el de proveer de recursos a la Ilustre Municipalidad de Yumbel, que tiene bastantes gastos con ocasión de la festividad mencionada. Quiero manifestar, ante el temor expresado en la Sala sobre las posibles consecuencias de la aprobación del proyecto en debate, que ellas no se van a presentar en la práctica, y que, a mi juicio, la votación se ha realizado sobre la base de una interpretación equivocada.
De ahí que insista en la conveniencia de aprobar la iniciativa.
Voto que sí.
Resultado de la votación: 7 votos por la afirmativa, 6 por la negativa y 1 abstención.
La abstención influye.
En efecto, señor Senador.
Por tratarse de una segunda votación, la abstención se suma a la mayoría.
Se aprueba en general y en particular el proyecto.
FRANQUICIAS DE INTERNACION PARA BUS DESTINADO A UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE.
Proyecto de ley de la Cámara de Diputados que libera de derechos la internación de un bus destinado a la Universidad Austral de Chile.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 34ª, en 30 de noviembre de 1971.
Informes de Comisión:
Hacienda, sesión 42ª, en 22 de diciembre de 1971.
La Comisión de Hacienda, en informe suscrito por los Honorables señores Palma (Presidente), Baltra, Foncea, García y Silva Ulloa, recomienda aprobar el proyecto, que consta de un artículo, en los mismos términos en que lo hizo la Cámara.
Se aprueba en general y en particular el proyecto.
CONDONACION DE CANTIDADES PERCIBIDAS EN EXCESO POR FUNCIONARIOS DEL INSTITUTO DE SEGUROS DEL ESTADO.
Proyecto de la Cámara que condona las cantidades percibidas en exceso por los funcionarios del Instituto de Seguros del Estado, por las razones que indica.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 36ª, en 7 de diciembre de 1971.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 47ª, en 5 de enero de 1972.
La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Lorca (Presidente), Baltra y Foncea, propone aprobar el proyecto en los mismos términos en que lo hizo la Cámara.
Se aprueba en general y en particular.
IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE AUTOMOVII.ES EN BENEFICIO DE LA FEDERACION CHILENA DE AUTOMOVII.ISMO DEPORTIVO.
Se ha solicitado segunda discusión para las observaciones del Presidente de la República, en segundo trámite, al proyecto que establece un impuesto a la transferencia de automóVII.es en beneficio de la Federación Chilena de AutomoVII.ismo Deportivo.
Quedan para segunda discusión.
OFICIALES DE LINEA DE LAS FUERZAS ARMADAS QUE PASARAN A LOS ESCALAFONES DE COMPLEMENTO.
Proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica el D. F. L. N° 1, de 1968, que facultó al Presidente de la República para fijar el número de oficiales de Línea de las Fuerzas Armadas que pasará a los Escalafones de Complemento.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En primer trámite, sesión 48ª, en 8 de septiembre de 1971. En tercer trámite, sesión 43ª, en 28 de diciembre de 1971.
Informes de Comisión:
Defensa, sesión 30ª, en 19 de noviembre de 1971.
Discusión:
Sesión 30ª, en 19 de noviembre de 1971 (se aprueba en general y particular).
La Cámara aprobó el proyecto que le remitió el Senado, con la sola modificación consistente en agregar un artículo 4°, nuevo, que dice:
A partir del 1° de enero de 1972 auméntanse en las siguientes cantidades los grados de los Escalafones que se indican en el Título VI Capítulo I Ejército del artículo 220:
A.- Oficiales de Línea.
Oficiales de Armas:
Generales de Brigada 1
Coroneles 12
Mayores 13
Tenientes y Subtenientes 74
100
Oficiales de Complemento:
Coronel 1
Oficiales de Intendencia:
Coronel 1
Tenientes Coroneles 2
Mayor 1
4
Oficiales de Transporte:
Capitán 1
B.- Oficiales de los Servicios.
Oficiales de Justicia (J):
Mayor 1
Oficiales de Sanidad (S):
Capitán o Mayor 1
Oficiales de Sanidad Dental (SD):
Capitanes o Mayores 2
4
Total aumento de Planta 110.
Agrégase al final del Capítulo IV Subsecretaría de Guerra, artículo 226 Personal que no forma Escalafón, lo siguiente:
C.- Empleados CiVII.es:
1 Jefe de Difusión y RR. PP. IV Cat.
1 Subjefe V Cat.
En discusión el artículo nuevo que propuso la Cámara.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se aprueba.
DENOMINACION DE PABLO NERUDA A LICEO DE HOMBRE N° 1 DE TEMUCO.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Proyecto de ley iniciado en moción de los Honorables señores Ferrando y Fuentealba, que denomina Pablo Neruda al Liceo de Hombres N° 1, de Temuco.
La Comisión de Educación Pública, en informe suscrito por los Honorables señores Ferrando (Presidente), Montes y Pablo, recomienda a la Sala aprobar la iniciativa, de un solo artículo, que dice: Denomínase Liceo Pablo Neruda al Liceo Superior de Hombres N° 1, de Temuco.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los señores Ferrando y Fuentealba):
En primer trámite, sesión 22ª, en 3 de noviembre de 1971.
Informes de Comisión:
Educación, sesión 40ª, en 16 de diciembre de 1971.
En discusión general y particular el proyecto.
Ofrezco la palabra.
Pasa a presidir el señor Reyes.
Ofrezco la palabra.
Pido la palabra.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FERRANDO.-
Señor Presidente, creo que el proyecto en debate, por ser obvio y sencillo, y considerando que la Comisión de Educación Pública lo aprobó por unanimidad, podría despacharse sin que se ocupara parte del tiempo de esta sesión en decir algunas palabras. Pero siento la necesidad de expresar ciertos conceptos.
No participé directamente en el homenaje que se rindió a Pablo Neruda por haber recibido el Premio Nobel de Literatura en 1971.
El otorgamiento de ese galardón al vate chileno fue el hecho que indujo a denominar con su nombre al Liceo de Hombres N° 1, de Temuco. Hubo para ello muchas razones, y se dieron a conocer oportunamente: Neruda fue alumno de ese plantel educacional; su familia vivió en dicha ciudad por la década de 1920; cursó sus preparatorias y humanidades en el referido establecimiento, y se vinculó a la zona familiarmente y por sus numerosos amigos.
¿Por qué he querido intervenir especialmente en este momento?
Se da la curiosa coincidencia de que en los mismos años en que aquel a quien hoy día celebramos como vate de valor internacional, por haber obtenido un galardón que, si bien lo honra personalmente, también honra a la patria que lo cobija como hijo, iniciaba su vida juvenil y daba comienzo en las aulas del Liceo de Temuco a su vida de escritor, una mujer sobresaliente dirigía los destinos del Liceo de Niñas de esa ciudad: Gabriela Mistral.
Por eso, digo, es muy curiosa la coincidencia producida en los mencionados liceos de la ciudad de Temuco. En un mismo momento estuvieron en ellos las dos personas que hoy honran a la literatura nacional y cuyos nombres tienen carácter internacional: Gabriela Mistral, que en ese entonces era Directora del Liceo de Niñas que hoy lleva su nombre, y Pablo Neruda, a la sazón alumno del Liceo de Hombres, que ya lleva su nombre, aunque no por ley, sino por la voluntad unánime de alumnos, ex alumnos, directiva y profesores, quienes, luego de conocer la noticia del otorgamiento del Premio Nobel a Pablo Neruda, se reunieron y, en un acto público solemne realizado en la ciudad de Temuco, determinaron dar el nombre del poeta a dicho plantel educacional.
Quiero destacar también otra razón.
Neruda era entonces un muchacho modesto, tal vez uno de aquellos respecto de los cuales se piensa que carecen de destino. Era un niño como tantos de los que pasan por nuestras escuelas y cuyo porvenir nadie sospecha. Hoy es ya un hombre maduro, con todas las debilidades, virtudes e imperfecciones del ser humano.
Quiero destacar el aspecto del ser humano. Porque ocurre con frecuencia que cuando ciertas personas logran determinadas categorías -en el caso de Neruda, una distinción de rango mundial, extraordinaria-, esto las eleva tanto que, al parecer, las hace perder sus condiciones humanas, les da apariencia de superhombres, poco menos, que nunca tuvieron necesidades ni vivieron la vida común y corriente del muchacho, del joven o del hombre.
Al pensar en este momento en Neruda, lo veo en la época en que fue alumno de ese liceo, que tuve la honra de dirigir, en el que inicié trabajos como profesor y del que más tarde fui inspector general, vicerrector, orientador y rector. Veo a ese niño que jugaba, al igual que muchos otros, en lo que entonces se llamaba la calle ancha la actual avenida Balmaceda, y que seguramente, para ir a los teatros, engañaba a quienes controlaban la entrada. Veo a ese niño que a veces vivía soñando, hecho que inducía a sus compañeros a llamarlo pájaro lunar, porque de vez en cuando, durante el desarrollo de las clases, parecía estar en la Luna. Pero Neruda soñaba con las ideas que ya desde entonces iba a poner en el verso. Fue un niño común y corriente, como tantos. Ahora es un hombre, con virtudes y defectos, una persona que vive la vida de hoy como transcurrió su juventud en otro tiempo.
Me alegra que Temuco ciudad nacida en 1881; recientemente cumplió 90 años en tan breve tiempo haya tenido la suerte de contar, entre los que allí vivieron, se educaron o trabajaron, a dos personas que merecieron, en el campo de las letras, el reconocimiento internacional que significa el Premio Nobel de Literatura: Gabriela Mistral y Pablo Neruda.
Por ello, por los liceos de la ciudad de Temuco y por lo que para la ciudad significa, rindo hoy día especial homenaje al hombre que es Pablo Neruda, al niño que fue en la escuela, al joven que estuvo en el liceo, a quien inició sus primeras tentativas de versos siendo estudiante, al muchacho común, como tantos pictóricos de esperanzas e ilusiones y a quienes a veces las circunstancias más imprevistas les abren un camino, les brindan la posibilidad de descubrir una vocación; les abren un futuro que no sólo los honra personalmente, sino que con posterioridad llena de orgullo a la patria que los vio nacer o a las instituciones en que actuaron.
Así sucede con el Liceo de Hombres N° 1, de Temuco, que se honra al recibir el nombre de quien, sin duda, ha alcanzado la más alta distinción que haya obtenido alumno alguno de los que hasta ahora han pasado por sus aulas.
El señor BALTRA.-
Señor Presidente, cuando Pablo Neruda obtuvo el Premio Nobel de Literatura, los distintos partidos políticos representados en esta Corporación le rindieron homenaje en sesión especial. En nombre de la Izquierda Radical lo hizo, en forma muy brillante, el Honorable señor Acuña. Por eso, en esta oportunidad seremos muy breves.
Sólo queremos destacar que nos parece muy justo que el liceo donde Pablo Neruda cursó sus estudios lleve hoy día su nombre, y pienso que bien vale la pena hacer presente que ello tiene otra razón de ser.
Pablo Neruda, en un discurso que pronunció hace algunos años en la Universidad de Concepción cuando ésta le otorgó el Premio de Poesía, dijo: Si aprendí una poética, si estudié una retórica, mis textos fueron las soledades montañosas, el acre aroma de los rastrojos, la pululante vida de los cárabos dorados bajo los troncos derribados en la selva, la espesura en donde cuelga la cápsula de jade de los frutos del copihue, el golpe del hacha en los raulíes, las goteras que cayeron sobre mi pobre infancia, el amor lleno de luna, de lágrimas y jazmines de la adolescencia estrellada.
Entonces, como lo expresó de manera tan admirable el poeta, la tierra de La Frontera, la tierra de Temuco, la tierra de Cautín se encuentra en la raíz misma de su inspiración, inspiración que ha dado tan hermosa poesía a Chile y al mundo, y que ha hecho a Pablo Neruda acreedor a la distinción del Premio Nobel de Literatura, que todos hemos celebrado.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se aprueba en general y particular el proyecto.
DESIGNACION DE GOBERNADOR SUPLENTE ANTE FONDO MONETARIO INTERNACIONAL Y BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO.
De conformidad con el acuerdo de Comités, corresponde pronunciarse acerca del mensaje del Presidente de la República en que solicita el acuerdo del Senado para designar a don Javier Urrutia Soto como Gobernador suplente ante el Fondo Monetario Internacional y ante el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.
El informe de la Comisión de Hacienda figura en los Anexos de la sesión 42ª, en 22 de diciembre de 1971.
La Comisión de Hacienda, en informe suscrito por los Honorables señores Palma (Presidente), Baltra, Foncea, García y Silva Ulloa, recomienda aprobar dicha designación.
Se aprueba.
MODIFICACION DE LEY ORGANICA DE LA CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES.
Según el acuerdo de los Comités, corresponde tratar un proyecto de ley de la Cámara de Diputados que modifica la ley orgánica de la Caja de Previsión de Empleados Particulares, en lo relativo al otorgamiento de préstamos a los jubilados y pensionados de viudez.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 47ª, en 5 de enero de 1972.
El artículo único del proyecto es el siguiente:
Sustitúyense en la letra d) del artículo 33 de la ley N° 10.475, las expresiones o de hasta un mes de pensión a los jubilados y pensionados de viudez, agregadas por el artículo 121 de la ley número 16. 464, por las siguientes: o de hasta tres meses de pensión a los jubilados y pensionados de viudez.
Se aprueba.
Se va a constituir la Sala en sesión secreta.
SESION SECRETA.
Se constituyó la Sala en sesión secreta, a las 17. 56, y adoptó resolución sobre los proyectos que benefician, por gracia, a las siguientes personas: Marcelle Arias Albert, Rosa Ibáñez Quiroz, Juan Herrera Román, Humberto Díaz Brantes y Roberto Vaccaro Pizarro.
Se reanudó la sesión pública a las 18.
VI.- TIEMPO DE VOTACIONES.
Indicación del Honorable señor Lorca para publicar in extenso el debate producido respecto del proyecto de ley que establece normas para la solución del conflicto suscitado en la Universidad de Chile.
En votación.
(Durante la votación).
En verdad, las diversas intervenciones a que ha dado lugar esta materia han sido breves, resumidas. Me parece, pues, innecesario que se publiquen in extenso, máxime si tomamos en cuenta la eficiencia y el talento con que, en general, la Redacción de Sesiones elabora la versión extractada.
No me opondré a la publicación in extenso, pero me parece que la opinión pública no estará mayormente informada sobre el problema con leer los breves discursos que aquí se pronunciaron. A mi juicio, es mucho más importante y beneficioso para la comunidad universitaria publicar el articulado del proyecto despachado por esta Corporación, de modo que los universitarios del país se impongan de los acuerdos a que arribó la Comisión y de la iniciativa sancionada por el Senado.
Considero que una materia de tanta trascendencia merece ser conocida por la ciudadanía, y me parece útil que ésta se imponga de las opiniones vertidas al respecto.
Repito que no nos. oponemos, pero insisto en que es mucho más necesario dar a conocer el texto del proyecto.
Sin perjuicio de ello, podría publicarse in extenso el debate.
Se aprueba la indicación.
Se suspende la sesión por 20 minutos.
Se suspendió a las 18. 5.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).-
En conformidad a los artículos 48 y 50 del Reglamento, se levanta la sesión.
Se levantó a las 18. 30.
Dr. Raúl Valenzuela García,
Jefe de la Redacción.
ANEXOS.
DOCUMENTOS.
1.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN PRIMER TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE DISPONE QUE LA CAJA DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS INVERTIRA EN CAR EL APORTE DEL 8, 33% DE LOS EMPLEADORES.
Santiago, 5 de enero de 1972.
Por oficio N° 12111, de 6 de diciembre último, US. se sirvió comunicarme la aprobación por el Congreso Nacional del proyecto de ley que dispone que la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas invertirá mensualmente en Certificados de Ahorro Reajustables, a la vista, del Banco Central de Chile, los fondos percibidos por concepto del aporte de los empleadores del 8,33% de las remuneraciones de los imponentes afectos al artículo 41 de la ley N° 10.621.
El inciso segundo del artículo 1° del referido proyecto de ley, establece que los fondos que obtenga el Banco Central por dicho concepto, no podrán ser usados sino para otorgar préstamos a las Cajas de Previsión, para sus imponentes; y el inciso tercero dispone que igualmente, dichos fondos no podrán emplearse en el pago de deudas o adquisiciones de acciones o empresas.
Las disposiciones antes señaladas coartan la libertad que debe tener el Banco Central de Chile en el uso de dichos recursos, obligándolo a no destinarlos a otra cosa que no sea prestarlos a las Cajas de Previsión, o sea es excesivamente limitante para la política general que pudiere tener dicho Organismo en materia de uso de los fondos recaudados o invertidos en Certificados de Ahorro Reajustables.
Por otra parte, se crearía una situación injusta, por cuanto los mismos recursos tendrían un trato discriminatorio, ya que los préstamos que el Banco Central de Chile otorgaría a las Cajas de Previsión, no serían reajustables, a pesar de que el Banco debería devolver esos recursos a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas debidamente reajustados.
Por las razones antes expuestas y en uso de la facultad que me confiere el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, vengo en vetar los incisos 2° y 3° del artículo 1° del referido proyecto de ley y propongo su supresión.
Saluda atentamente a US.,
(Fdo.): Salvador Allende Gossens.- José Oyarce Jara.
2.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA LA LEY N° 15.266, EN LO RELATIVO AL ENVIO DE PERSONAS AL EXTRANJERO EN REPRESENTACION DEL PAIS.
Santiago, 5 de enero de 1972.
Con motivo del Mensaje, informe y antecedente que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Reemplázanse los incisos primero, segundo, tercero y cuarto del artículo 29 de la ley N° 15.266, por los siguientes:
Las personas que envíe al extranjero el Ministerio de Relaciones Exteriores para representar a Chile en reuniones internacionales o cumplir misiones extraordinarias de carácter temporal, tendrán derecho a pasajes, salvo cuando ellos les sean proporcionados por algún organismo internacional, y percibirán, además de sus emolumentos en moneda corriente, una asignación en dólares por cada día que permanezcan fuera del país.
Esta asignación se determinará en cada caso en el respectivo decreto.
Para señalar su cuantía, el Ministerio tomará en consideración la categoría del funcionario, la naturaleza de la comisión que se le ha encomendado y el país donde tendrá que desempeñarse.
En ningún caso podrá dicha asignación exceder de cincuenta dólares diarios.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Fernando Sanhueza Herbage.- Raúl Guerrero Guerrero.
3.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA LA LEY N° 7.821, SOBRE REMISION CONDICIONAL DE LA PENA.
Santiago, 5 de enero de 1972.
Con motivo de la moción, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 1° de la ley N° 7. 821, de 29 de agosto de 1944, sobre remisión condicional de la pena:
A.- Intercálase en el inciso primero entre las palabras suspender y la ejecución la siguiente frase: de oficio o a petición de parte, y
B.- Reemplázanse en la letra a) las palabras un año por dos años.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Fernando Sanhueza Herbage.- Raúl Guerrero Guerrero.
4.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE MODIFICA EL D. F. L. N° 286, DE 1960, ORGANICO DEL SERVICIO MEDICO NACIONAL DE EMPLEADOS, A FIN DE QUE ESTE PUEDA DELEGAR LA ATENCION DE MEDICINA PREVENTIVA EN EL SERVICIO NACIONAL DE SALUD.
Santiago, 5 de enero de 1972.
Con motivo de la moción, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1°.- Suprímese en el artículo 2° del D. F. L. N° 286, de 1960, Orgánico del Servicio Médico Nacional de Empleados, la expresión exclusivo.
Artículo 2°.- Agrégase al artículo 2° del D. F. L. N° 286, de 1960, el siguiente inciso final:
El Servicio Médico Nacional de Empleados podrá delegar la atención de medicina preventiva solamente en el Servicio Nacional de Salud. Esta delegación se efectuará mediante mecanismos de convenios, que deberá aprobar la Superintendencia de Seguridad Social.
Artículo 3°.- Las certificaciones que otorgue el Servicio Nacional de Salud como consecuencia de la aplicación de los artículos anteriores, tendrán plena validez para todos los efectos en que leyes o reglamentos exijan haber cumplido con las disposiciones de la Ley sobre Medicina Preventiva.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Fernando Sanhueza Herbage.- Raúl Guerrero Guerrero.
5.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE CIERTAS NORMAS EN FAVOR DE DETERMINADOS FUNCIONARIOS DE LA EMPRESA DE COMERCIO AGRICOLA.
Santiago, 5 de enero de 1972.
Con motivo del mensaje, informe y demás antecedentes, que tengo a honra pasar a manos de V. E. la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1°.- Los funcionarios o empleados de la Empresa de Comercio Agrícola ingresados a la Institución desde el 6 de abril de 1960 o con posterioridad y en servicio activo al 31 de diciembre de 1969, tendrán derecho a computar para los efectos previstos en los artículos 102 y siguientes del D. F. L. N° 338 los años de servicios comprendidos entre las dos fechas que se han indicado.
Artículo 2°.- Los interesados deberán integrar imposiciones por el lapso señalado en el artículo anterior y éstas se descontarán del respectivo desahucio.
Artículo 3°.- Las imposiciones se calcularán aplicando la tasa del 6% establecida en el artículo 107 del D. F. L. N° 338, de 1960, tomando como base imponible la remuneración que se considera para otorgar el beneficio, y presumiéndose que los interesados han gozado de rentas inferiores a dicha remuneración, según una escala descendente de un 4% por cada año.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Fernando Sanhueza Herbage.- Raúl Guerrero Guerrero.
6.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE OTORGA UN ANTICIPO DE REAJUSTE DE REMUNERACIONES A LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO PARA ENERO DE 1972.
Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Gobierno tiene el honor de informaros el proyecto de ley, remitido por la Honorable Cámara de Diputados y que tuvo su origen en un Mensaje del Ejecutivo, por el cual se otorga un anticipo de reajuste de remuneraciones para los sectores público y privado durante el mes de enero de 1972.
A la sesión en que se consideró esta iniciativa concurrieron el señor Subsecretario de Hacienda, don Patricio Morales, el Director del Instituto Nacional de Estadísticas, don Gastón Ormeño, el Director del Registro Civil e Identificación, don Heriberto Benquis, y representantes del personal de esta última Institución.
En forma análoga a como se hizo para el año 1971, la Honorable Cámara de Diputados ha procedido a despachar un proyecto de ley, iniciado por el Ejecutivo, que tiene por objeto anticipar por el mes de enero de 1972 el pago del reajuste de remuneraciones que corresponderá percibir a los sectores público y privado, ya que es presumible que el proyecto de carácter general que sobre reajuste de remuneraciones se encuentra pendiente en la Honorable Cámara de Diputados, no alcance a ser despachado con la urgencia del caso.
El proyecto autoriza al Presidente de la República para otorgar a los trabajadores del sector público un anticipo, por el mes de enero de 1972, equivalente al porcentaje del alza que haya experimentado el índice de precios al consumidor entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1971, determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas, aplicado sobre las remuneraciones permanentes al 31 de diciembre de 1971, incluidas las de las Municipalidades y excluidas las horas extraordinarias y las asignaciones familiares, de alimentación, las que se fijan en función de los sueldos.
El Honorable Senador señor Lorca hizo presente que aún no estaba determinado el porcentaje de alza experimentado por el índice de precios durante el año 1971, pero que por las informaciones proporcionadas tanto por el señor Subsecretario de Hacienda como por el Director del Instituto Nacional de Estadísticas dicho porcentaje iba a ser del orden del 20% de aumento, razón por la cual estimaba que no había inconveniente para despachar esta iniciativa aun cuando no se había en definitiva determinado el monto exacto de tal porcentaje.
Igual criterio manifestaron los demás miembros de vuestra Comisión.
Los N°s. 7 y 8 del artículo 1° consagran disposiciones especiales sobre anticipo para los personales de diversos Servicios Públicos. Así es como el N° 7 concede una asignación imponible equivalente al 42% de los sueldos de las categorías y grados de la Escala del D. F. L. N° 40, de 1959, a los trabajadores de los siguientes Servicios: Registro Civil e Identificación, Dirección de Industria y Comercio, Dirección del Trabajo, Servicio Nacional del Empleo, Subsecretaría del Trabajo, Instituto Laboral y de Desarrollo Social y Dirección de Aprovisionamiento del Estado.
Esta asignación deberá formar parte del anticipo que se otorga a estos personales durante el presente mes de enero y es sustitutiva de los incentivos, asignaciones y demás sobresueldos, imponibles o no imponibles, que estén percibiendo los personales indicados, con excepción de la asignación familiar, la de alimentación y las concedidas por el Estatuto Administrativo.
Por su parte, el N° 8 incluye en el anticipo de los trabajadores de numerosos Servicios que se señalan una asignación imponible equivalente al 37% de los sueldos de la Escala del mismo Decreto con Fuerza de Ley N° 40, de 1959, sustitutiva también de todos los incentivos, asignaciones y demás sobresueldos que estén percibiendo los personales respectivos, con las excepciones anteriormente indicadas.
Ante una consulta de algunos miembros de la Comisión, el señor Subsecretario de Hacienda explicó que estas reglas especiales tenían por objeto buscar una nivelación de las remuneraciones de todos los Servicios del Estado, que desde la dictación del D. F. L. N° 40, de 1959, se habían ido diferenciando como consecuencia de la aprobación de diversos preceptos que concedieron asignaciones o estímulos especiales a determinados Servicios en desmedro de otros. Agregó que el Ejecutivo tenía el propósito de llegar a una equiparación de todos los Servicios Públicos en materia de remuneraciones, criterio que en buena medida se cumple con las normas en análisis. Finalmente, manifestó el señor Subsecretario de que en todo caso estas asignaciones involucraban un aumento sobre el porcentaje general de reajuste del 100% del alza del costo de la vida.
Ante una consulta del Honorable Senador señor Bulnes, se dejó en claro que estas asignaciones no obstaban a la asignación de zona, reconocida como derecho de los trabajadores del sector público en el D. F. L. N° 338, de 1960, denominado Estatuto Administrativo.
El proyecto contempla asimismo un anticipo especial para el personal del Servicio Nacional de Salud, que incluye un aumento de un 29% de sus actuales remuneraciones, debiendo aplicarse el reajuste general sobre los sueldos así reajustados. Este beneficio está establecido en el N° 9 del artículo 1° del proyecto en informe.
Las disposiciones especiales antes referidas fueron objeto de un extenso debate por parte de vuestra Comisión porque la forma como están redactadas parecen disposiciones permanentes más propias del proyecto general de reajuste para 1972 pendiente en la Honorable Cámara de Diputados que del anticipo que os estamos informando.
En atención a la premura con que debe despacharse esta iniciativa de ley para no entorpecer su tramitación urgente, el Honorable Senador señor Baltra formuló indicación para establecer en forma explícita que todas las disposiciones de este proyecto sólo serán aplicables por el mes de enero de 1972, la que fue aprobada tácitamente.
El Honorable Senador señor Montes hizo presente que, en su opinión, era inconveniente introducirle modificaciones al proyecto despachado por la Honorable Cámara de Diputados, puesto que ello implica la existencia de otro trámite constitucional en dicha Corporación, lo que indudablemente retardará el despacho de la iniciativa en informe y, por ende, la oportuna percepción del anticipo que ésta concede.
El Honorable Senador señor Baltra observó que el proyecto contenía un grave vacío al no contemplar entre sus disposiciones, en el N° 11 del artículo 1°, referente al anticipo al personal jubilado, una que dijera relación con el sector pasivo de las fuerzas armadas a que se refiere el D. F. L. N° 4, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, ya que la disposición que contiene el proyecto menciona sola la ley N° 15.386, sobre revalorización de pensiones, aplicable sólo al personal pasivo de la Administración Civil del Estado. Para subsanar este vacío, formuló indicación, que hizo suya la Comisión y que contó con el patrocinio del Ejecutivo en conformidad al artículo 45 de la Constitución Política del Estado.
Es importante también consignar, en lo que se refiere a las normas aplicables al sector público, que el N° 10 del artículo 1° del proyecto en informe establece que los trabajadores de este sector que después de la aplicación de los reajustes resulten con una remuneración permanente total igual o inferior a tres sueldos vitales mensuales Escala A), del departamento de Santiago, percibirán un 10% de reajuste adicional sobre dichas remuneraciones. Este precepto, al igual que los demás que integran la iniciativa, sólo se aplicará para los efectos de calcular el anticipo para el presente mes de enero, sin perjuicio que el Congreso Nacional apruebe una disposición permanente en el proyecto de reajuste en actual tramitación.
El gasto fiscal que se produzca como consecuencia del anticipo en proyecto, se financiará con cargo al ítem 08/01/03. 006, Provisión de Fondos para Mayores Remuneraciones, del Presupuesto de la Nación para 1972, que consulta una cantidad de 500 millones de escudos para este objetivo.
Se establece asimismo que el Presidente de la República podrá autorizar a los Servicios e Instituciones del sector público para pagar el anticipo con cargo a sus propios presupuestos, sin necesidad de decreto de fondos y ordenar que, posteriormente, se efectúen los traspasos correspondientes.
En cuanto al sector privado, el Título II del proyecto contempla una serie de disposiciones más o menos análogas a las que estableció la ley N° 17. 407, de 23 de enero de 1971, sobre anticipo de reajuste de sueldos y salarios para ese año.
Es así como el artículo 3° dispone que los patrones y empleadores del sector privado deberán otorgar a sus obreros y empleados, en calidad de anticipo, por el mes de enero de 1972, un reajuste de remuneraciones sobre las siguientes bases:
1.- Reajuste de sueldos y salarios del 100% de la variación que hubiere experimentado el índice de precios al consumidor entre el 1? de enero y el 31 de diciembre de 1971, determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas, para los empleados y obreros no sujetos a convenios o contratos colectivos, actas de avenimiento o fallos arbitrales;
2.- Fijación de un salario mínimo de E° 3, 75 por hora, o sea de E° 30, 00 diarios;
3.- Fijación de un sueldo mínimo mensual, para todo el país, de E° 1. 100, 00.
Se contemplan, también, normas especiales de anticipo de reajuste para: a) profesores; b) garzones, camareros y ayudantes; c) empleados y obreros a trato, y d) empleados y obreros agrícolas. Estas disposiciones, como se dijo son análogas a las contenidas en la ley de anticipo de reajuste del año pasado.
El proyecto mantiene vigentes todos los sistemas de remuneraciones mínimas, vitales y de reajuste que no aparezcan específicamente modificadas, pero los aumentos que procedan en virtud de ellos no podrán sumarse a los de esta ley.
Las disposiciones del Título II, aplicables al sector privado, regirán también para las empresas e instituciones del Estado que en conformidad a las normas que las rijan tengan facultades para celebrar convenios colectivos de trabajo. Asimismo, se aplicarán estas reglas a la Polla Chilena de Beneficencia, Empresa de Agua Potable de Santiago, el Servicio de Agua Potable El Canelo y las empresas bancarias del Estado.
Los patrones o empleadores podrán imputar a los reajustes a que se refieren estos preceptos los aumentos de remuneraciones o cualquiera otra cantidad que incremente lo que recibe el trabajador en cada período
de pago y que se hubieren otorgado como anticipo a cuenta del reajuste del año 1572, o con el fin de compensar el alza del costo de la vida ocurrida en los doce meses anteriores al reajuste o dentro del período de mayor vigencia del respectivo contrato colectivo, avenimiento o fallo arbitral.
Sin embargo, no serán imputables los aumentos anuales o trienales contemplados en el artículo 20 de la ley N° 7295, los que no serán postergados como consecuencia de las disposiciones de la presente ley.
Finalmente, los anticipos de que se trata en este proyecto deberán descontarse del reajuste definitivo que se conceda para 1972 en el proyecto de ley actualmente en trámite.
Vuestra Comisión, por la unanimidad de sus miembros, aprobó en general y particular la iniciativa en informe y, al efecto, os recomienda que también la despachéis favorablemente, con las siguientes enmiendas:
Artículo 1°
Agregar en el N° 11, a continuación del guarismo 15. 386, la siguiente frase: y del D. F. L. N° 4, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional.
Consultar como artículo transitorio, el siguiente, nuevo: Artículo transitorio.- Las disposiciones de la presente ley sólo serán aplicables por el mes de enero de 1972.
Sala de la Comisión, a 11 de enero de 1972.
Acordado en sesión de esta misma fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Lorca (Presidente), Baltra, Bulnes, Foncea y Montes.
(Fdo.): Rafael Eyzaguirre E., Secretario.
7.- INFORME DE LA COMISION DE EDUCACION PÚBLICA, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MENSAJE DEL EJECUTIVO, QUE ESTABLECE NORMAS PARA LA SOLUCION DEL CONFLICTO SUSCITADO EN LA UNIVERSIDAD DE CHILE.
Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Educación Pública ha estudiado el proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, con urgencia calificada de suma el 4 de enero del actual, que establece normas para la solución del conflicto suscitado en la Universidad de Chile.
A las sesiones en que se trató esta materia asistieron, aparte sus
miembros, los Honorables Senadores Gumucio y Olguín; el Rector de la Universidad de Chile, señor Edgardo Boeninger; el Secretario General de dicho plantel, señor Raúl Bitrán; el Consejero universitario, señor Fernando Vargas y el profesor de dicha Casa de Estudios, señor Francisco Cumplido.
Como es de conocimiento público, la Universidad de Chile ha sido afectada últimamente por una grave crisis que ha provocado honda repercusión en todas sus actividades y ha comprometido a todos los órganos de la autoridad universitaria, tanto colegiada como unipersonales.
En el Mensaje que da origen a esta iniciativa, el Ejecutivo señala que es imperiosamente necesario regularizar la actividad de la Universidad de Chile a fin de dar solución a todos los problemas de la vida universitaria y, particularmente, a la imprescindible necesidad de atender a los requerimientos de los miles de estudiantes que deben incorporar a la enseñanza superior en el año 1972, lo que ha determinado la decisión del Gobierno de impulsar una solución al conflicto por la vía legislativa.
Es menester agregar que, en el ánimo de mantener incólume la autonomía de la Universidad, el Gobierno ha efectuado todas las consultas necesarias con los sectores interesados en la solución de los problemas que ella confronta, de modo que no pueda existir duda alguna acerca del recto y superior propósito que inspira esta iniciativa.
El proyecto en informe es el producto de largas reuniones en las cuales surgieron acuerdos entre personeros representativos de las distintas corrientes en pugna. Participaron en las referidas reuniones los Honorables Senadores señores Rafael Agustín Gumucio, Alberto Jerez y Osvaldo Olguín; el Honorable Diputado señor Bernardo Leighton; los Consejeros señores Fenando Vargas y Héctor Valladares y los profesores señores Francisco Cumplido y Astolfo Tapia.
En la discusión general, el Honorable Senador señor Ferrando manifestó su satisfacción porque se haya podido llegar a una posible solución al problema que afecta al principal plantel de educación superior del país. Cree que a todos los ciudadanos interesa el logro de una fórmula que normalice las labores universitarias a la brevedad. Agregó que, mediante este proyecto, se ha encontrado una salida que implica ceder en posiciones que antes parecían irreconciliables y que permitirá, con dignidad, modificar la actual situación.
El Honorable Senador señor Olguín expresó que junto con el Honorable Senador señor Gumucio y los señores Francisco Cumplido, Fernando Vargas, Héctor Valladares y Astolfo Tapia, y en una primera etapa, con los Honorables Parlamentarios señores Alberto Jerez y Bernardo Leighton, trabajaron intensamente en la búsqueda de una solución al conflicto.
Se trata, agregó, de una fórmula convenida y creen, los que intervinieron en su búsqueda, que es una solución para la Universidad de Chile, constitutiva de un arreglo del conflicto que no implica triunfo ni derrota para ningún sector, sino sólo un triunfo de la Universidad misma. Las conversaciones en que se obtuvo este arreglo se llevaron a cabo en un ambiente en que primó la razón, el discernimiento, el análisis y el diálogo.
Señaló que la presente iniciativa legal y la actuación que le cupo a Su Excelencia el Presidente de la República, el cual instó a continuar las conversaciones, le satisfacían plenamente no sólo a la Comisión encargada de encontrar un arreglo, sino que también al Honorable Senador señor Gumucio, al profesor señor Francisco Cumplido y a él mismo, sin perjuicio de que puedan formularle algunas observaciones menores. Terminó formulando votos porque ésta constituya una solución definitiva del problema.
El Honorable Senador señor Baltra expresó que se sumaba a las expresiones de satisfacción por la solución de este conflicto, el cual pudo haberse resuelto de la misma manera hace bastante tiempo, ya que era lamentable que una lucha de poder estuviere destruyendo a la Universidad. Agregó que no es la primera vez en que el Parlamento se aboca al estudio de un problema que afecta a la Universidad de Chile. Recordó que, durante el estudio del proyecto de Estatuto Orgánico de la Universidad de Chile por esta misma Comisión de Educación Pública, tanto el Rector como el Secretario General de la época manifestaron que el referido proyecto de Estatuto era un texto convenido por la comunidad universitaria y que, en opinión de ellos, el Congreso Nacional no podría introducirle modificaciones, ya que su texto constituía una solución para la Universidad. De este modo, dicho texto se despachó prácticamente sin enmiendas, en circunstancias que contenía numerosos vacíos. En cambio, durante el estudio del proyecto de Estatuto de la Universidad Técnica del Estado, se procedió de manera muy diversa, con la experiencia ya obtenida, y se logró mejorarlo sustancialmente con la colaboración del Rector y sus asesores. Por lo tanto, agregó, espera que esta vez se cumplan las esperanzas que han expresado los Honorables Senadores señores Gumucio y Olguín, en el sentido de que este texto sea suficiente para resolver no sólo el problema que afecta hoy a la Universidad de Chile sino que también para poner término al estado de conflicto permanente en que ha vivido dicho plantel superior. Terminó manifestando que considera con el mejor espíritu el proyecto presentado y formuló votos para que constituya una solución para el presente y el futuro.
El Honorable Senador señor Gumucio estimó justificadas las inquietudes manifestadas por el Honorable Senador señor Baltra, respecto de la forma en que fue despachado el Estatuto Orgánico de la Universidad de Chile, ya que se otorgaron facultades sumamente amplias en el entendido de que se iba a interpretar todo el pensamiento y los deseos de la comunidad universitaria.
Señaló que el proyecto sometido por el Ejecutivo a conocimiento del Parlamento es el producto de agotadoras jornadas, en las cuales se realizaron consultas permanentes a todos los sectores políticos representados en las distintas corrientes en pugna. En el fondo, lo que persigue básicamente la iniciativa es abrir una vía, la más democrática posible, con el objeto que la comunidad universitaria se pronuncie. El resultado de la elección de nuevas autoridades y la realización de un amplio plebiscito en que se conocerá la opinión de la comunidad universitaria sobre problemas de índole estructural como de organización, va a significar una sólida base para conformar una estructura y una situación definitiva para la Universidad de Chile. Es éste el objetivo fundamental del proyecto.
El Honorable Senador señor Pablo expresó que se congratulaba por el término del conflicto universitario que se obtendrá a través de este proyecto. A su juicio, el texto de la iniciativa sólo proporciona una salida al problema del momento, el que ha sido provocado por una estructura universitaria inadecuada a las exigencias de una Casa de Estudios y que se ha prestado mucho para la lucha de poder interna, más allá del interés propiamente universitario.
El Honorable Senador señor Ibáñez señaló también su satisfacción por el término del conflicto en la Universidad de Chile. Este acuerdo, agregó, despeja el camino para una solución final y definitiva. Sin embargo, hizo presente que tiene algunas reservas mentales sobre la materia. Destacó que la situación producida se originó por una lucha de poder con objetivo netamente político. La instrumentalización de la Universidad para ponerla al servicio de intereses partidistas es la causante de la crisis y mientras este ánimo exista no habrá paz ni tranquilidad para que dicho plantel pueda cumplir en debida forma sus elevadas funciones. Debe, pues, abandonarse definitivamente el propósito de hacer de la Universidad un instrumento de política partidista, lo cual está totalmente reñido con las funciones propias de la Universidad y, en la medida que ello suceda, podrá superarse efectivamente este conflicto. Hizo votos porque así suceda y anunció su deseo de colaborar para que la Universidad normalice cuantos antes sus labores, pero haciendo presente que la solución definitiva de este tipo de situaciones no depende de la dictación de normas legales o reglamentarias, sino que exclusivamente de los que trataron de instrumentalizar la Universidad abandonen definitivamente sus intenciones.
Vuestra Comisión, por unanimidad, le prestó su aprobación general a esta iniciativa legal.
La proposición legal sometida por el Ejecutivo a conocimiento del Senado consta de ocho artículos permanentes.
El artículo 1° preceptúa que los miembros del actual Consejo Normativo Superior de la Universidad de Chile, el Rector y el Secretario General de la misma Universidad, cesarán en sus funciones a contar de la fecha en que deban asumir tales funciones las autoridades que se elijan para reemplazarlas con arreglo a las disposiciones de la presente ley.
A indicación del Honorable Senador señor Olguín, se modificó esta disposición con el objeto de aclarar que las autoridades que se elijan lo serán de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2° de este proyecto, y que su duración quedará determinada da acuerdo con lo establecido en los artículos 16 y 20 del D. F. L. N° 1, de 8 de junio de 1971, Estatuto Orgánico de la Universidad de Chile. Vale decir, se mantienen los plazos de dos años para los miembros del Consejo Normativo Superior y cuatro años para el Rector y el Secretario General que se elijan.
El mismo señor Senador aclaró que el precepto tiene por finalidad poner término en forma anticipada al período de duración del mandato de las actuales autoridades universitarias.
Esta disposición fue unánimemente aprobada con las modificaciones ya señaladas.
El artículo 2° establece que las nuevas elecciones de representantes en el Consejo Normativo Superior, de Rector y de Secretario General de la Universidad de Chile se efectuarán simultáneamente dentro de los últimos 15 días del mes de abril de 1972, y en la fecha que señale para ese efecto la Junta Electoral Central de la Universidad, debiendo asumir sus funciones las nuevas autoridades dentro de los 30 días siguientes a la fecha de su elección.
El Honorable Senador señor Pablo hizo presente su inquietud en el sentido de posible vicios en el proceso electoral que se realice, lo cual, a su juicio, podría significar la imposibilidad material para repetir la elección dentro del plazo establecido, ya que podría fijarse como fecha de la elección una muy próxima al vencimiento del plazo.
El profesor señor Cumplido aclaró que el Reglamento Electoral dictado en virtud del Estatuto señala que en todo lo no previsto especialmente regirá la ley N° 12.891, General de Elecciones, y que en el caso planteado por el Honorable Senador señor Pablo, la situación se encuentra resuelta, ya que puede repetirse la elección con posterioridad al plazo determinado en la ley.
Esta norma fue aprobada unánimemente.
El artículo 3° dispone que en la misma fecha a que se refiere el artículo 2°, vale decir, dentro de los últimos 15 días del mes de abril de 1972, se hará una consulta plebiscitaria al Claustro Pleno de la Universidad sobre las materias de política universitaria y de reformas al Estatuto Orgánico de esa Corporación que hayan determinado sus miembros en conformidad al artículo 15 de ese Estatuto o su Consejo Normativo Superior, con el voto de más de 1/3 de sus miembros en ejercicio.
El Honorable Senador señor Gumucio aclaró que el plebiscito a celebrarse conjuntamente con las elecciones de todas las autoridades universitarias, tendrá por objeto dilucidar las materias contenidas en la autoconvocatoria provocada por 19. 000 firmas, y las otras cuestiones que desee plantear el Claustro Pleno un tercio del Consejo Normativo Superior.
El mismo señor Senador y los Honorables Senadores señores Baltra y Ferrando expresaron que esta disposición tiene un carácter netamente transitorio y que mediante ella no se está autorizando reforma alguna al
Estatuto, como pareciere desprenderse de su texto, ya que cualquiera modificación al referido Estatuto requerirá del texto expreso de una ley, en la misma forma como se procedió para la dictación del D. F. L. N° 1, de 8 de junio de 1971.
Este artículo fue unánimemente aprobado.
El artículo 4° determina que las elecciones y la consulta plebiscitaria que son materia de la presente ley, se regirán por las normas del Estatuto Orgánico de la Universidad de Chile, con las modificaciones introducidas por esta ley y se realizarán bajo la dirección de una Junta Electoral Central, cuyos miembros serán designados por el Consejo de Administración. Esta Junta será presidida por el Secretario General subrogante, quien no tendrá derecho a voto en sus deliberaciones.
Tendrán derecho a participar en las elecciones y en la consulta plebiscitaria a que se refiere la presente ley, los académicos y funcionarios que hayan sido nombrados o contratados antes del 1° de enero de 1972 y cuyos nombramientos o contratos se encontraren vigentes a la fecha de esas elecciones y consulta plebiscitaria.
A indicación del Honorable Senador señor Baltra, se aclaró en el texto de la disposición que las elecciones y la consulta plebiscitaria que son materia de la presente ley se regirán por las normas del Estatuto Orgánico y con las modificaciones que para este solo efecto le introduce esta ley, con el objeto de evitar que pudiere deducirse del contenido dé la norma que las modificaciones introducidas al Estatuto por este proyecto de ley tendrán carácter permanente, en circunstancias que ella sólo regirán para dichas elecciones y consulta plebiscitaria.
Asimismo, a indicación del Honorable Senador señor Ferrando, se eliminó del texto del precepto una frase que establecía que el Secretario General subrogante no tendrá derecho a voto en las deliberaciones de la Junta Electoral Central, que presidirá.
Igualmente, a indicación del Honorable Senador señor Olguín, se aclaró de que tendrán derecho a participar en las elecciones y en la consulta plebiscitaria a que se refiere la presente ley, además de los académicos y funcionarios, el sector estudiantil.
Vuestra Comisión, por unanimidad, aprobó este artículo con las modificaciones ya señaladas.
El artículo 5° propuesto en el Mensaje establece que desde la publicación de la presente ley y hasta la fecha en que asuman las nuevas autoridades, todas las atribuciones que el Estatuto Orgánico de la Universidad de Chile y demás leyes y reglamentos encomiendan al Consejo Normativo Superior, al Comité Directivo Superior, al Rector y al Secretario General de esa Universidad, serán ejercidas por un Consejo de Administración en el carácter de subrogante. Dicho Consejo estará integrado por un Rector subrogante, por 14 académicos, por 6 estudiantes y por 2 no académicos, todos ellos designados por el actual Consejo Normativo Superior de la Universidad, y por un representante del Presidente de la República de libre designación de éste.
El Consejo Normativo Superior deberá hacer estas designaciones al día siguiente del que corresponda a la publicación de la presente ley y a partir de esa fecha tendrá lugar la subrogación a que se refiere este precepto.
Los Honorables Senadores señores Baltra y Gumucio manifestaron que esta disposición no es clara en cuanto a su redacción, ya que de su texto se desprendería que los miembros del Consejo de Administración serán designados no sólo por el actual Consejo Normativo Superior sino que también por un representante del Presidente de la República, idea que no corresponde a lo acordado.
Por su parte, el Rector señor Boeninger hizo presente la necesidad de aclarar que tanto el Rector como el Secretario General será autoridades que, en el orden administrativo, mantendrán sus facultades, ya que no ser así, se producirían enormes dificultades de orden práctico, ya que podría entenderse que se requeriría las firmas de todos los miembros del Consejo de Administración para cursar decretos de mera administración.
El Honorable Senador señor Olguín opinó que esta norma no es clara, ya que dispone que el Consejo de Administración subrogará a todas las autoridades universitarias, en circunstancias que es necesario disponer que dicha subrogación afectará únicamente al Consejo Normativo Superior y al Comité Directivo Superior, ya que el Rector y Secretario General serán subrogados por un Rector y un Secretario General subrogantes, respectivamente.
El Honorable Senador señor Gumucio hizo presente que tanto el Rector como el Secretario General formarán parte del Consejo de Administración.
El Consejero señor Fernando Vargas manifestó que es necesario disponer que el Rector subrogante seguirá actuando como tal con todas sus facultades y el Secretario subrogante mantendrá por su parte las facultades propias, con excepción del derecho a voto en el Consejo de Administración.
El Consejo de Administración subrogará al Consejo Normativo Superior y al Comité Directivo Superior, con todas sus respectivas facultades.
Vuestra Comisión aprobó, por unanimidad, un texto sustitutivo de este artículo 5°, elaborado conjuntamente por los señores Cumplido y Vargas, mediante el cual se dispone que desde la publicación de la presente ley y hasta la fecha en que asuman las autoridades elegidas en conformidad al artículo 2°, todas las atribuciones que el Estatuto Orgánico de la Universidad de Chile y demás leyes y reglamentos encomiendan al Consejo Normativo Superior y al Comité Directivo de esta Universidad serán ejercidas por un Consejo de Administración que las subrogará. Habrá, además, un Rector y un Secretario General subrogantes. El Consejo de Administración estará integrado por el Rector subrogante, por 14 académicos, por 6 estudiantes y por 2 no académicos, todos ellos designados por el actual Consejo Normativo Superior de la Universidad de Chile, por los dos tercios de sus miembros en ejercicio. Integrará, además, el Consejo, un representante del Presidente de la República de libre designación de éste. El Consejo Normativo Superior deberá hacer estas designaciones al día siguiente hábil de la publicación de la presente ley, y a partir de esa fecha tendrán lugar las subrogaciones referidas.
El artículo 6° señala que el actual Rector y el Secretario General de la Universidad conservarán la propiedad del empleo y el derecho a todas las remuneraciones asignadas a sus cargos hasta la fecha en que asuman las autoridades elegidas en conformidad a esta ley, no obstante la subrogación a que se refiere el artículo anterior.
El Honorable Senador señor Pablo expresó que entendía que las autoridades subrogantes tienen por única finalidad llevar a cabo la elección. Si ésta no se hiciere, dichas autoridades caducarían en sus mandatos. De esta misma tesis participó el Rector señor Boeninger.
El Honorable Senador señor Baltra opinó que el precepto es claro, y no requiere mayores explicaciones.
El Honorable Senador señor Gumucio hizo presente que si la elección no se realiza, revivirá todo el conflicto ya solucionado.
Por su parte, el Honorable Senador señor Olguín, destacó que por ninguna razón puede dejar de haber elecciones, pues todo el arreglo logrado está basado en que dichas elecciones se realicen.
Por unanimidad, esta disposición fue aprobada, con una pequeña enmienda de forma.
El artículo 7° señala que el Consejo de Administración será integrado, además, por el Secretario General subrogante, designado por el mismo Consejo de Administración, quien no tendrá derecho a voto en sus deliberaciones.
Este artículo fue aprobado por unanimidad, con ligeras enmiendas de forma, y como inciso final del artículo 5° del proyecto de ley que os proponemos.
El artículo 8° dispone que el Consejo de Administración adoptará sus acuerdos por los dos tercios de sus miembros en ejercicio y podrá delegar todo o parte de sus atribuciones en un Comité Ejecutivo integrado por el Rector y tres miembros del Consejo de Administración designados por éste.
A indicación del Honorable Senador señor Baltra se aclaró que el referido Comité Ejecutivo se creará y estará integrado por las personas que la disposición señala.
El Honorable Senador señor Gumucio opinó que el espíritu de la disposición es que la labor ejecutiva sea ejercida por el Rector y los tres miembros del Consejo de Administración designados por éste, todos los guales constituirán el Comité Ejecutivo. El referido Comité, que será de carácter paritario, tendrá por función aplicar la política universitaria que acuerde el Consejo de Administración, ya que los cuerpos colegiados no son órganos ejecutivos, y desarrollar aquellas otras atribuciones que el referido Consejo le delegue. Para el efecto de sus funciones, el Comité Ejecutivo contará con todos los medios materiales necesarios.
Vuestra Comisión, por unanimidad, le prestó su aprobación a este artículo.
En mérito de lo expuesto, vuestra Comisión de Educación Pública tiene la honra recomendaros la aprobación del siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1°.- Los miembros del actual Consejo Normativo Superior de la Universidad de Chile, el Rector y el Secretario General de la misma Universidad, cesarán en sus funciones a contar de la fecha en que deban asumir tales funciones las autoridades que se elijan para reemplazarlas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2° de la presente ley, y cuya duración será la determinada por los artículos 16 y 30 del D. F. L. N° 1, publicado en el Diario Oficial de 8 de junio de 1971.
Artículo 2°.- Las nuevas elecciones de representantes en el Consejo Normativo Superior, de Rector y de Secretario General de la Universidad de Chile, se efectuarán simultáneamente dentro de los últimos quince días del mes de abril de 1972, y en la fecha que señale para ese efecto la Junta Electoral Central de la Universidad. Las nuevas autoridades deberán asumir sus funciones dentro de los 30 días siguientes a la fecha de su elección.
Artículo 3°.- En la misma fecha a que se refiere el artículo anterior, se hará una consulta plebiscitaria al Claustro Pleno de la Universidad sobre las materias de política universitaria y de reformas al Estatuto Orgánico de esa Corporación que hayan determinado sus miembros en conformidad al artículo lo de ese Estatuto o su Consejo Normativo Superior con el voto de más de un tercio de sus miembros en ejercicio.
Artículo 4°.- Las elecciones y la consulta plebiscitaria que son materia de la presente ley, se regirán por las normas del Estatuto Orgánico de la Universidad de Chile, con las modificaciones que para este solo efecto le introduce esta ley, y se realizarán bajo la dirección de una Junta Electoral Central, cuyos miembros serán designados por el Consejo de Administración. Esta Junta será presidida por el Secretario General subrogante.
Tendrán derecho a participar en las elecciones y en la consulta plebiscitaria a que se refiere la presente ley, los académicos y funcionarios que hayan sido nombrados o contratados antes del 1° de enero de 1972 y cuyos nombramientos o contratos se encontraren vigentes a la fecha de esas elecciones y consulta plebiscitaria, todo ello sin perjuicio de la participación estudiantil.
Artículo 5°.- Desde la publicación de la presente ley y hasta la fecha en que asuman las autoridades elegidas en conformidad al artículo 2°, todas las atribuciones que el Estatuto Orgánico de la Universidad de Chile y demás leyes y reglamentos encomiendan al Consejo Normativo Superior y al Comité Directivo de esa Universidad serán, ejercidas por un Consejo de Administración que las subrogará. Habrá además un Rector y un Secretario General subrogante. El Consejo de Administración estará integrado por el Rector subrogante, por catorce académicos, por seis estudiantes y por dos no académicos, todos ellos designados por el actual Consejo Normativo Superior de la Universidad de Chile, por los dos tercios de sus miembros en ejercicio: Integrará, además, el Consejo un representante del Presidente de la República de libre designación de éste. El Consejo Normativo Superior deberá hacer estas designaciones al día siguiente hábil del de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial, y a partir de esa fecha tendrán lugar las subrogaciones a que se refiere este precepto.
El Consejo de Administración será integrado, además, por el Secretario General subrogante, designado por el mismo Consejo de Administración, quien no tendrá derecho a voto.
Artículo 6°.- El actual Rector y el Secretario General de la Universidad conservarán la propiedad del empleo y el derecho a todas las remuneraciones asignadas a sus cargos hasta la fecha en que asuman las autoridades elegidas en conformidad a esta ley, no obstante la subrogación a que se refiere el artículo anterior.
Artículo 7°.- El Consejo de Administración adoptará sus acuerdos por los dos tercios de sus miembros en ejercicio, y podrá delegar todo o arte de sus atribuciones en un Comité Ejecutivo que se creará y que estará integrado por el Rector y tres miembros del Consejo de Administración, designados por éste.
Sala de la Comisión, a 6 de enero de 1972.
Acordado en sesión de fecha de ayer, con asistencia de los Honorables Senadores señores Ferrando (Presidente), Baltra, Ibáñez y Pablo.
(Fdo.): Andrés Rodríguez Cruchaga, Secretario.
8.- INFORME DE LA COMISION DE DEFENSA NACIONAL RECAIDO EN EL MENSAJE DEL EJECUTIVO EN QUE PROPONE UN PROYECTO DE LEY QUE AUMENTA LA PLANTA DE OFICIALES Y EMPLEADOS CIVII.ES DE LA FUERZA AEREA DE CHILE.
Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Defensa Nacional tiene el honor de informaros acerca de un proyecto de ley, con urgencia calificada de simple, e iniciada en un Mensaje del Ejecutivo, que aumenta la Planta de Oficiales y Empleados CiVII.es de la Fuerza Aérea de Chile.
A las sesiones en que estudiamos este asunto asistieron el Subsecretario de Aviación, señor Ricardo Ortega y los Coroneles de Aviación señores Jacobo Atala y Alberto Bachelet.
ANTECEDENTES.
Como antecedente previo en lo que concierne a la falta de personal de que adolece la Fuerza Aérea de Chile, habría que atender a las siguientes cifras que se consignan en este Mensaje:
En 1931, inmediatamente después de la creación de esta rama de la Defensa Nacional, su Planta de Oficiales fue de 451 en la Rama del Aire, 46 Ingenieros y 50 Técnicos. Ahora bien, con la dictación del D. F. L. N° 1, de 6 de agosto de 1968, del Ministerio de Defensa, Subsecretaría de Guerra, que consulta el Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, dicha Planta quedó como sigue: 448 Oficiales del Aire, 66 Ingenieros y 86 Técnicos. De lo anterior se desprende que en 38 años el aumento experimentado ha sido de un 9% aproximadamente.
A la elocuencia de tales cifras habría que agregar otros antecedentes de todos conocidos.
Aparte de la insustituible tarea que como organismo de la Defensa Nacional debe cumplir la Fuerza Aérea, sus actividades y responsabilidades han experimentado en este último tiempo una creciente expansión. En efecto, presta una permanente labor de transporte y enlace en las regiones apartadas del país; opera directamente el Servicio de Búsqueda y Salvamento y el Servicio Aerofotogramétrico y colabora con el Servicio Agrícola y Ganadero en la lucha contra los incendios forestales. Esto sin considerar como lo hacen las otras ramas de la Defensa Nacional la labor de auxilio que le corresponde ante un sismo u otra catástrofe de proporciones.
Además, el avance tecnológico que ha experimentado la aeronáutica ha traído consigo una disminución muy apreciable del personal disponible, por la circunstancia de que las unidades equipadas con antiguos aviones de hélice, van siendo paulatinamente reemplazadas por unidades dotadas con aviones a reacción mucho más complejo tanto en su estructura como en sus variados sistemas.
Lo anterior ha hecho imperativo la creación de escuelas y academias que deben proporcionar la instrucción que exigen la dirección y el mando de instituciones y la operación y mantenimiento de estas últimas aeronaves y de sus diversos sistemas.
Una instrucción de esta naturaleza impone a la Fuerza Aérea una doble exigencia en lo que se refiere a personal. En efecto, por una parte, un gran número de Oficiales y Suboficiales deben constituir las plantas docentes de esos establecimientos y, por otra parte, una cantidad mayor de ellos debe pasar por sus aulas en calidad de alumnos.
Sobre el particular, no debemos olvidar una característica muy particular del arma aérea, cual es que la gran mayoría del personal combatiente está constituida por Oficiales.
Las observaciones anteriores conducen a la lógica conclusión de que es impostergable la necesidad de aumentar sustancialmente las dotaciones de todos los Escalafones de la Fuerza Aérea, tanto del Aire como Técnico, y en forma paralela, pero en menor proporción, las de los otros Escalafones de Oficiales, de Empleados CiVII.es y del Personal del Cuadro Permanente, al igual que las plantas de alumnos de las Escuelas de Aviación y de Especialidades.
La presente iniciativa de ley aborda el problema planteado mediante un aumento de la dotación de los Escalafones de la Fuerza Aérea a través de un mecanismo que permita que las nuevas plazas sean llenadas por parcialidades anuales en un plazo de cinco años - que se inicia en 1972 - lo que facilita enormemente su funcionamiento.
En este predicamento, el artículo 17 dispone que tal aumento se costeará con cargo a los mayores recursos que para este objeto deberán contemplarse cada año en la Ley de Presupuestos de la Nación.
Se parte, como se ha dicho, de 1972 y se termina en 1976, razón por la cual el artículo 18 fija como fecha de vigencia el 1° de enero de este año. Con tal finalidad, el Presupuesto para 1972 consulta la suma de E° 25.340.000, lo que permitirá dar cumplimiento a lo planificado para el primer período anual.
El proyecto en estudio fue aprobado en general por la unanimidad de vuestra Comisión.
Su articulado y discusión particular,
La iniciativa consta de 18 artículos permanentes y 16 transitorios, los que merecieron de nuestra parte un detenido análisis, que realizamos con el asesoramiento de las personas que concurrieron en representación del Ejecutivo.
La mayor parte de las enmiendas que introdujimos al texto de la proposición del Mensaje fueron meramente formales y tienden a perfeccionar su redacción y aclarar su sentido. Las de fondo fueron escasas y las anotaremos al comentar el respectivo precepto.
El artículo 1° aumenta la Planta de Oficiales y Empleados CiVII.es de la Fuerza Aérea de Chile, fijada en el artículo 225 del citado D. F. L. N° 1, de 1968 y en el D. F. L. N° 5 del mismo año, ambos del Ministerio de Defensa Nacional, y sus modificaciones posteriores.
La Planta de Oficiales en sus diversos Escalafones experimenta un aumento de 722 plazas y la de Empleados CiVII.es de 122, o sea, en total, 844. Dentro de la primera, el mayor aumento se observa en la rama del Aire y en la de Técnicos, lo que concuerda con lo que expresamos en el acápite anterior en lo que concierne a las características de la aeronáutica como fuerza combatiente y las necesidades requeridas por el material que se emplea en la actualidad.
El artículo 2° crea en la Categoría de Empleados CiVII.es, Profesionales Técnicos y Administrativos 15 nuevos Escalafones con un total de 141 plazas. Algunos de estos escalafones no hacen sino incorporar a la Planta cargos que actualmente son servidos por personal a contrata.
El artículo 3° suprime 31 plazas en los Escalafones de Empleados CiVII.es de Planta. Tal supresión se hará en forma gradual, o sea, operará entre 1972 y 1976, esto es de acuerdo con el mismo sistema que inspira el aumento que consulta la presente iniciativa.
En virtud de lo establecido en el artículo 4° el aumento a que se refieren los artículos 1° y 2° será considerado en forma gradual en un período de cinco años de acuerdo con el esquema que incluye este mismo artículo.
Como lo advertimos con anterioridad el mayor aumento se observa en la Planta de Oficiales, cuya dotación sube de 797 a que asciende en la actualidad a 1. 519, o sea, el aumento es de 722. De esta última cifra 299 corresponden a Oficiales del Aire y 260 a Oficiales Técnicos. Los Generales de Aviación suben de 3 a 4 y los de Brigada Aérea de 6 a 12.
El artículo 5° consigna la Planta de Oficiales y Empleados CiVII.es de la Fuerza Aérea, tal como queda de conformidad con lo dispuesto en los artículos que hemos analizado precedentemente.
El artículo 6° establece la dotación de Alumnos de la Escuela de Aviación durante los años 1972, 1973 y 1974, la que no experimentará cambios con posterioridad.
Lo que pretende este precepto es hacer una distribución más racional de las plazas de Alféreces, Subaféreces y Cadetes, a fin de asegurar la permanencia del alumnado mediante el incentivo de incorporarlo en un menor tiempo a tareas profesionales.
Los artículos 7°, 8° y 9° aumenta la Planta Permanente de Empleados CiVII.es de la Subsecretaría de Aviación; establecen la forma gradual que en el período de cinco años se llevará a cabo tal aumento, y fijan la forma como quedará en definitiva constituida la Planta en mención. Tal aumento es de 21 a 31, o sea, de 10 plazas.
Se señaló a vuestra Comisión que las labores y responsabilidad de esa Subsecretaría, se han ampliado considerablemente en este último tiempo, indicándose entre otras la circunstancia del cambio de dependencia administrativa de la Dirección de Aeronáutica de la Fuerza Aérea y a la citada Subsecretaría.
Según el artículo 10, para los efectos de los nuevos nombramientos en los Escalafones de Planta de la Fuerza Aérea se aumentarán transitoriamente las plazas correspondientes al último grado del Escalafón en el número de vacantes que autoriza la ley.
El artículo 11 establece la extinción del Escalafón de Oficiales de Aeropuertos. Las personas que pertenecen a dicho Escalafón tendrán un derecho optativo, cual es, el de permanecer en él hasta el término de su carrera o pasar al Escalafón de Auxiliares Técnicos de acuerdo con las normas legales que rigen al respecto.
Los artículos 12, 13, 14 y 16 consultan normas que no justifican un comentario acerca de su texto, que se refiere a la provisión de los cargos de Empleados CiVII.es creados en esta proposición de ley y sobre su encasillamiento en las correspondientes Categorías o Grados.
En cambio en el artículo lo que se refiere a situaciones especiales que por efecto de la aplicación de la presente iniciativa se producirán en el encasillamiento de los citados Empleados CiVII.es, eliminamos algunos preceptos que nos parecieron de justicia.
En efecto, los preceptos suprimidos disponían que el tiempo servido en las Categorías o Grados en que se encontraba este personal antes de su encasillamiento, se le computaría para los efectos de ascensos como permanencia en la Categoría o Grado en que fueron encasillados
Los artículos 17 y 18 se refieren al financiamiento y a la fecha en que empezará a regir el proyecto de ley a que se refiere este informe, disposiciones que fueron comentadas en el acápite anterior.
Los artículos transitorios solucionan las cuestiones que se plantearán a ciertos funcionarios que se encuentran en Escalafones que se suprimen o que son afectados por las normas generales que sobre nombramiento y encasillamiento consulta este proyecto de ley.
Vuestra Comisión aprobó dichos artículos con algunas enmiendas de forma refundiendo en seis artículos los 16 del Mensaje.
Con el mérito de las consideraciones anteriores, la unanimidad de vuestra Comisión de Defensa Nacional tiene el honor de recomendaros la aprobación del siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1°.- Auméntase la Planta de Oficiales y Empleados CiVII.es de la Fuerza Aérea de Chile, fijada en el artículo 225 del D. F. L. N° 1, de 1968, y en el D. F. L. N° 5, del mismo año, y sus modificaciones posteriores, en los Escalafones y Grados que se indican y en las cantidades que se expresan:
A.- OFICIALES DE LINEA.
Oficiales del Aire (A).
General de Aviación 1
Generales de Brigada Aérea 6
Coroneles de Aviación 13Comandantes de Grupo 29Comandantes de Escuadrilla 47
Capitanes de Bandada 77
Tenientes y Subtenientes 126
TOTAL 299
Oficiales Ingenieros (I).
Coronel de Aviación 1
Comandantes de Grupo 2
Comandantes de Escuadrilla 2
Capitanes de Bandada 7
Tenientes y Subtenientes 22
TOTAL 34
Oficiales Técnicos (T).
Coroneles de Aviación 4
Comandantes de Grupo 12Comandantes de Escuadrilla 31
Capitanes de Bandada 80
Tenientes y Subtenientes 133
TOTAL 260
Oficiales de Finanzas (F).
Coronel de Aviación 1
Comandantes de Grupo 2
Comandantes de Escuadrilla 4
Capitanes de Bandada 7
Tenientes y Subtenientes 10
TOTAL 24
Oficiales Auxiliares Técnicos (AT).
Coronel de Aviación 1
Comandantes de Grupo 4
Comandantes de Escuadrilla 10Capitanes de Bandada y Tenientes 49
TOTAL 64
B.- OFICIALES DE LOS SERVICIOS.
Oficiales de Justicia (J).
Comandante de Grupo 1
Comandantes de Escuadrilla 3
TOTAL 4
Oficiales de Sanidad (S).
Comandantes de Grupo 3
Comandantes de Escuadrilla y
Capitanes de Bandada 16
TOTAL 19
Oficiales de Sanidad Dental (SD).
Comandantes de Grupo 2
Comandantes de Escuadrilla y
Capitanes de Bandada 11
TOTAL 13
Oficiales de Servicio Religioso (SR).
Comandante de Escuadrilla 1
Capitán de Bandada 1
Tenientes 2
TOTAL 4
Oficiales de Banda (B).
Teniente 1
TOTAL 1
C.- MPLEADOS CIVII.ES.
1.- Profesionales.
Escalafón de Arquitectos.
IV. Categoría 1
VI. Categoría 3
Escalafón de Abogados.
V. Categoría 1
VI. Categoría 1
VII. Categoría 2
Grado 1° 2Escalafón de Asistentes Sociales.
VI. Categoría 1
VII. Categoría 1
Grado 1° 4
TOTAL 16
2.- Técnicos.
Cambiase la denominación del Escalafón de Técnicos en Radio, por la de Técnicos Electrónicos.
Escalafón de Técnicos Electrónicos.
V. Categoría 1
VI. Categoría 1
VII. Categoría 3
Grado 1° 3
TOTAL 8
3.- Administrativos.
Escalafón Administrativo.
V. Categoría 1
VI. Categoría 3
Grado 1° 2Grado 3° 1Grado 4° 15Grado 6° 14Escalafón de Dibujantes.
VI. Categoría 1
Grado 6° 4Escalafón de Auxiliares de Sanidad.
VII. Categoría 1
Grado 1° 2Grado 4° 2Grado 6° 5
TOTAL 51
4.- Personal que no forma Escalafón.
Profesionales.
Químico
V. Categoría 1
Constructor CiVII.
IV. Categoría 1
V. Categoría 2
TOTAL 4
Técnicos.
Laboratorista Químico
Grado 1° 1
TOTAL 1
Administrativos.
Estadístico Jefe
V. Categoría 1
Estadístico
VI. Categoría 1
Traductor
V. Categoría 1
Grado 1° 1Agente Especial de Aduanas
VI. Categoría 2
Grado 1° 1
Especialista en Personal
V. Categoría 1
TOTAL 8
5.- Personal asimilado al régimen de remuneraciones del Servicio Nacional de Salud (Escala Directiva, Profesional y Técnica, ley 16.617).
Escalafón de Enfermeras Universitarias.
V. Categoría 1
VI. Categoría 1
VII. Categoría 2
Grado 1° 2Grado 2° 2Grado 3° 3Grado 4° 3Grado 6° 5Escalafón de Matronas.
Grado 3° 1Grado 4° 2
Escalafón de Nutricionistas.
IV. Categoría 1
V. Categoría 1
VI. Categoría 1
Escalafón de Tecnólogos Médicos.
VI. Categoría 1
VII Categoría 1
Grado 1° 1Grado 2° 1Grado 3° 1Escalafón de Kinesiólogos.
V. Categoría 1
VI. Categoría 1
VII. Categoría 1
Escalafón de Contadores.
V. Categoría 1
TOTAL 34
Artículo 2°.- Créase en la Categoría de Empleados CiVII.es, Profesionales, Técnicos y Administrativos, los siguientes Escalafones con las plazas que se expresan:
Profesionales
Escalafón de Auxiliares (Oficiales en Retiro).
Auxiliar IV. Categoría 1
Auxiliares V. Categoría 4
Auxiliares VI. Categoría 5
Auxiliares Grado 1° 7
TOTAL 17
Estas plazas serán proveídas con Oficiales en Retiro.
Técnicos
Escalafón de Dibujantes Técnicos.
Dibujante Técnico V. Categoría 1
Dibujante Técnico VI. Categoría 1
Dibujantes Técnicos VII Categoría 2
Dibujantes Técnicos Grado 1° 2
TOTAL 6
Administrativos.
Escalafón de Administradores de Abastecimiento.
Administrador de Abastecimiento V. Categoría 1
Administradores de Abastecimiento VI. Categoría 4
Administradores de Abastecimiento VII. Categoría 9
Administradores de Abastecimiento Grado 1° 13Administradores de Abastecimiento Grado 4° 16
TOTAL 43
Escalafón de Administradores de MantenimientoAdministrador de Mantenimiento V. Categoría 1
Administradores de Mantenimiento VI. Categoría 2
Administradores de Mantenimiento VII. Categoría 4
Administradores de Mantenimiento Grado 1° 6Administradores de Mantenimiento Grado 4° 7
TOTAL 20
Personal asimilado al régimen de remuneraciones del Servicio Nacional de Salud (Escala Directiva, Profesional y Técnica, ley 16. 617).
Escalafón de Psicólogos.
Psicólogo III. Categoría 1
Psicólogo V. Categoría 1
Psicólogo VII. Categoría 1
TOTAL 3
Escalafón de Bio Estadísticos.
Bio Estadístico III. Categoría 1
TOTAL 1
Escalafón de EstadígrafosEstadígrafo V. Categoría 1
Estadígrafo VI. Categoría 1
Estadígrafos VII. Categoría 2
TOTAL 4
Escalafón de Laboratoristas Dentales.
Laboratorista Dental VI. Categoría 1
Laboratoristas Dentales VII. Categoría 2
Laboratoristas Dentales Grado 1° 3Laboratoristas Dentales Grado 2° 4Laboratoristas Dentales Grado 3° 5
TOTAL 15
Escalafón Administrativos de Sanidad.
Administrativos de Sanidad V. Categoría 2
Administrativos de Sanidad VI. Categoría 4
Administrativos de Sanidad VII. Categoría 7
Administrativos de Sanidad Grado 1° 7
TOTAL 20
Escalafón de Terapeutas Ocupacionales.
Terapeuta Ocupacional V. Categoría 1
Terapeuta Ocupacional VI. Categoría 1
Terapeuta Ocupacional VII. Categoría 1
Terapeuta Ocupacional Grado 1° 1
TOTAL 4
Escalafón de Educadores Sanitarios.
Educador Sanitario III. Categoría 1
Educador Sanitario IV. Categoría 1
TOTAL 2
Escalafón Educadoras de Párvulos.
Educadora de Párvulos V. Categoría 1
Educadora de Párvulos VI. Categoría 1
Educadora de Párvulos VII. Categoría 1
TOTAL 3
Escalafón de Técnicos en Higiene Industrial.
Técnico en Higiene Industrial IV. Categoría 1
TOTAL 1
Escalafón de Administradores de Hospital.
Administrador de Hospital III. Categoría 1
TOTAL 1
Escalafón de Bibliotecarios
Bibliotecario V. Categoría 1
TOTAL 1
Artículo 3°.- Suprímense, en forma gradual, 31 plazas en los Escalafones de Empleados CiVII.es de Planta, de acuerdo a lo siguiente:
AÑO 1972.
Químico VI. Categoría 1
Estadístico VI. Categoría 1
Traductor VI. Categoría 1
Arquitecto VII Categoría 1
Abogado Grado 2° 1Técnico Electrónico Grado 2° 1
Dibujantes Grado 3° 2Auxiliar de Sanidad Grado 3° 1Laboratorista Químico Grado 4° 1
Traductor Grado 4° 1Auxiliar de Sanidad Grado 7° 1
Administrativos Grado 8° 4
TOTAL 16
AÑO 1973.
Arquitecto Grado 1° 1Dibujante Grado 5° 1
Auxiliar de Sanidad Grado 5° 1Auxiliares de Sanidad Grado 7° 2
TOTAL 5
AÑO 1974.
Técnico Electrónico Grado 3° 1Auxiliar de Sanidad Grado 5° 1Auxiliares de Sanidad Grado 7° 2
TOTAL 4
AÑO 1975.
Abogado Grado 2° 1Dibujante Grado 5° 1
Auxiliar de Sanidad Grado 7° 1
TOTAL 3
AÑO 1976.
Técnico Electrónico Grado 3° 1Auxiliar de Sanidad Grado 5° 1Dibujante Grado 7° 1
TOTAL 3
Artículo 4°.- El aumento a que se refieren los artículos 1° y 2° será considerado en forma gradual en un período de 5 años y de acuerdo al siguiente esquema:
1972 1973 1974 1975 1976 Total
Del Aire.
General de Aviación 1 1
Generales de Brigada Aérea 1 1 2 1 1 6
Coroneles de Aviación 1 2 3 3 4 13
Comandantes de Grupo 2 4 5 9 9 29
Comandantes de Escuadrilla 2 8 9 14 14 47
Capitanes de Bandada 2 12 16 23 24 77
Tenientes y Subtenientes 6 20 26 37 37 126
TOTAL 15 47 61 87 89 299
Ingenieros.
General de Brigada AéreaCoronel de Aviación 1 1
Comandantes de Grupo 1 1 2
Comandantes de Escuadrilla 1 1 2
Capitanes de Bandada 2 3 2 7
Tenientes y Subtenientes3 3 11 3 2 3 22
TOTAL 6 16 7 2 3 34
Técnicos
General de Brigada AéreaCoroneles de Aviación 1 2 1 4
Comandantes de Grupo1 1 1 5 5 12
Comandantes de Escuadrilla 2 6 11 12 31
Capitanes de Bandada 4 16 30 30 80
Tenientes y Subtenientes 4 29 50 50 133
TOTAL12 12 52 98 98 260
Finanzas.
General de Brigada AéreaCoronel de Aviación 1 1
Comandantes de Grupo 1 1 2
Comandantes de Escuadrilla 1 1 1 1 4
Capitanes de Bandada 2 2 1 1 1 7
Tenientes y Subtenientes 3 2 2 1 2 10
TOTAL 6 6 4 3 5 24
Auxiliares Técnicos.
Coronel de Aviación 1 1
Comandantes de Grupo 2 2 4
Comandantes de Escuadrilla 4 4 2 10
Capitanes de Bandada y Tenientes 17 22 10 49
TOTAL 23 28 13 64
Justicia
General de Brigada AéreaCoronel de AviaciónComandante de Grupo 1 1
Comandantes de Escuadrilla 1 1 1 3
TOTAL 1 1 2 4
Sanidad.
General de Brigada AéreaCoronel de AviaciónComandantes de Grupo 1 1 1 3
Comandantes de Escuadrilla y
Capitanes de Bandada 8 4 4 16
TOTAL 9 5 5 19
Sanidad Dental.
Coronel de AviaciónComandantes de Grupo 1 1 2
Comandantes de Escuadrilla y
Capitanes de Bandada 5 3 3 11
TOTAL 6 4 3 13
Servicio Religioso.
Comandante de Escuadrilla 1 1
Capitán de Bandada 1 1
Tenientes 2 2
TOTAL 2 2 4
Bandas.
Capitán de Bandada 1
Teniente 1 1
TOTAL 1 1
TOTALES 80 109 148 190 195 722
Empleados Civiles
Arquitectos
IV. Categoría
VI. Categoría
TOTAL
-Abogados
V. Categoría
1972 1973 1974 1975 1976 Total
1 1 1 - - 3
4 4 - - 16
5 5 - - 19
1 1 - - - 2
3 3 - - 11
4 3 - - 13
1 - - - _ 1
1 - - - - 1
_ 2 - - _ 2
2 2 - - _ 4
- 1 - - 1
- 1 _ _ 1 80 109 148 190 195 722
- - - - 1 1
11-1-3
11-1 1 4
1972 1973 1974 1975 1976 Total
VI. Categoría - - - 1 - 1
VII. Categoría - 1 - - 1 2
Grado 1° 1 - - 1 - 2
TOTAL 1 1 1 2 1 6
-Asistentes Sociales
VI. Categoría - - 1 - - 1
VII. Categoría - - - 1 - 1
Grado 1° 1 1 - 1 1 4
TOTAL 1 1 1 2 1 6
-Técnicos Electrónicos
V. Categoría 1 - - - - 1
VI. Categoría - 1 - - - 1
VII Categoría 1 - 1 - 1 3
Grado 1° 1 - 1 - 1 3
TOTAL 3 1 2 - 2 8
-Administrativos
V. Categoría - 1 - - - 1
VI. Categoría 1 - 1 - 1 3
Grado 1° 1 - - 1 - 2
Grado 3° - - 1 - - 1
Grado 4° 3 3 3 3 3 15
Grado 6° 3 3 2 3 3 14
TOTAL 8 7 7 7 7 36
-Dibujantes
VI. Categoría 1 - - - - 1
Grado 6° 1 1 - 1 1 4
TOTAL 2 1 - 1 1 5
-Auxiliares de Sanidad
VII. Categoría 1 - - - - 1
Grado 1° - 1 1 - 1 3
Grado 4° - 1 1 - - 2
1972 1973 1974 1975 1976 Total
Grado 6° 1 1 1 1 - 4
TOTAL 2 3 3 1 1 10
-Químico
V. Categoría 1 - - - - 1
TOTAL 1 - - - - 1
-Constructor CiVII.
IV. Categoría 1 - - - - 1
V. Categoría - 1 - - - 1
TOTAL 1 1 - - _ 2
-Laboratorista Químico
Grado 1° 1 - - - - 1
TOTAL 1 - - _ _ 1
-Estadístico Jefe
V. Categoría 1 - - - - 1
TOTAL 1 - - - - 1
-Estadístico
V. Categoría 1 - - - - 1
TOTAL 1 - - - _ 1
-Traductor
V. Categoría 1 - - - - 1
Grado 1° 1 - - - - l
TOTAL 2 - - - - 2
-Agente Especial de Aduanas
VI. Categoría 1 - 1 - - 2
Grado 1° - 1 - _ _ 1
TOTAL 1 1 1 - - 3
1972 1973 1974 1975 1976 Total
-Especialista en Personal
V. Categoría 1 - - - - 1
TOTAL 1 - - - - 1
-Auxiliares (Oficiales en Retiro)
IV. Categoría.... 1 - - - - 1
V. Categoría 2 2 - - - 4
VI. Categoría - 2 3 - - 5
Grado 1° - - 2 3 2 7
TOTAL 3 4 5 3 2 17
-Dibujantes Técnicos
V. Categoría........... 1 - - - - 1
VI. Categoría............... - - 1 - - 1
VII. Categoría - 1 - 1 - 2
Grado 1? - 1 - 1 - 2
TOTAL 1 2 1 2- 6
-Administradores de Abastecimiento
V. Categoría 1 - - - - 1
VI. Categoría ... 1 1 1 - 1 4
VII. Categoría 2 2 2 1 2 9
Grado 1° 3 2 3 2 3 13
Grado 4° 3 3 3 3 4 16
TOTAL 10 8 9 6 10 43
-Administradores de Mantenimiento
V. Categoría - 1 - - - 1
VI. Categoría 1 - 1 - - 2
VII. Categoría 1 1 1 - 1 4
Grado 1° 1 2 1 1 1 6
Grado 4° 2 1 2 1 1 7
TOTAL 5 5 5 2 3 20
Personal asimilado al régimen de remuneraciones del Servicio Nacional de Salud (Escala Directiva, Profesional y Técnica ley 16. 617).
1972 1973 1974 1975 1976 Total
-Enfermeras Universitarias
V. Categoría 1 - - - - 1
VI. Categoría 1 - - - - 1
VII. Categoría 1 1 - - - 2
Grado 1° 1 1 - - - 2
Grado 2° 1 1 - - - 2
Orado 3° 1 2 - - - 3
Grado 4° 1 2 - - - 3
Grado 5° 3 2 - - - 5
TOTAL 10 9 - - - 19
-Matronas
Grado 3° 1 - - - - 1
Grado 4° 1 1 - - - 2
TOTAL 2 1 - - _ 3
-Nutricionistas
IV. Categoría - 1 - - - 1
V. Categoría 1 - - - - 1
VI. Categoría 1 - - - - 1
TOTAL 2 1 - - _ 3
-Tecnólogos Médicos
VI. Categoría 1 - - - - 1
VII. Categoría - 1 - - - 1
Grado 1° 1 - - - _ 1
Grado 2° - 1 - _ _ 1
Grado 3° 1 - - - - 1
TOTAL 3 2 - - _ 5
-Kinesiólogos
V. Categoría 1 - - - - 1
VI. Categoría - 1 - - - 1
VII Categoría - 1 - - - 1
TOTAL 1 2 - - - 3
1972 1973 1974 1975 1976 Total
-Contadores
V. Categoría - 1 - - - 1
TOTAL - 1 - - - 1
-Psicólogos
III. Categoría 1 - - - - 1
V. Categoría - 1 - - - 1
VII. Categoría - - 1 - - 1
TOTAL 1 1 1 - - 3
-Bio Estadístico
III. Categoría 1 - - - - 1
TOTAL 1 - - - - 1
-Estadígrafos
Categoría 1 - - - - 1
Categoría - 1 - - - 1
VII. Categoría - 1 1 - - 2
TOTAL 1 2 1 - - 4
-Laboratoristas Dentales
VI. Categoría - - 1 - - 1
VII. Categoría - 2 - - 2
Grado 1° - - 3 - - 3
Grado 2° - - 4 - - 4
Grado 3° - - 5 - - 5
TOTAL - - 15 - - 15
-Administrativos de Sanidad
V. Categoría 2 - - - - 2
VI. Categoría 4 - - - - 4
VII. Categoría 4 3 - - - 7
10 6 4
TOTAL
20
Grado 1° - 3 4 - - 7
1972 1973 1974 1975 1976 Total
-Terapeutas Ocupacionales
V. Categoría 1 - - - - 1
VI. Categoría - 1 - - - 1
VII. Categoría - - 1 - - 1
Grado 1° - - 1 - - 1
TOTAL 1 1 2 - - 4
-Educadores Sanitarios
Categoría, - 1 - - - 1
Categoría - - 1 - - 1
TOTAL - 1 1 - - 2
-Educadoras de Párvulos
V. Categoría 1 - - - - 1
VI. Categoría - 1 - - - 1
VII. Categoría - - 1 - - 1
TOTAL 1 1 1 - - 3
-Técnicos en Higiene Industrial
IV. Categoría 1 - - - - 1
TOTAL 1 - - - - 1
-Administradores de Hospital
III. Categoría - 1 - - - 1
TOTAL - 1 - - - 1
-Bibliotecarios
V. Categoría 1 - - - - 1
TOTAL...... 1 - - - - 1
TOTALES.... 81 64 60 27 29 261
Artículo 5°.- Como consecuencia del aumento de personal contemplado en las disposiciones precedentes, establécese que la Planta de Oficiales y Empleados Civiles de la Fuerza Aérea de Chile, será la siguiente:
A.- OFICIALES DE LINEA.
Oficiales del Aire (A):
4 Generales de Aviación
12 Generales de Brigada Aérea
37 Coroneles de Aviación
71 Comandantes de Grupo
130 Comandantes de Escuadrilla
190 Capitanes de Bandada
303 Tenientes y Subtenientes
747
Oficiales de Complemento (Art. 229 del D. F. L. N° 1): 7. X.968.
2 Coroneles de Aviación
4 Comandantes de Grupo
6 Comandantes de Escuadrilla
6 Capitanes de Bandada
18
Oficiales Ingenieros (I):
1 General de Brigada Aérea Ingeniero
4 Coroneles de Aviación Ingenieros
6 Comandantes de Grupo Ingenieros
12 Comandantes de Escuadrilla Ingenieros
20 Capitanes de Bandada Ingenieros
57 Tenientes y Subtenientes Ingenieros
100
Oficiales Técnicos (T):
1 General de Brigada Aérea Técnico
7 Coroneles de Aviación Técnicos
20 Comandantes de Grupo Técnicos
46 Comandantes de Escuadrilla Técnicos
99 Capitanes de Bandada Técnicos
173 Tenientes y Subtenientes Técnicos
346
Oficiales de Finanzas (F):
1 General de Brigada Aérea de Finanzas
4 Coroneles de Aviación de Finanzas
9 Comandantes de Grupo de Finanzas
15 Comandantes de Escuadrilla de Finanzas
24 Capitanes de Bandada de Finanzas
38 Tenientes y Subtenientes de Finanzas
91
Oficiales Auxiliares Técnicos (AT):
2 Coroneles de Aviación Auxiliares Técnicos
5 Comandantes de Grupo Auxiliares Técnicos
13 Comandantes de Escuadrilla Auxiliares Técnicos
60 Capitanes de Bandada y Tenientes Auxiliares Técnicos
80
B.- OFICIALES DE LOS SERVICIOS Oficiales de Justicia (J):
1 General de Brigada Aérea de Justicia
1 Coronel de Aviación de Justicia
2 Comandantes de Grupo de Justicia
5 Comandantes de Escuadrilla de Justicia
9
Oficiales de Sanidad (S):
1 General de Brigada Aérea de Sanidad
3 Coroneles de Aviación de Sanidad
8 Comandantes de Grupo de Sanidad
45 Comandantes de Escuadrilla y Capitanes de Bandada de Sanidad
57
Oficiales de Sanidad Dental (SD):
1 Coronel de Aviación de Sanidad Dental
5 Comandantes de Grupo de Sanidad Dental
29 Comandantes de Escuadrilla y Capitanes de Bandada de Sanidad Dental
35
Oficiales de Aeropuertos (AER): (En extinción).
1 Comandante de Grupo de Aeropuertos
4 Comandantes de Escuadrilla de Aeropuertos
10 Capitanes de Bandada de Aeropuertos
13 Tenientes de Aeropuertos
28
Oficiales de Servicio Religioso (SR):
1 Comandante de Escuadrilla de Servicio Religioso
2 Capitanes de Bandada de Servicio Religioso
3 Tenientes de Servicio Religioso
6
Oficiales de Bandas (B):
1 Capitán de Bandada de Bandas 1 Teniente de Bandas
2
C.- EMPLEADOS CIVILES
1.- Profesionales
Escalafón de Arquitectos:
1 Arquitecto (IV. Categoría)
1 Arquitecto (V. Categoría)
3 Arquitectos (VI Categoría)
5
Escalafón de Médicos: (En extinción)
8 Médicos (VI. Categoría)
2 Médicos (VII. Categoría)
3 Médicos (Grado 1°)
5 Médicos (Grado 2°)
9 Médicos (Grado 3°)
8 Médicos (Grado 4°)
35
Escalafón de Dentistas: (En extinción)
2 Dentistas (VI. Categoría)
2 Dentistas (VII Categoría)
2 Dentistas (Grado 1°)
3 Dentistas (Grado 2°)
2 Dentistas (Grado 3°)
11
Escalafón de Farmacéuticos: (En extinción)
1 Farmacéutico (VI. Categoría)
1 Farmacéutico (Grado 1°)
1 Farmacéutico (Grado 3°)
3
Escalafón de Abogados:
1 Abogado (V. Categoría)
2 Abogados (VI. Categoría)
3 Abogados (VII. Categoría)
5 Abogados (Grado 1°)
Escalafón de Asistentes Sociales:
1 Asistente Social (V. Categoría)
3 Asistentes Sociales (VI. Categoría)
4 Asistentes Sociales (VII. Categoría)
10 Asistentes Sociales (Grado 1°)
18
Escalafón de Enfermeras Universitarias: (En extinción)
1 Enfermera Universitaria (V. Categoría)
3 Enfermeras Universitarias (VI. Categoría)
3 Enfermeras Universitarias (VII. Categoría)
4 Enfermeras Universitarias (Grado 1°)
11
Escalafón de Matronas: (En extinción)
1 Matrona (V. Categoría)
3 Matronas (VI. Categoría)
3 Matronas (VII. Categoría)
3 Matronas (Grado 1°)
10
Escalafón Auxiliar: (Oficiales en Retiro)
1 Auxiliar (IV. Categoría)
4 Auxiliares (V. Categoría)
5 Auxiliares (VI. Categoría)
7 Auxiliares (Grado 1°)
17
2.- Técnicos
Escalafón de Meteorólogos: (En extinción)
1 Meteorólogo (V. Categoría)
1 Meteorólogo (VII. Categoría).
2
Escalafón de Controladores de Tránsito Aéreo: (En extinción)
1 Controlador (VI. Categoría)
1 Controlador (VII. Categoría)
2
Escalafón de Técnicos Electrónicos:
1 Técnico Electrónico (V. Categoría)
2 Técnicos Electrónicos (VI. Categoría)
3 Técnicos Electrónicos (VII. Categoría)
4 Técnicos Electrónicos (Grado 1°)
10
Escalafón de Dibujantes Técnicos:
1 Dibujante Técnico (V. Categoría)
1 Dibujante Técnico (VI. Categoría)
2 Dibujantes Técnicos (VII Categoría)
2 Dibujantes Técnicos (Grado 1°)
6
3.- Administrativos
Escalafón Administrativo:
2 Administrativos (V. Categoría)
5 Administrativos (VI. Categoría)
8 Administrativos (Grado 1°)
11 Administrativos (Grado 3°)
15 Administrativos (Grado 4°)
22 Administrativos (Grado 6°)
63
Escalafón de Dibujantes:
1 Dibujante (VI. Categoría)
1 Dibujante (VII Categoría)
3 Dibujantes (Grado 3°)
4 Dibujantes (Grado 6°)
9
Escalafón de Secretarias: (En extinción)
1 Secretaria (Grado 3°)
3 Secretarias (Grado 4°)
1 Secretaria (Grado 5°)
5
Escalafón de Administradores de Abastecimiento:
1 Administrador de Abastecimiento (V. Categoría)
4 Administradores de Abastecimiento (VI. Categoría)
9 Administradores de Abastecimiento (VII. Categoría)
13 Administradores de Abastecimiento (Grado 1°)
16 Administradores de Abastecimiento (Grado 4°)
43
Escalafón de Administradores de Mantenimiento:
1 Administrador de Mantenimiento (V. Categoría)
2 Administradores de Mantenimiento (VI. Categoría)
4 Administradores de Mantenimiento (VII. Categoría)
6 Administradores de Mantenimiento (Grado 1°)
7 Administradores de Mantenimiento (Grado 4°)
20
Escalafón de Auxiliares de Sanidad:
1 Auxiliar de Sanidad (VII Categoría)
3 Auxiliares de Sanidad (Grado 1°)
4 Auxiliares de Sanidad (Grado 4°)
3 4 Auxiliares de Sanidad (Grado 6°)
12
4.- Personal que no forma Escalafón Profesionales
1 Ingeniero (IV. Categoría)
1 Constructor Civil. (IV. Categoría)
2 Constructores Civiles (V. Categoría)
1 Químico (V. Categoría)
1 Dietista (En extinción) (VII Categoría)
1 Dietista (En extinción) (Grado 1°)
Técnicos
1 Laboratorista Químico (Grado 1°)
1 Laboratorista Dental (Grado 2°)
1 Laboratorista Dental (Grado 5°)
3
Administrativos:
1 Jefe de Sección (IV Categoría).
1 Estadístico Jefe (V Categoría).
1 Traductor (V Categoría).
1 Especialista en Personal (V Categoría).
2 Agentes Especiales de Aduanas (VI Categoría).
1 Estadístico (VI Categoría).
1 Agente Especial de Aduanas (Grado 1°).
1 Traductor (Grado 1°).
9
Planta Directiva, Profesional y Técnica asimilada al régimen de remuneraciones del Personal de Colaboración Médica del Servicio Nacional de Salud (Escala Directiva, Profesional y Técnica de la Ley 16.617).
Escalafón de Enfermeras Universitarias:
1 Enfermera Universitaria (III Categoría).
2 Enfermeras Universitarias (VI Categoría).
2 Enfermeras Universitarias (V Categoría).
2 Enfermeras Universitarias (VI Categoría).
3 Enfermeras Universitarias (VII Categoría).
3 Enfermeras Universitarias (Grado 1°).
3 Enfermeras Universitarias (Grado 2°).
4 Enfermeras Universitarias (Grado 3°).
4 Enfermeras Universitarias (Grado 4°).
6 Enfermeras Universitarias (Grado 5°).
30
Escalafón de Matronas:
1 Matrona (III Categoría).
2 Matronas (IV Categoría).
2 Matronas (V Categoría).
2 Matronas (VI Categoría).
2 Matronas (VII Categoría).
2 Matronas (Grado 1°).
2 Matronas (Grado 2°).
2 Matronas (Grado 3°).
3 Matronas (Grado 4°).
18
Escalafón de Nutricionistas:
1 Nutricionista (III Categoría).
2 Nutricionistas (IV Categoría).
2 Nutricionistas (V Categoría).
2 Nutricionistas (VI Categoría).
7
Escalafón de Tecnólogos Médicos:
1 Tecnólogo Médico (III Categoría).
2 Tecnólogos Médicos (IV Categoría).
3 Tecnólogos Médicos (V Categoría).
3 Tecnólogos Médicos (VI Categoría).
3 Tecnólogos Médicos (VII Categoría).
3 Tecnólogos Médicos (Grado 1°).
2 Tecnólogos Médicos (Grado 2°).
2 Tecnólogos Médicos (Grado 3°).
19
Escalafón de Kinesiólogos:
1 Kinesiólogo (III Categoría).
1 Kinesiólogo (IV Categoría).
1 Kinesiólogo (V Categoría).
1 Kinesiólogo (VI Categoría).
1 Kinesiólogo (VII Categoría).
5
Escalafón de Contadores:
1 Contador (III Categoría).
1 Contador (IV Categoría).
1 Contador (V Categoría).
3
Escalafón de Psicólogos:
1 Psicólogo (III Categoría).
1 Psicólogo (V Categoría).
1 Psicólogo (VII Categoría).
3
Escalafón de Bío Estadísticos:
1 Bío Estadístico (III Categoría).
1
Escalafón de Estadígrafos:
1 Estadígrafo (V Categoría).
1 Estadígrafo (VI Categoría).
2 Estadígrafos (VII Categoría).
4
Escalafón de Laboratoristas Dentales:
1 Laboratorista Dental (VI Categoría).
2 Laboratoristas Dentales (VII Categoría).
3 Laboratoristas Dentales (Grado 1°).
4 Laboratoristas Dentales (Grado 2°).
5 Laboratoristas Dentales (Grado 3°).
15
Escalafón de Administrativos de Sanidad:
2 Administrativos de Sanidad (V Categoría).
4 Administrativos de Sanidad (VI Categoría).
7 Administrativos de Sanidad (VII Categoría).
7 Administrativos de Sanidad (Grado 1°).
20
Escalafón de Terapeutas Ocupacionales:
1 Terapeuta Ocupacional (V Categoría).
1 Terapeuta Ocupacional (VI Categoría).
1 Terapeuta Ocupacional (VII Categoría).
1 Terapeuta Ocupacional (Grado 1°).
4
Escalafón de Educadores Sanitarios:
1 Educador Sanitario (III Categoría).
1 Educador Sanitario (IV Categoría).
2
Escalafón de Educadoras de Párvulos:
1 Educadora de Párvulos (V Categoría).
1 Educadora de Párvulos (VI Categoría).
1 Educadora de Párvulos (VII Categoría).
3
Escalafón de Técnicos en Higiene Industrial:
1 Técnico de Higiene Industrial (IV Categoría).
1
Escalafón de Administradores de Hospital:
1 Administrador de Hospital (III Categoría).
1
Escalafón de Bibliotecarios:
1 Bibliotecario (V Categoría).
1
Artículo 6°.- La dotación de Alumnos de la Escuela de Aviación quedará constituida de la siguiente forma en los años que se indican:
1972 1973 1974
Alféreces y Subalféreces 160 230 300
Cadetes 300 230 240
Con todo, la dotación del año 1974 se mantendrá en los años futuros.
Artículo 7°.- Auméntase en la siguiente forma la Planta Permanente de Empleados CiVII.es de la Subsecretaría de Aviación, fijada en el artículo 228 del D. F. L. N° 1, de 1968:
Jefe de Sección (IV Categoría) 2
Administrativos (V Categoría 1
Administrativos (Grado 1°) 3
Administrativos (Grado 4°) 7
Administrativos (Grado 6°) 8
Total aumento 21
Artículo 8°.- El aumento de Planta a que se refiere el artículo anterior, será considerado en forma gradual en un período de cinco años, de acuerdo con el siguiente detalle:
1972 1973 1974 1975 1976 Total
Jefes de Sección (IV Cat.) 1 1 2
Administrativos (V Cat.) 1 1
Administrativos (Grado 1°) 2 1 3
Administrativos (Grado 4°) 1 2 1 1 2 7
Administrativos (Grado 6°) 2 1 1 2 2 8
TOTAL 5 5 3 4 4 21
Artículo 9°.-En virtud del aumento de plazas que se contempla en los artículos precedentes, establécese que la Planta Permanente de Empleados CiVII.es de la Subsecretaría de Aviación, será la que a continuación se indica:
1 Subsecretario de Aviación (I Cat. Ley N° 16. 617 y Leyes que la complementen o modifiquen).
4 Jefes de Sección (IV Cat.).
4 Administrativos (V Cat.).
6 Administrativos (Grado 1°).
7 Administrativos (Grado 4°).
9 Administrativos (Grado 6°).
Artículo 10.- Para los efectos de los nuevos nombramientos en los
Escalafones de Planta de la Fuerza Aérea, se aumentarán transitoriamente las plazas correspondientes al último grado del Escalafón, en el número de vacantes que autoriza la ley.
Artículo 11.- Declárase en extinción el Escalafón de Oficiales de Aeropuertos (AER).
Los actuales Oficiales de Aeropuertos continuarán en el citado Escalafón hasta el término de su carrera. No obstante, podrán pasar al Escalafón de Auxiliares Técnicos, de acuerdo a lo establecido en el último inciso del artículo 5° del D. F. L. N° 1, de 1968, y las disposiciones del Reglamento Complementario de dicho D. F. L,
Artículo 13.- El encasillamiento de los Empleados CiVII.es en las Categorías o Grados que se crean, se efectuará conforme a las Categorías o Grados que éstos invistan al momento de su encasillamiento. A igualdad de Categoría o Grado, el encasillamiento se hará siguiendo el orden de antigüedad entre los que tengan los requisitos cumplidos para su ascenso.
Artículo 14.- Los Empleados CiVII.es que ocupan plazas que no constituyen Escalafón ocuparán la Categoría o Grado que para cada uno fija la presente ley.
Artículo 15.- Aquellos Empleados CiVII.es que sean encasillados en categorías o grados superiores a los que tengan a la fecha en que se produzca su encasillamiento, se entenderá que han ascendido. El tiempo en la nueva categoría o grado se les computará a contar de la fecha de su encasillamiento.
Los Empleados Civiles que al momento de su encasillamiento se encuentren en categorías o grados que se suprimen, serán encasillados en la categoría o grado superior y tendrán como fecha de ascenso la del encasillamiento.
En aquellos Escalafones de Empleados CiVII.es en que, por efectos de la presente ley se contemplen nuevas categorías o grados, las vacantes que por esta circunstancia se produzcan, se llenarán con los funcionarios del grado inmediatamente inferior, quienes tendrán, para los efectos de su ascenso, la fecha de este encasillamiento.
Artículo 16.- El personal que sea encasillado en una categoría o grado tope de Escalafón, tendrá como fecha de ascenso la de su encasillamiento.
Artículo 17.- El mayor gasto anual que signifique el aumento de personal para la Fuerza Aérea de Chile a que se refiere la presente ley, se financiará con cargo a los mayores recursos que para estos efectos deberán consultarse cada año en la Ley de Presupuestos de la Nación, para la Subsecretaría de Aviación.
Artículo 18.- La presente ley regirá a contar del 1° de enero de 1972.
Artículos transitorios
Artículo 1°.- En ningún caso los encasillamientos podrán alterar el orden de antigüedad o de precedencia existente a la fecha de la presente ley, ni causar disminución de las actuales remuneraciones, y si así ocurriere, se cancelará la diferencia por planilla suplementaria.
Artículo 2°.- Los Oficiales de Aeropuertos a que se refiere el artículo 11 tendrán un plazo de noventa días desde la vigencia de la presente ley para solicitar cambio de Escalafón.
Artículo 3°.- Las vacantes que se produzcan en el Escalafón de Secretarias no se llenarán. Este Escalafón continuará hasta su total extinción y las plazas que queden vacantes una vez efectuados los ascensos que corresponda, pasarán a incrementar el último grado del Escalafón Administrativo.
Artículo 4°.- Las vacantes que se produzcan en los Escalafones de Enfermeras Universitarias y Matronas, y Personal que no forma Escalafón, Dietistas (Nutricionistas), establecidos en el artículo 5°, letra C, números 1 y 4, respectivamente, de la presente ley, una vez producidos los ascensos, cuando corresponda, pasarán a incrementar el último grado de los respectivos Escalafones de la Planta Directiva, Profesional y Técnica, asimilados al régimen de remuneraciones del Personal de Colaboración Médica del Servicio Nacional de Salud (Escala Directiva, Profesional y Técnica de la ley N° 16.617).
Artículo 5°.- Los cargos que a continuación se detallan, contemplados en la presente ley, serán llenados por los funcionarios que en cada caso se señala:
El de Constructor Civil IV Categoría, Personal que no forma Escalafón, Profesionales, por el actual Constructor Civil. V Categoría, Personal que no forma Escalafón, Profesionales, contemplado en el N° 4 de la letra C del artículo 225 del D. F. L. N° 1, de 1968.
El de Químico V Categoría, Personal que no forma Escalafón, Profesionales, por el actual Químico VI Categoría, Personal que no forma Escalafón, Profesionales, contemplado en el N° 4 de la letra C del artículo 225 del D. F. L. N° 1, de 1968.
El de Laboratorista Químico Grado 1°, Personal que no forma Escalafón, Técnicos, por el actual Laboratorista Químico Grado 4°, Personal que no forma Escalafón, Técnicos, contemplado en el N° 4 de la letra C del artículo 225 del D. F. L. N° 1, de 1968.
El de Estadístico Jefe V Categoría, Personal que no forma Escalafón, Administrativos, por el actual Estadístico VI Categoría, Personal que no forma Escalafón, Administrativos, contemplado en el N° 4 de la letra C del artículo 225 del D. F. L. N° 1, de 1968.
El de Traductor V Categoría, Personal que no forma Escalafón, Administrativos, por el actual Traductor VI Categoría, Personal que no forma Escalafón, Administrativos, contemplado en el N° 4 de la letra C del artículo 225 del D. F. L. N°. L de 1968.
El de Especialista en Personal V Categoría, Personal que no forma Escalafón, Administrativos, por el actual Especialista en Personal a Contrata IV Categoría, nombrado por Decreto Supremo N° 39-E, de 24 de noviembre de 1970.
Los da Agentes Especiales de Aduana VI Categoría, Personal que no forma Escalafón, Administrativos, por los actuales Agentes Especiales de Aduana a contrata, nombrados por Decreto Supremo N° 28, de 24 de noviembre de 1970.
El de Traductor Grado 1°, Personal que no forma Escalafón, Administrativo, por el actual Traductor Grado 4°, Personal que no forma Escalafón, Administrativos, contemplado en el N° 4 de la letra C del artículo 225 del D. F. L. N° 1, de 1968.
El de Estadístico VI Categoría, Personal que no forma Escalafón, Administrativos, por la actual funcionaría encasillada en el Escalafón de Secretarias con Grado 3° por Decreto Supremo N° 300, de 28 de abril de 1960.
Artículo 6°.- Los funcionarios de la Planta de la Oficina de Pensiones de la Subsecretaría de Guerra que actualmente sirven en la Sección Aviación, pasarán a la Planta Permanente de Empleados CiVII.es de la Subsecretaría de Aviación, en igual grado del que estén en posesión y se les computará la totalidad del tiempo que hayan servido en dicho grado para los efectos de sueldos superiores.
Sala de la Comisión, a 28 de diciembre de 1971.
Acordado en sesiones de 21 de diciembre, con asistencia de los Honorables Senadores señores Carmona (Presidente), Aguirre, Foncea y García, y de hoy, 28 de diciembre, con asistencia de los Honorables Senadores señores Carmona (Presidente), Aguirre, Foncea y Ochagavía.
(Fdo.): Raúl Charlín Vicuña, Secretario.
9.- INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAIDO EN EL MENSAJE DEL EJECUTIVO EN QUE PROPONE UN PROYECTO DE LEY QUE AUMENTA LA PLANTA DE OFICIALES Y EMPLEADOS CIVII.ES DE LA FUERZA AEREA DE CHILE.
Honorable Senado:
En 40 años de existencia, la Fuerza Aérea de Chile ha incrementado su Planta de Oficiales en aproximadamente un 9%. En efecto, desde su creación en el año 1931, sólo tuvo un incremento de personal al dictarse el D. F. L. N° 1, de 6 de agosto de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Guerra.
Como lo expresa el informe de la Comisión de Defensa Nacional, que estudió también esta materia, la cifra actual de Oficiales es absolutamente insuficiente para cubrir la siempre creciente esfera de acción de la Fuerza Aérea de Chile. Esta rama de la Defensa Nacional tiene una dotación de personal ascendente a aproximadamente 8. 200 personas. Actualmente sólo existen en la Planta de Oficiales 448 Oficiales del Aire, 66 Ingenieros y 86 Técnicos.
El proyecto de ley propone aumentar los distintos Escalafones de la
Planta de Oficiales en 722 plazas y, además, se crean 122 empleos civiles. El artículo 4° del proyecto de ley señala que este aumento de personal se efectuará en forma escalonada, en los términos que indica, entre los años 1972 y 1976, ambos inclusive.
Como consecuencia de lo anterior, el mayor gasto del proyecto, que asciende a E° 147. 676. 130, se producirá también en forma escalonada, como se indica en el cuadro siguiente, el que se expresa en escudos del año 1971.
Año Sueldos Sobresueldos Total
1972 9.022.500 13.607.271 22.629.771
1973 12.811.502 16.866.395 29.677.897
1974 13.429.084 17.596.274 31.025.358
1975 12.098.564 19.965.170 32.063.734
1976 11.855.400 20.423.970 32.279.370
TOTALES 59.217.050 88.459.080 147.676.130
El artículo 17 de esta iniciativa de ley financia el gasto antes mencionado con cargo al Presupuesto de gastos del Ministerio de Defensa Nacional. Según expresó el Coronel de Aviación señor Alberto Bachelet, el Presupuesto de gastos de la Subsecretaría de Aviación, del Ministerio de Defensa Nacional, para el año 1972, ha sido aprobado, incluyéndose en los ítem de sueldos y sobresueldos una provisión de fondos equivalente al gasto que demanda la aplicación de este proyecto de ley en el curso de este año.
Como consecuencia de la explicación anterior, el Honorable Senador señor Silva Ulloa propuso modificar la redacción del artículo 17 haciendo referencia a los ítem que financian este gasto en el presente año, indicación que fue unánimemente aprobada.
En consecuencia, os proponemos aprobar el proyecto de ley contenido en el informe de la Comisión de Defensa Nacional, con la siguiente modificación:
Artículo 17
Reemplazarlo por el siguiente:
Artículo 17.- El mayor gasto anual que signifique la aplicación de la presente ley se financiará con cargo a los ítem de sueldos y sobresueldos de la Subsecretaría de Aviación del Ministerio de Defensa Nacional.
Sala da la Comisión, a 11 de enero de 1972.
Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables señores Silva Ulloa (Presidente accidental), Baltra, Ibáñez y Foncea. (Fdo.): Pedro Correa Opaso, Secretario.