Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I.- ASISTENCIA.
- II.- APERTURA DE LA SESION.
- III.- TRAMITACION DE ACTAS.
- IV.- LECTURA DE LA CUENTA.
- LECTURA DE LA CUENTA
- DEBATE
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Francisco Bulnes Sanfuentes
- Vladimir Anselmo Sule Candia
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- DEBATE
- INDICACION PARA QUE EL SENADO REQUIERA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PROMULGACION DEL TEXTO COMPLETO DE LA LEY QUE CONCEDE BENEFICIOS A EMPRESAS DE AERONAVEGACION COMERCIAL DE LA ZONA AUSTRAL.
- ANTECEDENTE
- DEBATE
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo Elorza
- INTERVENCIÓN : Ramon Augusto Silva Ulloa
- INTERVENCIÓN : Luis Fernando Luengo Escalona
- INTERVENCIÓN : Jorge Antonio Montes Moraga
- INTERVENCIÓN : Hugo Eugenio Ballesteros Reyes
- INTERVENCIÓN : Alfredo Macario Lorca Valencia
- INTERVENCIÓN : Juan Patricio Jose Hamilton Depassier
- INTERVENCIÓN : Ramon Augusto Silva Ulloa
- LECTURA DE LA CUENTA
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPUBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACION OFICIAL. LEGISLATURA 317ª, EXTRAORDINARIA.
Sesión 36ª, en martes 21 de noviembre de 1972.
Especial. (De 11.13 a 11.51).
PRESIDENCIA DEL SEÑOR IGNACIO PALMA VICUÑA.
SECRETARIO, EL SEÑOR PELAGIO FIGUEROA TORO.
INDICE.
Versión taquigráfica.
I.- ASISTENCIA 1442
II.- APERTURA DE LA SESION 1442
III.- TRAMITACION DE ACTAS 1442
IV.- LECTURA DE LA CUENTA 1442
Indicación para que el Senado requiera del Tribunal Constitucional la promulgación del texto completo de la ley que concede beneficios a empresas de aeronavegación comercial en la zona austral. 1444
1442
VERSION TAQUIGRAFICA.
I.-ASISTENCIA.
Asistieron los señores:
Aguirre Doolan, HumbertoAylwin Azocar, PatricioBaltra Cortés, AlbertoBallesteros Reyes, EugenioCarmona Peralta, Juan de DiosContreras Tapia, VíctorFerrando Keun, RicardoFoncea Aedo, JoséGarcía Garzena, VíctorGormaz Molina, RaúlGumucio Vives, Rafael AgustínHamilton Depassier, JuanIbáñez Ojeda, PedroIrureta Aburto, NarcisoJuliet Gómez, RaúlLorca Valencia, AlfredoLuengo Escalona, Luis FernandoMontes Moraga, JorgeMoreno Rojas, RafaelMusalem Saffie, JoséNoemi Huerta, AlejandroOlguín Zapata, OsvaldoPablo Elorza, TomásPalma Vicuña, IgnacioPrado Casas, BenjamínReyes Vicuña, TomásRodríguez Arenas, AnicetoSilva Ulloa, RamónValente Rossi, LuisValenzuela Saéz, Ricardo, y
Von Mühlenbrock Lira, Julio.
Actuó de Secretario el señor Pelagio Figueroa Toro, y de Prosecretario, el señor Daniel Egas Matamata.
II.-APERTURA DE LA SESION.
Se abrió la sesión a las 11.13, en presencia de 15 señores Senadores.
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III.-TRAMITACION DE ACTAS.
Se da por aprobada el acta de la sesión 34ª, que no ha sido observada.
El acta de la sesión 35ª queda en Secretaría a disposición de los señores Senadores hasta la sesión próxima para su aprobación (Véase en el Boletín el acta aprobada).
IV.-LECTURA DE LA CUENTA.
El señor PALMA (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor EGAS (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes.
Dos de Su Excelencia el Presidente de la República.
Con el primero incluye, entre las materias en que puede ocuparse el Congreso Nacional en el actual período extraordinario de sesiones, los siguientes proyectos de ley:
1) El que introduce modificaciones al artículo 43 de la ley Nº 15.076, sobre Estatuto Médico Funcionario (Senado, segundo trámite, en Tabla, con informe de la Comisión de Salud Pública), y
2) El que faculta a las instituciones privadas que indica para transferir bienes destinados a prestaciones de salud, al Servicio Nacional de Salud (Cámara de Diputados, primer trámite).
Se manda archivarlo.
Con el segundo hace presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que introduce modificaciones al artículo 43 de la ley Nº 15.076, sobre Estatuto Médico Funcionario.
Se califica de simple la urgencia.
1443
Oficios.
Dos de la Honorable Cámara de Diputados.
Con el primero comunica que ha tenido a bien aprobar la observación formulada por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que destina fondos al Obispado de San Felipe, para la reconstrucción de la Iglesia de Putaendo.
Se manda comunicarlo a Su Excelencia el Presidente de la República.
Con el segundo comunica que ha tenido a bien no insistir en el rechazo de las enmiendas introducidas por el Senado al proyecto de ley que modifica la legislación que reprime el tráfico de estupefacientes.
Se manda archivarlo.
Doce, de los señores Ministros del Interior, de Economía, Fomento y Reconstrucción, de Educación Pública, de Obras Públicas y Transportes, y de Tierras y Colonización; Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Obras Urbanas; Director General de Obras Públicas; Fiscal de la Corporación de Servicios Habitacionales, y Jefe del Departamento Pedagógico de la Dirección de Educación Primaria y Normal con los cuales dan respuesta a las peticiones que se indican, formuladas por los Honorables Senadores señores Hamilton (1), Lorca (2), Luengo (3), Moreno (4), Ochagavía (5), Pablo (6) y Valente (7):
1) Alza de tarifas telefónicas de Coihaique con el resto del país;
Obras de pavimentación en Quellón; Transformación de la Escuela Coeducacional Nº 1 de Porvenir en Escuela Consolidada Experimental; Fijación de tarifas a empresas privadas de aviación en Aisén;
2) Alza de tarifas telefónicas de Coihaique con el resto del país;
3) Designación de personal docente administrativo en la Escuela Nº 81 de Chesque Alto;
4) Realización de trabajos de defensas en el Río Claro;
5) Terminación del camino de Queilén a Compu, provincia de Chiloé;
6) Transformación de Escuela Superior Mixta Nº 16 de Chillán en Escuela Consolidada de Experimentación;
7) Instalación en Arica de una comisión especial para autorizar el establecimiento de nuevas industrias;
Habilitación de una planta conservera de pescado en Tocopilla; Cancelación de diferencia de reajuste a trabajadores jubilados de Iquique, y Entrega de títulos de dominio a adquirentes de viviendas en la población Luis Emilio Recabarren, de Antofagasta.
Quedan a disposición de los señores Senadores.
Uno del Presidente del Tribunal Constitucional, con el cual notifica al Senado la providencia recaída en los autos rol Nº 10, relativos al reclamo entablado por esta Corporación por no promulgación de diversos proyectos de ley.
Uno del señor Subsecretario de Relaciones Exteriores, con el cual comunica el acuerdo que adoptó el Senado de la República de Venezuela solidarizando con el pueblo y el Gobierno chilenos ante la acción de la Kennecott Copper Corporation. -Quedan a disposición de los señores Senadores.
Uno del señor Vicepresidente Ejecutivo del Instituto de Desarrollo Agropecuario, con el cual remite copia del balance presupuestario de esa institución al 30 de junio de 1972.
Pasa a la Oficina de Informaciones.
Permisos constitucionales.
Los Honorables Senadores señores Bulnes Sanfuentes y Sule solicitan permiso constitucional necesario para ausentarse del país por más de treinta días, el primero a contar del 20 de noviembre de este año, y el segundo, desde el 10 del mismo mes.
Se accede.
INDICACION PARA QUE EL SENADO REQUIERA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PROMULGACION DEL TEXTO COMPLETO DE LA LEY QUE CONCEDE BENEFICIOS A EMPRESAS DE AERONAVEGACION COMERCIAL DE LA ZONA AUSTRAL.
El señor EGAS (Prosecretario).-
El Honorable Senador señor Hamilton solicita, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78 b), letra e), de la Constitución Política del Estado, el acuerdo del Senado para requerir del Tribunal Constitucional la promulgación del proyecto de ley despachado por el Congreso Nacional, que establece que la Junta de Aeronáutica Civil otorgará permisos de tráfico regular para operar entre Santiago y las provincias de Aisén y Magallanes a las líneas comerciales que indica, en los mismos términos en que fue comunicado a Su Excelencia el Presidente de la República por el Senado, mediante oficio Nº 14.073, de 5 de septiembre del año en curso, pues dicho proyecto fue publicado en forma incompleta como ley Nº 17.799, en el Diario Oficial de 17 de noviembre de este año.
Si le parece a la Sala, se aprobará la indicación.
No hay acuerdo.
Es innecesario, porque la ley se promulgó ayer.
Mediante la indicación se solicita publicar completamente la ley. Me parece que hay publicación incompleta.
La ley se promulgo ayer.
El señor PALMA (Presidente).-
En votación.
(Durante la votación).
El señor CONTRERAS.-
Señor Presidente, el Honorable señor Hamilton solicita que, de acuerdo con determinada norma de la Carta Fundamental, el Senado acuerde requerir del Tribunal Constitucional la promulgación del proyecto de ley que establece que la Junta de Aeronáutica Civil otorgará permisos de tráfico regular para operar entre Santiago y las provincias de Aisén y Magallanes.
Existe actualmente un servicio regular de la Línea Aérea Nacional. Como es de conocimiento de los señores Senadores, se trata de un servicio público destinado a atender a las regiones más aisladas de nuestro territorio. Se mantienen también servicios regulares, por ejemplo, con las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes.
Sin embargo, la autorización que se otorga mediante el proyecto en referencia es para las empresas privadas, de modo que ellas establecerán servicios en las regiones que sean más lucrativas. Mientras tanto, la Línea Aérea Nacional, al igual que la Empresa Marítima del Estado, deberá seguir atendiendo a las regiones más aisladas, lo cual, evidentemente, continuará irrogándole pérdidas, porque ni la cantidad de carga ni la de pasajeros que transporta le permiten cubrir los gastos que significa la mantención de dichos servicios.
Deseo hacer notar la eficiente atención que presta LAN Chile, y también el menoscabo que para ella significará lo dispuesto en la iniciativa, considerando la situación en que se dejará a las restantes empresas. LADECO, por ejemplo, mantiene un servicio regular entre Santiago y Calama; pero no atiende a localidades como Taltal, Tocopilla, etcétera, donde el movimiento de carga y de pasajeros es reducido, de modo que su atención resultaría anticomercial.
Quiero dejar constancia de que el proyecto representa nada menos que un atentado contra la Línea Aérea Nacional, la cual, normalmente sufre cuantiosas pérdidas en la atención de las zonas que debe auxiliar en su calidad de servicio público, de modo que el hecho de autorizar el establecimiento de líneas aéreas paralelas implica dar pie a una competencia que con seguridad irá en desmedro del financiamiento de LAN.
Por eso, voto que no.
El señor PABLO.-
Señor Presidente, me produce extrañeza que ante una solicitud tan clara como la presentada por el Honorable señor Hamilton pueda haber votos negativos.
Aquí no está en cuestión si el proyecto es bueno o malo para la Línea Aérea Nacional; eso ya se trató oportunamente. El problema radica en que una iniciativa de ley que el Congreso Nacional despachó de acuerdo con lo que prescribe la Constitución Política se ha publicado en forma incompleta por Su Excelencia el Presidente de la República.
No he comparado el oficio que despachó el Senado y el texto publicado en el Diario Oficial; pero creo que lo señalado en la indicación corresponde a la realidad, porque en caso contrario la solicitud sería totalmente infundada. Por lo demás, si el Senado acoge la indicación y el señor Senador que la presentó no tuviera la razón, el Tribunal Constitucional así lo establecería, con lo cual aquél quedaría en muy mal pie; o sea, en este caso se haría un flaco servicio negando lugar a la petición. Pero si el señor Senador tuviera la razón, creo que ningún sector del Senado podría solidarizar con la actitud del Ejecutivo, que publica parcialmente un texto legal.
Por eso, voto afirmativamente. Estimo que los diversos señores Senadores comprenderán que éste no es problema de Gobierno y Oposición: hoy por ti, mañana por cualquier otro sector del Senado. El Congreso despachó una iniciativa legal ciñéndose a lo que prescribe la Constitución, y Su Excelencia el Presidente de la República debe publicarla en los mismos términos en que la aprobó el Parlamento.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, la verdad es que estamos votando una indicación mediante la cual el Honorable señor Hamilton solicita el acuerdo del Senado para efectuar un requerimiento al Tribunal Constitucional. No es una gestión personal de Su Señoría que necesite el acuerdo del Senado, sino que será la Corporación quien formule tal requerimiento.
En primer término, desearía que la Mesa nos demostrara cuál es la publicación incompleta que se ha hecho, porque no hay ningún antecedente al respecto.
Por otra parte, debo hacer presente que éste no sería el primer caso de publicación incompleta de una ley. Recuerdo que durante la Presidencia de Juan Antonio Ríos se publicó parcialmente la llamada Ley Económica. Y en la Administración del señor Frei se publicó una reforma constitucional omitiéndose una disposición aprobada por el Congreso que establecía que el Estado era el dueño imanen-te de todas las riquezas minerales; sin embargo, se saltó a pie juntillas esa norma, y no hubo ninguna solución al respecto.
En verdad, tengo dudas sobre el particular. Y en esta eventualidad, no me abstengo, sino que voto en contrario.
El señor LUENGO.-
¿Me permite, señor Presidente?
Puede fundar el voto Su Señoría.
Muy brevemente, quiero recordar lo que en otras oportunidades he sostenido en el Senado, en cuanto a que, de acuerdo con la disposición constitucional, los requerimientos ante el Tribunal Constitucional pueden ser hechos por el Presidente de la República, por alguna de las Cámaras o por un tercio de los miembros de la Cámara de Diputados o del Senado.
Lo que aquí se está planteando ahora es que sea el Senado, como cuerpo, quien formule el requerimiento. Es decir, por mayoría se tomará la representación del Senado, y con ello, en el fondo, se trata incluso de impedir que el tercio de esta Corporación pueda hacerse parte en el requerimiento para sostener la tesis contraria de la que sustenta la mayoría del Senado.
Me parece que esta votación no debiera llevarse a efecto. Sencillamente, los señores Senadores de mayoría deberían formular ellos una presentación o hacer un requerimiento al Tribunal Constitucional; pero no impedirnos a quienes somos minoría o estamos en desacuerdo con ellos que, por nuestra parte, comparezcamos en dicho requerimiento.
Creo que el procedimiento en estas condiciones no es correcto. En todo caso, dejo constancia de que la minoría, o sea, el tercio del Senado, cualquiera que sea el acuerdo de la Corporación, tendría perfecto derecho a hacerse parte en ese requerimiento, a fin de sostener una teoría diversa de la que puede sustentar la mayoría, que es la que está acordando esta solicitud de requerimiento.
Voto que no.
El señor MONTES.-
Pido la palabra.
Puede fundar el voto Su Señoría.
Señor Presidente, ante una proposición similar planteada con anterioridad por el Honorable señor Hamilton, nosotros, los Senadores comunistas, votamos en contra. Estimamos que aquélla como ésta, en el fondo sólo tienen un evidente y claro propósito político. Es decir, más que a resolver el problema planteado, tienden a hacer creer, de cualquiera manera, incluso mediante un pronunciamiento del Tribunal Constitucional, que el Ejecutivo habría dejado de cumplir sus obligaciones.
En aquella oportunidad señalé que existían procedimientos más expeditos y directos, que nosotros preferíamos, para solucionar este tipo de problemas; sin embargo, nuestro planteamiento no fue aceptado y se siguió el camino que acordó aquí la mayoría. En esta ocasión se formula una petición semejante.
Quiero recordar, en estos breves minutos, que probablemente en más de una oportunidad el propio Senado de la República ha dejado sin cumplir plazos constitucionales en el despacho de determinados asuntos, y que, no obstante ello, nadie
ha hecho cuestión de la situación producida, teniendo en cuenta los factores, las causas, las razones que justificaban, de manera más o menos lógica y racional, el que la Corporación no hubiera podido cumplir su obligación constitucional. Y eso, por cierto, no nos movió a nosotros a reclamar de tal actitud, pese a que la Mesa del Senado, manejada por la mayoría opositora, dejó sin cumplir muy claras normas constitucionales. Nosotros no nos dejaremos llevar por la odiosa disposición que exhiben a veces algunos señores Senadores en su ánimo contrario al Gobierno Popular, hurgando, diría yo, en todo tipo de detalles, evitando los caminos más lógicos, más racionales o más directos para resolver tales problemas y eligiendo, por lo contrario, la vía que proporcione la posibilidad de establecer determinados argumentos básicos o antecedentes que permitan reclamar en contra de la actitud del Ejecutivo, y concretamente, como en la oportunidad pasada se hizo, en contra de la actitud del Presidente de la República.
Más que el problema específico, lo que nosotros rechazamos es el camino que se busca, la intención política, la argumentación que se quiere utilizar en contra del Jefe del Estado y del Gobierno. Por eso, no estamos de acuerdo con este tipo de procedimientos. Y esta actitud nuestra está avalada por una posición moral que hemos adoptado con anterioridad a lo planteado hoy día, en el sentido de que no hemos querido recurrir a estos caminos un tanto torcidos -yo los llamaría, en el fondo; tenebrosos-, elaborados por quienes no se detienen ni se detendrán ante nada con el objeto de dar curso a una odiosa posición antigobierno.
Por esta razón, política en el fondo, es que nosotros votamos en contra de la proposición del Senador Hamilton, respecto de la cual, además, ni el propio Senador -no lo veo en la Sala- ni la propia Mesa han entregado antecedente alguno que nos permita concluir que es efectivo lo que Su Señoría asevera y, por consiguiente, nosotros tenemos derecho a dudar de que sea verdadero lo que afirma.
Por lo tanto, votamos que no.
El señor BALLESTEROS.-
¿Me permite, señor Presidente?
Puede fundar el voto Su Señoría,
Señor Presidente, ya en ocasión anterior, al votarse una indicación similar, tuvimos oportunidad de dar los argumentos en virtud de los cuales estimamos que el procedimiento usado por el Honorable señor Hamilton y que en este instante la Sala está votando, es el que la Constitución Política franquea de manera específica y categórica respecto de este caso.
Algunos señores Senadores han hablado de que bien podría haber cabido una instancia de tipo extraoficial para instar al Presidente de la República a que promulgue las leyes que no ha promulgado dentro del plazo que la Carta Fundamental señala. La verdad es que en esa oportunidad, al igual que ahora, establecimos que la Constitución, en la letra e) de su artículo 78 b), dispone que es de competencia del Tribunal Constitucional de la República resolver los reclamos, en caso de que el Jefe del Estado no promulgue una ley cuando deba hacerlo o promulgue un texto diverso del que constitucional-mente corresponde. En otras palabras, la carta Fundamental está franqueando de manera clara un camino: el de recurrir al Tribunal Constitucional.
Ahora bien, se nos dice que no cabría la votación de la Sala, ya que. . .
Cuando el Senado no ha cumplido los plazos constitucionales, nosotros no hemos reclamado, y Sus Señorías tampoco.
Yo no interrumpí al señor Senador cuando hizo uso de la palabra. Le ruego que respete mi derecho a hablar.
Seamos consecuentes. Si no lo hicimos antes, tampoco lo hagamos ahora.
Cuando no caben argumentos, se grita.
Yo he estado dando una razón de tipo constitucional, y he dicho que la letra e) del artículo 78 b) de la Carta Fundamental está señalando un camino para reclamar de estos casos. Ahora se ha sostenido que no cabe votación, pues no correspondería un pronunciamiento del Senado. Al respecto, quiero expresar que la Constitución, en forma expresa, determina que en el caso de la letra e) mencionada, la cuestión podrá promoverse por cualquiera de las Cámaras. En otras palabras, estatuye como paso previo que se pronuncie cualquiera de las ramas del Parlamento. Y las resoluciones de ambas, como es sabido, se adoptan por mayoría de votos. De manera que ése es el camino que también el texto constitucional está estableciendo para los efectos de resolver sobre la materia.
Por todas estas consideraciones, pensamos que se está procediendo en total conformidad y con sujeción estricta a los términos constitucionales. Y en ese supuesto, voto que sí a la petición del Honorable señor Hamilton.
El señor LORCA.-
Pido la palabra.
Puede fundar el voto Su Señoría.
Señor Presidente, acaba de llegar a la Sala el Honorable señor Hamilton, autor de la indicación que nos ocupa, de modo que seguramente él dará mayores explicaciones sobre su indicación. Sin embargo, mi calidad de representante en esta Corporación por las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes, me obliga a intervenir también sobre la materia.
A mi juicio, el debate planteado en este momento es absurdo. EL Honorable señor Ballesteros, con claridad meridiana, ha demostrado que el Senado está cumpliendo el precepto que lo faculta para apelar al Tribunal Constitucional -organismo creado mediante una reforma de nuestra Carta Fundamental- a fin de que éste ordene publicar íntegramente una ley. Y en este caso, la lógica también concuerda con el precepto constitucional.
Si una ley ha sido mal promulgada como consecuencia, por ejemplo, de un error tipográfico -no podemos presumir que el Presidente de la República tenga la intención de burlar las leyes y de no publicarlas, después de haber éstas superado toda la tramitación legislativa-, el procedimiento lógico es que los Senadores pidamos que esa ley sea publicada tal como fue aprobada por ambas ramas del Parlamento.
Por eso, me extraña que en el análisis de un asunto como el planteado se pretenda crear un problema constitucional, discutiéndose incluso si debe acordarse por mayoría o por minoría de votos que el Presidente de la República promulgue las leyes tal como han sido despachadas por el Congreso.
Me parece que la actitud de los representantes del Gobierno en esta Sala debe tener cierto límite: el pudor. Ellos, como Senadores de la República, deben defender los fueros de la Corporación. De manera que si una ley ha sido mal publicada como consecuencia de que el Ejecutivo se equivocó -tenemos que presumir que el Gobierno es honesto-, lo lógico es que aquél enmiende su error. Y el Senado está facultado para pedírselo. Eso me parece de Perogrullo.
Por cierto, respeto mucho lo que el Honorable señor Contreras sabe acerca de la Línea Aérea Nacional y el aprecio que él siente por ésta; no obstante, debo hacer notar que ese sentimiento lo tienen todos los chilenos, pues todos hemos estado contribuyendo con nuestros esfuerzos -desde luego, los legisladores- a que la LAN progrese.
Si mal no recuerdo, bajo la Administración del señor Frei esa línea aérea se puso al nivel de las demás empresas de
Aero-navegación mundiales al adquirir aviones modernos que le permitieron, por primera vez, incluso unir en un solo vuelo el territorio nacional desde Arica a Magallanes, con los Boings. ¡Para qué hablar de la política de aeronavegación, que se inició en la LAN, en forma eficiente, capaz e inteligente, bajo la Administración del Presidente Frei!
En cuanto a la afirmación del Honorable señor Contreras en el sentido de que la Línea Aérea Nacional perderá dinero porque habrá otras empresas aéreas que ayuden a transportar pasajeros en provincias tan lejanas del país, pienso que el señor Senador debe recordar la situación que él mismo conoció en una de esas provincias cuando vivió allí como relegado, a raíz de medidas adoptadas por un Gobierno anterior. En la actualidad, Chiloé continental, por ejemplo, que es la parte más importante de la provincia del mismo nombre, carece de los medios aéreos mínimos para trasladar siquiera a sus enfermos, y ello como consecuencia directa de la incapacidad de transporte de LAN. Desde luego, ésta no se atreve a hacer funcionar los DC-3, aparatos que, según lo han declarado todos los técnicos del mundo, son verdaderos ataúdes volantes y en cualquier momento pueden caerse con los pasajeros. No hay aviones a Futaleufú, a Palena, a Chaitén, a Ancud ni a Castro. Tampoco los hay que vayan a la provincia de Aisén, como indicó el Honorable señor Contreras, pues las máquinas que vuelan apenas llegan a Balmaceda.
Cabe hacer notar que si la Línea Aérea Nacional suprime alguno de sus vuelos no es porque así lo desee, sino porque carece de repuestos. No me extraña que si en alguna época el Honorable señor Contreras no pudo volar a Taltal, en Antofagasta, o a alguna otra provincia, ha sido porque a LADECO no le concedieron permiso para operar en esa zona.
¿Por qué no lee el Diario Oficial lo que se promulgó?
¿Cómo dice, señor Senador?
Me estoy refiriendo a la brillante intervención del Honorable señor Contreras. Si él habló sobre una materia. ..
Estamos en votación. Su Señoría no puede conceder interrupciones.
No la estoy dando. Me estoy refiriendo a la intervención del Honorable señor Contreras en que analizó los problemas aéreos del país. Al respecto, decía que sería de esperar que cualquier línea aérea del mundo -incluso la soviética, con todas sus banderas con la hoz y el martillo- pudiera traer aviones para el sur de Chile, que ahí serían bien recibidos, por la total escasez de máquinas. O sea, no se trata de un problema de líneas o países determinados, sino de aviones. Ni Aisén, ni Chile Chico, ni Cochrane, ni Chiloé Continental tienen aviones. Eso es lo que pasa. Los habitantes de esa región que deben trasladarse con urgencia corren el riesgo de morir debido a eso. Cuando se produce cualquier dificultad, no hay cómo volar a Magallanes. Los señores Senadores de Gobierno deben do saber que para poder tomar un avión a esa provincia hay que reservar el pasaje con tres o cuatro días de anticipación, porque no hay asientos. Esa es la realidad.
En esta ocasión no estamos entrando al fondo mismo del problema, sino que refiriéndonos a una cuestión de Perogru11o: pedir al Gobierno que, si se ha equivocado -supongo que éste es un Gobierno honesto-, rectifique su error y publique bien la ley.
Por las razones expuestas, voto por que se envíe el oficio.
El señor HAMILTON.-
Precisamente estaba en las provincias australes cuando conocí la noticia de que se había promulgado esta ley. Con posterioridad, para sorpresa mía, supe que se la había promulgado en forma trunca, o sea, no como la había despachado el Congreso Nacional ni en los términos en que lo había dictaminado el Tribunal Constitucional.
Deseo, muy brevemente, referirme a las tres ideas fundamentales de esta iniciativa.
La primera de ellas consiste en abrir los cielos del sur del país a cualquier línea aérea chilena que, en condiciones de seguridad y regularidad, pueda servir, conjuntamente con LAN Chile, para proteger los intereses de los habitantes de esa zona, que es lo principal, a la vez que permitir el transporte de pasajeros, carga y correspondencia hacia la región, desde ella y dentro de ella.
La segunda idea es que el Gobierno lleve a cabo con preferencia el programa ya existente, destinado a dotar a la infraestructura de los aeropuertos de la red troncal al sur -El Tepual, en Puerto Montt; Balmaceda, en Aisén, y Presidente Ibáñez, en Magallanes- de elementos que permitan, con los mismos materiales de aviación de que disponen ahora o con que cuenten en el futuro tanto LAN como otras líneas, operar de día y de noche, en cualquier tipo de condiciones meteorológicas que hagan factible hacerlo, de acuerdo con los avances de la técnica.
La tercera idea es que el Banco Central no limite ni prohíba la importación de aviones, partes o repuestos destinados a servir en la región austral, que, paradójicamente, es la más difícil de volar en todo el mundo, en tanto que el transporte aéreo es la única manera de comunicarse dentro de ella.
Pues bien, ¿qué ha ocurrido? El proyecto fue conocido exhaustivamente por el Senado y cumplió en el Congreso -con lo oposición de los Parlamentarios de la Unidad Popular, en lo cual estaban en su derecho- con todos los trámites constitucionales, y fue despachado por el Poder Legislativo como proyecto de ley para su promulgación o veto por parte del Ejecutivo.
¿Que hizo el Gobierno? Intentó vetarlo. Digo intentó, porque era contrario a esta iniciativa y trató, mediante una observación supresiva, de destruirlo. Pero, felizmente para los habitantes de Magallanes y Aisén, el veto llegó tarde, fuera de plazo, con término vencido. En otras palabras, no hubo veto. El Gobierno no se conformó con ello y recurrió al Tribunal Constitucional pidiéndole en su reclamación declarar inconstitucionales las dos últimas ideas: la relativa a la terminación del programa de obras de infraestructura en los aeropuertos, y la que impide al Banco Central restringir ni prohibir las importaciones necesarias para la aviación en la zona. El Tribunal Constitucional, por unanimidad, incluyendo a la mayoría que forman los tres representantes del Presidente de la República, y por primera vez desde que existe este organismo, contestó negativamente un requerimiento del Gobierno, señalando que el proyecto era constitucional.
¿Qué hizo el Gobierno? ¿Cumplió su deber promulgando la ley? Sus Señorías saben que no ocurrió así.
El martes pasado, con la más absoluta buena fe, pedí a esta Sala -idea que se acogió por 25 votos contra 5- reclamar ante el Tribunal Constitucional porque el Presidente de la República, el Gobierno, se había guardado éste y otros proyectos de ley, habiendo transcurrido los plazos constitucionales sin que los promulgara. 'Ahora, por último, se promulga esta ley, pero no en la forma como la despachó el Congreso ni como lo ordenó el Tribunal Constitucional. El Gobierno pasa por encima de las dos ramas del Congreso y por sobre un fallo unánime de ese organismo, y nos burla a todos publicando un solo artículo.
Felizmente, no estamos indefensos frente a estos atropellos del Gobierno, porque la Carta Fundamental señala, expresamente, en la letra e) de su artículo 78 b), que tanto el Senado como la Cámara pueden reclamar ante el Tribunal Constitucional para que éste disponga la promulgación de una ley no sólo cuando, como sucedió en el caso que motivó nuestra reclamación anterior, el Presidente de la República no cumple con este trámite, sino también cuando promulga un texto distinto del que corresponde, o sea, en este caso, un texto diverso del aprobado por el Congreso y declarado constitucional por el Tribunal competente, que se pronunció a raíz de las objeciones del Gobierno.
Esto me parece realmente absurdo. Hemos llegado a un extremo en que, por estar en la Oposición o en las filas gobiernistas, nos dividimos frente al texto concreto de la Constitución, frente a las obligaciones esenciales de los Poderes del Estado.
Incluso hubo Senadores de la Unidad Popular que coincidieron con ese criterio. Recuerdo las palabras del Honorable señor Jerez, que yo celebré, quien al final de la sesión me pidió la lista de los proyectos y señaló que los parlamentarios de Gobierno no podían aceptar que se estuvieran cometiendo estos atropellos. Pues bien, sucede que no sólo se cometieron los atropellos mencionados en esa oportunidad, de retardar la promulgación de ciertos proyectos, lo que podría atribuirse a negligencia, desorden, burocracia o ineficiencia, sino que ahora, deliberadamente el Ejecutivo ha publicado un texto distinto del que correspondía, desconociendo así las atribuciones del Congreso y del Tribunal Constitucional.
Yo protesto de estos abusos, junto con presentar este reclamo, que, naturalmente, voto a favor.
Eso es una mentira.
Si el señor Senador piensa de otra manera, demuestre lo contrario.
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor SILVA ULLOA.-
Yo, señor Presidente.
Deseo rectificar mi voto y exponer los motivos que me mueven a ello.
La verdad es que aquí hay una confusión que podría dejar en mal pie al Senado, de manera que, por lo menos, me parece que debo hacer un esfuerzo para evitarlo.
Entonces, Su Señoría no rectificará su voto.
El señor Senador no puede adivinar mis intenciones. Primero escuche lo que diré, y después opine.
Entonces sabremos si rectifica o no rectifica su voto.
El señor Senador no puede prejuzgar. En todo caso, quisiera aprovechar estos minutos en lugar de perderlos en discusiones como ésta, que no conducen a nada.
Efectivamente, ha ocurrido lo que señala el Honorable señor Hamilton. Pero deben considerarse dos fechas: la de promulgación y la de publicación de la ley. Según consta en el Diario Oficial del 17 de noviembre, la ley fue promulgada el 26 de octubre de 1972, o sea, antes de notificarse al Ejecutivo del fallo dictado el 23 de octubre por el Tribunal.
El reclamo interpuesto por el Gobierno suspendía la promulgación, señor Senador, de modo que de ninguna manera el Ejecutivo podía promulgar la ley a su gusto.
Quisiera no ser interrumpido, señor Presidente.
El Honorable señor Silva Ulloa está fundando su rectificación de voto. Ruego a los señores Senadores no interrumpir.
Insisto en que el 26 de octubre, fecha de promulgación de la ley 17.799, la situación es la que expone el Ejecutivo en los considerandos que anteceden al texto de la iniciativa. Esa situación varió con posterioridad, y el Ejecutivo tendrá que corregirla también con posterioridad. A lo mejor ya lo ha hecho, porque, como digo, la fecha de promulgación de una ley no coincide con la de su publicación, como se demuestra en este caso, en que el proyecto se promulgó el 26 de octubre y se publicó el 17 de noviembre. En consecuencia, la situación puede ser absolutamente distinta. Por eso, pedí que la Mesa verificara todos los antecedentes. Hasta donde yo lo he hecho, he concluido que no se puede acusar al Ejecutivo de la negligencia que han hecho presente el Honorable señor Hamilton y otros señores Senadores.
Por estas razones, me abstengo.
Se aprueba la indicación (22 votos por la, afirmativa, 5 por la negativa, 1 abstención y 2 pareos).
El señor PALMA (Presidente).-
Continúa la lectura de la Cuenta.
Comunicaciones.
Una del señor Presidente del Comité Representativo de la Colectividad Israelita de Chile, con la cual acompaña un memorándum relativo a la situación en que se encuentran actualmente los judíos que viven en Irak y Siria, y solicita la intervención de esta Corporación para obtener su liberación.
-Queda disposición de los señores Senadores.
Terminada la Cuenta.
Solicito el acuerdo de la Sala para empalmar esta sesión con las siguientes a que está citado el Senado.
No hay acuerdo.
No hay acuerdo.
Se levanta la sesión.
Se levantó a las 11.51.
Dr. Raúl Valenzuela García, Jefe de la Redacción.
O|T. 3460.- Instituto Geográfico Militar - 1972