Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I.- ASISTENCIA.
- II.- APERTURA DE LA SESION.
- III.- TRAMITACION DE ACTAS.
- IV.- LECTURA DE LA CUENTA.
- LECTURA DE LA CUENTA
- BENEFICIOS A PARIENTES DE DETECTIVES MUERTOS EN ACTO DE SERVICIO.
- INFORMES SOBRE EXPLOTACION DE LA GRAN MINERIA DEL COBRE. OFICIOS.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Jose Tomas Reyes Vicuna
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Jose Ignacio Palma Vicuna
- INTERVENCIÓN : Luis Fernando Luengo Escalona
- INTERVENCIÓN : Luis Corvalan Lepe
- BENEFICIOS PARA DAMNIFICADOS POR EL SISMO DEL 8 DE JULIO DE 1971.
- INTERVENCIÓN : Alejandro Noemi Huerta
- INTERVENCIÓN : Jose Ignacio Palma Vicuna
- INTERVENCIÓN : Luis Bossay Leiva
- INTERVENCIÓN : Luis Corvalan Lepe
- INTERVENCIÓN : Luis Fernando Luengo Escalona
- INTERVENCIÓN : Julieta Campusano Chavez
- INTERVENCIÓN : Alfredo Macario Lorca Valencia
- INTERVENCIÓN : Tomas Chadwick Valdes
- INTERVENCIÓN : Jorge Antonio Montes Moraga
- INTERVENCIÓN : Alfredo Macario Lorca Valencia
- INTERVENCIÓN : Julio Antonio Gaston Duran Neumann
- INTERVENCIÓN : Ramon Augusto Silva Ulloa
- INTERVENCIÓN : Jose Ignacio Palma Vicuna
- INTERVENCIÓN : Ramon Augusto Silva Ulloa
- V.- ORDEN DEL DIA.
- SESION SECRETA.
- VI.- TIEMPO DE VOTACIONES.
- PUBLICACION DE DISCURSOS.
- INTERVENCIÓN : Jorge Antonio Montes Moraga
- PUBLICACION DE DISCURSOS.
- VII.- INCIDENTES.
- PETICIONES DE OFICIOS.
- Del señor Acuña: ENTREGA DE FONDOS A MUNICIPALIDAD DE RIO NEGRO (OSORNO).
- Del señor Aguirre Doolan: SUBVENCION PARA SOCIEDAD DE ARTESANOS LA UNION DE CHILLAN (ÑUBLE).
- LABORATORIO DE CIENCIAS NATURALES PARA ESCUELA DE HOMBRES Nº 1, DE ITATA (ÑUBLE).
- LOCAL PARA LICEO COEDUCACIONAL DE LEBU (ARAUCO).
- Del señor Carmona:PLANTAS DE AGUAS SERVIDAS PARA IQUIQUE (TARAPACA).
- Del señor Durán: CONSTRUCCION DE LOCAL PARA MUSEO ARAUCANO DE TEMUCO (CAUTIN).
- Del señor Hamilton: COMPRA DE TRANSBORDADOR PARA TRAYECTO ENTRE QUELLON Y CHACABUCO (CHILOE).
- REPARACION DE GRUPO ELECTROGENO Y DE TENDIDO ELECTRICO ENTRE QUELLON Y CHONCHI (CHILOE).
- CONSTRUCCION DE MOLO DE ATRAQUE EN QUELLON (CHILOE).
- Del señor Jerez:CONSTRUCCION DE ESCUELA Nº 102 EN SAN FABIAN DE ALICO (ÑUBLE).
- DEFICIENCIAS EN ESCUELA DE NINHUE (ÑUBLE).
- TERMINACION DE EDIFICIO DE LICEO DE BULNES (ÑUBLE).
- NUEVO EDIFICIO PARA ESCUELA TECNICA FEMENINA DE CHILLAN (ÑUBLE).
- TRANSPORTE DE ALUMNOS Y CONSTRUCCION DE SALAS EN ESCUELA Nº 48 DE CAPILLA COX (ÑUBLE).
- DESIGNACION DE INSPECTOR GENERAL EN LICEO DE HOMBRES DE LOTA (CONCEPCION).
- CONSTRUCCION DE GALPONES PARA BUZOS MARISCADORES DE TALCAHUANO (CONCEPCION).
- SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA COELEMU (CONCEPCION).
- POBLACION PARA SANTA JUANA (CONCEPCION).
- REGULARIZACION DE TRABAJO DE LABORA TORISTAS DENTALES DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD EN CONCEPCION.
- AMBULANCIA PARA ATENCION DE URGENCIA EN BUCHUPUREO (ÑUBLE).
- PAVIMENTACION DE CALLES EN COELEMU (CONCEPCION).
- Del señor Lorca: CONSTRUCCION DE NUEVO MUELLE PARA QUELLON (CHILOE).
- MEJORAMIENTO DE RED ELECTRICA DE CHONCHI A QUELLON (CHBLOE).
- SERVICIO DE ASISTENCIA JUDICIAL PARA COIHAIQUE (AISEN).
- CONSTRUCCION DE DEFENSAS COSTERAS EN MELINKA (CHILOE).
- DESTINACION DE MEDICOS PARA HOSPITAL DE QUELLON (CHILOE).
- Del señor Luengo: MEJORAMIENTO DE RECEPCION DE PROGRAMAS DE CANAL DE TELEVISION ESTATAL EN MALLECO.
- Del señor Montes: SITUACION DE SUPERVISORES DE EDUCACION GENERAL BASICA.
- Del señor Noemi: INSTALACION DE PLANTA AUTOMATICA DE TELEFONOS EN LA SERENA (COQUIMBO).
- Del señor Ochagavía: DESABASTECIMIENTO POR FALTA DE FLETES EN MAGALLANES.
- MAQUINARIAS PARA MANTENCION DE CAMINOS EN CHILOE.
- Del señor Silva Ulloa: CONDICIONES DE TRABAJO EN COMPAÑIA MINERA DE ATACAMA.
- Del señor Valente: COPIA DE RESOLUCIONES SOBRE INSTALACION DE PANADERIAS Y AMASANDERIAS EN TARAPACA.
- FRIGORIFICO PARA PESCADORES DE PISAGUA (TARAPACA).
- BENEFICIO PARA EX SERVIDORES DE LAS FUERZAS ARMADAS Y CARABINEROS.
- CONSTITUCION EN ARICA DE EMPRESA EXPLOTADORA DE SERVICIOS TURISTICOS (TARAPACA).
- ENTREGA DE TITULOS DE DOMINIO A MORADORES DE POBLACION ARTURO PRAT, DE IQUIQUE (TARAPACA).
- INSPECCIÓN EN JUNTA DE ADELANTO DE ARICA (TARAPACA).
- INSTALACION DE INSTITUTO TECNOLOGICO EN IQUIQUE (TARAPACA).
- Del señor Valenzuela: AMPLIACION DE ALCANTARILLADO Y RED DE AGUA POTABLE EN POBLACION MONTERO DE SANTA CRUZ (COLCHAGUA).
- CONSTRUCCION DE CASAS PARA COOPERATIVA DE VIVIENDAS "LA HERMANDAD" EN LOCALIDAD DE POBLACION (COLCHAGUA).
- CONDICIONES Y MEDIDAS PARA RECONSTRUCCION DE PROVINCIAS AFECTADAS POR CALAMIDADES.
- INTERVENCIÓN : Victor Joaquin Garcia Garzena
- INTERVENCIÓN : Luis Fernando Luengo Escalona
- NORMAS SOBRE CONTRATOS DE MEDIERIA Y APARCERÍA.
- INTERVENCIÓN : Julio Ernesto Von Muhlenbrock Lira
- TABLA DE FÁCIL DESPACHO PARA LA PRÓXIMA SESION ORDINARIA.
- CIERRE DE LA SESIÓN
- PETICIONES DE OFICIOS.
- ANEXOS.
- 1.- PROYECTO DE LEY, EN CUARTO TRAMITE CONSTITUCIONAL, QUE AUTORIZA LA CELEBRACION DE CARRERAS EXTRAORDINARIAS EN BENEFICIO DEL CIRCULO DE PERIODISTAS DE SANTIAGO.
- 2.- PROYECTO DE LEY, EN TERCER TRAMITE CONSTITUCIONAL, QUE SANCIONA A QUIENES ADQUIERAN, A TITULO ONEROSO, LOS ARTÍCULOS DISTRIBUIDOS EN FORMA GRATUITA POR LOS SERVICIOS DEL ESTADO.
- 3.- PROYECTO DE LEY, DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS, QUE ESTABLECE LA OBLIGACION DE USAR CORREAS DE SEGURIDAD EN LOS VEHICULOS QUE INDICA.
- 4.- PROYECTO DE LEY, DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS, QUE DESTINA EL 10% DEL PRESUPUESTO DE LA CORPORACION DE MAGALLANES A LAS MUNICIPALIDADES DE MAGALLANES, NATALES Y PORVENIR.
- 5.- PROYECTO DE ACUERDO, DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE APRUEBA EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS, APROBADO POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS EL 19 DE DICIEMBRE DE 1966.
- 6.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS, QUE DENOMINA "EUGENIO MATTE HURTADO" AL LICEO DE HOMBRES Nº 14 DE SANTIAGO, Y "ERNESTO BOHN" AL LICEO DE HOMBRES Nº 2 DE TEMUCO.
- 7.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE NORMAS QUE PERMITAN A LOS IMPONENTES QUE QUEDEN CESANTES CONTINUAR LAS OPERACIONES DE ADQUISICION DE VIVIENDAS.
- 8.- PROYECTO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA A LA CORPORACION DE LA VIVIENDA PARA TRANSFERIR GRATUITAMENTE AL SERVICIO NACIONAL DE SALUD LOS TERRENOS EN QUE SE ENCUENTRA UBICADA LA POBLACION "EL SANTO" DE LA SERENA.
- 9.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE EXTIENDE EL BENEFICIO DE ABONO DE TIEMPO POR TRABAJOS PESADOS A LOS IMPONENTES DEL SERVICIO DE SEGURO SOCIAL QUE PASEN A SERLO DE OTRA INSTITUCION PREVISION AL.
- 10.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE QUE LOS EMPLEADOS DE LA FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES ESTARAN AFECTOS AL REGIMEN PREVISION AL DE LA CAJA DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS.
- 11.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE DECLARA QUE LA BONIFICACION ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 1º. DE LA LEY Nº 17. 378, QUE BENEFICIO AL PERSONAL DE LAS INSTITUCIONES SEMIFISCALES, ES Y HA DEBIDO SER CONSIDERADA PARA CALCULAR LA BONIFICACION OTORGADA POR EL ARTICULO 1* DE LA LEY Nº 17. 015.
- 12.- INFORME DE LA COMISION DE OBRAS PUBLICAS RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO AL PROYECTO DE LEY QUE APLICA A LA JUNTA DE ADELANTO DE ARICA LAS DISPOSICIONES SOBRE ESCRITURACION DE DOCUMENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE TITULOS DE DOMINIO QUE LA LEY Nº 16. 391 ESTABLECE PARA EL MINISTERIO DE LA VIVIVIENDA Y URBANISMO.
- 13.- INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR BALLESTEROS, QUE MODIFICA EL ARTICULO 609 DEL CODIGO DEL TRABAJO, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE CONCILIACION.
- 14.- MOCION DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES NOEMI Y PALMA, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE CONSULTA DIVERSOS BENEFICIOS PARA ZONA AFECTADA POR LOS SISMOS ACAECIDOS EL 8 DE JULIO DEL PRESENTE AÑO.
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Alejandro Noemi Huerta
- Jose Ignacio Palma Vicuna
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 15.- MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR MUSALEM CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE QUE LOS DEPARTAMENTOS U OFICINAS DE BIENESTAR DE LAS REPARTICIONES FISCALES EXTENDERAN SUS BENEFICIOS A LOS JUBILADOS DE LAS MISMAS
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Jose Placido Musalem Saffie
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
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REPUBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACION OFICIAL.
LEGISLATURA 313ª, ORDINARIA.
Sesión 20ª, en martes 13 de julio de 1971.
Ordinaria.
(De 16. 13 a 20. 6).
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES PATRICIO AYLWIN AZOCAR, PRESIDENTE;
RICARDO FERRANDO KEUN, VICEPRESIDENTE, Y
ALEJANDRO NOEMI HUERTA, PRESIDENTE ACCIDENTAL.
SECRETARIOS, EL SEÑOR PELAGIO FIGUEROA TORO, Y
EL PROSECRETARIO, SEÑOR DANIEL EGAS MATAMALA.
INDICE.
Versión taquigráfica.
I.- ASISTENCIA 1344
II.- APERTURA DE LA SESION 1344
III.- TRAMITACION DE ACTAS 1344
IV.- LECTURA DE LA CUENTA . . . . 1344
Beneficios a parientes de detectives muertos en acto de servicio. 1347
Informe sobre explotación de la gran minería del cobre. Oficios 1348
Beneficios para damnificados por el sismo del 8 de julio de 1971 1350
V.- ORDEN DEL DIA:
Sesión secreta 1372
VI.- TIEMPO DE VOTACIONES.
Publicación de discursos (se aprueban) 1372
VII.- INCIDENTES:
Peticiones de oficios (se anuncian) 1373
Condiciones y medidas para reconstrucción de provincias afectadas por calamidades (observaciones de los señores García y Luengo) . . . 1385
Normas sobre contratos de mediería y aparcería (observaciones del señor Von Mühlenbrock) 1393
Tabla de fácil despacho (se anuncia) 1400
Anexos.
DOCUMENTOS:
1.- Proyecto de ley, en cuarto trámite, que autoriza la celebración de carreras extraordinarias en beneficio del Círculo de Periodistas de Santiago . . . 1401
2.- Proyecto de ley, en tercer trámite, que sanciona a quienes adquieran a título oneroso los artículos destribuidos por los servicios del Estado en forma gratuita a las personas de escasos recursos. 1401
3.- Proyecto de ley, segundo trámite, que establece la obligación de usar correas de seguridad en los vehículos que señala 1402
4.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que destina el 10% del presupuesto de la Corporación de Magallanes a las Municipalidades de Magallanes, Natales y Porvenir 1403
5.- Proyecto de acuerdo, en segundo trámite, que aprueba el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 1966 1404
6.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que denomina "Eugenio MatteHurtado" al Liceo de Hombres Nº 14 de Santiago, y "Ernesto Bohn" al Liceo de Hombres Nº 2 de Temuco 1424
7.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que establece normas que permitan a los imponentes que queden cesantes continuar las operaciones de adquisición de viviendas 1424
8.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que autoriza a la Corporación de la Vivienda para transferir gratuitamente al Servicio Nacional de Salud los terrenos en que se encuentra ubicada la Población "El Salto" de La Serena 1425
9.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que establece el beneficio de abono de tiempo por trabajos pesados, a los imponentes del Servicio de Seguro Social que pasen a serlo de otra institución previsional 1425
10.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que establece que los empleados de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales estarán afectos al régimen previsional de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas . . . 1426
11.- Informe de la Comisión de Gobierno, recaído en el proyecto que declara que la bonificación establecida en el artículo 1º de la ley 17. 378, que benefició al personal de las instituciones semifiscales, es y ha debido ser considerada para calcular la bonificación otorgada por el artículo 1º de la ley 17. 015 1427
12.- Informe de la Comisión de Obras Públicas, recaído en las observaciones formuladas al proyecto que aplica a la Junta de Adelanto de Arica las disposiciones sobre escrituración de documentos para el otorgamiento de títulos de dominio que la ley 16. 391 establece para el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo 1429
13.- Informe de la Comisión de Trabajo, recaído en el proyecto que modifica el artículo 609 del Código del Trabajo, relativo al procedimiento de conciliación 1431
14.- Moción de los Honorables señores Noemi y Palma, con la que inician un proyecto de ley que consulta diversos beneficios para la zona afectada por los sismos acaecidos el 8 de julio del presente año 1434
15.- Moción del Honorable señor Musalem, con la que inicia un proyecto de ley que establece que los departamentos u oficinas de bienestar de las reparticiones fiscales extenderán sus beneficios a los jubilados de las mismas 1439
VERSION TAQUIGRAFICA.
I.-ASISTENCIA.
Asistieron los señores:
Acuña Rosas, AméricoAguirre Doolan, HumbertoAylwin Azocar, PatricioBossay Leiva, LuisBulnes Sanfuentes, FranciscoCampusano Chávez, JulietaContreras Tapia, VíctorCorvalán Lépez, LuisChadwick Valdés, TomásDuran Neumann, JulioFerrando Keun, RicardoFoncea Aedo, JoséFuentealba Moena, RenánGarcía Garzena, VíctorGumucio Vives, Rafael AgustínJerez Horta, AlbertoLorca Valencia, AlfredoLuengo Escalona, Luis FernandoMontes Moraga, JorgeMusalem Saffie, JoséNoemi Huerta, AlejandroPablo Elorza, Tomás1Palma Vicuña, IgnacioPapic Ramos, LuisReyes Vicuña, TomásSilva Ulloa, RamónTeitelboim Volosky, VolodiaValente Rossi, Luis, y
Von Mühlenbrock Lira, Julio.
Actuó de Secretario el señor Pelagio Figueroa Toro y de Prosecretario el señor Daniel Egas Matamata.
II.-APERTURA DE LA SESION.
-Se abrió la sesión a las 16. 13, en presencia de 15 señores Senadores.
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
III.-TRAMITACION DE ACTAS.
Se da por aprobada el acta de la sesión 18ª, que no ha sido observada.
El acta de la sesión 19ª, queda en Secretaría a disposición de los señores senadores hasta la sesión próxima, para su aprobación.
(Véase en el Boletín el Acta aprobada).
IV.-LECTURA DE LA CUENTA.
El señor AYLWIN (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.
El señor PROSECRETARIO.- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes.
Cuatro de Su Excelencia el Presidente de la República.
Con el primero, retira la urgencia hecha presente para el despacho del proyecto de ley que establece un procedimiento y penalidad especiales para los autores de atentados terroristas.
-Queda retirada la urgencia.
Con los dos siguientes, retira y hace presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo y crea nuevos tribunales y cargos en la Judicatura del Trabajo.
-Queda retirada la urgencia y la nueva se califica de "simple".
Con el último, formula indicación al proyecto de ley que concede diversos beneficios a los parientes que indica de los detectives señores Mario Marín Silva, Gerardo Enrique Romero Infante y Carlos Antonio Pérez Bretti, muertos en el cumplimiento de su deber.
-Se manda agregarlo a sus antecedentes.
Oficios.
Doce de la Honorable Cámara de Diputados.
Con el primero, comunica que ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo hizo el Senado, el proyecto de acuerdo que aprueba la Convención Internacional sobre eliminación de todas las formas de discriminación racial.
-Se manda comunicarlo a Su Excelencia el Presidente de la República.
Con el segundo, comunica que ha tenido a bien rechazar, con las excepciones que indica, las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que autoriza la celebración de carreras extraordinarias en beneficio del Círculo de Periodistas de Santiago (véase en los Anexos, documento 1).
Con el tercero, comunica que ha tenido a bien aprobar, con la modificación que señala, el proyecto de ley que sanciona a quienes adquieran a título oneroso los artículos distribuidos por los servicios del Estado en forma gratuita a las personas de escasos recursos (véase en los Anexos, documento 2).
-Quedan para tabla.
Con los ocho que siguen, comunica que ha tenido a bien prestar su aprobación a los proyectos de ley que se indican:
1) El que establece la obligación de usar correas de seguridad en los vehículos que señala (véase en los Anexos, documento 3).
2) El que destina el 10% del presupuesto de la Corporación de Magallanes a las Municipalidades de Magallanes, Natales y Porvenir (véase en los Anexos, documento 4).
-Pasan a la Comisión de Gobierno.
3) Proyecto de acuerdo que aprueba el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 1966 (véase en los Anexos, documento 5).
-Pasa a laComisión de Relaciones Exteriores.
4) El que denomina "Eugenio Matte Hurtado" al Liceo de Hombres Nº 14 de Santiago, y "Ernesto Bohn" al Liceo de Hombres Nº 2 de Temuco (véase en los Anexos, documento 6).
-Pasa a laComisión de Educación Pública.
El que establece normas que permitan a los imponentes que queden cesantes continuar las operaciones de adquisición de viviendas (véase en los Anexos, documento 7).
El que autoriza a la Corporación de la Vivienda para transferir gratuitamente al Servicio Nacional de Salud los terrenos en que se encuentra ubicada la Población "El Salto" de La Serena (véase en los Anexos, documento 8).
-Pasan a la Comisión de Obras Públicas.
El que establece el beneficio de abono de tiempo por trabajos pesados, a los imponentes del Servicio de Seguro Social que pasen a serlo de otra institución previsional (véase en los Anexos, documento 9).
El que establece que los empleados de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales estarán afectos al régimen previsional de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas (véase en los Anexos, documento 10).
-Pasan a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
OFICIO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS
Con el último, comunica que ha tenido a bien aprobar las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que crea la Comisión Chilena para la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo (UNCTAD).
-Se manda archivarlo.
Dieciséis, de los señores Ministros del Interior, de Relaciones Exteriores, de Economía, Fomento y Reconstrucción, de Educación Pública, de Justicia, y de Salud Pública, y de los señores Contralor General
de la República, General Subdirector de Carabineros, Director General de Deportes y Recreación, Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción, Gerente General del Servicio de Cooperación Técnica, Secretario General del Banco Central de Chile y Jefe del Departamento de Programación de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, con los cuales dan respuesta a las peticiones que se indican, formuladas por los Honorables señores Acuña (1), Aguirre Doolan (2), Aylwin (3), Baltra (4), Jerez (5), Lorca (6), Ochagavía (7), Olguín (8), Silva Ulloa (9), Teitelboim (10) y Valente (11) :
1) Grupo escolar para Poblaciones Teniente Merino y San Luis, Valdivia.
2) Construcción de nuevo Hospital Regional en Yumbel.
3) Construcción de grupo escolar en Corinto, Talca.
4) Construcción de gimnasio cerrado en Los Angeles.
5) Construcción de Liceo Coeducacional en Quirihue, Ñuble.
6) Situación funcionaría de la persona que indica.
Remuneración de manipuladores de la Junta de Auxilio Escolar y Becas.
7) Calificación del funcionario que señala.
Creación de Oficina de Registro Civil en La Tapera, Aisén.
8) Creación de oficina de cooperación técnica en Calama.
Traslado del funcionario que indica. Atribuciones de los Agentes del Banco Central.
9) Informaciones sobre Termometalúrgica S. A. I. C.
10) Nómina de funcionarios de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica.
11) Sistemas de créditos de la CORFO. Problemas del Consejo Local de Deportes de Collipulli.
Quedan a disposición de los señores Senadores.
Uno del señor Contralor General de la República, con el que comunica que ha tomado razón del decreto de insistencia Nº 477, de 1971, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que designa a don Álvaro Droguett del Fierro como Director Interino de Fronteras y Límites del Estado.
-Queda a disposición de los señores Senadores.
Otro del señor Contralor General de la República, con el que remite un ejemplar del Estado de Fondos Fiscales y Balance Presupuestario de Entradas y Gastos, correspondiente al mes de abril de 1971.
Uno del señor Director del Instituto Nacional de Estadísticas, con el que remite el índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de junio del presente año y una Lista de Precios de mayo y junio de 1971.
-Pasan a la Oficina de Informaciones.
Informes.
Uno de la Comisión de Gobierno, recaído en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que declara que la bonificación establecida en el artículo 1º de la ley Nº 17. 378, que benefició al personal de las instituciones semifiscales, es y ha debido ser considerada para calcular la bonificación otorgada por el artículo 1º de la ley Nº 17. 015 (véase en los Anexos, documento 11),
Uno de la Comisión de Obras Públicas, recaído en las observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite, formuladas al proyecto de ley que aplica a la Junta de Adelanto de Arica las disposiciones sobre escrituración de documentos para el otorgamiento de títulos de dominio que la ley Nº 16. 391 establece para el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo (véase en los Anexos, documento 12).
Uno de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, recaído en el proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable señor Ballesteros, que modifica el artículo 609 del Código del Trabajo, relativo al procedimiento de conciliación (véase en los Anexos, documento 13). -Quedan para tabla.
Mociones.
Una del Honorable señor Miranda, con la que inicia un proyecto de ley que crea una Corporación denominada "Junta de Desarrollo Económico de Atacama y Coquimbo".
-Se manda comunicarla a Su Excelencia el Presidente de la República, para los efectos del patrocinio constitucional necesario.
Una de los Honorables señores Noemi y Palma, con la que inician un proyecto de ley que consulta diversos beneficios para la zona afectada por los sismos acaecidos el 8 de julio del presente año (véase en los Anexos, documento 14).
-Pasa a la Comisión de Gobierno y a la de Hacienda, en su caso.
Una del Honorable señor Valente, con la que inicia un proyecto de ley que concede amnistía a don Fernando Pascual Silva Celis.
-Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Una del Honorable señor Musalem, con la que inicia un proyecto de ley que establece que los departamentos u oficinas de bienestar de las reparticiones fiscales extenderán sus beneficios a los jubilados de las mismas (véase en los Anexos, documento 15).
-Pasa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Una de los Honorables Senadores señores Lorca y Reyes, con la que inician un proyecto de ley que prorroga por 90 días el pago de toda clase de impuestos en la zona afectada por los sismos y suspende todos los procedimientos de apremio por cobro de los mismos.
-Se manda comunicarlo a Su Excelencia el Presidente de la República para los efectos del patrocinio constitucional necesario.
Solicitud.
Una del señor Renán Carrasco Murillo, con la que solicita copia autorizada de los documentos que indica.
-Se accede.
Comunicaciones.
Treinta y cinco, de diversas organizaciones del país, con las que manifiestan su apoyo al proceso de nacionalización del cobre.
-Se manda archivarlas.
BENEFICIOS A PARIENTES DE DETECTIVES MUERTOS EN ACTO DE SERVICIO.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Sobre la Cuenta, han pedido usar de la palabra los Honorables señores Valente, Reyes, Palma, Noemi, Bossay y Aguirre Doolan.
En primer lugar, tiene la palabra el Honorable señor Valente.
En la Cuenta de hoy figura una indicación que formula, entiendo, el Ejecutivo al proyecto de de ley que concede diversos beneficios a parientes de los detectives señores Mario Marín Silva, Gerardo Enrique Romero Infante y Carlos Antonio Pérez Bretti.
Solicito tramitar un acuerdo de Comités para procurar despachar la iniciativa en la sesión de hoy. Se trata de un asunto relativamente sencillo, y creemos que no debe postergarse más el beneficio que otorga.
¿Está informado el proyecto?
No, señor Presidente.
Se podría solicitar a la Comisión que emita su informe de aquí a mañana, para tratarlo mañana mismo.
Hay posibilidades de que el miércoles no haya sesión.
Los asuntos de gracia no se pueden eximir del trámite de Comisión, señor Senador.
Se podría citar a la Comisión de Asuntos de Gracia para esta tarde, facultándola para que se reúna simultáneamente con la Sala, a fin de que informe mañana, o bien, podría reunirse el miércoles en la mañana y evacuar el informe de inmediato.
La Mesa se preocupará de que la Comisión de Asuntos de Gracia informe con la mayor brevedad. Para tal efecto, la citará para mañana en la mañana.
Perfecto. En ese caso, ¿se incluiría el proyecto en la tabla de la sesión de mañana?
Si está listo el informe, se tramitará un acuerdo de Comités para ponerlo en tabla.
¿Se podría requerir en este momento el acuerdo de Comités?
No, señor Senador. Una vez que el proyecto esté informado se hará esa gestión.
INFORMES SOBRE EXPLOTACION DE LA GRAN MINERIA DEL COBRE. OFICIOS.
El señor REYES.-
En los diarios de hoy se ha publicado la sesión del Congreso Pleno celebrada el domingo pasado y diversas referencias a intervenciones oficiales en que se mencionan informes técnicos sobre la minería del cobre, que habrían sido proporcionados por dos entidades internacionales: una sociedad francesa técnica en minería, SOFREMIN, y un grupo técnico soviético.
Pido oficiar al señor Ministro de Minería, en nombre del Comité de mi partido, para que dé a conocer esos documentos a la Corporación.
Si le parece a la Sala, se enviará el oficio en nombre del Comité Demócrata Cristiano.
- Y también en el del Nacional, señor Presidente.
El Comité Comunista también adhiere a la petición.
Y el Social Demócrata.
Asimismo, la Unión Socialista Popular.
El Radical tiene el mismo interés.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Palma.
Con relación a lo que acaba de plantear el Honorable señor Reyes, creo que sería de la más alta conveniencia para el país que los informes de SOFREMIN, la sociedad francesa a que aludió Su Señoría, y los de los técnicos soviéticos, quienes, naturalmente, deben estar muy preparados sobre la materia puesto que explotan grandes e importantes yacimientos de cobre en su país, no sólo sean conocidos por la Corporación, sino que sean dados a conocer al país. Su Excelencia el Presidente de la República, doctor Salvador Allende, ha hecho alusiones específicas a estos informes y, naturalmente, justificará con ellos las medidas que estime conveniente adoptar al respecto, las que pueden ser convenientes si el problema tiene las características que en dichos documentos se señalan.
Las afirmaciones del Primer Mandatario son de tal gravedad e importancia, no sólo para este Gobierno, sino también para el anterior, que me parece necesario, aparte la petición que acaba de plantear el Comité de mi partido, solicitar que estos informes se hagan públicos y los conozca todo el país, porque puede suceder, si es efectivo lo que en ellos se afirma, que sea conveniente aplicar extraordinarias y drásticas medidas.
¿Su Señoría solicita oficiar al Presidente de la República pidiéndole, en su nombre, hacer públicos estos documentos?
Efectivamente, señor Presidente.
Sobre esta misma materia habían solicitado la palabra los Honorables señores Luengo, Aguirre Doolan y Corvalán.
Como se enviará el oficio a que se refirió el Honorable señor Palma, me permito sugerir la idea de invitar al señor Ministro de Minería a una sesión especial, que se podría convenir con ese Secretario de Estado para una hora determinada de la próxima semana, a fin de que nos entregue todos los antecedentes de que disponga sobre el particular. Incluso, se podría facultar al Presidente de la Corporación para determinar, junto con el señor Ministro, si hay necesidad de que parte de la sesión sea secreta. Puede que sea necesario proceder en estos términos, pues no conocemos hasta el momento todos los antecedentes.
¿Por qué habría de ser secreta la sesión, si el Jefe del Estado ha hecho públicos los informes ?
Dije que tal vez fuera conveniente declarar secreta parte de la sesión.
El asunto no puede tener nada de secreto, pues el Primer Mandatario ha hecho públicos todos los detalles.
En todo caso, hago esta proposición concreta.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Ruego a los señores Senadores dirigirse a la Mesa.
Tiene la palabra el Honorable señor Aguirre Doolan.
Luego de que termine el diálogo, haré uso de la palabra.
El Honorable señor Luengo se anticipó a muchas de las ideas que yo pensaba manifestar. Desde luego, considero conveniente que el Senado conozca estos informes. Creo que después de ello nadie se opondrá a darles la publicidad del caso, como siempre se ha hecho.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Corvalán.
¿Su Señoría olvidó que yo también había solicitado la palabra?
No, señor Senador. Concedí la palabra al Honorable señor Corvalán y a otros señores Senadores que desean referirse a este mismo punto. En seguida la otorgaré al resto de los inscritos.
Puedo manifestar que el Presidente de la República y lo hago porque le he escuchado hablar sobre el asunto tiene el propósito de dar a conocer al país tanto el informe de los franceses como el de los soviéticos. A nadie le interesa más que al Gobierno y a los partidos de la Unidad Popular que la opinión pública y, obviamente, el Senado, la Cámara y las demás instituciones que tienen responsabilidad directa o indirecta en la marcha de esta vital industria chilena, cuenten con el más amplio conocimiento del problema. Por eso mismo, hemos solicitado agregar nuestros nombres creo que en el mismo predicamento lo han hecho los demás partidos de la Unidad Popular a la petición del Honorable señor Reyes, en el sentido de que se entreguen al Senado dichos documentos. Por las mismas razones, apoyamos la solicitud del Honorable señor Palma en cuanto a dar amplia publicidad al asunto.
En cuanto a la sesión especial para tratar el tema, procederemos de idéntica manera.
Insisto en que el Gobierno y los partidos de la Unidad Popular no tenemos otro interés que el de entregar a la opinión pública y al Congreso Nacional los antecedentes de ambos informes.
El señor REYES.-
Me alegro de las expresiones que acabamos de escuchar al Honorable señor Corvalán, en el sentido de que no quedará condicionado a la voluntad del señor Ministro de Minería nuestro conocimiento de la totalidad del contenido de esos documentos, sino que se nos proporcionará una información completa de ella.
En cuanto a la conveniencia o inconveniencia de hacerlos públicos, este asunto dependerá de nuestro juicio en el momento oportuno. Pero creemos que no se nos puede privar en absoluto del conocimiento integral del asunto.
¿Habría acuerdo para enviar el oficio en nombre de los distintos Comités de la Corporación ?
Acordado.
¿Y qué hay de la sesión especial?
En cuanto a este punto, el Presidente del Senado se comunicará con el señor Ministro de Minería para convenir una fecha. Probablemente lo indicado sería efectuarla una vez que el señor Ministro ponga los documentos en conocimiento del Senado, de manera que los señores Senadores dispongan de antecedentes para formularle las preguntas que estimen del caso.
BENEFICIOS PARA DAMNIFICADOS POR EL SISMO DEL 8 DE JULIO DE 1971.
Tiene la palabra el Honorable señor Noemi.
Durante la Cuenta se remitió a las Comisiones de Gobierno y Hacienda un proyecto que presentamos el Honorable señor Palma y el Senador que habla, que concede beneficios a los damnificados por el reciente terremoto del 8 de julio en curso. Creo que con esta iniciativa interpretamos el sentir de todos los parlamentarios, no sólo de los de la zona. Al respecto, deseo destacar el interés que han demostrado en este problema los Diputados Mario Torres, Marino Penna y Raúl Barrionuevo.
La prensa, la radio y la televisión han informado de las consecuencias del sismo y el Gobierno también ha hecho declararaciones respecto de los daños. Pero cuando uno va a la zona de la catástrofe me ha correspondido ir al día siguiente, y me encontré allí con parlamentarios de todos los colores políticos, comprueba que el problema es mucho más grave de lo que se dice.
Por ejemplo, se afirma que el 30% de las viviendas de Illapel y Salamanca están destruidas. Pero yo tuve ocasión de entrar a las casas de esas ciudades y comprobar que está destruido el 90% de ellas. La gente vive en verdaderas trampas. Unas murallas están descuadradas. Otras, caídas o colgando de alambres. Realmente no sé cómo la gente puede seguir viviendo en ellas. Están en pie sólo las fachadas, pero los habitantes de la zona levantan en los patios especies de carpas hechas con frazadas. Ahí pasan las noches. Por esta razón, creo que el proyecto satisface una ansiada aspiración de quienes están sufriendo este drama.
El Título I del proyecto se refiere a la zona afectada, definiéndola, y a los damnificados. En uno de sus artículos, insinuamos la idea de que el Presidente de la República dicte un reglamento dentro de determinado plazo, y autorizamos a las municipalidades para que certifiquen quiénes son los afectados por la catástrofe.
En el Título II se dictan normas de excepción de ayuda a' los damnificados. Se establece, además, que, dentro de 60 días, el Presidente de la República deberá proponer a la consideración del Congreso Nacional un proyecto de ley de seguro obligatorio reajustable de sismos y catástrofes. Con ello pretendemos que en Chile toda propiedad, sea del agro, de la industria o del comercio, mantenga un seguro que le permita contar con una indemnización, en caso de catástrofes, por lo menos equivalente al avalúo fiscal del bien raíz respectivo. En seguida, señalamos algunas normas que el Jefe del Estado deberá hacer cumplir, y, por último, declaramos aplicables a los damnificados de este movimiento telúrico algunas disposiciones transitorias de la ley 16. 282, cuyo alcance es bastante amplio y permite solucionar muchos problemas.
En el Título III, relativo a las medidas de desarrollo para las zonas damnificadas, se establece que CORFO y ODEPLAN, de consuno, deberán elaborar un plan quinquenal de desarrollo en un plazo de 120 días. En otro artículo de este Título, se señala la prioridad de ese plan quinquenal, que estará a cargo de la Junta Regional de Atacama y Coquimbo.
El Título IV, tocante a los recursos económicos y financieros destinados a la reconstrucción y auxilio, incluye normas que obligan al Banco del Estado y a organismos públicos de fomento a otorgar préstamos de reconstrucción a quince años plazo, sin reajustes, y con intereses no superiores a 10%. Además, se faculta al Banco del Estado de Chile y a los bancos comerciales para otorgar préstamos a 10 años plazo, sin reajustes y con interés inferior a 10%, sin sujeción a los límites de colocaciones que determine el Banco Central, destinados a la reconstrucción de establecimientos industriales, agrícolas, comerciales o mineros. Por otra parte, en otro artículo de este Título se declaran aplicables a este caso los artículos 47, 48 y 49 de la ley 16. 282. Igualmente, se establece que, de los recursos que el Banco Central recaude en los próximos dos años por colocación de Certificados de Ahorro Reajustables, se destinará 80% a financiar el plan quinquenal y 20% para la Junta Regional de Atacama y Coquimbo. Se declara, también, que 10% de las colocaciones de las asociaciones de ahorro y préstamo deberá invertirse en las zonas afectadas, en la construcción de viviendas, hoteles y hosterías.
Además de este proyecto, en el cual no hemos querido incorporar ninguna disposición que requiera patrocinio constitucional del Ejecutivo, junto con el Honorable señor Palma hemos elaborado otra iniciativa para el desarrollo y fomento de la región, en virtud de la cual se crea la Junta de Desarrollo de Atacama y Coquimbo y se consignan franquicias tributarias y diversas otras medidas en beneficio de la zona, disposiciones que sí requieren tal patrocinio.
Consideramos que con estos dos proyectos estamos entregando una herramienta que permitirá ayudar a una región que, periódicamente, más o menos cada cinco años, se ve afectada por un terremoto.
La situación actual es muy grave y creo que todos los parlamentarios, sin distinción alguna, porque en estas circunstancias no hay chilenos con buena o mala suerte, concurrirán con sus votos a aprobar esta iniciativa, a fin de solucionar el dramático problema que enfrentan las personas afectadas por este movimiento telúrico.
El señor AYLWIN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Palma.
¿No la había solicitado antes el Honorable señor Bossay?
El señor Senador, según entiendo, se referirá a otra materia, y para ello está inscrito a continuación.
He concedido la palabra a los señores Palma y Luengo, pues intervendrán sobre el punto en discusión.
Como acaba de manifestar el Honorable señor Noemi, hemos estudiado y presentado una iniciativa para abordar los problemas derivados de la catástrofe que afectó a la región sur de la provincia de Coquimbo, a las provincias de Aconcagua y Valparaíso y al sector poniente de la de Santiago. En esta zona vive la quinta parte de la población del país y se desarrollan algunas de las principales actividades económicas, como las industriales y portuarias. En consecuencia, urge extraordinariamente despachar un proyecto de ley que permita resolver simultáneamente los dos problemas que se producen a raíz de cada terremoto: auxiliar a los damnificados y crear condiciones de desarrollo que reemplacen a las innumerables actividades perdidas.
Ya en 1939, cuando estos asuntos se empezaron a estudiar en forma más o menos organizada, junto con crearse la Corporación de Reconstrucción y Auxilio, que implicaba la formación de un organismo adecuado para abordar los problemas concretos de los damnificados por estos fenómenos, se creó la Corporación de Fomento, por medio de la cual, precisamente, estimulando la actividad económica del país, se pensaba reemplazar la riqueza perdida.
En este momento nadie puede saber a ciencia cierta cuál es el monto de las pérdidas. Hoy en la mañana estuvo presente en la Comisión de Hacienda un funcionario del Ministerio del ramo, el señor Max Vildósola, quien señaló que una estimación preliminar de los efectos del terremoto indicaba un daño no inferior a 300 millones de dólares.
Vale la pena destacar que en esa misma zona, en 1965, se perdieron riquezas acumuladas ascendentes a 150 millones de dólares. Es decir, en esa sola región, en un lapso de cinco años, se han producido daños por 500 millones de dólares.
Cálculos hechos por expertos de ODEPLAN estiman que sólo en lo que va corrido del siglo, los terremotos han causado pérdidas superiores a toda la deuda externa de Chile.
Por lo tanto, estamos enfrentados a un problema de gravedad extrema que periódicamente se repite y que el país necesita abordar en forma sistemática. Al respecto ya se hizo un ensayo con la ley Nº 16. 282, dictada en el Gobierno anterior, que da una serie de facultades para que las autoridades competentes puedan actuar con celeridad en casos de catástrofe y al margen de las limitaciones establecidas en la legislación vigente.
Mediante las normas planteadas en nuestro proyecto de ley, queremos complementar algunas de esas medidas, modificándolas y adaptándolas a las nuevas circunstancias, a fin de encontrar una fórmula eficaz que permita a los chilenos afrontar con seguridad y serenidad los problemas derivados de los terremotos. Para ello hemos hecho nuestra la expresión usada por muchos países de Europa después de la última guerra mundial: "No hay ciudadanos de buena suerte ni ciudadanos de mala suerte. " Tanto los que fueron afectados como los que no lo fueron son chilenos, y todos, en un momento dado, debemos contribuir.
Proponemos un sistema similar al seguro de desgravamen de las instituciones de previsión, a fin de que todos los chilenos contribuyan a enfrentar los problemas que periódicamente se originan en diversas regiones del país. Hemos conseguido que algunos expertos calculen las posibilidades de establecer dicho seguro: nos han manifestado que mediante un pequeñísimo recargo de menos de 10% del impuesto de los bienes raíces se podrían enfrentar las periódicas crisis económicas provocadas por los movimientos telúricos.
Por tales motivos, pensamos que esta iniciativa, que prácticamente establece un plan quinquenal de desarrollo para las zonas afectadas, que contiene disposiciones permanentes para enfrentar los terremotos y que amplía las normas de la ley Nº 16. 282 y hace más expedita su aplicación en las nuevas circunstancias, permite abordar de inmediato las dificultades.
Como nuestro país está expuesto a este tipo de fenómenos naturales se repiten con cierta periodicidad, nuestra legislación debe contar con disposiciones de carácter permanente y lo más amplias posibles.
A ello obedece el proyecto, que se puede despachar sin necesidad de que el Ejecutivo intervenga. Pediremos una sesión especial del Senado, a fin de despacharlo, si es posible, en el curso de la semana.
Deseo referirme al mismo tema.
Por supuesto, estimo de extraordinaria gravedad lo acaecido en las provincias de Coquimbo, Aconcagua, Valparaíso y Santiago. Tanto el Estado como la ciudadanía en general deberán efectuar muy fuertes inversiones para devolverles el ritmo normal de sus actividades. Fundamentalmente, deseo poner en conocimiento de los señores Senadores y, por intermedio de la versión del Senado, de la opinión pública, algunos aspectos de esta catástrofe, en especial lo ocurrido en Aconcagua y Valparaíso.
Desde el punto de vista estrictamente legislativo, al cual se refirieron los dos colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, en 1965 fue necesario dictar en Chile un verdadero código legal para terremotos o catástrofes similares, ya que nuestro país sufre permanentemente estos embates de la naturaleza.
En otras palabras, existen disposiciones generales para afrontar éste y otro tipo de catástrofes. El Gobierno puede hacer uso de diferentes medidas de carácter general, fundamentalmente en cuanto al financiamiento de las cajas de previsión, organismos que tendrán egresos superiores a los normales por la atención que deberán prestar a los damnificados, y respecto del financiamiento de ciertas obras de carácter extraordinario, que también me permitiré señalar.
Pero, más que todo, quisiera apelar a la conciencia y a la sensibilidad de los señores parlamentarios, tanto Senadores como Diputados, para que aprovechemos la experiencia que nos dejan estas catástrofes y la apliquemos en el aspecto humano, material y económico.
Es necesario que el Parlamento, como se ha planteado por los Honorables colegas, considere en el futuro, cuando legisle sobre construcción de viviendas, hospitales o escuelas, y en cuanto a servicios generales a la salud y a la seguridad, las condiciones geológicas de esta parte del planeta, que exigen apartarse de las normas generales aplicables en otras regiones de la Tierra.
En forma breve haré un pequeño recuerdo histórico. Para no aburrir a los señores Senadores, me referiré sólo a los últimos 100 ó 150 años.
Posiblemente Valparaíso es la ciudad de Chile que más veces ha sido afectada por movimientos telúricos. En 1821 la azotó un terremoto de intensidad 8 en la escala de Mercali; el 22 de noviembre de 1822, otro de intensidad 9 a 11; tres días después, otro de intensidad 10; en 1829, uno de intensidad 9 que afectó a toda la zona cercana: La Ligua, Petorca, Putaendo, Illapel, Cabildo, Los Vilos, Combarbalá. Después, con una periodicidad no superior a 6, 8 ó 10 años, esa región ha sido afectada por equis cantidad de sismos, todos de intensidad cercana a 10. Y algunos, inclusive, llegaron a 12.
Por ejemplo, en 1880, Valparaíso, grado 910; en 1896, el 13 de marzo, grado 7; el 1º de junio de 1906, que además afectó a Limache y Quilpué, grado 8; el 16 de agosto del mismo año, grado 12, el máximo de intensidad en la escala Mercali.
Hace seis años, en marzo de 1965, se produjo en Valparaíso un movimiento sísmico de grado 11, muy parecido al ocurrido hace pocos días, y que tuvo grado 10 en Illapel, LlayLlay, etcétera; o sea, afectó más o menos a la misma zona.
Todo lo anterior nos mueve a considerar, desde un punto de vista técnico, la necesidad de adoptar una cantidad enorme de medidas que superan la idea que en 1965 tuvimos los parlamentarios acerca de las normas generales que debían dictarse para afrontar las catástrofes telúricas en Chile.
Resulta que dicha legislación ha quedado corta en algunos aspectos, debido a la periodicidad de los sismos. Por ejemplo, en los últimos seis años no se alcanzó a terminar el programa habitacional planeado para Hijuelas y Nogales, cuando sobrevino esta nueva catástrofe.
Los Honorables colegas tienen razón al decir que cuando uno estuvo en el sismo y lo vivió, se da realmente cuenta de lo acaecido.
Comprendo que se necesitan condiciones literarias sobresalientes para relatar los momentos de tragedia que ha vivido esa zona del territorio nacional para que cada parlamentario pueda aquilatar en toda su magnitud la situación que afecta a los damnificados. Pero estoy cierto de que los Honorables colegas contribuirán a despachar en forma rápida una legislación sobre esta materia, que considere los aspectos que he señalado.
No sólo se han perdido vidas valiosas de chilenos en las diferentes ciudades. La mayoría de las muertes se produjeron en la provincia de Valparaíso. En Viña del Mar, hubo 18 muertos, y en otras ciudades, 14, 5, 4, etcétera.
Si se pretendiera hacer una comparación simplista y repudiable, podría decirse que la cantidad de seres humanos que han perdido la vida no ha sido tan importante como la cuantía de los daños materiales producidos en todos los niveles de actividad de las regiones afectadas.
Comprendo que muchos jefes de servicios, tanto en el campo regional como en el nacional, no puedan presentar ante la opinión pública una evaluación concreta, precisa, de la catástrofe, ya que cada día se descubren nuevos daños. Por ejemplo, se va a un muelle que sólo aparentemente está afectado, y luego se comprueba que el daño es, mayor.
A lo mejor los científicos terminarán diciendo que la gran característica de este sismo es que el territorio de esa zona se hundió, ya que en casi todas partes se aprecia que la tierra ha bajado 5, 10, 15 ó 20 centímetros. Por lo tanto, una de las características de los perjuicios de las construcciones es que se han separado las murallas del techo; que éstas han bajado y que el piso tiene una inestabilidad extraordinaria.
¿Qué ha sucedido con lo que se denomina capital social, o sea, con todo aquello que es responsabilidad directa de todos los chilenos, del Estado, y no de los particulares?
Daré algunos datos. La Empresa Nacional de Minería tiene en Las Ventanas instalaciones extraordinariamente importantes para nuestra producción, fundición y refinación de cobre. Tienen gran significado en cuanto a la exportación de metal rojo refinado y fundido. Pues bien, se rompió el horno de reverbero y éste debe paralizar sus labores posiblemente por veinte días. ¿Qué significa esto para la economía nacional?
Pero además tiene la nave electrolítica con un 40% de sus cubas electrolíticas rotas. ¿Cuánto tiempo demandarán los trabajos de reparación en este caso? Probablemente, más de 20 días,. Por lo menos, tres semanas.
El laboratorio, que es fundamental para realizar las pruebas de refinación, precisa reparaciones por 20 mil dólares.
Al recorrer las plantas eléctricas de la zona puede apreciarse que CHILECTRA tiene la mayor parte de sus turbinas bajo el agua; que los estanques de agua están rotos; que las calderas de vapor y las tuberías tienen filtraciones, y que el sistema que conecta a Valparaíso con Santiago se encuentra interrumpido.
La misma situación que se advierte en los altos niveles industriales, se comprueba en el humilde sector de una caleta de pescadores, donde los pobladores han perdido sus casas y no cuentan con agua potable. En algunas partes se carece de alimentos y luz eléctrica. En otras, los puentes están cortados y es imposible llegar a ellas. Ayer me impuse de que, debido a un derrumbe producido en la cuesta que constituye la única vía de acceso a Colliguay, nadie ha podido llegar hasta allí, y fue necesario llevar alimentos en helicópteros.
¿Será esa localidad la única de la cual se carece de mayores antecedentes? ¿No habrá en Coquimbo, en Aconcagua, en Valparaíso o, tal vez, en la zona costera de Santiago, otros pequeños pueblos, como La Greda, respecto de los cuales no se sabe nada?
Hay pueblos de la provincia de Coquimbo, como Guangualí y Caimanes, que están totalmente destruidos.
La acotación de mi Honorable colega confirma mi aseveración de que en estos momentos no podemos establecer exactamente a menos de incurrir en falta de honradez o en presunción la gravedad de los daños en los sectores habitacional, hospitalario o escolar, como tampoco en caminos, puentes o en el sistema de agua potable de la provincia de Valparaíso. Este último problema ha sido superado con gran celeridad, por lo cual debemos felicitar a los técnicos que intervinieron en su reparación.
Sin embargo, no podemos afirmar que todos los problemas han sido resueltos en su totalidad. ¿Cuántos días serán necesarios para ello? ¿Cuál es la magnitud de la rotura del viaducto de Las Vegas? Creo que reviste gran seriedad y su reparación demandará varios días.
Mi propósito es que estas palabras intervendré sobre el mismo tema en una próxima oportunidad sirvan de información a los señores Senadores.
En seguida, daré sólo algunos detalles acerca de las necesidades inmediatas de viviendas transitorias, a fin de que mis Honorables colegas aprecien la magnitud del problema. Dispongo de datos de localidades de la provincia que represento en esta Corporación. Probablemente, los parlamentarios de otras agrupaciones tienen antecedentes de las que ellos representan.
En Quillota faltan 2. 258 viviendas, lo que significa la necesidad de dotar de techo, aunque provisoriamente, a igual número de familias. En La Cruz se requieren 327 viviendas; en Calera, 457; en Nogales, 184; en Hijuelas, 367; en Llay-Llay, 196; en Quinteros, 346, y en Puchuncaví, 650. Es decir, sólo en un departamento de la provincia se precisan 4. 785 viviendas.
No puedo negar la solidaridad prestada por la ciudadanía y el Gobierno, el cual está actuando con eficacia y rapidez. Cuando me dirigía desde Valparaíso a Santiago, sentí gran emoción al ver la cantidad de camiones y camionetas que transportaban alimentos. Algunos de estos vehículos provenían de la Vega, y en un letrero se anunciaba que llevaban verduras para los pescadores de la Caleta El Membrillo. Otros se dirigían a diversos lugares que, por una u otra razón, habían escogido. También participan en las tareas gran cantidad de muchachos, y en estos momentos la juventud está levantando cascotes en Valparaíso, porque el número de obreros es insuficiente o, simplemente, se encuentran trabajando en faenas de urgente necesidad.
Dispongo de ciertos datos que estimo de gran interés, por las razones que a continuación expondré. Hasta aquí hemos considerado fundamentalmente los daños ocurridos en el área urbana. Sin embargo, muchos sectores rurales han sido más afectados. Al respecto, daré algunos ejemplos. En un sector rural de Quillota hay 258 casas no habitables y sólo 44 habitables. En La Cruz hay 87 viviendas no habitables y 79 habitables; en La Calera, 111 no habitables y 12 habitables. Y esta situación se repite en los sectores rurales de Nogales, Hijuelas, Llay-Llay, Quintero y Puchuncaví.
Lo mismo sucede respecto de los elementos que se están recibiendo y que faltan en los pequeños poblados, y a los cuales me referiré, a fin de que los señores Senadores se formen una idea al respecto. No abordaré el problema de las grandes ciudades, porque están recibiendo frazadas, médicos, alimentos, enfermeras, y tanto el Gobierno como toda la colectividad realizan denodados esfuerzos para colaborar a resolver las dificultades. Como una forma de retratar la situación de todas las pequeñas localidades, daré lectura al siguiente telegrama de Puchuncaví: "Faltan médicos y medicinas. Reparación de caminos cortados. Agua no hay. Electricidad no hay. Pan no hay. Panaderías destruidas. Parafina no hay. Bencina restringida. Alimentación para sólo cinco días. ENAMI horno malo. CHILECTRA transformador malo. "
Tal es la situación de una pequeña localidad que cuenta con una sola calle, y que retrata el problema de diversos pueblos de Coquimbo, Aconcagua, Valparaíso y de vastos sectores de la provincia de Santiago.
Esta situación debe impelernos a los parlamentarios a poner todo nuestro esfuerzo y esmero en solucionar el problema definitivamente mediante la aprobación de normas que no signifiquen simples "pomadas sobre la herida", sino que complementen la anterior ley sobre la materia, mediante la recaudación de recursos que nos permitan construir, sobre todo en la zona central de Chile, que es esencialmente sísmica, industrias, escuelas y hospitales que resistan la acción de los movimientos telúricos. De esta manera evitaremos que cada diez años debamos deplorar la pérdida de vidas y nos veamos en la terrible necesidad de pedir a la ciudadanía ayuda pecuniaria para paliar daños que, en este caso, pueden ascender a trescientos millones de dólares. ¡No me siento autorizado para hablar de una cifra de esa magnitud, porque si ella corresponde a la realidad, no sé de qué fuente emana.
¡Calculen Sus Señorías lo que representa para el país la presencia periódica, cada seis o diez años, de sismos de esta magnitud que no sólo imponen a los contribuyentes la obligación de hacer aportes extraordinarios, sino que también exigen al Gobierno enmendar todos los cálculos generales de planificación!
Por ello, deberemos incluir de aquí en adelante en las leyes de Presupuestos las cantidades necesarias para atenuar los inmensos daños que provocan las catástrofes sísmicas que de vez en cuando asuelan nuestra patria.
Deseo concluir por ahora mi intervención diciendo que la destrucción del puerto de Valparaíso, en especial de sus malecones, es enorme. Varios de sus espigones no podrán ser usados durante cierto tiempo, por lo cual algunos barcos deberán atracar en Coquimbo, y desde allí será necesario transportar por tierra la mercadería a sus lugares de destino.
En el muelle Prat, la obra fundamental cedió, comprometiendo los pavimentos, que han descendido quince centímetros. La mayor de las grietas se encuentra en el límite del coronamiento del muelle, donde alcanza un ancho superior a doce centímetros.
En los Sitios 6 y 5 hay grandes daños en los pavimentos, con hundimientos de hasta treinta centímetros por desplazamiento de la obra fundamental y grietas de diez centímetros en su parte superior. Los pavimentos quedaron con fuertes ondulaciones y no aptos para el equipo mecanizado. Todas las vías férreas están afectadas. La Bodega 6 presenta algunos desplomes de carácter menor.
En el Sitio 4 se observan cuantiosos daños. Exteriormente se ven gravemente afectados los pilares que sustentan la viga del riel de las grúas semiportal; por lo menos cinco módulos completos de la Bodega 4 experimentaron notorios descensos, fenómeno que es general en el puerto.
Entre los Sitios 3 y 4 el balcón está corrido y se aprecian grietas en los pavimentos.
En el Sitio 3 hay grietas menores y se descarriló un "bogie" superior de la grúa Nº 10.
En el sitio 2, grietas.
En el Sitio 1 se observa desplazamiento del malecón en la parte superior y grietas y hundimientos menores en los pavimentos.
¿Es la solución de los problemas del puerto de Valparaíso de poco costo? Por desgracia, no es así: es una obra de infraestructura cuya reparación requiere ingentes recursos.
Confío en que el proyecto que el Gobierno envió o enviará en días próximos y los que patrocinen los distintos partidos políticos propongan algunas soluciones.
Gomo parlamentario de la zona, expreso mi dolor por la muerte de seres humanos en este terremoto.
Nuestro propósito es ayudar a todos los sectores sin excepción, especialmente a los empleados, a la clase media, que han visto destruidas sus habitaciones o derrumbados sus techos o murallas, con pérdida total de su vajilla. La reconstrucción o compra de esos elementos requiere de cientos de miles de escudos, suma de que esos sectores carecen. En algunos casos, los préstamos otorgados por las cajas de previsión, tanto la de empleados particulares como la de los funcionarios públicos y el Servicio dé Seguro Social, paliará en parte esta situación. Sin embargo, la industria del turismo, que abarca desde Coquimbo a Santiago, y numerosas industrias que sufrieron la destrucción de diversos implementos, como calderas y estanques, necesitarán la asistencia económica de la Corporación de Fomento.
Espero que en su oportunidad, cuando el Gobierno y los parlamentarios dispongan de mayores informaciones y antecedentes sobre la materia, la solución legislativa del problema encuentre unanimidad en el Congreso. Sólo de esta manera se podrán adoptar rápidamente las medidas definitivas que palien los efectos de este tipo de catástrofes que frenan el desarrollo de nuestra patria.
Tiene la palabra el Honorable señor Corvalán.
Es bueno que en el Senado de la República tenga eco esta nueva tragedia que conmueve a nuestro pueblo, sobre todo porque los estragos del terremoto fueron mayores de lo que se pensó en un primer momento. Al parecer, cuando se detecten los verdaderos daños con más minuciosidad, su magnitud superará a lo que creemos en este instante. Por lo menos, ésta es la impresión que tengo, y estimo que la comparten todos los señores Senadores, en especial quienes representan a las provincias azotadas por el sismo.
Quienes visitamos algunos pueblos de Valparaíso y Aconcagua hemos comprobado que, como siempre, los más afectados han sido los pobres, los que viven en casas miserables, los que no disponen de habitaciones asísmicas. Particularmente grave es la situación de Valparaíso, San Antonio y de otras localidades que carecen de agua. Al respecto, todos los señores Senadores saben que el acueducto Las Vegas tiene no menos de cien roturas que es preciso reparar, luego de recorrerlo metro a metro a lo largo de 84 kilómetros. Se calcula que el arreglo del acueducto demorará por lo menos un mes. Los daños que sufrió esa obra en el terremoto de 1965 requirieron 45 días de trabajo, y los de ahora son mayores que los de aquella ocasión.
Se han tomado una serie de medidas urgentes. El propio Presidente de la República no sólo se dirigió al país la noche del sismo en una intervención que, a mi juicio, impactó y ayudó a agrupar a los chilenos, sobre todo a los de las zonas afectadas, sino que además visitó el viernes los pueblos más dañados de las provincias de Aconcagua y Coquimbo; el sábado, Valparaíso, y a mediodía de hoy se trasladó a San Antonio. El viernes, al regresar de su gira a Illapel y al departamento de Petorca, designó a dos Ministros de Estado para que atendieran en forma directa las tareas que demanda la emergencia en Valparaíso. Al Secretario General de Gobierno, señor Suárez; al Ministro de Tierras y Colonización, señor Martones, y al Ministro de Obras Públicas y Transportes, los destacó para ocuparse en la situación de Coquimbo y Aconcagua. Por último, el Ministro de la Vivienda y Urbanismo se abocará a la solución de los problemas derivados del sismo en la provincia de Coquimbo.
Es realmente enaltecedor y alentador observar en todos los funcionarios, o en la generalidad de ellos no puedo decir que no haya alguno que actúe con insensibilidad, gran espíritu de solidaridad y de trabajo, su preocupación, sobre todo por los problemas inmediatos. A varios funcionarios sólo los conocí recientemente. Me parece que algunos vienen de Administraciones anteriores no sé si del Gobierno pasado o del antepasado, porque tienen muchos años de servicios; ni sé de qué filiación política son. Es enaltecedor también observar la colaboración prestada por los trabajadores, los estudiantes, los cuerpos de bomberos, el Sindicato de Dueños de Camiones, etcétera.
Es digna de destacarse la cooperación de las Fuerzas Armadas, que ha sido de real eficiencia. Se ha debido declarar zona de emergencia a las provincias afectadas y designarse jefes de plaza. Con gran espíritu ejecutivo han tomado las medidas prácticas necesarias para resolver problemas tan graves como el del suministro de agua potable, llegando incluso a la requisición de camiones, fudres y otro tipo de vehículos, para su transporte y distribución.
Naturalmente, todo esto es necesario, y se precisa de una ley. El viernes, al llegar de su gira por el Norte Chico, el Presidente de la República encargó a los Ministros de Agricultura y de la Vivienda y al Subsecretario General de Gobierno la elaboración de un proyecto de ley, en el cual se trabajó el sábado, el domingo, y el lunes. Hoy se encuentra redactado y listo para su envío al Congreso; y según las informaciones que proporcionó el Primer Mandatario en la mañana de hoy, esta tarde o mañana lo firmará, para en seguida enviarlo al Parlamento.
Me complace que surjan otras iniciativas legales al respecto, porque ello significa que habrá amplia mayoría para despachar la legislación que se requiera; pero, francamente, me parece demasiado pedir que nos ocupemos en un proyecto de iniciativa parlamentaria y no considerar el qué enviará el Ejecutivo.
Nadie ha dicho eso.
Al Honorable señor Palma se le pasó la mano y planteó la posibilidad de citar a sesiones especiales para tratar el proyecto de la Democracia Cristiana.
Es el Gobierno éste o cualquiera otro el que está en mejores condiciones para cuantificar los daños y elaborar un proyecto que permita reparar los perjuicios experimentados a causa del sismo, y el que se encuentra en mejor situación para estudiar el financiamiento, aparte que en esta materia tiene atribuciones mucho más amplias que las del Congreso.
A mi juicio, esto debe quedar claro. Las ideas que tenga el Primer Mandatario a este respecto que naturalmente estudiaremos y consideraremos con más detención y las que tenga la Democracia Cristiana contribuirán al despacho de la iniciativa pertinente.
Finalmente, al igual que lo ha hecho el Honorable señor Bossay, me sumo al dolor por los 83 chilenos fallecidos en este sismo y por los centenares de heridos y damnificados.
Pido la palabra, señor Presidente.
Tiene la palabra Su Señoría.
Empiezo mis observaciones reiterando una vez más nuestra preocupación y dolor frente a las víctimas habidas en este nuevo terremoto ocurrido el 8 de julio último. Sin embargo, no deja de ser alentador comprobar que todos los sectores de la ciudadanía han concurrido de inmediato a prestar su colaboración, en una forma o en otra, con el objeto de auxiliar a aquellas personas que quedaron damnificadas por el sismo.
Como lo ha hecho presente el Honorable señor Corvalán, aún no ha sido posible calcular los daños producidos por el terremoto. Todavía el Gobierno no ha podido precisarlos, no obstante todas las informaciones de que dispone y de las comisiones que ha designado para establecer el monto de los perjuicios. A cada instante aparecen nuevos antecedentes que hacen subir el total de las pérdidas.
Celebro que los Honorables señores Palma y Noemi hayan presentado esta tarde un proyecto de ley destinado a paliar la situación. Mas quiero hacer presente que, como es público y notorio, desde los primeros momentos de la tragedia el Gobierno se ha preocupado de la situación de los chilenos damnificados. Y ha sido el propio Presidente de la República quien ha recorrido, si así pudiéramos decir, toda la zona amagada; porque a San Antonio zona que no había visitado hasta ahora llegó al mediodía de hoy, y calculo que en estos instantes debe de estar llegando a Quillota. Al mismo tiempo, ha tomado todas las medidas del caso, nombrando no sólo a varios Ministros de Estado para hacerse cargo de la situación en las distintas provincias o lugares afectados, sino también designando a numerosos funcionarios públicos en la campaña destinada a solucionar todos los problemas que se están originando con este suceso tan desgraciado.
Por otra parte, el Ejecutivo ha preparado un proyecto de ley, el que no se limita sólo a la zona afectada por el sismo en esta oportunidad, como lo hace la moción presentada por los Honorables señores Palma y Noemi. En efecto, esta última como tuve oportunidad de comprobarlo a través de una lectura rápida a su contenido se refiere fundamentalmente a la zona que establece en su artículo 1º. Esto, a mi juicio, es un mal sistema, porque al determinarse cuáles son las regiones a las que se aplicarán las disposiciones especiales del proyecto, pueden dejarse fuera lugares vecinos que también pueden haber sido asolados por el sismo.
El mensaje del Ejecutivo, que el Presidente de la República debe de firmar esta tarde o mañana para ser enviado al Congreso, en nuestra opinión será una iniciativa bastante buena para afrontar estas circunstancias, que siempre son fortuitas y cuyas consecuencias nunca nadie puede prever. En dicho proyecto se incluyen algunas normas de la ley Nº 16. 282, que se dictó para paliar los efectos del terremoto del 28 de marzo de 1965; se amplían algunas de carácter permanente, y se agregan otras que se ha estimado conveniente darles el mismo carácter.
En el proyecto del Gobierno se crea un Fondo de Reconstrucción, que ascenderá a un monto no inferior a 250 millones de dólares, destinado a la atención permanente de estas situaciones de emergencia que se producen en Chile de cuando en cuando. Entre las finalidades de ese Fondo, figuran las siguientes: ayuda a las familias afectadas; reequipamiento y rehabilitación de viviendas; fortalecimiento de los programas de vivienda que tenga el Ejecutivo; reparación de obras portuarias y de vialidad; rehabilitación de industrias; construcción de nuevas industrias; ayuda al sector agrícola; reconstrucción de hospitales, cuarteles, etcétera, y numerosas otras finalidades que durante la discusión del proyecto tal vez aparezcan como necesarias.
Además de este Fondo de Reconstrucción, el Ejecutivo ya ha tomado, por la vía administrativa, algunas medidas urgentes e inmediatas; entre otras, por ejemplo, la de abrir en el Banco del Estado y en los bancos estatificados dos líneas de crédito: una, hasta por diez mil escudos, para reparación de casas, operación que será debidamente reglamentada con el objeto de evitar fraudes y de que esa ayuda llegue a los afectados en la forma más rápida posible; y otra, hasta por la suma de tres mil escudos, para la reposición de vajillas y otros artículos de uso doméstico.
Aparte lo anterior, se está estudiando la posibilidad de que los diversos institutos de previsión otorguen préstamos hasta por cuatro sueldos vitales, con el objeto de que sus imponentes los destinen a solucionar las necesidades más urgentes derivadas de este terremoto. De igual modo, se estudia la posibilidad de que las cajas de previsión den, en forma excepcional, algunos préstamos para la reconstrucción de casas.
Podríamos decir que la iniciativa del Gobierno prepara al pueblo de Chile para enfrentar este tipo de emergencias. En tal sentido, también establece algunas normas destinadas a organizar la reconstrucción de aquellas zonas que se vean afectadas por terremotos. Sobre el particular, me anticipo a señalar que en el proyecto se crean los comités comunales de emergencia, integrados fundamentalmente por el sudelegado, por el alcalde y por el jefe de Carabineros o militar, más un representante del Servicio ¡Nacional de Salud en cada comuna, comisión que desde el primer instante de una catástrofe deberá adoptar las medidas más inmediatas y necesarias para paliar los efectos de cualquier terremoto.
Doy estas informaciones para demostrar la preocupación del Gobierno por enviar, no un proyecto cualquiera para aparecer afrontando con rapidez la emergencia, por así decirlo, sino una iniciativa que fundamentalmente tendrá el carácter de permanente.
¿Me permite una interrupción, señor Senador?
En seguida se la concederé, Honorable colega.
En la ley Nº 16. 282, los artículos 20 a 41 contienen disposiciones que no se refieren específicamente a los sismos; los artículos 1º al 16 consignan normas de carácter permanente; y, en seguida, consigna 86 disposiciones transitorias relacionadas con el sismo de 1965 y cuyas ideas pueden servir de base para establecer • disposiciones permanentes, de modo que en todo instante ellas estén vigentes, y no sea necesario en cada oportunidad enviar al Parlamento un nuevo proyecto de ley, con la demora consiguiente que muchas veces se ha observado en la tramitación de tales iniciativas. Así, por ejemplo, la ley Nº 16. 282 se publicó el día 28 de julio de 1965, vale decir cuatro meses después del sismo, ocurrido el 28 de marzo de ese año. Y el proyecto mismo fue enviado al Congreso, si mal no recuerdo, un mes después de haberse producido el terremoto. En cambio, en esta oportunidad se ha presentado hoy día un proyecto, y esta tarde o mañana llegará el del Ejecutivo; es decir, cinco días después de la catástrofe tendremos aquí dos iniciativas que nos servirán de base para elaborar una ley eficiente con la cual puedan cumplirse los objetivos que se han tenido en cuenta en esos dos proyectos.
Con la venia de la Mesa, concedo una interrupción al Honorable señor . Noemi.
Ocuparé medio minuto.
La ley Nº 16. 282 es un texto completo en esta materia, y nosotros incorporamos casi todas las disposiciones de esa ley al proyecto que hemos presentado para atender a los damnificados del sismo reciente, de julio de 1971. Por lo tanto, no me parece que pueda calificarse el nuestro de "proyecto cualquiera", como lo ha hecho Su Señoría.
No he dicho esto. Me entendió mal, señor Senador.
Su Señoría dijo "un proyecto cualquiera".
Se trata de un proyecto debidamente estudiado, que, naturalmente, tiene que ser referido a la zona del sismo; pero en su texto se faculta al Presidente de la República para que pueda ampliar a otras zonas, si lo estima conveniente, todas las franquicias y garantías que, se dan para la región afectada.
Es cuanto quería decir.
No he dicho que la iniciativa de los Honorables señores Palma y Noemi sea un proyecto cualquiera. Lo que he expresado es que el Gobierno quiso hacer un estudio sobre la materia para no enviar un proyecto cualquiera, sólo para aliviar con cierta rapidez la situación producida por el último sismo,
sino una legislación que tenga fundamentalmente el carácter de permanente, cuyas disposiciones estén siempre en vigencia y puedan ser aplicadas de inmediato en cualquier emergencia, a fin de evitar la demora que muchas veces significa la tramitación de las leyes, que resulta muy inconveniente en estos casos.
He querido esta tarde anticiparme, en cierto modo, a dar estas informaciones, cosa que no pensaba hacer, pues considero preferible que ellas emanen directamente del Presidente de la República. Como he dicho, el Jefe del Estado firmará esta tarde o mañana, a más tardar, el proyecto del Ejecutivo. Pero como se ha producido un debate sobre este asunto, me ha parecido del caso proporcionar algunos antecedentes al Senado.
Reitero que dicho proyecto ha sido estudiado por los Ministros de Economía, de Hacienda y de Agricultura, por la Oficina de Planificación y numerosos otros funcionarios, y que en dicho estudio han participado también parlamentarios de la Unidad Popular.
He dicho.
Pido la palabra, señor Presidente.
Yo también estaba inscrita.
Le cedo con mucho gusto el uso de la palabra.
Me hace un favor Su Señoría.
Tiene la palabra la Honorable señora Campusano.
Comparto las expresiones de los señores Senadores respecto de este sismo que ha afectado a varias provincias de nuestro país. Me alegra mucho haber escuchado las palabras del Honorable señor Bossay, así como las de otros Honorables colegas que, como yo, representan a esa zona.
Se trata de una región sísmica, y tienen que haberlo sabido las autoridades, por la repetición periódica en ella de terremotos y maremotos. Sin embargo, no se habían tomado las medidas necesarias para que pudieran afrontarse de inmediato tales emergencias. Tengo absoluta confianza en que el Gobierno de la Unidad Popular actuará en otra dirección.
Esa falta de previsión agrava mucho la tragedia. Por ejemplo, en Illapel tuvo que ser evacuado de inmediato el hospital, un edificio miserable, en ruinas. Todos sabemos que se han construido hospitales en todo el país, por varios Gobiernos; pero en esa zona sísmica, en que se producen terremotos y maremotos, nada se había hecho en tal sentido.
Yo también estimo, como aquí se ha dicho, que todavía no se ha podido evaluar el monto, por así decirlo, de la tragedia que embarga a nuestro país, pues la han sufrido una infinidad de pequeños pueblos. Tengo aquí el informe del Subdelegado de Los Vilos, compañero Manuel Marcarían, quien, para poder llegar a Caimanes, tuvo que abrirse paso a dinamitazos, moviendo piedras. Cuatro cargas de dinamita fueron necesarias para desplazar una roca de veinte toneladas, con el fin de que pasara el vehículo. Caimanes está destruido: todo el valle de Quilimarí. Allá, el terraplén en que se sostenía el puente del ferrocarril bajó en cuarenta centímetros. Del mismo modo, los puentes de Totoralillo, de Caimanes, el Puente González, el Puente Quelón, están agrietados e intransitables. Las escuelas de Caimanes, El Naranjo, La Palma, Quilimarí, El Quelón y El Mollar, están destruidas en 50% ó en su totalidad. Los retenes de Carabineros de Caimanes, Los Cóndores y Quilimarí están totalmente destruidos. Y las viviendas se encuentran en igual situación.
He oído por la radio y he leído en los diarios declaraciones de los campesinos de esa zona. No quedan exentos ni de la ayuda ni de la atención de las autoridades correspondientes. Anteriormente, en especial en la zona del Valle del Choapa, por el hecho de estar asentados o en preasentamientos, bajo el control de la CORA, no tuvieron la atención necesaria. Y en los asentamientos de Quelén Alto y Quelén Bajo, las casas están inhabitables en un 80%. En el asentamiento El Tambo, las casas antiguas han sido destruidas en ciento por ciento. Pero lo más tremendo es que las casas nuevas, construidas hace tres años, se han derrumbado en un 50% a 80%. Por lo tanto, esos lugares requieren de mayor atención.
Lo mismo ocurre en Salamanca. Lo digo porque recorrí la zona con el Diputado señor Pontigo. En Salamanca, 376 casas están inhabitables. Sólo diez permanecen en pie. Hubo cinco muertos y treinta heridos. Se necesitan calderas para el hospital.
En cuanto a la zona de Canela, el pueblo de este nombre no sufrió grandes daños, pero el día en que yo pasé por allí, el sábado, los campesinos llegaban de diferentes localidades para decirnos que sus pequeñas viviendas habían sido totalmente arruinadas. E igual cosa sucedió en Combarbalá.
Pero lo que quiero poner de relieve al nombrar todos estos lugares pequeños, es que en realidad todavía no se conoce la magnitud del daño que ha causado el terremoto; que la ayuda debe llegar a todas partes, y que la reconstrucción debe hacerse tomando en cuenta los informes científicos según los cuales la zona de Aconcagua, Valparaíso y Coquimbo está predispuesta, por su condición geológica, a sufrir permanentemente terremotos y maremotos.
Nada más, señor Presidente, y muchas gracias, Honorable señor Lorca.
Tiene la palabra el Honorable señor Lorca.
Señor Presidente, interpretando la opinión de todos los señores Senadores, de distintas ideas, que han intervenido hoy en el Senado, yo, como Presidente de la Comisión de Gobierno, citaré a ésta para mañana a sesión extraordinaria. Y espero que entonces el proyecto del Ejecutivo ya haya llegado esta tarde o mañana y pueda ser tratado en conjunto con la iniciativa de los Honorables colegas señores Noemi y Palma.
Desde luego, nadie puede ignorar que tanto el Gobierno como los Senadores de todos los partidos han actuado con mucho celo. Ya sabemos que, por su parte, el Honorable señor Palma conversó en Illapel, hace pocas horas, con el Presidente de la República, señor Allende, cuando éste llegó a ese lugar para conocer la tragedia que vive el país.
Pero el motivo por el cual he pedido la palabra es el de solicitar de la Mesa y de la Sala que se permita incluir en la Cuenta de esta sesión y que se envíe al Ejecutivo para su patrocinio, un proyecto de ley de un solo artículo que hemos presentado los miembros del Comité Demócrata Cristiano en representación de todos los Senadores de nuestra colectividad.
En este momento, recorren la provincia de Valparaíso muchos parlamentarios nuestros y de todos los demás partidos, quienes han dejado de lado sus banderas políticas para preocuparse especialmente del problema humano que vive esa región, olvidándose incluso de la campaña electoral. Y el conocimiento de lo que allí ocurre ha movido a los parlamentarios de mi colectividad a presentar el proyecto a que me refiero, que dice:
"Artículo único.- Prorrógase desde el 8 de julio de 1971 hasta 90 días después de publicada la presente ley, el pago de todos los impuestos, derechos, tasas y patentes, sean fiscales o municipales, que se devenguen en la zona damnificada por los sismos de esa fecha.
"Durante el mismo plazo se suspenderán todos los procedimientos de apremio por cobro de impuestos, derechos, tasas o patentes cuyo pago se encuentre pendiente. "
Los Senadores de la Democracia Cristiana hemos presentado este proyecto interpretando las aspiraciones de todos los ciudadanos de la provincia de Valparaíso, y reitero mi petición a la Mesa en el sentido de que él se incluya en la Cuenta de hoy y de que se pida al Presidente de la República el respectivo patrocinio.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).-
Si le parece al Senado, se procederá de acuerdo con lo solicitado por el Honorable señor Lorca.
Acordado.
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
Señor Presidente, quiero en primer término felicitar a los Honorables colegas señores Palma y Noemi por el celo y la prontitud con que han tomado la iniciativa de acudir en socorro de la provincia de Coquimbo, que tengo el honor de representar en el Senado. Me parece que su iniciativa ha dado oportunidad a todos los sectores para expresar en la Sala el sentimiento de solidaridad que, obviamente, nos conmueve, por las víctimas y los damnificados del sismo último.
Entiendo interpretar también el sentir unánime del Senado al solicitar que se fije un plazo de ocho días a la Comisión de Gobierno para que informe el proyecto a que me refiero, después de oír, si lo estima necesario, a los señores Ministros u otros representantes del Gobierno; porque en esto debo corroborar lo dicho por el Honorable señor Luengo: el Gobierno de la República ha encomendado a tres de sus Ministros la tarea de confeccionar un proyecto de ley que aborde los puntos básicos de esta materia; es decir, el de procurar recursos financieros y el de dotar de atribuciones a las diversas autoridades para que puedan proporcionar ayuda a los damnificados.
Pienso que una manera práctica como nosotros podemos manifestar nuestro sentimiento de solidaridad para con las víctimas, como aquí se ha expresado por distintos señores Senadores, consiste en dar también seriedad especial a la tramitación de esta iniciativa legal. No es posible concebir que un proyecto de esta especie pueda ser despachado largos meses después de ocurrida la catástrofe, en circunstancias de que hay medidas urgentes que no admiten aplazamiento y de que se hace indispensable adoptar, de manera también urgente, una cantidad de decisiones que seguramente el proyecto consigna.
Por eso, insisto en la petición ya formulada : otorgar un plazo fijo a la Comisión que debe informar sobre esta materia, a fin de que tengamos la certidumbre de que al cabo de pocos días el Senado estará en condiciones de pronunciarse sobre el proyecto. Al hacer esta proposición, cuento también con la seguridad de que el Ejecutivo ya tiene elaborada una iniciativa legal completa sobre la materia, porque es imposible concebir una iniciativa de esta naturaleza sin contar con una evaluación real de los daños. Tampoco podría darse el caso de que legislemos sin proveer de recursos al Gobierno a través de medidas financieras, que sólo a éste corresponde patrocinar.
Estimo que el plazo de ocho días que se fijaría a la Comisión de Gobierno es prudencial para el fin señalado. Al mismo tiempo, recabo de la Mesa que solicite de la Sala el acuerdo necesario para que la mencionada Comisión envíe estos antecedentes a la de Hacienda, una vez terminada su labor.
Pienso que el funcionamiento de Comisiones unidas más bien entraba, en vez de facilitar, la tramitación de los proyectos, porque los quórum son difíciles de reunir, y la práctica ha demostrado que cada vez que se acude a esta medida de emergencia, lejos de avanzar rápidamente en el despacho de las iniciativas, éstas se atrasan.
Por eso, en este caso he querido introducir una idea nueva: instruir a la Comisión respectiva para que, una vez terminada su función, envíe los antecedentes, sin pasarlos por la Sala, a la de Hacienda, la que necesariamente debe ocuparse en esta materia.
Era cuanto quería decir.
El señor MONTES.-
Señor Presidente, quiero referirme a las proposiciones que hemos escuchado relacionadas con. la tramitación del proyecto de ley presentado esta tarde.
Tengo entendido que las ideas expuestas por los señores Senadores que presentaron la iniciativa implican, ante todo, la necesidad de resolver por la vía legislativa, de manera rápida y oportuna ojalá integral, los problemas creados como consecuencia del sismo, y de otorgar determinados beneficios, también de inmediato, a la gente que se ha visto afectada por este fenómeno de la naturaleza. Si el proyecto no tiene otros objetivos que ésos y se considera, además, que la iniciativa del Ejecutivo sobre esta materia llegará hoy o mañana a la Cámara de Diputados no podríamos decirlo con exactitud, toda vez que por disposición constitucional allí deben tener origen los proyectos que crean nuevos impuestos o contribuciones, y que nosotros pensamos que éste debe contener algunas normas de esa naturaleza, pienso que el estudio paralelo de una iniciativa parlamentaria aquí en el Senado y de otra del Ejecutivo en la Cámara, puede producir cierta confusión, o bien, más problemas que solución para lo que se quiere resolver.
Por eso, aun teniendo en cuenta lo anunciado por el presidente de la Comisión de Gobierno, el Honorable señor Lorca, en el sentido de que mañana citará a esa Comisión para que conozca el proyecto, y reiterando que no se trata de lograr otros objetivos que los ya expresados, para solucionar integralmente los problemas de los damnificados de esas tres provincias, yo planteo, simplemente, la conveniencia de considerar la posibilidad de que la iniciativa sometida al estudio del Senado sea enviada a la Cámara, a fin de tratarla en esa Corporación juntamente con el proyecto del Gobierno. Porque es indudable que aquélla puede complementar a la del Ejecutivo y ayudar con sus ideas a la solución de los asuntos aquí planteados. Desde luego, me parece una manera más racional de resolver los problemas y de ir en ayuda efectiva y rápida de los damnificados.
Si, como se ha dicho, constitucionalmente corresponde al Gobierno la iniciativa en algunas de las disposiciones que debe contener un proyecto de esta naturaleza, es indudable que está en condiciones de enviar un texto mucho más completo. Por consiguiente, las iniciativas que pueda presentar cada uno de los partidos representados en el Parlamento deberían, a mi juicio, tratarse juntamente con el proyecto básico del Ejecutivo.
Al formular esta indicación, no nos guía otro propósito que el de acelerar y hacer más eficiente el proceso legislativo correspondiente. Porque repito creo que el paralelismo en el tratamiento de ambos proyectos no nos conducirá a una ecuación final más satisfactoria ni mejor.
Dejo, pues, planteada concretamente mi inquietud, si se la estima como contraproposición, porque considero que así lograremos, de mejor manera, los altos objetivos perseguidos por los propiciadores de la iniciativa legal presentada, y los partidos podrán allegar sus ideas para mejorar, modificar o perfeccionar la iniciativa que el Ejecutivo pueda enviar sobre la materia.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Durán.
¿Me permite una interrupción, Honorable señor Senador?
Con mucho gusto.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).-
Con la venia de la Mesa, puede hacer uso de la palabra Su Señoría.
He anunciado que citaré a la Comisión de Gobierno para mañana porque los autores del proyecto me han informado que éste sólo irá a dicho organismo, por no requerir financiamiento ni crear nuevos impuestos; luego, tampoco necesita tener origen en la Cámara de Diputados.
Además, y aun cuando no conozco la iniciativa, hago fe en el buen criterio del señor Secretario de la Corporación, quien ha enviado el proyecto a la Comisión de Gobierno.
Por otra parte, nos encontramos con que la Cámara de Diputados resolvió no sesionar esta semana, lo que nos obligaría a paralizar nuestra labor respecto de una materia tan importante hasta que esa rama del Congreso reanude sus sesiones. Y esto, desde luego, no me parece aconsejable.
Por eso, y partiendo de la base del anuncio hecho por el Honorable señor Luengo, personero autorizado de la Unidad Popular, como también por el Honorable señor Corvalán, quienes creen que el proyecto del Gobierno puede llegar hoy o mañana, he dicho que citaré a la Comisión de Gobierno para mañana, considerando que la iniciativa gubernamental ya habrá llegado en esa oportunidad.
Ahora, si el proyecto del Ejecutivo se envía a la Cámara, habrá dos iniciativas distintas tramitándose en forma paralela: una en el Senado y otra en la Cámara.
Si he anunciado que citaré a la Comisión de Gobierno, es porque considero un deber y una obligación moral hacer que se aboque a la brevedad posible al estudio de esta materia.
El señor DURAN.-
Señor Presidente, he solicitado la palabra sólo para expresar, en nombre de la representación parlamentaria de la Democracia Radical, algunos juicios respecto de la tragedia que nuevamente se ha dejado caer sobre nuestro país.
Algunos señores Senadores han señalado que la catástrofe que en estos instantes enluta a la nación constituye un fenómeno que ha venido tomando cierto carácter de regularidad. No transcurren más de diez años sin que nuestro país deba enfrentar una tragedia que deja una larga secuela de dolores y, al mismo tiempo, de daños materiales.
Se ha recordado aquí que no sólo con relación a las propiedades de los particulares, sino también, y en forma mucho más profunda, con respecto a los bienes que pertenecen a la comunidad toda, esos daños van creando en este país nuestro, subdesarrollado, un agravamiento de las naturales tensiones que viven nuestros pueblos.
Dejamos, pues, constancia de nuestro dolor y adhesión a todas las familias de los que han caído víctimas de estas fuerzas desatadas de la naturaleza.
Sin embargo, quiero recordar también que Chile estaba en medio de una convulsión producida por el desencadenamiento de otras fuerzas de la naturaleza una nevazón que echó al suelo muchas casas, un temporal que arrastró viviendas, sobre todo en las zonas donde viven los sectores más postergados. Esta situación venía produciéndose a lo largo del país y continúa desarrollándose aún hoy en distintas provincias, como acontece, para señalar un ejemplo, en Aisén.
No sé qué trágico sino pesa sobre nuestra nación. Pero quiero sacar de todo esto una conclusión contingente con relación a la actividad parlamentaria.
Aplaudo el proyecto de ley presentado por los Senadores de la Democracia Cristiana. Creo que ellos no sólo han tenido en vista su condición de representantes de las provincias de Atacama y Coquimbo, sino que han extendido su inquietud de legisladores al acontecer de otras provincias, como son Valparaíso, Santiago y Aconcagua. Han actuado con un criterio regional pero que, al mismo tiempo, abarca la solución de otros campos más allá de la agrupación provincial que ellos representan.
Quiero también decir que he escuchado y leído que el Ejecutivo, como es su deber, piensa enviar en los próximos días, mañana o pasado, un proyecto de ley sobre esta misma materia, quizás si con un poco de mayor amplitud como consecuencia de los mayores antecedentes que el Gobierno puede tener respecto de este asunto.
No obstante, deseo recordar que en 1939 nuestra patria se vio enfrentada, durante el Gobierno de don Pedro Aguirre Cerda, a un fenómeno tanto o más grave que el de ahora quizás si entonces la intensidad del movimiento haya sido menor, porque en esa época las construcciones eran mucho más febles y, en consecuencia, la tragedia tanto material como en vidas humanas fue de mayor magnitud. En aquella ocasión, cuando el país no disponía de una legislación especial respecto de esta materia ni de otras, se dio nacimiento a la Corporación de Reconstrucción y Auxilio y a la Corporación de Fomento, como consecuencia del sismo.
Por lo tanto, creo que en la línea de planificación general de nuestro país para desarrollar su proceso económico, existen organismos adecuados, y debe corresponder a ellos, de acuerdo con los planes que señale el Gobierno, realizar las acciones futuras.
Comprendo que en el orden económico tendremos que buscar fórmulas que nos permitan obtener mayores recursos. Sé también, al igual que todos los señores Senadores y el país, que las condiciones económicas en el aspecto tributario son extraordinariamente gravosas.
Sin embargo, estimo que más allá de un frío cálculo de índole económica, todos los sectores del Parlamento estarán llanos a buscar un camino que, dando la posibilidad de exigir mayores esfuerzos a los grupos económicamente más desarrollados, permita enfrentar con criterio solidario el deber de la ciudadanía de mitigar el dolor de los conciudadanos que han sufrido en forma más directa el impacto de esta tragedia desatada por la naturaleza.
No obstante, me inquieta que podamos vernos abocados, como aquí se ha dicho, a la necesidad de discutir dos proyectos. Ello, a pesar de la similitud de propósitos y de que innegablemente se contaría con la voluntad de todos los sectores de la Cámara y del Senado, podría provocar un encuentro entre ambas iniciativas, lo que atentaría contra su pronto despacho y postergaría, en consecuencia, la solución que debemos llevar a quienes resultaron más dañados por la catástrofe.
Si el Ejecutivo, como parece ser así se desprende de las expresiones de algunos señores Senadores, plantea fórmulas de tipo tributario, su proyecto deberá tener origen en la Cámara.
Por lo tanto, habrá dos proyectos con ideas muy parecidas: el del Gobierno, iniciado en la Cámara, y el de los Honorables colegas de la Democracia Cristiana.
La iniciativa a que se refirió el Honorable señor Lorca, destinada a suspender por 90 días el pago de tributos, puede despacharse de inmediato. Por eso, sin perjuicio de que en el proyecto definitivo que envíe el Gobierno se legisle sobre la materia con criterio más amplio y completo, me permito sugerir que despachemos aquella iniciativa, aun cuando a este respecto me asisten serias dudas de carácter constitucional; tengo aprensiones sobre la tesis de que un proyecto relativo a la suspensión del pago de tributos pueda iniciarse en el Senado. Porque, por la vía de suspender los tributos, en la práctica pueden hacerse desaparecer; si se suspenden por un año, en el hecho se están suprimiendo por ese período.
Por eso se pidió oficiar al Ejecutivo.
¿Me permite, señor Senador?
Con mucho gusto.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Señoría.
El Honorable señor Duran tiene razón en un aspecto.
La ley de Presupuestos es un cálculo de entradas y gastos, y no puede alterarse lo relativo a los impuestos, porque éstos originan los ingresos.
En ese sentido tendría razón la objeción del señor Senador. Pero ello podría obviarse sobre la base de que el Ejecutivo dé su patrocinio y de que mediante una ley posterior se permita modificar la ley de Presupuestos.
En todo caso, considero que no existe problema sobre la materia, porque el Honorable señor Lorca sólo pidió incluir el proyecto en la Cuenta y solicitar el patrocinio del Ejecutivo.
Como ha terminado el tiempo del Orden del Día, sugiero a la Sala prorrogarlo hasta el término de las intervenciones de los Honorables señores Durán y Silva Ulloa, que también pidió la palabra para referirse a la materia en debate. Además, en virtud de un acuerdo de Comités, deben destinarse cinco minutos al estudio de un ascenso en las Fuerzas Armadas.
Acordado.
Puede continuar el Honorable señor Duran.
Señor Presidente, estimo que la prórroga del pago de tributos puede lesionar la línea mantenida y aceptada comúnmente, en el sentido de que a la Cámara de Diputados compete el conocimiento de asuntos de tal naturaleza.
En todo caso, no creo que el problema pase más allá del planteamiento de dos iniciativas, como señalé denantes.
Por eso, pido al Comité Demócrata Cristiano estudiar la posibilidad de que su proyecto se envíe a la Cámara, a fin de que allí, sobre la base de esa iniciativa y de la que enviará el Gobierno, se empiece el análisis de una solución anhelada por los sectores más gravemente dañados por la catástrofe.
De paso, quiero destacar que las legislaciones de carácter general destinadas a liberar del pago de ciertos impuestos a particulares de provincias o de departamentos, suelen acarrear extraordinarias injusticias, porque es posible que muchas construcciones no hayan recibido daño alguno con motivo de una catástrofe.
Por eso, estimo que el problema debe estudiarse con criterio discriminatorio, a fin de amparar a los sectores más afectados, que es lo que desea hacer el Parlamento frente a la tragedia de que ha sido víctima nuestra nación.
El señor SILVA ULLOA.-
Señor Presidente, ya en la última sesión del Congreso Pleno expresé los sentimientos de nuestra colectividad por la tragedia que afecta al país.
Tuve oportunidad de visitar parte de la zona damnificada, y ello me permitió comprobar que el problema es de extraordinaria gravedad.
He escuchado con mucha atención el debate promovido en torno de la iniciativa de ley que presentaron los Honorables señores Noemi y Palma, y creo sincera la opinión manifestada por todos los sectores en el sentido de que es imprescindible otorgar ayuda rápida y efectiva a las regiones afectadas. Todos estamos de acuerdo en eso.
Sin embargo, el proyecto mismo de Sus Señorías parece distorsionar la realidad. Para confirmar tal aseveración, me remitiré a la ley vigente sobre la materia.
La ley 16. 282 contiene disposiciones permanentes para los casos de sismos o catástrofes.
El artículo 1º dice:
"En el caso de producirse en el país sismos o catástrofes que provoquen daños de consideración en las personas o en los bienes, el Presidente de la República dictará un decreto supremo fundado, señalando las comunas que hayan sido afectadas. Sólo a contar de la fecha del decreto señalado podrán hacerse efectivas las disposiciones de este Título. "
O sea, para establecer las zonas afectadas por el terremoto no se necesita ley; basta un decreto del Primer Mandatario.
Por lo demás, en este caso ya está dictado; o sea, se encuentra señalada la zona damnificada.
¿Me permite una interrupción, señor Senador?
Por supuesto, Honorable colega.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Señoría.
Nosotros, que no somos adivinos, no sabíamos que el Ejecutivo enviaría un proyecto sobre la materia. Por eso, presentamos nuestra iniciativa. Y, ateniéndonos estrictamente a las disposiciones de la ley 16. 282, establecemos la zona damnificada, disponiendo en el artículo 2º que el Presidente de la República, dentro del plazo de cinco días, contado desde la fecha de publicación de la ley, procederá a dictar el reglamento a que se refirió el Honorable señor Silva Ulloa.
Nosotros queríamos que el asunto caminara. Y, repito, estamos legislando sin salimos de las disposiciones generales de la ley 16. 282.
Reitero que reconozco no tendría por qué actuar de otra manera que el propósito perseguido por los Honorables señores Noemi y Palma es digno de destacarse. Pero sucede que, en lo fundamental, su proyecto, que no requiere financiamiento, declara zonas damnificadas a las mismas que estableció por decreto el Presidente de la República en virtud de disposiciones permanentes de una ley vigente. Y va a aplicarles….
Tiene que dictar un reglamento.
Deberé leer nuevamente el texto del artículo 1º de la ley 16. 282. Dice:
"En el caso de producirse en el país sismos o catástrofes que provoquen daños de consideración en las personas o en los bienes, el Presidente de la República dictará un decreto supremo fundado, señalando las comunas que hayan sido afectadas. Sólo a contar de la fecha del decreto señalado podrán hacerse efectivas las disposiciones de este Título. "
Ahí está hablando del decreto.
¡Si hasta el momento el Primer Mandatario no hubiera dictado el decreto referido, entonces me sumaría a un acuerdo general del Senado para pedirle que lo hiciera!
En todo caso, si no se ha cumplido ese trámite, será mucho más rápido dictar el decreto que someterse a la tramitación, por muy ágil que ella sea, del proyecto de ley de los Honorables señores Noemi y Palma.
El artículo 2º de la ley 16. 282, dice: "Se entenderán por damnificados a quienes hayan sufrido, en sus personas o en sus bienes, daños de consideración provocados directamente por el sismo o catástrofe, y los familiares de éstos que vivan a sus expensas. También se considerarán damnificados los que por la misma causa hayan perdido su ocupación o empleo, sea por destrucción total o parcial de la empresa u oficina o por la paralización de sus habituales faenas o trabajos. "
No daré lectura a todos los preceptos contenidos en el Título I de esa ley, por considerar que sería de mal gusto, tanto más cuanto que se supone que en esta Alta Corporación, por lo menos, se cumple aquel aforismo de que la ley se presume conocida por todos desde el momento de su publicación.
Todas las normas que consagra el proyecto de los Honorables señores Noemi y Palma, en mayor o menor medida, están consignadas en el Título I de la ley 16. 282.
¿De qué fecha es esa ley?
Del 28 de julio de 1965.
¿Me permite una interrupción, señor Senador?
Con mucho gusto.
El señor FERRANDO (Vicepresidente).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Señoría.
Señor Presidente, el proyecto de ley que presentamos no desconoce de ninguna manera la existencia de disposiciones legales anteriores, ni mucho menos supone que Su Excelencia el Presidente de la República y el Gobierno no se han preocupado a fondo del problema. Por el contrario: a mi llegada a Illapel, pocas horas después de ocurrido el terremoto, tuve el agrado de conversar detenidamente con el Primer Mandatario, quien estaba recorriendo la zona para comprobar la magnitud de los daños.
La iniciativa que presentamos se refiere a diversas situaciones relacionadas con la ley 16. 282, a la que se remitió el Honorable señor Silva Ulloa.
Esa ley, dictada con motivo del terremoto de 1965, contiene dos tipos de disposiciones: unas permanentes y otras transitorias.
Las disposiciones de carácter permanente, que se hallan en vigor, se mantienen todas.
Si en nuestro proyecto de ley mencionamos las zonas o personas afectadas, se debe a que las disposiciones transitorias que en él se reviven y actualizan, necesitaban tener un punto de referencia, y había que configurarlo en alguna forma.
De manera que no existe contradicción alguna entre lo dispuesto en la ley 16. 282 y las normas de nuestra iniciativa.
Haciéndome cargo de otra observación del Honorable señor Silva Ulloa, debo manifestar que el proyecto de ley que presentamos no establece nuevos tributos o impuestos con el fin de disponer de importantes cantidades de dinero para invertir en las zonas damnificadas, sino que les destina recursos y fondos que se obtienen o deben obtenerse en los años venideros en virtud de leyes vigentes, los cuales permitirán financiar todo un plan quinquenal para, primero, dar inmediato auxilio a las personas afectadas, y luego, provocar en la región un desarrollo como el que evidentemente quiso realizar la ley 16. 282 por la vía de las disposiciones transitorias.
Hemos debido actualizar muchas de las normas transitorias, por haberlas vivido y haber comprobado que ellas no resultaron aplicables porque demandaban una cantidad de trámites e imponían limitaciones que impidieron llevarlas a la práctica.
Por esos motivos, si el Honorable señor Silva Ulloa lee nuestro proyecto de ley, verá que hace referencia en forma clara y distinta a las disposiciones de carácter permanente y a las transitorias; da financiamiento, y crea las condiciones económicas para que el programa de desarrollo y de restauración de la zona pueda llevarse a efecto.
Agradezco a Su Señoría la interrupción que me concedió.
La verdad es que los Títulos I y II de la ley 16. 282 son de carácter permanente y en ellos aparecen más completas las normas del artículo 1º del proyecto de ley de los Honorables señores Noemi y Palma. Y me alegro del reconocimiento de que efectivamente es así, porque eso demuestra que habría mucha más agilidad para poner en ejecución tales disposiciones: con el decreto que debe dictar, si es que no lo ha dictado ya, el Presidente de la República. Al respecto, me acojo a la información no tengo por qué dudar de ella que me ha proporcionado el Honorable señor Montes en el sentido de que el decreto ya se habría firmado.
La iniciativa presentada hoy contiene una novedad que indudablemente carece de urgencia, pues espero que no tengamos que sufrir hoy o mañana un nuevo sismo en otra región del país, o antes que se dicte la ley. Esa novedad consiste en el establecimiento de un seguro contra los perjuicios que puedan sufrir los propietarios de inmuebles a raíz de sismos o catástrofes que se produzcan en cualquier lugar de la República. Indudablemente, eso es novedoso. Pero, repito, esa idea puede incorporarse en cualquiera de las iniciativas que envíe el Ejecutivo, o tratarse como proyecto separado, sin necesidad de enredar la situación, pues en lugar de aparecer como que queremos obtener ventajas para la zona afectada a mí me gusta decir las cosas en forma muy sincera y directa, podría pensarse que la iniciativa tiende a obtener beneficios de otro orden, puesto que se están reiterando disposiciones vigentes, que no tienen por qué ponerse en duda y que pueden aplicarse en este mismo instante o mañana.
¿Me permite una interrupción, señor Senador?
Con todo gusto.
Las disposiciones transitorias de la ley han perdido su efectividad, de manera que deben actualizarse a fin de poder aplicarlas con motivo del sismo del 8 de julio. Naturalmente, para ello no basta un decreto, sino que es necesaria una ley.
¿Me permite un interrupción, señor Senador?
¿Por qué no esperamos el resultado de los estudios de la Comisión?
Advierto que la prórroga de la hora tenía por objeto escuchar al Honorable señor Silva Ulloa, porque los demás señores Senadores ya habían usado de la palabra, y le rogaría no conceder nuevas interrupciones que prolongaran interminablemente el debate.
Trataré de ser breve, pero el Honorable señor Montes me ha solicitado una interrupción que le concederé, tal como lo he hecho con los demás señores Senadores.
Reiteraré de manera muy sucinta lo que señalé en mi intervención anterior, en el sentido de que nosotros valorizamos la iniciativa de los Senadores democratacristianos al presentar este proyecto. Pero, al mismo tiempo, estimamos lo dije y lo repito que si se persigue el objetivo de lograr beneficios para la zona damnificada, lo lógico es que ese proyecto se trate juntamente con el del Ejecutivo.
Estoy en condiciones de informar al Senado que en media hora más el Presidente de la República firmará el Mensaje que enviará a la Cámara de Diputados con proposiciones de orden tributario para obtener el financiamiento que el Ejecutivo estima necesario a fin de superar los problemas que han surgido. Aquí se ha hablado de que habría que invertir trescientos cincuenta, cuatrocientos cincuenta o quinientos millones de dólares, y esto, como es natural, debe financiarse. Esa es la situación.
En mi intervención anterior omití decir algo que deseo expresar ahora.
Si el objetivo del proyecto en análisis es lograr la superación de los efectos causados por el sismo, me parece claro que sería inapropiado tramitarlo en el Senado en forma paralela al que el Ejecutivo enviará a la Cámara. Ahora, si lo que se persigue tiene como punto de mira la elección del domingo, seguramente la iniciativa seguirá adelante en el Senado.
Por eso, he propuesto concretamente que este proyecto se envíe a la Cámara a fin de que se trate juntamente con el que el Ejecutivo enviará en unos instantes más, y que tiene por objeto resolver en forma adecuada los problemas de las tres provincias sacudidas por el último sismo.
Nosotros creemos que el proyecto del Ejecutivo es positivo y no tiene segunda intención. Por igual razón, pedimos al Honorable señor Montes analizar el objetivo de nuestro proyecto con el mismo criterio, pues no tiene por qué suponernos intenciones de segundo orden.
La situación nos afecta a todos, pero en forma muy especial a nosotros, que hemos vivido el problema en la zona, donde realmente es una tragedia, y aprieta el corazón llegar allí y ver tanta desolación y ruinas. El Honorable señor Montes puede estar seguro de que buscaremos la forma de hacer coincidir ambas iniciativas a fin de que se apruebe un proyecto que satisfaga realmente la aspiración que tenemos todos los chilenos de solucionar esta crisis.
En lo sustancial, las normas del proyecto presentado por los Honorables señores Noemi y Palma figuran en una ley de la República, la Nº 16. 282.
La novedad que nos ofrece la iniciativa es el establecimiento de un seguro que ya fue analizado por los señores Senadores y el propósito de que la Corporación de Fomento y la Oficina de Planificación Nacional formulen de consuno un plan quinquenal de desarrollo en las zonas afectadas. Pero resulta que hasta en ese aspecto no quiero hacer una crítica mordaz a los Honorables colegas pues comprendo que ello es producto de la inquietud que anima a todos los chilenos de hacer algo rápido en este sentido es algo que no procede, porque al ordenar el estudio de ese plan quinquenal no se consigna financiamiento alguno. Por lo demás, de ninguna manera podrían proponerlo, pues si así fuera, forzosamente no existen dudas al respecto esta iniciativa debería tener origen en la Cámara de Diputados.
Destina fondos.
Si es así, debe iniciarse en la Cámara.
Nuestra iniciativa no crea nuevos impuestos, sino que destina recursos. Por ejemplo, pedimos que el rendimiento de dos años de los bonos CAR, que es de alrededor de 300 millones de escudos anuales, o sea, 600 millones de escudos por ese solo rubro, se destine a obras de desarrollo y reconstrucción de la zona.
Por otro lado, proponemos que el 10% de las colocaciones en las asociaciones de ahorro y préstamos se invierta en las zonas afectadas, sin considerar el lugar donde estén instaladas las asociaciones. Eso da un rendimiento adicional de 100 millones de escudos. De manera que estamos destinando recursos. No los estamos creando ni estableciendo impuestos.
Esta iniciativa sale de lo corriente. Por eso a Su Señoría le llama la atención.
Sale tanto de lo corriente, que la verdad es que se ha querido legislar por la vía indirecta. En efecto, si nos atenemos al inciso segundo del artículo 7º del proyecto, la ejecución del plan que se elabore en virtud del artículo 6º en la provincia de Coquimbo, estará a cargo de la Junta de Desarrollo Regional de Atacama y Coquimbo; o sea, se menciona una junta que no existe y se la, da por creada.
Como decía, para que la aplicación de las medidas que proponemos no tuviera ninguna dificultad, presentamos un proyecto muy concreto sobre la materia. Al mismo tiempo, estamos solicitando el patrocinio del Ejecutivo para una segunda iniciativa que propende al fomento y desarrollo de la región y a la creación de una junta de desarrollo. Repito: estamos pidiendo el patrocinio del Ejecutivo para un proyecto que complementa el que acabamos de presentar, en el que se incorporan una serie de materias que no es el caso discutir ahora y que requieren el auspicio del Gobierno.
Finalizo mis observaciones sosteniendo que los hechos son más porfiados que las palabras.
Cuando en el inciso segundo del artículo 7º se cita un organismo que nosotros constitucionalmente no podemos crear sin la autorización del Ejecutivo, se está dando por aceptada la creación y la existencia de esa entidad. Ese solo hecho obligaría a la Mesa a meditar y a determinar que este proyecto no puede tener su origen en el Senado, sino en la Cámara.
En todo caso, el Gobierno puede abocarse, en lo sustancial, a paliar los problemas suscitados por la catástrofe, que es lo inmediato,' mientras envía un proyecto más completo sobre la materia. En realidad, los daños verificados hasta ese instante son de la magnitud que se ha señalado aquí esta tarde, según informaciones de la Comisión de Hacienda sin perjuicio de que, como es natural, deberán aumentar cuando se tengan datos más completos al respecto, y llegan a una suma no inferior a 300 millones de dólares. De manera que se necesitan recursos extraordinarios para poder afrontar las consecuencias del sismo del 8 de julio.
Por último, sostengo que nosotros no entramos en el juego de competir sobre iniciativas. Creemos que debemos atenernos a las disposiciones constitucionales vigentes y a unificar todos los criterios para aprobar el proyecto más beneficioso para la zona damnificada, a la cual todos deseamos ayudar.
En conformidad a un acuerdo de Comités, se va constituir la Sala en sesión secreta para tratar un mensaje de ascenso.
V.-ORDEN DEL DIA.
SESION SECRETA.
Se constituyó la Sala en sesión secreta a las 18. 24 para tratar un ascenso en las Fuerzas Armadas y aprobó el mensaje que favorece al señor Horacio Justiniano Aguirre.
Se reanudó la sesión pública a las 18. 26.
VI.-TIEMPO DE VOTACIONES.
PUBLICACION DE DISCURSOS.
Continúa la sesión pública.
El Honorable señor Palma formula indicación para publicar in extenso las observaciones formuladas por el Honorable señor Fuentealba en la sesión del martes 6 de julio en curso.
Se aprueba.
Los Honorables señores Montes y Valente formulan indicación para publicar in extenso el discurso pronunciado por el Honorable señor Teitelboim en esa misma oportunidad.
¿Me permite, señor Presidente?
El señor FERRANDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
En la sesión de hoy se dio cuenta de que el Ministerio de Relaciones Exteriores, en respuesta a un oficio solicitado por el Honorable señor Teitelboim en el discurso que se solicita publicar in extenso, envió al Senado la nómina de los funcionarios de la Embajada de los Estados Unidos de América en Chile. Pues bien, el Comité Comunista solicita que dicha nómina se inserte a continuación del discurso del señor Senador, sobre la base de los mismos argumentos que hizo valer el Honorable señor Pablo para pedir la publicación de la nómina de los funcionarios de la Embajada cubana.
Pedimos a la Corporación aprobar esta solicitud, pues nos parece un tratamiento equivalente al acuerdo adoptado por ella con anterioridad, a propósito de la indicación del Honorable señor Pablo.
Solicito segunda discusión de este punto, pues me parece indispensable conocer lo nómina antes de publicarla.
Llegó hace varios días a la Oficina de Informaciones.
La indicación del Honorable señor Montes queda para segunda discusión.
Indicación del Honorable señor Lorca para publicar in extenso las observaciones pronunciadas en la sesión de hoy, en lo relativo a las consecuencias del terremoto, a raíz de haberse dado cuenta del proyecto presentado sobre la materia por los Honorables señores Palma y Noemi.
Se aprueba.
Para poder disponer de recursos, debemos comenzar por hacer economías.
¿Por qué no empezó por hacerlas cuando se publicó in extenso la lista de los funcionarios de la Embajada cubana, a' petición del Honorable señor Pablo?
¡Porque esa lista era mucho más corta. . . !
Se suspende la sesión por veinte minutos.
-Se suspendió a las 18. 29.
-Se reanudó a las 18. 52.
VII.-INCIDENTES.
PETICIONES DE OFICIOS.
El señor NOEMI (Presidente accidental).- Continúa la sesión.
El señor EGAS (Prosecretario).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.
El señor NOEMI (Presidente accidental).- Se cursarán en la forma reglamentaria.
Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor Acuña: ENTREGA DE FONDOS A MUNICIPALIDAD DE RIO NEGRO (OSORNO).
"Al señor Ministro de Hacienda, para solicitarle que, con el carácter de urgente, se entreguen a la I. Municipalidad de Río Negro, en la provincia de Osorno, los fondos provenientes de la contribución mobiliaria, por un total de ciento treinta mil escudos (Eº 130. 000).
"Debe señalarse la urgencia en la dación de esos dineros, ya que la citada corporación edilicia cancelará los sueldos y jornales de sus empleados y obreros atrasados por los meses de febrero y marzo. Ya se ha entregado una cuota de Eº 90. 000, por lo que se requiere el envío del saldo de Eº 40. 000.
"El estado de la caja municipal de Río Negro es caótico, ya que tiene un desfinanciamiento superior a los 400. 000 escudos. Se está al borde de una inminente huelga del personal por falta de pago de las planillas correspondientes a junio.
"Por tal situación, es urgente e imprescindible que el Ministro de Hacienda proceda a despachar a Río Negro el saldo de cuarenta mil escudos mencionado. "
Del señor Aguirre Doolan: SUBVENCION PARA SOCIEDAD DE ARTESANOS LA UNION DE CHILLAN (ÑUBLE).
"Al Ministerio de Hacienda, a fin de que se consulte en el Presupuesto de Subvenciones del año 1972, una partida por la suma de Eº 5. 000, para que la Sociedad de Artesanos La Unión, de Chillán, pueda atender a los gastos de la Escuela Nocturna Obrera de dicha ciudad. "
LABORATORIO DE CIENCIAS NATURALES PARA ESCUELA DE HOMBRES Nº 1, DE ITATA (ÑUBLE).
"Al Ministerio de Educación Pública, y por su intermedio a las reparticiones correspondientes, a objeto de que se reitere mi petición anterior, en orden a dotar de un laboratorio de ciencias naturales, a la Escuela de Hombres Nº 1, de Itata, ubicada en la comuna de Quirihue de la provincia de Ñuble. "
LOCAL PARA LICEO COEDUCACIONAL DE LEBU (ARAUCO).
"Al Ministerio de Educación Pública, y por su intermedio a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, a fin de que se estudie el problema que afecta al Liceo Coeducacional de Lebu, provincia de Arauco, que recientemente acaba de cumplir 90 años desde su fundación. El edificio, que fue construido en madera entre 1905 y 1910, se encuentra en muy malas condiciones, y si no se resuelve su pronta reparación, o la construcción de uno nuevo, habrá que lamentar desgracias personales o bajo rendimiento del alumnado.
"Tanto las salas de clases, como laboratorio y talleres, están en pésimas condiciones pedagógicas. "
Del señor Carmona:PLANTAS DE AGUAS SERVIDAS PARA IQUIQUE (TARAPACA).
"A la Dirección de Obras Sanitarias, en los siguientes términos:
"Existe en el puerto de Iquique preocupación por un proyecto de Planta de Aguas Servidas. Se tiene la certeza de que una obra de esta naturaleza beneficiaría en forma muy efectiva a la población, porque estimularía de manera muy efectiva la pequeña agricultura del puerto.
"Sus tierras son aptas para el cultivo de chacarería, criaderos de aves, etcétera. Sólo les falta el elemento vital qué es el agua. Aún más, se puede intentar un plan de reforestación en el sector sur alto.
"También se me ha informado que se podrían aprovechar las 2 turbinas que posee la Dirección de Obras Sanitarias en los estanques almacenadores de agua potable en ese puerto. Actualmente se encuentran paralizadas.
"En resumen, ruego a Ud. solicitar de la Dirección de Obras Sanitarias los siguientes antecedentes:
"1) Si existe actualmente en el Servicio un proyecto de Planta de Aguas Servidas para el puerto de Iquique.
"2) Si no existiera, qué posibilidades hay de preparar un estudio de factibilidad de una planta de esta naturaleza, tomando en consideración las necesidades de la población de Iquique. "
Del señor Durán: CONSTRUCCION DE LOCAL PARA MUSEO ARAUCANO DE TEMUCO (CAUTIN).
"A los señores Ministros de Educación Pública y de Obras Públicas y Transportes, a fin de que se sirvan solicitar al Director General de Arquitectura tuviera a bien incluir en los planes del departamento a su cargo, ya sea en el segundo semestre del presente año o en el primero del próximo, la construcción del edificio del Museo Araucano de Temuco en los terrenos que éste posee en el acceso al cerro Ñielol, donde el Colegio de Arquitectos de Cautín tiene proyectada su instalación, aparte que el Arquitecto Provincial ha remitido los informes correspondientes a esa Dirección General.
"Hago presente que se trata de un ansiado problema provincial y nacional. "
Del señor Hamilton: COMPRA DE TRANSBORDADOR PARA TRAYECTO ENTRE QUELLON Y CHACABUCO (CHILOE).
"Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, solicitándole la adquisición de un transbordador para que realice el trayecto entre Quellón y Chacabuco. Tal adquisición, que reclaman los pobladores de esa zona, fue programada por la Administración anterior y ha sido anunciada por el actual Gobierno. "
REPARACION DE GRUPO ELECTROGENO Y DE TENDIDO ELECTRICO ENTRE QUELLON Y CHONCHI (CHILOE).
"Al señor Generente General de ENDESA, pidiéndole que se realicen los trabajos de tendido eléctrico entre Chonchi y Quellón, en extensión aproximada de 70 kilómetros, y que se repare el grupo electrógeno que da energía a esta última ciudad. "
CONSTRUCCION DE MOLO DE ATRAQUE EN QUELLON (CHILOE).
"Al señor Director de Obras Portuarias del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que esa repartición realice los trabajos de construcción del molo de atraque en el puerto de Quellón (Chiloé). "
Del señor Jerez:CONSTRUCCION DE ESCUELA Nº 102 EN SAN FABIAN DE ALICO (ÑUBLE).
"Al señor Ministro de Educación Pública, en los siguientes términos:
"Por oficio Nº 422, del 5 de mayo del presente año, la Dirección Departamental de Educación de San Carlos solicitó a ese Ministerio la creación de la Escuela Rural Nº 102 de "El Naranjo", en la comuna de San Fabián de Alico, y acompañó la documentación presentada por el Sindicato de Trabajadores Agrícolas "La Unión". Esta petición fue denegada por cuanto faltaba el documento notarial de donación del terreno, el cual fue entregado por don Jorge Salas al referido sindicato.
"Ahora bien, en conocimiento de que el presidente del sindicato en referencia está haciendo las diligencias para obtener el documento mencionado y de que el Director Departamental ha ordenado iniciar las labores docentes con 66 niños de ambos sexos, quienes actualmente efectúan sus clases en un local construido con el esfuerzo de los trabajadores agrícolas "La Unión", le ruego tenga a bien acceder a interponer su valiosa ayuda para que la construcción de la Escuela Nº 102 sea incluida en los próximos planes de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales. "
DEFICIENCIAS EN ESCUELA DE NINHUE (ÑUBLE).
"Al señor Ministro de Educación Pública, en los siguientes términos:
"La Escuela del pueblo Ninhue, que es mixta con una matrícula de más de 800 alumnos, funciona en un local de emergencia que se levantó después del terremoto de 1939. Hasta la fecha nada se ha hecho por mejorar sus condiciones.
"Pero el problema más inmediato de dicha escuela es que no tiene un comedor donde los alumnos puedan tomar su colación y las comidas, que por reglamentación debe proporcionarles. Además, no cuenta dicho establecimiento con una cocina, lo que ha creado serias dificultades y molestias.
"El problema de esta escuela también lo sufren las escuelitas de los pueblos que rodean a Ninhue, las que también padecen una serie de necesidades como consecuencia del estado en que se encuentran los edificios donde funcionan. "
TERMINACION DE EDIFICIO DE LICEO DE BULNES (ÑUBLE).
"Al señor Ministro de Educación Pública, en los siguientes términos:
"El nuevo edificio que se construye para el Liceo de Bulnes aún no está terminado y no se puede ocupar, ya que no cuenta con salas de clases. Sólo se han construido el primer grupo destinado a oficinas y dos salas de clases, de las cuales no se puede disponer porque la rectoría no puede estar separada de las demás oficinas y de un pequeño número de alumnos, lo que obligaría a distraer al profesorado en viajes entre ambos locales para efectuar clases.
"Esto hace necesario, por lo tanto, que se agilice la construcción del otro grupo de salas y se complete totalmente la edificación del Liceo, ya que donde funciona actualmente es un local antiguo que no ofrece las comodidades que se necesitan para el mejor desarrollo de las actividades educacionales. Esta situación se agrava por la carencia de mayor número de servicios higiénicos y las malas condiciones en que se encuentran los pocos que funcionan. Tampoco sería conveniente entrar en inversiones, ya que se construye un nuevo edificio.
"Como dejo expuesto, es de suma urgencia que se inicie la construcción del otro grupo de salas, por lo que solicito del señor Ministro aportar sus buenos oficios con tal fin. "
NUEVO EDIFICIO PARA ESCUELA TECNICA FEMENINA DE CHILLAN (ÑUBLE).
"Al señor Ministro de Educación Pública, en los siguientes términos:
"La Escuela Técnica Femenina de Chillán se encuentra abocada a una serie de problemas, entre ellos el principal es la estrechez de su local. Actualmente atiende setecientos cuatro alumnos en 19 cursos, y a cargo de ellos hay 67 profesores. A este problema hay que agregar la falta de servicios higiénicos.
"El Centro de Padres y Apoderados del establecimiento está empeñado en obtener la construcción de un nuevo edificio que llene las mínimas comodidades para el desempeño de las tareas educacionales del plantel.
"Hasta ahora, la idea de solucionar el problema del local mediante mediaguas construidas no ha dado resultado alguno, ya que las últimas lluvias inundaron todas las salas. Además, numerosos cursos están funcionando en el subterráneo del establecimiento, el que tampoco reúne condiciones para tal objetivo.
"La estrechez del local, la falta de calefacción y de dependencias para bibliotecas y cursos de artes plásticas, hacen más penoso el problema.
"El gimnasio que se construyó es demasiado bajo, lo que no permite practicar ningún deporte y obligó a destinarlo a sala de reuniones.
"Ante esta situación, se hace imprescindible la construcción de un nuevo edificio que reúna las condiciones necesarias como para dar ciertas comodidades al alumnado y profesores. Es por esto que me permito solicitar del señor Ministro que otorgue su ayuda y atención, con el objeto de solucionar este grave problema de la Escuela Técnica Femenina de Chillán. "
TRANSPORTE DE ALUMNOS Y CONSTRUCCION DE SALAS EN ESCUELA Nº 48 DE CAPILLA COX (ÑUBLE).
"Al señor Ministro de Educación Pública, en los siguientes términos:
"Me permito poner en su conocimiento varios problemas que afectan a la Escuela Nº 48 de la Capilla Cox, de la provincia de Ñuble.
"Esta Escuela cuenta con alrededor de 300 alumnos que se reparten en 9 cursos. De ésos, más de 100 no asisten normalmente a clases porque viven a larga distancia de la Escuela, más o menos 30 kilómetros, y la locomoción es escasa, ya que sólo recorren el sector dos autobuses que viajan repletos de pasajeros.
"Los padres y apoderados estiman que la solución sería que el autobús que viaja a la localidad de Bustamante extendiera su recorrido hasta Cato, lo que serviría a numerosa población de los alrededores.
"Dicha Escuela funciona en pésimas condiciones, pues sus salas de clases están formadas, en gran mayoría, por divisiones hechas con ladrillos y diversos tipos de material.
"La habitación donde funciona la cocina y se prepara el desayuno y almuerzo de los alumnos no reúne las mínimas condiciones para tal objeto.
"Por otra parte, se hace presente que la obra de instalación de dos salas de clases que fueron fabricadas desde hace tiempo se encuentra paralizada, en circunstancias de que el radier está hecho y los bloques de madera se encuentran en el establecimiento; pero es el caso que la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, que debe finalizar la obra, aún no lo ha hecho, pese a que el Centro de Padres entregó en marzo del presente año un aporte de Eº 3. 000 y gran cantidad de material, y que la Sociedad indicada había prometido que la Escuela quedaría lista en la primera quincena de abril pasado.
"Por lo expuesto, solicito al señor Ministro que se sirva aportar sus buenos oficios para que, a la brevedad que sea posible, se dé término a dicha obra de construcción.
"Agradeceré su información sobre el particular. "
DESIGNACION DE INSPECTOR GENERAL EN LICEO DE HOMBRES DE LOTA (CONCEPCION).
"Al señor Ministro de Educación Pública, en los siguientes términos:
"Debo referirme a la falta de designación de un Inspector General para el Liceo de Hombres de Lota.
"Esta situación, que data desde el comienzo de clases de dicho plantel en el presente año, está causando graves problemas en el profesorado y retornando en perjuicio del alumnado, ya que ha generado una huelga de aquél, aunque por ahora de 24 horas y previniendo que bien puede ser indefinida.
"Se ha hecho presente que el problema en referencia está en conocimiento de la Dirección Provincial y que ésta ya debe de haber impuesto del mismo al Ministerio, pero sin resultado positivo alguno.
"Ante esta situación, pido al señor Ministro tomar cartas en la materia y disponer la solución del problema designándose en propiedad un Inspector General, evitando así el grave perjuicio que recaerá en el alumnado de ese plantel educacional al producirse una huelga indefinida del profesorado. "
CONSTRUCCION DE GALPONES PARA BUZOS MARISCADORES DE TALCAHUANO (CONCEPCION).
"Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, en los siguientes términos:
"El Sindicato de Buzos Mariscadores de Talcahuano, con fecha 28 de junio del presente año, envió a ese Ministerio un memorándum haciendo ver la situación que enfrentaba por no tener un mercado para la venta de sus productos.
"Con relación a una información de ayuda estatal para la construcción de un mercado periférico de mariscos, manifiesta el sindicato que en nada los beneficiaría a ellos, ni mucho menos al pescador en general, excepto a los comerciantes del pescado y del marisco. Lo que ellos desean es que se les construyan galpones con sus respectivos mesones higiénicos para la exhibición de sus productos, lo que sería en reemplazo de las instalaciones que tenían y que fueron ocupadas por el Servicio Agrícola y Ganadero para instalar sus oficinas.
"Con la instalación que solicitan, se les permitiría vender directamente sus productos al público, más barato y en mejores condiciones, ya que se evitaría el trasvasijado.
"El suscrito, encontrando muy justificada la petición del sindicato mencionado y considerando el beneficio que reportaría al público, solicita al señor Ministro que se interese en aprobar la petición formulada, solucionándoles el problema. "
SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA COELEMU (CONCEPCION).
"Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, en los siguientes términos:
"Los pobladores de la localidad de Coelemu han organizado una campaña con el objeto de obtener en forma definitiva la instalación de agua potable, elemento que están esperando desde hace tiempo, pero sin resultado positivo. Se hace necesario concretar esta petición y proceder con urgencia a ejecutar las obras para este efecto.
"Se trata de un grave problema, pues la falta de un normal abastecimiento, a raíz de un incendio en Coelemu, hizo sentir los graves efectos que tuvo el siniestro.
"En tal evento, solicito al señor Ministro que se sirva estudiar este caso que es de urgencia, a fin de que a la brevedad posible se solucione el problema en referencia.
"Al mismo tiempo, debo referirme al alcantarillado de ese mismo pueblo, pues, aún no se ha decidido dar principio a su instalación, originándose una situación que es de urgencia solucionar. "
POBLACION PARA SANTA JUANA (CONCEPCION).
"Al señor Ministro" de la Vivienda y Urbanismo, en los siguientes términos:
"La Municipalidad de Santa Juana cedió un terreno en forma gratuita a la Corporación de la Vivienda para construir una población, a fin de que se resuelva el grave problema de 160 familias sin casa que han sido encuestadas por la corporación edilicia.
"Ante el propósito tan humano de la I. Municipalidad de Santa Juana de resolver el grave problema que afecta a esas 160 familias, construyendo una población de acuerdo con la situación económica de aquéllas, solicito del señor Ministro que se estudie este caso, para ver la posibilidad de llevar a cabo la obra de construcción y puedan esas familias, así, disfrutar de un hogar viviendo con decencia. "
REGULARIZACION DE TRABAJO DE LABORA TORISTAS DENTALES DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD EN CONCEPCION.
"Al señor Director General del Servicio Nacional de Salud, en los siguientes términos :
"En entrevista sostenida con los Laboratoristas Dentales del Servicio Nacional de Salud de Concepción, ellos me plantearon la inquietud que los domina ante la exigencia, por parte del Servicio, de hacer cuarenta prótesis mensuales, lo cual es imposible de cumplir toda vez que cada prótesis exige una gran dedicación por parte del que la hace.
"Ante esta grave situación, ruego a usted tenga a bien estudiar los antecedentes del caso y ver la posibilidad de regularizar el trabajo de los Laboratoristas Dentales, a fin de que éstos puedan atender en buena forma sus respectivas labores. "
AMBULANCIA PARA ATENCION DE URGENCIA EN BUCHUPUREO (ÑUBLE).
"Al señor Director General del Servicio Nacional de Salud, en los siguientes términos :
"La Comunidad de Buchupureo cuenta para los casos de urgencia con la atención de una sola ambulancia, la que desde hace dos años está fuera de servicio por desperfectos que no han sido reparados.
"Son innumerables los casos en que, por falta de medios para poder trasladar enfermos o heridos, ha habido que lamentar mayores desgracias, debido a que no hay con qué transportarlos. Se dan los casos de dos partos en plena calle, un herido que se desangró por no recibir atención rápida. La ambulancia de Cobquecura, a la que en muchas ocasiones se recurre, casi siempre está ocupada.
"La ambulancia en cuestión pertenece a la Posta de Buchupureo y se encuentra a cargo de Carabineros.
"Sería por demás conveniente solucionar a la brevedad este grave problema sanitario que mantiene a toda una población marginada de toda atención médica. "
PAVIMENTACION DE CALLES EN COELEMU (CONCEPCION).
"Al señor Director de Pavimentación Urbana del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, en los siguientes términos:
"Haciéndome eco de los reclamos de la población de la localidad de Coelemu, respecto de la falta de pavimentación, en especial de la calle principal del pueblo, Pedro León Gallo, me permito solicitarle estudiar la posibilidad de que, a la brevedad posible se disponga pavimentar dicha calle, ya que es la arteria de mayor movimiento de peatones y vehículos. Sobre todo en este tiempo de invierno, es cuando más se sufren las consecuencias de su mal estado, pues se hace casi intransitable.
"Agradezco la atención que se dispense a esta petición, y espero su información sobre lo que se resuelva. "
Del señor Lorca: CONSTRUCCION DE NUEVO MUELLE PARA QUELLON (CHILOE).
"Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, con el objeto de plantearle una petición que me ha formulado el Alcalde de Quellón, señor José Montiel de la Torre, en el sentido de que se estudie cuanto antes la posibilidad de construcción del muelle o molo de atraque de esa ciudad, ya que hasta ahora no se sabe nada sobre el particular.
"El viejo muelle cada día acarrea un mayor peligro para los pasajeros que llegan al puerto o salen de él. Dicho peligro se agudiza en la noche, ya que no cuenta con luz eléctrica, debido a que ésta se corta a cierta hora debido al pésimo estado de los grupos electrógenos. "
MEJORAMIENTO DE RED ELECTRICA DE CHONCHI A QUELLON (CHBLOE).
"Al señor Gerente General de ENDESA, con copia para el señor Secretario General de Gobierno, en el sentido de que se vea a la brevedad el tendido de la red eléctrica, desde Chonchi a Quellón, aproximadamente en 70 kilómetros, ya que los grupos electrógenos con que cuenta la Municipalidad de Quellón carecen de repuestos y no dan la energía suficiente para abastecer el pueblo. Además, debido a la antigüedad de los mismos, se cree que duren hasta fin de año, quedando así el pueblo sin luz eléctrica, con los perjuicios que son de imaginar.
"En mi último viaje a la provincia de Chiloé, se me planteó la situación y en esta oportunidad me ha sido reiterada por el Alcalde de esa ciudad, señor José Montiel de la Torre. "
SERVICIO DE ASISTENCIA JUDICIAL PARA COIHAIQUE (AISEN).
"Al Presidente del Consejo General del Colegio de Abogados, señor Alejandro Silva, con el objeto de que se cree una oficina de Servicio de Asistencia Judicial en Coihaique, dependiente del Consejo Provincial del Colegio de Abogados de Valdivia.
"Lo anterior lo solicito en consideración a los factores socioeconómicos y geográficos de la provincia aludida. "
CONSTRUCCION DE DEFENSAS COSTERAS EN MELINKA (CHILOE).
"A los señores Ministros de Obras Públicas y Transportes y Director de Obras Portuarias, con el objeto de poner en su conocimiento una nota que me ha hecho llegar el Alcalde de Quellón señor José Montiel de la Torre, en el sentido de que se construya a la brevedad, en la localidad de Melinka, una defensa de concreto de unos 200 metros, aproximadamente, y que iría desde la población aludida al campo aéreo, ya que con el flujo de la marea no se puede llegar a dicho recinto.
"Según lo expresa el señor Alcalde, fuera del cemento, los demás materiales se encuentran al pie de la obra.
"Se desea en esa localidad que se construya también una defensa costera, entre el Retén de Carabineros de Melinka y la Escuela, ya que con las altas mareas los niños no pueden llegar a ella. "
DESTINACION DE MEDICOS PARA HOSPITAL DE QUELLON (CHILOE).
"A los señores Ministro de Salud Pública y Director del Servicio Nacional de Salud, con el objeto de solicitarles se destinen al hospital de Quellón, por lo menos, dos médicos más.
"En la actualidad hay dos, pero el doctor Nelson Arriagada, en el mes de septiembre, se hace cargo de una beca que obtuvo ; de tal manera que quedaría solamente el doctor Mario Leguer, quien no podría dar atención a casi 60 pacientes que acuden a la policlínica todos los días. A esto se sumaría la atención que tiene que dar al servicio interno, visitas domiciliarias y administración. Como solución transitoria, se podría solicitar que el doctor de Queilén prestara servicios en Quellón hasta que se destine otro facultativo a esta última ciudad.
"Todo este problema me ha sido planteado en mi último viaje a la provincia y reiterado por el Alcalde de Quellón señor José Montiel de la Torre. "
Del señor Luengo: MEJORAMIENTO DE RECEPCION DE PROGRAMAS DE CANAL DE TELEVISION ESTATAL EN MALLECO.
"Al señor Ministro del Interior, pidiéndole quiera tener a bien disponer las medidas que sean pertinentes a fin de que un técnico de la Superintendencia de Servicios Eléctricos, de la Empresa Nacional de Televisión o de otro organismo competente se constituya en la ciudad de Traiguén, provincia de Malleco, y realice todos los estudios necesarios, proponiendo las soluciones que estime convenientes, a fin de de mejorar la recepción de los programas de televisión del canal estatal en la zona urbana y rural de esa comuna, en la que se reciben los programas en pésimas condiciones, especialmente las imágenes.
"Este problema ha provocado en la población una preocupación fundamental y preferente, razón por la cual se ha constituido allá un Comité con participación de las principales autoridades, el que realiza también gestiones a diverso nivel. "
Del señor Montes: SITUACION DE SUPERVISORES DE EDUCACION GENERAL BASICA.
"Al señor Ministro de Educación Pública, a fin de que informe de la actual situación de los Supervisores de Educación General Básica, en cuanto a las funciones, responsabilidades y calidad administrativa de éstos.
"Desde 1967, a través de sucesivas jornadas de preparación académica, profesores primarios se formaron como Supervisores con el objeto de colaborar en el proceso de innovaciones del proceso educativo que aplicó el anterior Gobierno.
"A los mencionados funcionarios, según han manifestado al suscrito, no se los ha informado de las funciones que cumplirán ni de su situación administrativa. Sería importante conocer la opinión del señor Ministro sobre el particular. "
Del señor Noemi: INSTALACION DE PLANTA AUTOMATICA DE TELEFONOS EN LA SERENA (COQUIMBO).
"A los señores Ministro del Interior y ¡Gerente General de la Compañía de Teléfonos de Chile, acerca de lo siguiente:
En los programas de expansión de la Compañía de Teléfonos de Chile para la ciudad de La Serena figura, desde hace dos años, una Planta Automática que se instalaría en un moderno edificio, cuya construcción se viene anunciando oficialmente desde hace tiempo. La Compañía adquirió un magnífico terreno frente a la Plaza de Armas, al lado del Banco Central; y la Municipalidad de La Serena aprobó los planos y especificaciones, pero el comienzo de la obra ha venido retardándose mucho más allá de lo aceptable.
Es bien conocida la cesantía existente hoy en la provincia de Coquimbo, especialmente en el ramo de la construcción. Por la necesidad de dar trabajo a tanta gente y, en especial, porque la obra sería un gran aporte al progreso urbano y al mejoramiento técnico de un servicio tan importante como lo es el de los teléfonos, es que vengo en solicitar que los trabajos de este edificio se inicien cuanto antes. "
Del señor Ochagavía: DESABASTECIMIENTO POR FALTA DE FLETES EN MAGALLANES.
"Al señor Ministro de Defensa Nacional, con el objeto de instruir para que barcos de la Armada de Chile lleven mercaderías de Puerto Montt a la provincia de Magallanes, ya que existe una gran falta de fletes con el consiguiente desabastecimiento en esta última provincia. "
MAQUINARIAS PARA MANTENCION DE CAMINOS EN CHILOE.
"Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, con el fin de solicitarle una. mayor dotación de maquinaria para que la Dirección Provincial de Vialidad de Chiloé pueda cubrir las necesidades de mantención de todas las rutas camineras de la provincia.
"El crecimiento del transporte terrestre ha incrementado la necesidad de caminos en estado transitable y es sabido que las condiciones climáticas de Chiloé obligan a un mayor y más eficiente trabajo, considerando su difícil geografía y la enorme cantidad de vías transversales existentes.
"Faltan motoniveladoras, bulldozer, cargadoras frontales, camiones de volteo, chancadoras, rodillos y en general todo aquel material necesario para la atención de los caminos de Chiloé. " reparaciones en muelle de pasajeros de Ancud (Chiloe).
"Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, para que disponga a la brevedad posible se hagan los trabajos de reparación y reforzamiento del muelle de pasajeros de Ancud, considerando que se encuentra en pésimas condiciones y constituye un serio peligro para sus usuarios.
"El muelle en la actualidad no tiene plataforma, ni barandas y los tablones están en tan malas condiciones que se ha hecho necesario poner un letrero que indica el peligro para peatones y vehículos. "
Del señor Silva Ulloa: CONDICIONES DE TRABAJO EN COMPAÑIA MINERA DE ATACAMA.
"Al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, solicitándole que ordene investigar las condiciones económicas, sociales y de segundad de los trabajadores, obreros y empleados, de la Compañía Minera de Atacama Limitada, incluyendo los trabajadores de los contratistas, que laboran en "Las Adrianitas" y en la mina "Raúl", en la provincia de Atacama. "
Del señor Valente: COPIA DE RESOLUCIONES SOBRE INSTALACION DE PANADERIAS Y AMASANDERIAS EN TARAPACA.
Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, solicitándole copia de los decretos o resoluciones que autorizan la instalación en la provincia de Tarapacá de las siguientes panaderías y amasanderías: Walton Guerrero Goycolea, amasandería en Arica; Benedicto Ortiz Muñoz, panadería en Arica; Alejandro Mamani Choque, panadería en Arica; Luis Orlando Castillo Ortiz, amasandería en Iquique; Juan Hernández Choque, amasandería en Oficina Salitrera Victoria, Iquique;. Segundo Huenchual, amasandería en Arica; y Alfredo Lillo Corrales, amasandería en Arica. "
FRIGORIFICO PARA PESCADORES DE PISAGUA (TARAPACA).
"A los señores Ministros de Economía, Fomento y Reconstrucción y de Agricultura, en los siguientes términos:
"Los pescadores artesanales de Pisagua han manifestado al suscrito, por intermedio del señor Subdelegado, su interés en lograr la construcción de un frigorífico que les permita preservar la pesca hasta que pueda ser comercializada. Pisagua es una zona pesquera de gran variedad de especies y también de mucha abundancia. Los pescadores de Pisagua sólo pescan lo necesario para el consumo de la población de ese puerto, que es muy escasa. Podrían abastecer no sólo los pueblos de la pampa, sino también otras ciudades del norte con pesca fresca, abundante y a precios rebajados. Para ello, es necesario que tengan un frigorífico donde poder almacenar y resguardar la pesca hasta que pueda ser distribuida y comercializada.
"Estimo que la Empresa Nacional de Frigoríficos estaría en condiciones de poder dar solución a este problema, lo que significaría para Pisagua una importante fuente de trabajo, al mismo tiempo que aseguraría el abastecimiento de pescado fresco a toda la región. "
BENEFICIO PARA EX SERVIDORES DE LAS FUERZAS ARMADAS Y CARABINEROS.
"Al señor Ministro de Hacienda, en los siguientes términos:
"El señor Ministro de Defensa Nacional prestó su aprobación al proyecto de ley de iniciativa del suscrito que abona cinco años de servicios, para todos los efectos legales, al personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros que sirvió en Tacna y Arica entre los años 1921 y 1929. El proyecto pasó al Ministerio de Hacienda para considerar su financiamiento, que es pequeño, y para el patrocinio constitucional correspondiente.
"Agradeceré al señor Ministro se sirva disponer que se cumplan estos trámites, a fin de beneficiar a un grupo de ex servidores de las Fuerzas Armadas ¡y de Carabineros (ex Policía), y reconocerles, aunque tardíamente, los servicios prestados a la Patria en épocas difíciles. "
CONSTITUCION EN ARICA DE EMPRESA EXPLOTADORA DE SERVICIOS TURISTICOS (TARAPACA).
"Al señor Ministro de Hacienda, en los siguientes términos:
"Me permito acompañar al señor Ministro un estudio relacionado con las bases para la constitución de una Empresa Explotadora de Servicios Turísticos, cuya finalidad es o sería la de administrar, promover y explotar los servicios turísticos en Arica.
"Esta empresa sería una sociedad mixta, en la que la Junta de Adelanto de esa ciudad tendría el 70% del capital, y el 30%, otras instituciones públicas, privadas o particulares.
"La importancia que la constitución de esta Empresa tiene para el desarrollo del turismo en Arica y en la región está más que probada por las excelentes condiciones que existen en esa ciudad bilimítrofe para impulsar una actividad de tanta trascendencia e importancia económica como la señalada,
"Agradeceré al señor Ministro que se sirva disponer que se acoja esta petición a fin de que la Junta pueda formalizar esta Empresa en las condiciones señaladas. "
ENTREGA DE TITULOS DE DOMINIO A MORADORES DE POBLACION ARTURO PRAT, DE IQUIQUE (TARAPACA).
"Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, en los siguientes términos:
"La Empresa de los Ferrocarriles del Estado es propietaria de los terrenos en que se encuentra construida la Población Arturo Prat, de Iquique. Para que las familias que forman esta población puedan recibir sus títulos de dominio, es necesario que Ferrocarriles transfiera los terrenos al Ministerio de Tierras y Colonización, trámite que ya ha sido iniciado en la Empresa.
"Sin embargo, la solución de este problema se está tramitando con excesiva lentitud, perjudicando a los pobladores que necesitan tener sus títulos de dominio para obtener préstamos de construcción de sus respectivas cajas de previsión o de los organismos del Ministerio de la Vivienda.
"Agradeceré al señor Ministro que se sirva disponer que este trámite sea finiquitado con celeridad por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, mediante el traspaso de los terrenos citados al Ministerio de Tierras, Secretaría de Estado que espera sólo este trámite para dictar los decretos de título correspondientes. "
INSPECCIÓN EN JUNTA DE ADELANTO DE ARICA (TARAPACA).
"Al señor Contralor General de la República, en los siguientes términos:
"Agradeceré al señor Contralor General disponer, si lo tiene a bien, que se efectúe una inspección en la Junta de Adelanto de Arica, a fin de establecer la situación económica, financiera y el estado de las inversiones, préstamos, amortizaciones y otros aspectos relacionados con el cumplimiento, por parte del Consejo y de los funcionarios, de las finalidades de ese organismo, de acuerdo con las disposiciones legales que lo rigen.
"Esta auditoría la solicito en vista de existir diversas inversiones acordadas por el Consejo, con cargo a presupuestos y recursos destinados a otros fines, lo que vendría a constituir malversación de fondos. También es necesario establecer si los préstamos y créditos otorgados por la Junta han sido invertidos en los fines para los que se pidieron; asimismo, si estas deudas están correctamente servidas y amortizadas.
"La inspección sería desde el año 1965 al 1971, ambos inclusive. "
INSTALACION DE INSTITUTO TECNOLOGICO EN IQUIQUE (TARAPACA).
"Al señor Rector de la Universidad Técnica del Estado, en los siguientes términos:
"El Comité Pro Estudios Superiores, integrado por egresados de la Enseñanza Profesional, constituido en la ciudad de Iquique, ha elevado a la consideración del señor Rector una petición para que se instale en Iquique un Instituto Tecnológico dependiente de la Universidad Técnica del Estado, con perspectivas de convertirse en una sede de dicha Universidad en el futuro.
"El suscrito apoya esta petición y se hace solidario de la inquietud del Comité.
"Las gestiones a nivel zonal han sido iniciadas con notable éxito. Las autoridades de Iquique, como asimismo las organizaciones gremiales, la Central Unica de Trabajadores, el Sindicato Unico de Trabajadores de la Enseñanza, el Centro de Alumnos de la Escuela Industrial Superior, etc. , han sido informados de este proyecto y han dado su respaldo y su apoyo. La Corporación de Fomento ha hecho un ofrecimiento inicial de 50 mil escudos para financiar de inmediato la puesta en marcha del Instituto Tecnológico o de cursos de nivel universitario.
"El Comité tiene un local donde funcionaría el Instituto ofrecido por el señor Director de la Escuela Industrial Superior.
"En Iquique hay, en estos momentos, 1. 077 egresados de la Enseñanza Profesional que aspiran a continuar sus estudios; de manera que se partiría con más de un millar de alumnos para el Instituto Tecnológico.
"Los ingenieros de ejecución y otros profesionales residentes en Iquique, como asimismo técnicos egresados de la U. T. E. y profesores de Estado en matemáticas y otras disciplinas, han ofrecido su concurso para dictar clases y cumplir los planes y programas de estudios.
"Puede apreciar el señor Rector el interés y el empuje evidenciado no sólo por el Comité Pro Estudios Superiores, sino, además, por todos los organismos y autoridades de Iquique, para que la instalación y funcionamiento del Instituto Tecnológico, dependiente de la Universidad Técnica del Estado, sea una realidad a corto plazo. El Instituto, si así lo dispone el señor Rector, podría iniciar sus actividades en el segundo semestre del presente año.
"Ruego al señor Rector acoger favorablemente esta petición que permitirá a Iquique y a la zona preparar los técnicos y profesionales necesarios para el desarrollo económico que el Gobierno de la Unidad Popular proyecta poner en marcha en ese departamento. "
Del señor Valenzuela: AMPLIACION DE ALCANTARILLADO Y RED DE AGUA POTABLE EN POBLACION MONTERO DE SANTA CRUZ (COLCHAGUA).
"Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, para que se agilicen los trámites de ampliación del alcantarillado y agua potable en Santa Cruz, provincia de Colchagua, en la Población Montero de dicha ciudad, cuya unidad vecinal está integrada por más de diez mil personas.
"Con motivo de las últimas inundaciones producidas por el temporal, los pozos sépticos se encuentran en pésimas condiciones, lo que hace peligrar la salud pública de ese sector habitacional, por cuya causa se hace más indispensable atender esta petición para la pronta realización, por la Dirección de Obras Sanitarias, de estas importantes obras. Hago presente que los vecinos están dispuestos a colaborar personalmente en los trabajos comunitarios por realizar. "
CONSTRUCCION DE CASAS PARA COOPERATIVA DE VIVIENDAS "LA HERMANDAD" EN LOCALIDAD DE POBLACION (COLCHAGUA).
"Al señor Ministro de la Vivienda y (Urbanismo, haciéndole presente que la Corporación de Servicios Habitacionales, CORHABIT, aprobó en marzo de 1971 el financiamiento de las obras de la Cooperativa de Viviendas "La Hermandad" de la localidad de Población, comuna de Peralillo, provincia de Colchagua, que comprende 25 viviendas, con fondos disponibles para este año ascendentes a Eº 426. 000, y para 1972, a Eº 427. 000.
Como hasta la fecha no se ha iniciado labor alguna en la construcción de dichas habitaciones, solicito del señor Ministro la información respectiva y la agilización de los trámites de esta obra tan necesaria para las familias de esa Cooperativa, que, con grandes sacrificios, han realizado la urbanización de los terrenos que son de su propiedad, lo que debe ser considerado por el Ministro de la Vivienda como "ahorro previo" para los efectos reglamentarios. "
En Incidentes, dentro del turno correspondiente al Comité Nacional, tiene la palabra el Honorable señor García.
CONDICIONES Y MEDIDAS PARA RECONSTRUCCION DE PROVINCIAS AFECTADAS POR CALAMIDADES.
Al comenzar estas palabras, quisiera manifestar mi dolor y comprensión por los sufrimientos de los habitantes de las provincias afectadas primero por los temporales y la nieve, después por los terremotos y, más tarde, por un clima implacable que ha aumentado los pesares de tantos seres humanos. Desearía ser un verdadero intérprete de lo que sienten los que perdieron sus pequeñas pertenencias, o sufrieron deterioros materiales de toda índole, hasta aquellos que vieron impotentes el derrumbe de sus casas. Y deseo, finalmente, mostrar mi consternación por aquellos que experimentaron la muerte de sus parientes más cercanos.
Estos hechos necesariamente deberían traer consigo la unidad nacional, la solidaridad; pero, por desgracia, y quiero decirlo, en Chile no se produce. Cuando durante años se ha mantenido una campaña de desprestigio contra las personas, contra determinadas clases sociales y grupos, con verdadera animosidad, utilizando toda clase de denuestos, suponiéndoles a veces hasta la intención de vender al país para proteger sus intereses, o de mantener a la patria en permanente estado de indignidad, es difícil hallar los medios para que todos juntos trabajemos por reconstruir lo destruido.
Esta situación queda en evidencia, por ejemplo, con la verdadera lucha que se ha entablado para destacarse en la distribución de la ayuda, a fin de demostrar que ahora se tiene mayor sensibilidad para donar bienes que son fruto del esfuerzo de toda la ciudadanía.
Me habría gustado que, como primera medida de pacificación nacional, el Gobierno, al igual como se procedió en otras Administraciones, hubiera llamado a todos los partidos políticos y fuerzas representativas de toda índole y les hubiera pedido un alto en la contienda, a fin de promover una efectiva unidad nacional. Estoy cierto de que la gran mayoría de nuestros conciudadanos habría atendido este llamado y habríamos dado, de este modo, el primer paso para aliviar nuestros sufrimientos. A raíz de catástrofes anteriores, se hizo lo humanamente posible por lograr este clima. Porque urge pacificar primero para reconstruir después.
Por este motivo, no quise intervenir cuando se discutió acerca de un proyecto sobre la materia en la sesión de hoy; talvez, para mantener una situación de cooperación entre nosotros.
También debo decir algo sobre la angustia patriótica que siento, por ejemplo, al comparar nuestra situación con la de los países europeos, que sufrieron bombardeos en cientos de oportunidades, con efectos mil veces mayores que los de un terremoto. ¿Por qué se reconstruyen? ¿Cómo actúan? Actúan de inmediato, porque tienen solidaridad y confianza en sus autoridades pues ellas no representan mayorías ni minorías, sino que a todo el país y porque siempre disponen de reservas para afrontar las calamidades.
Quisiera ver en mi patria estos mismos factores: confianza, solidaridad, espíritu de sacrificio, ánimo de pacificación.
Pero debo quejarme, porque no es pacificar, evidentemente, el que algunos vehículos militares que repartían ayuda en Valparaíso tuvieran motes y avisos del candidato a Diputado de la Unidad Popular. A tal extremo se llegó con estos avisos y con otros colocados en la ayuda repartida por las Brigadas Ramona Parra y Elmo Catalán, que hoy a mediodía el Jefe de la Plaza, en uso de sus facultades legales, prohibió terminantemente que la ayuda llevara distintivos de color político.
Tal vez se debiera haber empezado por estas medidas, en vez de tomarlas cuando el daño ya se había causado.
Por otra parte, cuando en Chile se habla de la saturación impositiva y de que los tributos no rendirán lo esperado, la gente se expresa a veces con cierta ironía, creyendo que se trata de argumentos para la defensa de intereses. Pero lo que sucede es que en las leyes económicas no tienen importancia alguna determinadas opiniones, sino los hechos. Así, por ejemplo, puede elevarse cuanto se quiera el impuesto a la renta de los bancos, hasta en 100% si lo desean, pero como estas instituciones no han registrado utilidades, simplemente el tributo no producirá nada. . .
¿Cuándo no han producido utilidades, señor Senador?
En el último semestre no tuvieron utilidades, y se está tratando de revalorizar las reservas en moneda extranjera, en contra de circulares anteriores, a fin de paliar las pérdidas que pueda haber y repartir algo de lo que corresponde a los empleados por capítulo de utilidades, lo que significará, en el fondo, descapitalizar aún más a los bancos, pertenezcan o no al Estado, porque tampoco para estos efectos es relevante quien sea su dueño.
También se dice que quien desea bienes suntuarios, debe pagar un impuesto por ellos. Pero si aumentan mucho los gravámenes, la gente no compra esos bienes, sino otros. De manera que la disminución de la tributación se produce de todas maneras.
Por eso, todo sistema presupuestario debe tener una reserva, y siempre la tienen los países bien manejados, lo que les permite afrontar con facilidad contingencias tales como guerras exteriores, catástrofes internas y sismos como los nuestros.
El invierno pasado, Francia estuvo ocho días con todos los caminos cortados por la nieve. ¿Escuchamos alguna lamentación? Francia es un país donde generalmente nieva poco, pero no hemos oído quejas, porque están preparados para las emergencias. A veces, los automóviles quedan detenidos treinta minutos o tres cuartos de hora en distintos lugares, pero los elementos guardados para estas contingencias se desplazan velozmente para el despeje de las vías.
Nosotros no tenemos elementos para afrontar las emergencias, pese a que se dictó una disposición que figura en la ley 16. 282, tantas veces citada hoy día, y que dice:
"Artículo 19. Los Ministros del Interior y de Defensa Nacional elaborarán un plan tendiente a obtener que las Fuerzas Armadas y el Cuerpo de Carabineros desarrollen un programa que abarque los siguientes puntos:
"1.- Preparar un plan orgánico para las emergencias que se producan a consecuencia de sismos o catástrofes.
"2.- Programar la coordinación de los recursos humanos y materiales de los servicios públicos y de las instituciones asistenciales públicas y privadas, para los casos a que se refiere esta ley.
"3.- Informar a las autoridades competentes de los problemas críticos que deben ser objeto de medidas preventivas. "
En mi opinión, el Parlamento cumplió su deber al dictar esas normas, pero no en cuanto a exigir la adopción de todas esas medidas, para que no estemos perseguidos por los acontecimientos, sino que los superemos mediante una adecuada preparación. Eso es lo que echo de menos.
Cuando llegue el instante de pagar lo necesario para reparar los daños, nos encontraremos con que más o menos ochenta empresas fiscales están desfinanciadas y con que no podremos recurrir a ellas, incluso a las más esenciales. Acabo de solicitar antecedentes acerca de la ENAP; y es posible que, si no hay alza de precios este año, no podamos recurrir a esta primera fuente de riquezas, no tengamos los elementos que ella nos puede proporcionar. Tampoco a las empresas eléctricas, ni a la IANSA, ni al Banco del Estado, ni a la Empresa de Transportes Colectivos, ni a la empresa hotelera. Ninguna de ellas puede aportar recursos para afrontar una emergencia semejante, porque no sólo carecen de ellos, sino que tienen graves déficit. ¿Qué podremos pedir, por ejemplo, a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para un plan extraordinario, en circunstancias de que sufre un déficit de 300 millones, lo cual constituye un verdadero terremoto para ella? ¿Podremos pedir a la Línea Aérea Nacional que aumente sus equipos frente a una catástrofe, cuando se halla comprometida con el Estado en 200 mil millones por concepto de ciertas adquisiciones, o sea, tiene un déficit de capital? Tengo entendido, además, que actualmente no existe utilidad en las operaciones de esa empresa.
Por lo tanto, no podemos pretender que algunas de las grandes empresas estatales colaboren al sostenimiento de la economía o a su resurgimiento.
Para qué decir nada respecto de determinadas empresas particulares o de algunas que lo fueron, como la Compañía de Acero del Pacífico, la cual, mes a mes, está sufriendo cuantiosas pérdidas.
En consecuencia, de ser efectiva la cifra de 200 millones a 300 millones de dólares que tendrá de costo el terremoto, no habrá manera de financiarlo y afrontarlo, a menos que se realice un esfuerzo extraordinario de trabajo, cooperación y confianza.
Cuando se promulgó la ley 16. 282, se pensó que nunca más sería necesario dictar leyes de emergencia frente a las catástrofes. En ella se establecía todo un plan, consistente en que el Estado, por medio de decretos, pondría en funcionamiento todo el mecanismo estatal, y en virtud del cual podría comprar y vender sin necesidad de recurrir a propuestas públicas, recibir auxilio del extranjero sin pagar impuestos aduaneros, y adoptar medidas para facilitar las comunicaciones. En otras palabras, quienes elaboraron el texto legal estimaron que para afrontar las catástrofes bastaba autorizar al Estado para dictar los decretos correspondientes, mediante los cuales se permitiría, por ejemplo, que las asociaciones de ahorro y préstamos otorgaran préstamos a los deudores cuyas casas se hubiesen derrumbado; que todas las instituciones de previsión concedieran préstamos de emergencia a sus imponentes; que también lo hicieran los organismos de seguridad o asistencia social, sin necesidad de atenerse a sus respectivos reglamentos, y que las municipalidades pudieran modificar sus presupuestos. Bastaba aplicar las disposiciones de la ley mencionada, según se estimó en esa oportunidad, para atenuar los efectos de los sismos.
Junto a parlamentarios de todos los partidos, concurrí hace algunos días a una audiencia concedida por el señor Ministro de Hacienda. Llevé a ella un proyecto de ley destinado a. reconstruir la provincia de O`Higgins, donde alrededor de 70 empresas sufrieron graves deterioros en sus instalaciones; donde la gran mayoría de los avicultores y criadores de cerdos perdieron sus elementos de trabajo, y donde numerosas industrias fabriles experimentaron cuantiosos perjuicios.
En dicha entrevista proporcioné al señor Ministro una lista completa de los posibles decretos que podrían dictarse. Sin embargo, se dictó sólo el primero, referente a una materia de rápida ejecución. Los deudores morosos no estaban en situación de pagar los días 6, 7 y 8 de julio, fecha en que vencía el plazo de la ley de condonación, pues precisamente esos días se paralizó el comercio de la zona, especialmente en Rancagua. De modo que se solicitó al señor Ministro de Hacienda otorgar un plazo de gracia a quienes pensaban acogerse a dicho beneficio. Aceptó la petición y el decreto correspondiente se encuentra en vigencia. Sin embargo, las demás solicitudes no han tenido acogida. ¿Y cuáles son? Préstamos a largo y mediano plazo, porque no hay posibilidades de reconstruir criaderos avícolas si no se dan plazos de 10 a 15 años, pues deben pagarse con las utilidades obtenidas.
En esa ocasión, insistí ante el señor Ministro en que no debíamos hacernos ilusiones de que la gente amenazada por expropiaciones reconstruiría sus instalaciones. Cualquiera que sea el pensamiento político o ideológico que se tenga sobre la materia, ¿qué podrá decirse a una persona para que reedifique sus instalaciones o galpones destruidos, cuando se le ha comunicado que su predio se expropiará y figura en una lista que todavía no tiene carácter oficial, ¡y se la ha visitado varias veces con tal objeto? Solamente puede decírsele una cosa: "Si reconstruye, no será expropiada o, por lo menos, no lo será en la parte que reconstruya". Esto es de absoluta lógica. Es algo racional y que no admite discusión de ninguna especie. Lo contrario es cerrar los ojos; es tener ceguera ideológica para no comprobar un hecho concreto.
Por ejemplo, la reconstrucción de los grandes gallineros de San Francisco de Mostazal demandará mil o mil quinientos millones. Pregunto: ¿ Habrá, por último, algún socio o accionista que comprometa su crédito personal si sabe que en unos meses más, cuando concluya la edificación de las nuevas instalaciones, la industria puede ser expropiada? ¿Alguien se arriesgará a que sus sacrificios, sus desvelos, sus luchas, su crédito y su honra en el cumplimiento de los compromisos contraídos, se pierdan por el hecho de que días después lo privarán de lo que posee?
Ante una petición de ese carácter, el señor Ministro de Hacienda sólo dio un tipo de seguridad: en el caso de expropiación, no se cobrarían los saldos. En otras palabras, que el Estado prefería perder lo que había aportado en este tipo de organizaciones y en la concesión de préstamos, antes que dar seguridad al productor; y como esta seguridad sólo cabe otorgarla por ley, porque es una materia que no compete a los decretos que pueda dictar el Presidente de la República, expresé a los organismos representativos de la provincia de O'Higgins la necesidad de modificar en ese sentido el proyecto propuesto.
Esta iniciativa, que coincide con otra relativa a Valparaíso, y que tal vez posteriormente favorezca a todas las provincias, legisla sobre reconstrucción y, según entiendo, se presentó esta tarde en la Cámara de Diputados.
Este proyecto, preparado por miembros de mi partido, fija las características de los préstamos; concede un plazo de quince años para la construcción de viviendas y otro de cinco años para comprar el menaje; suspende el pago de contribuciones, en cierto modo, durante el lapso en que deban amortizarse los préstamos; inicia un plan extraordinario de viviendas nuevas, que comprenderá treinta mil habitaciones definitivas construidas con materiales chilenos y en edificios de departamentos, y treinta mil casas prefabricadas importadas sin derechos de internación y pagaderas a veinticinco años; dispone un plan extraordinario de obras públicas relativo a remodelación de ciudades, urbanización de poblaciones, regularización de caminos y calles, instalación de luz, agua potable y equipamiento de áreas verdes, reconstrucción de hospitales, escuelas y edificios públicos, cuarteles de las Fuerzas Armadas, de Carabineros y de Bomberos, y ampliación y modernización de puertos dañados, como el de Valparaíso, al que se refirió el Honorable señor Bossay; y otorga aquí está el estímulo a todos aquellos que reconstruyan sus industrias o instalen otras nuevas, la garantía de inexpropiabilidad por cincuenta años.
Así, Valparaíso, Aconcagua y O'Higgins podrán convertirse en fuentes de trabajo, de creación y de preparación hacia el futuro, y los sectores agrícolas e industriales, al acogerse a estos préstamos, al construir y dedicar su esfuerzo y dinero a estas actividades, darán trabajo a los demás y, por otra parte, gozarán de la garantía de inexpropiabilidad otorgada por el Estado, única forma no hay otra de poner en marcha al país.
Toda esta tarea requiere el aporte de ingentes recursos, cuya administración se encomendaría a una Junta de Adelanto de Valparaíso, similar a la de Arica. Para ejecutar el plan de reconstrucción recién esbozado, esta institución tendría la facultad de adoptar medidas en forma descentralizada.
El financiamiento se obtendrá del aumento de los ingresos del cobre, cuya producción, según anunció el Gobierno, se elevará el año próximo, y de los tributos, que se invertirán en la zona en que se recauden. Los préstamos otorgados en Valparaíso y en las regiones a que aluda el proyecto, provendrán de los depósitos previsionales y bancarios y de los ingresos percibidos por todas estas instituciones en las provincias que se desea reconstruir.
Mediante estos sistemas, destinados a restablecer las actividades, podemos echar a andar las zonas afectadas por el sismo.
Al señor Presidente deseo recordarle algo. En materia económica, las desgracias materiales constituyen un aliciente para el mejoramiento. Cuando Su Señoría y yo admirábamos el puerto de Hamburgo, donde atracan sesenta o setenta barcos diariamente, preguntamos a su administrador a qué se debía lo moderno y eficiente de sus instalaciones. Nos respondió, y el señor Presidente lo sabe, porque estaba presente: "Es muy sencillo. Como fue destruido, pudimos reconstruirlo en forma moderna".
No olvidemos que el "milagro alemán" se debe en parte a que ese país pudo reconstruir todas sus fábricas conforme a técnicas modernas, adaptándolas a las nuevas necesidades y destruyendo todo lo anticuado. Para ellos, la palanca más poderosa del progreso estuvo en su propia desgracia. Quisiera que esta desgracia que azota a Chile no hablo de las de tipo personal, porque no tienen remedio y sólo merecen el consuelo y afecto del resto de los conciudadanos sirviera para robustecer nuestra confianza en nuestra nación y para impulsarla económicamente.
Además, no lo olvidemos: no hay posibilidad de trabajar si no somos capaces de pacificarnos y de dejar de lado una lucha estéril y el tratarnos como enemigos unos con otros. Cuando así marcha un país, no puede prosperar de ninguna manera, ni económica ni moralmente.
Ojalá que los sucesos tan desgraciados que hemos vivido en los últimos días, cuando los elementos nos han tratado en forma tan cruel, nos sirvan para levantar moral y espiritualmente nuestro país e impulsarlo hacia su prosperidad económica.
Ha terminado el tiempo del Comité Nacional.
En el tiempo del Comité Socialista, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En el tiempo del Comité Social Demócrata, ofrezco la palabra.
Pido la palabra, señor Presidente.
Tiene la palabra Su Señoría.
Diré muy pocas palabras, porque lo que pretendo con ellas es contestar brevemente algunas de las observaciones del Honorable señor García.
El señor Senador ha hecho diversos planteamientos relacionados con la desgracia que aflige al pueblo de Chile en estos últimos días. A propósito de ello formuló un llamado a pacificar los espíritus; a que nos tratemos en mejor forma y podamos echar a andar el país.
Difícilmente podría estar alguien en desacuerdo con las palabras del Honorable señor García. El Gobierno, particularmente, ha tenido especial interés en que se produzca en Chile la pacificación de los espíritus. Lo ha manifestado reiteradamente el Presidente de la República y lo han solicitado, en repetidas ocasiones, los Ministros de Estado, algunos funcionarios oficiales y parlamentarios de la Unidad Popular. Porque un clima de violencia, una situación difícil como la que ha estado viviendo nuestro país estos últimos meses, no han sido provocados por las fuerzas que hoy día están en el Gobierno de la República. Es cierto que en Chile, por tradición, hemos vivido en forma pacífica, porque su pueblo tiene una gran cultura cívica y sabe que por la vía democrática es posible dar solución a sus problemas más escabrosos.
No está de más recordar que hasta el año pasado no eran precisamente las fuerzas de Izquierda las que gobernaban en Chile: las que hoy día constituyen la Unidad Popular eran colectividades de Oposición que luchaban por alcanzar el Poder, por ganar el Gobierno de la República, por cambiar el sistema que imperaba. En consecuencia, pudiera haberse pensado que esas fuerzas, a las cuales generalmente se las tachaba de disociadoras, hubieran deseado provocar dificultades y un clima de violencia, con el objeto de derrocar al Gobierno constituido, para imponer uno popular. Sin embargo, nada de eso ocurría.
En cuatro oportunidades postulamos como candidato a la Presidencia de la República a un miembro de la Unidad Popular, a un militante de Izquierda, que fue derrotado, a lo menos en una ocasión, por un estrechísimo margen de votos, lo cual provocó en gente que lo acompañaba algunas actitudes de violencia, porque en el fondo se sentían algo defraudados por el resultado de la elección, en la creencia de que ésta les hubiera sido robada. Empero, no ocurrió nada, no obstante el estrecho margen de votos. Los que fueron derrotados, los de la Izquierda de Chile, se fueron a sus casas y empezaron a organizarse de nuevo a fin de continuar luchando, siempre por la vía democrática, por alcanzar el Poder en una nueva oportunidad.
El 4 de septiembre últimos esas fuerzas triunfaron. Precisamente a raíz de su victoria, en Chile se empezó a vivir una vida del todo distinta de la que nosotros conocíamos. A raíz de esa elección, precisamente, se empezaron a producir diversos hechos que nuestra tradición democrática no conocía.
Aquí ya se han comentado extensamente las causas y las consecuencias de los asesinatos políticos, cometidos, primero, en la persona del Comandante en Jefe del Ejército, General René Schneider, y, con posterioridad, del ex Vicepresidente de la República y ex Ministro del Interior, señor Edmundo Pérez Zujovic.
Tenemos derecho a decir a la opinión pública que de ninguna manera las fuerzas de Izquierda se sienten responsables del clima de violencia que en los últimos meses se ha estado viviendo en Chile, ni mucho menos se les puede imputar un hecho semejante. Históricamente, tal aserto no tiene justificación. Cualquiera persona que razone un poco concluirá que si hay algún sector político al que no le conviene el clima de violencia, es, precisamente, el que antes fue Oposición y que hoy día es Gobierno y pretende realizar un programa que se convino entre los distintos partidos populares, programa que fue ampliamente expuesto en la campaña presidencial última y que logró obtener el respaldo de un sector mayoritario de la ciudadanía, primero el 4 de septiembre y, después, en el Congreso Pleno el 24 de octubre de 1970.
¿Me permite una interrupción, señor Senador?
Con la venia de la Mesa, gustosamente.
No nos hemos referido a la violencia material: nos hemos quejado, de que por lo menos durante los últimos 6, 7 u 8 años, en la prensa, en la radio, en la televisión, en las reuniones públicas, en el lenguaje de los parlamentarios y en el de los líderes de la Izquierda, siempre se ha sindicado a los adversarios como "vendepatrias", indignos, ladrones, insensibles y sólo preocupados de sus propios intereses.
Se ha rebajado la honra de las personas, y eso es lo que produce mucho mayor violencia. En mucho prefiero a quien me dispara una vez con una pistola, que no ser blanco de las injurias de todos los pasquines que están ensuciando día a día la honra de las personas decentes. ¡Contra esto protestamos! Y ése es el resultado de la campaña de odios que en Chile se ha producido desde hace años y que provino de una organización internacional llamada OLAS, la cual decía muy claramente que el deber de todo revolucionario es hacer la revolución. Esa campaña intimidó a toda la gente; asustó a todas las personas; puso un clima de desconfianza brutal en el país; amedrentó a un número considerable de chilenos y frenó por el miedo el progreso económico de Chile. ¡Ahora estamos viendo el resultado!
Ese es el fondo de mis palabras. Me gustaría que en esta oportunidad el Honorable señor Luengo las contestara.
Lo haré de inmediato.
Todo lo que se diga en las radioemisoras; todo lo que se vea o se escuche por la televisión; todo lo que se escriba en los diarios y lo que se diga en las concentraciones políticas o en el debate parlamentario, por violento que sea, no mata a las personas. Puede producir muchas dificultades, pero no acaba con la vida de los adversarios, como terminan con ella las balas de aquellos que, por carecer de razones, quieren imponer sus ideas por la fuerza.
Yo, Honorable colega, podría sacar de sus palabras mucho más provecho del que podría obtener si les diera un sentido que quizás no ha querido darles. Porque pareciera que el señor Senador desea justificar la violencia cuando considera que es mucho menos grave matar a una persona que insultarla a través de un discurso político o en una audición radiodifundida o televisada. Sin embargo, quiero aclarar que no es mi propósito tomar sus expresiones en forma literal, porque no soy de los que piensan mal ni de aquellos que toman las palabras al pie de la letra, porque cuando se improvisa, muchas veces no se refleja exactamente el pensamiento.
El Honorable señor García se queja de que en la prensa de Izquierda o en audiciones patrocinadas por la Izquierda, o en las concentraciones en que participamos los dirigentes de ella, se insulta o se dicen palabras fuertes en contra de personeros de Derecha o de otros sectores políticos adversarios de la Unidad Popular. Sin embargo, Su Señoría debería ir a las concentraciones de la Derecha, leer las palabras que se escriben en la prensa y escuchar las que se vierten en las radiodifusoras adversas a la Izquierda. Se encontraría con que el sistema de injurias es recíproco; de modo que ninguno de los sectores puede sostener que está en condiciones de tirar la primera piedra. Todos llegan a la violencia en las palabras pronunciadas en las concentraciones, porque palabras sacan palabras; y en el calor de un acto político y en medio de las consignas y gritos de los partidarios, están permitidas ciertas licencias. Por eso las expresiones no pueden tomarse exactamente al pie de la letra, porque en el fondo no representan el sentimiento íntimo de las personas.
El Honorable señor García, que es hombre de derecho, debe de recordar las expresiones de un Ministro de la CorteSuprema, don Rafael Retamal, a quien supongo que Su Señoría, al igual que el Senador que habla, tiene mucho respeto. El señor Retamal, con motivo de una causa por injurias en contra de Clotario Blest, en un fallo interesantísimo, absolvió al acusado diciendo que el lenguaje político es distinto del habitual y que, en consecuencia, lo que un político diga en una concentración pública no puede tomarse en sentido literal.
Valga lo anterior como justificación suficiente para decir que la violencia no puede arrancar sólo de las expresiones vertidas en las concentraciones, de las que se escriban en los diarios o se radiodifundan, porque repito ningún sector puede sentirse exento de culpa o responsable, ya que todos ellos han estado realizando con frecuencia actos de esa naturaleza.
Por eso deseo reiterar que si alguien tiene interés en que en Chile termine el clima de violencia, es el Gobierno de la República, que quiere cumplir tranquilo su programa. Ha demostrado tener interés en hacerlo por las vías legales, respetando la Constitución y las leyes.
Aun cuando el proyecto de reforma constitucional destinado a la nacionalización de la gran minería del cobre pudo no haberles gustado a algunos sectores, éstos comprendieron que no podían estar contra la voluntad mayoritaria del pueblo; por eso le entregaron su votación favorable. Entonces, ¿qué otra cosa puede desear un Gobierno que está cumpliendo su programa y que ha demostrado tener interés en realizarlo con tranquilidad, que en Chile las cosas marchen en el ambiente de paz en que siempre habían marchado antes, cuando otros sectores en nuestra opinión, no siempre mayoritarios tuvieron en sus manos el Gobierno de la República?
El Honorable señor García ha dicho que en el reparto de la ayuda de los víveres y de las ropas en la zona afectada por los sismos, en Valparaíso, los camiones del Ejército llevaban propaganda del candidato de Gobierno, señor Del Canto.
Creo sinceramente que el Honorable señor García tiene que haber sido muy mal informado para sostener que las Fuerzas Armadas se han prestado a que con sus camiones se realice propaganda a favor del candidato de la Izquierda. Quizás ocasionalmente se haya pegado un cartel en algún camión del Ejército, por algún partidario del señor Del Canto. Pero ello no puede constituir, Honorable señor García, un procedimiento organizado por el Gobierno, ni por la Unidad Popular, ni por los partidos populares.
Me parece que este Gobierno, y también los partidos políticos de la Unidad Popular, han demostrado en forma más que fehaciente el tremendo respeto que nos merecen las Fuerzas Armadas y el Cuerpo de Carabineros. Este Gobierno no ha querido que el Cuerpo de Carabineros se vea envuelto en conflictos que puedan terminar con muertos y heridos, como era ya costumbre en Administraciones anteriores.
¿Por qué, entonces, suponer que, en una elección complementaria de Diputado por la provincia de Valparaíso, íbamos a echar mano de recursos que tendrían que volverse precisamente en contra del interés electoral del Gobierno?
He querido contestar estas palabras, no tanto para contradecir al Honorable señor García, pues repito en mucho hemos coincidido en nuestras intervenciones, sino porque estamos en desacuerdo en cuanto a determinadas circunstancias que rodean al interés común de que en Chile haya una efectiva pacificación.
Puedo asegurar al señor Senador que el Gobierno, más que nadie, tiene interés en que la vida siga desenvolviéndose en paz, y en que, de este modo, el pueblo de Chile pueda ir conociendo con exactitud cuáles son las reformas profundas que en lo político, económico y social quiere realizar este Gobierno, porque estamos seguros de que el pueblo entero querrá prestarle su ayuda y cooperación.
Corresponde usar de la palabra al Comité Mixto, que ha cedido su tiempo al Honorable señor Von Mühlenbrock.
En consecuencia, tiene la palabra Su Señoría.
NORMAS SOBRE CONTRATOS DE MEDIERIA Y APARCERÍA.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Señor Presidente, el Ejecutivo envió un mensaje a la Cámara de Diputados tendiente a definir la condición jurídica del mediero agrícola en sus distintas actividades. Esa rama del Congreso aprobó en primer trámite el proyecto, el que fue estudiado en segundo trámite por la Comisión de Agricultura del Senado. A ella pertenezco, de modo que pude preocuparme en especial forma de esta iniciativa. También pertenece a dicha Comisión hermosa coincidencia quien preside en este momento la sesión, el Honorable señor Ferrando.
El objetivo que perseguía el Ejecutivo era el de definir jurídicamente al mediero. La Cámara aprobó el proyecto, creo que con mucha precipitación, porque no tomó en cuenta algunos rasgos fundamentales de esa forma de vida, de esa condición especial de trabajo que es la del mediero, ni tampoco los contratos de mediería.
Durante el debate habido en la Comisión de Agricultura, me di cuenta de la trascendencia que para la zona sur de Chile tenían las disposiciones que aprobó la Cámara. La Comisión de Agricultura del Senado, revisora por excelencia, trató el proyecto a fondo, de manera que tuvimos oportunidad, en presencia del señor Subsecretario de Agricultura, don Eduardo Montenegro, y de otros asesores de ese Ministerio, de debatirlo en profundidad. Fruto de ello fue el primer informe, que conoció la Sala en circunstancias de que vencía una serie de urgencias recaídas en otros proyectos; y fue necesario, entonces, aprobar en general la iniciativa. Yo di mi aprobación al proyecto, por compartir totalmente su filosofía, y solicité al Honorable Senado que, cuando tratáramos el segundo informe, se me diera un tiempo especial para analizar la mediería pecuaria, que interesa profundamente a la zona sur de Chile, desde Ñuble a Llanquihue, por ser una de sus principales actividades; porque, habiendo obtenido el asentimiento de la Comisión de Agricultura para eliminar del proyecto a la mediería pecuaria, quería explicar al Honorable Senado el criterio por el cual el Ejecutivo reconoció que no era necesario legislar sobre esa actividad, y porque yo deseaba evitar todos los inconvenientes que surgirían de una legislación que no se ajustara a la realidad.
Por desgracia, el terremoto que ha afectado a cuatro provincias del país y un duelo que aflige a mi familia me impidieron estar aquí en el instante en que el proyecto figuró en la tabla. Pero en el segundo informe la Comisión ratificó por completo el criterio expuesto en el primero. De manera que si las disposiciones propuestas ahora por la Comisión no se modifican en la Sala durante la discusión particular, el proyecto satisfará los anhelos de la mediería pecuaria y volverá en tercer trámite a la Cámara.
Estoy profundamente satisfecho de lo obrado por la Comisión de Agricultura. Como tengo que ausentarme de Santiago por motivos de salud, mi intervención de este momento está dirigida a aprovechar el tiempo que tan gentilmente me ha concedido el Comité Mixto Unión Socialista Popular y Democracia Radical para fijar mi posición en torno de este problema, posición que representa el criterio de la agricultura sureña, desde Ñuble hasta Llanquihue, con el fin de que la Cámara de Diputados comprenda qué fue lo que nos guió en la Comisión de Agricultura, y qué ha motivado la aprobación automática del proyecto, porque cualquier señor Senador hubiera podido, si discrepara del criterio de la Comisión, haber innovado en lo que proponía ese organismo meramente técnico e informante.
Entrando a fondo, entonces, en mi intervención, quiero manifestar que el proyecto de ley del Ejecutivo era absolutamente necesario y de hondo contenido social. Tengo a mano un informe que solicité a nuestra Oficina de Informaciones, la que recurrió al Ministerio de Agricultura, para precisar exactamente cuántos medieros hay en el país, es decir, a cuántos seres humanos afectaba este proyecto de ley. La respuesta es que más o menos cien mil medieros ha sido ahora incorporados definitivamente al contrato de trabajo. O sea, el mediero, este elemento fundamental de la economía chilena, olvidado, por desgracia, en la ley de Reforma Agraria, que reúne la técnica y la capacidad de trabajo, que es el verdadero motor impulsor de la zona central, que no posee tierra, no tenía la condición de obrero agrícola. La mediería estaba regida por el decreto con fuerza de ley Nº 9, como un arrendamiento cualquiera. En consecuencia, en numerosos casos no podía el mediero dependiente acogerse ni al contrato de trabajo, ni a la sindicación campesina, ni al pliego de peticiones, ni mucho menos a la protección que otorgan las leyes sociales: atención médica, beneficios previsionales, asignaciones familiares, etcétera.
El proyecto del Ejecutivo ha venido a llenar ese inmenso vacío. Ha definido al mediero, colocándolo en el rango social que le corresponde. De ahí que yo comparta la filosofía de esta iniciativa destinada a amparar a cien mil trabajadores, y la haya hecho suya toda la Comisión de Agricultura y ratificado, por aprobación tácita, el Honorable Senado.
Repito: la Cámara de Diputados ha incurrido en una equivocación al establecer que estas normas tendrán vigencia también para la mediería pecuaria. No lo entiendo; me cuesta creer cómo esa rama del Congreso no reparó en el daño inmenso que ocasionaría a la zona sur el considerar a la mediería pecuaria objeto de contrato de trabajó, porque todo aquello que configura esa actividad induce a calificarla como una sociedad, como un convenio utilitario en que ambas partes son absolutamente iguales.
La experiencia y el profundo conocimiento que tengo de <http://tengo. de mi zona me hicieron ver que, bajo los más nobles propósitos, de amparar y redimir a un grupo importante y básico de nuestra población como lo es el de los medieros, se iba a incurrir en un error de graves proyecciones para el país y para las condiciones económicas de la zona sur de Chile.
Por sus usos y costumbres, por modalidades propias de la ganadería, la mediería pecuaria no será jamás un contrato de trabajo repito, sino una simple sociedad. El que proporcione el terreno o el talaje no es, en ningún caso, un mediero dependiente; el que proporciona los animales, tampoco lo es. En innumerables ocasiones el que proporciona el terreno es poderoso económicamente; en otras, lo es quien proporciona el ganado. No existe, en consecuencia, el cedente, sino que hay dos socios.
Eso es lo que quiero dejar claramente establecido, para informar el criterio de la Cámara de Diputados en el tercer trámite.
No podría haber jamás leyes sociales en la mediería pecuaria, pues resulta imposible definir cuál es el trabajador. En la mayoría de los casos, se trata de propietarios medianos o pequeños.
Con la más laudable finalidad, se iba a engendrar la confusión y se iba a destruir un sistema que está en uso desde hace muchos años y que es la base práctica en que se desenvuelve la ganadería desde Ñuble al Sur.
En la mediería pecuaria, una parte proporciona el talaje o el terreno; la otra, los animales. La mediería puede ser de crianza o de engorda. No se puede fijar plazo por ley a la duración del convenio. En las otras medierías, el plazo es de tres años.
Generalmente, el que proporciona el terreno y el talaje, en el caso de recibir vacas preñadas, por ejemplo, tendrá derecho a disponer de la leche para sí. Las crías se repartirán a medias. Por lo común, termina la mediería cuando se produce el destete de los terneros, y cada parte retira su cuota.
En la mediería de engorda se fija un plazo determinado en proporción a los kilos que engorda el animal. Por ejemplo, se puede recibir un novillo de 250 kilos, y se lo liquida cuando llega a pesar 600 kilos. La mediería opera exclusivamente sobre el peso del animal. Lo que se divide es el valor que significa el aumento de peso habido en el tiempo en que duró el convenio. No es posible, en consecuencia, que sobre la base de los kilos que sube un animal se establezcan las modalidades y obligaciones totales de las leyes del trabajo. Y mucho menos lo es en el caso del pequeño propietario, en que el mediero resultaría perjudicado, pues la norma tradicional de la zona que represento, y de la que representa el Honorable señor Ferrando, es que la leche pase a beneficiar directamente a quien proporciona el terreno.
Puede apreciarse, entonces, que la mediería pecuaria tiene muchas fases y que es por esencia una sociedad, no un contrato de trabajo. La atención de los animales se efectúa por los profesionales veterinarios. Los medicamentos y honorarios profesionales se descuentan de la utilidad. El trabajo manual lo realizan los obreros de quien proporciona el terreno, y ellos son ya obreros agrícolas definidos, con todos sus derechos.
Modificar el sistema de mediería pecuaria produciría considerables trastornos en la modalidad principal que caracteriza a la economía sureña.
El Sur de Chile no es zona de cultivos. No me cansaré jamás de repetirlo ante este Honorable Senado y ante el país: es, por excelencia, una zona ganadera. La experiencia ha confirmado duramente este aserto. Quienes se han dedicado a los cultivos han conocido la ruina. Tenemos un clima riguroso en nuestro zona. La permanente erosión de los suelos, por la lluvia; lo antieconómico que resultan muchos cultivos por la influencia del costo de los insumos, principalmente los abonos; la fatal influencia de los precios políticos sobre los productos agrícolas; la distancia a que están las provincias comprendidas entre Ñuble y Llanquihue de los centros de consumo de la zona central, como Santiago y Valparaíso, hacen imposible la competencia en algunos productos, como es el caso de la papa, que en este momento está conmoviendo hondamente a la región austral.
Pero hay algo más profundo y que motiva en esencia mi intervención. Hay dos hechos fundamentales que aconsejan no variar las modalidades, usos y costumbres de la actividad pecuaria sureña: no destruir la mediería pecuaria, que es factor de creación de riqueza y medio de subsistencia para decenas de miles de personas, especialmente para los pequeños propietarios.
Estudios serios acreditan que desde Ñuble al Sur el 50% de la pradera está vacía y faltan animales, y que el 50% del ganado se cría sobre la base del sistema de mediería. Esto explica el déficit de carne crónico en Chile, como asimismo, el de leche. Nada aconseja, entonces, provocar trastornos ni llevar equívocos a un rubro fundamental que ha probado su eficacia.
Estas razones convencieron al Ejecutivo, el cual aceptó la proposición que hice en la Honorable Comisión de Agricultura para eliminar del proyecto de ley la mediería pecuaria. E hizo bien al proceder así. Igualmente, tuve la suerte de contar con el acuerdo de mis Honorables colegas de la Comisión, conocedores profundos del problema.
Ya he dicho que la mediería se rige por las disposiciones del D. F. L. 9, respecto del cual se acordó mantener su artículo 51, que dice a la letra: "La mediería pecuaria se regirá por lo pactado entre las partes, y a falta de pacto, por la costumbre del lugar. De las cuestiones a que diere lugar conocerá el Juez de Letras en lo Civil que corresponda. "
Esto ha sido un acierto inmensamente beneficioso para mi zona, por cuanto la alteración de dicho precepto habría ocasionado una verdadera catástrofe en nuestra economía.
Para probar lo que asevero y que constituye el camino que debemos seguir para vencer nuestros déficit crónicos de leche y carne, examinemos el problema a la luz de las estadísticas, todas extraídas del Ministerio de Agricultura.
En un discurso pronunciado en este Honorable Senado sobre necesidad de una política positiva en materia ganadera, di a conocer los datos de la producción lechera de las provincias comprendidas entre Arica y Linares, inclusive. Quiero volver a recordarlos.
En el año 1961, la zona comprendida entre Arica y Linares según el Ministerio de Agricultura produjo 131. 579. 128 litros de leche; en el año 1967, 104. 644. 048 litros, y en 1969, 78. 345. 600 litros de leche. O sea, entre los años 1961 y 1969, la producción de leche de estas provincias bajó en 40,46%. Tenga presente el Honorable Senado que en apenas ocho años, once provincias del país bajaron su producción lechera en 40,46%. Esto, traducido en litros, significa 53. 233. 528 litros de leche, una diferencia en que no se pondera la totalidad de la pérdida experimentada.
¿Qué sucedió mientras tanto en la zona sur, en la región comprendida entre Ñuble y Llanquihue? Veamos las estadísticas del Ministerio de Agricultura.
En 1959, a la zona norte correspondió el 1% de la producción nacional; a la zona central, 40%, y a la región sur, 59%.
Según el interesantísimo estudio que comento realizado por el señor Washington González y que apareció en la edición del diario "El Mercurio" del día 17 de septiembre de 1969, la zona norte mantuvo en 1967 su porcentaje de 1%; en 1959 produjo 4. 072. 572 litros, y en 1967, 4. 204. 104. En 1959, la región central produjo 153. 222. 219 litros, y en 1967, 100. 439. 944; o sea, bajó de 40% a 23%. La zona sur produjo, en 1959, 206. 252. 584 litros, y en 1967 ¡asómbrese el Honorable Senado!, 336. 985. 005 litros, es decir, subió, de 59% a 76% de la producción nacional.
Ahora, según los datos del Instituto Nacional de Estadísticas y del Ministerio de Agricultura, puedo comparar las cifras existentes entre los años 1961 y 1969 para la zona comprendida entre las provincias de Ñuble y Llanquihue.
El año 1961, la producción nacional fue de 775. 124. 000 litros de leche; la recepción de leche fluida en plantas fue de 381. 835. 666 litros, de los cuales 250 millones 256 mil 538 litros corresponden a las plantas de la zona comprendida entre Ñuble y Llanquihue. El porcentaje representativo de la zona de Ñuble-Llanquihue, con relación a la producción nacional, fue de 32,29%.
En el año 1969, la producción nacional se eleva a 982 millones de litros de leche, de los cuales, 519. 409. 200 corresponden a los recibidos en forma fluida en plantas. La recepción en plantas de la zona Ñuble-Llanquihue fue sólo de 441. 063. 600, y el porcentaje representativo de la misma zona, con relación a la producción nacional, fue de 44,91%.
Resumiendo: el porcentaje de aumento de la producción nacional entre los años 1961 y 1969 es de 26,69%; la recepción de luche fluida en plantas subió a 36%, y la recepción en plantas de la zona Ñuble-Llanquihue aumentó en 76,24%.
¿Qué hubiera sido de Chile sin el esfuerzo y la participación de esta zona? ¿Cuál sería nuestro déficit lechero, si hubiéramos seguido en las provincias sureñas el ritmo de las provincias comprendidas entre Tarapacá y Linares, por razones que no es del caso analizar ahora?
A simple vista, la producción nacional habría bajado en 1969 a 470. 000. 000 de litros aproximadamente, en lugar de los 982. 000. 000 de litros logrados en 1969. Ello indica claramente que el incremento mayor se ha producido en la zona sur del país y ha permitido el aumento de la producción nacional.
Como puede verse, en el año 1961 la zona sur aportaba el 32,29% de la producción nacional, y en el año 1969, el 44,91%.
La necesidad de consumo per cápita anual de productos lácteos se estima en un mínimo de 150 litros. Considerando una población de diez millones de habitantes, el consumo de Chile alcanza a 1. 500 millones de litros. Pero, como la producción bordea los 1. 000 millones de litros, el déficit se calcula en 500 millones.
Con una política adecuada, observando las leyes básicas del complejo lechero, Chile, y específicamente la zona sur, está capacitado para producir, e incluso superar en ciento por ciento esta meta: eliminar el déficit de leche.
En el año 1969, el Servicio Nacional de Salud importó 18. 000. 000 de kilos de leche en polvo, y la industria nacional sólo le entregó 12. 000. 000 de kilos. Las necesidades del S. N. S. para el año 1971 se estiman en 40. 000. 000 de kilos de leche en polvo. La producción nacional puede alcanzar este año, estimativamente, a 20 millones de kilos, lo que pone al país ante el dilema de importar 20. 000. 000 de kilos de leche para no desabastecer el consumo de otros productos lácteos, con excepción de la mantequilla.
Paralelo al déficit en materia de leche, existe otro de carne, alimento esencial para la vida por su valor en proteínas y complemento indispensable para mantener la capacidad productiva del hombre.
El Instituto Nacional de Estadísticas, sobre la base de los datos proporcionados por el IV Censo Nacional Agropecuario, que abarca los años 1964 y 1965 no dispongo de otros datos más recientes, señala que en esa fecha había en Chile 2. 872. 271 cabezas de ganado vacuno, de los cuales 839. 167 existían en las provincias comprendidas entre Tarapacá y Linares. El saldo, o sea 2. 033. 104 cabezas, correspondía a Jas provincias comprendidas entre Ñuble y Magallanes. Puede apreciarse entonces, a simple vista, que la masa ganadera nacional se ubica en la zona austral.
Esa es la razón por la cual defendí en la Comisión de Agricultura, con relación a este proyecto de ley, la necesidad imperiosa de desglosar la mediería pecuaria, hondamente convencido de que una medida precipitada pudiera ocasionar no sólo graves trastornos, sino tal vez daños irreparables. Nada debe perturbar el desarrollo ganadero chileno. Por el contrario, su fomento, su expansión y su eficiencia han de ser las metas de la principal acción que quiera aplicarse con relación al Sur de nuestro país.
Solicito al señor Presidente que recabe el acuerdo de la Sala para insertar en el texto de mi discurso un cuadro cuya fuente de información ha sido la "World Agriculture Production and Trade", de enero de 1966, de los Estados Unidos es el último dato disponible al respecto, donde se establece el déficit per cápita chileno en materia de consumo de carne.
Oportunamente se solicitará el acuerdo, señor Senador.
El cuadro, cuya inserción se acuerda, más adelante, dice como sigue:
RELACION DE CONSUMO DE CARNES DE ALGUNOS PAISES Y CHILE.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
A mi juicio, reviste gran interés para el país conocer el' consumo de carne per cápita en diversas naciones: Nueva Zelandia, 102,6 kilogramos; Uruguay, 100,3; Australia, 99,3; Argentina, 80,3; Estados Unidos de América, 79,4, y Chile, en el año 1961, 23,4 kilos. Y después de un esfuerzo considerable, que incluye vacunos, cerdos y bovinos en su consumo, nuestro país logra un promedio de 31,4 kilogramos en el año 1968.
Esto indica que en Chile, a pesar del 34,2% de aumento de consumo experimentado en el lapso de 1964 a 1968, existe un déficit con relación al consumo en otros países. De estos 31,4 kilos de carne consumida, veamos cuánto se produjo en el país y cuánto se importó en el año 1968.
La producción nacional per cápita, en 1968, fue de 16,3 en bovinos; 5,99 en porcinos, y 4,5 en ovinos, lo que arroja un total de 26,79 kilos. La importación en el mismo año, considerando el consumo per cápita, fue de 4,6 en bovinos y 0,01 en porcinos, lo que da un total de 4,61 kilogramos por habitante. No se toma en cuenta en este informe lo relativo al porcentaje de importación de ovinos. Esto significa que la importación corresponde a 25% de la producción nacional de vacunos.
Teniendo presentes estos datos por toneladas, y tomando en cuenta una población de diez millones de habitantes, la importación de bovinos, que es la más significativa, alcanzó, según la CORFO, en 1968, a 46. 000 toneladas. No he podido obtener los datos de 1969 y 1970.
Este cuadro revela cuán lejos estamos de alcanzar las metas de producción de carne necesarias para la alimentación de nuestro pueblo y para independizarnos de las importaciones.
Considerando una población de diez millones de habitantes, importamos en 1968, según la CORFO, 46. 000 toneladas de carne, que, al igual que la leche, perfectamente podríamos evitar.
La zona sur de Chile puede duplicar su masa ganadera y triplicar su producción lechera con tan sólo seguir fielmente, en forma ordenada, una política basada en el complejo que he tratado de esbozar.
Quiero manifestar que me siento satisfecho de haber podido explicar al Senado los serios fundamentos que tuve al solicitar la exclusión de la mediería pecuaria de este proyecto de ley, cuya filosofía comparto, en la confianza de que la Cámara de Diputados aprobará lo hecho por el Senado en defensa de la principal actividad económica de la zona sur, cual es la ganadería, de la que depende el abastecimiento de carne y leche de toda la nación.
Termino renovando mis agradecimientos a la Democracia Radical y a la Unión Socialista Popular, que me han permitido informar al Congreso Nacional, y especialmente al país, de la gravísima crisis que la aprobación del proyecto de ley sobre mediería pecuaria habría provocado si no hubiera sido por la intervención que cupo a la Comisión de Agricultura de esta Corporación. Asimismo, abrigo la esperanza de que la Cámara de Diputados, en conocimiento de estas cifras y antecedentes y de la enorme influencia que la mediería pecuaria tienen en producción de leche, carne, cueros, mantequilla, queso, etcétera, no destruya una institución nacional sobre la cual descansan el trabajo, la vida y la suerte de posiblemente más de 200 mil ó 300 mil pequeños propietarios que se dedican a ese rubro.
Se dará cuenta de algunas indicaciones que han llegado a la Mesa.
Indicación del Honorable señor García para publicar in extenso el discurso pronuncia do por el Honorable señor Von Mühlenbrock en la hora de Incidentes de esta sesión.
Indicación del Honorable señor Von Mühlenbrock para publicar in extenso las observaciones formuladas por el Honorable señor García en Incidentes de hoy.
Quedan para el Tiempo de Votaciones de la próxima sesión ordinaria.
TABLA DE FÁCIL DESPACHO PARA LA PRÓXIMA SESION ORDINARIA.
Se anunciará la tabla de Fácil Despacho para la próxima sesión ordinaria.
El señor Presidente anuncia la siguiente tabla de Fácil Despacho para la próxima sesión ordinaria:
Proyecto de ley, en cuarto trámite constitucional, que autoriza la celebración de carreras extraordinarias en beneficio del Círculo de Periodistas de Santiago.
Proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que sanciona a quienes adquieran a título oneroso los artículos distribuidos en forma gratuita por los servicios del Estado a las personas de escasos recursos.
Se levanta la sesión.
-Se levantó a las 20.6.
Dr. Raúl Valenzuela García, Jefe de la Redacción.
ANEXOS.
DOCUMENTOS:
1.- PROYECTO DE LEY, EN CUARTO TRAMITE CONSTITUCIONAL, QUE AUTORIZA LA CELEBRACION DE CARRERAS EXTRAORDINARIAS EN BENEFICIO DEL CIRCULO DE PERIODISTAS DE SANTIAGO.
Santiago, 8 de julio de 1971.
La Cámara de Diputados ha tenido a bien rechazar las enmiendas introducidas por ese Honorable Senado al proyecto de ley que autoriza la celebración de carreras extraordinarias en beneficio del Círculo de Periodistas de Santiago, con excepción de las que consisten en sustituir, en el artículo 2º, las expresiones "números 1, 2 y 5, letras e), i)" y "Nº 1. 995, de 23 de septiembre de 1966" por las siguientes: "números 1 y 2, y 4º, letras f), j)" y "Nº 807, de 17 de abril de 1970", respectivamente, las cuales ha aprobado.
Lo que tengo a honra comunicar a V. E. en respuesta a vuestro oficio Nº 8. 950, de fecha 24 de septiembre de 1970.
Acompaño los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Juan Acevedo P. Jorge Lea-Plaza Sáenz.
2.- PROYECTO DE LEY, EN TERCER TRAMITE CONSTITUCIONAL, QUE SANCIONA A QUIENES ADQUIERAN, A TITULO ONEROSO, LOS ARTÍCULOS DISTRIBUIDOS EN FORMA GRATUITA POR LOS SERVICIOS DEL ESTADO.
Santiago, 8 de julio de 1971.
La Cámara de Diputados ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley remitido por ese Honorable Senado que sanciona a quienes adquieran, a título oneroso, los artículos distribuidos en forma gratuita por los servicios del Estado, con la sola modificación que consiste en reemplazar su artículo único por el siguiente:
"Artículo único. Los que a sabiendas adquieran o transfieran, a título oneroso, artículos alimenticios o de otro orden, de un valor que no exceda de medio sueldo vital mensual, escala A) del departamento de Santiago, distribuidos gratuitamente por los servicios del Estado, serán sancionados con la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa equivalente al triple del valor de las cosas que se hubiese adquirido o transferido.
Si se tratare de adquisición o transferencia a título oneroso de especies cuyo valor fuere superior a medio sueldo vital mensual o el comprador fuere comerciante, la pena será de presidio menor en su grado medio y multa equivalente al triple del valor de las especies negociadas.
Se considerará como agravante la circunstancia de ser el infractor funcionario público encargado de la distribución o un particular a quien se hubiere encomendado dicha labor.
No regirá la presente disposición respecto de los bienes entregados por el Estado gratuitamente, en virtud de ley, a personas determinadas.
El Presidente de la República determinará los artículos cuya enajenación o adquisición hará incurrir en las sanciones de los incisos precedentes. ".
Lo que tengo a honra comunicar a V. E. en respuesta a vuestro oficio Nº 10. 328, de fecha 12 de mayo del año en curso. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo. ) : Juan Acevedo P. Jorge LeaPlaza Sáenz.
3.- PROYECTO DE LEY, DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS, QUE ESTABLECE LA OBLIGACION DE USAR CORREAS DE SEGURIDAD EN LOS VEHICULOS QUE INDICA.
Santiago, 7 de julio de 1971.
Con motivo de la moción e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1ºTodos los automóviles, station wagons y camionetas de no más de 1. 500 Kgrs. de carga que circulen en el país, deberán estar provistos de correas de seguridad para los pasajeros de los asientos delanteros, del tipo y condiciones que fije el reglamento respectivo.
Artículo 2ºEn los vehículos motorizados del tipo señalado en el artículo anterior, armados o producidos en el país, deberán incorporarse por la industria que los arme o produzca, las correas de seguridad, como equipo de norma, sin carácter opcional y sin costo adicional alguno sobre el precio fijado por la Dirección de Industria y Comercio.
Artículo 3ºEl Presidente de la República dictará, dentro del plazo de 60 días, un Reglamento que contemple la forma en que la obligación establecida en el artículo 1º deba ser cumplida, en un plazo no superior a seis meses, en aquellos vehículos ya en circulación a la fecha de esta ley. Asimismo, este Reglamento determinará las normas relativas al uso de este implemento, la forma de control y sistema de sanciones.
Este Reglamento podrá ser modificado por el Presidente de la República por simple decreto cuando las normas o exigencias técnicas internas o internacionales lo requieran. ".
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Juan Acevedo P. Jorge Lea-Plaza Sáenz.
4.- PROYECTO DE LEY, DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS, QUE DESTINA EL 10% DEL PRESUPUESTO DE LA CORPORACION DE MAGALLANES A LAS MUNICIPALIDADES DE MAGALLANES, NATALES Y PORVENIR.
Santiago, 7 de julio de 1971.
Con motivo de la moción, informe y antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1º.- Asígnase del Presupuesto de la Corporación de Magallanes, el 10% de los ingresos generales, para distribuirlos en los Municipios de la provincia de Magallanes, en la siguiente proporcionalidad: Municipalidad de Magallanes, 5% (cinco por ciento) ; Municipalidad de Ultima Esperanza, 3% (tres por ciento), y Municipalidad de Tierra del Fuego, 2% (dos por ciento).
Artículo 2º.- Las remesas se transferirán directamente y a mes vencido, a una cuenta bancaria que, para este efecto, abrirá especialmente la Municipalidad respectiva. El monto de las remesas corresponderá a los valores porcentuales estipulados en el artículo 1º, en relación al ingreso mensual de la Corporación de Magallanes.
Artículo 3º.- Las inversiones municipales provenientes de esta ley, tendrán un destino exclusivo para obras de adelanto comunal, exceptuándose expresamente los gastos de administración general del Municipio, remuneraciones, estipendios o gratificaciones destinadas al personal de las Municipalidades.
Artículo 4º.- Facúltase a los Municipios de la provincia de Magallanes, para que con los fondos provenientes de esta ley puedan suscribir convenios intercomunales con otras Municipalidades de la provincia, que signifiquen acción de adelanto comunal.
Artículo 5º.- Facúltase a la Tesorería Provincial de Magallanes, para percibir y entregar directamente a la Corporación de Magallanes, a mes vencido, los tributos legales que le correspondan.
Artículo transitorio. Lo dispuesto en el artículo 1º regirá a contar del 1º de febrero de 1972. ".
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Juan Acevedo P. Jorge Lea-Plaza Sáenz.
5.- PROYECTO DE ACUERDO, DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE APRUEBA EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS, APROBADO POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS EL 19 DE DICIEMBRE DE 1966.
Santiago, 8 de julio de 1971.
Con motivo del Mensaje, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto, de acuerdo:
"Artículo único.- Apruébase el "Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos", abierto a la firma en la ciudad de Nueva York, y aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, con fecha 19 de diciembre de 1966.".
(Fdo.): Juan Acevedo P. Jorge Lea-Plaza Sáenz.
Mensaje del Ejecutivo.
Vuestras Señorías han observado el extraordinario impulso que las Naciones Unidas han dado al reconocimiento y aplicación de los derechos y libertades fundamentales de la familia humana, especialmente en el campo de los derechos civiles y políticos.
El Preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas sintetiza cabalmente el ámbito que cubren los derechos humanos al "reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas".
Entendiendo que la base de la paz y la justicia se encuentra en el reconocimiento de los derechos y libertades inherentes a la persona humana, la Asamblea General de las Naciones Unidas, con fecha 10 de diciembre de 1948, aprobó en forma unánime la "Declaración Universal de los Derechos Humanos".
El efecto de mayor trascendencia de esta Declaración Universal ha sido precisamente uno de los Acuerdos de la Asamblea General referente a los derechos humanos: el "Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos" que tengo el honor de someter a la aprobación de Vuestras Señorías. En Mensaje aparte me será grato solicitar el pronunciamiento de Vuestras Señorías acerca del otro acuerdo denominado "Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales", ambos aprobados en la misma fecha: el día 19 de diciembre de 1966.
Igualmente es oportuno recordar que la mencionada "Declaración Universal" ha influido en gran medida en el campo del Derecho Internacional, generando decenas de Convenios al respecto.
Entre los acuerdos regionales, es del caso recordar la importante "Convención Europea para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades fundamentales".
En el Pacto pendiente de vuestra aprobación se prevén algunos derechos no consignados en la Declaración Universal", como el referente a la Libre Determinación de los Pueblos, el cual incluye la facultad de disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales. Se reconoce, además, el derecho de las minorías a tener su propia vida cultural y religiosa, y también el derecho de cada niño a tener nacionalidad.
La inmensa mayoría de los derechos civiles y políticos ya enunciados en la "Declaración Universal" de 1948 se encuentran contemplados en el Pacto, como la protección esencial a la vida; la prohibición de tratos inhumanos; la supresión del trabajo, etc.
Por otra parte, el "Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos" no acepta restricciones concretas a ciertos derechos fundamentales: la personalidad legal y la libertad de pensamiento, de conciencia y religión, vale decir, el derecho a la vida sin discriminaciones basadas únicamente en la raza, color, sexo, idioma, religión u origen social.
Pero, excluyendo infracciones a normas reconocidas de derecho internacional, los Estados pueden restringir momentáneamente el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Pacto, siempre que se extiendan por el tiempo absolutamente necesario y no afecten la esencia de los derechos y libertades indicados.
la fiscalización internacional se realiza a través de informes: el primero, de carácter obligatorio dentro de un año contado desde la ratificación, y los demás informes cuando le sean solicitados por el "Comité de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas", los cuales son circulados a todas las Partes Contratantes, con las observaciones que se haya estimado pertinentes.
Excepcionalmente, si las Partes Contratantes lo acentan expresamente, se puede producir una compleja instancia de hecho y de derecho, con carácter litigioso, cuya tramitación queda entregada al Comité de los Derechos Humanos antes aludido.
Teniendo presente lo antes expuesto, y en virtud de las disposiciones pertinentes de la Constitución Política del Estado, tengo el honor de someter a vuestra aprobación el siguiente
Proyecto de acuerdo:
"Artículo único.- Apruébase el "Pacto Internacional de Derechos Ci" viles y Políticos", abierto a la firma en la ciudad de Nueva York, y " aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, con fecha " 19 de diciembre de 1966".
Santiago, 25 de septiembre de 1969.
(Fdo.): Eduardo Freí M. Gabriel Valdés S.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Los Estados Partes en el presente Pacto,
Considerando que, conforme a los principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas, la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad inherentes a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos iguales e inalienables.
Reconociendo que estos derechos se derivan de la dignidad inherente a la persona humana,
Reconociendo que, con arreglo a la Declaración Universal de Derechos Humanos, no puede realizarse el ideal del ser humano libre, en el disfrute de las libertades civiles y políticas y liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos civiles y políticos, tanto como de sus derechos económicos, sociales y culturales,
Considerando que la Carta de las Naciones Unidas impone a los Estados la obligación de promover el respeto universal y efectivo de los derechos y libertades humanos,
Comprendiendo que el individuo, por tener deberes respecto de otros individuos y de la comunidad a que pertenece, tiene la obligación de esforzarse por la consecución y la observancia de los derechos reconocidos en este Pacto,
Convienen en los artículos siguientes:
PARTE I
Artículo 1º
1.- Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.
2.- Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio de beneficio recíproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podría privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia.
3.- Los Estados Partes en el presente Pacto, incluso los que tienen la responsabilidad de administrar territorios no autónomos y territorios en fideicomiso, promoverán el ejercicio del derecho de libre determinación, y respetarán este derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas.
PARTE II
Artículo 2º
1.- Cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto se compromete a respetar y a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a sus jurisdicción los derechos reconocidos en el presente Pacto, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
2.- Cada Estado Parte se compromete a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones del presente Pacto, las medidas oportunas para dictar las disposiciones legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos los derechos reconocidos en el presente Pacto y que no estuviesen ya garantizados por disposiciones legislativas o de otro carácter.
3.- Cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto se compromete a garantizar que:
a) Toda persona cuyos derechos o libertades reconocidos en el presente Pacto hayan sido violados podrá interponer un recurso efectivo, aun cuando tal violación hubiera sido cometida por personas que actuaban en ejercicio de sus funciones oficiales;
b) La autoridad competente, judicial, administrativa o legislativa, o cualquiera otra autoridad competente prevista por el sistema legal del Estado, decidirá sobre los derechos de toda persona que interponga tal recurso, y a desarrollar las posibilidades de recurso judicial;
c) Las autoridades competentes cumplirán toda decisión en que se haya estimado procedente el recurso.
Artículo 3º
Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos enunciados en el presente Pacto.
Artículo 4º
1.- En situaciones excepcionales que pongan en peligro la vida de la nación y cuya existencia haya sido proclamada oficialmente, los Estados Partes en el presente Pacto podrán adoptar disposiciones que en la medida estrictamente limitada a las exigencias de la situación, suspendan las obligaciones contraídas en virtud de este Pacto, siempre que tales disposiciones no sean incompatibles con las demás obligaciones que les impone el derecho internacional y no entrañen discriminación alguna fundada únicamente en motivos de raza, color, sexo, idioma, religión u origen social.
2.- La disposición precedente no autoriza suspensión alguna de los artículos 6º, 7º y 8º (párrafos 1 y 2), 11, 15, 16 y 18.
3.- Todo Estado Parte en el presente Pacto que haga uso del derecho de suspensión deberá informar inmediatamente a los demás Estados Partes en el presente Pacto, por conducto del Secretario General de las Naciones Unidas, de las disposiciones cuya aplicación haya suspendido y de los motivos que hayan suscitado la suspensión. Se hará una nueva comunicación por el mismo conducto en la fecha en que haya dado por terminada tal suspensión.
Artículo 5º
1.- Ninguna disposición del presente Pacto podrá ser interpretada en el sentido de conceder derecho alguno a un Estado, grupo o individuo para emprender actividades o realizar actos encaminados a la destrucción de cualquiera de los derechos y libertades reconocidos en el Pacto o a su limitación en mayor medida que la prevista en él.
2. No podrá admitirse restricción o menoscabo de ninguno de los derechos humanos fundamentales reconocidos o vigentes en un Estado Parte en virtud de leyes, convenciones, reglamentos o costumbres, so pretexto de que el presente Pacto no los reconoce o los reconoce en menor grado.
PARTE III
Artículo 6º
1.- El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente.
2.- En los países que no hayan abolido la pena capital sólo podrá imponerse la pena de muerte por los más graves delitos y de conformidad con leyes que estén en vigor en el momento de cometerse el delito y que no sean contrarias a las disposiciones del presente Pacto ni a la Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio. Esta pena sólo podrá imponerse en cumplimiento de sentencia definitiva de un tribunal competente.
3.- Cuando la privación de la vida constituya delito de genocidio se tendrá entendido que nada de lo dispuesto en este artículo excusará en modo alguno a los Estados Partes del cumplimiento de ninguna de las obligaciones asumidas en virtud de las disposiciones de la Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio.
4.- Toda persona condenada a muerte tendrá derecho a solicitar el indulto o la conmutación de la pena. La amnistía, el indulto o la conmutación de la pena capital podrán ser concedidos en todos los casos.
5.- No se impondrá la pena de muerte por delitos cometidos por personas de menos de 18 años de edad, ni se la aplicará a las mujeres en estado de gravidez.
6.- Ninguna disposición de este artículo podrá ser invocada por un Estado Parte en el presente Pacto para demorar o impedir la abolición de la pena capital.
Artículo 7º
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. En particular, nadie será sometido sin su libre consentimiento a experimentos médicos o científicos.
Artículo 8º
1.- Nadie estará sometido a esclavitud. La esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
2.- Nadie estará sometido a servidumbre.
3.- a) Nadie será constreñido a ejecutar un trabajo forzoso u obligatorio;
b) El inciso precedente no podrá ser interpretado en el sentido de que prohíbe, en los países en los cuales ciertos delitos pueden ser castigados con la pena de prisión acompañada de trabajos forzados, el cumplimiento de una pena de trabajos forzados impuesta por un tribunal competente;
c) No se considerarán como "trabajo forzoso u obligatorio", a los efectos de este párrafo:
i) Los trabajos o servicios que, aparte de los mencionados en el inciso b), se exijan normalmente a una persona presa en virtud de una decisión judicial legalmente dictada, o de una persona que habiendo sido presa en virtud de tal decisión se encuentre en libertad condicional;
ii) El servicio de carácter militar y, en los países donde se admite la exención por razones de conciencia, el servicio nacional que deben prestar conforme a la ley quienes se opongan al servicio militar por razones de conciencia;
iii) El servicio impuesto en casos de peligro o calamidad que amenace la vida o el bienestar de la comunidad;
iv) El trabajo o servicio que forme parte de las obligaciones cívicas normales.
Artículo 9º
1.- Todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales. Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta.
2.- Toda persona detenida será informada, en el momento de su detención, de las razones de la misma, y notificada, sin demora, de la acusación formulada contra ella.
3.- Toda persona detenida o presa a causa de una infracción penal será llevada sin demora ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales, y tendrá derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad. La prisión preventiva dé las personas qué hayan de ser juzgadas no debe ser la regla general, pero su libertad podrá estar subordinada a garantías que aseguren la comparecencia del acusado en el acto del juicio, o en cualquier otro momento de las diligencias procesales y, en su caso, para la ejecución del fallo.
4.- Toda persona que sea privada de libertad en virtud de detención o prisión tendrá derecho a recurrir ante un tribunal, a fin de que éste decida a la brevedad posible sobre la legalidad de su prisión y ordene su libertad si la prisión fuera ilegal.
5.- Toda persona que haya sido ilegalmente detenida o presa, tendrá el derecho efectivo a obtener reparación.
Artículo 10
1.- Roda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.
2.- a) Los procesados estarán separados de los condenados, salvo en circunstancias excepcionales, y serán sometidos a un tratamiento distinto, adecuado a su condición de personas no condenadas;
b) Los menores procesados estarán separados de los adultos y deberán ser llevados antes los tribunales de justicia con la mayor celeridad posible para su enjuiciamiento.
3.- El régimen penitenciario consistirá en un tratamiento cuya finalidad esencial será la reforma y la readaptación social de los penados. Los menores delincuentes estarán separados de los adultos y serán sometidos a un tratamiento adecuado a su edad y condición jurídica.
Artículo 11
Nadie será encarcelado por el solo hecho de no poder cumplir una obligación contractual.
Artículo 12
1.- Toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tendrá derecho a circular libremente por él y a escoger libremente en él su residencia.
2.- Toda persona tendrá derecho a salir libremente de cualquier país, incluso del propio.
3.- Los derechos antes mencionados no podrán ser objeto de restricciónes salvo cuando éstas se hallen previstas en la ley, sean necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de terceros, y sean compatibles con los demás derechos reconocidos en el presente Pacto.
4.- Nadie podrá ser arbitrariamente privado del derecho a entrar en su propio país.
Artículo 13
El extranjero que se halle legalmente en el territorio de un Estado Parte en el presente Pacto sólo podrá ser expulsado de él en cumplimiento de una decisión adoptada conforme a la ley; y, a menos que razones imperiosas de seguridad nacional se opongan a ello, se permitirá a tal extranjero exponer las razones que lo asistan en contra de su expulsión, así como someter su caso a revisión ante la autoridad competente o bien ante la persona o personas designadas especialmente por dicha autoridad competente y hacerse representar con tal fin ante ellas.
Artículo 14
1.- Todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ella o para determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil. La prensa y el público podrán ser excluidos de la totalidad o parte de los juicios por consideraciones de moral, orden público o seguridad nacional en una sociedad democrática, o cuando lo exija el interés de la vida privada de las partes o, en la medida estrictamente necesaria en opinión del tribunal, cuando por circunstancias especiales del asunto la publicidad pudiera perjudicar a los intereses de la justicia; pero toda sentencia en materia penal o contenciosa será pública, excepto en los casos en que el interés de menores de edad exija lo contrario, o en las actuaciones referentes a pleitos matrimoniales o a la tutela de menores.
2.- Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley.
3.- Durante el proceso, toda persona acusada de un delito tendrá derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:
a) A ser informada sin demora, en un idioma que comprenda y en forma detallada, de la naturaleza y causas contra ella;
b) A disponer del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de su defensa y a comunicarse con un defensor de su elección;
c) A ser juzgada sin dilaciones indebidas;
d) A hallarse presente en el proceso y a defenderse personalmente o ser asistida por un defensor de su elección; a ser informada, si no tuviera defensor, del derecho que le asiste a tenerlo y, siempre que el interés de la justicia lo exija, a que se le nombre defensor de oficio, gratuitamente, si careciere de medios suficientes para pagarlo;
e) A interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia de los testigos de descargo y que éstos sean interrogados en las mismas condiciones que los testigos de cargo;
f) A ser asistida gratuitamente por un intérprete si no comprende o no habla el idioma empleado en el tribunal;
g) A no ser obligada a declarar contra sí misma ni a confesarse culpable.
4.- En el procedimiento aplicable a los menores de edad a efectos penales se tendrá en cuenta esta circunstancia y la importancia de estimular su readaptación social.
5.- Toda persona declarada culpable de un delito tendrá derecho a que el fallo condenatorio y la pena que se le haya impuesto sean sometidos a un tribunal superior, conforme a lo prescrito, por la ley.
6.- Cuando una sentencia condenatoria firme haya sido ulteriormente revocada, o el condenado haya sido indultado por haberse producido o descubierto un hecho plenamente probatorio de la comisión de un
error judicial, la persona que haya sufrido una pena como resultado de tal sentencia deberá ser indemnizada, conforme a la ley, a menos que se demuestre que le es imputable en todo o en parte el no haberse revelado oportunamente el hecho desconocido.
7.- Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un delito por el cual haya sido ya condenado o absuelto por una sentencia firme de acuerdo con la ley y el procedimiento penal de cada país.
Artículo 15
1.- Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Si con posterioridad a la comisión del delito la ley dispone la imposición de una pena más leve, el delincuente se beneficiará de ello.
2.- Nada de lo dispuesto en este artículo se opondrá al juicio ni a la condena de una persona por actos u omisiones que, en el momento de cometerse, fueran delictivos según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional.
Artículo 16
Todo ser humano tiene derecho en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 17
1.- Nadie será objeto de ingerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación.
2.- Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas ingerencias o esos ataques.
Artículo 18
1.- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o su creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza.
2.- Nadie será objeto de medidas coercitivas que puedan menoscabar su libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección.
3. La libertad de manifestar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos, o los derechos y libertades fundamentales de los demás.
4.- Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
Artículo 19
1.- Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.
2.- Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
3.- El ejercicio del derecho previsto en el párrafo 2 de este artículo entraña deberes y responsabilidades especiales. Por consiguiente, puede estar sujeto a ciertas restricciones que debrán, sin embargo, estar expresamente fijadas por la ley y ser necesaria para:
a) Asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás;
b) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.
Artículo 20
1.- Toda propaganda en favor de la guerra estará prohibida por la ley.
2.- Toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia estará prohibida por la ley.
Artículo 21
Se reconoce el derecho de reunión pacífica. El ejercicio de tal derecho sólo podrá estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás.
Artículo 22
1.- Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras, incluso el derecho a. fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses.
2.- El ejercicio de tal derecho sólo podrá estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás. El presente artículo no impedirá la imposición de restricciones legales al ejercicio de tal derecho cuando se trate de miembros de las fuerzas armadas y de la policía.
3.- Ninguna disposición de este artículo autoriza a los Estados Partes en el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo de 1948 relativo a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación a adoptar medidas legislativas que puedan menoscabar las garantías previstas en él ni a aplicar la ley de tal manera que pueda menoscabar esas garantías.
Artículo 23
1.- La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
2.- Se reconoce el derecho del hombre y de la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia si tiene edad para ello.
3.- El matrimonio no podrá celebrarse sin el libre y pleno consentimiento de los contrayentes.
4.- Los Estados Partes en el presente Pacto tomarán las medidas apropiadas para asegurar la igualdad de derechos y de responsabilidades de ambos esposos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del mismo. En caso de disolución, se adoptarán disposiciones que aseguren la protección necesaria a los hijos.
Artículo 24
1.- Todo niño tiene derecho, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o social, posición económica o nacimiento, a las medidas de protección que su condición de menor requiere, tanto por parte de su familia como de la sociedad y del Estado.
2.- Todo niño será inscrito inmediatamente después de su nacimiento y deberá tener un nombre.
3.- Todo niño tiene derecho a adquirir una nacionalidad.
Artículo 25
Todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de las distinciones mencionadas en el artículo 2, y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades:
a) Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;
b) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores;
c) Tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.
Artículo 26
Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
Artículo 27
En los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas o lingüísticas, no se negará a las personas que pertenezcan a dichas minorías el derecho que les corresponde, en común con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión y a emplear su propio idioma.
PARTE IV
Artículo 28
1.- Se establecerá un Comité de Derechos Humanos (en adelante denominado el Comité). Se compondrá de dieciocho miembros, y desempeñará las funciones que se señalan más adelante.
2.- El Comité estará compuesto de nacionales de los Estados Partes en el presente Pacto, que deberán ser personas de gran integridad moral, con reconocida competencia en materia de derechos humanos. Se tomará en consideración la utilidad de la participación de algunas que tengan experiencia jurídica.
3. Los miembros del Comité serán elegidos y ejercerán sus funciones a título personal.
Artículo 29
1.- Los miembros del Comité serán elegidos por votación secreta de una lista de personas que reúnan las condiciones previstas en el artículo 28 y que sean propuestas al efecto por los Estados Partes en el presente Pacto.
2.- Cada Estado Parte en el presente Pacto podrá proponer hasta dos personas. Estas personas serán nacionales del Estado que las proponga.
3.- La misma persona podrá ser propuesta más de una vez.
Artículo 30
1.- La elección inicial se celebrará a más tardar seis meses después de la fecha de entrada en vigor del presente Pacto.
2.- Por lo menos cuatro meses antes de la fecha de la elección del Comité, siempre que no se trate de una elección para llenar una vacante declarada de conformidad con el artículo 34, el Secretario General de las Naciones Unidas invitará por escrito a los Estados Partes en el presente Pacto a presentar sus candidatos para el Comité en el término de tres meses.
3.- El Secretario General de las Naciones Unidas preparará una lista por orden alfabético de los candidatos que hubieren sido presentados, con indicación de los Estados Partes que los hubieren designado, y la comunicará a los Estados Partes en el presente Pacto a más tardar un mes antes de la fecha de cada elección.
4.- La elección de los miembros del Comité se celebrará en una reunión de los Estados Partes convocada por el Secretario General de las Naciones Unidas en la Sede de la Organización. En esa reunión, para la cual el quórum estará constituido por dos tercios de los Estados Partes, quedarán elegidos miembros del Comité los candidatos que obtengan el mayor número de votos y la mayoría absoluta de los votos de los representantes de los Estados Partes presentes y votantes.
Artículo 31
1.- El Comité no podrá comprender más de un nacional de un mismo Estado.
2.- En la elección del Comité se tendrá en cuenta una distribución geográfica equitativa de los miembros y la representación de las diferentes formas de civilización y de los principales sistemas jurídicos.
Artículo 32
1.- Los miembros del Comité se elegirán por cuatro años. Podrán ser reelegidos si se presenta de nuevo su candidatura. Sin embargo, los mandatos de nueve de los miembros elegidos en la primera elección expirarán al cabo de dos años. Inmediatamente después de la primera elección, el Presidente de la reunión mencionada en el párrafo 4 del artículo 30 designará por sorteo los nombres de estos nueve miembros.
2.- Las elecciones que se celebren al expirar el mandato se harán con arreglo a los artículos precedentes de esta parte del presente Pacto.
Artículo 33
l.- Si los demás miembros estiman por unanimidad que un miembro del Comité ha dejado de desempeñar sus funciones por otra causa que la de ausencia temporal, el Presidente del Comité notificará este hecho al Secretario General de las Naciones Unidas, quien declarará vacante el puesto de dicho miembro.
2.- En caso de muerte o renuncia de un miembro del Comité, el Presidente lo notificará inmediatamente al Secretario General de las Naciones Unidas, quien declarará vacante el puesto desde la fecha del fallecimiento o desde la fecha en que sea efectiva la renuncia.
Artículo 34
1.- Si se declara una vacante dé conformidad con el artículo 33 y si el mandato del miembro que ha de ser sustituido no expira dentro de los seis meses que sigan a la declaración de dicha vacante, el Secretario General de las Naciones Unidas lo notificará a cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto, los cuales, para llenar la vacante, podrán presentar candidatos en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 29.
2.- El Secretario General de las Naciones Unidas preparará una lista por orden alfabético de los candidatos así designados y la comunicará a los Estados Partes en el presente Pacto. La elección para llenar la vacante se verificará de conformidad con las disposiciones pertinentes de esta parte del presente Pacto.
3.- Todo miembro del Comité que haya sido elegido para llenar una vacante declarada de conformidad con el artículo 33 ocupará el cargo por el resto del mandato del miembro que dejó vacante el puesto en el Comité conforme a lo dispuestos en ese artículo.
Artículo 35
Los miembros del Comité, previa aprobación de la Asamblea General de las Naciones Unidas, percibirán emolumentos de los fondos de las Naciones Unidas en la forma y condiciones del Comité.
Artículo 36
El Secretario General de las Naciones Unidas proporcionará el personal y los servicios necesarios para el desempeño eficaz de las funciones del Comité en virtud del presente Pacto.
Artículo 37
1.- El Secretario General de las Naciones Unidas convocará la primera reunión del Comité en la Sede de las Naciones Unidas.
2.- Después de su primera reunión, el Comité se reunirá en las ocasiones que se prevean en su reglamento.
3.- El Comité se reunirá normalmente en la Sede de las Naciones Unidas o en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra.
Artículo 38
Antes de entrar en funciones, los miembros del Comité declararán solamente en sesión pública del Comité que desempeñarán su cometido con toda imparcialidad y conciencia.
Artículo 39
1.- El Comité elegirá su Mesa por un período de dos años. Los miembros de la Mesa podrán ser reelegidos.
2.- El Comité establecerá su propio reglamento, en el cual se dispondrá, entre otras cosas, que:
a) Doce miembros constituirán quórum;
b) Las decisiones del Comité se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes.
Artículo 40
1.- Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a presentar informes sobre las disposiciones que hayan adoptado y que den efecto a los derechos reconocidos en el Pacto y sobre el progreso que hayan realizado en cuanto al goce de esos derechos:
En el plazo de un año a contar de la fecha de entrada en vigor del presente Pacto con respecto a los Estados Partes interesados;
En lo sucesivo, cada vez que el Comité lo pida.
2.- Todos los informes se presentarán al Secretario General de las Naciones Unidas, quien los transmitirá al Comité para examen. Los informes señalarán los factores y las dificultades, si los hubiere, que afecten a la aplicación del presente Pacto.
3.- El Secretario General de las Naciones Unidas, después de celebrar consultas con el Comité, podrá transmitir a los organismos especializados interesados copias de las partes de los informes que caigan dentro de sus esferas de competencia.
4.- El Comité estudiará los informes presentados por los Estados Partes en el presente Pacto. Transmitirá sus informes, y los comentarios generales que estime oportunos, a los Estados Partes. El Comité también podrá transmitir al Consejo Económico y Social esos comentarios, junto con copia de los informes que haya recibido de los Estados Partes en el Pacto.
5.- Los Estados Partes podrán presentar al Comité observaciones sobre cualquier comentario que se haga con arreglo al párrafo 4 del presente artículo.
Artículo 41
1.- Con arreglo al presente artículo, todo Estado Parte en el presente Pacto podrá declarar en cualquier momento que reconoce la competencia del Comité para recibir y examinar las comunicaciones en que un Estado Parte alegue que otro Estado Parte no cumple las obligaciones que le impone este Pacto. Las comunicaciones hechas en virtud del presente artículo sólo se podrán admitir y examinar si son presentadas por un Estado Parte que haya hecho una declaración por la cual reconozca con respecto a sí mismo la competencia del Comité. El Comité no admitirá ninguna comunicación relativa a un Estado Parte que no haya hecho tal declaración. Las comunicaciones recibidas en virtud de este artículo se tramitarán de conformidad con el procedimiento siguiente:
a) Si un Estado Parte en el presente Pacto considera que otro Estado Parte no cumple las disposiciones del presente Pacto, podrá señalar el asunto a la atención de dicho Estado mediante una comunicación escrita. Dentro de un plazo de tres meses, contado desde la fecha de recibo de la comunicación, el Estado destinatario proporcionará al Estado que haya enviado la comunicación una explicación o cualquier otra declaración por escrito que aclare el asunto, la cual hará referencia, hasta donde sea posible y pertinente, a los procedimientos nacionales y a los recursos adoptados, en trámite o que puedan utilizarse al respecto;
b) Si el asunto no se resuelve a satisfacción de los dos Estados Partes interesados en un plazo de seis meses contado desde la fecha en que el Estado destinatario haya recibido la primera comunicación, cualquiera de ambos Estados Partes interesados tendrá derecho a someterlo al Comité, mediante notificación dirigida al Comité y al otro Estado;
c) El Comité conocerá del asunto que se le someta después de haberse cerciorado de que se han interpuesto y agotado en tal asunto todos los recursos de la jurisdicción interna de que se pueda disponer, de conformidad con los principios del derecho internacional generalmente admitidos. No se aplicará esta regla cuando la tramitación de los mencionados recursos se prolongue injustificadamente;
d) El Comité celebrará sus sesiones a puerta cerrada cuando examine las comunicaciones previstas en el presente artículo;
e) A reserva de las disposiciones del inciso c), el Comité pondrá sus buenos oficios a disposición de los Estados Partes interesados a fin de llegar a una solución amistosa del asunto, fundada en el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales reconocidos en el presente Pacto;
f) En todo asunto que se le someta, el Comité podrá pedir a los Estados Partes interesados a que se hace referencia en el inciso b) que faciliten cualquier información pertinente;
g) Los Estados Partes interesados a que se hace referencia en el inciso b) tendrán derecho a estar representados cuando el asunto se examine en el Comité y a presentar exposiciones verbalmente, o por escrito, o de ambas maneras;
h) El Comité, dentro de los doce meses siguientes a la fecha de recibo de la notificación mencionada en el inciso b), presentará un informe en el cual:
i) Si se ha llegado a una solución con arreglo a lo dispuesto en el inciso e), se limitará a una breve exposición de los hechos y de la solución alcanzada;
ii) Si no se ha llegado a una solución con arreglo a lo dispuesto en el inciso e), se limitará a un breve exposición de los hechos, y agregará las exposiciones escritas y las actas de las exposiciones verbales que hayan hecho los Estados Partes interesados.
En cada asunto, se enviará el informe a los Estados Partes interesados.
2.- Las disposiciones del presente artículo entrarán en vigor cuando diez Estados Partes en el presente Pacto hayan hecho las declaraciones a que se hace referencia en el párrafo 1 del presente artículo. Tales declaraciones serán depositadas por los Estados Partes en poder del Secretario General de las Naciones Unidas, quien remitirá copia de las mismas a los demás Estados Partes. Toda declaración podrá retirarse en cualquier momento mediante notificación dirigida al Secretario General. Tal retiro no será obstáculo para que se examine cualquier asunto que sea objeto de una comunicación ya transmitida en virtud de este artículo; no se admitirá ninguna nueva comunicación de un Estado Parte una vez que el Secretario General de las Naciones Unidas haya recibido la notificación de retiro de la declaración, a menos que el Estado Parte interesado haya hecho una nueva declaración.
Artículo 42
1.- a) Si un asunto remitido al Comité con arreglo al artículo 41 no se resuelve a satisfacción de los Estados Partes interesados, el Comité, con el previo consentimiento de los Estados Partes interesados, podrá designar una Comisión Especial de Conciliación (denominada en adelante la Comisión). Los buenos oficios de la Comisión se pondrán a disposición de los Estados Partes interesados a fin de llegar a una solución amistosa del asunto, basada en el respeto al presente Pacto;
b) La Comisión estará integrada por cinco personas aceptables para los Estados Partes interesados. Si, transcurridos tres meses, los Estados Partes interesados no se ponen de acuerdo sobre la composición, en todo o en parte, de la Comisión, los miembros de la Comisión sobre los que no haya habido acuerdo serán elegidos por el Comité, de entre sus propios miembros, en votación secreta y por mayoría de dos tercios.
2.- Los miembros de la Comisión ejercerán sus funciones a título personal. No serán nacionales de los Estados Partes interesados, de ningún Estado que no sea parte en el presente Pacto, ni de ningún Estado Parte que no haya hecho la declaración prevista en el artículo 40.
3.- La Comisión elegirá su propio Presidente y aprobará su propio reglamento.
4.- Las reuniones de la Comisión se celebrarán normalmente en la Sede de las Naciones Unidas o en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra. Sin embargo, podrán celebrarse en cualquier otro lugar conveniente que la Comisión acuerde en consulta con el Secretario General de las Naciones Unidas y los Estados Partes interesados.
5.- La secretaría prevista en el artículo 36 prestará también servicios a las comisiones que se establezcan en virtud del presente artículo.
6. La información recibida y estudiada por el Comité se facilitará a la Comisión, y ésta podrá pedir a los Estados Partes interesados que faciliten cualquier otra información pertinente.
7.- Cuando la Comisión haya examinado el asunto en todos sus aspectos, y en todo caso en un plazo no mayor de doce meses después de haber tomado conocimiento del mismo, presentará al Presidente del Comité un informe para su transmisión a los Estados Partes interesados:
a) Si la Comisión no puede completar su examen del asunto dentro de los doce meses, limitará su informe a una breve exposición de la situación en que se halle su examen del asunto;
b) Si se alcanza una solución amistosa del asunto basada en el respeto a los derechos humanos reconocidos en el presente Pacto, la Comisión limitará su informe a una breve exposición de los hechos y de la solución alcanzada;
c) Si no se alcanza una solución en el sentido del inciso b), el informe de la Comisión incluirá sus conclusiones sobre todas las cuestiones de hecho pertinentes al asunto planteado entre los Estados Partes interesados, y sus observaciones acerca de las posibilidades de solución amistosa del asunto; dicho informe contendrá también las exposiciones escritas y una reseña de las exposiciones orales hechas por los Estados Partes interesados;
d) Si el informe de la Comisión se presenta en virtud del inciso c), los Estados Partes interesados notificarán al Presidente del Comité, dentro de los tres meses siguientes a la recepción del informe, si aceptan o no los términos del informe de la Comisión.
8.- Las disposiciones de este artículo no afectan a las funciones del Comité previstas en el artículo 41.
9.- Los Estados Partes interesados compartirán por igual todos los gastos de los miembros de la Comisión, de acuerdo con el cálculo que haga el Secretario General de las Naciones Unidas.
10.- El Secretario General de las Naciones Unidas podrá sufragar, en caso necesario, los gastos de los miembros de la Comisión, antes de que los Estados Partes interesados reembolsen esos gastos conforme al párrafo 9 del presente artículo.
Artículo 43
Los miembros del Comité y los miembros de las comisiones especiales de conciliación designados conforme al artículo 42 tendrán derecho a las facilidades, privilegios e inmunidades que se conceden a los expertos que desempeñan misiones para las Naciones Unidas, con arreglo a lo dispuesto en las secciones pertinentes de la Convención sobre los privilegios e inmunidades de las Naciones Unidas.
Artículo 44
Las disposiciones de aplicación, del presente Pacto se aplicarán sin perjuicio de los procedimientos previstos en materia de derechos humanos por los instrumentos constitutivos y las convenciones de las Naciones Unidas y de los organismos especializados o en virtud de los mismos, y no impedirán que los Estados Partes recurran a otros procedimientos para resolver una controversia, de conformidad con convenios internacionales generales o especiales vigentes entre ellos.
Artículo 45
El Comité presentará a la Asamblea General de las Naciones Unidas, por conducto del Consejo Económico y Social, un informe anual sobre sus actividades.
PARTE V
Artículo 46
Ninguna disposición del presente Pacto deberá interpretarse en menoscabo de las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas o de las constituciones de los organismos especializados que definen las atribuciones de los diversos órganos de las Naciones Unidas y de los organismos especializados en cuanto a las materias a que se refiere el presente Pacto.
Artículo 47
Ninguna disposición del presente Pacto deberá interpretarse en menoscabo del derecho inherente de todos los pueblos a disfrutar y utilizar plena y libremente sus riquezas y recursos naturales.
PARTE VI
Artículo 48
1.- El presente Pacto estará abierto a la firma de todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas o miembros de algún organismo especializado, así como de todo Estado Parte en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia y de cualquier otro Estado invitado por la Asamblea General de las Naciones Unidas a ser parte en el presente Pacto.
2.- El presente Pacto está sujeto a ratificación. Los instrumentos de ratificación se depositarán poder del Secretario General de las Naciones Unidas.
3.- El presente Pacto quedará abierto a la adhesión de cualquiera de los Estados mencionados en el párrafo 1 del presente artículo.
4.- La adhesión se efectuará mediante el depósito de un instrumento de adhesión en poder del Secretario General de las Naciones Unidas.
5.- El Secretario General de las Naciones Unidas informará a todos los Estados que hayan firmado el presente Pacto, o se hayan adherido a él, del depósito de cada uno de los instrumentos de ratificación o de adhesión.
Articulo 49
1.- El presente Pacto entrará en vigor transcurridos tres meses a partir de la fecha en que haya depositado el trigésimoquinto instrumento de ratificación o de adhesión en poder del Secretario General de las Naciones Unidas.
2.- Para cada Estado que ratifique el presente Pacto o se adhiera a él después de haber sido depositado el trigésimoquinto instrumento de ratificación o de adhesión, el Pacto entrará en vigor transcurridos tres meses a partir de la fecha en que tal Estado haya depositado su instrumento de ratificación o de adhesión.
Artículo 50
Las disposiciones del presente Pacto serán aplicables a todas las partes componentes de los Estados federales, sin limitación ni excepción al
Artículo 51
Todo Estado Parte en el presente Pacto podrá proponer enmiendas y depositarlas en poder del Secretario General de las Naciones Unidas. El Secretario General comunicará las enmiendas propuestas a los Estados Partes en el presente Pacto, pidiéndoles que le notifiquen si desean que se convoque a una conferencia de Estados Partes con el fin de examinar las propuestas y someterlas a votación. Si un tercio al menos de los Estados se declara en favor de tal convocatoria, el Secretario General convocará una conferencia bajo los auspicios de las Naciones Unidas. Toda enmienda adoptada por la mayoría de Estados presentes y votantes en la conferencia se someterá a la aprobación de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Tales enmiendas entrarán en vigor cuando hayan sido aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas y aceptadas por una mayoría de dos tercios de los Estados Partes en el presente Pacto de conformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales.
Cuando tales enmiendas entren en vigor, serán obligatorias para los Estados Partes que las hayan aceptado, en tanto que los demás Estados Partes seguirán obligados por las disposiciones del presente Pacto y por toda enmienda anterior que hayan aceptado.
Artículo 52
Independientemente de las notificaciones previstas en el párrafo 5 del artículo 48, el Secretario General de las Naciones Unidas comunicará a todos los Estados mencionados en el párrafo 1 del mismo artículo:
Las firmas, ratificaciones y adhesiones conformes con lo dispuesto en el artículo 48;
La fecha en que entre en vigor el presente Pacto conforme a lo dispuesto en el artículo 49, y la fecha en que entren en vigor las enmiendas a que hace referencia el artículo 51.
Artículo 53
1.- El presente Pacto, cuyos textos en chino, español, francés, inglés y ruso son igualmente auténticos, será depositado en los archivos de las Naciones Unidas.
2.- El Secretario General de las Naciones Unidas enviará copias certificadas del presente Pacto a todos los Estados mencionados en el artículo 48.
En fe de lo cual, los infrascritos, debidamente autorizados para ello por sus respectivos Gobiernos, han firmado el presente Pacto, el cual ha sido abierto a la firma en Nueva York, el decimonoveno día del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y seis.
6.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS, QUE DENOMINA "EUGENIO MATTE HURTADO" AL LICEO DE HOMBRES Nº 14 DE SANTIAGO, Y "ERNESTO BOHN" AL LICEO DE HOMBRES Nº 2 DE TEMUCO.
Santiago, 7 de julio de 1971.
Con motivo del Mensaje, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E. la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1º.- Desígnase con el nombre de "Eugenio Matte Hurtado" al Liceo de Hombres Nº 14 de Santiago.
Artículo 2º.- A contar desde la vigencia de esta ley, el Liceo de Hombres Nº 2 de Temuco, llevará el nombre de "Ernesto Bohn". ".
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Juan Acevedo Pavez. Jorge Lea-Plaza Sáenz.
7.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE NORMAS QUE PERMITAN A LOS IMPONENTES QUE QUEDEN CESANTES CONTINUAR LAS OPERACIONES DE ADQUISICION DE VIVIENDAS.
Santiago, 8 de julio de 1971.
Con motivo del Mensaje, informe y antecedente que tengo a honra pasar a manos de Vuestra Excelencia, la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- El imponente a quien se hubiere seleccionado para adquirir una vivienda que, por causa de cesantía, dejare de serlo, tendrá derecho a continuar la tramitación de su operación como si mantuviere tal calidad. En este caso, se suscribirá con él una escritura de promesa que, aparte de las estipulaciones señaladas en la ley Nº 17. 227 y en su Reglamento, deberá contener:
a) La condición de otorgarse el contrato prometido al momento en que el prometiente comprador recupere la calidad de imponente, si se hubiere cumplido el plazo fijado al efecto, con arreglo a las demás cláusulas del contrato de promesa, y
b) La obligación de pagar, en tanto susista la cesantía, sólo el 50% de los dividendos definitivos o provisorios que correspondan.
La fianza durará el tiempo que el prometiente comprador se halle cesante y caducará por el solo hecho de recuperar su calidad de imponente. La parte de los dividendos que, por efecto de lo establecido en el inciso anterior, no pagare el prometiente comprador, se entenderán prorrogados, sin intereses, hasta el vencimiento de las respectivas deudas. ".
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Juan Acevedo Pavez. Jorge LeaPlaza Sáenz.
8.- PROYECTO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA A LA CORPORACION DE LA VIVIENDA PARA TRANSFERIR GRATUITAMENTE AL SERVICIO NACIONAL DE SALUD LOS TERRENOS EN QUE SE ENCUENTRA UBICADA LA POBLACION "EL SANTO" DE LA SERENA.
Santiago, 7 de julio de 1971.
Con motivo del Mensaje, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E. la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Autorízase a la Corporación de la Vivienda para transferir, a título gratuito, al Servicio Nacional de Salud los terrenos de su dominio en que está construida la Población "El Santo" de la ciudad de La Serena, para los efectos previstos en las leyes Nºs. 16. 702 y 16. 908.
La transferencia de dominio de los inmuebles a que se refiere el inciso precedente se efectuará mediante el procedimiento establecido en el artículo 46 de la ley Nº 16. 742.".
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Juan Acevedo Pavez. Jorge Lea-Plaza Sáenz.
9.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE EXTIENDE EL BENEFICIO DE ABONO DE TIEMPO POR TRABAJOS PESADOS A LOS IMPONENTES DEL SERVICIO DE SEGURO SOCIAL QUE PASEN A SERLO DE OTRA INSTITUCION PREVISION AL.
Santiago, 7 de julio de 1971.
Con motivo del Mensaje, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E. la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Los obreros afectos al régimen de la ley Nº 10. 383, orgánica del Servicio de Seguro Social que pasen o hayan pasado a ser imponentes de la Caja de Previsión de Empleados Particulares o de cualquiera otra Institución de Previsión Social, tendrán derecho al abono establecido en el artículo 38 de la ley Nº 10. 383 por los trabajos pesados que acrediten en conformidad con esta disposición durante el tiempo en que fueron asegurados del Servicio de Seguro Social, para los efectos de su derecho a pensión de jubilación por vejez. ".
Dios guarde "a V. E.
(Fdo.): Juan Acevedo Pavez. Jorge Lea-Plaza Sáenz.
10.- PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE QUE LOS EMPLEADOS DE LA FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES ESTARAN AFECTOS AL REGIMEN PREVISION AL DE LA CAJA DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS.
Santiago, 7 de julio de 1971.
Con motivo del Mensaje, informe y antecedente que tengo a honra pasar a manos de V. E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto de ley: "Artículo único. Los empleados de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) estarán afectos al régimen de seguro social de la Sección Empleados Públicos de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, y tendrán los mismos derechos que los empleados de la Universidad de Chile.
La Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales cotizará en dicha Caja y en los Fondos que corresponda, las respectivas imposiciones y aportes que, en conformidad con las leyes, son de cargo del empleador.
Lo dispuesto en este artículo se aplicará a contar desde el 1 de enero de 1971.
Artículo transitorio. Los actuales empleados de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales que hubieren prestado servicios en ella con anterioridad al 1º de enero de 1971 y que no hubieren efectuado imposiciones en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, estarán afectos al régimen de dicha Caja a partir de la fecha en que empezaron a prestar servicios como dependientes de esa Facultad.
Para los efectos de lo dispuesto en el inciso precedente, la Facultad deberá enterar las imposiciones patronales que procedan. La Caja otorgará a los empleados beneficiarios un préstamo para el integro de las imposiciones personales que resulten adeudar, con las modalidades que se aplican a los préstamos de integro de imposiciones a que se refiere la ley Nº 10. 986.".
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Juan Acevedo Pavez. Jorge Lea-Plaza Sáenz,
11.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE DECLARA QUE LA BONIFICACION ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 1º. DE LA LEY Nº 17. 378, QUE BENEFICIO AL PERSONAL DE LAS INSTITUCIONES SEMIFISCALES, ES Y HA DEBIDO SER CONSIDERADA PARA CALCULAR LA BONIFICACION OTORGADA POR EL ARTICULO 1* DE LA LEY Nº 17. 015.
Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Gobierno pasa a informaros acerca del proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, sobre la materia enunciada en el rubro, con urgencia calificada de "Simple".
La proposición de ley en estudio contiene tres ideas fundamentales relacionadas con los personales de los institutos de previsión a que se refiere el artículo 1º de la ley Nº 17. 015, las que explicaremos a continuación:
1.- El citado precepto legal concedió una bonificación equivalente a un 2% de la renta base mensual, por cada año de servicio, a los personales de las siguientes instituciones: Servicio de Seguro Social, Servicio Médico Nacional de Empleados, Caja de Previsión de Empleados Particulares, Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, Caja de Retiro y Previsión Social de los Empleados Municipales de la República, Caja de Retiro y Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado, Caja de Previsión de los Carabineros de Chile, Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de la República, Caja de la Marina Mercante Nacional, Caja de la Defensa Nacional, Departamento de Indemnizaciones a Obreros Molineros y Panificadores, e Instituto de Seguro del Estado.
Con posterioridad, el artículo 1º de la ley Nº 17. 378 otorgó a los mismos empleados otra bonificación mensual, de Eº 308, imponible en la proporción en que lo fueran los respectivos sueldos bases.
Ahora bien, para los efectos de calcular el referido beneficio del 2%, los organismos empleadores estimaron que debía también considerarse el monto de la bonificación de Eº 308, y sobre esta base efectuaron los pagos correspondientes. No obstante, tales resoluciones han sido objetadas por la Contrataría General de la República.
Con el fin de obviar la situación planteada, el artículo 1º del proyecto confiere el necesario respaldo legal para validar dichos pagos. Para ello dispone que "la bonificación establecida en el artículo 1º de la ley
Nº 17. 378 es y ha debido ser considerada para calcular la bonificación otorgada por el artículo 1º de la ley Nº 17. 015.".
Al fundamentarse esta disposición, en el Mensaje respectivo se expresa que se trata de decisiones adoptadas de buena fe y fundadas en una plausible interpretación de la ley, por lo que "se estima de justicia convalidarlas en virtud de una expresa declaración legislativa.".
2.- De acuerdo al criterio adoptado en diversas oportunidades por el legislador, la Honorable Cámara de Diputados, a iniciativa como se ha dicho del Ejecutivo, acordó condonar las cantidades que debían descontarse de las remuneraciones de los personales de las instituciones señaladas anteriormente, con motivo del conflicto laboral que aquéllos sostuvieron entre el 17 de julio y el 6 de agosto de 1970. A esta finalidad responde el artículo 2º del proyecto.
3.- Según lo preceptuado en el artículo 5º de la citada ley Nº 17. 015, los Jefes Superiores de los servicios que ya hemos enumerado no podrán percibir una renta inferior a la más alta que se pague a los funcionarios de la respectiva institución.
El artículo 3º y último de la iniciativa en informe está destinado a solucionar la situación que afecta a los Fiscales de dichos organismos, cuyos niveles de rentas a juicio del Ejecutivo "no guarda relación con la alta jerarquía y responsabilidad que tienen.". Para ello se estima justo asignar a estos funcionarios, a quienes les corresponde generalmente subrogar al Jefe del Servicio, la remuneración que éste tiene, disminuida en un diez por ciento.
Después de aceptar, unánimemente, la idea de legislar sobre las materias explicadas, la Comisión acordó, en la misma forma, aprobar cada una de las normas contenidas en el proyecto, a las que ya hemos hecho referencia.
En mérito de lo anterior, vuestra Comisión de Gobierno tiene el honor de recomendaros, por unanimidad, que aprobéis el proyecto de ley en informe en los mismos términos que constan del Oficio de la" Honorable Cámara de Diputados.
Sala de la Comisión, a 12 de julio de 1971.
Acordado en sesiones celebradas los días 29 de junio ¡y 8 de julio del año en curso, con asistencia de los Honorables Senadores señores Lorca (Presidente), Baltra, Montes (señora Campusano), Morales y Valenzuela.
(Fdo.) : José Luis Lagos López, Secretario.
12.- INFORME DE LA COMISION DE OBRAS PUBLICAS RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO AL PROYECTO DE LEY QUE APLICA A LA JUNTA DE ADELANTO DE ARICA LAS DISPOSICIONES SOBRE ESCRITURACION DE DOCUMENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE TITULOS DE DOMINIO QUE LA LEY Nº 16. 391 ESTABLECE PARA EL MINISTERIO DE LA VIVIVIENDA Y URBANISMO.
Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Obras Públicas tiene a honra informaros, en segundo trámite constitucional, acerca de las observaciones formuladas por el Presidente de la República al proyecto de ley que aplica a la Junta de Adelanto de Arica las disposiciones sobre escrituración de documentos para el otorgamiento de títulos de dominio que la ley Nº 16. 391 establece para el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
Aparte de los miembros de vuestra Comisión, concurrieron a la sesión en que vuestra Comisión consideró la materia, los señores Subsecretario Subrogante de Vivienda y Urbanismo, don Raúl Diez, y el DirectorJurídico de ese Ministerio, don Sergio Farías.
Las observaciones del Ejecutivo, aprobadas en su integridad por la Honorable Cámara de Diputados, consisten en la sustitución del artículo 2º del proyecto y en la adición de uno nuevo, con el número 3º.
De acuerdo con el artículo 2º aprobado por el Congreso se dispone que, dentro del plazo de un año, la Corporación de Servicios Habitacionales otorgará títulos definitivos de dominio a los actuales ocupantes de las viviendas edificadas mediante el sistema de autoconstrucción. El plazo se reduce a 120 días en el caso de las viviendas ubicadas en las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes. El artículo agrega que el precio será igual al costo de construcción, pagadero en un plazo no inferior a 20 años, con el interés legal y sin reajuste.
Las objeciones del Ejecutivo se refieren a tres aspectos. El primero de ellos aborda el problema de las exigencias vigentes en materia de urbanización, cuyo cumplimiento podría impedir, en la práctica, el otorgamiento de los títulos de dominio en los plazos referidos. Para obviar la situación se propone facultar a la misma Corporación para fijar requisitos mínimos de urbanización en estos casos y otorgar la certificación correspondiente.
Seguidamente y en lo relativo al precio de la transferencia, el Ejecutivo hace notar que no se menciona el valor de los terrenos respectivos, omisión que propone salvar.
Tampoco estima justificado el Ejecutivo la fijación de un plazo menor para el cumplimiento de la ley en los casos de las viviendas ubicadas en las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes.
Finalmente, estima que debe darse carácter permanente a las normas del artículo respecto de toda vivienda de autoconstrucción, proponiendo un inciso que consagra esta idea.
Vuestra Comisión, por unanimidad, estimó atendibles las razones en que se fundan las observaciones de S. E. el Presidente de la República y acordó recomendaros su aprobación.
Como se expresó, la segunda de las observaciones propone adicionar el proyecto con un artículo que faculta a la Corporación de Servicios Habitacionales para prestar asistencia jurídica gratuita a las personas que operen con ella, cuando las gestiones pertinentes estén destinadas a obtener posesiones efectivas de herencias, nombramiento de tutores o curadores y, en general, cuando se trate de actuaciones indispensables para el otorgamiento del respectivo título de dominio y de las cauciones exigibles. El patrocinio que en tales casos preste CORHABIT significará respecto de los patrocinados que gocen de privilegio de pobreza y que en los asuntos o gestiones a que dé lugar tal patrocinio, los aranceles de Notarios y Conservadores de Bienes Raíces se apliquen rebajados en un 80%, cuando proceda el cobro respectivo, idea esta última contenida en el inciso tercero del nuevo artículo propuesto. El inciso final del mismo prescribe que competerá al Fiscal de la Corporación calificar los casos en que deba ejercerse la facultad concedida, sin perjuicio de las normas sobre asistencia judicial establecidas en la letra ñ) del artículo 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados.
También por unanimidad vuestra Comisión estimó convenientes las ideas contenidas en los dos primeros incisos del nuevo artículo propuesto y acordó recomendaros su aprobación.
Sin embargo, en lo que se refiere al inciso tercero, relativo a la rebaja arancelaria, el Honorable Senador señor Hamilton discrepó de la observación, juntamente con el Honorable Senador señor Foncea, por estimar que ella, en lugar de favorecer a las personas de escasos recursos a quienes se prestará asistencia jurídica gratuita, les provocará perjuicios y dificultades, derivados de desinterés de los Notarios y Conservadores por atender tales asuntos ante la exiguidad del derecho arancelario que podrán cobrar.
Recordó, además, que las leyes vigentes ya establecen rebajas al respecto para la mayoría de los casos, consistentes en un 50%, suma que le habría parecido más aconsejable en lugar del 80% propuesto por el Ejecutivo. Por último, manifestó dudas sobre el efecto de esta disposición con relación al otorgamiento general del privilegio de pobreza que concede otra parte del artículo, en cuanto a la amplitud de los efectos que derivan de este último beneficio.
Los Honorables Senadores señores Valente y von Mühlenbrock estimaron, por el contrario, que la rebaja arancelaria no constituirá un impedimento para la oportuna atención de los beneficiados por parte de Notarios y Conservadores de Bienes Raíces y que no se contradice sino que complementa los efectos del privilegio de pobreza que para estos casos se otorga por el proyecto.
Luego de un doble empate, vuestra Comisión acordó recomendaros el rechazo del inciso tercero del artículo nuevo propuesto.
Finalmente, la unanimidad de vuestra Comisión no estimó conveniente, por las dificultades operacionales que plantearía, especialmente respecto de las personas que viven en provincias, hacer depender el otorgamiento del servicio gratuito de asistencia jurídica de la decisión del Fiscal de la Corporación, razón por la cual propone el rechazo del inciso respectivo.
En mérito de las razones expuestas, vuestra Comisión tiene a honra proponeros que adoptéis los siguientes acuerdos respecto de las observaciones en informe:
Artículo 2º
Aprobar la que consiste en sustituir este artículo. (Acuerdo adoptado por unanimidad).
Artículo 3º (nuevo)
Aprobar los dos primeros incisos de este artículo. (Acuerdo adoptado por unanimidad);
Rechazar el inciso tercero de este artículo. (Acuerdo adoptado en doble empate, con los votos favorables de los Honorables Senadores señores Hamilton y Foncea y los votos en contra de los Honorables Senadores señores Valente y von Mühlenbrock, y
Rechazar el inciso cuarto de este artículo. (Acuerdo adoptado por unanimidad).
Sala de la Comisión, a 12 de julio de 1971.
Acordado en sesión del día 6 de julio del año en curso, con asistencia de los Honorables Senadores señores Hamilton (Presidente), Foncea, Valente y von Mühlenbrock.
(Fdo.). : Jorge Tapia Valdés, Secretario.
13.- INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY, INICIADO EN MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR BALLESTEROS, QUE MODIFICA EL ARTICULO 609 DEL CODIGO DEL TRABAJO, RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE CONCILIACION.
Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social ha estudiado el proyecto de ley, iniciado en moción del Honorable Senador señor Eugenio Ballesteros, que modifica el artículo 609 del Código del Trabajo, relativo al procedimiento de conciliación.
La iniciativa legal agrega un inciso final al referido artículo, en virtud del cual "las resoluciones de las Juntas de Conciliación que declaren nulos o dispongan el archivo de un pliego de peticiones, fundadas en la
existencia de vicios de procedimiento en la tramitación de los mismos, serán apelables dentro de tercero día, ante la respectiva Corte del Trabajo, la cual deberá conocer dichas apelaciones en forma preferente, sujetándose en lo demás al procedimiento establecido en los artículos 561 y siguientes del Código del Trabajo".
Además, como artículo transitorio del proyecto, se establece que "las resoluciones de las Juntas de Conciliación dictadas entre el 1º de enero de 1971 y la fecha de promulgación de esta ley, en virtud de las cuales se hayan declarado nulos o archivado pliegos de peticiones, en razón de vicios existentes en el procedimiento de tramitación, serán apelables dentro de un plazo de quince días a contar de la fecha de promulgación de esta ley, ante la respectiva Corte del Trabajo, entendiéndose vigente el conflicto colectivo, para todos los efectos legales. ".
El autor fundamentó su moción expresando que "numerosos gremios de trabajadores han elevado su protesta por la forma discriminada en que algunas Juntas de Conciliación disponen el archivo de sus pliegos de peticiones, por causa de supuestas e inexistentes nulidades de orden procesal; que las Juntas están constituidas por personas no letradas, carente, por lo tanto, de los requisitos de conocimientos de técnica jurídica necesarios para pronunciarse en aspectos propios del orden procesal; que nuestra legislación positiva no contiene norma alguna que permita revisar estas resoluciones de las Juntas de Conciliación, las cuales proceden por lo tanto a su entero arbitrio, pronunciándose en materias procesales respecto de las cuales ni siquiera los más altos Tribunales del país gozan de una amplitud tan grande; y que ello deja a los trabajadores afectados por las erróneas interpretaciones de algunas Juntas de Conciliación al procedimiento de tramitación de conflictos colectivos, en la más completa e irrevocable indefensión, que urge corregir".
El artículo 598 del Código del Trabajo establece que en cada departamento habrá una Junta Permanente de Conciliación, que conocerá de los conflictos colectivos que en él se susciten. El artículo 600 del mismo Código dispone que ella se compondrá de seis miembros, tres de los cuales actuarán en representación de los patrones, dos en representación de los obreros y uno en representación de los empleados. Preside esta Junta el Inspector del Trabajo de superior categoría del departamento, quien no tiene derecho a voto.
Los artículos 561 y siguiente del Código del Trabajo, a que se refiere la moción, contienen las normas sobre el recurso de apelación en los juicios del trabajo.
El Honorable Senador señor García hizo presente que la norma del artículo 497 del Código del Trabajo es suficiente para lograr el objetivo que pretende este proyecto, por cuanto expresa que los Tribunales del Trabajo conocerán de todas las cuestiones de carácter contencioso que suscite la aplicación de las disposición del Código del ramo y de las estipulaciones de los contratos de trabajo y, siendo así, el proyecto en informe podría envolver una limitación del recurso de apelación en aquellos casos en que se declare nulo o se archive un pliego de peticiones.
El autor del proyecto en informe hizo presente que la Dirección del Trabajo, en dictamen Nº 4041, de 27 de mayo de 1971, relativo a un conflicto de los Oficiales de la Compañía Sudamericana de Vapores, determinó que la Junta Especial de Conciliación para la Industria Marítima, el declarar de oficio la ilegalidad del pliego de peticiones de los Oficiales de la Compañía referida, se excedió en sus atribuciones.
En nuestra Legislación no existe disposición que permita a las Juntas de Conciliación pronunciarse de oficio sobre la ilegalidad de un pliego. Los preceptos legales y reglamentarios que regulan el funcionamiento de las Juntas son de orden publico, de tal modo que estos organismos sólo pueden efectuar aquellos actos que una norma expresa los faculta para realizar.
En este mismo sentido se pronunció, también, el dictamen Nº 8. 181, de 25 de noviembre de 1968, de la referida Dirección.
Vuestra Comisión concordó con los fundamentos de esta iniciativa y, por unanimidad, la aprobó en general y particular.
En consecuencia, os proponemos la aprobación del siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Agrégase el siguiente inciso final al artículo 609 del Código del Trabajo:
"Las resoluciones de las Juntas de Conciliación que declaren nulos o dispongan el archivo de un pliego de peticiones, fundadas en la existencia de vicios de procedimiento en la tramitación de los mismos, serán apelables dentro de tercero día, ante la respectiva Corte del Trabajo, la cual deberá conocer dichas apelaciones en forma preferente, sujetándose en lo demás al procedimiento establecido en los artículos 561 y siguientes del Código del Trabajo. La apelación se concederá en ambos efectos.
Artículo transitorio.- Las resoluciones de las Juntas de Conciliación dictadas entre el 1º de enero de 1971 y la fecha de promulgación de está ley, en virtud de las cuales se haya declarado nulos o archivado pliegos de peticiones, en razón de vicios existentes en el procedimiento de tramitación, serán apelables dentro de un plazo de quince días a contar de la fecha de promulgación de esta ley, ante la respectiva Corte del trabajo, entendiéndose vigente el conflicto colectivo, para todos los efectos legales. ".
Sala de la Comisión, a 2 de julio de 1971. Acordado en sesión de fecha 29 de julio, con asistencia de los honorables Senadores señores Ballesteros (Presidente), García y Musalem
(Fdo.): Andrés Rodríguez Cruchaga, Secretario.
14.- MOCION DE LOS HONORABLES SENADORES SEÑORES NOEMI Y PALMA, CON LA QUE INICIAN UN PROYECTO DE LEY QUE CONSULTA DIVERSOS BENEFICIOS PARA ZONA AFECTADA POR LOS SISMOS ACAECIDOS EL 8 DE JULIO DEL PRESENTE AÑO.
Honorable Senado:
El 8 de julio recién pasado, la parte central del país fue afectada por uno de los periódicos sismos que ocurren en Chile.
Esta misma región, configurada por la parte sur de la provincia de Coquimbo, las provincias de Acangua y Valparaíso y la zona poniente de la provincia de Santiago, había sido ya golpeada por otro terremoto el 28 de marzo de 1965. Se trata, pues, de una zona que ha sufrido dos catástrofes naturales de gran magnitud y repetidas en poco tiempo. Además, es necesario considerar, como justificación de las medidas extraordinarias que se proponen en este proyecto de ley, que especialmente las provincias de Coquimbo y Acongua han sido azotadas por una sequía de largos años de duración.
En la zona afectada habita un tercio de la población del país y en ella existen importantísimas actividades mineras, industriales y agrícolas, además de contar con los principales puertos de la República.
Con motivo del terremoto del año 1965 se aprobó la ley Nº 16. 282, promulgada el 28 de julio de dicho año, que se transformó en un cuerpo legal destinado a afrontar con carácter permanente los efectos inmediatos de cualquier terremoto o catástrofe; asimismo, incluyó numerosas disposiciones transitorias, varias de las cuales es necesario renovar en las circunstancias actuales, dada la magnitud del reciente sismo.
Según informaciones suministradas por el Ministerio del Interior, en la zona afectada habrían perecido cerca de 100 personas y resultado heridas alrededor de 500, muchas de ellas de gravedad.
Los daños materiales en infraestructura básica, sectores habitacionales, industriales y otros diversos, no han sido aún estimados en forma definitiva. Pero de los antecedentes suministrados tanto por el Ministerio referido como por las observaciones realizadas por los parlamentarios que suscriben este proyecto y otros que han recorrido la región, se puede aceptar que los daños son en extremo cuantiosos en las localidades de Illapel, Salamanca, La Ligua, LlayLlay, La Calera, Viña del Mar, Valparaíso, Casablanca, Curacaví, San Antonio, LloLleo y algo más reducidos en Ovalle, Melipilla y otros puntos de la región señalada en el párrafo precedente.
Si las pérdidas materiales fueron estimadas el año 1965 en cerca de US$ 150. 000. 000, las del terremoto del 8 de julio reciente superarán en mucho esta cantidad. Vale la pena destacar que se ha estimado en alguna oportunidad que los daños producidos en el país por los terremotos que hemos tenido en este siglo superan el monto total de nuestra deuda externa.
Las cifras señaladas anteriormente y la experiencia de cada uno de los chilenos en diversas ocasiones de su vida hacen necesario el despacho de una ley que permita afrontar en forma permanente los problemas con que estamos obligados a vivir por las condiciones que impone nuestra naturaleza.
Para este fin, proponemos algunas medidas que completarán las disposiciones establecidas en la ley Nº 16. 282, antes aludida, y que responden al espíritu de solidaridad con que el pueblo chileno debe afrontar esta circunstancia. Entre otras disposiciones se propicia el establecimiento de un Seguro Nacional Obligatorio para afrontar calamidades naturales y sismos, que requerirá para financiarse una pequeñísima prima.
Respecto de la zona afectada ya dos veces, en menos de diez años, por los sismos, se plantea un plan quinquenal de Fomento y Reconstrucción y un "plan de auxilio inmediato", los que deben financiar todos nuestros conciudanos, pues frente a la lucha con la naturaleza no puede haber chilenos de buena suerte y chilenos de mala suerte.
El plan quinquenal proponemos financiarlo usando las disposiciones establecidas para estos efectos en los preceptos de la ley Nº 16. 282, especialmente en lo que dice relación con los empréstitos externos y con el 80% de lo que produzcan las suscripciones de los bonos CAR, durante dos años completos, a partir de la vigencia de esta ley. El ahorro del país se volcará en la zona tan duramente golpeada y se concentrará en una proporción adecuada para que efectivamente rinda frutos y modernice especialmente su infraestructura básica y los edificios del sector público.
Para el sector habitacional se establece la obligación de que todo el Sistema Nacional de Ahorro y Préstamo invierta un 10% de sus ingresos dentro de la zona afectada, cualquiera sea la sede y el área de acción legales de las Asociaciones de Ahorro y Préstamo. Estimamos importante estimular esta inversión haciendo posible que ella se realice, en la zona afectada, en construcciones que puedan ser, además de las que la ley determina, construcciones comerciales u hoteleras.
Creemos que la urgencia de entregar una cooperación moral a las personas afectadas reiteradamente por las calamidades naturales de la zona es tan grande, como la necesidad de crear elementos para el desarrollo económico de la región. Las medidas propuestas ciertamente implican algunos sacrificios, pero responden al espíritu patriótico con que hay que afrontar, solidariamente, los graves problemas que hieren a un número tan crecido de chilenos.
En mérito de las consideraciones precedentes, tenemos el honor de someter a vuestra consideración el siguiente
Proyecto de ley:
TITULO I
De la zona afectada por el sismo del día 8 de julio de 1971 y de los damnificados.
Artículo 1º.- Declárase para los efectos de esta ley y de lo dispuesto en el artículo 1º de la ley Nº 16. 282, de 28 de julio de 1965, como zona
afectada por los sismos acaecidos el día 8 de julio de 1971 los departamentos de Ovalle, Illapel y Combarbalá de la provincia de Coquimbo, las provincias de Aconcagua y Valparaíso y los departamentos de San Antonio, Melipilla y Talagante y las comunas de Lampa, TilTil y Colina de la provincia de Santiago.
Artículo 2º.- El Presidente de la República, dentro del plazo de cinco días de publicada la presente ley, procederá a dictar un reglamento que, haciendo uso de las facultades que le otorgan los Títulos I y II de la ley Nº 16. 282, establezca disposiciones tendientes a socorrer a los damnificados de la zona referida en el artículo anterior.
Las instituciones semifiscales o autónomas, las empresas del Estado o aquellas en que haya aportado capitales o tenga representación y las Municipalidades deberán, dentro del mismo plazo, modificar sus presupuestos para atender, con prioridad a cualquiera otro de sus proyectos de gasto e inversión, las necesidades y solicitudes de damnificados residentes en la zona referida en el artículo 1º.
Artículo 3º.- La Municipalidad correspondiente a la residencia del damnificado o al lugar donde se encuentran los bienes afectados por los sismos certificará la calidad de damnificado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º de la ley Nº 16. 282 y la magnitud del daño que a éste afecta. Este certificado no admitirá prueba en contrario.
Las Municipalidades deberán extender los certificados referidos en el inciso anterior dentro de un plazo no mayor de quince días después de solicitado.
TITULO II
Normas excepcionales de ayuda a los damnificados.
Artículo 4º.- El Presidente de la República, dentro de un plazo máximo de 60 días, deberá proponer al Congreso Nacional un proyecto de ley que establezca, a través del Instituto de Seguros del Estado, un seguro obligatorio, reajustable, de sismos o catástrofes de todos los inmuebles urbanos y rurales del país. El monto de este seguro no podrá ser inferior al avalúo fiscal del inmueble para los efectos del impuesto territorial.
El proyecto de ley referido en el incido anterior deberá establecer un sistema de calificación de los daños que puedan sufrir los inmuebles en casos de sismos o catástrofes y deberá contemplar, además, una relación entre la indemnización a pagar y el daño producido.
El seguro de sismos o catástrofes se hará efectivo siempre que se dicte un decreto fundado de conformidad al artículo 1º de la ley Nº 16. 282.
Artículo 5º.- Declárase aplicable a los damnificados de los sismos de 8 de julio de 1971 las siguientes disposiciones transitorias de la ley Nº 16. 282, con las modificaciones que respecto de algunas de ella se señalan:
1) Artículo 4º y 6º.
2) Artículo 7º, sustituyendo la expresión "entre el 28 de marzo y el 15 de julio de 1965" por "entre el 8 y el 15 de julio de 1971";
3) Artículo 8º, sustituyendo la expresión "6º y 7º transitorios, regirán hasta el 31 de diciembre de 1965. ", por "6º y 7º transitorios, regirán hasta el 1º de julio dé 1972. ";
4) Artículos 15 y 16;
5) Artículo 17, sustituyendo la fecha "1º de enero de 1966" por "1º de julio de 1972";
7) Artículo 21.- reemplazando las palabras "podrá otorgar" por "otorgará" y suprimiendo su inciso segundo;
8) Artículo 22.- sustituyendo desde donde dice "y en el Reglamento sobre "hasta el final del artículo, por lo siguiente: ", a excepción de su Reglamento sobre calificación de postulantes y asignación de viviendas.";
9) Artículos 23 y 24, sustituyendo en el inciso final de este último precepto la cantidad de "Eº 2. 000" por "Eº 5. 000";
10) Artículos 25, 26, 27, 28, 29 y 34;
11) Artículo 35, sustituyendo, en su inciso primero, la palabra "podrá" y en su inciso segundo los guarismos "Eº 3. 000", las dos veces que aparece, y Eº 100. 000", por "deberá" y "Eº 5. 000" y "Eº 200. 000", respectivamente. Suprímese el inciso final de este artículo;
12) Artículo 36.
13) Artículo 40 a 45, inclusive, sustituyendo en el primero de los artículos citados la fecha "21 de agosto de 1965" por "15 de julio de 1971";
14) Artículos 69,70, 72, 73, 74, suprimiendo el inciso sexto del último de los artículos citados;
Artículos 75, 82 y 84.
15) Reemplázase en los artículos antes citados, todas las veces en que aparezca, la fecha "28 de marzo de 1965" por "8 de julio de 1971".
TITULO III
Medidas de desarrollo para la zona damnificada.
Artículo 6º.- La Corporación de Fomento de la Producción y la Oficina de Planificación Nacional deberán de consuno formular, dentro del plazo de 120 días, contado desde la fecha de publicación de esta ley, un plan quinquenal de desarrollo de la zona referida en el artículo 1? de esta ley y, en especial, de los departamentos de Illapel, Combarbalá y Ovalle de la provincia de Coquimbo.
El Presidente de la República podrá, a solicitud de la' Corporación de Fomento de la Producción, ampliar la zona que comprenderá el plan indicado en el inciso anterior, a zonas adyacentes que integren unidades económicogeográficas completas.
La Corporación de Fomento de la Producción podrá, dentro del plazo indicado, convenir con cualquier organismo fiscal o semifiscal, con empresas del Estado, de administración autónoma o con las Municipalidades la entrega, erogación, préstamo o aporte de fondos destinados al estudio de la inclusión de proyectos específicos en los planes indicados en el inciso primero, sin que para ello sean obstáculo las disposiciones orgánicas de las respectivas instituciones.
En el plan que se elabore se dará prioridad a la reconstrucción de las unidades económicas deterioradas por los sismos de julio de 1971.
Artículo 7ºLa Corporación de Fomento de la Producción y la Oficina de Planificación Nacional darán prioridad en la confección y ejecución de sus planes anuales de desarrollo al cumplimiento del plan quinquenal referido en el artículo anterior.
La ejecución de el plan que se elabore en virtud del artículo precedente en la provincia de Coquimbo estará a cargo de la Junta de Desarrollo Regional de Atacama y Coquimbo, para lo cual la Corporación de Fomento de la Producción le traspasará los fondos presupuestarios que para este efecto consulte.
TITULO IV
Recursos económicos y financieros destinados a la reconstrucción y auxilio.
Artículo 8º.- El Banco del Estado de Chile y los organismos públicos de fomento y desarrollo deberán otorgar préstamos de reconstrucción a los damnificados sin sujeción a sus respectivas leyes orgánicas y reglamentos. Estos préstamos se amortizarán en un plazo de quince años, no estarán afectos a reajuste y devengarán un interés no superior al 10% anual.
Las instituciones referidas deberán dar curso a las solicitudes que se presenten en conformidad al inciso anterior con preferencia a cualquiera otra.
El Banco del Estado de Chile deberá descontar a su presentación los documentos justificativos de los préstamos a que se refiere este artículo.
Los Bancos del Estado de Chile y Comerciales podrán otorgar préstamos a los damnificados para la reconstrucción de establecimientos industriales, agrícolas, comerciales o mineros. Estos préstamos quedarán fuera de cualquier límite de colocaciones que determine el Banco Central de Chile.
Los préstamos que se otorguen de acuerdo al inciso anterior deberán amortizarse en un plazo de diez años, no estarán afectos a reajuste y devengarán un interés no superior al 10% anual.
Artículo 9ºDecláranse aplicables para los efectos de esta ley los artículos 47 y 48 de la ley Nº 16. 282, con la sola modificación de reemplazar en el inciso tercero de este último artículo las palabras "lixiviación de minerales oxidados de cobre", por: "lixiviación y concentración de minerales" y de intercalar, después de la palabra "hoteles", lo siguiente: ", en especial en Illapel y en Combarbalá. "
Aplicase también lo dispuesto en el artículo 49 de la misma ley Nº 16. 282.
Artículo 10. Los recursos que el Banco Central de Chile recaude, durante los dos próximos años contados desde la vigencia de la presente ley, por concepto de colocación de certificados de ahorro reajustables, a que se refiere la letra h) del artículo 39 del D. F. L. Nº 247, de 1960, deberán invertirse en un 80% en el fmanciamiento del plan quinquenal referido en el artículo 6º de esta ley y el 20% restante deberá ser aportado a la Junta de Desarrollo Regional de Atacama y Coquimbo.
Artículo 11. El 10% de las colocaciones que efectúen durante los años 1971 a 1976, inclusive, las Asociaciones de Ahorro y Préstamo deberán invertirse en la zona a que se refiere el artículo 1º.
La Caja Central de Ahorros y Préstamos autorizará a las Asociaciones para invertir el porcentaje referido en el inciso anterior en la reconstrucción, reparación y habilitación de cualquier tipo de vivienda, así como en la construcción de hoteles, hosterías o posadas, en la zona indicada.
El Presidente de la República, previo informe de la Caja Central de Ahorros y Préstamos, reglamentará, dentro del plazo de 30 días de publicada esta ley, la forma en que las distintas Asociaciones de Ahorro y Préstamo del país darán cumplimiento a la obligación establecida en el inciso primero.
(Fdo.): Alejandro Noemi Huerta. Ignacio Palma Vicuña.
15.- MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR MUSALEM CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE QUE LOS DEPARTAMENTOS U OFICINAS DE BIENESTAR DE LAS REPARTICIONES FISCALES EXTENDERAN SUS BENEFICIOS A LOS JUBILADOS DE LAS MISMAS
Honorable Senado:
El artículo 47 de la ley Nº 16. 250 autorizó a los Departamentos u Oficinas de Bienestar existentes en las reparticiones fiscales e Instituciones Semifiscales y de administración autónoma para extender sus beneficios a los funcionarios jubilados de las mismas, siempre que éstos contribuyan con su aporte pecuniario al financiamíento de dichos Departamentos u Oficinas.
La disposición legal citada fue reglamentada por el Decreto Nº 290 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, publicado en el Diario Oficial el 3 de noviembre de 1965, el cual establece las normas en que aquellos Departamentos u Oficinas pueden admitir como afiliados a los jubilados.
No obstante esta autorización, existen numerosos Departamentos u Oficinas de Bienestar que, hasta la fecha, no han hecho uso de esta facultad, debido principalmente a que deben modificar sus reglamentos, realizando una larga tramitación.
Entretanto, esos jubilados se ven privados de los beneficios que recibían de esos Departamentos u Oficinas de Bienestar, ocasionándoseles por este motivo una difícil situación, que se ve agravada por el hecho de que, al pasar a retiro, disminuyen considerablemente sus remuneraciones por efecto de considerarse el promedio de las últimas recibidas para calcular la pensión.
El Proyecto que someto a la consideración del Honorable Senado tiende a buscar una solución a este problema al disponer que los funcionarios que jubilen continuarán afiliados al respectivo Departamento u Oficina de Bienestar en conformidad a las normas determinadas por el antes citado decreto Nº 290 y debiendo pagar los aportes fijados para los funcionarios activos. En esta forma, no se perjudica el financiamiento de esos Departamentos u Oficinas y se mantiene a los jubilados en el goce de los beneficios, sin necesidad de engorrosas tramitaciones de reformas de estatutos, ya que de pleno derecho mantendrán su afiliación.
Para no alterar la situación de los jubilados que ya se han incorporado, se dispone que el proyecto no les afectará a ellos.
Por las razones expresadas, vengo en proponer el siguiente
Proyecto de ley
"Articulo 1º.- Los departamentos u oficinas de Bienestar que funcionen en las reparticiones fiscales e instituciones semifiscales y de administración autónoma extenderán sus beneficios a los funcionarios jubilados de las mismas, siempre que éstos contribuyan con su aporte pecuniario al financiamiento de dichos Departamentos u Oficinas.
La extensión de estos beneficios se hará, sin necesidad de reformar los respectivos reglamentos, en conformidad a las normas establecidas por los artículos 2º, 3º, 5º y 6º del decreto N 290, de 5 de octubre de 1965, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría de Previsión Social.
Articulo 2. Las normas establecidas en esta ley no afectarán a los jubilados que actualmente están afiliados a los Servicios de Bienestar. "
(Fdó.): José Musalem S.