Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
- IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- 1.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
- 2.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
- 3.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
- 4.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
- 5.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
- 6.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO
- 7.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO
- 8.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE LA VIVIENDA Y URBANSMO
- 9.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE LA VIVIENDA Y URBANSMO
- 10.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR
- 11.- MOCION DEL SEÑOR GONZALEZ
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Carlos Gonzalez Jaksic
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 12.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR
- V.- TEXTO DEL DEBATE
- APERTURA DE LA SESIÓN
- DEBATE
- DEBATE
- 1.- AUTORIZACION A LA COMISION DE HACIENDA PARA SESIONAR SIMULTANEAMENTE CON LA SALA
- 2.- DEPARTAMENTO DISTRIBUIDOR DE LA EMPRESA NACIONAL DEL PETROLEO PARA VENDER DIRECTAMENTE SU PRODUCCION DE GAS LICUADO
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Luis Alberto Guastavino Cordova
- INTERVENCIÓN : Fernando Sanhueza Herbage
- INTERVENCIÓN : Hernan Modesto Olave Verdugo
- INTERVENCIÓN : Juan Acevedo Pavez
- INTERVENCIÓN : Fernando Maturana Erbetta
- INTERVENCIÓN : Luis Pareto Gonzalez
- INTERVENCIÓN : Luis Ernesto Aguilera Baez
- INTERVENCIÓN : Alberto Javier Rafael Zaldivar Larrain
- INTERVENCIÓN : Luis Ernesto Aguilera Baez
- INTERVENCIÓN : Duberildo Jaque Araneda
- INTERVENCIÓN : Alberto Naudon Abarca
- 3.- POSTERGACION DEL OTORGAMIENTO DE LA FUERZA PUBLICA SOLICITADA POR LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA EN MATERIA DE LANZAMIENTOS
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Luis Enrique Tejeda Oliva
- INTERVENCIÓN : Osvaldo Giannini Iniguez
- INTERVENCIÓN : Alfredo Macario Lorca Valencia
- INTERVENCIÓN : Osvaldo Giannini Iniguez
- INTERVENCIÓN : Gustavo Lorca Rojas
- INTERVENCIÓN : Luis Ernesto Aguilera Baez
- INTERVENCIÓN : Gustavo Lorca Rojas
- INTERVENCIÓN : Jaime Bulnes Sanfuentes
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPUBLICA DE CHILE
CAMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA ORDINARIA.
Sesión 26ª, en miércoles 30 de julio de 1969
(Especial:
de 11.15 a 13.15 horas).Presidencia de los señores Valenzuela Valderrama, don Héctor Videla y Stark
Secretario el señor Mena.
Prosecretario, el señor Lea-Plaza.
INDICE GENERAL DE LA SESION
I.- SUMARIO DEL DEBATE
II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS
III.-ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
No se adoptó acuerdo alguno al respecto.
IV.-DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
"Nº 1470.Santiago, 25 de julio de 1969.
Por oficio Nº 38, de 28 de julio de 1969, esa Honorable Cámara de Diputados ha tenido a bien remitirnos el texto aprobado por el Congreso Nacional al proyecto de ley que concede franquicias a la internación de vehículos para la locomoción colectiva.
En uso de la facultad que me confiere el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, vengo en formular las observaciones que al Ejecutivo le merece este proyecto.
Dios guarde a U. S. (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva. Sergio Ossa Pretot."
FUNDAMENTO
Es necesario establecer quien decidirá los empates en los acuerdos de la Comisión:
Agregar en el artículo 1º el siguiente inciso nuevo:
Agregar al artículo 3º de la ley 15.722 un nuevo inciso: "En caso de empate decidirá el Presidente de la Comisión".
FUNDAMENTO
La Constitución Política del Estado garantiza a todos los habitantes de la República el derecho de asociarse libremente.
En el artículo 2º sustituir la expresión "la" ubicada entre los términos "a" y "Federación" por la expresión "una".
FUNDAMENTO
Por innecesario y contradictorio con respecto a lo señalado en el inciso primero.
En el artículo 3º suprimir el inciso segundo.
FUNDAMENTO
La Constitución Política del Estado garantiza a todos los habitantes de la República la libertad de Asociación.
Se elimina la frase "que estará compuesta de 11 miembros", por cuanto de otra manera se estarían modificando los estatutos de dichas Organizaciones y el Código del Trabajo que fija en cinco el número de los Directores Sindicales.
Artículo 1º, letra d).Sustituir la expresión "la Federación" por la expresión "una organización" y agregar después de la expresión "directiva" un punto y coma (;) eliminando la frase: "que estará compuesta de once miembros".
FUNDAMENTO
Por ser innecesario.
Artículo 9ºElartículo 9º debe suprimirse.
FUNDAMENTO
La finalidad de esta norma es proteger a los choferes de taxis no dueños, ya que, la situación de los dueños está debidamente reglamentada.
En el artículo 4º, inciso segundo, después de la expresión "vehículo" colocar un punto (.) y suprimir el resto.
FUNDAMENTO
La entrega de la patente debe efectuarse con el pago de la primera cuota, en consecuencia, no existe control del impuesto para el pago de la segunda cuota.
El artículo 8º debe suprimirse.
FUNDAMENTO
Se trata de una materia reglamentaria. Los servicios de locomoción colectiva están controlados por la Subsecretaría de Transportes.
Artículo 10.Suprimirse.
FUNDAMENTO
La norma es inaplicable, ya que no existe letra e) en el artículo 2º transitorio de la ley Nº 16.426.
El artículo 11 debe suprimirse.
FUNDAMENTO
Se trata de una redacción que cumple el mismo objeto que la disposición que se sustituye.
Substituyese el artículo 12, por el siguiente :
"Podrán optar a los beneficios concedidos en la ley Nº 16.426 los taxistas que estén afectos a jubilación, sin que se consideren las rentas obtenidas por este concepto para los efectos de acreditar su actividad principal".
FUNDAMENTO
Para solucionar el problema de las importaciones autorizadas durante la vigencia de la ley Nº 16.426 y que no se finiquitaron antes del 4 de febrero de 1969.
En el artículo 14 cambiar el punto (.) por una coma (,), agregando la siguiente frase: "a contar del 4 de febrero de 1969".
FUNDAMENTO
En el plazo señalado es imposible dar cumplimiento por falta de medios.
El artículo 17 se suprime.
FUNDAMENTO
Se propone agregar al proyecto un nuevo artículo, que tiene por objeto modificar el artículo 146 del Código del Trabajo, a objeto de considerar a los empleados de las empresas de locomoción colectiva y de las asociaciones o agrupaciones de ellas, con una gratificación mínima de dos sueldos vitales mensuales. Es decir, se trata de asimilar a este personal al sistema que rige a las agencias de empresas extranjeras, considerando en el número 4º del artículo en referencia. Con ello se sanciona lo que ocurre en la práctica.
Artículo nuevo. Modifícase el inciso quinto del artículo 146 del Código del Trabajo en la siguiente forma:
a) Elimínase de la enumeración contenida en dicho inciso, al final del número 3º, la palabra "y" y la coma que la precede y se sustituye con un punto y coma;
b) Elimínase el punto final del inciso y se reemplaza por la palabra "y" precedida de una coma;
c) Agrégase al inciso el siguiente número:
5°Empresas que exploten el servicio público de locomoción colectiva de pasajeros y asociaciones o agrupaciones de ellas, dos sueldos vitales mensuales, escala A), para la industria y el comercio del departamento de Santiago.
d) En el inciso sexto, suprímese la palabra "y", entre "números 3º y 4º" y se sustituye por una coma, agregándose, después de "4º", las palabras "y 5º"
FUNDAMENTO
Se trata de dotar a la Subsecretaría de Transportes de personal calificado para cumplir los objetivos que esta ley le encomienda y también para organizar y regular el transporte de carga por carretera.
Artículo nuevo. Facúltase al Presidente de la República para ampliar las plantas de la Subsecretaría de Transportes y Departamentos dependientes en los, siguientes cargos.
Departamento de Transporte Terrestre
Planta Directiva Profesional y Técnica.
Grado 2 Ingeniero (1).
Grado 3 Ingeniero (2).
Grado 4 Técnico (2).
Planta Administrativa
Grado 9 Jefes de Sección (2).
Grado 10 Oficiales (1).
Departamento de Locomoción Colectiva
Planta Directiva, Profesional y Técnica
Grado 2 Ingeniero (1).
Grado 3 Ingeniero (1).
Grado 4 Técnico (2).
Planta Administrativa
Grado 9 Jefes de Sección (2).
Grado 10 Oficial (2).
FUNDAMENTO
Tiene por objeto nivelar las remuneraciones de los personales que se indican en el artículo que se propone a las rentas de sus similares de la Dirección General de Obras Públicas.
Artículo nuevo. Agrégase como inciso final del Nº 2 del artículo 15 de la ley Nº 16.272 el siguiente:
"Las autorizaciones que otorga la Subsecretaría de Transportes o las Juntas Reguladoras del Tránsito en su caso, para que los vehículos de locomoción colectiva particular salgan de sus recorridos habituales, en viajes especiales, pagarán un impuesto equivalente a una décima parte del sueldo vital mensual vigente para la industria y el comercio en la provincia de Santiago por cada vehículo autorizado."
"Artículo nuevo.Facúltase al Presidente de la República, para que, a contar desde el 1º de enero de 1970, fije las remuneraciones del personal directivo, administrativo y de Servicios Menores de la Subsecretaría de Transportes, asimilándolas a las que que goza el personal de la Dirección General de Obras Públicas".
"En igual forma procederá respecto del personal directivo y profesional y técnico, administrativo y de Servicios menores de la Junta Aeronáutica Civil".
"Estos personales gozarán de la asignación del D.F.L. Nº 1, de 1969, de Hacienda considerando las nuevas remuneraciones en que ha sido asimilado".
2.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
"Nº 2633.Santiago, 25 de julio de 1969.
Me refiero al oficio Nº 234, de 23 de junio ppdo., en que V. E. transmite observaciones formuladas por el Honorable Diputado señor Jorge Sabat Gozalo, relacionadas con prestaciones médicas concedidas por el Servicio Nacional de Salud.
Acerca de este particular, debo informar a V. E. que las disposiciones en vigencia establecen que el asegurado debe ser atendido, aun cuando sus imposiciones no estén al día.
Para tales efectos se considera indigente al individuo que percibe como renta hasta un sueldo vital por mes; pero cuan
do se trata de casos de urgencia, se le atienda sin discriminación alguna.
En lo que se refiere a medicamentos, los establecimientos de asistencia médica cuentan con un Arsenal Farmacológico, al que deben someterse los profesionales en sus prescripciones, fuera de éstas el paciente tendrá que adquirirlas por su propia cuenta.
Me permito hacer presente que en casos concretos, los reclamos deben hacerse al Director de cada establecimiento, para darles una adecuada y rápida atención.
Saluda atentamente a V. E. (Fdo.) : Ramón Valdivieso Delaunay."
3.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
"Nº 2065.Santiago, 25 de julio de 1969.
En respuesta al oficio de V. E. Nº 17.353, de 7 de mayo último, en que, a petición del Honorable Diputado señor Carlos Garcés Fernández solicita considerar la posibilidad de creación de Postas de Primeros Auxilios en las localidades de Morza, La Montaña de Teno y El Parrón, en la provincia de Curicó, lamento tener que comunicarle que los limitados recursos económicos y humanos del Servicio Nacional de Salud, impiden por ahora, construir los citados establecimientos.
Saluda atentamente a V. E. (Fdo.) : Ramón Valdivieso Delaunay."
4.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
"Nº 2066.Santiago, 25 de julio de 1969.
Me refiero a su oficio Nº 440, de 26 de junio del presente año, en el cual V. E. manifiesta a esta Secretaría de Estado la solicitud del Honorable Diputado señor Héctor Ríos, relacionada con problemas de orden asistencial que afectan a la provincia de Colchagua.
Al respecto, me permito informarle que en conformidad con la reglamentación vigente, se encuentra confeccionada la planta para el Hospital de Chépica, la que seguirá la tramitación respectiva.
Saluda atentamente a V. E. (Fdo.) : Ramón Valdivieso Delaunay."
5.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
"Nº 2068.Santiago, 25 de julio de 1969.
Con referencia a su oficio Nº 409, de 17 de junio de este año, en que transcribe la petición del Honorable Diputado señor Bernardino Guerra Cofré, en relación con la necesidad de reglamentar la ley 16.634 sobre ambientes tóxicos, me permito manifestar a V. S. que es de competencia del Ministerio del Trabajo y Previsión Social dictar dicho reglamento.
El Servicio Nacional de Salud ha estado asesorando al Ministerio del Trabajo y Previsión Social en el estudio del proyecto de reglamento y ha formulado oportunamente las observaciones y sugerencias al respecto.
Saluda atentamente a U. S. (Fdo.) :. Ramón Valdivieso Delaunay."
6.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO
"Nº 1466.Santiago, 25 de julio de 1969.
Ha recibido este Ministerio su oficio Nº 187, de 17 de junio último, por el cual el Honorable Diputadodon Duberildo Jaque Araneda solicita que se apresuren las obras de extensión de la red de agua potable de la comuna de Lota, especialmente la nueva aducción del Valle de Colcura y la habilitación del colector en la Población Bannen, como asimismo, la construcción de 64 departamentos, a través del PAP en la remodelación de la manzana 73.
Al respecto, cúmpleme informar a V. E. que el programa para 1969 consulta las siguientes obras en la comuna de Lota:
Nº Proy. e Ubicación Viviend.
Instit.
1COU Ciudad
2COU Pob. Bannen
6CORVI Rem. Manz. 73 64 PAP5
Ag. Pot. Alcant. Fecha Est. de Prov.
1.800 ml. 2 Semestre
1.000 ml. 2 Semestre Julio
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Andrés Donoso Larraín:
7.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO
"Nº 1468.Santiago, 25 de julio de 1969.
Ha recibido esta Secretaría de Estado su oficio Nº 233, de 17 de junio último, por el cual el Honorable Diputado don
Jorge Cabello Pizarro solicita que se favorezca con Operación Sitio al Comité de los Sin Casa del sector denominado Casa Blanca, de Molina, del departamento de Lontué.
Al respecto, cúmpleme informar a V. E. que la petición del Honorable Diputadodon Jorge Cabello Pizarro debe ser remitida al Comité de Programación Regional de Talca, que preside el señor Intendente de esa provincia, para que, previos los estudios correspondientes, se resuelva su eventual inclusión en las próximos programas, siempre y cuando se cumpla con las disposiciones y reglamenos del Plan de Ahorro Popular.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Andrés Donoso Larraín."
8.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE LA VIVIENDA Y URBANSMO
"Nº 1486.Santiago, 29 de julio de 1969.
Ha recibido este Ministerio su oficio Nº 17.302, sobre petición del Honorable Diputadodon José Cademártori Invernizzi, referente al problema habitacional que se les presentaría a los actuales ocupantes de las propiedades fiscales comprendidas en el radio de las calles Inés de Aguilera, Gálvez, Eyzaguirre, Nataniel, Diez de Julio y San Diego, con la iniciación de las obras de remodelación del Barrio Cívico.
Al respecto, cúmpleme informar a V. E. que la expropiación de los terrenos afectados por la remodelación tuvo lugar hace 30 años, y los vecinos y comerciantes que allí vivían lo hacían en calidad de arrendatarios del Fisco, pagando rentas bajísimas.
Por lo anteriormente expuesto, los vecinos señalados no revisten la calidad de expropiados, condición necesaria para que tengan un tratamiento especial de la Corporación de Servicios Habitacionales en la postulación de sitios y viviendas.
A mayor abundamiento, el Presidente de la República, autorizado por el artículo 225 de la ley Nº 16.617, cedió los citados terrenos a la Corporación de Mejoramiento Urbano, institución que no ha recibido pago de rentas de arrendamiento de ninguno de los vecinos afectados, de manera que éstos no tienen ni siquiera la calidad de arrendatarios, ocupando gratuitamente dichos inmuebles.
Por otra parte, cabe señalar que el Proyecto Remodelación Barrio Cívico, data de la administración de don Juan Antonio Ríos, época desde la cual los ocupantes referidos se encuentran informados que su estada en el inmueble dependería de la realización del proyecto.
Las viviendas y locales se encuentran en pésimo estado de conservación, habiéndose producido derrumbes interiores y problemas sanitarios.
En consecuencia, los vecinos mencionados no tienen derecho a un tratamiento especial de parte de la Corporación de ' Servicios Habitacionales, debiendo postular a alguno de los planes vigentes del Plan de Ahorro Popular, individualmente o como grupo organizado.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Andrés Donoso Larraín."
9.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE LA VIVIENDA Y URBANSMO
"Nº 1487.Santiago, 29 de julio de 1969.
Ha recibido esta Secretaría de Estado su oficio Nº 139, de 11 de junio último, por el que el Honorable Diputadodon Mario Palestro Rojas solicita se adopten las medidas necesarias tendientes a obtener la pavimentación de las calles El Tabo, La Serena y Avenida Sur de la Población "Bélgica", de la comuna de La Granja.
Al respecto, cúmpleme informar a V. E. que la Avenida Sur entre La Serena y Santa Rosa está incluida en los planes de pavimentación para el presente año. En cuanto a las calles El Tabo y La Serena se estudiará la posibilidad de incluirlas en el plan para 1970 de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias.
Dios guarde a V. E.(Fdo.: Andrés Donoso Larraín."
10.-INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR
Honorable Cámara:
La Comisión de Gobierno Interior pasa a informar un proyecto de ley, originado en una moción de doña Blanca Retamal, que hace extensivo a los contadores que trabajen en la Administración Pública el horario de 33 horas semanales establecido en el Estatuto Administrativo para determinados funcionarios.
El artículo 143 del D.F.L. Nº 338, de 1960, Estatuto Administrativo, establecía que "los empleados que para desempeñar un empleo requieren un título profesional universitario, tendrán una jornada semanal de sólo treinta y tres horas, distribuidas a razón de seis horas diarias en los cinco primeros días hábiles, y de tres en el día sábado hasta el mediodía."
Posteriormente, el artículo 206 de la ley Nº 16.464, de 25 de abril de 1966, agregó a dicha disposición del Estatuto Administrativo una frase final que dice: "De igual tratamiento gozarán para todos los efectos legales los funcionarios que se desempeñen como operarios, perforadores y supervisores de sistemas mecanizados de contabilidad o estadística." Desgraciadamente, omitió incluir en este beneficio a los contadores, a pesar de que este importante sector de profesionales desarrolla labores intelectuales y técnicas de gran responsabilidad en la Administración Pública, y su trabajo y concentración permanentes producen un considerable desgaste de su salud, que todo aconseja evitar mediante la disminución de su jornada laboral.
El proyecto de ley en informe tiene por objeto evitar ese trato discriminatorio y conceder a los empleados que requieran para su desempeño estar inscritos en el Colegio de Contadores y a los que estando inscritos pertenezcan a las Plantas Directiva, Profesional y Técnica, el mismo horario de trabajo concedido por la ley 16.464 a los operarios, perforadores y supervisores de sistemas mecanizados de contabilidad o estadística.
Vuestra Comisión comprendió ampliamente el espíritu de justicia que anima al proyecto en informe y le prestó su aprobación unánime, en los mismos términos en que fue concedido, que son los siguientes:
Proyecto de ley:
"Artículo único. Los empleados que requieran para su desempeño estar inscritos en el Colegio de Contadores y aquellos que estando inscritos en dicho Colegio pertenezcan a las Plantas Directivas, Profesional y Técnica, tendrán la misma jornada de trabajo dispuesta para los Profesionales en el artículo 143 del D.F.L. Nº 338, de 6 de abril de 1960."
Sala de la Comisión, a 29 de julio de 1969.
Aprobado en sesión de 23 de julio de 1969, con la asistencia de los señores Tíldela (Presidente), Atencio, De la Fuente, Frías, García, Insunza, Laemmermann, Palza, Pérez, Retamal, doña Blanca, y Sabat.
Diputado informante se designó a la señora Blanca Retamal.
(Fdo.) : Carlos Olivares Santa Cruz, Secretario de la Comisión."
11.- MOCION DEL SEÑOR GONZALEZ
"Honorable Cámara:
Resulta fácil comprender lo dificultoso que resulta trasladarse desde la provincia de Magallanes al centro del país, fundamentalmente cuando este traslado debe efectuarse a mediados o a fines de un año.
Las molestias y perjuicios que al funcionario fiscal, semifiscal y del magisterio se le ocasionan son notables, ya que se viene a entorpecer la vida normal que el funcionario junto a su familia desarrolla.
En varias ocasiones en un hogar, no sólo labora el padre, sino también lo hace la madre y los hijos o, en su defecto, éstos se encuentran estudiando en colegios, liceos o universidades.
Al trasladarse en estos casos al funcionario, debe éste necesariamente que separarse de su hogar y su familia, ya que resulta imposible hacerlo junto al núcleo familiar, debido a que no es accesible en la mayoría de las veces lograr el traslado de la esposa cuando ella trabaje o el de los hijos cuando éstos estudian.
Para evitar este tipo de trastornos a los citados funcionarios, propongo a la Honorable Cámara el siguiente
Proyecto de ley:
Agréguese a las disposiciones transitorias del D.F.L. Nº 338, del año 1960, sobre Estatuto Administrativo para empleados fiscales, semifiscales y del magisterio el siguiente artículo: Artículo 1ºLos funcionarios de la provincia de Magallanes, sólo podrán ser trasladados en los meses de enero y febrero de cada año, a menos que se contare con la conformidad del empleado, aun cuando se refiera a los casos previstos por el artículo 182 del presente estatuto.
(Fdo.) : Carlos González J."
12.-INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR
"Honorable Cámara:
La Comisión de Gobierno Interior pasa a informar un proyecto de ley, de origen en un Mensaje, con urgencia calificada de "simple", que denomina "Regidora Sara Gajardo" a la actual calle "Principal" de la Población PresidenteJuan Antonio Ríos.
Doña Sara Gajardo Araya nació en la pampa nortina, cerca de Iquique. Fue empleada doméstica por 38 años, hecho que destacó siempre con orgullo y que le permitió conocer a fondo las condiciones do vida de un importante sector asalariado, por cuyas reivindicaciones sociales lucharía más tarde.
Fue elegida Regidora de la Municipalidad de Santiago en 1965 y, posteriormente, reelegida para ese cargo en las elecciones de 1967.
Luchó incansablemente por la dictación de una ley que reglamentara el funcionamiento de los Jardines Infantiles y que permitiera solucionar, en parte, los problemas de la mujer que trabaja, y dedicó sus mejores esfuerzos a la organización de los pobladores, en concordancia con su afán permanente de ayudar a los más desposeídos.
Por estas razones pudo decirse de ella, con justicia, que "supo de la vida oprimida del pueblo y dedicó lo mejor de su ser a evitársela a las futuras generaciones."
La Municipalidad de Santiago acordó acoger la petición formulada por la Junta de Vecinos Sector DosC de la Población Juan Antonio Ríos, en el sentido de cambiar el nombre de la actual calle "Principal" de dicha población por el de calle "Regidora Sara Gajardo".
El Supremo Gobierno coincidió con este acuerdo y envió al Congreso Nacional el proyecto de ley en informe ||AMPERSAND||quot;teniendo presente que el cambio de nombres señalado es perpetuar la memoria de quien con su esfuerzo y sacrificio contribuyó al progreso y bienestar de la comunidad en general y, especialmente, de los habitantes de la población mencionada que, con su gestión, obtuvieron la solución de sus problemas."
La Comisión de Gobierno Interior concordó plenamente con estas razones de reconocimiento y homenaje a una ejemplar servidora pública que animan el proyecto en informe y le prestó su aprobación unánime, con la sola enmienda de agregar a su artículo único una frase final que dice "de la comuna de Santiago" y que tiene por objeto precisar mejor esa disposición.
Asimismo, la Comisión prestó su aprobación a una indicación presentada en el seno de ella, que tiene por fin consultar un artículo segundo, nuevo, que denomina "Paseo Juan Antonio Coloma" al parque o plazoleta ubicado en la comuna de Santiago, al costado norte del río Mapocho, entre las calles Pío Nono y Loreto.
Con ello se desea rendir un justo homenaje al eminente hombre público, prematuramente desaparecido, cuya vasta labor política es sobradamente conocida, que fue Diputado durante veinte años, Senador desde 1953 hasta su fallecimiento, en 1961, y que durante el año 1945 región los destinos de esta Corporación.
Por estas razones, la Comisión de Gobierno Interior prestó su aprobación al proyecto en informe, con las enmiendas señaladas, y os recomienda lo aprobéis también, concebido en los siguientes términos :
Proyecto de ley:
"Artículo 1.Denomínase "Regidora Sara Gajardo" a la actual calle "Principal" de la Población PresidenteJuan Antonio Ríos, de la comuna de Santiago.
Artículo 2º Denomínase "Paseo Juan Antonio Coloma" al parque o plazoleta ubicado en la comuna de Santiago, al costado norte del río Mapocho, entre las calles Pío Nono y Loreto".
Sala de la Comisión, a 29 de julio de 1969.
Aprobado en sesión de fecha 23 del presente, con asistencia de los señores Tudela (Presidente), Atencio, De la Fuente, Frías, Garccía, Insunza, Laemmermarm, Palza, Pérez, Retamal, doña Blanca, y Sabat.
Diputado informante se nombró a doña Blanca Retamal.
(Fdo.) : Carlos Olivares Santa Cruz, Secretario de la Comisión."
V.-TEXTO DEL DEBATE
- Se abrió la sesión a las 11 horas 15 minutos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
Las actas de las sesiones 23ª y 24, se declaran aprobadas, por no haber sido objeto de observaciones.
Se va a dar lectura a la cuenta.
El señor LEAPLAZA (Prosecretario) da cuenta de los asuntos recibidos en Secretaría.
1.-AUTORIZACION A LA COMISION DE HACIENDA PARA SESIONAR SIMULTANEAMENTE CON LA SALA
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señores Diputados, el Presidente de la Comisión de Hacienda ha solicitado a la Mesa que recabe el asentimiento de la Cámara para que dicha Comisión pueda sesionar conjuntamente con la Sala entre las 11.30 y 13 horas de hoy.
¿Habría acuerdo para acceder a esta petición?
Acordado.
2.-DEPARTAMENTO DISTRIBUIDOR DE LA EMPRESA NACIONAL DEL PETROLEO PARA VENDER DIRECTAMENTE SU PRODUCCION DE GAS LICUADO
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
En conformidad con el objeto de la presente sesión, en primer término, corresponde seguir ocupándose del proyecto de ley que dispone que la Empresa Nacional del Petróleo organizará un departamento distribuidor para vender directamente su producción de gas licuado.
El proyecto está impreso en el boletín Nº 10.829.
Se hallaba en el uso de la palabra el Diputado señor Jaramillo, a quien le restan quince minutos de su primer discurso.
El señor SANHUEZA.-
Estaba hablando yo.
El señor KLEIN.-
Estaba hablando el señor Sanhueza.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
El señor Guastavino se hallaba inscrito a continuación.
En seguida, el señor Luis Aguilera había pedido la palabra. ..
El señor MATURANA.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA.-
Había entendido, cuando se cerró el debate en la sesión anterior,. . .
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
No se ha cerrado el debate, señor Diputado.
El señor SANHUEZA.-
Cuando se interrumpió el debate, estaba hablando yo, y pido que se me respete el derecho.
El señor GUASTAVINO.-
El DiputadoSanhueza estaba con la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señor Sanhueza, Su Señoría estaba hablando en una interrupción concedida por el Diputado señor Jaramillo.
El señor SANHUEZA.-
Después solicitaré la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
En primer lugar, se hallaba inscrito el señor Guastavino.
Puede hacer uso de la palabra Su Señoría.
El señor MATURANA.-
Pido la palabra.
El señor TEJEDA.-
Señor Presidente, a continuación me inscribe a mí.
El señor MATURANA.-
Pido la palabra.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, le están pidiendo la palabra aquí.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).
Señor Guastavino, puede hacer uso de la palabra Su Señoría.
El señor GUASTAVINO.-
Señor Presidente, en relación con el problema que trata hoy la Cámara en sesión especial, nosotros tenemos que decir que, incuestionablemente, estamos ante un proyecto de ley que interesa en forma extraordinaria a la opinión pública de nuestro país. Si la Cámara de Diputados es en algún sentido representativa de esta opinión pública, no hay duda de que lo democrático es que ningún sector de ella entorpezca el tratamiento de problemas de tanta trascendencia para la economía nacional, en su conjunto, y para los consumidores chilenos, en particular, a través de este proyecto de ley que debe ser resuelto y desenlazado, en fin de cuentas, por el Parlamento chileno.
Desde este punto de vista, teniendo presente en primer término lo que ya hemos dicho, y desde el punto de vista del tratamiento y análisis concreto del contenido del proyecto, cada sector político tiene en el país una opinión clara y rotunda en relación con este problema, que le permite dar un paso adelante cambiando el "statu quo" que existe, mantener las cosas tal como están o, en fin de cuentas, producir algunas modificaciones. Es esto lo que obliga a que en definitiva la Cámara trate este proyecto que, además, tiene que ver con otros proyectos de ley que se encuentran también en esta Corporación para su estudio y definición por el Parlamento.
Nosotros y quien habla es Presidente de la Comisión de Economíaen la Comisión, estamos tratando con la mayor profundidad posible estas materias. Por ello, no podemos sino pedir que la Cámara vote hoy, en definitiva, este proyecto de ley, para que sea enviado en segundo informe a la Comisión de Economía, a objeto de que allí se termine el estudio exhaustivo que estamos realizando, citan
do a distintos personeros de esta actividad distribuidora, conversando con los representantes de la Empresa Nacional del Petróleo, con los trabajadores, técnicos e ingenieros de esta empresa, visitando en el terreno mismo las instalaciones, conociendo su capacidad y comprobando si la eficiencia y el prestigio de que goza técnicamente la ENAP es, en los hechos, posible de expresarse, a propósito de la creación de un nuevo Departamento que se encargaría de distribuir este producto que ella entrega al país, y en este sentido, producir una legislación uniforme que contemple la posibilidad de fijar normas lo más completas que sea posible a propósito de este importante problema.
Sabemos que esto no es fácil; sabemos que esto choca y tropieza con mentalidades ya formadas al respecto, y sabemos también que esto choca con intereses económicos extraordinariamente poderosos que indudablemente tienen expresión y representación en esta Cámara, a través de los sectores de la Derecha.
Sin embargo, creemos que lo democrático es que se legisle y no se entorpezca con artilugios y obstruccionismos antidemocráticos una legislación de esta envergadura y de esta importancia.
Es por eso que yo termino pidiendo a la Cámara que, a la brevedad posible, vote este proyecto, a objeto de que se pueda continuar el desenvolvimiento legislativo de esta interesante iniciativa que nosotros apoyamos decididamente.
Nada más, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Se haya inscrito a continuación, el Diputado señor Fernando Sanhueza. Puede hacer uso de la palabra Su Señoría.
Después, los señores Hernán Olave, Acevedo, Maturana, Tejeda y Robles.
El señor SANHUEZA.-
Señor Presidente, los parlamentarios de estos bancos habíamos ya anunciado nuestra aprobación en la etapa de discusión general en
que se halla este proyecto que se está discutiendo, coincidiendo con lo expresado por el Presidente de la Comisión de Economía, colega Guastavino, en orden a que a estas materias, junto con las de otros proyectos que se encuentran pendientes en la Comisión, debemos darles un tratamiento conjunto armónico, con el objeto de que realmente se pueda elaborar un proyecto que, coincidiendo con lo dispuesto en la ley orgánica de ENAP, pueda solucionar una serie de problemas que, evidentemente, en una u otra forma están gravitando sobre el bolsillo de los consumidores.
Nosotros, señor Presidente, creemos que la forma como se está conduciendo el debate en la Comisión, durante el cual hemos tenido oportunidad de escuchar a los representantes de la industria, hemos recibido el valioso aporte de los trabajadores y estamos intercambiando opiniones en un plano de absoluta seriedad, nos va a permitir llegar sin demagogia a plantear una solución nueva que, sin herir los legítimos intereses del pueblo, tampoco obligue al Estado a hacer inversiones a las cuales no es necesario recurrir.
Nosotros creemos que en torno del problema concreto de la distribución de gas licuado, hay muchas interrogantes que todavía no han tenido respuestas; y pensamos que una de ellas es, precisamente, lo que se refiere a los balones de gas licuado, cuyo valor constituye la garantía que se paga por ellos, y que se entrega directamente a los usuarios, representa entre el 50 y el 70 % del capital de las empresas distribuidoras. Es decir, con la plata de los clientes no sólo se posibilita la inversión de las empresas, sino que también éstas la usan en otro tipo de inversiones que no tienen a veces relación directa con el gas licuado; por eso, sobre esta materia nos interesa el máximo de claridad.
Nos preocupa también que, en torno de este problema, se pueda llegar a establecer un procedimiento por el que realmente los usuarios y consumidores puedan aprovechar cualquier tipo de balón, sin necesidad de seguir la tramitación engorrosa que actualmente existe, en virtud de la cual, incluso, no es posible dar cumplimiento a disposiciones legales sobre esta materia.
Creemos también que es muy importante el poder preocuparse de los obreros que en este momento aportan su trabajo en las empresas distribuidoras, y pensamos que no sería injusto que los trabajadores de las empresas distribuidoras de gas licuado pudieran gozar también de los mismos beneficios que tienen los trabajadores del petróleo, es decir, de la indemnización de un mes por año de servicio, ya que forma parte de este complejo de la producción nacional y que, evidentemente, en estos momentos se encuentran desfavorecidos.
En resumen, los democratacristianos votaremos afirmativamente esta moción presentada por los colegas del Partido Socialista. Y estamos seguros de que, por la forma en que está trabajando la Comisión de Economía, este proyecto tendrá que ser incorporado a otros que ya se han presentado por diversos otros sectores, para hacer de ellos uno solo que realmente vele por el bien del país, resguarde los intereses de los consumidores y, al mismo tiempo, pueda hacer justicia y claridad sobre muchos problemas que aquí se han planteado y sobre los cuales esta Cámara, evidentemente, tiene que legislar. Porque lo peor que puede pasar en torno de este problema del gas licuado y en torno de la distribución de otros productos de la ENAP, es que se siga haciendo un misterio de ellos, porque muchas veces la gente piensa que, si esta Honorable Cámara u otro sector no quieran legislar es porque hay "algo" por debajo.
Nosotros, en este sentido queremos decirlo con claridad, estamos dispuestos a llegar hasta las últimas consecuencias y por eso, como digo, votaremos afirmativamente el proyecto de los colegas del Partido Socialista.
Muchas gracias.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Para referirse al proyecto en debate, puede usar de la palabra el señor Olave, don Hernán.
El señor OLAVE.-
Señor Presidente, cada vez que una empresa del Estado tiene que enfrentar una petición de mejoramiento de sueldos y salarios de sus empleadores o trabajadores, se encuentra con el dramático problema de que la contestación, invariablemente, está fundamentada en la falta de fondos de estas empresas, en la falta de medios y en la permanente crisis económica que viven y que no les permite mejorar las condiciones de vida de sus obreros y empleados.
Es el caso de Ferrocarriles, en el que, a raíz de una investigación que se hizo en su contabilidad, se llegó a establecer que los motivos de su desfinanciamiento estaban centrados en el pago indebido que hacía a empresas intermediarias, distribuidoras de algunos elementos básicos para su funcionamiento, que perfectamente podían ser entregados en forma directa por quienes lo producían, y no entregándoles pingües utilidades a los distribuidores o intermediarios, como en el caso concreto del petróleo. Ferrocarriles, cuando metió mano en este asunto y se evitó al intermediario, ahorró una gran suma de dinero que vino a incrementar su capital de explotación y que le ha permitido mejorar, en alguna medida, sus instalaciones que son de utilidad pública. Pero ese fenómeno se repite insistentemente en otras empresas, que están entregando millones de escudos a los distribuidores de gas licuado, petróleo, bencina y parafina. El caso es que empresas internacionales, que tienen subsidiarias en Santiago de Chile, en cuatro años han recuperado su capital declarado, en perjuicio de la Nación. Por eso los socialista hemos sido insistentes para reservar este patrimonio, que es de todos los chilenos, en beneficios de todos y no de unos pocos; del Estado y de las empresas que realmente dejan sus utilidades en el país.
En el caso concreto del gas licuado y de otros derivados de la industria del petróleo, queremos que se eviten estos intermediarios, y que sea la ENAP, empresa estatal chilena, la que tenga el control de su distribución en beneficio de todos los chilenos.
Señor Presidente, nosotros que siempre hemos sido respetuosos de todas las tendencias políticas que se manifiestan en el Congreso Nacional y que hemos planteado con claridad nuestra línea y objetivos, estimamos que las colectividades políticamente serias tienen la obligación de expresar sus ideas, con la misma claridad. Sin embargo, debo denunciar en esta Cámara que desde hace más de dos meses hemos sido sometidos a toda clase de tramitaciones por el Partido Nacional y por el señor Presidente de la Cámara, que, en virtud de sus principios doctrinarios, han impedido que se realizara una sesión destinada a tratar este problema. No nos interesa que estén en contra o a favor. Están en su derecho. Pero sí nos interesa que no se obstaculicen las sesiones que tenemos la obligación de realizar para fijar posiciones, para saber quién está en favor de quién. Pero no solamente este Partido Nacional, que aparentemente aparece favoreciendo a las empresas distribuidoras con su actitud, ha sido el causante de que no se realizara esta sesión; a pesar de las reiteradas peticiones que ha hecho el Comité Socialista al señor Presidente democratacristiano de la Cámara, éste, en forma invariable, se ha negado a hacer uso de sus facultades privativas para convocar a una sesión especial, a fin de tratar este problema.
El señor JARAMILLO.-
¿Y en qué estamos ahora?
El señor OLAVE.-
¿Qué ha ocurrido, señor Presidente? Que hemos tenido que presentar un proyecto de acuerdo para realizar esta sesión, el que contó incluso con la aprobación del Partido a que pertenece el señor Presidente de la Cámara, el Demócrata Cristiano, lo que nos apresuramos a reconocer, porque es lo justo.
Pero ¿cómo se ha producido todo esto? Después de concretada esta iniciativa, en el día de ayer fuimos víctimas de toda clase de maniobras por el Partido Nacional, al extremo de que, finalmente, a través del señor Lorca, se hizo mañoso uso del Reglamento de la Cámara. Desgraciadamente, se contó con la complicidad de la Mesa. El Presidente accidental tenía facultad de darle o no el tiempo necesario para que se refiriera a hechos ocurridos en Valparaíso, hechos que no fueron debidamente comprobados, porque el Presidente accidental en ese momento no tuvo los medios con qué hacerlo para ver si estaban fundamentados en la realidad. Todo esto viene a demostrar en forma definitiva, y esto hay que reconocerlo, que se trataba de una hábil maniobra del Partido Nacional.
La señora LAZO.-
No tan hábil.
El señor OLAVE.-
.. .para evitar, como lo hizo durante toda la sesión de ayer, con diversas maniobras dilatorias, el tratamiento de este proyecto.
El señor STARK (Vicepresidente).-
¿Me excusa, señor Diputado?
El señor OLAVE.-
Sí.
El señor STARK (Vicepresidente).-
La señora Carmen Lazo le solicita una interrupción; también los señores Lorca y Pareto.
La señora LAZO.-
No deseo una interrupción. He dicho que no era tan hábil la maniobra del Partido Nacional, porque la descubrimos.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Un poco tarde la descubrieron.
¿Me concede una interrupción, señor Olave?
El señor STARK (Vicepresidente).-
¿Me excusa, señor Olave? El señor Lorca le solicita una interrupción.
El señor OLAVE.-
No voy a conceder ninguna interrupción. Voy a terminar. Los Diputados nacionales tienen tiempo para pedir la palabra en el momento oportuno.
El señor LORCA (don Gustavo).-
¿No me concede una interrupción?
El señor OLAVE.-
Señor Presidente, junto con manifestar nuestra protesta por estos hechos que en la realidad, en lo sustancial, han impedido que antes se realizara esta sesión en forma rápida, para que cada uno fije su posición, como nosotros lo hacemos en este momento ; los socialistas, consecuentes con nuestros planteamientos, vamos a aprobar la distribución del gas licuado por parte de la ENAP, que es el organismo estatal que resguarda debidamente los intereses de todos los chilenos.
Nada más.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Señores Diputados, yo quiero manifestarle al señor Olave, don Hernán, por quien la Mesa siempre ha tenido una deferencia muy especial, que en este momento ha sido un tanto injusto al calificar de arbitraria la actitud del señor Presidente de la Cámara, don Héctor Valenzuela. No ha sido él, en ningún momento, el que se ha opuesto al tratamiento de este proyecto, de ninguna manera, porque el Partido y los señores Diputados al cual él pertenece, estaban muy interesados, como Su Señoría y los Diputados de su Partido, en poder solucionar este problema.
En cuanto a la situación que se suscitó ayer en la Hora de Incidentes, puedo informarle al señor Olave que nunca en la historia del Parlamento se ha dudado de un señor Diputado cuando ha manifestado que ha sido aludido en la prensa, ni menos en el día de ayer se podía dudar de otro Diputado, como el señor Lorca de que había sido aludido. Es cuestión de ver la versión oficial. De manera que la mesa, presidida ayer accidentalmente por el señor Cardemil, procedió bien.
Por encontrarse inscrito para referirse a la materia en debate, puede usar de la palabra el señor Acevedo, don Juan.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, es de conocimiento general lo que ha significado para el país el consumo de gas licuado. En la actualidad es prácticamente usado por un alto porcentaje de la población, la que, durante los meses más fríos de invierno, está desguarnecida de este elemento.
En Santiago existen dos empresas encargadas de la distribución: ABASTIBLE y GASCO, que han instalado sucursales a lo largo de todo el país. Son ellas las que venden los balones, tanto los que se tienen periódicamente para el consumo como los que se venden para repuestos. Los valores que han alcanzado los balones de repuestos sobrepasan los Eº 200, lo que para los hogares modestos significa una inmensa inversión; y nadie sabe a qué se debe ese precio tan alto. Hay otros tipos más pequeños, de cinco kilogramos, que generalmente se emplean para una cocinilla en los hogares modestos y para los cuales no hay repuestos. Quien los provee es la firma Abastible. Todo ello va enredando el problema y complicando la situación, no sólo en Santiago, sino en ciudades como Antofagasta, Valparaíso, Chillán, BíoBío, Los Angeles, y a lo largo de todo el país. Y estas empresas de carácter privado no se caracterizan por resolver los problemas que se le crean al consumidor; por el contrario, son perentorias, tenaces, cortantes; de tal suerte que quienes estén en antecedentes de las dificultades que la población está soportando en materia de abastecimiento de
gas licuado, tienen, sin duda, que preocuparse de este problema. De ahí es que algunos sectores de esta Cámara queramos legislar derechamente sobre la materia.
Una de las iniciativas es que la Empresa Nacional de Petróleo como se está discutiendo evidentemente sea la distribuidora del gas licuado y de los subproductos del petróleo.
La parafina hasta hace algunos años fue elemento fundamental de los sectores populares, y fueron largas colas las que en las bombas bencineras se hacían para obtener uno o dos litros de parafina. Ahora que se ha sustituido por el gas licuado, las inmensas colas que los lunes se hacen en los depósitos distribuidores, significa para las dueñas de casa y para quienes deben ir a buscar este combustible, perder toda la mañana de ese día. Si algún colega viaja por la Gran Avenida, desde San Bernardo hasta Santiago, por ejemplo, podrá ver por lo menos 40 distribuidores GASCO y ABASTIBLE, y en las veredas, a cientos y cientos de personas esperando ser atendidas.
De suerte que se requiere de una legislación especial para la distribución del gas licuado. Se está cometiendo un verdadero crimen contra la población y en él no pueden ser parte algunos sectores de este Parlamento. Ese es el interés que nos anima para que esta iniciativa sea tratada y despachada con la mayor brevedad posible. De ahí es que queramos que en la mañana de hoy se apruebe en general y vaya para su segundo informe a Comisión, donde todos los sectores tienen participación y pueden expresar sus puntos de vista.
Eso es todo, señor Presidente.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Por encontrarse inscrito y para referirse al proyecto en debate, puede usar de la palabra el señor Maturana, don Fernando.
El señor MATURANA.-
Señor Presidente, este proyecto, como se ha manifestado ya en la Sala, no es un caso aislado, ya que, conjuntamente con otros cuatro de iniciativa parlamentaria,. . .
El señor GUASTAVINO.-
Tres.
El señor MATURANA.-
. ...sí, tres; cuatro con este último; están constituyendo el problema del petróleo y sus derivados.
Estos proyectos, no obstante las diferencias específicas que tienen entre sí, poseen, sin embargo, algunas características comunes. Desde luego, no han sido ni solicitados ni impulsados por los más directamente afectados: ni por los consumidores, ni por los empleados y obreros de las compañías distribuidoras, ni por los revendedores, ni por los fleteros.
Respecto de estos proyectos, quienes hemos podido escuchar las intervenciones de los representantes del Gobierno y de la ENAP, y las que en el pasado tuvo el señor Simián, y el actual Ministro de Minería, señor Hales, tenemos que reconocer que el Gobierno actúa en forma bastante prudente, y, me atrevo a decirlo, en la Comisión da la sensación de que hasta son renuentes a estos proyectos de expropiación. La razón es muy clara: la política energética de un país no puede tratarse con ligereza, ni en forma superficial, ni pretendiendo soluciones de tipo político.
El señor ACEVEDO.-
Ni negándose a tratarlas.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Señor Acevedo, ruego a Su Señoría no interrumpir.
El señor MATURANA.-
El petróleo es la fuente principal de energía del país. Por eso su distribución afecta grandemente a toda la población.
Se han dado diversas razones voy a tratar de analizarlas brevemente para justificar estos proyectos. Desde luego, se ha dicho, con bombo y platillo, que el Estado obtendría grandes y nuevas fuentes de ingreso al procederse a esta nacionalización, al hacerse cargo de la distribución del gas licuado. Voy a referirme a un informe oficial del Estado; no de las compañías. La CORFO hizo un estudio sobre los energéticos de este país en forma muy detallada y demostró que, a la altura del año 1966, las compañías distribuidoras de gas licuado, en general, en el país, tenían un déficit de 5 millones 684 mil escudos.
Cuando se citó a los representantes empresariales a la Comisión, yo les hice presentes las informaciones y los estudios actuariales que teníamos a este respecto, y debieron reconocer que, en el rubro específico del gas licuado, tuvieron pérdidas, entre los años 1964 y 1968, de 404 mil escudos. Naturalmente que en la cifra total del negocio, como ellos venden artefactos y otros productos, los balances daban utilidades; pero, en el rubro específico del gas licuado, estaban trabajando a pérdida. Esto fue respecto a Abastibie.
En cuanto a GASCO, aparece una pérdida de 425 mil escudos, el año 1965; de 806 mil escudos, el año 1966; de 254 mil escudos, el año 1967; y el año 1968, de 1 millón 703 mil 246,38 escudos.
De manera que esta primera afirmación que el Estado, al nacionalizar el gas licuado, se va a hacer de una nueva e importantísima fuente de recursos, está absolutamente demostrado que es falsa, tanto por un organismo de cuya seriedad no es posible dudar, como es la CORFO, como por los propios balances de las empresas, que, por haber estado sujetas a la tuición de Impuestos Internos, de Servicios Eléctricos, y para la fijación de costos, del propio Ministerio de Minería, fuera del Ministerio de Economía, tienen que merecer confianza.
Además, como en estas materias no sólo se hace referencia al gas licuado porque este proyecto habla del gas licuado, pero va a ser tratado junto con los otros, y se va a la expropiación de las compañías, es bueno que la Honorable Cámara sepa cómo se van a dilapidar recursos del Estado para una nacionalización que no está en la línea de las nacionalizaciones y que no corresponde a ninguna necesidad. El capital de la empresa "Copec" alcanza a 140 millones de escudos; el capital de la "Esso", a 116 millones de escudos; y el capital de la "Shell", a 65 millones de escudos. Esto da un capital que habría que expropiar y pagar, si no quieren despojarlas simplemente de 321 millones de escudos.
Pues bien, según los balances de estas firmas, las utilidades por estos 321 millones de escudos, son de 25 millones. Si de estos 25 millones de escudos se deduce la tributación, queda una utilidad de 17 millones de escudos. Esto equivale exactamente a la cifra que da la CORFO: el 6% y mínima fracción de utilidad; el 6% del capital como utilidad.
Ahora, si se determina el porcentaje de utilidad sobre las ventas, ¿cuánto se gana en relación a las ventas? Este porcentaje es sólo del 2% de las ventas. La mitad de este porcentaje va al Estado, en virtud de diversas tributaciones, y el saldo del 1% tiene que repartirse entre reinversiones, indispensables para mantener una empresa, y las utilidades y participaciones de los accionistas. Es decir, que el Estado tendría que destinar 300 millones de escudos a esta expropiación, porque no podría pagarla con las utilidades del negocio, ya que es probable que cualquier crédito le represente, un servicio del 7 y del 8% de este monto. Es decir, que el Estado va a distraer recursos, que los están empleando los particulares y que están rindiéndole utilidades al país, sólo para duplicar una actividad privada, y no para crear una nueva fuente de riqueza.
Ahora, es el caso de preguntarse: ¿logrará el Estado mantener los costos al nivel bajísimo que el propio Estado les ha asignado a las empresas privadas? ¿Podrá, a este bajo costo, con las complicaciones que no es imaginación decir que tiene el Estado, cuando se dedica a administrar empresas, mantener la eficiencia y el dinamismo con que las empresas están sirviendo esto?
El señor AGUILERA.-
¿Me permite?
El señor MATURANA.-
Es necesario tener presente, además, que la ENAP, fundamentalmente, tiene por objeto abastecer al país de petróleo. En sus últimos informes, demuestra que más del 50% del petróleo. . .
El señor AGUILERA.-
Señor Presidente, solicito una interrupción.
El señor STARK (Vicepresidente).-
¿Me excusa, señor Maturana? El señor Aguilera, don Luis, le solicita una interrupción.
El señor MATURANA.-
Señor Presidente, se ha dicho que el objetivo de esto no es prolongar la discusión. Se ha escuchado a todos los otros sectores de la Cámara. Pareciera que los únicos que estamos en una posición discrepante somos nosotros, y queremos ser escuchados en esta posición discrepante.
El señor STARK (Vicepresidente).-
¿Su Señoría no desea ser interrumpido?
El señor MATURANA.-
No. Siento mucho hacer esto al señor Aguilera, con quien tengo grandes vínculos de amistad.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Puede continuar, señor Diputado.
El señor MATURANA.-
Respecto al petróleo, más del 50% se está teniendo que importar del extranjero. De manera que es bastante significativo que los recursos del Estado no se traten de orientar hacia un autoabastecimiento de crudos nacionales para obtener la plena producción de petróleo en Chile, sino al rubro distribución.
Cabe hacerse otra pregunta, respecto de algo que se sostiene con mucho énfasis: ¿podría ser más económica la distribución por el Estado del gas licuado y de los productos del petróleo? Creo que la experiencia del país demuestra claramente que no, y no eligiendo las empresas estatales que están más desfinanciadas, las que corrientemente se señalan como arquetipos de mala administración del Estado, sino que eligiendo los mejores ejemplos de administración del Estado. La IANSA, por ejemplo, que es, en general, una industria próspera, ha podido mantenerse y prosperar aumentando incesantemente el precio del azúcar; la IANSA es uno de los grandes factores de encarecimiento del coto del azúcar en Chile. Lo mismo puede decirse respecto a la electricidad y a la ENDESA. En el caso concreto de la misma ENAP, que es una empresa bien administrada, en general, tenemos que una utilidad, declarada por balance, en un hermoso libro que se les ha entregado a todos los señores parlamentarios, da una utilidad de 80 millones de escudos y fracción. Pues bien, la parte final del balance dice que, por aporte fiscal, por devolución de derechos aduaneros, recibió 76 millones de escudos y fracción. Es decir, que si no hubiera existido esta disposición excepcional, si tuviera que trabajar como cualquiera empresa, la ENAP, con 80 millones de escudos de capital, sólo habría tenido una utilidad de 4 millones de escudos.
¿Se podría sostener, en seguida, que sería más eficiente la distribución del Estado, que pasaría a ser un Estado monopolista en materia de petróleo y de gas licuado, que la de las diversas empresas que están compitiendo entre sí y que tienen precios fijados? Hay que considerar que, en consecuencia, no puede la competencia ser relativa al precio; es una competencia relativa a la eficiencia. Porque eso es lo que hace que un comprador elija una firma de gas licuado o la otra; la eficiencia en el servicio, porque el precio es siempre el mismo, y es una competencia que, además, está extremadamente controlada por el Estado. Existe control, y no sólo en los precios. Basta ver el reglamento que rige estas materias para darse cuenta de que hasta los problemas más mínimos están sujetos a la tuición y al control del Estado.
En seguida, todas estas nacionalizaciones tienen una filosofía, respecto a la cual ya la Cámara tiene conciencia; podríamos decir que se ha uniformado criterio. Se dice que una de las funciones básicas de la nacionalización es la recuperación de riquezas básicas. Esto no es posible decirlo ni del petróleo, ni respecto a sus derivados, por la sencilla razón de que el petróleo pertenece al Estado, es un bien del Estado, de manera que no se va a recuperar ninguna cosa.
En seguida, se dice que es lógico que el Estado tenga la tuición de actividades fundamentales para la nación. Resulta que ésta no es una actividad fundamental, sino bastante secundaria.
En seguida, normalmente se habla de que es necesario hacer estas expropiaciones porque las compañías habrían despojado al Estado de algo. Aquí no es posible despojar ni del bien mismo en discusión, porque es bien del Estado. No le han podido hacer daño alguno a ENAP, porque estuvieron funcionando 20 y 30 años antes que ENAP se constituyera. Por lo demás, tienen una clara tradición de progreso en el país, que hace absolutamente imposible dar estas afirmaciones. Ellas tendieron los primeros oleoductos del país; compraron el primer barcocisterna, cuando la marina nacional no tenía barcocisterna. En materia de legislación social, sus trabajadores están mucho más adelantados incluso que los de la ENAP. Tienen que trabajar sectores a pérdida, donde no es negocio, simplemente para mantener el servicio. Y en cuanto al control estatal de que son objeto, se refiere no sólo a la calidad de los productos y a los precios, sino al volumen almacenado, a la publicidad y a la posibilidad de instalar nuevos puestos de venta.
Finalmente, se ha dicho que así lo ordenaría nuestra legislación, que aquí solamente estaríamos desarrollando una exigencia legislativa. Esto es absolutamente especioso. No es efectivo que la ley 9.618 haya ordenado esto. La ley 9.618 se limitó a entregar a la ENAP las funciones y derechos que correspondían al Estado; no creó funciones nuevas. Y como a la dictación de la ley 9.618 no estaba prohibido que empresas particulares participaran ni en la distribución ni en la venta de subproductos del petróleo, no puede, en este momento, ENAP tener más facultades que las que la ley le entregó.
Pero hay una razón mucho más poderosa, y ésta es la fuerza que está impulsando estos proyectos y aglutinando, fundamentalmente, a los partidos de extrema Izquierda con lo que yo diría la ingenuidad de la Democracia Cristiana.
Cuando la fuente de energía que movilizaba al país era el carbón, todas las fuerzas de aquella época, socialistas y comunistas, lucharon por el predominio en el carbón. Por cierto que el Partido Comunista fue mucho más eficiente y llegó a tener, absolutamente, un imperio en la zona del carbón.
¿Qué significaba esto? Que tenían en su mano la posibilidad de parar el país cuando para su política era conveniente establecer una huelga de carácter general. Estas no son especulaciones. Las Fuerzas Armadas tuvieron que ocupar Lota y la zona del carbón para mantener la soberanía del país, porque se había creado un verdadero Estado dentro del Estado.
Pues bien, ahora se ha desplazado el centro energético del carbón al petróleo, y resulta que no pueden parar el país, porque solamente podrían parar la exploración, la producción y extracción misma del petróleo, pero la distribución está entregada a compañías privadas.
El señor ROBLES.-
Está hablando como "momio".
El señor MATURANA.-
El reglamento que rige la distribución hace que cada compañía distribuidora tenga la obligación de mantener un "stock" para 25 días, y es posible, además., que el Estado les exija el 50% más de esa reserva. Esto da entre 28 y 30 días de autonomía de funcionamiento en el país, para sus aviones, para sus barcos, para la inmensa mayoría de sus ferrocarriles, para la totalidad de la tracción automotriz, para la energía termodinámica que se emplea en luz, para la calefacción, para el funcionamiento de la industria y de la agricultura, sin que una huelga en la ENAP pueda paralizar las actividades.
El día en que todo el petróleo esté sometido a una sola mano, va a bastar un solo toque de pito para paralizar este país, para paralizar la LAN, la Fuerza Aérea de Chile, la totalidad del transporte. Ese es el gran secreto, la gran fuerza que está instando a un control único en materia de petróleo, en poder del Estado. No es que se persiga que el Estado controle el petróleo; lo que se persigue es que ciertas fuerzas políticas de este país puedan controlar a los obreros del petróleo en los distintos aspectos de su funcionamiento.
El Partido Nacional está en contra de estos proyectos, porque creemos que la distribución del petróleo y de sus derivados ha sido increíblemente eficiente; creemos que hay una tradición de progreso y de eficiencia en este país. Cualquier particular que va al rincón más apartado de este país encuentra una bomba de bencina donde poder surtir su automóvil. Encuentra una eficiencia sin tramitación y una gran expedición. Se pretende reemplazar todo esto por una gigantesca burocracia en que, incuestionablemente, va a haber que multiplicar funcionarios, inspectores y controles a un costo altísimo, que lo va a pagar, desgraciadamente, todo el país, ni siquiera los usuarios del gas licuado y del petróleo. Como esta industria va a trabajar a pérdida, la alternativa es muy clara: o se suben los precios, a un costo que la empresa privada ha podido mantener hasta este momento, o habrá que bonificar a esta industria, como se han bonificado otras industrias estatales que trabajan a pérdida. Y entonces es el conjunto del país el que se desangra simplemente por una jugarreta de tipo político. Por eso votaremos este proyecto en contra.
Además, hemos hecho las indicaciones que nos parecen adecuadas, para tratar de evitar un mal mayor, y en la Comisión ce Economía haremos todo lo que esté de nuestra parte para evitar que este verdadero desastre se llegue a convertir en una ley en este país que, desgraciadamente, está viendo muchos ejemplos de esta socialización a troche y moche.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Por hallarse inscrito y para referirse al proyecto en debate, puede usar de la palabra el señor Pareto, don Luis.
El señor PARETO.-
Seré, señor Presidente, lo más breve posible para plantear las aspiraciones de los Diputados de estos bancos frente a este proyecto.
Creo que nuestra conducta en la Comisión y en la Sala ha sido consecuente; por eso tendré, lamentablemente, que refutarlos cargos que nos ha formulado el Diputadodon Hernán Olave, Comité Socialista.
En el día de ayer, la Mesa observó una conducta que ha sido tradicional en el seno de la Corporación. Cuando un señor Diputado considera que su honor o dignidad ha sido aludida o perjudicado, él tiene derecho a los cinco minutos. No voy a calificar la intención de haber solicitado esos minutos, en el día de ayer, faltando solamente cinco minutos para la iniciación de otra sesión. Esa es materia que la Sala ha juzgado. Pero el derecho que tenía el señor Diputado era un derecho que la Mesa, tradicionalmente y por encima de circunstancias políticas, debe respetar. Ha sido norma invariable de todas las Presidencias de la Corporación respetar este derecho para todos, aunque el Diputado que presida pertenezca a un determinado partido político.
Ahora, ¿cuál ha sido nuestra posición? No es que el señor Presidente de la Corporación, don Héctor Valenzuela, se haya negado terminantemente. Y en este sentido debemos decir una cosa muy clara : el señor Presidente de la Cámara pertenece al Comité Demócrata Cristiano y él tendrá, por encima de sus facultades, que acatar las instrucciones y los acuerdos de los señores Diputados y los partidos, porque si él se encuentra en este momento como Presidente de la Corporación se debe a la voluntad expresa de los Diputados de la Democracia Cristiana.
Ahora, si bien es cierto que el señor Presidente de la Corporación no se ha negado, liemos considerado conveniente, desde la iniciación del período legislativo, que los días jueves sean destinados exclusivamente a las Comisiones, para no malograr su trabajo, y ésta ha sido la conducta del Presidente de la Cámara al no citar los jueves a sesiones para legislar, única y exclusivamente en resguardo del buen trabajo de Comisiones.
Fuimos partidarios del proyecto y queremos mejorarlo; podemos tener discrepancias con algunas ideas que se le pretende incorporar, ya las estudiaremos y de ellas sacaremos lo mejor para el país.
Por las razones dadas, creemos que los cargos que nos ha formulado el Diputado señor Olave carecen de fundamento, porque tanto el Presidente de la Corporación como los Diputados de la Democracia Cristiana hemos mantenido una conducta consecuente frente a esta materia.
Nada más.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Señores Diputados, ha llegado a la Mesa solicitud de clausura del debate, pero, previamente, el señor Diputado informante, clon Luis Aguilera, solicita que se le conceda la palabra.
Reglamentariamente, sólo por la unanimidad de los señores Diputados se podría acceder a ello, por cuanto hizo uso de los dos discursos a que le da derecho el Reglamento.
Solicito el asentimiento de los señores Diputados para que pueda usar de la palabra el señor Diputado informante de este proyecto, don Luis Aguilera.
Acordado.
Puede usar de la palabra Su Señoría.
El señor AGUILERA.-
Señor Presidente, agradezco a la Honorable Cámara que me haya dado la oportunidad para esclarecer algunas ideas que hemos podido comprobar en la discusión anterior y esta mañana.
Primero, quiero hacer un alcance a algunas de las observaciones del Diputado señor Maturana, en las cuales manifestó que las compañías distribuidoras de gas licuado, de gasolina y petróleo, de acuerdo con un informe de la CORFO, registran enormes pérdidas.
El señor MATURANA.-
De gas licuado, no más.
El señor AGUILERA.-
Esas son sus expresiones.
Manifestó también que estos no son hechos aislados. Ha querido impresionar a la Cámara, como que hay una conjugación de ideas de los partidos de Izquierda con el Gobierno, para poder impulsar estas nacionalizaciones, como nosotros las llamamos.
Los colegas del Partido Nacional calificaron de romántico este proyecto de ley. Sin embargo, en la discusión de fondo del problema, ellos han cuestionado y obstaculizado el desarrollo de la idea de que la Empresa Nacional del Petróleo organice un departamento distribuidor encargado de vender el gas licuado. Así, los señores que actualmente lo distribuyen y que dicen estar trabajando a pérdida, entregarían las instalaciones. Pero ellos los defienden.
Además, este proyecto de ley es del año 1967; no es de ahora. Hay otro, firmado por los señores Maira, Pareto, Sanhueza y Jerez, de 1968, que también condensa la aspiración de que la Empresa Nacional del Petróleo distribuya sus productos, para dar cumplimiento a la ley Nº 9.618, que la obliga a eso.
Sin duda, los colegas del Partido Nacional buscaron al parlamentario más hábil y experimentado, para formar un cuadro que permita decir que estamos equivocados. Pero el señor Maturana no ha dicho cuál es la ganancia que produce el gas licuado. La Empresa Nacional del Petróleo lo entrega en Concón a Eº 0,20 el kilo y los consumidores lo compran aquí a Eº 1,30. Entonces, a simple vista se ve la enorme ganancia.
Además, en la sesión pasada el colega Acevedo reveló que el kilowatt hora de electricidad que produce la ENDESA vale Eº 0,48, o sea, 48 pesos, y los santiaguinos pagan Eº 1,39, o sea, 1.390 pesos, por el kilo de gas licuado; es decir, el kilo de gas licuado está muy por encima del kilowatt hora de la Empresa Nacional de Electricidad.
El señor MATURANA.-
¿Me permite una interrupción? Quisiera aclarar un aspecto.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor AMUNATEGUI.-
Pero se de está pidiendo una interrupción para aclararlo.
El señor OLAVE.-
¡No puede conceder interrupciones!
El señor AMUNATEGUI.-
!Si se quiere aclarar, que se oiga!
El señor ROBLES.-
No pierdan la calma.
El señor AGUILERA.-
Sí estamos de acuerdo en que la Empresa Nacional del Petróleo y la ENDESA, e incluso IANSA, son empresas pujantes que han permitido desarrollar al país, y que registran grandes utilidades.
Pero, ¿qué es lo que sucede, señor Presidente? Que la Empresa Nacional del Petróleo podría tener muchas más utilidades si ella comercializara directamente sus productos. Además, ellos ensalzan a la Empresa Nacional del Petróleo, porque, precisamente, muchas empresas particulares ABASTIBLE, CODIGAS están vendiendo el producto de todo el sacrificio nacional, de todo aquello a lo que el país ha contribuido para poder extraer este petróleo, que ha costado muchos millones de dólares nada más que en la investigación geológica en la provincia de Magallanes.
Además, señor Presidente, ...
El señor STARK (Vicepresidente).-
¿Me excusa, señor Aguilera? el señor Zaldívar le solicita una interrupción.
El señor PARETO.-
No puede.
El señor STARK Vicepresidente).
Reglamentariamente puede, señor Diputado. La Mesa es la que dirige el debate.
El señor AMUNATEGUI.-
Pero al señor Maturana no se le puede dar.
El señor STARK (Vicepresidente).-
¿Estaría en condiciones Su Señoría de conceder la interrupción?
El señor AGUILERA.-
Sí.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Con la venia de Su Señoría, puede hacer uso de una interrupción el señor Zaldívar.
El señor ZALDIVAR.-
Señor Presidente, agradezco la interrupción al colega Aguilera, y quisiera insistir en un punto que ha quedado flotando en el ambiente y es la referencia hecha por el colega Maturana a la IANSA y a la ENDESA.
Yo creo que él ha tomado dos malos ejemplos para su causa. Creo que el debate parlamentario de un problema tan serio como el que vamos a enfrentar, luego que exista un informe más profundo sobre la materia, requiere también que nos pongamos en términos de seriedad.
Respecto de IANSA, él ha asegurado que el alto costo del azúcar se debe a la intervención de IANSA dentro del mercado nacional. Este hecho es totalmente falso. El precio del azúcar se rige por los precios del mercado internacional, y como el azúcar ha estado en baja en el precio internacional, desde hace años, IANSA ha perdido en su elaboración.
Pero él no puede olvidar. . .
El señor RUIZESQUIDE (don Rufo).
Ha estado en alza. No es efectivo. . .
El señor STARK (Vicepresidente).-
Señor RuizEsquide, ruego a Su Señoría no interrumpir.
El señor ZALDIVAR.-
. . . el valor que IANSA tiene en la agricultura nacional. El azúcar propiamente tal, en IANSA, es un subproducto, porque todo el forraje, todo lo que significa la mano de obra empleada, lo que queda para el producto nacional con la elaboración de IANSA, supera con creces todo lo que pueda producir como rentabilidad el azúcar. Y si no es así, que lo diga la gente que está clamando por plantas azucareras en Curicó, en Rapaco, en Cocharcas, y en todas partes donde la agricultura ha podido mantener un plan de desarrollo ganadero y lechero en virtud de la acción de esta gran empresa estatal, que produce beneficios directos para la comunidad, de importancia insustituible.
Respecto de ENDESA, veamos. La verdad es que, antes de nacer ENDESA, ¿qué existía de electrificación en este país? Vemos que hoy día hay conexiones totales de electricidad que antes no existían en el país y la producción de electricidad es debida a una empresa estatal, manejada con buen criterio, con seriedad, con buen juicio, con sentido nacional y eficacia.
Por eso creo que la comparación hecha por el Diputado señor Maturana respecto de este problema, en el cual no entro a polemizar, porque pienso que debe ser estudiado y tratado en la Sala en profundidad, no es sino un mal ejemplo que rebaja la calidad que debe tener el debate en una materia tan seria como la que estamos abordando hoy día en esta Cámara.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Puede continuar el señor Aguilera, don Luis.
El señor MATURANA.-
¡Está muy exigente Su Señoría!
El señor STARK (Vicepresidente).-
Señor Aguilera, don Luis, el señor RuizEsquide, don Rufo, le solicita una interrupción.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡No!
El señor AGUILERA.-
No.
El señor STARK (Vicepresidente).-
El señor Aguilera no desea ser interrumpido.
El señor AGUILERA.-
Voy a continuar mis observaciones...
El señor RUIZESQUIDE (don Rufo).
El Diputado informante debe dar las interrupciones que se le piden.
El señor AGUILERA.-
Para dar término a mis observaciones, me referiré a lo que manifestaba el señor Maturana, cuando decía que la Empresa Chilena de Electricidad, la ENDESA, era una empresa que estaba en pleno desarrollo. Efectivamente, también concordamos en ello. Pero, ¿por qué se defiende a ENDESA en este aspecto? Porque en este instante la Empresa Chilena de Electricidad está, al igual que la ENAP, produciendo su energía y la está entregando a una compañía extranjera para que la venda, como es la Compañía Chilena de Electricidad, que solamente es chilena en el nombre. Sin duda, señor Presidente, los consumidores de electricidad de Aconcagua, Valparaíso y Santiago le compran la energía eléctrica, que nosotros producimos como chilenos, a una compañía norteamericana.
Este es el segundo paso que hay que dar, señor Presidente: que la ENDESA venda la electricidad que produce, porque es el resultado de un esfuerzo nacional...
La señora LAZO.-
Muy bien.
El señor AGUILERA.-
Se ha dicho que "Abastible" no gana. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Señor Robles, ruego a Su Señoría no interrumpir.
El señor AGUILERA.-
Quiero señalar dos ejemplos. "Abastible", el año 1960, obtuvo una utilidad de 19.764 escudos, y en el año 1964 la aumentó a 382.000 escudos, obteniendo una ganancia de un 1.920 por ciento.
"Codigás" S.A.C. también alcanzó una utilidad el año 1964 de 1.400%; es decir, sus ganancias aumentaron de 1960 a 1964 en forma marcadamente notoria.
Y en lo que respecta a las compañías extranjeras, como la "Shell" y la "Esso", como ejemplo sólo daré a conocer las enormes ganancias que obtienen de nuestras materias primas, en este caso, de nuestro petróleo. En los años 1961 a 1964, la "Shell" obtuvo ganancias por 8.167.658 escudos, que vale comparar con su capital, pagado que asciende a 7 millones de escudos. En sólo 4 años, esta empresa ha recuperado con creces su capital invertitido. Y la "Esso Standard" ha tenido ganancias similares.
Además, las instituciones y las empresas del Estado y nosotros consideramos que ésas son medidas antinacionales, al no corregirse, la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, Vialidad, el Ejército mismo, Línea Aérea Nacional, ¿por qué compran a "Shell y a "Esso" estos productos? ¿Por qué no los compran a la Empresa Nacional de Petróleo, directamente?
La señor LAZO.- Ahí está el negocio.
El señor AGUILERA.-
Y, como ejemplo éste no es un problema nuestro, ni de los socialistas aquí está el convenio que firmó cuando era Subsecretario de Hacienda el actual Ministro de Hacienda, señor Zaldívar, el decreto supremo Nº 278, de 30 de junio de 1966, para constituir una comisión tripartita Gobierno, Empresa FF. CC. y personal la cual acordó que Ferrocarriles comprara, directamente el petróleo, la gasolina y la parafina que producía ENAP.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Señor Pareto, ruego a Su Señoría no interrumpir.
El señor AGUILERA.-
Al comprarlos directamente, ahorraría 2.131.457 escudos; es decir, a Shell le regala una empresa del Estado 2.131.457 escudos. Imaginemos entonces lo que sumen "LAN", Vialidad, los hospitales, etc. Por eso, nosotros queremos que este proyecto salga aprobado, porque, para empezar y por sobre todas las cosas, deseamos que lo que produce el Estado sea aprovechado por el Estado, y no por las compañas particulares, que hoy, muy "frescamente", han dicho: "Estamos perdiendo". Pero, si pierden, ¿por qué no dejan el negocio?
Señor Presidente, he terminado.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Reglamentariamente, corresponde votar la clausura del debate.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 16 votos.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Aprobada la clausura del debate.
En todo caso, de acuerdo con el artículo 213 del Reglamento, podrán usar de la palabra, por los siguientes tiempos, los Comités que a continuación se citan: Comité Radical, hasta 4 minutos; Comité Comunista, hasta 1 minuto; y Comité Independiente, hasta 10 minutos.
Del Comité Radical, por encontrarse inscrito, tiene la palabra el señor Jaque, hasta por 4 minutos.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, en la sesión anterior, los parlamentarios de estos bancos habíamos fijado ya nuestra posición sobre esta materia, a la cual nosotros atribuimos una extraordinaria importancia.
El señor Maturana, en su discurso de hace un momento, expresaba en esta Corporación que, frente a este proyecto de ley, los partidos políticos que lo apoyamos nos estaríamos prestando para un juego político. Queremos ser bien daros, señor Presidente, en esta oportunidad, para observar que entre las aspiraciones programáticas fundamentales del Partido Radical está, precisamente, el propósito de incorporar todo lo relativo a la producción, refinación y distribución del petróleo y sus derivados, incluyendo, por supuesto, el gas licuado, en toda aquella actividad básica de la economía nacional. En consecuencia, no se trata, señor Maturana, de un juego político, sino de una de las aspiraciones programáticas fundamentales de nuestra colectividad.
Por lo demás, queremos volver al espíritu que tuvo en vista el legislador cuando dictó la ley Nº 9.618, en cuya dictación correspondió una participación fundamental al Partido Radical el año 1950.
En el artículo 2º de esa ley se establece claramente que no sólo se ha entregado al Estado todo lo relacionado con la exploración y explotación del petróleo, sino también todo lo referente a la venta de los productos del petróleo y todos sus derivados, eso se desprende, claramente, del inciso segundo del artículo 2º de la ley Nº 9.618, que establece que "las funciones y derechos que corresponden al Estado respecto a la exploración y explotación de los yacimientos petrolíferos y respecto a la refinación y venta del petróleo obtenidos de ellos, como asimismo de los subproductos, serán ejercidos por dicha empresa".
Luego, el decreto reglamentario Nº 208, dictado el año 1950, ratifica estas disposiciones esenciales de la ley Nº 9.618.
En consecuencia, nosotros consideramos, desde el punto de vista de nuestra plataforma de lucha, como una de las aspiraciones esenciales nuestras, entregar al Estado todas estas actividades del área estratégica de la economía nacional, todo lo relacionado con la venta del petróleo y sus derivados y subproductos, y, dentro de ellos, naturalmente, el gas licuado, que debe estar en manos del Estado para garantizar en mejor forma los intereses de los consumidores.
Es evidente que estamos en presencia de un proyecto de ley que la opinión pública espera con interés. Nosotros le atribuimos la debida importancia a esta iniciativa del Partido Socialista, que va a contar con nuestro más amplio apoyo.
He concedido una interrupción al señor Naudon.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Con la venia de Su Señoría, puede hacer uso de la palabra el señor Naudon.
El señor NAUDON.-
En los muy escasos minutos que nos quedan, quiero referirme a algunos aspectos prácticos de la distribución del gas licuado.
Desde luego, cabe observar que en el proyecto no se entrega al Estado, en forma exclusiva, la distribución del gas licuado, toda vez que en el inciso segundo del artículo 1º propuesto se dice que "las empresas del Estado de preferencia comprarán directamente para sus servicios, los productos de la Empresa Nacional del Petróleo . . ."
Lo interesante, sí, es observar que en el gobierno pasado se sistematizó la entrega del gas licuado, procurando que tres firmas por provincia, tuvieran esta distribución, para que hubiera una competencia más o menos adecuada. Desgraciadamente, firmas tan poderosas como Abastibie y Gasco comenzaron lentamente a absorber a los demás distribuidores, y hoy día, en la mayoría de las provincias de Chile está en manos . . .
El señor STARK (Vicepresidente).-
¿Me excusa señor Diputado? Ha terminado el tiempo de cuatro minutos de que disponían Sus Señorías.
Seguidamente, hasta por un minuto, ofrezco la palabra al Comité Comunista.
Ofrezco la palabra.
Seguidamente, hasta por diez minutos, ofrezco la palabra al Comité Independiente.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación general el proyecto.
Si le parece a los señores Diputados, se dará por aprobado en general el proyecto.
El señor LORCA (don Gustavo).-
No. Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor STARK (Vicepresidente).-
En votación.
Durante la votación:
El señor CADEMARTORI.-
Que quede bien claro quiénes se oponen.
El señor GUASTAVINO.-
¿Qué le pasa, señor Tagle?
Su Señoría es miembro de la Comisión de Economía.
El señor STARK (Vicepresidente).-
¡Señor Guastavino!
El señor GUASTAVINO.-
Yo estoy votando. Don Gustavo Lorca es el que no está votando.
El señor AMUNATEGUI.-
No nos gustan los monopolios.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 40 votos; por la negativa, 13 votos.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Aprobado en general el proyecto.
Solicito el asentimiento unánime de los señores Diputados para omitir la lectura de las indicaciones que han llegado a la Mesa e insertarlas en el Boletín de Sesiones.
¿Habría acuerdo para ello?
El señor LORCA (don Gustavo).-
No.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor STARK (Vicepresidente).-
No hay acuerdo.
Se van a leer las indicaciones.
El señor MENA (Secretario).
Indicación del señor Acevedo para sustituir los artículos 1º y 2° por los siguientes:
"Articulo 1ºPara dar cumplimiento a lo dispuesto en la ley Nº 9.618 y en el decreto supremo Nº 1.208, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de fecha 27 de octubre de 1950, la Empresa
Nacional de Petróleo adquirirá todas las instalaciones, dependencias, edificios, locales comerciales, útiles, enseres, implementos, envases y otros bienes de las empresas nacionales y extranjeras distribuidoras de petróleo, de sus subproductos y derivados.
"Esta adquisición deberá quedar finiquitada dentro del plazo de un año contado desde la promulgación de la presente ley y para fijar el valor de los bienes se tomará en cuenta el valor de ellos establecidos en el balance del 31 de diciembre de 1965 de estas empresas.
"El pago de estos bienes adquiridos se hará en un plazo no inferior a diez años y podrá hacerse con bonos emitidos por el Estado.
"Artículo 2º Autorízase al Presidente de la República para emitir bonos destinados exclusivamente al pago de los bienes adquiridos por la Empresa Nacional de Petróleo a las empresas referidas en el artículo 1°.
"Artículo 3º Las utilidades provenientes de la comercialización de los derivados y subproductos del petróleo serán destinadas a formar un fondo de rescate de los bonos emitidos por el Estado de acuerdo a lo señalado en el artículo 39.
"Artículo 4° Declárase que las exploración, explotación, refinación del petróleo y sus derivados, como la construcción, instalación, adquisición y puesta en marcha de las plantas para el tratamiento de estos productos y subproductos estará a cargo exclusivo de la Empresa Nacional de Petróleo. También lo será la comercialización del petróleo, de sus subproductos y de cualquiera de sus derivados.
"En consecuencia, toda autorización que se otorgue a terceros en contravención a estas disposiciones será de nulidad absoluta".
Indicación de los señores Schnake, Olivares, Aguilera, Tavolari, Olave, Jáuregui y señora Lazo, doña Carmen, para sustituir el artículo 1º, por el siguiente:
"Artículo 1° La Empresa Nacional de Petróleo organizará un departamento distribuidor para vender directamente a los consumidores del país su producción de petróleo, gasolina, parafina y demás subproductos del petróleo, como asimismo del gas licuado."
Indicación de los señores Aguilera, Fuentes Venegas, Del Fierro, Carrasco, Jaramillo, Pérez, Soto, Sanhueza y de la señora Allende, para sustituir el inciso primero por el siguiente:
"La Empresa Nacional de Petróleo deberá organizar, dentro de los 180 días de publicada la presente ley un departamento distribuidor para vender directamente a los consumidores del país su producción de gas licuado".
Indicación del señor Basso, para sustituir en el inciso primero la expresión: "se faculta", por "deberá".
Indicación del señor Maturana para agregar al inciso 1º del artículo 1º la frase siguiente, cambiando el punto aparte (.) por una coma (,) : "en aquellas localidades donde no existan agencias de distribución de estos productos".
Del mismo señor Diputado: para agregar a continuación del punto (.) con que termina el inciso 1º del artículo 1º la siguiente frase:
"En el uso de la facultad que se le otorga, la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) deberá sujetarse a la reglamentación actual de la Superintendencia de Servicios Eléctricos, Gas y Telecomunicaciones, y a la que ésta dicte en lo futuro".
Del mismo señor Diputado, para suprimir el inciso segundo.
Del mismo señor Diputado, para sustituir el inciso 2º del artículo 1º por el siguiente:
"La Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) no podrá hacer uso de la facultad a que se refiere el inciso precedente, mientras no haya logrado el abastecimiento del país con crudos de procedencia nacional".
Del mismo señor Diputado, para agregar el siguiente inciso final al artículo 1º:
"Estas adquisiciones deberán ser pagadas contra entrega. En todo caso, las empresas del Estado sólo podrán hacer uso de la preferencia establecida en el inciso precedente, después de haber cancelado las deudas que tengan contraídas con las agencias distribuidoras particulares y de haber restituido las instalaciones de propiedad de las mismas que posean en comodato".
Del mismo señor Diputado, para agregar un inciso final al artículo 1º, del tenor siguiente:
"Para ejercer la facultad establecida en el inciso precedente, la Empresa Nacional del Petróleo deberá sujetarse, en todo caso, a los preceptos contenidos en el DFL. Nº 323 del año 1931, el DFL. Nº 20 del año 1964, a las modificaciones posteriores de ambos a la ley Nº 17.006 del 11 de enero de 1969 y a todos los reglamentos vigentes en la materia para las empresas particulares distribuidoras de combustibles derivados del petróleo".
Del mismo señor Diputado:
Para agregar los siguientes incisos finales al artículo 1º:
"Las empresas del Estado que hagan uso de la preferencia señalada en el inciso precedente deberán hacerlo con respecto a la totalidad de los abastecimientos que requieran en todo el territorio nacional, de suerte que no podrán ejércela sólo en ciertos puntos o en relación con ciertos productos o con parte de éstos."
"Los precios a que venderá ENAP los productos indicados en el inciso segundo de este artículo, serán iguales a los que vendan en el mismo punto las empresas distribuidoras en él establecidas, y las economías que obtengan por diferencias de fletes u otros conceptos incrementarán un fondo destinado a bonificar los precios de venta para los demás consumidores. El Reglamento a que se refiere el artículo siguiente determinará las normas relativas a la formación del citado fondo y al pago de la bonificación."
Del señor Maturana:
Para agregar en el artículo 29, después de la palabra "respectiva", precedida de un punto y coma (,) la frase siguiente:
"en el que establecerá las normas para que la facultad establecida en el artículo 1º se ejerza dentro de un régimen de prioridades que esté de acuerdo con los recursos financieros de la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP), y en el que necesariamente se dé preferencia, en este orden, a la exploración, explotación, refinación, almacenamiento y distribución primaria del petróleo y sus derivados".
De los señores Diputados que se indican, para agregar los siguientes artículos nuevos:
Del señor Phillips:
"Artículo. . Todo el combustible que se expenda para las Compañías de Aviación tendrán un recargo de 1%0 para la aviación civil.".
De los señores Schnake, Olivares, Aguilera, Tavolari, Olave, Jáuregui y de la señora Lazo, doña Carmen:
"Artículo. . .Dentro del plazo de un año, a contar desde la fecha de publicación de la presente ley, la Empresa Nacional del Petróleo, deberá distribuir en forma exclusiva, la totalidad de su producción destinada al consumo nacional.".
De los señores Concha, Sanhueza, Jaramillo, Aguilera, Olave y González:
"Artículo.. .Si las empresas particulares ponen término a los contratos de trabajo del personal de empleados y obreros de la distribución de los pro y subproductos de ENAP, dicha empresa estatal contratará a este personal de preferencia. Este personal se desempeñará en lo posible en los mismos lugares en que trabajaban o en otros próximos.
En ningún caso el ingreso de este personal a ENAP, podrá significar disminución de sus remuneraciones ni de los beneficios que hayan obtenido, sea que provengan del cumplimiento de disposiciones
legales, obligaciones contractuales o convenios colectivos."
De los mismos señores Diputados:
"Artículo. . .La Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas hará contratos de compra de gas licuado con ENAP, para los servicios, abasteciendo de combustible a las escuelas del país que proporcionan alimentación a los niños, en conformidad a la ley 15.720. Esta disposición alcanzará al Servicio Nacional de Salud, para abastecerse de los subproductos de ENAP, directamente."
Del señor Maturana:
"Artículo. .El Departamento a que se refiere el inciso primero del artículo anterior se organizará previo informe favorable de la Corporación de Fomento de la Producción y de la Comisión de Energía y Combustibles."
Del señor Undurraga:
"Artículo. .La Empresa Nacional de Petróleo (ENAP) no podrá cobrar por sus servicios de distribución precios superiores a los costos."
Del mismo señor Diputado:
"Artículo. . .Grávase con un impuesto adicional equivalente a un escudo (E° 1) cada factura de ventas que con fines de carácter industrial se realice con la Empresa Nacional de Petróleo. Este impuesto tendrá por objeto contribuir al servicio de distribución de gas licuado en el país."
Del mismo señor Diputado:
"Artículo...Exímese del pago del impuesto de compraventa a todos aquellos compradores de gas licuado que lo adquieren exclusivamente para destinarlo a faenas propias del hogar."
Del mismo señor Diputado:
"Artículo. . .Grávese con un impuesto equivalente a cien escudos (Eº 100) los contratos que se suscriban con la Empresa Nacional de Petróleo (ENAP), con excepción de los contratos de trabajo.
El impuesto establecido en el inciso anterior se destinará a financiar becas de especialización y construcciones habitacionales para los empleados y obreros que laboren en el Departamento de Distribución de Gas Licuado de la Empresa Nacional de Petróleo."
El señor STARK (Vicepresidente).-
Terminada la lectura de las indicaciones.
Terminado el primer trámite de este proyecto; vuelve a la Comisión de Economía, Fomento y Reconstrucción para su segundo informe.
El señor ACEVEDO.-
¿Con qué plazo, señor Presidente?
El señor STARK (Vicepresidente).-
No se ha pedido fijar plazo, señor Diputado.
3.-POSTERGACION DEL OTORGAMIENTO DE LA FUERZA PUBLICA SOLICITADA POR LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA EN MATERIA DE LANZAMIENTOS
El señor STARK (Vicepresidente).-
A continuación corresponde tratar el proyecto, que figura en el segundo lugar de la Tabla, que permite a los Intendentes y Gobernadores postergar el otorgamiento de la fuerza pública solicitada por los Tribunales de Justicia.
El proyecto, impreso en el boletín N° 10.676, es el siguiente:
"Artículo único. Sustitúyese el artículo 23 del decreto con fuerza de ley Nº 22, de 19 de noviembre de 1959, por el siguiente:
"Artículo 23.Los Intendentes y Gobernadores al ser requeridos por los Tribunales de Justicia para hacer ejecutar sus sentencias y para practicar o hacer practicar los actos de instrucción que decreten, deberán prestar el auxilio de la fuerza pública que de ellos dependiere.
Sin embargo, podrán suspender el auxilio de la fuerza pública hasta por un año, previo informe favorable de la Dirección de Asistencia Social, cuando del lanzamiento se haya de derivar un manifiesto y grave problema social.
En aquellos departamentos en que la Dirección de Asistencia Social Careciere de representación el informe deberá evacuarlo la Asistente Social del Servicio Nacional de Salud que el Intendente o Gober nador, según corresponda, determine."
El señor STARK (Vicepresidente).-
En discusión general el proyecto.
El señor TEJEDA.-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Puede usar de la palabra el señor Tejeda, don Luis.
El señor TEJEDA.-
Señor Presidente, este proyecto ha venido siendo objeto de una alarma artificial, provocada por algunos editoriales de "El Mercurio" y por alguna gente que pretende que con este proyecto se arrasaría con el Poder Judicial y que se violarían posiblemente hasta algunas normas constitucionales relacionadas con la independencia del Poder Judicial. Este mismo criterio se sostiene en una declaración que publicó el Partido Nacional en "El Mercurio" de hoy; un manifiesto sedicioso, insolente, cantinflesco y cínico, . . .
Risas.
El señor TEJEDA.-
. . en que termina llamando a "la rebelión" a los hombres libres.
Señor Presidente, creo que, caracterizada ya suficientemente esta declaración, es innecesario referirse a su contenido en forma más exhaustiva.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Estamos perdidos; ya opinó Su Señoría.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Señor Lorca, ruego a Su Señoría no interrumpir.
El señor TEJEDA.-
Este proyecto tiene por objeto dar a las personas, especialmente a los arrendatarios, también a los comodatarios, la posibilidad de no ser arrojados a la calle en virtud de lo ordenado por sentencia judicial.
Ahora bien, se pretende que el Parlamento no tendría facultades para postergar o para dilatar el cumplimiento de un fallo judicial. La verdad de las cosas es que, en materia de atribuciones del Poder Judicial y del procedimiento para el cumplimiento de los fallos dictados por los Tribunales de Justicia, el Congreso Nacional es soberano para legislar en el sentido que le parezca más conveniente para el país. Tanto es así que la propia Constitución Política, en una disposición expresa, puso, en esta materia, al Parlamento por sobre el Poder Judicial.
El Capítulo VII de la Constitución, que se refiere al Poder Judicial, establece que "La facultad de juzgar las causas civiles y criminales pertenece exclusivamente a los Tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República, ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, abocarse causas pendientes o hacer revivir procesos fenecidos."
Ahora bien, la facultad de hacer cumplir lo resuelto por los Tribunales no es de origen constitucional; esa facultad la establece el Código Orgánico de Tribunales, el que, en su artículo 1º, dice: "La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de juzgarlas y de hacer ejecutar lo juzgado pertenece exclusivamente a los tribunales que establece la ley."
Por lo tanto, queda sentada, como primera premisa, que no hay prohibición constitucional para que alguna ley pueda modificar la forma de hacer cumplir los fallos judiciales y qué sea distinta de la que ahora rige, que es de origen legal.
Pero esto no es solamente una opinión mía. Hay una disposición expresa de la Constitución Política que así lo señala. El artículo 81, después de establecer que "una ley especial determinará la organización y atribuciones de los Tribunales que fueren necesarios para la pronta y cumplida administración de justicia en todo el territorio de la República", ley que es, precisamente, la que acabo de dar a conocer en forma expresa en el inciso segundo, que no dice ni más ni menos de lo que voy a leer, agrega lo siguiente: "Só o en virtud de una ley podrá hacerse innovación en las atribuciones de los Tribunales o en el número de sus individuos".
En consecuencia, siendo una atribución de los Tribunales la de hacer cumplir los fallos judiciales esta atribución, por disposición expresa de la Constitución, puede modificarse. Ese es el exacto planteamiento jurídico frente a la Carta Fundamental.
Ahora bien, el Partido Nacional presenta esto como una manera de coartar la independencia del Poder Judicial y de limitar sus atribuciones, pues...
El señor Bulnes (don Jaime).¡Eso es!
El señor TEJEDA.-
. . . y agrega que "esta medida tiene un claro propósito: dar el primer paso para quitar a los Tribunales de Justicia la potestad de hacer cumplir sus resoluciones quedando éstas al arbitrio del Gobierno."
Aquí no se trata de que los Tribunales pierdan la facultad de hacer cumplir lo juzgado. Se trata de que, en estos casos, determinados por un alto interés social, se eviten los lanzamientos con la dictación de una ley especial, en que se dé un plazo humano para que la persona pueda ser desposeída. Quiero decirles a los señores Diputados que en la ley española sobre arrendamiento, dictada hace cuatro o cinco años, se establece como plazo ordinario y corriente para el desahucio el de cinco años; porque lo normal es que una persona no pueda ver destruido su hogar, su casa, todos los días; que no pueda estar expuesta a constantes lanzamientos. Esto de suspender por un año los lanzamientos, es sólo una facultad y no una obligación, y se ejercerá únicamente en casos graves. De consiguiente, no tiene el carácter sedicioso con que lo pretendía presentar el Partido Nacional, al sostener. ..
El señor AMUNATEGUI.-
¿Su Señoría cree que es solución lo que está proponiendo?
El señor STARK (Vicepresidente).-
¡Señor Amunátegui, ruego no interrumpir !
El señor TEJEDA.-
... que, si se aprueba este proyecto, la Justicia dejaría de ser imparcial.
Esto no tiene nada que ver con el contenido del fallo. El tribunal podrá fallar como le plazca. Lo único que se pretende es postergar el lanzamiento; evitar que una persona que tiene a su favor una sentencia, la pueda hacer cumplir de inmediato. Esto priva a una persona del derecho de hacer cumplir de inmediato ese fallo. Algo parecido ocurre con los fallos que se dictan en los juicios de hacienda contra el Gobierno: hay que esperar que el Gobierno dicte el decreto de pago. Y a nadie se le ha ocurrido que, con eso, los tribunales de Justicia pierden su independencia y menos que dejen de ser imparciales.
Yo quería hacer únicamente estas breves observaciones para dejar expuesta y claramente establecida nuestra posición.
Nada más.
El señor GIANNINI.-
Pido la palabra.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría, para referirse al proyecto en debate.
El señor GIANNINI.-
Señor Presidente, he formulado una indicación a este proyecto, porque considero que, de acuerdo con los objetivos tenidos en vista, tal como él está redactado, adolece de algunos defectos, a los cuales quiero referirme.
En primer lugar, la intención de la disposición es, indudablemente, otorgar una situación de excepción o de privilegio en los casos de juicios de arrendamiento; porque es en esta materia donde se presenta el problema social. Muchas veces el incumplimiento de un fallo judicial acarrea problemas sociales muy graves e incluso, males irreparables. Creo que esta iniciativa debe limitarse, cosa que no está hecha en la disposición, a los casos de juicios de arrendamiento y no tener el carácter amplio que presenta, porque, evidentemente, el artículo 23 del decreto con fuerza de ley Nº 22, de Régimen Interior del Estado, es genérico. Se refiere a toda orden judicial en virtud de la cual los Intendentes o Gobernadores deben conceder la fuerza pública para cumplirla. Primera cosa, a mi modo de ver, que debe ser limitada.
En segundo término, estimo que no es del todo exacto lo que decía el distinguido colega señor Tejeda, en cuanto a que la suspensión de los fallos no afecta al fallo mismo. "El fallo sigue como está", dice. Pero la verdad es que el derecho subjetivo no tiene aplicación, o no tiene sentido si no hay un adecuado derecho adjetivo que lo haga cumplir. En el hecho, una sentencia no va a tener ningún sentido ni aplicación si no puede cumplirse. Es decir, yo creo que tendría que irse a un sistema en que se compatibilizaran las dos cosas: un cumplimiento de una sentencia de lo que está resuelto, y que no se quite a los tribunales la posibilidad de la adecuada ejecución de lo juzgado, en primer lugar. En segundo lugar, darle una posibilidad a la autoridad administrativa frente a conflictos de orden social, que no tienen por qué conocer los tribunales. No es papel de los jueces estar frente a un problema social, sino frente a un problema que deben decidir a la luz de disposiciones legales.
¿Cómo compatibilizar estas dos cosas? He planteado en la indicación la posibilidar de que intendentes y gobernadores puedan suspender o diferir el cumplimiento del otorgamiento, de la fuerza pública hasta por seis meses, cuando haya razones sociales, como dice aquí mismo el proyecto, en que el cumplimiento de la sentencia provocara una situación grave; pero, al mismo tiempo, dando la posibilidad de que si este cumplimiento se ha diferido por seis meses o ha estado seis meses sin cumplirse, vuelva el asunto a la Corte de Apelaciones respectiva para que resuelva. Esto lo señalo, porque yo conversaba recientemente con Diputados del Partido Nacional que han presentado otra indicación, que tiene por objeto entregar al juez esta facultad. Yo creo que eso no es adecuado, porque el juez, lo vuelvo a decir, está mirando el asunto a la luz de las disposiciones legales que ha aplicado para dictar sentencia; quizás está demasiado empapado en las disposiciones mismas que ha aplicado para dictar fallo; no tiene por qué el juez vibrar con el problema social; no es su papel. Creo que, sí, el intendente o el gobernador es el que debe tener ingerencia en estos casos.
Por eso, quizás sería bueno un sistema combinado en que el intendente o el gobernador pueda suspender el cumplimiento del fallo, porque razones sociales así lo indican, pero si este retardo en el cumplimiento de la sentencia se demora más de seis meses, estimo que es de conveniencia que esto volviera a la Corte de Apelaciones para que resolviera en definitiva si puede mantenerse aún pendiente el incumplimiento de] fallo o debe procederse de inmediato.
El señor LORCA (don Gustavo).-
¿Me permite una interrupción?
El señor GIANNINI.-
Además, y ésta es la tercera observación.. .
El señor STARK (Vicepresidente).-
¿Me excusa, señor Giannini? El señor Lorca le solicita una interrupción.
El señor GIANNINI.-
Con todo gusto se la concedo.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Lorca.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Agradezco al señor Diputado la interrupción que me concede.
Quiero explicar que la indicación nuestra tiende precisamente a que el juez pueda conocer de todos los antecedentes sociales del caso, para lo cual va a pedir informes a la Dirección de Asistencia Social y a las visitadoras que correspondan, y además el juez está en mucho mejores condiciones, yo creo, para apreciar todas las circunstancias concomitantes del caso, porque ha tenido, durante el proceso que estudiar cuáles han sido los antecedentes que se le han proporcionado para poder fallar. Evidentemente que allí ha tenido que considerar incluso el mismo plazo que él da. De acuerdo con la ley de arriendos, en el caso de desahucios, tiene que considerar estos aspectos. Y sabe Su Señoría que, incluso, puede dar plazos de gracia, lo que está establecido en la propia ley. Por lo tanto, quién mejor que el magistrado está informado de los antecedentes sociales que rodean el caso que tiene que resolver.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Puede continuar el señor Giannini.
El señor GIANNINI.-
Creo que en esto no podemos hacer afirmaciones absolutas. No pretendo decir que el juez no esté informado o no esté en condiciones de resolver el caso social. Estimo, contrariamente a lo que ha dicho el Diputado señor Lorca, que está en mejores condiciones el intendente y el gobernador. Aún más, creo que muchas veces el cumplimiento de una sentencia de este tipo podría llevar a buscar simultáneamente, con el cumplimiento de las sentencia, otra solución; o sea, que para poder cumplir la sentencia y no causar los males sociales que se están previendo, podrían buscarse otras soluciones, y eso, evidentemente, los intendentes y los gobernadores pueden, con los demás organismos del Estado, buscar otras soluciones, como son una erradicación, la ubicación de otras viviendas, y para eso estos funcionarios están en mejores condiciones.
Por otra parte, creo que hay y éste es el tercer punto que quiero tocarun vacío en la disposición despachada, y que, a mi modo de ver, se subsana con la indicación.
Los jueces de policía local tienen competencia civil en este momento, y se puede llegar también a lanzamientos ordenados por los jueces de policía local, cosa que no está en esta disposición. Por lo tanto, también habría que abarcar, y así está explicado en la disposición, las órdenes emanadas de los juzgados de policía local, que en definitiva producen en sus resoluciones los mismos efectos que los fallos de la justicia ordinaria.
Nada más.
El señor STARK (Vicepresidente).-
Por encontrarse inscrito para referirse al proyecto, puede usar de la palabra el señor Lorca.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Señor Presidente, en primer lugar, quiero manifestar a la Cámara que no me voy a referir a las expresiones que ha usado el señor Tejeda, porque en realidad ellas no están de acuerdo, en primer lugar, pienso yo, con su manera de ser, porque siempre es muy culto y muy bien fundado para expresarse en la Cámara. Hoy, por desgracia, el señor Tejeda ha tenido un desborde, me imagino, emocional, que, evidentemente, . . .
El señor TEJEDA.-
Leí el manifiesto suyo.
El señor LORCA (don Gustavo).-
. . . lo ha hecho, como vulgarmente se dice, "salirse de sus casillas", cosa que en realidad no habíamos tenido oportunidad de ver en este Honorable colega comunista, representante de Los Angeles en la Cámara.
El señor CADEMARTORI.-
Sólo se sale de sus casillas en casos muy justificados.
El señor STARK (Vicepresidente).-
¡ Señor Cademártori!
El señor LORCA (don Gustavo).-
Nadie podría negar ni desconocer la gravedad que hoy reviste el problema habitacional. Sin embargo, las medidas que se pretenden tomar y que se han tomado y que culminan hoy día con la presentación de este proyecto de ley, que permite calificar a los intendentes y gobernadores la actuación de la fuerza pública, es una demostración más de la absoluta ineficacia de la política seguida por este Gobierno para dar oportuna solución al grave problema habitacional. Se pretende por medio de sus disposiciones solucionar los últimos efectos, las consecuencias finales de un proceso que se ha acentuado notablemente en estos últimos años: la escasez habitacional, y no se ha atacado, precisamente, las causas de este grave problema. Todo ha tendido, por desgracia, al desaliento de la construcción particular, ya que las numerosas disposiciones despachadas con un criterio, me atrevería a calificar de simplista, está impidiendo que las inversiones puedan derivar a este campo por las mil limitaciones que se han puesto para su desenvolvimiento. Una legislación discriminatoria, que atenta contra los legítimos derechos de los arrendadores porque hay que decirlo así, y no tenemos temor de decirlo está provocando, por desgracia, que cada día se desligue más la actividad privada del proceso de edificación habitacional.
El Estado, a través de la CORVI, ya no puede dar abasto para cumplir los objetivos que el país urgentemente requiere, y mucho tememos que al término de este Gobierno, contra lo que se ha sostenido por funcionarios y parlamentarios de la Democracia Cristiana, no se alcancen, ni siquiera remotamente, a conseguir el objetivo que se propuso este Gobierno, cual fue la construcción de trescientos sesenta mil casas definitivas. Más bien creemos que será realidad el pronóstico que formuló en carta dirigida al Senado norteamericano el ex Embajador de Chile en Estados Unidos, don Radomiro Tomic, según el cual, en el mejor de los casos, podría alcanzarse a la cantidad de doscientas cincuenta mil casas definitivas en los seis años de este Gobierno, con lo que se reduciría en forma drástica la posibilidad de superar el fuerte déficit habitacional que hoy vive Chile.
Aparte de esta consideración de orden económico social, los Diputados nacionales creemos que este proyecto es abiertamente inconstitucional. Como se señaló acá, el artículo 80 de la Constitución Política del Estado establece: "La facultad de juzgar las causas civiles y criminales pertenece exclusivamente a los Tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República, ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes o hacer revivir procesos fenecidos."
Esta facultad de juzgar las causas civiles y criminales, justamente, está precisada, luego, en el artículo 1º del Código Orgánico de Tribunales, donde se señalan en forma muy precisa y clara cuáles son esas facultades: la facultad de juzgar, la facultad de hacer cumplir lo fallado. Porque es evidente, de toda evidencia, que nada sacarían, ni tendría por qué elevarse a la categoría de constitucional la facultad que tienen los tribunales de justicia, si acaso solamente pudieran dictar un fallo teórico, en que se reconocieran los derechos de la gente, de los ciudadanos de nuestro país y no se les otorgara a esos propios tribunales la facultad de cumplirse lo que ellos han fallado. ¿Por qué, señor Presidente? Porque, precisamente, lo que se señala, lo que se califica en la doctrina como el "imperium" que tienen los tribunales, es esa facultad, no sólo de fallar, sino que también de hacer realidad el cumplimiento de la sentencia, porque sería un derecho meramente teórico el que tendrían los tribunales y, entonces, no podría cumplirse cabalmente aquello que señala el artículo preciso de la Constitución, que dice que la facultad de juzgar queda exclusivamente entregada a los tribunales establecidos por la ley. Y el proyecto en debate, ¿qué hace? Precisamente, permite que una autoridad administrativa, una autoridad política como es el intendente o el gobernador pueda hacer ¿qué? Pueda suspender el cumplimiento de una resolución judicial. Interfiere, entonces, en aquello que es esencial, en las atribuciones de los tribunales de justicia y que les permite sentenciar y cumplir, de acuerdo con lo que ellos dicen, las resoluciones que dictan.
Por eso, la argumentación que se hacía, hace un momento, de que una ley especial determinará la organización y atribuciones de los tribunales, tiene que entenderse con la lógica limitación que señala el artículo 80, que establece claramente que ningún otro poder del Estado, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, podría entrar al campo de acción de los tribunales de justicia, porque sería, lisa y llanamente, interferir la acción que ellos realizan por mandato expreso de la Constitución Política del Estado.
El señor OLAVE.-
¿Y los indultos?
El señor LORCA (don Gustavo).-
Aquello de las atribuciones de los tribunales, que señala el artículo 81, tendría naturalmente que entenderse en el sentido de que podrían entregarse, dentro del concepto de tribunal de justicia, de administración de justicia, a otros tribunales diferentes, pero siempre dentro del Poder Judicial. Eso es evidente; porque, si no, prácticamente los tribunales de justicia tendrían que desaparecer; si no, con el criterio que se ha expuesto de contrario, los tribunales de justicia podrían ser suspendidos de su privativa facultad de poder hacer cumplir lo fallado. Nos encontraríamos, sencillamente, con que se dictarían sentencias teóricas que no llevaran efectivamente a entregar el derecho a cada uno, según lo que corresponde y según la atribución que hacen los tribunales, de conformidad con la Constitución.
El señor VIDELA (Vicepresidente).-
Señor Lorca, el señor Aguilera le solicita una interrupción.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Sí, cómo no.
El señor VIDELA (Vicepresidente).-
Con la venia de Su Señoría, puede hacer uso de la palabra el señor Aguilera.
El señor AGUILERA.-
Le agradezco la interrupción que me ha concedido, señor Lorca. Su Señoría está defendiendo una concepción legal. . .
El señor LORCA (don Gustavo).-
Es que estamos legislando.
El señor AGUILERA.-
La defiende
tanto que, incluso, vas más allá: sostiene que, con este criterio, es posible que los tribunales de justicia deban cerrarse. La verdad es que no tengo formación jurídica. Vengo de la clase obrera, pero el sentido común me señala que este es un negocio de los abogados; no de todos, porque hay muchas excepciones. Sin embargo, existen abogados inescrupulosos que, defendiendo a un cliente, consiguen orden de lanzamiento y, en seguida, piden la fuerza pública. Es decir, hay momentos determinados en que la fuerza pública es requerida por el abogado patrocinante. Y el juez, de acuerdo con la Constitución, que es extremadamente anacrónica y que todavía no ha podido ser modificada, tiene que facilitar la fuerza pública. Entonces, hay casos humanos en que intendentes y gobernadores deben denegar la fuerza pública, cuando lo estimen procedente según su criterio, por que el proyecto dice que esta facultad queda entregada a su criterio. El colega Lorca es abogado. Yo no conozco su actuación profesional en Valparaíso, pero se dice que es regular.
En todo caso, no muy buena. . .
Un señor DIPUTADO.
¡ No lo crea!
Un señor DIPUTADO.
! Pero no es lo bastante... !
Risas,
El señor LORCA (don Gustavo).-
No le entendí. . .
El señor AMUNATEGUI.-
Para tratarse de una interrupción concedida por el señor Lorca, ¡ qué gentil, qué caballeroso !
El señor AGUILERA.-
De todas maneras, más que regular.
El señor AMUNATEGUI.-
¡Qué caballero!
El señor AGUILERA.-
Pero se trata del problema humano, que es lo que nos preocupa. Quiero citar un caso concreto. En Illapel, un abogado solicitó la fuerza pública al juzgado. Le pidió tres millones a su cliente. Le dijo: "Si me das tres millones de pesos, consigo la fuerza pública".
El Gobernador, con poca personalidad, facilitó la fuerza pública dentro de los treinta días. El ciudadano demandado, fue lanzado a la calle y presenciamos un espectáculo inaceptable.
Por eso, considero que hay algunas cosas que es preciso corregir. No insistamos en el aspecto legal, pues hay que considerar también el problema humano. Y, en ese sentido, los socialistas vamos a apoyar decididamente este proyecto que ha propuesto el Ejecutivo.
Gracias, señor Lorca.
El señor VIDELA (Vicepresidente).-
Puede continuar el señor Lorca, don Gustavo.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Quiero contestar al colega señor Aguilera. En realidad, su planteamiento puede ser atendible bajo el punto de vista humano. Estoy consciente, como los demás Diputados nacionales, y, precisamente, mi intervención comenzó haciendo ver la gravedad del problema habitacional, de que es indispensable dar solución a estos casos humanos, que existen; pero no a través de una legislación que vulnere la estructura constitucional. Porque, justamente, estimado colega, aquí estamos legislando.
Hay abogados inescrupulosos; es evidente que existen buenos y malos abogados, como también hay buenos y malos sacerdotes, buenos y malos médicos, buenos y malos políticos.
Ahora bien, si se producen casos como el que señalaba Su Señoría, es evidente que la justicia también puede intervenir en los juicios de desahucio. Hoy día, en la actual legislación, existen resortes perfectamente legales que permiten que el juez amplíe los plazos para autorizar el lanzamiento. O sea, puede perfectamente recurrirse ante el tribunal para pedirle que amplíe el plazo. Ya se ha legislado sobre el particular. La ley de arrendamiento señala las formas legales de resolver aquellos casos que Su Señoría ha señalado.
Respecto a mi actuación profesional, me parece que el señor Diputado la ha calificado de regular. Yo no sé si el señor Aguilera la conoce, pero, le agradezco que la haya calificado de regular. . .
El señor AGUILERA.-
Más que regular.
El señor LORCA (don Gustavo).-
. . . porque por lo menos ha tenido la prudencia de no calificarla de mala.
Yo he ejercido bastantes años en Valparaíso la profesión de abogado, y me conocen todos mis colegas de allí, de tedas las tendencias políticas. He hecho clases en la Universidad de Chile desde que me recibí de abogado, y puedo decir que nunca me ha tocado solicitar el auxilio de la fuerza pública, en ningún caso en que he intervenido como abogado patrocinante.
El señor AGUILERA.-
Me alegro.
El señor LORCA (don Gustavo).-
En todo caso, su calificación es más benigna, evidentemente, de lo que yo podía esperar.
Señor Presidente, quiero continuar mi argumentación.
Creemos que debe mantenerse en manos del Poder Judicial la facultad de suspender los lanzamientos, acatando el mandato constitucional. El proyecto actual ofrece el grave inconveniente de entregar la facultad de regular en el tiempo el cumplimiento de un fallo y de apreciar sus efectos jurídicos y sociales, a un funcionario político, como lo es el señor intendente o el gobernador, lo que puede conducir a los mayores abusos.
Por otro lado, ¿quien va a determinar la incidencia social del fallo y si se justifica o no dilatar su ejecución y, por ende, sus consecuencias jurídicas? Va a ser la Dirección de Asistencia Social, con lo cual repito. el cumplimiento de una norma va a quedar subordinado al pronunciamiento favorable de una o más visitadoras sociales.
Yo no menosprecio la profesión de visitadora social, pero es evidente, de toda evidencia, que siendo funcionarías administrativas van a pesar en ellas, muchísimo, ciertas influencias que se ejercen, porque eso es lógico, a través de las autoridades de Gobierno.
Por último, parece muy extenso el plazo que fija el proyecto, ya que la suspensión de la entrega de un bien raíz por el término de un año, de por sí produce consecuencias pecuniarias y sociales difíciles ed estimar. En atención a ello, nos parece más correcto entregar a los jueces la facultad de hacer cumplir las sentencias que pueden traer trastornos sociales, dentro de un plazo prudencial no superior a seis meses. ¡Estamos conscientes de ello, señor Presidente; no somos insensibles a les problemas que se plantean! Sabemos que hay una grave crisis habitacional, pero eso no puede conducirnos al absurdo que significa despojar a los Tribunales de Justicia de una de sus facultades fundamentales, y entregarla a un funcionario político y administrativo. Esto es un disparate. Y tanto es así, que el legislador, cuando aprobó la ley de arrendamiento, dijo: a los jueces se les entrega la facultad de calificar la situación que se produce en estos casos y podrán ampliar en la mitad, según recuerdo, el plazo ya concedido para desalojar el inmueble. El Poder Legislativo ya se pronunció sobre este particular. Por lo tanto, si se quiere ampliar el plazo al arrendatario que está en condiciones precarias, que va a ser echado de su casa, es lógico que mantengamos el mismo principio ya establecido en la Ley de Arrendamiento. No veo qué razón existe para cambiar este predicamento y entregar la decisión de este asunto a otros funcionarios, a otras autoridades, trasgrediendo el principio de la división de los Poderes Públicos, que es, en definitiva, la base fundamental en que descansa la libertad en un país. Porque el día en que se confunden las atribuciones de los Poderes Públicos, estaremos cayendo en un proceso de anarquía política, que nos va a conducir a la más absoluta arbitrariedad. De acuerdo con la fórmula que hemos planteado, se cumple el mandato constitucional y la Justicia conserva esa prerrogativa que, por la propia división de los Poderes, le corresponde. En esa forma, esta cuestión queda al margen de consideraciones partidistas y en manos de una persona que, además de tener rango y categoría, cuenta con más elementos de juicio sobre el asunto, que otra autoridad, como lo acabo de sostener cuando contesté la intervención del señor Giannini.
El señor VIDELA (Vicepresidente).
Señor Lorca, el señor Giannini le solicita una interrupción.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Voy a terminar.
Por otra parte, debe establecerse un procedimiento rápido y eficaz para apelar del pronunciamiento que emita el juez de la causa para salvaguardar debidamente el interés de los afectados. De otra manera, estaríamos dando el primer paso, a nuestro juicio, para quitar a los Tribunales de Justicia la potestad de hacer cumplir sus resoluciones, quedando esto al arbitrio del Gobierno.
Insistimos en lo que dice nuestra declaración aparecida en la prensa de hoy: "Perdería así y con estas palabras termino mi intervención el Poder Judicial tocia su significación, toda su eficacia y toda su independencia". Y agrega: "Y en el plano inclinado de ir entregando atribuciones en forma inconstitucional, podríamos ir cercenando, en definitiva, todas las facultades y las atribuciones del Poder Judicial".
La Justicia dejaría de ser imparcial, para transformarse en un elemento más de presión política. liste es nuestro planteamiento, que no desconoce el grave problema social que plantea el proyecto. Pero no podemos dejar que, a través de una legislación que pretende dictarse un poco a la mala, se entregue, hoy día, una pequeña atribución a la autoridad política o administrativa. De lo contrario, mañana podría producirse el sojuzgamiento del Poder Judicial.
He concedido una interrupción al colega señor Jaime Bulnes.
El señor VIDELA (Vicepresidente).
Con la venia del señor Lorca, puede usar de la palabra el señor Bulnes.
El señor BULNES (don Jaime).
Señor Presidente.. .
El señor GIANNINI.-
Solicito veinte segundos para hacer una proposición, señor Presidente.
El señor BULNES (don Jaime).
... al igual que el señor Aguilera, no soy hombre de Derecho, de manera que no quiero pronunciarme sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad del proyecto que se está discutiendo, aun cuando, por sentido común, parece claramente que con él se trata de impedir la ejecución de los fallos judiciales. Sin embargo, aquí se ha querido darle un contenido netamente humano a la disposición que se pretende aprobar.
El problema se ha analizado solamente desde el punto de vista del arrendatario, es decir, de la persona que ocupa un inmueble. Sin embargo, hay algunos conceptos que no se han aclarado, porque, si bien no cabe ninguna duda de que es dramática la situación de un ciudadano o de una familia que va a ser lanzada de la casa que ocupa, no lo es menos el caso contrario, que aquí no se ha tomado en cuenta. No obstante, hay circunstancias en que un propietario de una casa modesta pretende ocuparla y no puede hacerlo, pues el arrendatario o los ocupantes se niegan a entregársela. Precisamente, ayer conversaba con el Diputado señor Acevedo sobre un caso específico que le está sucediendo, en este momento, a una persona jubilada que vive en San Bernardo. Ese ciudadano recurrió a todos sus ahorros y vendió, incluso, efectos personales, para comprar una casa modesta, que le costó alrededor de Eº 11.000. Y, naturalmente, es el único lugar donde puede vivir esta persona con su familia. Pero la vivienda está ocupada en la actualidad por un individuo que la subarrienda a cuatro o cinco personas. El ni siquiera vive en ella y, a pesar de esto, se ha negado a entregársela, impidiendo . . .
El señor VIDELA (Vicepresidente).
¿Me permite señor Diputado? Se ha pedido a la Mesa que recabe el asentimiento de la Sala para prorrogar la presente sesión hasta las 13.30 horas, para despachar el proyecto.
El señor PHILLIPS.-
No.
El señor VIDELA (Vicepresidente).
No hay acuerdo.
Puede continuar el señor Bulnes.
El señor BULNES (don Jaime).
Es así como ese modesto propietario se encuentra en una situación tanto o más dramática, quizás, que aquella persona que, en un momento dado, está afectada por una orden de lanzamiento. El Diputado señor Tejeda decía, hace un momento, que se pretendía sólo prorrogar el plazo, es decir, dar un plazo de gracia de seis meses . . .
El señor VIDELA (Vicepresidente).
¿Me permite, señor Diputado? Ha llegado la hora de término de la sesión. Se levanta.
- Se levantó la sesión a las 13 horas 15 minutos.
Roberto Guerrero Guerrero, Jefe de la Redacción de Sesiones.