Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES.
- IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- 1.- OFICIO DEL SENADO
- 2.- OFICIO DEL SENADO
- 3.- OFICIO DEL SENADO
- 4.- OFICIO DEL SENADO
- 5.- OFICIO DEL SENADO
- 6.- OFICIO DEL SENADO
- 7.- OFICIO DEL SENADO
- 8.- OFICIO DEL SENADO
- 9.- OFICIO DEL SENADO
- 10.- OFICIO DEL SENADO
- 11.- OFICIO DEL SENADO
- 12.- OFICIO DEL SENADO
- 13.- OFICIO DEL SENADO
- 14.- OFICIO DEL SENADO
- 15.- OFICIO DEL SENADO
- 16.- OFICIO DEL SENADO
- 17.- OFICIO DEL SENADO
- 18.- OFICIO DEL SENADO
- 19.- OFICIO DEL SENADO
- 20.- OFICIO DEL SENADO
- 21.- OFICIO DEL SENADO
- 22.- OFICIO DEL SENADO
- 23.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA.
- 24.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA
- 25.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
- 26.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
- 27.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
- 28.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
- 29.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
- 30.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
- 31.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
- 32.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
- 33.- OFICIO DEL SEÑOR CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA
- 34.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR
- 35.- INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA
- 36.- INFORME DE LA COMISION DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
- 37.- INFORME DE LA COMISION DE VIVIENDA Y URBANISMO
- 38.- INFORME DE LA COMISIÓN DE VIVIENDA Y URBANISMO
- 39.- INFORME DE LA COMISION DE MINERIA
- 40.- MOCION DE LOS SEÑORES OLIVARES, GONZALEZ, TAVOLARI Y NUÑEZ
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Hector Luis Olivares Solis
- Carlos Gonzalez Jaksic
- Antonio Elias Tavolari Vasquez
- Jose Matias Nunez Malhue
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 41.- MOCION DE LOS SEÑORES PALESTRO Y JAUREGUI
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Pedro Antonio Jauregui Castro
- Mario Palestro Rojas
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 42.- MOCION DE LOS SEÑORES FREI, AGURTO Y ESPINOZA CARRILLO
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Erwin Arturo Frei Bolivar
- Fernando Santiago Agurto Ramirez
- Gerardo Espinoza Carrillo
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 43.- MOCION DEL SEÑOR CARDEMIL
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gustavo Cardemil Alfaro
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 44.- MOCION DEL SEÑOR DEL FIERRO
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Orlando Del Fierro Demartini
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 45.- MOCION DEL SEÑOR DE LA FUENTE
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Gabriel De La Fuente Cortes
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 46.- MOCION DE LOS SEÑORES CANTERO, GUASTAVINO, ANDRADE, BARAHONA Y TAVOLARI
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- Manuel Segundo Cantero Prado
- Luis Alberto Guastavino Cordova
- Carlos Andrade Vera
- Telesforo Mario Barahona Ceballos
- Antonio Elias Tavolari Vasquez
- AUTOR DE UN DOCUMENTO
- 47.- OFICIO DE LA CORTE SUPREMA
- 48.- OFICIO DE LA CORTE SUPREMA
- 49.- OFICIO DE LA CORTE SUPREMA
- 50.- OFICIO DE LA CORTE SUPREMA
- 51.- OFICIO DE LA CORTE DE APELACIONES DE RANCAGUA
- V.- TEXTO DEL DEBATE
- APERTURA DE LA SESIÓN
- DEBATE
- DEBATE
- 1.- RECLAMACION CONTRA LA CONDUCTA DE LA MESA
- INTERVENCIÓN : Hector Valenzuela Valderrama
- INTERVENCIÓN : Hector Valenzuela Valderrama
- INTERVENCIÓN : Luis Alberto Guastavino Cordova
- 1.- RECLAMACION CONTRA LA CONDUCTA DE LA MESA
- FÁCIL DESPACHO
- 2.- INFORME DE LA COMISION DE CONSTITUCION, LEGISLACION Y JUSTICIA SOBRE CONSULTA RELACIONADA CON LA PROHIBICION CONSTITUCIONAL A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 30 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
- INTERVENCIÓN : Alberto Javier Rafael Zaldivar Larrain
- 3.- AMPLIACION DE PLAZO CONCEDIDO A LA COMISION DE HACIENDA
- 4.- CALIDAD FUNCIONARIA DEL PERSONAL DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Mario Arturo Mosquera Roa
- INTERVENCIÓN : Rufo Ruiz Esquide Espinoza
- INTERVENCIÓN : Mario Arturo Mosquera Roa
- INTERVENCIÓN : Rufo Ruiz Esquide Espinoza
- INTERVENCIÓN : Jose Orlando Millas Correa
- INTERVENCIÓN : Mario Arnello Romo
- INTERVENCIÓN : Jose Orlando Millas Correa
- 5.- ACUERDOS DE LOS COMITES PARLAMENTARIOS
- 6.- VOTACION DEL SEÑOR PHILLIPS EN LA CENSURA PLANTEADA EN CONTRA DE LA CONDUCTA DE LA MESA
- 2.- INFORME DE LA COMISION DE CONSTITUCION, LEGISLACION Y JUSTICIA SOBRE CONSULTA RELACIONADA CON LA PROHIBICION CONSTITUCIONAL A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 30 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
- ORDEN DEL DÍA
- 7.- CONSTRUCCION DE UN HOSPITAL DE NIÑOS EN LA CIUDAD DE TALCA
- 8.- PROTECCION DEL PATRIMONIO HISTORICO CULTURAL DEL ESTADO. TERCER TRAMITE CONSTITUCIONAL
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Mario Arnello Romo
- 9.- CAMBIO DE NOMBRE A LA CALLE PRINCIPAL DE LA POBLACION "JUAN ANTONIO RIOS".QUINTO TRAMITE CONSTITUCIONAL
- 10.- BENEFICIOS PARA LA INSTITUCION VOLUNTARIAS DE HOSPITAL "ANITA GOMEZ DE ASENJO"
- 11.- AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION PARA CONTRATAR EMPRESTITOS
- 12.- EL PUEBLO DE HUEPIL, CABECERA DE LA COMUNA DE TUCAPEL, DEPARTAMENTO DE YUNGAY, PROVINCIA DE ÑUBLE
- 13. AMPLIACION DE LAS CATEGORIAS DE LOS REGISTROS DE MATRICULAS Y PERMISOS QUE LLEVAN LAS OFICINAS DE CONTRATACION DE EMPLEADOS Y TRABAJADORES MARITIMOS DE BAHIA, FLUVIALES Y LACUSTRES, ESTABLECIDOS EN LA LEY Nº 16.724
- 14.- REAJUSTE DE LAS PENSIONES EN EL CIENTO POR CIENTO DEL ÍNDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Juan Acevedo Pavez
- INTERVENCIÓN : Carmen Lazo Carrera
- INTERVENCIÓN : Mario Palestro Rojas
- INTERVENCIÓN : Mario Arnello Romo
- INTERVENCIÓN : Alberto Naudon Abarca
- INTERVENCIÓN : Gustavo Cardemil Alfaro
- 15.- VALIDACION DE TITULOS OTORGADOS POR LA ESCUELA DE MAQUINISTAS DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO. OFICIO.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Luis Ernesto Aguilera Baez
- INTERVENCIÓN : Bernardino Segundo Guerra Cofre
- INTERVENCIÓN : Samuel Fuentes Andrades
- INTERVENCIÓN : Telesforo Mario Barahona Ceballos
- INTERVENCIÓN : Mario Arturo Mosquera Roa
- INTERVENCIÓN : Manuel Segundo Cantero Prado
- INTERVENCIÓN : Eduardo Julio Magno Sepulveda Munoz
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Americo Arturo Acuna Rosas
- Eduardo Octavio Koenig Carrillo
- Evaldo Klein Doerner
- Jorge Sabat Gozalo
- Miguel Luis Amunategui Johnson
- Hernan Modesto Olave Verdugo
- Luis Pareto Gonzalez
- INDICACIÓN
- 16.- CONDONACION DE DEUDAS A BENEFICIARIOS DE OBRAS DE RIEGO
- 17.- NORMAS SOBRE COBRO DE DERECHOS DE PAVIMENTACION
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Alberto Jaramillo Borquez
- INTERVENCIÓN : Mario Palestro Rojas
- INTERVENCIÓN : Cesar Raul Fuentes Venegas
- INTERVENCIÓN : Ricardo Fernando Tudela Barraza
- INTERVENCIÓN : Jorge Insunza Becker
- INTERVENCIÓN : Alberto Jaramillo Borquez
- INTERVENCIÓN : Eduardo Antonio Cerda Garcia
- 18.- REMUNERACION MINIMA, JORNADA DE TRABAJO Y PREVISION DE LOS CHOFERES DE LA LOCOMOCION COLECTIVA PARTICULAR
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Cabello Pizarro
- INTERVENCIÓN : Antonio Elias Tavolari Vasquez
- INTERVENCIÓN : Mario Palestro Rojas
- INTERVENCIÓN : Mario Arturo Mosquera Roa
- INTERVENCIÓN : Ricardo Fernando Tudela Barraza
- INTERVENCIÓN : Mario Arnello Romo
- INTERVENCIÓN : Jose Luis Cademartori Invernizzi
- INTERVENCIÓN : Jose Luis Cademartori Invernizzi
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Luis Engelberto Raimundo Frias Moran
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Luis Engelberto Raimundo Frias Moran
- INDICACIÓN
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Emilio Lorenzini Gratwohl
- Francisco Sepulveda Gutierrez
- INDICACIÓN
- 19.- PLAZO A LAS COMISIONES DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE HACIENDA PARA INFORMAR UN PROYECTO.
- 20.- FINANCIAMIENTO DEL FONDO DE REVALORIZACIÓN DE PENSIONES Y MODIFICACIONES DE LA LEY Nº 15.386.
- INCIDENTES
- 21.- PROBLEMAS QUE AFECTAN A LA PRODUCCION DE AZUFRE NACIONAL.OFICIOS
- INTERVENCIÓN : Juan Floreal Recabarren Rojas
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Juan Floreal Recabarren Rojas
- INTERVENCIÓN : Juan Floreal Recabarren Rojas
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Juan Floreal Recabarren Rojas
- 22.- REGULARIZACION DEL RIEGO DE LA HOYA HIDROGRAFICA DEL RIO ACONCAGUA.OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Felix Ernesto Iglesias Cortes
- 23.- SITUACION DE LOS ASENTAMIENTOS EN LA COMUNA DE LAMPA, PROVINCIA DE SANTIAGO
- INTERVENCIÓN : Jose Manuel Rafael Tagle Valdes
- 21.- FACILIDADES PARA EL TRANSPORTE DE TRABAJADORES DE CHILOE A MAGALLANES. OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Rene Tapia Salgado
- 25.- MEDIDAS PARA ASEGURAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS Y VEHICULOS DESDE EL ARCHIPIELAGO DE CHILOE AL CONTINENTE.OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Victor Benito Contreras Tapia
- 26.- HOMENAJE AL VECINO Y PATRIARCA DE CHONCHI, DE LA PROVINCIA DE CHILOE, SEÑOR ANTONIO ANDRADE PINTO, CON MOTIVO DE SU FALLECIMIENTO.NOTA DE CONDOLENCIA.
- HOMENAJE : Rene Tapia Salgado
- 27.- PROBLEMA SANITARIO QUE AFECTA AL CONSULTORIO DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD DE PUERTO VARAS, PROVINCIA DE LLANQUIHUE.OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Evaldo Klein Doerner
- 28.- HOMENAJE EN MEMORIA DE MANUEL CASTILLO, PRESIDENTE DE LA ASOCIACION NACIONAL DE PENSIONADOS DEL SERVICIO DE SEGURO SOCIAL.NOTA DE CONDOLENCIA
- HOMENAJE : Luis Humberto Figueroa Mazuela
- 29.- DEUDA DE LA CAJA NACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS POR APORTES DE LA LEY SOBRE MEDICINA CURATIVA.OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Luis Humberto Figueroa Mazuela
- 30.- NECESIDADES DE LA COMUNA DE CURACO DE VELEZ (CHILOÉ). OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Manuel Enrique Ferreira Guzman
- 31.- CONSECUENCIAS DE LOS ULTIMOS TEMPORALES EN LA PROVINCIA DE CHILOE.OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Manuel Enrique Ferreira Guzman
- 32.- SITUACION DE LOS PRACTICANTES DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD. OFICIOS.
- INTERVENCIÓN : Hector Rios Rios
- INTERVENCIÓN : Carlos Andrade Vera
- 21.- PROBLEMAS QUE AFECTAN A LA PRODUCCION DE AZUFRE NACIONAL.OFICIOS
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPUBLICA DE CHILE
CAMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA ORDINARIA.
Sesión 40ª, en miércoles 10 de septiembre
de 1969
(Ordinaria: de 16 a 22.07 horas)
Presidencia de los señores Phillips, Valenzuela Valderrama, don Héctor y Merino
Secretario, el señor Mena .
Prosecretario, el señor LeaPlaza .
INDICE GENERAL DE LA SESION
I.- SUMARIO DEL DEBATE
II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS.
III.-ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES.
Las Actas de las Sesiones 37ª y 38ª, Ordinarias, celebradas en martes 2 y miércoles 3 del presente, de 16 a 23,24 y de 16 a 20,49 horas, se dieron por aprobadas por no haber sido objeto de observaciones.
IV.-DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 6692.Santiago, 10 de septiembre de 1969.
El Senado ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo ha hecho esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que establece que la Municipalidad de Chillán venderá a la Corporación de Servicios Habitacionales los terrenos que indica.
Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 69, de fecha 29 de julio de 1969.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza. Pelagio Figueroa Toro."
2.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 6693.Santiago, 10 de septiembre de 1969.
El Senado ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo ha hecho esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Paillaco para contratar empréstitos.
Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 74, de fecha 30 de julio de 1969.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V. E.(Fdo.) : Tomás Pablo Elorza. Pelagio Figueroa Toro."
3.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 6695.Santiago, 9 de septiembre de 1969.
El Senado ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo ha hecho esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que beneficia a don Onteres Vásquez Vargas.
Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 5.239, de fecha 26 de septiembre de 1964.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V. E.(Fdo.) : Tomás Pablo Elorza.Daniel Egas Matamala."
4.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 6694.Santiago, 9 de septiembre de 1969.
El Senado ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo ha hecho esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que beneficia a doña Ester Miranda Lavín.
Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 2.403, de fecha 9 de octubre de 1967.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V. E. (Fdo.): Tomás Pablo Elorza.Daniel Egas Matamala."
5.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 6687.Santiago, 10 de septiembre de 1969.
El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley de esa Honorable Cámara que hace imponentes de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional a los empleados de la Cámara Marítima de Chile, con las siguientes modificaciones:
Artículo 1º
Ha rechazado los incisos primero y segundo.
En el inciso tercero que ha pasado a ser primeroha sustituido las palabras "de marítimos extendida por la Dirección del Litoral", por lo siguiente: "o permiso extendidos por los organismos correspondientes".
Artículo 2º
Ha sido desechado.
Artículo 3º
Ha pasado a ser artículo 2º, sin modificaciones.
Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 48, de fecha 7 de julio de 1965.
Acompaño los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza. Pelagio Figueroa Toro."
6.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 6696.Santiago, 10 de septiembre de 1969.
El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley de esa Honorable Cámara que aclara el artículo 68 de la ley Nº 15.840, en lo relativo al reajuste de las pensiones de los obreros jubilados del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con la sola modificación que consiste en agregar a su artículo único, la siguiente frase final: "Esta diferencia de reajuste ha debido ser y será de cargo fiscal, imputándose al ítem de pensiones del Ministerio de Hacienda.".
Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 76, de fecha 30 de julio de 1969.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza. Pelagio Figueroa Toro."
7.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 6690.Santiago, 10 de septiembre de 1969.
El Senado ha tenido a bien no insistir en la aprobación de las modificaciones que introdujo al proyecto de ley que crea la Junta Nacional de Guarderías Infantiles, que esa Honorable Cámara ha rechazado, con excepción de las que consisten en consultar los artículos, nuevos, signados con los números 18, 23, 24, 25, 26 y 27, en cuya aprobación ha insistido.
Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 141, de fecha 3 de septiembre de 1969.
Acompaño los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V. E. (Fdo.): Tomás Pablo Elorza. Pelagio Figueroa Toro."
8.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 6686. Santiago, 10 de septiembre de 1969.
El Senado ha tenido a bien aprobar las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que otorga la calidad de empleado a las personas que se desempeñen como controladores de cines y espectáculos públicos, con excepción de la que consiste en suprimir su artículo transitorio, que ha rechazado y ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 99, de fecha 12 de agosto de 1969.
Devuelvo los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza. Pelagio Figueroa Toro."
9.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 6694.Santiago, 10 de septiembre de 1969.
El Senado ha tenido a bien aprobar la observación formulada por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Valdivia para comprar un bien raíz que se utilizará como la Casa del Trabajador y para construir la Casa del Magisterio, y que consiste en la sustitución del artículo único de dicho proyecto.
Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 95, de fecha 12 de agosto de 1969.
Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza. Pelagio Figueroa Toro."
10.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 2948.Santiago, 9 de septiembre de 1969.
Con motivo de la moción, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a menos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Autorízase a la Municipalidad de Talca para adquirir y explotar, por sí o en sociedad con otras personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, incluidas cooperativas campesinas y de reforma agraria, el Matadero Frigorífico de Maule, ubicado en la comuna de Maule, provincia de Talca, adquisición que podrá efectuar tanto con cargo a sus propios recursos como con los fondos provenientes de la ley Nº 16.591.
Podrá en la misma forma, explotar y comercializar los subproductos de dicho Matadero, como asimismo instalar y explotar los establecimientos que constituyan un complemento del Matadero o que de manera principal signifiquen un medio para facilitar su abastecimiento de animales.
La sociedad o sociedades que se constituyan para estos objetos, se regirán por las disposiciones legales vigentes para el contrato de sociedad.".
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza. Pelagio Figueroa Toro."
11.-OFICIO DEL SENADO
"Nº. . . Santiago, 10 de septiembre de 1969.
Con motivo de la moción e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Sustitúyese el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 17.192, por el siguiente:
"Artículo 1º En homenaje al centenario de la ciudad de Parral, autorízase al Presidente de la República para destinar a la Municipalidad de Parral Eº 1.000.000, los que deberán invertirse en la construcción de un gimnasio cerrado en la ciudad, que servirá las necesidades del deporte popular y escolar del departamento. La Municipalidad podrá ejecutar dicha obra directamente o por intermedio de la Dirección de Arquitectura, y una vez terminada su construcción podrá delegar en el respectivo Consejo Local de Deportes la administración del gimnasio.".".
Dios guarde a V. E. (Fdo.): Tomás Pablo Elorza. Pelagio Figueroa Toro."
12.-OFICIO DEL SENADO
"Nº... Santiago, 10 de septiembre de 1969.
Con motivo de la moción, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. La beneficiaría de montepío con arreglo al artículo 24 de la ley Nº 15.386 tendrá derecho a percibir asignación familiar por los hijos naturales del causante en los términos, formas y condiciones establecidos en las leyes orgánicas de la institución que deba concederle el beneficio de la pensión.
Las beneficiarías de montepíos causados por ex imponentes de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas gozarán del beneficio a que se refiere el inciso anterior en los términos establecidos por el inciso séptimo del artículo 50 de la ley Nº 10.343.".
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza. Pelagio Figueroa Toro."
13.-OFICIO DEL SENADO
"Nº ... Santiago, 10 de septiembre de 1969.
Con motivo de las mociones e informes que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Concédese amnistía, por los delitos de usurpación y de violación de domicilio, a las siguientes personas procesadas en las causa Nº 68.107, que se sustancia ante el Séptimo Juzgado del Crimen de Mayor Cuantía del departamento de Santiago:
Raúl Cornejo Fariña;
José Chavarría Castillo;
Luis Alberto Catalán Varela;
Juan Luis Jaque Grandón;
Mario Carrasco Briones;
Juan Enrique González Mardones ;
Roberto Avalos González;
Sergio Carter Báez;
Antonio Alberto Mejía Fuentes;
Pedro Pablo Canales Chaparro;
Juan Francisco Tobar Rojas;
Luis Roberto Guerra Olguín;
Patricio Estanislao Cortés Díaz;
José Victoriano Carter Báez;
Héctor Riquelme Vargas;
Segundo Rafael Ortega Rosett;
Teresa del Carmen Guerra Olguín;
José Manuel Pizarro Marín;
Jaime Tórtoli Campos, y
Germán Humberto Palavicino Ramírez.
Concédese igual amnistía a las siguientes personas sobreseídas parcial y temporalmente en dicha causa:
René Hilario Contreras Candia;
Emilio Alejandro González Blanco, y
Adolfo Segundo Alvarado Gangas.
La misma amnistía que otorga el inciso primero beneficiará a las siguientes personas, declaradas inculpados rebeldes en el mismo proceso:
Jacinto Rioseco Larenas;
Gladys Pinto Barrera;
Rosa Guerra Olguín;
Luis Pereira Carrasco;
Lucía Zúñiga Ortiz;
Jorge Cretton Arriaza;
Alfredo Cretton Arriaza;
Juan Manuel Guerra Olguín;
Luis Cornejo Rivera;
Jaime Ramírez;
Elias Acuña Phan;
Juan Fernández Sepúlveda, y
Benedicto Cáceres González.".
Dios guarde a V. E. (Fdo.): Tomás Pablo Elorza. Pelagio Figueroa Toro."
14.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 2938. Santiago, 9 de septiembre de 1969.
Con motivo de la moción e informes que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Auméntase a dos sueldos vitales, escala a) del departamento de Santiago, la pensión de que actualmente disfruta doña Sara Barriga Araya, por las leyes Nºs. 13.897 y 15.670.
El mayor gasto que demande la aplica
ción de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza. Pelagio Figueroa Toro."
15.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 2943. Santiago, 9 de septiembre de 1969.
Con motivo de la moción, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Concédese por gracia a don Carlos Crescente Menares González, el derecho a reliquidar su pensión de retiro y reconócesele para este efecto, como tiempo servido en el Cuerpo de Carabineros de Chile, el lapso comprendido entre el 2 de abril de 1965 y el 30 de junio de 1968, en que se desempeñó como Profesor de Educación Física en el Liceo Coeducacional de Talagante. Este tiempo le será expresamente válido para el goce de quinquenios.
La presente ley regirá a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, sin efecto retroactivo.".
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza.Daniel Egas Matamala."
16.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 2944. Santiago, 9 de septiembre de 1969.
Con motivo de la solicitud e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Declárase que el nombre correcto de la beneficiaría de la ley Nº 15.097 es Lilia Mora Echagüe y no Lydia Mora Echagüe, como figura en su texto.
La presente ley regirá desde la fecha de publicación de la ley Nº 16.886.".
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza.Daniel Egas Matamala."
17.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 2945. Santiago, 9 de septiembre de 1969.
Con motivo de la moción, informes y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Reconócese, por gracia, al Médico Cirujano señor Humberto Solovera Honorato, el derecho a reliquidar la pensión de que actualmente disfruta, y que le fue otorgada por la Honorable Junta Central de Beneficencia y Asistencia Social, con fecha 6 de febrero de 1953, por sus 32 años y 4 meses de servicios, sobre la base de la renta que la ley asigne al cargo de Médico Jefe de la Asistencia Pública de Valparaíso.
El mayor gasto que importe el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".
Dios guarde a V. E. (Fdo.): Tomás Pablo Elorza.Daniel Egas Matamala."
18.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 2946. Santiago, 9 de septiembre de 1969.
Con motivo de la moción e informes que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien a probar el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Elévase, por gracia, a un sueldo vital, escala a), del departamento de Santiago, la pensión de que actualmente disfruta don Máximo Valenzuela Ramos, en virtud de las leyes Nºs. 15,204 y 16.851.
El gasto que irroga el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza.Daniel Egas Matamala."
19.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 2947. Santiago, 9 de septiembre de 1969.
Con motivo de la moción e informes que tengo a honra pasar a manos de V. E. el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Auméntase, por gracia, a un sueldo vital mensual, escala a), del departamento de Santiago, la pensión de que goza don Lindor Corrotea Pérez, en virtud de la ley Nº 14.455.
El mayor gasto que signifique la aplicación de esta ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza.Daniel Egas Matamala."
20.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 2948.Santiago, 9 de septiembre de 1969.
Con motivo de las mociones, informes y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Reconócese, por gracia, para todos los efectos legales y especialmente para lo establecido en el artículo 44 del D.F.L. Nº 2, de 21 de agosto de 1968, a don José Alfero Ríos, 30 días como servidos en el grado de Teniente del Cuerpo de Carabineros de Chile.
El mayor gasto que demande esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
La presente ley regirá a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial, sin efecto retroactivo.".
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza.Daniel Egas Matañíala."
21.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 2949.Santiago, 9 de septiembre de 1969.
Con motivo de la moción e informes que tengo a honra pasar a manos de V.E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Auméntase, por gracia, la pensión de que actualmente disfruta doña Juana Otaíza Cortés, en virtud de la ley Nº 16.235, de 18 de marzo de 1965, a una suma equivalente a un sueldo vital mensual, escala a), del departamento de Santiago.
El mayor gasto que signifique la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Tomás Pablo Elorza.Daniel Egas Matamala."
22.-OFICIO DEL SENADO
"Nº 6697.Santiago, 10 de septiembre de 1969.
El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley de esa Honorable Cámara que crea el Consejo Superior de Educación Física, Deportes y Recreación, con las siguientes modificaciones:
Ha consultado, a continuación de la expresión "Párrafo lº", el siguiente epígrafe: "De la Dirección General de Deportes y Recreación y de la Comisión Nacional Asesora".
Artículo 1º
Ha sido sustituido por el siguiente: "Artículo 1ºEl deporte y la recreación serán estimulados por los organismos públicos conforme a las disposiciones de esta ley, con la cooperación de las organizaciones deportivas, cuya autonomía es respetada y garantizada por el Estado.
La política de deportes y recreación en el país y la coordinación de las organizaciones deportivas y de las instituciones de recreación que se relacionen con el Gobierno estarán a cargo de la Dirección General de Deportes y Recreación.".
Artículo 2º
Ha sido desechado.
En seguida, ha suprimido el título "Párrafo 2º".
Artículo 3º
Ha pasado a ser artículo 2º, redactado en los siguientes términos:
"Artículo 2º La Dirección General de Deportes y Recreación será un Servicio dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Guerra, cuyas funciones se le asignan en la presente ley y que, para los efectos de lo establecido en el Título III del D.F.L. Nº 47, de 4 de diciembre de 1959, deberá considerarse como un servicio funcionalmente descentralizado.
El Director General de Deportes y Recreación será nombrado por el Presidente de la República y será funcionario de su exclusiva confianza.
Dependerá de la Dirección General de Deportes y Recreación el Departamento de Tiro Nacional.
La aviación civil no comercial y privada continuarán bajo la tuición de la Federación Aérea de Chile en su aspecto administrativo y de coordinación y de la Dirección de Aeronáutica en lo técnico.".
A continuación, ha consultado como artículo 3º, el artículo 5º de esa Honorable Cámara, como se indicará oportunamente.
Artículo 4º
Letra c).
Ha sido suprimida.
Letra d).
Ha pasado a ser letra c), sin modificaciones.
Letras e) y f).
Plan sido rechazadas.
Letra g).
Ha pasado a ser letra d), sin modificaciones.
Letra h).
Ha sido desechada.
Letras i), j), k), 1) y m).
Han pasado a ser letras e), f), g), h) e i), respectivamente, sin modificaciones.
Letra n).
Ha pasado a ser letra j).
Ha sustituido el numeral "Cuatro" por este otro: "Seis"; ha reemplazado el punto y coma (;) por una coma (,), y ha agregado la siguiente frase: "excluyendo a la Federación de Fútbol;".
Letra ñ).
Ha pasado a ser letra k).
Ha sustituido el término "Cinco" por el vocablo "Ocho".
Letra o).
Ha pasado a ser letra 1), redactada en los siguientes términos:
"1) Los Presidentes de las Federaciones Deportivas escolares del nivel medio y de la enseñanza general básica reconocidas como tales por el Ministerio de Educación Pública y por la Dirección General de Deportes y Recreación;".
Letra p).
Ha pasado a ser letra m), reemplazada por esta otra:
"m) Un representante de la Asociación Central de Fútbol y un representante de la Asociación Nacional de Fútbol Amateur;".
Luego, ha consultado la siguiente letra n), nueva:
"n) Un representante de la Agrupación Nacional de Deportistas Aficionados de los Barrios ("ANDABA") ;".
Letra q).
Ha pasado a ser letra ñ), redactada en los términos siguientes:
"ñ) Dos representantes de Instituciones Nacionales de Recreación designados anualmente en la forma que determine el Reglamento;".
Letras r) y s).
Han pasado a ser letras o) y p), sin modificaciones.
Letra t).
Ha sido suprimida.
Letra u).
Ha pasado a ser letra q), sin modificaciones.
Letra v).
Ha pasado a ser letra r).
Ha reemplazado el numeral "Dos" por el vocablo "Un"; ha puesto en singular la palabra "representantes" que sigue a continuación, y ha suprimido la conjunción copulativa "y", sustituyendo la coma (,) que la antecede por un punto final (.).
Letra w).
Ha sido suprimida.
En seguida, el inciso final de este artículo ha pasado, a ser artículo 5º reemplazado por el que sigue:
"Artículo 5º La Comisión Nacional Asesora de Deportes y Recreación será un organismo asesor del Director General de Deportes y Recreación en la formulación y planificación de la política de la Dirección General y se reunirá por lo menos dos veces al año.
El Director General de Deportes y Recreación se reunirá con los Presidentes de los Consejos Provinciales de Deportes, a lo menos una vez al año, a fin de con siderar la planificación regional de las actividades deportivas."
Artículo 5º
Ha sido consultado como artículo 3º, como se expresó anteriormente, con las siguientes modificaciones:
Letra a).
Ha sido desechada.
Letra b).
La primera oración del inciso primero de esta letra, ha pasado a ser letra a).
Luego, ha desechado lo siguiente: "en todo caso, el fútbol profesional se regirá preferentemente por las normas contenidas en el Párrafo 9° de esta ley.".
En seguida, corno letra b), ha consultado las dos oraciones que siguen a continuación, con la sola enmienda de sustituir en la segunda de ellaslos términos "o cualquier otro" por los vocablos "u otro".
La oración final del inciso primero de esta letra, ha pasado a ser artículo 35, sin modificaciones.
El inciso segundo de la letra b), ha sido reemplazado por el siguiente:
"Cada año la Dirección dará publicidad a la distribución de los subsidios otorgados al deporte nacional, con especificación de los montos o beneficios y de las entidades que los perciban;".
En seguida, ha consultado como letra c), el inciso primero de la letra i) de este mismo artículo, como se indicará.
A continuación, ha agregado como letra d), los incisos segundo y tercero de la referida letra i), como se indicará.
Luego, ha consultado como letra e), la letra d) de este artículo, como se indicará.
Letra c)
Ha pasado a ser letra g).
Ha reemplazado la conjunción "o" que va entre las voces "locales" y "establecimientos", por la conjunción copulativa "y"; ha agregado la preposición "de" a continuación de la expresión "a la práctica de deportes o"; ha suprimido la conjunción "y" que aparece a continuación del vocablo "recreación" y la coma (,) que la antecede, y ha sustituido el punto final (.) por un punto y coma (;).
Letra d)
Como se dijo anteriormente, ha pasado a ser letra e), con las siguientes modificaciones:
Ha reemplazado la expresión "como asimismo", suprimiendo las comas (,) que la anteceden y siguen, por la conjunción copulativa "y"; ha rechazado la forma verbal "obtener" que precede a. las palabras "la formación y perfeccionamiento", y ha agregado, en punto seguido, la siguiente oración final: "Todo esto sin perjuicio de las atribuciones legales que tienen en estas materias las Universidades;".
Letra e)
Ha pasado a ser letra h). En su inciso primero, ha sustituido el punto y coma (;) por un punto seguido
(.) ; ha puesto en mayúscula el artículo ||AMPERSAND||quot;los" que sigue a continuación, y ha reemplazado la palabra "estas" que precede a "normas" por el vgcablo "dichas".
En su inciso segundo, ha agregado una coma (,) a continuación de la voz "Recreación" ; ha sustituido la forma verbal "fija" por "señala", y ha reemplazado el punto final (.) por un punto y coma (;).
Letra f)
Ha suprimido la coma (,) que sigue al sustantivo "país", y ha reemplazado el to final (.) por un punto y coma (;).
Letra g)
Ha pasado a ser letra i).
En su inciso segundo, ha intercalado la expresión "los respectivos" entre los términos "otorgar" y "pasaportes", y ha sustituido el punto final (.) por un punto y coma (;).
Letra h)
Ha sido desechada.
Letra i)
Su primer inciso, como se dijo anteriormente, ha pasado a ser letra c), sin otra modificación.
Sus incisos segundo y tercero han pasado a ser incisos primero y segundo, respectivamente, de la letra d), con las modificaciones que se señalan;
Ha reemplazado el término "estas" que sigue a los vocablos "por objeto", por el artículo ;las", y ha agregado a continuación de la palabra "actividades", lo siguiente: "definidas en la letra anterior".
En su inciso tercero que ha pasado a ser inciso segundo de la letra d), ha sustituido la forma verbal "establecerá" por "establezca", y ha reemplazado el punto final (.) por un punto y coma (;).
Letra j)
Ha suprimido su inciso primero.
En su inciso segundo que pasa a ser primeroha sustituido el punto final (.) por un punto y coma (;).
Letra k)
Ha sido desechada.
Letra 1)
Ha pasado a ser letra k), sin modificaciones.
Letra m)
Ha pasado a ser letra 1), reemplazada por la siguiente:
"1) Sancionar la falta de observancia de las disposiciones de la presente ley y de su reglamento. Podrá, asimismo, solicitar a los Servicios Públicos o a las organizaciones deportivas que apliquen las sanciones que sean de su respectiva competencia.
Podrá, en conformidad a lo que determine el Reglamento, ordenar la suspensión de un espectáculo deportivo o la clausura de un local o establecimiento destinado a la práctica de los deportes y requerir el auxilio de la fuerza pública de la autoridad administrativa que corresponda, para el cumplimiento de las órdenes que imparta, sin perjuicio de las atribuciones que en esta materia tienen las Municipalidades, el Servicio Nacional de Salud y otros Servicios Públicos.
De las resoluciones que en conformidad a esta letra dicte la Dirección General de Deportes y Recreación podrá reclamarse, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, ante el Ministro de Defensa Nacional, reclamo que se substanciará breve y sumariamente.".
A continuación, ha consultado la siguiente letra m) nueva:
"m) Fomentar el deporte sindical entre los trabajadores, actuando en conjunto con la Central Única de Trabajadores, u otras organizaciones sindicales, a través de los representantes de esas organizaciones en los distintos niveles.".
Letra n)
Ha intercalado entre los vocablos "estudios," y "programas", las palabras "planos y".
Como se indicó oportunamente, ha consultado como artículo 5° el inciso final del artículo 4º de la Cámara,
Artículo 6º
Ha pasado a ser artículo 24, redactado como sigue:
"Artículo 24.Cuando las Corporaciones dependientes del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo programen la construcción de núcleos habitacionales o efectúen expropiaciones en conformidad a sus atribuciones legales, reservarán, atendida la densidad de la población, un porcentaje del área destinada a construcciones habitacionales para recintos deportivos y de recreación. Estos porcentajes serán fijados por Decreto Supremo de acuerdo con las circunstancias. Los terrenos así reservados serán destinados a la Dirección General de Deportes y Recreación para sus fines propios.
El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo o sus organismos dependientes podrán, dentro del plazo de 69 días contado desde la publicación de esta ley, transferir, ceder o destinar a la Dirección General de Deportes y Recreación los terrenos actualmente destinados a recintos deportivos, estén o no construidos.".
El epígrafe "Párrafo 3º Del Fondo de Construcciones Deportivas", ha sido sustituido por el siguiente: "Párrafo 4º De la Corporación de Construcciones Deportivas".
Artículo 7º
Ha consultado como inciso primero del artículo 18, los incisos primeros de los artículos 7º y 9º de esa Honorable Cámara, refundidos en el siguiente texto:
"Artículo 18.Créase una Corporación autónoma, con personalidad jurídica de derecho público, funcionalmente descentralizada, domiciliada en Santiago, denominada "Corporación de Construcciones Deportivas", que tendrá a su cargo la adquisición de terrenos por expropiación u otro medio, la construcción, arrendamiento, habilitación o reparación de edificios e instalaciones destinados a la práctica de actividades deportivas o de recreación, como asimismo al equipamiento de las mismas. Se relacionará con el Gobierno y los Servicios Públicos a través de la Dirección General de Deportes y Recreación dependiente del Ministerio de Defensa Nacional.".
Como inciso segundo de este artículo 18, ha consultado el inciso segundo del artículo 7º de esa Honorable Cámara, con las solas enmiendas de reemplazar la expresión "El Fondo" por "La Corporación"; suprimir la frase "cualesquiera que sean sus propietarios", y sustituir la coma (,) que la antecede por un punto (.).
Artículo 8º
Ha sido suprimido.
Artículo 9º
Su inciso primero, refundido con el inciso primero del artículo 7º de esa Honorable Cámara, ha pasado a constituir el inciso primero del artículo 18; con el texto que se indicó.
Como inciso primero del artículo 19, ha considerado el inciso segundo del artículo
9° de esa Honorable Cámara, con las siguientes modificaciones:
Ha sustituido la expresión "El Fondo" por "La Corporación"; ha reemplazado la forma verbal "administrado" por "administrada" ; ha agregado a continuación de la denominación "Director General de Deportes y Recreación", la siguiente frase: ", quien actuará como su representante legal," ; y ha intercalado, entre el vocablo "por" y las palabras "el Jefe de la Oficina", lo siguiente: "el Director de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el Director de Equipamiento Comunitario del Ministerio de la Vivienda", seguido de una coma (,).
Como inciso segundo del artículo 19, ha considerado el inciso tercero del artículo 9º de esa Honorable Cámara, con las solas enmiendas de sustituir las palabras "del Fondo" por "de la Corporación" y los vocablos "confianza exclusiva" por "exclusiva confianza" y reemplazar la frase final, a continuación del punto seguido (.), por esta otra: "Por el solo hecho de su nombramiento pasará a formar parte del Consejo Nacional de la Vivienda.".
Como inciso tercero del artículo 19, ha consultado el inciso cuarto del artículo 9º de esa Honorable Cámara, redactado en los siguientes términos:
"Los miembros del Consejo de la Corporación de Construcciones Deportivas tendrán derecho a una remuneración equivalente al monto de medio sueldo vital mensual, escala A), del departamento de Santiago por cada sesión a que asistan, con un máximo mensual ele un sueldo vital de la naturaleza indicada.".
Artículo 10
Ha pasado a ser artículo 20, con las enmiendas que se indican:
Ha sustituido su encabezamiento por este otro: "El patrimonio de la Corporación ele Construcciones Deportivas estará formado por:,".
En la letra e), ha suprimido la coma (,) que figura después de la expresión "con personalidad jurídica".
A continuación, como letra f), ha considerado la letra g) del mismo articulo, como se indicará.
En la letra f) que ha pasado a ser letra g), ha suprimido las palabras "corporaciones que se disuelven o de".
La letra g) ha sido consultada como f), redactada en los siguientes términos:
"f) Las donaciones que hagan las personas jurídicas o naturales, las que estarán exentas del trámite de la insinuación.".
Artículo 11
Ha pasado a ser artículo 21, sustituido por el siguiente:
"Artículo 21.La Dirección General de Deportes y Recreación podrá destinar recursos a la Corporación de Construcciones Deportivas para que ésta ejecute o contrate la reparación, ampliación y habilitación de recintos deportivos o para la recreación que sean de propiedad municipal, de organizaciones deportivas o de instituciones de recreación reconocidas por el Ministerio de Defensa Nacional. Estas obras podrán ser donadas total o parcialmente a las citadas entidades.
El Presidente de la República autorizará por decreto supremo la ejecución de las mencionadas obras, cuando el total de la inversión que efectúe la referida Corporación, en cada una de ellas, no sea superior a treinta sueldos vitales anuales, escala a), del departamento de Santiago.
Cuando la citada inversión sea inferior a diez sueldos vitales anuales, escala a), del departamento de Santiago, ésta podrá ser autorizada por resolución de la Dirección Genera] de Deportes y Recreación.".
Artículo 12
Ha pasado a ser artículo 22, con las modificaciones que se indican:
Ha reemplazado sus incisos primero, segundo y tercero por los siguientes:
"Artículo 22.La Corporación de Construcciones Deportivas podrá ejecutar por sí misma, conforme al Reglamento respectivo, las tareas descritas en el artículo 18, o bien encargar su ejecución a los Ministerios de Obras Públicas y Transportes o de la Vivienda y Urbanismo, traspasándoles los fondos respectivos.
La Corporación de Construcciones Deportivas para el cumplimiento de las finalidades señaladas en el artículo 18 o la administración de los recintos ahí mencionados, podrá formar o integrar sociedades con el Consejo Nacional de Deportes, las Federaciones Deportivas Nacionales, los Consejos Locales de Deportes, las Asociaciones, Ligas y Clubes Deportivos, los sindicatos, las Instituciones de Recreación y los Clubes de Tiro con personalidad jurídica, las Municipalidades y, en general, con personas naturales o jurídicas. Asimismo, podrá otorgar créditos a las instituciones señaladas en este inciso en la forma que determine el Reglamento.
La Corporación de Construcciones Deportivas, previa autorización del Ministro de Hacienda, podrá contratar créditos en el país y en el extranjero.".
A continuación, ha consultado, como inciso cuarto, el siguiente, nuevo:
"La Corporación de Construcciones Deportivas podrá efectuar aportes a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales S. A., a través de la suscripción de acciones, para financiar la ejecución de gimnasios, canchas de básquetbol o recintos deportivos en los planteles de educación básica, media y normal. Las obras se ejecutarán conforme a las normas que regulan las actividades de dicha Sociedad, contando los proyectos, con la aprobación de la Comisión Técnica del Plan Nacional de Edificios Escolares.".
Luego, como inciso quinto, ha considerado el inciso cuarto del artículo 12 de esa Honorable Cámara, con la sola modificación de sustituir las palabras "el Fondo" por "la Corporación".
Artículo 13
Ha pasado a ser artículo 23, redactado en los términos que se indican:
"Artículo 23.La Corporación de Construcciones Deportivas transferirá al Fisco el dominio, o la cuota o acciones que posea, de los recintos terminados y en condiciones de uso y en cuya habilitación haya participado, los que deberán ser destinados a la Dirección General de Deportes y Recreación.".
Luego, ha sustituido el epígrafe "Párrafo 4º Del Comité Olímpico de Chile" por el siguiente: "Párrafo 2º De las Organizaciones Deportivas".
En seguida, ha consultado el siguiente artículo 6º, nuevo:
"Artículo 6ºSin perjuicio de las atribuciones que corresponden a la Dirección General de Deportes y Recreación y a la Comisión Nacional Asesora de Deportes y Recreación, se reconoce a las organizaciones deportivas su carácter autónomo, sujetas a los preceptos estatutarios que las rigen y a las disposiciones consultadas en los artículos siguientes.".
Artículo 14
Ha pasado a ser artículo 7º.
En su inciso primero, ha suprimido la frase que dice: "es una Institución con personalidad jurídica y con domicilio en Santiago, que".
En su inciso segundo, ha iniciado con minúscula las palabras "Deportistas Chilenos" y "Regionales", y ha reemplazado la frase "patrocinadas por el Comité Olímpico de Chile", por la expresión "que él patrocine".
Su inciso cuarto, refundido con el inciso tercero del articulo 15, ha pasado a ser artículo 41, con la redacción que se indica:
"Artículo 41.Los bienes raíces de propiedad del Consejo Nacional de Deportes
y los del Comité Olímpico de Chile estarán exentos del impuesto territorial, cuando estén dedicados a finalidades deportivas.
De igual beneficio gozarán las canchas, estadios y demás recintos dedicados a prácticas deportivas o recreacionales que pertenezcan a las otras organizaciones deportivas descritas en la presente ley, o a otras instituciones deportivas o de recreación que tengan personalidad jurídica, previo informe favorable de la Dirección General de Deportes y Recreación, el que deberá ser fundado y estará sujeto a lo dispuesto en el Reglamento.".
En su inciso quinto, ha sustituido las palabras "las denominaciones" por "la denominación" ; ha suprimido los vocablos "Olimpíada y", y ha agregado coma (,) a continuación de las palabras "Internacional", "Olímpicos", "exclusivamente" y "República".
Ha suprimido su inciso final.
Ha rechazado la expresión "Párrafo 5º" y su epígrafe "Del Consejo Nacional de Deportes".
Artículo 15
Ha pasado a ser artículo 8°.
Ha redactado sus incisos primero y segundo en los siguientes términos:
"Artículo 8º.-El Consejo Nacional de Deportes es una institución integrada por las Federaciones Deportivas Nacionales que se encuentran afiliadas a él y es la máxima autoridad de estas Federaciones.
En lo no consultado en la presente ley, el Consejo Nacional de Deportes se regirá por sus propios Estatutos.".
Su inciso tercero conjuntamente con el inciso cuarto del artículo 14 de esa Honorable Cámara, ha pasado a formar parte del artículo 41, redactado en los términos que se señalaron.
Artículo 16 Ha pasado a ser artículo 9º.
Letras a), b) y c)
Ha sustituido, en cada una de ellas, el punto final (.) por un punto y coma (;).
Letra d)
Ha agregado sendas comas (,) a continuación de las palabras "Promover" y "Nacionales" y un punto y coma (;) después de la denominación "clubes deportivos".
A continuación, ha consultado como letra e), la letra f) de este artículo, como se indicará.
Letra e)
Ha pasado a ser letra f), sin modificaciones.
Letra f)
Como se dijo, ha pasado a ser letra e), con las siguientes enmiendas:
Ha reemplazado la conjunción copulativa "y" que sigue al sustantivo "fin", por una coma (,) y ha sustituido las palabras "al Fondo" por estas otras "a la Corporación".
Letra g)
Ha iniciado con minúscula las palabras "Deportes Extraescolar".
En seguida, ha suprimido el epígrafe "Párrafo 6º De las Federaciones Deportivas Nacionales".
Artículo 17
Ha pasado a ser artículo 10.
Ha redactado su inciso primero en los siguientes términos:
"Artículo 10.En cada especialidad deportiva existirá una sola Federación Deportiva Nacional.".
En su inciso segundo ha agregado, en punto seguido, la siguiente oración final: "Sin perjuicio de lo anterior, para todos los demás efectos legales, la Dirección General de Deportes y Recreación pcdrá reconocer una actividad como especialidad deportiva.
El inciso tercero ha pasado a ser cuarto y el cuarto a tercero, sin otras modificaciones.
Artículo 18
Ha sido desechado.
Luego, ha suprimido el epígrafe "Párrafo 7º De los Consejos Locales y Provinciales de Deportes".
Artículo 19
Ha pasado a ser artículos 11, 12 y 13, sustituyéndose su texto por los que a continuación se indican:
"Artículo 11.En cada comuna habrá un Consejo Local de Deportes, a no ser que por razones fundadas, debido a la extensión de la comuna o porque en ella haya varios centros urbanos distantes, sea aconsejable crear otro u otros Consejos Locales; en todo caso, cuando así fuere necesario, su creación será autorizada por la Dirección General de Deportes y Recreación, con informe favorable de la Municipalidad respectiva y del Consejo Local de Deportes de la ciudad cabecera de comuna.
Los Consejos Locales de Deportes son organismos cooperadores del Estado en la función de fomentar el deporte y tendrán a su cargo la coordinación de las actividades deportivas locales; la administración de recintos deportivos que le encomiende la Dirección General de Deportes y Recreación u otros organismos; mantendrán la armonía entre sus afiliadas, y representarán a las autoridades deportivas nacionales las necesidades generales del deporte local, con excepción de las que sean de exclusiva incumbencia de las Federaciones.
Club Deportivo es un organismo que agrupa a personas para practicar, organizar y desarrollar una o varias actividades deportivas.
Ningún Club podrá recibir subvención municipal, del presupuesto nacional o de la Dirección General de Deportes y Recreación, sin previo registro y comprobación de su existencia efectiva por el Consejo Local de Deportes respectivo, por otra de las organizaciones deportivas creadas por esta ley o por la propia Dirección General.
El Reglamento establecerá una forma permanente de coordinación con las Municipalidades respectivas, las que tendrán acceso a la confección del plan anual de trabajo de los Consejos Locales de Deportes. Establecerá, asimismo, sistemas de coordinación entre los Consejos Locales de Deportes y las Juntas de Vecinos, la Central Única de Trabajadores y las organizaciones comunitarias y de trabajadores.
Artículo 12.La Dirección General de Deportes y Recreación podrá crear Consejos Provinciales de Deportes que tendrán como función principal la de coordinar el trabajo de los Consejos Locales de Deportes de sus respectivas provincias y fomentar sus actividades, sin perjuicio de las atribuciones de las Federaciones Deportivas Nacionales.
Los Consejos Provinciales de Deportes estarán formados por los Presidentes de los Consejos Locales de Deportes de la respectiva provincia y serán presididos por quien aquéllos elijan.
Artículo 13.Dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, la Dirección General de Deportes y Recreación, con consulta a las instituciones interesadas, propondrá al Presidente de la República, quien tendrá 90 días para dictarlo, un Reglamento especial relativo a la organización, atribuciones y funcionamiento de los Consejos Provinciales y Locales de Deportes. Este Reglamento deberá establecer la más amplia participación en los Consejos mencionados de instituciones deportivas, especialmente de los clubes, asociaciones, ligas afiliadas a la Agrupación Nacional de Deportistas Aficionados de los Barrios (ANDABA) y otras ligas de carácter territorial o funcional, asociaciones deportivas escolares y otras.".
A continuación, ha suprimido el siguiente epígrafe: "Párrafo 8° De la Educación Física, el Deporte y la Recreación preescolar y escolar".
Artículo 20
Ha pasado a ser artículo 39, con las enmiendas que se indican:
Ha sustituido la primera oración por la siguiente:
"Artículo 39.Facúltase al Presidente de la República para dictar, dentro de los 90 días siguientes a la fecha en que esta ley empiece a regir, normas sobre el fomento de la educación física, el deporte, la educación extraescolar y la recreación en los establecimientos de enseñanza general básica y media, así como respecto de los preescolares; sobre las funciones y organización de los servicios del Ministerio de Educación Pública encargados de su ejecución, y sobre las modalidades de coordinación y operación de programas y actividades que sobre dichas materias, estos servicios acuerden o deban realizar conjuntamente con la Dirección General de Deportes y Recreación.".
Ha suprimido la oración final.
Artículo 21
Ha pasado a ser artículo 11 transitorio, redactado en los términos que se señalan:
"Artículo 11.Las Universidades deberán dictar, dentro del plazo de 120 días desde que empiece a regir esta ley, un reglamento especial de educación física, deportes y recreación, que se aplicará a sus alumnos. Un ejemplar de dichos reglamentos será enviado a la Dirección General de Deportes y Recreación, tan pronto como entren en vigor.".
En seguida, en el epígrafe "Párrafo 9º", ha reemplazado el ordinal "9º" por "3º".
Artículo 22
Ha pasado a ser artículo 14.
Ha intercalado, entre las expresiones "180 días" y "un Estatuto", lo siguiente: "contado desde que entre en vigencia la presente ley", seguido de una coma (,).
Artículo 23
Ha pasado a ser artículo 15.
Ha redactado su inciso primero en la siguiente forma:
"Artículo 15.Las normas especiales que se dicten establecerán las bases que deberán regular los convenios, contratos y acuerdos y las relaciones laborales o de otra índole, entre los deportistas y trabajadores profesionales del deporte y los clubes o empresarios contratantes, como asimismo su régimen previsional.".
En seguida, como inciso tercero, ha consultado el siguiente, nuevo:
"En el contrato de transferencia o préstamo de un jugador profesional de fútbol a una institución extranjera, deberá establecerse una cláusula por la cual dicho jugador quedará a disposición de Chile para integrar los equipos que participen en todas las etapas de los Campeonatos Sudamericanos, Panamericanos y mundiales.".
En el inciso tercero que ha pasado a ser cuarto ha suprimido las palabras "Facúltase también"; ha reemplazado la contracción "al", que figura en seguida, por el artículo ||AMPERSAND||quot;El", y ha sustituido los vocablos "para fijar" por la forma verbal "fijará".
Artículo 24
Ha pasado a ser artículo 6º transitorio, en los términos que se indican:
"Artículo 6º Una vez dictado el Estatuto de los Deportistas Profesionales y trabajadores asimilados a actividades conexas a que refieren los artículos 14 y 15 de esta ley, una Comisión especial propondrá al Presidente de la República, dentro del plazo de 90 días contado desde su constitución, el texto de un Reglamento referente a las actividades del fútbol profesional.
Esta Comisión Especial se constituirá en los 10 días siguientes a la publicación del Estatuto de los Deportistas Profesionales y estará integrada por:
Cinco representantes designados por el Presidente de la República, uno de los cuales la presidirá;
Dos personas designadas por el Sindicato Profesional de Futbolistas Profesionales y una por la Asociación de Entrenadores, y
Tres personas designadas por la Asociación Central de Fútbol de Chile.
Los servicios públicos, instituciones semifiscales o autónomas pondrán a disposición de la Comisión los antecedentes que solicite y prestarán la colaboración que sean procedentes, pudiéndose designar en comisión de servicio, por todo el tiempo que duren sus funciones, a los funcionarios que se juzgue conveniente. El desempeño en esta Comisión no dará derecho a remuneraciones de ningún tipo.".
Artículo 25
Ha pasado a ser artículo 16, redactado en la forma que se expresa a continuación :
"Artículo 16.Las Corporaciones Deportivas Profesionales y sus clubes afiliados están obligados a presentar a la Dirección General de Deportes y Recreación una memoria anual de sus actividades, a remitirles sus balances y a proporcionarle toda clase de informes que ésta estime necesarios para velar por el cumplimiento de los respectivos Estatutos.".
Artículo 26
Ha pasado a ser artículo 17, redactado en los términos que se indican:
"Artículo 17.Las personas a que se refiere este Párrafo, que hayan desempeñado actividades reconocidas por el Estatuto de los Deportistas Profesionales y que no hubieren hecho las correspondientes imposiciones podrán, para los efectos previsionales, reconocer el tiempo servido en dichas actividades. Las imposiciones serán de cargo de los interesados.
Se faculta a las Cajas de Previsión para otorgar préstamos a quienes soliciten los beneficios acordados en este artículo.".
Como se señaló anteriormente, el epígrafe "Párrafo del Fondo de Construcciones Deportivas;, ha sido sustituido por el siguiente: "Párrafo 4º. De la Corporación de Construcciones Deportivas".
Artículo 27
Ha pasado a ser artículo 7° transitorio, con la sola modificación de sustituir su inciso primero por el siguiente:
"Artículo 7º La Asociación Central de Fútbol de Chile y las demás Corporaciones Deportivas Profesionales que señale el Estatuto de los Deportistas Profesionales, tendrán un plazo de 120 días, contado desde la publicación del Reglamento a que se refiere el artículo 6° transitorio, para proponer la reforma de sus Estatutos sociales en conformidad a los artículos 14 y 15 de esta ley, previo informe de la Dirección General de Deportes y Recreación.".
Artículo 28
Ha sido suprimido.
Como se indicó en su oportunidad, como artículo 18 ha consultado los incisos primeros de los artículos 7° y 9º del proyecto de la Cámara, en la forma expresada.
Como artículo 19 ha consultado los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 9º de la Cámara, como se indicó oportunamente.
Como artículos 20, 21, 22 y 23 ha consultado los artículos 10, 11, 12 y 13, respectivamente, del proyecto de la Cámara, en los términos que se indicaron.
Como artículo 24, se ha consultado el artículo 6º de la Cámara, como se indicó en su oportunidad.
Luego, en el epígrafe "Párrafo 10", ha sustituido el ordinal "10" por "5º".
Artículo 29
Ha pasado a ser artículo 25, con la sola enmienda de reemplazar las palabras "El Fondo" por "la Corporación".
Artículo 20
Ha pasado a ser artículo 26, redactado en los siguientes términos:
"Artículo 26.Las adquisiciones que hagan la Dirección General de Deportes y Recreación y la Corporación de Construcciones Deportivas, dentro del territorio nacional o en el extranjero, estarán sujetas al régimen vigente para las adquisiciones hechas por las Fuerzas Armadas.".
Artículo 31
Ha pasado a ser artículo 27.
Ha reemplazado sus incisos primero y segundo por los siguientes:
"Artículo 27.Los deportistas aficionados que participen en campeonatos nacionales o zonales organizados por las Federaciones o Asociaciones debidamente reconocidas por el Consejo Nacional de Deportes, o por aquellas instituciones deportivas de carácter nacional reconocidas para estos efectos por la Dirección General de Deportes y Recreación, tendrán la rebaja que determina la ley Nº 12.525.".
"Tratándose de los deportistas aficionados de las provincias de Tarapacá, Antofagasta, Chiloé, Aisén y Magallanes, la rebaja establecida en la ley Nº 12.525 se aplicará también a los viajes que realicen por la Línea Aérea Nacional, con el fin de concurrir a dichos campeonatos, previa autorización de la Dirección General de Deportes y Recreación.".
Ha sustituido su inciso tercero por el que sigue:
"Del mismo beneficio contemplado en este artículo gozarán los miembros de la Comisión Nacional Asesora de Deportes y Recreación, cuando deban viajar dentro del país para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 5º de esta ley, y los deportistas que concurran a campeonatos escolares nacionales o zonales, de acuerdo al Reglamento que se dicte.".
En seguida, ha redactado su inciso cuarto en la siguiente forma:
"La Dirección General de Deportes y Recreación certificará al respaldo de cada orden de pasaje la naturaleza de la competencia que se realiza, con el fin de que la Empresa de Ferrocarriles del Estado, la Línea Aérea Nacional y los ferrocarriles particulares hagan el descuento correspondiente, en los casos de los incisos anteriores.".
Artículo 32
Ha pasado a ser artículo 28.
En su inciso primero, ha reemplazado la palabra "responsables" por "competentes"; ha intercalado entre la conjunción "y" y los vocablos "sean empleados u obreros", la palabra "que"; ha iniciado con minúscula las expresiones "Instituciones Fiscales", "Semifiscales", "Fiscales de Administración Autónoma", "Autónomas" y "Municipales"; ha sustituido los vocablos "para su participación" por "con el objeto de participar", y ha agregado una coma (,) a continuación del sustantivo "torneos".
Luego, como inciso segundo, ha consultado el siguiente, nuevo:
"De igual derecho gozarán los dirigentes y expertos en actividades de recreación que asistan a eventos nacionales o a cursos patrocinados por la Dirección General de Deportes y Recreación, hasta por 7 días hábiles anuales.".
A continuación, ha sustituido los incisos segundo y tercero, por el siguiente, que ha pasado a ser inciso tercero:
"Las instituciones o empresas privadas deberán conservar la propiedad del empleo de los obreros y empleados que deban concurrir, en las mismas condiciones y plazos, a los campeonatos mencionados en el inciso primero de este artículo, y deberán efectuar, de su cargo, la totalidad de las imposiciones patronales y personales en la respectiva institución de previsión social sobre la base de la última remuneración imponible percibida por el obrero o empleado, durante todo el período que dure su concurrencia a tales campeonatos. Este lapso se considerará como tiempo efectivamente trabajado para todos los efectos legales.".
Artículo 33
Ha pasado a ser inciso primero del artículo 29, redactado en los siguientes términos:
"Artículo 29.Sustitúyese en el inciso tercero del artículo único de la ley número 16.217, publicada en el Diario Oficial de 27 de marzo de 1965, el guarismo "50.000" por "200.000".".
Luego, como inciso segundo, ha agregado el siguiente, nuevo:
"Los artículos que importen las instituciones deportivas con franquicias de internación podrán transferirse a terceros asociados, previa autorización de la Dirección General de Deportes y Recreación.".
Artículo 34
Ha pasado a ser artículo 30, sustituido por el que se expresa a continuación:
"Artículo 30.A contar del 1° de enero de 1970, el Estadio Nacional de Santiago, dependiente de la Subsecretaría de Educación Pública, pasará a depender de la Dirección General de Deportes y Recreación.".
Artículo 35
Su inciso primero ha pasado a ser inciso primero del artículo 31, redactado en los siguientes términos:
"Artículo 31.El Estadio Nacional estará regido por una Junta de Administración integrada por el Director General de Deportes y Recreación, que la presidirá, por el Jefe del Departamento de Educación Física, Deportes y Recreación del Ministerio de Educación Pública y por el Administrador del Estadio Nacional.".
Su inciso segundo, refundido con el artículo 39 de esa Honorable Cámara, ha pasado a ser artículo 8º transitorio, en la forma que se expresa:
"Artículo 8oDentro del plazo de 30 días contado desde la entrega del Estadio Nacional, la Junta de Administración deberá someter a la consideración del Presidente de la República un Reglamento sobre uso, concesión y funcionamiento del establecimiento, el que contendrá, además, las funciones y deberes del personal".
Su inciso tercero, que ha pasado a ser segundo de este artículo, ha sido sustituido por el que se transcribe en seguida :
"La Junta de Administración deberá fijar los programas periódicos de trabajo en el Estadio Nacional, con audiencia de la Directiva de la Asociación Nacional de Profesores de Educación Física.".
Artículo 36
Ha sido desechado.
A continuación, ha consultado el siguiente artículo, nuevo, signado con el número 32:
"Artículo 32.El Departamento de Educación Física, Deportes y Recreación del Ministerio de Educación Pública conservará el uso de las dependencias del Estadio Nacional que actualmente ocupa. En igual forma, dicho Ministerio conservará el uso de los terrenos que ocupa la Escuela Pública Nº 331.".
Artículo 37
Ha pasado a ser artículo 33, sustituido por el siguiente:
"Artículo 33.Sustitúyese la planta del personal del Estadio Nacional fijada por el artículo 4º de la ley N° 14.453, de 6 de diciembre de 1960, y sus modificaciones posteriores, a partir del 1º de enero de 1970, por la siguiente:
Planta Directiva, Profesional y Técnica
Los cargos de estas plantas tendrán el régimen de remuneraciones vigente para la Administración Civil del Estado.
Salvo lo dispuesto en el inciso anterior, el personal de estas plantas tendrá la calidad de empleado civil de las Fuerzas Armadas; gozará de los mismos beneficios y atención médica, dental, hospitalaria y ambulatoria de que goce el personal en servicio activo de las Fuerzas Armadas y se le aplicarán las disposiciones de la ley Nº 12.856, modificada por la ley Nº 15.448.
En encasillamiento derivado de la aplicación de la presente ley no será considerado ascenso para ningún efecto legal, especialmente para el caso del artículo 64 del DFL. Nº 338, de 1960.".
Artículo 38
Ha sido rechazado.
Artículo 39
Como se dijo anteriormente, refundido con el inciso segundo del artículo 35 de esa Honorable Cámara, ha pasado a ser artículo 8º transitorio, en los términos que se señalaron en su oportunidad.
A continuación, ha consultado los siguientes artículos, nuevos, signados con los números 34, 36, 37 y 38:
"Artículo 34.Los ingresos provenientes del uso y explotación del Estadio Nacional incrementarán exclusivamente los fondos de la Dirección General de Deportes y Recreación.
La Dirección depositará estos fondos en el Banco del Estado de Chile, en una cuenta subsidiaria de la Cuenta Única Fiscal, la que se denominará "Cuenta de la Dirección General de Deportes y Recreación Estadio Nacional".
La Dirección podrá girar contra esta cuenta corriente sólo para cumplir los fines para los cuales ella fue creada y atender los gastos de administración, funcionamiento y explotación que demande el referido Estadio Nacional.
Al término de cada año calendario estos fondos no ingresarán a rentas generales de la Nación.
Como se expresó en su oportunidad, como artículo 35 ha aprobado la oración final del inciso primero del artículo 5º de la Cámara.
Artículo 36.Sin perjuicio de lo dispuesto en la letra f) del artículo 3°, la obtención de personalidad jurídica por parte de los clubes deportivos se sujetará al procedimiento establecido en la ley Nº 16.880.
Artículo 37.Con el fin de facilitar lo dispuesto en el artículo 3º, las Municipalidades, las Intendencias y el Ministerio del Interior proporcionarán bimestralmente a la Dirección General de Deportes y Recreación copia de los Registros a que se refieren los artículos 5º y 35 de la ley Nº 16.880.
Artículo 38.Autorízase a la Fundación de Conmemoración Histórica "Bernardo O'Higgins", creada por la ley número 12.666, cuyo domicilio es la ciudad de Chillán, para vender, ceder o permutar los predios de su propiedad ubicados en la Manzana 1.036 del Plano Regulador de
Chillán. Estos predios serán destinados al Parque Estadio de Chillán Viejo.".
En seguida, ha considerado, como artículo 39, el artículo 20 de la Cámara, como se indicó.
A continuación, ha consultado el siguiente artículo, nuevo, signado con el número 40:
"Artículo 40.Exímese de la parte de beneficio fiscal del impuesto territorial a los predios, o la parte proporcional de ellos, que sus dueños faciliten gratuitamente a la Dirección General de Deportes y Recreación, mientras sean ocupados por la misma o entidades deportivas que cuenten con la autorización de dicha Dirección.
El comodato que este artículo autoriza tendrá una duración mínima de 3 años y se renovará automáticamente por un período igual de tiempo, si los dueños de los terrenos no lo hacen cesar dando aviso a la Dirección General de Deportes y Recreación a lo menos con 6 meses de anticipación a la fecha de vencimiento.
El Presidente de la República reglamentará la aplicación de esta disposición dentro del plazo de 90 días contado desde la publicación de esta ley.".
Luego, como artículo 41, ha considerado el inciso cuarto del artículo 14 refundido con el inciso tercero del artículo 15 ambos de esa Honorable Cámara, redactados en los términos que se expresaron.
"Artículo 42.Facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de un año determine, con informe de la Dirección General de Deportes y Recreación, el tipo de instalaciones deportivas que deben tener las empresas que tengan más de 100 trabajadores.
Artículo 43.La Corporación del Cobre, a requerimiento de la Dirección General de Deportes y Recreación, deberá asegurar la transferencia de los edificios de vivienda que queden desocupados en los campamentos de Sewell y Calefones, como resultado del traslado de obreros y empleados a las nuevas poblaciones de Rancagua, a la Dirección General de Deportes y Recreación, para constituir y habilitar allí un centro de deportes y recreación para obreros, empleados y estudiantes.
Artículo 44.Con cargo a los fondos de la presente ley, deberán destinarse las partidas necesarias para la ampliación, mejoramiento y dotación de los elementos indispensables para el mejor desenvolvimiento del Servicio de Medicina Física y Rehabilitación del Hospital del Salvador, de la ciudad de Santiago, entidad que tendrá la obligación de atender gratuitamente a las personas que sufran lesiones físicas en el desempeño de las actividades deportivas no profesionales, de acuerdo con los convenios que celebre para estos efectos con la Dirección General de Deportes y Recreación.
Artículo 45.Con cargo a los fondos generales que resulten de la aplicación de la presente ley, se destinará la suma de Eº 300.000 a la Federación Chilena de Remo Amateur, para contribuir al financiamiento del Campeonato Sudamericano de Remo, a celebrarse el año 1970 en la provincia de Concepción y a la iniciación de una pista olímpica de regatas en las provincias de Santiago o Talca.".
En seguida, ha consultado los siguientes artículos nuevos, signados con los números 42, 43, 44 y 45:
Grado 1º
Grado 2º
Grado 3º
A continuación, ha sustituido, en el epígrafe '"Párrafo 11º", el ordinal "11º" por "6º".
Artículo 40
Ha pasado a ser artículo 46, reemplazado por el siguiente:
"Artículo 46.La Planta del Personal de la Dirección General de Deportes y Recreación y de la Corporación de Construcciones Deportivas será la siguiente:
Planta Directiva Profesional y Técnica
En el caso de los oficiales administrativos del Estadio Chile, no les será exigible el requisito contemplado en el inciso primero del artículo 14 del D.F.L. número 338, de 1960, modificado por el número III del artículo 114 de la ley número 16.250, publicada en el Diario Oficial de 21 de abril de 1965.
El personal de la Planta Directiva, Profesional y Técnica de la Dirección General de Deportes y Recreación y de la Corporación de Construcciones Deportivas, no forma escalafón.
Suprímese la letra e) del artículo 220 del D.F.L. Nº 1, de 1968.".
Artículo 41
Ha pasado a ser artículo 47.
En el inciso primero, ha suprimido la expresión "serán clasificados y" y ha reemplazado el vocablo "vigentes" por "vigente".
En el inciso segundo, ha agregado, sustituyendo el punto (.) por una coma (,), la siguiente frase final: "especialmente para el caso del artículo 64 del D. F. L. Nº 338, de 1960.".
Artículo 42
Ha pasado a ser artículo 48.
Ha sustituido la expresión "del Fondo" por "de la Corporación"; ha agregado una coma (,) luego de la denominación "Fuerzas Armadas", la segunda vez que ésta aparece mencionada; ha reemplazado los términos "se aplicarán" por "se le aplicará", y ha eliminado las palabras "a su respecto".
Artículo 43
Ha pasado a ser artículo 49.
En el inciso primero ha agregado, antes de la forma verbal "gozará", la frase "o en la Corporación de Construcciones Deportivas", seguida de una coma (,) ; ha reemplazado la palabra "ella" por "ellas"; ha eliminado el término "porcentaje", y ha sustituido el vocablo "afecto" por "afecta".
En seguida, como inciso segundo, ha consultado el siguiente, nuevo:
"De la misma gratificación gozará el personal a que se refiere el artículo 244 del D.F.L. Nº 1, de 1968, que sea destinado a la Dirección General de Deportes y Recreación o a la Corporación de Construcciones Deportivas sin formar parte de las respectivas Plantas contenidas en esta ley.".
Ha redactado su inciso segundo que ha pasado a ser terceroen los términos que se expresan a continuación:
"La gratificación a que se refiere este artículo será pagada con cargo a los recursos establecidos en la presente ley.".
Artículo 44
Ha pasado a ser artículo 50.
Ha sustituido las palabras "del Fondo" por "de la Corporación"; ha agregado una coma (,) después de la expresión "estos mismos funcionarios", y ha reemplazado la frase "por el artículo 172 del Estatuto Administrativo" por esta otra: "en el artículo 172 del D.F.L. Nº 338, de 1960".
Luego, ha sustituido en el epígrafe "Párrafo 12", el ordinal "12º" por "7º".
Artículo 45 Ha pasado a ser artículo 51.
Ha redactado sus incisos primero, segundo y tercero en los siguientes términos :
"Artículo 51.Sustitúyense en el artículo 74 de la ley Nº 17.105 los guarismos "Eº 0,030" por "Eº 0,40"; "Eº 0,015" por "Eº 0,20", y "Eº 0,025" por "Eº 0,35".
A contar de la fecha de publicación de esta ley, el producto del impuesto establecido en el artículo 74 de la ley Nº 17.105, y desde el lº de enero de 1970, el 25% de los ingresos que produzca el inciso tercero del artículo 80 de la misma, se destinarán de acuerdo con la siguiente fórmula :
Un 60% a la Dirección General de Deportes y Recreación, la que destinará al menos una cuarta parte de esta suma al fomento del deporte y la recreación de la población escolar;
Un 20% a la Corporación de Construcciones Deportivas, y
Un 20% al Consejo Nacional de Deportes.
El producto de dicho impuesto deberá ser depositado por el Tesorero General de la República, dentro de los 90 días siguientes a su recaudación por el Fisco, en la cuenta especial de la Dirección General de Deportes y Recreación.".
Ha suprimido su inciso cuarto.
Artículo 46 Ha sido desechado.
Artículo 48
Ha pasado a ser artículo 53.
Ha redactado sus incisos primero y segundo en los términos que se consignan a continuación:
"Artículo 53.Autorízase al Hipódromo Chile y al Club Hípico de Santiago para realizar semestralmente una reunión extraordinaria de carreras cada uno, en días no festivos, a partir del 1° de julio de 1969 y hasta el 31 de diciembre de 1971. El producto de ellas se entregará a la Dirección General de Deportes y Recreación para que lo destine a la terminación y habilitación del Estadio Techado del Parque Cousiño. El Hipódromo Chile y el Club Hípico de Santiago podrán, de común acuerdo con la Dirección General de Deportes y Recreación, acordar la realización de una o más de las reuniones a que se refiere este artículo en cualquiera de estos recintos, indistintamente.
Del producto de estas reuniones se destinará a la mencionada Dirección General lo que se recaude por concepto de entradas de boletería que en ellas perciban los hipódromos y el total de la comisión de apuestas mutuas, simples y combinadas que rijan en el momento en que ellas se verifiquen, sin más descuentos que los contemplados en los artículos 2º, números 1 y 2, y 5º, letras e), f) y m) del decreto de Hacienda Nº 1.995, de 23 de septiembre de 1966.".
Ha suprimido su inciso tercero.
Artículo 47
Artículo 49
Ha pasado a ser artículo 52, redactado como sigue:
"Artículo 52.Las Municipalidades destinarán anualmente un mínimo del 0,3% de sus ingresos ordinarios al fomento del deporte amateur en sus respectivos territorios, de acuerdo con los Consejos Locales de Deportes de su jurisdicción.".
Ha sido rechazado.
Artículo 50 Ha sido suprimido.
Artículo 51 Ha pasado a ser artículo 9º transitorio, redactado en los términos que se señalan:
"Artículo 9º Autorízase la internación, liberada del pago de derechos de internación y de cualquier otro gravamen que se perciba por intermedio de las Aduanas, así como de la obligación de efectuar depósitos previos en el Banco Central de Chile, de cinco buses destinados a la Dirección General de Deportes y Recreación, y de dos buses destinados al Consejo Nacional de Deportes, pudiendo hacer uso de créditos directos con las fábricas.".
Artículo 52 Ha sido desechado.
A continuación, ha consultado los siguientes artículos, nuevos, signados con los números 54, 55, 56, 57 y 58:
"Artículo 54.Auméntase a un 4% el gravamen establecido en el artículo 245 de la ley Nº 16.464, cuyo producto se distribuirá en la siguiente forma:
Un 65% para la Dirección General de Deportes y Recreación, la que destinará un 15% del total del producto del impuesto establecido en este artículo al fomento del deporte y la recreación de la población escolar;
Un 15% para proyectos que los Consejos Locales de Deportes realicen conjuntamente y que cuenten con la aprobación de la Dirección General de Deportes y Recreación, según la distribución que anualmente haga el Director, y
Un 20% para el Consejo Nacional de Deportes.
Artículo 55.Autorízase a contar de la fecha de publicación de la presente ley el establecimiento de un recargo de Eº 1 en el precio de las entradas de galería, tribunas no numeradas y similares, y de Eº 2 en el precio de las entradas de tribunas numeradas o de preferencia en los espectáculos de fútbol profesional de Primera
División y de la División de Ascenso, nacionales o internacionales. A las entradas liberadas, con excepción de las de los escolares, les será aplicable este precepto como si se trataran de tribunas de preferencia.
Este recargo estará exento de todo impuesto fiscal o municipal, del pago del derecho a uso del estadio o de cualquiera otra deducción que no sea necesaria para cubrir los gastos que demanda su percepción.
Estos fondos se depositarán en una cuenta corriente del Banco del Estado de Chile que se denominará "Dirección General de Deportes y Recreación Canchas para Chile" y sólo podrán ser utilizados para la adquisición, habilitamiento, construcción o reparación de recintos deportivos.
La Dirección General de Deportes y Recreación transferirá el 40% de estos fondos a los clubes afiliados a la Asociación Central de Fútbol, en proporción al ingreso producido en la respectiva reunión. Los clubes invertirán estos recursos exclusivamente en la construcción de recintos deportivos y todo procedimiento en contrario se reputará delito de estafa, del que serán responsables los representantes legales de dichos clubes.
La Dirección, de común acuerdo con la Asociación Central de Fútbol, invertirá el 10% del ingreso a que se refiere este artículo para los fines señalados en el mismo.
Los clubes de fútbol profesional cuyos equipos participen en cualesquiera de las competencias organizadas por la Asociación Central de Fútbol deberán contar, dentro del plazo de 3 años contado desde la fecha de publicación de la presente ley, con cancha propia para prácticas y entrenamientos, dotada del equipamiento necesario. La Dirección General de Deportes y Recreación fijará las condiciones mínimas que deberán cumplir estos recintos. Los clubes que no cumplan con el requisito establecido en este inciso no podrán acogerse a los beneficios que establece el presente artículo.
Artículo 56.La Dirección General de Deportes y Recreación, al invertir los fondos que le proporciona la presente ley, destinará un 2% del producto de los artículos 51 y 54 al fomento del deporte y la recreación universitarios.
Artículo 57.La Dirección General de Deportes y Recreación entregará anualmente como subvención al Círculo de Periodistas Deportivos de Chile una suma equivalente a cinco sueldos vitales anuales de la escala a) del departamento de Santiago.
Artículo 58.Derógase el artículo 4º de ley Nº 16.247.".
Artículos transitorios
Artículo lº
Ha agregado sendas comas (,) después de las palabras "referidas" y "ley".
Artículo 2º
Ha reemplazado los términos "del Fondo", las dos veces que aparecen en su texto, por "de la Corporación".
Artículo 3º
Ha suprimido la coma (,) que sigue al vocablo "ley"; ha sustituido las palabras "del Fondo" por "de la Corporación", y ha agregado una coma (,) a continuación de la frase "para todos los efectos legales".
Artículo 4º
Ha intercalado, a continuación del término "Estado", los siguientes: "y del Estadio Nacional"; ha suprimido las comas (,) que siguen a las expresiones "nuevas Plantas", "no podrán" y "en caso alguno", y ha sustituido las palabras "la vigencia" por "entrada en vigor".
En seguida, ha agregado un inciso segundo, nuevo, del siguiente tenor:
"El ejercicio de las facultades que este artículo confiere no podrá significar eliminación de personal, disminución de su sueldo ni de planilla suplementaria, ni detrimento de su actual categoría o grado, régimen previsional o beneficios que le otorgan los artículos 59 y 60 del D.F.L. Nº 338, de 1960.".
Artículo 5º
Ha sido redactado en los términos siguientes :
"Artículo 5º.El Director General de Deportes y Recreación dictará un Reglamento para regular las relaciones entre las instituciones afiliadas a la Asociación Nacional de Fútbol Amateur y las no afiliadas a ella, previa consulta a una Comisión Mixta formada por la ANFA, por la Agrupación Nacional de Deportistas Aficionados de los Barrios (ANDABA) y por dos representantes de la Federación de Fútbol de Chile, dentro del plazo de 180 días contado desde que entre en vigencia la presente ley. Dicha Comisión Mixta podrá incorporar a su trabajo a representantes de las Ligas y de otras organizaciones deportivas que estime conveniente.".
En seguida, como artículo 6º transitorio, ha consultado el artículo 24 de esa H. Cámara, redactado en la forma que se expresó.
A continuación, como artículo 7º transitorio, ha considerado el artículo 27 de esa H. Cámara, en la forma señalada.
Luego, como artículo 8º transitorio, ha consultado el inciso segundo del artículo 35 refundido con el artículo 39, ambos de esa H. Cámara, y redactado en los términos expresados.
En seguida, como artículo 9º transitorio, ha considerado el artículo 51 de esa H. Cámara, redactado en los términos que se señalaron.
A continuación, ha agregado el siguiente artículo transitorio, nuevo, signado con el número 10:
"Artícido 10.Autorízase a la Dirección General de Deportes y Recreación para destinar a la Corporación de Construcciones Deportivas la suma de Eº 8.000, con cargo a los fondos provenientes de las reuniones extraordinarias celebradas en el Club Hípico y en el Hipódromo Chile de conformidad con lo dispuesto por la ley Nº 16.728.".
Luego, como artículo 11 transitorio, ha consultado el artículo 21 de esa H. Cámara, redactado en la forma que se indicó.
En seguida, ha agregado los siguientes artículos transitorios, nuevos, signados con los números 12 y 13:
"Artículo 12.La Dirección General de Deportes y Recreación transferirá, de los fondos que perciba por la aplicación de la presente ley durante el año 1970, la suma de Eº 300.000 a la Universidad del Norte de Antofagasta, para la construcción del gimnasio de la Escuela de Educación Física de dicha Corporación y de Eº 80.000 a la sede de Copiapó de la Universidad Técnica del Estado para la construcción de un gimnasio. Esto sin perjuicio de los aportes especiales que con este fin pueda hacer la Dirección General dentro de su planificación anual.
Artículo 13.La Dirección General de Deportes y Recreación transferirá, de los fondos que perciba por la presente ley durante el año 1970, la suma de Eº 80.000 a la Universidad de Chile para la construcción del Casino del Instituto de Educación Física, Deportes y Kinesiterapia, Eº 20.000 a esta misma Universidad para mejoramiento de los locales del Instituto de Educación Física de Valparaíso y 20 mil escudos a la Universidad Católica de Valparaíso para el mejoramiento de los locales del Instituto de Educación Física.".
Lo que tengo a honra decir a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 34, de fecha 3 de julio de 1969.
(Fdo.) : Tomás Pablo Elorza.Pelagio Figueroa Toro.".
23.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA.
"Nº 1.032.Santiago, 8 de septiembre de 1969.
En respuesta a su petición planteada en oficio 927 de 7 de agosto de 1969, cumplo con informarle que este Ministerio no puede extender por la vía administrativa las franquicias establecidas en la ley 12.858 de 2 de febrero de 1958, para el arroz, aceite comestible y azúcar refinada extranjeros que se importen para ser consumidos en la provincia de Coquimbo.
Saluda atentamente a Ud.(Fdo.): Andrés Zaldívar Larraín."
24.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA
"Nº 1.425.Santiago, 9 de septiembre de 1969.
Este Ministerio ha tomado conocimiento de su oficio Nº 624, de 15 de julio ppdo., en el cual el H. Diputadodon Jorge Insunza Becker manifiesta su disconformidad con lo obrado por el Juez de Policía Local de Graneros, en el juicio del hacendado señor Víctor Burgos contra el obrero señor Manuel Zúñiga Padilla.
Al respecto tengo el agrado de expresarle que dichos antecedentes han sido remitidos a la Corte de Apelaciones de Rancagua, para los fines legales correspondientes.
Dios guarde a VS.(Fdo.) : Gustavo Lagos."
25.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
"Nº 1.835.Santiago, 6 de septiembre de 1969.
Me refiero al oficio Nº 960 de 31 de julio último, por el cual esa H. Cámara solicita, a esta Secretaría de Estado, se informe sobre el pago de reajustes que la Empresa Portuaria mantiene pendiente con un sector de obreros, cuyo beneficio tiene su origen en la dictación de la ley Nº 15.364; petición que se formula a nombre del H. Diputadodon Bernardino Guerra Cofré.
Al respecto, me permito transcribir a US. un informe técnico emitido por la Dirección de la Empresa Portuaria, en cuanto a la legalidad del aumento del 20% dispuesto en la ley Nº 15.364 y posteriormente, la forma como, dicha Empresa, está dando cumplimiento a esta disposición:
"lº. De acuerdo con el criterio legal sostenido por esta Empresa, los obreros portuarios no habrían estado afectos al aumento del 20% dispuesto en la ley Nº 15.364 para los sectores postergados de la Administración Pública. Sin embargo, por diversas razones las anteriores administraciones dieron curso al reajuste de los sectores afectos a las resoluciones Nº 4467 (movilizadores) y Nº 456 (profesionales de Valparaíso).
"2º.Esta Dirección mantuvo su criterio legal con respecto al sector 1421 (profesionales de todos los puertos) pero finalmente tuvo que cumplir lo resuelto por la Contraloría General en su último dictamen Nº 43.226 de fecha 25 de julio de 1968
"3º.Este dictamen generó una deuda para la Empresa de Eº 9.000.000, aproximadamente, que no tenía financiamiento ni estaba presupuestada ya que la ley Nº 15.364 no lo consideró por la sencilla razón que no incluía en este reajuste al personal de la Empresa Portuaria de Chile.
"4º.Sin embargo la Empresa comenzó a pagar este reajuste con los jornales de julio de 1968 y durante el curso de ese año pagó la deuda retroactiva de enero a junio, quedando pagada las remuneraciones reajustadas correspondientes a 1968.
"5º.En el Presupuesto del año 1969 se consideró una partida de Eº 4.000.000 para pagar parcialmente la deuda retroactiva a los años 1964, 1965, 1966 y 1967.
"6º.En el mes de enero de este año y mientras se confeccionaban las planillas de pago, que resultan ciertamente complicadas porque inciden en los promedios, feriados, etc., la Empresa, autorizada por la Contraloría, entregó a cada obrero afectado un anticipo de Eº 750.
"7º.Como en algunos puertos grandes, como ser Arica, Iquique, Antofagasta, Valparaíso y San Antonio hubo demoras justificadas en la confección de estas planillas extraordinarias, la Empresa, en acuerdo con la Federación Nacional de Trabajadores Portuarios decidió pagar el total de la deuda a los puertos chicos.
"En el curso del año se ha pagado Punta Arenas, Chacabuco, Puerto Montt, Valdivia, Talcahuano, Coquimbo y Chañaral.
"8º.Al resto de los puertos se les ha pagado por parcialidades, sin descontar el anticipo de Eº 750 lo que se hará al pagar la deuda correspondiente al año 1967.
La situación de pago es la siguiente:
Arica 1964 1965 y 1966
Iquique
Antofagasta 1964Valparaíso 1964San Antonio 1964
"El pago correspondiente al año 1965 para Antofagasta, Valparaíso y San Antonio será remesado en el transcurso del presente mes.
"9º.La Empresa ha consultado en su proyecto de Presupuesto para 1970 la cantidad de Eº 4.000.000 lo que permitirá pagar la totalidad de la deuda causada por la interpretación que la Contraloría General dio al Art, 7º de la ley Nº 15.364 de 1964.".
Es cuanto puedo informar a US. (Fdo.) : Sergio Ossa P."
26.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"Nº 926.Santiago, 9 de septiembre de 1969.
Por oficio Nº 1.265 de 21 de agosto último, V. E. se ha servido poner en mi conocimiento que esa H. Cámara acordó solicitar que este Ministerio adopte las medidas necesarias para obtener que la "Industria Pesquera de Iquique" pague al Servicio de Seguro Social las sumas que adeuda por concepto d'e imposiciones a sus obreros.
No obstante que en el oficio citado se solicita el pago al Servicio de Seguro Social de las sumas que adeuda la "Industria Pesquera de Iquique", por concepto de imposiciones, esta Secretaría de Estado estima que al parecer el acuerdo de esa H. Corporación ha querido referirse a la "Empresa Pesquera Iquique S. A.„ y a la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, que es la Institución en la cual imponen los obreros de la industria pesquera.
Al respecto, debo expresarle que esta Secretaría de Estado con fecha 25 de julio de! presente año, y por oficio Nº 727, dio la siguiente respuesta al H. Senado, en relación con una petición que se le formuló sobre la misma materia:
"Al respecto, debo expresarle que consultada la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional ha informado por oficio Nº 639, de 21 de julio en curso, que la Empresa aludida está cumpliendo, hasta el momento, con el servicio de las obligaciones contenidas en los convenios ley Nº 16.528 y Consolidación ley Nº 16.724; y en cuanto a las deudas posteriores a dichos Convenios, debo agregarle que según los antecedentes proporcionados por la referida Institución ella es cobrada mediante los correspondientes decretos ejecutivos, a pesar que la Empresa ha manifestado el propósito de efectuar la cancelación a la mayor brevedad.".
Dios guarde a V. E.(Fdo.) : Eduardo León Villarreal."
27.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"Nº 926.Santiago, 9 de septiembre de 1969.
Por oficio Nº 923, de 5 de agosto del presente año, V. E. se ha servido solicitar, a petición del H. Diputadodon Rafael Señoret Lapsley, que esta Secretaría de Estado adopte las medidas necesarias para "obtener que la Caja de Retiros y Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado pague, a la brevedad posible, los reajustes establecidos en la ley Nº 15.386, sobre revalorización de pensiones, que adeuda desde hace varios años a sus imponentes jubilados."
E.n respuesta, debo expresarle que el señor Señoret ha incurrido en un error al atribuir tal obligación a la Caja ya citada, pues ella tiene a su cargo solamente el pago de montepíos (pensiones de viudez y orfandad) del ex personal ferroviario, pero en ningún caso las pensiones de jubilación, invalidez o vejez, con la sola excepción de las correspondientes a los propios funcionarios de la Institución.
En lo que respecta a la Caja cumplo con manifestarle que, según información proporcionada por el señor Vicepresidente, ella está cumpliendo íntegramente con los beneficios establecidos en la ley Nº 15.386.
Referente a las pensiones de jubilación, ellas son otorgadas por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado que depende del Ministerio de Obras Públicas (¡Subsecretaría de Transportes) ; y que para estos efectos constituye un verdadero organismo previsional. En este caso existe un grupo de pensiones cuyo reajuste es de cargo fiscal, por encontrarse afectas a los artículos 24 de la ley Nº 16.258 y 63 de la ley Nº 10.343, que establecen que los pensionados que hayan jubilado con tiempo completo y tengan 65 o más años de edad, tienen derecho a que su pensión sea equivalente al 75% del sueldo del similar en servicio activo. En el caso de tales pensionados, debe requerirse informe a la propia Empresa, en forma directa, y a la Oficina de Pensiones del Ministerio de Hacienda, organismos a cargo del pago y tramitación de tales beneficios. La fiscalización de este sistema de reajuste, que es de cargo fiscal, compete a la Contraloría General de la República y no a este Ministerio ni a sus servicios dependientes.
Por último, y a pesar de lo anteriormente expuesto, como en su oficio se afirma que existen beneficios impagos por parte de la citada Empresa, ruego a V. E. requerir del H. Diputado señor Señoret, la individualización de los pensionados afectados, para darles solución a los problemas que pudieran existir, a través de la Comisión Revalorizadora de Pensiones.
Dios guarde a V. E.(Fdo.) : Eduardo León Villarreal."
28.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"Nº 927.Santiago, 9 de septiembre de 1969.
Por oficio Nº 226, de 17 de junio del presente año, V. E. se ha servido solicitar, a petición del H. Diputadodon Bernardino Guerra Cofré, que este Ministerio adopte medidas para solucionar el problema originado por el hecho de que la Caja de Previsión de Empleados Particulares no reconoce a los funcionarios del Hospital "Juan Noé" de Arica, que se encuentran en situación de acogerse a los beneficios de jubilación, las imposiciones que les fueron efectuadas durante 1954, 1955 y 1956, por encontrarse perdidas las planillas de sueldos correspondientes a dichos años.
En respuesta, me permito expresarle que consultada dicha Institución ha informado lo siguiente por oficio Nº 1.051, de 2 de agosto recién pasado:
"Se solicitó un informe al Agente de la Oficina de Arica, cuya respuesta en nota del 17 del mes ppdo., a este Departamento, me permito transcribirle a continuación:
"En esta oficina el SERNASA efectúa imposiciones a una sola funcionaría, doña Rebeca Anze Céspedes, quien no ha iniciado trámite de jubilación; no registramos expedientes de jubilación de ningún ex funcionario del SERNASA; consultada la Sección Inspección informa que no registra petición de visita e informe sobre la situación referida, formulada por alguna Oficina de la Caja con motivo del extravío de planillas de dicho Establecimiento."
"Nos permitimos, por lo tanto, devolver a usted los antecedentes acompañados, insinuando la conveniencia de obtener que se confirme la Caja de afiliación y se señalen los nombres de los funcionarios afectados.".".
Debo agregar a V. E. que este Ministerio consultó, además, a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, organismo que con fecha lº del mes en curso, ha contestado que para poder emitir informe debe indicarse los nombres de las personas afectadas a objeto de establecer si son imponentes de dicha institución.
En mérito de lo expuesto, y para poder satisfacer la petición formulada, tendría que el citado señor parlamentario proporcionarnos mayores antecedentes sobre la materia.
Dios guarde a V. E.(Fdo.) : Eduardo León Villarreal."
29.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
"Nº 2.350.Santiago, 9 de septiembre de 1969.
En respuesta al oficio de V. E., 141, del 4 de junio último sobre la materia de la referencia, tengo el agrado de comunicarle que la construcción de dicha Posta está bastante avanzada y se está proporcionando atención médica a los niños, asegurados y reparto de leche, agregándose rondas médicas en forma periódica.
Saluda atentamente a V. E.(Fdo.) : Ramón Valdivieso Delaunay."
30.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
"Nº 2.351.Santiago, 9 de septiembre de 1969.
En atención al oficio de V. E. Nº 1.199, de 13 de agosto ppdo., relacionado con la materia de la suma, me permito informarle que la solicitud de una ambulancia para la citada localidad, está en poder de la Comisión que se encarga de distribuir estos vehículos y se ha considerado el aporte municipal para darle cierta prioridad.
Saluda atentamente a V. E.(Fdo.) : Ramón Valdivieso Delaunay."
31.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
"Nº 2.352.Santiago, 9 de septiembre de 1969.
En respuesta a los oficios de V. E. Nºs. €66 y 1.069, de 18 y 23 de julio último, respectivamente, que inciden en la materia anotada el rubro, tengo el agrado de comunicarle que los establecimientos dependientes del Servicio Nacional de Salud en la zona señalada, tienen instrucciones de dar todo tipo de atención médica y que además, se ha incrementado la donación de leche en un 16%.
Saluda atentamente a V. E.(Fdo.) : Ramón Valdivieso Delaunay."
32.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
"Nº 2.354.Santiago, 9 de septiembre de 1969.
Me refiero al oficio de V. E. Nº 293, de fecha 18 de junio del presente año, en que transmite petición del H. Diputado señor Orlando Millas Correa, de construir una policlínica en la localidad de Lo Espejo.
Al respecto, debo manifestarle que de acuerdo con estudios del Servicio General de Estadística y Censo, la población de ese distrito administrativo es de 113.201 habitantes que reciben atención médica en los consultorios José María Caro, Valledor 3, Clara Estrella y Santa Anselma, etcétera.
La población del pueblo Lo Espejo (sector urbano y rural) es de 15.000 habitantes. Esta población por edades es la siguiente :
Lactantes 1.039
Preescolares 2.511
Escolares 2.884
Adultos 8.556
Las estimaciones de los dirigentes de la Junta de Vecinos son coincidentes con esta cifra.
La población está fundamentalmente concentrada en el sector urbano, ya que los predios agrícolas con población beneficiaría son escasos.
Este sector dicta 10,5 kms. del Hospital Base y 5,5 Kms. del Consultorio Santa Anselma. Cuenta, además, con movilización de microbuses y liebres con paradero en el centro del pueblo.
La atención médica del pueblo de Lo Espejo se da actualmente en el Consultorio Santa Anselma y dos veces a la semana se envía un Carro Móvil. Las consultas de morbilidad en la Unidad Móvil, en el año 1968, totalizaron 911 en niños y 730 en adultos.
De los antecedentes proporcionados se desprende que por el momento no se justificaría la Construcción de un Consultorio en la localidad.
Saluda atentamente a V. E.(Fdo.): Ramón Valdivieso Delaunay."
33.-OFICIO DEL SEÑOR CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA
"Nº 56.983.Santiago, 8 de septiembre de 1969.
En relación con el oficio de esa H. Cámara, Nº 1.081, de 22 de julio último, remitido a petición de la H. Diputadadoña Gladys Marín Millie, con el objeto de que se investiguen hechos relacionados con la situación producida en la Unión de Cooperativas Bataflor Ltda., cumple el Contralor infrascrito con manifestar a V. E. que ha puesto los antecedentes en conocimiento del Inspector de Servicios señor Carlos Gorroño Martin, para que los incorpore a la investigación que realizará en la División de Cooperativas en relación con la materia.
Saluda atentamente a V. E.(Fdo.) : Héctor Humares M."
34.-INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR
"Honorable Cámara:
La Comisión de Gobierno Interior pasa a informar un proyecto de ley, de origen en una moción del señor Insunza, que establece que los cobros de derechos de pavimentación, correspondientes a obras que se hayan contratado antes del 8 de febrero de 1968, se formularán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes hasta esa fecha.
La ley 8.946, de 20 de octubre de 1949, estableció el texto definitivo de las disposiciones sobre pavimentación comunal. Sus artículos 29 y 30 consideraban una relación entre el avalúo de la propiedad afectada por el cobro de derechos de pavimentación y el monto de éste, lo que resultaba justo, por cuanto tomaba en cuenta las condiciones económicas de cada habitante, reflejadas en el avalúo de su propiedad y establecía el tributo respectivo en consideración a ese capital.
Posteriormente, la ley Nº 16.742, de 1968, que estableció diversas normas sobre materias habitacionales, modificó asimismo dichos artículos y estableció que la Dirección de Pavimentación Urbana, para los efectos de calcular el valor de las obras de pavimentación, confeccionara tablas de precios unitarios, y qué los vecinos deberían pagar el valor que resultara de la aplicación de esas tablas de precios.
De esta manera, como lo señala el autor de la iniciativa en estudio, se ha establecido, de hecho, un igualitarismo injusto entre los propietarios, pues no se toman en cuenta su capacidad de pago real, como acontecía durante la vigencia de la ley Nº 8.946, ya mencionada. Es así como en la actualidad un obrero y un industrial deben pagar la misma suma por metro lineal de frente de sus propiedades.
Por otra parte, debido a atrasos de tipo administrativo, la mayoría de las cuentas de pavimentación que en la actualidad se están formulando, corresponden a trabajos ejecutados con anterioridad a la fecha de publicación de la ley Nº 16.742, circunstancia que afecta, de manera especial, a los pobladores de escasos recursos, pues, según se expresa en la exposición de motivos del proyecto en informe, en muchos casos las cifras que se cobran superan cinco o más veces al avalúo de la vivienda respectiva, situación que, en la práctica, obliga a la gente modesta a constituirse en deudores morosos.
Con el objeto de solucionar este problema, la iniciativa en informe dispone que los trabajos de pavimentación realizados durante la vigencia de la ley Nº 8.946 se cobrarán de acuerdo con sus disposiciones, que en esta materia se estiman más justas que las normas en rigor, por las razones anteriormente anotadas.
En cuanto a los sitios eriazos, se establece que el valor que debe cobrarse se calculará de acuerdo con el promedio que resulte para cada metro lineal de la calle en que estos se encuentren ubicados.
Se estimó conveniente que los propietarios de tales sitios contribuyeran a las obras de pavimentación de su sector en proporción al promedio del valor del metro lineal de la calle en que estén situados los predios, porque si lo hicieran de acuerdo con el avalúo del casco, su aporte sería demasiado pequeño. En esta forma se propende, además, de manera indirecta, a la progresiva edificación de esos terrenos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 153 del Reglamento, corresponde dejar constancia que el artículo único de que consta el proyecto debe ser conocido por la Comisión de Hacienda.
La Comisión de Gobierno Interior coincidió ampliamente con la iniciativa legal en estudio por estimar que ella soluciona un problema que en la actualidad afecta seriamente a muchos vecinos de las distintas comunas del país y, en especial, a numerosos pobladores que perciben bajos ingresos. Por estas razones le prestó su aprobación unánime, sin otras modificaciones que la de agregar en su inciso primero las palabras "y soleras", con el objeto de completar el alcance de esa disposición y de sustituir en su inciso segundo la palabra "promedio" por "valor promedio del pago" y la expresión "el sector" por "la calle", enmiendas que tienen por único fin dar una mayor precisión a la norma citada.
En consecuencia, la Comisión recomienda la aprobación del proyetco en informe, redactado en los siguientes términos:
Proyecto de ley:
"Artículo único. Los cobros de derecho de pavimentación y soleras por las obras que se hayan contratado antes del 8 de febrero de 1968 se formularán o reformularán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes hasta esa fecha.
En el caso de los sitios eriazos el cobro se hará de acuerdo con el valor promedio del pago que resulte para cada metro lineal de frente en la calle donde se encuentren ubicados."
Sala de la Comisión, a 28 de julio de 1969.
Aprobado en sesión de fecha 23 del presente, con asistencia de los señores Tudela (Presidente), Atencio, De la Fuente, Frías, García, Insunza, Pérez, Retamal doña Blanca, Palza, Sabat y Laemmermann.
Diputado informante se designó al señor Insunza.
(Fdo.) : Carlos Olivares Santa Cruz."
35.-INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA
"Honorable Cámara:
La Comisión de Hacienda pasa a informar el proyecto de ley, de origen en una moción del señor Insunza, despachado por la Comisión de Gobierno Interior, que establece que los cobros de derechos de pavimentación, correspondientes a obras que se hayan contratado antes del 8 de febrero de 1968, se formularán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes hasta esa fecha.
La fecha 8 de febrero de 1968 corresponde a la de publicación en el Diario Oficial, y por ende a la de vigencia, de la ley Nº 16.742.
La razón de ser de este proyecto es la de retrotraer a esa fecha las disposiciones vigentes en materia de cobro de derechos de pavimentación, porque sucede que, por causas de retraso de orden administrativo, se están formulando cobros en conformidad a lo preceptuado en la ley Nº 16.742 en circunstancias que las obras respectivas se ejecutaron o contrataron antes de la vigencia de dicho texto legal, vale decir, bajo el imperio de la ley Nº 8.946.
El informe de la Comisión técnica señala muy detalladamente los factores que servían de relación para fijar el monto
de las deudas de pavimentación en una y otra ley. Calcular esas sumas mediante la aplicación de la ley más reciente produce a los beneficiarios un evidente perjuicio económico, ya que lo elevado de sus montos les impide pagarlos, porque no guardan relación con sus reales posibilidades para solventar dichos pagos.
El proyecto en informe soluciona el problema relatado, pues prescribe que los trabajos de pavimentación realizados o contratados durante la vigencia de la ley Nº 8.946 se cobrarán de acuerdo con sus disposiciones, que sobre el particular son más justas, a juicio del autor de la moción, pues establecen una relación entre el avalúo de la propiedad y la obra de pavimentación ; en cambio la ley posterior, la Nº 16.742, permite a la Dirección de Pavimentación Urbana ajusfar estos valores a la confección de tablas de precios unitarios, debiendo los beneficiarios pagar el valor que resulte de la aplicación de dichas tablas.
La Comisión de Hacienda, después de escuchar una breve explicación sobre este proyecto, consideró atendibles los argumentos que se hacen valer para fundamentarlo y estimó recomendable aprobarlo, lo que hizo con el asentimiento de sus miembros presentes.
Además, aprobó una indicación que agrega dos incisos a los artículos 4º y 12, respectivamente, de la ley Nº 16.536, que autoriza a las Municipalidades de Valparaíso y Viña del Mar para contratar un empréstito con el Banco Interamericano de Desarrollo, con el fin de destinarlo a la ejecución de un plan de saneamiento de los sectores populares de los barrios altos de ambas ciudades.
Con la indicación se agrega, en primer término, un inciso al artículo 49 de la ley Nº 16.436, que tiene por objeto expresar que la Comisión Especial creada en esta ley para la administración del empréstito del plan de saneamiento, gozará de las mismas exenciones tributarias y aduaneras que tienen las Municipalidades de acuerdo con las leyes vigentes.
La Comisión acogió esta modificación a la ley Nº 16.536 por estimarla de evidente necesidad en el desenvolvimiento y operatividad de la Comisión mencionada.
La segunda agregación que se propone hacer a la ley Nº 16.536, incide en su artículo 12, y con ella se persigue darle la calidad de reajustables a las deudas contraídas por los propietarios de los inmuebles que se beneficien con las obras de saneamiento consultadas en el cuerpo legal citado. La reajustabilidad se determinará anualmente de acuerdo con la variación del índice de salarios y sueldos que establezca la Dirección de Estadística y Censos para la provincia de Valparaíso.
De acuerdo con lo expresado, la Comisión de Hacienda prestó su aprobación unánime al proyecto en informe, con la siguiente modificación:
Artículo nuevo
Ha consultado el siguiente: "Artículo 2ºIntrodúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 16.536:
a) Agrégase al artículo 49 el siguiente inciso:
"La Comisión gozará de iguales exenciones tributarias y aduaneras que las que las leyes otorgan a las Municipalidades del país.".
b) Agrégase al artículo 12, a continuación de su inciso primero, el siguiente nuevo:
"Las deudas a que se refiere el inciso anterior se reajustarán anualmente conforme a la variación del índice de salarios y sueldos determinado por la Dirección de Estadística y Censos para la provincia de Valparaíso. También se reajustará cada año el monto de las cuotas trimestrales, de manera que el servicio de la deuda reajustable se efectúe dentro del plazo fijado para el crédito originario.".
Sala de la Comisión, a 5 de septiembre de 1969.
Acordado en sesiones de 27 de agosto y 3 de septiembre del año en curso, con asistencia de los señores Cerda (Presidente), Acevedo, Avendaño, Cademártori, Fuentealba, don Clemente; Fuentes, don Samuel; Iglesias, Lavandero, Lazo, doña Carmen; Maira, Penna, Phillips, Schleyer y Urra.
Se designó Diputado informante al señor Cerda.
(Fdo.): José Vicencio Frías."
36.-INFORME DE LA COMISION DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
"Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Obras Públicas y Transportes pasa a informaros un proyecto de ley, originado en una moción de los señores Acevedo, Aguilera, Barahona, Basso, Fuentes Andrades, Giannini, Guerra y Phillips, que establece que el Instituto Técnico Ferroviario validará los títulos otorgados por la Escuela de Maquinistas, dependiente de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado.
La Comisión escuchó al señor Fernando Navarro, Presidente de la Federación Santiago Watt, quien expuso las razones que ha movido a esa Institución Gremial para solicitar la aprobación de la iniciativa en informe.
La Empresa de los Ferrocarriles del Estado creó en 1890 la Escuela de Maquinistas, con el propósito de preparar al persona] en los conocimientos técnicos necesarios para el buen manejo de las locomotoras, especialmente de aquellas que han llegado al país, procedentes de diversos países europeos, como ser Japón, Alemania, Inglaterra y Estados Unidos. A este establecimiento de enseñanza concurren los obreros, fuera de las horas de servicio, que tienen una preocupación de mejorar su capacidad funcionaría y que desean continuar su carrera dentro del Servicio, hasta el cargo de Inspector. Cabe señalar que no son cursos permanentes y que ellos se realizan dentro de un período de ocho años no continuados, para una personal que tiene un promedio de veinticinco años de servicio total en la citada Empresa.
El personal que ingresa a esta Escuela recibe instrucción de máquinas diesel, diesel eléctricas, locomotoras a vapor, automotores y track móviles. Estudian los sistemas de frenos, de movilización, señales, complementados con clases de matemáticas y de castellano, al término de los cuales obtienen diversos títulos, según sea el grado que tienen en el escalafón y la preparación exigida para tal caso. En este caso, cabe señalar que pueden egresar como Inspector de Tracción, maquinistas de primera, segunda o tercera categoría y ayudantes de primera, segunda y tercera categoría.
A su vez, existe en la Empresa aludida un Instituto Técnico Ferroviario, creada por ésta, para aquellos jóvenes que desean, como estudiantes, capacitarse para ingresar posteriormente en diversos cargos del escalafón de la aludida Empresa.
Según informaciones proporcionadas a la Comisión, sucede que en determinados casos, un maquinista ferroviario debe dar término a su carrera como tal, ya sea por razones físicas o de otra índole. Es así como esta persona al no tener reconocido su título no puede invocarlo para pasar a ocupar un cargo en otro escalafón de la misma Empresa.
Se hace presente un criterio ilógico sobre esta materia, ya que a un maquinista ferroviario egresado del Instituto Técnico se le reconocen los estudios efectuados en ese Instituto y no así al mismo personal que, sacrificando horas de descanso, ha perfeccionado su capacidad y ha recibido similar instrucción que el anterior en la Escuela de Maquinistas.
Por la razón anterior, los autores de la moción en informe han presentado esta iniciativa que tiene por objeto por una parte, anexar la Escuela de Maquinistas al Instituto Técnico Ferroviario, para que en el futuro sea una sola la Institución que imparta este conocimiento técnico al personal de la Empresa y por otra, darle valor legal a los títulos otorgados por la citada Escuela de Maquinistas.
La Comisión acordó separar en dos el inciso primero del proyecto quedando uno para establecer la anexión de la Escuela de Maquinistas al Instituto Técnico Ferroviario y, el otro, para disponer que los títulos otorgados por esta Escuela, que se señalan en el mismo proyecto, tendrán la misma validez que aquellos que otorga el Instituto aludido.
Cabe hacer presente, en cumplimiento en lo dispuesto en el Nº 3 del artículo 153 del Reglamento, que no existe ninguna disposición que deba ser conocida por la Comisión de Hacienda.
Asimismo, no corresponde dejar constancia de las opiniones de los señores Diputados cuyo voto hubiera sido disidente del acuerdo adoptado en la votación general del proyecto respectivo; como, también, no se rechazó ninguna indicación o disposición.
Vuestra Comisión de Obras Públicas y Transportes prestó su aprobación' a esta iniciativa por la unanimidad de siete votos, por estimar que ella' viene a solucionar una situación administrativa que no es conveniente que se mantenga en un Servicio; además, en razón de que no constituye gravamen de ninguna índole para la Empresa de los Ferrocarriles del Estado. Por las razones brevemente expuestas os propone que adoptéis igual acuerdo concebido en los siguientes términos:
Proyecto de ley
"Artículo único. La Escuela de Maquinistas, dependiente de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, deberá ser anexada al Instituto Técnico Ferroviario.
Los títulos de Inspector de Tracción, Maquinista de Primera Categoría, Maquinista de Segunda Categoría, Maquinista de Tercera Categoría, Ayudante de Primera Categoría, Ayudante de Segunda Categoría y Ayudante de Tercera Categoría que otorga la Escuela de Maquinistas serán válidos.".
Sala de la Comisión, a 9 de septiembre de 1969.
Aprobado en sesión de fecha 9 de septiembre del año en curso, con asistencia de los señores Basso (Presidente), Alamos, Cantero, Koenig, Mosquera, Ríos, don Héctor, Robles, Tapia, Tavolari, Temer, Valdés y Vergara.
Se designó Diputado informante al señor Basso.
(Fdo.) : Luis Pinto Leighton".
37.-INFORME DE LA COMISION DE VIVIENDA Y URBANISMO
"Honorable Cámara:
la Comisión de la Vivienda y Urbanismo pasa a informaros el proyecto de ley, de origen en una moción del señor Klein, que establece que la Corporación de Mejoramiento Urbano deberá expropiar los terrenos donde se encuentran ubicadas las poblaciones "Manuel Rodríguez", "Teniente Merino" y "Pampa Irigoin" de la comuna de Puerto Montt.
La Comisión de la Vivienda y Urbanismo, por unanimidad, acordó omitir en este trámite lo dispuesto en los Nºs. 1°, 2º y 5º del artículo 153 del Reglamento Interior de la Corporación.
Artículos que deban ser conocidos en conformidad al artículo 72, por la Comisión de Hacienda.
Ninguno de los artículos de que consta el proyecto de ley en informe, necesita un pronunciamiento de la Comisión de Hacienda.
Artículos aprobados por unanimidad
Los tres artículos de que consta esta iniciativa legal, fueron aprobados por la unanimidad de los miembros presentes.
Indicaciones rechazadas por la Comisión
Durante la discusión general de este proyecto de ley en informe, no se rechazó ninguna indicación.
Por todas las consideraciones antes mencionadas y las que os dará el señor Diputado informante en su oportunidad la Comisión de la Vivienda y Urbanismo os propone la aprobación de la iniciativa legal en informe, concebida en los siguientes términos:
Proyecto de ley
"Artículo 1º Por razones de utilidad pública la Corporación de Mejoramiento Urbano expropiará, en un plazo no superior a 90 días, contados desde la publicación de la presente ley, los terrenos ubicados en la comuna de Puerto Montt de propiedad del Servicio Agrícola y Ganadero y de don Rosiel Iriogin, donde se encuentran ubicadas las poblaciones "Manuel Rodríguez", "Teniente Merino" y "Pampa Irigoin", con el fin de transferirlos a título oneroso a la Corporación de Servicios Habitacionales, para que ésta conceda título definitivo de dominio a sus actual es ocupantes.
Facúltase al Presidente de la República para desafectar de su calidad de bienes nacionales de uso público los terrenos que tengan tal carácter y que se encuentren ocupados por las mencionadas poblaciones, con el fin de que los transfiera gratuitamente a la Corporación de Mejoramiento Urbano o Corporación de Servicios Habitacionales.
La cabida y deslindes de los predios que se ordena expropiar o que se faculta desafectar, se determinarán por la Corporación de Mejoramiento Urbano mediante el plano que confeccionará para este efecto.
Artículo 2º La Corporación de Servicios Habitacionales, sin sujeción a las normas contenidas en su ley orgánica o en los reglamentos y acuerdos vigentes sobre calificación de postulantes u otros, asignará un crédito a cada jefe de hogar, actual ocupante de estos terrenos, para la adquisición del terreno, para la construcción de una vivienda mínima y para su urbanización, debiendo efectuarse esta última por el sistema de autoconstrucción. Se excluye de estos beneficios a todos aquellos que sean propietarios de otra vivienda. Los préstamos se concederán de acuerdo con los resultados de una previa encuesta socioeconómica que efectuará la Corporación de Servicios Habitacionales. La misma Corporación queda facultada para aplicar reglas especiales en cuanto al monto del ahorro necesario, el tiempo de permanencia de éste y el plazo para el pago de los préstamos, respecto de cualquier otro plan que haya establecido o establezca en la comuna de Puerto Montt.
Artículo 3º Los terrenos del predio "Pampa Irigoin", señalado en el artículo primero, que no se encuentren ocupados al momento de efectuarse la expropiación, serán destinados por la Corporación de Mejoramiento Urbano para los planes habitacionales del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
La Corporación de Mejoramiento Urbaño deberá considerar los terrenos necesarios para la construcción de una escuela, de una sede social para el Centro de Madres y Junta de Vecinos, de un Retén de Carabineros y una Posta de Primeros Auxilios".
Sala de la Comisión, a 9 de septiembre de 1969.
Acordado en sesiones de 29 de julio; 5, 12 y 19 de agosto; 2, y 9 de septiembre, con asistencia de los señores Millas (Presidente), Allende, doña Laura, Alessandri, doña Silvia, Amunátegui, Araya, Baltra, doña Mireya, Barahona, Guerra, Jaque, Monares, Toledo, doña Pabla, y Tíldela.
Se designó Diputado informante al señor Guerra.
(Fdo.) : Patricio Goycoolea Lira".
38.-INFORME DE LA COMISIÓN DE VIVIENDA Y URBANISMO
"Honorable Cámara:
La Comisión de la Vivienda y Urbanismo pasa a informaros el proyecto de ley, de origen en las siguientes modificaciones que la Comisión acordó refundir en esta iniciativa:
a) De las señoras Baltra, doña Mireya y Marín, doña Gladys, que determina que la Corporación de la Vivienda deberá otorgar título de dominio a lo sactuales ocupantes de la Población Nueva Matucana;
b) De la señora Allende, doña Laura, que autoriza la transferencia de los terrenos que forman la población Nueva Matucana de Santiago, y
c) Del señor Sabat, que faculta al Presidente de la República para otorgar títulos de dominio gratuitos a los ocupantes de la Población El Pantano, de la ciudad de Valdivia.
La Comisión de la Vivienda y Urbanismo, por unanimidad, acordó omitir en este trámite lo dispuesto en los Nºs. 1º, 2º y 5º del artículo 153 del Reglamento Interior de la Corporación.
Artículos que deban ser conocidos en conformidad al artículo 72, por la Comisión de Hacienda.
Ninguno de los artículos de que consta el proyecto de ley necesita un pronunciamiento de la Comisión de Hacienda.
Artículos aprobados por unanimidad.
Los cinco artículos de que consta esta iniciativa fueron aprobados por unanimidad.
Indicaciones rechazadas por la Comisión.
Durante la discusión particular de este proyecto de ley en informe no se rechazó ninguna indicación.
Por todas las consideraciones antes mencionadas y las que os dará el señor Diputado informante en su oportunidad, la Comisión de la Vivienda y Urbanismo os propone la aprobación de la iniciativa legal en informe, concebida en los siguientes términos:
Proyecto de ley
Articulo 1º.- Para dar cumplimiento a las disposiciones de la ley Nº 11.902, de 18 de octubre de 1955, la Corporación de Servicios Habitacionales, dentro del plazo de ciento ochenta días contados desde la vigencia de esta ley, otorgará títulos de dominio en forma gratuita a los actuales ocupantes de la Población "Nueva Matucana", ubicada en la comuna de Quinta Normal y cuya propiedad se encuentra inscrita en el Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces del Departamento de Santiago a fojas 6.011, Nº 7.106 del año 1961 y a fojas 10.584 vta. Nº 12.740 del año 1961.
Facúltase a la Corporación de Servicios Habitacionales para que determine los deslindes particulares y cabida del predio que se transferirá a cada poblador.
Artículo 2º.- Derógase el artículo 6º de la ley Nº 11.902, de 18 de octubre de 1955.
Artículo 3º.- La Corporación de Servicios Habitacionales, dentro del plazo de ciento ochenta días, contados desde la vigencia de esta ley, otorgará títulos de dominio en forma gratuita a los actuales ocupantes de la Población "El Pantano", ubicada en la ciudad de Valdivia, cuyos deslindes son: "Norte, Hospital John Kennery y Calle Bueras; Sur, calle Santa María; Oriente, calle 8 de octubre; y Poniente, varios propietarios.
Facúltase a la Corporación de Servicios Habitacionales para que determine los deslindes particulares y cabida del predio que se transferirá a cada poblador.
Artículo 4º.- La Corporación de Servicios Habitacionales deberá otorgar títulos de dominio a los actuales ocupantes de las Poblaciones "Irene Frei" y "Alcalde Dr. Enrique Dintrans" de Rancagua, dentro del plazo de 180 días contado desde la fecha de vigencia de la presente ley.
Facúltase a la Junta Directiva de la Corporación de Servicios Habitacionales para convenir condiciones de pago especiales con los actuales ocupantes de la Población "Irene Frei" que se encuentren atrasadas en el pago del dividendo provisorio para los efectos de acogerse al inciso anterior.
Artículo 5º.- Si por razones de orden técnico para el desarrollo de obras de urbanización en las poblaciones a que se refiere esta ley, no se pudiere otorgar títulos de dominio a determinados ocupantes, se les dará preferencia para ser ubicados en otros sectores, dentro de los planes de asignación de terrenos o viviendas de la Corporación de Servicios Habitacionales".
Sala de la Comisión, 9 de septiembre de 1969.
Acordado en sesión de igual fecha con asistencia de los señores Millas (Presidente), Allende, doña Laura, Alessandri, doña Sylvia, Amunátegui, Araya, Baltra, doña Mireya, Barahona, Guerra, Jaque, Monares, Toledo, doña Pabla y Tudela.
Se designó Diputado informante a la señora Allende, doña Laura.
(Fdo.) : Patricio Goycoolea Lira, Secretario de la Comisión".
39.-INFORME DE LA COMISION DE MINERIA
"Nº 84.Santiago, 10 de septiembre de 1969.
Tengo a honra comunicar a V. E. que la Comisión de Minería, en sesión celebrada en el día de hoy, procedió a elegir Presidente al suscrito.
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Raúl Barrionuevo Barrionuevo.Eugenio Yávar Vallebuona".
40.-MOCION DE LOS SEÑORES OLIVARES, GONZALEZ, TAVOLARI Y NUÑEZ
"Honorable Cámara:
Los trabajadores de la Gran Minería del Cobre tienen pactado con las empresas respectivas, un sistema de indemnización por años de servicios que sustituye el establecido por el D.F.L. 243 del año 1954 de aplicación general para todos los obreros, en virtud al artículo 2° transitorio de dicho decreto con fuerza de ley, que permitió la subsistencia de los regímenes particulares o convencionales dentro de ciertas condiciones.
El régimen general de los trabajadores del cobre indemniza únicamente los años servidos en forma continua a una misma empresa, no así los que se hayan servido en forma discontinua. Sólo dos de las Empresas (Chle Exploration Co. y Andes Copper Mining Co.), contemplan en sus Actas de Avenimiento, con muchas restricciones, el pago de esta indemnización por los años de servicios discontinuos.
En la nueva legislación promulgada últimamente, como en el caso de la ley 16.455, el Parlamento y el Ejecutivo, establecieron un sistema de indemnización para el caso de despidos injustificados, que en el artículo 8º establece que ella abarca tanto los años continuos como los discontinuos.
Ha sido una sentida aspiración de los trabajadores del cobre que, atendidas las especiales condiciones en que se desempeñan, los riesgos que corren en su trabajo, el aislamiento en que deben vivir, lo pesadas que son muchas de las labores que desarrollan, etc., puedan al final de su desempeño en la Gran Minería del Cobre, recibir esta indemnización tanto por los años continuos como por los discontinuos, ya que al término de sus contratos, generalmente, deben trasladarse con sus familias a otras zonas, ciudades o pueblos para establecerse en ellos, lo que naturalmente demanda gastos de consideración. Además, la mayoría de ellos ya no pondrán, por razones obvias continuar prestando servicios en otras industrias o empresas.
Por otro lado, algunas Compañías de la Gran Minería del Cobre al contratar nuevo personal, cuidan de establecer en los Contratos de Trabajo una cláusula mediante la que el trabajador renuncia expresamente a formular cualquier cobro por los años servidos en forma discontinua a la misma empresa, cláusula sin la cual el trabajador no será recontratado.
Este proyecto tiende a reparar una serie de situaciones injustas producidas con este motivo y de discriminaciones odiosas que se han venido estableciendo, como por ejemplo en la Chile Exploration Co. empresa que distingue entre los años servidos antes o después de los años 1954, para los obreros y 1956 para los empleados, sin ninguna justificación.
También se contemplan reglas especiales para el caso que el trabajador recontratado haya percibido ya una indemnización por años de servicios, la que deberá rebajarse, dentro de ciertos límites razonables de la que en definitiva le corresponda percibir por tal concepto. Las reglas que se dan tienden a evitar que una revalorización excesiva de tales cantidades hagan ilusorio el beneficio que se pretende establecer, y son un justo equilibrio ya que lo que se obtendrá será una medida igualitaria dictada por la prudencia, frente a la circunstancia que el beneficio obtenido por los trabajadores de la Chile Exploration sobre la materia, en la práctica les ha significado tener que entrar a devolver cantidades que muchas veces anulan el objetivo que se tuvo en vista al establecerlo.
Este proyecto se presenta conteniendo la idea de una devolución de lo percibido anteriormente por concepto de indemnización por años de servicios, a pesar que la aspiración de los trabajadores de la Gran Minería del Cobre era simplemente que la indemnización cubriera tanto los años continuos como los discontinuos sin ninguna devolución. Ante la resistencia que tal aspiración provoca en ciertos círculos y por la necesidad urgente de corregir el sistema vigente, preferimos buscar una fórmula posible y justa de solución, que si bien no refleja fielmente los anhelos de los trabajadores, a lo menos repara en parte la injusta situación mantenida durante muchos años.
Por las razones expuestas, vengo en presentar a consideración de la Honorable Cámara el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Los trabajadores de las Empresas explotadoras de la Gran Minería del Cobre tendrán derecho a que se les calcule y pague el beneficio de la indemnización por años de servicios, sean continuos o discontinuos, servidos como obrero o empleado, y en las demás condiciones actualmente pactadas en sus convenios colectivos.
Cualquiera cantidad pagada anteriormente al trabajador por concepto de indemnización por años de servicios convencional, podrá ser rebajada de la cantidad de dinero que le corresponda percibir por este mismo concepto revalorizada de acuerdo al 50% del aumento experimentado por el índice de precios al consumidor en el período que medie entre la o las anteriores terminaciones de sus contratos de trabajo, indemnizados, y la fecha de su nuevo retiro. Esta revalorización no podrá exceder en ningún caso al doble de las cantidades anteriormente pagadas por esta misma causa, y no se aplicará a los años servidos con anterioridad a 1954.
Dentro de los seis primeros meses contados desde la fecha de su recontratación, el trabajador podrá optar por la modalidad a que se refiere el inciso anterior o pedir se practique el cálculo de la suma que deba devolver a la fecha de su nuevo ingreso revalorizado en igual forma, y devolver a la Empresa el monto que resulta, sin intereses, en el plazo máximo de 60 meses.
(Fdo.) : Héctor Olivares S. Carlos González J. Antonio Tavolari V. Matías Núñez M."
41.-MOCION DE LOS SEÑORES PALESTRO Y JAUREGUI
"Honorable Cámara:
Vistos:
a)Que el Decreto con Fuerza de Ley Nº 2 de 1959 estableció en los artículos 25 y siguientes, y 68, el ahorro para la vivienda y su reajuste, y el reajuste de los saldos de precio y de los créditos que se adeuden a la Corporación de la Vivienda y a las instituciones de previsión por ventas de terrenos y de "Viviendas Económicas", o por préstamos otorgados para los fines previstos en el citado decreto;
b)Que el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 2 citado, hizo extensivo el reajuste a que se refiere la letra anterior respecto a todo saldo de precio y dividendo proveniente de la venta de cualquier inmueble que acuerde la Corporación de la Vivienda y respecto de toda deuda y dividendo emanado de préstamos acordados por la misma institución, aun cuando sus fines no sean los previstos en dicho decreto con fuerza de ley;
c)Que el inciso 1º del artículo 55 de la Ley 16.391 dispuso el reajuste de los depósitos de ahorros para la vivienda y de los créditos hipotecarios otorgados por las instituciones de la vivienda y por los organismos previsionales, en el porcentaje equivalente a la variación que experimenten los índices de sueldos y salarios o de precios a los consumidores;
d)Que el artículo 55 de la Ley 16.391 ya citada, en los incisos 2, 3, y 4, dispuso que los dividendos provenientes de saldos de precios o de préstamos de adquisición o de construcción de aquellas viviendas cuyo valor de adquisición o construcción no sea superior al que determine el Reglamento, se reajustarán en un porcentaje no superior a la tasa de interés bancario corriente, no pudiendo su monto exceder al 25 ó 20% de la renta líquida del grupo familiar del deudor, siendo la diferencia entre el valor que pague el deudor y el que corresponda pagar solventada por el Estado, a través de una bonificación;
e)Que el D. S. Nº 121 de fecha 24 de febrero de 1967, en su artículo 58, dispuso que los dividendos provenientes de saldos de precios o de préstamos de adquisición o construcción de aquellas viviendas cuyo valor de adquisición o construcción, no sea superior a 45 sueldos vitales mensuales de la escala "A" del departamento de Santiago, se bonificarán de acuerdo con el artículo 55 de la ley 16.391, en la cantidad y bajo las prescripciones que señala;
f)Que la aflictiva situación económica de grandes sectores de asalariados, ha hecho en la práctica, muy difícil el pago de dividendos por saldos de precios o por préstamos de adquisición o construcción lo que se comprueba con los grandes índices de morosidad actualmente existentes;
g)Que se estima necesario regular esta situación y a la vez, poner al real alcance del presupuesto familiar del asalariado, la posibilidad de cumplir adecuadamente sus obligaciones con los organismos previsionales o de la vivienda;
h) Teniendo presente que tanto en el D.F.L. Nº 2 como en la ley 16.391, se establecieron precedentes de excepciones a la reajustabilidad;
Al efecto proponemos el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1º Modifícase el artículo 58 del Título 4º del D. S. Nº 121 de fecha 24 de febrero de 1967, reemplazando la frase que dice "45 sueldos vitales" por la que diga "90 sueldos vitales".
Artículo 2º Modifícase el Art. 55 de la Ley 16.391, en la parte que expresa "se reajustarán anualmente en el porcentaje equivalente a la variación que experimenten los índices de sueldos y salarios" por una frase que diga "Se reajustarán anualmente en un porcentaje equivalente al 50% de la variación que experimenten los índices de sueldos y salarios".
Artículo 3º A los deudores que, dentro de los seis meses siguientes a la publicación de esta ley, se hayan puesto al día en sus cuotas de los últimos seis meses, se les condonará el 50% de las demás que estuvieren adeudando, el reajuste que les hubiere correspondido y los intereses.
Artículo 4º Las diferencias que por cualquier motivo perciba o correspondan al Fisco con ocasión de las variaciones en la relación del escudo con el dólar norteamericano, se destinarán a la Corporación de la Vivienda para compensar la recuperación no reajustada y las condonaciones a que se ha hecho referencia.
(Fdo.) : Pedro Jáuregui Castro.Mario Palestro Rojas".
42.-MOCION DE LOS SEÑORES FREI, AGURTO Y ESPINOZA CARRILLO
"Honorable Cámara:
Ante el grave problema habitacional que vive el país, especialmente los sectores de bajos ingresos, numerosas familias han construido viviendas jaulasen terrenos de propiedad municipal, los que no pueden adquirir directamente por impedimentos de la ley 11.860, artículo 67, sobre Organización y Atribuciones de las Municipalidades, que exige que las transferencias de bienes raíces de las Municipalidades deben reunir los siguientes requisitos: necesidad o utilidad reconocidas y declaradas por los tres cuartos de los regidores en ejercicio, acuerdo de la respectiva Asamblea Provincial y pública subasta. Esta disposición hace prácticamente imposible la adquisición de los terrenos por parte de sus ocupantes, pues la subasta pública no les da absolutamente ninguna seguridad de obtenerlos, sino que, por el contrario, los coloca en una situación aún más difícil de la que viven en la actualidad.
Para corregir esta situación y permitir la adquisición directa de los terrenos municipales ocupados, se dictó la Ley Nº 15.629 de 21 de agosto de 1964, modificada por las leyes 16.282, de 28 de junio de 1965, y 16.512, de 25 de junio de 1966, que, dentro de un plazo perentorio, dieron facultades a las Municipalidades para transferir terrenos de su propiedad a las personas que los ocupan. Pero, como sucede corrientemente, han quedado muchas personas sin acogerse a los beneficios de las leyes señaladas por desconocimiento de sus disposiciones y, en la actualidad, comúnmente se reciben solicitudes de las Municipalidades, pidiendo la venta de los terrenos ocupados, las que, como es lógico suponer, deben ser rechazadas por las circunstancias mencionadas, agravándose un problema que todos los sectores del país desean contribuir a solucionar.
El 16 de abril del presente año, un grupo de aproximadamente doscientas familias procedieron a la ocupación de los llamados terrenos de la ex laguna Partal, en la Comuna y Departamento de Talcahano, quienes han iniciado allí la construcción de sus modestas viviendas.
Estas familias afrontan un doble problema : por un lado, la imposibilidad de adquirir los terrenos, que son de propiedad municipal por las razones dadas anteriormente, y, por el otro, que los terrenos están en un área que en el Plan Regulador de la Comuna de Talcahuano está declarado como de Area Verde y de Equipamiento, lo que impediría la construcción de viviendas en dicho lugar.
La I. Municipalidad de Talcahuano, en sesión extraordinaria Nº 76, celebrada con fecha 29 de abril del año en curso, por la unanimidad de los Regidores en ejercicio, acordó solicitar al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, la modificación del Plan Regulador de la Comuna, cambiando el destino del sector V2 determinado como Area Verde y de Equipamiento, para ser habilitado como sector habitacional. Este sector se integraría al sector habitacional adyacente denominado H6 para los efectos de la Ordenanza Local del Plan Regulador.
Sin embargo la Oficina Regional del Plan Intercomunal Metropolitano de Concepción, dependiente de aquel Ministerio, con absoluto desconocimiento de la situación reinante, en una desusada resolución rechazó de plano la petición de la I. Municipalidad de Talcahuano, de modificar el Plan Regulador de la Comuna, para los efectos anteriormente indicados, aumentando de esta manera la incertidumbre de aquellas doscientas familias, que se encuentran en los terrenos de la ex laguna Partal, de propiedad de la Municipalidad de Talcahuano.
Para subsanar las situaciones a que me vengo refiriendo, me permito proponer a la H. Cámara el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1º Autorízase a las Municipalidades para que, en sesión especial convocada al efecto y aprobado por los dos tercios de los regidores en ejercicio, dentro del plazo de dos años, contados de la vigencia de la presente ley, transfieran a sus actuales ocupantes los terrenos de su propiedad en los cuales aquéllos hubieran construido viviendas, cuyo costo de edificación, según la respectiva Dirección de Obras Municipales, no exceda de cuatro sueldos vitales anuales, escala A, del Departamento de Santiago.
El precio de venta deberá ser cancelado en un plazo máximo de quince años y devengará un interés no superior al 5% anual.
Artículo 2º En casos calificados y tratándose de personas de escasos recursos, las Municipalidades, en sesión especial convocada al efecto y con el voto favorable de los tres cuartos de los regidores en ejercicio, podrán transferir dichos terrenos a sus actuales ocupantes a título gratuito.
Artículo 3° Estas transferencias estarán exentas de los gravámenes establecidos en la ley sobre impuesto de herencia, asignaciones y donaciones; pagarán sólo el cincuenta por ciento de los derechos notariales y no estarán afectos al trámite de la insinuación contemplado en el artículo 1.401 del Código Civil.
Artículo 4º No regirán, con respecto a las transferencias autorizadas por los artículos anteriores, la obligación señalada en el artículo treinta y cinco del D.F. L. 224 de 1953, sin perjuicio de lo cual serán de cargo de los respectivos compradores o donatarios las obras de urbanización que correspondan.
Artículo 5º El valor que podrán cobrar las municipalidades por los terrenos a que se refiere el artículo primero no podrá, en ningún caso, ser superior al avalúo fiscal vigente a la fecha del respectivo acuerdo municipal de transferencia.
Artículo 6º Las Cajas de Previsión acordarán préstamos especiales a sus imponentes que deseen o estén en condiciones de acogerse a los beneficios de la presente ley.
Artículos transitorios
Artículo lº Modifícase el Plan Regulador de la Comuna de Talcahuano, aprobado por D. O. P. Nº 50, del 7 de enero de 1964, cambiando el destino del sector V2, determinado como Área Verde y de Equipamiento a Sector Habitacional.
(Fdo.) : Arturo Frei B. Fernando Santiago Agurto. Gerardo Espinoza C."
43.-MOCION DEL SEÑOR CARDEMIL
"Honorable Cámara:
Proyecto de ley:
"Artículo único. Auméntase, por gracia, a doscientos cincuenta escudos (Eº 250) mensuales la pensión que disfruta doña Raquel Codina Borgoño viuda de Rojas, en conformidad con la ley 15.036 de 7 de diciembre de 1962.
El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda".
(Fdo.) : Gustavo Cardemil A."
44.-MOCION DEL SEÑOR DEL FIERRO
"Honorable Cámara:
Proyecto de ley:
Artículo único.Concédese, por gracia, a don Luis Alberto Barrientes Oyarzún, una pensión equivalente a dos sueldos vitales, Escala a) del Departamento de Santiago.
El gasto que demande el cumplimiento de esta ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
(Fdo.) : Orlando del Fierro Demartini".
45.-MOCION DEL SEÑOR DE LA FUENTE
"Honorable Cámara:
Proyecto de ley
Artícido único. Concédese, por gracia, a doña Teresa Collao Calderón una pensión de Eº 400 mensuales.
El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto de! Ministerio de Hacienda.
(Fdo.) : Gabriel De la Fuente C."
46.-MOCION DE LOS SEÑORES CANTERO, GUASTAVINO, ANDRADE, BARAHONA Y TAVOLARI
"Honorable Cámara:
La Comuna de Nogales, que cuenta con 17 mil habitantes y tiene más de 70 años de existencia, sufre numerosos y graves problemas derivados del atraso y abandono en que vive. Sólo un 5% de su población tiene servicio de agua potable domiciliaria; la comuna carece totalmente de alcantarillado. Se precisa con urgencia dotar de alumbrado público a varias poblaciones, construir viviendas para obreros y empleados municipales; adquirir camiones para el aseo, ampliar el edificio consistorial; pavimentar calles, habilitar campos deportivos, construir muros de contención, etc. Nogales no cuenta con teatro ni piscina. Tal es su estado de postergación.
La Municipalidad, a pesar de su preocupación, no ha podido emprender ningún plan de obras extraordinarias por falta de recursos. Su presupuesto anual alcanza apenas al orden de los Eº 500.000. Se trata, incuestionablemente, de un ingreso ínfimo que no permite afrontar ni las más esenciales necesidades que debe atender un municipio interesado en el progreso de la comuna. Ese ingreso arroja un escaso promedio de Eº 2,50 por habitante al mes. Además, la entrada que percibe por concepto del 2 por mil de contribución, ascendente a Eº 60.000, no alcanza para cubrir los gastos que irroga el alumbrado público y las dependencias municipales.
Esto ocurre a pesar que la Comuna de Nogales posee importantes riquezas. Allí se encuentran ubicados los yacimientos de piedra caliza que proveen de materia prima a la industria del cemento más importante del país, El Melón. Asimismo, se encuentra la Mina El Soldado, de propiedad de la Compañía Minera Disputada de Las Condes que el año pasado produjo 43.000 toneladas métricas de concentrado de cobre. Los yacimientos de caliza se explotan desde 1921 y los del cobre desde hace más de 50 años.
Paralelamente, con el crecimiento poblacional de las ciudades ha ido en aumento la demanda y producción de cemento. Del mismo modo, es de conocimiento público que la cotización del cobre ha registrado una sostenida alza en todos estos últimos años. A la espectable situación económica que esto significa para la Compañía Minera Disputada de Las Condes, ha de señalarse el hecho de que la Planta de Concentrados está ubicada a sólo 10 kilómetros de la Carretera Panamericana, lo que indudablemente favorece sus costos y ganancias.
Pudiera creerse que a lo largo de este medio siglo las citadas empresas habrían hecho considerables contribuciones al erario municipal para fines de progreso. Pero no es ni ha sido así.
El aporte de las referidas empresas al presupuesto municipal es prácticamente igual a cero. Así, por ejemplo, la patente de minas que paga este año Industrias El Melón alcanza a la insignificante suma de Eº 444. Por su parte, la patente de minas que paga la Compañía Minera Disputada de Las Condes por sus 9.956 hectáreas es de la irrisoria suma de Eº 2.389 anuales.
Nos parece que esta increíble e insostenible situación no puede seguir. Tanto más cuanto que, al no recibirse recursos extraordinarios de parte del Fisco, los problemas de la Comuna se han ido agravando de más en más. De otro lado, no es posible pasar por alto el hecho de que los problemas subsistentes se extremaron a raíz del sismo de 1965.
En atención a ello y a la circunstancia de que dos grandes firmas se han restado y se siguen restando a una mínima contribución al adelanto local, es que proponemos el proyecto de ley cuyo articulado se da a conocer más abajo.
Por lo que respecta al financiamiento, el proyecto procura entregarle a a Municipalidad de Nogales Eº 250.000 más. La iniciativa grava con un impuesto de un 5 por mil, calculado sobre el sueldo vital de la escala "A" del Departamento de Santiago, la tonelada de concentrado de cobre que se produzca en la Comuna. Este 5 por mil sobre el referido sueldo vital da alrededor de Eº 2,40 que, aplicadas a las 43.000 toneladas producidas el año pasado, arrojaría unos 102 mil escudos. Por otra parte, se grava con un impuesto de un medio por mil, determinado en la forma anterior, la tonelada de piedra caliza que se extraiga en la Comuna. Tomando como punto de referencia la producción de 634.412 toneladas producidas el año pasado, el rendimiento de este tributo arrojaría un mayor ingreso de unos Eº 150.000. Estos recursos estarán destinados íntegramente a la realización de un plan de obras extraordinarias que sería confeccionado anualmente por la Municipalidad.
Por las consideraciones expuestas en cuanto a los urgentes problemas que debe resolver la I. Municipalidad de Nogales, a la circunstancia de que con absoluta legitimidad se está extendiendo la práctica de que los municipios allegan recursos en forma similar a la que en este proyecto se propone; y, en fin, al hecho de que los impuestos que se contemplan aquí representan un porcentaje ínfimo de las utilidades que obtienen las empresas El Melón y Disputada de Las Condes, venimos en presentar el siguiente
Proyecto de ley
Artículo 1º Grávase con un impuesto permanente de un 5 por mil de un sueldo vital escala "A" del Departamento de Santiago, la tonelada de concentrado de cobre que se elabore en la Comuna de Nogales, Departamento de Quillota, provincia de Valparaíso.
Grávase, también, con un impuesto permanente de un medio por mil de un sueldo vital escala "A" del Departamento de Santiago, la tonelada de piedra caliza que se extraiga dentro de la Comuna de Nogales para la elaboración de cemento;
Artículo 2ºDentro de los primeros cinco días de cada trimestre, los contribuyentes a que se refiere el artículo 1º deberán depositar el rendimiento correspondiente al trimestre anterior de los impuestos a que se refiere esta ley, en una cuenta especial que se abrirá al efecto en la Tesorería Comunal de Nogales;
Artículo 3º El producto de estos impuestos permanentes beneficiará a la Municipalidad de Nogales de la Comuna del mismo nombre, Departamento de Quillota, provincia de Valparaíso, y deberá invertirse en el cumplimiento del Art. 4º y en la realización de un plan extraordinario de obras de progreso en la Comuna. Este plan será aprobado anualmente por la Municipalidad y también en su presupuesto extraordinario;
Artículo 4º Decláranse de utilidad pública y autorízase al Presidente de la República para expropiar a favor de la Municipalidad de Nogales, las propiedades siguientes:
La signada con el Nº 17519 del Registro de Propiedades de la Comuna de Nogales con una extensión de 44.280 metros cuadrados, de propiedad de Empresa de Comercio Agrícola; y
La signada con el Nº 607 del Registro de Propiedades de la referida Comuna de Nogales, con una cabida aproximada de 2.400 metros cuadrados de don Darío Curoto Devoto,
La propiedad individualizada en la letra a) del presente artículo deberá ser destinada por la Municipalidad de Nogales a la habilitación de campos deportivos
y la propiedad individualizada en la letra b), a la habilitación de un paseo público.
La Municipalidad de la Comuna de Nogales pagará, con cargo a los fondos provenientes de estos impuestos, el valor correspondiente a las expropiaciones a que se refiere esta ley.
Artículo 5º Esta ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial.
(Fdo.) : Manuel Cantero Prado. Luis Guastavino C. Carlos Andrade V. Mario Barahona C. Antonio Tavolari V."
47.-OFICIO DE LA CORTE SUPREMA
"Nº 2449.Santiago, 2 de septiembre de 1969.
Por oficio Nº 1.246, VE. pide informe acerca del número de procesos pendientes, con fecha de iniciación, por causas del trabajo, imposiciones y por deudas de los patrones o empleadores a sus respectivos trabajadores.
Al respecto, me permito expresar a VE. que este tribunal de casación no conoce de los juicios del trabajo, salvo excepcionalmente, cuando se interpone el recurso de queja con relación a ellos y, por otra parte, los términos tan generales en que se formula la consulta, hacen imposible proporcionar con exactitud tales datos que corresponden a materias de la competencia de los Juzgados y Cortes del Trabajo.
Dios guarde a VE. (Fdo.) : Ramiro Méndez Bruñas.René Pica Urrutia".
48.-OFICIO DE LA CORTE SUPREMA
"Nº 2446.Santiago, 4 de septiembre de 1969.
Tengo el honor de acusar recibo del oficio Nº 1.988, por el cual se sirve transcribir el acuerdo de la II. Cámara para solicitar de esta Corte que mantenga en su actual lugar de ubicación en el edificio de los Tribunales de Justicia, a la Corte del Trabajo de Santiago.
Oído el Tribunal Pleno, y con su acuerdo, cúmpleme expresar a VS. que el problema de la ubicación de los diversos tribunales que funcionan en esta capital, cada día se hace más complejo, debido por una parte a la creación de nuevos tribunales y al aumento del trabajo de los existentes y, por otra, a la falta absoluta de locales adecuados para su funcionamiento. Este problema ha sido constante preocupación para el organismo correspondiente la Junta de Servicios Judiciales y después de fatigosa búsqueda, fue posible, al fin, encontrar el de la Avenida España a que se hace referencia, que reúne, en parte, las condiciones requeridas.
Adquirido el local, se están ejecutando todas las transformaciones que se estiman necesarias para que el servicio judicial se desenvuelva en la mejor forma posible, para la comodidad de magistrados, abogados y litigantes que deben concurrir a él. Esa ha sido la única solución posible, atendidos los escasos medios de que se dispone, para suplir la falta de locales que se observa.
La Corte del Trabajo, junto con todos los Juzgados de la jurisdicción del ramo y con cuatro de los Juzgados del Crimen recientemente creados, serán instalados en ese edificio, que si bien no puede considerarse un desideratum en la materia, por lo menos es el único de que ha sido posible disponer.
Por otra parte, debo manifestar a VS. que se encuentra en estudio un proyecto para construir una unidad judicial en esta ciudad, a fin de reunir así la mayor parte de los tribunales que en ella funcionan, sean ordinarios o especiales. Esta sería una solución de conjunto para las deficiencias que ahora se observan cuya justificación no es necesario demostrar.
En cuanto a que el cambio de local pudiera, producir un efecto psicológico que haría desmerecer al Tribunal en el concepto público, cree esta Corte que el concepto que el público se forma acerca de las personas de los jueces, depende de la rectitud, de la honradez, de la imparcialidad e independencia con que ejercen sus funciones y escasamente de las condiciones del local donde funcionan.
Es cuanto puedo manifestar a VS.
Dios guarde a VS. (Fdo.) : Ramiro Méndez Brañas.René Pica Urrutia".
49.-OFICIO DE LA CORTE SUPREMA
"Nº 2444.Santiago, 8 de septiembre de 1969.
Tengo el honor de acusar recibo de su oficio Nº 1339 de25 de agosto ppdo., remitido a esta Corte a solicitud del diputadodon Matías Núñez Malhue y que dice relación con el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 15.231 sobre derechos arancelarios por inscripciones en el Registro de Vehículos Motorizados.
Al respecto, puedo informar a VS. que oído el Tribunal Pleno y con su acuerdo, se ordenó remitir los antecedentes a la Corte de Apelaciones de esta ciudad a fin de que practique las averiguaciones que estime procedentes e informe a este Tribunal.
Dios guarde a VS. (Fdo.) : Ramiro Méndez Brañas.René Pica Urrutia".
50.-OFICIO DE LA CORTE SUPREMA
"Nº 2449.Santiago, 9 de septiembre de 1969.
Tengo el honor de acusar recibo de su oficio Nº 1333 de 22 de agosto ppdo. por el cual, a solicitud del diputadodon Mario Ríos Santander pide se le informe acerca del estado en que se encuentra la tramitación del proceso que se sigue en contra de las oficinas "Onaco", "Ofintra" y otras. (Antecedentes C2069).
Al respecto informo a VS. que, oído el Tribunal Pleno y con su acuerdo, se ordenó remitir dicho oficio Nº 1333 a la Corte de Apelaciones de Santiago a fin de que se sirva dar respuesta directamente a esa H. Cámara de la consulta formulada.
Dios guarde a VS. (Fdo.) : Ramiro Méndez Brañas.René Pica Urrutia".
51.-OFICIO DE LA CORTE DE APELACIONES DE RANCAGUA
"Nº 768.Rancagua, 5 de septiembre de 1969.
Para su conocimiento, me permito remitir a V. S. copia autorizada del fallo de primera y segunda instancia, dictado en el proceso rol Nº 619, seguido contra el señor Diputadodon Joel Marambio Páez, por infracción a la ley Nº 12.927, de Seguridad Interior del Estado.
Saluda atentamente a VS. (Fdo.) : Arnaldo Toro Leiva.Elíseo A. Araya Araya".
V.-TEXTO DEL DEBATE
- Se abrió la sesión a las 16 horas.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
Las actas de las sesiones 37ª y 38ª ordinarias se declaran aprobadas, por no haber sido objeto de observaciones.
Se va a dar lectura a la cuenta.
El señor LEAPLAZA (Prosecretario) da cuenta de los asuntos recibidos en la Secretaría.
1.-RECLAMACION CONTRA LA CONDUCTA DE LA MESA
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señores Diputados, en conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 del Reglamento, corresponde discutir y votar la reclamación interpuesta contra la conducta de la Mesa por el Comité Demócrata Cristiano.
Me permito hacer presente a la Sala que dicha reclamación podrá debatirse hasta por 20 minutos, tiempo del que usarán a su arbitrio, por mitad, uno o más señores Diputados que impugnen o defiendan la conducta de la Mesa.
En consecuencia, ofrezco la palabra a un señor Diputado que impugne la conducta de la Mesa.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Pido la palabra.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Señor Presidente, en el día de ayer los Comités democratacristianos, con el respaldo de todos los Diputados de estos bancos, plantearon una censura a la Mesa recién elegida. Básicamente, los términos, el contenido, el espíritu y la motivación de esta censura se hallan contenidos en un párrafo que me voy a permitir reproducir:
"Los Comités democratacristianos, en representación de la totalidad de los Diputados del Partido, rechazan terminantemente la afirmación de que la elección de una Mesa integrada por un representante del MAPU y dos comunistas tengan dicho significado. Al contrario, afirman que ella constituye un retroceso, ya que hablar de unidad popular excluyendo al Partido Demócrata Cristiano significa un engaño y una estafa al pueblo y al país."
Señor Presidente, con mucha tranquilidad y tratando de evitar toda motivación adjetiva, con brevedad iré al fondo del asunto.
El señor Presidente recién elegido don Julio Silva Solar, al asumir la presidencia dijo lo siguiente: "Creemos que esta designación tiene un claro sentido político, y eso es lo que, fundamentalmente, para nosotros al menos, la justifica; el sentido de que a través de ella hemos podido dar un paso en favor de algo en que están vivamente empeñadas las fuerzas que han hecho posible la designación de esta Mesa: Producir en nuestro país la unidad popular, la unidad de las fuerzas de Izquierda y de avanzada". Y concluye en este aspecto: "Ese es el significado que tiene esta Mesa y a ese significado nos ajustaremos en nuestra conducta y en nuestra actuación."
Nosotros creemos que esta declaración del Presidente recién elegido, señor Silva, despeja el camino. Se hizo cargo de la Presidencia hablando en su nombre y en el de los señores Vicepresidentes, y nos declaró que la actuación de la Mesa se va a ceñir a la prosecución de un objetivo definido: buscar, usando como instrumento esta Mesa, un objetivo que se llama unidad popular, objetivo que, por la configuración de la Mesa, excluye a otros partidos que, con razón, pueden pedir un lugar dentro de ese esquema de unidad popular, como el Partido Radical, por ejemplo, y excluyendo claramente al Partido Demócrata Cristiano. Y nos anun
ció que a ese significado se ajustará la Mesa en su actuación, que será utilizada para proseguir en la consecución de este objetivo.
Nosotros creemos que la Mesa de la Cámara de Diputados tiene que ceñirse a normas constitucionales y a normas reglamentarias, que la obligan a una actuación absolutamente ceñida a la ley y al reglamento; que la Mesa no puede ser utilizada para perseguir un determinado fin político, sino para hacer respetar el derecho reglamentario de todos los Diputados, de todos los partidos representados en esta Cámara, siendo su sentido...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidenta ).
¡ Señor Palestro!
Señor Palestro, ruego a Su Señoría respetar el derecho de su colega.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
...pues un neto sentido político. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PALESTRO.-
¿Dónde está atropellado el Reglamento, Presidente? ¿Dónde está atropellada la Constitución?
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Ya va a tener tiempo el Comité de Su Señoría para impugnar la censura.
Ruego a Su Señoría respetar el derecho del orador.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
No me alteran las interrupciones del señor Palestro.
El señor PALESTRO.-
O sea, la censura es por si acaso.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señor Palestro, llamo al orden a Su Señoría.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Cuando no tienen razón, entonces gritan. Pero cuando queremos entrar al debate. ..
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señor Valenzuela, ruego a Su Señoría dirigirse a la Mesa.
¡ Señor Olivares!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Señor Presidente, queda, pues, claramente establecido que el fin por el cual se eligió esta Mesa dicho por ellos, no por otra persona, sino por ellos es la prosecución de un objetivo político en el cual sectores que tienen pleno derecho no están debidamente considerados.
El día 4 de septiembre, el PresidenteNacional del Partido Demócrata Cristiano, SenadorBenjamín Prado, dirigiéndose al país en cadena radial, dijo lo siguiente. . .
El señor MOMBERG.-
Nada tiene que ver.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
"Por esta razón hablando de unidad popular, denunciamos como un engaño y una estafa al pueblo y al país hablar de una unidad popular que no contemple al Partido Demócrata Cristiano, porque tal título no cuadraría a ninguna agrupación que deje al margen a la juventud, a los campesinos, a los obreros, a los empleados e intelectuales que forman en nuestras filas mayoritariamente en relación con cualquier otro partido de Chile."
El señor PALESTRO.-
Ahora tienen agrupaciones de campesinos y de juventud chilena.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Nosotros creemos que siendo ése el objetivo político que ha perseguido esa Mesa. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señor Palestro, le ruego a Su Señoría cooperar con la Mesa.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Nosotros creemos que con una razón política, pero ajustada a la Constitución y al Reglamento, tenemos pleno derecho a censurar la conducta de una Mesa que, en vez de declarar que ha sido elegida para hacer defender la Constitución y el Reglamento Interno, haciendo que se respete el derecho de todos, parte diciendo . ..
El señor PALESTRO.-
Lo dijo también.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Lo dice al final. Parte diciendo que todo el significado. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señor Olivares, ruego a Su Señoría ayudar a la Mesa.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
...de su actuación. ..
El señor PHILLIPS (Presidente accidenta).
Señor Olivares, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
...se ajusta a la prosecución de esta conducta y teniendo, señor Presidente. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señor Momberg, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
...tal sentido político la elección de esta Mesa, nosotros creemos tener pleno derecho a censurarla también con un claro. ..
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señor Momberg, llamo al orden a Su Señoría.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señor Palestro, llamo al orden a Su Señoría.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
...sentido político.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Puede continuar el señor Valenzuela Valderrama.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Vuelvo a repetir, señor Presidente, que a mí no me molestan las interrupciones, siempre folklóricas, del señor Palestro.
Risas en la Sala.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
De todas maneras, yo reafirmo, en muy pocas palabras y en resumen, lo que hasta aquí he dicho, porque no vamos a buscar subterfugios de otro orden. Somos claros y vamos directamente a plantear nuestra posición. Frente a una Mesa dicho por ellade claro sentido político, que excluye, en la búsqueda del objetivo político que persigue, a la Democracia Cristiana y a otros partidos, nosotros creemos que no es posible que haya una Mesa que no se constituya en la defensora de los derechos de todos los Diputados, a través de lo que el Reglamento consagra y establece. Una Mesa así no merece la confianza nuestra y debe ser sustituida por otra.
El señor OLIVARES.-
¡Digan lo que digan!
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señor Olivares, llamo al orden a Su Señoría.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señor Palestro, nuevamente llamo al orden a Su Señoría.
El señor PALESTRO.-
¿Por qué no se lee el acta de la sesión de ayer y nos ahorramos tiempo?
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
El señor Olivares, con su sonrisa tan divertida...
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señor Valenzuela, ruego a Su Señoría dirigirse a la Mesa.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¿Pero cómo no va a ser divertido... ?
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Su Señoría incita a las contestaciones. Su Señoría lo sabe, por haber presidido dos años la Cámara.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha llegado la hora de término del tiempo destinado a fundamentar la censura a la Mesa.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¿Y no me va a descontar todas las interrupciones?
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Desgraciadamente, el Presidente no juega los descuentos en esta oportunidad.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PALESTRO.-
Este es buen Presidente, no como el de la semana pasada.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Ofrezco la palabra a un señor Diputado que apoye la conducta de la Mesa.
El señor GUASTAVINO.-
Pido la palabra.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el señor Guastavino.
El señor GUASTAVINO.-
Señor Presidente, efectivamente, el artículo 27 del Reglamento de esta Corporación establece a la letra: "Cualquier Diputado tiene derecho para pedir la observancia del Reglamento."
Es así como se inicia, con este texto, en ese artículo, la forma de actuar que tiene cualquier señor Diputado para operar respecto de una solicitud de censura
a la Mesa que preside la Corporación. Y hoy nos encontramos en presencia de una censura absolutamente improcedente. No está establecido en el Reglamento que, por razones de carácter político, pueda ser censurada la Mesa. No obstante que una censura a la Mesa de la Cámara de Diputados siempre entraña alguna suerte de contenido político, ella debe envolver ese contenido en la forma de una transgresión cometida por la Mesa al Reglamento que sirve de ley orgánica al funcionamiento de la Corporación.
El señor LAVANDERO.-
¡ Muy conservador !
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señor Lavandero, llamo al orden a Su Señoría.
El señor GUASTAVINO.-
Otra cosa sería, simplemente, faltar a lo que constituye la posibilidad de estabilización del funcionamiento de una rama del Congreso Nacional, que está destinada a legislar, a orientar su tarea hacia la opinión pública.
Y lo cierto es que aquí, nosotros queremos decir que los Diputados del Partido Demócrata Cristiano no han tenido oportunidad de observar la más mínima transgresión al Reglamento vigente, toda vez que, apriorísticamente, sin esperar a que la Mesa pudiera poner en práctica el despliegue de su propio desenvolvimiento para conducir su conducta, desde el primer minuto de electa esta nueva Mesa, fueron movidos tan sólo por un espíritu revanchista, que siempre, incuestionablemente, entraña un espíritu valetudinario, de manor valor, de pequeñez, de mediocridad. Y éste es el fondo del problema que hoy día puede testimoniar la Cámara de Diputados de Chile, la prensa, la opinión pública. Humildad cristiana, resignación cristiana, posibilidad de atenerse al resultado democrático de lo que se produce en el seno de una Corporación que vota en secreto, no ha sido, precisamente. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor GUASTAVINO.-
.. . lo que ha presidido el espíritu de los Diputados democratacristianos...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor GUASTAVINO.-
Al contrario: una especie de prepotencia, producto del entrenamiento que, durante cinco años, les había producido el haber gobernado sin dificultad ni problema en el seno de esta Cámara, hoy les hace insoportable el que en la testera de esta Corporación haya representantes de otras colectividades políticas.
Pero es aquí, señor Presidente, donde yo quiero empalmar el problema que estimo también sustantivo de esta censura.
¿Cuál es la razón que invoca el Diputado señor Valenzuela Valderrama para propugnar esta censura a la Mesa? El que el Presidente electo, DiputadoJulio Silva Solar, hubiera tenido la hidalguía de espíritu, la valentía de procedimientos de decir lo que es exactamente la verdad. Forma parte de las programáticas políticas de los partidos que apoyaron y sustentaron esta Mesa electa el concepto de unidad popular. Y el concepto de unidad popular lo identificamos con una programática antiimperialista, antioligárquica, progresista, que tome en cuenta los problemas previsionales de los trabajadores, que produzca las transformaciones sociales, políticas y económicas en este país, ansioso y sediento de cambios, frustrado en esta ansiedad.
Esta unidad popular que propugnamos ha sido valiente y honestamente dicha y expresada por el Diputado señor Julio Silva Solar. ¿Y es que alguna Mesa de la Cámara de Diputados de alguna vez de la historia de este Hemiciclo ha sido electa por otras razones que no sean las de coalición y conjugación de espíritu de sectores o fuerzas políticas? ¿No es ésta la hora, como dice Gabriel García Márquez, autor colombiano, de llamar las cosas por su nombre? ¿No es ésta la hora, como dijo aquí Angel Ramos, el escritor y editor uruguayo, en el "Encuentro de Escritores" en la Cámara, que propició el propio señor Valenzuela Valderrama, y como lo escuchó al escritor Angel Ramos, en que "en América Latina hay que llamar las cosas por su nombre"? ¿No es éste el imperativo a que estamos convocados? Por su nombre ha llamado Julio Silva Solar las cosas, con una sobriedad realmente digna de esa Mesa que se eligió.
Porque ha dicho no tiene nada que ver el orden en que se plantearan las cosas que, invariablemente, esta Mesa estará atenta para respetar y resguardar las garantías reglamentarias y constitucionales de todos y cada uno de los señores Diputados. Un discurso breve, sintético, claro y valiente, en el que ha dicho simplemente la verdad.
El problema es que frente al temor de que esta Mesa propugne de verdad tablas de discusión que contengan problemáticas legislativas que interesan a los trabajadores y a las mayorías nacionales, proyectos que se empantanan y duermen en las polvorientas tramitaciones de las Comisiones y de la Sala, esta Mesa era una garantía de honestidad, de limpieza y de grandeza para hacer, por ejemplo, señores Diputados, cosas como las que se han hecho para esta noche: citar a una sesión especial para que se trate el proyecto de ley que aumenta los recursos del Fondo de Revalorización de Pensiones; citar a una sesión para que hoy se trate y despache en definitiva el proyecto de ley que establece. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
Manifestaciones en tribunas y galerías.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Advierto a los asistentes a tribunas y galerías que les está prohibido hacer manifestaciones.
El señor GUASTAVINO.-
. . .que el reajuste de las pensiones de jubilación, a contar del lº de enero de 1970, será de un ciento por ciento del índice de precios al consumidor.
El señor CARDEMIL.-
Está en el Se, nado.
El señor GUASTAVINO.-
. . .o el proyecto de ley que establece que el Instituto Técnico Ferroviario validará los títulos otorgados por la Escuela de Maquinistas de la institución; o el proyecto de ley que establece una remuneración mínima y jornada de trabajo para los choferes de la locomoción colectiva particular.
El señor CARDEMIL.-
Está en Tabla.
El señor GUASTAVINO.-
En fin, quiero decir que éstas son las cosas que propiciaba esta Mesa. Y la acción que se proponía esta Mesa democrática, que todos saben que habría estado y estará magníficamente presidiendo esta Corporación, es lo que produce pavor en un sector de la Democracia Cristiana y lo que hace que, a su vez, en los pasillos, diversos señores Diputados democratacristianos muestren su disconformidad por la festinación de que ha sido víctima por este carrusel ignominioso en que se quiere transformar al Parlamento chileno.
La verdad es que la responsabilidad corre por cuenta de los Diputados de Gobierno. La verdad es que el plano inclinado en que se está poniendo a las formas democráticas burguesas en este país, que se sabe donde comienza, pero no donde termina este plano inclinado, es responsabilidad que corre por cuenta de los parlamentarios de Gobierno.
El señor PENNA.-
No estamos en Cuba.
El señor GUASTAVINO.-
Yo levanto aquí, exaltado, mi palabra de respeto a los Diputados del Partido Socialista, que, sin estar representados en la lista que se postuló, votaron con uniformidad, con lealtad, por esta lista. Y yo levanto mi voz de exaltación para destacar la votación magnífica del. . .
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo concedido a Su Señoría.
El señor GUASTAVINO.-
.. .Partido
Radical, que votó en unidad con estos bancos, y de muchos otros. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Permítame, señor Diputado...
Hablan varios, señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
¡ Señor Momberg!
Señores Diputados, de acuerdo con el artículo 246 con las firmas que indica el Reglamento, se ha pedido votación nominal.
En votación la petición de votación nominal.
El señor GIANNINI.-
- ¿Quién la ha solicitado?
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Los Comités Comunista, Socialista y Radical.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
¡Advierto a los señores Diputados que, sea cual fuere el resultado de la votación, la Mesa va a aplicar, si no es aprobado este (procedimiento, el artículo 249 al pie de la letra y moleste a quien moleste!
En votación la petición de votación nominal.
Durante la votación:
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
¡Señor Giannini, ruego a Su Señoría permitir tomar la votación!
El señor GIANNINI.-
- Tenemos confianza en la Mesa.
El señor CADEMARTORL.-
.- ¿Por qué tienen miedo?
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
¡ Señor Cademártori, llamo al orden a Su Señoría!
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resullado: por la afirmativa, 51 votos; por la negativa, 60 voto.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En consecuencia, queda rechazada la petición de votación nominal.
La Mesa va a proceder de acuerdo con el artículo 249.
En votación la censura interpuesta en contra de la conducta de la Mesa.
Efectuada la votación en forma económica, la Mesa tuvo dudas sobre su resultado.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
La Mesa tiene dudas sobre el resultado de la votación. Se va a repetir por el sistema de pie y sentados.
Repetida la votación en forma económica, por el sistema de pie y sentados, la Mesa tuvo dudas sobre su resultado.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Por haber dudas en el resultado de la votación, se va a proceder a tomar votación nominal.
El señor BASSO.-
Llegamos a lo mismo.
Efectuada la votación en forma nominal, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 50 votos; por la negativa, 49 votos. Hubo 30 abstenciones.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En consecuencia, queda aprobada la reclamación interpuesta en contra de la conducta de la Mesa.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados: Alvarado, Araya, Argandoña, Aylwin, Barrionuevo, Buzeta, Cardemil, Carrasco, Castilla, Cerda, Concha, Del Fierro, Frei, don Arturo; Fuentes, don César; Garcés, Giannini, Huepe, Iglesias, Jaramillo, Koenig, Lacoste, doña Graciela; Lavandero, Maira, Merino, Monares, Mosquera, Páez, Palza, Pareto, Penna, Pérez, Ramírez, don Gustavo; Recabarren, Retamal, doña Blanca; RuizEsquide, don Mariano; Saavedra, doña Wilna; Salinas, don Anatolio; Sanhueza, Santibáñez, Sepúlveda, Sívori, Temer, Toledo, doña Pabla; Torres, Tudela, Urra, Valdés, Valenzuela, don Héctor; Vergara y Zaldívar.
Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados: Aguilera, Agurto, Allende, doña Laura; Andrade, Atencio, Baltra, doña Mireya; Barahona, Basso, Cademártori, Cantero, Carvajal, Clavel, Espinoza, don Gerardo; Ferreira, Figueroa, Fuentealba, don Clemente; Fuentealba, don Luis; Fuentes, don Samuel; González, Guastavino, Ibáñez, Insunza, Irribarra, Jaque, Jarpa, Jáuregui, Laemmermann, Lazo, doña Carmen; Magalhaes, Marín, doña Gladys; Morales, Muñoz, Naudon, Núñez, Olave, Olivares, Ortega, Palestro, Pontigo, Ríos, don Héctor; Riquelme, Robles, Sabat, Salinas, don Edmundo; Solís, Soto, Tavolari, Tejeda y Toro.
Se abstuvieron los siguientes señores Diputados :Acuña, Alamos, Alessandri, don Gustavo; Amunátegui, Arnello, Avendaño, Bulnes, Campos, Carmine, De la Fuente, Frías, Guerra, Klein, Maturana, Mekis, Mercado, Momberg, Monckeberg, Riesco, Ríos, don Mario; Rodríguez, RuizEsquide, don Rufo; Scarella, Schleyer, Señoret, Tagle, Tapia, Undurraga, Ureta y Vargas.
FÁCIL DESPACHO
2.-INFORME DE LA COMISION DE CONSTITUCION, LEGISLACION Y JUSTICIA SOBRE CONSULTA RELACIONADA CON LA PROHIBICION CONSTITUCIONAL A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 30 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Entrando en la Tabla de Fácil Despacho, corresponde ocuparse del informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, recaído en la consulta formulada por diversos señores Diputados acerca de si a los parlamentarios de profesión médicocirujano les afectaría alguna prohibición de orden constitucional o legal para ejercer su profesión dentro del sistema de libre elección, establecido por la ley de medicina curativa.
El informe está impreso en el boletín Nº 64692.
Diputado informante es el señor Zaldívar.
En discusión el informe.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).-
Pido la palabra.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).-
Señor Presidente, diversos colegas ha formulado consulta a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia para que informe acerca si les afectaría alguna prohibición de orden constitucional o legal a los parlamentarios de profesión médicocirujano para ejercer su profesión dentro del sistema de libre elección, establecido por la ley de medicina curativa.
La consulta tiene relación con el sistema instaurado por la ley de medicina curativa, en cuanto establece la creación de un fondo formado por aportes de cajas de previsión, parte de imposiciones de los imponentes y préstamos que los propios imponentes pueden solicitar de las respectivas cajas para pagar las consultas que formulen a profesionales médicoscirujanos que queden comprendidos o que figuren en las listas del sistema de "libre elección".
La duda nace de la disposición constitucional del artículo 30 qué dice: "Ningún Diputado o Senador, desde el momento de su elección y hasta seis meses después de terminar su cargo, puede ser nombrado para función, comisión o empleo público destribuidos con fondos fiscales o municipales".
En primer lugar, habría que examinar qué se entiende por "función", "comisión" o "empleo". Dichos conceptos se encuentran definidos en una ley interpretativa de la Constitución política del Estado, que dispone que ejercen estos cargos las personas que "se desempeñen como consejeros, directores o empleados en instituciones o empresas fiscales, autónomas o de administración autónoma, personas jurídicas creadas por dicha ley en que tenga intervención el Fisco, con aportes de capital, designación de miembros pación de utilidades y filiales de las instituciones ya mencionadas".
Al tenor de esta norma interpretativa de nuestra Carta Fundamental, la primera conclusión a que llegó la Comisión fue de que no constituye un empleo ni ninguno de los cargos que designa la ley interpretativa el que figure un médico en las listas del sistema de "libre elección". Agrega que se trata de profesionales que quedan en dichas listas para ser considerados para una posible atención por parte de los futuros pacientes. De manera que es una función servida a honorarios, en la cual va a existir, tal vez, la posibilidad de ser contratado, pero no va a existir un contrato que implique dependencia en ninguno de los casos. En segundo lugar, el pago que van a recibir estos profesionales no es hecho con fondos fiscales o municipales, sino que con ese fondo, como he dicho, formado por aporte de las cajas, por imposiciones y, también, por préstamos que los propios imponentes van a colocar a disposición de dicho fondo para su atención médica.
En vista de estas consideraciones la Comisión, por unanimidad, consideró que no existía incompatibilidad entre el cargo de Diputado y el estar inscrito en los sistemas de libre elección de la medicina curativa.
Eso es todo, señor Presidente.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará el informe de la Comisión técnica.
Un señor DIPUTADO.-
No, señor Presidente.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 55 votos; por la negativa, 30 votos.
de los Directorios o Consejos, o partici
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En consecuencia, queda aprobado el informe.
3.-AMPLIACION DE PLAZO CONCEDIDO A LA COMISION DE HACIENDA
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señores Diputados, la Comisión de Hacienda ha solicitado a la Mesa que recabe el acuerdo de la Sala en orden a que se le otorgue un nuevo plazo de sesenta días para informar a la Honorable Cámara acerca de los antecedentes relacionados con la importación de maquinarias que efectuó la firma "Xerox Corporation".
Si le parece a la Sala, se accedería a esta petición.
El señor GIANNINI.-
30 días.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
La Mesa hace presente a Su Señoría que seguramente va a estar en receso la Corporación en esa fecha. De ahí que la Mesa proponga 60 días.
Acordado.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente. . .
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Un momento, señor Diputado.
Solicito el acuerdo unánime de la Corporación para suspender hasta el día martes próximo la aplicación de lo dispuesto en el artículo 288 del Reglamento, respecto de las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que crea el Consejo Superior de Deportes, Educación Física y Recreación, y enviarlo por el plazo de esta semana a Comisión, porque ha sido objeto de 50 modificaciones por parte del Senado.
El señor GIANNINI.-
¿Por qué no se cita a reunión de Comités de inmediato?
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Los voy a citar en seguida.
El señor GIANNINI.-
Esto podría ser materia de discusión de los Comités.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Lo dejaremos pendiente hasta un momento más, porque la Mesa va a citar a una reunión de Comités, porque tiene dudas reglamentarias respecto a la sesión citada para la noche de hoy.
4.-CALIDAD FUNCIONARIA DEL PERSONAL DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL NIÑO
El señor PALESTRO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señor Diputado, después que termine la Tabla de Fácil Despacho voy a solicitar el asentimiento de la Sala para que le conceda al minuto que ha pedido Su Señoría.
El señor CABELLO.-
Yo pido dos minutos.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
¿Habría acuerdo para otorgar un minuto al señor Palestro
No hay acuerdo, señor Diputado. Lo lamento.
Corresponde tratar, a continuación, el proyecto que figura en segundo lugar de la Tabla de Fácil Despacho, que aclara la calidad funcionaría del personal del Consejo de Defensa del Niño.
El señor PALESTRO.-
Iba a pedir que se tratara un proyecto de que es autor el ex Diputado señor Sergio Fernández, y Sus Señorías se oponen.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es el señor Diputado informante Mosquera.
El proyecto, impreso en el boletín Nº 51 (69) 2, es el siguiente:
"Artículo lº Aclárase que, en cuanto a sus derechos sindicales, el personal de obreros y empleados de la Fundación denominada Consejo de Defensa del Niño, creado por el decreto supremo de Justicia Nº 629, de 1938, no son empleados públicos, sino que rigen para ellos los derechos
y las normas generales que la legislación establece para los trabajadores del sector privado.
Artículo 2º En el Consejo de Defensa del Niño se incorporarán, como consejeros con todos los derechos de tales, a contar desde esta fecha, tres consejeros elegidos en votación secreta por todos los obreros y empleados que presten servicios en sus oficinas o en alguno de los establecimientos de su dependencia, sea en la planta, como contratados o como jornaleros. Estos consejeros se elegirán por un año, desempeñarán sus funciones sin remuneración especial alguna, deberán contar con todas las facilidades necesarias, incluso los permisos, para la asistencia a las sesiones del Consejo y de sus comisiones, y gozarán de inamovilidad, en igualdad de condiciones con los dirigentes sindicales, mientras dure ese período de dos años para el que hayan sido elegidos y en los seis meses siguientes. La elección de estos tres consejeros se regirá por las normas establecidas por el Código del Trabajo para la elección de dirigentes de sindicatos industriales.
Artículo 3º Los obreros a que se refiere esta ley, no podrán percibir mensualmente, sumando a su remuneración todo otro beneficio en dinero que perciban, una suma inferior al monto de un sueldo vital de la escala A), del departamento de Santiago.
En todo lo que no sea contradictorio expresamente con las disposiciones de esta ley, esos empleados y obreros se regirán, en sus relaciones administrativas con su empleador, el Consejo de Defensa del Niño, por las disposiciones del Estatuto Administrativo, sin perjuicio de los derechos que, además, les corresponden de acuerdo al Código del Trabajo.
Artículo 4º La Contraloría General de la República fiscalizará y ejercerá el control de la actividad financiera del Consejo del Niño, velando porque las subvenciones fiscales y los demás beneficios que le otorga el Estado sirvan las finalidades públicas a que están destinados.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En discusión el proyecto.
El señor MOSQUERA.-
Pido la palabra.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el señor Diputado informante.
El señor MOSQUERA.-
Señor Presidente, este proyecto que fue discutido en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, aclara la función que realizan los trabajadores del Consejo de Defensa del Niño.
Voy a ser muy breve, porque tengo interés en que se apruebe este proyecto, que tuvo su origen en una iniciativa del señor Millas.
En su artículo 1°, le da derecho a sindicalizarse a ese personal A pesar de que las dudas que existían fueron aclaradas por la Dirección General del Trabajo, se ha querido dejar claramente establecido por ley que estos compañeros pueden sindicalizarse como trabajadores particulares.
El artículo 2º incorpora al Consejo de Defensa del Niño a tres consejeros que serán elegidos por los obreros y empleados de la institución.
Su artículo 3º es de estricta justicia. Estos trabajadores realizan labores similares a las que cumplen los funcionarios del Servicio Nacional de Salud en sistemas asistenciales y en hospitales. Ahora bien, ninguno de éstos gana menos de un sueldo vital, escala A), del departamento de Santiago. Por esa razón, el artículo 3º fija esta misma remuneración como sueldo mínimo de los trabajadores del Consejo de Defensa del Niño. El inciso segundo deja sometido a este personal al Estatuto Administrativo que rige para todos ¡os trabajadores del Estado, especialmente en lo que respecta a cualquier medida disciplinaria o a despido. Por último, el artículo 4º entrega a la Contraloría General de la República, la fiscalización de la actividad financiera y, sobre todo, de la inversión de las subvenciones fiscales, que constituyen la mayor entrada que percibe este Consejo de Defensa del Niño.
Señor Presidente, dado que este proyecto es muy sencillo y de toda justicia, la Comisión lo aprobó por unanimidad. Quiero agregar que todas las consultas que se hicieron, tanto a la Dirección del Trabajo como a la Superintendencia de Seguridad Social, fueron favorables a este proyecto, que viene a normalizar la situación jurídica y a dar seguridad a todos los trabajadores de esta institución.
El señor RUIZESQUIDE (don Rufo).-
¿Me permite una interrupción?
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
¿Me permite, señor Mosquera? El señor Rufo RuizEsquide le solicita una interrupción.
El señor MOSQUERA.-
Con mucho gusto.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Con la venia del señor Diputado informante, tiene la palabra el señor Rufo RuizEsquide.
El señor RUIZESQUIDE (don Rufo).-
Señor Presidente, yo no conocía el proyecto. Solamente me he enterado de sus disposiciones a través de las palabras del señor Diputado informante; pero quiero observar que me asaltan dudas en relación a si se infringen o no las normas generales establecidas por la legislación chilena. En efecto, el artículo 368 del Código del Trabajo prohibe sindicarse a los empleados, obreros y funcionarios que prestan servicios al Estado y a las Municipalidades, o que pertenezcan a empresas fiscales. Esta norma rige también para las diversas empresas que el Estado ha formado directamente o en las que tiene alguna alguna participación a través de aportes de recursos, y para las instituciones previsionales o semifiscales.
Los autores del proyecto y la Comisión han pretendido, en este caso, dejar sin aplicación el precepto a que he hecho referencia, estableciendo una especie de norma interpretativa del artículo 368 del Código del Trabajo.
El artículo lº aclara que, en cuanto a sus derechos sindicales, el personal de obreros y empleados de la Fundación denominada Consejo de Defensa del Niño no son empleados públicos. Yo quisiera tener alguna información con respecto a la naturaleza jurídica de este Consejo de Defensa del Niño, porque debo confesar, honradamente, que la desconozco. No sé si será una institución fiscal o semifiscal o un ente autónomo creado por la ley. Este proyecto podría establecer un precedente para que, en el futuro, a través de disposiciones legales similares a éstas, se le reconociera la facultad de sindicarse a diversos funcionarios de organismos del Estado, con lo cual se impondría un principio bastante inconveniente.
En cambio, por lo menos hasta este momento, la legislación vigente impide a los empleados públicos agruparse en sindicatos, a mi juicio, con muy buenas razones.
Por eso, desearía que el señor Diputado informante me aclarara la naturaleza jurídica de este organismo, para sacar conclusiones y ver si el proyecto está conforme con las ideas generales de la legislación sobre la materia.
Nada más, señor Presidente.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Puede continuar el señor Mosquera.
El señor MOSQUERA.-
Señor Presidente, de acuerdo con los antecedentes reunidos por la Comisión, esta institución no es estatal, aunque recibe algunas subvenciones del Estado. Ella opera en forma autónoma, a través de un Consejo. Sus trabajadores, para saber si podían o no sindicarse, pidieron a la Dirección General del Trabajo que determinara si eran empleados públicos o particulares. Y esa repartición dictaminó que no eran trabajadores del Estado, sino particulares. Por lo tanto, ateniéndose a esos antecedentes, la Comisión consideró conveniente dejar establecido que podían sindicarse, para que no hubiera ninguna duda. Incluso, en el artículo 3º se confirma la calificación jurídica de estos trabajadores, cuando se fija como remuneración mínima un sueldo vital, escala A), del departamento de Santiago, que perciben los empleados particulares.
Por lo tanto, no se justifica la duda que tiene el señor RuizEsquide, don Rufo, puesto que no son funcionarios públicos y, por lo tanto, el proyecto no ha contravenido, en ningún caso, las normas existentes, que prohíben sindicalizarse a los trabajadores del Estado.
Un caso parecido ocurre en la Universidad de Concepción, por ejemplo, cuyos trabajadores también pueden sindicalizarse, según un dictamen de la Dirección General del Trabajo, a pesar de que son imponentes de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.
En este caso, la situación es mucho más clara porque los obreros y empleados del Consejo de Defensa del Niño no son imponentes de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. En consecuencia, con mayor razón se pueden sindicarse. Así lo determinó la Dirección General del Trabajo, y la Comisión, con estos antecedentes, aprobó la disposición que le da a este gremio la posibilidad de tener su organización sindical.
El señor RUIZESQUIDE (don Rufo).-
Señor Presidente...
El señor MOSQUERA.-
Señor Presidente, por estas consideraciones pido a la Cámara que se sirva aprobar este proyecto que es tan sencillo. Y dejo la palabra para que otros colegas de la Comisión puedan aclarar más el problema.
El señor RUIZESQUIDE (don Rufo).-
Pido la palabra.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el señor RuizEsquide, don Rufo; a continuación, el Diputado señor Millas, don Orlando.
El señor RUIZESQUIDE (don Rufo).-
Señor Presidente, yo tengo las mismas dudas que hice presentes hace un instante. Porque no solamente se estarían alterando las normas que impiden la sindicalización de funcionarios fiscales, sino que, además, el artículo 3º, al establecer reglas sobre remuneración mínima, estaría violando las disposiciones constitucionales que privan de iniciativa a los parlamentarios para conceder aumentos de sueldos o modificar las remuneraciones de este tipo de servidores.
La circunstancia de que los funcionarios de otros organismos, como es el caso de la Universidad de Concepción, al cual ha hecho mención el señor Diputado informante, hagan sus imposiciones en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, no les da el carácter de empleados públicos, porque es una ley especial. La ley orgánica de la Universidad de Concepción establece que estos servidores deben imponer en ese instituto de previsión.
Por eso, señor Presidente, considero que el proyecto que estamos tratando no está ajustado a Derecho, y, frente a estas observaciones de carácter constitucional, yo quisiera, señor Presidente, que se solicitara un informe de la Comisión de Legislación y Justicia de la Cámara, para establecer la legitimidad del proyecto que estamos tratando. Asimismo, entiendo que este proyecto debió haber tenido el trámite de la Comisión de Hacienda, porque su artículo 3º establece gastos fiscales y no se señala paralelamente con qué tipo de recursos se van a financiar. En consecuencia, yo encuentro que el proyecto viola las normas constitucionales a que he hecho referencia, por las siguientes razones. Primero, establece aumentos de sueldos para funcionarios fiscales. Segundo, establece un gasto público sin determinar con qué fuente de ingresos se cubrirán las necesidades del proyecto, pues él no tuvo trámite en la Comisión de Hacienda. Y, en tercer lugar que el proyecto vuelva a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia para establecer la constitucionalidad del mismo, y, en segundo lugar, si esta Comisión determinara que el proyecto es constitucional, que fuera enviado a la Comisión de Hacienda para que se pronunciara sobre la norma contenida en el artículo 3º y que establece un gasto público sin señalar la forma cómo este gasto deberá cubrirse.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para enviar el proyecto en debate, por el plazo de una semana, a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia para que evacue el informe que ha solicitado el señor RuizEsquide.
El señor MILLAS.-
No.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
No ha habido acuerdo. Se requiere unanimidad.
Señor RuizEsquide, ¿terminó Su Señoría?
El señor RUIZESQUIDE (don Rufo).-
Sí.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el señor Millas.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, creo que las observaciones formuladas por el señor RuizEsquide, don Rufo, corresponden a una apreciación captada así, a primera vista, del proyecto. Pero hay que considerar que él ha sido aprobado por unanimidad en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, en la cual participan Diputados de diversos sectores, muchos de los cuales saben bastante en cuanto a legislación sobre esta materia.
¿El señor Arnello estuvo en desacuerdo con el proyecto?
El señor ARNELLO.-
¿Si me permite?
El señor MILLAS.-
Ya.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Con la venia del señor Millas, tiene la palabra el señor Mario Arnello.
El señor ARNELLO.-
En realidad, señor Presidente, la idea general de este proyecto fue aprobada por la unanimidad de la Comisión; pero respecto a su redacción, y varios Diputados insistimos en que se modificara, y como no hubo mayoría para acordarlo, no quisimos finalmente votarla en contra, por lo cual nos abstuvimos de votar.
Procedimos así porque se me permite continuar el Diputado señor Millassucede que, en el afán de dar soluciones a través del proyecto, o sea, con muy buena intención, se incurre en una evidente contradicción entre las diferentes calidades jurídicas que se establecen en los distintos artículos.
En efecto, en el artículo lº, por ejemplo, se aclara perfectamente que, no obstante su condición de imponente de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas, el personal que trabaja en esta institución tiene la calidad de empleados y obreros particulares. En consecuencia, se hacen valer para ellos su derecho a la sindicalización. Pero, en el artículo 3°, se establece que le serán aplicables las normas del Estatuto Administrativo, cosa que no está tampoco de acuerdo con su naturaleza jurídica.
Por consiguiente, creo que realmente obtendríamos una solución mejor y conseguiríamos que la ley quede aprobada con más claridad y más orden, si pudiéramos enviarla a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, para que consideradas estas anomalías le diera una redacción más acorde con la naturaleza jurídica de la calidad que se trata de otorgar a estos trabajadores.
Nada más.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Puede continuar el señor Millas.
El señor MILLAS.-
Queda constancia de que efectivamente el proyecto fue aprobado, en general, por unanimidad y que, al votarse en particular no se emitieron votos en contra respecto de él, sino que sólo hubo algunas abstenciones motivadas por algunas dudas de algunos señores Diputados, que no inciden en la materia a que se refería el señor RuizEsquide: el de presunta inconstitucionalidad. Y no podría aducirse presunta inconstitucionalidad, por una razón muy simple: porque se trata, como se ha establecido claramente, incluso en el texto del articulado del proyecto, de una fundación que cumple una función pública, que hace lo que se denomina en Derecho Administrativo, atender un servicio público de hecho, por lo cual tiene una serie de protecciones y alguna tuición de parte de la ley. Por esta razón, la ley puede establecer limitaciones, normas, etcétera, en relación con este tipo de fundaciones. Pero se trata, concretamente repito de una fundación establecida por el decreto supremo del Ministerio de Justicia Nº 629, del año 1938. No es un organismo del Estado, ni tampoco un organismo autónomo del Estado. Y la Dirección General del Trabajo ha establecido en sus dictámenes, en términos concluyentes e indiscutibles, que a esta institución corresponde tener sindicato, y tiene sindicato: funciona el sindicato de obreros, el sindicato de empleados y presentan pliegos de peticiones anualmente. Por lo tanto, no podría ser inconstitucional, señor Presidente, el que se estableciera en relación a este personal una remuneración mínima que, por lo demás, es muy justa, porque es la misma que en funciones a veces menos especializadas, tiene el personal de obreros, con el cual se pudiera comparar del Servicio Nacional de Salud, que es un servicio público.
No podría esto ser inconstitucional repito y, aunque la ley podría determinar el derecho de sindicación de determinados servidores públicos en determinadas condiciones, perfectamente, es materia de ley, pero ello no es incompatible con las disposiciones actuales sino que les da estabilidad y las aclara, a fin de que no se presten a ninguna duda.
Ni siquiera los miembros de ese personal son imponentes de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas. Se trata de que, desempeñándose de hecho una función pública, al atender un servicio público a través de esta institución, se establecen ciertas modalidades que son muy elementales. Son aquellas que, con mucha prudencia, se pueden establecer, como es, en primer lugar, aclarar que es correcta la interpretación que se está aplicando y según la cual tienen sus organizaciones sindicales,. . .
El señor MOSQUERA.-
Como la Dirección General del Trabajo lo establece.
El señor MILLAS.-
Y además, como dice el colega Mosquera, según lo ha establecido la Dirección General del Trabajo en términos categóricos y como se está aplicando.
En segundo lugar, se establece que, en sus relaciones con este organismo, tengan determinada estabilidad y se sometan a un procedimiento establecido, en sus relaciones estrictamente internas de funcionarios, tengan un trato similar al que tendrían en un servicio público, para esos solos efectos. Ocurre que como son organismos . . .
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado la hora de la Tabla de Fácil Despacho.
El señor MOSQUERA.-
Votemos.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
No ha habido acuerdo.
Se ha hecho presente a la Mesa que hay oposición; por eso la Mesa no lo ha solicitado.
El señor MOSQUERA.-
Pídalo de nuevo, señor Presidente.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
¿ Su Señoría vuelve a insistir en que se pida de nuevo el asentimiento?
El señor MOSQUERA.-
Sí, señor Presidente.
El señor PHILLIPS.-
(Presidente accidental).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para votar este proyecto.
El señor CARMINE.-
No hay acuerdo.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
No ha habido acuerdo nuevamente para votar este proyecto.
En consecuencia, la Mesa sigue procediendo de acuerdo con el Reglamento.
5.-ACUERDOS DE LOS COMITES PARLAMENTARIOS
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Ruego a los señores Comités pasar a la Sala contigua a la de la Presidencia de la Cámara, para efectuar una reunión, supendiéndose la sesión por el tiempo que ella dure.
Se suspende la sesión.
Se suspendió la sesión a las 17 horas 23 minutos.
Se reanudó la sesión a las 18 horas 38 minutos.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Se reanuda la sesión.
Se va a dar lectura a los acuerdos de los Comités parlamentarios.
El señor MENA (Secretario).-
Reunidos los Comités parlamentarios, bajo la presidencia del señor Phillips, y con asistencia de la totalidad de ellos, acordaron, por unanimidad, lo siguiente:
I. Suprimir las sesiones que debía celebrar la Corporación en la noche de hoy;
II. Prorrogar el Orden del Día de la presente sesión con el objeto de considerar los proyectos que se indicarán a continuación:
1. Despachar sin debate los proyectos que figuran en primero y segundo lugares de la Tabla del Orden del Día, como, asimismo, el proyecto que denomina "Regidora Sara Gajardo" a la calle Principal de la "Población Presidente Ríos";
2. Despachar, en la presente sesión, también sin debate, los siguientes proyectos:
El que autoriza la celebración de carreras extraordinarias a beneficio de la institución "Voluntarias de Hospital Anita Gómez de Asenjo";
El que autoriza a la Municipalidad de Concepción para contratar empréstitos;
El que declara que el pueblo de Huepil es la cabecera de la comuna de Tucapel, del departamento de Yungay, provincia de Ñuble;
d) El que amplía las categorías de los Registros de Matrícula y permisos que llevan las oficinas de contratación de empleados y trabajadores marítimos de bahía, fluviales y lacustres, establecidos en la ley Nº 16.724.
III. Despachar en la presente sesión, destinando cinco minutos para que cada Comité pueda hacer uso de la palabra, los siguientes proyectos:
1. El que establece que el reajuste de pensiones de jubilación a contar del lº de enero de 1970 será de un ciento por ciento del índice de precios al consumidor;
2. El que establece que el Instituto Técnico Ferroviario validará los títulos otorgados por la Escuela de Maquinistas;
3.El que condona las sumas adeudadas a la Dirección de Riego del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, por las obras de regadío mecánico efectuadas en beneficio de los predios agrícolas del Valle de Rapel;
4. El que establece que los cobros de pavimentación por obras contratadas antes del 8 de febrero de 1968 deberán hacerse en conformidad con las disposiciones legales vigentes a la fecha;
IV. Despachar en general, concediendo cinco minutos por Comité, el proyecto que establece una remuneración mínima y una jornada de trabajo para los choferes de la locomoción colectiva particular;
V. Despachar en general, otorgando diez minutos a cada Comité, el proyecto que aumenta los recursos del Fondo de Revalorización de Pensiones e introduce otras modificaciones a la ley Nº 15.386, enviarlo a la Comisión de Hacienda hasta el martes 16 para segundo informe, y tratarlo en particular en el primer lugar de la Tabla del Orden del Día de la sesión ordinaria de ese día;
VI. Respecto del proyecto que crea el Consejo Superior de Deportes, suspender la aplicación del artículo 288 del Reglamento hasta la sesión ordinaria del martes próximo;
VII. En relación con el proyecto que otorga pensión a las personas indigentes mayores de 65 años que carezcan de este beneficio, en trámite reglamentario de segundo informe, despacharlo con preferencia, sin debate, en la sesión ordinaria del martes próximo, y
VIII. Solicitar el retiro de la urgencia del proyecto que modifica el Código de Procedimiento Penal y diferir su estudio hasta la próxima legislatura extraordinaria.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento, se declaran aprobados estos acuerdos por haber sido adoptados por la unanimidad de los Comités.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, pido la palabra para formular una petición en relación con un proyecto.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Con la venia de la Sala, tiene la palabra Su Señoría.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, respecto del proyecto que autoriza a la Municipalidad de Concepción para contratar empréstitos, los colegas de la zona tenemos disparidad de criterio. Por ello, más o menos unos cuarenta señores Diputados de los distintos sectores políticos de la Cámara, entre ellos los señores Rufo RuizEsquide y Gerardo Espinoza, parlamentarios por la provincia mencionada, hemos firmado una indicación para reemplazar todo lo que ha informado la Comisión de Gobierno Interior.
En consecuencia, pido que se recabe el asentimiento de la Sala para que este proyecto se trate destinando quince minutos por Comité.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
No ha habido acuerdo sobre el particular, señor Diputado.
La Mesa debe puntualizar que el Comité de Su Señoría no lo hizo presente en la reunión, y lo que ella puede solicitar que el proyecto con la indicación vaya por una semana a la Comisión respectiva.
El señor RUIZESQUIDE (don Mariano).-
No hay acuerdo.
El señor CLAVEL.-
Es mucho.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Porque como se trata de una indicación que debe conocer la Comisión de Hacienda, el proyecto tendrá que ir, indiscutiblemente, a segundo informe.
El señor RUIZESQUIDE (don Rufo).-
Pero el acuerdo de los Comités es despachar el proyecto.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Pero el Comité Radical no lo hizo presente; y como las reglas del juego tienen que ser iguales para todos los Diputados, la Mesa propone esta solución.
¿No hay acuerdo señor RuizEsquide, don Mariano?
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
No hay acuerdo.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra, por un minuto, sobre los acuerdos de los Comités.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Solicito la venia de la Sala para otorgar la palabra, hasta por un minuto, al señor Fuentes.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, quiero solamente hacer un alcance para que no fracase la petición de retiro de la urgencia del proyecto que modifica el Código de Procedimiento Penal. En efecto, el acuerdo de los Comités a que me refiero no traduce en todas sus partes lo que conversamos en la reunión que se ha realizado. No se trata de estudiar el proyecto en la próxima legislatura extraordinaria, sino, concretamente, de tratarlo en la primera sesión. . .
El señor ACEVEDO.-
En la primera sesión.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
. . .o en la primera semana de la próxima legislatura extraordinaria. Eso no lo dice, por lo menos no lo escuché, el acuerdo de los Comités a que se ha dado lectura.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señor Diputado, la Mesa entendió perfectamente el acuerdo y el alcance que Su Señoría planteó en la reunión de Comités.
En la primera sesión de la legislatura extraordinaria será imposible tratarlo, porque sólo tiene por objeto fijar los días y horas de las sesiones ordinarias.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Dije en la primera semana, señor Presidente.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Es que, justamente, como a la primera sesión se cita los días miércoles, tendría que ser la semana siguiente. Y ése es el acuerdo que se adoptó.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Que el espíritu sea ése, para que no fracase nuestra petición.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Ese es el acuerdo y ése es el alcance que le da la Mesa.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Perfectamente.
El señor ACEVEDO.-
La primera sesión no es para legislar.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Así es, señor Diputado.
6.-VOTACION DEL SEÑOR PHILLIPS EN LA CENSURA PLANTEADA EN CONTRA DE LA CONDUCTA DE LA MESA
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señores Diputados, voy a distraer vuestra atención por un minuto. Al suspender la sesión, después de la votación de la censura en centra de la Mesa, algunos señores periodistas me manifestaron que, como yo no votaba públicamente, se me atribuía determinada manera de votar. Los que me conocen por años saben que cuando yo quiero votar de una manera, lo hago, y lo he demostrado siempre públicamente.
Voy a pedirle al señor Secretario, con la venia de ustedes, que diga cuál fue la forma en que yo voté, para que el Presidente, en esta oportunidad, no tenga el voto secreto como aparecería. Le ruego al señor Secretario diga a la Sala cómo he votado.
El señor CLAVEL.-
No debió dar ninguna explicación.
El señor MENA (Secretario).-
El señor Phillips se abstuvo de votar en la oportunidad a que se ha referido.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Muchas gracias, Honorable Cámara. Creo que esto aclara algunas malas intenciones que, a veces, se quiere suponer a los señores Diputados.
ORDEN DEL DÍA
7.-CONSTRUCCION DE UN HOSPITAL DE NIÑOS EN LA CIUDAD DE TALCA
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En conformidad con los acuerdos adoptados por los señores Comités, corresponde tratar, sin debate, el proyecto de ley que consulta recursos para la construcción de un hospital de niños en la ciudad de Talca.
El proyecto, impreso en el boletín Nº 72692, es el siguiente:
"Artículo 1º Aplícase un impuesto de dos centésimos de escudo (Eº 0,02), reajustable de acuerdo al alza que experimente el índice del costo de la vida, al kilowathora vendido por la Empresa Nacional de Electricidad a la Compañía General de Electricidad Industrial de Talca y a la Compañía Nacional de Fuerza Eléctrica en la zona de Curicó, Talca, Linares y Maule, hasta la terminación total de las obras de construcción del Hospital Regional de Niños de la ciudad de Talca, con capacidad para 200 camas.
La suma recaudada por la Empresa Nacional de Electricidad deberá girarse, año a año, a la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios S. A., con el objeto de comprar acciones de dicha Sociedad, la que dará prioridad a la construcción de un Hospital de Niños en la ciudad de Talca.
Artículo 2º El 50% de la suma obtenida por el Servicio Nacional de Salud, de acuerdo a la letra b) del artículo 110 del Decreto Nº 725, de 11 de diciembre de 1967, del Ministerio de Salud Pública, que aprobó el Código Sanitario, y que se refiere a cobro de aranceles por inspección sanitaria de mataderos, en la zona de Curicó, Talca, Linares y Maule se empleará en la compra de acciones con el mismo fin indicado en el artículo anterior.
Artículo 3º Para el debido cumplimiento del objetivo de la presente ley, la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios podrá contratar uno o más préstamos en el Banco del Estado de Chile.
Artículo 4º Facúltase al Banco del Estado de Chile para suscribir el o los préstamos a que se refiere el artículo anterior, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas legales o reglamentarias.
Artículo 5º El pago de los intereses y amortizaciones ordinarios y extraordinarios de la deuda se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto el Gerente de la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios S. A. pondrá a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir estos gastos a medida que los vaya recibiendo."
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En votación general el proyecto.
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se dará por aprobado.
Aprobado.
Si le parece a la Sala, se darán por aprobados los artículos con las indicaciones de la Comisión de Hacienda.
Acordado.
Terminada la votación del proyecto.
8.-PROTECCION DEL PATRIMONIO HISTORICO CULTURAL DEL ESTADO. TERCER TRAMITE CONSTITUCIONAL
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
De acuerdo con el artículo 288 del Reglamento, corresponde tratar el proyecto, en tercer trámite constitucional, que fija normas para la protección del patrimonio histórico cultural del Estado.
Las modificaciones del Senado, impresas en el boletín N 10.021-S, son las siguientes :
Artículo 2º
En su letra p), ha suprimido la conjunción copulativa "y" que figura al final de ella, y ha sustituido la coma (,) que la antecede por un punto y coma (;).
En la letra q), ha reemplazado el punto final (.) por un punto y coma (;).
En seguida, ha agregado las siguientes letras, nuevas:
"r) De un representante de la Sociedad Chilena de Arqueología, y
s) De un miembro del Instituto de Historia de la Arquiteetura de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Chile.".
Luego, ha redactado su inciso final en los siguiente términos:
"El Presidente de la República designará, cada tres años, a los miembros del Consejo, a propuesta de las respectivas instituciones, a excepción del cargo de la letra o), que será propuesto por el Ministerio de Educación Pública, y del de la letra p), que será designado a propuesta en terna de las dos entidades que allí se mencionan.".
Artículo 22
En su inciso final, ha sustituido el punto final (.) por una coma (,), y ha agregado la siguiente frase: "sin perjuicio del decomiso de los objetos que se hubieren obtenido de dichas excavaciones.".
Ha reemplazado su inciso segundo por los siguientes:
"Cuando las excavaciones o hallazgos hubieren sido hechos por particulares, a su costo, éstos deberán entregar la totalidad del material extraído o encontrado al Consejo, sin perjuicio de las facilidades que obtuvieran para el estudio de dicho material en la forma que lo determine el Reglamento.
El Consejo deberá entregar al Museo Nacional de Historia Natural una colección representativa de "piezas tipo" de dicho material y los objetos restantes serán distribuidos en la forma que determine el Reglamento.".
Artículo 25
Ha sustituido su inciso primero por el que sigue:
"Artículo 25.- El material obtenido en las excavaciones o hallazgos realizados por misiones científicas extranjeras, autorizadas por el Consejo, podrá ser cedido por éste hasta en un 50% a dichas misiones, reservándose el Consejo el derecho a la primera selección y efectuando su distribución según lo determine el Reglamento.".
Artículo 39
Ha reemplazado la frase "serán suspendidos de sus cargos por el término de uno a seis meses", por la siguiente: "estarán sujetos a las medidas disciplinarias de carácter administrativo que procedan".
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En votación la primera modificación introducida por el Senado, que consiste en agregar en el artículo 2° las letras nuevas "r" y "s", desde "De un representante de la Sociedad Chilena de Arqueología" hasta "Universidad de Chile".
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobada.
En votación la segunda modificación del Senado, que consiste en sustituir la redacción del inciso final del artículo 2º.
Si le parece a la Cámara, se dará por aprobada.
El señor CADEMARTORL.-
No.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 35 votos; por la negativa, 26 votos.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En consecuencia, queda aprobada la modificación introducida por el Senado.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En votación la modificación del Senado al artículo 22.
Si le parece a la Cámara, se dará por aprobada.
Aprobada.
En votación la modificación del Senado al artículo 24, que consiste en reemplazar su inciso segundo por dos nuevos.
Si le parece a la Sala, se votarán de una sola vez.
Acordado.
Si le parece a la Sala, se aprobará la modificación del Senado.
El señor RUIZESQUIDE (don Rufo).-
No.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En votación.
Efectuada, la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 10 votos.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En consecuencia, queda aprobada la modificación introducida por el Senado.
El señor RUIZESQUIDE (don Rufo).-
El artículo que viene a continuación le entrega el 50% a los extranjeros.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señor Ruiz-Esquide, don Rufo, ruego a Su Señoría guardar silencio.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
¡Señor Acevedo!
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente...
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Corresponde votar la modificación del Senado al artículo 25, que consiste en sustituir su inciso primero.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, ¿podría solicitar el asentimiento de la Sala para decir algunas palabras sobre una contradicción que viene en las modificaciones?
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Solicito la venia de la Sala, para otorgar la palabra al señor Arnello.
El señor ARNELLO.-
Por 15 segundos.
Un señor DIPUTADO.-
No hay acuerdo.
El señor ARNELLO.-
Deseo hacer presente una contradicción que observo.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
No ha habido acuerdo, señor Diputado.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Solicito nuevamente el asentimiento para otorgar la palabra al señor Amello.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, sólo para indicar a los señores Diputados que la modificación al artículo 24, ya aprobada, deja a los particulares sin ninguna parte de lo que hubieran encontrado. En cambio, la modificación al artículo 25 le entrega a las misiones científicas extranjeras hasta el 50% de lo que ellas hayan obtenido.
Esta contradicción era la que quería explicar.
Nada más y muchas gracias.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Muy bien señor Diputado.
El señor CADEMARTORL.-
Las disposiciones de la Cámara y el Senado son más o menos iguales.
El señor RUIZESQUIDE (don Rufo).-
Tanto la Cámara como el Senado le entregan el 50% a los extranjeros; y a los chilenos, nada.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En votación la modificación al artículo 25.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 13 votos; por la negativa, 49 votos.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En consecuencia, queda rechazada la modificación introducida por el Senado.
En votación la modificación al artículo 39, que consiste en reemplazar una frase por la siguiente: "estarán sujetos a las medidas disciplinarias de carácter administrativo que procedan".
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobada.
Terminada la votación del proyecto.
9.-CAMBIO DE NOMBRE A LA CALLE PRINCIPAL DE LA POBLACION "JUAN ANTONIO RIOS".QUINTO TRAMITE CONSTITUCIONAL
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Corresponde votar, sin debate, la insistencia del Senado en la modificación que introdujo al proyecto que denomina "Regidora Sara Gajardo" a la calle "Principal" de la población "Presidente Ríos Sector 2C" de Santiago.
El Senado insiste en la supresión del articulo 3º del proyecto.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
El acuerdo que tome la Cámara no tiene incidencia, porque el Senado insistió en suprimir el artículo 3º.
Si le parece a la Cámara, se acordará no insistir.
Acordado.
Terminada la votación del proyecto.
10.-BENEFICIOS PARA LA INSTITUCION VOLUNTARIAS DE HOSPITAL "ANITA GOMEZ DE ASENJO"
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Corresponde despachar, sin debate, el proyecto que autoriza la celebración de carreras extraordinarias a beneficio de la institución Voluntarias de Hospital "Anita Gómez de Asenjo".
Hago presente a la Sala que el proyecto de la Comisión de Gobierno Interior fue modificado en la Comisión de Hacienda, reemplazándose lo referente a las carreras extraordinarias.
El proyecto, impreso en el boletín Nº 29(69)2, es el siguiente:
"Artículo 1° Autorízase al Club Hípico de Santiago y a la Sociedad Hipódromo Chile para que efectúen anualmente y por un plazo de cinco años, cada uno de ellos y en días no festivos, una reunión extraordinaria de carreras a beneficio de la institución Voluntarias de Hospital "Anita Gómez Asenjo", con personalidad jurídica Nº 780, Decreto Supremo de 12 de marzo de 1965.
Artículo 2º En estas reuniones se destinarán integramente a la institución beneficiada las entradas de boleterías que en ellas se reciban por los Hipódromos y el total de las comisiones sobre las apuestas mutuas, simples y combinadas, que rijan en el momento en que ellas se verifiquen, sin otros descuentos que los contemplados en el artículo 2º Nºs. 1 y 2 y en el artículo 5º, letras e), f), i) y m) del decreto Nº 1.995 de 23 de septiembre de 1966, sumas que la institución beneficiada percibirá directamente de los expresados hipódromos.
Igualmente la institución beneficiada percibirá directamente de los hipódromos el producto del impuesto establecido en los artículos 47 y 48 de la ley 14.867, de 4 de julio de 1962".
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En votación general el proyecto.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobado.
Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobarán las indicaciones de la Comisión de Hacienda.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Si le parece a la Sala, se dará lectura a las indicaciones.
La Comisión de Hacienda las aprobó por unanimidad y por eso la Mesa está proponiendo que la Sala adopte igual pronunciamiento.
El señor ACEVEDO.-
¡Que se lean!
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
A petición de los señores Diputados, se les dará lectura.
El señor MENA (Secretario).-
La Comisión de Hacienda acordó proponer el reemplazo de los dos artículos del proyecto por los siguiente:
"Artículo 1° Autorízase a la institución Voluntarias de Hospital "Anita Gómez de Asenjo" para importar un automóvil cuyo precio en el país donde sea adquirido no exceda de tres mil quientos dólares para ser rifado a beneficio de dicha institución. El vehículo que se importe en uso de esta autorización estará liberado del pago de derechos de internación así como de la obligación de efectuar depósitos previos en el Banco Central de Chile.
"Artículo 2° Facúltase al Presidente de la República para consultar en el Presupuesto de la Nación de los cinco próximos años, en el Presupuesto del Servicio Nacional de Salud, una cantidad equivalente a cincuenta sueldos vitales anuales escala A) del departamento de Santiago que se entregará directamente a la institución Voluntarias de Hospital "Anita Gómez de Asenjo", la que deberá destinar dichos fondos a los fines que le señalen sus estatutos".
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Si le parece a la Sala, se darán por aprobadas las dos indicaciones de la Comisión de Hacienda.
Acordado.
Terminada la votación del proyecto.
11.-AUTORIZACION A LA MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION PARA CONTRATAR EMPRESTITOS
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Corresponde tratar, sin debate, de acuerdo con lo resuelto por los Comités, el proyecto que autoriza a la Municipalidad de Concepción para contratar empréstitos.
El proyecto, impreso en el boletín Nº 11.119, es el siguiente:
"Artículo único. Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 17.056:
Reemplázase en el Nº 1 del artículo 1º la expresión "Eº 7.000.000" por "Eº 10.000.000".
Reemplázase el inciso segundo de su artículo 2º por el siguiente:
"Los fondos que actualmente no se huvieren invertido y que provenieren de la aplicación de las autorizaciones concedidas a la Municipalidad de Concepción por la ley 15.398, modificada por la ley 15.731 y por la presente ley, podrán destinarse a financiar el siguiente plan de obras con la aprobación de las dos terceras partes de los Regidores presentes en una sesión especialmente citada para el efecto.
plan de obras
c) Reemplázase en el inciso tercero del artículo 2º la expresión "en un plazo máximo de 10 años" por la siguiente: "en un plazo máximo de 12 años".
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
La Mesa hace presente que recabará el acuerdo unánime de la Sala para que este proyecto vaya por una semana a la Comisión de Hacienda, porque las indicaciones que formuló el señor Basso deben ser estudiadas por ella. Si no hay unanimidad para que esta iniciativa pase a Comisión lo que voy a recabar en este momento, la Mesa se verá en la necesidad de declarar improcedentes las indicaciones para que se pueda despachar este proyecto y cumplir con el trámite que los Comités y la Sala acordaron. En consecuencia, pongo en antecedentes a la Sala de lo que ocurre frente a este proyecto.
El señor JAQUE.-
¿Cuál es la disposición del Reglamento que impide enviarlo a la Comisión respectiva?
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Los señores Comités, por unanimidad, adoptaron un acuerdo, señor Diputado. Su Señoría, por los años que lleva en la Corporación, debe conocer que a la Sala, en este caso, le corresponde despachar el proyecto, porque así fue acordado por unanimidad. Su Señoría sabe perfectamente cuál es el camino que se debe seguir y la Mesa no se va a apartar un instante del Reglamento.
Solicito el asentimiento unánime de la Corporación para enviar este proyecto a Comisión.
Un señor DIPUTADO.-
No, señor Presidente.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
No ha habido acuerdo.
Por lo tanto, la Mesa declara improcedentes las indicaciones.
El señor ACEVEDO.-
En todo caso, las indicaciones se tramitan como proyectos separados.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Naturalmente.
El señor JAQUE.-
Entiendo que el acuerdo fue para votar...
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Señor Diputado, las indicaciones se van a tramitar como proyecto separado, tal como lo ha indicado el señor Acevedo, pero yo no puedo transgredir el Reglamento.
En votación general el proyecto que autoriza a la Municipalidad de Concepción para contratar empréstitos.
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se dará por aprobado.
El señor JAQUE.-
No, señor Presidente. Que se vote.
Durante la votación:
El señor MOSQUERA.-
Si le parece, señor Presidente.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
No, señor Diputado, porque hay oposición.
El señor JAQUE.-
Es un "golpe de Estado", señor Presidente.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
La aplicación del Reglamento no es "golpe de Estado", colega.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Aprobado en general el proyecto.
Como las indicaciones han sido declaradas improcedentes por la Mesa, de conformidad con los acuerdos de Comités, queda también aprobado en particular.
Se tramitarán en proyecto aparte las indicaciones presentadas sobre esta materia, de acuerdo con las disposiciones del Reglamento.
Terminada la votación del proyecto.
12.-EL PUEBLO DE HUEPIL, CABECERA DE LA COMUNA DE TUCAPEL, DEPARTAMENTO DE YUNGAY, PROVINCIA DE ÑUBLE
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Corresponde tratar el proyecto despachado por la Comisión de Gobierno Interior, que declara que el pueblo de Huépil es la cabecera de la comuna de Tucapel del departamento de Yungay, de la provincia de Ñuble.
Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior es el señor Vergara.
El proyecto, impreso en el boletín Nº 11.118, es el siguiente:
"Artículo 1º Declárase que la cabecera de la comuna de Tucapel del departamento de Yungay, provincia de Ñuble, es el pueblo de Huépil.
Artículo 2º La presente ley entrará a regir sesenta días después de su publicación en el Diario Oficial."
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará en general el proyecto.
Aprobado.
Como no ha sido objeto de indicaciones, queda aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
13.AMPLIACION DE LAS CATEGORIAS DE LOS REGISTROS DE MATRICULAS Y PERMISOS QUE LLEVAN LAS OFICINAS DE CONTRATACION DE EMPLEADOS Y TRABAJADORES MARITIMOS DE BAHIA, FLUVIALES Y LACUSTRES, ESTABLECIDOS EN LA LEY Nº 16.724
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En conformidad con los acuerdos de los Comités, corresponde tratar el proyecto que amplía las categorías de los Registros de Matrículas y Permisos que llevan las oficinas de contratación de empleados y obreros marítimos de bahía, fluviales y lacustres, establecidos en la ley Nº 16.724.
Diputado informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es el señor Cardemil.
El proyecto, impreso en el boletín Nº 11.112, es el siguiente:
"Artículo 1º Agréganse los siguientes incisos al artículo 24 de la ley Nº 16.724:
"Las disposiciones de los incisos primero, segundo y quinto del artículo 23 de la ley 16.724 son aplicables a los empleados, auxiliares y apoderados de los Agentes Generales y Especiales de Aduana, que se encontraren trabajando en tal calidad a la fecha de vigencia de dicha ley, a los trabajadores enunciados en la letra a) del artículo 19 del D. S. Nº 153 (M), de 22 de febrero de 1966, como asimismo, las funciones de los embaladores, en los puertos donde existen de hecho, en aquellos donde no las realicen por convenios tácitos o escritos otros gremios similares. Se entenderá como embaladores, también a los Costuras de esos mismos puertos.
Para los efectos de la concesión de estas matrículas y las futuras, y de los permisos eventuales a los que estén en posesión de una matrícula y registro de inscripción correspondientes que afecten al personal de empleados auxiliares y apoderados de los Agentes de Aduanas señalados en el inciso precedente, las Oficinas de Contratación se integrarán, además, con dos representantes con derecho a voz y voto, uno de la Cámara Aduanera de Chile y el otro de dicho personal. Este personal no se regirá por el sistema de redondilla.
A la Dirección del Trabajo le corresponderá la supervigilancia de las nombradas del personal marítimo, fluvial y la custre, pudiendo tomarlas a su cargo cuando lo estime conveniente.
Artículo 2º Las infracciones a la ley Nº 16.724, a su Reglamento y a estas modificaciones, serán sancionadas con multas administrativas de 3 sueldos vitales mensuales a 10 sueldos vitales anuales, escala a) del departamento de Santiago, si se tratare de patrones o empleadores o sus representantes, y de un tercio del sueldo vital a 3 sueldos vitales mensuales de la misma escala y departamento, si se tratare de empleados o trabajadores, conforme al procedimiento establecido en la ley Nº 14.972 y su Reglamento, por los Inspectores del Trabajo. Estas multas se duplicarán en caso de reincidencias.
Sin perjuicio de las sanciones anteriores, la Comisión Nacional del Trabajo Marítimo, Fluvial y Lacustre estará facultada para cancelar o suspender las matrículas a que se refiere la ley Nº 16.724. La misma facultad de suspender matrículas hasta por un período de tres meses tendrán las Oficinas de Contratación de Empleados y Trabajadores Marítimos, Fluviales y Lacustres.
El procedimiento será establecido en el Reglamento."
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En votación general el proyecto.
Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará.
Aprobado.
Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
14.-REAJUSTE DE LAS PENSIONES EN EL CIENTO POR CIENTO DEL ÍNDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Corresponde tratar el proyecto que establece que el reajuste de pensiones de jubilación, a contar del lº de enero de
1970, será de un ciento por ciento del índice de precios al consumidor.
Diputado informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es el señor Insunza.
El proyecto, impreso en el boletín Nº 128(69)2, es el siguiente:
"Artículo lº Reemplázanse los incisos segundo, tercero, cuarto y quinto del artículo 25 de la ley Nº 10.475, por el siguiente : "A partir del lº de enero de 1970, las pensiones serán reajustadas en el ciento por ciento del índice de precios al consumidor, hasta el límite de seis sueldos vitales, de la escala A) del departamento de Santiago.
Artículo 2º Las personas indicadas en el artículo 1º de la ley Nº 15.478 que comprueben que a la fecha de promulgación de esta ley tenían más de 65 años y que acrediten haber desarrollado a lo menos durante 30 años algunas de las actividades allí señaladas, podrán acogerse & los beneficios de la jubilación siempre que lo hagan dentro del plazo de 180 días, contados desde la promulgación de esta ley, en los términos establecidos en el artículo 1º transitorio de la ley Nº 16.571."
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
En la discusión de este proyecto, cada Comité podrá disponer de hasta cinco minutos.
Ofrezco la palabra.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el señor Acevedo, don Juan.
Varios señores DIPUTADOS.-
No está el boletín.
El señor ACEVEDO.-
El proyecto contenido en el boletín 1282, se refiere a una modificación. . .
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Perdón, señor Diputado; es el boletín 128692.
El señor ACEVEDO.-
Exactamente. Se refiere a una modificación al artículo 25 de la ley Nº 10.475, que establece el reajuste de las jubilaciones.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
¿Me permite, señor Diputado, un segundo?
El señor PENNA.-
¡No hay boletín!
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Lo va a hacer repartir la Mesa.
Se suspende la sesión por dos minutos.
Se suspendió la sesión a las 19 horas 8 minutos.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Continúa la sesión.
Tiene la palabra el señor Acevedo.
El señor ACEVEDO.-
Manifestaba que el proyecto en discusión tiene por objeto modificar el artículo 25 de la ley número 10.475, que establece el reajuste anual de las pensiones a los jubilados del sector privado.
El sistema que impone este artículo 25 consiste en reajustar aquellas pensiones hasta seis sueldos vitales, con las siguientes limitaciones: los dos primeros sueldos vitales se reajustan en el 100% del alza del costo de vida; los dos sueldos vitales siguientes, solamente en el 50% y los dos últimos sueldos vitales, hasta completar los seis, solamente en el 25%. En consecuencia, el promedio del reajuste que tiene un jubilado del sector privado es inferior al 30% del alza del costo de la vida. El proyecto en discusión tiene por objeto reajustar anualmente las pensiones de jubilación del sector privado en el 100% del alza del costo de vida, hasta los seis sueldos vitales.
Los Diputados comunistas, que hemos patrocinado y votado favorablemente este proyecto de ley en la Comisión, hemos insistido en su despacho en la reunión de Comités, y éstos, por unanimidad, acordaron tratarlo en esta sesión, concediendo sólo cinco minutos a cada Comité. En consecuencia, con el propósito de que se despache a la mayor brevedad posible, me limito a anunciar los votos favorables de los Diputados comunistas.
Es todo, señor Presidente.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Ha terminado el tiempo de Su Señoría.
La señora LAZO.-
Pido la palabra.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra la señora Lazo.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, al Comité Socialista le dieron a conocer este proyecto los dirigentes de las distintas asociaciones que decidieron reunirse con este objetivo. Por las mismas razones que aquí se han expuesto, nosotros lo vamos a aprobar, porque sabemos cómo se ha estudiado y porque conocemos la situación en que se encuentran los gremios que estaban afectados por esta forma de reajuste. Con este nuevo sistema, por lo menos, van a mejorar un poco más sus remuneraciones.
El señor Palestro me ha solicitado una interrupción.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Con la venia de Su Señoría, puede hacer uso de la palabra el señor Palestro.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, nosotros queremos que este proyecto se despache rápidamente para que la Cámara alcance a aprobar otros que vienen a continuación, con los que estamos de acuerdo y que también van a beneficiar a determinados gremios. Pero quiero referirme muy rápidamente al artículo 2º, que beneficia a los ex artistas ancianos que no alcanzaron a acogerse a las disposiciones de la ley Nº 15.478, que les otorgó el derecho a jubilar. Creo que varios parlamentarios por no decir todos, hemos recibido peticiones o cartas de estos ex artistas ancianos que no alcanzaron oportunamente a acogerse a estas disposiciones por no conocer el despacho de esa ley, o por su misma edad, o por enfermedad, vale decir, por una serie de razones involuntarias.
Por otra parte, este proyecto tiene un financiamiento que no grava absolutamente á nadie. Este proyecto contó también con el voto favorable del compañero Hernán Olave, que es miembro de la Comisión y que es también el Jefe de nuestra Brigada parlamentaria. Por lo tanto, nosotros vamos a votar favorablemente este proyecto.
El señor ARNELLO.-
Pido la palabra.
El señor NAUDON.-
Pido la palabra.
El señor PHILLIPS (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el señor Arnello; a continuación, el señor Naudon.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, los Diputados nacionales apoyamos y aprobamos este proyecto en la Comisión del Trabajo y Seguridad Social y lo misma vamos a hacer aquí en la Sala. Creo que decir más palabras sobre él es redundar en algo en que estamos todos de acuerdo: que debe darse este reajuste a las personas que hoy día tienen uno limitado, que les significa, en realidad, estar recibiendo el impacto de la inflación, sin poder resarcirse de ello.
En consecuencia, los Diputados nacionales repitovotaremos a favor de este proyecto, tal como lo hicimos en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Entiendo que el señor Naudon había pedido la palabra.
El señor NAUDON.-
Sí, señor Presidente.
El señor CARDEMIL.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
A continuación, puede hacer uso de ella Su Señoría.
Tiene la palabra el señor Naudon.
El señor NAUDON.-
Señor Presidente, los Diputados de estos bancos presentamos este proyecto obedeciendo a una petición de los jubilados del sector privado.
Es indiscutible que el fundamento de este proyecto no sólo interesa a algunos parlamentarios, sino a todos, como aquí se ha expresado en opiniones favorables al despacho del mismo. Como se ha dicho, viene a eliminar la injusticia que significa entregar un reajuste insuficiente a los jubilados del sector privado.
Las razones de su presentación ya se han expuesto con bastante profundidad y sólo cabe hacer resaltar que cuenta también con la aceptación del Superintendente de Seguridad Social, don Carlos Briones Olivos, que asistió a la Comisión de Trabajo y dijo que las cajas tienen financiamiento suficiente para pagar un reajuste del ciento por ciento, hasta llegar a seis sueldos vitales.
En consecuencia, vamos a prestar, desde luego, nuestra aprobación al proyecto y además, a la disposición contenida en el artículo 2º, que fue introducida mediante una indicación al proyecto primitivo y que entrega el beneficio de la jubilación a un grupo de trabajadores marginado de él, de la manera como se expresa en el informe de la Comisión.
Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Cardemil, dentro del tiempo del Comité Demócrata Cristiano.
El señor CARDEMIL.-
Señor Presidente, muy brevemente, como lo han hecho todos los Comités, deseo expresar que, en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, los Diputados democratacristianos votamos favorablemente este proyecto de ley, y en la reunión de Comités, dimos nuestro asentimiento para que fuera incluido en la tabla y fuera tratado en esta sesión, aun cuando sabemos que el Ejecutivo, en un veto a la ley de revalorización de las pensiones del sector privado, ha incluido una observación que establece esta misma disposición. Y lo hacemos, señor Presidente, porque el proyecto satisface una grande y antigua aspiración de los jubilados del sector privado.
Además, como muy bien decía el señor Palestro el artículo 2º va a permitir a los ex artistas que no se acogieron oportunamente a los beneficios de la jubilación en la Caja de Empleados Particulares, que lo puedan hacer ahora; y esto corresponde a una iniciativa de los Diputados democratacristianos, en la Comisión.
Eso es todo, Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación general el proyecto.
Si le parece a los señores Diputados, y no se pide votación ni se manifiesta oposición, se aprobará en general el proyecto.
Aprobado.
Como no ha sido objeto de indicaciones, queda, por consiguiente, reglamentariamente aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
15.-VALIDACION DE TITULOS OTORGADOS POR LA ESCUELA DE MAQUINISTAS DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO. OFICIO.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Corresponde preocuparse, a continuación, del proyecto contenido en el boletín Nº 238(69)2, originado en una moción que establece que el Instituto Técnico Ferroviario validará los títulos otorgados por la Escuela de Maquinistas.
El proyecto, impreso en el boletín Nº 238(69)2, es el siguiente:
"Artículo tínico.La Escuela de Maquinistas, dependiente de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, deberá ser anexada al Instituto Técnico Ferroviario.
Los títulos de Inspector de Tracción, Maquinista de Primera Categoría, Maquinista de Segunda Categoría, Maquinista de Tercera Categoría, Ayudante de Primera Categoría; Ayudante de Segunda Categoría y Ayudante de Tercera Categoría que otorga la Escuela de.Maquinistas serán válidos.".
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
En discusión general el proyecto.
Cada Comité dispondrá de hasta cinco minutos para referirse a él.
Ofrezco la palabra.
El señor AGUILERA.-
Pido la palabra.
El señor GUERRA.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
El señor Aguilera, don Luis, puede hacer uso de ella. A continuación, el señor Guerra.
El señor AGUILERA.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas vamos a concurrir con nuestros votos favorables a esta iniciativa, en atención a que estos personales de los Ferrocarriles del Estado se están educando profesionalmente en la misma Empresa, por intermedio del Instituto Técnico Ferroviario.
Este Instituto, señor Presidente, está funcionando desde el siglo pasado y específicamente, desde el año 1890; está entregando profesionales a la Empresa e incluso se ha llegado a un perfeccionamiento tal que, para poder ingresar a este plantel, se exige al postulante, por lo menos, haber obtenido licenciatura en humanidades y, aparte de eso, se somete permanentemente a los alumnos de este Instituto a exámenes sobre frenos de aire, sobre máquinas, antes de ser titulados.
La Comisión de obras Públicas y Transportes, indudablemente tomó en cuenta que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado como se expresa en la exposición de motivoscreó la Escuela de Maquinistas con el propósito de dotar al personal de los conocimientos técnicos necesarios para el buen manejo de las locomotoras, especialmente, de aquéllas que han llegado del extranjero.
Junto con obtener el perfeccionamiento técnico del personal, se asegura la vida misma de los pasajeros que se transportan por la Empresa.
En atención a que estos ciudadanos que estudian en esta escuela están recibiendo los conocimientos técnicos adecuados a la función que desempeñan, son merecedores del tratamiento especial que les da este proyecto, por lo cual el artículo único de él dispone que la Escuela de Maquinistas, dependiente de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, deberá ser anexada al Instituto Técnico Ferroviario y los títulos de Inspectores de Tracción, Maquinistas de Primera, Segunda o Tercera Categorías, y de Ayudantes de las mismas tres categorías, otorgados en la Escuela de Maquinistas serán válidos.
Por esta razón, señor Presidente, y en ese afán de que estos ciudadanos sean estimulados, los Diputados socialistas vamos a contribuir con nuestra votación favorable para que se les entreguen los títulos correspondientes. Y ojalá que la Cámara haga una recomendación a la Dirección General de Ferrocarriles en el sentido de que no ponga obstáculos en la carrera de estos especialistas; porque permanentemente se despachan leyes por las cuales se entregan algunos títulos a ciertos operarios, y la Empresa posteriormente niega reconocimiento a esos títulos.
En esta ocasión, ojalá quede establecido en la historia de la ley que el propósito del Parlamento es el de entregar el cartón profesional que esta gente está esperando.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¿Terminó Su Señoría?
El señor AGUILERA.-
Sí, señor Presidente.
El señor MOSQUERA.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Se hallan inscritos los señores Guerra, don Bernardino, y Fuentes, don Samuel; a continuación, el señor Mosquera y luego el señor Cantero.
Señor Guerra, puede usar de la palabra Su Señoría.
El señor GUERRA.-
Señor Presidente, varios Diputados hemos patrocinado este proyecto de ley que tiende, precisamente, al otorgamiento de título profesional al personal que trabaja en la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, especialmente en el Departamento de Tracción, y preferentemente a maquinistas, fogoneros y hasta a ayudantes. Se establece, al mismo tiempo, que la Escuela de Maquinistas deberá ser anexada al Instituto Técnico Ferroviario, porque las funciones de los maquinistas son complejas y necesitan de estudios técnicos especializados, debido a que deben tener conocimientos amplios de mecánica y de su especialidad, frenos de aire.
Por otra parte, tienen que especializarse también en señalización, que le permita precisamente ejercer adecuadamente una de las principales funciones de un maquinista, el cual tiene la grave responsabilidad del traslado de gente y de carga, especialmente carga noble.
De ahí, señor Presidente que los parlamentarios del Partido Nacional hayamos visto con simpatía este proyecto y, por tal motivo, lo vamos a apoyar con nuestros votos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Don Samuel Fuentes puede usar de la palabra, en seguida.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señor Presidente, los Diputados radicales vamos a dar nuestra aprobación a este proyecto que nosotros también apoyamos, en compañía de los colegas de todas las corrientes políticas de la Cámara de Diputados.
Esta iniciativa legal tiende á establecer que el Instituto Técnico Ferroviario declare válidos los títulos otorgados por la Escuela de Maquinistas, dependiente de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado.
La Escuela de Maquinistas fue creada por la Empresa de los Ferrocarriles a fines del siglo pasado, y ha proporcionado todo el personal técnico que labora dentro del Servicio de Tracción en los Ferrocarriles del Estado.
Ni la llegada de las máquinas más modernas ha sido inconveniente para que este personal, con su capacidad técnica, pueda destinar el producto de su trabajo al manejo de las máquinas eléctricas, las máquinas diesel, las locomotoras a vapor, los automotores u otro tipo de elementos rodantes para la movilización.
De ahí que se justifique plenamente que esta Escuela de Maquinistas, como lo establece el artículo único del proyecto, sea anexado al Instituto Técnico Ferroviario, establecimiento donde se titulan otros funcionarios de los Ferrocarriles que tienen relación con el servicio eléctrico, de vías y obras y otros, de la Empresa de los Ferrocarriles.
Asimismo, creemos que con este proyecto se interpreta y se satisface un anhelo de esta poderosa institución ferroviaria que obedece al nombre de Federación "Santiago Watt", cuyo Presidente, señor Fernando Navarro, fue oído en la respectiva Comisión y los antecedentes proporcionados por él sirvieron de base para que ésta aprobara por unanimidad este proyecto.
Me ha pedido una interrupción el colega Diputado señor Barahona.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Con la venia del señor Fuentes, puede hacer uso de la interrupción Su Señoría, dentro del tiempo correspondiente a su Comité.
El señor TUDELA.-
Pido la palabra.
El señor BARAHONA.-
Señor Presidente, sólo quiero agregar algunas palabras para insistir en la proposición que hizo el DiputadoAguilera, en el sentido de que, junto con apoyar la aprobación de este proyecto y reconocer la responsabilidad efectiva que tiene actualmente el personal especializado de la Federación "Santiago Watt", se recomendara también a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, estudiar, a través de una modificación del decreto con fuerza de ley Nº 94, el reconocimiento de los títulos del personal en referencia, porque varias leyes han otorgado al personal ferroviario títulos y la calidad de empleados y de técnicos, que la Empresa después desconoce, porque el articulado de este decreto con fuerza de ley Nº 94 le impide asumir esta responsabilidad, y que el Director General de la Empresa comúnmente se escuda en este decreto, sin considerar lo que la Cámara haya aprobado.
De más está decir que la bancada radical dará su voto favorable para este proyecto; pero insisto en que se debería sugerir al Director General de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado el estudio de una modificación del D.F.L. 94, que sería la única manera como efectivamente el personal ferroviario en su totalidad y, en este caso especial, los miembros de la Federación "Santiago Watt" tuviera el reconocimiento de sus títulos.
Pido que, en nombre del Partido Radical, se oficie al Director General de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, para darle a conocer las sugerencias que he formulado.
El señor KLEIN.-
A nombre de la Cámara.
Un señor DIPUTADO.-
A nombre de la Cámara, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Si le parece a la Cámara, se enviará el oficio al señor Ministro de Obras Públicas, a nombre de la Cámara, transcribiéndole las observaciones del señor Diputado.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Puede continuar el señor Fuentes.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Concedo una interrupción al señor Ríos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Le queda un minuto.
El señor RIOS (don Héctor).
Deseo referirme al mismo asunto, porque en la Comisión de Obras Públicas se trató esta materia de la anexión de la Escuela de Maquinistas al Instituto Técnico Ferroviario. Se hizo ver primero que el personal debería estudiar en el Instituto Técnico, pero dada la situación de los obreros de la rama de maquinistas y, en general de todos los ferroviarios, que trataban de superarse, entonces estuvimos de acuerdo en que esta Escuela de Maquinistas quedara anexada al Instituto Técnico.
En consecuencia, estoy de acuerdo con los colegas radicales y de nuestro Comité en aprobar en general el proyecto.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Ha concluido el tiempo del Comité Radical.
Se hallan inscritos, a continuación, los señores Mosquera y Cantero.
El señor MOSQUERA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MOSQUERA.-
Señor Presidente, los democratacristianos, en la Comisión de Obras Públicas, nos abstuvimos de votar favorablemente este proyecto, no porque estemos en desacuerdo con él, en el fondo, sino porque éramos partidarios de escuchar al Director del Instituto Técnico Ferroviario, como una manera de saber cuál es la razón por la cual, a pesar de que se hacen los mismos estudios en la Escuela de Maquinistas, existiera diferencia entre sus egresados y los de ese Instituto, al cual los trabajadores aspiran que sea anexada la Escuela de Maquinistas.
Pero, como una manera de que se haga justicia y no teniendo por el momento, a mano los antecedentes del caso, los Diputados democratacristianos vamos a votar favorablemente este proyecto.
Nada más.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Puede usar de la palabra el señor Cantero.
El señor CANTERO.-
Señor Presidente, los Diputados comunistas solicitamos, y afortundamente lo obtuvimos, que este proyecto fuera incluido en la Tabla para ser despachado en la sesión de hoy.
Este proyecto interesa extraordinariamente al personal ferroviario agrupado en la importante organización que es la Santiago Watt. Ellos son los autores de este proyecto. Lo han estudiado y lo han redactado; luego, ha sido patrocinado por varios parlamentarios de los más distintos partidos.
Junto con felicitar a la Federación Santiago Watt, a sus dirigentes por la preocupación. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Señor Cantero! Señor Mosquera, ruego respetar el derecho del orador.
El señor CANTERO.-
Que retire la expresión. . .
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Será retirada de la versión, señor Diputado.
Puede continuar, señor Cantero.
El señor CANTERO.-
Veo que al señor Mosquera le molesta que felicitemos a la Federación Santiago Watt; esa es la causa de que me califique como lo ha hecho. Pero las cosas son así, y nosotros nos alegramos mucho de que la Cámara acoja este proyecto, que es de estricto justicia que, como ya lo han señalado varios señores Diputados, autoriza para validar los títulos entregados por la Escuela de Maquinistas. Además, legisla hacia el futuro para que no se vuelvan a cometer discriminaciones con el personal ferroviario que ha estudiado, estudia o estudiará en la Escuela de Maquinistas, situación que se corregirá anexando ésta al Instituto Técnico Ferroviario.
La exposición que acompaña a este proyecto deja perfectamente en claro su justicia, porque hasta ahora la falta de validez del título que entrega la Escuela de Maquinistas ha perjudicado y perjudica a ese esforzado personal, porque al no tenerlo no puede invocarlo para pasar a ocupar un cargo en otro escalafón de la misma empresa.
Se trata de reconocer y estimular los esfuerzos de los trabajadores ferrovia
rios que han ingresado a la empresa y que han ido, gracias a su esfuerzo, a su capacidad, a su dedicación, ascendiendo, poco a poco, hasta llegar a ocupar cargos de gran responsabilidad en la empresa, como es el hecho de conducir una máquina de los ferrocarriles del Estado. Pero esto no lo han conseguido sólo por su antigüedad y responsabilidad, sino también porque, como lo establece la exposición del proyecto, han debido someterse a diversos cursos. Así, se señala que han tenido que perfeccionar sus conocimientos, porque la técnica ferroviaria cada día va avanzando y mejorando; y los maquinistas tienen que estudiarla, asimilarla, para estar en condiciones de conducir las locomotoras importadas que de distintos países llegan al nuestro.
Los Diputados comunistas vamos a apoyar este proyecto, y nos felicitamos de que la Cámara lo acoja, porque va a reparar una injusticia que se ha cometido hasta hoy con los esforzados trabajadores ferroviarios.
¡Por último, me sumo a la petición de que la Dirección de la Empresa de los Ferrocarriles no ponga obstáculos a este proyecto!,. . .
El señor MOSQUERA.-
No se enoje.
El señor CANTERO.-
¡ ... que se lleve adelante y que pueda realmente convertirse en ley para facilitar mañana su aplicación!
Nada más.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Sepúlveda dentro del tiempo del Comité Demócrata Cristiano. Quedan tres minutos al Comité de Su Señoría.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, solamente para decir que la justificación dada al proyecto por los diversos señores Diputados que han hecho uso de la palabra, en especial del señor Cantero, da la impresión de que aquí hubiera dirigentes de la Santiago Watt, porque corresponde a una realidad que no es posible eludir.
En nombre de los Diputados democratacristianos y completando las expresiones del colega señor Mosquera, quiero hacer presente que esta aspiración es tan vieja quizás como la propia Escuela de Maquinistas, que data del siglo pasado.
Parece que son razones de orden económico las que, en definitiva, han estado entorpeciendo el proyecto, porque, sin duda el validar los títulos de inspectores de tracción y otros que figuran en el proyecto, van a producir un impacto económico, que tal vez la empresa no esté preparada en este mismo momento para absorberlo, pero que de alguna manera deberá ser solucionado, porque este personal, como lo decían los señores Diputados, es un personal sumamente especializado, que requiere de estímulo para seguir progresando en su técnica y en su carrera.
Por estas razones, los parlamentarios democratacristianos vamos a aprobar favorablemente este proyecto.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación general el proyecto.
Si les parece a los señores Diputados, y no se pide votación ni se manifiesta oposición, se aprobará en general.
Aprobado.
Hay una indicación que va a leer el señor Secretario.
El señor MENA (Secretario).-
Indicación de los señores Acuña, Koenig, Klein, Sabat, Amunátegui, Olave y Pareto, para agregar un artículo nuevo que diga: "Se establece que el personal que en la Empresa de Ferrocarriles del Estado desempeña la función de Inspector de Vía, declarada función técnica, pasará a formar parte del Colegio de Técnicos de Chile en la especialidad de Inspector de Vías".
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Si les parece a los señores Diputados, se aprobaría esta indicación.
¿Habría acuerdo?
Aprobada.
Quedaría también aprobado el artículo único.
¿Habría acuerdo?
Aprobado.
Terminada la discusión del proyecto.
16.-CONDONACION DE DEUDAS A BENEFICIARIOS DE OBRAS DE RIEGO
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Corresponde preocuparse ahora del proyecto que condona las sumas adeudadas a la Dirección de Riego del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, por las obras de regadío mecánico efectuadas en beneficio de los predios agrícolas del Valle de Rape!.
El proyecto figura impreso en el boletín Nº 14763, de la Comisión de Hacienda.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
En su discusión los Comités dispondrán de hasta cinco minutos para referirse a él.
Se suspende la sesión por dos minutos mientras se reparte el boletín.
Se suspendió la sesión a las 19 horas 39 minutos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Se reanuda la sesión.
La Mesa debe hacer una aclaración. La Comisión de Hacienda reprodujo el artículo único de la Comisión técnica como artículo lº, pero introdujo dos artículos nuevos; por consiguiente, es preciso despachar este proyecto de acuerdo con el boletín Nº 147693, de la Comisión de Hacienda.
El señor DEL FIERRO.-
Boletín Nº 147692.
El señor LAVANDERO.-
Boletín Nº 147692, de la Comisión de Obras Públicas y Transportes.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Perdonen, señores Diputados, debemos despachar el boletín Nº 147693, que se está repartiendo.
Se suspende la sesión por un minuto.
Se suspendió la sesión a las 19 horas 42 minutos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Se reanuda la sesión.
Ofrezco la palabra a los diversos Comités hasta por cinco minutos.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación general el proyecto.
Si les parece a los señores Diputados, y no se pide votación ni se manifiesta oposición, se aprobará en general.
Aprobado.
Si les parece a los señores Diputados, se aprobará el informe de la Comisión de Hacienda, que consta de tres artículos.
¿Habría acuerdo?
El señor MOSQUERA.-
Que se lean.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¡Bien! El señor Secretario les va a dar lectura.
El señor MENA (Secretario).-
El artículo lº, que es igual al artículo único de la Comisión técnica, dice: "Condónanse todas las sumas señaladas en el decreto supremo Nº 94 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de 20 de enero de 1967, más los intereses y multas que se adeudan por las personas y comunidades allí mencionadas respecto de las obra? de regadío mecánico ejecutadas en beneficio de los pequeños predios agrícolas del Valle Rapel, de la comuna de Navidad.
"Artículo 2ºAsimismo, condónanse las deudas pendientes de las obras del canal Quillón, provincia de Ñuble, determinadas en el decreto Nº 725, del 24 de marzo de 1965, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y cuyo monto, incluyendo intereses y multas, a la fecha de la publicación de esta ley en el Diario Oficial, no sea superior a medio sueldo vital anual, escala A), del departamento de Santiago.
"Condónanse también, los intereses y multas originados por el incumplimiento del pago de las cuotas de estas obras, de las deudas superiores a medio sueldo vital anual, escala A), del departamento de Santiago, a la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial.
"El servicio de las deudas señaladas en el inciso anterior comenzará 60 días después de la publicación de esta ley y se hará en las mismas condiciones y modalidades establecidas en el citado decreto Nº 725.
"Artículo 3ºAutorízase a la Corporación de Fomento de la Producción para condonar los intereses devengados a la fecha de publicación de la presente ley, del préstamo otorgado a la Asociación de Canalista de Chincolco para la construcción de un embalse".
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Si les parece a los señores Diputados, se aprobará el informe que nos entrega la Comisión de Hacienda, que consta de tres artículos.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Terminada la discusión del proyecto.
17.-NORMAS SOBRE COBRO DE DERECHOS DE PAVIMENTACION
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
La Corporación se preocupará, a continuación, del proyecto contenido en los boletines 77692 y 77693, uno de la Comisión de Gobierno Interior y otro de la de Hacienda.
Es el proyecto que establece que los cobros de pavimentación por obras contratadas antes del 8 de febrero de 1968 deberán hacerse de conformidad a las disposiciones legales vigentes hasta esa fecha.
El proyecto, impreso en el boletín Nº 77692, es el siguiente:
"Artículo único.Los cobros de derecho de pavimentación y soleras por las obras que se hayan contratado antes del 8 de febrero de 1968 se formularán o reformularán de acuerdo con las disposiciones legales vigentes hasta esa fecha.
En el caso de los sitios eriazos el cobro se hará de acuerdo con el valor promedio del pago que resulte para cada metro lineal de frente en la calle donde se encuentren ubicados."
La Comisión de Hacienda, en su informe impreso en el boletín Nº 77693, propone agregar el siguiente artículo nuevo:
"Artículo 2ºIntrodúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 16.536:
a) Agrégase al artículo 4º el siguiente inciso:
"La Comisión gozará de iguales exenciones tributarias y aduaneras que las que las leyes otorgan a las Municipalidades del país.".
b) Agrégase al artículo 12, a continuación de su inciso primero, el siguiente nuevo:
"Las deudas a que se refiere el inciso anterior se reajustarán anualmente conforme a la variación del índice de salarios y sueldos determinado por la Dirección de Estadística y Censos para la provincia de Valparaíso. También se reajustará cada año el monto de las cuotas trimestrales, de manera que el servicio de la deuda reajustable se efectúe dentro del plazo fijado para el crédito originario.".
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Cada Comité dispondrá de hasta cinco minutos para referirse a este proyecto.
El señor JARAMILLO.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
El señor Jaramillo, don Alberto, puede hacer uso de ella.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, las actuales disposiciones de la ley Nº 16.742, especialmente sus artículos 29 y 30, son un grave obstáculo para que los pobladores puedan cumplir con los pagos de pavimentación. En la práctica, las personas que viven en sectores muy modestos, como es el caso de mi provincia en el barrio Ultra Estación, no pueden cumplir con los dividendos exigidos, por el alto costo que les significa dicha cuota y por la exigua facilidad de plazo. Igualmente, el concepto de reajustabilidad, implícito en esta ley, específicamente en sus artículos 25 y 29, no es un criterio justo.
Yo he hecho indicación en el sentido de que no solamente sean favorecidos con los beneficios de este proyecto de ley los pobladores que tuvieran cuentas de pavimentación hasta el 8 de febrero de 1968, sino también los pobladores que tienen cuentas posteriores a esta fecha. Por eso es que yo solicitaría, señor Presidente, que fuera aprobada la indicación, que no significa en ningún caso condonación de intereses, de multas, ni de pagos, sino simplemente una ampliación del plazo, y que, vuelvo a repetir, favorecería también a todos los pobladores que tienen cuentas de pavimentación posteriores al 8 de febrero de 1968 y que son, por lo menos en mi provincia, los más.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡Muy bien!
El señor JARAMILLO.-
Por eso agradecería que se leyera la indicación y que fuera aprobada.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
En el momento oportuno, señor Diputado.
Ofrezco la palabra.
El señor PALESTRO.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
El señor Palestro puede hacer uso de ella.
El señor PALESTRO.-
Los Diputados socilistas también vamos a estar de acuerdo con este proyecto, porque efectivamente en la actualidad los vecinos a quienes se les pavimentan sus calles o las veredas tienen que hacer un fuerte desembolso al contado.
Antiguamente era mucho más factible el pago de estos cobros de la Dirección de Pavimentación, porque se hacía el 50% al contado, el 30% a diez años y el resto en una plazo mucho más largo, lo que permitía perfectamente al vecino aunque fuera muy modesto, cubrir esta obra de gran progreso que es la pavimentación.
De ahí que nosotros, los socialistas, creemos que este proyecto viene a solucionar el problema creado a estos vecinos. Naturalmente, estamos de acuerdo y le vamos a dar nuestra aprobación.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
El señor César Raúl Fuentes puede hacer uso de ella.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
Señor Presidente, muy brevemente, dada la limitación del tiempo, para expresar solamente una idea.
La verdad es que este proyecto es absolutamente justo, ya que toma en consideración lo dice el informe, pero lo hago notar porque es muy importante para la votaciónla situación económica del deudor, que es el dueño de casa que ha tenido el beneficio de la pavimentación al lado, ya sea en la solera, ya sea en la calle. Por esta calle transita todo el mundo y por la vereda igual. De manera que es absolutamente justo el criterio de la ley antigua el deudor no está amparado en los mismos términos en la ley actual, ya que le permite, a través de la situación económica, que se ve por el avalúo fiscal de la propiedad que habita, bajar el valor excesivo de las cuentas de pavimentación hasta el valor del avalúo fiscal de esa propiedad. Esto parece absolutamente justo: es decir, hacer una vinculación, una relación, entre la propiedad que habita el beneficiario, el deudor, entre el avalúo fiscal y
el valor de la cuenta de pavimentación respectiva. Por eso se le autoriza para bajar también hasta el avalúo fiscal el exceso por el cobro de pavimentación.
Por eso estoy perfectamente de acuerdo con la indicación del colega Jaramillo.
Me ha pedido una interrupción el señor Tudela.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Con la venia del señor Fuentes, el señor Tudela puede hacer uso de una interrupción.
El señor TUDELA.-
Señor Presidente, es para manifestar la conformidad...
El señor KLEIN.-
¡No se oye!
El señor TUDELA.-
Muy breve, para expresar también la conformidad de los Diputados democratacristianos para aprobar esta iniciativa, que tiende a dar justicia a muchos sectores modestos de nuestra población.
En nuestra provincia hemos tenido habitualmente muchos reclamos de parte de mucha gente pobre en el sentido de que se le hace extraordinariamente difícil pagar las cuentas de pavimentación. Su monto es tan elevado, que muchas veces se ven obligados a permanecer mucho tiempo morosos.
En la Comisión de Gobierno interior, además, se le agregó la palabra "soleras". Nosotros lo estimamos de estricta justicia, porque significa una ampliación de los beneficios a estos sectores modestos.
Por eso, señor Presidente, nosotros acordamos, en la Comisión de Gobierno Interior, darle prioridad a este proyecto, y me alegro mucho de que la Comisión de Hacienda haya estimado lo mismo que nosotros.
Por eso, vamos a aprobar este proyecto, porque, en realidad, tal como lo dijimos beneficia a sectores muy modestos de poblaciones de todo Chile.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¿Me perdona señor Diputado? Han terminado los cinco minutos del Comité Demócrata Cristiano.
El señor ACUÑA.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
El señor Acuña puede hacer uso de ella.
El señor ACUÑA.-
Señor Presidente, para anunciar los votos favorables del Partido Nacional, porque consideramos de toda justicia este proyecto.
Nada más.
El señor INSUNZA.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
El señor Insunza puede hacer uso de ella.
El señor INSUNZA.-
Señor Presidente, quiero expresar, muy brevemente, el acuerdo por cierto, de los parlamentarios comunistas por este proyecto, que ha encontrado la unanimidad tanto de la Comisión de Gobierno Interior como de la de Hacienda, que fue presentado por mí a comienzos de este período, y, al mismo tiempo, expresar no quiero abundar en razones, puesto que cada uno de los que ha hablado ya las ha detallado suficientementeexpresar, digo, nuestro acuerdo con la indicación a que ha hecho mención el DiputadoJaramillo.
Quiero expresar, para los efectos del conocimiento de la Sala, que en la Comisión de Gobierno Interior hubo también criterio unánime para aceptar el establecimiento de las normas de la ley Nº 8.946 como normas permanentes, en la forma en que lo propone el señor Jaramillo. Estimamos que, para los efectos de la rapidez del proyecto esto era por cierto, a comienzos del período, era útil despachar dos proyectos separados; pero, naturalmente, ya al final de a legislatura, como estamos, nosotros vamos a respaldar la iniciativa del señor Jaramillo, que corresponde íntegramente a nuestra opinión. Estoy seguro de que con eso también reflejamos e interpretamos el sentir de las Comisiones que lo han discutido y, creo, también el criterio de la Cámara.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación general el proyecto.
La Mesa advierte que hay unanimidad para aceptar el proyecto.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Aprobado en general el proyecto.
Este proyecto constaba de un artículo único; la Comisión de Hacienda ha agregado un artículo 2º. Respecto al artículo 1°, se ha presentado una indicación a que ha hecho referencia el señor Jaramillo. El señor Secretario le va a dar lectura.
El señor MENA (Secretario).-
La indicación dice como sigue: Para intercalar en el artículo 1º, entre las expresiones "antes" y "del 8 dé febrero de 1968", lo siguiente: "y después".
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señor Diputado, la Mesa se permite insinuar a Su Señoría que tuviera la bondad de aceptar una pequeña modificación de redacción en esta indicación. Que dijera: "con anterioridad al 8 de febrero de 1968 y hasta la fecha de la presente ley". Porque, si dice "y después", quedaría en términos tan genéricos, que sería imposible acreditar hasta cuándo...
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, . . .
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Si le parece a la Cámara le daremos la palabra al señor Jaramillo para que aclare el sentido.
Con la venia de la Sala, puede hacer uso de ella.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, me gustaría que esto lo aclarara el Presidente de la Comisión de Hacienda. Porque en esa forma presenté yo la indicación en la Comisión de Hacienda, pero fue discutida y me parece que la conclusión final fue que esa redacción iría contra lo fundamental del proyecto. Así que a mí me gustaría que, si hubiera unanimidad, se pidiera el asentimiento de la Sala para que don Eduardo Cerda explicara esta situación. Porque creemos que, en la forma en que está presentada la indicación, es lo más conveniente, lo más adecuada y lo que, en definitiva, favorece...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Pero quedaría en los términos confusos que la Mesa advierte.
El señor JARAMILLO.-
Pido la unanimidad de la Sala.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¿Habría acuerdo para que el señor Presidente de la Comisión de Hacienda pudiera aclarar este punto?
Acordado.
Tiene la palabra el señor Cerda.
El señor CERDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, en realidad, lo que sucedió no es que la redacción que se presentó en la Comisión de Hacienda pudiera dar como resultado lo que ha planteado el señor Jaramillo, sino que, por la forma en que fue hecha, para colocar la palabra "después" los términos, de memoria, no los recuerdo bien, pero sería para el primer inciso, dejaba completamente nulo lo que se deseaba con el proyecto.
En la Comisión de Hacienda en ningún momento ha habido dificultades para que esta norma sea permanente. Pero en ese caso sería necesaria una modificación de la ley actualmente vigente en el sentido de que quedara esta excepción. Porque la ley actualmente vigente se dictó como base para evitar lo que ocurría con muchas personas que tenían sitios grandes: que comenzaban a esperar que les pavimentaran los alrededores de estos sitios, se acogían a la ley, pagaban sólo el 15% y después loteaban a precios muy altos. Entonces, con la indicación y con el proyecto que presentó el señor Insunza se aclaró que era sólo para aquellos propietarios que tuvieran una situación más modesta.
Por lo tanto, señor Presidente, no habría ningún inconveniente, y así se manifestó en la Comisión de Hacienda, para que esto fuera permanente. Lo único que, en esa circunstancia, tendría que tener la otra redacción, que en este momento es prácticamente imposible presentar.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señores Diputados, evidentemente, no es papel ni ánimo de la Mesa entrar a polemizar en este punto; pero sí es su obligación advertir que, en los términos de la redacción propuesta, el artículo 1º queda absolutamente incomprensible. Porque se dice "antes del 8 de febrero y después". Lo lógico es derogar la ley vigente, pero no poner "después" solamente. Realmente, no se sabe a qué término se llega. Y va a suceder que en el Senado van a tener que corregir esto.
El señor RUIZESQUIDE (don Rufo).-
Que vuelva a Comisión.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡No!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Por eso es que la Mesa se permitía. . .
El señor MILLAS.-
Se podría facultar a la Mesa para redactar, estableciendo que es la legislación vigente hasta el 8 de febrero de 1968 la que se restablece en su vigencia.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¿Se restablece su vigencia? La legislación vigente hasta el 8 de febrero de 1968. Habría que ir por ese lado.
El señor CERDA (don Eduardo).-
- . Que no quede el aspecto amplio, sino precisamente para los propietarios de viviendas, de casas de un valor determinado.
El señor JARAMILLO.-
La indicación. . .
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Creo que ha quedado debidamente aclarado el espíritu de la indicación y, parece, el sentir mayoritario de la Sala.
Si les parece a los señores Diputados se facultaría a la Mesa para redactarla en los términos que aquí se han manifestado.
Acordado.
Aprobaríamos, entonces, el artículo único con la indicación en los términos ya indicados.
Aprobado.
Correspondería votar el artículo 2º que la Comisión de Hacienda propone agregar a este mismo proyecto.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado este artículo 2º.
No se manifiesta oposición.
Aprobado.
Terminada la discusión del proyecto.
18.-REMUNERACION MINIMA, JORNADA DE TRABAJO Y PREVISION DE LOS CHOFERES DE LA LOCOMOCION COLECTIVA PARTICULAR
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Corresponde tratar ahora el proyecto en primer trámite constitucional, que establece una remuneración mínima y una jornada de trabajo para los choferes de la movilización colectiva particular.
El proyecto, impreso en el boletín Nº 90692, es el siguiente:
"Artículo 1ºEl sueldo mínimo de los choferes de vehículos motorizados de la locomoción colectiva urbana, suburbana, rural e intercomunal, pertenecientes a personas naturales o jurídicas privadas será de dos sueldos vitales, escala a) del departamento de Santiago.
Artículo 2ºLa jornada máxima del personal de choferes de la movilización colectiva no podrá exceder por razón alguna del máximo de 8 horas por día y 48 semanales que contempla el Código del Trabajo. En consecuencia, queda prohibido todo sistema de horas o jornadas extraordinarias.
Artículo 3ºCréase el Fondo General de Previsión de los choferes de la locomoción colectiva particular, que será administrado por la Caja de Previsión de Empleados Particulares. Con este objeto, el Banco del Estado de Chile cobrará una sobretasa equivalente a un porcentaje de un sueldo vital mensual, escala a) del departamento de Santiago por cada mil boletos que venda a los empresarios de la movilización colectiva particular. Los ingresos recaudados por la aplicación de la sobretasa serán puestos mensualmente, por el Banco del Estado, a disposición de la Caja de Previsión de Empleados Particulares.
Este porcentaje será fijado y ajustado semestralmente por la Superintendencia de Seguridad Social, previo informe de la Caja de Empleados Particulares.
Artículo 4ºLos empleadores, en los primeros diez días de cada mes, entregarán en la correspondiente oficina de la Caja de Previsión de Empleados Particulares una planilla que deberá especificar los días efectivamente trabajados por el chofer, la renta efectivamente ganada y el sindicato a que pertenece.
La Caja de Empleados Particulares deberá entregar copia de la planilla proporcionada por el empleador al respectivo sindicato de choferes.
La no presentación de las planillas, de acuerdo a lo dispuesto en este artículo, hará acreedores a los empresarios a las mismas sanciones penales que contemplan las disposiciones legales vigentes por el no pago oportuno de imposiciones.
Artículo 5ºLas sumas que los empleadores hayan pagado por concepto de imposiciones de sus choferes en la parte que corresponda al empleado, a través de la sobretasa sobre el valor de boletos, deberán compensarse con las cantidades que corresponda a la imposición del empleado al momento de la liquidación de la remuneración mensual.
Artículo 6ºLa Caja de Empleados Particulares deberá calcular los valores
que representan las imposiciones, en la parte que corresponda al empresario y en la del chofer, de acuerdo a los días efectivamente trabajados, según los datos contenidos en la planilla a que se refiere el artículo 4º e imputarlos al fondo señalado en el artículo 3º.
Artículo 7°Los empresarios o empleadores que, en las planillas a que se refiere el artículo 49, proporcionen antecedentes o incurran en vicios destinados a beneficiar con imposiciones previsionales a personas que efectivamente no hubieren trabajado los días que se indican, deberá cancelar una multa equivalente al doble de las imposiciones de que se trate y restituir las sumas correspondientes a éstas. En caso de reincidencia, el infractor será sancionado con una multa que no podrá ser inferior a 10 ni superior a 15 sueldos vitales mensuales, escala a) del departamento de Santiago. El producto de las multas irá a incrementar el Fondo que se establece en el artículo 3º.
Artículo 8ºLos excedentes que se produzcan en el Fondo, una vez cubiertas las planillas previsionales, serán destinados a: 1) préstamos a los imponentes choferes para los efectos de enterar las imposiciones correspondientes a períodos de desafiliación, en las condiciones generales en que la Caja realiza este tipo de operaciones; y 2) incrementar el Fondo de Jubilaciones de la Caja.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Cada Comité dispondrá de hasta cinco minutos para referirse a este proyecto.
El señor CABELLO.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Cabello.
El señor CABELLO.-
Señor Presidente, los Diputados radicales vamos a dar nuestros votos favorables a este proyecto, porque creemos que cautela en gran parte la previsión, el salario mínimo y las condiciones que deben dárseles a los choferes de la locomoción colectiva particular.
Es indiscutibe que para este gremio, que trabaja generalmente hasta 16 horas diarias, el reducirle el horario de trabajo es una de las formas de llevarle tranquilidad y mejores condiciones de vida. Decimos esto porque los choferes, al trabajar permanentemente con público, ya sea cobrando el pasaje, manejando su vehículo, preocupado del tránsito, está sufriendo un "stress" que lo lleva, en muchísimos casos, a la neurosis.
Ya en otra oportunidad, en el período pasado, con el colega Ibáñez presentamos un proyecto donde proponíamos que a los veinte años de trabajo ininterrumpido los choferes de la locomoción colectiva, así como los choferes de camiones, tuvieran su justa jubilación.
Comprendemos su situación, porque hemos conocido a muchos choferes que han llegado a estos estados que son incompatibles, posteriormente, con el trabajo útil de la persona. Por eso consideramos conveniente asegurar dos vitales mensuales para un chofer, porque así se le libera de ejecutar 16 horas de trabajo para tener este mismo salario. Además, en este proyecto se cautela algo que es importante: se obliga a los empresarios a que les tengan la previsión al día, cosa que no sucede dentro de este gremio, ya que cada chofer tiene que pactar con su empresario para que éste, a su vez, le mantenga las imposiciones, lo que no ocurre corrientemente.
De ahí, entonces, que dentro de las normas que acordó la última Convención del Partido Radical, nosotros hubiéramos querido ir más lejos, incluso, y permitir porque así lo estimamos, que todos los empleados particulares tengan la posibilidad de sindicarse sin que exista la presión de los empresarios para impedirlo, hecho que los lleva, entonces, a no tener dentro de la previsión los años que a ellos les corresponde. De ahí que uno de los pasos que más adelante debiéramos dar es pedir que la sindicación sea aceptada constitucionalmente o bien aprobar un proyecto del ex Diputado señor Atala, el cual daba la posibilidad de que todos los empleados particulares pudieran sindicarse cuando ellos lo desearan.
Nosotros daremos nuestros votos favorables a este salario mínimo y a este horario de trabajo, porque así creemos que la locomoción colectiva particular, tanto en Santiago como en las provincias, va a mejorar desde el punto de vista de la atención que estos choferes van a poder darle.
Señor Presidente, nuestros votos, entonces, serán favorables a este proyecto.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¿Terminó Su Señoría?
El señor Tavolari puede usar de la palabra; a continuación, el señor Mosquera.
El señor TAVOLARI.-
Señor Presidente, los Diputados de estos bancos también le vamos a dar nuestra aprobación a este proyecto, por considerar que después de mucho tiempo se le hace justicia a un gremio que había estado tremendamente pospuesto. Y no deja de escribirse una página de dignidad en el Congreso en esa oportunidad, porque es vox populi que esta gente empresarial constituye grupos que indudablemente gravitan con sus influencias y manejan grandes cajas que, en un momento dado, hacen jugar a benelficio de sus intereses y en desmedro, muchas veces, de aquellos que actuamos en la cosa pública, y quedamos en tela de juicio respecto a nuestras decisiones o indecisiones porque no se había legislado a favor de un gremio que era expoliado por estos empresarios. Ahora se le hace justicia.
Por otra parte, hay una cosa muy importante que sería injusto no decir esta tarde. En ciudades como Valparaíso, que tiene una topografía endemoniada, se ha llegado a comprobar que la mayoría de los accidentes de tránsito de la movilización colectiva se debe a que hay choferes que trabajan 16 a 18 horas diarias, gente completamente agotada, cuya atención sin duda no puede responder en una forma clara al tener que estar vendiendo boletos al mismo tiempo que ubicando prácticamente al pasajero dentro de la máquina y también manejando, sobre todo en un tránsito como el de Valparaíso o el de las grandes ciudades. De ahí entonces que al asegurar un sueldo mínimo de dos vitales y permitir que solamente trabajen 8 horas al día, dando una previsión que se va a asegurar que sea previsión, este gremio entra por la puerta ancha de la justicia social, y es esta Cámara, indudablemente, la que le ha brindado esta oportunidad. Por eso vuelvo a reiterar que los socialistas van a votar a favor de este proyecto, y que lo hacen muy satisfechos, ya que saben positivamente que va a beneficiar a un gremio que está bastante postergado.
Me ha pedido...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Perdón, ¿usted le va a dar una interrupción al señor Palestro?
El señor TAVOLARI.-
Sí.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Palestro.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, más que nada para abundar en los argumentos dados por el camarada Tavolari con respecto a la justicia de este proyecto, que viene a favorecer a un gran sector de trabajadores de la locomoción colectiva particular.
Nosotros, por un contacto permanente con estos trabajadores, hemos podido comprobar el abuso que se comete con ellos, en forma muy especial en lo que se refiere a las largas jornadas de trabajo. Para que los choferes de la locomoción colectiva particular puedan hacerse un sueldo más o menos decente, deben exponer su propia salud y, a veces la vida de los pasajeros. A nuestro juicio, la jornada que fija este proyecto tal vez sea lo más positivo, junto con la solución, en parte, de su problema económico.
Nosotros sabemos cómo se sacrifican estos trabajadores. Al mismo tiempo han sido verdaderos parias, como alguien decía, en lo que a previsión se refiere. Los parlamentarios de todos los sectores estamos de acuerdo que este proyecto sea despachado a la brevedad posible, con el fin de que los choferes también se sientan parte del sistema previsional chileno y, al mismo tiempo, los pasajeros tengan una especie de seguridad. Esto va a servir de aliciente de tipo económico que no los hará depender tan directamente de los patrones, que, como digo, los hacen trabajar largas y agotadoras jornadas.
Como bien decía el compañero Tavolari, los choferes de la locomoción colectiva tienen que cortar boletos, dar vuelto, esperar que suba y baje el pasajero, atender los semáforos, controlar y conducir la máquina; es decir, seis, siete o diez movimientos que, naturalmente, terminan con los nervios de cualquiera persona de una jornada de 14 ó 16 horas.
Los Diputados socialistas, que somos, como digo, profundos conocedores de los muchos problemas que sufren los trabajadores de la locomoción colectiva particular, también reiteramos nuestro apoyo a esta iniciativa.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Se halla inscrito, a continuación, el señor Mosquera, en el tiempo del Comité Demócrata Cristiano.
El señor MOSQUERA.-
Señor Presidente, en la Comisión de Trabajo los Diputado democratacristianos estuvimos de acuerdo en legislar sobre esta materia. Estamos de acuerdo en principio, y anuncio que el Ejecutivo enviará veto sobre este proyecto, porque está terminando estudios relacionados con esta y otras iniciativas, en combinación con los gremios de choferes de la Federación misma, porque es de toda justicia. Se ha comprobado que la gran cantidad de accidentes y maltrato al público se debe, exclusivamente, al exceso de trabajo que este personal tiene. Y lo que es más grave: los patrones, los empresarios, no han tenido en cuenta que el actual Gobierno les ha entregado material de trabajo con facilidades de internación, con facilidades de pago.
Por eso, es fundamental que los choferes que trabajan para estos patrones, reciban un trato también preferente, en relación con el que ellos han tenido del Ejecutivo.
Este proyecto se adelantó a otro que estaba tratando la Subsecretaría de Transportes con los gremios. En conversaciones que hemos tenido en la Subsecretaría de Transportes, hemos llegado a un acuerdo que, en gran parte, coincide con este proyecto.
Por lo tanto, los Diputados democratacristianos vamos a votar favorablemente este proyecto, y hacemos presente que el veto que enviará el Ejecutivo va a ser conocido por los gremios, que han estado permanentemente dialogando con la Subsecretaría de Transportes.
Señor Presidente, por la justicia que encierra este proyecto, en cuya discusión participaron personeros de la Subsecretaría de Transportes, de la Caja de Empleados Particulares, de la Superintendencia de Seguridad Social y de los gremios, los Diputados acordamos esta tarde legislar y votar favorablemente este proyecto que, si no me equivoco, es iniciativa del DiputadoCademártori.
Por eso, anuncio a la Sala que nuestros votos serán favorables.
Me ha pedido una interrupción el Diputado señor Tudela, y se la concedo.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, puede usar de la palabra el señor Tudela.
El señor TUDELA.-
Señor Presidente, tal como expresaba don Mario Mosquera, el Gobierno tiene bastante adelantado el proyecto que se relaciona con éste que se está tratando en la Sala.
Nosotros, desde luego, vamos a aprobar este proyecto, porque encontramos que da justicia a un gremio que, realmente la necesitaba.
Aún más, este Gobierno, además de haber concedido muchas garantías a los trabajadores de la locomoción particular, también ha determinado la jornada de trabajo en un decreto del año 1965. De tal forma que creemos que este proyecto va a mejorar la calidad de la locomoción y de su personal, y por eso lo aprobaremos.
También nos parece altamente conveniente que se haya establecido un sistema previsional para estos trabajadores, porque en realidad ellos perciben muchas veces en forma irregular sus imposiciones en la Caja de Empleados Particulares. Este proyecto da la posibilidad de imponer directamente en la Caja lo que corresponde a los empleados, y esto va a ser altamente beneficioso para ellos.
Por eso, nosotros vamos a votar favorablemente este proyecto.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente . . .
El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Se acabó el tiempo del Comité Demócrata Cristiano.
El señor Arnello se halla inscrito a continuación.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, no cabe ninguna duda de que los problemas que pretende solucionar el proyecto en discusión son asuntos que realmente merecen la preocupación de la Cámara. Es evidente que hay que darles a los trabajadores de la locomoción colectiva una remuneración suficiente para evitar, en primer lugar, que tengan una jornada de trabajo realmente inaceptable. En segundo lugar, esta remuneración debe dar la garantía de ser de un monto suficiente para evitar que les afecte una especie de desesperación por obtener mayores ingresos y no debe estar basada fundamentalmente o casi exclusivamente en el porcentaje, lo que en muchos aspectos es la causa de hechos dolorosos que nos afectan continuamente, por las carreras de un microbús con otro para ganar posibles clientes. Los accidentes son, muchas veces, la consecuencia de esta remuneración basada en una participación, exclusivamente.
Pero esto, señor Presidente, obliga también a considerar debidamente el no matar el incentivo de los choferes por prestar un mejor y eficaz servicio para obtener una mayor remuneración. De manera que nos parece que al garantizar esta remuneración mínima de dos sueldos vitales, habría que ponderar tal vez ahí una participación determinada, garantizando de todas maneras, digo, este mínimo de dos vitales.
Creo que también es perfectamente aceptable la idea respecto de las horas extraordinarias. Pocos trabajos hay, efectivamente, que desgasten más a una persona que la conducción de un microbús en nuestras calles, realizando una variedad enorme de funciones, en un clima de nerviosismo y apresuramiento, que no puede hacer otra cosa que agotar al individuo en un grado que llega a ser cruel a veces, y que nos impresiona, al verlos en las tardes y en las noches, en el estado de exasperación en que se encuentran.
También es indispensable afirmar su previsión y reconocerles un régimen previsonal, que no les deje al arbitrio de un acuerdo con el empresario, sino que sea un sistema realmente serio y estable.
Pero me parece que, desafortunadamente, en la forma en que se ha considerado este sistema previsional en el proyecto, no se ha hecho sobre la base de normas técnicas, sólidas y aceptables. Creo que aquí la intención ha sido mucho más feliz que el resultado de la elaboración del proyecto.
Desgraciadamente, en esta iniciativa no se concedió el estudio suficiente al aspecto técnico del financiamiento del sistema previsional empleado. Esto ocurrió, seguramente, por escuchar tal vez a todas las personas que se citaron en su elaboración misma. Su discusión en la Comisión de Trabajo se realizó un día martes en la tarde, citándose extraordinariamente a una sesión a la que no pudimos asistir como se lo habíamos manifestado previamente al Presidente de la Comisión.
En consecuencia, mi opinión personal en esto sería que aprobáramos en general el proyecto, pues estamos de acuerdo en que los tres temas que toca son importantes y necesarios. Y podría, tal vez, pasar el proyecto no sé si reglamentariamente es el camino procedenteen segundo informe a la Comisión de Trabajo, para que en su próxima sesión, que me atrevo a decir en algún aspecto, podría ser incluso mañana en la tarde, pudiéramos buscar la manera de ordenar mejor las medidas de carácter previsional, y tenerlo listo para el próximo martes.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado?
La Mesa se hace un deber en advertirle que el acuerdo a que llegaron los Comités es despachar en general este proyecto. Y si acaso había indicaciones, que volviera a Comisión.
Puede continuar Su Señoría.
El señor ARNELLO.-
Es que, en todo caso, señor Presidente. . .
El señor ACEVEDO.-
Hay indicación para que vaya a segundo informe.
El señor ARNELLO.-
Quiero decir que mi petición es distinta. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ACEVEDO.-
Haga indicación . . .
El señor ARNELLO.-
¿Indicación para que vaya a segundo informe?
El señor ACEVEDO.-
Haga indicación para omitir el segundo informe.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Hay, en este momento, presentadas para conocimiento de la Sala, tres indicaciones.
El señor ACEVEDO.-
Que se voten de inmediato.
El señor ARNELLO.-
No, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
La Mesa se hace un deber aclarar también que, al menos, una de estas indicaciones requiere el trámite de la Comisión de Hacienda. De tal manera que ni por asentimiento unánime podríamos eliminar este segundo informe . . .
El señor ACEVEDO.-
¿Cuál sería?
El señor ARNELLO.-
Pido recuperar la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
...habiendo trámite de Hacienda.
Puede continuar el señor Arnello.
El señor ARNELLO.-
Lo que estaba planteando era.. .
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¿Me perdona? Se cumplieron los cinco minutos de tiempo de Su Señoría.
El señor RUIZESQUIDE (don Rufo).-
La Mesa le quitó algunos minutos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Puede continuar por un minuto.
El señor ARNELLO.-
Gracias, señor Presidente. Lo que señalo, muy en concreto, es que se presentó una indicación al artículo 3º que se refiere al aspecto previsional, que, en este instante, tendría el mismo defecto que, a mi juicio, tiene el artículo 3º; es decir, pecaría de improvisación total. Por eso solicitaba el acuerdo de la Sala para que, como hay que estudiar otras indicaciones en la Comisión, pudiéramos también elaborar y sólo creo que procedería en segundo informeun nuevo ordenamiento de las materias previsionales del proyecto.
El señor PALESTRO.-
Un plazo perentorio.
El señor ARNELLO.-
Mañana.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor CADEMARTORI.-
.- Pido la palabra, señor Presidente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Cademártori.
El señor CADEMARTORI.-
Señor Presidente, en verdad, ya han expresado su opinión Diputados de todos los partidos, considerando justa y conveniente esta iniciativa del proyecto de ley, que tiende a favorecer a más de 6.000 choferes que trabajan en la locomoción colectiva particular de todo el país.
Este proyecto, contrariamente a lo que decía el señor Amello, quien, como lo ha manifestado, no estuvo presente en la Comisión, fue bien estudiado en el aspecto previsional; incluso, debo decirle al señor Amello que en la Comisión estuvo presente el Superintendente de Seguridad Social, don Carlos Briones, quien intervino activamente en el examen de esta iniciativa y, en particular, en la parte previsional.
El señor ARNELLO.-
Estuvo, pero no estuvo de acuerdo con la redacción.
El señor CADEMARTORI.-
¿Cómo? Estuvo de acuerdo el señor Briones, señor Amello. El señor Superintendente manifestó su acuerdo con el proyecto. Manifestó su acuerdo con el sistema, que no es un nuevo sistema previsional, sino una garantía de las imposiciones del personal de choferes. Y como dije, aportó incluso útiles sugerencias al mejoramiento de la iniciativa que, entre paréntesis, en este aspecto debo decir que fue bastante modificado con el aporte de todos los sectores que participaron en la Comisión del Trabajo.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-
¿Me permite una interrupción?
El señor CADEMARTORI.-
Con cargo a su tiempo, no tengo inconveniente, porque dispongo sólo de 5 minutos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
El Comité Demócrata Cristiano ya agotó su tiempo.
El señor CADEMARTORI.-
No tendría inconveniente si la Sala me da un minuto.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
No hay acuerdo.
Puede continuar el señor Cademártori.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-
Señor Presidente, sólo para señalar...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señor Sepúlveda, no hay asentimiento.
Puede continuar el señor Cademártori.
El señor CADEMARTORI.-
Señor Presidente, quiero decir, además, que en la Comisión estuvieron presentes dos funcio, narios técnicos de la Subsecretaría de Transportes, los señore Carlos Silva y Moisés Corbalán, ingeniero y abogado, respectivamente, de esta Subsecretaría; más aún, estuvo presente el señor Raúl Silva, jefe del Departamento de Beneficios de la Caja de Previsión de Empleados Particulares.
Todos estos funcionarios y técnicos dieron su conformidad al proyecto, y proporcionaron y entregaron diversos antecedentes de orden técnico que constan en el informe de varias páginas que tiene la Cámara a la vista, donde consignan datos técnicos respecto de lo que ganan los choferes, del horario de trabajo y del mecanismo del financiamiento que se propone para el sistema previsional.
Debo decir, entre otras cosas, en este
sentido, que la, remuneración mínima que se establece de dos vitales, está muy por debajo, por cierto, del promedio de remuneraciones mensuales que tienen actualmente los choferes, que es de 1.300 a 1.400 escudos mensuales; remuneración que si bien no es de las peores, hay que tener en cuenta que se gana normalmente con una jornada de 10, 12, 14 y hasta 16 horas, como quedó fehacientemente comprobado en la Comisión de Trabajo, en donde estuvieron los representantes de los choferes y donde diversos Diputados que conocen el problema en sus provincias lo ratificaron también.
De manera que el proyecto fue bien estudiado por la Comisión. Y no es, como dijo el Diputado señor Mosquera, que los patrocinantes se hayan adelantado al Ejecutivo. Lo que pasa es que el Ejecutivo se ha atrasado en tener una iniciativa para resolver el problema de los choferes.
Por otra parte, el señor Mosquera ha anunciado un veto del Ejecutivo, que esperamos, según él ha dicho, sea para mejorar y no para entrabar el despacho del proyecto.
El señor MOSQUERA.-
¡ Todos los vetos del Ejecutivo son buenos!
El señor TEJEDA.-
Eso es demagogia. Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Ruego guardar silencio.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señor Mosquera, llamo al orden a Su Señoría.
El señor CADEMARTORI.-
En todo caso, aprovechando esta unanimidad de la Cámara, quiero proponer, como él anunció que el veto viene en camino, que, a la vez, nosotros fuéramos al encuentro de ese veto. Y para esto, lo mejor sería despachar lo antes posible el proyecto, porque mientras más rápidamente se despache, más pronto tendremos el veto en la Cámara.
Por esas circunstancias, yo pido lo siguiente, concretamente, para terminar: que la Cámara acuerde despachar en general y en particular el proyecto o, en último caso, que se le dé un plazo de 24 horas, como lo propuso el Diputado señor Amello, a la Comisión de Trabajo, que se reúne mañana, para que le preste su aprobación al segundo informe y pueda tratarse el próximo martes, con o sin informe de la Comisión respectiva. Esa sería mi petición, y creo que hay acuerdo de la Cámara.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señores Diputados, la Mesa ha hecho presente, porque es su deber hacerlo, que entre las indicaciones presentadas hay una que requiere necesariamente trámite de la Comisión de Hacienda.
El señor CADEMARTORI.-
Por eso hice otra proposición alternativa: que se le dé un plazo de cinco días a ambas Comisiones y el martes próximo se trate y se despache el proyecto en la Sala.
Un señor DIPUTADO.-
¿Cuándo se reúne la Comisión de Hacienda?
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¿Habría acuerdo para ello?
El señor LORENZINI.-
No hay acuerdo.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
No hay acuerdo.
Ofrezco la palabra.
El señor CADEMARTORI.-
¿Quién se opone ?
Hablan varios señores Diputados a la vez:
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Señores Diputados, la Mesa está ofreciendo la palabra a los Comités que aun tengan tiempo.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señor Diputado, el Comité de Su Señoría no dispone de tiempo.
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para otorgarle algunos minutos al señor Sepúlveda.
No hay acuerdo. Por última vez, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación general el proyecto.
Si le parece a los señores Diputados, se dará por aprobado en general el proyecto.
Aprobado.
Varios señores DIPUTADOS.-
Muy bien.
El señor ACEVEDO.-
¿Por qué no se vota la petición de omisión de segundo informe?
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Reglamentariamente, no corresponde, porque hay una indicación que requiere necesariamente el trámite de Comisión de Hacienda; y no por asentimiento unánime podría omitirse este trámite.
El señor CADEMARTORI.-
.¿Y de quién es la indicación? Que se dé el nombre del autor.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
El señor Secretario va a dar lectura a las indicaciones presentadas.
El señor MENA (Secretario).-
Indicasión del señor Frías, para sustituir el artículo 3° por el siguiente:
"Se establece un impuesto equivalente a un sueldo vital, mensual, escala A, del departamento de Santiago, por cada cinco mil boletos que se vendan a los empresarios de la movilización colectiva particular, fiscal o municipal, destinado a crear un fondo general de pensiones de los choferes de la movilización colectiva "particular".
El señor CLAVEL.-
¡Es improcedente!
El señor MENA (Secretario).-
Hay otra indicación, también del señor Frías, para sustituir el artículo 1º, la que dice:
"El sueldo mínimo de los choferes de vehículos movilizados, de la locomoción colectiva pertenecientes a personas naturales o jurídicas privadas, alcanzará hasta dos sueldos vitales, escala A, del departamento de Santiago.
"Este sueldo mínimo podrá integrarse:
"a) En base al 50% de las remuneraciones fijas;
"b) Al 50% de la participación en la venta de boletos".
El señor CADEMARTORI.-
.¡ Esa no es materia de la Comisión de Hacienda!
El señor MENA (Secretario).-
Hay otra indicación de los señores Lorenzini y Sepúlveda, para agregar un artículo nuevo, que dice:
"Se recargan los valores correspondientes a patentes de vehículos de la locomoción colectiva en un 10% de un sueldo vital mensual, escala A, del departamento de Santiago. Este ingreso está destinado a ser repartido entre los sindicatos y federaciones del gremio en partes iguales.
"Se faculta al Presidente de la República para dictar el reglamento respectivo".
El señor MILLAS.-
Tampoco tiene nada que ver con el sistema.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Se suspende la sesión por dos minutos.
Se suspendió la sesión a las 20 horas,. 29 minutos.
19.-PLAZO A LAS COMISIONES DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE HACIENDA PARA INFORMAR UN PROYECTO.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Continúa la sesión.
La Mesa se permite formular la siguiente proposición a los señores Diputados:
Estudiadas las indicaciones presentadas, no cabe duda de que son procedentes; sin embargo, tampoco cabe duda de la importancia del despacho del proyecto. Por eso, la proposición consiste en otorgarles a las Comisiones de Trabajo y Seguridad Social y de Hacienda, un plazo hasta el lunes inclusive, para que el proyecto sea despachado el próximo martes.
El señor ACEVEDO.-
Con o sin informe.
El señor CADEMARTORL.-
Con o sin informe.
El señor PHILLIPS.-
Si la indicación es de Hacienda, debe tener informe de la Comisión.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Si no hay informe de Hacienda, por de pronto,. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS.-
El acuerdo no es despacharlo, sino tratarlo.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señores Diputados, lo que la Sala podría hacer. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Señores Phillips y Acevedo, ruego a Sus Señorías guardar silencio para poder llegar a un acuerdo.
Lo que la Sala puede acordar es fijarles un plazo a las Comisiones de Hacienda y de Trabajo y Seguridad Social. Despachar el proyecto sin el informe de Hacienda sería antirreglamentario.
Varios señores DIPUTADOS.-
Se puede.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
El Presidente de la Comisión de Hacienda, que está en la Sala, podría informarnos si acaso dicha Comisión estaría en condiciones de estudiar y despachar esta indicación.
Con la venia de la Sala, le ofrezco la palabra al Presidente de la Comisión de Hacienda.
El señor CERDA (don Eduardo)
Señor Presidente, preferiría solicitar a los señores Diputados que retiraran estas indicaciones, y que sus Senadores las presentaran en el Senado.
Así, el proyecto podría ser despachado hoy día en la Sala.
Varios señores DIPUTADOS.-
Muy bien.
El señor CERDA (don Eduardo).-
El señor Sepúlveda quiere hacer un alcance a esto mismo, siempre que le concedan un minuto para hacer uso de la palabra.
El señor CADEMARTORI.-
No hay inconveniente.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
El señor Sepúlveda ha manifestado a la Mesa su intención de retirar la indicación que presentó junto con el señor Lorenzini.
Con la venia de la Sala, tiene la palabra Su Señoría.
El señor SEPULVEDA (don Eduardo).-
Precisamente voy a dar la explicación correspondiente. Con el ánimo de sacar adelante este proyecto, vamos a retirar nuestra indicación para presentarla, por intermedio de los Senadores democratacristianos, en el Senado. Pero quiero dejar constancia de que esto no soluciona integralmente el problema que se ha planteado en relación con la explotación de los trabajadores.
El señor PALESTRO.-
Estamos de acuerdo; después se puede perfeccionar en el Senado.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Si ningún señor Diputado hace suya esta indicación, se dará por retirada.
Retirada.
Hay además, dos indicaciones del señor Frías, don Engelberto.
La Mesa, una vez más, solicita el asentimiento de la Sala en orden a fijar un plazo a las Comisiones de Trabajo y Seguridad Social y de Hacienda para despachar este proyecto, a fin de que sea tratado el próximo martes.
¿Habría acuerdo para ello?
El señor CADEMARTORL.-
Con informe o sin él.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).
Señor Diputado, la Sala no puede. . .
El señor PHILLIPS.-
Si la Comisión de Hacienda sesiona este jueves ¿por qué no lo trata mañana?
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
...acordar tratarlo con informe o sin él, cuando el proyecto, reglamentariamente, lo requiere.
El señor CADEMARTORL.-
Por unanimidad se puede.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Ni por asentimiento unánime; lo dice expresamente el artículo 73 del Reglamento.
La Mesa va a leer el artículo para información de los señores Diputados. Dice: "Sin el informe de la Comisión de Hacienda, previsto en los números segundo y tercero del artículo anterior, los proyectos no podrán seguir su curso reglamentario, ni aun por acuerdo unánime de la Cámara, salvo lo dispuesto en los artículos 282, 283 y 284." Estas disposiciones se refieren a las urgencias.
De modo que, ciñéndonos estrictamente al Reglamento, no podríamos tomar el acuerdo en el sentido que propone Su Señoría; pero la Mesa advierte que habría unanimidad para fijarles este plazo a ambas Comisiones, y buscar la manera de que traten el proyecto para que la Sala lo despache el martes, pues esperamos que la Comisión respectiva entregue el informe correspondiente.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
20.-FINANCIAMIENTO DEL FONDO DE REVALORIZACIÓN DE PENSIONES Y MODIFICACIONES DE LA LEY Nº 15.386.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Corresponde tratar el proyecto, informado por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social y por la Comisión de Hacienda, que aumenta los recursos del Fondo de Revalorización de Pensiones e introduce diversas modificaciones a la ley Nº 15.386.
El informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad, impreso en el boletín Nº 105-69-2, es el siguiente:
"Artículo 1°.- Sustituyese el artículo 11 de la ley Nº 15.386 por el siguiente:
"Artículo 11 El Fondo de Revalorización de Pensiones estará integrado por los siguientes recursos:
a) un aporte fiscal anual que se contemplará en el Presupuesto General de la Nación, conforme a lo dispuesto en el artículo 37 de la ley Nº 16.466, en sustitución del antiguo ingreso consistente en el 20% de recargo de las tasas del impuesto a las compraventas a que se refiere la ley Nº 12.120;
b) un 10% de los excedentes que arrojen los balances de las instituciones de previsión social;
c) una imposición adicional permanente de 1% de las remuneraciones imponibles de cargo de empleadores o patrones y de 1% de las mismas de cargo de empleados y obreros. Esta imposición se regirá por las disposiciones de los artículos 49 y 50 de la ley Nº 14.171.
Las instituciones de previsión contabilizarán las entradas provenientes por este concepto en cuenta separada, llamada "Fondo de Revalorización de Pensiones" y traspasarán mensualmente estos recursos a la Comisión Revalorizadora de Pensiones, la que deberá a su vez, entregar el 40% de estos ingresos al Servicio de Seguro Social, a fin de que les destine al financiamiento del Fondo de Asistencia Social, a que se refiere el artículo 33 de esta ley;
d) un aporte reajustable, anualmente, según la variación anual del índice de precios al consumidor al 30 de junio del año anterior a la aplicación de la revalorización anual, que se contemplará en el Presupuesto General de la Nación. Este aporte fiscal se determinará cada año, en base al aporte reajustado del año anterior, y se tomará como aporte inicial para el cálculo, el valor que resulte de la aplicación del artículo transitorio.
e) un 2% adicional a los intereses de los préstamos no reajustables que otorguen las Cajas de Previsión a sus imponentes ;
f) la primera diferencia mensual proveniente de cualquier reajuste que experimenten las pensiones, sean o no reajustables en conformidad a la remuneración del similar en servicio activo de los regímenes previsionales afectos al Fondo de Revalorización de Pensiones. Este descuento no se aplicará, en ningún caso a las pensiones mínimas establecidas en el artículo 26 de esta ley y, asimismo, en virtud de dicho descuento no se podrá percibir una pensión cuyo monto bruto anual resulte inferior al de la pensión mínima anual que le fuere aplicable. Para este efecto, y si así procediere, el descuento de la primera diferencia sólo se hará efectivo en la parte de la pensión que exceda del citado monto; y
g) Las instituciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo lº, cuando se incorporen al Fondo de Relavorización, estarán obligadas a integrar las cantidades que habría debido destinar anualmente para otorgar los reajustes de pensiones establecidos o autorizados en su ley orgánica".
Artículo 2º.- La presente ley regirá a contar desde el lº de enero de 1970.
Artículo transitorio. El aporte fiscal a que se refiere la letra d) del artículo 1°, se calculará, para 1970, en base a la cantidad de Eº 73.000.000 reajustada en el porcentaje de aumento anual experimentado por el índice de precios al consumidor al 30 de junio de 1969."
Las modificaciones aprobadas por la Comisión de Hacienda, impresas en el boletín Nº 105(69) 3, son las siguientes:
"Artículo 1º
Reemplazar el encabezamiento por el siguiente:
"Artículo 1º.- Sustituyese el artículo 11 de la ley Nº 15.386, modificado por el artículo 37 de la ley Nº 16.466 y adicionado por el artículo 128 de la ley Nº 16.464, por el siguiente:"
En la letra d) del artículo 11 que se sustituye, reemplazar la fecha "30 de junio" por "31 de diciembre".
Artículo nuevo
Consultar el siguiente:
"Artículo...- Sustitúyense en el artículo 63 de la ley Nº 10.343, modificado por el artículo 18 de la ley Nº 15.386, las palabras "65 años de edad", por las siguientes : "63 años de edad".
Lo dispuesto en el artículo 63 de la ley Nº 10.343, incluso sus modificaciones, se aplicará también a los jubilados afectos a la ley Nº 10.621, cuyo mayor gasto será de cargo a la indicada ley Nº 10.621.".
Artículo Transitorio
Reemplazar "30 de junio" por "31 de diciembre".
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).- de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es el señor Diputado informante Fuentes, don Samuel; y de la de Hacienda, el señor Urra.
La Mesa se hace el deber de informar a los señores Diputados, en primer lugar, que, por acuerdo de la Sala, cada Comité dispondrá de hasta diez minutos para referirse al proyecto y, en segundo término, que hay acuerdo, emanado también de los señores Comités, para aprobarlo hoy en particular por la Sala el próximo martes, con preferencia, en el Orden del Día.
La señora LAZO.-
Pido la palabra.
El señor PALESTRO.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Tiene la palabra la señora Lazo; y, a continuación, el señor Palestro.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, creo que todos los Comités parlamentarios tenemos conciencia de cuál es la situación en que se encuentran estos pensionados. Por otra parte, tenemos conocimiento de que por una información errada hay personas de mucha edad que están desde las cuatro de la tarde...
El señor PALESTRO.-
Desde la mañana.
La señora LAZO.-
...esperando el despacho de este proyecto. Por lo tanto, solicito que se renuncie al tiempo de los diez minutos por Comité y que la Cámara decida votar este proyecto sin discusión para que pase a segundo informe.
Varios señores DIPUTADOS.
¡De acuerdo!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).
¿Habría acuerdo unánime para que los diversos señores Comités renuncien al tiempo de diez minutos y para votar en general, inmediatamente este proyecto que, de todas maneras, volverá a Comisión?
La señora BALTRA.-
Yo pediría dos minutos, por favor.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¿Habría acuerdo para renunciar a los tiempos?
Hablan varias señores Diputados a la vez.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Perdón, señores Diputados. Hay una proposición para que todos renuncien al tiempo concedido. Sin embargo, la señora Baltra, en uso de sus derechos, pide dos minutos.
El señor MOSQUERA.-
¡Todos o nada!
Varios señores DIPUTADOS.-
Que renuncien todos.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
¿Habría acuerdo, entonces, para renunciar al tiempo de diez minutos por Comité?
El señor ACEVEDO.-
Se omite el segundo informe...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Es acuerdo de los Comités, señor Diputado.
¿Qué sentido tiene la proposición que ha hecho Su Señoría?
El señor PHILLIPS.-
De diablo, porque solo se muerde la cola.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
La Mesa, por última vez, consulta a la Sala si existe asentimiento unánime para renunciar a los diez minutos que se había acordado otorgar a cada Comité.
Varios señores DIPUTADOS.-
Sí.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente.
Acordado.
En votación general el proyecto.
Si le parece a la Cámara, se aprobará en general.
Acordado.
Pasará a Comisión para segundo informe, con las indicaciones que se han presentado, a fin de que la Sala lo despache el próximo martes, con preferencia, en la Tabla del Orden del Día.
Si le parece a la Sala, se omitirá la lectura de las indicaciones, la que se hará en la Comisión respectiva.
Acordado.
Terminada la discusión del proyecto.
INCIDENTES
21.-PROBLEMAS QUE AFECTAN A LA PRODUCCION DE AZUFRE NACIONAL.OFICIOS
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
En la Hora de Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Demócrata Cristiano.
El señor RECABARREN.-
Pido la palabra.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Puede hacer uso de la palabra el señor Recabarren, don Floreal.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA, don Héctor (Presidente).-
Solicito el acuerdo de la Sala para que el señor
Merino pase a presidir la parte de la Hora de Incidentes.
Acordado.
El señor RECABARREN.-
Señor Presidente, quisiera hablar esta tarde de un problema que no sólo afecta al norte, sino que también a Chile entero. Se trata de la producción de azufre en Chile.
Es el caso que somos en potencia el cuarto país con mayor riqueza azufrera del mundo, junto con los Estados Unidos, Italia y Méjico. Según antecedentes y en este aspecto hay que reconocer que no hemos explorado convenientemente el territorio nacional para valorar el potencial azufrero de Chile, se calcula que el país posee una reserva de 50 millones de toneladas de azufre.
No obstante este gran potencial, dicho elemento no solamente no sirve como recurso para la exportación, sino que, y esto es lo más grave, la producción de azufre nacional apenas participa en el consumo interno.
En el presente decenio, la producción de azufre se ha mantenido en un promedio de 45 mil toneladas anuales, y el consumo anual, dato correspondiente a 1968, alcanza a un total de 115 mil toneladas.
El mayor consumo de azufre está radicado en la obtención de ácido sulfúrico, ya que de las 19 fábricas existentes en Chile, 17 de ellas consumen azufre para producirlo. Si se piensa que en los planes de expansión de fabricación de ácido sulfúrico de la CORFO, hay una perspectiva de gran aumento de éstas, se comprenderá fácilmente que el déficit de azufre se agudizará en los próximos años.
En general, podemos afirmar categóricamente que de los 41 yacimientos ubicados, cubicados y semicubicados que existen en el país, sólo algunos se trabajan y en deficientes condiciones tecnológicas. Creo que es importante dar un dato: el yacimiento de Auncanquilchas, que es de la firma Hochschild, produce cerca de 36 mil toneladas anuales de un total de 45 mil que se producen en Chile. En consecuencia, la mayor cantidad de azufre se produce en un yacimiento; otro de los mayores productores es la empresa Borlando y Carrasco.
¿Qué futuro hay para el país en el consumo de azufre? Se estima que habrá un aumento del consumo nacional de azufre hacia los años 1970, 1971 y 1972, hasta llegar a unas 200 mil toneladas. Sin embargo, la producción nacional, de seguir al ritmo que lo está haciendo actualmente, no llegaría más allá de las 50 mil toneladas, con lo que hará que en 1972 se produzca un déficit extraordinariamente grande.
Si con el déficit actual, que es del orden de las 69 mil toneladas, estamos produciendo un gasto de divisas de 2 millones 500 mil dólares anuales, se comprenderá fácilmente cuál será el gasto con un consumo mayor hacia el año 1972.
Hacia el año 1973, según se estima, podrá producirse, evidentemente, una baja en su consumo, porque hay otros productos que van a venir a sustituirlo. Pero, no obstante, no hay duda de que el consumo de azufre irá en aumento.
Aún más, es indudable que con el consumo mundial de azufre ocurre una situación semejante, porque el azufre significa ácido sulfúrico y porque el desarrollo de un país en muchos países ocurre asíse mide por la cantidad de ácido sulfúrico consumido.
Indudablemente, el país no sólo tiene la posibilidad de tener un mercado nacional de este producto, sino, también, un mercado internacional de consideración. Pero estamos estancados en la producción de azufre, a pesar de que existen yacimientos cubicados y a pesar de que hay interés de parte de la CORFO, de abordar en forma técnica su explotación.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RECABARREN.-
Yo quiero decir, señor Presidente, que hemos llegado a la etapa actual. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor RECABARREN.-
No voy a seguir hablando mientras no se guarde silencio.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
¡Señor Guastavino! ¡Señor Cademártori! ¡ Señor Cerda! Tengan la bondad de guardar silencio.
Puede continuar el señor Recabarren.
El señor RECABARREN.-
¿Por qué hemos llegado a esta situación extrema? Porque las azufreras chilenas están muy mal ubicadas, a una altura extraordinariamente grande y los caminos son malos, porque y esto es importante decirlolos productores de azufre se han dedicado a ganar plata y no a mejorar tecnológicamente la explotación de los minerales y porque esto también es importante considerarlose ha seguido en estos últimos años una política extremadamente errada, cual es la de permitir la introducción, la importación de azufre sin gravamen alguno. De manera que desde Bolivia nos está llegando un azufre más barato. Más barato, ¿por qué? Porque la mano de obra de Bolivia es, indudablemente, mucho más barata que la mano de obra nuestra, porque ellos tienen la posibilidad de explotarlo a un costo mucho más bajo. En estas condiciones es imposible que los particulares que poseen yacimientos puedan explotarlos.
Pido que se envíe un oficio al Ministerio de Minería, solicitándole que reestudie la posibilidad de aplicar un impuesto al azufre importado, de suerte que iguale su valor al costo del que se produce en Chile.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría al señor Ministro de Minería.
Puede continuar el señor Recabarren.
El señor RECABARREN.-
Quisiera indicar otra cosa.
La CORFO tiene planes y estudios de factibilidad para explotar algunos yacimientos muy ricos. Voy a nombrar uno, en el caso nuestro de Antofagasta, el de "Purico".
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Ruego a los señores Diputados guardar silencio.
¡Señor Phillips!
El señor RECABARREN.-
Este yacimiento, de una riqueza extraordinariamente grande se calcula que tiene un total de 4 millones de toneladas, inexplotados aún, no está en manos de chilenos. Sus dueños son alemanes y, más aún, estos alemanes no están en Chile.
Desde el año 1967, la CORFO, que tiene un estudio de factibilidad y recursos para explotar "Purico", se ha encontrado en la imposibilidad de hacerlo, porque no se ha podido llegar a un entendimiento con los dueños.
Voy a dar una cifra, porque es importante darla.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
¿Me permite, señor Recabarren?
Ruego a los señores Diputados se sirvan guardar silencio y respetar el derecho del orador.
¡Señores Phillips, Cademártori, Cerda, llamo al orden a Sus Señorías!
Puede continuar el señor Recabarren.
El señor RECABARREN.-
En estos instante, el consorcio alemán de que estoy hablando está pidiendo a la CORFO la cantidad de 5 millones de dólares por el yacimiento, por el cual está pagando una patente irrisoria. Aquí tengo algunos datos de este año sobre cuánto está pagando por concepto de patente. Está pagando por hectárea la cantidad de 15 pesos anuales. Y a pesar de lo que está pagando al Fisco, le cobra a la CORFO una suma tan extraordinariamente grande. Y esto no sólo ocurre con "Purico". En Tacora, Arica, ocurre exactamente igual, donde hace un año que la CORFO está tratando de tener la posibilidad de poder actuar en una empresa mixta. No hay acuerdo, porque las exigencias de sus dueños son desmesuradas. Se podría seguir multiplicando los ejemplos. En Taltal hay un yacimiento importante, "Plato de Sopa", que podría dar posibilidades de recursos a ese pueblo. Tampoco existe la posibilidad de llegar a un entendimiento.
Por eso, nosotros anunciamos que presentaremos un proyecto para expropiar los yacimientos azufreros inexplotados, porque no hay derecho que tengamos que estar gastando una cantidad extraordinariamente grande de dólares para traer azufre a un país que lo que más tiene es justamente azufre.
Quisiera decir muchas otras cosas más. Lamento que el tiempo que me han dado sea extraordinariamente corto. En todo caso, quiero indicar que si no hay una acción decidida, firme, si realmente no expropiamos esos yacimientos, el país va a seguir en el mismo estado de cosas, y el país, insisto, no puede soportar esto. Junto con los Senadores Carmona y Olguín, hemos estado estudiando este asunto y con varios señores Diputados hemos presentado un proyecto de ley, y creemos que la Cámara tiene que tratarlo y aprobarlo, porque para el norte grande y para el país será extraordinariamente beneficioso, legislar sobre esta materia.
El país debe aprovechar todas las riquezas que tiene, sobre todo las que se hallan en el subsuelo. Es el caso del azufre. Su explotación integral nos pueden dar la posibilidad de emplear mayor mano de obra y obtener más dólares. Por ejemplo, "Purico", el caso de que estoy hablando, según el estudio de factibilidad de la CORFO, en 1973 estaría produciendo una cantidad tan grande de azufre 700 mil toneladasy a tan bajo costo, que podríamos entrar en competencia en el mercado mundial.
Para terminar con el actual estado de cosas, para que el país pueda aprovechar una riqueza que es importante, para evitar que algunos señores muchos de ellos no son chilenos, muchos nunca han venido a Chile, ni siquiera conocen el país, estén pagando una patente irrisoria por minerales que son chilenos, es necesario que esos yacimientos de azufre pasen a poder del Estado, es decir, del pueblo chileno, para explotarlos nosotros.
Es esto lo que quería decir y es esto sobre lo que quiero que la Cámara y el país tomen conciencia.
Eso es todo, Presidente.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, solicito que el oficio que ha pedido el colega Recabarren se envíe en su nombre y en nombre del Comité Demócrata Cristiano.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Se enviará también en nombre del Comité Demócrata Cristiano.
22.-REGULARIZACION DEL RIEGO DE LA HOYA HIDROGRAFICA DEL RIO ACONCAGUA.OFICIO
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Le quedan cinco minutos al Comité Demócrata Cristiano.
El señor IGLESIAS.-
Pido la palabra.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra el señor Iglesias.
El señor IGLESIAS.-
Señor Presidente, en días pasados me tocó asistir a la reunión anual del Colegio de Ingenieros Agrónomos, Regional ValparaísoAconcagua, en el Balneario Baños El Corazón, de la ciudad de Los Andes, a la que acudió gran número de profesionales, incluyendo al Presidente del Colegio señor González. Como número central de esta reunión anual, se conoció una documentada exposición del ingeniero don Pablo Kleiman sobre los estudios de un plan de regularización de riego de la hoya hidrográfica del río Aconcagua, tema por demás interesante que preocupa preferentemente a los habitantes de las dos provincias, Valparaíso y Aconcagua.
En esta oportunidad se dio a conocer que, por decisión del Presidente de la República, se designó una comisión técnica para el estudio de los proyectos correspondientes, que la preside el Ministro de Agricultura e integran ingenieros y técnicos de la CORFO, del SAG, del Departamento de Riego del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, etcétera.
La especial preocupación por este problema de riego no es de ahora, sino desde hace años la tiene el Gobierno. También se encomendó un estudio a una misión inglesa, que hizo uno muy completo sobre la regularización del río Aconcagua y su máximo aprovechamiento para el riego de las tierras de su hoya hidrográfica, que hoy son de las mejores del país. Dicho estudio fue terminado y entregado al Ministerio de Obras Públicas y Transportes hace algún tiempo.
Vale la pena tomar nota de que dicho río está dividido en cuatro secciones, que riegan permanente o eventualmente unas 68 mil hectáreas, las que pueden aumentarse a 80 mil.
He dicho que las tierras regadas por el Aconcagua son de las mejores de Chile. Si tomamos en cuenta el clima de la zona, estaremos en condiciones de afirmar que son las que pueden dar una mayor producción, especialmente de frutas de exportación y "primores", cuyo rendimiento se podría estimar en unos 100 millones de escudos y 20 millones de dólares por año.
Sin embargo, en la zona o sectores de las provincias que cruza este río, el Estado ha realizado muy pocas a ninguna obra de regadío, tranques o canales. Sólo ahora, con motivo de la sequía que la ha afectado, ha hecho importantes inversiones en la construcción de pozos profundos y adquisición de bombas. Esto aparece, a todas luces, como una paradoja.
Siempre fueron necesarias e importantes las construcciones de canales y embalses al sur o al norte del río Aconcagua. Su hoya hidrográfica se consideró normalmente abastecida, hasta que hemos llegado al presente, que hace impostergable tomar la decisión de construir tranques para acumular las aguas superficiales y una mayor cantidad de pozos y canales.
He querido ocupar unos breves minutos de esta noche para llamar la atención de mis colegas, cuya cooperación necesitamos, y también la del Gobierno, sobre la conveniencia de dar la máxima prioridad a los estudios ques, según tengo entendido, están casi terminados.
Lo más importante sería decidir la construcción del tranque de la Puntilla del Viento, cuyo costo, con obras accesorias, expropiaciones, etcétera, se estima en unos 150 millones de escudos, necesitándose unos cuatro años para su total terminación.
El proyecto total, que consulta todas las obras que he mencionado, tiene un costo aproximado de unos 300 millones de escudos. Este otro es de menor costo y tiene algunas variantes con respecto al proyecto de la Misión Inglesa, ya que no estima necesario construir algunas obras para incorporar al cultivo nuevas áreas, sino dar un riego permanente a las ya existentes, 80 mil hectáreas.
Cabe agregar que en el proyecto total en estudio se contempla también la utilización de las aguas de la Laguna del Inca, a lo que no se le da una gran importancia, y sólo es una solución de emergencia y transitoria, para casos de extrema sequía.
La solución del problema del riego del Valle del Aconcagua es tanto más urgente cuanto que está vinculada al abastecimiento de agua potable para centros poblados importantes, como Valparaíso y, eventualmente, Los Andes. Además, hay que señalar que de las cuatro secciones del río, sólo las dos primeras tienen riego permanente, no así las 26 mil hectáreas de la tercera y cuarta sección, que ni aun en años normales tienen riego normal.
Resumiendo, la iniciación del proyecto de regularización del riego del Aconcagua es urgente, lo que ha quedado demostrado durante el actual período de sequía. Las inversiones que se deben realizar son rentables y recuperables en un corto período, lo que permitiría financiar la obra con algún préstamo del exterior. La solución de es de tipo mixto, ya que contempla la construcción de un tranque y de un mayor número de pozos profundos, con lo cual podría abastecerse de agua normalmente el Canal de Chacabuco. A su vez, construyendo un nuevo canal hacia Putaendo, se podría asegurar el riego de unas cuatro mil hectáreas más en ese valle.
Por esto, señor Presidente, ruego se envíe oficio, en mi nombre, al señor Presidente de la República, expresándole la satisfacción de los agricultores y campesinos, porque le ha dado verdadera importancia a esta región y, al mismo tiempo, solicitándole ponga a disposición de la Comisión Técnica que revisa el proyecto, los fondos necesarios para dar término a los estudios, que están bastante adelantados. ..
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio en nombre de Su Señoría y, también, del señor Scarella.
El señor PEREZ.-
En nombre del Comité Demócrata Cristiano.
El señor IGLESIAS.-
. . .y que no superan la cantidad de un millón y medio de escudos.
También dejo especial constancia de la satisfacción que nos brinda el interés y entusiasmo con que los ingenieros agrónomos de Valparaíso y Aconcagua vienen preocupándose de este importante problema, que me atrevo a calificar como el de la mayor importancia en esas provincias. Mis felicitaciones, también, a los ingenieros y técnicos que con tanto interés y dedicación se han interesado en estos estudios.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Ha terminado el tiempo de Su Señoría.
El señor CARRASCO.-
Que los oficios se envíen en nombre de nuestro Comité, señor Presidente.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Se enviarán en nombre del Comité Demócrata Cristiano.
23.-SITUACION DE LOS ASENTAMIENTOS EN LA COMUNA DE LAMPA, PROVINCIA DE SANTIAGO
El señor MERINO (Presidente accidental).-
El Comité Demócrata Cristiano ha cedido los diez últimos minutos de su tiempo al Comité Nacional.
El señor TAGLE.-
Pido la palabra.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
¡ Señor Iglesias, ruego a Su Señoría guardar silencio!
El señor TAGLE.-
Pero analicemos con seriedad. ¿Es el campesino asentado dueño de su propio destino? ¿Ha obtenido realmente su liberación!
Varios señores DIPUTADOS.-
¡Sí! El señor TAGLE.-
¿Puede alguien que conozca el significado común de los términos de nuestra lengua castellana estar convencido de que estos hombres de campo disfrutan de libertad?
Varios señores DIPUTADOS.-
¡ Sí, señor!
El señor MERINO (Presidente accidental).-
¡Ruego a los señores Diputados respetar al orador!
El señor VERGARA.-
¿ Cómo no reclaman de sus propios fundos?
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Señor Vergara, ruego a Su Señoría guardar silencio.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor TAGLE.-
¡Por qué no se callan! Personalmente comprobé la forma deficiente de la aradura de 34 cuadras.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Señor Vergara, llamo al orden a Su Señoría.
El señor KOENIG.-
Ojalá que los campesinos pudieran venir aquí.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Señor Koenig, le ruego guardar silencio.
El señor CARRASCO.-
¡Es una inmoralidad !
El señor MERINO (Presidente accidental).-
¡Señor Carrasco, le ruego guardar silencio!
El señor TAGLE.-
Señor Presidente, hace algunas semanas, nos referimos a la situación de los asentamientos de Lampa. A esa exposición la colega Blanca Retamal respondió con una serie de insultos que no logro comprender en boca de una maestra, pero sí son explicables ante la debilidad de su argumentación y el desconocimiento de la materia en debate.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor TAGLE.-
Yo soy duro, tenaz y, a veces, implacable para combatir las ideas, las posiciones políticas, los planteamientos y las actitudes; pero jamás bajo al terreno personal con ofensas o alusiones que puedan siquiera molestar a mis adversarios.
Pero esto no es lo que interesa esta tarde.
Lo que quiero es analizar y dejar en claro que no ignoramos la verdad, ni tergiversamos, ni exageramos al denunciar los hechos de diaria ocurrencia en Lampa.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
¡Ruego guardar silencio!
El señor VERGARA.-
¿Quién ha tergiversado nada?
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Señor Vergara, ruego a Su Señoría guardar silencio.
Puede continuar el señor Tagle.
El señor TAGLE.-
Sólo el incomprensible desconocimiento de la realidad, de esa realidad que vive cada chileno, cada hogar de nuestro pueblo, puede hacer creer que los asentados están conformes con su destino.
Es tal la propaganda de la Democracia Cristiana; es tal la deformación de la verdad a que esa propaganda ha conducido, que ha logrado engañar a los mismos miembros del Partido Demócrata Cristiano, haciéndoles creer que todo está bien, que su reforma agraria es todo un éxito y que por fin gracias a ella el campesino está obteniendo la tan predicada liberación.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MERINO (presidente accidental).-
¡ Señor Iglesias, ruego a su Señoria guardar silencio!
El señor TAGLE.-
Pero analicemos con seriedad. ¿Es el campesino asentado dueño de su propio destino? ¿Ha obtenido realmente su liberación?
Varios señores DIPUTADOS.- ¡Si!
El señor TAGLE.-
¿Puede alguien que conozca el significado común de los términos de nuestra lengua castellana estar convencido de que estos hombres de campo disfruten de libertad?
Varios señores DIPUTADOS.- ¡Si, Señor!
El señor MERINO.- (Presidente Accidental).-
¡Ruego a los señores Diputados respetar al orador!
El señor TAGLE.-
¿Qué es la libertad? ¡Definámosla!
Dice el Diccionario de la Lengua Española: "Facultad natural que tiene el hombre de obrar de una manera u otra y de no obrar, por lo que es responsable de sus actos".
Así entendido el vocablo, ¿existe libertad para los hombres del campo que han caído bajo la tutela de la Corporación de la Reforma Agraria?
Los que trabajaban en la antigua hacienda "Lampa" no querían que fuera expropiada porque estaban conformes con sus condiciones. Incluso, llegaron a La Moneda para solicitárselo al Presidente. Contra la reiterada voluntad de los trabajadores, la hacienda fue expropiada.
¿Y la libertad del campesino para ser dueño de su destino, dónde quedó? ¿Es éste un procedimiento, una demostración de la "Liberación" ofrecida al hombre de campo?
Ahora se les quiere obligar a ingresar a la Cooperativa "O'Higgins", bajo la pena de expulsión.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor TAGLE.-
Ellos se resisten; aceptan quedarse en el asentamiento hasta enterar los 3 años que la ley establece, para luego ser propietarios individuales como se les prometió; pero la CORA les niega esa posibilidad. ¿Es esto libertad? ¿Es ésta la liberación?
Los que se han negado a ingresar a la Cooperativa están temerosos de que una encuesta familiar realizada recientemente, casa por casa, y que luego les hicieron firmar, haya constituido un compromiso para ingresar a aquélla, de lo que en ningún momento se habló durante la elaboración de la encuesta.
Tal es la confianza de los asentados en los procedimientos imperantes en Lampa. ..
Varios señores DIPUTADOS.-
Sí.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Señor Koenig, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor TAGLE.-
Esta es, simplemente, una esclavitud en que al trabajador de campo no sólo se le niega lo que se le ofreció, sino que no se le oye, ni se le permite manejar sus propias cosas. Para la supervivencia del nuevo sistema, para el mantenimiento de la influencia política, es necesario que todos los puestos claves sean usados por los funcionarios de confianza de la CORA,...
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Señor Santibáñez, ruego a Su Señoría guardar silencio.
El señor TAGLE.-
. . .quienes obtienen buenos sueldos y la posibilidad de realizar negocios honrados y de los otros. El cajero del asentamiento "Sol de Septiembre", no es un asentado de la hacienda. . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Ruego a los señores Diputados guardar silencio.
El señor TAGLE.-
Fue traído por el Alcalde y por el señor Abeleida desde Culiprán, en Melipilla.
Por eso, cuando veo con qué calor, aunque cada día con menor entusiasmo, los colegas defienden el nuevo régimen campesino, yo me digo: ¡Qué equivocados están! ¡Qué ilusos si piensan que los campesinos se van a dejar burlar tan simplemente!
Además de lo ya referido, hay algunas cosas nuevas que dar a conocer.
A pesar de que se habla de comunitarismo y de problemas comunes, en muchas oportunidades en que el jefe del área necesita saber la opinión de los asentados, llama a cada uno por separado. Prefieren consultarlos uno por uno, por separado, en la Oficina del Jefe, con la posibilidad de amenazarlos, sin que queden testigos ni constancia en parte alguna, ...
La señora RETAMAL.-
Es mentira.
El señor TAGLE.-
... al mismo tiempo que usan lenguajes lisonjeros qué los hacen aparecer como generosos y blandos, procedimiento que podría contribuir al convencimiento de las bondades del nuevo sistema.
Los asentados del "Sol de Septiembre" miran con seria preocupación el futuro económico al observar que los tranques construidos no reciben el agua necesaria para su acumulación. Por otra parte, hay alrededor de 80 cuadras aradas, en terrenos de mala calidad que producirán poco y, sin embargo, los gastos tendrán que ser pagados por los asentados.
El señor TAGLE.-
Los terrenos están ya secos, no han vuelto a ser trabajados, ni siquiera rastreados. Esto indujo a los asentados a contratar tractores por su cuenta, ya que los del asentamiento les fueron negados desde que se resistieron a ingresar a la Cooperativa y en la actualidad se usan para facilitar los paseos de algunos privilegiados. Han arrendado en Colina un tractor para no perder el año agrícola y pagan Eº 150 en lugar de los Eº 200 que cobra CORA por similar trabajo.
En junio del 68 se constituyó el asentamiento "Lucero". Había allí 7 medieros. La CORA quiso eliminarlos; ellos le rogaron que los dejara continuar con las medias. CORA aceptó, entregándoles 3 hectáreas a cada uno y exigiéndoles el reintegro del 33% del producto, . . .
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor TAGLE.-
... correspondiendo a los medieros los gastos de semillas, animales de trabajo y herramientas, aparte de su labor personal.
A pesar del buen resultado, ya que cada uno entregó Eº 7.000 a la CORA sin gastos para ella, ahora han sido despedidos, no se les proporciona nigún trabajo y en abril deberán dejar sus casas.
¡Más hombres de campo a la cesantía por la actual reforma agraria!
¿Son éstos los dueños de su propio destino?
¡Otro ejemplo más de la que la clase media campesina, constituida por mayordomos y medieros, no tiene cabida en la reforma agraria!
Ante el peligro de que el mediero pueda juntar algún dinero y convertirse en un pequeño capitalista, ¡hay que echarlo a la calle!
En julio del presente año se constituyó el asentamiento de la ex Hacienda "Lo Vargas". A los 14 medieros que allí trabajaban se les ofreció 4 cuadras de tierra individual y los hicieron firmar un contrato de siembra de cebada en común, que tengo en mi poder.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor TAGLE.-
Los medieros sembraron la cebada; pero, repentinamente, cuando los administradores vieron que por el aumento de las precipitaciones pluviométricas el cultivo iba a dar buen resultado, cambiaron de opinión, anularon el contrato con aquéllos y los notificaron de que no los dejarían consecharla.
El señor KOENIG.-
Que se consulte ese caso.
El señor TAGLE.-
Así, otros podrán beneficiarse con el trabajo y esfuerzo de los que labraron la tierra, sin que aquéllos hayan arriesgado nada. Además, se le notificó a los medieros que debían dejar las casas en cuanto cosecharan lo que tienen en el cerco, alrededor de éstas.
El señor TAGLE.-
¡El organismo frío, calculador, esclavizante, no les permite quedarse, a pesar del buen resultado, porque tienen elementos y conocimientos del trabajo en la tierra que durante tantos años han cultivado!
Intervinieron políticos del régimen, el presidente de la Democracia Cristiana de Lampa, el Alcalde, un Diputado del Distrito y otros connotados democratacristianos, pero en lugar de acceder a lo que ellos pedían, el 11 de agosto se les presionó para que formaron el asentamiento.
¡Ofrecimientos apetitosos, luego palabras duras y después nada... ! ¡El sistema de siempre!
El día 18, los medieros de "Lo Vargas", enviaron al señor Pedro Goic, Jefe Zonal de la CORA, una carta cuya copia tengo en mi poder y que dice lo siguiente: "Muy señor nuestro: Los asentados medieros del Asentamiento Central Lo Vargas solicitamos a usted nos autorice a quedar como grupo comunitario compuesto de 11 familias más 5 que hay en el asentamiento El Lucero, respetándonos las siembras que tenemos y la autorización para empezar los nuevos trabajos, en vista de que el año agrícola está tan avanzado. Nosotros, los asentados medieros, solicitamos los potreros 15 y 16 y la isla que tenemos sembrada y devolver el potrero 14. Agradecemos a usted todo apoyo que nos pueda dar. Saludamos a usted en la confraternidad democratacristiana. Hay 16 firmas."
¡Nótese! ¡Confraternidad Democratacristiana! ¡Hermanos tratados como esclavos! ¡Hermanos pisoteados y no indemnizados! ¡Confraternidad Democratacristiana!
Es la réplica a mi intervención' anterior sobre Lampa, se me consideró injusto con los excelentes funcionarios de la CORA.
Yo solamente me he referido al señor Abeleida, quien es, sin duda, culpable de lo que acontece en la zona que él administraba.
Pero, ¿quién es el señor Abeleida?
Aunque aquí han querido defenderlo, acaba de ser trasladado a Rancagua. ¿Entonces? ¿Lo trasladaron por méritos? ¿Lo sacaron de Lampa porque era idóneo para el cargo y lo estaba haciendo demasiado bien?
No, señores Diputados. Fue trasladado, porque los asentamientos de esa zona son un desastre y están fracasando notoriariamente. Lo trasladaron, porque los cargos que formulamos son indefendibles.
Y por si todavía cree alguien que yo hablo sin un claro conocimiento de lo que afirmo, puedo indicarles que una tarde, en esta Cámara, recibí un angustioso y urgente llamado de alguien a quien no conozco. Era la señora madre de Abeleida, que solicitaba amparo porque acababa de ser maltratada por su hijo. Pude comprobar personalmente la constancia que existe en Carabineros de Lampa, donde había sido detenido por este hecho, que tiene el Nº 179, del 4 de agosto de 1969. Los antecedentes pasaron al Juzgado de Policía Local de Lampa.
No deseo entrar en mayores detalles por tratarse de un lamantable episodio familiar; pero no me parece que este funcionario sea acreedor a la defensa entusiasta que le brindan algunos colegas.
En el asentamiento "Sol de Septiembres", y después de denunciar los hechos en esta alta Tribuna, se les pagó 4 meses de asignación familiar.
Se les deben cinco meses y las imposiciones están atrasadas en nueve meses. Esto sucede, a pesar de que, cuando se formó al asentamiento, se les entregó el potrero "La Engorda" para que fuera explotado y para que, con la venta de la leña se cancelarán los gastos previsionales. Estos dineros finalmente los tomó la CORA, y el cajero Hugo Zapata dispuso de ellos para gastos generales.
Pero, frente a tanto desorden e injusticia, ante la presión, ante la amenaza de cesantía sin indemnización, los campesinos se sentían solos y abandonados.
En estas circunstancias, fuimos llamados para explicarnos la realidad que están viviendo, sus angustias y preocupaciones, y para pedirnos un respaldo para luchar por la satisfacción de sus legítimas aspiraciones.
Y aquí estamos, en cumplimiento con sus deseos. Estamos denunciando hechos y seguiremos divulgando los problemas que afectan a esas familias que viven postergadas en sus derechos y burladas en sus eseperanzas.
No es el escándalo lo que nos interesa destacar en nuestras intervenciones. Pareciera que los colegas de los bancos de la Democracia Cristiana no lo entendieran así. Hacemos estas denuncias para que ustedes, señores parlamentarios de Gobierno, pongan atajo a la injusticia y remedio a la incapacidad.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Señor Tagle, ruego a Su Señoría dirigirse a la Mesa.
El señor TAGLE.-
Si, en lugar de tomar nota de nuestras observaciones, se limitan a darse por ofendidos y atacados, quiere decir simplemente que consideran bueno lo que ustedes están haciendo con los campesinos...
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Señor Tagle, ruego a Su Señoría dirigirse a la Mesa.
El señor TAGLE.-
. .. y lo sucede en Lampa es la norma aceptada para todos los asentamientos que, a través de Chile, están liquidando en todos sus aspectos a nuestra agricultura.
Pero los campesinos de Lampa ya no están solos ni desamparados. En conformidad a la ley Nº 16.625 de sindicación campesina, han organizado su propio sindicato llamado "Defensa de Unión de Campesinos de Lampa", la cual solicitó su afiliación a la Federación Provincial de Sinprovincia de Santiago, que está afiliada a su vez, a la Confederación Nacional Sindical Campesina "Provincias Agrarias Unidas", todas instituciones legalmente constituidas.
Con su propia organización sindical, ellos harán respetar sus derechos amenazados a cada instante por quienes, carentes del más elemental sentido social, prescinden del sufrimiento de tantas familias agrícolas que, al estar sin trabajo, tendrán que pulular por los pueblos buscando algún amparo, tratando de rehacer su vida tronchada por un sistema que se dice creado en su beneficio, pero del cual han quedado al margen.
Es éste el primer sindicato de asentados de Chile que, el mes pasado, fue reconocido por las autoridades de los Servicios del Trabajo.
Este hecho constituye la prueba más evidente de que el campesino no sólo ya perdió la fe en tantas promesas que se le formularon, sino que no acepta que sus derechos les sean desconocidos a cada instante y está dispuesto a defenderse al amparo de la ley sindical.
Quieren defenderse, ¡sí, señores!, quieren defenderse de un sistema que, según la Democracia Cristiana, los libera y los hace dueños de su propio destino.
Un señor DIPUTADO.-
¡Así, es, señor!
El señor TAGLE.-
Quieren defenderse, señores Diputados, de las garras de una dictadura aplicada a gente sencilla, pero seria; sin mayor cultura, pero claramente consciente, con una natural inteligencia y capacidad de superación, contra la que nada están logrando los técnicos de asamblea ni menos los teóricos ensayistas.
Mucho se ha hablado a los campesinos de las injusticias en que han vivido y de la necesidad de estar unidos frente a la redentora Democracia Cristiana, para defenderse.
Es eso lo que están haciendo precisamente con el sindicato recientemente formado, para enfrentarse a los que disponen de ellos, de sus bienes, de su trabajo y de su libertad, a su regalado gusto. Y se han apoyado para su defensa, no en la Democracia Cristiana, sino en un Diputado como el que habla, que es empresario agrícola y que por eso mismo conoce los problemas del agro chileno.
Pero es increíble que en una organización de tan vastos alcances, como es la CORA, de tan dilatadas proyecciones, sus ideólogos hayan olvidado lo principal, lo que constituye la base del sistema.
Han olvidado al hombre, al ser humano, a la familia campesina.
Mi colega la señora Retamal todavía cree en las virtudes del actual sistema.
Yo le digo, como conocer de la vidda campesina, como agrónomo, que el camino que elllos defienden está errado y que nada obtendremos a través del odio y la injusticia. Ese odio que han pretendido inculcar en el corazón de los hombres y mujeres del campo se está volviendo en su contra, fomentado por el engaño y la burla de que son víctimas a cada instante.
Y cumplo con el encargo especial de los campesinos asentados de Lampa a pedir a la colega Retamal que visite el asentamiento, conozca la realidad y comprenda la justicia de las reclamaciones de los asentados.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
¡Señor Koenig!
El señor TAGLE.-
Los esforzados hombres de nuestro campo tratan en vano de aferrarse al pedazo de tierra que se les ha prometido. Se sienten engañados, presionados, sin amparo previsional, incomprendidos y privados de los frutos de su trabajo, por un sistema establecido por una democracia calculista antes que real, y por un cristianismo frío antes que sensible.
21.-FACILIDADES PARA EL TRANSPORTE DE TRABAJADORES DE CHILOE A MAGALLANES. OFICIOS
El señor TAPIA.-
Pido la palabra.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor TORO.-
Señor Presidente, ¿Me permite hacer una pregunta al colega señor Tagle?
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Señor Tapia, el señor Toro desea pedirle una interrupción. ¿Podría concedérsela ?
El señor TAPIA.-
No.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
No desea ser interrumpido el orador.
El señor TAPIA.-
Señor Presidente, debo plantear hoy un día un problema que es de vital importancia para la provincia de Chiloé y que dice relación con el éxodo de sus mejores y más vigorosos brazos. En efecto, por falta de posibilidades en la tierra que los vio nacer, los trabajadores deben emigrar periódicamente a la provincia de Magallanes, a la Patagonia argentina y a la Tierra del Fuego, en busca de trabajo que les permita, una vez convertido en salario, solventar sus gastos familiares.
Este año, la razón para partir de Chiloé en busca de mejores horizontes es doble. Debe agregarse, a la pésima situación general del país, la falencia total de la economía chilota, secuela inevitable de desastres climáticos que se vienen presentando desde fines de 1968 y que ha llevado a la agricultura a una situación tal, que hoy en día, en múltiples hogares campesinos no queda ya una papa ni un grano de trigo para alimentarse.
Esto lo comenta la prensa regional en un editorial del día martes 2 de septiembre de 1969, que se encabeza en esta forma : "El hambre se asoma en Chiloé" y que se refiere en forma lata a esta situación de emergencia que está viviendo nuestra provincia.
Pero, para trasladar a los trabajadores a las nuevas faenas que se establezcan, existe sólo una vía de transporte posible de costo económico y que esté de acuerdo con los recursos de estos trabajadores: es la vía marítima, cuyo monopolio para el transportes de pasajeros lo mantiene la Empresa Marítima del Estado, que sirve esta línea con un solo barco, la motonave "Navarino", la cual dispone de 168 acomodaciones de tercera, y 64 de primera, haciendo un total de 232.
Hasta hace pocos días, había en la oficina de Castro, 430 reservas de pasajes, número elevado, debido a que, con motivo de la realización de las faenas propias de la ganadería austral, la movilización de pasajeros es masiva en los meses de septiembre y octubre. Pero dicha oficina sólo está autorizada para vender 70 pasajes, y la de Achao, 20 pasajes; los 152 pasajes restantes los vende la oficina de Puerto Montt.
Señor Presidente, quiero solicitar la venia de la Honorable Cámara para que acuerde enviar un oficio a la Empresa Marítima del Estado, pidiéndole que dé preferencia, durante los meses de septiembre y octubre, a los trabajadores de Chiloé en la venta de pasajes, pues ellos no van a turistear, sino a ganar el pan para los suyos a la provincia de Magallanes y que los organismos técnicos de la Empresa Marítima del Estado consideren la posibilidad de que, en vez de llevar carga en los dos entrepuentes de las bodegas 1 y 2 de dicha motonave, se lleven pasajeros recogidos en los dos puertos citados de Chiloé, Achao y Castro, y si es posible, dando más importancia al primero de ellos, para evitar a estos modestos trabajadores los gastos de un traslado hasta el puerto de Castro que, de por sí, son onerosos.
Deseo también que se solicite, en nombre de la Cámara, al señor Comandante en Jefe de la Armada, disponga que un transporte a su mando traslade, en estos meses críticos, a los esforzado hijos de Chiloé, por una vez, hasta Magallanes. Y esto lo solicito recordando que ellos, por intermedio de un Galvarino Riveros, de un Gómez Carreño, de un Braulio Bahamonde, de un Almirante Quintana Oyarzún y de tantos otros, entregaron su aporte como héroes, grandes jefes, suboficiales y marineros a esta rama heroica de la Defensa Nacional que nuestra Armada.
El señor GONZALEZ.-
En mi nombre.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría en nombre de la Corporación.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
25.-MEDIDAS PARA ASEGURAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS Y VEHICULOS DESDE EL ARCHIPIELAGO DE CHILOE AL CONTINENTE.OFICIO
El señor TAPIA.-
Señor Presidente, quiero continuar con la palabra para referirme a otro problema que afecta a mi provincia y que es de suma importancia.
Tengo informaciones, por mis continuas visitas a ella, de que el cordón umbilical que une a la Isla Grande de Chiloé y a gran parte del archipiélago con el territorio nacional continental me refiero a los viajes del trasbordador "Alonso de Ercilla"está en vías de cortarse, si no en forma definitiva, por lo menos, temporalmente.
Esta embarcación sui génerisis es la que transporta los vehículos que vienen de Chiloé con pasajeros y los camiones repletos de carga que es conducida hasta los grandes centros de consumo, sobre todo a la capital, con sus productos básicos, como carne, mariscos, papas, que, cuando la producción alcanza más bajos precios, quedan como un excedente; de cueros, maderas, que puede comercializarse en la zona. Esta embarcación, a su vez, retorna con diferentes tipos de carga surtida para abastecer las necesidades vitales de gran parte de la provincia y ahora debe suspender sus viajes para ir a revisión de sus maquinarias.
Lo normal es que esto se haga una vez al año, por razones elementales de seguridad y conservación; pero, por ser esta embarcación una pieza vital que no debe faltar para el desarrollo de esa provincia, no se le ha hecho esa revisión desde hace cuatro años. Debe agregarse a esto que la nave está comandada por el Capitán De Rodt, quien, con una tripulación eficiente, ha logrado formar un equipo que ha dado un servicio eficaz a la comunidad y ha conseguido sacar el máximo de rendimiento a una máquina anticuada y con el deterioro natural causado por los años y un trabajo continuo.
Hoy he recibido un telegrama que firma don Orlando Gessele, Alcalde de Ancud, y presidente de la Junta de Alcaldes de la provincia de Chiloé, que reza a la letra: "Totalidad Alcaldes reunidos en Castro domingo siete, y considerando posible paralización ferry boat con graves consecuencias provincia acordó solicitar gestión parlamentaria a fin no interrumpir normal servicio canal Chacao disponiendo EMPREMAR barcaza o Armada reemplace transportes solucionando aislamiento."
De acuerdo con esto, señor Presidente, deseo que solicite el asentimiento de la Honorable Cámara para enviar un oficio a Su Excelencia el Presidente de la República, pidiéndole que, en caso de ser retirado el ferry boat para hacerle reparaciones, se disponga que el servicio de transporte mencionado lo haga la Empresa Marítima del Estado o la Armada Nacional, con una barcaza motorizada, mientras el ferry boat entra de nuevo en funciones.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
¿Habría acuerdo para enviar el oficio solicitado por el señor Tapia a Su Excelencia el Presidente de la República?
Acordado.
Si le parece a la Cámara, se enviará en nombre de la Corporación.
Acordado.
26.-HOMENAJE AL VECINO Y PATRIARCA DE CHONCHI, DE LA PROVINCIA DE CHILOE, SEÑOR ANTONIO ANDRADE PINTO, CON MOTIVO DE SU FALLECIMIENTO.NOTA DE CONDOLENCIA.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Puede continuar Su Señoría.
El señor TAPIA (de pie).-
Señor Presitdente, debo finalmente rendir un homenaje póstumo a la persona de don Antonio Andrade Pinto, prestigioso vecino y patriarca de Chonchi, localidad de la provincia de Chiloé, quien se ha dormido en el sueño de los justos hace tres días y que durante su vida entera dio pruebas más que suficientes para que hoy día rindamos homenaje a su memoria en esta Honorable Cámara.
Dedicado al comercio honrado durante toda una vida, agricultor progresista, militó en las filas del Partido Liberal y últimamente del Partido Nacional. Supo entregar a la colectividad sus mejores esfuerzos como Regidor y Alcalde de su comuna, como Superintendente del Cuerpo de Bomberos de Chonchi y participó en cuanta organización pudiera dar muestras de un corazón bien puesto.
En nombre de los Diputados del Partido Nacional, solicito al señor Presidente se envíen a su distinguida familia, nuestros sentimientos de pesar.
He terminado.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Se enviarán en nombre del Partido Nacional.
El señor KLEIN.-
En mi nombre.
El señor FERREIRA.-
Y en el mío.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Y en nombre de los señores Klein y Ferreira.
27.-PROBLEMA SANITARIO QUE AFECTA AL CONSULTORIO DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD DE PUERTO VARAS, PROVINCIA DE LLANQUIHUE.OFICIO
El señor KLEIN.-
¿Cuántos minutos quedan, señor Presidente?
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Tres minutos y medio, señor Diputado.
El señor KLEIN.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor KLEIN.-
Señor Presidente, voy a referirme brevemente a un grave problema sanitario que tiene el Consultorio del Servicio Nacional de Salud de Puerto Varas; y me voy a remitir a la que dice textualmente el periódico "El Heraldo Austral", del día 31 de mayo de 1967, porque en la actualidad, el problema sigue igual.
El título dice así: "En el Servicio Nacional de Salud, de Puerto Varas, no hay alcantarillado, no hay luz, y las aguas de lluvia y servidas inundan todo el local". "Los roedores se alimentan con la leche en polvo. Se han consumido 40 cajas. Los matan a palos."
"Las oficinas del Servicio Nacional de Salud de Puerto Varas es el caso más típico, de la dejación de un Jefe de Servicio, que no ha adoptado medida alguna para subsanar la gravedad que encierra la insalubridad de las oficinas de este Servicio en Puerto Varas.
"Una pocilga para chanchos" , dice un título. "Las dependencia del Servicio estarían caras para pocilga de chanchos, por los tremendos contrasentidos de un establecimiento que debería lucir limpio, cómodo y con los elementos sanitarios indispensables."
"No hay alcantarillado", es otro de los títulos. "Para comenzar no existe alcantarillado, el cual fue destruido por el terremoto en el año 60 y las aguas servidas corren por debajo del piso, productos de algo que parecen tazas de W. C."
"Lluvia y aguas servidas", dice otro título. "La competencia es grande en invierno entre el agua de lluvia y las aguas servidas, que pasan del segundo piso al primero, cayendo sobre los alimentos y medicamentos.
"No hay luz.,La instalación es tan buena, que si se enchufa un aparato eléctrico, aparece el cortocircuito. Si se enciende una ampolleta es seguro que se quema, por cuya razón no se puede hacer ni una ni otra cosa.
"Los ratones, grandes beneficiados.Los roedores que moran en esta insalubridad gozan de excelente salud, ya que se alimentan de la leche en polvo, habiéndoce consumido a la fecha nada menos que 40 cajas de leche de la buena. Los funcionarios tienen que darse la tarea de matarlos a palos para no tropezar con ellos".
Señor Presidente, solicito que se envíe oficio al señor Ministro de Salud, a fin de que se aboque, de una vez por todas, a la solución de este problema, porque en Puerto Varas la atención a los imponentes del Servicio de Seguro Social hombres, mujeres y niñosse hace en un estado deplorable. Y cosa curiosa, digna de Ripley: los propios funcionarios han pedido la clausura de este establecimiento, o sea en casa del herrero, cuchillo de palo.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría.
Le resta un minuto al Comité Nacional.
El señor SALINAS (don Anatolio).
¿Me lo concede?
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Tendría que ser con la venia del Comité Nacional.
No hay acuerdo.
Ofrezco la palabra al Comité Nacional.
Ofrezco la palabra.
28.-HOMENAJE EN MEMORIA DE MANUEL CASTILLO, PRESIDENTE DE LA ASOCIACION NACIONAL DE PENSIONADOS DEL SERVICIO DE SEGURO SOCIAL.NOTA DE CONDOLENCIA
El señor MERINO (Presidente accidental).-
El turno siguiente corresponde al Comité Comunista.
El señor FIGUEROA.-
Pido la palabra.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FIGUEROA.-
Señor Presidente, en nombre de los Diputados del Partido Comunista y de la Central Única de Trabajadores, rindo sentido homenaje por el fallecimiento del que fuera hasta hoy en la mañana Presidente de la Asociación Nacional de Pensionados del Servicio de Seguro Social, compañero Manuel Carrillo, viejo y esforzado minero, luchador obrero durante muchas décadas, incansable combatiente y ejemplar militante del Partido Comunista.
En nombre de los Diputados comunistas, solicito que se le envíen a su familia las señales de nuestra más profunda condolencia.
El señor ESPINOZA (don Gerardo).-
Y también en el del Comité Socialista.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Se enviarán en nombre de los Diputados comunistas y del Comité Socialista.
29.-DEUDA DE LA CAJA NACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS POR APORTES DE LA LEY SOBRE MEDICINA CURATIVA.OFICIO
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Puede continuar el señor Figueroa.
El señor FIGUEROA.-
Señor Presidente, el Quinto Congreso Nacional Ordinario de la Central Unica de Trabajadores, CUT, incorporó en su temario del orden del día, por propia iniciativa y en cumplimiento de las recomendaciones de la Conferencia Sindical Latinoamericana de Seguridad Social, celebrada en Santiago entre los días 2 y 5 de julio de 1968, el examen y profundización de los complejos problemas de la seguridad social.
La Central Unica de Trabajadores de Chile, al incluir en su programática de lucha este nuevo campo de acción reivindicativa, que se traduce en alcanzar un distinto y efectivo sistema de seguridad social dentro del contexto de una transformación progresista de las estructuras nacionales, no ha hecho sino recoger las inquietudes y preocupaciones que se han evidenciado después de la Segunda Guerra Mundial por institucionalizar los principios y derechos comprendidos en el concepto moderno de la seguridad social.
Consecuente con estos anhelos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, suscrita por Chile en su 'oportunidad, con más de 20 años de vigencia, dispone en su artículo 25: "Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que la asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad".
La Constitución Política de Chile en su artículo 10, en su último inciso, establece que "es deber del Estado velar por la salud pública y el bienestar higiénico del país".
Por nuestra parte, los trabajadores entendemos que la seguridad social es un derecho inalienable logrado a través de duras luchas y que, por lo tanto, no es un dádiva ni una limosna.
En razón de la necesidad apremiante de un gran sector de trabajadores de nuestro país, es que gremios organizados, tan importantes como el de la Confederación Nacional de Empleados Particulares, el de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales, el de los gráficos, Marina Mercante y otros, lucharon durante largos años por conseguir atención médica y hospitalaria, a la que no tenían derecho.
En las postrimerías del Gobierno anterior, se logró el envío de un proyecto de ley al Congreso Nacional, el cual alcanzó a ser discutido en su primer trámite. Posteriormente, y gracias a la movilización de los trabajadores, se logró interesar al nuevo Gobierno, a fin de reiniciar los estudios relativos a la medicina curativa para los empleados, ya que éstos y sus cargas de familia reconocidas, representan 1.680.000 beneficiarios.
Fue preocupación permanente de los organismos sindicales y de las fuerzas populares de Izquierda, que representan a los trabajadores del país, lograr que se legislara de la manera más simple y efectiva, y, fundamentalmente, que se contemplaran las prestaciones mínimas y un adecuado financiamiento, con la participación efectiva del sector patronal, ya que si no se contaba con recursos, ello sería tan negativo como la Ley de Asignación de Escolaridad, la que nunca pudo ponerse en práctica.
Durante la discusión del proyecto de ley en el Senado, se pudo apreciar cuál sería la actitud del Gobierno democratacristiano, ya que el representante del Ejecutivo, el entonces Subsecretario de Hacienda, señor Andrés Zaldívar, defendió no sólo la posición del Gobierno, sino que también la
del sector patronal. La defensa del Subsecretario dio como resultado la no participación del patrónEstado y patrónsector privado, restando del financiamiento un considerable aporte. De esta manera el proyecto de ley sólo contempló el aporte de los trabajadores activos y pasivos a través del 1% de sus sueldos y salarios y de otro 1% de las Cajas de Previsión. En otras palabras, el financiamiento de la ley Nº 16.781, promulgada el 2 de mayo de 1968, lo hacen solamente los sufridos trabajadores de los sectores público y privado.
Este Gobierno ha agravado a términos increíbles la situación de abandono y desfinanciamiento con que se mantienen los servicios de salubridad del país. Hoy me toca denunciar en la Honorable Cámara, el incumplimiento de las disposiciones que sobre financiamiento del Servicio Médico Nacional de Empleados (SERMENA) establecen las leyes sobre Medicina Preventiva y Medicina Curativa. Esta última ley fue firmada solamenemente, con la fanfarria publicitaria que acostumbra este Gobierno, en el Salón Rojo de La Moneda, con fines de mera propaganda política para dar la imagen de un gobierno progresista y avanzado.
¿Cómo ha cumplido el Gobierno con los deberes que le señalan dichas leyes?
En primer lugar, debemos establecer que la ley Nº 16.781 tiene 15 meses de vigencia. Durante este lapso debió haber recibido el SERMENA, por aporte de los imponentes activos y pasivos de la Caja de Empleados Públicos y Periodistas y por aportes del propio Instituto Previsional que fija la citada ley, la suma de Eº 29.085.900, correspondientes al año 1968; y por los meses de enero a julio de 1969, Eº 30.913.281, o sea, un total de aportes al "Fondo de Asistencia Médica" (FAM) de Eº 59.998.181. Sin embargo, la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas ha entregado al SERMENA la suma de Eº 9.198.180 en los dos períodos.
Esto significa que se deben al SERMENA por aportes obligados, contemplados en la ley Nº 16.781, la suma de Eº 50.800.000.
Pero eso no es todo, por cuanto CANAEMPU mantiene con SERMENA otra deuda no despreciable y que se deriva de aportes que no se han entregado, correspondientes al 1,5% de las leyes Nºs. 6.174 y 11.462, y al 3,75% de Medicina Preventiva. En efecto, CANAEMPU debe al SERMENA, por aportes correspondientes a 1968, la suma de Eº 21.948.92, y por los meses comprendidos entre enero y julio de 1969, la suma de Eº 6.834.382, lo cual da un total de Eº 28.782.474 de deudas por aportes a la Medicina Preventiva.
En resumen, la Caja de Empleados Públicos y Periodistas debe al Servicio Médico Nacional de Empleados, por concepto de aportes contemplados en la ley Nº 16.781, de Medicina Curativa, artículo 14, de mayo de 1968 a julio de 1969, Eº 50 millones 800.000; por aportes a las leyes Nºs. 6.174 y 11.462, de Medicina Preventiva, Eº 28.782.474. Total general de deudas a julio de 1969: Eº 79.582.474.
Frente a esta cuantiosa deuda de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, ¿pueden los imponentes impetrar los beneficios del artículo 3º de la ley Nº 16.781, de Medicina Curativa, encontrándose el Servicio Médico Nacional de Empleados tan fuertemente desfinanciado?
Por otra parte, habiendo sido promulgada esta ley en el mes de mayo de 1968; ¿qué razón se ha tenido para retardar, hasta el mes de abril del presente año, la entrega de los "carnet", que identifican a los imponentes como beneficiarios de la referida ley?
¿Cómo se justifica que sólo en el mes de junio de 1969 se haya iniciado el otorgamiento de beneficios mínimos, como la consulta médica, después de transcurridos más de 14 meses de la vigencia de la ley y más de cinco del reglamento, y que aún se mantenga en suspenso la aplicación integral de los beneficios contemplados, como es la hospitalización, la intervención quirúrgica, etcétera, a través del Servicio Nacional de Salud?
Ahora bien, si por mandato de la ley a que nos referimos, el Servicio Nacional de Salud es el organismo encargado de otorgar los beneficios legales mediante convenios celebrados con el Servicio Médico Nacional de Empleados, ¿cómo será posible atendiendo el fuerte déficit presupuestario y de camas de que adolece el SERNASA, que 1.780.000 nuevos beneficiarios de la ley Nº 16.781 de Medicina Curativa sean recibidos en los hospitales del país, sin rechazar un fuerte contingente de beneficiarios de la ley Nº 10.383: obreros, campesinos e indigentes?
Frente a la inobjetable falta de establecimientos hospitalarios en el país, ¿qué sucede con los fondos empozados en el SERMENA desde hace varios años y que están destinados para la construcción del Hospital del Empleado de Santiago, cuyo monto es de alrededor de 20 millones de escudos? Estos fondos fueron obtenidos de los excedentes de asignaciones familiares del sector de empleados particulares, a propuesta de los propios dirigentes, fondos que se desvalorizan año a año, sin prestar beneficio alguno.
Los hechos que he denunciado merecen una respuesta, por cuanto afectan directamente a un gran sector de trabajadores de nuestro país. Se trata de la defensa de la salud del capital humano de la nación.
Los cuadros y estados que demuestran autorizadamente ios manejos indebidos que se han realizado con fondos que pertenecen a los trabajadores y que están destinados al resguardo de su salud, puesto que son de carácter oficial, los pongo a disposición de la Mesa de la Honorable Corporación, para que, si es posible, sean incorporados en la versión oficial. Teniendo en cuenta la gravedad que reviste el incumplimiento de los más elementales deberes éticos y constitucionales, relacionados con la salud de un importante sector de la población chilena, pido que, en nombre del Comité de Diputados de mi Partido, se dirija oficio a la Contraloría General de la República, planteando los siguientes objetivos:
Que se investiguen los hechos denunciados para establecer el monto real que la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, en relación con los aportes legales que establecen las Leyes de Medicina Preventiva y Curativa, adeuda al Servicio Médico Nacional de Empleados;
Que se determine en qué se han empleado los fondos recaudados con este destino; es decir, si han sido entregados por el Fisco o dedicados a otros fines de inversión o de gastos corrientes, y
Que en caso de establecerse que estos recursos han tenido un empleo distinto del que señala su destino legal, la Contraloría denuncie estos hechos, de acuerdo con las obligaciones que le indica su Ley Orgánica, a la Justicia Ordinaria, por cuanto se habría cometido en la especie un delito de malversación de caudales públicos.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
¿Me permite Su Señoría? Ha terminado el tiempo del Comité Comunista.
Con respecto a la petición de inserción, no se puede acceder, por no haber número en la Sala. Sin perjuicio, se enviará el oficio solicitado por Su Señoría, a la Contraloría General de la República, en los términos que usted mismo ha expresado.
30.-NECESIDADES DE LA COMUNA DE CURACO DE VELEZ (CHILOÉ). OFICIOS
El señor MERINO (Presidente accidental).-
El turno siguiente corresponde al Comité del Partido Radical.
Hago presente a Sus Señorías que el Comité Independiente ha cedido sus dos minutos al Comité del Partido Radical. ¿El Comité Socialista tendría inconveniente en que los usara a continuación de los suyos para que empalmaran los dos tiempos?
Acordado.
Tiene la palabra el señor Manuel Ferreira.
El señor FERREIRA.-
Señor Presiden te, haciendo uso de esta alta tribuna, y cuando lo permite la distribución del tiempo de la Hora de Incidentes, me he estado refiriendo, en distintas sesiones, a problemas generales que afectan a la provincia de Chiloé, como también a problemas locales de sus comunas, ciudades y pueblos, que desean salir del atraso colonial en que están sumidos, reclamando el establecimiento de servicios públicos, de servicios sanitarios elementales, de vías de comunicación, facilidades para la explotación agrícola en un pueblo cuya actividad primordial es la agricultura.
Señor Presidente, debo referirme a las necesidades de la comuna de Curaco de Vélez. En primer término, a la instalación de agua potable. Urge la instalación de agua potable en este pueblo. El estudio y los presupuestos están aprobados. Las lluvias excesivas que han afectado a la región sureña, han desbordado los pozos sépticos domiciliarios, contaminando los pozos de captación de agua para el consumo, según lo ha comprobado el Servicio de Higiene Ambiental, hecho que tiene alarmada a la población, por las enfermedades y epidemias que pueden producirse.
Ruego al señor Presidente oficiar, en mi nombre, al señor Director de Obras Sanitarias del Ministerio de Obras Públicas, manifestando la urgencia de la iniciación de las obras de instalación de agua potable en Curaco de Vélez.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría, al señor Ministro de Obras Públicas.
El señor FERREIRA.-
La techumbre del patio cubierto de la Escuela Superior Nº 3 está a punto de derrumbarse, debido a su mala construcción e inclemencias del tiempo, poniendo en evidente peligro la vida de la población escolar, que alcanza a 300 alumnos.
Solicito al señor Presidente oficiar, en mi nombre, a la Dirección de Educación Primaria y Normal y al Vicepresidente de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales sobre la necesidad imperiosa de hacer las reparaciones a este anexo de la Escuela Superior Nº 3 del departamento de Quinchao.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría, al señor Ministro de Educación.
El señor FERREIRA.-
Las comunicaciones telegráficas también se han visto afectadas, quedando la localidad aislada del resto del país por varios días, como consecuencia de estos excepcionales temporales de viento y lluvia. Además, el funcionamiento de la oficina de Correos y Telégrafos es de horario limitado, quedando el pueblo incomunicado fuera de las horas hábiles de trabajo. Es de suma conveniencia, entonces, la instalación de un teléfono público, dependiente de Correos y Telégrafos, o bien de Carabineros de Chile, mientras la Compañía Nacional de Teléfonos, que tiene la concesión en Chiloé, se decide a prolongar sus líneas a la Isla Grande Quinchao.
Pido al señor Presidente oficiar al señor Ministro del Interior, solicitándole, en mi nombre, la solución de este problema de comunicaciones.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría, al señor Ministro del Interior.
El señor FERREIRA.-
Los temporales de lluvia y viento han afectado gravemente a los caminos, generalmente construidos con el esfuerzo de los propios pobladores. Han quedado intransitables, aislando a las comunidades rurales de campesinos, los que no pueden trasladarse a los centros urbanos en procura de solución de sus necesidades más primordiales.
Solicito oficiar, en mi nombre, al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, con el objeto de que la Dirección de Vialidad destine los fondos necesarios para la reparación de los caminos de Quinchao.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por
Su Señoría, al señor Ministro de Obras Públicas.
El señor FERREIRA.-
El problema habitacional adquiere caracteres alarmantes en la localidad de Curaco de Vélez. Los funcionarios de la Corporación de la Vivienda han hecho algunas gestiones de compra de terrenos destinados a este objeto, pero no logran concretarse en términos positivos. Las familias que han sufrido la destrucción de sus míseras viviendas o los matrimonios jóvenes que deben allegarse a casas de sus parientes, mantienen la esperanza de contar algún día con casa propia.
Me permito solicitar al señor Presidente oficiar al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, en mi nombre, con el fin de que ordene a la Corporación de la Vivienda que se aboque al estudio y solución del problema habitacional de este pueblo chilote.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría, al señor Ministro de la Vivienda.
31.-CONSECUENCIAS DE LOS ULTIMOS TEMPORALES EN LA PROVINCIA DE CHILOE.OFICIOS
El señor FERREIRA.-
En seguida, debo referirme a un problema que afecta, en general, a la provincia de Chiloé.
"El hambre se asoma en Chiloé" es el dramático título de un editorial reciente del diario "La Cruz del Sur", de Ancud, la ciudad capital de la provincia. Los que conocemos la realidad chilota podemos atestiguar que esta expresión no es alarmista, sino que representa una afirmación cierta, la verdad con toda crudeza.
En otra oportunidad nos referimos a la catástrofe sufrida por Chiloé la noche del 10 al 11 de diciembre pasado, cuando un vendaval, con carga eléctrica y de alta salinidad, quemó, literalmente, las siembras de papas, de avena, de trigo, de hortalizas, las empastadas y los árboles frutales.
Los funcionarios del Servicio Agrícola y Ganadero, de la Corporación de la Reforma Agraria y del Instituto de Desarrollo Agropecuario, después de una rigurosa encuesta, avaluaron los daños agrícolas, con la pérdida del 57% de las cosechas, en la cantidad de 12 millones y medio de escudos.
La Asociación de Pequeños Agricultores de Chiloé realizó, en abril recién pasado, un congreso, al que tuve el honor de concurrir, donde se reunieron 14 regionales y 169 comités. En intensas jornadas de trabajo se analizaron todos los problemas agropecuarios de Chiloé, y muy en especias las desastrosas consecuencias de los vientos huracanados del mes de diciembre.
Hubo acuerdo para solicitar algunas medidas paliativas y contrarrestar los graves daños económicos sufridos por los campesinos, que se referían, primordialmente, a facilidades extraordinarias para cumplir con los compromisos contraídos por la adquisición de abonos y semillas. Según los casos, estas facilidades podrían consistir en condonación parcial o total de las deudas o simple postergación de ellas, junto a un plan de ayuda alimentaria y de ejecución de algunas obras públicas.
Las medidas y las ayudas esperadas no llegan y la situación se agrava cada día, agregándose las consecuencias de los violentos temporales y las intensas lluvias de este riguroso invierno.
El cultivo tradicional de la papa, que constituye la principal fuente de recursos del campesino chilote, se vio mermada en su cosecha de 800 mil quintales, de un año normal, a 300 mil quintales del presente año. Del producto de la siembra, el agricultor destina la mayor parte a la mantención de su familia, pues la papa es la base de su alimentación cuotidiana; reserva la semilla necesaria para la próxima temporada, y el resto lo comercializa para adquirir otros alimentos, el vestuario, y satisfacer otras necesidades de su hogar. Y si aún hay excedentes, los destina a la engorda de animales: bovinos, ovinos, porcinos y aves, que le proporcionan leche, carne, grasa, lana, etcétera.
Por la escasez, el tubérculo no ha alcanzado para el consumo, y a esta altura del año se están llevando papas a Chiloé, de otras provincias. No hay memoria de que esto haya ocurrido otra vez. No existe papa de semilla; no se ha podido vender, ni se ha podido mantener o engordar animales.
Este es el triste panorama de hambre, miseria, angustia y desesperanza que describe el editorial que estoy comentando.
Pido al señor Presidente oficiar, en mi nombre, al señor Ministro del Interior, para que con fondos de emergencia se ayude a las familias damnificadas.
También, señor Presidente, oficiar al señor Ministro de Agricultura, solicitándole que se tomen las medidas necesarias y de urgencia para proporcionar semillas y abonos que aseguren las siembras de esta temporada y evitar la miseria y el hambre en el año próximo.
Además, señor Presidente, enviar un oficio al señor Ministro de Obras Públicas, pidiéndole la aceleración del plan de reparaciones de obras públicas afectadas por los temporales de este invierno, para lo cual se han destinado fondos extraordinarios, con el objeto de absorber, en parte, el desempleo y cesantía que impera en la provincia de Chiloé.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Se enviarán los tres oficios solicitados por Su Señoría, a los correspondientes Ministerios.
32.-SITUACION DE LOS PRACTICANTES DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD. OFICIOS.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Tiene la palabra don Héctor Ríos.
El señor MERINO (Presidente accidental).-
Por haberse cumplido el objeto de esta sesión, se levanta.
El señor RIOS (don Héctor).-
Señor Presidente, dentro del tiempo concedido al Comité Radical en la Hora de Incidentes, voy a referirme a un problema candente que afecta a la situación económica de los funcionarios practicantes del Servicio Nacional de Salud, que en total suman 2.029 y que en la confección del último escalafón del personal hospitalario han quedado en forma desmedrada, en comparación con el personal de auxiliares de enfermería, que con similitud de funciones sin desconocer su eficiente labor profesionaly con menos años de servicio, han superado en grados y categorías antiguos funcionarios, mujeres y hombres, practicantes del Servicio.
Esta situación es insostenible para el gremio de practicantes hospitalarios. Les significa una pérdida mínima mensual de 300 escudos, que les va a afectar en sus jubilaciones, ya que al no remediarse estas cosas, este personal va a quedar con pensiones miserables. Ese es el principal motivo del porqué funcionarios con más de 30 años de servicios hospitalarios, y que suman 532, no jubilan, esperando un reajuste de sus remuneraciones, reajuste que nunca llega, reajuste de grado y categoría a que se hacen acreedores por su labor abnegada y de largos años como colaboradores experimentados del médico, aun antes de que se crearan los cargos de auxiliares de enfermería.
Los médicos de antaño que hemos servido en hospitales, y específicamente los que hemos actuado en el terreno quirúrgico en provincias y en comunas personalmente, actué durante 30 años en el Hospital de Chimbarongo, tuvimos muchas veces como ayudantes de intervenciones operatorias a practicantes que trabajan junto al médico, sin horario determinado, sino en el común anhelo de estar junto al enfermo, al lado de ese ser anónimo, de ese ser frágil y delicado al que las circunstancias de la vida obligan a llegar a un hospital en busca de la salud perdida, para que, después de reintegrado a la sociedad, sea un ciudadano útil a sí mismo,
El señor ANDRADE.-
Señor Presidente, antes de finalizar esta sesión queremos vendir homenaje a un grupo de 2 mil jóvenes chilenos que desde el sábado G da este mes vienen caminando por las carreteras de las provincias de Valparaíso y Santiago. Iniciaron esta marcha el sábado 6 a las 16 horas y en estos instantes han llegado a la localidad de Polpaico, habiendo recorrido ya 140 kilómetros a pie.
Son dos mil jóvenes, independientes muchos de ellos, que obedecen al llamado de la Central Unica de Trabajadores, y pertenecientes, otros, al Partido Socialista, al Partido Radical, al Movimiento de Acción Popular Unitario, MAPU, y al Partido Comunista.
¿Por qué marcha esta juventud? Ellos lo hacen en protesta contra el régimen capitalista y contra el imperialismo norteamericano, a los que señalan de esta manera como reponsables fundamentales de los males que aquejan a nuestra patria y a la juventud chilena. Ellos comprenden, perfectamente, que los caminos de la juventud en nuestra patria están cerrados en lo que se refiere a estudios, a sus posibilidades de trabajo y que no poseen otras garantías que debieran tener justamente porque la impiden y eso lo entienden perfectamenteel régimen capitalista imperante y el imperialismo norteamericano, que estrangula a nuestro país como a la inmensa mayoría de los de América.
Es impresionante ver la marcha de estos jóvenes que, mañana, a las siete de la tarde, llegarán a esta capital, en el último tramo de la jornada, para incorporarse a las cuatro columnas de trabajadores que marcharán desde distintos puntos de la ciudad para concentrarse en la Plaza Bulnes. Es impresionante, especialmente para quienes la hemos visto. El que habla, como otros parlamentarios de los partidos populares, tuvo oportunidad de acompañarlos durante tres días. Estuvimos con ellos hasta ayer a las doce del día, cuando marchaban entre Calera y LlayLlay.
Si nosotros nos detenemos a pensar un instante, tendremos que concordar en que no es un asunto sencillo; es un asunto bastante serio marchar durante seis días con los pies llagados, con múltiples peligros que han venido sucediendo en el camino. Ambulancias de las Municipalidades de ambas provincias y del Servicio Nacional de Salud han estado recogiendo a los muchachos que, por una u otra razón, han desercionado, ya que su salud ha sido quebrantada.
Finalmente, tenemos que darnos cuenta de que un esfuerzo tan grande de estos jóvenes tiene que tener alguna significación, como ya lo hemos dicho. Están ellos en toda la razón cuando lo hacen; de modo que, a nombre del Partido Comunista, felicitamos a este grupo de dos mil jóvenes chilenos, porque con este esfuerzo están señalando el verdadero sendero que los acontecimientos tendrán que seguir el día de mañana para abrir mayores perspectivas para nuestro pueblo y para ellos mismos.
- Se levantó la sesión a las 22 horas 7 minutos.
Roberto Guerrero Guerrero, Jefe de la Redacción de Sesiones.