Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
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Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- I.- ASISTENCIA.
- II.- APERTURA DE LA SESION.
- III.- ORDEN DEL DIA.
- BENEFICIOS PARA DEUDORES MOROSOS DE IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Exequiel Gonzalez Madariaga
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo
- INTERVENCIÓN : Exequiel Gonzalez Madariaga
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Patricio Aylwin Azocar
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Exequiel Gonzalez Madariaga
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Foncea Aedo
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo
- INTERVENCIÓN : Aniceto Rodriguez Arenas
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Hugo Miranda Ramirez
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Tomas Chadwick Valdes
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo
- INTERVENCIÓN : Exequiel Gonzalez Madariaga
- INTERVENCIÓN : Luis Bossay Leiva
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo
- INTERVENCIÓN : Exequiel Gonzalez Madariaga
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Foncea Aedo
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo
- INTERVENCIÓN : Tomas Chadwick Valdes
- INTERVENCIÓN : Humberto Aguirre Doolan
- INTERVENCIÓN : Patricio Aylwin Azocar
- INTERVENCIÓN : Jaime Barros Perez Cotapos
- INTERVENCIÓN : Exequiel Gonzalez Madariaga
- INTERVENCIÓN : Victor Benito Contreras Tapia
- INTERVENCIÓN : Tomas Chadwick Valdes
- INTERVENCIÓN : Rafael Agustin Gumucio Vives
- INTERVENCIÓN : Luis Fernando Luengo Escalona
- INTERVENCIÓN : Hugo Miranda Ramirez
- INTERVENCIÓN : Jose Placido Musalem Saffie
- INTERVENCIÓN : Alejandro Noemi Huerta
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo
- INTERVENCIÓN : Aniceto Rodriguez Arenas
- INTERVENCIÓN : Volodia Teitelboim Volosky
- INTERVENCIÓN : Jose Ignacio Palma Vicuna
- INTERVENCIÓN : Luis Bossay Leiva
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo
- INTERVENCIÓN : Exequiel Gonzalez Madariaga
- INTERVENCIÓN : Jonas Gomez Gallo
- INTERVENCIÓN : Tomas Chadwick Valdes
- INTERVENCIÓN : Patricio Aylwin Azocar
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo
- INTERVENCIÓN : Tomas Pablo
- INTERVENCIÓN : Jose Ignacio Palma Vicuna
- INTERVENCIÓN : Exequiel Gonzalez Madariaga
- INTERVENCIÓN : Rafael Roberto Tarud Siwady
- INTERVENCIÓN : Jose Antonio Foncea Aedo
- BENEFICIOS PARA DEUDORES MOROSOS DE IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES.
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
- Debido a que muchos de estos documentos han sido adquiridos desde un ejemplar en papel, procesados por digitalización y posterior reconocimiento óptico de caracteres (OCR), es que pueden presentar errores tipográficos menores que no dificultan la correcta comprensión de su contenido.
- Para priorizar la vizualización del contenido relevante, y dada su extensión, se ha omitido la sección "Indice" de los documentos.
REPUBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACION OFICIAL
LEGISLATURA EXTRAORDINARIA
Sesión 40ª en sábado 2 de diciembre de 1967.
Especial.
(De 11.13 a 17.31).
PRESIDENCIA DEL SEÑOR SALVADOR ALLENDE GOSSENS, PRESIDENTE.
SECRETARIO, EL SEÑOR PELAGIO FIGUEROA TORO
INDICE.
Versión taquigráfica
I.- ASISTENCIA
II.- APERTURA DE LA SESION
III.- ORDEN DEL DIA:
Observaciones del Ejecutivo, en segundo trámite, al proyecto que beneficia a deudores morosos de impuestos y contribuciones (Quedan despachadas) 1164
VERSION TAQUIGRAFICA.
Observaciones del Ejecutivo al proyecto sobre consolidación de deudas tributarias.
I.-ASISTENCIA.
Asistieron los señores:
Aguirre D., Humberto;Allende, Salvador;
Ampuero, Raúl;
Aylwin, Patricio;
Barros, Jaime;
Bossay, Luis;
Campusano, Julieta;
Carrera, María Elena;
Contreras, Carlos;
Contreras, Víctor;
Chadwick, Tomás;
Duran, Julio;
Enríquez, Humberto;
Ferrando, Ricardo;
Foncea, José;
Fuentealba, Renán;
Gómez, Jonás;
González M., Exequiel;
Gormaz, Raúl;
Gumucio, Rafael A.;
Juliet, Raúl;
Luengo, Luis Fdo.;
Mauras, Juan Luis;
Miranda, Hugo;
Musalem, José;
Noemi, Alejandro;
Pablo, Tomás;
Palma, Ignacio;
Rodríguez, Aniceto;
Tarud, Rafael;
Teitelboim, Volodia.
Concurrió, además, el Ministro de Hacienda.
Actuó de Secretario, el señor Pelagio Figueroa foro, y de Prosecretario, el señor Daniel Egas Matamala.
II.-APERTURA DE LA SESION.
-Se abrió la sesión a las 11.13, en presencia de 18 señores Senadores.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
Solicito autorización para empalmar las sesiones que han sido citadas para hoy con el mismo objeto.
Si no hay inconveniente, así se acordará.
Acordado.
III.-ORDEN DEL DIA.
BENEFICIOS PARA DEUDORES MOROSOS DE IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Corresponde proseguir la votación de las observaciones del Ejecutivo al proyecto sobre consolidación de deudas tributarias
-Los antecedentes sobre este proyecto figuran en Los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 33a, en 22 de agosto de 1967.
En cuarto trámite, sesión 1ª, en 4 de octubre de 1967. Observaciones:
En segundo trámite, sesión 27a, en 22 de noviembre de 1967.
Informes Comisiones de:
Hacienda (Primero), sesión 43a, en 7 de septiembre de 1967.
Hacienda (Segundo), sesión 52a, en 14 de septiembre de 1967.
Hacienda (Veto), sesión 33a, en 30 de noviembre de 1967.
Discusiones:
Sesiones 44a, en 7 de septiembre de 1967 (Se aprueba en general) ; 53a, en 14 de septiembre de 1967 (Se aprueba en particular) ; 5a, en 11 de octubre de 1967 (Se aprueba en cuarto trámite); 33a, en 30 de noviembre; 34a, 35 a, 36 a, 37 a, 38 a y 39 a, en 1° de diciembre de 1967.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Corresponde votar la segunda observación al artículo 5°. El Ejecutivo propone substituir el segundo inciso de este artículo por el siguiente artículo nuevo:
"Artículo 5°-Declárase que la vigencia del decreto del Ministerio de Obras Públicas N° 1290, de 12 de diciembre de 1966, publicado en el Diario Oficial de 24 de enero de 1967, es a contar del 20 de agosto de 1966."
La Cámara de Diputados aprobó esta enmienda, y la Comisión de Hacienda recomienda adoptar igual criterio.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación el veto, en esta parte.
El señor MUSALEM.-
Tal vez la Mesa podría informarnos acerca de qué trata el decreto 12.290 del Ministerio de Obras Públicas, para saber qué votamos.
El señor CHADWICK.-
Estamos en votación, señor Presidente.
El señor MUSALEM.-
Sólo he pedido una aclaración.
El señor AMPUERO.-
No se puede.
El señor MUSALEM.-
He pedido que se nos diga a qué se refiere el decreto 12.290 y no que se dé lectura a dicho cuerpo legal.
-Se aprueba la observación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Ejecutivo propone sustituir el artículo 6º por el siguiente:
"Artículo 6º-El Servicio de Tesorería, las empresas del Estado, los organismos autónomos y de administración autónoma, las instituciones semifiscales, instituciones filiales de la Corporación de Fomento de la Producción y, en general, todas las instituciones que forman parte del Estado, asignarán prioridad al pago total o parcial de los créditos pendientes y legalmente en condiciones de ser pagados al 30 de septiembre de 1967, de los contribuyentes que lo soliciten para cancelar la totalidad de sus impuestos en mora al 30 de junio de 1967 o la cuota al contado que se exige en el artículo 1° de la presente ley.
"Esta prioridad de pago corresponderá al monto que se indique en la certificación de la deuda, efectuada por el Tesorero Comunal respectivo, o a la parte de ella necesaria para cancelar la cuota al contado según el plazo de pago elegido por el contribuyente. La prioridad se solicitará a más tardar 15 días antes del vencimiento del plazo de 60 días a que se refiere el artículo 1º de esta ley.
"Los créditos cuyo pago total o parcial se efectúe de acuerdo con las normas precedentes, se cancelarán con cheque nominativo a favor del Tesorero Comunal que corresponda".
El señor ALLENDE (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará la observación propuesta.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Concurriremos con nuestros votos a la aprobación de la enmienda sólo con el propósito de que haya ley en esta parte; pero dejamos constancia de que, para los Senadores comunistas, la disposición no es satisfactoria.
-Se aprueba la observación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Ejecutivo propone sustituir el artículo 11 por el siguiente:
"Artículo 11.- Los contribuyentes morosos de impuestos y contribuciones que paguen al contado cualquier tributo adeudado al 30 de junio de 1967, dentro del plazo de treinta días a partir de la fecha de vigencia de esta ley, cancelarán el 60% solamente de las multas, intereses penales y recargos devengados al 30 de junio de 1967."
La Cámara de Diputados rechazó esta enmienda y acordó insistir. La Comisión de Hacienda también propone rechazar el veto e insistir en el artículo primitivamente aprobado por el Congreso.
-Se acuerda rechazar el veto e insistir.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
A continuación, el Ejecutivo ha propuesto sustituir el artículo 12 por el siguiente:
"Artículo 12.- Durante los treinta días siguientes a la publicación de esta ley se suspenderán los retiros de especies, remates y apremios corporales decretados en los juicios sobre cobro ejecutivo de obligaciones tributarias."
La Cámara de Diputados aprobó esta enmienda, y la Comisión de Hacienda recomienda también aprobarla.
-Se aprueba la observación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, corresponde tratar el veto al artículo 13, que consiste en substituir en dicho precepto las palabras "31 de agosto" por "30 de junio".
La Cámara de Diputados aprobó esta enmienda, y la Comisión de Hacienda recomienda adoptar igual criterio.
-Se aprueba la observación, con el voto contrario de los Senadores comunistas.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La siguiente observación recae en el artículo 14. El Ejecutivo propone sustituirlo por el siguiente:
"Artículo 14.- La aplicación del artículo 18 de la ley Nº 16.623 se hará extensiva a ios contribuyentes de la provincia de Osorno y a los de la provincia de Llanquihue que no quedaron comprendidos en esa disposición. Concédese un plazo de 30 días para que procedan a suscribir los convenios de pago a que se refiere el artículo citado."
La Cámara aprobó el veto, en esta parte, y la Comisión de Hacienda recomienda adoptar igual criterio.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará el informe.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
No nos oponemos, porque es nuestro propósito que haya ley en esta parte.
El señor LUENGO.-
Pido que se vote.
-Se aprueba la observación (25 votos por la afirmativa y 2 por la negativa).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
A continuación, el Ejecutivo propone sustituir los artículos 15, 16, 17, 18 y 19.
El señor CHADWICK.-
Pido votación separada respecto de cada uno de los artículos que el Ejecutivo propone suprimir.
El señor PABLO.-
No habría objeto, pues todos ellos versan sobre una misma materia.
¡No dilatemos!
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
¡Desde cuándo acá!
El señor ALLENDE (Presidente).-
Se ha pedido votación separada.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Cámara de Diputados aprobó la observación consistente en suprimir el artículo 15, y la Comisión de Hacienda también recomienda aprobarla.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación el veto. '
- (Durante la votación).
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Cuando discutimos estos artículos en el Senado, nosotros, por diversas razones, nos opusimos a la fusión, ante todo, porque no tuvimos antecedentes suficientes para establecer en qué condiciones se iba a encasillar al personal de depositarios y receptores del Servicio de Cobranza Judicial.
Aun cuando sabemos que el resultado de la votación, cualquiera que sea, no ha de surtir efecto, los Senadores comunistas queremos en este instante dejar constancia de que, para los efectos del enca-siilamiento de este personal, el Servicio de Tesorería debe considerar, además de los cargos desempeñados, el tiempo servido.
Nada ganarían ellos si se los encasillara en el último grado del escalafón. Muchas veces se ha dicho, en especial por el Ejército, que la antigüedad constituye grado; pero ocurre que los grados los ocupan ahora, en este Gobierno, quienes vienen recién incorporándose a los servicios. Por eso, no obstante no influir la decisión de! Senado en lo acordado ya por la Cámara de Diputados, no podíamos dejar pasar esta oportunidad sin insistir en nuestro propósito: que el Servicio de Tesorería tenga presente la antigüedad de esos funcionarios para su encasillamiento, así como también el cargo que desempeñan.
Por las razones expuestas, voto negativamente.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ALLENDE (Presidente).-
Puede fundar el voto Su Señoría.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Me sorprende un poco la recomendación que se nos hace.
Los artículos 151 y 154 de la ley Nº 16.617 surtieron efecto. En virtud de ellos, y en uso de la atribución que le daban, el Jefe del Estado fijó la planta de un servicio, que puede ser renovada o modificada. Por lo tanto, acepto la derogación de esos artículos.
Voto que no.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Resultado de la votación: 16 votos por la negativa y 10 por la afirmativa.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Rechazada la observación.
El señor PABLO.-
Para la insistencia, apliquemos la misma votación.
El señor CHADWICK.-
No.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Procede votar si el Senado insiste o no insiste.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
¿Se insiste o no en el criterio del Congreso?
- (Durante lo, votación).
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
¡Este es el juego de la viroca.... !
El señor PABLO.-
¡Al que le toca le toca.... !
-Se acuerda no insistir (por la insistencia, 17 votos, por no insistir 10 votos).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Artículo 16. El Ejecutivo propone suprimirlo.
La Cámara de Diputados aprobó la supresión. Igual temperamento recomienda adoptar la Comisión.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación la observación.
- (Durante la votación) :
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Pido la palabra.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Puede fundar el voto Su Señoría.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Señor Presidente, votaremos negativamente esta observación porque el artículo 18 otorga facultad al Presidente de la República para que, dentro del plazo de 180 días contado desde la publicación de la ley, proceda a reorganizar el Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos, de conformidad con el artículo anterior. Y dice a continuación el precepto:
"En uso de esta facultad podrá fijar las respectivas plantas del personal, dictar un nuevo Estatuto Orgánico; y fijar sus atribuciones y deberes.
"La aplicación de este artículo no podrá significar, en caso alguno, expiración de funciones para el personal en actual servicio ni disminución o supresión de los cargos contemplados en las plantas vigentes del Consejo de Defensa del Estado, ni disminución de las rentas de que goce su personal, ni alteración del lugar de residencia actual del mismo. La fijación de las plantas dispuestas en este artículo, no hará perder a los funcionarios que se encasillen en ellas, los derechos contemplados en los artículos 59 y 60 del D.F.L. Nº 338, de 1960,....".
Por lo tanto, esa disposición ofrecía al personal del Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos el mínimo de seguridad : la aplicación de los artículos 58 y 60 del Estatuto Administrativo. Con mayor razón, entonces, votaremos en contra de lo aprobado por la Cámara de Diputados.
Reiteramos que el deseo de los parlamentarios fue garantizar, por medio de este artículo, mínima seguridad y tranquilidad en el trabajo a ese personal. Con la decisión de la Cámara queda demostrado que no existe la sensibilidad social de que se habló durante todo el día de ayer para con los funcionarios públicos, ya que, por lo contrario, se entrega al arbitrio de los respectivos jefes el encasillamiento, para que lo hagan a su amaño.
Nada más.
El señor PABLO.-
Señor Presidente, esta disposición no es sino consecuencia de la anterior. Rechazada aquélla, creo que no procede siquiera discutir el veto.
Se dice en este instante que no tendríamos sensibilidad social, pero la verdad es que la ley que ahora se pretende derogar contó con los votos de sectores del FRAP, muy en especial de mi colega el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK.-
Está equivocado Su Señoría.
El señor PABLO.-
Para cerciorarse de que así es, basta leer las actas del Congreso ....
El señor CHADWICK.-
Podría leerlas Su Señoría.
El señor PABLO.-
Por lo dicho, soy partidario del veto, estoy con el criterio de la Cámara de Diputados.
El señor GONZÁLEZ MADARIAGA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ALLENDE (Presidente).-
Puede fundar el voto Su Señoría.
El señor GONZÁLEZ MADARIAGA.-
Tengo la impresión de que existe mucha precipitación en el despacho de este proyecto. Desearía que se hubiese explicado más.
Por ejemplo, en el artículo 16, ¿qué ha observado el Presidente de la República? Se lo faculta para que, dentro del plazo de 180 días, proceda a reorganizar el Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos. Por otra parte, se lo autoriza para fijar la planta del personal. Es decir, se trata de una delegación de facultades.
Ahora bien, el veto suprime esas facultades. Yo diría: bienvenido sea. No se arme al Jefe del Estado de tantas facultades, porque la conducta demostrada por el Ejecutivo en todos los hechos ha sido nada más que una acción de orden político.
No cabe más que aceptar el veto. Esta es mi opinión. Pero veo que los colegas de enfrente han resuelto lo contrario. No sé qué razones hayan tenido.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Nuestra protesta.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
¿Protesta? Yo no le doy facultades al Ejecutivo. Acepto el veto para que no las tenga.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
No surte efecto la votación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Resultado de la votación: 17 votos por la afirmativa y 10 por la negativa.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Aprobada la observación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Artículo 17. El Ejecutivo también propone suprimirlo. La Cámara de Diputados aprobó la observación. La Comisión recomienda, asimismo, aprobarla.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Démosla por aprobada con la misma votación anterior.
El señor CHADWICK.-
Pido votación.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación.
- (Durante la votación):
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Por las razones dadas anteriormente, no.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Resultado de la votación: 15 votos por la afirmativa y 10 por la negativa.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Aprobada la observación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Artículo 18. El Ejecutivo propone eliminarlo también.
La Cámara de Diputados aprobó la observación e igual temperamento recomienda adoptar la Comisión.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación.
- (Durante la votación)
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
El artículo 18 es consecuencia de los anteriores. Dice: "Sólo los cargos que queden vacantes una vez ubicada la totalidad del personal en actual servicio a que se refieren los artículos anteriores, podrán proveerse con personas ajenas al Consejo de Defensa del Estado".
Mediante el veto, que suprime este precepto, queda demostrado el deseo de no respetar la carrera funcionaría de los empleados públicos, ni los derechos que, durante muchos años, han sido conquistados por ellos. No se quiere efectuar un encasillamiento del personal en forma justa, de acuerdo con la antigüedad y el mérito. La derogación del artículo 18 faculta para que personas extrañas al servicio atropellen a antiguos y meritorios funcionarios del Estado.
Por este motivo, voto que no.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Este artículo es consecuencia de lo dispuesto en preceptos anteriores. Por lo tanto, rechazo el veto.
-Se aprueba el veto (16 votos por la-afirmativa y 11 por la negativa).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, el Ejecutivo propone suprimir el artículo 19. La Cámara de Diputados aceptó el veto.
La Comisión también recomienda aprobarlo.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará.
El señor LUENGO.-
Pido votación.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación.
-Se aprueba el veto (15 votos por la afirmativa y 13 por la. negativa).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
A continuación, el Ejecutivo propone suprimir el artículo 20. La Cámara aceptó el veto. La Comisión también recomienda aprobarlo.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Si le parece a la Sala se aprobará.
El señor LUENGO.-
Pido votación.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación.
- (Durante la votación):
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Las disposiciones anteriores ha tenido como finalidad resguardar el derecho de los funcionarios públicos, particularmente los del Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos del Consejo de Defensa del Estado. Así también el artículo 20, cuya supresión propone le veto, concede un beneficio especial a los Receptores y Depositarios del Departamento de Cobranza Judicial de Impuestos al disponer que dichos funcionarios, "con más ele 15 años de servicios, tendrán un plazo de 90 días contado desde la vigencia de la. presente ley, para acogerse a los beneficios establecidos en los párrafos 18 al 20 del Título II del D.F.L. Nº 338, de 6 de abril de 1960, en razón de la fusión del mencionado Departamento con la Tesorería General de la República." Agrega el artículo: "Para calcular el monto de estos beneficios, se tomará como base las rentas percibidas por estos funcionarios en el año 1966,....". Con este precepto se perseguía que el personal con más de 15 años de servicio que fuese mal encasillado y cuyas remuneraciones fueran inferiores a las que percibían, tuvieran la oportunidad, dentro de 90 días, de acogerse al beneficio de la jubilación. La Cámara aprobó la observación. Nuestros votos contrarios al veto no influirán en cuanto a la aprobación de este precepto. No obstante, como una manifestación de descontento por la falta de sensibilidad hacia estos funcionarios, pues la disposición les concede un mínimo de garantía, y consecuentes con nuestra posición, votamos que no.
El señor PABLO.-
Tenía el deseo de votar en contra del veto, pero, realmente, no hay plazo establecido, ni fórmula que permita llegar a un arreglo. Personalmente, tengo el deber de dejar planteado este problema.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Voto que no, como una expresión de voluntad, pues el veto suprime un derecho que se concedía al personal.
-Se rechaza el veto (16 votos por la negativa y 10 por la afirmativa), y no se insiste en el criterio del Congreso (18 votos por la insistencia y 10 por la no insistencia).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Ejecutivo propone suprimir el artículo 21. La Cámara rechazó el veto e insistió en la aprobación del texto primitivo. La Comisión también propone rechazarlo e insistir en el criterio del Congreso.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazará el veto.
El señor LUENGO.-
Pido votación nominal.
El señor CHADWICK.-
Votación nominal señor Presidente.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Estoy de acuerdo con tal petición.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación nominal el veto.
- (Durante la votación):
El señor AYLWIN.-
Como respecto de este artículo, en forma excepcional hay libertad de acción, votaré en contra del veto, pues me parece razonable reconocer al funcionario que efectivamente ha pres tado servicios el derecho a acogerse al sistema previsional correspondiente.
Debo hacer presente, sí, que el artículo tiene un grave defecto: no señala plazo a los beneficiarios para acogerse al precepto. Por consiguiente, en lo futuro, en algún proyecto de ley, propondremos una indicación para fijar un plazo a fin de que los interesados puedan hacer uso de este derecho. No resulta conveniente para el régimen previsional establecer un plazo indefinido para acogerse al referido beneficio, con lo cual, en cualquier momento podrían invocarlo. No es útil establecer una situación de esta naturaleza. Voto que no.
-Se rechaza el veto y se acuerda insistir (29 votos por la negativa).
-Votaron por la negativa los Honorables señores Aguirre Doolan, Allende, Ampuero, Aylwin, Barros, Bossay, Cam-pusano, Carrera, Contreras Labarca, Contreras (don Víctor); Chadwick, Duran, Ferrando, Foncea, Fuentealba, Gómez, González Madariaga, Gormaz, Gumucio, Juliet, Luengo, Mauras, Miranda, Musa-lem, Noemi, Pablo, Palma, Tarud y Teitel-boim.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En cuanto al artículo 24, la Cámara aprobó la supresión propuesta por el Ejecutivo. La Comisión recomienda a la Sala acoger el veto.
El señor CHADWICK.-
Pido votación.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Resultado de la votación: 11 votos por la afirmativa, 9 por la negativa y 6 abstenciones.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Debe repetirse la votación, porque las abstenciones influyen en el resultado.
En votación.
- (Durante la votación).
El señor PABLO.-
En la Comisión voté favorablemente esta indicación del Honorable señor Contreras Tapia. Ahora lo haré contra el veto.
-Se aprueba el veto (15 votos por la afirmativa y 12 por la negativa).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Respecto de la observación recaída en el artículo 28, que tiende a suprimirlo, la Comisión recomienda aprobarla, tal como lo hizo la Cámara de Diputados.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación.
- (Durante la votación).
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Señor Presidente, el artículo 28 se originó en una indicación elaborada por la Diputada democratacristiana señora Juana Dip. Ese precepto, equivocadamente, llegó a la Comisión de Educación Pública, que en ese momento presidía en forma transitoria el Senador que habla. Como no correspondía a esa Comisión emitir pronunciamiento sobre el particular, en lugar de devolverla a la Mesa, me permití suscribir la indicación y trasladarla a la de Hacienda.
Advierto a Sus Señorías que procedí de esa manera, no por tratarse de una señora Diputada de la Democracia Cristiana joven y buenamoza, sino porque mediante tal disposición se consigna un beneficio para la Escuela Santa Teresita, de San Antonio, plantel que cumple una importante función en ese pueblo. Además, la directora de ese establecimiento educacional vino a conversar conmigo, y yo recogí todos los antecedentes del caso. Por tales razones, me permití auspiciar y defender el precepto en referencia.
Pero existe gran contraste entre las palabras y los hechos de los católicos confesionales. La citada escuela atiende más de mil alumnos y cumple una labor que satisface a los pobladores del puerto de San Antonio. Por eso, los Senadores comunistas hemos creído conveniente acoger este artículo, que otorga un beneficio al referido plantel educacional. Pero la Cámara de Diputados lo rechazó y aprobó la observación del Ejecutivo. Sin embargo, todos los días se están aprobando iniciativas que liberan de derechos la internación de autos, vagonetas y otros vehículos para ciertas instituciones.
¿Es más importante otorgar beneficios para que unas cuantas monjitas se paseen en vehículos a lo largo de la ciudad o concederlos para una escuela que proporciona educación a hijos de trabajadores?
Nuestra decisión no se funda en el ánimo de favorecer a un colegio de determinada congregación, sino en la consideración de la función que éste desempeña. Y sobre esa base formulé la indicación.
En esta oportunidad, los Senadores comunistas nos pronunciaremos en contra del veto, por considerar que no ha existido ecuanimidad para resolver este problema.
Voto que no.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Sólo deseo dejar constancia de un hecho: la Democracia Cristiana ha sido tildada de clerical. Se trata de una manifestación extraordinaria, digna de ser recogida, su actitud en este veto que suprime facilidades especiales a una escuela de monjitas, como dijo el Honorable señor Contreras Tapia.
En mi opinión, el beneficio que el Estado otorga a los colegios particulares mediante las subvenciones consignadas en la ley de Presupuestos es suficiente, y lo que debe sostenerse y robustecerse es el sentido laico en la educación del país.
Voto a favor de la observación.
-Se aprueba el veto (16 votos por la afirmativa, 13 por la negativa y 2 abstenciones).
El señor RODRIGUEZ.-
¿No hay ley sobre la materia?
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Queda suprimido el artículo, señor Senador.
A continuación, el Ejecutivo propone sustituir el artículo 31. La Cámara de Diputados aprobó esta sustitución y la Comisión recomienda al Senado acogerla, salvo en lo referente a la segunda frase del inciso segundo, que dice:
"Los Armadores, Agentes de Naves, Embarcadores y otros similares, solicitarán a los Sindicatos o Gremios respectivos el personal señalado en el inciso anterior, para las faenas de la respectiva especialidad. Se exceptúan de esta obligación las faenas que se realicen en naves que laboren en actividades pesqueras, o en naves que transporten a granel cargas líquidas o gaseosas, carbón, carboncillo, o minerales de hierro, cuando no existan convenios o acuerdos directos entre las partes."
El señor LUENGO.-
¿Me permite, señor Presidente?
Como se trata de una disposición muy extensa, solicito que algún miembro de la Comisión, con la venia de la Mesa, dé una explicación al respecto, a fin de entender qué diferencia existe entre el artículo del Congreso y el propuesto por el Ejecutivo.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Se requiere acuerdo unánime de la Sala para acceder a la petición de Su Señoría.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
No hay inconveniente.
El señor PABLO.-
Señor Presidente, éste es un problema bastante complejo, que tiene incidencia, no sólo en las relaciones del trabajo, sino también en las económicas y en la estructura general de todo el régimen de contratación de empleados marítimos.
El Ejecutivo aprobó una disposición que acepta las directivas marítimas, estableciendo algunas limitaciones respecto de las obligaciones que habrán de asumir para los efectos de realizar faenas en actividades pesqueras o en naves que transporten a granel cargas líquidas o gaseosas carbón, carboncillo o minerales de hierro, cuando no existen acuerdos directos entre las partes.
En el caso de productos como el carbón y el carboncillo, cuando se mecanizaron los puertos, se dio una indemnización de carácter especial y con los estibadores se celebró un convenio que alteró la situación existente.
El problema se presenta fundamentalmente en los puertos que se están mecanizando, pues los armadores no pueden pagar a los gremios de trabajadores el mismo régimen de salarios vigente cuando no existía mecanización.
Los gremios están de acuerdo en que se mantenga la frase que la Comisión ha eliminado, y para nosotros es esencial tal medida, pues de otra manera se producirían repercusiones extraordinariamente graves. Desde luego, si no se aprueba el veto, los pescadores tendrían que solicitar el concurso de los estibadores para descargar sus lanchas, y, evidentemente, estos últimos deben concordar en que ello no puede ser así. Del mismo modo, los estibadores están de acuerdo en excluir de la obligación de ocupar sus servicios a la ENAP, que tiene un régimen especial.
Por estas razones, votaremos favorablemente el veto, siempre que no se divida la votación. Si ocurriera esto último, dadas las graves consecuencias que acarrearía, tendríamos que votarlo en contra.
Termino haciendo presente que las organizaciones marítimas -por lo menos las de la zona que yo represento-, por medio de sus dirigentes, han declarado aceptar esta observación en los términos en que está concebida.
El señor CHADWICK.-
Pido división de la votación.
El señor LUENGO.-
Estamos en debate.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Señor Presidente, tal como lo manifestó el Honorable señor Pablo, esta disposición fue solicitada por la Confederación de Trabajadores Marítimos y los empleados portuarios de todo el litoral.
Los Senadores comunistas votaremos negativamente la última parte del inciso segundo del artículo propuesto en el veto, por las razones que paso a exponer.
No regirá la obligación de solicitar el personal necesario a los sindicatos y gremios respectivos, en las faenas que se realicen en las embarcaciones pesqueras. En este aspecto tiene razón el Honorable señor Pablo, porque no sería posible pedir personal de estibadores o marineros de bahía para descargar el producto de la pesca. Pero ¿qué ocurre con las naves que transportan a granel cargas líquidas o gaseosas?
El señor PABLO.-
Ese es el caso de la ENAP.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
En la actualidad esas empresas tienen personal propio encargado de conectar las cañerías del barco a tierra para el desembarque de los productos. Pero no es menos cierto que también realizan maniobras, las cuales no corresponden a los trabajadores contratados por una empresa privada, sino, de acuerdo con sus matrículas, a los marineros de bahía y en algunos casos a los estibadores.
Tampoco tendrá vigencia esa obligación respecto del carbón y el carboncillo.
El señor PABLO.-
Eso se debe a la existencia de convenios ya suscritos.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
En algunos casos no hay convenios. Por ejemplo, a los marineros de bahía, un gremio que se constituyó el año pasado y que sólo recientemente ha empezado a tener vida en los sindicatos, la Inspección del Trabajo les ha negado autorización para 25 matrículas en el puerto de Coquimbo. Sólo se han autorizado 18 matrículas, con el propósito de que los trabajadores no puedan constituir un sindicato legal.
Me parece que este problema afectará básicamente a los marineros de bahía.
En cuanto al carbón, ¿en todos los puertos lo embarcan y desembarcan mecánicamente? Creo que no. En algunos existen los medios mecánicos indispensables para desembarcarlo. ¿O van a obligar a mecanizar todas las operaciones de desembarque, para aumentar el ejército de cesantes, como ha ocurrido en otros lugares, según lo he dado a conocer en esta Sala? Así, la mecanización del puerto de Arica y el atraque de los barcos a los malecones ha originado ¡a cesantía de todos los lancheros.
La Gobernación de Arica ha celebrado convenios con los obreros para incorporar a parte de ellos a la Empresa Portuaria. A pesar de que entre Antofagasta y Arica se ha llegado a completar más de 500 trabajadores, ha sido imposible dar ocupación a 40 que quedaron cesantes con motivo del término de las obras portuarias.
En lo tocante a las faenas propias de los minerales de hierro, se han mecanizado los puertos de Huasco, Caldera, Coquimbo y Chañaral. ¿Y cuál es, en estos instantes, la situación de los obreros portuarios?
Pues bien, este artículo tenía como finalidad resguardar los intereses de los trabajadores.
Convengo en que es indispensable mecanizar las labores de embarque y desembarque de algunos importantes productos, para abaratar sus costos. Pero ¿quién responde de la cesantía? ¿Quién toma las medidas imprescindibles para evitar que obreros y empleados queden cesantes? Esto no lo garantiza nadie, y muchísimos trabajadores quedan sin ocupación.
¿Saben los señores Senadores que los obreros portuarios, afiliados a la Caja de la Marina Mercante, pierden automáticamente su previsión cuando permanecen cesantes durante un año y no se les renueva la matrícula? ¿Saben Sus Señorías que esos obreros se retiran a los 55 años de edad y después deben volver al Seguro Social, para trabajar hasta los 65 -o sea, diez años más- y tener derecho a jubilar?
Estas son las razones que nos mueven a votar en contra de la parte final del inciso segundo del artículo 31.
Y aunque los dirigentes de la COMACH, los señores Juan Cataldo Reyes, Oscar Frías y Enrique Rodríguez, en conversaciones sostenidas ayer, se declararon partidarios de aprobar todo el artículo, a nosotros nos parece demasiado fuerte proceder en igual forma. Por eso, los Senadores comunistas aprobaremos este precepto salvo en el párrafo mencionado, pues acarreará muchos dolores de cabeza a los trabajadores portuarios a lo largo de todo Chile.
La señora CAMPUSANO.-
No sólo dolores de cabeza, sino también hambre y miseria.
El señor FONCEA.-
Esta norma es una demostración muy elocuente y categórica de cómo en algunas Comisiones del Senado se viola abiertamente el Reglamento.
Hemos concurrido aquí para conocer los vetos de] Ejecutivo a un proyecto de consolidación de deudas, pero vemos que el artículo en debate no tiene absolutamente ninguna relación con la idea matriz del proyecto primitivo.
Más aún, este artículo debió haber pasado por la Comisión que se dice técnica, vale decir, la de Trabajo y Previsión Social.
Todas las dificultades que se plantean en estos instantes son consecuencia de no haberse cumplido el Reglamento.
Por eso, para que no haya disposición, y porque me parece poco serio que el Congreso entre a legislar en esta forma, sin conocimiento cabal de la materia, y sobre todo que se postergue a las Comisiones a las cuales corresponde estudiar un precepto de esta índole, votaré contra el veto.
En todo caso, me gustaría saber quién presidía la Comisión en que prosperó esta idea y quién encabezaba la Mesa que no declaró improcedente la indicación respectiva cuando se debatió en la Sala, porque si sentamos este precedente, ello podría significar en lo futuro que ni los presidentes de Comisión ni la Mesa del Senado podrán ejercer su derecho cuando cualquier parlamentario presente una indicación que no guarde relación directa ni indirecta con la materia sobre la cual se legisla.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor RODRÍGUEZ.-
Hay una proposición del Honorable señor Pablo para dividir la votación que, por nuestra parte, aceptamos.
El señor PABLO.-
No he propuesto eso.
El señor TARUD.-
Lo sugirió el Honorable señor Chadwick.
El señor RODRIGUEZ.-
El Honorable señor Pablo lo dijo.
El señor PABLO.-
Manifesté que, si se dividía la votación, tendría que votar en contra de la observación y que, si se votaba en un solo todo, la aprobaría.
Los trabajadores marítimos me expresaron su acuerdo con esta observación. En realidad, hubo largas conversaciones sobre el particular por los efectos económicos que esta disposición produciría.
Creo que debemos adoptar la misma actitud que los trabajadores y aprobar el veto tal como está concebido.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
¿Qué vamos a ofrecer a los trabajadores que quedan cesantes todos los días?
El señor RODRÍGUEZ.-
Tengo una duda y desearía formular una pregunta al Honorable señor Pablo o al Honorable señor Víctor Contreras, que están más interiorizados en este problema.
No veo por qué piensa el Honorable señor Pablo que el veto es más favorable que la disposición primitiva. Esta, última obliga a contratar a todo el personal que señala y a pedirlo al sindicato o gremio correspondiente, conquista por la cual hemos luchado siempre, a fin de dar jerarquía a las organizaciones sindicales. En cambio, en la observación del Ejecutivo desaparece totalmente la obligación de pedir estos personales a los sindicatos y, al parecer, se entrega a los organismos administrativos del puerto.
El señor PABLO.-
Le puedo contestar.
El señor RODRÍGUEZ.-
Tengo esa duda, que se funda en el texto literal del artículo.
El señor PABLO.-
Este veto tiene por misión impedir que se pueda contratar a personas que no estén en posesión de la correspondiente matrícula. Evidentemente, ello no significa que, si no hay trabajo, de todas maneras tengan que ser contratadas. Así ocurriría, por ejemplo, en los puertos mecanizados.
La obligación de contratar a las personas que indica el artículo tiene algunas excepciones.
En primer lugar, se exime de esta obligación a las embarcaciones pesqueras. En verdad, los pescadores no podrían entregar a estibadores la tarea de descarga de sus productos.
También se excluye a las cargas líquidas o gaseosas, que tienen un sistema distinto. Hasta la fecha hay un convenio con ENAP.
De la misma manera se elimina al carbón y al carboncillo en Jos grandes puertos de embarque y desembarque. Hubo indemnizaciones especiales cuando se cambió el sistema antiguo, que tenía un recargo extraordinariamente oneroso.
Igual excepción se hace respecto de los minerales de hierro en los puertos mecanizados.
Nuestro problema es que el costo marítimo gravita de manera muy importante en las exportaciones. Si prosperara el precepto del Congreso, se dificultaría en parte esta actividad.
El señor RODRIGUEZ.-
No ha dado respuesta a mi pregunta.
El señor PABLO.-
Su Señoría dice que si los trabajadores marítimos quedaran acogidos a esta disposición, se podría fijar un tarifado que no corresponde.
Por mi parte debo manifestarle que, si se elimina esta norma, nos veríamos obligados a votar negativamente.
Nuestro deseo es mantener esta conquista.
Sin embargo, debo hacer presente que en la actualidad los trabajadores marítimos no intervienen en las faenas relacionadas con las naves pesqueras ni tampoco en las que se refiere a las cargas líquidas o gaseosas. Lo mismo ocurre con el carbón y el carboncillo en Lota y Corone!, en los puertos mecanizados y en San Antonio, donde se desembarca gran parte de esos productos. Tampoco existe este beneficio en el caso de los minerales de hierro, porque ellos se movilizan por puertos altamente mecanizados.
El gran problema es que estamos en un período de sustitución de puertos no mecanizados por otros que lo están. Como es natural, las condiciones tienen que ser distintas. No podemos aceptar las mismas medidas para trabajos diversos.
Esa es la base de nuestros puntos de vista. Nosotros deseamos aprobar esto, convencidos de que es un avance para los trabajadores. Pero si se tratara de hacer la eliminación antedicha, tendríamos que votar en contra para evitar el grave problema económico que ella originaría.
El señor AYLWIN.-
¿No está clausurado el debate?
El señor CHADWICK.-
Sobre esta materia, no.
El señor RODRÍGUEZ.-
Pedí la palabra cuando se iba a clausurar.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En realidad, se autorizó para usar de la palabra con el objeto de dar antecedentes sobre la materia. Efectivamente, dije que estaba clausurado el debate .cuando en esos momentos me solicitó la palabra el Honorable señor Rodríguez.
En definitiva, lo que interesa al Senado es la información pertinente, porque incluso está pendiente si se divide o no se divide la votación. La Mesa estima que no debe dividirse. Sin embargo, consultaría a la Sala en el caso de que algún señor Senador pidiera división de la votación; es decir, mi deseo es -como siempre-- que haya el máximo de imparcialidad para pronunciarse respecto de este artículo, que es muy importante.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
La cuestión radica fundamentalmente en el inciso segundo.
¿Qué dice el inciso segundo del artículo 31 que tuvo su origen en la indicación patrocinada por las diferentes organizaciones de obreros y empleados portuarios? Establece lo siguiente:
"Asimismo, deberán solicitar el personal de Estibadores al Sindicato o Gremio correspondiente para las faenas de estiba, desestiba, acondicionamiento o movilización de la carga a bordo de las naves de alta mar o especiales, estén éstas a la gira o atracadas a muelles mecanizados, mueles o malecones particulares, fiscales o semifiscales, en puertos marítimos, fluviales o lacustres."
¿Qué se persigue con la disposición anterior? Cuando se discutió el proyecto que creó el gremio de marineros de bahía –que constituía un personal que durante mucho tiempo estuvo organizado en los puertos, pero que no tenía matrícula- se dijo, en una de las disposiciones, que sólo a las naves chilenas se exceptuarían de solicitar personal para realizar maniobras a bordo de los barcos. Por desgracia, en el veto se modificó tal aspiración, y se dejó a criterio de los capitanes de barcos la resolución. Ello ha determinado que barcos extranjeros contraten personal, ya sea en las costas peruanas o ecuatorianas para realizar las maniobras a bordo, por no haber debida protección para los trabajadores chilenos.
Yo pregunto a las personas que elaboraron este veto, cuando se trate de embarque de concentrados, ¿van a llevar estibadores para realizar la faena? Creo que deberán hacerlo obligatoriamente, porque, como saben los señores Senadores, los concentrados no son productos que por sí solos puedan llegar a las bodegas de los barcos.
Por otra parte, ¿hasta cuándo se seguirá autorizando la mecanización de los embarques sin adoptar las medidas pertinentes para proporcionar trabajo a los obreros portuarios? Sabemos que a diario los puertos se están embancando y quedan muy pocos en condiciones aptas para que los barcos nacionales y extranjeros recalen.
Aparte la mecanización, se habla de los altos costos de las faenas de embarque y desembarque. ¿Cuánto pagan en nuestro país por esas faenas los empresarios e industriales del hierro? ¿Qué impuesto pagan? ¿Qué derechos paga, por ejemplo, la Anglo Lautaro por el embarque de salitre, y cómo ha indemnizado a los trabajadores que quedaron cesantes? En 1961, sólo pagó 800 mil pesos; y la gente peregrina a lo largo del país en busca de trabajo. Saben los señores Senadores que para una persona de edad es muy difícil encontrar nueva ocupación.
Ahora se ha planteado el problema relativo a si se puede o no se puede dividir la votación. Concretamente, pido esto último respecto del inciso segundo del artículo 31.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Se ha solicitado división de la votación. La Mesa expresa su criterio adverso, y consultará a la Sala.
La Mesa ha solicitado del señor Secretario los antecedentes relacionados con la discusión del proyecto sobre bancos de fomento, y el criterio que sobre el particular adoptó la Comisión de Legislación y Justicia.
Por lo tanto, consulto a la Sala sobre la petición de dividir la votación.
El señor GONZÁLEZ MADARIAGA.-
El informe de la Comisión de Legislación fue acogido en su oportunidad por la Sala; de manera que es imperativo. En tal caso, formaría parte del estatuto de la Corporación.
El señor GOMEZ.-
se cambia el sentido.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Quiero que la Mesa se pronuncie claramente sobre el problema. Si existe un informe de la Comisión de Legislación, ¿hay algún acuerdo para que pase a formar parte del Reglamento de la Corporación?
El señor MIRANDA.-
El informe a que se ha referido el señor Presidente es de la Comisión de Legislación y Justicia, y figura en la página 625 del Manual del Senado. Recae en una consulta hecha a dicha Comisión, relacionada con un veto del Ejecutivo al artículo 17 del proyecto sobre bancos de fomento.
Deseo saber -cosa que no se ha dicho- si en su oportunidad este informe fue aprobado por el Senado.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
No sólo fue aprobado, señor Senador, sino que el informe rectificó el criterio que el Senado tenía.
El señor MIRANDA.-
¿Se aprobó el informe?
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Se dio cuenta de él a la Corporación.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Y no hubo objeción.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Después de conocer el informe, nuevamente la Sala se pronunció sobre el artículo.
El señor MIRANDA.-
En todo caso, quiero leer la parte pertinente de ese informe. Dice así:
"Es posible que en algunos casos surjan dudas y haya controversia en lo que en sí constituye o debe entenderse por una observación, ya que en un mismo artículo es posible se presenten ideas independientes que pueden subsistir por sí solas y que implican en el hecho la existencia de varias observaciones. Sería necesario, por lo tanto, en esas oportunidades, considerar la situación particular en que se encuentran las observaciones del Ejecutivo."
En el asunto sometido a conocimiento de la Sala, no cabía duda alguna de que el Senado estaba abusando, puesto que, en realidad, al tener del articulo 17, la votación era indivisible. Sin embargo, en el veto propuesto ahora hay que entrar a considerar -no estoy en condiciones de pronunciarme al respecto en estos momentos- si las ideas pueden subsistir en forma independiente. En tal caso, no hay ningún inconveniente para dividir la votación. Esta es la tesis planteada en el informe, y que yo acepto en forma absoluta.
El señor AMPUERO.-
Es una cuestión de hecho.
El señor NOEMI.-
Quisiera dejar claramente establecido, para que no se produzca error, que en el caso de dividirse la votación, nosotros votaremos contra el veto en todas sus partes. De manera que podría producirse el hecho de que, aprobado ya el veto por la Cámara y rechazado por nosotros, no habría ley sobre el particular, con lo cual se haría un flaco servicio a los trabajadores. Por eso creo necesario que los Senadores que han pedido división de la votación piensen en esa circunstancia.
El señor LUENGO.-
En realidad, no está suficientemente claro si procede o no procede dividir la votación.
Como en un momento más seguramente se suspenderá la sesión, quiero proponer que lo hagamos en este instante, a fin de informarnos al respecto. Al reanudarse la sesión, podríamos resolver el asunto, porque, de todas maneras, la sesión deberá ser suspendida.
El señor PABLO.-
No.
El señor GÓMEZ.-
¡Ahora está apurado el Honorable señor Pablo!
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Como declaré en dos oportunidades anteriores, propusimos dividir la votación por no ser partidarios del inciso segundo del artículo 31, por considerarlo un precedente pernicioso para los trabajadores al restringir aún más la ocupación para los obreros portuarios. Pero aquí se ha señalado la existencia de un informe de la Comisión de Legislación y Justicia que establece que no se puede dividir la votación, y además el Honorable señor Noemí nos ha dicho que en el supuesto caso de solicitar nosotros la división los Senadores democratacristianos votarán contra el veto, con lo cual no habría ley sobre la materia. El hecho de amenazarnos no constituye buen argumento.
El señor NOEMI.-
No es amenaza.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Sabemos -en especial, el Senador que habla- que actualmente no hay disposición legal que favorezca a los obreros portuarios. Anunciar que votarán contra el veto, es poco menos que ponernos un revólver al pecho para que digamos: "Muy bien, señores, no nos queda otro camino. El único resguardo que podemos ofrecer a los trabajadores es este veto inconsulto, mal estudiado". Pero en el hecho -repito- no hay actualmente para los trabajadores portuarios una disposición que les ofrezca el debido resguardo. Luego debemos pronunciarnos sobre el artículo 33, por el que también se hacen aplicables a los marinos auxiliares de bahía algunas disposiciones del artículo 31. Insisto en que se trata de un gremio constituido hace muy poco tiempo y formado por gente que no está favorecida por ninguna clase de convenio. Aún más: no han podido constituirse en sindicato por los motivos que he dado a conocer. Así sucedió en el puerto de Coquimbo. De manera que empeorará considerablemente la situación de los gremios no afectos a un contrato con los patrones. Por otra parte, habrá disminución de trabajo para los obreros portuarios.
Quisiera un pronunciamiento categórico sobre el particular, en cuanto a si es efectiva la existencia de una disposición que establece que no se puede dividir la votación. En este último caso, yo retiraría mi petición, siempre y cuando haya un precedente al respecto.
El señor FONCEA.-
¿Estamos en votación?
El señor ALLENDE (Presidente).-
No, señor Senador.
El señor FONCEA.-
Los Honorables señores Pablo y Víctor Contreras -miembros de la Comisión- ya proporcionaron las informaciones pertinentes.
Sin embargo, se ha suscitado ahora una especie de debate general. Y cuando más se habla, más oscura aparece la disposición.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Ayer tuvimos paciencia; ahora esperamos que la tengan Sus Señorías.
El señor CHADWICK.-
Un examen muy somero del informe de la Comisión de Legislación y Justicia, emitido el 5 de abril da 1965, me hace desconfiar de la opinión anticipada por el señor Secretario de la Corporación. Yo no creo que en esa oportunidad la Comisión haya tenido el criterio que en forma sucinta se nos ha dado a conocer.
Por lo contrario, revisando el informe me parece que debe llegarse a la conclusión de que la Comisión distingue el caso particular sometido a su consideración y la doctrina general en materia de división de la votación de las observaciones del Ejecutivo. En cuanto a lo primero, la Comisión tuvo criterio unánime para estimar que la observación en estudio no era susceptible de dividirse, por constituir un solo todo, ya que ninguna de sus ideas podría subsistir independientemente. Concluyó, en consecuencia, recomendando al Senado no dividir la votación. Pero en el problema de fondo, en la cuestión general, la Comisión tiene criterio perfectamente claro; y como no quisiera desfigurarlo, leeré los párrafos pertinentes, que aparecen en la página 630 del Manual del Senado. Dice así:
''No se discute que los vetos pueden aceptarse o rechazarse parcialmente; esto es, aprobando unas y rechazando otras de ¡as observaciones del Ejecutivo. Pero, desde el momento en que una idea constituye en su conjunto una sola observación, un todo, está sometida a la tramitación especial que consagra el artículo 54 de la Constitución Política del Estado, reglamentado por el artículo 172 del Reglamento del Senado.
"En ninguna de las disposiciones citadas se autoriza al Congreso para introducir modificaciones a una observación; por el contrario, su competencia se limita a aceptar o rechazar la proposición del Ejecutivo.
"Es posible que en algunos casos surjan dudas y haya controversia en lo que en sí constituye o debe entenderse por una observación, ya que en un mismo artículo es posible se presenten ideas independientes que pueden subsistir por sí solas y que implican en el hecho la existencia de varias observaciones. Sería necesario, por lo tanto, en esas oportunidades, considerar la situación particular en que se encuentran ¡as observaciones del Ejecutivo."
Por lo tanto, la cuestión es de hermenéutica, de interpretación. Se trata de desentrañar la unidad conceptual de la observación y resolver si ella constituye un solo conjunto o si, por lo contrario, en un mismo artículo, a pretexto de formular una observación, el Ejecutivo introduce dos o más ideas que pueden tener existencia independiente.
¿Quién podrá hacer esa calificación? Exclusivamente el Senado. Por eso, la aceptación del informa que estoy comentando no impone necesariamente ninguna conclusión en el caso particular que nos ocupa. El Senado debe resolver si las ideas mencionadas en el artículo en debate constituyen un solo todo, o si, por el contrario, hay dos o más ideas que tienen vida independiente.
El señor PABLO.-
Señor Presidente, entiendo que el Honorable señor Víctor Contreras ha retirado su indicación.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
No, todavía no.
El señor LUENGO.-
No, no la ha retirado.
El señor PABLO.-
Me correspondió intervenir en la génesis de esta disposición. La indicación que le dio origen llevó mi firma, porque se me informó que el precepto estaba aceptado en su totalidad. Habían sido consultados exclusivamente los servicios del trabajo, pero no se reparó en el problema de carácter económico general. Acudí oportunamente a los despachos del Subsecretario de Hacienda, del Ministro del Trabajo y Previsión Social, y a la Sección Transportes del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y puedo asegurar que ésta, fue la conclusión a que se llegó después de largo debate.
Estoy en condiciones de asegurar, en forma terminante, que el Ejecutivo habría enviado un vetó supresivo en vez de proponer este nuevo artículo, si tales objeciones no se hubieren planteado, porque desde el punto de vista económico general del país, ellas eran fundamentales.
Por lo expuesto, a mi modo de ver, este veto constituye un solo todo que no puede ser dividido.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Del informe leído por el Honorable señor Chadwick podría desprenderse la posibilidad de que los vetos de! Ejecutivo se dividan y hasta de dejarlos en forma tal que contraríen el propósito que envuelven. Esto me induce a participar del criterio de la. Masa, expresado por el señor Secretario, sobre todo porque ese mismo informe dice:
"En ninguna de las disposiciones citadas" --se refiere al artículo 54 de la Constitución Política y al 172 del Reglamento del Sanado- "se autoriza al Congreso para introducir modificaciones a una observación ; ...."
No hay duda de que es una enmienda directa la que se está introduciendo. En efecto, mediante la división da las observaciones del Ejecutivo, se podría llegar una modificación del parecer que contiene el veto presidencial.
El informe concluye así :
"...por el contrario, su competencia se limita, a aceptar o rechazar la proposición del Ejecutivo."
Me parece que cuanto más simple es la interpretación, tanto más tiende a respetar la acción de cada uno de los Poderes. Así podremos llegar a mejores conclusiones y hacer avanzar un poco el carro de la nación.
El señor BOSSAY.-
Estimo que mediante este tipo de debates no podemos lle gar al fondo de la materia planteada por el informe anterior. Personalmente, pienso que el Honorable señor Chadwick, desde un punto de vista estrictamente jurídico, tiene razón. O sea, el Senado puede dividir una votación en un momento dado, siempre que se trate de ideas distintas. Pero me parece que aquí hay dos problemas. Uno, si la teoría jurídica está bien o mal -a. mi juicio, lo planteado está bien-; el otro, si en este caso preciso nosotros creemos que hay ideas independientes o no. Personalmente, como miembro de la Comisión de Hacienda, pienso que en este caso no puede dividirse la votación, porque hay un solo conjunto de ideas.
Si los señores Senadores no miran tanto la frase agregada., que es la que hace la excepción, sino los incisos posteriores, verán que cada una de ellas tiene relación con los anteriores. En efecto, uno empieza diciendo: "Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, ....". En realidad, todos estos incisos forman parte de un solo conjunto. Pero ése es otro problema.
Podemos estar totalmente de acuerdo respecto de la interpretación jurídica que corresponde dar; pero podemos discordar respecto de si se puede o no se puede, en este caso preciso, dividir la votación. Según mi impresión personal, mirando bien el asunto, se trata de un solo conjunto de ideas. Por lo demás, pienso que es mucho mejor para los propios obreros -incluso, desde el punto de vista lógico- que así sea, pues rechazar la disposición sería más perjudicial todavía. Por lo tanto, debe aceptarse, por ahora, lo que se tiene a mano; lo que significa un apoyo, un adelanto o un aporte para los trabajadores.
Nada más, señor Presidente.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ese ha sido el criterio de la Mesa; pero, como queda para Sus Señorías perfectamente claro, una cosa es el informe atinente a un problema que estudió la Comisión, y otra, la interpretación de los Senadores sobre el veto en debate. Por eso, he considerado conveniente consultar a la Sala, pues hay criterios distintos. A juicio de algunos señores Senadores, hay en este veto ideas diversas que pueden subsistir independientemente, mientras otros creen que es un solo todo.
Es la Sala quien debe pronunciarse en definitiva al respecto.
El señor CHADWICK.-
En mi concepto, ilustraría mucho el criterio de la Sala saber cómo procedió la Comisión de Hacienda: si ella entendió que las ideas expresadas en esta observación constituyen un conjunto, o admiten la división.
El señor NOEMI--
Según dijo el Honorable señor Bossay, él las estimó como un todo.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión no fue.unánime al respecto, y recomienda dividir la votación, por mayoría de votos.
El señor CHADWICK.-
O sea, entendió que había ideas separadas.
El señor' FIGUEROA (Secretario).-
Algunos Senadores entendieron que había ideas separadas, y otros, que eran un conjunto.
El señor CHADWICK.-
¿Podríamos saber cómo pensó cada miembro?
El señor BOSSAY.-
Yo voté por considerarlo como un solo todo.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Honorable señor Bossay opinó que era un solo conjunto, y los Honorables señores Víctor Contreras y Contreras Labarca, que eran ideas distintas.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Si la Mesa mantiene su criterio, esto se presentaría para solicitar informe a la Comisión.
El señor JULIET.-
Pero entiendo que a Masa ha consultado a la Sala.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Sí, señor Senador. He consultado a la Sala, y la justificación de la consulta es evidente.
En votación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
¿Se acepta o no se acepta la división de la votación en este caso?
- (Durante la votación).
El señor CHADWICK.-
Me abstengo, porque tengo dudas.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Resultado de la votación: 16 votos por la negativa, 8 por la afirmativa, 1 abstención y 1 pareo.
El señor ALLENDE (Presidente).-
El Senado estima que no debe dividirse la votación.
En votación el veto en su conjunto.
¿Habría acuerdo para aprobar el artículo?
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Deseo fundar mi voto, señor Presidente.
Después de haberse pronunciado el Senado sobre el particular --nosotros habíamos pedido dividir la votación -, nos pronunciaremos a favor de este precepto, por varios motivos. En primer lugar, porque nos lo habían solicitado los dirigentes de a Confederación de Obreros Marítimos y Portuarios y los empleados de la Asociación Nacional. En segundo término, porque en la actualidad no hay ninguna disposición legal para los obreros marítimos, salvo algunos decretos dictados por la Subsecretaría de Marina y la Dirección del Territorio Marítimo.
Sin embargo, estamos en desacuerdo con el inciso segundo, porque por ley restringe el derecho a trabajar en la carga y descarga de ciertos productos en los puertos. Pero ante la posibilidad de que no quede ninguna disposición, por cuanto la Cámara de Diputados ya aprobó esta observación, después de hacer constar nuestros reparos como una manera de liberar nuestra responsabilidad ante los trabajadores marítimos y portuarios del país, votaremos favorablemente la observación.
-Se aprueba.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Propongo a la Sala suspender la sesión por dos horas.
El señor PABLO.-
Por una hora.
El señor JULIET.-
Suspendámosla hasta las tres de la tarde.
El señor GOMEZ.-
Hasta las cuatro, señor Presidente.
El señor ALLENDE (Presidente).-
La Mesa propone suspender la sesión por dos horas.
El señor PABLO.-
No hay acuerdo para suspenderla sino por una hora.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Pondré en votación lo propuesto por 1,¡ Mesa.
El señor JULIET.-
¿Por qué? La Mesa puede suspender la sesión.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Sí, señor Senador, pero solamente por 20 minutos.
Me parece absurdo suspender la sesión sucesivamente por ese tiempo. Propongo suspenderla hasta las tres de la tarde.
¿Habría acuerdo para proceder así?
Acordado.
Se suspende la sesión.
-Se suspendió a las 12.56.
-Se reanudó a las 15.2.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Continúa la sesión.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Corresponde votar el veto del Ejecutivo al artículo 32, consistente en suprimirlo. La Cámara aceptó el criterio del Gobierno. La Comisión de Hacienda también recomienda, aprobarlo.
El señor CHADWICK.-
Pido leer la disposición.
El señor ALLENDE (Presidente).-
El señor Secretario dará lectura al precepto.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El artículo 32, que el Ejecutivo propone suprimir, dice:
"La designación de los personales señalados en el artículo anterior, será efectuada por el correspondiente Inspector designado por el Presidente de la respectiva Oficina de Contratación, de acuerdo con las normas contenidas en el Reglamento General de Trabajo en Bahía.
"Mientras se dicta el nuevo Reglamento de Matrículas, las Oficinas de Contratación de Trabajadores Marítimos de Bahía, Fluviales y Lacustres y de Empleados Marítimos de Bahía, Fluviales y Lacustres, aplicarán en lo que fuere compatible, el Decreto Supremo Nº 153 (M), de 22 de febrero de 1966, publicado en el Diario Oficial de 11 de marzo de 1966, Reglamento General de Matrícula del Personal de Gente de Mar, Fluvial y Lacustre y se entenderán vigentes las matrículas otorgadas hasta la fecha por la Autoridad Marítima, las que serán reemplazadas en su oportunidad, respetándose la antigüedad de su primitivo otorgamiento.
"La realización de las faenas señaladas en el inciso primero del artículo precedente, se entenderá sin perjuicio de las labores propias de los Empleados de Compañías Navieras en Aduana de Valparaíso, definidas en el Anexo Nº 2 del Reglamento General del Trabajo en Bahía, de dicho puerto.
"Estas ultimas funciones que cumplen los Empleados de Compañías Navieras en Aduanas, exclusivamente en Valparaíso, se efectuarán separadamente sólo hasta que se produzca la fusión voluntaria del Sindicato Profesional de éstos con el Sindicato Profesional de Empleados de Bahía del mismo puerto, oportunidad en que la realizará el personal fusionado y se entenderá derogado el artículo 12 bis del Decreto Supremo (M) Nº153, antes señalado."
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación.
- (Durante la votación).
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
En la votación cíe los artículos anteriores, expresé que el Ejecutivo, mediante estos vetos, desconoce la situación en que se encuentra, el personal de empleados y obreros portuarios.
El artículo 32, cuya supresión aprobó la Cámara, dice: "La designación de los personales señalados en el artículo anterior, será efectuada por el correspondiente Inspector designado por el Presidente de la respectiva Oficina, de Contratación, de acuerdo con las normas contenidas en el Reglamento General de Trabajo en Bahía. ¿Qué objeto perseguía esta disposición? Sabemos que los obreros marítimos no tienen trabajo regular, pues éste se encuentra condicionado a la llegada de las embarcaciones a los puertos. Los empleados y obreros tampoco tienen salario fijo, en especial los cargadores. El precepto que ahora se vota permite repartir el trabajo o, corno dicen los católicos, repartir la misericordia.
La señora CAMPUSANO.-
Los democratacristianos no reparten la misericordia.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Existe cesantía en los gremios marítimos.
La dotación de personal es superior a la necesidad, lo que hace necesario efectuar un trabajo a la redondilla, pues, de este modo, se ocupa a la mayor parte del personal. Es decir, se remunera a todos los trabajadores y se empieza por el número uno a dar oportunidad para laborar. Una ve:.: completada la vuelta, de nuevo se comienza por el número uno. Igual cosa sucede entre los empleados, y particularmente entre los cargadores.
Además, debo hacer notar que para intervenir en las faenas marítimas es indispensable estar provisto de la libreta de matrícula que establece el reglamento de policía marítima. Pero sucede que la Empresa Portuaria de Chile otorgó, a lo largo del país, gran cantidad de concesiones que han permitido trabajar en faenas portuarias a mucha gente que no pertenece a sindicatos organizados ni posee la respectiva matrícula. Así, por ejemplo, la Empresa Portuaria ha otorgado las siguientes concesiones : En Iquique: a las compañías pesqueras Tarapacá y Marco Chilena, que mantienen astilleros dentro del recinto del puerto, y a la Corporación de Fomento; en Antofagasta, a la Empresa de Comercio Agrícola, a la Sociedad Molinera del Norte, a la Compañía Carbonífera Lota-Schwager, a ios Ferrocarriles de Antofagasta a Bolivia, a Martínez Pereira y Compañía, a la Sudamericana, Agencia. Marítima y Comercial, a la Chile Exploration Cornpany y a Max E. Bach; en Coquimbo, a la Compañía. Minera Santa Fe, en Valparaíso, a Rodolfo Gabaude, a la Compañía Sud Americana de Vapores, a la Compañía, de Navegación Interoceánica, a A. J. Broom, a Ultramar Agencia Marítima, a Compañía Frutera Sud Americana, a Kenrick y Compañía, a Williamson, Bal-four y Compañía, a Pacific Steam Nave gation Company, a la Empresa 'Marítima del Estado, a Martínez Pereira y Compañía, a Grace y Compañía, a Eduardo Amagada G., a Adolfo López D., a Manuel Zulueta G., etc.- sigue una larga lista referente a ese puerto, que sería ocioso dar a conocer en este momento-; en San Antonio, a La Empresa de Comercio Agrícola, a Harrison y Loeser, a la Pesquera. Harling Limitada, a Depósitos a Granel, a la Pesquera Isesa Sociedad Anónima, a la Cooperativa de Pescadores, al Club Náutico Oceánico, a la Sociedad Mineral "El Teniente", a Eduardo Alonso Gil, a Wagner, Stein y Compañía....
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ha terminado el tiempo de Su Señoría.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Termino diciendo que rechazaremos el veto, porque no se ha preocupado de resguardar el derecho al trabajo.
-Se rechaza el veto (15 votos por la negativa y 11 por la afirmativa). y no se acuerda insistir. (18 votos por la insistencia y 10 votos por la no insistencia).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, el Ejecutivo propone sustituir el artículo 33, por el siguiente: "Las disposiciones del inciso 1º del artículo 31 de esta ley son aplicables a los Marineros Auxiliares de Bahía y al Personal de Tripulantes de la Marina Mercante Nacional".
La Cámara aceptó el veto. La Comisión también recomienda aprobarlo.
El señor CHADWICK.-
Antes de entrar a la votación, solicito a la Mesa se sirva leer los dos incisos del artículo 32 de la ley 16.372.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Dice la disposición:
"Artículo único.- El trabajo correspondiente a los tripulantes de las naves determinado por la letra D) del Nº 1 del decreto supremo Nº 354 de la Subsecretaría de Marina del Ministerio de Defensa Nacional, de 23 de abril de 1963, publicado en el "Diario Oficial" de fecha 17 de mayo de 1963, regido por las actas de avenimiento suscritas o que se suscribieren o por los convenios colectivos celebrados o que se celebren entre el gremio o sindicatos de marineros auxiliares de bahía con la Cámara Marítima de Chile, o el organismo que tuvieren en su representación los armadores, debe ser realizado total y exclusivamente por el personal de marineros auxiliares de bahía, cuando se trate de faenas en naves extranjeras y éstas recalen en puertos chilenos.
"Este trabajo deberá ser pagado en conformidad a las tarifas y condiciones estipuladas en los convenios suscritos o que se suscriban en el futuro entre cada gremio o sindicatos de marineros auxiliares de bahía que existan en los puertos del litoral chileno con la Cámara Marítima de Chile o el organismo que represente a los armadores."
El señor AMPUERO.-
¿Ese es el artículo 31?
El señor FIGUEROA (Secretario) -
Estamos tratando la modificación al artículo 33, señor Senador.
El señor AMPUERO.-
Sí, pero lo que acaba de leer el señor Secretario corresponde al inciso tercero del artículo 31.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
No, señor Senador. He leído la ley Nº 16.372, que es la que se modifica en el artículo 33 aprobado por el Congreso y que el Ejecutivo propone sustituir.
El señor AMPUERO.-
Pero ¿qué artículo de la ley es el que se ha leído?
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El artículo 31 a que se refiere la disposición vetada es artículo del proyecto en debate.
El señor CHADWICK.-
El señor Secretario leyó el artículo 32 de la ley Nº 16.372.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El artículo 31 del proyecto ya se aprobó.
El señor AMPUERO.-
No.
El señor MIRANDA.-
No.
El señor AMPUERO.-
Estaba preguntando a! señor Secretario cuál de los artículos -31 ó 32- es el que se acaba de leer.
El señor FIGUEROA (Secretario),-
Leí el artículo único de la ley Nº 1G.372. ¿Por qué? Porque el artículo 33 del proyecto aplica a lo dispuesto en esa ley lo establecido en el inciso tercero del artículo 31 y en los incisos primero y segundo del artículo 32 del proyecto en discusión.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
¿Se aprueba o no la sustitución solicitada por el Ejecutivo?
La Cámara la aprobó y la Comisión propone aprobarla también.
- (Durante la votación):
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Señor Presidente, no puedo votar una disposición que no está clara.
El señor PABLO.-
El acuerdo del Senado no influye.
El señor CHADWICK.-
El veto es sustitutivo. ¿Cómo no ha de influir?
El señor PABLO.-
Señor Presidente....
El señor ALLENDE (Presidente).-
Puede fundar el voto Su Señoría.
El señor PABLO.-
Este veto es sustitutivo. De no aprobarse, no habría ley sobre la materia, porque ha sido aceptado por la Cámara de Diputados.
Se trata de permitir que el personal de marineros auxiliares de bahía y de tripulantes de la Marina Mercante Nacional tenga los mismos beneficios de que gozan les demás empleados de bahía. De modo que todos ellos han de estar matriculados. En tales condiciones, creo que se haría un flaco favor a los trabajadores a que se refiere esta disposición si se la rechazara.
Por eso, votamos afirmativamente la observación.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Esta disposición conjuga con la del artículo 31, que aprobamos en la mañana.
Debo declarar en términos generales que, a mi juicio, lo que hace falta es una legislación substantiva, que afecte a todo el personal de la Marina Mercante Nacional. Chile cada día disminuye su tonelaje. La ley de cabotaje de la Marina Mercante no ha surtido efecto. Le reservó 50% del cabotaje que se lleve a cabo en el litoral y ese porcentaje no se ha llenado. Tengo entendido que actualmente se trabaja sólo 7% en vez de 50% que consagra la ley. De manera que -vuelvo a decirlo- lo que hace falta es una disposición de carácter general, que resguarde este litoral que afecta al país.
En este caso particular del veto, nuestra resolución debe conjugarse con lo que aprobamos en la mañana y que dice relación con el artículo 31.
Voto que sí.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Señor Presidente, no es ninguna justificación la que se da al decir que debe aplicarse a los marineros de bahía y al personal de tripulantes de la Marina Mercante Nacional lo dispuesto en el inciso primero del artículo 31, porque cada uno de esos trabajadores debe estar en posesión de una libreta de matrícula; y desde el momento en que la gente empieza a trabajar, en que ha sido aprobada la dotación de personal de un gremio determinado, sea que se trate de marineros de bahía o de tripulantes de embarcaciones mayores o menores, cada uno de ellos -repito- debe estar premunido de una libreta de matrícula, otorgada por la Oficina de Contratación de obreros de bahía, presidida ésta por el Inspector del Trabajo del departamento o de la provincia, así como también por intermedio de los representantes patronales. En consecuencia, éste es precisamente un juego que no beneficia en nada a los marineros de bahía. En cambio, la disposición aprobada por el Congreso otorga, en realidad, un beneficio, da mayores seguridades a los trabajadores.
Por tales razones, votamos negativamente esta substitución.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Resultado de la votación: 16 votos por la afirmativa, 10 por la negativa y 1 abstención.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Aprobada la observación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Artículo 34. El Ejecutivo propone suprimirlo.
La Cámara ha desechado esta observación y ha insistido en el texto primitivo. La Comisión recomienda al Senado rechazarla también e insistir.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación.
- (Durante la votación):
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Pido la palabra.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría, para fundar el voto.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Señor Presidente, este proyecto tiene por finalidad, en general, dar facilidades a los deudores morosos. Hemos concurrido a la aprobación de muchos artículos, con el propósito de facilitar a la gente pagar sus contribuciones en la medida de sus fuerzas, A nuestro juicio, es necesario conceder tales prórrogas. Sabemos que es difícil la situación económica, y no sólo la del obrero o del empleado, sino que también la de comerciantes, pequeños industriales o agricultores, y que les dificulta afrontar en su oportunidad el pago de todos los compromisos que mantienen con el Estado.
Pero este artículo trata de conceder beneficios por el concepto de dividendos hipotecarios. Dice: "Los deudores morosos por concepto de dividendos hipotecarios y los deudores morosos por concepto de anticipos de dividendos de la Corporación de la Vivienda, de la Corporación de Servicios Habitacionales y los imponentes del Servicio de Seguro Social, tendrán derecho a celebrar convenios con dichas instituciones en la misma forma y condiciones establecidas en los artículos 1° y 2º de la presente ley; o en la forma que determinen los respectivos Consejos, consolidando las deudas que aquéllos tuvieren con ellas al 31 de agosto de 1967".
¿Por qué se hacen concesiones?
La Cámara ele Diputados ha rechazado algunos vetos y creo que en este caso ha procedido con justicia. Nosotros también lo rechazamos, e insistiremos en la disposición, porque consideramos que es necesario conceder esos beneficios a gente modesta.
Voto que no.
El señor PABLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ALLENDE (Presidente).-
Puede fundar el voto Su Señoría.
El señor PABLO.-
Señor Presidente, esta disposición fue introducida al proyecto por iniciativa de Senadores de estas bancas. Pero el veto deja constancia de un hecho: con fecha de enero de este año, se promulgó la ley Nº 16.609, que estableció un sistema especial para favorecer a los deudores morosos de la Corporación do la Vivienda, de la Corporación de Servicios Habitacionales y de los institutos de previsión.
Estamos volviendo a legislar sobre la materia. En tal circunstancia, no parece conveniente la nueva disposición. Por ello, a pesar de ser autores de la iniciativa, votamos favorablemente la observación.
-Se rechaza el veto (22 votos contra 8), y se acuerda insistir.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, el Ejecutivo propone suprimir el artículo 35.
La Cámara de Diputados aprobó la supresión y la Comisión recomienda adoptar igual criterio.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Ruego al señor Secretario dar lectura al inciso final del artículo 125 de la ley 15.575.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El artículo en referencia dice:
"Artículo 125.- Del rendimiento del impuesto a las compraventas de vinos, establecido en el artículo 1" de la ley 12.120, imputable a la parte de su tasa que exceda del 6%, se destinarán, a partir del año 1963, anualmente Eº 800.000 para el fomento de las cooperativas vitivinícolas del país. A partir del 1? de enero de 1965, esta suma se reajustará anualmente en la misma proporción en que varíe el precio medio del vino de acuerdo con las normas del artículo 48 de la ley 11.256, modificado por el artículo 123 ele la presente ley.
"Hasta el 31 de diciembre de 1967, un 75% de la suma indicada se destinará a! fomento de las cooperativas vitivinícolas de los departamentos de Constitución, Cauquenes y Chanco y demás departamentos ubicados al sur del río Perquilauquén y un 25'% al fomento -de las cooperativas vitivinícolas del resto del país.
"Desde el 1° de enero de 1968, la cantidad indicada en el inciso primero de este artículo, será destinada al fomento de las cooperativas vitivinícolas, en las diversas zonas del país, en la proporción que se determine por decreto supremo expedido por el Ministerio de Agricultura."
El inciso final de este artículo es el siguiente:
"Esta cantidad será entregada anualmente por la Tesorería General de la República a la Corporación de Fomento de la Producción, la que la destinará totalmente al servicio de los empréstitos que para las cooperativas vitivinícolas contrate en Chile o en el extranjero."
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación.
El señor FONCEA.-
Señor Presidente, deploro que la Cámara de Diputados haya acogido el veto a esta disposición, porque a las cooperativas mencionadas en la ley a que dio lectura el señor Secretario ha causado inmenso perjuicio, sobre todo considerando que estos recursos no han llegado a poder de la CORFO para que los distribuya entre ellas.
Ocurre que las cooperativas de Chanco, Cauquenes y Talca, considerando la vigencia del artículo 125 de la ley 15.575, contrajeron una serie de compromisos que aún están pendientes. Estas obligaciones no han podido ser solventadas, entre otras razones, porque la Tesorería no ha puesto les recursos a disposición de la CORFO.
En consecuencia, ese artículo no ha surtido efecto.
Mediante el artículo 35 del Congreso, que ahora ha sido vetado por el Ejecutivo, se subsanaría esta situación para lo futuro.
Sé que nuestra votación no influirá en el resultado final. En todo caso, mantendré mi criterio y votaré contra la observación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Resultado de la votación: 10 votos por la afirmativa, 7 por la negativa y 13 abstenciones.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Debe repetirse la votación.
- {Durante la votación).
El señor PABLO.-
El problema planteado aquí debe ser tratado, simplemente, en la ley de presupuestos, y hemos tomado las medidas del caso para que el ítem sea excedible. Por lo demás, se ha consignado una suma superior para estos fines.
En la zona que represento, las operaciones de crédito de las cooperativas vitivinícolas de Cocharcas, Quillón, Coelemu y Yumbel -tengo entendido que también la de Chanco-, se han hecho por intermedio del Banco del Estado, en combinación con la CORFO.
Como nuestra votación no influye en el resultado, y sé que en la ley de presupuestos se adoptarán las medidas del caso, votaré afirmativamente la observación.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente, los Senadores socialistas populares nos hemos abstenido en esta votación, porque consideramos indispensable, antes de otorgar recursos o de regular los ya consignados a las cooperativas vitivinícolas, proceder a una modificación sustancial del régimen que las regla.
En la realidad del país existe una simulación muy extendida de la cooperativa en esta rama de la producción.
El señor PABLO.-
No en la zona que yo represento.
El señor CHADWICK.-
Tenemos la experiencia de que, so protexto de constituir una cooperativa, se otorga a empresarios más o menos importantes una serie de beneficios: rebajas tributarias, en los fletes, etcétera. En general, domina una verdadera anarquía en esta materia.
Consideramos inconveniente insistir en un sistema mal concebido, peor realizado, y que está permitiendo obtener una serie de ventajas indebidas.
Por eso, estimamos que, por el momento, debemos abstenernos de participar en cualquiera de estas medidas que se consignan en leyes especiales, y así lo hacemos.
-Se aprueba la observación (12 votos por la afirmativa, 6 por la negativa y 12 abstenciones).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, el Ejecutivo propone suprimir el artículo 37. La Cámara de Diputados aprobó esta supresión y la Comisión recomienda adoptar igual criterio.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Resultado de la votación: 10 votos por la afirmativa, 4 por la negativa y 15 abstenciones.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Debe repetirse la votación.
En votación.
-Se aprueba la observación (11 votos por la afirmativa, 4 por la negativa y 15 abstenciones).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, el Ejecutivo propone suprimir el artículo 38.
La Cámara de Diputados rechazó la observación e insistió en el texto del Congreso. La Comisión recomienda igual proceder.
El señor RODRIGUEZ.-
Solicito votación nominal.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Así se hará, señor Senador.
En votación.
- (Durante la votación).
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Quiero decir algunas palabras, señor Presidente.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Puede fundar el voto Su Señoría.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
En primer lugar, esta materia ha inquietado a la opinión pública.
Por otra parte, nos ha preocupado seriamente que no hayan asistido esta tarde algunos sectores que debieran haber estado presentes. Los parlamentarios de Derecha, así como algunos de pseudo Izquierda que siempre han concurrido a estas deliberaciones, no han hecho acto de presencia. Manifiesto por ello mi sorpresa.
Por último, declaro que soy contrario a este veto, por considerarlo manifiestamente injusto.
Voto que no.
El señor AYLWIN.-
Señor Presidente, los Senadores democratacristianos votaremos a favor de esta observación.
Se ha sostenido que su rechazo es una exigencia de justicia para remediar el deterioro que habrían sufrido las pensiones de los funcionarios jubilados. Sin embargo, la verdad es que tal disminución no ha existido.
La situación producida es la siguiente. La ley de reajustes del último año, al establecer una nueva escala de grados y sueldos para la Administración, incluyó en esta nueva escala tanto los antiguos sueldos como el reajuste propiamente tal, así como antiguas bonificaciones o asignaciones que los empleados ya ganaban, pero que no eran imponibles para los efectos legales. De este modo, el sueldo subió nomi-nalmente a veces en cantidades superiores a 50%, aunque el reajuste efectivo de los funcionarios en servicio fluctuó entre 15% y 20'%.
Los jubilados con el beneficio de la "perseguidora" tuvieron un reajuste de sus pensiones, conforme al artículo 99, equivalente al verdadero reajuste de sueldos del personal en actividad. Naturalmente, no tuvieron en sus pensiones el incremento que recibieron las remuneraciones de los funcionarios en servicio gracias a la incorporación en los sueldos de los beneficios que recibían con anterioridad y que no eran imponibles, porque cuando ellos jubilaron esos beneficios no imponibles tampoco fueron considerados para ningún efecto.
En consecuencia, los funcionarios jubilados no han sufrido ningún perjuicio. Percibieron un reajuste de sus pensiones, cuando menos, del orden del 10%, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 99. En cambio, el reajuste que recibirían de aprobarse este artículo, significaría en muchos casos un reajuste superior al 50% de sus pensiones, lo que constituiría un privilegio excepcional.
A quienes protestan contra el artículo 99 y piden su derogación, debo hacerles notar que los directos beneficiarios de la supresión de esta norma serían fundamentalmente los jubilados que gozan de la "perseguidora", no los jubilados en condiciones normales, como se ha dicho; no los más modestos, según ciertos folletos que se nos han repartido. No. Porque la pensión del jubilado dentro del régimen normal, se liquida sobre la base del sueldo promedio obtenido durante los últimos tres años, de manera que le es indiferente el sueldo que gana en actividad la persona que ocupó su cargo.
El señor AMPUERO.-
Eso es lo normal.
El señor AYLWIN.-
Ese sueldo del servidor público en actividad no lo beneficia ni lo perjudica. A los únicos que favorece el sueldo del funcionario en servicio es a los jubilados con "perseguidora".
Ahora bien, los que tienen "perseguidora", dentro de la situación anormal de la previsión social chilena, son, en su categoría de jubilados, los privilegiados del régimen previsional. Así lo establece el Informe sobre Seguridad Social que elaboró la comisión presidida por don Jorge Prat.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ha terminado el tiempo de Su Señoría.
El señor AYLWIN.-
Por tales razones, voto que sí.
El señor BARROS.-
Señor Presidente, a la tinterillada legal de anteayer, se agregaron al día de ayer otras nuevas -hasta terminar con una comedia, con un rosario- por boca del Senador dos veces apostólico: Tomás y Pablo...
-Risas.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Advierto a tribunas y galerías que está prohibido hacer manifestaciones.
El señor BARROS.-
¡Ver para creer, amigos de Tesorería, amigos de ANEF y postergados de la Administración Pública! Cómo la Democracia Cristiana, que tiene, como el dios Jano, dos caras, en la Cámara escribe algo con el codo y Tomás, aquí en el Senado, ¡ ver para creer!, vocero del partido único, lo borra con sus pies, ¡ con los pies de Pablo de Tarso, y yo diría, de metatarso y dedos . ..!
¡ Esto no es serio, señor Presidente!
Se ha gastado más y más, y si hubiera sido posible para el partido único, habrían hecho cualquier cosa por traer desde Estados Unidos a los Honorables señores Reyes y Prado, como han esperado que lleguen de Temuco los Honorables señores Ferrando y Fuentealba, para consumar su atentado contra los derechos previsionales de los trabajadores.
Por sus frutos los conoceréis, dice la Biblia,
¡ No nos da pena por él, porque él es así! Es "disparado".
Lo conocemos y lo estimamos, incluso como amigo.
El señor PABLO.-
¡Me hace competencia Su Señoría en eso de "disparado"!
El señor BARROS.-
¡Nos da pena por su partido, que ha demostrado su doble faz! ¡ Quién no lo conoce! Un buen día, el Senador artífice quiso entregar el Huáscar al Perú, a sabiendas de que al primer tirón de la bahía de Talcahuano se va a pique.
Otro día, en el Canadá, ofreció el Cuadro Verde de Carabineros a la Real Policía Montada.
El Senador Pablo, con esto, va a aumentar su popularidad por Chile entero.
El señor MUSALEM.-
¿Es fundamento de voto? Está haciendo referencias personales.
El señor BARROS.-
Que ha traído el señor Senador.
Su paso por las ciudades de Chile le reportará vítores y aclamaciones por todas partes; las flores cubrirán su cuerpo, ¡claro que las flores no irán solas, sino con macetero y todo.... !
-Risas.
Como lo explicaba el Honorable señor Aguirre Doolan, esta votación también servirá para dejar en claro que el Partido Nacional, que ostentosamente proclamó que sus parlamentarios votarían como lo hicieron los Diputados democratacristianos, aquí ha brillado por su ausencia. Seguramente en los pasillos se encuentran los entretelones de lo que está aconteciendo. Se los ha amenazado, seguramente, con el aumento del impuesto patrimonial o, tal vez, con tocarles lo que más les duele: su bolsillo, sus fundos, sus intereses.
¡Que la ANEF, que los empleados aquí presentes, que todos los trabajadores lesionados con este veto, sepan a quién se debe esta triquiñuela!
Voto por el criterio de la Cámara.
El señor BOSSAY.-
El Honorable señor González Madariaga fundará el voto a nombre del Partido Radical.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Solicito el acuerdo de la Sala para que el Honorable señor González Madariaga pueda fundar el voto en este momento.
Acordado.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Fundaré el voto en nombre de los Senadores radicales.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Puede hacerlo Su Señoría.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
La verdad es que esta votación resulta muy curiosa.
Ante todo, debo hacer presente al señor Ministro de Hacienda que nos habría gustado mucho que él hubiera iniciado este debate explicando las razones que tiene el Ejecutivo para presentar esta observación. Desafortunadamente, no lo ha hecho y actúa aquí como cuerpo catalítico, por presencia.
El señor MOLINA (Ministro de Hacienda).-
Por desgracia, no puedo intervenir, señor Senador.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Le habríamos concedido el tiempo necesario.
El señor GOMEZ.-
Puede hacerlo, señor Ministro.
El señor MOLINA.-(Ministro de Hacienda)
Si la Sala lo autoriza, desearía hablar.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ruego al señor Ministro pedir la palabra.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Deseo que el señor Ministro nos dé una explicación.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Estamos en votación, señor Senador. No puedo ofrecer la palabra al señor Ministro
El señor MUSALEM.-
¿No puede pedir el asentimiento unánime de la Sala?
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Creo que por unanimidad sería posible.
Ruego a la Mesa que no me descuente el tiempo que hemos perdido en esta antesala para conceder algunos minutos al señor Ministro de Hacienda.
El señor PABLO.-
¿Por qué no?
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Continúo, señor Presidente.
Siempre hemos sustentado la política de que en materia previsional haya igualdad, pero no lo hemos conseguido en la práctica.
Se ha dicho aquí que el rechazo del veto significa un gasto de 200 millones de escudos. Lo sostiene la prensa hoy día. Por la verdad emana. de algunos antecedentes que se nos han hecho llegar y de otros que hemos compulsado en las disposiciones legales.
En la ley de presupuestos se consignan, como cuota fiscal en el aspecto previsional, 114 millones de escudos; como cuota para la Caja, 101 millones, y como cuota de revalorización de pensiones, 6 millones. En total, 221 millones de escudos. ¡ Cómo es posible, entonces, que esta disposición, relativa a sólo a una parte de la Administración Pública, represente 200 millones de escudos! En consecuencia, debemos hacer fe en la afirmación que hace el personal interesado, de que el gasto sólo alcanza a 40 millones de escudos. Incluso duplicándolo, no serían más de 80 millones.
Otro antecedente. No hay un proceso igualitario. Son muchos los servicios que han escapado al verdadero gravamen que afecta al sector regido por el artículo 99.
Por eso rechazamos el veto: por la falta de igualdad.
Por otra parte, considero que el señor Ministro ha desempeñado un papel valiente, ha sostenido una posición, aunque no la ha asumido el Gobierno en toda su amplitud. Obsérvese el proceso del comercio. La Constitución consagra la libertad de comercio y, mientras tanto, en este país en subdesarrollo se mantiene un comercio estancado, que hasta las diez y media de la mañana no puede abrir sus puertas. Lo interesante es que se trabaje: eso es lo que el país necesita. Tome experiencia el señor Ministro de lo ocurrido en Gran Bretaña, que ha devaluado su moneda. Los antecedentes que llegan demuestran que esa devaluación ha tenido lugar porque en Inglaterra se ha perdido el sentido del trabajo, porque allí un sector que se ha colocado en el papel de "parvenú", de "gentleman", ha despreciado el trabajo y ha hecho que las exportaciones inglesas en el último tiempo hayan bajado a 18%, mientras Alemania Federal registra 29% en el mismo interregno, e Italia 40%. Lo que se requiere, pues, es trabajo. Pero el Subsecretario del Interior desprecia el trabajo en este país.
Y no sólo es eso. Hemos visto que desde la propia Secretaría de Hacienda salen instrucciones para impedir que la Contraloría General de la República ejerza su ministerio en las aduanas de Chile, es decir, las grandes recaudadoras del país.
¿Por qué el Ministerio de Hacienda permite que se estimulen el agio y la especulación y actúen los gestores en la República? Todo eso, que nos lleva a colocarnos en la situación en que estamos, es incomprensible.
En este instante, no podemos dejar de expresar nuestra extrañeza de que algunos partidos políticos que hicieron público su propósito de votar contra esta observación, ahora brillen por su ausencia, después de haber dicho al país cómo actuarían.
Este proceso que lleva inquietud a algunos sectores y reafirma una situación discriminatoria, es lo que guía a mi partido a votar contra el veto.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Hace varias horas que estamos discutiendo, no el proyecto en sí mismo, sino su artículo 38, que ha constituido una de las causas fundamentales de que durante tres días permanezcamos empantanados en el despacho de esta disposición legal.-
En los fundamentos de voto, se ha dado como razón principal para engañar a la opinión pública la de que esta disposición beneficia exclusivamente a los funcionarios jubilados que gozan de pensión reajusta-ble. Al respecto, debo decir que si bien es cierto que algunos de ellos disponen de medianos recursos para poder vivir, no todos ganan lo suficiente. Y los propios parlamentarios de Gobierno han declarado que, para los efectos de calcular las pensiones, debe tomarse como base los últimos 36 meses trabajados. Desde la partida, esas personas ya no perciben el ciento por ciento, sino 70% de las remuneraciones que debieran recibir. Posteriormente, con la desvalorización monetaria, la carestía de la vida y el descubrimiento hecho por los "cosmonautas económicos" en Chile en el sentido de que es preciso economizar y ahorrar y de que no sólo deben hacerlo los obreros y empleados, sino también los jubilados, la situación se hace más grave.
Entiendo que esta disposición beneficia a todos los empleados públicos del país, pues quienes no son jubilados en la actualidad lo serán mañana.
Recuerdo que cuando se discutió el artículo que nos preocupa, se nos dijo que las pensiones no sufrirían menoscabo; pero la realidad ha sido muy diferente. Los Senadores comunistas estuvimos en aquella oportunidad en contra de esta disposición, y hoy estamos bregando con insistencia por derogarla, y continuaremos en esta batalla, porque no es posible que los problemas se resuelvan a expensas de las necesidades de la gente de trabajo.
En muchas oportunidades se ha sostenido en este recinto que en ninguna parte del mundo los pensionados tienen pensión equivalente al ciento por ciento del sueldo en actividad. Pero ¿quién nos responde del control de precios que debe ejercer la autoridad competente, y de la inflación? Hay una carrera permanente de alzas.
También se ha afirmado que a los campesinos se les han aumentado sus salarios a 6 mil pesos diarios. ¡ Qué cantidad de dinero más fabulosa! Pregunto a los señores Senadores de Gobierno y al propio Ministro de Hacienda, ¿quién puede vivir en este país con esa cantidad de dinero? Es una vergüenza, una verdadera burla, decir a la gente que pueden vivir con seis mil pesos, en circunstancias de que el salario mínimo obrero es de 4 mil 500 pesos. Y ya sabemos a cuánto asciende el sueldo vital de un empleado en nuestro país.
En este momento, se acaban de confirmar una vez más la indolencia y el ningún respeto por la dignidad de los funcionarios públicos. En la Cámara de Diputados se adoptó una actitud consecuente con ellos; sin embargo, en el Senado se ha procedido en forma total y absolutamente contraria.
¿En qué quedamos? ¿Hay uniformidad de pensamiento en la acción parlamentaria del partido de Gobierno? La. opinión pública y las personas presentes en este recinto deben meditar y tomar nota de la actitud de quienes les han ofrecido velar insistentemente por sus intereses. Sin embargo, en -esta ocasión no están los parlamentarios de las bancas de enfrente ni algunos independientes que con mucha frecuencia han ofrecido defender en forma consecuente los intereses de los trabajadores.
Cuando se discutió la ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, se hicieron incompatibles para los obreros dos pensiones mínimas que sobrepasaran un sueldo vital escala A, del departamento de Santiago. Ese solo hecho demuestra, una vez más, la inconsecuencia e indolencia de cierta gente cuando se trata de beneficiar a los trabajadores.
Voto que no.
El señor CHADWICK.-
No cabe la menor duda de que la verdadera causa de la política sostenida por el Gobierno en esta materia ha de encontrarse en la falencia de la caja fiscal y en la penuria generalizada de toda la economía del país. Todo cuanto se diga por los Senadores de Gobierno o por el propio Ejecutivo para justificar un hecho que constituye una tremenda injusticia para los funcionarios que envejecieron en el servicio público y con su honestidad llegaron pobres al término de su carrera funcionaría, no representa sino un conjunto de palabras vacías. Esas afirmaciones suenan a hueco, no tienen ninguna realidad, ya que nadie se podría atrever a sostener cara a cara a esos servidores públicos que es injusto pagar lo que ellos tenían derecho a ganar de acuerdo con sus años de servicios y con la abnegación puesta en el desempeño de sus funciones.
Repito: la verdadera causa hay que encontrarla en la falencia de la caja fiscal, en la crisis general de nuestro economía. Ahí está la responsabilidad del Gobierno.
Esta Administración, que niega a los servidores públicos lo indispensable, ha mantenido una actitud de tolerancia y complicidad con las grandes compañías extranjeras que explotan nuestra principal riqueza: el cobre. En 1966 se permitió que dichas empresas liquidaran sus impuestos al precio artificial de 46 centavos, en promedio, la libra de cobre explotada, en circunstancias de que ese me tal se cotizaba a 69 centavos de dólar la libra en el mercado internacional. La diferencia representa 184 millones de dólares, cantidad que debió ingresas a la economía nacional y que ahora está faltando para las cosas más indispensables en la vida de un país.
No se vengan ahora a cubrir con la túnica del fariseo quienes pretenden defender el interés nacional y, en forma vergonzosa a través del tiempo, en una actitud inexcusable, han permitido que fueran saqueadas las riquezas del país.
Por eso es por lo que nuestra gente está condenada a la pobreza, la miseria y la frustración. Los servidores públicos están condenados a ver cercenadas sus modestas jubilaciones que bien ganaron con lautos años de servicios, porque en este país no hay un Gobierno que defienda el interés nacional, porque Chile está sometido al imperialismo extranjero. Y a consecuencia de todo ello, es muy triste la suerte que se depara a los mejores hombres que entregaron su vida al servicio de la Administración Pública.
Que sepan quienes me oyen dónde está la causa de esa situación. No deben dejarse perturbar por las explicaciones que aquí se han dado. Faltan 184 millones de dólares en las arcas -fiscales, por la complicidad con el imperialismo, por la subordinación en que vive el Partido Demócrata Cristiano frente a las empresas extranjeras.
Por eso, los socialistas populares no detenemos a escuchar las razones dadas por la Democracia Cristiana y por su Gobierno.
Se encuentra presente en la Sala el Mi nistro de Hacienda, uno de los responsables de la forma como se ha vendido u cobre chileno.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ha terminado el tiempo de Su Señoría.
El señor CHADWICK.-
Voto que no,
El señor GUMUCIO.-
Comprendo que es poco simpático tener que votar por la, aprobación del veto.
En verdad, el problema de los funcionarios del sector público, tanto en actividad como jubilados, es muy crítico en lo relativo al monto de sus remuneraciones y pensiones. Ello en razón de que ambas están sujetas y limitadas a las posibilidades económicas y financieras del presupuesto. Esta es una realidad que sería absurdo desconocer.
Por lo tanto, siempre resulta dura la obligación de un partido de Gobierno que tiene la responsabilidad de velar por la distribución de los fondos públicos. Es muy distinta la posición de los partidos opositores. Yo también he sido parlamentario de Oposición. Es simpático dirigirse a las tribunas -donde están los dirigentes de los pensionados- y sacar cálculos de lo que pueda beneficiar a cada partido una actitud favorable a los interesados. Sin duda, este sistema da dividendos de tipo electoral. Es distinta la situación de un partido de Gobierno, que muchas veces debe asumir el papel duro de votar, como en este caso, en forma afirmativa una disposición que no favorece directamente a determinados sectores.
El señor GOMEZ.-
¿Por qué el señor Ministro no explica lo que pasó con lo: Diputados democratacristianos en la Cámara ?
El señor GUMUCIO.-
Lamento que la indicación del Honorable señor Gonzalo: Madariaga para escuchar al señor Ministro de Hacienda no haya sido acogida.
El monto que representaría el pago de este beneficio -por lo menos así se ha afirmado- sería de alrededor de 200 millones de escudos. Quisiera hacer presente que si esa cifra fuera. . ,
El señor CHADWICK.-
El señor Ministro llegó cuando se estaba votando.
El señor GUMUCIO.-
Ruego a la Mesa que se haga respetar mi derecho.
El señor GÓMEZ.-
¿Por qué no nos explica que pasó en la Cámara?
El señor GUMUCIO.-
Con mucho gusto le contestaría.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ruego a los señores Senadores no interrumpir.
El señor GUMUCIO.-
Si la cifra indicada, cercana a los 200 millones de escudos, fuera efectiva, la verdad es que habría permitido otorgar un reajuste bastante apreciable para el sector público en el proyecto que se discutirá próximamente. Puedo decir que esa suma podría cubrir gran parte de lo que significará el tratamiento especial a diversos servicios públicos y Fuerzas Armadas.
Por lo tanto, no es un argumento efectista ampararse en el verdadero monto que significa esta disposición.
Coincido con el Honorable señor Aylwin, en cuanto a que la disposición de la ley de Reajustes del año pasado fue, en general, poco comprendida. Se presentó ante la opinión pública como una exacción que no permitía a los funcionarios jubilado0 gozar de una pensión equivalente al ciento por ciento del sueldo correspondiente en actividad o del promedio de los últimos tres años. Antes se jubilaba con el 50%, y en el proyecto de reajuste ese porcentaje subió a 65%.
El señor RODRÍGUEZ.-
No es así.
- (Manifestaciones en tribunas y galerías).
El señor GUMUCIO.-
No me afectan las manifestaciones de las galerías.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Advierto a las tribunas y galerías que está estrictamente prohibido hacer manifestaciones, y que es mi obligación hacer cumplir la disposición reglamentaria respectiva.
El señor GUMUCIO.-
Antes de dictarse la ley de Reajustes del año pasado, existían diversas asignaciones no imponibles. Al pasar a formar parte del sueldo base, se convirtieron en remuneración imponible y permitieron elevar la cantidad sobre la cual se calculaba la jubilación. Reconozco que en lo relativo a las pensiones "perseguidoras" el problema no era igual; pero el Honorable señor Aylwin ya dejó bien en claro esa situación.
Considero posible y justo que la Comisión de Hacienda estudie, en un proyecto de reajuste próximo, la posibilidad de subir el porcentaje actual de sesenta y cinco por ciento. Y he manifestado a los respectivos dirigentes de los pensionados que estoy dispuesto a realizar las gestiones que sean necesarias para conseguirlo. Ellos lo saben, y por eso estoy seguro de que justificarán la actitud que debo asumir al votar favorablemente el veto.
El señor ALLENDE (Presidente).-
¿Me permite, señor Senador?
Ha terminado el tiempo de Su Señoría.
El señor GOMEZ.-
¡Y no dijo nada de la votación de los Diputados democratacristianos!
El señor GUMUCIO.-
Si se me concede tiempo, lo hará con mucho gusto.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
El Honorable señor Musalem podrá explicar eso durante el fundamento del voto.
El señor LUENGO.-
Al proponerse el año pasado el proyecto que posteriormente se convirtió en la ley 16.617, se estableció una nueva escala en la Administración Pública, en la que se incluyeron asignaciones que antes no eran imponibles. Consideramos positiva esa disposición. Sin embargo, el artículo 99 de esa misma ley determinó que los nuevos sueldos resultaran imponibles sólo en 70% para la escala administrativa, y en 60% para la directiva. En consecuencia, en el hecho, hasta ahora resulta igual para los funcionarios, pues lo que primero se percibía como asignación, después se recibió a título de sueldo, pero no imponible.
Lo que se pretende ahora, mediante la disposición observada por el Presidente de la República, no es sino hacer imponible el ciento por ciento del sueldo que efectivamente reciben los funcionarios en actividad. No puede, de ninguna manera, tacharse de inconstitucional esta disposición, como lo ha hecho el señor Ministro de Hacienda en una información que apareció en la prensa de la tarde, pues la jubilación se financia con las imposiciones que se determinan con relación a los sueldos.
El Honorable señor Aylwin ha sostenido que este asunto interesaría sólo a los jubilados de la Administración Pública, lo que no es efectivo, pues la disposición preocupa tanto a los retirados corno a quienes están en servicio activo. Aun mas, yo diría que para quienes están en este último caso, la situación es todavía más grave, pues, no obstante tener la posibilidad de jubilar por haber cumplido con los requisitos establecidos por las leyes previsionales respectivas, no pueden hacerlo, pues con ello perderían 30% ó 40% del sueldo del personal en actividad.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Menos ahora que se pagará el desahucio en bonos.
El señor LUENGO.-
Mucho menos, como anota el Honorable señor Contreras, cuando se ha anunciado un proyecto do ley -ya ha llegado a la Cámara, según informa un diario de hoy- mediante el cual se pagaría una parte del reajuste en dinero y otra en bonos, y según el cual se limitaría el pago de ese beneficio a determinada cantidad, de la cual también se pagaría una parte en bonos.
La situación para la Administración Pública, tanto para los jubilados como para los funcionarios en servicio activo, no puede ser peor. Ellos tendrán que lamentar ahora -por lo menos, muchos de ellos- haber creído a un candidato que durante la campaña presidencial les ofreció "buena plata" para cuando fuera Gobierno "del pueblo".
Me parece que las razones expuestas durante el debate son más que suficientes como para comprender la injusticia que encierra el veto del Ejecutivo.
En atención a los pocos minutos de que disponemos para fundar nuestros votos, he querido decir sólo estas palabras para manifestar mi rechazo a la observación y mi apoyo a la disposición aprobada por el Congreso.
El señor MIRANDA.-
Por sobre todas las observaciones y fundamentos que puedan formular los Senadores democratacristianos, los Senadores de Gobierno, hay un hecho incuestionable: los propios interesados saben que la forma como viene redactado el veto está perjudicando directamente no sólo a los trabajadores ya jubilados del sector público a quienes se aplicaría, sino, por cierto, como aquí se ha dicho con mucha claridad, a los servidores públicos que están en condiciones de jubilar. Por lo tanto, no es necesario argumentar que esta disposición producirá tai o cual desfinanciamiento.
La situación de hoy es perfectamente clara: en este debate, el Gobierno ha dado una nueva demostración de su deseo de terminar con un sistema previsional que, con todos sus defectos, es más favorable para los trabajadores que el propuesto ahora por el Ejecutivo. No está en juego únicamente la disposición vetada, que sólo tiene por objeto retrotraer las cosas al estado anterior. En esta forma se abre el camino -y esto es lo que el Gobierno hasta ahora no ha querido decir- para establecer una política expoliatoria en materia de sueldos y previsión. Esa es la verdad.
Todos estamos en contra de este veto, conscientes de que significa una expoliación a los trabajadores ya jubilados y a los que están en condiciones de jubilar, y, además, porque abre la puerta a la política salarial anunciada por el Gobierno -pese al compromiso contraído por el propio Presidente de la República con el país-, cuya aplicación está dilatando día a día, como hemos tenido oportunidad de ver en la discusión del veto a este proyecto, a fin de impedir que el electorado do las provincias de Madeco, Cautín y Bie-Bío se percate de la posición del Gobierno. El Primer Mandatario está en mora con el país.
El Presidente de la República ha anunciado que presentará al Congreso un proyecto de ley, y dice que los partidos de Oposición lo rechazan sin conocerlo. ¿Y por qué no lo envía? ¿Por qué el Jefe del Estado aparece durante horas y horas en las pantallas de la televisión chilena y habla en las radioemisoras de todo el país ofreciendo algo favorable al pueblo y, sin embargo, hasta el día de hoy no presenta la iniciativa anunciada por él?
El señor PABLO.-
Ya está en la Cámara de Diputados.
El señor MUSALEM.-
Fue entregada en la Cámara.
El señor MIRANDA.-
No sé si habrá llegado.
Lo anterior, por una razón muy simple e incuestionable: porque la actual política salarial y previsional del Gobierno consiste en hacer recaer sobre los trabajadores todo el peso de una política antinflacionista de efectos dudosos.
El señor FUENTEALBA.-
¡Eso hacían los radicales cuando llegaron al Gobierno del señor Alessandri!
El señor MIRANDA.-
El Honorable señor Fuentealba reclama, porque, sabe que estoy diciendo la verdad.
Este es un golpe más al pueblo de parte de este Gobierno que ofreció "mar: plata" y, en cambio, ahora sólo entrega, sacrificios a la clase trabajadora.
El señor FUENTEALBA.-
¡Qué frescura !
El señor MIRANDA.-
El Honorable señor Fuentealba no gana nada con gritar, porque los hechos lo señalan, y aquí están los trabajadores del Estado, que si ven lo que significa esta política salaria' y previsional del Gobierno.
El señor GUMUCIO.-
¡ Eso es demagogia barata!
El señor PABLO.-
De muy baja ley.
El señor MIRANDA.-
¿Por qué no in-vita ahora a los dirigentes a parlamentar?
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ha terminado el tiempo de Su Señoría?
El señor MIRANDA.-
Voto que no.
El señor MUSALEM.-
Es muy fácil hacer política demagógica cuando no se responde del manejo de la economía del país, de la lucha contra la inflación ni del destino de nueve millones de chilenos. También es muy fácil hacer demagogia cuando se trata de valores numerarios, y ofrecer algo que, en definitiva, no representará mayor poder adquisitivo para los trabajadores. Sabemos a ciencia cierta; -por lo menos, los sectores políticos y di rigentes del país tienen que saberlo- que la inflación llegará de atrás a cercenar ¡o que ahora pretenden dar en exceso de lo que el país produce para el consumo, solo cerno artificio de tipo político.
¿Por qué en los países socialistas se ajustan el consumo y la demanda de los trabajadores a la producción?
La señora CAMPUSANO.-
i Allá no hay explotadores! En los países socialistas los obreros trabajan para ellos mismos.
El señor MUSALEM.-
Aquí es cuando cabe preguntarse en qué momento tienen razón los sectores marxistas. ¿Cuándo reducen la demanda, los sueldos, las jubilaciones, las pensiones, el consumo en gosoral, de por sí bastante exiguo, pues la mayor parte do la riqueza del país se dedica a inversiones, o cuando auspician, en los países donde no gobiernan, el desenfreno de la demanda y del consumo, de manera que éstos sobrepasan el valor numerario de la producción?
El señor AMPUERO.-
En los países socialistas no hay capitalistas.
El señor MUSALEM.-
Al final resulta ser engañoso e hipócrita para los sectores populares y una falta al respeto de ellos. entregarles la apariencia de un mayor poder de consumo, cuando se sabe que en esa forma se desencadenará la inflación y éste se reducirá hasta ajustarse a lo que la economía es capaz de producir.
Quisiera recordar la discusión del proyecto de reajustes del año pasado, cuando se debatió esta materia que algunos señores Senadores parecen tener bastante olvidada. Se pidió al señor Ministro de Hacienda explicar la significación de la nueva escala, que incluía todas las asignaciones no imponibles. Lo mismo se solicitó de la Superintendencia de Seguridad Social, y el señor Superintendente, don Carlos Briones, entregó algunos cuadros que ratificaban los proporcionados por el Ministerio de Hacienda. Solicito incluirlos en mi discurso.
El señor CHADWICK.-
No se puede, señor Senador. Estamos en votación.
-Los documentos cuya, inserción se acuerda posteriormente, son del tenor siguiente:
ESCALA DIRECTIVA, PROFESIONAL Y TECNICA
ESCALA ADMINISTRATIVA
El señor MUSALEM.-
De estos datos se desprende que la renta imponible de la escala directiva, profesional y técnica, que en promedio era de 45%., se elevó a 60%, con reajuste para los pensionados que oscilaron entre 37,20% y 38,75'/;. Por otra parte, en la escala administrativa, el promedio, de poco más de 60%, subió a 70%, de lo cual resulta un porcentaje de reajuste que varía entre 10 y 55,49%.
Por otra parte, la ley de Reajustes, o sea, la Nº 16.617, en el inciso segundo de su artículo 99, estableció que la renta imponible será como mínimo la misma que recibía el funcionario el mes de diciembre de 1966, más 10%. O sea, no es efectivo que a sectores de pensionados o de futuros jubilados se les haya rebajado sus jubilaciones, ni pueda percibir una renta inferior. Por el contrario, según datos proporcionados por el Superintendente de Seguridad Social, que es militante de un partido del FRAP,....
El señor CHADWICK-
No es efectivo.
El señor MUSALEM.-
...las cincuenta y seis mil pensiones "perseguidoras" representan un gasto de 483 millones de escudos, y el fondo revalorizador de pensiones, 150 millones, solamente para 85 mil jubilados con pensión no reajustable.
El señor ALLENDE (Presidente).-
¿Me permite, señor Senador?
Ha terminado el tiempo de Su Señoría.
El señor MUSALEM.-
Voto que sí.
El señor NOEMI.-
Deseo concretarme exclusivamente a la materia que estamos tratando.
En primer lugar, quiero señalar la falacia de la afirmación del Honorable señor Miranda, quien ha manifestado que mediante este veto se derogan disposiciones que actualmente benefician a los trabajadores.
¿Qué hace el veto? Simplemente, rechazar una indicación incorporada al proyecto, no derogar una ley. Pues bien, ¿por qué los autores de la indicación mencionada pretenden derogar el artículo 99 de la ley 16.617? Porque, según dicen, ese precepto estaría realmente disminuyendo o cercenando las jubilaciones de algunos funcionarios. Pero eso también es falso. Lo es, porque la ley en realidad, al fijar nuevas escalas de sueldos para la Administración Civil del Estado y el Poder Judicial, no sólo reajustó las remuneraciones vigentes en 1966, sino que, además, incorporó a los sueldos una serie de beneficios adicionales no imponibles que recibían numerosos grupos de funcionarios. Esas remuneraciones adicionales, expresamente consignadas en los artículos 4º y 12 de la ley 16.617, son, entre otras, la asignación por horas extraordinarias de trabajo y algunas asignaciones especiales, las cuales representaban alrededor de 407 de las remuneraciones, pero no eran imponibles, o sea,, no se consideraban para los efectos de la jubilación. Además, aunque los funcionarios en retiro hubieran gozado de! beneficio de la reajustabilidad de sus pensiones, vale decir, jubilaciones "perseguidoras", no tenían derecho a que aquéllas les fueran calculadas también sobre la base de las asignaciones tantas veces mencionadas, sino sobre la de la última remuneración imponible asignada al último empleo que hubieran desempeñado. Las referidas asignaciones, por no ser imponibles, tampoco habrían servido para calcular las pensiones de los funcionarios en actual servicio. Como dijo el Honorable señor Aylwin al ser recuperados esos ingresos adicionales, las rentas de los respectivos funcionarios no tuvieron un incremento de 15% o de 1.7%, vale decir, no se elevaron en. la misma proporción que el reajuste programado para el año último, sino que, en algunos casos, los aumentos fueron superiores a 40% y, en otros, llegó aun a 80%.
Respecto de los funcionarios en servicio activo, el aumento que analizo no significó mejoramiento, pues gran parte de sus rentas estaban formadas por bonificaciones o asignaciones, las cuales, por no ser sueldo, no tenían el carácter de imponibles. Siendo así, aquellos aumentos tampoco podían beneficiar en su integridad a los jubilados con pensiones "perseguidoras". Ello habría sido injusto, porque los jubilados quedarían en mejor situación que aquellos servidores en actividad. Para evitar respecto de los funcionarios en actividad un incremento exagerado de sus imposiciones previsionales, que habría comprometido casi en su totalidad el aumento real de sus remuneraciones, se estableció, con relación a los sueldos determinados en las nuevas escalas, que éstos serían imponibles sólo hasta concurrencia de 60% ó 70%, según los casos, pero las sumas gravadas con tales porcentajes equivalían, sin duda, a más del ciento por ciento del sueldo imponible que antes tenían.
De este modo, los funcionarios en servicio activo vieron incrementadas efectivamente sus remuneraciones, pues los aumentos obtenidos no se anulaban por las mayores imposiciones que les habría significado la conversión en imponibles de sus asignaciones, que hasta entonces no lo eran. Esos empleados también mejoraron sus expectativas, pues, en lo tocante a su jubilación,, el artículo 99 dispuso que de ninguna manera las rentas de jubilación imponibles, para el año 1967....
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ha terminado el tiempo de Su Señoría,
El señor NOEMI.-
Por las razones ex-puestas y por muchas otras que podría añadir,...
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ha terminado el tiempo de que disponía el señor Senador para fundar el voto.
El señor NOEMI,-
....voto que no.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Pablo, por cinco minutos.
El señor PABLO.-
Suele comentarse que en los manicomios hay letreros que dicen : "Aquí no están todos los que son, ni son todos los que están..."
El señor BARROS.-
Y también en las cárceles hay letreros que dicen lo mismo.
El señor PABLO.-
Tomo las palabras del Senador Barros como de quien vienen y por eso no les doy respuesta.
Al defender el veto he asumido mi responsabilidad como Senador y como jefe del Comité Demócrata Cristiano. Lo he hecho con la absoluta seguridad de que, al proceder así, hago un beneficio al país.
Sé cual es el gasto real que implicaría rechazar el veto al artículo 38. Ello significa restar posibilidades muy serias para reforma agraria, para nuevas industrias, y beneficios sociales como educación y salud. Sé también lo que nuestra actitud representa en perjuicios electorales inmediatos al dar nuestro apoyo a la indicación del Ejecutivo: los que se ven afectados por nuestra actitud nos repelen, y los que se benefician no lo notan.
Yo ayudé a elegir al actual Presidente de la República....
El señor BARROS.-
¡Esas no son palabras de un hombre cuerdo, sino de un megalómano!
El señor PABLO.-
...., y declaro, desde este Tribunal, desde mi banca de Senador democratacristiano, que no negaré mi concurso a la actual Administración. Por eso, me opongo a que ahora se resten al Gobierno recursos por 160 millones de escudos, pues no otra cosa significaría rechazar la observación que estamos votando. Si actuáramos pensando sólo en nuestra situación personal, tendríamos que perdernos el respeto a nosotros mismos.
El señor BARROS.-
Sería mejor que hubiera menos paseos.
El señor PABLO.-
Asumo la responsabilidad de esta actitud tachada de impopular, porque es mi propósito que el Gobierno disponga del respaldo necesario.
Tampoco me importa mi situación personal. Sé que, aun en el caso de ganar esta votación electoralmente saldré perjudicado como los señores' Senadores me lo han dicho repetidamente, y a la inversa, otros al perder, serán los verdaderos ganadores políticamente.
Sin embargo, cada cual sabe cómo debe cumplir su deber. Yo he cumplido estrictamente con el mío.
En esta oportunidad, la votación dirá si tenía o no razón al usar los recursos reglamentarios.
El señor LUENGO.-
Sólo dirá quien posee la mayoría de los votos.
El señor PABLO.-
Voto que sí.
El señor BOSSAY.-
No dará la razón a nadie, sólo indicará quien tiene más poder.
El señor LUENGO.-
Exactamente: no dirá quien tiene la razón.
El señor RODRIGUEZ.-
Así es.
La señora CAMPUSANO.-
Cada vez se emplea más la grosería en los debates.
Protesto por el hecho de que algunos señores Senadores sigan usando el mismo vocabulario de antes, cuando no había damas en este recinto.
Ruego que se guarde más la caballerosidad y haya más decencia, tanto en las palabras como en los gestos.
El señor TARUD.-
¡Muy bien, Honorable Senadora!
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ruego a los señores Senadores guardar silencio.
Estamos en votación.
Por desgracia, no he oído aquí expresiones atentatorias a la decencia. Si alguna constara en la versión, ordenaré que sea suprimida.
Tiene la palabra el Honorable señor Rodríguez.
El señor RODRÍGUEZ.-
Señor Presidente, los Senadores socialistas hemos estado presentes en todas las consecutivas sesiones celebradas por esta Corporación, para derrotar la política del Gobierno expresada en el veto que estamos resolviendo. Ha faltado solamente nuestro Honorable colega Carlos Altamirano, quien, como es de público dominio, ha perdido transitoriamente su fuero parlamentario a causa de la persecución odiosa y represiva de que lo ha hecho víctima el actual Gobierno.
En el curso del debate, particularmente el Honorable señor Musalem -a nuestro juicio, con irresponsable ligereza-, ha querido poner en solfa la actitud de los hombres de Izquierda ante la realidad eco nómica de los países socialistas.
El señor Senador no ha querido aceptar la existencia de dos situaciones históricas absolutamente diferentes, porque si bien es cierto que en las naciones del mundo socialista se imponen sacrificios, no lo es menos que a ellos han concurrido colectivamente todos los habitantes. Olvida el Honorable señor Musalem que; muchos de esos países fueron devastados por la guerra y que sus pueblos han hecho un sacrificio colectivo, y lo han realizado en aras del bien común, para impulsar el desarrollo dinámico de su sociedad, para crear nuevas fuentes productivas que aseguren el pleno empleo, y para que, de esta manera, las mayorías puedan tener pleno acceso a la salud, la educación y la cultura. El grueso de la población no trabaja allí para favorecer a algunos pocos aprovechadores, como lo pretende ahora con su política la Democracia Cristiana. Tampoco existen allí grandes monopolios, grandes empresas particulares ni sectores financieros que, de una u otra forma, están vinculados al poder como lo están los clanes en el actual régimen de la Democracia Cristiana, situación que los socialistas reiteradamente hemos denunciado.
No se venga, pues, a hacer juego de palabras sobre la actitud de los hombres ele Izquierda, ni respecto de quienes integramos el Frente de Acción Popular, ni mucho menos para referirse a nosotros, los socialistas, con relación a lo que ocurre en otros países. En ellos se ha alcanzado un desarrollo gigantesco, sin inflación ni alzas de precios; allí impera una probidad administrativa ejemplar, y el desarrollo de sus economías, sin duda, llega a competir aun con el de las naciones altamente industrializadas del mundo capitalista.
El veto al artículo 38 viene a ser parte culminante de un proceso. Las alzas de precios y el desarrollo no detenido de la inflación, la amenaza del sistema llamado de los "chiribonos", la negación de diversas conquistas sociales, han despertado, por supuesto, la rebeldía y la resistencia populares a esa política. Por eso, el Gobierno de la Democracia Cristiana ha debido complementar su actuación antipopular con lo que él mismo ha llamado la "política de la mano dura". Así, el actual régimen ha llegado a cometer un segundo crimen. El primero fue la matanza de "El Salvador" donde la resistencia minera quiso derrotar una política de hambre, socialmente injusta; y durante los incidentes acaecidos recientemente en Santiago, la Democracia Cristiana perpetró su segundo gran crimen en los tres años que lleva de Gobierno.
Estaría de más abundar en lo que han planteado otros de mis Honorables colegas: en la mezquindad para los trabajadores y largueza para los inversionistas extranjeros, especialmente para las grandes empresas imperialistas norteamericanas. Donde posemos la mirada: en la industria petroquímica o en la del hierro o del acero, en la industria textil o en la ¿lo los neumáticos, veremos siempre asomar la política desnacionalizadora, criminal y suicida del Gobierno, que está horadando más y más nuestra enferma economía y entregando, cada vez mayores porciones del interés nacional al imperialismo extranjero.
Pero ahora se trata de enmendar la política aplicada en contra de los trabajadores y los jubilados, los que, como bien se ha dicho, han entregado toda una larga vida de honestidad a toda prueba al servicio de la Administración Pública. Precisamente cuando queremos evitar una disminución de las jubilaciones y cuando se anuncia igual amenaza en contra de los funcionarios en servicio activo, no se puede afirmar que esa política es social-mente justa. Por mucho que hable el Ministro de Hacienda por cadenas de radio y televisión; por muchas cifras y guarismos que se acumulen, el hecho real es que en todo el país impera la miseria colectiva más degradante.
Por eso, en cumplimiento de un deber, y conforme a principios de moral política y de combatientes populares, reafirmo, una vez más, la tradicional conducta socialista en defensa de los pobres, de los desposeídos y de la clase trabajadora.
Voto que no.
El señor TEITELBOIM.-
El presidente de la Democracia Cristiana ha explicado su posición diciendo que rechazar el veto resulta simpático para las tribunas, pero que él, como jefe del Partido de Gobierno, está obligado a votar a favor de la observación, y sacrificar a los jubilados y pensionados.
Pienso que aquí se pone en evidencia el gran problema de la Democracia Cristiana, la que, mientras fue Oposición, pensaba de un modo y, ahora que es Gobierno, piensa de muy distinta manera. Tal inconsecuencia se prolonga incluso hasta los instantes actuales, por cuanto los Diputados democratacristianos, como se dijo y repitió aquí, votaron contra el veto del Gobierno, mientras que los Senadores lo hacen a favor.
El Honorable señor Pablo ha dicho que. en primer lugar, debe velar por el interés nacional, con prescindencia de cualquier interés de grupo; que él conoce el gasto que irrogaría insistir en el artículo 38 del proyecto, egreso que estima en 160 millones de escudos. La verdad es que el drama de la Democracia Cristiana se afinca también en que pretende hacer pagar esencialmente a los pobres el precio de la lucha contra la inflación y en pro de la capitalización.
Pero recordemos que sólo por concepto de la menor tributación acordada a las empresas mineras del cobre, en los años 1967 y 1968, se les regalaron 350 millones de escudos aproximadamente;, vale decir, el fisco dejará de percibir una suma dos veces superior al gasto que representaría el artículo 38 del proyecto.
¿Por qué ha de sacrificarse a los jubilados chilenos, que no tienen para vivir sino un mínimo de subsistencias, y, en cambio, se deja indemnes, por medio de rebajas de impuestos, a las compañía?, norteamericanas del cobre que están entre las más poderosas del mundo?
Tal es la raíz de] drama de la Democracia Cristiana, que no recurre a las grandes fuentes de riqueza, a donde se encuentra esencialmente el dinero, sino que se dirige contra los jubilados y pretende, mediante el proyecto de reajuste que se presentará, que capitalicen aquellos sectores que no pueden realizar ahorro forzoso por vivir en un nivel de sub sistencia lindante con la miseria. En mi concepto, hay un principio de clase y también una voz extranjera que está detrás de todo esto: la del Fondo Monetario Internacional, organismo que, desde hace muchos años está diciendo que es menester controlar la inflación sobre la base de restringir los consumos. Este sistema es el que se está aplicando aquí. Y si no se obedece a esa exigencia, no habrá nuevas inversiones extranjeras, que son el bálsamo curalotodo, la pomada del oso, en la cual cree ciegamente el Gobierno para poder impulsar lo que él llama desarrollo económico. Nosotros pensamos que se está sacrificando a los chilenos en bien y en provecho de las compañías extranjeras.
Hay dinero; pero no lo hay en el bolsillo del trabajador en actividad, ni tampoco en el del jubilado. El dinero se encuentra en las oficinas de Anaconda, de Braden; pero, por desgracia, el Gobierno se ha casado con esas empresas y prefiere sacrificar a los pobres, a los trabajadores, sean éstos jubilados o en servicio activó. Por esta razón, me sumo a la votación de mi partido y rechazo el veto.
El señor PALMA.-
No es del caso hacerse cargo ni de las observaciones relacionadas con la situación de los países socialista la cual se ha referido muy detalladamente el Honorable señor Rodríguez, ni tampoco a la política del Gobierno frente a las compañías del cobre, porque, evidentemente, el problema es otro...
El señor TEITELBOIM.-
Está íntimamente vinculado, si se trata de buscar financiamiento.
El señor PALMA.-
...., aunque se puede decir que nunca ha habido en Chile una política nacionalista, que controle efectivamente, como se hace ahora por primera vez, todo el conjunto de la política económica del cobre.
Nos encontramos en este momento frente a un problema muy concreto: pronunciarse sobre el artículo 38, que beneficia a un sector de funcionarios de la Administración Pública.
Debo decir, en primer lugar, que sentimos por todos los funcionarios jubilados, por todas las personas que han desempeñado durante años....
El señor TEITELBOIM.-
¡Un gran respeto..!
El señor PALMA.-
....una labor importante al servicio de la comunidad, un respeto profundo.
El señor LUENGO.-
Tienen tanto respeto por ellos, que los quieren matar de hambre.
El señor PALMA.-
Como ningún Gobierno anterior lo ha hecho, hemos procurado dar a esos ex funcionarios las mejores, condiciones de vida posibles dentro de las circunstancias económicas en que Chile vive.
El señor LUENGO.-
¡Quien te quiere te aporrea!
El señor PALMA.-
Nadie, en este país, puede desconocer este hecho.
Los sueldos de los funcionarios en servicio activo han sido mejorados, en el curso de los últimos tres años, en proporciones que han superado, incluso, todas las previsiones y planificaciones que el Gobierno hizo. Por ejemplo, por la vía de los reajustes aplicados en las leyes respectivas, y por otros diversos procedimientos, algunos de los cuales también se han citado, los empleados particulares en general, han ganado, respecto del alza del costo de la vida, cifras verdaderamente impresionantes. Con todo el personal que mejora sus condiciones de vida, ocurre algo comprensible: en la medida en que la persona dispone de mayor ingreso, desea más cosas. Y nos desenvolvemos en este proceso, que, afortunadamente, es parte del elemento dinámico que poseen las sociedades.
Porque tenemos gran respeto por este personal, hemos diseñado siempre una política encaminada a que su situación no sufra desmedro respecto de la que tenían cuando el actual Gobierno asumió el poder, sino que, por lo contrario, mejore. Así ha sido efectivamente.
Lo que hoy gana un funcionario público en servicio activo está compuesto por dos rubros, uno imponible y otro no imponible. Respecto de la asignación de estímulo y el pago de horas extraordinarias, antes ocurría que ambas remuneraciones estaban distribuidas en forma anárquica e injusta, hecho que impedía, a la mayor parte de un sector de funcionarios, gozar de tales ventajas.
Para resguardar en este sentido a la Administración Pública -y el respaldo dado por la Asociación Nacional de Empleados Fiscales a este proceso, es la mejor justificación de lo que estoy diciendo-,....
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
¡Qué crimen!
El señor PALMA.-
....la ley respectiva estableció reajustes que, como aquí se ha dicho, en algunos casos alcanzaron a 17 por ciento, y en otros, a más de 20 por ciento, cifras que, por referirse sólo al rubro imponible, significaban un reajuste de 60% ó 70 por ciento del alza del costo de la vida. Por otra parte, como siempre se ha jubilado, no con la totalidad del último sueldo, sino con la parte imponible, es ésta la que se reajusta mediante las leyes correspondientes.
Ahora, por sistemas especiales establecidos por falta de análisis detallado de los procesos y, muchas veces, por descuido del legislador, puede darse el caso de otorgar un reajuste de tal monto que la actual Administración no lo pueda afrontar. ¿Queremos crear, acaso, una situación parecida a la que se presenta con el servicio de medicina curativa de los empleados particulares? No hemos sabido....
El señor ALLENDE (Presidente).-
Ha terminado el tiempo de Su Señoría.
El señor RODRIGUEZ.-
¡No los ayude tanto, Honorable señor Palma!
El señor FIGUEROA (Secretario).-
¿Hay algún señor Senador que no haya emitido su voto?
El señor BARROS.-
El señor Altamirano.
-Se rechaza la observación (19 votos por la negativa y 11 por la afirmativa).
-Votaron por la negativa los señores Aguirre Doolan, Allende, Ampuero, Barros, Bossay, Campusano, Carrera, Contreras Labarca, Contreras (don Víctor), Chadwick, Duran, Gómez, González Madariaga, Juliet, Luengo, Miranda, Rodríguez, Tarud y Teitelboim.
-Votaron por la afirmativa los señores Aylwin, Ferrando, Foncea, Fuenteal-ba, Gormaz, Gumucio, Mauras, Musalém, Noemi, Pablo y Palma.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación la insistencia.
- (Durante la votación).
El señor GOMEZ.-
Estoy pareado con el Honorable señor Reyes. Esto pareo me autorizaba a cambiar el Senador radical. Por desgracia, el Comité Independiente do Derecha me ha impedido levantar el pareo del Honorable señor Ahumada con el Honorable señor Von Mühlenbrock. Esta circunstancia me impide votar.
El señor RODRÍGUEZ.-
Señor Presidente, queda constancia, una vez más, después de las palabras del Honorable señor Gómez, que la Derecha entró en contubernio con el partido de Gobierno para no asistir y provocar la derrota de los jubilados y del personal en servicio activo de la Administración Pública.
-El Senado no insiste (19 votos por la insistencia, 11 por la no insistencia y un pareo).
-Votaron por la insistencia los señores Aguirre Doolan, Allende, Ampuero, Barros, Bossay, Campusano, Carrera, Contreras Labarca, Contreras (don Víctor), Chadwick. Duran, Enríquez, González Madariaga, Juliet, Luengo, Miranda, Rodríguez, Tarud y Teitelboim.
-Votaron por la no insistencia los señores Aylwin, Ferrando, Foncea, Fuente-alba, Gormaz, Gumucio, Mauras, Musalém, Noemi, Pablo y Palma.
-No votó, por estar pareado, el señor Gómez.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, el Ejecutivo propone agregar, a continuación del artículo 42, el siguiente:
"Artículo ....- Las importaciones de mercaderías que realicen la Empresa de Comercio Agrícola y las sociedades en que ésta tenga o en el futuro tuviere aportes de capital y cuyos otros socios sean exclusivamente Instituciones Fiscales, Semifiscales o Empresas del Estado o sociedades constituidas exclusivamente por éstas, quedarán exentas de todos los derechos de internación, impuestos, gravámenes y tarifas que se apliquen por intermedio de las aduanas.
"Asimismo, quedarán exentas del impuesto a las compraventas y otras convenciones sobre bienes muebles y a los servicios, las operaciones que se realicen entre la Empresa de Comercio Agrícola y las sociedades a que se refiere el inciso anterior y las que realicen estas últimas entre sí."
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación.
- (Durante la votación).
El señor ALLENDE (Presidente).-
Solicito autorización de la Sala, a fin de que el Honorable señor Bossay pueda fundar el voto en primer lugar.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BOSSAY.-
El artículo que ahora votamos, que sigue al 42, comprueba una vez más el espíritu que anima al Ejecutivo. Este ha declarado en varias oportunidades que el problema fundamental en materia de desahucio de los servidores públicos, radica en el financiamiento. Esto es, se trataría de un problema de orden económico. Pero, como lo han dicho diversos señores Senadores, se ha hecho discriminación sobre el particular.
En efecto, en ciertos servicios impera el régimen antiguo, mientras otros están sujetos a un sistema distinto.
Se ha pretendido, hace pocos minutos, que la votación sería demostrativa de quien tenía la razón. Todos los que nos encontramos en la Sala sabemos que aquella no ha demostrado nada, a no ser que el Ejecutivo tiene gran poder de negociación, según se dice en términos técnicos, y por lo tanto puede negociar bastante bien para obtener un triunfo en el momento oportuno.
Pero quiero plantear a los propios Senadores de Gobierno cuál es el sistema que rige en ECA. Si fuera simplemente un organismo fiscal que actuara con criterio -como se ha dicho- socialista, que demostrara tener por estricta finalidad la de beneficiar, en sus compras, al pueblo, yo hasta diría que este artículo es doctrinal. Pero ya llegará el momento en que se haga un análisis de las importaciones de esa empresa. Entonces sabremos cómo eran las papas, en qué forma se compraron, cuánto costaron en el extranjero; qué tal fue la investigación sobre el nematodo dorado y una serie de importaciones oportunas en apariencia, como la de la cebolla, que técnicamente sirven para deter minar las estadísticas chilenas, considerando el índice de ponderación de cada uno de los artículos.
Y ahora, un Gobierno que dice no tener dinero en caja, propone en este artículo que la Empresa de Comercio Agrícola no pague tales y cuales tributos. Y agrega: "... y las sociedades en que ésta tenga o en el futuro tuviere aportes de capital y cuyos otros socios sean exclusivamente Instituciones Fiscales, Semifiscales o Empresas del Estado....". Y en seguida dice, en forma muy sibilina, que no pagarán impuesto a las compraventas. En otras palabras: se busca un estatuto espercial para dicho organismo y para ciertas sociedades cuyos caracteres no conocemos, porque la verdad es que no sabemos a cuáles se pretende favorecer ni en qué forma mediante la exención del impuesto a la compraventa.
Aunque uno quisiera votar favorablemente sólo por hacer fe en un organismo
autónomo o semifiseal, la verdad es que no podría olvidar que las operaciones de esa entidad merecen muchas dudas, y que es necesario esperar que en alguna oportunidad se investigue para saber qué ha hecho ECA en estos años; cuánta carne se ha podrido en los mataderos de Valparaíso, y cuántas importaciones no fueron de necesidad nacional y sirvieron sólo para modificar el índice del costo de la vida, produciendo precios falsos que no perduraron más allá de los meses suficientes para incidir en la formación de ese índice.
Si comparamos la situación del pequeño agricultor y del pequeño comerciante, que están aplastados, angustiados, con los procedimientos que hemos señalado, que conducen a un desmedro de la caja fiscal, tenemos derecho a pronunciarnos en contra de una disposición que en otras circunstancias podría haber sido estimada un entusiasta planteamiento de orden programático.
Por lo que a mí respecta, con absoluta falta de fe en la forma como ha procedido ese organismo, digo que no, y que también deben pagar el gravamen otros organismos, aunque sea por la vía de la contabilidad.
El señor PABLO.-
Las palabras del Honorable señor Bossay dan a entender que estamos buscando subterfugios para desfinanciar la caja fiscal.
Creemos que la medida propuesta es la más expedita. Pero con el propósito de que no se haga demagogia barata en torno de este precepto destinado a que ECA no pague impuesto de compraventa, yo también votaré negativamente, y así lo harán los demás Senadores de Gobierno.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ALLENDE (Presidente).-
Puede fundar el voto Su Señoría.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Quiero asociarme a las expresiones de mi colega de banca, el Honorable señor Bossay.
Agradezco la presencia del señor Ministro, porque me habría gustado que nos informara sobre lo que representa este artículo para las arcas fiscales. Se pretende liberar a ECA y a todas las sociedades en que ésta tenga aportes de capital, del pago de derechos de internación y, además, de todo impuesto de compraventa.
Bien lo sabemos: ése es un instituto que ha dado que hacer por su falta de ética. Entiendo que no ha presentado balances desde el año 1953; ha causado ansiedad pública; ha importado alimentos que se han corrompido. Cuando se habló de la internación de papas, se produjeron hechos sobre los que podría traer antecedentes y enviarlos a la Contraloría. Se contrataron varias partidas de este tubérculo y la última tuvo que anularse porque ya había entrado la producción nacional al mercado. Esta no había sido tomada en cuenta antes de hacerse los contratos. Y luego tuvo que pagarse una fuerte suma para anular una segunda orden. Es decir, esa empresa procede sin tonalidad ninguna, sin ton ni son, con extraordinaria soltura.
Como el régimen que vive el país es empresarial -porque ésa es la realidad; es en cierto modo mixto, pero predomina el aspecto empresarial-, se le atan las manos al comercio libre, que es el que paga los tributos, al otorgar liberaciones absolutas a ese organismo, que entra a competir en malas condiciones, en mala forma, de manera desleal.
Celebro mucho los votos de la Democracia Cristiana contrarios al veto. Los celebro, porque reparan en parte lo que acaba de ocurrir. Y vienen a demostrar, como ha dicho el Honorable señor Bossay, que la conducta del Gobierno no ha sido ecuánime, porque se asiló en la falta de recursos para rechazar el artículo anterior -en el que insistieron sus propios representantes en la Cámara de Diputados-, y ahora nos trae una proposición que ha de costar al erario una enorme cantidad de dinero, que aún no se sabe a cuánto pueda ascender.
Tengo que agregar algo más. No es posible admitir que el Ejecutivo legisle por la vía del veto aditivo. No es procedente. Debe mandar un proyecto de ley directo, que permita al Congreso analizar las cosas, opinar en pro y en contra. Y oyendo a la opinión pública, que, según la Democracia Cristiana, es la expresión de la ciudadanía, se puede llegar a conclusiones convenientes al interés nacional.
Voto que no.
El señor GÓMEZ.-
Señor Presidente, es muy difícil seguir la lógica de este Gobierno. Por una parte, los Diputados votan en un sentido, y los Senadores, luego, en otro. Para rechazar el artículo anterior aducen el gasto fiscal: que el Estado no tiene recursos. Pero en la empresa del cobre, que dicen haber chilenizado, renunciaron a cuantiosos ingresos. La tributación de los norteamericanos, que quedaron en minoría en El Teniente, bajó en 50%, y sus ingresos aumentaron considerablemente este año, en un cifra muy superior al costo del artículo anterior.
Ahora, mediante el artículo que nos ocupa, renuncian también a ingentes recursos. Se da a la ECA una situación más privilegiada que la qus otorga el decreto con fuerza de ley Nº 258, sobre inversión de capitales extranjeros. ¿Qué sentido tiene no incluir el impuesto a la compraventa en el precio de los productos? ¿O es que se fijarán precios especiales a la ECA? La Empresa de Comercio Agrícola tiene que competir con los demás comerciantes, en los mismos productos. Y si sus funcionarios son honestos y eficientes, como dicen, ¿qué necesidad hay de tales privilegios, de que el Estado renuncie a esos impuestos?
Eso no tiene sentido. Sólo se conseguirá despojar al Estado de ingresos y producir una competencia desleal, destinada a amparar los malos manejos de la Empresa : la descomposición de papas, de carne, etcétera. Ahora se pretenden compensar las consecuencias de esa política, liberando a dicho organismo del pago de impuestos, impuestos tan legítimos como el de la compraventa. Lo único lógico es que no haya exención alguna en el pago de tal tributo. Lo contrario no tiene sentido, porque distorsiona todo el sistema.
Se demandan privilegios especiales para unos individuos que no han sabido manejar los negocios del Estado y que han ido de tumbo en tumbo, de fracaso en fracaso. ¡Y esos fracasos quieren ampararse y compensarse con los privilegios que aquí se nos proponen! Es ésta una medida perjudicial para el país, para el erario. Revela la inconsistencia de este Gobierno, la incongruencia de sus actitudes.
Por eso, votamos en contra de esta observación.
El señor CHADWICK.-
Señor Presidente, en esta votación nos abstendremos.
En primer término, ya conocemos el resultado de ella, después de comprobar que el partido de Gobierno abandona la posición que sostenía, para sumarse a la expresada por el Partido Radical, en contra del veto.
En segundo término, no podemos negar que la institución' misma ha sido objeto de justas críticas de todo el país y está absolutamente desprestigiada. No queremos, por lo tanto, identificarnos con esa entidad en el estado en que se encuentra desde hace mucho tiempo.
Pero los socialistas populares no dejamos de reparar en que una entidad del Estado, que está llamada a regular el comercio en los productos más esenciales, no debe estar sometida al régimen de tributación que rige para las actividades particulares, porque obedece su funcionamiento a normas muy distintas.
Por tales consideraciones, nos abstenemos.
El señor AYLWIN.-
A propósito de esta disposición, diversos señores Senadores han creído conveniente lanzar barro sobre ECA.
La verdad es que la Empresa de Comercio Agrícola cumple una función tremendamente difícil. Ella tiene que asegurar, por una parte, poder comprador para la producción agrícola, y, por otra, el abastecimiento permanente del mercado, es decir, que a la población no le falten elementos para subsistir.
Yo aseguro -éste es un hecho concreto, que nadie puede ignorar- que en los últimos tres años las acciones que se han criticado a ECA como malos negocios no han sido sino medidas tomadas oportunamente para asegurar el abastecimiento de la población. Si la ECA no hubiera adoptado esas medidas, se habrían producido escasez, colas, racionamientos y la natural protesta de la gente, debido a la carencia de productos necesarios para el consumo. Y entonces, como es lógico, se habría criticado al Gobierno y a la Empresa de Comercio Agrícola por no cum-par sus funciones.
Es lo que generalmente ocurre con estas intenciones: palos porque bogas, palos porque no bogas.
Con relación al artículo mismo, no me parees que las consideraciones hechas valer respecto de las empresas particulares rijan también para la ECA; porque si este organismo, en definitiva, está exento de un tributo, es el propio fisco quien lo está, pues esa entidad es estatal. Al pagar la ECA un impuesto, es el Estado quien se paga a sí mismo.
El señor GOMEZ.-
¿Va a rebajar los precios?
El señor AYLWIN.-
Si los precios no se rebajan, las diferencias financiarán en definitiva a la ECA, pero ocurrirá que el fisco economizará el aporte correspondiente.
Con todo, por el hecho de que no está suficientemente claro el alcance de este recepto y dada la conveniencia de que éste sea 'estudiado más a fondo, votaré también, siguiendo las instrucciones de nuestro Comité, en contra de la disposición propuesta por el Ejecutivo.
-Se rechaza el veto (19 votos contra 2 y 9 abstenciones).
-Con los votos contrarios de los Senadores comunistas y socialistas populares, se aprueba la observación consistente en suprimir el artículo 44.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida., el Ejecutivo propone agregar el siguiente artículo nuevo:
"Artículo...- Prorrógase hasta el 31 de julio de 1971 el plazo de cinco años establecido en el artículo 3º del D. F. L, Nº 375, de 4 de agosto de 1953, prorrogado por el artículo 2º de la ley Nº 12.992.
"Para los fines señalados en el artículo 3º del D. F. L. Nº 375, mencionado en el inciso anterior, se entenderá que una industria, también consume únicamente materia prima nacional cuando, durante un plazo máximo de tres años, para su producción sea necesario emplear materia prima que no se produzca en el país, en una cantidad que no exceda del cinco por ciento de ¡a materia prima nacional empleada, previa autorización del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción."
La Cámara de Diputados aprobó la observación. La Comisión recomienda adoptar igual criterio.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se acogerá lo propuesto por la Comisión.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Con mi voto en contra.
El señor LUENGO.-
Y el mío también.
El señor CHADWICK.-
Pido votación, señor Presidente.
El señor ALLENDE (Presidente).-
En votación.
- (Durante la votación).
El señor PABLO.-
Señor Presidente, creo que los señores Senadores han incurrido en error en este punto, por falta de información.
En verdad, el decreto con fuerza de ley número 375 fue dictado en la época en que era Ministro de Economía el Honorable señor Tarud, y tenía por finalidad otorgar franquicias a las industrias que se instalaran en las provincias. Este texto legal fue modificado por la ley número 12.992. Con posterioridad, el Senador que habla formuló indicación en el proyecto de ley sobre reforma tributaria, con el objeto de ampliar el plazo pertinente, que estaba venciendo. Es decir, se creaba un estímulo para que las industrias no se concentraran en Santiago, sino en las provincias.
El señor LUENGO.-
¿Cuántas industrias nuevas se crearon?
El señor PABLO.-
Muchas, señor Senador.
La señora CAMPUSANO.-
En Atacama y Coquimbo no se ha creado ninguna.
El señor TARUD.-
En los quince años transcurridos desde la dictación de ese decreto, pudieron haberse instalado muchas industrias.
El señor NOEMI.-
En Coquimbo se están instalando....
La señora CAMPUSANO.-
No se instalarán, señor Senador.
El señor CONTRERAS (don Víctor), -
Poblaciones "callampas" se instalaron muchas.
El señor PABLO.-
Este es el sentido del artículo.
Por lo demás, ésta es una medida que beneficia a las provincias y, por lo tanto, no debemos seguir tendiendo a que todas las actividades industriales se concentren en la capital.
Por eso, somos partidarios de aprobar esta disposición, y lo hacemos convencidos de que en esta forma ayudamos a la descentralización del país.
El señor RODRIGUEZ.-
De esta manera se aumenta el régimen de exenciones tributarias.
El señor PALMA.-
Voto que sí, en primer lugar, porque mediante este procedimiento se mantiene una situación existente y, en segundo, porque se prorroga el plazo para acogerse a ciertas facilidades.
Como es absolutamente necesario para las industrias que se instalen conocer las facilidades con que contarán, resulta imprescindible la disposición propuesta, a fin de poder continuar con los planes que hoy día rigen en materia de descentralización industrial, ya se trate de las provincias del centro o del norte del país.
El señor RODRIGUEZ.-
¿Y cuándo mandan el proyecto?
La señora CAMPUSANO.-
Vaya con ese cuento a otra parte, señor Senador. En las provincias que represento, las industrias todavía no se ven.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Señor Presidente, nadie puede poner en duda...
La señora CAMPUSANO.-
¡ Hace tres años que las primeras piedras están colocadas en esa zona.. . !
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
.... que la intención que anima esta legislación fue bien inspirada. Pero la verdad es que si pedimos la nómina de las industrias instaladas en provincias, veremos que son escasísimas.
El señor PABLO.-
Múltiples, por lo menos en Concepción.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
En cambio, constituye un procedimiento que se ha prestado para muchas gestiones destinadas a burlar la tributación que afecta la internación de algunas mercaderías.
El señor RODRIGUEZ.-
Así es.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Además, mediante este artículo se pretende prorrogar por tres años la vigencia de la ley 12.992, que se ha venido prolongando, desde la época de su dictacion, por períodos quinquenales.
¿Qué aconseja ahora prorrogarla por tres años? Me dicen -no quiero entrar en suspicacias- que la disposición tiene nombre. En todo caso, creo que no es conveniente aprobar disposiciones de esta naturaleza sin un estudio acabado de la materia que contienen.
Por eso, voto que no.
El señor RODRIGUEZ.-
Es muy grave la disposición.
El señor TARUD.-
El año 1953 me tocó en suerte dictar el decreto con fuerza de ley 375, que tuvo dos objetivos principales : primero, evitar la concentración de industrias en la capital y sus alrededores, a fin de que puedan ubicarse también en provincias, y segundo -esto de manera fundamental- proceder a la instalación en provincias de industrias que empleen materia prima nacional.
De ahí que el decreto consigne ciertas exenciones tributarias porcentuales, y también liberatorias para la maquinaria destinada a dichas industrias, de acuerdo con el porcentaje de materia prima nacional que usen.
Los señoras Senadores deben comprender que el principio era sano, porque la verdad es que en Chile se han invertido muchos millones de dólares en la importación de maquinarias destinadas a grandes "usinas", las cuales no pueden funcionar sin la inversión de nuevas cantidades de divisas, pues también la materia prima es preciso traerla desde el extranjero.
Se trata de propender a que se instale una verdadera industria nacional, a que el país haga un esfuerzo gastando dólares para internar la maquinaria; pero, a la vez, que la materia prima sea nacional, a fin de no seguir distrayendo divisas en su importación.
El decreto 375 se dictó en 1953, con vigencia de cinco años, plazo que se estableció en razón de que en 1958 expiraba el período presidencial del señor Ibáñez. Con posterioridad, por ley y por la unanimidad del Senado, ese plazo ha sido prorrogado dos veces por cinco años consecutivos. Ahora se trata de dar tres años más a la vigencia del mismo.
Yo fui el autor de esta medida, que considero útil, porque gracias a ella se han podido instalar muchas industrias en provincias, tal vez en cantidad mayor que lo que aquí se ha afirmado.
Por eso, si constitucionalmente fuera posible, me agradaría pedir el detalle de cuántas actividades industriales se han establecido en las diversas provincias, como ha sugerido el Honorable señor González Madariaga, porque sería interesante hacerlo.
En realidad, no tenía conocimiento de que esta disposición viniera consignada en el veto. En todo caso, deseo aclarar al Honorable señor González Madariaga que ella no tiene nombre alguno. Se trata, simplemente, de una medida de carácter general, tendiente a prorrogar por tres años el referido plazo.
Doy mi voto favorable a la observación.
El señor FONCEA.-
Estoy en perfecto acuerdo con la prórroga que establece el inciso primero. Pero, en verdad, me agradaría que se fijara el propósito del inciso segundo, por cuanto aquí se considera materia prima nacional la extranjera, siempre que no exceda de 5% de la materia prima nacional usada.
Pregunto si se está refiriendo a la cantidad de kilogramos de la materia prima o a su valor. Porque perfectamente bien este 5% de la materia prima puede ser el 95% del valor de la mercadería que se fabricará.
Personalmente, me habría remitido al valor de la materia prima, pues de otro modo se presta a situaciones bastante dudosas.
La señora CAMPUSANO.-
Muy bien.
El señor FONCEA.-
Entiendo que el objeto del artículo es el que estoy señalando: debe ser el valor y no la cantidad de kilogramos de materia prima.
El señor RODRIGUEZ.-
Vote en contra del veto, señor Senador.
El señor FONCEA.-
Por eso, me abstengo.
-Se rechaza la observación (12 votos contra 9 y 4 abstenciones).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Finalmente, el Ejecutivo propone agregar el siguiente artículo nuevo:
"Artículo....- El personal de los Escalafones Primarios y del Personal Subalterno del Poder Judicial a que se refieren los incisos segundo y tercero del artículo 264 del Código Orgánico de Tribunales que, a la fecha de impetrar el beneficio de jubilación tenga 65 años de edad y 30 años de servicios e imposiciones, podrá jubilar computando sus remuneraciones imponibles sin la limitación contenida en los incisos primero y cuarto del artículo 99 de la ley Nº 16.617.
"Los interesados que se acojan a este beneficio, deberán integrar las diferencias de imposiciones a que hubiere lugar por todo el período que rija la limitación."
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Cámara aprobó esta disposición y la Comisión recomienda adoptar igual criterio.
El señor RODRIGUEZ.-
Este precepto está en abierta contradicción con lo establecido en el artículo 38.
El señor FONCEA.-
Jubilación a los 65 años de edad, señor Senador.
-Se aprueba la observación.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Terminada la discusión del proyecto.
Han llegado algunas indicaciones a la Mesa.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Indicaciones formuladas por los Honorables señores Luengo, Tarud y Contreras Labarca, para publicar "in extenso" el debate referente a la votación y los fundamentos de voto del artículo 38.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se darán por aprobadas.
El señor JULIET.-
¿En qué diarios? No se ha indicado.
El señor GOMEZ.-
En los de Malleco, Cautín y Bío-Bío.
El señor LUENGO.-
Hay acuerdo.
El señor FONCEA.-
No. Eso corre por cuenta de los interesados.
El señor FUENTEALBA.-
Ya lo publicaron hace tres días....
El señor FONCEA.-
Pido segunda discusión.
El señor NOEMI.-
Hay acuerdo para la primera parte.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Habría acuerdo para hacer la publicación "in extenso" en "El Mercurio".
Acordado.
El señor FONCEA.-
Pedí segunda discusión.
El señor GOMEZ.-
¿Queda pendiente la indicación nuestra?
El señor ALLENDE (Presidente).-
Queda para segunda discusión.
El señor PABLO.-
La publicación en periódicos distintos del usual debe ser materia de acuerdo de los Comités.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Por eso, ha quedado para segunda discusión.
El señor PABLO.-
Perdón, señor Presidente.
Debo dejar en claro que la Sala no tiene competencia para resolver sobre la indicación de publicar las versiones del Senado en diarios de provincia. Recuerdo que hay una disposición especial sobre la materia.
El señor LUENGO.-
Tiene mala memoria.
El señor ALLENDE (Presidente).-
Tiene razón Su Señoría.
Se levanta la sesión.
-Se levantó a las 17.31.
Dr. Rene Vuskovic Bravo, Jefe de la Redacción.
0 T. 3049 - Instituto Geográfico Militar - 1967