Labor Parlamentaria
Diario de sesiones
- Alto contraste
Disponemos de documentos desde el año 1965 a la fecha
Índice
- DOCUMENTO
- PORTADA
- III.- ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
- IV.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA
- 1.- MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
- 2.- MENSAJE DE S. E .EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
- 3.- MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
- 4.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
- 5.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
- 6.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
- 7.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
- 8.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
- 9.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
- 10.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
- 11.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
- 12.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
- 13.- OFICIO DEL SENADO.
- 14.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR.
- 15.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR.
- 16.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR.
- 17.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR.
- 18.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR.
- 19.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION.
- 20. -OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION.
- 21.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION.
- 22.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION.
- 23.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION.
- 24.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA.
- 25.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA.
- 26.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA.
- 27.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA.
- 28.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA.
- 29.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA.
- 30.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA.
- 31.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 32.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 33.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 34.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 35.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 36.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 37.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 38.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 39.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 40.- OFICIO DEL SEÑORMINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 41.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 42.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 43.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 44.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 45.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 46.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 47.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 48.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 49.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 50.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 51.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
- 52.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA.
- 53.- OFICIO DEL SEÑOR MIONISTRO AGRICULTURA.
- 54.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA.
- 55.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA
- 56.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA.
- 57.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA.
- 58.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA.
- 59.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
- 60.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
- 61.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
- 62.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
- 63.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
- 64.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
- 65.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
- 66.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
- 67.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
- 68.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO y PREVISION SOCIAL.
- 69.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
- 70.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
- 71.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
- 72.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
- 73.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
- 74.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
- 75.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
- 76.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
- 77.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
- 78.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
- 79.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
- 80.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
- 81.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
- 82.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
- 83.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
- 84.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
- 85.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
- 86.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
- 87.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
- 88.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
- 89.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
- 90.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
- 91.- OFICIO DEL SEÑOR CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA.
- 92.- INFORME DE COMISION DE HACIENDA.
- 93.- COMUNICACIONES
- PERMISO SIMPLE PARA INASISTENCIA
- Mario Fuenzalida Mandriaza
- Jorge Antonio Montes Moraga
- PERMISO SIMPLE PARA INASISTENCIA
- 94.– PRESENTACIONES
- 95.- PETICIONES DE OFICIOS
- V.- TEXTO DEL DEBATE
- APERTURA DE LA SESIÓN
- DEBATE
- DEBATE
- 1.- CALIFICACIONES DE URGENCIAS
- 2.- RETIRO DE OBSERVACIONES FORMULADAS POR EL EJECUTIVO A DOS PROYECTOS DE LEY
- 3.- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA AUSENTARSE DEL PAIS
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- Hugo Eugenio Ballesteros Reyes
- PERMISO CONSTITUCIONAL PARA INASISTENCIA
- 4.- DEVOLUCION DE ANTECEDENTES PERSONALES
- 5.- COPIAS AUTORIZADAS DE ANTECEDENTES ACOMPAÑADOS A UN PROYECTO DE INTERÉS PARTICULAR
- 6.- ACUERDOS DE LOS COMITES PARLAMENTARIOS
- 7.- PREFERENCIA PARA TRATAR Y DESPACHAR UN PROYECTO DE LEY
- 8.- BENEFICIOS A LOS TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACION LOCAL DEL PUERTO DE VALPARAISO.- PREFERENCIA PARA DESPACHAR LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO A ESTE PROYECTO
- 9.- DESIGNACION DE REPRESENTANTES DE LA HONORABLE CAMARA EN LA COMISION MIXTA DE PRESUPUESTOS
- 10- ALZA DE TARIFAS TELEFONICAS Y DEL GAS LICUADO.- OFICIOS EN NOMBRE DE LA CAMARA
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Jorge Jerez Horta
- 11.- HOMENAJE A LA CONGREGACION FRANCISCANA DE OSORNO, CON MOTIVO DE CUMPLIR SU CUARTO CENTENARIO
- HOMENAJE : Mario Modesto Arancibia Cardenas
- 12.- ANALISIS DEL ACTUAL PROCESO POLITICO, ECONOMICO Y SOCIAL.- NECESIDAD DE UN DEBATE AMPLIO SOBRE LA MATERIA
- INTERVENCIÓN : Jorge Aravena Carrasco
- 13 .-NOMINA DE LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISION MIXTA DE PRESUPUESTOS
- INTEGRACIÓN
- Juan Acevedo Pavez
- Jose Luis Cademartori Invernizzi
- Claudio Fernando Cancino Tellez
- Eduardo Antonio Cerda Garcia
- Narciso Irureta Aburto
- Duberildo Jaque Araneda
- Jorge Exequiel Lavandero Illanes
- Manuel Rioseco Vasquez
- Francisco Sepulveda Gutierrez
- Manuel Valdes Solar
- Ricardo Valenzuela Saez
- INTEGRACIÓN
- 14.- ALZA DE LAS TARIFAS DE TAXIS Y DIVERSOS ARTÍCULOS
- INTERVENCIÓN : Carmen Lazo Carrera
- 15.- EFECTOS DE LA RESTRICCIÓN CREDITICIA EN EL SUR DEL PAIS.- PETICION DE OFICIO
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Americo Arturo Acuna Rosas
- 16.- SUMARIO ADMINISTRATIVO INSTRUIDO EN LA ESCUELA ESPECIAL DE DESARROLLO DE LA COMUNA DE LA REINA, PROVINCIA DE SANTIAGO. INCUMPLIMIENTO DE DICTAMEN DE LA CONTRALORIA. OFICIO EN NOMBRE DE LA CAMARA.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Mario Palestro Rojas
- ORDEN DEL DIA
- 17.- PRORROGA DE LAS FRANQUICIAS CONCEDIDAS PARA LA INTERNACIÓN DE MAQUINARIAS A LAS INDUSTRIAS DE LA ZONA AFECTADA POR LOS SISMOS DE 1960.
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Juan Tuma Masso
- INTERVENCIÓN : Alberto Jorge Jerez Horta
- INTERVENCIÓN : Julio Felipe Montt Momberg
- INTERVENCIÓN : Patricio Phillips Penafiel
- INTERVENCIÓN : Ines Leonor Enriquez Frodden
- INTERVENCIÓN : Fernando Santiago Agurto Ramirez
- DEBATE
- INDICACIÓN
- Julio Felipe Montt Momberg
- Luis Papic Ramos
- Alberto Jorge Jerez Horta
- Ines Leonor Enriquez Frodden
- INDICACIÓN
- Alberto Jorge Jerez Horta
- Juan Tuma Masso
- INDICACIÓN
- INTERVENCIÓN : Alberto Jorge Jerez Horta
- 18.- OTORGAMIENTO DE DIVERSOS BENEFICIOS A LOS TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACION LOCAL DEL PUERTO DE VALPARAISO.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO
- ANTECEDENTE
- INTERVENCIÓN : Jorge Santibanez Ceardi
- INTERVENCIÓN : Jose Tomas Camus Foncea
- INTERVENCIÓN : Manuel Segundo Cantero Prado
- INTERVENCIÓN : Jorge Santibanez Ceardi
- INTERVENCIÓN : Carmen Lazo Carrera
- INTERVENCIÓN : Carmen Lazo Carrera
- INTERVENCIÓN : Carmen Lazo Carrera
- INTERVENCIÓN : Carmen Lazo Carrera
- INTERVENCIÓN : Carmen Lazo Carrera
- INTERVENCIÓN : Patricio Phillips Penafiel
- INTERVENCIÓN : Alfredo Macario Lorca Valencia
- INTERVENCIÓN : Gustavo Lorca Rojas
- INTERVENCIÓN : Jorge Santibanez Ceardi
- INTERVENCIÓN : Jorge Santibanez Ceardi
- INTERVENCIÓN : Alberto Jorge Jerez Horta
- INTERVENCIÓN : Alfredo Macario Lorca Valencia
- INTERVENCIÓN : Gustavo Lorca Rojas
- 19.- CAMBIOS EN LAS COMISIONES.
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Jorge Eduardo Ibanez Vergara
- Carlos Arturo Rosales Gutierrez
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Manuel Segundo Cantero Prado
- Sergio Fernandez Aguayo
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Hugo Orlando Robles Robles
- Carlos Demarchi Kempowsky
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Sergio Fernandez Aguayo
- Eduardo Julio Magno Sepulveda Munoz
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Eduardo Julio Magno Sepulveda Munoz
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INHABILITACIÓN
- Comision De Hacienda
- Hernan Modesto Olave Verdugo
- Manuel Rioseco Vasquez
- INHABILITACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Laura Allende Gossens
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Fernando Raimundo Buzeta Gonzalez
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- INTEGRACIÓN
- Jose Tomas Camus Foncea
- INTEGRACIÓN
- DEBATE
- 17.- PRORROGA DE LAS FRANQUICIAS CONCEDIDAS PARA LA INTERNACIÓN DE MAQUINARIAS A LAS INDUSTRIAS DE LA ZONA AFECTADA POR LOS SISMOS DE 1960.
- INCIDENTES
- 20.- COMPORTAMIENTO DE JUGADORES DEL EQUIPO NACIONAL DE FUTBOL DURANTE SU RECIENTE PERMANENCIA EN LIMA, PERU.
- INTERVENCIÓN : Jose Felix Garay Figueroa
- 21.- SOLUCION ARMONICA DE LOS PROBLEMAS PENDIENTES ENTRE LOS PAISES DE AMERICA LATINA.
- INTERVENCIÓN : Jose Felix Garay Figueroa
- 22.- SITUACION DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES COLECTIVOS DEL ESTADO EN LA PROVINCIA DE CONCEPCION.- PETICION DE OFICIO.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Manuel Valdes Solar
- ADHESION
- Duberildo Jaque Araneda
- ADHESION
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Manuel Valdes Solar
- 23.- CONSTRUCCION DE EDIFICIOS PARA LAS ESCUELAS N°s. 1 y 2, DE TOME, PROVINCIA DE CONCEPCION.- PETICION DE OFICIOS
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Duberildo Jaque Araneda
- 24.- CONSTRUCCIONES ESCOLARES EN LA PROVINCIA DE OSORNO.- PETICION DE OFICIOS.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Americo Arturo Acuna Rosas
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Americo Arturo Acuna Rosas
- ADHESION
- Carmen Lazo Carrera
- ADHESION
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Americo Arturo Acuna Rosas
- 25.- REALIZACION DE DIVERSAS OBRAS EN EL DEPARTAMENTO DE LLANQUIHUE.- PETICION DE OFICIOS.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Americo Arturo Acuna Rosas
- ADHESION
- Francisco Sepulveda Gutierrez
- ADHESION
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Americo Arturo Acuna Rosas
- ADHESION
- Francisco Sepulveda Gutierrez
- ADHESION
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Americo Arturo Acuna Rosas
- 26.- POLITICA INTERNACIONAL.- PROBLEMAS SUSCITADOS EN EL DIFERENDO ENTRE CHILE Y BOLIVIA
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Luis Valente Rossi
- 27.- INSTALACION DE UNA PLANTA DE LA INDUSTRIA AZUCARERA NACIONAL S. A., "IANSA", EN LA PROVINCIA DE VALDIVIA. PETICION DE OFICIO.
- INTERVENCIÓN : Alberto Tercero Daiber Etcheberry
- 28.- PROVECTOS DE ACUERDO OBVIOS Y SENCILLOS.
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Luis Valente Rossi
- Jorge Aravena Carrasco
- Jose Orlando Millas Correa
- Ramon Augusto Silva Ulloa
- Patricio Phillips Penafiel
- Carlos Morales Abarzua
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- ANTECEDENTE
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Ricardo Valenzuela Saez
- Jose Felix Garay Figueroa
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- ANTECEDENTE
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Luis Papic Ramos
- Hector Tellez Schwerter
- Ricardo Valenzuela Saez
- Felix Ernesto Iglesias Cortes
- Pedro Nolasco Del Carmen Videla Riquelme
- Julio Felipe Montt Momberg
- Alfredo Macario Lorca Valencia
- Victor Sbarbaro Campos
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- ANTECEDENTE
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Gladys Del Carmen Marin Millie
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- ANTECEDENTE
- ANTECEDENTE
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- Jose Orlando Millas Correa
- PRESENTACIÓN PROYECTO DE ACUERDO
- ANTECEDENTE
- 29.- INSTALACION DE UNA PLANTA DE LA INDUSTRIA AZUCARERA NACIONAL, S. A., IANSA, EN LA PROVINCIA DE VALDIVIA. PETICION DE OFICIOS.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Tercero Daiber Etcheberry
- ADHESION
- Mario Modesto Arancibia Cardenas
- ADHESION
- Americo Arturo Acuna Rosas
- ADHESION
- Victor Emerson Gonzalez Maertens
- ADHESION
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Alberto Tercero Daiber Etcheberry
- 30.- NECESIDADES DE LA PROVINCIA DE COQUIMBO.- PETICION DE OFICIOS.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Mario Julio Torres Peralta
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Mario Julio Torres Peralta
- ADHESION
- Luis Ernesto Aguilera Baez
- ADHESION
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Mario Julio Torres Peralta
- ADHESION
- Luis Ernesto Aguilera Baez
- ADHESION
- 31.- PROBLEMAS DE DIVERSAS LOCALIDADES DE LA PROVINCIA DE MALLECO. PETICION DE OFICIOS.
- INTERVENCIÓN PETICIÓN DE OFICIO : Pablo Fernando Rosselot Jaramillo
- 32.- INVESTIGACION DE UN HECHO JUDICIAL OCUREIDO EN TALCA.
- INTERVENCIÓN : Emilio Lorenzini Gratwohl
- 20.- COMPORTAMIENTO DE JUGADORES DEL EQUIPO NACIONAL DE FUTBOL DURANTE SU RECIENTE PERMANENCIA EN LIMA, PERU.
- CIERRE DE LA SESIÓN
Notas aclaratorias
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REPUBLICA DE CHILE
CAMARA DE DIPUTADOS
LEGISLATURA EXTRAORDINARIA.
Sesión 4ª, en martes 19 de octubre de 1965.
(Ordinaria: de 16.15 a 19.42 horas).
PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES PAPIC, PHILLIPS Y SEÑORA RETAMAL
SECRETARIOS, LOS SEÑORES KAEMPFE Y LARRAIN
INDICE GENERAL DE LA SESION
I.- SUMARIO DEL DEBATE
II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS
III.-ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES
B., Acevedo P., Juan AguileraLuis Alvarado P., Pedro Allende G., Laura Ansieta N., Alfonso Arancibia C., Mario Argandoña C., Juan Astorga J., Samuel Aylwin A., Andrés Ballesteros R., Eugenio Barrionuevo B., Raúl Basso C., Osvaldo Cabello P., Jorge Camus F., José Tomás Cancino T., Femando Cardemil A., Gustavo Castilla H., Guido Cerda A., Carlos Cerda G., Eduardo Clavel A., Eduardo Correa de Lyon, Silvia Daiber E., Alberto De la Fuente C., Gabriel De la Jara P., Renato Demarchi K., Carlos Dueñas A., Mario Escorza O., José Dgo, Fernández A., Sergio Fierro L., Fermín Fuentealba C., Clemente Fuentes A., Samuel Fuentes V., César Raúl Fuenzalida M., Mario Garay F., Félix Guajardo G., Ernesto Hurtado O'R., Rubén Hurtado P., Patricio Ibáñez V., Jorge Iglesias C., Ernesto Irureta A., Narciso
Jaque A., Duberildo Jarpa V., Miguel Jerez H., Alberto Koenig C., Eduardo Laemmermann M., RenatoLavandero I., Jorge Lazo C.. Carmen Lorca V., Alfredo Lorenzini O., EmilioMartín M., Luis Martínez C., Juan Momberg R-, Hardy Monares G., José Monckeberg B., Gustavo Montt M., Julio Mosquera R., Mario Muga G., Pedro Naudon A., Alberto Ochagavía V., Femando Olave V., Hernán Palestro R., Mario Papic R., Luis Pareto G., Luis Parra A., Bosco Penna M., Marino Phillips P., Patricio Poblete G., Orlando Retamal C., Blanca Rioseco V., Manuel Rodríguez H., Manuel Rodríguez N., Juan Rosselot J., Fernando Ruiz-Esquide J., Mariano Saavedra C., Wilna Sanhueza H., Fernando Sbarbaro C., Víctor Sepúlveda G., FranciscoSepúlveda M., Eduardo Silva S., Julio Sívori A., Carlos Sota B., Vicente Sotomayor O., Femando Stark T., Pedro Suárez G., Constantino Tejeda V., Luis Téllez S., Héctor Torres P., Mario
El Secretario, señor Cañas Ibáñez, don Eduardo, y el Prosecretario, señor Kaempfe Bordalí, don Arnoldo.
ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES:
Las actas de las sesiones 1ª. y 2ª. extraordinarias, celebradas en martes 5 y miércoles 6 del presente, de 16 a 16.32 y de 16 a 19.15 horas, respectivamente, quedaron a disposición de los señores Diputados.
CUENTA.
Se dio cuenta de :
1°.- Un Mensaje con el cual S. E. el Presidente de la República somete a la consideración del Congreso Nacional, para ser tratado en la actual legislatura extraordinaria de sesiones, un proyecto de ley que determina el régimen sindical aplicable en la agricultura.
-Se mandó a la Comisión de Trabajo y Legislación Social.
2ª.- Tres oficio's de S. E. el Presidente de la República :
Con los dos primeros incluye en la actual legislación extraordinaria de sesiones los siguientes proyectos de ley;
El que reduce los plazos de prescripción consultados en los Códigos Civil, de Procedimiento Civil de Comercio y en otros textos legales; y
El que consulta medidas de ayuda y fomento para las industrias pesqueras ela- boradoras de harina y aceite de pescado de las provincias de Tarapacá y Antofa- gasta.-Se mandaron tener presente y agregar a los antecedentes de los proyectos respectivos.
Con el tercero retira las observaciones formulada al proyecto de ley, despachado por el Congreso Nacional, que beneficia a don Raúl Dinator Dinator.
-Quedó en Tabla.
3º.- Tres oficios del Honorable Senado :
Con el primero devuelve aprobado con modificaciones el proyecto de ley que ordena al Servicio de Seguro Social destinar determinada superficie del fundo La Reina, de su propiedad, que se consultarán en el Plano Regulador de la comuna del mismo nombre para facilitar la ejecución de ciertas obras.
-Quedó en Tabla.
Con los dos restantes remite a esta Cámara, donde constitucionalmente deben tener su origen, y para los efectos de que sean suscritas por algún señor Diputado, las siguientes mociones :
Del Honorable Senador señor Allende, que libera del pago de ciertos impuestos a la Sociedad de Instrucción Primaria de Valparaíso, y
Del Honorable Senador señor Prado, que autoriza a las Municipalidades de La Calera y Nogales para contratar empréstitos.
-Quedaron a disposición de los señores Diputados para ser suscritas por alguno de ellos. Posteriormente, suscrita la segunda por los señores Sepúlveda, don Eduardo; y Cardemil, se mandó a la Comisión de Gobierno Interior y a la de Hacienda para los efectos de lo dispuesto en los articulos 61 y 62 del Reglamento.
4º.- Seis oficios del señpr Ministro del Interior con los que contesta los que se le enviaron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, sobre las materias que se indican:
De la señora Aguilera, relativo a la conducta funcionaría del personal de Carabineros de la localidad de Guacarhue, comuna del Tilcoco;
Del señor Aravena, don Jorge, respecto de la construcción de un Cuartel de Carabineros en Talca;
Del señor Aravena, don José Andrés, acerca de la instalación de una oficina de Correos en Tijeral ;
Del señor Demarchi, relacionado con diversos poblemas que afectan al puerto de San Antonio;
Del señor Garcés, referente a la construcción de un edificio para el Servicio de Correos en Lontué; y
Del señor Morales, don Raúl, sobre la necesidad de reinstalar el Retén de Carabineros que existía en Ayacara.
5º.- Tres oficios del señor Ministro de Relaciones Exteriores :
Con los dos primeros da respuesta a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se indican, sobre las materias que se señalan:
Del señor Cademártori, relativo al Convenio de Préstamo por 40 millones de dólares suscrito entre el Gobierno de Chile y la Agencia Internacional de Desarrollo, y
De los señores Palestro, Cardemil, Godoy, Rodríguez, don Juan; y Zepeda, relacionado con la situación de algunos voluntarios chilenos en las fuerzas de liberación francesa de la Segunda Guerra Mundial.
-Quedaron a disposición de los señores Diputados.
Con el último remite diversos antecedentes relacionados con el Parlamento Latinoamericano.
-Se mandó tener presente y archivar.
6º.- Dieciocho oficios del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con los que se refiere a los que se le remitieron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, sobre las materias que se indican:
De la señora Allende, acerca de los inmuebles de propiedad de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado situados en la comuna de Renca;
Del señor Aravena, don José Andrés,referente a las condiciones de explotación de la cantera DEUCO, de Angol ;
Del señor Cantero, respecto de la conveniencia de condonar el préstamo otorgado por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado al Club de Ferroviarios Jubilados de La Calera;
Del señor Castilla, relacionado con la instalación de Oficinas de la Dirección de Industria y Comercio en las localidades de Retiro y San Javier;
Del señor Clavel, sobre recalada de naves nacionales en el puerto de Taltal;
Del señor de la Fuente, relativo al conflicto que afecta a los ingenieros y técnicos de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado ;
Del señor Fuentealba, acerca de la instalación de una fábrica de fibras de cardón en el puerto de Los Vilos ;
Del señor Guajardo, referente a la adquisición de un ferry-boat destinado al traslado de mercaderías entre Castro y Quinchao ;
Del señor Ochagavía, respecto de las bonificaciones adeudadas por lANSA a los pequeños agricultores ;
Del mismo Diputado, sobre las necesidades de apresurar los trabajos de reparación del ferry-boat "Alonso de Ercilla";
Del señor Santibáñez, relativo al servicio de locomoción que presta la Empresa de Transportes Colectivos del Estado en la ciudad de Valparaíso;
Del señor Urra, relacionado con la adquisición de chassis destinados a la movilización colectiva de la provincia de Cautín ;
De los señores Fuentealba y Valdés, don Arturo, acerca de la reparación de puentes y vías férreas en la Red Ferroviaria Norte ;
De los señores Cerda, don Carlos, y Pa- lestro, referente a la instalación de alumbrado público en diversas localidades de San Carlos e Itata;
De los señores Valdés, don Arturo, y Pontigo, respecto de la posibilidad de poner en funcionamiento la Fábrica de Cemento "Juan Soldado", ubicada en la provincia de Coquimbo;
De los señores Cerda, don Carlos, Stark y Canales, sobre la conveniencia de que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado ceda al Ministerio de Educación Pública un predio de su propiedad en la Estación San Carlos, con el objeto de destinarlo a la construcción de la Escuela 3 de esa localidad ;
De los señores Sívori, Rodríguez, don Juan, y Rosselot, relativo a la construcción de una estación ferroviaria en la localidad denominada "Punta de Rieles";
De la señora Allende y de los señores Valenzuela, don Héctor; Santibáñez y de los señores Diputados pertenecientes a los Comités Parlamentarios de los Partidos Socialista, Comunista y Demócrata Cristiano, relacionados con las alzas experimentadas por los precios de los productos que expende la Sociedad Minera Arrip S. A."
7°.- Ocho oficios del señor Ministro de Hacienda:
Con el primero contesta el que se le remitió, en nombre de la Cámara, relacionado con la contratación de 17 funcionarios, por parte de la Corporación de la Vivienda, con el objeto de que se preste atención en todas las provincias del país.
Con el segundo da respuesta al que se le envió, en nombre de la Cámara y del señor Valenzuela, don Héctor, relativo al monto de los impuestos cuyo pago habría evadido el Banco de Chile,
Con los seis restantes se refiere a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se expresan, sobre las materias que se indican :
Del señor Garcés, respecto de una investigación acerca de la producción de vinos en el país, especialmente en la provincia de Curicó;
Del señor Lorenzini, referente al resultado de la última revisión practicada por el Servicio de Impuestos Internos en la contabilidad de la Compañía de Cervecerías Unidas;
Del señor Naranjo, acerca de los reavalúos de predios agrícolas de las provincias de Curicó, Talca, Linares y Maule;
Del señor Rodríguez, don Juan, sobre los daños ocasionados por los últimos tera- porales en la provincia de Malleco ;
Del señor Rosales, relacionado con las obligaciones tributarias de la Empresa Braden Copper Co., respecto de sus bienes ubicados en la comuna de Machalí ; y
Del señor Sotomayor, y de los señores Diputados pertenecientes al Comité Parlamentario del Partido Demócrata Cristiano, acerca del pago de contribuciones de bienes raíces.
8º-Dieciocho oficios del señor Ministro de Educación Pública, con los que se refiere a los que se le dirigieron, en nombre de los señores Diputados que se mencionan, sobre las materias que se señalan :
De la señora Aguilera, relativo a la creación de una Escuela Técnica en Gua- carhue ;
Del señor Cancino, respecto de la transformación de la Escuela Granja 107, de Santa Cruz;
Del señor Cerda, don Carlos, acerca de la adopción de medidas en beneficio del departamento de San Carlos;
Del señor De la Jara, relacionado con la necesidad de ejecutar reparaciones en el Liceo de Hombres de Los Angeles ;
Del señor Garcés, referente al otorgamiento de la calidad de establecimientos coeducacionales a las Escuelas Nocturnas de la provincia de Curicó;
De la señora Marín, sobre reiniciación de actividades de la Escuela ubicada en El Monte de las Mercedes de la comuna de Isla de Maipo;
Del señor Mercado, relativo a la creación de una Escuela Industrial en Coquimbo y al traslado de la Escuela de Pesca de Peñuelas ;
Del señor Millas, respecto de la habilitación de un Liceo en la comuna de San José de Maipo y de escuelas en las localidades de Las Vertientes, Guayacán, Melocotón y El Volcán ;
Del señor Ochagavía, relacionado con la construcción de nuevas dependencias en la Escuela Nº 34 de Mechuque ;
Del señor Osorio, referente a una investigación sumaria en la Escuela N° 33 de San Felipe ;
Del señor Papic, sobre construcción de un edificio para la Escuela Nº 51 de la localidad de Riñihue;
Del señor Rodríguez, don Juan, relativo al funcionamiento de la Junta de Auxilio Escolar de Lonquimay;
Del señor Rosales, respecto de la creación de una Escuela Técnica Superior o un Liceo Mixto en la comuna de Machalí;
Del señor Sepúlveda, don Francisco, acerca de la ampliación de la Escuela Nº 56 de Llanada Granda, departamento de Llanquihue ;
Del señor Zorrilla, relacionado con la ampliación del edificio que ocupa la Escuela de Piguchén;
De los señores Valenzuela, don Renato y Sotomayor, referente a la elevación de categoría de la Escuela Industrial de San Fernando ;
De la señora Marín y de los señores Acuña, Acevedo y Olivares, sobre el sumario instruido con motivo del accidente ocurrido en el Liceo Juan Antonio Ríos de Santiago ;
9º.- Cuatro oficios del señor Ministro de Justicia con los que da respuesta a los que se le remitieron, en nombre de los señores Diputados que se indican, sobre las materias que se expresan :
Del señor Acevedo, relativo a la designación de un Ministro en Visita para determinar las responsabilidades criminales que correspondan por la muerte de estudiantes ocurridas con motivo de los temporales ;
Del señor Castilla, respecto de la creación de un Juzgado del Trabajo, con asiento en San Javier y con jurisdicción en el departamento de Loncomilla;
De la señora Enríquez, acerca de la elevación de categoría del Juzgado de Letrasde Menor Cuantía de San José de la Ma- riquina; y
Del señor Laemmermann, relacionado con la Colonia Penal Modelo que se instalará en la Isla de Santa María ;
10º.- Dos oficios del señor Ministro de Defensa Nacional :
Con el primero, contesta al que se le envió, en nombre de la Cámara, relacionado con la fabricación de elementos agrícolas en las Fábricas y Maestranzas del Ejército;
Con el segundo, se refiere al que se le dirigió, en nombre del señor Aravena, don Jorge, acerca de los cursos de entrenadores de fútbol para que presten servicios en provincias;
11º.- Un oficio del señor Ministro de Tierras y Colonización, con el que da respuesta al que se le remitió, en nombre del señor Guajardo, relacionado con los ocupantes de terrenos de la Población Playa Norte de la ciudad de Punta Arenas;
12º.- Un oficio del señor Ministro de Minería, con el que contesta el que se le dirigió, en nombre del señor Sotomayor, sobre las ventas y exportaciones de cobre elaborado y semielaborado, efectuadas por Famae, Madeco y Cobre Cerrillos.
13º.- Siete oficios del señor Contralor General de la República:
Con el primero se refiere al que se le dirigió, en nombre del señor Hübner, relacionado con el otorgamiento de certificados de renta legal de arrendamiento por el Servicio de Impuestos Internos.
Con los cuatro siguientes da respuesta a los que se le remitieron, en nombre del señor Valente, acerca de las siguientes materias :
Cumplimiento del dictamen de la Con- traloría respecto del personal de la Industria Pesquera Cavancha ;
Instrucción de un sumario en la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales ;
Adjudicación de la propuesta para distribuir leche en el Valle de Camarones;
Suspensión de la entrega de parcelas de la Corporación de la Reforma Agraria en los Valles de Azapa, Lluta y Camarones.
-Quedaron a disposición de los señores Diputados.
Con el penúltimo comunica que ha tomado razón del decreto Nº 1.597, de 1965, del Ministerio del Interior, sobre intervención en la Empresa Carbonera Plegaria de Curanilahue con motivo de haber sido insistido por el decreto Nº 1.641, de 28 de septiembre de 1965, suscrito por todos los señores Ministros de Estado, no obstante la representación de ese organismo hecha por Oficio Nº 68930, y
Con el último manifiesta haber devuelto, sin tramitar, la Resolución Nº 1077, de 1965, de la Dirección de Industria y Comercio que fija precios a partidas de neumáticos y cámaras de procedencia extranjera.
-Se mandaron tener presente y archivar.
14º.- Un informe de la Comisión de Educación Pública, recaído en el proyecto de ley, de origen en una moción del señor Valdés, don Arturo, que prorroga la vigencia del artículo 2º transitorio de la ley Nº 15.263, que establece que no se exigirá haber servido tres años en provincias para ser nombrado profesor en propiedad en el departamento de Santiago.
15º.- Un oficio de la Comisión de Economía y Comercio con el que solicita el asentimiento de la Cámara para que se le prorrogue indefinidamente el plazo otorgado para informar acerca de la situación de monopolio en que se encuentra la industria textil.
-Quedaron en Tabla.
169.- Dos mociones, con las cuales los señores Diputados que se indican, inician los siguientes proyectos de ley;
Los señores Tejeda, Stark, Rioseco y de la Jara, que excluye a la Hacienda Canteras, de propiedad del Servicio de Seguro Social de entre los bienes que debe enajenar en conformidad al artículo 1º transitorio de la ley Nº 10.383.
-Se mandó a la Comisión de Trabajo y Legislación Social.
El señor Naudon, que reconoce tiempo servido a doña Petronila Jara Alarcón.
-Se mandó a la Comisión Especial de Solicitudes Particulares.
17º.-Siete comunicaciones :
Con las cuatro primeras los señores Buzeta, Morales, don Raúl; Osorio y Parra, solicitan permiso constitucional para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, los 3 últimos a contar del 16 del presente.
-Quedaron en Tabla.
Con la quinta, el señor Morales, don Raúl, comunica que se ausentará del país por un plazo inferior a 30 días, para viajar al Perú.
Con la sexta, el señor Vicario General del Arzobispado de Santiago invita a los señores Diputados a una misa de acción de gracias, que se celebrará el sábado 23 del presente en la Iglesia Catedral como adhesión al homenaje que se tributa a don Andrés Bello, con motivo del primer centenario de su muerte.
Con la séptima el señor Director de Estadística y Censos remite copia del índice del costo de la vida correspondiente al mes de septiembre y una lista de precios de agosto y septiembre del presente año.
-Se mandaron tener presente y archivar.
Con la última la Corporación de Ventas de Salitre y Yodo de Chile se refiere al proyecto de ley, de origen en una moción del señor Valente, que ordena a la Empresa Salitrera Victoria renovar las viviendas insalubres de los campamentos Victoria y Alianza y otorgar diversos beneficios a los obreros que allí trabajan.
-Se mandó tener presente y agregar a los antecedentes del proyecto en Tabla.
A proposición del señor Ballesteros (Presidente) por asentimiento unánime, se acordó acceder a la petición formulada por S. E. el Presidente de la República en orden a retirar la observación formulada al proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que concede beneficios a don Raúl Dinator Dinator.
Por no contar con la unanimidad requerida, quedó sin efecto la petición formulada por la Comisión de Economía y Comercio en orden a que se le prorrogue indefinidamente el plazo para evacuar su informe sobre la situación de monopolio de la industrial textil.
Posteriormente, a proposición del señor Momberg, por asentimiento unánime, se acordó acceder a la petición de prórroga del plazo formulada por la Comisión de Economía y Comercio.
A proposición de la Mesa, por asentimiento tácito, se acordó acceder a las peticiones formuladas por los señores Buzeta, Morales Adriasola, Osorio y Parra, para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días, a contar desde el 16 del presente, los tres últimos.
El señor Ballesteros (Presidente) hizo presente a la Sala, que el Comité Independiente había retirado la reclamación formulada contra la conducta de la Mesa.
ORDEN DEL DIA.
En primer lugar de esta Tabla se entró a considerar el proyecto de acuerdo, de origen en un Mensaje, con trámite de urgencia calificada de "simple", informado por la Comisión de Relaciones Exteriores,que aprueba la adhesión de Chile a la Convención Internacional sobre Seguridad de la Vida Humana en el Mar.
Sin debate, puesto en votación general el proyecto, resultó aprobado por asenti- miento unánime y, en particular, reglamentariamente, el artículo único, por no haber sido objeto de indicaciones.
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión del proyecto en su primer trámite constitucional y, en conformidad a los acuerdos adoptados a su respecto, se mandó comunicar al Senado, redactado en los términos siguientes
Proyecto de Acuerdo:
"Artículo único.- Apruébase la adhesión por parte de Chile a la Convención Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar y sus anexos, firmada en Londres el 17 de junio de 1960".
En el segundo lugar se entró a considerar la observación formulada por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que crea un Centro de Investigaciones del Salitre y la Industria Química.
La observación en referencia consistía en la desaprobación total del proyecto, respecto del cual el Honorable Senado se pronunció y rechazó e insistió en la aprobación del proyecto primitivo.
Puesta en discusión la observación usaron de la palabra los señores Acevedo, Sota, Tuma, Castilla, Garay, señora Lazo, doña Carmen, y señores Corvalán, Astorga, Ochagavía y Clavel.
El señor Jerez, Comité Demócrata Cristiano, solicitó la clausura del debate, la que, puesta en votación, resultó aprobada por unanimidad.
Puesta en votación la observación, por asentimiento unánime, se acordó rechazarla e insistir en la aprobación del precepto primitivo.
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión de la observación en el Congreso Nacional y se mandó comunicar al Senado los acuerdos adoptados a su respecto.
A continuación, se entró a considerar la observación formulada por S. E. el Presidente de ja República al proyecto de ley que modifica el artículo 299 del Código de Aguas.
La observación en referencia era la siguiente:
Consiste en reemplazar el inciso segundo de los agregados al artículo 293 del Código de Aguas por el siguiente: "Esta autorización será solicitada en la demanda y, celebrado el comparendo a que se refiere el artículo 683 del Código de Procedimiento Civil, el Juez la concederá o denegará en resolución fundada."
Puesta en discusión la observación, usaron de la palabra los señores Tejeda, Garay, Fuentes, don César Raúl, y Acevedo.
Cerrado el debate y puesta en votación la observación por dos veces sucesivas, no hubo quorum.
Repetida la votación por el sistema de pie y sentados, resultó rechazada por 31 votos contra 1.
Por asentimiento unánime se acordó insistir con la misma votación en la aprobación del proyecto primitivo.
Quedó, en consecuencia, terminada la discusión de la observación en esta rama del Congreso Nacional y se mandaron comunicar al Senado los acuerdos adoptados a su respecto.
En el tercer lugar de la Tabla correspondió considerar la observación formulada por S. E. el Presidente de la República, al proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica la ley Nº 11.219, Orgánica de la Caja de Retiro y Previsión Social de los Empleados Municipales de la República.
La observación del Ejecutivo, consistía en suprimir él inciso segundo del artículo nuevo agregado a continuación del artículo 39 de la Ley 11,219, que dice:
"Sin embargo, el Consejo, con el quorum de los dos tercios de los Consejeros en ejercicio, podrá autorizar que el servicio de dichos préstamos exceda del porcentaje indicado en el inciso anterior y hasta un máximo del 60% del sueldo o pensión, siempre que se trate de préstamos para compra o edificación de propiedades y el imponente acredite tener mayores recursos u otras razones que aconsejen esta autorización."
Puesta en discusión la observación, usó de la palabra el señor Acevedo, quien ocupó cinco minutos de su primer discurso.
Por haber llegado la hora de término del Orden del Día, quedó pendiente el despacho de este asunto y de los demás que figuraban en la Tabla.
HORA DE LOS INCIDENTES.
El primer turno correspondió al Comité Independiente. El señor Momberg usó de la palabra para referirse a la visita practicada por el Honorable señor Lorenzini en compañía del Regidor de la Municipalidad de Pitrufquén, en un fundo cercano a esa ciudad, en la cual se habrían practicado encuestas a los campesinos relacionadas con sus condiciones de vida y cumplimiento de leyes sociales por parte de los patrones.
A proposición del señor Papic (Presidente en ejercicio), pasó a presidir, en el carácter de Presidente Accidental, el señor Muga.
En seguida, el señor Momberg se refirió a la restricción del crédito bancario y a sus nocivos efectos en la agricultura y el desarrollo de las actividades productoras del país.
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Hacienda con el objeto de que la Superintendencia de Bancos autorice al Banco del Estado de Chile a reducir su encaje bancario con el fin de que pueda aumentar el volumen de dinero que puede destinarse a préstamos y operaciones de descuentos destinadas a otorgar créditos a la agricultura.
Luego, usó de la palabra el señor Ochagavía, quien se refirió a la medida económica que dispuso la supresión de los sobregiros bancarios.
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio, en su nombre al señor Ministro de Hacienda con el objeto de representarle la angustiosa situación que ha creado a la pequeña industria y al comercio la supresión de los sobregiros bancarios y solicitarle que se deje sin efecto dicha medida.
El turno siguiente correspondió al Comité Demócrata Cristiano. El señor Valenzuela Valderrama usó de la palabra para hacerse cargo de las observaciones formuladas por el señor Momberg relativas a la encuesta realizada por el señor Lorenzini en algunos fundos de la provincia de Cautín.
El señor Valdés Solar, a continuación, se ocupó de analizar la urgencia que existe en proceder a la expropiación de algunos fundos ubicados en la provincia de Concepción con el objeto de entregarlos a los obreros y campesinos que laboran en ellos.
Solicitó el señor Diputado que se diri- giera oficio, en su nombre, a lo que adhirió el señor Fierro, al señor Ministro de Agricultura con el objeto de que la Corporación de la Reforma Agraria proceda a la expropiación de los fundos "Espigado", "Cabrera" y "Mundo Nuevo", de la comuna de Santa Juana, departamento de Coronel, y del fundo "Misque", ubicado en Yumbel.Luego el señor Hurtado Pereira se refirió a la conveniencia de instalar una planta de celulosa en la provincia de Maule y destacó la conveniencia de acelerar la ejecución de dicha obra.
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que se sirva recabar de la Corporación de Fomento de la Producción un pronunciamiento respecto de si se construirá una planta de celulosa en Constitución, provincia de Maule.
En seguida, el señor Hurtado Pereira analizó diversos problemas locales y necesidades que afectan a la provincia de Maule.
Durante su intervención, el señor Diputado solicitó que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de que se sirva acoger las siguientes peticiones :
a) Dar prioridad a la construcción del camino de Parral a Cauquenes, en la provincia de Cauquenes;
b) Destinar en el Presupuesto de la Nación para el año próximo los recursos económicos necesarios para la pavimentación de dicho camino; y
c) Destinar en el Presupuesto de la Nación para el próximo año los fondos necesarios para la terminación de las obras de alcantarillado en la localidad de Chanco y en el Barrio Estación de la ciudad de Cauquenes.
El señor Hurtado Pereira se refirió a los problemas y necesidades de la provincia de Aisén que pudo comprobar recientemente en un raid aéreo efectuado por el Club Aéreo de Chile a esa región.
El señor Diputado solicitó que se dirigiera una nota de congratulaciones, en su nombre, al referido Club Aéreo de Chile por la labor de chilenidad y acercamiento que realiza con los puntos australes del territorio nacional.
El turno siguiente perteneció al Comité Radical. El señor Clavel se refirió a la conveniencia de proceder a la construcción de un nuevo local destinado a la Escuela Superior de Niñas Nº 2 de Antofagasta.
El señor Diputado solicitó que se transmitieran sus observaciones en su nombre, relacionadas con la necesidad de construir, a la brevedad posible, un nuevo local para el referido establecimiento educacional.
El turno siguiente correspondió al Comité Comunista. El señor Tejeda usó de la palabra y destacó la conveniencia de proceder a la enajenación de la Hacienda Las Canteras, de propiedad del Servicio de Seguros Social de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio, en su nombre, a S. E. el Presidente de la República, con el objeto de que se sirva incluir en la actual Convocatoria a sesiones, el proyecto de ley que excluye a la Hacienda Las Canteras, de propiedad del Servicio de Seguro Social, de la obligación de que sea enajenada.
El señor Acevedo usó de la palabra, en seguida, para referirse al incumplimiento de las leyes sociales por parte de los propietarios de la Hacienda "La Manga", ubicada en el departamento de Melipilla, comuna de San Pedro, de propiedad de la Compañía de Inversiones Montealegre Chile S. A.
El señor Diputado solicitó que se transmitieran sus observaciones, en su nombre, al señor Ministro de Agricultura, con el objeto de que la Corporación de Reforma Agraria proceda a expropiar la Hacienda "La Manga", el fundo "Corneche", ubicados en Melipilla, y el predio denominado "El Choque", ubicado en San Antonio.
Solicitó el señor Diputado que se dirigiera oficio, en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas, transmitiéndole sus observaciones relacionadas con diversas necesidades que afectan a la localidad de Valdivia de Paine con el objeto de que se sirva acogerlas y proceder a la ejecución de las obras referidas en ellas.
El turno siguiente correspondió al Comité Democrático Nacional. El señor Turna se ocupó de analizar la conveniencia de adoptar las medidas tendientes a proteger el ganado vacuno y evitar que se sacrifiquen hembras jóvenes fértiles.
El señor Diputado solicitó que se transmitieran sus observaciones, en su nombre, a lo que adhirió el Comité Socialista, a los señores Ministros de Agricultura y Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que se sirvan decretar la prohibición de beneficiar vacunos hembras y sólo se permita su sacrificio cuando tengan más de diez años de edad o hayan sido declaradas estériles.
A continuación, el señor Aguilera usó de la palabra para referirse a diversos problemas y necesidades de carácter local que afectan a la provincia de Coquimbo, relacionadas con la urgencia de realizar diversas obras públicas en la zona.
Solicitó el señor Diputado durante su intervención, que se dirigieran, en su nombre, a lo que adhirieron el Comité Socialista y el señor Valdés Phillips, los siguientes oficios:
Al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de que se sirva informar a la Corporación acerca del estado de los estudios y financiamiento para la ejecución de las obras de regadío destinadas a embalsar las aguas del río Choapa.
Al señor Ministro de Minería, a lo que adhirió además, el señor Laemmermann, con el objeto de que se sirva informar a la Cámara acerca del programa para el fomento minero de los departamentos de Andacollo e Illapel que ha elaborado ese Ministerio para el próximo año.
Al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de que se sirva informar a la Corporación si en el Presupuesto de la Nación para el año próximo, se han consultado los recursos económicos necesarios para la pavimentación de los caminos transversales de Los Vilos a Salamanca; de Combarbalá a Puerto Oscuro y de Vicuña a la Frontera, frente a la provincia de San Juan de la República Argentina, y
Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con el objeto de que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado proceda a acelerar los trabajos para habilitar el puente de Huequén, al sur de Los Vilos, ya que de otra manera se prolongará el aislamiento que afecta a las provincias ubicadas al norte de esa localidad.
PETICIONES DE OFICIOS.
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 173 del Reglamento, los señores Diputados que se indican solicitaron que se enviaran en sus respectivos nombres, los siguientes oficios:
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Reglamento, el señor Muga (Presidente Accidental) procedió a levantar la sesión. Eran las 19 horas y 14 minutos.
IV.-DOCUMENTOS DE LA CUENTA
1.-MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
"Conciudadanos del Senado y de la H. Cámara de Diputados:
En el año 1940, aproximadamente el 50% de la población vivía en el medio urbano y otro tanto en el sector rural. Paulatinamente el crecimiento urbano fue experimentando un aumento apreciable, tanto por incremento de la población como por desplazamiento desde los campos a las ciudades, al punto que hoy puede estimarse que la población urbana ha llegado a casi un 70% y la rural ha sido reducida a un 30 % .
Este desplazamiento humano, como es público y notorio, ha tenido en algunas ciudades caracteres que bien pueden calificarse de dramáticos. En Santiago, entre los años 1952 y 1960, la población aumentó en un 41%. Por otra parte, este crecimiento ha sido desproporcionado en algunos sectores, como el Área Sur, que en el mismo lapso señalado alcanzó a un 110%.
Los recursos para la salud de la población no han seguido al crecimiento ni al desplazamiento comentado. Si bien han aumentado, están lejos de llegar al nivel deseable. Por otra parte, han variado los requerimientos de atención. La población no desea llegar hasta el hospital sino reclama, fundadamente, que se le preste servicios en el medio en que vive. Por esta razón el Gobierno propicia dos ideas fundamentales: una, otorgar atención uniforme a toda la comunidad; otra, que esta atención se preste eficientemente en el lugar y a la hora en que sea más favorable.
Un paso muy importante para lograr el primer propósito lo constituye el proyecto sobre medicina para empleados, pensionados y montepiados y sus cargas, que actualmente pende de la consideración del Congreso Nacional. Se reconoce a estos grupos derecho a la misma medicina que otorga la Ley 10.383 a los asegurados del Servicio de Seguro Social. Al aprobarse esta iniciativa, se pondrá término a injustas discriminaciones existentes y se consagrará una atención uniforme para toda la clase laboral.
Se ha expresado también que es indispensable eficiencia en la atención y que ésta llegue directamente a la comunidad. Para esto es necesario recursos materiales y humanos.
En el orden material, dentro de las limitadas posibilidades se ha proyectado un sistema que permitirá cubrir la atención médica de toda la población a través de: Puestos de Primeros Auxilios en las regiones muy apartadas; Postas Rurales atendida por Auxiliares y algunas de mayor categoría con 2 a 4 camas para la atención de partos a cargo de matronas; Consultorios periféricos en las poblaciones que lo justifiquen, con atención en medicina interna, cirugía, obstetricia y pediatría;
y Hospitales, para la atención especializada. El desarrollo de este programa está subordinado a los fondos de que se disponga.
En lo relativo a recursos humanos, se presentan características especiales. Se reconoce una inadecuada distribución, la que está en período de enmienda. Con todo, el número de médicos es insuficiente y su cantidad no podrá alterarse sino dentro de siete u ocho años, período de formación de esta clase de profesional, sea por la vía de la modificación de programas o aumento de matrículas. Es de advertir que este asunto se está considerando. Igual cosa ocurre con Enfermeras, Matronas, Dietistas. Asistentes Sociales y otros profesionales que actúan en el campo de la salud. De aquí que sea absolutamente indispensable arbitrar algunas medidas con carácter de emergencia, que permitan aprovechar al máximo el trabajo de estos profesionales, propósito al cual obedece este Mensaje.
No se propone en este proyecto modificaciones substanciales. Solamente se somete a vuestra consideración medidas urgentes e imprescindibles sin alterar en nada materias como carrera funcionaría o previsión, las que deberán ser abordadas separadamente. Asimismo, se propone diversas modificaciones a la Ley Orgánica del Colegio Médico de Chile, cuya aprobación ha sido solicitada por dicho Colegio.
La Ley N° 15.076, denominada Estatuto para médicos, dentistas, farmacéuticos y bioquímicos, establece como jornada de trabajo seis horas diarias, sin perjuicio que excepcionalmente para casos calificados pueda ampliarse a ocho horas. El proyecto propone eliminar esas causales autorizando a los jefes que hacen los nombramientos para disponer por resolución fundada la extensión de la jornada. Asimismo, para facilitar este trámite, propone hacer aplicable a este caso la facultad contenida en el inciso 3º del artículo 139 del Estatuto Administrativo.
En la actualidad, existe un considerable número de profesionales funcionarios y de colaboración médica que por gozar de jubilación están retirados de la vida activa y, especialmente, muchas mujeres profesionales que por las labores que deben desarrollar en sus casas no pueden prestar servicios en las jornadas de trabajo usuales, pero que bien podrían hacerlo por un número limitado de horas. Para aprovechar este importante recurso se propone un sistema de honorarios para desempeñar tareas en las poblaciones y Consultorios Periféricos, regulado por el Ministerio de Salud. Se confía que este aporte profesional permitirá proporcionar una atención adecuada, especialmente en horas de la tarde, en las que tiene más fácil acceso la comunidad.
Cualquier profesional que jubile por razón de incapacidad física puede desempeñar después las actividades que estime compatibles con su estado de salud. Con los profesionales sometidos a la Ley 15.076 no ocurre lo mismo. Se propone dejar a los médicos, dentistas y farmacéuticos en igual situación que ¡os demás profesionales, para cuyo efecto se sugiere la supresión de los dos últimos incisos de la ley citada.
La misma ley, en el inciso 2º del artículo 20, establece que los médicos jubilados con más de 60 años de edad pueden reincorporarse y percibir simultáneamente sueldo y pensión de jubilación. No hay ninguna razón que pueda justificar este inciso, discriminatorio en todos sus aspectos. Además, en la práctica, ha originado graves dificultades. Con el régimen de Concurso existente para la provisión de cargos, quien ante este incentivo económico postula a un puesto inevitablemente obtiene veredicto a su favor, y es así como Cargos de alta responsabilidad que requieren importante esfuerzo, como Director de Hospital y otros, son desempeñados por personas cuya aptitud ha decaído sensiblemente. Se propone eliminar la disposición comentada; y, velando por la situación de quienes serían afectados por esta medida, se sugiere un artículo transitorio para que puedan continuar percibiendo sus remuneraciones, pero en las funciones a que se les destine de acuerdo con sus aptitudes.
Otras proposiciones contiene el proyecto, destinadas a regularizar, facilitar o extender situaciones administrativas y jurídicas, respecto de las cuales parece innecesario hacer comentarios; como también las modificaciones a la Ley Orgánica del Colegio Médico a las que anteriormente se hizo referencia.
En mérito de lo expuesto, someto a vuestra consideración el proyecto de ley que contienen las páginas siguientes, para que sea incluido en la actual Convocatoria Extraordinaria del Congreso Nacional, con carácter urgente.
Proyecto de ley:
Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 15.076, que fijó el texto refundido del "Estatuto para los médico-cirujanos, farmacéuticos o químico-farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas":
a) Reemplazar el inciso 3° del artículo 15, por el siguiente:
"La autoridad que hace el nombramiento del profesional funcionario podrá autorizar, por resolución fundada, horarios hasta de ocho horas diarias cuando las necesidades del Servicio lo justifiquen.";
b) Reemplazar el inciso 4º, del artículo 15, por los siguiente:
"Estas autorizaciones podrán ordenarse aún sin decreto o resolución debiendo dictarse éstos y remitirse a la Contraloría General de la República dentro de treinta días de dispuesta la medida. Si la Contraloría no diere en definitiva curso al decreto o resolución perseguirá la responsabilidad administrativa del Jefe que lo hubiere dictado, o pondrá el hecho en conocimiento del Presidente de la República si se tratare de decreto supremo. Todo ello sin perjuicio de las demás responsabilidades pertinentes."La autoridad correspondiente comunicará a la Contraloría la fecha desde la cual un profesional funcionario asuma un cargo mediante extensión horaria.";
c) Reemplazar el inciso 8º del artículo 15, por el siguiente:
"Las extensiones horarias se concederán por un plazo renovable no mayor de un año, salvo cuando se otorguen para: a) desempeñar funciones universitarias de docencia o investigación, y b) cuando se trate de servir funciones profesionales en las Fuerzas Armadas o en el Cuerpo de Carabineros de Chile.";
d) Reemplazar el inciso final del artículo 15, por el siguiente:
"Para efectuar suplencias y reemplazos en casos de licencia, feriado o permiso del profesional funcionario, por lapsos no superiores a tres meses en cada año calendario en las Asistencias Públicas, Servicios de Urgencia, Residencias de Maternidades y Consultorios Periféricos, las extensiones horarias no podrán exceder de cuatro horas diarias y no requerirán de las autorizaciones previas establecidas en los incisos séptimo y octavo.";
e) Sustituir, en el inciso 1º del artículo y
f) Suprimir los incisos penúltimo y último del artículo 35º.
Artículo 2º.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley N° 9.263, Orgánica del Colegio Médico de Chile:
a) Agregar en el artículo 3°, a la enumeración de ciudades sedes de Consejos Regionales, las de Rancagua y Puerto Montt.
b) Agregar en el artículo 3º, el siguiente inciso:
"En las capitales de provincias, que no sean sedes de un Consejo Regional, y en las ciudades cabecera de departamento que acuerde el Consejo General, habrán respectivamente Comités Provinciales y Departamentales, con la organización y funciones que determine el Reglamento.";
c) Sustituir, en el inciso 1º del artículo 5º, la palabra y cifra "diecisiete (17)" por "diez y nueve (19)";
ch) Sustituir el inciso 2º del artículo 5º, por el siguiente :
"Esta elección en los Consejos de Santiago, Valparaíso y Concepción se regirá por las disposiciones de la Ley General de Elecciones.";
d) Sustituir, en el inciso 1° del artículo 6º, la palabra "abril" por "junio";
e) Reemplazar, en la letra b) del artículo 7°, la palabra "quince" por "diez";
f) Reemplazar la letra b) del artículo 9º, por la siguiente:
"b) Considerar las condiciones de trabajo y económicas, tanto de los Servicios Médicos de las instituciones fiscales, semifiscales, autónomas y particulares de acuerdo con las modalidades y necesidades de cada región, como de los colegiados que prestan funciones en ellas, y proponer a las autoridades correspondientes las medidas tendientes a que esas condiciones sean adecuadas, equitativas y justas.";
g) Sustituir la letra f) del artículo 9º, por la siguiente:
"f) Fijar el monto de las cuotas ordinarias que deberán pagar los colegiados y el de las extraordinarias que sea necesario establecer en carácter de generales para todo el país o respecto de la jurisdicción de uno o más Consejos Regionales.
"Las instituciones empleadoras, a requerimiento del Colegio Médico, deberán descontar por planilla el monto de las cuotas y entregarlas a la Tesorería del Consejo General o del Consejo Regional correspondiente.";
h) Reemplazar, en la letra k) del artículo 9º, las palabras "ambas partes o del cliente" por "alguna de las partes";
i) Reemplazar, en el inciso segundo de la letra 1) del artículo 9°, los términos "La Dirección General de Sanidad" por "El Servicio Nacional de Salud";
j) Suprimir, en la letra b) del artículo 10º, el punto y coma final (;) y agregar la frase siguiente: "e igualmente organizaciones u otros medios para ir en auxilio de los colegiados y sus familiares en caso de catástrofes o fallecimiento;";
k) Agregar, a continuación de la letra d) del artículo 10, la siguiente letra nueva;
"e) Crear, auspiciar o colaborar en programas de becas o cualquier otro sistema de estímulo para estudiantes de medicina";
I) Agregar, en el inciso 1° del artículo 12, a continuación de la palabra "miembros" los términos "en ejercicio";
II) Agregar, como inciso 4º del artículo 12, el siguiente:
"Cesará en su cargo, por el solo ministerio de la ley, el Consejero General a quien el Consejo Regional que lo haya elegido le solicite, por la unanimidad de sus miembros, la renuncia.";
m) Agregar, como inciso final del artículo 12, el siguiente:
"En caso de ausencia o impedimento de un Consejero General, que deba durar más de tres meses, el Consejo Regional correspondiente deberá elegir un suplente por el tiempo que dure la ausencia o impedimento.";
n) Agregar al artículo 13 los siguientes incisos:
"Los Comités Provinciales y Departamentales estarán formados por cinco y tres miembros respectivamente, elegidos por los médicos de la jurisdicción respectiva, conforme las normas que establezca el Reglamento.
"Los Consejos Regionales podrán sesionar extraordinariamente, y no más de tres veces en el año, en alguna ciudad de su jurisdicción diferente de aquella en que tienen su sede."
ñ) Reemplazar, en el inciso 1º del artículo 14, la palabra "siete" por "cinco";
o) Sustituir, en el inciso 1º del artículo 15, las palabras "por el sistema de voto proporcional con cifra repartidora conforme a la ley electoral" por "de acuerdo con las disposiciones de la Ley General de Elecciones";
p) Agregar al artículo 16 el inciso siguiente:
"Las instituciones empleadoras deberán otorgar permisos a los Consejeros Generales y Regionales para que puedan cumplir las comisiones que les encomiende el respectivo Consejo.";
q) Suprimir, en la letra d) del artículo 17, los términos "Fijar y" y reemplazar la "p" por una "P" en la palabra "percibir";
r) Sustituir, en el artículo 19, la palabra "abril" por "mayo";
s) Agregar, a continuación del artículo 19, un nuevo artículo del tenor siguiente: "El Consejo General podrá convocar a los Consejos Regionales a Convención con el objeto de considerar los temas incluidos en la tabla de la citación; estas Convenciones se regirán por las normas que determine el Reglamento.";
t) Suprimir, en el inciso 1° del artículo 25, las palabras "y pagar la patente respectiva", y agregar la frase final siguiente: "Para ejercer privadamente la profesión deberá, además, pagar la patente respectiva.";
u) Reemplazar, en el artículo 27, las palabras y cifras "quinientos pesos ($ 500)" y "tres mil pesos ($ 3.000)" por "medio sueldo vital" y "cinco sueldos vitales mensuales", respectivamente;
v) Reemplazar, en el artículo 28, las palabras y cifras "mil pesos ($ 1.000)" y "diez mil pesos ($ 10.000)" por "un sueldo vital" y "diez sueldos vitales mensuales"', respectivamente;
w) Sustituir, en el inciso 1° del artículo 29 las palabras "a la Dirección de Sanidad" por "al Servicio Nacional de Salud";
X) Agregar, en el inciso 1º del artículo 29, a continuación de la letra b) la siguiente nueva letra; pasando la letra c) a ser d):
"c) Multa de uno a diez sueldos vitales mensuales, Escala A, del Departamento de Santiago. Esta sanción podrá aplicarse independientemente o acumularse a cualquiera de las otras establecidas en este artículo.", yy) Agregar, en la letra c) del inciso 1º del artículo 29, la frase final siguiente; "En caso de reincidencia podrá aumentarse el plazo hasta un año.".
Artículo 3°.- Lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 15.575 es aplicable al Vicepresidente Ejecutivo y al Jefe del Departamento Médico del Servicio Médico Nacional de Empleados, y a los profesionales funcionarios del Servicio Nacional de Salud de igual o superior jerarquía que los Directores de Hospitales, correspondiéndole al Presidente de la República esta calificación.
El mayor gasto que signifique la aplicación del inciso anterior será de cargo de los Presupuestos ordinarios de cada Servicio.
Artículo 4º.- A los profesionales funcionarios que trabajen en Servicio de Rayos X y Radioterapia no les será aplicable lo dispuesto en el artículo de la ley 15.737.
Artículo 5º.- Los funcionarios de los Servicios dependientes del Ministerio de Salud Pública podrán desempeñar comisiones de estudio o perfeccionamiento, con o sin goce de remuneración, pero sin derecho a viático. Estos funcionarios gozarán de un subsidio de manutención por el plazo que dure la comisión, con cargo a los Presupuestos de las respectivas instituciones.
Artículo 6º.- En los Servicios dependientes del Ministerio de Salud, los contratos por honorarios que autoriza el artículo 8º del DFL. Nº338, de 1960, serán ordenados por el Ministerio del ramo, por orden del Presidente de la República, a propuesta de los Jefes superiores y con cargo a los presupuestos de las respectivas instituciones.
Estos contratos podrán referirse a labores habituales o propias de los Servicios, cuando se trate de proporcionar atención médica en poblaciones y Consultorios Periféricos por médicos u otros profesionales qe colaboración médica. Los honorarios podrán ser regulados por hora de trabajo, tareas ejecutadas o unidades de labor.
Artículo 7º.- Los veinticinco días no trabajados por el personal del Servicio Nacional de Salud en los meses de agosto y septiembre de 1963, serán pagados con trabajos extraordinarios o mediante la prolongación de la jornada diaria de trabajo.
Articulo 8º.- Déjase sin aplicación en el Servicio Nacional de Salud, por el año 1965, la disposición contenida en el artículo 47 del DFL. Nº 338, de 1960.
Artículo 9º.- A los profesionales funcionarios que en cualquiera forma presten servicio en el Ministerio de Salud, les será aplicable lo dispuesto en el inciso 1º del artículo 22 de la ley Nº 13.211.
Artículos Transitorios.
Artículo 1º.- Los profesionales funcionarios que a la fecha de vigencia de la presente ley se encuentren acogidos al beneficio establecido en el inciso 2º del artículo 20 de la ley Nº 15.076, conservarán sus actuales remuneraciones y la pensión de jubilación que perciban, pero el Jefe Superior del respectivo Servicio podrá trasladarlos para que sirvan funciones distintas a ¡as correspondientes a los cargos de que son titulares.
Artículo 2º.- Prorrógase a los actuales miembros del Consejo General del Colegio Médico de Chile sus mandatos que expiran en abril de 1966 hasta el mes de junio del mismo año, fecha en que deberán asumir los nuevos Consejeros de conformidad a lo dispuesto en la letra d) del artículo 2º de la presente ley.
(Fdo.): Eduardo Freí M.- Ramón Valdivieso D.".
2.-MENSAJE DE S. E .EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
"Conciudadanos del Senado y de la Cámara de Diputados:
Con motivo de los sismos del año 1960 el H. Congreso aprobó la ley Nº 14.171 y en su artículo 133 se estableció que las empresas industriales instaladas en la zona afectada y que se encontraban en funcionamiento al 20 de mayo del mismo año y cuyas instalaciones hubieren sido dañadas o destruidas, estarían afectas, en la internación de máquinas y aparatos industriales nuevos destinados a su industria, en un gravamen único ascendente al 15 % de su valor CIF.
Atendido el hecho de que varias industrias se han acogido a este beneficio y que se encuentran en trámite las operaciones de internación por causas que no le son imputables, se estima conveniente prorrogar la vigencia de esa disposición por seis meses, ya que de no hacerse así se les provocaría un perjuicio injustificado.
Por las consideraciones expuestas, vengo en someter a vuestra aprobación, en el carácter de urgente e incluir en la convocatoria el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Concédese al artículo 133 de la Ley 14.171 de 1960, una vigencia adicional de seis meses contados desde el día 26 de octubre de 1965, para las importaciones autorizadas conforme al DFL. N° 258 de 1960 y para aquellas respecto de las cuales se hubiere declarado, antes de la fecha indicada, por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, el derecho para gozar de las franquicias que concede esa disposición legal.
(Fdo.): Eduardo Frei M.- Sergio Molina Silva.".
3.-MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
"Conciudadanos del Senado y de la Cámara de Diputados:
El artículo 20 de la ley 15.386 estableció el derecho al pago de los beneficios de desahucio, indemnización por años de servicios o retiro, para aquellos imponentes que, habiendo cumplido los requisitos para obtener pensión con sueldo base íntegro, continuaran en actividad.
Antes de dos años de aplicación de la disposición en referencia, se ha podido comprobar que ha producido efectos claramente inconvenientes, en especial respecto al Fondo de Seguro Social de los Empleados Públicos.
En relación al Fondo mencionado, la Contraloría General de la República, que controla el pago del beneficio de desahucio de los empleados públicos, ha oficiado al Ministerio de Hacienda representando la situación producida, que se traduce en un desfinanciamiento del sistema que alcanza, en la actualidad, a Eº 14.000.000, a consecuencia -fundamentalmente- del aumento considerable en la demanda del pago por parte de los beneficiados por el artículo 20 citado, y del menor ingreso que se produce al Fondo, por cuanto quienes se acojen a esta disposición dejan, automáticamente, de hacer sus aportes.
El organismo contralor hace presente, además, que los egresos mensuales estimados alcanzan a E° 8.500.000, y los ingresos a sólo Eº 3.000.000, y que los beneficios que se solicitan actualmente sólo podrán pagarse dentro de un año o más. Por las consideraciones anteriores, la Contraloría General de la República solicita al Ejecutivo el patrocinio de un proyecto de ley que derogue, por lo menos en lo que se refiere al personal afecto al desahucio contemplado en el Estatuto Administrativo, lo dispuesto en el artículo 20 de la ley Nº 15.386.
En lo que se refiere a los efectos de la disposición comentada en el sector privado, la Superintendencia de Seguridad Social ha manifestado que, en la Caja de Empleados Particulares, no es aplicable respecto de los fondos de indemnización y retiro, de acuerdo con los mismos términos expresos de la ley, por cuanto su otorgamiento disminuiría el monto de las pensiones de sus afiliados, aparte de que, en algunos casos, su giro obsta al otorgamiento de la respectiva pensión. En cuanto a determinados grupos, afectos al beneficio de indemnización por años de servicios y que no tienen obligación de cederlo al fondo de pensiones respectivo, se ha producido una situación netamente desfavorable a sus intereses, ya que, al acogerse a la franquicia establecida en el tantas veces mencionado artículo 20, se extingue el derecho a esta prestación, con lo que cesa también la obligación patronal de imponer el 8,33 % de los salarios a favor de sus dependientes.
Cabe hacer presente que, al dictarse la disposición que se comenta, se tuvo en vista la conveniencia de estimular al personal en actividad para que continuara en ella, aun cuando se encontrara en situación de jubilar pero, en la misma ley Nº 15.386, se establecieron otras disposiciones que se estiman suficientes para lograr este objetivo, y que no producen los inconvenientes efectos que se han señalado. Las disposiciones a que se alude están contenidas en el artículo 190, que establece una bonificación de 5 % del sueldo imponible, por cada año de servicios sobre el tiempo reglamentario para jubilar, con máximo de 25 %, y el artículo 25 que exime de imposiciones a las rentas superiores a ocho sueldos vitales escala a) del departamento de Santiago.
Además de las disposiciones citadas, existen otras incluidas en las leyes orgánicas de distintas Cajas de Previsión, entre las que se pueden citar Jas que eximen de pago de imposiciones a los afiliados de la Caja de la Marina Mercante después de 30 años de imposiciones, y después de 40 años de la Caja de Empleados Particulares, y las rebajan del 10 al 5%, después de 30 años, a los de la Caja de Empleados Públicos.
Por las consideraciones expuestas anteriormente, someto a vuestra consideración el siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Derógase el artículo 20 de la ley Nº 15.386.
"Artículo transitorio.- Concédese un plazo de 30 días, contado desde la fecha de vigencia de la presente ley, para que los interesados que así lo deseen se desistan, ante la Contraloría General de la República, de las solicitudes de desahucio formuladas de acuerdo con el artículo 20 de la ley Nº 15.386, y que se encuentren en tramitación en dicho organismo, o pendientes de pago en el Servicio de Tesorerías.
El mismo derecho que señala el inciso anterior, tendrán los demás beneficiarios del artículo 20.
(Fdo.): Eduardo Frei M. - William Thayer A."
4.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
"Nº 00454.-Santiago, 14 de octubre de 1965.
Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 57 de la Constitución Política del Estado, he resuelto incluir, entre las materias de que puede ocuparse el Honorable Congreso Nacional en el actual Período Extraordinario de Secciones, el proyecto de acuerdo que aprueba el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas, denominado "Pacto de Bogotá" (Boletín Nº 21.729 del Honorable Senado).
Dios guarde a V. E.-
(Fdo.): Eduardo Frei M.- Bernardo Leighton."
5.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
"Nº 00453.- Santiago, 14 de octubre de 1965.
Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el articulo 57 de la Constitución Política del Estado, he resuelto incluir, entre las materias de que puede ocuparse el Honorable Congreso Nacional en el actual Período Extraordinario de Sesiones, los siguientes proyecto de ley:
1.- El que autoriza a la Municipalidad de Teno para transferir un terreno de su propiedad al Cuerpo de Bomberos de esa comuna. (Boletín Nº 10.326 de la Honorable Cámara de Diputados), y
2.- El que incorpora a la Universidad del Norte al Consejo de Rectores. (Boletín N° 739 de la Honorable Cámara de Diputados).
Dios guarde a V. E.-
(Edo.): Eduardo Frei M. - Bernardo Leighton."
6.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
"N° 00467.- Santiago, 19 de octubre de 1965.
Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 57 de la Constitución Política del Estado, he resuelto incluir, entre las materias de que puede ocuparse el Honorable Congreso Nacional en el actual Período Extraordinario de Sesiones, el proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Iquique para contratar empréstito. (Boletín N° 21.763 del Honorable Senado).
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) ; Eduardo Frei M. - Bernardo Leighton."
7.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
"Nº 00469.- Santiago, 19 de octubre de 1965.
Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 57 de la Constitución Política del Estado, he resuelto incluir, entre las materias de que puede ocuparse el Honorable Congreso Nacional en el actual Período Extraordinario de Sesiones, el proyecto de ley que establece normas sobre la conservación de obras de artistas chilenos o extranjeros. (Boletín Nº 2.175 de la Honorable Cámara de Diputados).
Dios guarde a V. E.-(Fdo.) : Eduardo Frei M.- Bernardo Leighton."
8.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
"Nº 00471.- Santiago, 19 de octubre de 1965.
Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 57 de la Constitución Política del Estado, he resuelto incluir, entre las materias de que puede ocuparse el Honorable Congreso Nacional en el actual Período Extraordinario de Sesiones, el proyecto de ley contenido en el Mensaje Nº 12 de fecha 15 de octubre de 1965 del Ministerio de Hacienda, que deroga el artículo 20 de la ley N° 15.386.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Eduardo Frei M.-Bernardo Leighton."
9.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
"Nº 00473.- Santiago, 19 de octubre de 1965.
Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 46 de la Constitución Política del Estado, he resuelto hacer presente la urgencia para el despacho del proyecto de ley contenido en el Mensaje Nº 12 de fecha 15 de octubre de 1965 del Ministerio de Hacienda, que deroga el artículo 20 de la ley Nº 15.386.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Eduardo Frei M.-Bernardo Leighton."
10.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
"N° 1160.-Santiago, 18 de octubre de 1965.
Me permito comunicar a V. E. que, en atención a los nuevos antecedentes tenidos a la vista, el Gobierno ha resuelto dejar sin efecto el veto que se refiere al artículo único del proyecto de ley aprobado por el Honorable Congreso Nacional, que establece modificaciones a los artículos 1° y 69 de la ley Nº 9.588, de 1º de abril de 1950.
El veto en referencia se encuentra contenido en el oficio Nº 1053, de 28 de septiembre del presente año, de la Subsecretaría del Trabajo, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva.-William Thayer Artea- ga."
11.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
"Nº 1953.-Santiago, 15 de octubre de 1965.
Por oficio N° 1051, de 28 de septiembre último, hice diversas observaciones a las disposiciones contenidas en el proyecto de ley aprobado por ese Honorable Congreso Nacional, que V. E. se sirvió comunicarme por nota N° 203 de 20 de agosto del presente año y que se refiere a modificaciones a los artículos 80 de la ley Nº 16.250 ; 6º del D.F.L. Nº 245 y 13 de la ley Nº 12.927.
Un nuevo estudio me conduce a la conclusión de que no es necesario introducirle modificaciones, motivo por el cual vengo a retirar las observaciones que hice a dicho proyecto de ley.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva.-William Thayer Artea- ga."
12.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
"Nº 458.- Santiago, 14 de octubre de 1965.
Por oficio Nº 429, de fecha 6 de octubre en curso, V. E. ha tenido a bien comunicarme que el Honorable Congreso Nacional ha aprobado un proyecto de ley que dice relación con los "Obreros de la Administración local del Puerto de Valparaíso".
En uso de las facultades que me confiere el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, vengo a formular a dicho proyecto las siguientes observaciones:
1º-Al artículo 4º, para que se sustituya la palabra "reajustada" por "reliquidada" y se suprima la frase entre comas "en todo momento", a fin de respetar en este punto el Acta de Acuerdo que puso fin ai conflicto portuario;
2º_Al artículo 6º, para que se suprima, en el inciso 1º, la frase "a contar desde el 1º de octubre de 1965", y para que se suprima todo el inciso final que dice "los pagos efectuados por la Empresa a estos obreros entre el 1º de julio y el 30 de septiembre de 1965, tienen el carácter de indemnización y no serán descontados de sus pensiones de jubilación ni reembolsados por ellos", a fin de dar cumplimiento a lo acordado en el Acta que puso fin al conflicto portuario;
3º-Al artículo 9º, para que en el inciso 19, se sustituya la palabra "desempeñaba" ,por "desempeña" y se suprima la frase "al 4 de noviembre de 1964", a fin de normalizar la situación de la totalidad del personal;
4º-Al artículo 10, para que se suprima totalmente, por no corresponder a materias discutidas y aprobadas con la Comisión de Obreros que suscribió al Acta do Acuerdo antes citada;
5º-Al Artículo 119, para que se suprima totalmente por no corresponder a materia discutida durante el conflicto portuario;
6º-Al artículo 12, para que se suprima totalmente por no coi-responder a materias contenidas en el Acta de Acuerdo tantas veces citada; y,
7º-Al artículo 13, para que se suprima totalmente por no corresponder a materia discutida durante el conflicto portuario.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.): Eduardo Frei M.-William Thayer A.".
13.-OFICIO DEL SENADO.
"N° 9.549.- Santiago, 14 de octubre de 1965.
El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley de esa Honorable Cámara que modifica las normas vigentes sobre producción, manufactura y comercio del cobre, con las siguientes modificaciones:
TITULO I
Ha sustituido el epígrafe "Del Departamento del Cobre" por el siguiente; "De las modificaciones de la ley Nº 11.828.
Artículos 1º y 2º
Han sido sustituidos por el siguiente:
"Artículo 1°-Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 11.828, de 5 de mayo de 1955:
Artículo 1º
1) Reemplázase, en la letra a), el guarismo "50 %" por "52,5%".
2) Sustituyese, en letra b), el tercer guarismo "50%" por "52,5%".
3) Reemplázase el inciso tercero, por el siguiente :
"Este impuesto se pagará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, salvo que el Presidente de la República, en casos de excepción, autorice su pago en otras monedas, por decreto fundado y previo informe de la Corporación del Cobre."
4) Reemplázase el inciso final, por el siguiente:
"Cuando la producción de esas empresas baje de la producción básica, el impuesto establecido en este artículo será del 85% de la renta imponible para cada una de las empresas, salvo caso de fuerza mayor que calificará la Corporación del Cobre con in- fórme favorable del Consejo de Defensa del Estado.".
Artículo 2º
Reemplázase el guarismo "50 %" por "52,5 %".
Agrégase el siguiente inciso, nuevo:
"Este impuesto único no podrá ser reducido en caso alguno y se calculará siempre sin admitir deducciones por exenciones, incentivos ni por amortizaciones o castigos que excedan las normas comunes que sobre esta materia mantenga en vigor el Servicio de Impuestos Internos para todos los contribuyentes.".
Artículo 3º
Derógase.
Agrégase el siguiente artículo, nuevo: "Artículo...-La amortización de créditos contratados por las empresas de la Grande y Mediana Minerías del Cobre, en el país o en el exterior, no podrá imputarse como gasto de las empresas.".
Artículo 4º
1) Reemplázase su inciso primero por los siguientes:
"Artículo 4º-La renta imponible neta se determinará en conformidad a las disposiciones de la Ley sobre Impuesto a la Renta vigente a la fecha en que deba efectuarse esa determinación.
Estas empresas no podrán acogerse a beneficios, deducciones o franquicias, sean idénticos o semejantes, que se concedan a los demás contribuyentes de la Ley sobre Impuesto a la Renta, cuando ellos ya hayan sido concedidos.".
2) Suprímense los incisos tercero y cuarto.
3) Agréganse los siguientes incisos, nuevos:
"La producción de cobre electrolítico ennuevas instalaciones, en ampliaciones o modificaciones correspondientes a planes de inversión o en antiguas instalaciones, no autoriza para considerar como gastos suma alguna que no se justifique en ese carácter con arreglo a las normas generales del Servicio de Impuestos Internos.
Los gastos de publicidad o propaganda que las empresas realicen en radios, cines, estaciones de televisión y diarios, revistas o periódicos, no podrán deducirse en la determinación de la renta imponible.".
Agrégase el siguiente artículo, nuevo: "Artículo... El impuesto adicional que afecte a los accionistas de las Empresas de la Grande y Mediana Minerías del Cobre se pagará sobre las utilidades devengadas hayan sido o no repartidas o enviadas al exterior.".
Artículo 5º
Sustituyese este artículo por el siguiente:
"Artículo 5º-Las empresas pagarán el impuesto a que se refieren los artículos anteriores en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año, de acuerdo con una determinación provisional de su renta que hará el Servicio de Impuestos Internos, previo informe de la Corporación del Cobre.
La determinación definitiva de la renta se hará también por el Servicio de Impuestos Internos, previo informe de la Corporación del Cobre, dentro de los tres meses siguientes al vencimiento del respectivo año calendario. Las diferencias que resulten en favor del Fisco serán exigibles de inmediato, y las que resulten en favor de las empresas serán abonadas al más próximo pago provisional, o a los más próximos en su caso.
Lo establecido en los incisos anteriores se entenderá sin perjuicio de la facultad del Servicio de Impuestos Internos para efectuar revisiones y reliquidaciones dentro de los plazos establecidos para los demás contribuyentes del impuesto a la renta.
La Corporación del Cobre deberá controlar los costos de las empresas productoras y proporcionará al Servicio de Impuestos Internos todos los antecedentes necesarios para verificarlos, sin perjuicio de las facultades de este Servicio para controlar y para requerir directamente dichos antecedentes .
Se declara que los plazos de prescripción establecidos en los artículos 200 y 201 del Código Tributario comenzarán a correr para las empresas afectas a este artículo, al día siguiente de vencido el plazo de que dispone el Servicio de Impuestos Internos para fijar la renta definitiva.".
Artículo 6º.
Derógase.
Artículo 7º.
Sustituyese por el siguiente :
"Artículo 7º- Las Empresas Productoras reservarán para' las industrias nacionales y entidades autorizadas, el total del cobre que ellas necesitan en las formas usuales requeridas para su industrialización, previo informe favorable de la Corporación del Cobre, la que lo emitirá después de oír a los industriales manufactureros.
Deberá efectuarse en igual forma reserva respecto del molibdeno contenido en los productos que se obtengan en los procesos de beneficio de los minerales de cobre.
La reserva a que se refieren los incisos precedentes será establecida por la Corporación del Cobre considerando la proporcionalidad de las producciones de las empresas y las necesidades de las industrias nacionales y entidades autorizadas.
El Presidente de la República podrá hacer aplicable el sistema de la reserva indicado en los incisos anteriores a los demás subproductos de las empresas productoras de cobre.
Asimismo el sistema de la reserva podrá aplicarse a los artículos semielaborados por la industria manufacturera primaria para satisfacer las necesidades de otras industrias nacionales en conformidad a las definiciones y condiciones que señale su reglamento.
En el ejercicio de las atribuciones que se le otorgan en el presente artículo y los artículos octavo y noveno, la Corporación del Cobre deberá proceder de acuerdo con un reglamento que será dictado por el Presidente de la República y que éste podrá modificar cuantas veces lo estime conveniente. Dicho reglamento deberá contener las disposiciones necesarias para que la reserva establecida en el presente artículo favorezca exclusivamente a aquellos artículos en cuyo proceso industrial se opere una efectiva y suficiente incorporación de valores.
El Presidente de la República para dictar o edificar el reglamento referido en el inciso anterior deberá oír a los industriales manufactureros.".
Artículo 8º.
Sustituyese por el siguiente:
"Artículo 8º-El aprovisionamiento de los productores sometidos a reserva de acuerdo al artículo anterior, deberá satisfacer todas las necesidades de las industrias nacionales y entidades autorizadas para la producción de artículos elaborados, semielaborados u otros productos, de consumo interno o de exportación, que cumplan todos los requisitos fijados por la Corporación del Cobre, de acuerdo con el reglamento a que se refiere el artículo anterior.".
Artículo 9°.
Reemplázase por el siguiente:
"Artículo 9º-La venta de cobre o productos que contengan molibdeno o de cualquier otro producto sujeto a reserva, a las industrias nacionales del ramo y entidades autorizadas, se efectuará de acuerdo con las siguientes condiciones:
a) Las Empresas productoras o elaboradoras de cobre, previa autorización de la Corporación del Cobre otorgada de acuerdo al Reglamento, venderán o asegurarán la venta de los productos sujetos a reserva únicamente a aquellas industrias o entidades autorizadas que ya sea en instalaciones propias o de terceros sean capaces o demuestren poder llegar a tener la capacidad de transformar tales productos en artículos elaborados, semielaborados u otros productos que cumplan con las condiciones establecidas en el artículo anterior.
b) El precio de venta del cobre en sus diversas formas y calidades corresponderá a la equivalencia de valores que resulte para cada operación, en los respectivos lugares de entrega, luego de efectuar a la cotización aceptada por la Corporación del Cobre las deducciones que correspondan a gastos y otros cargos que en caso de venta a la industria nacional no se efectúen o no procedan.
Cuando se trate de adquisiciones de cobre que efectúen la industria nacional o las entidades autorizadas para producir aquellos artículos a que se refiere la letra anterior, sean para su consumo interno o para la exportación, la Corporación del Cobre aceptará como cotización de ésta, el precio más bajo a que se abastezca la industria de elaboración, manufacturera u otros productos, competitiva en el mercado mundial o cualquier cotización más favorable, cuando a juicio de la Corporación, circunstancias especiales así lo aconsejen.
Estas mismas normas se aplicarán a los productos que contengan molibdeno y a los demás subproductos que vendan las Empresas Productoras a las industrias nacionales y entidades autorizadas.
Cuando se trate de cobre u otros productos destinados al consumo interno el precio será pagado en moneda corriente y al tipo de conversión del dólar estadounidense que rija para la liquidación del retorno de las Empresas Productoras.
c) Las Empresas Productoras facturarán el precio indicado en el inciso anterior con un descuento de hasta un 10 % cuando se trate de ventas de cobre, productos que contengan molibdeno o demás productos sometidos a reserva destinados a la exportación de artículos elaborados u otros productos que cumplan con las condiciones establecidas en el artículo 8º. El Presidente de la República fijará, cuando lo estime conveniente y previo informe favorable de la Corporación del Cobre, el monto del descuento según sea la naturaleza del producto a exportar y el mercado de destino. El descuento indicado en esta letra no importará mayor tributación para las Empresas Productoras de Cobre.
Artículo 10.
Derógase.
Artículo 11.
Sustituyese por el siguiente :
"Artículo 11.- Libéranse de derechos de internación y demás impuestos que se perciban por intermedio de las Aduanas, las maquinarias que se internen al país por las empresas mineras chilenas, cualquiera que sea su naturaleza, siempre que se destinen en forma permanente a la explotación de las minas o al beneficio de los minerales, y a condición de que dichas empresas hayan propuesto al Presidente de la República y éste haya aprobado el respectivo proyecto de inversión o ampliación de las ya efectuadas.
Este artículo no podrá, en caso alguno, significar disminución de las franquicias o beneficios legales de que goza actualmente la Pequeña Minería".
Artículo 12.
Reemplázase por los siguientes :
"Artículo 12-A.-Las Compañías de la Gran Minería del Cobre venderán al contado sus productos en dólares de Estados Unidos y en otras monedas de libre convertibilidad y retornarán en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica o en monedas de libre convertibilidad las cantidades que necesiten para cubrir la totalidad de sus costos y más gastos en moneda corriente de Chile, así como los impuestos a la renta que les corresponda y los intereses y amortizaciones de acciones que sean o hayan sido del Estado o de organismos del Estado en las sociedades mixtas. No obstante, podrán efectuar, excepcionalmente, la venta y el retorno en otras monedas y condiciones, cuando así lo acuerde o autorice el Presidente de la República, por decreto fundado y previo informe de la Corporación del Cobre.
Las Compañías deberán vender las divisas que necesiten para cubrir los costos y demás gastos en moneda corriente en el país, al Banco Central de Chile, el cual estará abligado a adquirirlas al tipo de cambio libre bancario al contado.
Los fondos para cubrir los costos y demás gastos en moneda corriente de Chile, se depositarán mensualmente en cuentas corrientes bancarias en dólares en el Banco Central de Chile, o de acuerdo con las pautas que este organismo señale. Asimismo, se depositarán, de acuerdo con dichas pautas, el primer día hábil de cada mes, las sumas pagaderas en Chile que, según declaración estimativa presentada a la Corporación del Cobre, correspondiere al mes anterior por concepto de impuestos de todas las Compañías y de intereses y amortizaciones de títulos de créditos y participación de acciones que sean o hayan sido del Estado u organismos del Estado en las sociedades mixtas. Las Compañías girarán, contra dichas cuentas, para el cumplimiento de las obligaciones mencionadas en este articulo.
Además, las Compañías de la Gran Minería deberán mantener en dichas cuentas un saldo mínimo permanente que se convenga entre éstas y el Presidente de la República y que, en ningún caso podrá ser inferior al 3,5 % del monto total del retorno de las Compañías, correspondientes al año 1964.
A partir del año 1966, este saldo mínimo aumentará en relación con el incremento de los retornos que deben efectuar las Compañías de la Gran Minería del Cobre, en virtud de este artículo, de tal modo, que en ningún caso, este saldo mínimo podrá ser inferior al 3,5 % del monto total de los retornos hechos el año inmediatamente anterior.".
"Artículo 12-B.-Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, las Compañías estarán obligadas a retornar, además, al país, en dólares de los Estados Unidos de América, las cantidades que necesiten para cubrir sus amortizaciones, intereses y dividendos en los términos señalados en el artículo precedente, y a cubrir desde Chile los gastos y adquisiciones que realicen en el exterior. Los valores retornados correspondientes a las amortizaciones que efectúen, deberán permanecer en depósito en el Banco Central durante un plazo no inferior a un año. El Banco Central de Chile estará obligado a autorizar los giros y proporcionar oportunamente la moneda extranjera para que las Compañías cumplan las obligaciones correspondientes a estas amortizaciones, intereses y dividendos, y efectúen los gastos y adquisiciones autorizados por la Corporación del Cobre. Si el
Banco Central así no lo hiciere quedan facultadas las Compañías para imputar a sus respectivos retornos las cantidades necesarias para cumplir con estas obligaciones y para realizar sus gastos y adquisiciones en el exterior.".
Artículo 13
Reemplázase por el siguiente:
"Artículo 13.-Las empresas a que se refieren los artículos 1°, 2º y 4º de esta ley, deberán llevar el total de su contabilidad en Chile, conforme a las leyes vigentes sobre esta materia.
Los gastos que realicen en el exterior sólo podrán ser aceptados para determinar la renta afecta a impuesto, con la verificación y comprobación de la Corporación del Cobre, sin perjuicio de las facultades de la Dirección de Impuestos Internos, en especial cuando esos gastos provengan de cargos efectuados por empresas principales, filiales o asociadas respecto de aquellas que operen en Chile".
Agrégase el siguiente párrafo II;
"De la Reinversión de utilidades Artículo 13-A.- Cuando el Presidente la República otorgue a una empresa minera extranjera o a un grupo de empresas mineras extranjeras o a los accionistas de cualquiera de ellas, uno o más de los beneficios, franquicias y derechos a que se refiere el artículo 2º de la ley que crea este párrafo, deberá imponer simultáneamente a la empresa o grupos de empresas la obligación de reinvertir en Chile una parte del total de sus utilidades, una vez deducido el impuesto único, en conformidad a las normas siguientes :
1) Estará libre de la obligación de reinversión aquella parte de las utilidades que no exceda del 10 % del capital propio invertido por la misma empresa en Chile, salvo que el Presidente de la República, en el mismo decreto por el cual concede los beneficios, franquicias y derechos, determine para este efecto un porcentaje inferior al ya indicado.
El Reglamento dispondrá la forma de establecer el capital propio dentro de los conceptos generales señalados en el artículo 16 de la ley Nº 7.144.
2) Las utilidades que excedan del porcentaje a que se refiere el número anterior estarán afectas a reinversión con arreglo a la siguiente escala :
Más del 10 % y hasta el 20 % 20 %
Más del 20 % y hasta el 30 % 30 %
Más del 30 % y hasta el 40 % 40 %
Más del 40 % 50 %
3) La reinversión deberá destinarse a cualquiera de los siguientes objetivos a elección de las respectivas empresas mineras :
a) Al aumento de su capacidad instalada de producción :
b) A nuevas actividades que aumenten el volumen de la producción nacional, sea mediante la creación de nuevas empresas o ampliación de las existentes y siempre que en dichas empresas tenga mayoría el capital nacional, ya sea del Estado, empresas estatales o de particulares ;
c) A la adquisición de bonos del Estado adquiridos a la par, amortizables en el curso de 20 años y con un interés del 4,5% anual, para cuyo efecto se faculta al Presidente de la República para efectuar las emisiones correspondientes.
La reinversión en el objeto señalado en la letra a) deberá complementarse con una nueva inversión de un monto equivalente al doble de la reinversión.
Los recursos provenientes de la colocación de los bonos a que se refiere la letra c) se entregarán a la Corporación de Fomento de la Producción para aplicarlos a la ejecución de su Plan General de Desarrollo.
La Corporación de Fomento de la Producción realizará las reinversiones en las provincias productoras de cobre y en las de Coquimbo, Colchagua, Chiloé, Aisén y Magallanes ;
4) La reinversión deberá ser autorizada por el Presidente de la República previo informe favorable de la Corporación del Cobre si se hiciere en actividades mineras, y de ese organismo y de la Corporación de Fomento de la Producción si se hiciere en actividades de cualquiera otra clase ;
5) Con relación a las reinversiones que se efectúen en actividades mineras, el Presidente de la República podrá otorgar los beneficios, franquicias y derechos a que se refiere el artículo 2º de la ley que crea este Párrafo II. Con relación a las reinversiones que se efectúen en actividades de cualquiera otra clase, el Presidente de la República podrá otorgar los beneficios, franquicias y derechos contemplados en el D.F.L. Nº 258, de 1960, siempre que la actividad en que se reinvierta sea de aquellas a que dicho D.F.L. permita otorgar tales garantías.
6) No habrá obligación de reinvertir las utilidades provenientes de una reinversión ;
7) El Presidente de la República, en el mismo decreto en que fije la obligación de reinvertir, podrá postergar la reinversión por un plazo igual al de la inversión convenida hasta un máximo de cinco años contados desde la fecha del decreto de inversión;
8) Las empresas obligadas a reinvertir deberán retornar a Chile, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, aquella parte de sus utilidades que deba ser objeto de reinversión, en las mismas oportunidades y de acuerdo con las mismas normas que se establecen en el artículo 5º para el pago provisional y el definitivo del impuesto a la renta. Las sumas que cada empresa retorne de acuerdo con este número se depositarán de inmediato en una cuenta especial en el Banco Central de Chile, cuenta que estará a nombre de la empresa, pero contra la cual ésta no podrá girar sino para Jos efectos del presente artículo y con el visto bueno de la Corporación del Cobre, y
9) Corresponderá a la Corporación del Cobre la fiscalización de lo dispuesto en el presente artículo, sin perjuicio de las funciones que se encomiendan a la Corporación de Fomento de la Producción y de las atribuciones del Servicio de Impuestos Internos para fijar las sumas a reinvertir de acuerdo con lo establecido en el número anterior en relación con el artículo 5º.
Artículo 13-B.- Las obligaciones establecidas en el artículo anterior se aplicarán también a las empresas que sean accionistas o socias de las sociedades mineras mixtas con relación a las cuotas que les correspondan en las utilidades de éstas.".
Sustituyese el "Párrafo II del Departamento del Cobre" por el siguiente: "Párrafo III De la Corporación del Cobre".
Artículo 14
Sustituyese por el siguiente:
"Artículo 14.- Créase, con personalidad jurídica y con domicilio en la ciudad de Santiago, la Corporación del Cobre de Chile, que se regirá por las disposiciones de la presente ley y de sus reglamentos, en lo que se refiere al ejercicio de sus funciones, facultades, actividad y administración.
La Corporación del Cobre de Chile estará sujeta a la fiscalización de la Contraloría General de la República y sus funcionarios quedarán afectos a las responsabilidades penales de los funcionarios públicos.
El patrimonio estará formado por los recursos que se otorgan por la presente ley, por los bienes de toda clase que adquiera en el desarrollo o a consecuencia del cumplimiento de sus fines y por los recursos especiales que se le asignen por ley.
Las relaciones de la Corporación del Cobre con el Gobierno se efectuarán a través del Ministerio de Minería".
Artículo 15
Sustitúyese por el siguiente:
"Artículo 15.- Sus funciones serán las siguientes;
1°) Intervenir en el comercio internacional del cobre y de sus subproductos, en la regulación de sus precios, en el mantenimiento o ampliación de sus mercados, en la mejor distribución de ellos, o para evitar o contrarrestar cualquiera acción que tienda a controlarlos o restringirlos unilateralmente.
2'?) Fomentar al máximo las adquisiciones en Chile y la utilización de servicios en el país, por parte de las Empresas Productoras de Cobre.
En las adquisiciones, incluso en las destinadas a ampliaciones o nuevas instalaciones, se dará preferencia a los productos nacionales.
Para los efectos de la comparación de precios, la Corporación del Cobre, agregará al precio CIF de los productos de procedencia extranjera, el monto que representarán los gravámenes que se perciben por las Aduanas, aunque por disposiciones específicas, la internación de estos productos esté liberada del pago de los gravámenes referidos.
3º) Fiscalizar las adquisiciones de bienes y la utilización de servicios que las empresas productoras de cobre hagan en el extranjero, a fin de que ellas se limiten a lo indispensable y se hagan en las condiciones menos onerosas que sea posible obtener; pudiendo la Corporación recurrir para estos efectos a la colabora-ción de las personas o entidades nacionales o extranjeras que estime más adecuadas.
4º) Investigar tanto en el país como en el extranjero las materias a que se refiere este artículo.
5º) Informar a los Poderes Públicos sobre todas las materias relacionadas con la producción, manufactura y comercio del cobre o de sus subproductos, en cualquiera de sus formas, en el país o en el extranjero y, en especial, sobre las condiciones técnicas, sociales, económicas y financieras de la producción nacional, sus mercados, usos y elaboración.
Asimismo, deberá informar, semestralmente, al Congreso Nacional acerca del menor ingreso fiscal producido con motivo de la aplicación de las franquicias aduaneras y tributarias contempladas en esta ley.
6º) Fiscalizar y establecer las condiciones de la producción, manufactura y comercio del cobre o de sus subproductos tanto en lo que se refiere a sus niveles o "volúmenes, posibilidades de expansión, fletes, consumos, precios, ventas, costos y utilidades, como en lo que se refiere a las condiciones sociales, de seguridad y sanitarias de las faenas.
7º) Fiscalizar y controlar los costos, el producto de las ventas y utilidades y demás antecedentes necesarios para fijar la renta afecta a impuesto de las Empresas de la Gran Minería del Cobre y de las sociedades mineras mixtas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5º de la presente ley.
Esta función se podrá extender además a los productores de cobre que determine el Presidente de la República, previo informe de la Corporación del Cobre y del Servicio de Impuestos Internos.
8º) Promover la producción de! cobre o de sus subproductos, e intervenir en ella, pudiendo para estos efectos, previa autorización del Presidente de la República, formar, participar o constituir sociedades y en especial las sociedades mineras mixtas.
9º) Promover el uso del cobre chileno y sus subproductos en todos los mercados.
10) Fomentar el desarrollo de la producción y exportaciones de productos manufacturados de cobre, realizando estudios e investigaciones sobre los nuevos usos de las manufacturas de cobre y sus aleaciones, las condiciones de comercialización en los mercados internos y efectuando las gestiones que estén a su alcance para facilitar el ingreso de los productos industriales a esos mercados.
11) Conocer en primera instancia, como árbitro, las cuestiones que puedan suscitarse con motivo de la aplicación o interpretación de las excepciones contempladas en los Nºs. 3 y 7 del artículo 136 de la ley Nº 15.575, entre los productores mineros y la Empresa Nacional de Minería u otras Empresas Nacionales de fundición o refinación.
12) Fiscalizar y establecer las condiciones sociales y biológicas adecuadas, para los trabajadores y familiares que desarrollan sus actividades en las empresas productoras y refinadoras de cobre.
Para los efectos de lo establecido en el presente artículo y en el artículo 18, las empresas productoras estarán obligadas a' proporcionar oportunamente todos los antecedentes e informaciones que les solicite ¡a Corporación del Cobre.
Para el cumplimiento de sus funciones y el ejercicio de sus facultades la Corporación del Cobre podrá acordar con el Servicio de Minas del Estado, o con cualquiera otra repartición pública o institución u organismo de! Estado, o Corporaciones Públicas, convenios especiales de cooperación, asistencia técnica o prestación de servicios. Tales convenios y las prestaciones de servicios a que den lugar estarán exentos de toda clase de impuestos.
Los gastos que se deriven de estos convenios serán de cargo de la Corporación del Cobre.
La Corporación podrá establecer para el ejercicio de sus funciones, oficinas y sucursales, agencias y filiales, dentro o fuera del territorio de la República.".
Agréganse a continuación los siguientes artículos :
"Artículo 15-A.-Cuando perturbaciones graves en los mercados internacionales así lo aconsejen o en situaciones bélicas mundiales que impidan a los productores efectuar normalmente las ventas de cobre en forma compatible con los intereses del Estado o en situaciones excepcionalmente de otro orden que comprometan el interés nacional, el Presidente de la República, previo informe de la Corporación del Cobre, podrá decretar, sin excepción alguna, el monopolio del comercio de exportación del cobre chileno y de sus subproductos.
El monopolio del cobre deberá dejar a salvo el cumplimiento de los contratos de ventas vigentes a la fecha de su establecimiento y que resulten afectados por éste.
En el término de 90 días a contar de la vigencia de la presente ley, el Presidente de la República dictará el reglamento que establece los términos y condiciones del monopolio.".
"Artículo 15-B.-Los convenios y contratos de cualquiera naturaleza que celebre el Presidente de la República o la Corporación del Cobre de Chile con Empresas Productoras, manufactureras a distribuidoras de este metal, o los decretos que se dicten en virtud de esta ley, no privarán al Estado de Chile de su derecho a legislar en las materias contenidas en ellos y que la Constitución Política del Estado contempla como propias de ley.".
"Artícido 15-C.- Las empresas de la Gran Minería del Cobre estarán sometidas
exclusivamente a las leyes chilenas aun en lo que se refiere a los contratos que ellas celebren con personas o entidades extranjeras de sus bienes o derechos existentes en Chile.
Los tribunales chilenos tendrán exclusiva competencia para conocer de todos los litigios en que tengan interés las empresas respecto de sus bienes o derechos existentes en Chile.
Ninguna infracción, contravención o incumplimiento por parte del Fisco chileno, de la Corporación del Cobre o de cualquier otro organismo público podrá autorizar a las Compañías, asociaciones o personas jurídicas en que tengan participación las empresas para recurrir a un Gobierno extranjero o transferir a éste sus derechos o reclamos ni a organización internacional alguna.
Los inversionistas extranjeros correrán los mismos riesgos que los inversionistas nacionales y la protección de sus personas y bienes corresponde exclusivamente a las leyes y tribunales de Chile.
No producirá efecto alguno en Chile la transferencia de derechos, créditos o reclamaciones que efectuaren esas empresas a Estados, entidades estatales u organismos interestatales extranjeros, respecto de los bienes o derechos que tengan en el país.".
Artículo 16
Reemplázase por el siguiente;
"Artículo 16.- Si por circunstancias derivadas del mercado internacional las compañías se vieren obligadas a disminuir su producción, la reducción de las faenas en Chile no podrá ser proporcionalmente superior a aquélla en que las compañías, sus matrices, filiales o asociadas, hayan reducido su producción en las explotaciones que mantengan fuera del país.
Con todo cualquiera reducción de faenas requerirá la aprobación de la Corporación del Cobre.".Artículo 17
Sustituyese por el siguiente;
"Artículo 17.-La Corporación del Cobre será administrada por un Directorio compuesto por las siguientes personas :
E! Ministro de Minería, quien lo presidirá ;
El Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación del Cobre, quien presidirá en
ausencia del Ministro de Minería ;
El Subsecretario de Minería ;
Dos representantes del Presidente de la República ;
Dos representantes designados por el Directorio del Banco Central, uno de los cuales deberá ser Director de dicha institución ;
El Director de Impuestos Internos ;
El Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción ;
El Gerente de la Empresa Nacional de Minería ;
Un representante de las empresas productoras de cobre de la Gran Minería, designado de común acuerdo por éstas;
Un representante de las Sociedades Mineras Mixtas en que el Estado tenga una participación superior al 50 % del capital social, designado de común acuerdo por éstas ;
Un representante de las actividades de la pequeña minería, designado por el Presidente de la República de una terna que le propongan las Asociaciones de Pequeños Mineros y pirquineros;
Un representante de los obreros y otro de los empleados de las empresas a cuyos personales se les aplique el Estatuto de Trabajadores del Cobre, que tengan un mínimo de dos años de servicios, designados por la Confederación de Trabajadores del Cobre;
Un representante designado por el Consejo de la Sociedad Nacional de Minería, y
Un representante designado por el Directorio del instituto de Ingenieros de Minas de Chile.
Podrán designar suplentes el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción, el Director de Impuestos Internos y la Confederación de Trabajadores del Cobre.
El Presidente de la República, previo acuerdo del Senado, designará al Vicepresidente Ejecutivo, el cual tendrá las prerrogativas que establece el inciso final del artículo 8º de la ley 12.033 ; y será el representante legal y Jefe Administrativo de la Corporación, encargado de dar cumplimiento a los acuerdos y resoluciones que se adopten.
Corresponderá al Fiscal de la Corporación del Cobre, el que deberá ser designado por el Presidente de la República, como funcionario de su confianza, asistir con derecho a voz al Directorio y sus Comisiones.
En caso de fallecimiento, renuncia, ausencia o de cualquier otro impedimento o inhabilidad, el Vicepresidente Ejecutivo será subrogado por el Fiscal de la Corporación del Cobre, y en su defecto por quien designe el Directorio entre los representantes del Presidente de la República.
El Vicepresidente Ejecutivo y los demás miembros del Directorio durarán dos años en sus funciones y podrán ser renovados o reelegidos.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, el Presidente de la República podrá poner término anticipadamente a las funciones del Vicepresidente Ejecutivo, previo acuerdo del Senado, y de los Directores de su designación.
El Directorio sólo podrá sesionar con la mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio y sus acuerdos serán adoptados por la mayoría absoluta de los Directores presentes, salvo en aquellos casos en que la ley o sus reglamentos exijan quórum o mayorías especiales.
En caso de empate, lo dirimirá la persona que presida.
Los acuerdos del Directorio serán obli- torios para las empresas a que se refiere la presente ley.".
Artículo 18
Reemplázase por el siguiente:
"Artículo 18.-El Directorio de la Corporación del Cobre podrá ejecutar los actos y celebrar los contratos que estime necesarios o convenientes para el ejercicio de las funciones de la Corporación y contraer las obligaciones que tengan relación con ellos.
Especialmente estará facultado para :
a) Determinar las normas con arreglo a las cuales la Corporación deberá ejercer sus funciones.
b) Autorizar las exportaciones de cobre y de sus subproductos y las importaciones necesarias para el funcionamiento de las empresas productoras, debiendo dar cuenta al Banco Central de Chile. No se autorizarán importaciones cuando la industria nacional ofrezca artículos compatibles con las necesidades de las empresas productoras, en condiciones razonables, todo lo cual será calificado por la Corporación.
c) Comprobar y aprobar o denegar los contratos, precios, fletes, seguros y demás modalidades de las ventas y embarques de cobre o de sus subproductos, a fin de verificar que ellos se realicen a los precios del mercado respectivo y en las mejores condiciones posibles, como igualmente respecto de los contratos de refinación.
d) Ejercer el monopolio a que se refiere el artículo 15-A de la presente ley.
e) Vender, exportar y distribuir cobre por su cuenta o en representación de las empresas productoras.
f) Autorizar las compras de cobre o de sus subproductos que requieran las industrias nacionales y las entidades autorizadas.
g) Designar a sus representantes en las Sociedades Mineras Mixtas, los que deberán ser chilenos.
h) Contraer obligaciones o contratar empréstitos internos o externos en moneda nacional o extranjera, mediante la emisión de bonos o debentures o en cualquiera otra forma.
El servicio de los empréstitos se efectuará en la forma que determine el Presidente de la República.
Toda emisión de bonos o debentures deberá ser autorizada por el Presidente de la República y en la autorización respectiva se podrá otorgar a estos títulos una o más de las franquicias, prerrogativas, exenciones tributarias y garantías de que gozan los bonos fiscales y asimismo se establecerá el plazo de colocación, su monto y la no aplicación de las limitaciones y prohibiciones de la ley 4.657, que estime aconsejable. La garantía del Estado podrá otorgarse hasta por el monto de estas obligaciones que haya sido autorizado por ley.
Estos títulos podrán ser tomados total o parcialmente por personas naturales o empresas privadas, nacionales o extranjeras, sin necesidad de ajustarse a las normas legales que pueden limitar su adquisición a tenencia; o bien ser colocados en las entidades, organismos o servicios estatales, instituciones fiscales o semifiscales de administración autónoma, organismos autónomos o empresas autónomas y comerciales del Estado, y no regirán para este efecto las disposiciones prohibitivas o limitativas de las leyes orgánicas respectivas.
i) Pagar en dinero los aportes en las sociedades en que participe, en moneda nacional o extranjera, o en bienes, valores, derechos, obras o servicios; adquirir acciones, hipotecar, dar en prenda y, en general, otorgar las demás garantías que estime necesarias o convenientes para sus propias obligaciones o las de terceros, que tengan relación con el cumplimiento de sus funciones.
j) Actuar como representante de tenedores de bonos o debentures para todos los efectos legales, todo ello sin las limitaciones o prohibiciones establecidas en la ley Nº 4.657.
k) Aceptar mandatos y representaciones de organismos estatales o privados, nacionales o extranjeros, que tengan relación con las funciones o operaciones de la Corporación.
1) Delegar en el Vicepresidente Ejecutivo y a petición de éste, en otros Directores o funcionarios de la Institución, o en Comités cuyos miembros podrán tener la calidad de Directores o funcionarios de la entidad, o ambas cosas a la vez, los cuales actuarán con acuerdo de la mayoría de sus miembros, el conocimiento y resolución de materias determinadas.
m) Presentar al Presidente de la República, anualmente, en la fecha que determine el Ministerio de Hacienda, un presupuesto especial de las entradas que deba percibir la Corporación por concepto de utilidades, intereses o dividendos de las Sociedades Mixtas y de los gastos e inversiones provenientes de los compromisos financieros relacionados con ellas. El presupuesto definitivo de la Corporación deberá ser aprobado por el Presidente de la República por Decreto Supremo.
Los fondos necesarios para el servicio de esas obligaciones y que estén contemplados en el presupuesto aprobado, serán depositados en una cuenta especial, en moneda nacional o extranjera, en el Banco Central de Chile, sobre la cual podrá girar la Corporación solamente para el pago de sus obligaciones, y
n) Proponer al Presidente de la República las remuneraciones del Vicepresidente Ejecutivo y del Fiscal, que serán fijadas por decreto supremo.".
Artículo 18 bis
Reemplázase por el siguiente;
"Artículo 18 bis.-En los casos en que el Directorio estuviere en receso o no pudiere sesionar, corresponderá al Vicepresidente Ejecutivo autorizar las exportaciones de cobre o de sus subproductos y las importaciones necesarias para el funcionamiento de las empresas productoras, debiendo dar cuenta al Directorio de la Corporación y al Banco Central, en su oportunidad.
Habrá un Comité Ejecutivo compuesto por el Ministro de Minería o del Subsecretario en ausencia de él, el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación, los dos Directores representantes del Presidente de la República, un representante de la Confederación de los Trabajadores del Cobre y un Director representante del Banco Central. Este último será designado por el Directorio de la Corporación.
La presidencia de este Comité Ejecutivo se ejercerá en la misma forma dispuesta para el Directorio en el artículo 17 de esta ley.
El quorum para sesionar será de tres de sus miembros, uno de los cuales deberá ser el Ministro, el Subsecretario o el Vicepresidente Ejecutivo.
Los acuerdos deberán adoptarse por la mayoría de los miembros presentes. En caso de empate, lo dirimirá quien presida la sesión.
Este Comité Ejecutivo tendrá competencia exclusiva para :
1º) Contratar, a propuesta del Vicepresidente Ejecutivo, al personal necesario para cumplir los objetivos de la Corporación y fijar sus remuneraciones, de acuerdo con el artículo 106 de la ley Nº 10.343, artículo 69 de la ley 11.764 y artículo 37 de la ley 15.575.
El personal permanente de la Corporación tendrá el carácter de empleado particular y le será aplicable lo dispuesto por el artículo 58 de la ley 7.295.2º) Fiscalizar y establecer las condiciones sociales y sanitarias de las faenas mineras.
3º) Disponer que las empresas destinen los recursos necesarios y los apliquen en la ejecución de las obras y en la prestación de los servicios que les impongan las leyes en beneficio de sus empleados y obreros, de acuerdo con los planes previamente aprobados por la Corporación.
4º) Disponer que las empresas de la Gran Minería y las que exploten yacimientos que antes hayan sido trabajados por las empresas de la Gran Minería destinen un 1 % de las utilidades brutas para la construcción de habitaciones para empleados y obreros y a otras mejoras de sus campamentos que digan relación con el mejoramiento de las condiciones de vida, de acuerdo con los planes previamente aprobados por la Corporación; todo sin perjuicio del 5 % sobre las utilidades que las mismas empresas deben enterar anualmente en la Corporación de la Vivienda, de acuerdo al artículo 21 de esta ley.
El Comité Ejecutivo no podrá postergar el ejercicio de esta facultad y adoptará las providencias necesarias para que las empresas depositen dentro de los treinta días siguientes a la determinación definitiva de sus utilidades, el referido 1 % en el Banco Central de Chile, a fin de que sólo puedan girar sobre este depósito con autorización de la Corporación y para los fines contemplados en el inciso anterior;
5º) Aplicar sanciones a las empresas por la vía administrativa, previa audiencia de ellas, sin menoscabo de las acciones penales que fueren procedentes, por incumplimiento de la presente ley o de los acuerdos o resoluciones o normas aprobadas por el Directorio y las disposiciones del Comité Ejecutivo, especialmente en los siguientes casos:
a) Infracción en las operaciones de exportación o importación o a las condiciones de contratación aprobadas por la Corporación del Cobre;
b) Retardo en las declaraciones establecidas en la ley o denegación o retardo en el suministro completo de antecedentes solicitados por el Directorio para el cumplimiento de sus funciones y facultades, o suministro de antecedentes o informaciones maliciosas ;
c) Retardo en el cumplimiento de los acuerdos que se adopten en virtud de los Nºs. 2 y 3 ;
d) Entorpecimiento o denegación de libre acceso a sus oficinas y faenas, para ios funcionarios autorizados de la Corporación encargados de revisar los antecedentes u otras materias relacionadas con el cumplimiento de las funciones y facultades de la Corporación, y
e) Retardo injustificado en el cumplimiento de la obligación de entregar, dentro de los plazos fijados por la Corporación, las cuotas de cobre o subproductos, reservados por ésta para la industria manufacturera nacional, ya sea para consumo interno o para exportación, y las que correspondan a las entidades autorizadas.
La sanción consistirá en una multa a beneficio fiscal de hasta 50 sueldos vitales anuales del departamento de Santiago.
El acuerdo del Comité Ejecutivo que decrete la multa tendrá mérito ejecutivo y en el juicio no podrá oponerse otra excepción que le de pago.
El afectado tendrá derecho a reclamar, sin previo pago de la multa o consignación y 'el procedimiento de reclamo en tales casos será el que se establece en los artículos 5º y siguientes del Reglamento de la Ley de Cambios Internacionales, decreto supremo Nº 2, de 2 de enero de 1962, en cuanto le fuere aplicable.
Estas sanciones serán aplicadas a las empresas que operen en Chile aun cuando ellas se originen en hechos o en actos de sus representantes o mandatarios en el extranjero.
Si el infractor fuere extranjero, podrá aplicársele por el Presidente de la Repú-b]ica la Ley de Residencia.
Las multas que se apliquen en virtud de esta disposición no serán deducibles para los efectos de determinar la renta imponible.".
Artículo 19
Reemplázase por el siguiente:
"Artículo 19.-El presupuesto de gastos de la Corporación se financiará mediante una comisión sobre el precio total de las ventas de cobre o de sus subproductos de las empresas productoras afectas a esta ley, que se efectúen anualmente, la que será de hasta un cuarto por ciento, de acuerdo con lo que determine el reglamento. Esta comisión será considerada como gasto para todos efectos tributarios y estará libré de todo impuesto.
Los excedentes que puedan quedar, una vez cubiertos los gastos de la Corporación en cada año calendario, se aplicarán a formar un fondo de reserva adecuado, en conformidad a las normas que al respecto establezca el Presidente de la República, y los saldos que queden disponibles después de satisfecho ese propósito ingresarán a rentas generales de la Nación.
La Corporación del Cobre estará exenta de toda clase de impuestos o contribuciones.".
Artículo 20
Derógase.
Artículo 21
Reemplázase por el siguiente:
"Artículo 21.-Sin perjuicio de lo establecido en el número del artículo 18 bis, las empresas de la Grande y Mediana Minerías del Cobre, a contar del 1º de enero de 1966, quedarán afectas, en forma permanente, al pago del impuesto del 5% de las utilidades establecido en el artículo 20 del D.F.L. Nº 285, de 1953.
Las referidas empresas deberán dar
cumplimiento a la obligación del inciso anterior en cualquiera de las siguientes formas :
a) Mediante la construcción, con fondos propios, de viviendas para sus personales de empleados y obreros, sin perjuicio de la inversión del 1% establecido en el número 4° del artículo 18 bis;
b) Mediante el otorgamiento de préstamos a sus personales de empleados y obreros, destinados a la construcción o adquisición en primera transferencia, de viviendas económicas, en el lugar de su elección ;
c) Mediante la adquisición de "cuotas de ahorro para la vivienda".
No podrá imputarse a la obligación señalada en el inciso primero el valor de las viviendas que las empresas hubieren construido o cuya construcción hubieren iniciado con anterioridad al 1° de enero de 1966.
Para los fines indicados en la letra b) deberá destinarse un 10 % del impuesto correspondiente hasta que cada uno de los empleados y obreros de las respectivas empresas construyan o adquieran una "vivienda económica". Estos préstamos se harán en las mismas condiciones de plazo e interés de las operaciones CORVL
La adquisición de cuotas de ahorro para la vivienda a que se refiere la letra c) no estará sujeta al recargo del 40 % establecido en el artículo 34 del D.F.L. 2, de 1959.
Las inversiones a que se refiere la letra a) y las que se realicen por efecto de la letra c), deberán efectuarse exclusivamente en las provincias en que se hallen instaladas las faenas mineras que originen el impuesto establecido en este artículo. Sin embargo, una vez que se hayan construido suficientes viviendas en estas provincias, se deberá invertir en ¡os mismos fines, no menos del 30 % ni más del 33% de los fondos que se originen en Antofagasta y O'Higgins, en las provincias de Atacama y Colchagua, respectivamente, y el saldo restante podrá destinarse a la construcción de viviendas en otros lugares siempre que sean destinadas exclusivamente a los personales de empleados y obreros de las respectivas empresas.
Las cuotas de ahorro de la letra c) deberán ser destinadas por las empresas de la Grande y Mediana Minerías del Cobre a la construcción de "viviendas económicas", conforme a planes que conteniendo los proyectos, presupuestos y plazos de ejecución, deberán presentar a la Corporación de la Vivienda dentro del plazo de tres meses contado desde ¡a fecha en que deba pagarse el impuesto.
La Corporación de la Vivienda deberá pronunciarse sobre dichos planes en un plazo no superior a 30 días contado desde la fecha de presentación de los mismos. En el evento de que uno o más de dichos planes fueren rechazados o se les formulare reparos, las empresas deberán presentar nuevos planes o subsanar los reparos dentro del plazo de 60 días contado desde la fecha de notificación por parte de la Corporación de la Vivienda.
En el caso de que las empresas no presentaren los planes señalados en el inciso anterior, o no se presentaren los nuevos en caso de rechazo, o no subsanaren los reparos que se les formularen, dentro de los plazos señalados precedentemente, la Corporación de la Vivienda deberá invertir directamente, en las provincias que corresponda, los fondos depositados, en la construcción de conjuntos habitacionales. Estos conjuntos habitacionales deberán contemplar los equipamientos comunitarios que fueren necesarios.
Las "reinversiones" a que dé lugar la aplicación de las letras a), b) y c), debidamente reajustadas también deberán destinarse exclusivamente a la construcción o adquisición, en primera transferencia de "viviendas económicas" en las provincias en que se hallen instaladas las faenas mineras de las empresas que originaron el impuesto. Cuando se hayan construido suficientes viviendas económicas en esas provincias las reinversiones podrán destinarse a construirlas en otros lugares, siempre que estén destinadas exclusivamente a los empleados y obreros, de las respectivas empresas.
No será aplicable a las Empresas de la Grande y Mediana Minerías del Cobre lo establecido en el artículo 21 del D.F.L. Nº 285, de 1953."
Artículo 22
Derógase.
Agréganse, a continuación, los siguientes artículos;
"Artículo 22-A.- Las amortizaciones que realicen las empresas sujetas a esta ley o que se constituyan con motivo de ella, y que correspondan a inversiones y préstamos, no serán consideradas como gastos que rebajen la utilidad líquida, a partir de su vigencia, para los efectos de determinar las participaciones y gratificaciones que corresponda percibir a sus trabajadores.".
"Artículo 22-B.-Los empleados chilenos de las empresas de la Gran Minería, cuyas remuneraciones se pagan en moneda extranjera, tendrán derecho a indemnización por años de servicios en las mismas condiciones que actualmente tiene el personal pagado en moneda chilena.
La indemnización aludida no podrá exceder de US$ 600 por cada año servido.".
"Artículo 22-C.-La jornada de trabajo de los trabajadores de la Gran Minería del Cobre, no podrá exceder de 40 horas a la semana, repartidos en 5 días con 8 horas de trabajo diario mínimo.".
"Artículo 22-D.-Las cantidades que las empresas de la Gran Minería del Cobre deberán pagar a sus trabajadores por concepto de indemnización por años de servicios, serán consideradas fondos acumulados de los cuales los trabajadores podrán hacer uso para adquisición, construcción o ampliación de viviendas."."Artículo 22-E.-A partir del de enero de 1968 el 95%, a lo menos, del total del personal profesional y técnico, incluidos los ejecutivos, que sirvan a Empresas de la Gran Minería del Cobre, será de nacionalidad chilena.".
Artículo 27
Reemplázase en el inciso primero, las palabras "del ingreso que produzcan los artículos 1º y 2º de la presente ley", por las siguientes : "de la participación fiscal en la industria extractiva del cobre".
Sustituyese el párrafo cuarto por el siguiente :
"El saldo será girado en sus tres cuartas parte por el "Instituto CORFO del Norte" y por el "Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins", que se crean en ios artículos siguientes, y, la cuarta parte restante, será distribuida entre las municipalidades de las provincias de Tarapacá, Antofagasta, Atacama y O'Higgins, en proporción a sus presupuestos ordinarios correspondientes al año inmediatamente anterior.".
Suprímese el párrafo quinto.
Sustitúyense en el párrafo final, las palabras iniciales : "En el plan que elabore la Corporación se distribuirán los fondos destinados a su financiamiento". por las siguientes : "Los fondos que se otorgan al "Instituto CORFO del Norte" y al "Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins" se distribuirán".
Agréganse, a continuación los siguientes artículos :
"Artículo 27-A.-Suprímese, a contar de la fecha de la presente ley, los Consejos Consultivos de las provincias de Ata- cama, Antofagasta y Tarapacá.
Asimismo, la Corporación de Fomento de la Producción suprimirá, a contar de la fecha de la presente ley, sus departamentos de Tarapacá y Antofagasta, sin perjuicio de la facultad que tiene esta entidad de crear Agencias en cualquier punto del país, incluso dentro de las provincias aludidas, si circunstancias especiales lo justifican.
"Artículo 27-B.-La Corporación de Fomento de la Producción creará un Departamento Regional, cuya sede será señalada por el Presidente de la República y que tendrá a su cargo el fomento y desarrollo minero, industrial, agrícola, pesquero y comercial de la zona que comprende las provincias de Antofagasta y Atacama y los departamentos de Iquique y Pisagua de la provincia de Tarapacá. Dicho Departamento Regional de la Corporación deberá, también, promover el adelanto urbano, el progreso cultural y el bienestar social de los habitantes de las zonas indicadas.
El Departamento que se cree se denominará Instituto CORFO del Norte. Su acción deberá orientarse hacia el cumplimiento del plan nacional de desarrollo económico en general y, en particular, de los planes regionales o sectoriales que se aprueben para la zona aludida.
"Artículo 27-C.-El Instituto CORFO del Norte será dirigido y administrado por un Consejo Resolutivo que se compondrá de los siguientes miembros;
1) El Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción, que lo presidirá;
2) El Gerente Ejecutivo del Departamento Regional, quien en ausencia del Vicepresidente Ejecutivo, lo presidirá;
3) El Intendente de la Provincia Sede del Departamento Regional, quien, para los efectos de esta ley, tendrá la representación de los demás intendentes de la zona en acción del departamento. Los intendentes de las otras provincias comprendidas en el área podrán concurrir a las sesiones del Consejo con derecho a voz y voto;
4) Uno de los alcaldes de las comunas existentes en el área de acción del Departamento Regional, que será designado directamente por ellos mismos, en la forma que lo determine el Reglamento a que se refiere el artículo 27-F, y que tendrá la representación de todas las comunas del área, sin perjuicio del derecho de los demás alcaldes de concurrir a las sesiones de este Consejo, sólo con derecho a voz;
5) Cinco representantes de las Asociaciones o Cámaras Mineras, Pesqueras, Industriales, Agrícolas y Comerciales, respectivamente, que existan en el área de acción del Departamento Regional, a razón de uno por cada actividad, designado directamente por ellos en la forma que determine el Reglamento a que se refiere el artículo 27-F;
6) Un representante de las universidades establecidas en la zona, elegido por ellas, en la forma que indique el Reglamento ;
7) Un representante de los empleados y un representante de los obreros del área de acción de la entidad, que serán designados por los sindicatos de la región en la forma que determine el Reglamento. Estos representantes deberán encontrarse domiciliados en el área de acción del Departamento Regional, y
8) Tres representantes del Presidente de la República que serán elegidos libremente por éste.
El Gerente Ejecutivo del Departamento Regional representará legalmente a la Corporación de Fomento de la Producción en el área de acción del Departamento y dispondrá de las atribuciones y deberes que le señale el Presidente de la República en el Reglamento a que se refiere el artículo 27-F.
Para el cumplimiento de sus fines el Instituto CORFO del Norte tendrá las más amplias facultades, las que no podrán ser inferiores, conjunta o separadamente, a aquellas de que gozan la Corporación de Fomento de la Producción y la Junta de Adelanto de Arica.
Tales facultades deberán quedar especificadas en un Reglamento que de acuerdo con el Consejo del Instituto, deberá dictar el Presidente de la República dentro de 120 días contado desde la dictación de la presente ley.
El Instituto deberá realizar su acción •a través de Gerencias de igual categoría, situadas en Iquique, Antofagasta y Co- piapó.
Asimismo, deberá mantener Agencias en Pisagua, Calama, Tocopilla, Taltal y Vallenar.
Los bienes que posea la Corporación de Fomento de la Producción en las provincias de Tarapacá, Antofagasta y Ata- cama, pasarán a incrementar el patrimonio del Instituto CORFO del Norte, como asimismo todos los recursos que dicha Corporación esté obligada a invertir en beneficio de las provincias mencionadas.".
"Artículo 27-D.-El Instituto CORFO del Norte contará, para el cumplimiento de sus finalidades, con los siguientes recursos :
a) Los ingresos a que se refiere el párrafo cuarto del artículo 27, correspondientes a las provincias de Tarapacá, Antofagasta y Atacama, excluido un porcentaje del 9 % y de los recursos anuales correspondientes a la provincia da Tarapacá, que ingresará al Presupuesto de la Corporación de Fomento de la Producción y que ésta destinará a los fines señalados en el artículo 27, en el departamento de Arica ;
b) Los ingresos del artículo 28, que el Instituto deberá destinar a los fines señalados en esa disposición y a un Plan de Remodelación y progreso urbano de la ciudad de Calama ;
c) Los ingresos que produzca la ley 12.858 que se destinarán por el Instituto a los fines que establece esa ley;
d) Un tercio de la participación fiscal establecida en la ley Nº 12.033 ;
e) Las recuperaciones de los préstamos que la Corporación de Fomento de la Producción haya efectuado para ser invertidos en las provincias de Tarapacá, Antofagasta y Atacama;
f) Los recursos económicos que el Consejo de la Corporación de Fomento de la Produción acuerde asignarle para el cumplimiento de planes específicos.
La Corporación de Fomento de la Producción pondrá a disposición del Instituto CORFO del Norte los recursos a que se refieren las letras a), b) y d), tan pronto como los reciba de la Tesorería General de la República.
Los recursos antes indicados se distribuirán entre las provincias de Tarapacá, Antofagasta y Atacama, en la misma proporción señalada en el párrafo final del artículo 27."
Artículo 27-E.- El Instituto, para el cumplimiento de sus fines, operará de acuerdo con la Ley Orgánica de la Corporación de Fomento de la Producción y, además, podrá convenir con cualquier organismo fiscal o semifiscal, con empresas de administración autónoma y con las Municipalidades interesadas, la entrega, erogación, préstamos o aportes de fondos para fines específicos, sin que sean para ello obstáculo las disposiciones orgánicas de las respectivas instituciones.
Las facultades y atribuciones de que disponían los Institutos da Fomento del Norte en virtud de la ley Nº 6.334 y que hasta la fecha de la presente ley correspondían a los departamentos de Tarapacá y Antofagasta de la Corporación de Fomento de la Producción, serán, en lo sucesivo, ejercidas por el Instituto CORFO del Norte."
"Artículo 27-F.- Dentro del plazo de 120 días, contado desde la fecha de publicación de esta ley, el Presidente de la República dictará un Reglamento que contendrá el Estatuto por el cual se regirá e! Instituto CORFO del Norte. En dicho Reglamento deberá establecerse :
a) La sede o asiento del Instituto;
b) Las atribuciones y deberes del Consejo Resolutivo y del Gerente Ejecutivo;
c) La forma de nombramiento de los miembros del Consejo, su duración, reemplazos o subrogancias de los Consejeros, quórum, incompatibilidades, pohibiciones, derechos y remuneraciones ;
d) La forma de funcionamiento del Consejo, de las Comisiones del mismo y de su integración y la manera de efectuar delegaciones ;
a) La interrelación del Departamento con los demás servicios o entidades de la Administración Pública ;
f) La forma y condiciones de elaboración, presentación y aprobación del Presupuesto y Balance Anuales, pudiendo señalar los márgenes de distribución de fondos, en obras de progreso social y fines de Fomento."
"Artículo 27-G.- El Consejo Consultivo de la Provincia de O'Higgins pasará a denominarse "Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins" y estará encargado de:
a) Estudiar, disponer, planificar, coordinar y promover todas las obras que se estimen necesarias para crear nuevas fuentes de producción o para mejorar las actuales, para impulsar el progreso rural y urbano, para incrementar el comercio y mejorar las condiciones de vida de sus habitantes.
La confección de estudios, anteproyectos, proyectos, presupuestos y especificaciones, deberá ser solicitada a los organismos fiscales, semifiscales, semifiscales de administración autónoma y autónomos del Estado, los cuales deberán despacharlos dentro del plazo prudencial que en cada caso fije el Consejo Regional.
b) Aprobar, modificar o rechazar los proyectos definitivos solicitados por el Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins, que, en cada caso, y conforme a lo dispuesto en la letra a), presenten los referidos organismos.
c) Las obras proyectadas deberán ejecutarse por los diferentes servicios del Estado, reparticiones u organismos fiscales, semifiscales, semifiscales de administración autónoma y autónomos del Estado. Podrán efectuarse por el Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins cuando así lo resuelvan los 2/3 de su Consejo, siempre que cuente con los votos favorables de los representantes de la Corporación de Fomento de la Producción y del Ministerio de Obras Públicas.
a) Ordenar la construcción de las obras ya aprobadas y que deban ejecutarse por el Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins. Llamar a las correspondientes propuestas públicas y resolver sobre ellas fiscalizando a continuación la correcta realización de las obras.
b) Aprobar préstamos, aportes o donaciones a instituciones públicas o privadas con el acuerdo unánime de todos sus integrantes."
"Artículo 21-H.- El Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins tendrá su domicilio en la ciudad de Rancagua y se compondrá de los siguientes miembros:
El Intendente de la Provincia, en representación del Presidente de la República, que lo presidirá;
Un representante de cada Municipalidad de la Provincia;
Un representante de] Centro para el Progreso de Rancagua;
Un representante de las asociaciones mineras, uno de las asociaciones industriales y uno de las asociaciones agrícolas que funcionen en la provincia;
Un representante de las Cámaras de Comercio establecidas en la provincia;
Dos representante de los sindicatos de empleados y dos de los sindicatos de obreros de la provincia;
Dos representantes designados por la Asociación Provincial de Pobladores;
Dos representantes de la Corporación de Fomento de la Producción, designados por su Vicepresidente, y
Dos representantes del Ministerio de Obras Públicas, designados por el Ministro.
Actuará como Secretario y Ministro de Fe del Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins, el Secretario de la Intendencia de la misma Provincia.
Integrarán este Consejo, sólo con derecho a voz, los Ingenieros Provinciales, los Ingenieros Agrónomos Provinciales, los funcionarios técnicos de más alta graduación dependientes de los Ministerios de Obras Públicas, Agricultura y Departamento de Minas y Combustibles, todos con residencia en la Provincia.
Los miembros de elección del Consejo, durarán tres años en sus funciones y podrán ser reelegidos.
En ausencia del Intendente de la Provincia, el Consejo será presidido por el funcionario que la Corporación de Fermento designe para este efecto.
El Consejo, para su mejor funcionamiento, podrá distribuir su trabajo en Comisiones. El Presidente, el Vicepresidente y el Secretario, actuarán como Comité Ejecutivo del Consejo, para los efectos de llevar a la práctica los acuerdos del mismo y ejercer las funciones que el Consejo les delegue.
Las sesiones del Consejo requerirán de un quorum no inferior del tercio de sus integrantes."
"Artículo 27-/.- Los fondos que los artículos 27 y 33 consignan a la provincia de O'Higgins, serán depositados por la Tesorería General de la República en una cuenta especial a nombre del Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins. Este podrá girar con cargo a dichos fondos exclusivamente para los siguientes fines:
a) Aportes a las instituciones del Estado que efectúen obras acordadas por el Consejo.
b) Pago de contratistas por obras ordenadas directamente por el Consejo, y
c) Pagos derivados de la aplicación de la letra e) del artículo 27-G.
No se depositarán en esta cuenta los fondos que el artículo 27 destina a las Municipalidades, los que continuarán siendo entregados por la Corporación de Fomento en proporción de sus presupuestos.
Ingresarán a esta misma cuenta los intereses y amortizaciones de préstamos hechos por el Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins y los dividendos de acciones de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales y Establecimientos Hospitalarios, que éste haya suscrito.
"Artículo 27-J.- El Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins elaborará anualmente en las fechas que fije el Reglamento, un plan de inversiones de los fondos que esta ley le otorga, de acuerdo a los estudios y planes que haya elaborado en virtud del artículo 27-G. Deberá consignar en ese presupuesto de inversiones los compromisos que haya contraído en planes que tengan duración superior a un año.
El Consejo incluirá en sus planes de inversión de los próximos tres años, la construcción de los Hospitales de Rengo y Peumo, de acuerdo a los estudios que haga el Servicio Nacional de Salud. El aporte a esta obra se hará en acciones de la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios. Igualmente deberá incluir la reconstrucción del Teatro Municipal de Rengo."
"Artículo 27-K. - Modifícase la ley Nº 15.716, de 1º de octubre de 1964, en su artículo 2°, reemplazando la coma (,) que sigue a "hispitalarios" por un punto (.), y agregando a continuación lo siguiente : "Esta devolución se hará en una cuarta parte cada año, hasta enterar la suma indicada y la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios procederá a invertir de inmediato estos recursos en la construcción del Hospital de San Vicente de Tagua-Tagua."
"Artículo 27-L.- Los fondos de la participación fiscal de la industria extractiva del cobre que, de acuerdo a esta ley, se asignan al Consejo Regional de Desarrollo de O'Higgins, para obras públicas, no son sustitutivos de los que el Ministerio del ramo debe asignar a esta provincia en sus presupuestos fiscales ordinarios anuales. El Ministerio de Obras Públicas deberá incluir a la provincia de O'Higgins en su presupuesto ordinario anual, en una proporción similar que al resto de las provincias del país."
"Artículo 27-M.- Con cargo a la participación fiscal de la industria extractiva del cobre, la Ley de Presupuestos consultará anualmente, como aporte extraordinario a la Corporación de Fomento de la Producción, el 2 % de dicho recursos, de los cuales el 50 % se entregará en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica.
Esta suma será sin perjuicio de los recursos que actualmente destina la Corporación de Fomento de la Producción para la investigación pesquera, a través del Instituto de Fomento Pesquero."
"Artículo 27-N.- La Corporación de Fomento de la Producción destinará el aporte que le otorga el artículo anterior, exclusivamente, a la investigación, fomento y aprovechamiento de los recursos del mar.
Esta investigación, fomento y aprovechamiento deberá hacerse en combinación con la Marina de Chile y con la colaboración de la Universidad de Chile y demás Universidades reconocidas por el Estado. La Corporación de Fomento podrá, además, tener la colaboración de las instituciones, corporaciones, empresas, entidades y personas naturales o jurídicas que estime necesarias para el objetivo ya indicado, sean éstas nacionales o extranjeras. La Corporación de Fomento podrá, para este efecto, distribuir en la forma más conveniente el aporte que le asigna el artículo anterior, todo sin perjuicio de las prioridades que establece esta ley."
"Artículo 27-o.- Los fondos de] aporte extraordinario referido en el artículo 27-M deberán gastarse, primordial y preferentemente, en la investigación y conocimiento del mar y sus recursos, desde Arica hasta la Antártida, y desde el zócalo o talud continental hasta, por lo menos, doscientas millas marinas hacia el oeste.
Esta investigación se dirigirá, fundamentalmente, a los siguientes objetivos:
1) Sondajes y reconocimientos de los fondos del mar;2) Estudio de las corrientes marinas, sus características y posibles influencias en las modificaciones de la flora y fauna marinas ;
3) El estudio de la flora y fauna marinas, con orientación a determinar las causas que originan las variaciones en el plankton y su influencia en la fauna del mar y las aves marinas;
4) El estudio de la vida de los peces, moluscos y otras formas de vida marina, según sus diferentes especies, en forma de conocer sus arraigamientos, hábitos, reproducción, migraciones, condiciones de vida que les son más favorables, de manera de poder orientar su aprovechamiento racional y precaver su disminución o extinción ;
5) El estudio de las posibilidades de creación de viveros o condiciones de vida para la conservación, reproducción, aclimatación u otras formas, de las especies marinas útiles al hombre;
6) La formación de una carta pesquera o mapa ictiológico;
7) El estudio sobre la salinidad del mar y su influencia en la vida marina ;
8) El estudio sobre la vida de las especies marinas a cada profundidad del mar, sus costumbres, reproducción y posibilidades de aprovechamiento;
9) Las posibilidades de rendimiento y aprovechamiento de las diversas especies marinas, en forma de mantener cada especie como fuente inagotable de producción y explotación;
10) Toda otra materia o asunto que conduzca al conocimiento del mar de Chile, su fauna y su flora, en forma que permita obtener de él máximo provecho, conservándolo como fuente permanente de provisión alimenticia en todas sus especies autóctonas y enriqueciéndolo con la adaptación de otras."
"Artículo 27-P.- Para cumplir los objetivos señalados en el artículo anterior, la Marina de Chile deberá ser provista de los barcos, helicópteros y demás medios e instrumentos que le permitan una colaboración efectiva al plan, los recursos en moneda extranjera deben destinarse en primer lugar a este objeto y en plan gradual de equipamiento.
El Reglamento determinará la forma y condiciones en que se prestará la colaboración de la Marina de Chile al plan de investigación, fomento y aprovechamiento de los recursos del mar."
"Artículo 27-Q.- La Corporación de Fomento de la Producción deberá:
1) Dar la conveniente difusión y publicidad al fruto de sus estudios, experiencias e investigaciones, en forma que permita su aprovechamiento por las personas y empresas que se dedican a la explotación de los recursos del mar. A estas personas y empresas deberá prestarles también, si fuere requerida para ello, la asesoría técnica necesaria ;
2) Difundir y vulgarizar instrucciones y recomendaciones sobre el consumo de los productos del mar y sobre la manera de conservarlos por salazón, ahumación u otras formas;
3) Establecer, progresivamente y en la medida de sus recursos, un sistema nacional de puertos pesqueros, frigoríficos y transportes de los productos del mar ;
4) Crear las condiciones que favorezcan la exportación de los productos del mar ;
5) Formar y mantener al día una carta pesquera ;
6) Mantener, en combinación con la Marina de Chile, a medida de sus recursos y en plan progresivo, estaciones marítimas permanentes de investigación e información sobre las condiciones meteorológicas, movimiento de los cardúmenes de peces y otros datos útiles para guía de las personas y empresas dedicadas a la explotación de los recursos del mar ;
7) Determinar los máximos o límites anuales de pesca o caza marítima por zonas y especies y recomendar las vedas que procedan ;
8) Formar viveros y poblar nuevos bancos de especies marinas, y9) Tomar, en general, todas la medidas conducentes a la conservación, reproducción y multiplicación de las especies útiles del mar y a su explotación racional."
"Artículo 27-R.- La investigación, fomento y aprovechamiento de los productos del mar que esta ley encarga a la Corporación de Fomento de la Producción se extenderá por ésta, también, a los ríos y lagos nacionales."
Artículo 28.
Reemplázanse las palabras "de los ingresos que produzcan los impuestos establecidos en los artículos 1º y 2º", por "de la participación fiscal en la industria extractiva del cobre".
Artículo 30.
Suprímese el inciso segundo.
Agrégase a continuación el siguiente artículo :
"Artículo 30-/1.- El Tesorero General de la República será responsable del oportuno cumplimiento de las obligaciones que señalan los artículos de este título.
Para los efectos de la distribución de la participación fiscal deberá aplicarse el mismo promedio de cambio obtenido por las empresas de la Gran Minería del Cobre por concepto de retorno."
Artículo 33.
Reemplázanse, en el inciso primero, las palabras "del ingreso que produzcan los impuestos establecidos en los artículos 1º y 2º de la presente ley" por "de la participación fiscal en la industria extractiva del cobre".
Agréganse, a continuación, los siguientes artículos :
"Artículo 33-A.- Los recursos establecidos en los artículos 26, 27, 28 y 33 de la presente ley deben ser reajustados dentro de cada ejercicio presupuestario, de conformidad al tipo de cambio a que se liquiden efectivamente las divisas provenientes de las exportaciones de cobre".
Como artículo 33-B de la ley Nº 11.828, se consulta el artículo 6º del proyecto de la Cámara, redactado en los términos que posteriormente se indican.
Agrégase a continuación del artículo 37, el siguiente:
"Artículo 37-bis.- Las Empresas de la Grande y Mediana Minerías del Cobre deberán contratar todos sus seguros dentro del país."
Agrégase a continuación del artículo 2º transitorio, el siguiente, nuevo:
"Artículo 3º.- En el Presupuesto de la Nación correspondiente a los próximos cinco años deberá consultarse una Partida de Eº 2.000.000, anualmente, a la Universidad de Chile para la Facultad de Ciencias, que se destinarán a la construcción y habilitación de dicha Facultad. Este aporte se financiará con la participación fiscal en la industria extractiva del cobre."
Artículo 3º.
Ha pasado a ser 2º, sustituido por el siguiente ;
"Artículo 2º.- El Presidente de la República podrá otorgar total o parcialmente a las empresas mineras nacionales o extranjeras de cualquiera naturaleza, que efectúen inversiones en el país, así como a sus accionistas o acreedores, los beneficios, franquicias y derechos contemplados en el DFL. Nº 258 de 1960, en conformidad al procedimiento y normas que en él se señalan.
Para estos efectos, se entenderán como empresas mineras las que tengan por objeto realizar una o más de las siguientes actividades: la exploración, la extracción, la explotación de yacimientos mineros, o el beneficio, concentración, fundición o refinación de productos mineros.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero del presente artículo, los beneficios, franquicias, derechos y obligaciones del DFL. Nº 258 y los demás que se contemplan en este artículo podrán establecerse como un régimen único aplicable a los bienes, inversiones y actividades de una empresa o de sus empresas filiales o asociadas que comprenda los establecimientos, faenas existentes y las obras o inversiones ejecutadas o en ejecución, aun cuando sean aportados a otras sociedades, siempre que en el decreto que los establezca se imponga la obligación de efectuar nuevas inversiones que reúnan todas o alguna de las siguientes características :
1) Tener por objeto un aumento sustancial de la capacidad de producción. En el caso de empresas o grupos de empresas filiales o asociadas que tengan, al tiempo de solicitar este régimen único, una producción anual conjunta superior a 75.000 toneladas métricas de cobre, procederá otorgarles este beneficio solamente cuando el aumento de la capacidad instalada sea a lo menos, de un 30%.
2) Tener por objeto la construcción de plantas de concentración, de beneficio, de fundiciones, o de refinerías, que sean complementarias de las instalaciones productivas existentes y con la cual se aumente la respectiva capacidad instalada, a lo menos, en Un 50% ; o en un porcentaje menor cuando con el aumento, se complete la totalidad de las capacidades requeridas en cualquiera de los procesos mencionados.
3) Tener por objeto la aplicación de nuevos sistemas que permitan reducciones de costos, o la iniciación de nuevas actividades o procesos de producción, siempre que guarden proporción con las franquicias solicitadas, a juicio de la Corporación del Cobre.
En el caso que el monto de la nueva inversión exceda lo autorizado en el decreto que contemple el régimen único, dicho exceso podrá gozar de ese régimen siempre que cuente con la aprobación del Comité de Inversiones Extranjeras previa verificación de la Corporación del Cobre y que este exceso se haya comunicado por la respectiva Empresa, antes que el total de las respectivas obras entren en funcionamiento.
Asimismo, con los requisitos del inciso anterior, se podrá incorporar al régimen único por el plazo que le reste, las inversiones complementarias de dichas empresas, autorizadas por decretos posteriores durante la vigencia de dicho régimen.
El Presidente de la República podrá también otorgar a las personas que aporten nuevos capitales provenientes del exterior, a la empresa a la cual se efectúe el aporte o a las Sociedades Mineras Mixtas, y a los socios, accionistas o acreedores de las personas, empresas o sociedades mencionadas, total o parcialmente, una o más de las franquicias que a continuación se indican, las cuales se considerarán, para estos efectos, como disposiciones del DFL. 258 de 1960;
a) El reemplazo, con el carácter de impuesto único e invariable a la renta, de la tasa fija de 50%, del artículo 1º de la ley 11.828 por una tasa fija de 25,5% ; y el reemplazo, con el mismo carácter, de la sobretasa variable de dicho artículo por una sobretasa variable de 33%, que se aplicará a las utilidades correspondientes a la producción básica a que se refiere el Decreto Supremo 150, de 3 de octubre de 1956, del Ministerio de Minería y que se reducirá proporcionalmente al aumento de la producción sobre la cifra básica, a razón de 0,165 % por cada 1 % o fracción de aumento de la producción, hasta que el aumento sea de 50%. Cuando los aumentos sean superior al 50% de la cifra básica, la sobretasa se reduciría en 0,495 % por cada 1% o fracción de aumento hasta que alcancen el 100 % de dicha cifra, a partir de cuyo nivel se aplicará sólo el impuesto de 52,5%.
El recargo de 5% sobre el impuesto a las utilidades establecido en el artículo 11 de la ley 14.603 y el impuesto adicional de 8% establecido en el artículo 26 de la ley 14.688, no se aplicarán a las empresas a que se otorguen las franquicias del presente artículo.
b) La garantía que no se aplicarán nuevos tributos ni obligaciones, gravámenes o cargas, o aumentos de los mismos existentes, ni rebajas, modificaciones favorables O exenciones o derogaciones de los que existan o puedan establecerse que resulten discriminatorios.
Para los efectos de lo dispuesto en el inciso anterior se entenderá que no tienen carácter discriminatorio aquellos tributos, gravámenes y cargas de aplicación general a las empresas y actividades económicas del país tanto en su monto, como en su forma de determinación y aplicación.
No se entenderán discriminatorios y no podrán ser invocados ni beneficiar a las personas y empresas a que se refiere este artículo, las excepciones, franquicias, ventajas o garantías que se concedan a grupos determinados de contribuyentes o a una determinada actividad económica.
c) La garantía de la invariabilidad de los artículos 5, 7, 8, 9, 12 y 15-A de la ley 11.828 y del Reglamento a que se refiere el artículo 15-A. igualmente, la invariabilidad del porcentaje de comisión a que se refiere el artículo 19 de la misma ley y, respecto de las sociedades mineras mixtas, de las disposiciones contenidas en el Título III de la presente ley.
d) La garantía de que el inversionista tendrá derecho a vender las divisas provenientes de sus exportaciones al tipo de cambio que rija para los demás exportadores y de que no podrá aplicársele un tipo de cambio que sea o resulte discriminatorio en la forma contemplada en la letra b) del presente artículo.
Las divisas provenientes de las exportaciones de la Gran y Mediana Minerías del Cobre se liquidarán al tipo de cambio libre bancario al contado.
e) La franquicia de considerar como gasto, para los efectos tributarios, hasta un medio centavo de dólar estadounidense por cada libra de cobre blister refinado electrolíticamente en nuevas instalaciones propias. Cuando tenga aplicación el régimen único a que se refiere este artículo, esta franquicia podrá extenderse al cobre blister refinado electrolíticamente en las instalaciones realizadas desde la vigencia de la ley 11.828.
f) La de mantener invariable el derecho a las excepciones contempladas en el artículo 136 de la ley 15.575.
g) Derógase el artículo 17 de la ley 7.747.
h) En el caso de empresas regidas por los artículos 1º y 2º de la ley 11.828, el Presidente de la República podrá, en el respectivo decreto de inversión, disponer que no se aplique el inciso tercero y las letras a), b) y c) del inciso cuarto del artículo 12 de la ley 15.564. Sin embargo, el impuesto de la ley 11.828 no podrá ser rebajado por estas empresas para los efectos de determinar su renta imponible.
i) Las franquicias que se establecen en el presente artículo se podrán otorgar por los mismos plazos que establece el artículo 30 del DFL. Nº 258, de 1960. Sin embargo, en el caso de las sociedades mineras mixtas que tengan por objeto la explotación de yacimientos antes no explotados, este plazo podrá extenderse hasta por 25 años, tanto respecto de las franquicias del DFL. Nº 258, como de las contempladas en este artículo.
j) El Presidente de la República podrá, además, otorgar la garantía de considerar como parte de la inversión los gastos de ingeniería y proyectos efectuados en el exterior ; de capitalizar los intereses devengados o pagados por el inversionista hasta el primer día del año siguiente a la iniciación de la producción comercial, sobre préstamos contratados para realizar la inversión.
Las empresas mineras que se acojan a los beneficios, franquicias y derechos consultados en el presente articulo, no podrán ejercer otras actividades que las indicadas en el inciso segundo. Las filiales o asociadas de dichas empresas que ejerzan actividades no comprendidas en el citado inciso, no se regirán por las disposiciones de la presente ley sino por las normas legales generales, salvo que se trate de industrias elaboradoras o semielaboradoras de cobre, caso en que se les aplicarán los preceptos correspondientes de esta ley".
Artículo Nuevo.
A continuación, como artículo 3º, nuevo, ha aprobado el siguiente:
"Articulo 3°.- El Presidente de la República no podrá, en caso alguno, otorgar la garantía del Estado a los préstamos, empréstitos u otras obligaciones directas, indirectas, solidarias o subsidiarias que contraiga la Corporación del Cobre o inversionista minero en el país o en el extranjero, en virtud de convenios celebrados en conformidad con esta ley."
Artículo 4º.
Ha sido sustituido por los siguientes: "Artículo 4º-Se entenderá por Sociedades Mineras Mixtas las Sociedades Anónimas en que la Corporación del Cobre, la Corporación de Fomento de la Producción, la Empresa Nacional de Minería o la Empresa Nacional de Electricidad S. A., adquieran, o que a la fecha de la escritura de formación o modificación de la Sociedad tengan un convenio de adquirir, a lo menos, un 25% del capital social. El objeto principal de esta Sociedad será una o más de las siguientes actividades : la exploración, la extracción, la explotación, la producción, el beneficio, o el comercio de minerales, de concentrados, de precipitados y barras de cobre o de metales no ferrosos y de los productos y subproductos que se obtengan o provengan de ellos.
Para los efectos tributarios señalados en el artículo 8º, el carácter de Sociedad Minera Mixta se entenderá adquirido desde la fecha en que se extienda la escritura pública de constitución de la Sociedad Anónima , o de la de aquella a que se haya reducido el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, que haya aprobado la modificación del contrato social, siempre que en ellas se contenga la suscripción de las acciones o el convenio de suscripción o adquisición, suscrito por la Corporación del Cobre y/o la CORFO, la ENAMI o la ENDESA.
La Corporación del Cobre, la Corporación de Fomento de la Producción y la Empresa Nacional de Minería, deberán suscribir obligatoriamente las acciones correspondientes a aumentos de capital social, acordado por las Juntas de Accionistas. En caso que no se dispusieran de los recursos necesarios, el Estado deberá hacer los aportes correspondientes.
Constituida una sociedad minera mixta y suscritas las acciones que le confieren tal naturaleza, no perderá ésta su calidad de tal, si con posterioridad la participación en conjunto de la Corporación del Cobre o de la Corporación de Fomento de la Producción, la Empresa Nacional de Minería o de la Empresa Nacional de Electricidad S. A., se redujere a menos del 25% del capital social, a consecuencia de no haberse suscrito las acciones correspondientes a aumentos de capital social acordados por la Junta de Accionistas o por enajenación de acciones.
"Artículo 5°.- Las acciones que en las Sociedades Mineras Mixtas tenga la Corporación del Cobre o la Corporación de Fomento de la Producción, la Empresa Nacional de Minería o la Empresa Nació-nal de Electricidad S. A., serán de una serie distinta de la que tengan los demás accionistas mientras aquellas estén inscritas en el Registro de Accionistas a nombre de cualquiera de ellas. Las que sean transferidas a personas distintas de las indicadas, aunque sea con autorización por medio de ley, dejarán de pertenecer a esta serie.
En los Estatutos de 'estas Sociedades se podrán contemplar diversas series de acciones.
Artículo 6º.- En los Estatutos de estas Sociedades se podrá contemplar, una serie especial de acciones que no tendrá derecho a voto en ¡as Juntas Ordinarias o Extraordinarias de Accionistas, que serán suscritas en proporción al número de acciones que tenga cada accionista de las otras series, pero en ningún caso el número de estas acciones podrá ser superior al 25% de las acciones con derecho a voto en la Junta de Accionistas. Estas acciones podrán gozar del derecho a pagarse preferentemente de un interés anual sobre su valor nominal de hasta 6,5 % con cargo a las utilidades sociales, declarada por la Junta de Accionistas y disponible para dividendos y tendrán un valor nominal igual al de las acciones con derecho a voto.
Artículo 7º.- La modificación de los Estatutos, la venta del activo y pasivo, la enajenación y arrendamiento de las pertenencias mineras y demás bienes raíces y la disolución anticipada de la Sociedad Minera Mixta deberá contar en la Junta General Extraordinaria de Accionistas respectiva con el voto favorable, a lo menos del 80% en conjunto de las acciones de la Corporación, y demás entidades nombradas en el artículo 4º.
Artículo 8º.- Se faculta al Presidente de la República para eximir, total o parcialmente, de todo impuesto, contribución, derechos o gravámenes:
a) A los socios, accionistas o terceros por los aportes que efectúen a estas Sociedades. De igual exención podrán gozar las empresas cuyos bienes resulten transferidos o enajenados a las sociedades mineras mixtas a consecuencia de aportes o cualquier otro título.
b) A los acreedores de la Corporación del Cobre y demás personas jurídicas nombradas en el artículo 4º por los intereses del saldo de precio de compraventa de acciones de Sociedades Mineras Mixtas y a los acreedores de las personas jurídicas antes indicadas o de las Sociedades Mineras Mixtas por los intereses de mutuos, empréstitos u otras operaciones de crédito que se convenga para el financiamiento de dichas Sociedades o de sus inversiones.
c) A los actos, contratos o documentos que tengan su origen o sean consecuencia de la compraventa de acciones de las Sociedades Mineras Mixtas por las Corporaciones del Cobre, de Fomento de la Producción, Empresa Nacional de Minería o por la Empresa Nacional de Electricidad S. A., o a los contratos destinados a fundir o refinar en el país o a otros contratos necesarios para su funcionamiento o para la inversión contemplada en el decreto correspondiente.
Las exenciones a que se refiere este artículo se otorgarán por Decreto Supremo, en cada caso en que haya de constituirse una Sociedad Minera Mixta o en que una sociedad anónima existente haya de transformarse en Sociedad Minera Mixta. Este decreto deberá dictarse solamente cuando se encuentre extendida alguna de las escrituras públicas a que se refiere el inciso segundo del artículo 4º de este Título.
Este Decreto podrá ser el mismo que aprueba la inversión y, en todo caso, deberá ser dictado previo informe favorable de la Corporación del Cobre, o del Comité de Inversiones Extranjeras, según corresponda.
Artículo 9°.- Las Sociedades Mineras Mixtas quedarán sujetas a las disposiciones de la ley 11.828 y sus modificaciones.con excepción de los incisos segundo y siguientes del artículo primero y de los artículos 2º y 4º.
Artículo 10.-La renta líquida imponible de las Sociedades Mineras Mixtas se determinará de acuerdo con las normas establecidas en la Primera Categoría del Título II de la Ley sobre Impuesto a la Renta cuyo texto se contiene en el artículo 5º de la ley 15.564.
La amortización de los bienes que se aporten a una Sociedad Minera Mixta, o los que tenga una sociedad anónima, al transformarse en una Sociedad Minera Mixta, no podrá ser superior al saldo no amortizado de esos bienes, según los libros de contabilidad de la sociedad aportante o que figuren en el momento en que la sociedad se transforma.
La Corporación del Cobre determinará en cada caso, el valor de dichos bienes sujetos a amortización en las nuevas Sociedades Mineras Mixtas.
Artículo 11.- Cada vez que la Corporación del Cobre, la Corporación de Fomento de la Producción, la Empresa Nacional de Minería o la Empresa Nacional de Electricidad S.A. desee constituir o adquirir acciones de una Sociedad Minera Mixta mediante la adquisición o celebración de un convenio de adquirir acciones, será necesario que el Estatuto de la referida Sociedad cuente con el informe del Consejo de Defensa del Estado. Dicho informe será también necesario cuando la Corporación del Cobre y demás entidades antes mencionadas, deseen vender acciones de una Sociedad Minera Mixta. Los informes referidos deberán ser evacuados dentro de un plazo de treinta días.
Artículo 12.- Las Sociedades Mineras Mixtas que continúen la explotación de minerales pertenecientes a empresas de la Gran Minería del Cobre y que deban evacuar los actuales campamentos mineros, deberán construir y facilitar, en los lugares que determinen, locales suficientes para atender las necesidades de los escolares de esos campamentos y se dará preferencia a la construcción de planteles de enseñanza profesional y técnica.
Asimismo, deberán construir en los mismos lugares casas-habitaciones suficientes para albergar a los funcionarios públicos que a la fecha de la evacuación prestaban servicios en esos campamentos, las que deberán serles ofrecidas en venta en las mismas condiciones en que se transfieren a los empleados y obreros de esas Compañías las casas que habitan.
Artículo 13.- Las Sociedades Mineras Mixtas que continúen la explotación de minerales que pertenezcan a empresas de la Gran Minería deberán, como delegados del Servicio Nacional de Salud, proporcionar a sus empleados y obreros atención médica similar, en su forma y condiciones, a la que prestaban aquellas empresas".
Como artículo 14, se consulta el artículo 8º del proyecto de la Cámara, en los términos que oportunamente se indicarán.
Artículo Nuevo.
A continuación, ha consultado el siguiente artículo 15, nuevo :
"Artículo 15.- Reemplázase el inciso primero del artículo 15 del DFL. Nº 258, de 1960, por el siguiente;
"A las empresas establecidas en Chile regidas por la ley 11,828 que realicen nuevas inversiones destinadas a la explotación de yacimientos mineros diferentes a los que estaban en explotación al 5 de mayo de 1955, fecha de publicación de la ley Nº 11.828, el Presidente de la República podrá otorgarles, respecto de las nuevas inversiones, las franquicias indicadas y establecidas en el artículo precedente."
Artículo 5º.
Ha pasado a ser 16, sustituido por el siguiente :
"Artículo 16.- La pequeña minería gozará de la atención preferente del Estado y éste propenderá a su desarrollo mediante un plan que deberá elaborarse por la Empresa Nacional de Minería y el Servicio de Minas del Estado en el término de seis meses que consulte las medidas siguientes :
a) El establecimiento de una línea de crédito de fomento de la producción que aumente a lo menos en un 100 % las disponibilidades crediticias de que se ha dispuesto en conjunto en el año 1965.
Un 50% del total del crédito se aplicará a facilitar recursos para la adquisición de herramientas, explosivos, medios de transportes y demás elementos de producción a los pirquineros y empresarios de un capital de trabajo no superior a Eº 20.000.
b) La ampliación de la asistencia técnica que otorgue servicios permanentes y adecuados en las distintas zonas, y
c) La construcción de plantas de concentración y lixiviación necesarias para la explotación de los yacimientos reconocidos."
Artículo 6°.
Ha pasado a ser artículo 33-B de la ley Nº 11.828, como se indicó anteriormente, en las modificaciones a los artículos 1º y 2º, redactado en los siguientes términos :
"Artículo 33-B.- Para los efectos de esta ley y de la ley Nº 13.196, se considerarán como participación fiscal en la industria extractiva del cobre:
a) Los impuestos que deben tributar las empresas de la Gran Minería del Cobre, de acuerdo con los artículos 1º y 2º de la presente ley.
b) El recargo del impuesto a las utilidades de 5% establecido en el artículo 11 de la ley Nº 14.603 y la tasa adicional de 8% establecida en la letra c) del artículo 26 de la ley Nº 14.688.
c) Las utilidades, intereses y dividendos que perciba la Corporación de las Sociedades Mineras Mixtas.
d) Los impuestos que paguen las Sociedades Mineras Mixtas en que tenga participación la Corporación del Cobre, por concepto de impuesto de la Primera Categoría de la Ley de Impuesto a la Renta y al impuesto adicional sobre los dividendos que paguen los accionistas de estas sociedades.
e) Todo otro ingreso fiscal que provenga en el futuro de las utilidades de la industria extractiva del cobre.
Lo anterior no será aplicable a aquellas Sociedades Mixtas cuyos yacimientos se encuentren ubicados en provincias distintas de las mencionadas en el artículo 27, en cuyo caso será el Presidente de la República quien hará la distribución de los ingresos a que se refiere el inciso anterior contemplando un sistema similar al establecido en este párrafo.
Los saldos de los ingresos referidos que no tengan distribución o que no hayan sido consultados en el Presupuesto a que se refiere la letra m) del artículo 18 de esta ley, ingresarán a fondos generales de la Nación en el plazo y condiciones que establezca el Presidente de la República."
Artículo 7º.
Ha sido rechazado.
Artículo 8º.
Como se indicó anteriormente, pasa a ser artículo 14, con las siguientes enmiendas :
En su inciso primero, ha suprimido "y/o de las Organizaciones Conjuntas", y ha sustituido "el Departamento del Cobre" por "la Corporación del Cobre".
Ha rechazado su inciso segundo.
Artículo 9º. Ha sido rechazado.Artículo 10.
Ha pasado a ser el artículo 9° transitorio, redactado en los siguientes términos:
"Artículo 9º.- Facúltase al Presidente de la República para fijar el texto refundido y definitivo, que llevará número de ley, de la ley Nº 11.828, de 5 de mayo de 1955, y de las disposiciones de la presente ley. Asimismo facúltasele para suprimir aquellos artículos que hayan perdido su oportunidad legal por habérseles dado cumplimiento."
Artículos 11 y 12.
Han sido rechazados.
A continuación, ha agregado el siguiente artículo nuevo, con el número 17 :
"Artículo 17.- Autorízase al Presidente de la República para crear una persona jurídica que se denominará "Bolsa de Minerales y Metales de Chile", que tendrá como objeto que se efectúen en ella transacciones de toda clase de metales y minerales nacionales o extranjeros.
El Presidente de la República "determinará su capital, domicilio y duración, y reglamentará sus funciones, organización y administración."
Artículo 13.
Ha pasado a ser 18, con las siguientes enmiendas :
Ha sustituido la frase inicial "Los convenios que suscriba el Presidente de la República" por "Los decretos, reglamentos" ; ha suprimido "afectar,"; ha intercalado "o", entre "disminuir" y "suspender", suprimiendo la coma (,) que sigue a "disminuir", y ha eliminado las palabras "o modificar".
Artículos 14 y 15.
Han pasado a ser 19 y 20, respectivamente, sin enmiendas.
Artículos Nuevos.
Seguidamente, ha aprobado los siguientes artículos nuevos :
"Artículo 21.- El Banco Central autorizará al Banco del Estado y demás bancos particulares para otorgar préstamos a dos años y medio plazo y a un interés de 12% anual, para cancelar las deudas en moneda extranjera que aún tengan los productores de la pequeña minería y de la mediana minería nacional que vendan sus productos íntegramente en el país por intermedio de la Empresa Nacional de Minería u otras empresas compradoras.
Estos préstamos cuando se trate de deudas a la Empresa Nacional de Minería se efectuarán con el aval de esta institución".
"Artículo 22.- Las maquinarias importadas o que se importen de conformidad a la ley 12.939 y sus modificaciones posteriores y al artículo 256 de la ley 13.305 y artículos 105, 106 y 107 de la ley 15.575 podrán ser enajenadas libremente, sin pago de derechos, impuestos u otros gravámenes, una vez transcurridos cinco años de su internación."
"Artículo 23.- Los préstamos que, la Empresa Nacional de Minería y la Corporación de Fomento de la Producción, concedan a mineros de la pequeña minería en moneda nacional, no podrán pactarse como préstamos otorgados en moneda extranjera."
"Artículo 24.- Los saldos pendientes de los préstamos a que se refiere el artículo anterior que a la fecha de la publicación de esta ley hayan sido entregados en moneda nacional y estipulados en moneda extranjera, se reducirán al valor realmente entregado en moneda corriente."Artículo 25.- En los préstamos que otorgue la Empresa Nacional de Minería y la Corporación de Fomento de la Producción, podrá estipularse el reajuste de la cantidad adeudada el que no podrá exceder del porcentaje en que se hubieren alzado las tarifas o precios fijados por la Empresa Nacional de Minería para minerales de la especie producida por el deudor, dentro del semestre inmediatamente anterior al pago o amortización correspondiente."
"Artículo 26.- Los pirquineros quedarán afectos a la ley Nº 10.383, sobre Servicio de Seguro Social, y las imposiciones patronales serán de cargo de los propietarios, arrendatarios o concesionarios de las respectivas pertenencias. La Empresa Nacional de Minería retendrá en las liquidaciones de compras de minerales los porcentajes respectivos."
"Artículo 27.- Siempre que se cambie un campamento de una empresa minera que tenga más de 800 obreros o 300 empleados aquella deberá construir un local sindical y social para todos los sindicatos de ese mineral que contemplará : auditorium para reuniones y actos culturales, oficinas individuales para cada sindicato, biblioteca, clínica dental, contabilidad y atención jurídica."
"Artículo 28.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Decreto Nº 313, de 15 de mayo de 1956 :
L) Agrégase el siguiente inciso al artículo 1º :
"En la misma forma, también se regirán por las disposiciones de este Estatuto, los empleados y obreros de las nuevas Empresas, mixtas o no que se formen con motivo de las modificaciones que se introduzcan en la ley 11.828."
2) Deróganse el inciso segundo del artículo 14 y el. artículo 15, y
3) Sustitúyese el artículo 47 por el siguiente :
"Artículo 47.- La participación de utilidades para cada obrero, será del 25 % de su salario base y demás remuneraciones imponibles que reciba por día de
trabajo y no podrá ser inferior al promedio que por este mismo concepto deban recibir, como gratificación, los empleados de la respectiva Empresa.
La gratificación de los empleados será del 25% del total ganado en el año por cada uno de ellos, sin la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 146 del Código del Trabajo."
"Artículo 29.- Los trabajadores mineros y metalúrgicos de la Grande y Mediana Minerías que cumplan 30 años de servicios, continuos o discontinuos, tendrán derecho a jubilar, aun cuando no tengan la edad requerida para gozar de este beneficio. Este plazo será de 25 años para las mujeres y para los trabajadores que padezcan de silicosis.
Un reglamento determinará la mayor cotización que deban efectuar las empresas respectivas para financiar este beneficio."
"Artículo 30.- La Corporación del Cobre determinará las inversiones que deben realizar las empresas regidas por esta ley, paralelamente con las inversiones o planes de ampliación de las empresas y de preferencia para resolver definitivamente los problemas de asistencia médica y de construcciones de hospitales y postas para prestar atención completa a sus trabajadores y familiares. Las construcciones deben estar terminadas en el plazo de dos años.
En la misma clasificación señalada en el inciso precedente, la Corporación del Cobre determinará las inversiones que deben realizar las empresas en materia de construcción de locales escolares para cubrir las necesidades, tanto de la educación primaria como de la humanística y técnica. Los establecimientos educacionales de estos centros industriales dependerán del Ministerio de Educación Pública."
"Articulo 31.- Los empleados particulares de la Gran Minería del Cobre, que hubieren realizado trabajos pesados en las actividades mineras y de fundición, en las mismas condiciones establecidas en la ley 15.183, de 26 de marzo de 1963, tendrán derecho a que la edad establecida en el artículo 11 de la ley 10.475 se les disminuya en dos años por cada cinco en que hubieren trabajado en dichas faenas, hasta un máximo de diez años."
Artículos Transitorios.
Artículo 1º.
Ha sustituido su encabezamiento por el siguiente :
"Artículo 1º.- Autorízase al Presidente de la República para transigir, por intermedio del Director Nacional de Impuestos Internos todos los reclamos y dificultades relacionados con impuestos a la renta y/o utilidades que afecten a las Compañías Andes Copper Mining Co. y Chile Exploration Co., previo informe favorable del Consejo de Defensa del Estado, los juicios relacionados con las mismas materias, bajo las siguientes condiciones." centro de trabajo, y reunido dicho quórum, quedarán automáticamente y en forma obligatoria sindicados todos los obreros o los empleados del centro de trabajo.
2.-Normas sobre conflictos colectivos tendientes a :
a) Reconocer a los trabajadores amplia libertad de petición dentro de la negocio.- ción colectiva, tanto en relación con asuntos de carácter económico, como de carácter social, derivados de los contratos de trabajo y de las condiciones de vida en los campamentos, sin otras limitaciones que ias que imponga la ley;
b) Reducir el plazo de la negociación colectiva ;
c) Dar mayor autoridad al órgano conciliador, el que se integrará por el Ministro del Trabajo y Previsión Social, el Ministro de Minería y el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación del Cobre, quienes podrán designar suplentes, y
d) Dar mayor eficacia al procedimiento de conciliación.".
Artículo 3°
Ha sido aprobado sin enmiendas.
Ha agregado los siguientes incisos nuevos :
"En el ejercicio de esta facultad el Presidente de la República no podrá alterar, en perjuicio de los trabajadores, ninguno de los derechos que el Decreto 313, de mayo de 1956, contempla para estos o para las organizaciones sindicales respectivas.
La modificación referida contemplará :
1.-Que en cada centro de trabajo podrá constituirse sólo un sindicato industrial por los obreros que laboren en él y un solo sindicato profesional por los respectivos empleados. Estos sindicatos se regirán por sus Estatutos sociales libremente elaborados por la respectiva asamblea.
Para constituir un sindicato se requerirá la conformidad del 51% a lo menos los respectivos empleados u obreros del
Finalmente, como artículos 4º, 5°, 6º, 7º y 8º transitorios, respectivamente, ha aprobado los siguientes, nuevos :
"Articulo 4º-La Corporación del Cobre será la continuadora legal sin interrupción del Departamento del Cobre y le sucederá en todo su patrimonio, bienes, obligaciones y recursos a contar desde la fecha de publicación de la presente ley.
Todas las referencias que las leyes o decretos hagan al Departamento del Cobre se entenderán hechas a la Corporación del Cobre, salvo en cuanto no sean compatibles con la presente ley.".
"Artículo 5°-Hasta la fecha en que la Corporación del Cobre o las otras reparticiones, empresas o entidades que designe el Presidente de la República, adquieran el 51% de las acciones en la sociedad minera mixta que se constituya con el aporte de los bienes pertenecientes a Braden Copper Co., la nueva sociedad minera mixta quedará sometida a todo el régimen tributario sobre utilidades aplicable a Braden Copper Co., como empresa de la Gran Minería del Cobre.
Para estos efectos, su tributación se determinará proporcionalmente sobre la producción vendida y entregada hasta dicha fecha y la sobretasa variable establecida en el artículo 1º de la ley 11.828 se fijará en proporción a la producción obtenida hasta esa misma fecha.".
"Artículo 6°- Desígnase una Comisión Redactora de un nuevo Código de Minería formada por el Ministro del ramo que la presidirá, un profesor de Derecho de Minería designado por la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, el Director del Servicio de Minas del Estado, un representante del Consejo de Defensa del Estado elegido por este Consejo, un representante nombrado por la Confederación de Trabajadores del Cobre y un Ministro de la Corte Suprema elegido por ella.
La Comisión deberá cumplir su cometido en el plazo de seis meses y se ajustará a las siguientes bases:
a) En general, se atendrá a los principios sobre concesiones para explorar y explotar que informan el actual Reglamento del Código de Minería, de 21 de diciembre de 1932, respecto de las minas de carbón ;
b) En todo caso, el amparo de la concesión minera deberá hacerse por medio del trabajo y su adecuado aprovechamiento ;
c) Las concesiones mineras caducarán, por el sólo ministerio de la ley, a la expiración de los plazos señalados a las distintas etapas de solicitud, tramitación, preparación de proyectos, aprobación definitiva, construcción de obras, puesta en marcha de la producción y, además, siempre que se paralice la explotación por más de cierto tiempo, salvo fuerza mayor.
d) El derecho que hace de la concesión será semejante al derecho de aprovechamiento sobre las aguas de dominio público y en la redacción del Código de Minería se considerarán, en cuanto le sean aplicables, las normas del Código de Aguas sobre constitución, ejercicio y caducidad de aquel derecho de aprovechamiento.
Terminado el proyecto de nuevo Código de Minería, el Presidente de la República lo someterá a su examen y aprobación por el Congreso Nacional.".
"Artículo 7°-Las empresas productoras de cobre de la Gran Minería y la "Potrerillos Railways Co." otorgarán, por una sola vez, a sus personales, una gratificación extraordinaria, cuyo monto será; a) para los empleados, de seis sueldos vitales correspondientes a 1985, establecidos para la ciudad cabecera del departamento que corresponda, y b) para los obreros, de un 25 % del total de las remuneraciones pagadas en el año 1965.".
"Artículo 8°-Mientras no entre en operaciones una fundición de ENAMl en la zona de Antofagasta, las fundiciones actualmente existentes, fundirán al valor do maquila internacional que determine la Corporación del Cobre una cantidad de hasta aproximadamente 5.000 toneladas de cobre fino contenido en concentrados o precipitados que entregará ENAMI mensualmente.
La comercialización de los productos fundidos la ejercerá ENAMl cancelando a los pequeños mineros que produzcan el precipitado original, la mejor tarifa vigente.'",.
(Finalmente, se consultó como artículo 9" transitorio el artículo 10 permanente, como se dijo anteriormente).
Lo que tengo a honra decir a V. E. en contestación a vuestro oficio Nº 33, de 21 de junio próximo pasado.Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Tomás Reyes Vicuña.-Federi- Walker Letelier."
14.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR.
"Nº 3005.- Santiago, 19 de octubre de 1965.
Por cficio Nº 2194, de 20 de septiembre último, V. E. tuvo a bien dar a conocer a esta Secretaría de Estado la petición formulada por el Honorable Diputado se- ñor Renato Laemmermann Monsalves, en el sentido de que se incluya el Retén de Carabineros de la localidad de Tirúa, provincia de Arauco, en el plan de construcciones de locales policiales.
Al respecto, la Dirección General del ramo, por oficio Nº 22013, de 11 de octubre en curso, ha informado a este Ministerio que en el Plan de Construcciones para el presente año se incluyó la edificación de un cuartel para el mencionado Destacamento, pero no fue considerada por falta de financiamiento. Por tal motivo, se volvió a incluir en el Plan para 1966, lo que fue solicitado a la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas con oficio Nº 19.108, de 1º de septiembre último.
Asimismo agrega que por oficio número 21.353, de 29 del citado mes, se recabó de la mencionada Repartición un cambio de destinación de fondos para financiar Ja construcción del cuartel en referencia, en apoyo de una petición similar formulada por el Arquitecto Regional de Arauco, señorita Rina Salas Ocampo.
Agradeceré a V. E. se sirva tener a bien comunicar lo anterior al Honorable Par- lamejitario señor Laemmermann.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán."
15.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR.
"Nº 2981.- Santiago, 14 de octubre de 1965.
Me refiero a la nota de V. E. 1858, de 31 de agosto último, por medio de la cual tiene a bien comunicar a este Ministerio la petición, formulada por el Honorable Diputado señor Eduardo Osorio Pardo, en orden a adoptar las medidas necesarias con el objeto de que se construya un edificio para el Retén de Carabineros de la localidad de Hierro Viejo, de la comuna de Petorca.
Sobre el particular, me permito manifestar a V.E., que por oficio N° 21726, de 5 del actual, la Dirección General respectiva informa que la referida construcción se solicitó en forma urgente a la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas en comunicación N° 19108, de 1º de septiembre pasado, con el objeto de contar en una fecha próxima con un local adecuado para el funcionamiento de ese servicio policial.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) ; Bernardo Leighton Guzmán."
16.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR.
"Nº 2990.- Santiago, 15 de octubre de 1965.
En respuesta a su Oficio Nº 227, de 14 de junio del presente año, me es grato remitir a V. E., para su conocimiento y el del Honorable Diputadodon Juan Turna Masso, copia del oficio Nº 1847, de 5 de octubre en curso, por el cual la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas informa a este Departamento de Estado sobre la construcción de un nuevo Cuartel para el Cuerpo de Bomberos de Puerto Saavedra.
Saluda atentamente a V. E.
(Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán."
17.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR.
"Nº 2933.- Santiago, 17 de octubre de 1965.
Cúmpleme referirme al oficio 1266, de 9 de agosto último, por medio del cual V. E. tuvo a bien dar a conocer a este Departamento de Estado diversas peticiones formuladas por los Honorables Diputados señores Carlos Sivori Alzérreca, Juan Rodríguez Nadruz y Fernando Res- selot Jaramillo, relacionadas con la insta- lación de una radioestación en el Retén de Carabineros de Liucura y construcción del cuartel para el funcionamiento de la 5ª Comisaría de Lonquimay.
Sobre el particular, me permito acompañarle, para conocimiento de V. E. y de los Honorables Parlamentarios mencionados la nota Nº 21057, de 27 de septiembre próximo pasado, de la Dirección General del ramo, que informa ampliamente al respecto.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán."
18.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR.
"Nº 2884.- Santiago, 15 de octubre de 1965.
Cúmpleme dar respuesta a la nota de V. E. Nº 1941, de 30 de agosto pasado, la que se sirvió tener a bien dirigir a este Ministerio a petición de los Honorables Diputados señores Cipriano Pontigo Urrutia, Mario Torres Peralta, Arturo Valdés Phillips y Enrique Zorrilla Concha y la Honorable Diputada señora Blanca Retamal Contreras, relacionada con los efectos causados por los últimos temporales en Coquimbo y las condiciones de vida de los mineros que trabajan en dicha provincia.
Sobre el particular, me es grato manifestar a V. E. que el Ministerio de Minería ha enviado a este Departamento de Estado el oficio Nº 866, de 29 de septiembre último, cuyo original me permito remitir adjunto a la presente comunicación, para conocimiento de V. E. y de los Honorables Parlamentarios citados.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Bernardo Leighton Guzmán."
19.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION.
"Nº 1049.- Santiago, 16 de octubre de 1965.
Esa Honorable Cámara, por oficio número 1462, de 17 de agosto próximo pasado,, se ha dirigido a este Ministerio, a petición del Honorable Diputadodon Juan Acevedo Pavez, para que se obtenga que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado prolongue el recorrido hasta Hospital, del automotor Nº 503/504, Alameda-Buin, en el horario de las 7.15 horas, con el fin de proporcionar movilización al sector estudiantil.
Al respecto, dicha Empresa, por oficio M. P. 210.1/7717, de 7 del mes en curso, ha manifestado que ya tenía conocimiento de los fundamentos de esta petición, habiendo decidido prolongar dicho recorrido a contar del 1º del mes en curso, con los siguientes horarios :
Salida Santiago; 6.20 horas. Salida Hospital: 7.15 horas.
Llegada Hospital: 7,05 horas. Salida Santiago : 8.00 horas.
Lo que tengo el agrado de informar a US. sobre el particular.
Dios guarde a US.
(Fdo.) : Domingo Santa María."
20.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION.
"Nº 1052.- Santiago, 16 de octubre de 1965.
Esa Honorable Cámara, por oficio número 2283, de 20 de septiembre próximo pasado, se ha dirigido a este Ministerio, a petición del Honorable Diputadodon Clemente Fuentealba Caamaño, refiriéndose a la necesidad de reparar los caminos y la red ferroviaria del Norte Chico, afectados por el último temporal.
Al respecto, cumplo con manifestar a US. que por oficio 1015, de 2 de octubre en curso, se dio respuesta a peticiones similares hechas por notas 2119 y 2133, del 13 de septiembre pasado, de esa Honorable Cámara, exponiendo que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado ha expresado, en oficio Nº 215/05216, de 28 del mismo mes, que resultaron seriamente dañados los puentes Huaquén y Petorca, siendo el primero afectado en un 80 % de su estructura y como no admite variante, ha debido considerarse su reconstrucción definitiva a la que se estima se dará término en un lapso de 6 meses. Con respecto al segundo, fue dañado en un 30%, habilitándose el tráfico con una variante de 600 metros de longitud, que incluye un puente provisorio de 30 metros y la desviación del río del mismo nombre.
El puente Huaquén ha quedado como única alteración del tráfico ferroviario en era Red, debiendo efectuarse trasbordo de pasajeros, equipaje y carga.
Es cuanto cumplo con informar a US. sobre el particular.
Dios guarde a US.
(Fdo.) : Domingo Santa Muría."
21.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION.
"Nº 1051.- Santiago, 16 de octubre de 1965.
Me permito referirme al Oficio 1969. de 10 de septiembre de 1965, que US. me dirigió a indicación del Honorable Diputado señor Raúl Morales Adriasola, a fin de solicitar que se adopten las medidas tendientes a obtener la construcción de un aeródromo en la localidad de Ayacara, del departamento de Palena, en la provincia de Chiloé, para lo cual existirían los terrenos necesarios.
Al respecto, cumplo con manifestar a US. que consultada la Junta de Aeronáutica Civil sobre el particular, por Oficio Nº 1398, de 5 de octubre en curso, informó que si bien el referido aeródromo está contemplado en el Plan de Pequeños Aeródromos que ha confeccionado, debido a la falta de disponibilidades presupuestarias, no existe ninguna posibilidad de proceder a su construcción si no es mediante el aporte efectivo de los habitantes de esa localidad, como ser: mano de obra, dinero, herramientas y otros implementos de trabajo que sean necesarios.
Es cuanto puedo informar a US. sobre la materia.
Dios guarde a US.
(Fdo.) : Domingo Santa María S. C."
22.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION.
"N° 1489.- Santiago, 15 de octubre de 1965.
Me refiero a su oficio 892, de 20 de julio último, en virtud del cual el Honorable Diputado señor Raúl Morales Adriasola, solicitó se dirigiera oficio a esta Secretaría de Estado con el objeto de que se adoptaran las medidas tendientes a obtener que la Empresa Nacional de Electricidad, instale servicio de alumbrado público y domiciliario en la localidad de Me- chuque, provincia de Chiloé.
Al respecto, me es grato transcribir a V. E. el Oficio Nº 7458, del Departamento de Distribución de la ENDESA, cuyo tenor es el siguiente :
"Debemos informarle que la ENDESA planificará la electrificación de la parte insular de Chiloé en el presente año, de modo que una vez que la Isla Grande quede conectada al sistema eléctrico continental, podremos llevar las actuales plantas generadoras de las localidades de la Isla Grande a las localidades de las islas menores".
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Domino o Santa María Santa Cruz."
23.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION.
"N° 1050.- Santiago, 16 de octubre cíe 1965.
Esa Honorable Cámara, en oficio número 1686, 1722 y 1730, de 24 y 25 de agosto pasado, dirigidos a este Ministerio a petición de los Honorables Diputados señores Galvarino Melo Páez, Jorge Montes Moraga, Fernando Santiago Agurto, Manuel Valdés Solar y Duberildo Jaque Araneda, se refiere a la solicitud de ellos para que la Empresa de los Ferrocarriles del Estado levante el tramo de vía férrea ubicado en el sector denominado "La Pera", en Concepción.
Al respecto, la citada Empresa, en oficit) E. 661/8384, de 6 de octubre en curso, expone que ha manifestado en su oportunidad de esa y al Honorable Diputadodon Mariano Ruiz Esquide Jara, que no es posiblé efectuar dicho levante, debido a que el propio interesado hizo valer sus derechos para la construcción de la linea "La Pera", en la cual cedió terrenos para el acceso al empalme de su desvío y, además, el usuario ha acreditado ante la Empresa sus derechos legales.
Sin embargo, la citada Empresa ha instruido a uno de sus funcionarios, a fin de que se entreviste nuevamente con el propietario del desvío, para tratar de llegar a una solución armónica.
Es cuanto cumplo con informar a US. sobre el particular.
Dios guarde a US.
(Fdo.) : Domingo Santa María."
24.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA.
"Nº 1312.- Santiago, 14 de octubre de 1965.
Ha recibido esta Secretaría de Estado su Oficio Nº 2.241, de 21 de septiembre del presente año, relativo a una emisión de estampillas en conmemoración del ses- quicentenario de la presentación de una tesis científica, hecha por el Abate Juan Ignacio Molina a la Universidad de Bolonia.
Al respecto, de acuerdo con lo informado por la Casa de Moneda de Chile, tengo el agrado de manifestar a V. E. lo siguiente :
1º-La Comisión de Estampillas Postales, en su última sesión celebrada el 30 de septiembre próximo pasado, se abocó al estudio de una petición dirigida al Ministerio del Interior, con fecha 11 de mayo de 1965, por el Director de Bibliotecas, Archivos y Museos, don Guillermo Feliú Cruz, referente a una emisión postal en homenaje al Abate Molina y, respecto de ella, acordó acogerla encomendando la preparación del bosquejo, para que sea presentado a la siguiente sesión de esa Comisión, que tendrá lugar el 17 de noviembre pr 3- ximo.
2º-La Secretaría de la Comisión referida, al ser consultada, manifestó que a dicho proyecto de estampilla no se le ha fijado el valor facial y que hubo acuerdo en el sentido de poner en circulación esia estampilla en el año 1966.
3º-Me permito hacer presente a V. E. que es la Comisión de Estampillas Postales la que tiene a su cargo todo lo concerniente al estudio y procedencia de las emisiones de estampillas postales, actuando de Presidente de ella el Director de Correos y Telégrafos, según lo dispuesto en el Decreto de Interior Nº 1369, de 1963, publicado en el Diario Oficial de 16 de agosto de ese año.
4º-Finalmente pongo en conocimiento de V. E. que la Casa de Moneda de Chile, por intermedio de su representante, junto con presentar el bosquejo en la próxima sesión, hará presente a la Comisión mencionada, el acuerdo de esa Honorable Corporación, para que esa Comisión se pronuncie sobre el particular.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Sergio Molina Silva."
25.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA.
"Nº 1321.- Santiago, 18 de octubre de 1965.
Con respecto al Oficio de V. E. N° 2004 del 7 de septiembre próximo pasado, en el que solicita, a nombre del Honorable señor Diputadodon José Cademártori I., una copia del convenio que se había suscrito con la Agencia Internacional de Desarrollo (A.I.D.) para la contratación de empréstitos por la cantidad de cuarenta millones de dólares, de la cual se destinaría una parte para la adquisición de máquinas de contabilidad en los Estados Unidos de América, me permito informar a V. E. lo siguiente :
En 1963 se suscribió un crédito con la citada Agencia por cuarenta millones de dólares, el cual a la fecha se encuentra totalmente utilizado ; este crédito no contempla la adquisición de máquinas de contabilidad.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Sergio Molina Silva."
26.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA.
"Nº 1315.- Santiago, 15 de octubre de 1965.
Ha recibido esta Secretaría de Estado su oficio Nº 1909, del presente año, por el que, a petición de los Honorables Dipu- tados señores Eduardo Clavel A. y Amé- rico Acuña R., se solicita un informe acerca del estado de la deuda que al 31 de diciembre de 1964, tenía el Fisco con la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.
Al respecto, cúmpleme manifestar a V. E., de acuerdo con lo informado por la Tesorería General de la República, que el monto de dicha deuda ascendía a la suma de Eº 10.895.921,33.
Dios guarde a V. E.
(Edo.) ; Sergio Molina Silva''
27.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA.
"Nº 1322.- Santiago, 18 de octubre de 1965.
Ha recibido este Ministerio su oficio Nº 2094, por el que, a petición del Honorable Diputado señor Gabriel de la Fuente Cortés, solicita se adopten las medidas necesarias a fin de que los agricultores, a los que el Fisco no les ha pagado las bonificaciones de abonos, puedan compensar tales créditos con obligaciones tributarias.
Al respecto, de acuerdo con lo informado por la Tesorería General de la República, puedo manifestar a V. E. que no es posible efectuar las compensaciones aludidas, por cuanto la bonificación de abonos se paga a los agricultores a través del Banco del Estado de Chile, no pudiendo las Tesorerías acreditar en cuentas lo que el Fisco les adeuda por el concepto indicado, para compensar esos valores con impuestos y contribuciones.
Dios guarde a V.E.
(Fdo.) : Sergio Molina Silva."
28.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE HACIENDA.
"Nº 1276.- Santiago, 7 de octubre de 1965.
Ha recibido esta Secretaría de Estado su oficio 1764, del presente año, por el cual, a petición del Honorable Diputado señor Luis Tejeda Oliva, se transmiten sus observaciones relacionadas con el otorgamiento de prórrogas y facilidades en el pago de los impuestos para los contribuyentes de la zona de Bío Bío, en atención a la desmedrada situación en que han quedado después de los últimos temporales.
Al respecto, cúmpleme manifestar a V. E., de acuerdo con lo informado por el Servicio de Impuestos Internos, que por Decreto de Hacienda Nº 2.308, publicado en el Diario Oficia! del 3 de septiembre pasado, se prorrogó por nueve días el pla- :zo para cancelar los tributos anuales a la renta, cuyo vencimiento estaba fijado para los días 30 de septiembre, 31 de octubre y 30 de noviembre del año en curso. Con esta medida se ha tratado de favorecer a todas aquellas personas, que por una u otra causa, tienen dificultades para cumplir con sus obligaciones tributarias oportunamen-
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Domingo Santa María, Ministro de Hacienda Subrogante."
29.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA.
"Nº 1975.- Santiago, 14 de octubre de 1965.
En relación con su oficio Nº 1308, de agosto del presente año, en la cual solicita se le informe sobre las conclusiones a que había llegado el señor Ministro en Visita en el sumario instruido en el Mineral "El Cobre", para determinar las responsabilidades que le había cabido a la firma propietaria en la catástrofe ocurrida en dicho mirierál, como consecuencia de los sismos del día 28 de marzo del año en curso, y sobre las medidas que se habían adoptado para solucionar los diversos problemas que afectan a los obreros que trabajan en los Minerales "La Disputada de Las Condes" y "El Cobre", cúmpleme informar a V. E. que esta Secretaría de Estado envió oficios a la Hustrisima Corte de Apelaciones de Valparaíso, al señor Ministro del Interior y al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, con el objeto de que se informara a esta Secretaría de Estado sobre cada uno de los puntos planteados por esa Honorable Cámara de Diputados, a fin de estar en situación de poder dar a V. E. las respuestas adecuadas a cada uno de ellos.
Dios guarde a V. E.
(Edo.) : Pedro J. Rodríguez González."
30.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA.
"Nº 1961.- Santiago, 13 de octubre de 1965.
En respuesta al Oficio de V. E. Nº 2.130, de fecha 6 de septiembre último, relacionado con las observaciones formuladas por el Honorable Diputadodon Luis Valente Rossi, sobre irregularidades que se habrían producido en el Instituto de Investigaciones Geológicas, cúmpleme transcribir a V. E. el Oficio 2495 de 6 de octubre en curso, del Consejo de Defensa del Estado ;
"En respuesta a su oficio Nº 1845, de 27 de septiembre último, me es grato informar a US. que este Consejo recibió, directamente del Honorable Diputadodon Luis Valente Rossi la denuncia sobre irregularidades que se habrían producido en el Instituto de Investigaciones Geológicas, acompañada de diversos antecedentes.
Con el objeto de determinar lo que procede, en relación con la mencionada denuncia; este Consejo, por oficio 2.405, de 29 de septiembre último, se dirigió a la Contraloría General de la República pidiéndole informaciones sobre las actuaciones que dicho Organismo hubiera realizado en torno a esta denuncia, ya que de los antecedentes se desprendía que ella también se le había entregado para su investigación.
Asimismo, por Oficio Nº 2.407, de la misma fecha del anteriormente citado, el Consejo se dirigió al señor Ministro de Minería pidiéndole antecedentes sobre el estatuto legal que rige el Instituto de Investigaciones Geológicas y mayores antecedentes sobre los hechos denunciados.
Hasta el momento no se ha tenido respuesta de esas comunicaciones. Pero, tan pronto ellas sean recibidas le proporciona- remos a US. las informaciones que solicita".
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Pedro J. Rodríguez González."
31.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 762.- Santiago, 6 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V. S. Nº 1701, de 23 de agosto de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaria dé Estado, en nombre de esa Honorable Cámara, se adopten las medidas tendientes a obtener que la Fundación de Vi- vienda y Asistencia Social, instale una Industria de casas prefabricadas de madera en el Departamento de Mulchén, con el objeto de aprovechar la materia prima de la zona.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que el Ministro infrascrito ha tenido especial agrado en consultar sobre la materia a dicha Institución, la que por Oficio Nº 1543, de 9 de septiembre del presente año, ha informado lo que sigue :
"Me permito comunicarle que esta Institución no posee fábricas propias destinadas a la construcción de viviendas prefabricada de madera sino que contrata dicha construcción de acuerdo con las mejores ofertas, a industrias del ramo."
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : Modesto Collados Núñez."
32.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 782.- Santiago, 8 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V. S. Nº 1503, de 18 de agosto de 1965, por medio del cual tiene a bien poner en conocimiento de esta Secretaría de Estado, el Proyecto de Acuerdo, aprobado por esa Honorable Corporación, en el que se solicita que la Corporación de la Vivienda proceda a la reparación de las poblaciones del Servicio de Seguro Social, afectadas por los recientes temporales.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a VS. que el Ministro infrascrito ha tenido especial agrado en consultar sobre la materia a dicha Institución la que por Oficio Nº 19665, de 13 de septiembre de 1965, ha informado lo que sigue:
"...,cábeme informar al señor Ministro, que se ha dispuesto un programa para llamar a propuestas por las reparaciones de las Poblaciones de esta Institución y Cajas de Previsión, afectadas por el sismo y últimos temporales, programa al que se dará cumplimiento en lo que resta de este año".
Es cuanto puedo informar a VS. al respecto.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : Modesto Collados Núñez."
33.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 761.- Santiago, 6 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V. S. Nº 1688, de 24 de agosto de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría <1 Estado, en nombre del Honorable Diputadodon José Andrés Aravena Cabezas, se adopten las medidas tendientes a obtener que la Fundación de Viviendas y Asistencia Social, construya una población en la localidad de Collipulli, Provincia de Ma- lleco, en los terrenos que para tal efecto le habría donado un vecino de la zona.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V.S. que el Ministro infrascrito ha tenido especial agrado en consultar sobre la materia a dicha Institución, la que por Oficio Nº 1545, de 9 de septiembre del presente año, ha informado lo que sigue:
"Al respecto me es grato manifestarle que esta Institución contempla la construcción de una población de 84 viviendas dentro del presente año, en la localidad solicitada."
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto.
Dios guarde a V.S.
(Fdo.) : Modesto Collados Núñez."
34.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 775.- Santiago, 8 de octubre do 1965.
Me refiero al Oficino de V.S. Nº 15620, de 15 de mayo de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaria de Estado, en nombre del Honorable Diputado señor Jorge Aravena Carrasco, se acojan las peticiones formuladas por los mo- radores de la localidad de San demento, provincia de Talca, en el sentido de que se dé solución al problema habitacional que los afecta.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que el Ministro infrascrito ha tenido especial agrado en consultar sobre la materia a la Corporación de la Vivienda, la que por Oficio N° 20027, de 15 de septiembre de 1965, ha informado lo que sigue:
puedo informar a Ud. que, por informaciones tenidas de la Delegación Regional Talca, este grupo en el mes de junio del año en curso, solicitó la colaboración de la CORVI para organizar una cooperativa de vivienda, dado que carece de autorización de existencia legal como cooperativa".
"El señor Delegado Regional y un funcionario, asistieron a una reunión efectuada en un local ubicado en calle Huamachu- co de la localidad de San Clemente, y só'.o concurrieron algunas personas de aquel numeroso grupo, quedando de acuerdo en citar para una próxima oportunidad.
"En todo caso, y dada la urgencia del problema planteada por el Honorable Diputado señor Aravena Carrasco, se ha solicitado con esta fecha que la Delegación Regional de Talca, tome nuevamente contacto con el grupo de interesados a fin de estudiar la solución más adecuada a sus necesidades".
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : Modesto Collados Núñez."
35.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 802.- Santiago, 15 de octubre da 1965.
Me refiero al Oficio de V.S. Nº 1464, de 26 de enero último, por medio del cual solicita a esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputadodon Jorge Aspée R., se prolongue la matriz de agua potable de la población "Valencia" de Playa Ancha, como, asimismo, se pavimente el camino de Quebrada Verde, desde su empalme con el camino de Cintura hasta la unión con la Avenida Central, de la provincia de Valparaíso.
Sobre el particular, cúmpleme informar a V.S. que la red de agua potable para la Población Valencia fue colocada a fines de 1964 y actualmente se siguen haciendo obras en dicho sector.
En relación con la pavimentación de la Avenida Quebrada Verde, esta obra podría abordarse el próximo año, siempre que, y de acuerdo con la Ley Central de Pavimentación, así lo apruebe el Municipio de Valparaíso.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : Modesto Collados Núñez."
36.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 803.- Santiago, 15 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V. S. Nº 14.769. de 3 de febrero de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputado señor José Cademártori I., se acoja favorablemente una petición formulada por el Comité de Defensa de los arrendatarios del inmueble ubicado en la esquina de las calles San Pablo y San Martín, de esta ciu- dad.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que el Ministro infrascrito ha tenido especial agrado en consultar sobre la materia a la Corporación de la Vivienda, ]a que por Oficio Nº 0.7644, de 4 de mayo de 1965, ha informado lo que sigue:
"Tanto el inmueble en cuestión, como las familias que lo ocupan fueron visitadas
por Asistentes Sociales de esta Corporación en dos oportunidades, la primera, antes del sismo de marzo último y la segunda luego de aquél.
"En la primera ocasión comprobaron el mal estado de habitabilidad del inmueble que será demolido próximamente por su propietario para levantar, en el mismo sitio, un edificio de departamentos y procedieron a encuestar a los grupos familiares que moran en él, las que totalizan 27 familias, de las que cuatro se encuentran ya inscritas en los registros de la Institución .
"Las Asistentes Sociales entregaron sólo quince formularios-encuestas debido a que ocho familias no demostraron interés por inscribirse.
"En la segunda visita, las Asistentes Sociales pudieron comprobar que el edificio no habia sido mayormente afectado por el sismo de 28 de marzo, con salvedad de las casas ocupadas por los señores Humberto Ibarra Ibáñez y Manuel Jesús Jara Ramírez, ubicadas en San Pablo Nº 1510.
"De las conversaciones sostenidas en aquella ocasión con representantes de las familias a las que se les entregara formularios-encuesta y de las consultas hechas en las oficinas correspondientes de esta entidad se ha podido concluir que, a la fecha, no ha sido devuelto aún ninguno de los citados formularios.
"En todo caso me permito adelantar a US. que la disponibilidad actual de viviendas, ya sean éstas de tipo básico como definitivo, la reglamentación por la que esta entidad regula las asignaciones y el escaso puntaje que tienen quienes se encuentran encuestadas y que es presumible que obtengan los nuevos interesados, hacen muy problemático que la Corporación pueda atender a la situación que se ha creado a estas familias".
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto.
Dios guarde a V. S.- (Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
37.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 779.- Santiago, 8 de octubre de 1965.
Me refiero al oficio de VS. Nº 1115, de 30 de Julio de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputado señor Jorge Ibáñez Vergara, se acojan las peticiones que sean de la competencia de este Ministerio, contenidas en la versión oficial de la sesión 23ª, de esa Corporación, en relación con viviendas dañadas por los temporales e inundaciones, que han afectado a las provincias de Curicó, Talca, Linares, Maule y Ñuble.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a VS. que el Ministro infrascrito ha tenido especial agrado en consultar sobre la materia a la Corporación de la Vivienda, la que por Oficio 19.728, de 14 de septiembre de 1965, ha informado lo que sigue:
"... que la Corporación de la Vivienda en estrecha colaboración con la Fundación de Viviendas y Asistencia Social y las Intendencias de las provincias afectadas, están atendiendo en forma preferente el problema que las afecta".
Dios guarde a V. S.- (Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
38.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 810.- Santiago, 15 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V. S. 1.537, de 18 de agosto ppdo., por medio del cuaí tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputadodon Eduardo Koenig Carrillo, se informe a esa Corporación acerca de las razones por las cuales hasta la fecha no se han iniciado las obras de instalación deservicio de alcantarillado en la comuna de Lanco.
Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que la propuesta correspondiente fue adjudicada al Contratista señor Marcelo Honorato, quien tiene 15 meses de plazo para ejecutar las obras en referencia, a contar desde el 12 de febrero del año en curso.
Dios guarde a V. S.- (Fdo.) : Modeste. Collados Núñez".
39.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 809.- Santiago, 15 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V. S. Nº 1219, de 3 de agosto de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Ilonorable Diputado señor Orlando Millas Correa, se adopten las medidas necesarias tendientes a obtener que la Corporación de la Vivienda expropie los terrenos señalados en la minuta elaborada por la Dirección de Obras Municipales de Ñuñoa, con el propósito de que se construya en ellos poblaciones destinadas a las personas radicadas en la comuna de Ñuñoa y que carecen de casas.
Sobre el particular, cúmpleme-manifestar a VS. que el Ministro infrascrito ha tenido especial agrado en consultar sobre la materia a dicha Institución la que por Oficio Nº 19.329, de 8 de septiembre en curso, ha informado lo que sigue:
"Con respecto a los siete terrenos mencionados se están haciendo los estudios necesarios y ya se han visitado los que mejores posibilidades presentan. Especial-, mente el de la Sucesión Arrieta con uno de cuyos herederos se está en conversaciones y petición de informes respecto a servicios esenciales".
"Me será muy grato comunicar a US. oportunamente los resultados concretos de las gestiones que se están realizando".
Es cuanto puedo informar a V.S. al respecto.
Dios guarde a V. S.- (Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
40.-OFICIO DEL SEÑORMINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 807.- Santiago, 15 de octubre de 1965.
Me refiero al oficio de V. S. N° 181, de fecha 10 de junio de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaria de Estado, en nombre del Honorable Diputadodon Hardy Momberg Roa, se adopten las medidas necesarias tendientes a obtener que se apresuren los trabajos de pavimientación que se realizan en la Comuna de Temuco.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que el atraso de las obras de pavimentación en dicha localidad, se ha debido a los fuertes temporales de lluvias que han azotado a la zona y que originaron grandes crecidas de los ríos, motivo que impidió aprovisionarse de materiales de construcción, como arena y ripio.
Es cuanto puedo informar a V. S. sobre el particular.
Dios guarde a V. S.- (Fdo.): Modesto Collados Núñez".
41.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"N° 776.- Santiago, 8 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V.S. Nº 87, de 2 de julio último, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputadodon Patricio Phillips P., se adopten las medidas tendientes a obtener el mejoramiento y extensión del servicio de alcantariIllado de Traiguén, provincia de Malleco.
Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que en el curso del presente año se contratará la confección del proyecto de dichas obras y la iniciación de su construcción se llevará a efecto en el próximo año.Dios guarde a V. S.- (Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
42.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 777.- Santiago, 8 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V.S. Nº 93, de 2 de junio de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputadodon Patricio Phillips Peñafiel, se adopten las medidas necesarias tendientes a obtener que se ensanche el puente carretero que da acceso a la localidad de Traiguén, provincia de Malleco.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que el estado de conservación de dicho puente no es satisfactorio y su ensanche representa la ejecución de demasiadas obras y con un costo muy elevado. Por lo tanto, se procederá a construir un nuevo puente, cuya construcción se llevará a efecto de acuerdo a los planes para el año 1967.
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto .
Dios guarde a V. S.- (Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
43.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"N° 804.- Santiago, 15 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V. S. 15.419, de 4 de mayo último, por medio del cual solicita a esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputadodon Carlos Sívori Alzérreca, se adopten las medidas tendientes a obtener que se habilite el camino que existe entre las localidades de Capitán Pastene, Relún y Tirúa, provincia de Malleco.
Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que en los estudios de factibilidad efectuados para la zona se ha considerado el camino de Lumaco a Purén, el que permite a Capitán Pastene comunicarse hacia la costa con Lebu. Este trazado es de mayor importancia económica que el que va hacia Relún y Tirúa, motivo por el cual este último no ha sido considerado.
Dios guarde a V. S.- (Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
44.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
805.-Santiago, 15 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V.S. N° 15.420, de 4 de mayo último, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Dipu- tado don Carlos Sívori Alzérreca, se adopten las medidas tendientes a considerar la construcción de un edificio para el Cuartel de Carabineros en la manzana 23, de la ciudad de Curacautín, provincia de Malleco.
Sobre el particular, cúmpleme informar a V.S. que la Dirección de Arquitectura incluyó en el Plan Quinquenal 1966-70, la obra mencionada, cuya superficie aproximada será de 800 m2, y un valor estimativo de E° 320,000, para ser construida en el bienio 1967-68, sobre la base que en el citado período se disponga de los fondos necesarios para tal objeto.
Dics guarde a V. S.- (Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
45.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 806.- Santiago, 15 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V. S. Nº 22, de 26 de mayo de 1965, por medio del cual tie- • ne a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputado señor Carlos Sívori Alzérreca se adopten las medidas necesarias tendientes a obtener que la Corporación de la Vivienda construya una población en la localidad de Ercilla, departamento de Collipulli.Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V.S. que el Ministro infrascrito ha tenido especial agrado en consultar sobre la materia a dicha Institución, la que por oficio Nº 19.789, de 14 de septiembre en curso, ha informado lo que sigue:
"...que la Comuna de Collipulli posiblemente se incluirá en el Plan del año 1966, no así la localidad de Ercilla, que no cuenta con postulantes inscritos registrados en esta Institución y ademáá porque tiene menos de 5.000 habitantes, límite inferior que se ha fijado, por ahora, para incluir localidades en el Plan".
Es cuanto puedo informar a V.S. al respecto.
Dios guarde a V. S.- (Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
46.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
N° 784.- Santiago, 8 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V. S. 1.671, de 24 de agosto último, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputadodon Carlos Sívori A., se adopten las medidas necesarias tendientes a obtener la construcción de un local destinado al funcionamiento de un cuartel para el Cuerpo de Bomberos de Angol.
Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que la Dirección del ramo dio término hace pocos años al edificio para Bomberos de Angol, por lo cual debe haber un error en esta petición o se trata de un nuevo edificio en algún barrio de la ciudad, que el Honorable Diputado señor Sívori debería precisar.
Dios guarde a V. S.- (Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
47.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 781.- Santiago, 8 de octubre de 1965.
Me refiero al oficio de V. S. Nº 1.500, de 17 de agosto ppdo., por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputadodon Pedro Urra V., se informe a esa Corporación acerca del estado en que se encuentra la expropiación de terrenos en Quinta Fleta, comuna Puerto Saavedra, para instalar en ellos 60 familias aproximadamente.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que el Ministro infrascrito ha tenido especial agrado en consultar sobre la materia a la Corporación de la Vivienda, la que por Oficio Nº 19.820, de 14 de septiembre en curso, ha manifestado lo que sigue:
"... Esta Institución aún no ha podido adquirir el dominio de estos terrenos por cuanto existe un juicio de expropiación que no se ha finiquitado hasta la fecha."
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto .
Dios guarde a V. S.- (Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
48.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 808.- Santiago, 15 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V. S. N° 1077, de 30 de julio último, por medio del cual solicita a esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputadodon Arturo Valdés Phillips, se adopten las medidas tendientes a obtener que se efectúen trabajos de mantención de la Carretera Panamericana.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que dichos trabajos se efectúan normalmente, pudiéndose citar como ejem- plo las repavimentaciones y sellos que se colocan en el Norte, trabajos similares, en el Sur, mantención de bermas, alcantarillas, etc.
Dios guarde a V. S.- (Fio.): Modesto Collados Núñez".
49.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 780.- Santiago, 8 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V. S. Nº 1.280, de 9 de agosto de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar a esta Secretaría de Estado, en nombre del Honorable Diputadodon Luis Valente Rossi, que se envíen a esa Corporación todos los antecedentes relacionados con la construcción de un nuevo aeropuerto en la ciudad de Iquique.
Sobre el particular, cúmpleme informar a V. S. que este Minitserio, tiene en sus planes para el próximo año, la construcción de un aeródromo de Primera Categoría para la mencionada ciudad de Iquique, y actualmente se encuentra abocado a la tarea de recopilar los antecedentes necesarios que permitan efectuar los estudios correspondientes.
Dios guarde a V. S.- (Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
50.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 783.- Santiago, 8 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V. S. Nº 1.611, de 23 de agosto de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre de la Honorable señora Diputadadoña Laura Allende Gossens y los Honorables señores Diputados pertene- cientes al Comité Parlamentario del Partido Socialista, se informe a esta Corporación acerca del número de viviendas que las industrias del Segundo Distrito de la provincia de Santiago, tienen destinadas para sus empleados y obreros.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que el Ministro infrascrito ha tenido especial agrado en consultar sobre la materia a la Corporación de la Vivienda, la que por oficio Nº 20.869, de 27 de septiembre del presente año, ha informado lo que sigue:
"Al respecto, tengo a bien informar a US. que no existen estadísticas en esta Corporación sobre el dato solicitado.
"La estadística llevada hasta la fecha se ha efectuado sobre las viviendas cuyos valores fueron imputados a pagos del impuesto 5%, a contar de 1953 y en forma global para todo el país.
"La falta de personal nos impide, por el momento, efectuar la estadística de todas las imputaciones autorizadas desde el año 1945, ya que esto significa revisar cada uno de los 1.600 expedientes, que en su mayoría se encuentran archivados en las bodegas de esta Corporación.
"A continuación se indican las imputaciones autorizadas desde el año 1953 hasta el 13 de julio de 1965.
INSERTAR PÁGINA 540
Es cuanto puedo informar a V.S. al respecto .
Dios guarde a V. S.- (Edo.) : Modesto Collados Núñez".
51.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS.
"Nº 778.- Santiago, 8 de octubre de 1965.
Me refiero al Oficio de V. S. Nº 664, de 12 de julio de 1965, por medio del cual tiene a bien solicitar de esta Secretaría de Estado, en nombre de los Honorables Diputados señores Carlos Garcés Fernández, Fernando Ochagavía V., Gustavo Ramírez Vergara y Rodolfo Werner I., se adopten las medidas necesarias tendientes a obtener que la Corporación de la Vivienda aumente a 2.600 las casas que, de acuerdo con su plan de edificación para la provincia de Curicó, deben construirse en las localidades de Rauco, Romeral, Teno, Licantén y Hualañé.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que el Ministro infrascrito ha tenido especial agrado en consultar sobre la materia a dicha Corporación, la que por Oficio Nº 19.729, de 14 de septiembre ppdo,. ha informado lo que sigue:
"... que el Plan Sexenal (1965-197G) de esta Institución, ha sido elaborado considerando en forma proporcional las necesidades habitacionales de cada localidad del país y de este estudio le ha correspondido a la provincia de Curicó la cantidad de 1.600 viviendas en el sexenio, dentro de la labor directa e indirecta de esta Corporación. Es un plan tentativo; pero no arbi- trarío, de cambiar los antecedentes que lo informan podría transformarse en esto último.
"Dentro del referido plan, se ha programado en la labor directa para el año 1966, a la ciudad de Curicó con 188 viviendas mínimas y 78 viviendas medias. Las localidades de Teno, Romeral, Licantén, Rauco y Hualañé, que se mencionan en el referido Oficio Nº 664 de la
Honorable Cámara de Diputados, no han sido consideradas en estos programas, por el momento, debido al escaso número de postulantes que acusa. Efectivamente se registran los siguientes postulantes en esas Comunas: Te- no 19, Romeral 19, Licantén 12, Rauco 9 y Hnalañén 3, lo que no justifica la construcción de una población en esas localidades, ni el aumento del plan en 1.000 viviendas para ser construidas en ellas".
Es cuanto puedo informar a V. S. al respecto .
Dios guarde a V. S.- (Fdo.) : Modesto Collados Núñez".
52.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA.
"Nº 1.953.- Santiago, 5 de octubre de 1965.
Me es grato dar respuesta al oficio Nº 1.641, de 23 de agosto último, mediante el cual Su Señoría, tuvo a bien poner en conocimiento de este Ministerio, el acuerdo adoptado por esa Honorable Cámara, en el sentido de obtener que se adopten las medidas necesarias para dotar a la provincia de Coquimbo de un mayor número de tractores, destinados al servicio de los agricultores de la región.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a Su Señoría que el Servicio de Equipos Agrícolas Mecanizados de CORFO", ha reforzado la dotación de equipos aradores de Coquimbo a raíz de las lluvias que afectaron a esa zona, la que cuenta en la actualidad con 20 tractores aradoras.
De acuerdo a lo informado por SEAM, las faenas de preparación de suelos para sembrar en la presente temporada, están llegando a su fin, por lo que no se justificaría sacrificar a otras zonas restándoles equipos para enviarlos a la provincia de Coquimbo.
Saluda atentamente a S. S.- (Fdo.) : Hugo Trivelli F.".
53.-OFICIO DEL SEÑOR MIONISTRO AGRICULTURA.
"Nº 1.955.- Santiago, 5 de octubre de 1965.
Me es grato dar respuesta al oficio Nº 1.774, de 23 de agosto último mediante ei cual Su Señoría tuvo a bien poner en conocimiento de este Ministerio, petición formulada por el Honorable señor Diputadodon Clemente Fuentealba Caamaño, en el sentido de obtener que se traslade a otros lugares a los campesinos de Quilimarí que han sido afectados por desbordes de tranques y que se proceda a la expropiación del Tranque Culimo y de ciertos fundos de esa región.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a Su Señoría que este Ministerio ha impartido instrucciones a la Corporación de la Reforma Agraria a fin de que se proceda a realizar los estudios necesarios para determinar la posibilidad de acceder a lo solicitado.
Saluda atentamente a S. S.- (Fdo.): Hugo Trivelli F.".
54.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA.
"Nº 1.995.- Santiago, 11 de octubre de 1965.
Me es grato dar respuesta al oficio Nº 675, de 9 de julio último, mediante el cual Su Señoría tuvo a bien poner en conocimiento de este Ministerio, petición formulada por el Honorable señor Diputadodon Fernando Ochagavía Valdés, en el sentido de que el Instituto de Desarrollo Agropecuario, preste asistencia a pequeños agricultores de Chonchi, Teupa y Terao que habrían sido excluidos por haber incurrido en mora en el cumplimiento de sus obligaciones.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a Su Señoría, que de acuerdo a lo informado por la Dirección Zonal correspondiente, el mencionado Instituto está atendiendo regularmente a los pequeños agricultores en referencia.
Sin embargo, me permito hacer presente a Su Señoría de acuerdo a las normas que regulan el sistema de créditos individuales, que no es posible otorgar nuevos préstamos a quien no haya normalizado su situación de deudor moroso, ya que esto implicaría destruir la base moral en que se sustenta dicho sistema y provocar la descapitalización de los programas crediticios.
Saluda atentaménte a S. S.- (Fdo.) : Hugo Trivelli F. '.
55.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA
"Nº 1.956.-Santiago, 5 de octubre de 1965.
Me es grato dar respuesta al oficio 626, de 6 de julio último, mediante el cual Su Señoría tuvo a bien poner en conocimiento de este Ministerio, petición formulada por el Honorable señor Diputadodon Fernando Ochagavía Valdés, en el sentido de obtener que el Instituto de Desarrollo Agropecuario conceda ayuda crediticia a un grupo de pequeños agricultores de Te- rao, Comuna de Chonchi.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a Su Señoría que de acuerdo a lo informado por la Dirección de la XIII Zona, en la localidad de Terao existe un Comité formado por 60 agricultores que reciben asistencia técnica y crediticia de INDAP en forma regular, cumpliendo oportuna mente sus compromisos.
Hay, sin em.bargo, un grupo de agricultores que fueron expulsados del Comité por acuerdo de sus miembros, en atención a que se negaron sistemáticamente a cancelar sus deudas contraídas con el Instituto de Desarrollo Agropecuario, como asimismo sus cuotas de asociados al Comité, obstaculizando la labor de éste y del Instituto.
Las circunstancias antes anotadas, constan de documentos extendidos por el Presidente del Comité de Terao y el Presidente Regional de Pequeños Agricultores de Chonchi.
A pesar de lo señalado, los agricultores en referencia podrían obtener nuevos créditos, siempre que regularicen su situación ante el Instituto de Desarrollo Agropecuario y se allanen a cumplir las normas que regulan el otorgamiento de créditos y asistencia técnica.
Saluda atentamente a S. S.- (Fdo.) : Hugo Trivelli F.".
56.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA.
"Nº 1,960.- Santiago, 5 de octubre de 1965.
Me es grato dar respuesta al oficio Nº 2.286, fechado el día de ayer, 4 de octubre en curso, mediante el cual Su Señoría tuvo a bien poner en conocimiento de este Ministerio, denuncia formulada por el Honorable señor Diputadodon Ramón Silva Ulloa, en el sentido de que habría sido vejado y amenazado por un supuesto funcionario del Departamento de Defensa Agrícola, quien además habría exigido la revisión de su equipaje.
Manifiesta Su Señoría que tales hechos constituirían una transgresión a las garantías constitucionales y de las inmunidades parlamentarias de que es titular el Honorable señor DiputadoSilva Ulloa.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a Su Señoría que, junto con imponerse de la denuncia en referencia, esta Secretaría de Estado ha impartido instrucciones en orden a que se inicie de inmediato la investigación necesaria, para determinar si hubo vejaciones y amenazas en contra del Honorable Diputado, a fin de que se apli- quien las sanciones que correspondan a quien resultare responsable de esos hechos, en resguardo de las garantías constitucionales y de las inmunidades parlamentarias.
Sin embargo, este Ministerio estima conveniente hacer presente a Su Señoría, que la labor de control sanitario que debe ejercer el Departamento de Defensa Agrícola, en conformidad a lo establecido en la ley Nº 9.006, de Sanidad Vegetal, tiene por objeto, entre otros, impedir la propagación de plagas y agentes infecciosos a lo largo del territorio nacional, como es el caso de la mosca de la fruta, cuya proliferación en la zona central ocasionaría daños incalculables.
Este control sanitario se extiende incluso al equipaje de diplomáticos, por disposición expresa del artículo 23 de la citada ley, por lo que a juicio de este Ministerio, el simple hecho de exigir la revisión de equipajes para estos fines, no constituye, en sí mismo, un abuso de autoridad que menoscabe la dignidad parlamentaria.
No obstante, debe reiterarse a Su Señoría la preocupación que ha causado a este Ministerio la denuncia en referencia, por el respeto que le merece la alta investidura de los Miembros del Congreso Nacional, por lo que como ya se consignara, se ordenó una amplia investigación.
Saluda atentamente a S. S.-(Fdo.): Hugo Trivelli F.".
57.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA.
"Nº 1.957.-Santiago, 5 de octubre de 1965.
Tengo sumo agrado en responder a su oficio Nº 2.242, de 16 de septiembre de 1965, por el cual se solicita, a pedido de los Honorables señores Diputados Fernando Santiago Agurto, Galvarino Melo Páez y Jorge Montes Moraga, que se mantenga en la zona de Concepción el antiguo período de veda de la cholga, en virtud del cual, este molusco solamente no podía ser extraído desde el 1º de diciembre al 28 de febrero .
Sobre el particular, lamento tener que informarle que el período de veda que se solicita fue ya dejado sin efecto en virtud del decreto Supremo 115, de 1963, debido a que las experiencias técnicas recogidas demostraban que la veda establecidaen la forma que lo solicitan los Honorables señores Diputados, no protegía en lo más mínimo la especie. Por razones que no son de nuestro conocimiento, durante la pasada administración se suspendió por dos años la aplicación del mencionado decreto, con grave daño para el recurso pesquero mencionado. Este Gobierno, en el deseo de conciliar la obligación de mantener los recursos renovables del país y al mismo tiempo velar por los intereses de los pescadores e industriales, procedió a dictar el decreto N° 480, de 28 de julio pasado, para cuya dictación se consultó, no solamente a ios propios interesados, sino a la Sociedad Nacional de Pesca y a los expertos encargados del estudio de estas especies que concurrieron especialmente designados por el Instituto de Fomento Pesquero y por el Departamento de Pesca y Caza. Se concluyó que no era posible en modo alguno, fijar fechas distintas de vedas que las que él señala, pues con ellas se proteje precisamente la especie en los momentos de desove masivo, que es el que se lleva a cabo en los meses de septiembre y octubre. Como US. podrá apreciar, se ha acortado en más de sesenta días la veda que aconsejaban las autoridades científicas en la materia, precisamente para proteger el especial interés de los trabajadores de este molusco.
Por las razones expuestas, esta Secretaría de Estado resuelve que, de momento es imposible acceder a lo por U. S. solicitado.
Saluda atentamente a S. S.- (Fdo,) : Hugo Trivelli F.".
58.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE AGRICULTURA.
"Nº 1.988.- Santiago, 8 de octubre de 1965.
Me es grato dar respuesta al Oficio 526, de 6 de julio último, mediante el cual Su Señoría tuvo a bien poner en conocimiento de este Ministerio, petición formulada por los Honorables Diputados señores Galvarino Melo Páez, Fernando Santiago Agurto y Jorge Montes Moraga, en el sentido de que se conceda asistencia crediticia a los pequeños agricultores de las localidades de Talcamávida, Ranguel, Uni- hue y Chanco, de la provincia de Concepción .
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a Su Señoría, que de acuerdo a lo informado por la Dirección de la IX Zona del Instituto de Desarrollo Agropecuario que corresponde, a los sectores indicados, desde hace dos meses se está atendiendo a los pequeños agricultores de dichas localidades, otorgándoseles ayuda crediticia, de acuerdo a las normas generales que tiene al respecto ese Instituto.
Las causas de la postergación en la atención de esos sectores, se ha debido a que administrativamente corresponden al área de Yumbel y por dificultades en el acseso caminero, han debido ser atendidos desde el área de Concepción.
Saluda atentamente a S. S.- (Fdo.) : Hugo Trivelli F.".
59.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
"Nº 1.941.- Santiago, 15 de octubre de 1965.
Por oficio Nº 1.465, de 16 de agosto en curso, V. E. solicita, a nombre del Honorable Diputadodon Américo Acuña Rosas, que este Ministerio considere la conveniencia de que el Servicio de Seguro Social habilite Oficinas, las que podrían funcionar en locales municipales, para el pago de pensiones de jubilación a sus ex imponentes de la provincia de Osorno, especialmente en los pueblos de Entre Lagos y de San Pablo.
En respuesta, me permito transcribir a V. E. lo informado a esta Secretaría de Estado por el Servicio de Seguro Social en oficio N° 5.979-1.224, de 7 de octubre en curso;
"Sobre el particular cúmpleme informarle que no es necesario habilitar oficinas en las Municipalidades como se sugiere debido a que se está atendiendo a lospensionados con el mayor esmero y otorgándoles el máximo de facilidades en las localidades de Entre Lagos, San Pablo, Pu- rranque y Rupanco.
"En las localidades de Entre Lagos y Rupanco el pago de las pensiones se efectúa sin dificultad gracias a la cooperación de Carabineros. En Purranque el pago se hace en el Hospital Purranque y San Pablo debido al número reducido de pensionados, -éste se efectúa en el mismo vehículo del Servicio."
Dios guarde a V.E.- (Edo.) : William Thayer Arteaga".
60.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
"N° 1.102.- Santiago, 4 de octubre de 1965.
En respuesta al oficio mencionado al rubro, que V. E. tuvo a bien enviar a este Ministerio, a petición del Honorable Diputadodon Fernando Santiago Agurto, relacionado con la reincorporación a sus labores de los dirigentes del personal de los Astilleros y Maestranzas de la Armada, señores Luis Riquelme, Mario Castillo y Candelario Molina, comunico a V. E. que esta Secretaría de Estado, con esta misma fecha ha enviado el oficio al Ministerio de Defensa Nacional, por ser materia que debe resolver ese organismo.
Es cuanto puedo informar a V. E. sobre el particular.
Dios guarde a V.E.- (Fdo.) : William Thanyer Arteaga".
61.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
"Nº 1.104.- Santiago, 4 de octubre de 1965.
Se ha recibido en esta Secretaría de instado el oficio mencionado al rubro, por medio del cual V. E. tuvo a bien transmitir las observaciones formuladas en el seno de esa Honorable Corporación, por el Honorable Diputadodon Fermín Fierro Luengo, relacionados con incumplimiento de leyes sociales a los obreros que trabajan en la construcción de la Escuela Nº 18 de la localidad de Ramadilla, de la provincia de Arauco. Este Ministerio en su oportunidad pidió informe a la Dirección del Trabajo, la que expidió el oficio Nº 6.854, cuyo texto transcribo a V. E. para su conocimiento.
"La Inspección Provincial ha comunicado con oficio Nº 710, de 6 de septiembre del año en curso que el señor José Myrus Garthol tuvo a su cargo, como contratista, los trabajos de construcción de la Escuela Pública N° 18 de Ramadillas, localidad ubicada en el Departamento de Arauco. Por dificultades de carácter económico, sin embargo, no dio cumplimiento al contrato de construcción. En estas circunstancias, la Dirección de Arquitectura, del Ministerio de Obras Públicas, le rescindió el contrato."
"Oportunamente citado a la Inspección Provincial del Trabajo de Lebu, el señor Myrus Garthof reconoció las sumas adeudadas a sus obreros por concepto de salarios y asignaciones familiares, manifestando que sus fondos de garantía puestos a disposición de la Dirección de Arquitectura cubren esas obligaciones. Al mismo tiempo, la Inspección Provincial de Lebu solicitó de la Dirección de Arquitectura, del Ministerio de Obras Públicas, la retención pertinente."
"La Inspección Provincial del Trabajo de Lebu, en consecuencia, ha tomado las medidas del caso para resguardar debidamente el pago de los salarios y asignaciones familiares adeudados a sus obreros por el ex contratista del local de la Escuela Nº 18 de Ramadillas."
"En lo que se refiere a las imposiciones previsionales, la Oficina Local de Arauco del Servicio de Seguro Social, le constituyó deuda al demandado, señor José Myrus Garthof, elevando a la Dirección General de esa repartición los antecedentes de rigor."
Es cuanto puedo informar a V. E. sobre la materia indicada en su oficio.Dios guarde a V.E.- (Fdo.) : William Thayer Arteaga".
62.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
"Nº 1.870.-Santiago, 6 de octubre de 1965.
Por oficio N° 992, de 27 de julio último, V. E. se ha servido solicitar, a petición del Honorable Diputadodon Carlos Garcés Fernández, la intervención de este Ministerio a fin de que el Servicio de Seguro Social adopte las medidas tendientes a obtener una solución, a la brevedad posible, al conflicto que afecta al personal de garzones del Círculo Español de Curicó.
En respuesta, me permito transcribir a V. E. lo informado por el Servicio de Seguro Social en nota 63.956-12, de 30 de septiembre recién pasado:
"Sobre el particular, cúmpleme informarle que, en revisión efectuada a los ex concesionarios del Círculo Español de Curicó, se estableció una deuda de imposiciones de Eº 4.115,47 al mes de diciembre de 1946, la que fue totalmente cancelada.
"Posteriormente, por el mes de enero y 7 días de febrero de 1965, se estableció una deuda de 782,99, la que también fue cancelada.
Por el atraso en el cumplimiento de la ley 10.383, se sanciona a ios ex concesionarios señores Uribarri y Reyes por decreto Nº 2218 de fecha 24 de mayo de 1965, el que se encuentra en poder de! abogado para su cobranza judicial.
"En cuanto a las asignaciones familiares éstas fueron pagadas oportunamente al personal.".
Dios guarde a V.E.- (Fdo.) : William Thayer Arteaga".
63.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
"Nº 1.871.- Santiago, 6 de octubre de 1965.
Por oficio 1.786 de 24 de agosto del año en curso, V. E. trasmite la petición del Honorable Diputado señor Ernesto Guajardo Gómez, a fin de que se adopten las medidas tendientes a obtener que las firmas Elias Bartulovic y Cia. y Nicolás Mi- lovic Barea, de la ciudad de Punta Arenas, de la provincia de Magallanes, den cumplimiento a las disposiciones legales que las obligan a concurrir a la formación del Fondo de Indemnización del Departamento de Indemnizaciones a Obreros Molineros y Panificadores, por las cantidades que no han sido enteradas en dicho Fondo desde el año 1947 hasta 1961.
En respuesta, me permito transcribir a V. E. lo informado a esta Secretaría de Estado por el Departamento de Indemnizaciones a Obreros Molineros y Panificadores en oficio Nº 1993 de 29 de septiembre último:
"La industria de propiedad de Elias Bartulovic y Cía., panadería Magallanes, se encuentra demandada en abril de 1962 y posteriormente en noviembre de 1963 , con esta fecha se está requiriendo al Agente Zonal de Valdivia solicite informe al abogado patrocinante.
"La industria de Nicolás Milovic, panadería Central se encuentra al día por haber convenido formas de pago con este Departamento.
"Referente al pago de la indemnización al obrero Luis Moya Araya, debo informar a US. que sólo depende de que el interesado presente un documento. Con esta misma fecha se le ha reiterado al señor Moya el envío del antecedente requerido."
Dios guarde a V.E.- (Fdo.) : William Thayer Arteaga".
64.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
"Nº 1.156.-Santiago, 16 de octubre de 1965.
En atención al oficio mencionado al rubro, originado en una petición de la Honorable Diputadadoña Gladys Marín, quien solicita se investigue la situación de lo
campesinos del fundo "Santa Ana" de Pol- paico, cúmpleme transcribir a V. E. el informe 5.485 de la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago:
"Se constataron una serie de infracciones al Código del Trabajo, como falta de contratos escritos de trabajo, de Registro de Obreros y Salarios, no tenía póliza de accidentes del trabajo, ni había constituido garantía alguna para proteger a los trabajadores en caso de que sufrieran algunos de estos infortunios.
Para que se subsanaran todas las anomalías constatadas, se enviaron instrucciones concediéndoseles un plazo de ocho días para cumplirlas.
Los salarios y las imposiciones están al día. Una vez que el patrón lleve el Registro de Obreros y Salarios que se le ha exigido, se estudiará la situación de los carboneros que están a trato, a fin de determinar si se les asegura el mínimo legal.
Vencido el plazo concedido se hará una nueva visita. Si el patrón no ha cumplido se le aplicarán las sanciones correspondientes."
Dios guarde a V.E.- (Fdo.) : William Thayer Arteaga".
65.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
"N° 1.873.-Santiago, 6 de octubre de 1965.
Por oficio Nº 1070, de 27 de julio último V. E. se ha servido solicitar a petición del Honorable Diputadodon Orlando Millas Correa que la Caja de Previsión de Empleados Particulares adopte diversas medidas destinadas a su buen funcionamiento.
En respuesta, me permito a continuación informarle cada uno de los planteamientos, en el mismo orden en que aparecen en la nota que contesto:
1.-Que se instalen Oficinas de Inspección en aquellas ciudades en que residan jnás de doscientos empleados particulares.
En la actualidad la Caja de Previsión de Empleados Particulares cuenta con 30 oficinas de Inspección a través del país. Abrir servicios de esta índole en comunas con más de 200 imponentes, significaría la creación de 29 Inspectorías, medida que, por ahora, no se justifica, en atención a que el Departamento de Inspección cuenta con un Servicio Móvil de Inspección, el cual no sólo fiscaliza el cumplimiento de las leyes para empleados particulares, sino que además dicta charlas relacionadas con los beneficios que la Institución otorga a sus imponentes, las que se realizan de acuerdo con los gremios y conforme a programas previamente preparados.
2.-Que se dé publicidad, dentro del plazo de un mes, a la nómina de imponentes que al 30 de abril próximo pasado, presentaron solicitudes para obtener préstamos, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Nº 15.163, con indicación de los puntajes definitivos que obtuvieron.
En relación con esta petición, me es grato informar a V. E. que el Vicepresidente de la Institución ya citada se ha preocupado en todo momento de agilizar este trámite, y procurará dar término a esta selección dentro del menor plazo posible, a fin de proceder a la publicación del listado de selección, con los puntajes obtenidos por los interesados.
No es posible fijar una fecha determinada para la publicación de los listados de selección, debido a que en su preparación influyen diversos factores imprevistos relacionados con las causales de la Tabla de Prioridades y la necesidad de agotar las investigaciones en algunos casos, y recabar antecedentes sobre antigüedad del solicitantes en otros organismos de Previsión, ya que el puntaje de cada solicitud debe ser exacto y verídico.
3.-Que se efectúe una inspección de los descuentos que los empleadores hacen a sus empleados por concepto de pago de dividen-' dos hipotecarios, y si ellos son oportunamente depositados en dicha Institución.
Conforme al Reglamento, el imponenteque se atrasa en el pago del servicio de la obligación hipotecaria, debe pagar un interés penal del 1 % mensual sobre los dividendos o cuotas en cuenta corriente impagas .
Si el atraso es de tres dividendos o de tres cuotas de la cuenta, se inicia el cobro judicial de la obligación, todo de conformidad por lo dispuesto en el artículo 22 del Eeglamento de Préstamos Hipotecarios, vigentes.
Permanentemente la Caja de Previsión de Empleados Particulares está notificando a los empleadores el cumplimiento de estas obligaciones o iniciando las acciones judiciales para obtener el pago de lo adeudado.
4.-Que se apresuren los diversos trámites administrativos y judiciales necesarios para otorgar los respectivos títulos de dominio a las personas que han adquirido viviendas de esa Caja de Previsión.
La Caja de Previsión de Empleados Particulares no escatima las gestiones necesarias para contribuir a la agilización de estos trámites en atención a que como organismo vendedor es el más interesado en ello.
5.-Que se resuelva, dentro del plazo de un mes, la adquisición de terrenos y construcciones de poblaciones, en conformidad a los planes confeccionados en el año 1961.
La Caja ha estado preocupada en forma permanente de este problema, para lo cual está en contacto con la Corporación de la Vivienda, que es el organismo a quien atañe, de acuerdo con las disposiciones del DFL. Nº 2 de 1959.
6.-Que se llame a una inscripción de imponentes en todo el país, que, en conformidad con el nuevo Reglamento de Préstamos Hipotecarios, tendrían derecho a optar a la adquisición de casas.
Lamento que esta petición no pueda ser atendida en atención a que conforme lo dispuesto en los artículos 13 y 47 del Reglamento de Préstamos Hipotecarios, la inscripción debe abrirse desde la fecha del llamado a propuesta pública de construcción de vivendas, o de acuerdo con las dis- ponibilades habitacionales de las localidades donde se realice la apertura.
Debo agregarle que la práctica ha demostrado que el sistema establecido en el Reglamento ya citado ha dado excelentes, resultados, por lo cual no es conveniente innovar.
7.-Que se dote a todas las oficinas de la Institución, de los vehículos que les permitan realizar inspecciones en sus respectivas zonas, y de los materiales y útiles de escritorio necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
La casi totalidad de las Oficinas de la Caja en provincias, incluso inspectorías, posee, vehículos propios y existe preocupación de la Superioridad de dotar de este indispensable elemento, a los Servicios recientemente creados y que, por esta causa, aún carecen de él para el desarrollo de sus labores.
Igualmente la Caja ha terminado los estudios relacionados con necesidades de materiales y útiles de escritorio que requieren las Inspecciones de esta Institución, con motivo del aumento del número de inspectores, y mayor labor fiscalizadora, debido a los nuevos grupos de personas que han sido incorporados al régimen de previsión de los empleados particulares, como taxistas, profesionales, que se desempeñan en el campo de la actividad eléctrica, etc.
Dios guarde a V.E.- (Fdo.) : William Thayer Arteaga".
66.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
"Nº 1153.-Santiago, 16 de octubre de 1965.
En respuesta al oficio mencionado al rubro, recaído en una petición del H. Diputado señor Orlando Millas Correa, en que se solicita adoptar las medidas necesarias tendientes a la fiscalización del cumplimiento de las leyes sociales y previsionales en la fábrica de ladrillos, de propiedad del señor Guillermo Rozas Lillo, cúmplemetranscribirle el informe Nº 7241 de la Dirección del Trabajo:
Del resultado de las diligencias efectuadas, se pudo comprobar lo siguiente;
"1º la industria visitada paralizó sus faenas en el curso de los meses de mayo y junio del presente año, por malos negocios ;
2º.-Que los diez obreros, con los cuales trabajaba el denunciado, en su fábrica, fueron desahuciados en distintas fechas, no registrándose posteriormente reclamo alguno en la Inspección de la localidad, de parte de estos trabajadores ;
3º.-Que en lo que respecta a previsión, cabe señalar que el Servicio de Seguro Social, ha intervenido en este asunto. Es así, como estos trabajadores han ido recibiendo sus respectivas libretas con sus imposiciones al día."
Dios guarde a V.E.- (Fdo.) : William Thayer Arteaga."
67.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
"Nº 1107.-Santiago, 7 de octubre de 1965.
En respuesta al oficio citado al rubro, que esa H. Corporación dirigiera a este Ministerio, a petición del H. Diputado señor Eduardo Osorio Pardo, por medio del cual solicita la instrucción de un sumario administrativo en contra del Inspector del Trabajo de La Ligua, por la mala atención de la Oficina a su cargo, me es grato transcribir a V. E., la parte pertinente del informe que al respecto ha emitido la Dirección del Trabajo.
"Al respecto, me permito informar a US. que se ha dispuesto la instrucción del sumario pedido por el H. señor Diputado."
"Oportunamente daré a conocer a US. las conclusiones de dicho sumario."
Dios guarde a V.E.- (Fdo.) : William Thayer Arteaga".
68.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO y PREVISION SOCIAL.
"Nº 1942.-Santiago, 15 de octubre de 1965.
Por oficio Ni* 1246, de 9 de agosto último, V. E se ha servido transmitir la petición formulada por el H. Diputadodon Mario Torres Peralta en el sentido que este Ministerio adopte las medidas necesarias para la pronta dictación del Reglamento que permitirá a los Departamentos y Oficinas de Bienestar de las instituciones fiscales, semifiscales y autónomas, extender sus beneficios a los jubilados de ellas.
En respuesta, me permito {expresarle que la materia a que se refiere el citado señor parlamentario corresponde al reglamento del artículo 47 de la ley N° 16.250, que fue aprobado por Decreto N^ 290 de la Subsecretaría de Previsión de este Ministerio de 5 de octubre en curso.
El Decreto 290 antes mencionado se encuentra en la actualidad para su tramitación en la Contraloría General de la República.
Dios guarde a V.E.- (Edo.): William Thayer Arteaga".
69.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
"N° 1940.- Santiago, 15 de octubre de 1965.
Por oficio Nº 1899, de 6 de septiembre del presente año, V. E. solicitó a nombre del H. Diputadodon Mario Torres Peralta, que se adopten medidas para obtener que la CORVI inicie, a la brevedad posible, la construcción de poblaciones para los imponentes de la Caja de Previsión de Empleados Particulares de las ciudades de La Serena y Coquimbo y de la localidad de Andacollo, compuestas de 200, 96 y 15 casas, respectivamente.
En respuesta, me permito comunicarle que la Caja citada nos ha expresado por oficio N"? 1669, de 7 de octubre en curso que, en conformidad al Acuerdo N° 3250- v-65 del H. Consejo Directivo de esa Institución, que completó el Plan Habitacional de la Caja por el período 1965168 aprobado inicialmente por el Acuerdo N° 2256-4-65, se ha consultado para las ciudades de La Serena, Coquimbo y la localidad de Anda- collo, la construcción de 200, 95 y 15 viviendas, respectivamente.
Añade la Caja que estos proyectos sumados a las construcciones actualmente hacen un total de 365 y 343 viviendas para las ciudades de La Serena y Coquimbo, respectivamente. Con respecto a Andacollo las 15 viviendas señaladas vendrían a ser las primeras construidas para los 126 imponentes con que esa Institución cuenta en esa localidad.
Dios guarde a V.E.- (Edo.): William Thayer Arteaga".
70.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
"Nº 1906.- Santiago, 8 de octubre de 1965.
Acuso recibo de su oficio 2224, de 20 de septiembre del presente año, en el que solicita, a nombre del H. Diputadodon Mario Torres Peralta, que este Ministerio adopte las medidas necesarias tendientes a obtener que la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas construya poblaciones para sus imponentes de la provincia de Coquimbo, en las localidades de Vicuña, La Serena, Ovalle, Illapel y Salamanca.
En respuesta, me permito expresar a V. E. que he solicitado a la Institución citada, un estudio sobre la petición formulada, por lo cual tan pronto obre en mi poder tendré mucho gusto en darle una respuesta definitiva
Dios guarde a V.E.- (Edo.): William Thayer Arteaga".
71.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
Nº 1103.-Santiago, 4 de octubre de 1965.
Por el oficio de la suma, V. E. ha tenido a bien darme a conocer las observaciones formuladas en el seno de esa Honorable Corporación por la ex parlamentaria señora Ana Eugenia Ugalde, relacionada con irregularidades que se habrían producido en la entidad denominada Promotora de Viviendas Económicas Limitada (PROVIEN Ltda.), esta Secretaría de Estado solicitó informe a la Dirección del Trabajo, la que expidió el oficio 6.635, cuyo texto transcribo a V. E. para su conocimiento;
"El suscrito tiene el agrado de manifestar a US. que, practicadas las investigaciones pertinentes, se ha concluido que el patrimonio del mencionado Sindicato no se ha visto afectado en absoluto.
"Acerca del particular y para mayor conocimiento de US., por Orden de Servicio 111, de 31 de julio de 1962, de esta Dirección, se designó al contador de esta dependencia, don Eduardo Méndez Alfonso para que practicase una revisión de la contabilidad de "Sociedad Costa Mandiola y Compañía", a fin de establecer la intervención que le cupo al "Sindicato Industrial de la Compañía de Refinería de Azúcar de Viña del Mar" en la compra y loteo del fundo "Las Achupa- llas", en especial en lo que a los bienes del citado Sindicato se refiere.
En las conclusiones del informe de rigor presentado por el contador señor Méndez, queda en claro que la venta del saldo del fundo "Las Achupallas", hecha a "Promotora de Viviendas Económicas Limitada", en resumen figura como un simple traspaso legal, sin intervención de dinero efectivo. Además, revisada la contabilidad del Sindicato antes aludido, se estableció que no aparecían asientos relacionados con el fundo indicado, en ningún sentido."
Es cuanto puedo informar a V. E. en respuesta al oficio mencionado.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : William Thayer Arteaga."
72.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"N° 1155.- Santiago, 16 de octubre de 1965.
En atención al oficio de V. E. citado al rubro, dirigido a este Ministerio a solicitud del Honorable señor Diputadodon Luis Valente Rossi, relacionado con descuentos para cuotas sindicales de sus empleados y obreros de la Cía. Industrial Planta Ballenera El Molle de Iquique, me es grato transcribir el informe que sobre la materia ha emitido la Dirección del Trabajo.
"Al respecto, me es grato informar al señor Ministro que por oficio Ni" 6.338, de fecha 10 del actual, se impartieron terminantes instrucciones al Inspector Provincial del Trabajo de Iquique, en el sentido de notificar a la Gerencia de la Compañía Industrial para que continúe efectuando los descuentos de cuotas ordinarias a los obreros de las faenas El Molle, haciéndole presente, a la vez, que, salvo paralización total de las faenas, legalmente autorizada, esta Dirección no cursará la disolución del Sindicato mientras existan posibilidades de normalizar las faenas."
Es cuanto puedo informar a V. E. sobre la materia.
Sahida atentamente a V. E.- (Fdo.) :
William Thayer Arteaga."
73.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"N° 1158.-Santiago, 16 de octubre de 1965.
Por el oficio de la suma, V. E. ha tenido a bien darme a conocer las observaciones formuladas en el seno de esa Honorable Corporación por el Honorable Diputado señor Luis Valente Rossi, en orden a requerir de este Ministerio una investigación en la Compañía Minera San Carlos, de Arica, con motivo de la intoxicación sufrida por doce obreros que laboran en dicha Empresa.
A petición de este Departamento de Estado, la Inspección Provincial del Trabajo de Arica ha emitido el siguiente informe ;
"Al respecto, informo a US. que, efectivamente, el 31 de julio pasado, debido a una equivocación de un obrero, quien sacó agua "ablandada" que se usa para los radiadores de la compresora y que contiene sales de cromo y carbonato de sodio, para preparar té, se produjo la intoxicación de doce obreros.
"Este hecho fue denunciado por la CUT al Juzgado del Crimen, Tribunal que, a la fecha, no resuelve al efecto.
"Los obreros recibieron la debida atención médica y pago de subsidios correspondientes, por considerarse el hecho un accidente del trabajo.
"Fue investigado el hecho mismo por el Servicio Nacional de Salud, Departamento de Higiene y Seguridad Industrial, e] que remitió el informe respectivo a Ja Jefatura de su Servicio, cuyo Departamento de Higiene y Seguridad Industrial emitió, a su vez, informe a su Ministerio, para informar providencia de la Honorable Cámara de Diputados, no pudien- do establecer si este irtforme emitido ha sido a requerimiento del mismo señor Diputado que origina el presente informe.
"Resumiendo, podemos dejar establecido de que se trata de un hecho casual, no imputable a la empresa, que una posible responsabilidad criminal está en manos de la Justicia del Crimen establecerla y que en cuanto a responsabilidades relacionadas con seguridad industrial, se ha efectuado la investigación por el organismo competente, el que ha informado a; respecto, por intermedio del Ministerio de Salud a la Honorable Cámara de Diputados.
Es cuanto puedo informar a V. E., rogándole tenga a bien darlo a conocer al Honorable Diputado señor Valente Rossi.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : WíUiavi Thayer Arteaga."
74.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
N° 1157.- Santiago, 16 de octubre de 1965.
Por el oficio del rubro, V. E. tuvo a bien darme a conocer las observaciones formuladas en esa Honorable Corporación por el Honorable Diputado señor Luis Valente Rossi, relativas a irregularidades en la actuación funcionaría del Inspector Provincial del Trabajo de Los Angeles, señor Miguel Muñoz Jaque, mientras se desempeñaba en la Inspección Provincial de Tarapacá (Iquique).
Al respecto, para el conocimiento de V. E. y del Honorable señor Valente Rossi, cúmpleme informarles que se ha instruido sumario administrativo a dicho funcionario para determinar las responsabilidades que le cabe en la denuncia formulada y que la nota de V. E. pasó a integrar los antecedentes de dicho sumario.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Wüliam Thayer Arteaga."
75.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"N° 1939.- Santiago, 15 de octubre de 1965.
Por oficio Nº 1.200, de 3 de agosto último, V. E. transmite la petición del Honorable Diputado señor Enrique Zorrilla
Concha, a fin de que el Servicio de Seguro Social construya un nuevo edificio para el funcionamiento de las oficinas en Villa Alegre.
En respuesta, me permito manifestar a V. E. que, consultado el Servicio de Seguro Social, ha informado a esta Secretaría de Estado, que en el plan de construcciones del Servicio se consulta el local para las oficinas en Villa Alegre, y con tal objetivo se llamará a propuestas públicas para comprar un terreno de 30 por 40 metros.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Wüliam Thayer Arteaga."
76.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"Nº 1907.-Santiago, 8 de octubre de 1965.
Por oficio N"? 1.908, de 6 de septiembre del presente año, V. E. solicita a nombre de los Honorables Diputados señores Eduardo Clavel Amión y Américo Acuña Rosas, se le informe acerca del estado de la deuda que tenía el Fisco con la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas al 31 de octubre de 1961.
En respuesta, me permito expresar a V. E. que la institución citada nos informó por oficio Nº 1.231, de 27 de septiembre último, que dicha deuda ascendía a la suma de Eº 9.697.017,56, al 31 de octubre de 1961.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Wüliam Thayer Arteaga."
77.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"Nº 1905.- Santiago, 8 de octubre de 1965.
Por oficio Nº 1.437, de 14 de agosto del presente año, V. E. se ha servido solicitar a petición de los Honorables Diputados señores Emilio Lorenzini Gratwohl y Jorge Aravena Carrasco, que este Ministerio adopte las medidas necesarias tendientes a obtener que se otorgue un galardón al funcionario de la Caja de Previsión de Empleados Particulares de Talca, señor Francisco Vásquez Campano, por haber denunciado un desfalco habido en esa institución.
En respuesta, me permito manifestarle que la Caja de Previsión de Empleados Particulares no puede acceder a la petición de los referidos señores parlamentarios, en atención a que el señor Francisco Vásquez al denunciar el desfalco habido en dicha institución sólo se limitó a cumplir con su deber, de acuerdo con el articulo 160 del DFL. Nº 338, de 1960, que aprobó el Estatuto Administrativo, que textualmente establece:
"El empleado tiene la obligación, de acuerdo con el Código de Procedimiento Penal, de denunciar a la Justicia los crímenes o delitos que tome conocimiento en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de la instrucción de un sumario."
Todo esto, sin perjuicio que el acto del señor Vásquez quede anotado en su correspondiente hoja de servicios.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : William Thayer Arteaga."
78.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
"N° 1154.- Santiago, 16 de octubre de 1965.
En atención al oficio mencionado al rubro, en que consulta acerca de la publicación del proyecto de ley que establece la jornada única de trabajo bancario, cúmpleme manifestarle que
dicha ley, que lleva el Nº 16.324, fue publicada en el Diario Oficial del 28 de septiembre del presente año.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : William Thayer Arteaga."
79.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
"N° 2187.-Santiago, 9 de octubre de 1965.
En respuesta a su oficio Nº 1.387, de 11 de agosto último, por el cual V. E. comunica a este Ministerio la petición del Honorable Diputado señor Jorge Aravena Carrasco, en orden a obtener la instalación de una Posta de Primeros Auxilios en la localidad de Chequén, provincia de Talca, tengo el agrado de manifestarle que la comunidad de Chequén ha donado tres terrenos para esta obra, y según informaciones proporcionadas al Servicio Nacional de Salud, el señor Intendente de la Provincia ofreció una construcción prefabricada para tal objeto.
Atendiendo a lo anterior, se realizan los estudios pertinentes a fin de determinar el terreno más apropiado para la ubicación de esta posta.
Saluda atentamente a V. E.-(Fdo.) : Ramón Valdivieso D."
80.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
"Nº 2213.- Santiago. 14 de octubre de 1965.
Por oficio N'? 612, de 6 de julio último, V. E. puso en conocimiento de esta Secretaría de Estado la petición del Honorable Diputado señor Mario Dueñas Avaria, en orden a obtener la instalación de una Posta de Primeros Auxilios en la localidad de Copihue, departamento de Parral, por cuanto los habitantes de la zona carecen de atención médica sanitaria, y en casos de urgencia deben recorrer largas distancias, sin medios de movilización adecuados, en busca de ella.
Al respecto, debo manifestar a V. E. que, no obstante estar plenamente consciente de la necesidad dé instalar una posta en la localidad de Copihue, no es posible por el momento considerarla, por la escasez de recursos humanos y materiales del Servicio Nacional de Salud. Actualmente existen en esa área cinco postas que no pueden ser atendidas en forma regular, por la falta de horas médicas en el país.
Por otra parte, me permito comunicarle que Copihue se encuentra sólo a 6 kilómetros del hospital de Parral, al cual está ^unidd por camino pavimentado, red telefónica y muy buena movilización. En estas condiciones no se justificaría la urgencia de instalar una posta, mientras no se complete el programa de construcciones hospitalarias en localidades con mayor prioridad.
Saluda atentamente a V. E.- (Edo.) :
Ramón Valdivieso D."
81.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
N° 2228.- Santiago, 16 de octubre de 1965.
En respuesta a su oficio N'? 1.545, de 17 de agosto último, por el cual V. E. da a conocer la petición del Honorable Dipu- tado señor Carlos Garcés Fernández, solicitando diversas medidas en beneficio de la provincia de Curicó, cúmpleme informarle lo siguiente:
La localidad de la Huerta cuenta actualmente con una Posta de Primeros Auxilios atendida desde el Hospital de Hua- lañé por una auxiliar de enfermería entrenada en atención materno-infantil, mientras se designa un practicante residente. Recibe, además, una visita médica semanal.
En la localidad de Lora existe una posta que
desde el 1"? de septiembre es atendida por una auxiliar de enfermería, dependiendo directamente del Hospital de Licantén.
Respecto a matronas para estas postas, no ha sido posible su designación por la escasez de ellas y la falta de interés por radicarse en la zona. Con todo, se persiste en contrar alguna profesional.
En cuanto a la designación de médicos para Hualañé y Licantén, el Servicio Nacional de Salud llamó recién a concurso amplio para proveer estos cargos. En concursos anteriores no hubo interesados.
La atención odontológica está a cargo de un cirujano-dentista que sirve las postas de Hualañé y Licantén.
Por otra parte, el médico de Curepto atiende en visitas periódicas la localidad de Licantén.
El hospital de Hualañé cuenta con veinte camas y es atendido por un auxiliar técnico que sólo requiere rendir el examen de grado para obtener el título de médico-cirujano. El número de camas es suficiente y el abastecimiento de leche y medicamentos se hace en forma normal.
La localidad de Licantén cuenta con una ambulancia, y de la próxima partida de estos vehículos que ingresará al país a fines del presente año, se ha asignado una al hospital.
Saluda atentamente a V. E.- (Edo.) :
Ranurn Valdivieso D."
82.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
"Nº 2183.- Santiago, 9 de octubre de 1965.
Por oficio Nº 1.013, de 27 de julio último, V. E. da a conocer a esta Secretaría de Estado la petición del Honorable Diputado señor Carlos Garcés Fernández, en orden a considerar la posibilidad de construir postas de primeros auxilios en las localidades de La Huerta, La Isla de Lontué y Santa Rosa, y a obtener se dé término a la Policlínica, cuya edificación inició la I. Municipalidad de Curicó, en el sector de Los Nichos, y pai^a lo cual dicha corporación edilicia estaría dispuesta a ceder los terrenos correspondientes.
Al respecto, cúmpleme informar a V. E. que en la localidad de La Huerta de Ma- taquito funciona actualmente una Posta de Primeros Auxilios en el edificio del Cuerpo de Carabineros, atendida momentáneamente por una auxiliar de enfermería que concurre tres veces por semana del Hospital de Hualañé, debido a que el practicante que ahí se desempeñaba jubiló por salud irrecuperable.
Por otra parte, con el objeto de reforzar la atención profesional de dicha posta, ya se dispuso el envío de una ronda médica semanal. Con todo, próximamente se destinará un nuevo practicante residente en esa localidda.
En cuanto a la Isla de Lontué y Santa Rosa, como se trata de caseríos con pocos habitantes y situado a escasos kilómetros de Lontué, con buenos caminos y excelente movilización colectiva, no se justifica por el momento la construcción de postas por la falta de recursos humanos y materiales del Servicio Nacional de Salud. Sin embargo, este Ministerio aspira que la atención médica sea extendida a toda la población del país que la necesita y en forma progresiva a todos los consultorios y postas, de acuerdo al Plan Nacional de Salud, pero para esto se necesita disponer de mayor número de médicos y de personal de colaboración médica.
Finalmente, en lo que se refiere a la policlínica en construcción por la I. Municipalidad de Curicó en el sector de Los Nichos, se están haciendo los estudios pertinentes para resolver a la brevedad sobre la petición del Honorable Diputado señor Garcés Fernández.
Saluda atentamente a V. E.- (Fdo.) : Ramón Valdivieso D."
83.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
"Nº 2186.- Santiago, 9 de octubre de 196.5.
Por oficio N*? 1.208, de 3 de agosto recién pasado, V. E. da a conocer a esta Secretaría de Estado la petición del Honorable Diputado señor Carlos Garcés Fernández, en el sentido de obtener la designación de un médico que preste servicios en la localidad de Licantén, y de un practicante para la atención de la Policlínica del pueblo de Iloca, ambos lugares ubicados en el departamento de Mataqui- to. Solicita, asimismo, que se reitere la petición formulada anteriormente, en orden a obtener la solución de diversos problemas de la competencia de este Ministerio, que afectan a la provincia de Curicó.
Sobre el particular, cúmpleme informar a V. E. que el Servicio Nacional de Salud llamó recién a concurso amplio para proveer una vacante de médico general de zona con residencia en la localidad de Licantén. En cuanto al pueblo de Iloca, debo manifestarle que la Posta de Primeros Auxilios que allí funciona es atendida por una auxiliar de enfermería residente y cada quince días recibe la visita del doctor Jorge Cobos desde Licantén, en cuyo hospital atiende a los enfermos que requieren mayor cuidado.
Finalmente, me permito comunicar a V. E. que por oficio N"? 1.977, de 21 del presente mes, este Ministerio respondió directamente al Diputado señor Carlos Garcés la consulta que formulara sobre problemas médico-asistenciales de la VII Zona de Salud.
Saluda atentamente a V. E.- (Fdo.) : Ramón Valdivieso D."
84.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
"Nº 2184.-Santiago, 9 de octubre de 1965.
En respuesta a su oficio Nº 1.665, de 24 de agosto último, por el cual V. E. comunica a este Ministerio la petición del Honorable Diputado señor Carlos Garcés Fernández, en orden a obtener que se adopten diversas medidas en beneficio de la comuna de Valdivia de Lontué, cúmpleme informarle lo siguiente:
1) De acuerdo al Plan Rural BID-SNS, los trabajos de instalación de agua potable para la localidad de Sagrada Familia están terminándose, para entrar en funciones posiblemente en el próximo mes.
2) Las reparaciones del edificio de la Casa de Socorro de Villa Prat serán consideradas oportunamente en el respectivo presupuesto de la VII Zona de Salud.
3) El contrato de nombramiento del chofer para la ambulancia de Sagrada Familia se encuentra en trámite en el Servicio Nacional de Salud.
4) No se justifica por el momento la instalación de una nueva Casa de Socorro en la comuna de Lontué, debido a que la actual funciona como Posta de Primeros Auxilios con un practicante residente y una auxiliar de Enfermería de Terreno para el Control del Niño Sano.
Además, recibe dos visitas a la semana de un médico del Hospital de Lontué y cuenta con ambulancia y chofer de planta, y
5) No es posible, por ahora, realizar más de dos visitas médicas semanales a la localidad de Villa Prat, por la escasez de estos profesionales.
Saluda atentamente a V. E.- (Fdo.) : Ramón Valdivieso D."
85.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
"Nº 2188.- Santiago, 9 de octubre de 1965.
Por oficio Ni" 1.751, de 24 de agosto último, V. E. comunica a este Ministerio la petición del Honorable Diputado señor Hardy Momberg Roa, en orden a obtener que se instale una Posta de Primeros Auxilios en la localidad de Ñancul, del departamento de Villarrica. Hace presente que la Junta de Vecinos del pueblo indicado habría ofrecido construir el local para el funcionamiento del Servicio Asis- tencial que se solicita en los terrenos de la escuela fiscal colindantes con la calle pública, con lo cual dispondría de servicios de agua potable y luz eléctrica.
Sobre el particular, me permito manifestar a V. E. que si la Junta de Vecinos de la localidda de Ñancul construye el local ofrecido, el Servicio Nacional de Salud podrá hacer funcionar en dicho edificio una Estación Médico Rural, en los términos solicitados por el Honorable Diputado seíior Hardy Momberg.
Saluda atentamente a V. E.- (Fdo.) : Ramón Valdivieso D."
86.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
"Nº 2182.- Santiago, 9 de octubre de 1965.
En respuesta a su oficio N"? 802, de 19 de julio último, por el cual V. E. da a conocer a esta Secretaría de Estado las observaciones formuladas por el Honorable Diputado señor Hernán Olave Verdugo, respecto a las necesidades médicas que afectan al puerto de Corral, cúmpleme informarle lo siguiente:
1.-Médico. En la planta del Hospital de Corral se encuentra vacante el cargode director de establecimiento y médico tratante, por no haber profesional interesado en ocuparlo, a pesar de los esfuerzos del Servicio Nacional de Salud por llenar la plaza. Ante esta situación, la Dirección del Hospital de Valdivia dispuso que uri médico de su servicio, vaya en días diferentes una vez por semana a prestar asistencia profesional a Corral y Niebla.
2.-Dentista. Sucede el mismo caso anterior. No hay profesional que se interese por el cargo. Por tal motivo, la atención dental debe realizarse desde Valdivia en rondas odontológicas, tres veces por semana.
3.-Matrona. Hasta la fecha no ha sido posible destacar un profesional en el Hospital de Parral, debido a la escasez de matronas en el país.
4.-Farmacéutico. No se justifica el cargo, en atención a que sus necesidades en farmacia son atendidas en rondas periódicas desde Valdivia.
Por otra parte, este Ministerio comparte los puntos de vista planteados por el Honorable Diputado señor Olave en cuanto a la urgencia de dar solución al problema asistencial que afecta al puerto de Corral, y está consciente de que hay escasez de recursos humanos, pero es innegable que los esfuerzos que se están haciendo tendientes a normalizar estas situaciones, son una demostración de la voluntad de lograrlo.
Saluda atentamente a V. E.- (Edo.) ; Ramón Valdivieso D."
87.- OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
"N° 2229.- Santiago, 16 de octubre de 1965.
Por oficio N'? 200, de 7 de septiembre último, V. E. puso en conocimiento de este Ministerio la solicitud del Honorable Diputado señor Pedro Stark Troncoso, en el sentido que se estudie la posibilidad de vender parte de los
terrenos en que se encuentra ubicado el Hospital de Los Angeles, al personal de empleados y obreros que trabajan en él, para que construyan sus viviendas.
Sobre el particular, tengo el agrado de manifestar a V. E. que la petición de les funcionarios del Hospital Base de Los Angeles, quienes se han agrupado en la Cooperativa de Viviendas "CATIRAL", en formación, está siendo considerada por los organismos técnicos del Servicio Nacional de Salud en concordancia con el Plan Habitacional.
Saluda atentamente a V. E.- (Edo.) : Ramón Valdivieso D."
88.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
"Nº 2185.- Santiago, 9 de octubre de 1965.
Por oficio Ni* 1.898, de 6 de septiembre recién pasado, V. E. da a conocer a este Ministerio la petición del Honorable Diputado señor Mario Torres Peralta, en orden a obtener que el Servicio Nacional de Salud habilite los Centros Materno-Infan- tiles ubicados en las ciudades de Coquimbo y de La Serena, como, asimismo, que, a la brevedad posible, inicie la construcción del Hospital de Coquimbo.
Sobre el particular, cúmpleme informar a V. E. que la habilitación de los consultorios de Palma Alta, de La Serena, y Marín Balmaceda, de Coquimbo, se realizará a la brevedad, en cuanto se encuentre el financiamiento requerido.
Respecto a la construcción de un nuevo hospital para Coquimbo, lamento manifestarle que las actuales disponibilidades del Servicio Nacional de Salud obligan a un estricto orden de prioridades que no permiten por ahora considerar la petición del H. Diputado. A esto habría que agregar la necesidad de dar término a las numerosas obras hospitalarias en marcha en el país, y considerar la ampliación o normalización de las ya existentes, de acuerdo a la nueva política de atención médica que contempla el Plan Nacional de Salud.
Saluda atentamente a V. E.- (Edo.) : Ramón Valdivieso D."
89.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
"Nº 2189.-Santiago, 9 de octubre de 1965.
Por oficio Nº 1.198, de 3 de agosto recién pasado, V. E. da a conocer a esta Secretaría de Estado la petición de¡ Honorable Diputado señor Enrique Zorrilla Concha, en orden a obtener la instalación de servicio de agua potable en la Población El Sauce, del departamento de Lon- comilla.
Al respecto, cúmpleme informar a V. E. que este Ministerio, consciente de la necesidad de atender la petición del Honorable Diputado, ha dado instrucciones al Servicio Nacional de Salud para que estudie la posibilidad de incluir a la Población de El Sauce en el Programa de Agua Potable fijado para el año 1966.
Saluda atentamente a V. E.- (Edo.) : Ramón Valdivieso D."
90.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE SALUD PUBLICA
"N° 2190.-Santiago, 9 de octubre de 1965.
Por oficio N^ 1.937, de 30 de agosto último, V. E. da a conocer a este Ministerio la petición de los Honorables Diputados señores Cipriano Pontigo U., Mario Torres P., Arturo Valdés P. y Enrique Zorrilla e., y de la Honorable Diputada señora Blanca Retamal C., en el sentido que se transmitieran las observaciones formuladas por el Honorable Diputado señor Pontigo Urrutia, relacionadas con los efectos de los últimos temporales en la provincia de Coquimbo y las condiciones de vida de los mineros que trabajan en dicha provincia, con el objeto de acoger las peticiones contenidas en ellas, que sean de ia competencia de esta Secretaría de Estado.
Al respecto, tengo el agrado de informar a V. E. que el nuevo hospital para la localidad de Andacollo quedará habilitado en el curso de los- próximos días y entrará en funciones a fines del presente año.
La planta de su personal consulta tres cargos médicos, una matrona, una enfermera, una asistente social y demás empleados de colaboración médica.
En mérito de lo expuesto, este Ministerio estima que el problema médico-asís- tencial planteado por el Honorable Diputado señor Pontigo Urrutia quedará solucionado a corto plazo.
Saluda atentamente a V. E.- (Edo.) : Ramón Valdivieso D."
91.-OFICIO DEL SEÑOR CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA.
N° 74336.- Santiago, 13 de octubre de 1965.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 89 de la Ley de Presupuesto Fiscal de la Nación para el año 1965, esta Contraloría General informa a esa H. Cámara respecto de la forma en que las Agencias voluntarias de socorro y de rehabilitación acogidas al convenio N° 400 de 1955, han invertido el aporte fiscal que ellas percibieron par^i el desarrollo de las actividades a que se refiere el mencionado convenio, concertado entre los Gobiernos de Chile y EE. UU.
Este informe debe ser complementado con el que comunica la oportuna integración de las comisiones de las Juntas Coordinadoras Provinciales y de la Junta Coordinadora Nacional; las primeras, encargadas de supervisar la obra de las mencionadas agencias voluntarias y, la segunda, de relacionar las diligencias de las mismas en el plano nacional y pronunciarse sobre las observaciones que las Juntas Coordinadoras Provinciales plantean en relación con las actividades que les corresponde supervisar.
Teniendo presente que el Ministerio del Interior ha tenido a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el Art. 2° transitorio de su decreto N"? 88, de 3/2/65, las medidas conducentes al nombramiento de las personas que deben integrar las citadas comisiones, esta Contraloría ha enviado a dicho Ministerio un oficio pidiendo, con urgencia, el envío a este organismo de los antecedentes necesarios para la comple- mentación anotada.
Las agencias voluntarias de socorro y de rehabilitación acogidas al convenio N^ 400, de 1955, publicado en el "Diario Oficial", de 30 de octubre de 1956, que reciben aportes fiscales con cargo a la Ley de Presupuesto, son las siguientes: "Cáritas Chile", "A.C.E." (Ayuda Cristiana Evangélica) ; "O.F.A.S.A." (Obra Filantrópica de Asistencia Social Adventista), y "C.A.R. E." (Cooperativa Americana de Recurso al Exterior).
La ubicación de estos aportes, dentro del Presupuesto Fiscal para 1965, Ley 16.068, es:
Presupuesto corriente de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda; Item 8-1-27 Transferencia a personas, instituciones y empresas del sector privado.
2) Cáritas Chile E^ 1.910.041
3) Ayuda Cristiana Evang. 723.400
4) Obra Filantrópica y Asistencia Adventista . . . . 283.400
Las cantidades consultadas en los números indicados "se distribuirán en conformidad a lo dispuesto en el Art. 89 de la presente ley".
9) Cooperativa Americana de remesas al Exterior (CARE) Eº 30.000.
Presupuesto de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Educación. Programa 1-3.
Fomento de la Educación y la Cultura. Item: 9-1-3-27-13) CARE E^ 145.000.
Presupuesto de la Dirección de Educación Primaria y Normal Programa 2-1: Administración de la Educación Primaria. Item 9-2 1-27-1 CARE Eº 411.000.
Las mencionadas agencias han recibido los citados aportes y rendido cuenta de sus fondos como se indica a continuación.
Cáritas Chile.-Aporte de E'' 1.910.041, puesto a disposición de esa Institución por decretos del Ministerio de Hacienda N^s. 93, de 9 1 65, (Eº 764.000) y 1540, de 15 6/65, (E. 1.146.041).
En este informe se consideran los giros con cargo al decreto 93 anotado y los referentes a los decretos 3123 y 3625, de 1964, del mismo Ministerio, por la suma de Eº 126.536,86, la que se incluye en las rendiciones del primer semestre del año en curso, como saldo del año anterior.
GIROS
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Por esta suma se encuentra constituido como deudor del Estado el representante legal de Cáritas-Chile el Rvdo. Padre Baldo Santi Lucherini.
Rendiciones N°s. 1993, 1994, 1995, 12.591, 12.592, 12.593, 13.571, 13.572, 13.573, 13.574, 15.217 y otras.
De la cantidad rendida (E*? 829.313.60), se ha examinado todo lo relativo a fletes, dando como resultado que en ese rubro se han invertido E"? 226.383.44 (27,5%), sin haberse formulado reparos.
El resto de las inversiones, Eº 602.930.16 (73,5%), corresponde a sueldos, arriendos y varios y se encuentra actualmente en proceso de examen para determinar la correcta aplicación de los fondos a los fines del aporte fiscal, esto es, el transporte, dentro de Chile, de los suministros y equipos importados para su distribución en el país hasta su entrega definitiva a los interesados (Punto 5 del convenio Nº 400). Sobre este particular, cabe hacer notar que este Organismo ha dictaminado (D. j Nºs. 15.430, de 20/3/59, y 39.053, de 7/7-60) que los gastos de transporte, en este caso, no se limitan a los que se originan en forma inmediata y directa con el traslado físico de las mercaderías, lo que equivaldría al pago de fletes solamente, sino que están tomados en un sentido más amplio por los contratantes de modo que incluyen todos los "gastos de puerto, manipulación, almacenaje y otros que demanden, hasta su entrega definitiva a los beneficiarios. Es decir de conformidad con los términos del Acuerdo ya citado, el transporte incluye todas las operaciones necesarias para obtener el traslado de los suministros y equipos."
Ayuda Cristiana Evangélica. - Se ha ordenado pagare el aporte Eº 723.000 por decretos del Ministerio de Hacienda Nºs. 325 de 8/2/65, (Eº 289.360) y 887, de 13/4 65, (Eº 434.040).
Esta agencia ha hecho efectivo los siguientes giros:
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De los dineros recibidos (Eº 625.337), el representante legal de A.C.E., señor Samuel Nalegach Pons, no ha rendido cuenta alguna. Por este motivo, la Contraloría General lo ha requerido por oficios Nºs 436 D.V. de 9 7 65, y 70.214 D.V., de 29/9/65, dándole en cada una de estas oportunidades un término de 15 días para rendir cuenta o efectuar el reintegro correspondiente en arcas fiscales, de acuerdo con lo dispuesto en los Art. 92 y 109 de la ley N° 10.336. Vencido este nuevo plazo se aplicarán las sanciones que establece la referida ley para los cuentadantes que no hayan cumplido con la exigencia legal anotada.
Obra Filantrópica de Asistencia Social Adventista.- Item: 8-1-27-4, Eº 283.400, de esta suma se ha puesto a disposición de la Agencia O.F.A.S.A., como aporte del año
GIROS
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1965, la cantidad de E"? 176.400, según decretos de Hacienda Nºs 270, de 2/2/65, (Eº 113.360) y 1881, 17/7/65, (63 mil 40 escudos).
El resto de las disponibilidades de ese ítem (Eº 107.000), fue destinado, mediante el mecanismo establecido en el Art. 47 del DFL. 47, de 1959, a cubrir saldos de decretos del año 1964, en este casó, del decreto de Hacienda Nº 5027, de 18/11/64, que conservó su validez después del cierre del ejercicio presupuestario del año ppdo. Así, pues, el aporte efectivo para O.F.A.S.A. se redujo, en el año 1965, en Eº 107.000 por cuanto esta cantidad corresponde al aporte fiscal del año anterior, para esa misma agencia, conforme a lo ordenado en el citado decreto 5027 que sólo pudo cumplirse en el presente año.
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Las cuentas rendidas, correspondientes a gastos relacionados con la distribución directa de alimentos, vestuarios y medicamentos a familias e individuos, después de su examen, fueron aprobadas sin observaciones y se dio el finiquito pertinente.
La inversión de estos fondos se refleja en el siguiente cuadro:Fletes
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Cooperativa Americana de Recursos al Exterior.- En el Presupuesto Fiscal para 1965, de acuerdo al detalle antes indicado, se le asignó a esta Agencia la suma de Eº 586.000 la que ha sido puesta a disposición de C. A. R. E. por decretos del Ministerio de Educación Nºs. 31 de 2 1/65, (E"? 58.000) ; 42, de 2/1/65, (Eº 164.400), 2711, 1/4/65, (Eº 246.600) ; y 11.097, de 17/7/65, (Eº 87.000), y del Ministerio de Hacienda m 1543, de 15/6/6, (Eº 30.000).
Como el representante legal de dicha Institución señor Frederick S. Anderson, no ha rendido hasta la fecha cuenta alguna de la inversión de esos dineros, la Con- traloría General lo ha requerido por oficios NWs. 69.488, de 28/9/65, y 71.188, de 1/10/65, dándole los mismos plazos y aplicándole un apremio análogo que a' representante de A. C. E.
Lo expuesto comprende todas las informaciones que este Organismo puede proporcionar, válidas para si primer scímestre de 1965, a esa Honorable Cámara, para los efectos de lo establecido en el Art., 89 de la ley Ni» 16.068.
Dios guarde a Ufe.- (Fdo.): Enrique Silva Cimma."
92.-INFORME DE COMISION DE HACIENDA.
"Honorable Cámara:
La Comisión de Hacienda pasa fi informar un proyecto de ley, de origen en un Mensaje, por el cual se concede franquicias aduaneras a la internación de chassis destinados a los servicios de locomoción colectiva particular de pasajeros.
En las diversas sesiones celebradas para estudiar dicha materia, la Comisión contó con la permanente cooperación del señor Sergio Saldivia,
Subsecretario de Transportes, y de los señores Daniel Sánchez y Rolando Castillo, asesores técnico y jurídico, respectivamente, de esa Subsecretaría de Estado.
La política del Supremo Gobierno para solucionar la grave crisis que afecta a esta importante actividad nacional, de acuerdo con lo expuesto por los citados representantes del Ejecutivo, comprende tres etapas fundamentales: una inmediata, otra a mediano plazo y una tercera a largo plazo.
La etapa inmediata tiende, en primer lugar, a la recuperación útil de los elementos materiales con que cuenta la Empresa de Transportes Colectivos del Estado que, principalmente en la ciudad de Santiago, se encontraban casi totalmente paralizados .
De un número global de aproximadamente 1.100 vehículos estaban hace un año en servicio ocasional y por sólo algunas horas diarias 200 buses y 90 trolebuses, los que además no disponían de sus repuestos fundamentales.
En estas circunstancias la Dirección de la Empresa de Transportes Colectivos planificó e inició la recuperación inmediata de la mayor parte de su flota con la adquisición de los repuestos indispensables para lograr dicho objetivo y la inversión de US$ 3.000.000 de su presupuesto corriente en la compra de 250 motores Diesel- Cummings con sus correspondientes convertidores de torque, medida que ha permitido contar nuevamente con vehículos de un valor cercano a los cien mil escudos cada uno y que están en condiciones de permanecer en servicio las 24 horas del día.
Actualmente se encuentran en servicio 132 unidades recuperadas, lo que ha significado un aumento notable de sus disponibilidades de trabajo, dedicadas especialmente a atender las necesidades de los sectores más modestos y densamente poblados de la capital y que requieren de un servicio rápido y continuo.
En el sector particular se buscó solucionar, en primer término, las continuas divergencias laborales entre choferes y empresarios que dañaban gravemente el servicio público de transporte de pasajeros, mediante el establecimiento de un sistema de remuneraciones en base a un porcentaje fijo de la recaudación total para el chofer y, por otra parte, establecer normas precisas y tarifas adecuadas para dichos servicios lo que se tradujo en la dictación del Decreto Supremo Nº 188, de la Subsecretaría de Transportes.
Cabe destacar por su importancia entre dichas normas la obligación para los empresarios de trabajar sus vehículos con dos choferes por máquina con un mínimo de 16 horas diarias de labor continuada; la creación de la Junta Central Permanente de Vigilancia y el establecimiento de Comisiones Bipartitas en cada línea.
Otras medidas adoptadas en esta primera etapa han sido la fiscalización directa de los servicios efectuados por personal del Cuerpo de Carabineros de Chile, lo que ha permitido aumentar notablemente el número de vehículos en servicio normal, y el ordenamiento del tránsito en el sector céntrico de Santiago, que ha traído consigo una aceleración apreciable de la circulación y, consecuencialmente, un aumento de la capacidad de transporte de los ve-, hículos, ya que con ello se ha logrado agregar una vuelta completa a los recorridos que efectúa cada unidad en una jornada diaria de trabajo.
La segunda etapa, a mediano plazo, y que dice relación directa con la finalidad del proyecto en informe, comprende especialmente la adquisición, a la brevedad posible, de nuevos vehículos para el sector particular.
Debido a la prohibición que existe en la actualidad para la importación de dichos elementos, la movilización colectiva particular de pasajeros no ha podido renovar su material. De estos vehículos, cuyo período promedio de trabajo es aproximadamente de diez años, se encuentran en servicio en Santiago más de 450 -de un total de 1.800 máquinas- con una antigüedad que
fluctúa entre 27 y 20 años.
Para llevar a la práctica esta necesaria e indispensable medida de renovación del material del sector particular, la Subsecretaría de Transportes se ha adelantado a solicitar a las más serias e importantes fábricas de chassis de autobuses y taxibuses ofertas de crédito para los empresarios particulares por un total de 1.800 chassis para ser carrozados en Chile, y ha iniciado la etapa de selección técnica de los empresarios que adquirirán dichos vehículos.
Con la adopción de la serie de medidas que comprenden la primera y segunda etapa del programa destinado a abordar el complejo y fundamental problema de la movilización colectiva que afecta a todo el país, se espera superar en gran parte, a comienzo del próximo año, la grave crisis que desde largo tiempo sufre este importante servicio de utilidad pública.
La tercera y última etapa del programa analizado comprende el estudio integral, por parte de una Comisión Técnica formada por representantes de la Subsecretaría de Transportes, Ministerio de Obras Públicas, Municipalidad de Santiago, Ferrocarriles del Estado y Empresa de Transportes Colectivos del Estado, de una solución racional para el transporte colectivo masivo de pasajeros, mediante ferrovías servidas por automotores rápidos o por monorriel elevado, complementado dicho servicio con buses de acercamiento y de distribución.
Es indudable que todo lo anterior presupone y deberá estructurarse con una organización legal definitiva de los servicios de locomoción colectiva, iniciativa cuyo envío a la consideración del Parlamento ha anunciado el Supremo Gobierno para una fecha próxima.
Como se expresó anteriormente, la segunda etapa del programa se refiere, principalmente, a la renovación y modernización del material de los empresarios de la movilización colectiva particular de pasajeros.
Con el propósito señalado, el artículo primero del proyecto en informe contempla diversas franquicias tributarias que favorecen la internación de chassis destinados a ser carrozados o armados en el país.
En primer lugar, exime a los empresarios de la locomoción colectiva, a las municipalidades, a la Empresa de Transportes Colectivos y a las Cooperativas de transportes -previa autorización de la Subsecretaría de Transportes- y por el plazo de dos años contado desde que entre en vigencia esta iniciativa, del pago del impuesto especial de 2007* sobre el valor FOB establecido en el artículo 13 de la ley 14.824 y de los derechos y demás gravámenes que se perciben por interm.e- dio de las aduanas, con la sola excepción del impuesto adicional de hasta un 200% sobre el valor CIF de las mercaderías importadas, establecido en el artículo 169 de ley N'? 13.305, a la importación de chassis con motor incorporado para buses y taxi- buses destinados a la movilización colectiva de pasajeros, sea que se internen armados o para integrarse en el país.
En este último caso su armaduría o fabricación queda igualmente exenta del impuesto especial de un 200% sobre el valor de fábrica, a que se refiere el inciso tercero, del artículo 11 de la ley N° 12.084 y sus diversas modificaciones posteriores.
La disposición en análisis contempla también la posibilidad de que se adquiera además del chassis su correspondiente carrocería desarmada la que, en este evento, queda asimismo liberada de los tributos señalados anteriormente.
Por último, el artículo 1^' no hace aplicable a la primera transferencia de los citados chassis y de las carrocerías con que se les dote, los impuestos de compraventa y de cifras de negocios que afectan normalmente a este tipo de operaciones.
Por el artículo 29 se hacen extensivos los beneficios y exenciones aduaneras y tributarias determinados en el artículo primero, a la internación y primera transferencia de autobuses carrozados o chasis con motor incorporado adquiridos por establecimientos educacionales para la movilización exclusiva de alumnos; por empresas de turismo o entidades fiscales para facilitar o fomentar el turismo nacional; y por empresarios particulares o entidades fiscales o municipales para ser destinados al servicio interprovincial.
Dicha disposición contempla para cada caso de que se trate, las exigencias necesarias para calificar, por la autoridad competente, la conveniencia de conceder el tratamiento tributario de excepción que dispone este artículo y los resguardos indispensables para su cumplimiento.
El artículo 3^ establece las modalidades y prohibiciones que afectan la enajenación posterior de los vehículos beneficiados con las exenciones de impuestos de internación y a la primera transferencia creada por el presente proyecto.
Dicha disposición prohibe en forma absoluta la venta, uso o arrendamiento de los expresados vehículos para ser destinados a fines diversos del servicio de movilización pública y su infracción castigada con el comiso del objeto de la compraventa.
Sin embargo, cumplida la condición anterior, esto es, que el vehículo continúe destinado a la movilización colectiva de pasajeros, podrá éste ser transferido previa autorización del Ministerio de Economía y enterarse en arcas fiscales -si no han transcurrido más de cinco años desde la fecha de su internación- el monto de las franquicias aduaneras de que fue en su oportunidad liberado.
La Comisión acordó agregar al texto original del proyecto cuatro disposiciones nuevas que pasaron a ser los artículos 4^, 5^", 6° y de la iniciativa con que termina el presente informe.
Por la primera de dichas disposicionesse autoriza a la Línea Aérea Nacional-Chile para efectuar el transporte aéreo de pasajeros, carga y correspondencia, entre diversos puntos situados dentro del territorio nacional, en aeronaves extranjeras sobre las cuales haya adquirido el derecho a su uso y goce por arrendamiento o a cualquier otro título.
Actualmente la operación de los servicios nacionales con aeronaves extranjeras está expresamente prohibida por la legislación vigente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9^ del D.F.L. Nº 241, de 1960, que creó la Junta de Aeronáutica Civil, que reserva el cabotaje aéreo a las aeronaves chilenas que pertenezcan a personas naturales o jurídicas chilenas, es decir, exige el doble requisito de nacionalidad de la empresa y de la aeronave.
La disposición en análisis hace una excepción en favor de la línea aérea estatal en consideración a que LAN no dispone del material suficiente para la adecuada atención de sus servicios aéreos internos e internacionales, lo que podría solucionarse -mientras no pueda adquirir su propio material de vuelo- mediante el arrendamiento de aeronaves extranjeras, o la adquisición del derecho a su uso o goce a cualquier otro título a fin de destinarlas a sus fines específicos.
El artículo 5^ permite al Presidente de la República fijar periódicamente los porcentajes mínimos de incorporación de partes y piezas nacionales que deberán alcanzar las armadurías de camiones y buses que se efectúen en el país y considerar como nacionales las partes y piezas producidas en los países integrantes del Area de Libre Comercio siempre que dichos países adquieran en Chile partes y piezas de vehículos motorizados de fabricación nacional por valor equivalente.
Asimismo, se faculta al Presidente de la República para disponer la rebaja o supresión de uno o más de los tributos que se perciben por las aduanas y que afectan la internación de partes y piezas conjuntos y subconjuntos destinados a las armadurías de camiones y buses.
Dichas facultades tienen por objeto, por una parte, posibilitar el establecimiento de armadurías de camiones en el país con arreglo a las normas ya establecidas para esta clase da industria -la legislación vigente sólo se refiere a los vehículos motorizados destinados al transporte de pasajeros-, y por la otra, permitir al Ejecutivo disponer de las herramientas necesarias para actuar con agilidad frente a los programas de integración económica con los demás países latinoamericanos.
La disposición del artículo 6° condona las cantidades adeudadas al Fisco por concepto de impuestos, multas y sanciones por las sociedades "Industrial Reencauchadora de Neumáticos Tyresoles Ltda." e "Imprenta de la Empresa de Transporte Limitada" .
Dichas sociedades eran filiales de la ex Empresa Nacional de Transportes, que se integraron a la actual Empresa de Trans- poi'tes Colectivos del Estado, y, por tanto, dejaron de tener existencia legal.
La disolución de las citadas entidades dejó pendiente compromisos fiscales que pasaron a constituir obligaciones de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado .
En consecuencia, el artículo 6? pretende sanear esta situación sin que sea necesario que se ponga a disposición de esa Empresa los recursos económicos suficientes para solucionar las referidas obligaciones, con lo que se evita que el Fisco se haga un pago a sí mismo.
Finalmente el artículo 7^* reemplaza la escala de valores, contemplada en el artículo 23 de la ley N° 14.171, que se utiliza para cobrar el impuesto a las patentes de automóviles particulares y statíon vv^agons.
La actual escala no corresponde a los precios de mercado de dichos vehículos, de manera que se ha hecho ilusoria la jerar- quización de valores que en ella se contempla, debido a que ella está expresada en sumas fijas.La modificación consulta una escala que subsana estos graves inconvenientes mediante la utilización de referencia a sueldos vitales y a porcentajes de los mismos
Por las consideraciones expuestas y las que en su oportunidad dará a conocer a la Sala el señor Diputado Informante, la Comisión de Hacienda acordó recomendar a la H. Cámara la aprobación del proyecto en informe, concebido en los siguientes términos;
Proyecto de ley;
"Artículo 1^.-Los impuestos establecidos en el artículo 11 de la ley 12.084, modificado por el artículo 33 de la ley 12.434, por los artículos 16 y 17 de la ley 12.462 y cuyo texto actual ha sido fijado por el artículo 13 de la ley Nº 14.824, no afectarán a las internaciones de chassis con motor incorporado para buses y taxi- buses destinados a la movilización colectiva de pasajeros, sea que se importen armados o que se armen en el país. En todo caso los chassis deberán ser carrozados en Chile. Esta liberación regirá durante dos años, a contar desde la fecha de vigencia de la presente ley.
La armaduría o fabricación de los vehículos señalados en el inciso anterior estará exenta de los impuestos a que se refiere el inciso 3^ del artículo 11 de la ley 12.084 y sus modificaciones.
Se suspende por dos años respecto de la importación de los mismos chassis referidos en los incisos anteriores la aplicación de los derechos y demás gravámenes que se perciben por intermedio de las aduanas con exclusión del impuesto adicional establecido por el artículo 169 de la ley N° 13.305.
Las importaciones de carrocerías desarmadas para ser montadas en los chassis que se internen conforme a los incisos precedentes, gozarán de las mismas franquicias establecidas para los chassis. A estas, operaciones no les serán aplicables las normas establecidas por la ley 16.101 y el Banco Central de Chile sólo podrá aceptar todas las solicitudes de importación que cuenten con la aprobación previa de la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Para que operen las liberaciones tributarias establecidas en este artículo, será previo que la importación cuente con la aprobación del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes, y' que los vehículos sean adquiridos por empresarios de la locomoción colectiva, municipalidades, Empre- so de Transportes Colectivos o Cooperativas de Transportes.
La primera transferencia de los chassis referidos y de las carrocerías con que se les dote, estará exenta de los impuestos de la ley N° 12.120 y sus modificaciones y del impuesto de Cifra de Negocios.
Artículo 29.-Gozarán también de todos los beneficios y exenciones aduaneras y h'ibutarias determinados en el artículo anterior:
a) La internación y primera transferencia de autobuses carrozados o chassis con motor incorporado destinados a ser adquiridos por colegios, escuelas, instituciones o entidades educacionales dependientes del Ministerio de Educación Pública o reconocidos como cooperadores de la •fundación educacional del Estado, y destinados exclusivamente a la movilización de los educandos del respectivo colegio o institución.
El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes, y el Ministerio de Educación Pública, deberán certificar el hecho de que las internaciones y primeras transferencias para los cuales se soliciten estas ex- cenciones reúnan ios requisitos establecidos en esta letra
b) La internación y primera transferencia de autobuses destinados a ser adquiridos por empresas de turismo o entidades fiscales que faciliten o fomenten la industria del turismo.
El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes, y Dirección de Turismo, deberán certificar y calificar el hecho de que las internaciones para los cuales se soliciten estas exenciones reúnen los requisitos establecidos en el inciso anterior.
c) La internación y primera transferencia de los autobuses de servicio interprovincial cuya internación sea aprobada por la Subsecretaría de Transportes.
Artículo 3°.-Los vehículos beneficiados con las exenciones establecidas en la presente ley no podrán ser transferidos sin autorización del Ministerio de Economía. Igualmente se prohibe la venta, uso o arrendamiento de dichos vehículos para fines diversos del servicio de movilización pública. La infracción de esta prohibicón será penada con el comiso del vehículo. El vehículo decomisado será rematado siendo el producto de beneficio fiscal. El denunciante de cualquiera infracción recibirá como galardón el 30% del producto del remate.
En el caso de enajenarse estos vehículos a cualquier título dentro de los cinco años contados desde su internación deberá enterarse previamente, en arcas fiscales, el monto de las franquicias aduaneras liberadas, quedando solidariamente responsables de ello todas las personas o entidades que intervengan en los actos o contratos respectivos.
Artículo 4*?.-Agrégase al Decreto con Fuerza de Ley Nº 305, de 1960, el siguiente artículo, que se denominará Subartículo 26:
"A7-tículo 26.-No obstante lo dispuesto en el artículo 9? del D.F.L. Nº 241, de 1960, "Línea Aérea Nacional-Chile" podrá efectuar el transporte a que dicho precepto se refiere en aeronaves extranjeras cuyo derecho a su uso o goce haya adquirido o adquiera por arrendamiento o a cualquiera otro título".
Artículo 5º.-Autorízase al Presidente de la República para establecer periódicamente porcentajes mínimos de incorporación de partes y piezas nacionales que deberán alcanzar las armadurías de chassis de camiones y buses. Será aplicable para estos fines lo dispuesto en el artículo 15 de la ley N° 14.824.
El Presidente de la República podrá, asimism.o, rebajar o suprimir los gravámenes arancelarios, impuestos adicionales y, eii general, todos los tributos que se perciban por las aduanas y que afecten la internación de partes y piezas conjuntos y subconj untos destinados a las armadurías de los mencionados vehículos.
A.rtículo 6° -Condónanse codos los impuestos, contribuciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza que desde su formación hasta la fecha adeuden o puedan adeudar las sociedades filiales de la ex Empresa Nacional de Transportes, hoy Empresa de Transportes Colectivos del Estado, que se constituyeron por escritura pública suscrita ante el notario Roberto Arriagada Bruce con fecha 30 de diciembre de 1950 y que se denominaron "Sociedad Industrial Reencauchadora de Neumáticos Tyresoles Limitada" y "Sociedad Imprenta de la Empresa Nacional de Transportes Limitada", modificada la primera mediante las escrituras públicas suscritas ante el notario Julio Lavín con fecha 25 y 30 de abril de 1953 y la segunda modificada mediante escrituras públicas suscritas ante 3l mism.o notario con fecha 29 y 30 de abril de 1953,
La condonación anterior comprenderá, incluso, los impuestos que dichas sociedades, en cumplimiento de las disposiciones legales pertinentes, hubieren retenido a terceros. Comprenderá, igualmente, toda clase de erogaciones a que pudieren estar obligadas en favor de Instituciones Fiscales, Semifiscales, Municipales u otras, como, asimismo, las multas o sanciones que pudieren corresponder por el no pago de esas erogaciones.
Libérase también a los representanteslegales de estas sociedades de cualquier sanción que pudiere afectarles por el incumplimiento de las obligaciones mencionadas en los dos incisos anteriores.
Articulo 7º.-Reemplázase en el artículo 23 de la ley 14.171 el Grupo I, Automóviles particulares y station wagons por el siguiente:
GRUPO I
Autom.óviles particulares y station wagons
1) Automóviles particulares y station wagons de precio de venta en casas importadoras :
CATEGORIA VALOR ANUAL
Sueldos Porcentaje
vitales de sueldos
anuales vitales
mensuales
Hasta tres 5%
De tres a cuatro 15%
De cuatro a cinco 25%
De cinco a seis 35%
De seis a siete 45%
De siete a ocho 55%
De ocho a nueve 65%
De nueve a diez 75%
De diez a once 90%
De once a doce 105%
De doce a trece 120%
De trece a catorce 135%
De catorce a quince 150%
De quince a dieciséis 165%
De dieciséis a diecisiete 185%
De diecisiete a dieciocho 205%
De dieciocho a diecinueve 225%
De diecinueve a veinte 245%
De veinte a veintiuno 265%
De veintiuno a veintidós 285%
De veintidós a veintitrés 305%
De veintitrés a veinticuatro 325%
De veinticuatro a veinticinco 345%
De veinticinco a veintiséis 365%
De veintiséis a veintisiete 385%
De veintisiete a veintiocho 405%
De veintiocho a veintinueve 425%
De veintinueve a treinta 445%
De treinta a treinta y uno 465%
De treinta y uno a treinta y dos 485%
Superior a treinta y dos 505%
Esta nueva clasificación comenzará a regir a contar del 1° de enero de 1966."
Sala de la Comisión, a 15 de octubre de 1965.
Acordado en sesiones de fechas 7 y 14 de octubre de 1965, con asistencia de los señores Lavandero (Presidente), Cerda, Gajardo, Irureta, Muga, Penna, Poblete, Sota y Videla.
Se designó Diputado Informante al H. señor Sota.
(Fdo.) : Jaime de Larraechea, Secretario."
93.-COMUNICACIONES
Con la primera el Honorable señor Ballesteros solicita permiso constitucional para salir del territorio nacional por un plazo superior a 30 días, a contar desde el 14 del mes en curso.
Con las dos siguientes los Honorables señores Fuenzalida y Montes manifiestan que se ausentarán del país por un plazo inferior a 30 días.
94.– PRESENTACIONES
Con ¡a primera, don Cipriano Candía Sotomayor solicita se le devuelvan los antecedentes acompañados a un proyecto de ley que lo beneficia, y
Con la segunda, don Jorge Parra Ibáñez, pide se le concedan copias de los antecedentes acompañados a un proyecto de ley que lo beneficia.
95.-PETICIONES DE OFICIOS
Los señores Diputados que se indican: solicitaron que, en conformidad' al artículo 173 del Reglamento de la Corporación, se enviaran, en sus respectivos nombres, los oficios que se señalan:
Del señor Acuña:
Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, para que se sirva informar acerca de las razones por las cuales se suprimió la oficina de Turismo en ia ciudad de Puerto Montt;
Al señor Ministro de Hacienda, transmitiéndole las observaciones que formulara sobre restricción crediticia;
Al señor Contralor General de la República, para que se sirva informar acerca de] número de funcionarios que han ingresado a la Administración Pública, durante el presente año;
Al mismo señor Contralor, para que se sirva investigar las irregularidades que se habrían cometido en la constitución de las Juntas de Auxilio Escolar y Becas en Osorno y Río Negro.
El señor Aguilera:
A los señores Ministros del Interior y de Trabajo y Previsión Social, para que se sirvan crear un cargo de asesor administrativo y se dote de un vehículo a la Inspección del Trabajo de Illapel;
Al señor Ministro de Educación Pública, para que se sirva estudiar la posibilidad de otorgar asignación de zona fronteriza a don Gonzalo Humberto Acosta Cortés.
El señor Castilla:
Al señor Ministro de Obras Públicas, para que se sirva disponer la continuación de los trabajos de construcción del Estadio de la ciudad de Linares;
Al señor Ministro de Defensa Nacional, para que se sirva resolver diversos problemas que afectan a la afición deportiva de Linares.
El señor Daiber, al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, para que se sirva autorizar la internación y liberación de derechos de chasis destinados a la Municipalidad de La Unión.
El señor Dueñas, al señor Ministro de
Salud Pública, para que se sirva disponer las medidas necesarias para habilitar el Hospital de la comuna de Longaví, provincia de Linares;
El mismo señor Diputados, al señor Ministro de Educación Pública, para que se sirva ordenar la ampliación de la Escuela Mixta N" 14 de la comuna de Parral, provincia de Linares.
El señor Garcés:
Al señor Ministro de Obras Públicas, para que se sirva ordenar que se solucione el problema de agua potable en Curicó;
Al mismo señor Ministro, para que se sirva resolver el problema de agua potable del Estadio La Granja, de la misma ciudad ;
A! mismo señor Ministro, para que se sirva disponer la construcción del puente de Lipimávida;
Al mismo señor Ministro, para que se sirva ordenar la ampliación del estanqae de agua potable de Iloca;
Al señor Ministro de Salud Pública, para que se sirva informa por qué no se han invertido los fondos presupuestados para la reparación del Hospicio de Curi- có en dicha obra;
Al mismo señor Ministro, para que se sil-va disponer que se arreglen a la brevedad los muros del Hospital de Curicó;
Al señor Ministro del Interior, para que se sirva disponer un vehículo para las necesidades del Gobernador de Mataquito;
Al señor Ministro de Educación Pública, para que se sirva ceder el terreno que esrá destinado para una escuela en la Población Mataquito de Curicó para que se construya en él un gimnasio;
Al mismo señor Ministro, para que se sirva disponer los fondos necesarios para transformar el salón de actos del Liceo de Hombres de Curicó.
El señor libáñez:
Al señor Ministro del Interior, para que se sirva disponer el restablecimiento delRetén de Carabineros de la localidad de Miraflores, departamento de Linares;
Al señor Ministro de Educación Pública, para que se sirva ordenar la ampliación de la Escuela N'? 14 de la Población Arrau Méndez, de Parral;
A los señores Ministros de Obras Públicas y de Trabajo y Previsión Social, para que se sirvan informar acerca de las causas por las que se habría dejado de cumplir las disposiciones de la ley Nº 15.840.
El señor Momberg:
Al señor Ministro de Trabajo y Previsión Social, para que se sirva considerar la posibilidad de construir una población para empleados particulares en Pucón;
Al señor Ministro de Obras Públicas, para que se sirva disponer de un vehículo para la Inspetcoría de Carahue de la Oficina de Vialidad.
El señor Morales,, don Raúl, ai señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, para que se sirva disponer que no se apliquen en Chiloé las disposiciones que prohiben la venta de carne en ciertos días.
El señor Ochagavía:
Al señor Ministro del Interior, para que se sirva disponer la donación que ha ofrecido a la Planta Eléctrica de la Municipalidad de Quellón en beneficio de la ciudad;
Al señor Ministro de Obras Públicas, para que se sirva destinar los fondos necesarios para la construcción del camino de Dalcahue a Tenaún;
Al señor Ministro del Interior, para que se sirva disponer la entrega a la Municipalidad de Quellón de implementos eléctricos y combustible para el funcionamiento de su planta eléctrica.
El señor Palestro, al señor Ministro de Educación Pública para que se sirva informar acerca de los impedimentos que habrían ocurrido para dar cumplimiento al dictamen de la Contraloría General de la República que ésta ordenó instruir en la Escuela Especial de Desarrollo de la comuna de La Reina.
El señor Papic, al S. E. el Presidente de la República para que se sirva incluir en la actual convocatoria a sesiones extraordinarias el proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Quiriquina para contratar empréstito.
Al señor Phillips, al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, para que se sirva informar acerca del número de filiales que tiene la CORFO y ¡os avales que presta a las distintas industrias del país.
El señor Turna:
Al señor Ministro del Interior para que la Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas inspeccione las instalaciones de los servicios de luz, agua y gas; en el edificio denominado Bahía;
Al señor Ministro de Vías y Obras pa- ra que se dictamine acerca de la conveniencia de hacer las reparaciones necesarias a fin de impedir penetraciones de agua en el edificio denominado "Bahía";
A la Iltma. Municipalidad de Viña del Mar, para que el departamento de obras municipales no reciba el edificio mientras no se hagan las reparaciones solicitadas.
El señor Valente,, al señor Ministro de Hacienda a fin de que se suspendan ¡os trámites de entrega de parcelas en los Vaües de Azapa, Lluta y Camarones, del Departamento de Arica, hasta determinar si el procedimiento de selección se ha ajustado a los antecedentes de cada una de las personas.
El señor Zorrilla:
Al señor Ministro de Obras Públicas a fin de que se envíe un ingeniero que proceda a efectuar el nuevo trazado del Canal Campos, en la Comuna de Villa Alegre, departamento de Loncomilla;
Al señor Ministro de Salud Pública, solicitándole la construcción en el pueblo de Copihue, departamento de Parral, de una posta de primeros auxilios;Al señor Ministro de Salud Pública, para que se proporcione Servicio de Atención Dental, a los vecinos de Melozal, departamento de Loncomilla, provincia de Linares;
Al señor Ministro del Interior a fin de solucionar los problemas que afectan al poblado de Melozal, en el departamento de Loncomilla, provincia de Linares;
Al señor Ministro de Educación Pública, para que se estudien los problemas educacionales de la provincia de Linares;
A! señor Ministro de Educación Pública para que se consideren los problemas educaciones del Departamento de Parral.
V.-TEXTO DEL DEBATE
- Se abrió la sesión a las 16 horas 15 minutos.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En el nombre de Dios, se abre la sesión.
Las actas de las sesiones 1° y 2° quedan aprobadas, por no haber merecido observación.
El acta de la sesión 3°, está a disposición de los señores Diputados.
Se va a dar lectura a la cuenta.
- El señor Prosecretario subrogante da cuenta de los asuntos recibidos en la Secretaría.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).- Terminada la Cuenta.
1.-CALIFICACIONES DE URGENCIAS
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Su Excelencia el Presidente de la República ha hecho presente la urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley:
1° El que modifica la ley N° 15.076, sobre el Estatuto Médico Funcionario;
2° El que prorroga el artículo 133 de la ley N° 14.171, que establece un tratamiento especial para las industrias instaladas en las zonas afectadas por los sismos de 1960;
3° El que deroga el artículo 20 de la ley 15.386, de revalorización de pensiones, que establece el derecho de solicitar el pago del desahucio, no obstante permanecer en actividad, a los imponentes que han cumplido los requisitos para obtener pensión con sueldo íntegro.
Si no se pide otra calificación, se declararán calificadas de "simples" las urgencias hechas presentes, sin perjuicio de la proposición que oportunamente formulara la Mesa.
Acordado.
2.-RETIRO DE OBSERVACIONES FORMULADAS POR EL EJECUTIVO A DOS PROYECTOS DE LEY
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Su Excelencia el Presidente de la República ha solicitado se acceda al retiro de las observaciones formuladas a los siguientes proyectos de ley aprobados por el Congreso Nacional:
1° El que modifica la ley N° 9.588, que creó el Registro Nacional del Viajante, y
2° El que establece que, durante el año agrícola 1965-1966, los obreros del campo gozarán de las mismas regalía que tenían en el período comprendido entre el I"? de mayo de 1964 y el 30 de abril de 1965.
Si le parece a la Cámara, se accederá al retiro de las observaciones.
Acordado.
3.-PERMISO CONSTITUCIONAL PARA AUSENTARSE DEL PAIS
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
El Honorable señor Eugenio Ballesteros ha solicitado permiso constitucional para ausentarse del país por un plazo superior a 30 días.
Si le parece a la Sala, se otorgará el permiso.
Acordado.
4.-DEVOLUCION DE ANTECEDENTES PERSONALES
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
El señor Cipriano Candia Sotomayor ha solicitado la devolución de los antecedentes acompañados a un proyecto de ley que le concede beneficios.
Si le parece a la Corporación, se devolverán los antecedentes.
Acordado.
5.-COPIAS AUTORIZADAS DE ANTECEDENTES ACOMPAÑADOS A UN PROYECTO DE INTERÉS PARTICULAR
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Don Jorge Parra Ibáñez ha solicitado copias autorizadas de los antecedentes acompañados a un proyecto de ley que le concede beneficios.
Si le parece a la Sala, se otorgarán las copias solicitadas.
Acordado.
6.-ACUERDOS DE LOS COMITES PARLAMENTARIOS
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
El señor Secretario va a dar lectura a los acuerdos adoptados en forma unánime por todos los Comités parlamentarios.
El señor KAEMPEE (Secretario subrogante).-
Los Comités parlamentarios, en sesión celebrada el lunes 18 del presente bajo la presidencia del señor Papic y con asistencia de los señores Videla, Sívori, Jerez, Sanhueza, Gajardo y Montt, por el Comité Demócrata Cristiano; Ibáñez, por el Comité Radical; Millas, por el Comité Comunista; Aravena, don Jorge, por el Comité Democrático Nacional; Monckeberg, por el Comité Independiente; Martínez Camps y, además, del señor Simián, Ministro de Minería, tuvieron a bien adoptar, por unanimidad, los siguientes acuerdos:
I.- Tratar y despachar el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que autoriza al Presidente de la República para fijar disposiciones por las que se regirá el Departamento del Cobre, establecer un estatuto de inversiones mineras y dictar normas sobre sociedades mineras mixtas, en sesiones que se celebrarán los días jueves 21 y viernes 22 próximos, con sujeción a las siguientes modalidades;
a) Facultar a la Mesa para citar a las sesiones que estime necesarias en los días señalados, para la discusión y votación de las enmiendas del Senado al proyecto referido;
b) Cada Comité parlamentario podrá usar hasta una hora y media, en total, durante la discusión de todas las enmiendas del Senado, tiempo que podrá emplearse en algunas o en todas las modificaciones, a su arbitrio. Los Comités usarán de la palabra en el orden en que la soliciten;
c) Las interrupciones que soliciten los señores Diputados a los señores Ministros de Estado o a otros señores Diputados, una vez concedidas, serán con cargo al tiempo del Comité a que pertenezca quien la obtenga;
d) Los tiempos anteriores se entienden sin perjuicio de los que correspondan a los señores Ministros de Estado;
e) Cumplidos los tiempos a que se refieren las letras b) y e), se declarará cerrado el debate respecto de todas las modificaciones pendientes hasta ese instante, las cuales se procederán a votar hasta el total despacho del, proyecto en ese trámite constitucional;
f) Con el objeto de dar cumplimiento a estos acuerdos, la última sesión que celebre la Corporación del día viernes 22 del presente, se prorrogará, por todo el tiempo que sea necesario, hasta el total despacho de las modificaciones;
g) Quedan suprimidas todas las votaciones secretas en los casos en que reglamentariamente procedieren, y
h) Dividir la votación respecto de las enmiendas del Senado que consistan en modificaciones de disposiciones legales reglamentarias y en los casos en que, en reemplazo de una disposición de la Cámara, se propongan diversos artículos; todo ello sin perjuicio del derecho que el artículo 149 confiere a los señores Diputados y que les permite pedir división de la votación.
Las disposiciones a que se refiere el acuerdo precedente son:
1.- Las enmiendas introducidas a los artículos 1º y 2º aprobados por la Cámara, que pasan a ser artículo 1º en el texto propuesto por el Senado, por las cuales se modifican diversos artículos de la ley N° 11.828, que se votarán en forma separada.
Figuran en la página 56 del boletín comparado.
2.- Los diez artículos, signados con los números 4º a 13, que se proponen en reemplazo del artículo 4° aprobado por esta Corporación.
3.-Los tres números del artículo 28 propuesto por el Senado que modifican el decreto 313, llamado Estatuto de los Trabajadores del Cobre.
II.- Tratar y despachar en el primer lugar del Orden del Día de la sesión ordinaria en que se dé cuenta del informe de la Comisión de Hacienda, el proyecto de ley, originado en un Mensaje, que prorroga por 6 meses la vigencia del artículo 133 de la ley 14.171, que establece un tratamiento especial para facilitar la instalación de industrias en las zonas afectadas por los sismos de 1960.
Respecto de esta materia, la Mesa hará una proposición complementaria.
III.- Conceder hasta quince minutos, inmediatamente después de la Cuenta de la sesión ordinaria que debe celebrar la Corporación el miércoles próximo, 20 del presente, al señor Martínez Camps, con el objeto de que se refiera a la 4.5º Conferencia Interparlamentaria Mundial celebrada en Ottawa, Canadá, y a la 20º Conferencia Mundial de Scouts, realizada en la ciudad de Méjico.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
La Mesa declara reglamentariamente aprobados los acuerdos precedentes.
7.-PREFERENCIA PARA TRATAR Y DESPACHAR UN PROYECTO DE LEY
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable Cámara, en la reunión de Comités parlamentarios celebrada ayer, a proposición de algunos Honorables Diputados, se acordó tratar, en la sesión en que se diera cuenta del informe de la Comisión de Hacienda, el proyecto que prorroga la vigencia del artículo 133 de la ley 14.171, que otorga facilidades para la instalación de industrias en las zonas afectadas por los sismos de 1960, y cuyo plazo expira el 26 del presente.
Dicho acuerdo se adoptó en la inteligencia de que el proyecto requería el trámite de la Comisión de Hacienda y para los efectos de lo dispuesto en lo« artículos 61 y 62 del Reglamento, atendidas las explicaciones que dio el Diputado interesado en su despacho.
Posteriormente, la Mesa, al examinar el proyecto, pudo comprobar que dicha iniciativa no requería el informe de la Comisión de Hacienda en el carácter de Comisión financiera y que se podía prescindir de él. Atendida la urgencia que existe en el despacho de esta iniciativa, la Mesa, interpretando el sentir de la mayoría de la Honorable Cámara, se permite formular la siguiente proposición:
Primero, eximir a este proyecto del trámite de Comisión y segundo, despachar esta iniciativa sobre Tabla, en el primer lugar del Orden del Día de la presente sesión, sin debate.
Si le parece a la Sala así se acordará.
El señor TUMA.-
¡No hay acuerdo!
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¿Por qué se opone Su Señoría?
El señor TUMA.-
No se puede tratar sin debate ese proyecto.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Si le parece a la Sala, se concederán cinco minutos a cada Comité para debatir este proyecto.
Acordado.
8.-BENEFICIOS A LOS TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACION LOCAL DEL PUERTO DE VALPARAISO.- PREFERENCIA PARA DESPACHAR LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO A ESTE PROYECTO
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Diversos Comités han hecho presente a la Mesa su interés en el rápido despacho de las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que otorga diversos beneficios a los trabajadores de la Administración Local del puerto de Valparaíso.
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para que en el Orden del Día de la presente sesión, a continuación del proyecto para el que se acordó preferencia, se trate y despache, sobre Tabla, las observaciones a que me he referido. La Mesa propone conceder a cada Comité hasta diez minutos para referirse a ellas en conjunto, en el orden en que soliciten la palabra. Transcurrido dicho tiempo, se declarará cerrado el debate y se procedería a la votación de las observaciones hasta su total despacho, omitiéndose el trámite de votación secreta.
El señor MILLAS.-
¿La Mesa propone una sola discusión para todas las observaciones?
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Sí, Honorable Diputado..,
Si le parece a la Sala, se aprobará el procedimiento prepuesto.
Acordado.
9.- DESIGNACION DE REPRESENTANTES DE LA HONORABLE CAMARA EN LA COMISION MIXTA DE PRESUPUESTOS
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el acuerdo de la Cámara para aprobar las designaciones propuestas por los diversos Comités respecto de los integrantes de la Comisión Mixta de Presupuestos.
Acordado.
10-ALZA DE TARIFAS TELEFONICAS Y DEL GAS LICUADO.- OFICIOS EN NOMBRE DE LA CAMARA
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
El Honorable señor Jerez ha solicitado dos minutos.
Si le parece a la Cámara, se concederá dicho tiempo.
A cordado.
El señor PALESTRO.-
Yo también había solicitado dos minutos, señor Presidente.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Yo también había pedido tiempo.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el Honorable señor Jerez.
El señor JEREZ.-
Señor Presidente, loa suscriptores de la Compañía de Teléfonos de Chile han sido notificados de un alza, que alcanza al 21,3%^ en las tarifas de ese servicio.
Por otra parte, informaciones de prensa extra oficiales han señalado que los distribuidores y vendedores de gas licuado están solicitando en estos momentos estudios de costos, con el objeto de obtener autorización para aumentar en 189% e; precio de sus productos.
Respecto del primer hecho, los parlamentarios democratacristianos deseamos hacer presente que la Honorable Cámara, por iniciativa de nuestro Honorable colega señor Sívori, ha pedido los antecedentes correspondientes a esa determinación. Por lo tanto, ahora solicitamos del señor Presidente -en cumplimiento del acuerdo adoptado hoy por los Comités democratacristianos, en reunión celebrada a mediodía- que se sirva dirigir oficios a los señores Ministro del Interior y de Economía, Fomento y Reconstrucción en nombre de la Honorable Cámara, a fin de que envíen a esta Corporación los antecedentes que justificarían las alzas de las tarifas telefónicas y de gas licuado, respectivamente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el asentimiento de la Honorable Cámara para transcribir las observaciones del Honorable señor Jerez a los señores Ministros del Interior y de Economía, Fomento y Reconstrucción, en la forma que se ha señalado.
Acordado.
11.-HOMENAJE A LA CONGREGACION FRANCISCANA DE OSORNO, CON MOTIVO DE CUMPLIR SU CUARTO CENTENARIO
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
El Honorable señor Arancibia ha solicitado cinco minutos para rendir un homenaje.
Si le parece a la Honorable Cámara, se accederá esa petición.
Acordado.
El señor PALESTRO.-
Yo también he solicitado dos minutos, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el Honorable señor Arancibia.
El señor ARANCIBIA.-
Señor Presidente, Honorable Cámara:
El 27 de septiembre último los frailes franciscanos de Osorno cumplieron 400 años de actividades en la zona.
La ciudad, que ha tejido la urdimbre de su historia a través de los muros del convento franciscano, celebró este cuarto centenario con el regocijo que significa venerar a una institución que le es tan propia, que está entrelazada a su existencia en largos cuatrocientos años como todo lo auténticamente de Osorno: el agua que "viste" y decora sus campos, sus bellos bosques, lagos y ríos.
Fueron, con las mesnadas de los conquistadores de España, la vanguardia arriesgada del ejército de Dios y, como aquéllos, fueron heroicos; pero al servicio del hermano de raza y del indio. Sus conventos de la ciudad y del poblado que se formaba fueron oasis de caridad, de civilización, de humanidad. En fin, fueron siempre, en cualquier lugar, enfermeros, pregoneros de la verdad, héroes de la misericordia.
Se mezclaron en la corriente de la vida y buscaron la compañía de los hombres, aunque no fueran llamados; y participaron más de las penas que de las alegrías de los hermanos, en especial de los pobres, en recuerdo cuotidiano del "pobrecilio de Asís."
Fueron de todo, cuando tenían que hacer de todo: buenos campesinos, obreros trabajadores, artesanos honrados y capaces, y, siempre, sanadores de almas, aspirantes a santos en un mundo no santo.
Por todo esto, el pueblo osornino y de la región quiso a sus frailes franciscanos. Su sayal café y la talega limosnera eran acogidos y repletados, tanto en la casa señorial como en el rancho color de barro. Porque su vida, en la región que tiene a Osorno como capital, es la historia de Osorno mismo. Al rendir este homenaje a los frailes franciscanos en la Cámara de Diputados de mi patria, quiero que, en la ciudad pujante del porvenir, sigan el derrotero que les marcó San Francisco, su fundador, y que, en lo que de ellos dependa, ayuden para que el reino de los cielos, del que son emisarios, comience aquí abajo para los ignorados y abandonados de siempre: los pobres.
Muchas gracias, señor Presidente.
12.-ANALISIS DEL ACTUAL PROCESO POLITICO, ECONOMICO Y SOCIAL.- NECESIDAD DE UN DEBATE AMPLIO SOBRE LA MATERIA
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
El Honorable señor Jorge Aravena solicita que se le concedan cinco minutos.
El señor ACEVEDO.-
Pido también diez minutos para el Comité Comunista, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Si le parece a la Sala, se concederá el tiempo pedido por el Honorable señor Aravena.
Acordado.
El señor ACEVEDO.-
¿Y el tiempo que he solicitado?
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Señor Presidente, en los días recién pasados, la opinión pública de nuestro país ha tenido ocasión de conocer los planteamientos políticos y sociales de los partidos Comunista y Socialista. Tanto uno como el otro han empleado a fondo su pensamiento para enfocar la hora presente, de acuerdo, por cierto, con sus particulares puntos de vista.
La prensa, la radio y la televisión han dado a conocer ampliamente la opinión de la mayoría de sus más destacados personeros nacionales, como también la de algunos delegados extranjeros que asistieron al XIII Congreso del Partido Comunista.
Comprendo lo que significa para nuestro pueblo este debate abierto y franco habido en el Partido Comunista, y el diálogo pública sostenido con el Partido Socialista, en las horas precisas en que el país se desenvuelve bajo la égida del partido y del gobierno de la Democracia Cristiana, que ha proclamado y se empeña en llevar adelante una "revolución en libertad".
Nada más oportuno que esta ocasión para expresar el pensamiento de las diferentes corrientes de opinión representadas en esta alta Corporación; ya que en las deliberaciones de los partidos a que me he referido, se ha hecho un profundo análisis de nuestro proceso político, social y económico y, a la vez, han fijado ellos sus posiciones de lucha en el orden nacional e internacional, con lo cual queda configurado, en forma precisa, la ubicación de esos partidos dentro del plano político y social de nuestro país, como, asimismo frente al Gobierno y la Democracia Cristiana.
En consecuencia, creo que es bueno saber lo que cada colectividad o movimiento de opinión piensa o sustenta en esta hora en que parece que, por fin, se dan las condiciones adecuadas para hacer realidad el término "Democracia", en su más amplia expresión. En efecto, vivimos en un régimen en el cual todo ciudadano y toda colectividad es libre para expresar su opinión e influir, así, sobre sus conciudadanos, siempre que no abuse de su libertad de pensamiento, de palabra y de acción, para despojar a su prójimo de ese mismo derecho.
Y oreo que es bueno, también, que lo hagamos a través de esta alta tribuna; porque es obvio que aquí estas opiniones tiene igualdad de posibilidades. Además, existe la ventaja inconmensurable de que aquí se pueden debatir ampliamente, dejando escrito en los anales de este Parlamento todo lo que signifique una enseñanza para los hombres que se interesen o sientan inquietud -por el desarrollo liberador de los pueblos latinoamericanos, y estén dispuestos a conocer ¡o que es una verdadera y auténtica democracia, mediante la cual se puede lograr la aspiración de establecer un "gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo".
Yo creo, del mismo modo, que sería ampliamente favorable para la salud democrática de nuestra convivencia política y social, que se pudiera abrir un debate de alto nivel, en el que se ofrezca la oportunidad de hacer sentir, al calor de los principios que cada uno sustenta y en forma definida, tajante, si se quiere, la posición de cada uno frente a las alternativas que ofrece al país el actual gobierno el partido mayoritario del momento, la Democracia Cristiana, la cual debe exponer, con claridad y nitidez, la meta que se ha fijado para lograr, a través de la llamada "revolución en libertad" el bienestar de nuestro pueblo.
El pueblo, formado por la masa trabajadora, la clase media y la burguesía misma, a la cual no le podemos negar sus derechos ciudadanos, necesita conocer la verdad y reclama, tanto del Gobierno como de la oposición y, además, de todos los partidos políticos, más que un pronunciamiento partidista, ser informada hacia dónde marcharán los destinos de la Nación y cuáles son los caminos que deberán recorrer para alcanzar las aspiraciones o el ideal propuestos.
Estoy seguro que el pueblo, la comunidad sin exclusiones vería, con profunda satisfacción, que, en esta hora de incertidumbre, surgiera de esta Corporación una luz que -iluminara los obscuros comentarios y vacilantes pensamientos que están perturbando la buena fe y la sana esperanza que ha puesto un pueblo en un gobierno, que eligió libre y soberanamente...
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo solicitado por Su Señoría.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Solicito un minuto más, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Si le parece a la Honorable Cámara...
El señor PALESTRO.-
No hay acuerdo para nada.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
No hay acuerdo.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se han solicitado los siguientes tiempos;
El Honorable señor Palestro, dos minutos;
El Honorable señor Acuña, tres minutos;
La Honorable señora Lazo, un minuto, y El Comité del Partido Comunista solicita se le concedan diez minutos, a continuación del tiempo que le corresponde en la Hora de Incidentes.
El señor OCHAGAVIA.-
No hay acuerdo.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio.-
Hay oposición.
13.-NOMINA DE LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISION MIXTA DE PRESUPUESTOS
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se va a dar lectura a la nómina de los señores Diputados propuestos por los diversos Comités para integrar la Comisión Mixta de Presupuesto.
El señor KAEMPFE (Secretario subrogante).-
La Comisión Mixta de Presupuestos estará integrada por los siguientes señores Diputados: Acevedo, don Juan; Cademártori, don José; Cancino, don Fernando; Cerda, don Eduardo; Irureta, don Narciso; Jaque, don Duberildo; Lavandero, don Jorge; Rioseco, don Manuel ; Sepúlveda, don Francisco, Valdés, don Manuel y Valenzuela, don Ricardo.
14.-ALZA DE LAS TARIFAS DE TAXIS Y DIVERSOS ARTÍCULOS
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
La Honorable señora Lazo ha solicitado que se recabe nuevamente la venia de la Honorable Cámara para que se le conceda un minuto. ¿Habría acuerdo para concederle el tiempo solicitado?
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, es solamente para hacer una observación.
La opinión pública conoce el movimiento de los dueños de taxis en favor de un alza de tarifas. Y yo me pregunto: ¿por qué tiene que ser la Municipalidad de Santiago la que decida esta alza, en circunstancias que son varias las Municipalidades de que dependen los servicios de taxis de la ciudad de Santiago y, naturalmente, todas ellas tienen, en esta materia, los mismos derechos que, en este momento, se está arrogando la Municipalidad de Santiago?
He tenido conocimiento de que hay algunos choferes, dueños de taxis pequeños, o mejor dicho, de "cacharritos", que estarían conformes con las tarifas actuales. En tal caso, ellos solicitan que se haga la clasificación de taxis de primera y de segunda categorías, para la determinación de las tarifas.
Por otra parte, en la petición que formuló el Honorable señor Jerez, deseo que se incluya, también, la de una investigación del alza del precio de los cigarrillos, alza que, en definitiva, significa disminuir la ganancia del que los expende. Además, tal como pidió el Honorable señor Dueñas, deseo que se investigue también el precio del gas de cañería.
Nada más, señor Presidente.
15.-EFECTOS DE LA RESTRICCIÓN CREDITICIA EN EL SUR DEL PAIS.- PETICION DE OFICIO
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
El Honorable señor Acuña ha solicitado tres minutos.
El señor PALESTRO.-
Y yo dos minutos, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¿Habría acuerdo para conceder el tiempo solicitado por el Honorable señor Acuña.
Acordado.
El señor PALESTRO.-
¡Voy a reclamar contra la conducta de la Mesa! Está muy parcial.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el Honorable señor Acuña.
El señor ACUÑA.-
Señor Presidente, sólo deseo referirme al problema, que preocupa al país en estos instante, provocado por la política crediticia del actual Gobierno, que ha creado un clima de angustia y asfixia económica en diversas regiones del territorio nacional.
Los Diputados del sur de Chile y, en particular, los parlamentarios de Osorno, hemos sido requeridos por todas las entidades de la producción: las Cámaras de Comercio e Industria, las sociedades agrícolas y los pequeños y medianos comerciantes e industriales, para hacer presente al 'Gobierno el grave problema que está originando en la zona, especialmente en la provincia de Osorno, la paralización de casi todas las operaciones crediticias, tanto en los bancos particulares como en el Banco del Estado. Los representantes de la Cámara de Comercio y de las sociedades agrícolas nos han expresado que este hecho está produciendo una grave crisis, que se suma a las lamentables consecuencias que han tenido en el sur las medidas adoptadas por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción respecto de la matanza de ganado, que, indudablemente, perjudican a la agricultura de esa parte del país.
De aquí que exista alarma, ya que estas restricciones crediticias han provocado cesantía en el sur, lo que ha hecho que, en estos mismos instantes, el Subsecretario del Interior, señor Juan Hamilton, visite las provincias de Valdivia y Osorno, a las que ha viajado especialmente para investigar esta situación.
Por eso, queremos solicitar del Supremo Gobierno, específicamente del señor Ministro de Hacienda, que se sirva adoptar medidas prácticas, urgentes e inmediatas, a fin de sacar a ia zona sur, en particular a nuestra provincia, del clima de asfixia económica en que está viviendo por obra de la restricción crediticia, que ha paralizado, como decía hace un momento, innumerables actividades, causando cesantía y perjudicando a muchos contribuyentes, quienes ni siquiera pueden recurrir a los bancos para conseguir recursos a fin de poder pagar los compromisos tributarios de esta temporada.
Por estas razones, solicito, en mi nombre -creo que también agregarán el suyo mis colegas de la provincia de Osorno- que se envíe oficio al señor Ministro de Hacienda, planteándole este problema y solicitándole que se adopten las medidas del caso para remediar los graves efectos que ha provocado la restricción crediticia en el sur del país.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para enviar, en nombre de la Cámara, el oficio a que se ha referido el Honorable señor Acuña.
Un señor DIPUTADO.-
No hay acuerdo.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Hay oposición.
16.-SUMARIO ADMINISTRATIVO INSTRUIDO EN LA ESCUELA ESPECIAL DE DESARROLLO DE LA COMUNA DE LA REINA, PROVINCIA DE SANTIAGO. INCUMPLIMIENTO DE DICTAMEN DE LA CONTRALORIA. OFICIO EN NOMBRE DE LA CAMARA.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
El Honorable señor Palastro ha solicitado que se le concedan tres minutos.
Si le parece a la Honorable Cámara, so le concederá dicho tiempo.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PALESTRO.-
Señor Presidente, es solamente para solicitar que se dirija oficio al señor Ministro de Educación Pública, con el objeto que dé a conocer las razones por qué, hasta ahora, no se ha dado curso al sumario administrativo que el señor Contralor General de la República ordenó instruir en la Escuela Especial de Desarrollo de la comuna de La Reina, de la provincia de Santiago, que estableció graves cargos para funcionarios de ese plantel educacional.
En efecto, el citado sumario, aprobado en todas sus partes por el señor Contralor, sanciona con multa de 15 días de sueldo a la Inspección del Liceo de Niñas de Talca, señorita Isolina Orellana Salillas; con amonestación a la Asistente Social Jefe de la Casa Nacional del Niño, doña Telma Uribe Ortega, y con la petición de renuncia a la Directora de la Escuela Especial de Desarrollo, doña Gabriela Pieckert Whitte.
Como hasta la fecha, a pesar de que estas conclusiones de la Contraloría están en conocimiento del señor Ministro de Educación, no se ha dado cumplimiento al dictamen, solicito que se oficie a este organismo, con el objeto de que tenga a bien informar si existe algún impedimento para su cumplimiento, ya que la actual situación perjudica el normal funcionamiento de la Escuela y el prestigio de la Dirección del plantel ante los apoderados y la comunidad.
La verdad de las cosas, señor Presidente, es que a raíz de este sumario la Directora de la Escuela Especial de Desarrollo de la Comuna de La Reina, ha desencadenado una violenta ola de persecusiones en contra de los profesores y de los apoderados de los niños allí internados, quienes fueron los que dieron a conocer a la Contraloría las diversas irregularidades ocurridas, las que perjudicaban el funcionamiento del mencionado plantel.
Como reviste mucha gravedad el hecho de que el señor Ministro de Educación Pública no haya dado curso a esto sumario. solicito se le dirija oficio, en nombre de la Honorable Cámara, con el objeto de que nos informe acerca de las razones por las cuales no se han aplicado las sanciones indicadas en él.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¿Me permite. Su Señoría? Ha terminado el tiempo que le fue concedido.
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para enviar, en nombre de la Cámara, el oficio a que se ha referido el Honorable señor Palestro.
Acordado.
ORDEN DEL DIA
17.-PRORROGA DE LAS FRANQUICIAS CONCEDIDAS PARA LA INTERNACIÓN DE MAQUINARIAS A LAS INDUSTRIAS DE LA ZONA AFECTADA POR LOS SISMOS DE 1960.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Corresponde tratar el proyecto que prorroga la vigencia del artículo 133 de la ley N° 14.171, por el cual se concedieron franquicias para la internación de máquinas y aparatos industriales destinados a las empresas que se instalen en la zona afectada por los sismos de mayo de 1960. Para el despacho de esta iniciativa se ha acordado el tratamiento especial que ya conocen los señores Diputados.
- El proyecto dice como sigue:
"Artículo único.- Concédese al artículo 133 de la ley N° 14.171 de 1960, una vigencia adicional de seis meses contados desde el día 26 de octubre de 1965, para las importaciones autorizadas conforme al D.F.L. Nº 258 de 1960 y para aquellas respecto de las cuales se hubiere declarado; antes de la fecha indicada, por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, el derecho para gozar de las franquicias que concede esa disposición legal"'.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En discusión general el proyecto. Ofrezco la palabra.
El señor TUMA.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, quiero dejar establecido que, en realidad, no quise oponerme a los acuerdos de los Comités cuando Su Señoría anunció que este proyecto se trataría sin debate. Sólo deseaba formular algunas observaciones que aclararan diversas situaciones que se van a producir en relación con la prórroga de la vigencia del artículo 133 de la ley m 14.171.
El artículo único del proyecto que estamos discutiendo dice como sigue:
"Concédese al artículo 133 de la ley número 14.171 de 1960, una vigencia adicional de seis meses contados desde el día 26 de octubre de 1965, para las importaciones autorizadas conforme al D.F.Ij, N"? 258 de 1960 y para aquellas respecto de las cuales se hubiere declarado, antes de la fecha indicada, por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, el derecho para gozar de las franquicias que concede esa disposición legal."
Señor Presidente, el Ejecutivo envió este Mensaje por haberse compi^obado que hay muchas industrias que se encuentran imposibilitadas para recibir las importaciones efectuadas dentro del plazo establecido en el artículo 133 de la ley 14.171. Pero también existen otras que, en atención a que la ley estaba por vencer y a las dificultades que ordinariamente se presentan en el Banco Central para realizar estas operaciones, postergaron la iniciación de los trámites para importar algunas maquinarias, y ellas, a pesar de estos seis meses de prórroga, tampoco se atreverán a hacer las gestiones correspondientes, por cuanto los fabricantes de maquinarias de Europa y Estados Unidos, salvo escasas excepciones, no podrían fabricarlas y despacharlas en el plazo establecido por esta nueva prórroga. Los trámites en el Banco Central demoran alrededor de 90 días; en consecuencia, quedarían sólo 9Cf más para efectuar el pedido y obtener su despacho. No hay mercadería procedente de Estados Unidos "o de Europa cuyo envío no demore, por lo menos, sesenta días. Es decir, nos volveremos a encontrar conque el plazo de seis meses propuesto también es insuficiente.
Por eso, me he permitido presentar una indicación en el sentido de que aquellas importaciones que sean aprobadas por el Banco Central dentro del término establecido por este proyecto de ley, gozarán de las mismas franquicias, aun cuando no hayan alcanzado a ser internadas en la fecha que venza esta nueva prórroga. El Honorable señor Jerez concurrió también a firmar esta indicación, porque encontró razonable que se aclarara el espíritu de la ley, y manifestó que el mismo señor Ministro le había expresado que éste era el sentido que quiso darse a la disposición, al proponerse su prórroga. Por eso, deseo que la Honorable Cámara apruebe esta indicación, la cual, no difiere en absoluto de la ley, sino que la aclara en el sentido ya indicado.
Nada más, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el Honorable señor Jerez.
El señor JEREZ.-
Señor Presidente, esta iniciativa del Gobierno fue enviada al Congreso a petición de algunos parlamentarios, especialmente de la zona de Concepción, atendiendo al requerimiento que les hicieron, no sólo los industriales, sino también diversos gremios interesados en la ampliación de las instalaciones industriales en las cuales ellos trabajan.
El Honorable señor Turna ha sido muy claro en el planteamiento de algunos de los aspectos de esta iniciativa. Igualmente, el Honorable señor Montt se referirá, más adelante, a la prórroga de ciertos plazos que están por extinguirse, en relación con distintos beneficios que favorecen a sectores más modestos. También queremos hacer presente que esta iniciativa se habría presentado en el Senado como indicación dentro del proyecto que elimina la tributación a los predios de avalúo inferior a cinco mil escudos. Como dicho proyecto está sujeto a una tramitación más demorosa, solicitamos el desglose de la referida indicación y su envío como proyecto directamente por el Ejecutivo. Por esa razón se le ha dado un trato preferencial, ya que la vigencia de la ley termina el 26 de octubre próximo.
Por lo tanto, encuentro aceptable que esta iniciativa se debata en forma breve, y ojalá que, por acuerdo de la Honorable Cámara, se solicite del Senado que la despache rápidamente y se remita a esta Corporación, a fin de que se cumpla el objetivo que tuvo en vista el Gobierno al enviarla al Congreso.
Concedo una interrupción al Honorable señor Montt, señor Presidente,
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable Diputado.
El señor MONTT.-
Señor Presidente, algunos Diputados de la Democracia Cristiana formulamos indicación para prorrogar la vigencia del artículo 91 de la ley Nº 14.171. Esta disposición tiene por objeto, específicamente, facilitar las expropiaciones para la remodelación de las ciudades destruidas o afectadas por los sismos de mayo de 1960. En estos instantes están en tramitación diversas expropiaciones en ciudades del sur, para los fines señalados, que no alcanzarán a terminarse ante del 26 de octubre de este año.
Por lo tanto, hemos formulado indicación para prorrogar también la vigencia del artículo 91 de la citada ley, por dos años, con el objeto de que pueda ponerse término a las expropiaciones a que me he referido en las ciudades afectadas por los sismos de 1960, y conseguir de esta manera su remodelación.
Muchas gracias.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, esta disposición que había sido aprobada anteriormente por la Honorable Cámara y que viene a llenar un vacío, fue propuesta por parlamentarios de distintos partidos, con el fin de prorrogar la vigencia de las facilidades que tenían los industriales de la zona afectada por los sismos de 1960, para internar maquinarias al país.
Concuerdo con el Honorable señor Tuma en que lo relativo a la vigencia de la disposición se aclara con la indicación que Su Señoría va a someter a la consideración de la Honorable Cámara.
Es indiscutible que la tramitación en el Banco Central y la traída de la maquinaria de países europeos y de Norteamérica demora, a veces, más de un año. Si se estableciera aún esta prórroga, la iniciativa en debate sería inoperante.
Por eso, junto con aprobar este proyecto, en general, presentaremos una indicación para que estas maquinarias puedan ser internadas durante un plazo más largo, con la sola aprobación del Banco Central.
En esta forma, creemos que especialmente aquellas industrias de las zonas afectadas por el terremoto de 1960, que perdieron toda su maquinaria, podrán reponerla y aumentar la producción, como el país lo necesita.
Nada más.
La señora ENRIQUEZ.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora ENRIQUEZ.-
Señor Presidente, deseo anunciar los votos favorables de los parlamentarios del Partido Radical a este proyecto del Ejecutivo, porque también nuestro deseo es que esta situación se regularice.
Por otra parte, quiero hacer presente que formulé una indicación sobre la materia señalada anteriormente por el Honorable colega señor Montt, aunque no deseaba que hubiera muchas al respecto. Me refiero a la prórroga del plazo para efectuar expropiaciones en la zona afectada por los sismos del año 1960, las cuales no han podido realizarse en los cinco años fijados en la ley por diversos motivos, entre ellos, la ejecución de los estudios, la falta de fondos, etcétera. El hecho es que todavía están sin remodelar y con las arterias más importantes sin construir diversas ciudades del sur, muy en especial Valdivia, por lo que ruego a la Honorable Cámara se sirva acoger favorablemente la indicación que prorroga por diez años el plazo para hacer dichas expropiaciones.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor AGURTO.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor AGURTO.-
Señor Presidente, también quiero anunciar los votos favorables de los Diputados del Partido Comunista, porque nos parece muy justo este proyecto de ley que tiene por objeto prorrogar por seis meses más la vigencia del artículo 133 de la ley N° 14.171.
Sabemos que la industria de la provincia de Concepción, especialmente, ha tenido dificultades para internar maquinaria. Las que poseían, como se sabe, fueron dañadas con motivo de los sismos del año 1960.
Asimismo, son numerosas las industrias de la provincia que no han solucionado los conflictos que mantienen con sus trabajadores en espera de contar con una instalación completa de maquinarias.
Por otra parte, también estamos de acuerdo con el planteamiento del Honorable señor Tuma, en el sentido de que es indispensable resolver la situación de los industriales que no han podido internar su maquinaria dentro del plazo fijado por la ley.
Por esta razón, los Diputados comunistas anunciamos nuestros votos favorables a este proyecto de ley.
Nada más, y muchas gracias.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Cerrado el debate.
Se dará lectura a las indicaciones que se han formulado.
El señor KAEMPFE (Secretario subrogante).-
De los señores Montt, Papic, Jerez y la señora Enríquez, para agregar el siguiente inciso complementario: "Prorrógase por el plazo de 10 años la vigencia del artículo 91 de la ley Nº 14.171"; y
De los señores Jerez y Tuma, para agregar el siguiente inciso segundo: "Las importaciones que hayan sido aprobadas por el Banco Central dentro del plazo que establece esta ley, gozarán de tales franquicias aunque no hayan alcanzado a ser internadas al país en la fecha indicada".
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Si le parece a la Cámara, se votará el artículo único con las dos indicaciones formuladas.
El señor JEREZ.-
¿Me permite medio minuto para aclarar una situación, señor Presidente?
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder la palabra por medio minuto al Honorable señor Jerez.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor JEREZ.-
Señor Presidente, no tengo ningún inconveniente en que el proyecto sea votado como lo propone la Mesa. Pero tengo entendido que se formularon dos indicaciones sobre la ampliación del plazo de vigencia del artículo 91: una, establecía la vigencia dos años, y la otra, diez años más.
Mi Honorable colega señora Enríquez manifestó que en los cinco años de vigencia de la ley no se había hecho nada. A mí juicio, concediendo menos prórroga, obligamos a las autoridades competentes a dar cumplimiento a la ley dentro del plazo-que ella fija. Si en estos cinco años no lo hicieron, creo que menos lo harán en diez años, pues se confiarán y dejarán las cosas al tiempo.
La señora ENRIQUEZ.-
No se pudo cumplir por falta de fondos.
El señor JEREZ.-
Entiendo que la Mesa ha estimado más conveniente refundir las dos indicaciones. Como el autor de una de ellas es el Honorable señor Montt -yo me limité a apoyarla-, no hago mayor problema.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¿Me permite, señor Diputado? Efectivamente, la Mesa se permitió refundir las dos indicaciones. La formulada por la Honorable señora Enríquez prorrogaba el plazo por quince años.
La señora ENRIQUEZ.-
Son cinco años más.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
La verdad de las cosas es que la razón que siempre se dio para el no cumplimiento de la ley fue la falta de fondos. Por tal motivo, la Mesa, interpretando el pensamiento de los autores de esas indicaciones, se permitió fijar, en la indicación refundida, un plazo de vigencia de diez años.
Cerrado el debate.
En votación general el proyecto.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará en general.
Aprobado.
En votación el artículo conjuntamente con las indicaciones formuladas.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará, facultándose a la Mesa para fijar la correlación de las indicaciones formuladas.
Acordado.
Terminada la discusión del proyecto.
18.-OTORGAMIENTO DE DIVERSOS BENEFICIOS A LOS TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACION LOCAL DEL PUERTO DE VALPARAISO.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En conformidad al acuerdo de la Cámara, corresponde tratar las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que otorga diversos beneficios a los trabajadores de la Administración Local del Puerto de Valparaíso que se encuentren en situación de jubilar y hayan cesado en sus funciones el 1° de julio de 1965.
- Las observaciones del Ejecutivo, impresas en el boletín N° 10.473-0, son las siguientes:
Artículo 4°
Se sustituye la palabra "reajustada" por "reliquidada" y se suprime la frase entre comas "en todo momento".
Artículo 6°
Se suprime la frase "a contar desde el de octubre de 1965".
Se suprime el último acápite.
Artículo 9°
Se sustituye la palabra "desempeñaba" por "desempeña" y se suprime la frase "al 4 de noviembre de 1964".
Se suprimen los artículos 10, 11, 12 y 13.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En discusión las observaciones del Ejecutivo.
Ofrezco la palabra, hasta por diez minutos, a cada Comité.
El señor SANTIBAÑEZ.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SANTIBAÑEZ.-
Señor Presidente, sólo deseo anunciar, de acuerdo con lo que expresamos en sesiones anteriores, cuando se debatió esta materia, que rechazaremos el veto del Ejecutivo al artículo 4^ y al inciso primero del artículo 6° del proyecto. Lo hacemos en conformidad a los acuerdos celebrados por los jubilados portuarios con el Honorable señor Ballesteros, Presidente de la Cámara, y a petición expresa de su parte, porque así consta de dicho acuerdo.
Por otra parte, queremos dejar constancia, en forma muy breve, de que estas disposiciones no significarán mayores gravámenes para la economía del país, pues la Ley de Revalorización de Pensiones concedió a los obreros de la Empresa Portuaria que jubilan beneficios similares a los indicados.
Por lo tanto, los Diputados de la Democracia Cristiana rechazaremos las observaciones del Ejecutivo al artículo 4° y al inciso primero del artículo 6°.
El señor CAMUS.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CAMUS.-
Señor Presidente, los Diputados radicales votaremos en contra de las observaciones formuladas por el Presidente de la República a este proyecto, que tiene por objeto cumplir el acta de avenimiento suscrita entre el Gobierno y los obreros de la Empresa Portuaria de Chile, cuando éstos se vieron enfrentados a un "lock-out" provocado por la Dirección de la Empresa.
Oportunamente, expresamos que las modificaciones introducidas a este proyecto, durante su discusión en el Senado y en la Cámara de Diputados, mejoraron notablemente sus disposiciones. Sin embargo, a través del veto, el Ejecutivo ha querido, en términos generales, establecer las disposiciones del Mensaje primitivo.
Respecto del artículo 4°, he escuchado con satisfacción las expresiones formuladas por el Honorable señor Santibáñez en el sentido de que los Diputados de la Democracia Cristiana votarán en contra del veto formulado a esa disposición, a fin de mantener la reajustabilidad de las pensiones de los obreros de la Empresa Portuaria de Chile que se han visto obligados a jubilar, porque ellos, cuando aceptaron este predicamento, entendiendo que la pensión de que gozarían al jubilar tendría este carácter. Por eso, me alegro que mis Honorables colegas estén cumpliendo, en este momento, el compromiso que el Gobierno contrajo con los dirigentes, para dar solución al conflicto planteado hace algún tiempo.
En cuanto al artículo 6°, creemos necesario rechazar el veto del Ejecutivo en toda su extensión, para que la disposición aprobada por el Parlamento cumpla el objeto que se tuvo en vista al establecerla. Debo agregar que, si dicho veto se rechaza sólo parcialmente, estos obreros no recibirán todos los beneficios que con ellos se han pactado.
Por lo tanto, reitero la necesidad de insistir en la disposición aprobada por el Congreso Nacional y no sólo en una parte de ella, como lo ha insinuado el Honorable señor Santibáñez.
En cuanto al resto de las disposiciones de este proyecto, debo manifestar que los Diputados radicales mantendremos la misma línea que, invariablemente, hemos observado a través de sus diversos trámites y durante el desarrollo del conflicto de los obreros portuarios de Valparaíso y, en especial, respecto de aquéllos que han debido abandonar la Empresa Portuaria.
Por estas razones, votaremos en contra de las observaciones del Ejecutivo a este proyecto.
El señor CANTERO.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
Hago presente a la Honorable Cámara que están .en discusión todas las observaciones del Ejecutivo, dentro de los diez minutos concedidos a cada Comité con tal objeto.
El señor CANTERO.-
Señor Presidente, los Diputados comunistas votaremos en contra de las observaciones formuladas por el Ejecutivo, a través de las cuales se suprimen los artículos introducidos por el Senado y que mejoraban sensiblemente el proyecto despachado, en primer trámite, por la Cámara de Diputados.
Cuando se discutieron las modificaciones del Senado a este proyecto, los Diputados comunistas, junto a los parlamentarios socialistas, manifestamos nuestros temores de que el proyecto, que había sido sustancialmente mejorado en beneficio de los trabajadores portuarios y de un numeroso grupo de obreros que iban a jubilar, pudiera ser vetado por el Ejecutivo, dejando sin efecto importantes disposiciones consultadas en beneficio de ellos. Desgraciadamente, así ha resultado, pues el Ejecutivo ha observado todos aquellos artículos que mejoraban el proyecto.
Nos alegramos de que los Diputados democratacristianos hayan anunciado que votarán en contra del veto al artículo 4°, en virtud del cual se sustituye la palabra "reajustada" por "reliquidada" y se suprime la frase entre comas "en todo momento".
La verdad es que nosotros votaremos en contra de esta observación del Ejecutivo, porque, en caso de aprobarse, se perjudicaría enormemente a los trabajadores que se han acogido a jubilación. Por lo demás, la expresión "reliquidada" no es clara. ¿De qué reliquidación se trata? ¿Se trata de la reliquidación de las pensiones de aquellos obreros que antes de aprobarse este proyecto se han acogido a jubilación? Esta situación no ha quedado suficientemente aclarada.
Por lo tanto, es de justicia que la Honorable Cámara rechace el veto del Ejecutivo y acepte lo propuesto por el Honorable Senado, es decir, que se mantenga la palabra "reajustada" para que estos trabajadores jubilados puedan tener una pensión reajustable.
Por otra parte, los Diputados democratacristianos rechazarán la observación del Ejecutivo que incide en el inciso primero del artículo 6?; pero mantendrán y apoyarán la que propone suprimir el último inciso, que dice: "Los pagos efectuados por la Empresa a estos obreros entre el 1? de julio y el 30 de septiembre de 1965, tienen el carácter de indemnización y no serán descontados de sus pensiones de jubilación ni reembolsados por ellos."
Pues bien, al suprimirse este inciso, se está violando el compromiso que adquirió con los trabajadores portuarios el señor Director de la Empresa. A este efecto, quiero dar a conocer un memorándum confeccionado por la Federación Nacional de Trabajadores Portuarios, Consejo Local de Valparaíso "José Mariano Valenzuela", enviado al Honorable Diputado señor Alberto Jerez en su carácter de Presidente del Comité de Diputados democratacristianos. En él, dicen los trabajadores que mal puede vetarse este inciso que se refiere al pago de una indemnización ofrecida -no hay que olvidarlo- por el propio Director de la Empresa Portuaria a los obreros, puesto que para que se haga efectiva debe quedar expresamente establecida en la ley. En caso contrario, sería improcedente y objetada por la Contraloría General de la República. Por lo demás, es de absoluta justicia que se les pague los tres meses durante los cuales fueron perjudicados por esta huelga que ellos no querían y de la cual fueron víctimas, como ha quedado plenamente demostrado, debido al "lock-out" efectuado en su contra por el señor Director.
En consecuencia, rechazaremos este veto y exigimos que se cumpla, por parte del Gobierno, el compromiso contraído por el Director de la Empresa Portuaria de Chile, en el sentido de pagar a los obreros como indemnización, y no en calidad de préstamo, tres meses de sueldo.
Deseo citar, nuevamente, los planteamientos hechos por los obreros portuarios en su memorándum, que me parecen muy claros y concretos.
Respecto del veto al artículo 10, expresan lo siguiente;
"Se trata sólo de ratificar un derecho, ya logrado por los trabajadores, por los obreros portuarios, de acuerdo a las leyes y otros cuerpos legales vigentes."
Como ha dicho el Honorable señor Santibáñez, los artículos 10, 11, 12 y 13 no irrogan gastos de ninguna naturaleza. Se trata de ratificar, de reconocer leyes y decretos aprobados anteriormente.
A este respecto, agrega el memorándum; "Sin embargo, la Dirección de la Empresa Portuaria, en relación a esta materia sostiene un criterio que está en contradicción a la legislación por la que se rigen los obreros portuarios, al manifestar que con motivo de la firma del "acta de acuerdo" de 31 de julio, los obreros contratados por la Empresa Portuaria antes del 24 de junio, por el hecho de haber participado en un movimiento de huelga forzosa, decretada por la propia Dirección de la Empresa, al cerrar el puerto de Valparaíso, como una forma de aplicar nuevos sistemas de trabajo y remuneraciones, estos trabajadores habían perdido sus derechos, obligaciones y, por lo tanto, para los efectos de ocupar vacantes en los grados superiores no tenían preferencia y han sido considerados como obreros recién contratados." "Debemos hacer presente" -dice los trabajadores- "que hay operarios hasta con más de veinticinco años de servicios que fueron pospuestos por otros contratados después del 24 de junio de 1965."
Este fue, justamente, el temor que manifestamos cuando discutimos este proyecto anteriormente. O sea, que los 550 obreros contratados durante la huelga, en la forma en que ha sido denunciada en esta Cámara, recomendados, en su mayoría, per parlamentarios de la Democracia Cristiana, iban a posponer, injustamente, en sus derechos a muchos trabajadores portuarios, algunos de los cuales tienen más de veinticinco años de servicios en la Empresa. Como podrán apreciar los Honorables colegas, se trata de una injusticia evidente, y el Congreso Nacional ha hecho muy bien al repararla mediante las disposiciones del artículo 10. Por lo tanto, debemos rechazar las observaciones del Ejecutivo a este artículo e insistir en el criterio del Parlamento. Por lo demás, insisto en que el resto de los artículos introducidos por el Congreso Nacional corrige injusticias que se ha pretendido perpetrar en contra de estos trabajadores.
Con respecto al artículo 11, el memorándum expresa lo siguiente: "Se trata de una bonificación que señala la ley 16.250, artículo 7°, inciso decimotercero, financiada por los mismos obreros, derivada del porcentaje del 38,4% que se fraccionó para estos fines. Correspondía pagar la primera cuota en el mes de septiembre a los obreros que se acogieran a los beneficios de esta ley. La Empresa no se los pagó, sosteniendo que no tienen derecho.
En el mismo caso se encuentra el porcentaje fi-accionado, destinado a un plan habitacional. Tampoco se les reconoce este derecho".
"La ley Nº 16.250" -dicen los trabajadores- "no previo esta situación que se ha producido posteriormente. No se refirió, por ejemplo, al obrero que jubilaría, si quedaba excluido o no de este beneficio.
Debe considerarse que también este dinero proviene del 38,4%, y que, de no mediar la circunstancia del "lock-out" patronal, el aumento de sus remuneraciones debió ser de un 38,4%.
Pero en este caso no va a ser así, porque el Ejecutivo ha vetado justamente el artículo referente a la aplicación de esa ley, que legisla sobre beneficios a los cuales tienen derecho los trabajadores, pues, en el momento de dictarse, se encontraban en servicio activo.
Los Diputados comunistas, que rechazaremos los vetos del Ejecutivo a todos los artículos del proyecto, pedimos a los colegas democratacristianos que se hagan eco del sentimiento de los trabajadores portuarios, que reiteradamente han solicitado que se corrijan estas injusticias, a fin de impedir el gravísimo hecho de que se los empuje a la huelga. Ahora, junto con lanzarlos a una jubilación forzosa, se pretende castigarlos.
Por eso reiteramos nuestra posición contraria a los vetos del Ejecutivo.
Nada más, señor Presidente.
El señor SANTIBAÑEZ.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SANTIBAÑEZ.-
Señor Presidente, los Diputados democratacristianos, haciéndonos eco justamente de la petición de los obreros portuarios que van a jubilar y de la carta que tuve ocasión de leer extensamente en la sesión anterior, y que espero no me obligue a leer de nuevo el Honorable señor Cantero...
El señor CANTERO.-
¡Aquí está el memorándum!
El señor SANTIBAÑEZ.-
...presentamos un proyecto de ley...
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CANTERO.-
¡Aquí está el memorándum con la firma de los trabajadores.
El señor SANTIBAÑEZ.-
Ruego al Honorable señor Cantero que me permita continuar.
Digo que presentamos un proyecto de ley en el cual se contemplan justamente las aspiraciones de los obreros portuarios. En todo se ha respetado la palabra por nosotros empeñada y el deseo expresado por los propios obreros portuarios.
Desde el primer momento, hemos indicado la forma como íbamos a proceder. Así estamos actuando, y así lo hemos hecho desde el primer día en que se originó el conflicto. Por esta razón rechazamos las observaciones de algunos artículos y aceptamos las de otros, tal como lo manifestamos en la última sesión en la cual se trató este proyecto.
De este modo no hacemos otra cosa que cumplir con el compromiso contraído y la palabra empeñada, respetando la voluntad de los obreros portuarios.
No voy a extenderme más en esta materia, pues se ha hablado largamente del conflicto de los portuarios y no vale la penda seguir en el mismo tema. Por ahora sólo interesa dar satisfacción a las aspiraciones de los obreros, que con impaciencia esperan que este proyecto se convierta en ley.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el Honorable señor Guajardo.
El señor GUAJARDO.-
Concedo una interrupción a la Honorable señora Lazo.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra la Honorable señora Carmen Lazo.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas votaremos en contra de los vetos del Ejecutivo a este proyecto. Antes queremos recordar a la Cámara que t-oda toda esta situación originada por el conflicto fue provocada por la Empresa Portuaria de Chile, y que, en estos momentos, la Contralorea General de la República investiga una malversación de fondos en este organismo.
El señor FUENTES (don César Raúl).-
No es así.
El señor SANTIBAÑEZ.-
Esa información no es efectiva...
El señor PALESTRO.-
¿Por qué no consultan a la Contraloría?
La señora LAZO.-
Sus Señorías están siempre mal informados.
Esta situación va a significar, a la postre, que el Director de la Empresa Portuaria tendrá que abandonar su puesto.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora LAZO.-
Mientras tanto -y aunque no le guste al impaciente representante de la Patria Joven lo voy a repetir aquí -los obreros salieron injustamente jubilados a la calle, el Presidente de la República, pasando por sobre un compromiso contraído con la Cámara para resolver este conflicto, según el cual iba a aceptar este proyecto en la forma como fuera despachado, ha observado esta iniciativa. Y en esta sesión, como si fuera poco, los colegas de la Democracia Cristiana anuncian que solamente...
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora LAZO.-
...rechazaran algunas observaciones del Ejecutivo.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Santibáñez, llamo al orden a Su Señoría.
El señor PALESTRO.-
Su Excelencia el Presidente de la República no respetó el compromiso contraído con los parlamentarios de su propio partido...
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Palestro, ruego a Su Señoría se sirva guardar silencio.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, en vista de que el Honorable colega señor Santibáñez se cree el único depositario de la verdad, me voy a permitir leer algunos de los acápites del memorándum enviado por la Federación Nacional de Trabajadores Portuarios de Chile.
El señor PALESTRO.-
Al Honorable señor Santibáñez hay que mandarlo como fiscalizador del "CONCI".
La señora LAZO.-
Dice así:
"Artículo 4°.- Se suprime por parte del Ejecutivo la frase "en todo momento como si estuviera en actividad". Se habla en este artículo de que el personal que jubile, antes de haberse confeccionado los escalafones y la planta de grados, tiene derecho a gozar en el futuro del sueldo en actividad.
"Solicitamos que la disposición que comentamos quede aprobada en los mismos términos, por cuanto en la ley N° 15.702, artículo 34, se determina que los obreros portuarios tendrán planta de grados y el escalafón correspondiente. Para este efecto se les aplicarán las disposiciones del Estatuto Administrativo, decreto con fuerza de ley N° 338, artículos 38, 39 y 40, en los cuales se establecen normas para proveer vacantes en los grados superiores; se confeccionarán escalafones y se calificará al personal de obreros, requisito necesario para impertrar el derecho al sueldo de actividad, según ¡o determinó la Contraloría General de la República en su dictamen Nº 34.195, de 4 de julio de 1962.
"Inciso 4°, articulo 6°.- El Ejecutivo habría determinado vetar este inciso, que se refiere al pago de una indemnización ofrecida por el Director de la Empresa Portuaria a estos obreros; pero para que este ofrecimiento tenga legalidad, debe quedar expresado en la ley. En caso contrario, es improcedente, por cuanto sería objetado por la Contraloría General; de no quedar establecido en la ley, el pago hecho a los obreros durante los tres meses mencionados tendría calidad de préstamo, los que redundaría en perjuicio de los interesados.
"Artículo 10.-Se trata sólo de rectificar un derecho ya logrado por los obreros portuarios, de acuerdo con las leyes y otros cuerpos legales vigentes."
Más adelante se expresa en el memorándum que "el período de movilizador auxiliar" dura 5 a 8 años y Se incorporan a la "planta permanente" a medida que se producen las vacantes.
"La ley N° 10.676, de 24 de octubre de 1952, estableció en su artículo 11, inciso segundo, que estos obreros tendrían la preferencia para ascender a los grados vacantes, en el sentido del grado superior, normas que se aplicaron sin variación desde el año 1952, hasta el 24 de junio de 1965. Posteriormente a esta fecha les fue negado este derecho.
"Por otra parte, la ley N° 15.702, en el artículo 34, dispuso que a los obreros contratados por la Empresa Portuaria, después del 6 de abril de 1960, y los provenientes del ex Servicio de Explotación de Puertos, les serían aplicables los artículos 38, 39 y 40 del Estatuto Administrativo. El artículo 38 del decreto con fuerza de ley N° 338 determina, en forma bien concreta que, si ha habido en alguna designación de grado atropello con motivo de un ascenso, el afectado tiene derecho a reclamar, cuando éste haya sido postergado injustamente.
"La Empresa Portuaria, en este caso, procedió a ocupar las vacantes existentes en el puerto de Valparaíso, con motivo de la jubilación de más de 550 obreros, con personal recientemente contratado..." -de la "patria joven", naturalmente- "...pasando por encima de las disposiciones legales que ya hemos citado."
"Por lo tanto, esta Federación Nacional solicita que este artículo -se refiere al número 10- sea aprobado en la misma forma... "
- Hablan varios se-ñores Diputados a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Palestro, ruego a Su Señoría se sirva guardar silencio.
La señora LAZO.-
" ...como se encuentra redactado y despachado por la Cámara de Diputados."
- Hablan varios señores Dijmtaéos a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Palestro, ruego a Su Señoría guardar silencio.
La señora LAZO.-
Con respecto al artículo 11, dice: "Manifestamos que la ley 16.250 no previo esta situación posteriormente producida; no se refirió, por ejemplo, al obrero que jubilaría, si quedaba excluido o no de este beneficio."
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Palestro, ruego a Su Señoría se sirva guardar silencio.
La señora LAZO.-
"Debe considerarse que también este dinero proviene del 38,4%, que de no mediar esta circunstancia el aumento de sus remuneraciones debió ser de un 38,4%, lo que en este caso no es así.
"Esta Federación considera que al obrero que se acoge a jubilación durante el año 1965, debe cancelársele el valor establecido en los rubros indicados'".
- Hablan varios señorea Diputados a la vez.
La señora LAZO.-
Señor Presidente la posición de algunos Honorables colega de la Democracia Cristiana es muy característica. Cuando nosotros estamos insistiendo en dejar a los obreros portuarios en la misma situación que tenían por ley, ellos consideran que cumplen con su deber de hacer "la revolución en libertad", tratando de impedir que los obreros portuarios sigan manteniendo esos derechos.
Para que se vea lo absurdo de esta posición voy a leer a quién está dirigido el memorándum.
- Hablan varios señorea Diputados a la vez.
El señor PALESTRO.-
¡Escuchen!
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¡Honorable señor Palestro!
Ruego a los señores Diputados se sirvan guardar silencio.
El señor PALESTRO.-
¡Escuchen!
La señora LAZO.-
Su encabezamiento dice así: "Señor Diputado por la provincia de Concepción, don Alberto Jerez, Presidente del Comité del Partido Demócrata Cristiano".
El señor SANTIBAÑEZ.-
¿Por qué no pregunta su oponión a los obreros jubilados?
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Santibáñez, llamo al orden a Su Señoría.
Honorable señor Palestro, llamo al orden a Su Señoría.
La señora LAZO.-
¿Por qué no llama al orden al Diputado que no deja hablar? Parece que la Mesa es un poco parcial.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
No le corresponde a Su Señoría dar normas a la Mesa.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
E! señor DUEÑAS.-
Es que la actitud de la Mesa es parcial.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Dueñas, ruego a Su Señoría se sirva guardar silencio.
La señora LAZO.-
Señor Presidente, termino expresando que no fuimos nosotros los que provocamos la situación en que ahora se encuentran los obreros portuarios. Los Honorables colegas saben perfectamente bien quiénes fueron los que la crearon y qué fines perseguían. Por eso, lo único que podemos hacer en este momento es tratar de remediar, en cierto modo, lo que el Gobierno, al cual pertenecen los Diputados democratacristianos, causó a estos trabajadores.
Nada más.
E! señor PHILLIPS.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Valenzuela Valderrama, ruego a Su Señoría se sirva guardar silencio.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, aunque la posición del Partido Liberal respecto de este asunto será planteada por el Honorable señor Gustavo Lorca...
- Hablan varios señores Diputados a, la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¡Honorable señor Palestro!
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Ruego a los señores Diputados guardar silencio y respetar el derecho del orador.
El señor PHILLIPS.-
Decía, señor Presidente, que el Honorable colega señor Gustavo Lorca dará a conocer la posición de nuestro Partido frente a estos vetos. Pero antes quisiera que el Honorable señor Santibáñez, que conoce la materia, me explicara dos dudas que tengo sobre este problema.
En primer lugar, el veto viene firmado por Su Excelencia el Presidente de la República, a quien tengo la obligación de creer. Pues bien, él ha manifestado que, para que el proyecto esté de acuerdo con el acta de avenimiento firmada, es necesario cambiar la palabra "reajustada" por "reliquidada", como lo dice el oficio del Ejecutivo. Sin embargo, ha expresado que los Diputados democratacristianos votarán en contra de la observación, lo que contradice lo manifestado por el Presidente de la República.
Por lo tanto, no sé a quién creer: si al Presidente de la República o al Honorable colega señor Santibáñez.
La señora LAZO.-
A ninguno de los dos.
El señor PHILLIPS.-
Porque si lo manifestado en el oficio del Ejecutivo es efectivo, deberíamos votar a favor de la observación, a fin de dar cumplimiento al acta de avenimiento. De lo contrario, tendríamos que votar en otro sentido.
En segundo lugar, como en el provecto de ley despachado se otorgan tres millones de escudos a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, desearía saber con qué fondos se van a seguir pagando las pensiones reajustadas, con sistema de "perseguidora", porque no hay ninguna disposición por la cual se entreguen fondos en forma permanente, como debe hacerse constitucionalmente en una ley, a fin de que el reajuste sea operante y no termine por desvalijar a la Caja,
Concedo una interrupción al Honorable señor Lorca, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gustavo Lorca.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Señor Presidente, los Diputados liberales y conservadores fijamos claramente nuestra posición durante la discusión que hubo en el tercer trámite constitucional de este proyecto, que concede beneficios previsionales a los obreros de la Empresa Portuaria de Chile.
En esa oportunidad manifesté que se sentaban dos precedentes funestos. Primero, se creaba un régimen excepcional de previsión, introduciendo mayor anarquía en los ya existentes en Chile. Segundo, presionaba al Parlamento para aceptar los términos de un acta de avenimiento que solucionaba un conflicto que no estuvo en su mano resolver. De acuerdo con esto, debía votar favorablemente un proyecto de ley, en vista de que gran número de obreros portuarios habían sido obligados a jubilar con el objeto de que sus cargos pudieran ser ocupados por los nuevos obreros contratados durante el conflicto.
Un señor DIPUTADO.-
¡Para contratar a los "krumiros"!
El señor LORCA (don Gustavo).-
Creemos que esto constituye una monstruosidad jurídica. Este conflicto perfectamente pudo haberse solucionado pocos días después del "lock-out" que declaró el señor Director de la Empresa Portuaria, al cerrar el puerto de Valparaíso. En el primer trámite constitucional de este proyecto, manifesté que la Cámara, a través de su Presidente, el Honorable señor Ballesteros, debió haber buscado, oportunamente, una solución de armonía, a fin de poner pronto término a este conflicto que, a nuestro juicio, la Empresa procuró en forma ilegal.
Tan ilegítima era la posición del Director de la Empresa, que ha tenido que reincorporar a los obreros despedidos durante el conflicto y tomar el camino que señalamos desde estos bancos.
En definitiva, el Parlamento se ha visto abocado a resolver este conflicto, porque, a través de una ley, ha tenido que dar su visto bueno al acta de avenimiento suscrita por el Director de la Empresa Portuaria y los dirigentes sindicales de la Administración del Puerto de Valparaíso. Por lo tanto, debemos aprobar todas las normas favorables a los obreros portuarios.
No es posible que nosotros autoricemos que se eche a la calle a este personal. No me importa su filiación política; me interesa sentar un principio de justicia, que debe animar esta legislación. Por las mismas razones, tampoco podamos aceptar el veto del Ejecutivo al artículo 10; que se funda en el hecho de no corresponder esas disposiciones "a materias discutidas y aprobadas con la Comisión de Obreros que suscribió el Acta de Acuerdo antes citada".
La aceptación de este veto significaría reconocer que el Parlamento ha perdido su autonomía para dar a los conflictos la solución que estime conveniente y para aplicar las medidas legales que protejan los intereses de los obreros que han sido forzados a jubilar. Por lo tanto, consideramos que deben rechazarse las observaciones del Ejecutivo. Porque si sostenemos que los obreros fueron ilegalmente empujados a jubilar, debemos aceptar todas las consecuencias que derivan de este aserto. Por eso, rechazaremos el veto del Ejecutivo al artículo 10.
El señor PALESTRO.-
¡Muy bien!
El señor LORCA (don Gustavo).-
Creo que este precepto es de trascendental importancia, porque resguarda los derechos de los obreros móvilizadores auxiliares eventuales contratados por la Empresa durante un período en el cual realizaron una labor meritoria. En consecuencia, no es posible que estos trabajadores queden en las mismas condiciones que los recién contratados, sobre todo si se tiene en cuenta que, precisamente, la contratación de estos últimos fue la causa principal que provocó el gravísimo conflicto que, hasta este momento, le cuesta al país tres mil millones de pesos. Creemos también...
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SANTIBAÑEZ.-
¿Cuánto le costó a la Municipalidad de Viña del Mar...
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Santibáñez, ruego a Su Señoría no interrumpir.
El señor LORCA (don Gustavo).-
¿Cuánto costó que...?
El señor SANTIBAÑEZ.-
... la contratación de personal durante el período en que fue Alcalde Su Señoría?
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA (don Gustavo).-
No le entiendo.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SANTIBAÑEZ.-
¿Me concede una interrupción. Honorable colega?
El señor LORCA (don Gustavo).-
Cuando termine mis observaciones. Honorable Diputado.
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Su Señoría no puede conceder interrupciones, porque está haciendo uso de una.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente Accidenta).-
Puede continuar el Honorable señor Lorca.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Por último, señor Presidente, creemos conveniente mantener el artículo 13°, ya que en la Comisión Calificadora estarán representados los obreros a través del Consejo Local Portuario de Valparaíso.
Por lo tanto, por las razones que se dieron durante la discusión del proyecto en el tercer trámite constitucional, y por las que se han expresado ahora, votaremos en contra de -las observaciones del Ejecutivo.
El señor PALESTRO.-
¡Muy bien!
El señor JEREZ.-
Pido la palabra.
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor JEREZ.-
Concedo una interrupción al Honorable señor Santibáñez, señor Presidente.
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Santibáñez.
El señor SANTIBAÑEZ.-
Señor Presidente, se ha dicho, repetidamente, que este conflicto ha significado un gasto superior a los tres mil millones de pesos y que esto constituye una barbaridad.
Quiero recordar que, durante el Gobierno de los señores Ibáñez y Alessandri, se gastaron...
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SANTIBAÑEZ.-
...para reorganizar la Administración Pública, sumas superiores a seis mil millones de pesos, o sea, el doble de lo que demandaría la solución de este conflicto.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
¡Honorable señor Valdés Solar !
El señor SANTIBAÑEZ.-
Durante esas Administraciones se concedieron a los servidores públicos que se retiraban, mayores privilegios que éstos que se quieren otorgar a los obreros de la Empresa Portuaria de Chile...
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SANTIBAÑEZ.-
Los partidos que apoyaban al señor Alessandri, cometieron toda clase de irregularidades, a fin de incorporar en la Administración Pública a funcionarios radicales, liberales y conservadores.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor SANTIBAÑEZ.-
También deseo recordarle al Honorable señor Gustavo Lorca -lamento tener que decirlo aquí- que en 1963, antes de las últimas elecciones ordinarias de regidores, cuando Su Señoría era Alcalde de Viña del Mar, contrató setenta obreros de filiación liberal.
En consecuencia, mi Honorable colega no tiene ahora autoridad moral para hablarnos de estas cosas.
Lamento tener que decirlo, pero es la verdad.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Ya voy a contestar a Su Señoría.
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Puede continuar el Honorable señor Jerez.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Honorable señor Valenzuela Valderrama, llamo al orden a Su Señoría.
El señor JEREZ.-
¿Cuánto tiempo le queda a nuestro Comité, señor Presidente?
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).
Al Comité Demócrata Cristiano le restaban seis minutos antes de la interrupción concedida por Su Señoría al Honorable señor Santibáñez.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor JEREZ.-
¿Cuánto tiempo nos queda, ahora, señor Presidente?
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Restan tres minutos al Comité de Su Señoría
El señor JEREZ.-
Señor Presidente, deseo sólo referirme a las observaciones formuladas por algunos Honorables colegas sobre los acuerdos que sirvieron de base para resolver este conflicto.
El Honorable señor Ballesteros, con ocasión de su viaje al extranjero, me manifestó, en mi calidad de Presidente del Comité Demócrata Cristiano, que, como parlamentario que había intervenido en la solución del conflicto y como Presidente de la Cámara, podía atestiguar que el veto del Ejecutivo al artículo 4° del proyecto no se ajustaba al compromiso adoptado y que su rechazo implicaba el cumplimiento de éste.
Tengo que hacer fe en la palabra del Presidente de la Corporación, de un parlamentario de mi partido, respetable desde todo punto de vista, de un compañero al cual conozco desde hace muchos años. Me agregó que había conversado con el Honorable señor Santibáñez sobre la forma en que debían votarse las restantes observaciones, porque él también intervino en esas gestiones. Por estas razones, instruí a los Diputados del partido para que votaran el veto del Ejecutivo conforme a los deseos del Honorable señor Ballesteros, de cuya palabra no tengo derecho a dudar, porque nunca lo he visto faltar a ella.
El señor LORCA (don Gustavo).-
He sido aludido. Solicito los cinco minutos que me concede el Reglamento.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
De acuerdo con el Reglamento de la Cámara, le corresponde hacer uso de la palabra, por cinco minutos, al Honorable señor Gustavo Lorca, al término de la sesión.
Solicito el asentimiento unánime de la Sala, para concederle ese tiempo de inmediato.
El señor MUGA.-
Al término de la sesión, señor Presidente.
El señor ACEVEDO.-
Al final de la sesión.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
No hay acuerdo.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¡A ver qué dice de los setenta obreros contratados!
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Honorable señor Valenzuela, no le resta tiempo al Comité de Su Señoría.
El señor CLAVEL.-
Pido la palabra, señor Presidente. No se ha completado nuestro tiempo.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Le restan cuatro minutos al Comité Radical.
Tiene la palabra el Honorable señor Clavel.
El señor CLAVEL.-
Le concedo una interrupción al Honorable señor Lorca, don Gustavo.
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Lorca, don Gustavo.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Señor Presidente, agradezco la deferencia del Honorable señor Clavel, al permitirme hacer uso de la palabra después de haber sido aludido...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¡Los socios del Frente Democrático!
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¡Honorable señor Valenzuela Valderrama!
El señor LORCA (don Gustavo).-
...en forma totalmente injusta por el Honorable señor Santibáñez.
En primer lugar, quiero manifestar que es absolutamente falso que yo haya contratado setenta obreros en el período inmediatamente anterior a las elecciones ordinarias de Regidores, cuando era Alcalde de Viña del Mar.
El señor SANTIBAÑEZ.-
Se puede oficiar a la Municipalidad.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Durante mi mandato, no hice discriminación política para los nombramientos.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¡Honorable señor Palestro!
El señor LORCA (don Gustavo).-
Voy a citar un caso, para que la Honorable Cámara lo conozca, a fin de demostrar que tengo autoridad moral para formular las críticas que he expresado.
Por lo demás, así lo han reconocido todos los Regidores y ex Regidores de Viña del Mar, con la sola excepción, ahora, del Honorable señor Santibáñez. Los Alcaldes que me han sucedido, también reconocen que obré con absoluta imparcialidad en las designaciones que me tocó hacer durante mi gestión. Puedo citar un caso...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¡No alcanzó a reunir setenta obreros liberales!
El señor LORCA (don Gustavo).-
Tiene toda la razón Su Señoría. ¿De dónde iba a sacar setenta obreros liberales?
- Hablan varios ¡señores Diputados a la vez.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Aun más, yo. Alcalde liberal, propuse la designación como Director de Obras de un funcionario de filiación demócrata- cristiana...
El señor SANTIBAÑEZ.-
¡No es cierto!
El señor LORCA (don Gustavo).-
...por considerarlo competente para el cargo.
El señor SANTIBAÑEZ.-
¡No era democratacristiano!
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Santibáñez, ruego a Su Señoría no interrumpir.
El señor LORCA (don Gustavo).-
El Honorable señor Santibáñez debe recordar que designé en la Municipalidad de Viña del Mar a muchos militantes de la Democracia Cristiana, entre ellos nada menos que al Presidente de la juventud democratacristiana de la ciudad-balneario. Así demostré que jamás hice cuestión de banderías políticas, cuando se trataba de nombrar para un cargo a una persona idónea. Creo que una de las cosas que hace respetable a la autoridad es que ésta actúe sin criterio proselitista en la designación de funcionarios, que se coloque por encima de los caciquismos políticos. La autoridad se prestigia cuando procede con serenidad, con justicia, con equidad y con respeto por la condición moral de la gente. No se prestigia llenando las instituciones con prosélitos de determinado partido. Eso justamente, la desacredita no sólo a ella, sino también, a los partidos políticos. Y tengo autoridad para decirlo. Creo que el Honorable señor Santibáñez concordará conmigo, a pesar de sus palabras, que seguramente pronunció en un momento de exaltación, que me explico por su extremada juventud. Mi Honorable colega me conoce bastante, porque trabajamos durante varios años en la Municipalidad de Viña del Mar. Por eso, creo que retirará ese cargo totalmente injusto y atrabiliario que me ha hecho esta tarde.
Finalmente, quiero manifestar...
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Su Señoría procedió...
El señor LORCA (don Gustavo).-
Déjeme hablar. Honorable colega.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Estoy celebrando lo que hizo.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Por lo demás, creo que esa actuación mía fue, precisamente, la que me valió obtener una de las primeras mayorías en el país, en la elección de Regidores y una alta votación en la elección de Diputados.
El señor ESCORZA.-
¡Qué modestia!
El señor LORCA (don Gustavo).-
No se trata de que sea modesto o no. Honorable colega; solamente estoy dejando en claro un hecho: frente a una persona que actúa con rectitud, al final de cuentas los administrados, las personas que han estado precisamente bajo su mandato, saben responder y apreciar las calidades morales de su autoridad. No es falsa modestia ni tampoco sobreestimación; solamente deseo dejar las cosas en su justo lugar.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Palestro, llamo al orden a Su Señoría.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Quiero rogar a la Honorable Cámara que...
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¿Me permite, Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Radica] dentro del cual estaba haciendo uso de la palabra Su Señoría.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Corresponde votar las observaciones formuladas por el Ejecutivo al artículo 4°.
Constitucionalmente, corresponde votar separadamente cada observación en este artículo,.
En votación la primera parte de la observación, que consiste en reemplazar la palabra "reajustada" por "reliquidada".
Si le parece a la Honorable Cámara, se rechazará.
Rechazada.
Si le parece a la Sala, se insistirá en el criterio primitivo.
Acordado.
En votación la observación que consiste en suprimir la frase entre comas "en todo momento".
Si le parece a la Sala, se rechazará.
Rechazada.
Si le parece a la Honorable Cámara, se insistirá en la frase indicada.
Acordado.
En votación la observación formulada al inciso primero del artículo 6°, que consiste en suprimir la frase "a contar desde el 1°" de octubre de 1965.
Si le parece a la Honorable Cámara, se rechazará.
Rechazada.
Si le parece a la Honorable Cámara, se insistirá en la frase mencionada.
Acordado.
En votación la observación que consiste en suprimir el inciso final del artículo 6°.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos; por la negativa, 37 votos.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Aprobada la observación.
En votación la primera de las observaciones al artículo 9°, que consiste en reemplazar la palabra "desempeñaba" por "desempeña".
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos; por la negativa, 40 votos.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Aprobada la observación.
En votación la segunda observación al artículo que consiste en suprimir la frase "al 4 de noviembre de 1964".
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Varios señores DIPUTADOS.-
No.
El señor MILLAS.-
Que se vote.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En votación.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos; por la negativa, 39 votos.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Aprobada la observación.
En votación la observación al artículo 10, que consiste en suprimirlo.
-(Durante la votación).
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señora Lazo, ruego a Su Señoría se sirva guardar silencio.
El señor VIDELA.-
"Dime con quién andas...".
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Videla, llamo al orden a Su Señoría.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 54 votos; por la negativa, 38 votos.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Aprobada la observación.
El señor PALESTRO.-
En el Senado cambian...
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¡Honorable señor Palestro!
El señor PALESTRO.-
Sus Señorías discrepan aquí y se las "arreglan" en el Senado después. Así pasó con el proyecto del cobre.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Honorable señor Palestro, llamo al orden a Su Señoría.
En votación la observación formulada por el Ejecutivo al artículo 12, que consiste en suprimirlo.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: -por la afirmativa, 53 votos; por la negativa, 38 votos.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Aprobada la observación.
En votación la observación del Ejecutivo, que consiste en suprimir el artículo 13.
- Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 53 votos; por la negativa, 37 votos.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Aprobada la observación.
Terminada la discusión de las observaciones del Ejecutivo a este proyecto.
19.-CAMBIOS EN LAS COMISIONES.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el asentimiento de la Sala para dar cuenta de algunos cambios de miembros de Comisiones.
Acordado.
El señor LARRAIN (Prosecretario subrogante).-
Se han propuesto los siguientes reemplazos en las Comisiones que se indican:
En la Comisión de Agricultura y Colonización, el de los señores Jarpa y Pontigo por los señores Ibáñez y Rosales respectivamente.
En la Comisión Especial Investigadora del "Plan Camelot", el de los señores Montes y Maira por los señores Cantero y Fernández, respectivamente.
En la Comisión de Trabajo y Legislación Social, el de los señores Acevedo y Pereira por los señores Robles y Demarchi, respectivamente.
En la Comisión de Gobierno Interior, el del señor Lorca, don Alfredo, por el señor Fernández; y el del señor Jerez, por el señor Sepúlveda, don Eduardo.
En la Comisión de Policía Interior y Reglamento, el del señor Silva Ulloa por el señor Sepúlveda, don Francisco.
En la Comisión de Hacienda, el del señor Osorio por el señor Olave; y el del señor Morales, don Raúl, por el señor Rioseco.
En la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, el del señor Silva Ulloa por la señora Laura Allende.
En la Comisión de Economía y Comercio, el del señor Garay por el señor Buzeta.
En la Comisión de Educación Pública, el del señor Basso por el señor Camus.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Si la parece a la Honorable Cámara, se aprobarán los reemplazos propuestos.
Aprobados.
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara para conceder diez minutos al Comité del Partido Comunista, a continuación del tiempo que le corresponde en la Hora de Incidentes.
El señor OCHAGAVIA.-
No, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
No hay acuerdo.
INCIDENTES
20.- COMPORTAMIENTO DE JUGADORES DEL EQUIPO NACIONAL DE FUTBOL DURANTE SU RECIENTE PERMANENCIA EN LIMA, PERU.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En la Hora de Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Demócrata Cristiano.
El señor GARAY.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GARAY.-
Señor Presidente, la semana pasada, la ciudadanía toda, sin excepción, estuvo preocupada del partido de fútbol desarrollado en la ciudad de Lima, entre Ecuador y Chile, para decidir cuál de los dos países concurrirá al campeonato mundial de Londres, en 1966.
Sin duda alguna, todos vibramos con el triunfo de nuestra representación. Pero, precisamente para rodear a la selección nacional del prestigio de que siempre debe estar revestida, solicito de las autoridades de fútbol profesional que se sirvan realizar una investigación y formular una declaración pública con referencia al comportamiento de algunos jugadores que, según el cable, no se habrían conducido en debida forma.
No se puede negar que el deporte más cotizado por nuestro pueblo es el fútbol. El fútbol profesional tiene un compromiso con la ciudadanía, porque los jugadores reciben un sueldo que, en definitiva, lo paga el público que concurre a los espectáculos.
Si las noticias dadas por el cable fueran efectivas, sería lamentable que algunos de nuestros representantes no hubieran respondido a las esperanzas de todo el pueblo de Chile.
Por eso, por el prestigio del deporte chileno, solicito que la Asociación Central de Fútbol haga una declaración oficial sobre esta materia, previa investigación de los hechos denunciados por el cable.
21.-SOLUCION ARMONICA DE LOS PROBLEMAS PENDIENTES ENTRE LOS PAISES DE AMERICA LATINA.
El señor GARAY.-
Señor Presidente, en forma muy breve, quiero referirme a otra materia.
Hace unas dos semanas, efectué una visita a Bolivia. Después de conversar allí con personas de todos los niveles, deseo dejar constancia en esta Cámara de que en el pueblo boliviano y en sus altas esferas directivas existe buena disposición para reanudar relaciones con nuestro país.
En esta época, en que hablamos de integración, varios países latinoamericanos, incluido Chile, tienen dificultades con sus vecinos. No es posible que esta situación subsista si usamos ese término en toda su profundidad y deseamos alcanzar una integración real.
A algunos amigos bolivianos de muchos años, que desean ardientemente la integración latinoamericana, les decía que, así como entre Chile y Bolivia hay un conflicto que, probablemente, ninguno de los dos Gobiernos desea mantener, también existen dificultades entre otros países, como ocurre entre Perú y Ecuador.
En mi opinión, todos los problemas pendientes entre los países latinoamericanos y aun entre algunos de ellos y naciones extracontinentales, como en los casos de Belice, en Guatemala, de las Islas Malvinas y de las Guayanas, deben ser tratados en una gran reunión internacional para buscar una solución común, como demostración del buen deseo de llegar a una integración real.
Cada país en conflicto tiene sus propias razones y su pueblo las comparte. Pero, para lograr una solución verdadera y alcanzar la integración latinoamericana, es indispensable que depongamos las actitudes ultranacionalistas y busquemos, de común acuerdo, con sentido de la gran responsabilidad histórica que le toca vivir a nuestro continente, las fórmulas que permitan terminar, de una vez para siempre, con los problemas que separan a casi todos los hermanos de Latinoamérica.
Es cuanto quería manifestar.
22.-SITUACION DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES COLECTIVOS DEL ESTADO EN LA PROVINCIA DE CONCEPCION.- PETICION DE OFICIO.
El señor VALDES (don Manuel).-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALDES (don Manuel).
Señor Presidente, en forma muy breve, deseo referirme a la situación en que se encuentra la Zonal de Concepción de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado.
Aproximadamente, desde 1955, la Empresa ha funcionado en forma más o menos regular en la provincia y, en especial, en la ciudad de Concepción. Ha servido eficientemente, a pesar de que ha contado con escasos medios, a causa de la distancia entre Santiago y Concepción y, sobre todo, por la situación desmedrada en que se la mantuvo, en general, durante el Gobierno anterior. La falta de vehículos, de personal y, lo que es más grave, de repuestos, ha repercutido en forma más aguda en las zonales, es decir, en Antofagasta y Concepción.
Desde hace aproximadamente un año, la Empresa prácticamente ha tenido que acortar algunos recorridos y suprimir otros, como es el caso doloroso del servicio entre Concepción y la localidad obrera de Chiguayante. Este pueblo, de estructura social y económica estrictamente proletaria, con más de 35 mil habitantes, tiene una locomoción francamente desastrosa. Los muchos obreros, empleados y estudiantes que deben ir diariamente a Concepción y a Talcahuano, muchas veces no pueden concurrir a sus trabajos o a sus clases, por carecer de locomoción adecuada. Hasta hace aproximadamente un año, la Empresa servía regularmente el itinerario entre Concepción y Chigua- yante. Pero, en el Gobierno pasado, por falta de buses, hubo que suprimir el servicio, en desmedro de este populoso sector de trabajadores. Se ha hecho lo humanamente posible por restablecerlo. Sin embargo, las autoridades administrativas de la Empresa nos han manifestado que es imposible hacerlo, no sólo por falta de material rodante, de vehículos, ya que esta circunstancia se supera con el envío de nuevas máquinas a Concepción, sino también, lo que es más grave, porque no hay personal. Faltan alrededor de setenta choferes para atender nuevos servicios en Concepción.
Ante esta situación, solicito que, en nombre mío y del Comité Demócrata Cristiano, se envíe un oficio al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, y, por su intermedio al señor Subsecretario de Transportes y al señor Director de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado, para que, a la brevedad posible, se solucione el déficit de máquinas y, sobre todo, se contrate el personal necesario para la apertura y el mantenimiento de nuevos servicios en Concepción. Quiero reiterar la necesidad de que las autoridades de la Empresa dispongan el restablecimiento del servicio entre Concepción y Chiguayante, ya que, por las razones dadas, la falta de locomoción de este pueblo es realmente angustiosa.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se enviará el oficio en nombre de Su Señoría y del Comité Demócrata Cristiano.
El señor JAQUE.-
Y en mi nombre, dejando constancia de que he solicitado lo mismo en diversas oportunidades.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¿En nombre de su Comité?
El señor JAQUE.-
En mi nombre y en el del Comité Radical.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se enviará también el oficio en nombre de Su Señoría y del Comité Radical.
Ofrezco la palabra al Comité Demócrata Cristiano.
Ofrezco la palabra.
23.- CONSTRUCCION DE EDIFICIOS PARA LAS ESCUELAS N°s. 1 y 2, DE TOME, PROVINCIA DE CONCEPCION.- PETICION DE OFICIOS
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
El turno siguiente corresponde al Comité Radical.
El señor JAQUE.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, en esta oportunidad deseo referirme al gravísimo problema relacionado con el funcionamiento de las escuelas N°s. 1 y 2, de Tomé, cuyo estado de insalubridad ya ha sido condenado unánimemente por las autoridades, profesores y opinión pública en general.
A pesar de que se trata de dos establecimientos educativos de la cabecera del departamento, estas escuelas funcionan en locales de emergencia, construidos a raíz del terremoto de 1938. Su estado es deplorable; más acertadamente, podría decir que es miserable.
He recibido una nota del Presidente del Comité Pro Construcción de las Escuelas N°s. 1 y 2, de Tomé, don Armando Espinoza, en la cual señala algunos de los graves deterioros que, por la acción del tiempo, ha sufrido el local de la escuela N° 1, el cual no reúne ni las condiciones más elementales para que funcione un establecimiento de esta naturaleza. En una parte, el Presidente del Comité expresa:
"El estado actual del edificio es pésimo; el piso debe estar siendo constantemente reparado; las paredes, en algunas de sus salas, están a punto de desplomarse; el cielo raso y la techumbre están en evidente mal estado; las instalaciones eléctricas deben ser continuamente reparadas; los servicios higiénicos no dan abasto para la gran cantidad de alumnos, amén de no funcionar en buena forma, por el desgaste de sus instalaciones, hasta el extremo de haber sido considerados como insalubres por el Servicio Nacional de Salud, en más de una oportunidad. La cerrajería se encuentra inutilizada desde hace varios años. Por otro lado, el hecho de funcionar en el mismo predio una escuela de niñas contribuye a que el problema se agudice, haciendo insuficiente el lugar de acceso al recinto escolar y restando al patio una superficie considerable, que deja un exiguo campo para los juegos de los niños y para las actividades de la educación física.
"El pequeño salón de actos con que contaba primitivamente la escuela, al ser destinado a sala, ha dejado sólo un pasillo de tres metros de ancho para que el alumnado pueda cobijarse en los días de lluvia y para realizar los actos escolares, no reuniendo ni la capacidad ni la comodidad mínimas para prestarse a tan importantes funciones. Por último, la escuela carece de cocina, comedor, sala de profesores, sala para biblioteca y salón de actos."
Esto es lo que dice la nota mencionada en cuanto a la escuela Ni' 1, de Tomé.
Con referencia a la escuela N° 2, hace presente que ella "funciona en un local ruinoso, donde ni siquiera se cumple con las reglas mínimas de la higiene, ya que las salas son insalubres,, los pisos están podridos, las ventanas en las mismas condiciones, lo que tiene como consecuencia las continuas enfermedades de alumnas y maestras."
En otro de sus párrafos la nota dice; "Es desolador ver las condiciones en que trabajan profesoras y alumnas, a pesar de los esfuerzos desarrollados por la Dirección y Centro de Padres de la Escuela para parchar los deterioros que diariamente están ocurriendo.
"La Escuela cuenta con 1.400 alumnos, repartidas en 24 cursos primarios, un Grado Vocacional con 3 cursos, 2 cursos de párvulos y 1 de Economía Doméstica".
Más adelante, la misma comunicación agrega que, en cuanto a los servicios higiénicos, éstos funcionan en completo estado de insalubridad. Las aguas servidas caen en el mismo patio donde juegan las alumnas, con el constante peligro de epidemias. Las 30 profesoras del plantel no cuentan con servicios higiénicos. Unido a esto, existe al lado de las salas un grupo; de caballerizas pertenecientes a una panadería, lo que junto con el mal olor de los servicios, hace irrespirable el ambiente en los meses de calor.
Señor Presidente, estas son las condiciones en que funcionan dos establecimientos educacionales de la ciudad de Tomé.
En el período pasado, me correspondió hacer diversas gestiones para contribuir, con las autoridades, a buscar una solución para estos problemas. Desgraciadamente, hasta este momento, ello no se ha logrado; pero, sí, están dadas las condiciones que permitirán avanzar en esta materia.
En la ley de Presupuestos de 1963 se estableció por indicación del Diputado que habla, un aporte estatal de E° 30.000, el cual fue entregado oportunamente a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales para iniciar la construcción del local de la Escuela N° 2 Asimismo, la ley N° 15.286 contempló otra disposición, también originada en indicación del Diputado que habla, en virtud de la cual la Municipalidad de Tomé debió contribuir con E° 30.000 para ejecutar las obras de la Escuela N° 1.
Respecto a este último punto, el Alcalde de Tomé me ha manifestado que ya ese municipio está realizando ante el Banco del Estado las gestiones correspondientes para contratar un empréstito, cuyo producto le permitirá efectuar en breve plazo su aporte a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales y, consecuencialmente, dar solución al problema de la Escuela Nº de esa comuna.
Finalmente, como la extensión de los predios en que actualmente funcionan estas escuelas es reducida, he estado representando al Ministerio de Obras Públicas la conveniencia de adquirir un sitio muy bien ubicado, entre las calles Sargento Aldea y Egaña, en Tomé, donde se puede construir la Escuela N° 2. Entonces, en el predio donde actualmente funcionan dichos establecimientos escolares se puede levantar la Escuela Nº 1. Por consiguiente, están dadas las condiciones para avanzar en la solución de este problema.
Por estas consideraciones, solicito que se envíe oficio al señor Ministro de Obras Publicas, con el objeto de que instruya al Departamento de Estudios de la Dirección de Arquitectura en el sentido de activar la adquisición del predio que he señalado, cuyo levantamiento topográfico ya hizo esa Dirección.
En segundo lugar, pido que se dirija oficio al señor Ministro de Educación Pública, solicitándole que la construcción de las Escuelas N° 1 y 2 de Tomé sean indefectiblemente incluidas en los planes del próximo año.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se enviarán los oficios en nombre de Su Señoría.
24.-CONSTRUCCIONES ESCOLARES EN LA PROVINCIA DE OSORNO.- PETICION DE OFICIOS.
El señor ACUÑA.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACUÑA -
Señor Presidente, deseo referirme brevemente a la necesidad de representar al señor Ministro de Educación la conveniencia de no seguir postergando la iniciación de las obras del nuevo edificio para la Escuela Industrial de Osorno y las correspondientes al Instituto Comercial de la misma ciudad.
Ambos establecimientos fueron considerados, con prioridad, en los planes educacionales de 1965. Lamentablemente, el reordenamiento hecho por el Ministerio de Educación Pública postergó la iniciación de estas importantes obras.
En la actualidad estos planteles escolares funcionan en locales totalmente inadecuados. Más aún, el Instituto Comercial desarrolla sus actividades en un local ruinoso, sin condición alguna para servir sus finalidades pedagógicas.
En consecuencia, deseo que en mi nombre, se dirija oficio al señor Ministro de Educación Pública, representándole la conveniencia de volver a considerar esas construcciones en los planes de 1966 y para que nos informe también acerca de las cantidades asignadas con tal objeto.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se dirigirá el oficio solicitado por Su Señoría.
El señor ACUÑA.-
Asimismo, solicito el envío de otro oficio al mismo Secretario de Estado, señalando la urgencia de efectuar las obras de ampliación de la Escuela N° 7 de Corte Alto. Este plantel educacional, de extraordinaria importancia para la zona, en la actualidad está totalmente copado en su capacidad de matrícula. Luego de una larga campaña que realizamos en colaboración con el Centro de Padres y Apoderados, se compró el sitio para la ampliación. Ahora sólo falta llevar a cabo las obras correspondientes, consultando los recursos necesarios para efectuarlas.
También en la comuna de Purranque, es preciso construir una escuela en Coligue a fin de atender las necesidades educativas de los hijos de pequeños campesinos de la región. Además es imprescindible que el Ministerio de Educación Pública consulte en su plan de prioridades para 1966 la construcción de una escuela o de un grupo escolar, en el sector denominado Barrio Carrasco y en la población Crucero, ubicados ambos en los extremos de la ciudad de Purranque.
Solicito que se transcriban al señor Ministro de Educación Pública mis observaciones sobre estos problemas.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se enviará el oficio en nombre de Su Señoría.
La señora LAZO.-
Que también se envíe en mi nombre, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se dirigirá también en nombre de la Honorable señora Lazo.
El señor ACUÑA.-
También deseo que se envíe, en mi nombre, un oficio al señor Ministro de Obras Públicas, representándole el grave abandono en que la Fundación de Viviendas y Asistencia Social tiene a la población Kansas, de la ciudad de Purranque.
Hace aproximadamente ocho meses que se incendiaron las casas 43 y 44 de dicho conjunto habitacional, ocupadas por modestos obreros. Lamentablemente, la Fundación de Viviendas y Asistencia Social, en una política de abandono total de la población Kansas, no se ha preocupado de efectuar la reparación de estas viviendas, y, desafortunadamente, todavía esta población muestra los efectos del incendio, o sea, las ruinas de las casas 43 y 44.
En consecuencia, señor Presidente, solicito que se dirija, en mi nombre, oficio al señor Ministro de Obras Públicas, pidiéndole que la Fundación de Viviendas y Asistencia Social proceda a efectuar, prontamente, ya que no admite mayor dilación, la reparación de las casas mencionadas.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría.
25.-REALIZACION DE DIVERSAS OBRAS EN EL DEPARTAMENTO DE LLANQUIHUE.- PETICION DE OFICIOS.
El señor ACUÑA.-
Asimismo, señor Presidente, quiero aprovechar esta oportunidad para pedir que se envíe en mi nombre, oficio al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de que ordene a la Dirección de Obras Sanitarias consultar, con la brevedad posible, ojalá en el presupuesto del próximo año, los fondos necesarios para ejecutar las obras de alcantarillado del departamento de Llanquihue, de la provincia del mismo nombre.
El año pasado, por gestiones de diversos parlamentarios, entre ellos los entonces Diputados señores Evaldo Klein y Federico Bucher, se obtuvo, en principio, la destinación de E° 150.000 para la ejecución de esos trabajos, y se logró un compromiso para comenzarla en 1965, con E° 50.000. Lamentablemente, la solución de este problema se ha dilatado y, todas las poblaciones de Llanquihue, que es un centro industrial de enorme crecimiento, están reclamando con urgencia la iniciación do las obras de alcantarillado.
En consecuencia, solicito que se envíe oficio, en mi nombre, al señor Ministro de Obras Públicas, haciéndole ver la necesidad de que la Dirección de Obras Sanitarias aborde la solución del problema señalado y destine los fondos correspondientes para realizar las obras.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se enviará el oficio solicitado, en nombre de Su Señoría.
El señor SEPULVEDA (don Francisco). -
También en el mío, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se dirigirá también en nombre del Honorable señor Sepúlveda.
El señor ACUÑA.-
Señor Presidente, deseo que se envíe un oficio al señor Ministro del Trabajo y de Previsión Social, representándole la conveniencia de que la Caja de Previsión de Empleados Particulares construya en el departamento de Llanquihue, de la provincia del mismo nombre, un grupo habitacional para el numeroso sector de sus imponentes que residen allí. Según el empadronamiento oficial hay 33 empleados particulares en ese departamento. Por esta razón, las personas afiliadas a ese organismo están reclamando la construcción de una población acorde con sus necesidades habitacionales. Además, existen los terrenos adecuados. Hay dos hectáreas de propiedad de don Federico Werner, quien las vende a un precio razonable.
En consecuencia, pido que se envíe oficie, en mi nombre, al señor Ministro delTrabajo y Previsión Social, a fin de que la Caja de Previsión de Empleados Particulares considere esta solicitud y consulte en sus planes del próximo año la construcción de una población para sus imponentes del departamento de Llanquihue.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Se dirigirá el oficio en la forma solicitada por Su Señoría.
El señor SEPULVEDA (don Francisco).-
Y en mi nombre, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
También se enviará en nombre de Su Señoría.
Ha terminado el tiempo del Comité Radical.
El señor ACUÑA.-
¡Qué lástima!
26.-POLITICA INTERNACIONAL.- PROBLEMAS SUSCITADOS EN EL DIFERENDO ENTRE CHILE Y BOLIVIA
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
El turno siguiente corresponde al Comité Comunista, el cual dispone, además, del tiempo del Comité Socialista, que se lo ha cedido.
El señor VALENTE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, en octubre de 1963 el Comité Patria y Soberanía emitió una declaración señalando que, presionado por Estados Unidos, el Gobierno de Chile estaría buscando una solución a las dificultades surgidas con Bolivia, a raíz de la desviación del río Luaca, derivándose este asunto por el Gobierno de Bolivia, a la reivindicación portuaria.
El mismo mes, la potente emisora norteamericana "La Voz de América" planteaba que la solución ideal para el diferendo chileno-boliviano sobre el Lauca sería "la internacionalización de Arica bajo el control de la Organización de los Estados Americanos (OEA).
El 28 de octubre de 1963, la agencia noticiosa norteamericana United Press International (UPI) difundía las expresiones de Teodoro Moscoso en Méjico, señalando que "un gigantesco programa de desarrollo en el que participarán tres naciones y que solucionaría la disputa relacionada con el río Lauca vislumbró el Coordinador de la Alianza para el ProgresoTeodoro Moscoso, en un discurso pronunciado en esta capital (Méjico). "Hablando con los miembros de la Comisión Interamericana de Empresarios Particulares, Moscoso dijo que Bolivia, Chile y Perú podrían crear una amplia zona de autoridad regional para aprovechar las aguas del lago Titicaca en energía, irrigación y otros usos".
El 21 de noviembre de ese año, la agencia UPI comunicaba que "Washington espera que de un momento a otro Chile invite a Bolivia a reanudar sus conversaciones directas encaminadas a zanjar las viejas diferencias sobre el río Lauca"; y agregaba: "El objeto de la discusión es un acuerdo a largo plazo sobre el uso de las aguas del río Lauca y de otros ríos que cruzan la frontera chileno-boliviana.
"El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Administración del Desarrollo Internacional (AID) han indicado que ayudarán a financiar el proyecto". El cable UPI continuaba informando que "funcionarios diplomáticos de Estados Unidos dijeron que Chile sometió al Gobierno boliviano un memorándum apoyando la solución, pero que Bolivia no contestó" ..."Se cree ahora que, en su lugar, Bolivia tratará nuevamente de hacer que la OEA se ocupe de la disputa".
"Los informantes dijeron que la cuestión del Lauca se planteó durante una conversación entre el embajador boliviano Emilio Sarmiento y el Secretario de Estado norteamericano Dean Rusk. Estados Unidos ha expresado interés en un rápido acuerdo entre los dos países en beneficio de la armonía del hemisferio y para que no haya obstáculo en el camino de la Alianza para el Progreso".
Ese mismo día 21 de noviembre, otra agencia de noticias norteamericana, la Associated Press, informaba desde Panamá que la Asamblea Nacional aprobó ayer una resolución expresando el deseo de que la mediterraneidad de Bolivia encuentre, con la cooperación de todas las hermanas repúblicas del Continente, una solución satisfactoria para todas las partes interesadas".
Simultáneamente, la UPI, ese mismo día, transmitía una noticia asegurando que "se han hecho muchas conjeturas de que el nuevo Presidente de la OEA, embajadorGonzalo Fació, de Costa Rica, quizás trate de encontrar una solución al problema del Lauca haciendo un breve viaje a La Paz y a Santiago"
¿Quién es Gonzalo Fació?
El mismo que en 1954 propuso en la Asamblea de las Naciones Unidas que los países latinoamericanos desmontaran sus ejércitos nacionales, para confiar su seguridad a los contingentes militares que Estados Unidos podría enviar a cada país como "protectores", lo que ahora está aplicando el Pentágono sin careta. Lo demuestran la invasión de "marines" a Santo Domingo; el respaldo que Estados Unidos concede a los "gorilas" y a los gobiernos de facto, a muchos de los cuales ha impuesto en el poder el Departamento de Estados de USA, el reciente acuerdo de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, que autorizó la intervención militar de ese país en cualquier nación latinoamericana, etcétera.
Stephansky, experto provocador y avezado intrigante internacional, se constituyó en un elemento determinante de la CTA., en el golpe militar que derrocó a Paz Estenssoro, reemplazándolo por el binomio Barrientos-Ovando. Usando su habilidad diplomática, se constituyó en consejero de decisiva influencia en los gobernantes bolivianos, especialmente en los planes tendientes a desarmar las milicias campesinas y a los mineros. Al mismo tiempo, impulsaba la formación de un nuevo ejército al servicio de la reacción boliviana, pertrechado de moderno armamento entregado por Estados Unidos en cumplimiento de un pacto militar.
El embajador Stephansky fue, asimismo, quien aconsejó y convenció a los gobernantes de Bolivia para que se entregaran ricas concesiones e importantes yacimientos petrolíferos a la compañía norteamericana "Gulf Oil".
Penco y Onganla.- El espionaje norteamericano continúa movimiendo sus peones, y sus agentes no descansan en la preparación de esta confabulación contra Chile. Dos personajes aparecen en escena, cumpliendo cada cual el rol que se les ha asignado.
José María Penco, embajador uruguayo en La Paz, en un homenaje rendido al entonces Presidente de Bolivia, Hernán Siles Suazo, que se encontraba en Uruguay, protestó por la "agresión que Chile hacía contra Bolivia al negarle una salida al mar", asegurando que estaba dispuesto "a rendir su vida" si alguna vez Bolivia se decidía a atacar a Chile.
Mientras tanto, Juan Carlos Onganía, jefe del ejército argentino, viajaba a Estados Unidos a entrevistarse con los altos mandos del Pentágono. Se aseguró entonces, hace dos años, que Onganía contaba con el apoyo de Estados Unidos para organizar una fuerza militar sudamericana para "combatir el comunismo, prevenir los brotes revolucionarios e intervenir militarmente, en aquellos países amenazados por revueltas y guerrillas".
La sucesión cronológica de otros hechos configuran, en esa época, la confabulación internacional en marcha contra Chile:
25 de septiembre de 1962.- El Canciller de Venezuela desmiente declaraciones de Paz Estenssoro, quien habría declarado en el puerto peruano de Pisco que Venezuela y Bolivia habían firmado un protocolo sobre el acceso de Bolivia al Pacífico y sobre el problema del río Lauca ("El Mercurio", 25. IX. 1962).
15 de octubre de 1962.- La Fuerza Aérea de Estados Unidos anuncia el vuelo del cuadrimotor "Hércules" desde Cerrillos a Isla de Pascua. "El interés no es sólo de carácter militar, sino que el establecimiento de nuevas líneas comerciales... que solucionarán problemas de distancia hacia Australia, Nueva Zelandia, Tahití, Japón ("El Mercurio", 14 X. 1962).
5 de noviembre de 1962.- Desde Río de Janeiro se denuncia que "expertos militares norteamericanos iniciaron la instalación de bases atómicas en la región de Mariscal Estigarribia y en la zona de Ponta Pora" (Cable de "Prensa Latina", 5. XI. 1962).
14 de noviembre de 1962.- Se anuncia en Montevideo que el dictador paraguayo General Stroessner otorgó una concesión de territorio a Estados Unidos, en el Chaco Paraguayo (fronterizo con Bolivia) para la instalación de bases para el lanzamiento de cohetes teledirigidos. La denuncia la hace el Frente de Liberación Nacional (Cable de "Prensa Latina", del 13 de noviembre de 1962).
3 de diciembre de 1962.- El Canciller argentino Carlos Muñiz visita La Paz para hacer entrega a la ciudad de un monumento del Libertador José de San Martín. Anuncia planes conjuntos argentino-bolivianos para concluir las obras ferroviarias de Yacuiba a Santa Cruz ("El Mercurio", del 2 de diciembre de 1962).
18 de diciembre de 1962.- Se revela, por primera vez, que el Pentágono está construyendo a todo costo un moderno aeródromo militar, ubicado en la región llamada Sud Lípez, en territorio boliviano, ubicado más o menos a la altura del río Loa, del territorio chileno.
14 de enero de 1963.- Se forma en Buenos Aires una Comisión Mixta entre Argentina y Bolivia, que perfeccionará un tratado que declare a Barranqueras, en la región argentina del río Paraná, puerto libre para Bolivia ("El Mercurio", del J4 de enero de 1963).
Agosto de 1963.- Víctor Andrade, ex Canciller y ex embajador de Bolivia en
Washington, consejero legal de la Fundación Rockefeller, llega a Santiago el 6 de agosto. Simultáneamente, visita Arica y luego La Paz, el Subsecretario Adjunto para los asuntos Latinoamericanos del Departamento de Estado norteamericano, Mister Edwin Martin. Se "encontró" en Arica con el embajador norteamericano Charles Colé, y juntos visitaron los valles de la zona. En La Paz, Edwin Martin celebra entrevistas con el EmbajadorBen Stephansky (Revista "Flash", de agosto de 1963).
Agosto de 1963.- En la transmisión del mando presidencial en Lima, el Canciller boliviano Fellman Velarde informa que dos candidatos a la Presidencia de Bolivia, Mario Gutiérrez (Falange Boliviana) y Walter Guevara (Grupo disidente del M. N R.), han planteado "la necesidad de ir a una guerra contra Chile" para lograr reivindicaciones territoriales. En esa misma ocasión, Fellman Velarde estima que el diferendo chileno-boliviano debe solucionarse por la vía de la negociación en basé de los siguientes puntos:
"1.-Bolivia no hace más cuestión del Lauca "y sugiere que Chile conecte las lagunas de Chungará y Cotacotani para unirlas al Lauca y así aumentar el caudal que va "al valle de Azapa, dejando una cuota prudente de agua para el altiplano".
"2.-Bolivia no desconoce el Tratado de 1904 (por el cual aceptó voluntariamente la pérdida de su litoral), pero insiste en que Chile debe aceptar como oficial la proposición de 1950 (acuerdo entre González Videla y Truman) para dar una solución a la mediterraneidad del altiplano, nota que fue renovada posteriormente por el Canciller chileno Enrique Ortúzar en el Gobierno de Alessandri". ("Flash" de agosto de 1963).
Agosto de 1963.- En una entrevista concedida en La Paz por Mario Gutiérrez, jefe de la Falange Boliviana, a la Revista "Ercilla", de Chile, este político anunció la unificación de varios partidos (Falange Boliviana, Democratacristiano, Socialcristiano, etc.) para constituir un solo grupo político. Señala Mario Gutiérrez que entre los puntos programáticos del nuevo partido está la reivindicación territorial de Bolivia. ("Ercilla", de agosto de 1963).
Todos estos hechos, entrelazados y coincidentes, provocaron la reacción condenatoria en los más variados sectores chilenos. Esto hizo que el Pentágono y la CIA. variaran su táctica. Se dispuso que todos los planes sobre la "Operación Arica" continuaran ejecutándose subrepticiamente, en la mayor reserva. Así fue como, aparentemente, desde 1963 a la fecha, nada se dijo de estos planes, y las agencias noticiosas norteamericanas como los diarios de la reacción nacional, guardaron silencio. Pero el plan se cumplía con rigurosa exactitud.
En 1955 se conocen nuevos antecedentes e informaciones sobre los preparativos agresivos del Pentágono contra Chile. Las actuaciones de la CIA. y de los grupos militares adiestrados en Estados Unidos revelan la puesta en marcha de la conspiración antichilena llamada "Operación Arica". Surge nuevamente una provocación conflictiva en la frontera chilena-peruana- boliviana, orientada a preparar la intervención de Estados Unidos en la zona norte de nuestro país, sin descartar, por supuesto, la posibilidad de un desembarco "apaciguador" de los "marines"
Veamos algunos hechos excepcionalmente suspicaces:
Bolivia.-El Coronel Joaquín Zenteno Canciller de Bolivia, confirmó que el embajador de su país en España, Alfredo Alexander, realizó un viaje a Chile en misión confidencial, "con miras a un probable restablecimiento de las relaciones, habiendo encontrado buena disposición en Chile para resolver los problemas pendientes con Bolivia".
"Puedo decir -declaró Zenteno- que las conversaciones giraron alrededor de los problemas de la mediterraneidad, el caso del Lauca y la operación del oleoducto de Sica-Sica a Arica (cable de la "Associated Press", publicado en "El Mercurio" de 11 de septiembre de 1965). Cabe señalar, de paso, que el embajador de Bolivia en España, Alfredo Alexander es suegro de Oscar Pinochet, Subsecretario de la Cancillería chilena.
Casi simultáneamente, el Gobierno de (Bolivia denunció la organización de un complot comunista y del Movimiento Nacional Revolucionario, destinado a "preparar atentados terroristas contra los co-Presidentes del altiplano", agregando a esta información que el Gobierno de Bolivia ha pedido al Gobierno de Brasil por medio de un enviado especial, la internación de "elementos bolivianos que estarían actuando contra la Junta Militar, desde la frontera".
Se aseguró, además, que en la frontera boliviano-brasileña habían sido apresados dos brasileños comunistas que fueron llevados a La Paz". Esto dio motivo para que la Junta Militar (asesorada por la CIA.) dictara una ley de seguridad para reprimir severamente "toda forma de agitación interna o externa..." (cable de la "Associated Press" y "Reuter", publicados en "El Mercurio" de 11 y 12 de septiembre de 1965).
El 24 de septiembre, la agencia informativa norteamericana "Associated Press International" transmitió un despacho desde La Paz, en el que informaba que "las fuerzas del ejército realizan una requisición de armas en poder de los mineros... y que la Corporación Minera de Bolivia anunció el cierre de las minas debido a la agitación extremista".
Al mismo tiempo, las fuerzas armadas bolivianas emitieron un comunicado sobre los incidentes en Catavi y Siglo Veinte, expresando que "fueron elementos aleccionados e instruidos por extremistas los que promovieron los trágicos sucesos, ya que, inicialmente, los efectivos del ejército se limitaron a observar pasivamente los desórdenes y atropellos en que incurrían las desorbitadas masas". ("El Mercurio" del 24-IX-65).
El 24 de septiembre el Senador argentino Ricardo Ovando denunció la presencia de tropas de su país en Bolivia, con la autorización del Gobierno de La Paz "para investigar actividades guerrilleras". El SenadorOvando señaló, además, "que la política del Gobierno militar del Brasil es intervencionista en relación a Uruguay y procura colocar a la Argentina bajo su hegemonía".
En Bogotá, en la misma fecha, el periódico "El Espectador" alertaba sobre una posible intervención armada norteamericana en Bolivia que -considera- daría lugar a la repetición de los sucesos de Santo Domingo, y al comentar el acuerdo de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, agrega: "la intervención militar de USA contra Bolivia podría liroducirse en cualquier momento".
Perú.-El Ministro de Educación, Carlos Cueto Fernandini, afirmó que "existe infiltración comunista en su Ministerio, infiltración que se inició hace años y que, ahora, está dando origen a una investigación".
La violenta acción militar contra las guerrillas y la aprobación de la ley de pena de muerte para quienes sean acusados de agitadores o guerrilleros han sido favorablemente aplaudidas por los sectores capitalistas peruanos. La agencia de noticias "France Press", en un comentario especial sobre la situación política del Perú ("El Mercurio" del 9-IX-65) señala: "En el sector capitalista hubo también señales de aprobación ante la actitud presidencial con motivo de las guerrillas. Las "fuerzas vivas" visitaron al Ministro de Hacienda para suscribir 800 millones de soles en bonos a 10 años y al siete y medio por ciento para reforzar el presupuesto militar, con el fin de reprimir el extremismo"...
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¿Me permite, Honorable Diputado?
Ha terminado el tiempo del Comité Comunista. Puede continuar Su Señoría en el tiempo del Comité Socialista, que le ha sido cedido.
El señor VALENTE.-
Simultáneamente, en el Gobierno peruano no se oye hablar más de las tendencias a nacionalizar el petróleo peruano entregado en una oprobiosa concesión al consorcio norteamericano "Standard Oil", de Nueva Jersey ("El Mercurio" 9-IX-65.).
Mientras el Gobierno peruano asegura que los guerrilleros no son más de 200, la "Associated Press' señala que "más de mil quinientos guerrilleros han sido instruidos en tácticas guerrilleras en el extranjero a quienes se ha permitido volver al país convertidos en guerrilleros".
Coincidiendo con esta versión, el ex Ministro cubanoOdón Alvarez, "gusano", afirmó en Lima que "Chile, España y Francia son bases donde se estaría organizando la subversión castrista latinoamericana", agregando que "las armas de que disponen los guerrilleros peruanos las reciben a través de buques mercantes cubanos o vía Méjico, Uruguay y Chile a través de las embajadas comunistas acreditadas en esos país".
Estas expresiones tienen plena concordancia con las denuncias periódicas formuladas en los cables de las agencias yanquis de noticias, sobre contrabando de armamento por Arica, detención de "agitadores extremistas" en la zona sur del Perú, la detención del "Ché Guevara" junto a los guerrillos peruanos, etcétera. No importa que estas noticias se desmientan a las pocas horas. Lo importante es que van preparando el clima propicio a la provocación, pues forman parte del plan sicológico preparado por la CIA.
El 30 de septiembre, nuevamente la "United Press Internacional" (UPI) lanza otra noticia: "Geógrafo peruano afirma que su país tiene derechos en una zona de la Antártida Chilena". La información del cable UPI, fechada en Lima y publicada en "El Mercurio" del 30 de septiembre, señala: "Desde todo punto de vista, el Perú tiene derecho a ocupar un triángulo de la Antártida de medio millón de kilómetros cuadrados, territorio que, actualmente, es vigilado por patrullas chilenas". El geógrafo peruano Edmundo Rey Riveros, declaró que "proyecta viajar a la Antártida el próximo verano y ha dirigido un solicitud en tal sentido a la Embajada argentina para ser recibido por la expedición que anualmente hace ese país."
Argentina.-La agencia informativa "Reuter" transmite una noticia publicada en el vespertino brasileño "O Globo" señalando que "fuentes del Estado Mayor del Ejército brasileño y del Ministerio de Guerra confirmaron las declaraciones efectuadas por el Comandante en Jefe argentino, General Juan Carlos Onganía, sobre un pacto militar entre los dos paises". El acuerdo se refiere a una posible acción conjunta de los ejércitos de ambos países para combatir la inflitración comunista en América del Sur. El actual convenio tácito |)uede llevar a la firma, formal de un tratado militar entre varias naciones sudamericafias pa.ra formar un ejército interamericano como garantía de que se combatirán los puntos locales de subversión que se están formando especialmente en Perú, Venezuela, Chile, Paraguay y Uruguay”. ("El Mercurio", 5 de septiembre de 1965).
Poco después el Vicealmirante de la Armada argentina. Manuel Pita, dio formal respaldo a la unión "anticomunista" de los ejércitos de Brasil y Argentina, expresando que "todas las Marinas del hemisferio poseen una clara noción de la responsabilidad y de la importancia de la acción conjunta para el caso de agresión exterior o de subversión interna". El Vicealmirante Pita consideró que "el operativo Unitas realizado por las Marinas de varios países latinoamericanos y de los Estados Unidos es una prueba de la comunidad de ideales de las Armadas de América."
En iguales términos se expresa el Brigadier argentino Conrado Armandini, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de ese país, quien aseguró que "las expresiones del Teniente Coronel Juan Carlos Onganía traducen una coincidencia de fondo en el pensamiento anticomunista de la Fuerza Aérea".
El Ministro de Defensa argentino Leopoldo Suárez respaldó estas expresiones diciendo que "el General Onganía ha señalado su divergencia con respecto al comunismo, que no es discrepante, en ningún caso, con la posición del Gobierno argentino."
Mientras tanto, en Chile, el Subsecretario de Relaciones Exteriores, Oscar Pinochet, anunció una entrevista entre los Presidentes Frei e Illia para fines de octubre del año en curso.
Arica.- El 31 de enero de 1955 Chile y Bolivia suscribieron un Tratado de Complementación Económica en el cual se estableció que "por la importancia que tiene para la economía de los dos países y de acuerdo con los Tratados vigentes sobre libre tránsito, ambos Gobiernos convienen en prestar todas las facilidades necesarias para la construcción, niante7ii- miento y operación por parte de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos o por cualquiera empresa privada autorizada por el Gobierno de Bolivia, de oleoductos que saliendo de territorio boliviano lleguen al puerto de Arica o a cualquier otro puerto chileno."
Conviene recordar lo anterior, más adelante demostraremos cómo la CIA., el Pentágono, los grupos militares gorilistas y poderosos monopolios del petróleo están tejiendo una fina red de espionaje, influencias y presiones en las zonas limítrofes de Chile, Perú, Bolivia, Argentina, Paraguay y Brasil especialmente. ¿Los objetivos? Económicos, militares y políticos, como lo veremos en seguida.
Señalamos antes que las Cancillerías de Chile y Bolivia estaban barajando los puntos que contendría la agenda para reiniciar las conversaciones entre ambos Gobiernos y que, al tenor de las declaraciones del Ministro de Relaciones de Bolivia, Coronel Zenteno, las negociaciones comprenderían ; la mediterraneidad de Bolivia, el caso del Lauca y la operación del oleoducto de Sica-Sica a Arica.
En 1955 -año de la firma del Tratado de Complementación Económica entre Chile y Bolivia- el Presidente de este país Víctor Paz Estenssoro puso en vigencia el llamado "Código Dayenport", redactado por un consorcio de abogados norteamericanos, por el cual se permitía la acción directa y abierta de los consorcios petrolíferos de Estados Unidos en Bolivia. Entre 1956 y 1960 el sucesor de Paz Estenssoro, el PresidenteHernán Siles Suazo, suscribió con el Gobierno brasileño diversos acuerdos que despojaron el camino para la penetración de los monopolios yanquis del petróleo en el altiplano. Extensas zonas del territorio boliviano (más de un millón quinientas mil hectáreas), fueron entregadas en concesión a la Gulf Oil Corporation, cuya influencia en los asuntos internos de Bolivia es decisiva.
La Gulf Oil Corporation.- En la cadena que Estados Unidos ha implantado en América Latina para agudizar el sojuzgamiento económico y político, Bolivia es un eslabón importante. El imperialismo necesita contar y apoyarse en gobiernos dictatoriales o constitucionales sumisos para llevar a cabo sus planes con mayor eficacia. No es casual, por ejemplo, el permanente adiestramiento de oficiales de los ejércitos latinoamericanos en las Academias de Estados Unidos. Es una de las tantas formas de penetración política del Pentágono en las fuerzas armadas nacionales.
Con la Junta Militar de Bolivia (Barrientos-Ovando), Estados Unidos ha perfeccionado sus métodos de penetración no tan sólo influyendo y dominando en las altas esferas de gobierno, sino llegando a las capas más atrasadas del campo y de los sectores urbanos y "exacerbando sus sentimientos religiosos y "chauvinistas" por medio de la superchería anticomunista" . Especialmente, su labor se ha centrado en los sectores indígenas fronterizos, hasta donde llegan los "voluntarios de la paz" a cumplir los planes de la CIA, en relación con la "Operación Arica".
Ahora, la Gulf Oil Corporation proyecta operar en Chile y ya está ligada a importantes operaciones financieras de nuestro país a través de la Sigdo-Koppers Corporation (del grupo Mellon) que tiene decisiva ingerencia financiera en empresas como la Compañía Acero del Pacífico, Cemento Bíobío, etcétera. Los planes de la Gulf Oil para Chile no solamente comprenden la operación y puesta en marcha del oleoducto de Sica Sica, sino que operar en la zona, en gran escala, sobre todo en la explotación de las reservas que guarda la Pampa del Tamarugal, norte argentino y los campos petrolíferos de Santa Cruz, en Solivia. Proyecta ampliar el oleoducto de Sica Sica a Santa Cruz y construir nuevos oleoductos a otros puertos chilenos, aprovechando las disposiciones del Tratado de Complementación Económica. Por lo pronto ya está embarcando por el Ferrocarril de Antofagasta a Oruro 40 mil tubos de 16 metros de largo cada uno, copando prácticamente la capacidad de transporte de esa vía ferroviaria.
Los indicios de existencia de petróleo en ¡a zona norte son evidentes. La Empresa Nacional de Petróleo realizó numerosos sondajes en la zona, perforando pozos hasta de 3.000 metros de profundidad. En Zapiga y en las inmediaciones de Pica hay pruebas reales de existencia de este producto, emanadas de los análisis de las arenillas y otros elementos extraídos. La opinión de ingenieros y técnicos es que el petróleo se encuentra a unos 4,500 metros de profundidad y no se explican las razones que motivaron la paralización de los trabajos de perforación. Los técnicos señalan, además, que ese territorio es excepcionalmente rico en gas de petróleo, lo que, sumado a la abundante existencia de otros elementos salitrosos, podría dar origen a una fabulosa industria de plásticos.
Cabeza de playa.- La Gulf Oil, por otra parte, se prepara para solicitar en Arica una concesión de terrenos de playa extensa, en los que construirá sus instalaciones cercando el recinto, pretendiendo dejarlo fuera de la influencia de las autoridades chilenas, manteniendo su propia guardia de vigilancia y un sistema policial o militar propio. Como quien dice, una cabeza de playa propicia para cualquier desembarco en territorio chileno.
¿Proyecto del Gobierno a gusto del Pentágono?.-Con motivo del anunciado "contrabando de armas" por Arica, supuestamente destinadas a los guerrilleros peruanos, la CIA ha redoblado sus efectivos en el norte chileno y en las zonas cordilleranas fronterizas de Perú y Solivia. Los "turistas yanquis" han proliferado en Arica y Antofagasta. Un proyecto de la Junta de Adelanto de esa ciudad denominado "Plan Andino", inspirado en el loable propósito de promover el progreso de las comunidades indígenas que pueblan el altiplano, está dirigido y orientado por un norteamericano de apellido Girvan y, junto a los funcionarios chilenos, actúan también "líderes" juveniles de esa nacionalidad.
Por otra parte, la Misión Chile-California ha iniciado el estudio para la modernización del ferrocarril de Arica a La Paz, a cuyo cargo no están ingenieros chilenos sino los profesionales norteamericanos Robert Braun y John Howell. Esta Misión Chile-California está ya operando en el terreno y en estrecho contacto con la Dirección General de Ferrocarriles de Bolivia, la cual está asesorada también por ingenieros norteamericanos y en la que tiene preponderante ingerencia la Embajada de Estados Unidos en La Paz.
Se proyecta, asimismo, la construcción de la vía carretera de Arica a Oruro con aportes del Banco Interamericano de Desarrollo y la Junta de Adelanto de Arica.
La Visita del Inspector.- A fines de septiembre último, visitó Arica el Embajador de Estados Unidos Ralph Dungan, acompañado de su familia y del personal de esa embajada. Donó bibliotecas a diversos organismos, inauguró en las poblaciones sedes sociales, centros de cultura y un parvulario costeado por Estados Unidos.
Al ser entrevistado por el diario "La Defensa" de esa ciudad, dijo que él "está impregnado de la doctrina Klennedy y manifiesta abierta simpatía por los pueblos, aboga por su progreso y por mejorar el mutuo entendimiento entre éstos y su país". Señaló que daba "especial importancia a la posibilidad de mejorar las relaciones entre Chile y Bolhna y al aprovechamiento del terminal petrolero de Sica Sica, ya que ello significa integración económica con positivos beneficios para esta parte de América Latina".
"Concordia", matutino de Arica, informó sobre esta entrevista, diciendo que "con respecto a la actual situación internacional entre Chile y Solivia, el distinguido visitante (Dungan) puntualizó que existían esperanzas de que se arreglaran las relaciones entre ambos países; pero que había un tercer país que estaba interviniendo, afirmando al mismo tiempo que no era Estados Unidos, pues su país tenía sumo interés en que este problema se solucione."
Por otra parte, asesores del Presidente de la República han redactado un anteproyecto de ley para establecer un Estatuto para el Desarrollo de Arica. En su texto se desliza, en forma disimulada y aparentemente inofensivo, la siguiente disposición insólita;
"Articulo 7°.-Autorízase al Presidente de la República para...
b) Crear una "Sociedad Explotadora de Empresas de Utilidad Pública" que tenga a su cargo la realización de determinadas actividades o negocios de tal carácter y la administración de servicios como el puerto marítimo de Arica, el ferrocarril de Arica a La Paz, empresas o servicios financiados con fondos de la Junta de Adelanto de Arica, líneas y medios de transporte marítimo, aéreo o terrestre, hoteles y otros organismos".
"Dicha Sociedad podrá tener la representación de organismos fiscales o particulares, nacionales o extranjeros."
¿Qué se pretende con esta aberrante disposición?
¿No es, acaso, demasiada la coincidencia entre el texto de este artículo y los numerosos antecedentes entregados en esta denuncia y que, realmente, conforman un plan de agresión contra la frontera norte de nuestro país?
¿En virtud de qué compromisos Chile debe renunciar al control del Estado en servicios públicos tan vitales y decisivos como el ferrocarril de Arica a La Paz, el puerto artificial, el aeropuerto de Chaca- Iluta, la Central Hidroeléctrica de Chapiquiña y otros?
¿No constituye esta iniciativa un paso adelante hacia la internacionalización de Arica y, por ende, en favor de los planes del Pentágono?
Emplazamos al Gobierno a explicar públicamente los alcances de este proyecto y cuáles son las verdaderas finalidades que se persiguen con la Sociedad Explotadora de Empresas de Utilidad Pública.
Cinturón militar y triángulo aéreo.- La modernización de la vía ferroviaria de Arica a La Paz coincide con la construcción y ampliación de otras vías férreas adyacentes y forma parte del plan del Pentágono para disponer de una vasta red ferroviaria en América del Sur.
Arica es, en el Pacífico, un punto estratégico vital, como lo es, en el Atlántico, el puerto brasileño de Santos. Este último está bajo el control militar de las Fuerzas Armadas brasileñas y de la Misión Militar norteamericana. Arica y Santos están unidos por ferrocarril y, sobre esta base, para el Pentágono, Arica es zona fundamental para dar forma a la vieja aspiración yanqui de tender una red caminera-ferroviaria que atraviese Sudamérica del Pacífico al Atlántico y que, en cualquier momento, pueda transformarse en un gigantesco cinturón militar utilizable para dominar los movimientos de liberación, para agudizar el despojo imperialista de nuestras inmensas riquezas naturales y para ejercer una hegemonía absoluta en toda esta importante zona de América.
Estados Unidos ya ha tendido lazos de control militar y político sobre zonas vitales para la ejecución de este plan. La dictadura de Castello Branco, en Brasil, ha dado plenas atribuciones y garantías al Pentágono y otro tanto ha hecho la Junta Militar boliviana. Partiendo del puerto de Santos y pasando por Corumbá, en territorio brasileño, hasta alcanzar a Santa Cruz, Cochabamba y La Paz, en Bolivia, el cinturón estratégico quedaría establecido a la perfección. Para ello, el Pentágono necesita ejercer dominio directo o indirecto sobre Arica, internacionalizarla, para completar su influencia total sobre la ruta Santos-Arica.
Es bueno agregar, además, que hacia la red ferroviaria Arica-Santos confluyen numerosas otras vías férreas que cubren, prácticamente, todos los puntos estratégicos de América del Sur, las zonas selváticas y los territorios donde existe la más fabulosa riqueza natural. Cobre, oro, plata, petróleo, piedras preciosas, caucho, algodón, uranio, ganado, lanas finas, madera, fierro, salitre, ricos territorios agrícolas, etcétera, configuran parte del potencial económico de América del Sur.
Los planes del Pentágono incluyen, también, la Isla de Pascua. Arica está situada en un vértice geográfico que concentra posiciones vitales de tres países. El Ministerio de Defensa norteamericano considera este puerto como insustituible plaza armada aérea y terrestre. En lo aéreo, puede ser la cabeza de un triángulo perfecto, cuyos vértices serían Antofagasta-Isla de Pascua-Arica. Isla de Pascua es zona que reviste mucho interés para los norteamericanos, ya que un aeródromo en esa isla constituiría una base aérea estratégica en un vasto sector del Pacífico, que es vital en las comunicaciones marítimas y aéreas. Si a lo anterior agregamos la existencia de numerosas bases aéreas diseminadas por todo el territorio de Sudamérica en poder o bajo la tutela de la Fuerza Aérea de Estados Unidos (Ponta Pora, en Brasil; región del Chaco, en Paraguay; Sud Lípez, en Bolivia, etcétera, fácil es apreciar y comprender que los planes y preparativos para la "Operación Arica" están en su punto culminante.
El Departamento de Estado está, pues, delineando una política represiva en escala continental para ahogar toda protesta y acción de los movimientos de liberación, para eternizar el dominio de las oligarquías y para abrir las puertas, de par en par, al imperialismo para el saqueo y la colonización económica. Hay un plan perfectamente coordinado en esta nueva ofensiva del imperialismo. Tan pronto como fueron aprobados los convenios del cobre, "El Mercurio", órgano principal de los yanquis en Chile, propició editorialmente una renuncia a nuestra soberanía, un acatamiento incondicional a las normas políticas del imperialismo y la delegación de poderes políticos y económicos a los yanquis.
Las fuerzas antiimperialistas de Chile y de América deben unirse para contener los intentos del Pentágono de abrir una brecha para su criminal política, en la frontera norte de nuestro país...
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
¿Me permite. Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Socialista, dentro del cual estaba haciendo uso de la palabra Su Señoría.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, solicito que las observaciones formuladas se transcriban a Su Excelencia el Presidente de la República y a los señores Ministros de Relaciones Exteriores, Economía, Fomento y Reconstrucción y Minería, para los efectos de que se sirvan adoptar las medidas correspondientes, ante la denuncia que he dado a conocer.
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Se transmitirán las observaciones formuladas por el señor Diputado, en nombre de Su Señoría.
El señor PALESTRO.-
En nombre dela Honorable Cámara, señor Presidente.
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Se enviarán en nombre del señor Diputado, porque no hay número en la Sala para adoptar acuerdos.
El señor PALESTRO.-
Entonces, en nombre del Comité Socialista, señor Presidente,
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Las observaciones formuladas por el Honorable señor Valente se transcribirán también en nombre del Comité Socialista.
27.-INSTALACION DE UNA PLANTA DE LA INDUSTRIA AZUCARERA NACIONAL S. A., "IANSA", EN LA PROVINCIA DE VALDIVIA. PETICION DE OFICIO.
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
El turno siguiente corresponde al Comité Democrático Nacional.
El señor DAIBER.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor DAIBER.-
Señor Presidente, a raíz de la reciente decisión tomada por IANSA, en orden a instalar una planta elaboradora de azúcar de remolacha en la provincia de Valdivia, se ha desatado, en las últimas semanas, una lucha sorda entre sus distintas regiones y comunas, emulándose unas a otras en lo que se refiere a esfuerzo e ingenio para dar argumentos convincentes y, en último término, conducentes a lograr la ubicación de dicha planta dentro de su jurisdicción.
Mientras la disputa se mantenía en un plano elevado y de sólida argumentación, con estudios estadísticos de producción agropecuaria y otros, todo hacía suponer que esta rivalidad sería fructífera, porque aportaría muchas luces a la ciudadanía, en general, y también a los directivos de IANSA. Mientras las comunas de Máfil, Lanco, Paillaco, Río Bueno y otras, encargaban a sus hombres más preparados la delicada tarea de abocarse al estudio del problema, a fin de encontrar argumentos para fundamentar sus muy comprensibles y justas aspiraciones, desde su particular punto de vista, nada hacía suponer que ello podría terminar en una campaña divisionista y en una lucha en que predominarían la pasión sobre la sensatez, o la mediocridad sobre la inteligencia.
En medio de este juego lógico de intereses comunales, la capital de la provincia, la comuna de Valdivia, por el hecho de no tener ninguna expectativa de instalar la planta dentro de su jurisdicción, se mantenía al margen de la disputa, y como árbitro supremo ofrecía los sanos vínculos de la unidad. Sin embargo, no sin inquietud he visto que, en los últimos días, ciertos círculos valdivianos de reconocido prestigio han declarado abierta y enfáticamente su apoyo a la comuna de Máfil, provocando con ello la animadversión del resto de las comunas y, muy en especial, de la zona sur de la provincia.
Este descontento se ha visto acrecentado por el hecho de que los motivos aducidos para tomar tal actitud partidista no se basaron en un estudio socio-económico serio, como era de esperar, sino en observaciones subjetivas y en antiguas rivalidades interprovinciales que a nada han conducido hasta la fecha y que sólo pueden retardar la integración de las provincias que constituirán la futura zona, meta indispensable para lograr una descentralización eficaz de! país.
En esta decisión de ubicar la futura planta IANSA no sólo deben estar contemplados los intereses particulares, comunales y de la capital de la provincia, sino también aquellos que corresponden a las provincias vecinas y al país en general. Es sabido que actualmente, con las plantas de Los Angeles, Linares y Llanquihue, IANSA está produciendo el 40% del azúcar que consumimos, cifra que alcanzará al 60% con la ampliación de la de Linares y la entrada en funciones de Cocharcas.
Ahora bien, si la meta de nuestro Gobierno es llegar con los años al autoabastecimiento de azúcar y, simultáneamente, a) de leche, carne y otros productos agrícolas, es indudable que no sólo debe contemplarse la creación de una planta más, la de Valdivia, sino de una segunda, posiblemente en Cautín.
Aunque las condiciones presupuestarias actuales no permiten la instalación simultánea de la Planta de Cautín, provincia que, por lo demás, deberá ampliar su área cultivable a través de eventuales medidas de regadío, no por ello hay que dejar de tenerla en mente. En tal sentido, podría cometerse un error al ubicar la Planta de Valdivia en el límite norte de la provincia, ya que ello cercenaría definitivamente las posibilidades de la zona Freire- Temuco. La zona sur de la provincia es, evidentemente, la más rica desde el punto de vista agropecuario. En efecto, ella ostenta alrededor del 75% del total de la superficie cultivada con remolacha en la provincia de Valdivia y es la que ofrece mejores perspectivas de expansión. Basta comparar las cifras arrojadas por el último censo agropecuario, que tengo aquí a mi alcance, para corroborarlo...
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
¿Me permite Honorable Diputado? Ha llegado la hora de votar los proyectos de acuerdo.
Quedará con la palabra Su Señoría.
28.-PROVECTOS DE ACUERDO OBVIOS Y SENCILLOS.
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Se van a leer los proyectos de acuerdo.
El señor LARRAIN (Prosecretario subrogante).-
Los señores Valente; Aravena, don Jorge, Comité Democrático Nacional; Millas, Comité Comunista; Silva Ulloa, Comité Socialista; Phillips, Comité Independiente; y Morales, don Carlos, Comité Radical, han presentado el siguiente proyecto de acuerdo;
"Ante las documentadas y graves denuncias formuladas en esta Honorable Cámara en relación a la apropiación por particulares de yacimientos mineros descubiertos por el Instituto de Investigaciones Geológicas; y dada la necesidad de esclarecer las responsabilidades por estos hechos.
La Honorable Cámara acuerda;
Constituir una Comisión Investigadora para que investigue, exhaustivamente, las actividades del Instituto de Investigaciones Geológicas y todo cuanto tenga relación con los hechos denunciados en la Hora de Incidentes de la sesión ordinaria del martes 31 de agosto de 1965.
Esta Comisión estará constituida de acuerdo con la proporcionalidad de la Comisión de Gobierno Interior y podrá sesionar con un quórum de cuatro de sus miembros."
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Como no hay quórum en la Sala para adoptar acuerdos, se va a llamar a los señores Diputados hasta por cinco minutos.
- Después de transcurridos dos minutos:
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Ya se ha reunido el quórum reglamentario.
Si le parece a la Cámara se declarará sin discusión el proyecto de acuerdo, por ser obvio y sencillo.
Acordada.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobado.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¿Lo firman todos los Comités, señor Presidente?
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
No, señor Diputado; sólo como Comités.
Varios señores DIPUTADOS.-
¡Ya se aprobó el proyecto de acuerdo!
Un señor DIPUTADO.-
No se ha votado.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
¿Qué Comités lo firman?
- Hablan vanos señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Debo hacer presente que se aprobó el proyecto de acuerdo. Incluso, en él se establece que esta Comisión Investigadora estará constituida de acuerdo con la proporcionalidad de la Comisión de Gobierno Interior y podrá sesionar con un quórum de cuatro de sus miembros.
El señor GALLEGUILLOS.-
¿Por qué no desean, Sus Señorías, que se designe esa Comisión Investigadora?
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Puede continuar el señor Prosecretario.
El señor LARRAIN (Prosecretario subrogante).-
Los señores Valenzuela, don Ricardo, Comité Demócrata Cristiano y Garay presentan el siguiente proyecto de acuerdo:
"La Cámara de Diputados, en conocimiento del deceso del eminente humanista, doctor Albert Schweitzer, acuerda:
Enviar oficio a la I. Municipalidad de Santiago a fin de que denomine a una calle de Santiago con el nombre del ilustre desaparecido".
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Si le parece a la Cámara se declarará sin discusión el proyecto de acuerdo, por ser obvio y sencillo.
Acordado.
Si le parece a la Cámara, "se aprobará.
Aprobado.
El señor LARRAIN (Prosecretario subrogante).-
Los señores Papic, Téllez, Valenzuela, don Ricardo, Iglesias, Videla, Montt, Lorca, don Alfredo y Sbarbaro, apoyados por el Comité Demócrata Cristiano, presentan el siguiente proyecto de acuerdo:
"Considerando:
Que en la concesión de créditos bancarios se acostumbra decir que se guarda una proporción o relación permanente entre el capital del cliente aceptado por el Banco y el monto de los préstamos que se le conceden;
Que a pesar del principio anteriormente anotado, existen en la realidad hechos que lo desvirtúan continuamente y que causan gravísimo perjuicio a la economía nacional y van directamente en contra de la 'justicia distributiva de los créditos;
Que para comprobar esa injusticia en la distribución de los créditos, basta revisar aquellos que se conceden a los agricultores, industriales o comerciantes, sin apoyos o influencias, y los créditos que se conceden a ciertos privilegiados y, sobre todo, a ciertas sociedades anónimas, especialmente, distribuidoras e industriales. Mientras a los primeros se les concede un crédito total, que apenas asciende al treinta o cincuenta por ciento del capital reconocido por el Banco, los últimos tienen créditos por cuatro, seis y más veces sobre dicho capital; y
Que esta situación se traduce en:
1.- Una injusticia en la distribución de los créditos, lo que es contrario al principio de que todos pueden gozar por igual de las posibilidades que se otorgan en el país;
2.- La acumulación de créditos en cierto sector de la ciudadanía, lo que produce un sordo malestar general en el resto, que ve restringidas sus posibilidades de negocios y de trabajo;
3.- La concesión de grandes créditos a empresas distribuidoras o productoras, promueve la acumulación de ciertos artículos, que se guardan en bodegas esperando alzas de precio;
4.- Las adquisiciones de mercaderías y productos que hacen esas empresas o personas privilegiadas, al efectuarlas de contado mediante el crédito concedido, les permiten rebajar los precios de venta de tales mercaderías, con el consiguiente perjuicio para los comerciantes que no gozaron de esos créditos preferentes;
5.- Que generalmente estas adquisiciones se hacen con intervención de determinados intermediarios pertenecientes a las mismas empresas, los que reciben al contado comisiones alzadas, a costa del vendedor, y
6.- La situación se agrava enormemente respecto de las empresas extranjeras, ya que trabajan con dinero nacional, obtienen las utilidades correspondientes y éstas son convertidas en dólares que son llevados fuera del país, La Honorable Cámara de Diputados acuerda:
Dirigir oficio al señor Ministro de Hacienda, con el objeto de que, si lo tiene a bien, se sirva adoptar las medidas necesarias tendientes a obtener que la Superintendencia de Bancos, o la Oficina que corresponda, disponga la regulación de los créditos bancarios, con el fin de que sean distribuidos en forma justa entre los clientes, de manera que en un plazo no superior a un año, los grandes créditos que sean reducidos, con el propósito de que tengan la misma relación con el capital de cualquier cliente, mediante el control de dicha Superintendencia."
El señor PHILLIPS (Presidente Accidental).-
Si le parece a la Honorable Cámara, se declarará sin discusión el proyecto de acuerdo, por ser obvio y sencillo.
Acordado.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
Solicito la venia de la Cámara para que pase a presidir la Honorable señora Blanca Retamal.
Acordado.
-Pasa a presidir la sesión la Honorable señora Retamal.
El señor LARRAIN (Prosecretario subrogante).-
La señora Gladys Marín, apoyada por el Comité Comunista ha presentado el siguiente proyecto de acuerdo:
"Considerando:
1°.- Que la ley 12.462, de 6 de julio de 1957, en su artículo 55 agregó algunas disposiciones al DFL. N° 245, de 23 de julio de 1953, que estableció la asignación familiar en favor de los imponentes del Servicio de Seguro Social, Caja de Compensación y regímenes convencionales de pago de asignación familiar;
2°.- Que en esos artículos se establece un descuento equivalente al 5% de la asignación establecida en el mencionado DFL. N*? 245 para destinar dicho porcentaje a la adquisición de leche y alimentos terapéuticos, por parte del Servicio Nacional de Salud, para distribuirlos entre los hijos de los asegurados.
3°.- Que en la disposición citada y su reglamento, dictado por Decreto N" 949, de 1957, se establece, asimismo, que las cantidades referidas deben ser entregadas por el Servicio de Seguro Social, organismo que recibe, a su vez, las cantidades correspondientes de los patrones sujetos a regímenes convencionales y de las Cajas de Compensación, al Servicio Nacional de Salud, dentro de los diez primeros días de cada mes;
4°.- Que el referido artículo 55 de la ley N° 12.462 y su reglamento, disponen que el Director General del Servicio Nacional de Salud debe abrir una cuenta bancaria especial para este efecto, en el Banco del Estado de Chile;
5°.- Que se señala en las disposiciones mencionadas que el Director General del Servicio Nacional de Salud será directa y personalmente responsable por el cumplimiento de dichas disposiciones, que su responsabilidad se establecerá breve y sumariamente y que la sanción, en caso de incumplimiento, será la destitución;
6°.- Que, desde hace algunos meses a esta parte, en algunos consultorios del Servicio Nacional de Salud, como en el de Quinta Bella, de la comuna de Conchalí, en el de la población Roosevelt, de la comuna de Barrancas, y en el de Plaza Garín, de la comuna de Quinta Normal, se ha suspendido la entrega de leche y alimentos terapéuticos a los asegurados;
7°.- Que, dada la gravedad que reviste el hecho mencionado, toda vez que para la adquisición y distribución gratuita de esos alimentos, se descuenta un porcentaje de lo que a los asegurados les corresponde por concepto de asignación familiar. La Honorable Cámara acuerda:
Oficiar al señor Contralor General de la República a fin de que se practique una investigación que tenga por objeto conocer las causas de la suspensión de la entrega gratuita de estos alimentos a los asegurados, especialmente en los consultorios citados, señalar responsabilidades frente a esta anomalía, y obtener la normalización de la situación expuesta, mediante el estricto cumplimiento de la ley."
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Si le parece a la Honorable Cámara, se declarará sin discusión el proyecto de acuerdo por ser obvio y sencillo.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
No es tan sencillo el proyecto de acuerdo, puesto que se pretende invadir atribuciones del Ejecutivo.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
En votación la declaración de obvio y sencillo del proyecto de acuerdo.
- Durante la votación
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
El proyecto de acuerdo invade las atribuciones del Ejecutivo: señala normas.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Por eso, se está votando.
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Hagamos fácil la votación. Seamos consecuentes.
El señor TUMA.-
Es una simple recomendación.
- Efectuada la votación en forma económica, no hubo quorum.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
No hay quórum. Se va a repetir la votación. Ruego a los señores Diputados no abstenerse.
- Repetida la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 19 votos; por la negativa 12 votos.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
La Cámara declara obvio y sencillo el proyecto de acuerdo.
En votación.
Si le parece a la Sala, se aprobará con la misma votación.
Aprobado.
El señor LARRAIN (Prosecretario subrogante).-
El señor Millas, Comité Comunista, ha presentado el siguiente proyecto de acuerdo:
"Considerando;
Que en la actualidad Puente Alto se encuentra, de hecho, unido a Santiago y cada noche deben trasladarse a esa localidad, desde la capital, centenares de personas, por diversos motivos.
Que es, por otra parte, guarnición militar y la gran mayoría de los habitantes de Puente Alto trabajan en Santiago. Además, que todas las familias de Puente Alto tienen parientes en Santiago.
Que en las noches, numerosos taxis se hacen pagar E° 6 (seis escudos) por el viaje entre Puente Alto y Santiago, y son innumerables las personas que no pueden regresar a sus hogares, si los deja, el último vehículo de la locomoción colectiva.
La Cámara de Diputados acuerda;
Dirigirse al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, solicitándole que la Dirección de Transporte y Tránsito Público establezca un servicio nocturno de microbuses o buses, con una frecuencia de 45 minutos, en ambas direcciones. Existe la seguridad de que, una vez conocido por el público, en corto plazo llegaría a financiarse en forma holgada, además de atender una premiosa necesidad."
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Si le parece a la Cámara, se declarará sin discusión el proyecto de .acuerdo, por ser obvio y sencillo.
Acordado.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobado.
Ha terminado la hora destinada a votar los proyectos de acuerdo.
29.-INSTALACION DE UNA PLANTA DE LA INDUSTRIA AZUCARERA NACIONAL, S. A., IANSA, EN LA PROVINCIA DE VALDIVIA. PETICION DE OFICIOS.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Puede continuar el Honorable señor Daiber.
El señor DAIBER.-
Como decía hace un momento, basta comparar, para corroborar lo expuesto, las cifras arrojadas por el último censo agropecuario, cuyos datos tengo a mi alcance. Por ser éste un problema de evidente interés nacional, solicito de la señora Presidenta que recabe el asentimiento de la Sala para insertar estas cifras en la versión oficial de la prensa.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Oportunamente lo haré, señor Diputado, porque en este momento no hay número en la Sala para tomar acuerdos.
El señor DAIBER.-
Se ha dicho con cierto pesimismo que IANSA - Llanquihue quedaría demasiado cerca, a sólo 130 ó 180 kilómetros de la futura planta, la que, a su vez, le quitaría un importante porcentaje de remolacha para elaborar. Pero quienes así opinan olvidan que Linares queda a unos 100 kilómetros de Cocharcas y ésta a otros 100 kilómetros de Los Ángeles; olvidan también que Los Ángeles, que se inició con 2.300 hectáreas sembradas en 1954, a la vuelta de sólo tres años había triplicado su producción.
Sin embargo, no es mi ánimo entrar a abogar por una u otra comuna de mi provincia, porque tengo plena conciencia de que la ubicación definitiva de IANSA - Valdivia debe ser de exclusiva responsabilidad de los organismos técnicos del Estado, máxime cuando contamos con un Gobierno altamente responsable y decidido a realizar un plan integral que se proyecte hacia el futuro, posponiendo los intereses particulares a los nacionales. Si ahora me he permitido hacer uso del derecho que me asiste para enfocar este problema, sólo ha sido para aclarar conceptos e indicar ciertos peligros en esta lógica lucha de intereses.
Por eso, para que la paz y la unidad vuelvan a reinar en esta hermosa tierra sureña, pido, señora Presidenta, que se dirija oficio, en mi nombre, al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, a fin de que ordene a la Gerencia General de IANSA acelerar los estudios tendientes a determinar la zona en que se levantará la futura planta elaboradora de azúcar.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Se dirigirá el oficio en nombre de Su Señoría.
El señor ARANCIBIA.-
Y en el mío.
E! señor ACUÑA.-
También en mi nombre.
El señor GONZALEZ MAERTENS.-
Y en el mío.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
...y en el de los señores Diputados que lo han solicitado.
El señor DAIBER.-
Señora Presidenta, solicito que recabe nuevamente el asentimiento de la Cámara para insertar en la versión oficial las cifras comparativas a que me referí hace un momento.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Lamentablemente todavía no hay número en la Sala para adoptar acuerdos, Honorable Diputado.
El señor DAIBER.-
Se podría recabar el acuerdo en una próxima sesión.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Eso sí, Honorable Diputado.
El señor DAIBER.-
Muchas gracias, señora Presidenta.
-El cuadro cuya insersión se acordó en la sesión 5º, del 20 de octubre, es elsiguiente:
CUADRO
30.-NECESIDADES DE LA PROVINCIA DE COQUIMBO.- PETICION DE OFICIOS.
La señora RETAMAI. (Presidenta accidental).-
Ofrezco la palabRa dentro del tiempo correspondiente al Partido Democrático Nacional.
El señor TORRES.-
Pido la palabra.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor TORRES.-
Señora Presidenta, en el puerto de Coquimbo hay un considerable sector de trabajadores que debe viajar diariamente hasta La Serena para iniciar o completar sus estudios en el Instituto Comercial Nocturno "Bernardo Ossandón", que se encuentra a trece kilómetros de Coquimbo.
Este enorme sacrificio, ya que deben viajar en una hora en que la locomoción es muy escasa, importa, además, gastos de pasajes, matrículas y textos de estudio.
Por lo tanto, pido se dirija oficio al señor Ministro de Educación, representándole la conveniencia de que el Instituto Superior de Comercio del puerto de Coquimbo establezca el próximo año cursos vespertinos para solucionar el problema de un gran sector de trabajadores, que por medio de esta carrera desea labrarse un futuro mejor.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Se enviará el oficio en nombre de Su Señoría.
El señor TORRES.-
Igualmente, deseo que se envíe oficio al señor Ministro de Educación, solicitándole que el Liceo Particular del pueblo de Vicuña, departamento de Elqui, sea declarado fiscal el próximo año escolar.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Se enviará el oficio en nombre de Su Señoría.
El señor AGUILERA.-
Y en mi nombre, señora Presidenta.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Se agregará el nombre de Su Señoría.
El señor TORRES.-
Señora Presidenta, en el puerto de Coquimbo hay un problema bastante grave, que afecta la seguridad de sus habitantes.
De acuerdo con la versión del diario regional del 11 de octubre, en la madrugada de ese día se produjeron cuatro hechos de sangre, a causa de pendencias, asaltos y "cogoteos" con arma blanca. Esto pone de manifiesto la poca seguridad de la población, como consecuencia de la escasa dotación de carabineros del puerto de Coquimbo.
La Comisaría tampoco dispone de medios de locomoción para vigilar adecuadamente el puerto. El único furgón que había hace cinco meses, se trajo a Santiago para su arreglo, pero la Dirección General de Carabineros ha informado que por su mal estado mecánico será dado de baja, y que hasta el próximo año no hay ninguna posibilidad de reemplazarlo.
En consecuencia, solicito se envíe oficio al señor Ministro del Interior, a fin de que ordene aumentar la dotación de carabineros de Coquimbo y, al mismo tiempo, crear un retén en la parte alta del puerto, con objeto de dotar de vigilancia a los barrios que hay en los cerros, y otro en "Tierras Blancas", población de cinco mil habitantes, que se encuentra totalmente aislada de las ciudades próximas de Coquimbo y La Serena.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Se dirigirá el oficio en su nombre.
El señor AGUILERA.-
Y en el mío.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Se agregará el nombre de Su Señoría.
31.-PROBLEMAS DE DIVERSAS LOCALIDADES DE LA PROVINCIA DE MALLECO. PETICION DE OFICIOS.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
En el tiempo del Comité Democrático Nacional, tiene la palabra el Honorable señor Rosselot.
El señor ROSSELOT.-
Señora Presidenta, en reciente visita a Purén y Los Sauces, los habitantes y autoridades de estas localidades me pidieron que me preocupara de los siguientes problemas:
Creación en Purén de una Escuela Consolidada o Concentrada, que beneficiaría a los habitantes de esta localidad y a los de Capitán Pastene, Lumaco y Contulmo, para lo cual pido se dirija oficio al señor Ministro de Educación Pública, con el objeto de que ordene estudiar esta posibilidad.
Destinación de fondos de la Dirección de Vialidad para construir el camino de Purén a San Ramón, a través del fundo "Caupolicán", que serviría a numerosos sectores pequeños de campesinos y agricultores, dueños de predios ubicados a lo largo del camino y que necesitan sacar sus productos hacia los centros de consumo. En este caso, pido se envíe oficio al señor Ministro de Obras Públicas a fin de que la Dirección de Vialidad disponga los recursos necesarios para esta obra.
Ampliación de la red de alcantarillado de la ciudad de Purén, con el objeto de que este adelanto llegue a toda la población, para lo cual pido se dirija oficio al señor Ministro de Obras Públicas.
Creación de un Juzgado de Menor Cuantía en Purén, a fin de evitar que los habitantes de este pueblo tengan que viajar a la ciudad de Angol, distante a 60 kilómetros de aquélla, para efectuar sus trámites. Abona esta petición un informe favorable de la Corte de Apelaciones de Temuco.
Pido se envíe oficio al señor Ministro de Justicia para que resuelva este asunto.
Ampliación de los créditos que el Instituto de Desarrollo Agropecuario y el Banco del Estado de Chile otorgan a los agricultores y campesinos, e instrucción técnico-agrícola, por parte de INDAP, en las futuras siembras de los pequeños agricultores. Para que se resuelvan estos problemas pido se dirija oficio al señor Ministro de Agricultura.
Por último, pido que se instruya a los inspectores del trabajo de la provincia para que velen por el cumplimiento de las leyes sociales de la zona. Con tal objeto, solicito que se dirija oficio al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social.
Por otro lado, el Alcalde de la ciudad de Los Sauces, señor Leandro Cerna, me ha hecho llegar una nota en la que me expresa la inquietud de esa localidad por contar, con la mayor brevedad, con una oficina del Banco del Estado de Chile. Por lo tanto, pido que se envíe oficio al señor Ministro de Hacienda, a fin de que solicite del Presidente de este organismo que vea la posibilidad de atender esta petición.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Se enviarán todos los oficios en nombre de Su Señoría.
32.-INVESTIGACION DE UN HECHO JUDICIAL OCUREIDO EN TALCA.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Restan dos minutos al Comité Democrático Nacional.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Pido la palabra, señora Presidenta.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ARAVENA (don Jorge).-
Concedo una interrupción al Honorable señor Lorenzini.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Con la venia de Su Señoría puede usar de la interrupción el Honorable señor Lorenzini.
El señor LORENZINI.-
Señora Presidenta, días atrás, en una audición radial, hice referencia al Juez del Primer Juzgado de Talca, que desató una verdadera epidemia de detenciones en contra de campesinos.
Pero el hecho insólito de las detenciones, que ha originado una gran pelea, lo constituye la respuesta que dio un alto personaje de lo que se llama la justicia chilena. Como sólo dispongo de dos minutos, seré muy breve en mi exposición.
En todo caso, quisiera que el señor Presidente de la Corte Suprema, que sostiene que hay justicia en Chile, arbitrara los medios para investigar los escandalosos hechos acaecidos en la provincia de Talca, en los que ha participado nada menos que el señor Sergio Barrientos Lavin, Presidente del Colegio de Abogados de Talca, quien también es abogado fiscal, en consecuencia funcionario y representante del fisco.
Los hechos, que no alcanzaré a analizar detalladamente, son los siguientes; En 1960, doña Julieta Santander, comunera, vendió, al señor Parra, persona de escasos recursos, un bosque de eucalipto en dos mil escudos. Como Abogado de la señora actuó el señor Sergio Barrientos Lavín, el que, como acabo de decirlo, es Presidente del Colegio de Abogados de Talca y funcionario fiscal. Lo curioso es que cuando el comprador quiso explotar el bosque se encontró con que los otros comuneros, ya que sólo uno había vendido, se lo impidieron. Hasta aquí sólo era un hecho civil sin trascendencia. Pero a este pobre hombre, que había entregado dos millones de pesos, fruto de toda su vida, le fueron protestados y cobrados judicialmente los cheques que había dado en pago de la compra, aun cuando el abogado señor Barrientos sabía que no se le había permitido explotar el bosque.
Sólo en el último de los cheques, al parecer por sentido de decencia, por así decirlo, se limitó a notificarle éste al pobre obrero que en esta forma ha perdido todo su dinero.
De más está decir que el señor Parra no encontró en Talca ningún abogado dispuesto a defenderlo hasta el final en una causa tan justa; lo que no me extraña pues era necesario un gran valor. En lenguaje campesino, hasta a mí… me es difícil enfrentarme con los abogados y jueces...
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
Ruego a Su Señoría expresarse en términos parlamentarios.
El señor LORENZINI.-
Por estas razones quisiera que el Presidente de la Corte Suprema, que dice que hay justicia en Chile...,
- Los espacios marcados con puntos suspensivos, correspon a expresiones suprimidas en conformidad al artículo 12 del Reglamento.
La señora RETAMAL (Presidenta Accidental).-
¿Me permite Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Democrático Nacional.
Por haber llegado la hora, se levanta la sesión.
- Se levantó la sesión a las 19 horas 42 minutos.
Javier Palominos Gálvez,
Jefe de la Redacción de Sesiones